LA GACETA Nº 155 DEL 12 DE AGOSTO DEL 2008
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACÍFICO
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL.
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y
LA
MINISTRA DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140, incisos 3), 20) y 146 de la Constitución Política; los
artículos 25, inciso 1), artículo 27, inciso 1) artículo 28, inciso 2), acápite
B) y 121 de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6725 de 10 de
marzo de 1982 y reformado por Ley Nº 7974 del 4 de enero del dos mil, acuerdo
Nº 2, tomado en la sesión ordinaria Nº 323, celebrada el 30 de junio del 2008,
de la Municipalidad de Acosta. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Conceder asueto a
los empleados públicos del cantón de Acosta de la provincia de San José, el día
31 de julio del 2008, con las salvedades que establecen las leyes especiales,
con motivo de las celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.
Artículo 2º—En cuanto a los funcionarios del
Ministerio de Educación Pública, será el jerarca de dicha institución el que
determine con base en el artículo 213 del Código de Educación y mediante
circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los
funcionarios de esa cartera que laboren para ese cantón.
Artículo 3º—En relación a los funcionarios de
la Dirección General de Aduanas, será el jerarca del Ministerio de Hacienda, el
que determine con base en el artículo 14 párrafo segundo de la Ley General de
Aduanas y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como
asueto a los funcionarios de esa Dirección que laboren en ese cantón.
Artículo 4º—Rige el día 31 de julio del 2008.
Dado en la Presidencia de la
República.—San José a las once horas del quince de
julio del dos mil ocho
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Gobernación y Policía y Seguridad
Pública, Lic. Janina del Vecchio Ugalde.—1
vez.—(Solicitud Nº 3024).—C-16520.—(D34680-73585).
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y
LA
MINISTRA DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140, incisos 3), 20) y 146 de la Constitución Política; los
artículos 25, inciso 1), artículo 27, inciso 1) artículo 28, inciso 2), acápite
B) y 121 de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6725 de 10 de
marzo de 1982 y reformado por Ley Nº 7974 del 4 de enero del dos mil, acuerdo
Nº 012-184-08, tomado en la sesión ordinaria Nº 184-08, celebrada el 1 de julio
del 2008, de la Municipalidad de Puriscal. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Conceder asueto a
los empleados públicos del cantón de Puriscal de la provincia de San José, el
día 25 de julio del 2008, con las salvedades que establecen las leyes
especiales, con motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho
cantón.
Artículo 2º—En cuanto a los funcionarios del
Ministerio de Educación Pública, será el jerarca de dicha institución el que
determine con base en el artículo 213 del Código de Educación y mediante
circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los
funcionarios de esa cartera que laboren para ese cantón.
Artículo 3º—En relación a los funcionarios de
la Dirección General de Aduanas, será el jerarca del Ministerio de Hacienda, el
que determine con base en el artículo 14 párrafo segundo de la Ley General de
Aduanas y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como
asueto a los funcionarios de esa Dirección que laboren en ese cantón.
Artículo 4º—Rige el día 25 de julio del 2008.
Dado en la Presidencia de la
República.—San José a las trece horas del quince de
julio del dos mil ocho
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Gobernación y Policía y Seguridad Pública,
Janina del Vecchio Ugalde.—1 vez.—(Solicitud Nº 3023).—C-16520.—(D34681-73586).
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA
MINISTRA DE JUSTICIA
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140, inciso 18) y 146 de la Constitución Política, en el
artículo 32 de la Ley de Asociaciones y en los artículos 27 y siguientes de su
Reglamento.
Considerando
I.—Que el artículo 32 de la Ley
de Asociaciones número 218 de 08-08-39 y sus reformas, confiere al Poder
Ejecutivo la potestad de declarar de Utilidad Pública a las Asociaciones
simples, federadas o confederadas, cuyo desarrollo y actividades sean particularmente
útiles para los intereses del Estado, y que por ello contribuyan a solventar
una necesidad social.
II.—Que la
Asociación de Acueductos y Alcantarillados de Playa Tamarindo de Santa Cruz
Guanacaste, cédula de persona jurídica número 3-002-248845, se inscribió en el
Registro de Asociaciones del Registro Público desde el día 14 de abril de 1999,
bajo el expediente Nº 11378.
III.—Que los fines que persigue la
Asociación, según el artículo tercero de sus estatutos, son: “(...) artículo
tercero: (...) a) Construir un sistema de alcantarillado y tratamiento de aguas
en Santa Rosa de Santa Cruz, b) Administrar, operar y conservar en buenas
condiciones el acueducto de acuerdo a las disposiciones y reglamentos de
acueductos y alcantarillados, c) Obtener la participación efectiva de la
comunidad en la construcción y mantenimiento del acueducto, ch) Cooperar con
las campañas de índole .educativa que se emprendan, d) Ayudar a explicar y
divulgar en la comunidad las reglamentaciones de Acueductos y Alcantarillados,
e) Cooperar con los planes, proyectos y otras obras que emprenda Acueductos y
Alcantarillados en Playa Tamarindo de Santa Cruz Guanacaste, f) Participar en
la vigilancia y protección de las fuentes de abastecimiento del acueducto,
evitar las contaminaciones de las mismas y ayudar a la protección de las
cuencas hidrográficas de la región (...)”.
IV.—Que tales fines
solventan una necesidad social de primer orden, por lo cual merecen el apoyo
del Estado Costarricense. Por tanto,
Decretan
Artículo 1º—Declárese de
Utilidad Pública para los intereses del estado la Asociación de Acueductos y
Alcantarillados de Playa Tamarindo de Santa Cruz Guanacaste, cédula de persona
jurídica número 3-002-248845.
Artículo 2º—Es deber de la Asociación rendir
anualmente un informe ante el Ministerio de Justicia, de conformidad con lo
indicado en el artículo 32 del Reglamento a la Ley de Asociaciones.
Artículo 3º—Una vez publicado este decreto
los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio, ante
el Registro de Asociaciones de Registro Nacional, para su respectiva
inscripción.
Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la
República.—San José, a los seis días del mes de junio
del dos mil ocho.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Justicia, Laura Chinchilla Miranda.—1
vez.—(Solicitud Nº 1608).—C-27740.—(D34683-73588).
Nº 346-2008 MSP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y
EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 146 de
la Constitución Política y 53, inciso a) de la Ley General de Policía,
resolución de recomendación Nº 702-IP-06-DDL del Departamento Disciplinario
Legal, Sección Inspección Policial, oficio Nº 2763-2006 CP del Consejo de Personal,
sesión ordinaria Nº 506, artículo VI, acuerdo noveno y la resolución Nº
862-2008-DM del Ministro de Seguridad Pública.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Despedir por causa justificada sin responsabilidad para el
Estado al señor Arthur Gutiérrez Reyes, cédula de identidad Nº 1-1169-419.
Artículo 2º—En el presente caso el señor Gutiérrez Reyes interpuso en
tiempo el recurso de apelación mismo que fue declarado sin lugar, quedando
firme el acto final que decidió el justo despido.
Artículo 3º—Rige a partir del 1º de mayo del 2008.
Dado en la Presidencia de la República.—San
José, a los veinticinco días del mes de junio del dos mil ocho.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Seguridad
Pública a. í., Lic. Gerardo Láscarez Jiménez.—1
vez.—(Solicitud Nº 3037).—C-12560.—(72645).
Nº 360-2008 MSP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y
LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 146 de
la Constitución Política y 53, inciso a) de la Ley General de Policía,
resolución de recomendación 829-IP-07-DDL del Departamento Disciplinario Legal,
Sección Inspección Policial, artículo VI, Acuerdo Noveno de la sesión ordinaria
597 del Consejo de Personal y Resolución 254-2008-DM.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Despedir por causa justificada sin responsabilidad para el
Estado al señor Jorge Napoleón Montero Rodríguez, cédula de identidad Nº
6-337-540.
Artículo 2º—Que en el presente caso el señor Montero Rodríguez, no
interpuso en tiempo los recursos ordinarios establecidos por la Ley General de
la Administración Pública, quedando en firme el acto final que decidió el justo
despido con el dictado de la resolución 254-2008-DM por el Ministro de
Seguridad Pública, al amparo del artículo 84 de la Ley General de Policía.
Artículo 3º—Rige a partir del 21 de junio del 2007.
Dado en la Presidencia de la República.—San
José, a los treinta días del mes de junio del dos mil ocho.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Seguridad
Pública, Janina Del Vecchio Ugalde.—1 vez.—(Solicitud Nº
3037).—C-11240.—(72646).
Nº 361-2008 MSP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y
LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 146 de
la Constitución Política y 53, inciso a) de la Ley General de Policía,
resolución de recomendación 111-IP-08-DDL del Departamento Disciplinario Legal,
Sección Inspección Policial, artículo VI, Acuerdo Vigésimo Sétimo de la Sesión
Ordinaria 626 del Consejo de Personal y Resolución 1259-2008-DM.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Despedir por causa justificada sin responsabilidad para el
Estado al señor Carlos Ortiz Morales, cédula de identidad Nº 6-258-466.
Artículo 2º—Que en el presente caso el señor Ortiz Morales, no
interpuso en tiempo los recursos ordinarios establecidos por la Ley General de
la Administración Pública, quedando en firme el acto final que decidió el justo
despido con el dictado de la resolución 1259-2008-DM por el Ministro de
Seguridad Pública, al amparo del artículo 84 de la Ley General de Policía.
Artículo 3º—Rige a partir del 16 de marzo del 2008.
Dado en la Presidencia de la República.—San
José, a los treinta días del mes de junio del dos mil ocho.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Seguridad
Pública, Janina Del Vecchio Ugalde.—1 vez.—(Solicitud Nº
3037).—C-13220.—(72647).
Nº 362-2008 MSP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y
LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 146 de
la Constitución Política y 53, inciso a) de la Ley General de Policía,
resolución de recomendación número 0881-IP-07-DDL, del Departamento
Disciplinario Legal, Sección de Inspección Policial, Sección Ordinaria Nº 602,
artículo VI, Acuerdo Primero del Consejo de Personal, resolución 1635-2008-DM
del Señor Ministro y oficio N° 3971-2008-DRH-SEC.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Despedir sin Responsabilidad Patronal, por causa
justificada al señor Cristian Mauricio Pais Mata, cédula de identidad Nº
7-127-697.
Artículo 2º—En el presente caso el señor Pais Mata, interpuso en
tiempo el recurso de apelación en subsidio, mismos que fueron declarados sin
lugar quedando firme el acto final que decidió el justo despido.
Artículo 3º—Rige a partir del 16 de noviembre del 2007.
Dado en la Presidencia de la República.—San
José, a los treinta días del mes de junio del dos mil ocho.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Seguridad
Pública, Janina Del Vecchio Ugalde.—1 vez.—(Solicitud Nº
3037).—C-12560.—(72648).
Nº 363-2008 MSP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y
LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 146 de
la Constitución Política y 53 inciso a) de la Ley General de Policía,
resolución de recomendación Nº 0881-IP-07-DDL del Departamento Disciplinario
Legal, Sección Inspección Policial, oficio Nº 2259-2007 CP del Consejo de
Personal, sesión ordinaria Nº 602, artículo VI, Acuerdo Primero y la resolución
N° 1590-2008-DM del Ministro de Seguridad Pública.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Despedir por causa justificada sin responsabilidad para el
Estado al señor Hipólito País Mayorga, cédula de identidad Nº 9-061-425.
Artículo 2º—En el presente caso el señor País Mayorga interpuso en
tiempo el recurso de apelación mismo que fue declarado sin lugar, quedando
firme el acto final que decidió el justo despido.
Artículo 3º—Rige a partir del 16 de julio del 2007.
Dado en la Presidencia de la República.—San
José, a los treinta días del mes de junio del dos mil ocho.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Seguridad
Pública, Janina Del Vecchio Ugalde.—1 vez.—(Solicitud Nº 3037).—C-12560.—(72649).
Nº 482-2008 MSP
LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28,
inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículos 7 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos y el
artículo 145 del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Adscritos al Ministerio
de Seguridad Pública.
Considerando:
1º—Que se ha recibido cordial invitación de la Embajada de los Estados
Unidos, para que un funcionario de este Ministerio asista a la actividad
denominada “Visita Oficial a la Fuerza de Tarea” a realizarse en Cayo Hueso,
Florida, Estados Unidos, del 27 al 29 de julio del 2008 (incluye salida y
regreso del funcionario).
2º—Que el objetivo es una visita al Departamento de Defensa.
3º—Que dado el objetivo de la actividad, es de interés para este
Ministerio contar con un funcionario en dicho evento. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al licenciado José Rafael Torres Castro, cédula
Nº 5-213-380, Viceministro de Seguridad Pública para asistir a la actividad
denominada “Visita Oficial a la Fuerza de Tarea” a realizarse en Cayo Hueso,
Florida, Estados Unidos, del 27 al 29 de julio del 2008 (incluye salida y
regreso de los funcionarios).
Artículo 2º—Todos los gastos por concepto de transporte, alojamiento y
alimentación del participante serán cubiertos por el Comando Sur de los Estados
Unidos.
Artículo 3º—Que durante los días del 27 al 29 de julio del 2008, en
que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el
100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 27 al 29 de julio del 2008.
Dado en el Despacho de la Ministra de Seguridad Pública, a los
diecisiete días del mes de julio del dos mil ocho.
Janina Del Vecchio Ugalde, Ministra de Seguridad Pública.—1 vez.—(Solicitud Nº 3037).—C-17840.—(72650).
N° 048 2008-MEIC
EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 25, 27 y 28 de la Ley
N° 6227 “Ley General de la Administración Pública” del 2 de mayo de 1978. Así
como lo dispuesto en la Ley N° 8627 “Ley del Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2008” del 30 de
noviembre del 2007 y la Ley N° 6362 “Ley de Formación Profesional y
Capacitación del Personal de la Administración Pública” del 3 de setiembre de
1979 y los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la
Contraloría General de la República, reformado mediante la Resolución
R-CO-19-2008, publicada en La Gaceta N° 92 del 14 de mayo del 2008.
Considerando
1º—Que el Laboratorio Costarricense de Metrología (Lacomet) órgano de
máxima desconcentración, adscrito al Ministerio de Economía, Industria y
Comercio, brindará un curso de capacitación denominado “Control Metrológico en
laboratorios de ensayo”, en el Centro Nacional de Metrología de Panamá
(CENAMEP).
2º—Que es de interés para el Laboratorio Costarricense de Metrología
(Lacomet) la prestación de servicios en metrología, entre los que se encuentran
las capacitaciones en temas de metrología, con el fin de cumplir las funciones
dadas mediante la Ley 8279 Sistema Nacional para la Calidad, de acuerdo a la
solicitud de los clientes.
3º—Que dicho curso de capacitación se brindará en Panamá, los días del
18 al 20 de agosto del 2008 y su objetivo es brindar herramientas y ampliar
conocimientos a los asistentes, sobre los tipos de control metrológico,
trazabilidad e incertidumbre que deben aplicar para ensayos químicos. Por
tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la Licenciada Jéssica Chavarría Sánchez cédula
01-1064-0806, funcionaria del Departamento de Metrología Química, del
Laboratorio Costarricense de Metrología (Lacomet), órgano de máxima
desconcentración, adscrito al Ministerio de Economía, Industria y Comercio,
para que viaje a Panamá, del día domingo 17 de agosto al jueves 21 de agosto
del 2008, a afectos de impartir el curso de “Control Metrológico en
laboratorios de ensayo”, que se realizará en el Centro Nacional de Metrología
de Panamá (CENAMEP).
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, hospedaje y
alimentación serán financiados por el Centro Nacional de Metrología de Panamá
(CENAMEP). Los gastos por transporte interno dentro del país visitado y otros
gastos similares, serán cancelados por Lacomet con la presentación de las
respectivas facturas.
Artículo 3º—La funcionaria devengará el 100% de su salario durante su
ausencia.
Artículo 4º—Rige a partir del 17 de agosto hasta su regreso el 21 de
agosto del 2008.
Dado en el Ministerio de Economía Industria y Comercio, a los treinta
días del mes julio del dos mil ocho.
Publíquese.—Marco A. Vargas Díaz, Ministro de
Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—(Solicitud Nº
43421-Lacomet).—C-27740.—(73057).
N° 049 2008-MEIC
EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 25, 27 y 28 de la Ley
N° 6227 “Ley General de la Administración Pública” del 02 de mayo de 1978. Así
como lo dispuesto en la Ley N° 8627 “Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario
de la República para el Ejercicio Económico 2008” del 30 de noviembre del 2007;
la Ley N° 6362 “Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la
Administración Pública” del 03 de setiembre de 1979 y los artículos 7, 31 y 34
del Reglamento de Viajes y Transportes de” la Contraloría General de la
República, reformado mediante la Resolución R-CO-19-2008, publicada en La
Gaceta N° 92 del 14 de mayo del 2008.
Considerando:
1º—Que es de interés para el Laboratorio Costarricense de Metrología
(Lacomet) órgano de máxima desconcentración, adscrito al Ministerio de
Economía, Industria y Comercio, brindar servicios de calibración a los
Laboratorios de Control de Alimentos, Defomin, Laboratorio Industrial MQ; CISA
TGU, MC, Infarma, Jordanlab, CISA SPS, Kativo, FHIA, Quimifar, Minosa, Dole, en
Tegucigalpa, Honduras, a través del Consejo Hondureño de Ciencia y Tecnología
(COHCIT).
2º—Que las empresas cuentan con ensayos acreditados que establecen que
los equipos deben cumplir con un programa de calibraciones.
3º—Que dicha calibración se llevará a cabo en Tegucigalpa, San Pedro
de Sula, La Ceiba, La Unión Copan, los días del 25 al 30 de agosto del 2008 y
su objetivo es brindar el servicio para calibrar espectrofotómetros. Por
tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Carlos Acuña Cubillo, cédula de
identidad 01-0487-0179, funcionario del Departamento de Metrología Química, del
Laboratorio Costarricense de Metrología (Lacomet), órgano de máxima
desconcentración, adscrito al Ministerio de Economía, Industria y Comercio,
para que viaje a Tegucigalpa, Honduras, del día domingo 24 de al 31 de agosto
ambos días inclusive del mes de agosto del 2008, a efectos de prestar servicios
de calibración específicamente, brindar el servicio para calibrar
espectrofotómetros; ello, en razón de haber sido solicitado por el Consejo
Hondureño de Ciencia y Tecnología (COHCIT).
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, viáticos, y
hospedaje y cualquier otro gasto, serán financiados por el Consejo Hondureño de
Ciencia y Tecnología (COHCIT). Los gastos por transporte interno dentro del
país visitado y otros gastos similares, serán cancelados por Lacomet con la
presentación de las respectivas facturas.
Artículo 3º—El funcionario devengará el 100 % de su salario durante su
ausencia.
Artículo 4º—Rige a partir del 24 de agosto hasta su regreso el 31 de
agosto del 2008.
Dado en el Ministerio de Economía Industria y Comercio, a los treinta
días del mes julio del dos mil ocho.
Publíquese.—Marco A. Vargas Díaz, Ministro de
Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—(Solicitud Nº
43421-Lacomet).—C-29060.—(73058).
MTSS 050-2008
EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25 inciso 2), 28)
inciso 1) y 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública y en
los artículos 7, 31, 32, 34, 48, siguientes y concordantes, del Reglamento de
Gastos de Viajes y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría
General de la República.
Considerando:
1º—Que se ha recibido invitación por parte de la Comisión Económica
para América y el Caribe (CEPAL), para participar en el Seminario denominado:
“Mercado de Trabajo, la Protección de los Trabajadores y Aprendizaje de por
vida en una Economía Global: las experiencias y perspectivas de América
Latina”, el cual se celebrará en la ciudad de Santiago, Chile, durante los días
4 y 5 de agosto del 2008.
2º—Que esta actividad promovida por CEPAL, es de interés para el
Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, por ser éste la dependencia gubernamental que se ocupa de las
cuestiones de trabajo.
3º—Que la participación del Señor Álvaro González Alfaro, en el
Seminario organizado por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe
(CEPAL), corresponde a sus funciones como Viceministro del Área Social. Por
tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Álvaro González Alfaro, cédula número
2-283-516, Viceministro del Área Social del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, para que viaje a la ciudad de Santiago, Chile, del 3 de agosto al 6 de
agosto del 2008, y participe en el Seminario denominado: “Mercado de Trabajo,
la Protección de los Trabajadores y Aprendizaje de por vida en una Economía
Global: las experiencias y perspectivas de América Latina”, que se celebrará en
la ciudad de Santiago, Chile, los días 4 y 5 de agosto del 2008.
Artículo 2º—Los gastos de tiquete aéreo, hospedaje y alimentación del
Señor González Alfaro, serán cubiertos con recursos de la Comisión Económica
para América Latina y el Caribe (CEPAL).
Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la participación
del Señor González Alfaro, en el Seminario denominado: “Mercado de Trabajo, la
Protección de los Trabajadores y Aprendizaje de por vida en una Economía
Global: las experiencias y perspectivas de América Latina”, en la ciudad de
Santiago, Chile, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Los gastos de representación y de traslado del señor
González Alfaro serán reconocidos de conformidad con lo dispuesto por los
artículos 32, 48 y siguientes del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte
para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.
Artículo 5º—Rige a partir del 3 de agosto al 6 de agosto de 2008.
Dado en el Despacho del Ministro de Trabajo y Seguridad Social de la
República a los veintitrés días del mes de julio de dos mil ocho.
Francisco Morales Hernández, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—(Solicitud Nº 15333).—C-29060.—(72693).
Nº 364-2008
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la
Constitución Política; 28, párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la
Administración Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas, número 7210 del 23
de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de
Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, número
7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo Nº 29606-H-COMEX del 18
de junio de 2001, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas y
sus reformas,
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 251-2006 de fecha 24 de octubre
de 2006, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 226 del 24 de
noviembre de 2006; modificado por el Acuerdo Ejecutivo Nº 320-2006 de fecha 22
de diciembre de 2006, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 27 del
7 de febrero de 2007; y por el Acuerdo Ejecutivo Nº 218-2007 de fecha 08 de
junio de 2007, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 144 del 26 de
julio de 2007; a la empresa Cook Spring Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº
3-101-384659, se le concedieron los beneficios e incentivos contemplados por la
Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley número 7210 del 23 de noviembre de 1990,
sus reformas y su Reglamento.
II.—Que mediante documentos presentados los
días 26 y 30 de mayo de 2008, ante la Promotora del Comercio Exterior de Costa
Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Cook Spring Costa Rica S. A., solicitó
la renuncia al Régimen de Zonas Francas.
III.—Que de conformidad con el artículo 30 inciso a) del Reglamento a
la Ley de Régimen de Zonas Francas, PROCOMER debe verificar que la empresa que
pretende renunciar esté al día en el pago del derecho por el uso del Régimen y
en las demás obligaciones previstas en la Ley número 7210, sus reformas y su
Reglamento.
IV.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con
arreglo al Acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la
sesión Nº 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la
empresa Cook Spring Costa Rica S. A., y con fundamento en las consideraciones
técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Operaciones de
PROCOMER número 45-2008 de fecha 9 de junio de 2008, acordó recomendar al Poder
Ejecutivo la respectiva aceptación de la renuncia, al tenor de lo dispuesto por
la Ley número 7210, sus reformas y su Reglamento.
V.—Que la empresa Cook Spring
Costa Rica S. A., rindió en su oportunidad el depósito de garantía, el cual se
encuentra vigente a la fecha.
VI.—Que se ha cumplido con el procedimiento
de Ley. Por tanto,
ACUERDAN:
1º—Aceptar la renuncia al Régimen de Zonas Francas presentada por la
empresa Cook Spring Costa Rica S. A.
2º—Se otorga a la empresa Cook Spring Costa Rica S.A., el plazo de
quince días hábiles a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo,
para que proceda a la liquidación de sus operaciones dentro del Régimen de
Zonas Francas. Una vez transcurrido dicho plazo, los bienes que no hayan salido
de sus instalaciones, conforme a los procedimientos aplicables, se considerarán
en estado de abandono a favor del Fisco.
3º—Rige a partir de su comunicación.
Comuníquese y publíquese.
Dado en la Presidencia de la República.—San
José, a los diez días del mes de julio del año dos mil ocho.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio
Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(75713).
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
EDICTOS
La señora Paola Palavicini López, con cédula Nº 1-993-732, vecina de
San José, en calidad de regente veterinaria de la compañía Virbac, Francia, con
domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento
veterinario del grupo 3: Tiacil. Fabricado por: Laboratorio Virbac de Francia,
con los siguientes principios activos: cada ml contiene: gentamicina base 3 mg,
dexametasona base 1 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas: tratamiento
de infecciones oculares en perros, gatos causadas por bacterias sensibles a la
fórmula. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro
y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a
oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5
días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este
edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia,
a las 10:00 horas 16 de julio del 2008.—Departamento de Registro y Control de
Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Director.—1 vez.—(72902).
La señora María Antonieta Campos Bogantes,
con número de cédula 2-405-625, vecina de Grecia, en calidad de representante
legal de la Corporación Registros Sanitarios Internacionales. Con domicilio en
Grecia. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3:
Monteban. Fabricado por: Laboratorios Elli Lilly & Company con los
siguientes principios activos: cada kilo contiene: Narasina 100 g, y las
siguientes indicaciones terapéuticas: en la prevención de la coccidiosis en
pollos de engorde, en cerdos: para incrementar la ganancia de peso y mejorar la
eficiencia alimenticia durante la etapa de crecimiento y finalización de los
cerdos. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y
Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a
oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5
días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este
edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 7 de julio del
2008.—Dirección de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1
vez.—(73046).
La señora María Antonieta Campos Bogantes,
con número de cédula 2-405-625, vecina de Grecia, en calidad de representante
legal de la Corporación Registros Sanitarios Internacionales. Con domicilio en
Grecia. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3:
Maxiban. Fabricado por: Laboratorios Elli Lilly de Brasil con los siguientes
principios activos: cada kilo contiene: Narasina 80 g, Nicarbazina 80 g, y las
siguientes indicaciones terapéuticas: en la prevención de la coccidiosis
causada por E. Acervulina, E. Brunetti, E. Imbatí, E. Necatrix y E. Tenella en
pollos. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y
Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a
oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5
días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este
edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 7 de julio del
2008.—Dirección de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1
vez.—(73048).
La señora María Antonieta Campos Bogantes,
con número de cédula 2-405-625, vecina de Grecia, en calidad de representante
legal de la Corporación Registros Sanitarios Internacionales, con domicilio en
Grecia. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3:
Iverhit L.A. Fabricado por: Laboratorios Decno Ltda para Colvet de Colombia con
los siguientes principios activos: cada ml contiene: Ivermectina 10 mg, y las
siguientes indicaciones terapéuticas: para el tratamiento y control de
parásitos (nemátodos) gastrointestinales y pulmonares, así como parásitos
externos. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro
y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a
oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5
días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este
edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 7 de julio del
2008.—Dirección de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1
vez.—(73049).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 70, título Nº 295, emitido por el Colegio Técnico Profesional
de Venecia, en el año dos mil dos, a nombre de Rodríguez García Christian
Alberto. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de junio del 2008.—Guisela
Céspedes Lobo, Asesora Nacional.—(72230).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 16, título Nº 108, emitido por el Liceo Salvador Umaña Castro,
en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Campos Solano Wálter
Eduardo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—San José, 29 de julio del 2008.—Asesoría Nacional de
Gestión y Evaluación de la Calidad.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora
Nacional.—(72590).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 115,
título N° 875, emitido por el Colegio Nocturno Pbro. Enrique Menzel, en el año
dos mil, a nombre de Solano Gamboa Ronny. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 22 de julio del 2008.—MSc. Trino Zamora Zumbado.—Nº 51131.—(72504).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 2, folio 35, título N° 1136, emitido por el Colegio María Inmaculada,
en el año dos mil dos, a nombre de Acuña Quirós Pablo José. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, 4 de agosto del 2008.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora
Nacional.—(72711).
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
AVISOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de
Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la
organización social denominada: Unión de Mujeres Trabajadoras Agrícolas y de
Actividades Conexas de La Liberta, siglas UMTRALI, código 869-SI. Habiéndose
cumplido con las disposiciones contenidas en los artículos 344 del Código de
Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social,
se procede a la inscripción correspondiente. La organización ha sido inscrita
en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo: 3,
folio 234, asiento: 4482 del 8 de julio del 2008-07-08. La Junta Directiva se
formó de la siguiente manera:
Secretaria
General:
Mayela Isabel Quirós Zúñiga
Secretaria General Adjunta: Elizabeth Mora Vargas.
Secretaria de Actas
y
Correspondencia:
Roxana Quesada Mosquera.
Secretaria de
Finanzas:
Rosa Iris Retana Espinoza.
Secretaria de Organización: Yamileth Quirós
Trejos.
Secretaria
Vocal:
Araceli Araya Villalobos.
Secretaria
Fiscal:
María Ester Carvajal Villalobos.
San José, 8 de julio del 2008.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(72900).
De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de
Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la
organización social denominada: Unión de Mujeres de Fila Méndez, siglas
UMTRAFIM, expediente Nº 873-SA. Habiéndose cumplido con las disposiciones
contenidas en los artículos 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica
del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se procede a la inscripción
correspondiente. La organización ha sido inscrita en los libros de registro que
al efecto lleva este Registro mediante tomo: 3, folio 235, asiento: 4487 del 10
de julio del 2008. La Junta Directiva se formó de la siguiente manera:
Secretaria
General:
Rafaela Cascante Camacho.
Secretaria General Adjunta: Geanneth Alvarado Pérez.
Secretaria de Actas
y
Correspondencia:
Ana Campos Agüero.
Secretaria de
Finanzas:
Vilma Pérez Sibaja.
Secretaria de Organización: Hazle Cascante
Arias.
Secretaria
Vocal:
Ana Lucía Montoya Castro.
Secretaria
Fiscal:
Flor María García.
San José, 10 de julio del 2008.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(72901).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de
Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la
organización social denominada: Unión de Mujeres Trabajadoras Agrícolas de La
Guinea, siglas UMETRAGUE, expediente Nº 870-SI. Habiéndose cumplido con las
disposiciones contenidas en los artículos 344 del Código de Trabajo y 49 de la
Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se procede a la
inscripción correspondiente. La organización ha sido inscrita en los libros de
registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo: 3, folio 234,
asiento: 4483 del 08 de julio del 2008. La Junta Directiva se formó de la
siguiente manera:
Secretaria
General:
Vilma Estrella Arias Barrantes.
Secretaria General
Adjunta:
Cindy Zapata Cedeño.
Secretaria de Actas y Correspondencia: Cinthia Pérez
Chávez
Secretaria de
Finanzas:
Olga Trejos Chavarría.
Secretaria de
Organización:
Yasaira Rodríguez Araya.
Secretaria
Vocal:
Adriana Ugalde Arias.
Secretaria
Fiscal:
Julia Espinoza Carranza.
09 de junio del 2008.—Lic. José Joaquín
Orozco Sánchez, Jefe.—(72903).
De conformidad con la autorización extendida
por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este registro ha procedido
a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la
organización social denominada Sindicato Nacional de Enfermería siglas SINAE,
acordada en asamblea celebrada el 28 de marzo
del 2008. Expediente S-H010. En cumplimiento con lo dispuesto en el
artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su
publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta la
totalidad de los artículos del Estatuto.—San José, 14
de julio del 2008.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(73078).
REGISTRO NACIONAL
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
AVISOS
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción la reforma de la Asociación Administradora del
Acueducto y Alcantarillado Rural de Colonia Bolaños. Por cuanto dicha reforma
se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8
de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con
los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 574, asiento: 72149.—Curridabat,
24 de abril del 2008.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—Nº 51281.—(72502).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la
Asociación de Matemática Educativa. Por cuanto dicha
reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la ley No 218
del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido
con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento Tomo: 575 Asiento: 81149.—Curridabat,
5 de junio del 2008.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—Nº 51289.—(72503).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada: Asociación Asambleas de Dios Agua Cristal, con domicilio en
la provincia de Puntarenas. Sus fines principales entre otros es el siguiente:
Propagación de la fe cristiana con base en la doctrina de Jesucristo. Cuyo
representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones que le
establece el estatuto, lo es el presidente: Jesús Campos Campos. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas) y habiendo
cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de
esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos .a la
inscripción en trámite. (Tomo: 575, asiento: 96242, adicional: tomo: 576,
asiento: 63156).—Curridabat, 15 de julio del
2008.—Lic. Grace Scott Lobo, Directora a. í.—1 vez.—Nº
51412.—(72929).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada, Asociación Provivienda Barrio Fátima en Acción, con
domicilio en la provincia de Heredia, Santo Domingo del antiguo Matadero
Municipal veinticinco metros al este, en la capilla del Barrio Fátima, cuyos
fines son los siguientes: promover e integrar a los asociados a fin de
solucionar su problema habitacional. Cuya representante judicial y
extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin
límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto, es la
presidenta. María del Carmen Bolaños Esquivel. Por encontrarse dicha entidad
dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de
1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas) y habiendo cumplido con los
requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en tramite. Tomos 575 y 576, asientos: 96331 y 42723.—Curridabat,
2 de julio del 2008.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—Nº 51420.—(72930).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento
de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad
denominada Asociación Calle San Juan Este Santa Bárbara de Heredia, con
domicilio en la provincia de Heredia. Cuyos fines entre otros serán los
siguientes: gestionar el mejoramiento social, educativo, cultural y deportivo
de sus asociados. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las
limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente Álvaro Cubillo
Cambronero. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y
sus reformas) y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por
quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 576, asiento 40510).—Curridabat, 30 de junio del 2008.—Lic. Enrique Rodríguez
Morera, Director.—1 vez.—Nº 51447.—(72931).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la
Asociación Iglesia Casa de Oración Dios con Nosotros de Alajuela. Por cuanto
dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la ley
Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas), y habiendo
cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de
esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento: tomo: 576, asiento: 00024.—Curridabat,
4 de junio del 2008.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—Nº 51601.—(72932).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada Asociación Evangélica de Dios El Rey Jesús de Marbella, con
domicilio en la provincia de Guanacaste. Cuyos fines entre otros serán los
siguientes: promover la palabra de Dios a nivel nacional. Cuyo representante
judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el
estatuto, lo es el presidente Trinidad López Reyes. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de
agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas), y habiendo cumplido con
los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. (Tomo: 575, asiento 28743).—Curridabat, 20
de junio del 2008.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—Nº 51620.—(72933).
REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE
AVISO
A quien interese, se hace saber
que en la Dirección de este Registro por resolución de las diez horas treinta y
cinco minutos del quince de julio de dos mil ocho, dentro del expediente
administrativo 07-670-BI se ordenó la inmovilización de los inmuebles del
partido de Puntarenas números 30885-000 y 113057-000 en los siguientes
términos: “...Por tanto: En virtud de lo expuesto, de la normativa y doctrina
citadas, se resuelve: Una vez firme la presente resolución: 1) Inmovilizar las
fincas del partido de Puntarenas números treinta mil ochocientos ochenta y
cinco (30885) y ciento trece mil cincuenta y siete (113057), misma que se
mantendrá hasta que la autoridad judicial competente ordene su cancelación,
para lo cual se comisiona a la Máster Marianella Solís Víquez, funcionaria del
Departamento de Asesoría Jurídica, o en su ausencia, a cualquier otro titular
de esa oficina, para la consignación de la inmovilización referida. 2)
Ordenarla apertura de un nuevo expediente administrativo de oficio, a efecto de
conocer la situación denunciada con respecto a la finca del partido de
Puntarenas número ciento trece mil cincuenta y ocho (113058). Al efecto,
trasládese copia de los folios 90 al 117 al nuevo expediente. 3) Comunicar esta
resolución a la Dirección del Catastro Nacional, de conformidad con lo
establecido por el Decreto N° 33982-J, publicado en el Diario Oficial La
Gaceta N° 190 de fecha 3 de octubre del 2007, que es Reglamento al artículo
30 de la Ley de Catastro N° 6545 del 25 de marzo de 1981 y sus reformas, para
lo que corresponda. Notifíquese. Publíquese el edicto de estilo. Máster Óscar
Rodríguez Sánchez, Director”. (Referencia expediente 07-670-BI).—Curridabat, 16 de julio del 2008.—Máster Óscar Rodríguez
Sánchez, Director.—1 vez.—(Solicitud Nº 46593).—C-13220.—(72991).
REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN
AVISOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La señorita Ivonne Redondo Vega, mayor,
abogada, cédula de identidad Nº 1-0883-0705, vecina de San José, en su
condición de Apoderada Especial de Gerald Duhamel, de Canadá, solicita la
Patente de Invención denominada APARATO PARA JUEGOS EN ORDEN INVERTIDO. La invención es un método,
pero particularmente un sistema para jugar colocándose entre un juego en vivo,
trazado común y un juego instantáneo. Además, el mismo método y sistema pueden
beneficiarse del periodo de inoperatividad reservado para la venta de boletos
en un juego en vivo. De acuerdo con lo anterior, la modalidad básica de este
sistema incluye: a) un medio de almacenamiento de trazado que registra la
información de trazado; b) un controlador de periodo que señala los periodos de
distribución, inicial y final, sin cambio de información de trazado disponible
durante un periodo de distribución; c) un módulo de distribución proporcionando
boletos a los jugadores a solicitud; d) un controlador del juego proporcionando
el requisito de interfaz gráfica del usuario (GUI) para jugar, cambiar a un
modo de juego en respuesta a una señal del periodo inicial de distribución. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es G06F 17 /60, cuyo,
inventor es Duhamel, Gerard. La solicitud correspondiente lleva el Nº 8024, y
fue presentada a las 13:56:23 de 3 de octubre del 2005. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 17 de
julio de 2008.—Lic. Karina Arrieta Rodríguez, Registradora.—Nº
51302.—(72491).
El señor Aarón Montero Sequeira, mayor,
casado una vez, abogado, cédula de identidad Nº 1-908-006, vecino de San José,
en su condición de apoderado especial de Immunogen INC., de los Estados Unidos,
solicita la Patente de Invención denominada ELIMINACIÓN DE POBLACIÓN
CELULAR HETEROGÉNEA O MEZCLADA EN TUMORES. Se describen métodos para eliminar o
inhibir tumores que comprenden poblaciones celulares heterogéneas o mezcladas.
La eliminación o inhibición de tumores se logra mediante el direccionamiento
selectivo de un ligando único que se supone que es, expresado en una población
celular particular para eliminar también una población celular que carece del
ligando único. Estos conjugados tienen uso terapéutico a medida que son
suministrados a una población celular específica para eliminar esas células y
el fármaco citotóxico es liberado para eliminar las células no de objetivo,
eliminando de esta manera el tumor. La clasificación internacional de patentes
sexta edición es A61K 39/395, C07K 16/46 cuyos inventores son Viktor S.
Goldmakher, Robert J. Lutz, Ravi V. J. Chari, Yelena Kovtun, John M. Lambert,
Rita Steeves, Hans K. Erickson. La solicitud correspondiente lleva el número
9518, y fue presentada a las 13:12:35 del 14 de noviembre del 2007. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta y
una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 15 de julio del 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Nº 51304.—(72492).
El señor Federico Rucavado Luque, Nº
1-839-188, mayor, casado una vez, abogado, vecino de San José, en su condición
de apoderado especial de Eli Lilly and Company, de E.U.A., solicita la Patente
de Invención denominada INHIBIDORES DE CINASA. La presente invención proporciona
inhibidores de cinasa de Fórmula I: en donde R1, R2 y X son como se describen
en este documento, o una sal del mismo farmacéuticamente aceptable. La memoria
descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 401/14, cuyos
inventores son Alfonso de Dios, Jolie Anne Bastian, Jesús Andrés Blas de Blas,
Kevin John Hudziak, Tiechao Li, Beatriz López de Uralde Garmendia, Mary
Margaret Mader, Michael Ray Myers, Mark Andrew Pobanz, Chuan Shih, Boyu Zhong.
La. solicitud correspondiente lleva el número 9945, y
fue presentada a las 14:47:00 del 28 de abril del 2008. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres, meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 23 de
julio del 2008.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—Nº
51306.—(72493).
El señor Luis Diego Acuña Delcore, mayor,
casado, abogado, cédula de identidad Nº 1-440-632, vecino de San José, en su
condición de apoderado especial de Wayne State University, de Estados Unidos de
América, solicita la Patente de Invención denominada AGENTES
ANTITUMOR (DERIVADOS DE QUINOLINA Y USO COMO AGENTES ANTITUMOR). La invención provee compuestos
de fórmula I descritos aquí, en donde Y es F, Cl o Br, o una sal
farmacéuticamente aceptable de los mismos. Los compuestos son agentes antitumor
efectivos. La invención provee también composiciones farmacéuticas que
comprenden un compuesto de fórmula I o una sal del mismo, intermediarios útiles
para preparar un compuesto de fórmula I, y métodos terapéuticos que comprenden
administrar un compuesto de fórmula I o una sal del mismo a un mamífero en
necesidad del mismo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos
Industriales Sexta Edición es C07D 215/22 cuyos inventores son Horwitz Jerome
P, Polin Lisa, Hazeldine Stuart T y Corbett Thomas H. La solicitud
correspondiente lleva el número 9858, y fue presentada a las 8:16:40 del 2 de
abril del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese en el Diario
Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de junio del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge,
Registradora.—Nº 51360.—(72494).
El señor David Chaves Artavia, mayor,
biotecnólogo, cédula de identidad Nº 1-1023-0727, vecino de Heredia, solicita
la Patente de Invención denominada HUMEDAL ARTIFICIAL CON
PLANTAS ORNAMENTALES COMERCIALIZABLES, PARA EL TRATAMIENTO DE VARIEDAD DE TIPOS
DE AGUA RESIDUAL.
Se refiere a un novedoso humedal artificial para el tratamiento de aguas
utilizando plantas ornamentales. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes Sexta Edición es C02F 3/00, cuyo inventor es: David Chaves Artavia. La
solicitud correspondiente lleva el número 10126 y fue presentada a las 14:07:20
de 30 de junio de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 3 de julio del 2008.—Lic. Karina
Arrieta Rodríguez, Registradora.—Nº 51375.—(72495).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Luis Diego Acuña Delcore, mayor, casado una vez, abogado,
cédula de identidad Nº 1-440-632, vecino de San José, en su condición de
apoderado especial de Euro-Celtique S. A., de Luxemburgo, solicita la Patente
de Invención denominada PIRIMIDINAS ARILO SUSTITUIDAS Y EL USO DE ESTAS. Esta invención
se relaciona con un método para tratar desórdenes responsables del bloque de
los canales de Ion de sodio que utilizan compuestos de pirimidina aril
sustituidos novedosos de fórmula I, o una sal farmacéuticamente aceptable, o
solvato de esta, en donde A, R1, R2, R3 y R4 se definen en la descripción. La
invención también se dirige al uso de los compuestos de la fórmula I para el
tratamiento de daño neuronal luego de isquemia focal y global, para el
tratamiento o prevención de condiciones neurodegenerativas tales como
esclerosis lateral amiotrófica (ALS) y para el tratamiento, prevención
aminoración de dolor crónico o agudo, como agentes antitinnitus, como
anticonvulsionantes y como antimaniacos depresivos, como anestésicos locales,
como antiarrítmicos y para el tratamiento o prevención de neuropatía diabética.
La clasificación internacional de patentes sexta edición es C07D 239/00 cuyos
inventores son Goehring, R., Richard; Victory, Sam, F., Kyle, Donald, J. La
solicitud correspondiente lleva el Nº 7526 y fue presentada a las 14:39:37 del
13 de octubre del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese en el Diario
Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de julio del 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora,
Registradora.—Nº 51619.—(72928).
INSTITUTO
METEOROLÓGICO NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. Nº 12871P.—Representaciones
Técnicas CAD S. A., solicita concesión de: 1 litro por segundo del pozo sin
número, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Rafael, Alajuela,
Alajuela, para uso agropecuario-riego-café. Coordenadas 216.800 / 513.800 hoja
Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de abril de
2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 50896.—(72043).
Exp. 13012P.—Hacienda
Ojo de Agua S. A., solicita concesión de: 0,63 litros por segundo del pozo
AB-319, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Rafael
(Alajuela), Alajuela, Alajuela, para uso doméstico-consumo humano. Coordenadas
216.400/510.600 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de
julio de 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº
51048.—(72044).
Expediente Nº 13011P.—Hacienda
Ojo de Agua S. A., solicita concesión de: 0,85 litros por segundo del pozo
AB-1936, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Rafael,
Alajuela, Alajuela, para uso doméstico-consumo humano. Coordenadas: 216.420 /
510.820, hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro
del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de julio del
2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 51050.—(72045).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. Nº 12990A.—Río
Tuy S. A., solicita concesión de: 4 litros por segundo de ocho nacientes sin
nombre tomando 0,5 litros por segundo de cada una, efectuando la captación en
finca de su propiedad en San Nicolás, Cartago, Cartago para uso doméstico -
consumo humano agropecuario - riego - agropecuario abrevadero - agropecuario -
granja - agropecuario - lechería - doméstico - oficinas en el cuadrante
542.000-544.000/210.000-212.000 Hoja Istarú. Predios inferiores: no se indican.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 29 de
julio del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(72585).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Expediente 12991P.—Global Trust Firm S. A.,
solicita concesión de: 0.06 litros por segundo del pozo MTP-329, efectuando la
captación en finca de su propiedad en Cabo Velas, Santa Cruz, Guanacaste, para
uso doméstico-consumo humano y piscina doméstica. Coordenadas 260.341/336.938
hoja matapalo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del
mes contado a partir de la primera publicación. San José, 15 de julio de 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón,
Jefe.—(72145).
Exp. 13019A.—Gendri
de Los Ángeles Berocal Agüero, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo
del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en
Pejibaye, Pérez Zeledón, San José, para uso doméstico - consumo humano.
Coordenadas 339.950 / 517.100 hoja Coronado. Predios inferiores: no se indican.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 1º de agosto de 2008.—Departamento
de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 51165.—(72505).
Exp. Nº 2565A.—Beneficio La Eva S. A.,
solicita renovación de la concesión de: 40 litros por segundo del río Trojas,
efectuando la captación en finca de Innovaplant de Costa Rica S. A., en Sarchí
Norte, Valverde Vega, Alajuela, para uso agroindustrial-beneficiado.
Coordenadas 231.100/498.100 hoja Naranjo. Predios inferiores: No se indican.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 31 de
julio del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(72638).
Exp. 13005P.—Costa
Rican Utopian Investments S. A., solicita concesión de: 0.5 litros por segundo
del pozo MTP-118, efectuando la captación en finca de su propiedad en Cabo
Vela, Santa Cruz, Guanacaste, para uso agropecuario - riego. Coordenadas
259.450 / 338.025 hoja Matapalo. 2.5 litros por segundo del pozo MTP-116,
efectuando la captación en finca de su propiedad en Cabo Vela, Santa Cruz,
Guanacaste, para uso agropecuario - riego. Coordenadas 259.400 / 338.050 hoja
Matapalo. 3.000 litros por segundo del pozo MTP-111, efectuando la captación en
finca de su propiedad en Cabo Vela, Santa Cruz, Guanacaste, para uso
agropecuario - riego. Coordenadas 259.600 / 337.900 hoja Matapalo. 2.000 litros
por segundo del pozo MTP-117, efectuando la captación en finca de su propiedad
en Cabo Vela, Santa Cruz, Guanacaste, para uso agropecuario - riego.
Coordenadas 259.375 / 337.850 hoja Matapalo. 7.010 litros por segundo del pozo
MTP-144, efectuando la captación en finca de su propiedad en Cabo Vela, Santa
Cruz, Guanacaste, para uso agropecuario - riego. Coordenadas 259.010 / 338.135
hoja Matapalo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del
mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 24 de julio del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón,
Jefe.—(72651).
Exp. 13007P.—Costa
Rican Utopian Investments S. A., solicita concesión de: 0.5 litros por segundo
del pozo MTP-112, efectuando la captación en finca de su propiedad en Cabo Vela,
Santa Cruz, Guanacaste, para uso doméstico-consumo humano-agropecuario-riego.
Coordenadas 258.555 / 337.450 hoja Matapalo. 1.13 litros por segundo del pozo
MTP-115, efectuando la captación en finca de su propiedad en Cabo Vela, Santa
Cruz, Guanacaste, para uso domestico - consumo humano - agropecuario - riego.
Coordenadas 258.600 / 337.450 hoja Matapalo. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de julio del 2008.—Departamento de Aguas.—J.
M. Zeledón Calderón, Jefe.—(72655).
Registro Civil-Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por
Jéssica Janeth Betancourt Ponce, ha dictado una resolución que en lo conducente
dice: Resolución N° 1305-08. Registro Departamento Civil, Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las diez horas y treinta y
nueve minutos del doce de junio del dos mil ocho. Ocurso. Expediente N°
7113-08. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—... Considerando: I.—Hechos
Probados:... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de
nacimiento de Jean Carlo Betancoord Ponce...en el sentido que el nombre de el
menor y el primer apellido de la madre de la persona ahí inscrita son
“Jeancarlos” y “Betancourt” respectivamente y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(72180).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Wendy Marcela García Barrantes, ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 083-06.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos
Jurídicos.—San José, a las ocho horas y diez minutos del trece de enero del dos
mil seis. Ocurso. Exp. N° 15672-05. Resultando: 1º—...; 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no
probados. III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Procédase
a rectificar los asientos de nacimiento de Jénnifer y Priscilla ambas Chaves
Barrantes... en el sentido que los apellidos de la madre de las personas ahí
inscritas son “García Barrantes” y no como se consignaron. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Doble Directora General.—Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 51248.—(72506).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Karla Hicela Aparicio Araniva, ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1351-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos
Jurídicos.—San José, a las trece horas y tres minutos del dieciocho de junio
del dos mil ocho. Ocurso. Exp. Nº 12615-08. Resultando: 1º—..., 2º—....
Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no
Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Rectifíquese el asiento de matrimonio de
Manuel Enrique Chaves Vega con Karla Hicela Aparicio, único apellido..., en el
sentido que los apellidos de la cónyuge son “Aparicio Araniva” y no como se
consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc.
Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(72633).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Sujey Andrea Guerrero Calderón, ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Nº 335-2004.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Oficina Actos Jurídicos.—San José, a las dieciséis
horas trece minutos del veintidós de enero del dos mil cuatro. Diligencias de
ocurso incoadas en este Registro por Sujey Andrea Guerrero Calderón, mayor,
soltera, del hogar, costarricense, cédula de identidad número dos-quinientos
noventa y cinco-seiscientos trece, vecina de San Juan de Mata, Turrubares, San
José. Expediente Nº 29771-2003. Resultando I.—...,
II.—Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto:
rectifíquese el asiento de nacimiento de Marian Fernanda Campos Guerrero, en el
sentido de que el nombre y los apellidos de la madre son Sujey Andrea Guerrero
Calderón, y no como aparecen actualmente consignados. Publíquese esta
resolución por una vez en el Diario Oficial. Notifíquese.—Lic.
Rodrigo Fallas Vargas.—Oficial Mayor.—Lic. Ligia María
González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 51587.—(72934).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Yuhua Luo, no indica segundo apellido, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 1954-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos
Jurídicos.—San José, a las nueve horas treinta minutos del nueve de julio del
dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 3965-2007. Resultando 1º—..., 2º—...,
Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no
probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de
matrimonio de Henry Castillo Infante con Yuhua Luo no indica otro apellido,
conocida como Luo Yuhua, en el sentido que el nombre y apellido del padre de la
cónyuge es “Yuhua Luo, no indica segundo apellido” y no como se consignó. Se
deniega en cuanto a rectificar el nombre y apellido de la madre por aparecer
debidamente inscrito en este Registro.—Lic. Marisol
Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María
González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 51405.—(72935).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIÓN
Avisos de solicitud de naturalización
Katia Elva Meza Vargas, mayor, casada, del hogar, peruana, cédula de
residencia 455-0197458-0002893, vecina de Heredia, expediente 5065-2007. Se ha
presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto
por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155
del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad
costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del
caso.—San José, 2 de junio del 2008.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora
General.—1 vez.—(72899).
Diana María Fernández Sánchez, mayor,
soltera, ingeniera en sistemas, colombiana, cédula de residencia 117000801428,
vecina de San José, expediente Nº 2721-2007. Se ha presentado a este Registro a
levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus
reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por
naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso,
motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 7 de marzo
del 2008.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—1
vez.—Nº 51434.—(72937).
Patricia Solarte Arias, mayor, soltera,
comerciante, colombiana, cédula de residencia 420-0191262-003774, vecina de San
José, expediente Nº 2160-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar
información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de
Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas,
solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se
emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para
que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días
hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y
aportando las pruebas del caso.—San José, 10 de julio del 2008.—Lic. Rodrigo
Fallas Vargas, Director General a. í.—1 vez.—Nº
51456.—(72938).
REGIÓN HUETAR NORTE
ÁREA
DE SALUD FORTUNA
Modificación programa compras 2008
Se avisa a los interesados que
el Programa de Compras publicado en La Gaceta Nº 12 del 17 de enero del
2008 y La Gaceta Nº 20 del 29 de enero del 2008 se adiciona en la
siguiente partida.
Programa: Atención Integral de
la Salud.
Cuenta
Presup.
Descripción
Monto total ¢
2550
Otras construcciones y
adiciones
25.000.000,00
Fortuna, 4 de agosto del 2008.—Lic. Marcela Corella Alvarado, Administradora.—1 vez.—(74215).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000070-PROV
Contratación de servicios de limpieza y jardinería para las
instalaciones del edificio de los Tribunales de
Justicia
de Santa Cruz, Guanacaste
El Departamento de Proveeduría
invita a todos los potenciales proveedores interesados a participar en el
siguiente procedimiento de:
Licitación Abreviada Nº
2008LA-000070-PROV, Contratación de servicios de limpieza y jardinería para las
instalaciones del edificio de los Tribunales de Justicia de Santa Cruz, Guanacaste.
Fecha y hora de apertura: 3 de
septiembre del 2008, a las 10:00 horas.
El respectivo cartel se puede obtener sin
costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados
deben dirigirse al Proceso de Adquisiciones del Departamento de Proveeduría.
Sita: en el 3º piso del edificio Anexo B, ubicado en la esquina formada entre
calle 15 avenida 6, San José; o bien, obtenerlos a través de Internet, en la
dirección http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar el envío del
correspondiente archivo por correo electrónico a la dirección
licitaciones@poder-judicial.go.cr. En este último caso, de no atenderse su
solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá
comunicarse tal situación a los teléfonos 2295-3136/3623/3295.
San José, 6 de agosto del 2008.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa a. í. Proceso de
Adquisiciones.—1 vez.—(73804).
OFICINA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-004942-01
Demolición de serpentina verde y suministro e instalación de
forro de aluminio tipo ACM, en oficinas centrales
El Banco de Costa Rica, informa
que recibirá ofertas hasta las 10:30 a. m. (diez horas con treinta minutos) del
27 de agosto del 2008, para la licitación en referencia, que deberán ser
depositadas en el buzón de la Oficina de Contratación Administrativa, ubicado
en el tercer piso de Oficinas Centrales.
El cartel de la contratación que incluye las
especificaciones y condiciones generales, lo pueden retirar en la misma oficina
con un horario de 09:00 a. m. a 02:00 p. m.
San José, 7 de agosto del 2008.—Área de Licitaciones.—Rodrigo Aguilar Solórzano.—1
vez.—(Solicitud Nº 14757).—C-7940.—(74249).
LICITACIÓN ABREVIADA 2008LN-000010-01
Compra de dos linternas marinas para faros
de Quepos e Isla Herradura
El Departamento de Proveeduría
del INCOP, avisa que recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del 4 de setiembre
del 2008, para la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000010-01 por la “Compra de
dos linternas marinas para faros de Quepos e Isla Herradura”.
Los interesados en participar en esta
Licitación podrán adquirir el respectivo cartel de licitación en nuestras
oficinas ubicadas en Puerto Caldera, a partir de este aviso.
Proveeduría.—Lic.
Marvin Calero Álvarez, Proveedor General.—1
vez.—(Solicitud Nº 11249).—C-6620.—(74296).
LICITACIÓN ABREVIADA 2008LN-000011-01
Mantenimiento de faros y boyas de la
Vertiente
del Pacífico de Costa Rica
El Departamento de Proveeduría
del INCOP, avisa que recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del 4 de setiembre
del 2008 para la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000011-01 para el
“Mantenimiento de faros y boyas de la Vertiente del Pacífico de Costa Rica”.
Los interesados en participar en esta
Licitación podrán adquirir el respectivo cartel de licitación en nuestras
oficinas ubicadas en Puerto Caldera, a partir de este aviso.
Proveeduría.—Lic.
Marvin Calero Álvarez, Proveedor General.—1
vez.—(Solicitud Nº 11250).—C-6620.—(74298).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000010-SCA
Construcciones y remodelaciones varias
La Universidad Nacional, a
través de la Proveeduría Institucional recibirá ofertas por escrito hasta las
10:00 horas del día 18 de setiembre del 2008, para la contratación de servicios
de obra para construcciones y remodelaciones varias.
Se realizará una reunión preoferta para las
posiciones uno, dos y cinco el día 20 de agosto a las 8:00 de la mañana, a
cargo del Área de Planeamiento Espacial. La reunión se efectuará en la Sala de
Sesiones de la Proveeduría Institucional y posteriormente se trasladarán al
lugar de las obras para la visita al sitio de acuerdo con el horario indicado
en el pliego de condiciones.
Para la posición número tres se realizarán
dos reunión preoferta y visita al sitio en el lugar de las obras, una se
realizará el 18 de agosto a las 10:00 de la mañana en la Región Brunca, sede
Pérez Zeledón y la otra se realizará el 19 de agosto a las 10 de la mañana en
Campo Agua Buena de Neotrópica de Rincón de Puntarenas. El profesional
responsable para esta posición es el Ing. Francisco Miranda.
Para la posición número cuatro se realizará reunión preoferta y visita al sitio el día 21 de
agosto a las 10:00 en la Estación Nacional de Ciencias Marino Costera en Punta
Morales, Puntarenas. El profesional responsable para esta posición es el Arq.
Adrián Chávez.
Los interesados deberán adquirir el CD que
contiene pliego de condiciones, especificaciones técnicas y los planos
constructivos a partir de la presente invitación en la Plataforma de Servicios
de la Proveeduría Institucional de la Universidad Nacional. Para solicitar el
CD, deberán presentar un CD en blanco, el cual será recibido en canje por el
que se entrega.
Heredia, 6 de agosto del 2008.—Nelson Valerio Aguilar, Director.—1 vez.—(O. C. Nº
25783).—C-17180.—(74126).
HOSPITAL DR. MAX TERÁN VALLS
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000002-2308FRO
Suministro al Hospital Dr. Max Terán Valls de pollo
y sus diferentes cortes y huevos
El Área de Gestión de Bienes y
Servicios del Hospital Dr. Max Terán Valls, recibirá ofertas por escrito hasta
las 13:00 horas del 10 de setiembre del 2008. El cartel puede ser retirado en
el Área de Gestión de Bienes y Servicios. Situada de la esquina noreste del
parqueo para vehículos de funcionarios 50 metros al norte, parte posterior de
las instalaciones del Hospital Dr. Max Terán Valls, previo pago de la suma de
¢230,00 (doscientos treinta colones con 00/100).
Quepos, 06 de agosto del 2008.—Lic. Evelyn Patricia Castro Lara, Coordinadora.—1 vez.—(73805).
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
SUBÁREA DE CARTELES
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000015-1142
Equipos de ultrasonido
Se informa a los interesados que
está disponible el cartel de la Licitación Pública 2008LN-000015-1142, para la
adquisición de equipos de ultrasonido. Apertura de ofertas: 10:00 horas del día
23 de octubre 2008. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.
Lic. Vilma Arias Marchena.—1 vez.—(U. P. Nº 1142).—C-7280.—(74252).
HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2008LN-000013-3003
Compra de catéteres varios tipos y tamaños
Se informa a los interesados que
está disponible la Licitación Pública Nacional 2008LN-000013-3003. Compra de
catéteres varios tipos y tamaños. Fecha máxima de recepción de ofertas 03 de
setiembre del 2008 a las 10:30 a. m. El cartel se puede adquirir en la
Administración del Hospital, por un costo de ¢500. Vea detalles en
http://www.ccss.sa.cr.
San José, 7 de agosto del 2008.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Endry Núñez
Salas, Coordinador.—1 vez.—(74291).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
2008LN-000015-3003
Juego de reactivos
Se informa a los interesados que
está disponible la Licitación Pública Nacional 2008LN-000015-3003. Juego de
reactivos. Fecha máxima de recepción de ofertas 03 de setiembre del 2008 a las
2:00 p. m. El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital, por
un costo de ¢500. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 7 de agosto del 2008.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Endry Núñez
Salas, Coordinador.—1 vez.—(74292).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000078-PRI
Compra de equipo de ingeniería
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica
que se recibirán ofertas hasta las 11:00 horas del día 03 de setiembre del
2008, para la “Compra de equipo de ingeniería”.
Los documentos que conforman el cartel,
pueden ser retirados en la Proveeduría del AyA. Sita en el módulo C, piso 3 del
edificio sede del AyA, ubicado en Pavas, previa cancelación de ¢500,00 o en el
Web www.aya.go.cr. Link Proveeduría Institucional.
San José, 06 de agosto del 2008.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1
vez.—(74134).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000009-ARESEP
Contratación de servicios profesionales para efectuar el análisis
de requerimientos funcionales v operativos de la Dirección
Administrativa
Financiera de la Autoridad Reguladora
La Proveeduría de la Autoridad
Reguladora de los Servicios Públicos, cédula jurídica Nº 3-007-042042-09,
recibirá ofertas hasta las 10:00 horas, del 28 de agosto del 2008, para la
“Contratación de servicios profesionales para efectuar el análisis de
requerimientos funcionales y operativos de la Dirección Administrativa
Financiera de la Autoridad Reguladora”.
Las especificaciones técnicas y las
condiciones generales, que forman parte de esta licitación, pueden ser
accesadas en la página de la ARESEP, www.aresep.go.cr. en
la opción la Institución, Proveeduría, Servicios, Contrataciones, Licitaciones.
Para mayor información pueden llamar al
teléfono 2543-0536 ó 2543-053720-0102, extensión 150-151, o a los correos
electrónicos jromero@aresep.go.cr., fjaubert@aresep.go.cr.
San José, 6 de agosto del 2008.—Jorge Romero Vargas, Proveedor Institucional.—1
vez.—(Solicitud Nº 13396).—C-10580.—(74144).
MUNICIPALIDAD DE LA UNIÓN
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PUBLICA N° 2008LN-000003-01
La Municipalidad de La Unión por
este medio, informa que según Acuerdo del Consejo Municipal N° SM 369-2008,
sesión ordinaria N° 177, capítulo 2°, celebrada el jueves 31 de julio del 2008,
se adjudica la Licitación Abreviada N° 2008LN-000003-01, de la siguiente
manera:
• Al Consorcio
Grupo Orosi Siglo XXI, por un monto de ¢106.374.945,00 (ciento seis
millones trescientos setenta y cuatro mil novecientos cuarenta y cinco colones
con cero céntimos), por la totalidad de los ítemes (1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7).
1° de agosto del 2008.—Sr. Marvin Durán Vega, Proveedor Municipal.—1
vez.—(73814).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000011-01
Contratación para construcción de 500 metros lineales de cuneteado
en 14”, 500 metros cuadrados (m2) de confinamiento para
asfalto
y 100 metros cuadrados (m2) de losa en concreto
con malla electrosoldada de 4.1 mm.
La Municipalidad de La Unión por
este medio, invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000011-01,
e indica que recibirá ofertas hasta las 2:00 (p.m.) horas, del día miércoles 20
de agosto del 2008.
El cartel se podrá solicitar en forma
gratuita, en la oficina del Subproceso de Proveeduría Municipal luego de
publicada esta invitación, estamos ubicados en Tres Ríos, La Unión, Cartago,
costado norte del Parque Central de Tres Ríos; edificio azul, esquinero, dos
plantas, tel-fax 279-1070, correo electrónico mduran@munilaunion.go.cr.
4 de agosto del 2008.—Sr. Marvin Durán Vega, Proveedor Municipal.—1
vez.—(73815).
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2008LN-000005-01
(Invitación)
Contratación para:
Ítem Nº 1
Compra de dos mil cuatrocientos
(2400) medidores de agua de 1/2 pulgada, con su respectiva caja de hierro
fundido, con su respectiva tapa, acoples de caja, llave de cierre, acoples de
hidrómetro en bronce con sus respectivos empaques.
Ítem Nº 2
Instalación de dos mil
cuatrocientos (2400) medidores con sus respectivas cajas completas.
La Municipalidad de La Unión,
por este medio, invita a participar en la Licitación Pública N°
2008LN-000005-01, e indica que recibirá ofertas hasta las 11:00 a. m. horas del
día viernes 5 de setiembre del 2008.
El cartel puede ser retirado en la oficina
del Subproceso de Proveeduría Municipal, en forma gratuita, estamos ubicados en
Tres Ríos, La Unión, Cartago, costado norte del Parque Central de Tres Ríos,
tel-fax 2279-1070, correo electrónico mduran@munilaunion.go.cr.
La Unión, 6 de agosto del 2008.—Marvin Durán Vega, Proveedor Municipal.—1 vez.—(73816).
MUNICIPALIDAD DE ESPARZA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000020-01
Adquisición de un vehículo todo terreno para la alcaldía
La Municipalidad de Esparza;
recibirá ofertas hasta las once horas del día viernes 22 de agosto del 2008,
para participar en este proceso licitatorio. El cartel podrá ser retirado en la
Proveeduría Municipal, ubicada en el Palacio Municipal, 200 metros al sur del
Mercado Municipal en Esparza en horario de 7 a. m. a 3 p. m. de lunes a
viernes.
Esparza, 07 de agosto del 2008.—Yesenia María Bolaños Barrantes, Proveedora.—1
vez.—(74243).
PROYECTO DE FORTALECIMIENTO MUNICIPAL
Y
DESCENTRALIZACIÓN
CONVENIO Nº CRI/B7-310/99/0150
ANUNCIO DE LICITACIÓN DE CONTRATO DE SERVICIOS
Contratación de una asistencia técnica local en tecnología de
información y comunicación, para el proyecto de
fortalecimiento municipal y descentralización
(Proyecto
FOMUDE) Costa Rica
El Proyecto FOMUDE invita a
todas las personas físicas y jurídicas a presentar su oferta, con el fin de
contratar a un experto o una experta en Tecnología de Información y
Comunicación.
1. Órgano de Contratación:
Ministerio de Planificación y Política Económica en representación del Proyecto
FOMUDE.
2.
Descripción de la convocatoria: El Proyecto FOMUDE está interesado en contratar
los servicios de un experto o una experta en Tecnología de Información y
Comunicación, de acuerdo a los requisitos, financieros, técnicos y
administrativos solicitados en el cartel.
3.
Referencia de publicación: FOMUDE-NAL-SERV-003-2008.
4. Cartel de
Licitación: El cartel de licitación se puede consultar en nuestra página web:
www.fomude.go.cr.
5. Plazo
máximo para la recepción de las ofertas: No más tarde de las 16:00 horas del
día 19 de setiembre de 2008: Las ofertas deben cumplir con el formato
solicitado en el cartel licitación, y presentarse en las oficinas del Proyecto
FOMUDE ubicado en el edificio del IFAM. Moravia, Los Colegios, del antiguo
Colegio Lincoln 200 oeste, 100 sur y 200 oeste.
Florita Azofeifa Monge.—1 vez.—(73812).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
Se comunica a todos los
interesados que el Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión 57-08,
celebrada el día 5 de agosto del 2008, dispuso adjudicar las siguientes
licitaciones:
LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000037-PROV
Compra de lectores de códigos de barras
A: Asesoría Inmobiliaria y
Negocios Red Global S. A., cédula jurídica 3-101-344598.
El suministro de 500 lectores de
códigos de barras, marca Dynapos, modelo DYN-CCUSBBK, según muestra presentada.
Precio total: $23.250,00. Plazo de entrega: 29 días naturales. Garantía: 12
meses.
————
LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000068-PROV
Contratación de servicios médicos bajo la modalidad de sistema
médico por hora profesional para servidores judiciales del I
Circuito
Judicial de Puntarenas y por consulta individual
para servidores judiciales de Poás de Alajuela
Línea 1: al Dr. Carlos
Alberto Alvarado Ugalde, cédula de identidad 6-0134-0442.
Prestación de servicios médicos
bajo la modalidad de hora profesional para los servidores judiciales del I
Circuito Judicial de Puntarenas. Costo anual estimado de ¢10.122.834,06.
Línea 2: se declaró infructuosa
por no haberse recibido ofertas.
Demás características y
condiciones según carteles y ofertas respectivas.
————
LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000052-PROV
Reparación y mejoras en el techo del edificio de
Tribunales
de Justicia de Puntarenas
A: Edwin Orozco Solano,
cédula de identidad 3-0288-0968.
La reparación y mejoras en el
techo del edificio de los Tribunales de Justicia en Puntarenas, por un monto
total de ¢13.399.000,00.
Demás características y condiciones según
cartel y oferta.
————
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000047-PROV
Compra de cámaras de video para uso de
Organismo
de Investigación Judicial
A: AGETEC Centroamérica S.
A., cédula jurídica Nº 3-101-298468.
Compra de 28 cámaras de video,
marca Sony, modelo HDR-SR10, incluye 1 memory stick de 2 gB, maleta suave para
transporte. Demás características, especificaciones según cartel y oferta.
Precio unitario $994,00. Precio total: $27.832,00.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000055-PROV
Alquiler de local para alojar la Defensa Pública de Puriscal
A: Inversiones Herremora S.
A., cédula jurídica 3-101-325219, el arrendamiento del local para la
Defensa Pública de Puriscal, por una renta mensual de ¢475.000,00.
Al propio tiempo, se dispuso
declarar infructuosa la licitación que se dirá:
Licitación Abreviada Nº
2008LA-000054-PROV, “Remodelación del edificio de Tribunales de Sarapiquí”.
San José, 6 de agosto del 2008.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa a. í. Proceso de
Adquisiciones.—1 vez.—(73803).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000187-85001
Suministro e instalación de muebles modulares
para varias oficinas en el TSE
La Proveeduría del Tribunal
Supremo de Elecciones comunica por este medio, que en el artículo segundo de la
sesión ordinaria Nº 69-2008, celebrada el 05 de agosto del 2008 y comunicado
mediante oficio Nº STSE-2513-2008 de igual fecha, el Tribunal Supremo de
Elecciones dispuso adjudicar la citada licitación a la empresa Panel Ex S.
A., por un monto total de USD$35.400,00 (treinta y cinco mil cuatrocientos
dólares americanos exactos), y según el siguiente detalle:
Línea Nº 1 oferta Nº 1 de Panel
Ex S. A., por un monto de $33.100,00.
Línea Nº 2 oferta Nº 1 de Panel Ex S. A.,
por un monto de $2.300,00.
Lic. Allan Herrera Herrera,
Proveedor a. í.—1 vez.—(Nº
1555-2008).—C-7280.—(73828).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000005-BCCR
Adquisición de software
El Departamento de Proveeduría
del Banco Central de Costa Rica, informa a los interesados en esta licitación
que, mediante Acta de Adjudicación N’ 672-2008, se acordó adjudicar el presente
concurso de la siguiente manera:
Renglón Nº 2: Derecho a las
actualizaciones y al soporte técnico para una (1) licencia del software
Sniffer, por un año prorrogable por cuatro años. A la empresa SPC
Internacional S. A., parcialmente de la siguiente: Una renovación Sniffer
portable LAM, por un monto de $1.339,29, Application Intelligrnce For
Portable-Perpetual License, Douwnload Only- 1 YR Core SPT, por un monto de
$2.698,17 y Sniffer Volp Intelligence Option Fon Portable-Perpetual License
Download Only- 1 YR Core, por un monto $1.618,90; para un monto total del
Renglón $5.656,36.
Renglón Nº 3: Derecho a las actualizaciones y
al soporte técnico para una (1) licencia del software WEBSENSE, por un año
prorrogable por cuatro años, a la empresa Soluciones Corporación Ginsocorp
S. A., por un monto de $35.805,00.
Renglón Nº 4: Una (1) licencia de un software
para el análisis de bitácoras de IIS, por un año prorrogable por cuatro años, a
la empresa Alta Tecnología S. A., por un monto de $2.229,00.
Renglón Nº 15: Derecho a las actualizaciones
y al soporte técnico para una (1) licencia del software ISS, por un año
prorrogable por cuatro años, a la empresa GBM de Costa Rica S. A., por
un monto de $23.002,63.
Renglón Nº 16: Renovación del derecho a las
actualizaciones y soporte técnico para el software Rational, por un año
prorrogable por cuatro años, a la empresa G.CON de Costa Rica S. A., por
un monto de $22.106,73.
Renglón Nº 17: Un (1) software para la
documentación de bases de datos por un año prorrogable por cuatro años, por un
año prorrogable por cuatro años, a la empresa Soluciones Integrales S. A.,
por un monto de ¢6.560.000,00.
Renglón Nº 18: Tres (3) licencias de una
herramienta para el monitoreo y diagnóstico de bases de datos, por un año
prorrogable por cuatro años, a la empresa SIDIF Sistemas Informáticos
Centroamérica S. A., por un monto de $6.518,50. Se declaran infructuosos
los siguientes renglones: 1, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 12, 13, 14.
San José, 4 de agosto del 2008.—Departamento de Proveeduría.—Rolando Protti B.,
Director.—1 vez.—(O. C. Nº 9577).—C-23780.—(73827).
PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000015-PCAD
Compra de equipo de oficina
El Proceso de Contratación
Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, hace del conocimiento
de los interesados, la Comisión de Licitaciones Abreviadas resuelve declarar
sin lugar los recursos de revocatoria interpuestos por las firmas Sumar S. A.,
y Ramiz Supplies S. A., en contra del acto de adjudicación Nº 173-2008;
asimismo, queda vigente la recomendación que consta en el informe de
adjudicación Nº 173-2008 “Compra de equipo de oficina” según acuerdo tomado por
la Comisión de Licitaciones Abreviada el cual consta en el Acta Nº
74-2008.Demás condiciones con forme lo plantea el Proceso de Contratación
Administrativa en su recomendación de resolución Nº PCAD-1585-2008. Resolución
aprobada en acta Nº 088-2008 del día 30 julio del 2008.
Demás condiciones, especificaciones y
detalles en conformidad con lo señalado en el pliego cartelario, la oferta y el
informe de adjudicación Nº 173-2008, visible en el expediente administrativo.
San José, 04 de agosto del 2008.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1
vez.—(74251).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA 2008LN-000004-1142
Ventiladores pulmonares
A los interesados en el presente
concurso, se les comunica que por resolución de la Gerencia de Logística de
fecha 01 de agosto 2008, se adjudica a:
Ítem uno.
Soporte Médico S. A.—(Oferta Nacional).
Monto: $325.650,00 (dólares).
Ítem dos:
Kendall Innovadores en Cuidados
al Paciente S. A.—(Oferta Nacional).
Monto: $557.780,16 (dólares).
Subárea de Adjudicaciones.—Luz Mery Hidalgo Hernández, Jefa.—1 vez.—(U. P. Nº 1142).—C-10580.—(74253).
LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Nº 2008LI-000006-PROV
Adquisición de carne de res, cerdo y embutidos para el P.H. Pirris
El Instituto Costarricense de
Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la
Subgerencia Sector Electricidad mediante oficio 5001-1089-2008 del 23 de julio
del 2008, acordó adjudicar la Licitación Pública Internacional Nº
2008LI-000006-PROV de la siguiente manera:
A: Industrias Cárnicas
Avícolas y Agrícolas Recepo S. A.—(Oferta 3).
Partida Nº 1 (Art. del 1 al 20):
Carnes de res, cerdo y embutidos.
Monto total adjudicado: USD 490.851,51.
A: Cooperativa Matadero
Nacional de Montecillos R. L.—(Oferta 4).
Partida Nº 2 (Art. del 1 al 8):
Embutidos.
Monto total adjudicado: CRC 50.680.945,00.
Plazo de entrega: Será inmediata una vez que
el ICE notifique la orden de compra. Las entregas se ejecutarán a partir de
pedidos transmitidos con 8 días hábiles de anticipación.
Modalidad de pago: La forma usual de pago
local para este tipo de suministros.
Forma de pago: Mensual contra entrega y
presentación de facturas. Deberán indicar la persona o razón social y cuenta
bancaria para el depósito correspondiente, así como el número de cédula física
o jurídica.
En todos los casos las facturas deben ser
presentadas con todos los requisitos que la ley exige.
Todo de acuerdo con las condiciones y
requisitos del cartel y los términos de la oferta adjudicada.
NOTA: Presentar
garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada, personería
jurídica y certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones
actualizada o poder consularizado según corresponda, a más tardar dentro de los
10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante
original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por
cada ¢1.000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).
San José, 7 de agosto del 2008.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera,
Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 335364).—C-21140.—(74218).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000024-PROV
Adquisición de aceites para la operación de las unidades generadoras
Nos.
1, 2, 3 y 4 del centro de generación Moín
El Instituto Costarricense de
Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la
Subgerencia Sector Electricidad, mediante oficio 0510.1097.2008 del 29 de julio
del 2008, acordó adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000024-PROV de la
siguiente manera:
A: Lubricantes Azait S. A.—(Oferta 2).
Ítem 1:100 000 litros aceite
Raloy Diesel SAE 40 TBN 25.
Precio total USD 271.200,00 (incluye impuesto
de ventas).
A: Agencias Feduro S. A.—(Oferta 4).
Ítem 2: 80 000 litros aceite
Schell Argina X SAE 40.
Precio total CRC 130.447.200,00 (incluye
impuesto de ventas).
Plazo de entrega: El adjudicatario deberá
estar en disposición de ajustar las entregas a las necesidades operativas del
centro de generación Moín, por tanto el tiempo de entrega se contará a partir
de la notificación escrita firmada por el administrador de contrato,
solicitando e indicando la cantidad que deberá ser suministrada en un tiempo no
mayor a los 22 días hábiles, a partir de la notificación del ICE.
Los pedidos el ICE los hará aproximadamente
cada tres meses. Sin embargo, el ICE se reserva el derecho de variar las
cantidades y fechas según su demanda y sus condiciones operativas. El tiempo de
vigencia del contrato será de 12 meses a partir de la notificación de la orden
de compra.
Modalidad de pago y forma de pago:
Transferencia electrónica de fondos 30 días naturales.
100% del valor adjudicado contra la recepción
en el lugar de entrega convenido de cada una de las entregas de aceite. Contra
la presentación de facturas.
Todo de acuerdo con las condiciones y
requisitos del cartel y los términos de la oferta adjudicada.
NOTA: Presentar
garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada, personería jurídica y
certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada o poder
consularizado según corresponda, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a
partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de
pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada
¢1.000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).
San José, 7 de agosto del 2008.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera,
Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 335364).—C-25100.—(74219).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000091-PROV
Adquisición de desarrollo de un programa de capacitación
para las jefaturas de nivel superior
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en
la licitación arriba mencionada, que la Subgerencia Administrativa
Institucional, mediante oficio 5001-912-2008 del 4 de agosto del 2008, acordó
adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000091-PROV de la siguiente manera:
Oferta |
Partida |
Monto adjudicado (USD) |
|
Nº 2 |
ADEN Alta Dirección Business School S. A. |
Totalidad del Programa |
345.000,00 |
|
|
|
|
Todo de acuerdo con las
condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta adjudicada.
NOTA: Presentar
garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada, personería jurídica y
certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada o poder
consularizado según corresponda, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a
partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de
pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada
¢1.000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).
San José, 7 de agosto del 2008.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera,
Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 335364).—C-13220.—(74220).
LICITACIÓN PÚBLICA 2007LN-000009-PRI
Tubería PVC, tubería en polietileno y accesorios
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados cédula jurídica 4-000-042138, comunica que
mediante Acuerdo de Junta Directiva Nº 2008-355, se adjudica la Licitación
Pública 2008LN-000009-PRI, a la empresa Amanco Tubosistemas de Costa Rica S.
A., las posiciones 01, de la 03 a la 14, de la 16 a la 33, de la 35 a la
58, de la 60 a la 75 y de la 77 a la 83, por un monto total de $256.112,81
(I.V.I.)
Demás condiciones de acuerdo al
cartel y la oferta respectiva
Así mismo, se declaran
infructuosas las posiciones 02, 15, 34, 59, 76 y 84, por no recibir ofertas y
la posición 78 por incumplimiento técnico.
San José, 07 de agosto del 2008.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1
vez.—(74135).
PROCESO ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000025-01
Servicio de diseño de anteproyecto, proyecto e inspección de
proyecto ampliación de la sede Regional Brunca
La Comisión de Licitaciones, en
sesión Nº 30-2008, artículo III, celebrada el 06 de agosto del 2008, acuerda
adjudicar la licitación en referencia en los siguientes términos:
• Adjudicar la
línea única a la oferta Nº 2 de la empresa Consultécnica S. A.,
por un monto de ¢118.085.000,00; por cumplir con lo estipulado en el cartel y
ofrecer un monto razonable.
San José, 7 de agosto del 2008.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1
vez.—(Solicitud Nº 16356).—C-7940.—(74294).
MUNICIPALIDAD DE ESPARZA
PROVEEDURÍA MUNICIPAL
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000009-01
Adquisición de un vehículo tipo camión, cabina sencilla, año
2009,
para el programa de recuperación de materiales
para reciclaje de la Unidad de Gestión Ambiental
Se comunica que según acuerdo
del Concejo Municipal, del acta número catorce de sesión ordinaria, según
artículo número cinco del capítulo tercero efectuada el lunes cuatro de agosto
del dos mil ocho, se acuerda adjudicar la Licitación Abreviada 2008LA-000009-01
a Corporación Grupo Q Costa Rica S. A., por la compra de un vehículo
tipo camión, cabina sencilla, Hyundai HD 65 con carrocería, modelo 2009, por un
monto total de veintisiete mil sesenta y siete dólares de los Estados Unidos de
Norteamérica ($27.067,00), con un plazo de entrega de veintidós días hábiles
con una garantía de funcionamiento del vehículo de cien mil kilómetros o
treinta y seis meses lo que ocurra primero, un respaldo en repuestos de diez años
como mínimo.
Esparza, 07 de agosto del 2008.—Lic. Yesenia María Bolaños Barrantes, Proveedora.—1 vez.—(74244).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO
ELÉCTRICO
MUNICIPAL DE CARTAGO
UNIDAD EJECUTORA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000006-03
Adquisición de equipo de seguridad ocupacional
para el P.H. Toro 3
La Junta Administrativa del
Servicio Eléctrico Municipal de Cartago, por medio de la Unidad Ejecutora
comunica que la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000006-03 “Adquisición de equipo
de seguridad ocupacional para el P.H. Toro 3” fue adjudicada por acuerdo de la
Subgerencia, según oficio Nº SG-15-2008, del 5 de agosto del 2008, de la
siguiente manera: A la oferta Nº 1 presentada por Vilma Obando Arrieta
el ítem 39 de la Fórmula 1, por la suma de $1.850,00; a la oferta Nº 3
presentada por Sondel S. A., los ítemes 1, 2, 3, 26, 30, 33 y 47 de la
Fórmula 1 y los ítemes 1 y 3 de la Fórmula 2, todo por la suma de
¢28.497.000,00; a la oferta base de la oferta Nº 4 presentada por Equipos de
Seguridad Ocupacional S. A., los ítemes 4, 17, 27, 32, 35, 36, 37, 40, 41,
42, 43, 46 de la fórmula 1, de la oferta alternativa el ítem 7 de la fórmula 1
y los ítemes 5 y 7 de la fórmula 2, todo por la suma de $39.272,50; a la oferta
Nº 5 presentada por Compañía de Seguridad Industrial Cruz Verde S. A.,
los artículos 10, 11 y 28 de la fórmula 1 y el artículo 2 de la fórmula 2, por
la suma de $8.131,50; a la oferta Nº 6 presentada por Afalpi S. A., los
ítemes 5, 6, 12, 13, 14, 15, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 36, 44 y 45 de la fórmula
1 por la suma de $77.979,44 y el artículo 38 de la fórmula 1 por la suma de
¢151.200,00 y a la oferta Nº 7 presentada por CIFSA S. A., los ítemes 18
y 34 de la fórmula 1 y el ítem 4 de la fórmula 2 por la suma de $10.609,50.
Declarar infructuoso el procedimiento en cuanto a los ítemes Nº 8, 9, 19, 29 y
31 de la fórmula 1 y el ítem 6 de la fórmula 2.
Cartago, 5 de agosto del 2008.—Área Contratar Bienes y Servicios.—Lic. Héctor Tabarez De
Tolentino.—1 vez.—(Solicitud Nº
19460).—C-15180.—(74247).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000082-85001
(Aclaración
y modificación)
Contratación de servicios de seguridad y vigilancia para siete
sedes regionales del Tribunal Supremo de Elecciones
De conformidad con el artículo
60 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, comunica que se
aclara y modifica el cartel de referencia en los siguientes términos:
• En el ítem
2, donde dice: “Un puesto de 9 horas a ubicarse en la entrada/salida de
visitantes y funcionarios de la Sede Regional, con un horario de lunes a
viernes de las 8:00 horas a las 16:00 horas, y el servicios debe ser prestado
24 horas al día, excepto feriados de ley y asuetos”, deberá leerse: “Un puesto
de 8 horas a ubicarse en la entrada/salida de visitantes y funcionarios de la
Sede Regional, con un horario de lunes a viernes de las 8:00 horas a las 16:00
horas, excepto feriados de ley y asuetos”.
•
En el ítem 7, donde dice: “Un puesto de 9 horas a ubicarse en la
entrada/salida de visitantes y funcionarios de la Sede Regional, con un horario
de lunes a viernes de las 8:00 horas a las 16:00 horas, y el servicios debe ser
prestado 24 horas al día, excepto feriados de ley y asuetos”, deberá leerse:
“Un puesto de 8 horas a ubicarse en la entrada/salida de visitantes y
funcionarios de la Sede Regional, con un horario de lunes a viernes de las 8:00
horas a las 16:00 horas, excepto feriados de ley y asuetos”.
•
Eliminar el punto 4.3 del cartel.
•
Se aclara que el monto indicado en el punto 10.7 es para cubrir el costo del
servicio de vigilancia por lo que resta del año.
•
Se agrega la cláusula 10.8 que dice: “De conformidad con el artículo 9
del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se informa que en el
presupuesto del 2009 y siguientes, la Administración haría la previsión
económica para garantizar el pago de la obligación que se contraiga.”
Todos los demás extremos
cartelarios se mantienen invariables.
Lic. Allan Herrera Herrera,
Proveedor a. í.—1 vez.—(O. P. Nº
1572-2008).—C-18500.—(74254).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000007-SCA
Compra de vehículos
La Proveeduría Institucional
comunica que con respecto a esta Licitación Pública se aclara que el número
correspondiente a la misma deberá leerse correctamente de la siguiente
manera: 2008LN-000007-SCA.
Todas las demás condiciones de
esta contratación se mantienen.
Heredia, 05 de agosto del 2008.—Proveeduría Institucional.—Lic. Nelson Valerio Aguilar,
Director.—1 vez.—(O. C. Nº 25780).—C-5960.—(74127).
HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000037-3003
(Ampliación
recepción de ofertas)
Compra de Octreoctido LAR 30mg
El Hospital Dr. Rafael Ángel
Calderón Guardia comunica a todos los interesados en participar en el concurso
señalado que se realizaron modificaciones y aclaraciones del cartel, mismas que
están a su disposición y podrán ser retiradas en las Oficinas de la Subárea de
Contratación Administrativa, ubicadas en la Administración del Hospital.
Además, se les comunica que se amplía el plazo para recibir ofertas fijado
inicialmente para el día 12 de agosto del 2008 a las 2:00 p. m., y se prorroga
para el día 19 de agosto del 2008 a las 2:00 p. m.
Las demás condiciones del cartel
permanecen invariables.
San José, 6 de agosto del 2008.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Endry Núñez
Salas, Coordinador.—1 vez.—(74289).
LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000089-PROV
Adquisición de instrumentalización analizadores de sincronía
e instrumentación para mediciones de señales ópticas
El Instituto Costarricense de
Electricidad comunica a los interesados en la licitación antes mencionada que
la Dirección Técnica Operación y Mantenimiento mediante oficio 6415-1375-2008
del 31 de julio de 2008, adiciona al acto de adjudicación de la Licitación
Abreviada Nº 2008LA-000089-PROV publicado en La Gaceta Nº 145 del martes
29 de julio del 2008 lo siguiente:
Se declaran infructuosos los artículos
1 y 2, por no haberse recibido ofertas.
Las demás condiciones del acto
de adjudicación se mantienen invariables.
San José, 07 de agosto del 2008.—Dirección de Proveeduría.—Sr. Eugenio Fatjó Rivera,
Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 335364).—C-7940.—(74221).
MODIFICACIÓN REGLAMENTO PARA LA SELECCIÓN
Y
ASIGNACIÓN DE SOLICITANTES DE TIERRAS
A fin de que se sirva proceder a su ejecución, me permito comunicarle
el acuerdo tomado por la Junta Directiva en el artículo N° 2 de la sesión
extraordinaria 021-2008, celebrada el 21 julio de 2008.
ARTÍCULO 2
Se presenta a consideración de la señora y señores Directores el
oficio A-PE-0242-08, suscrito por la Presidencia Ejecutiva, sobre Proyecto de
Reforma del Reglamento para la Selección y Asignación de Solicitantes de
Tierras.
Analizada las reformas propuestas:
ACUERDO
Nº 2
De conformidad con el oficio A-PE-0242-08, suscrito por la Presidencia
Ejecutiva, se acuerda aprobar las siguientes modificaciones, al Reglamento para
la Selección y Asignación de Solicitantes de Tierras:
Artículo 1º—Adiciónese un capítulo IV al Reglamento
para la Selección y Asignación de Solicitantes de Tierras, corriéndose la
numeración de los capítulos y artículos subsiguientes de este Reglamento.
El texto dirá:
“CAPÍTULO IV
De la selección de personas físicas para la adjudicación
de granjas familiares
Artículo 46º—Conforme lo estipulado en el artículo 72 y 170 de
la Ley 2825, el Instituto podrá asignar tierras bajo la denominación de granjas
familiares, las cuales se instituyen en un modelo productivo subsidiario y
alternativo al de la parcela que se destina a vivienda y a actividades
agropecuarias de autoconsumo o de pequeña agroindustria, a fin de que los
miembros de la familia cuenten con una vía directa para obtener alimentos para
el consumo diario e ingresos económicos adicionales para la compra de otros
alimentos o insumos agropecuarios.
Artículo 47º—Las personas solicitantes de esta modalidad de dotación
de tierras, deberán demostrar que carecen de tierras aptas para los fines
previstos en el Artículo 46 de este Reglamento.
Artículo 48. Para la selección de solicitantes de granjas
familiares, se aplicarán las disposiciones y procedimientos generales
establecidos en los Capítulos I y II de este Reglamento, así como lo estipulado
en el presente Capítulo. Además, se contará con una escala de ponderación
específica para este caso, distinta a las que se aplican para la selección de
solicitantes de parcelas y de lotes para vivienda.
Artículo 49.—Para la ponderación de las
solicitudes de Granjas familiares, se pondrá especial énfasis en las siguientes
variables:
a) Lugar de Residencia.
b) Edad.
c) Escolaridad.
d) Responsabilidad familiar.
e) Aporte de mano de obra familiar.
f) Actividad o actividades más
importantes en las que se ha ocupado en los últimos diez años.
g) Producción agrícola como trabajo
extra en los últimos cinco años.
h) Uso del crédito y responsabilidad
financiera en los últimos cinco años.
i) Participación en organizaciones
de productores o productoras, comunales y sociales en los últimos cinco años.
j) Capacitación agropecuaria en
los últimos cinco años.
k) Posesión de propiedades por parte del
núcleo familiar.
Artículo 50.—A pesar de lo estipulado en el Artículo 13 de este
Reglamento, se dará por descalificada una familia solicitante de granja
familiar, aún cuando cuente con la calificación mínima, cuando se comprobare el
encontrarse en una o más de las siguientes situaciones:
a) Incumplimiento de deudas de la persona
solicitante o su pareja con el Sistema Bancario Nacional u otras entidades en
forma injustificada.
b) Comprobación de que la persona
solicitante o miembros del núcleo familiar poseen vivienda, parcela o
propiedades suficientes que le permitan establecer la misma o su granja
familiar.
c) Comprobación de que la persona
solicitante, o miembros del núcleo familiar poseen ingresos mayores a dos
salarios mínimos mensuales de un trabajador no calificado dentro del Sector
Agrícola.
d) Comprobación de que la persona
solicitante o su pareja han poseído bienes muebles o inmuebles que les
permitían un nivel socioeconómico estable y seguro y que dejaron de poseerlos
por razones injustificadas.
e) Comprobación de que la persona
solicitante o su pareja declararon información falsa en la entrevista o por
haber aportado u omitido aportar documentación, que por su relevancia hizo que
variara el puntaje mencionado en el Artículo 13 de este Reglamento.
f) Comprobación de que la persona
solicitante o su pareja han vendido mejoras o abandonado un predio del
Instituto, sin razones justificadas o haber vendido en forma ilegal.
g) Comprobación de que posteriormente a
la aplicación de la encuesta, una familia sujeto de análisis se ha
desintegrado, en cuyo caso el estudio debe repetirse con las nuevas condiciones
presentadas.
h) Comprobación de que la persona
solicitante o su pareja se dedica al comercio de tierras.
i) Comprobación de que la persona
solicitante, su pareja o miembros de su núcleo familiar son de una conducta
reprochable, o que riñe con las reglas de la moral, las buenas costumbres y que
atenta contra las buenas relaciones con los demás pobladores del asentamiento.
j) Renuencia a explotar o
desarrollar la granja familiar y habitar en ella.
k) Personas extranjeras que no tengan su
status de residente permanente conforme a lo establecido en el Artículo 16 de
este Reglamento, o que estén optando a un predio adquirido con recursos de
FODESAF.
l) Comprobación de que la persona
solicitante o miembros de su núcleo familiar son asignatarios o asignatarias de
una parcela, granja familiar o lote para vivienda.
m) Que la persona solicitante o su pareja esté
en la condición de casada y no conviva con su cónyuge.
Artículo 51.—Las personas asignatarias de granjas familiares, tendrán
un plazo de un mes a partir de la notificación de la asignación del predio,
para iniciar actividades en la misma y un año, a partir de la fecha de
otorgamiento del título de propiedad, para iniciar la construcción de la
vivienda, así como de seis meses adicionales, para concluirla. Las
Oficinas Subregionales velarán por el cumplimiento de estas disposiciones. Si
por alguna razón injustificada las personas asignatarias no pudieran construir
en el plazo fijado o destinaran el predio para otros fines distintos al
aprobado, su asignación quedara sin efecto y se procederá con el trámite
correspondiente de revocatoria y su subsecuente nulidad de título, si lo
hubiera.”
Artículo 2º—Modifícase el Artículo 2 del Reglamento para la Selección
y Asignación de Solicitantes de Tierras para que en adelante se lea de la
siguiente manera:
“Artículo 2º—Para todos los efectos de este Reglamento se entenderá
por:
1. El Instituto: El Instituto de Desarrollo
Agrario, creado por Ley N° 6735 del 29 de marzo de 1982.
2. L.G.A.P.: Ley General de la
Administración Pública.
3. Ley de Tierras: Ley de Tierras y
Colonización N° 2825 de 14 de octubre de 1961 y sus reformas.
4. Ley del IDA: Ley de Creación del
Instituto de Desarrollo Agrario N° 6735 del 29 de marzo de 1982.
5. La Secretaría: La Secretaría de la
Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Agrario.
6. Área de selección de familias: Unidad
Administrativa encargada de supervisar y fiscalizar el proceso de selección de
las familias solicitantes de tierras.
7. Arrendatario: Persona física o
persona jurídica (cooperativas, empresas comunitarias de autogestión campesina
y asociaciones cuyos fines no riñen con los objetivos del Instituto), que por
reunir los requisitos de la Ley de Tierras y del Reglamento de Arriendos, se la
ha otorgado un arrendamiento.
8. Asignación: Acto administrativo
válido y eficaz por medio del cual el Instituto a través de su Junta Directiva,
le asigna un predio con base en la legislación vigente, a una persona física o
jurídica en los términos del inciso i) del presente artículo.
9. Asignatario o asignataria: Persona física o
persona jurídica (cooperativas, empresas comunitarias de autogestión campesina
y asociaciones cuyos fines no riñen con los objetivos del Instituto), que por
reunir los requisitos de la Ley de Tierras y de este Reglamento y habiendo sido
previamente declarado elegible se les ha asignado un predio.
10. Banco de elegibles: Persona
individual o grupo de solicitantes que han sido declarados elegibles para las
diferentes modalidades de asignación de tierras y que las Oficinas
Subregionales mantienen en lista de espera para una eventual asignación de
predio.
11. Contrato de asignación de tierras:
Contrato de naturaleza mixta administrativo y agrario constitutivo de empresa
agrícola, suscrito entre el Instituto y la persona asignataria de un predio, en
el que constan los derechos y obligaciones de dicha asignación o arrendamiento,
conforme a los fines de la Ley de Tierras y Colonización N° 2825 y este
Reglamento.
12. Distribución de costos:
Cuantificación de los costos de la tierra y otras mejoras para determinar el
precio por predio a asignar, de conformidad con lo establecido en el Artículo
58 de la Ley de Tierras.
13. Elegible: Persona física o
jurídica (cooperativas, empresas comunitarias de autogestión campesina y
asociaciones cuyos fines no riñen con los objetivos del Instituto) que por
reunir los requisitos que se establecen en la Ley de Tierras y el presente
Reglamento, y haber obtenido un mínimo de 65 puntos en la encuesta de
selección, la Junta Directiva del Instituto le otorga esa condición, la cual
para efectos legales se considera una expectativa de derecho de conformidad con
lo establecido por la Sala Constitucional. No podrán ser objeto de estudio toda
persona física que sea funcionario público, entendida esta como la persona que
presta servicios a la Administración o a nombre y por cuenta de ésta, como
parte de su organización, en virtud de un acto válido y eficaz de investidura,
con entera independencia del carácter imperativo, representativo, remunerado,
permanente o público de la actividad respectiva. Para los efectos de asignación
de tierras al amparo de la Ley de Tierras, debe incluirse dentro de esas
denominaciones a cualquier persona que pertenezca a la organización de una
institución del Estado, sin importar el grado de autonomía de la misma, o del
Estado como Gobierno Central, lo haga a título gratuito, por un salario o
dieta.
14. Encuesta: Técnica de
recolección de información mediante un conjunto de preguntas tipificadas
dirigidas a un solicitante y su pareja, con el fin de determinar las
características socioeconómicas que permita inferir si reúne los requisitos para
ser elegible de los programas de dotación de tierras.
15. Escala de ponderación: Sistema
computadorizado de asignación de valores a las diferentes variables contenidas
en la encuesta, con la finalidad de obtener la mejor condición que presente la
persona solicitante o su pareja
16. Formulario de Solicitud de
Tierras: Instrumento que recolecta información básica que contempla en el
artículo 62 de la Ley Nº 2825, a fin de aplicar a trámite de estudio
socioeconómico.
17. Granja Familiar: Modalidad de
predio orientado a un modelo productivo subsidiario y alternativo al de la
parcela que se destina a vivienda y a actividades agropecuarias de autoconsumo
o de pequeña agroindustria, a fin de que los miembros de la familia
cuenten con una vía directa para obtener alimentos para el consumo diario e
ingresos económicos adicionales para la compra de otros alimentos o insumos
agropecuarios.
18. Informantes claves: Personas
de reconocida solvencia moral, destacadas por su participación en las
diferentes actividades comunales y organizaciones; así como funcionarios y
funcionarias de instituciones del Estado, con oficinas establecidas en la
región y que por sus funciones tienen amplios conocimientos de las familias
solicitantes de tierra.
19. Investigación complementaria:
Estudio que se realiza para verificar y ampliar la información obtenida en la
encuesta aplicada para la selección de las personas solicitantes de tierra.
20. Lote para la vivienda: Toda
subdivisión realizada por el Instituto en el área destinada a centro de
población de una finca adquirida para conformar un asentamiento campesino, o
segregación dentro de una parcela para la ubicación de una vivienda. El área
para este tipo de terreno no excederá los mil metros cuadrados.
21. Predios para otros fines: Son áreas de uso comunal, como apoyo a la población
para el establecimiento de servicios públicos y otros de interés social.
El área de éstos es variable y será determinada de acuerdo a las necesidades y
requisitos de quien lo requiera.
22. Oficina Subregional: Unidad
Administrativa encargada de coordinar y ejecutar el proceso de selección de las
familias solicitantes de tierras.
23. Parcela: Es la modalidad de
predio orientado a proporcionar a la población rural una alternativa productiva
suficiente para desarrollar actividades agroproductivas que propicien el
mejoramiento socioeconómico de las familias. Su tamaño se determinará según las
características agroecológicas del proyecto productivo y potencial de
desarrollo de cada finca.
24. Predio: Área de terreno
asignado, arrendada o por asignar o arrendar por el Instituto a una persona
física o persona jurídica (cooperativas, empresas comunitarias de autogestión
campesina y asociaciones cuyos fines no riñen con los objetivos del Instituto).
25. Propietario: Persona física o
jurídica (cooperativas, empresas comunitarias de autogestión campesina y
asociaciones cuyos fines no riñen con los objetivos del Instituto) que habiendo
aprobado satisfactoriamente el período de prueba sobre un predio previamente
asignado, la Junta Directiva del Instituto autoriza el otorgamiento del título
traslativo de dominio.
26. Responsabilidad familiar:
Condición de la persona solicitante de tierras de tener a cargo un núcleo
familiar, compuesto por hijos e hijas y las personas a su cargo que convivan
con ella.
27. Sistema de selección y
asignación de tierras: Base de datos a cargo del Área de Selección de Familias
y las Direcciones Regionales para el control de las familias solicitantes de
tierra, asignatarias y ex asignatarias (por renuncia, revocatoria, traspasos y
nulidades de título). Permite además la ponderación de las variables contenidas
en la encuesta para obtener los puntajes respectivos.
28. Solicitante: Persona física o
jurídica (cooperativas, empresas comunitarias de autogestión campesina y
asociaciones afines a los objetivos del Instituto) que realiza petitoria ante
el IDA para que se le aplique estudio socioeconómico.
Artículo 3º—Modifíquese el Artículo 10 del Reglamento para la
Selección y Asignación de Solicitantes de Tierras para que en adelante se lea
de la siguiente manera:
Artículo 10.—Para los estudios de selección
se aplicarán, entre otros, los siguientes instrumentos: Encuesta para la
Selección de Solicitantes de Tierras, Escalas de Ponderación y Consulta al
Sistema de Selección y Asignación de Tierras y Sistema de Titulación.
Además, se adjuntará al estudio las constancias o certificaciones necesarias
entre las que se incluirán invariablemente las indicadas en el Artículo 70 de este
Reglamento, en lo que a la familia adquirente se refiere.
Artículo 4º—Modifíquese el Artículo 13 del Reglamento para la
Selección y Asignación de Solicitantes de Tierras para que en adelante se lea
de la siguiente manera:
“Artículo 13.—Se tendrá por elegible la familia que obtenga un mínimo
de sesenta y cinco puntos, siempre y cuando no se encuentre en una o más de las
razones de exclusión a que se hace referencia en este Reglamento según
corresponda. La condición de elegible tendrá una vigencia de dos años, a partir
de la notificación del acuerdo de Junta Directiva. Transcurrido este plazo sin
que el Instituto haya asignado un predio a la persona elegible la misma perderá
esta condición y deberá someterse a un nuevo procedimiento de estudio
socioeconómico, en caso de pretender la asignación de un predio.”
Artículo 5º—Modifíquese el Artículo 14 del Reglamento para la
Selección y Asignación de Solicitantes de Tierras para que en adelante se lea
de la siguiente manera:
“Artículo 14.—Cuando el número de elegibles sea mayor que la capacidad
de asentamiento de la finca para granjas familiares, lotes para vivienda o
parcelas, en primer lugar se aplicará el orden de prelación que establece el
Artículo 63 de la Ley de Tierras y en segundo lugar, se dará preferencia a
quienes hayan obtenido mayor puntaje. Las restantes personas elegibles
serán consideradas conforme a la disponibilidad de tierras.”
Artículo 6º—Modifíquese el Artículo 20 del Reglamento para la
Selección y Asignación de Solicitantes de Tierras para que en adelante se lea
de la siguiente manera:
“Artículo 20.—Aportada, por parte de los
solicitantes toda la información que hace referencia el artículo anterior, se
les procederá a citar a efectos de realizarles una entrevista durante la cual
los funcionarios o las funcionarias asignadas verificarán que los documentos de
las personas solicitantes sean los requeridos en el Artículo 70 de este
Reglamento. De no cumplir los solicitantes con los requisitos solicitados
no se continuará con el procedimiento correspondiente, el cual quedará
suspendido por el plazo que indique el Instituto. A todo solicitante se
le entregará una minuta con la indicación concreta de los requisitos omitidos
así como el plazo prudencial para subsanarlos. En caso de no cumplir
dentro del plazo otorgado se procederá al archivo de dicha solicitud.”
Artículo 7º—Modifíquese el Artículo 50 del Reglamento para la
Selección y Asignación de Solicitantes de Tierras para que en adelante se lea
de la siguiente manera:
“Artículo 50.—Toda solicitud de predio para otros fines que no sean
los de vivienda, deberá ser acompañada de las constancias o certificaciones
dentro de las cuales se adjuntarán invariablemente las indicadas en el Artículo
70 de este Reglamento, en lo que al solicitante se refiere y las que se
describen a continuación.
a) Declaración jurada de que no posee tierras
aledañas a la comunidad o que las que posee no son aptas para el desarrollo del
proyecto.
b) Constancia de las entidades correspondientes
que no existe impedimento para el desarrollo del proyecto.
c) En caso de proceder, nota del ente
que financiara el proyecto y las condiciones de financiamiento.
d) Nota de las organizaciones
representativas de la comunidad que avalan el proyecto.”
Artículo 8º—Modifíquese el Artículo 53 del Reglamento para la
Selección y Asignación de Solicitantes de Tierras para que en adelante se lea
de la siguiente manera:
“Artículo 53.—Otorgado el título de
propiedad, las personas asignatarias de lotes para vivienda o para otros fines,
tendrán un plazo de un año para iniciar su construcción así como de seis meses
adicionales, para concluirla. En caso de no hacerlo en los términos indicados,
la Oficina Subregional procederá a iniciar el respectivo procedimiento
revocatoria de la asignación y subsecuente nulidad de título.”
Artículo 9º—Modifíquese el Artículo 72 del Reglamento para la
Selección y Asignación de Solicitantes de Tierras para que en adelante se lea
de la siguiente manera:
Artículo 72.—Contra el acuerdo deniegue la
solicitud de autorización de traspaso, cabrá recurso de reposición o
reconsideración, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 3) del Artículo
344 de la Ley General de la Administración Pública, que deberá formularse
dentro del plazo de diez hábiles contados a partir del día siguiente de la
notificación del acuerdo de Junta Directiva. El recurso deberá interponerse en
la Oficina Subregional o la Dirección Regional respectiva, para su trámite ante
la Junta Directiva del Instituto, debiendo indicar los motivos de hecho y
derecho en que fundamenta su disconformidad.
Artículo 10.—Modifíquese el Artículo 77 del
Reglamento para la Selección y Asignación de Solicitantes de Tierras para que
en adelante se lea de la siguiente manera:
Artículo 77.—Para dicha segregación, la persona solicitante y su
pareja deberán llenar el formulario de solicitud correspondiente y aportar los
requisitos que establece el artículo 70 de este reglamento, además copia del
plano catastrado del área a segregar.
Artículo 11.—Modifíquese el Artículo 79 del
Reglamento para la Selección y Asignación de Solicitantes de Tierras para que
en adelante se lea de la siguiente manera:
Artículo 79.—Contra el acuerdo deniegue la solicitud de autorización
de segregación a favor de familiares en primer grado, cabrá recurso de
reposición o reconsideración, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 3)
del Artículo 344 de la Ley General de la Administración Pública, el que deberá
formularse dentro del plazo de diez hábiles contados a partir del día siguiente
de la notificación del acuerdo de Junta Directiva El recurso deberá
interponerse en la Oficina Subregional o la Dirección Regional respectiva, para
su trámite ante la Junta Directiva del Instituto, debiendo indicar los motivos
de hecho y derecho en que fundamenta su disconformidad.
Artículo 12.—Modifíquese el Artículo 83 del
Reglamento para la Selección y Asignación de Solicitantes de Tierras para que
en adelante se lea de la siguiente manera:
Artículo 83.—Una vez autorizada la
segregación en cabeza de su dueño, deberá recurrir ante notario para el trámite
de inscripción ante el Registro Público de la Propiedad. La escritura pública
donde se materialice dicha segregación deberá cumplir con el trámite de
referendo y requisitos a que hace referencia el Artículo 79 de este Reglamento.
Artículo 13.—Modifíquese el Artículo 90 del
Reglamento para la Selección y Asignación de Solicitantes de Tierras para que
en adelante se lea de la siguiente manera:
Artículo 90.—En los casos en que exista
título de propiedad, la persona renunciante y su pareja deberán hacer su
solicitud en forma expresa ante la Oficina Subregional, en los términos del
Artículo 91.
Artículo 14.—Modifíquese el Artículo 96 del
Reglamento para la Selección y Asignación de Solicitantes de Tierras para que
en adelante se lea de la siguiente manera:
Artículo 96.—El Instituto no aceptará ninguna renuncia sobre predios
inscritos, si sobre la propiedad existen deudas con Garantía Hipotecaria
Externas al IDA o deudas con crédito rural a las que hace referencia el
Artículo 94 de este Reglamento .
Artículo 15.—Modifíquese el Artículo 102
inciso f del Reglamento para la Selección y Asignación de Solicitantes de
Tierras para que en adelante se lea de la siguiente manera:
f) Transcurrido el plazo del inciso
anterior, el abogado o abogada regional procederá a remitir su resolución
recomendativa a la Junta Directiva, quien dictará el acto final en las
diligencias de revocatoria, además de la aprobación del avalúo correspondiente
de mejoras. La resolución de este funcionario no es vinculante para la Junta
Directiva pero, en caso de no acogerla, deberá motivar su resolución, tal como
lo establece el Artículo 136 de la Ley General de la Administración Pública. En
caso de que la recomendación de la Asesoría Legal sea la de la improcedencia de
la revocatoria o nulidad, esta no requerirá ser conocida por la Junta Directiva
y esta ordenará el archivo del expediente previa comunicación a los interesados
y a la Oficina Subregional respectiva. Contra la resolución de la Asesoría
Legal Regional que deniegue el curso de procedimiento, la Oficina Subregional
podrá solicitar la revisión de las actuaciones.
Artículo 16.—Derogar los transitorios II y
III del Reglamento para la Selección y Asignación de Solicitantes de Tierras.
Artículo 17.—Adiciónese un nuevo transitorio
II al Reglamento para la Selección y Asignación de Solicitantes de Tierras. El
texto dirá:
“El plazo de dos años establecido en el Artículo 13 de este
Reglamento, se hace extensivo a todas aquellas personas solicitantes de tierras
que hayan sido declaradas elegibles con antelación y que no hayan sido
adjudicadas.”
Acuerdo aprobado por unanimidad.
Comuníquese. Acuerdo firme.
Lic. Walter Ulate Calderón, Secretario General de la Junta Directiva.—1 vez.—(O. C. Nº 5470).—C-258080.—(72193).
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS
Detalle de mercancías que se
rematarán en subasta pública en forma individual en la Aduana de Limón a las
9:00 a. m. horas del día 2 del mes de setiembre del 2008, en las instalaciones
de la misma, sita en Banco Crédito Agrícola de Cartago y que de conformidad con
la Ley Nº 7557 (Ley General de Aduanas), del 8 de noviembre de 1995, las mismas
se encuentran en estado de abandono.
Depositario Aduanero: Alcaribe, Código 158,
cédula jurídica número 3-101-220472, Dirección: Carretera Saopín, frente al
Depósito de la Cervecería de Costa Rica.
Boleta Nº 53-2008, Consignatario: Walter Madrigal
Rodríguez. Descripción: 1 silla de madera rústica, usada. 1 mueble de madera
corredizo, usado, de dos puertas.1 mueble de madera 5 gavetas, tipo ropero,
mediano. 1 mueble de madera, usado, tipo cómoda, de 11 gavetas. 1 mueble de sala,
usado, grande para televisor, con espejo, de madera comprimida, con espacio
para vh. 1 Lavamanos de metal. 2 muebles de mármol, pequeñas de cocina, con dos
puertas. Documento: 262429. Fecha: 13/02/2006. Bultos: 1 lote. Base:
¢14.550,72. Movimiento: no registrado. Estado: Se desconoce funcionamiento.
Ubicación: Alcaribe, código A-158.
Boleta Nº 54-2008, Consignatario: Louis Aponte.
Descripción: 1 bidón de agua vacío, usado. 3 recipientes plásticos grandes,
usados.1 hielera, grande, usada, marca Coleman 58 QTS. Bultos: 1 lote.
Documento: 15257. Fecha 28/09/2006. Base: ¢5.344,70. Movimiento: Nº registrado.
Estado: Se desconoce funcionamiento. Ubicación: Alcaribe, código A-158.
Boleta Nº A158-05-2008, Consignatario: Centro
Internacional de Inversiones. Descripción: Platos de melamina, nuevos, marca
Serene Sysco, de 3 compartimientos, medidas 22.8x24.1x8.5cm. Bultos: 19600
UNDS. Documento: 2619955. Fecha 13/12/2006. Base: ¢257.166,09. Movimiento:
7-2006. Estado: Se desconoce funcionamiento. Ubicación: Alcaribe, código A-158.
Se informa que el costo por
concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no esta
incluido en la base, por lo tanto los interesados deberán entenderse
directamente con el respectivo depositario Aduanero.
La subasta es pública, teniendo acceso
cualquier particular, no podrán participar las personas que establece el
artículo 73, párrafo segundo de la Ley General de Aduanas.
Para ser postor es indispensable depositar
mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de Aduanas, la suma
equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir antes
del inicio del remate, según lo establece el artículo 198, inciso e) del
Reglamento a la Ley General de Aduanas. La diferencia en relación con el monto
previamente depositado deberá cancelarse inmediatamente después de la
adjudicación de las mercancías.
Las condiciones son estrictamente de contado,
debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.
Las mercancías podrán ser inspeccionadas tres
días previos a la realización del remate.
Para mayor información consultar al
Depositario Aduanero donde se encuentran las mercancías y a la Sección de
Almacenes de la Aduana de Limón, teléfono 798-1626.
A los interesados en las mercancías que
necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias
gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.
Lic. Desiderio Soto Sequeira,
Director General de Aduanas.—1 vez.—(Solicitud Nº
9286).—C-33020.—(73511).
Detalle de mercancías que se rematarán en
subasta pública en forma individual en la Aduana de Limón a las 1:30 p. m horas
del día 1º del mes de setiembre del 2008, en las instalaciones de la misma,
sita en Banco Crédito Agrícola de Cartago y que de conformidad con la Ley Nº
7557 (Ley General de Aduanas), del 8 de noviembre de 1995, las mismas se
encuentran en estado de abandono.
Depositario Aduanero: Sislocar., Código 171,
cédula jurídica número 3-101-34649016. Dirección: Carretera Saopín, contiguo a
la Bomba Shell.
Boleta Nº 52-008, Consignatario: Herlinda
Ordoñez. Descripción: 1 Maleta viajera con rodines, pequeña, usada. 1 Alfombra
grande, medida 3mts largox1.10 de ancho. 2 Muebles de madera, tipo ropero para
niño. 02 Muebles de metal, para cocina, usados en forma rectangular. 1
recipiente para echar ropa de bambú, usado. 1 silla de madera plegable, usada.1
lavamanos de porcelana, usado. 05 láminas de playwood. 2 lavamanos de fibra,
usados.2 cunas de madera, usadas, con rodines. Documento: 4374 .Fecha:
11/03/2004. Bultos: 1 Lote. Base: ¢57.113,56. Movimiento: 10000000.Estado: Se
desconoce funcionamiento. Ubicación: Sislocar, código A-171.
Boleta Nº A171-05-2008, Consignatario: Sweet Kiss S.
A. Descripción: Cajas de cartón nuevas, desarmadas, marca Caribe Melons,
medidas 50X33X15CM. Documento: 200820745.Fecha: 28/01/2008. Bultos: 750 UNDS.
Base: ¢104.034,79. Movimiento: 10017343.Estado: Se desconoce funcionamiento.
Ubicación: Sislocar, código A-171.
Boleta Nº A171-06-2008, Consignatario: Corporación Supermercados
Unidos. Descripción: 03 juguetes infantiles, nuevos, moto turbo trike, de
84x48x53cm, para niños de 2 a 5 años. 04 juguetes infantiles , nuevos, moto
Super Trike, medida 72x47x49cm, almacenamiento debajo del asiento, para niños
de 2 a 5 años.01 juguete infantil, nuevo , moto Trail ATV, medidas 71x55x37cm,
de 2 baterías, para niños 1 a 3 años con volante operable de 3 sonidos .
Documento: 2007179641.Fecha: 24/01/2008. Bultos: 8 UNDS. Base: ¢20.048,36.
Movimiento: 10017270.Estado: Se desconoce funcionamiento. Ubicación: Sislocar,
código A-171.
Se informa que el costo por
concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no esta
incluido en la base, por lo tanto los interesados deberán entenderse
directamente con el respectivo depositario Aduanero.
La subasta es pública, teniendo acceso
cualquier particular, no podrán participar las personas que establece el
artículo 73, párrafo segundo de la Ley General de Aduanas.
Para ser postor es indispensable depositar
mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de Aduanas, la suma
equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir antes
del inicio del remate, según lo establece el artículo 198, inciso e) del
Reglamento a la Ley General de Aduanas. La diferencia en relación con el monto
previamente depositado deberá cancelarse inmediatamente después de la
adjudicación de las mercancías.
Las condiciones son estrictamente de contado,
debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.
Las mercancías podrán ser inspeccionadas tres
días previos a la realización del remate.
Para mayor información consultar al
Depositario Aduanero donde se encuentran las mercancías y a la Sección de
Almacenes de la Aduana de Limón, teléfono 798-1626.
A los interesados en las mercancías que
necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias
gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.
Lic. Desiderio Soto Sequeira,
Director General de Aduanas.—1 vez.—(Solicitud Nº
9285).—C-35660.—(73512).
Detalle de mercancías que se rematarán en
subasta pública en forma individual en la Aduana de Limón a las 9:00 a. m.
horas del día 01 del mes de setiembre del 2008, en las instalaciones de la
misma, sita en Banco Crédito Agrícola de Cartago y que de conformidad con la
Ley Nº 7557 (Ley General de Aduanas), del 8 de noviembre de 1995, las mismas se
encuentran en estado de abandono.
Depositario Aduanero: Terminales de Limón S.
A., Código 152, cédula jurídica Nº 3-101-07093206. Dirección: Carretera Saopín,
contiguo al Liceo Nuevo de Limón.
Boleta Nº A152-01-2008, Consignatario: Grecargo.
Descripción: Madera de especie Andibora, serrada seca en estufa, espesor
25.4mm, ancho 127mmm a 457,2mm, largo 1.628,8mm a 4.572,0mm; 32,354m3,
debidamente fumigada por el Ministerio de Agricultura y Ganadería. Documento:
272569. Fecha: 20/02/2007. Bultos: 23. Base: ¢1.173.457,82.Movimiento: 46-2007.
Estado: Se desconoce funcionamiento. Ubicación: Telisa, código A-152.
Se informa que el costo por
concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no esta
incluido en la base, por lo tanto los interesados deberán entenderse
directamente con el respectivo depositario Aduanero.
La subasta es pública, teniendo acceso
cualquier particular, no podrán participar las personas que establece el
artículo 73, párrafo segundo de la Ley General de Aduanas.
Para ser postor es indispensable depositar
mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de Aduanas, la suma
equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir antes
del inicio del remate, según lo establece el artículo 198, inciso e) del
Reglamento a la Ley General de Aduanas. La diferencia en relación con el monto
previamente depositado deberá cancelarse inmediatamente después de la
adjudicación de las mercancías.
Las condiciones son estrictamente de contado,
debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.
Las mercancías podrán ser inspeccionadas tres
días previos a la realización del remate.
Para mayor información consultar al
Depositario Aduanero donde se encuentran las mercancías y a la Sección de
Almacenes de la Aduana de Limón, teléfono 798-1626.
A los interesados en las mercancías que
necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias
gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.
Lic. Desiderio Soto Sequeira,
Director General de Aduanas.—1 vez.—(Solicitud Nº
9284).—C-24440.—(73513).
Detalle de mercancías que se rematarán en
subasta pública en forma individual en la Aduana de Limón a las 9:00 a. m horas
del día 3 del mes de setiembre del 2008, en las instalaciones de la misma, sita
en Banco Crédito Agrícola de Cartago y que de conformidad con la Ley Nº 7557
(Ley General de Aduanas), del 8 de noviembre de 1995, las mismas se encuentran
en estado de abandono.
Depositario Aduanero: Zona Portuaria
Japdeva-Limón, Código P-002. Dirección: Instalaciones Portuarias, Limón centro.
Boleta Nº 58-2008, Consignatario: Desconocido.
Descripción: Esquineros plásticos, aproximadamente 16000 unidades. Bultos: 1
lote. Documento: Desconocido. Fecha Desconocida. Base: ¢1.265.279,68
Movimiento: No registrado. Estado: Regular estado, se desconoce funcionamiento
Ubicación: Patios de JAPDEVA, código P-002.
Se informa que el costo por
concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no esta
incluido en la base, por lo tanto los interesados deberán entenderse
directamente con el respectivo depositario Aduanero.
La subasta es pública, teniendo acceso
cualquier particular, no podrán participar las personas que establece el
artículo 73, párrafo segundo de la Ley General de Aduanas.
Para ser postor es indispensable depositar
mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de Aduanas, la suma
equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir antes
del inicio del remate, según lo establece el artículo 198, inciso e) del
Reglamento a la Ley General de Aduanas. La diferencia en relación con el monto
previamente depositado deberá cancelarse inmediatamente después de la
adjudicación de las mercancías.
Las condiciones son estrictamente de contado,
debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.
Las mercancías podrán ser inspeccionadas tres
días previos a la realización del remate.
Para mayor información consultar al Depositario
Aduanero donde se encuentran las mercancías y a la Sección de Almacenes de la
Aduana de Limón, teléfono 798-1626.
A los interesados en las mercancías que
necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias
gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.
Lic. Desiderio Soto Sequeira,
Director General de Aduanas.—1 vez.—(Solicitud Nº
9288).—C-23120.—(73514).
Detalle de mercancías que se rematarán en
subasta pública en forma individual en la Aduana de Limón a las 1:30 p. m.
horas del día 2 del mes de setiembre del 2008, en las instalaciones de la
misma, sita en Banco Crédito Agrícola de Cartago y que de conformidad con la
Ley Nº 7557 (Ley General de Aduanas), del 8 de noviembre de 1995, las mismas se
encuentran en estado de abandono.
Depositario Aduanero: Bodega de la Aduana,
Limón, Código I-010. Dirección: Instalaciones Portuarias, Limón centro,
contiguo al Muelle Alemán
Boleta Nº 55-2008, Consignatario: Desconocido.
Descripción: Plantilla de gas, nueva, grande, de dos discos, marca Kaige,
modelo JZ20Y2-928; 12.5v; 2800-3000,GB16410-1996.
Bultos: 01. Documento: 2003-01. Fecha Desconocida. Base: ¢7.828,92.Movimiento:
No registrado. Estado: Se desconoce funcionamiento. Ubicación: Bodega de Aduana
de Limón, código I-010.
Boleta Nº 56-2008, Consignatario: Desconocido.
Descripción: Vidal Sazón, modelo VS165, nuevo, steam and Style (aparato para
hacer ondas en el cabello). Bultos: 1. Documento: Desconocido. Fecha
Desconocida. Base: ¢ 1.717,33 Movimiento: No registrado. Estado: Se desconoce
funcionamiento. Ubicación: Bodega de Aduana de Limón, código I-010.
Boleta Nº 57-2008, Consignatario: Desconocido.
Descripción: 1 Llanta nueva, marca Riverston, RS501 ,01 llanta nueva marca
Riverston HX112; 7.0-15 10PR, 1 llanta nueva marca Acolus, 11R22.5, 148/144,
HN06, 1 llanta nueva marca Acolus, 11R22.5, 146143, 1 llanta nueva marca
Riverston, HX112; 7.0-15 10PR, 1 llanta nueva , marca
Riverston, 8.25-16, RS03, 1 llanta nueva, marca Riverston, de 8.25-16, RS03.
Bultos: 7. Documento: Desconocido. Fecha Desconocida. Base: ¢50.555,84.
Movimiento: No registrado. Estado: Se desconoce funcionamiento. Ubicación:
Bodega de Aduana de Limón, código I-010.
Se informa que el costo por
concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no esta
incluido en la base, por lo tanto los interesados deberán entenderse
directamente con el respectivo depositario Aduanero.
La subasta es pública, teniendo acceso
cualquier particular, no podrán participar las personas que establece el artículo
73, párrafo segundo de la Ley General de Aduanas.
Para ser postor es indispensable depositar
mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de Aduanas, la suma
equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir antes
del inicio del remate, según lo establece el artículo 198, inciso e) del
Reglamento a la Ley General de Aduanas. La diferencia en relación con el monto
previamente depositado deberá cancelarse inmediatamente después de la
adjudicación de las mercancías.
Las condiciones son estrictamente de contado,
debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.
Las mercancías podrán ser inspeccionadas tres
días previos a la realización del remate.
Para mayor información consultar al
Depositario Aduanero donde se encuentran las mercancías y a la Sección de
Almacenes de la Aduana de Limón, teléfono 798-1626.
A los interesados en las mercancías que
necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias
gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.
Lic. Desiderio Soto Sequeira,
Director General de Aduanas.—1 vez.—(Solicitud Nº
9287).—C-32360.—(73515).
Detalle de mercancías que se rematarán en
subasta pública en forma individual en la Aduana de Limón a las 9:00 a. m.
horas del día 29 del mes de agosto del 2008, en las instalaciones de la misma,
sita en Banco Crédito Agrícola de Cartago y que de conformidad con la Ley Nº
7557 (Ley General de Aduanas), del 8 de noviembre de 1995, las mismas se
encuentran en estado de abandono.
Depositario Aduanero: Flogar S. A., Código
151, cédula jurídica Nº 3-101-035777-28, Dirección: Carretera Saopín, frente a
la entrada de Villa del Mar II, entre predio de Cobal y Talleres de Standard.
Boleta Nº 49-2008, Consignatario: Fyffes Costa
Rica. Descripción: Bandejas Plásticas, nuevas, para colocar fruta,
aproximadamente 20973 unidades. Fecha: 20/03/2008-17/02/2006. Documentos:
224271-262555-9916815-218215-2012756-2412258. Bultos: Un lote. Base: ¢1.658.544,42 . Estado: Regula estados, se desconoce funcionamiento.Movimientos:
6-1999/6-2000/2-2001/3-2001/01-2002/9-2004/12-2004/5-2006/51-2007. Ubicación:
Flogar, código A-151.
Boleta Nº 50-2008, Consignatario: Rocío del Este.
Descripción: Repuesto para vehículos usados, 1 caja de cambio, 1 motor Nissan,
TWIN CAN, de gasolina, n. IN4AB41DOXC711705, 1 motor Chrysley de gasolina, un
motor Toyota 12R01247 de gasolina , 1 motor Suzuky 0297006941, 90, 91-2213 de
gasolina, 1 parte para guardabarros, 1 puerta para Nissan S-3715, S2587 y un
guardabarros. Fecha: 12/03/2003-11/09/1998. Documentos: 2310762/9835115/263735.
Bultos: Un lote. Base: ¢45.085,13. Estado: Bueno. Movimiento: 01. Ubicación:
Flogar, código A-151
Se informa que el costo por
concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no esta incluido
en la base, por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente con el
respectivo depositario Aduanero.
La subasta es pública, teniendo acceso
cualquier particular, no podrán participar las personas que establece el
artículo 73, párrafo segundo de la Ley General de Aduanas.
Para ser postor es indispensable depositar
mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de Aduanas, la suma
equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir antes
del inicio del remate, según lo establece el artículo 198, inciso e) del
Reglamento a la Ley General de Aduanas. La diferencia en relación con el monto
previamente depositado deberá cancelarse inmediatamente después de la
adjudicación de las mercancías.
Las condiciones son estrictamente de contado,
debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.
Las mercancías podrán ser inspeccionadas tres
días previos a la realización del remate.
Para mayor información consultar al
Depositario Aduanero donde se encuentran las mercancías y a la Sección de
Almacenes de la Aduana de Limón, teléfono 798-1626.
A los interesados en las mercancías que
necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias
gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.
Lic. Desiderio Soto Sequeira,
Director General de Aduanas.—1 vez.—(Solicitud Nº
9282).—C-29720.—(73516).
Detalle de mercancías que se rematarán en
subasta pública en forma individual en la Aduana de Limón a las 1:30 p. m.
horas del día 29 del mes de agosto del 2008, en las instalaciones de la misma,
sita en Banco Crédito Agrícola de Cartago y que de conformidad con la Ley Nº
7557 (Ley General de Aduanas), del 8 de noviembre de 1995, las mismas se
encuentran en estado de abandono.
Depositario Aduanero: Encaspi S. A., Código
169, cédula jurídica Nº 3-101-34326734. Dirección: Carretera Saopín, 100 metros
este de la entrada a Río Blanco.
Boleta Nº 51-2008, Consignatario: Sueños de
Amigos. Descripción: 103 cargadores de baterías, nuevos, HKD-01766, 110v, 60HZ,
4.5 VDC, 500 MA, para motorota. T191-T190.84 Baterías para celular, nuevas, de
750-1600-1200-1000-1250MAH, de 3.6 y 3.7V, para Ericsson y Motorola. Documento:
Desconocido. Fecha: 25/10/2006. Bultos: 187 unidades. Base: ¢745.019,04.
Estado: Se desconoce funcionamiento. Movimiento: 2601. Ubicación: Encaspi,
código A-169.
Boleta Nº A169-09-2008, Consignatario: To the Order of
Banco Interfin. Descripción: Azulejo cerámico, medidas 25x40cm, de 1.5mt² por
caja, marca Magic, origen español, total = 7680 mt². Documento: 271010. Fecha:
18/01/2007. Bultos: 5120 cajas. Base: ¢3.115.909,37. Estado: Se desconoce
funcionamiento. Movimiento: 4601. Ubicación: Encaspi, código A-169.
Boleta Nº A169-10-2008, Consignatario: To the Order of
Banco Interfin. Descripción: Azulejo cerámico, de 25x40cm, de 1.5mt² por caja,
marca Magic, origen español, total = 9600 mt². Documento: 271012. Fecha:
20/01/2007. Bultos: 6400 cajas. Base: ¢3.894.885,13. Estado: Se desconoce
funcionamiento. Movimiento: 4801. Ubicación: Encaspi, código A-169.
Boleta Nº A169-12-2008, Consignatario: To the Order of
Banco Interfin. Descripción: Azulejo cerámico, de 25x40cm, de 1.5mt² por caja,
marca Magic, origen español, total = 5760 mt². Documento: 271011. Fecha:
18/01/2007. Bultos: 3840 cajas. Base: ¢2.336.932,03. Estado: Se desconoce
funcionamiento. Movimiento: 4701. Ubicación: Encaspi, código A-169.
Se informa que el costo por
concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no esta
incluido en la base, por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente
con el respectivo depositario Aduanero.
La subasta es pública, teniendo acceso
cualquier particular, no podrán participar las personas que establece el
artículo 73, párrafo segundo de la Ley General de Aduanas.
Para ser postor es indispensable depositar
mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de Aduanas, la suma
equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir antes
del inicio del remate, según lo establece el artículo 198, inciso e) del
Reglamento a la Ley General de Aduanas. La diferencia en relación con el monto
previamente depositado deberá cancelarse inmediatamente después de la
adjudicación de las mercancías.
Las condiciones son estrictamente de contado,
debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.
Las mercancías podrán ser inspeccionadas tres
días previos a la realización del remate.
Para mayor información consultar al
Depositario Aduanero donde se encuentran las mercancías y a la Sección de
Almacenes de la Aduana de Limón, teléfono 798-1626.
A los interesados en las mercancías que
necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias
gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.
Lic. Desiderio Soto Sequeira,
Director General de Aduanas.—1 vez.—(Solicitud Nº
9283).—C-35000.—(73517).
La Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica según lo resuelto
en el artículo 17 del acta de la sesión 5387-2008, celebrada el 16 de julio del
2008, dispuso revisar el Programa Macroeconómico para el 2008-2009, en los
siguientes términos.
REVISIÓN PROGRAMA MACROECONÓMICO
2008-09
Aprobado según lo resuelto por la Junta Directiva del Banco Central de
Costa Rica en la sesión 5387-2008, artículo 17
BANCO CENTRAL DE COSTA RICA
JULIO 2008
Junta Directiva
Presidente
Dr. Francisco de Paula Gutiérrez Gutiérrez
Ministro de Hacienda
MSc. Guillermo Zúñiga Chaves
Vicepresidente
MAE Jorge Alfaro Alfaro
Directores
MEE José Eduardo Angulo Aguilar
Dr. Bernal Jiménez Chavarría
Lic. Rodrigo Oreamuno Blanco
El inciso b) del artículo 14 de la Ley Orgánica del Banco Central de
Costa Rica (Ley 7558) establece el compromiso de la Institución de publicar el
programa monetario y sus respectivas revisiones, con el fin de procurar la
consecución del objetivo que le asigna su ley constitutiva.
En cumplimiento de lo anterior, se presenta un diagnóstico de la
situación económica reciente así como las acciones que en materia monetaria y
cambiaria pretende ejecutar el Banco Central en los próximos meses, bajo el
entendido de que procederá a modificar dichas acciones en respuesta a los
cambios introducidos en otros campos del quehacer económico. En este sentido,
informará oportunamente al público de estas modificaciones cuando proceda y
promoverá la transparencia en procura de lograr una adecuada formación de
expectativas por parte de los agentes económicos.
30 de julio de 2008
DAE-134-08
REVISIÓN PROGRAMA MACROECONÓMICO 2008-09
1º—Acciones de política del Banco Central de Costa Rica en el primer
semestre de 20081.
__________
1La presente
revisión del Programa Macroeconómico incorpora, además de las medidas adoptadas
durante el primer semestre de 2008, las decisiones de política monetaria y
cambiaria tomadas por el Directorio en los primeros dieciséis días de julio de
2008.
En el primer semestre de 2008 las acciones de política del Banco
Central de Costa Rica (BCCR) continuaron orientadas a reunir los requisitos
para adoptar un esquema monetario de Metas de Inflación, y específicamente, a
avanzar hacia un régimen cambiario de flotación administrada, a mejorar la
gestión de los pasivos de la Institución y a crear las condiciones necesarias
para utilizar la tasa de interés como instrumento de política monetaria.
Estas medidas forman parte de la estrategia de mediano plazo que busca
la convergencia de la inflación interna hacia las tasas que muestran nuestros
principales socios comerciales, cuyos propósitos para el bienio 2008-09
quedaron plasmados en el Programa Macroeconómico aprobado por la Junta
Directiva en artículo 9 del acta de la sesión 5364-2008 del 30 de enero del
presente año. En este Programa se estableció como objetivo que la inflación,
medida por la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), se ubicaría
en el 2008 en un 8% y en el 2009 en un 6%, con una tolerancia en ambos casos de
un punto porcentual (p.p.) hacia arriba y hacia abajo respecto de esos valores.
Al igual que lo ocurrido a lo largo de 2007, en el primer trimestre
del año, la situación superavitaria del mercado cambiario fue una constante que
llevó a que el tipo de cambio en el mercado mayorista (MONEX) se ubicara en el
límite inferior de la banda. En defensa de ese límite el BCCR realizó una
permanente intervención en este mercado como comprador neto de divisas, con el
consecuente efecto monetario expansivo. No obstante, el Banco Central procuró
neutralizar ese efecto con el uso de operaciones de mercado abierto2, y evitar así
que esa creación de liquidez se tradujera en mayores presiones sobre los
precios internos o la posición externa del país.
__________
2 En marzo de
2008 el saldo de estas operaciones registró un aumento de 38% con respecto al
observado al finalizar el año previo (23% en igual período de comparación de
2007). Esta absorción se realizó principalmente con depósitos electrónicos a
plazo.
Este comportamiento del tipo de cambio unido a expectativas de
apreciación del colón y a la reducción en las tasas de interés externas,
ampliaron el incentivo para procesos de arbitraje entre monedas, que provocaban
ingresos de capitales con su consecuente efecto sobre la expansión de la
liquidez en moneda nacional. En este contexto y en procura de evitar ingresos
no deseados de capital, a finales de enero el Banco Central redujo en 275 puntos
base (p.b.) la tasa de interés bruta para las operaciones pasivas a un día
plazo (de 6,00% a 3,25%) y las tasas de interés brutas para los depósitos en
Central Directo.
En el segundo trimestre del año, el mercado cambiario dejó de mostrar
excesos de oferta de divisas y reflejó el efecto de factores reales,
financieros y de una modificación en las expectativas cambiarias.
Por un lado, el menor dinamismo de la demanda externa incidió en la
oferta de divisas, al tiempo que la economía presentó un mayor requerimiento de
moneda extranjera para atender el pago de importaciones, en buena medida
producto del alza en el precio internacional del petróleo y los granos básicos.
Por otra parte, ese deterioro en la posición externa del país incidió
en las expectativas sobre la evolución del precio de la moneda extranjera, cuyo
comportamiento unido a la relativa estabilidad de las tasas de interés en el
mercado internacional, generó un menor incentivo al arbitraje entre monedas.
Las presiones al alza en el precio del dólar estadounidense se
manifestaron tanto en las ventanillas de los intermediarios cambiarios como en
el MONEX. Sin embargo, fue hasta en los primeros días de mayo cuando ese
comportamiento se hizo presente con incrementos sostenidos en el tipo de
cambio.
Con el fin de contener las presiones excesivas sobre el tipo de cambio
el BCCR decidió utilizar una parte de los excedentes de reservas monetarias
internacionales acumuladas en los meses previos para satisfacer la cantidad
demandada por el mercado. En mayo y junio la intervención fue de EUA$663
millones3; la medida, además de
estabilizar el tipo de cambio, tuvo un efecto monetario contractivo que
contribuyó en la tarea del control monetario.
__________
3 Cubrió el
requerimiento del Sector Público no Bancario por EUA$416 millones e inyectó
discrecionalmente EUA$247 millones en el MONEX para evitar cambios abruptos en
el tipo de cambio.
La dinámica del mercado cambiario provocó que el tipo de cambio se
“despegara” del límite inferior de la banda cambiaria, situación que abrió
espacios al Banco Central para iniciar las acciones de política monetaria y
utilizar la tasa de interés como su principal instrumento. Con ello busca que
las variaciones en la tasa de interés de referencia se transmitan con mayor
efectividad a la curva de rendimientos del sistema financiero y puedan incidir
en las decisiones de ahorro e inversión de los agentes económicos.
Particularmente desde finales de mayo el Banco Central tomó varias
medidas en materia de tasas de interés.
i. El 29 de mayo de 2008 modificó la
definición de la Tasa de Interés de Política Monetaria (TPM), para que esa
función fuera asumida por la tasa de interés que cobra el Banco en sus operaciones
activas (préstamos) a un día plazo en el Mercado Interbancario de Dinero. En el
tanto se logren reducir los excesos de liquidez presentes en la economía, los
intermediarios financieros podrían requerir de facilidades de crédito por parte
del BCCR, por lo que la TPM viene a constituir el costo marginal de los fondos,
y se espera facilite el proceso de transmisión de la política monetaria. En
esta ocasión la TPM fue establecida en 7%4.
__________
4
Anteriormente la TPM era la tasa para depósitos a un día plazo. La tasa para
operaciones activas se definía como la TPM más 3 p.p., por lo que previo a la
medida la tasa para estas operaciones era de 5,99%.
ii. También a partir de esa fecha
incrementó en 100 p.b. la tasa de interés bruta de los Depósitos Electrónicos a
Plazo en Central Directo (DEP) y de los depósitos a un día plazo (DON), para
inducir un desplazamiento de la curva de rendimientos de sus instrumentos e
incentivar el traslado gradual de recursos mantenidos en operaciones de muy
corto plazo hacia opciones de mayor plazo.
iii. El 18 de junio y el 9 de julio el BCCR
modificó la TPM, 100 p.b. en cada ocasión, para ubicarla a partir del 10 de
julio en un 9%.
Luego de algunas semanas de estabilidad cambiaria, a inicios de julio
el mercado mostró nuevamente presiones al alza, manifiestas en incrementos
súbitos que llevaron las cotizaciones del dólar estadounidense a niveles 6,4%
superiores en tan solo seis días hábiles5.
__________
5 El tipo de
cambio de referencia de venta pasó de ¢522,73 a ¢556,27 entre el 9 y el 17 de
julio de 2008.
El Banco Central reconoció que si bien continuaban las presiones
alcistas en el tipo de cambio motivadas por el deterioro de algunos de los
fundamentales de este macroprecio, en ese momento las expectativas de una mayor
devaluación unidas a la inyección de liquidez por vencimientos de operaciones
de mercado abierto, podrían estar exacerbando ese comportamiento. Además,
consideró que los parámetros de la banda cambiaria vigentes permitían una
variabilidad mayor a la esperada en el tipo de cambio, por lo que decidió
modificar los parámetros de su banda cambiaria.
Es así como a partir del 16 de julio estableció el tipo de cambio de
intervención de compra en ¢500 por dólar estadounidense y el precio de
intervención de venta en ¢555,37. Definió que el primero de estos precios de
intervención se mantendría constante, en tanto que el de venta se incrementaría
en ¢0,06 cada día hábil. Luego de la medida el tipo de cambio se ha ubicado
alrededor del nuevo límite superior de la banda.
Adicionalmente en el período en estudio, en línea con las medidas
aplicadas en el proceso de transición hacia un esquema de Metas de Inflación,
el Directorio tomó otras acciones, entre ellas:
i. Aprobó una modificación al Reglamento
para Operaciones con Derivados Cambiarios, con el fin de ampliar el número de
posibles participantes y de productos ofrecidos6.
__________
6 Esta
normativa está vigente desde finales de 2006 y se emitió al amparo de las
facultades que le otorga el artículo 90 de la Ley Orgánica del Banco Central de
Costa Rica. Con este Reglamento se busca dotar al sector financiero y bursátil
de una regulación que posibilite el surgimiento de un mercado de derivados
cambiarios y permita a los agentes económicos cubrirse de los riesgos que
podrían presentarse por variaciones inesperadas en el tipo de cambio en el
proceso de flexibilización del régimen cambiario.
ii. Amplió la variación diaria permitida
en la posición propia en divisas que deben mantener los intermediarios
cambiarios, de un ±3% a un ±4% de su patrimonio total expresado en dólares7. Con esta
medida, los intermediarios tienen mayor flexibilidad para participar en el
mercado de divisas y realizar una mejor gestión del riesgo cambiario al poder
acumular o desacumular una mayor cantidad de divisas, en forma consistente con
el objetivo de reducir la participación del BCCR en este mercado y otorgar más
grados de libertad a la política monetaria.
__________
7 Las
variaciones permitidas a las casas de cambio son aplicables sobre el monto
expresado en dólares que resulte mayor entre el patrimonio total más reciente
informado por la SUGEF al BCCR y la garantía rendida ante el BCCR.
iii. Envió en consulta al medio financiero y
bursátil una modificación al Reglamento para las Operaciones Cambiarias de
Contado, que permitiría a los puestos de bolsa realizar operaciones cambiarias
por cuenta y riesgo propios, además de actuar por cuenta de terceros. Esto
contribuiría a promover la competencia en el mercado cambiario.
iv. En procura de mejorar la gestión de la
deuda de la Institución, la Junta Directiva tomó las siguientes medidas
complementarias:
• Aprobó las Políticas Generales
para la Administración de Pasivos, cuya aplicación se hará en forma gradual,
conforme se eliminen los excesos de liquidez en la economía. La normativa
pretende separar la gestión de los pasivos del BCCR en dos segmentos: i) el
tramo de afinamiento de la política monetaria, constituido por obligaciones u
operaciones activas de corto plazo dirigidas a establecer las condiciones
necesarias en los mercados de negociación de dinero, para que las señales de
política monetaria se transmitan al mercado financiero de forma eficiente, y
ii) el tramo de mediano y largo plazo, compuesto por obligaciones contraídas
con la finalidad de compensar el efecto monetario generado por fuentes
estructurales de liquidez, como el déficit del BCCR y la acumulación de
reservas internacionales.
• Envió en consulta al medio
financiero una modificación a las disposiciones de encaje mínimo legal,
mediante la cual busca que el control diario se realice sobre la base de un
100% del requerimiento de encaje de dos quincenas previas, en lugar del 90%
aplicado en la actualidad8. Al eliminar
una fuente de incertidumbre en el cálculo del requerimiento de encaje, la
medida permitiría una mayor precisión en la gestión de las tesorerías de los
intermediarios financieros. Desde la perspectiva del Banco Central, esta
disposición permitiría mejorar las estimaciones de intervención diaria de la
Institución en el mercado de liquidez.
__________
8 El desfase
actual es de cinco días naturales sobre el requerimiento de encaje de la
quincena previa.
• Estableció un límite
máximo por depositante9 en los
instrumentos DEP y DON igual a la diferencia entre ¢5.000 millones y el saldo
existente en la fecha de constitución, con vencimiento entre 1 y 30 días.
Asimismo, modificó el calendario de subastas de Bonos de Estabilización
Monetaria, para contar con mayor número de eventos, ofrecer títulos de mediano
y largo plazo, y propiciar el traslado de recursos a instrumentos de mayor
plazo.
__________
9 A partir
del 4 de agosto de 2008 esta disposición aplica únicamente a los intermediarios
financieros.
2º—Evolución reciente de la inflación.
2.1 La inflación en el primer semestre
de 2008.
Los
distintos indicadores de inflación utilizados en Costa Rica mantuvieron en el
primer semestre de 2008 la tendencia creciente observada desde la segunda parte
del año anterior. El Índice de Precios al Consumidor acumuló un crecimiento de
6,5% a junio de 2008 y una variación interanual de 12,8%; esta última mayor en
casi 4 p.p. al dato resultante un año atrás y al límite superior del rango meta
establecido para el 2008 en el Programa Macroeconómico (8% ± 1 p.p.).
Por
su parte, el Índice Subyacente de Inflación (ISI), que procura medir la
inflación de mediano y largo plazo, acumuló un crecimiento de 5,9% (11,4%
interanual), porcentajes también mayores a los de igual período de 2007 y al
límite superior del rango estimado a inicios de año para este indicador (7%
±1p.p.).
La
inflación del grupo de bienes y servicios alimenticios10 mostró un
comportamiento creciente, observado de manera consistente desde la segunda
mitad del año pasado. Su crecimiento anual en junio de 2008 alcanzó 21,7%, más
alto que el de la inflación general (IPC) y, por el peso relativo que este
componente tiene en la canasta del IPC, explicó casi la mitad del incremento
anual de la inflación.
__________
10 En adelante
al grupo de bienes y servicios alimenticios se le denomina alimentos.
Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF
La
inflación de alimentos estuvo asociada, principalmente, con el alza en el
precio del servicio de comidas y bebidas no alcohólicas (alimentos fuera del
hogar) y de los rubros de pan, cereales, lácteos y huevos, componentes que
explicaron casi un 30% del incremento anual del IPC y cuya evolución respondió
en gran medida a la subida en las cotizaciones internacionales de granos
básicos (en especial trigo, maíz amarillo, soya y arroz). Adicionalmente, el
precio de hortalizas y frutas aumentó en más de 26%; en este caso condiciones
climáticas adversas a sus cultivos disminuyeron la oferta, restricción que
incidió en ese incremento de precios.
Por su parte, la variación anual en el precio de la canasta de bienes
y servicios del IPC excluidos los alimentos alcanzó un 9,4%. Si bien esa tasa
es inferior a la inflación total, mostró una aceleración en esta primera parte
del año (1,7 p.p.) y determinó casi un 53% del incremento anual del IPC.
Dentro de esa subcanasta, la inflación anual de bienes y servicios
transables registró un 6,7% en junio de 2008. Aunque la inflación de este
componente se ubicó por debajo del límite inferior del rango meta del BCCR,
mostró una aceleración de 1,2 p.p. en los primeros seis meses del año, producto
del ajuste en el precio interno de los combustibles y, más recientemente del
efecto traspaso del incremento en el tipo de cambio observado a partir de mayo
de este año.
Por último, la inflación interanual de los bienes y servicios no
transables excluidos los alimentos fue de 11,7% en junio, dos puntos
porcentuales más alta que la observada a finales de 2007 y explicó poco más de
una tercera parte del incremento anual observado en el IPC en junio de 2008.
En la inflación de no transables destacó el ajuste en el precio de los
bienes y servicios regulados (de una tasa anual de 8,8% en diciembre 2007 pasó
a 13,7% seis meses después) resultado básicamente del ajuste periódico en las
tarifas de servicios públicos, especialmente electricidad. Por su parte, el
componente no regulado de este subgrupo registró un aumento anual de 10,7%, y
si bien se ha mantenido en los últimos meses alrededor del 10%, dicho valor
supera el límite superior del objetivo inflacionario, lo cual podría asociarse
con elementos de indexación, expectativas crecientes de inflación11 y la
existencia de presiones de gasto interno.
__________
11 De acuerdo
con los resultados de la Encuesta Mensual de Expectativas de Inflación y
Variación del Tipo de Cambio. Particularmente las encuestas de diciembre de
2007 y julio de 2008 indican que las expectativas de inflación a doce meses
pasaron de 9,1% a 12,6%, en ese orden, ambas ubicadas por encima del límite
superior de la meta del BCCR.
En lo que respecta a la inflación subyacente, la variación acumulada
estuvo determinada en poco más de un 60% por el precio de los bienes; en
particular los alimentos registraron el mayor aporte positivo (explicaron casi
dos terceras partes de este incremento), en buena medida determinado por el
aumento en el precio de los granos en el mercado internacional. En relación con
los servicios del ISI el mayor aporte positivo provino de los servicios de
comida fuera del hogar.
Así, durante esta primera parte del año se han materializado algunos
de los riesgos señalados en el Programa Macroeconómico de enero de 2008, por lo
que la inflación continuó afectada por el encarecimiento de las materias primas
a nivel internacional, en particular del petróleo y los granos básicos12 y la
expansión de la demanda interna. También incidió el alto grado de indexación de
la economía, manifiesto entre otros en el ajuste de las tarifas de servicios
regulados; el comportamiento creciente de las expectativas inflacionarias, así
como problemas de oferta de productos perecederos que ejercieron presiones
inflacionarias adicionales.
__________
12
Para aproximar el impacto de los choques externos e internos sobre la
inflación, se supuso que el precio de los bienes y servicios que se estima
fueron afectados directamente por estos choques registró un ritmo de
crecimiento similar al del resto de la canasta. En términos del IPC, la tasa
media de variación anual se habría ubicado en 8,6%, es decir, 2,8 p.p. de la
inflación media del primer semestre estaría explicada
por estas perturbaciones. En el caso del ISI, se estima que el efecto de los
choques fue de 2,1 p.p. (el crecimiento medio del ISI hubiera sido de 7,7%).
2.2 Factores que incidieron en el
comportamiento de los precios domésticos
En
este apartado se analizan los elementos que podrían explicar el comportamiento
de la inflación doméstica en la primera mitad de 2008: i) la economía mundial,
en el tanto su evolución incide, por la vía de las transacciones del país con
el resto del mundo, sobre la producción, la demanda agregada y los precios
internos; ii) la oferta y demanda agregada, con el fin de identificar la
existencia de presiones de demanda interna y; iii) el comportamiento de los
agregados monetarios y crediticios, en el tanto excesos de liquidez se
manifiestan en presiones adicionales sobre el gasto interno.
2.2.1 Condiciones externas.
El
entorno económico mundial continuó mostrando un debilitamiento de la actividad
económica y una aceleración del ritmo inflacionario. En el primero de los
casos, en buena medida ligado con la profundización internacional de los
efectos de la crisis financiera originada en Estados Unidos de América, en
tanto que el aumento sostenido de la inflación a nivel mundial estuvo impulsado
por el ajuste en los precios de hidrocarburos y alimentos13.
__________
13 Las causas
del incremento en la cotización internacional de granos básicos e hidrocarburos
han sido señaladas en informes previos.
Cuadro 2
Precio Internacional de alimentos y del crudo
-Variaciones Interanuales-
Petróleo
Trigo Maíz
Soya Aceite
Arroz Sorgo (Brent)
Promedio del semestre
Jun-07/Jun-06
13,9
67,7
26,1
57,9
20,8 58,2
-8,0
Jun-08/Jun-07
95,6
48,1 33,1
70,3
81,1
-6,7 79,9
Último día del semestre
Jun-07/Jun-06
19,4
39,9
42,9
69,1
12,9 51,4
-4,4
Jun-08/Jun-07
52,5 116,2
76,6
59,5
91,2
-4,3 93,8
Fuente: Bloomberg
El
ritmo acelerado de la inflación se manifestó alrededor del mundo,
principalmente en las economías emergentes, donde ha sido más generalizada la
presencia de presiones de demanda interna y existen canastas de consumo con un
mayor peso en bienes relacionados con productos energéticos y alimentos. Del registro
de inflaciones a nivel latinoamericano con información al término del primer
semestre del año se colige lo siguiente (cuadro 3):
i. Con excepción de Brasil, los países
latinoamericanos presentaron un crecimiento de los precios internos que superó
la meta inflacionaria establecida por las autoridades monetarias en sus
proyecciones macroeconómicas. En general estos desvíos respondieron, en buena
medida, a choques externos cuya magnitud y persistencia fueron mayores a los
considerados en esas proyecciones.
ii. Las economías dolarizadas de la
región (Ecuador, El Salvador y Panamá) registraron tasas de inflación entre
9,0% y 9,7%.
iii. Los países con un régimen monetario
consolidado basado en meta explícita de inflación14, con excepción
de Chile, mostraron crecimientos de precios más bajos, lo cual podría responder
al anclaje de las expectativas de inflación alrededor de la meta de mediano
plazo.
__________
14 Brasil,
Chile, Colombia, México y Perú.
iv. Economías pequeñas, abiertas y con una
relativa cercanía como lo son los países centroamericanos y República
Dominicana presentaron, en general, tasas de inflación anual similares (en
promedio de alrededor de 12%).
Cuadro 3
Inflación en América Latina medida por el Índice de Precios al
Consumidor
-en porcentajes-
Inflación
Variación
Interanual
acumulada
Meta
Dic-06
Dic-07
Jun-08 I Sem-
08
inflación
Bolivia
5,0
11,7
17,3
8,9
8,0%
Brasil 1/
3,1
4,5
6,1
3,6
4,5(+/- 2p.p.)
Chile
2,6
7,8
9,5
4,3
3,0(+/- 1p.p.)
Colombia
4,5
5,7
7,2
6,0
3,5%-4,5%
Inflación
Variación
Interanual
acumulada
Meta
Dic-06
Dic-07
Jun-08 I Sem-
08
inflación
Costa
Rica
9,4
10,8
12,8
6,5
8,0(+/- 1p.p.)
Ecuador
2,9
3,3
9,7
7,1
2,9%-3,8%
El
Salvador
4,9
4,9
9,0
5,9
4,5%-5,0%
Guatemala
5,8
8,8
13,6
7,5
5,5(+/-
1,5p.p.)
Honduras
5,3
8,9
12,2
6,8
9,0(+/- 1p.p.)
México
4,1
3,8
5,3
2,0
3,0(+/- 1p.p.)
Nicaragua
9,5
16,9
23,1
11,8
n.d
Panamá
2,2
6,4
9,6
6,2
2,5%-3,5%
Paraguay
12,5
6,0
13,4
5,5
n.d
Perú
1,1
3,9
5,7
3,5
2,0(+/- 1p.p.)
Rep. Dominicana
5,0
8,9
12,2
7,6
6,0%
Uruguay
6,4
8,5
8,4
5,4
5,0(+/- 2p.p.)
Venezuela 2/
17,0
22,5
30,8
15,1
9,0%-11,0%
Fuente: Bancos Centrales e Institutos Nacionales de Estadística
1/ Índice de Precios al Consumidor Amplio (IPCA)
2/ índice Nacional de Precios
al Consumidor, Dic-07 = 100
En
el caso de Costa Rica, el aumento sostenido en el precio de las materias primas
fue uno de los principales determinantes que explicó la aceleración de la tasa
de crecimiento de los precios en el primer semestre de 2008. En particular, el
encarecimiento del trigo, maíz amarillo, soya y arroz a nivel mundial incidió
directamente en el precio local de los alimentos y bebidas no alcohólicas. Por
su parte, la tendencia creciente en la cotización del petróleo afectó
directamente el precio de los combustibles en el mercado doméstico y por
consiguiente, elevó el precio del transporte y de los demás rubros asociados
con el uso de hidrocarburos.
2.2.2 Oferta y demanda agregadas
En
los primeros cinco meses del año la actividad económica medida por la tendencia
ciclo del Índice Mensual de Actividad Económica (IMAE) registró una tasa de
crecimiento media de 5,6% con respecto a igual lapso de 2007. Por su parte,
cifras preliminares del Producto Interno Bruto (PIB) al primer semestre del año
señalan un crecimiento anual en torno al 4,6% en términos reales. Si bien ambos
resultados denotan la continuidad del proceso de desaceleración que inició
desde finales de 2006, al compararlos con la tasa de crecimiento de largo plazo
del producto potencial, estimada en 4,6%15, dan indicios
de que en la economía costarricense existen presiones de demanda interna16.
__________
15 El producto
potencial se refiere al nivel máximo de producto que la economía puede alcanzar
con la ocupación plena de sus recursos productivos, sin que ello genere
presiones inflacionarias. Este dato corresponde al promedio de los resultados
obtenidos de aplicar diferentes métodos de estimación del producto potencial,
entre ellos una función de producción de largo plazo de tipo Cobb-Douglas. Ver
documento “Estimación del producto potencial para Costa Rica: 1991-2006”
(DIE-02-2007, octubre, 2007).
16 El PIB del
primer semestre de 2008 estuvo afectado, en buena medida, por la producción de
algunos bienes tecnológicos destinados en forma exclusiva a la exportación, por
lo que al excluir ese efecto la tasa de variación resultante superó el
crecimiento estimado para el PIB potencial.
Con
base en la información del IMAE, la desaceleración obedeció a un menor
crecimiento en las actividades productoras de bienes17, pues el resto
presentó una aceleración. Particularmente aquellas asociadas con la
construcción y los servicios continuaron presentando tasas de crecimiento
importantes, impulsadas principalmente por la construcción tanto pública como
privada, el comercio, los servicios financieros y los relacionados con el
transporte y las comunicaciones.
__________
17 Este
comportamiento fue más notorio en la actividad agropecuaria, aunque también se
observó en la manufacturera.
Por
el lado del gasto, los resultados del PIB al primer trimestre del año18 señalaron un
mayor aumento de la demanda interna y una clara desaceleración de la demanda
externa. El primer agregado mantuvo un sostenido dinamismo, explicado por un
incremento en el consumo de los hogares (5,5%) y en la formación bruta de
capital (21,0%)19, situación que se observa
desde el 2005 y que es consistente con la existencia de condiciones que
favorecen el gasto interno.
__________
18 A la fecha
de realización de este informe sólo se disponía del detalle de componentes del
gasto para el primer trimestre de 2008.
19 En el caso del gasto público, esta variable mostró al primer
trimestre una tasa real de crecimiento moderada (de 2,3% anual).
Los
factores que se estima explicaron el comportamiento de la demanda interna están
relacionados con el incremento del ingreso nacional disponible (aunque menor
que en el 2007), donde destacan la incidencia de la creación de puestos de
trabajo20, las facilidades
crediticias, así como tasas de interés que indujeron al gasto (tasas activas
históricamente bajas y tasas pasivas negativas en términos reales).
__________
20 Tomando
como referencia la información de la Caja Costarricense del Seguro Social, en
los primeros cinco meses de 2008 el ingreso medio de los trabajadores presentó
un aumento anual de 5,4% en términos reales. En este período el deterioro de
los salarios reales (-2,2%) fue más que compensado por la creación de nuevos
puestos de trabajo (7,8%).
La
evolución de la demanda interna condicionó la posición neta de la economía
frente al exterior, que exhibió un deterioro mayor, ocasionado tanto por el
incremento en términos reales del gasto como por la caída en los términos de
intercambio. De esta forma, el déficit de la cuenta corriente de la balanza de
pagos alcanzó EUA$526 millones en los primeros tres meses del año, equivalente
a 1,7% del PIB (EUA$179 millones en igual período de 2007, 0,7% del PIB).
El
deterioro en la cuenta corriente de la balanza de pagos continuó en el segundo
trimestre del año, al punto que se estima que este indicador acumuló un
resultado negativo equivalente a 3,8% del PIB (1,5% en igual período de 2007).
No obstante la afluencia de recursos financieros procedentes del exterior, en
especial los orientados hacia el sector privado, permitieron financiar esa
brecha y además acumular activos externos por EUA$221 millones21.
__________
21 El saldo de
RIN en poder del BCCR ascendió a EUA$4.334 millones al término del mes de junio,
lo que representó un 14,4% del PIB estimado para el año y 4,4 meses de
importaciones regulares.
El
valor de las exportaciones de bienes, sobre la base de cifras preliminares,
registró un aumento anual de 6,5% en el primer semestre de 2008, ventas impulsadas
por las mercancías regulares, particularmente dirigidas a los mercados
estadounidense, europeo y centroamericano, toda vez que los regímenes
especiales de comercio registraron una leve disminución.
Por
su parte, la importación de bienes subió en 28,3% en la primera mitad de 2008
en relación con lo observado un año atrás, principalmente por la evolución de
las mercancías regulares22 . Sobresalió el
aumento en la factura petrolera (en comparación con igual lapso de 2007 ésta
fue mayor en EUA$539,4 millones), tanto por un mayor volumen importado (6,1%)
como por el ya comentado aumento en el precio medio por barril de coctel de
hidrocarburos importado por el país (EUA$119,3 y EUA$70,9 en el primer semestre
de 2008 y 2007, en ese orden). Adicionalmente, destacó el crecimiento del valor
de las importaciones de granos básicos, medicamentos y manufacturas de hierro y
acero23; este grupo en conjunto con
los hidrocarburos explicaron un 47% del incremento registrado en el valor de
las compras externas de mercancías regulares.
__________
22 El aumento
se presentó en todas las categorías económicas.
23 Este grupo
registró un incremento de EUA$240 millones respecto al primer semestre de 2007.
Las importaciones de granos básicos consideraron el arroz, frijoles, trigo,
soya y maíz.
En
la primera mitad del año se estima que la cuenta de servicios presentó un buen
desempeño, a pesar del entorno externo poco favorable. El superávit en la
cuenta de servicios pasó de un 4,4% en el primer semestre de 2007 a 4,8% del
PIB un año después.
2.2.3 Liquidez y crédito
El
saldo de la riqueza financiera creció en un 15,7% (anual) en junio de 200824, por debajo de
la variación media de 2007 (19,6%) y del aumento nominal del producto estimado
para el presente año (17,1%). Además de esta desaceleración en el crecimiento
del ahorro financiero se observó un cambio en su composición, en favor de los
depósitos bancarios.
__________
24 Comprende
los depósitos bancarios y las obligaciones de Gobierno y Banco Central con el
público (incluidas las instituciones públicas). La tasa de variación de este
indicador es similar una vez excluido el efecto cambiario.
Mientras
en junio de 2007 la participación relativa de los títulos públicos (Gobierno y
BCCR) en la riqueza financiera alcanzó un 35%, un año después fue de 32%,
ahorro que fue canalizado a la banca comercial, particularmente hacia
operaciones denominadas en moneda nacional. Lo anterior quedó reflejado en un
incremento en el saldo de la liquidez total del Sistema Bancario Nacional de 21,3%25, mayor a lo
observado a lo largo de 2007 (17,6%).
__________
25 Excluido el
efecto cambiario, en junio de 2008 la variación anual de la liquidez total fue
de 21,2%.
El
comportamiento de la liquidez total se reflejó, principalmente, en el
componente en moneda nacional, cuya tasa de expansión anual alcanzó 30% (11% en
el caso de las operaciones en moneda extranjera) y es consistente con una mayor
demanda de activos financieros con fines transaccionales, dada la evolución que
mostró el gasto interno, así como el comportamiento observado en el tipo de
cambio hasta el primer cuatrimestre del año. La información disponible al
cierre del primer semestre no evidenció una reversión del proceso de
desdolarización observado desde el 2007, a pesar de la tendencia al alza en el
precio del dólar a partir de mayo.
Por
su parte, el crédito al sector privado mostró un crecimiento acumulado de 13,3%
en el primer semestre de 2008, lo que denotó una desaceleración en relación con
lo observado un año atrás (14,1%)26. Sin embargo,
las tasas de variación interanual todavía presentan valores relativamente altos
(37,7% en junio de 2008, alrededor de 4 p.p. por encima de la tasa media anual
de 2007)27.
__________
26 El crédito
al sector privado se orientó principalmente a vivienda, construcción, consumo,
comercio y servicios, destinos que explicaron un 88,8% del aumento anual de la
cartera crediticia (con información a abril de 2008).
27
Excluido el efecto cambiario, en junio de 2008 el crecimiento acumulado fue de
10,9% y el interanual de 37,6%.
En
general el comportamiento del crédito al sector privado ha estado relacionado
con la persistencia de tasas de interés activas bajas en relación con las
históricas, expectativas favorables de los productores y consumidores respecto
a la situación económica del país28 y la mejora de
las finanzas públicas, que incidió en la disponibilidad de fondos prestables
para ser canalizados hacia el sector privado.
__________
28 A partir
del II trimestre de 2008 se aprecia el deterioro en los distintos indicadores
de percepción (empresarial y del consumidor).
En
lo que se refiere a la persistencia de tasas de interés pasivas negativas en
términos reales, es importante señalar que casi de forma generalizada, los
rendimientos de las opciones de ahorro denominadas en moneda local tendieron a
la baja en los primeros meses del año, influidos por la iniciativa del BCCR de
reducir en 275 puntos base sus tasas de captación a menos de un año y evitar la
potencial entrada de capital especulativo. Dicho ajuste también tuvo
repercusiones, aunque en menor cuantía en las tasas de interés activas.
Los
ajustes al alza en las tasas de interés del Banco Central aplicados desde
finales de mayo se han ido transmitiendo de manera gradual hacia las tasas de
interés pasivas del sistema financiero. No obstante, dada la tendencia
creciente de los precios y de las expectativas inflacionarias, así como la
magnitud del ajuste nominal en las tasas de interés, aún persisten rendimientos
reales negativos29.
__________
29 La tasa
básica pasiva real se estima en -5,5%, tomando en consideración el nivel de la
tasa básica pasiva bruta del 30 de julio de 2008 (7,0%) y la expectativa
promedio de inflación a doce meses (12,6%) de la Encuesta Mensual de
Expectativas de Inflación y Variación del Tipo de Cambio realizada en julio de
2008.
Por
último, cabe señalar que la mejora en las finanzas públicas redujo parcialmente
las presiones de demanda. Estadísticas preliminares de la situación fiscal al
cierre del primer semestre de 2008 (base reconocido) indican que el Sector
Público Global Reducido (SPGR)30 presentó
un superávit financiero equivalente a 1,1% del PIB (0,8% del PIB en igual lapso
de 2007), que fue explicado principalmente por la continua mejora del control
tributario y la moderación en los gastos totales, aspectos que favorecieron las
finanzas del Gobierno Central; asimismo influyó el menor déficit del Banco
Central (devengado y según metodología de cuentas monetarias).
__________
30 Incluye a
BCCR y al Sector Público no Financiero Reducido (SPNFR), compuesto por el
Gobierno Central y una muestra de 6 instituciones del sector público (CCSS,
RECOPE, CNP, ICAA, ICE y JPSSJ).
3º—La política monetaria y cambiaria en los próximos dieciocho meses.
En enero de 2008 el BCCR planteó como meta procurar que la inflación,
medida por la variación anual del IPC, se ubicara en diciembre de este año en
8% (± 1 p.p.). No obstante, como se comentó con anterioridad, la magnitud y
persistencia de los choques externos fue mayor a lo previsto y contribuyó a que
la inflación anual en junio alcanzara 12,8%.
El Banco Central considera que no será posible alcanzar la meta
inflacionaria planteada a inicios de año, por cuanto reconoce que:
i. Los choques externos continuarán
incidiendo sobre la inflación doméstica en el segundo semestre del año,
ii. la inercia inflacionaria seguirá
presente en los ajustes de tarifas de servicios regulados,
iii. las expectativas inflacionarias muestran
un comportamiento creciente,
iv. el incremento observado en el tipo de
cambio en el lapso mayo-julio 2008 tenderá a trasladarse a otros precios
internos y,
v. los espacios para utilizar la
política monetaria con fines de estabilización se abrieron recientemente, por
lo que su efecto se espera se materialice a partir de 2009, dados los rezagos
con que opera la política monetaria.
En otras palabras, si bien el Banco Central continúa en la tarea de
procurar una reducción sostenible de la inflación, reconoce que los factores ya
apuntados y los elementos inerciales incorporados en el sistema económico
costarricense llevarán el crecimiento de los precios internos a un nivel mucho
mayor que el objetivo planteado en enero de 2008. En razón de lo anterior en
esta oportunidad el Banco Central suministra una proyección de inflación para
el cierre de 2008 de alrededor de 14%.
La revisión del Programa Macroeconómico 2008-09, que abarca el período
julio 2008-diciembre 2009, contempla como meta alcanzar una inflación al
término de 2009 de 9% con un rango de tolerancia de un punto porcentual y,
forma parte de la estrategia de mediano plazo de llevar el crecimiento de los
precios domésticos a niveles similares a los que muestran los principales
socios comerciales del país. Sin embargo, dada la persistencia de algunos
choques externos, así como los rezagos con los que opera la política monetaria,
esa convergencia se perfila más lenta y gradual que lo previsto a inicios del
presente año.
En materia de política cambiaria el BCCR mantiene en el corto plazo su
compromiso con los parámetros de la banda cambiaria recientemente difundidos,
como parte del proceso de avanzar en el mediano plazo hacia un esquema de
flotación administrada, procurando en ese proceso de migración que el precio de
la divisa evolucione conforme a los fundamentales sin que presente
volatilidades excesivas y no deseadas en el muy corto plazo.
Por su parte, en el campo monetario, la Institución mantiene los
esfuerzos actuales tendientes a mejorar la efectividad de los instrumentos de
control monetario. Con este propósito continuará utilizando los espacios que
han abierto las condiciones del mercado cambiario para el uso de la tasa de
interés como instrumento de política monetaria y, mantendrá sus esfuerzos en
promover el traslado de recursos mantenidos en instrumentos de muy corto plazo
hacia opciones de mayor plazo y reducir así la posibilidad de que esos fondos
se materialicen en presiones adicionales sobre el gasto interno.
El escenario macroeconómico para el período julio 2008-diciembre 2009
incluido en el cuadro 4 está sustentado en las siguientes consideraciones:
i. Las proyecciones de crecimiento
económico para la economía mundial suponen una desaceleración transitoria en el
2008 y el 2009. Particularmente en el caso de la economía estadounidense,
prevén que en el 2008 y en el 2009 crezca en torno a 1,3% y a 0,8%, en ese
orden 31, resultado que estaría
influido por el deterioro en las condiciones crediticias en un contexto de
turbulencia en los mercados financieros, la corrección del mercado
inmobiliario, el deterioro en el nivel de empleo y los altos precios de
petróleo y granos básicos.
__________
31 Entre las
fuentes consultadas están Fondo Monetario Internacional (comunicado de julio de
2008), Consensus Forecasts, Organización para la Cooperación y el Desarrollo
Económico (OECD) y el Comité de Mercado Abierto de la Reserva Federal.
ii. Las proyecciones de inflación
mundial y particularmente de Estados Unidos apuntan a una aceleración, en buena
medida afectada por el comportamiento en las cotizaciones internacionales de
granos básicos y del petróleo. Para el cierre de 2008 se tiene una proyección
de inflación en torno a 4% para los principales socios del país (3,7% para
Estados Unidos)32.
__________
32 Para el
2009 las proyecciones apuntan a una inflación de 3,4% para los principales
socios comerciales y de 2,2% para Estados Unidos.
En el caso del precio del crudo, los analistas consideran que éste se
mantendrá en niveles altos, similares a los observados a finales del primer
semestre de 2008. Lo anterior hizo suponer que el precio promedio del cóctel de
hidrocarburos que importa Costa Rica podría alcanzar EUA$134 por barril en el
2008 33.
__________
33 El aumento
promedio del precio del coctel se supuso en 70% en el 2008 y en 20% en el 2009.
Por su parte, las expectativas sobre el precio internacional de los
granos, reflejadas en los precios a futuro para entrega en diciembre de 2008,
contemplan incrementos anuales en el maíz, soya y arroz de 65%, 51% y 40%, en
ese orden, superiores a los del año previo 34.
__________
34 Información
tomada de Bloomberg el 1 de julio, 2008. El incremento anual del precio de
estos productos en el 2007 fue de 17%, 44% y 34%, respectivamente. En el caso
del trigo, en el 2007 registró un incremento anual de 79%, concentrado en el
segundo semestre de ese año; las cotizaciones a futuro contemplan que en el
2008 el precio del trigo se mantendría en niveles similares a los observados a
finales del año previo.
Con base en estas consideraciones y la información analizada en este
informe, se proyecta que las principales variables de la economía costarricense
se caractericen por:
i. Una moderación del crecimiento
económico. El PIB se proyecta aumentará un 3,3% en el 2008 y 4% en el 2009.
El
comportamiento esperado para la economía estadounidense tendría incidencia en
la desaceleración prevista de la economía local, pues afectaría de manera
directa aquellas actividades productivas que colocan bienes en ese mercado y,
en particular, la producción de empresas ligadas a regímenes especiales de
comercio. Adicionalmente, factores coyunturales como los que han venido
afectando la producción de algunos bienes tecnológicos destinados en forma
exclusiva a la exportación, continuarán incidiendo sobre la evolución del PIB.
Además, una política monetaria contractiva se espera afecte el gasto interno y
en consecuencia la producción.
Asimismo,
los ingresos que se generan en el proceso productivo continuarían afectados por
el deterioro de los términos de intercambio, de forma tal que el ingreso
nacional disponible real se estima crecerá un 3,6% en el 2008, pero se
recuperará paulatinamente a partir del 2009, año en que reflejaría un
incremento de 3,8%. No obstante lo apuntado, y a diferencia de lo acaecido en
la anterior desaceleración de la economía estadounidense (2000-02), el ingreso
per cápita real no reflejará variaciones negativas y más bien se ubicaría en
torno al 2% en ambos años.
Más
en detalle, la demanda externa en su conjunto se estima disminuirá en un 3% en
el presente año, no obstante, se espera muestre un incremento de 5,3% en el
2009. El comportamiento apuntado de la producción de bienes exportables, tendrá
impacto sobre la demanda externa por bienes, la cual, a precios constantes, se
contraería un 6,6% en el 2008, principalmente influida por las exportaciones de
productos tecnológicos; para el siguiente año se estima aumentará un 5,5%
debido particularmente a la recuperación de las ventas externas de productos
agrícolas y de los regímenes especiales.
Por
su parte, los servicios de exportación estarían reflejando en el 2008 un
incremento de 10,6% impulsados por aquellos de carácter turístico y los
prestados a empresas. Para el 2009 se prevé una desaceleración (de 10,6% a
4,8%) en línea con la evolución proyectada del crecimiento económico mundial y
de los Estados Unidos en particular.
Se
estima que las industrias de servicios y construcción presenten un menor ritmo
de crecimiento en ambos años, en respuesta a las condiciones económicas locales
contempladas para el segundo semestre de 2008 (mayores tasas de interés y tipo
de cambio, así como una reducción de la liquidez).
ii. Por el lado del gasto, se prevé una
desaceleración en la formación bruta de capital fijo, de 21,0% en el primer
trimestre de 2008 a un 14,7% para todo el 2008 y, 6,7% para el siguiente año.
Este comportamiento sería especialmente notorio en las nuevas construcciones
del sector privado, que estarían reflejando tanto el efecto de una política
monetaria más restrictiva como el menor dinamismo de la inversión extranjera
inmobiliaria.
De
igual manera, se estima que el consumo privado se desacelerará de un 6,1% en el
2007 a un 4,3% en el 2008. Ese resultado estaría asociado con: i) un ajuste al
alza en las tasas de interés reales, ii) la desaceleración del crédito al
sector privado, iii) el efecto del deterioro de los términos de intercambio
sobre el ingreso disponible, principalmente en la segunda mitad de 2008 y, iv)
el impacto que la desaceleración económica tendría sobre los ingresos,
particularmente de los hogares asalariados, por la vía del debilitamiento del
empleo y el efecto de la dinámica inflacionaria sobre los salarios reales,
incidencias que tenderán a suavizarse hacia la segunda mitad de 2009. No
obstante, para todo el 2009 se proyecta una desaceleración del consumo privado
(de 4,3% a 3,6%). Las anteriores previsiones llevarán a la reducción paulatina
de la brecha de producción ubicando el PIB en el entorno de su nivel potencial
y con ello favorecería la convergencia de la inflación a la meta establecida
para el 2009.
iii. Por su parte, el déficit en la cuenta corriente
de la balanza de pagos se estima aumentará de 6,0% del PIB en el 2007 a un 8,0%
un año después, reflejo, principalmente del mayor gasto por factura petrolera,
que se estima alcanzaría EUA$2.457 millones en el año (8,2% del PIB).
En
concordancia con la ejecución de acciones de política económica orientadas a la
disminución del gasto interno, las importaciones de bienes en la segunda parte
del año registrarían un menor dinamismo, aunque el precio promedio del cóctel
de hidrocarburos se estima se sitúe en alrededor de $154 por barril en este
lapso.
En
el caso de las exportaciones de bienes se prevé una desaceleración en las
ventas externas asociadas a los regímenes especiales de comercio y que las
mercancías regulares mantengan un dinamismo similar al del primer semestre de
2008, en especial las canalizadas a los mercados centroamericano y europeo.
La
continuidad de las medidas de contención del gasto y un comportamiento dinámico
de las exportaciones de bienes y servicios contribuirían a que se presente en
el 2009 una menor brecha en la cuenta corriente de la balanza de pagos (de 8,0%
del PIB en 2008 a 6,8% el siguiente año), pese a la mayor factura petrolera
prevista para el 2009.
iv. Por último, los principales agregados monetarios
y financieros se estima mostrarán tasas de crecimiento acordes con el comportamiento
de la producción nominal, apoyados por una política fiscal mesurada y una
participación activa del Banco Central para influir en los niveles de liquidez
de la economía.
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4º—Balance de riesgos.
Las proyecciones macroeconómicas antes dadas fueron elaboradas con
base en elementos que se consideraron más probables; sin embargo, existe una
serie de eventos que son fuente de incertidumbre y cuya ocurrencia podría
afectar el cumplimiento de la meta inflacionaria planteada en el presente
ejercicio para el 2009, así como las políticas monetaria y cambiaria vigentes.
a. La economía costarricense, como
cualquier economía abierta y pequeña, está expuesta de manera importante a
choques externos de diversa índole; en la coyuntura actual sobresalen los
siguientes.
i. La desaceleración de la economía
mundial, en especial la estadounidense, y el efecto que ello pueda tener sobre
la producción local y las condiciones de acceso a financiamiento externo.
Un deterioro superior
al previsto se traduciría en una mayor contracción de la demanda externa, con
consecuencias directas sobre el ingreso, sobre el gasto interno y las presiones
de demanda. Por su parte, las pérdidas de empresas financieras que acompañan,
en la actual coyuntura, el menor crecimiento de la economía mundial, podrían
agudizar las presiones sobre los flujos de capital y reducir todavía más la
disponibilidad de crédito a nivel mundial.
ii. El encarecimiento de las materias
primas, en particular del petróleo y de los granos básicos, por encima de lo
previsto, tendría un efecto directo e inmediato sobre el comportamiento de los
precios domésticos.
Sin
embargo hay que tener presente que el precio del petróleo ha mostrado ser muy
sensible ante los anuncios de contracción en su demanda mundial y posibles
incrementos en la producción. Particularmente en las últimas semanas de julio
de 2008 se dio un cambio en las perspectivas sobre el comportamiento futuro del
precio del crudo. Algunas analistas señalan que el aumento en la producción de
crudo por parte de los principales países productores y la mayor disponibilidad
de combustible en los Estados Unidos (efecto conjunto de una mayor oferta y un
menor consumo) podría llevar su cotización a niveles por debajo de lo
contemplado en el presente ejercicio, lo que tendría efectos positivos para
Costa Rica, tanto desde la perspectiva de inflación como de la brecha en cuenta
corriente35.
__________
35 De
mantenerse los precios a futuro tomados de NYMEX.com el 25 de julio de 2008, el
precio promedio del coctel que importa el país ascendería a EUA$128,6 por
barril en el 2008, por lo que la factura petrolera con respecto al producto
alcanzaría 7,9% (8,2% es lo contemplado en la revisión del Programa
Macroeconómico).
b. En el campo interno se visualizan varios
riesgos, entre otros los siguientes:
i. Presiones fiscales mayores a las
previstas. La disciplina fiscal ha sido un factor que ha apoyado el control de
la inflación en los últimos años, pues contribuyó a moderar las presiones de
demanda. En consecuencia, un déficit financiero del sector público mayor a lo
considerado en las proyecciones tenderá a manifestarse en presiones de gasto
interno y por tanto dificulta la consecución de la meta inflacionaria y
deteriora la posición externa del país.
ii. La posible entrada en vigencia del
tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, República Dominicana y Estados
Unidos se espera tenga implicaciones positivas sobre la oferta exportable del
país y la atracción de inversiones, que fortalecerían el financiamiento externo
de la economía.
iii. El potencial ingreso del país al acuerdo
PETROCARIBE, iniciativa de cooperación energética impulsada por Venezuela,
constituiría un mecanismo de financiamiento36 de la factura
petrolera y una reducción en la presión sobre la demanda de divisas en el
mediano plazo.
__________
36 En términos
generales, la estructura de financiamiento de PETROCARIBE propone una escala de
financiamiento en las facturas petroleras, donde se toma como referencia el
precio del crudo. Se extenderá un período de gracia para el financiamiento a
largo plazo de uno a dos años y se prevé una extensión del período de pago de
17 a 25 años, reduciendo el interés al 1%, si el precio del petróleo supera los
100 dólares por barril. El pago a corto plazo se extiende de 30 a 90 días.
iv. La aprobación del proyecto de ley,
actualmente en estudio en la Asamblea Legislativa, que autoriza la
capitalización parcial del BCCR y aumenta los grados de libertad del Banco
Central en el uso de sus instrumentos de control monetario, incrementaría las
posibilidades de alcanzar con mayor celeridad en el mediano plazo inflaciones
similares a las que muestran los principales socios comerciales del país.
Lic. Jorge Monge Bonilla, Secretario General.—1
vez.—O. C. Nº 9498).—C-420440.—(72206).
VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL
OFICINA DE REGISTRO E INFORMACIÓN
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Brenda de Los Ángeles Vargas
Quesada, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de
Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la
vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al
señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro
de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 29 de julio del
2008.—Facultad de Derecho.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto,
Director.—(72559).
Silvia María Delgado Montes, ha presentado
solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho.
Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la
solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la
Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días
posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria “Rodrigo Facio”, 29 de julio del 2008.—Facultad de Derecho.—Área
de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(72560).
REPOSICIÓN DE TÍTULO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante el Departamento de Registro
de la Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición de diploma,
por destrucción correspondiente al título de Bachillerato en la Enseñanza de
los Estudios Sociales. Grado académico: Bachillerato, registrado en el libro de
títulos bajo: tomo: 18, folio: 42, asiento: 352, a nombre de Arnoldo Baltodano
Sánchez, con fecha 9 de mayo del 2002, cédula de identidad Nº 5-0291-0761. Se
publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término
de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en “La Gaceta”.
Heredia, 5 de junio del 2008.—Departamento de Registro.—Lic. Marvin Sánchez Hernández,
Director.—(72191).
VICERRECTORÍA EJECUTIVA
REPOSICIÓN DE TÍTULO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Lourdes Mercedes Carrera de nacionalidad Panameña, pasaporte N°
1380340, ha solicitado reconocimiento y equiparación del Título de Licenciada
en Religión, Ética y Moral obtenido en la Universidad Católica Santa María La
Antigua. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y
costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser
presentado a esta Dirección, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.
Sabanilla, 15 de julio del 2008.—Comisión de
Reconocimiento de Estudios.—Lic. Sandra Chaves, Coordinadora a. í.—(73069).
VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL
Y SERVICIOS ACADÉMICOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
CIRE ACUERDA:
El Comité Institucional para el Reconocimiento y Equiparación de
Títulos y Grados (CIRE), en uso de sus facultades estipuladas en el Reglamento
para el Reconocimiento y Equiparación de Grados y Títulos y el artículo 6 de la
Ley Orgánica, del Instituto Tecnológico de Costa Rica, en sesión Nº 04-2008,
artículo 3, del 1º de julio de 2008, ante la solicitud de Federico Javier
Martínez Alvarado, cédula Nº 901070309.
ACUERDA:
1º—Reconocer el título de Licenciado en Administración de Empresas,
otorgado por la Universidad Tecnológica de México, México, al Señor Federico
Javier Martínez Alvarado, cédula Nº 901070309.
2º—Reconocer el grado académico de Licenciado.
3º—No equiparar el título en virtud de que existen diferencias
significativas entre ambos planes de estudio.
4º—Equiparar el grado académico de Licenciado al de Bachillerato
Universitario que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.
Acuerdo firme.
Cartago, 21 de julio del 2008.—Departamento
de Admisión y Registro.—MBA. William Vives Brenes, Director.—(Solicitud
Nº 14449).—C-27740.—(72146).
El Comité Institucional para el
Reconocimiento y Equiparación de Títulos y Grados (CIRE), en uso de sus
facultades estipuladas en el Reglamento para el Reconocimiento y Equiparación
de Grados y Títulos y el artículo 6 de la Ley Orgánica, del Instituto
Tecnológico de Costa Rica, en sesión Nº 04-2008, artículo 7, del 1º de julio de
2008, ante la solicitud de Luis Roberto Pereira Arroyo, cédula Nº 2-0473-0921.
ACUERDA:
1º—Reconocer, el título de Máster en Ciencias en Ingeniería, otorgado
por la Universidad Técnica de Dinamarca-DTU, Dinamarca, al señor Luis Roberto
Pereira Arroyo, cédula Nº 2-0473-0921.
2º—Reconocer el grado académico de “Master en Ciencias en Ingeniería”
obtenido por el Ing. Luis Roberto Pereira Arroyo debido a que la Escuela de
Electrónica del Instituto Tecnológico de Costa Rica acepta la autenticidad de
dicho grado otorgado por la Universidad Técnica de Dinamarca.
3º—No equiparar el título de Máster en Ciencias en Ingeniería, debido
a que el Instituto Tecnológico de Costa Rica no otorga un título semejante al
que presenta el señor Luis Roberto Pereira Arroyo, cédula Nº 2-0473-0921.
4º—Equiparar al grado académico de “Maestría” los estudios realizados,
por el Ing. Luis Roberto Pereira Arroyo, puesto que el valor académico de los
estudios realizados así como la profundidad y amplitud de estos conocimientos y
habilidades obtenidas durante los estudios, según la Nomenclatura de Grados y
Títulos de la Educación Superior Estatal Universitaria.
Acuerdo firme.
Cartago, 25 de julio del 2008.—Departamento
de Admisión y Registro.—MBA. William Vives Brenes, Director.—(Solicitud
Nº 14451).—C-43580.—(72148).
El Comité Institucional para el
Reconocimiento y Equiparación de Títulos y Grados (CIRE), en uso de sus
facultades estipuladas en el Reglamento para el Reconocimiento y Equiparación
de Grados y Títulos y el artículo 6 de la Ley Orgánica, del Instituto
Tecnológico de Costa Rica, en sesión Nº 04-2008, artículo 6, del 1º de julio de
2008, ante la solicitud de Yolidia del Socorro Ramos Juárez, pasaporte
nicaragüense Nº C1306072.
ACUERDA:
1º—Reconocer el título de Licenciada en Electrónica, otorgado por la
Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Managua, Nicaragua, a la señora
Yolidia del Socorro Ramos Juárez, pasaporte nicaragüense Nº C1306072.
2º—Reconocer el grado académico de Licenciada en Electrónica.
3º—Equiparar el título de Licenciada en Electrónica, otorgado por la
Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Managua, Nicaragua, por el de
Ingeniera en Electrónica que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.
4º—Equiparar los estudios realizados por la señora Yolidia del Socorro
Ramos Juárez, pasaporte nicaragüense Nº C1306072, por el grado académico de
Bachillerato Universitario que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.
Acuerdo firme.
Cartago, 25 de julio del 2008.—Departamento
de Admisión y Registro, MBA. William Vives Brenes, Director.—(Solicitud
Nº 14452).—C-27740.—(72151).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
A, Graciela Martínez Bastos, se le comunica la resolución de las trece
horas del veintitrés de julio de dos mil ocho, que ordenó el cuido provisional
en familia sustituta de la persona menor de edad Jeannette Fernanda Martínez
Bastos en el hogar de Jorge Brenes Retana. Se le previene a Graciela Martínez
Bastos, de domicilio desconocido, que debe señalar lugar o medio para recibir
notificaciones futuras de esta Oficina Local bajo apercibimiento de que si no
lo hace o si el lugar que señalare fuera impreciso, incierto o ya no existiera,
o si el medio señalado estuviera descompuesto no recibiera las comunicaciones
por algún motivo operará la notificación automática y se le tendrán por
notificadas las resoluciones con el solo transcurso de veinticuatro horas. Se
le hace saber además que contra la indicada resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberá interponer en forma verbal o por escrito
ante esta Oficina Local dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la
notificación contados a partir de la última publicación de este edicto, el cual
será elevado ante la Presidencia Ejecutiva de esta Institución. Expediente
241-00034-98.—Oficina Local de San José Este.—Lic.
Manuel Enrique Núñez Carrillo, Representante Legal.—(Solicitud
Nº 2634).—C-7670.—(72156).
A, Marco Antonio Tellería Sáenz, se le
comunica la resolución de las siete horas treinta minutos del diez de junio de
dos mil ocho, que ordenó el cuido provisional en familia sustituta de la
persona menor de edad Alba Patricia Tellería Aguilar en el hogar de la señora
Reina del Carmen Sandoval Castillo. Se le previene al señor Marco Antonio
Tellería Sáenz, de domicilio desconocido que debe señalar lugar o medio para
recibir notificaciones futuras de esta Oficina Local bajo apercibimiento de que
si no lo hace o si el lugar que señalare fuera impreciso, incierto o ya no
existiera, o si el medio señalado estuviera descompuesto no recibiera las
comunicaciones por algún motivo operará la notificación automática y se le
tendrán por notificadas las resoluciones con el sólo transcurso de veinticuatro
horas. Se le hace saber además que contra la indicada resolución procede el
recurso ordinario de apelación, que deberá interponer en forma verbal o por
escrito ante esta Oficina Local dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes
a la notificación contados a partir de la última publicación de este edicto, el
cual será elevado ante la Presidencia Ejecutiva de esta Institución. Expediente
143-00087-08. Oficina Local de San José Este.—Lic.
Manuel Enrique Núñez Carrillo, Representante Legal.—(Solicitud
Nº 2634).—C-7670.—(72157).
Al señor Gerardo Guevara Cerdas y la señora
Elia Martínez Ramírez, se le comunica que mediante resolución administrativa de
las trece horas del catorce de julio de dos mil ocho, se dicta medida de
protección de cuido provisional, en beneficio de las personas menores de edad
Verónica Guevara Martínez y de su hija Lashmy Guevara Martínez, bajo
responsabilidad de la señora Alejandra Vanessa Ruiz Corrales. Medidas con un
plazo máximo de 6 meses. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene
derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su
elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo
que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: Procede apelación,
sí se interpone ante este Despacho, dentro de las 48:00 horas siguientes a la
tercera publicación de este edicto. Expediente PANI: 731-00460-95. Oficina
Local de Alajuelita.—Alajuelita, julio del 2008.—Lic.
Milton Gutiérrez Quesada, Representante Legal.—(Solicitud
Nº 2634).—C-4970.—(72158).
A, Guillermo Napoleón Somarriba y a quien
interese, se le comunica la resolución administrativa de las catorce horas con
cuarenta y cinco minutos del día veintidós de julio de dos mil ocho, que dicta
apertura de proceso especial de protección y cuido provisional en familia
sustituía y otras, correspondiente a la persona menor de edad Stephani Tharlyn
Somarriba Burgos. Indicándose que debe señalar lugar para oír notificaciones.
Garantía de defensa. Se les previene a las partes, que es su derecho hacerse
asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener
acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Expediente.
115-0166-08. Oficina Local de Alajuelita.—Alajuelita,
julio del 2008.—Lic. Kattia Vanesa Hernández Méndez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 2634).—C-3620.—(72159).
A la señora María de los Ángeles Salazar Soto
y al señor Gerardo Salvador Berrocal Calderón, se les comunica la resolución de
las 13:00 horas del 17 de julio del 2008, que ordenó revocatoria de resolución
de las quince horas del diecinueve de junio del presente año, medida de cuido
provisional bajo la responsabilidad de la señora Luz Marina Soto Jiménez, hasta
por un plazo de seis meses, incompetencia territorial remitiendo todo lo
actuado para la Oficina Local de Alajuelita a fin de que definan la situación
psico-socio legal, medidas de protección al IMAS de Cristo Rey, trasladar la
situación al Programa de Hogares Solidarios, todo lo anterior en beneficio de
la persona menor de edad J.M.B.S. Plazo: para ofrecer recurso de apelación,
48:00 horas a partir de la tercera publicación de este edicto, se le previene
además señalar lugar para oír notificaciones, en el entendido de no hacerlo las
mismas quedarán en firme veinticuatro horas después de dictadas.—Oficina Local
de Desamparados, 22 de julio del 2008.—Lic. Ana Virginia Quirós Tenorio,
Representante Legal.—(Solicitud Nº
2634).—C-7220.—(72160).
A Rafael Alberto Castro Lobo y Geovanna
Mayorga Solan, se les comunica la resolución de las 9 horas del 11 de abril del
2008, mediante la cual se ordena medida de protección de cuido de la niña
Sashary Guadalupe Castro Mayorga, en la señora Guadalupe Solano Sequeira.
Plazo: para ofrecer recurso de apelación, 48:00 horas contadas a partir de la
tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.
También se le previene que debe señalar lugar, o fax donde recibir
notificaciones, el cual debe ser viable pues se intentará la comunicación en
cinco oportunidades y en caso de estar ocupado, desconectado o sin papel a la
quinta vez, se consignará así en el expediente y se tendrá por notificada la
resolución. La interposición del recurso de apelación no suspende el acto
administrativo. Expediente N° 115-00338-07.—Oficina
Local de Desamparados.—Lic. María de los Ángeles Mora Rojas, Representante
Legal.—(Solicitud Nº 2634).—C-5420.—(72161).
A la señora Flor Reyes González, se le pone
en conocimiento, la resolución de las dieciséis horas del veintitrés de julio
del año dos mil ocho, que ordenó el abrigo temporal del adolescente Alejandro
Reyes González en el Hogar La Esperanza. Plazo para presentar oposición,
cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de este edicto,
debiendo señalar lugar para atender notificaciones, expediente administrativo
número 241-00241-1997.—Oficina Local de San
Carlos.—MSc. Xinia Guerrero Araya, Representante Legal.—(Solicitud Nº
2634).—C-3620.—(72162).
A los señores Iveth Melida Matus Castillo y
Juan Bracamontes González, se les pone en conocimiento, la resolución de las
quince horas del día quince de julio del año dos mil ocho, que revocó
parcialmente la apertura de medidas de protección en sede administrativa de
cuido provisional a favor del niño José Daniel Bracamontes Matus, en el hogar
de la señora Mari Conejo Mejías, y en su lugar se ordena el cuido del niño José
Daniel Bracamontes Matus en el hogar de la señora Criselda Castillo Ugarte.
Notifíquese la anterior resolución a los interesados con la advertencia que
tienen que señalar casa u oficina donde recibir notificaciones. Plazo para
presentar oposición, cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de
este edicto. Expediente 241-00026-2008.—Oficina Local
de San Carlos.—MSc. Xinia Guerrero Araya, Representante Legal.—(Solicitud Nº
2634).—C-5420.—(72163).
Se le comunica a la señora Katherine Zuluaga
Ramírez, que se dictaron a las diez horas del día catorce de julio de dos mil
ocho, medidas de protección en sede administrativa para la persona menor de
edad Valery Zuluaga Ramírez. Se le concede al interesado un plazo de cuarenta y
ocho horas después de la tercera publicación de este edicto para que haga valer
sus derechos. Contra la resolución procede recurso de apelación. Deberá señalar
lugar para recibir notificaciones.—Oficina Local de
San Carlos.—MSc. Xinia Guerrero Araya, Órgano Director del
Procedimiento.—(Solicitud Nº 2634).—C-4520.—(72164).
A la señora Rosa María Rojas Castro, se le
pone en conocimiento, la resolución de las catorce horas del veintiuno de julio
del año dos mil ocho, que ordenó el cuido provisional del adolescente Leonars
Ricardo Rojas Castro, en el hogar de la señora Margarita Salas Jiménez. Plazo
para presentar oposición, cuarenta y ocho horas después de la tercera
publicación de este edicto, debiendo señalar lugar para atender notificaciones,
expediente administrativo número 241-00149-96.—Oficina
Local de San Carlos.—MSc. Xinia Guerrero Araya, Representante Legal.—(Solicitud
Nº 2634).—C-4520.—(72165).
A la señora Rosa Navarro Corredera, se le
pone en conocimiento, la resolución de las once horas del día dieciséis de
julio del año dos mil ocho, que ordena el ingreso de la adolescente Ivi Pamela
Quirós Navarro, en la Asociación Casa Hogar Mariano Juvenil. Contra esta
resolución procede el recurso de apelación, el cual deberá interponerse dentro
de las cuarenta y ocho horas posteriores a la última publicación de este
edicto, deberá señalar lugar para recibir notificaciones. Notifíquese.—Oficina Local de San Carlos.—MSc. Xinia Guerrero Araya,
Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—(Solicitud Nº
2634).—C-4520.—(72166).
A Alberto Josué Matius, se le comunica la
resolución de este Despacho, de las 14:00 horas 30 minutos del 10 de julio del
dos mil ocho, por medio de la cual se ordenó medida de protección para tratamiento
en Hogar Crea La Bomba, ubicado en Limón, del joven Jonathan Matus García, a
fin de que reciba tratamiento que le permita enfrentar su adicción a las
drogas, como medida de protección, seguridad y estabilidad. Recurso: apelación.
Plazo: dos días hábiles siguientes al de la tercera publicación. Ante este
Órgano Director, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras dentro del
perímetro administrativo de este Despacho y de alzada, en San José. Exp. Nº
244-00064-2008.—Oficina Local San Ramón, 10 de julio
del 2008.—Lic. Rosario Cruz Carvajal, Abogada Oficina Local de Naranjo.—Patronato Nacional de la Infancia en suplencia de la
Oficina Local de San Ramón.—(Solicitud Nº 2634).—C-4970.—(72167).
A Rafael Corrales Jara, se le comunica la
resolución de las 15:00 horas del día 27 de mayo del año 2008, que dispone el
ingreso como abrigo temporal de la joven Reina Carolina Corrales Hernández, en
un albergue institucional, asimismo se le comunica la resolución de las catorce
horas del día veintinueve de mayo del año dos mil ocho, que revoca la medida de
abrigo temporal, dado que la joven se marchó del albergue y se desconoce su
domicilio actual. Ambas resoluciones dictadas por la Oficina Local de Orotina.
Recurso de apelación. Plazo: dos días hábiles, siguientes a la segunda
publicación, ante el Órgano Director, quien lo elevará ante Presidencia
Ejecutiva quien lo resolverá. Debiendo las partes señalar lugar para atender
notificaciones futuras. El recurso de apelación no suspende la medida de
protección. Expediente Nº 243-00036-2008.—Oficina
Local de Naranjo, 24 de julio del 2008.—Lic. Rosario Cruz Carvajal, Órgano
Director del Procedimiento.—(Solicitud Nº
2634).—C-5870.—(72168).
A Winer Gerardo Morales Alvarado, se le
comunica la resolución de este Despacho de las 8:00 horas del 15 de julio del
2008, por medio de las cual se ordenó sustitución de medida para tratamiento de
IAFA de Jason Jesús Morales Chinchilla. Se ordenó incorporarse a los programas
de atención de IAFA de San Ramón. Recurso: apelación. Plazo: dos días hábiles
siguientes al de la tercera publicación, ante la Oficina Local de San Ramón,
debiendo señalar lugar para notificaciones futuras en San Ramón y de alzada en
San José, pudiendo señalar número de fax, para tal fin, de lo contrario las resoluciones
que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas. Exp.
Nº 244-0059-05.—Oficina Local San Ramón, 16 de julio
del 2008.—Lic. Rosario Cruz Carvajal, Oficina Local de Naranjo en suplencia
Oficina Local PANI San Ramón.—(Solicitud Nº
2634).—C-4970.—(72169).
A la señora Daean Arroyo Aguilar, mayor,
cédula de identidad número uno-mil ochenta y nueve-doscientos setenta y uno y
domicilio desconocido por esta Oficina, se le notifica la resolución
administrativa de las once horas cincuenta minutos del veintiuno de julio de
dos mil ocho, dictada a favor de la persona menor de edad Kenneth Joao Bonilla
Arroyo que resuelve provisionalmente y por el plazo de seis meses la guarda del
mismo en su padre señor Kenneth Bonilla Huertas, lo anterior en vista de que la
misma no fue localizada en la dirección aportada en donde se indica que desde
hacía ocho días se había trasladado de domicilio y no lo comunicó a esta
Oficina, desconociendo su domicilio actual, además de que telefónicamente
informó al notificador que no se presentaría a esta Oficina. Plazo para
oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este
edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante la
Oficina Local de Heredia Norte, en forma verbal o escrita; oficina que lo
elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución. La presentación del
recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Publíquese tres
veces. Exp. Nº 431-00047-2008.—Oficina Local de
Heredia Norte.—Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante
Legal.—(Solicitud Nº 2634).—C-7670.—(72170).
Al señor Jesús Sotolongo Acea, calidades y
domicilio desconocidos por esta Oficina, se le notifica la resolución
administrativa de las catorce horas del veinticinco de julio de dos mil ocho,
dictada a favor de la persona menor de edad Sharon Lucía Sotolongo Redondo y
otro que inicia proceso especial de protección a favor de la misma a fin de
brindar seguimiento a la misma en el hogar en que la ubicó su progenitora con la
señora María del Rosario Álvarez Vega y brindar seguimiento a la progenitora.
Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación
de este edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante
la Oficina Local de Heredia Norte, en forma verbal o escrita; Oficina que lo
elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución. La presentación del
recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Publíquese tres
veces. Exp. Nº 431-00090-2008.—Oficina Local de
Heredia Norte.—Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante
Legal.—(Solicitud Nº 2634).—C-6320.—(72171).
Comunica al señor German Gerardo Abarca
Valverde, la resolución de las 10:00 horas del 14 de julio del 2008, dictada
por este Despacho, en virtud de la cual se resuelve: Recomendar a la Dirección
General de Migración y Extranjería, se autorice la salida del país del
adolescente Johan Yasmani Abarca Loaiciga para que viaje el 17 de octubre del
2008 con destino a México, regresando a Costa Rica el 28 de octubre del 2008,
con la sola autorización de su progenitora, Girlania Loaiciga Loaiciga.
Recursos: Contra la presente resolución proceden los recursos de revocatoria y
apelación, el primero deberá interponerse ante esta Representación Legal y el de
apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José,
Barrio Luján, en las antiguas instalaciones de la Dos Pinos. Dichos recursos
podrán interponerse en forma separada o conjunta en el término de ocho días
contados al día posterior a la notificación de la presente resolución. Es
potestativo usar ambos recursos o uno de ellos, pero será inadmisible el que se
interponga vencido el plazo señalado. Publíquese dos veces consecutivas en La
Gaceta y una vez en un diario de circulación nacional.—Oficina
Local de Alajuela.—Alajuela, 14 de julio del 2008.—Lic. Marianela Acón Chan,
Representante Legal.—(72565).
2 v. 2.
Resolución RRG-8701-2008.—San José, a las ocho horas con veinte minutos del cuatro
de agosto de dos mil ocho.
Ajuste extraordinario de los precios de los
combustibles derivados de los hidrocarburos. Expediente ET-130-2008.
Resultando:
I.—Que mediante resolución
RRG-6878-2007 de las trece horas con treinta minutos del primero de agosto de
dos mil siete, publicada en La Gaceta N° 155 del 14 de agosto del 2007,
se aprobó por parte del Regulador General el modelo para fijar el precio de los
combustibles derivados de los hidrocarburos.
II.—Que el 11 de julio del 2008, la
Refinadora Costarricense de Petróleo S. A. (RECOPE), solicita mediante oficio
GAF-1197-2008 suscrito por el Licenciado Carlos Quesada Kikut, Gerente de la
Gerencia de Administración y Finanzas, con facultades de Apoderado General de
esta empresa, un ajuste extraordinario al precio de venta en plantel de los
productos nacionales. (Folios 01 al 37).
III.—Que el 15 de
julio del 2008, mediante el oficio 471-DEN-2008 la Dirección de Servicios de
Energía presenta a la Dirección de Protección al Usuario, la propuesta de
variación extraordinaria de los precios de los combustibles derivados de los
hidrocarburos, para la respectiva convocatoria de participación ciudadana.
(Folios 38 al 44).
IV.—Que el 18 de
julio del 2008, se publicó en los diarios de circulación nacional La Extra, Al
Día y La Nación, la invitación a los ciudadanos para presentar sus posiciones.
(Folios 45 al 47).
V.—Que el 29 de julio del 2008, se
publicó en La Gaceta N° 145, la invitación a presentar posiciones.
(Folios 48 y 49).
VI.—Que el 30 de
julio del 2008, a las dieciséis horas venció el plazo para presentar
posiciones. Según el informe 1984-DPU-2008 de la Dirección de Protección al
Usuario, no se presentaron posiciones.
VIII.—Que en oficio
519-DEN-2008 de la Dirección de Servicios de Energía de la Autoridad
Reguladora, fechado 1 de agosto del 2008, que corre agregado al
expediente, se encuentra el análisis de los resultados del ajuste
extraordinario de precios.
IX.—Que en los
plazos y procedimientos se han observado las prescripciones de ley.
Considerando:
I.—Que del informe 519-DEN-2008,
que sirve de base para le presente resolución, conviene extraer lo siguiente:
1. El cálculo del precio
de cada uno de los combustibles se hizo a la fecha de corte del segundo viernes
de mayo del 2008; los nuevos precios están sustentados en el promedio mensual
de los precios FOB internacionales de los derivados del petróleo
correspondiente al período de cálculo comprendido entre el 11 de junio del 2008
y el 10 de julio del 2008 y en el precio del colón con respecto al dólar a la
fecha de corte citada. Sobre el resultado de este valor se suman los costos
internos, de manera que el ajuste por producto se calcula sobre los precios
vigentes en plantel sin impuesto, fijados en resoluciones RRG-8559-2008 y
RRG-8560-2008, publicadas en La Gaceta N° 135 del 14 de julio del 2008.
Respecto del monto único del impuesto que se aplica, es lo señalado en la Ley
de Simplificación y Eficiencia Tributarias, Ley Nº 8114 del 04 de julio del
2001 y el Decreto Ejecutivo 34504-H, publicado en La Gaceta N° 86 del 06
de mayo del 2008, según la siguiente tabla:
IMPUESTO ÚNICO A APLICAR POR TIPO DE COMBUSTIBLE (en colones por litro) |
|
PRODUCTO |
IMPUESTO ÚNICO |
Gasolina Súper |
173,25 |
Gasolina Regular |
165,75 |
Diésel 0,05% S |
97,50 |
Diésel 0,20% S |
97,50 |
Diésel 0,50% S |
97,50 |
Keroseno |
47,50 |
Búnker |
16,50 |
Asfalto |
33,25 |
Diésel Pesado (Gasóleo) |
31,75 |
Emulsión Asfáltica |
24,50 |
L.P.G. |
33,25 |
Av-Gas |
165,75 |
Jet A-1 General |
99,00 |
Nafta Liviana |
23,25 |
Nafta Pesada |
23,25 |
En la tabla siguiente se muestran las
variables consideradas en el cálculo de los precios de cada uno de los
combustibles, el precio plantel resultante y el resultado porcentual del ajuste
con el impuesto único incluido:
PRODUCTO |
PRECIO FOB |
TIPO CAMBIO |
COSTO INTERNO |
PRECIO PLANTEL (sin imp.) |
VARIACIÓN DE PRECIO (con imp.) |
$ / bbl |
¢ / $ |
¢ / litro |
¢ / litro |
% |
|
Gasolina súper |
140,568 |
523,34 |
57,91 |
520,619 |
2,329% |
Gasolina regular |
139,564 |
523,34 |
57,91 |
517,314 |
2,474% |
Diésel 0,05% S |
163,265 |
523,34 |
57,91 |
595,331 |
1,310% |
Diésel 0,20% S |
161,887 |
523,34 |
57,91 |
590,795 |
2,428% |
Diésel 0,50% S |
161,572 |
523,34 |
57.91 |
589,758 |
2,431% |
Keroseno |
167,028 |
523,34 |
57,91 |
607,719 |
2,847% |
Búnker |
100,206 |
523,34 |
57,91 |
387,760 |
12,015% |
IFO 380 |
104,397 |
523,34 |
57,91 |
401,557 |
12,195% |
Asfaltos |
86,656 |
523,34 |
57,91 |
343,156 |
14,219% |
Diésel pesado |
135,007 |
523,34 |
57,91 |
502,314 |
5,496% |
Emulsión Asfáltica |
58,616 |
523,34 |
57,91 |
250,857 |
12,079% |
L.P.G. |
85,508 |
523,34 |
57,91 |
339,378 |
6,088% |
Av-Gas |
175,288 |
523,34 |
57,91 |
634,909 |
2,152% |
Jet A-1 general |
167,028 |
523,34 |
57,91 |
607,719 |
2,634% |
Nafta Liviana |
137,689 |
523,34 |
57,91 |
511,144 |
3,216% |
Nafta Pesada |
138,109 |
523,34 |
57,91 |
512,526 |
3,209% |
II.—Que de conformidad con los resultados
y considerandos anteriores así como el mérito de los autos, lo procedente es
ajustar el precio de los combustibles derivados de los hidrocarburos que vende
la Refinadora Costarricense de Petróleo S. A., en sus planteles; para los que
se venden al consumidor final en estaciones de servicio; consumidores finales
exonerados del impuesto único a los combustibles (Flota Pesquera Nacional no
Deportiva y otros); para las estaciones sin punto fijo de venta, que venden al
consumidor final y; para el Gas Licuado del Petróleo (L.P.G.) en su cadena de
distribución, tal y como se dispone. Por tanto:
Al tenor de las potestades
conferidas en los artículos 5° inciso d), 57 incisos c) y g) de la Ley Nº 7593,
el Decreto 29 732-MP, la Ley Nº 6588 y su reglamento y, la Ley General de la
Administración Pública.
EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:
I.—Fijar el precio de los
combustibles en los planteles de la Refinadora Costarricense de Petróleo S. A.,
de acuerdo con el detalle siguiente:
PRECIOS PLANTEL RECOPE (colones por litro) |
||
PRODUCTOS |
Precio sin impuesto |
Preciocon impuesto |
Gasolina súper (1) |
520,619 |
693,869 |
Gasolina regular (1) |
517,314 |
683,064 |
Diésel 0,05% S (1) |
595,331 |
692,831 |
Diésel 0,20% S (1) |
590,795 |
688,295 |
Diésel 0,50% S (1) |
589,758 |
687,258 |
Keroseno (1) |
607,719 |
655,219 |
Búnker (2) |
387,760 |
404,260 |
IFO 380 (2) |
401,557 |
401,557 |
Asfalto AC-20, AC-30, PG-70 (2) |
343,157 |
376,407 |
Diésel pesado (2) |
502,314 |
534,064 |
Emulsión asfáltica (2) |
250,857 |
275,357 |
L.P.G. |
339,378 |
372,628 |
Av-Gas (1) |
634,909 |
800,659 |
Jet A-1 general (1) |
607,719 |
706,719 |
Nafta Liviana (1) |
511,144 |
534,394 |
Nafta Pesada (1) |
512,526 |
535,776 |
(1) Para efecto del pago correspondiente del flete por el cliente, considere la fórmula establecida mediante resolución RRG-8561-2008, publicada en La Gaceta N° 135 del 14 de julio del 2008. (2) Para efecto del pago correspondiente del flete por el cliente, considere la fórmula establecida en resolución RRG-7292-2007, publicada en La Gaceta Nº 198 de 16 de octubre del 2007.
|
II.—Fijar el precio
de los combustibles que se venden al consumidor final en estación de servicio
con punto fijo, de acuerdo con el siguiente detalle:
PRECIOS CONSUMIDOR FINAL EN ESTACIONES DE SERVICIO (colones por litro) |
||
PRODUCTOS |
Precio plantel sin impuesto |
Precio con impuesto (3) |
Gasolina súper (1) |
520,619 |
732,00 |
Gasolina regular (1) |
517,314 |
721,00 |
Diésel 0,05% S (1) |
595,331 |
731,00 |
Diésel 0,20% S (1) |
590,795 |
726,00 |
Diésel 0,50 % S (1) |
589,758 |
725,00 |
Keroseno (1) |
607,719 |
693,00 |
Av-Gas (2) |
634,909 |
815,00 |
Jet A-1 general (2) |
607,719 |
721,00 |
(1) El precio final contempla un margen de comercialización promedio (con transporte incluido) de ¢37,7678 / litro para estaciones de servicio terrestres y marinas. (2) El precio final para las estaciones aéreas contempla margen de comercialización total promedio (con transporte incluido) de ¢14,1332 / litro. (3) Redondeado al colón más próximo. |
III.—Fijar el precio
del Gas Licuado del Petróleo (LPG) para carburación de vehículos al consumidor
final en estaciones de servicio con punto fijo, de acuerdo con el siguiente
cuadro:
PRECIOS CONSUMIDOR FINAL LPG EN ESTACIONES DE SERVICIO (colones por litro) |
||
PRODUCTO |
Precio envasadorcon impuesto |
Preciocon impuesto * |
L.P.G. (1) |
417,653 |
449,00 |
(1) El precio del gas licuado del petróleo (LPG) incluye un margen de comercialización de ¢31,524 / litro. Transporte incluido en precio del envasador. * Precios máximos de venta según resolución RRG-5314-2006, publicada en La Gaceta N° 19 del 26 de enero del 2006. |
IV.—Precios a
consumidor final exonerados del impuesto único a los combustibles
Para todos los consumidores
finales que estén exonerados del impuesto único a los combustibles aplican los
precios en plantel de RECOPE sin impuesto único a los combustibles, entre ellos
la Flota Pesquera Nacional no Deportiva, según lo dispuesto en el
artículo 45 de la Ley N° 7384 de INCOPESCA y la Ley N° 8114 de Simplificación y
Eficiencia Tributarias.
V.—Fijar los precios de los
combustibles que venden al consumidor final, los distribuidores de combustibles
que operan sin punto fijo de venta, de acuerdo con el detalle siguiente:
PRECIOS DEL DISTRIBUIDOR DE COMBUSTIBLES SIN PUNTO FIJO A CONSUMIDOR FINAL (colones por litro) |
||
PRODUCTOS |
Precio plantel sin impuesto |
Precio con impuesto |
Gasolina súper (1) |
520,619 |
697,615 |
Gasolina regular (1) |
517,314 |
686,810 |
Diésel 0,05% S (1) |
595,331 |
696,577 |
Diésel 0,20% S (1) |
590,795 |
692,041 |
Diésel 0,50% S (1) |
589,758 |
691,004 |
Keroseno (1) |
607,719 |
658,965 |
Búnker (1) |
387,760 |
408,006 |
Asfaltos AC-20, AC-30, PG-70 (1) |
343,157 |
380,153 |
Diésel pesado (1) |
502,314 |
537,810 |
Emulsión (1) |
250,857 |
279,103 |
Nafta Liviana (1) |
511,144 |
538,140 |
Nafta Pesada (1) |
512,526 |
539,522 |
(1) Incluye un margen total de ¢3,746 colones por litro. Se excluyen el IFO 380, Gas Licuado del Petróleo, Av-Gas y Jet A-1 General de acuerdo con lo dispuesto en Decreto 31502-MINAE-S, publicado en La Gaceta N° 235 de 5 de diciembre del 2003 y voto 2005-02238 del 2 de marzo de 2005 de la Sala Constitucional. |
VI.—Fijar los
precios del Gas Licuado del Petróleo en la cadena de comercialización hasta el
consumidor final de acuerdo con el siguiente detalle:
PRECIO DE GAS LICUADO DE PETROLEO POR TIPO DE ENVASE Y POR CADENA DE DISTRIBUCION (en colones por litro y cilindros) incluye impuesto único (1) |
|||
TIPOS DE ENVASE |
PRECIO A FACTURAR POR EL ENVASADOR |
PRECIO A FACTURAR POR DISTRIBUIDOR Y AGENCIAS |
PRECIO A FACTURAR POR DETALLISTAS |
TANQUES FIJOS (POR LITRO) |
417,653 |
(*) |
(*) |
CILINDRO DE 8,598 Litros |
3.591,00 |
4.130,00 |
4.749,00 |
CILINDRO DE 17,195 Litros |
7.182,00 |
8.259,00 |
9.498,00 |
CILINDRO DE 21,495 Litros |
8.977,00 |
10.324,00 |
11.873,00 |
CILINDRO DE 34,392 Litros |
14.364,00 |
16.519,00 |
18.996,00 |
CILINDRO DE 85,981 Litros |
35.910,00 |
41.297,00 |
47.491,00 |
(*) No se
comercializa en esos puntos de ventas.
(1) Precios
máximos de venta según resolución RRG-1907-2001 publicada en La Gaceta
N° 65 del 2 de abril del 2001.
En cumplimiento de lo que ordena el artículo
245 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra la
anterior resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación
y, el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse ante el
Regulador General; a quien corresponde resolverlo; el de apelación y revisión,
podrán interponerse ante la Junta Directiva, a la que corresponde resolverlos.
El recurso de revocatoria y el de apelación
deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir del día
siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados en
el artículo 354 de la citada ley.
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 3 inciso c) de la Ley 8114 del 4 de julio del 2001, la Refinadora
Costarricense de Petróleo S. A., y los otros agentes comercializadores de
combustibles, aplicarán los precios señalados el día siguiente a la publicación
de la presente resolución en La Gaceta.
Publíquese y notifíquese.—Fernando Herrero A., Regulador General.—1 vez.—(Solicitud
Nº 13391).—C-189660.—(72996).
DEPARTAMENTO
ZONA MARÍTIMA TERRESTRE
EDICTO
El Departamento de la Zona
Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Carrillo, comunica que los señores
Sergio Miguel Alvarado Tobar, cédula Nº 1-584-355, casado una vez, licenciado
en salud ocupacional, vecino de centro de Guápiles, Pococí, Limón, 100 este,
400 sur, 75 este de MxM, Barrio Pinares y Xinia María Rodríguez Salazar, cédula
número 2-316-176, casada una vez, vecina de Ciudad Quesada, San Carlos,
Alajuela, costado sur del Cotai, master en administración de empresas. Con base
en la Ley Sobre la Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 del 2 de marzo de 1977 y
Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión
un lote de terreno localizado en Playa Hermosa, distrito Sardinal, cantón
Carrillo, provincia Guanacaste, que mide setecientos siete metros con setenta
decímetros cuadrados, y es terreno para darle un uso habitacional según el Plan
Regulador vigente para la zona; los linderos son: al norte, zona restringida
(Agua Sport); al sur, zona restringida (Agrícola Ganadera Cariari S. A.); al
este, calle pública con frente de 7.30 mts, al oeste, zona pública inalienable.
Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se
realiza sin perjuicio de que el área, uso y frente al mar quedan sujetas a las
disposiciones del Plan Regulador aprobado para la zona y disposiciones del
MINAE. Se conceden treinta días hábiles contados a partir de ésta publicación
para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en ésta Municipalidad
en papel sellado y con los timbres correspondientes, a dos tantos, además
deberá identificarse debidamente el opositor.
Filadelfia, 24 de julio del 2008.—José Francisco Canales Canales, Encargado.—1 vez.—(72634).
HB COMPAÑÍA ITALO COSTARRICENSE DE INVERSIONES
Y
CONSTRUCCIONES S. A.
Convocatoria de asamblea general
extraordinaria de socios de la Sociedad HB Compañía Italo Costarricense de
Inversiones y Construcciones Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-334455,
a celebrarse en primera convocatoria a las ocho horas del día veintiuno de
agosto del dos mil ocho, en San José, calle 23/bis, en la casa Nº 1044, y la
segunda convocatoria a las nueve horas con treinta minutos del mismo día, en el
mismo lugar.
Orden del día
Asamblea extraordinaria:
1. Eliminación de la
siguiente parte de la cláusula cinco del pacto social: “para aprobar aumentos
de capital social se requerirá la aprobación del setenta y cinco por ciento del
capital social, ante asamblea general extraordinaria de socios.”
2. Aumento
del capital social: los socios que quieren suscribir el aumento de capital,
pasan sus respectivos montos en la “cuenta por pagar a socios”, a capital
social.
3. Varios.
Pietro Barbanti.—1 vez.—(73488).
CLÍNICA DENTAL KRIEBEL S. A.
Quien suscribe, Ricardo Kriebel
Coronado, mayor, casado una vez, odontólogo, vecino del cantón de Escazú, San
Rafael, doscientos cincuenta metros al sur de la entrada principal del Costa
Rica Country Club, provincia de San José, cédula de identidad número
uno-trescientos noventa y ocho-mil ciento trece, en mi calidad de
vicepresidente de la junta directiva de Clínica Dental Kriebel S. A., cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-treinta mil setecientos setenta y dos,
por medio de la presente convoco a asamblea general ordinaria y extraordinaria
de accionistas de la sociedad, a celebrarse el día lunes veinticinco de agosto
del año dos mil ocho, a las quince horas en primera convocatoria, y una hora
después en segunda convocatoria en caso de ser necesario, en la provincia de
San José, Centro Corporativo Plaza Roble, edificio Los Balcones A, primer piso,
oficinas de ANS, en la que se analizará el siguiente orden del día: a)
modificación de la totalidad de los estatutos de la compañía, y b) realización
de nuevos nombramientos.—San José, veinticuatro de julio del dos mil
ocho.—Ricardo Kriebel Coronado, Vicepresidente.—1 vez.—(73552).
CONDOMINIO RESIDENCIAL LAS VUELTAS
Se convoca a los propietarios
del Condominio Residencial Las Vueltas, a la asamblea general extraordinaria
del Condominio, que se celebrará en las instalaciones del Centro Campero Los
Reyes S. A., en La Guácima de Alajuela, el día sábado 30 de agosto del 2008, a
las 10:00 horas. En caso de no haber quórum, la asamblea se celebrará el mismo
día una hora después con cualquier número de propietarios presentes.
Los temas a tratar son los siguientes:
1. Verificación del
quórum.
2.
Nombramiento de presidente y secretario de la asamblea.
3. Propuesta
para la futura administración del condominio.
4.
Revocatoria del acuerdo de la asamblea ordinaria del 26 de enero del 2008,
referente a la instalación de juegos infantiles en el parque y definir el uso
que se le daría a los recursos recaudados asignados con este propósito.
5.
Presentación para votación de las tres alternativas del Plan de Seguridad según
lo acordado en la última asamblea extraordinaria celebrada el 19 de abril del
2008.
6.
Aprobación de cuota extraordinaria para implementación del Plan de Seguridad
incluyendo la utilización de los fondos de reserva según el artículo 33 del
Reglamento y de la provisión de mantenimiento de superficie de rodamiento.
7.
Aprobación de aumento en la cuota de mantenimiento para contratar auditores
externos para que dictaminen los estados financieros del
periodo fiscal actual y futuros.
8.
Presentación de presupuesto adicional para la construcción de una caseta de
seguridad en los alrededores de la planta de tratamiento.
9.
Presentación de presupuesto adicional para la construcción de una aguja de
acceso automático.
Se les recuerda a los condóminos
cuyas filiales estén a nombre de una persona física que para tener derecho a
voz y voto, deben presentar su cédula o pasaporte vigente en la Asamblea. Si la
filial está registrada a nombre de una persona jurídica deberán presentar
personería jurídica original con no más de tres meses de emitida y la cédula o
pasaporte vigente del representante legal que indique la personería jurídica.
Los condóminos podrán hacerse representar en la Asamblea por otros condóminos o
un tercero, mediante carta poder otorgada para este propósito con no más de
tres meses de emitida, debidamente autenticada por abogado y con la respectiva
certificación de personería con no más de tres meses de emitida, en caso de ser
persona jurídica a quien se represente, así como su cédula o pasaporte vigente.
Los arrendatarios podrán asistir a las
asambleas, con voz pero sin voto, previa demostración de su condición de
inquilino.—La Guácima, Alajuela, 6 de agosto del
2008.—Rey Duram S. A., Administrador.—José Carlos Arce C., Secretario.—1
vez.—(73596).
CONDOMINIO RESIDENCIAL LAS PUERTAS
Se convoca a los propietarios
del Condominio Residencial Las Puertas, a la asamblea general extraordinaria
del Condominio, que se celebrará en las instalaciones del Centro Campero Los
Reyes S. A., en La Guácima de Alajuela, el día sábado 23 de agosto del 2008, a
las 10:00 horas. En caso de no haber quórum, la asamblea se celebrará el mismo
día una hora después con cualquier número de propietarios presentes.
Los temas a tratar son los siguientes:
1. Verificación del
quórum.
2.
Nombramiento de presidente y secretario de la asamblea.
3.
Nombramiento del administrador del Condominio durante los períodos 2008 y 2009.
4.
Conocimiento del proyecto de presupuesto y cuotas de mantenimiento para el año
2008.
5. Designar
y nombrar a un representante que asistirá a la asamblea general extraordinaria
del Condominio Residencial Las Vueltas de fecha 30 de agosto del 2008.
6. Definir
la posición del condominio en relación con los asuntos que serán sometidos
conforme a la orden del día de la asamblea general extraordinaria del Condominio
Residencial Las Vueltas indicada en el punto anterior.
El proyecto de presupuesto para
el año 2008, estará a disposición de todos los propietarios a partir del 20 de
agosto, en las oficinas del Centro Campero Los Reyes.
Se les recuerda a los condóminos cuyas
filiales estén a nombre de una persona física que para tener derecho a voz y
voto, deben presentar su cédula o pasaporte vigente en la Asamblea. Si la
filial está registrada a nombre de una persona jurídica deberán presentar
personería jurídica original con no más de tres meses de emitida y la cédula o
pasaporte vigente del representante legal que indique la personería jurídica.
Los condóminos podrán hacerse representar en la Asamblea por otros condóminos o
un tercero, mediante carta poder otorgada para este propósito con no más de
tres meses de emitida, debidamente autenticada por abogado y con la respectiva
certificación de personería con no más de tres meses de emitida, en caso de ser
persona jurídica a quien se represente, así como su cédula o pasaporte vigente.
Los arrendatarios podrán asistir a las
Asambleas, con voz pero sin voto, previa demostración de su condición de
inquilino.—La Guácima, Alajuela, 6 de agosto del
2008.—Rey Duram S. A., Administrador.—José Carlos Arce C., Secretario.—1
vez.—(73597).
ASOCIACIÓN FUNDES
El suscrito, Lionel Peralta
Lizano, de nacionalidad costarricense, mayor de edad, casado una vez,
administrador de empresas, vecino de San José, de la entrada principal de
Cemaco doscientos metros al norte, portador de la cédula de identidad número
1-543-530, en mi condición de presidente con las facultades de apoderado
generalísimo con facultades suficientes para convocar la celebración de la
asamblea de asociados de Asociación Fundes, cédula jurídica 3-002-078621, en la
cual se conocerán los siguientes temas: Orden del día. Verificación de quórum.
Aprobación del orden del día. Presentación y aprobación de los estados
financieros. Nombramiento de junta directiva y cualquiera otros asuntos varios
de interés para la compañía, asamblea que se llevará a cabo a las 16:00 horas
del día 22 de setiembre del año dos mil ocho, en San Pedro, Montes de Oca, de
la Universidad Estatal a Distancia, doscientos metros al este y ciento
cincuenta metros al suroeste. Es todo.—San José, 29 de
julio del 2008.—Lionel Peralta Lizano, Presidente.—1 vez.—Nº 52223.—(74020).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
LA CANGREJA LODGE
Yo Silvia Varela Quesada, cédula de identidad número 2-417-723, mayor,
casada una vez, comerciante y vecina de Fortuna, San Carlos, Alajuela, en mi
condición de propietaria hago constar que he iniciado el trámite para la
reposición por extravío de los siguientes libros contables mayor número uno,
diario número uno e inventarios y balances numero uno; libros contables de mi
negocio denominado La Cangreja Lodge, el cual desarrolló a título persona o
como persona física.—Silvia Varela Quesada.—Nº 50914.—(71927)
Terretrans MCR Intercoast S. A., cédula jurídica
Nº 3-101-390050, vende el establecimiento mercantil denominado Casino Las
Espuelas ubicado en el Hotel Best Western Las Espuelas, en Liberia, Guanacaste,
a la empresa Villa El Lingote De Oro Ltda., cédula jurídica Nº 3-102-442855. Se
cita a los acreedores e interesados para que se presenten en las oficinas del
Casino Las Espuelas, en la dirección arriba indicada, para que dentro del
término de quince días a partir de la primera publicación, se presenten a hacer
valer sus derechos de conformidad con los artículos cuatrocientos setenta y
nueve y siguientes del Código de Comercio.—San José,
treinta de julio del dos mil ocho.—Iván Velásquez Yánez, Apoderado General.—Nº
50850.—(72053).
Sergio Arroyo Zúñiga, cédula de identidad
número 1-0424-0386, solicita ante la Dirección General de Tributación, la
reposición del siguiente libro: un libro de Diario o Libro de Compras. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y
Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San Isidro de
Pérez Zeledón, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la
publicación de este aviso.—Lic. Carlos Gerardo
Gutiérrez Alpízar, Notario.—Nº 50890.—(72055).
MOZU DEL NORTE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA
Mozu del Norte Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica
tres- ciento dos- ciento sesenta y un mil setecientos veinticinco, solicita
ante la Dirección General de Tributación la reposición del libro de los Libros
de Actas de Asambleas Generales, Actas de Registro de Accionistas, Actas del
Consejo de Administración, Inventarios y Balances, Diario, Mayor. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y
Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Ciudad Quesada,
San Carlos, Alajuela, en el término de ocho días hábiles a partir de la
publicación de este aviso.—Ciudad Quesada, 08 de julio del 2008.—Carlos Alberto
Morales Salazar, Gerente de la entidad.—Nº 50932.—(72056).
LARA ROJAS DE ALAJUELA SOCIEDAD ANÓNIMA
Lara Rojas de Alajuela Sociedad Anónima, cédula 3-101-182003, solicita
ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes
libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas de Asamblea de Socios,
Actas de Consejo de Administración, Registro de Socios, todos número uno. Quien
se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información
y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro
del término de ocho días hábiles a partir de la última publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—Aurea Lara Rojas, Apoderada Generalísima.—Nº
50942.—(72057).
THE ENCHANTED FOREST SOCIEDAD ANÓNIMA
The Enchanted Forest Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-374092,
solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los
siguientes libros contables: Diario número uno, Mayor número uno, Inventarios y
Balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición
ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración
Tributaria de la Zona Sur, dentro del término de ocho días hábiles a partir de
la publicación de este aviso.—Lic. Maribel Barrantes
Rojas, Notaria.—Nº 51012.—(72058).
REFORESTACIONES Y TRANSPORTES
RODRÍGUEZ
Y ARAYA SOCIEDAD ANÓNIMA
La compañía de esta plaza denominada Reforestaciones y Transportes
Rodríguez y Araya Sociedad Anónima, domiciliada en Ciudad Quesada, San Carlos,
Alajuela, Urbanización Coocique diagonal al Súper Mercado, con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-ciento diez mil novecientos setenta y
tres-veintiuno, hace constar que ha iniciado ante la Dirección General de
Tributación, la reposición de libros de la Junta Directiva número uno y el de
Asambleas Generales número uno; quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la
Administración Tributaria de la Zona Norte en el término de ocho días hábiles a
partir de la publicación de este aviso.—Ciudad Quesada, 30 de julio del
2008.—Lic. Olga Lydia Guerrero Vargas, Notaria.—Nº
51024.—(72060).
INVERSIONES ZAGONZA S. A.
Inversiones Zagonza S. A., cédula jurídica Nº 3-101-057749, solicita
ante la Dirección General de Tributación, la reposición de libros de Actas de
Consejo de Administración, Asambleas de Socios, Registro de Socios, uno de cada
uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de
Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de libros)
Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles
contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 31 de julio del 2008.—Lic. Randall Luna Jiménez,
Notario.—Nº 51034.—(72061).
TECHO PRESECIÓN B.R. S. A.
Techo Preseción B.R. S. A., cédula jurídica número 3-101-138746,
solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros:
Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Libro de Actas de Junta Directiva, Libro
de Actas de Asamblea de Socios, y Libro de Actas de Registro de Accionistas,
uno de cada uno en total seis. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente
(Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término
de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—San José, 31 de julio del 2008.—Lic. Freddy Mora
Murillo, Notario.—Nº 51036.—(72062).
SOL PRODUCCIONES CINEMATOGRÁFICAS S. A.
Sol Producciones Cinematográficas S. A., cédula jurídica 3-101-216906,
solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los
primeros libros contables, diario, mayor, inventarios y balances, actas,
concejo de administración, actas asambleas de socios, registro de socios. Quien
se considere afectado, manifieste su oposición en Área de Información y
Asistencia al Contribuyente en Administración Tributaria de San José, dentro de
8 días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Francisco Mauricio
Gamboa Zúñiga, Apoderado Generalísimo.—(72107).
THE PARROT’S NEST SOCIEDAD ANÓNIMA
The Parrot’s Nest Sociedad Anónima, cédula Jurídica 3-101-376859,
solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los
siguientes libros contables: Diario número uno, Mayor número uno, Inventarios y
Balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición
ante el Área de información y Asistencia al Contribuyente de la Administración
Tributaria de la Zona Sur, dentro del término de ocho días hábiles a partir de
la publicación de este aviso.—Licda. Maribel Barrantes
Rojas.—Yorlenny Gamboa Salcedo, Responsable del
Trámite.—Nº 51011.—(72199).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
DISTRIBUIDORA
LEATID) RYS S. A.
Distribuidora Leatid) RYS S. A., cédula jurídica 3-101-327503,
solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los
siguientes libros: Diario número uno, Mayor número uno, Inventarios y Balances
número uno y Actas de Asamblea General de socios número uno, Actas de Asambleas
de Junta Directiva número uno y Registro de Accionistas. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia
al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del plazo
de ocho días hábiles a partir de la publicación del edicto.—San José, 29 de
julio del 2008.—Jacobo Rubinstein Reifer, Presidente.—Nº 51018.—(72059).
JESÚS DE LA MISERICORDIA Y BONDAD LIMITADA
Jesús de la Misericordia y Bondad Limitada, cédula jurídica Nº
3-102-70447, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición
de los siguientes libros: Diario número uno, Mayor número uno, Balance e
Inventarios número uno, Registro de Cuotas número uno, y Actas de Asamblea
General número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición
ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración
Tributaria de Guanacaste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de
la publicación de este aviso.—Lic. Walter Navarro
Guadamuz.—Nº 51065.—(72511).
CONSTRUCCIONES CBC SOCIEDAD ANÓNIMA
Construcciones CBC Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº
3-101-394818, anteriormente denominada Construcciones y Edificaciones C. B. C.
Sociedad Anónima, con igual cédula jurídica, solicita ante la Dirección General
de Tributación, la reposición de los siguientes libros contables: Diario Nº 1,
Mayor Nº 1, e Inventario y Balances Nº 1. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al
Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del término de
ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso.—Lic.
Lilliam Soto Hines, Notaria.—Nº 51214.—(72512).
ALQUINC CORPORATION SOCIEDAD ANÓNIMA
Alquinc Corporation Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-288498,
solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los
siguientes libros: Registro de Accionistas y Asamblea General. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y
Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro
del término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso.—Sr.
Ryan Craig Piercy, Representante Legal.—Srta. Mónika Trejos Neurohr, Representante
Legal.—Nº 51228.—(72513).
COMMERCIAL VENTURES CO. SOCIEDAD ANÓNIMA
Commercial Ventures CO. Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-338271, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición
de los siguientes libros: Registro de Accionistas y Asamblea General. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y
Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro
del término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso.—Sr.
Ryan Craig Piercy, Representante Legal.—Srta. Mónika Trejos Neurohr,
Representante Legal.—Nº 51230.—(72514).
EL ÚLTIMO ZARPE WDW SOCIEDAD ANÓNIMA
El Último Zarpe WDW Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-201567,
solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los
siguientes libros: Registro de Accionistas y Asamblea General. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y
Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro
del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Sr.
Ryan Craig Piercy, Representante Legal.—Srta. Mónika Trejos Neurohr,
Representante Legal.—Nº 51231.—(72515).
LEXINGTON SYSTEMS LMTD SOCIEDAD ANÓNIMA
Lexington Systems LMTD Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-302622, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición
de los siguientes libros: Registro de Accionistas y Asamblea General. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y
Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro
del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Sr.
Ryan Craig Piercy, Representante Legal.—Srta. Mónika Trejos Neurohr,
Representante Legal.—Nº 51232.—(72516).
NIPIGON SOCIEDAD ANÓNIMA
Nipigon Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-240071, solicita ante
la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros:
Registro de accionistas y asamblea general. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al
Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término
de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Ryan Craig
Piercy, Representante legal.—Mónika Trejos Neurohr, Representante legal.—Nº
51233.—(72517).
PACIFIC COMMERCIAL HOLDINGS SOCIEDAD ANÓNIMA
Pacific Commercial Holdings, Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-279489, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición
de los siguientes libros: Registro de accionistas y asamblea general. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y
Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro
del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Ryan
Craig Piercy, Representante legal.— Mónika Trejos Neurohr, Representante
legal.—Nº 51234.—(72518).
SHAWINIGAN SOCIEDAD ANÓNIMA
Shawinigan Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-241755, solicita
ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes
libros: Registro de accionistas y asamblea general. Quien se considere afectado
puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al
Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término
de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Ryan Craig
Piercy, Representante legal.— Mónika Trejos Neurohr, Representante legal.—Nº
51235.—(72519).
STAR HOLDINGS SOCIEDAD ANÓNIMA
Star Holdings Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-277929, solicita
ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes
libros: Registro de accionistas y asamblea general. Quien se considere afectado
puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al
Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término
de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Ryan Craig
Piercy, Representante legal.— Mónika Trejos Neurohr, Representante legal.—Nº
51236.—(72520).
WALL CO. SOCIEDAD ANÓNIMA
Wall Co. Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-358725, solicita ante
la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros:
Registro de accionistas y asamblea general. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al
Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término
de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Ryan Craig
Piercy, Representante legal.—Mónika Trejos Neurohr, Representante legal.—Nº
51237.—(72521).
WELLINGTON HOLDINGS LIMITED, SOCIEDAD ANÓNIMA
Wellington Holdings Limited, Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-467126, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición
de los siguientes libros: Registro de accionistas y asamblea general. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de .Información y
Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro
del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Ryan
Craig Piercy, Representante legal.—Mónika Trejos Neurohr, Representante
legal.—Nº 51238.—(72522).
PEIYES SOCIEDAD ANÓNIMA
La empresa PEIYES S. A., con cédula de persona jurídica número
tres-uno cero uno-dos cero tres ocho cuatro uno, solicita ante la Dirección
General de la Tributación Directa la reposición de los libros que se indican:
diario número uno, mayor número uno, inventarios y balances número uno, en
total tres libros a reponer. Se emplaza a aquellas personas que se consideren
afectadas para que concurran ante el Área de Información y Asistencia al
Contribuyente de la Administración Tributaria de San José en el plazo de ocho
días hábiles a partir de la última publicación en el Diario Oficial La
Gaceta, a fin de hacer valer sus derechos.—Lic. Gunnar Núñez Svanholm,
Notario.—1 vez.—Nº 51275.—(72523).
COMPAÑÍA TEATRAL GÉMINIS SOCIEDAD ANÓNIMA
Compañía Teatral Géminis Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-278498, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición
de los siguientes libros: diario libro número uno, inventarios y balances libro
número uno, mayor libro número uno, registro de socios libro número uno, actas
de consejo de administración libro número uno y actas de asamblea de socios
libro número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición
ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración
Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la
publicación de este aviso.—Lic. Billy Quirós Muñoz,
Notario.—1 vez.—Nº 51348.—(72524).
LABORATORIOS ANCLA SOCIEDAD ANÓNIMA
Laboratorios Ancla Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101
004980-17, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de
los siguientes libros: diario, mayor, inventarios y balances. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y
Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro
del término de ocho días hábiles a partir de su publicación.—Dr. Omar Acuña
Vargas.—(72558).
RIVAS VARGAS Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMA
Rivas Vargas y Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica número
3-101-083390-32, solicita ante la Dirección General de Tributación, la
reposición de los seis libros Nº 1, contables: Diario, Mayor e Inventario y
Balance, y de Actas de Junta Directiva, Asamblea General y Registro de
Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el
Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros)
Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles
contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—4 de agosto del 2008.—Lic. Lorena Villalobos Solís,
Notaria.—(72596).
GRUPO MUTUAL ALAJUELA DE AHORRO Y PRÉSTAMO
De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del
Código de Comercio, la señora (ita) Heydi Fernández Soto, cédula: 900860243, ha
presentado ante esta Entidad, solicitud de reposición de su certificado de
participación hipotecaria en colones Nº 1111997663 por ¢4.310.699,00 y cupón Nº
1 por ¢154.107,49 ambos con fecha de vencimiento del 01-06-2008.—(72627).
GANADERA ARAYA Y ALPÍZAR SRL
Ganadera Araya y Alpízar SRL, domiciliada en Pocora de Guácimo, cédula
jurídica Nº 3-101-097954, sociedad inscrita en el Registro de Personas del
Registro Nacional al tomo 558, folio 292, asiento 2334, solicita ante la
Dirección General de Tributación Directa la reposición de los libros, Diario,
Mayor, Inventarios y Balances, Acta de Junta Directiva y Actas de Asamblea de
Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área
de Información y Asistencia al Contribuyente Administración Tributaria de
Limón, en el término de 8 días hábiles contados a partir de la publicación de
este aviso.—Jenny Vargas Quesada, Notaria.—Nº
51524.—(72941).
COSTA RICA COUNTRY CLUB S. A.
Anamaría Montealegre Fernández, solicita ante el Costa Rica Country
Club S. A., la reposición del siguiente título: Título de Propiedad número mil
ciento treinta, con un capital social de dos millones ochocientos mil colones,
representado por mil cuatrocientas acciones comunes y nominativas de dos mil
colones cada una, con un plazo de noventa y nueve años a partir del quince de
noviembre de mil novecientos sesenta y cinco. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante el Costa Rica Country Club S. A.—Anamaría
Montealegre Fernández.—Nº 51540.—(72942).
CLUB LA SIERRA SOCIEDAD ANÓNIMA
Club La Sierra Sociedad Anónima, dueña de la cédula jurídica Nº
3-101-031797, solicita ante la Dirección de Tributación Directa, la reposición
de los siguientes libros: Inventario y Balances, Mayor y Diario por extravío de
los mismos. Quien se considere afectado podrá dirigir sus oposiciones ante el
Área de Información y Asistencia al Contribuyente, (Legalización de Libros),
Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles a
partir de esta publicación.—San José, 4 de agosto del
2008.—Lic. Maricé Porras Zamora, Notaría.—Nº
51551.—(72943).
COLEGIO DE TRABAJADORES SOCIALES DE COSTA
RICA
La Junta Directiva del Colegio de Trabajadores Sociales de Costa Rica,
de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de su Ley Orgánica, hace del
conocimiento público la solicitud de desafiliación del Colegio, interpuesta por
la Lic. Gabriela Rodríguez Barquero, cédula número Nº 1-781-416. Quien ha
jurado no ejercer más la profesión de Trabajo Social, mientras no solicite su
reingreso a la institución. Quien oponga objeción a esta solicitud, deberá
plantearla en forma escrita dentro de los treinta días posteriores a la
publicación del tercer aviso.—San José, 14 de julio
del 2008.—Lic. Nolbertina Salazar Gómez, Presidenta.—(73070).
SEINVSA INGENIERÍA S. A.
Seinvsa Ingeniería S. A., cédula jurídica 3-101-201959, solicita ante
la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del siguiente libro:
Actas de Asamblea de Socios Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar
su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la
Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles
a partir del la publicación de este aviso.—Lic. Denia
Pacheco Moreira, Notaria.—(73084).
Yo, Mario Enrique Pérez Calvo, cédula
0203810427 solicito ante la Dirección General de Tributación, la reposición de
los siguientes libros: (Diario, Mayor, Inventarios y Balances todos número 1.
Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de
Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de
Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de
este aviso.—Mario E. Pérez Calvo.—(73087).
Por escritura número 167 ante mí Richard Dean
Hamm Royes, los señores Jaime Antonio Quirós Barrantes, portador de la cédula
de identidad número 1-802-389 y Marilyn Vargas Solís, portadora de la cédula de
identidad número 1-1039-972 constituyen Soluciones Empresariales Quiva del
Sur Sociedad Anónima, escritura otorgada el 16 junio del 2008, iniciada a
folio 132 vuelto de mi tomo tercero.—Lic. Richard Dean
Hamm Royes, Notario—Nº 50921.—(71928).
3 v. 3.
Por escritura otorgada ante esta notaría en
la ciudad de San José, a las diez horas del treinta y uno de julio de dos mil
ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de
la sociedad de esta plaza Corporación Abaco Sociedad Anónima, con cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-cero treinta y ocho mil ciento
trece, en la cual se acordó aumentar y disminuir el capital social de la
compañía y por tanto modificar la cláusula “cinco” de los estatutos relativa al
capital social. Nuevo capital social trescientos dos millones de colones.—San José, treinta y uno de julio del dos mil ocho.—Lic.
Fernando Salazar Portilla, Notario.—Nº
51266.—(72369).
3 v. 2
Por escritura otorgada ante esta notaría en
la ciudad de San José, a las once horas del treinta y uno de julio de dos mil
ocho, se protocolizó Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de
la sociedad de esta plaza Korraset Sociedad Anónima, con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-cero treinta y tres mil quinientos
veintiocho, en la cual se acordó aumentar y disminuir el capital social de la
compañía, por tanto modificar la cláusula “cinco” de los estatutos relativa al
capital social y modificar la cláusula “seis” de los estatutos de la Compañía
relativa a los firmantes de las acciones. Nuevo capital social cuatro millones
sesenta y ocho mil colones.—San José, treinta uno de
julio de dos mil ocho.—Lic. Fernando Salazar Portilla, Notario.—Nº
51267.—(72370).
3 v. 2
Por escritura otorgada ante esta notaría en
la ciudad de San José, a las once horas treinta minutos. del
treinta y uno de julio de dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Tarbatu Sociedad
Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento un
mil setecientos noventa y siete, en la cual se acordó aumentar y disminuir el
capital social de la compañía y por tanto modificar la cláusula “quinta” de los
estatutos relativa al capital social. Nuevo capital social trescientos un
millones de colones.—San José, treinta y uno de julio
de dos mil ocho.—Lic. Fernando Salazar Portilla, Notario.—Nº
51268.—(72371).
3 v. 2
Por escritura otorgada ante esta notaría en
la ciudad de San José, a las doce horas del treinta y uno de julio de dos mil
ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de
la sociedad de esta plaza Traza Sociedad Anónima, con cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-cero treinta y cuatro mil cuatrocientos cinco,
en la cual se acordó aumentar y disminuir el capital social de la compañía y
por tanto modificar la cláusula “quinta” de los estatutos relativa al capital
social. Nuevo capital social novecientos ochenta mil colones.—San
José, treinta y uno de julio de dos mil ocho.—Lic. Fernando Salazar Portilla,
Notario.—Nº
51269.—(72372).
3 v.2
Por escritura otorgada ante esta notaría en
la ciudad de San José, a las doce horas treinta minutos, del treinta y uno de
julio de dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria
de accionistas de la sociedad de esta plaza Servicios Veblin, Sociedad
Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos
sesenta y seis mil quinientos treinta y cuatro, en la cual se acordó aumentar y
disminuir el capital social de la compañía y por tanto modificar la cláusula
quinta de los estatutos relativa al capital social. Nuevo capital social cinco
millones novecientos cincuenta mil colones.—San José,
treinta y uno de julio de dos mil ocho.—Lic. Fernando Salazar Portilla, Notario.—Nº
51270.—(72373).
3 v. 2
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las diecisiete horas treinta minutos del día treinta y uno de julio del dos mil
ocho, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Macadamia de Costa
Rica Sociedad Anónima, donde se acuerda modificar la cláusula
correspondiente al capital social de los estatutos.—San
José, treinta y uno de julio del dos mil ocho.—Lic. Magally María Guadamuz
García, Notaria.—Nº
51359.—(72406).
3 v. 2
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por escritura número ciento treinta y
cuatro-trece, otorgada ante la notaria Laura Patricia Alvarado Peñaranda, de
las ocho horas con cero minutos del día treinta de julio del año dos mil ocho,
se constituyó la sociedad Audifon Sociedad Anónima. Domicilio: Ciudad de
San Lorenzo de Flores, Heredia, contiguo al Bar La Gallera. Capital social:
diez mil colones. Presidente: Daniel Alcázar de la Torre.—Heredia,
30 de julio del año 2008.—Lic. Laura Patricia Alvarado Peñaranda, Notaria.—1 vez.—Nº 51008.—(71979).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario el día de hoy, se constituye la sociedad Abastecedor
Biolley S. A.—Alajuela, 27 de julio del 2008.—Lic.
Miguel Jiménez Calderón, Notario.—1 vez.—Nº
51010.—(71980).
Por escritura número 226-03 del
tomo 03 del protocolo de la notaria Ana Lorena Borges Montero, otorgada en esta
ciudad, a las 08:30 horas del 30 de julio del 2008, la sociedad costarricense
denominada 3-102-487377 s.r.l, cédula jurídica tres-ciento
dos-cuatrocientos ochenta y siete mil trescientos setenta y siete modifica sus
estatutos.—San Isidro de El General, 30 de julio del
2008.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº
51013.—(71981).
Por la escritura número 225-03
del tomo 03 del protocolo de la notaria Ana Lorena Borges Montero, otorgada en
esta ciudad, a las 08:00 horas del 30 de julio del 2008, la sociedad
costarricense denominada Fincas del Viento Sociedad Anónima, cédula
tres-ciento uno-doscientos cuarenta y ocho mil doscientos noventa y cinco
modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, 30
de julio del año 2008.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1
vez.—Nº 51014.—(71982).
Por esta escritura número 227-03
del tomo 03 del protocolo de la notaria Ana Lorena Borges Montero, otorgada en
esta ciudad, a las 8:30 horas del 30 de julio del 2008, la sociedad
costarricense denominada 3-102-505902 s.r.l., cédula jurídica
tres-ciento dos-quinientos cinco mil novecientos dos modifica sus
estatutos.—San Isidro de El General, 30 de julio del 2008.—Lic. Casimiro Vargas
Mora, Notario.—1 vez.—Nº 51015.—(71983).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las 15:00 horas del 21 de julio del 2008, se constituyó F E I A
Garrob Sociedad Anónima. Plazo 99 años. Capital social: 100.000 colones. El
presidente y el secretario de la junta directiva, con la representación
judicial y extrajudicial y las facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma. Firmo en Ciudad Colón, a las 8:00 horas del día 28 de julio del
2008.—Lic. José Aurelio Aguilar Sandí, Notario.—1 vez.—Nº 51017.—(71984).
Mediante acta de asamblea
general extraordinaria de Puesto de Bolsa Interbolsa S. A.,
protocolizada ante los notarios públicos Marianela Sáenz Alfaro, Juan Manuel
Jiménez Ruiz y David Arturo Campos Brenes, en escritura pública número noventa
y cuatro-cuatro, de las quince horas del treinta de julio de dos mil ocho, se
reforma la cláusulas quinta del capital de los estatutos de la sociedad.—San José, 31 de julio del 2008.—Lic. Juan Manuel Jiménez
Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 51020.—(71985).
Ante esta notaría se constituyó
la sociedad denominada In and out Minisuper Sociedad Anónima,
Representante Legal; Presidente, capital social cien mil colones. Lic. Sandra
Aráuz Chacón y Lic. Ramiro Arauz Montero.—San José, 24
de julio de 2008.—Lic. Sandra Aráuz Chacón, Notaria.—1
vez.—Nº 51021.—(71986).
Ante mi Notaría por escritura
número ciento treinta-catorce se constituyó sociedad cuya denominación será Tecnocenter
J Y J de Nicoya Sociedad Anónima; domiciliada en barrio San Martín
de Nicoya, cien metros al oeste de la plaza de deportes frente al bar Lupita,
con un capital social de ciento veinte mil colones, representado por tres
acciones comunes y nominativas de cuarenta mil colones cada una. Con un plazo
de noventa y nueve años. Su objetivo principal será el desarrollo de
tecnológico, publicidad, ecoturismo, comercio, industria, agricultura y
ganadería, así como la prestación de todo tipo de servicios lícitos en general.
La representación judicial y extrajudicial corresponderá al presidente,
tesorero y secretaria, con las facultades del 1253 del Código Civil.—Nicoya, 30 de julio del 2008.—Lic. Marjorie Vargas
Sequeira, Notaria.—1 vez.—Nº 51023.—(71987).
Ante esta Notaría, por escritura
pública número 136, visible a folio 135 vuelto, a las 7:30 horas, del día 31 de
julio del 2008; se protocolizó acta de asamblea extraordinaria donde se
modificó la cláusula sétima del pacto constitutivo, nombrando gerente y
subgerente de Esperanse Designe Enterprise S.R.L. Gerente:
Henry Ralph Schweitzer.—Licda. María Auxiliadora Alfaro Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 51026.—(71988).
Ante esta notaría por escritura
pública número 137, visible a folio 136 vuelto, a las 8:00 horas, del día 31 de
julio del 2008; se protocolizó acta de asamblea extraordinaria donde se
modifico la cláusula sétima del pacto constitutivo, nombrando gerente y
subgerente de Karibu Enterprise S.R.L. Gerente: Henry Ralph
Schweitzer.—Lic. María Auxiliadora Alfaro Chacón, Notaria.—1
vez.—Nº 51027.—(71989).
Ante esta notaría por escritura
pública número 138, visible a folio 137 frente, a las 8:30 horas, del día 31 de
julio del 2008; se protocolizó acta de asamblea extraordinaria donde se
modifico la cláusula sétima del pacto constitutivo, nombrando gerente y
subgerente de Sandy Femma Enterprise S.R.L. Gerente: Henry Ralph
Schweitzer.—Lic. María Auxiliadora Alfaro Chacón, Notaria.—1
vez.—Nº 51028.—(71990).
Por escritura número 177,
otorgada ante esta notaría, a las 19:30 horas del 30 de julio del 2008, se
constituyó la sociedad Goldnet Solution CR S. A. Capital suscrito y
pagado mediante aporte de dos letras de cambio. Plazo social 99 años. Domicilio
social en Escazú, San Rafael, presidente y secretario tienen la representación
judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite
de suma, actuando conjunta o separadamente.—San José,
30 de julio del 2008.—Lic. José Fidelio Castillo Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 51029.—(71991).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las diez horas treinta minutos del veintinueve de julio del dos mil
ocho, se modificó la junta directiva de la sociedad de esta plaza: El Guaba
Almendro de San Ramón Sociedad Anónima.—San Ramón,
treinta de julio del dos mil ocho.—Lic. Víctor Gamboa Campos, Notario.—1 vez.—Nº 51032.—(71992).
Ante mi notaría, a las veinte
horas y cinco minutos del quince de julio del dos mil ocho, se constituyó sociedad
anónima, presidente Alberto Lang Gutiérrez.—Heredia, treinta y uno de julio del
año dos mil ocho.—Lic. Yorleny Quesada Monestel, Notaria.—1
vez.—Nº 51039.—(71993).
Ante mi notaría, a las veinte
horas y quince minutos del treinta de julio del dos mil ocho, se constituyó
sociedad anónima, presidente Julio Cecilio Ballestero Campos.—Heredia, treinta
y uno de julio del año dos mil ocho.—Lic. Yorleny Quesada Monestel, Notaria.—1 vez.—Nº 51041.—(71994).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14:00 horas del día treinta de julio del año en curso, se
constituye la sociedad anónima denominada Hermanos Socart S. A., con un
capital social de doce mil colones en San Ramón de Alajuela, a las catorce
horas, del 2008.—Lic. Larissa Seravalli Saurez, Notaria.—1
vez.—Nº 51042.—(71995).
Hoy he protocolizado acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Sonda
Neptuno S. A., en la cual se modifica la cláusula del domicilio.—Curridabat, treinta y uno de julio del dos mil ocho.—Lic.
Deborah Ann Lores Lares, Notaria.—1 vez.—Nº
51043.—(71996).
Por escritura otorgada, a las
nueve horas treinta minutos del día veintinueve de julio del presente año, se
protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Tres
E Y R Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula décima y se
nombra nuevo secretario de la sociedad.—San José,
veintinueve de julio del año dos mil ocho.—Lic. Ana Carla Muñoz Villalobos,
Notaria.—1 vez.—Nº 51044.—(71997).
Hoy he protocolizado, acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Costa
Rica Golf Adventures Travel Agency Limitada S. A., en la cual se modifica
la cláusula del domicilio.—Curridabat, treinta y uno
de julio del dos mil ocho.—Lic. Deborah Ann Lores Lares, Notaria.—1 vez.—Nº 51045.—(71998).
Hoy he protocolizado acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Alfa
Alba S. A., en la cual se modifica la cláusula del domicilio.—Curridabat, treinta y uno de julio del dos mil ocho.—Lic.
Deborah Ann Lores Lares, Notaria.—1 vez.—Nº
51046.—(71999).
Por escritura otorgada ante mi
Notaría en Liberia, a las diez horas con cuarenta minutos del dieciséis de
julio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Moda del Mar Kom Sociedad
Anónima. El capital social: nueve mil colones, suscritos y pagados. Los
apoderados generalísimos con actuación conjunta o separada hasta la suma de
diez mil dólares son presidente: Edgar Olortegui Ballon; secretaria: Karolina
Bermúdez Víquez; tesorera: María Elena Vargas Camacho, superior a ese monto
actúan conjuntamente el presidente y la secretaria, o la secretaria y la
tesorera.—Liberia, treinta de julio del dos mil
ocho.—Lic. Johanna María Moreno Bustos, Notaria.—1
vez.—Nº 51052.—(72000).
Por escritura otorgada ante mi
Notaría en Liberia, a las once horas con cuarenta minutos del dieciséis de
julio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Estilos y Colores Sociedad
Anónima. El capital social: nueve mil colones, suscritos y pagados. Los
apoderados generalísimos con actuación conjunta o separada hasta la suma de
diez mil dólares son presidente: Edgar Olortegui Ballon; secretaria: Karolina
Bermúdez Víquez; tesorera: María Elena Vargas Camacho, superior a ese monto
actúan conjuntamente el presidente y la secretaria, o la secretaria y la
tesorera.—Liberia, treinta de julio del dos mil
ocho.—Lic. Johanna María Moreno Bustos, Notaria.—1
vez.—Nº 51053.—(72001).
Ante esta Notaría, se constituyó
una sociedad anónima cuya denominación social se establece de conformidad con
lo dispuesto en el artículo dos del decreto ejecutivo número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J; con un plazo de noventa y nueve años y un capital
social de cien mil colones exactos.—San José,
veintidós de julio del dos mil ocho.—Lic. Ingrid Gutiérrez Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 51054.—(72002).
Ante esta Notaría, se constituyó
una sociedad anónima cuya denominación social se establece de conformidad con
lo dispuesto en el artículo dos del decreto ejecutivo número treinta y tres mil
ciento setenta y uno - J; con un plazo de noventa y nueve años y un capital
social de cien mil colones exactos.—San José,
veintinueve de julio del dos mil ocho.—Lic. Ingrid Gutiérrez Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 51055.—(72003).
Por escritura otorgada el día de
hoy ante esta Notaría, Elías Benzadon Boutin y Jorge Gilberto Altamirano-Duque
Meza, constituyeron Produrban Limitada, capital suscrito y pagado,
domicilio San José.—San José, 31 de julio del 2008.—Lic. Esteban Alfonso Chacón
Solís, Notario.—1 vez.—Nº 51058.—(72004).
Por escritura otorgada el día
hoy, se constituyó la sociedad Greener Fields Sociedad Anónima. Plazo
social: 100 años. Capital social: 10.000. Presidenta: Jennifer Schubert.
Domiciliada en Grecia.—Grecia, 31 de julio del año
2008.—Lic. Miguel Ángel Zumbado González, Notario.—1
vez.—Nº 51059.—(72005).
Por escritura de las 16:09 horas
del 21 de julio del 2008, se adicionó la escritura de las 17:35 horas del 30 de
junio del 2008, mediante la cual Centro de Distribución y Logística CEDISA
S. A. modifica su nombre a Novapark Parque Empresarial S. A.—San
José, 21 de julio del 2008.—Lic. Sara Sáenz Umaña, Notaria.—1
vez.—Nº 51060.—(72006).
Por escritura otorgada el 31 de
julio del 2008, a las 11:30 horas, se constituyó la sociedad de responsabilidad
limitada denominada Recimetal Costa Rica Sociedad Anónima. Plazo social:
noventa y nueve años. Capital social: doscientos dólares moneda de curso legal
de los Estados Unidos de América, íntegramente suscrito y pagado.
Representación judicial y extrajudicial: presidente y secretario actuando
individualmente.—San José, treinta y uno de julio del
año dos mil ocho.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1
vez.—(72102).
Hoy protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Familia MBJ Los Osos
Sociedad de Responsabilidad Limitada, en que se modifican las cláusulas
segunda y tercera del pacto constitutivo.—San José,
treinta de julio del dos mil ocho.—Lic. Ingrid Gutiérrez Rojas, Notaria.—1 vez.—(72115).
Por escritura otorgada en mi Notaría
a las 15:00 horas del 20 de junio del 2008, se protocolizó el acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada 3-101-479061
s. a., en virtud de la cual, se reforman las cláusulas segunda y sexta, y
se hacen nuevos nombramientos.—San José, 31 de julio
del 2008.—Lic. Silvia Arce López, Notaria.—1
vez.—(72137).
Susana Rosa Amador Centeno,
Armando Contreras Dalhouse y Mario Manuel Contreras Amador, constituyen: Sumanhoe
Sociedad Anónima. Capital social: doce mil colones. Plazo: noventa y nueve
años a partir de hoy. Objeto: comercio en general, escritura número veintiuno.—San José, 22 de mayo del 2008.—Lic. Ileana Flores Sancho,
Notaria.—1 vez.—(72183).
Por escritura otorgada ante esta
Notaría en San José a las 8:00 horas del 24 de julio del 2008, se constituyó CAYAA
Sociedad Anónima. Presidente: Rubén Lang Aizenman.—Lic.
Annette Cambronero Valverde, Notaria.—1 vez.—(72186).
Por escritura otorgada ante esta
Notaría en San José a las 8:10 horas del 24 de julio del 2008, se constituyó R
M I C Sociedad Anónima. Presidente: Rubén Lang Aizenman.—Lic.
Annette Cambronero Valverde, Notaria.—1 vez.—(72187).
Por escritura número
tres-dieciséis, otorgada ante el notario Jorge González Roesch, a las diez
horas del día treinta y uno de julio del año dos mil ocho, donde se reforman
las cláusulas segunda y sexta, se nombra gerente y agente residente.—San José,
31 de julio del 2008.—Lic. Jorge González Roesch, Notario.—1
vez.—(72207).
Por escritura otorgada ante esta
Notaría a las 13:00 horas del 29 de julio del 2008, mediante la escritura
número ciento sesenta y cuatro, se modificó las cláusulas segunda y octava del
pacto social de la sociedad Acram Management Air Costa Rica Airlines S. A.—San José, 30
de julio del 2008.—Lic. Harry Zurcher Blen, Notario.—1
vez.—(72209).
Por escritura otorgada ante esta
Notaría a las 14:00 horas del 29 de julio del 2008, mediante la escritura
número ciento sesenta y cuatro, se modificó las cláusulas segunda y octava del
pacto social de la sociedad Air Costa Rica Airlines One Region S. A.—San José, 30
de julio del 2008.—Lic. Harry Zurcher Blen, Notario.—1
vez.—(72212).
Luis Fernando Aguilar Oses,
notario público domiciliado en el Poro de Grecia. Deja constancia que mediante
escritura número cincuenta y seis-cuatro visible al folio cuarenta y tres
frente, del tomo cuarto de su protocolo, se constituyó la sociedad denominada: Grupo
Roag Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones, suscrito y pagado.
Su presidente y representante es el señor: Antonio Rodríguez Hidalgo, cédula
número dos-doscientos once-ciento uno. Duración: noventa y nueve años a partir
de la fecha. Domiciliada en San José, avenida catorce, calle cuatro. Edificio
Roag.—San José, veinticuatro de julio del dos mil
ocho.—Lic. Luis Fernando Aguilar Oses, Notario.—1
vez.—Nº 51063.—(72242).
Luis Fernando Aguilar Oses,
notario público domiciliado en el Poro de Grecia. Deja constancia que mediante
escritura número cincuenta y siete-cuatro, visible al folio cuarenta y cinco frente, del tomo cuarto, de su protocolo, se constituyó la
sociedad denominada Rokosa Sociedad Anónima. Capital social: diez mil
colones, suscrito y pagado. Su presidente y representante es el señor: Antonio
Rodríguez Hidalgo, cédula número dos-doscientos once-ciento uno. Duración
noventa y nueve años a partir de la fecha. Domiciliada en San José, avenida
catorce, calle cuatro. Edificio Roag.—San José,
veinticuatro de julio del dos mil ocho.—Lic. Luis Fernando Aguilar Oses,
Notario.—1 vez.—Nº 51064.—(72243).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18:00 horas del 29 de julio del dos mil ocho, se constituyó la
sociedad denominada Corporación Comercial Ibiza C.I.M.M.J. Sociedad Anónima.
Capital: diez mil colones, totalmente suscrito y pagado. La representación
judicial y extrajudicial de la sociedad la tendrá el presidente, con facultades
de apoderada generalísima sin límite de suma.—Lic.
Silvia Elena Vega Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº
51069.—(72244).
Por escritura otorgada en mi
notaría hoy, a las diez horas se protocolizó en lo conducente el acta número
nueve, correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad de esta plaza Aerotaxi de Costa Rica S. A., mediante la cual se
reforma el pacto constitutivo en sus cláusulas segunda del domicilio y novena
de la administración. Se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, treinta y uno de julio del año dos mil
ocho.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—Nº
51070.—(72245).
Por escritura otorgada hoy en mi
notaría a las doce horas, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada
con su número de cédula jurídica, de conformidad con el decreto treinta y tres
mil ciento setenta y uno-J, del catorce de junio del año dos mil seis. Capital:
íntegramente suscrito y pagado. Objeto: la industria, el comercio, la
agricultura, la ganadería, la minería y la pesca en general. En especial se
dedicará a la construcción y asesoramiento en desarrollos inmobiliarios. Plazo
social: noventa y nueve años contados a partir de hoy. Presidente, secretario y
tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma,
pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José,
veinticinco de julio del año dos mil ocho.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—Nº 51071.—(72246).
Por escritura otorgada en mi notaría
hoy a las nueve horas, se protocolizó en lo conducente el acta número cuatro,
correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad
de esta plaza, Alcapa Garcasa S. A., mediante la cual se reforma el
pacto constitutivo en sus cláusulas segunda del domicilio y novena de la
administración. Se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San
José, treinta y uno de julio del dos mil ocho.—Lic. Álvaro Corrales Solís,
Notario.—1 vez.—Nº 51072.—(72247).
Por escritura otorgada a las
16:00 horas del día de hoy, se protocoliza el acta de asamblea general
extraordinaria de la compañía Desarrollo Hotelero Costa Carmel Limitada
por la cual se reforma la cláusula primera de los estatutos sobre la razón
social para denominarse en su lugar HPC Costa Carmel Limitada.—San José,
treinta de julio del 2008.—Lic. Luis Paulino Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 51073.—(72248).
Por escritura Nº 70-31
autorizada en mi notaría el día de hoy, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad Rachel S. A. mediante la cual se
reforman las cláusulas segunda y quinta del pacto social.—San
José, 31 de julio del 2008.—Lic. Noé Kawer Dymantztein, Notario.—1 vez.—Nº 51074.—(72249).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las doce horas del día veintisiete de julio del dos mil ocho, se
constituye la sociedad denominada Hermanas Mora González y Asociados
Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital social: totalmente
suscrito y pagado. Presidenta: Nora Georgina Mora González.—Lic.
Rosa María Artavia Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº
51075.—(72250).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las once horas del día veintidós de julio del dos mil ocho, se
constituye la sociedad Familia Vega González GM Sociedad Anónima. Plazo
social: noventa y nueve años. Capital social: totalmente suscrito y pagado.
Presidente: Gerardo Enrique Vega Ugalde.—Lic. Rosa
María Artavia Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº
51076.—(72251).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 9:30 horas del 30 de julio del 2008, se constituyó la sociedad denominada
Proyectos Ecológicos de Costa Rica Stoll & Valenciano S. A., cuyo
capital se encuentra suscrito y pago.—Ciudad Quesada,
30 de julio del 2008.—Lic. Hugo Alberto Loaiza Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 51078.—(72252).
Por escritura número doscientos
veintiséis-uno, otorgada a las diez horas del veinticinco de julio del dos mil
ocho y vista al folio ciento cincuenta y dos vuelto del tomo primero del
notario Ólger Vargas Castillo, carné 14326, Benedicto Jiménez Vásquez, Greivin
Montero Ramírez, Dennis Bryan Montero Ramírez, constituyeron la sociedad
denominada Jimeca Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Duración:
noventa y nueve años. Presidente: Dennis Bryan Montero Ramírez. Domicilio:
Calle Jiménez del Rincón de Zaragoza, Palmares, Alajuela, setenta y cinco
metros al sur de la plaza de fútbol.—Lic. Ólger
Gerardo Vargas Castillo, Notario.—1 vez.—Nº
51081.—(72253).
El suscrito notario, hago
constar que mediante escritura pública noventa y uno ante mí, en mi protocolo,
misma otorgada, a las 14:00 horas del 30 de julio del 2008, Manuel Ángel Rojas
Sánchez y José Manuel Rojas Sánchez, han constituido la sociedad denominada Inversiones
José Manuel R y S S. A. Capital social: cien mil colones. Plazo social:
noventa y nueve años. Domicilio: en la ciudad de Palmitos, Naranjo, doscientos
metros sur de balneario. Presidente: el socio Manuel Ángel Rojas Sánchez,
cédula Nº 2-443-525.—Palmares, 30 de julio del
2008.—Lic. Jorge Fabricio Fernández Mayorga, Notario.—1
vez.—Nº 51082.—(72254).
Ante mi notaría, a las 15:00 del
día de hoy, protocolicé acta mediante la cual Altos del Río Chubut S. A.,
reforma la cláusula sexta y se reorganizó la junta directiva.—San
José, 31 de julio del 2008.—Lic. Gustavo Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—Nº 51083.—(72255).
Ante mí, se constituyó la
sociedad Unión de Ganaderos de la Zona Atlántica S. A. Capital:
totalmente suscrito y pagado. La representación judicial y extrajudicial le
corresponde al presidente, y vicepresidente, actuando conjuntamente alguno de
ellos con el tesorero. Domicilio: Guápiles.—Guápiles,
31 de julio del 2008.—Lic. Juan Carlos Radulovich Quijano, Notario.—1 vez.—Nº 51085.—(72256).
Por escritura número ciento
setenta y nueve, se constituyó la sociedad anónima denominada A.J.P.
Contructores S. A., a las 17:35 horas de 31 de julio del 2008. Capital
social: 90.000,00 (noventa mil colones).—San José,
treinta y uno de julio del dos ocho.—Lic. Francisco Javier Stewart Satchuell,
Notario.—1 vez.—Nº 51086.—(72257).
Por escritura número ciento
setenta y nueve, se constituyó la sociedad anónima denominada Grupo Manial
M.I. S. A., a las 17:30 horas de 31 de julio del 2008. Capital social:
100.000,00 (cien mil colones).—San José, treinta y uno
de julio del dos ocho.—Lic. Francisco Javier Stewart Satchuell, Notario.—1 vez.—Nº 51087.—(72258).
Ante mí, Abdenago Barboza
Sánchez, notario público con oficina en Cartago, se constituyó la sociedad
anónima denominada Agrícola Bredu Sociedad Anónima. Su domicilio social
será en la provincia de Cartago. Su presidente es el señor Luis Gustavo Brenes
Angulo. Escritura otorgada en Cartago, a las 20:30 horas del 30 de julio del
año 2008.—Lic. Abdenago Barboza Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 51090.—(72259).
Ante mí, Abdenago Barboza
Sánchez, notario público con oficina en Cartago, se constituyó la sociedad
anónima denominada Agrícola Brelobre Sociedad Anónima. Su domicilio
social será en la provincia de Cartago. Su presidente es el señor Rosario
Brenes Angulo. Escritura otorgada en Cartago, a las 19:30 horas del 30 de julio
del año 2008.—Lic. Abdenago Barboza Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 51091.—(72260).
En asamblea general
extraordinaria de accionistas de Country House Sociedad Anónima, cédula
jurídica número: tres-ciento uno-trescientos treinta y siete mil doscientos
ochenta y siete, domiciliada en Heredia, de fecha treinta de junio del dos mil
ocho, a las ocho horas, se acuerda reformar las cláusulas segunda y quinta, en
lo que respecta al domicilio social y aumento de capital social,
respectivamente. Escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas diez
minutos del treinta y uno de julio del dos mi1 ocho.—Lic.
Kattia Gamboa Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº
51092.—(72261).
Hago constar que mediante
escritura número cincuenta y cuatro- sesenta y siete, otorgada ante esta
notaría, a las quince horas del dieciséis de julio del año dos mil ocho, se
constituyó la sociedad con número de cédula asignado como razón social, de
acuerdo con el decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y
uno-J.—Desamparados, dieciséis de julio del dos mil
ocho.—Lic. Laura Mora Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº
51093.—(72262).
Por escritura otorgada ante mí,
a las catorce horas del día de hoy, protocolizo el acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la compañía Eukala Norte Sociedad Anónima,
donde se modifican las cláusulas segunda y sétima de sus estatutos, y se
nombran secretario y tesorero.—San José, 22 de julio
del 2008.—Lic. Ana Ester Solís Umaña, Notaria.—1
vez.—Nº 51095.—(72263).
Mediante escritura número ciento
uno, del tomo tercero de mi protocolo, otorgada en Montes de Oca, San José, a
las catorce horas del treinta de julio del año dos mil ocho, se constituyó la
sociedad Paraíso Arrecife Cahuita Limitada. Con un capital social de
quinientos mil colones exactos, representado por cincuenta cuotas nominativas
de diez mil colones cada una, y con domicilio en la provincia de San José,
cantón Montes de Oca, distrito San Pedro, en Los Yoses de la cuarta entrada,
trescientos cincuenta metros al sur, casa de tapia azul al lado oeste de la
calle. Administrada por un gerente y cuatro subgerentes, quienes durarán en sus
cargos por todo el plazo social.—Montes de Oca, a las
quince horas del treinta y uno de julio del dos mil ocho.—Lic. Agustín Atmetlla
Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 51099.—(72264).
Por escritura otorgada ante mí,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Costa Rica Two Explorers Sociedad Anónima, se acepta
renuncia y se nombra nuevo secretario de la junta directiva.—San José, treinta
y uno de julio del dos mil ocho.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1 vez.—Nº 51100.—(72265).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, se constituye la compañía Logística de Ventas LOVENSA del
Norte Sociedad Anónima. Objeto: comercio en general. Plazo: noventa y nueve
años. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San
José, treinta de julio del dos mil ocho.—Lic. Alfonso Guzmán Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 51102.—(72266).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las ocho horas hoy, se constituyó CMYK Printing Solutions
S. A., para dedicarse por cien años al comercio en general. Presidente,
secretario y tesorero, apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veinticinco de julio de dos mil ocho.—Lic. Ricardo
Ugarte Mora, Notario.—1 vez.—Nº 51104.—(72267).
Por escritura número 191, tomo
20 de la notaría de Arnoldo Segura Rodríguez, 3-101-534605 S. A. nombra
nuevo presidente y modifica la cláusula segunda del domicilio. Es todo.—30 de julio del dos mil ocho.—Lic. Vivian Wyllins Soto,
Notaria.—1 vez.—Nº 51105.—(72268).
Por escritura número 185 de1
tomo 20 de la notaría de Arnoldo Segura Rodríguez en connotariado con Vivian
Wyllins Soto, 3-101-535338 S. A. nombra nueva junta directiva y modifica
la cláusula segunda del domicilio. Es todo.—15 de
julio del dos mil ocho.—Lic. Vivian Wyllins Soto, Notaria.—1
vez.—Nº 51106.—(72269).
Por escritura número 195 tomo 20
de la notaría de Arnoldo Segura Rodríguez, 3-101-536318 S. A. modifica
la cláusula primera del nombre a Lavin System Inc S. A. Es todo.—30 de julio del dos mil ocho.—Lic. Vivian Wyllins Soto,
Notaria.—1 vez.—Nº 51107.—(72270).
Por escritura número 194, tomo
20 de la notaría de Arnoldo Segura Rodríguez, 3-101-535238 S. A.
modifica la cláusula primera del nombre a Kanebo System Inc S. A. Es
todo.—30 de julio del dos mil ocho.—Lic. Vivian
Wyllins Soto, Notaria.—1 vez.—Nº 51108.—(72271).
Por escritura: número 193, tomo
20 de la notaría de Arnoldo Segura Rodríguez, 3-101-535692 S. A.
modifica la cláusula primera del nombre a Rock System Inc S. A. Es todo.—30 de julio del dos mil ocho.—Lic. Vivian Wyllins Soto,
Notaria.—1 vez.—Nº 51109.—(72272).
Por escritura número 192, tomo
20 de la notaría de Arnoldo Segura Rodríguez, 3-101-532524 S. A.
modifica la cláusula primera del nombre a Soft Conection Inc S. A. Es
todo.—30 de julio del dos mil ocho.—Lic. Vivian
Wyllins Soto, Notaria.—1 vez.—Nº 51110.—(72273).
La compañía denominada Bellezas
del Mar de Costa Rica S. A., con cédula de persona jurídica número
3-101-499807, modifica la cláusula octava del pacto constitutivo, sobre la
representación. Se nombra como presidenta a Ana Isabel Rojas Valerio.—San José, 31 de julio del 2008.—Lic. Hendrix Gutiérrez
Menocal, Notario.—1 vez.—Nº 51112.—(72274).
Por asamblea extraordinaria de
socios de la firma Inversión Familiar El Rey Catorce Sociedad Anónima,
celebrada en su domicilio a las 17 horas del 22 de julio del 2008, se modificó
la cláusula del domicilio.—Cartago, 30 de julio del 2008.—Lic. Carlos Eduardo
Mata Ortega, Notario.—1 vez.—Nº 51113.—(72275).
Ante esta notaría se constituyó
la sociedad Tapanti Ecoturismo Camping and Lodge Tecal Sociedad Anónima
con un capital social de diez mil colones íntegramente cancelados, se nombra
presidenta con facultades de apoderada generalísima.—Cartago,
31 de julio de 2008.—Lic. Patricia Quesada Sandoval, Notaria.—1
vez.—Nº 51114.—(72276).
Por escritura otorgada hoy ante
mí, se constituyó la empresa denominada Plantas Integradas XXI Sociedad
Anónima. Plazo noventa y nueve años.—San José, 30
de julio del 2008.—Lic. Alberto Rojas Chaves, Notario.—1
vez.—Nº 51115.—(72277).
Ante esta notaría, mediante la
escritura número 329, se reformó la cláusula número IX del acta constitutiva de
A.T.O. Central Investment Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-503984.
Es todo.—Liberia, 31 de julio de 2008.—Lic. José
Alberto Arrieta Palacios, Notario.—1 vez.—Nº
51116.—(72278).
Por escritura de las catorce
horas del treinta y uno de julio del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la entidad Seguridad Los Protectores
Sociedad Anónima, mediante la cual renuncia secretario y se nombra otro en
su lugar, se reforma cláusula segunda en cuanto al domicilio social.—San José, 31 de julio del 2008.—Lic. Carl Uriah Wolfe
Walters, Notario.—1 vez.—Nº 51117.—(72279).
Por escritura número 285,
otorgada en mi notaría, a las 11:00 horas del día 21 de julio del año 2008,
procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de N. M. CH. Z. Finca Firulina Sociedad Anónima. Se nombró nueva junta
directiva.—21 de julio del 2008.—Lic. Fernando Pizarro
Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 51118.—(72280).
Por escritura número 91,
otorgada en mi notaría, a las 15:00 horas del día 23 de julio del año 2008,
procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de Soluna de Zafiro Sociedad Anónima. Se nombró nueva junta directiva.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1
vez.—Nº 51119.—(72281).
Durman Emanuel, Paola Manuela,
Douglas Emilio, todos Quesada Chavarría constituyen la sociedad Materiales
Eléctricos Parecom S. A., plazo noventa y nueve años. Capital social ciento
veinte mil colones. Escritura otorgada en Palmares, a las 8:00 horas del 31 de
julio del 2008.—Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 51120.—(72282).
Durman Emanuel, Paola Manuela,
Douglas Emilio, todos Quesada Chavarría constituyen la sociedad Corporación
de Servicios Empresariales Mayo S. A., plazo noventa y nueve años. Capital
social ciento veinte mil colones. Escritura otorgada en Palmares, a las 10:00
horas del 31 de julio del 2008.—Lic. Carlos Fernández
Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 51121.—(72283).
Durman Emanuel, Paola Manuela,
Douglas Emilio, todos Quesada Chavarría constituyen la sociedad Inmobiliaria
Mar del Tango S. A., plazo noventa y nueve años. Capital social ciento
veinte mil colones. Escritura otorgada en Palmares, a las 12:00 horas del 30 de
julio del 2008.—Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 51123.—(72284).
Durman Emanuel, Paola Manuela,
Douglas Emilio todos Quesada Chavarría constituyen la sociedad Palmares
Managent Corporation S.A., plazo noventa y nueve años. Capital social
ciento veinte mil colones. Escritura otorgada en Palmares a las 13:00 horas del
30 de julio del 2008.—Lic. Carlos Fernández Vásquez,
Notario.—1 vez.—Nº 51124.—(72285).
El día de hoy, Núñez & Russo
Servicios, S. A. y Leopoldo José Núñez Atencio, constituyeron la sociedad
denominada Vitanova D D C S. A. Plazo: cien años. Presidente:
Leopoldo José Núñez Atencio. Capital social: cien mil colones.—San
José, primero de agosto del dos mil ocho.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—Nº 51125.—(72286).
Durman Emanuel, Paola Manuela,
Douglas Emilio todos Quesada Chavarría constituyen la sociedad D.P.D.
Consulting and Advising S. A., plazo noventa y nueve años. Capital social
ciento veinte mil colones. Escritura otorgada en Palmares, a las 7:00 horas del
31 de julio del 2008.—Lic. Carlos Fernández Vásquez,
Notario.—1 vez.—Nº 51126.—(72287).
El día de hoy el suscrito
notario público, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de El Diablo Negro Alemán S. A., celebrada a las siete horas
del día nueve de julio del dos mil ocho. Mediante la cual se reforma la
cláusula sétima del pacto social y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, treinta y uno de julio del año dos mil
ocho.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—Nº
51127.—(72288).
El día de hoy, Glauco Quesada
Castro y Steven Quesada Muñoz, constituyeron la sociedad cuya denominación será
el número de cédula de persona jurídica que el Registro de Personas Jurídicas
del Registro Público de oficio le asigne al momento de su inscripción; esto de
conformidad con lo dispuesto por el decreto ejecutivo número tres tres uno
siete uno-J. Plazo: cien años. Presidente: Glauco Quesada Castro. Capital
social: diez mil colones.—San José, treinta de julio
del año dos mil ocho.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1
vez.—Nº 51128.—(72289).
El día de hoy, Glauco Quesada
Castro y Harry Quesada Obando, constituyeron la sociedad cuya denominación será
el número de cédula de persona jurídica que el Registro de Personas Jurídicas
del Registro Público de oficio le asigne al momento de su inscripción; esto de
conformidad con lo dispuesto por el decreto ejecutivo número tres tres uno siete
uno-J. Plazo: cien años. Presidente: Glauco Quesada Castro. Capital social:
diez mil colones.—San José, treinta de julio del dos
mil ocho.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1
vez.—Nº 51129.—(72290).
El suscrito notario hace constar
que se constituyó la sociedad denominada Concreoro Brunca S. A.
domicilio en distrito Buenos Aires, del cantón de Palmares, provincia de
Alajuela, novecientos metros al este de la escuela Joaquín L. Sancho. Objeto:
comercio. Plazo: noventa y nueve años. Capital de ciento cincuenta mil colones.—Palmares, treinta y uno de julio del dos mil ocho.—Lic.
Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—Nº
51133.—(72291).
El suscrito notario hace constar
que se constituyó la sociedad denominada Edihome S. A. Domicilio en
distrito primero Palmares del cantón de Palmares, provincia de Alajuela, ciento
veinticinco metros este de la caseta de tránsito. Objeto: actividad comercial y
de constructiva. Plazo: noventa y nueve años. Capital de ciento cincuenta mil
colones.—Palmares, veintisiete de julio del dos mil
ocho.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—Nº
51134.—(72292).
Ante esta notaría se han
constituido las sociedades Tronando Sociedad Anónima, Mised Sociedad
Anónima; Diptongo Sociedad Anónima y Réplica Sociedad Anónima.
Con plazos sociales de 99 años. Objeto principal es el comercio. Domicilio en
Palmares de Alajuela, Capital social: las dos primeras de cien mil colones, las
restantes doscientos mil colones.—Palmares, 31 de
julio del 2008.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1
vez.—Nº 51135.—(72293).
Por escritura otorgada ante el
notario Álvaro Rojas Morera el treinta y uno de julio del dos mil ocho, John
Richard Garrison y Kathleen Jo Garrison, constituyen la sociedad anónima, que
se denominará de conformidad con el decreto tres tres uno siete uno-J.—San José, 31 de julio del dos mil ocho.—Lic. Álvaro Rojas
Morera, Notario.—1 vez.—Nº 51137.—(72294).
Por escritura pública otorgada a
las quince horas del día veinticuatro de julio del dos mil ocho, se constituyó
ante esta notaría la sociedad denominada Concentrados y Pulpas Naturales de
Centroamérica Limitada.—San José, primero de agosto del dos mil ocho.—Lic.
Kenneth Muñoz Ureña, Notario.—1 vez.—Nº
51138.—(72295).
Por escritura otorgada ante mí,
a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del primero de julio del dos mil
ocho, se constituyó la entidad denominada J D Muñomar Sociedad Anónima,
siendo su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma: Dimas Gerardo Muñoz Cerdas.—Lic. Ana Isabel Paniagua Lacayo, Notaria.—1 vez.—Nº 51139.—(72296).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaria, a las 14:00 horas del 31 de julio del 2008, se constituyó la
sociedad Manufacturing Consultants S. A.—San José, 31 de julio del
2008.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1
vez.—Nº 51140.—(72297).
Ante la suscrita notaria se
constituyó la sociedad denominada Dreams Machine Sociedad Anónima,
otorgada a las once y quince horas del treinta de julio del año dos mil ocho.
Presidente: Denis Bermúdez Monge, capital social: diez mil colones. Domiciliada
en Paso Ancho de la Rotonda de la Guacamaya cien metros al oeste edificio BK
Diesel, plazo social noventa y nueve años.—Lic. Yensi
Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 51144.—(72298).
Por escritura otorgada en esta
notaria, a las 20:00 horas del 31 de julio del 2008, se constituye Galm
Producciones Ltda., con un capital social de diez mil colones.—Lic. Olga María Rivera Monge, Notaria.—1
vez.—Nº 51145.—(72299).
Por escritura otorgada en esta
notaría, a las diecisiete horas del veinticuatro de junio del dos mil ocho, se
constituyó la sociedad anónima denominada DIDESA Desarrollos Inmobiliarios
del Este Sociedad Anónima.—Veinticuatro de julio del dos mil ocho.—Lic.
Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—Nº
51146.—(72300).
Por escritura otorgada ante mí a
las doce horas del 31 de julio del 2008, se reforma la cláusula sexta de los
estatutos reformándose la administración se nombra vicepresidente y se revoca
poder general de la sociedad Salerm Costa Rica Sociedad Anónima.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1
vez.—Nº 51147.—(72301).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las dieciséis horas del veinticuatro de junio del dos mil ocho, se
constituyó la sociedad anónima denominada Arrendadora del Este AC Sociedad
Anónima.—Veinticuatro de julio del dos mil
ocho.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1
vez.—Nº 51148.—(72302).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaria en la ciudad de San José, a las catorce horas del día treinta
de julio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad World Trade
International Moravia Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Capital
social: totalmente suscrito y pagado. Domicilio social: San José, Moravia, La
Trinidad, centro Comercial San Nicole, local cinco.—San
José, treinta de julio del dos mil ocho.—Lic. Mónica P. Umaña Barrantes,
Notaria.—1 vez.—Nº 51149.—(72303).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaria en la ciudad de San José, a las catorce horas del día treinta
de julio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad European Trade
International Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Capital social:
totalmente suscrito y pagado. Domicilio social: San José, Moravia, La Trinidad,
centro Comercial San Nicole, local cinco.—San José,
treinta de julio del dos mil ocho.—Lic. Mónica P. Umaña Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 51150.—(72304).
Hoy día he constituido sociedad
de responsabilidad limitada con razón social de su mismo número de cédula
jurídica, domicilio en la ciudad de Desamparados, San José, capital social:
diez mil colones, ambos gerentes con representación conjunta o individual.—Desamparados, San José, treinta y uno de julio del dos mil
ocho.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1
vez.—Nº 51151.—(72305).
Por escritura otorgada ante mí,
a las dieciséis horas del treinta y uno de julio del dos mil ocho, se
constituyó sociedad anónima que recibirá como denominación social el número de
cédula jurídica que le asigne el registro de personas jurídicas. Capital
suscrito y pagado. Plazo social cien años. Domicilio: Cedros de Montes de Oca.—San José, 1º de agosto del 2008.—Lic. Simón Alfredo
Valverde Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 51163.—(72306).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las 8:00 horas del 1º de agosto del 2008 se constituyó la sociedad
anónima Gianna S. A. Domicilio: Escazú centro. Capital social
íntegramente suscrito y pagado por los socios. Presidente y secretaria con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Escazú,
1º de agosto del 2008.—Lic. Marlene Bustamante Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 51167.—(72308).
En escritura pública otorgada a
las 15:00 horas del 23 de julio del 2008, se constituyó una sociedad anónima
que utilizará únicamente el número de cédula jurídica como denominación social,
esto amparados en el artículo dos del decreto ejecutivo número tres tres uno
siete uno-J, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras S. A. Domicilio
social: Heredia, San Pablo, de la escuela El Rincón de Ricardo, ciento
cincuenta metros al sur, cien oeste, ciento cincuenta sur y cien oeste. Plazo:
noventa y nueve años. Capital social: cinco mil colones suscrito en diez
acciones de quinientos colones cada una. Presidente: Óscar Alonso Morera
Villegas.—Lic. Fernando Ávila González, Notario.—1 vez.—Nº 51168.—(72309).
Por escritura otorgada por mí,
al ser las 17:00 horas del 31 de julio de 2008, se protocolizó acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza
denominada Centro Médico del Este San Francisco de Asís Sociedad Anónima,
con cédula jurídica: tres-ciento uno-doscientos seis mil ochocientos noventa y
uno, por medio de la cual se reforma la cláusula cuarta del pacto
constitutivo.—San José, a las 7:00 horas del 1º de agosto del 2008.—Lic.
Gustavo Argüello Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº
51169.—(72310).
Hoy protocolicé los acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de Iguana Barba Ciento Cuatro
D, S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos
noventa y un mil doscientos treinta y tres y A Place in the Sun S. A.,
con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y
seis mil seiscientos sesenta y cinco, mediante los cuales se fusionan por
absorción ambas empresas, prevaleciendo la segunda y dejando de existir la
primera, por medio de escrituras otorgadas en la ciudad de San José, a las diez
y once horas respectivamente del treinta y uno de julio del dos mil ocho por el
notario Rodrigo Maffioli Márquez.—Lic. Rodrigo Maffioli Márquez, Notario.—1 vez.—Nº 51170.—(72311).
Hoy protocolicé los acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de Caribe Turística
Investment S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos cuatro mil doscientos cincuenta y tres, mediante los cuales
se disuelve la empresa y se nombra como liquidador al señor José Pablo Arce
Piñar, por medio de escritura otorgada en la ciudad de San José, a las trece
horas del treinta y uno de julio del dos mil ocho.—Lic.
Rodrigo Maffioli Márquez, Notario.—1 vez.—Nº
51171.—(72312).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10:30 horas del 16 de julio del 2008, se constituyó la sociedad Luchi
C & L S. A. Capital social: ¢10.000,00, Plazo social: 100 años.
Domicilio: Limón. Presidente: Gerardo Enrique Pión Acevedo.—Limón,
29 de julio del 2008.—Lic. Fernanda María Morales Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 51172.—(72313).
En mi notaría a las ocho horas
del doce de junio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad de
responsabilidad limitada denominada Orozco y Pérez Sociedad de
Responsabilidad Limitada, pudiendo abreviarse Orozco y Pérez
Ltda, la sociedad será administrada por tres gerentes quienes tendrán
las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma con actuación en
forma conjunta.—San Vito de Coto Brus, dieciocho de
junio del dos mil ocho.—Lic. Gabriela Vargas Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 51173.—(72314).
El suscrito notario Víctor Solís
Castillo hace constar que en esta notaría, se constituyeron: Constructora
Milis Sociedad Anónima. Es todo, firmo en Palmar Norte, Osa, Puntarenas, al
ser las once horas cuarenta minutos del día veinticuatro de julio del dos mil
ocho.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 51174.—(72315).
El suscrito notario Víctor Solís
Castillo hace constar que en esta notaría se constituyo: seis-ciento
veintisiete-setecientos treinta sociedad anónima. Es todo, firmo en Palmar
Norte, Osa, Puntarenas, al ser catorce horas del día veintidós de julio del dos
mil ocho.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 51175.—(72316).
La suscrita notaria pública
Xinia Arias Naranjo hago constar que ante esta notaría se modificó la cláusula
octava del pacto constitutivo de las siguientes sociedades: The Valley of
the Turtle S. A., The Fishing Birds S. A., Walking Through the
Paths S. A., The Color of the Emerald S. A., Pequeño Colibrí S.
A. Todas con domicilio en Ojochal, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros
al este del Hotel Villas Gaía.—Ciudad Cortés, 24 de
julio de 2008.—Lic. Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1
vez.—Nº 51176.—(72317).
Mediante escritura número 241
del tomo 3 del protocolo del notario Enrique Corrales Barrientos, iniciada al
folio 128 frente, se reforma el pacto constitutivo de
la sociedad Agro Brus Limitada. Gerentes: Rosa Elena Román Meza y
Gerardo Quesada Fonseca.—San Vito, Coto Brus, 26 de
julio del 2008.—Lic. Enrique Corrales Barrientos, Notario.—1
vez.—Nº 51177.—(72318).
Por escritura número ciento
treinta y seis, otorgada ante esta notaría el día veintinueve de julio del año
dos mil ocho a las ocho horas, se constituyó la sociedad Igioni Inc
S. A., plazo noventa y nueve años, capital social: mil doscientos
colones.—Lic. Adriana Villalobos Brenes, Notaria.—1
vez.—Nº 51178.—(72319).
Por escritura número setenta y
uno, otorgada ante este notario el día treinta y uno de julio a las trece horas
del año dos mil ocho, se constituyó dieciocho sociedades anónimas, las cuales
se denominarán como lo indique el número de cédula jurídica, plazo social:
noventa y nueve años, capital social: mil doscientos colones, dividido en mil
doscientas acciones de un colón cada una. Representación judicial: Presidente y
secretario.—San José, 31 de julio del año 2008.—Lic.
Melvin Rudelman W., Notario.—1 vez.—Nº 51179.—(72320).
A las 8:00 horas del 31 de julio
de 2008, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de
la sociedad Crorama del Arroyo Sociedad Anónima, celebrada en San José,
Guachipelín de Escazú, Centro Corporativo Plaza Roble, edificio El Patio tercer
piso, a las doce horas del día veintiuno de julio del año dos mil ocho,
mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto
constitutivo.—San José, 31 de julio de 2008.—Lic.
Ligia Castiglioni Longueira, Notaria.—1 vez.—Nº
51180.—(72321).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las nueve horas, del día veintiocho de marzo del dos mil ocho, se
protocolizó acuerdos de asamblea general ordinaria de accionistas de Citrino
Solaris S. A., mediante el cual se nombra nueva Junta Directiva y se
reforma cláusula sétima del pacto constitutivo.—Heredia, 30 de marzo del
2008.—Lic. Virginia Hernández Arias, Notaria.—1
vez.—Nº 51181.—(72322).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las ocho horas treinta minutos, del día veintiocho de marzo del dos
mil ocho, se protocolizó acuerdos de asamblea general ordinaria de accionistas
de Truenos y Relámpagos S. A., mediante el cual se nombra nueva Junta
Directiva y fiscal y se reforman cláusulas sétima y segunda del pacto
constitutivo.—Heredia, 30 de marzo del 2008.—Lic.
Virginia Hernández Arias, Notaria.—1 vez.—Nº
51182.—(72323).
Protocolización de acta de la
compañía Lexus S. A., según cual se hacen nombramientos en la Junta
Directiva.—San José, 31 de julio del 2008.—Lic. Vera
Violeta Jiménez Roldán, Notaria.—1 vez.—Nº
51184.—(72324).
Ante mi notaría, mediante
escritura número 5 de las 14:00 horas del 30 de julio de 2008, se ha
constituido la sociedad denominada Pérez y Jara Inversiones Sociedad Anónima,
con domicilio en la ciudad de Garabito, con un capital social de diez mil
colones.—Orotina, 31 de julio de 2008.—Lic. Douglas Marín Orozco, Notario.—1 vez.—Nº 51186.—(72325).
Ante mi notaría, mediante
escritura número 1 de las 15:00 horas del 25 de julio de 2008, visible al folio
1 frente del tomo 09 de mi protocolo, se ha constituido la sociedad denominada La
Recalada Sociedad Anónima, con domicilio en Orotina, con un capital social
de cien mil colones.—Orotina, 15 de julio de 2008.—Lic. Randall Marín Orozco,
Notario.—1 vez.—Nº 51187.—(72326).
Por escritura otorgada ante mí
hoy, los señores Jorge Rojas Abarca y Carlos Méndez Zúñiga, constituyeron
cuatro sociedades de responsabilidad limitada cuyo nombre será asignado por el
Registro de conformidad con el decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno
J. Domicilio: Moravia, Los Colegios. Objeto: desarrollo de la exportación e
importación. Gerente: el socio Rojas Abarca.—San José,
21 de julio del 2008.—Lic. Eugenia Soto Baltodano, Notaria.—1
vez.—Nº 51189.—(72327).
Por escritura otorgada ante esta
Notaría a las nueve horas cuarenta minutos del treinta y uno de julio del dos
mil ocho, se constituye la sociedad con domicilio en la ciudad de Quepos,
denominada Highland Two S. A. Capital social: la suma de cien mil
colones. Y por escritura otorgada ante esta Notaría a las nueve horas veinte
minutos del treinta y uno de julio del dos mil ocho, se constituye la sociedad
con domicilio en la ciudad de Quepos, denominada Zeev Boats S. A. Capital
social: la suma de cien mil colones.—Lic. Nikohl Vargas Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 51196.—(72328).
Por escritura otorgada ante esta
Notaría a las nueve horas del treinta y uno de julio del dos mil ocho, se
constituye la sociedad con domicilio en la ciudad de Quepos, denominada Marine
Adventures S. A. Capital social: la suma de cien mil colones. Y por
escritura otorgada ante esta Notaría a las nueve horas veinte minutos del treinta
y uno de julio del dos mil ocho, se constituye la sociedad con domicilio en la
ciudad de Quepos, denominada Orca One S. A. Capital social: la suma de
cien mil colones.—Lic. Nikohl Vargas Araya, Notaria.—1
vez.—Nº 51197.—(72329).
Ólger Eduardo Méndez Montes y
Mauricio Quirós Ruiz. Constituyen M y Q Mueblería de Quepos S. A.
Escritura otorgada en Quepos a las trece horas del dieciocho de julio del dos
mil ocho.—Lic. Juan Rafael Bermúdez Acosta, Notario.—1 vez.—Nº 51198.—(72330).
Por escritura otorgada ante esta
Notaría, a las quince horas del treinta y uno de julio del dos mil ocho, se
modifica el pacto social y se nombra nuevo gerente de la sociedad tres-ciento
dos-quinientos diecinueve mil cuatrocientos cuarenta sociedad de
responsabilidad limitada.—San José, treinta y uno
de julio del dos mil ocho.—Lic. Alberto Raven Odio, Notario.—1
vez.—Nº 51199.—(72331).
Por escritura otorgada ante esta
Notaría, a las nueve horas del día treinta de julio del año en curso, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada WTO
de Guanacaste II CS Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda reformar
cláusula quinta del capital social.—San José, treinta
de julio del dos mil ocho.—Lic. Daniel Alberto De la Garza Chamberlain, Notario.—1 vez.—Nº 51201.—(72332).
Ante esta Notaría, el día de
hoy, se ha constituido la sociedad denominada EBO Internacional Limitada.
Se emplaza a todos los interesados a hacer valer sus objeciones.—San José, veintinueve de julio del dos mil ocho.—Lic. Juan
Carlos Castro Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº
51202.—(72333).
Por escritura otorgada ante esta
Notaría, a las diez horas del día treinta de julio del año en curso, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada WTO
de Guanacaste IV IH Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda reformar
cláusula quinta del capital social.—San José, treinta
de julio del dos mil ocho.—Lic. Daniel Alberto De la Garza Chamberlain, Notario.—1 vez.—Nº 51203.—(72334).
Por escritura otorgada ante esta
Notaría, a las nueve horas con treinta minutos del día treinta de julio del año
en curso se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad
denominada WTO de Guanacaste III Sociedad Anónima, mediante la cual se
acuerda reformar cláusula quinta del capital social.—San
José, treinta de julio del dos mil ocho.—Lic. Daniel Alberto De la Garza
Chamberlain, Notario.—1 vez.—Nº 51204.—(72335).
Por escritura otorgada ante esta
Notaría, a las ocho horas con treinta minutos del día treinta de julio del año en
curso se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad
denominada WTO de Guanacaste I Dos Mil Tres Sociedad Anónima, mediante
la cual se acuerda reformar cláusula quinta del capital social.—San José, treinta de julio del dos mil ocho.—Lic. Daniel
Alberto De la Garza Chamberlain, Notario.—1 vez.—Nº
51205.—(72336).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las ocho horas del día treinta de julio del año en curso se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada CAS
de Guanacaste Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda modificar la
cláusula octava de la administración de la sociedad y cláusula quinta del
capital social.—San José, treinta de julio del dos mil
ocho.—Lic. Daniel Alberto De La Garza Chamberlain, Notario.—1
vez.—Nº 51206.—(72337).
El suscrito notario hace constar
que por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del treinta y uno de
julio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Arquitectura
Residencial Sociedad Anónima. Es todo.—San José,
treinta y uno de julio del dos mil ocho.—Lic. Ricardo Vargas Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 51209.—(72338).
Por escritura otorgada en la
ciudad de San José a las 9:15 horas del 1º de agosto del 2008, protocolizo
actas de asambleas extraordinarias de socios de Siparia S. A., mediante
la cual se reforman las cláusulas dos y ocho de los estatutos.—Lic.
Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº
51210.—(72339).
Por escritura de las 10:00 horas
del 31 de julio del 2008, se protocoliza el acta de la sociedad denominada Inversiones
Froda Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula octava de
la sociedad, para que en adelante la representación judicial y extrajudicial
corresponda al presidente, secretario y tesorero, actuando en forma conjunta.—San José, 31 de julio del 2008.—Lic. Augusto Arce Marín,
Notario.—1 vez.—Nº 51215.—(72340).
Por escritura de las 9:00 horas
del 1º de agosto del 2008, se constituye la sociedad denominada Entertainment
Virtual Zone Sociedad Anónima, se nombra presidente con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 1º de agosto del
2008.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—1 vez.—Nº
51216.—(72341).
Por escritura de las 8:30 horas
del 1º de agosto del 2008, se constituye la sociedad denominada Lumibet
Sociedad Anónima, se nombra presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—San José, 1º de agosto del 2008.—Lic. Augusto
Arce Marín, Notario.—1 vez.—Nº 51217.—(72342).
Por escritura otorgada en San
José, ante esta notaría, de las diecisiete horas del día treinta y uno de julio
del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Plaza Barthco S. A., por la cual se reforma
la cláusula segunda del pacto social referente a domicilio y se nombra junta
directiva, fiscal y agente residente.—San José,
primero de agosto del dos mil ocho.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—Nº 51219.—(72343).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las diecinueve horas del nueve de julio del dos mil ocho se
constituyeron tres entidades que se denominarán con razón social de acuerdo con
el número de cédula jurídica que resulte de su inscripción ante el Registro de
Personas Jurídicas, con domicilio en Heredia centro, calles nueve y once, avenida
cinco, con un plazo de noventa y nueve años a partir de su constitución y
capital social de diez mil colones. El presidente y el secretario de la
compañía, ostentarán la representación de las mismas con facultades de
apoderados generalísimos sin limitación de suma, pudiendo actuar conjunta o
separadamente.—Lic. Carlos Humberto Chacón Badilla,
Notario.—1 vez.—Nº 51220.—(72344).
Al ser las once horas del nueve
de julio del dos mil ocho, en el despacho de la notaria pública Lizbeth Arias
Sánchez, mediante escritura pública se constituyó sociedad anónima denominada Maya
Lolo Puerto Viejo Sociedad Anónima, representada por su presidente y
secretario, señor Samir Hazza y Monzeo Abocasen, respectivamente. Capital
social: cien mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—Alajuela,
diez de julio del dos mil ocho.—Lic. Lizbeth Arias Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 51221.—(72345).
Al ser las once horas del nueve
de julio del dos mil ocho, en el despacho de la notaria pública Lizbeth Arias
Sánchez, mediante escritura pública se constituyó sociedad anónima denominada Sarah
Puerto Viejo Sociedad Anónima, representada por su presidente señor Samir
Hazza. Capital social: cien mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—Alajuela, diez de julio del dos mil ocho.—Lic. Lizbeth
Arias Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 51222.—(72346).
La suscrita notaria, Ana Sophia
Lobo León, el 31 de julio del 2008, se protocoliza acta nueve de la sociedad
anónima denominada Comercial Appen S. A., en la cual se modifican
cláusula sétima del pacto social y se hacen nuevos nombramientos de junta
directiva. Es todo.—San José, primero de agosto del
dos mil ocho.—Lic. Ana Sophia Lobo León, Notaria.—1
vez.—Nº 51223.—(72347).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13:30 horas del 31 de julio del 2008, se constituyó la sociedad Italian
Fashion Designs of Costa Rica S. R. L. Es todo.—San
José, primero de agosto del dos mil ocho.—Lic. Róger Guevara Vega, Notario.—1 vez.—Nº 51224.—(72348).
El suscrito notario hace constar
que mediante escritura otorgada el 10 de julio del 2008, se constituyó Aedos
Consultores Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado, presidente
apoderado generalísimo.—San José, 1º de agosto del 2008.—Lic.
Arturo Fournier Facio, Notario.—1 vez.—Nº
51225.—(72349).
El suscrito notario hace constar
que mediante escritura otorgada el 10 de julio del 2008, se constituyó Aedos
Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado, presidente apoderado
generalísimo.—San José, 1º de agosto del 2008.—Lic.
Arturo Fournier Facio, Notario.—1 vez.—Nº
51226.—(72350).
Inversiones S Rehner Costa Rica
S. A.,
modifica décima primera del pacto constitutivo. Teléfono celular
8835-4128.—San José, primero de agosto del dos mil ocho.—Lic.
Adriana Chavarría Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº
51227.—(72351).
Por escritura otorgada en San
José, a las 15:00 horas del 22 de julio del 2008, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de Condominio Horizontal Residencial
Anabolena, se nombra nueva administradora María Elizabeth Calvo Hernández y
se reforma artículo octavo del reglamento.—San José,
1º de agosto del 2008.—Lic. Marianella Coto Porras, Notaria.—1
vez.—Nº 51229.—(72352).
Por escritura otorgada el día 21
de julio del 2008, ante esta notaría, se constituye la sociedad anónima
denominada Inversiones Empresariales Valle Encantado Sociedad Anónima.—San José, treinta de julio del dos mil ocho.—Lic. Iván
Villegas Franco, Notario.—1 vez.—Nº 51239.—(72353).
Por escritura otorgada a las
once horas del treinta y uno de julio del dos mil ocho, se modifica la cláusula
sexta del pacto social de la sociedad Vistas del Cerro Galicia Cuatro
Sociedad Anónima.—Lic. Luis Diego Núñez Salas,
Notario.—1 vez.—Nº 51240.—(72354).
A las doce horas del treinta de
julio del dos mil ocho, ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria
Perlas del Báltico S. R. L. Objeto: comercio en general. Gerente: Guadalupe
M. Maroto Arguello.—Lic. Jaime P. Sánchez Sánchez,
Notario.—1 vez.—Nº 51241.—(72355).
Ante esta notaría se constituyó
la sociedad denominada Hermanos MN S. A. Capital social debidamente
suscrito y pagado. Domicilio social sito en Cartago, Turrialba, El Repasto,
cuarta calle, segunda casa a mano izquierda, casa color verde. Presidente,
secretario y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de
suma, actuando conjunta o separadamente.—Turrialba,
veinticuatro de julio del dos mil ocho.—Lic. Laura Ramírez Ulate, Notaria.—1 vez.—Nº 51247.—(72356).
Ante esta notaría al ser las
dieciséis horas del treinta y uno de julio del dos mil ocho, mediante escritura
número ciento ochenta y cinco-tres, se protocolizó el acta número cinco de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Alembrase de Mis
Sueños Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-trescientos sesenta y ocho mil doscientos cuarenta y seis, mediante la cual
se nombró presidente y secretario y se modificó la cláusula sexta del pacto
constitutivo.—San José, primero de agosto del dos mil ocho.—Lic. José Pablo
Sánchez Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 51249.—(72357).
En esta notaría al ser las 13:00
horas del 30 de julio del 2008, se constituyó la empresa denominada Velanova
Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerente: German Valencia Vargas.—Pavas, San José, treinta de julio del dos mil ocho.—Lic.
Andrea Alvarado Mondol, Notaria.—1 vez.—Nº
51250.—(72358).
En esta notaría, al ser las ocho
horas del catorce de julio del dos mil ocho, se protocolizó acta de la empresa Octopus
Handshake Sociedad de Responsabilidad Limitada, en la que se nombra nuevo
gerente.—Nosara, Guanacaste, catorce de julio del dos
mil ocho.—Lic. Álvaro Aguilar Saborío, Notario.—1
vez.—Nº 51251.—(72359).
En esta notaría, al ser las
catorce horas del veintiuno de julio del dos mil ocho, se constituyó la empresa
denominada Cheolala Limitada. Gerente: Emiliana García. Domicilio: San
José. Capital: doce mil.—Nosara, Guanacaste, veintiuno
de julio del dos mil ocho.—Lic. Álvaro Aguilar Saborío, Notario.—1 vez.—Nº 51252.—(72360).
El suscrito, Ernesto Ortiz Mora,
notario público hace constar que en escritura número 107 del veintinueve de
julio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada D. C.
Consultores Sociedad Anónima.—Lic. Ernesto Ortiz
Mora, Notario.—1 vez.—Nº 51254.—(72361).
El suscrito, Ernesto Ortiz Mora,
notario público hace constar que en escritura número 106 del veintiocho de
julio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada, Coordinadora
Internacional de Voluntariado Cultural Sociedad Anónima.—Lic.
Ernesto Ortiz Mora, Notario.—1 vez.—Nº 51255.—(72362).
A las 11:00 horas del día 24 de
julio del año 2008, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de la
sociedad denominada Elevoca S. A., mediante la cual se reformó las
cláusulas sétima y novena de los estatutos.—San José, 24 de julio del año
2008.—Lic. Allan Guerrero Vargas, Notario.—1 vez.—Nº
51257.—(72363).
Flor María Delgado Zumbado,
comunica que ante su notaría constituyó sociedad anónima cuya denominación
social será Zamora & Jiménez Sociedad Anónima; para dedicarse a toda
clase de negocio lícito.—Belén, treinta y uno de julio
del dos mil ocho.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1
vez.—Nº 51258.—(72364).
Desarrollos E Inversiones M Y C
de San José S. A.
comunica que reformó la cláusula octava del acta constitutiva, y nombró nuevo
secretario y agente residente.—Belén, veintinueve de
julio del dos mil ocho.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—Nº 51259.—(72365).
Zaira Janett Gómez Gamboa y
Livier Jeaninne Vargas Gómez, constituyen una sociedad anónima, cuya
denominación se asignará de acuerdo al Decreto Ejecutivo número treinta y tres
mil ciento setenta y uno-J, facultando al Registro Público de Personas
Jurídicas a asignar su debida denominación y cuyo capital está totalmente
suscrito y pagado; escritura otorgada en Guápiles de Pococí, a las nueve horas
y cuarenta minutos, del treinta de julio del dos mil ocho, ante el notario Lic.
David López García, carné número catorce mil novecientos diecinueve.—Lic. David López García, Notario.—1
vez.—Nº 51261.—(72366).
Por escritura otorgada ante esta
notaría número ochenta, de las ocho horas del catorce de julio del dos mil
ocho, se protocoliza acta número ciento treinta y tres y se elige presidente de
la entidad Junta Directiva del Parque Recreativo Nacional Playas de
Manuel Antonio. Presidente: con facultades de apoderado generalísimo el
señor José Francisco Mattey Fonseca.—Lic. Jorge
Sánchez Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 51263.—(72367).
Se constituyó Centro Infantil
La Casa del Ángel, capital social veinte colones, vigencia cien años a
partir del nueve de julio del dos mil ocho.—San José,
nueve de julio del dos mi ocho.—Lic. Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—Nº 51264.—(72368).
Por escritura otorgada ante esta
notaría en la ciudad de San José, a las diez horas treinta minutos, del treinta
y uno de julio de dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Escritorio
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-cero treinta y ocho mil quinientos cuarenta y cinco, en la cual se acordó
aumentar el capital social de la compañía y por tanto modificar la cláusula
“cuarta” de los estatutos relativa al capital social. Nuevo capital social
cuarenta y siete millones seiscientos veintisiete mil colones.—San
José, treinta y uno de julio de dos mil ocho.—Lic. Fernando Salazar Portilla,
Notario.—1 vez.—Nº 51271.—(72374).
Por escritura otorgada ante mí,
a las quince horas del veintiuno de julio del dos mil ocho, El Favorito del
B.Q, Sociedad Anónima, modificó sus estatutos.—San
José, diez de junio de dos mil ocho.—Lic. Jaime Garro C., Notario.—1 vez.—Nº 51277.—(72375).
En mi notaría, el 29 de julio
del 2008, en Guápiles, Pococí, Limón, la sociedad Propiedad el Mar Sociedad
Anónima reforma la cláusula quinta de la junta directiva y nombra nueva
junta directiva.—Guápiles, Pococí, Limón, 31 de julio
del dos mil ocho.—Lic. Reynaldo Arias Mora, Notario.—1
vez.—Nº 51278.—(72376).
Por escritura otorgada ante mí,
a las nueve horas del primero de agosto de dos mil ocho, Hans Berrocal Zúñiga,
cédula número uno- quinientos noventa y cinco-trescientos sesenta y cinco,
Elena Chacón Chacón, cédula número uno-setecientos ochenta y uno-ciento
sesenta, constituyen la sociedad denominada Funcity Sociedad Anónima,
como nombre de fantasía. Domicilio social, la provincia de Cartago, cantón
tercero La Unión, distrito primero Tres Ríos, propiamente sobre la autopista
Florencio del Castillo, antes del peaje, en el Centro Comercial Terramall,
local comercial número doscientos treinta y siete. Capital social: Cien mil
colones.—Lic. Juan Luis Calvo Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 51279.—(72377).
Por escritura otorgada ante mí,
a las nueve horas del primero de agosto de dos mil ocho, Alfonso Morales
Rivera, cédula número siete- cero ochenta y nueve- ochocientos setenta y seis,
Elena Chacón Chacón, cédula número uno-setecientos ochenta y uno-ciento
sesenta, constituyen la sociedad denominada Funtime Sociedad Anónima,
como nombre de Fantasía. Domicilio social, la provincia de San José, cantón
primero San José, distrito cuarto Catedral, propiamente barrio San Cayetano,
del parquecito ciento veinticinco metros al norte. Capital social: Cien mil
colones.—Lic. Juan Luis Calvo Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 51280.—(72378).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario público, en la ciudad de San José, a las once horas del cuatro
de julio del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de la
sociedad Placalum Limitada, por medio del cual se nombre nuevo gerente y
se otorga poder general con límite de suma hasta dos millones de colones al
señor Luis Guillermo Powan Lara.—San José, primero de
agosto del dos mil ocho.—Lic. Manuel Mairena Díaz, Notario.—1
vez.—Nº 51283.—(72379).
Por escritura número
veinticinco-dieciocho, otorgada a las quince horas treinta minutos del treinta
y uno de julio del dos mil ocho, se reformó el capital social de Corporación
Tenedora BAC Credomatic Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno-
cero setenta y tres mil setecientos ocho.—San José, treinta y uno de julio del
dos mil ocho.—Lic. José Carlos Álvarez Varela, Notario.—1
vez.—Nº 51284.—(72380).
Por escritura número
veinticuatro-dieciocho, otorgada a las quince horas del treinta y uno de julio
del dos mil ocho, se reformó el capital social de Banco BAC San José
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres - ciento uno-doce
mil nueve.—San José, treinta y uno de julio del dos
mil ocho.—Lic. José Carlos Álvarez Varela, Notario.—1
vez.—Nº 51285.—(72381).
Ante esta notaría, se constituyó
la sociedad denominada Rotaciones Satino Sociedad Anónima.—Cartago, a las nueve horas, del día treinta y uno de julio
del año dos mil ocho.—Lic. Manuel Ángel Barboza Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 51286.—(72382).
Por este medio, hago constar que
al ser las dieciséis horas del treinta y uno de julio de dos mil ocho, se
protocoliza acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Tres- Ciento Uno-
Quinientos Veintitrés Mil Quinientos Cuarenta y Cuatro S. A., ante los
notarios Sara Miranda Osorio y Ángel Edmundo Solano Calderón, escritura número
ciento trece visible folio ciento trece frente del tomo tres del protocolo de
la primera. Se nombra como presidenta a Kattaia Bermúdez Montenegro.—31 de julio del 2008.—Lic. Ángel E. Solano Calderón,
Notario.—1 vez.—Nº 51290.—(72383).
Mediante escrituras autorizadas
por mí, a las once horas treinta minutos, a las doce horas, a las trece horas,
a las trece horas treinta minutos, a las catorce horas, a las catorce horas
treinta minutos, a las quince horas, a las quince horas treinta minutos, a las
dieciséis horas, a las dieciséis horas treinta minutos y a las diecisiete horas
del treinta y uno de julio del dos mil ocho, se constituyeron las compañías Gold
Coast Personal Protection Services LLC Limitada; Pura Vida Living LLC Limtada;
Merkaba Holdings PTE LLC Limitada, sociedades de responsabilidad limitada
cuya razón social será asignada por el Registro de Personas Jurídicas, y S
& T´Costa Rican Stash LLC Limitada; con un capital social de treinta
mil colones cada una.—San José, treinta y uno de julio del dos mil ocho.—Lic.
Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº
51291.—(72384).
Por escrituras otorgadas ante
este notario, a las nueve horas, a las nueve horas treinta minutos, a las diez horas,
a las diez horas treinta minutos del treinta y uno de julio de dos mil ocho, se
protocolizaron las actas de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
socios de las compañías K & K Holding Company Inc Sociedad Anónima
mediante la cual se reforma la cláusula novena del pacto social; tres-ciento
dos-quinientos veintiséis mil doscientos ochenta y siete sociedad de
responsabilidad limitada, mediante la cual se reforma la cláusula primera
del pacto social; tres-ciento dos-quinientos treinta y ocho mil quinientos
cuarenta y uno sociedad de responsabilidad limitada, mediante la cual se
reforma la cláusula primera del pacto social; tres-ciento dos-quinientos
dieciocho mil seiscientos once sociedad de responsabilidad limitada,
mediante la cual se reforman las cláusulas primera, quinta, octava y décima del
pacto social.—San José, treinta y uno de julio del dos mil ocho.—Lic. Sergio
Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº
51293.—(72385).
Por escritura otorgada a las
15:00 horas del 31 de julio del 2008, se constituyó Refugio Jicaro S. A.
Plazo: 99 años. Objeto: desarrollos inmobiliarios y obtención de recursos, los
bienes raíces, el turismo, el comercio, importación y exportación.
Representante legal: el Presidente. Capital social: diez mil colones suscrito y
pagado. Domicilio: San Francisco de Guadalupe, barrio Tournón.—Lic.
Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº
51292.—(72386).
La suscrita notaria Marta Emilia
Rojas Carranza, con oficina abierta en la ciudad de Palmares, Alajuela,
constituí la sociedad denominada Inversiones ER.CA.RO Sociedad Anónima,
con un capital social de cien mil colones y un plazo social de noventa y nueve
años. Es todo.—San José, treinta y uno de julio del
dos mil ocho.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1
vez.—Nº 51295.—(72387).
Por escritura número treinta y
nueve-tres, otorgada ante la notaria Viviana Solís Gómez, a las siete horas del
día treinta de julio del dos mil ocho, los señores Zentis Uhrig Martínez y
Alexander Uhrig Martínez, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada,
que se denominará bajo los número de cédula jurídica que le asigne el Registro
Mercantil.—San José, 31 de julio del 2008.—Lic.
Viviana Solís Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº
51297.—(72388).
El día de hoy, he protocolizado
acta constitutiva de la sociedad K.S.M-Ramírez Sociedad de Responsabilidad
Limitada. Domiciliada: en Heredia, San Pablo, Residencial Rincón Verde Dos,
casa cinco C. Gerente: Johanna Marcella Torres Angulo.—Puerto
Viejo, Sarapiquí, treinta y uno de julio del dos mil ocho.—Lic. Gabriela
Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 51298.—(72389).
Por escritura otorgada el día de
hoy, se constituyó la sociedad TAT Flamingo S. A. Escritura otorgada a
las 09:30 horas del 31 de julio del 2008. Presidente: Milton Solera Padilla.—Lic. Carlos Alfredo Umaña Balser, Notario.—1 vez.—Nº 51299.—(72390).
La compañía denominada Bordados
Creativos de Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica Nº
3-101-301611, modifica la cláusula décimo primera del pacto constitutivo,
otorgando representación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma al presidente.—San José, 20 de junio del 2008.—Lic. Hendrix Gutiérrez
Menocal, Notario.—1 vez.—Nº 51303.—(72391).
Lic. Liseth E. Acosta Porras,
hago constar que en mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Wolfxi Limitada, cuya representante es Xenia Edith González Ulate, en fecha
quince horas cuarenta y cinco minutos del doce de julio del dos mil ocho.—Lic. Liseth E. Acosta Porras, Notaria.—1
vez.—Nº 51305.—(72392).
Que mediante escritura número
173-32, de las 16:00 horas del 29 de julio del 2008, ante el notario Lic. José
Francisco Pereira Torres, se constituye la sociedad denominada Compañía
Inmobiliaria Los Cuatro Grandes S. A. Presidente: Fabio Maroto Alvarado.
Plazo social: 99 años. Capital social: veinte mil colones.—Cartago,
29 de junio del 2008.—Lic. José Francisco Pereira Torres, Notario.—1 vez.—Nº 51308.—(72393).
Por escritura número doscientos
cuarenta y seis-ocho, se constituyeron dos sociedades denominadas Inmobiliaria
M Y T de Atlántico, y Guapi-Land Real Estate, ambas Sociedades
Anónimas, con un capital de diez mil colones cada una. Presidente: Olger
Mendoza Mendoza. Secretario: Roberto Trejos Monge.—San
José, 18 de julio del 2008.—Lic. Randall Francisco Alvarado Cubillo, Notario.—1 vez.—Nº 51314.—(72394).
El día de hoy ante esta notaría,
se constituyó la sociedad anónima denominada Transvisa Limón C R S. A.
Plazo social: noventa y nueve años.—San José, primero
de agosto del dos mil ocho.—Lic. Jorge Mario Vega Beirute, Notario.—1 vez.—Nº 51317.—(72395).
Por escritura otorgada ante esta
notaría en Cartago, a las ocho horas del día treinta de julio del dos mil ocho,
se constituyó la sociedad Distribuidora de Materiales Camoda de Moravia
Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Distribuidora de Materiales Camoda
de Moravia S. A. Plazo social: 99 años. Capital social: cien mil colones,
suscritos y pagados. Domiciliada en Cartago. Representada por Mauricio Nájera
Quirós, en su condición de presidente, con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma.—Cartago, 30 de julio del
2008.—Lic. Zenia Yorleny Loáciga Arias, Notaria.—1
vez.—Nº 51321.—(72396).
El día de
hoy en mi notaría, se constituyó Edificaciones Maso S. A.
Capital: ¢1.000.000. Plazo: 99 años. Domicilio: Salitral de Santa Ana, contiguo
al Ebais. Objeto: industria, construcción y comercio en general.—San José, 31 de julio del 2008.—Lic. Minor Gómez Calvo,
Notario.—1 vez.—Nº 51327.—(72397).
Protocolización del acta número
tres, de la empresa Compañía Automotriz Centroamericana Solopar S. A.,
se modifica el pacto social en la cláusula tercera denominada del objeto, se
amplía el objeto de la compañía en cuanto a sus actuaciones mercantiles.
Escritura otorgada ante el notario Guillermo Barrantes Vega.—San
José, 29 de julio del 2008.—Lic. Guillermo Barrantes Vega, Notario.—1 vez.—Nº 51331.—(72398).
Por escritura otorgada hoy ante
mí, se constituyó la empresa Grupo Avdicor Sociedad Anónima. Plazo:
noventa y nueve años. Escritura otorgada en San José, a las quince horas del
día diez de junio del dos mil ocho.—Lic. William
Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—Nº 51337.—(72399).
Ante este notario, mediante
escritura número ochenta y nueve, de las ocho horas del treinta de julio del dos
mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Consultores Jurídicos y
Financieros DBK Sociedad Anónima. Es todo.—San
José, treinta de julio del dos mil ocho.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 51340.—(72400).
Al ser las trece horas del
cuatro de julio del dos mil ocho, los señores José Alberto Pérez López y
Rigoberto Carvajal Pérez, comparecen ante esta notaría, con la finalidad de
constituir la compañía denominada Smart Systems Group Limitada, con
domicilio social en la provincia de San José, Goicoechea, Guadalupe,
Urbanización Esquivel Bonilla, del Colegio de Microbiólogos de Costa Rica,
veinticinco metros este y cincuenta norte, edificio beige con azul, segundo
piso.—San José, a las diez horas treinta minutos del treinta de julio del dos mil
ocho.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario.—1 vez.—Nº
51342.—(72401).
Por escritura Nº 269, tomo 16,
otorgada ante este notario, a las 12:00 horas del 9 de julio del 2008, se
constituyó la sociedad de esta plaza denominada Pies de Siervas S. A.
Capital social: diez mil colones.—Guácimo, Limón.—Lic. Olger Vargas Campos,
Notario.—1 vez.—Nº 51354.—(72402).
A las 08:00 horas del 31 de
julio del año en curso, se constituyó la empresa Esthetic-Lab Limitada,
con el capital: suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años.
Domicilio en San José.—San José, 31 de julio del
2008.—Lic. Álvaro Camacho Mejía, Notario.—1 vez.—Nº
51356.—(72403).
Por la escritura número ciento
cincuenta, otorgada ante la notaria Betsy Camacho Porras, a las once horas del
cuatro de junio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada K.
T. V. Costa Rica S. A. Domiciliada: en San José, avenida cero y dos, calle
siete, del Hotel Presidente, setenta y cinco metros sur. Junta directiva
conformada por presidente, secretario y tesorero. Presidente con representación
judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite
de suma. Capital: totalmente suscrito y pagado.—Heredia,
veinticinco de julio del dos mil ocho.—Lic. Betsy Camacho Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 51357.—(72404).
Por escritura número doscientos
diecisiete, de las doce horas del día treinta y uno de julio del dos mil ocho,
se constituyó la sociedad denominada Técnicos y Consultores en Redes
Informáticas Z.F.M. Sociedad Anónima. Su capital social es la suma de diez
mil colones. Su presidente es Ernesto Carlos Kelly López.—Heredia,
treinta y uno de julio del dos mil ocho.—Lic. Betsy Camacho Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 51358.—(72405).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaria, de las 09:00 horas del 27 de julio del 2008, se constituyó la
sociedad Hermanos Pillinés S. A. Capital social: 110.000 colones,
íntegramente suscrito y pagado. Domicilio social: Guápiles, Limón, del Edificio
de Cortel, 50 metros sur. Representación social: presidente, vicepresidente,
tesorero y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de
suma, actuando conjuntamente por lo menos dos de ellos. Plazo social: 99 años.
Objeto social: El comercio en general.—Lic. Cecilia
Ivette Villalobos Soto, Notaria.—1 vez.—Nº
51362.—(72407).
Por escritura otorgada ante mí,
a las diecisiete horas del treinta de julio del dos mil ocho, se procede a
protocolizar acta dos de asamblea general extraordinaria de la sociedad
denominada Dynasty Solle S. A., se destituye al presidente y secretario
de junta directiva.—Lic. Kathya Salas Guevara, Notaria.—1
vez.—Nº 51365.—(72408).
Ante mi notaría, se constituyó
la sociedad Fair Play G.Q.J.R. Sociedad Anónima. El presidente y
secretario, son los apoderados generalísimos sin límite de suma. Presidente:
Alexander Granados Quirós, y secretaria: Sandra Emilia Jaén Rodríguez. Capital
social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Constitución: 10:50
horas del 21 de julio del 2008.—Lic. Susana Zamora
Fonseca, Notaria.—1 vez.—Nº 51369.—(72409).
Protocolización de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de 3-101-511507 s. a.,
mediante la cual se reforma las cláusulas segunda y décimo novena de los
estatutos. Escritura otorgada a las 13:30 horas del 23 de julio del 2008.—Lic. Francisco Fonseca Monge, Notario.—1
vez.—Nº 51370.—(72410).
Ante mi notaría, se constituyó
la sociedad Contrataciones Porras y Arias B.W.G. Sociedad Anónima. El
presidente y secretaria, son los apoderados generalísimos sin límite de suma.
Presidente: Evelio Porras Chaves, y secretaria: Olga Arias Chinchilla. Capital
social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Constitución: 09:00
horas del 31 de julio del 2008.—Lic. Susana Zamora
Fonseca, Notaria.—1 vez.—Nº 51371.—(72411).
Protocolización de asamblea
general extraordinaria de accionistas de 3-101-515543 s. a., mediante la
cual se reforma la cláusulas primera del pacto social. Escritura otorgada a las
6:45 horas del 10 de julio 2008.—Lic. Claudio Antonio
Murillo Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 51372.—(72412).
Protocolización de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de 3-101-515521 s. a.,
mediante la cual se reforman las cláusulas primera, décimo quinta, décimo
sétima y décimo novena del pacto social. Escritura otorgada a las 13:00 horas
del 23 de julio del 2008.—Lic. Claudio Antonio Murillo
Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 51373.—(72413).
El día de hoy se constituyó la
sociedad Mavericks Restaurant & Saloon S. R. L., domiciliada en
Nuevo Arenal, Tilarán, Guanacaste, y representada judicial y extrajudicialmente
por su Gerente y su subgerente, con facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma. Plazo: cien años. Capital: diez mil colones.—San
José, treinta de julio del dos mil ocho.—Lic. Adolfo Báez Barahona, Notario.—1 vez.—Nº 51378.—(72414).
Por escritura otorgada ante esta
notaría el día 30 de julio del 2008 a las 14:00 horas, la sociedad tres-ciento
uno-quinientos veintiocho mil sesenta y nueve sociedad anónima, protocolizo
acuerdos en que se reforma la cláusula novena del Pacto Social.—San José, 30 de julio del 2008.—Lic. Guillermo Emilio
Zúñiga González, Notario.—1 vez.—Nº 51379.—(72415).
Por escritura número
cuatrocientos sesenta y seis otorgada ante mí el uno de agosto de dos mil ocho,
se reforman las cláusulas segunda y quinta del pacto social de Autotransportes
Rivera Quesada Hermanos Sociedad Anónima.—San
José, 1° de agosto de 2008.—Lic. Ernesto Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 51380.—(72416).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las ocho horas del veinticuatro de julio del año dos mil ocho, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad de Palmares de Alajuela, denominada Pulidos y Acabados
Ramírez & Morera Sociedad Anónima, se reformó la cláusula cuarta del
pacto constitutiva y se nombra junta directiva.—Lic. Lilliana Fernández Urpí,
Notaria.—1 vez.—Nº 51381.—(72417).
Por escrituras número cincuenta
y cuatro y cincuenta y cinco, otorgadas a las nueve horas y diez horas del
primero de agosto del dos mil ocho, se protocolizaron actas de asamblea general
extraordinaria de las sociedades 3-101-532015 s. a. y 3-101-541091 s.
a., en las cuales se cambian las denominaciones sociales a Diagnóstico
Mercantil Regional S. A. y Diagnosticum Oriza Sativa S. A.
respectivamente y se modifica el pacto constitutivo y se nombra nueva junta
directiva y fiscal.—San José, 1° de agosto del dos mil ocho.—Lic. Deborah
Feinzaig Mintz, Notaria.—1 vez.—Nº 51382.—(72418).
En esta notaría se constituyó la
sociedad anónima denominada G K Saure Construcciones Sociedad
Anónima, domiciliada en Liberia, Guanacaste, con un capital social de diez
mil colones. Su presidente es el señor Carlos Gustavo Saborío Ramírez. Es todo.—Naranjo, 1° de julio del 2008.—Lic. Ivania Vargas Solís,
Notaria.—1 vez.—Nº 51384.—(72419).
Mediante escritura otorgada a
las doce horas del treinta de julio del año dos mil ocho, se constituyó la
sociedad Premiere Interiors Limitada. Objeto: La decoración de interiores,
la industria y el comercio en general. Capital social: Totalmente suscrito y
pagado.—San José, 30 de julio del 2008.—Lic. Alfredo
Vargas Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 51385.—(72420).
Por escritura otorgada a las
16:00 horas del 30 de julio del 2008, se protocoliza acta 6 de Raguireli
Sociedad Anónima.—Lic. Luis Carlos Acuña
Jara, Notario.—1 vez.—Nº 51386.—(72421).
Constitución de sociedad: Olga
Espinoza Richardson, mayor, casada una vez, ama de casa, portadora de la cédula
de identidad 7-127- 915, vecina de la ciudad de Limón, Barrio Envaco, 400
metros sur de la bodega El Carmen, casa esquinera color oro, y Sheina Espinoza
Richardson, soltera, secretaria, portadora de
la cédula de identidad N° 7-133-747, vecina de Limón, barrio
Limoncito, 150 metros sur de la plaza Paniagua, tercera casa a mano derecha,
color blanco. Constituyen Johnesteban Internacional Sociedad Anónima, Domicilio
social Limón, barrio Envaco, 400 metros sur de la bodega El Carmen, casa
esquinera color oro.—Limón, 27 de julio del 2008.—Lic.
Dioney Barrett Bryan, Notario.—1 vez.—Nº
51389.—(72422).
Constitución de sociedad
Martínez Mojica Jorge Alberto, mayor, de nacionalidad salvadoreña, casado una
vez, empresario, vecino de Limón, Cahuita, cincuenta metros este del
Supermercado Safari, portador del pasaporte de su país, número C, cero
trescientos sesenta y cuatro mil seiscientos ochenta y nueve. Y Nona Jones, de
un solo apellido por razón de su nacionalidad estadounidense, casada una vez,
empresaria, portadora del pasaporte de su país número 1 1 2 4 4 2 0 1 9, vecina
de Limón, misma dirección que el primero. Constituyen Talamanca Eco Aventura
Sociedad Anónima. Domicilio social Limón, Cahuita, cincuenta metros este
del Supermercado Safari.—Limón 27 de julio del
2008.—Lic. Dioney Barrett Bryan, Notario.—1 vez.—Nº
51391.—(72423).
Ante Ignacio Sánchez Ramírez
notario, se constituyó la sociedad anónima: Importadora Mapo JJK S.
A. Domicilio: San José. Plazo: 100 años. Presidente: Óscar Madriz Hernández.—San José, 20 de julio del 2008.—Lic. Ignacio Sánchez
Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 51395.—(72424).
Por escritura otorgada ante Lic.
Cintya Bustos Cordero, a las quince horas del veinticinco de julio del dos mil
ocho, se constituyo la sociedad Grupo Aldesa PZ Sociedada
Anónima pudiendo abreviarse Grupo Aldeza PZ S. A.,
San José, Barrio Sinaí, frente a Carrocerías Sánchez. Capital social; diez mil
colones, integramente suscrito y pagado, plazo social noventa y nueve años a
partir de la fecha de constitución. Presidente: Michael Delgado Ulloa, en calidad
de Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de Pérez
Zeledón, a las dieciséis horas del día veinticinco de julio del año dos mil
ocho.—Lic. Cintya Bustos Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº
51396.—(72425).
Por medio de escritura otorgada
en San Isidro de Pérez Zeledón, a las ocho horas del día veinticuatro de julio
del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada V C U Vergel
de la Costa Sociedad Anónima, plazo social: noventa y nueve años. Domicilio
social: San Isidro de Pérez Zeledón, provincia de San José, cincuenta metros al
norte de la Agencia del Instituto Costarricense de Electricidad. Presidente:
Víctor Manuel Castillo Ureña.—San Isidro de Pérez
Zeledón, veintinueve de julio del año dos mil ocho.—Lic. María Catalina Garro
Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 51397.—(72426).
Por medio de escritura otorgada
en San Isidro de Pérez Zeledón, a las catorce horas con quince minutos del día
catorce de julio del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Villa
La Canasta de Tommy Limitada. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio
social: San Isidro de Pérez Zeledón, provincia de San José, cincuenta metros al
norte de la Agencia del Instituto Costarricense de Electricidad. Gerente uno:
Mónica Blanco Brenes y Gerente dos: Cristhel Borbón Elizondo.—San
Isidro de Pérez Zeledón, treinta y uno de julio del año dos mil ocho.—Lic. Ana
Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—Nº
51398.—(72427).
Por escritura autorizada a esta
notaría, a las 13:00 horas del 25 de julio del año 2008. Se modificó la
cláusula de representación judicial y extrajudicial de la sociedad denominada Sunres
del Sur Sociedad Anónima, siendo el Presidente y secretario, apoderados
generalísimos sin límite de suma.—San José, 23 de
julio del año 2008.—Lic. Wálter Chacón Barrantes, Notario.—1
vez.—Nº 51399.—(72428).
La suscrita notaria Rosaura
Carmiol Yalico, hace constar que el día de hoy, se constituyó la sociedad
denominada Yarrise S. A., con domicilio social en Heredia, Ulloa,
La Aurora. Recae en el presidente Sabas Yadir Arrieta Sequeira las facultades
de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San
José, treinta y uno de julio del dos mil ocho.—Lic. Rosaura Carmiol Yalico,
Notaria.—1 vez.—Nº 51400.—(72429).
Mediante escritura pública
número treinta, del protocolo número catorce de la notaria Hellen Alfaro
Alfaro, otorgada el día treinta de julio dos mil ocho, a las catorce horas, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Nelro Sociedad Anónima, cuyo
presidente es el socio Nelson Rojas Campos.—Sarchí Norte, treinta de julio del
dos mil ocho.—Lic. Hellen Alfaro Alfaro, Notaria.—1
vez.—Nº 51387.—(72430).
Por escritura otorgada ante mí a
las diecisiete horas del día treinta y uno de julio del año dos mil ocho, se constituyó
Shuttle Bus Sociedad Anónima, plazo social de noventa y nueve años,
capital social de cien mil colones totalmente suscrito y pagado. Representada
por su presidente Luis Carlos Rodríguez Méndez.—La
Fortuna, San Carlos, treinta y uno de julio del año dos mil ocho.—Lic. Greivin
Jiménez Méndez, Notario.—1 vez.—(72561).
Por escritura número veinte,
otorgada ante la notaria Viviana Aguilar Álvarez, a las doce horas del día tres
de agosto del año dos mil ocho, se modificó las cláusulas segunda del domicilio
y octava de la junta directiva, de los estatutos de la sociedad Grupo
Elegancia Número Dos S. A.—San José, tres de agosto del 2008.—Lic. Viviana
Aguilar Álvarez, Notaria.—1 vez.—(72563).
Al ser las diecisiete horas del
día trece de febrero del dos ocho, ante este notaría y
mediante escritura número sesenta y nueve se constituyó la sociedad anónima
denominada Casas El Callejón Sociedad Anónima. Es todo.—Lic.
Óscar Sanabria Núñez, Notario.—1 vez.—(72564).
Hoy protocolicé acuerdos tomados
en asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Ami Preston Costa
Rica S. A., celebrada a las 17:00 horas del 31 de julio del 2008, mediante
los cuales se reformaron las cláusulas V y VI de los estatutos sociales.—San José, 1° de agosto del 2008.—Lic. Rubén Hernández
Valle, Notario.—1 vez.—(72566).
Agropecuaria Pinar Sociedad
Anónima, cédula
jurídica tres- ciento uno-doscientos cincuenta y cinco mil novecientos setenta
y ocho, modifica el pacto social en cuanto al domicilio, siendo el actual,
Palmares de Pérez Zeledón, San José, ciento cincuenta metros norte de la
Ferretería Palmares.—Pérez Zeledón, a las doce horas
con cuarenta minutos del nueve de junio del dos mil ocho.—Lic. Jorge William
Ávila Obando, Notario.—1 vez.—(72571).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, se constituye la empresa Inversiones Inmobiliarias Dureza
Sociedad Anónima, capital debidamente suscrito y garantizado.—Pérez Zeledón, a las doce horas con cuarenta minutos del
siete de junio del dos mil ocho.—Lic. Jorge William Ávila Obando, Notario.—1 vez.—(72572).
Ante nuestra notaría, los
señores David Joseph Clark, pasaporte norteamericano 211944506 y John Carleton
Summers, norteamericano, cédula residencia 184000148700 han comparecido para
constituir cincuenta y siete sociedades anónimas, cuya razón social será
asignada por el Registro de Personas Jurídicas de conformidad con el Decreto
Ejecutivo número 33171-J, publicado en La Gaceta Nº 114 del 14 de
junio del 2006. Escritura otorgada a las 11:00 horas del día 10 de julio del
año 2008. El primero ejerce la presidencia, agente residente el conotario Óscar
Mora Vargas.—Lic. Gerardo H. Mora Salas, Notario.—1 vez.—(72576).
Ante esta notaría, se realizó
una asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Sensormatic
de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento veinte mil
seiscientos seis, se modificó la cláusula sexta, la cual debe de leerse así:
“Sexta: La sociedad será administrada por una junta directiva formada por tres
miembros que serán: presidente, secretario, y tesorero, quienes podrán ser
socios o extraños y durarán en sus cargos por todo el plazo social, corresponde
al presidente, la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con las
facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma que indica el
artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, pudiendo otorgar
nuevos poderes, sustituir su poder parcial o totalmente, revocar sustituciones,
hacer otras de nuevo, delegar su poder en todo o en parte, y siempre sin perder
por ello su representación. Tendrá además las facultades de abrir cuentas
bancarias en colones o dólares en la banca estatal o en la banca privada,
firmar en ellas y autorizar a terceras personas; así mismo podrá girar y
cambiar cheques a nombre de la sociedad. Escritura otorgada a las 9:00 horas
del día 24 de julio del año 2008.—Lic. Óscar Mora
Vargas, Notario.—1 vez.—(72577).
Por escritura otorgada, ante la
suscrita notaria, a las 19:00 horas del 31 de julio del 2008, se constituyó la
sociedad denominada Essenttias de Santa Ana S. A.—San José, 31 de julio del
2008.—Lic. Ileana Chaves López, Notaria.—1
vez.—(72591).
Por escritura de esta notaría,
de las once horas del veinticinco de julio del año dos mil ocho, de la compañía
denominada Yankee Loco Fund Sociedad Anónima, se nombraron nuevos
directores.—Alajuela, 25 de julio del 2008.—Lic. Carlos Eduardo Araya Sánchez,
Notario.—1 vez.—(72597).
Por escritura de esta notaría,
de las diez horas del veinticinco de julio del año dos mil ocho, de la compañía
denominada Sycruss Fund Sociedad Anónima, se nombraron nuevos directores.—Alajuela, 25 de julio del 2008.—Lic. Carlos Eduardo Araya
Sánchez, Notario.—1 vez.—(72598).
Inversiones Magini del Oeste
Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ciento
ochenta y uno cambia de junta directiva y fiscal. Escritura otorgada en San
José, a las diez horas con veinte minutos del cuatro de agosto del 2008.—San José, 4 de agosto del 2008.—Lic. María Gabriela
Valladares Navas, Notaria.—1 vez.—(72600).
Por escritura otorgada, ante
esta notaría, a las ocho horas del día primero de agosto del dos mil ocho, se
modifica la cláusula novena del pacto constitutivo de la sociedad denominada Inversiones
Grupo Monteleva Sociedad Anónima.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—(72601).
Plaza Tucanes Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-cuatrocientos cuarenta y cuatro mil novecientos veintisiete cambia de junta
directiva y fiscal. Escritura otorgada en San José, a las diez horas del cuatro
de agosto del 2008.—San José, 4 de agosto del
2008.—Lic. María Gabriela Valladares Navas, Notaria.—1
vez.—(72602).
Por escritura otorgada, ante
esta notaría, a las doce horas del día diecisiete de julio del dos mil ocho, se
constituyó la sociedad denominada Hacienda de los Rosales S. A. Capital
social suscrito y pagado.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta,
Notario.—1 vez.—(72603).
La suscrita notaria Viviana
Vargas González, notaria pública con oficina abierta en Heredia, doy fe que
ante esta notaría al ser las 18:00 horas del día 29 de julio del 2008, se
constituyó la sociedad Kikamania Corp Limitada. Presidente con la
representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—Lic.
Viviana Vargas González, Notaria.—1 vez.—(72606).
La suscrita notaria Viviana
Vargas González, notaria pública con oficina abierta en Heredia, doy fe que
ante esta notaría al ser las 18:00 horas del día 14 de julio del 2008, se
constituyó la sociedad A Y M Inversiones Mundiales de Finanzas S. A.
Presidente y tesorero con la representación judicial y extrajudicial de la
compañía con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—Lic. Viviana Vargas González, Notaria.—1
vez.—(72607).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas del día 4 de agosto del 2008, se constituyó la empresa
denominada Inversiones Gilcris S. A., domiciliada en San Antonio de
Belén, Heredia, barrio Escobal, del teléfono público, trescientos metros al
sur, capital social un millón seiscientos mil colones, presidente, Gilbert
Chaves Cerdas, cédula Nº 1-706-647.—Heredia, 4 de
agosto del 2008.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1
vez.—(72612).
Ante esta notaría, al ser las
nueve horas del once de julio del dos mil siete, mediante escritura pública
número ochenta y tres se protocolizó el acta de asamblea de la sociedad Océano
de Selva y Mar Sociedad Anónima, donde se toman los siguientes acuerdos. Se
cambia el domicilio social y se nombra nueva junta directiva y fiscal,
presidente: Adam Eugene (nombre) Tanenbaum (apellido), vicepresidente: Shaun
Michael (nombres), Mccarthy (apellido).—San José, 4 de
agosto del 2008.—Lic. Yohanka González González, Notaria.—1
vez.—(72626).
Por escritura Nº 96 de las 20:30
del 24-07-2008, en protocolo 18, se constituyó la sociedad denominada Los
Amigos de las Arcadas AJMG S. A.—San José, 4 de
agosto del 2008.—Lic. Edmundo Arias Rosales, Notario.—1
vez.—(72636).
Por escritura otorgada ante mí a
las 10:00 horas del 2 de agosto del 2008, se constituye la sociedad Car
Jordy S. A. Plazo social 99 años. Es todo.—Alajuela,
a las once horas, cinco minutos del dos de agosto del dos mil ocho.—Lic. Juan
Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(72637).
Por escritura otorgada ante mí a
las 10:30 horas del 2 de agosto del 2008, se constituye la sociedad Pilar y
Soto S. A. Plazo social 99 años. Es todo.—Alajuela,
a las once horas, cinco minutos del dos de agosto del dos mil ocho.—Lic. Juan
Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(72639).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 9 horas del primero de agosto del dos mil ocho, se constituyó de
conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una sociedad
anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el
Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social de diez
colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 4 de agosto del 2008.—Lic. Jean Pierre Pino
Sbravatti, Notario.—1 vez.—(72656).
Por escritura otorgada ante mí,
se constituyó la compañía denominada Destination Lake Arenal M. M. Sociedad
Anónima. Su plazo social es de noventa y nueve años, su capital se
encuentra totalmente suscrito y pagado, el presidente y secretario, son los
representantes legales, con facultades de apoderados generalísimos sin límite
de suma.—San José, 1° de agosto del 2008.—Lic. Gonzalo
Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(72658).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 17:00 horas del día 29 de julio del 2008, se modificó al administrador
del condominio la sociedad denominada Condominios Balcones de Santa
Ana. Domicilio: San José, Santa Ana.—29 de julio
del 2008.—Lic. Iliana María Flores Díaz, Notaria.—1
vez.—(72659).
Protocolización del acta de la
asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada 3-101-526250
Sociedad Anónima, en la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda,
octava y al presidente y al secretario de la junta directiva del pacto
constitutivo de la empresa. Escritura otorgada en San José, al ser catorce
horas treinta minutos del día veinticinco de julio del dos mil ocho, ante el
notario Michael Bruce Esquivel. Es todo.—San José, al
ser las catorce horas treinta minutos del día veinticinco de julio del dos mil
ocho.—Lic. Michael Bruce Esquivel, Notario.—1
vez.—(72688).
Por escritura otorgada ante mí a
las nueve horas treinta minutos del cuatro de agosto del dos mil ocho
protocolicé acta de Safari Sunset Limitada de las diecisiete horas del
primero de agosto del dos mil ocho, mediante la cual se reformaron las
cláusulas quinta y sexta y se nombraron nuevos gerentes.—Lic.
Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—(72689).
Ante esta notaría se constituyó
la sociedad Caribe Sol y Luna Sociedad Anónima. Escritura otorgada el
primero de agosto del 2008, a las once horas.—Lic.
Laura Mónica Zamora Ulloa, Notaria.—1 vez.—(72700).
Por escritura número cero dos,
de las catorce horas del dieciocho de julio del dos mil ocho, se constituye Anage
diez-noventa y uno S. A. capital social veinticinco mil colones, plazo
noventa y nueve años, representes presidenta Mercedes Castro Sánchez y
secretaria Tatiana de Los Ángeles Acevedo Castro.—San José, 30 de julio del
2008.—Lic. Albin Obando Granados, Notario.—1
vez.—(72703).
Mediante escritura pública
número ciento trece otorgada ante esta notaría, a las once horas treinta
minutos del cuatro de agosto de dos mil ocho, Manuel Ángel González Arce, y Ana
Lorena Méndez Rodríguez constituyeron la sociedad Gonzamen S Y F Sociedad
Anónima.—San José, cuatro de agosto de dos mil
ocho.—Lic. Carlos José Gómez Quintanilla, Notario.—1
vez.—(72707).
Por escritura número doscientos
cincuenta-uno otorgada ante mi notaría el día de hoy, se constituyeron Fenicia
Center Sociedad Anónima, Balesh Ma Fi Sociedad Anónima, Mafi Afarem
Sociedad Anonima. Presidente: Milad Salim Semaan Khachab.—San
José, cuatro de agosto del dos mil ocho.—Lic. Jackeline Velásquez García, Notaria.—1 vez.—(72708).
Ante este notaria se protocolizó
la constitución de la sociedad, Desarrollos Hípicos Internacionales DHI
Sociedad Anónima en San José, a las trece horas del cuatro de agosto del
dos mil ocho, con un capital de veinte mil colones, teniendo como presidenta a
Ligia Villegas Núñez, mayor, portadora de la cédula de identidad
uno-setecientos nueve- ochocientos doce, con facultades de apoderada
generalísima sin límite de suma.—San José, primero de
agosto del dos mil ocho.—Lic. Sharon E. Mariaca Carpio, Notaria.—1 vez.—(72717).
Ante este notaria se protocolizó
la constitución de la sociedad Remolques para Vacaciones Sociedad Anónima
en San José, a las trece horas y quince minutos del cuatro de agosto del dos
mil ocho, con un capital de veinte mil colones, teniendo como presidenta a
Yamileth Gómez Mora, mayor, portadora de la cédula de identidad uno-quinientos
siete-quinientos trece, con facultades de apoderada generalísima sin límite de
suma.—San José, primero de agosto del dos mil
ocho.—Lic. Sharon E. Mariaca Carpio, Notaria.—1
vez.—(72718).
Ante este notaria se protocolizó
la modificación de la cláusula quinta de los estatutos sociales, y se modifica
el plazo social acortándolo a la fecha veintiuno de junio del dos mil ocho, de
la sociedad anónima Turquesa XZR Violeta Sociedad Anónima, hechos en San
José, a las ocho horas del primero de agosto del año dos mil ocho. Es todo.—San José, primero de agosto del año dos mil ocho.—Lic.
Sharon E. Mariaca Carpio, Notaria.—1 vez.—(72719).
Ante este notaria se protocolizó
la modificación de la cláusula quinta de los estatutos sociales, y se modifica
el plazo social acortándolo a la fecha veintiuno de junio del dos mil ocho, de
la sociedad anónima Blanco Perlado PGR Azul Marino Sociedad Anónima,
hechos en San José, a las ocho horas y cinco minutos del primero de agosto del
año dos mil ocho. Es todo.—San José, primero de agosto
del año dos mil ocho.—Lic. Sharon E. Mariaca Carpio, Notaria.—1
vez.—(72720).
En esta notaría se constituyó la
sociedad que se denominará Tenería del Caribe Internacional.
Representada por Francisco Pozos Lepe en su condición de presidente. Capital
social enteramente suscrito y pagado.—Puntarenas,
veintinueve de julio del dos mil ocho.—Lic. Ronald González Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 51404.—(72728).
Ante esta notaría se constituyó Monte
Barra Sociedad Anónima, pudiéndose abreviarse con las dos últimas palabras
S. A. Escritura otorgada en San José, San Isidro de Coronado, al ser nueve
horas del día dos de agosto del dos mil ocho. Domicilio social San José,
Coronado, carretera a San Pedro, del abastecedor La Finca, seiscientos metros
al este, frente al templo evangélico. Es todo, al ser diez horas cincuenta
minutos del día dos de agosto del dos mil ocho.—San
José, 2 de agosto del 2008.—Lic. Ana María Masís Bolaños, Notaria.—1 vez.—Nº 51406.—(72729).
Por escritura número
noventa-cuatro, otorgada en San José, a las ocho horas treinta minutos del
treinta y uno de julio del dos mil ocho, se constituyó la empresa Crearte y
Decorarte Sociedad Anónima, domiciliada en Santiago del Monte, Tres Ríos,
capital suscrito y pagado, presidente y vicepresidente con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, efectuada ante la notaria: Hazel
Villalobos Villar.—San José, 31 de julio del
2008.—Lic. Hazel Villalobos Villar, Notaria.—1 vez.—Nº
51407.—(72730).
Yo, Jorge Arturo Obando Méndez,
notario público, carné: tres cuatro dos tres, doy fe con vista del libro de
actas y mi protocolo, que mediante asamblea general extraordinaria, acta número
uno, de la empresa Gama Corporación Centroamericana GAMACORP C. A. Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno- trescientos cincuenta
tres mil trescientos cinco, inscrita en el Registro Mercantil bajo las citas:
tomo: mil setecientos treinta y nueve, folio: ciento ochenta y cinco, asiento:
cero cero cero ocho ocho, de lo cual, da fe el suscrito notario con vista del
mismo, al ser las nueve horas del treinta de julio del dos mil ocho, renuncian
y se nombran nuevos presidente y tesorero.—San José, a las ocho horas del
cuatro de agosto del año dos mil ocho.—Lic. Jorge Arturo Obando Méndez, Notario.—1 vez.—Nº 51408.—(72731).
En escritura pública otorgada
ante mí el día veintinueve de julio del año dos mil ocho, se constituyó
sociedad cuya razón social será el número de cedula jurídica, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo dos del Reglamento para la inscripción de la
constitución de empresas comerciales, la misma estará domiciliada en Cartago,
cantón Central, Distrito Oriental, exactamente, cuyo presidente con facultades
de apoderado es Jeffry José Valverde Fernández.—Cartago, veintinueve de julio
del año dos mil ocho.—Lic. Carlos Alberto Hernández Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 51409.—(72732).
En escritura pública otorgada
ante mí el día veintiocho de julio del año dos mil ocho, se modificó la razón
social de la sociedad tres-ciento uno-cinco tres ocho uno cinco cinco, a la
siguiente: CE Traders Corporation S. A., con nuevo domicilio en la
ciudad de provincia San José, cantón San José, distrito Pavas, de la Embajada
de los Estados Unidos de Norteamérica trescientos metros oeste, doscientos
metros al sur, veinticinco metros al oeste y cambio en la junta directiva, cuyo
presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es
Janneth Sánchez de Moran.—Cartago, veintiocho de julio del año dos mil
ocho.—Lic. Carlos Alberto Hernández Navarro, Notario.—1
vez.—Nº 51410.—(72733).
Ante mí se constituyó Yao
Oeste S.R.L., capital suscrito y pagado, plazo noventa y nueve años.—San José, 1º de agosto del 2008.—Lic. José Ramón Sibaja
Montero, Notario.—1 vez.—Nº 51411.—(72734).
Mediante protocolización de acta
de asamblea general se reformaron las cláusulas segunda y sexta del pacto
constitutivo de la sociedad denominada Cumbremar Copal Siete S. A.—San José, 1º
de agosto del 2008.—Lic. Norman Mory Mora, Notario.—1
vez.—Nº 51413.—(72735).
Por escritura otorgada a las
once horas del treinta y uno de julio del dos mil ocho, ante la suscrita
notaria, se constituye la sociedad denominada PSNG Mercadeo Interactivo
Sociedad Anónima.—San José, treinta y uno de julio del dos mil ocho.—Lic.
Carmen Soto Montero, Notaria.—1 vez.—Nº
51414.—(72736).
Ernesto y Anita S. A., modifica cláusula cuarta del
pacto social.—Flores, 31 de julio del 2008.—Lic. Nidia
Arias Vindas, Notaria.—1 vez.—Nº 51415.—(72737).
Por escritura número doscientos
catorce-cuatro, otorgada en la ciudad de Heredia, a las diez horas del día dos
del mes de agosto del dos mil ocho, visible al folio ciento veintisiete frente,
del tomo cuarto, del protocolo de la notaria pública Rosa Arguedas Vargas, se
constituyó la entidad jurídica denominada Inversiones Silwong Sociedad
Anónima. Presidente, vicepresidente, secretario y tesorero, con plenas
facultades. Domicilio: San José, Montes de Oca, Condominios Mediterráneo, casa
número dieciséis. Capital: la suma de diez mil colones exactos.—Heredia, dos de agosto del dos mil ocho.—Lic. Rosa
Arguedas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 51418.—(72738).
Duane David Green y Luis Gerardo
Salazar Carpio constituyen la sociedad Tecnología y Comunicaciones Modernas
Sociedad Anónima, y son presidente y secretario respectivamente. Escritura
otorgada ante esta notaría a las ocho horas del primero de agosto del dos mil
ocho.—San José, primero de agosto del dos mil ocho.—Lic.
Andrea María Meléndez Corrales, Notaria.—1 vez.—Nº
51421.—(72739).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 7:05 horas del día 1º de agosto del 2008, mediante asamblea
general extraordinaria de la sociedad Angel’s Dream Corporation S. A.,
se modifica la cláusula primera del pacto, para que se lea STI-Connexion
Sociedad Anónima, se modifica la cláusula segunda del pacto, del domicilio
para que se lea: San José, Rohrmoser, del antiguo AID, 50 m norte, y la
cláusula sexta de la administración y se nombran: presidente: Sebastien
Brouste, vicepresidente: Thais Marlier, secretaria: Isabelle Attal, tesorera:
Stephanie Attal, y fiscal: Joseph Marlier, agente residente: Leonardo Salazar
Villalta.—San José, 18 de agosto del 2008.—Lic. Andrea Dall Anesse Agüero,
Notaria.—1 vez.—Nº 51419.—(72740).
A las dieciséis horas del día
primero de agosto del dos mil ocho, protocolicé el acta de Electrónica y
Comunicaciones Elcomsa S. A. Se nombra nueva junta directiva y se reforma
la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José,
cuatro de agosto del dos mil ocho.—Lic. Andrea María Meléndez Corrales, Notaria.—1 vez.—Nº 51422.—(72741).
Por escritura otorgada a las
diecisiete horas del día veintinueve de julio del dos mil ocho, ante el notario
Víctor Julio Víquez Arias, se constituyó la sociedad Transportes Pigui Su
Mejor Servicio Sociedad Anónima, con domicilio en La Garita de Alajuela,
provincia de Alajuela, con un plazo de noventa y nueve años, capital social:
diez mil colones, suscrito y pagado, su objeto: el transporte en general.
Presidenta: Marcela Alfaro Delgado, con facultades de apoderada generalísima
sin límite de suma. Agente residente: Lic. Víctor Julio Víquez Arias.—Atenas, 29 de julio del 2008.—Lic. Víctor Julio Víquez
Arias, Notario.—1 vez.—Nº 51423.—(72742).
Ante esta notaría del licenciado
José Miguel Jirón Chavarría, por escritura pública número doscientos cuarenta y
tres-diecisiete de las catorce horas del veinte de mayo del dos mil ocho,
constituyeron una S. A. cuya denominación social se ajusta en lo dispuesto en
el artículo dos del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Capital social: diez mil
colones. Plazo social: cien años.—Lic. José Miguel
Jirón Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 51424.—(72743).
Por escritura otorgada en mi
notaría a las 10:00 horas del 1º de agosto del 2008 se constituyó la sociedad Casa
Filgaz S. A.—San
José, 1º de agosto del 2008.—Lic. Álvaro López Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 51425.—(72744).
Ante mí, Javier Villalta Solano,
notario público de San José, se constituyó la sociedad anónima denominada Grand
Construcciones del Rey Sociedad Anónima, al ser las nueve horas del primero
de agosto del dos mil ocho, mediante la escritura número doscientos ochenta del
tomo segundo de mi protocolo. Se designa a Christian Granados Fernández como presidente
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—San José, ocho horas del cuatro de agosto del dos mil
ocho.—Lic. Javier Villalta Solano, Notario.—1 vez.—Nº
51426.—(72745).
Por escritura Nº 163 del tomo 11
de mi protocolo se constituyó la empresa denominada Distribuidora Jial P y L
del Sur Sociedad Anónima. Presidente: José Rafael Jiménez Alvarado.
Domicilio social: de Barrio Los Ángeles de Daniel Flores de Pérez Zeledón,
provincia de San José, exactamente trescientos metros al oeste de Abonos Agro.
Plazo social: 99 años.—San Isidro de El General, Pérez
Zeledón, 2 de agosto del 2008.—Lic. Ronny Jiménez Porras, Notario.—1 vez.—Nº 51427.—(72746).
Por escritura de las 9:50 horas,
se constituye la sociedad Waterfall Dreams Sociedad Anónima, que
traducido al idioma español significa Cataratas de los Sueños Sociedad
Anónima, y se nombra junta directiva. Presidente: Carlos Umaña Altamirano.
Capital social: 10.000,00 colones. Plazo social: 99 años.—San
Isidro de El General, Pérez Zeledón, 1º de agosto del 2008.—Lic. Magda Salazar
Obando, Notaria.—1 vez.—Nº 51428.—(72747).
Por escritura de las 9:00 horas,
se constituye la sociedad Path Way to Heaven Sociedad Anónima, que
traducido al idioma español significa Sendero al Cielo Sociedad Anónima,
y se nombra junta directiva. Presidente: Carlos Umaña Altamirano. Capital
social: 10.000,00 colones. Plazo social: 99 años.—San
Isidro de El General, Pérez Zeledón, 1º de agosto del 2008.—Lic. Magda Salazar
Obando, Notaria.—1 vez.—Nº 51429.—(72748).
Que por escritura número 165,
visible a folio 147 vuelto del tomo 24 del protocolo del notario público Lic.
Jorge Zúñiga Calderón, se modificó la cláusula se nombró secretario, tesorero y
fiscal de Abarca Vargas Legal Advisors and Escrow Trust Managment S. A.
SRL.—Uvita de Osa, teléfono 2771-5855, a las 9:00
horas del 31 de julio del 2008.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 51431.—(72749).
Ante mi notaría, se otorgó la
escritura número setenta y cuatro-treinta de las 12:00 horas del 1º de agosto del
2008 y que es protocolización de acta de asamblea extraordinaria de directivos
de la entidad Fundación para el Desarrollo de la Producción y Calidad de
Semillas de Centroamérica, cédula jurídica Nº 3-006-228432. Se ratifican
nombramientos de directivos y se modifica cláusula sétima del estatuto de
constitución.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón,
1º de agosto del 2008.—Lic. Cecilia Vargas Navarro, Notaria.—1
vez.—Nº 51433.—(72750).
Ante mí, Kathya Maritza Pérez
González, notaria pública de Siquirres, se constituyó Inversiones Colinas
del Caribe Sociedad Anónima, en Siquirres a las nueve horas con treinta
minutos del dos de agosto del dos mil ocho, con un capital suscrito y pagado,
con domicilio social en barrio San Rafael, El Quebrador de Siquirres, Limón,
contiguo al teléfono público de la localidad. Objeto: la agricultura. Apoderado
generalísimo sin límite de suma: Franklin Guerrero Sandoval.—2
de agosto del 2008.—Lic. Kathya Maritza Pérez González, Notaria.—1 vez.—Nº 51435.—(72751).
Por escritura otorgada a las
quince horas del día de hoy, se constituyó la compañía domiciliada en San
Rafael de Escazú, denominada Casa Bella Multicentro Sociedad Anónima,
con un plazo social de noventa y nueve años, cuyo objeto será el comercio, la
industria, la ganadería, agricultura, la prestación de servicios y exportación
e importación de toda clase de productos. Capital íntegramente suscrito y
pagado. Presidente y el secretario, la representación judicial y extrajudicial
y las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Escazú, treinta y uno de julio del dos mil ocho.—Lic.
Harold Chamberlain Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº
51437.—(72752).
Que por escritura número 138,
visible a folio 132 frente, se modificó el nombre de la sociedad a Busting
Loose in Ballena S. R. L., la cláusula sexta del pacto social y se nombró
gerente y gerente operativo de lote El Águila Veloz S. R. L. Que por
escritura número 139, visible a folio 133 frente, se modificó el nombre de la
sociedad a Serenity in Ballena S. R. L., la cláusula sexta del pacto
social y se nombró gerente y gerente operativo de Desarrollos Integrados con
la Naturaleza S. R. L. Que por escritura número 140, visible a folio 133
vuelto, se modificó el nombre de la sociedad a Awakenings in Osa S. R. L.,
la cláusula sexta del pacto social y se nombró gerente y gerente operativo de La
Esperanza de un Hermoso Atardecer S. R. L. Que por escritura número 142,
visible a folio 136 frente, se modificó la cláusula sexta del pacto social y se
nombró gerente, subgerente y gerente operativo de Finca La Playa Despejada
S. R. L. todas en el protocolo X del notario Lic. Eduardo Abarca Vargas.
Teléfono 2771-5855.—Uvita de Osa, a las 9:00 horas del
1º de agosto del 2008.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1
vez.—Nº 51438.—(72753).
Por escritura otorgada en Grecia
a las 8:00 horas del 20 de noviembre del 2007, se modificó la cláusula segunda
del domicilio de la sociedad Parmar Redondo Sociedad Anónima. Domicilio
en Alajuela, Grecia, San Luis, de la Iglesia Católica trescientos metros al sur.—Grecia, 31 de julio del 2008.—Lic. Luis Adrián Alfaro
Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 51439.—(72754).
Ante mí, Pablo Arias González,
notario público con oficina en Atenas hago constar que el día treinta y uno de
julio del dos mil ocho a las diez horas en la ciudad de Zaragoza de Palmares se
realizó la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Centro
Educativo para el Bienestar de la Educación de Occidente S. R. L. en la
cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Atenas,
primero de agosto del dos mil ocho.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 51443.—(72755).
Ante mí, Pablo Arias González,
notario público con oficina en Atenas hago constar que el día treinta y uno de
julio del dos mil ocho a las diez horas en la ciudad de Zaragoza de Palmares se
realizó la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Tranquillity
Hill Sociedad Anónima en la cual se reforma la cláusula novena del pacto
constitutivo.—Atenas, primero de agosto del dos mil
ocho.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—Nº
51444.—(72756).
Ante esta notaría, a las catorce
horas del día de hoy se constituyó la sociedad denominada Inversiones Raoss
y Aromo Sociedad Anónima. Capital social: ¢10.000,00 totalmente suscrito y
pagado. Plazo social: 99 años. Presidente: Alberto Ramírez Delgado.—San José, 4 de julio del 2008.—Lic. Randall Fernández
Argüello, Notario.—1 vez.—Nº 51445.—(72757).
Por escritura número noventa y
dos-cuatro, otorgada ante mí a las catorce horas del día treinta de julio del
dos mil ocho, he protocolizado acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada CPG Sociedad
Administradora de Fondos de Inversión S. A., cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos ochocientos y tres mil setecientos treinta, según
la cual se modifica el pacto constitutivo en sus cláusulas segunda, quinta y
sétima y se renueva la junta directiva y fiscalía. Es todo.—30
de julio de 2008.—Lic. Juan Manuel Jiménez Ruiz, Notario.—1
vez.—Nº 51446.—(72758).
Por escritura número doscientos
cuatro, otorgada ante esta notaría, Río Lejano Limitada, reforma
cláusulas del pacto constitutivo y nombra gerentes para el resto del periodo
social.—En la ciudad de San José, a las trece horas del día primero de agosto
del dos mil ocho.—Lic. Carlos Alberto Berrocal Arias, Notario.—1
vez.—Nº 51449.—(72759).
Por escritura otorgada ante mí,
a las trece horas del treinta y uno de julio del año dos mil ocho, se
constituyó Ventador B.Q. Sociedad Anónima.—San José, 1º de agosto del
2008.—Lic. Juan Carlos Herrera Díaz, Notario.—1
vez.—Nº 51450.—(72760).
Por escritura otorgada ante mí,
a las trece horas del treinta y uno de julio del año dos mil ocho, se
constituyó Venino B.Q. Sociedad Anónima.—San José, 1º de agosto del
2008.—Lic. Juan Carlos Herrera Díaz, Notario.—1
vez.—Nº 51451.—(72761).
Por escritura otorgada ante mí,
a las trece horas del treinta y uno de julio del año dos mil ocho, se
constituyó Venora B.Q. Sociedad Anónima.—San José, 1º de agosto del
2008.—Lic. Juan Carlos Herrera Díaz, Notario.—1
vez.—Nº 51452.—(72762).
Por escritura otorgada ante mí,
a las trece horas del treinta y uno de julio del año dos mil ocho, se
constituyó Veneto B.Q. Sociedad Anónima.—San José, 1º de agosto del
2008.—Lic. Juan Carlos Herrera Díaz, Notario.—1
vez.—Nº 51454.—(72763).
Por medio de la escritura número
ciento treinta y cinco, otorgada a las doce horas del día primero de agosto del
dos mil ocho ante esta notaría, se constituyó una sociedad anónima, sujeta a
las disposiciones del artículo segundo del Decreto Ejecutivo número treinta y
tres mil ciento setenta y uno-J, publicada en La Gaceta número ciento
catorce del día catorce de junio del dos mil seis, para utilizar como su razón
social el número de cédula jurídica asignada por el Registro Público. Capital
social: cien mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Presidente
el señor Ken Lavern Zielke.—Lic. José Manuel Arias
González, Notario.—1 vez.—Nº 51457.—(72764).
Por medio de la escritura número
ciento veintiséis, otorgada a las nueve horas del día treinta de julio del dos
mil ocho ante esta notaría, se constituyó dos sociedades anónimas, sujeta a las
disposiciones del artículo segundo del Decreto Ejecutivo número treinta y tres
mil ciento setenta y uno-J, publicada en La Gaceta número ciento catorce
del día catorce de junio del dos mil seis, para utilizar como su razón social
el número de cédula jurídica asignada por el Registro Público. Capital social:
cien mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Presidente el señor
Ken Lavern Zielke.—Lic. José Manuel Arias González,
Notario.—1 vez.—Nº 51459.—(72765).
En esta notaría, por escritura
de las diez horas del treinta y uno de julio del año en curso, se nombró nuevo
presidente de la sociedad Pick Los Locos Sociedad Anónima. Presidente:
Diorlyn Mc Luod Wilson.—San José, 1º de agosto del
2008.—Lic. Hugo Fco. Velázquez Castro, Notario.—1
vez.—Nº 51460.—(72766).
En esta notaría, por escritura
de las dieciocho horas quince minutos del treinta de julio del año en curso, se
constituyó la sociedad Corporación Espacial Internacional Sociedad Anónima.
Presidente: Max Hoffmaister Sagel.—San José, 31 de
julio del 2008.—Lic. Hugo Fco. Velázquez Castro, Notario.—1
vez.—Nº 51461.—(72767).
En esta notaría, por escritura
de las diecinueve horas del treinta de julio del año en curso, se constituyó la
sociedad Grupo Tecel Nacional Sociedad Anónima. Presidente: Max
Hoffmaister Sagel.—San José, 31 de julio del
2008.—Lic. Hugo Fo. Velázquez Castro, Notario.—1
vez.—Nº 51462.—(72768).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12:00 horas del 18 de julio del año 2008, se constituye la
sociedad S.H. Atardecer Luminoso del Sur Sociedad Anónima. Plazo social:
99 años. Presidenta: Azucena Mora Morales.—Pérez
Zeledón, 18 de julio del 2008.—Lic. William Enrique Arias Cedeño, Notario.—1 vez.—Nº 51464.—(72769).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15:30 horas del 8 de junio del año 2007, se reforman las
cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo, se revocan los nombramientos
de presidente, secretario, tesorero y fiscal y se hacen nuevos nombramientos en
la sociedad Compañía Manejadora de Inmuebles del Sur Sociedad Anónima,
con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y nueve mil
ciento sesenta y nueve.—Pérez Zeledón, 8 de junio del
2007.—Lic. Juan Carlos Céspedes Chinchilla, Notario.—1
vez.—Nº 51465.—(72770).
En esta notaría, por escritura
de las diecisiete horas quince minutos del treinta de julio del año en curso,
se constituyó la sociedad Corporation Tele Cel International Sociedad
Anónima. Presidente: Max Hoffmaister Sagel.—San
José, 31 de julio del 2008.—Lic. Hugo Fco. Velázquez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 51466.—(72771).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16:00 horas del 8 de junio del año 2007, se reforman las
cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo, se revocan los nombramientos
de presidente, secretario, tesorero y fiscal y se hacen nuevos nombramientos en
la sociedad Operadora de Automotores del Sur Sociedad Anónima, con
cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa mil noventa y nueve.—Pérez Zeledón, 8 de junio del 2007.—Lic. Juan Carlos
Céspedes Chinchilla, Notario.—1 vez.—Nº
51467.—(72772).
En esta notaría, por escritura
de las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos del treinta de julio del año
en curso, se constituyó la sociedad Corporation Universal Satelital
International Sociedad Anónima. Presidente: Max Hoffmaister Sagel.—San José, 31 de julio del 2008.—Lic. Hugo Fco. Velázquez
Castro, Notario.—1 vez.—Nº 51468.—(72773).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11:15 horas del 21 de julio del año 2008, se reforman las
cláusulas primera y sétima del pacto constitutivo, se revocan los nombramientos
de presidente, secretario, tesorero y fiscal y se hacen nuevos nombramientos en
la sociedad Uvita Real Estate Lot Two a Raimbow Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y un mil trescientos
veintidós.—Pérez Zeledón, 21 de julio del 2008.—Lic.
Juan Carlos Céspedes Chinchilla, Notario.—1 vez.—Nº
51469.—(72774).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10:20 horas del 22 de julio del año 2008, se constituye la
sociedad Desarrollos Urbanísticos Llave en Mano J M Sociedad Anónima.
Plazo social: 99 años. Presidente: Efren Daniel Solís Aguilar.—Pérez
Zeledón, 22 de julio del 2008.—Lic. Juan Carlos Céspedes Chinchilla, Notario.—1 vez.—Nº 51470.—(72775).
En esta notaría, por escritura
de las dieciocho horas cuarenta y cinco minutos del treinta de julio del año en
curso, se constituyó la sociedad Grupo Solución Nacional Sociedad Anónima.
Presidente: Max Hoffmaister Sagel.—San José, 31 de
julio del 2008.—Lic. Hugo Fco. Velázquez Castro, Notario.—1
vez.—Nº 51471.—(72776).
En esta notaría, por escritura
de las diecinueve horas quince minutos del treinta de julio del año en curso,
se constituyó la sociedad Digimedia International Sociedad Anónima.
Presidente: Max Hoffmaister Sagel.—San José, 31 de
julio del 2008.—Lic. Hugo Velázquez Castro, Notario.—1
vez.—Nº 51472.—(72777).
En esta notaría, por escritura
de las diecinueve horas quince minutos del treinta de julio del año en curso,
se constituyó la sociedad Grupo Espectro-Medio-Sociedad Anónima.
Presidente: Max Hoffmaister Sagel.—San José, 31 de
julio del 2008.—Lic. Hugo Fco. Velázquez Castro, Notario.—1
vez.—Nº 51473.—(72778).
En esta notaría, por escritura
de las dieciocho horas treinta minutos del treinta de julio del año en curso, se
constituyó la sociedad Corporación Tele Conferencial Internacional Sociedad
Anónima. Presidente: Max Hoffmaister Sagel.—San
José, 31 de julio del 2008.—Lic. Hugo Fco. Velázquez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 51474.—(72779).
En esta notaría, por escritura
de las dieciocho horas del treinta de julio del año en curso, se constituyó la
sociedad Corporation Universal Tele Video International Sociedad Anónima.
Presidente: Max Hoffmaister Sagel.—San José, 31 de
julio del 2008.—Lic. Hugo Fco. Velázquez Castro, Notario.—1
vez.—Nº 51475.—(72780).
Mediante escritura otorgada a
las quince horas del día veintidós de julio del dos mil ocho, se protocolizó
acta de la sociedad tres-ciento uno-quinientos veinticinco mil ochocientos
dieciséis en la que se nombran presidente, secretaria, tesorero y fiscal
del consejo directivo.—San José, 24 de julio del
2008.—Rodrigo Barahona Israel y María de los Ángeles Mata Montero, Notarios.—1
vez.—Nº 51476.—(72781).
En esta notaría, por escritura
de las diecisiete horas treinta minutos del treinta de julio del año en curso,
se constituyó la sociedad Corporation Hace-S-BE CE International Sociedad
Anónima. Presidente: Max Hoffmaister Sagel.—San
José, 31 de julio del 2008.—Lic. Hugo Fco. Velázquez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 51477.—(72782).
En esta notaría, por escritura
de las diecinueve horas cuarenta y cinco minutos del treinta de julio del año
en curso, se constituyó la sociedad Corporación Tele Sistemas Internacional
Sociedad Anónima. Presidente: Max Hoffmaister Sagel.—San
José, 31 de julio del 2008.—Lic. Hugo Fco. Velázquez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 51478.—(72783).
Protocolización de acuerdos
adoptados en asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Capital
Ditzineg Dos S. A. Se modifican cláusulas segunda y novena de la escritura
social, se nombran nuevo presidente y secretario de la junta directiva.
Escritura autorizada en San José, por el notario Ulises Alberto Obregón Alemán,
a las 8:00 horas del 3 de agosto del 2008.—Lic. Ulises
Obregón Alemán, Notario.—1 vez.—Nº 51479.—(72784).
Ante mí, Mónica Lizano Zamora,
notaria pública, con oficina en la ciudad de San José, fue constituida la
sociedad anónima, que responde al número de cédula jurídica que le establezca
el registro público, denominación social que se hace de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Capital social:
diez acciones comunes y nominativas de un mil colones cada una. Plazo social:
99 años. Presidente: Luis Felipe García Sarria, escritura otorgada a las 15:30
horas del 31 de julio del 2008.—Lic. Mónica Lizano
Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 51481.—(72785).
Ante mí, Mónica Lizano Zamora,
notaria pública, con oficina en la ciudad de San José, fue constituida la
sociedad denominada Collet Inc. Sociedad Anónima. Capital social: diez
acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Plazo social: 99
años. Presidente: Luis Felipe García Sarria. Escritura otorgada a las 14:30
horas del 31 de julio del 2008.—Lic. Mónica Lizano
Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 51483.—(72787).
Jenny Maritza Sánchez Cordero y
Víctor Adolfo Abarca Fallas, constituyen sociedad anónima innominada, acorde
con el artículo segundo del Decreto Ejecutivo tres tres uno siete uno-j.
Escritura pública otorgada en San José, a las quince horas del día primero de
agosto del dos mil ocho.—Lic. Jimmy Monge Sandí,
Notario.—1 vez.—Nº 51484.—(72788).
Manrique Garita Navarro y Carlos
Arturo Pérez Chávez, constituyen sociedad anónima innominada, acorde con el
artículo segundo del Decreto Ejecutivo tres tres uno siete uno-j. Escritura
pública otorgada en San José, a las diecisiete horas con quince minutos del día
primero de agosto del dos mil ocho.—Lic. Jimmy Monge
Sandí, Notario.—1 vez.—Nº 51485.—(72789).
Ante esta notaría, a las 15:00
horas del 2 de agosto del 2008, mediante escritura número 042, se constituyó la
sociedad (Decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, emitido por el
Registro de Personas jurídicas) Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve
años. Capital social: seiscientos mil colones. Representación judicial y
extrajudicial a cargo del presidente.—San José, 2 de
agosto del 2008.—Lic. Edwin Rodrigo Masís Quirós, Notario.—1
vez.—Nº 51486.—(72790).
Manrique Garita Navarro y Carlos
Arturo Pérez Chávez, constituyen sociedad anónima innominada, acorde con el
artículo segundo del Decreto Ejecutivo tres tres uno siete uno-j. Escritura
pública otorgada en San José, a las diecisiete horas con veinticinco minutos
del día primero de agosto del dos mil ocho.—Lic. Jimmy
Monge Sandí, Notario.—1 vez.—Nº 51487.—(72791).
Manrique Garita Navarro y Carlos
Arturo Pérez Chávez, constituyen sociedad anónima innominada, acorde con el
artículo segundo del Decreto Ejecutivo tres tres uno siete uno-j. Escritura
pública otorgada en San José, a las diecisiete horas del día primero de agosto
del dos mil ocho.—Lic. Jimmy Monge Sandí, Notario.—1 vez.—Nº 51488.—(72792).
Por escritura número diez-tomo
uno, otorgada en esta notaría, a las once horas y treinta minutos del martes
veintidós de abril del dos mil ocho, los socios González Gómez Sonia, con
cédula de identidad número: cuatro-cero ciento cincuenta y uno-cero ciento
sesenta y Romero Coronado Guillermo, con cedula de identidad número: uno-cero
quinientos noventa y uno-cero cuatrocientos ochenta y cinco, constituyen Grupo
de Inversiones Sonrome Sociedad Anónima, en donde el segundo es su
presidente y el primero es su secretario, ambos ostentan la representación
judicial y extrajudicial con facultad de apoderados generalísimos sin límite de
suma. Es todo.—San José, nueve horas del cuatro de
agosto del dos mil ocho.—Lic Manuel Antonio Calderón Segura, Notario.—1 vez.—Nº
51490.—(72793).
Por escritura número cuarenta y
tres, otorgada en esta notaría, a las once horas y treinta minutos del
dieciocho de junio del dos mil ocho, los socios Marlene Guillén Quesada, con
cédula de identidad número: tres- cero trescientos uno-cero cero treinta y
siete, y Ana María Guillén Gómez, con cédula de identidad número: uno-cero
setecientos treinta y ocho-cero cuatrocientos diecinueve, constituyen Marana
Sociedad Anónima, en donde la primera es su presidenta y la segunda es su
secretaria, ambas ostentan la representación judicial y extrajudicial con
facultad de apoderadas generalísimas sin límite de suma. Es todo.—San José, nueve horas y cinco minutos del cuatro de agosto
del dos mil ocho.—Lic. Manuel Antonio Calderón Segura, Notario.—1 vez.—Nº 51491.—(72794).
Por escritura número cuarenta y
cuatro, otorgada en esta notaría, a las once horas y treinta y cinco minutos
del dieciocho de junio del dos mil ocho, los socios Raquel Dianid Roble Pérez,
con cédula de identidad número: tres-cero trescientos cincuenta y cinco-cero
novecientos seis, y Juan Diego Jiménez Quesada, con cédula de identidad número:
tres-cero trescientos treinta y tres-cero doscientos treinta y nueve,
constituyen Ranjo Sociedad Anónima, en donde la primera es su presidenta
y el segundo es su secretario, ambos ostentan la representación judicial y
extrajudicial con facultad de apoderados generalísimos sin limite de suma. Es
todo.—San José, nueve horas y diez minutos del cuatro
de agosto del dos mil ocho.—Lic. Manuel Antonio Calderón Segura, Notario.—1 vez.—Nº 51492.—(72795).
Que el día de hoy, el suscrito
notario público, ha protocolizado acta de asamblea extraordinaria de socios de Dioses
Lunares Sociedad Anónima, donde se revocan los nombramientos de presidente,
secretario, tesorero y fiscal y se nombra a las personas que ocuparán los
nuevos cargos.—San José, 29 de julio del dos mil
ocho.—Lic. José Carlos Álvarez Varela, Notario.—1
vez.—Nº 51493.—(72796).
Ante esta notaría, por escritura
número ciento noventa y ocho del tomo segundo, se constituyó la sociedad Impovirtual
Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital social la suma de diez mil
colones.—San José, 4 de agosto del 2008.—Lic. Federico
Calvo Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 51494.—(72797).
Por escritura otorgada en San
Isidro de El General el día ocho de julio del dos mil ocho, escritura número
ochenta y nueve-cuarenta, se constituyó la sociedad denominada Ocho de
Diciembre de Mil Ochocientos Cincuenta y Cuatro Sociedad Anónima. Capital
social: diez mil colones. Representación judicial y extrajudicial: corresponde
al presidente, vicepresidente y tesorero con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San Isidro de El General, 3 de agosto del dos mil
ocho.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Martínez, Notario.—1
vez.—Nº 51495.—(72798).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las once horas del veinticuatro de julio del dos mil ocho, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Cafonse Sociedad Anónima.
Presidente: Fabio Luis Camacho Valverde.—San Marcos de
Tarrazú, veinticinco de julio del dos mil ocho.—Lic. Ana Graciela Zúñiga
Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 51500.—(72799).
Por escritura 48-2 de las 108:00
del 25 de julio del 2008, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones Cageao Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-392199. Se reforma domicilio social, junta directiva y
razón social a Automotores Industriales Laberinto S. A. Presidente
tendrá la representación judicial y extrajudicial.—Lic.
Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1 vez.—Nº
51502.—(72800).
Por escritura autorizada por
esta notaría, Asociación Iglesia Bíblica Getsemaní, modifica las
cláusulas seis, siete, once, trece y catorce de los estatutos, relativas a la
afiliación y desafiliación y atribuciones de la asamblea general, junta
directiva y fiscalía.—San José, 4 de agosto del
2008.—Lic. Alberto Ortega Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº
51505.—(72801).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 15:00 horas del día 31 de julio del 2008, se constituyó DPPV
Limitada, con su domicilio en provincia de San José, cantón de San José,
distrito de Zapote, Barrio Los Yoses, cuyo objeto será el comercio en general,
plazo 99 años y un gerente como apoderado generalísimo sin limitación de suma.—San José, 4 de agosto del 2008.—Lic. Luis Diego Castro
Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 51506.—(72802).
Horizontes de Arena y Mar H.A.M.
Sociedad Anónima.
Protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria. Se nombra
presidente y secretario. Se reforma cláusula novena. Otorgada a las 16:00 horas
del día 7 de julio del 2008.—Lic. Óscar Guevara Arias,
Notario.—1 vez.—Nº 51509.—(72803).
Costa Rica Natural Corporation
Sociedad Anónima.
Protocoliza acta de asamblea general extraordinaria. Se nombra presidente y
secretario. Se reforma cláusula novena. Otorgada a las 08:00 del día 14 de
julio el 2008.—Lic. Óscar Guevara Arias, Notario.—1 vez.—Nº 51510.—(72804).
Tamarindo Tropical Garden T.T.G
Sociedad Anónima.
Protocoliza acta de asamblea general extraordinaria. Se nombra presidente y
secretario. Se reforma cláusula novena. Otorgada a las 08:30 del día 14 de
julio del 2008.—Lic. Óscar Guevara Arias, Notario.—1 vez.—Nº 51511.—(72805).
Por escritura otorgada ante mí,
se constituyó la sociedad denominada Desarrollo de Capitales Saumher
Sociedad Anónima.—San José, viernes primero de
agosto del dos mil ocho.—Lic. Ignacio Antonio González Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 51512.—(72806).
Por escritura otorgada ante mí,
se constituyeron las sociedades denominadas Inmobiliaria Hacienda Los
Gavilanes Sociedad Anónima y Fiduciaria Activos Modernos Dos Mil
Sociedad Anónima.—San José, viernes primero de
agosto del dos mil ocho.—Lic. Ignacio Antonio González Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 51513.—(72807).
Por escritura otorgada ante mí,
se constituyeron las sociedades denominadas Inversiones Sauma Esquivel
Sociedad Anónima y Propiedades Sauma Esquivel Sociedad Anónima.—San José, viernes primero de agosto del dos mil ocho.—Lic.
Ignacio Antonio González Villalobos, Notario.—1
vez.—Nº 51514.—(72808).
Por escritura otorgada ante mí,
a las dieciséis horas del trece de junio del dos mil siete, se constituye la
sociedad denominada Galex Sociedad Anónima.—Lic.
Carmen María Varela Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº
51515.—(72809).
Por escritura otorgada en San
José, a las a las 08:00 horas del 30 de julio del 2008, se constituyó Transportes
MarPaz S. A. domiciliada en San José, capital totalmente suscrito y pagado,
acciones comunes y nominativas, presidente es su mandatario generalísimo sin
límite.—Lic. Martín Mainieri Jiménez, Notario.—1
vez.—Nº 51519.—(72810).
Por escritura otorgada a las
doce horas del primero de agosto del dos mil ocho, ante el notario Edgar
Alberto Arroyo Quesada, se modifican cláusulas del pacto social de Transportes
Los Griegos Sociedad Anónima.—San José, primero de
agosto del dos mil ocho.—Lic. Edgar Alberto Arroyo Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 51522.—(72811).
Yo, Jenny Vargas Quesada,
notaria pública de Guácimo procedí a protocolizar en lo conducente el acta
número 7 de asamblea general extraordinaria de la sociedad Inversiones
Turísticas Ducampos S. A. celebrada en su domicilio a las 14:00 del 7 de
agosto del 2006, según la cual se nombra en la directiva como secretaria a
Hannia Duarte Leiva, tesorero a Walter José Duarte Leiva y presidente a Walter
Duarte Jiménez. Se reforma la cláusula 7 del pacto constitutivo para que en
adelante únicamente el presidente ejerza la representación con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma.—Guácimo a
las 17:00 horas del 3 de agosto del 2008.—Lic. Jenny Vargas Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 51525.—(72812).
Ante mí, Jenny Vargas Quesada,
notaria pública de Guácimo comparecieron: José Humberto, soltero, cédula de
residencia Nº 270-153363-087132; Pablo Antonio, casado, cédula de residencia Nº
155803476705, Manuel Antonio, casado una vez, cédula de residencia Nº
155801885733; Fulgencio Antonio, viudo, cédula de residencia Nº 132 RE
000686-00-1999; Mariluz, mayor, soltera, cédula de residencia Nº 132 RE
001870-00-1999, todos Urbina Hurtado, nicaragüenses y vecinos de Río Jiménez de
Guácimo; a constituir mediante escritura Nº 306 visible al folio 371 del tomo
06 de mi protocolo la sociedad Atlantida Acuariana S. A., con un capital
de 1 millón de colones dividido en 100 acciones comunes y nominativas de 10.000
c/u el socio José Humberto suscribe paga 96 acciones y los restantes socios
suscriben y pagan una acción c/u. Figura como apoderado el primero en su
condición de presidente.—Guácimo a las 13:00 horas del 26 de junio del
2008.—Lic. Jenny Vargas Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº
51526.—(72813).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las once horas del día primero de agosto del dos mil ocho, donde se
protocolizan acuerdos de asamblea general de cuotistas de la sociedad
denominada Duende Karacay Limitada. Donde se acuerda reformar la
cláusula primera del Estatuto Social.—San José,
primero de agosto del dos mil ocho.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—Nº 51527.—(72814).
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se hace saber a Gerardo Bogantes
Campos, cédula de identidad número 5-148-015, en calidad de beneficiario de la
habitación familiar en la finca partido de Limón, matrícula 69549, que en este
Registro se iniciaron Diligencias Administrativas Oficiosas, por una supuesta
doble inmatriculación entre las fincas de Limón matrículas 69549 y 73281,
quienes comparten el plano catastrado L-309502-1996. En virtud de lo
denunciado, mediante resolución de las 15:00 horas del 06/03/2008, se ordenó
consignar Advertencia Administrativa sobre las fincas de Limón 69549 y 73281.
Con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso,
por resolución de las 15:00 horas del 30/07/2008, se autorizó la publicación
por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a la persona
mencionada, por el término de quince días contados a partir del día siguiente
de la última publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a
efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos
convenga. Y se le previene que dentro del término establecido para la audiencia,
debe señalar, apartado postal, casa u oficina, dentro de la ciudad de San José,
o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, todo
de conformidad con los artículos 93, 94 y 98 del Reglamento del Registro
Público, en concordancia con el numeral 3 de la Ley No 7637 (que es Ley de
Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales); bajo
apercibimiento de que, de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les
tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual
consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya
no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento de la materia y 12 de
la citada ley, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese.
(Referencia expediente (08-072-BI).—Curridabat, 30 de
julio del 2008.—Lic. César Alexander Hernández Umaña, Asesor Jurídico.—(Solicitud Nº 46572).—C-39600.—(72997).
Se hace saber a Kennet BK Prigal, presidente,
con facultades de apoderado generalísimo de Inversiones Ekahau S. A., cédula
jurídica N° 3-101-36671, acreedora, en el crédito garantizado con la finca del
partido de Puntarenas, matrícula 30259; y David Dinarte Mendoza, presidente,
con facultades de apoderado generalísimo de TI Consult Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-36671, actual propietaria de la misma finca citada, y cualquier
tercero con interés legítimo, que por no haber sido localizados en las
direcciones que constan en los documentos inscritos al margen de la finca del
partido de Puntarenas matrícula 30259; en virtud de que la Oficina de Correos
de Costa Rica devolvió a esta dependencia los certificados números
RR143753178CR y RR143753164CR, por lo anterior, y de conformidad con lo
expuesto en el oficio DGRN 0831-2007 y en la Circular Administrativa
DRP-008-2007; con el propósito de no causar estado de indefensión, se les
notifica que en Diligencias Administrativas de oficio, que se llevan en este
Despacho, bajo expediente 07-745-BI, mediante resolución de las trece horas del
veintinueve de julio de dos mil ocho; Se resolvió: publicar por tres veces
consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta la audiencia conferida por
ser partes interesadas en las presentes diligencias y por desconocer este
Registro dirección exacta donde notificarles. Lo anterior para que en el
término de quince días hábiles a partir del día hábil siguiente de la tercera
publicación, presenten los alegatos que a sus derechos convengan.
Y se les previene 1) Que dentro del término establecido para la audiencia deben
señalar apartado postal, número de fax, casa u oficina dentro del perímetro de
la Ciudad de San José en donde oír futuras notificaciones de este Despacho,
bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se
tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. 2) Igual
consecuencia se producirá, si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o si
ya no existiere, según lo establecido en los artículos 185 del Código Procesal
Civil y 98 del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo número
26771-J del 18 de febrero de 1998 y sus reformas; así como los artículos 3 y 12
de la Ley de Notificaciones Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, Ley
N° 7637. Notifíquese.—Curridabat, 29 de julio del
2008.—Lic. Leticia Acuña Salazar, Asesora Jurídica.—(Solicitud
Nº 46594).—C-61400.—(72998).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
La Proveeduría General del Banco
Nacional de Costa Rica, comunica que por acuerdos de la Junta Directiva
General, adoptados en los artículos 12 y 7 de las sesiones Nos. 11.467 y 11.486
del 29 de enero del 2008 y 10 de junio del 2008, respectivamente se aprobó el
texto del cartel para la selección de notarios externos, denominado “Selección
de profesionales que brinden sus servicios como notarios externos”. De los
cuales se deriva lo siguiente:
Se hace saber a los licenciados en Derecho y
Notarios Jorge Castro Corrales carné 3621 y Jorge Castro García carnét 950, en
su condición de notarios externos del Banco Nacional de Costa Rica, que por
acuerdos de la Junta Directiva General, adoptados en los artículos 12 y 7 de
las sesiones Nos. 11.467 y 11.486 del 29 de enero del 2008 y 10 de junio del
2008, respectivamente se aprobó el texto del cartel para la selección de
notarios externos, denominado “Selección de profesionales que brinden sus
servicios como notarios externos”. El propósito de este cartel es dar sustento
a una Licitación Pública con base en la cual se integrará un nuevo rol de
notarios externos del Banco, dejándose sin efecto el rol actual. Esta decisión
se adopta en virtud del vencimiento del plazo máximo de vigencia que la
Contraloría General de la República admite para la contratación de servicios
profesionales, que es de cuatro años, de conformidad con lo dispuesto por el
artículo 163 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Para
efectos de mantener la continuidad en la prestación del servicio será a partir
de la entrada en vigencia de los contratos que se lleguen a concertar con base
en dicha Licitación, que se sustituirá el rol de notarios en el cual Usted
figura en la actualidad. Por lo que a partir de esa fecha se dará por terminada
su relación contractual con el Banco Nacional de Costa Rica como notario
externo, al tenor de las previsiones de la Ley de Contratación Administrativa.
La condición actual que ostentan como Notarios Externos del Banco Nacional de
Costa Rica, ni la eventual terminación de su relación contractual con el mismo,
constituyen un impedimento para que pueda participar en el nuevo concurso; en
razón de lo cual los instamos a participar en la licitación en los términos de
la invitación que se publicó en el Diario Oficial La Gaceta número 138
del jueves 17 de julio del 2008. Contra esta decisión caben los recursos de
revocatoria con apelación en subsidio ante la Junta Directiva General, los
cuales podrán interponerse dentro de tercero día en esta Proveeduría General,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 346 de la Ley General de la
Administración Pública. Se publica por tres veces consecutivas el presente
edicto para conferirles la audiencia indicada, contada a partir del día
siguiente a la publicación del presente edicto por tercera vez a efecto de que
dentro de dicho término presenten los recursos que estimen pertinentes y se les
previene que dentro del mismo término deberán señalar apartado postal, casa u
oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, o número de facsímil,
donde atender futuras notificaciones de esta Proveeduría, conforme al numeral 3
de la Ley Nº 7637 Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones
Judiciales, bajo el apercibimiento de que, de no cumplir con lo anterior, las
resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual
consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto, o ya
no existiere, conforme al artículo 12 de la citada Ley No 7637, en correlación
con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese.—San
José, 04 de agosto del 2008.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—(O. P. Nº 2106-2008).—C-87120.—(72999).
SUCURSAL HEREDIA
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
La suscrita Licenciada Ana
Guadalupe Vargas Martínez, Administradora de la Sucursal de Heredia, Caja
Costarricense del Seguro Social, mediante el presente edicto y por no haber
sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la
siguiente notificación por publicación a los patronos y trabajadores
independientes incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los
artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. La Institución
le concede 5 días hábiles, para que se presenten a normalizar su situación,
caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio
a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los
periodos notificados anteriormente que ya poseen firmeza en Sede Administrativa
por tanto; en caso de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a
efectos de referencia de la deuda.
Razón social |
Nº Patronal |
Monto Adeudado |
3-101-470289 Sociedad Anónima |
2-03101470289-001-001 |
2.029.949,00 |
A A Industries S. A. |
2-03101469830-001-001 |
243.884,00 |
Abdey David Francis |
7-00014312100-001-001 |
97.483,00 |
Abellán Arroyo Roberto Edmundo |
0-00104151308-001-001 |
55.841,00 |
Administradora Académica H & G S. A. |
2-03101299824-001-001 |
1.578.984,00 |
Agroindustrial La Unión S. A. |
2-03101114282-001-001 |
111.197,00 |
Agroindustrial Las Alturas S. A. |
2-03101294320-001-001 |
577.019,00 |
Albergue de Montaña Skekynah Sociedad Anónima |
2-03101059339-002-001 |
43.923,00 |
Alfaro González Luz María |
0-00202290687-001-001 |
88.956,00 |
Alimentos Marinos Almar S. A. |
2-03101328592-001-001 |
2.008.035,00 |
Alken Mlk Sociedad Anónima |
2-03101380493-001-001 |
257.874,00 |
Álvarez Campos María del Socorro |
0-00900420065-001-001 |
45.534,00 |
Álvaro Zumbado Ronald |
0-00203020535-001-001 |
609.089,00 |
Anchía Rodríguez Felipe De Jesús |
0-00109370367-001-001 |
1.256.045,00 |
Araica Ramírez Cesar |
0-00110200502-999-001 |
116.661,00 |
Araya Castro María Luisa |
0-00203430064-001-001 |
58.665,00 |
Arguedas Vargas Carlos Manuel |
0-00401080279-001-001 |
476.127,00 |
Arroyo Calderón Vera Violeta |
0-00202740543-001-001 |
574.990,00 |
Arroyo Esquivel Óscar |
0-00401470158-001-001 |
72.674,00 |
Asesoría en Salud y Gestión Amb Asogea S. A. |
2-03101431260-001-001 |
73.545,00 |
Asociación Junta Nacional Forestal Campesina |
2-03002129747-001-001 |
131.460,00 |
Auto Pintura Piedra y Camacho Limitada |
2-03102083633-001-001 |
142.603,00 |
Auto Serv Zona Franca S. A. |
2-03102006737-001-001 |
183.304,00 |
Autocam Sociedad Anónima |
2-03101197702-001-001 |
5.541.150,00 |
Autos Fred Sociedad Anónima |
2-03101296902-001-001 |
482.262,00 |
Badilla Ulate María del Rosario |
0-00900400195-001-001 |
28.007,00 |
Ballestero Chaves Norman |
0-00110270469-001-001 |
111.140,00 |
Ban Alcanar S. A. |
2-03101072230-001-001 |
26.809,00 |
Barahona Riera Lilliana Marcela |
0-00105260207-001-001 |
421.126,00 |
Benavides González Carlos Roberto |
0-00107200475-001-001 |
110.306,00 |
Bermúdez Pérez Carlos |
0-00302770226-001-001 |
872.191,00 |
Best Account Sociedad Anónima |
2-03101264554-001-001 |
116.889,00 |
Bio-Estetic Limitada |
2-03102516804-001-001 |
250.518,00 |
Blanca Elena Alta Tierra la Empresa Sólida S. A. |
2-03101204114-001-001 |
180.426,00 |
Blanco Jara Roberto Carlos |
0-00107950055-002-001 |
730.380,00 |
Bolaños Chaves Greivin Rodolfo |
0-00107790721-001-001 |
75.090,00 |
Bosmar S. A. |
2-03101047856-001-001 |
151.016,00 |
Bragg Barton Costa Rica S R Ltda. |
2-03102440640-001-001 |
234.440,00 |
Brenes Rodríguez Rafaela |
0-00302030707-001-001 |
206.743,00 |
Brenes Vargas María de la Cruz |
0-00109780743-001-001 |
234.991,00 |
Bustamante García Juan |
7-00015117461-001-001 |
163.118,00 |
Cabezas Marín Marlene |
0-00103350145-001-001 |
142.654,00 |
Calderón Arguedas Maritza |
0-00104000053-001-001 |
509.251,00 |
Calderón Barquero Wálter |
0-00109100084-001-001 |
238.711,00 |
Calderón Castro Luis Fernando |
0-00103340327-001-001 |
273.315,00 |
Camacho Miranda José Antonio |
0-00401120718-999-001 |
48.928,00 |
Camacho Rodríguez Manrique Alberto |
0-00401290298-001-001 |
155.028,00 |
Campbell Barr Gustavo |
0-00106850266-001-001 |
248.490,00 |
Campos Chinchilla Eliécer |
0-00204390193-001-001 |
62.745,00 |
Canales Berrios Cesar |
0-00602120807-001-001 |
175.040,00 |
Canciano Martínez Haydee |
0-00800780665-001-001 |
378.549,00 |
Cano Chavez Carmen |
0-00400870757-001-001 |
281.823,00 |
Car & Truck
Guide Og Sociedad Anónima |
2-03101426049-001-001 |
784.697,00 |
Carabineros de la Península S. A. |
2-03101244290-001-001 |
407.659,00 |
Carnes Chapernal S. A. |
2-03101136625-001-001 |
6.393,00 |
Casacanto Sociedad Anónima |
2-03101208578-001-001 |
204.125,00 |
Cascante Segura Doris Marta |
0-00107680010-001-001 |
154.139,00 |
Castillo González Silvia Elena |
0-00105700814-001-001 |
160.908,00 |
Castro Calvo Davis |
0-00107730164-001-001 |
236.714,00 |
Castro Chacón German |
0-00202480605-001-001 |
213.270,00 |
Castro Luna Guido Domingo |
0-00400750159-001-001 |
536.522,00 |
Celurales Asch Sociedad Anónima |
2-03101185265-001-001 |
339.091,00 |
Centinelas Cruz del Norte S. A. |
2-03101395244-001-001 |
192.432,00 |
Centro De Diagnostico Car Pits S. A. |
2-03101344123-001-001 |
675.519,00 |
Centro Educativo Girasol Sociedad Anónima |
2-03101230658-001-001 |
76.210,00 |
Cerdas Prado Karla |
0-00110900100-001-001 |
1.509.252,00 |
Chacón Bolaños Randall |
0-00106520117-001-001 |
311.788,00 |
Chacón Villalobos Marvin Octavio |
0-00106180585-001-001 |
626.729,00 |
Chaverri Chaverri Alfredo |
0-00400510826-001-001 |
143.448,00 |
Chaves Campos Hannia |
0-00202911069-001-001 |
115.119,00 |
Chaves Hernández Claudio |
0-00601580716-001-001 |
83.602,00 |
Chaves Hernández Claudio |
0-00601580716-999-001 |
478.758,00 |
Chaves Matarrita Luis Diego |
0-00109650305-001-001 |
84.696,00 |
Cía. Constructora C C M Internacional S. A. |
2-03101179282-001-001 |
143.315,00 |
Clarks Internacional Sociedad Anónima |
2-03101378261-001-001 |
105.995,00 |
Collection Of
Debts S. A. |
2-03101351578-001-001 |
548.748,00 |
Colocaciones Heredianas R Y S SA |
2-03101358798-001-001 |
141.883,00 |
Comando de Seg Privada Paniagua y Jiménez S. A. |
2-03101275769-001-001 |
97.684,00 |
Comidas Esplendidas S. A. |
2-03101311415-001-001 |
169.382,00 |
Comp Manufacturera Nacional de Barva S. A. |
2-03101091352-001-001 |
327.775,00 |
Compañía Amón del Norte Sociedad Anónima |
2-03101225908-001-001 |
113.402,00 |
Compañía Berok Internacional S. A. |
2-03101106552-002-001 |
20.825,00 |
Compañía Cafetalera El Imperio S. A. |
2-03101073983-001-001 |
847.607,00 |
Constructora Aldea Sociedad Anónima |
2-03101183988-001-001 |
233.244,00 |
Constructora Edimn Sociedad Anónima |
2-03101255406-001-001 |
289.334,00 |
Constructora Rojas Espinoza S. A. |
2-03101248034-001-001 |
1.144.798,00 |
Construviquez S. A. |
2-03101322480-001-001 |
27.023,00 |
Consultores En Serv. Turist. Y Ambient. S. A. |
2-03101306228-001-001 |
126.643,00 |
Corp. Agroindustrial Flor del Poás S. A. |
2-03101355123-001-001 |
1.178.697,00 |
Corp. de Invest. Capacit. Ases. y For. Adminst. S. A. |
2-03101184331-001-001 |
4.314,00 |
Corp. Servimaquinas Max S. A. |
2-03101274051-001-001 |
179.149,00 |
Corporación Cafetalera La Meseta S. A. |
2-03101083091-001-001 |
1.190.684,00 |
Corporación Dos Mil Quince S. A. |
2-03101147637-001-001 |
254.330,00 |
Corporación Servimaquinas M.A.X. S. A. |
2-03101274051-001-001 |
179.149,00 |
Coto Trejos Alexis |
0-00301470711-001-001 |
764.719,00 |
D L M Servicios de Importación Sociedad Anónima |
2-03101171863-001-001 |
2.480.330,00 |
Delgado Chaves Jorge Enrique |
0-00103740390-001-001 |
78.056,00 |
Delmi Meléndez Caldero |
7-00025419592-001-001 |
289.036,00 |
Dep. de Mad. y Mat de Const. San Pablo de Heredia S. A. |
2-03101189473-001-001 |
321.149,00 |
Diseños J Fayfer S. A. |
2-03101415226-001-001 |
427.636,00 |
Diseños y Creaciones Exclis. Marisole S. A. |
2-03101079748-001-001 |
376.251,00 |
Distrib. de Mariscos Los Palmareños S. A. |
2-03101177890-001-001 |
779.464,00 |
Distribuidora A R E P A S A de Costa Rica S. A. |
2-03101346638-001-001 |
4.273.006,00 |
Distribuidora de Flores Tropi Tica S. A. |
2-03101179499-001-001 |
92.375,00 |
Distribuidora Esdata Sociedad Anónima |
2-03101130098-002-001 |
154.406,00 |
Distribuidora Galeón de Centroamérica S. A. |
2-03101096778-001-001 |
305.243,00 |
Distribuidora Ramírez Hermanos Dirahesa S. A. |
2-03101383908-001-001 |
57.252,00 |
Duncan Arias Díaz Realtors S. A. |
2-03101462352-001-001 |
2.887.774,00 |
E M K Solutions S.
A. |
2-03101291195-001-001 |
303.648,00 |
Ego Systems Sociedad Anónima |
2-03101298545-001-001 |
128.257,00 |
Empaques Roma Sociedad Anónima |
2-03101239846-001-001 |
807.195,00 |
Empresa Multiservicios Señor De Luren S. A. |
2-03101261441-001-001 |
552.800,00 |
Empresas Americanas Azul Marino S. A. |
2-03101193045-001-001 |
18.809.027,00 |
Empresas de Seguridad Profesional Esepro S. A. |
2-03101275573-001-001 |
336.301,00 |
Equipos de Oficina Zúñiga S. A. |
2-03101114174-001-001 |
104.603,00 |
Equipos E Implem. de Oficina Omnipro S. A. |
2-03101260562-001-001 |
73.397,00 |
Erminy Sánchez Jesús Salvador |
9-00209035001-001-000 |
397.677,00 |
Escam Automotores Sociedad Anónima |
2-03101160705-001-001 |
859.203,00 |
Espinoza Martínez Oscar Enrique |
0-00601810326-001-001 |
437.449,00 |
Espinoza Rodríguez Ivannia |
0-00401540525-001-001 |
77.714,00 |
Exportadora Equidna SA |
2-03101340512-001-001 |
873.028,00 |
F.Z.C. Sonrisas
Play And Partys S. A. |
2-03101479966-001-001 |
704.628,00 |
Facar Enderezado y Pintura S. A. |
2-03101152479-001-001 |
689.693,00 |
Fallas Carvajal Giovanni |
0-00106570011-001-001 |
106.283,00 |
Fernández Segura Graciela Maria |
0-00204090920-001-001 |
148.792,00 |
Fierro Fernández Roberto |
0-00800500625-001-001 |
105.769,00 |
Filipuzzi y Asociados Sociedad Anónima |
2-03101342328-001-001 |
185.248,00 |
Fonseca Fuentes Víctor Hugo |
0-00106110560-003-001 |
1.173.145,00 |
Gamboa Arguedas Rafael Alberto |
0-00900370702-002-001 |
156.336,00 |
Godinez Barrantes José Ángel |
0-00104950671-002-001 |
70.200,00 |
Gómez Sáenz Henry Alexis |
0-00401510966-001-001 |
231.426,00 |
González Sánchez Luis Mario |
0-00106830597-002-001 |
347.362,00 |
González Villalobos Lilliana |
0-00104141024-001-001 |
697.931,00 |
Grupo Interdisc. de Asesorías de Desarrollo Lab. S. A. |
2-03101196640-001-001 |
114.310,00 |
Grupo Latinoamericano de Asesoría Puver S. A. |
2-03101238968-001-001 |
1.583.648,00 |
Grupo Leyco S. A. L |
2-03101181453-001-001 |
200.382,00 |
Guacalillo S. A. |
2-03101022192-001-001 |
84.715,00 |
Guillen Badilla Randall |
0-00109700727-001-001 |
136.029,00 |
H Y H Superficies Modernas Sociedad Anónima |
2-03101372200-001-001 |
48.056,00 |
Happy Gardens Sociedad Anónima |
2-03101352723-001-001 |
38.793,00 |
Hernández León José Luis |
0-00401020322-001-001 |
1.828.839,00 |
Hernández Mora Alberto |
0-00202080442-001-001 |
84.055,00 |
Hernández Sánchez Rafael |
0-00401270092-001-001 |
91.426,00 |
Herrera Zeledón Juan A |
0-00103900183-001-001 |
93.826,00 |
Hidalgo González Roberto |
0-00203680403-001-001 |
85.937,00 |
Ho Reluz Gladys Argelia |
0-00800470391-001-001 |
172.865,00 |
Ingeniería Construcción y Arquitectura P M S. A. |
2-03101206282-001-001 |
1.090.326,00 |
Internacional Distribution Ima S. A. |
2-03101362335-001-001 |
6.661.304,00 |
Inv. Emp. Y Serv. Inter. de Desarrollo Ilimitado Sedi S. A. |
2-03101452451-001-001 |
2.684.802,00 |
Inversiones B E A N E R S S. A. |
2-03101140633-002-001 |
705.498,00 |
Inversiones Betty
Boop S. A. |
2-03101224414-001-001 |
635.724,00 |
Inversiones Decomundo S. A. |
2-03101154255-001-001 |
120.816,00 |
Inversiones Industriales S Y R S. A. |
2-03101466715-001-001 |
460.901,00 |
Inversiones Lamare L M S. A. |
2-03101161473-001-001 |
156.999,00 |
Irochahemu S. A. |
2-03101424367-001-001 |
43.981,00 |
J M Electromotriz S. A. |
2-03101165877-001-002 |
1.285.539,00 |
Jaco Jx Noventa y Dos Sociedad Anónima |
2-03101180724-001-001 |
2.343.364,00 |
Jay Pan Jnny Lu |
7-00028174736-001-001 |
391.597,00 |
Kadin Ccopa Vargas |
7-00027424726-002-002 |
940.087,00 |
Khazad Dum Sociedad Anónima |
2-03101363546-001-001 |
267.819,00 |
Kim Parrk Sae Yong |
0-00800560862-002-001 |
748.249,00 |
Kim San Tae |
7-00016124021-001-001 |
91.422,00 |
La Flor del Maíz Sociedad Anónima |
2-03101115857-001-001 |
1.987.448,00 |
La Gran Fiesta Norteña y Tejana S. A. |
2-03101224255-001-001 |
218.916,00 |
La Ruta Orisol Sociedad Anónima |
2-03101210967-001-001 |
367.988,00 |
León González Elvia |
0-00401190981-001-001 |
24.842,00 |
Li Noindicaotro Yingwen |
7-00017673405-001-001 |
40.627,00 |
Lizano Vargas Tatiana |
0-00204970017-001-001 |
73.969,00 |
López Paniagua Víctor Hugo |
0-00108380184-001-001 |
536.952,00 |
Madrigal Chaves Vannesa |
0-00303120825-001-001 |
55.646,00 |
Maloso Sociedad Anónima |
2-03101128924-001-001 |
151.020,00 |
Marcos Técnicos Feufer Leit S. A. |
2-03101415773-001-001 |
450.803,00 |
Martínez Brenes Antonio |
7-00016863390-001-001 |
179.690,00 |
Mata Garita Donald |
0-00204930864-001-001 |
99.970,00 |
Materiales de Zapatería el Mejor Precio |
2-03101090609-001-001 |
75.060,00 |
Meiner Uta Irmentraud |
7-00024212962-001-001 |
158.908,00 |
Mercado de Telas y Retazos Sociedad Anónima |
2-03101291871-001-001 |
294.933,00 |
Monge Sánchez Marco Antonio |
0-00105930597-001-001 |
33.468,00 |
Monsan Herediana Sociedad Anónima |
2-03101199133-001-001 |
231.192,00 |
Montero Salas Ana Lucrecia |
0-00401410646-001-001 |
924.731,00 |
Moon Glow Sociedad Anónima |
2-03101435975-001-001 |
147.048,00 |
Mora Jiménez Juan José |
0-00108530106-001-001 |
46.957,00 |
Morejon Noindicaotro Genevieve |
7-00027716631-001-001 |
500.705,00 |
Motife de Heredia S. A. |
2-03101344756-001-001 |
421.279,00 |
Moto Repuestos Hersa S. A. |
2-03101449762-001-001 |
169.212,00 |
Muebles Barveños Sociedad Anónima |
2-03101192210-001-001 |
230.957,00 |
Mundo Auto Sociedad Anónima |
2-03101373318-001-001 |
630.656,00 |
Museum Servicio de Restauración S. A. |
2-03101120337-001-001 |
87.461,00 |
Navarrete Arguello Julio |
7-00017256991-001-001 |
262.955,00 |
Núñez Quesada Alonso Endree |
0-00401600063-999-001 |
88.358,00 |
Omstar Internacional de Costa Rica S. A. |
2-03101461415-001-001 |
54.867,00 |
Onceavo Cafeto Vistar S. A. |
2-03101291329-001-001 |
580.176,00 |
Ortega Guardado José León |
7-00013307679-001-001 |
93.206,00 |
Palacios Córdoba Luz Edilce |
7-00026924040-001-001 |
100.861,00 |
Pegasus Holdings S. A. |
2-03101292157-001-001 |
838.134,00 |
Photocircuits Corporación S. A. |
2-03101211703-001-001 |
40.894,00 |
Pinto Mitrovich Milena |
0-00102730974-001-001 |
119.048,00 |
Pintores Juvisa Sociedad Anónima |
2-03101134552-001-001 |
138.441,00 |
Promotora Herediana de Desarrollo S. A. |
2-03101060967-001-001 |
128.308,00 |
Propiedades Aldebarán Brillante Sociedad Anónima |
2-03101444308-001-001 |
111.339,00 |
Protectora Comercial Proco De C R S A |
2-03101442103-001-001 |
177.893,00 |
Quesada Arce Carlos Efrén |
0-00401330522-001-001 |
25.021,00 |
Quirós Chanto Anco Marcio |
0-00106540330-002-001 |
77.655,00 |
Quirós Robinsón Adriana Aurora |
0-00111230695-001-001 |
67.370,00 |
R B Arquitectos Ingenieros S. A. |
2-03101264882-001-001 |
530.469,00 |
Ralex Cool Carrier S. A. |
2-03101390981-001-001 |
540.510,00 |
Ramírez Arias Aleyda |
0-00502670447-001-001 |
506.978,00 |
Ramírez Carballo Luis |
0-00102790094-001-001 |
99.764,00 |
Ramírez Villalobos Fernando |
0-00400720393-001-001 |
623.502,00 |
Ramírez Villalobos Johnny Enrique |
0-00107900697-001-001 |
305.935,00 |
Ramos Montoya Yarmila |
0-00107210685-001-001 |
51.500,00 |
Representaciones Madda Dhh S. A. |
2-03101356668-001-001 |
932.863,00 |
Repuestos Abco Centroamericano S. A. |
2-03101317740-001-001 |
2.744.296,00 |
Restaurante La Chimenea de Leña S. A. |
2-03101188389-001-001 |
127.537,00 |
Reyes Chavarría Octavio |
0-00103990173-001-001 |
1.550.179,00 |
Rodríguez Álvarez Iván |
0-00601900423-001-001 |
327.757,00 |
Rodríguez Mora Eduardo |
0-00401290008-001-001 |
145.583,00 |
Rodríguez Ordóñez Maria |
0-00502890377-001-001 |
103.427,00 |
Rodríguez Sancho Marcelo Augusto |
0-00109180013-001-001 |
33.298,00 |
Rojas Villalobos Alberto |
0-00401460469-002-001 |
526.083,00 |
Rosabal Echeverría Maria Eugenia |
0-00400920227-001-001 |
131.344,00 |
Sacs Security S. A. |
2-03101336821-001-001 |
5.767.051,00 |
Salas Arguedas Carlos |
0-00401590101-001-001 |
237.784,00 |
Sanabria Calderón Jorge Arturo |
0-00302600327-001-001 |
497.385,00 |
Sanabria Restrepo Carlos |
7-00017566687-999-001 |
160.442,00 |
Sánchez Gómez Ana Cecilia |
0-00401160761-001-001 |
100.238,00 |
Schyfter Sikora Jacobo |
0-00104120539-001-001 |
80.243,00 |
Secal Realt Sociedad Anónima |
2-03101409033-001-001 |
634.996,00 |
Seguridad Méndez Araya S. A. |
2-03101193802-001-001 |
14.036,00 |
Seguridad Residencial Leus y Asociados S. A. |
2-03101387974-001-001 |
80.207,00 |
Seguridad y Vigilancia Seviraca S. A. |
2-03101257033-001-001 |
846.545,00 |
Seok Bonez Kaney |
7-00015622483-001-001 |
205.139,00 |
Sepúlveda Caballero Alberto |
7-00016624159-001-001 |
85.918,00 |
Servicios Contables Valverde |
2-03101306147-001-001 |
1.022.866,00 |
Servicios De Seguridad Personal Majoe Ssm Srl |
2-03102249780-001-001 |
2.973.288,00 |
Servicios Institucionales De Centroamérica S. A. |
2-03101216870-001-001 |
2.036.814,00 |
Sibaja Zeledón Maria Valezza |
0-00109560342-001-001 |
102.905,00 |
Sistemas y Serv. Eléctricos Industriales Zúñiga S. A. |
2-03101298349-001-001 |
1.506.913,00 |
Solano Chinchilla Hugo |
0-00900380167-001-001 |
41.589,00 |
Solís De León Sociedad Anónima |
2-03101174113-001-001 |
1.180.241,00 |
Soto López Alfredo |
0-00201710211-001-001 |
132.849,00 |
Strong Tower
Security S. A. |
2-03101441208-001-001 |
717.584,00 |
Taller Carvajal Enderezado y Pintura S. A. |
2-03101225929-001-001 |
115.158,00 |
Telsis D T
Com S. A. |
2-03101417371-001-001 |
434.397,00 |
Tico Plas Internacional S. A. |
2-03101256180-001-001 |
717.584,00 |
Toledo Rojas Iris |
0-00103380580-002-001 |
124.592,00 |
Tomas Schiele Michael |
7-00015319233-001-001 |
149.251,00 |
Tomatito Dos Mil Cien S A |
2-03101118964-002-001 |
112.238,00 |
Torres Alvarado Máximo Alfonso |
0-00109860703-001-001 |
81.663,00 |
Transmisiones Luna S. A. |
2-03101377255-001-001 |
170.188,00 |
Ulate Avendaño José Manuel |
0-00900490376-001-001 |
434.222,00 |
Valle Jiménez Carolina |
0-00109580197-001-001 |
127.863,00 |
Varela & Tenorio Sociedad Anónima |
2-03101374106-001-001 |
158.942,00 |
Varela Garita Floreberta |
0-00401030832-001-001 |
80.673,00 |
Vargas Centeno Víctor Julio |
0-00601880222-002-001 |
57.228,00 |
Vargas Flores Tatiana |
0-00700940241-001-001 |
94.291,00 |
Vásquez Pereañez Faustino |
7-00015118489-001-001 |
154.091,00 |
Vela Acuña Ricardo |
0-00110630572-001-001 |
600.484,00 |
Vigilantes Activos Serenos S. A. |
2-03101112440-001-001 |
562.973,00 |
Villalobos Carvajal Fabián |
0-00111780105-001-001 |
178.607,00 |
Víquez Chaves Kattia Eugenia |
0-00401490455-001-001 |
50.190,00 |
Zamora Montero Leidiana |
0-00110670417-001-001 |
102.990,00 |
Zúñiga Herrera Ricardo |
0-00401190632-001-001 |
340.373,00 |
Lic. Ana Guadalupe Vargas Martínez.—(73053).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Resolución RRG-8625-2008.—San José, a las
11:10 horas del 14 de julio del 2008. Expediente OT-240-2008.
Considerando:
1º—Que mediante boleta número 2008-003834, el día 20 de junio del
2008, se retuvo como medida cautelar el vehículo placa 563567 por supuesta
violación de lo establecido en el artículo 38. d) de la ley 7593, Ley de la
Autoridad Reguladora de Servicios Públicos.
2º—Que según la boleta supra indicada, Silva Saballos Luis Guillermo,
con documento de identificación número 2-171-988, podría haber realizado la
acción típica sancionable de prestación de un servicio público sin la correspondiente
autorización.
3º—Que consultada la página electrónica del Registro Público de la
Propiedad, el vehículo placa 563567, es propiedad de Sánchez López Carlos
Javier, con documento de identificación número 1-1060-255.
4º—Que la Ley 7593 en sus artículos 38 y 41, faculta a la Autoridad
Reguladora a tramitar procedimientos ordinarios sancionatorios contra los
prestadores de servicios públicos que incurra en las circunstancias ahí
descritas, aplicando el procedimiento ordinario establecido en los artículos
214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.
5º—Que en virtud de la jurisprudencia de la Procuraduría General de la
República y el artículo 57. b) y e) de la Ley 7593, el Regulador General
ostenta la condición de órgano decisor en dichos procedimientos ordinarios.
6º—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano
director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en la Ley
General de la Administración Pública, según criterio de la Procuraduría General
de la República emanado en opinión jurídica número OJ-047-2000.
7º—Que conforme la resolución RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas
del 6 de julio del 2007, se delegó en el Director de la Asesoría Jurídica la
firma de las resoluciones de nombramiento de órgano director del procedimiento
administrativo que el Regulador General realice y cuyo fin sea sancionar
conforme los artículos 38, 41 y 44 de la Ley 7593. Por tanto,
Con fundamento en las competencias otorgadas al órgano decisor del
procedimiento en la Ley General de la Administración Pública.
EL REGULADOR GENERAL DE LA
AUTORIDAD
REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
RESUELVE:
1º—Dar inicio al procedimiento administrativo contra Silva Saballos
Luis Guillermo, con documento de identificación 2-171-988 en su calidad de
conductor y contra Sánchez López Carlos Javier, con documento de identificación
número 1-1060-255, en calidad propietario registral del vehículo involucrado,
que se tramitará bajo el número OT-240-2008, nombrando como órgano director del
procedimiento a Eric Chaves Gómez, cédula 1-905-018 y Shirley Alfaro Alfaro,
cédula 4-148-789, funcionarios de la Autoridad Reguladora de los Servicios
Públicos, quienes actuarán en forma conjunta o separada, a fin de que realicen
todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos
denunciados según la boleta antes citada, otorguen y vigilen el respeto al
debido proceso y concedan, el derecho de defensa al administrado, para lo cual
tendrán todas las competencias otorgadas en la Ley General de la Administración
Pública como órgano director del procedimiento.
2º—Notifíquese a Silva Saballos Luis Guillermo, con documento de
identificación número 2-171-988, como conductor del vehículo citado, sea
personalmente, o por medio señalado posterior a esta resolución o por medio de
tres publicaciones en el diario1 oficial La Gaceta.
3º—Notifíquese a Sánchez López Carlos Javier, con documento de
identificación número 1-1060-255, como dueño registral del vehículo mencionado,
sea personalmente, por medio señalado posterior a esta resolución o bien por
tres publicaciones en el diario oficial La Gaceta.
4º—Se le previene a las personas investigadas, que deben informar
cualquier cambio en su lugar o medio para recibir notificaciones, de lo
contrario, se les continuará notificando en el lugar que conste en el
expediente, y de no constar ninguno posterior a esta resolución, quedará
notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran
veinticuatro horas después de dictadas, sin resolución que así lo ordene. Se
producirá igual consecuencia si el medio escogido imposibilitare la
notificación por causas ajenas a la Autoridad Reguladora, o bien, si el lugar
señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto inexistente o bien
estuviese a un distancia superior de un kilómetro a la redonda de la Autoridad
Reguladora.
Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta,
Regulador General.—(Solicitud Nº 13388).—C-124760.—(72143).
COLEGIO
FEDERADO DE INGENIEROS
Y
DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
11
de enero de 2008
Nº 0132-2008-DRD
Señor
T.A. Oscar
Miranda Fonseca
Estimado
señor Miranda:
Por las características del caso, el Departamento de Régimen
Disciplinario ha decidido realizar una investigación, por lo que se le informa
que bajo expediente Nº 260-07, el Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos tramita denuncia contra usted, presentada por el Sr. Michael
Francis NcNulty, Presidente de Hammerblows S. A.
En virtud de lo anterior, se le concede 15 días hábiles contados a
partir de la fecha de recibida esta nota, para que se refiera a la denuncia y
el contenido del expediente.
Posteriormente, este expediente será trasladado a la Comisión
Instructora, según lo establecido en el Reglamento Especial para Regular la
Etapa de Instrucción o Investigación Previa por Presunta Violación de la Ética
Profesional, para que emita su criterio en cuanto a si su actuación se ha
ajustado a lo dispuesto en el Código de Ética Profesional de este Colegio
Federado.
La presente investigación previa se tramita de conformidad con el
Reglamento Especial para Regular la Etapa de Instrucción o Investigación Previa
por Presunta Violación a la Ética Profesional, publicado en el Diario Oficial La
Gaceta Nº 197 del viernes 13 de octubre de 2006.
Se le agradece indicar una dirección en el Área Metropolitana donde
remitirle las notificaciones al respecto, o señalar un fax para esos efectos.
En caso de señalarse una dirección electrónica para recibir
notificaciones, la misma deberá permanecer habilitada para esos efectos, ya que
en caso contrario se tendrá por notificado con solo el transcurso de 24 horas
después de emitido el oficio.
No omito manifestarle que en el expediente Nº 260-07 consta
documentación que puede ser consultada en nuestras oficinas por su persona o
representante autorizado.
11 de enero del 2008.—Departamento de Régimen
Disciplinario.—Ing. Gisella Araya Leitón, Jefa—(O. C. Nº
6436).—C-52680.—(72138).
CONCEJO MUNICIPAL DE CÓBANO
ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
Por un error involuntario se
publicó en La Gaceta número 141 de fecha viernes 21 de julio del 2006,
que el área que se le dará a la parcela que solicita en concesión la sociedad
Dark Midgard S.R.L., sita en playa Peñón de Ario es de 839,84m2, siendo
el área correcta 804,29m2.
Cóbano, 31 de julio del 2008.—Alcides Fernández Elizondo, Coordinador a. í, Departamento
de Zona Marítimo Terrestre.—1 vez.—(73523).
Por un error involuntario se publicó en La
Gaceta número 132 de fecha martes 9 de julio del 2008, fe de erratas, que
indica que terreno solicitado por un área total de 3.015,88m2. Se
indicó de forma errónea, que la solicitud pertenecía a la sociedad Inversiones
Pachamama de Mal País S. A., sita en Playa Santa Teresa, siendo el nombre
correcto del solicitante la sociedad M-Masai Sociedad
Anónima, con cédula jurídica número 3-101-057494.
Cóbano, 31 de julio del 2008.—Alcides Fernández Elizondo, Coordinador a. í, Departamento
de Zona Marítimo Terrestre.—1 vez.—(73524).