LA GACETA Nº 188 DEL 30 DE SETIEMBRE DEL 2008
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
INSTITUTO COSTARRICENSE DE FERROCARRILES
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE FERROCARRILES
INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS
PARA QUE DONE UN INMUEBLE DE SU PROPIEDAD
A LA CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
ARTÍCULO 1.-
Aféctase al dominio público el terreno perteneciente a la Municipalidad de San Carlos e inscrito en el Registro Público de la Propiedad, partido de Alajuela, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número cuatrocientos diecinueve mil veinte-cero cero cero (N.° 419.020-000); su naturaleza es terreno para construir un Equipo Básico de Atención Integral de Salud (Ebais); está situado en el distrito 1º, Quesada; cantón X, San Carlos; provincia de Alajuela; mide mil metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados, según el plano catastrado número A- uno cero tres uno cinco siete seis-dos cero cero cinco (A-1031576-2005); sus linderos son: al norte, la Municipalidad de San Carlos; al sur, Ramón Hernán Corrales, Chaves; al este, calle pública, con un frente a ella de veinticinco punto cincuenta metros, y al oeste, Amadeo Gerardo Acosta Montero, y valor fiscal no valuado; todo según lo indica el Registro Público de la Propiedad.
ARTÍCULO 2.-
Autorízase a la Municipalidad de San Carlos para que done el inmueble descrito en el artículo 1 de la presente Ley, a la Caja Costarricense de Seguro Social, para la construcción de un Ebais, en la comunidad de San Martín.
ARTÍCULO 3.-
Autorízase a la Notaría del Estado para que confeccione la escritura correspondiente en virtud de la aprobación de esta Ley. Asimismo, se autoriza a la Notaría del Estado para que corrija los defectos que señale el Registro Nacional.
Rige a partir de su publicación.
Asamblea Legislativa.—Aprobado a los veinticinco días del mes de agosto del dos mil ocho.
Comunícase al Poder Ejecutivo
Francisco Antonio Pacheco Fernández
PRESIDENTE
Hilda González Ramírez Guyon Massey Mora
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diez días del mes de setiembre del dos mil ocho.
Ejecútese y publíquese
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Gobernación y Policía, Janina Del Vecchio Ugalde.—1 vez.—(Solicitud Nº 47310-Gobernación).—C-25100.—(L8662-90741).
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD
En uso de las facultades conferidas en los artículos 140 incisos 3), 8), 18) y 20) y 146 de la Constitución Política, del 7 de noviembre de 1949; artículos 4, 11, 25, 27, 28 inciso 2. b), 98, 99, 100, 112 inciso 3), 113 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 02 de mayo de 1978 y la Ley de Creación de la Comisión Nacional de Nomenclatura, Nº 3535 del 3 de agosto de 1965.
Considerando:
1º—Que por Ley Nº 3535 del 3 de agosto de 1965 se creó la Comisión Nacional de Nomenclatura, la que de conformidad con su artículo 1, es la encargada de velar porque los edificios y parajes públicos tengan nombres que constituyan homenaje a personas o sucesos de trascendencia histórica, social o cultural, y de preservar los nombres tradicionales y autóctonos de la geografía costarricense.
2º—Que el artículo 1 antes citado, hace referencia al ámbito de aplicación de dicha ley, la que conforme al espíritu del legislador es que los edificios y parajes públicos tengan un nombre.
3º—Que el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, define como paraje público: “aquel lugar o sitio público”, de manera que tomando en consideración dicho concepto, es que debe aplicarse lo preceptuado por el numeral 1 de la citada Ley.
4º—Que es deber del Poder Ejecutivo, de conformidad con el único transitorio de la Ley Nº 3535 del 3 de agosto de 1965, reglamentarla, para lo que deberá circunscribir la redacción del mismo, al espíritu de la Ley de Creación de la Comisión Nacional de Nomenclatura.
5º—Que por Decreto Ejecutivo Nº 21608-C del 18 de setiembre de 1992, se promulgó el Reglamento a la Ley de Creación de la Comisión Nacional de Nomenclatura, el que en su artículo 14 señala que: “Los interesados en bautizar con determinado nombre una institución, edificio, calle, carretera, paraje, grupos habitacionales, obras públicas y accidentes geográficos lo comunicarán así a la Comisión, observando las disposiciones de este Reglamento (…)”
6º—Que a todas luces el artículo 14 del Decreto Ejecutivo Nº 21608-C del 18 de setiembre de 1992, se excedió al reglamentar los alcances del artículo 1 de la Ley Nº 3535 del 3 de agosto de 1965, regulando la figura de: “grupo habitacional” que es claro, no se enmarca en el concepto de “Edificio o paraje público” al que se refiere el artículo 1 de la precitada Ley, siendo más bien una figura de carácter privado.
7º—Que un Reglamento no puede suplir la ley produciendo un efecto no querido por el legislador, o regular un determinado contenido no contemplado en la norma que se reglamenta. En este sentido la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ha indicado que: “...La potestad reglamentaria es la atribución constitucional otorgada a la Administración, que constituye el poder de contribuir a la formación del ordenamiento jurídico, mediante la creación de normas escritas (artículo 140 incisos 3 y 18 de la Constitución Política). La particularidad del reglamento es precisamente el ser una norma secundaria y complementaria, a la vez, de la ley cuya esencia es su carácter soberano (sólo limitada por la propia Constitución), en la creación del Derecho. Como bien lo resalta la más calificada doctrina del Derecho Administrativo, la sumisión del reglamento a la ley es absoluta, en varios sentidos: no se produce más que en los ámbitos que la ley le deja, no puede intentar dejar sin efecto los preceptos legales o contradecirlos, no puede suplir a la ley produciendo un determinado efecto no querido por el legislador o regular un cierto contenido no contemplado en la norma que se reglamenta. El ordenamiento jurídico administrativo tiene un orden jerárquico, al que deben sujetarse todos los órganos del Estado en función del llamado principio de legalidad o lo que es lo mismo, que a ninguno de ellos le está permitido alterar arbitrariamente esa escala jerárquica, que en nuestro caso, ha sido recogida por el artículo 6 de la Ley General de la Administración Pública” (sentencia número 0243-93, de las quince horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de enero de mil novecientos noventa y tres; en igual sentido la sentencia número 1999-09236 de las 20:11 horas del 23 de noviembre de 1999).”
8º—Que a fin de corregir posibles aspectos de inconstitucionalidad derivados de un exceso, en la reglamentación de la Ley Nº 3535 del 3 de agosto de 1965, que creó la Comisión Nacional de Nomenclatura, se hace necesario modificar el nombre del Capítulo III denominado “Del bautizo de Instituciones, Red Vial, Edificios, Grupos Habitacionales, Parajes, Obras Públicas y Accidentes Geográficos”, así como el párrafo primero del artículo 14 del Decreto Ejecutivo Nº 21608-C del 18 de setiembre de 1992, Reglamento a la Ley de Creación de la Comisión Nacional de Nomenclatura. Por tanto,
Decretan:
Modificaciones al Reglamento de la Ley de Creación
de la Comisión Nacional de Nomenclatura, Decreto
Ejecutivo Nº 21608-C del 18 de Setiembre de 1992
Artículo 1º—Modifíquese el título del Capítulo III del Decreto Ejecutivo Nº 21608-C del 18 de setiembre de 1992, para que en adelante se lea de la siguiente manera:
“Del bautizo de Instituciones, Red Vial, Edificios, Parajes, Obras Públicas y Accidentes Geográficos”
Artículo 2º—Modifíquese el párrafo primero del artículo 14 del Decreto Ejecutivo Nº 21608-C del 18 de setiembre de 1992, Reglamento a la Ley de Creación de la Comisión Nacional de Nomenclatura, para que en adelante se lea de la siguiente manera:
“Artículo 14.—Los interesados en bautizar con determinado nombre una Institución, Edificio, Red Vial, Parajes, y Obras todas ellas Públicas, así como Accidentes Geográficos, lo comunicarán a la Comisión, observando las disposiciones de este Reglamento”.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Dado en la Presidencia de la República, a los trece días del mes de agosto del dos mil ocho.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Cultura y Juventud, María Elena Carballo Castegnaro.—1 vez.—(Solicitud Nº 41829).—C-58100.—(D34762-90742).
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DEL AMBIENTE Y ENERGÍA
En ejercicio de las facultades que les confiere los artículos 50, 140, incisos 3) y 18) y el artículo 146 de la Constitución Política, la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático ratificado mediante ley número 7414 del 13 de junio de 1994, el Protocolo de Kyoto ratificado mediante ley 8219 del 8 de marzo del 2002, el Convenio sobre la Diversidad Biológica ratificado mediante ley 7416, del 30 de junio de 1994, la Ley de Biodiversidad número 7788 del 30 de abril de 1998 y los artículos 3, 46 y 47 de la Ley Forestal, Ley número 7575, del 13 de febrero de 1996.
Considerando:
1º—Que Costa Rica es un país que ha sido líder mundial en la protección de los recursos naturales y el desarrollo sostenible, esta situación ha generado no sólo el impulso a nivel nacional e internacional de la suscripción de importantes instrumentos legales, sino que ha propuesto, innovado y ejecutado importantes iniciativas tendientes a la incorporación de instrumentos financieros y de mercado que logren financiar a largo plazo éstos procesos con ayuda de todas las naciones y empresas a nivel mundial.
Lo anterior reviste especial importancia, porque se generan beneficios no sólo para Costa Rica, sino para todas las naciones; y se obtiene con ello, una participación activa de los países, en aras de revertir la contaminación y destrucción del medio ambiente.
2º—Que desde la suscripción de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, así como, desde la entrada en vigencia del protocolo de Kyoto, se han desarrollado mecanismos formales y voluntarios que pretenden canalizar los intereses de compra y venta de reducción de emisiones por mitigación de gases de efecto invernadero en todas sus modalidades.
3º—Que Costa Rica, a través del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal en el año de 1996, visualizó la importancia de continuar con variados esquemas de conservación de los bosques y las plantaciones forestales. En virtud de ello se ha logrado proteger en un plazo de diez años, cerca de quinientas cincuenta mil hectáreas y se han reforestado cuarenta mil hectáreas. Logrando no sólo detener los procesos de deforestación, sino revertir estas tasas.
4º—Que en virtud de estas políticas, el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, ha logrado acumular gran cantidad de créditos por concepto de captura de gases de efecto invernadero, así como de protección de la biodiversidad y del recurso hídrico, que podría ser sistematizado y comercializado, tanto a nivel nacional como internacional, permitiendo con ello continuar los procesos locales de conservación y consolidando los mecanismos financieros internacionales.
5º—En virtud de ello, se propone el fortalecimiento del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, para que intervenga en estas actividades de conservación, entre ellas naturalmente en la comercialización de certificados y otros instrumentos financieros a fin de que logre beneficiarse y posicionarse a nivel internacional, como líder de todos estos mecanismos, con el consecuente beneficio para el país.
6º—Que adicionalmente en virtud de los oficios: FOE-AM-787, FOE-AM 782, FOE-AM 784 y FOE-AM 789, del 10 de diciembre del 2004; FOE-AM 771, FOE-AM 772, FOE-AM 773, FOE-AM 774 y el FOE-AM 783 del 15 de diciembre del 2005; FOE PGA-235, del 22 de diciembre del 2006; FOE-PGA-223, del 20 de diciembre del 2006,; FOE-PGA 227 del 22 de noviembre del 2006; FOE-PGA 224, del 22 de diciembre del 2006; FOE-PGA 175 del 13 de diciembre del 2006 así como el Oficio 544 CO 175, Resolución Nº R-CO-41-2006 del 28 de abril del 2006, emitidos por la Contraloría General de la República, se ordenó realizar los ajustes necesarios para que el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal tenga una estructura administrativa propia de un órgano público y que su personal esté regido por el Estatuto de Servicio Civil, en virtud de ello es necesario realizar un ajuste a los costos que este cambio de modelo de administración implica.
7º—Que de acuerdo con lo dispuesto en el considerando anterior, otras instancias administrativas han aclarado y emitido las disposiciones necesarias para el cumplimiento de estas directrices entre ellas: el Pronunciamiento número C-352-2007 de la Procuraduría General de la República, de fecha 2 de octubre del 2007, así como la aprobación de la estructura administrativa del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, según resolución 536-2007 de las trece horas cincuenta minutos del veintitrés de octubre del 2007 y el acuerdo de la Autoridad Presupuestaria número 8247, tomado en la sesión ordinaria 15-2007, celebrada el 17 de diciembre del 2007.
8º—Que los costos operativos del programa de pago por servicios ambientales se fundamentan y se derivan del artículo 64 del Reglamento a la Ley Forestal, Decreto Ejecutivo 25721-MINAE y sus reformas, el cual en la actualidad es de un siete por ciento; no obstante, según estudio elaborado por la Dirección Administrativa del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, el monto deberá ajustarse para el pago de la nueva estructura, considerando los gastos administrativos que ello implica. Por tanto,
Decretan:
Reforma al Reglamento a la Ley Forestal,
Decreto Ejecutivo 25721-MINAE
Artículo 1º—Se derogan los artículos 58, 66, 67, 68 y 69 del Reglamento a la Ley Forestal, Decreto Ejecutivo 25721-MINAE y sus reformas.
Artículo 2º—Modifíquense los artículos 54, 55, 59, 60, 61, 63 y 64 del Reglamento a la Ley Forestal, Decreto Ejecutivo 25721-MINAE para que en adelante se lean así:
Artículo 54.—El Fondo Nacional de Financiamiento Forestal es un órgano de desconcentración máxima dentro de la estructura organizativa de la AFE. Dicho fondo tendrá una Junta Directiva, cuyo presidente tendrá las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma para emitir y comprometer al fondo en todo tipo de negocios jurídicos lícitos necesarios para el cumplimiento de los objetivos establecidos.
La Junta Directiva emitirá los reglamentos de crédito, las condiciones para la regulación de las tasas de interés, los plazos máximos, los requisitos y cualquier otro necesario para cumplir con sus funciones en el fomento de la actividad forestal según lo faculta la ley.
Dentro del seno de la Junta Directiva y por períodos de dos años se nombrarán Presidente, Secretario, Tesorero y dos vocales. La Presidencia por el primer período corresponderá al representante del MINAE. En los períodos sucesivos será determinado por los miembros de la Junta Directiva. Asimismo, cada uno de los miembros de la Junta Directiva podrá tener un suplente que será nombrado por el órgano competente respectivo, estos podrán estar presentes en las reuniones de Junta Directiva y tendrán derecho a voz. Sólo tendrán derecho a voto cuando el titular no esté presente.
Artículo 55.—Serán funciones de la Junta Directiva de FONAFIFO, además de las estipuladas en la Ley, las siguientes:
a) Resolver sobre las solicitudes de crédito que le sean presentadas.
b) Aprobar los Reglamentos de Crédito y de pago de servicios ambientales y sus modificaciones.
c) Supervisar y evaluar las actuaciones del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal.
d) Autorizar la contratación de personal y servicios profesionales para la ejecución y control de las operaciones que realice.
e) Autorizar la emisión y/o comercialización de certificados u otros mecanismos de contratación, de los servicios ambientales establecidos en el inciso k del artículo tres de la Ley Forestal número 7575, brindados por los bosques y plantaciones forestales, de propietarios y poseedores que hayan cedido estos derechos al FONAFIFO.
f) Autorizar la emisión de bonos y otros títulos valores.
Artículo 59.—El FONAFIFO, a través del Fideicomiso 544 Banco Nacional de Costa Rica podrá realizar la inscripción de las afectaciones que por diversos orígenes establece la ley, el pago por este servicio lo asumirá el beneficiario o beneficiaria. No obstante, el FONAFIFO podrá acordar con el notario una tarifa preferente.
Para cumplir con lo dispuesto en la Ley y en este artículo, los notarios responsables de estas afectaciones, protocolizarán parte de los contratos, resoluciones u otros a fin de presentar la correspondiente escritura y lograr la inscripción marginal de la misma, igual procedimiento deberá seguirse en caso de eliminación de la afectación.
Artículo 60.—La Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE) deberá certificar trimestralmente al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal el monto recaudado por concepto del impuesto único a los combustibles. De acuerdo con esta certificación, el MINAE presupuestará ante el Ministerio de Hacienda la estimación de la recaudación del impuesto único de los combustibles para su inclusión en los presupuestos ordinarios y extraordinarios de la República, según corresponda.
Artículo 61.—De conformidad con lo establecido en los artículos 46, 47 y 69 de la Ley Forestal, corresponderá al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, la ejecución del programa de compensación de los servicios ambientales establecidos en el inciso k del artículo tres de la citada ley, en especial el de mitigación de emisiones de gases con efecto invernadero y la protección y desarrollo de la biodiversidad.
Artículo 63.—De conformidad con lo establecido en el párrafo primero del artículo 46 y el inciso d) del artículo 47 de la Ley Forestal 7575, corresponderá al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal la gestión, comercialización y captación de recursos financieros para el pago de servicios ambientales, tanto a nivel nacional e internacional por parte de entidades privadas o públicas de carácter nacional o internacional.
Para el cumplimiento de esta función el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, tendrá las siguientes facultades:
A- Para la venta de proyectos ya ejecutados o en ejecución: FONAFIFO podrá comercializar los derechos derivados de la cesión de los servicios ambientales ya ejecutados o en ejecución, asociados o individualmente, para ello deberá aplicar el procedimiento que al efecto establezca la Junta Directiva del Fondo, pero el precio de venta no podrá ser inferior al precio pagado por el FONAFIFO para generar el servicio ambiental correspondiente.
B- Para la venta de proyectos futuros: FONAFIFO podrá brindar servicios, comercializar y suscribir contratos o convenios de compra venta de servicios ambientales de cualquier tipo que a su juicio permitan financiar la conservación del bosque y los procesos de forestación, estas negociaciones al ser materia ordinaria para FONAFIFO podrán realizarse en forma directa.
Los contratos y negociaciones en general deberán considerar todos los costos del proyecto, así como los procesos de monitoreo y certificación cuando corresponda. Para estos proyectos no serán utilizados recursos del erario público provenientes del impuesto único de los combustibles y la empresa, la persona o país con que se contrate deberá suministrar los recursos de estos proyectos.
Para los proyectos de mitigación de gases de efecto invernadero en el marco del mecanismo de Desarrollo Limpio, los proyectos objeto de esta regulación, deben cumplir con los requerimientos que el Ministerio de Ambiente y Energía hayan establecido por medio de la Autoridad Nacional Designada (AND) para este tipo de proyectos.
C- Aspectos Generales: Se autoriza al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal para que en los contratos que suscriba establezca el arbitraje de derecho como medio de resolución de conflictos, según la Ley 7727 sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social RAC.
Se autoriza al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal para que con los recursos generados por estas iniciativas proceda a incluir recursos dentro del Fondo de Biodiversidad Sostenible creado mediante ley 8640, a fin de garantizar los recursos financieros para la sostenibilidad de los proyectos a largo plazo.
En los proyectos de pago por servicios ambientales, el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal podrá establecer a favor de los beneficiarios montos diferenciados de los pagos de servicios ambientales, según la zona, modalidad, oferta y demanda cuando así lo ameriten por razón de oportunidad y conveniencia.
Artículo 64.—Se autoriza al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal a destinar hasta un veintiuno por ciento (21%) del total de los ingresos presupuestados para el pago de Servicios Ambientales del FONAFIFO y del fideicomiso 544 Banco Nacional de Costa Rica, para financiar los gastos administrativos y técnicos que requiere el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal y para el Fideicomiso 544 BNCR, según dispone la Ley número 8640. Este porcentaje en su totalidad será deducido y aplicado del ingreso de recursos derivados del impuesto único a los combustibles, generados en virtud de la Ley número 8114.
Adicionalmente, el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal trasladará del total de los ingresos presupuestados para el pago de Servicios Ambientales del FONAFIFO y el Fideicomiso 544, un uno punto treinta y tres por ciento (1.33%) al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) del Ministerio del Ambiente y Energía para la ejecución y operación de la Estrategia de Seguimiento y Fomento al Programa de Pago de Servicios Ambientales, elaborada por SINAC y trasladará un cero punto sesenta y siete por ciento (0.67%) a la Oficina Nacional Forestal, para ejecutar acciones contenidas en el plan de trabajo elaborado por ésta, con el fin de coadyuvar al fomento del programa de servicios ambientales.
Se faculta al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, para negociar en los convenios o contratos de compra y venta de servicios ambientales, un porcentaje de gastos administrativos y técnicos de acuerdo a la naturaleza de las obligaciones adquiridas en ellos.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República, a los quince días del mes de julio del año dos mil ocho.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro del Ambiente y Energía, Roberto Dobles Mora.—1 vez.—(Solicitud Nº 35482-FONAFIFO).—C-126080.—(D34761-90748).
Nº 468-PE
EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política; lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República Nº 8627 y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República y el artículo 28 de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor José Rafael Torres Castro, con cédula Nº 5-212-380, Viceministro de la Presidencia en Asuntos de Seguridad, para que viaje a la ciudad de México, DF en México, con el fin de participar en el “III Diálogo Centroamérica-México sobre Seguridad Democrática”, actividad en la que participará como Jefe de Delegación, a celebrarse los días 10 y 11 de setiembre del presente año en dicha ciudad. La salida del señor Torres Castro se realizará el día 09 de setiembre del 2008 y su regreso el día 12 de setiembre del 2008.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos, transporte, impuestos, servicio de taxis-aeropuerto-hotel y viceversa en las ciudades visitadas y gastos de representación se le cancelarán del título 202-Ministerio de la Presidencia, programa 03400-Administración Superior, subpartidas 10503-Transporte al exterior y 10504-Viáticos al exterior.
Artículo 3º—Se le otorga la suma adelantada de ¢456.482,43 por concepto de viáticos y ¢167.496,00 por gastos de representación, ambas sujetas a liquidación.
Artículo 4º—Rige a partir del 09 de setiembre del 2008 al 12 de setiembre del 2008.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los ocho días del mes de setiembre del dos mil ocho.
Roberto Thompson Chacón, Ministro de la Presidencia a. í.—1 vez.—(C. P. 189-2008).—C-15860.—(89230).
Nº 470-PE
EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje, emitido por la Contraloría General de la República y el artículo 28 de la Ley Nº 6227, Ley General de Administración Pública.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Yesenia Godínez Picado, con cédula Nº 1-877-153, Directora de Despacho del Viceministro de la Presidencia en Asuntos de Seguridad, para que viaje a Washington, D.C., Estados Unidos de América, con motivo de participar en la “Conferencia de Apoyo en Materia de Defensa a las Autoridades Civiles”. La salida de dicha funcionaria se efectuará el día 15 de setiembre del 2008 y su regreso el día 20 de setiembre del 2008.
Artículo 2º—No se le cancelarán gastos por concepto de viáticos ni transporte con cargo al Erario Público.
Artículo 3º—Los gastos por concepto de viáticos, tiquete aéreo y hospedaje corren por cuenta de la Embajada Americana.
Artículo 4º—Rige a partir del 15 de setiembre del 2008 al 20 de setiembre del 2008.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diez días del mes de setiembre del dos mil ocho.
Roberto Thompson Chacón, Ministro de la Presidencia a. í.—1 vez.—(C. P. 190-2008).—C-10580.—(89231).
N° 609-2008-MG
LA MINISTRA DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1), 28 inciso 1) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública o Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley N° 8562 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2007 y los artículos 31 y 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.
Considerando:
I.—Que la “Reunión Interagencial para el Combate de la Trata de Personas en Centroamérica”, es de interés para el Ministerio de Gobernación y Policía, porque en ella se tratarán temas, en la que la licenciada Ana Durán Salvatierra participará.
II.—Que la participación de la licenciada Ana Durán Salvatierra, Viceministra de Gobernación y Policía, cédula de identidad N° 1-0633-0150, es con el fin de capacitarse en temas relacionados a su gestión. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la Licenciada Ana Eugenia Durán Salvatierra, cédula 1-0633-0150, Viceministra de Gobernación y Policía, para que participe en la “Reunión Interagencial para el Combate de la Trata de Personas en Centroamérica” a realizarse en Granada, Nicaragua, del 17 al 19 de setiembre del 2008.
Artículo 2º—Los gastos de la señora Ana Eugenia Durán Salvatierra, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales, del 17 al 19 y gastos menores serán cubiertos con recursos de la subpartida 1.05.04, del Programa 044-00 Actividad Central, todo sujeto a liquidación y de conformidad con la tabla de gastos de viáticos al Exterior publicada en La Gaceta N° 92 del 14 de mayo del año en curso, los gastos por hospedaje, alimentación y traslado interno y tiquetes aéreo de los días del 17 al 19, serán cubiertos por los organizadores del evento.
Artículo 3º—Que durante los días del 17 al 19 de setiembre del 2008, en que se autoriza la participación de la licenciada Ana Durán Salvatierra, en la actividad devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 17 al 19 de setiembre del 2008.
San José, 16 de setiembre del 2008.—Lic. Janina Del Vecchio Ugalde, Ministra de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—(Solicitud Nº 47311).—C-24440.—(90414).
Nº DM-069-2008
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en el artículo 146 de la Constitución Política de la República y la Ley de Traducciones e Interpretaciones Oficiales, Nº 8142, publicada en La Gaceta Nº 227 de fecha 26 de noviembre del 2001 y su Reglamento, Decreto Ejecutivo Nº 30167 del 25 de enero del 2002.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar como Traductora a la señora Judith Magnan Sins, cédula de identidad Nº 8-0065-0570, en el idioma Inglés-Español, Español-Inglés.
Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República, a las catorce horas del día veintisiete de agosto del dos mil ocho.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—(89224).
N° 139-08-RE
Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 139 de la Constitución Política, así como el artículo 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario N° 8627 y los artículos 7, 29, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo establecido en los artículos N° 7 y N° 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que el Gobierno de la República de Paraguay invitó al señor Presidente de la República Dr. Óscar Arias Sánchez a la ceremonia de Transmisión del Mando Presidencial, el día 15 de agosto, en la ciudad de Asunción.
2º—Que con motivo de importantes compromisos internacionales adquiridos previamente, tanto el señor Presidente de la República, como el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto se encuentran imposibilitados para atender la invitación efectuada por el gobierno de Paraguay, por lo que solicitan al señor Viceministro de Relaciones Exteriores su participación en ese acto.
3º—Que el Gobierno de la República de Argentina invitó al señor Vicecanciller de la República a participar en Reuniones de Trabajo bilateral, con el fin de analizar diversos aspectos de la relación entre ambos países, así como, para intercambiar criterios sobre la Reforma del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, en Buenos Aires el día 13 de agosto de 2008.
4º—Que en vista de la importancia que para el Gobierno de Costa Rica reviste la participación en estos actos para estrechar vínculos de amistad y cooperación entre nuestro país y los Gobiernos de Paraguay y Argentina,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Edgar Ugalde Álvarez, Viceministro de Relaciones Exteriores y Culto, cédula 2-189-241, para que viaje a Buenos Aires del 11 al 13 de agosto de 2008 y participe de las Reuniones de Trabajo en Buenos Aires, Argentina.
Artículo 2º—Autorizar al señor Edgar Ugalde Álvarez, Viceministro de Relaciones Exteriores y Culto, para que viaje a partir del 13 de agosto de 2008 a la ciudad de Asunción y represente al Gobierno de Costa Rica en los actos de Transmisión de Mando Presidencial de la República de Paraguay.
Artículo 3º—Los gastos de viaje por concepto de pasajes aéreos, hospedaje, alimentación, transporte interno, gastos menores, así como tributos o tarifas que deba pagar en las terminales de transporte serán cubiertos por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, bajo el programa 079-Actividad Central-Despacho del Viceministro. Se le adelanta la suma de US $298,00 diarios para su estadía en Argentina para un subtotal de US $894,00. Se adelanta la suma de US $115,00 diarios para su estadía en Paraguay, para un subtotal de US $345,00. Se le adelanta la suma de $500,00 netos por concepto de gastos de representación para un gran total de US $1.739,00. Se autoriza al señor Viceministro realizar llamadas internacionales y utilizar servicios de Internet. Todo sujeto a liquidación.
Artículo 4º—Rige a partir del 11 de agosto y hasta el 16 de agosto de 2008.
Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a los veinticinco días de julio de dos mil ocho.
Publíquese.—Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—(Solicitud Nº 49158).—C-25100.—(89396).
Nº RE-143-08
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 139 de la Constitución Política, así como el artículo 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario N° 8627 y los artículos 7, 29, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.
Considerando:
1º—Que el Gobierno de Costa Rica y el de los Estados Unidos Mexicanos han acordado celebrar la VII Reunión de la Comisión Binacional, los días, 26, 27 de agosto de 2008, en ciudad de México.
2º—Que para el Gobierno de Costa Rica la participación en esta Reunión Binacional, es de gran importancia, en su propósito de continuar estrechando los cordiales lazos de amistad que unen a ambos países y de fortalecer el entendimiento político y la cooperación en las áreas económica y comercial, en la científica y técnica así como en la educativa y cultural.
3º—Que por el interés que representa para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto esta reunión, se hace necesaria la participación del señor Edgar Ugalde Álvarez, Viceministro de Relaciones Exteriores, Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Edgar Ugalde Álvarez, Vicecanciller de la República, cédula N° 2-189-241, para que participe como Jefe de Delegación en la VII Reunión de la Comisión Binacional, a celebrarse en la ciudad de México, los días 26 y 27 de agosto del 2008.
Artículo 2º—Los gastos de viaje por concepto de pasajes aéreos, hospedaje, alimentación, transporte interno, gastos menores, así como tributos o tarifas que deba pagar en las terminales de transporte serán cubiertos por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, bajo el programa 079-Actividad Central - Despacho del Viceministro. Se le adelanta la suma de US$292,00 diarios, para un subtotal de US$876,00. Se adelanta la suma de US$500,00 netos por concepto de gastos de representación para un gran total de $1.376,00. Se autoriza al señor Viceministro realizar llamadas internacionales y a utilizar servicios de Internet. Todo sujeto a liquidación.
Artículo 3º—Rige a partir del 26 de agosto y hasta el 28 de agosto del 2008.
Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a los cuatro días del mes de agosto de dos mil ocho.
Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—(Solicitud Nº 49158).—C-19160.—(89397).
Nº 539-2008-MSP
LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28, inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículos 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos y el artículo 145 del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública.
Considerando:
1º—Que se ha recibido cordial invitación para que varios funcionarios de este Ministerio asistan a la actividad denominada “Conmemoración de CXCVIII Aniversario del Inicio de la Independencia de México”, a realizarse en Ciudad de México, del 11 al 17 de setiembre del 2008 (incluye salida y regreso de los funcionarios).
2º—Que el objetivo de la actividad es asistir a los festejos referidos por la celebración de la Independencia de México.
3º—Que dado el objetivo de la actividad, es de interés para este Ministerio contar con varios funcionarios en dicho evento. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a los funcionarios Comisario Martín Arias Araya, cédula Nº 6-138-968 y Teniente José Antonio Fallas Quesada, cédula Nº 1-734-593, funcionarios de la Dirección de Guardacostas del Ministerio de Seguridad Pública para asistir a la actividad denominada “Conmemoración de CXCVIII Aniversario del Inicio de la Independencia de México”, a realizarse en Ciudad de México, del 11 al 17 de setiembre del 2008 (incluye salida y regreso de los funcionarios).
Artículo 2º—Todos los gastos por concepto de alojamiento y alimentación de los participantes serán cubiertos por la Secretaría de Marina-Armada de México, el pago de tiquetes aéreos serán cubiertos por los participantes
Artículo 3º—Que durante los días 11 al 17 de setiembre del 2008, en que se autoriza la participación de los funcionarios en la actividad, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 11 al 17 de setiembre del 2008.
Dado en el Despacho de la Ministra de Seguridad Pública, a los dieciocho días del mes de agosto del dos mil ocho.
Janina Del Vecchio Ugalde, Ministra de Seguridad Pública.—1 vez.—(Solicitud Nº 3090).—C-19820.—(89217).
Nº 064-MEIC-2008
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política; artículos 25, 26 y 28.2b) de la Ley General de la Administración Pública, Nº 6227 del 02 de mayo de 1978 y sus reformas, el artículo 22 de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor Nº 7472 del 20 de diciembre de 1994 y sus reformas.
Considerando:
a. Que la Comisión para Promover la Competencia, órgano de máxima desconcentración, adscrito al Ministerio de Economía, Industria y Comercio, ejerce una función primordial en la protección de la libre competencia y la prevención y eliminación de conductas monopólicas en aras de la transparencia de los mercados y el beneficio de los consumidores.
b. Que la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, dispone para el efectivo desempeño de la Comisión para Promover la Competencia, una integración de cinco miembros propietarios y cinco miembros suplentes.
c. Que mediante el acuerdo Nº 052-MEIC, publicado en La Gaceta Nº 166 del 30 de agosto del 2007, se nombra al señor Édgar Odio Rohrmoser, portador de la cédula de identidad Nº 1-831-597, como miembro suplente de la Comisión para Promover la Competencia, por el periodo que va del 01 de agosto del 2007 al 31 de agosto del 2008. Mediante el acuerdo Nº 031-06, publicado en La Gaceta Nº 131 del 07 de julio del 2006, se nombra como miembro suplente de la Comisión para Promover la Competencia a la señora María Lourdes Echandi Gurdián, portadora de la cédula de identidad número 1-666-372, por el periodo que va del 24 de mayo del 2006 y hasta el 31 de agosto del 2008; quien ha solicitado a esta Administración que no se le prorrogue el nombramiento en dicho órgano. Se le agradece a la señora Echandi Gurdián los servicios brindados durante su gestión. Quedando, ambos campos vacantes.
d. Que mediante el acuerdo Nº 052-MEIC, publicado en La Gaceta Nº 166 del 30 de agosto del 2007, se nombra como miembro propietario de la Comisión para Promover la Competencia al señor Percival Kelso Baldioceda, portador de la cédula de identidad Nº 1-200-829, por un periodo de cuatro años, a partir del 1º de agosto del 2007. No obstante lo anterior, el señor Kelso Baldioceda, en fecha 10 de agosto del 2008, solicita a esta Administración que se considere la posibilidad de nombrarle como miembro suplente de dicho órgano, debido a que otras responsabilidades le impiden asistir a las sesiones de la comisión con regularidad.
e. Que con el objeto de no entorpecer la labor de dicha Comisión, la Administración se ve en la necesidad de llenar dichas vacantes.
Por tanto:
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar como miembro propietario de la Comisión para Promover la Competencia al señor Édgar Odio Rohrmoser, portador de la cédula de identidad Nº 1-831-597, en sustitución del señor Percival Kelso Baldioceda, durante el periodo que va del 01 de setiembre del 2008 y hasta el 31 de julio del 2011.
Artículo 2º—Nombrar como miembros suplentes de la Comisión para Promover la Competencia a los señores Percival Kelso Baldioceda, portador de la cédula de identidad Nº 1-200-829 y al señor Fabio Moisés Vicenzi Guilá, portador de la cédula de identidad Nº 1-0455-0918. Ambos nombramientos rigen a partir del 1º de setiembre del 2008 y hasta el 31 de agosto del 2012.
Artículo 3º—Los nombramientos rigen a partir de las fechas indicadas.
Dado en la Presidencia de la República, a los veintiocho días del mes de mayo del dos mil ocho.
Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Economía, Industria y Comercio, Marco A. Vargas Díaz.—1 vez.—(Solicitud Nº 18541).—C-33020.—(89269).
Nº 068-008-MEIC
EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 25, 27 y 28 de la Ley Nº 6227 “Ley General de la Administración Pública” del 02 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 “Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2008” del 30 de noviembre del 2007 y la Ley Nº 6362 “Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública” del 03 de setiembre de 1979 y los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República, reformado mediante la Resolución R-CO-19-2008, publicada en La Gaceta Nº 92 del 14 de mayo del 2008.
Considerando:
1º—Que el Laboratorio Costarricense de Metrología (Lacomet) órgano de máxima desconcentración, adscrito al Ministerio de Economía, Industria y Comercio, tiene interés en participar en el “Curso de Tópicos Especiales en Metrología Dimensional”, en la reunión del grupo de trabajo de longitudes del SIM, y en el Primer Congreso Internacional de Metrología Mecánica” los cuales se llevarán a cabo del 30 de setiembre al 11 de octubre del 2008.
2º—De conformidad con lo que establece la Ley 8279 “Ley del Sistema Nacional para la Calidad”, le corresponde a Lacomet participar en las instancias internacionales de metrología, por ser miembro activo del Sistema Interamericano de Metrología, su participación en reuniones de grupo de trabajo, y las actividades posteriores son de suma importancia. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Eduardo Reyes Pacheco, cédula 1-0715-0635, funcionario del Departamento de Metrología Física, de Lacomet, para que participe en el curso “Tópicos especiales en Metrología Dimensional, reunión del grupo de trabajo de longitudes del SIM, y asistir al Primer Congreso Internacional de Metrología Mecánica”, organizada por el Sistema Interamericano de Metrología (SIM), a realizarse en Río de Janeiro, Brasil, del 30 de setiembre al 11 de octubre del 2008.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, serán financiados por el Sistema Interamericano de Metrología (SIM), el monto por concepto de hospedaje, alimentación, transporte dentro del país visitado e impuestos de salida, serán financiados por la subpartida, 10504, “Viáticos en el Exterior”, del Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET). Correspondiéndole al funcionario la suma de $2640,00 (dos mil seiscientos cuarenta dólares exactos), por concepto de viáticos, el monto por concepto de pago de inscripción para el congreso Internacional de Metrología Mecánica será financiado por la subpartida 10701, “Actividades de Capacitación”, del Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET) suma que corresponde a $240,00 (doscientos cuarenta dólares exactos). Los gastos por transporte interno dentro del país visitado y otros gastos similares serán cancelados por Lacomet con la presentación de las respectivas facturas.
Artículo 3º—El funcionario devengará 100 % de su salario durante su ausencia.
Artículo 4º—Rige a partir del 30 de setiembre al 11 de octubre del 2008.
Dado en el Ministerio de Economía Industria y Comercio, a los diecisiete días mes de setiembre del 2008.
Publíquese.—Marco A. Vargas Díaz, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—(Solicitud Nº 43430-Lacomet).—C-33020.—(89398).
MOPT Nº 173
LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto en Artículo 28 inciso 1) de la Ley N° 6227 o Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978, así como lo dispuesto en la Ley N° 8627 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, la Ley N° 6362 y en el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que la Comisión Técnica de Transportes del Proyecto Mesoamérica, se reúne periódicamente para evaluar el seguimiento de los proyectos contemplados, que tienen como objetivo impulsar el desarrollo integral de la Región Mesoamericana.
2º—Que la participación de la Lic. Annia Beleida Alfaro Quesada, Coordinadora de la Comisión Técnica de Transportes del proyecto Mesoamérica y la Lic. Ibis Mayela San Lee Quirós, asistente de la Dirección de Planificación Sectorial, es de vital importancia para Costa Rica, debido al compromiso adquirido en la coordinación y el seguimiento de los proyectos incorporados en dicho proyecto.
3º—Que la participación en el Seminario Internacional “Planificación Estratégica de Infraestructuras y Sistemas de Transporte en Mesoamérica”, es de interés para el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, toda vez que el objetivo del Seminario es propiciar el análisis y debate de las opciones que se proponen en materia de planificación estratégica y su grado de adecuación a los escenarios planteados en la Región Mesoamérica, en pro de la optimización de la planificación e implantación de redes de infraestructuras de transporte. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Designar a la Lic. Annia Beleida Alfaro Quesada, cédula 2-291-890, Directora de Planificación Sectorial y a la Lic. Ibis Mayela San Lee Quirós, cédula 4-140-681, asistente de la Dirección, funcionarias de Obras Públicas y Transportes, para que participen en la Reunión de la Comisión Técnica de Transportes en Guatemala y en el Seminario Internacional “Planificación Estratégica de Infraestructuras y Sistemas de Transporte en Mesoamérica”, que se llevará a cabo los días 29 de setiembre al 02 de octubre de 2008, en la ciudad de Antigua, Guatemala.
Artículo 2º—Los gastos de las funcionarías Alfaro Quesada y San Lee Quirós por concepto de Viáticos en el exterior correspondientes a los días del 26 al 28 de setiembre, serán cubiertos con recursos de la subpartida 1.05.04 del Programa 326, Área 02, Actividad 01 por un monto de $343,20; además, se cubrirán los gastos por concepto de impuestos por uso de terminal aérea en Costa Rica, por un monto de $26, taxi Aeropuerto-Hotel $30 y derechos de salida del aeropuerto en Guatemala por $23, con cargo a la subpartida 1.05.03, Área 02, Actividad 01.
Los gastos por concepto de tiquete aéreo, hospedaje y alimentación para los días 29 de setiembre al 2 de octubre serán cubiertos por el Organismo auspiciador del Seminario (Agencia Española de Cooperación Internacional, Corporación Andina de Fomento y el Banco Interamericano de Desarrollo).
Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la participación de las licenciadas Annia Beleida Alfaro Quesada e Ibis San Lee Quirós en la reunión de la Comisión Técnica de Transportes del Proyecto Mesoamérica y al Seminario Internacional “Planificación Estratégica de Infraestructuras y Sistemas de Transporte en Mesoamérica”, que se llevarán a cabo el 26 de setiembre y durante los días 29 de setiembre al 2 de octubre del 2008, respectivamente, en la ciudad de Guatemala, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 26 de setiembre y hasta su regreso el día 3 de octubre del 2008 inclusive.
Dado en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a los once días del mes de setiembre del 2008.
Karla González Carvajal, Ministra de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—(Solicitud Nº 11949).—C-38280.—(89399).
MOPT Nº 174
LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto en Artículo 28 inciso 1) de la Ley N° 6227 ó Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978, así como lo dispuesto en la Ley N° 8627 ó Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, la Ley N° 6362 y en el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que la Dirección de Planificación Sectorial del MOPT está en proceso de negociación de contratos de préstamo con organismos internacionales para ejecutar proyectos viales estratégicos del sector transporte de Costa Rica, cuya inversión se dirige a la Red Vial Nacional, Cantonal y proyectos urbanos.
2º—Que el “Taller de Mantenimiento Vial” promovido por la CAF busca fortalecer institucionalmente a los organismos y entes públicos del sector transporte relacionados con la planificación sectorial y la ejecución y mantenimiento de su infraestructura, en el marco de promover la utilización racional de los recursos que se destinan para su financiamiento y sostenibilidad posterior.
3º—Que el objetivo del Taller es propiciar el análisis y debate de las opciones que se proponen en materia de recopilación de información, planificación, evaluación, desarrollo y esquemas de gestión de proyectos de infraestructura, revisando esquemas de gestión de este tipo de proyectos.
4º—Que la participación del MBA. R. Hernán Vásquez Astorga, será muy provechosa para la Institución, en el Desempeño de sus labores como Jefe del Departamento Financiamiento e Inversiones De la Dirección He Planificación Sectorial de este Ministerio. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al MBA. R. Hernán Vásquez Astorga, cédula 1-604-514, Jefe del Departamento Financiamiento e Inversiones de la Dirección de Planificación Sectorial, para que participe en el “Taller Internacional de Mantenimiento Vial” promovido por la CAF, los días 17 y 18 de setiembre del 2008 en Bogotá, Colombia.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de impuestos por uso de terminal aérea en Costa Rica, por un monto de $26, Taxi Aeropuerto-Hotel- Aeropuerto $30 y derechos de salida del Aeropuerto en Colombia $64, con cargo a la subpartida 1.05.03 Área 02 Actividad 01.
Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la participación del MBA. R. Hernán Vásquez Astorga en el “Taller Internacional de Mantenimiento Vial”, que se celebrará los días 17 y 18 de setiembre del 2008, en Bogotá, Colombia devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 16 al 20 de setiembre del 2008 inclusive.
Dado en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes a los 11 días del mes de setiembre del 2008.
Karla González Carvajal, Ministra de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—(Solicitud Nº 11948).—C-29060.—(89400).
N° 476-2008
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política, los numerales 25, 27 párrafo primero, 28, párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978, la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo N° 29606-H-COMEX del 18 de junio de 2001, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas y sus reformas; y
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 038-91 de fecha 24 de abril de 1991, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 107 del 7 de junio de 1991; modificado por el Acuerdo Ejecutivo Nº 379-99 de fecha 15 de octubre de 1999, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 45 del 03 de marzo de 2000; a la empresa Grupo de Contratación Internacional I.C.G. S. A., cédula jurídica Nº 3-101-108849, se le concedieron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.
II.—Que mediante nota presentada el día 7 de julio de 2008, en la Gerencia de Operaciones de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Grupo de Contratación Internacional I.C.G. S. A., solicitó la disminución del nivel de inversión.
III.—Que en relación con las disminuciones de los niveles de empleo e inversión, el Ministro de Comercio Exterior, mediante el Oficio DM-911-1 de 26 de septiembre de 2001, señaló lo siguiente:
“(…) No obstante lo anterior, al ser ésta una institución con una misión y vocación clara de servicio a la exportación, sin dejar de lado claro está, su función de supervisión y control, PROCOMER no puede dejar de considerar factores dinámicos, cambiantes propios del entorno y realidad empresarial. Es así como también debemos considerar que en muchas ocasiones las empresas beneficiarias del régimen o bien su casa matriz se ven enfrentadas a graves problemas en la comercialización de sus bienes, a crisis financieras internas inclusive problemas de índole macroeconómicos en sus países y hasta a situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, circunstancias todas que las podrían obligar a disponer cambios inmediatos en sus políticas de mercado.
Ha sido el afán del Ministerio atender y tratar de ayudar a solventar de la forma más objetiva posible estas situaciones, no sólo teniendo en consideración la posición de las empresas, sino el resguardo sobre todo de intereses de orden general, al valorar el impacto que supone una modificación considerable en los niveles de inversión y empleo frente al cierre definitivo de la empresa. (…)”
IV.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al acuerdo adoptado por la junta directiva de PROCOMER en la sesión Nº 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa Grupo de Contratación Internacional I.C.G. S. A., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER Nº 58-2008 de fecha 14 de julio de 2008, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley Nº 7210, sus reformas y su Reglamento.
V.—Que en virtud de las reformas legales y reglamentarias que han operado con posterioridad al otorgamiento del Régimen de Zonas Francas a la empresa, se hace necesario adecuar en lo conducente el Acuerdo Ejecutivo original.
VI.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto;
ACUERDAN:
1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo Nº 038-91 de fecha 24 de abril de 1991, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 107 del 7 de junio de 1991, y sus reformas, para que en el futuro las cláusulas tercera, cuarta, sexta, octava, novena, y décima primera, se lean de la siguiente manera:
“3. La beneficiaria operará en el parque industrial denominado Zona Franca Metropolitana S. A., ubicado en la provincia de Heredia.”
“4. La beneficiaria gozará de los incentivos y beneficios contemplados en la Ley N° 7210 y sus reformas, con las limitaciones y condiciones que allí se establecen y con apego a las regulaciones que al respecto establezcan tanto el Poder Ejecutivo como PROCOMER.
Los plazos, términos y condiciones de los beneficios otorgados en virtud de la Ley N° 7210 quedan supeditados a los compromisos asumidos por Costa Rica en los tratados internacionales relativos a la Organización Mundial del Comercio (OMC), incluyendo, entre otros, el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (ASMC) y las decisiones de los órganos correspondientes de la OMC al amparo del artículo 27 párrafo 4 del ASMC. En particular, queda establecido que el Estado costarricense no otorgará los beneficios previstos en la Ley N° 7210 que de acuerdo con el ASMC constituyan subvenciones prohibidas, más allá de los plazos para la concesión de las prórrogas previstas en el artículo 27 párrafo 4 del ASMC a determinados países en desarrollo, establecidos en la decisión de la Conferencia Ministerial de la OMC de fecha 14 de noviembre de 2001.
Para los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755, del 3 de mayo de 1971 y sus reformas, en lo que resulten aplicables.”
“6. La beneficiaria se obliga a cumplir con un nivel mínimo de empleo de 24 trabajadores. Asimismo, se obliga a realizar y mantener una inversión de al menos US $300.000,00 (trescientos mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), de conformidad con los plazos y condiciones contenidos en la solicitud presentada ante PROCOMER.
PROCOMER vigilará el cumplimiento del nivel de inversión de la beneficiaria, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una obligación a cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con el nivel de inversión anteriormente señalado.”
“8. La beneficiaria se obliga a cumplir con las regulaciones ambientales exigidas por el Ministerio del Ambiente y Energía (MINAE) y la Secretaria Técnica Nacional Ambiental (SETENA) y deberá presentar ante dichas dependencias o ante el Ministerio de Salud, según sea el caso, los estudios y documentos que le sean requeridos. Asimismo, la beneficiaria se obliga a cumplir con todas las normas de protección del medio ambiente que la legislación costarricense e internacional dispongan para el desarrollo sostenible de las actividades económicas, lo cual será verificado por las autoridades competentes.”
“9. La beneficiaria se obliga a presentar ante PROCOMER un informe anual de operaciones, en los formularios y conforme a las condiciones que PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del año fiscal. Asimismo, la beneficiaria estará obligada a suministrar a PROCOMER y, en su caso, al Ministerio de Hacienda, toda la información y las facilidades requeridas para la supervisión y control del uso del Régimen de Zonas Francas y de los incentivos recibidos. Asimismo, deberá permitir que funcionarios de la citada Promotora ingresen a sus instalaciones, en el momento que lo consideren oportuno, y sin previo aviso, para verificar el cumplimiento de las obligaciones de la Ley de Régimen de Zonas Francas y su Reglamento.”
“11. Una vez comunicado el presente Acuerdo Ejecutivo, la empresa beneficiaria deberá suscribir con PROCOMER un Contrato de Operaciones. En caso de que la empresa no se presente a firmar el Contrato de Operaciones, y no justifique razonablemente esta situación, PROCOMER procederá a confeccionar un Acuerdo Ejecutivo que dejará sin efecto el que le otorgó el Régimen.
Para el inicio de operaciones productivas al amparo del Régimen, la empresa deberá haber sido autorizada por la Dirección General de Aduanas como auxiliar de la función pública aduanera, según lo dispuesto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento.”
2º—Adicionar al Acuerdo Ejecutivo Nº 038-91 de fecha 24 de abril de 1991, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 107 del 07 de junio de 1991, y sus reformas, las cláusulas décima segunda, décima tercera, décima cuarta, y décima quinta, para que en el futuro se lean de la siguiente manera:
“12. Las directrices que para la promoción, administración y supervisión del Régimen emita PROCOMER, serán de acatamiento obligatorio para los beneficiarios y las personas que directa o indirectamente tengan relación con ellos o con la citada Promotora.”
“13. El uso indebido de los bienes o servicios exonerados será causa suficiente para que el Ministerio de Hacienda proceda a la liquidación de tributos exonerados o devueltos y ejerza las demás acciones que establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios en materia de defraudación fiscal, sin perjuicio de las demás sanciones que establece la Ley N° 7210 y sus reformas y demás leyes aplicables.”
“14. La empresa beneficiaria se obliga a cumplir con todos los requisitos de la Ley N° 7210, sus reformas y reglamentos, así como con las obligaciones propias de su condición de auxiliar de la función pública aduanera.”
“15. De conformidad con el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, Ley N° 17 del 22 octubre de 1943 y sus reformas, el incumplimiento de las obligaciones para con la seguridad social, podrá ser causa de pérdida de las exoneraciones e incentivos otorgados, previa tramitación del procedimiento administrativo correspondiente. Asimismo, la empresa deberá registrase como patrono en el sistema que la Caja Costarricense de Seguro Social disponga para ello, a partir de la fecha en que se le notifique el ingreso al Régimen de Zonas Francas.”
3º—En todo lo que no ha sido expresamente indicado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo Nº 038-91 de fecha 24 de abril de 1991, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 107 del 7 de junio de 1991, y sus reformas.
4º—La empresa deberá suscribir con PROCOMER un Addéndum al Contrato de Operaciones.
5º—Rige a partir de su comunicación.
Comuníquese y publíquese.
Dado en la Presidencia de la República, San José, a los siete días del mes de agosto del año dos mil ocho.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(90426).
Nº 561-2008
LA PRIMERA VICEPRESIDENTA
EN EL EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas, número 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, número 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo número 29606-H-COMEX del 18 de junio del 2001, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas y sus reformas.
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 229-2005 de fecha 23 de mayo del 2005, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 136 del 14 de julio del 2005, modificado por el Acuerdo Ejecutivo número 257-2006 de fecha 20 de octubre del 2006, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 229 del 29 de noviembre del 2006; a la empresa Saphill S. A., cédula jurídica número 3-101-017155, se le concedieron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley número 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.
II.—Que mediante documentos presentados los días 31 de julio y 22 de agosto del 2008, ante la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Saphill S. A., solicitó la renuncia al Régimen de Zonas Francas.
III.—Que de conformidad con el artículo 30 inciso a) del Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas, PROCOMER debe verificar que la empresa que pretende renunciar esté al día en el pago del derecho por el uso del Régimen y en las demás obligaciones previstas en la Ley número 7210, sus reformas y su Reglamento.
IV.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la sesión Nº 177-2006 del 30 de octubre del 2006, conoció la solicitud de la empresa Saphill S. A., y con fundamento en las, consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER número 66-2008 de fecha 25 de agosto del 20.08, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva aceptación de la renuncia, al tenor de lo dispuesto por la Ley número 7210, sus reformas y su Reglamento.
V.—Que la empresa Saphill S. A., rindió en su oportunidad el depósito de garantía, el cual se encuentra vigente a la fecha.
VI.—Que se ha cumplido con el procedimiento de Ley. Por tanto:
ACUERDAN:
1º—Aceptar la renuncia al Régimen de Zonas Francas presentada por la empresa Saphill S. A.
2º—Se otorga a la empresa Saphill S. A., el plazo de quince días hábiles a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, para que proceda a la liquidación de sus operaciones dentro del Régimen de Zonas Francas. Una vez transcurrido dicho plazo, los bienes que no hayan salido de sus instalaciones, conforme a los procedimientos aplicables, se considerarán en estado de abandono a favor del Fisco.
3º—Rige a partir de su comunicación.
Comuníquese y publíquese.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los dos días del mes de setiembre del año dos mil ocho.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Comercio Exterior a. í., Amparo Pacheco Oreamuno.—1 vez.—(90367).
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD
AVISOS
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Específica Pro Construcción y Mejoras de Áreas Recreativas de Urbanización Monte Rosa, Heredia. Por medio de su representante: Xinia Roxana Medina Hernández, cédula 106480166, ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, 22 de setiembre del 2008.—Área Legal y de Registro.—Lic. Yamileth Camacho Marín, Jefa.—1 vez.—(90290).
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de Carmen de Corredores, Puntarenas. Por medio de su representante: Mabel del Pilar Bustos Leiva, cédula 502230086 ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.—San José, 16 de setiembre del 2008.—Departamento de Registro.—Lic. Yamileth Camacho Marín, Jefa.—1 vez.—(90398).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Nº 23/2008.—El señor: Luigi Sansonetti Tinoco, cédula 9-043-061, en calidad de Presidente de la compañía: Saturnia S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del equipo Esparcidor Agrícola de Abono, marca Stara, modelo Tornado 600. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto 27037-MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 15:30 horas del 16 de setiembre del 2008.—Unidad Técnica de Control de Agroinsumos y Registro de Equipos de Aplicación.—Ing. Emmanuel Villalobos Sánchez.—(89873).
Nº 24/2008.—El señor: Luigi Sansonetti Tinoco, cédula 9-043-061, en calidad de Presidente de la compañía: Saturnia S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del equipo Esparcidor Agrícola de Abono, marca Stara, modelo Tornado 1300. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el decreto 27037-MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 15:30 horas del 16 de setiembre del 2008.—Unidad Técnica de Control de Agroinsumos y Registro de Equipos de Aplicación.—Ing. Agr. Emmanuel Villalobos Sánchez.—(89875).
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
EDICTO
El señor Cesar Mata Piedra, con número de cédula 3-287-089, vecino de San José, en calidad de regente veterinario de la compañía Faryvet S. A., con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Oximic 20% L.A. Fabricado por Laboratorio Microsules Uruguay S. A., con los siguientes principios activos: cada ml contiene: Oxitetraciclina HCL 200 mg. Y las siguientes indicaciones terapéuticas: antibiótico amplio espectro. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en esta Dirección, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 02 de setiembre del 2008.—Dirección de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1 vez.—(89375).
El señor Cesar Mata Piedra, con número de cédula 3-287-089, vecino de San José, en calidad de regente veterinario de la compañía Faryvet S. A., con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Coccí-1 Fabricado por. Laboratorio Faryvet de Costa Rica, con los siguientes principios activos: cada 10 ml contienen: Toltrazuril 2,5 g. Y las siguientes indicaciones terapéuticas: Anticoccidio para el tratamiento de las coccidiosis aviares en pollos, gallinas y pavos. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en esta Dirección, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el diario oficial La Gaceta.—Heredia, 02 de setiembre del 2008.—Dirección de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1 vez.—(89376).
El señor Fernando Zúñiga Rodríguez con número de cédula 1-1081-189, vecino de San José, en calidad de regente veterinario de la Compañía Droguería Ageagro S. A. con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: CALOI NF. Fabricado por: Laboratorios Biomont de Perú con los siguientes principios activos: Calcio Coloidal: 2,00mg; Vitamina A: 50 000 U. I.; Vitamina D3:7 500 U.I.; Vitamina E: 5,00 U. I.; Vitamina B12: 120,00 mcg; Excipientes C. S. P: 1,00 ml y las siguientes indicaciones terapéuticas: tratamiento en casos de trastornos del metabolismo (raquitismo; osteomalacia; osteoporosis). Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan valer en este departamento, dentro del termino de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 10:00 horas del día 10 de setiembre del 2008.—Departamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios.—Dra. Iliana Céspedes Guevara, Jefa a. í.—1 vez.—(89940).
El señor Fernando Zúñiga Rodríguez con número de cédula 1-1081-189, vecino de San José, en calidad de regente veterinario de la Compañía Droguería Ageagro S. A., con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Plasmol Dorado fabricado por: Laboratorios Biomont de Perú con los siguientes principios activos: cada ml contiene: Diaceturato de Diminaceno 35 mg.; Oxitetraciclina HCL: 70,00 mg; Dipirona (Metamizol Sódico) 370 mg. Excipientes C.S.P. 1,00 ml y las siguientes indicaciones terapéuticas: Tratamiento contra la Anaplasmósis y la Babesiosis. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del termino de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 10:00 horas del día 12 de setiembre del 2008.—Departamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios.—Dra. Iliana Céspedes Guevara, Jefa a. í.—1 vez.—(89941).
El señor Fernando Zúñiga Rodríguez con Nº de cedula 1-1081-189, vecino de San José, en calidad de regente veterinario de la Compañía Droguería Ageagro S. A. con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Biomicina L. A. Fabricado por: Laboratorios Biomont de Perú con los siguientes principios activos: cada 100.00 ml contienen: Oxitetraciclina 20,00 g, Excipientes C.S.P. 100,00 ml y las siguientes indicaciones terapéuticas: Tratamiento de procesos causados por gérmenes sensibles a la oxitetraciclina. Con base en el decreto ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del termino de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 10:00 horas del día 10 de setiembre del 2008.—Departamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios.—Dra. Iliana Céspedes Guevara, Jefa a. í.—1 vez.—(89942).
El señor César Mata Piedra, con número de cédula 3-287-089, vecino de San José, en calidad de regente veterinario de la compañía Faryvet S. A., con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Amprocox 20%. Fabricado por: Laboratorio Faryvet S. A. de Costa Rica, con los siguientes principios activos: Amprolio HCL 226 g/kg, Excipientes C.S.P 1 kg. Y las siguientes indicaciones terapéuticas: prevención y control de coccidiosis en aves. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en esta Dirección, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 17 de setiembre del 2008.—Dirección de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(90339).
El señor Luis Óscar Quesada Esquivel, con número de cédula 2-342-081, vecino de Alajuela, en calidad de representante legal de la compañía Droguería Integrales Agropecuarios con domicilio en Alajuela. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 4: Miltcide. Fabricado por: Laboratorios Vallecilla B Vallecilla M Y CIC S.C.A. Carval de Colombia, con los siguientes principios activos: cada litro contiene: Glutaraldeído 58G, Alquildimetilbenzilamoniocloruro 61.5G, Formaldehído 84G, Enilconazol 10G., y las siguientes indicaciones terapéuticas: desinfectante para instalaciones pecuarias. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en esta Dirección, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 19 de setiembre del 2008.—Dirección de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(90343).
El señor Arturo Yglesias Mora, con número de cédula 1-432-651, vecino de San José, en calidad de Regente Veterinario de la compañía Vetim S. A., con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: FEL-O-VAX LvK IV + Calicivax. Fabricado por: Laboratorio Fort Dodge Animal Health, USA, con los siguientes principios activos: cada dosis de 1 ml contiene: Virus de Leucemia Felina, Rinotraqueitis Viral Felina, Calicivirus Felino Cepa 255 y DD1, Virus de Panleucopenia Felina, Chlamidya Psittaci Felina y las siguientes indicaciones terapéuticas: para la vacunación de gatos como ayuda en la prevención de enfermedades causadas por virus de leucemia, Rinotraqueitis, Calicivurus, Panleucopenia y Chlamidia Psittaci. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente cíe la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 8 de setiembre del 2008.—Dirección de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1 vez.—(90351).
El señor Esteban Montero Coto, con número de cédula 3-338-765, vecino de Cartago, en calidad de apoderado generalísimo de la compañía Inversiones Monteco S. A., con domicilio en Cartago. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Iverquest. Fabricado por: Laboratorio Hofarm de Perú, para Agrovet Market de Perú y los siguientes principios activos: cada 100 ml contiene: Ivermectina 2 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: para el control y tratamiento de nemátodos gastro-intestinales de los equinos. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 20 de agosto del 2008.—Dirección de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1 vez.—(90369).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Conclusión de Estudios en Educación Diversificada, inscrito en el tomo 1, folio 21, título Nº 314, emitido por el Liceo Roberto Gamboa Valverde, en el año mil novecientos ochenta y dos, a nombre de Carvajal Lépiz Pilar del Carmen. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los once días del mes de setiembre del dos mil ocho.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—(87831).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios en Educación Diversificada “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo II, folio 76, título Nº 85-087, emitido por el Liceo Unesco, en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de Rojas Lizano Alejandro. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, once de setiembre del dos mil ocho.—Lucyna Sawalinski Gorska, Asesora Nacional.—(87910).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Educación Técnica Agropecuaria, inscrito en el tomo 1, folio 48, asiento Nº 387, y del Diploma de Técnico Medio en Educación Familiar y Social, inscrito en el tomo 1, folio 71, asiento Nº 301, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional Agropecuario de Abangares, en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de Lidia Méndez Méndez. Se solicita la reposición del título indicado por deterioro del título original y por corrección del nombre, cuyos nombres y apellidos correctos son: Lidia María Calvo Méndez. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, dieciséis de julio del dos mil ocho.—Departamento de Pruebas Nacionales.—Lucyna Sawalinski Gorska, Asesora Nacional de Gestión y Evaluación de la Calidad.—(88192).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 54, título Nº 650, emitido por el Instituto de Educación Dr. Clodomiro Picado Twight, en el año mil novecientos noventa y cinco, a nombre de Soto Estrada Rosita Carolina. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, once de setiembre del dos mil ocho.—Departamento de Pruebas Nacionales.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional de Gestión y Evaluación de la Calidad.—(88241).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 111, asiento Nº 13, título Nº 932 y del Título de Técnico Medio en Agropecuaria, inscrito en el tomo 1, folio 71, asiento Nº 23, título Nº 909, ambos títulos fueron otorgados en el año dos mil cinco, por el Colegio Técnico Profesional de Acosta, a nombre de Jiménez González Alejandra del Carmen. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el diario oficial La Gaceta.—San José, once de setiembre del dos mil ocho.—Departamento de Pruebas Nacionales.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional de Gestión y Evaluación de la Calidad.—(88308).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 58, título Nº 558, emitido por el Colegio Bilingüe Santa Cecilia, en el año dos mil uno, a nombre de Hidalgo Quesada Priscilla. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecisiete días del mes de setiembre del dos mil ocho.—Guisela Céspedes Lobo, Asesora Nacional.—(88699).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 23, título Nº 285, emitido por el Liceo de Calle Fallas, en el año mil novecientos ochenta y siete, a nombre de León Valverde Alejandro. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los treinta días del mes de mayo del dos mil ocho.—Departamento de Pruebas Nacionales.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—(88771).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada “Rama Académica”, modalidad en Letras, inscrito en el tomo V, folio 57, asiento N° 708, emitido por el Colegio Nocturno Pbro. Enrique Menzel, en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Cervantes Loaiza Adrián. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el diario oficial La Gaceta.—San José, 16 de julio del 2008.—Trino Zamora Zumbado, Departamento de Evaluación de la Calidad.—(88779).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 129, título Nº 819, emitido por el Liceo de Chacarita, en el año dos mil siete, a nombre de Infante Morera Jonathan Alberto. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, dieciocho de setiembre del dos mil ocho.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—Trino Zamora Zumbado.—(88813).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 13, título Nº 156, y del título de Técnico Medio en Contabilidad, inscrito en el tomo 1, folio 60, título 1542, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Educación Comercial y de Servicios, en el año mil novecientos ochenta y nueve, a nombre de Chavarría Castro Silvia Elena. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de setiembre del dos mil ocho.—Guisela Céspedes Lobo, Asesora Nacional.—(89204).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 132, título Nº 1374, emitido por el Colegio de Limón Diurno, en el año dos mil uno, a nombre de Alvarado Montero Leidy Lorena. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el diario oficial La Gaceta.—San José, 16 de julio del 2008.—Lic. Trino Zamora Zumbado, Jefe.—(89331).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 145, título Nº 2316, emitido por el Liceo de San José, en el año dos mil siete, a nombre de Rosales Pérez Katleen Jeannette. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el diario oficial La Gaceta.—San José, 11 de setiembre del 2008.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—(89348).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 2, Folio 12, Título Nº 67, emitido por el Colegio Técnico Profesional Agropecuario de Osa, en el año mil novecientos noventa y uno, a nombre de Vásquez Lezcano Annie. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de setiembre del 2008.—Departamento de Evaluación de Calidad.—Trino Zamora Zumbado.—(90303).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios en Educación Diversificada “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 5, folio 183, título N° 3673, emitido por el Colegio de San Luis Gonzaga, en el año mil novecientos ochenta y seis, a nombre de Orozco Abarca Iván. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 11 de setiembre del 2008.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—(90417).
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
En sesión celebrada en San José a las nueve horas del 30 de abril del 2008, se acordó conceder Traspaso de Pensión de Gracia, mediante la resolución JNPTA-1123-2008, a la señora Parra Delgado Brígida, mayor, viuda, cédula de identidad 1-219-284, vecina de San José; por un monto de setenta y un mil cuatrocientos cincuenta y cuatro colones con siete céntimos (¢71.454,07), con un rige a partir 1º de setiembre del 2007. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—Sandra Chacón Fernández, Directora Ejecutiva.—1 vez.—(90282).
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada Cooperativa Autogestionaria de Servicios de Recuperadores del Pacífico R. L., siglas COOPEREPA R. L., acordada en asamblea celebrada el 21 de febrero del 2008. Resolución 1269-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Consejo de Administración:
Presidente: Gerardo Segura Abarca
Vicepresidente: Mainor Rojas Rubí
Secretario: Víctor Anchía Alvarado
Vocal 1: Jorge Vega Rubí
Vocal 2: Gaudencio Rojas Rubí
Suplente 1: Rodolfo Rojas Rubí
Suplente 2: Gerardo Ortiz Vargas
Gerente: José Alberto Godínez Quesada
San José, 16 de julio del 2008.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(87901).
De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social la organización social denominada Cooperativa Autogestionaria Pequeña Industria Guanacasteca R. L., siglas COOPEINGUA R. L., acordada en asamblea celebrada el 30 de junio del 2008. Resolución 1160. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta el artículo 59, agregando un artículo 59 bis, donde se aumenta el capital social.—San José, 13 de agosto del 2008.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(87917).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de los artículos 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio, de la organización social denominada: Sindicato de Trabajadores de Aviación Civil, siglas: SITRAC. Expediente Nº 877-SI. Habiéndose cumplido con las disposiciones contenidas Trabajo y Seguridad Social, se procede a la inscripción correspondiente. La organización ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro, mediante tomo: 16, folio: 38, asiento: 4499, del 2 de setiembre del 2008
La Junta Directiva se formó de la siguiente manera:
Presidente: Tobías Vargas Pacheco
Vicepresidente: Johnny Ramírez Picado
Secretaria General: Ivonne Cubillo Nipote
Tesorero: Jorge Phillps Oviedo
Secretaria de Actas: Ángela Gutiérrez López
Secretaria de Finanzas: María Elena Palma Gutiérrez
Secretaria de Correspondencia: Luis Diego Gutiérrez Ledezma
Vocal: Mario Víquez Echavarría
Fiscal: Diego García Palma
2 de setiembre del 2008.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(88730).
REGISTRO NACIONAL
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Cambio de Nombre Nº 988
Que María del Pilar López Quirós, cédula Nº 1-1066-601, en calidad de apoderada especial de Banca Promerica Sociedad Anónima, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de FINANCIERA PROMERICA S. A., cédula jurídica Nº 3-101-127487 por el de BANCA PROMERICA SOCIEDAD ANÓNIMA, presentada el día 30 de junio de 2008 bajo expediente 988. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1993-0006634 Registro Nº 87718 TECNICARD en clase 49 marca denominativa, 1995-0000705 Registro Nº 730 PEDACITOS DE SUEÑOS en clase 50 marca denominativa, 1997-0008475 Registro Nº 108727 PROMERICA SOCIEDAD DE FONDOS DE INVERSIÓN en clase 36 marca denominativa, 1997-0008476 Registro Nº 107548 PROMERICA en clase 49 marca denominativa y 1996-0009355 Registro Nº 104876 PROMERICA en clase 36 marca denominativa. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978 A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—11 de agosto del 2008.—1 vez.—(89290).
Cambio de Nombre Nº 58957
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-3354-794, en calidad de apoderado especial de SDP Landholdings GMBH, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Steyr-Daimler-Puch AKTIENGESELLSCHAFT, domiciliada en Franz-Josefs-Kair 51, A-1011 Viena, Austria por el de SDP Landholdings GMBH, domiciliada en Franz-Josefs-Kair 51, A-1011 Viena, Austria, presentada el día 3 de marzo de 2008 bajo expediente 58957. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-1507512, Registro Nº 15075 PUCH en clase 12 marca mixta y 1900-1507612, Registro Nº 15076 STEYR en clase 12 marca mixta. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de agosto de 2008.—Anáis Mendieta Jiménez, Oficina de Marcas y Otros Signos Distintivos.—1 vez.—(89426).
Cambio de Nombre Nº 54932
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de BPB Acquisition, Inc., el de BPB Manufacturing, Inc., presentada el día 18 de Julio de 2007 bajo expediente 54932. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1996-0005922 Registro Nº 99436 CELOTEX en clase 19 marca mixta y 1996-0005923 Registro Nº 99437 CELOTEX en clase 17 marca mixta. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de agosto de 2008.—Ana Cecilia Calvo Astúa, Oficina de Marcas y Otros Signos Distintivos.—1 vez.—(89427).
Cambio de Nombre Nº 1528
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en calidad de Representante Legal de Kirin Holdings Kabushi Kaisha (C.C. Kirin Holdings Co., Ltd.), solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Kirin Beer Kabushiki Kaisha (C.C. Kirin Brewery CO., Ltd.) por el de Kirin Holdings Kabushi Kaisha (C.C. Kirin Holdings Co., Ltd.), presentada el día 7 de agosto de 2008 bajo expediente 1528. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2002-0002597 Registro Nº 135677 KIRIN en clase 32 marca mixta, 2002-0002598 Registro Nº 135678 KIRIN ICHIBAN en clase 32 marca mixta, 2002-0002599 Registro Nº 135679 en clase 32 marca figurativa y 2004-0006396 Registro Nº 155890 KIRIN en clase 33 marca mixta. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de agosto de 2008.—Francisco Hernández Pérez, Oficina de Marcas y Otros Signos Distintivos.—1 vez.—(89428).
Cambio de Nombre Nº 1671
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, apoderado de Miss World Limited, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Miss World (Jersey) Ltd., por el de Miss World Limited, presentada el día 19 de agosto de 2008 bajo expediente 1671. El nuevo nombre afecta a la siguiente marca: 1900-7631041 Registro Nº 76310 Miss World en clase 41 marca denominativa. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de agosto de 2008.—Bernard Molina Alvarado, Oficina de Marcas y Otros Signos Distintivos.—1 vez.—(89429).
Cambio de Nombre Nº 1349
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en calidad de apoderado especial de Diario ABC S.L, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Prensa Española S. A. por el de Diario ABC S.L, presentada el día 29 de julio de 2008 bajo expediente 1349. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-4626716 Registro Nº 46267 A B C en clase 16 Marca Denominativa y 1900-4626816 Registro Nº 46268 blanco y negro en clase 16 marca denominativa. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de agosto de 2008.—Giovanna Mora Mesén, Oficina de Marcas y Otros Signos Distintivos.—1 vez.—(89430).
Cambio de Nombre Nº 1195
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, en calidad de apoderado especial de Daimlerchrysler Company LLC, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de DaimlerChrysIer Corporation por el de Daimlerchrysler Company LLC, presentada el día 15 de julio de 2008 bajo expediente 1195. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-0902807 Registro Nº 9028 Jeep en clase 7 marca denominativa, 1900-0902812 Registro Nº 9028 Jeep en clase -12 marca denominativa, 1900-1108312 Registro Nº 11083 Dodge en clase 12 marca denominativa, 1900-1960012 Registro Nº 19600 Plymouth en clase 12 marca denominativa, 1900-2028712 Registro Nº 20287 Mopar en clase 12 marca mixta, 1900-2028812 Registro Nº 20288 Mopar en clase 12 marca mixta, 1900-2735712 Registro Nº 27357 en clase 12 marca Figurativa, 1900-2736407 Registro Nº 27364 en clase 7 marca Figurativa, 1900-2736412 Registro Nº 27364 en clase 12 marca figurativa, 1900-2736512 Registro Nº 27365 en clase 12 marca Figurativa, 1900-2876412 Registro Nº 28764 Wagoneer en clase 12 marca denominativa, 1900-3375212 Registro Nº 33752 Chrysler en clase 12 marca denominativa, 1900-3461409 Registro Nº 34614 Chrysler en clase 9 marca denominativa, 1900-3461512 Registro Nº 34615 Chrysler en clase 12 marca denominativa, 1900-3461707 Registro Nº 34617 Chrysler en clase 7 marca denominativa, 1900-3583312 Registro Nº 35833 Jeepster en clase 12 marca denominativa, 1900-4798012 Registro Nº 47980 Quadra-TRAC en clase 12 marca denominativa, 1900-5825712 Registro Nº 58257 RAM en clase 12 marca denominativa, 1900-6952912 Registro Nº 69529 Cherokee en clase 12 marca denominativa, 1900-7031411 Registro Nº 70314 Jeep en clase 11 marca denominativa, 1900-7031520 Registro Nº 70315 Jeep en clase 20 marca denominativa, 1900-7047314 Registro Nº 70473 Jeep en clase 14 marca denominativa, 1900-7047418 Registro Nº 70474 Jeep en clase 18 marca denominativa, 1900-7047534 Registro Nº 70475 Jeep en clase 34 marca denominativa, 1900-7047624 Registro Nº 70476 Jeep en clase 24 marca denominativa, 1900-7047708 Registro Nº 70477 Jeep en clase 8 marca denominativa, 1900-7047821 Registro Nº 70478 Jeep en clase 21 marca denominativa, 1900-7075037 Registro Nº 70750 Jeep en clase 37 marca denominativa, 1900-7121025 Registro Nº 71210 Jeep en clase 25 marca denominativa, 1900-7123722 Registro Nº 71237 Jeep en clase 22 marca denominativa, 2001-0000115 Registro Nº 127880 Overland en clase 12 marca denominativa, 2004-0000116 Registro Nº 148712 Commander en clase 12 marca denominativa, 2000-0000388 Registro Nº 124485 Chrysler Sebring en clase 12 marca denominativa, 1998-0000826 Registro Nº 109815 Neón en clase 12 marca denominativa, 1998-0000834 Registro Nº 109820 Wrangler en clase 12 marca denominativa, 1998-0000835 Registro Nº 109821 VIPER en clase 12 marca denominativa, 1998-0000836 Registro Nº 109822 Stratus en clase 12 marca denominativa, 1998-0000837 Registro Nº 109823 Caravan en clase 12 marca denominativa, 1998-0000838 Registro Nº 109824 Dakota en clase 12 marca denominativa, 1998-0000839 Registro Nº 109825 Durango en clase 12 marca denominativa, 1998-0000840 Registro Nº 109826 Laredo en clase 12 marca denominativa, 2003-0001058 Registro Nº 140929 Trail Rateo en clase 12 marca denominativa, 2000-0002010 Registro Nº 122017 Citadel en clase 12 marca denominativa, 1994-0002116 Registro Nº 88941 Chrysler en clase 12 marca mixta, 2002-0002339 Registro Nº 136379 Pacífica en clase 12 marca denominativa, 2003-0002636 Registro Nº 143009 Rubicon en clase 12 marca denominativa, 2003-0003518 Registro Nº 143454 Hemi en clase 12 marca denominativa, 1993-0004055 Registro Nº 85238 Viper en clase 41 marca denominativa, 1993-0004057 Registro Nº 85237 Viper en clase 28 marca denominativa, 1998-0006331 Registro Nº 112517 PT Cruiser en clase 12 marca denominativa, 2003-0006345 Registro Nº 145634 300 C en clase 12 marca mixta, 1996-0008435 Registro Nº 101353 en clase 37 marca Figurativa, 2004-0008794 Registro Nº 159854 Charger en clase 12 marca denominativa, 2000-0008898 Registro Nº 131567 Liberty en clase 12 marca denominativa, 2000-0008899 Registro Nº 130006 Jeep Liberty en clase 12 marca denominativa, 2004-0009078 Registro Nº 169473 en clase 37 marca Figurativa, 1900-7212135 Registro Nº 72121 Jeep en clase 35 marca denominativa, 1900-7212426 Registro Nº 72124 Jeep en clase 26 marca denominativa, 1900-7258503 Registro Nº 72585 Jeep en clase 3 marca denominativa, 1900-7261928 Registro Nº 72619 Jeep en clase 28 marca denominativa, 1900-7277507 Registro Nº 72775 Jeep en clase 7 marca denominativa, 1900-7988609 Registro Nº 79886 Jeep en clase 9 marca denominativa, 2005-0000132 Registro Nº 158476 Patriot en clase 12 marca denominativa, 2005-0000198 Registro Nº 158477 Compass en clase 12 marca denominativa, 2007-0000804 Registro Nº 169831 Voyacer en clase 12 marca denominativa, 2007-0000956 Registro Nº 170357 Mygig en clase 9 marca denominativa, 2007-0002064 Registro Nº 172021 Challenger en clase 12 marca denominativa, 2005-0002878 Registro Nº 157330 Dodge Nitro en clase 12 marca denominativa, 2005-0002940 Registro Nº 156168 Caliber en clase 12 marca denominativa, 2005-0004401 Registro Nº 158498 Avenger en clase 12 marca denominativa, 2006-0008185 Registro Nº 166271 Dodge Crew en clase 12 marca denominativa, 2004-0009079 Registro Nº 155989 en clase 12 marca Figurativa, 2004-0009091 Registro Nº 155988 Dodge en clase 37 marca denominativa y 2006-0011431 Registro Nº 168998 Swivel ‘N GO en clase 12 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de agosto de 2008.—Vielka Sossa Obando, Oficina de Marcas y Otros Signos Distintivos.—1 vez.—(89431).
Cambio de Nombre Nº 1722
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, en calidad de apoderado especial de Beam Global España S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de ALLIED DOMECQ ESPAÑA S. A. por el de BEAM GLOBAL ESPAÑA S. A., presentada el día 22 de agosto de 2008 bajo expediente 1722. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1998-0000306 Registro Nº 108600 Fundador en clase 33 marca mixta. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 27 de agosto de 2008.—Roy Brenes Salazar.—1 vez.—(89432).
Cambio de Nombre Nº 1205
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, en calidad de apoderado especial de Daimler AG, solicita a este registro se anote la inscripción de cambio de nombre de DaimlerChrysler AG., domiciliada en Epplestrasse 225,70567 Stuttgart, Alemania, por el de DAIMLER AG, domiciliada en Mercedesstrasse 137, Stuttgart, Alemania, presentada el día 16 de julio de 2008 bajo expediente 1205. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1998-0008449 Registro Nº 119631 DAIMLER CHRYSLER en clase 16 marca mixta, 1998-0008463 Registro Nº 121660 DAIMLER CHRYSLER en clase 12 marca mixta, 1998-0008485 Registro Nº 113386 DAIMLER CHRYSLER en clase 36 marca mixta y 1998-0008492 Registro Nº 113393 DAIMLER CHRYSLER en clase 37 marca mixta. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de agosto de 2008.—Roy Brenes Salazar.—1 vez.—(89433).
Cambio de Nombre Nº 1264
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, en calidad de Apoderado Especial de Cadbury Uk Limited, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Cadbury Limited por el de CADBURY UK LIMITED, presentada el día 21 de julio de 2008 bajo expediente 1264. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2004-0009058 Registro Nº 161115 ALMOND JOY en clase 30 marca denominativa y 2007-0011480 CONOCE MAS. ELIGE MEJOR en clase 41 marca denominativa. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de agosto de 2008.—Vielka Sossa Obando.—1 vez.—(89434).
Cambio de Nombre Nº 1263
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, en calidad de Apoderado Especial de Cadbury Uk Limited, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de CADBURY LIMITED por el de CADBURY UK LIMITED, presentada el día 21 de julio de 2008 bajo expediente 1263. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2004-0009058 Registro Nº 161115 ALMOND JOY en clase 30 Marca Denominativa y 2007-0011472 CONOCE MAS. ELIGE MEJOR en clase 30 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de agosto de 2008.—Vielka Sossa Obando.—1 vez.—(89435).
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Vecinos Urbanización Los Anonos-San Rafael Escazú, con domicilio en San José, San Rafael de Escazú, Barrio Los Anonos, de la entrada principal dos cuadras al este y setenta y cinco norte de la casetilla del parque. Cuyos fines son los siguientes: promover la organización permanente de los vecinos de Barrio Los Anonos. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto, es el presidente Demetrio Pérez Góngora. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 576, asiento 58438.—Curridabat, veintiséis de agosto del dos mil ocho.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—(88238).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de El Golfo de Lepanto de Puntarenas, con domicilio en la provincia de Puntarenas. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto, de conformidad con las disposiciones y reglamentos que al respecto emite el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados que serán de acatamiento obligatorio. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Estanislao Carrillo Castillo. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 573, asiento: 33520, adicionales 575-61522 y 576-77073.—Curridabat, 01 de setiembre del 2008.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 61822.—(89580).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la Asociación de Capacitación Ministerial. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 573 asiento: 33203).—Curridabat, 03 de julio del 2008.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 61823.—(89581).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Canaan Rivas, Pérez Zeledón, con domicilio en la provincia de San José, Pérez Zeledón. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto, de conformidad con las disposiciones y reglamentos que al respecto emite el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados que serán de acatamiento obligatorio. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Omar Solano Gamboa. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 08 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 576, Asiento: 86736.—Curridabat, 13 de agosto del 2008.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 61931.—(89987).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de La Garita de La Cruz Guanacaste, con domicilio en Guanacaste, en el Salón comunal de La Garita. Cuyos fines son los siguientes: administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto, de conformidad con las disposiciones y reglamentos que al respecto emite el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados que serán de acatamiento obligatorio. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, es el presidente: Sebastián Víctor Víctor. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en tramite. Tomo: 576, asiento: 54431.—Curridabat, 12 de agosto del 2008.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 61954.—(89988).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada, Asociación de Pequeños Productores de Plátano de Santo Domingo de Siquirres, con domicilio en Limón, Barrio La Ranchería, del Abastecedor Santo Domingo seiscientos metros al norte. Cuyos fines son los siguientes: Agremiar a los pequeños productores de plátano de Santo Domingo y alrededores con el fin de canalizar el beneficio en la compra de insumos, recibir ayudas o donaciones, capacitación, todo sin ningún fin lucrativo para la asociación. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, es el presidente: Mario Breckenridge Lobo. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en tramite. Tomo: 576, asiento: 83756.—Curridabat, 29 de agosto del 2008.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 61986.—(89989).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada, Asociación Sembrando Una Mejor Calidad de Vida Carcelaria, con domicilio en la provincia de Heredia, Residencial Los Arcos, segunda etapa, casa dos ciento cincuenta y seis, cuyos fines son los siguientes: Colaborar mediante el desarrollo de diversos proyectos y servicios en la promoción de una mejor calidad de vida de los privados y privadas, y ex privados, ex privadas de libertad, y así prevenir la pobreza y delincuencia en el país y promover su reinserción en la sociedad. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, es la presidenta: Griselda Cerdas Ruiz. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en tramite. Tomos: 573, 575 y 576, asientos: 91365, 5579 y 48221.—Curridabat, 4 de julio del 2008.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 62018.—(89990).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Centro Cristiano Jiret Shalon de La Uvita de Orotina, con domicilio en la provincia de Alajuela, Orotina. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover la doctrina religiosa del cristianismo como iglesia evangélica entre los asociados. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Luis Aníbal Gutiérrez Leal. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley No 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 575, asiento: 52294.—Curridabat, 3 de setiembre del 2008.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 62078.—(89991).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada, Asociación Provivienda La Esperanza de Coronado, con domicilio en la San José, en el Salón Comunal de la Urbanización El Manantial. Cuyos fines son los siguientes: Velar por el desarrollo y bienestar de sus asociados y de la comunidad. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, es la presidenta: Silvia González Sequeira. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en tramite. Tomos: 576 y 577, asientos: 88691 y 9341.—Curridabat, 29 de agosto del 2008.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 62095.—(89992).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Boxeo Profesional del Área Externa al Gran Área Metropolitana, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover la disciplina del boxeo profesional y actividades afines en todas sus categorías y modalidades en ambos géneros. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Álvaro Rojas Delgado. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 575, Asiento: 28244, Adicional 577-23344.—Curridabat, 18 de setiembre del 2008.—Lic. Grace Lu Scott Lobo, Directora a. í.—1 vez.—Nº 62119.—(89993).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Instituto Adventista de Monteverde, con domicilio en la provincia de Limón. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Brindar a la niñez y juventud la oportunidad de estudiar los niveles correspondientes a preescolar, kinder, primaria y secundaria, así como cualquier otro que la asociación determine de la mano con los valores morales y característicos de la fe adventista. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente Ever Guenther García. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 575, Asiento 46374 y adicional Tomo 577, Asiento 24468).—Curridabat, 11 de setiembre del 2008.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 62179.—(89994).
REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula Nº 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Savannah Forestry Equipment LLC, de Estados Unidos de América, solicita la Patente de Invención denominada MÉTODO Y APARATO PARA LA NIVELACIÓN A ALTA VELOCIDAD. Se proporciona un método y aparato para nivelar a alta velocidad un camino en una sola pasada. La máquina niveladora incluye un bastidor soportado sobre una superficie. Por lo menos una cuchilla se fija pivotalmente al bastidor, y se puede colocar para hacer contacto con la superficie. Un primer mecanismo de desviación desvía la cuchilla hacia una posición hacia adelante. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es E02F 3/76, cuyo inventor es David W. Heckendorf. La solicitud correspondiente lleva el número 6367, y fue presentada a las 12:45:00 del 15 de mayo de 2001. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los 3 meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 5 de agosto de 2008.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—Nº 60648.—(87950).
Edgar Rohrmoser Zúñiga, mayor, Abogado, cédula de identidad Nº 1-617-586, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Eaton Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada ADAPTADOR AJUSTABLE PARA MONTAR APARATO INTERRUPTOR DE CIRCUITO Y ENSAMBLE ANEXO EMPLEANDO EL MISMO. Un adaptador (102) es para montar un aparato interruptor eléctrico, tal como un disyuntor de circuito (106), en el panel posterior (10) de un alojamiento, tal como un gabinete de dispositivo de distribución. El panel posterior tiene por lo menos una apertura (12). El adaptador incluye una primera porción de extremo (116) acoplada en o alrededor de la apertura (12) del panel posterior, una porción vinculadora (120) y vinculando y sujetando (26), y una segunda porción de extremo (122) dispuesta distante de la primera porción de extremo (122) dispuesta distante de la primera porción de extremo e incluyendo una ranura alargada (124). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es H02B 1/04, cuyos inventores son Karim, Syed M., Gehlbach, James L. La solicitud correspondiente lleva el número 10059, y fue presentada a las 13:56:30 del 9 de junio de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1º de agosto de 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Nº 60809.—(87951).
Edgar Rohrmoser Zúñiga, mayor, abogado, cédula de identidad Nº 1-0617-0586, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Eaton Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada DISYUNTOR DE CIRCUITO Y MÉTODO PARA MEDIR CORRIENTE INDIRECTAMENTE DE VOLTAJE BIMETAL Y DETERMINADO TEMPERATURA BIMETAL Y TEMPERATURA CORREGIDA DEPENDIENTE DE RESISTENCIA BIMETAL. Un disyuntor de circuito incluye un bimetal conectado eléctricamente en serie con contactos separables, y un mecanismo de operación estructurado para abrir y cerrar los contactos. Un sensor de temperatura distante del bimetal incluye una salida que tiene una señal de temperatura ambiental. Un circuito de disparo incluye un primer circuito que tiene una primera entrada interconectada eléctricamente con una salida de bimetal para ingresar un voltaje representativo de corriente, una segunda entrada interconectada eléctricamente con la salida de sensor de temperatura para ingresar la señal de temperatura ambiental. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es H02H 1/00, cuyos inventores son Parker, Kevin L. La solicitud correspondiente lleva el número 10154, y fue presentada a las 13:29:10 del 17 de julio de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de agosto de 2008.—Lic. Karina Arrieta Rodríguez, Registradora.—Nº 60810.—(87952).
Edgar Rohrmoser Zúñiga, mayor, divorciado, abogado, cédula de identidad Nº 1-617-586, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Eaton Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada APARATO DE INTERRUPCIÓN ELÉCTRICA QUE INCLUYE UN SEGUNDO CIRCUITO DE DISPARO QUE RESPONDE A FALLAS DE UN PRIMER CIRCUITO DE DISPARO PARA PROPORCIONAR UNA SEÑAL REPETITIVA. Un receptáculo incluye contactos separables, un mecanismo de operación estructurado para abrir y cerrar los contactos separables, y dos circuitos de disparo. Un primer circuito de disparo a base de microprocesador incluye una primera salida que tiene una primera señal de disparo de falla de arco / falla de tierra, y una segunda salida que tiene una señal pulsada periódica. Un segundo circuito de disparo a prueba de fallas teniendo una entrada teniendo la señal pulsada periódica y una salida teniendo una segunda señal de disparo. El segundo circuito de disparo a prueba de fallas se estructura para emitir la segunda señal de disparo en respuesta a falla del primer circuito de disparo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es H02H 3/33, cuyos inventores son Elms, Robert T. La solicitud correspondiente lleva el número 10153, y fue presentada a las 13:28:10 del 17 de julio de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 5 de agosto de 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—Nº 60812.—(87953).
El señor Federico Carlos Alvarado Aguilar, mayor, casado una vez, abogado, cédula de identidad Nº 9-060-982, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Soloarmar Panama S. A., de Panamá, solicita la Patente de Invención denominada SISTEMA CONSTRUCTIVO SOLOARMAR DE ENSAMBLE DE PAREDES EN SECO. El sistema constructivo Soloarmar consiste en un método original de construcción de paredes, donde los huecos de los bloques coinciden rigurosamente en el sentido vertical. Los bloques utilizarán un dispositivo llamado “uniones” para encajar internamente, permitiendo dar resistencia y rapidez a la albañilería, con modulación especial para los bloques de arcilla o concreto con patrones industrializados, máquinas, boquillas y troqueles específicos diseñados por Soloarmar. Cuya apariencia y características es similar a la albañilería convencional sin utilizar mezcla entre bloques sólo en el replanteo de la primera hilada. La clasificación internacional de patentes sexta edición es E 04C 1/40 y E 04B 2/18 cuyos inventores son: Yap Ching, Mixza; Barquero Yap, Luis Andrés. La solicitud correspondiente lleva el número 8348, y fue presentada a las 11:41:27 del 20 de abril del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de setiembre del 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(88245).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor José Antonio Muñoz Fonseca, mayor, casado una vez, abogado, cédula de identidad Nº 1-433-939, vecino de Santa Ana, en su condición de apoderado especial de Immunogen Inc., solicita la Patente de Invención denominada: PROCESO PARA PREPARAR CONJUGADOS DE ANTICUERPO Y MAYTANSINOIDE. La invención proporciona un proceso para preparar un agente de enlace celular químicamente acoplado a un fármaco. El proceso comprende fijar covalentemente un ligante a un agente de enlace celular, una etapa de purificación, conjugar un fármaco al agente de enlace celular y una etapa de purificación subsecuente. La clasificación internacional de patentes sexta edición es A61K 47/48, cuyos inventores son: Dai, Yong, Wang Yong, Jin Shengjin, Meshulam Deborah H., Amphlett Godfrey W. La solicitud correspondiente lleva el número 9742, y fue presentada a las 07:48:11 del 18 de febrero del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de agosto del 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Nº 60923.—(88565).
El señor Manuel Enrique Lizano Pacheco, mayor, casado, abogado, cédula de identidad Nº 1-833-413, vecino de San José, en su condición de apoderado especial del señor N. Caleb Avery, de Estados Unidos de América, solicita la Patente de Invención denominada: MÉTODO Y SISTEMA PARA LA TASACIÓN Y ASIGNACIÓN ÓPTIMAS DE PRECIOS. Existe claramente un gran número de inconvenientes y abusos en el sistema corriente de “recepción de ofertas” y los sistemas tipo subasta electrónica existentes no resuelven todos estas emisiones. Los presentes inventores han identificado el problema principal con la aproximación habitual como siendo la información la adecuada suministrada a los compradores potenciales de títulos y otros ítems. Esto es típicamente más problemático cuando no existe un precio o valor claro sobre el ítem que es vendido, tal como las nuevas emisiones de títulos especialmente acciones, pero no limitadas así. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sexta Edición es G06Q 40/00, cuyo inventor es N. Caleb Avery. La solicitud correspondiente lleva el número 8573, y fue presentada a las 08:53:53 del 28 de agosto del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de agosto del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—Nº 60925.—(88566).
La señora Kristel Faith Neurohr, mayor, abogada, cédula de identidad Nº 1-1143-0447, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Juan Pablo Covarrubias Torres, de Chile, solicita la Patente de Invención denominada: LOSAS CON DIMENSIONES PERFECCIONADAS PARA PAVIMENTOS DE CALLES, CAMINOS, CARRETERAS Y METODOLOGÍA PARA DETERMINAR EL DISEÑO DE DICHA LOSA. La presente invención propone una losa de hormigón para realizar la pavimentación en donde el valor máximo del ancho de la losa Dx está dado por la menor medida entre la distancia D1 de las ruedas delanteras de un camión de carga patrón o promedio y la distancia D2 de un tren de ruedas traseras del mismo camión patrón o promedio; el máximo del largo de la losa L está dado por la distancia entre ejes del camión patrón o promedio; y el espesor E está dado por el valor de la resistencia del hormigón teniendo en cuenta las cargas del tráfico, el tipo y calidad de la base, tipo de suelo. La presente invención comprende la metodología de diseño de la mencionada losa, logrando con ello siempre una sola rueda, o bien, un solo tren de ruedas de un camión de carga, usado como patrón o promedio, esté tocando y apoyado sobre la losa. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es E01 C 7/00, cuyo inventor es Juan Pablo Covarrubias Torres. La solicitud correspondiente lleva el número 8144, y fue presentada a las 09:34:18 de 13 de diciembre del 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 11 de agosto del 2008.—Lic. Karina Arrieta Rodríguez, Registradora.—Nº 60927.—(88567).
La señora Kristel Faith Neurohr, mayor, soltera, abogada, cédula de identidad Nº 1-1143-447, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Bajaj Auto Limited, de India, solicita la Patente de Invención denominada: MÉTODO Y SISTEMA PARA CONTROLAR RUIDO DE MOTOR. La presente invención proporciona un método para controlar el ruido y la severidad provocados por la combustión en un motor encendido por chispa que tiene una cámara de combustión; un medio de distribución de combustible para distribuir una carga de combustible a la cámara de combustión; una pluralidad de medios de ignición por chispa situados en la cámara de combustión para encender la carga de combustible y una unidad de control. La unidad de control controla la operación de cada medio de ignición en respuesta al valor medido de por lo menos un parámetro asociado del ruido de combustión, que es una condición de operación del motor. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sexta Edición es F02P 15/02, cuyo inventor es Joseph Abraham. La solicitud correspondiente lleva el número 9630 y fue presentada a las 07:52:00 del 21 de diciembre del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de agosto del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—Nº 60937.—(88568).
El señor Édgar Rohrmoser Zúñiga, mayor, abogado, cédula número 1-617-586, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Eaton Corporation., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada: RECEPTÁCULO PROVEEDOR DE PROTECCIÓN SOSTENIDA DE EXCESO DE VOLTAJE. Un receptáculo para un circuito de energía incluye un alojamiento de receptáculo, una terminal de línea estructurada para recibir un voltaje incluyendo uno de un voltaje nominal y un voltaje excesivo mayor, una terminal de carga, una terminal neutra, una terminal neutra de carga, contactos separables conectados eléctricamente entre las terminales de línea y de carga, un mecanismo de operación estructurado para abrir y cerrar los contactos separables y un mecanismo de disparo que coopera con el mecanismo de operación para disparar abiertos los contactos separables. El mecanismo de disparo incluye un circuito de disparo estructurado para detectar una primera condición de disparo estructurado para detectar una primera condición de disparo asociada con el circuito de energía y para en respuesta accionar el mecanismo de operación para disparar abiertos los contactos separables. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es H02H 3/33, cuyos inventores son Elms, Robert T., Natili, Thomas E. La solicitud correspondiente lleva el número 10135 y fue presentada a las 14:59:25 del 08 de julio del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 01 de agosto del 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Nº 61157.—(88569).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Harry Zurcher Blen, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-0415-1184, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Agouron Pharmaceuticals Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS DE INDAZOLE Y COMPOSICIONES FAMACÉUTICAS PARA LA INHIBICIÓN DE LA PROTEÍNA CINASA Y MÉTODOS PARA SU USO. La presente invención se refiere a compuestos de indazol que modulan y/o inhiben la actividad de ciertas proteínas cinasas. Estos compuestos y composiciones farmacéuticas que las contienen son capaces de mediar la transducción de señal de la tirosina cinasa y con ello, modular y/o inhibir la proliferación celular indeseada. La invención también se dirige al uso profiláctico y/o terapéutico de composiciones farmacéuticas que contienen tales compuestos y a métodos de tratamiento del cáncer y otros estados de padecimientos asociados con la angiogénesis indeseada y/o proliferación celular. La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 231/00, cuyos inventores son Kania Robert Steven, Bender Steven Lee, Borchardt Allen J., Cripps Stephan James, Braganza John F., Hua Ye, Johnson Michael David, Jonhson Theodore Otto JR., Luu Hiep The, Palmer Cynthia Louise, Reich Siegfried Heinz, Tempczyk-Rusell Ana María, Teng Min, Thomas Christine, Varney Michael David, Wallace Michael Brennan, Collins Michael Raymond. La solicitud correspondiente lleva el número 10194 y fue presentada a las 10:56:20 del 08 de agosto de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de agosto de 2008.—Lic. Karina Arrieta Rodríguez, Registradora.—(89279).
El señor Harry Zurcher Blen, mayor, casado, abogado, cédula de identidad número 1-415-1184, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Bayer Pharmaceuticals Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada OMEGA CARBOXIARI-DIFENIL-UREA SUSTITUIDA CON FLÚOR PARA EL TRATAMIENTO Y LA PREVENCIÓN DE ENFERMEDADES Y AFECCIONES (Divisional). Un compuesto de la fórmula (I): sales del mismo, prodrogas del mismo, metabolitos del mismo, composiciones farmacéuticas que contienen dicho compuesto y el uso de dicho compuesto y dichas composiciones para tratar enfermedades mediadas por raf, VEGFR, PDGRF, p38 y ftl-3. La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 213 / 00, cuyos inventores son Dumas Jacques, Boyer Stephen, Riedl Bernd, Wilhelm Scott. La solicitud correspondiente lleva el número 10193 y fue presentada a las 10:56:15 del 08 de agosto de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 13 de agosto de 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(89280).
El señor Edgar Zurcher Guardián, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-532-390, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Nippon Soda Co., Ltd., de Japón, solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS AMINO CÍCLICOS ENTRELAZADOS Y AGENTES PARA EL CONTROL DE PLAGAS. Los compuestos aminos cíclicos representados por la fórmula (I) o sales de los mismos o N-óxidos de los mismos, en donde Cyl representa un anillo aromático substituido o no substituido, X representa oxígeno, sulfuro, nitrógeno substituido o no substituido, sulfinilo, o sulfonilo; R1a y R2a, R1a y R4a, R2a y R3a y R4a forman juntos anillos saturados; R1a, Rlb, R2a, R2b, R3b, R4a, R4 y R5 los cuales no forman anillos saturados son cada uno independientemente hidrógeno, hidroxilo, halógeno, amino substituido o no substituido, nitro o un grupo orgánico; Cy2 representa un anillo aromático substituido o no con una cláusula que Cy2 es un anillo heteroaromático. La clasificación internacional de patentes sexta edición es C07D 451/14 cuyos inventores son Hamamoto, Isasi; Takahashi, Jun; Yano, Makio; Kawaguchi, Masahiro; Hanai, Daisuke; Iwasa, Takao. La solicitud correspondiente lleva el número 9856 y fue presentada a las 14:02:20 del 01 de abril del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de agosto de 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(89281).
El señor Edgar Zurcher Gurdian, mayor, abogado, cédula Nº 1-532-390, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMBINACIÓN DE UN INHIBIDOR DE ACETILCOLINESTERASA Y UN ANTAGONISTA DE 5-HT6 PARA EL TRATAMIENTO DE LA DISFUSIÓN CONGNITIVA. La presente invención suministra un método para el tratamiento de un trastorno cognitivo tal como la enfermedad de Alzheimer en un paciente que lo necesita que comprende suministrar a dicho paciente una cantidad terapéuticamente afectiva de una combinación de un inhibidor de acetilcolinesterasa y un antagonista 5-hidroxitriptamina-6. La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31/416, cuyos inventores son Comery, Thomas, Anthobny, Schechter, Lee, Erwin. La solicitud correspondiente lleva el número 10139 y fue presentada a las 14:22:50 del 11 de julio de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de agosto de 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(89282).
El señor Harry Zürcher Blen, mayor, casado, abogado, cédula de identidad número 1-415-1184, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Honda Motor Co., Ltd., de Japón, solicita el Diseño Industrial denominado MOTOCICLETA.
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La motocicleta incluye una unidad de energía montada a la superficie inferior de un bastidor principal que se extiende en una dirección postrera y hacia abajo de un tubo principal. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es 12/11 cuyos inventores son Ichihara Yoshikazu y Nitta Hiroshi. La solicitud correspondiente lleva el número 8792 y fue presentada a las 12:31:11 del 06 de diciembre del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de agosto del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(89283).
El señor Edgar Zürcher Gurdián, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-532-390, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Mag Instrument Inc. de Estados Unidos de América, solicita la Patente de Invención denominada CARGADOR PARA FOCO.
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El diseño ornamental para el cargador de foco como se muestra y describe. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es 26 /02, cuyo inventor es Anthony Maglica. La solicitud correspondiente lleva el número 8501 y fue presentada a las 14:03:37 de 05 de julio del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional..—San José, 11 de agosto del 2008.—Lic. Karina Arrieta Rodríguez, Registradora.—(89284).
El señor Harry Zurcher Blen, mayor, casado, abogado, cédula de identidad número 1-415-1184, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Mars Incorporated, de Estados Unidos de América, solicita el Diseño Industrial denominado DISEÑO DULCE AVELLA.
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Es un diseño artístico de apariencia de un producto de confitería, un dulce, en particular. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es 01/01 cuyo inventor es Sergei Jurievich. La solicitud correspondiente lleva el número 7400 y fue presentada a las 08:35:24 del 28 de julio del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 11 de agosto del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(89285).
El señor Édgar Zurcher Gurdián, mayor, divorciado, abogado, cédula de identidad número 1-532-390, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de The Coca-Cola Company, de Estados Unidos de América, solicita el Diseño Industrial denominado BOTELLA (COMUNICACIÓN DE MERCURIO).
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Una botella que se caracteriza por: Una agarradera y un cuerpo; el cuerpo de la botella es un cilindro orientado verticalmente con una forma cóncava; un grupo de costillas colocadas hacia abajo curvadas localizadas una sobre la otra dentro de una hendidura a un lado del cuerpo de la botella; y un grupo de costillas colocadas hacia arriba localizadas una sobre otra dentro de una hendidura al otro lado del cuerpo de la botella. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es 09/01, cuyos inventores son Kevin Hyde, Chris Forecast, Craig Glass y Matt Cotterell. La solicitud correspondiente lleva el número 8186 y fue presentada a las 14:29:37 del 11 de enero del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguiente a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 8 de agosto del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(89286).
El señor Harry Zurcher Blen, mayor, casado, abogado, cédula de identidad número 1-415-1184, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Stokely Vancamp, Inc., de Estados Unidos de América, solicita el Diseño Industrial denominado BOTELLA.
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Diseño nuevo, original y ornamental para una botella. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es 09/01 cuyos inventores son Taek Kim y Stuart Leslie. La solicitud correspondiente lleva el número 8252 y fue presentada a las 14:26:26 del 22 de febrero del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de agosto del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(89287).
El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula Nº 1-669-228, vecino de San José, en su condición de apoderado general de Pfizer Limited, de Reino Unido, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE AMINA... La invención se refiere a compuestos de la fórmula (1) y a procedimientos para la preparación, intermedios que se usan en la preparación, composiciones que contienen y usos de tales derivados. Los compuestos de acuerdo con la presente invención son útiles en numerosas enfermedades, trastornos y afecciones, en particular en enfermedades, trastornos y afecciones, en particular en enfermedades, trastornos y afecciones inflamatorios, alérgicos y respiratorios. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07C 311/08, cuyo(s) inventor(es) es(son) James, Kim, Jones, Lyn, Howard, Price, David, Anthony. La solicitud correspondiente lleva el número 10235, y fue presentada a las 10:56:33 del 22 de agosto del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 8 de setiembre del 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Nº 61743.—(89578).
El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula Nº 1-669-228, vecino de San José, en su condición de apoderado general de Merial Limited de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada “FORMULACIONES PARA USO VETERINARIO QUE CONTIENEN PRODUCTOS DE ORIGEN NO ANIMAL” (DIVISIONAL). Se refiere formulaciones orales mejoradas para uso veterinario, las cuales no contienen productos de origen animal o sabores derivados de fuentes animales y presentan palatabilidad para el animal debido a sus buenas propiedades organolépticas, así como un método para mejorar la palatabilidad. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 9/28, cuyo(s) inventor(es) es(son) Douglas Cleverly., Michelle Hagenbuch., Jun Chen., Abul Azad., James Muhitch. La solicitud correspondiente lleva el número 10271, y fue presentada a las 10:43:28 del 4 de setiembre del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 8 de setiembre del 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Nº 61744.—(89579).
El señor Edgar Rohrmoser Zúñiga, mayor, divorciado, abogado, cédula de identidad número 1-617-586, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Grupo P. I. Mabe S. A. de C.V. de México, solicita la Patente de Invención denominada ARTÍCULO ABSORBENTE DESECHABLE CON SISTEMA PARA DESECHARLO. El presente invento se refiere a un artículo absorbente desechable del tipo que no cuenta con un sistema adecuado para desecharse después del uso, tal como un calzón desechable utilizado por niños en período de entrenamiento para poder ir al baño por sí solos o por adolescentes o adultos incontinentes, artículos que no cuentan con cintas de sujeción, ni adhesivas, ni mecánicas, que son las que generalmente se utilizan para mantener al artículo absorbente desechable en una configuración adecuada para desecharse después del uso. El sistema de desecho del presente invento consiste en un tipo de lazo o banda elástica que se coloca por la parte de cintura trasera del producto, de tal forma que, una vez que el producto se va a desechar, se enreda horizontal o verticalmente sobre sí mismo y se amarra con el lazo o banda elástica de modo que queda perfectamente sujeto y listo para desecharse en forma compacta y sin correr el riesgo de que los exudados que están contenidos dentro del calzón queden expuestos, ocasionando malos olores y contaminación. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sexta Edición es A61F 13/84, cuyos inventores son Alberto Corona Carlos, Carlos Canales Espinosa De Los Monteros y Lucía Sánchez Fernández. La solicitud correspondiente lleva el número 6348, y fue presentada a las 13:20:00 del 18 de abril del 2001. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 07 de agosto del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—Nº 62131.—(89984).
El señor Edgar Rohrmoser Zúñiga, mayor, divorciado una vez, Abogado, cédula de identidad número 1-617-586, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Grupo P.I. Mabe S. A. de C.V., de México, solicita el Dibujo Industrial denominado DIBUJO INDUSTRIAL DE HOJA SUPERIOR PARA TOALLA SANITARIA.
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Dibujo industrial de hoja superior para toalla sanitaria, tal como se ha descrito e ilustrado. La clasificación internacional de Dibujos, Modelos Industriales sétima edición es 28/03 cuyo inventor es Rubén Fernando Madero González. La solicitud correspondiente lleva el número 6269, y fue presentada a las 10:31:45 del 03 de noviembre del 2000. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 05 de agosto del 2008.—Lic. Melissa Solís Z.—Nº 62132.—(89985).
El señor Edgar Rohrmoser Zúñiga, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-0617-0586, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Grupo P.I Mabe S. A de C.V, de México, solicita la Patente de Invención denominada RECEPTÁCULO CON LENGUETA O PESTAÑA PARA EMPAQUE DE ARTÍCULOS ABSORBENTES DESECHABLES. La presente invención se refiere a un receptáculo con lengüeta o pestaña de cierre, al cual se le ha añadido un sello de seguridad que asegura al consumidor que el contenido del receptáculo no ha sido violado, alterado o manipulado. El sello de seguridad es, de preferencia, una prolongación de la lengüeta o pestaña de cierre; sin embargo, puede ser también un elemento por separado que se une al receptáculo una vez que el mismo ha sido llenado y cerrado. Si el sello de seguridad es una prolongación de la lengüeta o pestaña de cierre, una vez que la bolsa se ha cerrado por medio de ésta, se activa el sello manual o automáticamente y se asegura al resto del receptáculo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es B65D 17 /34, cuyos inventores son: Carlos Canales Espinosa de Los Monteros, Lucía Sánchez Fernández, Raúl González Martínez. La solicitud correspondiente lleva el número 6349 y fue presentada a las 13:21:00 de 18 de abril del 2001. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 11 de agosto del 2008.—Lic. Karina Arrieta Rodríguez, Registradora.—Nº 62133.—(89986).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
El Registro de la Propiedad Industrial, Sección de Patentes hace saber que por resolución de las catorce horas cincuenta minutos del treinta y uno de julio del dos mil ocho, fue inscrita la Patente de Invención denominada EMPAQUETADORA, DE ADVANCED DRAINAGE SYSTEMS INC., de Estados Unidos de América, cuyos inventores son William Shaffer, William C. Andrick, se le ha otorgado el número de inscripción de patente de invención 2687, estará vigente hasta el tres de febrero del dos mil veintitrés, la clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es F16L 21/02.—San José, 05 de agosto del 2008.—Lic. Hellen Marín Cabrera.—1 vez.—(89278).
INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Expediente Nº 13070P.—Inversiones Varalfa S. A., solicita concesión de: 0.6 litros por segundo del pozo HE-99, efectuando la captación en finca de su propiedad en Jacó, Garabito, Puntarenas, para uso doméstico-consumo humano. Coordenadas 176.525 / 470.889 hoja Herradura. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 12 de setiembre del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 60464.—(87566).
Expediente Nº 13071A.—Vital Assets Corp Sociedad de Responsabilidad Limitada, solicita concesión de 10 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Jiménez, Pococí, Limón, para uso en industria embotelladora. Coordenadas: 235.083 / 563.390 hoja Carrillo. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de setiembre de 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(88275).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Expediente Nº 13076A.—Olimpia Rodríguez Solís solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Quesada, San Carlos, Alajuela, para uso doméstico y consumo humano. Coordenadas: 258.000 / 493.525, hoja Aguas Zarcas. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de setiembre de 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(88807).
Expediente Nº 13074P.—Pedro Alfonso López solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del pozo AB-1952, efectuando la captación en finca de su propiedad en Curridabat, Curridabat, San José, para uso doméstico y consumo humano. Coordenadas: 210.875 / 534.125, hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de setiembre de 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(88847).
Expediente Nº 13077A.—Entrada del Cacique Limitada, solicita concesión de: 60 litros por segundo del río Ánimas, efectuando la captación en finca de su propiedad en La Cruz, La Cruz, Guanacaste, para uso agropecuario-riego y turístico. Coordenadas 336.809 / 362.803 hoja Bahía de Salinas. Predios inferiores: Miguel Araya Matamoros. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de setiembre del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(89213).
Exp. 13072A.—Ganadera El Guayacan S. A., solicita concesión de: 1.8 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Faltante, Faltante, Guanacaste, para uso agropecuario, abrevadero coordenadas 247.958 / 428.787 hoja Juntas. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 16 de setiembre de 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(89274).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. 13075A.—Ganadera El Guayacan S. A., solicita concesión de: 0,19 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Juan, Abangares, Guanacaste, para uso agropecuario, abrevadero. Coordenadas 247.736/428.823 hoja Juntas. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 17 de setiembre de 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(89276).
Exp. Nº 6586A.—Sociedad de Usuarios de Agua de Pitalillo, solicita renovación concesión de: 30 litros por segundo del Río Urazca, efectuando la captación en finca de Abelardo Ramírez Cordero en Santiago, Paraíso, Cartago, para uso agropecuario-riego-hortaliza. Coordenadas 202.900 / 560.200 Hoja Istarú. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de agosto del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 61629.—(89582).
Exp. Nº 13078P.—Portafolio Accionario S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del Pozo NA-880, efectuando la captación en finca de su propiedad en Santiago, San Ramón, Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas 226.423 / 483.105 Hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de setiembre del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 61707.—(89583).
Exp. Nº 13082A.—Alfredo Segura Arias, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en calle pública y finca de Antonio Rodríguez Granados en San Ignacio, Acosta, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 199.350 / 520.500 Hoja Caraigres. Predios inferiores: Carlos Arias Arias, Eduardo Segura Arias, Antonio Rodríguez Granados. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 19 de setiembre del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 61782.—(89584).
Expediente Nº 13073A.—Hacienda del Monte S. R. L., solicita concesión de: 60 litros por segundo del Río Macho, efectuando la captación en finca de su propiedad en Dulce Nombre de Jesús Vásquez de Coronado, San José para uso Agropecuario Lechería. Coordenadas 220,484 / 535,296, hoja Abra y 0,5 litros por segundo nacimiento sin nombre, Coordenadas 219,252-535, 244 hoja Abra para uso agropecuario lechería. Predios inferiores: Mirian Vargas Tenorio, Ana Cristina Aguilar Vega. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de setiembre de 2008.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(89951).
Expediente Nº 13080A.—Inmobiliaria San Jerónimo S. A., solicita concesión de: 0.057 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Miguel, Desamparados, San José, para uso Doméstico - Consumo Humano. Coordenadas 203.050 / 531.800 hoja ABRA. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 19 de setiembre del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(90315).
Expediente Nº 13081A.—Finca Shangrila S. A., solicita concesión de 0.057 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Miguel, Desamparados, San José, para uso doméstico-consumo humano. Coordenadas 203.050/531.800 hoja ABRA. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 19 de setiembre del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(90316).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
Ante esta Dirección se ha recibido solicitud del licenciado Elian Jiménez Céspedes, cédula de identidad 06-0261-0029, carné 16901, quien pretende que se le autorice y habilite para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta del interesado para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 08-000895-0624-NO.—San José, 27 de agosto del 2008.—Lic. Roy Jiménez Oreamuno, Director a. í.—1 vez.—Nº 62047.—(89995).
Ante esta Dirección se ha recibido solicitud del licenciado Fabián Arrieta Segleau, cédula de identidad número 03-0381-0278, carné Nº 16631, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta del interesado para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 08-000869-0624-NO.—San José, 27 de agosto del 2008.—Lic. Roy Jiménez Oreamuno, Director a. í.—1 vez.—(90274).
PROPUESTA DE PAGO 40025 del 05/06/2008
La Dirección Ejecutiva del Tribunal Supremo de Elecciones acuerda girar a la orden de los interesados los presentes montos, para atender el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.
Cédula Nombre Monto
líquido
109300526 ESTEBAN MAURICI MARTINEZ CERDAS 178,054.58
109300929 ALFREDO RUIZ LAURITO 9,257.36
110880547 JEREMY GRILLO QUESADA 172,380.21
112930244 SUSANA MARIA CAMBRONERO BLANCO 112,382.98
112940516 MORALES ABARCA MARVIN 24,431.08
204680725 OLGER ANTONIO RODRIGUEZ CHACON 7,329.32
205200690 JOHAN GEOVANNY FUENTES ARIAS 64,683.97
303400824 ANGEL FRANCISCO MELENDEZ DELGADO 28,645.96
304280770 GOMEZ CESPEDES DIANA CAROLINA 65,963.92
600600422 VICTOR MANUEL GARCIA BARQUERO 82,300.15
701130443 MOYA PATIÑO ANA PATRICIA 17,101.76
2100042005 MINISTERIO DE HACIENDA 17,961.75
3007042032 JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA 250,000.00
3007042032 JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA 226,000.00
3012005459 UNISYS DE CENTRO AMERICA 724,489.75
3101000046 COMPAÑIA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ 7,699,551.30
3101000046 COMPAÑIA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ 1,773,314.90
3101009515 DOCUMENTOS Y DIGITALES DIFOTO S.A. 320,024.17
3101009515 DOCUMENTOS Y DIGITALES DIFOTO S.A. 298,104.71
3101009515 DOCUMENTOS Y DIGITALES DIFOTO S.A. 73,226.00
3101009515 DOCUMENTOS Y DIGITALES DIFOTO S.A. 341,010.87
3101009515 DOCUMENTOS Y DIGITALES DIFOTO S.A. 339,508.14
3101009515 DOCUMENTOS Y DIGITALES DIFOTO S.A. 341,010.87
3101020660 CONTROL ELECTRONICO S.A. 2,536,478.88
3101020660 CONTROL ELECTRONICO S.A. 261,550.49
3101027174 CONSORCIO DE INFORMACION Y SEGURID 1,009,177.19
3101027174 CONSORCIO DE INFORMACION Y SEGURID 3,093,661.77
3101027174 CONSORCIO DE INFORMACION Y SEGURID 730,205.39
3101027174 CONSORCIO DE INFORMACION Y SEGURID 999,540.72
3101027174 CONSORCIO DE INFORMACION Y SEGURID 999,540.72
3101077363 SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECUR 332,742.54
3101077363 SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECUR 29,170.40
3101077363 SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECUR 332,742.54
3101077363 SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECUR 318,449.04
3101077363 SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECUR 29,170.40
3101077363 SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECUR 332,742.54
3101077363 SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECUR 29,170.40
3101077363 SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECUR 332,762.14
3101077363 SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECUR 29,170.40
3101077363 SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECUR 332,742.54
3101077363 SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECUR 29,170.40
3101090056 I P L SISTEMAS S. A. 2,880,114.41
3101098063 MULTI-NEGOCIOS INTERNACIONALES AMER 207,361.25
3101098063 MULTI-NEGOCIOS INTERNACIONALES AMER 218,135.62
3101098063 MULTI-NEGOCIOS INTERNACIONALES AMER 218,135.62
3101098063 MULTI-NEGOCIOS INTERNACIONALES AMER 200,447.12
3101100445 RODRIGUEZ CONSTRUCTORES ASOCIADOS S 9,870,247.00
3101110403 SISTEMAS MAESTROS DE INFORMACION S. 284,342.64
3101154998 EMERGENCIAS MÉDICAS DEL CONTINENTE 254,922.50
3101154998 EMERGENCIAS MÉDICAS DEL CONTINENTE 254,922.50
3101176412 ALAVISA DE CAÑAS S A L 120,027.21
3101176412 ALAVISA DE CAÑAS S A L 226,851.75
3101176412 ALAVISA DE CAÑAS S A L 226,851.75
3101176412 ALAVISA DE CAÑAS S A L 226,851.75
3101176412 ALAVISA DE CAÑAS S A L 120,027.21
4000042138 INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT 6,279.00
4000042138 INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT 7,599.00
4000042138 INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT 6,279.00
4000042138 INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT 381,667.86
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 19,687.57
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 9,103.24
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 866.98
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 2,889.92
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 3,977.62
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 7,582.17
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 160.02
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 3,388.49
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 3,034.41
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 5,057.36
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 3,977.62
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 24,714.18
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 11,427.47
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 1,088.33
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 3,627.77
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 4,993.18
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 9,518.04
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 200.88
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 4,253.64
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 3,809.16
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 6,348.60
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 4,993.18
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 9,350.58
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 7,448.77
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 1,451.11
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 1,155.97
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 3,990.55
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 3,178.91
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 7,255.54
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 5,779.84
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 3,178.91
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 3,990.55
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 4,171.94
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 3,323.41
4000042152 BANCO POPULAR 2,513.31
4000042152 BANCO POPULAR 507.78
4000042152 BANCO POPULAR 645.62
4000042152 BANCO POPULAR 387.37
4000042152 BANCO POPULAR 432.57
4000042152 BANCO POPULAR 20.43
4000042152 BANCO POPULAR 950.91
40,830,419.34
Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo.—Gilberto Gómez Guillen, Contador.—1 vez.—(O. C. Nº 27-2008).—C-117720.—(88648).
PROPUESTA DE PAGO 40026 del 12/06/2008
La Dirección Ejecutiva del Tribunal Supremo de Elecciones acuerda girar a la orden de los interesados los presentes montos, para atender el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.
Cédula Nombre Monto
líquido
112060169 OSCAR JOSE NAVARRETE SOLIS 50,083.72
303890809 NATALIA CATALIN ASTUA CASTILLO 34,814.29
500460423 WALTER PORRAS FERNANDEZ -NI- 355,740.00
501660614 LUZ MARINA JIMENEZ LEDEZMA -NI- 242,060.00
602430501 WENDY MAYELA PASTRANO FALLAS 26,874.19
603190176 NATACHA GARRO LOPEZ -NI- 392,000.00
3004045202 COOPERATIVA DE ELECTRIFICACION RURA 137,202.00
3004045260 COOPERATIVA DE ELECTRIFICACION RURA 12,825.00
3007042032 JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA 8,600.00
3007045087 JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO 48,187.00
3012355421 THYSSENKRUPP ELEVADORES S.A. -L- 230,316.66
3012355421 THYSSENKRUPP ELEVADORES S.A. -L- 230,316.66
3101003105 CORP INV COSTARRICENSE S.A. -NI- 184,808.00
3101003105 CORP INV COSTARRICENSE S.A. -NI- 1,078,047.04
3101024334 SOLIS GAMBOA E HIJOS S.A. -NI- 269,500.00
3101042028 EMPRESA SERVICIOS PUBLICOS DE HERED 14,568.00
3101042028 EMPRESA SERVICIOS PUBLICOS DE HERED 12,546.00
3101073893 GRUPO DE SOLUCIONES INFORMATICAS GS 574,768.02
3101074898 CONTROLES VIDEO TECNICOS DE COSTA 200,000.00
3101074898 CONTROLES VIDEO TECNICOS DE COSTA 200,000.00
3101074898 CONTROLES VIDEO TECNICOS DE COSTA 200,000.00
3101076436 MUNDO DE LIMPIEZA S.A. 269,500.00
3101077363 SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECUR 332,742.54
3101077363 SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECUR 332,742.54
3101077363 SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECUR 332,742.54
3101082251 COMPAÑIA DE MANTENIMIENTO PREVENTI 215,110.70
3101082251 COMPAÑIA DE MANTENIMIENTO PREVENTI 101,444.25
3101098063 MULTI-NEGOCIOS INTERNACIONALES AMER 157,126.38
3101098063 MULTI-NEGOCIOS INTERNACIONALES AMER 1,923,002.93
3101121078 INCOGUA S.A. -NI- 121,000.00
3101169426 PREMIER SOLUCIONES DE CENTROAMERICA 3,054,343.60
3101169426 PREMIER SOLUCIONES DE CENTROAMERICA 3,054,343.60
3101169426 PREMIER SOLUCIONES DE CENTROAMERICA 3,054,343.60
3101169426 PREMIER SOLUCIONES DE CENTROAMERICA 3,054,343.60
3101169426 PREMIER SOLUCIONES DE CENTROAMERICA 3,054,343.60
3101174285 SEGURIDAD ALFA S.A. -L- 287,995.62
3101176412 ALAVISA DE CAÑAS S A L 126,443.71
3101177156 MULTISERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y 255,495.80
3101177156 MULTISERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y 255,495.80
3101177156 MULTISERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y 238,462.74
3101197288 C R SOLUCIONES GLN S.A. -L- 2,763,799.92
3101246832 SOLUCIONES PARA EVENTOS VALVERDE S. 735,000.00
3101356346 HONTORIA DEL PINAR S. A. 323,400.00
3101397585 GRUPO COMERCIAL TECTRONIC S.A. 3,265,378.42
3102038255 SOCIEDAD PERIODISTICA EXTRA LTDA. 88,800.00
3102067171 SEGURIDAD Y VIGILANCIA SEVIN, LTDA. 1,156,394.18
3102074245 COLCHONERA ALF SANTAMARIA LTDA -NI 150,700.00
4000042138 INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT 102,141.00
4000042139 INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC 1,899,211.58
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 6,213.32
35,259,294.50
Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo.—Gilberto Gómez Guillen, Contador.—1 vez.—(O. C. Nº 27-2008).—C-62720.—(88649).
Registro Civil - Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Maryury Manzanarez Espinoza, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: N° 637-2004. Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas veinticinco minutos del once de febrero del dos mil cuatro. Diligencias de ocurso incoadas en este Registro por Maryury Manzanarez Espinoza, soltera, de oficios domésticos, nicaragüense, pasaporte número treinta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y cuatro, vecina de Sabana Sur, San José. Exp. N° 30824-2003. Resultando: I.—..., II.—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Elyin Pamela Manzanares Martínez, en el sentido de que el nombre y los apellidos de la madre son Maryury Manzanarez Espinoza y no como aparecen actualmente consignados. Publíquese esta resolución por una vez en el Diario Oficial. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(89385).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Margarita de los Ángeles Ortiz Donaire, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1374-2008. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas diez minutos del veinte de junio del dos mil ocho. Exp. Nº 17138-2008. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Mariángel Espinoza Ortiz... en el sentido que el nombre de la madre de la misma es “Margarita de los Ángeles” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 61691.—(89585).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Olga del Rosario Vallejos Sarantes, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1751-08. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las siete horas cincuenta y tres minutos del veintiuno de agosto del dos mil ocho. Ocurso. Exp. N° 20990-2008. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Jorge Vargas Solís con Olga del Rosario Vallejos Sarantes... en el sentido que el apellido de la madre de la cónyuge es Ballejos, no indica segundo apellido, consecuentemente el segundo apellido de la misma es Ballejos y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 61698.—(89586).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ángela Elena Soza Salazar, ha dictado una resolución que en lo conducente dice Resolución Nº 1766-2008. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas treinta minutos del veintidós de agosto del dos mil ocho. Ocurso. Exp. Nº 20386-08. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Charys D Jesús Rojas Soza en el sentido que el nombre de la madre de la misma es “Ángela Elena” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 61838.—(89587).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María de los Ángeles Weber Alfaro, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1460-2008. Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas treinta minutos del treinta de junio del dos mil ocho. Ocurso. Expediente Nº 10464-08. Resultando: 1º—...2º—...3º—... Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—Hechos no Probados... III.—Sobre el Fondo:... Por Tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Ranses Álvaro Carranza Alfaro... en el sentido que los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Weber Alfaro” y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(89870).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Cristóbal Cortedano López, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2962-07. Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las catorce horas cinco minutos del siete de noviembre del dos mil siete. Expediente Nº 14207-07. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—..; Considerando: I.—Hechos Probados... II.—Hechos no Probados... III.—Sobre el Fondo..; Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Brayan Noel Cordero Morales… el de Joel Jeremías Cordero Morales... y el de Sayda Raquel Cordero Morales... en el sentido que el primer apellido del padre... es “Cortedano”.—Lic. Marisol Castro Dobles. Directora General. M.Sc. Ligia Marta González Richmond, Jefa.—1 vez.—(89928).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Maribel Potoy Ponce, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1593-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cinco minutos del veinticuatro de julio del dos mil ocho. Expediente Nº 15791-08. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—..; Considerando: I.—Hechos probados... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo…; Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Norma Ponce Potoy... en el sentido que los apellidos de la madre... son “Potoy Ponce”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 91623.—(89996).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Zelenia María Montero Vargas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 0280-08. Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas veinticinco minutos del treinta y uno de enero del dos mil ocho. Expediente Nº 29598-07. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Ericka María López Vargas... en el sentido que los apellidos de la madre... son “Montero Vargas”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(90275).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Javier Alberto Amador Montenegro, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 652-2008.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las once horas del veinticinco de marzo del dos mil ocho. Ocurso. Expediente Nº 40248-07. Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Javier Alberto Amador Montenegro con Patricia Rangel Azofeifa... en el sentido que el nombre del padre del cónyuge es “Antonio José” y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—Hugo Montero Hernández, Jefe a. í.—1 vez.—(90280).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Maricruz Villalobos Gómez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1285-2008. Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas cuarenta y nueve minutos del once de junio del dos mil ocho. Ocurso. Expediente Nº 11943-2008. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el Fondo:..., Por Tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Róger Francisco Loría Gómez, en el sentido que los apellidos de la madre son “Villalobos Gómez” y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia Maria González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 62372.—(90489).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Álvaro Antonio Campos Guido, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1551-08. Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas del dieciocho de julio del dos mil ocho. Expediente Nº 13294-08. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—..; Considerando: I.—Hechos Probados... II.—Hechos no Probados... III.—Sobre el Fondo… Por tanto: procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Jeffrin Alexander Campos Pérez... y el asiento de nacimiento de Joel Jeancarlo Campos Pérez... en el sentido que el nombre y el apellido de la madre... son “Marbeli del Socorro Pérez, no indica segundo apellido”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.— M.Sc. Ligia Maria González Richmond. Jefa.—1 vez.—(90800).
Que el Tribunal Supremo de Elecciones en su sesión ordinaria Nº 80-2008, artículo cuarto, del 11 de setiembre del 2008, dispuso lo que se transcribe a continuación:
“Artículo cuarto: Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, se conoce oficio Nº CPE-355-2008 sustituir de fecha 8 de setiembre de 2008, recibido en la secretaría del despacho el 10 de setiembre de 2008, mediante el cual literalmente manifiesta:
“En atención a su oficio STSE-2737-2008, del 21 de agosto del 2008, mediante el cual se comunicó a esta oficina el acuerdo adoptado por el Tribunal en sesión ordinaria Nº 74-2008, celebrada en esa misma fecha, en relación con el procedimiento de cómputo y validación de las firmas de apoyo al proyecto “Ley de Conservación de la Vida Silvestre”, expediente legislativo Nº 17.054, de conformidad con lo establecido en la Ley de Iniciativa Popular número 8491 y el Reglamento de Aplicación del artículo 3 de la Ley de Iniciativa Popular, Decreto Nº 4-2007 del 30 de marzo del 2007, me permito informarle lo siguiente:
De conformidad con lo resuelto por esta oficina a las 14 horas del 8 de julio del mes en curso, donde se le previno a los gestores que procedieran, en un plazo de 90 días, a completar 28.096 firmas a efectos de cumplir con el 5% del padrón del mes de mayo del 2008 que equivale, a 135.936 electores y habida cuenta de la autorización expresa del Tribunal para proceder con la revisión y validación de aquellas firmas que se presenten dentro del plazo dado para completar el faltante, debemos informar que se han revisado 4 tomos numerados 16, 17, 18, 19 con 1666 folios numerados del 006855 al 008521, validando 24.142 firmas contenidas en dichos documentos. De tal suerte, existe aún un faltante de 3.952 firmas que deberá ser completado dentro del mismo plazo que continua vigente, el cual dio inició (sic) el 12 de julio y finaliza el día 9 de octubre de este año.
En virtud de lo anterior, me permito solicitarle se sirva elevar a conocimiento y consideración de la señora y los señores magistrados la información antes señalada, adjuntando en este mismo acto un CD con el detalle de los estudios realizados.”
Se dispone: 1. Incorporar al orden del día. 2. Tener por rendido el informe que se conoce. 3. De conformidad con lo establecido en el numeral 3 de la “Ley de Iniciativa Popular” Nº 8491 y el Reglamento sobre la aplicación de dicho artículo, al medio señalado se comunicará el presente acuerdo a los gestionantes, a quienes se les hace ver que en la Secretaría de este Tribunal se encuentra a su disposición el disco compacto que contiene el reporte del procedimiento de revisión detallado, información que también se encuentra disponible a cualquier interesado. Asimismo, se reitera que los actos emitidos sobre el conteo, la verificación y la legitimidad de firmas están sujetos al régimen de impugnaciones de la Ley General de la Administración Pública y que el recurso podrá ser presentado por cualquier ciudadano. Para tales efectos, se ordena la publicación inmediata del presente acuerdo. Hágase del conocimiento del señor Presidente de la Asamblea Legislativa y de la Oficina de Iniciativa Popular de dicho Poder de la República. Acuerdo firme”.
Es conforme: Dada en San José, a las ocho horas diez minutos del doce de setiembre de dos mil ocho, para su publicación en el Diario Oficial.—Lic. Alejandro Bermúdez Mora, Secretario.—1 vez.—(O. C. Nº 2977-2008).—C-30380.—(88647).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
José Carlos Vásquez Meléndez, mayor, soltero, profesor, peruano, cédula de residencia Nº 455-0198985-0002943, vecino de San José, expediente Nº 1370-2007, se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 18 de junio del 2008.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—Nº 61624.—(89588).
Pedro Agustín Mamani Yacarini, mayor, soltero, comerciante, peruano, cédula de residencia Nº 160400091719, vecino de San José, expediente Nº 2951-2005, se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 1º de julio del 2008.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—Nº 61737.—(89589).
Thomas Gilmore Miller conocido como Miller Gilmore, mayor, casado, empresario, mejicano, cédula de residencia 175-152605-011910, vecino de San José, expediente 2891-2005. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones numero 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del termino de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, veintiocho de agosto de dos mil ocho.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(89827).
María Lecti Marlene Cobaleda Rincon, mayor, viuda, del hogar, colombiana, cédula de residencia 420-0200470-0005155, vecina de San José, expediente 1041-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso. San José, veintiocho de agosto de 2008.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(89945).
María Casimira Sosa García, mayor, soltera, comerciante, peruana, cédula de residencia 455-0187471-0002583, vecina de San José, expediente 629-2005. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 28 de agosto del 2008.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—Nº 61991.—(89997).
Luz Mélida Prieto García, mayor, casada, terapeuta, colombiana, cédula de residencia 117000800604, vecina de Alajuela, expediente 819-2006. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 10 de julio del 2008.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—1 vez.—Nº 62006.—(89998).
Carlos Fernando Rodríguez Rojas, mayor, casado, administrador, colombiano, cédula de residencia 117000821718, vecino de Alajuela, expediente 820-2006. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 10 de julio del 2008.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—1 vez.—Nº 62007.—(89999).
María Antonia Reyes Reyes conocida como Reyes Alfaro, mayor, viuda, del hogar, salvadoreña, cédula de residencia 220-150118-007207, vecina de Alajuela, expediente 3554-2005. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 31 de julio del 2008.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(90299).
Maryory de Jesús Yepes Idarraga, mayor, soltera, comerciante, colombiana, carné de refugiada Nº 117000054818, vecina de San José, expediente Nº 1105-2006, se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 25 de abril del 2008.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(90327).
MUNICIPALIDAD DE CARRILLO
Programa de adquisición proyectado para el período
de enero-2008 a diciembre del 2008
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO Nº 02-2008
SECCIÓN DE EGRESOS
DETALLE GENERAL DEL OBJETO DE GASTO
EGRESOS TOTALES |
2.640.193.137,43 |
|
1 |
Servicios |
276.800.000,00 |
2 |
Materiales y Suministros |
122.604.714,53 |
5 |
Bienes Duraderos |
2.240.788.422,90 |
Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, 22 de setiembre del 2008.—Antonio Montero Céspedes, Proveedor Titular Municipal.—1 vez.—(O.C. Nº 7609).—C-7280.—(91297).
HOSPITAL Y ÁREA DE SALUD UPALA
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA FINANCIERA CONTABLE
Modificación al plan de compras año 2008
A los interesados en obtener la ampliación al plan anual de compras del Hospital y Área Salud Upala se les comunica que este se encuentra disponible en la página de la Caja Costarricense de Seguro Social, en la Dirección de correo electrónico www.ccss.sa.cr., en el mismo se incluye la partida 2360.
Upala, 24 de setiembre del 2008.—Lic. Karla Salgado Reina, Directora Administrativa Financiera a. í.—1 vez.—(90863).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000099-PROV
Contratación de servicios de bombeo de combustible para
vehículos del Organismo de Investigación Judicial y del
Ministerio Público del I Circuito Judicial de San José
Se invita a todos los potenciales proveedores a presentar oferta, el cartel está disponible a partir de esta publicación, sin costo alguno, en la Secretaría del Departamento de Proveeduría, sita en el tercer piso del edificio Anexo B, ubicado en el Barrio González Lahmann, en la esquina formada por la calle 15 y la avenida 6, San José; o bien, obtenerlo a través de Internet, en la dirección htttp://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la dirección licitaciones@poder-judicial.go.cr.
El plazo para presentar ofertas vence el día 21 de octubre del 2008, a las 10:00 horas, momento en el cual se procederá con la apertura correspondiente.
San José, 25 de setiembre del 2008.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa a. í. Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—(90868).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000148-PROV
Adquisición de un tractor de orugas
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que recibirá ofertas hasta las 09:00 horas del día 28 de octubre del 2008, en la Proveeduría de este Instituto. Sita 400 metros norte de la esquina este del edificio central, para el suministro de lo siguiente:
Requerimiento: Adquisición de un tractor de orugas.
Las condiciones particulares y especificaciones técnicas podrán adquirirse por medio de fotocopia cancelando el costo de la misma en la Proveeduría de este Instituto, o accesando nuestra dirección electrónica: https://www.grupoice.com/PEL.
Las condiciones generales deben de ser consultadas en el cartel tipo, el cual puede adquirirse por los mismos medios indicados en el párrafo anterior.
San José, 25 de setiembre del 2008.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 335364).—C-10580.—(91300).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000158-PROV
Adquisición de repuestos electromecánicos
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 28 de octubre del 2008, en la Proveeduría de este Instituto. Sita 400 metros norte de la esquina este del edificio central, para el suministro de lo siguiente:
Requerimiento: Adquisición de repuestos electromecánicos.
Las condiciones particulares y especificaciones técnicas podrán adquirirse por medio de fotocopia cancelando el costo de la misma en la Proveeduría de este Instituto, o accesando nuestra dirección electrónica: https://www.grupoice.com/PEL.
Las condiciones generales deben de ser consultadas en el cartel tipo, el cual puede adquirirse por los mismos medios indicados en el párrafo anterior.
San José, 25 de setiembre del 2008.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 335364).—C-10580.—(91302).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000159-PROV
Adquisición de materiales para acondicionar
el edificio COCORI en San Pedro
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del día 28 de octubre del 2008, en la Proveeduría de este Instituto, sita 400 metros norte de la esquina este del edificio central, para el suministro de lo siguiente:
Requerimiento: Adquisición de materiales para acondicionar el edificio COCORI en San Pedro.
Las condiciones particulares y especificaciones técnicas podrán adquirirse por medio de fotocopia cancelando el costo de la misma en la Proveeduría de este Instituto, o accesando nuestra dirección electrónica: https://www.grupoice.com/PEL.
Las condiciones generales deben de ser consultadas en el cartel tipo, el cual puede adquirirse por los mismos medios indicados en el párrafo anterior.
San José, 25 de setiembre del 2008.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 335364).—C-11900.—(91304).
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000005-01
Contratación de personal para la operación de trenes,
Sector Operativo del Pacífico
El Departamento de Proveeduría del Instituto Costarricense de Ferrocarriles, recibirá ofertas para la licitación indicada, hasta las 10:00 horas del día jueves 23 de octubre del 2008.
Los interesados podrán retirar el cartel con las condiciones generales, en la Proveeduría; previo pago de la suma de ¢500,00 en la Tesorería del INCOFER.
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LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LN-000006-01
Contratación de personal para la operación de trenes,
Sector Operativo del Caribe
El Departamento de Proveeduría del Instituto Costarricense de Ferrocarriles, recibirá ofertas para la licitación indicada, hasta las 14:00 horas del día jueves 23 de octubre del 2008.
Los interesados podrán retirar el cartel con las condiciones generales, en la Proveeduría; previo pago de la suma de ¢500,00 en la Tesorería del INCOFER.
San José, 25 de setiembre del 2008.—Marta E. Navarro Sandoval.—1 vez.—(Solicitud Nº 09820).—C-10580.—(90911).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000006-01
Contratación de servicios de mantenimiento de zonas
verdes y jardinería para algunas áreas de la sede
Central incluyendo la granja modelo
El Proceso de Adquisiciones de la Sede Central del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 21 de octubre del 2008. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500,00 en el Proceso de Adquisiciones, sita 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
San José, 25 de setiembre del 2008.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—(Solicitud Nº 16367).—C-7940.—(91318).
MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ
PROCESO DE PROVEEDURÍA
INVITACIÓN
Se invita a los potenciales oferentes a participar en los siguientes procesos de contratación administrativa:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000027-01
Ampliación de puente sobre río Convento (Ley Nº 8114)
Se recibirán ofertas hasta las diez horas del día martes catorce de octubre de dos mil ocho. Se realizará una única visita el día miércoles ocho de octubre a las once de la mañana, para tal efecto los interesados deberán coordinar con el Proceso de Infraestructura y Obras Comunales, al teléfono 2208-7560.
__________
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000034-01
Reconstrucción de puentes sobre quebrada Yeguas en Urbanización
Coopeguachipelín y sobre el río Chiquero en Calle La Nuez
Se recibirán ofertas hasta las ocho horas del día martes catorce de octubre de dos mil ocho. Se realizará una única visita el día miércoles ocho de octubre a las diez de la mañana, para tal efecto los interesados deberán coordinar con el Proceso de Infraestructura y Obras Comunales, al teléfono 2208-7560.
Los pliegos de condiciones podrán ser retirados en las oficinas del Proceso Proveeduría Municipal, ubicadas en el edificio anexo del Palacio Municipal (antiguo Centro de Salud).
Cira Castro Myrie, Proveeduría.—1 vez.—(Solicitud Nº 3956).—C-11240.—(91327).
MUNICIPALIDAD DE CARRILLO
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000031-01
Adquisición de 4 (cuatro) motocicletas tipo montañeras,
con mínimo 225cc, con arranque eléctrico y de pie,
año 2008 ó 2009, original de la casa matriz
La Proveeduría de la Municipalidad de Carrillo, ubicada en el Edificio Municipal de Carrillo, sita 200 metros norte de la esquina noroeste del Parque Central de Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, recibirá ofertas para el concurso que se promueve, a partir de la invitación respectiva hasta las 10:00 horas del día 14 del mes de octubre del año 2008. Costo del cartel: ¢1.000,00; el cual puede ser depositado en la cuenta corriente Nº 100-01-026-1945-5, Banco Nacional de Costa Rica, Filadelfia, Carrillo, Guanacaste y enviar al fax Nº 2688-5928 el depósito e indicar el Nº fax o email, preferiblemente E-Mail, para enviarle el cartel.
Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, 24 de de setiembre del 2008.—Antonio Montero Céspedes, Proveedor Titular Municipal.—1 vez.—(O.C. Nº 7634).—C-8420.—(91309).
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COLORADO
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000003-01.
Compra de base chorro 3/4, para tratamiento asfáltico
barrios del distrito de Colorado.
El Departamento de Proveeduría del Concejo Municipal de Distrito de Colorado, dirección frente a la Iglesia Católica de Colorado, Abangares Guanacaste, invita a todos lo potenciales oferentes a nivel nacional al concurso en mención. Se recibirá ofertas hasta las catorce horas del viernes veinticuatro de octubre del 2008, de conformidad con la hora oficial que marque el reloj que para tales efectos se mantiene en la recepción de dicho Departamento.
El costo del cartel es de ¢2.500,00 (dos mil quinientos colones exactos), monto que deberá ser depositado en la Tesorería de la Institución de previo al retiro del mismo,
Proveeduría.—Manuel E. Porras Ruiz.—1 vez.—(90856).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000008-01
Servicios profesionales de contador público con énfasis en economía
para realizar certificación de granometria de Piedra Caliza
El Departamento de Proveeduría del Concejo Municipal de Distrito de Colorado, dirección frente a la Iglesia Católica de Colorado, Abangares Guanacaste, invita a todos lo potenciales oferente a nivel nacional al concurso en mención. Se recibirá ofertas hasta las catorce horas del martes catorce de octubre del 2008, de conformidad con la hora oficial que marque el reloj que para tales efectos se mantiene en la recepción de dicho Departamento.
El costo del cartel es de ¢2.500,00 (dos mil quinientos colones exactos). Monto que deberá ser depositado en la Tesorería de la Institución de previo al retiro del mismo.
Proveeduría.—Manuel E. Porras Ruiz.—1 vez.—(90857).
MUNICIPALIDAD DE TILARÁN
El Despacho del Alcalde Municipal con autorización del Concejo Municipal de Tilarán, recibirá ofertas por escrito en fecha y hora señaladas en cuadro adjunto, para las siguientes contrataciones:
Licitación |
Detalle |
Fecha apertura |
Hora |
2008LA-000020-01 |
“Adquisición materiales de construcción para proyectos de partidas específicas 2008.” |
13 de octubre del 2008 |
10:00 horas |
El cartel respectivo lo pueden retirar en la oficina de Servicios Administrativos, segunda planta edificio Municipal, costado oeste de la terminal de buses.
Tilarán, 24 de setiembre del 2008.—Br. Jovel Arias Ortega, Alcalde Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 5282).—C-6620.—(91319).
LICITACIÓN Nº 2008LA-000017-01
Adquisición de emulsión asfáltica y piedra 1024
El Despacho del Alcalde Municipal con autorización del Concejo Municipal de Tilarán, recibirá ofertas por escrito en fecha y hora señaladas en cuadro adjunto, para las siguientes contrataciones:
Licitación |
Detalle |
Fecha apertura |
Hora |
2008LA-000017-01 |
Adquisición de emulsión asfáltica y piedra 1024 |
13 de octubre del 2008 |
13:00 horas |
El cartel respectivo lo pueden retirar en la oficina de Servicios Administrativos, segunda planta edificio municipal, costado oeste de la terminal de buses.
Tilarán, 24 de setiembre del 2008.—Br. Jovel Arias Ortega, Alcalde Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 5283).—C-6620.—(91321).
LICITACIÓN Nº 2008LA-000018-01
Adquisición de alcantarillas para proyecto
alcantarillado barrio Ciudadela Juan XXIII
El Despacho del Alcalde Municipal, con autorización del Concejo Municipal de Tilarán, recibirá ofertas por escrito en fecha y hora señaladas en cuadro adjunto, para las siguientes contrataciones:
Licitación |
Detalle |
Fecha apertura |
Hora |
2008LA-000018-01 |
Adquisición de alcantarillas para proyecto alcantarillado barrio Ciudadela Juan XXIII |
14 de octubre del 2008 |
10:00 horas |
El cartel respectivo lo pueden retirar en la oficina de Servicios Administrativos, segunda planta edificio municipal, costado oeste de la terminal de buses.
Tilarán, 24 de setiembre del 2008.—Br. Jovel Arias Ortega, Alcalde Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 5269).—C-6620.—(91324).
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000010-01
Contratación de servicios de mecánica automotriz, enderezado y
pintura para la reparación de uno de los vehículos municipales
El Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, por este medio, invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000010-01, e indica que recibirá ofertas hasta las doce horas del día 13 de octubre del 2008.
El cartel puede ser retirado en la oficina de proveeduría del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, en forma gratuita, de lunes a viernes de 7:00 a. m a 3:00 p. m., estamos ubicados 150 metros al oeste del Banco Nacional de Cóbano.
Cóbano, 23 de setiembre del 2008.—Proveeduría Municipal.—Jackeline Rodríguez Rodríguez.—1 vez.—(90865).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000051-PROV
Contratación de servicios de limpieza para las instalaciones
de los edificios de los Tribunales de Justicia
de Corredores y Coto Brus, Puntarenas
Se comunica a todos los interesados que por acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión Nº 71-08, artículo VIII, celebrada el día 23 de setiembre del año dos mil ocho, se dispuso adjudicar de la siguiente manera:
SERTA Servicios Técnicos Administrativos S. A., cédula jurídica número 3-101-169810.
Línea 1: Servicios de limpieza para las instalaciones del edificio de los Tribunales de Justicia de Corredores, Puntarenas, por un precio mensual de ¢415.826,00 para un total anual de ¢4.989.912,00.
Línea 2: Servicios de limpieza y jardinería para las instalaciones del edificio de los Tribunales de Justicia de Coto Brus, Puntarenas, por un precio mensual de ¢415.826,00 para un total anual de ¢4.989.912,00.
Demás términos y condiciones conforme al pliego de condiciones y la oferta.
San José, 24 de setiembre del 2008.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa a. í. Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—(91296).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2008LN-000002-01
Contratación del servicio de aseo y limpieza para diversas
oficinas del Banco Nacional de Costa Rica
Se comunica a los interesados de esta Licitación Pública Nacional, que el Comité de Licitaciones, en el artículo 5 de la sesión ordinaria Nº 928-2008, celebrada el 9 de setiembre del 2008, y ratificada por la Gerencia General el 24 de setiembre del 2008, acordó adjudicar según se detalla:
Adjudicar el:
Ítem primero: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en Golfito” a la oferta presentada por la empresa Servicio de Limpieza a su Medida S. A., por un monto mensual de ¢279.732,19.
Ítem segundo: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en San Isidro del General”, a la oferta presentada por la empresa MASIZA S. A., por un monto mensual de ¢544.636,38.
Ítem tercero: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en Ciudad Cortés”, a la oferta presentada por la empresa MASIZA S. A., por un monto mensual de ¢261.151,71.
Ítem cuarto: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en Paraíso”, a la oferta presentada por la empresa Distribuidora Mozee S. A., por un monto mensual de ¢243.700,00.
Ítem quinto: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en Buenos Aires”, a la oferta presentada por la empresa MASIZA S. A., por un monto mensual de ¢251.748,88.
Ítem sexto: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la nueva oficina del Banco Nacional de Costa Rica en Ciudad Neilly”, a la oferta presentada por la empresa MASIZA S. A., por un monto mensual de ¢388,694,65.
Ítem sétimo: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en Hojancha”, a la oferta presentada por la empresa Alavisa de Cañas S.A.L., por un monto mensual de ¢285.605,40.
Ítem octavo: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en Pacayas”, a la oferta presentada por la empresa Distribuidora Mozee S. A., por un monto mensual de ¢243.700,00.
Ítem noveno: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en Tobosi”, a la oferta presentada por la empresa AMSA de San Ltda. S. A., por un monto mensual de ¢250.000,00.
Ítem décimo: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en Palmarez de Pérez Zeledón”, a la oferta presentada por la empresa MASIZA S. A., por un monto mensual de ¢252.323,71.
Ítem décimo primero: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica Santa María de Dota”, a la oferta presentada por la empresa MASIZA S. A., por un monto mensual de ¢264.968,45.
Ítem décimo segundo: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en Cartago”, a la oferta presentada por la empresa AMSA de San Ltda. S. A., por un monto mensual de ¢703,468,00.
Ítem décimo tercero: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en León Cortés”, a la oferta presentada por la empresa MASIZA S. A., por un monto mensual de ¢256.178,61.
Ítem décimo cuarto: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en Palmar Norte”, a la oferta presentada por la empresa MASIZA S. A., por un monto mensual de ¢263.707,60.
Ítem décimo quinto: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en Frailes”, a la oferta presentada por la empresa AMSA de San Ltda. S. A., por un monto mensual de ¢250.000,00.
Ítem décimo sexto: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en Aguas Claras”, a la oferta presentada por la empresa Servicio de Limpieza a su Medida S. A., por un monto mensual de ¢279.732,19.
Ítem décimo sétimo: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en La Suiza de Turrialba”, a la oferta presentada por la empresa AMSA de San Ltda. S. A., por un monto mensual de ¢250.000,00.
Ítem décimo octavo: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en Río Claro”, a la oferta presentada por la empresa MASIZA S. A., por un monto mensual de ¢254.360,72.
Ítem décimo noveno: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en Laurel”, a la oferta presentada por la empresa MASIZA S. A., por un monto mensual de ¢264.671,34.
Ítem vigésimo: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en San Vito”, a la oferta presentada por la empresa MASIZA S. A., por un monto mensual de ¢266.959,72.
Ítem vigésimo primero: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en Oreamuno”, a la oferta presentada por la empresa Distribuidora Mozee S. A., por un monto mensual de ¢243.700,00.
Ítem vigésimo segundo: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en Depósito Libre”, a la oferta presentada por la empresa MASIZA S. A., por un monto mensual de ¢281.170,98.
Ítem vigésimo tercero: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en Sabalito”, a la oferta presentada por la empresa MASIZA S. A., por un monto mensual de ¢254.216,28.
Ítem vigésimo cuarto: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en Punta Uvita”, a la oferta presentada por la empresa MASIZA S. A., por un monto mensual de ¢306.586,64.
Ítem vigésimo quinto: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica de Crediticos en Metrocentro”, a la oferta presentada por la empresa Distribuidora Mozee S. A., por un monto mensual de ¢221.815,00.
Ítem vigésimo sétimo: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en Alajuelita”, a la oferta presentada por la empresa Distribuidora Mozee S. A., por un monto mensual de ¢189.792,00.
Ítem vigésimo octavo: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica Mall Dorado, Guadalupe”, a la oferta presentada por la empresa Distribuidora Mozee S. A., por un monto mensual de ¢189.792,00.
Ítem vigésimo noveno: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en Guadalupe”, a la oferta presentada por la empresa Servicios de Limpieza a su Medida S. A., por un monto mensual de ¢307.309,19.
Ítem trigésimo: Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en Plaza Cristal”, a la oferta presentada por la empresa Distribuidora Mozee S. A., por un monto mensual de ¢243.700,00.
Ítem trigésimo primero: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en San Francisco de Dos Ríos”, a la oferta presentada por la empresa Distribuidora Mozee S. A., por un monto mensual de ¢189.792,00.
Ítem trigésimo tercero: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en Santa Elena Monteverde”, a la oferta presentada por la empresa Servicio de Limpieza a su Medida S. A., por un monto mensual de ¢301.793,79.
Ítem trigésimo quinto: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en Bijagua Upala”, a la oferta presentada por la empresa Servicio de Limpieza a su Medida S. A., por un monto mensual de ¢279.732,19.
Ítem trigésimo sexto: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional ubicada en El Centro Comercial Feria del Norte en Tibás”, a la oferta presentada por la empresa Distribuidora Mozee S. A., por un monto mensual de ¢221.815,00.
Asimismo, declarar infructuosos los siguientes ítemes:
Ítem vigésimo sexto: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en la Dirección Regional Cartago-Sur”.
Ítem trigésimo segundo: “Contratación del servicio de aseo y limpieza del edificio Napoleón en donde se ubica la Dirección Corporativa de Gestión de Calidad, Responsabilidad Social Corporativa, ubicado en La Pitahaya de San José”.
Ítem trigésimo cuarto: “Contratación del servicio de aseo y limpieza de la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en San Pedro”.
El adjudicatario deberá iniciar sus labores dentro de los diez días naturales siguientes al comunicado por parte del Banco, para que pase a retirar copia del contrato.
Un plazo de contratación de un año prorrogable en forma automática por periodos iguales hasta un máximo de cuatro períodos adicionales (cinco años en total). Sin embargo, el Banco podrá dejar sin efecto el contrato en cualquier momento sin responsabilidad alguna de su parte, ya sea por incumplimiento de las obligaciones de la empresa adjudicataria, o bien por interés institucional sin perjuicio del debido resarcimiento al adjudicatario en este último caso, comunicándole a la empresa adjudicataria por lo menos con treinta días naturales de antelación.
Garantía de cumplimiento: En el acto de firma del contrato, el adjudicatario entregará al Banco una garantía de cumplimiento vigente por un monto mínimo del diez (10%) por ciento del total anual adjudicado para cada ítem en que resulte elegido. La vigencia de esta garantía empezará a regir a partir de la fecha de la firma del contrato y deberá mantenerse vigente por todo el plazo de la contratación.
En caso de existir una prórroga al contrato, el adjudicatario deberá prorrogar a su vez la vigencia de dicha garantía y de ser necesario el monto de la misma.
Se recuerda a todos los oferentes que en caso de presentar bonos o certificados, estos se recibirán por su valor de mercado y deberán acompañarse de una estimación efectuada por un operador de alguna de las bolsas de valores legalmente reconocidas. Se exceptúan de la obligación de presentar esta estimación, los certificados de depósito a plazo emitidos por los bancos estatales, cuyo vencimiento ocurra dentro del mes siguiente al plazo máximo exigido en las reglas del concurso para la garantía respectiva.
En cumplimiento de la Directriz UIM/046/06/2000 de la Bolsa Nacional de Valores, cuando la garantía sea rendida con títulos o valores que posean cupones, con el fin de asegurar la ejecución del documento deberán entregarse junto con el documento principal los citados cupones para que se tenga por bien rendida la garantía. No obstante no se reconocerán intereses por las garantías mantenidas en depósito por el banco, sin embargo los que devenguen los títulos hasta el momento en que se ejecuten, pertenecen a su legítimo dueño o depositante.
Multas: En caso de no cumplir con el plazo de inicio del servicio por parte del adjudicatario, el Banco Nacional de Costa Rica aplicará una multa del 2% del monto total adjudicado por cada día natural de atraso. Esta multa se tomará hasta lograr un 25% del total adjudicado, luego de lo cual, se tendrá por incumplido el contrato por parte del adjudicatario, sin responsabilidad para el Banco. Por “total adjudicado” se entiende el producto resultante de multiplicar el monto de la mensualidad cotizado por el oferente, por doce meses, de conformidad con el ítem en que participe. Queda entendido que toda suma por concepto de multa será rebajada directamente de las facturas presentadas a cobro por parte del adjudicatario.
En caso de no cumplir con el horario diario por hora por parte del adjudicatario, el banco aplicará una multa del 1% del monto mensual facturado por cada hora de atraso. Esta multa se tomará hasta lograr un 25% del total de la factura mensual, luego de lo cual, se tendrá por incumplido el contrato por parte del adjudicatario, sin responsabilidad para el Banco. Queda entendido que toda suma por concepto de multa será rebajada directamente de las facturas presentadas a cobro por parte del adjudicatario.
En caso de que el Banco constate que una o más condiciones de la contratación están siendo incumplidas por el adjudicatario, se le prevendrá por escrito la corrección de dicha deficiencia y rebajará de la factura mensual de la oficina correspondiente un 2% del monto total mensual adjudicado por día natural hasta un máximo del 25% del monto total mensual adjudicado, mientras no sea acatada la prevención hecha por el banco. Aplicada la multa, el pago mensual corresponderá a la diferencia que haya a favor del adjudicatario. Si se llegare al tope del 25% del monto total mensual adjudicado, se podrá tener por incumplido el contrato sin responsabilidad para el Banco. A efectos del cálculo del monto de la multa mensual y del tope establecido, se tomarán en cuenta los atrasos producidos en el servicio prestado. Queda entendido que toda suma por concepto de multas, será rebajada directamente de las facturas presentadas al cobro por parte del adjudicatario.
En caso de incumplimiento por parte de la empresa adjudicataria en la realización de las visitas de supervisión, de conformidad con lo consignado en el apartado III, punto 11 del presente cartel, se le prevendrá por escrito la corrección de dicha deficiencia y rebajará de la factura mensual de la oficina correspondiente un 2% del monto total mensual adjudicado por día natural hasta un máximo del 25% del monto total mensual adjudicado, mientras no sea acatada la prevención hecha por el banco. Aplicada la multa, el pago mensual corresponderá a la diferencia que haya a favor del adjudicatario. Si se llegare al tope del 25% del monto total mensual adjudicado, se podrá tener por incumplido el contrato sin responsabilidad para el banco. A efectos del cálculo del monto de la multa mensual y del tope establecido, se tomarán en cuenta los atrasos producidos en el servicio prestado. Queda entendido que toda suma por concepto de multas, será rebajada directamente de las facturas presentadas al cobro.
Queda entendido que esta multa se aplicará con respecto a todas las obligaciones del adjudicatario previstas en este cartel, con excepción de lo dispuesto en la cláusula 5 del apartado V, “Condiciones especiales para todos los ítemes”, para las cuales regirán las multas previstas en esa misma cláusula.
Todo lo anterior sin perjuicio del derecho del banco de cobrar, por la vía administrativa o judicial según corresponda, los daños y perjuicios que cualquier atraso o incumplimiento del adjudicatario le haya causado.
La Uruca, San José, 30 de setiembre del 2008.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—(Nº 2149-2008).—C-120140.—(90893).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000018-1142
Películas radiográficas
A los interesados en el presente concurso, se les comunica que por resolución de la Dirección de Aprovisionamiento de Bienes y Servicios de fecha 24 de setiembre 2008, se adjudica a:
Consorcio Civek S. A.—(Oferta Nacional).
Ítem único.
Monto total adjudicado: $ 480.168,00 (Dólares).
Subárea de Adjudicaciones.—Luz Mary Hidalgo Hernández, Jefa.—1 vez.—(U. P. Nº 1142).—C-8600.—(91171).
HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA
SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2008LN-000012-3003
Compra de reactivos para pruebas de coagulación
La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr. R. A. Calderón Guardia, le comunica a los interesados en este concurso, que se resuelve adjudicar el ítem de la siguiente manera:
Empresa adjudicada: Biocientífica Internacional S de R L Ltda.
Objeto: Reactivos para pruebas de coagulación
Cantidad: Para el ítem 1: 229.000 PB (ítem oferta base) y para el ítem 2: 4000 PB (ítem oferta alternativa).
Monto total: $140.200,00.
Monto en letras: Ciento cuarenta mil doscientos dólares con 00/100.
Todo de acuerdo al cartel y a la oferta.
Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr o en el expediente de Licitación.
San José, 25 de setiembre del 2008.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador a. í.—1 vez.—(91299).
LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000041-3003
(Notificación de infructuoso)
Compra de suministro de repuestos para 05 equipos Arco en C
La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, le comunica a los interesados en este concurso que se resuelve declarar infructuoso, basados en los artículos 86 y 65 punto c. del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 25 de setiembre del 2008.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador a. í.—1 vez.—(91301).
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000001-01
Contratación de servicios de vigilancia y seguridad
para las instalaciones del INCOFER
A los interesados en la Licitación indicada, se les comunica que por resolución de la Junta Directiva, tomada en Sesión 1652-2008, Acuerdo 3018-2008, celebrada el 22 de setiembre del 2008, dispuso: “De conformidad con la recomendación planteada por la Comisión de Contratación Administrativa, en su Oficio PROV-039-2008 de, fechado 19 de setiembre del 2008, se acuerda:
Se adjudica la Licitación Pública 2008LA-000001 para contratación de servicios de vigilancia y seguridad en las instalaciones del INCOFER al Consorcio Seguridad Tango S. A., y Seguridad Alfa S. A., por un monto anual de ¢241.934.276,52 (Doscientos cuarenta y un millones novecientos treinta y cuatro mil doscientos sesenta y siete colones con 52/100). Esta disposición queda sujeta al contenido presupuestario correspondiente. Aprobado por unanimidad. En firme.
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LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000002-01
Adquisición de 10.000 metros cúbicos de piedra tipo balasto
A los interesados en la Licitación indicada, se les comunica que por resolución de la Junta Directiva, tomada en Sesión 1652-2008, Acuerdo 3017-2008, celebrada el 22 de setiembre del 2008, dispuso: “De conformidad con el Oficio PROV-040-2008 de la Comisión de Contratación Administrativa, fechado 19 de setiembre del 2008:
Se declara desierta la Licitación Abreviada para la adquisición de 10.000 metros cúbicos de piedra tipo balasto, debido a los precios exorbitantes que se ofertaron. Aprobado por unanimidad. En firme.
San José, 25 de setiembre del 2008.—Marta E. Navarro Sandoval.—1 vez.—(Solicitud Nº 09821).—C-16520.—(90913).
El Instituto de Desarrollo Agrario comunica la adjudicación de los siguientes procesos de contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000036-02
Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino El Triunfo,
Dirección Huetar Atlántica, Oficina Subregional Cariari
Adjudicar a favor de la oferta presentada por Rigoberto Rivera López y Hnos. S. A., cédula jurídica 3-101-052942. Por un monto de ¢41.138.500,00 (cuarenta y un millones ciento treinta y ocho mil quinientos colones con 00/100) y un plazo de ejecución de 21 días naturales, según acuerdo de junta directiva Nº 10, sesión ordinaria 033-2008, de 22 de setiembre del 2008.
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LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000038-02
Construcción de puente tipo caja de concreto en el Asentamiento
Campesino El Diamante, Dirección Huetar Atlántica,
Oficina Subregional Cariari
Adjudicar a favor de la oferta presentada por Canales y Drenajes del Caribe S.R.L., cédula jurídica 3-102-104674. Por un monto ¢21.595.520,00 (veintiún millones quinientos noventa y cinco mil quinientos veinte colones con 00/100) un plazo de ejecución de 50 días naturales, según acuerdo de junta directiva Nº 10, sesión ordinaria 033-2008, de 22 de setiembre del 2008.
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LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000040-02
Construcción de puente tipo caja de concreto de dos celdas en el
Asentamiento Campesino Juanilama, Dirección Huetar Norte,
Oficina Subregional Santa Rosa
Adjudicar a favor de la oferta presentada por Tractores Le Uno de Upala S. A., cédula jurídica 3-101-268613. Por un monto de ¢21.668.600,00 (veintiún millones setecientos sesenta y ocho mil seiscientos colones con 00/100) un plazo de ejecución de 60 días naturales, según acuerdo de junta directiva Nº 10, sesión ordinaria 033-2008, de 22 de setiembre del 2008.
LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000041-02
Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino Santa Fe,
Dirección Huetar Norte, Oficina Subregional Santa Rosa
Adjudicar a favor de la oferta presentada por Tractores Le Uno de Upala S. A., cédula jurídica 3-101-268613. Por un monto de ¢54.585.000,00 (cincuenta y cuatro millones quinientos ochenta y cinco mil colones con 00/100) un plazo de ejecución de 30 días naturales, según acuerdo de junta directiva Nº 10, sesión ordinaria 033-2008, de 22 de setiembre del 2008.
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LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000042-02
Construcción de paso de alcantarilla con cabezales de concreto en el
Asentamiento Campesino San Joaquín, Dirección Huetar Norte, Oficina Subregional Santa Rosa
Adjudicar a favor de la oferta presentada por Movimientos Méndez y Vargas S. A., cédula jurídica 3-101-481543, por un monto de ¢10.528.000,00 (diez millones quinientos veintiocho mil colones con 00/100) y un plazo de ejecución de 25 días naturales, según acuerdo de junta directiva Nº 10, sesión ordinaria 033-2008, de 22 de setiembre del 2008.
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LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000043-02
Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino El Guaire,
Dirección Huetar Norte, Oficina Subregional Guatuso
Adjudicar a favor de la oferta presentada por Tajo Zamsi S. A., cédula jurídica 3-101-117900, por un monto de ¢15.680.000,00 (quince millones seiscientos ochenta mil colones con 00/100) y un plazo de ejecución de 10 días naturales, según acuerdo de junta directiva Nº 10, sesión ordinaria 033-2008, del 22 de setiembre del 2008.
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LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000044-02
Construcción de puente tipo caja de concreto de tres celdas en el
Asentamiento Campesino Tujankir, Dirección Huetar Norte,
Oficina Subregional Guatuso
Adjudicar a favor de la oferta presentada por Canales y Drenajes del Caribe S.R.L., cédula jurídica 3-102-104674, por un monto de ¢30.379.950,00 (treinta millones trescientos setenta y nueve mil novecientos cincuenta colones con 00/100) y un plazo de ejecución de 50 días naturales, según acuerdo de junta directiva Nº 10, sesión ordinaria 033-2008, del 22 de setiembre del 2008.
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LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000045-02
Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino La Rivera,
Dirección Huetar Norte, Oficina Subregional Guatuso
Adjudicar a favor de la oferta presentada por Tajo Zamsi S. A., cédula jurídica 3-101-117900, por un monto de ¢15.771.560,00 (quince millones setecientos setenta y un mil quinientos sesenta colones con 00/100) y un plazo de ejecución de 15 días naturales, según acuerdo de junta directiva Nº 10, sesión ordinaria 033-2008, del 22 de setiembre del 2008.
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LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000046-02
Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino San Gabriel,
Dirección Huetar Norte, Oficina Subregional Guatuso
Adjudicar a favor de la oferta presentada por Tractores Le Uno de Upala S. A., cédula jurídica 3-101-268613, por un monto de ¢8.055.500,00 (ocho millones cincuenta y cinco mil quinientos colones con 00/100) y un plazo de ejecución de 8 días naturales, según acuerdo de junta directiva Nº 10, sesión ordinaria 033-2008, del 22 de setiembre del 2008.
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LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000055-02
Construcción de puente tipo caja de concreto de dos celdas en el
Asentamiento Campesino La Cuscusa, Dirección Brunca,
Oficina Subregional San Isidro
Adjudicar a favor de la oferta presentada por Canales y Drenajes del Caribe S.R.L., cédula jurídica 3-102-104674, por un monto de ¢22.992.000,00 (veintidós millones novecientos noventa y dos mil colones con 00/100) y un plazo de ejecución de 50 días naturales, según acuerdo de junta directiva Nº 10, sesión ordinaria 033-2008, del 22 de setiembre del 2008.
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LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000056-02
Construcción de dos puentes tipo caja de concreto (de una celda
y dos celdas) en el Asentamiento Campesino Cañablancal,
Dirección Brunca, Oficina Subregional Río Claro
Adjudicar a favor de la oferta presentada por Ingeniero Constancio Umaña Arroyo cédula de identidad 1-739-850, por un monto de ¢42.478.000,00 (cuarenta y dos millones cuatrocientos setenta y ocho mil colones con 00/100) y un plazo de ejecución de 60 días naturales, según acuerdo de junta directiva Nº 10, sesión ordinaria 033-2008, del 22 de setiembre del 2008.
LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000064-02
Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino Guayabito,
Dirección Huetar Norte, Oficina Subregional Guatuso
Adjudicar a favor de la oferta presentada por Tajo Zamsi S. A., cédula jurídica 3-101-117900, por un monto de ¢25.490.000,00 (veinticinco millones cuatrocientos noventa mil colones con 00/100), y un plazo de ejecución de 20 días naturales, según acuerdo de junta directiva Nº 10, sesión ordinaria 033-2008, del 22 de setiembre del 2008.
Área de Contratación y Suministros.—Rafael Fernández Bolaños.—1 vez.—(91312).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000004-01
Contratación de servicios de remodelación
en la unidad servicio al usuario
La Comisión de Licitaciones en sesión Nº 35-2008 artículo VI, celebrada el 19 de setiembre del 2008, acuerda declarar infructuosa la Licitación en referencia en los siguientes términos:
• Por cuanto la oferta 1 incumple de acuerdo con los criterios financieros al no cubrir ni con 15% del capital de trabajo en el que se apoya la Unidad de Recursos Financieros para medir la liquidez. Y la oferta 2 es excluida de concurso por cuanto incumple con el punto 5.3 del cartel, el cual es una condición invariable.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—(Solicitud Nº 16367).—C-8600.—(91315).
MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ
PROCESO PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000025-01
Adquisición de retroexcavador y cargador (back hoe)
La Municipalidad de Escazú, comunica que en sesión ordinaria Nº 126, acta Nº 173 del 22 de setiembre de 2008, Acuerdo Nº AC-407-08, se adjudica la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000025-01, referente a la “Adquisición de retroexcavador y cargador (back hoe)”, a la empresa Comercial de Potencia y Maquinaria S. A., cédula jurídica Nº 3-101-155082 por un monto de $.89.500,00, equivalente al tipo de cambio de ¢.556,77 a la suma de ¢.49.830.915,00 (cuarenta y nueve millones ochocientos treinta mil novecientos quince colones exactos).
Se advierte que de conformidad con las disposiciones de la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, estos actos se pueden recurrirse dentro del plazo de 5 días hábiles siguientes, contados a partir del día siguiente de su comunicación o su debida publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dicho recurso se puede interponer ante el Concejo Municipal conforme a los artículos 27 inciso e), 84 inciso e) y 91 de la Ley de Contratación Administrativa. Acuerdo en firme.
Cira Castro Myrie, Proveeduría.—1 vez.—(Solicitud Nº 3956).—C-11240.—(91326).
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COLORADO
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000002-01
Construcción parque de Colorado
El Departamento de Proveeduría del Concejo Municipal de Distrito de Colorado, dirección frente a la Iglesia Católica de Colorado, Abangares. Por razones administrativas y de tiempo el concurso se suspende y se inicia bajo otra modalidad de compra, por lo cual es declarado desierto, esto por cuanto no hubo participante, por las razones antes indicadas.
Proveeduría.—Manuel E. Porras Ruiz.—1 vez.—(90855).
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
La Municipalidad de Santa Cruz, Guanacaste informa que por Acuerdo del Concejo tomado en la sesión ordinaria Nº 31-2007; artículo 7º, inciso 1) del 7 de agosto de 2007, tomado por unanimidad y definitivamente aprobado con Dispensa de Trámite de Comisión, se declararon desiertas las licitaciones Nº 5-2006 y la 6-2006, correspondientes a alquiler de maquinaria y construcción de obra gris, para el proyecto de canalización de aguas pluviales en el centro de Santa Cruz pactado por Convenio Nº 371 entre la Municipalidad de Santa Cruz y el Ministerio de Planificación y Política Económica.
Dr. Jorge Enrique Chavarría Carrillo, Alcalde Municipal.—1 vez.—(90431).
MUNICIPALIDAD DE TILARÁN
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000012-01
Adquisición materiales de construcción para realizar
aportes a construcción o reparación de cordón y caño
en Tronadora y comunidades que donen mano de obra
En sesión ordinaria Nº 126, celebrada el 23 de setiembre del 2008, se acordó adjudicar Licitación Abreviada Nº 2008-LA-000012-01 “Adquisición materiales de construcción para realizar aportes a construcción o reparación de cordón y caño en tronadora y comunidades que donen mano de obra.” a la empresa Mercado de Materiales El Tanque S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-136462.
Tilarán, 24 de setiembre del 2008.—Br. Jovel Arias Ortega, Alcalde Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 5280).—C-6620.—(91320).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008 LN-000004-01
Adquisición de una compactadora totalmente nueva
En sesión ordinaria Nº 125 celebrada el 16 de setiembre del 2008 se acordó adjudicar licitación abreviada Nº 2008 LN-000004-01, “Adquisición de una compactadora totalmente nueva”, a la empresa Maquinaria y Tractores Ltda., con cédula jurídica Nº 3-102-04255.
Tilarán, 24 de setiembre del 2008.—Br. Jovel Arias Ortega, Alcalde Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 5284).—C-5300.—(91322).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LN-00002-01
Adquisición de un recolector de desechos sólidos totalmente
nuevo y una caja recolectora reconstruida
En sesión ordinaria Nº 126 celebrada el 23 de setiembre del 2008 se acordó adjudicar Licitación Abreviada Nº 2008-LN-00002-01, “Adquisición de un recolector de desechos sólidos totalmente nuevo y una caja recolectora reconstruida”, a la empresa Auto Star Vehículos S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-336780.
Tilarán, 24 de setiembre del 2008.—Br. Jovel Arias Ortega, Alcalde Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 5281).—C-5960.—(91323).
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000004-01
Contratación de servicios profesionales de un abogado y notario por
medio tiempo para que brinde asesoramiento y trámites legales
A los interesados en el presente concurso se les comunica que ante el recurso de revocatoria presentado por el Lic. Eladio Antonio Picado Ramírez, el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, mediante acuerdo Nº CMDCS 462-2008, de la sesión extraordinaria Nº 07-08, del día dieciocho de setiembre del dos mil ocho, acordó adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000004-01 “Contratación de servicios profesionales de un abogado y notario por medio tiempo para que brinde asesoramiento y trámites legales”, al Licenciado Eladio Antonio Picado Ramírez, por un monto de cuatrocientos mil colones mensuales, hasta el 31 de diciembre del 2008.
Cóbano, 23 de setiembre del 2008.—Proveeduría Municipal.—Jackeline Rodríguez Rodríguez.—1 vez.—(90867).
MUNICIPALIDAD DE MATINA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-00009-01
Compra de un terreno para el campo ferial de Matina
La Municipalidad de Matina, ubicada contiguo al puesto de la Fuerza Pública de Matina, comunica a todos los interesados que el Concejo Municipal de Matina, anuló la licitación pública número 2008LN-00009-01, para la compra de un terreno para el campo ferial de Matina. Esto por cuanto no se cumplió el requisito de la garantía de cumplimiento.
Matina, 18 de setiembre del 2008.—Lic. Lorenzo Colphan Reid, Alcalde.—1 vez.—1 vez.—(90874).
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
Contratación especial de auditorías técnicas
para los proyectos de conservación vial del
Consejo Nacional de Vialidad
Se comunica a las personas jurídicas interesadas, con ocasión de publicación en el diario oficial La Gaceta Nº 148 de 03 de agosto del 2007 y modificación al Reglamento para la contratación especial de auditorías técnicas para los proyectos de conservación vial del Consejo Nacional de Vialidad, publicada en el diario oficial La Gaceta Nº 178 de 16 de setiembre del 2008, objeto en referencia, que este Consejo recibirá atestados de empresas de conformidad con lo dicho en el Reglamento para la conformación del registro de elegibles, por un plazo de hasta 15 días a partir de esta publicación, en las oficinas de la Proveeduría del CONAVI, sita: De la rotonda La Betania, 50 metros al este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe. El formulario de inscripción esta a disposición a partir de esta publicación.
San José, 18 de setiembre del 2008.—Proveeduría y Suministros.— MBA. Arturo Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 1466).—C-9920.—(88903).
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES
Y CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA 2008LN-000001-CMBYC
(Nueva fecha para recibir ofertas y modificación al cartel)
Licitación de convenio marco para el suministro de útiles de oficina
y papelería para las instituciones públicas que utilizan Compr@Red
La Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, recibirá ofertas electrónicas hasta las 10:00 horas del día 15 de octubre del 2008, para el convenio marco de suministro de útiles de oficina y papelería para las instituciones públicas que utilizan CompraRED, la apertura se realizará en la Dirección General. Sita Sabana sur, 75 metros al norte de la iglesia Perpetuo Socorro, centro comercial Sabana Sur, oficinas de la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa del Ministerio de Hacienda.
Asimismo, se realizan las siguientes modificaciones al cartel de la licitación:
Primero: En el punto 21. de las condiciones financieras, se modifican los párrafos a, b, c y d, del punto 21.1.2. Requisitos que debe cumplir la información financiera, quedando de la siguiente forma:
21.1. Capacidad financiera. Para que el oferente tenga elegibilidad financiera se le solicitará los siguientes elementos:
21.1.2. Requisitos que debe cumplir la información financiera:
a) El oferente deberá presentar los estados financieros básicos auditados: balance de situación o general, estado de resultados, flujo de efectivo y flujo de caja proyectado. Además deberá incluir todas las notas correspondientes a los estados financieros, así como la información relacionada con cambios en las cuentas patrimoniales.
b) Las empresa que participan formando un consorcio, deberán presentar sus Estados Financieros auditados en forma individual; es decir, los resultados que cada empresa ha obtenido en el periodo a evaluar. Para efectos de evaluación se considerará la empresa que tenga el mayor puntaje en el aparte de capacidad económica y financiera.
c) La entidad auditora deberá dejar establecido en su dictamen el alcance del examen de los Estado Financieros. A tal efecto, indicará que su examen se llevó a cabo de acuerdo con las normas internacionales de información financiera (NIIF´s). En el caso particular que el(los) dictamen (es) de los Estados Financieros contenga(n) salvedades que se consideren relevantes para el respecto análisis, la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, podrá solicitar las aclaraciones o ajustes que se requieran.
d) Los Estados Financieros deberán presentarse de acuerdo con las normas internacionales de información financiera (NIIF´s) y por lo tanto, deben incluir toda aquella información necesaria para una adecuada interpretación, utilizando terminología aceptada que pueda expresar mejor el significado y carácter de dicha información.
e) El análisis financiero de los consorcios será realizado con los mismos lineamientos establecidos para empresas individuales, por lo que cada empresa será analizada en forma separada con el fin de determinar su capacidad financiera.
f) El dictamen y los estados financieros deberán consignar la firma autorizada y tener estampado el sello blanco de la entidad auditora, así como el respectivo timbre y la póliza de fidelidad (copia).
g) Cuando se trate de empresas extranjeras, los estados financieros deberán presentarse dictaminados por un auditor externo independiente o firma de contadores públicos, debidamente autorizados para ejercer esa profesión en su país de origen.
h) Cuando se trate de con domicilio en el exterior tanto los estados financieros como el dictamen deberán venir con la firma autentificada por el consulado de Costa Rica en el país donde está domiciliada la empresa y legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Costa Rica.
i) Toda información de los estados financieros deben presentarse en idioma español. Cuando los documentos originales se redactaron en otro idioma, deberán ser traducidos al español por el oferente, bajo su responsabilidad absoluta.
j) Las ofertas cuya información financiera, una vez revisada y concedido el plazo prudencial para subsanar las siguientes deficiencias, que persista el incumplimiento en alguna de ellas, serán consideradas como ilegibles:
j.1 Tanto los estados financieros como la opinión de la entidad auditora independiente, que no contengan la firma autorizada y el sello blanco de la entidad auditora. En caso de ser copia certificada y el sello blanco no es visible, debe indicarse en la certificación.
j.2 En los estados financieros o en el dictamen de la entidad auditora en que se presenten correcciones o borrones que impidan una fácil lectura o hagan dudar de su legitimidad.
j.3 Los estados financieros que la empresa presente y que no correspondan al año requerido.
k) La Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa se reserva el derecho de verificar la información financiera presentada por el oferente, utilizando los mecanismos que considere oportunos. Si se comprueba que la información presentada, parcial o total, es falsa, la oferta será descalificada, sin responsabilidad alguna para la Dirección, y la empresa se hará acreedora de las sanciones que prevé la normativa vigente. Toda la información financiera suministrada por los proveedores será de uso confidencial.
Segundo: En el punto 21.2.3, referido a la Metodología de evaluación financiera, punto 22. Análisis de razones, se modifican los rangos para el calculo de las razones financiera para el año 2007, quedando de la siguiente forma.
21.2.3 Metodología de evaluación financiera.
La evaluación consiste básicamente en el análisis de las razones financieras correspondientes a los estados de los últimos dos años (2006 y 2007), según se detalla a continuación.
22. Análisis de razones
Para el último año (2007), el oferente debe realizar el cálculo de las siguientes razones financieras y la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa comprobará que el cálculo sea correcto.
A. Solvencia:
Razón corriente = Activo Circulante / Pasivo Circulante.
B. Solidez:
Activo Fijo Neto/ Pasivo largo plazo.
C. Endeudamiento:
Total Pasivo / Patrimonio.
D. Rendimiento patrimonial:
Utilidad neta / Patrimonio.
Se establecen tres rangos posibles entre los que pueden quedar comprendidas las razones financieras. A cada una de ellas, se le aplica una puntuación que está definida en función del rango donde queden ubicadas, según lo siguiente:
Calculo de la razones financieras para el año 2007 |
|||
Razón financiera |
0 |
1.875 |
3.75 |
Solvencia |
Menor de 0.80 |
0.80 a 1.2 |
Mayor de 1.2 |
Solidez |
Menor de 0.80 |
0.80 a 1.2 |
Mayor de 1.2 |
Endeudamiento |
Mayor de 3 |
2.0 a 3.0 |
Menor de 2.0 |
Rendimiento patrimonial |
Menor de 10% |
10% a 14% |
Mayor de 14% |
La puntuación total que se le asigne a cada una de las empresas en el análisis de las razones financieras, se valorará utilizando las cifras del año 2007.
De acuerdo a los rangos establecidos por las 4 cuatro razones a evaluar, los puntos máximos que un proveedor puede aspirar son 15 puntos. El puntaje obtenido por cada proveedor se tiene aplicando la siguiente fórmula:
Puntaje de razones financieras = (Ptos obtenidos proveedor (i) / Total de ptos posibles) * 10
Tercero: En el punto 26, referido al lugar de entrega, se incluye un párrafo segundo, quedando de la siguiente forma:
Entiéndase como lugar de entrega, la ubicación física en donde las diferentes Instituciones que utilizan CompraRED podrán solicitar la entrega de los bienes ordenados.
La Administración se reserva la facultad de establecer una lista de lugares de entrega específicos en que las instituciones solicitarán los bienes, documento que será publicado en CompraRED. Posteriormente en un plazo máximo de 10 días naturales a partir de la fecha en que la Administración realice la comunicación a través de compraRED, los proveedores de convenio marco adjudicados para suplir los bienes requeridos, podrán subir al catálogo electrónico el costo por flete a los lugares indicados; en caso de la región de origen no se podrá cotizar un recargo por flete. Los costos podrán ser negociados por las partes, sin que todo el procedimiento descrito en el presente párrafo signifique un addemdun al contrato.
El oferente deberá indicar obligatoriamente el plazo de entrega de los bienes contratados y el plazo de reposición, para aquellos casos en que deba sustituirlos, en función de las regiones en las que el oferente está dispuesto a entregar los bienes, indicando en días hábiles dichos plazos.
Se entiende por entrega inmediata, la entrega del bien o servicio en un día hábil posterior al recibo del pedido u orden de compra correspondiente. (Art. 68 del RLCA).
Cuarto: Se modifica el punto 48 de las bases del concurso, para incluirse un párrafo final, quedando de la siguiente forma:
“48. Reajuste de precios. La Administración contemplará la revisión de precios una vez adjudicada la oferta de conformidad con la fórmula matemática recomendada por la Contraloría General de la República, publicada en el diario oficial La Gaceta N° 232 del 02 de diciembre de 1982, con el artículo N° 18 de la Ley de Contratación Directa y conforme al artículo 31 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, para lo cual se deberá indicar en la oferta el desglose porcentual del factor precio en mano de obra, insumos, gastos administrativos y utilidad (P= MO+I+GA+U) que componen el precio cotizado, de manera que permita revisar y resolver en forma rápida y correcta las solicitudes de reajuste que eventualmente formule el adjudicatario. El derecho a reajuste o revisión de los precios rige desde la presentación de la oferta y podrá ser solicitado a la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa una vez que dé inicio la ejecución contractual, una vez aportada la documentación probatoria a satisfacción de la Administración, de conformidad con el artículo 31 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. El oferente deberá indicar en su oferta los renglones con que trabajará para los Índices aplicables para las fórmulas de servicios para la mano de obra y los insumos, tal y como se indica en la siguiente fórmula:
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Donde:
PV = Precio variado.
Pc = Precio de cotización
MO = Porcentaje costo de mano de obra sobre cotización total
I = Porcentaje costo de insumo sobre cotización total
GA = Porcentaje costo administrativo sobre cotización total
U = Porcentaje utilidad en precio de cotización
iMOtm = Índice costo de mano de obra en fecha de variación
iMOtc = Índice costo de mano de obra en fecha de cotización
iIti = Índice costo de insumos en fecha de variación
iItc = Índice costo de insumo en fecha de cotización
iGAtg = Índice de gastos administrativos en fecha de variación
iGAtc = Índice de gastos administrativos en fecha de cotización
La información sobre cada uno de los Índices aplicables a la fórmula antes sugerida, deberá ser suministrada por los oferentes según renglón, nivel o capítulo, forma en que se combinaron renglones, si así corresponde (promedio simple o ponderado, etc) y la fuente para cada componente serán:
1- Decreto de Salarios Mínimos decretados por el Consejo Nacional de Salarios del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
2- Banco Central de Costa Rica.
3- Instituto Nacional de Estadísticas y Censos.
En casos de ser propios de la empresa, los índices deberán ser certificados por un contador público autorizado.
Se admitirá la presentación de la solicitud de reajuste utilizando otra fórmula que haya sido autorizada por el órgano competente.
Quinto: Se realizan las siguientes modificaciones en la línea Nº 20.3 de las condiciones generales:
En el Anexo Nº 2, punto “Cuadro de Precio Ofertado”; el documento original constaba de dos hojas de Excel en donde se especificaba: 1.- la descripción de reglones y 2.- el precio, los cuales se unen en un solo anexo, asimismo se agregan 4 anexos más, para un total de 5 anexos que conforman el cartel. Todo lo anterior, se encuentra en la página 77 del cartel que se modifica de la siguiente manera:
1. En el anexo Nº 1 contempla la descripción de los reglones y el “Precio”.
2. En el anexo Nº 2 se debe indicar el “Descuento por volumen de compra.
3. El anexo Nº 3 (adicionales a partir de aquí) se agrega el ítem “Recargo por flete a otras regiones”
4. En el anexo Nº 4 se desarrolla la tabla correspondiente a “Cálculo de las Razones financieras” en la cual cada proveedor debe llenar en la razón correspondiente el cálculo de la misma.
5. En el anexo Nº 5, se considera la información referente a la “Participación de cada oferente con respecto a los rangos de compra”.
6. En el anexo 6 se establece el “descuento por pronto pago”
Todo lo demás permanece invariable.
San José, 24 de setiembre del 2008.—Jeannette Solano García, Directora General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa.—1 vez.—(Solicitud Nº 08415).—C-117480.—(91313).
CONSEJO NACIONAL DE CONCESIONES
LICITACIÓN PÚBLICA 2008LN-000001-00200
Contratación de un gerente para el Proyecto San José Caldera
El Consejo Nacional de Concesiones comunica a todos los interesados que han retirado el cartel correspondiente a la Licitación Pública 2008LN-000001-00200 correspondiente a la “Contratación de un Gerente para el Proyecto San José Caldera”, que la Administración de acuerdo con el artículo 172 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, ha decidido ampliar el plazo para la presentación de ofertas, en seis (6) días hábiles, contados a partir del tres (3) de octubre del 2008, al trece (13) de octubre del 2008, para estar recibiendo ofertas el día lunes 13 de octubre del 2008 a las 10:00 a.m. en el Consejo Nacional de Concesiones, sita en San Pedro de Montes de Oca, frente a la Facultad de Derecho de la UCR, en el edificio Equus, primera planta, en las oficinas de la Dirección Administrativa de este Consejo.
Lic. Eduardo Arias Cabalceta, Director Administrativo Financiero.—1 vez.—(Solicitud Nº 8857).—C-9260.—(90888).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000038-01
(Modificación Nº 1 y Prórroga Nº 1)
Compra e instalación de dos (2) Plantas Eléctricas para
el edificio sede central del Banco Nacional
Se comunica a los interesados en la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000038-01, que el Subcomité de Licitaciones en el artículo Nº 13 sesión ordinaria Nº 401-2008, celebrada el 24 de setiembre del 2008, acordó lo siguiente:
Incorporar al cartel de la licitación de cita la siguiente modificación:
A. Requerimientos técnicos mínimos.
5. Dimensiones y peso.
5.3 A efecto de que los oferentes puedan prever el alcance y naturaleza de los trabajos requeridos para la instalación de las plantas que oferte, se realizará una visita al sitio el día viernes 03 de octubre del 2008, al ser las diez (10:00) horas. El punto de reunión será en las Oficinas de la Administración del Edificio Sede Central del Banco Nacional, piso Nº 14.
Los demás puntos del cartel permanecen invariables.
Asimismo, se amplía el plazo de recepción de ofertas, para lo cual las ofertas deberán entregarse en la Proveeduría de la Casa Matriz del Banco, situada en La Uruca, a más tardar a las diez (10:00) horas, según el reloj ubicado en este despacho, del 17 de octubre del 2008, momento en el cual serán abiertas en presencia de los interesados que deseen asistir.
La Uruca, San José, 30 de setiembre del 2008.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—(Nº 2148-2008).—C-13220.—(90894).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2008LN-000025-01
(Modificación Nº 1)
Preselección de tres (3) empresas que provean Security Pack
debidamente instalados para las distintas Oficinas
del Banco Nacional de Costa Rica
Se comunica a los interesados en la Licitación Pública Nacional Nº 2008LN-000025-01, que el Comité de Licitaciones en el artículo Nº 5 de la sesión ordinaria Nº 929-2008, celebrada el 16 de setiembre del 2008, acordó las siguientes modificaciones:
D. Condiciones generales.
3. Forma de pago:
A las empresas adjudicadas, en cada uno de los procesos de compra de SECURITY PACK que se le adjudiquen se le pagará de la siguiente forma:
a) Un 50% una vez que el Banco haya ejecutado el plan de pruebas (indicado en el Anexo 1 del presente cartel) sin ningún problema. Será hecho una única vez, a través del Sistema BNPáguese, dentro de los treinta días naturales siguientes a que el Banco finalice las pruebas, habiendo superado los SECURITY PACK todas ellas en forma satisfactoria, y luego de la presentación de la factura por parte del adjudicatario en la oficina de Pago a Proveedores situada en La Uruca.
Dada la necesidad de poner en funcionamiento los dispositivos objeto de este proceso licitatorio, el Banco se compromete a que a más tardar en los cinco (5) días hábiles siguientes, luego de notificado por el adjudicatario de que puede ejecutar el plan de pruebas, este será efectuado.
b) El 50% restante se cancelará cuando el SECURITY PACK tenga quince (15) días hábiles de estar instalado y funcionando a entera satisfacción del Banco. El pago será efectuado dentro de los treinta días naturales siguientes a la instalación de los SECURITY PACK a entera satisfacción del Banco. El pago será realizado a través del Sistema BN Páguese, dentro de los treinta (30) días naturales siguientes a la presentación de la factura por parte del adjudicatario en la oficina de Pago a Proveedores situada en La Uruca.
c) En el caso de cotizaciones en divisa extranjera, el pago se hará a opción del Banco, en esa divisa o en colones al tipo de cambio previsto en el artículo 48 de la ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica. Todo pago será realizado mediante el Sistema BN Páguese por depósito a la cuenta que posea el adjudicatario con el Banco, a efecto de lo cual el oferente debe indicar en su oferta, el número de cuenta. Para el caso de cotizaciones en divisa extranjera, en caso de cancelarse en colones, la factura será cancelada al tipo de cambio del día en que el adjudicatario podía ya presentar a cobro la factura, sin que se reconozca por ende el aumento en el precio del dólar del período en que el adjudicatario, pudiendo presentar la factura no lo hizo por voluntad propia.
d) Todo pago será realizado mediante depósito a la cuenta que posea el adjudicatario con la Institución, a efecto de lo cual el oferente debe indicar en su oferta el número de cuenta, así mismo deberá indicarla en las facturas presentadas al cobro. El Banco retendrá el 2% de cada pago para efectos de la cancelación del Impuesto sobre la Renta (Ley número 7092).
5. Entrega del SECURITY PACK debidamente instalado.
Las empresas preseleccionadas, se comprometen a que en los procesos de compra de SECURITY PACK que se le adjudiquen, entregarán los dispositivos debidamente instalados y funcionando, todo a entera conformidad del Banco, en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles, contados a partir del aviso del Banco al adjudicatario para que pase a recoger la orden de compra.
Este plazo es total y en el mismo está contemplado:
v El plazo de entrega de los SECURITY PACK (la cual deberá realizarse en la oficina en donde se instalará). El costo de dicho traslado deberá correr por cuenta del adjudicatario.
v Las adecuaciones en materia de obra gris y demás aspectos que deban realizarse para la instalación en cada oficina.
v La instalación del SECURITY PACK en la oficina.
v Las pruebas del adjudicatario.
v Las pruebas del Banco (un máximo de 2 días hábiles, si no encuentra errores)
v Y todo aspecto que involucre el dejar el SECURITY PACK debidamente instalado y funcionando, todo a entera conformidad del Banco.
El adjudicatario preseleccionado deberá entregar con la oferta un cronograma en donde indique claramente las fechas y duración de cada una de las tareas antes indicadas.
El oferente deberá tener claro que para el Banco es importante la entrega en el menor plazo posible.
6. Reajuste de precios.
El oferente debe indicar que se acepta la fórmula de reajuste de precio, autorizada por la Contraloría General de la República que se indica a continuación.
Para poder reajustar los precios, es necesario que el adjudicatario presente un presupuesto detallado y completo con todos los elementos que componen su precio, incluyendo un desglose de los precios unitarios. Para lo cual la información deberá venir presentada de conformidad con lo establecido por la Dirección Corporativa de Finanzas del Banco Nacional.
La empresa adjudicataria debe tomar nota que el Banco cuenta con treinta (30) días hábiles, a partir de la fecha de recibo para efectuar el estudio correspondiente, en caso de aprobarse, el mismo entrará en vigencia a partir de la fecha en que se recibió.
Fórmula de reajuste
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Donde:
Pv = Precio variado.
Pc = Precio de cotización.
MO = Porcentaje de costo de mano de obra del precio de cotización.
GA = Porcentaje de gastos administrativos del precio de cotización.
I= Porcentaje de costo por insumos (con indicación del desglose de insumos nacionales e importados).
U = Porcentaje de utilidad del precio de cotización.
i MOtm = Índice de variación de precio de la mano de obra en el momento considerado de facturación (Ajuste de salarios mínimos decretados por el Poder Ejecutivo).
i MOtc = Índice de variación de precio de la mano de obra en el momento de la presentación de la oferta. (Ajuste de salarios mínimos calculado por el Ministerio de Trabajo).
i GAtg = Índice de variación de costo de gastos administrativos en el momento de facturación (IPC, nivel general, elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos publicado por el Banco Central).
i GAtc = Índice de variación de costo de gastos administrativos en el momento presentación de la oferta. (IPC, nivel general, elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos publicado por el Banco Central).
I Itf= Índice de variación de precios por insumos para el mes de facturación (se utilizará el IPPI, (nivel general, elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos publicado por el Banco Central).
I Itc= Índice de variación de precios por insumos para el mes de presentación de la oferta (se utilizará el IPPI, (nivel general, elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos publicado por el Banco Central).
El adjudicatario deberá solicitar por escrito el reajuste de precios, para lo cual es necesario que desarrolle la fórmula matemática indicada anteriormente y que adjunte fotocopia de los índices que se citan en esta cláusula y además de suministrar un detalle de los costos de acuerdo con el desglose dado en el punto 2 anterior (Precio).
Cuando la solicitud de reajuste de precio por mantenimiento contenga factores relacionados con el incremento en salarios mínimos decretados por el Poder Ejecutivo, la empresa deberá demostrar, mediante la entrega de copia de las planillas presentadas a la CCSS., que está cubriendo el salario mínimo respectivo. En todo caso, el Banco se reserva el derecho de verificar la veracidad de los pagos.
En caso que la Contratista no pueda comprobar lo anterior, el reajuste será denegado y el Banco comunicará al Ministerio de Trabajo.
Asimismo, queda entendido que en el caso de cotizaciones en divisa extranjera, el Banco realizará el reajuste de precios, solamente sobre los costos de los insumos importados, para lo cual el adjudicatario deberá adjuntar a su solicitud de reajuste, una lista con el desglose de esos insumos y su costo. El pago del reajuste para este rubro, se realizará al tipo de cambio de venta del día en que se presenta la solicitud de reajuste ante el Banco, de acuerdo con el tipo de cambio establecido para esa fecha por el Banco Central de Costa Rica.
El Banco no reajustará la utilidad prevista ni los precios cotizados en divisa extranjera, con excepción de lo indicado en el párrafo anterior.
Deberá además el adjudicatario, para que resulte atendible su solicitud de reajuste, aportar una certificación emitida por la Caja Costarricense de Seguro Social que indique que la empresa, esta al día en el pago de sus obligaciones como patrono.
Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.
La Uruca, San José, 30 de setiembre del 2008.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—(Nº 2147-2008).—C-71960.—(90899).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000012-SCA
Construcción de edificio para residencias estudiantiles
en el Campus Benjamín Núñez de la UNA
La Universidad Nacional por medio de la Proveeduría Institucional comunica a los interesados en la Licitación Pública 2008LN-000012-SCA, que se amplía el plazo de recepción de ofertas hasta el día 28 de octubre del 2008 a las 10:00 a. m.
Además, los interesados deberán de retirar un nuevo cuadro de cantidades para esta obra, en las oficinas del Área de Planeamiento Espacial de la UNA, en el horario de 1:00 p. m. a 4:00 p. m., en el que se le suministrará los mismos.
Lic. Nelson Valerio Aguilar, Director.—1 vez.—(O. C. Nº 25879).—C-7940.—(90883).
HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA
SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000046-3003
(Prórroga en el plazo de recepción de ofertas)
Copridogrel 75 mg comprimidos
La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia les comunica a los interesados en el concurso: Licitación Abreviada 2008LA-000046-3003 por Clopidogrel 75 mg comprimidos, que se prorroga el plazo para la recepción de ofertas fijado inicialmente para el día 01 de octubre del 2008, quedando de la siguiente manera:
Apertura de las ofertas: 08 de octubre del 2008 a la 02:00 p. m.
Las demás condiciones del cartel se mantienen invariables.
San José, 25 de setiembre del 2008.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador a. í.—1 vez.—(91303).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000145-PROV
(Modificación y prórroga Nº 1)
Adquisición de repuestos genuinos para los controladores
Speed Tronic del C.G. Moín
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que el cartel de este concurso fue sujeto a la siguiente modificación:
Capítulo III. Especificaciones Técnicas punto 21. Generalidades técnicas se debe incluir lo siguiente:
21.3 Las tarjetas solicitadas deberán contener todos los chips (removibles o no) que conforman la misma incluyendo memorias y EEPROM (electrically-erasable programmable read-only memory). Se deberá presentar un listado de los chips removibles que forman parte de cada tarjeta ofrecida.
Asimismo, se le comunica que la apertura de ofertas fue prorrogada para las 15:00 horas del 09 de octubre del 2008.
Fecha de apertura de ofertas anterior: A las 09:00 horas del día 2 de octubre del 2008.
San José, 25 de setiembre del 2008.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 335364).—C-10580.—(91308).
ADMINISTRACIÓN DE BIENES
LICITACIÓN PÚBLICA 2008LN-000003-PROVEE
(Modificación Nº 1)
Adquisición de implementos escolares destinados a estudiantes
de escuelas PROMECUM, territorios indígenas y
algunas unidocentes
Se solicita considerar la siguiente modificación:
1. En el cartel de la licitación se consignó Licitación Pública 2008LN-000003-PROVEE “Adquisición de implementos escolares”, siendo lo correcto: “Adquisición de implementos escolares destinados a estudiantes de escuelas PROMECUM, territorios indígenas y algunas unidocentes”.
24 de setiembre del 2008.—MBA. Ramón Alvarado Gutiérrez, Proveedor General.—1 vez.—(90901).
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA
LICITACIÓN PÚBLICA 2008-LN-000001-MMO
Adquisición de tres camiones recolectores de desechos sólidos nuevos
La Municipalidad de Montes de Oca informa que se le hicieron modificaciones al cartel de licitación número 2008LN-000001-MMO para la adquisición de tres recolectoras por lo que pueden pasar a retirar el cartel un día después de la publicación de ésta notificación.
Las copias del cartel de licitación corren por cuenta de los interesados.
Así mismo, se les comunica que la apertura para la recepción de ofertas será el día 8 de octubre a las 14:00 horas en la oficina de la Proveeduría Municipal.
San Pedro de Montes de Oca, 25 de setiembre del 2008.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Víctor Hugo Portilla Madrigal, MBA.—1 vez.—(91291).
MUNICIPALIDAD DE SAN MATEO
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2008LN-000002-03
La Alcaldía Municipal de San Mateo, avisa a todos los interesados en participar en este concurso que se amplía el plazo para recibir ofertas a las 10:00 horas del 14 de octubre de 2008.
Renato Sánchez González.—1 vez.—(91160).
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2008LN-000003-03
La Alcaldía Municipal de San Mateo, informa a todos los interesados en participar en este concurso que se amplía el plazo para la recepción de ofertas a las 13:30 horas del 14 de octubre de 2008.
Renato Sánchez González.—1 vez.—(91161).
La Junta Directiva Nacional, en sesiones 4601 y 4602, del 21 y del 25 de agosto del 2008, adicionó el Reglamento “Tarifas y Comisiones para los Productos de Captación” publicado en el diario oficial del 06 de agosto del 2008, en los siguientes términos:
A) Al apartado “Producto: “Cuentas Corrientes” se le adicionan dos rubros, denominados “Comisión por clasificación de billetes” y “Comisión por remesas de efectivo y valores”, para que ese apartado se lea así:
PRODUCTO: “CUENTAS CORRIENTES” |
||||
CONCEPTO |
MONTO |
MONTO |
||
|
DÓLARES |
COLONES |
||
CHEQUES DE GERENCIA |
0,1% Del monto del cheque Mínimo: $5 Máximo: $25 |
0,1% Del monto del cheque Mínimo: $5 Máximo: $25 |
||
CERTIFICACIÓN DE CHEQUES |
0,1% Del monto del cheque Mínimo: $5 Máximo: $15 |
0,1% Del monto del cheque Mínimo: $5 Máximo: $15 |
||
ORDEN DE NO PAGO |
$3 por cheque |
$3 por cheque |
||
CIERRE DE CUENTAS CORRIENTES POR EXTRAVÍO DE FORMULAS DE CHEQUES |
$10 |
$10 |
||
CONFIRMACIÓN BANCARIA DE SALDOS |
$15 (por confirmación para Auditorías) |
$15 (por confirmación para Auditorías) |
||
CONSTANCIAS |
$3 por constancia |
$3 por constancia |
||
CONSTANCIAS PARA EFECTOS DE TRÁMITE DE VISA DE INGRESO A LOS ESTADOS UNIDOS Y OTROS PAÍSES |
$5 |
$5 |
||
COPIA DE CHEQUES POR MEDIO DE MICROFILM |
$1 por copia |
$1 por copia |
||
CHEQUES DEVUELTOS |
$5 (por cheque) |
$5 (por cheque) |
||
CHEQUERAS |
$3.50 Formulario de 25 cheques |
$3.50 Formulario de 25 cheques |
||
LIBROS DE DEPÓSITO PARA CUENTA CORRIENTE |
No cobrar comisión alguna por libros de depósito para cuentas corrientes |
No cobrar comisión alguna por libros de depósito para cuentas corrientes |
||
GENERACIÓN DE HISTÓRICOS |
$5 por histórico |
$5 por histórico |
||
TRANSFERENCIA DE FONDOS EN PLATAFORMA |
$3 Por transferencia |
$3 Por transferencia |
||
COMISIÓN POR SALDOS INFERIORES AL MÍNIMO |
$2 por mes |
$2 por mes |
||
SOBREGIRO EN EL LÍMITE DE CHEQUES PERMITIDO |
$1 (por cheque adicional) |
$1 (por cheque adicional) |
||
CIERRE DE CUENTA |
$2 |
$2 |
||
ENVÍO DE ESTADO DE CUENTA POR FAX |
$0.25 por folio |
$0.25 por folio |
||
CUENTAS CORRIENTES INACTIVAS |
$2 por mes (estado inactividad def. Regl) |
$2 por mes (estado inactividad def Regl) |
||
COMISIÓN POR CLASIFICACIÓN DE BILLETES |
De $0 hasta $10.00 POR MILLÓN DE COLONES PROCESADO |
De $0 hasta $10.00 POR MILLÓN DE COLONES PROCESADO |
||
La determinación de la comisión de los rangos establecidos corresponderá a la Gerencia General Corporativa en función de los costos, rentabilidad, conveniencia institucional, integración de productos y cualesquiera otros elementos que se consideren necesarios según lo amerite cada caso. |
||||
COMISIÓN POR REMESAS DE EFECTIVO Y VALORES |
De $0 hasta $50.00 POR MILLÓN DE COLONES REMESADO |
De $0 hasta $50.00 POR MILLÓN DE COLONES REMESADO |
||
La determinación de la comisión de los rangos establecidos corresponderá a la Gerencia General Corporativa en función de los costos, rentabilidad, conveniencia institucional, integración de productos y cualesquiera otros elementos que se consideren necesarios según lo amerite cada caso. |
||||
B. Se crea un apartado que se ubicará al final del Reglamento, denominado “´PRODUCTO AHORRO OBLIGATORIO´, para ahorros obligatorios antes de la vigencia de la Ley de Protección al Trabajador”, que se leerá así:
PRODUCTO: “AHORRO OBLIGATORIO”, para ahorros obligatorios constituidos antes de la vigencia de la Ley de Protección al Trabajador |
|
CONCEPTO |
MONTO EN COLONES |
CUENTAS INACTIVAS (Cuentas Consistentes) |
$2 mensuales. Sin movimiento a partir de 6 meses y con saldos menores a los $10 o su equivalente en colones. |
CUENTAS INACTIVAS (Cuentas Inconsistentes) |
$2 mensuales. Con saldos menores a los $10 o su equivalente en colones. |
COSTOS ADMINISTRATIVOS Y TECNOLÓGICOS (Cuentas Consistentes y Cuentas Inconsistentes) |
$0,10 mensuales. Revisable anualmente en el mes de enero de cada año. |
Rige a partir de su publicación en La Gaceta, salvo el rubro “Cuentas Inactivas (Cuentas inconsistentes) del apartado “´PRODUCTO AHORRO OBLIGATORIO´, para ahorros obligatorios antes de la vigencia de la Ley de Protección al Trabajador”, el cual rige veinte días hábiles después de su publicación en el diario oficial.
San José, 16 de setiembre del 2008.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(89355).
La Junta Directiva Nacional, en sesión 4607 del 11 de setiembre del 2008, aprobó el “Reglamento para las Juntas de Crédito Local”, el cual se leerá así:
“REGLAMENTO DE LAS JUNTAS DE CRÉDITO LOCAL”
Artículo 1º—Fundamento, fines y normativa aplicable. El presente Reglamento se emite con fundamento en el artículo 24 b de la Ley Orgánica del Banco Popular y de Desarrollo Comunal y regula el procedimiento para la integración de las Juntas de Crédito Local y su organización, las cuales se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, en la Ley General de la Administración Pública, en el Reglamento a la Ley Orgánica del Banco Popular y de Desarrollo Comunal y en el presente Reglamento.
Artículo 2º—Comisión para la integración de las Juntas de Crédito Local. Créase la Comisión para la integración de las Juntas de Crédito Local, conformada por tres miembros de la Junta Directiva nombrados por ésta, quien también designará los respectivos suplentes. La Comisión podrá invitar a sus sesiones, con voz pero sin voto, a un representante del Directorio Nacional de la Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras.
La Comisión tendrá las siguientes funciones:
a. Confeccionar el aviso indicado en el artículo 5 de este Reglamento y someterlo a la Junta Directiva para su aprobación.
b. Confeccionar un modelo de la propuesta que, para la integración de las Juntas de Crédito Local, deban remitir las organizaciones indicadas en el artículo siguiente, así como de la declaración jurada señalada en el artículo 5 de este Reglamento.
c. Coordinar con la Secretaría de Junta Directiva y la Administración del Banco, la recepción de los documentos indicados en el artículo 5 de este Reglamento, procurando que le sean remitidos a la brevedad.
d. Examinar la documentación indicada en el inciso anterior, recomendando a la Junta Directiva el rechazo de propuestas que considere insubsanables.
e. Indicarle a las Organizaciones Sociales las anomalías subsanables señaladas en el párrafo tercero del artículo siguiente.
f. Recomendar a la Junta Directiva la conformación de las Juntas de Crédito Local.
g. Velar porque los acuerdos y resoluciones que la Junta Directiva dicte con fundamento en este Reglamento y demás normativa aplicable, sean comunicados debidamente y a la brevedad.
h. Las demás que indiquen los reglamentos aplicables o la Junta Directiva.
Artículo 3º—Integración. Cada Junta Local contará con tres miembros propietarios, uno escogido de entre las ternas que al efecto remitan las Asociaciones de Desarrollo Integral de primer grado, y el resto de entre las que envíen las organizaciones de primer grado integrantes de los demás Sectores que conforman la Asamblea de los Trabajadores y Trabajadoras.
En este último caso, la designación se hará procurando guardar la misma proporcionalidad de los distintos Sectores que conforman la Asamblea de los Trabajadores y Trabajadoras.
Se tomarán en cuenta únicamente a quienes figuren en una terna escogida por la Asamblea de Asociados, o por el Consejo de Administración o Junta Directiva de la respectiva organización legitimada para ello, enviada en tiempo y forma a través de su representante legal, siempre y cuando esté compuesta por tres candidatos que cumplan con todos los requisitos indicados en el artículo 4.
Si de la documentación remitida en tiempo por la organización legitimada se determinare que la terna no fue escogida por la Asamblea de Asociados, o el Consejo de Administración o Junta Directiva de la respectiva organización, o no fue enviada por su representante legal, o alguno de los tres candidatos no cumple con los requisitos indicados en el artículo siguiente, la Comisión concederá un plazo de cinco días hábiles para que la respectiva organización corrija la anomalía.
Si de las ternas recibidas no fuere posible designar a todos o parte de los integrantes de acuerdo con lo indicado anteriormente, la Junta Directiva podrá nombrar el resto de los miembros, siempre y cuando los designados pertenezcan a las organizaciones representadas en la Asamblea de los Trabajadores y Trabajadoras, así como de la respectiva región, y que los electos cumplan con los requisitos exigidos.
La Junta Directiva integrará las Juntas de Crédito Local con personas de diferente sexo, salvo inopia comprobada. En todo caso, al menos la mitad de la totalidad de los propietarios de las Juntas de Crédito Local deberán ser mujeres.
Artículo 4º—Requisitos de los miembros de las Juntas de Crédito Local. Los miembros de las Juntas de Crédito Local deberán reunir los siguientes requisitos:
a. Ser costarricense y ciudadano en ejercicio.
b. Pertenecer a alguna de las organizaciones que conforman los Sectores que integran la Asamblea de los Trabajadores y Trabajadoras.
c. Ser de reconocida solvencia moral. Previa autorización del integrante, el Banco podrá consultar la situación de este en el Registro Judicial correspondiente.
d. Estar domiciliado o tener su sede de trabajo en la región cubierta por la Sucursal del Banco para la cual fue nombrado y estar en condiciones de asistir puntualmente a las sesiones que celebre la Junta.
e. Ser ahorrante voluntario u obligatorio del Banco.
f. No estar ligado por parentesco de consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado inclusive, con ningún director, funcionario o empleado del Banco.
g. No ser deudor moroso de alguna institución bancaria, lo que el Banco podrá corroborar en el registro que al efecto lleva la SUGEF previa autorización del integrante; así como no haber sido declarado en estado de quiebra fraudulenta o culpable o insolvencia.
h. Contar como mínimo con título de bachillerato en educación secundaria. Sin embargo, al menos uno de los integrantes de la Junta de Crédito Local deberá contar además con preparación académica universitaria con grado mínimo de bachiller y preferiblemente conocimientos y experiencia en economía, banca o administración, así como con experiencia en problemas relativos al desarrollo económico y social del país, salvo inopia debidamente comprobada.
Artículo 5º—Forma de nombramiento de los miembros de las Juntas de Crédito Local. La Junta Directiva, mediante publicación en el diario oficial y en otro de circulación nacional con no menos de 60 días naturales de antelación al vencimiento de los nombramientos, avisará a las organizaciones indicadas en el artículo 3 de este Reglamento, que en un plazo de 30 días naturales contados a partir del último aviso, deben enviar las ternas de sus candidatos para ocupar cargos en las Juntas de Crédito Local, las que contendrán y deberán acompañarse de lo siguiente:
a. Nombre completo de los tres candidatos, sus calidades, curriculum vitae (hoja de vida) indicando los títulos y certificados de participación obtenidos, para lo cual se aportarán los documentos que lo comprueben.
b. Documento que demuestre su calidad de costarricense y de que pertenece a una organización integrante de alguno de los sectores que conforman la Asamblea de los Trabajadores y Trabajadoras.
c. Declaración jurada del candidato, que indique expresamente que cumple con los requisitos señalados en los incisos a), d) e), f) y g) del artículo 4 de este Reglamento.
Artículo 6º—Juramentación. La Junta Directiva Nacional nombrará a los miembros de la Junta de Crédito Local y sus suplentes dentro de los quince días naturales anteriores al inicio del siguiente período, personas que serán juramentadas por la Presidencia de la Junta Directiva Nacional o su delegado.
Artículo 7º—Duración en el cargo. Los miembros de la Junta de Crédito Local serán nombrados en sus cargos por el término de dos años, cuyo ejercicio iniciará el primero de marzo de cada año impar, y podrán ser reelectos.
Artículo 8º—Presentación de la Declaración Jurada y Caución. De previo a la juramentación los miembros de las Juntas de Crédito Local y sus suplentes, deberán presentar la declaración jurada sobre la situación patrimonial a la que se refiere el artículo 21 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito, así como rendir una caución por la suma de doscientos mil colones, la que podrá consistir en efectivo, hipoteca, prenda, fianza o póliza de fidelidad extendida por el Instituto Nacional de Seguros.
Los documentos que comprueben la rendición de la caución se remitirán a la Junta Directiva Nacional, la cual, corroborado su correcto otorgamiento, los remitirá a la Auditoría Interna para que disponga sobre su custodia.
Si vencida la caución, la misma no hubiese sido renovada, la Junta Directiva Nacional comunicará al omiso su suspensión como integrante o suplente de la respectiva Junta de Crédito local mientras no normalice la situación. Transcurrido un mes de la notificación de la suspensión sin que la anomalía haya sido corregida el nombramiento cesará de pleno derecho.
Artículo 9º—Reemplazo de los miembros de la Junta de Crédito Local. En caso de suspensión o ausencia temporal del miembro propietario, entrará en el desempeño del cargo su respectivo suplente. Si la ausencia fuere definitiva, el suplente asumirá la propiedad del cargo.
Si por cualquier razón faltare el suplente en forma definitiva, este será reemplazado por cualquiera de los candidatos propuestos por su mismo Sector al inicio de cada proceso, siempre y cuando, en ese momento aún cumpliere con los requisitos correspondientes; en caso contrario, la Comisión solicitará a las organizaciones de primer grado del respectivo Sector la remisión de ternas dentro de los diez días hábiles siguientes a que así se les prevenga.
Artículo 10.—Funciones de las Juntas de Crédito Local. Las Juntas de Crédito Local tendrán su competencia circunscrita a la materia crediticia de la Sucursal y concretamente les corresponderá:
a. Calificar y resolver las solicitudes de créditos, de acuerdo con los reglamentos.
b. Sugerir a la Junta Directiva Nacional, por medio de la Comisión para la Integración de las Juntas de Crédito Local o de los canales administrativos correspondientes, los criterios y políticas que consideren convenientes para la mejor distribución y concesión del crédito en la zona respectiva, así como para incrementar la recaudación de cuotas y amortizaciones y mejorar las relaciones públicas del Banco y cualquier otra recomendación que considere conveniente para la buena marcha de la Institución en su zona de influencia.
c. Procurar una adecuada coordinación entre las actividades de crédito que realizan el Banco y las organizaciones representadas en la Asamblea de los Trabajadores y Trabajadoras en el área de influencia de la respectiva Sucursal, con el objetivo de lograr un mejor cumplimiento de los fines que el ordenamiento jurídico ha encargado tanto al Banco como a esas entidades.
d. Conocer los informes que emita la Auditoría Interna sobre evaluaciones realizadas con relación con las funciones de la respectiva Junta de Crédito Local.
e. Coordinar con la Gerencia de la Sucursal la promoción de la Institución dentro de la zona de su competencia.
f. Proponer a la Junta Directiva Nacional, por medio de la Comisión para la Integración de las Juntas de Crédito Local o de los canales administrativos correspondientes, la celebración de alianzas estratégicas a celebrarse en su zona de influencia, oportunidades de negocios en concordancia con los objetivos del Banco, así como acciones que contribuyan a mejorar sus servicios y el desarrollo local.
g. Presentar un informe de fin de gestión y realizar la entrega formal del órgano a su sucesor de conformidad con la normativa aplicable.
Para el cumplimiento de sus funciones, la Junta de Crédito Local participará en la formulación del Plan Anual de Trabajo de la Sucursal, para cuya elaboración deberán observarse el Plan Estratégico, el Plan Operativo y el Programa de Crédito que establezca la Junta Directiva Nacional.
Artículo 11.—Elección del Presidente. En la primera sesión de cada período anual, la Junta de Crédito Local elegirá de su seno, por mayoría de votos, un Presidente y un Vicepresidente, quienes durarán un año en el ejercicio de sus cargos, pudiendo ser reelectos.
La votación será secreta y se llevará a cabo mediante boletas en las cuales cada miembro escribirá el nombre de su candidato.
El escrutinio lo practicará el Gerente de la Sucursal. Se declararán electos Presidente y Vicepresidente, los candidatos que hubieren obtenido mayoría de votos y asumirán de inmediato sus cargos.
En caso de empate se repetirá la elección y, de persistir el empate, la suerte decidirá mediante sorteo a cargo del Gerente de la Sucursal.
Para los efectos de esta elección los miembros no podrán hacer uso del recurso de revisión.
Artículo 12.—Facultades del Presidente. El Presidente de la Junta tendrá las facultades y atribuciones establecidas en el artículo 49 de la Ley General de la Administración Pública.
En caso de ausencia temporal del Presidente, el Vicepresidente lo sustituirá; si la ausencia fuese definitiva, se procederá a la designación de un nuevo Presidente en los términos indicados en el artículo anterior.
Artículo 13.—Facultades y atribuciones del secretario. La secretaría de la Junta de Crédito Local estará a cargo del funcionario que designe el Gerente General Corporativo y realizará las siguientes funciones:
a. Llevar el libro de actas de las sesiones de la Junta de Crédito Local.
b. Remitir a la Gerencia General Corporativa y a la Auditoría Interna del Banco, copias de las actas de la Junta, tan pronto como hayan sido aprobadas en firme, asunto que verificará el Gerente de la Sucursal.
c. Archivar debidamente los documentos correspondientes a cada sesión junto con las copias de las comunicaciones.
d. Comunicar las resoluciones de la Junta de Crédito Local, cuando ello no corresponda al Presidente.
e. Cualesquiera otras funciones que le encargue la Junta, compatibles con su responsabilidad.
Artículo 14.—Asistencia a sesiones del Gerente de la Sucursal. El Gerente de la Sucursal respectiva deberá asistir a las sesiones de la Junta de Crédito Local con derecho a voz, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54.2 de la Ley General de la Administración Pública.
Artículo 15.—Integración. Para que una Junta de Crédito Local se tenga como integrada, es necesario que sus tres propietarios hayan sido juramentados.
En caso contrario, la Junta no podrá sesionar y, de hacerlo, sus actos serán nulos y no procederá el pago de dietas, todo sin perjuicio de la responsabilidad que pueda caberle a quienes propiciaron y participaron en la reunión.
Artículo 16.—Sesiones ordinarias y extraordinarias. Las Juntas de Crédito Local se reunirán ordinariamente una vez por semana, salvo que analizados los eventuales asuntos a tratar, el Presidente estime que por la escasa importancia de los mismos la reunión no deba celebrarse, lo que comunicará tanto a los demás integrantes como al Gerente de la respectiva Sucursal.
Las Juntas de Crédito Local solamente sesionarán extraordinariamente cuando hubiere asuntos urgentes que por sus graves implicaciones y por el interés público que deba ser protegido, no convenga posponer el asunto hasta la próxima sesión ordinaria. La convocatoria la hará por escrito el Presidente, especificando el objeto de la sesión y la fecha en que se verificará, debiendo convocar con no menos de 24 horas de anticipación, todo sin perjuicio de que estando presentes todos los miembros de la Junta, por unanimidad, decidan sesionar.
La celebración de sesiones ordinarias o extraordinarias, sin que se hayan dado los motivos señalados en este artículo, implicará el no pago de las dietas correspondientes, todo sin perjuicio de la responsabilidad que pueda caberle a los directores que propiciaron y participaron en esa sesión.
Artículo 17.—Asistencia a las sesiones. La asistencia de los miembros de las Juntas de Crédito Local a sesiones es obligatoria. Si por justa causa estuvieren imposibilitados de asistir, deberán comunicarlo a la Presidencia. La ausencia injustificada durante cuatro sesiones consecutivas ordinarias, será sancionada con la destitución.
Artículo 18.—Lugar de reuniones. La Junta de Crédito Local sesionará en el recinto de la Sucursal y podrá reunirse fuera de ésta pero dentro de la región cubierta por la Sucursal, únicamente cuando motivos de razonabilidad y racionalidad lo ameriten, y excepcionalmente, por razones de interés institucional, fuera de la región cubierta por la Sucursal.
Artículo 19.—Quórum. El quórum de la Junta debidamente integrada, se formará con dos miembros y los acuerdos se tomarán por simple mayoría, salvo disposición legal o reglamentaria en contrario.
Si a una sesión concurrieren solamente dos integrantes y un asunto se empatare, éste será resuelto en una próxima sesión con el total de los miembros.
Artículo 20.—Votaciones. Los integrantes de la Junta de Crédito Local deberán votar por alguna de las tesis en discusión, salvo que en uno o varios de ellos concurra alguna de las causales de abstención de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 230 al 238 de la Ley General de la Administración Pública.
Artículo 21.—Dietas. Los miembros de las Juntas de Crédito Local devengarán la suma de ¢28.285,38 (veintiocho mil doscientos ochenta y cinco colones con treinta y ocho céntimos) por cada asistencia a sesiones, dieta que será devengada por quien funja con voz y voto durante la mayor parte de la sesión.
La inasistencia o llegada tardía de más de treinta minutos después de iniciada la sesión o el abandono de la misma sin la debida justificación avalada por la Presidencia de la Junta, ocasionará la pérdida de la respectiva dieta.
Dicha dieta será aumentada el 1º de enero de cada año, en un monto igual a la inflación para el período, medida por el índice de Precios al Consumidor correspondiente al año anterior.
No se podrá pagar más de ocho sesiones entre sesiones ordinarias y extraordinarias por mes.
Transitorio
Para el período 2009 - 2011, los miembros de las Juntas de Crédito Local serán nombrados del 1º de enero del 2009 hasta el último de febrero del 2011.
El presente Reglamento rige a partir de su publicación en el diario oficial, y deroga el “Reglamento de las Juntas de Crédito Local” aprobado por la Junta Directiva Nacional en sesión Nº 4250, celebrada el 11 de octubre del 2004 y publicado en La Gaceta del día 27 de octubre del 2004, así como cualquier otra norma de igual o inferior rango que se le oponga.
23 de setiembre del 2008.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(90358).
MUNICIPALIDAD DE OROTINA
PROYECTO
REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS
MUNICIPALES PARA ESTUDIANTES
DEL CANTÓN DE OROTINA
Considerando:
I.—Que esta Municipalidad dispone de la potestad y autonomía reglamentaria para dictar su propio ordenamiento jurídico en materias de su competencia, haciendo uso de las facultades que le confieren los artículos 169 y 170 de la Constitución Política; artículo 4 incisos a) y d) e incisos b) y c) del artículo 13, todos estos del Código Municipal, Ley Nº 7794 publicada en La Gaceta Nº 94 del 18 de mayo de 1998.
II.—Que el artículo Nº 62 del Código Municipal, Ley Nº 7794, establece que las municipalidades podrán otorgar becas para estudios a sus munícipes de escasos recursos y con capacidad probada para estudiar.
III.—Que la Municipalidad de Orotina es consciente de la deserción de estudiantes que, año a año, se produce en el sistema educativo público del cantón, debido, muchas veces, a la falta de recursos económicos que permitan solventar necesidades propias de la vida académica.
Es que la Municipalidad dicta el presente
REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS
MUNICIPALES PARA ESTUDIANTES
DEL CANTÓN DE OROTINA
CAPÍTULO I
Generalidades
Artículo 1º—Ámbito de aplicación. Con la finalidad de incentivar e impulsar la educación y mejorar de esa forma las condiciones de vida de niños y jóvenes de Orotina, es que la Municipalidad del cantón concederá becas de estudios; de allí que el presente reglamento regula el régimen de otorgamiento de becas municipales a estudiantes escolares y colegiales, vecinos del mismo.
Artículo 2º—Objetivo: El objeto del presente reglamento será la regulación del procedimiento para el otorgamiento de becas municipales de estudio a los estudiantes vecinos del cantón de Orotina, para que así la entrega de dichos incentivos se realice de la forma más justa y equitativa que posible; de manera que la gran mayoría de los personas que necesiten estas ayudas se vean beneficiados y puedan de esa forma continuar sus estudios.
Artículo 3º—Del financiamiento: El contenido presupuestario para el financiamiento de este programa de otorgamiento de becas, se obtendrá de los recursos del presupuesto de la institución, el cual en ningún caso será inferior al 1% del presupuesto municipal; para la obtención de la cantidad económica referente a la aplicación de este porcentaje, se tomará en cuenta el presupuesto municipal sin incluir los recursos provenientes de las transferencias que realiza el Gobierno Central por lo recaudado según la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributaria, Ley Nº 8114 y que es girado a la municipalidad para labores propias de la gestión vial cantonal.
CAPÍTULO II
De los beneficiarios
Artículo 4º—De los beneficiarios: Podrán ser beneficiarios de una beca de estudio todas aquellas personas que se encuentren cursando cualquiera de los ciclos lectivos que componen el sistema educativo público costarricense (educación regular primaria y secundaria), siempre y cuando sean estudiantes de escasos recursos económicos y que hayan demostrado gran interés en continuar sus estudios, con capacidad, dedicación y distinción en sus actividades educativas. Estas circunstancias deberán ser demostradas por el interesado mediante presentación de original y copia de su respectiva hoja de calificaciones.
Artículo 5º—De los requisitos de los beneficiarios: Los requisitos que se deberán reunir para realizar solicitudes para el otorgamiento de becas que otorgue la Municipalidad de Orotina son:
a. Ser costarricense y vecino del cantón de Orotina,
b. Ser estudiante activo en cualquiera de los ciclos que componen el sistema educativo público costarricense (educación primaria o secundaria), en una de las instituciones educativas del cantón,
c. Pertenecer a una familia de escasos recursos económicos,
d. Poseer un promedio general igual o superior al 75%, sin haber perdido una o más materias en el período de calificaciones del año anterior al que realiza la solicitud, para ello debe anexar el documento original y copia del informe académico del anterior ciclo lectivo,
e. Ser de buenas costumbres, tener reconocidos principios morales y buena conducta,
f. No encontrarse gozando de una beca otorgada por otra institución, y
g. Que sea un estudiante que participe activamente en cualquier grupo u organización comunal, que sea de reconocida existencia en la promoción de la cultura y participación comunal,
CAPÍTULO III
Del otorgamiento de las becas
Municipales de estudios
Artículo 6º—De la divulgación: Para informar a la población de la apertura del período de recepción de solicitudes de becas municipales para estudio, la Alcaldía Municipal, divulgará, por los medios que considere convenientes, a partir de la primera quincena del mes de octubre, que los formularios de becas estarán disponibles a partir de una fecha exacta, dentro de la primera quincena del mes noviembre, pudiendo ser retirados en ese mismo Despacho.
Artículo 7º—De los formularios: La elaboración y el número de formularios a entregar, quedará a discreción de la Alcaldía Municipal, según la previsión económica que se tenga contemplada para este efecto, tal y como se estipula en el artículo 3 de este reglamento. En el formulario se deberá consignará como mínimo la siguiente información:
a. Datos del estudiante: nombre completo, lugar y fecha de nacimiento, edad, sexo, dirección exacta de residencia, nombre del centro educativo en donde estudia, nivel educativo que cursa al momento de hacer la solicitud, rendimiento académico (promedio de calificaciones del año anterior al que realiza la solicitud, para ello debe anexar el documento original y copia del registro académico del anterior ciclo lectivo) en donde se constate lo exigido en el artículo 4 así como en el inciso d) del artículo 5 de este reglamento, nombre del grupo u organización comunal en la cual es partícipe (según inciso g) del artículo 5 de este reglamento),
b. Datos del padre: nombre completo, número de cédula, profesión u oficio, estado laboral actual, lugar de trabajo,
c. Datos de la madre: nombre completo, número de cédula, profesión u oficio, estado laboral actual, lugar de trabajo,
d. Datos del núcleo familiar: número de miembros, datos personales de los restantes miembros del núcleo familiar, ingreso bruto mensual de cada miembro, estado civil de los padres, modalidad de vivienda (propia, alquilada, prestada), mención de la principal fuente de ingresos del núcleo familiar, indicar el número y descripción de los bienes muebles e inmuebles que posee los miembros del núcleo familiar,
e. El formulario incluirá un espacio en donde el padre o encargado del estudiante, deberá consignar y firmar bajo fe de declaración jurada que dicho niño o joven no goza de ningún tipo de ayuda socioeconómica,
f. Fecha máxima de recepción de ofertas, la cual no podrá mayor a un mes desde la fecha en que se inicie la recepción de solicitudes.
Cada formulario llevará un número de consecutivo, hasta llegar al máximo establecido de acuerdo a la previsión presupuestaria. Conjuntamente con el formulario debidamente lleno, el interesado deberá adjuntar toda la documentación necesaria para demostrar que la información brindada es cierta.
Artículo 8º—De la recepción de las solicitudes: La recepción de los formularios, se hará de conformidad con los plazos señalados en los artículos anteriores, y deberá ser entregada en la Alcaldía Municipal. Sólo se tramitarán solicitudes que reúnan debidamente los requisitos, que se hallen completas en cuanto a los documentos y datos exigidos por este reglamento y otros que se incluyan en el formulario que se distribuya para tal efecto. No se tramitarán solicitudes presentadas en forma extemporánea y las que se presenten utilizando otro formulario que no sea el oficialmente divulgado.
Artículo 9º—Del procedimiento de estudio de las solicitudes: La Municipalidad, a través de la Oficina de Asistencia Social, analizará cada expediente, determinará cuáles cumplen con todos los requisitos solicitados en el formulario; a quienes se determine que no cumplen con los requisitos solicitados se les enviará por una única vez una notificación indicando cuáles requisitos debe subsanar, a lo cual se le concederá cinco (5) días hábiles para su presentación, si luego del tiempo concedido no se presenta lo solicitado, se procederá a su archivo. De igual forma que la presentación de solicitudes, la documentación a subsanar debe ser presentada en la Alcaldía Municipal, dentro del plazo otorgado.
Las solicitudes debidamente completas, desde un inicio o por subsanación de omisiones, se les procederá a realizar una visita domiciliar con el fin de constatar lo indicado en forma escrita en cada expediente clasificado así como preparar un estudio socioeconómico complementario de los aspirantes a becas municipales y de su núcleo familiar.
Realizada la visita por parte del profesional, éste deberá enviar el expediente de cada solicitante con su dictamen de aprobación o desaprobación debidamente fundamentado a la Alcaldía Municipal a más tardar la primera semana del mes de febrero de cada año.
Artículo 10.—Del dictamen del estudio de las solicitudes: Luego de recibida la información resultante del estudio de las solicitudes, la Alcaldía Municipal convocará a la Comisión descrita en el artículo 15 de este reglamento, para que en la segunda semana del mes de febrero, en conjunto con la Oficina de Asistencia Social, se dictamine sobre las solicitudes resueltas, para su posterior envío al Concejo Municipal, quien lo conocerá en la sesión inmediata posterior a la celebrada por dicha Comisión.
Artículo 11.—De la adjudicación: Luego de conocido el dictamen de la Comisión, el Concejo Municipal, mediante acuerdo definitivamente aprobado, será quien adjudique las becas municipales. Ello a más tardar la última semana del mes de febrero.
Artículo 12.—Del trámite posterior a la adjudicación: La secretaría del Concejo Municipal enviará el acuerdo a la Alcaldía Municipal, para proceder a coordinar las acciones con las dependencias administrativas correspondientes al área financiero-contable, a efectos de realizar las transferencias bancarias correspondientes.
Las personas que resulten beneficiados deben de proceder a la apertura de una cuenta bancaria en una de las instituciones en donde la Municipalidad realice transferencias. Los giros se harán durante los primeros cinco días hábiles de cada mes, entre los meses de marzo a noviembre de cada año.
Artículo 13.—Del monto de la beca: El Concejo Municipal, previa recomendación de la Alcaldía la cual presentará un informe administrativo, procederá a fijar en la segunda quincena del mes de setiembre de cada año, el monto otorgado para las becas, de conformidad con la reserva presupuestaria estipulada en el artículo 3 de este reglamento. Dicho monto se fijará mediante acuerdo definitivamente aprobado por ese órgano De dicho acuerdo, no se requiere de publicación en el diario oficial u otro medio.
Artículo 14.—De la igualdad de oportunidades: En aras de propiciar un acceso a la igualdad de oportunidades, esta Municipalidad determina que el 10% del total de las solicitudes así como las becas que de ellas se deriven, en caso de proceder el estudio socioeconómico correspondiente, según lo indicado en este capítulo, estará destinado a estudiantes con algún tipo de discapacidad física o psicológica; para cuyo caso se estará elaborando el formulario de solicitudes del caso y que de igual forma divulgue esta institución.
CAPÍTULO IV
De la comisión municipal de becas
Artículo 15.—Creación: Créase la Comisión Municipal de Becas Estudiantiles, que será nombrada por el Concejo Municipal e integrada de la siguiente forma:
a. El Alcalde Municipal, o quien fuere delegado por él, mismo que será quien presida dicha Comisión,
b. Dos regidores, uno de los cuales obligatoriamente debe pertenecer a la Comisión Especial Permanente de Adecuación y Búsqueda de Nuevas Alternativas Educativas para el cantón de Orotina, misma creada según el artículo 86 del Reglamento Interno de Orden, Dirección y Debates del Concejo Municipal del cantón de Orotina, publicado en el diario oficial La Gaceta Nº 50 del año 2007 y
c. Un síndico.
La Alcaldía Municipal fungirá como Secretaría Técnica de esta Comisión.
Artículo 16.—De las funciones: La Comisión Municipal de Becas Estudiantiles, tendrá a cargo las siguientes funciones:
a. Conocer cada uno de los expedientes que conforman los estudios socioeconómicos que realice el profesional en Trabajo Social, según lo descrito en el artículo 10 de este Reglamento.
b. Proceder al dictamen de los estudios elaborados de cada una de las solicitudes tramitadas, para su posterior envío al Concejo Municipal,
c. Dar el debido seguimiento a los casos de becas otorgadas, y
d. Proceder a recomendar al Concejo Municipal, la revocatoria de becas según proceda con lo estipulado en el artículo 18 de este reglamento.
CAPÍTULO VI
De las obligaciones de los becarios y sanciones
Artículo 17.—Seguimiento: Luego de adjudicación correspondiente por parte del Concejo Municipal, los expediente serán enviados a la Alcaldía Municipal para su respectiva custodia. La Comisión Municipal de Becas Estudiantiles, se reunirá al menos cada tres meses posterior a la adjudicación de las becas para darle el debido seguimiento a cada caso otorgado.
Artículo 18.—Deberes del becario: Son deberes del becario los siguientes:
a. Entregar a la Alcaldía Municipal, copia del informe de calificaciones de cada período de evaluación, dentro de los cinco días hábiles posterior a su entrega por parte de la institución educativa,
b. Informar de cualquier cambio en su situación socioeconómica a nivel personal así como a nivel de su núcleo familiar,
c. Retirar puntualmente, en el período dado al efecto en el artículo 12 de este reglamento, el rubro económico de la Tesorería Municipal,
Artículo 19.—De la suspensión o eliminación de los beneficios: Los beneficios que implica la beca de estudios podrán ser suspendidos o eliminados, a criterio del Concejo Municipal, previa recomendación de la Comisión Municipal de Becas, cuando el becario incurra en cualquiera de las siguientes causales:
a. La pérdida de una o más materias en un período de evaluación del cual es beneficiario,
b. Por obtener un promedio de sus calificaciones inferior al 75%,
c. Por no retirar el monto de la beca en el lapso estipulado en artículo 12 de este reglamento, sin justa causa
d. Por cambio de situación económica que se hubiere demostrado fehacientemente,
e. Por incumplimiento en la labor comunal, así requerida en el inciso g) del artículo 5 de este reglamento,
f. Por constarse que se dio un destino diferente al educativo a los recursos de la beca,
g. Por ser manifiesta y pública una conducta no acorde a las buenas costumbres y la moral, dentro o fuera del centro educativo,
h. Por comprobarse que el beneficiario o alguna persona de su núcleo familiar mintió al brindar la información requerida en el formulario de solicitud de beca.
Artículo 20.—En caso de cancelarse el beneficio a un becado por las causales anteriores, la Comisión Municipal de Becas hará una recomendación para ocupar la beca libre. Esta recomendación se hará seleccionando de los formularios que quedaron sin asignación de beca en su oportunidad.
Artículo 21.—Cualquier modificación parcial o total a este reglamento, requiere aprobación definitiva por parte del Concejo Municipal y su correspondiente publicación.
Artículo 22.—Rige a partir del 01 de agosto del 2007.
El Concejo Municipal de Orotina, en sesión ordinaria Nº 96, celebrada el día 08 de junio del año 2007, en su artículo V, inciso 2), acuerda en forma unánime aprobar el proyecto de Reglamento para el otorgamiento de becas municipales para estudiantes del cantón de Orotina, para los efectos correspondientes a lo indicado en el artículo 43 del Código Municipal. Por tanto se abre el período correspondiente para consulta pública, luego del cual se publicará la resolución definitiva por parte del citado Concejo.
Orotina, 13 de setiembre del 2008.—Emilio J, Rodríguez Molina, Alcalde de Orotina.—Bach. Jessica Solano Sánchez, Secretaria Municipal.—1 vez.—(89905).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
REMATE Nº 2008-8-0087
Venta de vehículo
La Dirección de Suministros de Recope, invita a participar en el remate Nº 2008-8-0087, cuya fecha de celebración se fijó para el día 15 de octubre del 2008 a las 10:00 horas, en el parqueo ubicado en el costado oeste de las oficinas centrales de Recope.
Vehículo N° 1
Placa 339686
Marca Jeep Cherokee Sport
Año 1999
Estilo Station wagon
Motor Nº No es visible
Cilindrada 4000 c. c.
Chasis 1J4FF68SXXL530514
Estado Bueno
Combustible Gasolina
Capacidad 5 personas
Transmisión Automática
Tracción Doble
Kilometraje 130030
Nº cilindros 6
Precio base ¢ 2.100.000,00
Los carteles pueden retirarse en el primer piso de las oficinas centrales de Recope, previo pago de ¢1.000,00 en la caja situada en el primer piso del mismo edificio, o bien, estará disponible en el sitio Web de Recope, www.recope.com.
San José, 24 de setiembre del 2008.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 0329).—C-17840.—(91325).
AVISO
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Al público en general, para los efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, la Compañía Tropigás de Costa Rica S. A., ha reportado como extraviado ante el Banco de Costa Rica, y además solicito la reposición del Certificado de Depósito a plazo número: 61174127, cuyo beneficiario es Tropigás de Costa Rica S. A., el monto es de dos millones trescientos mil colones exactos, se encontraba endosado a favor de la Caja Costarricense de Seguro Social, con fecha de emisión de 13 de marzo del 2003 y fecha de vencimiento: 13 de marzo del 2004, oficina de emisión: Cenada (949), y Tasa de interés del: 15 %.
San José, 08 de setiembre del 2008.—Lic. Wagner Chacón Castillo, Notario.—(87457).
OFICINA SAN RAFAEL ABAJO, DESAMPARADOS
AVISO
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Hago constar que el certificado de depósito a plazo del Banco de Costa Rica, con las siguientes características:
Certificado Monto Plazo
62089154 ¢2,400,000.00 180 días
Emitido Vence Tasa
12/09/2008 14/09/2008 4.75% anual
Certificado emitido a la orden de: CortÉs Meza José Ángel, cédula de identidad número 3-0123-0226, ha sido reportado como extraviado por lo que se solicita al Banco de Costa Rica su reposición de acuerdo con lo establecido en los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.
San José, 18 de setiembre de 2008.—Luis Mora Calderón, Oficial Comercial.—(89244).
OFICINA 295 EN NARANJO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
A quien interese, hago constar que el certificados de depósito a plazo del Banco de Costa Rica, cert. Nº 62130314, monto: ¢8.000.000,00, plazo: 180 días, emitido: 19/05/2008, vence: 19/11/2008, tasa 4.65%. Certificado emitido a la orden de: Ofelia Méndez Elizondo, cédula número 2-0192-0282. Ha sido reportado como extraviado por lo que se solicita al Banco de Costa Rica su reposición de acuerdo con lo establecido en los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.
Naranjo, 11 de setiembre del 2008.—Deseado José Campos Sánchez, Encargado de Oficina.—Nº 61839.—(89591).
AVISO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
La señora Flor Daisy Guillén Ramírez, cédula 3-231-661, ha solicitado la reposición del certificado de depósito a plazo Nº 205-304-2056924, por la suma de ¢176.039.19 (ciento setenta y seis mil treinta y nueve colones con 19/100), más el cupón de interés por la suma de ¢2.860.64 (dos mil ochocientos sesenta colones con 64/100), con fecha de vencimiento 12 de setiembre del 2007, los cuales se le extraviaron. Dichos documentos fueron emitidos por el Banco Crédito Agrícola de Cartago. Lo anterior para dar cumplimiento con lo que estipula nuestro Código de Comercio, artículos 708 y 709. Transcurrido el término de quince días a partir de la última publicación, se repondrá dicho Título Valor.
Cartago, 16 de setiembre del 2008.—Randall Castro Vega, Encargado Punto Comercial Los Ángeles.—(89892).
CENTRO SERVICIOS FINANCIEROS CATEDRAL
AVISO
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
El Banco Popular y de Desarrollo Comunal de este domicilio, hace del conocimiento del público en general, el extravío del siguiente certificado a plazo fijo a la orden Gerardo Urtecho Loaiza, cédula de identidad Nº 06-0100-0360:
Fecha Cupón Fecha
Certificado Nº Monto vencimiento número Monto vencimiento
1610846021159931-0 ¢233.994,05 03-09-2008 N.A. N.A. N.A
Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.
San José, 5 de setiembre del 2008.—Plataforma Ahorro a Plazo.—Lic. Carmen Sánchez Rivas, Coordinadora.—(87887).
VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL
OFICINA DE REGISTRO E INFORMACIÓN
AVISOS
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
ORG-161-08.—Valenciano Campos Paula Andrea, costarricense, cédula 1-1114-221, ha solicitado reposición del título de Bachillerato en Estadística. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 17 de setiembre del 2008.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—(O. C Nº 112987).—C-17840.—(89359).)
ORI-R-2242-2008.—Bonilla Steiger Alberto José, R-188-2008, costarricense, cédula de identidad 1-1051-592, ha solicitado reconocimiento del diploma de Bachiller en Ingeniería Civil, Universidad de Tufts, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 02 de setiembre del 2008.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112987).—C-17840.—(89360).
ORI-R-2375-2008.—Angélica Vega Hernández, R-202-2008, costarricense, cédula de identidad 1-0988-0966, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestra en Administración Pública y Política Pública, El Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 02 de setiembre del 2008.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O.C. Nº 112987).—C-17840.—(89361).)
ORI-R-2377-2008.—María José Chassoul Acosta, R-205-2008, costarricense, cédula de identidad 2-0399-0032, ha solicitado reconocimiento del diploma de Magíster en Ciencias de la Ingeniería, Pontificia Universidad Católica de Chile, Chile. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 02 de setiembre del 2008.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O.C. Nº 112987).—C-17840.—(89362).
ORI-R-2379-2008.—Van Wendel de Joode Berendina Natalia, R-l99-2008, holandesa, residente permanente: 152800005011, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora (Ph.D), Universidad de Utrecht, Holanda (Países Bajos). Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 02 de setiembre del 2008.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O.C. Nº 112987).—C-17840.—(89363).
ORI-R-2396-2008.—Farfan Botello Liliana María, R-198-2008, colombiana, pasaporte CC52192955, ha solicitado reconocimiento del diploma de Bacterióloga, La Pontificia Universidad Javieriana, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 03 de setiembre del 2008.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O.C. Nº 112987).—C-17840.—(89364).)
ORI-R-2398-2008.—Rodríguez Yañez Javier Ernesto R-201-2008, Uruguayo, pasaporte 1.768.429-5, ha solicitado reconocimiento del diploma de Bachiller en Química-Ingeniero Químico, Universidad de la República, Uruguay. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 03 de setiembre del 2008.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O.C. Nº 112987).—C-17840.—(89365).)
ORI-R-2400-2008.—Casanova Treto Pedro, R-204-2008, cubano, pasaporte B248220, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Mecánico, Universidad Central de Las Villas, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 03 de setiembre del 2008.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O.C. Nº 112987).—C-17840.—(89366).)
ORI-R-2402-2008.—Ramírez Arguedas Nils Antonio, R-200-2008, costarricense, cédula de identidad 2-0475-974, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestro en Ciencias, La Universidad Nacional Autónoma de México, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 02 de setiembre del 2008.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O.C. Nº 112987).—C-17840.—(89367).)
ORI-R-2404-2008.—Fonseca D’avanzo Paula Isabel, R-203-2008, costarricense, cédula de identidad 1-1039-0592, ha solicitado reconocimiento del diploma de Certificado en Odonto Pediatría, Centro de Ciencias de la Salud, Universidad Estatal de Louisiana, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 03 de setiembre del 2008.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O.C. Nº 112987).—C-17840.—(89368).)
ORI-R-2454-2008.—Jens Nevermann Sievert, R-207-2008, costarricense, cédula de identidad 1-0913-0281, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Diplomado, Universidad “Rheinische Friedrich-Wilhelms-Universitat Bonn”, Alemania. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 10 de setiembre del 2008.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O.C. Nº 112987).—C-17840.—(89369).)
ORI-R-2462-2008.—Brunner Neibig Stephan, R-190-2008-B, costarricense, cédula de identidad 1-0551-0932, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Agrónomo Diplomado, Universidad Christian-Albrecht de Kiel, Alemania. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 10 de setiembre del 2008.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O.C. Nº 112987).—C-17840.—(89370).
ORI-R-2464-2008.—Román Ocampo Luis Alejandro R-206-2008, costarricense, cédula de identidad 1-1126-757, ha solicitado reconocimiento de diploma de Bachiller en Ciencias, Ingeniería Civil, Texas A&M University, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 10 de setiembre del 2008.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O.C. Nº 112987).—C-17840.—(89371).
FACULTAD DE DERECHO
ÁREA DE INVESTIGACIÓN
Katty Marcela Vargas Delgado, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los dieciséis días del mes de setiembre del dos mil ocho.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 60847.—(88577).
Gabriela María Quirós Lobo, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los dieciséis días del mes de setiembre del dos mil ocho.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 60922.—(88578).
Yendri Isabel Gómez Quesada, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los dieciséis días del mes de setiembre del dos mil ocho.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 60989.—(88579).
Juan Carlos Campos Monge, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los dieciséis días del mes de setiembre del dos mil ocho.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 61074.—(88580).
Mariela Castro Rodríguez, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 16 de setiembre del 2008.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 61225.—(89147).
Gabriel Alfredo Castro Benavides, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 16 de setiembre del 2008.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 61316.—(89148).
Jorge Mauricio Rojas Abarca, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 16 de setiembre del 2008.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 61317.—(89149).
Marcella Calderón Barrantes, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 16 de setiembre del 2008.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(89330).
Hilda Graciela Soto López, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 16 de setiembre del 2008.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 61661.—(89590).
Frankarlo Pessoa Solera, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 16 de setiembre del 2008.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(90287).
Juan Carlos Ovares Chacón, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 16 de setiembre del 2008.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(90289).
Karen Marieta Oviedo Rojas, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 16 de setiembre del 2008.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(90311).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Mariano Batalla Garrido ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los dieciséis días del mes de setiembre del dos mil ocho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(89825).
Esteban Mario González Roesch, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los dieciséis días del mes de setiembre del dos mil ocho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(89828).
Jessica Vanessa Salas Venegas ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 16 de setiembre del 2008.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 61919.—(90000).
VICERRECTORÍA EJECUTIVA
DIRECCIÓN DE ASUNTOS ESTUDIANTILES
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Ante la Oficina de Registro de la Universidad Estatal a Distancia, se ha presentado -por motivo de extravío- solicitud de reposición del diploma, correspondiente al título de Maestría en Administración de Servicios de Salud Sostenible con mención en Gerencia de Servicios de Salud, registrado tomo VII, folio 1068, asiento 29, otorgado el 30/11/2001, extendido a nombre de Solórzano Rodríguez Mireya, cédula Nº 2-357-993. Se solicita la publicación del edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles, a partir de la tercera publicación en La Gaceta.
San José, dieciséis de setiembre del dos mil ocho.—Oficina de Registro.—Lic. Susana Saborío Álvarez, Jefa.—(88873).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Noe Guerrero García, de nacionalidad costarricense, cédula número 6-233-414, ha solicitado reconocimiento y equiparación del Título de Oficial de Orden y Seguridad Pública. Obtenido en Carabineros de Chile, cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado a esta dirección, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.
Sabanilla, 15 de julio del 2008.—Comisión de Reconocimiento de Estudios.—Lic. Sandra Chaves, Coordinadora a. í.—(89823).
CONSEJO DIRECTIVO
Considerando:
La Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, regula la expropiación forzosa por causa de interés publico legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Publica, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, incluyendo servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.
En dicho marco legal-institucional, en pos del desarrollo nacional y del consume domestico de electricidad que urgen los costarricenses, el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) necesita establecer un derecho de servidumbre, necesario para el paso de la línea de transmisión denominada SIEPAC ( Tramo Barranca-Parrita), sobre una finca inscrita en el Registro Publico, Partido de San José, matricula 557.491-000, sita en el distrito 3º (San Juan de Mata), del cantón 16º (Turrubares), de la Provincia de San José, localizada a 3,00 kilómetros al sur de la Plaza de Deportes de Bajos La Laguna.
Según Registro Publico, la finca es terreno de pastes; tiene una medida de 16 hectáreas, 1.538 metros con 12 decímetros cuadrados y linda así: norte: Quebrada La Pedregosa, con Álvaro y Fabián, ambos Arias Hernández, en medio, sur, Quebrada La Pedregosa, en medio de Jorge Ocaña, este, Ulises Valverde Salazar, y oeste calle pública. Se identifica en la materialidad por medio del piano inscrito en el Catastro Nacional bajo el número S. J. 926.459/2004.
El dueño de la propiedad es el señor Frank José Murillo Montoya, mayor, soltero, guarda, vecino de Orotina, con cedula de identidad 2-307-345.
Que a solicitud de la Unidad Estratégica de Negocios de Proyectos y Servicios Asociados del Instituto Costarricense de Electricidad, el valor de esta servidumbre fue establecido en la suma de ¢3.864.119,50 (tres millones ochocientos sesenta y cuatro mil ciento diecinueve colones con cincuenta céntimos) según avaluó Nº 309-2008.
A tenor de los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, esta suficientemente probada y técnicamente demostrada la utilidad publica, así como la urgencia de constituir este derecho de servidumbre, por lo que con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, precede decretar la expropiación correspondiente. Por tanto:
1º—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢3.864.119,50 (Tres millones ochocientos sesenta y cuatro mil ciento diecinueve colones con cincuenta céntimos)
2º—De no ser aceptado por el propietario, el respectivo avaluó, constitúyase, sobre la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de servidumbre, el cual se describe así:
El Instituto Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de paso sobre una franja de terreno; la longitud total sobre la línea del centra es de 290,61 metros, para un área de afectación de 8.683,56 metros cuadrados, lo cual representa un 5,38% del área total de la propiedad. El ancho de la servidumbre en este tramo es de 30 metros; su forma es irregular. La línea de transmisión afecta la propiedad en la sección oeste, sobre un área de potreros. Ingresa a la propiedad por la colindancia norte con Álvaro Arias Hernández, con un azimut de 183° 08’ 26”, hasta salir con el mismo azimut por la colindancia Sur con Fabián Arias Hernández. Dentro del derecho de servidumbre se establecerá un sitio de torre, identificado con el numero 308, a una distancia aproximada de 29,08 metros del lindero Norte de la propiedad. Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de las torres, antes deberá consultársele al I.C.E. El propietario deberá permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra. Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, citada.
3º—La servidumbre descrita se establecerán en favor de la finca del Partido de Puntarenas, al sistema mecanizado matricula ciento diecinueve mil cuatrocientos cuarenta y dos-cero cero cero, que es terreno de repastos, sito en el distinto primero del cantón noveno de la provincia de Puntarenas; mide cincuenta mil setenta y ocho metros con cuarenta decímetros cuadrados, y linda al norte, y este con calle publica; al sur y oeste con la sucesión de Ana María Solís Barboza, tiene el plano catastrado numero P-quinientos diez mil ochocientos sesenta y uno-mil novecientos noventa y ocho.
4º—Continúese con los tramites de rigor.
5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5837 celebrada el 08 de julio del 2008.
6º—Publíquese en el Diario Oficial.
San José, 17 de setiembre del 2008.—Lic. Andrea Campos Villalobos, Apoderada General Judicial.—1 vez.—(89949).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Al señor Ricardo Myrie Rodríguez y a la señora Sharlyn Barrantes Portuguez, se comunica la resolución administrativa de las diez horas del treinta de julio de dos mil ocho, que dicta medida de protección de cuido provisional, en beneficio del niño Kendall Ricardo Myrie Barrantes, quien permanecerá bajo cuido y protección de la señora Rosa Portuguez Badilla. Además se ordena asistencia a un programa para superar consumo de drogas, y asistir a programa de escuela para padres, medidas con un plazo máximo de 6 meses. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: procede apelación, si se interpone ante este Despacho, dentro de las 48 horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Expediente PANI: 115-000114-08. Equipo C.—Setiembre del 2008.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Milton Gutiérrez Quesada, Representante Legal.—(Solicitud Nº 2652).—C-5870.—(89344).
A, Ronald Cecilio Salinas Martínez, se le comunica la resolución de las 13:00 horas del 8 de setiembre del 2008, donde se ordena: I Medidas Cautelares. Se ordena el cuido provisional de la niña Jocelyn Vanessa Salinas Soto, en el hogar de la abuela materna Miriam Alfaro Soto. Se advierte a las partes que la presente Medida de Protección tiene una vigencia de hasta seis meses en tanto no se modifique en vía administrativa o judicial, pudiéndose prorrogar en vía judicial. Se previene a las partes que les asiste el derecho de hacerse asesorar y representar por un profesional en derecho y se les hace saber que tienen derecho al acceso del expediente administrativo para su estudio y revisión. II) su progenitura. III) Remítase el expediente al Área Integral con énfasis en Trabajo Social y Psicología de esta Oficina, a fin de que se rindan los informes respectivos. IV) Se le advierte a la señora Jesenia María Soto Alfaro su deber de integrarse a un grupo de crecimiento personal de educación a padres que imparte trabajo social de la Clínica Marcial Rodríguez en Alajuela y/o Trabajo Social del Hospital San Rafael de Alajuela y/o grupo a fin de su comunidad debiendo rendir informes de avance periódicamente a esta institución. V) Se le advierte a la señora Jesenia María Soto Alfaro su deber de integrarse a un grupo de Mujeres víctimas de violencia intrafamiliar que imparte la Oficina de la Mujer en Alajuela y/o grupo a fin de su comunidad debiendo rendir informes de avance periódicamente a esta institución. VI) Comuníquese esta resolución al Juzgado de Familia de Alajuela. Plazo: Para interponer recurso de apelación 48 horas; señalando lugar para atender notificaciones dentro del perímetro administrativo de esta oficina, contados a partir de la tercera publicación de este edicto. Oficina de Alajuela.—Lic. Marianela Acón Chan. Órgano Director del Procedimiento.—(Solicitud Nº 2652).—C-14870.—(89345).
Al señor José Alexis Román S., mayor, demás calidades y domicilio desconocido por esta Oficina se le notifica la resolución administrativa dictada a las ocho horas del ocho de setiembre de dos mil ocho, en que se prorroga administrativamente por tres meses más la medida de abrigo temporal dictada el diecisiete de junio de dos mil ocho a favor de la persona menor de edad José Alexis Román Arguedas venciendo la misma el diecisiete de diciembre de dos mil ocho a fin de que se continúe brindando la terapia requerida tanto al joven como a su madre a nivel de psicología, medida que podría ser prorrogada judicialmente. Lo anterior en vista de que se desconoce su paradero. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante las Oficina Local de Heredia Norte, en forma verbal o escrita; Oficina que lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Publíquese. Exp. 741-00109-91. Oficina Local de Heredia Norte.—Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante Legal.—(Solicitud Nº 2652).—C-6770.—(89346).
Se notifica a Xinia María Marín Torres resolución administrativa de las ocho horas del treinta de abril del dos mil ocho en Proceso Especial de Protección en el cual se ordena cuido provisional de las niñas Kimberly y Selena ambas de apellidos Marín Torres. Se le advierte que deberá señalar lugar o medio para atender notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto, o llegare a desaparecer, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Procede recurso de apelación el cual deberá interponerse dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a partir de la tercera publicación de este aviso, ante la Representación Legal de la Oficina Local de Pococí. Publíquese en el diario oficial La Gaceta. Exp. 743-00003-2008.—Lic. Giovanni Herrera Alvarado, Representante Legal.—(Solicitud Nº 2652).—C-5420.—(89347).
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
REGIÓN BRUNCA
San Isidro de Pérez Zeledón, a las ocho horas del once de setiembre del dos mil ocho. Que habiéndose dictado resolución inicial dentro del procedimiento administrativo de revocatoria de adjudicación y subsecuente nulidad de título, por la causal de incumplimiento del artículo 68 inciso 4) apartado b), en relación con el 66 de la Ley 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, sea abandono injustificado del terreno. Se cita y emplaza al administrado que a continuación se detalla, para que comparezcan a una audiencia oral y privada que se realizará en el día y hora que se indica del año 2008, realizada en las instalaciones de la Dirección Regional Brunca del Instituto de Desarrollo Agrario en San Isidro de Pérez Zeledón.
Nombre |
Cédula |
Predio y Asentamiento |
Expediente |
Fecha de audiencia |
Carlos Sandí Badilla |
1-707-118 |
Lote 21-A-27 Baidambú |
2008-A-009 |
30 de octubre de 2008 a las 8 horas |
Danilo Arias Elizondo y Nora Leidy Venegas Picado |
1-550-225 1-704-323 |
Lote 03 Playa Hermosa |
B-010-2008 |
27 de octubre de 2008 a las 9 horas |
Se pone en conocimiento que la prueba de la administración esté contenida en el expediente que se encuentra en la Asesoría Legal de la Región Brunca en la sede de la Dirección Regional del Instituto de Desarrollo Agrario en San Isidro de Pérez Zeledón, el cual podrá ser consultado y fotocopiado a su costo. Debe el administrado, dentro de los tres días posteriores a la notificación de la presente, señalar o ratificar lugar para escuchar notificaciones dentro del perímetro judicial de la ciudad de San Isidro de Pérez Zeledón, o un fax que se encuentre dentro del territorio nacional, bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere o fuese imposible la comunicación, toda resolución se tendrá por notificada con el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. Por la trascendencia del procedimiento que se califica como ordinario. Se le advierte al administrado que el día de la comparecencia puede hacerse acompañar por un abogado. En caso de no presentarse sin justa causa que lo motive se procederá a resolver lo que corresponda con la prueba que obra en el expediente. Se les hace saber que máximo al día y hora de la audiencia puede ofrecer y aportar toda la prueba que considere oportuna en defensa de sus derechos y que en el caso de ser testimonial, su presentación corre por su cuenta y deben de comparecer a la misma fecha y hora de la audiencia señalada, para lo cual deben venir debidamente identificados. Se le hace saber que de comprobarse los hechos investigados se le revocará la adjudicación del terreno y se ordenará al Registro Público de la Propiedad anular el titulo de propiedad señalado supra, lo que consecuentemente trae aparejado que el mismo se revierta al Instituto de Desarrollo Agrario. Se informa al administrado que la presente resolución inicial tiene los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, debiéndose interponer el de revocatoria dentro de las veinticuatro horas y el de apelación dentro del termino de tres días contados a partir de la última comunicación del acto, Dichos Recursos deberán presentarse ante la Asesoría Legal Región Brunca del IDA. Notifíquese.—Lic. Margarita Elizondo Jiménez y Lic. Álvaro Chanto Ureña, Asesoría Legal.—(88804)
San Isidro de Pérez Zeledón, a las trece horas del ocho de setiembre del dos mil ocho. Se ha dictado resolución final dentro procedimiento administrativo de revocatoria de adjudicación y nulidad de título incoado contra los administrados que se detallan, indicándoles a cada uno de ellos que la Junta Directiva ha dispuesto mediante el acuerdo que se consigna para cada caso particular, revocar la adjudicación que mantienen sobre el predio que les fuera adjudicado, por la causal de abandono injustificado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68, inciso 4 párrafo b) de la Ley 2825 del 14 de octubre de 1961, y en ese sentido se autorizó a la Asesoría legal de la Región Brunca a comunicar mediante exhorto al Registro Público la nulidad del titulo de propiedad
Nombre |
Cédula |
Predio y asentamiento |
Expediente |
Acuerdo de Junta Directiva |
Deilin Vargas Pérez |
6-274-380 |
Parcela 38 La Luchita |
2008-A-003 |
Artículo 14, sesión ord. 022-2008, 23 junio de 2008 |
Randall Rojas Rivera |
1-942-076 |
Granja 9-A-11 El Percal |
032-2006 |
Artículo 7, sesión 014-2007, 21 de mayo de 2007 y artículo 60, sesión ord. 015-2008, 28 de abril de 2008. |
Y por las causales de Abandono injustificado y la falta a las normas para la conservación de los recursos naturales, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 68 inciso 4), párrafos b) y f) de la Ley 2825, a los señores: Daniel Vega Morales, cédula número 6-198-281 y Sory María Venegas Castro, parcela 06 del Asentamiento La Granja, expediente 2007-A-046, aprobado en artículo 17 de la sesión ordinaria 015-2008 del 28 de abril del 2008. Se advierte a los interesados que contra esta resolución cabe un recurso de apelación ante el Tribunal Superior Agrario, en el término de cinco días a partir de la notificación, con fundamento en los artículos 66 y 177 de la Ley 2825, Ley de Tierras y Colonización del 14 de octubre de 1961 y II inciso D) de la Ley de Jurisdicción Agraria 6734. Dicho Recurso deberá presentarse ante la Asesoría Legal de la Región Brunca, San Isidro de Pérez Zeledón, tanto el expediente, como la resolución completa precitada se encuentran en esta asesoría legal para su consulta y estudio. Notifíquese.—Lic. Margarita Elizondo Jiménez, Asesoría Legal.—(88805).
Reposición título de patentes de licores
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
A quien pueda interesar, se hace saber que han solicitado a la Municipalidad de Goicoechea la reposición del título de patente de Licor Extranjero Nº 9 del distrito primero, inscrita a nombre de Chanto Chanto Hilda, cédula 108000210, dicha patente se encuentra sin lugar de explotación. Lo anterior por motivo de extravío de la misma. Cualquier interesado podrá hacer valer sus derechos ante la Municipalidad, dentro de un periodo de ocho días a partir de la última publicación de este aviso.
Guadalupe, 19 de setiembre del 2008.—Departamento de Cobro, Licencias y Patentes Municipales.—Lic. Roberto Chacón Zúñiga, Jefe.—(89906).
La Municipalidad de Alajuelita comunica que los señores Fontaine Valverde Villalobos, l-783-537, y Juan Pablo Valverde Villalobos, cédula 1-1038-592, ambos solteros, vecinos del distrito San Josecito, 50 norte y 25 este del salón La Cima, solicitan se inscriba a sus nombres en su carácter de únicos y universales herederos de sus padres don Gilberth Valverde Mora y doña Clemencia Villalobos Elizondo la bóveda número cuatro del bloque dos-siete. Sita en el Cementerio General de Alajuelita la cual está inscrita a nombre de Gilberth Valverde Mora y doña Clemencia Villalobos Elizondo. Se concede un plazo de diez días hábiles a partir de la publicación del presente aviso en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros interesados hagan valer sus derechos.
Alajuelita 19 de setiembre del 2008.—Oficina del Cementerio.—Luz Marina Argüello Silva.—1 vez.—Nº 62055.—(90001).
Se hace saber que la Sra. Carmen Rodríguez Rodríguez, mayor, viuda, ama de casa, vecina de San Sebastián, calle tres de la Bomba quinientos metros sur, cédula número uno-ciento setenta y uno- novecientos ochenta y ocho, a presentado escritura pública a esta Municipalidad, para que se traspase el derecho sencillo del cuadro tres fosa ciento cuarenta y uno del cementerio centro a nombre de Víctor Manuel García Rodríguez, mayor, divorciado, técnico en prepensa, vecino de Paso Ancho, con cédula número uno-quinientos veintiocho-cuatrocientos setenta y seis, Juan Carlos García Rodríguez, mayor, casado, auxiliar de enfermería, vecino de Desamparados, cédula número uno- seiscientos veintidós-cero setenta y ocho, Ana Lucía García Rodríguez mayor, casada, de oficios domésticos, vecina de Paso Ancho, con cédula número uno-quinientos trece-ciento ochenta y uno, Wendy Madrigal García, mayor, soltera, secretaria, vecina de Paso Ancho, con cédula número uno- novecientos setenta y seis-cero cuarenta y dos.
La Municipalidad de Montes de Oca, dará ocho días a partir de la presente publicación para oír objeciones de terceros.
San Pedro, 16 de julio del 2002.—Gestión Tributaria.—Lic. Ileana Acuña Jarquín, Jefa.—Lady R. Loría Loría, Oficina de Cementerios.—1 vez.—(90319).
1. Acuerdo Nº 1938-2008, tomado en la sesión Nº 185-2008, celebrada el día 02 de setiembre de 2008, que en lo que interesa dice: “Se procede al nombramiento y juramentación de los señores Juan Ramón Coto Vega, cédula Nº 3-334-609 y Marco Aurelio Vega Piedra, cédula Nº 3-271-649 como notificadores de la Municipalidad de Oreamuno. Sometido a votación. Es aprobado por unanimidad.
2. Acuerdo Nº 1969-2008, tomado en la sesión Nº 188-2008, celebrada el día 16 de setiembre de 2008, que en lo que interesa dice: “La Municipalidad de Oreamuno se adhiere a la publicación del documento Manual de Valores Base Unitarios por Tipología Constructiva, publicado en La Gaceta Nº 78, Alcance 29 del 23 de abril de 2008, por parte del órgano de Normalización Técnica del Ministerio de Hacienda para ser utilizado por esta institución. Sometido a votación. Es aprobado por unanimidad.
Oreamuno, 22 de setiembre de 2008.—María Solano Marín, Proveedora a. í.—1 vez.—(89902).
DEPARTAMENTO DE RENTAS Y COBRANZAS
EDICTOS
Acuerdo tomado en la sesión ordinaria Nº 214-2008 del 28 de agosto del 2008, según Oficio SCM-2157-2008 del 28 de agosto del 2008.
La Municipalidad de Heredia hace saber a quien interese que en el Cementerio Central se registra un derecho a nombre del Sr. Róger Prendas Rodríguez, cédula Nº 5-106-562.
Este derecho está ubicado en el Cementerio Central lote Nº 314-A bloque I, con una medida de 3 metros cuadrados para 2 nichos, inscrito en el folio 67, libro 2, el cual se registra el 03 de setiembre del 2008.
Se emplaza por 30 días a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo para que se apersone a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre del petente.
M.I.I. Ángela Aguilar Vargas, Jefa.—1 vez.—(89811).
Acuerdo tomado en la sesión ordinaria Nº 214-2008 del 28 de agosto del 2008 según oficio SCM-2158-2008 del 28 de agosto del 2008. La Municipalidad de Heredia hace saber a quién interese que en el Cementerio Central se registra un derecho a nombre del señor Álvaro Quirós Alfaro, cédula Nº 6-063-838. Este derecho está ubicado en el Cementerio Central lote Nº 93 bloque L, con una medida de 3 metros cuadrados para 2 nichos, inscrito en el folio 67, libro 2, el cual se inscribe el 3 de setiembre de 2008. Datos confirmados por el administrador del Cementerio según oficio AC-0023-08, con fecha 9 de mayo del 2008. Se emplaza por 30 días a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo para que se apersone a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre del petente.
M.I.I. Ángela Aguilar Vargas, Jefa Departamento de Rentas y Cobranzas.—1 vez.—(90416).
COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES
EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS
Y ARTES
El Colegio de Licenciados y Profesores en Letras, Filosofía, Ciencias y Artes, convoca a sus miembros a la asamblea general extraordinaria CXIII, a celebrarse el día viernes 31 de octubre del 2008, a las 16:00 horas, en sus instalaciones ubicadas en Desamparados de Alajuela.
En caso de no alcanzar el quórum requerido, la asamblea iniciará una hora después, de acuerdo con el artículo 16 de la Ley Orgánica Nº 4770.
Orden del día:
I. Apertura y comprobación del quórum.
II. Himno Nacional de Costa Rica.
III. Presentación del informe de labores de la Junta Directiva: periodo comprendido entre los meses de abril y setiembre del año 2008.
IV. Presentación, discusión y aprobación del proyecto del nuevo “Reglamento General de la Ley Nº 4770”.
V. Himno al Colegio.
VI. Clausura de la asamblea.
La documentación estará disponible a partir del viernes 17 de octubre, en las sedes de San José y Alajuela.—Dra. Roxana Alfaro Trejos, Presidenta.—Lic. Yolanda Hernández Ramírez, Secretaria.—(90382).
2 v. 2.
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
PANAMERICAN WOODS (PLANTATIONS) S. A
Se convoca a los socios de Panamerican Woods (Plantations) S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-243251 a una asamblea general ordinaria que se llevará a cabo el día viernes 12 de diciembre del 2008, en el Ramada Hotel Plaza Herradura, ubicado sobre la autopista General Cañas San Antonio de Belén, Heredia, a las 07:30 horas, para conocer de los siguientes asuntos:
1. Lectura y aprobación del acta de la asamblea general ordinaria del 03 de julio del 2008.
2. Presentación y discusión del informe de la administración.
3. Presentación y discusión del informe del fiscal.
4. Discusión y en su caso, aprobación del informe sobre los resultados del ejercicio económico del último período.
5. Discusión y en su caso, aprobación de la propuesta de la junta directiva sobre dividendos.
6. Discusión y en su caso, aprobación de la propuesta de reforma de la cláusula sétima del pacto social para ampliar a seis el número de miembros de la junta directiva.
7. Nombramiento de junta directiva para el período 2009.
8. Nombramiento de fiscal para el período 2009.
9. Asuntos varios que los accionistas deseen someter a la asamblea.
De no haber quórum a la hora señalada, la asamblea se efectuará a las 08:30 horas del mismo día con cualquier número de acciones representadas.—San José, 22 de setiembre del 2008.—Dr. Néstor Baltodano Vargas, Primer vicepresidente.—(90878).
PANAMERICAN WOODS (INDUSTRY) S. A
Se convoca a los socios de Panamerican Woods (Industry) S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-120714 a una asamblea general ordinaria y extraordinaria que se llevará a cabo el día viernes 12 de diciembre del 2008 en el Ramada Hotel Plaza Herradura, ubicado sobre la autopista General Cañas San Antonio de Belén, Heredia, a las 13:00 horas, para conocer de los siguientes asuntos:
1. Lectura y aprobación del acta de la asamblea general ordinaria del 14 de diciembre del año 2008.
2. Presentación y discusión del informe de la administración.
3. Presentación y discusión del informe del fiscal.
4. Discusión y en su caso, aprobación del informe sobre los resultados del ejercicio económico del último período.
5. Discusión y en su caso, aprobación de la propuesta de reforma de la cláusula octava del Pacto Social para ampliar a seis el número de miembros de la Junta Directiva.
6. Nombramiento de Junta Directiva para el período 2009.
7. Nombramiento de Fiscal para el período 2009.
8. Asuntos varios que los accionistas deseen someter a la asamblea.
De no haber quórum a la hora señalada, la asamblea se efectuará a las 14:00 horas del mismo día con cualquier número de acciones representadas.—San José, 22 de setiembre del 2008.—Dr. Néstor Baltodano Vargas, Presidente.—(90880).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
TRANSPORTES ESQUIPULAS SANTA CRUZ SOCIEDAD ANÓNIMA
Transportes Esquipulas Santa Cruz Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos veintitrés mil ochocientos treinta y cinco, convoca a asamblea general extraordinaria de socios a celebrarse en Santa Cruz de Guanacaste, oficinas de la sociedad, ubicadas cien metros norte diez metros este del Banco de Costa Rica, el día quince de octubre del dos mil ocho, a las nueve horas, en primera convocatoria y las diez horas en segunda convocatoria. La asamblea conocerá de los siguientes temas: Modificación de estatutos; nombramiento de algunos miembros de junta directiva y fiscal.—Santa Cruz, Guanacaste, 23 de setiembre del 2008.—Prisciliano Alcocer Mendoza, Fiscal.—1 vez.—(90854).
INDUSTRIA CERÁMICA COSTARRICENSE S. A.
La Junta Directiva de Industria Cerámica Costarricense S. A., convoca a la asamblea general ordinaria de accionistas a celebrarse en el Hotel Real Intercontinental, situado frente al Centro Comercial Multiplaza, Escazú, Costa Rica, el día 18 de noviembre de 2008, a las 11:30 horas, para tratar de los siguientes asuntos:
1) Informe de la presidencia.
2) Presentación de informes financieros internos del año a la fecha.
3) Resolución sobre declaración de dividendos.
4) Otros asuntos.
San José, setiembre del 2008.—Carlos E. Araya, Presidente.—1 vez.—(90890).
TECNICERÁMICA DE COSTA RICA S. A
La Junta Directiva de Tecnicerámica de Costa Rica S. A., convoca a la asamblea general ordinaria de accionistas a celebrarse en el Hotel Real Intercontinental, situado frente al Centro Comercial Multiplaza, Escazú Costa Rica, el día 18 de noviembre del 2008, a las 11:00 horas, para tratar de los siguientes asuntos:
1) Informe de la presidencia.
2) Presentación de informes financieros internos del año a la fecha.
3) Resolución sobre declaración de dividendos.
4) Otros asuntos.
San José.—Carlos E. Araya, Presidente.—1 vez.—(90892).
ASOCIACIÓN LA IGLESIA DE CRISTO CRISTIANA
Asociación La Iglesia de Cristo Cristiana, cédula de persona jurídica 3-002-061707, convoca a todos los asociados para celebrar una asamblea general extraordinaria el día 15 de octubre del 2008 a las 3:00 p.m., en la Iglesia Cristo Cristiana de Liberia centro, para tratar los siguientes asuntos: 1) Confirmar los traspasos de todos los bienes inmuebles a la Asociación Iglesia de Dios Pentecostal M I., y 2) Acordar la disolución y liquidación final de esta Asociación.—Liberia, 16 de setiembre del 2008.—Antonio Fidel Álvarez Álvarez, Presidente.—Miguel Antonio Álvarez Álvarez, Secretario.—1 vez.—Nº 62720.—(91177).
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
NAVARRO & CALVO SOCIEDAD ANÓNIMA
Navarro & Calvo Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-340585, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Inventarios y Balances y Mayor, todos el número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Jorge Navarro Arias, Presidente.—(87491).
BANCO HSBC
Por medio de la presente yo Saúl Bibas Merenfeld, cédula Nº 172400040210 informa de la solicitud al Banco HSBC la orden de no pago por el cheque Nº 686 cuyo beneficiario es Servicios Administrativos Vargas Mejías S. A. de la Cta. 06427009297 a nombre de Condominio Las Misiones por un monto ¢1.168.239.00 ya que el mismo se le extravió al proveedor.—Tres Ríos, 09 de setiembre del 2008.—Lic. Carlos Morera Flores, Representante Legal Servicios Administrativos Vargas Mejías.—Nº 60352.—(87571).
VIEW MANAGEMENT S. A.
View Management S. A., cédula jurídica Nº 3101403624, solicita a Tributación Directa de San José, la reposición de los libros legales contables: Diario, Mayor e Inv., Balances y Actas, quien se considere afectado puede manifestar su oposición en el término de 8 días hábiles a partir de la última publicación.—Víctor Hugo Canan, Representante Legal.—Nº 60250.—(87572).
WORLD WIDE CAD SOCIEDAD ANÓNIMA
World Wide Cad Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica Nº 3-101-340359, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del diario oficial La Gaceta.—Philip Stephen Maley, Presidente.—Nº 60337.—(87573).
RUCEVA DEL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA
Ruceva del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-352460, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas Consejo de Administración, Actas Asambleas de Socios y Registro de Socios, todos número 1). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Nº 60344.—(87574).
CORONA DE ORO DE SAN JOSÉ SOCIEDAD ANÓNIMA
Corona de Oro de San José Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica Nº 3-101-151704, representada por el señor Reynold Eduardo Ramos Morales, portador de la cédula de identidad Nº 1-646-359, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición de los libros de Actas de Junta Directiva, Diario, Mayor e Inventario y Balances de la sociedad. Quien se considere afectado dirigir las oposiciones al Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) de la Dirección General de Tributación Directa de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación.—San José, 12 de setiembre del 2008.—Lic. Marcela Ross Porras, Notaria.—Nº 60450.—(87575).
CENTRO COMERCIAL LOS HIGUERONES S. A.
Centro Comercial Los Higuerones S. A., cédula jurídica Nº 3-101-485164, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Actas de Asamblea de Accionistas número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación del diario oficial La Gaceta.—San José, 08 de setiembre del 2008.—Lic. Roberto Tovar Faja.—Nº 60475.—(87576).
ESQUISITA LLC LIMITADA
Esquisita LLC Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-438765, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: libro Mayor Nº 1, libro Diario Nº 1, libro Inventarios y Balances Nº 1, libro de Actas de Asamblea General de Cuotistas Nº 1, y libro Registro de Cuotistas Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación del diario oficial La Gaceta.—San José, 5 de agosto del 2008.—Marco Rosati, Gerente General.—Nº 60528.—(87577).
CERÁMICAS INTERNACIONALES RÚSTICAS
SOCIEDAD ANÓNIMA
Cerámicas Internacionales Rústicas Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica Nº 3-101-252605, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes tres libros: libro de Asambleas Generales de Socios número uno, libro de Registro de Socios número uno, libro de Actas de Junta Directiva número uno. La sociedad solicitante anteriormente se denominaba Floriarco D-Ko Dos Mil Sociedad Anónima. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Sergio Bravo Aguilar, Notario.—Nº 60552.—(87578).
ASOCIADOS CORP. DE SAN JOSÉ SOCIEDAD ANÓNIMA
Asociados Corp de San José Sociedad Anónima, con número de cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ocho mil quinientos cincuenta y cinco mil, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: Actas de Asamblea General y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta. Apoderado: Juan Araya Chavarría, mayor de edad, casado una vez, administrador, cédula de identidad número uno-cuatrocientos cuarenta y seis-ochocientos cincuenta y siete, vecino de Desamparados.—Juan Araya Chavarría, Apoderado.—(87813).
COMERCIALIZADORA REX DORADO S. A.
Comercializadora Rex Dorado S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-273420, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de su libro Diario, por haberse extraviado. Quien se considere afectado dirigir la oposición al Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José en el término de ocho días, a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 12 de setiembre del 2008.—Lic. Kattya Marcela Mejías Villalobos, Notaria.—(87815).
UNIVERSIDAD METROPOLITANA CASTRO CARAZO
El Departamento de Registro de la Universidad Metropolitana Castro Carazo, Sede San José, informa que se ha extraviado el Título de Bachiller en Administración de Negocios, registrado en el control de emisiones de títulos tomo 1, folio 234, asiento 5016, con fecha 16 de setiembre del 2005, a nombre de Angie Francini Madrigal Fuentes, cédula número uno-novecientos setenta y seis-ciento sesenta y siete. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—San José, 16 de setiembre del 2008.—Ph.D. Ana Lucía Hernández Mainieri, Vicerrectora Académica.—(87816).
LOS REYES S. A.
Norval Garnier Oreamuno, cédula Nº 1-227-739, solicito la reposición de los certificados Nos. 198 y 204, de Los Reyes S. A., que equivalen a 440353 y 74657036 acciones comunes respectivamente a mi nombre, por pérdida de los mismos. Se escuchan oposiciones en el teléfono: 2438-0858.—Norval Garnier Oreamuno.—(87827).
BANCO IMPROSA S. A.
A quien interese, hago constar que el certificado de depósito a plazo del Banco Improsa:
Cert. Nº Monto $ Plazo Venció Tasa
003-325 43.000,00 359 días 02/05/2008 5.05%
Cert. Nº Monto $ Plazo Vence Tasa
003-325-1 1.990,50 330 días 03/04/2008 5.05%
003-325-2 174,95 29 días 02/05/2008 5.05%
Certificado emitido a la orden de Acosta C. Emilia o Bonilla F. Santiago, emitido por la Oficina en Curridabat, ha sido reportado como extraviado por lo que se solicita al Banco Improsa S. A., su reposición de acuerdo con lo establecido en los artículos 708 y 709 del Código de Comercio. Se publica este anuncio por tres veces para el reclamo de terceros, por el término de quince días.—San José, 4 de setiembre del 2008.—Oficinas Centrales.—Marco Antonio García Mainieri, Asistente de Captación.—(87866).
MARLUSA SOCIEDAD ANÓNIMA
Marlusa Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-diecisiete mil doscientos cuatro, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Consejo de Administración y Registro de Socios, todos serán los libros número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, Notario.—(87873).
CONSULTORÍA TECNO ECONÓMICA Y AMBIENTAL
SOCIEDAD ANÓNIMA
Consultoría Tecno Económica y Ambiental Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y cuatro mil novecientos, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: Actas de Asamblea General, Actas de Junta Directiva, Actas de Registro de Accionistas, libro de Inventarios y Balances, libro Mayor y libro de Diario. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Es todo.—San José, dieciséis de setiembre del dos mil ocho.—Luis Alberto Chaves Cernas, Presidente.—(87884).
ABBQ CONSULTORES SOCIEDAD ANÓNIMA
ABBQ Consultores Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-070043, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Consejo de Administración (libro 1), Actas de Asamblea de Socios (libro 1), Registro de Socios (libro 1), Diario (libro 1), Mayor (libro 1) e Inventarios y Balances (Libro 1). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—(87907).
UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA
Por medio de la presente la Universidad Latina de Costa Rica certifica que ante este Registro se ha presentado solicitud de reposición del título de Bachillerato en Ciencias de la Educación, con énfasis en I y II Ciclos, emitido por la Universidad Latina de Costa Rica, a nombre de Mejías Ovares María del Carmen, cédula Nº 2-382-521, inscrito en el libro de la Universidad en el tomo I, folio 141, asiento 3813. Se solicita la reposición por motivo que la estudiante en una inundación extravió el original. Se publica éste edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial. Se extiende la presente a solicitud de la interesada en el día y lugar de la fecha.—San José, 18 de setiembre del 2008.—José Prado Arroyo, Director de Registro.—Luis Diego Sánchez R., confeccionó.—(87909).
GALVATICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Galvatica Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cero cero ocho mil doscientos noventa y dos, con domicilio social en San José, Pavas, frente a la Estación de Bomberos, procederá como emisor a expedir a costa de los solicitantes, la reposición de la totalidad de los certificados de las acciones, una vez transcurrido un mes de la tercera publicación del presente aviso en el Diario Oficial La Gaceta y en un diario de circulación nacional, tal y como lo estipula el artículo seiscientos ochenta y nueve del Código de Comercio. Quien se considere afectado puede accionar la oposición en su caso y se ventilará por el trámite de incidente a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Mario Escobar Aristizabal, Presidente representante legal.—Nº 60689.—(87961).
TUBOTICO SOCIEDAD ANÓNIMA
Tubotico Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-cero once mil setecientos ochenta y ocho, con domicilio social en San José, Pavas, frente a la Estación de Bomberos, procederá como emisor a expedir a costa de los solicitantes, la reposición de la totalidad de los certificados de las acciones, una vez transcurrido un mes de la tercera publicación del presente aviso en el Diario Oficial La Gaceta y un diario de circulación nacional, tal y como lo estipula el artículo seiscientos ochenta y nueve del Código de Comercio. Quien se considere afectado puede accionar la oposición en su caso y se ventilará por el trámite de incidente a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Mario Escobar Aristizabal, Presidente representante Legal.—Nº 60690.—(87962).
Reyes Lacayo Mercedes, cédula Nº 8-0034-0453, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 2, Mayor Nº 2, Inventarios y Balances Nº 2. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Guanacaste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Mercedes Reyes Lacayo.—Nº 60772.—(87963).
Gabriela Picado Galeano, cédula Nº 6-245-270, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición del libro de Registro de Compras Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago en el término de 8 días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Gabriela Picado Galeano.—Nº 60817.—(87964).
CLÍNICA DE ORTODONCIA DOCTORES
TRUQUE SOCIEDAD ANÓNIMA
Clínica de Ortodoncia Doctores Truque Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-cero noventa y seis mil diecinueve-veintinueve, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del Libro de Actas Asamblea de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del diario Oficial La Gaceta.—San José, 12 de setiembre del 2008.—Lic. Ana Lucía Truque Morales, Notaria.—Nº 60828.—(87965).
MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO
La señora Digna Loría Navarro, cédula 6-0035-0172, ha solicitado a MUCAP la reposición del título valor Nº 424275, por un monto de ¢.15.000.000,00 y el cupón Nº 3 por un monto de ¢ 106.249,80, los cuales fueron emitidos a su orden el día 12 de abril del 2008. Se emplaza a los interesados a manifestarse dentro del plazo de 15 días naturales posterior a la última publicación.—17 de setiembre del 2008.—Dirección de Operaciones.—Lic. Andrea Campos Chacón, Coordinadora.—(88284).
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
ELECTRO MAZ LIMITADA
Electro Maz Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ciento ochenta y seis mil novecientos nueve, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros Diario, Mayor, Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Misael Artavia Zamora, Representante Legal.—Nº 60848.—(88585).
DORARGE S. A.
Dorarge S. A., cédula jurídica Nº 3-101-211775, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de seis libros: Actas de Asamblea General, Actas de Junta Directiva, Accionistas, Mayor, Inventarios y Balance, Diario. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San Carlos, en el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso.—Ciudad Quesada, San Carlos, 4 de setiembre del 2008.—Lic. Carlos Manuel Arroyo Rojas, Notario.—Nº 60854.—(88586).
AGRÍCOLA J C M DE SAN CARLOS S. A.
Agrícola J C M de San Carlos S. A., cédula jurídica Nº 3-101-109376, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de tres libros: Mayor, Diario, Inventarios y Balance. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San Carlos, en el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso.—Ciudad Quesada, San Carlos, 04 de setiembre del 2008.—Lic. Carlos Manuel Arroyo Rojas, Notario.—Nº 60855.—(88587).
INVERSIONES MURO VERDE S. A.
Inversiones Muro Verde S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-treinta treinta treinta y nueve, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición de los libros Diario uno, libro Mayor uno, libro Inventario y Balances uno, libro Actas de Consejo de Administración uno, libro Actas de Asamblea de Socios uno y libro Registro de Socios uno. Quien se considere afectado, dirigir su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles, a partir de la última publicación.—San José, 16 setiembre del 2008.—Deborah Ann Cianciulli, Presidenta.—Nº 61008.—(88588).
CHIGUIRE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Chiguire Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cero sesenta y cuatro mil novecientos cincuenta y dos, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: Libro de Registro de Accionistas o Cuotistas número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso.—San José, 17 de setiembre del 2008.—Lic. Silvia González Castro, Notaria.—(88712).
Salas Jara Deynor, cédula Nº 0900970819, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso.—Salas Jara Deynor.—(88733).
INMOBILIARIA AMEL SOCIEDAD ANÓNIMA
Inmobiliaria Amel Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-cero cero ocho mil setecientos setenta y cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: un libro de Actas de Consejo de Administración, un libro de Actas de Asamblea de Socios, y un libro de Registro de Socios. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Es todo.—San José.—Abraham Meltzer Spigel.—(88750).
INVERSIONES TEFGON SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones Tefgon Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y tres mil cincuenta y dos, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea General y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario La Gaceta.—Lic. María Gabriela Sancho Carpio, Notaria.—(88812).
INMOBILIARIA LOS JARDINES S. A.
Para efectos de reposición yo, James Demetri Genis Capone, con cédula de identidad Nº 8-0056-0783, en mi condición de propietario de la acción y título Nº 1952, hago constar que he solicitado a Inmobiliaria Los Jardines S. A., la reposición de los mismos por haberse extraviado. Por el término de ley, se atenderán oposiciones en el Departamento de Secretaría de Junta Directiva, en el Cariari Country Club, San Antonio de Belén, Heredia, y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José 18 de setiembre del 2008.—James Demetri Genis Capone.—(88822).
Yo, Juan David Hernández Farrier, portador de la cédula número 1-608-978, le solicito ante la Dirección General de Tributación la reposición de los libros Diario, Mayor y Inventarios y Balances, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de Puntarenas, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Juan David Hernández Farrier.—(88848).
RÍO HAMACA S. A.
Río Hamaca S. A., cédula jurídica 3-101-047034, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Registro de Accionistas, Libro de Actas de Junta Directiva, Libro de Asambleas Generales, así como de Diario, Mayor, e Inventario y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia del Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 12 de setiembre del 2008.—Lic. Juan Antonio Mora Doninelli.—Nº 61347.—(89150).
BANANA TICA DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Banana Tica de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-032795, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Registro de Accionistas o Socios, número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago, en el término de 8 días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Alejandra Ramírez Sutherland, Notaria.—Nº 61385.—(89151).
BRIGHT TEAL SOCIEDAD ANÓNIMA
Bright Teal Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-trescientos veintidós mil ciento cuarenta y cuatro, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Asambleas Generales número uno, Actas de Registro de Accionistas número uno, Diario número uno, Mayor número uno, Inventarios y Balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, quince de julio de dos mil ocho.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—Nº 61386.—(89152).
HOTELERA DEL ÁNGEL S. A.
Hotelera del Ángel S. A., cédula jurídica número 3-101-141729, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros contables número uno de Diario, Mayor e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Faridi Guerrero Nader, Presidente.—Nº 61426.—(89153).
MERCURY CINCO BKMC LIMITADA
Mercury Cinco BKMC Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-439857, solicita a la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de sus libros de Actas de Asamblea General número uno, Actas de Registro de Accionistas número uno, Diario número uno, Mayor número uno, e Inventario y Balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestarse ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—San José, 18 de setiembre del 2008.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—(89238).
ADQUISICIÓN ROJA KNRO LIMITADA
Adquisición Roja KNRO Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-439856, solicita a la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de sus libros de Actas de Asamblea General número uno, Actas de Registro de Accionistas número uno, Diario número uno, Mayor número uno, e Inventario y Balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestarse ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—San José, 18 de setiembre del 2008.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—(89239).
LAS TECAS S. A.
Las Tecas S. A., con cédula de persona jurídica numero 3-101-027169, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición, bajo el número uno del libro de actas de Registro de Accionistas. Quien se considera afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Bernal Castro Gutiérrez, Notario.—(89245).
HOTEL LAS GAVIOTAS S. A.
Hotel Las Gaviotas S. A., cédula de persona jurídica numero 3-101-105769, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición, bajo el número uno del libro de actas de Registro de Accionistas. Quien se considera afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Bernal Castro Gutiérrez, Notario.—(89246).
PANELCO CONSTRUCCIONES S. A.
Panelco Construcciones S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-259182 solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los libros, 1 de actas de asamblea de socios, 1 de actas de consejo de administración, 1 de diario, 1 de inventarío y balances, 1 de mayor, 1 registro de socios. Si hubiera alguna persona interesada en que no se haga esta reposición favor hacerlo saber ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación en el diario oficial La Gaceta.—Heredia, 19 de setiembre del 2008.—Diego Estrada Kopper, Gerente General.—(89251).
NLC EDITORES DE COSTA RICA, SOCIEDAD ANÓNIMA
NLC Editores de Costa Rica, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-108803, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de Diario número dos, Libro de Mayor número dos, Libro de Inventario y Balances número dos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información Asistencia al Contribuyente de la Administrado Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Nelly Navarro Meléndez, Notaria.—(89380).
CORPORACIÓN REFRIPANEL SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Corporación Refripanel Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-dieciséis treinta y seis quince, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de Mayor y Actas de Asambleas de Socios, ambos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Oliva Fernández Vásquez, Notaria.—Nº 61533.—(89594).
MANTENIMIENTO TOTAL S.A.L.
Mantenimiento Total S.A.L., cédula jurídica: 3-101-171887, domiciliada en San José, solicita ante la Dirección General de Tributación, Oficina de Legalización de Libros, la reposición de los siguientes libros: Mayor, Diario e Inventarios y Balances, todos correspondientes al número uno; en virtud del extravío de los mismos. Quien se considere afectado puede manifestar su posición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso. Es todo.—San José, 12 de setiembre del 2008.—Lic. Jessica Hernández Quesada, Notaria.—Nº 61704.—(89595).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
CONSTRUCTORA HERMANOS CERDAS
OROZCO SOCIEDAD ANÓNIMA
Constructora Hermanos Cerdas Orozco Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno - trescientos mil ciento cuarenta y dos, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los libros siguientes por motivo de extravío: Diario número uno, Mayor número uno, Inventario y Balances número uno, Actas de Consejo de Administración número uno, Actas de Asamblea de Socios número uno, y Registro de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Hugo Cerdas Céspedes, Rep. Legal.—Nº 61856.—(89596).
Mediante escritura de fecha 12 de setiembre del 2008 otorgada ante la notaria pública Viviana Quesada Quesada, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Laboratorios Químicos Industriales -LAQUINSA- S. A., en la cual se modifica la cláusula décimo sexta del pacto social, así como su domicilio social y se revocan poderes. Dado en san José, a las diez horas cinco minutos del diecinueve de setiembre del año dos mil ocho.—Lic. Viviana Quesada Quesada, Notaria.—(89813).
BARBASTRO SOCIEDAD ANÓNIMA
Barbastro Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-136215, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de actas de asamblea de socios número 2. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición, ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Juan Vicente Saborío Montero, Notario.—(89891).
COLIMA PRIME INVESTMENTS SOCIEDAD ANÓNIMA
Colima Prime Investments Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos setenta y seis mil trescientos ochenta y uno solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: actas de Junta Directiva número dos, Registro de Accionistas número dos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Veintidós de setiembre dos mil ocho.—Lic. Carmen Victoria Castro Torres, Notaria.—(89933).
LAS VEREDAS DEL BOSQUE DE MORAVIA LIMITADA
Las Veredas del Bosque de Moravia Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos trece mil seiscientos sesenta y siete, solicita la reposición de los Libros de Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Dirección General de Tributación Directa, Ministerio de Hacienda, dentro del término de ley, contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 14 de julio del 2008.—Luisa Lechtman Steinberg.—Nº 61912.—(90002).
COMPAÑÍA MERCANTIL UNIÓN LIMITADA
Compañía Mercantil Unión Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-trescientos cincuenta y dos mil doscientos noventa y seis, solicita la reposición de los libros de Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Dirección General de Tributación Directa, Ministerio de Hacienda, dentro del término de ley, contados a partir de la última publicación del diario oficial La Gaceta.—San José, 14 de julio del 2008.—Luisa Lechtman Steinberg.—Nº 61913.—(90003).
INVERSIONES EL ENCINO SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones El Encino Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-057850, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario 1, Mayor 1, Inventarios y Balances 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Agnes Fajardo Jirón, Notaria.—Nº 61920.—(90004).
GAMA CENTURIA LIMITADA
Gama Centuria Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cero ochenta y nueve mil seiscientos sesenta y nueve, solicita la reposición de los Libros de Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Dirección General de Tributación Directa, Ministerio de Hacienda, dentro del término de ley, contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 14 de julio del 2008.—Joel Vainer Romerowski.—Nº 61914.—(90005).
ZULZAY SOCIEDAD ANÓNIMA
Zulzay Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-016231, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario 1, Mayor 1, Inventarios y Balances 1, Actas de Consejo de Administración 1, Registro de Socios 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Agnes Fajardo Jirón, Notaria.—Nº 61921.—(90006).
Ugalde Arroyo Álvaro, cédula 2-0405-0763, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor e Inventarios y Balances, todos número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área De Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Álvaro Ugalde Arroyo.—(90253).
TALLER BRECKEN Nº 2
Taller Brecken Nº 2: Ronald Gerardo Breckenridger Vargas, 3-315-255, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición del Registro de Compras N° 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Ronald Breckenridger V., Propietario.—(90344).
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA MONTERREY
Ante el Departamento de Registro de la Universidad Autónoma Monterrey, se ha presentado solicitud de reposición de diploma, por motivo de haberse extraviado el original correspondiente al Título de Bachillerato en Psicología, registrado en el control de emisiones de títulos al tomo IV, folio 238 número 1140, con fecha del 15 de junio del 2001, a nombre de Pacheco Brenes Adriana, cédula de identidad 1-1070-0242. Se solicita publicar este edicto para oír oposiciones a la reposición indicada, dentro de los quince días hábiles a partir de la primera publicación en La Gaceta.—San José, 8 de setiembre del 2008.—Lic. Jaime Barrientos Bermúdez, Rector.—(90345).
Cordero Cordero Floribeth, cédula Nº 1-669-879, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición del Libro Registro de Compras Nº 2. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Floribeth Cordero Cordero.—(90364).
FUEGOS DE FLAMBEAU S. A.
Fuegos de Flambeau Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos setenta y un mil cuatrocientos noventa y cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Asamblea General, Junta Directiva, Registro de Accionistas, Diario, Mayor e Inventados y Balances de dicha sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—San José, 23 de setiembre del 2008.—Ignacio Esquivel S.—(90430).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
ASOCIACIÓN CÁMARA DE GANADEROS DE TILARÁN
Yo, Domingo Flaque Jiménez, mayor, casado en segundas nupcias, empresario, vecino de Tilarán, Guanacaste, con cédula de identidad número 3-198-498, en mi condición de presidente y representante legal de la Asociación Cámara de Ganaderos de Tilarán, domiciliada en Tilarán, Guanacaste, con cédula de persona jurídica número 3-002-056564-30. Solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los libros Mayor, Diario, Inventario y Balances, correspondiente al libro número 2 de cada uno, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles, a partir de la publicación a cualquier interés de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—Tilarán, 19 de setiembre del 2008.—Domingo Flaque Jiménez, Presidente.—1 vez.—Nº 61815.—(89593).
COPRODISA COSTA RICA S. A.
Comunica a todo el público en general del extravío de un block de recibo de dinero, de la siguiente numeración 16553 al 16600 inclusive, COPRODISA Costa Rica S. A., no se hace responsable por el uso que se le de a dichos recibos.—22 de setiembre del 2008.—Dixie Galeano.—1 vez.—(89814).
COLEGIO DE CIRUJANOS DENTISTAS DE COSTA RICA
La Junta Directiva del Colegio de Cirujanos Dentistas de Costa Rica en su sesión Nº 1407 celebrada el día 08 de julio del 2008, tomó el acuerdo que textualmente expresa:
Proceder a la suspensión de los siguientes odontólogos que se encuentran atrasados en sus cuotas de colegiatura:
Alfaro Guerrero Adriana.
Cascante Mora Dora Ligia.
Corrales Salas Marlene.
Fletes Narváez Renée A.
Gutiérrez Castillo Enrique.
Montenegro Pereira Maximiliano.
Murillo Marchena Patricia.
Quesada Villalobos Fabián.
Reyes Carmona Jessie.
Salas Rojas Fiorella.
Sarkis Fernández Karla.
Urbina Leitón Jairo.
Dr. Ottón Fernández López, Fiscal.—1 vez.—(90256).
LIGA AGRÍCOLA INDUSTRIAL DE LA CAÑA DE AZÚCAR
La Liga Agrícola Industrial de la Caña de Azúcar, avisa: La Junta Directiva con fundamento en los artículos 97 y concordantes de la Ley 7818, Ley Orgánica de la Agricultura e Industria de la Caña de Azúcar acordó, en su sesión ordinaria Nº 331, celebrada el 17 de junio del 2008, lo siguiente:
Fijar a partir del 25 de setiembre de 2008, los siguientes adelantos en dinero que dará a los ingenios por el azúcar que le entreguen para ser aplicado a la Cuota Nacional de Producción de Azúcar de la Zafra 2007-2008, así como los adelantos en dinero que deberán pagar dichos ingenios a los productores independientes por cada kilogramo de azúcar de 96° de Polarización que les entreguen dentro del régimen de cuota.
ADELANTO PARA EL AZÚCAR DENTRO DE CUOTA:
Tipo Por bulto de 50 kg
¢
Blanco de plantación (99.5º Pol) 10.500,00
Crudo (96º Pol) 10.080,00
Adelanto para el kilogramo de azúcar de 96°
de Pol contenida en la caña dentro de cuota 126,00
Adelanto para el kilogramo de Melaza
contenida en la caña 18,75
NOTA: De conformidad con el artículo 312, literal b), del Decreto Nº 28665-MAG, este adelanto deberá ser pagado a los productores independientes a más tardar el próximo martes 07 de octubre del 2008.
Edgar Herrera Echandi.—1 vez.—(90285).
COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES
EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTE
A las siguientes personas, se les comunica que, debido a su estado de morosidad en el pago de sus cuotas de colegiación, se encuentran suspendidos en el ejercicio de la profesión a partir del 30 de mayo del 2008, según lo dispuesto en el Reglamento General de la Ley Orgánica del Colegio N° 4770. Por lo tanto, no están autorizados para ejercer la profesión en el área docente, administrativo docente y técnico docente. A la vez, hace un llamado a las instituciones de la administración pública, centralizada y descentralizada, y al sector privado para que tomen las acciones necesarias en caso de contar con los servicios de algunos de estos colegiados, a efecto de que no ejerzan ilegalmente, así como solicitar el requisito legal de la colegiación en futuras contrataciones. De igual forma, se insta al público en general se sirva denunciar ante la Fiscalía del Colegio a las personas que aparecen en esta lista y que están ejerciendo la profesión. Teléfonos: 2440-2950 / 2437-8825 / 2437-8829 / 2437-8869, correo: colypro@racsa.co.cr
Nombre Cédula Fecha
Abarca Madrigal Mildred 108750797 26/05/2008
Aguilar Arias Lindsay 303830215 26/05/2008
Araya Sancho José Luis 205030790 26/05/2008
Araya Vargas Gerardo 202370565 26/05/2008
Arias Soto Ana Isabel 104410802 26/05/2008
Arley Calderón Heidy 401350397 26/05/2008
Nombre Cédula Fecha
Bolaños Alfaro Rodolfo 104340839 26/05/2008
Brenes Cerdas Dinia 111180574 26/05/2008
Campos Ruíz Susan Marcela 205630248 26/05/2008
Carrillo Alemán Marvin Gabriel 155801123026 26/05/2008
Córdoba Rodríguez Franklin 900320194 26/05/2008
Espinoza Vindas María Ruth 107400402 26/05/2008
Esquivel Molina Zaray 203440825 26/05/2008
Fernández Solera Flora María 202810061 26/05/2008
Fontana Coto Amalia 104640777 26/05/2008
González Pérez Tania 110580310 26/05/2008
Guevara Duarte Kener 501400694 26/05/2008
Gutiérrez Vargas Karla Isabel 401690848 26/05/2008
Herrera Barrantes Santiago 205650847 26/05/2008
Jiménez Benavides Ingrid 107740965 26/05/2008
Jiménez vargas María Grabriela 105640190 26/05/2008
León Villalobos Kattia Irene 107500460 26/05/2008
Lobo Campos Alexander 602330214 26/05/2008
Lobo Córdoba Grettel 110270550 26/05/2008
Madrigal Rojas Silvia 107780894 26/05/2008
Mayorga Gutiérrez Carlos Martín 132RE00087900 26/05/2008
Méndez Chavarría Ronald 501650024 26/05/2008
Mojica Ajún Rosa María 104131167 26/05/2008
Montoya Carrillo Johanna 111160968 26/05/2008
Mora Alfaro Johnny 202920519 26/05/2008
Olivas Jiménez José Esteban 104500608 26/05/2008
Ordóñez Lacayo Kenner Iván 503250205 26/05/2008
Paniagua Murillo Girlane Lourdes 204690482 26/05/2008
Pattison Mathes Cathryn 100415813577 26/05/2008
Peña Moreno Diane 119200034614 26/05/2008
Pérez Jiménez Jadira 105240601 26/05/2008
Picado Chacón Alonso 106970801 26/05/2008
Portuguez Sánchez Virginia 104070860 26/05/2008
Ramírez Obando Marco Tulio 103980910 26/05/2008
Rivera Araya Roy 104430118 26/05/2008
Rodríguez Cárdenas Adriana 503100252 26/05/2008
Rodríguez Chacón Sonia 108940570 26/05/2008
Rodríguez Fernández María Lizeth 205030143 26/05/2008
Rojas Campos Mariliz 107490158 26/05/2008
Salas Brenes Víctor Hugo 103620781 26/05/2008
Salas Murillo Ana Lorena 106150858 26/05/2008
Salazar Valverde Carlos 203740253 26/05/2008
Sánchez Abarca Ramón Ulises 103290527 26/05/2008
Sánchez Alvarado Daniela 111320134 26/05/2008
Sánchez Castillo William 401430118 26/05/2008
Sánchez del Río Alicia 10776649814 26/05/2008
Sancho Gámez María Mercedes 107500247 26/05/2008
Santamaría Boza Rafael Ángel 203010192 26/05/2008
Saviouk Burcovscaia Vladimir 800650468 26/05/2008
Siles Cubillo Johnny 107200718 26/05/2008
Soto Arguedas Jonathan 110530515 26/05/2008
Swaby Delgado Ana Victoria 109260964 26/05/2008
Torres Brenes Leda María 105920811 26/05/2008
Ugarte Camareno José Ángel 501010021 26/05/2008
Vargas Villalobos Yalile 108410203 26/05/2008
Vásquez Pacheco Bernal Raúl 110170313 26/05/2008
Zárate Hernández Jessenia Patricia 401660229 26/05/2008
Zumbado Montejo Nuria Mayela 401040986 26/05/2008
Aguilar Molina Sonia 104310644 30/05/2008
Alvarado Ocampo Ana Cecilia 104010835 30/05/2008
Andreoli González Victoria Eugenia 104320104 30/05/2008
Angulo Espinoza Lesly María 205640832 30/05/2008
Arce Bazán Raquel 104100423 30/05/2008
Barrantes Alfaro Haisel 105930283 30/05/2008
Barrantes Mora Ronald Arturo 205360952 30/05/2008
Barrantes Vega Carmen 104171170 30/05/2008
Barrionuevo Chen Apuy Floria 104030685 30/05/2008
Bejarano Hernández Flory 104001316 30/05/2008
Berrocal Sánchez Alba 105110594 30/05/2008
Betancourt Canales Gerardo 501390405 30/05/2008
Blanco Araya Ana Sofía 502540617 30/05/2008
Calderón Morales Francisco 108160691 30/05/2008
Campos Quesada Ronald 107320146 30/05/2008
Carballo Brenes Auxiliadora 109710531 30/05/2008
Cárdenas Becerra Claudia 800560994 30/05/2008
Carranza Cubero Elisa 201770012 30/05/2008
Casasola Orozco Adriana 105030580 30/05/2008
Cedeño Ortega Maritza 107000684 30/05/2008
Cento Muñoz Raquel 315173366004742 30/05/2008
Cerdas Montano Norma Virginia 204690872 30/05/2008
Chacón Acuña María de los Ángeles 104030955 30/05/2008
Chacón Mora Edwin 109250720 30/05/2008
Chaves Salas Leonel 602880348 30/05/2008
Chávez Sandoval María Dolores 900750488 30/05/2008
Chaves Torres Bary 104710351 30/05/2008
Cordero Pires Alex 109540478 30/05/2008
Corella Madrigal Martha Eugenia 203060141 30/05/2008
Curbelo Morales Alicia 800350551 30/05/2008
De Paz Vigal María Luz 106066818 30/05/2008
Elizondo López Sandra María 104070086 30/05/2008
Flores Sancho Juliana Sofía 110970807 30/05/2008
Gómez Torres Juan Rafael 204480755 30/05/2008
González Agüero Mónica 109430044 30/05/2008
González Vargas Rosa María 105000775 30/05/2008
Guardia Oreamuno Lilly 700140737 30/05/2008
Guevara Venegas Graciela Violeta 103680844 30/05/2008
Hernández Viale Cynthia 900640618 30/05/2008
Jiménez Arias Gladys 107270577 30/05/2008
Jiménez Bolaños Flor de María 203030577 30/05/2008
Jiménez Dam Ricardo 103120522 30/05/2008
Jiménez Gómez Abelardo 501451005 30/05/2008
Jiménez Murillo Fernando 106620046 30/05/2008
Jiménez Sancho Rosa María 107070594 30/05/2008
Lemistre Pujol Annie 800470793 30/05/2008
Logan Arias Jorge Manrique 110880816 30/05/2008
López Montero Patricia 105430090 30/05/2008
López Vargas Mario Alberto 105550190 30/05/2008
Lorenzo Blanco Purificación 106722332692 30/05/2008
Madrigal Sandí Inés 105260044 30/05/2008
Madriz González Johan 109000919 30/05/2008
Martínez Castillo Marbet 502980166 30/05/2008
Mauricio Vásquez Roxana 455115084 30/05/2008
Mc. Calla Williams Lorena Elionor 700660016 30/05/2008
Meléndez Flores Emilio 2700213778011 30/05/2008
Méndez Pérez Henry 205320527 30/05/2008
Monge Agüero Mercedes M. 104011497 30/05/2008
Mora Aguilar Ana Isabel 104270326 30/05/2008
Mora Rodríguez Luis Adrián 110240313 30/05/2008
Mungía Castro Cecilia 103280733 30/05/2008
Murray Mackenzie Sandra 104160478 30/05/2008
Núñez Canales Ana Lucrecia 503280796 30/05/2008
Obando Suárez Omar 600950294 30/05/2008
Ortiz Ortiz María S. 104011251 30/05/2008
Picado Vargas María Karina 107750453 30/05/2008
Picón Espinoza Jorge Arturo 503200474 30/05/2008
Porras Zúñiga Carmen María 203880182 30/05/2008
Prendas Anchía Albin 603230737 30/05/2008
Quiel Reyes Reiner 601510677 30/05/2008
Retana Jiménez Carlos Luis 105240869 30/05/2008
Reynolds Vargas Jenny 104080037 30/05/2008
Rodríguez Bolaños Vinicio Alberto 205130764 30/05/2008
Rojas Barrantes Adriana 108410695 30/05/2008
Rojas González Álvaro 603370926 30/05/2008
Rojas Zúñiga Max Alfonso 107120025 30/05/2008
Sánchez Aguilar Lizbeth 401310731 30/05/2008
Sevilla Novoa Marvin 106560660 30/05/2008
Sibaja Torres Oliva María 104181318 30/05/2008
Solera Elizondo Christian 109060757 30/05/2008
Triana Cabrera Dailín 3151747040047 30/05/2008
Valenzuela Vásquez Guillermo 600630299 30/05/2008
Varela Quesada María Isolina 202761500 30/05/2008
Vargas Alcázar Gerardo 104090055 30/05/2008
Vargas González Xinia 105220311 30/05/2008
Vilas Siri Josefa 111072429 30/05/2008
Villalobos Cruz Karen Virieth 205550927 30/05/2008
Villegas Ulate Cristina 205950060 30/05/2008
Víquez Mata José Francisco 900290917 30/05/2008
Zúñiga Blanco Nidya 104090054 30/05/2008
Dr. Roxana Alfaro Trejos, Presidenta.—Lic. Yolanda Hernández Ramírez, Secretaria.—1 vez.—(90384).
A las siguientes personas se les comunica que según nuestros registros al 31 de agosto del 2008, se encuentran morosos. Transcurridos diez días hábiles contados a partir de la fecha en que sus nombres aparezcan publicados en el Diario Oficial La Gaceta, de no cancelar la suma adeudada o firmar un arreglo de pago, se iniciará el proceso administrativo o judicial, según corresponda. Al mismo tiempo se les recuerda que este trámite tiene como consecuencia la inhabilitación para el ejercicio legal de la profesión.
Cédula Nombre
503260839 Acevedo Picado María Laura
111430474 Acuña Campos María Rebeca
106770572 Agüero Chaves Lucía
401820726 Aguilar Fallas Lisbeth Melissa
503220344 Ajón Jirón Vladimir
205390692 Alfaro Zamora Carlos Andrés
203140988 Alpízar Gutiérrez Xinia María
502330778 Alvarado Castro Leonidas
503350135 Álvarez Gómez Luis Fernando
111670905 Álvarez González Evelyn Tatiana
107460854 Álvarez Hidalgo Jhenny
106680015 Angulo Cubillo Grettel
110820225 Apu Angulo Dani Jose
502530926 Apu Murillo Roblin
501480453 Arauz Ramos Sandra
110210163 Araya Acuña Adriana
602320635 Araya Chavarría Elsa
111200899 Araya Chaves Cindy Rebeca
203900827 Araya Hernández Jeannette
401730797 Araya Madrigal Jorge Luis
700850743 Araya Ulloa Maritza Isabel
105510137 Arce Arce José Fernando
603100763 Arguedas Matarrita Carlos Alberto
111140278 Arias Leitón Lidieth Johanna
204850525 Arias Muñoz Denia María
110210644 Arias Vargas Carol María
503070794 Arnaez Carrillo Gabriela
109210242 Arrieta Rojas Silvia Alexandra
205080267 Arroyo Steller Johanna
203120421 Artavia Cubero Pablo Reiner
205790122 Artavia Moya Monserrat
105010875 Badilla Mesén María del Carmen
800510799 Baires Martínez Yolanda
303340301 Ballestero López Vanessa
111310726 Baltodano Villarreal José Christian
303510997 Barahona Inces Laura
106320163 Barahona Martínez Ana Maritza
205430196 Barboza Salas Andry Luis
106550864 Barboza Vargas Cristian Gerardo
108900906 Barrantes López Mónica
105980530 Barrantes Segura Luis Carlos
503230822 Barrantes Venegas Juan Diego
700501425 Binns Hidalgo Gerardo Hernán
109710326 Binns Monge Laura Cristina
112040479 Blanco Delgado Wendy Johanna
109820029 Blanco Hernández Flor
103120124 Blanco Montero Jose Bernardo
205880370 Blanco Rodríguez Arelys
106630668 Blanco Zeledón Rita
302200288 Bogantes Rodríguez Oscar
401051174 Bolaños Baldioceda Fernando
701330032 Briceño Araya Jeshika
701190291 Bright Cole Lizeth Shomari
106050144 Brito De la Cuesta Mirta Mirelle
701160854 Burke Peterkin Jennifer
502760638 Buzano Barrantes Edin Mauricio
155802926012 Cadenas Ochoa Noel De Jesús
110640278 Camacho Salazar Gustavo Alfonso
502950005 Carmona Ortega Allan José
303710527 Carpio Carpio Carmen Andrea
107100475 Carrillo Masís Marilú
501800374 Carrillo Vílchez Gilma Felicia
601220243 Cascante Cascante Norma Iris
205170862 Castillo Campos Lidio Alonso
602060145 Castillo Ugalde María Cecilia
204680044 Castillo Villalobos Marcela
901070566 Castro Matute Nancy
105230991 Castro Solano Jose Manuel
302140213 Céspedes Obando Heriberto
401780134 Chacón Barquero Carmen
108800911 Chacón Chaves Mónica
900050383 Chacón Soto Luis Eduardo
205220609 Chavarría Alvarado Evelyn
105480269 Chavarría Campos Blanca
106480288 Chavarría Monge Francisco Javier
503530896 Chaves Bustos Katty de los Ángeles
203050818 Chaves Campos Adolfo Eduardo
106650391 Chaves Villalta Mauricio
110310360 Chinchilla Arias Priscilla
111510998 Chinchilla Solís Laura María
501840301 Clachar Rivas Dorian
800470297 Climent López Vicente
103550966 Cordero Arias Brígida
302600537 Cordero Esquivel Carmen María
107240327 Cordero Pérez Ligia Isabel
104091402 Corrales Martínez Sonia
900750813 Cortés Ramos María Gabriela
105680414 Coto Valverde Óscar
205480435 Cruz Alvarado Cristian
107340894 Cruz Calderón Teresita Eugenia
103670481 Cruz Campos Jorge Manuel
106450192 De la Mata Ávila Anabelle
800610871 Díaz Forbice Mirta Alicia
602040420 Dinarte Velásquez Lisette
700970237 Drumonds Drumonds Xiomara
106100957 Durán Conejo Ileana
900240403 Echeverría Alvarado Hilda
600670146 Espinoza Quirós Ignacio
203130563 Esquivel Soto María Isabel
501050824 Esquivel Tovar Arturo
303280671 Fallas Monge Johnny
204960930 Fernández Abarca Marianella
204860164 Fernández Rodríguez Crisia
107870886 Flores Chinchilla Margarita
27011068947048 Flores Cornejo Juan Carlos
106140871 Flores Villalobos Elena
109840119 Fonseca Bustamante Karen Jeannette
701090674 Forbes Richards Marvel
71000632380000065 Frenkel Berger Armand
107540578 Fuentes Flores Maribel
205430499 Gamboa Villalobos Yahaira
502660965 García Rojas Iván
110570659 Garro Mora David Josué
800011046 Gilberstein Kukielka Rosita
107920102 Goebel Mc.Dermott William Anthony
303620795 Gómez Jiménez Adriana
501960249 Gómez Solórzano Carmen Denia
111060189 González Barboza Silian Edelmar
303220712 González Chavarría Rosaura
155800486314 González González Marlene
204890585 González Rojas Yesenia
600760435 González Valdez Berta
502210588 Guevara Gómez José Wilberth
106590404 Guido Serrano Iris
104090587 Guier Almanza Ana Cristina
302670450 Guillén Solano Adriano
601230814 Gutiérrez Gómez María Agdalia
107280063 Haug Delgado Nora Cristina
2701759121018 Hernández Mendoza Yeny
501980521 Hernández Murillo Xenia
401180378 Hernández Rodríguez Silvia Elena
110970111 Herrera Vargas Leonardo
205850306 Hidalgo Castillo Rosa Isela
105290593 Hidalgo Cordero José Andrés
205410424 Hidalgo González Karen Cristina
106910402 Ibarra Cerdas Lidia
502800380 Jaen Ordóñez Jairo Enrique
110320652 Jiménez Alvarado Yuste
107860002 Jiménez Brenes Sandra Eugenia
110060589 Jiménez Carvajal Carolina
105020651 Jiménez Fallas José Rafael
109690329 Jiménez Retana Randall
602760360 Jiménez Sibaja Gilberto Adilio
104001339 Jiménez Volio Norma
502490132 Juárez Ruiz Ana Yanci
502470466 Lacayo Moreno Annia
105050311 Lang Alvarado María Cecilia
205630361 Lara Morera Ana Silvia
27010814845681 Larios Flores Ramón Enrique
455130713001743 Leigh Gonzaga Susana Elizabeth
205330750 Leitón Ortiz Amet
601890386 Leitón Rodríguez Carlos Alberto
401250792 León Quesada Orfilia Amelia
502130659 Líos Cabalceta Orieta
111500510 Lizano Villalobos Karla
106760782 Lobo Di Palma Jorge
2700290001014 López Aburto Kalia María
603170980 López Marín Viviana
10659144 López Rodríguez Ester
103200023424 López Rossi Silvina Ángela
105740687 Loría Muñoz María Lourdes
107460515 Machado González Grettel
502660054 Macotelo Dávila Marcos
601880179 Madrigal Arguedas Lilliana Rocío
155800876302 Madrigal Hernández Juana de los Reyes
107990505 Madriz Alemán José Ángel
106590138 Marchena Venegas Carlos Eduard
202760862 Marín Rodríguez Emilia
107670768 Maroño Salas Luz Eugenia
8070226102 Márquez González Waldo
020RE00116900 Martínez Espinoza Juan José
106290639 Mata Chavarría Eugenia
104310943 Mata Montero José Roberto
106750969 Matamoros González Guisela
401570946 Matamoros Sánchez Maribel Rocío
501950899 Matarrita Matarrita Lorena
502730408 Mayorga Leal Yasmín Elena
800460553 Medina Castrillón Marta Gloria
135RE071164 Medina Mendoza Wilfredo
110630614 Mena López Jenny
202760222 Méndez Acuña Emilia Lucía
700460681 Miller Lindo Patricia
502640748 Miranda De la O. Martha Elena
401560313 Miranda Hernández José Pablo
900430709 Miranda Miranda Fernando
205700515 Molina Barrantes Anyelina
110740144 Molina Rodríguez Grettel Vanessa
108600939 Monge Martos Ericka
102980882 Montaberth Smith Lee Sandra
104330903 Montero Salazar Guadalupe
105000501 Mora Álvarez Ruth Estrella
105390911 Mora Arias Edgar
107450705 Mora Campos Ronny
502170850 Mora Herrera Gerardo Bolívar
603110354 Mora Padilla Hazel Lorena
503210348 Mora Solís Jessica
800720780 Morales Hernández Roberto Alberto
107990372 Morales Sánchez Ana Cristina
301990005 Moya Chacón Ronald
106400334 Muñoz Alvarado Lynnett de los Ángeles
204490930 Muñoz Cordero Maribel
106990041 Muñoz Soto Jenny
202690322 Murillo Bogantes Irma del Carmen
109940926 Murillo Cambronero Wendy
109460671 Murillo Guadamuz Rolando
110520176 Murillo López Mónica Mayela
108010121 Nájera Rodríguez Yorlen Mariyan
000137707 Najlis Fle Michele
602200396 Navarrete Meléndez Mónica Ginette
106320837 Ng Hidalgo Banny
302570397 Obando Hernández Lorna Patricia
503390362 Orias Delgado Maikol
301971106 Ortiz Mata Sonia María
160400025134 Otiura Sotomayor Jorge Alfonso
107400152 Pacheco Coto Alejandra
900690459 Pacheco Monge María Jenory
110150999 Palma Cabezas Marco Antonio
109510946 Pana Barrientos Alexandra
401680891 Paniagua Calvo Luis Emilio
104070734 Pereira Esteban Rocío Mayela
502000295 Pérez Obregón Shirley
280967844461 Pérez Rojas Dixiana Luz
105750523 Picado Rodríguez Yorlene
602610258 Pimental Bellanero Diego
900390146 Pineda Larios Alba
503430387 Pineda Solís María Esperanza
105430669 Portuguez Sánchez Marianela.
601240952 Prendas Garita Ana Victoria
110300541 Prendas Madrigal Belissa
502340872 Quesada Chevez Olivier
301870250 Quesada Malavassi Ana Victoria
105240469 Quesada Monge Rodrigo
204130669 Quesada Mora Mayela
503050591 Quirós Cruz Raúl Antonio
108560327 Quirós Flores Marisol María
105220379 Rahona Quirós Carmen
104590243 Ramírez Artavia Juvenal
109470257 Ramírez González Andrea
204440014 Ramírez Herrera Hugo Alfredo
112120205 Ramírez Santamaría Bolívar Alonso
503250336 Ramírez Sibaja Sofía
109640988 Ramírez Villalobos Marcela
112150340 Ramos Torres Yeimer Gerardo
202860971 Retana Carrillo Sonia María
110060651 Retana Gutiérrez Natalia
4101736990002 Rivas Bascón Marlidian
159100028620 Rivera Ríos Róger
106080505 Rodríguez Arias Xenia
602990725 Rodríguez Arroyo Steven Adrián
503320672 Rodríguez Briceño Yara Evelyn
110220911 Rodríguez González Karla
503350374 Rodríguez Ortega Gustavo Alonso
204650493 Rodríguez Rodríguez Jenny
204620741 Rodríguez Vargas Sonia
205610980 Rojas Araya Yeimy
502740640 Rojas Calvo Maday
602550819 Rojas Guzmán Olga
501570415 Rojas Jaen Adrián
104510702 Rojas Ramírez Rosa María
204020481 Rojas Salas Marisol
108620183 Rojas Vargas Mariana
104180467 Rojas Zúñiga Ligia María
106870172 Romero Chaves Yorleny
107780653 Romero Solano Jacqueline
204870637 Saborío Rodríguez Yesenia
108370526 Sáenz Obando Nidia
603200041 Salazar Muñoz Miles
302310321 Sanabria Martínez Daniel
106890662 Sanabria Mora María Gabriela
107470924 Sanabria Sandí Mario
104260650 Sanahuja Alvarado Sonia
109480806 Sánchez Ramírez Wendy
502850536 Sánchez Rodríguez Gloriana
501480678 Sánchez Rojas Rafael Ángel
106320909 Sánchez Sibaja Sira María
110400109 Sandino Contreras Ernesto Alonso
110840555 Sequeira Ávila César Ernesto
109260731 Seravalli Nuñez Argi
400940843 Sibaja Chacón Emilia María
302870396 Solano Campos Isela
302580444 Solano Solano Lilliana María
105480691 Solano Solano Luis Gerardo
111650531 Solera Aguilar Diana Marcela
110470431 Solís Real Masllyn Andrea
700980536 Spence Morgan Richard
203570542 Steller Garro Jesús María
600760515 Suñol Castro Clara
108820727 Tinoco Chartier Carla
155802014516 Torres Flores Manuel Salvador
203300600 Ugalde Chavarría Federico
401800259 Ulate Castro Jeffry Alonso
205020428 Ulate Chacón Sugey
111980373 Ureña Castro Adriana
601440399 Valdez Villegas Anastasio
401010708 Valerio Alfaro Lidia
203850754 Valerio González Mariz Lidia
601051086 Vallejos Cedeño María Luisa
302160982 Valverde Brenes Francisco Javier
106940418 Vargas Acosta Jose Ricardo
108700229 Vargas Cairol Silvia
107430329 Vargas Cubero Ana Lorena
900540325 Vargas Hernández Jorge Eduardo
205590813 Vargas Marín Ana Nancy
600951138 Vargas Mora Isabel
700540716 Vargas Pérez Elsa María
104910336 Vargas Sotela Arend Luis
107370587 Venegas Morales Maureen María
601520816 Villalobos Chavarría Gerardo Alejo
110210986 Vindas Fernández Nuria
107690049 Víquez Zumbado Carolina
700720843 Wray Wray Xiomara
701080260 Wright Williams Dushia
4259712311515 Yantani Oliver Layla Karine
111310310 Zambrana Jiménez Bill Andrés
103610845 Zumbado Montejo Hugo
107120715 Zúñiga Chaves Georgina
502540677 Zúñiga Gómez María Floribel
103840351 Zúñiga Pana William Gerardo
201940256 Zúñiga Quirós Jetty Lucrecia
109560390 Zúñiga Rivera Mónica
503250920 Zúñiga Zúñiga Kaslin Zulay
Dr. Roxana Alfaro Trejos, Presidenta.—Lic. Yolanda Hernández Ramírez, Secretaria.—1 vez.—(90385).
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Por escritura otorgada a las ocho horas, treinta minutos de veintiocho de agosto del dos mil ocho, el suscrito notario protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Villa Eveluz S. A., mediante la cual se disminuye el capital social de la sociedad, reformándose la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, primero de setiembre del año dos mil ocho.—Lic. Marco Aurelio Odio Aguilar, Notario.—(88761).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Grupo Terragaya Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-277449, domiciliada en San José Pavas, del correo 100 metros sur, 100 este y 75 sur, hace del conocimiento que en Asamblea General Extraordinaria de socios celebrada en su domicilio social, a las nueve horas del veintiséis de agosto de dos mil ocho, acordó: Primero: Vender todas las acciones de esta sociedad, por el precio, términos y demás condiciones que considere oportunos el Presidente de la compañía y apoderado generalísimo sin límite de suma, Sr. Milton Madriz Cedeño. Segundo: Se autoriza a las notarias Irene Lobo Hernández y/o Odilia Arrieta Angulo para que individualmente protocolicen los acuerdos de la asamblea. Es todo. Se citan a los acreedores e interesados para que se presenten, dentro del término de quince días a partir de la primera publicación de este edicto a hacer valer sus derechos.—Larry Hans Arroyo Vargas.—(90278).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
En mi notaría, al ser las trece horas diez minutos del día trece de setiembre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada La Hacienda Hermanos Duarte Sociedad Anónima. Presidente: Feliciano Duarte Duarte. Se solicita la publicación de edicto para lo que en derecho corresponda.—Alajuela, al ser las ocho horas del día dieciséis de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Maricela Lara Alfaro, Notaria.—1 vez.—(87807).
Ante esta notaría, a las 15:00 horas del 04 de setiembre del 2008, se constituye sociedad anónima mediante Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Presidente, Max Andrés Campos Azofeifa y secretaria, María Catalina Cortes Serrano, ambos apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 04 de setiembre del 2008.—Lic. Paola J. Quesada Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 60862.—(88328).
Que el día dieciséis de setiembre del dos mil ocho, ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima denominada de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J publicado en La Gaceta del catorce de junio del dos mil seis la representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponde al presidente, vicepresidente, secretario y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma, pudiendo actuar conjuntamente o separadamente.—San Isidro de El General, 16 de setiembre del 2008.—Lic. Danis Astrid Méndez Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 60864.—(88329).
En esta notaría, se protocoliza, el día 16 de setiembre del 2008, reforma de Constructora Copresa S. A., reforma la cláusula quinta, apoderado, Marvin Alberto Oviedo Solano.—San José, 16 de setiembre del 2008.—Lic. Teresita Monge Díaz, Notaria.—1 vez.—Nº 60868.—(88330).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del dieciséis de setiembre de dos mil ocho, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad de esta plaza Jdap Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada, en la cual se acordó modificar la cláusula segunda de los estatutos de la compañía.—San José, dieciséis de setiembre de dos mil ocho.—Lic. Rogelio Navas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 60870.—(88331).
Por escritura otorgada a las 10:30 horas del día 16 de setiembre del año 2008, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Muebles Soto Sociedad Anónima, en la cual se reforma el pacto constitutivo.—San José, 16 de setiembre del 2008.— Lic. Miguel Maklouf Coto, Notario.—1 vez.—Nº 60872.—(88332).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del nueve de setiembre de dos mil ocho, se constituyó la sociedad Maderas Exclusivas TLM de Costa Rica Sociedad Anónima, cuyo presidente es Mauricio Mena Gutiérrez.—San José, 09 de setiembre del 2008.—Lic. Mario Alberto Blanco Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 60874.—(88333).
Por escritura 293-6, otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 22 de agosto del 2008, se constituyó la compañía El Paulatino del Norte S. A., domiciliada en Alajuela, Valverde Vega, en La Luisa de Valverde, frente al Club Internacional Bella Vista. Presidente: Paul Ruiz (nombre) Betancourt, secretario: Eliezer Ruiz Candelaria, apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—22 de agosto del 2008.—Lic. Máximo Corrales Vega, Notario.—1 vez.—Nº 60875.—(88334).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:00 horas del 16 de setiembre del 2008, se constituyó la sociedad denominada: Street Road Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, Moravia, Los Sitios, Urbanización André Challe, tercera etapa. Capital social: veinte mil de colones exactos. Presidente con la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 16 de setiembre del 2008.—Lic. Carlos Guillermo Alvarado Heinrich, Notario.—1 vez.—Nº 60885.—(88335).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:30 horas del 16 de setiembre del 2008, se constituyó la sociedad denominada: Big Ben Investment Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, Goicoechea, Guadalupe, Mall El Dorado, local número seis. Capital social: veinte mil de colones exactos. Presidente y tesorero con la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 16 de setiembre del 2008.—Lic. Carlos Guillermo Alvarado Heinrich, Notario.—1 vez.—Nº 60886.—(88336).
Mediante escrituras otorgadas en mi notaría, a las 08:00 horas del 11 de abril de 2007 y 12:00 horas del 16 de setiembre de 2008, fue constituida Vida Grande S. A. Capital social diez mil colones. Plazo social 100 años.—Lic. Armando Ayala Wolter y Roxana Molestina Gaviria, Notaria.—1 vez.—Nº 60890.—(88337).
En mi notaría, mediante escritura número 14 otorgada a las 16:00 horas del día 11 de setiembre de 2008, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Starry Skies Industries S. A., cédula jurídica 3-101-422593 en la que se reforman las cláusulas segunda del domicilio y sexta de su pacto constitutivo.—Lic. Armando Ayala Wolter, Notario.—1 vez.—Nº 60891.—(88338).
Ante mí notaría, por escritura número ciento cuarenta y tres de las once horas del día veintiuno de agosto del dos mil ocho, visible a folios ochenta frente y vuelto y ochenta y uno frente del tomo secundo, se constituyó la sociedad La Vaca R Sociedad Anónima, domiciliada en Liberia. Guanacaste en Barrio La Guaria, del Depósito El Danto doscientos cincuenta metros al norte. Pablo Antonio Lara Guadamuz, presidente; David Antonio Fuentes Acevedo, secretario, Jorge Luis Morales Álvarez, Tesorero, como apoderados generalísimos sin límite de suma. El capital social será ciento veinte mil colones, representadas por doce acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una y se suscriben tres letras de cambio por un monto de cuarenta mil colones cada una.—Liberia, veintiuno de agosto del dos mil ocho.—Lic. Jimmy Rodríguez Montero, Notario.—1 vez.—Nº 60893.—(88339).
El suscrito notario público, hace constar que ante mí, al ser las nueve horas del seis de setiembre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada Moguz Sociedad Anónima, cuyo presidente y secretario son los apoderados generalísimos sin límite de suma, debiendo actuar para ello de forma mancomunada. Domiciliada en Liberia, Plazo noventa y nueve años. Objeto el comercio de alimentos en general y otros. Capital totalmente suscrito y pagado.—Liberia diecisiete de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Miguel Eduardo Abarca Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 60895.—(88340).
Por escritura hoy otorgada ante mí, se constituye la sociedad denominada High Tech Integral Solutions Sociedad Anónima. Capital social debidamente suscrito y pagado.—Liberia, dieciséis de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Hernán Rodríguez Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 60896.—(88341).
Por escritura número 25, otorgada en mi notaría, a las 15:00 horas del día 11 de setiembre del 2008, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Borgo Nuovo B. N. Sociedad Anónima. Se modificó cláusula de capital social.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 60899.—(88342).
Ante esta notaría, se ha constituido la sociedad Corporación Maxival del Pacifico Sociedad Anónima, capital social: Diez mil colones, presidente con personería, domicilio social: San Francisco de Heredia. Objeto, entre otros comercio en general.—Heredia, nueve de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Alexander Ramírez Ulloa, Notario.—1 vez.—Nº 60900.—(88343).
Por escritura número cincuenta y tres del tomo seis del protocolo del notario Miguel Antonio Elizondo Soto, el día veintisiete de agosto del dos mil ocho se modifica la junta directiva y la cláusula tercera del pacto social de la sociedad El Zurco de la Laguna de Islita Zli Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y nueve mil dos.—San José, diez de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Miguel Antonio Elizondo Soto, Notario.—1 vez.—Nº 60903.—(88344).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del 16 de setiembre del 2008, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Be Cool Inc. Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-371887, modificándose la cláusula sétima de la administración.—San José, 17 de setiembre del 2008.—Lic. Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 60904.—(88345).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 12 de setiembre del 2008, se constituyó la sociedad Inmobiliaria Doña Thelma S. A., nombrándose agente residente, fondo de reserva legal, junta directiva y capital social, domiciliada en San José, Higuito Desamparados, 500 metros oeste de la Iglesia Católica.—San José, 18 de setiembre del 2008.—Lic. William Muñoz Bravo, Notario.—1 vez.—Nº 60905.—(88346).
Por escritura pública otorgada en esta notaría, a las quince horas del dieciséis de setiembre del dos mil ocho, Gabriel López Romero y Alexander Camacho Gutiérrez, constituyen la sociedad denominada Inversiones Galex Sociedad Anónima.—Alajuela, 16 de setiembre del 2008.—Lic. Yamileth Rodríguez Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 60906.—(88347).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del dieciséis de setiembre del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Fournier Leiva y Compañía Sociedad Anónima. Se reformó la cláusula cuarta de los estatutos sociales.—San José, 16 de setiembre del 2008.—Lic. Fernanda Linner de Silva, Notaria.—1 vez.—Nº 60907.—(88348).
A efecto de publicación del edicto correspondiente, informo que en escritura número ciento cincuenta y seis del tomo diecisiete de mi protocolo, del día 28 de agosto del año en curso, al ser las once horas, comparecieron los señores Eddy Gerardo Jiménez González, mayor, cédula de identidad número uno-quinientos sesenta y siete-cero treinta y cinco y Rigoberto Jiménez González, mayor, cédula de identidad número uno-cero novecientos ocho-cero ochocientos sesenta y siete, para constituir la sociedad Aqua Fauna A.F. Sociedad Anónima.—San José, a los dieciséis días del mes de setiembre del año dos mil ocho.—Lic. Miguel Chacón Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 60908.—(88349).
El suscrito, Ernesto Mora Alfaro, notario público con oficina abierta en Alajuela, indico que por escritura otorgada ante mi notaría; al ser las veinte horas del día dieciocho de julio del año dos mil ocho, se constituyó Importaciones Andinas Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar las dos últimas palabras en S. A.—Alajuela, cuatro de agosto del año dos mil ocho.—Lic. Ernesto Mora Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 60910.—(88350).
Por escritura Nº 142 de las 15:00 horas del día 8 de setiembre del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Corporación Internacional Lukri Sociedad Anónima, donde se modificó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 60911.—(88351).
Ante mí, Juan Diego Arias Rojas, notario publico con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad anónima denominada Familia Aleny Elizondo Abarca Sociedad Anónima, a las diecisiete horas del día doce de setiembre del dos mil ocho. Presidente y tesorero con la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Atenas, 12 de setiembre del 2008.—Lic. Juan Diego Arias Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 60912.—(88352).
Por escritura pública número doscientos catorce del tomo cuatro, otorgada ante la suscrita notaria pública, se protocoliza la creación de la sociedad H Dos F Sociedad Anónima.—San José, setiembre del dos mil ocho.—Lic. Ana Priscilla Sánchez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 60913.—(88353).
Por escrituras otorgadas, a las 9:00 y 11:00 horas del 16 de setiembre del 2008, constituyeron respectivamente, las sociedades denominadas: Villa Sonrisas LLC Ltda. y Teda LLC Ltda. Plazo: 99 años. Objeto: producción industrial, comercialización, servicio al cliente, los bienes raíces, el turismo, el comercio, importación y exportación. Representante legal: los gerentes. Capital social: suscrito y pagado.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 60915.—(88354).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 12 de setiembre del 2008, se constituyeron cinco sociedades de responsabilidad limitada que se denominarán de las siguiente forma (i) Inversiones Siempre Bonito S.R.L.; (ii) Inversiones Internacionales Costa Paraíso S.R.L.; (iii) Inversiones Calalú S.R.L.; (iv) Natural Waves Of Potrero S.R.L.; (v) Inversiones Playa Grande Living S.R.L. Estarán representadas por un gerente. Capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, 16 de setiembre del 2008.—Lic. Bernardo Van Der Laat Echeverría, Notario.—1 vez.—Nº 60916.—(88355).
Ronny Jesús Alfaro Hernández, portador de la cédula de identidad número, 2-585-329 y Randy Alfaro Hernández, con cédula número 2-624-848, apoderados generales con límite de suma de la sociedad denominada, Almacén y Ferretería R y R. S. R. L., domiciliada en La Virgen de Sarapiquí, avisan sobre reforma en las facultades del gerente y subgerente de dicha sociedad. Es todo. Ronny Alfaro Hernández y Randy Alfaro Hernández, Apoderados Generales.—Puerto Viejo, Sarapiquí, 16 de setiembre del 2008.—Lic. Gerardo Alvarado Montoya, Notario.—1 vez.—Nº 60917.—(88356).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día diez de setiembre del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Business Partners International S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y ocho mil ciento ochenta y cuatro, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo y se revoca el nombramiento de la junta directiva y se hacen nuevos nombramientos por el resto del plazo social.—San José, once de setiembre del año dos mil ocho.—Lic. Roxana Sofía Lao Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 60918.—(88357).
José Francisco Bonilla Ballestero y Fernando Betancourt Román, constituyen la sociedad Empresarios en Construcción Bonilla-Betancourt Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las diez horas del día trece de agosto del año dos mil ocho.—San José, 16 de setiembre del 2008.—Lic. Freddy Mora Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 60921.—(88358).
Por protocolización de acta ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Escuela de Crianza y Entrenamiento Canino del Atlántico Sociedad Anónima, se reforman las cláusulas primera, segunda y tercera del pacto constitutivo. Se nombra nueva junta directiva y fiscal. Es todo.—San José, doce horas del dieciséis de setiembre de dos mil ocho.—Lic. Javier Villalta Solano, Notario.—1 vez.—Nº 60930.—(88359).
En mi notaría, a las 11:00 horas del 12 de setiembre del 2008, se protocoliza Maid Marian Limitada, se modifican las cláusulas sexta y sétima el pacto constitutivo.—Lic. Mónica Soto Herrera, Notaria.—1 vez.—Nº 60932.—(88360).
Ernesto Bruno Alpízar, soltero, estudiante, cédula uno-mil doscientos once-quinientos noventa y uno, y Luis Bruno Alpízar, soltero, estudiante, cédula, uno-mil ciento cuarenta y dos-ciento sesenta y dos, constituyen Hermanos Bruno Alpízar Sociedad Anónima. Escritura número 199, tomo diez, de las ocho horas treinta minutos del 12 de setiembre año dos mil ocho.—Lic. Rubén Ramírez Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 60933.—(88361).
Mediante escritura autorizada por la suscrita notaria, a las siete horas de este día, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Automotriz (CR/CA) Sociedad Anónima, por la cual se reforma la cláusula novena de los estatutos y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 25 de agosto del 2008.—Lic. Ana Lucía Espinoza Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 60936.—(88362).
Por escritura número veinticinco-cincuenta y uno, otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día catorce de julio del año dos mil ocho, se protocoliza el acta asamblea general de accionistas número uno de la sociedad Inmobiliaria El Logroño de Madrid S. A., mediante la cual se modifica el pacto constitutivo de la misma en los extremos de la cláusula segunda del domicilio y la cláusula sétima de la administración.—San José, 16 de setiembre del 2008.—Lic. Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—Nº 60938.—(88363).
Por escritura número seis-ochenta y dos, otorgada ante esta notaría, a las quince horas del día nueve de setiembre del año dos mil ocho, se constituye la sociedad denominada Fit Luna Verde Uno S. A., por un plazo de cien años.—San José, 17 de setiembre del 2008.—Lic. Juan Ignacio Gallegos Gurdián, Notario.—1 vez.—Nº 60939.—(88364).
Ante mí, Roy Zumbado Ulate, se constituye la sociedad Diamantados y Abrasivos S. A. Capital social la suma de diez mil colones. Presidente Jesús Sánchez Herra.—Santa Bárbara de Heredia, 12 de setiembre del 2008.—Lic. Roy Zumbado Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 60941.—(88365).
Por escritura número uno, otorgada ante esta notaría, a las quince horas del tres de setiembre del dos mil ocho, se constituyó Alfa y Omega Servicios Integrales S. A. Capital suscrito y pagado. Presidente con facultades.—Lic. Hazel Delgado Cascante, Notaria.—1 vez.—Nº 60942.—(88366).
Por escritura otorgada, el día veintiocho de agosto dos mil ocho, ante esta notaría, se constituye la sociedad anónima MFA Enterprises Sociedad Anónima traducida al español Empresas MFA Sociedad Anónima, se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, diecisiete de setiembre del dos mil ocho.—Dr. Femando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 60944.—(88367).
Por escritura otorgada, el día dieciséis de setiembre dos mil ocho, ante esta notaría, se constituye la sociedad anónima Importadora de Oriente JC Sociedad Anónima, se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, diecisiete de setiembre del dos mil ocho.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 60945.—(88368).
Ante mi notaría, mediante escrituras otorgadas una a las diez horas del dieciséis de agosto y otra a las dieciocho horas del nueve de setiembre, ambas de este año, se constituyeron dos sociedades, la primera de responsabilidad limitada y la segunda anónima cuyos nombres serán asignados de oficio por el Registro de Personas Jurídicas según Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. También en mi notaría, a las diecisiete horas del nueve de setiembre de este año, se constituyó Bay Jaco Azul Cinco Mil Tres S. A.—San José, 16 de setiembre del 2008.—Lic. Juan C. Castro Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 60946.—(88369).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas cincuenta minutos del doce de setiembre del año dos mil ocho, la sociedad El Punto Mal Lindo del Mapa Limitada, realiza la reforma a la cláusula sétima de la constitución, además se revoca el nombramiento del gerente, y procede a nombrar a dos nuevos personeros, recayendo dichos puestos en el señor Joshua Turner Brown II y la señora Martha Lynn Pilgrim.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, doce de setiembre del año dos mil ocho.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—Nº 60947.—(88370).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del once de setiembre del año dos mil ocho, la sociedad Finca Salvaje Enterprices Limitada, realiza la revocatoria del nombramiento del gerente, y procede a nombrar a nuevo personero, recayendo dicho puesto en la señora Cintya Benedetta Brand.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, doce de setiembre del año dos mil ocho.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—Nº 60948.—(88371).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas cinco minutos del diez de setiembre del año dos mil ocho, Angus Michael Stephens y Vanessa Jensen De Cossio, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada cuyo nombre será Mintpad.CR Limitada pudiendo abreviarse Mintpad.CR Ltda., nombre que es de fantasía y sin traducción al idioma español. Su domicilio estará en Rivas, Pérez Zeledón, San José, exactamente doscientos metros sur de la plaza de deportes, pudiendo establecer agencias o sucursales en otro u otros lugares del país o fuera del gerente en la sociedad: Se nombró al señor Angus Michael Stephens. Capital social: diez mil colones, representado por cien cuotas nominativas de cien colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas. Plazo: cien años.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, doce de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—Nº 60949.—(88372).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del nueve de setiembre del año dos mil ocho, Adrián Ceciliano Altamirano y Gloriana Loría Espinoza constituyen seis sociedades de responsabilidad limitada, cuyos nombres serán respectivamente Desarrollando Un Mundo Verde Limitada, El Reino Perdido Limitada, El Sonido Arrullador del Mar Limitada, Mi Rincón Natural Limitada, Los Animales se Divierten Limitada y Mis Lindas Propiedades en Costa Rica Limitada, siendo los seis nombres de fantasía, y pudiendo abreviarse la última palabra por las iniciales Ltda. Su domicilio estará en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, San José, exactamente frente al costado oeste del parque central, pudiendo establecer agencias o sucursales en otro u otros lugares del país o fuera de el gerente en las sociedades: Se nombró al señor Adrián Ceciliano Altamirano. Capital social: diez mil colones, representado por cien cuotas nominativas de cien colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas. Plazo: cien años.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, doce de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—Nº 60950.—(88373).
Ante esta notaría, a las diecisiete horas y treinta minutos del día dos de julio del año dos mil ocho, se constituyó Grupo Johansson y Muñoz, Un Buen Trabajo Hecho es un Cliente Satisfecho Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Johansson y Muñoz, Un Buen Trabajo Hecho es un Cliente Satisfecho S. A. Capital social diez mil colones. Diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente y tesorera, representantes judiciales y extrajudiciales de la Sociedad a constituirse y pueden actuar individualmente o conjuntamente, con la facultad de apoderados generalísimas sin límite de suma.—Ciudad Quesada, San Carlos, 2 de agosto del año 2008.—Lic. Cecilia Matamoros Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 60952.—(88374).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del día de hoy, protocolicé reforma de cláusulas y nuevos nombramientos de Mágenes Paradisiacas Sociedad Anónima, en la cual se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 11 de setiembre del 2008.—Lic. Loana Leitón P., Notaria.—1 vez.—Nº 60954.—(88375).
A las once horas treinta y cinco minutos, del veinte de agosto del dos mil ocho, se constituyó en mi notaría, la sociedad anónima Diasovi Sociedad Anónima, se nombra junta directiva y fiscal.—Tilarán, dos de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Ingrid Solano Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 60955.—(88376).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas, del día dieciséis de setiembre del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada ASR Holdings Sociedad Anónima, capital social suscrito y pagado; presidente: Steve Alexander Thompsom Morera; plazo: noventa y nueve años.—San José, miércoles 17 de setiembre del 2008.—Lic. Albán Sing Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 60956.—(88377).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del dieciséis de setiembre del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Daro D Y R Blusas For You Sociedad Anónima, cuya traducción al español es Daro D Y R Blusas Para Usted Sociedad Anónima.—Cartago, dieciséis de setiembre del año dos mil ocho.—Lic. Silvia Elena Peralta Montenegro, Notaria.—1 vez.—Nº 60969.—(88378).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos del dieciséis de setiembre del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Cycas E Y F Tropicales del Caribe Sociedad Anónima.—Cartago, dieciséis de setiembre del año dos mil ocho.—Lic. Silvia Elena Peralta Montenegro, Notaria.—1 vez.—Nº 60971.—(88379).
Mediante escritura número ciento noventa y dos, de las ocho horas del siete de setiembre del dos mil ocho, Evelio Quirós Ramos y Róger Quirós Jiménez, constituyen la sociedad denominada Lomas Lluviosas Del Ensueño Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerente: Evelio Quirós Ramos. Subgerente: Róger Quirós Jiménez. Capital: cien mil colones.—San Ramón, quince de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Maricruz Hidalgo Madrigal, Notaria.—1 vez.—Nº 60972.—(88380).
Que al ser las 18:00 horas del 16 de agosto del 2008, mediante escritura número 133, del tomo primero del protocolo de la suscrita notaria; se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la sociedad RMF Prodeco S. A., donde se reforma la cláusula décima de los estatutos sobre la junta directiva quedando como apoderados y representantes judiciales y extrajudiciales el presidente y tesorero. Se destituyen de sus cargos al presidente, tesorero y secretario, se nombran sus respectivos sustitutos, y se aumenta el capital social de dicha sociedad.—San Ramón, 16 de agosto del 2008.—Lic. Laura María Rodríguez Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 60973.—(88381).
Licenciada Thais María Zumbado Ramírez, comunica que ante su notaría, se constituyó la sociedad denominada Jacimar D & M S. A., para dedicarse a toda clase de negocio lícito.—Belén, diez de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Thais María Zumbado Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 60975.—(88382).
Mediante escritura otorgada,¡ ante la notaria Gissella Yamily Víquez Cubero, a las quince horas del dieciocho de julio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad cuya denominación social será Inversiones Hermanos Chaves Suárez Sociedad Anónima. Presidente: Marco Chaves Suárez. Capital social: veinte mil colones. Domicilio: Alajuela, Grecia, frente al costado norte del parque.—Grecia, ocho de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Gissella Yamily Víquez Cubero, Notaria.—1 vez.—Nº 60982.—(88384).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las once horas del dieciséis de setiembre de dos mil ocho, que es la número cuarenta, visible al folio cincuenta y tres frente del tomo veintidós de mi protocolo, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación es Sueño Verde Sociedad Anónima. Domicilio social: Barrio Otoya, San José, de la antigua entrada de emergencias del Hospital Calderón Guardia, cien metros oeste, veinticinco norte, cincuenta oeste, quinta casa a mano derecha color rosada. Objeto social: el comercio, la industria, la agricultura, la ganadería y servicios en general. Capital social: cien mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Presidenta: Rebeca María Woodbridge Ortuño.—Heredia, 16 de setiembre del 2008.—Lic. Hannia Solís Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 60985.—(88385).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las nueve horas del trece de setiembre del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Artneon S. A., donde se modifica el domicilio social y se nombra nueva junta directiva.—Lic. José Alberto Rivera Torrealba, Notario.—1 vez.—Nº 60986.—(88386).
Por escritura autorizada a esta notaría, a las 12:30 horas del 9 de setiembre del año 2008, se constituyó la sociedad que llevará como nombre el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público, Sección Mercantil y el aditamento Sociedad Anónima, domicilio: Huacas, Santa Cruz, Guanacaste, plazo: noventa y nueve años, capital social íntegramente suscrito y pagado.—San José, 9 de setiembre del 2008.—Lic. Luis Antonio Cubillo Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 60987.—(88387).
Por escritura número veintidós de las dieciocho horas diez minutos del doce de setiembre del año dos mil ocho, visible en el tomo cinco del protocolo del suscrito notario, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Luneville Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombra nuevo secretario. Es todo.—San José, doce de setiembre del año dos mil ocho.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1 vez.—Nº 60990.—(88388).
Por escritura número setenta y uno del tomo cuatro del protocolo del suscrito notario, otorgada a las 7:00 horas del 12 de setiembre del 2008, se reformó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad de esta plaza Ecodesarroladores Ingenieros y Empresarios Costarricenses Sociedad Anónima, por aumento de capital.—San José, 12 de setiembre del 2008.—Lic. Luis Antonio Salazar Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 60993.—(88389).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario en la ciudad de Limón, el día seis de agosto del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada Xondis S. A. Capital social nueve mil colones. Domiciliada en la ciudad de Limón, Barrio La Colina, del túnel 300 metros al oeste. Presidenta: Tamara Dixon Plumer.—Limón, 6 de agosto del 2008.—Lic. Francisco Izaguirre García, Notario.—1 vez.—Nº 60995.—(88390).
En la notaría de la suscrita se protocolizó asamblea de socios de Center Of International Investments CIIVSA S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos diecisiete mil cuatrocientos cincuenta, en la que se hacen cambios en junta directiva y se remueve apoderada generalísima sin límite de suma y se reforma domicilio social.—San José, doce de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Giselle Solórzano Guillén, Notaria.—1 vez.—Nº 60996.—(88391).
Ante mi notaría, se constituyó sociedad denominada según el Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, domiciliada en San José, objeto genérico, capital social cien mil colones, diez acciones comunes y nominativas, plazo social noventa y nueve años a partir de su constitución, presidente apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, doce de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Giselle Solórzano Guillén, Notaria.—1 vez.—Nº 60997.—(88392).
Ante mi notaría, se constituyó sociedad denominada según el Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, domiciliada en San José, objeto genérico, capital social cien mil colones, diez acciones comunes y nominativas, plazo social noventa y nueve años a partir de su constitución, presidente apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, doce de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Giselle Solórzano Guillén, Notaria.—1 vez.—Nº 60999.—(88393).
Ante mi notaría, se constituyó sociedad denominada según el Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, domiciliada en San José, objeto genérico, capital social cien mil colones, diez acciones comunes y nominativas, plazo social noventa y nueve años a partir de su constitución, presidente apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, doce de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Giselle Solórzano Guillén, Notaria.—1 vez.—Nº 61001.—(88394).
Ante esta notaría, se está modificando la junta directiva de la sociedad denominada Cactsia Sociedad Anónima.—Guadalupe de Goicoechea, diecisiete de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Natalia Sarmiento Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 61003.—(88395).
Por escritura número 131, otorgada en mi notaría, a las 14:00 horas del 12 de setiembre del 2008, protocolicé en lo conducente acuerdos de acta número 1 de asamblea general extraordinaria de Julia Elena S. A., en la que se reforman cláusulas segunda y sexta del pago social y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 17 de setiembre del 2008.—Lic. Joice María Esquivel López, Notaria.—1 vez.—Nº 61004.—(88396).
Ante mi notaría, modificó junta directiva de la entidad denominada: Bienes Raíces Luisarta S. A., cédula jurídica número: tres - ciento uno - cinco cero uno dos dos siete. La junta directiva queda de así: presidente: Marco Aurelio Fernández Delgado, cédula uno- quinientos setenta y siete- cero ochocientos setenta y tres. Dada en Guápiles a las catorce horas del veinticuatro de junio del dos mil ocho. Es todo.—Guápiles, veinticuatro de junio del dos mil ocho.—Lic. Sonia Carrillo Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 61006.—(88397).
Marcela Rodríguez Chaves, notaria pública, hace constar que ante esta notaría al ser las 9:00 horas del 12 de setiembre del 2008, la sociedad Investt Gosen S. A., con cédula jurídica 3-101-212028, inscrita al tomo de 447, folio 4235, reforma la cláusula segunda del domicilio.—San José, 16 de setiembre del 2008.—Lic. Marcela Rodríguez Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 61009.—(88398).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del catorce de agosto del dos mil ocho, Mayela Victoria Carrillo Valverde y Marcela Rojas Carrillo, constituyen la sociedad denominada Makarizas Sociedad Anónima.—San José, dieciséis de setiembre del año dos mil ocho.—Lic. Karla Villalobos Wong, Notaria.—1 vez.—Nº 61015.—(88399).
El suscrito notario público, hace constar que los señores Maricruz Rodríguez Ovares y Federico Biolley Bolaños, por escritura pública número trescientos setenta y dos, otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del diez de setiembre del dos mil ocho, constituyeron la sociedad denominada Tico Travel Sociedad Anónima, plazo social de noventa y nueve años. Capital social diez mil dólares. Se nombra como presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma a la señora Maricruz Rodríguez Ovares. Es todo.—San José, once de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Miguel Eduardo Cervantes Mora, Notario.—1 vez.—Nº 61019.—(88400).
Ante esta notaría, al ser las nueve horas treinta minutos del doce de setiembre del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad denominada Gentleman Des Tropiques Sociedad Anónima, donde se acordó modificar, la cláusula sexta de la administración, primera del pacto constitutivo, segunda del domicilio social y se nombra nueva junta directiva.—San José, diecisiete de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Javier Francisco Chaverri Ross, Notario.—1 vez.—Nº 61020.—(88401).
Ante esta notaría, al ser las nueve horas del doce de setiembre del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad denominada Nos Sobran Los Motivos Sociedad Anónima, donde se acordó modificar, la cláusula novena de la administración, y se nombra nueva junta directiva.—San José, diecisiete de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Javier Francisco Chaverri Ross, Notario.—1 vez.—Nº 61021.—(88402).
El suscrito notario público hace constar que los señores Valentín Antonio Fonseca Mena y Margarita María Fallas González, por escritura pública número trescientos ochenta y cinco, otorgada ante esta notaría, a las diez horas del trece de setiembre del dos mil ocho. Constituyeron la sociedad denominada Inversiones Fonseca y Fallas Sociedad Anónima. Plazo social de noventa y nueve años. Capital social diez mil dólares. Se nombra como presidente y secretario respectivamente y ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma a Valentín Antonio Fonseca Fallas y Felipe José Fonseca Fallas. Es todo.—San José, dieciséis de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Miguel Eduardo Cervantes Mora, Notario.—1 vez.—Nº 61022.—(88403).
Mediante escritura pública número doscientos dieciocho, otorgada a las dieciséis horas del dieciséis de setiembre del año dos mil ocho, protocolizo los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía de esta plaza denominada: Avventa Worldwide S. A. Mediante la cual se procede a reformar el domicilio social, la cláusula de administración y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, dieciséis de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 61023.—(88404).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Zuguiso S. A.—San José, 28 de mayo del 2008.—Lic. Sarita Castillo Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 61025.—(88405).
Por escritura otorgada ante mí se constituyó Jallasses S. A.—San José, 28 de mayo del 2008.—Lic. Sarita Castillo Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 61026.—(88406).
Por escritura otorgada ante mí se constituyó Mahantro S. A.—San José, 28 de mayo del 2008.—Lic. Sarita Castillo Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 61027.—(88407).
Por escritura otorgada ante mí se constituyó Ajulgo S. A.—San José, 28 de mayo del 2008.—Lic. Sarita Castillo Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 61028.—(88408).
Por escritura número ciento sesenta y cinco-dieciséis de las ocho horas del diecisiete de setiembre del dos mil ocho, otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad Grupo La Mejorana (GLM) Sociedad Anónima. Con un capital social de veinte mil colones. Domiciliada en la ciudad de Heredia, Lagunilla de Heredia, residencial Santa María, casa número seiscientos treinta y tres. Representada por el presidente y tesorero, de la junta directiva, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, diecisiete de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Rafael Antonio Oreamuno Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 61029.—(88409).
Se deja constancia que en esta notaría Ecología Costeco Sociedad Anónima, el dieciséis de setiembre de dos mil ocho, mediante escritura otorgada a las catorce horas protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la cual se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Angeline Le Hon Boymer.—Lic. Vanesa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 61031.—(88410).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 18 horas del 16 de setiembre del 2008, se constituyó la sociedad: Mensajería y Servicios Generales Carranza S. A. Capital social íntegramente suscrito y pagado por los socios. Domicilio: Escazú. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Escazú, 16 de setiembre del 2008.—Lic. Marlene Bustamante Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 61032.—(88411).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las 17 horas del 16 de setiembre del 2008, se constituyó la sociedad Corporación Saimar del Oeste S. A. Capital social íntegramente suscrito y pagado por los socios. Domicilio: Escazú. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Escazú, 16 de setiembre del 2008.—Lic. Marlene Bustamante Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 61033.—(88412).
Se deja constancia que en esta notaría Tres-Ciento Dos-Quinientos Treinta y Cuatro Mil Quinientos Catorce Sociedad de Responsabilidad Limitada, el día dieciséis de setiembre de dos mil ocho, mediante escritura otorgada a las catorce horas treinta minutos protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la cual se nombra nuevo gerente: Roberta Lee Kollar.—Lic. Vanesa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 61034.—(88413).
Se deja constancia que en esta notaría Tres-Ciento Dos-Quinientos Treinta y Cuatro Mil Seiscientos Cuarenta y Seis Sociedad de Responsabilidad Limitada. El día dieciséis de setiembre de dos mil ocho, mediante escritura otorgada a las quince horas protocolicé acta de asamblea general extraordinaria en la cual se nombra nuevo gerente: Roberta Lee Kollar.—Lic Vanesa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 61035.—(88414).
Se deja constancia que en esta notaría Tres-Ciento Dos-Quinientos Treinta y Cuatro Mil Cuatrocientos Cuarenta y Cuatro Sociedad de Responsabilidad Limitada. El día dieciséis de setiembre de dos mil ocho, mediante escritura otorgada a las quince horas veinte minutos protocolicé acta de asamblea general extraordinaria en la cual se nombra nuevo gerente: Roberta Lee Kollar.—Lic. Vanesa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 61036.—(88415).
Se deja constancia que en esta notaría Tres-Ciento Dos-Quinientos Treinta y Cuatro Mil Cuatrocientos Cuarenta y Nueve Sociedad de Responsabilidad Limitada, el día dieciséis de setiembre de dos mil ocho, mediante escritura otorgada a las quince horas cuarenta minutos protocolicé acta de asamblea general extraordinaria en la cual se nombra nuevo gerente: Roberta Lee Kollar.—Lic. Vanesa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 61037.—(88416).
Protocolización de asambleas generales ordinarias y extraordinaria de accionistas de 3-101-461452 Sociedad Anónima mediante la cual se reforman las cláusulas primera, vigésima y quinta de los estatutos. Escritura otorgada a las 10:00 horas del 16 de setiembre del 2008. Teléfono: 2231-7060.—Lic. Claudio Antonio Murillo Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 61038.—(88417).
Se deja constancia que en esta notaría Tres-Ciento Dos-Quinientos Treinta y Cuatro Mil Trescientos Noventa y Ocho Sociedad de Responsabilidad Limitada. El día dieciséis de setiembre de dos mil ocho, mediante escritura otorgada a las dieciséis horas protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la cual se nombra nuevo gerente: Roberta Lee Kollar.—Lic. Vanesa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 61039.—(88418).
Ante mi notaría a las diez horas del quince de agosto del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima Ticotrade Logistic Group Sociedad Anónima. Presidente Jorge Jiménez Lamugue.—Heredia, diecisiete de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Yorleny Quesada Monestel, Notaria.—1 vez.—Nº 61040.—(88419).
Ante mi notaría a las once horas de seis de setiembre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima. Presidenta Mayra Eliette Venegas Castro.—Heredia, diecisiete de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Yorleny Quesada Monestel, Notaria.—1 vez.—Nº 61041.—(88420).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 13:00 horas del día 8 de octubre de 2004, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Industria Nacional del Brillo S. A. mediante la cual se reforma la cláusula décima del pacto social referente a la representación de la sociedad.—San José, 16 de setiembre del 2008.—Lic. Catalina Pujol Rueda, Notaria.—1 vez.—Nº 61043.—(88421).
Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Inversiones Nikotest de Santo Domingo S. A., mediante la cual se modifica la cláusula primera razón social: Casa Gato Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse: Casa Gato S. A.—San José, dieciséis de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Noilly Vargas Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 61044.—(88422).
Por escritura número doce del diecisiete de setiembre del año dos mil ocho, se protocolizó en lo conducente ante esta notaría, acta de asamblea general ordinaria extraordinaria de accionistas de Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Noventa y Seis Mil Ciento Veinticinco S. A., mediante la cual se modificaron las cláusulas primera, cuarta, quinta, novena y se reorganizó la junta directiva y se nombró nuevo fiscal, por el resto del plazo social.—Lic. Lothar Arturo Volio Volkmer, Notario.—1 vez.—Nº 61045.—(88423).
Yo, Jorge Mario Vega Beirute, notario público con oficina en San José, hago de conocimiento público que ante esta notaría, a las catorce horas, del 12 de setiembre del 2008, en escritura número 210-2. Se constituyó la sociedad Orange Pixel S. A. en español Pixel Naranja S. A. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, conjunta o separadamente.—San José, 12 de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Jorge Mario Vega Beirute, Notario.—1 vez.—Nº 61046.—(88424).
Por escritura otorgada ante mí a las 10:00 horas del 11/09/2008, protocolicé acta de asamblea de socios de la sociedad Silver Cup S. A., mediante la cual se modifican las cláusulas sexta y décima, se crean las cláusulas sexta bis, décima bis y décima tercera y se nombran nueva directiva.—Lic. Guido Alberto Soto Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 61048.—(88425).
Por escritura otorgada ante mí a las 11:00 horas del 11/09/2008, protocolicé acta de asamblea de socios de la sociedad Mil Novecientos Cuarenta y Dos S. A., mediante la cual se modifican las cláusulas segunda y décima segunda y se nombran nueva directiva.—Lic. Guido Alberto Soto Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 61049.—(88426).
Ante el suscrito notario se protocolizó el día de hoy acta de la asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Glendale Heights Development Sociedad Anónima. Se modifican las cláusulas primera y sexta del pacto social.—Once de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Róger Petersen Morice, Notario.—1 vez.—Nº 61052.—(88427).
El suscrito notario hace constar que con vista en la matriz se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva de la empresa CFW Escazú Sociedad Anónima.—San José, dieciséis de setiembre del año dos mil ocho.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—Nº 61053.—(88428).
Que mediante escritura número setenta y uno; otorgada a las 15:40 horas del 9 de setiembre del año 2008, visible a folio cincuenta y cuatro frente y cincuenta y cinco vuelto, del tomo número dos de mi protocolo; se protocoliza acuerdo de nombramiento de nueva junta directiva de la sociedad Tau Tau del Oeste S. A. Asimismo, la reforma de la cláusula número dos del pacto constitutivo, del domicilio. El domicilio social de la sociedad será la Asunción de Belén, Heredia Ciudad Cariari, residencial Doña Claudia, casa número noventa, detrás del Centro de Convenciones Hotel Herradura.—Alajuela, diecisiete de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Luis Ángel Rodríguez León, Notario.—1 vez.—Nº 61054.—(88429).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del dieciséis de setiembre de dos mil ocho, se constituye la empresa La Ruta Chorotega Sociedad Anónima; domiciliada en Santa Bárbara de Santa Cruz, Guanacaste centro La Casona. Capital suscrito y pago.—Santo Tomás de Santo Domingo de Heredia, 17 de setiembre del 2008.—Lic. José Luis Rodríguez Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 61060.—(88430).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del catorce de setiembre del año dos mil ocho, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Water and Sun Investments Sociedad Anónima.—San José, diecisiete de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Mónica Cuellar González, Notaria.—1 vez.—Nº 61061.—(88431).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 12 de setiembre del año 2008, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Daneli Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social totalmente suscrito y pagado, plazo: noventa y nueve años, domicilio: La Garita, Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste. Objeto: comercio en general.—Guanacaste, 12 de setiembre del 2008.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 61062.—(88432).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:30 horas del 12 de setiembre del año 2008, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Stability Sales International Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social totalmente suscrito y pagado, plazo: noventa y nueve años, domicilio: La Garita, Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste. Objeto: comercio en general.—Guanacaste, 12 de setiembre del 2008.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 61063.—(88433).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:20 horas del 12 de setiembre del año 2008, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Signal Sales Inc. Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social totalmente suscrito y pagado, plazo: noventa y nueve años, domicilio: La Garita, Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste. Objeto: comercio en general.—Guanacaste, 12 de setiembre del 2008.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 61064.—(88434).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:15 horas del 12 de setiembre del año 2008, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Hed Trading Co Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social totalmente suscrito y pagado, plazo: noventa y nueve años, domicilio: La Garita, Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste. Objeto: comercio en general.—Guanacaste, 12 de setiembre del 2008.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 61065.—(88435).
Por escritura otorgada en Cartago a las catorce horas del veinte de agosto del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Grupo J.PV Capitales S. A., domiciliada en la ciudad de Cartago, con un plazo de noventa y nueve años. Capital social de veinte millones de colones. Presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, once de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Adrián Masís Mata, Notario.—1 vez.—Nº 61070.—(88436).
En la oficina de la notaria Ildreth Araya Mesén, a las siete horas del diecinueve de agosto del dos mil ocho, los señores se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria donde consta modificación de cláusulas octava y segunda, así como renuncia y nombramiento de secretario de Clínica Veterinaria Pet’s Time Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno-cuatro ocho cinco siete tres cuatro.—La Unión, once de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Ildreth Araya Mesén, Notaria.—1 vez.—Nº 61071.—(88437).
En la notaría de la suscrita notaria se constituyó la sociedad denominada Transportes Josco S. A., cuyo capital social es de cincuenta mil colones, donde se nombró la junta directiva, el fiscal y el agente residente. Es todo.—San José, doce de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Flor de María Cordero Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 61072.—(88438).
En la notaría de la suscrita notaria se constituyó la sociedad denominada Educational Support S.A., cuyo capital social es de cincuenta mil colones, donde se nombró la Junta Directiva, el Fiscal y el Agente Residente. Es todo.—San José, doce de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Flor de María Cordero Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 61073.—(88439).
Mediante escritura de las once horas del cinco de setiembre del dos mil ocho, otorgada ante esta notaría, se constituyen una sociedad limitada de conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis. Playa Brasilito, Guanacaste.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—Nº 61075.—(88440).
Ingrid Maribel Eguizabal Garrido, Gustavo Adolfo Solórzano Vásquez y Luis Fernando Alvarado Segura, constituyen una sociedad anónima que se denominará I.G. Logistic Services S. A. Domiciliada en San José. Escritura número 03 otorgada a las 9:00 horas del 2 de setiembre de 2008. Lic. Rafael Enrique Monestel González y Yasmín Herrera Mahomar, Notarios—San José, 16 de setiembre de 2008.—Lic. Yasmín Herrera Mahomar, Notaria.—1 vez.—Nº 61077.—(88441).
Por escritura número 147 del tomo 16 de mi protocolo, se constituyó Monte Moriah de Jerusalen Sociedad Anónima. Capital diez mil colones. Plazo cien años. Escritura otorgada a las 8:00 horas del 17 de setiembre del año 2008.—Lic. Lizeth Mata Serrano, Notaria.—1 vez.—Nº 61078.—(88442).
He protocolizado acta de la empresa Servicios Logísticos Mundiales Servilogic S. A. en la cual se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San José, 12 de setiembre del 2008.—Lic. Jurge Kinderson Roldán, Notario.—1 vez.—Nº 61080.—(88443).
Por escritura de ocho horas de hoy, que es protocolización acta asamblea extraordinaria de las trece horas del ocho abril del dos mil cinco, de Asociación Pro-Historia Centroamericana se reformaron los estatutos en su artículo sétimo, afiliación de asociados, aceptando a historiadores en ejercicio de la profesión o profesores universitarios en el campo de la historia o en campos afines, pudiendo efectuarse nuevas afiliaciones mientras esté vigente la Asociación. Asimismo se reforma el artículo décimo noveno, atribuciones de los miembros de la Junta Directiva señalándose que el poder generalísimo limitado a doscientos mil colones que ostenta el presidente será sin límite de suma en cuanto al giro de cheques, depósitos y manejo de cuentas corrientes.—San José, veinticinco de agosto del dos mil ocho.—Lic. Rocío Rojas Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 61081.—(88444).
Por escritura pública otorgada a las diez horas del seis de agosto del año dos mil ocho; Isha Sociedad Anónima y Oscar Jiménez Rivas constituyen la sociedad denominada Inversiones Reales Levy Jiménez Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Presidente: Michelle Anissa Levy Sánchez.—Lic. Rodrigo Arauz Figueroa, Notario.—1 vez.—Nº 61082.—(88445).
Mediante escritura dada en San José, a las catorce horas del día doce de setiembre del dos mil ocho, ante la notaría del Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, se constituyó Euro Invertir Seguros Sociedad Anónima con un capital social de cien mil colones, cuyo presidente es el señor Miller Ñañez Bambague.—Lic. Walter Ballestero Umaña, Notario.—1 vez.—Nº 61083.—(88446).
Mediante escritura número doscientos setenta y tres-tres del tomo tres del protocolo de la suscrita, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria número tres de Demar S E Logistics Sociedad Anónima donde se modifica el pacto constitutivo en su cláusula cuarta y sétima.—San Ramón, 21 de agosto del dos mil ocho.—Lic. Ana Rita Zamora Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 61084.—(88447).
Mediante escritura número trescientos veinticinco-tres del tomo tres del protocolo de la suscrita, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria número dos de Zetillero del Cedral Sociedad Anónima donde se modifica el pacto constitutivo en su cláusula tercera.—San Ramón, 21 de agosto de dos mil ocho.—Lic. Ana Rita Zamora Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 61085.—(88448).
Mediante escritura pública se constituye sociedad anónima denominada Inversiones Crisyfran Sociedad Anónima escritura número trescientos cincuenta y siete, del tomo tres del protocolo de la Licenciada Ana Rita Zamora Castillo con fecha cinco de setiembre de dos mil ocho.—Lic. Ana Rita Zamora Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 61086.—(88449).
Por escritura otorgada ante mí, se constituye sociedad anónima de esta plaza Hélice Helicópteros Centroamericanos Sociedad Anónima; Presidente: Héctor Ricardo Morataya Terraza, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: un millón de colones. Plazo: cien años.—San José, cuatro de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Mauricio Arias Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 61089.—(88450).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó una acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Coastal Wild Refuge S.A., mediante la cual se modifican la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, a las 8:00 horas del 17 de setiembre del año 2008.—Lic. Sonia Patricia Tacsan Chen, Notaria.—1 vez.—Nº 61091.—(88451).
Ante mí, Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la entidad denominada Vista States Thirty Two C D S. A., mediante escritura número cincuenta y ocho iniciadas al folio cincuenta y siete frente del tomo segundo de mi protocolo, al ser las diecinueve horas del seis de setiembre del año dos mil ocho. Se nombra presidente y secretaria, se nombra agente residente y se modifica cláusula primera. Representación judicial y extrajudicial del presidente.—Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 61092.—(88452).
Ante mí, Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la entidad denominada Vista States Thirty One B C S. A. Mediante escritura número cincuenta y siete iniciada al folio cincuenta y seis frente del tomo segundo de mi protocolo, al ser las dieciocho horas del seis de setiembre del año dos mil ocho. Se nombra presidente y secretaria, se nombra agente residente y se modifica cláusula primera. Representación judicial y extrajudicial al presidente.—Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 61093.—(88453).
Ante mí, Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la entidad denominada Vista States Twenty Eight B Y S. A. Mediante escritura número cincuenta y seis iniciada al folio cincuenta y cinco vuelto del tomo segundo de mi protocolo, al ser las diecisiete horas del seis de setiembre del año dos mil ocho. Se nombra presidente y secretaria, se nombra agente residente y se modifica cláusula primera. Representación judicial y extrajudicial del presidente.—Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 61094.—(88454).
Ante mí, Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la entidad denominada Vista States Twenty Seven AZ S. A. Mediante escritura número cincuenta y cinco iniciada al folio cincuenta y cuatro vuelto del tomo segundo de mi protocolo, al ser las dieciséis horas del seis de setiembre del año dos mil ocho. Se nombra presidente y secretaria, se nombra agente residente y se modifica cláusula primera. Representación judicial y extrajudicial del presidente.—Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 61095.—(88455).
Ante mí, Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la entidad denominada Vista States Nineteen S S. A. Mediante escritura número cincuenta y cuatro iniciada al folio cincuenta y tres vuelto del tomo segundo de mi protocolo, al ser las quince horas del seis de setiembre del año dos mil ocho. Se nombra presidente y secretaria, se nombra agente residente y se modifica cláusula primera. Representación judicial y extrajudicial del presidente.—Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 61096.—(88456).
Ante mí, Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la entidad denominada Vista States Eighteen R S. A. Mediante escritura número cincuenta y tres iniciada al folio cincuenta y tres frente del tomo segundo de mi protocolo, al ser las catorce horas del seis de setiembre del año dos mil ocho. Se nombra presidente y secretaria, se nombra agente residente y se modifica cláusula primera. Representación judicial y extrajudicial del presidente.—Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 61097.—(88457).
Por escritura ante mí notaría, a las ocho horas del día dieciséis de setiembre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Veterinaria Arguedas Cruz M. Y M. Sociedad Anónima. Presidenta: Margarita Cruz Martínez, vicepresidente: Miguel Alonso Arguedas Chaves, secretario: Oscar Roberto Arguedas Chaves, tesorera: Zoila Cecilia Martínez Moncada. Se nombra junta directiva y fiscal. Capital social: diez mil colones.—Heredia, 16 de setiembre del 2008.—Lic. Leda María Mora Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 61098.—(88458).
Ante mí, Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la entidad denominada Vista States Seventeen Q S.A. Mediante escritura número cincuenta y dos iniciada al folio cincuenta y dos frente del tomo segundo de mi protocolo, al ser las trece horas del seis de setiembre del año dos mil ocho. Se nombra presidente y secretaria, se nombra agente residente y se modifica cláusula primera, representación judicial y extrajudicial del presidente.—Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 61099.—(88459).
Ante mí, Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la entidad denominada Vista States Sixteen P S. A. Mediante escritura número cincuenta y uno iniciada al folio cincuenta y uno frente del tomo segundo de mi protocolo, al ser las doce horas del seis de setiembre del año dos mil ocho. Se nombra presidente y secretaria, se nombra agente residente y se modifica cláusula primera, representación judicial y extrajudicial del presidente.—Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 61100.—(88460).
Ante mí, Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la entidad denominada Vista States Fifteen O S. A. Mediante escritura número cincuenta iniciada al folio cincuenta vuelto del tomo segundo de mi protocolo, al ser las once horas del seis de setiembre del año dos mil ocho. Se nombra presidente y secretaria, se nombra agente residente y se modifica cláusula primera, representación judicial y extrajudicial del presidente.—Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 61101.—(88461).
Ante mí, Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la entidad denominada Vista States Fourteen N S. A. Mediante escritura número cuarenta y nueve iniciada al folio cuarenta y nueve frente del tomo segundo de mi protocolo, al ser las diez horas del seis de setiembre del año dos mil ocho. Se nombra presidente y secretaria, se nombra agente residente y se modifica cláusula primera, representación judicial y extrajudicial del presidente.—Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 61102.—(88462).
Ante mí, Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la entidad denominada Vista States Thirteen M S. A. Mediante escritura número cuarenta y ocho iniciada al folio cuarenta nueve frente del tomo segundo de mi protocolo, al ser las nueve horas del seis de setiembre del año dos mil ocho. Se nombra presidente y secretaria, se nombra agente residente y se modifica cláusula primera, representación judicial y extrajudicial del presidente.—Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 61103.—(88463).
Ante mí Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la entidad denominada Vista States Twelve L S. A. Mediante escritura número cuarenta y siete iniciada al folio cuarenta ocho frente del tomo segundo de mi protocolo, al ser las ocho horas del seis de setiembre del año dos mil ocho. Se nombra presidente y secretaria, se nombra agente residente y se modifica cláusula primera, representación judicial y extrajudicial del presidente.—Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 61104.—(88464).
Ante mí, Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la entidad denominada Vista States Eleven K S. A. Mediante escritura número cuarenta y seis iniciada al folio cuarenta siete vuelto del tomo segundo de mi protocolo, al ser las veinte horas del cinco de setiembre del año dos mil ocho. Se nombra presidente y secretaria, se nombra agente residente y se modifica cláusula primera, representación judicial y extrajudicial del presidente.—Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 61105.—(88465).
Ante mí, Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la entidad denominada Vista States Nueve I S. A. Mediante escritura número cuarenta y cinco iniciada al folio cuarenta seis vuelto del tomo segundo de mi protocolo, al ser las diecinueve horas del cinco de setiembre del año dos mil ocho. Se nombra presidente y secretaria, se nombra agente residente y se modifica cláusula primera, representación judicial y extrajudicial del presidente.—Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 61106.—(88466).
Ante mí, Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la entidad denominada Vista States Ocho H S. A. mediante escritura número cuarenta y cuatro iniciada al folio cuarenta seis frente del tomo segundo de mi protocolo, al ser las dieciocho horas del cinco de setiembre del año dos mil ocho. Se nombra presidente y secretaria, se nombra agente residente y se modifica cláusula primera, representación judicial y extrajudicial del presidente.—Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 61108.—(88467).
Ante mí, Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la entidad denominada Vista States Seven G S. A. Mediante escritura número cuarenta y dos iniciada al folio cuarenta cuatro vuelto del tomo segundo de mi protocolo, al ser las diecisiete horas del cinco de setiembre del ario dos mil ocho. Se nombra presidente y secretaria, se nombra agente residente y se modifica cláusula primera, representación judicial y extrajudicial del presidente.—Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 61109.—(88468).
Ante mí, Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la entidad denominada Vista States Six F de Hermosa S. A., mediante escritura número cuarenta y uno, iniciada al folio cuarenta cuatro frente del tomo segundo de mi protocolo, al ser las diecisiete horas del cinco de setiembre del dos mil ocho. Se nombra presidente y secretaria, se nombra agente residente, y se modifica cláusula primera. Representación judicial y extrajudicial del presidente.—Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 61110.—(88469).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las diecisiete horas de hoy, la señora María Eugenia Sibaja Herrera y la señorita Carolina Sibaja Herrera, constituyeron la empresa Inversiones Camauhesi Sociedad Anónima. Objeto: el comercio en general. Plazo: cien años. Capital: suscrito y cancelado mediante aporte de inmuebles. Presidenta: doña María Eugenia.—San José, nueve de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Guillermo Rojas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 61111.—(88470).
Ante mí, Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la entidad denominada Vista States Five E S. A., mediante escritura número treinta y nueve, iniciada al folio cuarenta dos frente del tomo segundo de mi protocolo, al ser las quince horas del cinco de setiembre del dos mil ocho. Se nombra presidente y secretaria, se nombra agente residente y se modifica cláusula primera. Representación judicial y extrajudicial del presidente.—Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 61112.—(88471).
Abdicar Communications S. A., cédula jurídica 3-101-360759, domiciliada en Heredia, calle quinta, avenida quinta, edificio Garbol, apartamento número ocho, hace del conocimiento que en asamblea general extraordinaria de socios celebrada en su domicilio social, al ser las dieciséis horas con treinta minutos del día dieciséis de setiembre de dos mil ocho, acordó por unanimidad de votos: Primero: Realizar la compra del cien por ciento de las acciones en venta del Grupo Terragaya Sociedad Anónima, cédula jurídica numero 3-101-277449, domiciliada en San José Pavas, del correo 100 metros sur, 100 este y 75 sur, por el monto final de ocho mil quinientos dólares norteamericanos. Segundo: Se comisiona al notario Rodrigo Chavarría Zamora para que protocolice los acuerdos de la asamblea.—Lic. Rodrigo Chavarría Zamora.—1 vez.—(90276).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la Administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta de la siguiente Resolución Nº 358-2008 DMC. Ministerio de Seguridad Pública. Despacho de la Ministra. San José a las catorce horas con veinte minutos del catorce de agosto del dos mil ocho. Diligencias cobratorias incoadas contra la señora Flory Portilla Fonseca, portadora de la cédula de identidad Nº 7-070-951, mediante las cuales se confirma la deuda que mantiene de ¢ 1.683.761,49.
Resultando:
Primero.—Que según oficio número 9252-2007 DRH-DRC del 10 de setiembre del 2007, suscrito por el CPI. Lic Francisco López Trejos, Jefe del Departamento de Remuneraciones y Compensaciones, se informa que adeuda a este Ministerio la suma de ¢1.683.761,49 (un millón seiscientos ochenta y tres mil setecientos sesenta y un colones con cuarenta y nueve céntimos) por concepto de sumas pagadas de más a partir del 16 de noviembre del 2005, al haber cesado a partir de esa fecha, la temporalidad de la clasificación del puesto 005732 a Profesional III en Derecho y volver a su estado original de Oficinista 3, según las resoluciones número OSCSP-103-2004 del 30 de junio del 2004 y OSCSP-005-2006 del 19 de enero del 2006; ambas de la Oficina de Servicio Civil Responsable de la Dirección General de Servicio Civil del Ministerio de Seguridad Pública; así como la resolución número 083-2005 del 16 de noviembre del 2005 de la Dirección de Recursos Humanos y oficio DNI 1707-2005 suscrito por la Lic. Miriam Mejía M., Directora Nacional e Inspector General de Trabajo (folios 1 al 62).
Segundo.—Que en cumplimiento de lo anterior, mediante resolución número 507-2007 DFCA, dictada por el órgano director a las 15:10 horas del día 10 de octubre del 2007, se convocó a la señora Portilla Fonseca, a una comparecencia oral y privada con la Administración para las diez horas, pasados quince días después de notificada la anterior resolución, siendo que no se presentó el día 5 de marzo del presente año y se lleva a cabo sin su presencia, de conformidad con el artículo 308, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública (folio 72).
Tercero.—Que se han realizado las diligencias útiles y necesarias a fin de dictar la presente resolución.
Considerando:
Único.—Que la Administración hizo del conocimiento de la señora Portilla Fonseca, la existencia de la presente causa administrativa incoada en su contra, en atención a los principios jurídicos del debido proceso; siendo que luego de analizado las pruebas constantes en el presente expediente, se logra determinar que la deuda se mantiene y se deben continuar con las diligencias de cobro en vía judicial y proseguir con el trámite cobratorio que en derecho corresponda de conformidad con la Ley General de la Administración Pública, ya que la deuda de 1,683,761,49 (un millón seiscientos ochenta y tres mil setecientos sesenta y un colones con cuarenta y nueve céntimos) se mantiene, fue generada a partir del 16 de noviembre del 2005, al haber cesado a partir de esa fecha, la temporalidad de la clasificación del puesto 005732 a Profesional III en Derecho y volver a su estado original de Oficinista 3, según las resoluciones número OSCSP-103-2004 del 30 de junio del 2004 y OSCSP-005-2006 del 19 de enero del 2006; ambas de la Oficina de Servido Civil Responsable de la Dirección General de Servicio Civil del Ministerio de Seguridad Pública; así como la resolución número 083-2005 del 16 de noviembre del 2005 de la Dirección de Recursos Humanos y oficio DNI 1707-2005 suscrito por la Lic. Miriam Mejía M., Directora Nacional e Inspector General de Trabajo. Por tanto,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA
RESUELVE:
I.—Confirmar la deuda de la señora Flory Portilla Fonseca, portadora de la cédula de identidad número 7-070-0951, generada a partir del 16 de noviembre del 2005, al haber cesado a partir de esa fecha, la temporalidad de la clasificación del puesto 005732 a Profesional III en Derecho y volver a su estado original de Oficinista 3, según las resoluciones número OSCSP-103-2004 del 30 de junio del 2004 OSCSP-005-2006 del 19 de enero del 2006; ambas de la Oficina de Servicio Civil Responsable de la Dirección General de Servicio Civil del Ministerio de Seguridad Pública; así como la resolución número 083-2005 del 16 de noviembre del 2005 de la Dirección de Recursos Humanos y oficio DNI 1707-2005 suscrito por la Lic. Miriam Mejía M, Directora Nacional e Inspector General de Trabajo.
II.—La presente resolución tiene únicamente recurso de revocatoria, deberá interponerse dentro de tres días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución y debe presentarse ante el órgano director del presente proceso.
III.—Que conforme al artículo 150 de la Ley General de la Administración Pública y el 169 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se le indica que debe cancelar su deuda con la Administración dentro de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, debiendo presentar el original de pago ante el órgano director, caso contrario se remitirán las presentes diligencias a la vía judicial.
Notifíquese.—Janina Del Vecchio Ugalde, Ministra de Seguridad Pública.—(Solicitud Nº 47314).—C-99020.—(89338).
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se hace saber a la señora Juana Almanza Blandón, cédula de identidad 8-0025-0101, así como a cualquier tercero con interés legitimo o a sus representantes legales, que en este Registro se han iniciado Diligencias Administrativas de oficio en virtud de estudio remitido a esta Dirección el 26 de mayo del 2008, por el ingeniero José Oviedo Brenes, Coordinador de la Unidad de Validación, elaborado por el ingeniero Steven Oreamuno A., carné IT-10675 y relacionado con el identificador único Nº 50202005213900, en el que informa literalmente: “El número de plano catastrado que indica esta finca en el asiento registral no es el correcto, el que le corresponde es el 5-0850312-1989”. Debido a lo anterior y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 10:05 horas del 27 de agosto de 2008, se dispuso notificar a la señora Juana Almanza Blandón, cédula de identidad, 8-0025-0101, en su condición de propietaria del referido inmueble del partido de Guanacaste, matrícula 52139 y conferirle audiencia por el plazo de quince días contados a partir del día siguiente de la tercera publicación del presente edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presente los alegatos que a sus derechos convengan. Y se le previene que dentro de este plazo debe señalar apartado postal, casa u oficina, dentro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con los artículos 93, 94, 98 y del Reglamento del Registro Público, (Decreto Ejecutivo Nº 26771-J del 18 de febrero de 1998); en concordancia con el numeral 3 de la Ley Nº 7637 (Ley de Notificaciones; Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales); bajo apercibimiento de que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se le tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento de la materia y 12 de la citada Ley Nº 7637, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese.” (Ref. expediente Nº 08-595-BI-UE).—Curridabat, 27 de agosto del 2008.—Lic. Esther Martínez Cerdas, Asesora Jurídica.—(Solicitud Nº 46131).—C-57440.—(89339).
Se hace saber a la Asociación de Organizaciones para el Desarrollo Rural, cédula jurídica 3-002-137752, a través de su representante legal señor Pedro Carvajal Solís, cédula 2-0306-1000 por desconocerse su lugar de residencia o domicilio, que se le brinda audiencia por medio de edicto, por la razón expuesta, así como a cualquier tercero con interés legítimo, o a sus representantes legales, que la Dirección del Registro Público de la Propiedad Inmueble ha iniciado Diligencias Administrativas según estudio remitido a esta Dirección por el ingeniero Alexander González Salas; Coordinador del Componente I de la Unidad Ejecutora del Programa de Regularización de Catastro y Registro, Ley Nº 8154, oficio UE-0099-2007, elaborado por el ingeniero topógrafo Nº 16031, Miguel Molina Cruz y relacionado con el identificador único Nº 3070413452100, mediante el cual manifiesta textualmente, en lo que interesa:
“Los datos que aparecen en el asiento registral difieren en cuanto a la documentación recopilada con el proceso de gabinete o de campo. Plano mal indicado 3-0989084-1991, Plano correcto 3-0756629-2001.”
En virtud de lo anterior, la Dirección de este Registro procedió a consignar nota de advertencia administrativa en la finca del partido de Cartago; matrícula: ciento treinta y cuatro mil quinientos veintiuno (134521), por resolución de las 9:35 horas del 17 de abril del 2008 y por resolución de las 10:00 horas del 21 de abril del 2008, conferir la audiencia a las partes interesadas. Debido a la devolución de Correos de Costa Rica, de los acuses número RR146310531CR y RR143750905CR, dirigidos al indicado Carvajal Solís, en su representación dicha, por resolución de las 10:55 horas del 8 de setiembre del 2008, se autorizó la publicación por tres veces consecutivas de un edicto. Así las cosas, en aplicación a la circular administrativa DRP-008-2007 de fecha 21 de agosto del 2007, y conforme lo establece el Principio Constitucional del debido proceso, se le confiere audiencia hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presente los alegatos que a sus derechos convengan, y se le previene a la parte indicada que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este despacho, conforme a los artículos 93, 94, 96 y concordantes del Reglamento del Registro Público de la Propiedad Inmueble, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta Nº 54 del 18 de marzo del mismo año, en concordancia con el numeral 3 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y Otras Comunicaciones Judiciales, Ley Nº 7637, así bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se le tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere. Artículos 20 y 21 de la Ley 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas y artículo 185 del Código Procesal Civil. (Ref. expediente Nº 007-116-BI-US.).—Curridabat, 8 de setiembre del 2008.—Departamento de Asesoría Jurídica Registral.—Lic. Esther Martínez Cerdas, Asesora Jurídica.—(Solicitud Nº 46132).—C-89130.—(89340).
Se hace saber a Jesús Moreno Fajardo, con cédula 5-0075-0476, por desconocerse su lugar de residencia o domicilio, que se le brinda audiencia por medio de edicto, por la razón expuesta, así como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o sus representantes legales, que la Dirección de Registro Público de la Propiedad Inmueble, mediante escrito del 25 de abril de 2008, ha iniciado Diligencias Administrativas de oficio mediante expediente administrativo 2008-263-BI-US, a instancia del ingeniero José Oviedo Brenes, quien ha informado que el número de plano que aparece en el asiento registral no es el correcto, y que el predio definido en el mapa catastral excede en más de 10% con respecto al área que se indica en el asiento registral de la finca. Mediante resolución de las 7:30 horas del 22 de mayo de 2008, la Dirección de este Registro, ordenó consignar nota de advertencia administrativa sobre la relacionada finca. Debido a lo anterior y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 13:04 horas del 1º de setiembre de 2008, se confirió audiencia a Jesús Moreno Fajardo, a quien por ignorarse el domicilio actual se le confiere audiencia por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la tercera publicación del presente edicto en el Diario Oficial La Gaceta, a efecto de que dentro de dicho término presente los alegatos que a sus derechos convenga, y se le previene que dentro de este término debe señalar apartado postal, casa u oficina, dentro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este despacho, todo de conformidad con los artículos 93, 94, 98 y del Reglamento del Registro Público (Decreto Ejecutivo Nº 26771-J del 18 de febrero de 1998), en concordancia con el numeral 3 de la Ley Nº 7637 (Ley de Notificaciones, Citaciones y Otras Comunicaciones Judiciales) bajo apercibimiento de que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se le tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento de la materia y 12 de la citada Ley Nº 7637, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese. (Ref. expediente Nº 2008-263-BI-US).—Curridabat, 1º de setiembre del 2008.—Departamento de Asesoría Jurídica.—Lic. Esther Cerdas Martínez, Asesora.—(Solicitud Nº 46133).—C-59420.—(89341).
Se hace saber a: I.—Heng Sang Wang, pasaporte 1253360 en su condición de anterior propietario de la finca del partido de San José, matrícula 287461, terceros interesados o representantes, que la Dirección del Registro Público de la Propiedad Inmueble ha iniciado diligencias administrativas interpuestas por Mario Daniel Molina Anchía, a efecto de investigar el posible fraude que involucra la finca del partido de San José, matrícula 287461. Por lo anterior y con el objeto de cumplir con el debido proceso se le confiere audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presente los alegatos que a sus derechos convengan. E igualmente se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar fax, apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme los artículos 93, 94 y 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público Inmueble, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, del 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta Nº 54 del 18 de marzo del mismo año, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, (artículo 20 de la Ley Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público Nº 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas, 185 del Código Procesal Civil y 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales Nº 7637 vigente a partir del 4 de noviembre de 1996). (Ref. expediente Nº 08-246-BI).—Curridabat, 11 de setiembre de 2008.—Departamento de Asesoría Jurídica Registral.—Lic. Kattia Meza Brenes, Asesora.—(Solicitud Nº 49356).—C-45560.—(89342).
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
La suscrita Jefe de la Sub-Área de Cobro Administrativo a Patronos, de la Dirección de Cobros, Oficinas Centrales de la Caja Costarricense del Seguro Social, mediante el presente edicto se procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos y trabajadores independientes incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. La Institución le concede 5 días hábiles, para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial; tanto en la vía civil como penal, según corresponda. Se pueden contemplar períodos que ya poseen firmeza administrativa. El monto de la deuda se refleja al 8 de mayo del 2008.
Nº Patronal Nombre Patrono Monto ¢
3101479948 3-101-479948 Sociedad Anónima 1.125.933,00
3101170933 A & E Decisiones Técnicas Profesionales Sociedad Anónima 1.029.848,00
3101439428 A B C Electric World Sociedad Anónima 335.296,00
3101325494 A D Net Real Technologys Sociedad Anónima 147.696,00
107380372 Abarca Barquero Kattia 44.904,00
3101245184 Academia Fénix Sociedad Anónima 505.796,00
104200208 Acosta Ulate Ana Cristina 30.513,00
3101321408 Adviser Publicity Sociedad Anónima 803.482,00
3101147860 Aerofinca Sociedad Anónima 377.456,00
3101030322 Aerotransportes de Occidente Sociedad Anónima 117.123,00
3101070035 Agencias Kabat S.A. 79.613.573,00
3101033227 Agrícola Ana Catalina Sociedad Anónima 3.669.837,00
3101257566 Agroganadera El Molino Sociedad Anónima 1.441.065,00
3101406857 Air Costa Rica New Group Sociedad Anónima 174.594,00
3101347562 Air Costa Rica Vip Travel Sociedad Anónima 3.277.848,00
3101195959 Aireca Sociedad Anónima 648.930,00
601070075 Ajoy González Rafael Antonio 1.193.116,00
3101467079 Akbar Soluciones Aks Sociedad Anónima 4.110.660,00
3101140819 Alabanza y Juventud Sociedad Anónima 452.052,00
106480585 Albin Ricardo Carpio Monge 161.308,00
800490158 Alemán Carcache Daniel 285.904,00
900090066 Alfaro Akin yalile 24.417,00
109050731 Alfaro Badilla Hazel 6.752.482,00
3101486461 Alice y Reyes Sociedad Anónima 895.705,00
203380582 Allan Rodrigo Rodríguez García 72.396,00
202430553 Allen Solera Herrera 115.855,00
3102005972 Almacén Asensi Limitada 152.202,00
3101016299 Almacén de Licores La Merced Sociedad Anónima 99.029,00
3101002432 Almacén e Industrias El Triunfo Sociedad Anónima 4.559,00
3101122734 Almacén La Liquidación Sociedad Anónima 803.472,00
3101014730 Almacén Vargas y Badilla Sociedad Anónima 482.613,00
3101366246 Almacén Zhongli Sociedad Anónima 238.888,00
3101102797 Almacenes Maryl Sociedad Anónima 804.556,00
3101131028 Almacenes Tres E Alajuela Sociedad Anónima 552.887,00
28419903 Alonso-Esteban Ismary 4.572.278,00
3101189220 Alqueguel Sociedad Anónima 77.070,00
106350770 Lavares Sánchez Eric 5.700.146,00
203160019 Álvaro Ramírez Zamora 107.573,00
102880151 Amador Madriz Aníbal 178.652,00
108500721 Amador Padilla Evelyn 138.108,00
105900801 Amalia María Mazon González 4.402,00
301430388 Ángel Honorio Sánchez Molina 223.191,00
601760100 Angulo Valderramos José Antonio 863.906,00
15525308 Aragón Acevedo Carlos Alberto 236.465,00
104580922 Arana Saballos Jeannette 2.506.439,00
400314294 Araya Caliva Miguel A. 23.203,00
203290623 Araya Chacón Carmen Patricia 79.177,00
400580499 Arce Ugalde Juan José 77.298,00
3101130186 Arekas del Este Sociedad Anónima 872.949,00
3101150591 Arfi Peruano Sociedad Anónima 227.298,00
104980180 Arias Ceciliano Mario 376.239,00
110600875 Arias Sandí Laura María 243.223,00
300940807 Arnoldo Ramos Paz 66.921,00
3102014640 Arqueco Limitada 3.256.491,00
3101073767 Arquinsa Sociedad Anónima 198.058,00
102880487 Arrea Escalante Rodrigo 343.919,00
203500580 Artavi Cubero Eliécer 2.337.018,00
101086211 Artavia Mata Aurora 6.027.501,00
3101042897 Aru de Monte Verde Sociedad Anónima 62.281,00
3101184176 Asesores Comerciales para el Desarrollo Sociedad Anónima 466.337,00
3101354536 Asesoría Aduanera Ginka Sociedad Anónima 213.915,00
3101239055 Asesoría y desarrollo Pymes Sociedad Anónima 120.186,00
3101088329 Asia Import de Costa Rica Sociedad Anónima 394.696,00
3101303442 Asistencia y Asesoría Técnica Empresarial A A T E Sociedad Anónima 2.718.743,00
3002101743 Asociación de Ciencias Medicas del Hospital San Juan de Dios 413.602,00
3002332617 Asociación Deportiva Central de Árbitros Titulados de Fútbol 226.376,00
3002136845 Asociación Instituto de Técnicos dentales de Costa Rica 10.638,00
401540056 Astua Rojas Moisés 806.254,00
600660746 Augusto César Cerdas Chaves 214.400,00
3101120028 Auto Transportes Carmona y Mora Sociedad Anónima 230.077,00
3101384361 Automotores Diesel Ck Costa Rica Sociedad Anónima 1.740.204,00
3101186298 Automotriz Boa Sociedad Anónima 74.859,00
3101418079 Avalúos Gibson Sociedad Anónima 157.724,00
3101248429 Avance Digital Sociedad Anónima 3.942.837,00
3101317286 Avances Tecnológicos de Costa Rica Avantec Sociedad Anónima 22.664.031,00
3102014197 Ave Cuatro Limitada 93.545,00
3101028871 B y C Sociedad Anónima 44.303.062,00
3101403813 Bar y Restaurante Iuris Sociedad Anónima 1.658.456,00
14414089 Barber Robert Nicholas 8.814.970,00
105570361 Barboza Mora María de Los Ángeles 3.014.191,00
25719725 Baron Gallo Martha Cecilia 463.419,00
14516971 Bartsch Noindicaotro Rudolf Eberhard 45.891,00
3101230449 Beepermania Sociedad Anónima 167.157,00
3101279287 Bekuo Technologies Sociedad Anónima 412.163,00
3101470035 Bienes y Propiedades Mi Casa Sociedad Anónima 427.570,00
3101021524 Blazamfi S.A. 85.855,00
3101324492 Bodos Studio S.A. 2.977.003,00
102560938 Bonilla Salas Luis Jerónimo y Otros 421.401,00
16426546 Bowman Bowman Stephen Lourens 300.545,00
900010411 Brenes Camacho Manuel Eduardo 11.268.248,00
3101135019 Bribri y Asociados Sociedad Anónima 263.833,00
3101178374 Bufete Penabad y Asociados Sociedad Anónima 620.194,00
12906975 Buitrago Estrada Luis 47.526,00
109990722 Burgos Cañas Monserrat 751.612,00
3101281774 Busys International Sociedad Anónima 553.164,00
3101181385 C M C del Norte Sociedad Anónima 101.395,00
3101287535 C R Box Express Com Sociedad Anónima 600.313,00
3101351912 C y C Servicios Portuarios L.A. S.A. 1.861.526,00
106750061 Calvo Sandí José Giovanni 2.037.868,00
400900226 Campos Murillo Rosa María 21.754,00
3101253821 Canciones del Sesteo Sociedad Anónima 2.499.584,00
107640246 Carballo Sagot Anayancy 478.230,00
3101323067 Career Transitions de Centroamérica S.A. 8.021.332,00
102570073 Carlos Jiménez Soto 855.840,00
3101072971 Carrocerías Montenegro Sociedad Anónima 958.554,00
3101015619 Cartín Hermanos Sociedad Anónima 567.613,00
3101046730 Castro Arias y Asociados Sociedad Anónima 8.005.638,00
103790100 Castro Secades Pedro Ramón 53.314,00
3101202446 Cc International Mayorista de Servicios Sociedad Anónima 1.287.329,00
3101026912 Centro de Instrucción Aeronáutica Costarricense Sociedad Anónima 1.263.294,00
3101363402 Centro de Mantenimiento Moggar Sociedad Anónima 119.164,00
26621624 Cereno Covarrubias Sofía 5.807.845,00
107270652 Chacón Mata Alfonso 1.006.006,00
105860474 Chacón Torres Mario Enrique 9.037.505,00
105630442 Chacón Vega Marta María 1.131.828,00
3101381141 Charlie Clean Sociedad Anónima 32.400,00
106910292 Chavarría Bolaños Alejandro Enrique 25.734,00
600910520 Chaves Mayorga Gerardo Tomas 828.373,00
601800925 Chaves Rodríguez Marcos Gilberth 85.217,00
202590468 Chaves Trigueros Abel Fernando 168.643,00
3101093671 Chinamerica de Oriente Sociedad Anónima 756.080,00
3101120400 Clamsa Dos Mil S.A. 512.418,00
3101053939 Coen E Ingenieros Sociedad Anónima 48.752.570,00
3101376701 Comando de Seguridad Santa Fe Cssf S.A. 5.493.214,00
3101117284 Comercializadora Barajas Sociedad Anónima 2.312.363,00
3101337894 Comercializadora de Seguros Sonia Gómez Sociedad Anónima 103.981,00
3101204199 Comercializadora Vacacional Tropical Sociedad Anónima 6.691.838,00
3101413380 Compañía de Servicios Integrados de Telefonía En C. R. Sitel S.A. 2.447.467,00
3101223410 Compañía Zocrit Sociedad Anónima 2.020.716,00
3101261133 Compu Ofertas Sociedad Anónima 133.460,00
3101111910 Computación Integral Coinsa Sociedad Anónima 1.763.959,00
3101168495 Consorcio Bantec Sociedad Anónima 34.191,00
3102424369 Constructora Argos Limitada 5.518.740,00
3102137650 Constructora El Guanacaste Ceg Limitada 5.382.611,00
3101281083 Constructora Femeg Sociedad Anónima 2.529.070,00
3101322763 Consultores Bellavista Mil Novecientos Veinte Sociedad Anónima 1.508.799,00
3101193272 Consultaría Profesional Safa Sociedad Anónima 1.479.291,00
3101396010 Continental Security Group Sociedad Anónima 1.313.611,00
106720877 Córdoba Cruz Johnny Alberto 80.618,00
3101318110 Corporación Adrenalina T I Sociedad Anónima 2.443.828,00
3101386575 Corporación Alvaraco Sociedad Anónima 636.882,00
3101223324 Corporación Badari del Este Sociedad Anónima 387.928,00
3101393672 Corporación de Asesoría Interdisciplinaria Dyo S Sociedad Anónima 280.036,00
3101385499 Corporación Dps Internacional Sociedad Anónima 4.743.592,00
3101264937 Corporación Edece Globalex Sociedad Anónima 4.018.969,00
3101230145 Corporación Espeko S.A. 9.770.887,00
3101251185 Corporación Fejima y Asociados Sociedad Anónima 2.348.926,00
3101138113 Corporación Ganadera Los Laureles Sociedad Anónima 226.371,00
3101214528 Corporación General de Radio y Telefonía Co. Ge Ra Te S.A. 4.364.903,00
3101174025 Corporación Laniakea Sociedad Anónima 3.131.673,00
3101293713 Corporación Martínez de Seguridad y Limpieza Sociedad Anónima 155.046,00
3101120237 Corporación Meta Dorada Sociedad Anónima 1.851.036,00
3101302037 Corporación Padang Sociedad Anónima 79.790,00
3101165115 Corporación Promocional Corpro S.A. 46.067,00
3101218572 Cosetel Palacios Sociedad Anónima 2.284.300,00
103670021 Coto Bermúdez Hugo 1.782.449,00
201920420 Coto Coronado María de Los Ángeles 84.930,00
900120319 Coto Rodríguez Ana 26.651,00
3101343189 Cotter & Cotter Bioeducación Sociedad Anónima 8.335.528,00
3101079108 Cotur Sociedad Anónima 30.054.843,00
3101272362 Crecimiento Modularinteligente Sociedad Anónima 2.940.910,00
3101408144 Crisangel Ortiz Vargas Sociedad Anónima 352.918,00
3101052885 Cromex Sociedad Anónima 2.884.111,00
900910445 D Ambrosio Vite Giovanni 1.318.836,00
3101217694 Data Óptica Ncs Sociedad Anónima 1.597.041,00
3101389794 Decolux Internacional Dci Sociedad Anónima 762.868,00
3102257432 Decoracrédito Limitada 540.169,00
28118872 Delgado Paniagua Danila 147.821,00
3101374036 Delicias Italianas de La Provincia de Imperia Sociedad Anónima 7.254.362,00
15220084 Des Chenes Noindicaotro Craig Douglas 78.951,00
3101351718 Desarrollos Cedeños & Loria S.A. 3.253.132,00
3101171751 Desarrollos E Inversiones M y C de San José Sociedad Anónima 235.653,00
3101314403 Desarrollos Profesionales El Chorro S.A. 58.926,00
3101016126 Dharma Sociedad Anónima 302.289,00
3101294636 Dimsa Software S.A. 20.357.655,00
3101329661 Dinamic Marketing And Comunications of
Costa Rica Sociedad Anónima 2.829.759,00
3101028227 Dingo Sociedad Anónima 253.200,00
3101048267 Dismu Sociedad Anónima 1.348.522,00
3101257399 Distribuidora Assisa Internacional Sociedad Anónima 547.890,00
3101153382 Distribuidora Comercial Montero y Ureña Sociedad Anónima 2.839.511,00
3101359733 Distribuidora del Hogar Centroamericano Dhoc Sociedad Anónima 5.241.730,00
3101225632 Distribuidora Suplytodo Sociedad Anónima 164.002,00
3101069070 Distribuidora Zona Libre Sociedad Anónima 47.817,00
13980714 Duarte Dinez Varanda Francisco Manuel 577.621,00
800710151 Dubon Orellana María Isabel 89.380,00
108060253 Édgar Monge Nicolaas 855.072,00
3101255435 El Farolazo S P Noventa y Siete Sociedad Anónima 8.134.644,00
3101320109 El Fortín Calzadilla Sociedad Anónima 12.701.953,00
3101137648 El Líder de San José Sociedad Anónima 5.549.188,00
3101057936 El Raicero Sociedad Anónima 507.621,00
3101508706 Elc Educational Languages Corporation S.A. 444.664,00
3101365437 Electricidad Total S.A. 56.094,00
3101113545 Electrónica Automotriz de San José Sociedad Anónima 304.470,00
3005045124 Embajada de La República de China (Taiwán) 243.147,00
3101402756 Entertainment Multimedia Service Ems Sociedad Anónima 5.096.338,00
3101215394 Epsilon Outsourcing Sociedad Anónima 4.778.796,00
3101326585 Eregu Perla Negra Sociedad Anónima 30.243.860,00
3101113859 Escuela de Telemática Sociedad Anónima 178.318,00
3012251607 Estudios y Proyectos de Ingeniería Urbana S. A. de Capital Variable 5.004.198,00
3101067729 Esvisa Sociedad Anónima 4.746.827,00
3101280902 F y A Carrocería y Pintura Sociedad Anónima 1.867.257,00
3101497070 Fabricantes Industriales Fainsa S.A. 1.383.750,00
3101217018 Famarco Int Sociedad Anónima 301.892,00
15423986 Fanelli Noindicaotro Pierfanello 66.908,00
102310740 Fernández Sánchez Leda María 73.455,00
202040721 Ferraro Dobles Fernando 2.031.054,00
3101032910 Finca Tatiscu Sociedad Anónima 401.896,00
3101309823 Fipro S G Sociedad Anónima 160.987,00
3101154946 Flora Fauna Turismo Sociedad Anónima 210.662,00
3101089533 Flores y Palmeras Sociedad Anónima 1.893.615,00
106860057 Fonseca Cordero Gustavo Alfonso 10.684.562,00
3101222418 Fragua F y R Sociedad Anónima 9.819.982,00
3101382499 Fuerza Centinela Internacional Fci Sociedad Anónima 55.350.490,00
3101154318 Fvr Maquinaria del Norte Sociedad Anónima 1.826.138,00
3101228273 G & G Internacional de Negocios Sociedad Anónima 159.273,00
501850933 Gamboa Acuña Zianny 1.819.662,00
800610089 García Romero Ruddy 271.098,00
108490005 García Salgado Sindy Andrea 4.168.111,00
3101213800 General Médica de Costa Rica Sociedad Anónima 753.673,00
102460802 Gilbert Arguello Herrera 149.809,00
3101181750 Gimnasio Centro Atlético del Sur S.A. 35.108,00
3101124836 Gimnasio Físico Sociedad Anónima 459.185,00
3101354967 Gironella Sociedad Anónima 20.058.462,00
3101276498 Glovers Associates Sociedad Anónima 1.641.163,00
110930991 Gómez Rojas Shirley Patricia 838.562,00
203290967 Gómez Vega Sandra 29.006,00
600920829 González Rodesno Sandra Isabel 521.909,00
3101408780 Gotita de Oro y D H Sociedad Anónima 67.967,00
110970115 Granados Cuende Allen 498.812,00
3102008625 Granados y Moreno Limitada 73.319,00
3101388334 Growth Capital D.C.A. Sociedad Anónima 165.129,00
3101299697 Grupo Condeduque Sociedad Anónima 9.759.704,00
3101453947 Grupo Corporativo de Automatización Sem Sociedad Anónima 238.061,00
3101304914 Grupo Hidrotec G H S Sociedad Anónima 151.426,00
3101472829 Grupo Jt Interamericanos Sociedad Anónima 1.350.539,00
3101474799 Grupo Malman de San José Sociedad Anónima 11.281.919,00
3101077005 Gutiérrez & Berry Sociedad Anónima 233.109,00
107950838 Hall Brooks Cleon Omar 870.274,00
16326316 Hamlin Hamlin Paul 556.834,00
204120310 Harold Cerdas Solís 6.332,00
204060778 Herrera Guzmán Margarita 528.254,00
3101272218 Hovercraft de Costa Rica Sociedad Anónima 1.005.511,00
800800155 Hsiu Ju Wei Cheng 10.365,00
3101305711 I C M Comunicación y Mercadeo Sociedad Anónima 20.260.385,00
800450333 Ian Cheok Teng 339.819,00
108560052 Iglesias Padilla Beverly 87.235,00
3101211856 Ilsa Computadoras y Sistemas Sociedad Anónima 2.293.672,00
3102466415 Imagen & Marca (Im) Sociedad de Responsabilidad Limitada 332.376,00
3101274699 Impacto Profundo Sociedad Anónima 30.614.579,00
3101293175 Imperial Advisory Corporation Sociedad Anónima 2.411.501,00
3101178674 Impermeabilizantes Gama Sociedad Anónima 55.066,00
3102471568 Importaciones Aldebaran Limitada 1.109.298,00
3101222810 Importaciones Alj Sociedad Anónima 110.159,00
3101217228 Importaciones y Exportaciones Futuristas Sociedad Anónima 32.259.638,00
3102332966 Importadora America Autopartes Sociedad de
Responsabilidad Limitada 5.582.529,00
3101249801 Importadora M E S A Dos Mil Sociedad Anónima 7.082.201,00
3101074846 Imprenta y Litografía Mundo Grafico
de San José Sociedad Anónima 12.572.445,00
3101129777 Industrial Wcd Quinientos Ochenta y Uno Sociedad Anónima 1.039.996,00
3101018091 Industrias Beec Sociedad Anónima 505.778,00
3101040103 Industrias Equis Sociedad Anónima 2.236.902,00
3101059394 Industrias Janmore Sociedad Anónima 137.161,00
3101073441 Industrias La Parra de Barrio Los Ángeles
de San José Sociedad Anónima 5.708.751,00
3101280406 Informática de Centro América R M y A S S.A. 657.311,00
3101155355 Inhaco Sociedad Anónima 86.327,00
3101161202 Instalaciones Electricas Instelec Sociedad Anónima 1.396.746,00
3101128930 Instituto Americano de Ingles Sociedad Anónima 537.360,00
3101341579 Instituto de Enseñanza de Computación Renauld Sociedad Anónima 824.048,00
3101363406 Integral de Medios Comerciales
de Latinoamérica Sociedad Anónima 669.973,00
3101467660 International Chemical Corporation D.C.A. Sociedad Anónima 841.940,00
3101155452 Interpublicaciones de Costa Rica Sociedad Anónima 2.415.625,00
3101166419 Inversiones Arbatach Sociedad Anónima 16.242.560,00
3101016858 Inversiones Beeche Sociedad Anónima 104.429,00
3101102460 Inversiones Caimital Sociedad Anónima 23.344,00
3101263037 Inversiones Carlos y Mercedes Sociedad Anónima 5.434.080,00
3101274176 Inversiones Cosvic Sociedad Anónima 1.897.517,00
3101140037 Inversiones Cubero & Vargas Sociedad Anónima 50.323,00
3101162230 Inversiones Dama del Este S.A. 4.909.037,00
3101355972 Inversiones El Pregon Sociedad Anónima 253.088,00
3101064427 Inversiones Eranjo Sociedad Anónima 1.305.369,00
3101146322 Inversiones Gama Centroamericanas Sociedad Anónima 65.826,00
3101180548 Inversiones M y J Jiménez Sociedad Anónima 314.469,00
3101248206 Inversiones Miji del Sur Sociedad Anónima 4.195.091,00
3102074003 Inversiones Morales y Mora Limitada 32.591,00
3101397248 Inversiones Obabo Sociedad Anónima 368.817,00
3101072242 Inversiones Ogga Sociedad Anónima 69.109,00
3101058155 Inversiones Pachestro Sociedad Anónima 2.156.179,00
3101132668 Inversiones Pacifico Caribeñas Inpaca Sociedad Anónima 5.462.353,00
3101069472 Inversiones Palermo Sociedad Anónima 96.345,00
3101364921 Inversiones Ramas de Oriente Sociedad Anónima 342.932,00
3101070386 Inversiones Rezagholi Sociedad Anónima 41.939,00
3101072172 Inversiones Río Oder Sociedad Anónima 396.989,00
3101327262 Inversiones Riveme de Costa Rica S. A. 188.912,00
3101100060 Inversiones Sabu de Costa Rica Sociedad Anónima 117.849,00
3101070734 Inversiones Solís y Richmond Sociedad Anónima 13.399.367,00
3101216394 Inversiones Terranova del Nuevo Milenio Sociedad Anónima 9.372.432,00
3101120290 Inversiones Turísticas Preston Sociedad Anónima 40.460,00
3101027137 Inversiones Vidavar Sociedad Anónima 24.857.174,00
3101183031 Inversiones Villatoro del Pacifico Sociedad Anónima 1.301.513,00
3101183428 Itzamna Sociedad Anónima 68.800,00
106190522 Iván Guardia Rodríguez 15.043,00
3101028363 Iztepeque Sociedad Anónima 24.036,00
104000789 Jacobowitz Gering Eva Tobel 488.809,00
3101135563 Jade Tur Agencia de Viajes Sociedad Anónima 548.795,00
3101137476 Jarwi de Palmares Sociedad Anónima 42.748,00
3101341303 Jc Movilia Sociedad Anónima 48.698,00
3101100912 Jemaros Sociedad Anónima 11.503.917,00
3101038210 Jemasa Sociedad Anónima 251.512,00
3101068008 Jiara Comercial Sociedad Anónima 322.151,00
102980419 Jiménez Campos Lidia 17.276,00
401160528 Jiménez Hernández Erick Arturo 70.917.861,00
300850593 Jiménez Madriz Marco Antonio 378.191,00
3101274250 Jofiel Sociedad Anónima 16.890.820,00
102500088 Johnny Gazel Sauma 192.011,00
105670271 Johnny Varela Segura 120.707,00
700150325 Jones Jones David 27.580,00
101470382 Jorge Arguedas Soto 13.875,00
104730116 Jorge Enrique Chaverri Castro 41.694,00
102210046 Jorge Eugenio Robles Salinas 90.528,00
103820464 Jorge Gilbert González Camacho 9.414,00
103440382 Jorge Isaac González Umaña 114.830,00
700420098 José Alberto Abarca Jiménez 166.397,00
104410122 José Alberto Cabezas Dávila 149.811,00
601061039 José Alberto González Vélez 41.133,00
102770140 José Antonio Ortiz Mora 5.176,00
600710447 José Arturo Guido Jiménez 114.603,00
103880710 José Francisco Díaz Salazar 173.088,00
202070871 José Joaquín Mora Rojas 350.223,00
15480093 José Medardo Cortés Hernández 222.688,00
800630140 José Victorino Gil Gil 129.434,00
800600817 Joseph Haynes Jilma Judith 41.377,00
3101128472 Joyería y Relojería La Gran Joya Sociedad Anónima 43.631,00
3101426713 Jrf Telemarketing & Group Sociedad Anónima 232.123,00
3101021170 Juma Sociedad Anónima 177.517,00
3008112362 Junta Adm. Liceo Luis Dobles Segreda y Liceo Nocturno Justo A Facio 108.982,00
3101068513 Juristas Asesores Especializados Sociedad Anónima 46.612,00
3101132426 K y B Sistemas de Costa Rica Sociedad Anónima 153.755,00
800430581 Kam Lee David 150.104,00
26424644 Kaufmann Kappari Etty Helen 903.568,00
3101345741 Key Down Sociedad Anónima 1.250.079,00
3101208648 Kirepu Sociedad Anónima 8.370.024,00
109180909 Kiyota Mata Taketoshi 202.131,00
3101346939 Kopali Organics Sociedad Anónima 109.634,00
3101258124 La Comida Nuestra Sociedad Anónima 1.149.603,00
3101290393 La Ruta del Futuro Sociedad Anónima 9.664.069,00
3101145383 La Última Luna Sociedad Anónima 2.687.030,00
14980067 Lamy Zedney Edgard Emmanuel 287.197,00
3101449129 Land Trek Costa Rica Sociedad Anónima 1.391.940,00
601190975 Lara Barrantes Olga 195.295,00
800460193 Larios Alegría Mayling 30.754,00
3101038182 Las Hadas Sociedad Anónima 1.920.450,00
105290032 León Marrochi Giselda 52.047,00
3101331133 Leontief Sociedad Anónima 453.387,00
3101268969 Liang Group International S.A. 1.618.883,00
17000957 Liang Ng Run Liang 74.003,00
106580768 Lilliam Quintero Ureña 192.636,00
102720803 López Escarre Roberto 1.717.607,00
3101014274 López Montero Sociedad Anónima 5.393.819,00
103670350 Luis Alberto Jaén Martínez 104.583,00
14715585 Luis Eduardo Samandu Samandu 27.580,00
3101307143 M Per Ingenieros y Constructores Calificados Sociedad Anónima 3.962.271,00
3102376199 M.I.S Media Information Systems Limitada 710.732,00
106530454 Madrigal Anderson Javier 163.121,00
105090286 Madrigal Morales Alejandro 22.470.277,00
800570414 Man Cheng Kwok Sing 436.661,00
3101246167 Manzar del Sur S.A. 44.367,00
107100742 Marcela Maria Navarro Rojas 26.591,00
3101128569 Mares y Fauna de Costa Rica Sociedad Anónima 1.355.708,00
110060480 Marín Solano Nayifh 1.161.276,00
3101277023 Marine Empire Sociedad Anónima 2.126.451,00
3101374511 Mark Holland And Co Sociedad Anónima 1.583.489,00
3102493670 Marketing Triple O S.R.L 1.743.628,00
105650880 Marta Eugenia Arias Valverde 437.153,00
102410655 Masís Guerrero Lidiette 149.654,00
3101124068 Mayval Sociedad Anónima 2.923.113,00
3101430876 Mbiosoluciones Sociedad Anónima 1.047.653,00
3101450839 Mdc Limpieza Sociedad Anónima 6.922.837,00
105630696 Méndez Vega Juan Carlos 134.913,00
301870278 Meneses Brenes Hugo Hernán 41.124,00
303220713 Meneses Guzmán José Pablo 82.267,00
3101283953 Mercadeo Digital Sociedad Anónima 4.982.658,00
3101065182 Mercadeo Dinámico Latinoamericano Sociedad Anónima 225.739,00
3101350011 Mercadeo Inteligente Forza Nova Sociedad Anónima 134.519,00
102520487 Mesen Retana Víctor Manuel 825.844,00
3101334033 Metalcorpo Sociedad Anónima 400.708,00
3101057457 Milla Quince Sociedad Anónima 7.573.573,00
3101109687 Millón Ocho Sociedad Anónima 4.150.621,00
3101139589 Mily de Centro América Sociedad Anónima 2.760.775,00
3101296861 Modalatina Sociedad Anónima 151.611,00
106390224 Mondol Arroyo Natzul 3.389.875,00
103160255 Monge Monge Nelson José 268.522,00
103050902 Monge Monge Rodolfo 413.531,00
3101376152 Monte Lagos de La Montaña Norte Mlmn S.A. 2.386.100,00
106990981 Montero Flores Carolina 56.779,00
102940930 Montero Zamora Carlos Manuel 353.247,00
25922245 Montes Negrete Rosario del Socorro 65.181,00
205190926 Mora Arias Elbert Johnny 633.306,00
17915839 Moraga López Francisco Antonio 65.934,00
205490464 Morales Cruz Jéssica 1.094.400,00
302450119 Morales Roldán Ana Lucía 2.685,00
3101337579 Muebles Integrales Mueblearte S.A. 274.986,00
3101047849 Muebles Nórticos Sociedad Anónima 61.599.391,00
3101186440 Multirepuestos Solís Sociedad Anónima 83.377,00
3101446387 Mundi Seguridad Venegas Sociedad Anónima 596.102,00
113000082 Murillo Arias Nancy 429.697,00
205420361 Murillo Guadamuz Ivannia Patricia 377.422,00
501110069 Murillo Núñez Rolando 1.823.929,00
3101111323 Muy Limpio Sociedad Anónima 162.869.605,00
111860798 Naim Gómez Jonathan 637.822,00
102550404 Niehaus Quesada Hanns 97.086,00
26524870 Nieto Maria del Carmen González 5.604.080,00
3101439729 Nimbos de Mesopotamia Mirzan Sociedad Anónima 153.828,00
900820250 Núñez Lizano Rodolfo Antonio 2.146.840,00
3101473375 Ocho Veintidós Consultores Sociedad Anónima 120.995,00
3101306341 Operacon Operaciones Constructivas Sociedad Anónima 10.295.603,00
3101229498 Orbajosa de Horeb Sociedad Anónima 10.008.680,00
107470829 Oreamuno Arroyo Sonia 159.211,00
105420403 Ortiz Stradtmann Manrique 190.473,00
3101370011 Oso Pulgoso Sociedad Anónima 568.935,00
107700533 Pacheco Duarte Gaery 891.600,00
105150074 Pacheco Jiménez Ligia 211.124,00
107790690 Páez Mena Juan Carlos 52.666,00
3101298486 Pafiva Azul Sociedad Anónima 661.565,00
3101400548 Palms Entertainment Group Sociedad Anónima 21.892.456,00
3101036277 Panadería La Salud Sociedad Anónima 2.856.280,00
202450564 Paniagua Araya Francisco 68.666,00
107040358 Paniagua Luna Jorge Alberto 446.808,00
3101026500 Papelandia Sociedad Anónima 2.211.235,00
3101364471 Paradise On Earth Sociedad Anónima 195.926,00
3101042842 Parmo Sociedad Anónima 478.872,00
3101038166 Pasta Rica Di Angelo Sociedad Anónima 159.744,00
17524711 Pedroza Saavedra José Luis 253.822,00
103670813 Peraza Díaz Bernal 684.477,00
105010914 Peraza Soto Maria Gabriela 1.614.309,00
3101221288 Pereira Ruiz Constructores Sociedad Anónima 2.488.390,00
401390581 Pereira Villalobos Óscar Gerardo 341.046,00
3101149321 Picasso Sociedad Anónima 55.716,00
103990947 Piedra Montalbán Mario 335.748,00
110890379 Pino Borsani Maria Fernanda 2.457.985,00
3101171663 Pita Rica Sociedad Anónima 10.185.950,00
3101022080 Polo Crim Sociedad Anónima 6.307.693,00
3101136192 Poquer Sociedad Anónima 58.451,00
109290864 Poveda Calvo Roy Alberto 2.383.475,00
701470245 Powell Sharpe Shantaly Letasha 554.656,00
107500962 Prat Thom Rita Elena 1.591.178,00
3101259812 Preciplast Sociedad Anónima 433.647,00
3101423665 Premier Multimedia Em Sociedad Anónima 1.288.884,00
203520008 Prendas Rojas Manuel Calixto 386.858,00
14312391 Pricci Noindicaotro Joséf Vincent 111.323,00
3101145890 Primer Plano Sociedad Anónima 115.758,00
3101327769 Prodube Sociedad Anónima 697.040,00
3101349007 Producciones Talamanca Verde Sociedad Anónima 846.511,00
3101072081 Promex Producción Mercadeo y Exportaciones Sociedad Anónima 50.110,00
3101203052 Propiedades Pérez Jarquín Sociedad Anónima 1.669.291,00
3101358019 Puertas Abiertas Sociedad Anónima 703.428,00
3101429508 Quesada y Bazaez Sociedad Anónima 6.010.592,00
3101378039 Quinranber Automóviles Liberianos Sociedad Anónima 2.168.265,00
16727273 Quintero Peña Carlos Enrique 29.388,00
303500506 Quirós Cordero Juan Pablo 162.116,00
107410578 Quirós Orlich Laura 28.024,00
106860779 Quirós Toruño Alfredo 477.066,00
3101261800 Rain Forest Tours & Adventures Sociedad Anónima 665.201,00
301960797 Ramírez Badilla José Ramón 531.956,00
108080376 Ramírez Barahona Cristhian 308.515,00
103590745 Ramírez González José Hans 68.825,00
105240887 Ramírez Vargas Arturo 110.125,00
3101009611 Ramírez y González Sociedad Anónima 9.287.806,00
3101031538 Rancho Diógenes S.A. 11.678.067,00
3101254655 Rawten Latinoamérica Sociedad Anónima 366.584,00
3101269651 Raxcorp Sociedad Anónima 18.477.707,00
3101216031 Rayo de Luz Dos Mil Sociedad Anónima 2.110.418,00
3101329146 Redes Ati Sociedad Anónima 7.150.487,00
3101189717 Representaciones Graficas R & L del Norte S.A. 4.980.379,00
3102472396 Representaciones Internacionales Guli Limitada 403.864,00
16023340 Ricardo Noreña Madriñan 120.009,00
17680670 Rivera Gordon Antonio Junior 74.060,00
17227154 Robledo Gómez Luis Guillermo 7.437.203,00
301090660 Robles Viada Rubén 3.499.536,00
108430036 Rodríguez Mena Marilyn 1.721.078,00
103370239 Rodríguez Sáenz Vilma 287.808,00
110790598 Rodríguez Valenzuela Ivy 655.676,00
401250410 Rojas Carballo Fabio Enrique 11.703,00
202430897 Rojas Jenkins Álvaro 2.367.594,00
106980580 Rojas Marin Roy Antonio 280.392,00
110990185 Rojas Muñoz Krissia Lilliana 405.826,00
900150929 Romero Martínez Humberto 57.854,00
3101068653 Rosalle Sociedad Anónima 48.756,00
800000857 Rowinski Gruzco Thelma 421.584,00
3101374026 S. C. Producciones de Eventos Sociedad Anónima 1.137.434,00
104830501 Sáenz Muñoz Anthenor 1.625.656,00
105750784 Salazar Arguedas Fabio 122.250,00
107110935 Salazar Escalante Sylvia 218.858,00
3101199619 Salones de Fiesta decorados B A Sociedad Anónima 416.865,00
100952961 Sanabria Loaiza Hilda 318.275,00
302360948 Sánchez Coto Dagoberto 3.574,00
700370307 Sandoval Romero Luz Marina 325.430,00
701020013 Saravia Vivas Marco Vinicio 30.005.818,00
26126456 Sarkis Ramia Rita 3.844.572,00
16527889 Sautie Morales José Miguel 5.443.797,00
3101109140 Seguridad Americana S.A. 77.342.918,00
3101432318 Seguridad Cused Sociedad Anónima 1.250.458,00
3101366345 Seguridad Global Rubife S.A. 9.371.300,00
3101382894 Seguridad Internacional Boinas Azules S. A. 320.039,00
3102348525 Seguridad Privada Internacional Gade Limitada 1.992.628,00
3101294335 Seguridad Profesional Altamirano S A 5.197.191,00
3101332052 Seguridad Técnica Especializada Setasa S.A. 9.890.689,00
3102232700 Seguridad Visual K & C Srl 1.040.412,00
3101217893 Segurimar Sociedad Anónima 1.810.218,00
3101194279 Servicios de Equipo y Construcción Seconsa Sociedad Anónima 272.527,00
3101334166 Servicios de Mensajería M M El Ángel Sociedad Anónima 1.710.826,00
3101174197 Servicios Especializados de Pintura (Serepisa) Sociedad Anónima 51.403,00
3101299519 Servicios Generales Anca Sociedad Anónima 64.050,00
3101353836 Servicios Laborales del Este Sle S.A. 155.630.816,00
3101302382 Servicios Médicos y Farmacéuticos del Oeste S.A. 502.172,00
3101281053 Servicios Múltiples yeval Sociedad Anónima 6.899.459,00
3101108264 Servicios Profesionales de Limpieza Suprim S.A. 4.716.093,00
3101072273 Servicios y Asesoría Energética Sociedad Anónima 1.070.171,00
3101091814 Siladi Sociedad Anónima 1.211.775,00
25720828 Silveyra Perdriel María Marta 42.403,00
3011092534 Sindicato Nacional de Asistentes de Servicios de Salud 331.649,00
107300739 Sing Córdoba Juan Carlos 1.309.122,00
3101274138 Sky Net Worldwide Express Of Costa Rica S.A. 3.679.727,00
3101447994 Sociedad de Lucha Contra El Alzheimer S.A. 6.377.963,00
3102010324 Sociedad Editorial Fernández Arce Limitada 3.263.193,00
3101048705 Soda Bananas Sociedad Anónima 539.868,00
108910325 Soley Loría Óscar 26.756,00
3101397672 Soluciones Celulares Sociedad Anónima 2.509.553,00
501240276 Soto Chamorro Ana Victoria 216.335,00
17425814 Soto Paredes Gerald Martín 30.672,00
101230322 Soto Field Oldemar 440.536,00
108840362 Spinelli Mora Lina 127.865,00
203160855 Suárez Cruz Ricardo 2.095.919,00
3101161883 T P L A D Sociedad Anónima 727.118,00
3101313799 Taco Vato Sociedad Anónima 7.533.959,00
14413198 Taggart Noindicaotro Joseph Clark 260.535,00
3101353388 Técnicas En Rotulacion Rotoltec Sociedad Anónima 11.050.144,00
3101166475 Tecnología En Sistemas Modulares S.A. 59.387.251,00
3101029255 Tenax Sociedad Anónima 27.625,00
3101253854 Terraroccia Sociedad Anónima 15.809.116,00
3101231512 Textiles Mauricio Aguilar López Texma Sociedad Anónima 9.048.709,00
3102046456 Tienda Rubys Limitada 333.686,00
3101158070 Tierras Únicas Costarricenses S.A. 347.190,00
3101441804 Tikofoods Services Sociedad Anónima 7.124.604,00
3101220106 Tono Acústico R C Sociedad Anónima 1.443.484,00
3101406595 Transaeropuerto Crvision Sociedad Anónima 17.535.546,00
3102467331 Transiciones E&M S.R.L 2.487.453,00
3101467056 Transportes Fusión C.H.N Sociedad Anónima 1.654.714,00
3101437128 Transportes y Logística Santa Ana Tls Sociedad Anónima 982.077,00
3101388805 Treinta y Seis Mil Novecientos Setenta Lote Cuarenta y Uno S.A. 21.043.721,00
3101336356 Tropinuts Producers Sociedad Anónima 8.413.729,00
3101295297 Unidad y Servicios de Investigación Castrillo Sociedad Anónima 576.907,00
3101237348 Urbanizadora Blanco Sociedad Anónima 3.881.942,00
15925224 Valdivia Aloma Pedro Antonio 3.214.712,00
600940120 Valdivia Gutiérrez Juan Francisco 35.651,00
109360082 Valdivia Rojas Idali Guiselle 22.823,00
3101136708 Valmartino S.A. 4.192.309,00
104010427 Valverde Chaves Luis Carlos 6.064.790,00
101074670 Vargas Alfaro Enrique 27.663,00
106430132 Vega Hernández Florita Shirley 26.973,00
108380634 Vega Zúñiga Mauren 10.011.920,00
3101234314 Vélez Garay y Asociados Sociedad Anónima 3.040.193,00
3101292740 Venom de Costa Rica Sociedad Anónima 7.189.088,00
3101268664 Very Clean Sociedad Anónima 45.719.584,00
3101110248 Viajes Eko Alternativo Sociedad Anónima 52.714,00
3101263189 Viajes y Turismo Cinco de Rohrmoser Sociedad Anónima 210.298,00
3101263123 Viajes y Turismo Penta Plaza del Sol Sociedad Anónima 355.944,00
3101263218 Viajes y Turismo Penta Plaza Mayor Sociedad Anónima 55.084,00
3101394874 Videos del Oeste E Itaba Sociedad Anónima 1.367.016,00
3101255949 Vigilancia A & R de Costa Rica S.A. 396.085,00
3101189019 Vigilancia y Seguridad Interna Sociedad Anónima 123.430,00
111510253 Villalobos Hernández Christian Eduardo 4.427.728,00
110880979 Villalobos Ruiz Rocío Marcela 24.931,00
3101360359 Villas Costa Alegre Sociedad Anónima 235.535,00
3101296158 Virtual Marketing S.A. 1.708.506,00
106280435 Von Schroter Fallas Jenny 1.487.074,00
3101360649 Web Experts Sociedad Anónima 2.659.087,00
110310124 Wigoda Kaver Leah 129.959,00
104430006 Wright Miranda Marco Vinicio 8.107.217,00
500520093 Zamora Briceño Héctor 1.674.443,00
24413050 Zimmermann Zimmermann Rosemarie Elisabeth 52.686,00
110700110 Zúñiga Badilla Silvia Elena 198.464,00
Nº Cédula Nombre Trabajador Independiente Monto ¢
27819140 Acosta García Juana Mercedes 908.117,00
603160103 Acuña Chacón Jefry 517.402,00
106890744 Agüero Rodríguez Rocío del Milagro 779.456,00
104820141 Aguilar Montero Carlos Manuel 584.488,00
106210097 Aguilar Rojas Cristina 517.426,00
26322462 Alemán Chinea Lourdes 547.684,00
105590550 Alvarado Brizuela Grace María 1.083.364,00
107870989 Alvarado Jiménez Mauricio 510.126,00
900880781 Alvarado Madrigal Rolando 517.426,00
103961242 Álvarez Guevara Luis Enrique 2.024.503,00
109750531 Araya Villegas Carlos 1.132.187,00
106680699 Arguedas Maklouf Francisco José 1.157.299,00
105930554 Arias Muñoz Patricia 788.347,00
26122682 Arjona Ortegón Nereida 1.319.407,00
17023899 Ayala Montero Sal 543.064,00
105230999 Balmaceda Salazar Edwin Roberto 1.194.626,00
104980032 Barquero Araya Lilliana 961.530,00
202600553 Barquero Arias Luis Guillermo 4.427.246,00
26820809 Bello Rodríguez Grecia Marina 1.510.555,00
17816684 Bemard Noindicaotro Jorge Federico 898.698,00
16562363 Bernal Mahecha Óscar 1.172.162,00
105620288 Berrocal Córdoba Luis Alberto de Los 996.632,00
111780374 Blandon Carballo Jonathan Francisco 3.735.516,00
109520015 Brenes Jiménez Natalia 691.148,00
112180458 Calderón Rocha Shirley Patricia 1.072.807,00
16562235 Calero Calero José Luis 517.426,00
104150465 Calvo Alvarado Gerardo Danilo 502.382,00
900010003 Calvo Chacón Otilio 955.688,00
601670880 Cambronero Moraga Luis Guillermo 750.566,00
110140209 Campos González José Luis 669.580,00
800630944 Cano Méndez Camilo 695.140,00
110880824 Chavarria Calderón Anayancy 829.161,00
109150375 Chaverri Vásquez Brenda 416.278,00
17979212 Cordero Noindicaotro Reynaldo Bernabé 873.630,00
111750658 Córdoba Angulo Gustavo 471.790,00
301740053 Córdoba Solano Luis Javier 871.720,00
111420093 Cruz Guevara Édgar Gerardo 1.037.808,00
205790769 Cubillo Arce Tatiana María 733.748,00
204040814 Dall Anesse Ruiz Eduardo 1.208.537,00
17228208 De Lima Machado Homen Luciano 488.748,00
109600178 Escalante Castro Carolina Isabel 790.398,00
16956645 Esmeral Maldonado Jorge Eduardo 1.165.046,00
603070342 Fallas Soto Susana 1.927.534,00
900990239 Flores Abarca Miguel Edwin 1.397.473,00
303560392 Fuentes Calderón Nohile Liseth 3.153.949,00
105860337 Gamboa Delgado Lucas 680.072,00
109450598 García Ulloa Randy Antonio 1.207.796,00
301160601 García Vargas Rolando 6.155.778,00
111520821 Gazo Romero William 1.099.405,00
102610129 González Sánchez Fernando Eduardo 478.372,00
110320571 Gordon Mora Andy 898.242,00
900420763 Guardia Tinoco Federico Adolfo 1.031.923,00
103130748 Gutiérrez Granados Rafael Ángel 537.216,00
18513651 Gutiérrez Urbina Larry 910.511,00
110880188 Herrera Hidalgo Ronny Alberto 517.162,00
103140359 Huertas Franco Verny 672.024,00
17200916 Jaramillo Serna Jairo 781.340,00
106350006 Jiménez Castro Alejandro 912.570,00
103640901 Jiménez delgado Gerardo Enrique 1.003.101,00
15923895 Jorge Alexis Arroliga Espinoza 519.990,00
800680389 Larios Ortiz Janet 511.506,00
401370761 Legrand Rodríguez Maurice 589.293,00
106190155 Leiva Castillo Edwin 650.426,00
106600308 León Blanco Edwin 984.115,00
105280950 León Calderón Dunia Maria 2.111.972,00
15659649 Li Noindicaotro Hsueh Cherng 1.160.752,00
15659648 Llanos Inciso Raúl Alejandro 244.808,00
103300903 López Cascante Alfredo 1.317.704,00
204810915 López Fletes Maura 918.606,00
800560697 López Hernández Esteban Rafael 758.412,00
107660280 Madrigal Jiménez María de Los Ángeles 647.230,00
103340098 Marín Obando Jorge Alfredo 3.953.540,00
103980253 Martínez Ramírez Joaquín Bernardo 1.592.692,00
108440406 Mauro Stamati Massimiliano 1.081.953,00
111450375 Mayorga Salas Beatriz 625.688,00
104620160 Méndez Vallejo Pedro Arturo 1.364.552,00
16226673 Menjivar Recinos Rafael Alberto 3.561.706,00
15320118 Mesa Mesa José Edilberto 647.250,00
14312270 Miralles Mira Frederick 1.257.983,00
600940303 Montero Flores Arturo 666.643,00
602410746 Moraga Mora Wilfre 1.492.472,00
106700739 Morales Porras Marco Ulises 502.702,00
205220525 Murillo Miranda Paul 588.607,00
401500085 Núñez Vargas Mauricio 1.009.310,00
800540580 Ocon Núñez María Dolores 1.484.767,00
202180189 Pacheco Ramírez Gregorio 1.577.219,00
901030125 Padilla Grajales Liliana Patricia 745.978,00
303190855 Pereira Calvo Jorge Eduardo 991.786,00
104840992 Pérez Segura Pedro Manuel 1.278.143,00
109440300 Piskulich Crespo Zlatko 1.037.120,00
104191471 Quesada López Anabelle 2.432.543,00
105600049 Quesada Ramírez Ana Gabriela 870.596,00
14715593 Quiang Zho Da 735.544,00
105190453 Ramírez Ruiz Carlos Manuel 1.150.187,00
108510288 Ramírez Vega David 688.944,00
501580020 Rivas Ríos Beatriz 706.048,00
110330291 Rodríguez Castillo Freyman 1.115.762,00
104690624 Rodríguez Delgado José Antonio 1.051.922,00
104410247 Rodríguez Pérez Jorge Enrique 995.146,00
110620528 Rojas Gamboa Rosa María 683.448,00
302870314 Rojas Montoya Valentín 827.038,00
108640739 Romero Escalante Rolando Alfonso 1.071.614,00
800800772 Sáenz Arriaza Harol Ovidio 651.982,00
110950564 Sáenz Chaves Francisco 502.582,00
106500840 Sáenz Ugalde Ricardo Eugenio 668.878,00
16725440 Salazar Lorios Carlos Antonio 258.680,00
26424868 Saldarriaga de La Valle Mónica 502.582,00
105500115 Sanabria Giro Marco Antonio 1.198.371,00
108550040 Sánchez Guevara Eduardo Antonio 670.516,00
110340556 Sánchez Jiménez Javier Francisco 922.567,00
107140399 Sandí Roldán Manuel Francisco 2.532.123,00
900880568 Sandí Soto Hilber 1.492.829,00
109340983 Sequeira Chavarria Édgar 4.445.039,00
401680585 Sojo Villalobos María de Los Ángeles 1.966.569,00
112130270 Solano Morera José Luis 1.805.919,00
110050043 Solís Borbón Giovanni Gerardo 578.992,00
104410302 Solís Miranda Braulio Gerardo 1.130.807,00
105690997 Solís Ortega Fabio 1.561.601,00
16022881 Sotillo Negron Manuel 867.874,00
105690152 Soto Calderón Carlos Humberto 1.359.553,00
502660053 Soto Molina Mario Alberto 502.582,00
109450876 Soto Soto Criss Paulino 650.278,00
105410046 Taylor Mora Óscar 2.010.625,00
109180066 Torres Guerrero Esteban 889.846,00
106700619 Trueblood Richmond Ricardo 475.882,00
103440295 Ubico Muñoz Carlos Humberto 3.819.076,00
108300151 Ugalde Varela Rocío 494.673,00
24982253 Urbina Miranda Ninotzka 631.206,00
110870028 Valerio Solano Randall 745.978,00
110230742 Vargas Rojas Gerardo 745.978,00
105760252 Vargas Siverio Mauricio 827.038,00
109340814 Vega Figuls Juliana 471.924,00
18412127 Velásquez Olivas Neskui Leonel 640.819,00
107710759 Viales Cascante Óscar Alberto 504.936,00
108390392 Villalobos Barquero María Isabel 593.940,00
800730177 Villalobos Villalobos Sergio Ramón 604.216,00
104940467 Vindas Montero Manuel Antonio 1.159.087,00
700550116 Wallen Jiménez José Gerardo 647.106,00
27819642 Wen Noindicaotro Ying 502.582,00
700400305 Williams Reid Earl Lloyd 1.278.143,00
105420714 Zamora Muñoz Carmen Lidia 545.067,00
111020200 Zepeda Palacios Karla Patricia 1.196.111,00
111140037 Zúñiga Corrales Viviana Ghiselle 693.600,00
900960040 Zúñiga Monge Erick Francisco 647.106,00
San José, 18 de setiembre del 2008.—Lic. Olga Maria Navarro Fonseca, Jefe.—(O. C Nº 01-2008).—C-2319920.—(88784).
SUCURSAL DE SAN JOAQUÍN DE FLORES
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
El suscrito licenciado Miguel Ángel Vargas Rojas, Administrador de la Sucursal de San Joaquín de Flores, Caja Costarricense de Seguro Social, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos y trabajadores independientes incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. La Institución le concede 5 días hábiles, para que se presenten a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los periodos notificados anteriormente que ya poseen firmeza en Sede Administrativa por tanto; en caso de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la deuda.
Razón social Nº patronal Monto ¢
Aguilar Chacón Esteban 0-00205170029-999-001 224.636,00
Amador Benavides Agustín 0-00106550785-999-001 810.836,00
Aragón Redondo Eliécer 0-00301410028-999-001 322.588,00
Araya Gómez David 0-00112980176-999-001 291.500,00
Artavia Rodríguez Jorge Arturo 0-00106680483-999-001 159.438,00
Calderón Gómez Adriana 0-00109170153-999-001 163.514,00
Carvajal Zumbado Jorge 0-00400880668-999-001 423.103,00
Cascante Ríos Yesenia 0-00108810992-999-001 340.396,00
Chinchilla Castillo José Joaquín 0-00107670538-001-001 20.320,00
Razón social Nº patronal Monto ¢
Digital and Interactive Training
Company D.I.T.C. S. A. 2-03101528677-001-001 281.266,00
Euro Estilo S. A. 2-03101237463-001-001 617.569,00
Gamboa Arias Luis Gerardo 0-00108480170-999-001 410.262,00
Gómez Sandoval Luis Ángel 0-00105380662-999-001 25.386,00
González Salas Francisco 0-00108540660-999-001 372.286,00
I Don’t Know S. A. 2-03101393322-001-001 277.006,00
Interflotas América S. A. 2-03101385840-001-001 2.670.633,00
Jara Porras Carlos Eduardo 0-00104420881-999-001 92.582,00
López García Leslie Lorena 7-00028469368-999-001 325.916,00
Lorza Lorza Martha Cecilia 7-00027613824-999-001 328.358,00
Lugo Nodal Maria Caridad 7-00025354396-999-001 108.994,00
Navarro vallejos Dixiana 0-00111810276-001-001 780.312,00
Omnivisión HDTV Electronics S. A. 2-03101505421-001-001 56.542,00
Osorio Gallego Nelly 7-00025921096-999-001 276.328,00
Oviedo Molina Juan Carlos 0-00205660961-999-001 322.228,00
Palma Araya Wilfrido 0-00206320766-999-001 76.814,00
Pérez Rivas Meinor Antonio 0-00206430403-999-001 138.116,00
Salas Varela Jonathan 0-00205550053-999-001 119.972,00
Sánchez De Reyes Abril Ivonne 7-00025921479-999-001 502.596,00
Sánchez Rojas Milton Alberto 0-00107470263-999-001 300.476,00
Seguridad Central Gopeca S. A. 2-03101209685-001-001 138.767,00
Tarimas Mepsa S. A. 2-03101354467-001-001 18.957.360,00
Thaler Metal Industries (Costa Rica) S. A. 203101418665-001-001 438.615,00
Ugalde Lara William 0-00401160202-999-001 370.300,00
Vargas Cuevas Guillermo 0-00104200971-999-001 73.420,00
Víquez Víctor Rosa Isela 0-00204310610-001-001 641.349,00
Lic. Miguel Ángel Vargas Rojas.—(88879).
SUCURSAL LA UNIÓN
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
El suscrito licenciado Gilberth Hernández Hernández Administrador de la Sucursal de la Caja Costarricense del Seguro Social en La Unión, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos y trabajadores independientes incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. En el cuadro, se indica el número patronal, nombre de la razón social y monto de la deuda al 09 de Setiembre de 2008. La Institución le concede 5 días hábiles, para que se presenten a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los periodos notificados anteriormente que ya poseen firmeza en Sede Administrativa por tanto; en caso de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la deuda.
Monto
Razón social Nº Patronal adeudado ¢
ARLEY MARÍN ALBERTO 0-00108600097-001-001 110,580.00
BATALLA GALLEGOS MILENA MARÍA 0-00106740008-001-001 61,960.00
CALDERÓN ROJAS CARLOS 0-00302380685-001-001 474,174.00
CALDERÓN SALGUERO AARON 0-00110760220-001-001 4,805,660.00
CALVO Y ASOCIADOS LTDA. 9-00141989008-001-000 79,283.00
CHAVEZ HERNÁNDEZ HENRY 0-00108970997-001-001 707,884.00
COMERCIAL SAN BRUNO S. A. 2-03101355153-001-001 119,348.00
CONCREMET DE COSTA RICA S. A. 2-03101076054-001-001 626,745.00
CONSTRUCTORA GÓMEZ BRENES S. A. 2-03101452273-001-001 166,005.00
CONTRERAS BRISEÑO GILMAR 0-00502210738-003-001 581,898.00
FERNÁNDEZ ACUÑA DENIA MARÍA 0-00108940090-001-001 171,089.00
INVERSIONES GARPO MPR S. A. 2-03101204430-001-001 947,578.00
MARTÍNEZ ARAYA ESTEBAN 0-00112000970-999-001 172,896.00
MORA CUBERO ALEJANDRO JOSÉ 0-00108380268-001-001 1,723,810.00
MORA HERNÁNDEZ JOSÉ MANUEL 0-00105780590-001-001 4,012,084.00
RAMÍREZ RODRÍGUEZ MIGUEL ÁNGEL 0-00105010770-001-001 1,694,441.00
SANTANA MENDOZA ÁLVARO 0-00106270701-002-001 389,811.00
SEGURIDAD MOVA S. A. 2-03101257818-001-001 134,385.00
SERVICIOS DE VIGILANCIA Y LIMPIEZA 2-03101128034-001-001 5,747,829.00
PRIVADA MEBA S. A.
SILES ELIZONDO MAYELITA 0-00108220693-001-001 698,352.00
VARGAS MADRIGAL MARCELA 0-00107610047-001-001 147.619.00
VILLALOBOS MORA GEISON EDUARDO 0-00304140174-999-001 278,966.00
ZUÑIGA VEJA RAFAEL ÁNGEL 0-00106760005-001-001 622,409.00
Lic. Gilberth Hernández Hernández, Administrador Sucursal 2.—(89225).
SUCURSAL EN HEREDIA
En virtud de no haberse podido localizar a Jhoarleni Mejías Enríquez, cédula de identidad 4-0164-0457, por este medio se le pone en conocimiento del resultado del traslado de cargos de fecha 21 de mayo de 2008, caso SICERE 1212-2008-00867, mediante el cual se le imputa la omisión de aseguramiento como trabajadora independiente, por ser vendedora de lotería, de conformidad con el artículo 1, de la Cobertura y del cálculo de cuotas del Reglamento para la Afiliación de los Trabajadores Independientes y del artículo 2, de la Obligatoriedad. Por tanto, se le afilió como trabajadora independiente a partir del mes de junio de 2008, con un salario de referencia de ¢320.000,00 mensuales, para una cotización en Enfermedad y Maternidad e Invalidez Vejez y Muerte de ¢16.800,00 en cada régimen, para una cuota total de ¢33.600,00. Se le otorga el plazo de ley para oponerse a lo pretendido y su caso quedará en firme al sexto día de la publicación. Se le informa que el expediente administrativo está a su disposición en la sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social en Heredia, sita: avenida 5, calles 12 y 14, 100 N 50 O de la Clínica Central.—Heredia, 26 de agosto del 2008.—Lic. Ana Guadalupe Vargas Martínez, Jefa.—1 vez.—(90399).
ASESORÍA LEGAL REGIÓN BRUNCA
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
San Isidro de Pérez Zeledón, a las trece horas del seis de setiembre del dos mil ocho. Que habiéndose dictado resolución inicial dentro del procedimiento administrativo de Nulidad de título por doble titulación, con fundamento en las facultades que otorga la Ley de Tierras y Colonización número dos mil ochocientos veinticinco del catorce de Octubre de mil novecientos sesenta y uno y sus reformas, el procedimiento indicado en los artículos trescientos ocho al trescientos cuarenta y uno de la Ley General de Administración Pública, el Reglamento Autónomo para la titulación en reservas nacionales y el Código Procesal Civil, sea por doble titulación de la finca de San José con matrícula de Folio Real número 543.834-001-002. Se cita y emplaza a los señores David Alan Wilson, con un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, con pasaporte norteamericano número dos cero cero dos uno nueve cero ocho seis, Donna Faye Wilson, con un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, con pasaporte norteamericano número cero cuatro cuatro nueve ocho uno nueve tres cuatro, para que comparezcan a una audiencia oral y privada que se realizará a las nueve horas del día treinta de octubre del dos mil ocho en las instalaciones de la Dirección Regional Bruma del Instituto de Desarrollo Agrario en San Isidro de Pérez Zeledón. Se pone en conocimiento que la prueba de la administración está contenida en el expediente número 2008-A-007, que se encuentra la Asesoría Legal de la Región Bronca en la sede de la Dirección Regional del Instituto de Desarrollo Agrario en San Isidro de Pérez Zeledón, el cual podrá ser consultado y fotocopiado a su costo. Deben los administrados, dentro de los tres días posteriores a la notificación de la presente, señalar o ratificar lugar para escuchar notificaciones dentro del perímetro judicial de la ciudad de San Isidro de Pérez Zeledón, o un fax que se encuentre dentro del territorio nacional, bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere o fuese imposible la comunicación, toda resolución se tendrá por notificada con el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. Por la trascendencia del procedimiento que se califica como ordinario se le advierte a los administrados que el día de la comparecencia pueden hacerse acompañar por un abogado. En caso de no presentarse sin justa causa que lo motive se procederá a resolver lo que corresponda con la prueba que obra en el expediente. Se les hace saber que máximo al día y hora de la audiencia pueden ofrecer y aportar toda la prueba que consideren oportuna en defensa de sus derechos y que en el caso de ser testimonial, su presentación corre por su cuenta y deben de comparecer a la misma fecha y hora de la audiencia señalada, para lo cual deben venir debidamente identificados. Se les hace saber que de comprobarse los hechos investigados se le revocará la adjudicación del terreno y se ordenará al Registro Público de la Propiedad anular el titulo de propiedad señalado supra, lo que consecuentemente trae aparejado que se cancele totalmente su inscripción. Se informa a los administrados que la presente resolución inicial tiene los recursos ordinarios de revocatoria y, apelación, debiéndose interponer, el de revocatoria dentro de las veinticuatro horas y el de apelación dentro del termino de tres días contados a partir de la última comunicación del acto, Dichos Recursos deberán presentarse ante la Asesoría Legal Región Brunca del IDA. Notifíquese.—Lic. Margarita Elizondo Jiménez, Asesoría Legal.—(88806).
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES
PARA EMPRENDIMIENTOS PRODUCTIVOS
El Concejo Municipal del Cantón Central de San José, aprueba el Reglamento para el Otorgamiento de Subvenciones para Emprendimientos Productivos, con la única modificación a los artículos 5, 7, 9 y 10, de dicho reglamento para que donde dice “Trabajo Social”, se lea correctamente “Departamento de Servicios Sociales y Económicos”. Publíquese.
Acuerdo firme.- 32, Artículo III, de la sesión ordinaria 125, celebrada por la Corporación Municipal del Cantón Central de San José, el 18 de setiembre del 2008.
San José, 24 de setiembre del 2008.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—(O C Nº 3990).—C-8580.—(90869).