LA GACETA Nº 211 DEL 31 DE OCTUBRE DEL 2008

PODER LEGISLATIVO

PROYECTOS

Expediente Nº 16.238

 PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 34770-MG

Nº 34809-H

Nº 34816 -H

Nº 34821-MOPT

Nº 34825-COMEX

Nº 34826-MG

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

MINISTERIO DE HACIENDA

MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

EDUCACIÓN PÚBLICA

JUSTICIA Y GRACIA

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

PODER JUDICIAL

ACUERDOS

AVISOS

TRIBUBAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

MUNICIPALIDADES

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

LICITACIONES

AGRICULTURA Y GANADERÍA

EDUCACIÓN PÚBLICA

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

MUNICIPALIDADES

AVISOS

REGISTRO DE PROVEEDORES

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CULTURA Y JUVENTUD

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

REMATES

MUNICIPALIDADES

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

ENTE COSTARRICENSE DE ACREDITACIÓN

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE MORAVIA

MUNICIPALIDAD DE TURRIALBA

MUNICIPALIDAD DE NICOYA

MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

HACIENDA

FE DE ERRATAS

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

AVISOS

PODER LEGISLATIVO

PROYECTOS

TEXTO SUSTITUTIVO

AUTORIZACIÓN AL ESTADO PARA QUE SEGREGUE Y DONE

VARIOS LOTES A SUS ACTUALES OCUPANTES

EN LA FINCA LOS DIAMANTES EN

GUÁPILES, POCOCÍ

Expediente Nº 16.238

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

Desde hace más de treinta años, se constituyó un barrio en la ciudad de Guápiles llamado La Emilia, donde se asentaron honestos trabajadores vecinos de la comunidad guapileña, empleados en la finca Los Diamantes del Ministerio de Agricultura y Ganadería.  Como una práctica de la finca, se otorgaba vivienda a sus trabajadores y allí permanecían, con el apoyo y la complacencia de la administración.  Después de varios años, el barrio La Emilia se ha convertido en una pujante y progresista comunidad, con su escuela, su jardín de niños, cancha de fútbol, salón comunal así como una serie de obras comunales.

Sin embargo, la comunidad tiene el problema de que la escuela y el jardín de niños, la cancha de fútbol y demás obras comunales, así como los vecinos que allí se ubican, no cuentan con un título de propiedad, pese a que tienen más de diez anos de posesión.

Al no poseer el título de propiedad, se ve afectado el funcionamiento, tanto de la escuela, como de las demás obras comunales que ahí se ubican, ya que no pueden recibir ayuda de ninguna institución por la condición en que se encuentran, a la vez las familias viven un estado de incertidumbre jurídica por su situación.

Es importante hacer notar a las señoras y señores diputados, que los terrenos que estamos indicando son terrenos actualmente de naturaleza urbana y en los que se han formado familias, que con su dedicación y esfuerzo, los han convertido en una comunidad próspera.  Asimismo, aclaramos que la finca madre es de dominio privado del Estado, por la naturaleza jurídica que se le otorga registralmente, lo hace acreedor de ello, pues se describe como terreno de agricultura, por lo que no requiere desafectación.

El proyecto de ley presentado tiene el propósito de donar los terrenos a los actuales ocupantes que muestren una posición igual o mayor a diez años.  La finca es propiedad del Estado y es administrada por el Ministerio de Agricultura y Ganadería.  El área en cuestión no es útil para el Ministerio, pues se trata de un terreno de naturaleza actualmente urbana, que ha servido de asiento a una comunidad desde hace mucho tiempo.  Con este acto se lograría resolver el problema de propiedad y realizar un bien social.

El presente texto sustitutivo tiene por objetivo definir con claridad cuáles son las personas físicas y jurídicas beneficiadas por la donación, así como precisar los números de planos catastrados y su correspondiente cabida.

De igual forma determina la obligación de titular a nombre del Ministerio de Educación Pública los terrenos ocupados para escuela y jardín de niños por ese ente gubernamental, en tanto que se permite inscribir a nombre de la Municipalidad del cantón de Pococí y de la Asociación de Desarrollo La Emilia de Guápiles, la parte de los inmuebles cuyo uso actual es infraestructura deportiva y comunal.

Se hace ver a los señores diputados y las señoras diputadas que los inmuebles referidos en el presente proyecto constituyen desde hace muchos años (así lo denota la fecha de inscripción de los planos de catastro) un barrio del distrito Guápiles, cantón de Pococí, que dispone de los servicios de agua potable, electrificación, recolección de basura, telefonía e incluso calles asfaltadas en su mayoría; servicios que han sido asumidos por las instituciones publicas competentes en vista de la alta población allí existente y la antigüedad del asentamiento humano.

Se anexan los planos catastrados correspondientes y el estudio registral de la finca madre de la que se segregarán y donarán los lotes.

Por todo lo anteriormente expuesto, nos permitimos someter a consideración de las señoras y los señores diputados, el siguiente texto sustitutivo de la presente iniciativa de ley.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA

DE COSTA RICA

DECRETA:

AUTORIZACIÓN AL ESTADO PARA QUE SEGREGUE Y

DONE VARIOS LOTES A SUS ACTUALES OCUPANTES

EN LA FINCA LOS DIAMANTES EN

GUÁPILES, POCOCÍ

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Estado a segregar y donar a los actuales ocupantes que tienen más de diez anos de posesión, de su finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Limón, situada en cantón Pococí, distrito Guápiles, bajo el Sistema de Folio Real mecanizado matrícula número 1934-secuencia 000, con la naturaleza, medida y linderos que indica el Registro Público, los terrenos que se detallan en el artículo 2 de la presente ley.

ARTÍCULO 2.- De acuerdo con el artículo anterior, se realizará la segregación y donación respectiva conforme con el plano catastrado correspondiente a cada uno de los beneficiarios, de la siguiente manera:

 

Nº plano

Área

Poseedor

Cédula

228318-1994

8.273.05

Ministerio de Educación Pública

21-000-42002

118482-1993

864.51

José Fallas González

7-710-335

859480-1989

2.774.49

Antonio Quirós Irola

3-092-076

638169-2000

418.08

José Alberto Zúñiga Morales

6-169-251

854783-1989

828.25

Eduardo Pérez Rivera

7-046-952

864602-1989

251.96

Jorge Vargas Meléndez

7-058-559

202344-1994

971.86

Luis Alberto Sibaja Sánchez

7-070-135

871267-1990

1.512.58

Rodolfo Ramírez Aguilar

3-154-371

863664-1989

1.398.19

Calixto Morales Morales

8-051-481

867283-1989

1.094.54

Rubén Jiménez Jiménez

7-047-785

865319-1989

275.60

Carlos Alfaro Solís

1-611-816

865320-1989

252.81

Bolívar Madrigal Badilla

1-429-428

871266-1990

823.38

José Fallas González

7-071-335

864603-1989

235.96

Fernando Guillén Dee

3-096-402

867284-1989

698.08

Guillermo Masís Rivera

1-073-934

859479-1989

917.51

Carlos Rodríguez Aguilar

3-107-359

864604-1989

339.45

Rafael Ángel Arrieta Mata

9-023-324

856119-1989

744.23

Guillermo Espinoza Castillo

7-065-167

858478-1989

555.91

Luis Guillermo Masís Vega

3-133-059

854785-1989

843.20

Heriberto Bonilla Madrigal

9-021-490

871265-1990

801.14

Luis Alberto Sibaja Sánchez

7-070-135

856123-1989

918.65

Edwin Arroyo Garita

7-024-381

867286-1989

1.138.89

Danilo Rodríguez Vega

2-181-100

871268-1990

854.04

Marino Espinoza Hernández

4-073-151

872203-1990

571.38

Isaías Moraga Bejarano

6-107-189

872206-1990

1.222.16

Alvaro Espinoza Castillo

7-061-697

578597-1985

150.43

Javier Brenes Villalobos

2-291-095

856118-1989

1.138.68

Francisco Cordero Arroyo

7-038-495

865321-1989

543.17

Gonzalo Chaves Monge

7-061-684

867285-1989

1.748.16

Justo Espinoza Tobal

8-049-197

872204-1990

3.409.67

José Luis Rivera López

3-117-776

872205-1990

749.00

Rigoberto Briceño Mendoza

6-149-220

863659-1989

389.25

Sandra Pérez Rivera

7-056-219

854784-1989

694.98

Enrique Quintero Barboza

1-216-088

 

En caso de fallecimiento de alguno de los beneficiarios indicados en el presente artículo, el Estado segregará y donará el terreno correspondiente a nombre de las personas legitimadas a quienes se les haya adjudicado el derecho a que refiere la presente ley mediante acuerdo o participación en proceso sucesorio judicial o notarial, o mediante sentencia estimatoria de derechos a su favor sobre el inmueble, que se encuentre firme.

La Municipalidad del cantón de Pococí y la Asociación de Desarrollo La Emilia de Guápiles podrán inscribir los planos catastrados, correspondientes, en su orden, a la plaza de fútbol y a otras áreas deportivas, y al salón comunal y otras áreas que tengan por destino la infraestructura comunal; una vez realizada la inscripción del plano respectivo el Estado segregará los terrenos correspondientes y se los donará a esa municipalidad y asociación, mediante el procedimiento establecido en la presente ley.

Artículo 3.- Los costos por honorarios, timbres e impuestos para la confección de la escritura de segregación y donación para el traspaso de los terrenos corresponderán a cada uno de los beneficiarios.

Artículo 4. Las escrituras de donación se formalizarán ante la Notaría del Estado.

Rige a partir de su publicación

Ovidio Agüero Acuña                           Jorge Méndez Zamora

DIPUTADOS

NOTA:   Este proyecto se encuentra en estudio de la Comisión Permanente de Gobierno y Administración.

1 vez.—C-115960.—(99963).

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 34770-MG

LA PRIMERA VICEPRESIDENTA

EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN V POLICÍA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, incisos 3), 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25, inciso 1), artículo 27, inciso 1) artículo 28, inciso 2), acápite B) y 121 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6725 de 10 de marzo de 1982 y reformada por Ley N° 7974 del 4 de enero del dos mil, acuerdo N° 1, tomado en la sesión ordinaria N° 30 celebrada el 11 de agosto del 2008, de la Municipalidad de Alfaro Ruiz. Por tanto,

Decretan:

Artículo primero.—Conceder asueto a los empleados públicos del cantón de Alfaro Ruiz de la provincia de Alajuela, el día 24 de octubre del 2008, con las salvedades que establecen las leyes especiales, con motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.

Artículo segundo.—En cuanto a los funcionarios del Ministerio de Educación Pública, será el jerarca de dicha institución el que determine con base en el artículo 213 del Código de Educación y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa cartera que laboren para ese cantón.

Artículo tercero.—En relación a los funcionarios de la Dirección General de Aduanas, será el jerarca del Ministerio de Hacienda, el que determine con base en el artículo 14 párrafo segundo de la Ley General de Aduanas y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa Dirección que laboren en ese cantón.

Artículo cuarto.—En relación con los funcionarios del Instituto Nacional de Seguros, será el jerarca de esa institución el que determine con base en el artículo 6 inciso c) de la Ley 12 del 30 de octubre de 1924, reformada por la Ley N° 8653 Ley Reguladora del Mercado de Seguros y mediante circular interna, si el día señalado, se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa entidad que laboren en ese cantón.

Artículo quinto.—Rige el día 24 de octubre del 2008.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las trece horas treinta minutos del tres de setiembre del dos mil ocho.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública a. í, José Torres Castro.—1 vez.—(Solicitud Nº 3099).—C-19160.—(D34770-101011).

Nº 34809-H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas; la Ley Nº 5048 de Creación del Consejo Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas de 9 de agosto de 1972; la Ley Nº 7169, Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico de 26 de junio de 1990 y sus reformas; el Decreto Ejecutivo Nº 33646-H de 9 de marzo de 2007 y sus reformas y la Ley Nº 8669, Modificación de la Ley Nº 8627, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008 y Tercer Presupuesto Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008 de 30 de setiembre de 2008.

Considerando:

I.—Que mediante la Ley Nº 5048, publicada en La Gaceta Nº 158 del 22 de agosto de 1972, se creó el Consejo Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas (CONICIT), cuyo objetivo general es promover el desarrollo de las ciencias y de la tecnología, para fines pacíficos, por medio de la investigación sistematizada y también contribuir con el progreso socioeconómico del país.

II.—Que el CONICIT requiere la ampliación del gasto presupuestario máximo autorizado para este año, con el propósito de fortalecer gastos operativos y reforzar los programas de incentivos de la Ley Nº 7169, Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico publicada en el Alcance Nº 23 a La Gaceta Nº 144 de 1° de agosto de 1990, para lo cual se incorporan recursos extraordinarios por un monto de ¢453.200.000,00 (cuatrocientos cincuenta y tres millones doscientos mil colones exactos).

III.—Que este incremento se financiará por medio de dos transferencias corrientes del Ministerio de Ciencia y Tecnología incluidas dentro de la Ley Nº 8669, publicada en el Alcance Nº 39 a La Gaceta Nº 196 de 10 de octubre de 2008 .

IV.—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 33646-H, publicado en La Gaceta Nº 58 de 22 de marzo de 2007 y sus reformas, se emitieron las Directrices Generales de Política Presupuestaria para el 2008, estableciéndose en el artículo 1° del citado Decreto, el gasto presupuestario máximo del año 2008 para las entidades cubiertas por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria.

V.—Que con el oficio Stap Circular 687-07 de 19 de abril de 2008, se le comunicó al CONICIT el gasto presupuestario máximo fijado para el año 2008, por la suma ¢ 1.151.700.000,00 (mil ciento cincuenta y un millones setecientos mil colones exactos), el cual no contempla los gastos indicados en el considerando 2 anterior.

VI.—Que la señora Ministra Rectora del Sector Ciencia y Tecnología, mediante el oficio MICIT-DM-365-2008 de 17 de setiembre de 2008, avala la solicitud planteada por la Institución.

VII.—Que por lo anterior, se hace necesario modificar el gasto presupuestario máximo del Consejo Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas para el 2008. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1°.— Modifícase para el Consejo Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas, el gasto presupuestario máximo del año 2008, establecido en el Decreto Ejecutivo Nº 33646-H, publicado en La Gaceta Nº 58 de 22 de marzo de 2007 y sus reformas, quedando el límite de gasto en la suma de ¢1.604.900.000,00 (mil seiscientos cuatro millones novecientos mil colones exactos), para ese período.

Artículo 2º.— Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, a los diez días del mes de octubre del año dos mil ocho.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Hacienda a. í., José Luis Araya Alpízar.—1 vez.—(D34809-101712).

Nº 34816 -H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso l), 27 inciso l) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas; la Ley Nº 5574, Creación de la Junta Administrativa del Archivo Nacional de 17 de setiembre de 1974; la Ley Nº 7202, Ley del Sistema Nacional de Archivos de 24 de octubre de 1990; el Decreto Ejecutivo Nº 33646-H de 9 de marzo de 2007 y sus reformas y la Ley Nº 8669, Modificación de la Ley Nº 8627, “Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008” y Tercer Presupuesto Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008 de 30 de setiembre de 2008.

Considerando:

I.—Que mediante la Ley Nº 5574, publicada en La Gaceta Nº 181 de 25 de setiembre de 1974, se creó la Junta Administrativa del Archivo Nacional.

II.—Que con la Ley Nº 7202, Ley del Sistema Nacional de Archivos, publicada en La Gaceta Nº 225 de 27 de noviembre de 1990, se creó el Sistema Nacional de Archivos, con el fin de regular el funcionamiento de los órganos del Sistema Nacional de Archivos y de los archivos de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial y de los demás entes públicos.

III.—Que de conformidad con el artículo 11 de la Ley Nº 7202, la Junta Administrativa del Archivo Nacional es la máxima autoridad del Sistema Nacional de Archivos y tiene como objetivo principal, entre otros, mantener una estrecha relación archivística y técnica entre los archivos del Sistema Nacional de Archivos.

IV.—Que la referida ley faculta a la Dirección General de Archivo Nacional (DGAN) a reunir, conservar, clasificar, ordenar, describir, seleccionar, administrar y facilitar los documentos textuales, gráficos, audiovisuales y legibles por máquina, pertenecientes a la Nación, que constituyan el patrimonio documental nacional.

V.—Que mediante el oficio DM-973-08, la Directora Ejecutiva de la Dirección General del Archivo Nacional, solicitó ampliación del gasto presupuestario máximo autorizado para el 2008, con el fin de incorporar a su presupuesto la suma de ¢255.830.000,00 (doscientos cincuenta y cinco millones ochocientos treinta mil colones exactos).

VI.—Que dicho monto será financiado con transferencia de gobierno del Ministerio de Cultura y Juventud, incorporada en la Ley Nº 8669, publicada en el Alcance Nº 39 a La Gaceta Nº 196 de 10 de octubre de 2008 y se destinará para cubrir diferencias salariales por la aplicación de la política salarial del percentil 30 y 35 y costo de vida, así como para la creación de 12 (doce) plazas. Adicionalmente, contempla recursos para la adquisición de una póliza de seguros de incendio para los edificios del Archivo Nacional.

VII.—Que del monto solicitado hay ¢27.410.000,00 (veintisiete millones cuatrocientos diez mil colones exactos) que no requieren ampliación del gasto presupuestario, por cuanto corresponde al pago de Contribuciones Patronales al Desarrollo y Seguridad Social; Contribuciones Patronales a Fondos de Pensiones obligatorios y complementarios y otros Fondos de Capitalización, que son rubros que por disposición de las Directrices de Política Presupuestaria, se excluyen del gasto presupuestario máximo.

VIII.—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 33646-H, publicado en La Gaceta Nº 58 de 22 de marzo de 2007 y sus reformas, se emitieron las Directrices Generales de Política Presupuestaria para el 2008, estableciéndose en el artículo 1º del citado Decreto, el gasto presupuestario del año 2008 para las instituciones cubiertas por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria.

IX.—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 34606-H, publicado en La Gaceta Nº 138 de 17 de julio de 2008, se amplió el gasto máximo autorizado a la Junta para el año 2008, el cual se fijó en ¢782.970.000,00 (setecientos ochenta y dos millones novecientos setenta mil colones exactos), monto que no comprende los gastos indicados en el considerando 6 de este decreto.

X.—Que la señora Ministra Rectora del Sector Cultural, mediante el oficio DM-973-08 del 21 de agosto de 2008, avala la solicitud planteada por la Junta.

XI.—Que por lo anterior, se hace necesario modificar el gasto presupuestario máximo fijado a la Junta Administrativa del Archivo Nacional para el año 2008, incrementándolo en la suma de ¢228.420.000,00 (doscientos veintiocho millones cuatrocientos veinte mil colones exactos). Por tanto,

Decretan:

Artículo 1°—Modifícase para la Junta Administrativa del Archivo Nacional, el gasto presupuestario máximo para el año 2008, establecido en el Decreto Ejecutivo Nº 34606-H, publicado en La Gaceta Nº 138 de 17 de julio de 2008, quedando el gasto presupuestario máximo en la suma de ¢1.011.390.000,00 (mil once millones trescientos noventa mil colones exactos) para ese período.

Artículo 2°—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, a los diez días del mes de octubre del año dos mil ocho.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Hacienda a. í., José Luis Araya Alpízar.—1 vez.—(Solicitud Nº 12110-Archivo Nacional).—C-50820.—(D34816-101659).

Nº 34821-MOPT

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

En uso de las facultades y atribuciones que les confieren el artículo 140, incisos 3) y 18) de la Constitución Política, el Convenio sobre Aviación Civil Internacional, firmado en Chicago el 7 de diciembre de 1944, ratificado por Costa Rica mediante Ley Nº 877 del 14 de junio de 1947, el artículo 10 inciso IX de la Ley General de Aviación Civil Nº 5150 del 14 de mayo de 1993 y sus reformas, y Decreto Ejecutivo Nº 22861-MOPT de fecha 4 de febrero de 1994 “Régimen Tarifario para la Prestación de Servicios y Facilidades Aeroportuarias” para los Aeropuertos Internacionales Daniel Oduber Quirós, Tobías Bolaños Palma y Limón y los Aeródromos locales propiedad del Estado.

Considerando:

1º—Que de conformidad con la Ley General de Aviación Civil, corresponde al Consejo Técnico de Aviación Civil la fijación de tarifas o derechos aplicables a toda clase de servicios y facilidades no aeroportuarias propiedad del Estado y administradas por la Dirección General de Aviación Civil.

2º—Que se ha visto la necesidad de actualizar las tarifas dichas, por lo que el Departamento Financiero de la Dirección General de Aviación Civil realizó el estudio correspondiente, mediante Oficio Nº URF-019-08 de 30 de enero del 2008, recomendando una modificación a las tarifas actuales, el cual fue aprobado mediante artículo cuarto de la sesión ordinaria Nº 33-2008 celebrada por el Consejo Técnico de Aviación Civil el 26 de mayo del 2008.

3º—Que el Consejo Técnico de Aviación Civil, en la sesión número 11-2008, celebrada el día 18 de febrero del 2008, artículo décimo tercero, acordó elevar a audiencia pública para aprobar la completa modificación referida, la cual salió publicada en La Gaceta Nº 65 de 3 de abril del 2008 y de la cual no resultaron oposiciones de parte de los interesados.

4°—Que mediante artículo cuarto de la sesión ordinaria Nº 33-2008, celebrada por el Consejo de Aviación Civil del 26 de mayo del 2008, se aprobó el proyecto de Decreto denominado “Reforma al Régimen Tarifario para la Prestación de Servicios y Facilidades No Aeroportuarias para los Aeropuertos Internacionales Daniel Oduber Quirós, Tobías Bolaños Palma, Limón y los Aeródromos Locales propiedad del Estado.”

4º—Que según las estipulaciones contenidas en la citada Ley de Aviación Civil, el Poder Ejecutivo debe aprobar dichas tarifas. Por tanto,

Decreta:

REFORMA RÉGIMEN TARIFARIO PARA LA PRESTACIÓN DE

SERVICIOS Y FACILIDADES NO AEROPORTUARIAS PARA

LOS AEROPUERTOS INTERNACIONALES DANIEL

ODUBER QUIRÓS, TOBÍAS BOLAÑOS PALMA Y

LIMÓN Y LOS AERÓDROMOS LOCALES

PROPIEDAD DEL ESTADO

Artículo 1º—Modifíquense los artículos 12 y 13, del Decreto Ejecutivo Nº 22861-MOPT de fecha 4 de febrero de 1994 “Régimen Tarifario para la Prestación de Servicios y Facilidades Aeroportuarias”, publicado en La Gaceta Nº 34 de 17 de febrero de 1994, para que en adelante se lean así:

Artículo 12.—Los derechos no-aeronáuticos mensuales mínimos para las concesiones en los aeródromos, por metro cuadrado, serán los siguientes:

 

En el Edificio Terminal de Pasajeros cargo mensual por metro cuadrado

USD $

Aeródromos de Primera Categoría Clase (A) Aeropuerto Internacional Daniel Oduber Quirós

 

Oficinas y locales comerciales

6,65

Oficinas Líneas Aéreas

5,54

Aeródromos de Primera Categoría Clase (B) Aeropuerto Internacional Tobías Bolaños Palma

 

Oficinas y locales comerciales

5,54

Oficinas Líneas Aéreas

4,43

Aeródromos Primera Categoría Clase (C) Aeropuerto Internacional de Limón

 

Oficinas y locales comerciales

4,43

Oficinas Líneas Aéreas

3,33

Aeródromos de Segunda Categoría

Nosara, Golfito y Palmar Sur

 

Oficinas y locales comerciales

3,33

Oficinas Líneas Aéreas

3,33

Aeródromos de Tercera Categoría

Quepos, Pto. Jiménez, Barra del Colorado, Barra de Parismina, Nicoya, Laurel, Carate, Chiroles, Upala, San Vito y cualquier otro aeródromo propiedad del Estado

 

Oficinas y locales comerciales

N/A

Oficinas Líneas Aéreas

N/A

 

Fuera del Edificio Terminal cargo mensual por metro cuadrado

VALOR ($)

Aeródromos de Primera Categoría Clase (A)

Aeropuerto Internacional Daniel Oduber Quirós

Hangares

2,70

Terrenos destinados a construir hangares

2,00

Aeródromos de Primera Categoría Clase (B)

Aeropuerto Internacional Tobías Bolaños Palma

Hangares

2,70

Terrenos destinados a construir hangares

1,33

Aeródromos Primera Categoría Clase (C)

Aeropuerto Internacional de Limón

Hangares

2,70

Terrenos destinados a construir hangares

0,07

Aeródromos de Segunda Categoría

Hangares

2,70

Terrenos destinados a construir hangares

0,07

Aeródromos de Tercera Categoría

Hangares

2,70

Terrenos destinados a construir hangares

0.07

 

a.   Por utilización de área de rampa en despacho aéreo y suministro de alimentos y bebidas $ 220,00 por mes.

b.  Por el derecho de uso de área para expendio de combustible a vehículos automotores en los Aeropuertos Internacionales del país, se cobrará una tarifa mensual de $ 0,75 por metro cuadrado.

c.   Tarifas por concepto de uso de mostradores de tráfico: Las empresas de transporte aéreo deberán cancelar la suma de USD$ 2,22 por cada posición utilizada en el mostrador para la atención de cada vuelo despachado.

d.  Tarifa por concepto de uso de bandas transportadoras: Por el uso de las Bandas transportadoras se cobrará una tarifa única mensual de USD$27.

Artículo 13.—Tarifa por inscripciones en el Registro Aeronáutico: Para una inscripción de dominio en el Registro Nacional de Aeronaves, las aeronaves pagarán un derecho equivalente a las siguientes:

a.   Inscripción de Aeronaves                             Tarifa por Aeronave

 

Rangos en Kilogramos de (PMD)

VALOR ($)

De 0 a 7500

57

De 7501 a 15000

98

De 15001 a 38000

146

De 38001 a 60000

228

De 60001 a 90000

326

Más de 90000

423

 

Para la inscripción de contratos de arrendamiento de aeronaves y cancelaciones de inscripciones o cualquier acto que afecte temporalmente el régimen jurídico de la propiedad de la aeronave pagarán el 50% de la tarifa de inscripción.

Por emisión de certificados de matrícula se cobrará una tasa de USD$15 (Quince dólares americanos).

b.  Tarifa por certificaciones de inscripciones: Para emisión de certificaciones del registro aeronáutico se cobrará una tarifa de USD $5.

c.   Anotación de gravamen. Toda anotación de gravamen, acto o contrato que afecte temporalmente el régimen jurídico de la propiedad de la aeronave y la cancelación de la inscripción, pagarán el 50% de la tarifa de inscripción.

d.  Tarifa por Certificación de Empresas: Las Tarifas por concepto de Certificación de empresas Aeronáuticas tales como, talleres, líneas aéreas, escuelas y o cualquier otra que se necesite certificar mediante un Certificado Operativo, cancelarán previo al inicio de su solicitud de certificación una tarifa única de USD$ 6.013,00 (seis mil trece dólares americanos) mediante transferencia electrónica o depósito en la caja de las oficinas centrales de la DGAC. Esta tarifa incluye el costo por inscripción en el registro aeronáutico. Dicha tarifa no incluye los costos estipulados para el Plan de Vigilancia Aeronavegabilidad-Operaciones, ni para el concepto de la Incorporación de aeronaves al país.

e.   Para la Inscripción de poderes o constitución de empresas, se cobrará una tarifa de $11,20.

f.   Licencias aeronáuticas: Tarifas por emisión de licencias.

 

LICENCIAS PARA

TRIPULACIÓN DE VUELO

VALOR ($)

Alumno piloto

4,00

Piloto privado

94,00

Piloto comercial

94,00

Piloto de transporte de línea aérea

94,00

Piloto de Aeronaves de Varios Tripulantes

94,00

Piloto Globo Libre

94,00

Navegante

94,00

Mecánico de a bordo/ Ingeniero de vuelo

94,00

Técnico de Mantenimiento Aeronaves

94,00

Técnico Mantenimiento Aviónica

94,00

Operador Estación aeronáutica

94,00

Auxiliares de cabina

94,00

Controlador de tránsito aéreo

94,00

Encargado de operaciones de Vuelo

94,00

Piloto de Ultraligeros

94,00

HABILITACIONES

Navegante

60,00

Mecánico de a bordo

60,00

Ingeniero de Vuelo

60,00

Para vuelos por instrumento

60,00

Multimotores

60,00

Instructor de vuelo

60,00

Fumigación

60,00

Tipo para Pilotos

60,00

Otras habilitaciones agregadas a las licencias del personal de vuelo

60,00

OTROS CARGOS

VALOR ($)

Derecho Exámenes Teórico-Prácticos

61,00

Certificaciones

30,00

Convalidaciones

30,00

Reposiciones

4,00

Revalidaciones

60% del valor de la emisión de la licencia original.

Reproducción de certificados de validez de licencia

25% de la emisión de la licencia original

 

g.  Estudios y certificación de aeródromos.

 

PREFACTIBILIDAD TÉCNICA

VALOR ($)

Aeródromos

708,00

Helipuertos

708,00

Visados Construcciones

53,00

CERTIFICACIÓN

Aeródromos

4.182,00

Helipuertos

4.182,00

 

La tarifa por certificación incluye el servicio de inscripción en el registro aeronáutico, las tarifas por concepto de estudios de Prefactibilidad Técnica y Certificación debe ser cancelada en forma anticipada para iniciar el proceso.

h.  Tarifas por publicaciones aeronáuticas.

 

PUBLICACIÓN DE INFORMACIÓN AERONÁUTICA

VALOR $

AIP COSTA RICA

100,00

MANUAL AIC

100,00

SERVICIO ENMIENDA

25,00

ENVÍO SUSCRIPTORES EN EL EXTRANJERO

5,00

 

REGLAMENTACIÓN

VALOR ($)

RACS

100

REVISIONES REGLAMENTACIÓN

25

 

i.   Tarifa plan de vigilancia aeronavegabilidad-operaciones. Las Tarifas por concepto del cumplimiento del plan de vigilancia será la siguiente:

 

ESTACIÓN

TARIFA USD ($)

Argentina-Buenos Aires

1.860,00

Canadá-Toronto

2.116,00

Chile-Santiago

2.178,00

Colombia-Bogotá

2.276,00

Cuba-La Habana

1.836,00

Ecuador-Quito/Guayaquil

2.052,00

El Salvador-ICCAE

570,00

El Salvador-Aeroman

1.014,00

El Salvador-San Salvador

1.140,00

Guatemala-Guatemala

1.938,00

Honduras-San Pedro Sula

996,00

México-México

3.150,00

Nicaragua-Managua

1.038,00

Nicaragua-Granada

1.038,00

Panamá-Panamá

1.412,00

Panamá-Bocas del Toro

1.122,00

Perú-Lima

2.550,00

Rep. Dominicana-Sto. Domingo

1.332,00

USA-Chicago

4.173,00

USA-Dallas

3.414,00

USA-Los Ángeles

4.173,00

USA-Miami

2.529,00

USA-New York

4.173,00

USA-Orlando

3.354,00

Venezuela-Caracas

2.178,00

 

Dicha tarifa deberá ser cancelada por el solicitante 8 días antes de la inspección por parte de la autoridad aeronáutica, para tal fin se podrá hacer una transferencia bancaria a nombre del Consejo Técnico de Aviación Civil, o bien un depósito en la caja central de la institución.

En caso de que la inspección sea en un país no determinado en este artículo, le corresponderá al Departamento Financiero de la Dirección General de Aviación Civil, tasar el monto por concepto de la inspección de conformidad con el “Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos” de la Contraloría General de la República.

j.   Tarifa por incorporación de aeronaves. Las Tarifas por concepto de la Incorporación de aeronaves al país serán las siguientes:

 

PAÍS

TARIFA USD ($)

Alemania

2.762,00

Francia

2.892,00

Reino Unido

3.762,00

Rusia

3.662,00

USA

2.782,00

Centroamérica

1.732,00

 

Dicha tarifa deberá ser cancelada por el solicitante 08 días antes de la inspección por parte de la autoridad aeronáutica, para tal fin se podrá hacer una transferencia bancaria a nombre del Consejo Técnico de Aviación Civil, o bien un depósito en la caja central de la institución.

En caso de que la incorporación sea en un país no determinado en este artículo, le corresponderá al Departamento Financiero de la Dirección General de Aviación Civil, tasar el monto por concepto de la inspección de conformidad con el “Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos” de la Contraloría General de la República.

k.  Tarifa Plan de Vigilancia AVSEC.  Las Tarifas por concepto del cumplimiento del plan de Vigilancia AVSEC será la siguiente:

 

 

ESTACIÓN

TARIFA USD ($)

Argentina-Buenos Aires

1.332,00

Belice

1.164,00

Bolivia-Santa Cruz/La Paz

1.476,00

Brasil

1.272,00

Canadá-Toronto

1.524,00

Chile-Santiago

1.026,00

Colombia-Bogotá

1.002,00

Cuba-La Habana

1.314,00

Ecuador-Quito/Guayaquil

2.052,00

El Salvador-San Salvador

1.014,00

Guatemala-Aurora/Flores Petén

1.812,00

Honduras-San Pedro Sula/Tegucigalpa

1.740,00

México-D.F/Cancún

3.024,00

Nicaragua-Managua

912,00

Panamá-Panamá

996,00

Perú-Lima

1.212,00

Rep. Dominicana-Sto. Domingo

936,00

USA

9.864,00

Venezuela-Caracas

1.326,00

 

Dicha tarifa deberá ser cancelada por el solicitante 08 días antes del momento de la inspección por parte de la autoridad aeronáutica, para tal fin se podrá hacer una transferencia bancaria a nombre del Consejo Técnico de Aviación Civil, o bien un depósito en la caja central de la institución.

En caso de que la inspección sea en una estación no determinada en este artículo, le corresponderá al Departamento Financiero de la Dirección General de Aviación Civil, tasar el monto por concepto de la inspección de conformidad con el “Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos” de la Contraloría General de la República.

l.   Tarifas por servicios en áreas comunes.

1.  Tarifa por venta de fotocopias. Para la venta de documentos Técnicos se aplicará una tarifa de ¢5 (Cinco colones 00/100).

2.  Tarifa de aseo. Por limpieza de la terminal en áreas comunes se cobrará una tarifa a las líneas aéreas y concesionarios de:

 

GASTO COMÚN

–Cargo mensual

VALOR ($)

Aeropuerto Internacional Daniel Oduber

77,00

 

3.  Tarifa por Servicio de Emergencias Médicas. Por el servicio de emergencias médicas se cobrará la siguiente tarifa:

 

GASTO COMÚN

VALOR ($)

Aeropuerto Internacional Daniel Oduber

291

 

m. Tarifas por publicidad y/o filmaciones cinematográficas.

1.  Tarifas por Publicidad. Se cobrarán las siguientes tarifas en los aeródromos Categoría 1, en las Clase A, B y C:

En el Edificio Terminal por metro cuadrado mensual

VALOR ($)

Tarifa General por Aeródromo

Líneas Aéreas

96,00

Otras Empresas

105,00

Empresas de publicidad

200,00

 

Para la publicidad vertical u horizontal en aeródromos ubicados en la Segunda y Tercera Categoría se cobrará un 50% de la tarifa estipulada en el cuadro supra-indicado.

2.  Tarifa por filmaciones cinematográficas o pautas televisivas. Se cobrarán las siguientes tarifas:

 

DERECHOS FILMACIONES TELEVISIVAS

VALOR ($)

Derecho filmación televisiva primera hora

1.099,00

Derechos filmación televisiva hora adicional

275.00

 

Artículo 2º—Las tarifas que se expresan en dólares moneda de los Estados Unidos de América, podrán ser cancelados en colones al tipo de cambio que establezca el Banco Central de Costa Rica. En caso de que algunos de los aeródromos contenidos en el presente Decreto sea concesionado, se regirá en materia tarifaria al modelo que estipulen las partes de común acuerdo.

Artículo 3º—Las demás disposiciones del Decreto Nº 22861-MOPT de fecha 4 de febrero de 1994, que no se modifican por el presente decreto, continúan vigentes.

Artículo 4º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los nueve días del mes de octubre del dos mil ocho.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 20684-CETAC).—C-268420.—(D34821-101740).

Nº 34825-COMEX

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Considerando:

I.—Que la Asamblea Legislativa, mediante la Ley Nº 8675 del 16 de octubre del 2008, aprobó el Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Panamá, firmado el día 6 de marzo de 2002 y el Protocolo Bilateral entre la República de Costa Rica y la República de Panamá al Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Panamá, suscrito el día 7 de agosto del 2007.

II.—Que dicha ley fue sancionada por el Poder Ejecutivo el día 16 de octubre del 2008 y publicada en el Alcance Nº 42 al Diario Oficial La Gaceta Nº 206 del 24 de octubre del 2008.

III.—Que según el artículo 22.03 de dicho Tratado y Sétimo del Protocolo, éstos entrarán en vigor para las Partes Contratantes el trigésimo día a partir de la fecha en que, respectivamente, hayan intercambiado sus correspondientes instrumentos de ratificación que certifiquen que los procedimientos y formalidades jurídicas necesarias han concluido.

IV.—Que la Constitución Política señala en el inciso 10) del artículo 140, que corresponde al Presidente y al respectivo Ministro de Gobierno, celebrar convenios, tratados públicos y concordatos, promulgarlos y ejecutarlos una vez aprobados por la Asamblea Legislativa.

V.—Que los incisos a), b) y g) del artículo 2 de la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley Nº 7638 del 30 de octubre de 1996, confieren a dicho Ministerio, las potestades de definir y dirigir la política comercial externa, suscribir tratados y convenios en materia comercial y de inversión, así como dictar las políticas referentes a exportaciones e inversiones. Por tanto,

En uso de las facultades y atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3), 10), 12), 18) y 20) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero y 28 párrafo 2 inciso b), de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; los incisos a), b) y g) del artículo 2 de la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley Nº 7638 del 30 de octubre de 1996 y los artículos 22.03 del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Panamá y Sétimo del Protocolo Bilateral entre la República de Costa Rica y la República de Panamá al Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Panamá, Ley de Aprobación Nº 8675 del 16 de octubre del 2008.

Decretan:

Artículo 1º—La ratificación de la República de Costa Rica al Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Panamá, firmado el día 6 de marzo de 2002 y al Protocolo Bilateral entre la República de Costa Rica y la República de Panamá al Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Panamá, suscrito el día 7 de agosto del 2007.

Artículo 2º—Rige a partir de esta fecha.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veinticuatro días del mes de octubre del año dos mil ocho.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(Solicitud Nº 12535).—C-30380.—(D34825-101741).

Nº 34826-MG

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, incisos 3), 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25, inciso 1), artículo 27, inciso 1) artículo 28, inciso 2), acápite B) y 121 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6725 de 10 de marzo de 1982 y reformada por Ley N° 7974 del 4 de enero del dos mil, acuerdo N° 940, tomado en la sesión ordinaria N° 179, celebrada el 1° de setiembre del 2008, de la Municipalidad de Atenas. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Conceder asueto a los empleados públicos del cantón de Atenas de la provincia de Alajuela, el día 24 de octubre del 2008, con las salvedades que establecen las leyes especiales, con motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.

Artículo 2º—En cuanto a los funcionarios del Ministerio de Educación Pública, será el jerarca de dicha institución el que determine con base en el artículo 213 del Código de Educación y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa cartera que laboren en ese cantón.

Artículo 3º—En relación a los funcionarios de la Dirección General de Aduanas, será el jerarca del Ministerio de Hacienda, el que determine con base en el artículo 14 párrafo segundo de la Ley General de Aduanas y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa Dirección que laboren en ese cantón.

Artículo 4º—En relación con los funcionarios del Instituto Nacional de Seguros, será el jerarca de esa institución el que determine con base en el artículo 6º inciso e) de la Ley 12 del 30 de octubre de 1924, reformada por la Ley N° 8653 Ley Reguladora del Mercado de Seguros y mediante circular interna, si el día señalado, se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa entidad que laboren en ese cantón.

Artículo 5º—Rige el día 24 de octubre del 2008.

Dado en la Presidencia de la República, San José a las once horas del diecinueve de setiembre del dos mil ocho.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, Janina Del Vecchio Ugalde.—1 vez.—(Solicitud Nº 47321).—C-18500.—(D34826-101742).

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Nº 485-PE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en los artículos 140, inciso 18) y 146 de la Constitución Política; lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República Nº 8627 y el artículo 34 del Reglamento de gastos de viaje emitido por la Contraloría General de la República, y el artículo 28 de la Ley 6227, Ley General de Administración Pública.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Modificar el artículo 1 del Acuerdo de Viaje Nº 435-PE a nombre del señor Rogelio Vásquez Blanco, a Villahermosa en Tabasco, México, para que en su lugar se lea:

“Articulo 1º—Designar al señor Rogelio Vásquez Blanco, con cédula número 2-347-394, camarógrafo, para que acompañe en su Comitiva Oficial de Viaje al señor Presidente de la República quien viajará a la Ciudad de Villahermosa en Tabasco, México, para participar en la “X Cumbre de Mecanismos de Diálogo y Concertación de Tuxtla” a realizarse los días 27 y 28 de junio del 2008. La salida del señor Vásquez Blanco se efectuará el día 27 de junio del 2008 y su regreso el día 28 de junio del 2008”.

Artículo 2º—Los artículos restantes se mantienen invariables.

Artículo 3º—Rige a partir del 27 de junio del 2008 al 28 de junio del 2008.

Dado en la Presidencia de la República, a los veintiséis días del mes de setiembre del año dos mil ocho.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de la Presidencia, Rodrigo Arias Sánchez.—1 vez.—(Solicitud Nº 207-2008).—C-13880.—(100526).

Nº 491-PE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, previstas en los artículos 140, inciso 20 y 146 de la Constitución Política,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Integrar en la Comitiva Oficial que acompañará al Señor Presidente de la República, Oscar Arias Sánchez, en su viaje a la ciudad de Tegucigalpa, Honduras, con motivo de participar en la “Reunión Extraordinaria de Jefes de Estado y de Gobierno del Sistema de Integración Centroamericana (SICA)”; que se efectuará el día 04 de octubre del 2008, a las siguientes personas:

Sr. Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto

Sr. Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior

Srita. Gabriela Jiménez Cruz, Directora de Protocolo y Asesora Presidencial en Asuntos Internacionales.

Artículo 2º—Rige el día 04 de octubre del 2008.

Dado en la Presidencia de la República, a los dos días del mes de octubre del año dos mil ocho.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de La Presidencia, Rodrigo Arias Sánchez.—1 vez.—(Solicitud Nº 206-2008).—C-12560.—(100527).

Nº 570-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en el artículo 139 de la Constitución Política, lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, para el ejercicio económico del 2008, Ley Nº 8627 y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República

ACUERDA:

Artículo 1º—Asistir a la ciudad de Tegucigalpa, Honduras, con el fin de asistir a la “Reunión Extraordinaria de Jefes de Estado y de Gobierno del Sistema de Integración Centroamericana (SICA)”, que se celebrará el día 4 de octubre del 2008. La salida se efectuará a las 08:00 horas y hasta las 15:30 horas del día 04 de octubre del 2008.

Artículo 2º—No se le cancelarán gastos por concepto de viáticos, transporte e impuestos.

Artículo 3º—Rige a partir de las 08:00 horas y hasta las 15:30 horas del día 4 de octubre del 2008.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los dos días del mes de octubre del año dos mil ocho.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 209-2008).—C- 10580.—(100528).

N° 586-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

En uso de las facultades que confiere el artículo 139 de la Constitución Política y 47 de la Ley General de la Administración Pública.

Considerando:

1º—Que mediante Acuerdo 161-P del 14 de noviembre del 2006, publicado en La Gaceta 245 del 21 de diciembre de 2006, se otorgó el rango de Viceministro al Director Ejecutivo del Programa Nacional de Apoyo a la Microempresa PRONAMYPE, señor Álvaro González Alfaro.

2º—Que el señor Álvaro González Alfaro, renunció a su cargo de Director Ejecutivo del Programa Nacional de Apoyo a la Microempresa PRONAMYPE a partir del 31 de julio del 2008. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Nombrar como Viceministro de Trabajo del Área Social, al señor Álvaro González Alfaro, cedula de identidad Nº 2-283-516.

Artículo 2º—Rige a partir del 1º de agosto del 2008.

Dado en San José, a los veinte días del mes de agosto del dos mil ocho.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 15370-MTSS).—C-11240.—(101021).

N° 591-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en las facultades y atribuciones que le confiere el artículo 139 inciso 1) de la Constitución Política. Así como lo dispuesto en el artículo 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978. Ley N° 8627 Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2008, publicada en el Alcance N° 41 en La Gaceta N° 251 del 31 de diciembre del 2007 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viajes y de Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Guillermo Zúñiga Chaves, Ministro de Hacienda, con cédula de identidad número cuatro-cien-doscientos sesenta y tres, para que participe en la reunión Anual de Gobernadores del Fondo Monetario Internacional y Banco Mundial, a celebrarse en Washington D.C., Estados Unidos de América, del 9 de octubre al 14 de octubre del 2008.

Artículo 2º—Todos los gastos por concepto de estadía, manutención y otros gastos, e impuestos o cánones y seguros de vida, Internet, transporte de taxis, que se deban pagar en las terminales de transporte aéreo, serán cubiertos con recursos de la subpartida 10504 y los gastos por concepto de tiquete aéreo, serán cubiertos por el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial.

Artículo 3º—En tanto dure la ausencia del señor Guillermo Zúñiga Chaves, se nombra como Ministro a. í. del Ministerio de Hacienda al señor José Luis Araya Alpízar, cédula número dos-trescientos veintiocho-ochocientos cincuenta y cinco.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir de las 8:00 a.m. del 09 de octubre del 2008 y hasta las 9:00 p.m. del 14 de octubre del 2008.

Dado en la Presidencia de la República, a los siete días del mes octubre del año 2008.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 40308-Hacienda).—C-16250.—(101023).

MINISTERIO DE HACIENDA

Nº 041-H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en lo que establecen los artículos 140 inciso 2) y 146 de la Constitución Política y los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227 Ley General de Administración Pública del 2 de mayo de 1978, y el artículo 12, inciso a) de la Ley Nº 1581 Estatuto de Servicio Civil.

ACUERDAN:

Artículo 1º— Nombrar en Propiedad al siguiente servidor del Ministerio de Hacienda.

      NOMBRE                CÉDULA PUESTO           CLASE

Christian José López Leiva     1-882-286     102896      Profesional de In-

                                                                                gresos 1 Grupo A.

Artículo 2º—Rige a partir del 16 de setiembre del 2008.

Dado en la Presidencia de la República, el diecisiete de setiembre del dos mil ocho.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Hacienda, Guillermo E. Zúñiga Ch.—1 vez.—(Solicitud Nº 19150).—C-9920.—(100454).

MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Nº 079-008-MEIC

EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 25, 27 y 28 de la Ley Nº 6227 “Ley General de la Administración Pública” del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 “Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2008” del 30 de noviembre del 2007 y la Ley Nº 6362 “Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública” del 3 de setiembre de 1979 y los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República, reformado mediante la Resolución R-CO-19-2008, publicada en La Gaceta Nº 92 del 14 de mayo del 2008.

Considerando

1º—Que el Laboratorio Costarricense de Metrología (Lacomet) órgano de máxima desconcentración, adscrito al Ministerio de Economía, Industria y Comercio, tiene interés en participar en el “Simposio de Metrología 2008” y en la reunión del grupo de masas y unidades relacionadas “MWG7 Mass Working Group 7” los cuales se llevaran a cabo del 22 de octubre al 28 de octubre del 2008, en Querétaro, México.

2º—De conformidad con lo que establece la Ley 8279 “Ley del Sistema Nacional para la Calidad”, le corresponde a Lacomet, participar en dichas actividades; mismas que responden a la necesidad de actualización y capacitación en el área de metrología; lo cual, fomenta el desarrollo de la infraestructura metrológica nacional. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Olman Ramos Alfaro, cédula 4-0162-0468, funcionario del Departamento de Metrología Física, de Lacomet, para que participe en el “Simposio de Metrología 2008”, y en la reunión del grupo de masas y unidades relacionadas “MWG7 Mass Working Group 7”, actividades organizadas por el Centro Nacional de Metrología (CENAM); que se llevarán a cabo en Querétaro, México, del 22 de octubre al 28 de octubre del 2008.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, serán financiados por el Physikalis-Technische Bundesanstalt, (P.T.B.) de Alemania, el monto por concepto de hospedaje, alimentación, transporte dentro del país visitado e impuestos de salida, serán financiados por la subpartida, 10504, “Viáticos en el Exterior”, del Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET). Correspondiéndole al funcionario la suma de $ 1.984,00, (mil novecientos ochenta y cuatro dólares exactos), por concepto de viáticos. Los gastos por transporte interno dentro del país visitado y otros gastos similares serán cancelados por Lacomet con la presentación de las respectivas facturas.

Artículo 3º—El funcionario devengará 100 % de su salario durante su ausencia.

Artículo 4º—Rige a partir del 21 de octubre al 29 de octubre del 2008.

Dado en el Ministerio de Economía Industria y Comercio, a los nueve días del mes de octubre del 2008.

Publíquese.—Marco A. Vargas Díaz, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—(Solicitud Nº 43439).—C-28400.—(101055).

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

Nº MCJ/131-08

LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD

Con fundamento en el artículo 28 inciso 1) de la Ley Nº 6227 o Ley General de Administración Pública, del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8490 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República; el artículo 9 de la Directriz Nº 7 del 29 de noviembre de 1991 y el artículo 40 del Reglamento del Estatuto del Servicio Civil,

Considerando:

1º—Que la señora Jody Deane Steiger Goodmen, representará a la señora Ministra en la Reunión Preparatoria de la IV Reunión Interamericana de Ministros y Máximas Autoridades de Cultura, de la Organización de Estados Americanos (OEA).

2º—Que la participación de la señora Steiger en esta actividad Reunión responde a las funciones que realiza como funcionaria de este Ministerio.

3º—Que los días 22 al 24 de setiembre de 2008, la señora Steiger Goodmen estará de vacaciones. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Jody Deane Steiger Goodmen, pasaporte Nº 800780638, para que represente a la señora Ministra, en la Reunión Preparatoria de la IV Reunión Interamericana de Ministros y Máximas Autoridades de Cultura, de la Organización de Estados Americanos (OEA), que se realizará Toronto, Canadá, del 17 al 21 de setiembre de 2008.

Artículo 2º—El Ministerio de Cultura y Juventud, le cubrirá en el Programa 749-Actividades Centrales, Subpartida 1.05.03-Transporte en el Exterior, los gastos de transporte internacional por un monto de ¢586.310,00 (quinientos ochenta y seis mil trescientos diez colones exactos) equivalentes a $1.000 (mil dólares exactos) yen la Subpartida 1.05.04-Viáticos en el Exterior, le cubrirá los viáticos por un monto de ¢853.667,36 (ochocientos cincuenta y tres mil seiscientos sesenta y siete colones con treinta y seis céntimos) equivalentes a $1.430,00 (mil cuatrocientos cincuenta y seis dólares exactos). Los gastos de hospedaje y alimentación de los días 22, 23 y 24 de setiembre de 2008, correrán por cuenta de la interesada.

Artículo 3º—Que durante los días del 17 al 21 de setiembre de 2008, en que se autoriza la participación señora Steiger Goodmen en la Reunión, devengará el 100% de su salario

Artículo 4º—Rige del 17 al 24 de setiembre de 2008.

Dado en el Ministerio de Cultura y Juventud, a los 11 días del mes de setiembre del año 2008.

María Elena Carballo Castegnaro, Ministra de Cultura y Juventud.—1 vez.—(Solicitud Nº 27582).—C-21800.—(100568).

Nº MCJ/136-08

LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD

Con fundamento en el artículo 28 inciso 1) de la Ley Nº 6227 o Ley General de Administración Pública, del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en el artículo 1, inciso 7 de la Ley Nº 7411 o Ley Reguladora del Otorgamiento de Pasaportes Diplomáticos y de Servicio, del 25 de mayo de 1994 y el artículo 7 inciso C de la Ley Nº 8316 o Ley Reguladora de los Derechos de Salida del Territorio Nacional del 26 de setiembre de 2002,

Considerando:

1º—Que la señora Laura Pacheco Oreamuno, participará en el I Congreso de la Cultura Iberoamericana.

2º—Que la participación de la señora Pacheco Oreamuno en el Encuentro, responde a las funciones que realiza como Viceministra de Cultura. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Laura Pacheco Oreamuno, cédula Nº 1-600-413, Viceministra de Cultura, para que participe en el I Congreso de la Cultura Iberoamericana, que se realizará en México, del 01 al 05 de octubre de 2008.

Artículo 2º—El Ministerio de Cultura y Juventud, en el Programa 749-Actividades Centrales. Subpartida 1.05.03-Transporte en el Exterior, cubrirá los gastos de transporte internacional por un monto de ¢491.824,00 (cuatrocientos noventa y un mil ochocientos veinticuatro colones exactos) equivalentes a $800,00 (ochocientos dólares exactos). El hospedaje y la alimentación serán cubiertos por los organizadores.

Artículo 3º—Rige del 01 al 05 de octubre de 2008.

Dado en el Ministerio de Cultura y Juventud, a los 22 días del mes de setiembre del año 2008.

María Elena Carballo Castegnaro, Ministra de Cultura y Juventud.—1 vez.—(Solicitud Nº 7654).—C-15860.—(100570).

Nº MCJ/139-08

LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD

Con fundamento en el artículo 28 inciso 1) de la Ley Nº 6227 o Ley General de Administración Pública, del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en el artículo 1, inciso 7 de la Ley Nº 7411 o Ley Reguladora del Otorgamiento de Pasaportes Diplomáticos y de Servicio, del 25 de mayo de 1994, el artículo 9 de la Directriz Nº 7 del 29 de noviembre de 1991; el artículo 7 inciso C de la Ley Nº 8316 6 Ley Reguladora de los Derechos de Salida del Territorio Nacional, del 26 de setiembre de 2002 y el artículo 40 del Reglamento del Estatuto del Servicio Civil,

Considerando:

1º—Que la señora Maribel Salazar Valverde, participará en la IV Reunión Interamericana de Ministros y Máximas Autoridades de Cultura.

2º—Que la participación de la señora Salazar Valverde en esta actividad responde a las funciones que realiza como Oficial Mayor de este Ministerio. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Maribel Salazar Valverde, cédula Nº 1-778-033, Oficial Mayor de este Ministerio, para que participe en la IV Reunión Interamericana de Ministros y Máximas Autoridades de Cultura, que se realizará en Bridgetown, Barbados, los días 20 y 21 de noviembre de 2008.

Artículo 2º—El Ministerio de Cultura y Juventud, le cubrirá en el Programa 749-Actividades Centrales, Subpartida 1.05.03-Transporte en el Exterior, los gastos de transporte internacional por un monto de ¢485.059,81 (cuatrocientos ochenta y cinco mil cincuenta y nueve colones con ochenta y un céntimos) equivalentes a $750,00 (setecientos cincuenta dólares exactos) y $750,00 (setecientos cincuenta dólares) que se cubrirán a la agencia mediante modificación vía Decreto Ejecutivo, una vez que este salga publicado. En la Subpartida 1.05.04-Viáticos en el Exterior le cubrirá los viáticos por un monto de ¢465.053,09 (cuatrocientos sesenta y cinco mil cincuenta y tres colones con nueve céntimos) equivalentes a $792,20 (setecientos noventa y dos dólares con veinte centavos).

Artículo 3º—Que durante los días del 19 al 22 de noviembre de 2008, en que se autoriza la participación señora Salazar Valverde en esta actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige del 19 al 22 de noviembre de 2008.

Dado en el Ministerio de Cultura y Juventud, a los 29 días del mes de setiembre del año 2008.

Laura Pacheco Oreamuno, Ministra de Cultura y Juventud a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 1802).—C-21800.—(100573).

Nº MCJ/143-08

LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD

Con fundamento en el artículo 28 inciso 1) de la Ley Nº 6227 o Ley General de Administración Pública, del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8490 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República; el artículo 2, inciso 4 de la Ley Nº 7411 o Ley Reguladora del Otorgamiento de Pasaportes Diplomáticos y de Servicio, del 25 de mayo de 1994; el artículo 9 de la Directriz Nº 7 del 29 de noviembre de 1991; el artículo 7 inciso C de la Ley Nº 8316 o Ley Reguladora de los Derechos de Salida del Territorio Nacional, del 26 de setiembre de 2002 y el artículo 40 del Reglamento del Estatuto del Servicio Civil,

Considerando:

1º—Que la señora Maribel Salazar Valverde, participará en el Seminario Iberoamericano sobre Diseño de Planes Estratégicos de Cultura.

2º—Que la participación de la señora Salazar Valverde en esta actividad responde a las funciones que realiza como Oficial Mayor de este Ministerio. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Maribel Salazar Valverde, cédula Nº 1-778-033, Oficial Mayor de este Ministerio, para que participe en el Seminario Iberoamericano sobre Diseño de Planes Estratégicos de Cultura, que se realizará en Antigua, Guatemala, del 14 al 17 de octubre de 2008.

Artículo 2º—Los gastos de transporte internacional, hospedaje y alimentación serán cubiertos por la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI).

Artículo 3º—Que durante los días del 13 al 17 de octubre de 2008, en que se autoriza la participación señora Salazar Valverde en esta actividad, devengará el 100% de su salario

Artículo 4º—Rige del 13 al 18 de octubre de 2008.

Dado en el Ministerio de Cultura y Juventud, a los 2 días del mes de octubre del año 2008.

María Elena Carballo Castegnaro, Ministra de Cultura y Juventud.—1 vez.—(Solicitud Nº 1803).—C-17840.—(100575).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

Nº 416-2008

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27, párrafo primero; 28, párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley Nº 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo Nº 29606-H-COMEX del 18 de junio del 2001, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas y sus reformas; y

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 015-95 de fecha 13 de febrero de 1995, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 59 del 23 de marzo de 1995; modificado por el Acuerdo Ejecutivo Nº 048-95 de fecha 15 de marzo de 1996, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 76 del 22 de abril de 1996; a la empresa Hilos de Norteamérica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-155525, se le concedieron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

II.—Que mediante documento presentado el día 18 de junio del 2008, en la Gerencia de Operaciones de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Hilos de Norteamérica S. A., solicitó la modificación del nivel mínimo de empleo.

III.—Que en relación con las disminuciones de los niveles de empleo e inversión, el Ministro de Comercio Exterior, mediante el Oficio DM-911-1 del 26 de setiembre del 2001, señaló lo siguiente:

“(…) No obstante lo anterior, al ser ésta una institución con una misión y vocación clara de servicio a la exportación, sin dejar de lado claro está, su función de supervisión y control, PROCOMER no puede dejar de considerar factores dinámicos, cambiantes propios del entorno y realidad empresarial. Es así como también debemos considerar que en muchas ocasiones las empresas beneficiarias del régimen o bien su casa matriz se ven enfrentadas a graves problemas en la comercialización de sus bienes, a crisis financieras internas inclusive problemas de índole macroeconómicos en sus países y hasta a situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, circunstancias todas que las podrían obligar a disponer cambios inmediatos en sus políticas de mercado.

Ha sido el afán del Ministerio atender y tratar de ayudar a solventar de la forma más objetiva posible estas situaciones, no sólo teniendo en consideración la posición de las empresas, sino el resguardo sobre todo de intereses de orden general, al valorar el impacto que supone una modificación considerable en los niveles de inversión y empleo frente al cierre definitivo de la empresa. (…)”

IV.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo adoptado por la Junta Directiva de PROCOMER en la sesión Nº 177-2006 del 30 de octubre del 2006, conoció la solicitud de la empresa Hilos de Norteamérica S. A., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER número 53-2008 de fecha 25 de junio del 2008, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley Nº 7210, sus reformas y su Reglamento.

V.—Que en virtud de las reformas legales y reglamentarias que han operado con posterioridad al otorgamiento del Régimen de Zonas Francas a la empresa, se hace necesario adecuar en lo conducente el Acuerdo Ejecutivo original.

VI.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto:

ACUERDAN:

1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo Nº 015-95 de fecha 13 de febrero de 1995, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 59 del 23 de marzo de 1995 y sus reformas, para que en el futuro las cláusulas cuarta, quinta, sexta, séptima, octava, novena, décima, y undécima se lean de la siguiente manera:

4.    La beneficiaria gozará de los incentivos y beneficios contemplados en la Ley Nº 7210 y sus reformas, con las limitaciones y condiciones que allí se establecen y con apego a las regulaciones que al respecto establezcan tanto el Poder Ejecutivo como PROCOMER.

       Los plazos, términos y condiciones de los beneficios otorgados en virtud de la Ley Nº 7210 quedan supeditados a los compromisos asumidos por Costa Rica en los tratados internacionales relativos a la Organización Mundial del Comercio (OMC), incluyendo, entre otros, el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (ASMC) y las decisiones de los órganos correspondientes de la OMC al amparo del artículo 27, párrafo 4 del ASMC. En particular, queda establecido que el Estado costarricense no otorgará los beneficios previstos en la Ley Nº 7210 que de acuerdo con el ASMC constituyan subvenciones prohibidas, más allá de los plazos para la concesión de las prórrogas previstas en el artículo 27, párrafo 4 del ASMC a determinados países en desarrollo, establecidos en la decisión de la Conferencia Ministerial de la OMC de fecha 14 de noviembre del 2001.

       Para los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley Nº 4755, del 3 de mayo de 1971 y sus reformas, en lo que resulten aplicables.

5.    La beneficiaria se obliga a mantener un nivel mínimo de empleo de 03 trabajadores, a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo. Asimismo, está obligada a realizar y mantener un nivel total de inversión de al menos US41.000,00 (cuarenta y un mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), de conformidad con los plazos y condiciones contenidos en la solicitud presentada ante la Corporación de la Zona Franca de Exportación, hoy en día sustituida por PROCOMER, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 inciso a) de la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica.

       PROCOMER vigilará el cumplimiento del nivel total de inversión de la beneficiaria, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una obligación a cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con los niveles mínimos de inversión anteriormente señalados.

6.    Una vez suscrito el Contrato de Operaciones, la empresa se obliga a pagar el canon mensual por derecho de uso del Régimen de Zonas Francas. La fecha prevista para el inicio de las operaciones productivas es el mes de marzo de 1995. En caso de que por cualquier circunstancia la beneficiaria no inicie dicha etapa de producción en la fecha antes señalada, continuará pagando el referido canon, para lo cual la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica seguirá tomando como referencia para su cálculo las proyecciones de ventas consignadas en su respectiva solicitud.

       Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a PROCOMER de las ventas mensuales realizadas. El incumplimiento de esta obligación provocará el cobro retroactivo del canon, para lo cual PROCOMER tomará como referencia para su cálculo las proyecciones de ventas consignadas en su respectiva solicitud.

7.    La beneficiaria se obliga a cumplir con las regulaciones ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente y Energía y la SETENA y deberá presentar ante dichas dependencias o ante el Ministerio de Salud, según sea el caso, los estudios y documentos que le sean requeridos. Asimismo, la beneficiaria se obliga a cumplir con todas las normas de protección del medio ambiente que la legislación costarricense e internacional dispongan para el desarrollo sostenible de las actividades económicas, lo cual será verificado por las autoridades competentes.

8.    La beneficiaria se obliga a presentar ante PROCOMER un informe anual de operaciones, en los formularios y conforme a las condiciones que PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del año fiscal. Asimismo, la beneficiaria estará obligada a suministrar a PROCOMER y, en su caso, al Ministerio de Hacienda, toda la información y las facilidades requeridas para la supervisión y control del uso del Régimen de Zonas Francas y de los incentivos recibidos. Asimismo, deberá permitir que funcionarios de la citada Promotora ingresen a sus instalaciones, en el momento que lo consideren oportuno, y sin previo aviso, para verificar el cumplimiento de las obligaciones de la Ley de Régimen de Zonas Francas y su Reglamento.

9.    En caso de incumplimiento por parte de la beneficiaria de las condiciones de este Acuerdo o de las leyes, reglamentos y directrices que le sean aplicables, el Poder Ejecutivo podrá imponerle multas, suprimir, por un plazo desde un mes hasta un año, uno o varios incentivos de los indicados en el artículo 20 de la Ley Nº 7210, o revocarle el otorgamiento del Régimen de Zona Franca, sin responsabilidad para el Estado, todo de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 7210, sus reformas y su Reglamento. La eventual imposición de estas sanciones será sin perjuicio de las demás responsabilidades administrativas, civiles o penales que pudieren corresponderle a la beneficiaria o sus personeros.

10.  Una vez comunicado el presente Acuerdo Ejecutivo, la empresa beneficiaria deberá suscribir con PROCOMER un Contrato de Operaciones. En caso de que la empresa no se presente a firmar el Contrato de Operaciones, y no justifique razonablemente esta situación, PROCOMER procederá a confeccionar un Acuerdo Ejecutivo que dejará sin efecto el que le otorgó el Régimen.

       Para el inicio de operaciones productivas al amparo del Régimen, la empresa deberá haber sido autorizado por la Dirección General de Aduanas como auxiliar de la función pública aduanera, según lo dispuesto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento.

11.  Las directrices que para la promoción, administración y supervisión del Régimen emita PROCOMER, serán de acatamiento obligatorio para los beneficiarios y las personas que directa o indirectamente tengan relación con ellos o con la citada Promotora.

2º—Adicionar al Acuerdo Ejecutivo Nº 015-95 de fecha 13 de febrero de 1995, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 59 del 23 de marzo de 1995 y sus reformas, las cláusulas décima segunda, décima tercera, y décima cuarta, para que en el futuro se lean de la siguiente manera:

12.  El uso indebido de los bienes o servicios exonerados será causa suficiente para que el Ministerio de Hacienda proceda a la liquidación de tributos exonerados o devueltos y ejerza las demás acciones que establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios en materia de defraudación fiscal, sin perjuicio de las demás sanciones que establece la Ley Nº 7210 y sus reformas y demás leyes aplicables.

13.  La empresa beneficiaria se obliga a cumplir con todos los requisitos de la Ley Nº 7210, sus reformas y reglamentos, así como con las obligaciones propias de su condición de auxiliar de la función pública aduanera.

14.  De conformidad con el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, Ley Nº 17 del 22 octubre de 1943 y sus reformas, el incumplimiento de las obligaciones para con la seguridad social, podrá ser causa de pérdida de las exoneraciones e incentivos otorgados, previa tramitación del procedimiento administrativo correspondiente.

3º—En todo lo que no ha sido expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo Nº 015-95 de fecha 13 de febrero de 1995, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 59 del 23 de marzo de 1995 y sus reformas.

4º—La empresa deberá suscribir con PROCOMER un addendum al Contrato de Operaciones.

5º—Rige a partir de su comunicación.

Comuníquese y publíquese.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los catorce días del mes de julio del año dos mil ocho.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—Nº 68975.—(100785).

Nº 468-2008

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas, número 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, número 7638 del 30 de octubre de 1996 y el decreto ejecutivo número 29606-H-COMEX del 18 de junio del 2001, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas y sus reformas,

Considerando:

I.—Que mediante acuerdo ejecutivo número 462-2007 de fecha 21 de diciembre del 2007, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 43 del 29 de febrero del 2008; a la empresa Medias y Calcetines S. A., cédula jurídica número 3-101-124467, se le concedieron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley número 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

II.—Que mediante documentos presentados los días 27 de junio y 03 de julio del 2008, en la gerencia de Operaciones de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Medias y Calcetines S. A., solicitó la modificación del nivel mínimo inicial de empleo y del nivel mínimo total de empleo.

III.—Que en relación con las disminuciones de los niveles de empleo e inversión, el Ministro de Comercio Exterior, mediante el oficio DM-911-1 del 26 de setiembre del 2001, señaló lo siguiente:

“(...) No obstante lo anterior, al ser ésta una institución con una misión y vocación clara de servicio a la exportación, sin dejar de lado claro está, su función de supervisión y control, PROCOMER no puede dejar de considerar factores dinámicos, cambiantes propios del entorno y realidad empresarial. Es así como también debemos considerar que en muchas ocasiones las empresas beneficiarías del régimen o bien su casa matriz se ven enfrentadas a graves problemas en la comercialización de sus bienes, a crisis financieras internas inclusive problemas de índole macroeconómicos en sus países y hasta a situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, circunstancias todas que las podrían obligar a disponer cambios inmediatos en sus políticas de mercado.

Ha sido el afán del Ministerio atender y tratar de ayudar a solventar de la forma más objetiva posible estas situaciones, no sólo teniendo en consideración la posición de las empresas, sino el resguardo sobre todo de intereses de orden general, al valorar el impacto que supone una modificación considerable en los niveles de inversión y empleo frente al cierre definitivo de la empresa. (...)”

IV.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al acuerdo adoptado por la junta directiva de la citada Promotora en la sesión Nº 177-2006 del 30 de octubre del 2006, conoció la solicitud de la empresa Medias y Calcetines S. A., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER número 55-2008 de fecha 7 de julio del 2008, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del acuerdo ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley Nº 7210, sus reformas y su Reglamento.

V.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto,

ACUERDAN:

1º—Modificar el acuerdo ejecutivo número 462-2007 de fecha 21 de diciembre del 2007, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 43 del 29 de febrero del 2008, para que en el futuro la cláusula sexta se lea de la siguiente manera:

“6. La beneficiaría se obliga a realizar y mantener un nivel mínimo de empleo de 700 trabajadores, a partir de la notificación del presente acuerdo ejecutivo, y a realizar y mantener un nivel mínimo total de empleo de 740 trabajadores, a más tardar el 26 de octubre del 2008. Asimismo, se obliga a mantener una inversión de al menos US $6,451,247.69 (seis millones cuatrocientos cincuenta y un mil doscientos cuarenta y siete dólares con sesenta y nueve centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a partir del 28 de enero del 2008, así como a realizar y mantener una inversión nueva adicional de al menos US $1,000,000.00 (un millón de dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 26 de octubre del 2010, de los cuales un total de US $250,000.00 (doscientos cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), deberá completarse a más tardar el 26 de octubre del 2009. Por lo tanto, la beneficiaría se obliga a realizar y mantener un nivel de inversión total de al menos US $7,451,247.69 (siete millones cuatrocientos cincuenta y un mil doscientos cuarenta y siete dólares con sesenta y nueve centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América). Finalmente, la empresa beneficiaría se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional del 52.11%

PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión antes indicados, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaría, como una obligación a cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con los niveles mínimos de inversión anteriormente señalados.”

2º—En todo lo que no ha sido expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el acuerdo ejecutivo número 462-2007 de fecha 21 de diciembre del 2007, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 43 del 29 de febrero del 2008.

3º—La empresa deberá suscribir un addéndum al contrato de operaciones.

4º—Rige a partir de su comunicación.

Comuníquese y publíquese.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los catorce días del mes de julio del año dos mil ocho.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(101591)

N° 565-2008-COMEX

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política, artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República, y el artículo 28 de la Ley 6227, Ley General de Administración Pública.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Amparo Pacheco Oreamuno, Viceministra de Comercio Exterior, portadora de la cédula de identidad número 9-049-265, para que viaje en Delegación Oficial a Honduras, partiendo a las 12:03 horas del 11 de setiembre y regresando a las 9:55 horas del 13 de setiembre del presente año. Ello con el objeto de participar en la reunión sobre el Proceso de Negociación del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea y en dos videoconferencias: la primera con funcionarios de la Comisión Europea y la segunda con funcionarios del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), en las cuales se analizarán temas relacionados con Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea; eventos que tendrán lugar los días 11 y 12 de setiembre de 2008 en Tegucigalpa, Honduras.

Artículo 2º—Los gastos de viaje de la señora Viceministra por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, serán financiados por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER). El transporte aéreo de ida y regreso también será financiado con recursos de PROCOMER, el adelanto por ese concepto asciende a $295,68 (doscientos noventa y cinco dólares con sesenta y ocho centavos), sujeto a liquidación. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior; así como también para que se le aplique diferencia de hospedaje, en el evento de que proceda y para el pago de gastos de representación ocasionales en el exterior, según el artículo 41 y 48 del Reglamento de Gastos de Viaje para Funcionarios Públicos.

Artículo 3º—Rige desde las 12:04 horas del 11 de setiembre y hasta las 09:55 horas del 13 de setiembre de 2008.

Dado en el Ministerio de Comercio Exterior.—San José, a los veintinueve días del mes de agosto de dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12531).—C-21130.—(101056).

Nº 578-2008.—San José, 11 de setiembre de 2008

LA PRIMERA VICEPRESIDENTA

EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA  DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18 y 146 de la Constitución Política; 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Nº 7638 del 30 de octubre de 1996 y la Ley para las Negociaciones Comerciales y la Administración de los Tratados de Libre Comercio, Acuerdos e Instrumentos del Comercio Exterior, Nº 8056 del 21 de diciembre del 2000.

Considerando:

I.—Que desde mediados de la década de los ochenta y con el fin de superar las limitadas dimensiones del mercado nacional, Costa Rica inició un proceso de inserción en la economía internacional, a través del desarrollo y ejecución de una política de comercio exterior basada en la búsqueda de nuevas y mejores oportunidades de crecimiento y desarrollo para todos los habitantes del país.

II.—Que para garantizar la continuidad de su política comercial, se ha venido asignando la mayor importancia a la agenda comercial, buscando una participación activa y constructiva en las negociaciones comerciales multilaterales, regionales y bilaterales.

III.—Que en la ejecución de tal política comercial, asume un rol relevante el equipo de negociadores comerciales del Ministerio de Comercio Exterior, pues a ellos corresponde la presentación de las propuestas nacionales y debatir sobre su alcance, cobertura y métodos de aplicación y, en conjunto a través del consenso, desarrollar los marcos normativos que plasmarán tales negociaciones, representando y defendiendo los más altos intereses del país.

IV.—Que la Ley para las Negociaciones Comerciales y la Administración de los Tratados de Libre Comercio, Acuerdos e Instrumentos del Comercio Exterior, dispone en su artículo 3, que los negociadores comerciales internacionales costarricenses, serán nombrados mediante acuerdo del Poder Ejecutivo.

V.—Que en acatamiento de la ley indicada se emitió el Acuerdo Ejecutivo Nº COMEX-316-2002 del 16 de julio del 2002, publicado en La Gaceta Nº 150 del 7 de agosto de 2002, mediante el cual se nombra el primer equipo de negociadores comerciales internacionales.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Integrar a la lista de Negociadores Comerciales Internacionales, establecida en el Acuerdo número 118-2006, de fecha 22 de mayo de 2006 a la señorita Marlene Salazar Chacón, portadora de la cédula de identidad número 1-1209-257.

Artículo 3º—Rige a partir del 16 de setiembre de 2008.

Dado en la Presidencia de la República, a los once días del mes de setiembre de dos mil ocho.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Comercio Exterior a. í., Amparo Pacheco Oreamuno.—1 vez.—(Solicitud Nº 12531).—C-30380.—(101057).

N° 602-2008-COMEX.—San José, 12 de setiembre de 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en el artículos 141 de la Constitución Política, artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República, y el artículo 28 de la Ley 6227, Ley General de Administración Pública.

Considerando:

1º—Que por Acuerdo Ejecutivo N° 565-2008 del 29 de agosto de 2008, se designó a la señora Amparo Pacheco Oreamuno, Viceministra de Comercio Exterior para que viajará en Delegación Oficial a Tegucigalpa, Honduras a partir de las 12:03 horas del 11 de setiembre y hasta las 9:55 horas del 13 de setiembre de 2008.

2º—Que la Viceministra de Comercio Exterior, por otras obligaciones propias de su cargo, no pudo efectuar el viaje al exterior. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Dejar sin efecto el Acuerdo Ejecutivo N° 565-2008, del 29 de agosto de 2008.

Artículo 2º—Rige a partir de las 12:03 horas del 11 de setiembre y hasta las 9:55 horas del 13 de setiembre del 2008.

Dado en el Ministerio de Comercio Exterior.—San José, a las dieciséis horas del día doce del mes de setiembre del dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 12531).—C-12580.—(101058).

COMEX-608-2008.—San José, 19 de setiembre de 2008

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18 y 146 de la Constitución Política; 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Nº 7638 del 30 de octubre de 1996 y la Ley para las Negociaciones Comerciales y la Administración de los Tratados de Libre Comercio, Acuerdos e Instrumentos del Comercio Exterior, Nº 8056 del 21 de diciembre del 2000.

Considerando:

1º—Que mediante el Acuerdo Ejecutivo Nº COMEX-043-2007 del 12 de febrero de 2007, se integró en la lista de Negociadores Comerciales Internacionales al señor Carlos Eduardo Umaña Alvarado.

2º—Que el señor Umaña Alvarado, comunicó su renuncia al cargo que viene desempeñando, mediante nota de fecha 25 de agosto de 2008. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Excluir de la lista de Negociadores Comerciales Internacionales al señor Carlos Eduardo Umaña Alvarado, cédula de identidad Nº 1-1156-779.

Artículo 2º—Rige a partir del 25 de setiembre de 2008.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diecinueve días del mes de setiembre de dos mil ocho.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(Solicitud Nº 12531).—C-12010.—(101059).

N° 611-2008.—San José, 18 de setiembre del 2008

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política y en los artículos 25 inciso 1), 28 inciso 2 acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley N° 8627 de 31 de diciembre de 2007, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008 y en los artículos 4 inciso f), 7), 31) y 34) del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que del 22 al 23 de setiembre de 2008, se realizarán en Washington, Estados Unidos de América reuniones varias con Autoridades Comerciales de los Estados Unidos de América, para coordinar aspectos de la agenda de implementación del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica-Estados Unidos y República Dominicana; además de reuniones técnicas, eventos de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

2º—Que la participación del señor Alan Thompson Chacón, en las reuniones resulta necesaria, por cuanto en ellas se requiere de la asesoría legal especializada del Consultor sobre la legislación y reglamentación vigente a nivel interno de relevancia para la implementación adecuada de los compromisos internacionales asumidos por Costa Rica. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Designar al señor Alan Thompson Chacón, portador de la cédula de identidad número 2-383-865, Consultor en materia de Comercio Internacional, como integrante de la delegación oficial que por Costa Rica, participará en reuniones varias con Autoridades Comerciales de los Estados Unidos de América, para coordinar aspectos de la agenda de implementación del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica-Estados Unidos y República Dominicana; además de reuniones técnicas. El señor Thompson Chacón viaja en calidad de asesor del señor Ministro del 22 al 23 de setiembre de 2008. Viaja a partir del 21 de setiembre y retorna a Costa Rica hasta el 24 de setiembre, ambas fechas del presente año, por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.

Artículo 2º—Los gastos del señor Alan Thompson Chacón, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $819,80 (ochocientos diecinueve con 80/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior; así como también para hacer escala en Miami, Estados Unidos de América por conexión.

Artículo 3º—Rige a partir del 21 al 24 de setiembre de 2008.

San José, a los dieciocho días del mes de setiembre del año dos mil ocho.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(Solicitud Nº 12531).—C-28860.—(101060).

MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Nº 023-2008-MICIT

LA MINISTRA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

En uso de las facultades que le confieren los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2), acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, Nº 8562, publicada en el Alcance Nº 60 a La Gaceta Nº 250 de 29 de diciembre de 2006 y el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, R-CO-1-2007 de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

1º—Que el Master Ricardo Chacón Salazar, es funcionario del Ministerio de Ciencia y Tecnología y destacado en la Dirección de Fomento de la Ciencia y Tecnología e Innovación como Coordinador de Cooperación Internacional.

2º—Que en ese contexto y atendiendo la invitación cursada por el Gobierno de China Continental, a través de su Ministerio de Ciencia y Tecnología, se participará en el seguimiento de los Convenios de Cooperación Interinstitucional en Ciencia y Tecnología, así como las visitas que se realizarán a Beijing, Haikou Provincia de la Isla Hainan y Guangzhou, capital de la provincia de Guangdong, a instituciones ligadas al desarrollo de la Ciencia, Tecnología e Innovación. Dichas actividades se realizarán del 04 al 16 de noviembre del presente año.

3º—Que la participación del funcionario reviste especial interés para el Ministerio de Ciencia y Tecnología, por esa razón formará parte de la delegación oficial presidida por el señor viceministro de Ciencia y Tecnología. Por tanto,

ACUERDA

Artículo 1º—Designar al señor Ricardo Chacón Salazar, cédula de identidad uno-cero cuatro cuatro seis-cero ocho nueve seis, en calidad de Coordinador de Cooperación Internacional del Ministerio de Ciencia y Tecnología para participar en el seguimiento de los Convenios Interinstitucionales, así como varias visitas a instituciones ligadas al desarrollo de la Ciencia, Tecnología e Innovación, a realizarse los días del 04 al 16 de noviembre del presente año, en las ciudades de Beijing, Haikou y Guangzhou.

Artículo 2º—El organismo auspiciador cubre los gastos de transporte internacional y nacional y hospedaje del 6 al 14 de noviembre de las actividades. El MICIT, asumirá los gastos por concepto de alimentación, trámite de visa, tributos o cánones impuestos, que el funcionario deba pagar por la utilización de las terminales aéreas, así como gastos menores. Se adelantará la suma de $800,00 (ochocientos dólares), sujetos a liquidación.

Artículo 3º—Que durante los días que se autoriza la participación del funcionario en la reunión antes indicada, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del día cuatro de noviembre del dos mil ocho y hasta su regreso el día dieciséis de noviembre de dos mil ocho.

Dado en el Ministerio de Ciencia y Tecnología, el día siete de octubre del dos mil ocho.

Publíquese.—Dra. Eugenia M. Flores Vindas, Ministra de Ciencia y Tecnología.—1 vez.—(Solicitud Nº 53).—C-26420.—(100529).

Nº 024-2008-MICIT

LA MINISTRA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

En uso de las facultades que le confieren los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2), acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, Nº 8562, publicada en el Alcance Nº 60 a La Gaceta Nº 250 de 29 de diciembre de 2006 y el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, R-CO-1-2007 de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

1º—Que el Master Carlos Cascante Duarte, ostenta el cargo de Viceministro del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

2º—Que el señor Viceministro de Ciencia y Tecnología asistirá por invitación del Gobierno de China y de las Naciones Unidas a la Conferencia de Alto Nivel de Beijing, sobre Cambio Climático: Desarrollo de Tecnología y Transferencia de Tecnología, a realizarse del 7 al 8 de noviembre del año en curso en Beijing, China. También participara en el seguimiento de los Convenios de Cooperación Interinstitucional en Ciencia y Tecnología, en reuniones programadas en Beijing, Haikou Provincia de la Isla Hainan y Guangzhou, capital de la provincia de Guangdong. Dichas actividades se realizarán del 10 al 14 de noviembre del presente año. Por tanto,

ACUERDA

Artículo 1º—Designar al señor Carlos Luis Cascante Duarte, cédula de identidad 1-0621-0461, en su calidad de Viceministro del Ministerio de Ciencia y Tecnología para que asista a la Conferencia de Alto Nivel de Beijing, sobre Cambio Climático: Desarrollo de Tecnología y Transferencia de Tecnología, a realizarse del 7 al 8 de noviembre del año en curso en Beijing, China. También participará en el seguimiento de los Convenios de Cooperación Interinstitucional en Ciencia y Tecnología, en reuniones programadas en Beijing, Haikou Provincia de la Isla Hainan y Guangzhou, capital de la provincia de Guangdong. Dichas actividades se realizarán del 10 al 14 de noviembre del presente año.

Artículo 2º—Los gastos del señor viceministro, por concepto de pasaje aéreo y hospedaje, serán cubiertos por el organismo auspiciador y el Gobierno de China. La alimentación, impuestos, tributos o cánones que el funcionario deba pagar por la utilización de las terminales aéreas, serán cubiertos por el MICIT, por medio de las subpartidas 10503, 10504, respectivamente. Todas las partidas son del programa 893, de coordinación y desarrollo científico y tecnológico. Se adelanta la suma de $1.410 (mil cuatrocientos diez dólares) sujetos a liquidación.

Artículo 3º—Que durante los días del 04 al 16 de noviembre, que se autoriza la participación del señor Viceministro en la actividad antes indicada, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 04 de noviembre del dos mil ocho y hasta su regreso el día dieciséis de noviembre de dos mil ocho.

Dado en el Ministerio de Ciencia y Tecnología, el día ocho de octubre del dos mil ocho.

Publíquese.—Dra. Eugenia M. Flores Vindas, Ministra de Ciencia y Tecnología.—1 vez.—(Solicitud Nº 54).—C-25760.—(100530).

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS

EDICTOS

La señora Kattia Sanabria, con número de cédula 1-715-634, vecina de San José, en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R. L., con domicilio en Alajuela. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Bovaclox DC Mundivet. Fabricado por: Laboratorio Norbrook, Irlanda del Norte con los siguientes principios activos: cada jeringa de 4,5 g contienen: Cloxicilina (Benzatínica) 500 mg, ampicilina (trihidrato) 250 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas: para el tratamiento de la mastitis subclínicas existentes en el momento del secado. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en esta Dirección, dentro del término de cinco días contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 28 de agosto del 2008.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(101169).

La señora Kattia Sanabria, con número de cédula 1-715-634, vecina de San José, en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R. L., con domicilio en Alajuela. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Noroclav inyectable mundivet. Fabricado por: Laboratorio Norbrook, Irlanda del Norte con los siguientes principios activos: Amoxicilina (Trihidrato) 144.00 mg, Ácido clavulánico (clavulinato potasio) 35,00 mg, excipientes C.S.P 1,00 ml y las siguientes indicaciones terapéuticas: tratamiento de enfermedades causadas por gérmenes sensibles a los componentes de la formulación. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en esta Dirección, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 10 de octubre del 2008.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(101171).

La señora Kattia Sanabria, con número de cédula 1-715-634, vecina de San José, en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R. L, con domicilio en Alajuela. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Betamox L. A. Fabricado por: Laboratorio Norbrook, Irlanda del norte, con los siguientes principios activos: Amoxicilina (Trihidrato) 172,2 mg, (equivalente a 150,0 mg de Amoxicilina base) excipientes C.S.P 1.00 mL y las siguientes indicaciones terapéuticas: tratamiento y control de enfermedades causadas por germenes sensibles a la amoxicilina. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en esta Dirección, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el diario oficial La Gaceta.—Heredia, 10 de octubre del 2008.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(101172).

La señora Kattia Sanabria, con número de cédula 1-715-634, vecina de San José, en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R. L, con domicilio en Alajuela. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 4: Glutalyte. Fabricado por Laboratorio Norbrook, Irlanda del Norte con los siguientes principios activos: cada 100 g contienen: Dextrosa Anhidra: 75,69 g; cloruro sodio: 3,38 g; cloruro potasio: 2,49 g; cloruro calcio anhidro: 1,11 g; citrato sodio dihidratado: 5,45 g; acetato sodio anhidro: 0,73 g; propionato sodio: 1,07 g; acetato magnesio tetrahidratado: 1,43 g; glutamina: 4,88 g; vehículos: C.S.P 100,00 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: deshidratación; pérdida electrolitos; desbalance ácido-base; deficiencia energía, se recomienda su uso en todos los animales domésticos. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en esta Dirección, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el diario oficial La Gaceta.—Heredia, 10 de octubre del 2008.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(101175).

La señora Patricia Trinler Santos con número de cédula 1-566-103, vecina de San José, en calidad de apoderada legal de la compañía Bio Engineering S. A., con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Partogen. Fabricado por: Laboratorios Químicos Industriales S. A., con los siguientes principios activos: cada 100 ml contienen: Dextrosa Anhidra 5,00 g, cloruro de sodio 0,90 g, maleato de clorfeniramina 0,0008 g, oxitocina 5,00 U.I., cloruro de magnesio 0,50 g, gluconato de calcio 12,00 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: tratamiento y prevención en la retención de la placenta, fiebre de leche y bajada de la leche. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 23 de octubre del 2008.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1 vez.—(101210).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL

DEPARTAMENTO DE GEODESIA Y TOPOGRAFÍA

AVISO N° 2008-08

ZONA MARÍTIMA TERRESTRE

Amojonamiento de zona pública en un

sector costero de Playa Tambor

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 del Reglamento de la Ley N° 6043 Sobre la Zona Marítimo Terrestre, del 2 de marzo de 1977, el Instituto Geográfico Nacional comunica que del 5 al 10 de noviembre del 2007 demarcó la zona pública en un sector costero de Playa Tambor, distrito 11° Cóbano, cantón 1° Puntarenas, provincia de Puntarenas, entre las coordenadas Lambert aproximadas del Mapa MBCR- 1/50.000 Hoja Río Ario 3145 II, además se incluyen las coordenadas aproximadas en el nuevo sistema de proyección cartográfico CRTM05:

1074889 N - 388346 E y 1074517 N - 388458 E (CRTM05)

189420 N - 424700 E y 189048 N - 424813 E (LAMBERT)

(9 mojones, enumerados del 82 al 90)

Los datos técnicos oficiales del trabajo han quedado registrados con el Nº 105-2 en el Registro de la Zona Marítimo Terrestre del IGN.

NOTA:    Con esta demarcación quedan eliminados del Registro de la Zona Marítimo Terrestre los mojones enumerados del 1 al 3, publicados en La Gaceta Nº 55 del 22 de marzo de 1982, página 17.

San José, 15 de octubre del 2008.—Msc. Max Lobo Hernández, Director General.—1 vez.—Nº 69103.—(100832).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio 21, título Nº 174, emitido por el Liceo Ing. Samuel Sáenz Flores, en el año mil novecientos setenta y dos, a nombre de Gutiérrez Delgado Eduardo Guillermo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecisiete días del mes de octubre del dos mil ocho.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—(100440).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios en Educación Diversificada “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 52, título Nº 582, emitido por el Liceo de Miramar, en el año mil novecientos ochenta y seis, a nombre de Ramírez Soto Álvaro. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el diario oficial La Gaceta.—San José, a los once días del mes de setiembre del dos mil ocho.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—(100514).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 01, título Nº 13-88, emitido por el Liceo Nocturno de Pérez Zeledón, en el año mil novecientos ochenta y ocho, a nombre de Garbanzo López Ana Live. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el diario oficial La Gaceta.—San José, 17 de abril del 2008.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—(100885).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Educación Técnica, inscrito en el tomo III, folio 149, titulo Nº 2696 y del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Electrotécnia, inscrito en el tomo III, folio 157, título Nº 2720, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional Jesús Ocaña Rojas, en el año mil novecientos ochenta y siete, a nombre de Pacheco Murillo Raúl Alfredo. Se solicita la reposición del título indicado por perdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veinte días del mes de octubre del dos mil ocho.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional de Gestión y Evaluación de la Calidad.—(101213).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 121, Título N° 491, emitido por el Liceo de Costa Rica Nocturno, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Gutiérrez Ortega Elis Simeón. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el diario oficial La Gaceta.—San José, 11 de setiembre del dos mil ocho.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—(101222).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Titulo de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 30, título N° 515, emitido por el Colegio Santa Ana Liberia, en el año dos mil tres, a nombre de Jiménez Angulo Ariel Gerardo. Se solicita la reposición del título indicado por perdida del titulo original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, diecisiete de octubre del dos mil ocho.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—(101226).

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

EDICTO

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa Autogestionaria y Afines de Limón R.L., siglas COOP.A.A.L.I. R.L., acordada en asamblea celebrada el 13 de enero del 2008. Resolución Nº 1275-C0. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Consejo de administración:

Presidente:               Carlos Ruiz Matamoros

Vicepresidenta:        Kimberly Campbell Mccarthy

Secretario:               Frank Vargas Mccarthy

Vocal 1:                   Mauricio Araya Barquero

Vocal 2:                   Arturo Mora Arrieta

Suplente 1:              Gustavo Miranda Matamoros

Suplente 2:              Henry Granados Núñez

Gerente:                   Óscar Campbell Mccarthy

San José, 29 de setiembre del 2008.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(100495).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Nacional Aeronáutica de Pavas, con domicilio en la provincia de San José, Pavas. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Coordinar los intereses de los asociados en una entidad independiente, con personería jurídica propia que cuente con la autoridad necesaria a efecto de tomar acuerdos concernientes a la actividad propia inherente a los fines de los asociados. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Alexis Vargas Cerdas. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 576, asiento: 76874, adicional 577-24963.—Curridabat, 11 de setiembre del 2008.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 68831.—(100826).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Ajedrecistas Escazuceños Unidos. Con domicilio en la provincia de San José. Sus fines, entre otros, están: la participación, promoción y desarrollo del ajedrez en el cantón de Escazú, así como en el ámbito nacional e internacional. Su presidente Francisco Javier Hernández Basante, es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, con las facultades del artículo 1253 del Código Civil, y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite; tomo: 576 asiento 70255, adicional: 577-062591.—Curridabat, 15 de octubre del 2008.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 68879.—(100827).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Sarapiqueña de Ajedrez, con domicilio en la provincia de Heredia, cuyos fines entre otros serán los siguientes: La participación, promoción y desarrollo del ajedrez en el cantón de Sarapiquí, así como en el ámbito nacional e internacional. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma hasta y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente Randall Castro Madrigal. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 576 asiento 70262 y tomo 577 asiento 62583).—Curridabat, 16 de octubre del 2008.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 68880.—(100828).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Vecinos de Villa de La Quintana, con domicilio en la provincia de Heredia, San Pablo. Sus fines, entre otros están: Lograr la coordinación entre grupos organizados del residencial a efecto de velar por la seguridad, el mantenimiento higiénico y limpio de las áreas de acceso, aceras, parques, jardines. Su presidenta Elena Carreras Gutiérrez, es la representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite. Tomo: 576, asiento 71837.—Curridabat, 17 de setiembre del 2008.—Lic. Grace Lu Scott Lobo, Directora a. í.—1 vez.—Nº 68925.—(100829).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada, Asociación de Egresados del Instituto Superior de San Ramón Julio Acosta García, con domicilio en la provincia de Alajuela, sede del Instituto Superior de San Ramón Julio García, en San Ramón. Cuyos fines son los siguientes: Contribuir al mejoramiento del colegio. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto, es el presidente: Fernando Esquivel Garrote. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomos: 575, 576 y 576, asientos: 46759, 52146 y 84516.—Curridabat, 12 de agosto del 2008.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 69049.—(100830).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Cristiana Restauración y Recepción de Vida Eterna, con domicilio en la provincia de Cartago. Cuyos fines entre otros serán los siguientes: Propagación de los Evangelios utilizando los diferentes medios que Dios ha puesto a nuestro alcance. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma hasta y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente José Manuel Castillo Alvarado. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley  Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 577, asiento 28091).—Curridabat, 16 de octubre del 2008.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 69085.—(100831).

REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de BASF, SE, de R.F. Alemania, solicita la patente de invención denominada 2-(PIRIDIN)-2-IL)-PIRIMIDINAS COMO FUNGICIDAS. La presente invención se refiere a 2-(piridin-2-il)-pirimidinas y su uso para el combate de hongos dañinos, así como a agentes fitorrotectores, que contienen estos compuestos como componente eficaz. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes sexta edición es C07D 401/04, cuyos inventores son Grammenos, Wassilios., Grote, Thomas, Dietz, Jochen, Lohmann, Jan, Klaas, Renner, Jens, Muller, Bernd, Ulmschneider, Sarah. La solicitud correspondiente lleva el número 10344, y fue presentada a las 14:22:27 del 6 de octubre de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 8 de octubre de 2008.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(100034).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, apoderado especial de Dow Agrosciences, LLC., de E.U.A., solicita la patente de invención denominada FORMULACIÓN DE BUTOXIETIL ESTER DE TRICLOPIR SIN SOLVENTES. Una composición herbicida sin solventes de butoxietil éster de triclopir y un surfactante proporciona un control eficiente de plantas leñosas mientras que reduce la exposición a portadores aromáticos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes sexta edición es A01N 43/40, cuyo inventor es Jensen, Jeffrey, Lee. La solicitud correspondiente lleva el número 10159, y fue presentada a las 14:07:08 del 17 de julio de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de setiembre de 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(100039).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Glaxo Group Limited, de Reino Unido, solicita la patente de invención denominada PROCEDIMIENTOS PARA PREPARAR DERIVADOS HETEROCICLICOS. La presente invención se refiere a un novedoso procedimiento, útil para preparar intermediarios clave de fórmula (I) en la síntesis de diversos compuestos, entre ellos, compuestos que son antagonistas potentes y específicos de los receptores D3. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes sexta edición es C07D 401/04, cuyo inventor es Bacchi, Sergio. La solicitud correspondiente lleva el número 10351, y fue presentada a las 13:52:30 del 7 de octubre de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de octubre de 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(100040).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Sanofi-Aventis, de Francia, solicita la patente de invención denominada AGENTES CITOTÓXICOS QUE COMPRENDEN NUEVOS DERIVADOS DE TOMAIMICINA Y SU USO TERAPÉUTICO. La presente invención se refiere a nuevos derivados de tomaimicina, a su procedimiento de preparación y a sus usos terapéuticos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes sexta edición es C07D 487/04, cuyos inventores son Gauzy, Laurence, Zhao, Robert, Deng, Yonghong, Li, Wei, Bouchard, Hervé, Chari, Ravi, V.J., Commercon, Alain. La solicitud correspondiente lleva el número 10149, y fue presentada a las 14:13:00 del 16 de julio de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de setiembre de 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—1 vez.—(100041).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Strakan International Limited, de Bermudas, solicita la patente de invención denominada GRANISETRON TRANSDÉRMICO. Parches adhesivos para la administración transdérmica de granisetrón, comprenden un adhesivo acrílico conteniendo porciones nucleofílicas no ácidas que incrementan substancialmente el flujo de granisetrón a través de la piel. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes sexta edición es A61K 9/70, cuyos inventores son Altenschopfer, Peter, Watkinson, Adam, Charles. La solicitud correspondiente lleva el número 7923, y fue presentada a las 12:56:52 del 27 de julio de 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguiente a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de octubre de 2008.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(100042).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-0335-0794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Wyeth, de E. U. A., solicita la patente de invención denominada INHIBIDORES DE 11-BETA-HSD1. Esta invención se refiere a la inhibición de 11B-HSD1. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes sexta edición es C07D 211/96, cuyos inventores son Xiang Jason Shaoyun, Saiah Eddine, Tam Steve Y., Mckew John C., Chen Lihren, Ipek Manus, Lee Katherine, Li Huan-Qui, Li Jianchang, Li Wei, Mansour Tarek Suhayl, Suri Vipin, Vargas Richard, Wu Yuchuan, Wan Zhao-Kui, Lee Jinbo, Binnun Eva, Wilson Douglas P. La solicitud correspondiente lleva el número 10186, y fue presentada a las 13:45:28 del 30 de julio de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 01 de octubre de 2008.—Lic. Karina Arrieta Rodríguez, Registradora.—(100043).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Wyeth, de E.U.A., solicita la patente de invención denominada TERAPIA COMBINADA PARA EL TRATAMIENTO DE LEUCEMIA AGUDA Y SÍNDROME MIELODISPLÁSICO. Se proporcionan métodos de tratamiento y combinaciones farmacéuticas para el tratamiento de la leucemia aguda, tales como leucemia mielogenosa aguda y síndrome displásico. Los métodos de tratamiento y combinaciones farmacéuticas emplean un conjugado citotóixico de anti-CD33 en combinación con la menos un compuesto seleccionado del grupo que consiste de una antraciclina y un análogo del nucleósido de primidina o purina. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes sexta edición es A61K 31/44, cuyos inventores son Feingold, Jay, Marshall. La solicitud correspondiente lleva el número 7804, y fue presentada a las 12:29:42 del 25 de abril de 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguiente a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de setiembre de 2008.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(100044).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de The Trustees of the University of Pennsylvania, de E. U. A., solicita la patente de invención denominada DERIVADOS DE ESTIRILPIRIDINA Y SUS USOS PARA UNIÓN A PLACAS AMILOIDES Y OBTENCIÓN DE IMÁGENES DE LAS MISMAS. Esta invención se relaciona con un método para obtener imágenes de depósitos amiloides y con compuestos de estirilpiridina, y métodos para preparar compuestos radiomarcados de estirilpiridina útiles para obtener imágenes de depósitos amiloides. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes sexta edición es C07D 213/16, cuyos inventores son Kung, Mei-Ping, Kung, Hank, F. La solicitud correspondiente lleva el número 10329, y fue presentada a las 14:34:17 del 30 de setiembre de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 2 de octubre de 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—1 vez.—(100045).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-0335-0794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Societe Des Produits Nestle S. A., de Suiza, de Suiza, solicita la patente de invención denominada CACAO ENZIMÁTICAMENTE HIDROLIZADO EN REACCIONES DE SABOR A CHOCOLATE. Un método para la producción de licor de cacao enzimáticamente tratado, que comprende tratamiento con ácido del licor de cacao, seguido por tratamiento con proteasa. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes sexta edición es A23G 1/02, cuyos inventores es son Kochhar Sunil, Juillerat Marcel Alexandre, Hansen Carl Erik. La solicitud correspondiente lleva el número 7033, y fue presentada a las 12:39:31 del 23 de julio de 2003. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguiente a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1 de octubre de 2008.—Lic. Karina Arrieta Rodríguez, Registradora.—(100046)

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-0335-0794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Bayer Schering Pharma Aktiengesellschaft, de R.F. Alemania, solicita la patente de invención denominada DERIVADOS DE TETRAHIDRONAFTALINA, PROCEDIMIENTOS PARA PREPARARLOS Y SU USO COMO ANTIINFLAMATORIOS. Derivados de tetrahidronaftalina con sustituciones múltiples de fórmula (Ia), procedimientos para preparar dichos derivados y su uso como antiinflamatorios. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes sexta edición es C07D 215/38, cuyos inventores son Berger Markus, Rehwinkel Hartmut, Schaecke Heike, Baeurle Stefan, Schmees Norbert. La solicitud correspondiente lleva el número 10286, y fue presentada a las 13:01:32 del 12 de setiembre de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1 de octubre de 2008.—Lic. Karina Arrieta Rodríguez, Registradora.—(100047)

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-0335-0794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Amgen Inc, de E. U. A., solicita la patente de invención denominada COMBINACIONES DEL INHIBIDOR DE ANG2 Y VEGF. La invención proporciona los métodos para usar inhibidores de Ang2 en combinación con inhibidores de VEGF para tratar una enfermedad. La invención también proporciona composiciones, kit, formulaciones, y tratamientos específicos de una enfermedad relacionados a los mismos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes sexta edición es A61K 31/506, cuyos inventores son Oliner Jonathan, Kendall Richard, Kumar Rakesh. La solicitud correspondiente lleva el número 10226, y fue presentada a las 14:09:35 del 20 de agosto de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de setiembre de 2008.—Lic. Karina Arrieta Rodríguez, Registradora.—(100048).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Amira Pharmaceuticals, Inc., de E. U. A., solicita la patente de invención denominada INHIBIDORES DE PROTEINA ACTIVADORA DE LA 5-LIPOXIGENASA (FLAP). Descritos en la presente están compuestos y composiciones farmacéuticas conteniendo dichos compuestos, los cuales modulan la actividad de la proteína activadora de la 5-lipoxigenasa (FLAP). La memoria descriptiva, reivindicaciones resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes sexta edición es A61K 31/501, cuyos inventores son Hutchinson, John H., Prasit, Petpiboon, Peppi, Moran, Mark, Evans, Jillian, F., Stearns Brian Andrew, Roppe, Jeffrey, Roger, Li, Yiwei, Zunic, Jasmine, Eleanor, Arruda Jeannie, M., Stock, Nicholas, Simon, Haddach, Mustapha. La solicitud correspondiente lleva el número 9942, y fue presentada a las 13:44:00 del 28 de abril de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de setiembre de 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(100049).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula número 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Basf Aktiengesellschaft, de Alemania, solicita la patente de invención denominada MEZCLAS FUNGICIDAS A BASE DE DITHIANON. Mezclas fungicidas que contienen A) el compuesto de la fórmula I Yy B) un derivado de pririmidina de la fórmula II, en la que R significa metilo, ciclopropilo ó 1-propinilo, en una cantidad sinergética activa, procedimientos para controlar hongos nocivos con mezclas de los compuestos I y II y el uso de los compuestos I y II para la obtención de tales mezclas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes sexta edición es A01N 43/32, cuyos inventores son Eberhard Ammermann, Reinhard Stieri, Ulrich Schofl, Klaus Schelberger, Maria Scherer, Michael Henningsen, Randall Even Gold. La solicitud correspondiente lleva el número 7621 y fue presentada a las 13:26:04 del 10 de diciembre de 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los 3 meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 19 de setiembre del 2008.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(100050).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-0335-0794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Basf Se, de R.F. Alemania, solicita la patente de invención denominada MÉTODO PARA INDUCIR LA TOLERANCIA VIRAL EN PLANTAS. Un método para inducir tolerancia viral en plantas, que comprende tratar las plantas, el suelo o semillas con una cantidad efectiva de una combinación de un compuesto de la fórmula I donde las variables tienen los significados indicados en la descripción, y un segundo compuesto activo, tal y como se define en la descripción, que es absorbida por las plantas o semillas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes sexta edición es A01N 37/36, cuyos inventores son Kohle Harald, Bardinelli Ted R, Tavares-Rodrigues Marco-Antonio La solicitud correspondiente lleva el número 10258, y fue presentada a las 14:12:20 del 28 de agosto de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de setiembre de 2008 .—Lic. Karina Arrieta Rodríguez, Registrador.—(100051)

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-0335-0794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Basf, Se, de R.F. Alemania, solicita la patente de invención denominada COMPUESTOS DE PIPERAZINA CON ACCIÓN HERBICIDA. Uso de compuestos de piperazina de fórmula I o de sales aceptables para uso agrícola de compuestos de piperazina de fórmula I como herbicidas, donde las variables en fórmula I presentan los significados indicados en las reivindicaciones y la descipción. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes sexta edición es C07D 241/08, cuyos inventores son Hupe, Eike., Zagar, Cyrill., Witschel, Matthias., Kuhn, Toralf., Moberg, William Karl., Parra Rapado, Lilliana., Stelzer, Frank., Vescovi, Andrea., Puhl, Michael., Reinhard, Robert., Sievernich, Bernd., Grossmann, Klaus., Ehrhardt, Thomas., Rack, Michael. La solicitud correspondiente lleva el número 10090, y fue presentada a las 13:32:32 del 19 de junio de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de setiembre de 2008.—Lic. Karina Arrieta Rodríguez, Registrador.—(100052)

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Basf SE, de Alemania, solicita la patente de invención denominada MÉTODO PARA INDUCIR LA TOLERANCIA DE PLANTAS CONTRA BACTERIOSIS. Un método para inducir la tolerancia de plantas contra bacteriosis, que comprende tratar las plantas, el suelo o las semillas con una cantidad efectiva de una combinación de un compuesto de la fórmula I en la que X es halógeno, alquilo o trifluorometilo; m es 0o 1; Q es C(=CH-CH3)-COOCH3, C(=CH-OCH3)-COOCH3, C(=N-OCH3)-CONHCH3, C(=N-OCH3)-COOCH3, N(-OCH3)-COOCH3, o un grupo Ql. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales sexta edición es A 01 37/50, cuyos inventores son Kohle Harald, Bardinelli Ted R, Ta Vares Rodríguez Marco Antonio. La solicitud correspondiente lleva el número 10257 y fue presentada a las 14:12:12 del 28 de agosto de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 24 de setiembre del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(100053).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-0335-0794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Basf SE, de R.F. Alemania, solicita la patente de invención denominada MEZCLA HERBICIDA, QUE COMPRENDE UN HERBICIDA DE IMIDAZOLINONA Y UN ADYUVANTE. Una mezcla herbicida que comprende a) una cantidad efectiva para uso herbicida de un herbicida de imidazolinona seleccionado del grupo que consiste en imazamox, imazapic, imazapir; b) un adyuvante que comprende al menos uno de los siguientes componentes: un éster fosfórico parcial o un éster sulfúrico parcial de un polialquiléter monohidroxi-funcional y, en forma opcional, c) un aditivo adicional. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes sexta edición es A01N 43/50, cuyos inventores son Byrne, Thomas, Zawierucham Joseph, Finch, Charles W., Quicke, Harold E. La solicitud correspondiente lleva el número 10350, y fue presentada a las 13:52:10 del 7 de octubre de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de octubre de 2008.—Lic. Karina Arrieta Rodríguez, Registrador.—(100054).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Boix Maquinaria S. A. de España, solicita la patente de invención denominada MÁQUINA PARA ENVASAR BOTELLAS EN CAJAS DE CARTÓN. Está destinada a realizar el armado de cajas de cartón a partir de una lámina desplegada (2) con tiras de adhesivo, de manera que en una fase inicial se colocan las botellas (6) a envasar sobre una parte central de la lámina desplegada de la caja (8), parte central que corresponderá con el fondo. La clasificación internacional de patentes sexta edición es B65B 21/18 cuyo inventor es Boix Jaen, Jose. La solicitud correspondiente lleva el número 7085, y fue presentada a las 12:52:26 del 30 de setiembre del 2003. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 24 de setiembre de 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(100055).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Centro de Inmunología Molecular de Cuba, solicita la patente de invención denominada COMPOSICIONES VACUNALES A BASE DE GANGLIÓSIDOS PARA ADMINISTRACIÓN SUBCUTÁNEA. Se describen composiciones vacunales donde se combinan gangliósidos y el complejo de proteínas de membrana externa (CPME) de N, meningitis para formar proteoliposomas de muy pequeño tamaño (VSSP) que están destinadas a la administración subcutánea. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes sexta edición es A61K 39/00, cuyo(s) inventor(es) es (son) Luis Enrique Fernández Molina, Circe Mesa Pardilllo. La solicitud correspondiente lleva el número 7965, y fue presentada a las 12:34:52 del 26 de agosto de 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguiente a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 7 de octubre de 2008 .—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(100056).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Custom Medical Application Inc., de E. U. A., solicita la patente de invención denominada INSTRUMENTOS DE EXTIRPACIÓN Y MÉTODOS RELACIONADOS. Se proporciona un instrumento de extirpación que incluye un cuerpo y un miembro de extirpación. El cuerpo incluye un extremo distal y una superficie con el miembro de extirpación acoplado hacia el extremo distal del cuerpo. El miembro de extirpación incluye un alambre de lesión extendido a través y a lo largo de una porción de la superficie del cuerpo para crear lesiones en un tejido objetivo mientras el cuerpo sirve para aislar tejido circundante del tejido objetivo. También se proporciona un método para extirpar un área objetivo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes sexta edición es A61B 18/18, cuyo(s) inventores son Racz, N. Sandor, Ruiz-Lopez, Ricardo. La solicitud correspondiente lleva el número 10224, y fue presentada a las 14:08:10 del 20 de agosto de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de setiembre de 2008.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(100057).

E1 señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Domantis Limited, de Reino Unido, solicita la patente de invención denominada LIGANDOS QUE TIENEN ESPECIFICIDAD DE ENLACE PARA VEGF Y/O EGFR Y MÉTODOS DE USO DE LOS MISMOS. Se describen ligandos que tienen especificidad de enlace para factor de crecimiento endotelial vascular (VEGF), para receptor de factor de crecimiento epidérmico (EGFR), o para VEGF y EGFR. También se describen métodos para utilizar estos ligandos. En particular, se describe el uso de estos ligandos para terapia de cáncer. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07K 16/22, cuyos inventores son Ignatovich, Olga, Holmes, Steve, Beckmann, Roland, De Wildt, Rudolf, M, T, Sepp, Armin. La solicitud correspondiente lleva el número 10147, y fue presentada a las 14:12:00 del 16 de julio de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.— San José, 22 de setiembre de 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(100058).

E1 señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Domantis Limited, de Reino Unido, solicita la patente de invención denominada LIGANDOS QUE ENLAZAN A IL-4 Y/O IL-13. Se describen ligandos que tienen especificidad de enlace para interleucina-4 (IL-4), para interleucina-13 (IL-13) o para IL-4 y IL-13. También se describen métodos para utilizar estos ligandos. En particular, se describe el uso de estos ligandos para tratar asma alérgica. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07K 16/24, cuyos inventores son Tomlinson, Ian, Stoop, Adrian, Allart, Sepp, Armin, De Silva, Inusha, Dimech, Caroline, J, Pupecka, Malgorzata, De Wildt, Rudolf, M, T, Drew, Philip, D, Holmes, Steve. La solicitud correspondiente lleva el número 10179, y fue presentada a las 13:47:07 del 24 de julio de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de setiembre de 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(100059).

E1 señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794,  vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Eisai R & D Management Co., Ltd de Japón, solicita la patente de invención denominada COMPUESTOS DE CINAMIDA POLICICLICOS. Se describe un compuesto representado por la fórmula (I): o una sal farmacológicamente aceptable del mismo, en donde Ar1 representa un grupo imidazolilo que puede substituirse por un grupo alquilo Cl-6, o similares, Ar2 representa un grupo fenilo que puede substituirse por un grupo alcoxi Cl-6, o similares, X1 representa un enlace doble o similares, y Het representa un grupo imidazolilo que puede substituirse por un grupo alquilo Cl-6, o similares. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sexta Edición es C07D 233/64, cuyos inventores son Kimura Teiji, Kitazawa Noritaka, Kaneko Toshihiko, Sato Nobuaki, Kawano Koki, Ito Koichi, Doi Eriko, Takaishi Mamoru, Sasaki Takeo, Doko Takashi, Miyagawa Takehiko y Hagiwara Hiroaki. La solicitud correspondiente lleva el número 10205 y fue presentada a las 14:04:08 del 14 de agosto de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 24 de setiembre del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(100060).

E1 señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794,  vecino  de  San José,  en  su  condición  de  apoderado  especial  de F. Hoffmann-La Roche AG., de Suiza, solicita la patente de invención denominada ANTICUERPOS FUCOSILADOS. La invención proporciona un anticuerpo humano de tipo IgG1 o IgG3 que ha sido glucosilado con una cadena glucídica en Asn297 que se caracteriza por que la cantidad de fucosa de dicha cadena glucídica es de al menos el 99% y además, la cantidad de Neu5Gc es de un 1% o inferior o la cantidad de alfa-1, 3-galactosa N-terminal es de un 1% o inferior, y la utilización del mismo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07K 16/28, cuyos inventores son Hansen, Silke, Kuenkele, Klaus-Peter, Reusch, Dietmar, Schumacher, Ralf. La solicitud correspondiente lleva el número 10300, y fue presentada a las 13:48:00 del 19 de setiembre de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de setiembre de 2008.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(100061).

E1 señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794 y vecino de San José, en su condición de apoderado especial de F. Hoffmann-La Roche AG., de Suiza, solicita la patente de invención denominada ANTICUERPOS CONTRA EL RECEPTOR DEL FACTOR DE CRECIMIENTO I SIMILAR A LA INSULINA Y USOS DEL MISMO. Un anticuerpo que se fija sobre el IGF-IR, es del tipo IgG1 o IgG3 humano y está glucosilado con una cadena azúcar en Asn297, dicho anticuerpo está caracterizado porque la cantidad de fucosa dentro de dicha cadena azúcar es por lo menos del 99% y además la cantidad de NGNA es del 1% o menos y/o la cantidad de alfa-1, 3-galactosa del extremo N es del 1% o menos, tiene propiedades mejoradas para la terapia antitumoral. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07K 16/28, cuyos inventores son Hansen, Silke, Kuenkele, Klaus-Peter, Reusch, Dietmar, Schumacher, Ralf. La solicitud correspondiente lleva el número 10301 y fue presentada a las 13:48:15 del 19 de setiembre de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.— San José, 23 de setiembre de 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(100062).

E1 señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794 y vecino de San José, en su condición de apoderado especial de F. Hoffmann-La Roche AG., de Suiza, solicita la patente de invención denominada TERAPIA TUMORAL CON UN ANTICUERPO CONTRA EL FACTOR DE CRECIMIENTO ENDOTELIAL VASCULAR Y UN ANTICUERPO CONTRA EL RECEPTOR DEL FACTOR DE CRECIMIENTO EPITELIAL TIPO 2 HUMANO. La presente invención proporciona un método para el tratamiento de la enfermedad de cáncer de mama en un paciente en el que previamente ha fallado un tratamiento con un anticuerpo anti-VEGF, que comprende la administración al paciente de una cantidad terapéuticamente efectiva de un anticuerpo anti-HER2 mientras se continúa dicha terapia con anticuerpo anti-VEGF. La invención también proporciona los correspondientes artículos de elaboración y las composiciones farmacéuticas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 39/395, cuyos inventores son Friess, Thomas, Hasmann, Max, Scheuer, Werner. La solicitud correspondiente lleva el número 10244 y fue presentada a las 13:31:15 del 26 de agosto de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de setiembre de 2008.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(100063).

E1 señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794 y vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Glaxo Group Limited, de Reino Unido, solicita la patente de invención denominada ANTICUERPOS CONTRA EL PEPTIDOB-AMILOIDE. Anticuerpos que se unen al péptido B-amiloide humano, métodos de tratamiento de enfermedades o trastornos caracterizados por una elevación de los niveles de B-amiloide o de los depósitos de B-amiloide con dichos anticuerpos, composiciones farmacéuticas que comprenden dichos anticuerpos y métodos de fabricación. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07K 16/18, cuyos inventores son: Burbidge, Stephen, Anthony, Ellis, Jonathan, Henry, Ford, Susannah, K, Germaschewski, Volker, Kumar, Umesh, Philpott, Karen, Louise, Soden, Peter, Ernest. La solicitud correspondiente lleva el número 10347, y fue presentada a las 13:50:30 del 07 de octubre de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.— San José, 09 de octubre de 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(100064).

E1 señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794 y, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Glaxo Group Limited, de Reino Unido, solicita la patente de invención denominada “COMPUESTOS QUE POTENCIAN EL RECEPTOR ÁCIDO a-AMINO-3-HIDROXI-5-METILISOXASOL-4-PROPIONICO Y USOS DE LOS MISMOS EN MEDICINA”. Se proporcionan compuestos de fórmula (I) y sales y solvatos: También se describen procedimientos para su preparación, composiciones farmacéuticas y usos de los mismos como un medicamento, por ejemplo en el tratamiento de una enfermedad o afección mediada por una reducción o desequilibrio en la función del receptor del glutamato, tal como esquizofrenia o deterioro cognitivo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 231/56, cuyos inventores son Bradley, Daniel, Marcus, Chan, Wai, Ngor, Harrison, Stephen, Thatcher, Robert, Thewlis, Kevin, Michael, Ward, Simon, Edward. La solicitud correspondiente lleva el número 10313 y fue presentada a las 14:01:23 del 23 de setiembre de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.— San José, 25 de setiembre de 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(100065).

E1 señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-0335-0794 y vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Glaxo Group Limited, de Reino Unido, solicita la patente de invención denominada DERIVADOS DE AZABICICLO[3.1.0] HEXIL COMO MODULARES DE LOS RECEPTORES DE DOPAMINA D3. La presente invención se refiere a nuevos compuestos de fórmula (I) o una sal de los mismos: donde G se selecciona entre un grupo que consiste en: fenilo, un grupo heteroarilo monocíclico de 5 ó 6 miembros o un grupo heteroarilo bicíclico de 8 a 11 miembros; A es un grupo P1 o un grupo P2 donde P1 es y P2 es, p es un número entero que varía de 0 a 5; R1 es halógeno, hidroxi, ciano, alquilo C1-4, haloalquilo C1-4, alcoxi C1-4, haloalcoxi C1-4, alcanoílo C1-4, y SF5; o corresponde a un grupo R6; y donde p es un número entero que varía de 2 a 5, pudiendo ser os R1 iguales o diferentes. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 401/14, cuyos inventores son Bertani, Bárbara, Bonanomi, Giorgio, Capelli, Anna María, Checchia, Anna, Di Fabio, Romano, Gentile, Gabriella, Micheli, Fabrizio, Pasquarello, Alessandra, Tedesco, Giovanna, Terreni, Silvia. La solicitud correspondiente lleva el número 10346, y fue presentada a las 13:48:03 del 07 de octubre de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.— San José, 09 de octubre de 2008.—Lic. Karina Arrieta Rodríguez, Registradora.—(100066).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794 y vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Glaxo Group Limited, de Reino Unido, solicita la patente de invención denominada Sal de ácido succínico del éster 1-[2-(2-cloro-4-{[(R)-2-hidroxi-2-(8-hidroxi-2-oxo-1,2-dihidroquinolin-5-il)etilm ino]metil}-5-metoxifenilcarbamoil)etil]piperidin-4-ílicodelácidobifenil2ilcarbámi coysuusoparaeltratamientodetrastornospulmonar. Una sal del ácido succínico de 1-[2-(2-cloro-4-{[R)-2-hidroxi-2-(8-hidroxi-2-oxo-1,2-dihidroquinolin-5-il)etilam ino]metil}-5-metoxifenilcarbamoil)etil]piperidin-4-il éster del ácido bifenil-2-ilcarbámico o un solvato de la misma, para su uso en el tratamiento de trastornos pulmonares. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 401/12, cuyos inventores son Chudasama, Reshma, Kennedy, Andrew, Kindon, Leanda, Jane, Mallet, Franck, Patrick. La solicitud correspondiente lleva el número 10227, y fue presentada a las 14:10:13 del 20 de agosto de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de setiembre de 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(100067).

E1 señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794 y, vecino de San José, en su condición de apoderado especial Glaxo Smithkline Biologicals S. A., de Bélgica, solicita la patente de invención denominada COMPOSICIÓN INMUNOGÉNICA. La presente solicitud se refiere a composiciones inmunogénicas que comprenden el polisacárido u oligosacárido capsular tipo 5 y7u 8 de s. aureus, que está entre 30-100% 0-acetilado. También se describen vacunas, métodos de tratamiento y procesos que se utilizan para fabricar una composición inmunogénica que comprende polisacáridos capsulares tipo 5 y/u 8 con 30-100% de 0-acetilación. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 39/085, cuyos inventores son Denoel, Philippe, Poolman, Jan. La solicitud correspondiente lleva el número 10348, y fue presentada a las 13:51:00 del 07 de octubre de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 09 de octubre de 2008.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(100068).

E1 señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794 y, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Glaxo Group Limited, de Reino Unido, solicita la patente de invención denominada DERIVADOS DE BENZOISOINDOL PARA EL TRATAMIENTO DEL DOLOR. Un compuesto de fórmula (I), o un derivado farmacéuticamente aceptable del mismo, en donde R1, R2, R3, X y Y son como se define en la especificación; un procedimiento para preparar dichos compuestos; una composición farmacéutica que comprende dichos compuestos; y el uso de dichos compuestos en medicina. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 209/64, cuyos inventores son Healy Mark Patrick, Giblin Gerard Martin Paul, Price Helen Susanne. La solicitud correspondiente lleva el número 10210, y fue presentada a las 14:11:30 del 14 de agosto de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de setiembre de 2008.—Lic. Karina Arrieta Rodríguez, Registradora.—(100069).

E1 señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794 y, vecino de San José, en su condición de apoderado especial Incyte Corporation, de E.U.A., solicita la patente de invención denominada COMPUESTOS DE AMIDO Y SUS USOS COMO FARMACEUTICOS. La presente invención se refiere a inhibidores de 11-B hidroxil esteroide deshidrogenasa tipo 1, antagonistas del receptor mineralocorticoide (MR), y composiciones farmacéuticas de los mismos. Los compuestos de la invención pueden ser útiles en el tratamiento de varias enfermedades asociadas con la expresión o actividad de 11-B hidroxil esteroide deshidrogenasa tipo 1 y/o enfermedades asociadas con exceso de aldosterona. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31/506, cuyos inventores son Yao Wenqing, Zhuo Jincong, Metcalf Brian W, Qian Ding-Quan, Li Yanlong. La solicitud correspondiente lleva el número 8901, y fue presentada a las 13:15:54 del 05 de febrero de 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguiente a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de setiembre de 2008.— Lic. Karina Arrieta Rodríguez, Registradora.—(100070).

E1 señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794 y, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Ineos Healthcare Limited, de Reino Unido, solicita la patente de invención denominada MATERIAL. Se provee un material granular que comprende (I) al menos 50% en peso en base al peso del material granular del compuesto metálico mixto insoluble en agua sólido capaz de unir fosfato de la fórmula (I): donde M II es al menos uno de magnesio, calcio, lantano y cerio; M III es al menos hierro (III); A n- es al menos un anión n-valente La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 9/16, cuyos inventores son Pennell, Ruth, Diane, Newton, Maurice, Sidney, Morrison, James, David, Toft, Alexis, John, Rhodes, Nigel, Peter. La solicitud correspondiente lleva el número 10185, y fue presentada a las 13:44:23 del 30 de julio de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de setiembre de 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(100071).

E1 señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794 y, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de International Concept Technologies NV., de Reino Unido, solicita la patente de invención denominada COMPONENTES CONSTRUCTIVOS COMPUESTOS. Se describe un tablero estructural aislado que tiene un núcleo (40) de poliestireno expandido intercalado entre, y unido a dos revestimientos. Los revestimientos están unidos a las caras del núcleo formado por moldeado. Preferentemente, el núcleo es una moldura de polímero expandido, y el polímero preferido es poliestireno. El tablero es útil como componente constructivo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es E04C 2/52, cuyos inventores son Tor Hoie, Swann Peter J, Anthony Palmer. La solicitud correspondiente lleva el número 6792, y fue presentada a las 11:52:00 del 17 de octubre de 2002. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguiente a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de setiembre de 2008.— Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(100072).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula número 1- 335- 794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Makhteshim Chemical Works Ltd, de Israel, solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIONES DE PROCESOS DE AMBIENTES COMPATIBLES TRATADOS SIMILARMENTE. La presente invención se refiere a procesos ambientalmente aceptables y composiciones para prevenir el deterioro cualitativo y la pérdida cuantitativa de materias de plantas y de alimentos, durante todos los estados de almacenaje y manipulación, incluyendo pre y post cosecha, pre y post plantación, distribución y mercadeo, tanto como para prevenir la brotación, enraizamiento y promover la fecundidad de ciertos materiales de plantas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A23B 7/14, cuyo (s) inventor (s) es (son) Eliahyu Margalit, Nimrod Ben Yehuda. La solicitud correspondiente lleva el número 6061 y fue presentada a las 12:56:00 del 7 de julio de 1999. Cualquier interesado, podrá oponerse dentro de los 3 meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de setiembre de 2008.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(100074).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula Nº 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Merck & Co, Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada AMINOTETRAHIDROPIRANOS COMO INIHIBIDORES DE DIPEPTIDIL PEPTIDASA-IV PARA EL TRATAMIENTO O PREVENCIÓN DE DIABETES. La presente invención se refiere a aminotetrahidropiranos sustituidos novedosos de la fórmula estructural I que son inhibidores de la enzima dipeptidil peptidasa-IV y que son útiles en el tratamiento o prevención de enfermedades en las que está implicada la enzima dipeptidil peptidasa-IV, tales como diabetes y en particular diabetes de tipo 2. La invención también se refiere a composiciones farmacéuticas que comprenden estos compuestos y al uso de estos compuestos y composiciones en la prevención o tratamiento de dichas enfermedades en las que está implicada la enzima dipeptidil peptidasa-IV. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 487/04, cuyo(s) inventor(es) es(son) Biftu, Tesfaye, Weber, Ann, E. La solicitud correspondiente lleva el número 10343, y fue presentada a las 14:22:08 del 06 de octubre de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.— San José, 08 de octubre del 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(100075).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula Nº 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Merck & Co, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada ANTAGONISTAS DE LOS PIRIDIL AMIDA DE LOS CANALES DE CALCIO DE TIPO T. La presente invención se refiere a compuestos de piridil amida que son antagonistas de los canales de calcio de tipo T, y que son útiles en el tratamiento o prevención de trastornos y enfermedades en las que están implicados los canales de calcio de tipo T. La invención también se refiere a composiciones farmacéuticas que comprenden estos compuestos y al uso de estos compuestos y composiciones en la prevención o tratamiento de dichas enfermedades en las que están implicados los canales de calcio de tipo T. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 213/40, cuyo(s) inventor(es) es(son) Barrow, James, C, Bieber, Kelly-Ann, S., Cube, Rowena, V., Mattern, Mamio Christa, Reger, Thomas, S, Shu, Youheng, Yang, Zhi-Qiang. La solicitud correspondiente lleva el número 10355, y fue presentada a las 13:58:32 del 7 de octubre de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de octubre del 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(100076).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Sanofi-Aventis, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS DÍMEROS AGONISTAS DE LOS RECEPTORES DE LOS FGF (FGFR), SU PROCESO DE PREPARACIÓN Y SU APLICACIÓN EN TERAPEUTICA. Compuestos agonistas de los receptores FGF que responden a la fórmula general M1-L-M2 en la que M1 o M2 idénticos o diferentes representan cada uno independientemente el uno del otro una unidad monómera M y L representa un grupo de unión que une M1 y M2 de manera covalente, con dicha unidad monómera que responde la fórmula general M siguiente: (I). Proceso de preparación en terapéutica. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31/435, cuyo(s) inventor(es) es(son) Bono, Francoise, Guillo, Nathalie, Maffrand, Jean-Pierre, Fons, Pierre, Olsen, Jacob-Alsboek, Anne-Archard, Gilles. La solicitud correspondiente lleva el número 10097, y fue presentada a las 13:55:20 del 20 de Junio de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de setiembre del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(100077).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-0335-0794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Smithkline Beecham Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE TIAZOLIDINADIONA COMO INHIBIDORES DE LA P13 QUINASA. Se ha inventado un método para inhibir la actividad/función de las PI3 quinasas usando derivados de tiazolidinadiona. También se ha inventado un método para tratar uno o más estados de enfermedad seleccionados entre: trastornos autoinmunes, enfermedades inflamatorias, enfermedades cardiovasculares, enfermedades neurodegenerativas, alergia, asma, pancreatitis, fallo multiorgánico, enfermedades renales, agregación plaquetaria, cáncer, motilidad de los espermatozoides, rechazo de trasplantes, rechazo de injertos y lesiones pulmonares mediante la administración de derivados de tiazolidinadiona. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31/4709, cuyo(s) inventor(es) es(son) Darcy, Michael, Gerard, Knight, Steven, David, Adams, Nicholas, D, Schmidt, Stanley, J. La solicitud correspondiente lleva el Nº 10354, y fue presentada a las 13:58:13 del 7 de octubre de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de octubre del 2008.—Lic. Karina Arrieta Rodríguez, Registradora.—(100078).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Mobipay International S. A., de España, solicita la Patente de Invención denominada SISTEMA DE TRANSACCIONES Y PAGOS MEDIANTE TELÉFONO MÓVIL DIGITAL. Permite el empleo de cualquier tipo de teléfono móvil como medio activador de medios de pago, a través de cualquier red de telefonía móvil de cualquier tecnología de cualquier país conectado al sistema. Comprende una pluralidad de centros procesadores de operaciones y pagos de diferentes países, que están interconectados entre sí mediante procesadores de direccionamiento internacional para realizar transacciones y pagos entre usuarios-pagadores y beneficiarios asociados al sistema seleccionado entre el mismo y diferente de país. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sexta Edición es G07F 19/00, cuyo (s) inventor (es) es (son) García Ruano Lucía, Sánchez Santos Gerardo, De Casso Basterrechea Ignacio y Jiménez Sánchez Arturo. La solicitud correspondiente lleva el número 8225 y fue presentada a las 12:49:20 del 2 de febrero de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 12 de setiembre del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(100079).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-0335-0794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Rohm And Haas Company, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada FORMULACIONES DE ACEITE. Se provee una composición que comprende un medio de aceite, en donde las partículas están suspendidas en dicho medio de aceite, en donde dichas partículas comprenden ciclopropeno y agente de encapsulación molecular, y en donde dichas partículas tienen tamaño medio, medido por la dimensión más grande de 50 micrómetros o menos. También se provee un método para preparar tal composición y un método para tratar plantas mediante contacto con la composición. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C01 /, cuyo(s) inventor(es) es(son) Kostansek, Edward Charles. La solicitud correspondiente lleva el número 10150, y fue presentada a las 14:13:30 del 16 de julio de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de setiembre del 2008.—Lic. Karina Arrieta Rodríguez, Registradora.—(100080).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad. 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Schering Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada FORMULACIONES ESTABLES, LIQUIDAS Y SÓLIDAS. Se describen composiciones farmacéuticas estables que contienen antihistaminas no sedantes y un descongestionante nasal como sulfato de pseudoefedrina y por lo menos un vehículo aceptable para uso farmacéutico, y composiciones farmacéuticas estables que contienen antihistaminas no sedantes como loratadina, descongestionantes nasales como pseudoefedrina, y un expectorante como abroxol y, por lo menos, un vehículo aceptable para uso farmacéutico, que sean estables a la degradación física y química y a la contaminación por microbios. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31/445, cuyo(s) inventor(es) es(son) Sergio Lugo Ulloa, José de Jesús Villacampa Ramos. La solicitud correspondiente lleva el número 6804, y fue presentada a las 12:47:00 del 31 de octubre de 2002. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguiente a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de setiembre del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(100081).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Smithkline Beecham Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS QUÍMICOS. La presente invención se refiere generalmente a compuestos terapéuticos novedosos y agonistas AXOR 109, y procesos para la fabricación y uso de los mismos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31 /132, cuyo(s) inventor(es) es(son) Szewczyk, Jerzy Ryszard, Laudeman, Christopher P., Evans, Karen Anderson, Li, Yue H., Dock, Steven Thomas, Chen, Zibin. La solicitud correspondiente lleva el número 10157, y fue presentada a las 14:06:10 del 17 de julio del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de setiembre del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(100083).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Societe des Produits Nestle S. A., de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada PRODUCTO COMESTIBLE ENCAPSULADO CON COMPONENTES CONTRASTANTES. Un producto alimenticio que comprende una envoltura hidrocoloide libre de gelatina en base a agua que puede soportar cambios en temperatura que se acerque a un centro sólido, líquido, suave o particulado y un proceso para la producción de un producto alimenticio comprendiendo una envoltura hidrocoloide libre de gelatina en base a agua que envuelve un centro duro, líquido, suave o pulverizado el cual comprende la preparación de una masa líquida parcialmente hidrocoloide e inyectado con un centro particulado, suave, líquido o duro y finalmente completando la preparación de la masa hidrocoloide. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A23G 3/00, cuyo(s) inventor(es) es(son) Jones Adrienne Sarah, Ong Mei Horng, Soldani Cristiana. La solicitud correspondiente lleva el número 6954, y fue presentada a las 13:35:00 del 7 de abril de 2003. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguiente a la tercera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de setiembre del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(100084).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-0335-0794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Sygenta Limited, de Reino Unido, solicita la Patente de Invención denominada SISTEMAS PARA MEDIR Y SURTIR LIQUIDOS. Un recipiente “puente” (2) se utiliza junto con un surtidor (22) para recibir una dosis medida de un líquido a partir de una reserva (26). El surtidor (22) incluye una cámara medidora llenada y vaciada por un par de válvulas (43 y 58) accionadas por un eje común (40). El recipiente “puente” (2) cuenta con un manguito posicionador (12) que se engancha en una ranura posicionada (36) en el surtidor (22) para alinear axialmente el recipiente “puente” (2) con el surtidor. El recipiente “puente” (2) cuenta con una espiga (14) montada al eje (40) para concretar la descarga del líquido al recipiente “puente” (2). El collar (6) del recipiente “puente” (2) cuenta con un par de fiadores (8) que calzan en sus respectivas ranuras (38) en la circunferencia esterior del surtidor (22). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es G01F 11/32, cuyo(s) inventor(es) es(son) Stephen Frederick Kelsey, John Madoc Kelso, Gerard Michael O’brien. La solicitud correspondiente lleva el número 7036, y fue presentada a las 12:52:35 del 24 de julio de 2003. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguiente a la tercera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de setiembre del 2008.—Lic. Karina Arrieta Rodríguez, Registradora.— (100085).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-0335-0794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada N-SULFONILACIÓN SELECTIVA DE ALCOHOLES 2-AMINO TRIFLUOROALQUILO SUSTITUIDOS. Se proveen procedimientos para la preparación de derivados N-(2-hidroxialquilo) heteroareno- y bencensulfonamida trifluoroalquilo sustituidos de fórmula (I) o fórmula (II) (en donde las variables se definen en las reivindicaciones) y comprenden hacer reaccionar un amino alcohol sustituido con trifluoroalquilo, un cloruro de sulfonilo y un sistema de base/solvente seleccionado del grupo que consiste en (a) 4-metilmorfolina/acetato de isopropilo, (b) base de Hünig/tetrahidrofurano, (c) 4-metilmorfolina/acetonitrillo, (d) 4-metilmorfolina/propionitrilo y (e) 4-metilmorfolina/tolueno. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 333/34, cuyo(s) inventor(es) es(son) Chan Anita Wai-Yin, Jianxin Ren, Ghosh Mousumi, Raveendranath Panolil. La solicitud correspondiente lleva el número 10158 y fue presentada a las 14:06:26 del 17 de julio de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de setiembre del 2008.—Lic. Karina Arrieta Rodríguez, Registradora.—(100086).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-0335-0794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada PROCEDIMIENTO PARA PREPARAR CONJUGADOS DE POLIETILENGLICOL SOLUBLES EN AGUA DE INMUNOSUPRESORES DE MACROLIDOS. Se describen procedimientos para preparar rapamicinas 42-pegiladas incluyendo hacer reaccionar una rapamicina con un agente de acilación en presencia de una lipasa para formar una rapamicina acilada y hacer reaccionar la rapamicina acilada o un derivado de metoxipolietilenglicol en presencia de una base; también se describen procedimientos para preparar tacrolimo y/o ascomicina 32-pegilados utilizando estos pasos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 47/48, cuyo(s) inventor(es) es(son) Gu Jianxin, Ruppen Mark, Zhu Tianmin, Fawzi Mahdi. La solicitud correspondiente lleva el número 10234 y fue presentada a las 14:20:18 del 21 de agosto de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de octubre de 2008.—Lic. Karina Arrieta Rodríguez, Registradora.—(100087).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, Abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada  INHIBIDORES DE FLUOR YTRIFLUOROALQUILO QUE CONTIENEN HETEROCÍCLICOS DE LA PRODUCCIÓN BETA AMILOIDE DERIVADOS DE LOS MISMOS. La presente invención se refiere a compuestos de Fórmula (I), en donde T es CHO, COR8, o C(OH) R1R2; R1 y R2 son hidrógeno, opcionalmente alquilo inferior sustituido, CF3, opcionalmente alquenilo sustituido, o alquinilo opcionalmente sustituido; R3 es hidrógeno o alquilo inferior opcionalmente sustituido; R4 es (CF3) nalquilo (fenilo sustituido), o (F)ncicloalquilo; n=1-3; R5 es hidrógeno, halógeno, CF3, dieno fusionado a Y cuando Y=C, o dieno fusionado a Y cuando Y=C; W, Y y Z son C, CR6 o N, en donde al menos uno de W, Y o Z son C; R6 es hidrógeno, halógeno o alquilo inferior opcionalmente sustituido. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 333/34, cuyo(s) inventor(es) es(son) Frank Antohny Kreft, Lynn Resnick, Christian Scott Mayer, George Diamantidis, Cecil Dereck Cole, Tingzhong Wang, Molly Hoke, Lynn Boyd Harrison, Minsheng Zhang, Rocco John Galante. La solicitud correspondiente lleva el número 7951 y fue presentada a las 12:38:47 del 19 de agosto de 2005 Cualquier interesado, podrá oponerse dentro de los 3 meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 7 de octubre de 2008.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(100088).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula Nº 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada MÉTODOS PARA EL USO DE ANTICUERPOS CONTRA IL-22 HUMANA. La presente solicitud proporciona anticuerpos humanos y fragmentos de los mismos aglutinantes con antígeno que específicamente se aglutinan con la interleucina-22 humana (IL-22) y métodos para usarse estos anticuerpos, por ejemplo, en el diagnóstico, tratamiento o prevención de trastornos inflamatorios, enfermedades autoinmunes, alergias, choque séptico, trastornos infecciosos, rechazo del transplante, cáncer y otros trastornos del sistema inmune. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 39/395, cuyo(s) inventor(es) es(son) Fouser, Lynette, A., Hegen, Martin, Luxenberg, Deborah, P., O’toole, Margot. La solicitud correspondiente lleva el número 10231, y fue presentada a las 14:19:22 del 21 de agosto de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.— San José, 30 de setiembre de 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(100089).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, Abogado, cédula de identidad número 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Alcoa Closure Systems International Inc., de los Estados Unidos, solicita la Patente de Invención denominada ENVASE CON TRANSPONDEDOR INTEGRADO. La presente invención se refiere a un envase de producto (10) que comprende los principios de la presente invención que incluye un dispositivo de circuito integrado (16) el cual se configura para la interconexión de radiofrecuencia con el equipo asociado. El envase se configura de modo que el dispositivo de circuito integrado se coloca dentro del envase, asegurando así que el dispositivo permanezca asociado con los contenidos del envase. La clasificación internacional de patentes sexta edición es G06K 19/04 cuyos inventores son Carr Timothy; Landskrone, Siegfried; Smeyak, Lawrence, M; Powell, Mark, A; Gatlin-Chamabers, Sharon L; Ziegler, John; La solicitud correspondiente lleva el número 7073, y fue presentada a las 13:11:33 del 11 de setiembre del 2003. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 24 de setiembre del 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(100090).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, Abogado, cédula de identidad número 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Basf SE de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada UN METODO PARA CONTROLAR MALEZAS ACUÁTICAS. La presente invención se relaciona con un método para el control de plagas malezas acuáticas el cual comprende aplicar cantidades efectivas herbicidas de al menos un compuesto de fórmula (I) en donde X es un halógeno y R es un halógeno o C1-C6 alquil, y/o una o más sales aceptables para agricultura de las mismas para actuar sobre malezas sumergidas en el agua y/o su hábitat acuático conteniendo semillas u otros órganos de propagación o dichas malezas acuáticas. La clasificación internacional de patentes sexta edición es A01N 43/42 cuyos inventores son Zawierucha, Joseph; Glenn, Oliver, W; Evans, Richard, R; Horton, Todd, Beran, Danniel, D., Vollmer, Joseph, G., Burns, Alane, J-Bo, Birk, Jeffrey, H., Miller, Derek, W, Knight, Timothy, P., La solicitud correspondiente lleva el número 10079, y fue presentada a las 14:38:25 del 17 de junio del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 24 de setiembre del 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(100091).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Bridgestone/Firestone North American Tire, Llc., de Estados Unidos de América, solicita el modelo industrial denominado BANDA DE RODADURA DE NEUMÁTICO.

Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

El diseño ornamental para una rodadura de neumático. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es 12-15, cuyo (s) inventor (es) es (son) Stuart A. Miller, Andrea Kindig y Bradley Jameyson Harris. La solicitud correspondiente lleva el número 7826 y fue presentada a las 12:15:45 del 5 de mayo de 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de setiembre del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(100092).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, Abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Bridgestone/ Firestone North American Tire, Llc, de E.U.A., solicita el Modelo Industrial denominada DIBUJOS DE NEUMÁTICOS.

Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

Es un dibujo de neumáticos tal y como se muestra y describe. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es 12/15, cuyo(s) inventor(es) es(son) Keith A. Dumigan, Timothy J. Lassan, John J. Regallis. La solicitud correspondiente lleva el número 7972, y fue presentada a las 12:57:51 del 5 de setiembre del 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguiente a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 2 de octubre del 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(100093).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, CED. 1-335-794, mayor, Abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Companhia Brasileira de Bebidas, de Brasil, solicita el Modelo Industrial denominado CONFIGURACIÓN APLICADA A UNA BOTELLA.

Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

Configuración aplicada a botella caracterizada que está sustancialmente en conformidad con las figuras y sus variantes en el anexo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es 09 /01, cuyo(s) inventor(es) es(son) Maaike Van Besien, Jose Gretry, David Van Wees, Devin Kelly. La solicitud correspondiente lleva el número 7825, y fue presentada a las 12:16:10 del 5 de mayo de 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguiente a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de setiembre del 2008.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(100094).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Dart Industries Inc., de Estados Unidos de América, solicita el modelo industrial denominado RECIPIENTE PARA AJO.

Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

El diseño ornamental para recipiente para ajo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es 07-01, cuyo (s) inventor (es) es (son) Famia E. Ablo. La solicitud correspondiente lleva el número 8300 y fue presentada a las 13:41:18 del 17 de marzo de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de setiembre del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(100095).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, Abogado, cédula número 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Parfums Christian Dior S. A., de Francia, solicita el Modelo Industrial denominado DISEÑO DE BOTELLA J’ADORE.

Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

El presente diseño industrial se refiere a un contenedor para perfumes, consistente en una botella o frasco, cuya forma y características se especifican a continuación en los dibujos que forman parte de esta memoria descriptiva. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es 09-01, cuyo inventor es Herve Van Der Straeten. La solicitud correspondiente lleva el número 6028, y fue presentada a las 12:43:00 del 20 de mayo de 1999. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los 3 meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de setiembre del 2008.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(100096).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

La señorita Saada Margarita de Lima A., mayor, venezolana, soltera, instructora física, número de pasaporte B0275849 y Carmen Eugenia Quesada Vargas, mayor, costarricense, soltera, instructora de spinning, cédula de identidad Nº 1-606-862, ambas vecinas de Heredia, solicitan la Patente de Invención denominada ARTÍCULO PORTÁTIL PARA EJERCICIOS FÍSICOS DESLIZANTE A 360 GRADOS CON CARACTERÍSTICAS PARA AJUSTE DE PARTES COMPLEMENTARIAS RESILIENTES. Artículo novedoso y portátil para ejercicios físicos. Consiste en una base o superficie cohesionada ajustada a un mecanismo o medio que permite el deslizamiento en 360 grados según dirección y amplitud de fuerza aplicada. Comprende además de características que permiten el ajuste de partes accesorias resilientes que amplían las posibilidades de su uso y aplicaciones. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sexta Edición es A63B 17/00, cuyo(s) inventor (es) es (son) Saada Margarita de Lima A. y Carmen Eugenia Quesada Vargas. La solicitud correspondiente lleva el número 9549, y fue presentada a las 9:32:14 del 26 de noviembre de 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de setiembre del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—Nº 68678.—(100131).

El señor Néstor Morera Víquez, mayor, casado una vez, abogado, cédula Nº 1-1018-975, vecino de Heredia, en su condición de apoderado especial de Nariko Ohara, de Japón, Kuniaki Takamatsu, de Japón, solicita el Diseño Industrial denominada BRAZALETE.

Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

El diseño consiste en un brazalete para ser utilizado en las muñecas o en los tobillos y se limita a los colores que se detallan en los dibujos aportados en el expediente. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es 11/1, cuyo(s) inventor(es) es (son) Nariko Ohara, Kuniaki Takamatsu. La solicitud correspondiente lleva el número 10223, y fue presentada a las 13:27:20 del 20 de agosto de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de agosto del 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Nº 68765.—(100132).

El señor Néstor Morera Víquez, mayor, abogado, cédula de identidad Nº 1-1018-0975, vecino de Heredia, en su condición de apoderado especial de Panacea Biotec Ltd, de India, solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIONES FARMACÉUTICAS DE LIBERACIÓN SOSTENIDA Y SU PROCEDIMIENTO. Composiciones farmacéuticas de liberación sostenida novedosas que comprenden al menos un o unos ingredientes activos, o sus formas tautoméricas, análogos, isómeros, polimorfos, solvatos o sales de los mismos; preferiblemente se suministra un agente activo antiviral. También se provee un proceso de preparación de tal composición y el método para su utilización. Las composiciones de liberación sostenida de la presente invención son capaces de liberar el agente activo en una forma deseada por un periodo extendido de tiempo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 9 /20, cuyos inventores son Rajesh Jain, Kour Chand Jindal, Sukhjeet Singh, Sanjay Boldhane. La solicitud correspondiente lleva el número 9705 y fue presentada a las 14:06:42 de 29 de enero de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de agosto de 2008.—Lic. Karina Arrieta Rodríguez, Registradora.—Nº 68767.—(100133).

El señor Néstor Morera Víquez, mayor, abogado, cédula de identidad Nº 1-1018-0975, vecino de Heredia, en su condición de apoderado especial de Panacea Biotec Ltd, de India, solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIONES INYECTABLES NOVEDOSAS Y PROCEDIMIENTO PARA LA PREPARACIÓN DE DICHAS COMPOSICIONES. Se proporcionan composiciones farmacéuticas inyectables altamente estables y novedosas que comprenden por lo menos un inhibidor de enzima ciclooxigenasa II (COX II) o fármaco anti-inflamatorio no esteroidal (NSAID) o inhibidor de COX/LOX, o sus formas tautoméricas, análogos, isómeros, polimorfos, solvatos, profármacos o sales de los mismos como ingrediente activo adecuado para administración parenteral preferiblemente por vía intramuscular (IM) o intravenosa (IV); procedimiento para preparar dichas composiciones y métodos terapéuticos para utilizar dichas composiciones. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 9 /08, cuyos inventores son: Rajesh Jain, Kour Chand Jindal, Sukhjeet Singh, Sanjay Boldhane. La solicitud correspondiente lleva el número 9616 y fue presentada a las 14:46:10 de 19 de diciembre de 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de agosto de 2008.—Lic. Karina Arrieta Rodríguez, Registradora.—Nº 68768.—(100134).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula Nº 1-669-228, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Pharmacia Italia S.P.A, de Italia, solicita la Patente de Invención denominada: DERIVADOS SUSTITUIDOS DE PIRROLO-PIRAZOL INHIBIDORES DE QUINASA (DIVISIONAL). Se revelan compuestos representados por las fórmulas (Ia) o (Ib) y en donde R y R1 son como se definieron en la descripción, y sales farmacéuticamente aceptables de los mismos, dichos compuestos son útiles en el tratamiento de trastornos proliferativos del ciclo celular, por ej. cáncer, asociados con una actividad alterada de la quinasa dependientes del ciclo celular. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 487/04, cuyos inventores son María Gabriela Brasca, Rafaella Amici, Daniele Fancelli, Marcella Nesi, Paolo Orsini, Fabricio Orzi, Patrick Roussel, Anna Vulpetti, Paolo Pevarello. La solicitud correspondiente lleva el número 10370, y fue presentada a las 10:41:16 del 16 de octubre del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de octubre del 2008.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—Nº 68965.—(100816).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula Nº 1-669-228, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Warner Lambert Company LLC, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada: FORMAS CRISTALINAS DE SAL DE CALCIO DEL ÁCIDO (R-(R R)-2-(4-FLUOROFENIL)-BETA, DELTA DIHIDROXI-5-(1-METILETIL)-3-FENIL-4-FENILLAMINO) CARBONIL-1H-PIRROL-1-HEPTANÓICO (2:1). Se describen formas cristalinas de la sal hemicálcica del ácido [R- (R*,R*)] -2- (4-fluorofenil)-B-c-dihidroxi-5-(1-metiletil)-3-fenil-4-[(fenilamino) carbonil]-1H-pirrol-1-heptanoico, denominadas Forma V, Forma VI, Forma VII, Forma VIII, Forma IX, Forma X, Forma XI, Forma XII, Forma XV, Forma XVI, Forma XVII, Forma XVIII y Forma XIX, que se caracterizan por sus patrones de difracción de rayos X en polvo, RMN de estado sólido y/o espectroscopía de Raman; así como procedimientos para su preparación y composiciones farmacéuticas de las mismas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 207/34, cuyos inventores son Stephen Robert, Byrn, David Andrew, Coates, Karen Sue, Gushurst, Henry Grant, Morrison, Aeri Park, Petinka Ivanova Vlahova, Zheng Jane Li, Joseph Francis Krzyzaniak. La solicitud correspondiente lleva el número 9741, y fue presentada a las 14:58:03 del 15 de febrero del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguiente a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de octubre del 2008.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—Nº 68968.—(100817).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula de identidad Nº 1-0669-0228, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Array Biopharma Inc, de E.U.A., Genentech, Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada: COMPUESTOS PIRAZOLICOS HETEROBICICLICOS Y MÉTODOS DE USO. Los compuestos de Fórmulas Ia y Ib, estereoisómeros, isómeros geométricos, tautómeros, solvatos, metabolitos y sus sales aceptables para uso farmacéutico, son útiles para inhibir tirosina quinasas receptoras y para tratar trastornos mediados por las mismas. Se describen los métodos de uso de los compuestos de Fórmula Ia y Ib, y estereoisómeros, isómeros geométricos, tautómeros, solvatos y sus sales aceptables para uso farmacéutico, para el diagnóstico, in vitro, in situ e in vivo, prevención o tratamiento de tales trastornos en células de mamíferos o afecciones patológicas asociadas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 471/04, cuyos inventores son Blake James F., Boyd Steven Armen, Cohen Frederick, De Meese Jason, Fong Kin Chiu, Gaudino John J., Kaplan Tomas, Marlow Allison L., Seo Jeongbeob, Thomas Allen A., Tian Hongqi, Young Wendy B. La solicitud correspondiente lleva el número 10338, y fue presentada a las 10:19:25 del 2 de octubre del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de octubre del 2008.—Lic. Karina Arrieta Rodríguez, Registradora.—Nº 68969.—(100818).

La señora Adriana Oreamuno Montano, mayor, abogada, cédula de identidad Nº 1-1147-0550, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Colgate Palmolive Company, de E.U.A., solicita el Modelo Industrial denominado: CONTENEDOR.

Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

El diseño ornamental del Contenedor tal y como se muestra y se describe. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es 9 /03, cuyo inventor es Kiat-Cheong Toh. La solicitud correspondiente lleva el número 9399, y fue presentada a las 13:46:55 del 27 de setiembre del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 8 de octubre del 2008.—Lic. Karina Arrieta Rodríguez, Registradora.—Nº 68972.—(100819).

La señora Monserrat Alfaro Solano, mayor, abogada, cédula de identidad Nº 1-1149-0181, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Berlin Chemie AG., de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada: COMPOSICIÓN FARMACÉUTICA FOTO ESTABLE QUE CONTIENE BRIVUDINA PARA EL TRATAMIENTO DE LA HERPES KERATITIS. Composición oftalmológica que contiene de 0,05 a 0,3% w/w de brivudina como ingrediente activo y la formación de una película de agentes seleccionados de entre el grupo consistente en pyrrolidone de polivinilo (PVP), alcohol de polivinilo (PVA) y polyacrylate (PA). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 9 /08, cuyos inventores son: Wihsmann, Marc, Schmitz, Reinhard. La solicitud correspondiente lleva el número 9839, y fue presentada a las 12:49:17 de 27 de marzo del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de setiembre del 2008.—Lic. Karina Arrieta Rodríguez, Registradora.—Nº 69071.—(100820).

La señora Mónica Zamora Ulloa, mayor, casada una vez, abogada, cédula de identidad Nº 1-878-884, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Cemex Trademarks Worldwide Ltd., de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada: ADITIVO PARA CONCRETO Y MORTERO, UN PROCESO PARA SU PREPARACIÓN Y USO, ASÍ COMO CONCRETO O MORTERO CON DICHO ACTIVO. Se prepara un aditivo para concreto y mortero autocompactable formado por una suspensión acuosa, madurada y estabilizada durante 1-7 días, de preferencia 1-2 días, con una consistencia adaptada al equipo de dosificación que se utiliza para dosificar el aditivo cuando se mezclan concreto o mortero y con un pH de 6.5 -8, de preferencia 7, y con 5-30, de preferencia 8-20, de preferencia 10-12% por peso de un sólido seco de un tipo de arcilla, que está formada por minerales arcillosos seleccionada del grupo de esmectita, vermiculita y/o clorita. La clasificación internacional de patentes sexta edición es C04B 14/10, cuyos inventores son Scheye, Freddie. La solicitud correspondiente lleva el número 9154, y fue presentada a las 13:59:32 del 25 de mayo del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de julio del 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Nº 69079.—(100821).

La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, mayor, abogada, cédula de identidad Nº 1-0812-0604, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Bayer Cropscience AG, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada: FORMULACIÓN SÓLIDA DE MEZCLAS FUNGICIDAS. Se describen formulaciones de plaguicidas, los cuales sufren riesgo de cristalización en agua al ser diluida la formulación en la que están presentes como ingredientes activos. Las presentes formulaciones se caracterizan por elevada vida media (“shelf stability”), elevado tiempo de cristalización una vez, la formulación se diluye en agua, mojabilidad mejorada, y estabilidad de la emulsión excelente. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A01N 25/22, cuyos inventores son Casaña Giner, Víctor, Gimeno Sierra, Miguel, Gimeno Sierra, Bárbara. La solicitud correspondiente lleva el número 9831, y fue presentada a las 14:08:27 de 26 de marzo del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de junio del 2008.—Lic. Karina Arrieta Rodríguez, Registradora.—Nº 69081.—(100822).

La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, mayor, casada una vez, abogada, cédula de identidad Nº 1-812-604, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Bayer Consumer Care AG., de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada: MEZCLA DE SALES DE HIERRO Y COBRE QUE ENMASCARAN EL SABOR METÁLICO. La presente invención se refiere a una nueva composición oral sin sabor metálico que comprende una fuente de hierro y/o una fuente de cobre, a su proceso de preparación y a su uso para equilibrar la provisión de hierro como suplemento nutricional. La clasificación internacional de patentes sexta edición es A61K 33/26, cuyos inventores son Garcin, Patrice, Kabaradjian, Catherine. La solicitud correspondiente lleva el número 9880, y fue presentada a las 14:04:44 del 10 de abril del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de junio del 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Nº 69082.—(100823).

La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, mayor, casada dos veces, abogada, cédula de identidad Nº 1-812-604, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Bayer Healthcare AG, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada: FORMAS DE PRESENTACIÓN FARMACÉUTICA SÓLIDAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL CON LIBERACIÓN RÁPIDA DE PRINCIPIO ACTIVO. La invención se refiere a formas de dosificación farmacéutica sólidas de administración oral con liberación del principio activo rápida, 5-cloro-N-({5S)-2-oxo-3-[4-(3-oxo-4-morfolinil)fenil]-1,3-oxazolidin-5-il}metil)-2- tiofenocarboxamida, que están en forma amorfa y/o contienen una modificación cristalina termodinámicamente metaestable con liberación rápida de principio activo, así como a procedimientos para su preparación, su uso como medicamento, su uso para profilaxis, profilaxis secundaria y/o tratamiento de enfermedades, así como su uso para la preparación de un medicamento para la profilaxis, profilaxis secundaria y/o tratamiento de enfermedades. La clasificación internacional de patentes sexta edición es A61K 9/16, cuyos inventores son Benke, Klaus. La solicitud correspondiente lleva el número 9864, y fue presentada a las 13:27:37 del 3 de abril del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de julio del 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Nº 69084.—(100824).

La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, mayor, casada dos veces, abogada, cédula de identidad Nº 1-812-604, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Bayer Healthcare AG, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada INHIBIDORES DE LA PDE Y COMBINACIONES DE LOS MISMOS PARA EL TRATAMIENTO DE TRASTORNOS UROLÓGICOS. La presente invención se refiere a fosfodiesterasas (PDE) y la farmacología de los inhibidores de las PDE. Más particularmente, la invención se refiere a inhibidores de la PDE-5 y la PDE-4 y su uso para la preparación de medicamentos para el tratamiento de trastornos urológicos. La clasificación internacional de patentes sexta edición es C12Q 1/44 cuyos inventores son: Llbrich, Ernst; Sandner, Peter; Tinel, Hanna; Hutter, Joachim. La solicitud correspondiente lleva el número 9840, y fue presentada a las 14:39:40 del 27 de marzo del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de julio del 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Nº 69086.—(100825).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

El Registro de la Propiedad Industrial, Sección de Patentes, hace saber que en expediente número 5948, Colgate Palmolive, de Estados Unidos de América, presentó el veintiocho de agosto del dos mil cinco, la renuncia del Modelo Industrial denominado DISPENSADOR, inscrito con el número de concesión 172-B.—San José, a las nueve horas treinta y ocho minutos del veintinueve de julio del dos mil ocho.—Lic. Hellen Marín Cabrera.—1 vez.—Nº 68973.—(100814).

El Registro de la Propiedad Industrial, Sección de Patentes, hace saber que por resolución de las diez horas cuatro minutos de veinte de junio del dos mil ocho, fue inscrita la Patente de Invención denominada EMULSIONES CON ESTERES DE NAFTALATO, cuyos inventores son: Chopra Suman Kumar y Moghe Bhal, ambos de nacionalidad estadounidense, se le ha otorgado el número de inscripción de Patente de Invención 2683, estará vigente hasta el diecinueve de mayo de dos mil veinte, la clasificación Internacional de Patentes Octava Edición revisión 2008.04 es A61K 8/00.—San José, a las once horas cincuenta minutos de veinte de junio del dos mil ocho.—Lic. Karina Arrieta Rodríguez.—1 vez.—Nº 68974.—(100815).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. Nº 13123P.—Hacienda Chorotega S. A., solicita concesión de: 2 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Antonio, Nicoya, Guanacaste, para uso agropecuario - abrevadero - consumo humano-doméstico - agropecuario - riego. Coordenadas 252.596 / 383.612 hoja Talolinga. 2 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Antonio, Nicoya, Guanacaste, para uso agropecuario - abrevadero - consumo humano - domestico - agropecuario - riego. Coordenadas 251.518 / 383.240 hoja Talolinga. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de octubre del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 69019.—(100835).

Exp. Nº 3655P.—Hacienda Chorotega S. A., solicita ampliación de caudal de la concesión, para un total de: 2 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Antonio, Nicoya, Guanacaste, para uso agropecuario - abrevadero - consumo humano - doméstico - agropecuario- riego. Coordenadas 249.300/379.600 hoja Talolinga. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de octubre de 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 69020.—(100836).

Expediente Nº 13130P.—3101455048 S. A., solicita concesión de: 2.18 litros por segundo del pozo DM-72, efectuando la captación en finca de su propiedad en Savegre, Aguirre, Puntarenas, para uso consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas: 362.837 / 475.039, hoja Dominical. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de octubre del 2008.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—(100902).

Expediente  13131A.—Dosel S. A., solicita concesión de: 0,12 litros por segundo de quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de Inversiones Avenida Las Américas S. A., en Guápiles, Pococí, Limón, para uso turístico. Coordenadas 239.700/ 546.300 hoja Guápiles. Predios inferiores: Arsenio Bolaños Herrera. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de octubre de 2008.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—(101197).

PODER JUDICIAL

ACUERDOS

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto.

Acuerdo Cédula                     Nombre                                       Monto

1195 01-0247-0904        Serrana Retana Juan Luis                  973.721,00

1195 01-0271-0750        Flores Guerrero Jeannette                 133.418,50

1195 01-0280-0339        Soto Quesada Ellette                         716.184,00

1195 01-0289-0106        Vásquez Mesén Hildebranda            495.282,05

1195 01-0308-0666        Castro Castro Edwin                      1.360.821,00

1195 01-0312-0124        Blanco Montero José Bernardo         352.988,10

1195 01-0318-0355        Naranjo Mata Carmen Lidia              155.602,50

1195 01-0324-0128        Soto Mora Rosa María                      997.853,10

1195 01-0349-0313        Muñoz Quesada Hugo Alfonso        278.064,65

1195 01-0354-0043        Sánchez Medrano Ligia                     352.988,10

1195 01-0357-0193        Mora Herrera María Hermida           469.216,00

1195 01-0366-0218        Muñoz Quesada María Eugenia        278.064,65

1195 01-0367-0054        Moreno Odio Alejandro                    424.613,70

1195 01-0372-0565        Arroyo Hernández Luis Eduardo      202.821,00

1195 01-0374-0649        Mora Quirós Antonio                       512.109,80

1195 01-0416-1327        Quintana Torres Luis Carlos             458.685,50

1195 01-0421-0419        Chinchilla Corrales María Inés          458.685,50

1195 01-0425-0690        Salas Salazar Adán                            974.441,60

1195 01-0474-0527        Fernández Abarca Ricardo                411.400,50

1195 01-0477-0602        Campos Jiménez Luis Adolfo           335.828,10

1195 01-0507-0135        Torres Mora Juan Miguel                 760.765,05

1195 01-0518-0947        Flores León Rafael                            214.360,50

1195 01-0523-0880        Rojas Venegas Carlos H.                  414.564,85

1195 01-0525-0553        Valverde Retana Carlos Luis             377.649,30

1195 01-0547-0278        Ureña Quirós Nelgi                           424.613,70

1195 01-0566-0819        Vega Protti Virgi                               411.400,50

1195 01-0586-0197        Aguilar Umaña Ana Lourdes            214.360,50

1195 01-0606-0616        Gómez Saborío Carlos Luis              694.421,00

1195 01-0626-0796        Rosich Ramos Armando                   271.505,50

Acuerdo Cédula                     Nombre                                       Monto

1195 01-0644-0961        Myrie Adams Rolando                      429.950,00

1195 01-0716-0800        Infante Santana Iván Francisco         213.966,00

1195 01-0783-0693        Monge Cordero Ana Rita                  623.767,80

1195 02-0165-0654        Jiménez Rojas Rodrigo                     452.747,35

1195 02-0227-0988        Quesada Solís Emilia                        615.815,20

1195 02-0235-0702        Paniagua Solórzano Marco Tulio      619.095,40

1195 02-0241-0679        Rodríguez Barrantes Imelda              566.837,25

1195 02-0288-0900        González Venegas José Joaquín       934.521,00

1195 02-0291-0236        Brenes León José Alberto                 644.631,75

1195 02-0292-0183        Pineda Quirós Sergio                        500.503,50

1195 02-0295-0323        Carranza Rojas Juan Carlos              361.777,20

1195 02-0301-0569        Rodríguez Rojas Gabriel Eugenio     155.227,50

1195 02-0304-0162        Molina Alvarado Enny                   1.107.981,00

1195 02-0305-0961        Arce González Luis                           165.000,00

1195 02-0322-0188        Gutiérrez Alpízar Carlos Gerardo     633.171,00

1195 02-0328-0038        Quesada Zamora Javier                     165.000,00

1195 02-0335-0632        Araya Rojas María Bianey                155.227,50

1195 02-0354-0129        Monge Tijerino Mayra                      301.252,00

1195 02-0391-0597        Rodríguez Ortiz Indiana                    377.545,00

1195 02-0456-0095        Vásquez Vásquez Olger                 1.486.717,45

1195 02-0511-0252        Molina Quesada Marleny                  200.000,00

1195 03-0117-0199        Cogui Quesada Livia                         604.057,30

1195 03-0128-0920        Rivera López José Joaquín                973.603,90

1195 03-0141-0162        Richmond Sanabria Alfredo              631.653,10

1195 03-0197-0999        Fuentes Oviedo Ernestina              1.289.879,70

1195 03-0238-0923        Chaves Mora Julio Cesar                  651.187,30

1195 04-0059-0630        Salas Vindas Teresita                        563.500,00

1195 04-0065-0542        Hernandez Arce Milton                     657.466,30

1195 04-0096-0867        Ramírez Salas Sergio                     1.666.876,20

1195 04-0109-0235        Campos Villalobos Alfredo              541.609,60

1195 04-0118-0128        Miranda Céspedes María Isabel        671.097,00

1195 04-0126-0503        Cordero Zamora Hernán Adolfo       539.000,00

1195 05-0078-0387        Núñez Alfaro Norberto                     699.697,20

1195 05-0135-0557        Paniagua Gamboa Adrián              1.288.677,40

1195 05-0167-0150        Rodríguez Quirós Jeannette              169.221,00

1195 05-0170-0432        Rojas Fonseca Cecilia                       166.685,85

1195 05-0172-0038        Pasos Álvarez Jorge Arturo              268.121,00

1195 05-0183-0430        Espinoza Murillo Luis Ángel            644.967,60

1195 05-0285-0480        Ulate Chaverri Zunly                         801.856,70

1195 06-0048-0530        Luna Blanco Ela Y.                           541.609,60

1195 06-0088-0026        Sancho Villalta María Cecilia            392.000,00

1195 06-0100-0379        Hernández Rivas Ayda Rosa            837.406,90

1195 06-0108-0545        Ramos Jiménez Lil de María             271.505,50

1195 06-0114-0549        Garro Aguilar Carlos Manuel           702.268,35

1195 06-0124-0802        López Fonseca Argentina                  702.268,35

1195 06-0140-0283        Medina Toruño Francisca                 532.615,10

1195 06-0168-0201        Ramírez Alpízar Maribel                   357.954,20

1195 07-0034-0204        Garza Ramírez Carlos                       452.328,50

1195 07-0063-0806        Núñez Murillo Claudio                     403.361,00

1195 08-0023-0645        Carter Cantarero Cesar                   2.191.554,40

1195 08-0045-0423        Yok Shan Kung Lui                          113.860,50

1195 08-0050-0269        Siu Ieng Chan Leyong                      113.860,50

1195 08-0076-0281        Barreda Castro Daniel                       608.651,40

1195 09-0010-0188        Campos Murillo Elizabeth              1.212.449,85

1195 09-0053-0320        Mesén Madrigal Vilma B.                 377.649,30

1195 09-0083-0681        Alfaro Arias Magda Lorena              490.000,00

1195 3-008-045580        Tesorería Escolar Cantonal de T.         84.500,00

1195 3-014-042079        Municipalidad de Alvarado                 15.600,00

1195 3-014-042110        Municipalidad de Tilarán                     46.500,00

1195 3-101-014459        Almacén Félix del Barco S. A.       1.136.401,00

1195 3-101-031330        Mutual de Pococí S. A.                     563.859,45

1195 3-101-033054        El Firuliche S. A.                           1.066.821,00

1195 3-101-037951        Cosmovisión S. A.                         1.045.660,00

1195 3-101-050344        Brown Y Stamp S. A.                    1.357.163,50

1195 3-101-055916        Inversiones El Tigre de Oro S. A.  1.315.659,50

1195 3-101-062037        Elefante de Marfil S. A.                    918.056,50

1195 3-101-069582        El Planeta Azul                                  962.941,00

1195 3-101-072672        Agrícola Comercial Los Espinos       371.665,00

1195 3-101-076217        Tortillería Cañas S. A.                    1.039.807,30

1195 3-101-091736        Soc. Agri. Ganadera Río Cuarto       216.000,00

1195 3-101-096745        Inversiones Bonilla Garro S. A.        831.285,00

1195 3-101-100177        Compañía Inmobi Lia Marenalva   1.078.000,00

1195 3-101-102019        Boboli S. A.                                      918.056,50

1195 3-101-103783        Constructora Puntarenense S.A.    2.788.681,00

1195 3-101-104035        Anfaco Internacional S. A.                872.291,00

1195 3-101-104568        Residencias La Paz S. A.               1.637.386,80

1195 3-101-110927        H.C. Transportación Marítima       1.790.698,00

1195 3-101-113865        Costa Brava Jac O S. A.                1.446.425,90

1195 3-101-119102        Azahar de la Montaña S. A.           1.542.540,20

1195 3-101-120708        La Camandula S. A.                          818.231,90

1195 3-101-127677        Inversiones Tayo S. A.                  1.389.791,90

1195 3-101-128656        Florijose S. A.                                   552.720,00

1195 3-101-134124        Ceiba Tica S. A.                             1.095.777,20

1195 3-101-150829        Soda y Restaurante El Pueblo           952.526,05

1195 3-101-152082        Inversiones Sabanillas Internac.     1.007.314,90

1195 3-101-158774        Desarrolladora Vicsa S. A.            1.064.200,25

1195 3-101-164722        Tolillos S. A.                                     558.600,00

1195 3-101-168489        Constructora Rodríguez C.                418.747,00

Acuerdo Cédula                     Nombre                                       Monto

1195 3-101-168771        Alji de Naranjo S. A.                        609.712,20

1195 3-101-169438        Twd Rente Un Auto S. A.             1.102.216,80

1195 3-101-177250        Tapicería Poás S. A.                          397.067,80

1195 3-101-181825        Comercializadora RecetasYM.       1.689.275,00

1195 3-101-190824        Abodent S. A.                                1.368.777,50

1195 3-101-191121        Jois de Alajuela S. A.                     2.914.833,60

1195 3-101-195802        Avisol S. A.                                      546.131,45

1195 3-101-198847        Desarrollos Unidos Rojas Varga   2.219.925,05

1195 3-101-203726        Goli del Pacífico S. A.                      617.513,90

1195 3-101-204465        Bending y Zamora S. A.                   792.542,55

1195 3-101-207152        Agropecuaria S. S. Cincuenta        2.081.976,70

1195 3-101-207298        Amapifra del Caribe S. A.              1.261.151,15

1195 3-101-207883        Inmobiliaria Saeli S.E S. A.              441.000,00

1195 3-101-217408        Economías Activas del Badem       1.040.988,35

1195 3-101-220944        Arcos Pvs Cinco B S. A.               1.363.442,50

1195 3-101-226938        Inmobiliaria Oslo S. A.                17.793.821,50

1195 3-101-228394        Forle S. A.                                     2.191.554,40

1195 3-101-228966        Grupo Agro Inmobiliario               1.035.002,50

1195 3-101-263130        Quebrador Hermanos Sánchez S. A. 685.036,05

1195 3-101-275811        Argo de Sarapiquí A Y G S. A.        762.832,00

1195 3-101-280943        Inversiones Griegas Rojas Y R.     1.401.400,00

1195 3-101-315312        Diseños y Desarrollos Mio Kei        733.370,60

1195 3-101-316898        Chicas Poderosa S S. A.                   644.840,00

1195 3-101-341394        Aldusa Corporativa S. A.                  269.500,00

1195 3-101-352908        Isauce S. A.                                       944.421,45

1195 3-101-360646        Pacific Grotto S. A.                           853.857,00

1195 3-101-382901        Corporación Jud Imosa Ch S. A.      760.765,05

1195 3-101-395095        Lazos Apuy Wong S. A.                1.253.864,80

1195 3-102-042571        Propiedades Rolami Ltda.              1.363.442,50

1195 3-102-052409        Urso de Alajuela Limit.                  2.223.879,85

1195 3-102-057101        La Voz del Norte S.R.L.                   701.986,70

1195    9047125536        Cordero Izquierdo Rolando            3.691.969,05

1195 942077831176        González Velazco Diego                1.108.580,00

1196 3-101-147670        Desca Sys Centroamérica S. A.     3.932.250,00

1197 2-300-042155        Proveeduría Judicial Imp.                  190.128,53

1198 3-101-394088        Grupo Sagar S. A.                         3.430.000,00

1199 3-101-179181        Distribuidora Mozee S. A.             1.118.016,53

1200 3-101-077363        Secure S. A.                                 12.362.193,75

1201 3-101-179181        Distribuidora Mozee S. A.             1.553.481,74

1202 03-0147-0115        Monge Arguedas Marco Tulio          413.515,90

1202 3-006-101757        Fundación de la Ucr para la In.         140.000,00

1202 3-007-042032        Junta Administ. de la Imprenta       1.010.970,00

1202 3-101-005636        Carlos Izquierdo & Cía. S. A.           102.048,00

1202 3-101-010385        Industria Nacional del Café S. A.      293.706,00

1202 3-101-053693        Taller de Carrocerías Herrera            681.100,00

1202 3-101-103940        Fradick S. A.                                     199.500,00

1202 3-101-173211        Astark Electrónica S. A.                      56.849,70

1202 3-101-299104        Pm Training Sociedad Anónima       231.986,35

1203 4-000-001902        Instituto Nacional de Seguros           561.627,20

1204 01-0424-0285        Jiménez Coto Édgar                          150.858,00

1204 04-0124-0111        Cordero Villalobos Ana Lucía          467.874,01

1204 05-0227-0244        Ávila Quirós Marvin                         492.744,00

1204 3-101-076041        Lavandería Lava Más S. A.               348.470,95

1204 3-101-098063        Multinegocios Intern. América          138.650,49

1204 3-102-151332        Amsa de San Ltda.                            154.179,20

1205 01-1145-0743        Camacho Rodríguez Juan Carlos      313.600,00

1206 4-000-001902        Instituto Nacional de Seguros           522.355,70

1207 06-0300-0070        Mendoza Oviedo Alwin                      51.528,87

1208 01-0390-0306        Parra Sánchez Jorge                       1.091.176,30

1208 01-0636-0271        Alpízar Soto Martín                       2.146.576,30

1209 3-007-045087        Jasec                                               2.103.304,00

1210 4-000-001902        Instituto Nacional de Seguros           132.200,00

1211 3-101-050385        Estación de Servicio Soto Y C.           46.138,00

1211 3-101-063829        Praxair Costa Rica S. A.                   334.501,45

1211 3-101-073972        Copias Dinámicas S. A.                 3.699.983,95

1212 01-0902-0356        Bertarioni Rodríguez Alexander            3.761,00

1212 02-0457-0079        Guido Oporto Jenny                         120.000,00

1212 07-0051-0436        Arcia Fernández Alba Luz                142.800,00

1212 07-0083-0468        Rodríguez Ortega Carlos                   103.800,00

1212 3-101-050385        Estación de Servicio Soto Y C.           14.758,00

1212 3-101-098063        Multinegocios Intern. América          281.858,11

1212 3-101-171670        Total Petróleo Costa Rica S. A.         143.651,20

1213 3-101-029593        Electrotécnica S. A.                           753.320,50

1214 3-101-034067        Sonivisión S. A.                             3.779.860,00

1214 3-101-118386        Melodía Importaciones S. A.         1.615.988,86

1215 3-101-002749        Abonos Agro S. A.                           267.608,60

1215 3-101-302405        Ferretería El Mar Rsml S. A.         3.377.609,20

1216 155802767-00        Ruiz Ruiz Santo                             3.430.000,00

1217 02-0424-0352        Alfaro Serrano Berenice                 1.658.620,60

1217 08-0063-0270        Centeno Mejía Mayra                        465.500,00

1217 3-101-148691        Provideo S. A.                               1.908.676,22

1218 02-0491-0163        Umaña Rodríguez Christian           1.998.704,15

1219 2-300-042155        Oficial Presupuestal Poder Judicial 5.067.206,27

1220 2-300-042155        Oficial Presupuestal Poder Judicial   297.620,00

1221 2-300-042155        Oficial Presupuestal Poder Judicial   517.759,00

1222 2-300-042155        Oficial Presupuestal Poder Judicial 5.850.243,08

1223 2-300-042155        Oficial Presupuestal Poder Judicial 4.624.855,23

1224 2-300-042155        Oficial Presupuestal Poder Judicial 2.616.249,06

Acuerdo Cédula                     Nombre                                       Monto

1225 2-300-042155        Oficial Presupuestal Poder Judicial 2.327.374,85

1226 3-002-287079        Asoc. Solidarista Serv. Judiciales 20.522.332,84

1227 01-0406-1499        Armijo Carvajal Eduardo               7.105.000,00

1227 3-101-009515        Documentos y Digitales Difoto S. A. 185.762,77

1227 3-101-022029        Melco S. A.                                    6.786.884,15

1227 3-101-076898        Direx Internacional S. A.               1.873.814,90

1227 3-101-080638        Distribuidora Ramírez y Castillo S. 2.514.288,00

1227 3-101-095767        Corporación Andrea de Centroam. 2.601.900,00

1227 3-101-217607        Sauter Mayoreo S. A.                    4.003.919,35

1227 3-101-283620        Southland Technology S. A.          8.659.326,05

1228 01-0816-0747        Núñez Rodríguez Erick Gerardo       884.000,00

1228 01-0886-0238        Vargas González Patricia                  559.480,00

1229 3-101-304582        Distribuidora Internacional Damow 2.148.552,00

1230 3-101-096527        Central de Servicios Pc S. A.       13.837.976,55

1231 4-000-001902        Instituto Nacional de Seguros           330.484,40

1232 4-000-042139        Instituto Costarricense de Electric. 44.400.470,00

1233 01-0449-0029        Brenes Murillo Oldemar                     40.000,00

1233 01-0829-0740        Salas Innecken Ronny                         13.408,08

1233 3-101-098063        Multinegocios Intern. América S. A.  55.263,64

1233 3-101-171670        Total Petróleo Costa Rica S. A.           21.257,23

1233 3-101-340543        Elevadores Schindler S. A.               749.506,45

1233 3-102-004255        Maquinaria y Tractores Limitada       313.739,90

1233 3-102-202610        Gentes en Acción Ltda.                       76.740,57

1234 4-000-042139        Instituto Costarricense de Elec.    31.191.211,70

1235 01-0423-0576        Abarca López Carlos                           38.900,40

1235 01-1101-0483        Berrocal Murillo Cesar                        59.613,00

1235 3-101-076041        Lavandería Lava Más S. A.               135.079,68

1235 3-101-174285        Seguridad Alfa S. A.                    12.144.797,39

1235 3-101-310098        Manejo Profesional de Desechos      452.760,00

1235 3-102-445375        Proxtronics Cr Ltda.                            29.587,25

1236 2-300-042155        Oficial Presupuestal Poder Judicial 3.844.723,65

1237 2-300-042155        Oficial Presupuestal Poder Judicial   557.860,00

1238 2-300-042155        Oficial Presupuestal Poder Judicial 5.203.114,26

1239 01-0406-1499        Armijo Carvajal Eduardo                  245.000,00

1239 02-0424-0352        Alfaro Serrano Berenice                    497.350,00

1239 09-0043-0102        Martínez Moncada Zoila                   392.000,00

1239 3-101-034067        Sonivisión S. A.                             1.869.840,00

1239 3-101-182125        Tecno Logística de Costa Rica S. A. 906.510,70

1239 3-102-286204        Compañía de Servicios Guell Ltda.   144.619,80

1240 01-0836-0931        Fallas Abarca Huberth                   4.000.360,00

1240 3-101-119404        Vimusa de Cartago S. A.               9.774.969,80

1240 3-101-217607        Sauter Mayoreo S. A.                                58,80

1241 3-101-002749        Abonos Agro S. A.                           273.959,00

1241 3-101-007435        Agencia Datsun S. A.                       193.532,70

1241 3-101-012887        Isotex de Centro América S. A.        317.373,00

1241 3-101-102844        Grupo Nación Gn. S. A.                   306.152,00

1241 3-101-131663        Bosques Pluviales S. A.                    344.706,75

1241 3-101-169348        Exclusividades de Oficina S. A. Ex. 933.783,20

1241 3-101-249767        Koruma Lenex Seguridad S. A.        145.089,00

1241 3-101-300343        Suministradora de Papelles Sup.       801.571,40

1241 3-101-302795        Centro Intern. para Desarrollo I.       147.000,00

1241 3-102-046231        Farmacia Lourdes S.R.L.                  212.960,00

1242 01-0836-0931        Fallas Abarca Huberth                      646.800,00

1242 3-007-042032        Junta Administ. de la Imprenta N.  1.270.200,00

1242 3-101-036812        Disexport Internacional S. A.            102.153,00

1242 3-101-108737        Alvimundo S. A.                            1.009.684,20

1242 3-101-302405        Ferretería El Mar Rsml S. A.            437.902,20

1242 3-101-476018        Soporte Crítico S. A.                         167.556,00

1242 3-102-004255        Maquinaria y Tractores Limitada       324.061,05

Total líquido:                                                                    412.384.536,26

San José, 13 de octubre del 2008.—Lic. Luis A. Barahona C., Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. 82325).—C-291520.—(101061).

AVISOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

Ante esta Dirección se ha recibido solicitud de la licenciada Hazel Duarte Araya c. c. Hazzel Duarte Araya, cédula de identidad 01-0947-0846, carné 17037, quien pretende que se le autorice y habilite para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta de la interesada para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Exp. 08-000947-0624-NO.—San José, 30 de setiembre del 2008.—Lic. Roy Jiménez Oreamuno, Director a. í.—1 vez.—Nº 68951.—(100833).

Ante esta Dirección se ha recibido solicitud de la licenciada Laura Ureña Ureña, cédula de identidad 01-1085-0922, carné 15965, quien pretende que se le autorice y habilite para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta de la interesada para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Exp. 08-001256-0624-NO.—San José, 1º de octubre del 2008.—Lic. Roy Jiménez Oreamuno, Director a. í.—1 vez.—Nº 68952.—(100834).

TRIBUBAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Mariela Libeth Hernández Mendoza, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:     Resolución N° 616-2005.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas quince minutos del diecisiete de mayo del dos mil cinco. Ocurso. Exp. N° 28309-2004. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Deivid Leonardo Castillo Hernández, en el sentido que la nacionalidad de la madre de la persona ahí inscrita es “nicaragüense” y no como se consignó. Publíquese esta resolución por una vez en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 68932.—(100837).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Rita Ceciliano Zúñiga, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1959-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas treinta minutos del nueve de julio del dos mil siete. Exp. N° 3430-07. Resultando: 1º—...; 2º—...; 3º—..; Considerando: I.—Hechos probados... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo... ; Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Leonel David Pacheco Zúñiga... el de María Verónica Pacheco Zúñiga... el de Leyder Stewar Villegas Zúñiga... y el de Valeria Brigith Pacheco Zúñiga... en el sentido que los apellidos de la madre... son “Ceciliano Zúñiga”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General. M.Sc.—Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 68934.—(100838).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Marilou Salonga Mallari, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1108-2008.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas treinta minutos del veintitrés de mayo del dos mil ocho. Ocurso. Exp. 7488-2008. Resultando: 1º—...; 2º—...; 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados: III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquense el asiento de matrimonio de Hanior Enrique Navarrete Gutiérrez con Marilou Mallari Salonga... en el sentido que los apellidos de la cónyuge son “Salonga Mallari” y el asiento de nacimiento de Larisha Raeli Navarrete Salonga ... en el sentido que los apellidos de la madre de la misma son “Salonga Mallari” y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 68971.—(100839).

Se hace constar que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Luis Guillermo Aguilar Arias, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Res. 2655-2003.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas del diez de diciembre del dos mil tres. Diligencias de ocurso incoadas por Luis Guillermo Aguilar Arias, mayor, casado, costarricense, cédula de identidad número tres-doscientos cuarenta y cinco-seiscientos veintiuno, agricultor, vecino de Peralta, Turrialba, Cartago. Exp. 22988-2003. Resultando: 1º—...; 2º—...; Considerando: I.—Hechos probados:.., II.—Sobre el fondo:.. Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Talía Fabiola Aguilar Granados... en el sentido de que el nombre es “Thalia Fabiola” y no como se consignó. Publíquese esta resolución por una vez en el Diario Oficial. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 69061.—(100840).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Francisca Aguirre, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución. Nº 2260-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y tres minutos del primero de agosto del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 6247-07. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Kerny Leonardo Cajina Aguirre... en el sentido que el nombre y apellido de la madre de la persona ahí inscrita son “Francisca Aguirre, no indica segundo apellido”, y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(100929).

Se hace saber a los señores Dennis Saldaña Fernández o Denis Saldaña Fernández, Heriberto Espinoza Bustos y a la señora Denia Patricia Zúñiga Pita, que este Registro, en Procedimiento Administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de Denise Patricia Espinoza Zúñiga, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1876-2008.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del doce de setiembre del dos mil ocho. Procedimiento Administrativo. Expediente N° 9191-06. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—..., 4º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el Fondo..., Por tanto: con fundamento en lo expuesto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Denise Patricia Espinoza Zúñiga que lleva el ciento uno, folio cero cincuenta y uno, tomo trescientos veintidós de la provincia de Limón, Sección de Nacimientos, en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Dennis Saldaña Fernández y Denia Patricia Zúñiga Pita, costarricenses” y no como se consignó. Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General, Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í. Sección de Actos Jurídicos. En razón de ignorarse el domicilio actual de los señores Dennis Saldaña Fernández o Denis Saldaña Fernández, Heriberto Espinoza Bustos y de la señora Denia Patricia Zúñiga Pita, este Registro procederá a notificarles por este mismo medio.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(O. C. 1067-2008).—C-13220.—(101062)

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Hisolda Sequeira Martínez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 1801-08. Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las doce horas cinco minutos del dos de setiembre del dos mil ocho. Expediente Nº 18586-08. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Abigaíl de los Ángeles Sequeira Martínez..., en el sentido que el nombre de la madre de la misma es “Hisolda” y no como se consignó.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—Nº 69305.—(101499).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Morine Judian Douglas Harris, único apellido en razón de su nacionalidad, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 1277-2008. Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, a las siete horas treinta minutos del once de junio del dos mil ocho. Ocurso. Expediente Nº 4891-08. Resultando: 1º—...2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Ricardo Watson Brown con Morine Judian Douglas, no indica segundo apellido... en el sentido que el nombre y apellido de la cónyuge son “Morine Judian Douglas” y, “Harris, no indica segundo apellido” respectivamente hija de “Agatha Harris, no indica segundo apellido” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—MSc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 69350.—(101500).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Carmelina Covaría Covaría, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1592-2008. Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, a las siete horas cuarenta minutos del veinticuatro de julio del dos mil ocho. Ocurso. Expediente Nº 19816-2008. Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo... Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de José Santos de la Trinidad Murillo Vargas con Carmelina Covaría Covaría, en el sentido que el nombre del padre de la cónyuge es “Burumo” y no como se consignó.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—Nº 69380.—(101501).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Elix Beth Ávila Ramírez, expediente Nº 7849-2000 ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 1404-2000. Registro Civil, Departamento Civil, Oficina Actos Jurídicos. San José, a las diez horas cuarenta minutos del veinticinco de setiembre del dos mil. Diligencias de ocurso incoadas en este Registro por Elix Beth Ávila Ramírez, soltera, comerciante, vecina de Bo San Juan de Limón, cédula de identidad número dos-cuatrocientos uno-trescientos cincuenta y dos. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Alesandro Artavia Ávila, que lleva el número cuatro, folio dos, del tomo doscientos cuarenta y dos, de la Sección de Nacimientos de la provincia de Limón, en el sentido de que el nombre correcto del menor es: “Alessandro” y no como se consignó. Publíquese esta resolución por una vez en el Diario Oficial. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(101581).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Ahmed Yassine Yassine, mayor, casado, empresario, marroquí, cédula  de residencia 549-125714-2, vecino de Heredia, expediente Nº 761-2008, se ha presentado a este Registro a levantar información de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición o aportando las pruebas del caso.—San José, 6 de octubre del 2008.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(100595).

Shebin Guo Zheng, mayor, casado, comerciante, chino, cédula de residencia 626-110014-3397, vecino de Guanacaste, expediente 1426-2001. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 11 de setiembre del 2008.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—Nº 68967.—(100841).

Isaac Suárez Choque, mayor, soltero, estudiante, colombiano, cédula de residencia Nº 117000255228, vecino de San José, expediente Nº 363-2008. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, diecisiete de octubre del dos mil ocho.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(100937).

Wilson Iván León Tovar, mayor, soltero, técnico en aviación, colombiano, cédula de residencia 420-141609-002966, vecino de Alajuela, expediente 4587-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, veintidós de setiembre de dos mil ocho.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(101173).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

Publicación del programa de adquisiciones

de la Comisión de Fiestas de San José

El Departamento de Recursos Materiales y Servicios de la Municipalidad del Cantón Central de San José, con el fin de cumplir con lo señalado en el artículo 7 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, informa a todos los potenciales proveedores que deseen prestar servicios u ofrecer bienes; para el desarrollo de las actividades de fin de año (Festejos Populares) del siguiente Plan de Adquisiciones.

Descripción

Monto ¢

Programa

Alquiler de oficinas móviles

3.500.000,00

 

Alquiler de cabañas sanitarias

3.000.000,00

 

Alquiler de monta cargas

1.200.000,00

 

Alquiler de cisternas

1.200.000,00

 

Servicio de grúa

2.500.000,00

 

Publicaciones Periódicos

2.000.000,00

 

Mupis, Spot

1.600.000,00

 

Contratación de una Agencia Publicidad

10.000.000,00

 

Servicios de pautas publicitarias

2.500.000,00

 

Suministro de gafetes

1.500.000,00

 

Servicio de fotocopiado

300.000,00

 

Encuadernación

300.000,00

 

Servicio Catering

17.500.000,00

 

Juegos pirotécnicos

22.000.000,00

 

Cruz Roja

10.000.000,00

 

Monitoreo

150.000,00

 

Análisis microbiológicos

3.000.000,00

 

Servicios Artísticos (Toro Chepe)

600.000,00

 

Presentaciones circenses

5.000.000,00

 

Alquiler de estañones

1.000.000,00

 

Servicio de internet

150.000,00

 

Servicio de transporte

8.125.000,00

 

Compra de pinturas, solventes y brochas

500.000,00

 

Compra de soldadura

60.000,00

 

Discos esmeril

75.000,00

 

Varillas

100.000,00

 

Tubos

1.500.000,00

 

Lastre

1.200.000,00

 

Monturas

1.500.000,00

 

 

San José, 24 de octubre del 2008.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 4043).—C-37640.—(102404).

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL LOS CHILES

Inclusión presupuestaria de compras año 2008

De conformidad con lo estipulado en el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y los artículos Nos. 7.1, 7.2, 7.3 del Reglamento Ley de Contratación Administrativa, se informa una modificación al Programa anual de compras para el año 2008, dicho dinero corresponde a presupuesto extraordinario.

Cuenta                   Descripción de la cuenta                            Monto

2500          Construcciones adiciones y mejoras                   70.000.000,00

2550          Otras construcciones adiciones y mejoras          70.000.000,00

Lic. Miguel Mora Mena, MBA. Director Administrativo y Financiero.—1 vez.—(102403).

LICITACIONES

AGRICULTURA Y GANADERÍA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000104-17300

Compra de equipo automotor

La Proveeduría Institucional recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 12 de diciembre del 2008, para la compra de equipo automotor para el Servicio Nacional de Salud Animal y el Servicio Fitosanitario del Estado.

El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta fecha, o podrá obtenerlo en el Departamento de la Proveeduría Institucional, previo depósito de ¢500,00 (quinientos colones exactos) mediante un entero a favor del Gobierno de Costa Rica, emitido por cualquier Banco del Sistema Bancario Nacional. La Proveeduría Institucional se encuentra ubicada en el antiguo Colegio La Salle, Sabana Sur.

San José, 28 de octubre del 2008.—Lic. Blanca Córdoba Berrocal, Proveedora Institucional.—1 vez.—(O. C. Nº 40063).—C-12560.—(102376).

EDUCACIÓN PÚBLICA

FONDO NACIONAL DE BECAS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000002-99999

Servicios de digitación de datos “DATA ENTRY”

El Fondo Nacional de Becas, recibirá ofertas por escrito y en sobre cerrado hasta las 10:00 horas del día 28 de noviembre del 2008, para los servicios de digitación de datos “DATA ENTRY”.

Los interesados deberán retirar el pliego de condiciones, sin costo alguno, en la recepción del Fondo Nacional de Becas (FONABE) a partir de la publicación de la presente invitación, situado en San José, de Acueductos y Alcantarillados 200 metros este y 50 metros sur edificio amarillo (antiguo PANI). (Tel: 2248-3218 ext. 118).

San José, 28 de octubre del 2008.—Ing. Javier González Fernández, Director Ejecutivo.—1 vez.—(Solicitud Nº 43417).—C-6620.—(102407).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000049-PCAD

Suministro de plásticos-marca propia y visa con banda

de alta coercitividad (consumo por demanda)

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal los invita a participar en la:

Licitación Pública Nº 2008LN-000049-PCAD, “Suministro de plásticos-marca propia y visa con banda de alta coercitividad (consumo por demanda).

Fecha de apertura: El 24 de noviembre del 2008 a las 10:00 horas.

Costo del cartel: ¢2.500,00 (Horario de cancelación de 8:15 a. m. a 12:00 m. d., y de 1:00 p. m a 7:00 p. m., en las cajas 12 y 13, oficinas centrales de Banco Popular).

Retiro del cartel: sexto piso, Proceso de Contratación Administrativa.

San José, 27 de octubre del 2008.—Subproceso de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Coordinadora.—1 vez.—(102249).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

SUBÁREA DE CARTELES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000084-1142

Papel bond blanco

Se informa a los interesados que está disponible el cartel de la Licitación Abreviada 2008LA-000084-1142, para la adquisición de:

Ítem único: 25500 cientos papel bond blanco de 60 gramos.

Apertura de ofertas 14 de noviembre del 2008 a las 09:00 horas. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 24 de octubre del 2008.—Lic. Vilma Arias Marchena.—1 vez.—(O. C. Nº 1142).—C-7280.—(102380).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000173-PROV

Construcción de líneas de distribución eléctrica en los sectores de

Buenos Aires de Puntarenas (Fórmula BSI-02-07) (Contratación

de servicios de mano de obra, materiales y equipos para la

construcción y puesta en marcha de líneas

de distribución eléctrica)

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del 20 de noviembre del 2008, en la Proveeduría de este Instituto, sita 400 metros norte de la esquina este del edificio Central, para el suministro de lo siguiente:

Requerimiento: Construcción de líneas de distribución eléctrica en los sectores de Buenos Aires de Puntarenas (Fórmula BSI-02-07) (Contratación de servicios de mano de obra, materiales y equipos para la construcción y puesta en marcha de líneas de distribución eléctrica).

Las condiciones particulares y especificaciones técnicas podrán adquirirse por medio de fotocopia cancelando el costo de la misma en la Proveeduría de este Instituto, o accesando nuestra dirección electrónica: https://www.grupoice.com/PEL.

Las condiciones generales deben de ser consultadas en el cartel tipo, el cual puede adquirirse por los mismos medios indicados en el párrafo anterior.

San José, 28 de octubre del 2008.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 335364).—C-15200.—(102412).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000111-PRI

Contratación de servicios para la atención

de centrales telefónicas y de recepción

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (A y A), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del día 28 de noviembre del 2008, para “Contratación de servicios para la atención de centrales telefónicas y de recepción”.

Los documentos que conforman el cartel, pueden ser retirados en la Proveeduría del A y A, sita en el módulo C, piso 3 del edificio sede del A y A, ubicado en Pavas, previa cancelación de ¢500,00 o en el Web www.aya.go.cr Link Proveeduría Institucional.

San José, 27 de octubre del 2008.—Proveeduría Institucional.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—(102238).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUÍ

UNIDAD DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000035-01

Contratación de mano de obra para construcción

de gimnasio en La Virgen

Se invita a los potenciales oferentes a participar en los siguientes procesos de Contratación Administrativa:

Licitación Abreviada Nº 2008LA-000035-01, “Contratación de mano de obra para construcción de gimnasio en La Virgen.

Se recibirán ofertas hasta las diez horas del día 11 de noviembre del dos mil ocho.

Los pliegos de condiciones para esta licitación podrá ser retirado en Plataforma de Servicios, ubicada en el Edificio Municipal, previo pago de ¢3.000,00 (tres mil colones).

Andrés Hernández Arguedas, Proveedor Municipal.—1 vez.—(102402).

ADJUDICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000091-09003

Mantenimiento correctivo de vehículos automotores

La Proveeduría Institucional de este Ministerio informa a los interesados en la Licitación Abreviada arriba indicada, que por resolución 0091-2008 de las 14:00 horas del día 22 de octubre del presente año, se adjudica de la siguiente manera:

A la empresa Purdy Motor S. A., cedula jurídica 3-101-005744-24, las siguientes posiciones:

Línea 1: Mantenimiento y reparación de vehículos de la fuerza pública, Daihatsu Charade, gasolina, año 2003 en adelante, gasolina.

Monto unitario ¢2.500.000,00. Monto total de la línea ¢2.500.000,00.

Línea 2: Mantenimiento y reparación de vehículos de la fuerza pública, Daihatsu Cuore, gasolina, año 2002 en adelante, gasolina.

Monto unitario ¢20.000.000,00. Monto total de la línea ¢20.000.000,00.

Línea 3: Mantenimiento y reparación de vehículos de la fuerza pública, Daihatsu Terios, gasolina, año 2003 en adelante, gasolina.

Monto unitario ¢80.000.000,00. Monto total de la línea ¢80.000.000,00.

Línea 6: mantenimiento y reparación de vehículos de la fuerza pública, Toyota Corolla, gasolina, año 2003 en adelante.

Monto unitario ¢6.000.000,00. Monto total de la línea ¢6.000.000,00.

Línea 7: Mantenimiento y reparación de vehículos de la fuerza pública, gasolina, Toyota Tercel, años 2000, 2004 y 2005 en adelante. Monto unitario ¢6.000.000,00. Monto total de la línea ¢6.000.000,00.

Línea 8: Mantenimiento y reparación de vehículos de la fuerza pública, Toyota Yaris, gasolina, años 2000 en adelante.

Monto unitario ¢6.500.000,00. Monto total de la línea ¢6.500.000,00.

Línea 9: Mantenimiento y reparación de vehículos de la fuerza pública, Toyota Hiace, diesel, año 2006 en adelante.

Monto unitario ¢6.500.000,00. Monto total de la línea ¢6.500.000,00.

Línea 12: Mantenimiento y reparación de microbús Toyota Coaster, camión Daihatsu Delta, camión Toyota Dina, diesel, año 1988 en adelante.

Monto unitario ¢3.500.000,00. Monto total de la línea ¢3.500.000,00.

Monto total adjudicado a Purdy Motor S. A., ¢131.000.000,00.

(Ciento treinta y un millones de colones con 00/céntimos).

Plazo de entrega: 1 a 3 días hábiles, los vehículos deben ser reparados antes del 30 de noviembre del 2008.

Garantía: 9 meses, en reparaciones generales y en overhaul de motor y de cajas de cambios cuenta con 12 meses o 20.000 kilómetros de garantía.

Forma de pago: Usual de Gobierno.

Todo de acuerdo con los términos del cartel y de la oferta.

A la empresa Taller Vargas Matamoros S. A., cedula jurídica número 3-101-009005, la siguiente posición:

Línea 10: Mantenimiento y reparación de vehículos de la fuerza pública, Nissan d-21, gasolina, año 2000 en adelante.

Monto unitario ¢66.000.000,00. Monto total de la línea ¢66.000.000,00

Monto total adjudicado a Taller Vargas Matamoros S. A., ¢66.000.000,00. (Sesenta y seis millones de colones con 00/céntimos).

Plazo de entrega: 1 a 5 días hábiles, los vehículos deben ser reparados antes del 30 de noviembre del 2008.

Garantía: 12 meses, siempre y cuando no se compruebe negligencia, descuido en la operación o en el mantenimiento de la unidad u otros aspectos que pongan en peligro la garantía real otorgada, en cualquiera de estos casos en que sea comprobada alguna de las anomalías antes citadas la garantía queda sin efecto la garantía otorgada.

Forma de pago: Usual de Gobierno.

Todo de acuerdo con los términos del cartel y de la oferta.

Total general adjudicado: ¢197.000.000,00. (Ciento noventa y siete millones de colones con 00/céntimos).

Las líneas: 4-5-11-13 y 14 se declaran infructuosas por no haber sido cotizadas.

San José, 23 de octubre del 2008.—Bach. José Ramírez Pérez, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 47368).—C-40280.—(102377).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

PROGRAMA INTEGRAL DE MERCADEO AGROPECUARIO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000013-07

Compra de seccionador para alta tensión

La Proveeduría del PIMA en aplicación del artículo 88 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y según resolución tomada por nuestra Gerencia General mediante oficio GG-382-08, comunica al público en general que ha procedido a adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000013-07 a la oferta presentada por CFS Sistemas S. A., por un monto de ¢35.015.336,20; para que suministre e instale un seccionador para alta tensión en las instalaciones de REFRINA en Barreal de Hereda, según oferta y disposiciones cartelarias. Lo anterior en virtud de los resultados obtenidos en el proceso de análisis de ofertas que conste en el expediente de contratación respectivo.

Cualquier consulta o aclaración respecto a este proceso puede solicitarse al teléfono 2239-1233, ext. 222 ó 268 o directamente en las oficinas de Proveeduría, ubicadas 500 metros este del Mall Real Cariari en Barreal de Heredia.

Heredia, 28 de octubre del 2008.—Proceso de Proveeduría.—1 vez.—(102242).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS

DE SALUD HUETAR ATLÁNTICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000001-2699

Construcción de sede de EBAIS en Colorado Sur de Pococí de Cariari

La Dirección Regional de Servicios de Salud Huetar Atlántica de la Caja Costarricense de Seguro Social, comunica que para el concurso de Licitación Pública Nº 2008LN-000001-2699 denominada “Construcción de sede de EBAIS en Colorado Sur de Pococí de Cariari”, se adjudicó al proveedor Compañía Hermanos Navarro y Sojo S. A. Ver detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr.

Unidad Regional Contratación Administrativa.—Maritza Hernández Sánchez, Coordinadora.—1 vez.—(102336).

HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000044-3003

Compra de Sertralina 50 mg/ Montelukast 5 mg. Cabergolina

0.5 mg. Rosiglitazona 4 mg, Ertapenem 1 gramo,

Teicoplamina 400 mg y Temozolamida 100 mg

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr. R. A. Calderón Guardia, le comunica a los interesados en este concurso, que se resuelve adjudicar los ítemEs de la siguiente manera:

Empresa adjudicada: Cefa Central Comercial S. A.

Objeto: Sertralina 50 mg, Cabergolina 0.5 mg, Teicoplamina 400 mg, Temozolamida mg

ÍtemEs adjudicados: 01, 03, 06, 07.

Monto total colones: ¢28.845.008,00.

Monto total dólares: $260.442,00.

Monto en letras colones: veintiocho millones ochocientos cuarenta y cinco mil ocho colones exactos.

Monto en letras dólares: doscientos sesenta mil cuatrocientos cuarenta y dos dólares exactos.

Todo de acuerdo al cartel y a la oferta.

Empresa adjudicada: VMG Healthcare Products S. A.

Objeto: Montelukast 5 mg.

Ítem adjudicado: 02.

Monto total aproximado: $140,40.

Monto en letras: ciento cuarenta dólares con 40/100.

Empresa adjudicada: Distribuidora Internacional Farmacéutica Difarma S. A.

Objeto: Rosiglitazona 4 mg

Ítem adjudicado: 04.

Monto total aproximado: ¢1.375.200,00.

Monto en letras: Un millón trescientos setenta y cinco mil doscientos colones exactos.

Se declara infructuoso el ítem Nº 05, esto por cuanto las empresas no participaron.

Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr o en el expediente de Licitación.

San José, 28 de octubre del 2008.—Subárea Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador.—1 vez.—(102388).

REGIÓN HUETAR ATLÁNTICA-HOSPITAL DE GUÁPILES

SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA 000001-2602

Adquisición de gases medicinales y alquiler

de concentradores de oxígeno

Comunica que basado en lo dispuesto en los artículos 30 inciso b y 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, el pasado 13 de octubre del 2008, por resolución del Dr. Javier Brenes Ortiz, Director General de este centro hospitalario el concurso 2008 Licitación Abreviada 000001-2602 tramitada para la adquisición de gases medicinales y alquiler de concentradores de oxígeno fue declarada infructuosa.

Para cualquier consulta o revisión el expediente de trámite respectivo se encontrará disponible en esta unidad durante los cinco días hábiles posteriores a la presente publicación.

Erika Villalobos Agüero.—1 vez.—(102393).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2008LA-000111-PROV

Adquisición de microcomputadoras portátiles y de escritorio

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la Subgerencia Sector Telecomunicaciones, mediante oficio 6000-3588-2008 del 21 de octubre de 2008, acordó adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000111-PROV de la siguiente manera

A: HJ Sistemas.—(Oferta Nº 2).

Suministro de lo siguiente:

Ítem 1:

        103     Microcomputadoras portátiles marca HP modelo 6710B

                   Precio unitario:                   1.595,00 USD

                   Subtotal:                         164.285,00 USD

                   13%  I.V.:                         21.357,05 USD

                   Total:                              185.642,05 USD

Para el ítem 2:

A: Componentes El Orbe.—(Oferta Nº 1.A).

Ítem 2 Oferta base 1:

           81    Microcomputadoras de escritorio marca

                   Compaq Business DC7800-CMT con DVD ROM.

                   Precio unitario:                   1.016,00 USD

                   Subtotal:                           82.296,00 USD

                   13% I.V.:                          10.698,48 USD

                   Total:                                92.994,48 USD

Plazo de entrega del bien: 30 días hábiles, a partir de la notificación de la orden de compra.

Lugar de entrega: Los bienes serán entregados en el Área Gestión Recibo de Materiales, Colima de Tibás.

Modalidad de pago: giro a la vista (30 días naturales).

Forma de pago: 100% del valor de los equipos, a partir de la presentación de la factura y previa verificación del cumplimiento de los materiales.

Garantía de cumplimiento: 5% del valor total adjudicado, con una vigencia mínima de 4 meses a partir de la firmeza del acto de adjudicación. No obstante, el adjudicatario se compromete a mantener vigente esta garantía durante toda la duración del presente contrato. Misma que le será devuelta según lo estipulado en el Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

Garantía de los bienes: tanto los bienes a suministrar como sus componentes, que no sean de su manufactura (tienen que ser nuevos y de última tecnología), deben tener garantía y calidad sobre los materiales empleados, durante un periodo no menor de 3 años, contados a partir de la fecha de recibo del bien. La vida útil de las microcomputadoras deberá ser de 5 años mínimo, contados a partir de la fecha de facturación.

El adjudicatario debe asumir los daños y perjuicios correspondientes y se compromete a reponer, en un plazo máximo de 3 días hábiles, las microcomputadoras, componentes o accesorios que a juicio del ICE, se pruebe que se han deteriorado como consecuencia de defectos de fabricación. Los bienes reemplazados por los defectos mencionados, gozarán de las mismas garantías de reemplazo.

El plazo de la garantía se interrumpirá a partir del momento en que el ICE hace el reporte hasta que el adjudicatario sustituya el equipo dañado. El adjudicatario, documentalmente, debe indicar la extensión del periodo de garantía de los bienes reemplazados.

Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta adjudicada.

Nota:  Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada, certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada o poder consularizado según corresponda, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢ 2,50 por cada ¢1.000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).

San José, 28 de octubre de 2008.—Eugenio Fatjó Rivera, Área de Licitaciones.—Dirección de Proveeduría.—1 vez.—(O. C. Nº 335364).—C-50840.—(102414).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000136-PROV

(Declaratoria de infructuosa)

Adquisición de panel prefabricado compuesto por dos láminas,

unidas por un núcleo de espuma rígida de poliuretano

para el Proyecto Construcción Torre San Pedro

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la División Redes y Sistemas, mediante oficio 6371-1969-2008 del 23 de octubre del 2008, acordó:

Declárese infructuosa la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000136-PROV, promovida por este Instituto para la “Adquisición de panel prefabricado compuesto por dos láminas, unidas por un núcleo de espuma rígida de poliuretano para el Proyecto Construcción”, de conformidad con el artículo 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, por no haberse recibido ofertas para este concurso.

San José, 28 de octubre del 2008.—Área de Licitaciones.—Eugenio Fatjó Rivera.—1 vez.—(O. C. Nº 335364).—C-10580.—(102416).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000144-PROV

Adquisición de tubería PVC para el P.H. El Diquís

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la UEN Proyectos y Servicios Asociados, mediante oficio 4010-0783-2008 del 16 de octubre de 2008, acordó adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000144-PROV de la siguiente manera:

A: Rose y Bliss S. A., cédula jurídica 3-101-179561.—(Oferta Nº 3).

El suministro de lo siguiente:

Partida única: Tubería PVC en varios diámetros.

El monto adjudicado es de 108.781,29 USD que comprende 96.266,63 USD por el requerimiento y 12.514,66 del 13% de impuesto de ventas.

La forma de pago será 100% mediante giro a treinta días, contra  el recibo conforme del suministro y la presentación de facturas.

El tiempo de entrega será de 22 días hábiles a partir de la notificación de la orden de compra.

Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta adjudicada.

NOTA:  Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada, certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada o poder consularizado según corresponda, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada ¢1.000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).

San José, 28 de octubre del 2008.—Área de Licitaciones.—Eugenio Fatjó Rivera.—1 vez.—(O. C. Nº 335364).—C-19820.—(102418).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE PÉREZ ZELEDÓN

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2008LN-000004-SPM

Construcción de áreas administrativas y mejoras del

Estadio Municipal de Pérez Zeledón

RESOLUCIÓN 005-08-SPM

El Subproceso de Proveeduría de la Municipalidad de Pérez Zeledón, al ser las catorce horas con diez minutos del día veinticuatro de octubre del dos mil ocho, procede a emitir la siguiente resolución con respecto a la licitación pública nacional Nº 2008LN-000004-SPM, cuyo objeto es la “Construcción de áreas administrativas y mejoras del Estadio Municipal de Pérez Zeledón”. En los procedimientos se han observado las normas y procedimientos de ley.

Resultando:

Primero.—Que en el Subproceso de Proveeduría Municipal se tramita el expediente administrativo número 2008LN-000004-SPM cuyo objeto es la “Construcción de áreas administrativas y mejoras del Estadio Municipal de Pérez Zeledón”.

Segundo.—Que la Proveeduría Municipal cursó invitación a través de la publicación por medio del Diario Oficial La Gaceta visible en el Alcance Nº 27 a La Gaceta Nº 136, de la página Nº 7 del día martes 15 de julio del 2008.

Considerando:

Uno.—Que al ser las once horas del día catorce de agosto del dos mil ocho, en la oficina del Subproceso de Proveeduría de la Municipalidad de Pérez Zeledón se realiza la apertura de ofertas cuya constancia queda en el acta ACT-019-08-SPM de misma fecha.

Dos.—Que se reciben tres ofertas procedentes de: Alberto Morales Ramírez, por un monto total de ¢ 895.952.681,00; Quebradores del Sur de Costa Rica S. A., por un monto total de ¢ 699.905.113,00 y N S Compañía Constructora Consultora S. A., por un monto total de ¢ 996.217.060,00.

Tres.—Que la Municipalidad cuenta con un disponible presupuestario de ¢ 529.800.000,00. Por tanto,

SE ACUERDA:

De conformidad con lo anteriormente expuesto y apegados a lo que en derecho corresponde y basados en el acuerdo tomado por el Concejo Municipal, mediante sesión ordinaria Nº 129-08, artículo 7, inciso 4, celebrada el día 14 de octubre de 2008, se declara desierto el proceso de licitación pública nacional Nº 2008LN-000004-SPM “Construcción de áreas administrativas y mejoras del Estadio Municipal de Pérez Zeledón” por insuficiencia presupuestaria de esta Administración Municipal.

Notifíquese como corresponde.

Subproceso de Proveeduría.—Lic. Rafael Navarro Mora, Proveedor Municipal.—1 vez.—(102362).

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2008LN-000005-SPM

(ACT. 103-08-SPM)

Compra de camión recolector de basura totalmente

nuevo con recursos del fondo solidario

El Subproceso de Proveeduría de la Municipalidad de Pérez Zeledón, acogiendo el acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Pérez Zeledón de la sesión ordinaria 130-08, artículo 6), inciso 1) del 21 de octubre del 2008, dado para la adjudicación del procedimiento, que se señala en el encabezado, procede a contratar de la siguiente manera:

•    A la empresa Maquinaria y Tractores Ltda., cédula jurídica tres-ciento dos-cero cero cuatro mil doscientos cincuenta y cinco, lo siguiente:

Línea

Cantidad

Descripción

del equipo

Precio

unitario

US$

Precio

total

US$

1

1

Camión recolector totalmente

nuevo marca Mack modelo GU813,

año 2009 con caja recolectora

marca Heil fórmula 5000 y demás

características cumplidas por

completo según cartel de licitación

y oferta presentada con un plazo

de entrega de 12 días hábiles

196.500,00

196.500,00

 

El monto total adjudicado a la empresa Maquinaria y Tractores Limitada, es de ciento noventa y seis mil quinientos dólares de los Estados Unidos de Norteamérica con cero centavos (US$196.500,00).

San Isidro de El General, 24 de octubre del 2008.—Subproceso de Proveeduría.—Lic. Rafael Navarro Mora, Proveedor Municipal.—1 vez.—(102365).

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA

LICITACIÓN PÚBLICA 2008LN-000002-01

Servicio de construcción calle Los Llanos distrito San Antonio

La Municipalidad de Alajuela informa a los interesados en la referida Licitación, que el Concejo Municipal del Cantón Central de Alajuela, mediante el artículo Nº 20, Capítulo VII, de la sesión ordinaria Nº 41-08, celebrada por esta Corporación el 07 de octubre del presente año, adjudicó en firme la supracitada licitación a la empresa Constructora Meco S. A., cédula jurídica Nº 3-101-035078, para la extracción de 0.15 metros de espesor de material existente a lo largo de 650 metros con un ancho de 7 metros, se deben de cubrir 4 550 metros cuadrados con la colocación de geomallas biaxiales; colocación y compactación de una base estabilizada de 0.20 metros de espesor a lo largo de 650 metros con un ancho de 7 metros y la colocación de una carpeta asfáltica de 0.10 metros de espesor a lo largo de 650 metros con un ancho de 7 metros; para un total de ¢109.095.350,00.

Lic. Giovanni Robles Rojas, Proveedor Municipal a. í.—1 vez.—(102264).

MUNICIPALIDAD DE NARANJO

PROVEEDURÍA MUNICIPAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000005-PM

Compra de mezcla asfáltica para Calle Indio

en Rosario de Naranjo

El Concejo Municipal de la Municipalidad de Naranjo en sesión ordinaria Nº 42 del día 20 de octubre del 2008, acuerda aprobar la Licitación arriba indicada a Pavicen Ltda., por un precio total de la oferta ¢10.919.000,00.

Naranjo, 27 de octubre del 2008.—Ólger Alpízar Villalobos, Proveedor Municipal.—1 vez.—(102368).

MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000003-01

Construcción de 25 201 m2 de superficie duradera de TE-50, en 4.6

Km para los caminos 2-10-022, La Aquilea de Florencia,

y el camino 2-10-070, Zona Fluca el Tanque

de la Fortuna, San Carlos

La Oficina de Contratación Administrativa de la Municipalidad de San Carlos, comunica a los interesados que mediante artículo Nº 05, del Ítem 2, Acta Nº 67. El Concejo Municipal de San Carlos, acordó lo siguiente:

•    Anulara el acuerdo tomado mediante el artículo Nº 12, incisos 1 y 2, acta 48 de la sesión ordinaria celebrada el 04 de agosto del 2008, por medio del cual se acordó: Adjudicación, compra y pago en firme para la empresa Grupo Ocho Zona Norte S. A., por la suma de ¢87.865.920,00 (Ochenta y siete millones ochocientos sesenta y cinco mil novecientos veinte colones netos) para el proyecto “Construcción de 13 200 m2 de superficie duradera de TE-50, en 2.4 Km. para el camino 2-10-070, Zona Fluca el Tanque de la Fortuna, San Carlos”.

•    Adjudicación en firme para la empresa Constructora Presbere S. A. por la suma de ¢105.000.000,00 (Ciento cinco millones de colones netos) para el proyecto “Construcción de 13 200 m2 de superficie duradera de TE-50, en 2.4 Km. para el camino 2-10-070, Zona Fluca el Tanque de la Fortuna, San Carlos”.

Oficina de Contratación Administrativa.—Jennifer Campos Zamora.—1 vez.—(102313).

MUNICIPALIDAD DE TILARÁN

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008 LA-000020-01

Adquisición materiales de construcción para

proyectos de partidas específicas 2008

En sesión ordinaria Nº 130 celebrada el 21 de octubre del 2008 se acordó adjudicar parcialmente Licitación Abreviada Nº 2008 LA-000020-01 “Adquisición materiales de construcción para proyectos de partidas específicas 2008” a la empresa Mercado de materiales El Tanque S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-136462.

Tilarán, 24 de octubre del 2008.—Br. Jovel Arias Ortega, Alcalde.—1 vez.—(O. C. Nº 5416).—C-5300.—(102406).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-700022-02

(Notificación de adjudicación)

Suministro de herramientas y equipos

Se comunica que la Gerencia de Distribución y Ventas de RECOPE, mediante oficio Nº GDV-548-2008, con fecha 20 de octubre del 2008, acordó adjudicar la licitación en referencia de acuerdo con el siguiente detalle:

Oferta Nº: Tres (3).

Oferente: La Casa del Fontanero S. A.

Representante legal: Ricardo Parra Jiménez.

Monto total: ¢432.225,00 I.V.I.

Descripción: Suministro de herramientas y equipos.

Líneas Nos. 11, 12, 14, 17, 18, 19, 29, 30, 37 y 48.

Demás especificaciones conforme el cartel y la oferta respectiva.

Forma de pago: A treinta (30) días calendario mediante transferencia bancaria, en colones previa verificación de lo indicado en los documentos contractuales y posterior a la recepción definitiva.

Tiempo y lugar de entrega: Treinta (30) días hábiles en el Almacén de RECOPE, ubicado en el Plantel el Alto de Ochomogo, a partir del retiro de la orden de compra.

Garantía: Líneas Nos. 11 y 12: Tres (3) meses a partir de la entrada en operación de los equipos o herramientas, o seis (6) meses posteriores a la aceptación por parte de RECOPE, lo que ocurra primero.

Líneas Nos. 14, 17, 18, 19, 29, 30 y 37: Seis (6) meses a partir de la entrada en operación de los equipos o herramientas, o doce (12) meses posteriores a la aceptación por parte de RECOPE, lo que ocurra primero.

Línea Nº 48: Treinta (30) meses a partir de la entrada en operación de los equipos o herramientas, o sesenta (60) meses posteriores a la aceptación por parte de RECOPE, lo que ocurra primero.

********

Oferta Nº Cinco (5).

Oferente: Termogram Consultores S. A.

Representante legal: Ing. Juan Carlos Hidalgo Barrantes, MBA.

Monto total: ¢18.585.000,00 I.V.I.

Descripción: Suministro de herramientas y equipos.

Líneas Nos. 7 y 8.

Demás especificaciones conforme el cartel y la oferta respectiva.

Forma de pago: A treinta (30) días calendario mediante transferencia bancaria, en colones previa verificación de lo indicado en los documentos contractuales y posterior a la recepción definitiva.

Tiempo y lugar de entrega: Línea Nº 7: Cuatro (4) semanas a partir de la recepción de la orden de compra.

Línea Nº 8: Seis (6) semanas a partir de la recepción de la orden de compra.

Ambas líneas se entregarán en el Almacén de RECOPE, ubicado en el Plantel El Alto de Ochomogo.

Garantía: Línea Nº 7: Doce (12) meses a partir de la entrada en operación de los equipos o herramientas, o veinticuatro (24) meses posteriores a la aceptación por parte de RECOPE, lo que ocurra primero.

Línea Nº 8: Dieciocho (18) meses a partir de la entrada en operación de los equipos o herramientas, o treinta y seis (36) meses posteriores a la aceptación por parte de RECOPE, lo que ocurra primero.

Oferta Nº: Ocho (8).

Oferente: Censolsa S. A.

Representante legal: Antonio Tous.

Monto total: $1.947,15 I.V.I.

Descripción: Suministro de herramientas y equipos.

Línea Nº 6.

Demás especificaciones conforme el cartel y la oferta respectiva.

Forma de pago: A treinta (30) días calendario mediante transferencia bancaria, en dólares o en colones según convenga a los intereses de RECOPE, utilizando el tipo de cambio de venta que reporte el Banco Central de Costa Rica para las operaciones del sector público no bancario, al momento de hacerse efectivo el pago, previa verificación de lo indicado en los documentos contractuales y posterior a la recepción definitiva.

Tiempo y lugar de entrega: Cuatro (4) semanas, en el Almacén de RECOPE, ubicado en el Plantel El Alto de Ochomogo, a partir del retiro de la orden de compra.

Garantía: Línea Nº 6: Doce (12) meses a partir de la entrada en operación de los equipos o herramientas, o dieciocho (18) meses posteriores a la aceptación por parte de RECOPE, lo que ocurra primero.

********

Oferta Nº: Nueve (9).

Oferente: Praxair Costa Rica S. A.

Representante legal: Ing. Luis Diego Hernández Monge.

Monto total: ¢4.292.407,26 I.V.I.

Descripción: Suministro de herramientas y equipos.

Líneas Nos. 3 y 4.

Demás especificaciones conforme el cartel y la oferta respectiva.

Forma de pago: A treinta (30) días calendario mediante transferencia bancaria, en colones previa verificación de lo indicado en los documentos contractuales y posterior a la recepción definitiva.

Tiempo y lugar de entrega: Cinco (5) días hábiles, en el Almacén de RECOPE, ubicado en el Plantel El Alto de Ochomogo, a partir del retiro de la orden de compra.

Garantía: Líneas Nos. 3 y 4: Doce (12) meses a partir de la entrada en operación de los equipos o herramientas, o dieciocho (18) meses posteriores a la aceptación por parte de RECOPE, lo que ocurra primero.

********

Oferta Nº: Diez (10).

Oferente: Capris S. A.

Representante legal: Leonel Cordero Solano.

Monto total: ¢12.619.359,78 I.V.I.

Descripción: Suministro de herramientas y equipos.

Líneas Nos. 1, 2, 9, 10, 13, 16, 21, 23, 25, 26, 28, 31, 33, 34, 35, 36, 38, 39, 40, 41, 43, 44, 46, 49, 51, 52, 53 y 54.

Demás especificaciones conforme el cartel y la oferta respectiva.

Forma de pago: A treinta (30) días calendario mediante transferencia bancaria, en colones previa verificación de lo indicado en los documentos contractuales y posterior a la recepción definitiva.

Tiempo y lugar de entrega: Líneas Nos. 1, 2, 9, 10, 13, 16, 21, 23, 26, 28, 33 a la 36, 38 a la 40, 43, 44, 46, 49 y de la 51 a la 54: inmediata.

Líneas Nos. 25 y 41: Ocho (8) semanas.

Línea Nº 31: Seis (6) semanas

Entrega en el Almacén de RECOPE, ubicado en el Plantel El Alto de Ochomogo.

Garantía: Líneas Nos. 9, 10 y 51: tres (3) meses a partir de la entrada en operación de los equipos o herramientas, o seis (6) meses posteriores a la aceptación por parte de RECOPE, lo que ocurra primero.

Líneas Nos. 1, 2, 13, 16, 21, 23, 25, 26, 28, 31, 34, 35, 36, 38, 39, 40, 41, 43, 44, 46, 49, 53 y 54: seis (6) meses a partir de la entrada en operación de los equipos o herramientas, o doce (12) meses posteriores a la aceptación por parte de RECOPE, lo que ocurra primero.

Líneas Nos. 33 y 52: doce (12) meses a partir de la entrada en operación de los equipos o herramientas, o dieciocho (18) meses posteriores a la aceptación por parte de RECOPE, lo que ocurra primero.

Para las líneas que no se están adjudicando sea 5, 15, 20, 22, 24, 27, 32, 42, 45, 47 y 50, debido a que no cumplieron con las especificaciones técnicas de aceptabilidad, la Unidad Técnica recomienda declararlas infructuosas y solicita realizar la recotización de dichas líneas con las mismas especificaciones técnicas y el costo estimado por un monto de ¢6.647.000,00.

Notas importantes:

1.  El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, por un monto del siete por ciento (7%) del total adjudicado y con una vigencia mínima de dos (2) meses adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto del contrato, observando todos los requisitos y condiciones que al respecto establece la Ley de la Contratación Administrativa, el Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y el Reglamento de Contrataciones de RECOPE.

2.  Según el Reglamento de Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública promulgado por la Contraloría General de la República y publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 22 de octubre del 2007, la presente contratación se formalizará mediante la emisión respectiva de la orden de compra, ya que debido a los montos adjudicados no requiere de refrendo.

3.  Con el fin de validar jurídicamente el documento definido para formalizar la presente contratación, se deberán reintegrar las especies fiscales de ley correspondientes a un 0,5% del monto total del contrato, pagadero en su totalidad por el contratista.

4.  Cuando hubiere atraso en la entrega del objeto contractual por causas imputables al contratista, éste pagará a RECOPE un décimo del uno por ciento (0,1%) del monto total adjudicado por cada día natural de atraso hasta un máximo del 25%. Se entiende por monto final del contrato el monto efectivamente pagado por RECOPE en la ejecución contractual. En caso que se haya pactado la contratación en moneda extranjera, las multas que se apliquen se calcularán en la moneda en que fue presentada la oferta.

     En caso de que el objeto esté compuesto por líneas distintas, el monto máximo para el cobro de multas, se considerará sobre el mayor valor de cada una y no sobre la totalidad del contrato, siempre que el incumplimiento de una línea no afecte el resto de las obligaciones.

     Los montos por imputación de la mora se deducirán de la facturación correspondiente. Si resultare insuficiente el monto pendiente a facturar se acudirá a la garantía de cumplimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

     La aplicación de esta cláusula seguirá el procedimiento establecido en el artículo 57 del Reglamento de Contrataciones de RECOPE.

5.  El oferente Nº 3 La Casa del Fontanero S. A., cotiza la línea Nº 18 correspondiente a seis (6) escuadras metálicas con un costo unitario de ¢2.475,00 S.I.V, mismo precio indicado en el monto total, razón por la cual y dado a que es un error aritmético se considera el monto total de dicha línea por ¢16.780,50 I.V.I. correspondiente a las seis (6) escuadras.

6.  En general, para el cumplimiento del objeto contractual el adjudicatario se deberá someter estrictamente en todos sus extremos a los dictados cartelarios de este concurso.

San José, 24 de octubre del 2008.—Departamento de Contratación de Bienes y Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Chacón.—1 vez.—(O. C. Nº 2008-5-329).—C-110240.—(102273).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-703151-02

Contratación de los servicios de mano de obra, materiales y equipo

para la automatización de calderas en Refinería

Se comunica que la Junta Directiva de RECOPE, mediante acuerdo tomado en el artículo Nº 8 de la sesión ordinaria Nº 4299-255, celebrada el miércoles 15 de octubre de 2008, acordó adjudicar la licitación en referencia de acuerdo con el siguiente detalle:

Oferta Nº:                  Uno (1).

Oferente:                    Operaciones Internacionales S. A.

Representante legal   Ing. R. Martín Fonseca F.

Monto total                  $569.377,74 Exento de Impuesto de Ventas.

Descripción                 Contratación de los servicios de mano de obra, herramientas, materiales y equipos para la automatización de las calderas UB503 y UB504 mediante la incorporación al sistema de control Honeywell Experion existente en la Refinería.

                                    Deberá realizar el suministro de los equipos de control, gabinetes, hardware, software, instrumentos de campo, calibraciones, cableados y canalizaciones, configuración y programación del sistema, capacitación y puesta en marcha para la automatización de calderas.

                                    Demás especificaciones conforme el cartel y la oferta respectiva.

Forma de pago:           Mensualmente, mediante carta de crédito local, en la moneda en que fue pactada la contratación o en colones, de acuerdo con el avance de los trabajos.

                                    Tratándose de moneda extranjera será facultativo para RECOPE realizar los pagos en colones, en cuyo caso se utilizará el tipo de cambio de venta que reporte el Banco Central de Costa Rica para las operaciones del sector público no bancario, al momento de hacerse efectivo el pago.

Plazo contractual:

·     Ejecución de la obra: doscientos cuarenta (240) días calendario.

·     Requisitos previos: quince (15) días hábiles.

·     El contratista contará con un máximo de diez (10) días hábiles.

·     Los restantes para la revisión y aprobación por parte del ingeniero inspector.

·     Condiciones climáticas adversas: diez (10) días naturales.

Garantía:                      Treinta (30) días hábiles contados a partir de la fecha en que se firma por ambas partes el acta de recepción definitiva. Los instrumentos tendrán una garantía de un (1) año a partir de la recepción de los mismos en RECOPE.

Notas importantes:

1.  El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, por un monto del siete por ciento (7%) del total adjudicado y con una vigencia mínima de dos (2) meses adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto del contrato, observando todos los requisitos y condiciones que al respecto establece la Ley de Contratación Administrativa, el Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y el Reglamento de Contrataciones de RECOPE.

2.  Según el Reglamento de Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública promulgado por la Contraloría General de la República y publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 22 de octubre del 2007, la presente contratación se formalizará mediante la emisión de una orden de compra y la suscripción de un contrato el cual será confeccionado por la Dirección Jurídica de RECOPE, el cual será refrendado por la Contraloría General de la República.

3.  Con el fin de validar jurídicamente el documento definido para formalizar la presente contratación, se deberán reintegrar las especies fiscales de ley correspondientes a un 0,5% del monto total del contrato, pagadero en su totalidad por el contratista.

4.  Cuando hubiere atraso en la entrega del objeto contractual por causas imputables al contratista, éste pagará a RECOPE un (0,1%) del monto final del contrato por cada día natural de atraso hasta un máximo del 25%. Se entiende por monto final del contrato el monto efectivamente pagado por RECOPE en la ejecución contractual.

5.  El contratista deberá rendir adicionalmente una garantía de calidad y correcto funcionamiento de la obra, irrevocable y de cobro inmediato a favor de RECOPE, por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del monto total contratado. Esta garantía deberá rendirse dentro de los cinco (5) días hábiles antes del vencimiento del plazo establecido para la devolución de la garantía de cumplimiento, según lo indicado en el artículo 45 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

     La vigencia de la garantía será por treinta (30) días calendario contados a partir de la fecha en que se firma por ambas partes el “Acta de recepción definitiva” de la obra. Esta garantía tendrá por objeto garantizar la calidad y correcto funcionamiento de los materiales y equipos instalados en el proyecto durante el lapso establecido.

6.  RECOPE retendrá de cada uno de los pagos por avance un diez por ciento (10%) con el propósito de asegurarse que la ejecución total de los trabajos y demás obligaciones del contratista, se efectuarán dentro de las condiciones contractualmente pactadas. Dichas retenciones podrán ser aplicadas por RECOPE a los efectos de lograr cualquier resarcimiento por defectuosa ejecución de los trabajos contratados e igualmente estará facultada RECOPE para aplicar dichas retenciones para la cobertura de multas por mora en la ejecución contractual. En todo caso las retenciones dispuestas en esta cláusula serán devueltas al contratista dentro del mismo término previsto para la garantía cumplimiento, sea veinte (20) días hábiles después de la recepción definitiva del objeto contractual.

     El contratista podrá sustituir el monto de las retenciones que se realizan a cada facturación por una garantía, cuyo monto deberá ajustarse periódicamente, y para la cual regirán las mismas disposiciones que en esta materia establece la Ley de la Contratación Administrativa, su Reglamento y el Reglamento de Contrataciones de RECOPE.

7.  Conforme a lo señalado por la Unidad Técnica en el oficio STR-519-2008 la presente contratación se encuentra exenta del pago del impuesto sobre las ventas, de acuerdo a lo establecido en el oficio Nº 10-008-2008 vigente hasta el 31 de diciembre del 2008 del Ministerio de Hacienda, Administración de Grandes Contribuyentes, en cuanto a los equipos y componentes eléctricos/electrónicos para el proceso de refinación.

8.  El monto recomendado excluye el costo de los cursos de configuración e implementación en el exterior, así como el costo de los viáticos asociados a los mismos y el monto ponderado correspondiente a los rubros de imprevistos, administración y utilidad.

9.  En general, para el cumplimiento del objeto contractual el adjudicatario se deberá someter estrictamente en todos sus extremos a los dictados cartelarios de este concurso.

San José, 24 de octubre del 2008.—Departamento de Contratación de Bienes y Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Chacón.—1 vez.—(O. C. Nº 2008-5-329).—C-65360.—(102276).

REGISTRO DE PROVEEDORES

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

ACTUALIZACIÓN REGISTRO DE PROVEEDORES

Con el propósito de actualizar el Registro de Proveedores de la Institución, y de conformidad con lo establecido al respecto en la Ley de la Contratación Administrativa y el artículo 116 de su Reglamento, se invita a todas aquellas personas físicas y jurídicas, que deseen ser consideradas como potencial oferente de bienes y servicios, a comunicarse con nuestra Unidad de Servicios de Proveeduría, donde se les indicará los datos que necesitan suministrar. Asimismo, a los proveedores que se encuentran inscritos en esta Institución, se les solicita actualizar la información que haya tenido modificaciones.

Para cualquier aclaración favor comunicarse con la Unidad de Servicios de Proveeduría de esta Contraloría General al teléfono 2501-8226.

Unidad de Servicios de Proveeduría.—Ronald Monge Salazar, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 19913).—C-7940.—(101190).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE LOGÍSTICA

DIRECCIÓN DE APROVISIONAMIENTO

DE BIENES Y SERVICIOS

ÁREA PLANIFICACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

SUBÁREA REGISTRO INSTITUCIONAL

DE PROVEEDORES

A todos los proveedores y representantes de casas extranjeras, se les comunica:

1.  Que han sido avaladas por el Ente autorizado las siguientes fichas técnicas, las mismas rigen a partir de su publicación en el Diario Oficial:

                                                                                                       Versión

Código                        Descripción medicamento                          CFT

1-10-02-3278      Ceftriaxona base 250 mg                                     04903

1-10-17-3860      Fentanilo base 0,05 mg/mL                                 41103

1-10-17-4320      Morfina Sulfato Pentahidrato 15 mg                   41006

Código en tránsito Interferón beta 1-a de origen ADN recombinante, 22 µg

1-10-41-4135      (6 millones de UI / 0,5 mL)                                 65200

Código en tránsito Interferón beta 1-a de origen ADN recombinante, 44 µg

1-10-41-4136      (12 millones de UI / 0,5 mL)                               65300

1-10-23-7525      Fumarato de formoterol                                       53906

1-10-31-3630      Diazepam 10 mg                                                 37202

1-10-31-4315      Midazolam 5 mg                                                 37303

1-10-34-3420      Dexametasona fosfato 4 ó 5 mg                          37503

1-10-32-1270      Omeprazol 10 mg                                                45805

1-10-41-1617      Tacrolimus 0,5 mg cápsulas                                40502

1-10-41-1618      Tacrolimus 1 mg cápsulas                                   40602

Las variaciones a las fichas técnicas, se encuentran disponibles en el Edificio Jenaro Valverde, piso 11, calles 5 y 7, avenidas 2 y 4 (Edificio anexo a la CCSS), o en la siguiente dirección electrónica: www.ccss.sa.cr, según la siguiente ruta: Publicaciones, Medicamentos, Fichas Técnicas de Medicamentos, Fichas Almacenables.

San José, 1 de octubre del 2008.—Área Gestión de Medicamentos.—Unidad Financiera.—Lic. Florybeth Vindas González, Encargada.—1 vez.—(U. P. 1147).—C-25980.—(101065).

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000030-0DI00

Demarcación horizontal con pintura y captaluces

de varias rutas nacionales

Se comunica a las empresas interesadas en participar, que se encuentra disponible la Enmienda Nº 1, en las oficinas de la Proveeduría, ubicadas de la rotonda de La Betania, 50 metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.

San José, 27 de octubre del 2008.—Unidad de Proveeduría y Suministros.—MBA Arturo Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 1496).—C-5300.—(102375).

CULTURA Y JUVENTUD

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000075-74900

(Ampliación resolución prórroga plazo para dictar el acto final)

Servicio de seguridad y vigilancia en las instalaciones del CENAC

Resultando:

1.  Que se realizó el proceso licitatorio para la contratación del servicio de seguridad y vigilancia en las instalaciones CENAC para el programa 74900.

2.  Que el plazo para dictar el acto final es de 22 días hábiles a partir de la fecha de apertura de ofertas (22/08/08), el cual vence el 23 de octubre del 2008.

Considerando:

1.  Que esta licitación se inició sin contenido económico, debido a que el contrato actual vence el próximo 31 de diciembre del 2008.

2.  Que el 25 de agosto se llevó a cabo la apertura de ofertas.

3.  Que el presupuesto que cubre esta erogación será aprobado a final de año; hasta tanto no se podría adjudicar el proceso.

4.  Que según criterio expresado por la Contraloría en oficio Nº 10838, DAGJ-1375-2008 del 16 de octubre del presente año, suscrito por el Lic. Roberto Rodríguez Araica-Gerente Asociado, hasta que se apruebe el presupuesto para el período presupuestario 2009 se puede llevar a cabo la adjudicación.

5.  Que el acto de adjudicación se podrá dictar en diciembre del 2008.

6.  Que estos servicios no pueden ser suspendidos, sin contar con los reemplazos correspondientes; por eso en diciembre se adjudicarán procesos de contrataciones directas mientras se resuelve este proceso licitatorio.

7.  Debido a las razones expuestas, y dado que el acto de adjudicación no se puede llevar a cabo dentro del plazo de recepción de ofertas, es necesario recurrir a la prórroga. Por tanto,

EL PROVEEDOR INSTITUCIONAL, RESUELVE:

De conformidad con el artículo 100 del R.G.C.A., ampliar por un plazo igual y por una única vez el plazo para dictar el acto final de adjudicación de la Licitación Pública Nº 2008LN-000075-74900 denominada “Servicio de seguridad y vigilancia en las instalaciones del CENAC”.

San José, a las 13:00 horas del 22 de octubre del 2008.—Jorge Rodríguez Solera, Proveedor Institucional.—1 vez.—(O. C. Nº 7658).—C-20480.—(102431).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000076-74900

(Ampliación resolución prórroga plazo para dictar el acto final)

Servicio de limpieza y mantenimiento de zonas verdes en el CENAC

Resultando:

1.  Que se realizó el proceso licitatorio para la “Contratación del Servicio de limpieza y mantenimiento de zonas verdes en el CENAC” para el programa 74900.

2.  Que el plazo para dictar el acto final es de 23 días hábiles a partir de la fecha de apertura de ofertas (25/08/08), el cual vence el 28 de octubre del 2008.

Considerando:

1.  Que esta licitación se inició sin contenido económico, debido a que el contrato actual vence el próximo 31 de diciembre del 2008.

2.  Que el 25 de agosto se llevó a cabo la apertura de ofertas.

3.  Que el Presupuesto que cubre esta erogación será aprobado a final de año; hasta tanto no se podría adjudicar el proceso.

4.  Que según criterio expresado por la Contraloría en oficio Nº 10838, DAGJ-1375-2008 del 16 de octubre del presente año suscrito por el Lic. Roberto Rodríguez Araica-Gerente Asociado, hasta que se apruebe el presupuesto para el período presupuestario 2009 se puede llevar a cabo la adjudicación.

5.  Que el acto de adjudicación se podrá dictar en diciembre del 2008.

6.  Que estos servicios no pueden ser suspendidos, sin contar con los reemplazos correspondientes; por eso en diciembre se adjudicarán procesos de contrataciones directas mientras se resuelve este proceso licitatorio.

7.  Debido a las razones expuestas, y dado que el acto de adjudicación no se puede llevar a cabo dentro del plazo de recepción de ofertas, es necesario recurrir a la prórroga. Por tanto,

EL PROVEEDOR INSTITUCIONAL, RESUELVE:

De conformidad con el artículo 100 del R.G.C.A., ampliar por un plazo igual y por una única vez el plazo para dictar el acto final de adjudicación de la Licitación Pública Nº 2008LN-000076-74900 denominada “Servicio de limpieza y mantenimiento de zonas verdes en el CENAC”.

San José, a las 14:00 horas del 23 de octubre del 2008.—Jorge Rodríguez Solera, Proveedor Institucional.—1 vez.—(O. C. Nº 7657).—C-20480.—(102432).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS

DE SALUD CENTRAL SUR

LICITACIÓN PÚBLICA 2008LN-000002-2399

Alquiler de inmueble para ubicar el Laboratorio

Clínico del Área de Salud de Cartago

A los interesados en el presente concurso se les comunica que por error involuntario en el Diario Oficial La Gaceta Nº 207, de fecha 27 de octubre del 2008, se publicó como fecha de apertura de ofertas el día viernes 19 de diciembre 2008; siendo lo correcto el día 26 de noviembre 2008 a la misma hora.

Más información en www.ccss.sa.cr.

San José, 27 de octubre del 2008.—Lic. Jeannette Soto Gómez, Directora Administrativa.—1 vez.—(102229).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000080-PROV

Construcción de líneas de distribución eléctrica en varios

sectores de Limón y Guácimo (Fórmulas HAG-01-08

HAG-04-08 HAL-01-08 HAL-02-08)

El Instituto Costarricense de Electricidad comunica a los interesados en la licitación antes mencionada que la Subgerencia Sector Electricidad mediante nota 0510.1579.2006 del 22 de octubre del 2008, acordó corregir el acto de adjudicación de la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000080-PROV publicado en La Gaceta Nº 169 del 29 de setiembre del 2008, lo siguiente

Donde dice:

Fecha de inicio del servicio.

Debe leerse:

Plazo de entrega.

Las demás condiciones del acto de adjudicación se mantienen invariables.

San José, 28 de octubre del 2008.—Área de Licitaciones.—Eugenio Fatjó Rivera.—1 vez.—(O. C. Nº 335364).—C-11900.—(102424).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000153-PROV

(Modificación Nº 3, prórroga Nº 2)

Acondicionamiento del Centro de Gestión Operativa de Servicio

para los Clientes del Sector de Telecomunicaciones (computadora, instalación de cableado estructurado, aire acondicionado,

alfombras, muebles, etc.)

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que el cartel de este concurso fue sujeto a modificaciones las cuales podrán adquirirse por medio de fotocopia cancelando el costo de la misma en la Proveeduría de este Instituto, o accesando nuestra dirección electrónica: https://www.grupoice.com/PEL.

Asimismo, se le comunica que la apertura de ofertas fue prorrogada a las 09:00 horas del día 10 de noviembre del 2008.

Fecha de apertura de ofertas anterior: A las 10:00 horas del día 3 de noviembre del 2008.

San José, 28 de octubre del 2008.—Eugenio Fatjó Rivera, Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 335364).—C-11240.—(102425).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000161-PROV

Adquisición de herrajes para redes telefónicas

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que el cartel de este concurso fue sujeto a la siguiente modificación:

Capítulo III, Especificaciones Técnicas.

Ítem 3 anillo para cruce sin apoyo.

1.  En el Punto 4.1, página 22, debe de agregarse una tolerancia en el diámetro interno del anillo de +2 mm, por lo que este punto deberá leerse como sigue:

“El diámetro interno del anillo será de 50 mm +2 mm.”

2.  En el Punto 4.2, página 22, debe de agregarse una tolerancia en el diámetro de la sección circular del anillo de ± 0.5 mm, por lo que este punto deberá leerse como sigue:

“La sección circular del anillo será de 12,7 mm ± 0.5 mm de diámetro.

Fecha de apertura de ofertas: A las 9:00 horas del 10 de noviembre del 2008.

San José, 28 de octubre del 2008.—Eugenio Fatjó Rivera, Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 335364).—C-12560.—(102426).

JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA

PROVEEDURÍA ADMINISTRACIÓN PORTUARIA

En las siguientes Licitaciones Abreviadas, léase correctamente:

Licitación Abreviada

Descripción

2008LA-000017-01

Zapatos personal masculino

2008LA-000018-01

Cuatro vehículos pick up doble cabina 4x2

2008LA-000019-01

Dos microbuses 15 pasajeros

2008LA-000020-01

Una ambulancia

2008LA-000021-01

Un autobús de 48 pasajeros

2008LA-000022-01

Un camión con cajón metálico

2008LA-000023-01

Un vehículo tipo rural 4x4

 

Publicado en La Gaceta Nº 206 del viernes 24 de octubre del 2008.

Limón, octubre del 2008.—Lic. Walter Anderson Salomons, Proveedor Admón.—1 vez.—(Solicitud Nº 49652).—C-17840.—(102398).

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE MORAVIA

Acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Moravia:

Acuerdo Nº 1602, sesión ordinaria Nº 129, celebrada el día 20 de octubre del 2008:

Con fundamento en los artículos 13 y 43 de la Ley Nº 1194 y al haberse sometido la presente modificación a consulta pública como Proyecto de Ley y por el plazo de diez días hábiles, sin que existieran oposiciones, se apruebe modificar los artículos 18 y 19 del actual Reglamento de Estacionamiento Autorizado de la Municipalidad de Moravia, para que en adelante dispongan:

Artículo 18.—Dichas zonas o espacios podrán adjudicarse por plazo de un año, la dependencia responsable pondrá a su criterio prorrogar el plazo de adjudicación o renunciarlo si lo considera conveniente.

Artículo 19.—Las tarifas a pagar por el uso de zonas o espacios para estacionamiento permanentes, será la siguiente:

En la zona céntrica será de ¢15.000,00 (quince mil colones exactos) por mes, el pago deberá efectuarse en forma anticipada por el valor total correspondiente.

Acuerdo definitivamente aprobado.

Moravia, 22 de octubre del 2008.—Lic. Edgar Vargas Jiménez, Alcalde Municipal.—1 vez.—(100589).

MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO

El Concejo Municipal de la Municipalidad de Santo Domingo, conforme a las potestades conferidas por los artículos 4º, inciso a), y 13, incisos c) y n) del Código Municipal y el artículo 170 de la Constitución Política, acuerda emitir el siguiente:

REGLAMENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DE HIJOS

PREDILECTOS DEL CANTÓN DE SANTO DOMINGO

CAPÍTULO I

Generalidades

Artículo 1º—Declaratoria como Hijo Predilecto. La declaratoria como Hijo Predilecto es una distinción que la Municipalidad de Santo Domingo conferirá a aquellas personas que destaquen por su trabajo altruista y desinteresado a favor de su comunidad o el cantón velando así por su desarrollo, conservación y fortalecimiento económico, cultural, espiritual, moral o social.

CAPÍTULO II

Del reconocimiento

Artículo 2º—Del reconocimiento. El reconocimiento consistirá en la develación de un retrato del galardonado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal o fuera de este cuando así lo acuerde el Concejo. Asimismo, al pie del retrato se adjuntará una placa conmemorativa al designado en la cual se consignará su nombre completo y la fecha en que se realizó el reconocimiento.

Artículo 3º—De los requisitos. Los Hijos Predilectos del Cantón deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a)  Ser mayor de cincuenta años de edad.

b)  Ser domingueño de nacimiento, o bien, residente del Cantón, en forma permanente y continua, con un mínimo de 30 años de residencia.

c)  Haber trabajado en cualquier campo del quehacer comunal, por lo menos, durante los 10 años anteriores a su designación.

d)  Que el trabajo comunal realizado represente un aporte significativo para el desarrollo y mejoramiento cualitativo del Cantón de Santo Domingo y que goce del reconocimiento público de su comunidad.

e)  Ser persona de reconocida solvencia moral.

CAPÍTULO III

De la declaratoria

Artículo 4º—De la declaratoria. La declaratoria de Hijo Predilecto se otorgará a una persona cada dos años, durante la celebración de la Semana Cívica, para lo cual se realizará un acto solemne al que se invitará a toda la comunidad. Lo anterior, sin perjuicio de que el Concejo Municipal pueda otorgar más de un reconocimiento, en casos excepcionales, para lo cual se requerirá la aprobación de las dos terceras partes de los regidores.

Artículo 5º—De los candidatos. El nombre del eventual designado será conocido por el Concejo Municipal, a propuesta de cualquiera de sus integrantes, de una organización del cantón o bien de un grupo de vecinos.

Artículo 6º—De la postulación. La propuesta del candidato a la declaratoria de Hijo Predilecto, deberá ser presentada por su promotor ante la Secretaría del Concejo Municipal, por escrito, la última semana del mes de abril del año que corresponda la designación.

Artículo 7º—De los requisitos. El promotor deberá entregar al Concejo Municipal junto con su propuesta, un legajo que contenga:

a)  Un historial detallado del trabajo comunal que justifique la eventual designación de su candidato.

b)  El currículo de la persona propuesta.

c)  Las constancias de participación expedidas por las diferentes organizaciones donde la persona propuesta haya prestado sus servicios.

CAPÍTULO IV

De la comisión especial

Artículo 8º—De la integración de la Comisión. El Concejo Municipal nombrará una Comisión Especial, que se encargará de estudiar el legajo de la persona propuesta, a efectos de dar la recomendación al Concejo acerca de si califica para ser declarado Hijo Predilecto. Dicha Comisión estará integrada de la siguiente manera:

a)  Tres regidores municipales.

b)  El Alcalde Municipal.

c)  Dos vecinos mayores de cincuenta años de reconocida trayectoria comunal, quienes serán propuestos por los miembros del Concejo.

Artículo 9º—Del nombramiento de la Comisión. El Concejo Municipal nombrará la Comisión Especial en la primera sesión ordinaria del mes de mayo del año que corresponda, y en el mismo acto le hará entrega de toda la documentación acerca de la persona propuesta para su evaluación.

Artículo 10.—Del plazo. La Comisión Especial tendrá como plazo máximo para la entrega de su recomendación al Concejo Municipal hasta la primera sesión ordinaria del Concejo del mes de julio del año que corresponda.

Artículo 11.—De la designación. Recibida la recomendación de la Comisión Especial, el Concejo Municipal tomará el acuerdo correspondiente, el cual deberá ser por unanimidad de los regidores propietarios.

Artículo 12.—De la designación desierta. Si a criterio justificado unánime del Concejo Municipal, la persona propuesta no reúne las condiciones requeridas para ser declarado como Hijo Predilecto, tendrá la facultad de declarar desierta la designación de ese año.

CAPÍTULO V

De los retratos

Artículo 13.—De los retratos. La Municipalidad velará por la uniformidad en las molduras de cada retrato, a efectos de lograr el mayor y mejor aprovechamiento del espacio físico en las paredes del Salón de Sesiones y crear también un ambiente agradable desde el punto de vista estético. Asimismo, la Administración velará porque los retratos estén acomodados por orden de antigüedad en la designación y que la respectiva placa conmemorativa esté siempre al pie del retrato a fin de identificarlos claramente.

CAPÍTULO VI

Disposiciones finales

Artículo 14.—Modificaciones. Cualquier reforma que el Concejo Municipal realice al presente reglamento, deberá ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta, para efectos del conocimiento de terceros.

Artículo 15.—Vigencia. Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Publíquese.

El Concejo conoce y acuerda: a.- Aprobar el Reglamento para el Reconocimiento de Hijos Predilectos del Cantón de Santo Domingo. b.- Se autoriza a la Administración se proceda con la publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Acuerdo firme. Votos de los señores regidores Ramírez Zamora, Madrigal Ledezma, Araya Nájar, Fallas Cordero y Salas Quesada.

Sesión número 60-2008 de fecha 6 de octubre del 2008, artículo V, inciso 1).

Santo Domingo, 9 de octubre del 2008.—Gabriela Vargas Aguilar, Secretaria Municipal.—1 vez.—(100917).

REMATES

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE PÉREZ ZELEDÓN

REMATE Nº 2008RMT-000001-SPM

Remate de puestos de golosinas, comidas y licores para las

actividades del Festival Luces del Valle 2008

RESOLUCIÓN 004-08-SPM

El Subproceso de Proveeduría de la Municipalidad de Pérez Zeledón al ser las trece horas con diez minutos del día veinticuatro de octubre del año dos mil ocho procede a emitir la siguiente resolución con respecto al Remate 2008RMT-000001-SPM cuyo objeto es el “Remate de puestos de golosinas, comidas y licores para las actividades del Festival Luces del Valle 2008”. En los procedimientos se han observado las normas y procedimientos de ley y;

Resultando:

Primero.—Que en el Subproceso de Proveeduría Municipal se tramita el expediente administrativo número 2008RMT-000001-SPM cuyo objeto es el “Remate de puestos de golosinas, comidas y licores para las actividades del Festival Luces del Valle 2008”.

Segundo.—Que la Proveeduría Municipal cursó invitación a través de la publicación por medio del Diario Oficial La Gaceta visible en la edición Nº 186 de la página Nº 56 del día viernes 26 de setiembre del 2008.

Considerando:

Uno.—Que al ser las diez horas del quince de octubre del dos mil ocho en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la Municipalidad de Pérez Zeledón se inicia el remate cuya constancia queda en el acta ACT-001-08-SPM de misma fecha.

Dos.—Que se procedió con el remate de la línea Nº 1 correspondiente al puesto de golosinas, no habiendo oferentes.

Tres.—Que se procedió con el remate de la línea Nº 2 correspondiente al puesto de comidas, no habiendo oferentes.

Cuatro.—Que se procedió con el remate de la línea Nº 3 correspondiente al puesto de licores, habiendo un único oferente el señor Douglas Flores Acuña, cédula dos-cuatrocientos dos-cuatrocientos noventa y dos, representado por el señor Ricardo Coto Cerdas, cédula uno-ochocientos veintiséis-ochocientos cuarenta y ocho, cuya oferta fue por un monto de un millón de colones exactos (¢1.000.000,00), siendo adjudicado el puesto rematado. Por tanto,

Se acuerda: De conformidad con lo anteriormente expuesto y apegados a lo que en derecho corresponde se declara adjudicada la línea rematada Nº 3 correspondiente al Puesto de licores al señor Douglas Flores Acuña, cédula física dos-cuatrocientos dos-cuatrocientos noventa y dos y a la vez se declaran desiertas las líneas rematadas Nº 1 correspondiente al puesto de golosinas y la línea Nº 2 correspondiente al puesto de comidas contenidas en el procedimiento de remate 2008RMT-000001-SPM cuyo objeto es el “Remate de puestos de golosinas, comidas y licores para las actividades del Festival Luces del Valle 2008”.

Notifíquese como corresponde.

San Isidro de El General, 24 de octubre del 2008.—Subproceso de Proveeduría.—Lic. Rafael Navarro Mora, Proveedor Municipal.—1 vez.—(102360).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

DIVISIÓN ECONÓMICA

Se comunica que la tasa básica que regirá a partir del 16 de octubre del 2008 y hasta nuevo aviso será de: 11,00%.

San José, 21 de octubre del 2008.—Róger Madrigal López, Director a. í.—1 vez.—(O. C. 9563).—C-4640.—(101067).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

ÁREA DE INVESTIGACIÓN

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Mariela Pérez Jiménez, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 21 de octubre del 2008.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(100586).

María Fernanda Corrales Sánchez, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”.—San José, 21 de octubre del 2008.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 69072.—(100842).

María Elisa Arce Picado ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”.—San José, 20 de octubre del 2008.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 68985.—(100843).

Betsy Cristina Olivares Córdoba ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”.—San José, 20 de octubre del 2008.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 68986.—(100844).

Fiorella Andrea Maffio Castillo, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”.—San José, 21 de octubre del 2008.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 69093.—(100845).

Guisela Alejandra Morales González, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”.—San José, 21 de octubre del 2008.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 69118.—(100846).

Dalia Soza Mora, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”.—San José, 21 de octubre del 2008.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 69120.—(100847).

Karol María Vega Quesada, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 21 de octubre del 2008.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 69126.—(100848).

María Alejandra Fernández Zeledón, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”.—San José, 21 de octubre del 2008.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(101044).

Eduardo Arturo Rojas Piedra, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 21 de octubre del 2008.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(101182).

Tatiana María Mainieri Acuña, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 21 de octubre del 2008.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(101183).

María del Rocío Cubero Artavia ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de licenciatura en derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor decano de la facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Cuidad Universitaria “Rodrigo Facio” a los 21 días del mes de octubre del dos mil ocho.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 69139.—(101503).

Rodrigo José Carranza Zúñiga ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de licenciatura en derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podía hacerlo mediante escrito dirigido al señor decano de la facultad de derecho de la Universidad de Costa Rica dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio” a los veintiún días del mes de octubre del dos mil ocho.—Dr. Daniel Gadea nieto, Director—Nos. 69227 y 69404—(101683).

Daniel López Guerrero ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de licenciatura en derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor decano de la facultad de derecho de la Universidad de Costa Rica dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio” a los veintiún días del mes de octubre del dos mil ocho.—Dr. Daniel Gadea nieto, Director—Nº 69315—(101684).

Alejandro José Arce Ureña, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio, 21 de octubre del 2008.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(102002).

Jeffry José Mora Sánchez ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 21 de octubre del 2008.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(102005).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

VICERRECTORÍA EJECUTIVA

OFICINA DE REGISTRO

AVISO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante la Oficina de Registro de la Universidad Estatal a Distancia, se ha presentado por motivo de solicitud de reposición del diploma, correspondiente al Título de Bachillerato en Ciencias de la Educación con Énfasis en I y II Ciclos, registrado como se detalla a continuación: Tomo IV, Folio 760, Asiento 16, extendido a nombre de Carlos Manuel Suárez Fonseca, cédula de identidad Nº 5-252-197. Se solicita la publicación del edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles, a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—San José, a los veintitrés días del mes de octubre del dos mil ocho.—Lic. Tatiana Bermúdez Vargas, Encargada de Graduación y Certificaciones.—(101019).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTO

A Narciso Cerdas Paniagua, se le comunica la resolución de las siete horas con treinta y dos minutos del veintitrés de octubre del dos mil ocho, que recomendó la salida del país del niño Daniel Alonso Cerdas Arce. Plazo para interponer el recurso de apelación: tres días hábiles contados a partir de la segunda publicación de este aviso. Expediente Nº 441-00022-2008.—Oficina Local de Sarapiquí.—Lic. María Isabel Arce García, Representante Legal.—(100905).                                                                                             2 v. 1.

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA

Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la propuesta planteada por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, para ajustar las tarifas del servicio de carga, descarga, estiba y desestiba de mercaderías en los puertos de Limón y Moín, que se tramitada en el expediente ET-218-2008, la cual se detalla de la siguiente manera:

Tipo de carga

Unidad

Tarifa vigente (¢)

Tarifa

propuesta ARESEP (¢)*

Variación absoluta

Variación porcentual

Tarifas

propuesta

ARESEP ($) *

Sistema Convencional

 

 

 

 

 

 

Mercadería General

Tonelada

1.480

2.320

840

56,76%

4,21

Hierro

Tonelada

1.480

1.800

320

21,62%

3,27

Sistema roll on - roll off

Movimiento

7.480

8.570

1.090

14,57%

15,57

Sistema porta contenedor

 

 

 

 

 

 

Con grúa pórtica

Movimiento

6.744

7.800

1.056

15,66%

14,17

Con grúa nave

Movimiento

7.104

9.700

2.596

36,54%

17,62

Sistema bananero y fruta fresca

 

 

 

 

 

 

Paletizado

Caja 20kg

37,80

75,04

37

98,52%

0,14

Kilo Paletizado

Kilo

1,89

2,47

0,58

30,56%

0,0045

Fruta contenerizada

Movimiento

9.850

12.350

2.500

25,38%

22,43

Estibador pallet

Caja 20kg

37,30

57,81

21

54,97%

0,105

Kilo Estibador Pallet

Kilo

1,86

2,89

1,03

55,39%

0,005

Sistemas trasiegos y vacíos

 

 

 

 

 

 

Nave convencional

Tonelada

1.178

1.608

430

36,50%

2,92

Nave porta contenedor

Movimiento

4.395

6.000

1.605

36,52%

10,90

Contenedores y furgones vacíos

Movimiento

3.673

8.520

4.847

131,96%

15,47

Sistemas bodegas y patios

 

 

 

 

 

 

Mercadería General

Tonelada

627

980

353

56,30%

1,78

Hierro y Lingotes

Tonelada

312

380

68

21,79%

0,69

Sistema carga paletizada

Tonelada

1.725

908

-817

-47,36%

1,65

Sistema de demoras

 

 

 

 

 

 

Naves Convencionales

Hora

21.093

36.730

15.637

74,13%

66,71

Naves roll on - roll off

Hora

16.670

27.930

11.260

67,55%

50,73

Naves porta contenedores

Hora

16.670

27.930

11.260

67,55%

50,73

Naves bananeras

Hora

44.091

50.810

6.719

15,24%

92,28

* Nota: La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos propone que se cambien las tarifas de colones a dólares, por lo que el detalle de las tarifas propuestas en colones arriba indicado es con fines informativos.

 

El 17 de noviembre de 2008 a las diecisiete horas, se llevará a cabo la Audiencia Pública en el Centro Nacional de Formación y Capacitación Portuaria (CENFOCAP) de JAPDEVA, ubicado contiguo al Polideportivo de JAPDEVA, Limón.

Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en la Dirección de Protección al Usuario, situada en Sabana Sur, 400 metros oeste del edificio de la Contraloría General de la República, San José. La petición tarifaria se puede consultar además en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr.

Todo aquel que tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia, por escrito o en forma oral, el día de la audiencia, momento en el cual deberá consignar el lugar exacto o el número de fax, para efectos de notificación por parte de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. En dicha audiencia, el interesado deberá exponer las razones de hecho y derecho que considere pertinentes.

En el caso de las personas jurídicas la oposición o coadyuvancia deberá ser interpuesta por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.

Para información adicional, contactar con el Lic. Daniel Fernández Sánchez (Consejero del Usuario) al teléfono 2543-0528 o al correo electrónico consejero@aresep.go.cr.

Dirección de Protección al Usuario.—Laura Suárez Zamora.—1 vez.—(Solicitud Nº 19666).—C-86920.—(101658).

ENTE COSTARRICENSE DE ACREDITACIÓN

AVISO

El Ente Costarricense de Acreditación (ECA), en cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 12 del Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento, Decreto Ejecutivo Nº 33963-MICIT, da a conocer el otorgamiento de las siguientes acreditaciones:

1.  Área: Laboratorios de Ensayos y Calibración

     OEC acreditado contra la Norma INTE-ISO/IEC 17025:2005 Requisitos generales para la competencia de laboratorios de ensayo y calibración

 

No. de Acreditación

Organismo de Evaluación de la Conformidad OEC

Alcance

de la acreditación

Fecha de vigencia

Dirección, correo postal,

e-mail, teléfono y fax

LE-054

 

 

VIGENTE

L.G.C Ingeniería de Pavimentos S. A.

Ver Anexo Técnico LE-054 (disponible en la página web www.eca.or.cr)

14 de octubre del 2008 al 14 de octubre del 2012

Dirección: 300 metros oeste y 75 metros norte del Cementerio de Desamparados, San José, Costa Rica.

Correo Postal: N.A

E-mail:

lgcingenieriasdepavimentos@gmail.com

Teléfono: 2550-7009 / Fax: 2219-8035

LE-055

 

 

VIGENTE

Laboratorio de Eficiencia energética, ICE-LEE

Ver Anexo Técnico LE-055 (disponible en la página web www.eca.or.cr)

14 de octubre del 2008 al 14 de octubre del 2012

Dirección: 200 metros oeste de Demasa, en Rincón Grande de Pavas, San José, Costa Rica.

Correo Postal: N.A

E-mail:

Nduarte@ice.go.cr/

nduarte@costarricense.cr

Teléfono: 2213-0983 /  Fax: 2213-0982

 

 

 

 

 

 

San José, 15 de octubre del 2008.—Lic. Maritza Madriz Picado, Gerente General.—1 vez.—(101026).

MODIFICACIÓN AL PROCEDIMIENTO GENERAL

DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN

Con fundamento en las atribuciones y facultades conferidas por los artículos 11 Constitucional; 120, 121, 122 inciso 3), 128, 129, 130 párrafo 1, 132, 134, 136 párrafo 2º en relación con el 249 y 335, 140, 141, 150, 239, 240 siguientes y concordantes y 362 de la Ley General de la Administración Pública; 1º, 2º, 19, 21, 27 y 31 de la Ley Nº 8279, 14 y 15 del Decreto Ejecutivo Nº 33963-MICIT “Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento del Ente Costarricense de Acreditación”; y

Considerando:

1º—Que la Ley del Sistema Nacional para la Calidad, Nº 8279, creó el Ente Costarricense de Acreditación (ECA), como una entidad pública no estatal encargada de la labor de acreditación para la evaluación de la conformidad en Costa Rica, de respaldar la competencia técnica y credibilidad de los entes acreditados para garantizar la confianza del Sistema Nacional para la Calidad, de asegurar que los servicios ofrecidos por los entes acreditados mantengan la calidad bajo la cual fue reconocida su competencia técnica y de promover y estimular la cooperación entre ellos.

2º—Que de conformidad con lo establecido en el artículo 19 párrafo tercero en relación con el 21 de la Ley Nº 8279; el ECA es el único competente para realizar los procedimientos de acreditación en lo que respecta a laboratorios de ensayo y calibración, entes de inspección y control, entes de certificación y otros afines.

3º—Que el artículo 9º del Decreto Ejecutivo Nº 33963-MICIT señala que la actividad de acreditación se llevará a cabo de acuerdo con los procedimientos de acreditación diseñados de conformidad con los requisitos establecidos por las normas nacionales e internacionales aplicables y vigentes.

4º—Que es el inciso f) del Compromiso de Acreditación suscrito entre el ECA como ente competente, y los distintos OEC señala que éste último se compromete a “implementar los cambios en los requisitos de acreditación que decida el ECA, dentro del tiempo acordado entre las partes y permitir la verificación de su cumplimiento”.

5º—Que a efectos de implementar correctamente los cambios enunciados en el apartado anterior, el ECA debe cumplir - para todos los efectos legales y de validez del acto administrativo - con la debida notificación a las partes de las modificaciones que eventualmente pudieran afectar los procedimientos indicados; lo anterior en cumplimiento del debido proceso.

6º—Que en cumplimiento a lo preceptuado en los artículos 134, 136 inciso e) y 362 de la LGAP; siendo este un acto discrecional de alcance general; y en virtud que la actividad del ECA debe desplegarse con observancia de los principios generales del ordenamiento jurídico administrativo y en concordancia con las normas internacionales que rigen la materia. Por tanto:

El Ente Costarricense de Acreditación (ECA), comunica a todos los interesados que se ha modificado el “Procedimiento General de Evaluación y Acreditación”, aplicable mediante el formulario ECA-MC-P09 de la siguiente manera:

1.  Modifíquese el “Punto 7. Visita preliminar”. Adiciónese frase al apartado 7.3, parte final, para que en lo consiguiente se lea:

“7.3 La visita preliminar es de carácter general, la realiza en lo posible un funcionario del ECA o el equipo evaluador que ECA designe. Los evaluadores que participan en una visita preliminar no deben participar en la evaluación al mismo solicitante, a excepción de evaluadores que son personal de planta del ECA o representante de instituciones reguladoras como se establece en la nota 2 del apartado 8.2.4 de este procedimiento…”

2.  Modifíquese en el “Punto 8. “Proceso general de evaluación y acreditación” el “Apartado 8.1. / Solicitud de Acreditación”, de forma tal que se adicione a este la “Nota 2” que literalmente reza:

Nota 2: Cuando un OEC solicite una inclusión de normas en el alcance de su acreditación debe presentar a la SA respectiva la normativa para la cual esta solicitando la inclusión así como el alcance corregido, para que ésta documentación sea analizada por el equipo evaluador en la próxima evaluación al OEC solicitante.”

3.  Modifíquese el “Punto 8. Proceso general de evaluación y acreditación”, “Apartado 8.2.4 / Solicitud de Acreditación” por medio de la adición de la “Nota 2” que literalmente reza:

Nota 2: Si dentro del equipo evaluador se incorporan evaluadores que son personal de planta del ECA o representantes de instituciones reguladoras el OEC no puede objetar su participación.”

4.  Agréguese al Apartado 8.2.8, del “Punto 8. Proceso general de evaluación y acreditación”, la indicación del formulario de aceptación o rechazo que a partir de la fecha se utilizará, de manera que en lo consiguiente se lea:

“8.2.8:    Aceptada la totalidad del equipo evaluador por parte del OEC, la Secretaría de Acreditación confirma con cada miembro del equipo su participación, los miembros del equipo deben informar a la secretaría de Acreditación su respuesta en los siguientes cinco días hábiles por medio del ECA-MC-P09-F20 “Aceptación o rechazo de participación para miembros del equipo evaluador”; caso contrario la Secretaría procede al nombramiento de otra persona para que conforme el equipo. Si alguno de los miembros del equipo evaluador presenta conflicto de interés; debe notificar a la Secretaría de Acreditación para que el proceso se repita a partir de 8.2.2.”

5.  Modifíquese el plazo establecido en el Apartado 8.3.3, del “Punto 8. Proceso general de evaluación y acreditación” en cuanto al plazo para la entrega del informe de evaluación documental (formulario ECA-MC-P13-F06 y del ECA-MC-P13-F01 “Plan de Evaluación”, para que en lo consiguiente se lea:

“8.3.3:    El Evaluador Líder debe realizar la evaluación documental, siguiendo el procedimiento ECA-MC-P13 Ejecución de la evaluación, con su equipo evaluador y presenta a la Secretaría de Acreditación original firmado y copia digital del ECA-MC-P13-F06 Informe de evaluación documental y del ECA-MC-P13-F01 Plan de evaluación, el plazo para la entrega es de 5 días hábiles previos a la evaluación in situ. Los miembros del equipo evaluador son responsables del manejo y la custodia de la documentación y de su confidencialidad.”

6.  Elimínese del apartado 8.3.16 la “Nota 3”.

7.  Se modifica integralmente el apartado 10 del Procedimiento General de Acreditación y Evaluación ECA-MC-P09, para que en lo consiguiente se lea:

10.  “OEC MULTISITIOS CON SEDES CRÍTICAS

10.1     Un OEC multisitios es aquel que dispone de varias instalaciones fijas. Puede ser posible que no todas las instalaciones fijas sean sedes críticas.

10.2     Las sedes críticas de un Organismo de Evaluación de la Conformidad son aquellas en las que se realizan actividades claves, las cuales involucran: formulación de políticas, desarrollo de procesos y procedimientos, y según corresponda, la revisión de contratos, la planificación o ejecución de evaluaciones de la conformidad, la revisión, la aprobación y toma de decisión de los resultados de las evaluaciones de la conformidad.

10.3     El OEC con sedes críticas debe demostrar documentalmente que poseen para todas las sedes críticas:

-  Un mismo responsable de la calidad o cualquiera que sea su denominación, para las diferentes instalaciones, debe demostrar indubitablemente el OEC, a través de documentos idóneos que evidencien la estructura de la organización, así mismo aportar declaración jurada -debidamente autenticada- sobre dicha situación tanto del director de calidad como del superior jerárquico de la institución o empresa.

-  Un mismo responsable para la dirección técnica, para las diferentes instalaciones, debe demostrar indubitablemente el OEC a través de documentos idóneos que evidencien la estructura de la organización, así mismo aportar declaración jurada -debidamente autenticada- sobre dicha situación tanto del director técnico como del superior jerárquico de la institución o empresa.

10.4     El OEC con sedes críticas debe demostrar que:

-     La actividad de evaluación de la conformidad debe realizarse en todas las sedes críticas con los mismos métodos y procedimientos.

-     El Sistema de Gestión debe ser administrado de manera centralizada y sujeto a revisión por la dirección.

-     Todas las sedes críticas deben estar sujetas al programa de auditorías internas y deben haber sido auditadas antes de que ECA realice la evaluación inicial.

-     Los certificados de inspección, certificación, calibración o informes de ensayo deben ser emitidos bajo la responsabilidad y en nombre del OEC, pero haciendo mención a la instalación donde se realizó la actividad de evaluación de la conformidad.

10.5     El OEC con sedes críticas debe disponer del adecuado control del sistema y debe realizar de forma centralizada como mínimo las siguientes actividades:

-     Documentación del Sistema y cambios del sistema.

-     Revisiones por la Dirección.

-     Gestión de Quejas.

-     Auditorías internas, planificación y seguimiento.

-     Supervisión del personal y evaluación del mismo.

-     Control de registros.

-     Definición de requisitos de competencia técnica del personal.

10.6     El OEC con sedes críticas debe definir la organización general tanto desde el punto de vista técnico como administrativo y los requisitos organizativos mínimos de las instalaciones. Así mismo debe identificar a las personas que, dentro de cada instalación, tienen la responsabilidad de la supervisión de los trabajos realizados. Deben quedar claramente establecidas las líneas jerárquicas desde el Director técnico a los responsables técnicos de cada una de las diferentes instalaciones.

10.7     Si durante el proceso de evaluación de un OEC con sedes críticas, se identifica alguna no conformidad en cualquier instalación, el OEC debe evidenciar si las otras instalaciones incluidas en el alcance de la acreditación no han sido afectadas por la desviación y establecer una acción correctiva de carácter general y aportar evidencias de que el problema ha sido tratado en todas las instalaciones afectadas. Si la no conformidad pone en duda el control del OEC, la acreditación podrá ser cuestionada a toda la organización hasta que no se cierre dicha no conformidad. El ECA exigirá evidencias de que las acciones correctivas se han implementado y que han sido eficaces, además podrá incrementar el nivel de muestreo hasta que se demuestre que el control se ha reestablecido.

10.8     Para las evaluaciones iniciales, además de la visita a la oficina principal se deben visitar todas las sedes críticas del OEC.

10.9     Durante las visitas de seguimiento de un OEC con sedes críticas, el ECA debe evaluar todas las instalaciones declaradas en el alcance de acreditación, de forma tal que durante el período de vigencia de la acreditación, todas las instalaciones hayan sido evaluadas. Se puede seguir la guía de muestreo que se indica en ECA-MC-P13-I01 Instructivo de muestreo.”

8.  Modifíquese la “Nota” contenida en el “Aparatado 14, inciso 14.1 Ampliación y reducción del alcance de Acreditación”, para que en lo consiguiente se lea:

“Nota: Si el OEC desea realizar una ampliación de alcance y que la evaluación correspondiente se realice de manera conjunta con la evaluación de seguimiento programada, debe presentar la solicitud de ampliación 3 meses antes de esta visita de seguimiento.”

Los apartados e incisos que no se reforman por la presente publicación se mantienen invariables, y se seguirán aplicando de conformidad con el Procedimiento General de Evaluación y Acreditación ECA-MC-P09, publicado en La Gaceta Nº 13 del 18 de enero del 2008, cuya versión integral se encuentra a disposición de los interesados en la página www.eca.or.cr.

Rige a partir de su publicación.

San José, 15 de octubre del 2008.—Lic. Maritza Madriz Picado, Gerente General.—1 vez.—(101029).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE MORAVIA

Acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Moravia:

Acuerdo Nº 1599, sesión ordinaria Nº 129, celebrada el día 20 de octubre del 2008:

La sesión ordinaria del día lunes 10 de noviembre del 2008, se efectuará a las 4 p. m. en las instalaciones de FUPROVI y será dedicada a la discusión de las reformas al Reglamento del Plan Regulador con intervención del público asistente.

Moravia, 22 de octubre del 2008.—Lic. Edgar Vargas Jiménez, Alcalde Municipal.—1 vez.—(100588).

MUNICIPALIDAD DE TURRIALBA

Que en la sesión ordinaria Nº 128 -2008 del martes 7 de octubre del 2008, en su artículo segundo, inciso 4), punto 4.1., acordó lo siguiente:

Artículo segundo.—Asuntos de trámite urgente

4.  Dictámenes de Comisiones.

4.1.  Dictamen de la Comisión Municipal de asuntos jurídicos.

1. Situación de talleres Barrio El Silencio

1.1.  Considerando el oficio Nº OP-ICJ-0909-2008 de la Oficina administración de patentes y espectáculos públicos firmada por el señor José Heiner Saborío Ramírez, encargado oficina de patentes

Sirva la presente para dar respuesta a lo solicitado en oficio Nº CMAJ 10-2008 de fecha 29 de agosto 2008.

Con respecto a lo solicitado, esta oficina de Administración de Patentes respetando los rubros que la Ley de Patentes y su Reglamento autorizan para efectos de Trámites y Concesión de las mismas en nuestro cantón, conforme a los trámites dictados en dichas Leyes, se analiza de acuerdo a los documentos presentados, en primer lugar el Uso de Suelo que extiende el Departamento de Ingeniería Municipal según los Lineamientos en materia de construcciones, que esta oficina no conoce, y según lo que especifique el mismo, se le da seguimiento al trámite, de lo contrario hasta ahí llega el trámite una vez comunicado al interesado, las razones expuestas. Los usos de suelo aprobados por el Departamento de Ingeniería, siguen el trámite ante el Área de Salud Turrialba y Jiménez, quién de acuerdo también a sus lineamientos de Ley, es quien otorga el permiso sanitario de funcionamiento del local comercial a instalar en la Zona, y cualquier trámite que cumpla con esos requisitos básicos de Ley, no nos queda más que extender la patente correspondiente.

Conforme al estudio de la zona, específicamente del Barrio El Silencio de Turrialba, la Dirección General del INVU, en su oficio Nº DIS-613-89 sobre consulta solicitada por el señor Jorge Rivera Chacón según el plano catastrado Nº C-78398-88 Comprobó que la Zona donde se pretende instalar este Taller tiene un uso mixto y muy cerca de este terreno hay otras Instalaciones Industriales. Los Talleres Industriales como el que se pretende instalar en este sitio son incómodos por ruidos, olores y gases a pintura, especialmente cuando se instalan en zonas muy pobladas, como esa área de influencia donde se deben tomar medidas de restricción, así mismo hacer una recomendación, sobre que clase de casas o residencias y que clase de limitaciones deben tener las casas de habitación en esa área Sin embargo la Sección considera que si las construcciones se hacen de acuerdo a las especificaciones establecidas por el Reglamento Sobre Higiene Industrial, tanto en su parte sanitaria como la estructural del edificio, cualquier molestia que se lograra presentar, se puede confinar bien dentro de las instalaciones y por lo tanto los interesados deben contar con el criterio afirmativo de la Dirección de Urbanismo del INVU, que es la entidad encargada de regular el uso de la tierra, así como el criterio de la Municipalidad, tomando en consideración que el lote se encuentra en un área en donde la vivienda actual es aislada y si continúa en forma lineal a la orilla de la vía pública las construcciones para talleres industriales.

Por lo tanto y de conformidad con lo anterior, esta Oficina de Patentes considera, que el Departamento de Ingeniería Municipal debe ajustarse antes de resolver con factibilidad un Uso de Suelo, hacer las consultas correspondientes ante el INVU y el Área Rectora de Salud Turrialba-Jiménez, como ente de Salud, verificar los efectos que puedan generar la clase de Negocios Comerciales a autorizar en esa Zona que cumplan con la confinación de ruidos y la medición de los mismos en forma esporádica, y hacer la Clasificación del Tipo de Patentes que autorice el respectivo Permiso de Funcionamiento Sanitario en esa área de influencia con respecto a las casas de habitación, con el fin de que los vecinos cercanos gocen del derecho fundamental de vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

1.2.  Nota db-01-2008 del Departamento de desarrollo urbano municipal, firmada por el Ing. Daniel Brenes Ugalde.

EVALUACIÓN PRELIMINAR

DELIMITACIÓN ZONA BARRIO EL SILENCIO-LA MARGOTH

Y RECOMENDACIÓN PRELIMINARES SOBRE LAS

EDIFICACIONES EN LA ZONA

INFORME SOLICITADO POR COMISIÓN

DE ASUNTOS JURÍDICOS

SESIÓN 21 DE AGOSTO

DEL 2008

ü   Fecha: 1º de octubre del 2008

ü   Distrito: Turrialba

  Ubicación de la zona

La zona del Barrio El Silencio-La Margoth, se encuentra al costado Este del centro de Turrialba. Su zona de influencia abarca los barrios de Margoth, Sictaya, Nuevos Horizontes directamente y urbanizaciones aledañas como El Coyol, Tomas Guardia, Dominica, Repasto y El Mora en sus extremos. Como se muestra en la figura 1, la zona está delimitada por:

1.  Oeste y sur: Margen del Río Turrialba, a partir del cruce de los puentes La Alegría, Blanco y Negro.

2.  Este: Barrios Nuevos Horizontes y Urbanización El Coyol.

3.  Norte: Urbanización Tomás Guardia, Repasto hasta el Puente sobre el Río Aquiares, camino al Mora.

  Situación actual de la zona

La zona de El Silencio-La Margoth, presenta hasta la fecha un desarrollo principalmente urbano, se presentan importantes conjuntos habitacionales del cantón como lo son los barrios de Sictaya, Margoth, Nuevos Horizontes, Cedros, Repasto, además de urbanizaciones grandes como El Coyol. Lo cual muestra un gran crecimiento poblacional. Actualmente la Municipalidad presenta dificultades con el abastecimiento del agua potable Municipal para el abastecimiento de proyectos habitacionales de gran magnitud.

Debido a la carencia de un Reglamento de Zonificación o un Plan Regulador en el Cantón de Turrialba, se encuentran desarrollos industriales unidos a los conjuntos habitacionales, en especial lo que son los talleres mecánicos, ubicados principalmente en la parte conocida como el Silencio-La Margoth.

Para ver la imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

Figura 1. Zona de El Silencio-La Margoth

  Zona de El Silencio-La Margoth

Limitado por la ruta nacional 415, comprende las entradas por la Escuela de La Margoth, hasta llegar al Parque de El Silencio y las vías que rodean al mismo con sus salidas a la ruta nacional 415 como se muestra en la figura anterior en la zona delimitada por el cuadro. Debido a la situación actual de la misma se presentan las siguientes recomendaciones preliminares para evaluarlas y establecer el desarrollo urbano de esta zona.

  Recomendaciones preliminares

El desarrollo urbano habitacional del cantón de Turrialba, actualmente se encuentra en la zona este, cruzando el Río Turrialba. Por lo que se recomienda que para la zona ubicada en El Silencio-La Margoth y sus alrededores.

1.  Establecer la zona de Barrio El Silencio-La Margoth exclusiva para el desarrollo urbano, habitacional, viviendas unifamiliares y multifamiliares.

2.  Para suministro de agua municipal, restringir las construcciones de vivienda a unifamiliares de un solo nivel. Si el agua potable es solicitada ante otra instancia se puede variar salvo previa aprobación de la misma por escrito.

3.  Para desarrollos habitacionales el suministro de agua potable por cuenta municipal no es aceptado, el desarrollador deberá tramitar mediante la ASADA o el acueducto el abastecimiento de agua potable para su desarrollo.

4.  Restringir la instalación de establecimientos industriales, en especial talleres mecánicos debido al carácter habitacional de la zona.

5.  Restringir la instalación de piscinas, balnearios, públicos o privados o instalaciones afines en dicha zona debido a las dificultades con el suministro de agua Municipal. Si el agua proviene de un acueducto o ASADA la instalación de las mismas está sujeta a previa aprobación de la entidad por escrito.

6.  Aplicar estas recomendaciones en esta microzona y 100 m a la redonda.

SE RECOMIENDA:

Por lo tanto esta Comisión recomienda al Concejo Municipal lo siguiente sobre el Control de Desarrollo Urbanístico y Comercial e Industrial en el área delimitada del Bº El Silencio de La Margot:

1.  Acoger las recomendaciones presentadas por el Ing. Daniel Brenes Ugalde, Jefe del Departamento de Desarrollo Urbano Municipal e incluir como punto Nº 6 el que a continuación se detalla y mover el punto Nº 6 presentado en las recomendaciones como punto Nº 7.

6.  Se determina conceder actividades comerciales en la zona descrita las siguientes: pulperías, sodas, tiendas, zapaterías, relojerías, verdulerías, mini súper, bazares, salas de belleza, librerías y similares.

2.  Las anteriores disposiciones empezarán a regir a partir de que este dictamen sea publicado en el Diario Oficial La Gaceta.

SE ACUERDA:

Aprobar el dictamen que presenta la Comisión Municipal de Asuntos Jurídicos en todos sus puntos, se autoriza al señor Alcalde Municipal M.Sc. Alfonso Pérez Gómez, para que proceda a publicarlo en el Diario Oficial La Gaceta. Acuerdo definitivamente aprobado.

Turrialba, 23 de octubre del 2008.—Noemy Chávez Pérez, Secretaria Municipal.—1 vez.—(101713).

MUNICIPALIDAD DE NICOYA

De conformidad con el numeral 53 de la Ley Nº 7794, transcribo acuerdo Nº 38 de la sesión ordinaria Nº 022, del 2 de octubre 2006, para efectos de su publicación, en el Diario Oficial La Gaceta, que dice:

Acuerdo Nº 38: El Concejo Municipal en forma unánime aprueba el informe de la Asesoría Legal Nº 006-AL-00066, del 2 de octubre del 2006, en todos sus extremos, en el caso de la apertura del camino Fila Tigre, ubicado en la Sección M del Proyecto Americano en Nosara de Nicoya; por tanto, visto el informe que presenta el Órgano Director del Procedimiento Administrativo que investigó la naturaleza jurídica del camino Fila Tigre, ubicado en la Sección M del Proyecto Americano en Nosara, se acuerda declarar como público dicho camino y se ordena su inmediata reapertura. Trasládese a la Alcaldía este asunto para lo de su competencia. Notifíquese a los interesados a quienes se les advierte que pueden recurrir este acuerdo por medio de los recursos ordinarios de revocatoria y apelación en subsidio. Que el de revocatoria será conocido y resuelto por el Concejo Municipal y el de apelación por la Sección Tercera del Tribunal Superior Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, siempre y cuando lo hagan dentro del quinto día en memorial razonado, todo conforme a lo dispuesto en el numeral 156 del Código Municipal y deberán indicar lugar o medio idóneo para recibir notificaciones. El lugar debe ubicarse claramente dentro del perímetro de la ciudad de Nicoya. La falta de señalamiento de medio para oír notificaciones acarreará que las resoluciones adquieran firmeza con el solo transcurso de 24 horas. Asimismo se les hace saber que la interposición de los citados recursos no suspenden los efectos del presente acuerdo. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta la ejecución del presente acuerdo quedará sujeto a la resolución final de los Tribunales de Justicia de Nicoya, sobre la disputa que se dilucida en dichos estrados sobre el camino de marras.

Nicoya, 15 de octubre de 2008.—Marco Antonio Jiménez Muñoz, Secretario Municipal.—1 vez.—Nº 68944.—(100849).

MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE

DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

Leonardo Ramírez Leiva, casado una vez, de oficio consultor, con cédula de identidad número 1-597-425 vecino de Granadilla de Curridabat San José. Con base en la Ley de Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 del 2 de marzo de 1977 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Ejecutivo Nº 7841-P de 16 de marzo de 1977; solicitan en concesión un terreno localizado en Playa Coyote, distrito sexto Bejuco, cantón noveno Nandayure, de la provincia de Guanacaste, parcela identificada con el número 22. Mide 1.500,00 metros cuadrados, para darle un uso residencial turístico. Sus linderos son: norte: calle pública. Sur: zona publica de 50 mts frente al mar. Este: zona restringida de la ZMT (lote Nº 21). Oeste: zona comercial de la ZMT. Se concede a los interesados un plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de esta única publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en la Municipalidad ante la oficina del alcalde municipal. El opositor debe identificarse debidamente

Carmona de Nandayure, Guanacaste.—Humberto León Abadía, Encargado.—Adán Venegas Chaves, Inspector.—1 vez.—(101574).

AVISOS

CONVOCATORIAS

COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA

El Colegio de Abogados de Costa Rica, informa a sus agremiados(as) que en las sesiones ordinarias Nº 30-08 y Nº 37-08 celebradas el 19 de agosto y el 7 de octubre del 2008 respectivamente, se acordó lo siguiente:

A) Convocar a los(as) agremiados(as) a asamblea general extraordinaria que se verificará en la sede principal del Colegio el día 14 de noviembre próximo, a las diecisiete horas treinta minutos, a fin de conocer los siguientes temas:

1.  Reseña del Presidente sobre los acontecimientos más importantes del Colegio.

2.  Informe anual del fiscal.

3.  Lectura y aprobación del presupuesto para el año 2009.

4.  Liquidación del presupuesto del año 2007.

5.  Solicitud de autorización para la venta de los inmuebles del Colegio en las sedes regionales de Limón, San Carlos, Liberia y Heredia.

B) Si a la hora señalada no existiera el quórum de ley, la asamblea podrá celebrarse válidamente media hora después, siempre que estuvieren presentes cuando menos quince agremiados (as).

Oficina de Proveeduría.—Lic. Merari Herrera Campos, Proveedora General.—(O. C. Nº 6744).—C-25100.—(102192).   2 v. 2.

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

INGENIO TABOGA S. A.

Ingenio Taboga S. A., convoca a sus accionistas a asamblea general ordinaria, a celebrarse en el salón Juan Vázquez de Coronado del Hotel Marriot, a las 17:00 horas del miércoles 19 de noviembre del 2008, para conocer los asuntos indicados en el artículo 155 del Código de Comercio En el supuesto de que no hubiera quórum en la primera convocatoria, se hace una segunda convocatoria en el mismo lugar y fecha, para las 18:00 horas. Esta asamblea se constituirá válida cualquiera que sea el número de acciones representadas.—San Francisco de Heredia, 23 de octubre del 2008.—Ing. Alfonso Robelo Callejas, Presidente.—1 vez.—(102230).

CONDOMINIO ASTURIAS

El Condominio Asturias, convoca a todos los condóminos a la asamblea general ordinaria de propietarios a celebrarse el sábado 15 de noviembre del 2008, en el salón multiuso del condominio en Pavas, la primera convocatoria a las diecisiete horas, la segunda convocatoria a las dieciocho horas.

AGENDA:

-    Verificar asistencia.

-    Informe de la presidencia.

-    Informe de tesorería.

-    Informe fiscal.

-    Informe administración.

-    Aumento cuota.

-    Nombramiento de los miembros de la junta directiva faltantes.

-    Varios.

San José, 27 de octubre del 2008.—Óscar Montero Tang, Presidente.—1 vez.—(102248).

SINDICATO NACIONAL DE PROFESIONALES

DE LA ORIENTACIÓN

Con motivo de la celebración de la asamblea del día del orientador, se les invita a todos (as) los (as) afiliados (as) al Sindicato Nacional de Profesionales de la Orientación (SINAPRO), a las actividades que se llevará a cabo en las instalaciones de Vida Plena Operadora de Pensiones del Magisterio Nacional, el día 14 de noviembre del presente año, de 7:30 a. m hasta las 4:00 p. m., contamos con su distinguida presencia, no faltes.—San José, 28 de octubre del 2008.—Lic. Xinia Viales Angulo, Secretaria General.—1 vez.—(102358).

ASOCIACIÓN DE FABRICANTES METALMECÁNICOS

DE COSTA RICA ASOMETAL

Convocatoria la Asociación de Fabricantes Metalmecánicos de Costa Rica ASOMETAL, convoca a todos sus asociados a la asamblea general ordinaria a realizarse a las 17 horas en primera convocatoria y a las 18 horas en segunda convocatoria, el día 20 de noviembre del 2008, en la sede de la Cámara de Industrias de Costa Rica. Situada ciento cincuenta metros al sur de la Fuente de la Hispanidad en San Pedro, San José; la agenda será la siguiente: 1. Comprobación del quórum. 2. Informes de presidente, tesorero y fiscal. 3. Elección parcial de miembros de junta directiva que corresponden en el año par. 5. Asuntos varios. 6. Refrigerio.—Ing. Jorge Muñoz Araya, Presidente.—Tamara Bobrow Zúñiga, Responsable.—1 vez.—(102396).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

DOSHER S. A.

Dosher S. A. cédula jurídica 3-101-015224, solicita a la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros legales de mayor, diario e inventario y balances. Quien se considere afectado, dirigir oposiciones a la Sección Legalización de Libros en el plazo de ocho días hábiles a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta y en un diario nacional.—Lic. Ruhal Barrientos Saborío, Notario.—(100025).

ASOCIACIÓN COSTARRICENSE DE PEDIATRÍA

Yo, Julia Fernández Monge, cédula de identidad número 1-463-302, en mi calidad de representante legal de la Asociación Costarricense de Pediatría, cédula jurídica 3-002-061512, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la reposición de los libros de asambleas generales, registro de socios, junta directiva, diario, mayor e inventario y balances, todos número dos, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, 1 de octubre del 2008.—Julia Fernández Monge, representante legal.—1 vez.—(100027).

TIERRA DE TRES RÍOS JMMW S. A.

Tierra de Tres Ríos JMMW S. A., cédula jurídica 3-101-368952, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: actas de asambleas de socios (AAS). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de información y asistencia al contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Víctor Hugo Fernández Mora, Notario.—(100028).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

INMOBILIARIA DE LA TORRE SOCIEDAD ANÓNIMA

Inmobiliaria de la Torre Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-035611, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros número uno de Registro de Accionistas. Quien se declare afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Carlos Roberto López Madrigal, Notario.—Nº 68582.—(100143).

HERMANOS ÁLVAREZ RIVAS SOCIEDAD ANÓNIMA

Hermanos Álvarez Rivas Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y un mil setecientos ochenta y cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: libro de acta de consejo de administración, número uno; y el libro de acta de asamblea de socios, número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Liberia, Guanacaste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Daly González Castro, Notaria.—Nº 68607.—(100144).

TRACOLI SOCIEDAD ANÓNIMA

Tracoli Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y nueve mil ciento treinta y cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los Libros siguientes: diario, mayor, inventarios y balances, actas de consejo de administración, actas de asamblea de socios, registro de socios, todos por segunda vez. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de Limón, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, diecisiete de octubre del dos mil ocho.—Jimmy Morales Ramírez.—Nº 68610.—(100145).

INVERSIONES TEFGON SOCIEDAD ANÓNIMA

Inversiones Tefgon Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y tres mil cincuenta y dos, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea General y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Ma. Gabriela Sancho Carpio, Notaria.—(100476).

COMERCIALIZADORA DE AZUFRE DE GÓNGORA

SOCIEDAD ANÓNIMA

Comercializadora de Azufre de Góngora Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-093483, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances y Actas de Consejo de Administración. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Luis Gerardo Gámez Conejo, Notario.—(100510).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

BAC SAN JOSÉ

SUCURSAL EN CARTAGO

Jorge Arturo Cerdas Vargas, cédula Nº 107190735, ha solicitado en Cartago, Costa Rica, la reposición del cheque: Nº 00458127 de Banco BAC San José, por la suma de 150.000,00 colones el día 22 de octubre del 2008, a favor de Jorge Arturo Cerdas Vargas.—Cartago, 22 de octubre del 2008.—Martín Gómez Gutiérrez, Gerente.—Nº 69123.—(100850).

CORPORACIÓN DE LABORATORIOS CLÍNICOS PRIVADOS

CORPOLAB SOCIEDAD ANÓNIMA

Corporación de Laboratorios Clínicos Privados Corpolab Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-dos tres cuatro uno ocho uno, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Nora Virginia Robles Cambronero, Notaria.—Nº 68862.—(100852).

INVERSIONES FESAVI S. A.

Inversiones Fesavi S. A., cédula jurídica número 3-101-180033, solicita ante la Dirección General de Tributación, la legalización del libro de Actas de Asambleas de Socios número uno, con el objeto de proceder al nombramiento de junta directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago, dentro del plazo de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Fernando Sancho Villalta, Notario.—Nº 68947.—(100853).

CONCEPT BUSINESS TECNOLOGIES S. A.

Concept Business Tecnologies S. A., cédula número tres-uno cero uno-tres cuatro tres siete tres uno, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro siguiente: Actas de Consejo de Administración número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, dos de octubre del año dos mil ocho.—Lic. Erick Alberto Lizano Bonilla, Notario.—Nº 68948.—(100854).

SPIN SISTEMAS DE PROTECCIÓN INTEGRADOS S. A.

Spin Sistemas de Protección Integrados S. A., cédula jurídica número 3-101-304172, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 1, Mayor Nº 1 e Inventarios y Balances Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles, contados a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Manrique Rojas Ibarra, Notario.—Nº 68960.—(100855).

DESARROLLOS YEGROS SOCIEDAD ANÓNIMA

Desarrollos Yegros Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos veinticinco mil seiscientos diez, solicita a la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros (Registro de Socios) por haberse extraviado. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación en el diario oficial La Gaceta.—San José, 21 de octubre de 2008.—Lic. Ramón Gerardo Solís Camacho, Notario.—Nº 68963.—(100856).

JUJUY LATINOAMERICANA SOCIEDAD ANÓNIMA

Jujuy Latinoamericana Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero treinta y siete mil seiscientos once, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: actas de asambleas de socios número uno, actas de consejo de administración número uno, registro de socios número uno, mayor número uno, diario número uno, inventarios y balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Franklin Morera Sibaja.—(101066).

SERVICIOS DE MERCADEO MÓVIL MULTIMEDIA S. A.

Servicios de Mercadeo Móvil Multimedia, S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos ocho mil doscientos sesenta y cuatro, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: diario, mayor e inventarios y balances de dicha sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—San José, 14 de octubre del dos mil ocho.—Ana Milena Schroeder L.—(101174).

AGROPECUARIA LA MANILA SOCIEDAD ANÓNIMA

Agropecuaria La Manila Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta mil cuatrocientos setenta y tres; solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros diario Nº 1, mayor 1, inventarios y balances Nº 1; quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Guanacaste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Mario Ramírez Bolaños, Presidente.—(101223).

GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA

De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, la señora Deyanira Campos Cubillo, cédula número 1-0371-0922, ha presentado ante esta entidad, solicitud de reposición de su certificado CPH 143 301 2001498006, por un monto de ¢1.750.000,00 y un cupón de ¢19.250,00, ambos con fecha de vencimiento del 30 octubre 2008.—Puriscal, 21 de octubre del 2008.—(101235).

INMOBILIARIA LOS JARDINES S. A.

Para efectos de reposición, yo Óscar Manuel Pacheco González con cédula de identidad Nº 1-323-922 en mi condición de propietario de la acción y título Nº 1033, hago constar que he solicitado a Inmobiliaria Los Jardines S. A., la reposición de los mismos por haberse extraviado. Por el término de ley, se atenderán oposiciones en el departamento de secretaría de junta directiva, en el Cariari Country Club, San Antonio de Belén, Heredia, y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José, 8 de octubre del 2008.—Óscar Manuel Pacheco González.—Nº 69281.—(101510).

Ronald Quesada Alfaro, costarricense, mayor de edad, casado una vez, transportista de carga pesada, con cédula de identidad número dos-cuatrocientos cincuenta y dos-ochocientos ochenta y uno, vecino de Buenos Aires de Puntarenas, trescientos metros norte de la Escuela la Piñera, solicita ante la Dirección General de Tribulación, la reposición de los siguientes libros: libro número uno de balances e inventarios, libro número uno de mayor y libro número uno de diario. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y, Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaría de San Isidro de Pérez Zeledón, San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Diana Chaves Araya, Notaria.—Nº 69193.—(101511).

ANCARES INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

Ancares Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta y ocho mil quinientos veintiocho, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro número uno de registro de accionistas de la empresa, por haberse extraviado. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de información y asistencia al contribuyente (legalización de libros) Administración Tributaría de Puntarenas, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, siete de octubre del dos mil ocho.—Christopher Charles Denko, Presidente.—Nº 69369.—(101512).

UNICREDIT CCP ONE SOCIEDAD ANÓNIMA

Unicredit CCP One Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos trece mil trescientos sesenta y uno, anteriormente denominada Inversiones Kaceciro Sociedad Anónima solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de registro de socios únicamente. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, legalización de libros, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Karla Gutiérrez Vargas, Notaria.—Nº 69393.—(101513).

VM TRANSPORTES DE VALORES SOCIEDAD ANÓNIMA

VM Transportes de Valores Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-dos uno tres seis nueve nueve, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del siguiente libro: actas de asamblea de socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José dentro del término de ocho días a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Manuel Emilio Montero Anderson, Notario.—Nº 69402.—(101514).

INMOBILIARIA TRES CAMINOS DE CENTROAMÉRICA

SOCIEDAD ANÓNIMA

Inmobiliaria Tres Caminos de Centroamérica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-dos uno tres cero nueve uno uno nueve, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del siguiente libro: actas de asamblea de socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Manuel Emilio Montero Anderson, Notario.—Nº 69403.—(101515).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

ASOCIACIÓN VIDA JOVEN DE COSTA RICA

Yo, Magaly Mendoza Calderón, cédula de identidad uno-novecientos treinta y tres-ochocientos sesenta y uno, en mi calidad de presidenta y representante legal de la Asociación Vida Joven de Costa Rica, cédula jurídica tres-cero cero dos ocho cuatro cero seis tres-cero siete, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la reposición de los libros Legales y Contables número dos, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, veinte de octubre del dos mil ocho.—Magaly Mendoza Calderón, Presidenta y Representante Legal.—1 vez.—Nº 69040.—(100851).

ASOCIACIÓN LA FE DE SAN PABLO

Yo, Hazel Rovira Castillo, cédula de identidad número 1-0640-0755, en mi calidad de Presidenta y Representante Legal de la Asociación La Fe de San Pablo, cédula jurídica Nº 3-002-394-879 (tres cero cero dos tres nueve cuatro ocho siete nueve), solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la reposición de los libros Inventarios y Balances número 1, Mayor número 1, Diario número 1, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado, a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—22 de octubre de 2008.—Hazel Rovira Castillo, Presidenta y representante legal.—1 vez.—(100899).

LIGA AGRÍCOLA INDUSTRIAL DE LA CAÑA DE AZÚCAR

La Junta Directiva con fundamento en los artículos 97 y concordantes de la Ley Nº 7818, Ley Orgánica de la Agricultura e Industria de la Caña de Azúcar, acordó en su sesión ordinaria Nº 340, celebrada el 21 de octubre del 2008, lo siguiente:

Fijar a partir del 23 de octubre del 2008, los siguientes adelantos en dinero que dará a los ingenios por el azúcar que le entreguen para ser aplicado a la Cuota Nacional de Producción de Azúcar de la Zafra 2007-2008, así como los adelantos en dinero que deberán pagar dichos ingenios a los productores independientes por cada kilogramo de azúcar de 96º de Polarización que les entreguen dentro del Régimen de Cuota.

Adelanto para el azúcar dentro de cuota

                                                                                      Por bulto

                                Tipo                                               de 50 kg

Blanco de plantación (99.5º Pol)                      ¢10.650,00

Crudo (96º Pol)                                                ¢10.224,00

Adelanto para el kilogramo de azúcar

de 96º de Pol contenida en la caña

dentro de cuota                                                              ¢127,80

NOTA:    De conformidad con  el  artículo  312,  literal b),  del  Decreto Nº 28665-MAG, este adelanto deberá ser pagado a los productores independientes a más tardar el próximo martes 4 de noviembre del 2008.

Édgar Herrera Echandi.—1 vez.—(100903).

COLEGIO DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA RICA

La junta de Gobierno del Colegio de Médicos y Cirujanos, en su sesión ordinaria 2007-12-12 celebrada el doce de diciembre del año dos mil siete, acuerda que a partir de la fecha se modifica el nombre de la junta directiva de Tecnólogos del Sector Salud a Comité Coordinador de Tecnólogos en Ramas Dependientes de la Ciencias Médicas.—Dr. Minor Vargas Baldares, Presidente.—1 vez.—(100916).

ASOCIACIÓN CULTURAL NGOBEGUE INDÍGENA DE COSTA RICA

Yo Mariano Marquinez Montezuma, mayor, soltero cédula de identidad nueve-cien-cuatrocientos tres, en mi condición de presidente, hago constar que hemos iniciado la reposición de los libros Mayor, Inventarios y Balances, Diario, Actas de la Asamblea General, Actas de Junta Directiva y el Libro de Registro de Asociados sean los seis libros que se quemaron, de la Asociación Cultural Ngobegue Indígena de Costa Rica, por lo que se emplaza por ocho días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la reposición en trámite ante el Registro de Asociaciones.—San José, seis de octubre del dos mil ocho.—Mariano Marquinez Montezuma, Presidente.—1 vez.—Nº 69216.—(101509).

LIGA AGRÍCOLA INDUSTRIAL DE LA CAÑA DE AZÚCAR

Comunica que su Junta Directiva, en la sesión ordinaria Nº 340, del 21 de octubre del 2008, acordó:

1.  Fijar el precio definitivo de liquidación del kilogramo de miel final, proveniente del azúcar procesado en régimen de cuota, en ¢36.818,12. La participación del productor independiente en el referido valor será de un 62,5%, lo que corresponde a ¢23.011325 por kilogramo de miel final en cuota.

De conformidad con el artículo 101 de la Ley Orgánica de la Agricultura e Industria de la Caña de Azúcar, esta liquidación deberá ser pagada a los productores independientes a más tardar ocho días posteriores a esta publicación.—Lourdes Matamoros Retana.—1 vez.—(101584).

ASOCIACIÓN DE CORREDORES DE CUADRACICLOS ACCUA

Nosotros, Elizabeth Ortega Ulate, cédula cuatro-cero ciento veintinueve-cero novecientos setenta y siete y Manuel González Villanea, cédula uno-cero seiscientos sesenta y cuatro-cero quinientos setenta y dos, en nuestra condición personal, como asociados y como Tesorero y Secretario de la Asociación de Corredores de Cuadraciclos ACCUA, cédula de persona jurídica tres-cero cero dos-ciento cincuenta y seis mil, solicitamos al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los libros legalizados por el Registro número tres de Junta Directiva el día diecinueve de enero del dos mil cuatro y el libro legalizado número uno de Registro de Asociados el día diecisiete de setiembre del dos mil uno, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, 21 de octubre del 2008.—Elizabeth Ortega Ulate y Manuel González Villanea.—1 vez.—(101604).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Por escritura número ciento ochenta y seis-dos otorgada a las dieciséis horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de setiembre del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad Méndez Dinarte del Sur Sociedad Anónima, domiciliada en Ojo Chal Puntarenas, un kilómetro noreste de la escuela del lugar, su capital social es de diez mil colones, presidente y secretario y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos con límite se suma de cinco millones de colones quienes tendrán la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—San Isidro de Pérez Zeledón, a las nueve horas del quince de octubre del año dos mil ocho.—Msc. Yadira Jiménez Olivares, Notaria.—1 vez.—Nº 68555.—(100216).

Por escritura otorgada a las 12:30 horas del quince de octubre del 2008, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Indured Sociedad Anónima, por la que se reforma la cláusula sétima de la administración de la sociedad.—San José, 17 de octubre del 2008.—Dr. Fernando Mora Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 68556.—(100217).

Por escritura otorgada a las 11:40 horas del quince de octubre del 2008, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Omniaserv Internacional Sociedad Anónima, por la que se reforma la cláusula sétima de la administración de la sociedad.—San José, 17 de octubre del 2008.—Dr. Fernando Mora Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 68557.—(100218).

Por escritura número doscientos cinco-dos otorgada a las quince horas cuarenta minutos del tres de octubre del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad Seguridad Especial del Sur Responsabilidad Limitada, domiciliada en Pérez Zeledón, San José, Centro Comercial Carlos Hugo, local número cuatro, su capital social es de diez mil colones, gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, quienes tendrán la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—San Isidro de Pérez Zeledón, a las nueve horas del quince de octubre del año dos mil ocho.—Msc. Yadira Jiménez Olivares, Notaria.—1 vez.—Nº 68558.—(100219).

Por escritura otorgada a las once horas treinta minutos del veintitrés de setiembre del año dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Compañía Vida Europa Sociedad Anónima, por la que se reforma la cláusula sétima de la administración de la sociedad.—San José, 8 de octubre del 20008.—Dr. Fernando Mora Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 68559.—(100220).

Mediante escritura de las 9:00 horas del 01 de octubre del 2008, constituyó la sociedad anónima Mi Pequeño Querubín Sociedad Anónima. Domiciliada en San José, presidente Randall Torres Quirós.—San José, 01 de octubre del 2008.—Lic. Rolando Sánchez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 68560.—(100221).

Por escritura número ciento sesenta y cinco otorgada ante mi notaría, a las diecisiete horas del dieciocho de octubre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Jardines y Diseños del Este S. A. capital social un millón de colones.—San José, 21 de octubre del 2008.—Lic. Manuel Figueroa Loaiza, Notario.—1 vez.—Nº 68561.—(100222).

A mí, Gonzalo Víquez Carazo, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Landmark Construcción & Consultoría Sociedad Anónima, celebrada a las diez horas y treinta minutos del día dieciséis de octubre del dos mil ocho, en donde se modifica la cláusula sétima. Es todo.—San José, 17 de octubre del 2008.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—Nº 68562.—(100223).

Ante mi notaría, se constituyó sociedad anónima Limpieza de Tanques Sépticos Carmasan Sociedad Anónima, capital social: la suma de diez mil colones divididas en diez acciones comunes y nominativas. Plazo: noventa y nueve años. Representación le corresponde únicamente al presidente.—Heredia, ocho horas veinte minutos del quince de octubre del dos mil ocho.—Lic. Cindy Mora Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 68563.—(100224).

Ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Santuario Blanco S. A., mediante la cual se modificó la cláusula novena del pacto constitutivo. Cambio de junta directiva.—San José, 21 de octubre del 2008.—Lic. Laura Loaiza Elizondo, Notaria.—1 vez.—Nº 68564.—(100225).

Que en escritura pública número noventa, otorgada ante la Lic. Selenia Guzmán Ruiz, se constituye la sociedad denominada Dosan Sociedad Anónima, cuyas apoderadas generalísimas sin límite de suma son Dora María Gonzáles Sandino y Doris Elluany Zeledón Gonzáles. Es todo.—Puntarenas, 15 de octubre del 2008.—Lic. Selenia Guzmán Ruiz, Notaria.—1 vez.—Nº 68565.—(100226).

Que en escritura pública número doscientos ochenta y cuatro otorgada ante este notario, se constituyó la sociedad Servicios A.C.G. Sociedad Anónima, capital social totalmente suscrito y pagado. Presidente con facultades. Domicilia en Puntarenas, a las diecisiete horas del veinte de octubre del dos mil ocho.—Puntarenas, 20 de octubre del 2008.—Lic. Alejandro Delgadillo Solano, Notario.—1 vez.—Nº 68566.—(100227).

Por escritura número doscientos ocho-tres, otorgada en San José, a las diecisiete horas del diecisiete de octubre del año dos mil ocho, se constituyó la firma Consultorías Bragma Sociedad Anónima, domiciliada en Purral de Guadalupe, cien metros al sur, doscientos metros este y cien metros sur del Bar La Chanita, Urbanización Violeta, capital suscrito y cancelado. Presidente, apoderado generalísimo sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente, efectuada ante la notaria Giovanna Ajun Murillo.—San José, 17 de octubre del 2008.—Lic. Giovanna Ajun Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº 68568.—(100228).

Por escritura número doscientos nueve-tres, otorgada en San José, a las ocho horas del veinte de octubre del año dos mil ocho, se constituyó sociedad anónima de esta firma denominada Mecafull Raicing S. A., cuya traducción al español es Carreras Mecafull S. A. domiciliada en la provincia de San José, Platanares de Moravia, de la Iglesia ciento cincuenta metros al este, casa color verde, capital suscrito y cancelado. Presidente, apoderado generalísimo sin límite de suma, efectuada ante la notaria Giovanna Ajún Murillo.—San José, 20 de octubre del 2008.—Lic. Giovanna Ajún Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº 68570.—(100229).

En mi notaría el día cinco de setiembre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Teaka’s Pick Up Sociedad Anónima. Capital social 100.000 colones. Presidenta y apoderada Tressa Catherine Hofos.—Lic. Luis Charpentier Acuña, Notario.—1 vez.—Nº 68572.—(100230).

Por escritura número veintidós-dos, otorgada a las once horas del ocho de agosto del dos mil ocho, ante mi notaría, se constituyó la sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón social: se conocerá por su número de cédula jurídica. Domicilio social: San José, barrio Francisco Peralta, Los Yoses, setenta y cinco metros al este de la Casa Italia, edificio veintinueve cuarenta y siete, primer planta. Plazo social: cien años. Capital social: diez mil colones.—San José, 11 de agosto del 2008.—Lic. Carlos Alexander Fuentes Núñez, Notario.—1 vez.—Nº 68573.—(100231).  

Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tiburón Holdings Limitada, a las quince horas del veinte de octubre del dos mil ocho. Gerente y subgerente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quienes tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Atenas, 20 de octubre del 2008.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 68575.—(100232).

La señora Amelia Alejandra y el señor Fabricio ambos de apellidos Rojas Caravaca, por medio de la escritura de las quince horas del once de setiembre del dos mil ocho, constituye la sociedad anónima Administradora de Bienes Quiriman Sociedad Anónima.—San José, 10 de octubre del 2008.—Lic. Silvia Marcela Chaves Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 68576.—(100233).

Presente ante el notario Rafael Ángel Araya Cordero, se constituyó la sociedad denominada Costarican Security Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años y con un capital social de diez mil colones exactos, su presidente el señor Bryan Sandí Valverde.—San José, veinte octubre del dos mil ocho.—Lic. Rafael Ángel Araya Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 68680.—(100291).

Ante esta notaría, al ser las doce horas del veinte de octubre dos mil ocho, se protocolizó el acta número dos la sociedad Suther Servicios Industriales Sociedad Anónima. Donde se modifica la cláusula segunda y junta directiva.—San José, veintiuno de octubre del dos mil ocho.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1 vez.—Nº 68674.—(100292).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Castillo del Trópico Ecológico Costarricense S. A., mediante la cual se reformó la administración y el domicilio, y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—San José, 20 de octubre del 2008.—Lic. Allan Hernández Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 68681.—(100293).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, al ser las 9:30 horas del 17 de octubre del 2008, protocolicé acta de asamblea general ordinaria de accionistas de Maraná del Este Veintidós S. A., cédula jurídica 3-101-166902, se nombra como fiscal al Sr. Juan Andrés Bonilla Guillén, por todo el plazo social.—San José, 17 de octubre del 2008.—Lic. Gioconda Elizondo Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 68682.—(100294).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, al ser las 8:30 horas del 17 de octubre del 2008, protocolicé acta de asamblea general ordinaria de accionistas de Luxor Dream Homes S. A., cédula jurídica Nº 3-101-263279, se nombra como fiscal al Sr. Juan Andrés Bonilla Guillén, por todo el plazo social.—San José, 17 de octubre del 2008.—Lic. Gioconda Elizondo Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 68683.—(100295).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, al ser las 12:30 horas del 17 de octubre del 2008, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Maraná del Este Veintidós S. A., cédula jurídica 3-101-166902, se modifica cláusula segunda del domicilio social, se modifica cláusula tercera del objeto. Se presenta acuerdo de fusión por absorción donde Maraná del Este Veintidós S. A., con cédula jurídica N° 3-101-166902, se fusiona y absorbe a Luxor Dream Homes S. A., con cédula jurídica 3-101-263279. Primero: Ambas sociedades prestan servicios de comercio en general. Segundo: Buscando simplificación administrativa y unificación contable, activos y pasivos subsistiendo Maraná del Este Veintidós S. A. Tercero: Se aumenta el capital social de Maraná del Este Veintidós S. A., en ¢156.998.251,49. Estatutos de Maraná del Este 22 S. A., se modifican únicamente el domicilio social, se modifica cláusula tercera del objeto. Cuarto: Se acuerda emitir nuevos certificados de acciones de Maraná del Este Veintidós S. A. Quinta: La fusión surtirá efectos una vez aprobada cada uno de los socios de las compañías y un mes después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Sexta: Se da un plazo de 2 meses para la aprobación del acuerdo por parte de los socios de las compañías, de no aprobarse por alguna de las sociedades quedará sin valor y efecto, y sin responsabilidad para las sociedades. Firmado en Cartago a las 14:00 horas del 30 de setiembre del 2008. Convenio que se aprobó. Se modifica cláusula quinta del capital social el cual aumenta.—San José, 17 de octubre del 2008.—Lic. Gioconda Elizondo Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 68684.—(100296).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, al ser las 11:00 horas del 17 de octubre del 2008, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Luxor Dream Homes S. A., cédula jurídica Nº 3-101-263279, se modifica cláusula tercera del objeto. Se presenta acuerdo de fusión por absorción donde Maraná del Este Veintidós S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-166902, se fusiona y absorbe a Luxor Dream Homes S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-263279, primero: Ambas sociedades prestan servicios de comercio en general. Segundo: Buscando simplificación administrativa y unificación contable, activos y pasivos subsistiendo Maraná del Este Veintidós S. A. Tercero:  Se aumenta  el  Capital  Social  de Maraná del Este Veintidós S. A., en ¢156.998.251,49. Estatutos de Maraná del Este 22 S. A., se modifican únicamente el domicilio social, se modifica cláusula tercera del objeto. Cuarto: Se acuerda emitir nuevos certificados de acciones de Maraná del Este Veintidós S. A. Quinta: La fusión surtirá efectos una vez aprobada cada uno de los socios de las compañías y un mes después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Sexta: Se da un plazo de 2 meses para la aprobación del acuerdo por parte de los socios de las compañías, de no aprobarse por alguna de las sociedades quedará sin valor y efecto, y sin responsabilidad para las sociedades. Firmado en Cartago a las 14:00 horas del 30 de setiembre del 2008. Convenio que se aprobó.—San José, 17 de octubre del 2008.—Lic. Gioconda Elizondo Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 68685.—(100297).

El suscrito notario, hace constar que el 09/10/2008, se constituyó la sociedad Proyecktos Autoindígenas S. A. Presidente tiene representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Capital suscrito y pagado.—San José, 21 de octubre del 2008.—Lic. Carlos Eduardo Quesada Montero, Notario.—1 vez.—Nº 68686.—(100298).

El suscrito notario, hace constar que el 09/10/2008, se constituyó la sociedad Ecocars Transportes S. A. Presidente tiene representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Capital suscrito y pagado.—San José, 21 de octubre del 2008.—Lic. Carlos Eduardo Quesada Montero, Notario.—1 vez.—Nº 68687.—(100299).

El suscrito notario, hace constar que el 09/10/2008, se constituyó la sociedad Indycars S. A. Presidente tiene representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Capital suscrito y pagado.—San José, 21 de octubre del 2008.—Lic. Carlos Eduardo Quesada Montero, Notario.—1 vez.—Nº 68688.—(100300).

Por escritura otorgada hoy ante mí, Cornelio Felipe Campos Chaves y Yadira Barrantes Conejo, constituyeron la sociedad denominada Campos y Barrantes C y Y Limitada. Plazo noventa y nueve años. Domicilio: San Ramón. Gerentes: ellos mismos.—San Ramón, 2 de octubre del 2008.—Lic. Mario E. Salazar Camacho, Notario.—1 vez.—Nº 68689.—(100301).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas de hoy, se constituyó la compañía Tres Mil Ochocientos Cuarenta y Seis Montoyas Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del año 2008.—Lic. Bernal Ulloa Flores, Notario.—1 vez.—Nº 68691.—(100302).

Por escrituras número 135, 136, 137, 138, otorgada a las 11:00, 11:30, 12:00 y 12:30 horas respectivamente del día 11 de agosto del 2008; los señores Glenda Rodríguez Carmona y Luis Greivin Valverde Soto, constituyeron las siguientes sociedades Rain Lilly Point Sociedad Anónima, Red Rock House Stete Sociedad Anónima, Chilly Dawn Mountain Sociedad Anónima, Green Mango Bay Sociedad Anónima. Capital social cien mil colones cada una.—Lic. Alejandra Jaén Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 68694.—(100303).

La suscrita notaria Alejandra Jaén Hernández, da fe que mediante escritura otorgada número ciento treinta y nueve del tomo catorce del protocolo de la suscrita notaria, visible al folio ciento siete vuelto de las catorce horas del dieciséis de agosto del año dos mil ocho, se reforma la cláusula cuarta de la junta directiva.—Liberia, 16 de agosto del 2008.—Lic. Alejandra Jaén Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 68695.—(100304).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 20 de octubre del 2008, se creó la sociedad con base en el artículo dos del Decreto del Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de cédula de persona jurídica como denominación social, domicilio social será distrito primero, cantón sexto Guácimo, de la provincia de Limón, frente al Colegio Técnico. Presidente, William Rodolfo Peraza Castro.—Lic. Jorge Luis Valerio Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 68697.—(100305).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del veinte de octubre del 2008, se creó la sociedad con base en el artículo dos del Decreto del Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de cédula de persona jurídica como denominación social, domiciliada en la provincia de San José, cantón noveno Santa Ana, distrito primero, Urbanización Villa Real, casa número doce T. Presidente, Jesús Monteagudo Pérez.—Lic. Jorge Luis Valerio Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 68698.—(100306).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17 horas 30 minutos del veinte de octubre del 2008, se creó la sociedad con base en el artículo dos del Decreto del Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de cédula de persona jurídica como denominación social, domiciliada en la provincia de San José, cantón noveno Santa Ana, distrito primero, Urbanización Villa Real, casa número doce T. Presidente, Jesús Monteagudo Pérez.—Lic. Jorge Luis Valerio Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 68699.—(100307).

A las ocho horas del veintiuno de octubre del año dos mil ocho, la sociedad denominada Sesotresa Sociedad Anónima, modificó la cláusula segunda de los estatutos. Se comisionó a la notaria Teresita Calvo Cordero, para protocolizar el acta.—Lic. Teresita Calvo Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 68702.—(100308).

Por escritura otorgada, ante la notaria Erika Montano Vega, a las dieciocho horas del dos de junio del dos mil ocho, se protocolizó el acto de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Mereo del Oeste Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda aumentar el capital social. Es todo.—San José, dieciséis de octubre del dos mil ocho.—Lic. Erika Montano Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 68703.—(100309).

Que por escritura, a las doce horas del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Acero Cinco S. A.—San José, veinte de octubre del dos mil ocho.—Lic. Edwin Vargas Víquez, Notario.—1 vez.—Nº 68704.—(100310).

Por escritura otorgada, ante el notario público Gonzalo Vargas Acosta se constituyeron las siguientes sociedades orden (primera) YTB Bello Horizonte C.R. Sociedad Anónima, (segunda) YTB San Rafael C.R. Sociedad Anónima, (tercera) YTB San Antonio C.R. Sociedad Anónima, (cuarta) CFW Miraflores C.R. Sociedad Anónima, (quinta) CFW Los Laureles C.R. Sociedad Anónima, (sexta) CFW Multiplaza C.R. Sociedad Anónima, (sétima) CFW Salitral C.R. Sociedad Anónima, (octava) CFW Lindora C.R. Sociedad Anónima, (novena) YTB Escazú C.R. Sociedad Anónima, el cual es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse YTB Escazú C.R. S. A., (décima) YTB Guachipelín C.R. Sociedad Anónima. Capital social doce mil colones. Domicilio Barrio Los Yoses, presidente apoderado generalísimo.—San José, dieciséis de octubre del año dos mil ocho.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—Nº 68706.—(100311).

El suscrito notario, hace constar con vista en la matriz que se modificaron las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo de la empresa Hacienda Inmobiliaria Bosque Escondido S. A. Se nombra nuevo presidente y secretario de la junta directiva.—San José, veintiuno de octubre del año dos mil ocho.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—Nº 68707.—(100312).

Por escritura número 185 del tomo cinco, otorgada en esta notaría, a las 11:00 horas del 17 de octubre del 2008, se constituyó Jekeyje del Caribe S. A. Capital social diez mil colones exactos, plazo social: 100 años. Domicilio: Limón, cantón primero Limón, distrito primero. Presidenta: Patricia Gordon Mc Kenzie.—Limón, 17 de setiembre del 2008.—Lic. Giovana Brown Cunninghan, Notaria.—1 vez.—Nº 68708.—(100313).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las diez horas treinta minutos del once de octubre del dos mil ocho, se constituyó una sociedad anónima, la cual lleva como denominación social el número de cédula que se le asignará, capital totalmente suscrito y pagado, presidente y secretaria como apoderadas generalísimas sin límite de suma, plazo: cien años.—Lic. José Alberto Rivera Torrealba, Notario.—1 vez.—Nº 68710.—(100314).

Los señores Ana Lucía Castro Rapso, María Elena Rapso Cornejo, Adriana Mayela Castro Rapso, y Jorge Enrique Castro Zúñiga, constituyen la sociedad Plastics Additives Distributors de Centro América S. A. Domicilio en la provincia de Cartago, San Diego La Unión, plazo 99 años, a partir del 5 de octubre del 2008. Capital social cien mil colones, presidente. Con la representación judicial y extrajudicial.—San José, 20 de octubre del 2008.—Lic. José Joaquín Arias Segura, Notario.—1 vez.—Nº 68711.—(100315).

Los señores Ana Lucía Castro Rapso, María Elena Rapso Cornejo, Adriana Mayela Castro Rapso, y Jorge Enrique Castro Zúñiga. Constituyen la sociedad Logísticas de Media Noche al Cañón S. A. Domicilio en la provincia de Cartago, San Diego La Unión, plazo 99 años, a partir del 6 de octubre del 2008. Capital social: cien mil colones, presidente con la representación judicial y extrajudicial.—San José, 20 de octubre del 2008.—Lic. José Joaquín Arias Segura, Notario.—1 vez.—Nº 68712.—(100316).

En mi notaría, mediante escritura 29 de las 16:30 horas del 20 de octubre del 2008, se constituyó la sociedad El Banco Marino JECM Sociedad Anónima; plazo social 99 años; capital social diez mil colones, representante judicial y extrajudicial el presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Agente residente, Lic. Lilliana Madrigal Valverde.—Lic. Lilliana Madrigal Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 68714.—(100317).

El día de hoy, María Otárola Durán, Francisco Cedeño Otárola, Mariamalia Cedeño Otárola, Alberto Cedeño Otárola y Federico Cedeño Otárola, constituyeron la sociedad cuya denominación será el número de cédula de persona jurídica que el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público de oficio le asigne al momento de su inscripción; esto de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J. Plazo: cien años. Presidenta: María Otárola Durán. Capital social: cien mil colones.—San José, dieciséis de octubre del año dos mil ocho.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—Nº 68716.—(100318).

Pablo Suárez Hernández, cédula Nº 1-943-843, vecino Tibás, protocoliza acta de acuerdos tomados en la asamblea extraordinaria de la sociedad Asesoría Inmobiliaria y Negocios Red Global S. A., cédula jurídica Nº 3-101-344598, con domicilio en Tibás, escritura 240 tomo diez, de las 18 horas del 20 de octubre año dos mil ocho.—Lic. Rubén Ramírez Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 68717.—(100319).

Pablo Suárez Hernández, cédula Nº 1-943-843, vecino Tibás, protocoliza acta de cuerdos tomados en la asamblea extraordinaria de la sociedad Alpha Global Communication Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-348439, escritura 239 tomo diez, de las 17:00 horas del 20 de octubre año 2008.—Lic. Rubén Ramírez Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 68718.—(100320).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de la Asociación Pro Emergencias Hospital Calderón Guardia, celebrada en San José, a las 11:00 horas del 12 de junio del 2007, mediante la cual se reformó el artículo 24 del estatuto de la asociación y se tomaron otros acuerdos.—San José, 21 de octubre del 2008.—Lic. Javier A. Acuña Delcore, Notario.—1 vez.—Nº 68893 .—(100645).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 20 de octubre del 2008, se constituyó la sociedad denominada Carvajal Business Group S. A. Capital social: mil colones. Plazo: cien años. Presidente y Vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjunta o separadamente. Domicilio: San Vicente de Moravia, San José.—San José, 22 de octubre del 2008.—Lic. Nancy Tatiana Zúñiga Oses, Notaria.—1vez.—Nº 68894.—(100646).

Dan Alberto Hidalgo Hidalgo y Carlos Villalobos Soto, notarios públicos con oficina en San José, hacemos constar que por escritura número 20 otorgada en el protocolo del primero, a las 12:00 horas del día 21 de octubre del año dos mil ocho, se protocolizó acta número 6 de la sociedad Real Estate Management & Development, Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula de la representación y se incluye la cláusula de la vigilancia.—San José, 21 de octubre del 2008.—Lic. Carlos Villalobos Soto, Notario.—1 vez.—Nº 68895.—(100647).

Dan Alberto Hidalgo Hidalgo y Carlos Villalobos Soto, notarios públicos con oficina abierta en San José, hacemos constar que por escritura número 9 otorgada en el protocolo del primero, a las 9 horas del día 21 de octubre del año 2008, se protocolizó acta número 5 de la sociedad Nativa Buho Grande Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula sexta de la administración.—San José, 21 de octubre del 2008.—Lic. Carlos Villalobos Soto, Notario.—1 vez.—Nº 68896.—(100648).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría del día 17 de octubre del 2008 a las 10:00 horas protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Cumbremar Jacaranda Once, Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó la cláusula sexta, respecto a la administración.—San José, 21 de octubre del 2008.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 68897—(100649).

Mediante escritura número 114, otorgada a las ocho horas con diez minutos del seis de octubre del dos mil ocho, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva de la sociedad de esta plaza, Costa Esterillos Estate Haba Ciento Ochenta y Siete Sociedad Anónima, respectivamente.—San José, seis de octubre del dos mil ocho.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1vez.—Nº 68898.—(100650).

Mediante escritura número 110, otorgada a las ocho horas del veintitrés de setiembre del dos mil ocho, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva de la sociedad de esta plaza, Costa Esterillos Estate Agrimonia Trescientos Noventa y Ocho Sociedad Anónima.—San José, veintitrés de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1vez.—Nº 68899.—(100651).

Mediante escritura número 111, otorgada a las ocho horas quince minutos del veintitrés de setiembre del dos mil ocho, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva de la sociedad de esta plaza, Costa Esterillos Estate Adatoda Trescientos Noventa y Nueve Sociedad Anónima.—San José, veintitrés de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1vez.—Nº 68900.—(100652).

Mediante escritura número 118, otorgada a las ocho horas con diez minutos del siete de octubre del dos mil ocho, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva de la sociedad de esta plaza, Costa Esterillos Estates Meliloto Cero Noventa Sociedad Anónima.—San José, siete de octubre del dos mil ocho.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1vez.—Nº 68901.—(100653).

Mediante escritura número 115, otorgada a las ocho horas con quince minutos del seis de octubre del dos mil ocho, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva de la sociedad de esta plaza, Costa Esterillos Estates Calero Ciento Sesenta y Ocho Sociedad Anónima, respectivamente.—San José, seis de octubre del dos mil ocho.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1vez.—Nº 68902.—(100654).

Mediante escritura número 117, otorgada a las ocho horas del siete de octubre del dos mil ocho, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva de la sociedad de esta plaza, Costa Esterillos Estates Colquico Cero Cuarenta Sociedad Anónima, respectivamente.—San José, siete de octubre del dos mil ocho.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1vez.—Nº 68904.—(100655).

Mediante escritura número 119, otorgada a las nueve horas del siete de octubre del dos mil ocho, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva de la sociedad de esta plaza, Costa Esterillos Estates Arañuela Ciento Treinta y Dos Sociedad Anónima, respectivamente.—San José, siete de octubre del dos mil ocho.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1vez.—Nº 68906.—(100656).

Mediante escritura número 120 otorgada a las nueve horas con diez minutos del siete de octubre del dos mil ocho, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombró nueve junta directiva de la sociedad de esta plaza Costa Esterillos Estates Vedegambre Ciento Dieciséis Sociedad Anónima, respectivamente.—San José, 7 de octubre del 2008.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 68908.—(100657).

Mediante escritura número 121 otorgada a las nueve horas con  veinte minutos del siete de octubre del dos mil ocho, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombró nueve junta directiva de la sociedad de esta plaza, Costa Esterillos Estates Kalanchoe Ciento Dieciséis Sociedad Anónima, respectivamente.—San José, 7 de octubre del 2008.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 68909.—(100658).

Mediante escritura número 122 otorgada a las nueve horas con  treinta minutos del siete de octubre del dos mil ocho, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombró nueve junta directiva de la sociedad de esta plaza, Costa Esterillos Estates Viznaga  Cero Noventa y Tres Sociedad Anónima, respectivamente.—San José, 7 de octubre del 2008.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 68910.—(100659).

Mediante escritura número 123 otorgada a las nueve horas con  cuarenta minutos del siete de octubre del dos mil ocho, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombró nueve junta directiva de la sociedad de esta plaza, Costa Esterillos Estates Aladierna Ciento Sesenta y Uno Sociedad Anónima, respectivamente.—San José, 7 de octubre del 2008.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 68911.—(100660).

Mediante escritura número 112 otorgada a las ocho horas veintitrés de setiembre del dos mil ocho, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombró nueve junta directiva de la sociedad de esta plaza, Costa Montaña Estates Cisne Cero Sesenta y Seis Sociedad Anónima, respectivamente.—San José, 23 de setiembre del 2008.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 68912.—(100661).

Mediante escritura número 124 otorgada a las diez horas del siete de octubre del dos mil ocho, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombró nueve junta directiva de la sociedad de esta plaza, Costa Esterillos Estates Genlisea Ciento Treinta y Tres Sociedad Anónima, respectivamente.—San José, 7 de octubre del 2008.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 68913.—(100662).

Por escritura número ciento ochenta y nueve-trece, otorgada ante mí a las diez horas del once de agosto del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Agrícola Vergel Bello S. A. Capital social de 30.000,00 colones, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite se suma.—San José, 21 de octubre del 2008.—Lic. Rafael Esquivel Gutiérrez, Notario.—1vez.—Nº 68914—(100663).

Mediante escritura número 95 otorgada a las ocho horas treinta minutos del veintinueve de agosto del dos mil ocho, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombró nueve junta directiva de la sociedad de esta plaza, Costa Esterillos Estates Cornezuelo del Centeno Cero Cuarenta y Cuatro Sociedad Anónima.—San José, 29 de agosto del 2008.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 68915.—(100664).

Por escritura número cuarenta y ocho-catorce, otorgada ante mí a las catorce horas del siete de octubre del dos mil ocho, se constituyó Sociedad Anónima, capital social de 15.000,00 colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 21 de octubre del 2008.—Lic. Rafael Esquivel Gutiérrez, Notario.—1vez.—Nº 68916 —(100665).

Mediante escritura número 113 otorgada a las ocho horas del seis de octubre del dos mil ocho, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombró nueve junta directiva de la sociedad de esta plaza Costa Montaña Estates Nido de Fauna Cero Noventa y Seis Sociedad Anónima, respectivamente.—San José, 6 de octubre del 2008.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 68917.—(100666).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de la empresa denominada INS-Pensiones Operadora de Pensiones Complementarias S. A., en la cual se acuerda reforma la cláusula quinta del pacto social, correspondiente al capital de la sociedad.—San José, 22 de octubre del 2007.—Lic. Rafael Esquivel Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 68918.—(100667).

Mediante escritura número 116, otorgada a las ocho horas con veinte minutos del seis de octubre del dos mil ocho, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo, y se nombró nueva junta directiva de la sociedad de esta plaza Costa Esterillos Estates Sardonia Cero Noventa y Cuatro Sociedad Anónima, respectivamente.—San José, seis de octubre del dos mil ocho.—Lic. Arnoldo Bonilla Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 68919.—(100668).

La suscrita notaria pública, hace constar que ante esta notaría, se constituyó la sociedad Seguridad Privada Barrantes y Campos Sociedad Anónima. Domiciliada: en San Pablo de Heredia, con un capital social de diez mil colones, con un plazo de noventa y nueve años. Presidente: Luis Ángel Barrantes Gómez.—Heredia, 18 de octubre del 2008.—Lic. Gabriela Ceciliano López, Notaria.—1 vez.—Nº 68923.—(100669).

La suscrita notaria pública, hace constar que ante esta notaría, se constituyó la sociedad Star Fashion Sociedad Anónima. Domiciliada: en San Pablo de Heredia, con un capital social de diez mil colones, con un plazo de noventa y nueve años. Presidenta: Ileana Harrison Centeno.—Heredia, 21 de octubre del 2008.—Lic. Gabriela Ceciliano López, Notaria.—1 vez.—Nº 68924.—(100670).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la empresa Villa Nueva Hostel Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo: noventa y nueve años. Escritura otorgada en San José, a las dieciséis horas del día treinta de agosto del dos mil siete.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—Nº 68926.—(100671).

Ante mi notaría, a las doce horas quince minutos del día dieciséis de octubre del dos mil ocho, mediante la escritura 95 del tomo 89, se constituyó la sociedad Frutas Tropicales del Caribe Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Capital: diez mil colones. Domicilio: El Hogar, distrito primero Guácimo, cantón sexto Guácimo, provincia de Limón, trescientos cincuenta metros al este de la Escuela. Presidente: Ronald Alberto Cordero Fuentes.—Lic. Odily Cubero Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 68928.—(100672).

En escritura pública número ciento ochenta y siete-ocho, ante mí, Luis Gustavo Ocampo Rojas, se constituyó la sociedad Grupo Doble S Dos Mil Cinco Sociedad Anónima. Otorgada en San José, a las catorce horas del diez de octubre del dos mil ocho.—Lic. Luis Gustavo Ocampo Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 68930.—(100673).

En escritura pública número ciento ochenta y dos-ocho, ante mí, Luis Gustavo Ocampo Rojas, se constituyó la sociedad J J Dos Mil Cinco S. S. M. Sociedad Anónima. Otorgada en San José, a las trece horas del veintiséis de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Luis Gustavo Ocampo Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 68931.—(100674).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó Mapreco Costa Rica Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: San José. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Óscar Emilio Solís Colomer.—San José, veintiuno de octubre del dos mil ocho.—Lic. Jorge Johanning Mora, Notario.—1 vez.—Nº 68933.—(100675).

En mi notaría, a las 9:30 horas del 16 de octubre del 2008, se constituyó la sociedad denominada Clínica de Especialidades Médicas Santa Clara Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones, representado por 10 acciones comunes y nominativas de 10.000 colones cada una. Objeto: comercio en general. Plazo: 99 años.—San José, 16 de octubre del 2008.—Lic. Carlos Enrique López Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 68935.—(100676).

En mi notaría, a las 9:45 horas del 16 de octubre del 2008, se constituyó la sociedad denominada Bovie de Santa Ana Corp. Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones, representados por 10 acciones comunes y nominativas de 10.000 colones cada una. Objeto: comercio en general. Plazo: 99 años.—San José, 16 de octubre del 2008.—Lic. Carlos Enrique López Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 68936.—(100677).

Roberto Enrique Umaña, notario público de San José, hace constar que por escritura otorgada a las trece horas del diecisiete de setiembre del dos mil ocho, por escritura cincuenta y cuatro, folio ciento trece frente del tomo octavo de esta Notaría, se ha protocolizado asamblea general extraordinaria de socios a nombre de la compañía de esta plaza denominada Lai y Asociados Sociedad Anónima, celebrada a las dieciséis horas del día tres de octubre del dos mil siete. Se nombró nueva junta administrativa, se modifica estatuto dos: del domicilio avenida segunda, veinticinco metros al norte del Edificio de la Defensoría Pública. Se modifica estatuto sexto: de la administración, la compañía será administrada por un consejo de administración; corresponde al presidente y secretario la representación judicial o extrajudicial de la compañía, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Se nombró junta directiva: Presidente: Chao Isai (nombre) Lai (apellido). Secretario: Shih Kai (nombre) Lai (apellido). Tesorero: Chang Yu (nombre) Lin Kao (apellidos). Es todo.—San José, a las trece horas del diecisiete de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Roberto Enrique Umaña Balser, Notario.—1 vez.—Nº 68937.—(100678).

Roberto Enrique Umaña, notario público de San José, hace constar que por escritura otorgada a las horas nueve horas del veintiséis de setiembre del dos mil ocho, por escritura cincuenta y seis, folio ciento diecinueve vuelto del tomo octavo de esta notaría, se ha constituido la compañía de la plaza San José, denominada Troyco Developers of Costa Rica Sociedad Anónima. Domiciliada: San José, exactamente en Barrio Amón, avenida nueve, calle nueve, edificio setecientos cincuenta y tres. Capital social: un mil colones. Apoderados generalísimos: Presidente: Hugh Randolph Chamberlain, y tesorera: Maribel Quirós Barquero. Es todo.—San José, al ser las nueve horas del veintiséis de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Roberto Enrique Umaña Balser, Notario.—1 vez.—Nº 68938.—(100679).

Roberto Enrique Umaña, notario público de San José, hace constar que por escritura otorgada a las horas nueve horas del veintinueve de setiembre del dos mil ocho, por escritura cincuenta y siete, folio ciento veintidós frente del tomo octavo de esta notaría, se ha constituido la compañía de la plaza San José, denominada Sashauno Sociedad Anónima. Domiciliada: San José, exactamente en Barrio Amón, avenida nueve, calle nueve, edificio setecientos cincuenta y tres. Capital social: un mil colones. Apoderados generalísimos: Presidente: Loren Nelson Cain, y tesorero: George Horward Lundquist. Es todo.—José, al ser las nueve horas del veintinueve de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Roberto Enrique Umaña Balser, Notario.—1 vez.—Nº 68939.—(100680).

Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00 horas del 21 de octubre del 2008, se constituyó la sociedad denominada Imperio Setenta y Seis S. A.—Alajuela, 21 de octubre del 2008.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—Nº 68940.—(100681).

Por escrituras de las 12:00, 12:15, 13:00, 12:15 horas del 17 de octubre del 2008, se protocolizan actas de las sociedades: Faafxadhuum Faborg Limitada; Haakon Habaswein Faborg Limitada; Jaakonvaara Javiru Limitada, y Gaalkacyo Gabrovo Limitada, en su respectivo orden y por escritura de las 16:00 horas del 21 de octubre del 2008, se protocoliza acta de asamblea de la sociedad Condominio Belén Seis C Cádiz Sociedad Anónima.—San José, 21 de octubre del 2008.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 68941.—(100682).

Por escritura otorgada el día de hoy, ante mi notaría, se crea la sociedad RGCORP S. A. Presidente: con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 7 de octubre del 2008.—Msc. Frank Herrera Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 68943.—(100683).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del veinte de octubre del dos mil ocho, se reformó las cláusula segunda y sexta del pacto social, se nombró nuevo gerente y agente residente, de la sociedad Casas Balares CB Limitada.—San José, veinte de octubre del dos mil ocho.—Lic. Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, Notario.—1 vez.—Nº 68945.—(100684).

El día de hoy, ante esta notaría, se constituyó seis sociedades anónimas que tendrán como denominación social su respectivo número de cédula jurídica que se asignarán. Plazo social: noventa y nueve años, y se constituyó Santa Miriam de Sarapiquí S. A.—San José, catorce de octubre del dos mil ocho.—Lic. Manfred Clausen Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 68949.—(100685).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las diecinueve horas del dieciséis de octubre del dos mil ocho, que es la número cincuenta y uno, visible al folio sesenta y dos vuelto del tomo veintidós de mi protocolo, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación es Open Code Box Sociedad Anónima, en español Caja de Código Abierto Sociedad Anónima. Domicilio social: San Pablo de Heredia, calle Rincón de Ricardo, cincuenta metros al norte y doscientos al oeste, frente a la bomba de Acueductos y Alcantarillados. Objeto social: el comercio, la industria, la agricultura, la ganadería y servicios en general. Capital social: veinte mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: Johnny Gerardo Pan Sanabria.—Heredia, 16 de octubre del 2008.—Lic. Hannia Solís Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 68954.—(100686).

Ante esta notaría, a las 14:00 horas del 1º de setiembre del 2008, se constituyó la sociedad Super Autos Sociedad Anónima. Capital social: ¢100.000,00. Plazo: 99 años. Domicilio: Curridabat, veinticinco metros este de la Heladería Pops, Condominio Galerías del Este, segundo piso. Es todo.—San José, 21 de octubre del 2008.—Lic. Mario Alberto Piña Líos, Notario.—1 vez.—Nº 68956.—(100687).

Ante esta notaría, a las 9:00 horas del 10 de setiembre del 2008, se constituyó la sociedad ARB Constructora Sociedad Anónima. Capital social: ¢100.000,00. Plazo: 99 años. Domicilio: San José, Curridabat, de la Heladería Pops, veinticinco metros este, Condominio Galerías del Este, tercer piso. Es todo.—San José, 10 de octubre del 2008.—Lic. Mario Alberto Piña Líos, Notario.—1 vez.—Nº 68957.—(100688).

Por escritura otorgada a las diez horas del veinte de octubre del dos mil ocho, constituí sociedad que se designará de oficio por el Registro de Personas Jurídicas, de conformidad con el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J, publicado en La Gaceta ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis. Presidenta: Caridad Saborío Elguezabal. Capital: diez mil colones.—San José, veintidós de octubre del dos mil ocho.—Lic. Mauricio Brenes Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 68959.—(100689).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 21 de octubre, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Marina Ballena S. A. Se reforman las cláusulas segunda, quinta y sétima de los estatutos, y se nombra presidente, secretario, tesorero y agente residente.—San José, 21 de octubre del 2008.—Lic. Manrique Rojas Ibarra, Notario.—1 vez.—Nº 68961.—(100690).

Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Emasalcorp de Costa Rica S. A., mediante la cual se reformó la cláusulas segunda y sexta, se creó la cláusula décimo quinta, se revocó y otorgó poder general, y se nombró nuevo fiscal y agente residente.—San José, 21 de octubre del 2008.—Lic. Manrique Rojas Ibarra, Notario.—1 vez.—Nº 68962.—(100691).

En esta notaría, se otorgó a las 9:00 horas del día 14 de diciembre del 2008, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Cafara S. A. Con un capital de diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: en Cinco Esquinas de Tibás, de la Iglesia Católica doscientos metros sur y veinte este.—San José, 21 de octubre del 2008.—Lic. Sonsire Ivonne Espinoza Ríos, Notaria.—1 vez.—Nº 68964.—(100692).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdo de la asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Life For Rent Limitada. Se acordó reformar cláusula del nombre y de la administración, así mismo nombrar nuevo gerente. Es todo.—San José, 21 de octubre del 2008.—Lic. Rodrigo Maffioli Márquez, Notario.—1 vez.—Nº 68976.—(100693).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del primero de agosto del dos mil ocho, la empresa tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y un mil setecientos sesenta y tres sociedad anónima, modifica estatutos del pacto constitutivo y nombra junta directiva. Es todo.—San José, primero de agosto del dos mil ocho.—Lic. Lorna Massiel Aguilar Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 68977.—(100694).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del primero de agosto del dos mil ocho, la empresa tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y un mil seiscientos cuarenta sociedad anónima, modifica estatutos del pacto constitutivo y nombra junta directiva. Es todo.—San José, primero de agosto del dos mil ocho.—Lic. Lorna Massiel Aguilar Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 68979.—(100695).

Ante la suscrita notaria, se constituyó la sociedad denominada Innovative Marketing Sociedad Anónima, otorgada a las quince horas del veintiuno de octubre del dos mil ocho. Presidente: Roger Sandoval Campos. Capital social: diez mil colones. Domiciliada: en San José, avenida ocho, calle veinticuatro, Edificio Elirod. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Yensi Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 68980.—(100696).

Que mediante escrituras de las 8:00 y 18:00 horas de hoy, constituyó Servicios Industriales Santamaría S. A. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: Alajuela. Representación: presidente. Y se protocolizó acta de Multiservicios Profesionales e Industriales Cr S. A., reforma cláusula quinta.—San José, 20 de octubre del 2008.—Lic. Alexander A. Chacón Porras, Notario.—1 vez.—Nº 68981.—(100697).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del 21 de octubre del 2008, Miguel Ángel Guzmán Mora y otros, constituyeron la sociedad anónima Las Flores M.A. S. A. Presidente: Miguel Ángel Guzmán Mora.—Turrialba, 21 de octubre del 2008.—Lic. Carmen Ma. Achoy Arce, Notaria.—1 vez.—Nº 68983.—(100698).

Por escritura pública otorgada en esta notaría, ante la notaria Antonella Da Re Masís y Ellyn María Ramírez Quesada, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Plaza Comercial Lincoln S. A. Se reformó cláusula octava, se nombró nueva junta directiva y fiscal, y se concedió poder generalísimo.—San José, 21 de octubre del 2008.—Lic. Antonella Da Re Masís, Notaria.—1 vez.—Nº 68987.—(100699).

Por escrituras números ciento sesenta y seis, y ciento sesenta y siete, otorgadas ante mi notaría, a las dieciséis horas y treinta minutos, y a las diecisiete horas del veintiuno de octubre del dos mil ocho, se constituyeron las sociedades denominadas: Inmobiliaria Patacas S. A., & Ajimera Professional & Integrated Solutions S. A., respectivamente. Ambas con capital social un millón de colones cada una.—San José, 22 de octubre del 2008.—Lic. Manuel Figueroa Loaiza, Notario.—1 vez.—Nº 68988.—(100700).

Mediante escritura número ciento cincuenta, otorgada a las once horas del día veintiuno de octubre del dos mil ocho, visible al folio ciento ochenta y ocho vuelto del tomo segundo de mi protocolo, se reforman los estatutos y se nombra junta directiva de tres-ciento uno-quinientos veintinueve mil setecientos sociedad anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos veintinueve mil setecientos.—Alajuela, veintidós de octubre del dos mil ocho.—Lic. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 68989.—(100701).

El suscrito Otto Francisco Patiño Chacón, abogado, cédula número uno-quinientos ochenta y seis-ochocientos ochenta, carné número ocho nueve ocho cero, solicita publicar el edicto de la constitución de la Fundación Biovivienda para la Humanidad y Protección del Medio Ambiente, otorgada en San José, a las diez horas del catorce de octubre del dos mil ocho, bajo la escritura número ciento treinta y cuatro-seis, visible al folio setenta y dos frente del tomo sexto de mi protocolo.—San José, veintidós de octubre del dos mil ocho.—Lic. Otto Francisco Patiño Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 68991.—(100703).

Por escritura otorgada ante esta notaria, a las dieciséis horas del día veintiuno de octubre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Centro de Restauración y Detallado Automotriz R J Sociedad Anónima. Capital: diez mil colones, totalmente suscrito y pagado. La representación la tendrán el presidente y secretaria, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 68992.—(100704).

Por escritura número noventa y cinco, de las dieciocho horas del diecisiete de octubre, se constituyó la sociedad Ferretería La Hondura Sociedad Anónima. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: sucrito y pago.—San José, diecisiete de octubre del dos mil ocho.—Lic. Ricardo Redondo Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 68993.—(100705).

Por escritura número tres, de las ocho horas del veintidós de octubre del dos mil ocho, se modificó cláusulas sexta de la sociedad denominada Perezoso de Tres Dedos Sociedad Anónima, y se modificó la junta directiva y fiscal de la sociedad.—San José, veintidós de octubre del dos mil ocho.—Lic. Jenny Rodríguez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 68994.—(100706).

Por escritura otorgada a las trece horas del veintitrés de setiembre del dos mil ocho, se reforman las cláusulas sexta, novena, décima, décima tercena, de la sociedad Colocaciones de Carteles Muñoz Arias, Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Lic. Edgar Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 69002.—(100707).

Ante esta notaría a las 13:00 horas del 21 de octubre del 2008 se constituye sociedad anónima mediante decreto ejecutivo número 33171-J. Presidente Noel Alfonso Acuña Campos y secretaria: María Catalina Cortés Serrano, ambos apoderados generalísimos sin límite suma.—San José, 21 de octubre del 2008.—Lic. Paola Quesada Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 69004.—(100708).

Ante esta notaría a las 13:20 horas del 21 de octubre del 2008 se constituye sociedad anónima mediante decreto ejecutivo número 33171-J. Presidente Noel Alfonso Acuña Campos y secretaria: María Catalina Cortés Serrano, ambos apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 21 de octubre del 2008.—Lic. Paola Quesada Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 69005.—(100709).

Ante esta notaría a las 13:40 horas del 21 de octubre del 2008 se constituye sociedad anónima mediante decreto ejecutivo número 33171-J. Presidente Noel Alfonso Acuña Campos y secretaria: María Catalina Cortés Serrano, ambos apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 21 de octubre del 2008.—Lic. Paola Quesada Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 69006.—(100710).

Ante esta notaría a las 14:00 horas del 21 de octubre del 2008 se constituye sociedad anónima mediante decreto ejecutivo número 33171-J. Presidente Noel Alfonso Acuña Campos y secretaria: María Catalina Cortés Serrano, ambos apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 21 de octubre del 2008.—Lic. Paola Quesada Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 69007.—(100711).

En esta notaría se constituyó sociedad denominada Finca Tinadora S. A., capital totalmente suscrito y pagado por los socios, presidente y secretario con representación judicial y extrajudicial, plazo noventa y nueve años, domicilio Palmar Norte de Osa. En esta notaría se modificó pacto constitutivo de la sociedad denominada Earth And River Plate Investments Limitada, se nombra solo un gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Palmar Norte de Osa, al ser siete horas diez minutos del día veinte de octubre del dos mil ocho.—Lic. Carlos Corrales Barrientos, Notario.—1 vez.—Nº 69008.—(100712).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas treinta minutos del día veintidós de octubre de dos mil ocho, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Orange Lake Investments S. A. Donde se acuerda modificar las cláusulas segunda y novena de los estatutos.—San José, veintidós de octubre del 2008.—Lic. Gonzalo Eduardo  Rodríguez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 69011.—(100713).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciocho horas del día veintiuno de octubre de dos mil ocho, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general de cuotistas de la sociedad denominada Desarrollo Tralb Limitada. Donde se acuerda reformar la cláusula sexta de los estatutos.—San José, veintiuno de octubre de dos mil ocho.—Lic. Gonzalo Eduardo Rodríguez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 69012.—(100714).

Por escritura otorgada a las ocho horas del día dieciséis de octubre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Alanca Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, pudiéndose abreviar en su aditamento S. A., su capital social es la suma de noventa mil colones, corresponde la representación judicial y extrajudicial al presidente de la sociedad.—Lic. José Miguel León Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 69013.—(100715).

Ante mi Denia Vásquez Pacheco notaria pública en escritura número ciento cincuenta y dos se constituyó la sociedad Quinta Doña Quila la de Eladio Sociedad Anónima. Capital social: catorce mil colones. Domicilio: En la Tigra de San Carlos, Alajuela, ochocientos metros noroeste de la delegación policial. Se nombra junta directiva. Presidente: Luis Miguel Araya Castro.—Fortuna, San Carlos veinticuatro de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Denia Vásquez Pacheco, Notaria.—1 vez.—Nº 69015.—(100716).

Ante mí, Monika Fernández Mayorga, notaria pública, se constituyó la empresa denominada Mar y Fio de Palmares S. A., con un plazo social de noventa y nueve años. Presidenta Iveth Rojas Vásquez cédula Nº 2-443-760. Capital social: 10.000 mil colones. Domicilio: Palmares, Alajuela.—Palmares, 21 de octubre del 2008.—Lic. Monika Fernández Mayorga, Notaria.—1 vez.—Nº 69016.—(100717).

Por escritura otorgada a las quince horas del veintiuno de octubre de dos mil ocho, en esta notaría, se constituyó la compañía domiciliada en San José, San Juan Tibás, del Palacio Municipal, cuatrocientos metros al este y veinticinco metros al sur, denominada Corporación Corbella Sociedad Anónima. Plazo social: de noventa y nueve años y el capital social: íntegramente suscrito y pagado. La compañía será administrada por una junta directiva integrada por presidente, secretario, tesoro y fiscal, cuyo presidente tiene las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, de conformidad a lo dispuesto en el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil.—San José, veintiuno de octubre de dos mil ocho.—Lic. Algiére Vanessa Ugalde Chavarría, Notaria.—1 vez.—Nº 69021.—(100718).

Ante mí, Yesenia Arce Gómez, notaria pública de Escazú, San José, mediante escritura pública, se constituyó la siguiente sociedad: Cherry A.D.R. Sociedad Anónima con un plazo social de cien años. Así mismo. Mediante escritura pública protocolicé el acta número dos de la sociedad Viajes Turísticos Celajes Tropicales Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio y la cláusula octava de la administración. Es todo.—Escazú, 15 de octubre del 2008.—Lic. Yesenia Arce Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 69022.—(100719).

Que en la asamblea extraordinaria de la compañía Cocoholo ADE Cuatrocientos Uno, celebrada a las 14:00 horas del día veinte de octubre del 2008, en la ciudad de Tamarindo, se acordó reformar la cláusula novena del pacto constitutivo referente a la administración.—21 de octubre del 2008.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—Nº 69024.—(100720).

Que en asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Inversiones Internacionales Costa Paraíso Limitada, celebrada a las 9:00 horas del día 7 de octubre del 2008 en su domicilio social, se acordó reformar la cláusula octava del pacto constitutivo y nombrar nuevos gerentes y subgerentes.—Playa Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste, 13 de octubre del 2008.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—Nº 69025.—(100721).

Que en asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Inversiones Calalu Limitada, celebrada a las 8:00 horas del día 7 de octubre del 2008 en su domicilio social, se acordó reformar la cláusula octava del pacto constitutivo y nombrar nuevos gerentes y subgerentes.—Playa Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste, trece de octubre del 2008.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—Nº 69026.—(100722).

Que en asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Las Playas de Cronus Limitada, celebrada a las 8:00 horas del día 14 de octubre del 2005 en su domicilio social, se acordó reformar la cláusula octava del pacto constitutivo y nombrar nuevos gerentes.—Playa Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste, 14 de octubre del 2008.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—Nº 69027.—(100723).

Que en la asamblea extraordinaria de la compañía Dolphin Platinum Beach Resort Sociedad Anónima, celebrada a las 14:00 horas del día cuatro de marzo del 2008, en la ciudad de Tamarindo, se acordó reformar la cláusula octava del pacto constitutivo referente a la administración.—16 de octubre del 2008.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—Nº 69028.—(100724).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario en San José a las 16 horas de hoy, he procedido a protocolizar el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Condominio Jazmín de Liberia A Y F Sociedad Anónima, celebrada en Guanacaste, a las 17 horas del 4 de setiembre del 2008, mediante la cual se acordó nombrar nueva junta directiva y fiscal de la empresa y reformar las cláusulas 2º y 7º del pacto social.—San José, 21 de octubre del 2008.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—Nº 69029.—(100725).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del quince de octubre del dos mil ocho, se constituyó la firma Servicios de Maquinaría R.M.M. Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado.—Guapiles, Pococí, Limón, 21 octubre del 2008.—Lic. Alice María Aguilar Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 69030.—(100726).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 12:00 horas del 15 de octubre del 2008, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Kaye Fallas Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado íntegramente.—San José veinte de octubre del 2008.—Lic. José Gerardo Guillén Mora, Notario.—1 vez.—Nº 69034.—(100727).

Hoy ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Gowex Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, veintiséis de setiembre de 2008.—Lic. Gustavo Adolfo Sauma Fernández, Notario.—1 vez.—Nº 69035.—(100728).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas y treinta minutos del día de hoy, se constituyó la compañía Inversiones Alegría I.A. Verde, S. A.—San José, diecisiete de octubre del 2008.—Lic. Juan de Dios Álvarez Aguilar y Luis Ricardo Garino Granados, Notarios.—1 vez.—Nº 69038.—(100729).

Por escritura otorgada ante ésta notaría, a las diecisiete horas del día de hoy, se constituyó la compañía Desarrollos Obelisko D.O. Azul S.A.—San José, diecisiete de octubre del 2008.—Lic. Juan de Dios Álvarez Aguilar y Luis Ricardo Garino Granados, Notarios.—1 vez.—Nº 69039.—(100730).

Se hace constar que en acta número uno de las nueve horas del dieciocho de octubre del año dos mil ocho, se cambió la junta directiva de la sociedad de esta plaza Santana Real Segovia Diez Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-422926; yo, Sally Madrigal Saborío, notaria pública hago constar, que se encuentra debidamente firmada.—Lic. Sally Madrigal Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 69041.—(100731).

Constitución  de   la  sociedad  anónima   denominada  Definition  P.M.I. Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José a las 10:00 horas del veinte de octubre del dos mil ocho. Representación judicial y extrajudicial: presidente y secretario.—Lic. Laura Castro Alvarado, Notaria.—1 vez.—Nº 69044.—(100732).

En esta notaría, por escritura de las once horas del veintidós de octubre del año en curso, se constituyó la sociedad ONG Instituto Internacional para la Protección Constitucional de Derechos Humanos y Paz Social Sociedad Anónima. Presidente: Diorlyn Mc Loud Wilson.—San José, 22 de octubre del año 2008.—Lic. Hugo Francisco Velázquez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 69047.—(100733).

En esta notaría, en San Ramón a las nueve horas del primero de febrero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Solutec de San Ramón Sociedad Anónima. Domicilio social será: San Ramón de Alajuela, Ciudadela Copán, casa número trescientos treinta y uno A. Objeto: la electromecánica y contratos para acabados y pintura en todo tipo de construcción. Plazo: noventa y nueve años. Capital: veinte mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de dos mil colones cada una. Nombran representante legal, apoderado generalísimo sin límite de suma, junta directiva y agente residente.—San Ramón, 21 de agosto del 2008.—Lic. José Francisco Jara Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 69050.—(100734).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 16:00 horas del día 21 de octubre del año 2008, se constituyó la sociedad denominada Grupo Kacayas Internacional Sociedad Anónima. Presidente: Juan Carlos Alonso Pereira.—San José, 22 de octubre del año 2008.—Lic. Huberth Salas Ortega, Notario.—1 vez.—Nº 69052.—(100735).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 18:00 horas del 20 de octubre del 2008, se aumenta el capital social de la sociedad Servicios Médicos AP S. A. Ronald Astorga Torres, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. José Enrique Brenes Montero, Notario.—1 vez.—Nº 69053.—(100736).

Por escritura otorgada a las 9:00 horas del 21 de octubre del año dos mil ocho,  protocolice acuerdos de  la sociedad Tecno Pinturas del Este T. P. E. Sociedad Anónima. Domiciliada en San José, donde se reformó la cláusula sétima de la administración y vigilancia.—San José, 21 de octubre del año 2008.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 69054.—(100737).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 14 de octubre del año dos mil ocho. Protocolice acuerdos de la sociedad Veinticuatro Cero Tres Dos Mil Seis Sociedad Anónima. Domiciliada en San José, donde se reformó la cláusula segunda del domicilio.—San José, 21 de octubre del año 2008.—Lic. Arturo Várela Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 69055.—(100738).

Por escritura otorgada ante mí a las 9:00 horas del 15 de octubre del 2008, José Gerardo Azofeifa Meza y Mauricio Marín Sevilla, constituyen quince sociedades anónimas, y solicitan al registro que como denominación social se le asigne el mismo número de cédula jurídica.—San José, 15 de octubre del 2008.—Lic. José Manuel Gutiérrez Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 69057.—(100739).

Por escritura otorgada a las 11:15 horas de hoy, se modificaron las cláusulas segunda, quinta, sétima y décima de los estatutos sociales de Atajo del Peón S. A., y se revoca nombramiento de agente residente.—San José, 21 de octubre de 2008.—Lic. José Antonio Gómez Cortés, Notario.—1 vez.—Nº 69059.—(100740).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del veintiuno de octubre del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Servicios y Distribuciones SERDIST Sociedad Anónima. Capital social: doce mil colones. Presidente: Mario Chaves Castillo, cédula de identidad uno-seiscientos trece-novecientos setenta y siete.—San José, veintiuno de octubre del 2008.—Lic. Bernardo Chaves Requenes, Notario.—1 vez.—Nº 69060.—(100741).

Ante mi notaría, al ser las trece horas del veintidós de octubre del dos mil ocho, se constituyó la compañía Edificio Alexa y Lauren S. A.—San José, veintidós de octubre del dos mil ocho.—Lic. Abraham Waisleder Budzinska, Notario.—1 vez.—Nº 69062.—(100742).

Ante mi notaría, al ser las doce horas del veintidós de octubre del dos mil ocho, se constituyó la compañía Edificio Adrián y Claire.—San José, veintidós de octubre del dos mil ocho.—Lic. Abraham Waisleder Budzinska, Notario.—1 vez.—Nº 69063.—(100743).

Se ha constituido sociedad anónima denominada Castro Schmidt Consultores & Asociados Sociedad Anónima, con domicilio en San José, capital social de veinte mil colones, representada judicial y extrajudicialmente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma por el presidente José Castro Solano, ante notaria pública Rita María Zamora Córdoba, a las quince horas del veintitrés de marzo del dos mil siete. Es todo.—San José,a las quince horas del catorce de julio del dos mil ocho.—Lic. Rita María Zamora Córdoba, Notaria.—1 vez.—Nº 69067.—(100745).

Mediante la escritura otorgada ante mí, en la ciudad de San José, las catorce horas del día veintidós de octubre del dos mil ocho, se constituye la sociedad denominada Plaza Pedrales Sociedad Anónima.—Lic. María de los Ángeles Montero Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 69070.—(100746).

Por escritura 22-5 de las 18:00 horas del 2 de setiembre del 2008, se constituyeron 20 sociedades cuya denominación social se ajusta a lo establecido en el artículo 2º del decreto ejecutivo Nº 33171-J. Por escritura 3-5 de las 9:00 horas del 17 de agosto del 2008, se reforma la representación y directiva de Cabinas Jorhei S.R.L. Por escritura 26-5 de las  7:00 horas  del  4 de  setiembre del 2008, se adiciona constitución de S. A., otorgada ante la Lic. Milena Marín Jiménez. Es todo.—Lic. Adrián Roberto Calvo Masís, Notario.—1 vez.—Nº 69073.—(100747).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 16:00 horas del 21 de octubre del 2008, se reformó la cláusula primera de la sociedad anónima Politécnico de las Américas S. A.—San José, 22 de octubre del 2008.—Lic. Eduardo Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 69075.—(100748).

Ante el notario Manuel Enrique Fernández Campos, se otorga acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Repuestos Automotrices Refa de Desamparados S. A., se nombra nueva junta directiva.—San José, veintidós de octubre del dos mil ocho.—Lic. Manuel Enrique Fernández Campos, Notario.—1 vez.—Nº 69076.—(100749).

Por escritura otorgada ante mi notaría, en Tres Ríos, a las 8:00 horas del 16 de octubre del 2008, se constituyó la sociedad anónima, que se denominará Olvami. Plazo: 100 años. Capital social: ¢4.000,00. Giro: el comercio en general, etc. Domicilio: San José. Presidente: Miguel Ángel Aguilar Zamora.—Lic. Eduardo Sanabria Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 69077.—(100750).

Por escritura otorgada ante mi notaría, se constituyó la sociedad Latin America Trust Sociedad Anónima, domicilio San José; capital suscrito y pagado; plazo cien años; objeto comercio en general; Presidente, apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 14 de octubre del 2008.—Lic. Luis Enrique Moya Salgado, Notario.—1 vez.—Nº 69080.—(100751).

Por escritura otorgada a las 13:30 horas del 9 de octubre de 2008, se constituyó la sociedad denominada Ocean Supplies Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones suscrito y pagado.—San José, 17 de octubre de 2008.—Lic. Fernando Mora Oreamuno, Notario.—1 vez.—Nº 69083.—(100752).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del diecisiete de octubre de dos mil ocho, se constituye Rpachecom Sociedad Anónima. Domicilio: Alajuela. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años a partir de su constitución.—San José, veinte de octubre dos mil ocho.—Lic. Hannia Mayela Cubero Li, Notaria.—1 vez.—Nº 69088.—(100753).

La suscrita licenciada Marilyn Bedoya Esquivel, notaria pública con oficina en Turrúcares, hago constar que mediante escritura número ciento setenta y dos, iniciada en folio ochenta y cinco del tomo tercero de mi protocolo, otorgada ante mi notaría a las once horas del día veintidós de octubre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada Villas Guapinol Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse VIGUASA, cuyo presidente y secretario tienen la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma, para cualquier tipo de acto.—Lic. Marilyn Bedoya Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 69089.—(100754).

David Salazar Moya, mayor, cédula de identidad siete-cero sesenta y cuatro-seiscientos cincuenta y nueve, casado una vez, comerciante, vecino de Guácimo centro, Limón, y Javier Herra Abrahams, mayor, cédula de identidad siete-ciento catorce-cuatrocientos noventa y tres, soltero en unión libre, transportista, vecino del Guayacán de Guácimo, constituyen sociedad que se denominará Transportes El Guayacán Sahe S. R. L., domiciliada en Guácimo, Limón, seiscientos este y trescientos norte entrada principal de Guácimo.—Guácimo, Limón a las diez horas del primero de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Esteban Cubero Toruño, Notario.—1 vez.—Nº 69090.—(100755).

En escritura Nº 4-122, otorgada a las 16:00 horas del 20 de octubre de 2008, tomo cuatro del protocolo de esta notaria, se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo de Daystar Properties Management S.A.—San José, 20 de octubre de 2008.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 69092.—(100756).

Por escritura pública número ciento veintisiete, constituye sociedad anónima Muebles Rústicos Edumar S. A. Presidente: Marvin Jiménez Araya, mayor, casado una vez, ebanista, cédula de identidad número cinco-doscientos cuarenta y cuatro-ciento cuarenta y uno, domiciliada en Rincón de Zaragoza, cincuenta metros oeste de la escuela del lugar.—Palmares, veinte de octubre del dos mil ocho.—Lic. José Daniel Alvarado Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 69094.—(100757).

En mi notaría a las 13:00 horas del 21 de octubre del 2008, se constituyó la sociedad denominada J, J Y J Corp. Sociedad Anónima. Capital social de cien mil colones, representado por 100 acciones comunes y nominativas de 1.000 colones cada una. Objeto: comercio en general. Plazo: 99 años.—San José, 21 de octubre del 2008.—Lic. Carlos Enrique López Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 69095.—(100758).

Asamblea extraordinaria de la sociedad Monte Azul Gráfica Ltda. Se conoce la renuncia del gerente Randall Langendorfer y se modifica la cláusula décima primera del pacto social. Protocoliza el Lic. José Antonio Díaz Montero.—Lic. José Antonio Díaz Montero, Notario.—1 vez.—Nº 69096.—(100759).

Por escritura otorgada ante mí a las 15:00 horas del 8 de octubre del 2008, se constituyó la empresa Ticorioja S. A. Capital: diez mil colones. Acciones comunes y nominativas. Plazo: noventa y nueve años. Representación legal: presidente. Domicilio: El Coyol de Alajuela.—Alajuela, 22 de octubre del 2008.—Lic. Rolando Renick González, Notario.—1 vez.—Nº 69098.—(100760).

Mediante escritura pública número ciento cincuenta y cinco, otorgada ante mí a las 8:30 horas del 21 de octubre del 2008, se constituyeron dos sociedades anónimas con denominación social asignada por el Registro Público, capital totalmente suscrito y pagado. Presidente, con representación judicial y extrajudicial.—Lic. Marlon Sánchez Cortés, Notario.—1 vez.—Nº 69099.—(100761).

Por escritura otorgada en mi notaría en esta ciudad, a las once horas del 13 de setiembre del 2008, se constituyó la sociedad denominada Acabados y Remodelaciones Eslais Sociedad Anónima. Presidente: Manuel Isidro Reyes Alvarado.—Lic. Enrique Araya Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 69101.—(100762).

Por escritura otorgada el día dieciséis de setiembre del dos mil ocho, ante mí se constituyó la compañía que se denominará Fast Ride Sociedad Anónima, con un capital social de mil colones. Corresponde al presidente, la representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintidós de octubre del dos mil ocho.—Lic. Aldomar Ulate Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 69104.—(100763).

Por escritura otorgada en esta notaría a las 20:00 horas del 16 de octubre del 2008, se modifica cláusula de constitución de junta directiva de Inversiones Tierra Fértil Irazú S. A.—Lic. Olga María Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 69106.—(100764).

El día de hoy en mi notaría se protocolizó la constitución de la sociedad denominada Knohrcomp Sociedad Anónima, representante legal: el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Miramar, 18:30 horas del 11 de octubre de 2008.—Lic. Jockseline Zúñiga Varela, Notaria.—1 vez.—Nº 69107.—(100765).

El día de hoy en mi notaría se protocolizó la constitución de la sociedad denominada Inversiones Caluva S. A. Representante legal: el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.— Miramar, 18:30 horas del 26 de agosto del 2008.—Lic. Monserrat Gamboa Amuy, Notaria.—1 vez.—Nº 69108.—(100766).

Mediante escritura número 293-42, del tomo 42 del suscrito notario Rolando Espinoza Rojas: Alejandro José y Yandali María Murillo Camacho, cédulas 1-815-299 y 2-531-213, constituyen la sociedad Transmuca T M C Limitada, con domicilio en San Isidro de Grecia, Alajuela, contiguo al Salón Cañalico, quedando ambos socios como gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Sarchí Norte, Valverde Vega, 15:00 horas del día 21 de octubre del 2008.—Lic. Rolando Espinoza Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 69109.—(100767).

Por medio de la escritura número diecinueve, otorgada a las doce horas del día diez de octubre del dos mil ocho, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y dos mil ciento treinta y siete s. a., por la cual se modifica la cláusula segunda de los estatutos sociales relativa al domicilio, la sétima de la representación, se revocan los nombramientos de la junta directiva y se nombran nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 69110.—(100768).

Por medio de la escritura número veintiuno, otorgada a las once horas del día trece de octubre del dos mil ocho, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Rain Sunset R.S.S.A., por la cual se modifica la cláusula segunda de los estatutos sociales relativa al domicilio, se revocan los nombramientos del presidente y del secretario de la junta directiva y se nombran nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 69111.—(100769).

Por medio de la escritura número nueve, otorgada a las diez horas del día ocho de octubre del dos mil ocho, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada My Sweet Dreams on the Beach S. A., por la cual se modifica la cláusula quinta de los estatutos sociales relativa al capital y se aumenta este.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 69113.—(100770).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario público a las 10:00 horas del 4 de octubre del 2008, se constituyó la sociedad denominada Joman Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Domicilio: Cartago, urbanización Jardines de Agua Caliente, casa número cuarenta y uno F. La representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá al presidente.—San José, 14:00 horas del 22 de octubre del 2008.—Lic. Álvaro Monge Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 69114.—(100771).

Por medio de la escritura número veintitrés, otorgada a las once horas del día catorce de octubre del dos mil ocho, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Constructora Dos Mil Limitada, domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones. Gerente: el señor Gastón Fournier.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 69115.—(100772).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario se constituyó la sociedad Bienes y Propiedades Jonica Gucru Limitada. Capital debidamente suscrito y pagado.—San José, 22 de octubre del 2008.—Lic. Hoover González Garita, Notario.—1 vez.—Nº 69116.—(100773).

El día veintiuno de octubre del dos mil ocho, en esta notaría se constituyó la sociedad anónima denominada Jard Industrial Sociedad Anónima, domiciliada en Cariari, Pococí, Limón, cincuenta metros este de Farmacia Pococí, Limón, con un capital social de ¢ 20.000,00, representada por Denis Barillas Jiménez, mayor, casado una vez, contador, ciudadano nicaragüense con cédula de residencia número uno cinco cinco-ocho cero uno cuatro cuatro nueve-cuatro tres uno, vecino de Cariari, Pococí, en Urbanización El Llano.—Cariari, veintiuno de octubre del dos mil ocho.—Lic. Alfredo Calderón Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 69117.—(100774).

Por escritura otorgada ante mí a las doce horas del ocho de octubre del dos mil ocho, se constituyó la empresa Granitos y Muebles Alanis Sociedad Limitada, domicilio social en La Granja de Palmares de Alajuela, ochocientos metros al oeste de la escuela, capital social: cien mil colones, plazo: noventa y nueve años. Gerentes: Allen Alberto Gutiérrez Quesada y Gustavo Rodríguez Barboza.—Lic. Fernando Ávila González, Notario.—1 vez.—Nº 69119.—(100775).

Mediante escritura otorgada en esta ciudad a las once horas del nueve de setiembre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Morera y Vargas Sociedad Anónima. Domicilio: Alajuela. Presidente y vicepresidente: apoderados generalísimos sin límite de suma.—Alajuela, 22 de octubre del 2008.—Lic. María González Campos, Notaria.—1 vez.—Nº 69121.—(100776).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del catorce  de  octubre  del  dos  mil ocho, se  constituyó  la  sociedad Bahi  S. A.—San José, 22 de octubre del 2008.—Lic. Ana María Faeth Mena, Notaria.—1 vez.—Nº 69122.—(100777).

Hoy al ser las 11:00 horas por escritura 131, tomo 3 de mi notaría: Vestimentas Orgánicas Quepos VOQ S. A., reforma cláusula sexta de su pacto constitutivo.—Quepos, 26 de setiembre del 2008.—Lic. Alberto Fajardo Monge, Notario.—1 vez.—Nº 69124.—(100778).

Por escritura otorgada ante mí, a las 18:00 horas del día 10 de octubre del 2008, se constituyó la sociedad denominada RG Remolgyp de Centroamérica Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Desamparados, Linda Vista de Río Azul, 75 metros al oeste del abastecedor Yerlin.—23 de octubre del 2008.—Lic. Karolina Soto Carballo, Notaria.—1 vez.—(100779).

Ante el suscrito notario se constituyó la sociedad de esta plaza Propiedades El Avance Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pago.—Alajuela, veintidós de octubre del dos mil ocho.—Lic. Johnny Ramírez Sánchez, Notario.—1 vez.—(100780).

Ante el suscrito notario se constituyó la sociedad de esta plaza Propiedades El Inicio Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pago.—Alajuela, veintidós de octubre del dos mil ocho.—Lic. Johnny Ramírez Sánchez, Notario.—1 vez.—(100781).

Por escritura otorgada a las 12:00 horas del 16 de octubre del 2008, se protocolizan acuerdos por los que se aumenta el capital social de la empresa Sucursal Limón Sulisa S. A.—San José, 16 de octubre del 2008.—Lic. Sara Sáenz Umaña, Notaria.—1 vez.—(100887).

Por escritura otorgada a las 11:30 horas del 16 de octubre del 2008, se protocolizan acuerdos por los que se aumenta el capital social de la empresa Sucursal Guápiles Sugusa S. A.—San José, 16 de octubre del 2008.—Lic. Sara Sáenz Umaña, Notaria.—1 vez.—(100888).

Por escritura otorgada a las 11:00 horas del 16 de octubre del 2008, se protocolizan acuerdos por los que se aumenta el capital social de la empresa Sucursal del Sur Sususa S. A.—San José, 16 de octubre del 2008.—Lic. Sara Sáenz Umaña, Notaria.—1 vez.—(100889).

Por escritura otorgada a las 10:30 horas del 16 de octubre del 2008, se protocolizan acuerdos por los que se aumenta el capital social de la empresa Centro de Recreación Grupo Constenla S. A.—San José, 16 de octubre del 2008.—Lic. Sara Sáenz Umaña, Notaria.—1 vez.—(100890).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 16 de octubre del 2008, se protocolizan acuerdos por los que se aumenta el capital social de la empresa Dispan S. A.—San José, 16 de octubre del 2008.—Lic. Sara Sáenz Umaña, Notaria.—1 vez.—(100891).

Por escritura otorgada a las 09:30 horas del 16 de octubre del 2008, se protocolizan acuerdos por los que se aumenta el capital social de la empresa Cadena Comercial Unos S. A.—San José, 16 de octubre del 2008.—Lic. Sara Sáenz Umaña, Notaria.—1 vez.—(100892).

Por escritura otorgada a las 09:00 horas del 16 de octubre del 2008, se protocolizan acuerdos por los que se aumenta el capital social de la empresa Cervecería Sabro S. A.—San José, 16 de octubre del 2008.—Lic. Sara Sáenz Umaña, Notaria.—1 vez.—(100893).

Por escritura otorgada a las 08:30 horas del 16 de octubre del 2008, se protocolizan acuerdos por los que se aumenta el capital social de la empresa Agencia Pacífico Dos S. A.—San José, 16 de octubre del 2008.—Lic. Sara Sáenz Umaña, Notaria.—1 vez.—(100894).

Por escritura otorgada a las 08:00 horas del 16 de octubre del 2008, se protocolizan acuerdos por los que se aumenta el capital social de la empresa Agencias de Occidente Adocsa S. A.—San José, 16 de octubre del 2008.—Lic. Sara Sáenz Umaña, Notaria.—1 vez.—(100895).

Por escritura otorgada ante mí a las 13:00 horas del 16 de octubre del 2008, se constituyó la sociedad anónima Global Merchandisers S. A. con un capital social de diez mil colones, su presidente es el representante judicial y extrajudicial de la compañía.—San José, 16 de octubre del 2008.—Lic. Sara Sáenz Umaña, Notaria.—1 vez.—(100896).

El suscrito notario, hace constar que ante mi notaría, se han constituido cinco sociedades anónimas: Lou Sam Holding Inc; Litchfield Associates Inc; Tripeack International Inc; Trio International Inc; De Groote International Inc, todas Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 22 de octubre del 2008.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—(100901).

Ante mi notaría, mediante escritura número ciento sesenta y uno del tomo treinta y dos de mi protocolo, de las dieciséis horas quince minutos del tres de octubre del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Alimentos Holandeses GNDM Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-tres tres ocho seis cinco siete, en la cual se cambia el nombre de la sociedad, la cual ahora se denominará Corporación Maxima M. N. Sociedad Anónima, y también se nombra nueva junta directiva.—Lic. Douglas Román Díaz, Notario.—1 vez.—(100907).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del dieciséis de octubre del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Hotel Parador Quepos Sociedad Anónima. Mediante la cual se acuerda disminuir el capital social.—San José, veintiuno de octubre del dos mil ocho.—Lic. Óscar Soley Soler, Notario.—1 vez.—(100909).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 10:00 horas del 22 de octubre de 2008, se protocolizan acuerdos de asamblea de la sociedad Banco BCT S. A., de las 11:00 horas del 28 de setiembre de 2008, según la cual se nombran nuevo secretario y director.—San José, 22 de octubre del 2008.—Lic. Carolina Villalobos Sancho, Notaria.—1 vez.—(100910).

EL día de hoy, se constituyó ante mi notaría, la sociedad Monte Alfaroruth S. A.; plazo social, noventa y nueve años; capital social, totalmente suscrito y pago; domicilio, Rohrmoser, del Parque La Amistad, doscientos metros al norte y setenta y cinco al este; presidente y secretario tienen la representación legal actuando conjuntamente o separadamente.—San José, veintidós de octubre del dos mil ocho.—Lic. Danilo Rivas Solís, Notario.—1 vez.—(100919).

Por escritura otorgada ante nosotros, se constituye la firma de esta plaza Recetas Internacionales LMJG Sociedad Anónima. Capital social: treinta mil colones; domicilio: La Uruca, San José; presidenta: Lilliana Mora García; agente residente: licenciado Paul Zúñiga Hernández.—San José, 21 de octubre del 2008.—Lic. Juan José Nassar Güell y Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notarios.—1 vez.—(100923).

Por escritura número doscientos treinta y siete, del tomo dos, otorgada ante esta notaría, se constituye la sociedad sin denominación, por un plazo de noventa y nueve años.—Heredia, veinte de octubre del dos mil ocho.—Lic. Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—(100994).

Por escritura número doscientos treinta y ocho, del tomo dos, otorgada ante esta notaría, se constituye la sociedad sin denominación, por un plazo de noventa y nueve años.—Heredia, veinte de octubre del dos mil ocho.—Lic. Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—(100997).

Por escritura número doscientos treinta y nueve, del tomo dos, otorgada ante esta notaría se constituye la sociedad sin denominación, por un plazo de noventa y nueve años.—Heredia, veinte de octubre del dos mil ocho.—Lic. Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—(101000).

Por escritura número doscientos cuarenta y uno, del tomo dos, otorgada ante esta notaría se constituye la sociedad sin denominación, por un plazo de noventa y nueve años.—Heredia, veinte de octubre del dos mil ocho.—Lic. Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—(101003).

Por escritura número doscientos cuarenta y dos, del tomo dos, otorgada ante esta notaría se constituye la sociedad sin denominación, por un plazo de noventa y nueve años.—Heredia, veinte de octubre del dos mil ocho.—Lic. Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—(101008).

Por escritura otorgada a las ocho horas quince minutos, del día veintidós de octubre del presente año, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Negocios Ferroviario Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda, y sexta del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la sociedad.—San José, veintidós de octubre del dos mil ocho.—Lic. Natasha Donoso Esquivel, Notaria.—1 vez.—(101042).

Por escritura otorgada en esta notaría a las quince horas diez minutos del día treinta de setiembre del presente año, se constituyó la sociedad denominada: Empresa del Bosque JR Sociedad Anónima. Con domicilio en San José, Paseo Colón, edificio Torre Mercedes, noveno piso. Oficina Weinstok Abogados. Capital social: diez mil colones.—San José, veintidós de octubre del dos mil ocho.—Lic. Alejandra Patiño Ruiz, Notaria.—1 vez.—(101043).

Por escritura otorgada a las 20:00 horas del 22 de octubre del 2008, se protocolizan acuerdos por los que se aumenta el capital social de la empresa Codeco Condominios de Comercio S. A.—San José, 22 de octubre del 2008.—Lic. Sara Sáenz Umaña, Notaria.—1 vez.—(101045).

Dagoberto Rodríguez Núñez, cédula 2-199-587, Virginia Espinoza Jiménez cédula 2-207-530 y Marjorie Rodríguez Espinoza cédula 2-375-242, constituyen El Shaddai S. A. domicilio social en Alajuela Guadalupe, capital diez mil colones.—Alajuela, 22 de octubre del 2008.—Lic. Amalia Bone Mo, Notaria.—1 vez.—(101047).

Se protocoliza acta de la firma de esta plaza Blue Bird Cristal Lake Sociedad Anónima. Se reforma cláusula sexta y se nombra presidente.—San José, veintitrés de octubre del dos mil ocho.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—(101053).

Por escritura cero ocho-cuarto, otorgada ante la notaria María Isabel Castro Salas, en Heredia, a las nueve horas, del veintinueve de setiembre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Sabinci E R de Heredia Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Domiciliada: en el Hotel Cibeles Resort, distrito Santiago de San Rafael de Heredia, cuyo capital social es de cien mil colones y con un plazo social de noventa y nueve años, su presidenta es Ericka Rocío Salas Arias.—Heredia, 30 de setiembre del 2008.—Lic. María Isabel Castro Salas, Notaria.—1 vez.—(101083).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del veintiuno de octubre del dos mil ocho, se reformó la cláusula primera de la sociedad Diseño B Seiscientos Doce Sociedad Anónima.—San José, veintiuno de octubre del dos mil ocho.—Lic. Perla Lipiec Goldberg, Notaria.—1 vez.—(101168).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 17 horas del 22 de octubre del 2008, se modificó la cláusula décima de L Y M Servicios Mercaderista Sociedad Anónima.—San José, 22 de octubre del 2008.—Lic. Yamileth Pérez Sánchez, Notaria.—1 vez.—(101177).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 17 de setiembre del 2008, se protocolizó acta de la sociedad Corporación Maxibel S. A. Se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad, presidente, secretario y tesorero apoderados generalísimos con límite de suma hasta $20,000.00.—San José, 17 de setiembre del 2008.—Lic. Gilbert Gómez Salgado Notario.—1 vez.—(101178).

El suscrito, Luis Enrique Salazar Sánchez, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día veintitrés de octubre del dos mil ocho se protocolizó ante mí, acta de la empresa denominada Hospimédica Sociedad Anónima. Así mismo, ese mismo día  se  constituyó  ante  mí,  la  empresa denominada Amaka Industrial S. A.—San José, veintitrés de octubre del dos mil ocho.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—(101186).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del día veintitrés de octubre del dos mil ocho, se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad de esta plaza Triquint Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, veintitrés de octubre del dos mil ocho.—Lic. Álvaro Restrepo Muñoz, Notario.—1 vez.—(101218).

Mediante escritura número ciento treinta, otorgada a las dieciocho horas del veintitrés de octubre de dos mil ocho, se reformó los estatutos de la sociedad Cytyc Surgical Products Costa Rica S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y ocho mil setecientos cincuenta y nueve, cláusula primera del nombre por Hologic Surgical Products Costa Rica S. A., y la cláusula segunda del domicilio social.—San José, veintitrés de octubre del dos mil ocho.—Lic. María Gabriela Arroyo Vargas, Notaria.—1 vez.—(101220).

Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del veintidós de octubre del dos mil seis, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de Grupo Bursátil Aldesa S. A., donde se aumenta el capital social.—San José, veintitrés de octubre del dos mil ocho.—Lic. Alejandra Brenes San Gil, Notaria.—1 vez.—(101230).

Por escritura otorgada a las 13:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Life Style Centro Médico S. A. Capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, 6 de octubre de dos mil ocho.—Lic Emilia María Chacón Villalobos, Notaria.—1 vez.—(101233).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 20 de octubre de 2008, se constituyó la entidad Telecom Networks C. R. Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones, representado por veinte acciones comunes y nominativas de quinientos colones cada una. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente y secretario con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 23 de octubre del 2008.—Lic. Carlos Víquez Jara, Notario.—1 vez.—(101234).

Por escritura número ciento ochenta y uno de esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad Tecolote Trece S. A., mediante el cual se modifica la cláusula segunda del domicilio social.—San José, 23 de octubre de 2008.—Lic. Lorna Medina Calvo, Notaria.—1 vez.—(101236).

A las catorce horas del tres de octubre del dos mil ocho, se constituyó en mi notaría, la sociedad anónima Cero Nueve Arte Café Sociedad Anónima, se nombra junta directiva y fiscal.—Tilarán, tres de octubre del 2008.—Lic. Ingrid Solano Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 69132.—(101237).

Por escritura número ciento cuarenta y siete-cinco, otorgada ante esta notaría, a las veinte horas del seis de mayo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada Iuris Natura S. A., con un capital social suscrito y pagado de cincuenta mil colones.—Heredia, 06 de mayo del 2008.—Lic. Juan Carlos Fernández Valdelomar, Notario.—1 vez.—Nº 69133.—(101238).

Por escritura número doscientos treinta, otorgada ante mí, a las nueve horas del veintitrés de marzo del dos mil siete, se constituyó la sociedad Hermanos Hugata Produce de San Carlos Sociedad Anónima.—San José, veintiuno de octubre del dos mil ocho.—Lic. Esteban Esquivel Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 69134.—(101239).

Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada elasalariado.com Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado, plazo cincuenta años. Domicilio San José.—San José, 20 de octubre del 2008.—Lic. Raúl Álvarez Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 69135.—(101240).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:45 horas del día 17 de octubre del 2008, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de socios de Caribbean Industry S. A., mediante la cual se revoca nombramiento del presidente.—Heredia, 22 de agosto del 2008.—Lic. Karina Rojas Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 69136.—(101241).

Ante mi notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios, de la sociedad Enri del Sur Sociedad Anónima, mediante la cual se revoca los nombramientos de presidente y secretario.—Nandayure, diecisiete de octubre del dos mil ocho.—Lic. Nancy Elena Rivas Elizondo, Notaria.—1 vez.—Nº 69137.—(101242).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Keyvi de Carmona Nandayure Sociedad Anónima, con un capital social de veintidós mil colones, cuyo domicilio social es Guanacaste, cantón noveno Nandayure, distrito primero Carmona, del colegio cuatrocientos metros al norte y veinticinco metros. Presidente: Keilyn Alejandra Potoy Sequiera, con un plazo social: noventa y nueve años.—Nandayure, veintiuno de octubre del dos mil ocho.—Lic. Ana Ivette Venegas Elizondo, Notaria.—1 vez.—Nº 69138.—(101243).

Ante esta notaría, se constituyó la compañía denominada Mis Mariscos J J D Sociedad Anónima. Domiciliada en Lepanto distrito cuarto cantón primero de la provincia de Puntarenas, frente a la plaza de deportes. Con un capital social de treinta mil colones, un plazo de noventa y nueve años. Presidente: Darlin Roberto Quirós Fernández.—Jicaral, 17 de octubre del dos mil ocho.—Lic. Carlos Fernando Cubero Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 69145.—(101244).

El suscrito notario hace constar, que por escritura otorgada a las trece horas del diecinueve de octubre del presente año, se protocolizaron acuerdos de la sociedad Tornado Ligero S. A., con domicilio en San José.—San José, 20 de octubre del 2004.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 69148.—(101245).

El suscrito notario hace constar, que ante su notaría se constituyó la sociedad James Singleton S. A.—San José, 22 de octubre del 2008.—Lic. Hannia Ross Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 69149.—(101246).

Mediante escritura Nº 196-12 otorgada a las 14:00 horas del 20 de octubre del 2008, se constituyó la compañía Corporación Camagüey ABD Sociedad Anónima. Presidente Juan Francisco Suárez García.—Ciudad Quesada, San Carlos, 22 de octubre del dos mil ocho.—Lic. María Gabriela González Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 69150.—(101247).

NOTIFICACIONES

HACIENDA

ASESORÍA LEGAL ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

OD-026.—Órgano Director de Procedimiento.—San José, a las ocho horas del día catorce de octubre del dos mil ocho.

Visto el auto de las ocho horas cuarenta minutos del cinco de septiembre del año dos mil ocho emitido por este órgano director y mediante el cual se cita a comparecencia a la señora Tamara Montecinos Ahumada, cédula 8-059-165, en calidad de presunta deudora de la administración por la suma de ¢6.261.537,75 (seis millones doscientos sesenta y un mil quinientos treinta y siete colones con 75100), por concepto del 65 % de prohibición, en el periodo comprendido entre el 16 de marzo del 2004 al 24 de julio del 2007, en virtud de que la señora Montecinos Ahumada fue despedida por pérdida de confianza, según resolución CPMH-009-2008 y se ordenó a la Dirección Administrativa y Financiera la recuperación de dicho monto; y debido a que la notificación de dicho auto resultó infructuosa, procédase a notificar por edictos, la citación a comparecencia, de conformidad con los artículos 241 y 242 de la Ley General de la Administración Pública, publicación que deberá efectuarse por tres días consecutivos en la Sección de Notificaciones del Ministerio de Hacienda.

CITACIÓN A COMPARECENCIA

Órgano Director de Procedimiento.—San José, a las ocho horas del catorce de octubre del dos mil ocho. De conformidad con los artículos 39 y 41 de la Constitución Política; 214, 217, 218, 249 y 308 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública; y acuerdo de nombramiento de Órgano Director DAF-AL-1095-2008 se cita a la señora Tamara Montecinos Ahumada, cédula de identidad Nº 8-059-165, ex funcionaria de la Policía de Control Fiscal, en calidad de presunta deudora, a una comparecencia oral y privada que se celebrará en la Oficina de la Asesoría Legal de la Dirección Administrativa y Financiera, sita en el quinto piso del edificio principal del Ministerio de Hacienda, el día lunes 24 de noviembre de 2008 a las 09:00 horas; para que comparezca personalmente y, si lo desea, haciéndose acompañar de su asesor legal, el cual deberá ser acreditado formalmente en el procedimiento. Lo anterior, a efecto de que ejerza su derecho de defensa y en el mismo acto presente toda la prueba (documental, testimonial, pericia!, etc.) que considere necesaria, por ser presunto responsable en relación con el siguiente hecho:

1.  Mediante Acuerdo Nº CPMH-009-2008 el Consejo de Personal de la Policía de Control Fiscal ordenó a la Dirección Administrativa y Financiera, iniciar los procedimientos correspondientes para al recuperación de sumas pagadas por concepto del 65% de prohibición, en el período comprendido entre el 16 de marzo del 2004 al 24 de julio del 2007, por el presunto ejercicio del notariado siendo funcionaría pública, lo anterior por el hecho de estar habilitada para el ejercicio del notariado, según certificaciones de la Dirección Nacional de Notariado.

2.  Mediante oficio DGPH-RSI-317-2008, el Departamento de Gestión del Potencial Humano estableció la deuda indicada en el punto anterior en el monto de ¢6.261.537, 75 (seis millones doscientos sesenta y un mil quinientos treinta y siete colones con 75100), desglosada de la siguiente manera :

Mes

Monto ¢

Semestre

16 de marzo 2004

64.366,25

I Semestre 2004

¢450.563.75

Abril 2004

128.732,50

Mayo 2004

128.732,50

Junio 2004

128.732,50

Julio 2004

141.277,50

II Semestre 2004

¢847.665.00

Agosto 2004

141.277,50

Setiembre 2004

141.277,50

Octubre 2004

141.277,50

Noviembre 2004

141.277,50

Diciembre 2004

141.277,50

Enero 2005

147.647,50

I Semestre 2005

¢885.885.00

Febrero 2005

147.647,50

Marzo 2005

147.647,50

Abril 2005

147.647,50

Mayo 2005

147.647,50

Junio 2005

147.647,50

Julio 2005

153.562,50

II Semestre 2005

¢921.375.00

Agosto 2005

153.562,50

Setiembre 2005

153.562,50

Octubre 2005

153.562,50

Noviembre 2005

153.562,50

Diciembre 2005

153.562,50

Enero 2006

161.232,50

I Semestre 2006

¢967.395.00

Febrero 2006

161.232,50

Marzo 2006

161.232,50

Abril 2006

161.232,50

Mayo 2006

161.232,50

Junio 2006

161.232,50

Julio 2006

166.887,50

II Semestre 2006

¢1.001.325

Agosto 2006

166.887,50

Setiembre 2006

166.887,50

Octubre 2006

166.887,50

Noviembre 2006

166.887,50

Diciembre 2006

166.887,50

Enero 2007

173.582,50

I Semestre 2007

¢1.041.495,00

Febrero 2007

173.582,50

Marzo 2007

173.582,50

Abril 2007

173.582,50

Junio 2007

173.582,50

24 julio 2007

145.834,00

II Semestre 2007

¢145.834,00

Deuda Total

¢6.261.537,75

El expediente administrativo en nuestro poder consta de 40 folios útiles que corresponden a los siguientes documentos:

1.  Copia de la Resolución N° CPMH-009-2008 de las diez horas del veintisiete de mayo del dos mil ocho.

2.  Copia del Oficio DGPH-RSI-217-2008 del 9 de junio del 2008 suscrito por Wilbert Cordero Fernández.

3.  Escrito con fecha 19 de junio del 2008, suscrito por la Licenciada Tamara Montecinos Ahumada.

4.  Oficio DAF-AL-863-2008 del 24 de julio del 2008 suscrito por Licenciada Patricia Navarro Vargas.

5.  Oficio DGPH-RSI-263-2008 del 3 de julio del 2008 suscrito por Wilbert Cordero Fernández.

6.  Copia de Oficio DAF-AL-956-2008 del 16 de julio del 2008 suscrito por licenciada Patricia Navarro Vargas.

7.  Oficio DGPH-RSI-317-2008 del 21 de julio suscrito por Wilbert Cordero Fernández.

8.  Oficio DAF-AL-1095-2008 del trece de agosto del 2008 suscrito por la licenciada Jenny Phillips Aguilar.

Dicho expediente queda a disposición de la interesada, en la Oficina de la Asesoría Legal de la Dirección Administrativa y Financiera, a cargo de los funcionarios Fabio Enrique Rojas Muñoz o Gabriela Chaves Corrales, si así fueren requeridos para las consultas pertinentes, de conformidad con el artículo 217 y 259 inciso 4) y 272 al 274 de la Ley General de la Administración Pública. Se le advierte que la prueba (documental, testimonial, etc.) debe ser presentada antes o al momento de la comparecencia, pero toda presentación previa deberá hacerse por escrito, según lo dispone el artículo 312 y 317 de la supra citada Ley. Asimismo se le advierte que, de no comparecer el día y hora señalada, sin que mediare justa causa para ello, se continuará con el procedimiento y se resolverá el caso con los elementos de juicio existentes, al amparo de lo establecido en los artículos 252, 315 y 316 de la Ley General de la Administración Pública. Se le previene que debe señalar lugar donde oír notificaciones futuras de conformidad con el artículo 243 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública. Se hace también de su conocimiento que este acto administrativo tiene los recursos ordinarios de ley, los cuales deben interponerse en un término de veinticuatro horas de conformidad con el artículo 345 y 346 de la Ley General de Administración Pública, siendo la hora límite para la presentación del recurso las 16:00 horas del día en que se vence el plazo otorgado. Si el recurso es presentado vía fax, se tendrá formalmente por interpuesto si dentro de los tres días siguientes se presenta el documento original, de conformidad con el artículo 6 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, de aplicación supletoria de conformidad con el artículo 9 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese a la señora Tamara Montecinos Ahumada en la siguiente dirección: El Alto de Guadalupe, 100 metros norte, 75 metros oeste del Colegio Divino Pastor.—Fabio Enrique Rojas Muñoz, Órgano Director de Procedimiento.—(Solicitud Nº 34286).—C-296360.—(99453).

OD-027-2008.—Órgano Director de Procedimiento.—San José, a las ocho horas quince minutos del día catorce de octubre del dos mil ocho.

Visto el auto de las ocho horas cincuenta minutos del cinco de setiembre del año dos mil ocho, emitido por este órgano director y mediante el cual se cita a comparecencia a la señora Karolina Molina Alpízar, cédula 1-757-703, en calidad de presunta deudora de la administración por la suma de ¢2.756.487,50 (dos millones setecientos cincuenta y seis mil cuatrocientos ochenta y siete colones con 50/100), por concepto del 65% de prohibición, en el periodo comprendido entre el 01 de febrero del 2004 al 09 de julio del 2007, en virtud de que la señora Molina Alpízar renunció a su puesto desde el 09 de julio del 2007, según resolución CPMH-009-2008 del 27 de mayo del 2008 y se ordenó a la Dirección Administrativa y Financiera la recuperación de dicho monto; y debido a que la notificación de dicho auto resultó infructuosa, procédase a notificar por edictos, la citación a comparecencia, de conformidad con los artículos 241 y 242 de la Ley General de la Administración Pública, publicación que deberá efectuarse por tres días consecutivos en la Sección de Notificaciones del Ministerio de Hacienda.

CITACIÓN A COMPARECENCIA

Órgano Director de Procedimiento.—San José, a las ocho horas y quince minutos del catorce de octubre del dos mil ocho.

De conformidad con los artículos 39 y 41 de la Constitución Política; 214, 217, 218, 249 y 308 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública; y acuerdo de nombramiento de Órgano Director DAF-AL-1095-2008, se cita a la señora Karolina Molina Alpízar, cédula de identidad No. 1-757-703, exfuncionaria de la Policía de Control Fiscal, en calidad de presunta deudora, a una comparecencia oral y privada que se celebrará en la Oficina de la Asesoría Legal de la Dirección Administrativa y Financiera, sita en el quinto piso del edificio principal del Ministerio de Hacienda, el día miércoles 26 de noviembre de 2008 a las 09:00 horas; para que comparezca personalmente y, si lo desea, haciéndose acompañar de su asesor legal, el cual deberá ser acreditado formalmente en el procedimiento. Lo anterior, a efecto de que ejerza su derecho de defensa y en el mismo acto presente toda la prueba (documental, testimonial, pericial, etc.) que considere necesaria, por ser presunto responsable en relación con el siguiente hecho:

1.  Mediante acuerdo Nº CPMH-009-2008 el Consejo de Personal de la

Policía de Control Fiscal ordenó a la Dirección Administrativa y Financiera, iniciar los procedimientos correspondientes para al recuperación de sumas pagadas por concepto del 65% de prohibición, en el período comprendido entre el 01 de febrero del 2006 al 09 de julio del 2007, por el presunto ejercicio del notariado siendo funcionaria pública, lo anterior por el hecho de estar habilitada para el ejercicio del notariado, según certificaciones de la Dirección Nacional de Notariado.

2.  Mediante oficio DGPH-RSI-317-2008, el Departamento de Gestión del Potencial Humano estableció la deuda indicada en el punto anterior en el monto de ¢2.756.487,50 (dos millones setecientos cincuenta y seis mil cuatrocientos ochenta y siete colones con 50/100), desglosada de la siguiente manera:

 

Mes

Monto ¢

Semestre

Febrero 2006

153.497.50

I Semestre 2006

¢767.487.50

Marzo 2006

153.497.50

Abril 2006

153.497.50

Mayo 2006

153.497.50

Junio 2006

153.497.50

Julio 2006

158.892.50

II Semestre 2006

¢953.355.00

Agosto 2006

158.892.50

Setiembre 2006

158.892.50

Octubre 2006

158.892.50

Noviembre 2006

158.892.50

Diciembre 2006

158.892.50

Enero 2007

165.262.50

I Semestre 2007

¢991.575.00

Febrero 2007

165.262.50

Marzo 2007

165.262.50

Abril 2007

165.262.50

Junio 2007

165.262.50

08 Julio 2007

44.070.00

II Semestre 2007

¢44.070.00

Deuda Total

¢2.756.487.50

 

El expediente administrativo en nuestro poder consta de 39 folios útiles que corresponden a los siguientes documentos:

1.  Copia de la Resolución N° CPMH-009-2008 de las diez horas del veintisiete de mayo del dos mil ocho.

2.  Copia del Oficio DGPH-RSI-216-2008 del 9 de junio del 2008 suscrito por Wilbert Cordero Fernández.

3.  Escrito con fecha 23 de junio del 2008, suscrito por la licenciada Karolina Molina Alpízar.

4.  Oficio DAF-AL-863-2008 del 24 de julio del 2008 suscrito por licenciada Patricia Navarro Vargas.

5.  Oficio DGPH-RSI-263-2008 del 03 de julio del 2008 suscrito por Wilbert Cordero Fernández.

6.  Copia de Oficio DAF-AL-956-2008 del 16 de julio del 2008 suscrito por licenciada Patricia Navarro Vargas.

7.  Oficio DGPH-RSI-317-2008 del 21 de julio suscrito por Wilbert Cordero Fernández.

8.  Oficio DAF-AL-1096-2008 del trece de agosto del 2008 suscrito por la licenciada Jenny Phillips Aguilar.

Dicho expediente queda a disposición de la interesada, en la Oficina de la Asesoría Legal de la Dirección Administrativa y Financiera, a cargo de los funcionarios Fabio Enrique Rojas Muñoz o Gabriela Chaves Corrales, si así fueren requeridos para las consultas pertinentes, de conformidad con el artículo 217 y 259 inciso 4) y 272 al 274 de la Ley General de la Administración Pública. Se le advierte que la prueba (documental, testimonial, etc.) debe ser presentada antes o al momento de la comparecencia, pero toda presentación previa deberá hacerse por escrito, según lo dispone el artículo 312 y 317 de la supra citada Ley. Asimismo se le advierte que, de no comparecer el día y hora señalada, sin que mediare justa causa para ello, se continuará con el procedimiento y se resolverá el caso con los elementos de juicio existentes, al amparo de lo establecido en los artículos 252, 315 y 316 de la Ley General de la Administración Pública. Se le previene que debe señalar lugar donde oír notificaciones futuras de conformidad con el artículo 243 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública. Se hace también de su conocimiento que este acto administrativo tiene los recursos ordinarios de ley, los cuales deben interponerse en un término de veinticuatro horas de conformidad con el artículo 345 y 346 de la Ley General de Administración Pública, siendo la hora límite para la presentación del recurso las 16:00 horas del día en que se vence el plazo otorgado. Si el recurso es presentado vía fax, se tendrá formalmente por interpuesto si dentro de los tres días siguientes se presenta el documento original, de conformidad con el artículo 6 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, de aplicación supletoria de conformidad con el artículo 9 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese a la señora Karolina Molina Alpízar en la siguiente dirección: Santa Ana, Urbanización Madre Selva, casa 134.—Fabio Enrique Rojas Muñoz, Órgano Director de Procedimiento.—(Solicitud Nº 34287).—C-228380.—(99454).

FE DE ERRATAS

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

En La Gaceta Nº 124 del 28 de junio del 2007, se publicó la Resolución Administrativa número 328 de fecha 11 de junio del 2007, referente a diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre Dominical”, e inscrito ante el Registro Público de la Propiedad, al Folio Real matrícula número 016481-000, propiedad de la empresa Inversiones R T A Chaviano S. A., cédula jurídica número 3-101-340263, en la citada Resolución Administrativa existe un error en el número de plano del bien inmueble a expropiar.

Como consecuencia de lo anterior deben corregirse todas aquellas partes de la Resolución Administrativa Nº 328 de fecha 11 de junio del 2007, en que se cita el número del plano catastrado, de la siguiente manera:

En el Resultando Segundo:

Donde dice:

“…Linderos lo indicado en el plano catastrado Nº P-1160242-2007,...”

Debe leerse correctamente:

“... Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº P-1160241-2007,...”

En el punto a) del Resultando Tercero:

Donde dice:

“a) Plano catastrado Nº P-1160242-2007,...”

Debe leerse correctamente:

“a) Plano catastrado Nº P-1160241-2007…”.

En el punto c) del Considerando:

Donde dice:

“c) … Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº P-1160242-2007”.

Debe leerse correctamente:

“c) …Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº P-1160241-2007”.

En el punto primero de la parte dispositiva de la resolución:

Donde dice:

“…, Plano catastrado Nº P-1160242-2007…,”

Debe leerse correctamente:

“…, Plano catastrado Nº P-1160241-2007…,”

En lo no modificado, el resto de la Resolución Nº 328 de fecha 11 de junio del 2007, publicada en La Gaceta Nº 124 del 28 de junio del 2007, queda igual.

Publíquese.—San José, a los nueve días del mes de octubre del dos mil ocho.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(O. C. Nº 1495-CONAVI).—C-23780.—(102381).

AVISOS

FEDERAL EXPRESS COSTA RICA LTDA

(Publicación del miércoles 10 de setiembre del

2008, La Gaceta Nº 175, página 109)

La presente es para indicarles que Federal Express Costa Rica Ltda, cédula jurídica 3-102-259256, comunica que los factureros (...) fueron robados el día 22 de agosto del 2008 (...)” Por error se consignó que del block número 258 se habían extraviado los recibos a partir del Nº 12984 hasta el Nº 13000371, cuando lo correcto era indicar que de dicho block se extraviaron los recibos desde el Nº 12984 hasta el Nº 13000 y del block número 371, a partir del recibo Nº 18647 hasta el Nº 18650.—Lic. Pedro Castro Cabalceta, Notario.—1 vez.—(102205).