AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2008LA-000173-PROV
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
BANCO POPULAR
Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
INSTITUTO DE
DESARROLLO AGRARIO
INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO
ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE
Informa a los
interesados que sus oficinas administrativas permanecerán cerradas durante el
tiempo en que los Señores Diputados decreten el receso legislativo de fin y
principio de año.
Una vez que concluya el
referido receso, se brindará atención a usuarios, proveedores y público en
general.
San José, 15 de
diciembre de 2008.—MBA. Melvin Laines Castro, Director Departamento de
Proveeduría.—1 vez.—(Solicitud Nº 6319).—C-5280.—(119131).
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
En ejercicio de las
facultades que les confieren los incisos 3) y 18) del artículo 140, y 146 de
Considerando:
I.—Que por Ley N° 8511
de 16 de mayo de 2006, publicada en
II.—Que en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 5° de la citada Ley, el Poder Ejecutivo promulgó el
Reglamento a
III.—Que en el citado
Reglamento se incluyó una disposición transitoria que confirió un plazo de un
año a los entes y órganos públicos para que actualizaran y depuraran sus
registros de proveedores.
IV.—Que posteriormente
mediante Decreto Ejecutivo N° 34049-H del 17 de setiembre de 2007, publicado en
V.—Que el 20 de junio del
2008, se presentó a
Decretan:
Reforma al Transitorio
III del Reglamento
a
Artículo 1º—Se modifica
el texto del Transitorio III del Reglamento a
“Transitorio
III.—Hasta el 30 de junio del 2009, en los casos de licitaciones abreviadas y
de contrataciones directas de escasa cuantía,
Los proveedores
comerciales deberán mantener actualizada su información en el Registro de
Proveedores a efectos de que éste se encuentre debidamente actualizado y
depurado”.
Artículo 2º—La presente
modificación rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Dado en
FRANCISCO ANTONIO
PACHECO FERNÁNDEZ.—El Ministro de Hacienda a. í, José Luis Araya Alpízar.—1
vez.—(Solicitud Nº 8421).—C-42260.—(D34974-120156).
El PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en los
artículos 140, incisos 8) y 18) y 146, de
Considerando:
1º—Que el artículo 9°
de
2º—Que el mencionado artículo
9º, crea además un impuesto específico por gramo de jabón de tocador.
3º—Que el artículo 11 de la
supracitada Ley, dispone que a partir de su vigencia, el Ministerio de Hacienda
deberá actualizar trimestralmente el monto de estos impuestos, de conformidad
con la variación del índice de precios al consumidor que determina el Instituto
Nacional de Estadística y Censos, y que el monto resultante de la actualización
deberá comunicarse mediante Decreto Ejecutivo.
4º—Que en el mencionado
artículo 11, se establece que los períodos de aplicación de cada actualización
iniciarán el primer día de los meses de enero, abril, julio y octubre y que dicha
actualización no podrá en ningún caso, ser superior al tres por ciento (3%).
5º—Que en el artículo 6° del
Reglamento a
6º—Que mediante Decreto Nº
34764-H del 3 de setiembre del 2008, publicado en
7º—Que los niveles del índice
de precios al consumidor a los meses de agosto y noviembre del 2008, corresponden
a 126.383 y 130.501, generándose una variación del 3.26%.
8º—Que según la variación del
índice de precios al consumidor, corresponde actualizar los montos de los
impuestos específicos, tanto para las mercancías de producción nacional como
importadas, establecidos en el artículo 9° de la citada ley, en un 3.26%. No
obstante, en virtud de lo indicado en el artículo 11° de
Decretan:
Actualización de los
Impuestos Específicos sobre las
Bebidas Envasadas sin Contenido
Alcohólico, excepto la
Leche y Sobre Los Jabones de Tocador
Artículo 1º—Actualícense
los montos de los impuestos específicos, tanto para las mercancías de
producción nacional como importadas, establecidos en el artículo 9° de
Impuesto
en colones
Tipo de bebida por
unidad de consumo
Bebidas gaseosas
y concentrados de gaseosas 14.02
Otras bebidas líquidas
envasadas (incluso agua) 10.41
Agua (envases de
Impuesto por gramo de
jabón de tocador 0.177
Artículo 2º—Deróguese
el Decreto Nº 34764-H del 3 de setiembre del 2008, publicado en
Artículo 3º— Rige a partir
del 1° de enero del 2009.
Dado en
FRANCISCO ANTONIO
PACHECO FERNÁNDEZ.—El Ministro de Hacienda, Guillermo E. Zúñiga Chaves.—1
vez.—(Solicitud Nº 21027).—C-62720.—(D34975-120172).
SERVICIO NACIONAL DE SALUD
ANIMAL
DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS
VETERINARIOS
EDICTO
Roberto Lutz Guevara, con
número de cédula 1-441-162, vecino de San José, en calidad de apoderado legal
de
INSTITUTO GEOGRÁFICO
NACIONAL
DEPARTAMENTO DE GEODESIA Y
TOPOGRAFÍA
AVISO Nº 2008-17
ZONA MARÍTIMA TERRESTRE
Amojonamiento de zona
pública
en un sector costero de playa Matapalo
De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 63 del Reglamento de
Sector costero de Playa Matapalo
1029860 N - 505408 E y 1030050 N - 505182
E (CRTM05)
362860 N - 468575 E y 363050 N - 468350 E
(LAMBERT)
(7 mojones, enumerados del 523 al 529)
Sector de estero/manglar
1030050 N - 505182 E y 1030135 N – 505397
E (CRTM05)
363050N - 468350 E y 363135 N - 468565 E
(LAMBERT)
(7 mojones, enumerados del 530 al 536)
Los datos técnicos
oficiales del trabajo han quedado registrados con los Nos. 62A-9, 75-22 y 62A-7
en el Registro de 1a Zona Marítimo Terrestre del IGN.
San José, 12 de
diciembre del 2008.—Msc. Max Lobo Hernández, Director General.—1 vez.—Nº
80203.—(118988).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y
EVALUACIÓN DE
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTO
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios
de Educación Diversificada, “Modalidad Académica” Área de Letras, inscrito en el
tomo 1, folio 96, título N° 880, emitido por el Colegio Carlos Gagini, en el
año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de Jiménez Corrales Sara. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante esta Dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios
de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras,
inscrito en el tomo 01, folio 11, título N° 152, emitido por el Liceo de
Alajuelita, en el año mil novecientos setenta y nueve, a nombre de Mencias
Montero Rodrigo Teodoro. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante esta Dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 15, título Nº 136, emitido por el Colegio
Científico Costarricense, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de
Sanabria Jiménez Steffanie María. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante esta Dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 21, título Nº 124, emitido por el Liceo de
Costa Rica Nocturno, en el año mil novecientos noventa y uno, a nombre de
Madrigal Salazar Ricardo. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el diario oficial
Ante esta Dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios
de Educación Diversificada, “Modalidad Académica” Área de Ciencias y Letras,
inscrito en el tomo 1, folio 48, asiento Nº 539, emitido por el Colegio Diurno
de Ciudad Neily, en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de Valverde
Rosales José Manuel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante esta Dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios
de Educación Diversificada, “Modalidad Académica” Área de Ciencias, inscrito en
el tomo 1, folio 9, asiento 34, título Nº 102, emitido por el Colegio Nocturno
de Ciudad Neily, en el año mil novecientos ochenta, a nombre de Ortega Vásquez
Mirtha. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante esta Dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 2, título Nº 15, emitido por el Colegio
Técnico Profesional de Pacayas, en el año mil novecientos ochenta y ocho, a
nombre de Varela Ramírez Cristian. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir
de la tercera publicación en el diario oficial
Ante esta Dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el Tomo 2, Folio 2, Título Nº 439, emitido por el Liceo
Elías Leiva Quirós, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de
Fuentes Ángulo Shirley Patricia. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante esta Dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios
de
Ante esta Dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 21, título N° 45, emitido por el Colegio
Técnico General Viejo Pérez Zeledón, en el año mil novecientos noventa y dos, a
nombre de Villalobos Vargas José Ángel. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Ante esta Dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 29, asiento Nº 808, título Nº 113, emitido
por el Liceo Joaquín Gutiérrez Mangel, en el año dos mil siete, a nombre de
Diana Rose Amador Espinoza. Se solicita la reposición del título indicado por
cambio de apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son: Diana Rose
Benjamín Espinoza. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el diario oficial
DEPARTAMENTO DE RECURSOS
HUMANOS
MCJ-RESOL.-RH-001-08.—Departamento
Recursos Humanos.—Al ser las ocho horas con treinta minutos del siete de
octubre del dos mil ocho.
Resultando:
1º—Que mediante
resolución del Tribunal de Servicio Civil Nº 11203 de las ocho horas cincuenta
y cinco minutos del 18 de setiembre del 2008, se declaró con lugar la gestión
de despido promovida por este Ministerio de Cultura y Juventud contra el señor
Leonardo Valverde Alvarado, cédula de identidad No. 1-791-477.
2º—Que en dicha resolución se
autoriza al Poder Ejecutivo para despedir sin responsabilidad para el Estado,
al señor Leonardo Valverde Alvarado.
Considerando:
1º—Que el señor
Leonardo Valverde Alvarado no indicó medio o lugar para atender notificaciones,
de tal manera que la citada resolución que autoriza su despido, quedó
notificada una vez que transcurrieron veinticuatro horas después de su dictado,
que en el presente caso se dio 18 de setiembre del año en curso.
2º—Que mediante Acuerdo
Ejecutivo Nº 001-2008 del 6 de octubre del 2008, se acuerda despedir sin
responsabilidad para el Estado al servidor Leonardo Valverde Alvarado, cédula
de identidad Nº 1-0791-
Se le comunica al señor
Leonardo Valverde Alvarado, cédula de identidad Nº 1-0791-0477, su despido sin
responsabilidad para el Estado, del puesto de Músico Técnico de Banda 2, Nº
008472, que desempeñaba en
Departamento de
Recursos Humanos.—Lic. Luis Fernando Lobo Ugalde, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº
1909).—C-16520.—(118603).
REGISTRO NACIONAL
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
Cambio de nombre Nº 54578
Que Francisco Guzmán
Ortiz, cédula Nº 1-434-595, en calidad de apoderado especial C.I. Super de
Alimentos S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de
Nombre de Súper de Alimentos S. A. por el de C.I. Super de Alimentos S. A.,
presentada el día 21 de junio de 2007 bajo expediente 54578. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 1996-0004798 Registro Nº 105086 S en clase 30
Marca Mixto, 1996-0004801 Registro Nº 105084 CHAO en clase 30 Marca
Denominativa, 1998-0005247 Registro Nº 115666 HOLLAND K’RAMEL en clase
30 Marca Denominativa, 2000-0007106 Registro Nº 128363 TRULULU en clase
30 Marca Denominativa, 2001-0003384 Registro Nº 133225 CHU-PE-TA-KY en
clase 30 Marca Mixto, 2001-0003385 Registro Nº 132210 5 PATAS en clase
30 Marca Denominativa, 2001-0003386 Registro Nº 132548 KILATTE en clase
29 Marca Denominativa, 2001-0003786 Registro Nº 136476 REVOLCON en clase
30 Marca Mixto, 2001-0003787 Registro Nº 132541 BIANCHI en clase 30
Marca Mixto, 2001-0003788 Registro Nº 132540 DADOS en clase 30 Marca
Mixto, 2001-0003789 Registro Nº 132539 WAIKIKI en clase 30 Marca Mixto,
2001-0003790 Registro Nº 134649 BUMPY en clase 30 Marca Mixto,
2001-0003791 Registro Nº 132538 RICATTO en clase 30 Marca Mixto,
2001-0005399 Registro Nº 132213 BOMBAZO en clase 30 Marca Denominativa,
2001-0007552 Registro Nº 134894 CHUPA 2 en clase 30 Marca Mixto, 2001-0009196
Registro Nº 144843 TAKY en clase 29 Marca Mixto, 2001-0009198 Registro
Nº 144844 SUPERCOCO en clase 30 Marca Mixto, 2001-0009239 CALIDAD QUE
USTED PUEDE PROBAR en clase 50 Marca Denominativa, 2001-0009240 Registro Nº
134896 PA’CHUPALO en clase 30 Marca Denominativa, 2002-0000782 Registro
Nº 138393 BOMBÓN SUPERCOCO en clase 30 Marca Mixto, 2002-0001301
Registro Nº 136632 RICATTO en clase 30 Marca Denominativa, 2002-0006602
Registro Nº 142159 YOGGER en clase 30 Marca Mixto, 2003-0000155 Registro
Nº 142712 EXPLORER en clase 30 Marca Denominativa, 2003-0000156 Registro
Nº 142711 MELK en clase 30 Marca Mixto, 2003-0001038 Registro Nº 142166 DEREKS
en clase 30 Marca Denominativa y 2003-0004262 RUNER en clase 30 Marca
Mixto. Publicar en
Cambio de nombre Nº 401
Que Luis Fernando Asís
Royo, en calidad de apoderado especial de RCI, LLC solicita a este Registro se
anote la inscripción de cambio de nombre de Resort Condominiums International
LLC por el de RCI, LLC, presentada el día 13 de mayo de 2008 bajo expediente
401. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1997-0006635 Registro Nº
108523 RCI en clase 16 Marca Denominativa. Publicar en
Cambio de nombre Nº 2033
Que Tommy Hilfiger
Licensing LLC, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de
nombre de TOMMY HILFIGER LICENSING, INC., por el de TOMMY HILFIGER
LICENSING LLC, presentada el día 17 de setiembre de 2008 bajo expediente
2033. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-7702325 Registro Nº
77023 en clase 25 marca Figurativa, 1900-7857225 Registro Nº 78572 TOMMY
en clase 25 marca Denominativa, 1996-0000899 Registro Nº 97472 TOMMY HILFIGER
en clase 3 marca Denominativa, 1996-0000900 Registro Nº 97473 en clase 3 marca
Figurativa, 1996-0000901 Registro Nº 97474 TOMMY en clase 3 marca
Denominativa, 1996-0006773 Registro Nº 100431 TOMMY HILFIGER en
clase 9 marca Denominativa, 1996-0006775 Registro Nº 100433 en clase 9 marca
Figurativa, 1996-0006776 Registro Nº 100434 TOMMY GIRL en clase 3
marca Denominativa, 2000-0003188 Registro Nº 123225 en clase 25 marca
Figurativa, 2001-0005757 Registro Nº 130997 TOMMY en clase 14 marca
Denominativa y 2001-0005758 Registro Nº 131135 en clase 14 marca Figurativa.
Publicar en
Cambio de nombre Nº 56795
Que Víctor Vargas
Valenzuela, en calidad de apoderado generalísimo de Viscofan Sociedad Anónima
(VISCAFAN, S. A.), solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio
de nombre de VISCOFAN, INDUSTRIA NAVARRA DE ENVOLTURAS CELULOSICAS S. A.
por el de VISCOFAN SOCIEDAD ANONIMA (VISCAFAN, S. A.), presentada el día
1º de octubre de 2007 bajo expediente 56795. El nuevo nombre afecta a las
siguientes marcas: 1994-0000041 Registro Nº 88095 VISCOFAN en clase 18
marca denominativa y 1994-0000043 Registro Nº 87222 COLFAN en clase 18
marca denominativa. Publicar en
Cambio de nombre Nº 16538
Que Víctor Vargas
Valenzuela, cédula 1-335-794, en calidad de representante legal de Capitol
Records LLC., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de
nombre de CAPITOL RECORDS INC., por el de CAPITOL RECORDS LLC.,
presentada el día 4 de noviembre de 2008 bajo expediente 16538. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 1900-1067809 Registro Nº 10678 CAPITOL
en clase 9 marca Mixto, 1900-3305209 Registro Nº 33052 LIBERTY en clase
9 marca Mixto, 1900-3305216 Registro Nº 33052 LIBERTY en clase 16 marca
Mixto, 1900-3490509 Registro Nº 34905 BLUE NOTE en clase 9 marca
denominativa, 1900-3793709 Registro Nº 37937 CAPITOL en clase 9 marca
denominativa, 19003793809 Registro Nº 37938 CAPITOL en clase 9 marca
denominativa, 1900-3795200 Registro Nº 37952 CAPITOL en clase 49 marca
denominativa, 1900-6556909 Registro Nº 65569 MAN HAT TAN en
clase 9 marca Mixto, 1992-0002814 Registro Nº 81333 SBK en clase 9 marca
Mixto, 2003-0000491 Registro Nº 140457 CAPITOL en clase 42 marca
denominativa, 2003-0000493 Registro Nº 140456 CAPITOL en clase 9 marca
denominativa, 2003-0000494 Registro Nº 140455 CAPITOL en clase 35 marca
denominativa, 2003-0000495 Registro Nº 140539 CAPITOL en clase 38 marca
denominativa y 2003-0000496 Registro Nº 144896 CAPITOL en clase 41 marca
denominativa. Publicar en
Cambio de nombre Nº 16672
Que Víctor Vargas
Valenzuela, cédula 1-335-794, en calidad de apoderado especial de Henkel AG
& Co. KGAA, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de
nombre HENKEL KOMMADITGESELLSCHFT AUF AKTIEN domiciliada en,
Henkelstrasse 67, 40589 Düsseldorf, República Federal de Alemania, Alemania por
el de HENKEL AG & Co. KGAA, domiciliada en 40191 Duesseldorf,
República Federal de Alemania, Alemania, presentada el día 12 de noviembre de
2008 bajo expediente 16672. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
2007-0012422 Gel en clase 16 marca mixto. Publicar en
Cambio de nombre Nº 16671
Que Víctor Vargas
Valenzuela, cédula 1-335-794, en calidad de representante legal de Henkel AG
& Co. KGAA, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de
nombre de HENKEL KOMMADITGESELLSCHFT AUF AKTIEN domiciliada en,
Henkelstrasse 67, 40589 Düsseldorf, República Federal de Alemania, Alemania por
el de HENKEL AG & Co. KGAA, domiciliada en 40191 Duesseldorf,
República Federal de Alemania, Alemania, presentada el día 12 de noviembre de
2008 bajo expediente 16671. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
2007-0014398 XFLEX en clase 5 marca denominativa. Publicar en
Cambio de nombre Nº 16707
Que Víctor Vargas
Valenzuela, cédula 1-335-794, en calidad de apoderado especial de Henkel AG
& Co. KGAA, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de
nombre de HENKEL KOMMANDITGESELLSCHAFT AUF AKTIEN por el de HENKEL AG
& Co. KGaA, presentada el día 14 de noviembre de 2008 bajo expediente
16707. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-4053616 Registro Nº
40536 PRITT en clase 16 marca denominativa. Publicar en
Cambio de nombre Nº 16731
Que Víctor Vargas
Valenzuela, cédula 1-335-794, en calidad de representante legal de Sperian
Protection Investment Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de
cambio de nombre de BACOU-DALLOZ INVESTMENT INC. por el de SPERIAN
PROTECTION INVESTMENT INC., presentada el día 18 de noviembre de 2008 bajo
expediente 16731. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-4569109
Registro Nº 45691 WILLSON en clase 9 marca mixto. Publicar en
Cambio de nombre Nº 48925
Que Víctor Vargas
Valenzuela, cédula 1-335-794, en calidad de apoderado especial de Bayer
CropScience Limited, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio
de nombre de Aventis CropScience UK Limited por el de Bayer
CropScience Limited, presentada el día 23 de junio de 2006 bajo expediente
48925. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-1107005 Registro Nº
11070 COOPEX en clase 5 marca denominativa, 1900-2226905 Registro Nº
22269 PYBUTHRIN en clase 5 marca denominativa, 1900-5519905 Registro Nº
55199 CISLIN en clase 5 marca denominativa, 1900-5806605 Registro Nº
58066 RATOX en clase 5 marca denominativa, 1900-7401405 Registro Nº
74014 CRACKDOWN en clase 5 marca mixto, 1900-7961105 Registro Nº 79611 AQUA-RESLIN
en clase 5 marca denominativa, 1991-0000514 Registro Nº 76490 KUDOS en
clase 5 marca mixto y 1994-0001538 Registro Nº 87959 PYRENONE en clase 5
marca denominativa. Publicar en
Cambio de nombre Nº 48924
Que Víctor Vargas Valenzuela,
cédula 1-335-794, en calidad de apoderado especial de Aventis CropScience UK
Limited, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre
de AgrEvo UK Limited por el de Aventis CropScience UK Limited,
presentada el día 23 de junio de 2006 bajo expediente 48924. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 1900-1107005 Registro Nº 11070 COOPEX en
clase 5 marca denominativa, 1900-2226905 Registro Nº 22269 PYBUTHRIN en
clase 5 marca denominativa, 1900-5519905 Registro Nº 55199 CISLIN en
clase 5 marca denominativa, 1900-5806605 Registro Nº 58066 RATOX en
clase 5 marca denominativa, 1900-7401405 Registro Nº 74014 CRACKDOWN en
clase 5 marca mixto, 1900-7961105 Registro Nº 79611 AQUA-RESLIN en
clase 5 marca denominativa, 1991-0000514 Registro Nº 76490 KUDOS en
clase 5 marca mixto y 1994-0001538 Registro Nº 87959 PYRENONE en clase 5
marca denominativa. Publicar en
Cambio de nombre Nº 16670
Que Víctor Vargas
Valenzuela, cédula 1-335-794, en calidad de apoderado especial de Henkel AG
& Co. KGAA, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de
nombre de HENKEL KOMMADITGESELLSCHFT AUF AKTIEN domiciliada en,
Henkelstrasse 67, 40589 Düsseldorf, República Federal de Alemania, Alemania por
el de HENKEL AG & CO. KGAA, domiciliada en 40191 Duesseldorf,
República Federal de Alemania, Alemania, presentada el día 12 de noviembre de
2008 bajo expediente 16670. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
2007-0014411 XSMALL en clase 10 marca denominativa. Publicar en
Cambio de nombre Nº 1928
Que Víctor Vargas
Valenzuela, en calidad de apoderado especial de Tommy Hilfiger Licensing LLC,
solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de TOMMY
HILFIGER LICENSING INC., por el de TOMMY HILFIGER LICENSING LLC,
presentada el día 9 de setiembre de 2008 bajo expediente 1928. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 1900-6913325 Registro Nº 69133, TOMMY
HILFIGER en clase 25 marca denominativa. Publicar en
DIRECCIÓN DE PERSONAS
JURÍDICAS
AVISOS
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad denominada, Asociación Conservacionista Costasverdes,
con domicilio en la provincia de San José, Barrio Los Yoses, del Automercado
trescientos metros sur y veinticinco metros al oeste. Cuyos fines son los
siguientes: preservación y rehabilitación del ambiente. Cuyo representante
judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el
estatuto, es el _Presidente. Maximilian Nicolaas Tattenbach Kleysen. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción la reforma al estatuto de
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Theos Place, cuya
traducción al español es Asociación Lugar de Dios, con domicilio en la
provincia de San José. Cuyos fines entre otros serán los siguientes: Realizar
actividades de ayuda humanitaria en los sectores más necesitados dentro del
territorio nacional y fuera de éste. Cuyo representante judicial y
extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el
presidente Benjamín Sasso Rojas. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Cristiana El
Nazareno
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada, Asociación de Parceleros
Finca Bajo Pasos Uno, con domicilio en la provincia de Cartago en Grano de Oro,
distrito de Chirripó cantón de Turrialba. Cuyos fines son el siguiente
Desarrollo de la agricultura y ganadería. Cuyo, representante judicial y
extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite
de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto, es el presidente
José Arias Jiménez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Radioaficionados de Occidente, con domicilio en la provincia de Alajuela. Sus fines principales entre otros, es el siguiente: Buscar mejoramiento en la actividad de la radio afición, la unión de la comunidad y sus agremiados de la provincia, su mejoramiento social ético-moral y cultural. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones que establece el estatuto, lo es el Presidente: Eduardo Castro Ramírez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (tomo: 573, asiento: 40437, adicional: tomo: 575, asiento: 34306).—Curridabat, diez de octubre del año dos mil ocho.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(118586).
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción la reforma estatutos de la entidad denominada Asociación Paraiseña
de Atención Integral a Personas Alcohólicas. Por cuanto dicha reforma se
encuentra dentro de las prescripciones establecidas en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción la reforma de
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Randy Explorer, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: facilitar que los niños descubran, amen, respeten y protejan a la naturaleza en general. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, siempre que actúe en conjunto con el vicepresidente, o en su defecto, con el tesorero o el secretario de la junta directiva, lo es el Presidente Patrick Christian Nicolas Maurel. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas), y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 577, asiento 85715).—Curridabat, 20 de noviembre del 2008.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 80036.—(118983).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Usuarios de Agua del Acueducto Privado Naranjos del Río, con domicilio en la provincia de Alajuela, distrito El Rosario, del cantón de Naranjo, Santa Margarita, Hacienda El Hoya. Cuyos fines son los siguientes: administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto, de conformidad con las disposiciones y reglamentos que al respecto emite el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, que serán de acatamiento obligatorio. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto, es el Presidente: Fernando Brenes Espinoza. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas) y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomos 576 y 577. Asientos 26376 y 58778.—Curridabat, 11 de noviembre del 2008.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 80171.—(118984).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la entidad denominada Asociación Cristiana Operación Movilización Costa Rica. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas), y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 578, asiento: 13665).—Curridabat, 9 de diciembre del 2008.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 80196.—(118985).
REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
El señor Édgar
Rohrmoser Zúñiga, cédula Nº 1-617-586, mayor, abogado, vecino de San José, en su
condición de apoderado especial de Grupo P.I Mabe S. A. de C.V, de México,
solicita el Diseño Industrial denominado: DIBUJO INDUSTRIAL DE HOJA
POSTERIOR PARA PAÑAL.
Para ver imagen solo en
Dibujo industrial de hoja posterior para
pañal, tal como se ha descrito e ilustrado. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
La señora Ana Catalina
Monge Rodríguez, mayor, casada dos veces, abogada, vecina de Tres Ríos, en su
condición de apoderada especial de Bayer Technology Services GMBH., de R.F.
Alemania, solicita
El señor Édgar Rohrmoser Zúñiga, cédula Nº 1-617-586, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Philip Morris Products S. A., de Suiza, solicita el Modelo Industrial denominado: PAQUETE PARTICULARMENTE ÚTIL PARA ARTÍCULOS DE FUMADOR.
Para ver imagen solo en
La apariencia especial de un paquete,
particularmente útil para artículos de fumador. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Manuel E.
Peralta Volio, cédula Nº 9-012-480, mayor, casado, abogado, vecino de San José,
en su condición de apoderado especial de New Generation Biofuels Inc., de EUA.,
PTJ Bioenergy Holding Ltd., de EUA, solicita
El señor Manuel E.
Peralta Volio, mayor, abogado, cédula número 9-012-480, vecino de San José, en
su condición de apoderado especial de Novartis AG, de Suiza, solicita
El señor Manuel E.
Peralta Volio, mayor, abogado, cédula 9-012-480, vecino de San José, en su
condición de apoderado especial de Kimberly-Clark Worldwide Inc., de EUA,
solicita
El señor Manuel E.
Peralta Volio, mayor, casado, abogado, cédula de identidad número 9-012-480,
vecino de San José, en su condición de apoderado especial de novartis AG, de
Suiza, solicita
El señor Manuel E.
Peralta Volio, cédula 9-012-480, mayor, casado, abogado, vecino de San José, en
su condición de apoderado especial de Qualcomm Incorporated, de EUA., solicita
La señora Marianella Arias Chacón, cédula 1-679-960, mayor, casada una vez, abogada y notaria, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de S&B Tecdhnical Products Inc., de E.U.A., solicita el Modelo Industrial denominado ARANDELA DE TUBERÍA.
Para ver imagen solo en
Empaque de hule para sellar las juntas de
tubo plástico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados,
Carlos Corrales
Azuola, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-0849-0717, vecino de San
José, en su condición de apoderado especial de Pipo Systems S. L., de Italia,
solicita
Minor Jiménez Guevara,
de Costa Rica, solicita
El señor Marco Antonio
Fernández López, cédula 1-912-931, mayor, soltero, abogado, vecino de
Rohrmoser, en su condición de apoderado especial de Lorenzetti S/A Industrias
Brasileiras Eletrometalúrgicas, de Brasil, solicita el modelo industrial
denominado CONFIGURACIÓN APLICADA A
Para ver imagen solo en
Se caracteriza por la combinación de
diferentes detalles decorativos aplicados en la parte externa del cuerpo de la
ducha, de modo que el conjunto pueda definir una forma plástica exclusiva, que
además de servir de tipo de fabricación industrial, también se atribuye al
conjunto un óptimo efecto ornamental, inclusive proporcionando un resultado
visual nuevo y original en su configuración externa. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Edgar Zurcher
Gurdián, cédula 1-532-390, mayor, divorciado, abogado, vecino de Escazú, en su
condición de apoderado especial de Mag Instrument Inc. de E.U.A., solicita la
patente de invención denominada CARGADOR DE FOCO CON UN CONTACTO MEJORADO.
La presente invención se refiere a un cargador que incluye un contacto mejorado
para sujetar una lámpara portátil y conectarse eléctricamente a un contacto de
carga de la lámpara portátil. El cargador incluye un área para recibir la
cabeza de una lámpara portátil, y un área para recibir el barril de una lámpara
portátil. El contacto se coloca alrededor del área para recibir el barril. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Edgar Zurcher
Gurdián, mayor, abogado, céd 1-532-390, vecino de San José, en su condición de
apoderado especial de Wyeth, de E.U.A., solicita
El señor Édgar Zurcher
Gurdián cédula 1-532-390, mayor, divorciado, abogado, vecino de Escazú, en su
condición de apoderado especial de Georgia-Pacific Cehmicals LLC, de EE.UU.,
solicita
El señor Harry Zurcher Blen, mayor, abogado, cédula 1-415-1184, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Vimar S.P.A., de Italia, solicita el Diseño Industrial denominado CUBIERTA PARA DISPOSITIVOS O MÓDULOS ELÉCTRICOS.
Para ver imagen solo en
El diseño es una tapadera en forma de
bastidor substancialmente rectangular. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Harry Zurcher Blen, cédula 1-415-1184, mayor, casado, abogado, vecino de Escazú, en su condición de apoderado especial de Vimar S.P.A., de Italia, solicita el Diseño Industrial DENOMINADO CUBIERTA PARA DISPOSITIVOS O MÓDULOS ELÉCTRICOS (DIVISIONAL).
Para ver imagen solo en
El diseño es una tapadera en forma de un
bastidor substancialmente rectangular, que tiene una superficie curvada
levemente convexa en la dirección horizontal, el marco tiene una abertura
central rodeada, por un borde substancialmente rectangular, de los lados
horizontales, los cuales son curvados, se extiende hacia la abertura central
mencionada. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados,
El señor Édgar Zurcher
Gurdián, cédula 1-532-390, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición
de apoderado especial de MAG Instrument Inc., de EE.UU., solicita
San José, a las
catorce horas con ocho minutos del trece de noviembre del dos mil ocho. Vista
la solicitud de inscripción de la patente de invención número 10361, denominada
HOJA DE PLÁSTICO TRIDIMENSIONAL, presentada por Azuna LLC de Estados
Unidos de América y Mireco Korea Co. Ltd de Corea del Sur, publíquese el aviso
de Ley por tres veces consecutivas en el Diario
El señor Édgar Zürcher
Gurdián, mayor, divorciado, abogado, cédula de identidad número 1-532-390,
vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Novartis AG de
Suiza y Xoma Technology Inc., de Estados Unidos de América, solicitan
El señor Edgar Zurcher
Gurdián, cédula de identidad Nº 1-532-390, mayor, divorciado, abogado, vecino
de Escazú, en su condición de apoderado especial de Wyeth, de E.U.A., solicita
El señor Edgar Zurcher
Gurdián, cédula de identidad Nº 1-532-390, mayor, divorciado, abogado, vecino
de Escazú, en su condición de apoderado especial de Wyeth, de E.U.A., solicita
la patente de invención denominada DERIVADOS
DE BENZOZAZOL Y BENZOTIAZOL COMO LIGANDOS DE 5-HIDROXITRIPTAMINA-6.
La presente invención suministra un compuesto de fórmula I y el uso de éste
para el tratamiento de un trastorno del sistema nervioso central relacionado
con o afectado por el receptor 5-HT6. La memoria descriptiva, reindivicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de
patentes sexta edición es C07D 263/58, cuyos inventores son Liu, Kevin,
Robichaud, Albert Jean, Elokdah, Hassan, Mahmoud. La solicitud correspondiente
lleva el número 10474 y fue presentada a las 14:15:00 del 01 de diciembre de
2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
diario oficial
El señor Edgar Zürcher
Gurdián, mayor, divorciado, abogado, cédula de identidad número 1-532-390,
vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Wyeth de Estados
Unidos de América, solicita la patente de invención denominada MÉTODOS PARA PREPARAR DERIVADOS DE ÁCIDO GLUTÁMICO Y
SUS INTERMEDIOS. La presente invención se relaciona con métodos
novedosos para la preparación de derivados de ácido glutámico y sus intermedios
y tales compuestos preparados por los métodos novedosos. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
clasificación internacional de dibujos y modelos industriales sexta edición es
C07C 233/05 cuyos inventores son, Doyle Timothy, Zeldis Joseph, Michalak Ronald
S, Blum David y Jennings Mel. La solicitud correspondiente lleva el número
10475 y fue presentada a las 14:17:00 del 01 de diciembre de 2008. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario
oficial
El señor Edgar Zürcher
Gurdian, cédula de identidad Nº 1-532-390, mayor, Abogado, vecino de Escazú, en
su condición de apoderado especial de Elbion GMBH, de Albania, solicita la
patente de invención denominada PIRIDO[3,2-E] PIRAZINAS, uso como
inhibidores de Fosfodiesterasa 10, y procesos para prepararlos. La invención se
relaciona con pirido[3,2-e]piracinas, con procesos para prepararlas, con
preparaciones farmacéuticas las cuales comprenden esos compuestos y con el uso
farmacéutico de esos compuestos, los cuales son inhibidores de fosfodiesterasa
10, como compuestos activos para tratar enfermedades de mamíferos incluyendo
humanos, los cuales pueden ser diferenciados por el uso de compuestos de
acuerdo a la invención para inhibir la actividad de la fosfodiesterasa 10 en el
sistema nervioso central. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes sexta
edición es A61P 25/18, cuyos inventores son Hofgen Norbert, Stange Hans, Lancen
Barbara, Schindler Rudolf, Pfeifer Thomas, Rundfeldt Chris, Egerland Ute. La
solicitud correspondiente lleva el número 10358, y fue presentada a las
09:09:31 del 10 de octubre de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el diario oficial
El señor Godofredo
Murillo Meléndez, mayor, casado, de varios oficios, cédula de identidad Nº
2-280-1214, vecino de Alajuela, solicita
El señor Jorge Arturo
Gutiérrez Brandt, mayor, casado, abogado, cédula de identidad 1-1045-697,
vecino de Heredia, en su condición de apoderado especial de United Security
Applications ID, Inc., de E.U.A., solicita
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su
condición de apoderado especial de Basf SE, de R. F. Alemania, solicita
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su
condición de apoderado especial de Gem Pharmaceuticals, LLC., de E.U.A.,
solicita
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-335-794, vecino de San
José, en su condición de apoderado especial de Glaxo Group Limited de Gran Bretaña,
solicita
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula
1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado
especial de Glaxo Group Limited, de Reino Unido, solicita
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su
condición de apoderado especial de Incyte Corporation, de E.U.A., solicita
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, mayor, abogado, cédula número 1-335-794, vecino de San José, en su
condición de apoderado especial de Rohm and Haas Company, de Estados Unidos de
América, solicita
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, mayor, abogado, cédula número 1-335-794, vecino de San José, en su
condición de apoderado especial de Rohm and Haas Company, de Estados Unidos de
América, solicita
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición
de apoderado especial de Sanofi- Aventis, de Francia, solicita
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, mayor, abogado, cédula dé identidad 1-335-794, vecino de San José,
en su condición de apoderado especial de University of South Florida, de
E.U.A., solicita
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-335-794, vecino de San
José, en su condición de apoderado especial de F. Hoffmann-La Roche AG de
Suiza, solicita
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-335-794, vecino de San
José, en su condición de apoderado especial de Smithkline Beecham Corporation
de Estados Unidos de América, solicita
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su
condición de apoderado especial de Sanofi-Aventis Deutschland GMBH, de E.U.A.
solicita
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-335-794, vecino de San
José, en su condición de apoderado especial de Sanofi-Aventis de Francia
solicita
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su
condición de apoderado especial de Sanofi-Aventis, de Francia, solícita
El señor Rafael Eduardo Meneses Quintana, mayor, divorciado, empresario, vecino de Alajuela, Jorge Luis Villalobos Mora, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Desamparados, Uverner Arturo Alvarado Guzmán, mayor, casado una vez, comerciante vecino de San Carlos, Alex Roberth Faeth Salas, mayor de edad, casado una vez, vecino de Grecia, solicitan el Modelo de Utilidad denominado EVAPORADOR ESTÁTICO MODULAR EN ALUMINIO Y MECANISMO DE EVACUACIÓN DE HIELO.
Para ver imagen solo en
El mecanismo está
basado en el uso de una bomba para agua, que extrae el agua de un depósito y lo
eleva al contenedor donde se ubica el evaporador. Por medio de la acción del
agua sobre el hielo se logra que este (el hielo) se suelte del evaporador y
flote en el agua debido al oxígeno que contiene el hielo. El agua sale a través
de una abertura del contenedor del evaporador arrastrando con su corriente el
hielo que es separado por medio de una criba en donde el agua retorna al
contenedor de agua y el hielo es enviado a otro recipiente. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Claudio
Murillo Ramírez, mayor, abogado, cédula de identidad Nº 1-557-443, vecino de
San José, en su condición de apoderado especial de Cemex Trademarks Worldwide
Ltd, de Suiza, solicita
La señor(a) (ita)
Denise Garnier Acuña, mayor, abogada, cédula Nº 1-487-992, vecina de San José,
en su condición de apoderada especial de Weber-Stephen Products Co, de E.U.A.,
solicita
La señor(a)(ita)
Denise Garnier Acuña, mayor, abogada, cédula de identidad Nº 1-0487-0992,
vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Valent
Biosciences, Corp., de E.U.A., solicita
Denise Garnier Acuña,
mayor, abogada, cédula de identidad Nº 1-487-992, vecina de San José, en su
condición de apoderada especial de S.O.R. International S. A., de España,
solicita
El señor Herberth Carit Acosta, de Costa Rica, solicita el Modelo de Utilidad denominada - HASH-BLOCK VERSÁTIL.
Para ver imagen solo en
La tecnología empleada
en este nuevo sistema de fabricación, permite no sólo tener la seguridad de una
estructura sólida y versátil, si no que por sus componentes, llegará a suplir
las necesidades económicas y de tiempo que requiere el país para su desarrollo.
La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
Con fundamento en el
artículo 2 de
CONTINGENTES
DE IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS INDUSTRIALES Y AGROINDUSTRIALES, OTORGADOS AL
AMPARO
DEL TRATADO DE LIBRE
COMERCIO ENTRE CENTROAMÉRICA Y PANAMÁ, APÉNDICE I AL ANEXO 3.04
DEL PROTOCOLO
BILATERAL ENTRE
AL TRATADO DE LIBRE
COMERCIO ENTRE CENTROAMÉRICA Y PANAMÁ
País de origen |
Fracción arancelaria |
Descripción del producto |
Volumen disponible Año 2009 |
Observaciones |
|
1601.00.10; 1601.00.20; 1601.00.30; 1601.00.80; 1601.00.90 |
Salchichas y embutidos envasados herméticamente |
50 TM |
|
|
1602.41.00 |
Jamón Envasado Herméticamente |
150 TM |
|
|
1601.00.30 |
Jamonada en Envases de Contenido Superior a un (1) kg |
50 TM |
|
|
4818.10.00 |
Papel Higiénico |
440 TM |
|
|
4818.20.00 |
Toallas de Papel |
44 TM |
|
|
4818.30.00 |
Servilletas de Papel |
16 TM |
|
|
6115.20.00; 6115.93.90 |
Medias Calzonarias (panty medias). |
6000 docenas de pares de medias |
|
|
6111.20.00; 6115.91.00; 6115.92.00; 6115.93.90; 6115.99.00 |
Medias o Calcetines de Hombre, Mujer y Niños o Bebés (excepto panty medias). |
20.000 docenas de pares de medias |
|
Los contingentes arancelarios
indicados, serán administrados bajo la modalidad de primer llegado primer
servido. La aplicación de la preferencia se hará al momento del despacho de las
mercancías, los volúmenes estarán disponibles hasta que se agoten.
Para mayor información,
puede comunicarse a
San José, 18 de
diciembre del 2008.—Dirección de Aplicación de Acuerdos Comerciales Internacionales.—Laura
Rodríguez Vargas, Directora.—1 vez.—(Solicitud Nº 12568).—C-45120.—(119761).
El Ministerio de
Comercio Exterior, con fundamento en el Tratado de Libre Comercio República
Dominicana-Centroamérica-Estados Unidos, Ley de Aprobación Nº 8622 del 21 de
noviembre del 2007, artículo 2 de
Convocatoria para
participar en el proceso de asignación de contingentes de importación para el
año 2009 al amparo de los compromisos adquiridos en el Tratado de Libre
Comercio entre República Dominicana Centroamérica y Estados Unidos.
1. Contingentes
de importación disponibles para el año 2009:
Fracción arancelaria |
Descripción del producto |
Volumen disponible año 2009 (en toneladas métricas) |
País de origen |
0701.90.00 |
Papa fresca |
318 |
Estados Unidos de América |
2004.10.00 |
Papa congelada prefrita del tipo french fries |
3046 |
Estados Unidos de América |
0703.10.11, 0703.10.12, 0703.10.13, 0703.10.19 |
Cebollas frescas |
318 |
Estados Unidos de América |
0203.11.00, 0203.12.00, 0203.19.00, 0203.21.00, 0203.22.00, 0203.29.00 |
Carne de cerdo |
1400 |
Estados Unidos de América |
0207.13.93 0207.14.93 |
Muslos, piernas, incluso unidos |
420 |
Estados Unidos de América |
0402.10.00, 0402.21.11, 0402.21.12, 0402.21.21, 0402.21.22, 0402.29.00 |
Leche en polvo |
232 |
Estados Unidos de América |
0405.10.00, 0405.20.00 |
Mantequilla |
174 |
Estados Unidos de América |
0406.10.00, 0406.20.90, 0406.30.00, 0406.90.10, 0406.90.20, 0406.90.90 |
Quesos |
475 |
Estados Unidos de América |
2105.00.00 |
Helados |
174 |
Estados Unidos de América |
0402.99.90, Ex 2202.90.90 |
Otros productos lácteos Bebidas a base de leche |
162 |
Estados Unidos de América |
1006.20.00, 1006.30.10, 1006.30.90, 1006.40.00 |
Arroz pilado |
6.000 |
Estados Unidos de América |
0207.13.91 0207.14.91 |
Pechugas de pollo |
2070 |
República Dominicana |
0402.10 0402.21 0402.29 |
Leche en polvo |
2200 |
República Dominicana |
2. Los interesados en participar en la asignación
de alguno de los contingentes arriba descritos deberán presentar un formulario
con la siguiente información:
a) Nombre del solicitante, incluyendo una
descripción de su actividad económica;
b) En el caso de las personas físicas, copia de
la identificación oficial;
c) En el caso de las personas jurídicas, copia de
la cédula jurídica acompañada de una certificación de personería vigente, una
certificación notarial sobre la naturaleza y propiedad de las acciones de la
sociedad solicitante, así como el detalle de las personas que ejercen su
representación legal e integrantes de su junta directiva;
d) Descripción detallada del contingente de
importación en el cual desea participar indicando el país de origen del
producto;
e) Descripción del producto y la clasificación
arancelaria correspondiente;
f) Volumen de importación solicitado;
g) Declaración jurada que indique si el
solicitante, o una persona afiliada en los términos del artículo 19 del
Reglamento indicado, ha presentado también una solicitud para participar en la
asignación del mismo contingente en el mismo proceso de distribución y
asignación;
i) Fax designado para efectuar las
notificaciones;
3- Contingente de importación disponible para el
año 2009, para asignar con base en requisito de desempeño de
Fracción arancelaria |
Descripción del producto |
Volumen disponible año 2009 (en toneladas métricas) |
País de origen |
1006.10.90 |
Arroz en granza |
54000 |
Estados Unidos de América |
4- Los interesados en participar en la asignación
del contingente arriba descrito deberán presentar un formulario con la
siguiente información:
a) Identificación del solicitante, incluyendo una
descripción de su actividad económica.
b) Certificación de inscripción como
agroindustrial en el período vigente expedida por
c) En el caso de las personas físicas, copia de
la identificación oficial.
d) En el caso de las personas jurídicas,
certificación de personería vigente, donde se indique el número de cédula
jurídica asignado.
e) Descripción detallada del contingente de
importación en el cual desea participar.
f) Descripción del producto y la clasificación
arancelaria correspondiente.
g) El volumen de importación solicitado.
h) Fax designado para efectuar notificaciones.
i) Declaración jurada que indique el volumen
adquirido de cosecha nacional en el año arrocero 2007-2008.
5- Los formularios correspondientes están
disponible en
6. El plazo para la recepción de solicitudes
estará abierto por quince días hábiles, contados a partir del día hábil
siguiente a la presente publicación. Luego de finalizado el proceso de
recepción de solicitudes, y dentro del plazo de veinte días hábiles posteriores
al cierre del período de recepción de solicitudes, COMEX asignará la totalidad
de los contingentes entre los solicitantes conforme los criterios estipulados
en el Reglamento sobre Distribución y Asignación de Contingentes Arancelarios
de Importación otorgados al amparo del Tratado de Libre Comercio República
Dominicana, Centroamérica, Estados Unidos, el Reglamento sobre
7. Toda información suministrada por los solicitantes
estará sujeta a verificación por parte de COMEX, quien podrá descalificar
cualquier solicitud que contenga errores u omisiones graves.
8. Para mayor información, puede comunicarse a
San José, 19 de
diciembre del 2008.—Laura Rodríguez Vargas, Directora de Aplicación de Acuerdos
Comerciales Internacionales.—1 vez.—(Solicitud Nº 12570).—C-231020.—(78).
INSTITUTO METEORÓLIGO NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Exp. Nº
13160A.—Asociación de Desarrollo Integral de Olla Cero de Palmar Norte de Osa,
solicita concesión de:
Expediente Nº 13222P.
Chotusol CRC S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº 13223P.
Lipzel CRC, solicita concesión de:
Expediente Nº 13224P.
Lipzel CRC, solicita concesión de:
Expediente Nº 8655A.
Aguas Termales de Orosi S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº 13191A.
Robleterra S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº 13207A.
S.U.A. Altos de Guararí, solicita concesión de:
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Expediente Nº
13233A.—Finca Benezer del Miravalles S. A., solicita concesión de
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Expediente Nº
13210P.—Inversiones Punta a Punta de Dominical, solicita concesión de:
Expediente Nº 13215P.—
Expediente Nº
13208P.—Oportunidades Verdes Dar S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº 13216P.—
Expediente Nº
13218P.—Seahouse S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº
13213P.—Soltel Enterprisses Limitada, solicita concesión de:
Expediente Nº
13209P.—Ventanas en El Cielo S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº
13217P.—Seahouse S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº
13212P.—Harmony Times S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº
13211P.—Sinfonía Esmeralda S. A., solicita concesión de:
DIRECCIÓN NACIONAL DE
NOTARIADO
Ante esta Dirección se
ha recibido solicitud de la licenciada Luz Marina León Madrigal, cédula de
identidad Nº 01-0395-1139, carné Nº 17058, quien pretende que se le inscriba,
autorice y habilite para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas
personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta de la
interesada para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los
comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta
publicación. Expediente Nº 08-001400-0624-NO.—San José, 27 de noviembre del
2008.—Lic. Roy Jiménez Oreamuno, Director.—1 vez.—Nº 80135.—(119004).
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER
JUDICIAL
PROPUESTA DE PAGO 40044 DEL
23/10/08
Detalle de facturas por
orden de cédula para efectos de publicación
MONTO
CÉDULA NOMBRE LÍQUIDO
301930141 MANUEL ANTONIO SANCHEZ ROJAS 39,255.42
303400824 ANGEL FRANCISCO MELENDEZ DELGADO 15,930.65
3003045597 INSTITUTO LATINOAMERICANO DE LAS NA 559,610.00
3006087315 FUNDACION TECNOLOGICA DE COSTA RICA 4,381,746.30
3012005459 UNISYS DE CENTRO AMERICA 779,301.69
3012355421 THYSSENKRUPP ELEVADORES S. A. -L- 309,856.06
3101003105 CORP INV COSTARRICENSE S. A.-NI- 1,078,047.04
3101003105 CORP INV COSTARRICENSE S. A.-NI- 184,808.00
3101020660 CONTROL ELECTRONICO S. A 281,338.33
3101020660 CONTROL ELECTRONICO S. A 281,338.33
3101020660 CONTROL ELECTRONICO S. A 281,338.33
3101027174 CONSORCIO DE INFORMACION Y SEGURID 1,075,161.90
3101072383 TRAVISA HEREDIANA S. A 228,340.00
3101098063 MULTI-NEGOCIOS INTERNACIONALES AMER 223,049.35
3101098063 MULTI-NEGOCIOS INTERNACIONALES AMER 229,943.75
3101098063 MULTI-NEGOCIOS INTERNACIONALES AMER 229,943.75
3101099929 RELOJES MARCADORES CONTROL DURAN S. 340,019.04
3101100445 RODRIGUEZ CONSTRUCTORES ASOCIADOS S 9,870,247.00
3101111535 OFICINA COMERCIALIZADORA OFICOMER S 123,114.20
3101154998 EMERGENCIAS MEDICAS DEL CONTINENTE 274,208.90
3101156970 S P C INTERNACIONAL S. A 3,606,177.20
3101178004 AGENCIA DE VIAJES FAYTUR S. A (L) 1,438,522.27
3101197288 C R SOLUCIONES GLN S. A.-L- 2,961,456.12
3101242129 PROLIM PRLM S.
A.-L- 4,957,971.12
3101254812 EDIFICIOS INTELIGENTES EDINTEL S. A 123,987.19
3101311208 RAMIZ
SUPPLIES S. A. -L- 41,970.75
3101340543 ELEVADORES SCHINDLER S. A.-L- 361,955.75
3101340543 ELEVADORES SCHINDLER S. A.-L- 361,955.75
3101397585 GRUPO COMERCIAL TECTRONIC S. A 3,756,661.93
3101520244 INGMASERV S. A.(L) 1,361,220.00
4000042138 INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT 28,056.00
4000042138 INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT 37,143.00
4000042138 INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT 435,628.62
4000042138 INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT 9,579.00
4000042138 INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT 7,599.00
4000042138 INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT 6,609.00
4000042139 INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC 3,626,779.10
4000042139 INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC 4,003,496.00
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 2,921.74
4000042147 CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL 3,667.71
47,919,955.29
Fernando Víquez
Jiménez, Director Ejecutivo.—Gilberto Gómez Guillén, Contador.—1 vez.—(O. P. Nº
29-2008).—C-49720.—(118227).
PROPUESTA DE PAGO 40045 del 30/10/08
DETALLE DE FACTURAS POR ORDEN DE CÉDULA
PARA EFECTOS DE PUBLICACIÓN
Monto
Cédula Nombre liquido
103510839 FREDDY VALVERDE VARGAS -NI- 146,024.69
106430524 JORGE HIDALGO MUÑOZ -NI- 211,600.00
110930115 ALFARO VARGAS ANDREY 171,258.91
111710943 CAROLINA MADRIGAL CHACÓN 366,920.57
202901304 CARLOS A. RODRIGUEZ ARIAS -NI- 246,390.77
203190535 ORLANDO VILLALOBOS GONZALEZ -NI- 148,050.00
301930141 MANUEL ANTONIO SÁNCHEZ ROJAS 5,508,506.03
401110906 JORGE VILLEGAS PANIAGUA -NI- 102,500.00
401360080 OLGA MARTA ARAYA UMA/A 250,262.95
401360080 OLGA MARTA ARAYA UMA/A 417,037.89
501660614 LUZ MARINA JIMENEZ LEDEZMA -NI- 242,060.00
503600047 EVELYN BALTODANO CHAVES 292,902.06
601061269 EDITH CHAVARRIA VILLALOBOS -NI- 290,503.07
603190176 NATACHA GARRO LOPEZ -NI- 539,020.58
700400608 ALBERTO GUITTENS WALKER -NI- 421,890.00
800230747 GUILLERMO MEDRANO VARGAS -NI- 134,200.00
800830221 CAPARRO ORTIZ LYDIETT 250,000.00
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 20,000.00
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 46,779.60
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 140,790.25
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 13,927.50
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 45,000.00
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 21,600.00
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 8,000.00
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 53,000.00
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 6,400.00
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 12,800.00
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 36,480.00
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 57,469.00
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 300,109.80
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 87,901.77
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 33,150.00
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 12,120.00
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 194,690.27
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 114,143.44
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 17,407.00
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 12,966.00
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 28,705.88
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 70,241.28
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 61,517.22
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 1,145,722.40
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 2,100.65
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 7,500.00
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 11,252.00
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 4,779.90
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 729,399.55
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 68,840.00
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 1,070.00
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 48,300.00
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 1,534,180.00
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 700,380.00
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 10,819.13
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 112,700.00
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 6,000.00
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 58,245.00
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 130,000.00
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 8,000.00
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 75,400.00
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 1,895.08
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 5,000.00
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 6,245.00
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 37,000.00
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 1,635.00
2400042156 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES 16,000.00
3002045306 ASOCIACION SOLIDARISTA DE EMPLEADOS 510,000.00
3002045433 ASOCIACION CRUZ ROJA COSTARRICENSE 598,500.00
3003269864 INSTITUTO INTERNACINAL DE
3004045117 COOPERATIVA DE ELECTRIFICACION RURA 85,833.53
3004045202 COOPERATIVA DE ELECTRIFICACION RURA 62,429.20
3101003937 HACIENDA SANTA ANITA S. A. -NI- 1,058,400.00
3101008964 R.R. DONNELLEY DE COSTA RICA S. A. 23,202,705.40
3101009059 RADIOGRAFICA COSTARRICENSE S. A. - 100,946.45
3101009059 RADIOGRAFICA COSTARRICENSE S. A. - 508,065.32
3101009059 RADIOGRAFICA COSTARRICENSE S. A. - 1,745,043.61
3101009059 RADIOGRAFICA COSTARRICENSE S. A. - 260,746.54
3101009059 RADIOGRAFICA COSTARRICENSE S. A. - 408,315.73
3101009515 DOCUMENTOS Y DIGITALES DIFOTO S. A. 380,307.32
3101009515 DOCUMENTOS Y DIGITALES DIFOTO S. A. 358,481.93
3101009515 DOCUMENTOS Y DIGITALES DIFOTO S. A. 333,928.38
3101020660 CONTROL ELECTRONICO S. A. 2,729,841.21
3101020660 CONTROL ELECTRONICO S. A. 2,729,841.21
3101020660 CONTROL ELECTRONICO S. A. 2,729,841.21
3101020660 CONTROL ELECTRONICO S. A. 281,489.15
3101024094 COMPAÑIA TECNICA Y COMERCIAL SATEC 69,200.00
3101033964 INVERSIONES DE GRECIA S. A. -NI- 617,400.00
3101042028 EMPRESA SERVICIOS PUBLICOS DE HERED 16,915.00
3101077363 SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECUR 332,742.54
3101080638 DISTRIBUIDORA RAMIREZ Y CASTILLO S. 3,082,426.50
3101082831 PROYECTOS Y SISTEMAS PROYECTICA S. A 13,169,083.20
3101089260 INVERSIONES
3101100445 RODRIGUEZ CONSTRUCTORES ASOCIADOS S 8,225,205.83
3101100445 RODRIGUEZ CONSTRUCTORES ASOCIADOS S 11,515,288.16
3101100445 RODRIGUEZ CONSTRUCTORES ASOCIADOS S 14,805,370.49
3101102844 GRUPO NACION G N S. A. 751,258.20
3101102844 GRUPO NACION G N S. A. 607,737.20
3101105125 INVERSIONES CALINDA S. A. -NI- 574,918.47
3101121078 INCOGUA S. A. -NI- 129,250.00
3101131746 EDIFICIO SHALEI S. A.-L- 782,432.00
3101175001 EL MAR ES DE TODOS S. A.-NI- 1,121,365.00
3101276712 INVERSIONES JAUDAMAR S. A.-NI- 598,376.05
3101358484 MEMORIS
FOREVER S. A. -L- 102,520.00
3101406529 RALLY DE CASA (COSTA RICA) S. A.- 186,560.00
3110256071 INTERBOLSA FONDO DE INVERSIÓN 5,487,118.00
119,208,450.13
Fernando Víquez
Jiménez, Director Ejecutivo.—Gilberto Gómez Guillén, Contador.—1 vez.—(O. C. Nº
OP/29-2008).—C-120100.—(118228).
Registro Civil -
Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Expediente Nº
38253-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las siete horas diez minutos del diecinueve de agosto del dos mil ocho.
Carlos Alberto Gutiérrez Marín, mayor, casado, sabanero, cédula de identidad
número seis-doscientos sesenta y dos-doscientos cincuenta y uno, vecino de
Exp. Nº
18652-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las siete horas cinco minutos del once de agosto del dos mil ocho.
Virginia Vega Montezuma, mayor, casada, cédula de identidad número
uno-cuatrocientos veintiocho-quinientos ochenta y ocho, vecina de Estados
Unidos de Norteamérica; solicita la rectificación de su asiento de nacimiento...
en el sentido que la fecha de nacimiento de la misma es “tres de marzo de mil
novecientos cuarenta”. Conforme lo señala el artículo 66 de
Expediente Nº
24495-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos.—San
José, a las nueve horas treinta y cinco minutos del veintitrés de setiembre del
dos mil ocho. Sergio Cordero Elizondo, mayor, casado, agente de policía,
costarricense, cédula de identidad número uno-quinientos veintiuno-seiscientos
setenta y tres, vecino de San Rosa, Río Nuevo Pérez Zeledón, solicita la
rectificación de su asiento de nacimiento... en el sentido que la fecha de
nacimiento del mismo es tres de junio de mil novecientos cincuenta y ocho.
Conforme lo señala el artículo 66 de
Exp. Nº
13863-2001.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos.—San
José, a las catorce horas cuarenta minutos del veintisiete de julio del dos mil
uno. Diligencias de ocurso incoadas en este Registro por Telémaco Marvin
Phillips Quesada, mayor, divorciado una vez, jubilado, costarricense, cédula de
identidad número dos-doscientos treinta y tres-novecientos setenta y seis,
vecino de Mercedes Sur, central, Heredia, cincuenta metros sur, de la escuela
Mercedes Sur y Carmen Regina Morales Fallas, mayor, divorciada una vez, de
oficios del hogar, costarricense, cédula de identidad número uno-trescientos
noventa y seis-novecientos siete, vecina de Getsemaní, San Rafael de Heredia,
ochocientos metros oeste de la capilla, tendente a la rectificación de los
asientos de nacimiento de Verónica Phillips Morales, que lleva el número
trescientos veinticuatro, folio ciento sesenta y dos, tomo doscientos seis, de
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
Se hace saber que en
diligencias de ocurso incoadas por Jacobo Basilio Ferrufino Pichardo, este
Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº
2027-01. Registro Civil, Departamento Civil, Oficina de Actos Jurídicos. San
José, a las diez horas cuarenta minutos del dieciocho de octubre del dos mil
uno. Expediente Nº 19493-01. Resultando: 1º—... 2º—...; Considerando: I.—Hechos
probados... II.—Sobre el fondo…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de
nacimiento de Gabriel Alexander Pichardo Valle... en el sentido que los
apellidos del padre... son “Ferrufino Pichardo”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas,
Oficial Mayor.—Hugo Montero Hernández, Jefe a. í.—M.Sc. Ligia María González
Richmond, Jefa.—1 vez.—(118604).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Yenys Itzel Ortega Saldaña, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 501-2008.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas del veintiséis de febrero del dos mil ocho. Expediente Nº 38738-2007. Resultando: 1.-...2.-...3.-... Considerando: I.—Hechos probados:...; II.—Hechos no probados:...; III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de José Antonio Castillo Ortega... en el sentido que el nombre de la madre del mismo es “Yenys” y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(118669).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María José Benavídez Balladares, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 2371-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas y treinta y ocho minutos del veinte de noviembre del dos mil ocho. Ocurso. Expediente Nº 28144-2008. Resultando 1.-... 2.-..., 3.-..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:.., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de María José Flores Benavides..., en el sentido que el primer apellido de la madre de misma es “Benavídez” y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 80173.—(119000).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Sandra Yesenia Figueroa Navas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 3495-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas veintiún minutos del veintinueve de noviembre del dos mil seis. Ocurso. Expediente Nº 21137-2006. Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Kender Iván Madrigal Navas, en el sentido que los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Figueroa Navas” y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 80178.—(119001).
SECCIÓN DE OPCIONES Y
NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de
naturalización
Dominga Eneida Romero
Mantilla, mayor, casada, oficios del hogar, cubana, cédula de residencia Nº
315-0201454-0007644, vecina de San José, expediente Nº 4072-2007. Se ha
presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto
por los artículos 11 y 12 de
Margarita del Socorro
Bustillo García, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia
Nº 025RE-013271-00-1999, vecina de Alajuela, expediente Nº 4550-2007. Se ha
presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto
por los artículos 11 y 12 de
Eliett Ivania
Navarrete Selva, mayor, soltera, del hogar, nicaragüense, cédula de residencia
Nº 270-161527-093716, vecina de San José, expediente Nº 1636-2004. Se ha
presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto
por los artículos 11 y 12 de
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES
2009
San José, 4 de
diciembre del 2008.—Bach. José Ramírez Pérez, Proveedor Institucional.—1
vez.—(Solicitud Nº 22428).—C-11240.—(117464).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
Plan de compras
consolidado del Ministerio de Hacienda
San José, enero del
2009.—Marco A. Fernández U., Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº
41179).—C-7280.—(119713).
PROGRAMA DE ADQUISICIONES AÑO
2009
Fecha Fuente Monto
Descripción estimada financ. aproxim. ¢
OBRAS CIVILES
CC Mall Multicentro II
SEMESTRE BCR 100,0
Palmar Norte I
SEMESTRE BCR 150,0
Puerto Jiménez I
SEMESTRE BCR 150,0
Servicentro Cartago I
SEMESTRE BCR 50,0
San Rafael de Heredia I
SEMESTRE BCR 100,0
Belén de Carrillo I
SEMESTRE BCR 50,0
CC Real Cariari I
SEMESTRE BCR 80,0
Santa Rosa de Pocosol II
SEMESTRE BCR 120,0
Guayabo, Bagaces II
SEMESTRE BCR 80,0
San Antonio de Belén I
SEMESTRE BCR 200,0
El Roble, Puntarenas II
SEMESTRE BCR 100,0
Flamingo I
SEMESTRE BCR 200,0
ATM’s satelitales I
SEMESTRE BCR 200,0
Turrialba II
SEMESTRE BCR 100,0
San Rafael, Escazú II
SEMESTRE BCR 200,0
Heredia II
SEMESTRE BCR 100,0
Palmares I
SEMESTRE BCR 350,0
Ciudad Quesada I
SEMESTRE BCR 100,0
Nicoya II
SEMESTRE BCR 100,0
Liberia I
SEMESTRE BCR 100,0
Alajuela centro II
SEMESTRE BCR 750,0
Jacó I
SEMESTRE BCR 300,0
Paseo Colón II
SEMESTRE BCR 150,0
Telebanco II
SEMESTRE BCR 80,0
EBAE II
SEMESTRE BCR 50,0
Edificio Aranjuez-Tecnología II SEMESTRE BCR 50,0
Bodegas Aranjuez-Telecomunicaciones II SEMESTRE BCR 50,0
Beneficio Santa Bárbara II
SEMESTRE BCR 100,0
Tiribí II
SEMESTRE BCR 50,0
Locales comerciales Oficinas Centrales I SEMESTRE BCR 50,0
San Isidro de El General I SEMESTRE BCR 110,0
Centro de Negocios
Puntarenas I
SEMESTRE BCR 75,0
CC Monte General I
SEMESTRE BCR 200,0
Adecuación Estructural Oficinas Centrales II SEMESTRE BCR 500,0
A/AC Oficina Central y demás oficinas I SEMESTRE BCR 200,0
Compra de materiales eléctricos I SEMESTRE BCR 50,0
Sistema de agua helada, Puntarenas I SEMESTRE BCR 200,0
Consultoría para el Proyecto Gestión
de Cambio Cultural, año 2009 1 SEMESTRE BCR 150,0
Área de
Licitaciones.—Rodrigo Aguilar S.—1 vez.—(Solicitud Nº
17713).—C-79190.—(120136).
ÁREA DE SALUD DE CORREDORES
UNIDAD PROGRAMÁTICA 2758
PROGRAMA ANUAL DE COMPRAS AÑO
2009
Con base en lo
dispuesto en el artículo 6º de
ADMINISTRACIÓN ÁREA DE SALUD GOLFITO
REGIÓN BRUNCA
Plan anual de compras Área
de Salud Golfito
De acuerdo a lo establecido, en
Cuenta |
Descripción de la partida |
Monto ¢ |
2114 |
Impresión encuadernados y otros |
262.000.00 |
2122 |
Telecomunicaciones |
2.100.000.00 |
2124 |
Servicios de correo |
60.000.00 |
2126 |
Energía eléctrica |
25.000.000.00 |
2128 |
Servicio de agua |
3.100.000.00 |
2130 |
Otros servicios públicos |
12.000.000.00 |
2131 |
Actividades capacitación |
700.000.00 |
2134 |
Gastos viajes dentro del país |
21.500.000.00 |
2140 |
Transportes en el país |
10.700.000.00 |
2141 |
Transportes bienes |
7.100.000.00 |
2142 |
Seguro de daño y otros seguros |
2.000.000.00 |
2151 |
Mantenimiento de instalaciones y obras |
900.000.00 |
2152 |
Mant rep. eq. y mob. oficina |
1.927.000.00 |
2153 |
Mant.
rep. eq. transportes terc. |
4.100.000.00 |
2154 |
Mant. rep. de otros equipos |
12.000.000.00 |
2155 |
Mant. y rep. maquinaria y eq. producción |
1.000.000.00 |
2156 |
Mant. rep. edif. terceros |
12.673.500.00 |
2157 |
Mant. rep. eq. comunicación |
500.000.00 |
2159 |
Mant.
rep. eq. comp. y sist. inf. |
7.387.500.00 |
2184 |
Traslados |
31.178.000.00 |
2186 |
Hospedajes |
1.000.000.00 |
2191 |
Cont. limpieza edificios |
30.000.000.00 |
2192 |
Cont. serv. vigilancia |
70.000.000.00 |
2193 |
Cont ser. mant. zonas verdes |
10.000.000.00 |
2199 |
Otros ser. no personales |
5.000.000.00 |
2201 |
Gasolina lubricantes y grasas |
100.000.00 |
2203 |
Medicinas |
1.100.000.00 |
2205 |
Otros prod. químicos y conexos |
1.000.000.00 |
2206 |
Tintas, pinturas y diluyentes |
2.300.000.00 |
2207 |
Textiles y vestuarios |
6.500.000.00 |
2209 |
Llantas y neumáticos |
1.000.000.00 |
2210 |
Productos papel y cartón |
2.000.000,00 |
2211 |
Impresos y otros |
1.300.000,00 |
2212 |
Materiales y productos metálicos |
1.000.000,00 |
2213 |
Alimentos y bebidas |
6.600.500.00 |
2214 |
Madera y sus derivados |
1.000.000.00 |
2215 |
Otros mt y prod. de uso const |
1.600.000.00 |
2216 |
Mat
prod. elect. tel. comp. |
1.000.000.00 |
2217 |
Instrument. y herramienta |
112.000.00 |
2218 |
Materiales y productos de vidrio |
500.000.00 |
2219 |
Instrumentos médicos y laboratorio |
5.100.000.00 |
2220 |
Materiales productos plásticos |
500.000.00 |
2221 |
Re. equipo transportes |
6.800.000.00 |
2223 |
otros repuestos |
4.000.000.00 |
2225 |
Útiles y materiales de oficina |
3.000.000.00 |
2227 |
Útiles y materiales de limpieza |
1.000.000.00 |
2228 |
Útiles y materiales de resguardo y seguridad |
100.000.00 |
2229 |
Envases y empaques medicina |
1.000.000.00 |
2233 |
Otros útiles y materiales |
2.521.500.00 |
2241 |
Combust. equip. transporte |
9.442.000.00 |
2243 |
Lubricantes grasa eq. transportes |
2.924.000.00 |
2310 |
Eq. y mobiliario de oficina |
3.000.000.00 |
2330 |
Eq. transport. tracc. y elevac. |
10.000.000,00 |
2390 |
Equipos varios |
4.100.000,00 |
Golfito, 02 de enero
del 2009.—Lic. Xiomara Gómez Gómez, Directora Administrativa a. c.—1 vez.—(94).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
UNIDAD EJECUTORA
PRÉSTAMO BID 1377/OC-CR
PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN DE
LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
LICITACIÓN PÚBLICA
INTERNACIONAL N° 2008LI-000149-01
Contratación de servicios de
consultoría para el mejoramiento de
las modalidades de trabajo de los
Despachos Judiciales,
dividido de la siguiente manera:
Línea 1: Reorganización de
las modalidades de trabajo (rediseño
de procesos) en los Despachos
Judiciales de
Línea 2: Reorganización de
las modalidades de trabajo (rediseño
de procesos) en los Despachos
Judiciales de
Línea 3: Reorganización de
las modalidades de trabajo (rediseño
de procesos) en acciones de
inconstitucionalidad y recolección
de firmas de
INVITACIÓN
El Programa de
Modernización de
1.
2. El costo de este concurso, se financiará con
recursos del Préstamo Nº 1377/OC-CR, otorgado por el Banco Interamericano de
Desarrollo (BID), al Gobierno de Costa Rica, razón por la cual los servicios a
ofertar deben provenir de un país miembro del BID.
3. En
Cualquier otra
información adicional, relativa al presente concurso podrá obtenerse en la
siguiente dirección:
Unidad Ejecutora del Programa
de Modernización Poder Judicial - BID
Edificio de
sita
Ave. Segunda, San José, Costa Rica
Teléfonos Nos. 2211-9832 y 2211-9831
Fax Nº (506) 2-2565668.
E-mail:
rarroyo@poder-judicial.go.cr
www.poder-judicial.go.cr/bid
4. Los diferentes concursos promovidos por
5.
San José, Costa Rica 19
de diciembre del 2008.—Lic. Sonia Navarro Solano, Directora.—1 vez.—(146).
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA
2008LA-000158-PROV
Alquiler de local para
ubicar
El Departamento de
Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados a participar
en el siguiente procedimiento de:
Licitación Abreviada
2008LA-000158-PROV, “Alquiler de local para ubicar
Fecha y hora de apertura: 30
de enero del
El respectivo cartel se
puede obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello,
los interesados deben dirigirse al Proceso de Adquisiciones del Departamento de
Proveeduría, sita: en el 3º piso del edificio Anexo B, ubicado en la esquina
formada entre calle 15 avenida 6, San José; o bien, obtenerlos a través de
Internet, en la dirección htttp://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o
solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la
dirección licitaciones@poder-judicial.go.cr. En este último caso, de no
atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento,
deberá comunicarse tal situación a los teléfonos 2295-3136 / 3623 / 3295.
San José, 05 de enero
del 2009.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa a. í. Proceso de Adquisiciones.—1
vez.—(360).
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº
2009CD-00005-01
Construcción y
remodelación caja empresarial
El Lagar Desamparados
El Banco de Costa Rica
informa a los interesados en la contratación en referencia, que el cartel con
las especificaciones técnicas está disponible en el oficina de Contratación
Administrativa, ubicada en el tercer piso del edificio central.
La visita al sitio está
programada para el 12 de enero del 2009 y la recepción de ofertas será a más
tardar el 20 de enero del
Oficina de Contratación
Administrativa.—Osvaldo Villalobos G., Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº
58243).—C-8180.—(343).
DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2008LA-000179-PROV
Contratación de servicios
de construcción de líneas de distribución
eléctrica en sectores de Corredores,
Agua Buena,
San Vito de Coto Brus y Golfito
(Fórmulas HRC-02-08, HRC-03-08,
HRC-05-08)
El Instituto
Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba
mencionada, que
A: Montajes Eléctricos SPE S. A.—(Oferta 2).
Fórmula |
Artículo |
Descripción |
Precio unitario (USD) |
Precio total (USD) |
3 |
1 |
Construcción línea de distribución eléctrica fórmula BRC-05-08 |
66.200,40 |
66.200,40 |
Valor total |
|
USD 66.200,00 |
Fecha de inicio del servicio:
Fórmula BRC-05-08: 30 días hábiles a partir de la notificación del inicio del
servicio.
Modalidad de pago: Giro a la
vista a 30 días contra presentación de facturas.
Forma de pago: Los pagos se
harán en dos tractos por avance de obras:
a) Primer tracto: cuando la totalidad de la
postería y anclajes correspondientes estén debidamente instalados, aplomados y
recibidos por el ingeniero inspector del ICE, y
b) Segundo tracto: Una vez realizada la recepción
definitiva de la(s) obra(s), basados en la cantidad y los precios unitarios
cotizados en los montajes normalizados de construcción facturados e instalados
de acuerdo por cada obra. Con respecto al conductor a instalar, se considerará
como longitud real, lo indicado en los planos de construcción. En caso de
discrepancia entre el Contratista y el ICE, respecto a la longitud real del
conductor a pagar, se realizarán mediciones de verificación, directamente en la
obra, asumiendo cada parte los costos en que se incurra por tal efecto.
c) El Administrador de Contrato conjuntamente con
El Contratista podrán acordar aplicar pagos por cada servicio ejecutado en su
totalidad.
Asimismo, se declaran
desiertas las Fórmulas BRC-02-08 y BRC-03-08 por cuanto los precios no son
convenientes a los intereses institucionales.
Todo de acuerdo con las
condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta adjudicada.
NOTA: Presentar garantía de cumplimiento,
certificación CCSS actualizada,
certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada o
poder consularizado según corresponda, a más tardar dentro de los 10 días
hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante
original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por
cada ¢1.000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).
San José, 5 de enero
del 2009.—Área de Licitaciones.—Eugenio Fatjó Rivera.—1 vez.—(O. C. Nº
335364).—C-32680.—(312).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000132-PROV
(Declaratoria de infructuosa)
Adquisición de interruptores
de las unidades Nos. 1, 2, 3
y 4 del Centro de Generación Moín
El Instituto
Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba
mencionada, que
Declárese infructuosa
San José, 05 de enero
del 2009.—Área de Licitaciones.—Eugenio Fatjó Rivera.—1 vez.—(O. C. Nº
335364).—C-8180.—(313).
LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Nº 2008LI-000034-PROV
Adquisición de grupos
electrógenos portátiles
El Instituto
Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba
mencionada, que
Para los ítemes 1, 2, 4
y opcionales:
A: Corporación Font S. A., cédula
jurídica 3-101-008736.—(Oferta Nº 1).
Monto total adjudicado:
USD 506.273,00.
Para el ítem 3:
A: Tractomotriz S. A., cédula jurídica
3-101-013912.—(Oferta Nº 2).
Monto total adjudicado: USD 159.000,00.
Ítem |
Cant |
Descripción |
Precio CPT (USD) |
Precio local (USD) |
Monto total (USD) |
Oferente |
1 |
1 |
Grupo Electrógeno de 400 Kw, trifásica 480/208 VAC. |
57 300,00 |
|
79.002,00 |
Corporación FONT S. A |
1 |
Transferencia automática |
|
11.752,00 |
|||
1 |
Carreta para transporte |
9 950,00 |
|
|||
2 |
2 |
Grupo Electrógeno de 250 Kw, trifásica 120/208 VAC. |
102.600,00 |
|
149.336,00 |
Corporación FONT S. A |
2 |
Transferencia automática |
|
30.736,00 |
|||
2 |
Carreta para transporte |
16.000,00 |
|
|||
3 |
3 |
Grupo Electrógeno de 150 Kw, trifásica 120/208 VAC, Transferencia Automática y carreta para transporte |
159.000,00 |
|
159.000,00 |
Tracto-motriz S. A |
|
|
|||||
4 |
6 |
Grupo Electrógeno de 80 Kw, trifásica 120/208 VAC. |
173.820,00 |
|
252.348,00 |
Corporación FONT S.A. |
6 |
Transferencia automática |
|
51.528,00 |
|||
6 |
Carreta para transporte |
27.000,00 |
|
|||
Opcionales |
||||||
Sistema Scada i.v.i. |
|
8 475,00 |
25.587,00 |
Corporación FONT S.A. |
||
Curso Capacitación en Costa Rica |
|
3 000,00 |
||||
Curso Capacitación en fábrica |
|
10.000,00 |
||||
Lote de repuestos |
|
4.112,00 |
Plazo de entrega del bien:
90 días hábiles, a partir de la notificación de la orden de compra. El curso de
capacitación en Costa Rica será a 30 días hábiles, contados a partir de la
recepción definitiva de los equipos. La capacitación en fábrica deberá darse en
un término no mayor a los 60 días hábiles, contados a partir de la notificación
de
Lugar de entrega: Oferta Nº 1
Corporación FONT S. A.: CPT Deposito Aduanero del ICE, ubicado en el Plantel
del ICE en Colima.
Transferencias: Almacén de
Recibo ICE, ubicado en Colima (en plaza).
Capacitación en Costa Rica:
en las instalaciones del departamento de entrenamiento, en Rincón Grande de
Pavas del ICE, o bien en sus instalaciones administrativas y de servicio según
sea lo más conveniente para la administración.
Capacitación en Fábrica:
Fábrica del adjudicatario (Brest, Francia).
Oferta Nº 2 Tractomotriz S.
A.: CPT en el Depósito Aduanero del ICE, ubicado en el Plantel del ICE en
Colima, Tibás.
Modalidad de pago: Giro a la
vista a 30 días hábiles vista.
Forma de pago: En un único
pagó correspondiente al 100% de los equipos una vez recibidos y aprobados los
procedimientos de control de calidad a entera satisfacción del ICE.
Garantía de cumplimiento: La
garantía de cumplimiento será por un monto de un 5 % del valor total
adjudicado, con una vigencia mínima de siete meses contados a partir de la
firmeza del acto de adjudicación.
Garantía de los bienes: No
menor a doce meses contados a partir de la fecha en que el ICE reciba el objeto
del contrato a entera satisfacción.
Todo de acuerdo con las
condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta adjudicada.
NOTA: Presentar garantía de cumplimiento,
certificación CCSS actualizada, certificación de la naturaleza y propiedad de
las acciones actualizada o poder consularizado según corresponda, a más tardar
dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación,
así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales
equivalente a ¢2,50 por cada ¢1000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por
cada mil colones).
San José, 05 de enero
del 2009.—Área de Licitaciones.—Eugenio Fatjó Rivera.—1 vez.—(O. C. Nº
335364).—C-65890.—(314).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000173-PROV
Contratación de servicios de
construcción de líneas de distribución
eléctrica en sectores de Buenos Aires (Fórmula
BSI-02-07)
El Instituto
Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba
mencionada, que
A: Solís Eléctrica SRL (Selectrica Ltda.).—(Oferta 5).
Fórmula |
Artículo |
Descripción |
Precio unitario (CRC) |
Precio total (CRC) |
1 |
1 |
Construcción línea de distribución eléctrica fórmula BSI-02-07 |
111.533.570,00 |
111.533.570,00 |
Valor total |
|
CRC 111.533.570,00 |
Plazo de entrega o fecha de inicio del servicio:
Fórmula BSI-02-07: 75 días hábiles a partir de la notificación del inicio del servicio.
Modalidad de pago: Giro a la vista a 30 días contra presentación de facturas.
Forma de pago: Los pagos se harán en dos tractos por avance de obras:
a) Primer tracto: cuando la totalidad de la postería y anclajes correspondientes estén debidamente instalados, aplomados y recibidos por el ingeniero inspector del ICE y.
b) Segundo tracto: Una vez realizada la recepción definitiva de la(s) obra(s), basados en la cantidad y los precios unitarios cotizados en los montajes normalizados de construcción facturados e instalados de acuerdo por cada obra. Con respecto al conductor a instalar, se considerará como longitud real, lo indicado en los planos de construcción. En caso de discrepancia entre el Contratista y el ICE, respecto a la longitud real del conductor a pagar, se realizarán mediciones de verificación, directamente en la obra, asumiendo cada parte los costos en que se incurra por tal efecto.
c) El administrador de contrato conjuntamente con el contratista podrán acordar aplicar pagos por cada servicio ejecutado en su totalidad.
Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta adjudicada.
NOTA: Presentar garantía de cumplimiento, certificación C.C.S.S. actualizada, certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada o poder consularizado según corresponda, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada ¢1000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).
San José, 05 de enero del 2009.—Área de Licitaciones.—Eugenio Fatjó Rivera.—1 vez.—(O. C. Nº 335364).—C-30620.—(316).
MUNICIPALIDAD DE BELÉN
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000030-01
Adquisición de vehículo de volteo para
la unidad de obras
Se acuerda en
forma definitiva con cuatro votos a favor y uno en contra: Adjudicar
San Antonio de Belén, Heredia 05 de enero del 2009.—Unidad de Bienes y Servicios.—Marcos Porras Quesada, Coordinador.—1 vez.—(O. C. Nº 24569).—C-10220.—(342).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000036-01
Servicio Integral de recolección,
tratamiento y disposición final
de los desechos sólidos infectocontagiosos generados en
los
establecimientos que presten atención
a la salud del cantón de Belén
Se acuerda en forma
definitiva con cuatro votos a favor y uno en contra: adjudicar
San Antonio de Belén, Heredia, 05 de enero del 2009.—Unidad de Bienes y Servicios.—Marcos Porras Quesada, Coordinador.—1 vez.—(O. C. Nº 24569).—C-13680.—(354).
MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUÍ
UNIDAD DE PROVEEDURÍA
Se comunica a los interesados en los siguientes concursos, que en sesión ordinaria Nº 52-2008, artículo 4, celebrada el día lunes 29 de diciembre del 2008 por el Concejo Municipal, se acuerda en firme y por unanimidad adjudicar de la siguiente manera:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000039-01
Contratación para relastreado en la
superficie de ruedo
del camino Boca del Toro a Río San Juan
A la empresa Lastres Ugalde de Sarapiquí S. A., cédula jurídica 3-101-054050, por un precio de ¢15.170.000,00 (quince millones ciento setenta mil colones con 00/100).
————
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000040-01
Adquisición de una traileta refaccionada
(en buen estado) para uso municipal
A la empresa Tecnocamiones S. A., cédula jurídica 3-101-269933, por un precio de ¢19.000.000,00 (diecinueve millones de colones con 00/100).
Andrés Hernández Arguedas, Proveedor Municipal.—1 vez.—(301).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S.
A.
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-500124-02
Suministro de servidores de hidrante y
camiones reabastecedores
Se comunica que la junta directiva de Recope, mediante acuerdo tomado en el artículo Nº 7 de la sesión ordinaria Nº 4316-272, celebrada el martes 16 de diciembre de 2008, acordó adjudicar la licitación en referencia de acuerdo con el siguiente detalle:
Oferta: Tres (3)
Oferente: Caldal
S. L.
Representante: Equipos Industriales Omega S. A.
Monto total: € 676.994,00 CPT Almacén Recope. (Incluye descuento
por adjudicación total).
más:
€ 27.079,76 inscripción
€ 8.720,00 mantenimientos de motores y chasis
€ 6.000,00 visita a fábrica
Descripción: Línea 1: Suministro de dos (2) servidores de hidrante
2838 LPM, modelo Caldal/Iveco Dispenser para
suministro de aeronaves. Precio unitario € 125.728,00
CPT. Precio total € 251.456,00 CPT.
Línea 2: Suministro de dos (2) unidades repostadoras
(U.R.) de
Caldal/Iveco para suministro de aeronaves. Precio
unitario € 212.769,00 CPT. Precio total € 425.538,00
CPT.
Adicionalmente se considera:
- Mantenimiento de motores y chasis de las unidades
IVECO durante los primeros 12 meses de operación,
precio € 8.720,00.
- Visita a fábrica de dos funcionarios de Recope (7 días
naturales, todo gasto incluido): total por las 2 líneas:
€ 6.000,00.
- Costo de inscripción de los vehículos en el registro de la
propiedad costarricense a nombre de Recope (4% del
valor de los vehículos) €27.079,76.
- Dos (2) ordenadores diagnostico motor (uno por cada
ítem según el cartel), monto incluido en el precio de las
unidades.
Demás especificaciones contempladas en el cartel y la oferta respectiva.
* Forma de pago: -Carta de crédito a favor de Caldal, S.L., según el
siguiente detalle:
Equipo:
75% contra presentación de documentos de
embarque, 15% contra recibo a satisfacción de los
equipos en el Almacén de Recope El Alto, siempre
y cuando el contratista no haya incurrido en mora,
en tal caso se procederá a descontar la multa que
corresponda y el 10% restante contra la inscripción
respectiva de los vehículos en Costa Rica.
Visita a fábrica:
- Contra la asistencia a la inspección a fabrica y el
recibo a satisfacción.
Inscripción:
- Contra el pago de los impuestos
Mantenimiento de motores y chasis:
- Contra la prestación a satisfacción de cada
servicio.
* Tiempo de entrega: Ciento ochenta (180) días, desglosados:
- Embarque: Ciento cincuenta (150) días a partir
de la confirmación de apertura de la carta
de crédito.
- Arribo: Treinta (30) días.
* Lugar de entrega: Almacén de RECOPE el Alto de Ochomogo.
* Garantía del equipo: Doce (12) meses contados a partir de la entrada en
operación de los equipos o dieciocho (18) meses
posteriores a su aceptación por parte de Recope,
lo que ocurra primero.
Notas importantes:
1. El adjudicatario dispondrá de quince (15)
días hábiles contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación para
rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, por un monto del diez por
ciento (10%) del total adjudicado y con una vigencia mínima de tres (3) meses
adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto del
contrato, observando todos los requisitos y condiciones que al respecto
establece
2. Según el Reglamento de
Refrendo de las Contrataciones de
3. Cuando hubiere atraso en la
entrega del objeto contractual por causas imputables al contratista, éste
pagará a RECOPE un décimo del uno por ciento (0,1%) del monto final del
contrato por cada día natural de atraso hasta un máximo de 25%. En caso que se
haya pactado la adjudicación en moneda extranjera, las multas que se apliquen
se calcularán en la moneda en que fue presentada la oferta. En caso que el
objeto esté compuesto por líneas distintas, el monto máximo para el cobro de
multas se considerará sobre el mayor valor de cada una y no sobre la totalidad
del contrato, siempre que el incumplimiento de una línea no afecte el resto de
las obligaciones. Los montos por imputación de la mora se deducirán de la
facturación correspondiente. Si resultare insuficiente el monto pendiente a
facturar, se acudirá a la garantía de cumplimiento, de conformidad con lo
establecido en el artículo 48 del Reglamento a
4. Junto con los equipos se deberán aportar todos los documentos solicitados, manuales, disponibilidades, certificados, calibración, suministros, herramientas, repuestos, accesorios, mantenimiento, inspecciones, asesorías, capacitación, garantías y cualquier otro según se establece en el pliego de condiciones y la oferta, los cuales son indispensables en el recibo a satisfacción y su correcto funcionamiento.
5. Según se señala en la oferta adjudicada, el servicio de inspección y soporte técnico del sistema de medición se realizará en Costa Rica por medio de la empresa Bolívar Trading, distribuidor de los equipos de las marcas Liquid Controls y Veeder Root en nuestro país, la cual cuenta con personal calificado para brindar dicho servicio.
6. En lo que se refiere a los términos Icoterms aplicables a nivel de línea de los equipos objeto de esta contratación, y con fundamento en la solicitud de reconsideración presentada por el adjudicatario en el proceso de selección, se tiene el mismo ajustado al término CPT establecido en el cartel. De igual manera se tiene por sometido a la forma de pago definida en el apartado 1.24 de Otras Condiciones del cartel. Asimismo de conformidad con lo establecido en el informe jurídico, no se acepta la posibilidad de reemplazar los porcentajes del 15% y 10% que serán pagados en tractos por garantías bancarias.
7. Dado que el adjudicatario incluyó en su oferta un descuento por la adjudicación total de € 30 000,00, para efectos de la presente adjudicación, el mismo se aplicó de manera proporcional al costo de los equipos y su inscripción, por lo que el costo a nivel de esos ítemes ya incorporan dicho descuento, quedando para la línea Nº 1 un 37.14% y para la línea No. 2 en 62.86%, igualmente se ajustan en dichas proporciones los costos unitarios de los vehículos. Asimismo dado que la inscripción responde a un 4% del costo de los vehículos, según lo indicado en la oferta, se procedió a ajustar dicha cuantía respecto al nuevo monto de los mismos.
El monto a pagar por los derechos de circulación equivale al 4% del valor fiscal que establezca el Ministerio de Hacienda. Por tanto el monto desglosado por este concepto (Inscripción), de resultar insuficiente, deberá ser reconocido mediante la presentación de un reclamo administrativo, aportando la documentación correspondiente.
8. En general para el presente concurso el adjudicatario se deberá someter en todos sus extremos a los dictados cartelarios de este concurso, a lo plasmado en su oferta.
San José, 5 de enero del 2009.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 2008-5-0329).—C-91520.—(149).
DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES
Y CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Aviso a Proveedores
comerciales
Registro electrónico de
proveedores de Comprared
De conformidad con lo
establecido en el artículo 46 de
Este es nuevo servicio en
línea para proveedores, el cual permite que puedan registrar en línea y/o
actualizar la información, desde sus oficinas, facilitando y simplificando el
proceso de inscripción; cumpliendo así con lo dispuesto en el artículo 6 del
Reglamento para la utilización del Sistema de Compras Gubernamentales
Compr@Red, que establece la obligatoriedad de los Proveedores Comerciales de
mantener actualizada su información en el Registro de Proveedores del Sistema
Compr@Red, facilitando a las Instituciones del Sector Público que utilizan este
sistema, escoger la lista de invitados a participar en los procedimientos de
contratación que realicen de una forma más fácil y segura, remitiendo
electrónicamente dichas invitaciones a los proveedores comerciales, así como
otra información de interés.
Para inscribirse en línea o
actualizar los datos, debe acceder al sistema Compr@Red a través de la
dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared, siguiendo los pasos que se
describen en el Manual de usuarios de Proveedores Comerciales y Boletín sobre
el Registro de Proveedores, para obtenerlo debe acceder a la opción “Ayuda” del
sistema de Compr@Red, estos documentos lo guiarán en el proceso de la
actualización de su empresa.
Una vez completada la
información,
Por lo anterior, aquellos
proveedores que a la fecha de la presente publicación no han actualizado su
información en el Registro Electrónico de Proveedores de Compr@Red, tienen
tiempo hasta el 31 de enero del 2009, para que su representada actualice la
información. Transcurrido el plazo otorgado en el presente aviso, de
conformidad con lo establecido en el artículo 123 del Reglamento a
Para cualquier información
adicional o apoyo técnico para la actualización en línea, puede contactar a los
siguientes funcionarios a los correos electrónicos: Ney Valverde Abarca,
valverdean@hacienda.go.cr; Hilda Estrada Cartín, estradach@hacienda.go.cr y al
señor Carlos Arroyo López, arroyolc@hacienda.go.cr.
Lic. Jeannette Solano
García, Directora General.—(Solicitud Nº 08423).—C-83180.—(118248).
HOSPITAL NACIONAL DE NIÑOS
REQUISITOS GENERALES Y ESPECÍFICOS PARA
CONTRATACIÓN DIRECTA
AREA DE GESTIÓN DE BIENES Y
SERVICIOS
Señor oferente favor
indicar en su cotización lo siguiente:
1. Todo documento debe ser asignado a la “Caja
Costarricense de Seguro Social, Hospital Nacional de Niños”.
Forma de pago: Artículo 34 RGCA.
2. Forma de pago: 30 días naturales que
correrán a partir de la presentación de la factura, previa verificación del
cumplimiento a satisfacción de lo indicado en el contrato por parte del
contratista.
Plazo de entrega (**)
3. Indicar plazo de entrega según cartel: La
entrega de la mercadería o bien contratado, deberá ser en
a) Con fundamento a lo establecido por
b) Con relación a las entregas parciales, cuando
el cartel del concurso establezca para la primera entrega en un plazo máximo,
las entregas subsiguientes a la primera, se deben realizar en las fechas que se
indique en el contrato u orden de compra. El plazo máximo rige solo para la
primera entrega.
c) Entrega inmediata: se entenderá un día hábil
posterior a la notificación de disponibilidad de retiro de la orden de compra o
contrato respectivo.
Vigencia de la oferta (**)
4. Vigencia de la oferta: (mínimo 60 días
hábiles). **
5. Cumplir con lo indicado en el artículo Nº 52 inciso g) del
Reglamento General de Contratación Administrativa, Sistema Internacional de
Unidades, basado en el sistema métrico decimal, es de uso obligatorio.
6. Brindar declaración jurada con respecto al pago de las cuotas
obrero patronales. Certificación de que el oferente se encuentra al día en el
pago de las obligaciones obrero patronales con
7. En aquellos casos que lo ameriten (medicamentos o productos
alimenticios), debe indicarse el número de registro sanitario, vigente y
acreditado ante el Ministerio de Salud.
8. En los casos que la mercadería o productos deban venir marcados con
número de lote, las cajas de empaque en su parte exterior deberán señalarlo
claramente en su oferta.
9. (**) Para la presentación de cotizaciones en contrataciones
directas de escasa cuantía, bastará la firma de alguna de las personas que se
encuentren autorizadas por la empresa en el registro de proveedores. Favor
indicar en su oferta mediante declaración jurada que el firmante de la oferta
cuenta con dicha autorización o cuando la persona no aparece en la personería
jurídica (variable excluyente).
10. Toda cotización debe presentarse
en sobre cerrado, indicando claramente en el mismo: el número de contratación
directa, fecha y hora de recepción de ofertas.
11. La oferta deberá ser entregada
en
12. La oferta debe presentarse en original y dos copias
dirigida al Área Gestión de Bienes y Servicios del Hospital Nacional de Niños.
13. Para la presentación de muestras se requiere que se
indique la siguiente información: número de contratación directa, nombre del
oferente, cantidad y nombre de la muestra presentada, fecha y hora de la
recepción de ofertas.
14. Deberán indicar: dirección exacta, número de teléfono
y de fax de la empresa y nombre y teléfono del funcionario responsable para
solicitar subsanaciones.
15. Adjuntar fotocopia de la cédula jurídica o cédula de
identidad por ambas caras si la oferta la presenta una persona física.
16. El oferente al cotizar, deberá referirse en su oferta
a cada punto del cartel y señalar expresamente que cumple con todas y cada una
de las condiciones del mismo.
Admisibilidad de la
oferta
17. Las ofertas admisibles son
aquellas que cumplan legal, técnica y administrativamente.
El Hospital se reserva el
derecho de aceptar ofertas parciales y también de adjudicar parcialmente. Así
mismo se reserva el derecho de adjudicar parcialmente una misma línea (artículo
27 y 52 inciso n RGCA)
Garantía de
cumplimiento
18. Toda adjudicación igual o mayor
a ¢3.000.000.00 (tres millones de colones). Previo a la emisión de la orden de
compra o contrato respectivo, el adjudicatario debe depositar una garantía de
cumplimiento equivalente a un 5% del monto total adjudicado. Vigencia: cuatro
meses adicionales a partir de la última entrega. El depósito debe hacerse
efectivo 3 días hábiles posterior a la notificación de solicitud del depósito
respectivo. (De no cumplirse con este plazo se procederá a la aplicación del
artículo 191 del RGCA (insubsistencia).
19. Artículo 42 RGCA.: Las garantías deben rendirse en la
misma moneda en la cual se cotizó. Se excepciona de lo anterior, las garantías
rendidas mediante un depósito en efectivo o una transferencia, en cuyo caso
podrán rendirse en su equivalente en moneda nacional, al tipo de cambio de
referencia para la venta calculado por el banco central de costa rica vigente
al día anterior a la presentación de la oferta o a la suscripción del contrato.
Cláusulas penales
20. _Cláusulas penales que se
aplicarán en caso de demora en el plazo de entrega: de conformidad con el
artículo 50 del Reglamento General de Contratación Administrativa, todo atraso
en la entrega pactada se penará con multas de la siguiente manera:
a. Por un atraso de hasta quince días hábiles
con multa equivalente al tres por ciento (3%) del monto total adjudicado.
b. Por los atrasos de entre dieciséis y hasta
treinta días hábiles con multa equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto
total adjudicado.
c. Por un atraso mayor de treinta días hábiles
con multa equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado.
d. En el caso de productos químico-farmacéuticos
que sean rechazados por control de calidad se ejecutará sin más trámite la
garantía de cumplimiento en proporción a lo rechazado.
21. Se comunica a los proveedores que
quienes depositen la garantía de cumplimiento mediante cheques certificados
o de gerencia, depósito a plazo o en efectivo; se sirvan llenar el
formulario adjunto denominado “Información complementaria sobre el recibo de
garantías de cumplimiento”.
** Variables
excluyentes si se solicitan en el cartel de peticiones.
INSTRUCCIONES PARA EL
LLENADO DEL FORMULARIO “INFORMACIÓN
COMPLEMENTARIA
SOBRE EL RECIBO DE GARANTÍAS”
1. El llenado de este documento es adicional al
trámite usual del depósito de garantía de cumplimiento de
2. Debe llenarse a máquina y presentarse un
original y una copia.
3. Se debe llenar este formulario únicamente
cuando la garantía ofrecida sea mediante cheque certificado, cheque de
gerencia, depósito a plazo o en dinero en efectivo.
4. En el espacio previsto para (día, mes y año)
indique la fecha en que se emite el formulario.
5. Nombre o razón social del representante: en
este espacio debe indicarse el nombre físico o jurídico (según corresponda) del
representante de la casa oferente, si se trata de firmas ubicadas en el
extranjero. Si se trata de ofertas en plaza, el nombre físico o jurídico (según
corresponda) del oferente.
6. Código de proveedor: se indica en este espacio
el código que se le otorgó al depositante al ser registrado como proveedor de
Caja Costarricense de Seguro Social.
7. Número de contratación directa: indicar el
número de concurso para el que se deposita la garantía y el tipo.
8. Tipo de garantía: en la casilla que
corresponda al tipo de garantía que se deposita se indica una equis (x).
9. Otros datos del tipo de garantía:
9-A Banco emisor: este espacio se llena
en caso de tratarse de cheque certificado, cheque de gerencia depósito a plazo.
Se anota el nombre de la entidad financiera que emitió documento en cuestión.
9-B Garantía número: se registra la
numeración con la que identifique el documento (cheque certificado, cheque de
gerencia o depósito a plazo) el banco emisor.
9-C Vigencia: en los espacios previstos
se indica el periodo que cubre el depósito efectuado, la garantía de
cumplimiento. deben indicarse tanto el día, mes y año en que inicia como en el
que concluye la vigencia de la garantía.
10. Nombre y firma del representante legal: en
este espacio debe consignarse en nombre y firma de la persona facultada
legalmente para representar a la empresa depositante y al oferente.
11. Fecha: se indica la fecha en que se firma este
documento.
12. Sello
de recibo: una vez efectuado el depósito
de la garantía en
En lo no previsto en este
documento regirá lo establecido por
Área Gestión de Bienes
y Servicios.—Lic. Leticia M. Vásquez A, Coordinadora Sub Área Planificación.—1
vez.—(118544).
LICITACIONES ABREVIADAS Y PÚBLICAS
Notas generales:
Tanto la oferta como
los documentos anexos deben dirigirse al Área de Gestión de Bienes y Servicios
del Hospital Nacional de Niños, redactados en idioma Español, libre de
borrones, tachaduras y alteraciones que hagan dudar de su legitimidad.
1. Vigencia y copias de las ofertas:
1.1. Licitaciones públicas: 120 días hábiles (2
copias)
Licitaciones abreviadas: 90
días hábiles (2 copias)
Artículo 68 R. G. C.
A.: Entrega inmediata: se entenderá a un día hábil posterior a la notificación de
disponibilidad de retiro de la orden de compra o el contrato respectivo.
2. Garantía de participación:
(Porcentajes y plazos)
Licitaciones públicas: 2% del monto
cotizado.
Licitaciones abreviadas: 1%
del monto cotizado.
2.1 De la garantía de participación: se deberá de
presentar a tiempo razonable, para poder cumplir y realizar la confección del
comprobante “recibo de garantía”, depositarlo en la caja general y entregar su
oferta en nuestra área antes del plazo de apertura establecido.
2.2. Se les sugiere presentarse 1 (una) hora antes
(ó más) de la apertura con el propósito de confeccionar con tiempo el recibo
correspondiente al depósito de la garantía de participación y el depósito de la
misma en la caja general del H. N. N.
2.3 Con la garantía debidamente depositada en la
unidad de validación derechos (caja general) deben presentarse al Área de
Gestión de Bienes y Servicios para entregar la oferta respectiva, con el
correspondiente recibo de depósito de garantía de participación, este recibo
debe contar con la hora de recibido en esta área antes de la hora de apertura
indicada (variable excluyente).
Aquellas ofertas que sean
depositadas en esta área sin que cuenten con la garantía de participación
recibida en la caja general antes de la fecha y hora de la apertura. Dicha
circunstancia queda bajo responsabilidad absoluta del oferente.
2.4 Licitaciones abreviadas y públicas: Vigencia
de la garantía de participación no menor de 30 días hábiles adicionales a la
fecha máxima establecida para dictar el acto de adjudicación.
2.5 De las cartas bancarias, certificados del
INS, títulos valores y similares, entregar original y una fotocopia.
2.6 Cuando entreguen certificados de depósito, en
colones, dólares norteamericanos u otra moneda, en calidad de garantía de
participación o cumplimiento, deberá expresarse claramente al dorso y firmarse
por el Titular del Depósito, a la siguiente razón de endoso:
“Páguese a Caja Costarricense de Seguro
Social Hospital Nacional de Niños, para garantizar la
participación/cumplimiento de ___________ (PRINCIPAL)
________licitación_______CLASE Y Nº DE CONCURSO=______.
Nota: La omisión de
este requisito se tendrá como no-rendición de la garantía para los efectos
legales correspondientes.
3. Garantía de cumplimiento:
Licitaciones públicas: 5% del monto total
adjudicado.
Licitaciones abreviadas: 5%
del monto total adjudicado.
3.1. El adjudicatario deberá aportar la garantía de
cumplimiento dentro de un plazo de 3 días hábiles siguientes a la notificación
de la solicitud de depósito de no cumplirse con este plazo se procederá a la
aplicación del artículo 191 del R. G. C. A. (insubsistencia).
3.2. Vigencia: Tiempo máximo de entrega más cuatro
meses adicionales a partir de la última entrega.
4. Cláusulas penales:
4.1. De conformidad
con el artículo 50 del Reglamento General de Contratación Administrativa, todo
atraso en la entrega pactada se penará con multas; de la siguiente manera:
a) Por un atraso de hasta quince días hábiles con
multa equivalente al tres por ciento (3%) del monto total adjudicado.
b) Por un atraso de entre dieciséis y hasta
treinta días hábiles con multa equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto
total adjudicado.
c) Por un atraso mayor de treinta días hábiles
con multa equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado.
d) En el caso de productos químico-farmacéuticos
que sean rechazados por control de calidad se ejecutará sin más trámite la
garantía de cumplimiento en proporción a lo rechazado.
Artículo 42 R. G. C.
A.: las garantías deben rendirse en la misma moneda en la cual se cotizó Se
excepcionan de lo anterior, las garantías rendidas mediante un depósito en
efectivo o una transferencia, en cuyo caso podrán rendirse en su equivalente en
moneda nacional, al tipo de cambio de referencia para la venta calculado por el
Banco Central de Costa Rica vigente al día anterior a la presentación de la
oferta o a la suscripción del contrato.
5. Las muestras:
5.1. Deben guardar estricto ajuste con lo ofertado.
Puntos varios:
1. Artículo 25 R. G. C. A.: En caso de recibir
propuestas en distintas monedas, la administración las convertirá a una misma
para efectos de comparación al tipo de cambio de referencia para la venta
calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al momento de la
apertura.
2. En atención al artículo 52 inciso e) del R. G.
C. A. “Se deberán aportar las especies fiscales y demás timbres
correspondientes al 0.25% del monto adjudicado según lo estipula el artículo
272 del Código Fiscal, cuando corresponde.
3. La oferta debe presentarse en original y dos
copias dirigida al Área de Gestión de Bienes y Servicios del Hospital Nacional
de Niños.
6. Adjudicaciones parciales:
6.1 El Hospital se reserva el derecho de aceptar
ofertas parciales y también de adjudicar parcialmente. Así mismo se reserva el
derecho de adjudicar parcialmente una misma línea (artículos 27 y 52 inciso n)
R. G. C. A.).
6.2 Artículo 66 R. G. C. A.: El oferente está
obligado a cotizar todo el objeto, salvo que se trate de líneas independientes
entre sí, en cuyo caso podrá cotizar en las de su interés, sin que sea
necesario que el cartel lo autorice. Se prohíbe la cotización parcial de una
línea.
NOTAS ADICIONALES PARA
LICITACIONES ABREVIADAS
Y LICITACIONES PÚBLICAS
1. Los plazos de entrega de las mercaderías
correrán a partir del día hábil posterior a la notificación de disponibilidad
de retiro del contrato respectivo.
2. Se comunica a los proveedores que quienes deseen hacer depósitos de
garantías (participación o cumplimiento) mediante cheques certificados o de
Gerencia, depósito a plazo o en efectivo; se sirvan llenar el formulario
adjunto denominado “Información complementaria sobre el recibo de garantías de
partición y cumplimiento”.
3. Este documento debe ser entregado al momento de presentarse a
depositar la garantía de participación o de cumplimiento; debe estar
debidamente lleno y firmado por la persona legalmente facultada para ello.
En lo no previsto en
este documento regirá lo establecido por
INSTRUCIONES PARA EL LLENADO
DEL FORMULARIO
“INFORMACIÓN
COMPLEMENTARIA SOBRE EL RECIBO DE GARANTIAS”
1. El llenado de este documento es adicional al
trámite usual del depósito de garantía (de cumplimiento o de participación) de
2. Debe presentarse en original y una copia.
3. Rige este formulario únicamente cuando la
garantía ofrecida sea mediante cheque certificado, cheque de gerencia, depósito
a plazo o en dinero en efectivo.
4. En el espacio previsto para día, mes y año,
indique la fecha en que se emite el formulario.
5. Nombre o razón social del representante:
en este espacio debe indicarse el nombre físico o jurídico (según corresponda)
del representante de la casa oferente, si se trata de firmas ubicadas en el
extranjero. Si se trata de ofertas en plaza, el nombre físico o jurídico (según
corresponda) del oferente.
6. Código de proveedor: se indica en este
espacio el código que se le otorgó al depositante al ser registrado como
proveedor de Caja Costarricense de Seguro Social.
7. Número de licitación: indicar el número
de concurso para el que se deposita la garantía y el tipo.
8. Tipo de garantía: en la casilla que
corresponda al tipo de garantía que se deposita se indica una equis (x).
9. Otros datos del tipo de garantía;
9-A Banco emisor: este espacio se llena en
caso de tratarse de cheque certificado, cheque de gerencia o depósito a plazo.
Se anota el nombre de la entidad financiera que emitió documento en cuestión.
9-B Garantía número: se registra la
numeración con la que identifique el documento (cheque certificado, cheque de
gerencia o depósito a plazo) el banco emisor.
9-C Vigencia: en los espacios previstos se
indica el periodo que cubre el depósito efectuado, ya sea como garantía de
participación, o como garantía de cumplimiento. Deben indicarse tanto el día,
mes y año en que inicia como en el que concluye la vigencia de la garantía.
10. Nombre y firma del representante legal:
en este espacio debe consignarse en nombre y firma de la persona facultada
legalmente para representar a la empresa depositante y al oferente.
11. Fecha: se indica la fecha en que se
firma este documento.
12. Sello de recibo: una vez efectuado el
depositado de la garantía en la sección de caja general del Hospital Nacional
de Niños; debe entregar copia del recibo correspondiente en el Área de Gestión
de Bienes y Servicios acompañándolo de original y copia de esta fórmula. Debe
recordarse que se entrega esta fórmula (únicamente cuando la garantía haya sido
ofrecida mediante cheque certificado, cheque de gerencia, depósito a plazo o
dinero en efectivo), la que será revisada y recibida por el encargado de
garantías del Área de Gestión de Bienes y Servicios del Hospital Nacional de
Niños.
Área Gestión de Bienes
y Servicios.—Lic. Leticia M. Vásquez A, Coordinadora Subárea Planificación.—1
vez.—(118551).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-004965-01
(Aclaraciones)
Remodelación Oficina BCR Palmar Norte
El Banco de Costa Rica comunica a los interesados en esta licitación, las siguientes aclaraciones:
1) Se aclara que en el Cartel en el punto 32.1 Clasificación Experiencia el texto correcto es:
“Únicamente
serán elegibles aquellos oferentes que superen o igualen la cantidad de 3
proyectos con características similares al que es objeto del presente concurso.
Se entenderá como similar, la construcción o remodelación de proyectos de
Oficinas con un área igual o mayor a los
2) Se aclara que los equipos activos indicados en las Especificaciones de Telecomunicaciones (UPS, y central telefónica) no deben de suministrarse.
3) Se deberán de resanar y pintar las paredes existentes.
4) Se deberá de instalar la losa sanitaria que el Banco suministrará.
5) Se deberá de presentar el presupuesto respetando las Unidades de cada rubro según documento adjunto.
6) Se aclara que el grosor de la
película de seguridad a colocar en dicha oficina es de
El resto del cartel queda igual.
San José, 19 de diciembre del 2008.—Rodrigo Aguilar S.—1 vez.—(Solicitud Nº 17718).—C-174520.—(373).
Para ver imágenes solo en
OFICINA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-004965-01 (Aclaración Nº 2)
Remodelación oficina BCR, Palmar Norte
El Banco de Costa Rica comunica a los interesados en esta licitación, las siguientes aclaraciones:
1. Se aclara que los muebles BCR 13 no deben de ser proporcionados.
El resto del cartel queda igual
San José, 05 de enero del 2009.—Área de Licitaciones.—Rodrigo Aguilar S.—1 vez.—(Solicitud Nº 17721).—C-6140.—(374).
PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000050-PCAD
(Prórroga Nº 1)
Servicio de mantenimiento preventivo y
correctivo del equipo
de cómputo del Banco Popular y de Desarrollo Comunal
(Consumo por demanda)
Se les comunica a
todos los interesados que debido a que se presentaron recursos de objeción al
cartel de este concurso, ante
Todas las demás condiciones y requisitos permanecen invariables.
San José, 05 de enero del 2009.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(335).
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
SUBÁREA CARTELES
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000002-1142 (Aviso Nº 1)
Sistema de Colgajo Craneal de Titanio
A los interesados
en el presente concurso se les solicita retirar la nueva ficha técnica que rige
para este concurso, modificada en los apartados “Descripción”,
“Características” y “Debe presentar”; en la fotocopiadora, sita en el piso
comercial del edificio Jenaro Valverde Marín (oficinas centrales de
Además, se aclara que la cantidad de sets de instrumental que se requieren en los Servicios de Neurocirugía son siete (7).
El resto del cartel permanece invariable.
Lic. Vilma Arias Marchena.—1 vez.—(U. P. Nº 1142).—C-8860.—(320).
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000003-1142 (Aviso Nº 1)
Orto pantógrafos
A los interesados en el presente concurso se les informa que deben de retirar las aclaraciones realizadas a los puntos 2.6 y 21.1.7 del formulario de especificaciones técnicas vigente para este concurso (3 hojas); en la fotocopiadora ubicada en el piso comercial del edificio Jenaro Valverde Marín, en horario de lunes a jueves de 7:00 a.m. a 4:00 p.m. y viernes de 7:00 a. m. a 3:00 p. m. Ver detalle en http://www.ccss.sa.cr.
El resto del cartel permanece invariable.
Lic. Vilma Arias Marchena.—1 vez.—(U. P. Nº 1142).—C-4780.—(321).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000192-PROV
(Aclaración Nº 1)
Adquisición materiales varios para
líneas de distribución
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que el cartel de este concurso fue sujeto a la siguiente aclaración:
Se aclara que:
1) La “FORMULA 2 CONDUCTORES DE COBRE DESNUDO”, se adjudicará por artículo.
2) El ítem Nº 27, empate de tensión reducida Ref. ICE: RE-6, además de las especificaciones generales indicadas en la lámina “REFERENCIA ICE: RE” de la página 41, debe cumplir con lo siguiente.
Capacidad de conductor: 477(26/7),
capacidad de retención de 4400 Kgf, longitud mínima de
3) Por motivos de normalización de existencias,
para el artículo Nº 54, conector de compresión referencia ICE: “CC-
Fecha de apertura de ofertas: A las 10:00 horas 20 de enero del 2009.
San José, 5 de enero del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 335364).—C-12260.—(307).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000197-PROV
(Modificación Nº 1)
Adquisición de medidores de energía y
demanda y materiales
complementarios para la medición de clientes y
comerciales
e industriales (medidores, cajas de conexiones, regleta
y armarios etc.)
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que el cartel de este concurso fue sujeto a la siguiente modificación:
Capítulo III, Requerimiento.
En el detalle de las Fórmulas Nº 2 y Fórmula Nº 3 se especificó (Se requiere muestra).
Deberá
leerse correctamente:
Ningún artículo de los requeridos en la presente licitación requiere muestra.
Fecha de apertura de ofertas: a las 09:00 horas del 13 de enero del 2009.
San José, 5 de enero del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 335364).—C-9540.—(308).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000206-PROV
(Modificación Nº 1)
Adquisición de cortadoras para varilla
El Instituto
Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación antes
mencionada, que el cartel de este concurso fue sujeto a modificaciones las
cuales podrán adquirirse por medio de fotocopia cancelando el costo de la misma
en
Fecha de apertura de ofertas: a las 09:00 horas del 20 de enero del 2009.
San José, 05 de enero del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 335364).—C-6820.—(309).
LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Nº 2008LI-000063-PROV
(Modificación Nº 2)
Adquisición de equipos de protección y
herrajes para
uso en líneas de distribución eléctrica
El Instituto
Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación antes
mencionada, que el cartel de este concurso fue sujeto a modificaciones las
cuales podrán adquirirse por medio de fotocopia cancelando el costo de la misma
en
Fecha de apertura de ofertas: a las 14:00 horas del día 15 de enero del 2009.
San José, 05 de enero del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 335364).—C-8180.—(311).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000003-01
Contratación de servicios profesionales
de notarios externos
El Instituto de
Desarrollo Agrario, comunica que se amplía el plazo para recibir las ofertas al
30 de enero del
Área de Contratación y Suministros.—Rafael Fernández Bolaños, Jefe.—1 vez.—(336).
MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ
PROCESO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-01
Construcción de bodega municipal e
instalaciones de mantenimiento
Se avisa que se
amplía el tiempo de apertura de la licitación de marras y esta se abrirá el día
19 de enero del
Proveeduría.—Cira Castro Myrie, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud Nº 3968).—C-5270.—(326).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000001-01
Diseño e implementación del portal para
Se comunica a los
potenciales oferentes, cuya invitación a participar se publicó en el Diario
Oficial
Todas las demás condiciones permanecen invariables.
Cira Castro Myrie.—1 vez.—(Solicitud Nº 3969).—C-6820.—(375).
MANUAL PARA EL GIRO DE
TRANSFERENCIAS AL
CENECOOP R. L., CONACOOP, C.P.C.A. Y
PROGRAMA
DE COOPERATIVAS ESCOLARES Y JUVENILES
INTRODUCCIÓN
A efectos de establecer
los mecanismos adecuados para realizar eficientemente el análisis y el giro
oportuno de los recursos que se dan por parte del Instituto Nacional de Fomento
Cooperativo (INFOCOOP), a diferentes entes cooperativos y programas, se
establece el siguiente Procedimiento, para el Giro de las Transferencias
Corrientes, el cual contempla tanto la transferencia que se otorga al CENECOOP
R. L., Comisión Permanente de Cooperativas de Autogestión (CPCA) y CONACOOP de
acuerdo a lo que establece el artículo 185 de
Se pretende entonces contar
con un Manual en donde esté inmersa la normativa dictada por
A continuación se desglosa el
procedimiento y las respectivas actividades.
Nombre del
Procedimiento: El cual
identifica las actividades que compone
por
Actividad en sí el procedimiento.
Objetivo de
que se debe
alcanzar.
Alcance de las actividades: Se identifican las actividades que
se realizan a
efecto de que
se cumpla el procedimiento.
Formularios: Se denota todos los documentos y/o formularios
de los cuales se utilizan en el procedimiento analizado. Se presentan
algunas
circunstancias los documentos y/o
fórmulas
rediseñados o bien los documentos
que permanecen
sin modificaciones
circunstanciales.
Requisitos: Consiste
en descripción detallada de los
requisitos que
solicita el INFOCOOP para
proceder a
revisar los documentos.
Texto o
descripción de las actividades
que componen el procedimiento: Serie de operaciones en orden cronológico
en
donde se
detalla paso a paso lo que se realiza.
PROCEDIMIENTO GIRO DE
TRANSFERENCIAS (CONACOOP,
CENECOOP R. L., C.P.C.A. Y PROGRAMA DE
COOPERATIVAS
ESCOLARES Y JUVENILES:
El procedimiento para
el giro de transferencias consiste en el conjunto de actividades que son necesarias
para el cumplimiento de las leyes específicas que dan origen al giro de los
recursos. El Procedimiento en si es uno solo, sin embargo este se divide en
cinco actividades que son:
• Proyección de ingresos y notificación al
ente.
• Recibo de la documentación
(Plan-Presupuesto).
• Presentación de liquidaciones
presupuestarias anual y semestral.
• Confección del cheque para efectuar la
transferencia.
• Modificaciones Presupuestarias.
ACTIVIDAD 1:
(PROYECCIÓN DE INGRESOS Y NOTIFICACIÓN AL
ENTE)
Dentro de la estructura
orgánica del INFOCOOP, el Proceso de Desarrollo Estratégico es el encargado de
confeccionar los Presupuestos Ordinarios y Extraordinarios, de ahí que el
primer paso que se debe efectuar es obtener la proyección de ingresos a efectos
de determinar el monto de la transferencia que el INFOCOOP debe otorgar a los
entes cooperativos y programas de acuerdo a las Leyes. Dicha proyección debe
ser reflejada en el Presupuesto Ordinario Institucional en primera instancia,
si hay ajustes de dicha proyección ya sea para aumentar o disminuir recursos,
también se debe confeccionar el documento presupuestario. A continuación se
detallan las actividades que se deben seguir para obtener dicho resultado:
1.1 El Proceso de Desarrollo Estratégico en los
meses de agosto-setiembre, procede a proyectar las transferencias que el
INFOCOOP debe aportar al CENECOOP R. L., CONACOOP, Programa de Cooperativas
Escolares y Programa de Cooperativas Juveniles, así como a
1.2 En los primeros quince días de octubre de
cada período, el Proceso de Desarrollo Estratégico prepara borrador de nota
formal -la cual debe ser firmada por el Director(a) Ejecutivo(a)-
indicando a cada ente cooperativo el monto de la transferencia presupuestada
para el siguiente ejercicio económico, a efecto de que dichos entes preparen el
Plan-Presupuesto del próximo período.
1.3 El Proceso de Desarrollo Estratégico elabora
y traslada un borrador de las notas redactadas a
1.4 En
1.5
Para ver imagen solo en
ACTIVIDAD 2.
(RECIBO DE DOCUMENTACIÓN
PLAN-PRESUPUESTO)
Esta actividad inicia con
la recepción de la documentación por parte de los entes cooperativos, o de
aquellas instituciones que ejecutarán los programas de cooperativas escolares y
juveniles, a partir de ese momento se describe los pasos y los procesos
involucrados, hasta aprobar el documento (Plan-Presupuesto) para empezar a
girar los recursos.
2.1 La última semana de noviembre, el ente
cooperativo debe remitir con nota formal el Plan-Presupuesto del período
(original y 2 copias), también en medio electrónico a
2.2 Dentro de los primeros cinco días de
diciembre,
2.3 El Proceso de Desarrollo Estratégico analiza
la información recibida -verificando requisitos y contenido- y emite
dentro de los quince días hábiles posteriores al recibo de parte de
2.4
2.5 De la nota de aprobación,
2.6 Si producto de los informes emitidos por el
Proceso de Desarrollo Estratégico tienen observaciones,
2.7
FLUXOGRAMA ACTIVIDAD 2:
RECIBO DE DOCUMENTACIÓN
Para ver imagen solo en
ACTIVIDAD 3
(EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA ANUAL Y
SEMESTRAL)
Producto del giro de
los recursos se le solicita al ente cooperativo que recibe los mismos, al igual
que la institución que lleva a cabo los Programas de Cooperativas Escolares y
Juveniles, que informe al INFOCOOP dentro de los primeros 15 días hábiles del
mes de julio, sobre el avance de la ejecución presupuestaria y plan de trabajo,
dicho informe es requisito para girar la transferencias de los meses de julio a
diciembre de cada período y una obligación para el ente cooperativo que recibe
la transferencia. El Informe Anual es requisito y obligación también para girar
la transferencia del nuevo período. Por lo tanto, el procedimiento se divide en
dos partes:
• Ejecución Presupuestaria y Evaluación Plan
de Trabajo Anual.
• Ejecución Presupuestaria y Evaluación Plan
de Trabajo Medio Período.
Ejecución Presupuestaria y Evaluación
Plan (Liquidación Anual):
3.1 El ente cooperativo remite a
3.2
3.3 El Proceso de Desarrollo Estratégico emite
informe correspondiente y lo remite a
3.4
FLUXOGRAMA ACTIVIDAD
EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA
Y EVALUACIÓN ANUAL
Para ver imagen solo en
Ejecución y Evaluación Semestral:
3.6 El ente cooperativo remite a
3.7
3.8 El Proceso de Desarrollo Estratégico antes
de finalizar el mes de agosto, emite el informe correspondiente y lo remite a
3.9
3.10
FLUXOGRAMA ACTIVIDAD
EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA
Y EVALUACIÓN SEMESTRAL
Para ver imagen solo en
ACTIVIDAD 4:
(PROCEDIMIENTO PARA CONFECCIÓN CHEQUE
TRANSFERENCIA)
Este procedimiento se
inicia desde que el Proceso de Administración y Finanzas recibe instrucciones
de
4.1 El Coordinador del Proceso de Administración
y Finanzas recibe nota suscrita por el Director Ejecutivo donde solicita se
proceda a realizar el giro de los recursos.
4.2 El Coordinador solicita dentro de los cinco
días hábiles siguientes, al funcionario Técnico en Finanzas que proceda a
revisar los ingresos reales.
4.3 El o
4.4 Paso seguido, se compara el monto proyectado
versus el monto según ingreso real, se verifica el presupuesto de egresos y se
gira lo correspondiente. Nunca se puede sobrepasar el monto a
girar, si los recursos no están presupuestados, aunque el ingreso real sea
mayor.
4.5 Una vez determinado el monto, el o la
técnico en Finanzas procede a confeccionar dentro de los cinco días hábiles
siguientes, el o las solicitudes de cheques correspondientes de acuerdo a
cada fondo y una vez definido el monto y realizado la verificación pertinente.
4.6 La solicitud de cheque se traslada a
4.7
Para ver imagen solo en
ACTIVIDAD 5 (MODIFICACIONES
PRESUPUESTARIAS):
Las Modificaciones
presupuestarias son mecanismos que permiten flexibilizar el presupuesto, en
otras palabras son herramientas para ajustar las subpartidas presupuestarias,
rebajando unas y aumentando otras, a nivel de programas y entre subprogramas,
pero que a nivel general no afectan el monto presupuestario.
En el caso de las
transferencias el procedimiento para Modificaciones es el siguiente:
__________
1 El cálculo de las
transferencias del CONACOOP, CENECOOP R.L. y C.P.C.A. se basan en ingresos
corrientes de los fondos propios, Diferencial Cambiario, Cricodap, Vulnerables
de acuerdo a criterio legal emitido.
Para el caso de los Programas Escolares y Juveniles se calculan sobre
los ingresos corrientes del Fondo Juvenil y Escolar solamente.
Modificaciones:
Son aquellas que por su
naturaleza deben ser aprobadas por la entidad que transfieren los recursos, las
cuales se realizan para flexibilizar el presupuesto para el cumplimiento del
Plan-Presupuesto. Tomando en cuenta lo anterior el procedimiento es el
siguiente:
5.1 El ente cooperativo remite a
5.2
5.3 El Proceso de Desarrollo Estratégico dentro
de los diez días hábiles siguientes, emite criterio sobre el particular y da
las conclusiones y recomendaciones a
5.4.1
Presupuestos Extraordinarios:
Los presupuestos
extraordinarios son mecanismos para incrementar el presupuesto o para reducirlo
del monto original, en ese sentido el procedimiento que se sigue es igual al
enunciado en la actividad 2 del presente manual.
Para ver imagen solo en
__________
2 Las Modificaciones se
enumerarán de 1, 2, 3 en adelante
y los Presupuestos Extraordinarios 1, 2, 3, lo anterior para diferenciarlas
REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR
LOS ENTES A LOS CUALES
SE LES TRANSFIEREN LOS RECURSOS
A) REQUISITOS PLAN-PRESUPUESTO ANUAL
Una vez que el INFOCOOP
haya comunicado formalmente al ente cooperativo o Ministerio de Educación
Pública, el monto de la transferencia, estos deben presentar el
Plan-Presupuesto al INFOCOOP, para lo cual se deben acatar las siguientes
disposiciones:
• El Plan-Presupuesto debe estar presupuestado
de acuerdo al monto indicado por INFOCOOP.
• Deben remitir original y dos copias asimismo
deben presentar el documento en versión digital.
• Este documento debe venir acompañado por
nota formal por parte del Ministro, Director, Secretario Ejecutivo, Gerente o
funcionario competente de acuerdo a la jerarquía.
• Se debe anexar fotocopia de la escritura
constitutiva de la entidad, con las respectivas modificaciones si las hubiera.
• Trascripción del acuerdo de aprobación del
plan de trabajo y del presupuesto por parte del Consejo de Administración,
Directorio u órgano colegiado que haga sus veces.
• Indicación de la máxima autoridad de la
entidad de que los gastos que se consignan en el Presupuesto no han sido ejecutados,
ni pesan sobre ellos compromisos legales de ninguna naturaleza.
• Constancia extendida por el Presidente del
Consejo de Administración, directorio u el órgano que haga sus veces, de que la
entidad cuenta con la organización administrativa adecuada para desarrollar la
gestión originada en el otorgamiento de los recursos públicos de manera que se
garantice un accionar eficiente y eficaz.
• Certificación emitida por el Presidente de
Junta Directiva u órgano colegiado que haga sus veces, de que las Partidas que
se incluyen en el Presupuesto no benefician directa ni indirectamente, ya sea
en su carácter personal o como asociado o miembros de Junta Directiva o Consejo
de Administración de la entidad a: sus cónyuges, hijos, padres, hermanos,
suegros, yernos, cuñados, ni asistentes, asesores y secretarias y no se
incumple lo dispuesto en
• Los entes cooperativos que correspondan,
deben mantener actualizada la documentación que deben presentar ante el
Macroproceso de Gestión y Seguimiento, a efectos de mantener la base de datos
al día.
• Plan de Trabajo debe ser planteado según los
formularios diseñados por el INFOCOOP (Ver formulario Anexos del 1 al 4 para
tal fin.
• Declaración jurada en la que se indique que
los fondos serán manejados exclusivamente en una cuenta corriente bancaria
especial para este tipo de fondos, dicha cuenta debe ser abierta en uno de los
bancos del Sistema Bancario Nacional. Además que debe llevar registros independientes
en la contabilidad, de tal forma que sean claramente identificables. Por ser
fondos públicos la cuenta corriente debe ser abierta.
• La documentación debe ser remitida al
INFOCOOP la última semana de noviembre.
• El INFOCOOP deberá antes de finalizar diciembre
pronunciarse sobre la documentación recibida.
• Es importante señalar que el INFOCOOP por
ser la entidad que transfiere recursos públicos podrá solicitar ampliación
sobre algún detalle no especificado anteriormente, amparado en
B) REQUISITOS DE LIQUIDACIÓN PRESUPUESTARIA Y
EVALUACIÓN PLAN DE TRABAJO.
El INFOCOOP como ente fiscalizador de
recursos públicos solicitará evaluaciones, de las cuales se distinguen 2, que
son las siguientes:
Ejecución y
Evaluación Plan-Presupuesto Medio Período:
• A más tardar 15 días después del cierre
del 30 de junio de cada año, el ente cooperativo debe presentar al INFOCOOP
• Nota formal firmada por el Director
Ejecutivo, Gerente, Secretario Ejecutivo, Ministro o quien corresponda,
asimismo venir acompañado de acuerdo del Directorio o Consejo de Administración
u órgano competente según corresponda, en donde se evidencie que dicha
ejecución-evaluación fue del conocimiento y que cuenta con la aprobación
correspondiente. La presentación de dicho informe debe realizarse en los
formularios correspondientes, (ver anexos 6 al 8).
• Brindar un “Resumen Ejecutivo
sobre la labor realizada, dicho resumen debe ser esquematizado, utilizando para
ello gráficos y cuadros ilustrativos, de tal manera que brinde al lector una
visión panorámica e integral de la gestión realizada durante el lapso (medio
período). Este documento es requisito para continuar con el giro de los
recursos (julio a diciembre de cada período), de ahí que no pueden existir
atrasos en cuanto a presentación. Se debe presentar original y dos copias
también adjuntar una copia electrónica.
• El INFOCOOP tendrá 15 días hábiles
para pronunciarse sobre la documentación recibida, debiendo existir una
coordinación permanente a lo interno del INFOCOOP.
Liquidación Presupuestaria y
Evaluación Anual del Plan-Presupuesto:
El ente cooperativo o
entidad así como las entidades que desarrollen los Programa de Cooperativas
Escolares, debe presentar Liquidación Anual Presupuestaria y Evaluación Anual
Plan de Trabajo, dicho documento debe ser presentado al INFOCOOP acatando lo
siguiente:
• A más tardar 15 días después del cierre del
período, se debe presentar liquidación presupuestaria y ejecución del plan
anual, la misma debe ser remitida con nota formal al Director Ejecutivo del
INFOCOOP, y suscrita por el Director, Gerente, Secretario Ejecutivo, Ministro o
quien corresponda.
• Anexar acuerdo donde el Consejo de
Administración, Directorio o quien corresponda haya aprobado dicha liquidación.
La documentación debe venir en los formularios correspondientes (ver anexos 5
al 9). Este documento es requisito que sea presentado en el tiempo
estipulado porque es necesario para aprobar los giros del nuevo período.
• Además de la información de liquidación
tanto presupuestaria como de ejecución de plan debe ser remitida en los
formularios correspondientes, se debe brindar un “Resumen Ejecutivo”
sobre la labor realizada durante el año, el mismo debe ser esquematizado,
utilizando para ello gráficos y cuadros ilustrativos, de tal manera que brinde
al lector una visión panorámica e integral de la gestión realizada durante el
período.
• Este documento es requisito para girar los
recursos del período siguiente, de ahí que no puede existir atrasos en cuanto a
presentación. Se debe presentar original y dos copias y también en medios
electrónicos.
C) REQUISITOS CUANDO DEBAN PRESENTAR PRESUPUESTOS
EXTRAORDINARIOS.
Cuando el INFOCOOP mediante nota formal,
indique a los entes cooperativos que se ajustó la transferencia y producto de
dicho ajuste se procederá a girar más recursos de los que estaban inicialmente
contemplados; el ente cooperativo deberá remitir Presupuesto Extraordinario y
debe seguir el mismo trámite del estipulado en el Presupuesto Inicial, o sea
ser remitido con nota formal, venir en los formularios correspondientes,
contemplar todas las certificaciones y constancias, en fin todos los requisitos
que presentan cuando es un presupuesto ordinario.
La aprobación de dicho
documento tiene el mismo trámite que el indicado en la actividad 2. Este
documento se analiza y si tiene el visto bueno, el Instituto procede a girar los
recursos correspondientes en un solo tracto, lo anterior cuando se trate de
ingresos del período anterior. Se hace la observación que en el caso del
CENECOOP R. L. el mecanismo es diferente ya que priva la circular 14300,
tomando también en cuenta lo señalado en
Los presupuestos
extraordinarios deben ser presentados siguiendo el procedimiento del
Presupuesto Ordinario, en otras palabras deben venir acompañados del ajuste del
Plan, de las constancias correspondientes, de la justificación, etc.
D) REQUISITOS PARA PRESENTACIÓN DE MODIFICACIONES
PRESUPUESTARIAS.
• Las Modificaciones Presupuestarias son
ajustes al presupuesto aprobado, pero que por razones de cambios en los planes
y/o costos, es necesario trasladar recursos a nivel de Subpartidas
Presupuestarias del mismo grupo o de otros grupos, de ahí que si el ente que
recibe la transferencia, requiere efectuar modificaciones presupuestarias y que
los mismos no desvirtúen el plan, lo pueden realizar a nivel interno, por medio
de Modificaciones Internas, en ese caso el instrumento presupuestario solo
requerirá acuerdo del Directorio, Consejo de Administración o Ministro o
Superior Jerárquico. En el caso que sea avalado, el ente cooperativo remitirá
formalmente una copia de dicha modificación al INFOCOOP para la información del
INFOCOOP.
• El documento de Modificación deben contener:
portada, índice, justificación, formularios, debe traer como anexo, el acuerdo
del Directorio, Consejo de Administración, Ministro o quien corresponda; donde
se haga constar que el documento fue analizado y cuenta con el visto bueno del
órgano superior de la entidad.
__________
3 Para el caso de la
transferencia del CONACOOP y
• El INFOCOOP podrá aprobar las modificaciones
presupuestarias en forma parcial o total.
SANCIONES:
A efecto de una mayor
claridad resulta procedente señalar:
En cuanto a sanciones, la
entidad cooperativa que reciben recursos públicos, están sujetos a lo que
dispone el artículo 7 de
“Artículo 7º—Responsabilidades
y sanciones a sujetos privados/ Aparte de las otras sanciones que pueda
establecer el ordenamiento jurídico, la desviación del beneficio o de la
liberación de obligaciones otorgadas por los componentes de
De acuerdo a lo
anterior si el ente cooperativo desvía los recursos para otros fines no
contemplados en el plan, tanto parcial o totalmente, el Instituto está en
derecho y obligación de solicitar la devolución de la transferencia total o
parcialmente, así como suspender el giro si lo amerita.
ANEXOS:
• Formularios
• Indicaciones para el Cálculo de Transferencias
Para ver imágenes solo en
Se acuerda instruir a
Aprobado por Junta Directiva
en
San José, 11 de diciembre del 2008.—Proceso Administración y Finanzas.—Eliécer Ureña Quirós, Coordinador a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 39662).—C-1661120.—(117758).
MUNICIPALIDAD DE VÁZQUEZ
DE CORONADO
Siguiendo con lo
indicado por el Concejo Municipal, se transcribe acuerdo tomado en la sesión, ordinaria
135 del lunes 24 de noviembre del 2008, en la sala de sesiones de
Rige a partir de su
publicación en el Diario oficial
Nydya Arroyo Mora, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(118589).
FACULTAD DE DERECHO
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Paola María Porras Orellana,
ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en
Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y
costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor
Decano de
Ronald Gerardo Gutiérrez
Abarca, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de
Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la
vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al
señor Decano de
VICERRECTORÍA VIDA
ESTUDIATIL
Y SERVICIOS ACADÉMICOS
EDICTO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
CIRE ACUERDA:
El Comité Institucional
para el Reconocimiento y Equiparación de Títulos y Grados (CIRE), en uso de sus
facultades estipuladas en el Reglamento para el Reconocimiento y Equiparación
de Grados y Títulos y el Artículo N° 6 de
ACUERDA:
1) Reconocer el título de Doctorado en
Automatización Avanzada y Robótica, otorgado por
2. No reconocer el grado académico por no estar
explícito en el Diploma.
3. No equiparar el título de Doctorado en
Automatización Avanzada y Robótica en virtud de que el Instituto Tecnológico de
Costa Rica no otorga un título semejante al que presenta el señor Carlos Meza
Benavides, cédula N° 110260764.
4. Equiparar los estudios realizados por el señor
Carlos Meza Benavides, cédula N° 110260764, en
Acuerdo firme.
Cartago, 03 de diciembre del 2008.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA. William Vives Brenes, Director.—(Solicitud Nº 30821).—C-22480.—(117476).
GERENCIA DE PENSIONES
DIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN DE
PENSIONES
AVISOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Informan a las
siguientes personas que deben presentarse al edificio Jorge de Bravo, ubicado
diagonal al Costado Sureste de
En caso de alguna duda o
consulta previa a su visita a nuestras oficinas, con todo gusto lo estaremos
atendiendo en los teléfonos 2212-6489, 2212-6480 ó 2212-6513
Núm. idn. beneficiario |
Nom. Beneficiario |
Ape. 1. beneficiario |
Ape. 2. beneficiario |
600480506 |
ROSARIO DEL CARMEN |
ÁLVAREZ |
CORRALES |
201860684 |
BERNARDA |
ARAYA |
CALVO |
2703168913254 |
MIGUEL |
ÁVILA |
SÁNCHEZ |
702510451 |
EMANUEL ENRIQUE |
BALDIZÓN |
MELÉNDEZ |
18969209 |
RODRIGO VICENTE |
BALDIZÓN |
MELÉNDEZ |
15045007222 |
MERCEDES |
BAÑUELOS |
FLORES |
1598880 |
LEDA MARÍA |
BONILLA |
SALAZAR |
301200822 |
SUSANA |
CAMPOS |
RAMOS |
2709213237359 |
MARGARITA |
CASTILLO |
BERMÚDEZ |
400357778 |
RAMONA LUCILA CARIDAD |
CHAVES |
CAMPOS |
400357779 |
RAMONA LUCILA CARIDAD |
CHAVES |
CAMPOS |
700550002 |
ZULEMA SILVERIA |
CHAVES |
SANDOVAL |
150659326 |
MARÍA ELENA |
CONDE |
ORTEGA |
0135RE066102001999 |
MARITZA JUDITH |
CÓRDOBA |
VERGARA |
501410860 |
FLOR DE MARÍA |
DÍAZ |
BRICEÑO |
270126194 |
GILBERTO |
DÍAZ |
CASTILLO |
800690353 |
JOSÉ FRANCISCO |
DÍAZ |
RIVERA |
270685632 |
LONDEMAN SONY |
DIXON |
MORALES |
260511641 |
MARÍA DEL T |
ERAZO |
LARA |
160000001631 |
MARÍA TERESITA |
GALEANO |
DE CAMACHO |
726578132192 |
MARÍA TERESA |
GONZÁLEZ |
SUÁREZ |
280713753058 |
KENNY GLORIELA AURORA |
LAWS |
DE ACON |
150580534 |
RAQUEL |
MASTACHE |
SALGADO |
26362206 |
LUCÍA |
MELÉNDEZ |
ESPINOZA |
101990361 |
RUNIA |
MOLINA |
GONZÁLEZ |
2706222426130 |
TERESA DEL CARMEN |
MORENO |
NO INDICA OTRO |
150963321 |
EVELIA |
MOTA |
ROBLES |
13401812 |
MARIANO |
RAMIREZ |
CARVAJAL |
420379985 |
ALEYDA |
RESTREPO |
DELGADO |
301000648 |
VIRGINIA |
ROJAS |
QUIRÓS |
117530677 |
SHANNON |
SANDEFUR |
GAMBOA |
208310700 |
JULIO CÉSAR |
SOLANO |
SEGURA |
758645941233 |
ANITA |
VERRI |
ARBIZZANI |
San José, 10 de diciembre del 2008.—Lic. Sergio Lizano Lewis, Jefe Área Administrativa-Financiero.—(U. P. Nº 2112).—C-139940.—(117058).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
A la señora Ana Francís Maltes Ramírez, se le comunica que mediante resolución administrativa de las trece horas del veintiséis de febrero de dos mil ocho y resolución de las doce horas del dieciséis de mayo del dos mil ocho, así como resolución de las ocho horas del veintiuno de julio del dos mil ocho, se dicta medida de protección de cuido provisional, en beneficio de los niños Damián Jesús Valdés Maltes y del niño Kenry Daniel Hernández Maltes, bajo responsabilidad de la señora Susana Ramírez Ramírez. Medidas con un plazo máximo de 6 meses. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la oficina local. Recurso: Procede apelación, si se interpone ante este despacho, dentro de las 48 horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Diciembre del 2008. Expediente PANI: II5-00058-08.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Milton Gutiérrez Quesada, Representante Legal.—(118587).
A Denisse Vega Scoth se le
comunica que mediante resolución de las ocho horas del día tres de octubre del
dos mil ocho se ordenó como medida especial de protección en beneficio de sus
hijos Justin Jafeth Vega Scoth y Dominic Jafeth Vega Scoth el cuido provisional
en el hogar de su abuela materna Jessica Scoth Arrieta, por el plazo de seis
meses que vence el día tres de abril del dos mil nueve. Se ordenó también a la
progenitora Denisse Vega Scoth su inclusión a un programa para toxicómanos con
el objetivo de que reciba tratamiento por su problema de adicción a drogas. Se
ordenó seguimiento social y psicológico para la progenitora por parte del PANI.
Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o
representar por un profesional en derecho de su elección, a tener acceso al
estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe
en la oficina local. Recurso: Se hace saber a las partes que contra esta
resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este despacho o
ante
A Óscar Jimmy Zuluaga
González, de nacionalidad colombiana, de calidades y domicilio desconocido, se
le hace saber la resolución de las quince horas cuarenta y cinco minutos del
veintisiete de noviembre del dos mil ocho, por medio de la cual esta oficina
local ordena el ingreso de la joven Jéssica Alejandra Zuluaga Jaramillo, en el
albergue institucional Osito Pequitas. Recurso: apelación ante esta oficina
local quien lo elevará a
Oficina
Local de Heredia Norte, al señor Justo José Cheves Ordóñez, domicilio y demás
calidades desconocidas por esta oficina local y a quien interese, se le
comunica la resolución de las ocho horas del once de diciembre de dos mil ocho,
en la cuál se da inicio al proceso de autorización de salida del país de la
joven Karina Cheves Campos en vista de la solicitud presentada por la señora
Virginia Inés Campos Vindas, madre en ejercicio de la patria potestad a fin de
que el Patronato Nacional de
A la señora Kimberly Tatiana Barboza Rodríguez, se le comunica las resoluciones de las 08:00 horas del 31 de octubre y la de las 12:00 horas del 25 de noviembre ambas del 2008, que ordenan dictar medida de cuido provisional del niño R. J. B. R. bajo la responsabilidad de la señora Elizabeth Díaz Meléndez, hasta por un plazo de seis meses, pasando el expediente al Área de Atención Integral, a fin de que definan situación psico-socio legal. Plazo: Para ofrecer recurso de apelación, 48 horas a partir de la tercera publicación de este edicto, se le previene además señalar lugar para oír notificaciones, en el entendido de no hacerlo las mismas quedarán en firme veinticuatro horas después de dictadas.—Oficina Local de Desamparados, 8 de diciembre del 2008.—Lic. Ana Virginia Quirós Tenorio, Representante Legal.—(118590).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
D.E. Nº
2361-2008.—Liquidación de
Resultando:
1º—Que
2º—Que mediante sentencia del
15 de julio de 1982 emitida por el Juzgado Civil de San Carlos, se declaró
disuelta a la organización social antes citada.
Considerando:
I.—Que de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 89 de
II.—Con fundamento en los
artículos 88, 89, 90, 91, 92 y 93 de la citada Ley, el Instituto Nacional de
Fomento Cooperativo, considera que se han cumplido los requisitos para la
liquidación de dicha Cooperativa. Por tanto,
Con base en las razones
dichas y
San José, 11 de diciembre del 2008.—Lic. Martín Robles Robles, Director Ejecutivo.—(Solicitud Nº 39661).—C-59420.—(117754).
AVISO
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Se hace saber que
Riggioni Flores Azunda, cédula 04-0048-
San José, 8 de diciembre 2008.—Lic. Alice Arguedas Porras, Secretaria de Junta Directiva.—(117435).
MINISTERIO DE HACIENDA
DIRECCIÓN ÓRGANO DE
NORMALIZACIÓN TÉCNICA
PLATAFORMA DE VALORES
CANTÓN OSA
Realizado por
Ing. Miguel Martínez Asesor
Municipal
Ing. Alberto Poveda Alvarado
Subdirector Avalúos Municipales
M.B.A. Marietta Montero Zúñiga Directora ONT
PRESENTACIÓN
Este informe técnico es
el resultado de la investigación de valores recabada en cada distrito, de su
evaluación y del análisis de la información complementaria que permitieron
definir las zonas homogéneas con las respectivas variables determinantes del
valor.
Contiene una visión global
del cantón que permitirá una mejor apreciación de los diferentes planos de
valores, así como de otros aspectos.
La elaboración de esta
plataforma de valores de terrenos es un ejemplo de cooperación entre los
funcionarios municipales y del esfuerzo y recursos de
Marieta Montero Zúñiga,
Directora del ONT
1. INTRODUCCIÓN
Esta ley establece en favor
de las municipalidades un impuesto sobre los bienes inmuebles de su respectivo
territorio.
El artículo 12 de
El artículo 19 inciso a) del
Reglamento señala que es atribución del ONT: “Establecer las disposiciones
generales de valoración para el uso común de las municipalidades que consisten
en la metodología de valoración para el terreno que es única y que hace uso de
una serie de variables.”
El informe técnico
conjuntamente con los planos de zonas homogéneas de cada distrito y
Este documento tiene por
objetivo servir de consulta durante el proceso de declaración ordenado,
dirigido y controlado; para la revisión de declaraciones presentadas; durante
la realización de una valoración general o individual, etc.
OBJETIVO GENERAL
Suministrar a
2. GENERALIDADES DEL CANTÓN
Osa es el nombre que
los conquistadores españoles dieron a la actual península de Osa y el Golfo
Dulce. En la península se encuentra el cantón de Osa, undécimo de la provincia
de Puntarenas, Costa Rica.
Entre los años 1912 y 1915, llegaron
al lugar chiricanos y nicaragüenses a los cuales se sumaron unos pocos
costarricenses, formando el caserío “Pozo”, hoy Ciudad Cortés.
Algunas personas que llegaron
a Ciudad Cortés cuentan: “Que hace muchos años todo el lugar estaba cubierto de
montaña y las personas se alumbraban con carburas o candelas”. La única salida
del pueblo era en lancha vía Puntarenas y el pasaje tenía un costo de ¢15.00
(quince colones).
Las mujeres realizaban
labores domésticas y los hombres se dedicaban a trabajar jornaleando.
Existían dos salones de
baile, uno se llamaba “Las Palmas”, el otro era de un negro llamado “Mister” y
no existían calles, únicamente trillos, por los cuales se transitaba a pie o a
caballo.
Los bailes se festejaban con
acordeón o guitarra. Así poco a poco este lugar se fue poblando. Llegaban
familias de todas partes y se adueñaban de las tierras, pues estas no eran de
nadie, había pulperías que pertenecían a las familias más adineradas. El primer
teatro (cine) fue fundado por una familia Wong. No había cárcel, pero sí un
representante de la ley para cualquier emergencia. Además este lugar sirvió
como destierro pues aquí mandaban a presidiarios a purgar condenas; esa fue
otra forma de poblarse.
En la división territorial
para efectos administrativos,
En 1915, en la administración
de Don Alfredo González Flores, se construyó una escuela en el caserío “El
Pozo” y se llamó “Escuela Nieborowsky”, en agradecimiento al sacerdote José
Nieborowsky, quien donó el terreno para la construcción. La población fue
creciendo y en 1927 contaba con 799 habitantes.
En 1937, era el Pozo, luego
se llamó “Dios Primero” y por último se nombró “Ciudad Cortés”.
A este lugar los productores
venían de Puntarenas e intercambiaban puros, manteca, refrescos y fósforos por
arroz, cacao, cerdos y otros productos. La ruta por tierra duraba varios días
hasta San Isidro. En 1930 surgió
En esa época el poblado
contaba con una sola calle hacia el embarcadero, un pequeño muelle de carga y
descarga, donde atracaban lanchas que prestaban servicio de transporte entre
Cortés y Puntarenas. Entre los años 1930 y 1940,
La comunidad de Ciudad Cortés
se localiza en
Las coordenadas geográficas
del cantón de Osa están dadas por 08º
Al este con el Río Camaronal.
Al oeste con el Océano
Pacífico.
Al sur con el Río Grande de
Térraba.
Al norte con la fila
Brunqueña.
3. METODOLOGÍA
3.1 CONFECCIÓN DE PLANOS
Los distritos se
dividieron en zonas específicas y su ubicación es descrita gráficamente de tal
forma que permita a los contribuyentes y a los funcionarios fiscalizadores la
ubicación de los inmuebles en las mismas y en consecuencia su valor acorde con
la localización.
Para la elaboración de los
planos de valores de cada uno de los distritos, se utilizaron las hojas
cartográficas escalas 1:50.000, del Instituto Geográfico Nacional y las hojas
cartográficas escala 1:2.000 de
Para la confección de planos
se estableció un programa de trabajo que consistió de las siguientes
actividades:
1. Recopilación de información general del
cantón.
2. Obtención de planos de cada uno de los
distritos.
3. Reconocimiento de cada uno de los distritos, para
clasificarlo urbano o rural.
4. Elaboración de planos para el distrito de
Cortés Para las áreas urbanas se elaboran los siguientes planos.
5. Plano preliminar indicando comercio, vías,
servicios, nivel, pendiente, que sirven de base para la elaboración del plano
de zonas homogéneas.
6. Plano indicando zonas homogéneas por distrito.
7. Para las áreas rurales se elaboran los
siguientes planos:
8. Plano preliminar indicando vías, servicios,
pendiente, capacidad de uso del suelo, hidrología, que sirven de base para la
elaboración del plano de zonas homogéneas.
9. Plano indicando zonas homogéneas de cada
distrito.
10. Plano indicando capacidad de uso de los
suelos y pendiente.
3.2. INFORMACIÓN DE COMPRAVENTAS
Se recolectó información
sobre ofertas, de compraventa de inmuebles, criterio de peritos valuadores del
Sistema Bancario Nacional, de Tributación, peritos independientes, corredores
de bienes raíces y otras personas conocedoras del movimiento inmobiliario del
territorio para su análisis posterior.
En el análisis de 78
referencias se emplearon factores de frente, fondo, pendiente, regularidad,
extensión, uso del suelo, hidrología y servicios públicos. De igual forma se
utilizó un programa que emplea una ecuación matemática comparativa de
valoración, integrando todos los factores anteriores tanto para el área urbana
como para el rural.
3.3 PLANO DE ZONAS HOMOGÉNEAS
Una zona homogénea se
refiere a un conjunto de inmuebles dentro de una misma zona de desarrollo ya
sea urbana o rural, que además comparten un uso específico (comercio,
residencial, industrial, agrícola, pecuario, turístico y forestal). Cada zona
es factible de ser delimitada por condiciones naturales y políticas, limites
por calle, autopistas, línea férrea, límites por topografía o curvas de nivel y
límite por caída de valores.
Para su delimitación se
tomaron en consideración los siguientes aspectos dependiendo de las condiciones
específicas:
a. Límites naturales y políticos: se
consideraron especialmente en aquellas zonas de mucha extensión y en sectores
netamente rurales.
b. Límites por calles y líneas férreas: se
utilizaron para zonas pequeñas y fáciles de interpretar.
c. Límites por caída de valor: se generaron por
caídas de valor de un sector a otro cuyas diferencias obedecen a cambios en
diferentes aspectos dependiendo de si se trata de una zona urbana, rural u
otra.
d. Límites por tipología comercial. Se han
establecido en aquellos sectores, donde sea palpable la diferencia entre lo
comercial y otro tipo de uso ya sea residencial, industrial, etc. La presencia
de un desarrollo comercial, marca una diferencia de valor; por cuanto la
rentabilidad de esta es mucho mayor.
e. Límites por tipología industrial. Se aplica
cuando exista una zona muy marcada con actividad predominantemente industrial, así
como también cuando se encuentre ya definida por medio de un plan regulador.
f. Límites topográficos: cuando las condiciones
son muy marcadas y no existieron otras alternativas, se recurrió a estos pero
de tal forma que puedan ser identificados fácilmente en los planos
descriptivos.
Para cada zona
homogénea se determinó un lote tipo o una finca tipo con las condiciones o
características propias que lo identifican dentro de su entorno. El lote tipo
es el que predomina en la zona de acuerdo con el análisis estadístico de las
fincas registradas en la base de datos que el ONT ha suministrado a
En el caso de zonas urbanas
(residenciales, comerciales turístico e industriales) se consideraron los
aspectos de: área, frente, regularidad, tipo de vía, servicios, pendiente y
valor unitario por metro cuadrado.
Las zonas comerciales se
definieron tomando en consideración la intensidad comercial y los valores de
cada sector comercial.
También se tomó en cuenta el
tipo de residencia, determinado por el diseño de construcción de mayor
frecuencia en el centro de población.
En lo que a zonas rurales se
refiere se consideran aspectos de: área, frente, tipo de vía, servicios,
topografía, pendiente, hidrología, capacidad de uso del suelo y valor unitario
por hectárea. También se tomaron en cuenta características como asentamientos
humanos, acceso al servicio remunerado de personas, desarrollo agrícola y otros
aspectos de importancia. En algunas ocasiones se recurrió a la altitud, para
definir los límites de las zonas homogéneas.
Las diferentes zonas fueron
identificadas y coloreadas de tal forma que puedan ser fácilmente localizadas.
La información de cada zona
homogénea con las características respectivas y el valor de cada lote tipo se
agrupan en una matriz de información.
3.4. MATRIZ DE INFORMACIÓN
Para cada plano de
zonas homogéneas se confeccionó un cuadro resumen (Matriz de Información),
en la cual se resumen las características del lote o finca tipo de cada zona
homogénea.
A continuación se describen
cada una de las variables dependientes que conforman la matriz de información,
las cuales son base para la estimación del valor de otros inmuebles a través
del método comparativo.
ZONA
Se refiere a la
identificación de la misma, donde:
1) La primera letra (Z) indica que se trata de
una zona homogénea.
2) Los primeros números identifican el distrito.
3) La segunda letra que aparece puede ser una U,
C, i, R, S o T, indican que se trata de una zona Urbana, Comercial, Industrial,
Rural, Suburbana o Turística.
4) Los últimos dos números, son consecutivos para
el cantón e identifican cada zona en particular.
5) A cada zona se le dio un nombre particular que
permite identificarla con mayor facilidad.
COLOR
Es una identificación
visual de la zona de rápida ubicación en el plano de valores.
VALOR
Se refiere al valor
zonal por unidad, determinado para el inmueble tipo de la zona de referencia.
ÁREA TIPO
Es la superficie
determinada para el inmueble tipo de la zona en cuestión medida en metros cuadrados
o en hectáreas. Se determina realizando un análisis estadístico de las áreas de
todos los terrenos de la base de datos del Registro Público, Catastro Nacional,
planos catastrados obtenidos o medidas de campo realizadas por el perito de los
lotes en cuestión. Si en alguna de estas fuentes no estuviera disponible, se
puede obtener mediante la información del Catastro Municipal, o bien con
información obtenida directamente en el campo.
UNIDADES
Es la unidad de medida.
Para la zona urbana y suburbana se emplean metros cuadrados (m²) y en las
rurales se hace en hectáreas (ha.) y metros cuadrados.
FRENTE
Corresponde al “frente
modal” o frente que se presenta con mayor frecuencia en el caso en que las
zonas sean muy homogéneas, o al “frente promedio” cuando se presenta mucha
variabilidad en el mismo. Esta variable se obtiene realizando un análisis
estadístico de las longitudes de frente de todos los lotes y es medido en
metros lineales (m).
En aquellos casos en que
REGULARIDAD
Este factor se refiere
a la forma del terreno y se estima a través del cociente del área del lote y el
área del menor rectángulo que se puede circunscribir en el mismo siendo su
valor mayor a cero o igual a 1.
TIPO DE VÍA
La vía de acceso a los
predios influye en el valor, marcando diferencia entre los predios con
diferente tipo.
En zonas urbanas el acceso
influirá en el uso de los inmuebles, por ejemplo las zonas comerciales deben
tener acceso directo de los clientes, por tal razón inmuebles que tengan acceso
por servidumbre no serán atractivos para uso comercial.
En zonas rurales las vías
determinarán el desarrollo de la zona, por ejemplo en una zona agrícola el tipo
de vía influirá en la posibilidad de la explotación del sector en mención, ya que
entre mejores sean las vías de acceso mayor será la facilidad de llevar la
producción al “mercado”
Por lo antes expuesto resulta
conveniente que se defina una forma de medir esta característica externa del
lote o finca en función de: tipo de material, importancia de la vía en cuanto a
su desarrollo comercial, aspectos estructurales de la vía, etc.
La clasificación que se
presenta a continuación asocia la vía de acceso con un código. Estos códigos
están ordenados en forma descendente, de manera que la vía tipo 1 será la de
las mejores características dentro de la zona.
Vía tipo 1: Son aquellas vías que se ubican en los
sectores más valiosos y de mayor desarrollo comercial. Además, tendrán las
mejores características, en cuanto a aspectos como materiales, estado, ancho,
etc.
Vía tipo
2: Corresponden a aquellas vías que se
ubican en las zonas comerciales de menor desarrollo y las zonas industriales
que deben soportar tránsito. Son similares a las anteriores en cuanto a sus
características.
Vía tipo
3: Este tipo de vía se localiza en las
zonas residenciales y en aquellas de transición residencial comercial y en
cuanto a sus características son similares a las anteriores.
Vía tipo
4: Son las vías que se localizan en
sectores residenciales, industriales y agropecuarios. De lastre fino y permiten
la circulación a todo tipo de vehículos. Únicamente en zonas urbanas. Algunos
tipos de servidumbre por sus características ancho, tipo de material, tipo de
acceso a los inmuebles se clasifican en esta categoría.
Vía tipo 5: Son las vías que se localizan en sectores
residenciales, industriales y agropecuarios. De lastre mezclado con material
más grueso tipo piedra de río o material arenoso principalmente y permiten la
circulación a todo tipo de vehículos.
Vía tipo
6: De tierra y permiten la circulación
de vehículos durante todo el año.
Vía tipo
7: De tierra y permiten la circulación
de vehículos solo durante la época seca.
Vía tipo
8: Son los caminos, antiguas trochas
madereras, que no permiten el paso de vehículos de cuatro ruedas, solo para
carretas, bestias, peatones. También se incluye en esta categoría la playa
cuando es la única vía de acceso a estos inmuebles.
Vía tipo
9: Son las vías angostas que sirven de
servidumbre o alameda y aceras.
Vía tipo
10: Son los ríos, canales, esteros o mar
(tipo fluvial), cuando son la única vía de acceso a estos inmuebles.
Vía tipo
11: Es la vía férrea, cuando son la única
vía de acceso a estos inmuebles.
Cada una de estas vías
debe ser plenamente identificada en el plano de vías.
PENDIENTE
La pendiente se refiere
al grado de inclinación o declive de un determinado inmueble con respecto al
eje horizontal, tomando como referencia una pendiente del 100% el ángulo de
inclinación de 45º (grados).
La pendiente tipo se
determina dividiendo la altura entre la longitud y se multiplica por 100 o
empleando instrumentos topográficos (tránsito, nivel, clinómetro), o mediante
la utilización de las hojas, el Instituto Geográfico Nacional averiguando la
altura por medio de las curvas de nivel y dividiendo entre la longitud de la
finca o con las hojas de pendientes y el Manual de Aplicación de
SERVICIOS 1
Se refiere a los
servicios mínimos de infraestructura urbana de acera, cordón y caño; se
clasifican de
SERVICIOS 2
Se refiere a los
servicios complementarios de infraestructura urbana: alumbrado público,
teléfono, electricidad y cañería; se clasifican de
En el Anexo 3 se indican en
una tabla, donde cero (0) significa que no existen y uno (1) si existen.
NIVEL
Se refiere al nivel que
presenta un inmueble con respecto a la vía pública. Se mide en metros lineales,
de signo positivo (+) si está sobre nivel, negativo (-) bajo nivel y
TIPO DE COMERCIO
Esta información se
suministra numéricamente, iniciando con cero (0) para aquellas zonas donde no
existe actividad comercial, uno (1) para comercio incipiente y así
sucesivamente hasta completar el sector de mayor comercio dentro del distrito.
HIDROLOGÍA
En las zonas rurales es
indispensable que el perito valuador además de los planos referidos cuente con
una tabla que lo guíe u oriente sobre la determinación de las condiciones
hidrológicas, aspecto básico o fundamental para este tipo de zonas.
Es exclusiva de fincas
netamente rurales y se refiere a la disponibilidad de aguas.
A continuación se presenta la
descripción de las condiciones hidrológicas. En el anexo 4 se presenta un
resumen de las condiciones hidrológicas.
Hidrología 1. Excelente.
Cuando un inmueble cuenta
con agua para sus necesidades básicas y además tiene dos o más fuentes de agua
(pozos, ríos o cañería.) ubicadas estratégicamente con red de cañería dentro
del inmueble, bombas de agua, casetas de distribución y control para riego con
tanque de captación y zona donde llueve 12 meses al año.
Hidrología 2. Muy buena
Cuando una finca cuenta
con agua para sus necesidades básicas y además tiene dos fuentes de agua
ubicadas estratégicamente, con su respectiva red de cañería y tanque de
captación de agua.
Hidrología 3. Buena.
Cuando un fundo cuenta
con agua para sus necesidades básicas (puede ser de río, pozo o cañería).
Hidrología 4. Regular.
Cuando un inmueble
cuenta con agua para sus necesidades (puede ser de río o pozo) y además no
llueve de tres a cinco meses al año.
Hidrología 5. Mala.
Cuando un inmueble no
cuenta con agua para sus necesidades básicas; depende exclusivamente de agua de
lluvia.
En el Anexo 4 se
presenta un resumen de estas características.
CAPACIDAD DE USO DEL SUELO
Esta información se considera
solamente para zonas rurales y se utilizan 8 clases que se indican a
continuación:
CLASE 1. EXCELENTE.
Dentro de esta clase se
incluyen tierras con pocas o ninguna limitación para el desarrollo de
actividades agrícolas, pecuarias o forestales adaptadas ecológicamente a la
zona.
Las tierras de esta clase se
encuentran en superficies planas o casi planas, con erosión sufrida nula, con
suelos muy profundos, de textura media en el suelo y de moderadamente gruesa a
moderadamente fina en el subsuelo, sin piedras, sin problemas de toxicidad y
salinidad, drenaje bueno, sin riesgo de inundación, en zonas de vida de
condición húmeda, período seco moderado y sin efectos adversos por neblina y
viento.
CLASE 2. MUY BUENO ÓPTIMO.
Las limitaciones que
pueden presentar son: relieve ligeramente ondulado, erosión sufrida leve,
suelos profundos, texturas moderadamente finas o moderadamente gruesas en el
subsuelo. Ligeramente pedregosos, fertilidad media, toxicidad y salinidad
leves, drenaje moderadamente excesivo o moderadamente lento, riesgo de
inundación leve, zonas de vida seca o muy húmedas, con período seco fuerte o
ausente y condición de neblina y viento moderada.
CLASE 3. MUY BUENO REGULAR.
Las tierras de esta
clase presentan leves limitaciones solas o combinadas que restringen la
elección de los cultivos o incrementan los costos de producción.
Para desarrollar los cultivos
anuales se requieren prácticas intensivas de manejo y conservación de suelos y
agua.
Entre las limitantes
presentes de esta clase están: relieve moderadamente ondulado, erosión sufrida
leve, suelos moderadamente profundos, texturas en el suelo y subsuelo finas o
moderadamente gruesas, moderadamente pedregosos, fertilidad media, toxicidad
moderada, salinidad leve, drenaje moderadamente excesivo o moderadamente lento,
riesgo de inundación moderado, zonas de vida seca o muy húmedas, con período
seco fuerte o ausente, condición de neblina y viento moderada.
CLASE 4. BUENO.
Las tierras de esta
clase presentan fuertes limitaciones, solas o combinadas, que restringen su uso
a vegetación semipermanente y permanente.
Los cultivos anuales se
pueden desarrollar únicamente en forma ocasional y con prácticas muy intensivas
de manejo y conservación de suelos y aguas, excepto de climas pluviales, donde este
tipo de cultivo no es recomendable.
Las limitaciones que se
pueden presentar solas o combinadas son: relieve ondulado, erosión sufrida
moderada, suelos moderadamente profundos, texturas en el suelo y en el subsuelo
muy finas o moderadamente gruesas, pedregosos, fertilidad media, toxicidad
moderada, salinidad leve, drenaje moderadamente lento o moderadamente excesivo,
riesgo de inundación moderado, zonas de vida seca, muy húmedas y pluviales, con
período seco fuerte o ausente, condición de neblina y viento moderada.
CLASE 5. REGULAR ÓPTIMO.
Las tierras de esta
clase presentan severas limitaciones para el desarrollo de cultivos anuales,
semipermanentes, permanentes o bosque, por lo cual su uso se restringe para
pastoreo o manejo de bosque natural.
Las limitaciones que pueden
ocurrir, solas o combinadas cuando la pendiente es inferior al 15% son: relieve
moderadamente ondulado, erosión sufrida moderada, suelos poco profundos, la
textura del suelo y subsuelo pueden ser de finas a gruesas, fuertemente pedregosas,
muy baja fertilidad, toxicidad fuerte, salinidad moderada, drenaje muy lento o
excesivo, riesgo de inundación severo, zonas de vida seca y pluviales, con
período seco fuerte o ausente, condición de neblina y viento fuerte.
También podrían presentarse las
siguientes limitaciones cuando la pendiente oscila entre 15 y 30%: relieve
ondulado, erosión sufrida moderada, suelos poco profundos, texturas en el suelo
moderadamente gruesas o finas y en el subsuelo de muy finas a gruesas,
fuertemente pedregosos, muy baja fertilidad, toxicidad fuerte, salinidad
moderada, drenaje muy lento o excesivo, riesgo de inundación severo, zonas de
vida seca y muy húmedas excepto bosque muy húmedo tropical, con período seco
fuerte o ausente, condición de neblina y viento fuerte.
CLASE 6. REGULAR REGULAR.
Las tierras ubicadas
dentro de esta clase son utilizadas para la producción forestal, así como
cultivos permanentes tales como frutales y café, aunque estos últimos requieren
prácticas intensivas de manejo y conservación de suelos y aguas. Sin embargo,
algunas especies forestales como la teca (Tectona grandis) y melina (Gmelina
arbórea) en plantaciones puras no son adecuadas para las pendientes de esta
clase, debido a que aceleran los procesos de erosión de suelos, por lo que se recomienda
este tipo de uso sólo en relieves moderadamente ondulados a onduladas.
UBICACIÓN DEL LOTE EN
La ubicación en la manzana es una condición que se
emplea únicamente en zonas netamente urbanas, con cuadrantes bien definidos. Su
codificación es la siguiente:
1 |
lote |
manzanero |
|
2 |
lote |
cabecero |
|
3 |
lote |
esquinero |
|
4 |
lote |
medianero |
con dos frentes |
5 |
lote |
medianero |
|
6 |
lote |
en callejón lateral |
|
7 |
lote |
en fondo de callejón |
|
8 |
lote |
interior o en servidumbre |
4.1. Distrito Puerto Cortés
Para el distrito Puerto
Cortés se definieron 8 zonas homogéneas de valor; dos de características
urbanas residenciales, dos de características suburbanas y cuatro de características
rurales tal y como se observa en el mapa respectivo.
En este
proceso se tomó en cuenta el Plan Regulador de Desarrollo Urbano de Puerto
Cortés (Alcance Nº
El MAPA DE RIESGOS DE
Se presenta la matriz de
información del distrito en la cual se anota el valor zonal por metro cuadrado
y otras características del lote típico de cada una de las zonas.
4.1.1. Zonas Homogéneas.
4.1.1.1. Z01-U01
SUR DEL CUADRANTE URBANO DE CIUDAD CORTÉS
Esta zona incluye la
parte sur del cuadrante urbano de la ciudad de Puerto Cortés, limitando en el
sur con el Río Grande de Térraba, al este con el Río Balsar, al oeste termina
en el antiguo campo de aterrizaje y en el norte llega hasta las ocho cuadras,
partiendo del Río Térraba hacia el norte. Limita con la zona homogénea Z01-U02.
Para esta zona se tomó como
base un lote de 200,00m², con
De acuerdo con la investigación
de mercado, el valor zonal de terreno es de 500,00 c/m² (quinientos colones
cada metro cuadrado).
4.1.1.2. Z01-U02
NORTE DEL CUADRANTE URBANO DE CIUDAD
CORTÉS
Esta zona incluye la
parte norte del cuadrante urbano de la ciudad de Puerto Cortés, limitando en el
sur con la zona homogénea Z01-U01, al este con el Río Balsar, al oeste termina
en parte del campo de aterrizaje y en el norte llega hasta el sector de Ojo de
Agua, que se localiza a
Para esta zona se tomó como
base un lote de 300,00m², con
El tipo de residencial 2 es
el que predomina en esta zona según
De acuerdo con la
investigación de mercado, el valor zonal de terreno es de 1.200,00 c/m² (mil
doscientos colones cada metro cuadrado).
4.1.1.3.Z01-R03
ALREDEDORES DEL
CUADRANTE URBANO DE CIUDAD CORTÉS
Se incluyen en esta
zona todas las tierras con vocación agrícola que rodean
Estos suelos de origen
sedimentario, se caracterizan por su topografía plana, fertilidad mediana, a
muy buena; profundos a moderadamente profundos, textura media. En su mayor
parte no tienen acceso a fuentes de agua durante la época seca, por lo que
dependen del agua de lluvia para el desarrollo de la vegetación.
Para esta zona se tomó como
base una finca de
De acuerdo con la
investigación de mercado, el valor zonal de terreno es de ¢2.000.000,00 c/ha
(dos millones de colones con 00/100 cada hectárea).
4.1.1.4. Z01-R04
TIERRAS PLANAS DEL DISTRITO CORTÉS
Es una zona de suelos
de topografía plana a ambos lados da la carretera Costanera, al norte del Río
Grande de Térraba, incluyendo
Están en la actualidad
cubiertos de banano, arroz, pasto, vegetación arbustiva y forestal. Son suelos
bien drenados, con mucha importancia agrícola y para la conservación de la vida
silvestre. Además, no tienen acceso a fuentes de agua durante la época seca,
por lo que dependen del agua de lluvia para el desarrollo de la vegetación.
Para esta zona se tomó como
base una finca de
De acuerdo con la
investigación de mercado, el valor zonal de terreno es de ¢500.000,00 c/ha
(quinientos mil colones con 00/100 cada hectárea).
4.1.1.5. Z01-S05
LOTES RURALES EN LAS
TIERRAS PLANAS DEL DISTRITO CORTÉS
En esta zona
encontramos terrenos urbanizables con áreas menores de 10.000m² y que se
localizan dentro de la zona Z0l-R04, aptos para vivienda, con los servicios de
electricidad y cañería.
Para esta zona se tomó como
base un lote de 400,00m², con
El tipo de residencial 2 es
el que predomina en esta zona según
4.1.1.6. Z01-R06
ZONA MONTAÑOSA DEL DISTRITO CORTÉS
Es una zona de suelos
de topografía ondulada y quebrada con pendientes que superan el 80%. Está
localizada al norte del distrito de Cortés; limita al norte y este con el
cantón de Pérez Zeledón, al suroeste con la zona homogénea Z01-R04. Se
caracteriza porque los suelos son de mucha pendiente, con cobertura boscosa en
su mayor parte y hay actividades agropecuarias no aptas pare la región.
No tienen acceso a fuentes de
agua durante la época seca, por lo que dependen del agua de lluvia para el
desarrollo de la vegetación.
Para esta zona se tomó como
base una finca de
De acuerdo con la
investigación de mercado, el valor zonal de terreno es de ¢150.000,00 c/ha
(ciento cincuenta mil colones con 00/100 cada hectárea).
4.1.1.7. Z01-S07
LOTES RURALES DE
En esta zona
encontramos terrenos urbanizables con áreas menores de 10.000m² y que se
localiza dentro de la zona Z01-R06, aptos para vivienda. Con los servicios de
electricidad y cañería.
Para esta zona se tomó como
base un lote de 1.000,00m², con
El tipo de residencial 1 es
el que predomina en esta zona según
4.1.1.8. Z01-R08
HUMEDALES Y MANGLARES
Es una zona de suelos
de topografía plana, localizada al oeste del Distrito de Cortés, anegada por el
Río Grande de Térraba, formada por manglares, humedales y yolillales. Limita al
norte y este con la zona homogénea Z01-R04, al sur y oeste con el océano
Pacífico. Formada por materiales sedimentarios de río los que por el exceso de
agua y salinidad, no son aptos para actividades agropecuarias.
Están en la actualidad
cubiertos de manglares y yolillales, sin actividades agropecuarias rentables,
únicamente para la conservación natural.
Para esta zona se tomó como base
una finca de
De acuerdo con la
investigación de mercado, el valor zonal de terreno es de ¢150.000,00 c/ha
(ciento cincuenta mil colones con 00/100 cada hectárea).
NOTA: En la oficina de Valoraciones de
Bienes Inmuebles de
4.2. Distrito Palmar
Para el distrito Palmar
se definieron 17 zonas homogéneas de valor, 2 de características urbanas
comerciales y 7 urbanas residenciales, 3 de características suburbanas y 5 de
características rurales tal y como se observa en el mapa respectivo.
Se presenta la matriz de
información del distrito en la cual se anota el valor zonal por metro cuadrado
y otras características del lote típico de cada una de las zonas.
4.2.1. Zonas Homogéneas.
CUADRANTE URBANO DE PALMAR NORTE
Esta zona incluye el
cuadrante urbano de la ciudad de Palmar Norte limitando en el sur con el Río
Grande de Térraba, al este con zona agropecuaria y montañosa, al oeste con
4.2.1.1. Z02-C09
COMERCIO
En este sector del
distrito es donde se localiza el comercio más importante de la ciudad.
Comprende inmuebles que están dentro del cuadrante, localizados frente a la
calle 6 que se extiende de la avenida
Para esta zona se tomó como
base un lote de 400,00m², con
De acuerdo con la
investigación de mercado, el valor zonal de terreno es de (Z 10.000,00 c/m²
(diez mil colones cada metro cuadrado).
4.2.1.2 Z02-C10
COMERCIO
En este sector del
distrito es donde se localiza el comercio menos importante que el anterior.
Comprende inmuebles que se localizan a ambos lados de
Para esta zona se tomó como
base un lote de 400,00m², con
De acuerdo con la
investigación de mercado, el valor zonal de terreno es de ¢8.000,00 c/m² (ocho
mil colones cada metro cuadrado).
4.2.1.3 Z02-U11 CUADRANTE URBANO
Esta zona incluye parte
del cuadrante urbano de la ciudad de Palmar Norte, localizada del costado sur
de
Para esta zona se tomó como
base un lote de 400,00m², con
El tipo de residencial 3 es
el que predomina en esta zona según
De acuerdo con la
investigación de mercado, el valor zonal de terreno es de ¢8.000,00 c/m² (ocho
mil colones cada metro cuadrado).
4.2.1.4. Z02-U12
CUADRANTE URBANO
Esta zona incluye
también parte del cuadrante urbano de la ciudad de Palmar Norte, localizada del
costado sur de
Para esta zona se tomó como
base un lote de 400,00m², con
El tipo de residencial 3 es
el que predomina en esta zona según
De acuerdo con la
investigación de mercado, el valor zonal de terreno es de ¢6.000,00 c/m² (seis
mil colones cada metro cuadrado).
4.2.1.5. Z02-U13
CUADRANTE URBANO
Esta zona incluye
también parte del cuadrante urbano de la ciudad de Palmar Norte, localizada del
costado sur de
Para esta zona se tomó como
base un lote de 300,00m², con
El tipo de residencial 3 es
el que predomina en esta zona según
De acuerdo con la
investigación de mercado, el valor zonal de terreno es de ¢4.000,00 c/m²
(cuatro mil colones cada metro cuadrado).
4.2.1 Z02-R14
CUADRANTE URBANO
Esta zona limita con el
cuadrante urbano de la ciudad de Palmar Norte, localizada a ambos lados de
Para esta zona se tomó como
base una finca de 10 has, con
De acuerdo con la
investigación de mercado, el valor zonal de terreno es de ¢2.000.000,00 c/ha
(dos millones de colones cada hectárea).
4.2.1.7. Z02-U15
CUADRANTE URBANO
Esta zona incluye
también parte del cuadrante urbano de la ciudad de Palmar Norte, localizada al
norte de
Para la zona se tomó como
base un lote de 120,00m², con
El tipo de residencial 2 es
el que predomina en esta zona según
De acuerdo con la
investigación de mercado, el valor zonal de terreno es de ¢2.000,00 c/m² (dos
mil colones cada metro cuadrado).
4.2.1.8. Z02-R16
CUADRANTE URBANO
Esta zona limita con el
cuadrante urbano de la ciudad de Palmar Norte, localizada a ambos lados de la
zona homogénea Z02-Ul5, donde se localiza la urbanización popular construida
por el INVU al norte de
Para esta zona se tomó como
base un área de
De acuerdo con la
investigación de mercado, el valor zonal de terreno es de ¢2.000.000,00 c/ha
(dos millones de colones cada hectárea).
4.2.19. Z02-U17
CUADRANTE URBANO
Esta zona incluye parte
del cuadrante urbano de la ciudad de Palmar Norte, localizada del lado sur de
Para esta zona se tomó como
base un lote de 400,00m², con
El tipo de residencial 1 es
el que predomina en esta zona según
De acuerdo con la
investigación de mercado, el valor zonal de terreno es de ¢2.000,00 c/m² (dos
mil colones cada metro cuadrado).
4.2.1.10. Z02-U18
CUADRANTE URBANO DE PALMAR SUR
Esta zona incluye parte
del cuadrante urbano de la ciudad de Palmar Sur, localizada a ambos lados de la
vía principal de asfalto, que atraviesa al cuadrante por el centro y comunica a
Para esta zona se tomó como
base un lote de 300,00m², con
El tipo de residencial 3 es
el que predomina en esta zona según
De acuerdo con la
investigación de mercado, e1 valor zonal de terreno es de ¢4.000,00 c/m²
(cuatro mil colones cada metro cuadrado).
4.2.1.11. Z02-U19
CUADRANTE URBANO DE PALMAR SUR
Esta zona incluye parte
del cuadrante urbano de la ciudad de Palmar Sur, localizada a ambos lados de la
zona homogénea Z02-U18, que atraviesa al cuadrante por el centro y comunica a
Para esta zona se tomó como
base un lote de 400,00m², con
El tipo de residencial 2 es
el que predomina en esta zona según
De acuerdo con la
investigación de mercado, el valor zonal de terreno es de ¢2.000,00 c/m² (dos
mil colones cada metro cuadrado).
4.2.1.12. Z02-S20
ALREDEDORES DEL CUADRANTE URBANO DE
PALMAR SUR
Esta zona limita con el
cuadrante urbano de la ciudad de Palmar Sur, localizada a ambos lados de la
carretera asfaltada fuera del cuadrante y limita por el este con
Para esta zona se tomó como
base un área de
De acuerdo con la
investigación de mercado, el valor zonal de terreno es de ¢2.000.000,00 c/ha
(dos millones de colones cada hectárea).
4.2.1.13. Z02-R21
TIERRAS PLANAS DEL DISTRITO PALMAR
Es una zona de suelos
de topografía plana a ambos lados da
Están en la actualidad cubiertos
de banano, arroz, pasto, vegetación arbustiva y forestal, etc. Estos suelos son
bien drenados, con mucha importancia agrícola y para la conservación de la vida
silvestre. Además, no tienen acceso a fuentes de agua durante la época seca,
por lo que dependen del agua de lluvia para el desarrollo de la vegetación.
Para esta zona se tomó como
base una finca de
De acuerdo con la
investigación de mercado, el valor zonal de terreno es de ¢500.000,00 c/ha
(quinientos mil colones con 00/100 cada hectárea).
4.2.1.14. Z02-S22
LOTES RURALES DE LAS
TIERRAS PLANAS DEL DISTRITO PALMAR
En esta zona
encontramos terrenos urbanizables con áreas menores de 10.000m² y que se
localizan dentro de la zona Z02-R21, aptos para vivienda.
Para esta zona se tomó como
base un lote de 400,00m², con
El tipo de residencial 2 es
el que predomina en esta zona según
4.2.1.15. Z02-R23
ZONA MONTAÑOSA DEL DISTRITO PALMAR
Es una zona de suelos
de topografía ondulada y quebrada con pendientes que superan el 80%, localizada
al norte del distrito de Palmar, limita al norte y este con la zona montañosa
de los cantones de Pérez Zeledón y Buenos Aires. Se caracteriza porque los
suelos son de mucha pendiente, con cobertura boscosa en su mayor parte y hay
actividades agropecuarias no aptas para la región.
No tienen acceso a fuentes de
agua durante la época seca, por lo que dependen del agua de lluvia para el
desarrollo de la vegetación.
Para esta zona se tomó como
base una finca de
De acuerdo con la
investigación de mercado, el valor zonal de terreno es de ¢150.000,00 c/ha
(ciento cincuenta mil colones con 00/100 cada hectárea).
4.2.1.16. Z02-S24
LOTES RURALES DE
En esta zona
encontramos terrenos urbanizables con áreas menores de 10.000m² y que se
localiza dentro de la zona Z02-R23, aptos para vivienda. Sin servicios.
Para esta zona se tomó como
base un lote de 1.000,00m², con
El tipo de residencial 1 es
el que predomina en esta zona según
4.2.1.17. Z02-R25
HUMEDALES, MANGLARES
Es una zona de suelos
de topografía plana al sur y al oeste del Distrito de Palmar, anegada por el
Río Grande de Térraba, formada por manglares, humedales y yolillales. Formada
por materiales sedimentarios de río, con exceso de agua y salinidad, no son
aptos para actividades agropecuarias. Están en la actualidad cubiertos de
manglares y yolillales, sin actividades agropecuarias rentables, únicamente
para la conservación natural.
Para esta zona se tomó como
base una finca de
De acuerdo con la
investigación de mercado, el valor zonal de terreno es de ¢150.000,00 c/ha
(ciento cincuenta mil colones con 00/100 cada hectárea).
NOTA: En
4.3. Distrito Sierpe
Para el distrito Sierpe
se definieron 8 zonas homogéneas de valor, 1 de características urbanas, 1 de
características turísticas, 3 con características suburbanas y 3 con
características rurales tal y como se observa en el mapa respectivo.
En el cuadro 3 se presenta la
matriz de información del distrito en la cual se anota el valor zonal por metro
cuadrado y otras características del lote típico de cada una de las zonas
homogéneas.
4.3.1. Zonas Homogéneas.
4.3.1.1. Z03-U26
CUADRANTE URBANO DE SIERPE
Esta zona incluye el
cuadrante urbano de la ciudad de Sierpe, localizada en toda la península de
terreno que forma el Río Sierpe, a ambos lados de las vías principales y en los
márgenes de éste río. En ella se localiza la mayor parte de los inmuebles
urbanos del distrito.
Para esta zona se tomó como
base un lote de 300,00m², con
El tipo de residencial 2 es
el que predomina en esta zona según
4.3.1.2 Z03-S27
ALREDEDORES DEL CUADRANTE URBANO DE
SIERPE
Esta zona limita con el
cuadrante urbano de la ciudad de Sierpe, localizada alrededor de la zona
homogénea Z03-U26, donde se localiza el cuadrante de la ciudad y ambas están
pareadas.
Para esta zona se tomó como
base un área de
De acuerdo con la
investigación de mercado, el valor zonal de terreno es de ¢1.500.000,00 c/ha
(millón quinientos mil con 00/100 colones cada hectárea).
4.3.1.3. Z03-R28
TIERRAS PLANAS DEL DISTRITO SIERPE
Es una zona de suelos
de topografía plana al sur de
En la actualidad están
cubiertos de banano, arroz, pasto, vegetación arbustiva y forestal. Son suelos
bien drenados, con mucha importancia agrícola y para la conservación de la vida
silvestre. Además, no tienen acceso a fuentes de agua durante la época seca,
por lo que dependen del agua de lluvia para el desarrollo de la vegetación.
Para esta zona se tomó como
base una finca de
De acuerdo con la
investigación de mercado, el valor zonal de terreno es de ¢500.000,00 c/ha
(Quinientos mil con 00/100 colones cada hectárea).
4.3.1.4 Z03-S29
LOTES RURALES EN LAS
TIERRAS PLANAS DEL DISTRITO SIERPE
En esta zona
encontramos terrenos urbanizables con áreas menores de 10.000m² y que se
localiza dentro de la zona Z03-R28, aptos para vivienda.
Para esta zona se tomó como
base un lote de 400,00m², con
El tipo de residencial 2 es
el que predomina en esta zona según
El valor zonal del terreno es
de ¢1.500.00 c/m² (mil quinientos colones cada metro cuadrado).
4.3.1.5 Z03-R30
TIERRAS PLANAS DEL PARQUE NACIONAL CORCOVADO
Es una zona de suelos
de topografía plana del Parque Nacional Corcovado, que se encuentra al sur de
éste, limitada por la zona montañosa del mismo parque y el Océano Pacífico.
Suelos de textura buena y alta fertilidad natural dedicados a la conservación
natural.
Están en la actualidad
cubiertos de bosque forestal y conservación de la vida silvestre. Además tiene
acceso por vía marítima.
Para esta zona se tomó como
base una finca de
De acuerdo con la
investigación de mercado, el valor zonal de terreno es de ¢300.000,00 c/ha
(trescientos mil colones con 00/100 cada hectárea).
4.3.1.6 Z03-R31
ZONA MONTAÑOSA DEL DISTRITO SIERPE
Es una zona de suelos
de topografía ondulada y quebrada con pendientes que superan el 80%, localizada
al sur del distrito de Sierpe, limitando con el Océano Pacífico. Se caracteriza
porque los suelos son de mucha pendiente, con cobertura boscosa casi en su
totalidad; hay actividades agropecuarias no aptas para la región. Parte de esta
zona está incluida dentro del Parque Nacional Corcovado y
No tienen acceso a fuentes de
agua durante la época seca, por lo que dependen del agua de lluvia para el
desarrollo de la vegetación.
Para esta zona se tomó como
base una finca de
De acuerdo con la
investigación de mercado, el valor zonal de terreno es de ¢150.000,00 c/ha
(ciento cincuenta mil colones con 00/100 cada hectárea).
4.3.1.7 Z03-S32
LOTES RURALES EN
En esta zona
encontramos terrenos urbanizables con áreas menores de 10.000m² y que
se-localizan dentro de la zona Z03-R31, aptos para vivienda, sin servicios.
Para esta zona se tomó como
base un lote de 1.000,00m², con
El tipo de residencial 1 es
el que predomina en esta zona según
4.3.1.8. Z03-T33
PLAYAS DEL DISTRITO SIERPE
Es una extensa zona de
terreno de aptitud turística que se caracteriza por su localización frente al
mar, e incluye los terrenos de topografía quebrada con vista panorámica del
océano. Los suelos son de fertilidad mediana a baja. Además no tienen acceso a
fuentes de agua durante la época seca, por lo que dependen del agua de lluvia
para el desarrollo de la vegetación.
Dentro de esta zona se
localiza toda la costa marina del distrito Sierpe que es parte de la zona
marítimo terrestre, cuyos inmuebles son objeto del pago del canon
correspondiente.
Para esta zona se tomó como
base una finca con área de
4.3.1.9. Z03-R33
HUMEDALES Y MANGLARES
Es una zona de suelos
de topografía plana al norte del distrito de Sierpe, anegada por el Río Sierpe,
formada por manglares, humedales y yolillales. Limita al norte y este con zona
homogénea Z03-R28, al sur con el Río Sierpe y zona homogénea Z03-R31 y al oeste
con el Océano Pacífico y la zona homogénea Z03-R31. Los suelos son originados
de materiales sedimentarios de río, con exceso de agua y salinidad, no son
aptos para actividades agropecuarias.
Están en la actualidad
cubiertos de manglares y yolillales, sin actividades agropecuarias rentables,
únicamente para la conservación de natural.
Para esta zona se tomó como
base una finca de
De acuerdo con la
investigación de mercado, el valor zonal de terreno es de ¢150.000,00 c/ha
(ciento cincuenta mil colones con 00/100 cada hectárea).
NOTA: En
4.4. Distrito Ballena
Para el distrito
Ballena se definieron 7 zonas homogéneas de valor, 3 de características
turísticas, 2 con características suburbanas y 2 con características rurales
tal y como se observa en el mapa respectivo.
En el cuadro 4 se presenta la
matriz de información del distrito en la cual se anota el valor zonal por metro
cuadrado y otras características del lote típico de cada una de las zonas
homogéneas.
4.4.1. Zonas Homogéneas.
4.4.1.1 Z04-R34
TIERRAS PLANAS DEL DISTRITO BALLENA
Es una zona de suelos
de topografía plana a ambos lados da
En la actualidad son suelos
de agricultura, ganadería, vegetación arbustiva y forestal. Son suelos bien
drenados, no tienen acceso a fuentes de agua durante la época seca, por lo que
dependen del agua de lluvia para el desarrollo de la vegetación. Son suelos de
sedimentación con material orgánico bueno, profundos, mecanizables, de textura
buena, alta fertilidad natural.
Para esta zona se tomó como
base una finca de
De acuerdo con la
investigación de mercado, el valor social de terreno es de ¢500.000,00 c/ha
(quinientos mil colones con 00/100 cada hectárea).
4.4.1.2 Z04-S35
LOTES RURALES DE LAS
TIERRAS PLANAS DEL DISTRITO BALLENA
En esta zona
encontramos terrenos urbanizables con áreas menores de 10.000m² y que se
localiza dentro de la zona Z04-R34, aptos para vivienda.
Para esta zona se tomó como
base un lote de 400,00m², con
El tipo de residencial 2 es
el que predomina en esta zona según
El valor zonal del terreno es
de ¢2.000.00 c/m² (dos mil colones cada metro cuadrado).
4.4.1.3 Z04-R36
ZONA MONTAÑOSA DEL DISTRITO BALLENA
Es una zona de suelos
de topografía ondulada y quebrada con pendientes que superan el 80%, localizada
al norte y este del distrito de Ballena. Limita al noreste con el cantón de
Pérez Zeledón, al sur y este con la zona homogénea Z04-R34.
Se caracteriza porque los
suelos son de mucha pendiente, con cobertura boscosa casi en su totalidad,
manejan actividades agropecuarias no aptas para la región. No tienen acceso a
fuentes de agua durante la época seca, por lo que dependen del agua de lluvia
para el desarrollo de la vegetación.
Para esta zona se tomó como
base una finca de
De acuerdo con la
investigación de mercado, el valor zonal de terreno es de ¢150.000,00 c/ha
(ciento cincuenta mil colones con 00/100 cada hectárea).
4.4.1.4 Z04-S3 7
LOTES RURALES EN
En esta zona
encontramos terrenos urbanizables con áreas menores de 10.000m² que se localiza
dentro de la zona Z04-R36, aptos para vivienda, sin servicios.
Para esta zona se tomó como
base un lote de 1.000,00m², con
El tipo de residencial 1 es
el que predomina en esta zona según
El valor zonal del terreno es
de ¢300.00 c/m² (trescientos colones cada metro cuadrado).
4.4.1.5 Z04-T38
PLAYA DOMINICAL
Es una extensa zona de
terreno de aptitud turística que se caracteriza por su localización /frente al
mar.
Dentro de esta zona se
localiza parte de la costa marina del distrito Ballena que es parte de la zona
marítimo terrestre, cuyos inmuebles son objeto del pago del canon
correspondiente.
Para esta zona se tomó como
base una finca con área de 300m² con frente a playa de
El valor zonal de terreno es
de ¢6.000,00 c/m² (seis mil colones cada metro cuadrado).
4.4.1.6 Z04-T39
PLAYA HERMOSA
Es una extensa zona de
terreno de aptitud turística que se caracteriza por su localización frente al
mar.
Dentro de esta zona se
localiza parte de la costa marina del distrito Ballena que es parte de la zona
marítimo terrestre, cuyos inmuebles son objeto del pago del canon
correspondiente.
Para esta zona se tomó como
base una finca con área de 300m² con frente a playa de
El valor zonal de terreno es
de ¢ 4.000,00 c/m² (cuatro mil colones cada metro cuadrado).
4.4.1.7 Z04-T40
PLAYA BALLENA
Es una extensa zona de terreno
de aptitud turística que se caracteriza por su localización frente al mar.
Dentro de esta zona se
localiza parte de la costa marina del distrito Ballena que es parte de la zona
marítimo terrestre, cuyos inmuebles son objeto del pago del canon correspondiente.
Para esta zona se tomó como
base una finca con área de 1000m² con frente a playa de
El valor zonal de terreno es
de ¢2.000,00 c/m² (dos mil colones cada metro cuadrado).
NOTA: En
4.5. Distrito Piedras Blancas
Para el distrito
Piedras Blancas se definieron 5 zonas homogéneas de valor, 2 de características
suburbanas y 3 de características rurales tal y como se observa en el mapa
respectivo.
Se presenta la matriz de
información del distrito en la cual se anota el valor zonal por metro cuadrado
y otras características del lote típico de cada una de las zonas.
4.5.1. ZONAS HOMOGÉNEAS
4.5.1.1 Z05-R41
TIERRAS PLANAS DEL DISTRITO PIEDRAS
BLANCAS
Es una zona de suelos
de topografía plana a ambos lados da
Están en la actualidad
cubiertos de banano, arroz, pasto, vegetación arbustiva y forestal. Son suelos
bien drenados, con mucha importancia agrícola y para la conservación de la vida
silvestre. Además, no tienen acceso a fuentes de agua durante la época seca,
por lo que dependen del agua de lluvia para el desarrollo de la vegetación.
Para esta zona se tomó como
base una finca de
De acuerdo con la
investigación de mercado, el valor zonal de terreno es de ¢500.000,00 c/ha
(quinientos mil colones con 00/100 cada hectárea).
4.5.1.2 Z05-S42
LOTES RURALES EN
TIERRAS PLANAS DEL DISTRITO PIEDRAS BLANCAS
En esta zona
encontramos terrenos urbanizables con áreas menores de 10.000m² y que se
localizan dentro de la zona Z05-R41, aptos para vivienda.
Para esta zona se tomó como
base un lote de 400,00m², con
El tipo de residencial 2 es
el que predomina en esta zona según
El valor zonal del terreno es
de ¢1.500.00 c/m² (mil quinientos colones cada metro cuadrado).
4.5.1.3 Z05-R43
ZONA MONTAÑOSA DEL DISTRITO PIEDRAS
BLANCAS
Es una zona de suelos
de topografía quebrada con pendientes que superan el 80%, localizada al norte y
este de la zona homogénea Z05-R41. Limita al noreste con el cantón de Buenos
Aires, al sur y oeste con la zona homogénea Z05-R41. Se caracteriza porque los
suelos son de mucha pendiente, con cobertura boscosa casi en su totalidad y hay
actividades agropecuarias no aptas para la región.
No tienen acceso a fuentes de
agua durante la época seca, por lo que dependen del agua de lluvia para el
desarrollo de la vegetación.
Para esta zona se tomó como
base una finca de
De acuerdo con la
investigación de mercado, el valor zonal de terreno es de ¢150.000,00 c/ha
(ciento cincuenta mil colones con 00/100 cada hectárea).
4.5.1.4 Z05-S44
LOTES RURALES EN
En esta zona
encontramos terrenos urbanizables con áreas menores de 10.000m² y que se
localizan dentro de la zona Z05-R43, aptos para vivienda, sin servicios.
Para esta zona se tomó como
base un lote de 1.000,00m², con
El tipo de residencial 1 es
el que predomina en esta zona según
El valor zonal del terreno es
de ¢300.00 c/m² (trescientos colones cada metro cuadrado).
4.5.1.5. Z05-R45
HUMEDALES Y MANGLARES
Es una zona de suelos
de topografía plana al oeste del distrito de Piedras Blancas, anegada por el
Río Sierpe y formada por manglares, humedales y yolillales. Limita al norte con
la zona homogénea Z05-R41, al sur y este con la zona homogénea Z05-R43, al
oeste con la zona homogénea montañosa Z03-R31 del distrito de Sierpe. Formada
por materiales sedimentarios de río, con exceso de agua, no son aptos para
actividades agropecuarias.
Están en la actualidad
cubiertos de manglares y yolillales, sin actividades agropecuarias rentables,
únicamente para la conservación de natural.
Para esta zona se tomó como
base una finca de
De acuerdo con la
investigación de mercado, el valor zonal de terreno es de ¢150.000,00 c/ha
(ciento cincuenta mil colones con 00/100 cada hectárea).
NOTA: En
Jorge Alberto Cole de
León, Alcalde Municipal.—1 vez.—(118636).
Para ver imágenes solo en
NATUQUI S. A.
En aquiescencia con la
escritura constitutiva y el Código de Comercio, se convoca a asamblea general
de socios de Natuqui S. A., cédula 3-101-
COLEGIO DE INGENIEROS
AGRÓNOMOS DE COSTA RICA
El orden del día fijado
para esta asamblea es el siguiente:
1. Himno Nacional.
2. Homenaje póstumo a colegiados fallecidos.
3. Lectura y aprobación de las Actas Nos. 134 y
135.
4. Seguimiento de acuerdos de asamblea.
5. Memoria anual:
o Informe de la presidencia.
o Informe de la tesorería.
o Informe de la fiscalía.
6. Propuesta sobre actualización del valor mínimo
de la hora para la prestación de servicios profesionales privados en ciencias
agropecuarias y forestales.
7. Elección de miembros de junta directiva y del
fiscal:
o Presidente.
o Prosecretario.
o Vocal I.
o Vocal III.
o Fiscal.
8. Juramentación y toma de posesión de nuevos
miembros de junta directiva y del fiscal.
9. Proposiciones varias.
Los colegiados interesados en conocer con anterioridad documentos relacionados con los temas de esta asamblea, pueden hacer retiro de los mismos personalmente en nuestra Sede Central, a partir del lunes 26 de enero del 2009 en horas de oficina.—San José, 18 de diciembre del 2008.—Ing. Agr. Mario E. Coto Carranza, Presidente.—Dra. Floribeth Mora Umaña, Secretaria.—1 vez.—(306).
COLEGIO MÉDICOS VETERINARIOS
Asamblea general.
Agenda sesión ordinaria
47-2009 viernes 23 de enero del 2009, Hotel Real Intercontinental.
Primera convocatoria 6:30 p.
m. (mitad más uno de los colegiados activos), segunda convocatoria 7:00 p.m.
(miembros presentes).
1. Comprobación del quórum.
2. Himno Nacional.
3. Lectura y aprobación del orden del día.
4. Lectura y aprobación del acta anterior de
sesión ordinaria de asamblea general (*).
5. Lectura y aprobación de los informes (*).
6. Análisis y liquidación del presupuesto
diciembre 2007-noviembre 2008 (*).
7. Análisis y aprobación de presupuesto
febrero 2009-enero 2010.
8. Reforma de Reglamento General. Modificar
Acuerdo Nº 15/46-08
9. Ratificación del Resultado Elecciones 16 de
enero del 2009.
10. Juramentación de los nuevos miembros de la
junta directiva.
11. Nombramientos y juramentación de cargos de
asamblea general.
12. Asuntos varios.
NOTA: Al terminar la sesión de Asamblea General, se
efectuará una Cena Bailable.
(*) Disponibles en la
página Web: www.veterinarios.or.cr.
Tres Ríos, 06 de enero del 2009.—Junta Directiva.—Dr. José Alberto Lara Zapata, Presidente.—1 vez.—(344).
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
ATARDECER EN EL PARAIN HOTEL
DE GUANACASTE S. A.
Atardecer en el Parain
Hotel de Guanacaste S. A., cédula jurídica Nº 3-101-212373, solicita ante
LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A.
Para los efectos del
artículo 689 del Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses Sociedad
Anónima (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al
propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:
Certificado
Nº Acciones Serie
2589 400 H
A nombre de: Farmacia 2
Avenida, folio: 2798.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(117019).
Adilia Santana López
cédula de residencia 127009845101, solicita ante
ENRIQUE MONGE Y COMPAÑÍA
LIMITADA
La suscrita Leticia
Zeldón Rodríguez, mayor, del hogar, con cédula de identidad número uno guión doscientos
treinta y seis guión trescientos sesenta y uno, con la representación judicial
y extrajudicial de la sociedad y facultades de apoderada generalísima sin
límite de suma de Enrique Monge y Compañía Limitada de este domicilio, con
cédula jurídica vigente número tres guión ciento dos guión cero catorce mil
ciento ochenta y siete, dejo constancia de que se ha solicitado ante
DISTRIBUIDORA EL PALACIO DE
ORIENTE S. A.
Distribuidora El
Palacio de Oriente S. A., cedula jurídica Nº tres- ciento uno-tres ocho siete
cuatro dos siete, solicita ante
Yo, José Tranquilino
López Álvarez, cédula N° 05-0246-0903, solicito ante
GALGUR LTDA.
Galgur Ltda., cédula de
persona jurídica 3-102-016790, solicita a
GUARQUI S. A.
Guarqui Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-131132, solicita ante
SOCIEDAD MEPRAF SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, Marco Eduardo
Murillo Ulate, mayor, casado una vez, empresario, vecino de Zarcero de Alfaro
Ruiz, con cedula de identidad dos-doscientos cincuenta y tres-setecientos
treinta y ocho, en mi condición de presidente hago constar que hemos iniciado
la reposición de libros de actas de Asamblea General, número uno de
COMERCIALIZADORA EL ÁNGEL
DE ISRAEL SOCIEDAD ANÓNIMA
Comercializadora El
Ángel de Israel Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos
sesenta y seis mil doscientos cincuenta y tres, solicita ante
OSO HONGO EUM SOCIEDAD ANÓNIMA
Oso Hongo Eum Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-335295, solicita ante
ACEROS MODERNOS FER S. A.
Aceros Modernos Fer S. A.,
cédula jurídica número tres- ciento uno-trescientos sesenta y tres mil
seiscientos seis, solicita ante
GUERREROS TERRACOTA SOCIEDAD ANÓNIMA
Guerreros Terracota
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-…, solicita ante
LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES SOCIEDAD ANÓNIMA (LACSA)
Para los efectos del
artículo 689 del Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses Sociedad
Anónima (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al
propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:
Certificado
número Cantidad de
Acciones Serie
1448 240 D
1409 60 E
1409 350 E
760 97 F
847 56 G
773 20 H
3687 137 J
Accionista: Rancho Santa
Rita S. A. Folio 1460.—9 de diciembre del 2008.—Norma Naranjo M., Gerente de
Accionistas.—(118137).
Yo, Miguel Eduardo
Rojas Ugalde, cédula Nº 2-456-411, solicita ante
CORPORACIÓN LAS ALTURAS DEL MIRAVALLES
SOCIEDAD ANÓNIMA
Corporación Las Alturas
del Miravalles Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento doce
mil doscientos noventa y ocho, inscrita en el Registro Público, Sección
Mercantil al tomo mil cuatrocientos cincuenta y ocho, folio doscientos ochenta
y nueve, asiento trescientos cincuenta y tres, informa a todos los interesados
que se extraviaron los libros de Diario, Mayor y Balance de esta compañía. Es
todo.—Guayabo de Bagaces, Guanacaste, cuatro de noviembre del año dos mil
ocho.—Lic. Alexander Lobo Alvarado, Notario.—Nº 75264.—(119748).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ORGANIZACIÓN HERMANOS
ALVARADO
QUIRÓS SOCIEDAD ANÓNIMA
Organización Hermanos Alvarado
Quirós Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-012597-20, solicita ante
INMOBILIARIA LOS JARDINES S.
A.
Para efectos de reposición, yo, Xavier González Colombari, con cédula de identidad Nº 1-365-138, en mi condición de propietario de la acción y título Nº 0127, hago constar que he solicitado a Inmobiliaria Los Jardines S.A., la reposición de los mismos por haberse extraviado. Por el término de ley, se atenderán oposiciones en el Departamento de Secretaría de junta directiva, en el Cariari Country Club, San Antonio de Belén, Heredia, y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José, 11 de diciembre del 2008.—Xavier González Colombari, propietario.—Nº 79765.—(118403).
COMPAÑÍA BANANERA DE COSTA
RICA S. A.
Para efectos de reposición la sociedad denominada Compañía Bananera de Costa Rica, cédula jurídica Nº 3-102-009490, en la condición de propietarios de la acción y título Nº 504, hace constar que hemos solicitado a Inmobiliaria Los Jardines S. A., la reposición de los mismos por haberse extraviado. Por el término de ley, se atenderán oposiciones en el Departamento de Secretaría de Junta Directiva, en el Cariari Country Club, San Antonio de Belén, Heredia, y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José, 12 de diciembre del 2008.—José Luis Valverde Ramírez.—Nº 79766.—(118404).
DEL MAR SURF CAMP SOCIEDAD
ANÓNIMA
Del Mar Surf Camp Sociedad Anónima, cédula
jurídica número 3-101-353817, solicita ante
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE
CENTRO AMÉRICA
Ante el Registro de
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por escritura número ciento
ochenta y siete-tres otorgada en mi notaría a las once horas del ocho de
diciembre del año dos mil ocho, se constituyó Corporación Romelio del Jorco
Limitada. Su domicilio será en la provincia de Heredia, cincuenta metros al
norte de
Por escritura número ciento ochenta y uno-tres otorgada en mi notaría a las ocho horas del veintidós de noviembre del dos mil ocho, se constituyó Comercializadora Nelson Mora Limitada. Su domicilio será en la provincia de San José, Sabanas de Acosta, doscientos metros sur de la escuela, plazo cincuenta años, capital íntegramente suscrito y pagado.—Heredia, 10 de diciembre del 2008.—Lic. Edwin Astúa Porras, Notario.—1 vez.—Nº 79112.—(117181).
Por escritura número 11 otorgada en San José a las 10:00 horas del 9 de diciembre del 2008 ante la notaria Fiorella Romero López, se constituyó la sociedad denominada Grupo Urbe Soluciones S. A. cuya junta directiva estará compuesta por 3 miembros presidente, secretario y tesorero correspondiendo la representación judicial y extrajudicial al presidente y secretario.—San José, a las 11 horas del 9 de diciembre del 2008.—Lic. Fiorella Romero López, Notaria.—1 vez.—Nº 79113.—(117182).
Protocolización de acuerdos de
sesión ordinaria de junta directiva de la compañía
Por escritura número 10 otorgada en San José, a las 8:30 horas del 9 de diciembre del 2008, ante la notaria Fiorella Romero López, se modificaron las cláusulas uno y seis del pacto constitutivo de la empresa EA y AP, cédula jurídica Nº 3-101-347240, cuyo nombre será In Situ Soluciones S. A. El presidente y secretario serán apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, a las 9:30 horas del 9 de diciembre del 2008.—Lic. Fiorella Romero López, Notaria.—1 vez.—Nº 79115.—(117184).
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía 3-101-504249 sociedad anónima, donde se modifica la cláusula primera del pacto social y se nombra nuevo presidente, secretario y agente residente. Escritura otorgada a las doce horas cuarenta y cinco minutos del día nueve de diciembre del año dos mil ocho.—Lic. María Gabriela Bogantes González, Notaria.—1 vez.—Nº 79116.—(117185).
En el protocolo del suscrito
Notario, mediante la escritura número: ciento seis del tomo quinto se
constituyo la sociedad denominada Inversiones Ticas AD Sociedad Anónima,
en donde figura como presidente el señor: el suscrito Etelberto Romero Leiva,
mayor, casado una vez, comerciante, cédula de identidad número tres-
trescientos treinta y seis- ciento veintitrés, vecino de San Cristóbal Sur, de
Desamparados, setecientos metros norte de
Ante esta Notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas cuarenta y cinco minutos del día nueve de diciembre de dos mil ocho, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Mercantil Domalexa MRS S. A. Donde se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, nueve de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—Nº 79119.—(117187).
El día 10 de diciembre del 2008, compareció ante esta notaría los señores Aguilar Valverde Yamileth, cédula de identidad número 1-444-836, Barrantes León José, cédula de identidad número 1-415-603, Barrantes Aguilar Hazel, cédula de identidad número 1-1019-574, Barrantes Aguilar Karol, cédula de identidad número 1-1165-0380, Barrantes Aguilar Mauricio, cédula de identidad número 1-1398-574, para constituir la sociedad Inversiones Luna Barrantes & Aguilar S. A.—Lic. Óscar José Porras Cascante, Notario.—1 vez.—Nº 79123.—(117188).
El día 10 de diciembre del 2008, compareció ante esta notaría las señoras Aguilar Valverde Yamileth, cédula de identidad número 1-444-836, Barrantes Aguilar Karol, cédula de identidad número 1-1165-0380, para constituir la sociedad Boro Borolitas del Sur S. A.—Lic. Óscar José Porras Cascante, Notario.—1 vez.—Nº 79124.—(117189).
Por escritura otorgada a las 10:00 horas del día de hoy, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Tierras Schenk Bavaria S. A. mediante la cual se modifican las cláusulas segunda y sétima y se otorga un poder generalísimo sin límite de suma.—San José, 10 de diciembre del 2008.—Lic. Jorge Jiménez Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 79125.—(117190).
En mi notaría se ha constituido la empresa denominada: Rancho Aljuan Limitada. Domiciliada en Rincón de Zaragoza de Palmares, Alajuela. Representada judicialmente por su gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: Álvaro Hernández Vargas y Dulce María Vargas Vargas, por escritura número setenta y cuatro de las dieciséis horas del veintiuno de noviembre del dos mil ocho.—Lic. Freddy Gólcher Carazo, Notario.—1 vez.—Nº 79126.—(117191).
Ante esta notaría, al ser las nueve horas y treinta minutos del primero de diciembre del dos mil ocho, mediante escritura pública número noventa y nueve se protocolizó el acta de asamblea de la sociedad Caminos de Bello Monte Sociedad Anónima, donde se toman los siguientes acuerdos: se reforma la cláusula novena y se cambia la representación, se nombran nuevo presidente y secretario. Quedando: presidente: Donald Lee (nombre) Hanson (apellido), secretaria: Jessie Kathleen (nombre) Hanson (apellido). Es todo.—San José, 10 de diciembre del 2008.—Lic. Yohanka González González, Notaria.—1 vez.—Nº 79127.—(117192).
Ante esta notaría, al ser las nueve horas del primero de diciembre del dos mil ocho, mediante escritura pública número noventa y ocho, se protocolizó el acta de asamblea de la sociedad Corales Rojos de Fuego Intenso Sociedad Anónima, donde se toman los siguientes acuerdos se cambia el nombre a: F Gump Sociedad Anónima; se reforma la cláusula novena de la representación y se nombra nueva junta directiva y fiscal como nuevo presidente: Charles (nombre) Labenski (apellido); vicepresidente: Boyd Allan (nombres) Kelly; secretario: Daniel Anthony (nombres) Gallagher Jr (apellido); tesorero: Kevin J (nombres) Mc Carthy (apellido); Fiscal: Karl Xavier (nombres) Martínez (apellido).—San José, 10 de diciembre del 2008.—Lic. Yohanka González González, Notaria.—1 vez.—Nº 79128.—(117193).
Mediante escritura número treinta y cinco de las diez horas del primero de diciembre del año dos mil ocho, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza B&B dos mil cuarenta y cinco Investment S. A. Mediante la cual se modifica el pacto constitutivo en sus cláusulas segunda y sétima, se acuerda cambiar el nombre de la sociedad por Jack & Sons S. A.—San José, nueve de diciembre del año dos mil ocho.—Lic. Edgar Gilberto Alfaro Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 79132.—(117194).
Ante esta conotaría, se constituyó Corporación Lalox Angnitionis S. A. Capital: suscrito y debidamente cancelado.—San José, 7 de diciembre del 2007.—Lic. Jorge E. Rojas Villarreal, Notario.—1 vez.—Nº 79133.—(117195).
Se avisa que en esta notaría, se tramita la constitución de la sociedad anónima denominada Servicios Técnicos del Sur S. A. Capital: suscrito y cancelado. Representada por Oldemar Rodríguez Granda.—Ciudad Cortés, tres de diciembre del dos mil ocho.—Lic. José Ricardo Guevara Guevara, Notario.—1 vez.—Nº 79134.—(117196).
Por escritura otorgada ante mí a las 18 horas 30 minutos del 3 de noviembre del 2008, se constituyó Galán Ramírez, Portilla Mora, Cubillo Mayorga Contadores Públicos Autorizados Sociedad Anónima. Capital social: 100 mil colones. Presidente: David Galán Ramírez.—San José, 10 de diciembre del 2008.—Lic. Juliana Yglesias Luconi, Notaria.—1 vez.—Nº 79135.—(117197).
En esta notaría a las 08:00 horas del 06 de octubre 2008, mediante la escritura número 263, se constituyó la sociedad denominada Yirley Inversiones S. A., capital social ¢8.000.000.00. Presidente: Dimas Oviedo Segura, cédula Nº 5-194-181. Ante la notaria Anabelle Arias Pérez.—Lic. Anabelle Arias Pérez, Notaria.—1 vez.—Nº 79136.—(117198).
Por escritura otorgada hoy ante mí en esta ciudad a las 15:00 horas, se protocolizó acta de asamblea de Parqueo Isaga S. A., en la que se reforman estatutos.—San José, 9 de diciembre del 2008.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—Nº 79139.—(117199).
Ante esta Notaría a las once horas diez minutos del veintiocho de noviembre del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Sueños de Orosi Inn Sociedad Anónima, capital enteramente suscrito y pagado.—Cartago, ocho de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Mildred Maroto Calvo, Notaria.—1 vez.—Nº 79140.—(117200).
Ante esta Notaría a las nueve horas cuarenta minutos del veintiuno de octubre del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Muliservicios Ujarraxi Sociedad Anónima, capital enteramente suscrito y pagado.—Lic. Miguel Ángel Barboza Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 79141.—(117201).
Mediante escritura otorgada a las ocho horas del veinticuatro de noviembre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad El Hipologo Sociedad Anónima. Objeto: la importación y exportación de medicamentos veterinarios, la administración de fideicomisos, la agricultura, la industria y el comercio en general.—San José, 24 de noviembre del 2008.—Lic. Alfredo Vargas Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 79142.—(117202).
Ante esta Notaría Elmer Sequeira Serrano y Lupita R. Chavarría Umaña, constituyen Servicios Múltiples del Caribe S. A., con domicilio en Limón, en escritura 224 otorgada en San José, a las 15:00 horas del diecinueve de noviembre del dos mil ocho.—Lic. Marta Cecilia Jiménez Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 79143.—(117203).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Inversiones P.J del Pacífico Central Sociedad Anónima. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos, debiendo actuar conjuntamente.—San José, ocho de diciembre del año dos mil ocho.—Lic. Óscar Picado Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 79144.—(117204).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Inversiones B.J.R.P. de Puntarenas Sociedad Anónima. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos, debiendo actuar conjuntamente.—San José, ocho de diciembre del año dos mil ocho.—Lic. Óscar Picado Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 79145.—(117205).
Por asamblea general extraordinaria de accionistas de las 8:00 horas del 06 de diciembre del 2008 de la sociedad I E L C Inmobiliaria Caribeña FTM Treinta y Dos B S. A., se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo, por asamblea general extraordinaria de las 09:00 horas del 06 de diciembre del 2008 de la sociedad F T M Edificaciones del Caribe Treinta y Uno B S. A., se modifica cláusula sexta del pacto constitutivo, por asamblea general extraordinaria de las 10:00 horas del 06 de diciembre del 2008 de la sociedad C M C Desarrollos de Occidente FTM Treinta y Tres B S. A., se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo, por asamblea general extraordinaria de las 11:00 horas del 06 de diciembre del 2008, de la sociedad A M C Norteña de Terrenos F T M Treinta B. se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo y por asamblea general extraordinaria de las 12:00 horas del 06 de diciembre del 2008, de la sociedad C M C Bienes Caribe F T M Veintinueve B S. A. se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombra junta directiva y fiscal.—Alajuela, 08 de diciembre del 2008.—Lic. Marvin Esteban Matarrita Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 79146.—(117206).
Por asamblea general extraordinaria de accionistas de las 8:00 horas del 06 de diciembre del 2008, de la sociedad Inversiones Inmobiliarias Maguncia del Este S. A., se modifican las cláusulas segunda, octava y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Alajuela, 09 de diciembre del 2008.—Lic. Marvin Esteban Matarrita Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 79148.—(117207).
Mediante escritura número ciento cincuenta y tres-seis, otorgada ante la suscrita notaria, en Santa Cruz, Guanacaste, a las quince horas del nueve de diciembre del dos mil ocho, se constituye la sociedad denominada Seguridad Redi Sociedad Anónima, Mario Alberto Castellón Viales, mayor, soltero, oficial de seguridad, cédula número cinco-trescientos doce-seiscientos diez, vecino del Cacao de Santa Cruz doscientos metros al oeste del salón comunal, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma. Plazo: noventa y nueve años. Capital: diez mil colones, debidamente suscrito y pago. Objeto: el comercio en general.—Santa Cruz, Guanacaste, nueve de diciembre del dos mil ocho.—Lic. María Gabriela Morales Peralta, Notaria.—1 vez.—Nº 79149.—(117208).
Ante esta notaría, se
constituyeron las sociedades Corporación Dermatológica Señora de los Ángeles
Sociedad Anónima, y Servicios Médicos Virgen de Guadalupe Sociedad
Anónima, domiciliadas en
Ante esta notaría, se
constituyó
La sociedad denominada Desarrollos Turísticos Playa Pitaya Mil Novecientos Setenta y Cinco Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y siete mil ciento sesenta. Presidente: Christiam Sandoval Villalobos, reforma la cláusula de la representación.—Santa Cruz, Guanacaste, nueve de diciembre del dos mil ocho.—Lic. María Gabriela Morales Peralta, Notaria.—1 vez.—Nº 79152.—(117211).
En mi notaría al ser las nueve horas del día cinco de diciembre del año dos mil ocho, se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad denominada Costa Rican Myth Sociedad Anónima.—San José, ocho de diciembre del año dos mil ocho.—Lic. Gonzalo Gutiérrez Acevedo, Notario.—1 vez.—Nº 79153.—(117212).
Por escritura otorgada en esta notaría a las ocho horas del día nueve de diciembre del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Consultoría Empresarial y Multiservicios Joma S y C S.R.L. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones.—Heredia, nueve de diciembre del año dos mil ocho.—Lic. Francisco Alberto González Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 79154.—(117213).
Ante el suscrito notario, a las ocho horas treinta minutos del día de hoy, se reformó la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad Purple Mango Sociedad Anónima.—San José, diez de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Luis Alberto Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 79155.—(117214).
En este notariado se constituyó Dilan-Tori Motors Sociedad Anónima. El presidente como único apoderado generalísimo sin límite de suma, el señor Eladio Muñoz Miranda, capital social de 10.000 colones, plazo social 99 años.—San José, el día seis de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Jéssica Pérez Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 79156.—(117215).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las diecisiete horas del día ocho de diciembre del dos mil
ocho, la compañía Residence Club Suite Seis Mil Trescientos Veintiuno-III-
Ante esta notaría, a las dieciséis horas con treinta minutos del nueve de diciembre del dos mil ocho, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad EGI Costa Rica Viento S. A., por medio de la cual se acuerda fusionarla con la sociedad ENEL de Costa Rica Sociedad Anónima. La sociedad ENEL de Costa Rica Sociedad Anónima prevalece sobre la sociedad EGI Costa Rica Viento S. A., absorbiendo su pasivo y activo, incluyendo en el activo cualesquiera bienes muebles e inmuebles, derechos y acciones que hayan sido adquiridos por EGI Costa Rica Viento S. A. Notarios: Fernando Alfaro Chamberlain e Ivette Hoffman de Pass.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—Nº 79160.—(117218).
Ante esta notaría, a las dieciséis horas del nueve de diciembre del dos mil ocho, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad ENEL de Costa Rica Sociedad Anónima por medio de la cual se acuerda fusionarla con la sociedad EGI Costa Rica Viento S. A. La sociedad ENEL de Costa Rica Sociedad Anónima prevalece sobre la sociedad EGI de Costa Rica Viento S. A., absorbiendo su pasivo y activo, incluyendo en el activo cualesquiera bienes muebles e inmuebles, derechos y acciones que hayan sido adquiridos por EGI Costa Rica Viento S. A. Notarios: Fernando Alfaro Chamberlain e Ivette Hoffman de Pass.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—Nº 79161.—(117219).
Mediante escritura pública número doscientos setenta y ocho, otorgada ante mí, a las 08:30 horas del 5 de diciembre del 2008, se constituyó la sociedad Muebles y Decoración CR Punto Com S. A. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente, con la representación judicial y extrajudicial.—Lic. Marlon Sánchez Cortés, Notario.—1 vez.—Nº 79162.—(117220).
Mediante escritura pública número doscientos setenta y siete, otorgada ante mí, a las 08:00 horas del 5 de diciembre del 2008, se constituyó la sociedad Gifts and More S. A. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente, con representación judicial y extrajudicial.—Lic. Marlon Sánchez Cortés, Notario.—1 vez.—Nº 79163.—(117221).
Mediante escritura pública número doscientos setenta y seis, otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 4 de diciembre del 2008, se constituyó una sociedad anónima con denominación social asignada por el Registro Público. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente, con representación judicial y extrajudicial.—Lic. Marlon Sánchez Cortés, Notario.—1 vez.—Nº 79164.—(117222).
Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las ocho horas del diez de diciembre del año en curso, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Venus de Grecia Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula quinta referente a la administración, se revocan y hacen nuevos nombramientos de junta directiva.—San José, diez de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Johanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—Nº 79166.—(117223).
Por escritura otorgada ante mí, a las 13:45 horas del día 8 de diciembre del 2008, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Costa Laguna Sacramento Inc Sociedad Anónima, mediante la cual se revoca el nombramiento en el cargo de secretaria de la junta directiva, y se hace un nuevo nombramiento para lo que resta del plazo social.—San José, 8 de diciembre del 2008.—Lic. Augusto José Rojas Trejos, Notario.—1 vez.—Nº 79170.—(117225).
Ante esta notaría, a las diez horas del dos de octubre del dos mil ocho, se constituye la sociedad denominada Demo Renacer Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente, vicepresidente, secretario y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar de manera conjunta o separadamente.—Heredia, dos de octubre del dos mil ocho.—Lic. Óscar Humberto Segnini Saborío, Notario.—1 vez.—Nº 79171.—(117226).
Ante mí, Krysbell Ríos Myrie, notaria pública de Siquirres, se constituyó Inversiones Pio-Pio del Caribe Sociedad Anónima. Nombramiento: Presidente: Juan José Vega Altamirano, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Siquirres, 3 de diciembre del 2008.—Lic. Krysbell Ríos Myrie, Notaria.—1 vez.—Nº 79172.—(117227).
Ante mí, Krysbell Ríos Myrie, notaria pública de Siquirres, se constituyó Inversiones Jovial del Caribe Sociedad Anónima. Nombramientos: Presidente: Juan José Vega Altamirano, y secretaria: Carmen Teresita Mena Cambronero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Siquirres, 3 de diciembre del 2008.—Lic. Krysbell Ríos Myrie, Notaria.—1 vez.—Nº 79173.—(117228).
Por escritura de esta notaría, se protocoliza acta de la sociedad Japa Siete del Norte S.R.L. Se nombra nuevo gerente. Escritura otorgada a las once horas del diez de diciembre del dos mil ocho. Es todo.—San José.—Lic. Juan Carlos Vega Montoya, Notario.—1 vez.—Nº 79174.—(117229).
Mediante escritura número cuatrocientos sesenta y siete-cuatro, otorgada ante esta notaría, en la ciudad de Cartago, al ser las ocho horas del nueve de diciembre del dos mil ocho, escritura visible al folio ciento noventa y seis vuelto del tomo cuarto del protocolo del suscrito notario, se ha constituido la sociedad denominada Centro de Pinturas Almo L Y L Sociedad Anónima. Capital social: totalmente suscrito y pagado por los socios.—Cartago, nueve de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Jorge Andrés Cordero Leandro, Notario.—1 vez.—Nº 79184.—(117230).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 25 de noviembre del 2008, se constituyó la sociedad Jits Group S. A. Domicilio: San José. Plazo: 100 años. Objeto: genérico. Capital social: suscrito y pagado. Dos vocales como apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Guido Alberto Soto Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 79185.—(117231).
Por escritura pública otorgada ante mí, a las 19:00 horas del 5 de diciembre del 2008, Óscar Pérez Jiménez, María de los Ángeles González Calvo, Marcela Pérez González y Laura Pérez González, constituyeron la compañía Inversiones Oslama Sociedad Anónima. Presidente: Óscar Pérez Jiménez.—Cartago, 9 de diciembre del 2008.—Lic. Jaime López Moya, Notario.—1 vez.—Nº 79186.—(117232).
Por escritura otorgada ante la notaria Andrea Fernández Bonilla, a las 10:00 horas del 27 de noviembre del 2008, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Hacienda San Ramón S. A., en donde se reforma la cláusula cuarta del pacto constitutivo.—Lic. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 79129.—(117233).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del siete de diciembre del dos mil ocho, se reformaron las cláusulas primera, segunda y sexta de la sociedad Montes Rocosos S.R.L., cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos cuarenta y cuatro mil novecientos cuarenta y dos.—San José, siete de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Mariana Brenes Akerman, Notaria.—1 vez.—(117323).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas treinta minutos del tres de diciembre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Oh Salad Garden Sociedad de Responsabilidad Limitada, con un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución, y con un capital social de doce mil colones.—San José, siete de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Paola María Montealegre Sauma, Notaria.—1 vez.—(117324).
Mediante escritura número doscientos treinta-uno, otorgada el día 11 de diciembre del 2008, ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad Multivac Centroamérica y Caribe Sociedad Anónima, con domicilio en Heredia, exactamente en Cariari, Plaza Los Arcos, local número diecisiete, de la entrada principal del Residencial Los Arcos ciento cincuenta metros al este. Plazo social: ciento doce años. La representación judicial y extrajudicial de la sociedad recae sobre el presidente, secretario y tesorero. Capital: ¢10.000,00.—San José, once de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Michael Bruce Esquivel, Notario.—1 vez.—(117325).
Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas de hoy, se protocolizó acta de Prodofisa Villa Mora S. A., en que se reforma la cláusula sexta del pacto social.—San José, 4 de noviembre del 2008.—Lic. Silvia Chacón Bolaños, Notaria.—1 vez.—(117333).
Con fecha, 15 de noviembre del 2008, ante la notaria Yorleny Granados Aguilar, se constituyó la sociedad anónima Teluda de Costa Rica Sociedad Anónima, quedando la junta directiva de la siguiente forma: Presidente el señor: José Gabriel Ugalde Berrocal; en el cargo de tesorera: Laura Ugalde Berrocal; secretaria: Ana Cristina Monge Ugalde; fiscal: Xinia Ugalde Barboza. La representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, la ostentara el presidente, los nombrados lo son por todo el plazo social, estando presentes aceptan sus cargos y entran en posesión de los mismos en el mismo acto. Es todo.—San José, 15 de noviembre del 2008.—Lic. Yorleny Granados Aguilar, Notaria.—1 vez.—(117357).
Ante esta notaría, comparecieron Roberto Cerna Zúñiga, cédula número uno-quinientos cuarenta y seis-novecientos diecisiete; Marcela Granados Jiménez, cédula número uno-seis cinco ocho-doscientos siete y Roberto Cerna Rojo, cédula número uno-doscientos setenta y cuatro-ciento setenta y seis, en escritura número veintiséis, otorgada ante mí, a las nueve horas del ocho de diciembre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad R.C.Z. Ramcer de Puntarenas S. A. Capital: diez mil colones. Presidente: Roberto Cerna Zúñiga.—San José, once de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Eugenia Murillo Obando, Notaria.—1 vez.—(117364).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del tres de diciembre del dos mil ocho, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de los accionistas de la compañía Colección Asrrael Treinta y Cuatro Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y dos mil novecientos setenta y dos, mediante la cual se modifican la cláusula tercera: objeto de la compañía y se revoca el nombramiento del presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, del fiscal y del agente residente.—San José, once de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Alfonso Liao Molina, Notario.—1 vez.—(117372).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas treinta minutos del ocho de diciembre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima Soto Attorneys Real Estate Trust Services Sociedad Anónima, nombre que se encuentra en idioma inglés y cuya traducción literal al español es Soto Abogados Bienes Raíces Fideicomiso Servicios Sociedad Anónima. Sociedad con plazo social de noventa y nueve años y capital social de doce mil colones.—San José, diez de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Jorge Fernando Salgado Portuguez, Notario.—1 vez.—(117373).
Por escritura número treinta y
ocho-cuatro, de las trece horas del día once de diciembre del dos mil ocho,
otorgada ante
Por escritura otorgada a las catorce horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad de esta plaza Treasures Of The World Limitada, por medio de la cual se acuerda reformar la cláusula octava y eliminar la cláusula décimo segunda del pacto constitutivo, eliminar el cargo de agente residente, se acepta la renuncia del gerente y se nombran nuevos gerentes.—San José, 8 de diciembre del 2008.—Lic. Farid José Ayales Bonilla, Notario.—1 vez.—(117400).
En esta notaría, al ser las 14:30 horas del 5 de diciembre del 2008, se constituyó Orgánica Comercializadora y Consultora de Costa Rica S. A. Plazo social: 99 años. Presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—Alajuela, 8 de diciembre del 2008.—Lic. Ivannia Alfaro Vargas, Notaria.—1 vez.—(117436).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15:00 horas del día 28 de noviembre del 2008, se constituyó
la compañía denominada Producciones Turísticas Jamc Sociedad Anónima.
Domiciliada: en
Por escritura otorgada en Alajuela ante está notaría, a las 12:00 horas del 26 de noviembre del 2008, se modificó la cláusula octava de Futuro Agrícola Cubero Sociedad Anónima, cedula jurídica Nº 3-101-268694. Presidente: Fernando Enrique Cubero Campos.—Alajuela, 5 de diciembre del 2008.—Lic. Edwin Chavarría González, Notario.—1 vez.—(117446).
Ante esta notaría, por
escritura otorgada a las doce horas treinta minutos del once de diciembre del
dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada: Evilays S. A.
Presidenta: Evelyn Villalobos Aguilar.—Alajuela, once de diciembre de dos mil
ocho.—Lic. Katthya y Flory ambas de
Ante mí, Tatiana Rodríguez Arroyo, notaria pública con oficina abierta en San José, se constituyeron tres sociedades anónimas donde se hace constar que la denominaciones sociales de las mismas se hacen de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de este Decreto N° 33171-J, a las catorce horas del once de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Tatiana Rodríguez Arroyo, Notaria.—1 vez.—(117451).
Ante mí, Tatiana Rodríguez Arroyo notaria pública con oficina abierta en San José, se reformó la cláusula novena de Propiedades e Inversiones Familia Chacón (P.E.I.F.C.O.) Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y nueve mil cuatrocientos trece, lo anterior a las trece horas del once de diciembre del año dos mil ocho. Es todo.—San José.—Lic. Tatiana Rodríguez Arroyo, Notaria.—1 vez.—(117452).
Por escritura otorgada a las dieciocho horas del día tres de diciembre de dos mil ocho, ante los notarios Alexander Chacón Porras y Tatiana Barboza Rojas, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de las compañías Frutales de Saint Peter S.A., Desarrollo Agroindustrial de Frutales S. A., Frutas de Exportación FRUTEX S. A., y Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte S. A., mediante las cuales se acordó la fusión de dichas compañías, prevaleciendo para todos los efectos legales la compañía Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte S. A. Previo al acuerdo de fusión tomado en la compañía Frutas de Exportación FRUTEX S.A., se modificó la cláusula de su capital.—San José, diez de diciembre de dos mil ocho.—Lic. Tatiana Barboza Rojas, Notaria.—1 vez.—(117460).
Por escritura otorgada en San
José, a las 17:00 horas del 10 de diciembre de 2008, la sociedad denominada Ganadera
Rafe
Por escritura otorgada en San José, a las 9:00 horas del 10 de diciembre de 2008, la sociedad denominada Magic One Inc. S. A., protocolizó acuerdos mediante los cuales reforma las cláusulas quinta y sexta.—Lic. Augusto Porras Anchía, Notario.—1 vez.—Nº 79189.—(117479).
Por escritura otorgada ante mí, María Elena Solís Sauma, a las 12:00 horas del 9 de diciembre del 2008, se constituyó la sociedad anónima denominada Ganadera Vizintin & Álvarez Sociedad Anónima, con capital social totalmente suscrito y pago.—Florencia, 9 de diciembre del 2008.—Lic. María Elena Solís Sauma, Notaria.—1 vez.—Nº 79191.—(117480).
Ante esta notaría a las once horas con diez minutos del diez de diciembre del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada National Direct Sales Sociedad Anónima, presidente: David Kart Hemmens. Capital social: Cien mil colones.—Quepos, 15 de diciembre del 2008.—Lic. Frank González Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 79192.—(117481).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las catorce horas del diez de diciembre se constituyó la firma Rocada Eco Invest Limitada, en español Rocada Eco Inversiones Limitada. Capital totalmente suscrito y pagado. Gerente con poder generalísimo sin límite de suma.—San José, 11 de diciembre del 2008.—Lic. Liliana García Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 79193.—(117482).
Por escritura de las 12:00 horas de hoy, fue constituida la compañía Fideicomisos Madrhe Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Objeto: En especial, la administración de dineros y bienes en fideicomiso, pero también podrá dedicarse al ejercicio del comercio, la industria, la agricultura y la ganadería en general. Plazo: cien años. Capital: trescientos mil colones, suscrito y pagado con letras de cambio. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Montes de Oca, 10 de diciembre del 2008.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—Nº 79194.—(117483).
Por escritura otorgada ante este notario, Nº 190 de las 08:00 horas del 29 de noviembre del 2008. Se constituye la sociedad: Distribuidora Comercial Dulsae Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital: Totalmente suscrito y pagado se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Marieta Rodríguez Retana, Notaria.—1 vez.—Nº 79196.—(117484).
Se modifica ante esta notaría, la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Master Eventos Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta y nueve mil treinta y cinco.—San José, trece horas cincuenta minutos del diez de diciembre de dos mil ocho.—Lic. Manuel Antonio Ballesteros Ortega, Notario.—1 vez.—Nº 79197.—(117485).
Por escritura otorgada ante mí, a las 07:00 horas del 10 de diciembre del 2008, se protocolizó acta de la sociedad Súper Cadena del Norte Sociedad Anónima, en la que se nombró nueva junta directiva y nuevo fiscal.—Ciudad Quesada, 10 de diciembre del 2008.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 79200.—(117486).
Por escritura otorgada ante mí, a las 08:00 horas del 10 de diciembre del 2008, se protocolizó acta de la sociedad Quesada Rojas Maquinaria del Norte Sociedad Anónima, en la que se reformó la cláusula primera del pacto constitutivo.—Ciudad Quesada, 10 de diciembre del 2008.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 79201.—(117487).
Por escritura otorgada ante mí, a las 09:30 horas del 10 de diciembre del 2008, se protocolizó acta de la sociedad Inversiones y Agriculturas Los Seis Balcones Sociedad Anónima, en la que se reformó la cláusula segunda del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—Ciudad Quesada, 10 de diciembre del 2008.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 79202.—(117488).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas treinta minutos del ocho de diciembre del dos mil ocho, se constituyó la entidad que se denominará Moncortec Sociedad Anónima, con domicilio en Lagunilla, Barreal de Heredia, Jardín Número Uno, plaza de deportes, casa número treinta y cinco, color verde con negro; con un plazo de noventa y nueve años a partir de su constitución y capital social de diez mil colones. El presidente de la compañía, ostentará la representación de la misma con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma. En caso de muerte, ausencia o enfermedad del presidente, el tesorero tendrá facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, pudiendo actuar en forma individual. Esa ausencia o enfermedad ante terceros, se probará con su sola palabra.—Lic. Randall Segura Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 79204.—(117489).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 6 de agosto del 2007, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de Colima Dalia Ópalo Negro Cero Quince E. D. O. Sociedad Anónima, modificación de nombre y nombramiento de junta directiva. Es todo.—San José, 9 de diciembre del 2008.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 79206.—(117490).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 13:00 horas del 10 diciembre del 2008, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de Sistema Jalso Total Sociedad Anónima, modificación de cláusula seis: Administración. Es todo.—San José, 10 de diciembre del 2008.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 79207.—(117491).
Por escritura otorgada ante
esta notaría a las 10:00 horas del día de hoy, se ha constituido la sociedad Iniciativas
en Educación Infantil Horizontes del Saber Sociedad Anónima. Capital:
suscrito y pagado totalmente por sus socios. Domicilio: Daniel Flores, Pérez
Zeledón, San José,
Hoy mediante escritura pública otorgada a las quince horas, he protocolizado acta de asamblea general de socios de la sociedad Industrias Alvamarle Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-119571 mediante la cual se reforman cláusulas de su pacto constitutivo.—San Isidro de Pérez Zeledón, 26 de noviembre del 2008.—Lic. Jorge Arturo Pereira Castro, Notario.—1 vez.—Nº 79209.—(117493).
Por escritura número doscientos treinta y ocho otorgada ante esta notaría a las catorce horas del diez de diciembre del año dos mil ocho, se protocolizó acta de la empresa Transporte Privado de Carga y Porteo Transpitahaya Sociedad Anónima en donde se nombró como secretario al señor Henry Araya Sanabria.—Lic. Carlos Luis Rojas Céspedes, Notario.—1 vez.—Nº 79211.—(117494).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas treinta minutos del trece de noviembre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Cristal Centroamérica Sociedad Anónima. Capital social de cien mil colones debidamente suscrito y pagado. Plazo: 90 años.—Liberia, dieciséis horas del trece de noviembre del dos mil ocho.—Lic. José Humberto Alvarado Angulo, Notario.—1 vez.—Nº 79214.—(117495).
En mi notaría mediante escritura ciento cuarenta y uno se constituyó la sociedad Proyectos el Mundo Sociedad Anónima, la cual cuenta con un capital social de diez mil colones. Apoderados generalísimos el presidente y secretario.—San José, primero de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Ericka Castro Argüello, Notaria.—1 vez.—Nº 79216.—(117496).
En mi notaría mediante escritura número ciento setenta, se constituyó la sociedad Digielect Sociedad Anónima, la cual cuenta con un capital social de diez mil colones. Apoderado generalísimo el presidente.—San José, nueve de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Ericka Castro Argüello, Notaria.—1 vez.—Nº 79217.—(117497).
Por asamblea general extraordinaria de socios, se acordó la modificación del capital social de la firma Representaciones Romara S.A., según acta protocolizada por el suscribiente notario público, a las 10:00 horas del día de hoy.—San José, 10 de diciembre del 2008.—Lic. Minor Gómez Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 79218.—(117498).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas, veinticinco minutos del día nueve de diciembre del dos mil ocho, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Inversiones Víquez y Oviedo Sociedad Anónima. Es todo.—Heredia, 10 de diciembre del 2008.—Lic. Óscar Alberto Arias Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 79220.—(117499).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas, treinta minutos del día nueve de diciembre del dos mil ocho, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Inversiones Juguetín de Flores Sociedad Anónima. Es todo.—Heredia, 10 de diciembre del 2008.—Lic. Óscar Alberto Arias Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 79221.—(117500).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria, celebrada a las 10:00 horas del 10 de setiembre del 2008, de la sociedad El Peñasco Andino S. A., se reforma la cláusula segunda y se suprime la cláusula undécima.—San José, 20 de octubre del 2008.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—Nº 79222.—(117501).
Por escritura otorgada ante mí el día de hoy, se constituyó Edificio Inmobiliaria Barzul del Sur Sociedad Anónima. Presidenta: Jenny Zulema Barrantes Marín. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: doce mil colones.—San Isidro de El General, 10 de diciembre.—Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario.—1 vez.—Nº 79224.—(117502).
En mi notaría, a las diecisiete horas del diez de octubre de dos mil ocho, se constituyó Villa del Rosario Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente y secretaria con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domiciliada en Alajuela, San Carlos, Palmera, un kilómetro al este y cien al norte de Rancho Huetar. Plazo social: por noventa y nueve años.—Lic. Margarita Madrigal Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 79225.—(117503).
En mi notaría, a las diecisiete horas del veintisiete de octubre de dos mil ocho, se constituyó J Y M Seguridad Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente y secretario con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domiciliada en Alajuela, San Carlos, Florencia, carretera a Pénjamo en la entrada a Rancho Fofo. Plazo social: por noventa y nueve años.—Lic. Margarita Madrigal Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 79226.—(117504).
Al ser las diecisiete horas del nueve de diciembre de dos mil ocho, se presentan en mi notaría, los señores Celina Salgado Lara y Bernal Arrieta González, con el fin de constituir la sociedad denominada Seda Construcciones de Costa Rica Sociedad Anónima. La cual tendrá su domicilio en Heredia, San Pablo de Barva de Heredia, urbanización Santa Paula, casa ochenta y dos.—Liberia, nueve de diciembre de dos mil ocho.—Lic. Seidy Vanessa Ibarra Lanza, Notaria.—1 vez.—Nº 79229.—(117505).
Por escritura otorgada ante la notaría, a las ocho horas del veinticuatro de setiembre del dos mil ocho, Manuel Ventura Méndez Ujueta, presidente y Marielos Vargas González, tesorera, constituyen la sociedad Agroindustrial Ventura Sociedad Anónima. Corresponde al presidente, la representación judicial y extrajudicial con facultad de apoderado generalísimo sin límite de suma. Con un capital social de diez mil colones suscrito y pagado. Con un plazo de noventa y nueve años, contados a partir de su constitución. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del veinticuatro de setiembre del año dos mil ocho.—Lic. Jeanina Bolaños Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 79230.—(117506).
Al ser las quince horas del cinco de diciembre de dos mil ocho, se presentan en mi notaría los señores Celina Salgado Lara y Bernal Arrieta González, con el fin de constituir la sociedad denominada Piedra Coral de Guanacaste Sociedad Anónima. La cual tendrá su domicilio en Liberia, Guanacaste, diagonal al Colegio Manitas Traviesas.—Liberia, cinco de diciembre de dos mil ocho.—Lic. Seidy Vanessa Ibarra Lanza, Notaria.—1 vez.—Nº 79231.—(117507).
Por escritura otorgada ante la notaría, a las dieciocho horas del veinticuatro de setiembre del dos mil ocho, Hernán Ugalde Castro presidente y Fernando Ugalde Castro, tesorero, constituyen, la sociedad Constructora y Consultora Ugalde & Rivas Sociedad Anónima. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial con facultad de apoderado generalísimo sin límite de suma. Con un capital social de diez mil colones, suscrito y pagado. Con un plazo de noventa y nueve años, contados a partir de su constitución. Escritura otorgada en Guápiles, a las dieciocho horas del veinticuatro de setiembre del año dos mil ocho.—Lic. Jeanina Bolaños Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 79232.—(117508).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 9 de diciembre del 2008, se constituyó la compañía Colors Hotel Costa Rica Sociedad Anónima. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 9 de diciembre del 2008.—Lic. Alex Thompson Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 79233.—(117509).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 9 de diciembre del 2008, se constituyó la compañía Arpe Tamarindo Limitada. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 9 de diciembre del 2008.—Lic. Alex Thompson Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 79234.—(117510).
Por escritura otorgada hoy Serigráficos Sureika Sociedad Anónima, aumentó su capital y reformó las cláusulas segunda y sexta de sus estatutos sociales.—San José, 28 de noviembre del 2008.—Lic. Rafael Ángel García Salas, Notario.—1 vez.—Nº 79236.—(117511).
Por escritura otorgada hoy ante mí, Plásticos Comerciales M y F Sociedad Anónima, aumentó su capital y reformó las cláusulas segunda y sexta de sus estatutos sociales.—San José, 28 de noviembre de 2008.—Lic. Rafael Ángel García Salas, Notario.—1 vez.—Nº 79237.—(117512).
Ante esta notaría, comparecieron Serviliano Zeledón Villalobos, cédula seis-cero sesenta y tres-doscientos treinta y Walter Zeledón Agüero, cédula cinco-doscientos sesenta y dos-trescientos cuarenta y cuatro, para constituir la sociedad denominada Inversiones Díaz Zeledón Sociedad Anónima. Por un plazo de noventa y nueve años y con objeto de comercio.—Nicoya, nueve de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Iveth Orozco García, Notario.—1 vez.—Nº 79239.—(117513).
Por escritura otorgada el
suscrito Carlos Esteban Rodríguez Varela, a las once horas del trece de
noviembre del dos mil ocho, protocolicé acuerdos de asamblea general
extraordinaria de la compañía Residence Club Suite Seis Mil
Quinientos Treinta y Uno - VI-
Por escritura otorgada el suscrito Carlos Esteban Rodríguez Varela, a las ocho horas del veintiséis de noviembre del dos mil siete, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía Residence Club Suite Seis Mil Quinientos Once - X- El Tirahojas S.R.L., por lo que se reforma la cláusula segunda del pacto social.—San José, once de junio del dos mil siete.—Lic. Carlos Esteban Rodríguez Varela, Notario.—1 vez.—Nº 79242.—(117515).
La suscrita notaria hace constar que ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Iranduba Sociedad de Responsabilidad Limitada. Con un capital de cien mil colones y domiciliada en Cocorocas, Villa Saravá, Punta Morales de Chomes, Puntarenas. Gerente: Paula Cristina Pinto.—Puntarenas, 12 de noviembre del 2008.—Lic. Irene Arrieta Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 79243.—(117516).
La suscrita notaria hace constar que ante mi notaría, se otorgó la modificación del pacto constitutivo de la sociedad de esta plaza denominada Arroyo Orquisol S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-tres seis cinco seis cuatro cinco, modificación cláusula sexta de la representación judicial y extrajudicial.—Puntarenas, 6 de diciembre del 2008.—Lic. Irene Arrieta Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 79244.—(117517).
Por escritura otorgada ante nosotros, a las 10 horas, 30 minutos del 9 de diciembre del año en curso Proyectos e Inversiones Timahoe It S. A., reformó la cláusula cuarta de sus estatutos.—San José, 10 de diciembre del 2008.—Lic. Yanit Arias Herrera y Lic. Alejandro Matamoros Bolaños, Notarios.—1 vez.—Nº 79247.—(117518).
Por escritura otorgada ante nosotros, a las 11:00 horas del 9 de diciembre del año en curso Proyectos e Inversiones Terenure It S. A., reformó la cláusula cuarta de sus estatutos.—San José, 10 de diciembre del 2008.—Lic. Yanit Arias Herrera y Lic. Alejandro Matamoros Bolaños, Notarios.—1 vez.—Nº 79248.—(117519).
Por escritura otorgada ante mí, a las 09:00 horas del 10 de diciembre del 2008, se protocolizó acta de soluciones de Mercadeo MKBS S. A., en donde se modifica las cláusulas segunda y novena y se nombra junta directiva.—Alajuela, 10 de diciembre del 2008.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—Nº 79249.—(117520).
Por escritura otorgada ante nosotros, a las 10:00 horas del 9 de diciembre del año en curso Inversiones Oudtshon Io S. A., reformó la cláusula cuarta de sus estatutos.—San José, 10 de diciembre del 2008.—Lic. Yanit Arias Herrera y Lic. Alejandro Matamoros Bolaños, Notarios.—1 vez.—Nº 79250.—(117521).
Por escritura número
doscientos sesenta y ocho-veintitrés, otorgada a las diecisiete horas treinta
minutos del diez de diciembre del año dos mil ocho, Geovanny Gerardo y Sonia
María Chaves Arce, constituyeron la sociedad denominada Distribuidora G Y S
de Occidente Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Duración: noventa
y nueve años. Presidente: Randal Araya García. Domicilio:
Por escritura número 271 de
las 12:00 horas del día 30 de octubre del 2008, se constituye la persona
jurídica denominada: Vivero
Por escrituras números 243 y 265, de las 18:00 horas del día 17 de setiembre del 2008, y de las 7:00 horas del día 13 de octubre del 2008 respectivamente, se constituye la persona jurídica denominada. Inversiones Mejía López de Guanacaste Sociedad Anónima. Con capital social de 120.000,00 colones. Plazo social: 99 años a partir de su constitución. Objeto: comercio, industria, agricultura en general. Representación el presidente, secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente. Protocolo tomo 18.—Lic. Célimo Fuentes Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 79253.—(117524).
Mediante protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad formalizada en esta notaría, se modificó la cláusula segunda de los estatutos de la sociedad BDS Outsourcing Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y un mil cuatrocientos uno.—Lic. Óscar Corrales Retana, Notario.—1 vez.—Nº 79256.—(117525).
Ante mi notaría, se constituyó la empresa denominada Grupo Net C.R. Sociedad Anónima. Presidente y tesorero respectivamente Jorge Luis Espinoza Calderón y German Ortiz Campos, son apoderados generalísimos sin límite de suma. Escritura otorgada a las diecisiete horas del cuatro de diciembre del año dos mil ocho.—San José, ocho de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Dámaso Ruiz Carrión, Notario.—1 vez.—Nº 79257.—(117526).
Por escritura Nº 81, tomo 17, otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 6 de diciembre del 2008, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Ricadri de Guácimo S. A., con capital social de diez mil colones.—Guácimo de Limón.—Lic. Ólger Vargas Campos, Notario.—1 vez.—Nº 79258.—(117527).
Por escritura pública número 158 de las 10:00 horas del 6 de diciembre del año 2008, ante el notario Giovanni Portuguez Barquero, se protocolizó acta de la sociedad denominada Grupo Napier Sociedad Anónima, se reforma la cláusula cuarta del capital social. Se otorgan tres poderes generales sin límite de suma.—Cartago, 6 de diciembre del año 2008.—Lic. Giovanni Portuguez Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 79261.—(117528).
Por escritura pública número 160 de las 12:00 horas del 6 de diciembre del año 2008, ante el notario Giovanni Portuguez Barquero, se protocolizó acta de la sociedad denominada Piedra y Navarro Sociedad Anónima, se reforma la cláusula segunda del domicilio social. Se otorgan tres poderes generales sin límite de suma y sin facultades para arrendar bienes.—Cartago, 6 de diciembre del año 2008.—Lic. Giovanni Portuguez Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 79262.—(117529).
Por escritura pública número 159 de las 11:00 horas del 6 de diciembre del año 2008, ante el notario Giovanni Portuguez Barquero, se protocolizó acta de la sociedad denominada Servicentro Barrio El Molino Sociedad Anónima, se reforma la cláusula segunda del domicilio social. Se otorgan tres poderes generales sin límite de suma y sin facultades para arrendar bienes.—Cartago, 6 de diciembre del año 2008.—Lic. Giovanni Portuguez Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 79263.—(117530).
Por escritura pública número 157 de las 9:00 horas del 6 de diciembre del año 2008, ante el notario Giovanni Portuguez Barquero, se protocolizó acta de la sociedad denominada Inversiones Anaco Sociedad Anónima. Se revoca nombramiento del presidente y se nombra uno nuevo. Se otorgan tres poderes generales sin límite de suma.—Cartago, 6 de diciembre del año 2008.—Lic. Giovanni Portuguez Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 79264.—(117531).
Por la escritura número ciento cincuenta y uno, otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del diez de diciembre del dos mil ocho, se reformó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Ganadería Porcina Fortis, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cincuenta y un mil cuatrocientos setenta y dos.—San José, 10 de diciembre del 2008.—Lic. Marice Porras Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 79266.—(117532).
Por medio de la escritura número ciento cuarenta y siete, otorgada a diecisiete horas del día tres de diciembre del dos mil siete, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Lisa del Sol Sociedad Anónima. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Capital social: cien mil colones. Presidente: el señor Michele Serafini.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 79268.—(117533).
El suscrito notario hago constar, que mediante el tomo dieciocho de mi protocolo se está nombrando nueva junta directiva de la compañía denominada Adicionales Técnicos S. A., además de que se están constituyendo dos compañías cuyo nombre será el número de cédula jurídica que el Registro le asigne. Es todo.—Santa Ana, 5 de noviembre de 2008.—Lic. Dagoberto Madrigal Mesén, Notario.—1 vez.—Nº 79269.—(117534).
Por medio de la escritura número ciento cincuenta, otorgada a diez horas del día ocho de diciembre del dos mil siete, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Marianna del Coco Sociedad Anónima. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Capital social: cien mil colones. Gerente: el señor Michele Bertuccioli.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 79270.—(117535).
Por medio de la escritura número ciento treinta y cinco, otorgada a nueve horas, treinta minutos del día dos de diciembre del dos mil siete, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Can-Ada LLC Limitada. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Capital social: cien mil colones. Gerente: el señor Adam Benjamín Charles Denny.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 79271.—(117536).
Por medio de la escritura número ciento treinta, otorgada a diez horas, treinta minutos del día primero de diciembre del dos mil siete, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada B&B Moncrief Sixty Limitada. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Capital social: cien mil colones. Gerente: la señora Bonnye Georgia Moncrief.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 79272.—(117537).
Por medio de la escritura número ciento cuarenta y ocho, otorgada a nueve horas del día cuatro de diciembre del dos mil siete, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Bella Vida Land Developments Sociedad Anónima. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Capital social: cien mil colones. Presidente: el señor Joseph Stephan Belland.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 79273.—(117538).
Por medio de la escritura número ciento veintinueve, otorgada a diez horas del día primero de diciembre del dos mil siete, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Condo Coermoran Unidad Ocho B Limitada. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Capital social: cien mil colones. Gerente: la señora Cindi Linn Marquette.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 79275.—(117539).
Por medio de la escritura número ciento veintiocho, otorgada a las nueve horas, treinta minutos del día primero de diciembre del dos mil siete, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Sheehan Holdings Limitada. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Capital social: cien mil colones. Gerente: el señor Dennis Charles Sheehan.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 79276.—(117540).
Por medio de la escritura número ciento treinta y uno, otorgada a once horas del día primero de diciembre del dos mil siete, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Casa Costa Lota Limitada. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Capital social: cien mil colones. Gerente: el señor Craig William Foster.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 79277.—(117541).
Por medio de la escritura número ciento treinta y dos, otorgada a las catorce horas del día primero de diciembre del dos mil ocho, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Corporación de Desarrollo Urbanístico de Playas del Coco S. A., por la cual se modifica la cláusula quinta del capital social, la cláusula décimo cuarta de la representación y se revocan los nombramientos de la junta directiva y del fiscal se nombran nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 79278.—(117542).
Por medio de la escritura número ciento cuarenta y seis, otorgada a las catorce horas del día tres de diciembre del dos mil ocho, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Melagrano S. A., por la cual se modifica la cláusula cuarta del capital social y se aumenta este, y se revocan los nombramientos del secretario y del tesorero de la junta directiva y se nombran nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 79279.—(117543).
Por medio de la escritura número ciento cuarenta, otorgada a las catorce horas del día dos de diciembre del dos mil ocho, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Paraíso Rosado P.R. S. A., por la cual se modifica la cláusula sexta de la administración, y se revocan los nombramientos de la junta directiva y se nombran nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 79280.—(117544).
Por medio de la escritura número ciento treinta y siete otorgada a las once horas del día dos de diciembre del dos mil ocho, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Coco’s Bayresort S. A., por la cual se modifica la cláusula octava de la administración, y se revocan los nombramientos de la junta directiva y del fiscal y se nombran nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 79281.—(117545).
Por medio de la escritura número ciento dieciséis, otorgada a las doce horas del día veinticinco de noviembre del dos mil ocho, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Jardines Encantados AMC S. A.; por la cual se modifica la cláusula sétima de la administración, y se revocan los nombramientos de la junta directiva y se nombran nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 79282.—(117546).
Por medio de la escritura número ciento cuarenta y dos, otorgada a las diez horas del día tres de diciembre del dos mil ocho, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Biggie Smalls Costa Rica S. A., por la cual se modifica la cláusula sexta de la administración, y se revoca el nombramiento del secretario de la junta directiva y se nombran nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 79283.—(117547).
Por medio de la escritura número ciento diecinueve, otorgada a las doce horas del día veintiséis de noviembre del dos mil ocho, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Jardines Encantados Carau S.A., por la cual se modifica la cláusula quinta del capital social y se aumenta este.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 79284.—(117548).
Por medio de la escritura número ciento dieciocho, otorgada a las quince horas del día veinticinco de noviembre del dos mil ocho, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Serivena del Pacífico S. A., por la cual se modifica la cláusula quinta del capital social y se aumente este, la cláusula sexta de la administración, y se revocan los nombramientos de la junta directiva y del fiscal y se nombran nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 79285.—(117549).
Por medio de la escritura número ciento diecisiete, otorgada a las catorce horas del día veinticinco de noviembre del dos mil ocho, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Serfra del Coco S. A., por la cual se modifica la cláusula quinta del capital social y se aumenta este, la cláusula sexta de la administración, y se revocan los nombramientos de la junta directiva y del fiscal y se nombran nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 79286.—(117550).
Por escritura otorgada a las diez horas del nueve de diciembre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Guvasteim Sociedad Anónima.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1 vez.—Nº 79287.—(117551).
Por escritura otorgada a las trece horas del veintiocho de noviembre del año dos mil ocho, se constituyeron las sociedades denominadas Impresión-Art Sociedad Anónima, Para Impresión-Art Sociedad Anónima, Punto G Gráfico Sociedad Anónima, y dos sociedades cuya denominación social será la cédula jurídica asignada por el Registro Público.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1 vez.—Nº 79288.—(117552).
Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las trece horas del siete de noviembre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada Centro de Informática e Internet Terranet Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidenta: Susana Marín Calderón.—9 de diciembre del 2008.—Lic. Hernán Gutiérrez Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 79289.—(117553).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las doce horas con treinta minutos del día veintiuno de noviembre del dos mil ocho, se protocoliza acuerdo de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Corporación de Viajes TAM Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta mil ciento ochenta, mediante la cual se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo.—San José, veintisiete de noviembre del dos mil ocho.—Lic. Mauricio Quirós González, Notario.—1 vez.—Nº 79292.—(117554).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las doce horas con quince minutos del día veintiuno de noviembre del dos mil ocho, se protocoliza acuerdo de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza BQ Asturias del Mar Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y dos mil ciento cuarenta y seis, mediante la cual se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo.—San José, veintisiete de noviembre del dos mil ocho.—Lic. Mauricio Quirós González, Notario.—1 vez.—Nº 79293.—(117555).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las doce horas del día veintiuno de noviembre del dos mil ocho, se protocoliza acuerdo de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Real Guanacaste Tour Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos cinco mil ciento uno, mediante la cual se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo.—San José, veintisiete de noviembre del dos mil ocho.—Lic. Mauricio Quirós González, Notario.—1 vez.—Nº 79294.—(117556).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las once horas del día de hoy, se constituyó la compañía con domicilio en el cantón de Playa Grande de Santa Cruz, provincia de Guanacaste, denominada El Futuro Tuannis Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de diciembre del 2008.—Lic. Bernal Vega Maroto, Notario.—1 vez.—Nº 79295.—(117557).
En mi notaría, por escritura otorgada en la ciudad de Santa Ana, a las 07:30 horas del 9 de diciembre del 2008, se constituyó SERVINSA (Servicios integrados de Costa Rica S. A.) Capital: suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Santa Ana, 9 de diciembre del 2008.—Lic. Miguel Armando Villegas Arce, Notario.—1 vez.—Nº 79297.—(117558).
Ante esta notaría, se está constituyendo la sociedad denominada “A&” Asociados Sociedad Anónima. Presidente: Luis Alberto Acuña Montero.—San José, diez de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Natalia Sarmiento Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 79299.—(117559).
En mi notaría, en Esparza,
cuatrocientos metros al norte de la esquina noreste del parque, a las nueve
horas y veinte minutos del diez de diciembre del dos mil ocho, por escritura
publica número doscientos veintitrés, iniciada a folio ciento treinta y uno
vuelto, del tomo tercero del protocolo del suscrito notario, se protocoliza
acta de asamblea general de la sociedad
Se protocoliza acta de la firma de esta plaza Sweet Cinnamon Pumpkin Sociedad Anónima. Se reforma cláusula primera.—San José, diez de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—Nº 79304.—(117561).
Se constituye la firma de esta plaza American Suisse Capital Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Presidenta: María Cristina Solano Mora. Agente residente: Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo.—San José, diez de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—Nº 79305.—(117562).
Ante esta notaría, se ha protocolizado acta de reforma de estatutos de la sociedad Inversiones Fany Sociedad Anónima.—Lic. Cesar Jiménez Fajardo.—1 vez.—Nº 79308.—(117563).
Ante esta notaría, se ha protocolizado acta de reforma de estatutos de la sociedad Larsa Computación Sociedad Anónima.—Lic. Cesar Jiménez Fajardo.—1 vez.—Nº 79309.—(117564).
Ante esta notaría, se ha protocolizado acta de reforma de estatutos de la sociedad Inversiones Las Calas de Sámara Aim Sociedad Anónima.—Lic. Cesar Jiménez Fajardo.—1 vez.—Nº 79310.—(117565).
La suscrita notaría pública hace constar que en mi protocolo número veinticinco, escritura número cien-veinticinco, otorgada a las diez horas de hoy. José Gerardo Artavia Corrales, Sydney Annk Macintyre y Janette Kay Macintyre, constituyen la sociedad Hermosa Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Hermosa S. A. Presidente: el primero. Apoderados generalísimos sin límite de suma, el presidente y el secretario, debiendo firmar conjunta o separadamente. Agente Residente: Lic. Noemi González Rojas.—Liberia, 2 diciembre del 2008.—Lic. Noemi González Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 79311.—(117566).
Mediante escritura número ciento nueve-treinta y nueve otorgada a las doce horas con cinco minutos del primero de diciembre del dos mil ocho, ante el notario William Méndez Rosales, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Salazar Salas M y H Sociedad Anónima domiciliada en Piedra Alegre de Pital de San Carlos, Alajuela, cincuenta metros norte de la plaza de deportes.—San José, diez de diciembre del dos mil ocho.—Lic. William Méndez Rosales, Notario.—1 vez.—Nº 79312.—(117567).
Mediante escritura número ciento once-treinta y nueve otorgada a las quince horas del ocho de diciembre del dos mil ocho, ante el notario William Méndez Rosales, se modifico el domicilio social de la sociedad denominada Exportadora Murillo Sociedad Anónima, domiciliada en El Palmar de Pital de San Carlos, Alajuela, un kilómetro sur de la iglesia católica.—San José, diez de diciembre del dos mil ocho.—Lic. William Méndez Rosales, Notario.—1 vez.—Nº 79313.—(117568).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Corporación Sánchez & Argüello Ltda. Dicha sociedad fue constituida a las 14:00 horas 24 de noviembre del 2008, ante el notario público Lic. Cristian Alejandro Chaverrí Acosta; en escritura número 244-1, del tomo primero de su protocolo.—Atenas, 24 de noviembre del 2008.—Lic. Cristian Alejandro Chaverrí Acosta, Notario.—1 vez.—Nº 79314.—(117569).
Mediante escritura número ciento doce-treinta y nueve otorgada a las nueve horas del nueve de diciembre del dos mil ocho, ante el notario William Méndez Rosales, se modificó el domicilio social de la sociedad denominada Exportaciones Frescas de Occidente Sociedad Anónima, domiciliada en El Palmar de Pital de San Carlos, Alajuela, un kilómetro sur de la iglesia católica.—San José, diez de diciembre del dos mil ocho.—Lic. William Méndez Rosales, Notario.—1 vez.—Nº 79315.—(117570).
Mediante escritura número ciento trece-treinta y nueve otorgada a las nueve horas con quince minutos del nueve de diciembre del dos mil ocho, ante el notario William Méndez Rosales, se modificó el domicilio social de la sociedad denominada Productos Perecederos J Y J Sociedad Anónima, domiciliada en El Palmar de Pital de San Carlos, Alajuela, un kilómetro sur de la iglesia católica.—San José, diez de diciembre del dos mil ocho.—Lic. William Méndez Rosales, Notario.—1 vez.—Nº 79316.—(117571).
Mediante escritura número ciento catorce-treinta y nueve otorgada a las nueve horas con treinta minutos del nueve de diciembre del dos mil ocho, ante el notario William Méndez Rosales, se modificó el domicilio social y la junta directiva de la sociedad denominada Yuca de Exportación del Norte Sociedad Anónima, domiciliada en El Palmar de Pital de San Carlos, Alajuela, un kilómetro sur de la iglesia católica.—San José, diez de diciembre del dos mil ocho.—Lic. William Méndez Rosales, Notario.—1 vez.—Nº 79317.—(117572).
Mediante escritura número ciento quince-treinta y nueve otorgada a las nueve horas con cuarenta y cinco minutos del nueve de diciembre del dos mil ocho, ante el notario William Méndez Rosales, se modificó el domicilio social de la sociedad denominada Compumapo Sociedad Anónima, domiciliada en El Palmar de Pital de San Carlos, Alajuela, un kilómetro sur de la iglesia católica.—San José, diez de diciembre del dos mil ocho.—Lic. William Méndez Rosales, Notario.—1 vez.—Nº 79318.—(117573).
Mediante escritura número ciento diecisiete-treinta y nueve otorgada a las dieciséis horas con quince minutos del nueve de diciembre del dos mil ocho, ante el notario William Méndez Rosales, se constituyó una sociedad, cuya denominación social será el número de cédula que le asigne el Registro. Dicha sociedad está domiciliada en Las Delicias de Aguas Zarcas de San Carlos, Alajuela, frente al centro turístico Los Cartagos.—San José, diez de diciembre del dos mil ocho.—Lic. William Méndez Rosales, Notario.—1 vez.—Nº 79319.—(117574).
El día de hoy, ante esta notaría, se constituyó la sociedad Retirement in Costa Rica Video C. A., S. A. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, siete de noviembre del dos mil ocho.—Lic. Manfred Clausen Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 79324.—(117575).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Platak S. A.—San José, 11 de noviembre 2008.—Lic. Sarita Castillo Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 79325.—(117576).
Ante esta notaría, se procedió
a reformar las cláusulas octava y segunda de la sociedad denominada
Ante esta notaría se constituyó la sociedad Servicios Contables Mil Novecientos Setenta y Uno Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, con un plazo de noventa y nueve años, cuyo gerente tendrá la representación judicial y extrajudicial como apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—San José, once de diciembre de dos mil ocho.—Lic. Ana María Avendaño Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 79327.—(117578).
Por escritura otorgada por mí, al ser las 13:00 horas del 10 de diciembre de 2008, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada, tres-ciento uno-quinientos treinta y ocho mil ciento setenta y siete sociedad anónima, cédula jurídica: con misma numeración del nombre, por medio de la cual: Se revoca el nombramiento del presidente, secretario, tesorero de la junta directiva y se hacen nuevos nombramientos. Se reforma totalmente la cláusula, novena, del pacto constitutivo.—San José, al ser las 7:00 horas del 11 de diciembre de 2008.—Lic. Gustavo Argüello Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 79329.—(117579).
Por escritura otorgada por mí,
al ser las 16:00 horas del 10 de diciembre de 2008, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento
uno-quinientos treinta y ocho mil doscientos ochenta y cuatro sociedad anónima,
cédula jurídica con misma numeración del nombre, por medio de la cual: Se
revoca el nombramiento del presidente, secretario, tesorero de
Por escritura otorgada ante mí, al ser las 15:00 horas del 10 de diciembre de 2008, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada, tres-ciento uno-quinientos treinta y ocho mil ciento sesenta y ocho sociedad anónima, cédula jurídica igual al nombre, por medio de la cual: Se revoca el nombramiento de la totalidad de la junta directiva y del fiscal y se hacen nuevos nombramientos. Se reforman totalmente las cláusulas quinta y novena, del pacto constitutivo.—San José, al ser las siete horas del once de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Gustavo Argüello Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 79331.—(117581).
Por escritura autorizada en mi notaría a las 13:00 horas del 20 de noviembre del 2007, la empresa Servicios Jiga Nicoa S. A., modifica la cláusula novena de sus estatutos.—Liberia, 28 de noviembre del 2008.—Lic. Óscar Alpízar Carvajal, Notario.—1 vez.—Nº 79333.—(117582).
Por escritura otorgada ante mí, a las 9:30 horas del 4 de diciembre del 2008, se aumenta el capital de la sociedad denominada Mundopet Supermercados S. A. y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Lilliam Soto Hines, Notaria.—1 vez.—Nº 79341.—(117583).
Se ha modificado la junta directiva
de: Amdama de
El suscrito notario Lic. Carlos Zárate Sequeira, hace saber que en mi notaría la sociedad anónima Cascada del Mar Primera Etapa A Veinticuatro Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-192639. Constituyó la nueva junta directiva, cambio de domicilio social. Es todo.—Puntarenas, 10 de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Carlos Zárate Sequeira, Notario.—1 vez.—Nº 79344.—(117585).
La suscrita notaria hace constar que en esta notaría se constituyó la empresa denominada Seguridad Contreras del Pacifico S. A. Plazo social: 99 años. Presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, quienes deberán actuar conjunta y separadamente, domiciliada en la ciudad de Puntarenas, Carrizal, Urbanización Villa Flor, objeto principal es la seguridad privada y comercio en general.—Puntarenas, 10 de diciembre de 2008.—Lic. Chandy Mora Umaña, Notario.—1 vez.—Nº 79345.—(117586).
Por escritura otorgada ante la
notaría de la licenciada María Vanessa Roblero Arguedas, en la ciudad de
Alajuela, se constituye la sociedad denominada Inmobiliaria
Por escritura otorgada en connotaría con el notario Serguei Swirgsde González a las diecisiete horas treinta minutos del nueve de diciembre del dos mil ocho, se modificó la cláusula primera de la sociedad denominada Bejtia Maluving Sociedad Anónima, con número de cédula tres-ciento uno-cuatrocientos veintiocho mil trescientos setenta y uno.—San José, 11 de diciembre del 2008.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—Nº 79347.—(117588).
Ante esta notaría por escritura número sesenta y seis otorgada a las ocho horas día diez de diciembre del dos mil ocho, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad denomina Inversiones G Trescientos Veinte Sociedad Anónima. Se modifica cláusula segunda, se reforma la cláusula sétima y se nombra nueva junta directiva.—San José, 10 de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.—Nº 79348.—(117589).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la firma de esta plaza Construir EYM Compañía Constructora Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Costa Rica. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: veinte mil colones. Presidente: Esteban Rojas Rojas. Fecha de otorgamiento: 01 de diciembre del 2008. Lugar de otorgamiento: San José, Costa Rica. Agente residente: Lic. Catalina Barrantes Kopper.—Lic. Catalina Barrantes Kopper, Notaria.—1 vez.—Nº 79352.—(117590).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del diez de diciembre del dos mil ocho, se constituye la sociedad Inversiones Shicar I S C S. A.—San José, once de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—Nº 79354.—(117591).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del diez de diciembre del dos mil ocho, se reforman las cláusulas primera, segunda y quinta del pacto constitutivo, se nombra nueva junta directiva y fiscal de la sociedad Quiahuaitl S. A.—San José, once de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—Nº 79355.—(117592).
Óscar Leal Moritoy, Ciro Gómez Rodríguez y otros constituyen sociedad anónima denominada Inmobiliaria Chorotega del Pacífico O.C.S. Sociedad Anónima y corresponde la representación legal judicial y extrajudicial a Óscar Leal Moritoy y Ciro Gómez Rodríguez, el capital social es la suma de diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas.—Lic. Álvaro Córdoba Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 79358.—(117593).
Moisés Daniel Hernández Arias y Daniel Hernández Soto constituyen MD Consultores Empresariales S. A. escritura otorgada en San José, a las diecinueve horas del cinco de diciembre del dos mil ocho. Capital social: cincuenta mil colones. Domicilio. Vásquez de Coronado. Objeto: el comercio en general. Presidente: Moisés Daniel Hernández Arias.—11 de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Randall Junnell Calvo Mora, Notario.—1 vez.—Nº 79360.—(117594).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 10 de diciembre de 2008, se constituyó una sociedad que llevará por nombre el número que resulte de su cédula jurídica. Presidente: Juan Carlos Solís Hidalgo, cédula 4-108-498.—Barva, 11 de diciembre de 2008.—Lic. Guillermo Montero Solera, Notario.—1 vez.—Nº 79362.—(117595).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 10 de diciembre de 2008, se constituyó una sociedad que llevará por nombre el número que resulte de su cédula jurídica. Presidente: Juan Carlos Solís Hidalgo, cédula 4-108-498.—Barva, 11 de diciembre del 2008.—Lic. Guillermo Montero Solera, Notario.—1 vez.—Nº 79363.—(117596).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Compañía Constructora Arasan Sociedad Anónima, plazo social de noventa y nueve años, capital social diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Representada por su presidente Luis Octavio Araya Sancho, secretario Luis Humberto Araya Alfaro y tesorera Laura Araya Sancho. Monterrey de San Carlos, Alajuela, a las 18:00 horas del 9 de diciembre de 2008.—Lic. Ricardo Reyes Cáliz, Notario.—1 vez.—Nº 79364.—(117597).
Kauai Tamarindo K. T. Sociedad Anónima, protocoliza acta de asamblea general extraordinaria. Se nombra presidente y secretaria. Se reforma la cláusula novena del pacto constitutivo. Otorgada a las 10:00 horas del día 5 de diciembre del año 2008.—Lic. Óscar Guevara Arias, Notario.—1 vez.—Nº 79365.—(117598).
Empty Space Sociedad Anónima, protocoliza acta de asamblea general extraordinaria. Se nombra presidente, secretario, tesorero, fiscal y agente residente. Se reforma la cláusula segunda y sexta del pacto constitutivo. Se revoca poder generalísimo. Otorgada a las 17:00 horas del día 12 de noviembre del año 2008.—Lic. Óscar Guevara Arias, Notario.—1 vez.—Nº 79366.—(117599).
Laguna de Cristal Sociedad Anónima, protocoliza acta de asamblea general extraordinaria. Se nombra presidente, secretario, tesorero, fiscal y agente residente. Se reforma la cláusula segunda y novena del pacto constitutivo. Otorgada a las 17:30 horas del día 12 de febrero del año 2008.—Lic. Óscar Guevara Arias, Notario.—1 vez.—Nº 79367.—(117600).
Horizontes Hiumaa H. H Sociedad Anónima. Protocoliza acta de asamblea general extraordinaria. Se nombra presidente, vicepresidente, secretario, tesorero, fiscal y vocal. Se reforma la cláusula novena del pacto constitutivo. Otorgada a las 11:00 horas del día 24 de noviembre del año 2008.—Lic. Óscar Guevara Arias, Notario.—1 vez.—Nº 79368.—(117601).
Por escritura número 319, otorgada a las 11:00 horas del 9 de diciembre del 2008, se protocolizó acuerdos de Inversiones Araucaria de Plata S. A., por los cuales se modifica nombre y domicilio social y se nombra nueva junta directiva. Presidenta: Mayela Delgado Gagtens.—San José, 10 de diciembre del 2008.—Lic. Ricardo Villalobos González, Notario.—1 vez.—Nº 79369.—(117602).
Mediante escritura número cuarenta y nueve visible al folio cuarenta y uno vuelto del tomo cuarto de mi protocolo, otorgada a las quince horas y veinte minutos del día diez de diciembre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Kartex Sociedad Anónima. Es todo.—San José, diez de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—Nº 79370.—(117603).
Mediante escritura número cincuenta, visible al folio cuarenta y tres vuelto del tomo cuarto de mi protocolo, otorgada a las quince horas y treinta y cinco minutos del día diez de diciembre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Keom Sociedad Anónima. Es todo.—San José, diez de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—Nº 79371.—(117604).
Mediante escritura número cuarenta y ocho visible al folio treinta y nueve vuelto del tomo cuarto de mi protocolo, otorgada a las quince horas del día diez de diciembre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Yolainv Sociedad Anónima. Es todo.—San José, diez de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—Nº 79372.—(117605).
Mediante escritura número cuarenta y siete visible al folio treinta y siete vuelto del tomo cuarto de mi protocolo, otorgada a las diecisiete horas del día nueve de diciembre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Soluciones A & K Sociedad Anónima. Es todo.—San José, diez de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—Nº 79373.—(117606).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó sociedad denominada Instaladora Industrial Pacífico Sociedad Anónima. Domicilio social: será en el cantón quinto de Carrillo, provincia de Guanacaste, específicamente en Playas del Coco, Condominio Turcoise, departamento dos. Plazo social: 99 años. Objeto: El diseño y montaje de instalaciones eléctricas, electromecánicas, el desarrollo, promoción y venta o arrendamiento mueble e inmueble, la agricultura, ganadería, industria, turismo y el comercio en general.—San José, once de diciembre de dos mil ocho.—Lic. Rogelio González Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 79374.—(117607).
Hoy día he constituido
sociedad
Por escritura otorgada ante mí
a las diez horas del ocho de diciembre del dos mil ocho, se nombró nuevo
presidente de la sociedad Inversiones
Por escritura otorgada ante mí
al ser las catorce horas del diez de diciembre del dos mil ocho, se nombra
secretario, tesorero de la junta directiva y el fiscal, de la sociedad
denominada
Por escritura número ciento sesenta y cuatro, de las once horas del día nueve de diciembre del dos mil ocho, otorgada ante esta notaría, se protocoliza las actas número dos y cuatro, de asamblea general extraordinaria de la sociedad Condominio Agapantos Treinta y Cinco Mil Seiscientos Diecinueve CDJ Sociedad Anónima, se reforma la cláusula segunda, y además se nombra presidente, secretaria, tesorero y fiscal de junta directiva.—Tres Ríos, nueve de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Marta Eugenia Vargas Arrieta, Notario.—1 vez.—Nº 79395.—(117611).
Por escritura pública de las once horas del nueve de diciembre del dos mil ocho, se protocolizó asamblea general extraordinaria de Almacén Judko Stenberg S. A. Se aumenta el capital social de la compañía y se modifica la cláusula cuarta del pacto constitutivo. Es todo.—San José, nueve de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—Nº 79397.—(117612).
Por escritura pública de las doce horas del ocho de diciembre del dos mil ocho y otorgada ante la notaria pública Violeta Rojas Soza, se protocolizó asamblea general extraordinaria de Silver Moon Oceans XIII S. A., Se modifica la se cambia la junta directiva y se nombra fiscal. Es todo.—San José, diez de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Violeta Rojas Soza, Notaria.—1 vez.—Nº 79398.—(117613).
Por escritura autorizada en mi notaría a las 14 horas del día 8 de diciembre del 2008, se modificó cláusulas del nombre, objeto y administración de la sociedad Servicios Dentales Alpízar y Sánchez Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del 2008.—Lic. Manuel Zúñiga Urrutia, Notario.—1 vez.—Nº 79401.—(117614).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 7:00 horas del 9 de diciembre del 2008, protocolicé las actas de asamblea de socios de Británica Real S. A., y Britannica Real S. A., mediante la cual se fusionan ambas compañías subsistiendo la compañía Britannica Real S.A.—San José, 9 de diciembre del 2008.—Lic. Carlos Villalobos Soto, Notario.—1 vez.—Nº 79405.—(117615).
Yo, debidamente autorizado, protocolicé una asamblea general de socios de la sociedad Centro Educativo San Francisco de Asís Cariari C.B.S.F.A. S. A., por la cual se reforman las cláusulas primera, segunda, quinta y décima del pacto constitutivo, teniendo como nueva denominación social Centro Educativo San Francisco de Asís Cariari C.E.S.F.A. S. A. Domicilio Cariari, Pococí, Limón.—Guápiles, 11 de diciembre del 2008.—Lic. Juan Carlos Radulovich Quijano, Notario.—1 vez.—Nº 79406.—(117616).
Ante mí, se constituyó la sociedad anónima denominada Infocomunicaciones de Costa Rica S. A., constituida por Carlos Enrique Carboni Álvarez y María de los Ángeles Hernández Wray. Capital totalmente suscrito y pagado. La representación judicial y extrajudicial le corresponde presidente y al secretario de la junta directiva. Domicilio San José, Curridabat.—Guápiles, 11 de diciembre del 2008.—Lic. Juan Carlos Radulovich Quijano, Notario.—1 vez.—Nº 79407.—(117617).
Por escritura otorgada ante mí a las dieciocho horas del nueve de diciembre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada TDOS Arquitectos Ltda. Domicilio: Cartago. Capital social: sesenta mil colones. Se nombraron dos gerentes.—Lic. Luis Enrique Gómez Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 79408.—(117618).
En mi notaría a las nueve horas del veintidós de octubre del 2008, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Accesorios para Motos Sociedad Anónima, se modifican las cláusulas dos y ocho de los estatutos. Se nombra nuevo secretario y tesorero.—San José, 11 de diciembre del 2008.—Lic. Dora María Figueroa González, Notaria.—1 vez.—Nº 79410.—(117619).
En mi notaría a las once horas del diecinueve de noviembre del 2008, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad C.R.C.J. Inmobiliaria Don Carlos Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula octava de los estatutos. Se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 11 de diciembre del 2008.—Lic. Annia Zamora Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 79411.—(117620).
Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las ocho horas con diez minutos del día nueve de diciembre del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de cuotistas de Paraíso Mar y Tierra de Escaleras Limitada, por medio de la cual se modifica las cláusulas segunda y sétima del pacto social, se revoca el nombramiento del gerente, se nombra nuevo gerente uno y gerente dos, se revoca el nombramiento del agente residente y se nombra nuevo agente residente.—San Isidro de Pérez Zeledón, nueve de diciembre del año dos mil ocho.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—Nº 79412.—(117621).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día veintiocho de noviembre del año en curso, se protocoliza acta de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos veintidós ochocientos ochenta y siete sociedad anónima, donde se reforman las cláusulas del domicilio social, de la representación, se nombra agente residente y se nombra nueva junta directiva.—San José, a las quince horas del diez de diciembre del 2008.—Lic. Ana Victoria Sandoval León, Notaria.—1 vez.—Nº 79413.—(117622).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas del 5 de diciembre del 2008, se constituyó la compañía Seguridad PJ Osa Sociedad Anónima, domiciliada en Puerto Jiménez de Golfito, Puntarenas. Plazo social: 99 años. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Representación: presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, debiendo actuar conjuntamente.—Aserrí, San José, 8 de diciembre del 2008.—Lic. Elpidio Bernal Monge Bastos, Notario.—1 vez.—Nº 79415.—(117623).
Hoy he protocolizado el acta de Promo Visual Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula primera de los estatutos.—San José, 10 de diciembre del 2008.—Lic. Fernando Alonso Castro Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 79416.—(117624).
Por escritura otorgada en mi notaría a las ocho horas de hoy, se constituyó Eco Pool Sociedad Anónima, pudiendo abreviar su aditivo en S. A., siendo su nombre de fantasía.—San José, 22 de octubre del 2008.—Lic. Fernando Montero García, Notario.—1 vez.—Nº 79417.—(117625).
Mediante escritura número
doscientos veinticuatro otorgada ante mi notaría, a las once y treinta horas
del tres de diciembre del año en curso, se constituyó la compañía que utilizará
como denominación social el número de cédula jurídica que le asigne a la misma
por dicho registro además de las palabras Sociedad de Responsabilidad Limitada,
todo conforme al decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J
(Reglamento para
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 4 de diciembre del 2008, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta mil trescientos cuarenta y uno sociedad anónima, se nombra nueva junta directiva. Es todo.—San José, cuatro de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—Nº 79421.—(117627).
Por escritura otorgada ante esta notaría en San Ramón de Alajuela, a las 8:00 horas del 23 de octubre del año 2008, se constituyó una sociedad anónima, denominada con su número de cédula.—San Ramón, 11 de noviembre del 2008.—Lic. Mario Alexis González Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 79424.—(117628).
Por escritura número ciento diez del tomo segundo del protocolo del notario Max Alonso Víquez García, se constituyó la sociedad Doctores Rodar S. A. La representación judicial y extrajudicial la tendrá el presidente y el secretario conjunta o separadamente. Capital social: diez mil colones. Presidente: Rafael Ángel Rodríguez Arias, secretario: José Agustín Rodríguez Arias.—San José, once de diciembre de dos mil ocho.—Lic. Max Alonso Víquez García, Notario.—1 vez.—Nº 79425.—(117629).
En esta notaría a las 9 horas del 5 de de noviembre del 2008, Jenaro Jesús Rojas Paniagua, Carmen Sabina Mosquera Galagarsa, Maricarmen y Stefhanie María ambas Rojas Mosquera, constituyen la sociedad Escamaje Sociedad Anónima, capital social 10 mil colones, presidente Jenaro Jesús.—San Ramón.—Lic José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 79426.—(117630).
Por escritura número 23 otorgada ante mi notaría, a las 18 horas del 10 de diciembre de 2008, los señores Orlando Castellón Navarro, cédula 1-637-193 y María García Pérez, cédula 2-477-396, constituyeron una sociedad anónima solicitando al Registro Público asignar el nombre de oficio, capital social diez mil colones íntegramente suscrito y pagado.—San José, 11 de diciembre del 2008.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—Nº 79427.—(117631).
Por escritura otorgada en mi notaría a las 14:00 horas del día 18 de noviembre del 2008, se constituyó la sociedad Familia Vega Céspedes Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital social: 12.000 colones. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Heredia, 18 de noviembre del 2008.—Lic. Marjorie Morales Acosta, Notaria.—1 vez.—Nº 79428.—(117632).
Por escritura número 24 otorgada ante mi notaría a las 18 horas 10 minutos del 10 de diciembre de 2008, los señores Orlando Castellón Navarro, cédula 1-637-193 y María García Pérez, cédula 2-477-396, constituyeron una sociedad anónima solicitando al Registro Público asignar el nombre de oficio, capital social diez mil colones íntegramente suscrito y pagado.—San José, 11 de diciembre de 2008.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—Nº 79429.—(117633).
Por escritura número 25 otorgada ante mi notaría a las 18 horas 20 minutos, del 10 de diciembre de 2008, los señores Orlando Castellón Navarro, cédula 1-637-193 y María García Pérez, cédula 2-477-396, constituyeron una sociedad anónima solicitando al Registro Público asignar el nombre de oficio, capital social diez mil colones íntegramente suscrito y pagado.—San José, 11 de diciembre del 2008.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—Nº 79430.—(117634).
Por escritura número 26, otorgada ante mi notaría a las 19 horas del 10 de diciembre de 2008, los señores Orlando Castellón Navarro, cédula 1-637-193 y María García Pérez, cédula 2-477-396, constituyeron una sociedad anónima solicitando al Registro Público asignar el nombre de oficio, capital social diez mil colones íntegramente suscrito y pagado.—San José, 11 de diciembre de 2008.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—Nº 79431.—(117635).
Por escritura número ciento ochenta y ocho, otorgada ante esta notaría, a las catorce treinta horas del diecinueve de noviembre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Wonderful Time at Hermosa Beach Sociedad Anónima, domiciliada en Playa Hermosa, Guanacaste, de las oficinas de Century Veintiuno doscientos metros al sur, centro comercial Hermosa Heights. Capital social cien mil colones. Plazo social: noventa y nueve años a partir del diecinueve de noviembre del dos mil ocho.—Lic. Alejandra Jaén Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 79433.—(117636).
Ante mi notaría se constituyó sociedad anónima, denominada Fábrica de Cables Automotrices y Frenos de Liberia S. A., domiciliada en Liberia, del colegio nocturno de Liberia, ciento cincuenta metros al este, contiguo a la iglesia bíblica, capital social suscrito y pago. Representación legal le corresponde al presidente, secretario y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando en forma conjunta.—San José, seis de diciembre del dos mil ocho.—Lic Eugenia Jara Morúa, Notaria.—1 vez.—Nº 79438.—(117637).
En mi notaría a las 8:00 horas del 10 de diciembre del año 2008 se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Diseños Aerodinámicos Sociedad Anónima. Se modificó cláusula segunda y sexta, se cambió junta directiva y fiscal. Se solicita la publicación de este edicto para lo que en derecho corresponda.—Alajuela, 10 de diciembre del 2008.—Lic. Henry A. Núñez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 79439.—(117638).
El suscrito notario hace constar y da fe que mediante escritura pública otorgada ante mí a las 9:00 del 01 de diciembre de 2008, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Intertel Worldwide S. A., cédula jurídica 3-101-376077, mediante la cual se reformó las cláusulas 2, 6 y 7 del pacto constitutivo, se incluyó la cláusula 15 y se nombró nueva junta directiva. Es todo.—San José, 01 de diciembre de 2008.—Lic. Alonso J. Lara Tomas, Notario.—1 vez.—Nº 79440.—(117639).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las 13 horas, del 6 de noviembre del año 2008, se constituyó Otto EL Grande de Noviembre S. A.—San José, 08 de diciembre del año 2008.—Lic. Luis González González, Notario.—1 vez.—Nº 79443.—(117640).
Por escritura pública se constituyó la sociedad denominada Fiesta Party Sociedad Anónima, presidente y secretario apoderados, domicilio Heredia. Asimismo por escritura pública se constituyó la sociedad denominada Valeria’s Diamond Sociedad Anónima, presidente apoderado, domicilio San José.—San José, once de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Karol Claudel Palma, Notaria.—1 vez.—Nº 79444.—(117641).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 10:00 horas del día 4 de diciembre del 2008; se constituyó la sociedad de esta plaza denominada: Facasa de Santa Ana Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: la ciudad de San José.—San José, 5 de diciembre del 2008.—Lic. Roberto Villalobos Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 79445.—(117642).
En mi notaría a las quince horas del dos de diciembre del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Acarreos Ocrepec S. A. donde se nombró nuevo tesorero, secretaria, fiscal y agente residente.—Lic Sheila Elena Chaves Berrocal, Notaria.—1 vez.—Nº 79446.—(117643).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad El Señor es mi Pastor S. A. Todo de conformidad con la escritura número veintiséis del tomo diecinueve del protocolo del suscrito notario.—Lic. Mario Alberto Acosta Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 79447.—(117644).
Por escritura número cincuenta y ocho otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 5 de setiembre del 2008, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada El Chonguito Limitada, domiciliada en la ciudad de Alajuela.—Alajuela, 4 de diciembre del 2008.—Lic. María José González Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 79448.—(117645).
Ante esta notaría se
constituyó la sociedad anónima cuya denominación social será conforme al
Decreto número tres mil trescientos setenta y uno-J, publicado en
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día ocho de diciembre del 2008, protocolizo acta de asamblea de socios mediante la cual se aumenta el capital social y se reforma la totalidad del pacto constitutivo.—San José, diez de diciembre del 2008.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 79450.—(117647).
Por escritura otorgada el día de hoy ante esta notaría, Abrigo de Bliss S.B.B. de Quepos Sociedad Anónima, modificó su cláusula primera del nombre: Tierra El Shaddai Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del 2008.—Lic. Esteban A. Chacón Solís, Notario.—1 vez.—Nº 79451.—(117648).
Por escritura otorgada ante esta notaría número treinta y cuatro, de las quince horas del diez de diciembre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Nordson de Centroamérica Sociedad Anónima. El plazo social es de noventa y nueve años, capital social de diez mil colones. El presidente y tesorero, la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, debiendo actuar de forma conjunta.—Heredia, once de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Marilú Quirós Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 79453.—(117649).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas cuarenta minutos del diecisiete de mayo del año dos mil siete, Robert Irvin Tate y Andrew Burkeland Orden,constituyen una sociedad cuyo nombre será Instituto de Estudios Tropicales de Uvita Tate - Ogden Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Instituto de Estudios Tropicales de Uvita Tate - Ogden S. A. nombre que es de fantasía. Su domicilio estará en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, San José, exactamente frente al costado oeste del parque central, pudiendo establecer agencias o sucursales en otro u otros lugares del país o fuera de él. Presidente en la sociedad se nombró al señor Robert Irvin Tate. Capital social: diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas. Plazo: noventa y nueve años.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, ocho de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Olman Vargas Cubero, Notario.—1 vez.—Nº 79454.—(117650).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas diez minutos del dos de diciembre del año dos mil ocho, la sociedad tres-ciento uno-quinientos cuarenta y cinco mil ciento ochenta y siete sociedad anónima, realiza modificación a la cláusula primera referente a la denominación para que en adelante se identifique como Pura Verde Eco-Living Sociedad Anónima y además nombra nuevo tesorero y fiscal por el resto del período.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, tres de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—Nº 79455.—(117651).
Mediante escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 10:00 horas del 26 de febrero del 2008, se constituyó la sociedad denominada Corporación Alveche Sociedad Anónima. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 13 de noviembre del 2008.—Lic. Mauricio Campos Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 79460.—(117652).
Los socios Walter Ugalde Almegor y Norlyn Patricia Piña Picado, constituyen la empresa denominada Saytec Sociedad Anónima. Es todo.—Cariari, Pococí, al ser las once horas con quince minutos, del diez de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Juan Alexis Barillas Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 79461.—(117653).
Por escritura otorgada en San José, a las 10 horas, del 16 de setiembre del 2008, se constituyó Familia Amiga Vargas S. A. presidente Gonzalo Zúñiga Molina.—Lic. Carlos Fallas Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 79464.—(117654).
Por medio de la escritura número treinta y seis, otorgada ante la notaria Marianela Portuguez Sánchez, a las catorce horas, del veintiuno de noviembre del año dos mil ocho, comparecen Marco Antonio Méndez Corrales, mayor, soltero, comerciante, vecino de San José, San Isidro de Coronado, veinticinco metros al oeste del salón Las Huacas, cédula uno-uno dos tres ocho-cero siete nueve uno, Kenneth Méndez Corrales, mayor, soltero, comerciante, cédula uno-uno tres nueve siete-cero seis cuatro cinco, vecino de la misma dirección del primer compareciente, constituyen una sociedad anónima de esta plaza cuya razón social es Inversiones Markeliza Sociedad Anónima.—San José, once de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Marianela Portuguez Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 79465.—(117655).
El notario público Jorge Eduardo Villegas Rojas, hace constar que mediante escritura número setenta y seis-uno inserta en el folio cincuenta y uno vuelto del tomo primero de mi protocolo, se modificó la cláusula octava de la sociedad anónima denominada Stone Fruit Corporation Sociedad Anónima, para que el presidente y el secretario de la sociedad puedan actuar conjunta o separadamente en la representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Escritura otorgada en Heredia, a las ocho horas, del seis de junio del dos mil ocho.—Lic. Jorge Eduardo Villegas Rojas, Notario.—1 vez.—(117742).
El notario público Jorge Eduardo Villegas Rojas, hace constar que mediante escritura número ochenta y uno-uno, inserta en el folio cincuenta y ocho frente, del tomo primero de mi protocolo, se constituyó la sociedad anónima denominada Servicios Técnicos Comerciales y Empresariales de Desarrollo Seteced Sociedad Anónima, con capital social representado por doce acciones de mil colones cada una. Presidente con facultades generalísimas sin límite de suma: Justo Germán Espino Pérez, vicepresidente: Francisco Ignacio Espino Pérez, secretario: Ramón Martínez Rivera, tesorero: Héctor Rivera López, fiscal: Dunia Mayela Zamora Sánchez. Escritura otorgada en Heredia, a las dieciocho horas, del diez de octubre del dos mil ocho.—Lic. Jorge Eduardo Villegas Rojas, Notario.—1 vez.—(117743).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 18:30 horas del 09 de diciembre del 2008, se constituyó Fundación Mefi-Boset, domicilio en Alajuela, 250 este de la unidad sanitaria, dentro de sus fines primordiales es: contribuir al crecimiento integral de las personas adultas con discapacidad procedentes del cantón central de Alajuela en primera instancia y del país en general.—Alajuela, 10 de diciembre del 2008.—Lic. Marvin Esteban Matarrita Bonilla, Notario.—1 vez.—(117752).
Por escritura otorgada en mi notaría a las dieciocho horas del once de diciembre del año en curso, se protocoliza acta de asamblea general de accionistas de la sociedad denominada Diseños e Importaciones Sykes S. A., cédula jurídica número 3-101-413567, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del domicilio y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Alajuela, 11 de diciembre del 2008.—Lic. Carlos Martínez Ocampo, Notario.—1 vez.—(117771).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría en la ciudad de San José, número ciento cincuenta y dos, otorgada a las quince horas del día once de diciembre del dos mil ocho, la sociedad Allergan Costa Rica Limitada, con cédula de persona jurídica tres-ciento dos-doscientos treinta y siete mil seiscientos sesenta y cinco, reformó la cláusula sexta de sus estatutos sociales.—Lic. Rafael González Saborío, Notario.—1 vez.—(117807).
Por escritura número
seis-sesenta y dos, otorgada a las diez horas, del siete de diciembre del dos
mil ocho, ante la notaria Hazel González Araya, las señoras Annette Soto Calvo
y Virginia Calvo Revelo, constituyeron la sociedad anónima Solgata,
domiciliada en Alajuela, barrio
Por escritura otorgada ante nuestra notaría, se constituyó la sociedad denominada Unlimited Business Center Sociedad Anónima, capital social diez mil colones, presidenta: Rosibelle de los Ángeles Moraga Núñez.—San José, 09 de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Fabio Solórzano Rojas y Norma Sheyla Sotela Leiva, Notarios.—1 vez.—(117823).
Ante esta notaría, mediante escritura número 101, otorgada a las 9:00 horas del 27 de noviembre del 2008, se constituyó la sociedad de nombre Motomotriz C. R. Sociedad Anónima.—Lic. María del Rocío Montero Vílchez, Notaria.—1 vez.—(117824).
Ante esta notaría, mediante escritura número 116 otorgada a las 13:00 horas del 11 de diciembre del 2008, se modifica nombre y domicilio Sociedad Agencia de Seguros del Orbe Sociedad Anónima.—Lic. María del Rocío Montero Vílchez, Notaria.—1 vez.—(117825).
Ante esta notaría, mediante escritura número 122 otorgada a las 14:00 horas del 12 de diciembre del 2008, se constituyó la sociedad de nombre Benni Renta y Venta Sociedad Anónima.—Lic. María del Rocío Montero Vílchez, Notaria.—1 vez.—(117826).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 9 de diciembre del 2008, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria, celebrada a las 12:30 horas del 8 de diciembre del 2008, de la sociedad Grupo de Multiservicios Profesionales GMP S. A., por medio de la cual se reforma el pacto social en su cláusula octava de representación y administración de la sociedad.—San José, 12 de diciembre del 2008.—Lic. Carlos Humberto Ramírez Vega, Notario.—1 vez.—(117830).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 8 de diciembre del 2008, se constituyó la sociedad Equipos Automáticos Sociedad Anónima. Domicilio: Alajuela. Plazo: 99 años. Objeto: actividades comerciales, industriales, agrícolas y ganaderas. Capital social: cien mil colones.—San José, 9 de diciembre del 2008.—Lic. Carlos Humberto Ramírez Vega, Notario.—1 vez.—(117831).
Por escritura trescientos catorce-tres de dieciséis horas del primero de octubre de dos mil ocho, al folio ciento ochenta y tres del tomo tercero de mi protocolo, se constituyó la empresa Araya Racing Shop Sociedad Anónima.—Lic. Perla Cheves Romero, Notaria.—1 vez.—(117854).
En mi notaría, a las quince horas del primero de diciembre del dos mil ocho, por escritura número veintinueve-dos, del tomo segundo de mi protocolo, se constituyó: sociedad anónima, con Carlos Pérez Barboza como presidente.—Lic. Lidia Mayela Díaz Anchía, Notaria.—1 vez.—Nº 79600.—(117859).
Por escritura otorgada en esta notaría de las diecinueve horas del día once de diciembre dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Barrical Sociedad Anónima que es nombre de fantasía.—San José, once de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Fidelina Vega Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 79604.—(117860).
Por escritura otorgada en esta notaría de las diecinueve horas del día diez de diciembre dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Somalu Sociedad Anónima que es nombre de fantasía.—San José, diez de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Fidelina Vega Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 79606.—(117861).
Conforme a la escritura trescientos setenta y ocho, del tomo tercero del protocolo del licenciado José Fredy González León, se constituyó la sociedad denominada Servicios Tres Jotas del Norte S .A., en fecha quince horas del diez de noviembre del dos mil ocho, con domicilio en Guápiles, Pocosí, con diez acciones comunes y nominativas, cuya representación en general la ejerce el presidente.—Ciudad Quesada, diez de noviembre del dos mil ocho.—Lic. José Fredy González León, Notario.—1 vez.—Nº 76909.—(117862).
Por escritura número setenta y tres-cuatro, de las doce horas del once de diciembre del dos mil ocho, se protocoliza acuerdo que reforma la cláusula sexta y se nombra secretario, tesorero y fiscal de tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y un mil quinientos uno sociedad anónima.—Liberia, once de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Rosa María Escudé Suárez, Notaria.—1 vez.—Nº 79610.—(117863).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría el 21-11-2008, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Agrícola Tronadorcita Sociedad Anónima, donde se modifica cláusula quinta del pacto constitutivo.—Tilarán, 21 de noviembre del 2008.—Lic. Gustavo Adolfo Wattson Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 79611.—(117864).
Ante esta notaría se
constituyó Donatela de
Ante el notario Harold Núñez Muñoz, en la ciudad de San José, al ser las doce horas del seis de diciembre del dos mil ocho, se constituyó Expogateway Limitada, capital social cien mil colones, plazo 99 años, domicilio Santa Ana, gerente Horacio Vargas Morandi.—San José, ocho de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Harold Núñez Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 79616.—(117866).
En escritura N° 4-154, otorgada a las 9:00 horas del 9 de diciembre de 2008, tomo cuatro del protocolo de esta notaria, se constituye Three-Ivory Palms LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de diciembre del 2008.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 79617.—(117867).
Se comunica para los alcances de ley, de la modificación en el plazo social de la sociedad Black Neck Tie Sociedad Anónima. Es todo, a ser las siete horas del doce de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Jeremías Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 79618.—(117868).
Se comunica para los alcances de ley, de la modificación en el plazo social de la sociedad Bruncas Consultores Sociedad Anónima. Es todo, a ser las siete horas del doce de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Jeremías Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 79619.—(117869).
Se comunica para los alcances de ley, de la modificación en el plazo social de la sociedad Semaport Sociedad Anónima. Es todo, a ser las siete horas del doce de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Jeremías Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 79620.—(117870).
Se comunica para los alcances de ley, corrección por error material de transcripción en cláusula del plazo social inscrita, de la sociedad Alpaparo S. A. Es todo, a ser las siete horas del doce de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—Nº 79621.—(117871).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecinueve horas con cuarenta minutos del diez de diciembre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Macroproyectos Optimus Limitada.—San José, doce de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Javier Francisco Monge Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 79622.—(117872).
Por escritura pública número 155, otorgada en mi notaría, a las 16:30 horas, del día 10 de diciembre del año 2008, los señores Francesco Biasiotto y Damaris López Castro constituyeron Casa Del Mare Aperto Sociedad Anónima. Capital social ¢100.000.00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 79623.—(117873).
Por escritura pública número 161, otorgada en mi notaría, a las 11:00 horas, del día 11 de diciembre del año 2008, los señores Edgar Pizarro Abarca, Xinia María Pizarro Moreno, Kathia Vanessa Pizarro Pizarro y Rolando Esteban Pizarro Pizarro constituyeron El Guapinol de Los Pizarro Sociedad Anónima. Capital social: ¢100.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 79624.—(117874).
Por escritura pública número 159, otorgada en mi notaría, a las 18:30 horas, del día 10 de diciembre del año 2008, los señores Francesco Biasiotto y Damaris López Castro constituyeron Primi Regina Dei Fiori Sociedad Anónima. Capital social: ¢100.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 79625.—(117875).
Por escritura pública número 158, otorgada en mi notaría, a las 18:00 horas del día 10 de diciembre del año 2008, los señores Francesco Biasiotto y Damaris López Castro, constituyeron Casa Tra Le Verdi Colline Sociedad Anónima. Capital social: ¢100.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 79626.—(117876).
Por escritura pública número 154, otorgada en mi notaría, a las 16:00 horas del día 10 de diciembre del año 2008, los señores Francesco Biasiotto y Damaris López Castro, constituyeron Nido in Montagna Sociedad Anónima. Capital social: ¢100.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 79627.—(117877).
Por escritura pública número
156, otorgada en mi notaría, a las 17:00 horas del día 10 de diciembre del año
2008, los señores Francesco Biasiotto y Damaris López Castro constituyeron
Por escritura pública número 160, otorgada en mi notaría, a las 19:00 horas del día 10 de diciembre del año 2008, los señores Francesco Biasiotto y Damaris López Castro constituyeron Casa Della Societá Perfetta Sociedad Anónima. Capital social: ¢100.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 79629.—(117879).
Por escritura pública número 157, otorgada en mi notaría, a las 17:30 horas del día 10 de diciembre del año 2008, los señores Francesco Biasiotto y Damaris López Castro constituyeron Quinta Pietra Azzurra Sociedad Anónima. Capital social: ¢100.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 79630.—(117880).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del once de noviembre del dos mil ocho, Johanna Delgado Benítez y Óscar Rodríguez Villalobos, constituyen la sociedad denominada Villa San Remo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, doce de diciembre del año dos mil ocho.—Lic. Karla Villalobos Wong, Notaria.—1 vez.—Nº 79631.—(117881).
Ante mí, licenciada Carla Fiorella Vincenzi Zúñiga, se constituyó Bobos Asociados de Dulce Nombre Sociedad Anónima, mediante escritura número trece, visible al folio catorce frente, del tomo noveno de mí protocolo, al ser las catorce horas del siete de diciembre del año dos mil ocho. Representación judicial y extrajudicial el presidente y secretario en forma conjunta.—Lic. Carla Fiorella Vincenzi Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 79632.—(117882).
Mediante escritura número ciento setenta y ocho del tomo veintiuno mi protocolo, protocolicé el acta de modificación de la cláusula tercera del domicilio social y la cláusula ocho de la administración de la empresa Inmobiliaria Alfa Santa Roca Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-403409.—Lic. Miguel Ángel Vásquez López, Notario.—1 vez.—Nº 79634.—(117883).
Ante esta notaría se protocolizó actas de asamblea extraordinaria de socios de Ari Veintiuno A S. A., donde se modifican las cláusulas segunda, sétima y décima segunda del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva. Así consta en escritura otorgada en San Antonio de Belén, a las nueve horas del diez de diciembre del dos mil ocho ante la notaria Olga Morera Chaves.—San José, once de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Olga Morera Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 79635.—(117884).
Por escritura Nº 25-2, se constituyó Gaia Models Sociedad Anónima.—Cartago, 12 de diciembre del 2008.—Lic. Ileana Palma Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 79636.—(117885).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 19:00 horas del 27 de noviembre del 2008, se
constituyó la sociedad Inversiones del Norte de
Yo, Siumin Vargas Jiménez, notario público con oficina en San José, hago constar que mediante escritura doscientos treinta y uno del tomo sexto de mi protocolo, escritura otorgada en San José, a las diez horas del diez de diciembre del dos mil ocho, se modificaron las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo de la sociedad Corporación Legoland Primero One Sociedad Anónima, cédula Jurídica número 3-101-396511, modificándose el domicilio social y estableciéndose la representación conjunta de la sociedad.—San José, diez de diciembre del des mil ocho.—Lic. Siumin Vargas Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 79641.—(117887).
Yo, Siumin Vargas Jiménez, notario público con oficina en San José, hago constar que mediante escritura doscientos treinta del tomo sexto de mi protocolo, escritura otorgada en San José, a las nueve horas del diez de diciembre del dos mil ocho, se modificaron las cláusulas primera, segunda y novena del pacto constitutivo de la sociedad Los Cocos Caribeños Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-350760, modificándose el nombre, el domicilio social y estableciéndose la potestad del presidente de sustituir su poder.—San José, diez de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Siumin Vargas Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 79642.—(117888).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del diez de diciembre del dos mil ocho, protocolicé acta de Sense of Humor Limitada de las nueve horas del diez de diciembre del dos mil ocho, mediante la cual se reformó las cláusulas segunda, quinta y décimo primera.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 79646.—(117889).
La suscrita licenciada Marilyn Bedoya Esquivel, notaria pública con oficina en Turrúcares, hago constar que mediante escritura número doscientos veintiuno, iniciada en el folio ciento doce vuelto, del tomo tercero de mi protocolo, otorgada ante mi notaría a las catorce horas del día ocho de diciembre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada Corporación Josaur Sociedad Anónima, cuyo presidente y secretario tienen la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma, para cualquier tipo de acto.—Turrúcares, 11 de diciembre del 2008.—Lic. Marilyn Bedoya Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 79647.—(117890).
Constitución de sociedad
anónima L. T.
Por escritura otorgada en San José a las 11:00 horas de hoy, se constituyó la sociedad Moda Profesional S. A. Domicilio: San José. Objeto: comercio en general. Plazo: 99 años a partir de su constitución. Capital: diez mil colones. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando separadamente.—San José, 3 de diciembre del 2008.—Lic. Jorge Antonio Chavarría Camacho, Notario.—1 vez.—Nº 79650.—(117892).
Por escritura otorgada en San José a las 10:00 horas de hoy, se constituyó la sociedad Tradición Comercial S. A. Domicilio: Desamparados, San José. Objeto: comercio en general. Plazo: 99 años a partir de su constitución. Capital: diez mil colones. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando separadamente.—San José, 3 de diciembre del 2008.—Lic. Jorge Antonio Chavarría Camacho, Notario.—1 vez.—Nº 79651.—(117893).
Por escritura otorgada en San José a las 10:30 horas de hoy, se constituyó la sociedad Estilo Empresarial S. A. Domicilio: San José. Objeto: comercio en general. Plazo: 99 años a partir de su constitución. Capital: diez mil colones. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando separadamente.—San José, 3 de diciembre del 2008.—Lic. Jorge Antonio Chavarría Camacho, Notario.—1 vez.—Nº 79652.—(117894).
Ante esta notaría se reforman las cláusulas segunda y sexta de la sociedad denominada Danieduar LJG Sociedad Anónima, escritura otorgada a las quince horas del cuatro de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Eslava Hernández Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 79653.—(117895).
En mi notaría se reforma pacto constitutivo de Tractores del Norte Vargas y Pérez Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-dos uno siete cuatro seis seis, se nombra nueva junta directiva. Presidenta: Evelyn Cecilia Pérez Montoya. Es todo.—San Ramón de Alajuela, a las diez horas del once de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Silvia María Chaves Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 79655.—(117896).
Ante esta notaría, se realizó una asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Fauna de Alegría F.A Quince Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-466183, se modificó la cláusula novena, la cual debe de leerse así “Los negocios sociales serán administrados por una junta directiva formada por tres miembros que serán presidente, secretario y tesorero, quienes podrán ser socios o extraños y durarán en sus cargos por todo el plazo social. Corresponde al presidente y al tesorero actuando conjunta o separadamente, la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con las facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma que indica el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, pudiendo otorgar nuevos poderes, revocarlos, sustituir su poder parcial o totalmente, revocar sustituciones y hacer otras de nuevo, delegar su poder en todo o en parte, sin perder por ello su representación, por igual la asamblea y junta directiva podrán designar gerentes, apoderados y representantes con las denominaciones, poderes y remuneraciones que estimen convenientes, pudiendo revocar dichos nombramientos. Tendrán además las facultades de abrir cuentas bancarias en colones y dólares en la banca estatal o en la banca privada, firmar en ellas y autorizar a terceras personas; asimismo podrán girar y cambiar cheques a nombre de la sociedad. Escritura otorgada a las 8:00 horas del día 26 de noviembre del año 2008. Funge como presidente el señor Daniel Caron, canadiense, pasaporte Nº JU 507758.—Lic. Óscar Mora Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 79656.—(117897).
Ante esta notaría, al ser las diecisiete horas del tres de diciembre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Equile Parking Sociedad Anónima, con capital social de cien mil colones y presidente: Juan Carlos González Bolaños.—San José, doce de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Patricia Castro Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 79657.—(117898).
Por escritura otorgada por mí, al ser las 13:00 horas del 11 de diciembre de 2008, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Treinta y Ocho Mil Doscientos Veinticinco Sociedad Anónima, cédula jurídica: con misma numeración del nombre, por medio de la cual: Se revoca el nombramiento del presidente, secretario, tesorero de la junta directiva y se hacen nuevos nombramientos. Se reforma totalmente la cláusula novena del pacto constitutivo.—San José, al ser las 7:00 horas del 12 de diciembre de 2008.—Lic. Gustavo Argüello Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 79658.—(117899).
En la notaría del Licenciado Wilberth Picado Portuguez, sita en Guápiles diagonal a la puerta principal del estadio Ebal Rodríguez, se ha modificado la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Twd Rente Un Auto S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-169438. En adelante la representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente. Igualmente se nombró nueva junta directiva recayendo la presidencia en el señor William Giraldo Velasco, cédula de residencia número 420-131242-1840 y secretario en la persona de Miguel Antonio Giraldo Velasco, cédula de residencia número 117 00044 8633.—Guápiles, 04 de diciembre del 2008.—Lic. Wilberth Picado Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 79659.—(117900).
Por escritura otorgada ante la notaria Ariana Castro Vindas, en Esparza, a las 8:00 horas del 10 de diciembre del 2008, se nombra nueva junta directiva y reforma de domicilio social de Pilo de San Juan Chiquito S. A.—Lic. Ariana Castro Vindas, Notaria.—1 vez.—Nº 79666.—(117901).
Que a las 16:00 horas del 22
de octubre del dos mil ocho, en el protocolo número dos, de la notaria Yuribeth
Méndez Castro, en la escritura trescientos seis folio ciento cincuenta y ocho
vuelto a ciento cincuenta y nueve frente se encuentra la constitución de la
sociedad anónima Soluciones Sépticas de Costa Rica Sociedad Anónima, la
cual se encuentra constituida por dos accionistas señores Jorge Alberto Quirós
Marín, mayor, casado una vez, comerciante, portador del documento de identidad
dos-cuatrocientos treinta y uno- trescientos doce, costarricense, vecino de
Ante esta notaría, por escritura de las nueve horas del doce de diciembre del año en curso, se nombró nuevo presidente de la sociedad Iversiones Instintos Universales Sociedad Anónima.—San José, 12 de diciembre del 2008.—Lic. Mario Gerardo González Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 79668.—(117903).
Por escritura otorgada a las 17:00 horas de hoy ante mí, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación corresponderá al número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio: la ciudad de San José.—San José, 03 de noviembre del 2008.—Lic. José Francisco Monge Masís, Notario.—1 vez.—Nº 79673.—(117904).
Por otorgamientos ante el suscrito notario en fechas veintiséis de setiembre y diecisiete de octubre del año en curso, se protocolizaron sendas asambleas extraordinarias de la compañía Cerro de Humo Sociedad Anónima, en las cuales se modifica el pacto constitutivo en relación con el domicilio social la cual en adelante se deberá leer: Alajuela barrio San José de Alajuela frente al Ebais, y se modifica también la conformación de la junta directiva y se crea el cargo de tesorero nombramiento que queda realizado.—Heredia, 17 de octubre del año 2008.—Lic. Jimmy Sheridan Orias, Notario.—1 vez.—Nº 79677.—(117905).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del once de diciembre del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Tres- Ciento Uno- Quinientos Cincuenta Mil Ochocientos Sesenta y Seis S A., en la cual se modifica el pacto constitutivo y se nombra nuevo presidente y secretario.—San José, 11 de diciembre del 2008.—Lic. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1 vez.—Nº 79686.—(117906).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria en la ciudad de Heredia, al ser las catorce horas del día siete de noviembre de dos mil ocho, se constituyó la sociedad que se denominará Maderas Internacionales CSQ Sociedad Anónima. Capital social: doce mil colones. Plazo social: cien años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Heredia, 4 de diciembre del 2008.—Lic. Lorena Víquez Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 79687.—(117907).
Ante esta notaría se
constituyó por escritura pública Tosomo Sociedad Anónima. Presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio:
Mediante escritura otorgada el día de hoy en mi notaría, se protocolizó acta de la compañía denominada 3-101-545278 s. a. mediante la cual se modifican las cláusulas dos y tres en cuanto al domicilio y el objeto y se nombra nuevo presidente y secretario.—San José, 9 de diciembre del 2008.—Lic. Douglas Castro Peña, Notario.—1 vez.—Nº 79693.—(117909).
Mediante escritura otorgada el día de hoy en mi notaría, se protocolizó acta de la compañía denominada 3-101-545213, mediante la cual se modifican las cláusulas uno, dos y tres en cuanto al nombre, domicilio y objeto y se nombra nueva junta directiva.—San José, 8 de diciembre del 2008.—Lic. Douglas Castro Peña, Notario.—1 vez.—Nº 79694.—(117910).
Por escritura Nº 52 de las 15:00 horas del 11/12/2008, se constituyó COL PAZ CR e.i.r.l..—Lic. Rolando Alfredo Corella Cruz, Notario.—1 vez.—Nº 79698.—(117911).
Por escritura Nº 53 de las 16:00 horas del 11/12/2008, se constituyó Escacr Continental e.i.r.l..—Lic. Rolando Alfredo Corella Cruz, Notario.—1 vez.—Nº 79699.—(117912).
Por escritura Nº 51 de las 14:00 horas del 11/12/2008, se constituyó Colcos del Sur e.i.r.l..—Lic. Rolando Alfredo Corella Cruz, Notario.—1 vez.—Nº 79700.—(117913).
En mi notaría, mediante escritura otorgada a las quince horas del dieciséis de octubre del año en curso, número sesenta y tres del tomo primero, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Jorzai Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-treinta y seis mil cuatrocientos dos, mediante la cual se nombró nueva junta directiva. Presidente: Jorge Arturo Ramírez Beirute. Es todo.—Lic. Alex Hernández Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 79702.—(117914).
Ante esta notaría al ser las 9:00 horas del 10 de diciembre del 2008, se constituyó CR Taller Sociedad Anónima.—Heredia, 10 de diciembre del 2008.—Lic. Yendri Patricia Rojas Pérez, Notaria.—Nº 79703.—(117915).
Ante esta notaría al ser las 10:00 horas del 10 de diciembre del 2008, se constituyó Grupo de Carga Alse Sociedad Anónima.—Heredia, 10 de diciembre del 2008.—Lic. Yendri Patricia Rojas Pérez, Notaria.—1 vez.—Nº 79704.—(117916).
Por protocolización de las 8:00 horas del doce de diciembre del 2008, se reformaron cláusulas del pacto constitutivo de Proyecciones Joatra del B.A.E. S. A., la segunda del domicilio y la sétima de la administración, así corno nombramientos de junta directiva y fiscalía.—San José, 12 de diciembre del 2008.—Lic. Mª. Virginia Méndez Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 79706.—(117917).
Ante esta notaría, el día de hoy se constituyeron las siguientes sociedades: Vehículos JCHR de Costa Rica S. A., Bienes Muebles MHHR de Costa Rica S. A., Bienes Inmuebles JCHR de Costa Rica S.A., y Propiedades MHHR de Costa Rica S. A.; asimismo se aumentó el capital social de la empresa Oultry del Mar S. A en la suma de noventa mil colones. Es todo.—San José, 12 de diciembre del 2008.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 79707.—(117918).
En esta notaria se constituyó
sociedad anónima, en la que se facultó al Registro de Personas Jurídicas del
Registro Nacional para que como denominación social de la presente sociedad
establezca el número de cédula de persona jurídica que le sea asignado al
momento de su inscripción. Presidente: Jonathan Jara Castro. Escritura otorgada
en
En esta notaría, se constituyó
sociedad anónima en la que se facultó al Registro de Personas Jurídicas del
Registro Nacional para que como denominación social de la presente sociedad
establezca el número de cédula de persona jurídica que le sea asignado al
momento de su inscripción. Presidente: Jonathan Jara Castro. Escritura otorgada
en
En esta notaría, se constituyó
sociedad anónima en la que se facultó al Registro de Personas Jurídicas del
Registro Nacional para que como denominación social de la presente sociedad
establezca el número de cédula de persona jurídica que le sea asignado al
momento de su inscripción. Presidente: Jonathan Jara Castro. Escritura otorgada
en
En esta notaría se constituyó sociedad anónima, en la que se facultó al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional para que como denominación social de la presente sociedad establezca el número de cédula de persona jurídica que le sea asignado al momento de su inscripción. Presidente Jonathan Jara Castro. Escritura otorgada en Ciudad de San José, a las nueve horas con treinta minutos, diez de noviembre de dos mil ocho.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 79717.—(117922).
En esta notaría se constituyó sociedad anónima, en la que se facultó al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional para que como denominación social de la presente sociedad establezca el número de cédula de persona jurídica que le sea asignado al momento de su inscripción. Presidente Jonathan Jara Castro. Escritura otorgada en Ciudad de San José, a las diez horas, del diez de noviembre de dos mil ocho.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 79719.—(117923).
Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las diez horas con treinta minutos del once de diciembre del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Pacific Dreams Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones, moneda del curso legal de Costa Rica totalmente suscrito y pagado. Distrito de Jacó, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—Nº 79723.—(117924).
Por escritura otorgada a las
16:00 horas del 2 de diciembre del 2008 se constituye sociedad y se hace
constar que la denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 2 del Reglamento para
Por asambleas de socios de la sociedad denominada Hidden Hills Nosara Sociedad Anónima, se modificó la cláusula segunda y se nombró nuevo secretario y la sociedad Tres-Ciento Dos-Quinientos Veintiún Mil Seiscientos Ochenta y Ocho S.R.L. se modificó la cláusula primera y sexta y se nombró nuevo gerente y subgerente.—San José, doce de diciembre del año dos mil ocho.—Lic. Karol Claudel Palma, Notaria.—1 vez.—Nº 79726.—(117926).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada, B. J. Construcciones y Asociados Sociedad Anónima cuya presidenta es María Beatriz Chavez Madrid.—San José, once de diciembre de dos mil ocho.—Lic. Esteban Esquivel Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 79727.—(117927).
Por escritura otorgada por el suscrito notario, a las 10:00 horas del día 12 de diciembre del 2008; se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Impatex Limitada. Se reforma la cláusula quinta del pacto social. Se aumenta el capital social.—San José, 12 de diciembre del 2008.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—Nº 79731.—(117928).
Por escritura número: noventa y ocho-diecinueve, otorgada ante esta notaría, a las quince horas del nueve de diciembre del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada: GM Logística Sociedad Anónima, con un capital social de tres millones de colones, plazo social: noventa y nueve años. Domicilio de la sociedad: Cañas, Guanacaste, de la gasolinera Los Jícaros, cien metros al este y cincuenta metros al norte.—Nicoya, 10 de diciembre del 2008.—Lic. Eusebio Agüero Araya, Notario.—1 vez.—Nº 79732.—(117929).
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 11 de diciembre del 2008, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Corporación Grucoin S. A.—Lic. Sandra Araya Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 79734.—(117930).
Ante mí, José Luis Herrera Zúñiga, notario público de Puriscal, en escritura Nº 219, visible al folio 164 vuelto, del tomo 84 de mí, protocolo Glennmary F.E.R S. A., reforma cláusula 9 del pacto social, y cambia junta directiva.—Puriscal, 09 de diciembre del 2008.—Lic. José Luis Herrera Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 79466.—(118029).
A las catorce horas del quince de noviembre del 2008, en asamblea general de socios, de la sociedad Tres Ciento Uno Quinientos Dieciséis Mil Cuarenta y Tres S. A., se acordó su disolución a partir del doce de diciembre del dos mil ocho, conforme al inciso d), artículo doscientos uno del Código de Comercio. En cumplimiento el artículo doscientos siete del mismo cuerpo legal se cita a las personas interesadas para que hagan las reclamaciones en el término de treinta días, contabilizados a partir de la fecha de esta publicación. Se deben establecer ante esta notaría, ubicada en Palmares de Alajuela, cincuenta metros al norte del Club Amigos Palmareños.—Palmares, nueve de diciembre del 2008.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—Nº 79467.—(118030).
Ante esta notaría se protocolizaron actas de asambleas extraordinarias de socios de tres ciento uno quinientos diez mil doscientos noventa y cuatro s. a., y Rodrisa Limitada, en la primera se aceptan renuncia de presidente y secretario y se eligen a sustitutos, en la segunda se reforma cláusula del domicilio social.—Palmares, 11 de diciembre, 2008.—Lic. Albino Solórzano V., Notario.—1 vez.—Nº 79468.—(118031).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Quebradores de Parrita S. A. Domicilio Playón Sur del distrito primero, cantón nueve Parrita de la provincia de Puntarenas, propiamente frente al salón comunal. Objeto comercial y la industria. Plazo noventa y nueve años. Capital de un millón de colones.—Palmares, nueve de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—Nº 79469.—(118032).
Por escritura otorgada ante mí, se nombra a Jerlyn Villegas Herrera como Tesorera de la junta directiva de Comercializadora de Seguros A & J Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, once de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Eduardo Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 79470.—(118033).
Por escritura otorgada a las 20 horas de hoy, se protocolizó actas de asambleas generales extraordinarias de la empresa Valle Tolima Limitada, con cédula de persona jurídica 3-102-63480, por medio de la cual se nombra nuevo gerente y subgerente, y se modifica la cláusula segunda del pacto social constitutivo, y se agregan dos nuevas cláusulas al pacto social referentes a reserva legal y agente residente.—San José, diez de diciembre del 2008.—Lic. Óscar Emilio Zeledón Grau, Notario.—1 vez.—Nº 79471.—(118034).
Protocolización de asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad M X G de
Ante mí, Mariano Núñez Olivares se acuerda reformar las cláusulas segunda, cuarta y novena. Ante escritura número sesenta y dos, de la sociedad Primavera Azul de Colorado Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-ciento sesenta y un mil seiscientos treinta y siete. Es todo.—Cóbano de Puntarenas, once de diciembre del 2008.—Lic. Mariano Núñez Olivares, Notario.—1 vez.—Nº 79473.—(118036).
Ante mí, Roy Zumbado Ulate, la sociedad Diamantados y Abrasivos S. A., reforma la cláusula sexta de los estatutos.—Santa Bárbara de Heredia, 10 de enero del 2008.—Lic. Roy Zumbado Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 79474.—(118037).
Por escritura otorgada ante mí, a las 17 horas del 3 de diciembre del 2008, se constituyó la sociedad Inversiones Pizzuti del Caribe Sociedad Anónima, domiciliada en Escazú, capital diez mil colones, presidente: Salvatore Lococo.—San José, 9 de diciembre del 2008.—Lic. Roxana Castro Corrales, Notaria.—1 vez.—Nº 79475.—(118038).
Por escritura autorizada a esta notaría a las 9:00 horas del 5 de diciembre del año 2008, se constituyó una sociedad cuyo nombre será el número de cédula que le asigne el Registro Público, Sección Mercantil, domicilio: Heredia, San Joaquín de Flores, diagonal a la delegación de Fuerza Pública, plazo: noventa y nueve años, capital social íntegramente suscrito y pagado.—San José, 9 de diciembre del 2008.—Lic. Luis Antonio Cubillo Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 79476.—(118039).
Por escritura autorizada a
esta notaría a las 8:00 horas del 5 de diciembre del año 2008, se constituyó
una sociedad cuyo nombre será el número de cédula que le asigne el Registro
Público Sección Mercantil, domicilio: Heredia, San Joaquín de Flores, diagonal
a
Por escritura otorgada a las 9:00, 10:00 11:00 y 12:00 horas del 9 de diciembre de 2008, se protocolizaron actas de asamblea de socios de las sociedades Asesores Corporativos de Ultramar S. A., Morivet S. A., Osiris del Nilo S. A., y JHM Cargo Express S. A., en donde se acuerda disolver las compañías y se nombra liquidador.—San José, 11 de diciembre de 2008.—Lic. José Antonio Gómez Cortés, Notario.—1 vez.—Nº 79478.—(118041).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del 30 de marzo de dos mil ocho, se constituye Inversiones Inmobiliarias Sibú-Ará Sociedad Anónima. Capital social nueve mil colones. Presidente: Jonathan Alberto Segura Zúñiga.—San José, 11 de junio de 2008.—Lic. Freddy Alonso Alfaro Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 79485.—(118042).
Por escritura otorgada ante mi notaría, de las 8:00 horas del 1º de diciembre del 2008, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la entidad social denominada Inmobiliaria García Montero S. A., mediante la cual se acuerda modificar la cláusula novena de los estatutos, referente a la administración y representación de la empresa; igualmente se nombran nuevos directivos para el resto del plazo social.—San Ramón, 9 de diciembre del 2008.—Lic. Róger Alexis Barboza, Notario.—1 vez.—Nº 79490.—(118043).
Ante esta notaría y por escritura pública número 80 de las 10:00 horas del 18 de noviembre de 2008, se ha constituido la empresa Memelito Dafu S. A., plazo 100 años. Capital: 300.000 colones. Presidenta: María Gabriela Dada Fumero.—Lic. Reinaldo Venegas Carrillo, Notario.—1 vez.—Nº 79495.—(118044).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las quince horas del 11 de diciembre del 2008, que es la número ochenta y seis, visible al folio noventa frente del tomo veintidós de mi protocolo, se protocolizaron actas de asamblea general extraordinaria de socios, mediante las cuales se reformó el pacto constitutivo de la sociedad anónima denominada Alerna Sociedad Anónima, sobre las cláusulas sexta de la administración, sétima de la fiscalización, segunda del domicilio social, octava del inventario y balance, y cuarta del plazo.—Heredia, 11 de diciembre del 2008.—Lic. Hannia Solís Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 79497.—(118045).
Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy se constituyó sociedad anónima cuyo nombre asignará el Registro, domiciliada en San José, objeto amplio, capital social: cien mil colones, Junta Directiva: presidente, secretario y tesorero. Órgano de Fiscalía.—San José, once de diciembre de dos mil siete.—Lic. Jorge Emilio Regidor Umaña, Notario.—1 vez.—Nº 79500.—(118046).
Por la escritura número 104-04 del tomo 4 del Protocolo de la notaria Ana Lorena Borges Montero, otorgada en esta ciudad a las 11:30 horas del nueve de diciembre del 2008, la sociedad costarricense denominada 3-101-526981 s.a., cédula tres-ciento uno-quinientos veintiséis mil novecientos ochenta y uno, modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, nueve de diciembre del 2008.—Lic. Ana Lorena Borges Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 79501.—(118047).
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Se hace saber a: I)
Grace Quirós García, cédula 6-229-917 en su condición de madre en ejercicio de
la patria potestad de Paola de los Ángeles Miranda Quirós cédula 1-1430-701,
menor de edad propietaria del derecho 001 de la finca del Partido de San José
matrícula 273662 y como representante de la sociedad Jean-Ber Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-470966, propietaria del derecho 002 de la finca del
Partido de San José matrícula
Se hace saber al Banco
Popular y de Desarrollo Comunal, cédula jurídica 4-000-42152, en calidad de
acreedor hipotecario anotante sobre el inmueble 247433, según documento
576-01616, y a Hazel Castro Obando, cédula 1-681-730, en calidad de actual
titular registral del inmueble 247433 del Partido de San José, según documento
574-71350, que en este Registro se iniciaron Diligencias Administrativas a
instancia de
Se hace saber a:
I.—Félix Cascante Badilla, cédula 1-376-447, en su condición de propietario de
la finca del Partido de Puntarenas, matrícula 54541 y como acreedor en el
crédito garantizado con dicho inmueble según el documento anotado bajo el tomo
577, asiento 52293. II.—Víctor Manuel Alfaro Inces, cédula 3-172-513, en su
condición de propietario de la finca del Partido de Puntarenas, matrícula
Auto de apertura de
causa administrativa disciplinaria. Expediente Nº 0073-08-DDL.—Departamento
Disciplinario Legal.—Sección Inspección Policial.—San José, a las doce horas
del día cinco de diciembre del dos mil ocho. De conformidad con el Decreto
Ejecutivo Nº 28856-SP, publicado en
Auto de apertura de
causa administrativa disciplinaria. Expediente Nº 411-08-DDL.—Departamento
disciplinario legal.—Sección Inspección Policial.—San José, a las once horas
treinta minutos del día cinco de diciembre del dos mil ocho. De conformidad con
el Decreto Ejecutivo Nº 28856-SP, publicado en
Auto de apertura de
causa administrativa disciplinaria. Expediente Nº 1011-08-DDL.—Departamento
Disciplinario Legal.—Sección Inspección Policial.—San José, a las once horas
cincuenta minutos del día cinco de diciembre del dos mil ocho. De conformidad
con el Decreto Ejecutivo Nº 28856-SP, publicado en
Auto de apertura de
causa administrativa disciplinaria. Expediente Nº 1120-08-DDL.—Departamento
Disciplinario Legal.—Sección Inspección Policial.—San José, a las once horas
cuarenta minutos del día cinco de diciembre del dos mil ocho. De conformidad el
Decreto Ejecutivo Nº 28856-SP, publicado en
Auto de apertura de causa
administrativa disciplinaria.— Exp. Nº 1179-IP-08-DDL.—Ministerio de Seguridad
Pública.—Departamento Disciplinario Legal.—Sección Inspección Policial.—San
José, a las doce horas quince minutos del día cinco de diciembre del dos mil
ocho.—De conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº 28856-SP, publicado en
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Se hace saber a: I. Luis Piedra
Castillo cédula 1-680-446 en su condición de propietario de la finca del
partido de San José matrícula 356102. II. Juan José Alvarado Arley cédula
1-955-031 en su condición de propietario de la finca del partido de Heredia
matrícula 106453. Carlos Luis Miranda Camacho cédula 4-059-852 en su condición
de propietario de la finca del partido de Heredia matrícula 82119, terceros
interesados o representantes, que
CENTRO PARA
DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Procedimiento administrativo de sanción
de apercibimiento o inhabilitación.
Contra: Empresa Tecnocom S. A.
Expediente Nº 135-07.
Centro para
SE EMITE RESOLUCIÓN INICIAL
DE TRASLADO DE CARGOS
I.—Que mediante oficio
Nº 47517-1 del siete de noviembre del dos mil siete,
II.—Que en atención al oficio
supracitado,
En virtud de lo anterior, se
procede a dar inicio al presente Procedimiento Administrativo de Sanción de
Apercibimiento o Inhabilitación en contra de
HECHOS
De conformidad con la
prueba que luego se indicará se tienen por enlistados los siguientes hechos, en
grado de probabilidad:
1º—
2º—Alude el Informe de
Auditoría en el inciso segundo, que según acta de constitución de
3º—Indica además
CUADRO 3
Compras efectuadas a
2002
Detalle Fecha Factura V.CH Monto ¢
Impresora 08-02-02 1009 186913 73.000,00
Unidad de potencia 14-02-02 1008 186917 34.000,00
Impresora 25-03-02 1057 190706 63.000,00
Impresora 25-03-02 1064 190705 63.000,00
Impresora 05-04-02 1077 190809 63.000,00
Scanner 16-04-02 1092 190904 46.000,00
Computadora Pentiun 05-05-02 1112 190712 342.000,00
Computadora Pentiun 05-05-02 1113 190713 342.000,00
2 impresoras 06-05-02 1114 190714 126.000,00
Computadora Pentiun 13-05-02 1122 190717 342.000,00
Impresora 13-05-02 1123 190718 63.000,00
2 Impresoras 20-05-02 1134 186763 126.000,00
8 Unidades de potencia 20-05-02 1141 186768 280.000,00
Unidad de potencia 20-05-02 1146 186761 35.000,00
Impresora 23-05-02 1155 190731 63.000,00
Unidad de potencia 24-06-02 1203 162525 85.000,00
Total comparado: 2.146.000,00
Fuente: Documentación obtenida en
(Ver folios 19 y 20 del expediente administrativo).
4º—Aduce el Informe de
Auditoría, que en la entrevista que le fue realizada al Dr. Edwin Jiménez
Sancho, Director Técnico de Servicios de Salud en el dos mil dos y actual Jefe de
Sección de Medicina Preventiva, indicó que
5º—En este mismo sentido
indica el Informe de cita, que en la revisión de la documentación que respalda
las compras efectuadas por dicha Dirección en el periodo dos mil dos, “se
evidenció que
CUADRO 4
Facturas proformas
remitidas a
Leticia Jiménez Ortega
Fecha Empresa Artículo a cotizar
08-07-02 C.R.Conectividad S. A. Proyector Infocus Mod. LP 280
Sin fecha Vidicom S. A. Proyector ultraportátil
Sin fecha Vidicom S. A. Proyector portátil
10-07-02 Tecnocom S. A. Equipo de cómputo
Sin fecha Epson C.R. Lámpara unitaria
29-07-02 Tecnocom S. A. Proyector de imágenes
04-04-02 Servicomp S. A. Compra de impresora
30-08-02 Epson C.R. Lámpara unitaria
29-07-02 Tecnocom S. A. Proyector de imágenes
Fuente: Documentación obtenida en
(Ver folios 20 y 21 del expediente administrativo).
6º—En el Informe
aludido,
7º—Asimismo
IMPUTACIÓN DE HECHOS Y
CONDUCTAS
De conformidad con los
hechos antes expuestos, y en el orden que de seguido se pasa a exponer, se le
imputa en grado de probabilidad a la empresa investigada, lo siguiente:
A
FUNDAMENTO LEGAL
Ley General de
“Artículo 214.—
1. El procedimiento administrativo servirá para
asegurar el mejor cumplimiento posible de los fines de
2. Su objeto más
importante es la verificación de la verdad real de los hechos que sirven de
motivo al acto final.”
“Artículo 308.—
1. El procedimiento que se establece en este
Título será de observancia obligatoria en cualquiera de los siguientes casos:
a) Si el acto final puede causar perjuicio grave
al administrado, sea imponiéndole obligaciones, suprimiéndole o denegándole
derechos subjetivos, o por cualquier otra forma de lesión grave y directa a sus
derechos o intereses legítimos; y
b) Si hay
contradicción o concurso de interesados frente a
Ley de Contratación
Administrativa
“Artículo 99.—Sanción
de apercibimiento. Se hará acreedora a la sanción de apercibimiento, por
parte de
a) El contratista que, sin motivo suficiente,
incumpla o cumpla defectuosamente o tardíamente con el objeto del contrato; sin
perjuicio de la ejecución de las garantías de participación o cumplimiento.
b) Quien afecte,
reiteradamente, el normal desarrollo de los procedimientos de contratación.
c) El oferente
que deje sin efecto su propuesta, sin mediar una causa justa.
d) Quien invoque
o introduzca hechos falsos en los procedimientos para contratar o en los
recursos contra el acto de adjudicación.”
Artículo 100.—Sanción
de inhabilitación.
(Así reformado el párrafo anterior por el
artículo único de
a) Después del apercibimiento previsto en el
artículo anterior, incurra en una conducta similar, dentro de los tres años
siguientes a la sanción.
(Así reformado el inciso anterior por el
artículo único de
b) Obtenga ilegalmente información confidencial
que la coloque en una situación de ventaja, a ella, a la empresa de su
propiedad o a la empresa para la cual labora, respecto de otros competidores
potenciales.
c) Suministre,
directamente o por intermedio de otra persona, dádivas a los funcionarios
involucrados en un procedimiento de contratación administrativa. En este caso,
la inhabilitación será por el máximo del período establecido.
(Así reformado el inciso anterior por el
artículo único de
d) Suministre un objeto, servicio u obra de
inferior condición o calidad del ofrecido.
e) Contrate o
subcontrate obras, maquinaria, equipo, instalaciones o materiales, para
ejecutar obras públicas adjudicadas mediante licitación, con empresas o grupos
de empresas relacionadas, diferentes de las que señala el listado de
subcontratación presentado con la oferta según el artículo 58 de esta ley.
(Así adicionado el inciso anterior por el
inciso ñ) del artículo 1º de
f) Participe, directa o indirectamente, en un
procedimiento de contratación, pese a estar cubierta por el régimen de
prohibiciones del artículo 22 de esta ley.
(Así adicionado el inciso anterior por el
inciso ñ) del artículo 1º de
g) Sin motivo comprobado de caso fortuito o
fuerza mayor, no inicie las labores propias de la obra de que se trate, dentro del
mes siguiente al refrendo del contrato respectivo por parte de
(Así adicionado el inciso anterior por el
artículo único de
h) Deje sin efecto su propuesta sin mediar una
causa justa, en los casos en que no se haya requerido garantía de
participación.
(Así adicionado el inciso anterior por el
artículo 3º de
Reglamento General
de Contratación Administrativa
“Artículo 106.—Sanciones
a los particulares
106.1. Los particulares que durante el curso de los
procedimientos de Contratación Administrativa incurran en las causales
previstas en los artículos 99 y 100 de
106.2. El
apercibimiento consiste en una formal amonestación escrita dirigida al
particular, a efecto de que corrija su conducta, cuando fuere posible, sin
perjuicio de la ejecución de garantías, cuando así procediere y constituye un
antecedente para la aplicación de la sanción de inhabilitación.
106.3. La
sanción de inhabilitación consiste en el impedimento para participar en todo
procedimiento de contratación administrativa, por un período de uno a cinco
años según la gravedad de las faltas.
106.4.
106.5. La
inhabilitación además será publicada en el Diario Oficial para efecto de
información a toda
106.6. Cada Administración,
PRUEBA
DOCUMENTAL:
Obrante en el
expediente:
Informe de Auditoría
Interna SAFC-05-023-02-A-2007
Informe de Auditoría Interna
AFC-023-R-2005
Testimonial:
Se evacuará el día
veinticinco (25) de abril del dos mil ocho.
Lic. Álvaro Sánchez Solís,
Asistente de Auditoría a las nueve horas treinta minutos (09:30 a. m.)
DERECHOS DE
Para la correcta
prosecución de este procedimiento y celebración de
a- Que puede hacerse asesorar por un abogado.
b- Que de previo a la celebración
de la comparecencia oral y privada que se llevará a cabo, e incluso durante la
misma, pueden ofrecer la prueba de descargo que estimen pertinente. Si desean
ofrecer o aportar prueba de previo a la comparecencia, deberán hacerlo por
escrito. Puede declarar en el momento que lo desee, o bien abstenerse de
hacerlo.
c- Al celebrarse la comparecencia
oral y privada correspondiente, como se indicó, pueden hacerse asesorar según
el punto “a”, pero su inasistencia no impedirá que la misma se lleve a cabo, y
el asunto será resuelto según la prueba obrante en autos.
d- Tienen derecho a examinar y
fotocopiar el expediente que contiene esta causa, el que se encuentra en
e- Esta resolución puede ser
impugnada si lo consideran oportuno, para lo que cuentan con los recursos
ordinarios de conformidad con lo establecido en el artículo 342, siguientes y
concordantes de
f- El cuestionamiento de aspectos
interlocutorios (suscitados durante la tramitación del proceso) serán resueltos
en Primera instancia por el Órgano Director, y en Segunda Instancia por
g- Deberá señalar, dentro de un
término de tres días contados a partir de la notificación de la presente
resolución, lugar o medio (fax) donde atender futuras notificaciones, de no
hacerlo, o bien si el lugar indicado fuera impreciso o inexistente, se les
tendrá por notificados en lo sucesivo de forma automática con el sólo
transcurso de veinticuatro horas; de no encontrarse presente en el lugar
señalado, de previo deberán indicar con quien dejarle las notificaciones. De
señalar un lugar, el mismo deberá estar ubicado dentro de un radio de un
kilómetro de
h- Cualquier escrito o gestión que
presente, deberá hacerlo en
i- Se le hace saber que este
procedimiento tiene por finalidad establecer la posible responsabilidad
disciplinaria de los investigados, y de resultar así, se les aplicarán las
sanciones que corresponda, de conformidad con la normativa antes citada, según
el criterio de
j- Finalmente, se le hace saber a
la empresa investigada que la foliatura que corresponde al presente
Procedimiento Administrativo es la numeración marcada en el margen superior
derecho y que no tiene tachaduras.
Se convoca a la
celebración de la comparecencia oral y privada prevista en el artículo 309,
siguientes y concordantes de
Tal como se indicó, se tendrá
como testigo al Lic. Álvaro Sánchez Solís, Asistente de Auditoría, a la hora y
fecha señalada.
Se le recuerda a la empresa
investigada los derechos que le asisten de conformidad con lo indicado en esta
resolución inicial de traslado de cargos. Confecciónense la citación
correspondiente para el testigo. Notifíquese.—Órgano Director.—Lic. Ericka
Fonseca Rueda.—(116440).
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
San José, a las ocho horas
del siete de noviembre del dos mil ocho. De conformidad con lo dispuesto en los
artículos 241 de
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
A los señores José Francisco
Quirós Sánchez, cédula nueve-cero ochenta y cuatro-novecientos ochenta y siete
e Irene Eblin Adams Smith, cédula tres-trescientos veinticinco-ciento dos, se
les hace saber que en proceso de revocatoria de adjudicación y nulidad de
título, incoado en su contra, según expediente 043-2008, se ha dictado la
resolución que dice: Inicio de procedimiento administrativo de revocatoria de
adjudicación. Instituto de Desarrollo Agrario, Asesoría Legal, Región Central,
Grecia, a las catorce horas con treinta minutos del diecinueve de noviembre del
dos mil ocho. Con fundamento en
A los señores José
Rogelio Rojas Carvajal, cédula tres-cero setenta y siete-quinientos setenta y
cuatro y Rosa Antonia Pérez Pérez, cédula tres-cero cincuenta y cuatro-siete
mil cincuenta y dos, se les hace saber que en proceso de revocatoria de
adjudicación y nulidad de título, incoado en su contra, según expediente
042-2008, se ha dictado la resolución que dice: Inicio de procedimiento
administrativo de revocatoria de adjudicación. Instituto de Desarrollo Agrario,
Asesoría Legal, Región Central, Grecia, a las trece horas del diecinueve de
noviembre del dos mil ocho. Con fundamento en
A los señores Edgar
Mora Porras, cédula tres-trescientos cuarenta y siete-seiscientos veintidós y
Analive Barboza Solano, cédula tres-trescientos ochenta y dos-trescientos
sesenta y dos, se les hace saber que en proceso de revocatoria de adjudicación
y nulidad de título, incoado en su contra, según expediente 041-2008, se ha
dictado la resolución que dice: Inicio de procedimiento administrativo de
revocatoria de adjudicación. Instituto de Desarrollo Agrario, Asesoría Legal,
Región Central, Grecia, a las doce horas del diecinueve de noviembre del dos
mil ocho. Con fundamento en
A los señores Uberth
de los Ángeles Fallas Gamboa, cédula uno- novecientos dieciséis-ochocientos
cincuenta y cuatro y Kattia Isabel Espinosa Mora, cédula uno-novecientos
sesenta y dos-cero ochenta y cinco, se les hace saber que en proceso de
revocatoria de adjudicación y nulidad de título, incoado en su contra, según
expediente 038-2008, se ha dictado la resolución que dice: Inicio de
procedimiento administrativo de revocatoria de adjudicación. Instituto de
Desarrollo Agrario, Asesoría Legal, Región Central, Grecia, a las doce horas
del dieciocho de noviembre del dos mil ocho. Con fundamento en
A los señores Miguel
Ángel Fallas Gamboa, cédula uno-seiscientos sesenta y cinco-novecientos noventa
y siete y Wendy Vanessa Quintero Retana, cédula uno-novecientos setenta y
seis-ochocientos cuarenta y dos, se les hace saber que en proceso de revocatoria
de adjudicación y nulidad de título, incoado en su contra, según expediente
039-2008, se ha dictado la resolución que dice: Inicio de procedimiento
administrativo de revocatoria de adjudicación. Instituto de Desarrollo Agrario,
Asesoría Legal, Región Central, Grecia, a las trece horas del dieciocho de
noviembre del dos mil ocho. Con fundamento en
A la señora Samady
Gabriela Salas Alban, cédula uno-novecientos cuarenta y siete-cuatrocientos
veintiuno, se le hace saber que en proceso de revocatoria de adjudicación y
nulidad de título, incoado en su contra, según expediente 037-2008, se ha
dictado la resolución que dice: Inicio de procedimiento administrativo de
revocatoria de adjudicación. Instituto de Desarrollo Agrario, Asesoría Legal,
Región Central, Grecia, a las once horas del dieciocho de noviembre del dos mil
ocho. Con fundamento en
Por única vez se cita y
emplaza a los causahabientes e interesados en la indemnización que otorga el
Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores: Lacayo Jiménez Roberto, cédula de
identidad Nº 105880045, estado civil: soltero, ocupación: otros operadores de
máquinas par, vecino de: … Caso Nº 2006O02905, para que dentro del término de
nueve días hábiles a partir de la publicación de este aviso, se apersonen al
Departamento de Seguro Obligatorio para Vehículos Automotores, en reclamo de
sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren pasará en derecho a quien
corresponda.
San José, 10 de diciembre del 2008.—Departamento Obligatorio para Vehículos Automotores.—Adriano Monge Fernández, Subjefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18477).—C-9260.—(117441).