LA GACETA Nº 26 DEL 6 DE FEBRERO DEL 2009
MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN NACIONAL
MINISTERIO DE AMBIENTE, ENERGÍA
AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS
CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
COMISIÓN NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Nº 6378-08-09
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
En Sesiones extraordinarias Nos. 29 y 33, celebradas el 12 y 19 diciembre del 2008 respectivamente y de conformidad con lo que dispone el artículo 61 de la Ley Nº 8660 Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones.
ACUERDA:
No objetar el nombramiento como miembros del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), de los señores Carlos Raúl Gutiérrez Gutiérrez, cédula de identidad Nº 1-503-955, por un plazo de 5 años, George Petrie Miley Rojas, cédula de identidad Nº 1-975-570, por un plazo de 4 años, Maryleana Méndez Jiménez, cédula de identidad 1-655-757, por un plazo de 3 años y Walter Herrera Cantillo, cédula de identidad Nº 1-521-787, suplente, por un plazo de 5 años, nombrados por la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP).
Publíquese
Asamblea Legislativa.—San José, a los doce días del mes de enero del año dos mil nueve.—Francisco Antonio Pacheco Fernández, Presidente.—Hilda González Ramírez, Primera Secretaria.—Guyón Holt Massey Mora, Segundo Secretario.—1 vez.—C-21020.—(6534).
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
De conformidad con las facultades establecidas en los artículos 140, incisos 3), 8), 18) y 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25, 27 inciso 1, 28 inciso 2 b), de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública; la Ley Nº 7064 del 29 de abril de 1987, Ley de Fomento a la Producción Agropecuaria que incorpora la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y Ganadería; y la Ley Nº 7384 del 16 de marzo de 1994, Ley de Creación del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura, publicada en La Gaceta Nº 62 el 29 de marzo de 1994.
Considerando:
1º—Que de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 7064 del 29 de abril de 1987, que incorpora la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y Ganadería, el Ministro de dicha Cartera, es el Rector del Sector Agropecuario Costarricense, del cual la pesca como subsector forma parte.
2º—Que Costa Rica es miembro integrante de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), en cuyo seno y en las reuniones de dicho Organismo, deben participar un máximo de cuatro Comisionados Oficiales, designados por el Poder Ejecutivo, como representantes del país.
3º—Que Costa Rica tradicionalmente ha participado en la industrialización del atún y fomentado el desarrollo de dicha actividad, en la cual las resoluciones de la CIAT, revisten gran importancia, principalmente por la incidencia en las capturas de atún de cerco que afectan la disponibilidad del atún como materia prima para la industria, así como las resoluciones de veda de captura del recurso atunero en el Océano Pacífico Oriental (OPO) y las acciones de restricción sobre la operación de barcos atuneros que repercuten y afectan las descargas de atún en nuestro territorio.
4º—Que la Procuraduría General de la República en su dictamen C-407-2007 concluyó en forma contundente que la designación de los comisionados oficiales de Costa Rica ante la Comisión Interamericana del Atún Tropical corresponde al Poder Ejecutivo.
5º—Que es política oficial el mantener y ejercer la óptima representación del país en los Organismos Internacionales, que garantice la mejor defensa de los intereses de Costa Rica, lo cual debe mantenerse respecto de la participación del país, en la Comisión Interamericana del Atún Tropical. Por tanto,
DECRETAN:
Designación de Comisionados Oficiales Permanentes ante
La Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT)
Artículo 1º—Designar como Comisionados Oficiales Permanentes ante la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), al Ministro de Agricultura y Ganadería y al Presidente Ejecutivo del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (en adelante “INCOPESCA”), así como al representante del Sector Industrial Exportador del Atún que designe el Ministro de Agricultura por recomendación de la Cámara Costarricense de la Industria Atunera, para que en representación de Costa Rica, asistan a las reuniones de los Grupos de Trabajo, así como a las Reuniones ordinarias o extraordinarias de la CIAT, que celebran las Partes Contratantes, o cualquier otra reunión de Partes o Grupos de Trabajo que convoque el supracitado Organismo. Un cuarto Comisionado podrá ser designado por el Ministro de Agricultura y Ganadería en consideración de la especialidad de la temática a tratar en las respectivas reuniones y de los intereses estratégicos del país. La jefatura de la Delegación será ejercida en orden preferente por el Ministro de Agricultura y Ganadería, el Presidente Ejecutivo de Incopesca o el Comisionado que sea designado como tal por el Ministro de Agricultura y Ganadería, al solicitar la emisión de Credenciales al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 2º—El Ministro de Agricultura y Ganadería podrá solicitar de oficio la colaboración de los Ministros respectivos de Gobierno, o de la Presidencia Ejecutiva del INCOPESCA, para que ante un tema técnico agendado por la CIAT, puedan designar a un funcionario de nivel técnico como parte de la delegación de Costa Rica, en apoyo de la labor de los Comisionados.
Artículo 3º—Se deroga el Decreto Ejecutivo Nº 33750-MAG, de fecha 14 de marzo del año 2007, publicado en La Gaceta Nº 105 del 1 de junio de 2007.
Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los ocho días del mes de enero del año dos mil nueve.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Agricultura y Ganadería, Javier Flores Galarza.—1 vez.—(D35010-8383).
Nº 642-P
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, artículo 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Nº 6227 y Dictamen de la Procuraduría General de la República número C-475-2006 del 28 de noviembre del 2006.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la señora María Elena Carballo Castegnaro, cédula de identidad Nº 1-503-316, Ministra de Cultura y Juventud para que disfrute de vacaciones del 20 al 25 de enero del 2009.
Artículo 2º—Durante la ausencia de la señora Ministra de Cultura y Juventud, se nombra como Ministra a. í., a la señora Laura Pacheco Oreamuno, Viceministra de Cultura y Juventud.
Artículo 3º—Rige a partir del día 20 y hasta el 25 de enero del 2009.
Dado en la Presidencia de la República, el día dieciséis de enero del dos mil nueve.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 41837-MCJ).—C-10520.—(7864).
Nº 004-2009-MEIC
EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 25, 27 y 28 de la Ley Nº 6227 “Ley General de la Administración Pública” del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la “Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2009” Ley Nº 8691 del 10 de diciembre del 2008, “Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública” Ley Nº 6362 del 03 de setiembre de 1979 y los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transportes de la Contraloría General de la República, reformado mediante la Resolución R-CO-19-2008, publicada en La Gaceta Nº 92 del 14 de mayo del 2008.
Considerando:
1º—Que es de interés para la Dirección General de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa (DIGEPYME) del Ministerio de Economía Industria y Comercio participar en el seminario / taller “Microfinanzas en América Latina: ¿Qué nos dice la experiencia en Centroamérica?” Reunión organizada por la Comisión Económica Para América Latina (CEPAL) en conjunto con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), con el fin de adoptar estudios sobre diversas experiencias regionales de bancarización y microfinanzas.
2º—Que dicha reunión se llevará a cabo en Tegucigalpa, Honduras, los días 22 y 23 de enero del 2009 y tiene como objetivo presentar los resultados de los estudios sobre diversas experiencias regionales de bancarización y micro finanzas y luego realizar una discusión sobre las políticas y desafíos de las micro finanzas en la región. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo primero.—Autorizar la participación del Lic. Ronald Aguilar Abarca, portador de la cédula de identidad Nº 3-286-958, profesional de la Dirección General de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa (DIGEPYME) del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, para que viaje a Tegucigalpa, Honduras, del día miércoles 21 de enero y hasta el sábado 24 de enero del 2009 y participe en calidad de representante del país en el seminario / taller sobre “Microfinanzas en América Latina: ¿Qué nos dice la experiencia en Centroamérica?”
Artículo segundo.—Los gastos por concepto del tiquete aéreo, alimentación, hospedaje, serán cubiertos por CEPAL, de acuerdo con las normas de las Naciones Unidas, por lo que los impuestos de salida de ambos países y transporte interno serán cubiertos por el programa 219-00 (Dirección General Pequeña y Mediana Empresa) del Ministerio de Economía, Industria y Comercio.
Artículo tercero.—El funcionario devengará el 100% de su salario durante su ausencia.
Artículo cuarto.—Rige a partir del 21 de enero y hasta su regreso el día 24 de enero del 2009.
Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio a los diecinueve días del mes de enero del dos mil nueve.
Publíquese.—Marco A. Vargas Díaz, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—(Solicitud Nº 18595-MEIC).—C-39770.—(7087).
COMEX-001-2009
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Nº 7638 del 30 de octubre de 1996 y la Ley para las Negociaciones Comerciales y la Administración de los Tratados de Libre Comercio, Acuerdos e Instrumentos del Comercio Exterior, Nº 8056 del 21 de diciembre del 2000.
Considerando:
I.—Que desde mediados de la década de los ochenta y con el fin de superar las limitadas dimensiones del mercado nacional, Costa Rica inició un proceso de inserción en la economía internacional, a través del desarrollo y ejecución de una política de comercio exterior basada en la búsqueda de nuevas y mejores oportunidades de crecimiento y desarrollo para todos los habitantes del país.
II.—Que para garantizar la continuidad de su política comercial, se ha venido asignando la mayor importancia a la agenda comercial, buscando una participación activa y constructiva en las negociaciones comerciales multilaterales, regionales y bilaterales.
III.—Que en la ejecución de tal política comercial, asume un rol relevante el equipo de negociadores comerciales del Ministerio de Comercio Exterior, pues a ellos corresponde la presentación de las propuestas nacionales y debatir sobre su alcance, cobertura y métodos de aplicación y, en conjunto a través del consenso, desarrollar los marcos normativos que plasmarán tales negociaciones, representando y defendiendo los más altos intereses del país.
IV.—Que la Ley para las Negociaciones Comerciales y la Administración de los Tratados de Libre Comercio, Acuerdos e Instrumentos del Comercio Exterior, dispone en su artículo 3, que los negociadores comerciales internacionales costarricenses, serán nombrados mediante acuerdo del Poder Ejecutivo.
V.—Que en acatamiento de la ley indicada se emitió el Acuerdo Ejecutivo Nº COMEX-316-2002 del 16 de julio del 2002, publicado en la Gaceta Nº 150 del 07 de agosto de 2002, mediante el cual se nombra el primer equipo de negociadores comerciales internacionales.
ACUERDAN:
Artículo I.—Integrar a la lista de Negociadores Comerciales Internacionales, establecida en el Acuerdo número 118-2006, de fecha 22 de mayo de 2006 a la señorita Jessica Ward Campos, portadora de la cédula de identidad número 1-1303-101 y a la señorita Karen Chan Sánchez, cédula número 5-319-094.
Artículo II.—Rige a partir del 05 de enero del 2009.
Dado en la Presidencia de la República, a los cinco días del mes de enero de dos mil nueve.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(Solicitud Nº 12579).—C-37520.—(7467).
COMEX-821-2008.—11 de diciembre del 2008.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18 y 146 de la Constitución Política; 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Nº 7638 del 30 de octubre de 1996 y la Ley para las Negociaciones Comerciales y la Administración de los Tratados de Libre Comercio, Acuerdos e Instrumentos del Comercio Exterior, Nº 8056 del 21 de diciembre del 2000.
Considerando:
1º—Que mediante el Acuerdo Ejecutivo Nº COMEX-099-2007 del 16 de marzo de 2007, se integró en la lista de Negociadores Comerciales Internacionales a la señorita Diana Ruiz Truque.
2º—Que la señorita Diana Ruiz Truque, comunicó su renuncia al cargo que viene desempeñando, mediante nota de fecha 14 de noviembre del 2008. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Excluir de la lista de Negociadores Comerciales Internacionales a la señorita Diana Ruiz Truque, cédula de identidad número 1-1148-187.
Artículo 2º—Rige a partir del 15 de diciembre del 2008.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los once días del mes de diciembre de dos mil ocho.
OSCAR ARIAS SANCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(Solicitud Nº 12579).—C-19520.—(7464).
Nº 837-08-PP-PE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo establecido en los incisos 10) y 12) del artículo 140 y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica y los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978 y en el artículo 2 incisos b) y d) de la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 de 30 de octubre de 1996, y
Considerando:
1º—Que el artículo 2 de la Ley N° 7638 de 30 de octubre de 1996, al enumerar las atribuciones del Ministerio de Comercio Exterior, dispone en sus incisos b) y d) lo siguiente:
“b) Dirigir las negociaciones comerciales y de inversión bilaterales y multilaterales, incluido lo relacionado con Centroamérica, y suscribir tratados y convenios sobre esas materias.
Mediante acuerdo, el Poder Ejecutivo, podrá autorizar que los tratados y convenios, así como sus modificaciones, sean firmados por los jerarcas de otros ministerios o entidades públicas del Estado que tengan competencia legal específica sobre la materia objeto del tratado o convenio.”
“d) Representar al país en la Organización Mundial del Comercio y en los demás foros comerciales internacionales donde se discutan tratados, convenios y en general, temas de comercio e inversión.”
2º—Que en el mes de diciembre de 2008, se formalizará el Canje de Notas referido en el Artículos 22.5 enmendado del Tratado de Libre Comercio República Dominicana-Centroamérica-Estados Unidos, suscrito el día 5 de agosto de 2004, y se efectuará el depósito del instrumento de ratificación respectivo ante la Organización de los Estados Americanos, en la ciudad de Washington D.C.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Que por considerarlo conveniente a los Altos Intereses de la Nación, en uso de las facultades que les confieren la Constitución Política y las Leyes de la República, han tenido a bien conferir Plenos Poderes a la señora Laura Dachner Cirano, Encargada de Negocios a. í., de la Embajada de Costa Rica en Washington D. C., para que a nombre y en representación del Gobierno de la República de Costa Rica, proceda a firmar y a formalizar el Canje de Notas referido en el Artículo 22.5 enmendado del Tratado de Libre Comercio República Dominicana-Centroamérica-Estados Unidos, suscrito el día 5 de agosto de 2004, así como a realizar la notificación escrita y el depósito del instrumento de ratificación respectivo ante la Organización de los Estados Americanos, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, en el mes de diciembre de dos mil ocho.
Artículo 2º—Rige a partir de esta fecha.
Dado en la Presidencia de la República a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil ocho.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(Solicitud Nº 12579).—C-41270.—(7466).
Nº 003-09-PLAN
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE PLANIFICACIÓN NACIONAL
Y POLÍTICA ECONÓMICA
Con fundamento en lo dispuesto en artículos 140 inciso 8) y 146 de la Constitución Política, 25.1 y 27.1 de la Ley General de la Administración Pública (Nº 6227 del 2 de mayo de 1978), 8 de la Ley de Planificación Nacional (Nº 5525 del 2 de mayo de 1974) y 7 del Reglamento General del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Decreto Ejecutivo Nº 23323-PLAN de 17 de mayo de 1994).
Considerando:
I.—Que mediante el Acuerdo Ejecutivo Nº 007-06-PLAN del 22 de mayo de 2006, publicado en La Gaceta Nº 130 del 6 de julio de 2006, se dispuso que los servicios de algunos funcionarios del Ministerio de Seguridad Pública serían prestados en el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), al amparo de las regulaciones contenidas en la Ley de Planificación Nacional.
II.—Que las causas que originaron lo establecido en el Acuerdo Ejecutivo Nº 007-06-PLAN han variado de manera tal que resulta procedente dejarlo sin efecto. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Dejar sin efecto el Acuerdo Ejecutivo Nº 007-06-PLAN del 22 de mayo de 2006, publicado en La Gaceta Nº 130 del 6 de julio de 2006.
Artículo 2º—Rige a partir del 8 de enero de 2009.
Dado en la Presidencia de la República. San José, a los doce días del mes de enero del dos mil nueve.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Planificación Nacional y Política Económica, Roberto J. Gallardo Núñez.—1 vez.—(Solicitud Nº 10057).—C-21020.—(7098).
R-567-2008-MINAET.—San José a las diez horas del ocho de diciembre del dos mil ocho. Se conoce de la recomendación de otorgamiento de concesión en cauce de dominio público en el río Pizote, a favor de la sociedad Araya y Campos S.A. (ARAYCA S. A.), representada por el señor Rodman Araya Alfaro. (Expediente Administrativo número 3-2007 a nombre de Araya y Campos S.A. (ARAYCA S.A.), representada por Rodman Araya Alfaro).
Resultando:
1º—El señor Rodman Araya Alfaro, mayor, casado una vez, comerciante, cédula 1-530-034, vecino de San Ramón, Alajuela, apoderado generalísimo de Araya y Campos S.A., solicita concesión de extracción de materiales en cauce de dominio público sobre el Río Pizote, con las siguientes características, según el edicto publicado de conformidad con la información de la solicitud inicial, aportada el día 7 de febrero del 2007, así como el área y derrotero aportados el día 12 de abril del 2007:
Localización geográfica:
Sito en: Birmania, distrito: 06 Dos Ríos, cantón: 13 Upala, provincia: 2 Alajuela.
Hoja cartográfica:
Hoja Cacao, escala 1:50.000 del I.G.N.
Localización cartográfica:
Entre coordenadas generales: 328421.35 - 328484.18 Norte, 398238.33 – 398288.47 Este límite aguas arriba, 328062.35 – 327991.70 Norte, 399236.93 – 399127.41 Este límite aguas abajo.
Área solicitada:
9 ha. 6 265,07 m², longitud promedio 1 140,66 metros, según consta en plano aportado al folio 29.
Derrotero: Coordenadas del vértice N° 1 328484.18 Norte, 398288.47 Este.
Línea Acimut Distancia (M)
1 - 2 130° 34’ 38.90
2 - 3 138° 27’ 138.47
3 - 4 114° 29’ 177.48
4 - 5 114° 29’ 54.51
5 - 6 125° 45’ 36.68
6 - 7 066° 27’ 68.74
7 - 8 120° 43’ 188.09
8 - 9 127° 29’ 153.41
9 - 10 074° 00’ 195.73
10 - 11 142° 42’ 84.54
11 - 12 179° 42’ 70.64
12 - 13 243° 39’ 122.21
13 - 14 291° 40’ 101.70
14 - 15 291° 40’ 97.38
15 - 16 306° 22’ 146.45
16 - 17 290° 54’ 112.12
17 - 18 298° 56’ 75.19
18 - 19 271° 24’ 28.62
19 - 20 303° 53’ 107.20
20 - 21 303° 53’ 120.73
21 - 22 290° 58’ 78.92
22 - 23 301° 52’ 63.32
23 - 24 309° 21’ 90.93
24 - 1 038° 35’ 80.38
2º—El plazo recomendado es por siete años según memorando DGM – CME – 10 – 2008 suscrito por el geólogo Luis Chavarría R.
3º—La documentación técnica fue aprobada mediante memorandum DGM-CME-10-2008 suscrito por el geólogo Luis Chavarría, quien manifestó lo siguiente:
“En fecha 27 de febrero del año en curso, se realiza visita de campo al proyecto de explotación del Expediente en marras (a petición de la colega Arrieta, que por viaje fuera del país, no podía realizar dicha inspección), me acompañaron el geólogo Dirroy Siu Arriola (Geólogo Regente), y el Señor Luis Araya (Arayca S.A.)
Se ubica en el distrito de Dos Ríos, Upala, Provincia de Alajuela; en el caserío de Birmania, específicamente en las siguientes coordenadas:
o 329.000-328.400 N
o 397.300-398.200 E
o De la hoja Cacao
El área de explotación solicitada sobre el cauce del Pizote (AP) tiene una extensión de 9 has con 5943 m2, además, incluye una propiedad anexa, a la solicitud de Concesión Minera cuya extensión es de 2 has con 4.383.06 m2 y se localiza en forma aledaña al área de soliciutd, la cual se pretende utilizar como zona de patio y acopio.
Según el recorrido realizado se pudo observar que el área de concesión está caracterizado por cambios bruscos de pendiente, sin embargo donde se desarrollara la explotación la pendiente es baja y muy constante, lo que demuestra zona de depositación de los materiales, dicho Río arrastra distintos tipos de materiales, y su morfología evoluciona constantemente debido al transporte de sedimentos como descarga de fondo.
En relación al método utilizado, para definir la Reservas, se realizó el método de cortes o secciones, el cual funciona para depósitos irregulares, y consiste en elaborar secciones transversales al río y determinar sus áreas, las que se multiplican por la distancia entre las secciones, la sumatoria total es el volumen de material para el área de interés.
Para realizar el cálculo se realizaron 20 perfiles transversales a la dirección de la corriente del río, para la sección del río que será explotada.
Para cada perfil se ha calculado el área de la sección de material por utilizar, y el volumen de material se obtiene a partir de la formula ampliamente indicada en este proyecto
De acuerdo con los resultados obtenidos, el total de material entre los perfiles 1 y 20 las reservas estáticas son de 89 925,0 m³. Para la explotación se evaluarán las reservas dinámicas.
Considerando que para la concesión, el volumen estático es de 89.925 m³ por mes, y que las reservas dinámicas son 109 934 m³, se podría estar explotando dichas reservas anualmente.
En relación a su método de explotación, en su proyecto se indico que todos los aluviones localizados sobre cauce se explotan empleando una técnica que se conoce como dragado de cauce, el cual consiste en una extracción del material del cauce según el alcance del brazo de la máquina, en algunas ocasiones puede laborarse sobre playones los cuales quedan mejor expuestos en épocas de verano, en otras se requiere construir accesos en las márgenes paralelos al cauce y en otras se realizan rampas temporales al centro del cauce (espolones) construidas con la misma grava, las cuales posteriormente son removidas o aprovechadas, una vez cumplida su función.
El método de explotación consiste en resumidas cuentas en extraer la grava en forma mecanizada, a “cielo abierto” alternando los sitios a explotar con tal de dejar que la misma dinámica del río en forma natural pueda recuperar los anteriores sitios trabajados, por esta razón, en el método propuesto no se recomienda explotar exhaustivamente en un solo sitio.
En resumen:
El sistema de explotación está supeditado por las circunstancias climatológicas que imperan en la zona en determinadas épocas del año, según se indica particularmente considero conveniente explotar la grava del cauce en aquellos sitios donde ésta se encuentra mejor expuesta, es decir sobre playones, alternando los sitios de explotación con tal de promover la recuperación del cauce y evitar su deterioro. Lo más conveniente es explotar los playones por medio de franjas paralelas al cauce, de modo que la explotación realizada quede por debajo del espejo de agua y pueda conservarse el paisaje natural del río. Así los bloques a explotar estarán acordes más bien con los playones localizados y su profundización no podrá ir más allá del 1,5 m de profundidad
Por lo tanto considero viable la explotación en el área indicada, y en relación a su periodo de explotación y basado en su cálculo de reservas, y con una extracción promedio de 25.000 m3 anuales, extrayendo parte de las Reservas indicadas en cada uno de los bloques A, B y C, para el mercado externo de la zona, quedando por lo tanto un remanente de consideración, se recomienda un periodo de extracción de 7 años, por lo tanto se recomienda aprobar el citado proyecto de explotación…”
4º—El material a explotar es arena y grava.
5º—El acceso es por vía pública.
6º—Por resolución Nº 3630-2005-SETENA de las ocho horas veinticinco minutos del doce de diciembre del 2005 manifestó lo siguiente: “…Se otorga la VIABILIDAD AMBIENTAL al proyecto Cauce de Dominio Público Río Pizote, quedando abierta la etapa de Gestión Ambiental y en el entendido de cumplir con la Cláusula de Compromiso Ambiental fundamental, indicado en el Considerando Tercero anterior…”
7º—Recomendaciones Técnicas, las cuales corren visibles del folio 53 al 56:
DGM-CME-10-2008
Recomendaciones:
Ø El plazo de explotación puede darse por un periodo de 7 años.
Ø No se podrá bajo ninguna circunstancia acumular material dentro del cauce del Río.
Ø La extracción debe ser continua o laminar, no dejando hoyos en un sitio u otro.
Ø Es recomendable que la extracción se inicie por el bloque A, esto debido a que se tiene más cercanía con el patio de acopio proyectado, continuar posteriormente con el bloque B, hasta alcanzar el bloque C, ( además este es el orden en que se ubican los accesos)
Ø Todas las reparaciones tanto preventivas o correctivas se realizaran fuera del área de extracción, nunca dentro del cauce.
Ø Mantener en la medida de lo posible ángulos de 45º entre el inicio de la extracción y la margen, para evitar su socavamiento.
Ø No se podrá extraer material de ambas márgenes del río.
Ø Se deberá de respetar la metodología de explotación aprobada, no se puede variar, en caso de ser necesario variar su metodología, se debería de indicar a la DGM, el motivo por el cual sé varia su metodología y la Dirección evaluará y se pronunciará.
Ø Se deberá de respetar la profundidad máxima permitida de extracción, el cual es de 1.5 mts.
Ø Se recomienda un recálculo de las reservas dinámicas cada cinco años.
Ø En concesionario está autorizado para utilizar el equipo descrito en el proyecto, el cual es el siguiente:
a) Una excavadora hidráulica, Caterpillar E 110B
b) Dos vagonetas tandeen
c) Quebrador: Telesmmith Modelo IBP502, triturador primario de mandíbula con abertura de alimentación de 0.38 x 0.60 m
d) Zaranda vibratoria inclinada, modelo VK 3’x10’
e) Alimentador vibratorio.
Ø En relación al Quebrador se deberá de respetar las siguientes recomendaciones:
a) Obtener los permisos respectivos de otras Instituciones ajenas al MINAE, como los son: Ministerio de Salud, Patente Municipal.
b) Respetar las medidas de seguridad dentro del área de Trabajo indicando los sitios propensos a peligro, además de cascos, chalecos y otros.
c) Si el Quebrado del material lleva agua, se deberá de obtener el permiso del Dpt. de Aguas del MINAE.
d) Si el quebrado se realiza con agua, se deberán de realizar las respectivas lagunas de sedimentación.
Ø En caso de necesitar más equipo, se deberá de informar a la DGM, e indicar las razones por las cuales se usaran o se cambiaran y la DGM evaluará la solicitud.
Ø Se deberá de re-evaluar las Reservas, cada 5 años.
Deberán de presentar un informe anual de labores, el cual deberá de contener al menos la siguiente información:
ü Mapas y perfiles geológicos detallados del área de trabajo a escala 1:2000
ü Mapas de avances y frentes de explotación, a escala 1:2000
ü Material removido y remanentes durante el periodo
ü Mapa de ubicación y bloques de reservas, indicando el área trabajada
ü Costos de operaciones durante el periodo, incluyendo: costos, salarios, copias de planillas de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS)
ü Lista de personal involucrado en la obra según su caracterización.
ü Respetar las medidas de mitigación ambiental.
8º—Que publicados los edictos no se presentaron oposiciones.
9º—Mediante oficio IMN-DA-1999-2008 del Departamento de Aguas, se manifestó que se otorgue la concesión de explotación de materiales en el cauce del río Pizote con las siguientes condiciones:
1) El área a explotar será de 9 ha. 6 265,07 m² en el cauce del Río Pizote, Birmania, Dos Ríos, Upala, Provincia de Alajuela.
2) El material a extraer será de arena y grava, quedando claro que queda totalmente prohibido extraer material del piso firme del cauce del río por lo que será sólo permitida la extracción del material arrastrado.
3) Queda totalmente prohibida la extracción de materiales de las márgenes del río.
4) La extracción de materiales será mecanizada en forma laminar por lo que no se deben utilizar ningún tipo de equipo que no garantice este tipo de extracción.
5) Podrá ser realizada en toda época del año en que no sea impedida por las crecidas normales del río.
6) Queda prohibida la acumulación de materiales en el cauce del río para evitar que se puedan presentar represamientos.
7) Se deberá dejar en el caso de estructuras existentes (puentes y tomas de agua) 200 metros de distancia necesaria para evitar posibles daños…”
9) Que habiéndose cumplido con los requisitos que establece el Código de Minería vigente, para la tramitación de concesión solicitada, así como la respectiva recomendación otorgada por la Dirección de Geología y Minas, señalada en el Considerando anterior, lo procedente es otorgar concesión solicitada al gestionante.
10.—Que mediante memorando DGM – RNM – 929 – 2008 de fecha 11 de noviembre de 2008 se recomienda por parte del Director de Geología y Minas, otorgar concesión en cauce de dominio público a favor de la Araya y Campos S.A. (Arayca S. A.), sobre el río Pizote por un plazo de 7 años.
Considerando:
I.—Con fundamento en el artículo primero del Código de Minería, el Estado tiene el dominio absoluto, inalienable e imprescriptible de todos los recursos minerales, existiendo la potestad de otorgar, a través del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, concesiones o permisos para el reconocimiento, exploración, y beneficio de los recursos mineros, sin que se afecte de algún modo el dominio estatal sobre esos bienes, procurando con ello y por medio de sus políticas, la protección, conservación y manejo de los recursos naturales; garantizando la protección efectiva de la biodiversidad del país al promover el conocimiento y uso sostenible, para el disfrute intelectual, espiritual y el desarrollo económico de las generaciones presentes y futuras.
II.—Conforme se indica en los instrumentos técnicos emitidos por la Dirección de Geología y Minas, específicamente en los informes DGM-CME-10-2008 de fecha 3 de marzo del 2008 suscrito por el Geólogo Luis Alberto Chavarría R., visible a folios 53 a 56 y DGM – RNM – 929 – 2008 de fecha 11 de noviembre de 2008, suscrito por el MSC. José Francisco Castro, visible a folios 74 a 85 del expediente administrativo, que constituyen los elementos de fundamentación técnica necesarios para la debida motivación del acto administrativo de otorgamiento de la concesión solicitada, de conformidad con el numeral 136° inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública, se determina que el solicitante ha cumplido con los requisitos necesarios para el otorgamiento de la concesión de explotación en cauce de dominio público, tramitado en el expediente minero número 3-2007; por lo cual lo procedente es acoger la recomendación de la Dirección de Geología y Minas, emitida mediante Memorando DGM – RNM – 929 – 2008 de fecha 11 de noviembre de 2008, para el otorgamiento de la concesión para la extracción de materiales en el cauce del dominio público del Río Pozote, a favor de la empresa Araya y Campos S.A.(ARAYCA S.A.), representada por el señor Rodman Araya Alfaro, cédula de identidad número 1-530-034.
III.—De las obligaciones del concesionario. El concesionario del expediente Nº 3-2007, Araya y Campos S.A., representada por el señor Rodman Araya Alfaro, deberá cumplir durante la ejecución de las labores de explotación, con cada una de las recomendaciones técnicas señaladas por el Geólogo Luis Alberto Chavarría R., mediante oficio DGM/CME-10-2008 de fecha 3 de marzo del 2008 y trascrito en el resultando sétimo de la presente resolución, mismas que se acogen en su totalidad de conformidad con el numeral 136° inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública. En el mismo sentido, deberá cumplir con las siguientes obligaciones:
1. Solicitar la inscripción de la resolución de otorgamiento de la concesión.
2. Presentar un informe de labores anual.
3. Pago de canon anual de superficie.
4. El amojonamiento del área concesionada.
5. Contar con un Reglamento de Seguridad e Higiene aprobado por el Ministerio del Trabajo.
6. Cumplir con el proyecto técnico aprobado.
7. Cumplir con las normas ambientales y demás directrices que le gire la SETENA y la DGM.
8. Mantener al día la Bitácora del Colegio de Geólogos de Costa Rica.
9. Mantener vigente el contrato con el geólogo o ingeniero en minas regente.
10. Mantener al día los siguientes documentos:
• Un plano, a escala conveniente de los trabajos, que permita determinar cualitativa y cuantitativamente la evolución de la explotación, y en el caso de cauces de dominio público, los cambios en la dinámica del río.
• Un diario de respaldo al plano de los trabajos donde se consignen los hechos relevantes ocurridos en los frentes de explotación y en los cauces de dominio público, los cambios en la dinámica del río.
• Un registro del personal empleado.
• Un registro de producción, venta, almacenamiento y exportación de los materiales. Estos documentos quedarán a disposición de la DGM y del Registro Nacional Minero, quien podrá consultarlos en todo momento.
11. Informar semestralmente al RNM sobre cambios en la propiedad de las acciones en caso de personas jurídicas.
12. Solicitar la autorización y registrar ante el RNM los contratos de beneficiamiento de materiales cuando esta actividad sea realizada por un tercero.
13. Explotar racional y efectivamente la concesión de acuerdo al Plan de Explotación aprobado.
14. Mantener en el sitio de la explotación copia certificada de la resolución de otorgamiento de la concesión.
15. Cumplir con las obligaciones establecidas en el Reglamento al Código de Minería y en la resolución de otorgamiento de la concesión.
16. Deberá iniciar los trabajos formales de extracción, dentro del plazo que se determine en la resolución de otorgamiento del título. Asimismo deberá mantener las operaciones en forma regular y no podrá interrumpir la extracción por períodos mayores de seis meses, siempre que las condiciones físicas del cauce lo permitan.
17. Pago de los impuestos Municipales y Nacionales que le correspondan.
18. Dentro del plazo de 60 días, contados desde la fecha en que se notifica al interesado la resolución de otorgamiento del permiso de exploración o concesión de explotación, éste debe solicitar formalmente al Registro Nacional Minero su inscripción en el libro respectivo, caso contrario la tramitación quedará sin efecto, la solicitud se tendrá por no presentada y los antecedentes serán archivados.
19. El titular de la concesión está obligado a rendir un informe anual elaborado, refrendado y dirigido por un geólogo o ingeniero en minas regente de la actividad, miembro activo del Colegio de Geólogos de Costa Rica y al Colegio de Ingenieros de Costa Rica respetando el Programa de Explotación Geológico-Minero autorizado por la Dirección de Geología y Minas, el cual debe presentarse en original y dos copias y contendrá como mínimo y con los requerimientos exigidos por el artículo 75 del Reglamento al Código de Minería.
20. De conformidad con lo indicado en el artículo 85 del reglamento al Código de Minería, el concesionario, tiene la obligación de conservar en el sitio donde se realiza la actividad minera la bitácora geológica, cumpliendo con lo dispuesto en el Reglamento de Uso de Bitácora en Actividades Geológicas. El incumplimiento a lo anterior, será causal de cancelación de conformidad con los artículos 62 ó 63 del Código de Minería, según corresponda. Los funcionarios de la Dirección de Geología y Minas, que realicen inspección en el área de permiso o concesión, tienen la obligación de asentar en la bitácora día y hora de la visita, así como de consignar aspectos técnicos de relevancia para la actividad desarrollada.
21. De conformidad con lo indicado en el artículo 86 del reglamento al Código de Minería, la presente concesión debe ser dirigida por un geólogo o ingeniero en minas debidamente inscrito al Colegio de Geólogos de Costa Rica y Colegio de Ingenieros, respectivamente. El permisionario o concesionario debe presentar ante el RNM el contrato con el Geólogo o Ingeniero en Minas, previo a iniciar labores, el cual debe incorporarse al expediente administrativo correspondiente y mantenerse vigente. El incumplimiento a lo anterior, será causal de cancelación de conformidad con los artículos 62 ó 63 del Código de Minería, según corresponda.
IV.—Que lo procedente es acoger la recomendación de otorgamiento de concesión emitida en los oficios DGM-CME-10-2008, indicado en el resultando sétimo de la presente resolución, y DGM-RNM-929-2008, de fecha 11 de noviembre del dos mil ocho, suscrito por José Francisco Castro, Director de la Dirección de Geología y Minas indicado en el resultando décimo de la presente resolución. Por tanto:
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE AMBIENTE, ENERGIA
Y TELECOMUNICACIONES, RESUELVEN:
1º—Otorgar la concesión de explotación en cauce de dominio público a favor de Araya y Campos S.A. (ARAYCA S.A.). representada por el señor Rodman Araya Alfaro, casado una vez, comerciante, cédula 1-530-034, vecino de San Ramón de Alajuela, en su condición de apoderado generalísimo, para la extracción de materiales en cauce de dominio público, en el cauce del río Pizote, cuya ubicación corresponde a Birmania, distrito: 06 Dos Ríos, cantón: 13 Upala, provincia: 2 Alajuela; hoja cartográfica: Hoja Cacao, escala 1:50.000 del I.G.N; localización cartográfica: Entre coordenadas generales: 328421.35 – 328484.18 Norte, 398238.33 – 398288.47 Este límite aguas arriba, 328062.35 – 327991.70 Norte, 399236.93 – 399127.41 Este límite aguas abajo. Para un área solicitada de 9 ha 6 265,07m², longitud promedio 1 140,66 metros, según consta en plano aportado al folio 29.
2º—La presente concesión queda sujeta al cumplimiento del Plan inicial de Trabajo aprobado y que consta en el expediente, al cumplimiento de las recomendaciones técnicas indicadas en el oficio DGM-CME-10-2008, indicado en el resultando sétimo de la presente resolución. Asimismo, deberá acatar las obligaciones indicadas en el considerando tercero de la presente resolución y las demás que establece el Código de Minería y su Reglamento, así como el resto de la legislación aplicable.
3º—Asimismo, queda sujeta al pago de las obligaciones que la legislación impone, así como acatar las instrucciones que le gire la Dirección de Geología y Minas.
4º—La concesionaria deberá cumplir con las disposiciones establecidas en el Transitorio I del Reglamento al Código de Minería.
5º—Contra la presente resolución caben los recursos de revocatoria o reposición dentro del plazo de dos meses a partir de la notificación de la misma, de conformidad con el artículo 345 inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública.
6º—Notifíquese la presente resolución al medio indicado correspondiente a la oficina del señor Félix Ángel Arce, sita en Asamblea Legislativa de Costa Rica, Departamentote Organización y Métodos, según lo indicado por el solicitante a folio 44 del expediente. De conformidad con el artículo 70 del Reglamento al Código de Minería, dentro del plazo de 60 días, contados desde la fecha en que se notifica al interesado la presente resolución de otorgamiento de concesión de explotación, éste debe solicitar formalmente al Registro Nacional Minero su inscripción en el libro respectivo, caso contrario la tramitación quedará sin efecto; la solicitud se tendrá por no presentada y los antecedentes serán archivados. El acto de pedir la inscripción constituye la aceptación por parte del titular, de todos los derechos, obligaciones y condiciones con que ha sido otorgado el permiso o la concesión. La concesión de explotación, se entenderá adquirida desde la fecha en que se inscribe la resolución en el libro del RNM de conformidad con el artículo 71 del citado reglamento.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, Roberto Dobles Mora.—1 vez.—(6244).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
EDICTOS
DIA-R-E-040-2009.—El señor Luis Fernando Carvajal Vargas, portador de la cédula de identidad número 1-500-907 en su calidad de representante legal de la compañía Desarrollo e Investigación Agrícola de San José S. R. L. cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción del producto herbicida de nombre comercial Foragro Pendimetalina 50 EC compuesto a base de Pendimetalina. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y Ley Nº 8702. Trámite de solicitudes de Registro Agroquímicos. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 29 de enero del 2009.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada Unidad Registro de Agroinsumos.—1 vez.—(7934).
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN GENERAL
La Dirección General del Servicio Nacional de Salud Animal ha recibido solicitud del señor Mario Miranda Arrinda, en su calidad de presidente de la Asociación de Criadores de Ganado Guzera de Costa Rica, cédula jurídica 3-002-507754, para el traspaso del registro genealógico de la raza Ganado Guzera, así como de sus razas derivadas; Guzolando y Guzonel a la Asociación supracitada. Se emplaza a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 30 días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 26 de enero del 2009.—Dra. Miriam Jiménez Mata, Directora General a.i.—1 vez.—(6584).
DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
EDICTOS
El señor César Alberto Seco Padilla con número de cédula 1-1147-0409, vecino de Guápiles, en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Montvec Servicios Veterinarios S. A., con domicilio en Jiménez Pococí, Limón. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Otibiovin Sol. Fabricado por: Laboratorio Bioveta, A. S. República Checa, con los siguientes principios activos: Cada ml contienen: Acetato de Triamcinolona 0,5 mg. Ácido Salicílico 5.0 mg, Gentamicina Sulfato 2.0 mg. y las siguientes indicaciones terapéuticas: Para el tratamiento de la otitis externa y dermatitis superficiales. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 19 de diciembre del 2008.—Departamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1 vez.—(7850).
El señor César Alberto Seco Padilla con número de cédula 1-1147-0409, vecino de Guápiles, en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Montvec Servicios Veterinarios S. A. con domicilio en Jiménez Pococí, Limón. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Biopirox Spray. Fabricado por: Laboratorio Bioveta, A. S. República Checa, con los siguientes principios activos: Cada 100 ml contienen: Olamini piroctonas 1,0 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: Indicado en el tratamiento de enfermedades cutáneas micóticas causadas por hongos dermatofíticos en perros, gatos y animales pequeños. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 19 de diciembre del 2008.—Departamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1 vez.—(7851).
DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL
La Dirección General de Aviación Civil, avisa que Jorge Aguilar Corea, portador de la cédula de identidad seis-cero ciento noventa-cero ciento veintitrés, mayor, empresario, casado, vecino de San José, Curridabat, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa A & H Aviation Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos veintiséis mil ochocientos cuarenta y siete, ha solicitado al Consejo Técnico de Aviación Civil, se le otorgue a su representada, Certificado de Explotación para la operación de un Taller de Servicio Aeronáutico en Helicópteros BELL 2006. Todo lo anterior conforme a la Ley General de Aviación Civil Nº 5150 del 14 de mayo de 1973 y sus reformas, el Reglamento para el Otorgamiento de Certificados de Explotación Decreto Nº 3326-T del 25 de octubre de 1973, el RAC- 145 Reglamento sobre organizaciones de mantenimiento aprobadas (OMA), Decreto Ejecutivo Nº 32644-MOPT, publicado en el diario oficial La Gaceta Nº 182 del 22 de setiembre de 2005 y demás disposiciones nacionales e internacionales concordantes. El Consejo Técnico de Aviación Civil en el artículo décimo cuarto de la sesión ordinaria Nº 02-2009 celebrada el día 14 del mes de enero del dos mil nueve, señaló que la solicitud reúne los requisitos formales exigibles, por lo cual se emplaza a los interesados a fin de que apoyen o se opongan a dicha solicitud en forma escrita y con la prueba correspondiente, dentro del término de 15 días hábiles siguientes contados a partir del día de la publicación del presente aviso. La audiencia pública se celebrará a las 10:00 horas del tercer día hábil siguiente al vencimiento del emplazamiento.—Lic. Jorge Fernández Chacón, Director General.—1 vez.—(Solicitud Nº 15657).—C-17270.—(7088).
Que el señor José Francisco Oreamuno Gómez, mayor, divorciado dos veces, Economista, vecino de Curridabat, San José, cédula número uno-trescientos ochenta y cinco novecientos sesenta y tres; en su calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa Next Gen Avionics Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos cincuenta y seis mil doscientos treinta y uno; presentó una solicitud de certificado de explotación de su representada; para brindar servicios de mantenimiento de Línea y Base en el área de la aviónica. Todo lo anterior conforme a la Ley General de Aviación Civil Nº 5150 del 14 de mayo de 1973 y sus reformas y el Reglamento para el Otorgamiento de Certificados de Explotación Decreto Nº 3326-T del 25 de octubre de 1973 publicado en el Alcance Nº 171 a La Gaceta Nº 221 del 23 de noviembre de 1973; el RAC 119 Reglamento de Certificado de Operador Aéreo (COA, Certificados operativos y autorizaciones de operación), publicado en La Gaceta Nº 75 del 19 de abril del 2006, el RAC-145 Reglamento sobre organizaciones de mantenimiento aprobadas (OMA), Decreto Ejecutivo 32644-MOPT, publicado en La Gaceta Nº 182 del 22 de setiembre de 2005 y demás disposiciones nacionales concordantes. El Consejo Técnico de Aviación Civil en el artículo duodécimo de la sesión ordinaria Nº 02-2009 celebrada el día 14 del mes de enero del 2009, señaló que la solicitud reúne los requisitos formales exigibles, por lo cual se emplaza a los interesados a fin de que apoyen o se opongan a dicha solicitud en forma escrita y con la prueba correspondiente, dentro del término de 15 días hábiles siguientes contados a partir del día de la publicación del presente aviso. La audiencia pública se celebrará a las 09:30 horas del tercer día hábil siguiente al vencimiento del emplazamiento.—Lic. Jorge Fernández Chacón Director, General.—1 vez.—(Solicitud Nº 15658).—C-21020.—(7089).
La Dirección General de Aviación Civil, avisa que el señor José Ángel Guerra Laspiur, mayor de edad, casado una vez pero separado de hecho, empresario, vecino de Guachipelín de Escazú, cédula de identidad número una-cuatrocientos setenta-trescientos ochenta y siete, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de la compañía Taxi Aéreo Centroamericano S. A., cédula jurídica Nº 3-101-016183; ha solicitado para su representada renovación del Certificado de Explotación para brindar servicios de vuelos especiales, nacionales e internacionales, con aeronaves de ala fija, en el Aeropuerto Internacional Tobías Bolaños Palma. Todo lo anterior conforme a la Ley General de Aviación Civil Nº 5150 del 14 de mayo de 1973 y sus reformas, Reglamento para el Otorgamiento de Certificados de Explotación Decreto Nº 3326-T del 25 de octubre de 1973, y el RAC 119 Reglamento de Certificado de Operador Aéreo, publicado en La Gaceta Nº 75 del 19 de abril del 2006 demás disposiciones nacionales e internacionales concordantes. El Consejo Técnico de Aviación Civil en el artículo decimotercero de la sesión ordinaria Nº 02-2008 celebrada el día 14 del mes de enero del 2009, señaló que la solicitud reúne los requisitos formales exigibles, por lo cual se emplaza a los interesados a fin de que apoyen o se opongan a dicha solicitud en forma escrita y con la prueba correspondiente, dentro del término de 15 días hábiles siguientes contados a partir del día de la publicación del presente aviso. La audiencia pública se celebrará a las 9:00 horas del tercer día hábil siguiente al vencimiento del emplazamiento.—Lic. Jorge Fernández Chacón, Director General.—1 vez.—(Solicitud Nº 15659).—C-16520.—(7090).
La Dirección General de Aviación Civil, avisa que el señor Johny Delgado Ramírez, mayor de edad, casado una vez, piloto aviador, vecino de Tres Ríos, La Unión, cedula de identidad uno-trescientos veintiuno-setecientos siete, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de la compañía Aerologística S.T. Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-330695; ha solicitado para su representada renovación del Certificado de Explotación para brindar servicios de “Despacho Aéreo y Asistencia en Tierra”, en los Aeropuertos Internacionales Juan Santamaría, Tobías Bolaños Palma y Daniel Oduber Quirós. Todo lo anterior conforme a la Ley General de Aviación Civil Nº 5150 del 14 de mayo de 1973 y sus reformas, Reglamento para el Otorgamiento de Certificados de Explotación Decreto Nº 3326-T del 25 de octubre de 1973, y el RAC 119 Reglamento de Certificado de Operador Aéreo, publicado en La Gaceta Nº 75 del 19 de abril del 2006 demás disposiciones nacionales e internacionales concordantes. El Consejo Técnico de Aviación Civil en el artículo décimo de la sesión ordinaria Nº 04-2009 celebrada el día 21 de enero del 2009, señaló que la solicitud reúne los requisitos formales exigibles, por lo cual se emplaza a los interesados a fin de que apoyen o se opongan a dicha solicitud en forma escrita y con la prueba correspondiente, dentro del término de 15 días hábiles siguientes contados a partir del día de la publicación del presente aviso. La audiencia pública se celebrará a las 10:30 horas del tercer día hábil siguiente al vencimiento del emplazamiento.—Lic. Jorge Fernández Chacón, Director General.—1 vez.—(Solicitud Nº 15660).—C-27270.—(7091).
CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL
A todos los interesados se les hace saber que el Consejo Técnico de Aviación Civil, mediante artículo primero de la sesión ordinaria número dos-dos mil nueve, celebrada el día catorce de enero del dos mil nueve, acordó nombrar el cargo de Vicepresidente de dicho Órgano, quedando de la siguiente manera:
Vicepresidente: José Guillermo Rojas, mayor casado, arquitecto, vecino de Escazú, cédula de identidad número uno-doscientos treinta y cuatro-seiscientos treinta y uno.
Por el período de un año de conformidad con lo dispuesto en el artículo sexto del Reglamento del Consejo Técnico de Aviación Civil (Decreto Ejecutivo Nº 26688-MOPT del 12 de diciembre de 1997, publicado en La Gaceta Nº 40 del 26 de febrero de 1998).
Rige a partir del día catorce de enero del dos mil nueve.
Publíquese.—Lic. Jorge Fernández Chacón, Director General de Aviación Civil.—1 vez.—(Solicitud Nº 15661).—C-12020.—(7092).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 49, Título Nº 91, emitido por el Liceo San José de Upala, en el año dos mil cinco, a nombre de Misrraim Blas Potoy. Se solicita la reposición del título indicado por corrección del nombre, cuyos nombres y apellidos correctos son: Misnaim Anamin Blas Potoy. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dieciséis días del mes de junio del dos mil ocho.—Guisela Céspedes Lobo, Asesora Nacional.—(6451).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 17, Asiento Nº 19, Título Nº 85, emitido por el Colegio Académico República de Italia, en el año dos mil cinco, a nombre de Quesada Mora Mónica Vanessa. Se solicita la reposición del título indicado por deterioro del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiséis días del mes de enero del dos mil nueve.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Jefe.—(6483).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del diploma de conclusión de estudios de educación Diversificada, inscrito en el tomo 1, folio 76, asiento Nº 220, emitido por el Colegio Nocturno Pbro. Enrique Menzel, en el año mil novecientos setenta y siete, a nombre de Carvajal Solano Auristela Lissette. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, los diecinueve días del mes de enero del dos mil nueve.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Jefe.—(6500).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 165, título Nº 2116, emitido por el Liceo de Puriscal, en el año dos mil cinco, a nombre de Murillo Montero Melania María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 26 de noviembre del dos mil ocho.—Asesoría Nacional de Gestión y Evaluación de la Calidad.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—(7039).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 30, asiento Nº 160, emitido por el Liceo Pacífico Sur, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Villalobos Smith Fabián. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 27 de enero del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—(7051).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educacion Media inscrito en el tomo 2, folio 168, asiento Nº 6098, emitido por el Colegio San Luis Gonzaga en el año dos mil siete, a nombre de Solano Barahona Noelia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 19 de enero del 2009.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Jefe Departamento.—Nº 85162.—(6677).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta Sudirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada Rama Académica, Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 51, título Nº 738, emitido por el Liceo de Tarrazú, en el año mil novecientos ochenta y siete, a nombre de Cordero Fallas Elvia María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 8 de agosto del 2006.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(7431).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 67, Título Nº 577, emitido por el Colegio El Carmen, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Paniagua López Luís Carlos. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintisiete días del mes de enero del dos mil nueve.—MSc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—(7497).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 2, Título N° 1, emitido por el Saint Anthony School, en el año dos mil seis, a nombre de Arce Montero Fernando. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 22 de enero del 2009.—MSc. Trino Zamora Zumbado.—(7842).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 70, título N° 542 y del título de Técnico Medio en Contabilidad, inscrito en el tomo 2, folio 13, título N° 1147, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Puriscal, en el año dos mil, a nombre de Vargas Castro Cristhian. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 5 de enero del 2009.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—(7925).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 24, Título N° 175, emitido por la Academia Teocali, en el año dos mil dos, a nombre de Briceño Baltodano Miguel Napoleón. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 5 de enero del 2008.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—(7979).
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE
EDICTOS
Se hace saber a quien interese, que en Diligencias Administrativas oficiosas, se levantó al efecto el Expediente Administrativo N° 08-752-BI dentro del cual se dictó la resolución final, en Curridabat, a las 13:37 horas del 22 de enero del 2009, cuyo, por tanto ordena la inmovilización de las fincas de San José matrículas 454308 y 457587, así como mantener la advertencia administrativa sobre la finca de San José, matrícula 333370.—Curridabat, 22 de enero del 2009.—Lic. Wálter Méndez Vargas, Subdirector.—1 vez.—(Solicitud Nº 21812).—C-6770.—(7473).
Se hace saber a quien interese, que en Diligencia Administrativa de Oficio, que se lleva en este Despacho, mediante resolución de las 09:23 horas del 7 de enero del 2009, se resolvió lo siguiente: Una vez firme esta resolución se ordena I) Inmovilizar las fincas del Partido de Guanacaste número: noventa mil ciento diecinueve (90119) y noventa mil ciento veinte (90120), misma que se mantendrá hasta que autoridad judicial competente conociendo del error que la originó, ordene su cancelación; o todas las partes involucradas por los mecanismos que establece el Ordenamiento, manifiesten su voluntad de rectificar el error cometido. La inmovilización se levantará en el momento en que el funcionario respectivo exprese su verificación de que los defectos de ese instrumento fueron debida y correctamente subsanados. II) Comisionar al Departamento de Asesoría Jurídica de este Registro o, a cualquier otro funcionario destacado en esa unidad de trabajo, para la consignación de la inmovilización. Notifíquese. (Referencia Exp. 2008-716-BI-UE).—Curridabat, 8 de enero del 2009.—Master Óscar Rodríguez Sánchez, Director.—1 vez.—(Solicitud Nº 19931).—C-12020.—(7474).
REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN
AVISOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor José Antonio Muñoz Fonseca, mayor, casado, abogado, cédula de identidad número 1-433-939, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Abbott Laboratories, de Estados Unidos de América, solicita la Patente de Invención denominada FÓRMULAS INFANTILES PARA EL DESARROLLO TEMPRANO DEL CEREBRO. Se divulgan las formulas infantiles que constan de al menos unos 6,5 g/L, con base en el concepto listo para el consumo, de un concentrado enriquecido con proteína de lactosuero con al menos 0,13% aproximadamente de ácido docosahexaenóico por peso del total de ácidos grasos, y al menos 0,25% aproximadamente de ácido araquidónico por peso del total de ácidos grasos. La fórmulas, también incluyen, por lo general, al menos 5 mg/L aproximadamente de gangliósidos, al menos unos 150 mg/L de Fosfolípidos y al menos 70 mg/L aproximadamente del total de ácido siálico con al menos 2,5% aproximadamente de ácido siálico con enlace a lípido, los cuales, en su totalidad, se proporcionan todo o en parte a partir del concentrado enriquecido con proteína de lactosuero. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sexta Edición es A23L 1/29, cuyos inventores son: Rueda-Cabrera Ricardo, Barranco Alejandro, Ramírez María, Vázquez Enrique, Valverde Eduardo, Pietro Pedro y Dohnalek Margaret. La solicitud correspondiente lleva el número 10541, y fue presentada a las 10:30:20 del 19 de diciembre de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 7 de enero del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—Nº 85106.—(6669).
El señor José Antonio Muñoz Fonseca, mayor, casado, abogado, cédula 1-433-939, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Abbott Laboratories, de E.U.A., solicita la patente de invención denominada FÓRMULAS INFANTILES ENRIQUECIDAS. Se divulgan las fórmulas infantiles que abarcan, bajo el concepto “listo para el consumo” (A) por lo menos 5 mg/1 de gangliósidos, aproximadamente, (B) por lo menos 150 mg/1 de fosfolípidos, aproximadamente (C) lactoferina, y (D) por lo menos 70 mg/1 de Ácido siálico, aproximadamente con por lo menos 2.5% aproximadamente por peso del ácido siálico como ácido siálico con enlace a lípido. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A23L 1/29, cuyos inventores son: Rueda-Cabrera, Ricardo, Barranco, Alejandro, Ramírez María, Vázquez Enrique, Valverde, Eduardo, Prieto, Pedro, Dohnalek, Margaret. La solicitud correspondiente lleva el número 10539, y fue presentada a las 10:29:40 del 19 de diciembre de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 7 de enero de 2009.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Nº 85107.—(6670).
El señor José Antonio Muñoz Fonseca, cédula 1-433-939, mayor, casado una vez, abogado, vecino de Santa Ana, en su condición de apoderado especial de Abbott Laboratories, de E.U.A., solicita la patente de Invención denominada DERIVADOS CICLOPROPIL AMINA. Compuestos con la fórmula (I) que son útiles para tratar condiciones o trastornos que se pueden prevenir o mejorar mediante los ligandos del receptor de histamina-3. También se divulgan composiciones farmacéuticas que comprenden los ligandos del receptor de histamina-3, métodos para usar dichos compuestos y composiciones, y un proceso para preparar compuestos dentro del alcance de la fórmula (I). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 207/06, cuyos inventores son Liu, Huaqing, Black, Lawrence A., Bennani, Youssef L., Cowart, Marlon D. La solicitud correspondiente lleva el número 10540 y fue presentada a las 10:30:16 del 19 de diciembre de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 6 de enero de 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—Nº 85109.—(6671).
Se hace saber que el Licenciado Manuel E. Peralta Volio, en calidad de apoderado especial de Bayer Cropscience AG., domiciliada en Alemania, compañía titular de la solicitud de concesión de la Patente de Invención, tramitada bajo el expediente número 8065, denominada COMPOSICIONES DE PRODUCTOS ACTIVOS CON PROPIEDADES NEMATICIDAS, INSECTICIDAS Y FUNGICIDAS, BASADAS EN COMPUESTOS DE TRIFLUORBUTENILO y presentada el treinta y uno de octubre del dos mil cinco, solicita a este Registro se inscriba el traspaso de dicha solicitud a favor de la empresa Makhteshim Chemical Works LTD., domiciliada en Israel, de conformidad con el documento privado de cesión y traspaso aportados el dieciséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(6991).
El señor Manuel E. Peralta Volio, cédula Nº 9-012-480, mayor, casado, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Pierre Fabre Medicament, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada ESTERES DE DHA Y SU UTILIZACIÓN EN EL TRATAMIENTO Y LA PREVENCIÓN DE ENFERMEDADES CARDIOVASCULARES. La presente invención se refiere a los esteres del ácido docsahexaenoico (DHA) con alcoholes seleccionados de entre las vitaminas o provitaminas del grupo B tales como nicotinol (B3) pantenol (B5) o con inositol (El), o con isosorbida o monitrato de isosorbida, y en particular el docosahexaenoato de piridin-3-ilmetilo, y a su utilización como medicamento en el tratamiento y la prevención de enfermedades cardiovasculares. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31/465, cuyo(s) inventor (es) es (son) Brune Frederique, Delhon Andre, Gardette Jean, Patoiseau Jean Francois, Marty Alain, Severac Etienne. La solicitud correspondiente lleva el número 10507, y fue presentada a las 14:29:18 del 12 de diciembre del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 19 de enero del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(6992).
El señor Manuel E. Peralta Volio, mayor, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Pierre Fabre Medicament, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE CINAMOIL-PIPERAZINA Y SU UTILIZACIÓN COMO ANTAGONISTAS DE PAR-1. La presente invención se refiere a compuestos que responden a la fórmula general (I): en la que: R1 representa halógeno, CN, NO2; R2 representa hidrógeno, halógeno; n representa 1 ó 2; R3 representa fenilo sustituido con uno o varios halógenos o alquiles C1-C6; o un ciclohexilo; así como a sus sales y solvatos terapéuticamente aceptables. Estos compuestos son útiles como antagonistas del receptor-1 activado por proteasa (PAR-1), particularmente en el tratamiento de trombosis. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 295/18, cuyo(s) inventor(es) es (son) Pérez, Michel, Lamothe, Marie, Le Grand, Bruno, Letienne, Robert. La solicitud correspondiente lleva el número 10509, y fue presentada a las 14:28:31 del 16 de diciembre del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de enero del 2009.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(6993).
El señor Néstor Morera Víquez, cédula 1-1018-975, mayor, casado, abogado, vecino de Heredia en su condición de apoderado especial de St. Jude Medical Puerto Rico B. V., de Países Bajos, solicita la patente denominada APARATOS PARA EL CIERRE DE PUNCIONES, TAPONES DE SELLAMIENTOS Y MÉTODOS RELACIONADOS. Se da a conocer un dispositivo de cierre. Particularmente, un dispositivo para cerrar punciones puede, incluir un soporte de anclaje que incluya una estructura de acople y un ancla conectada al soporte de anclaje. Además, el dispositivo de cierre de punciones puede incluir un elemento de compresión móvil configurado para compresionar un tapón sellador generalmente entre el elemento de compresión y el anclaje. La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes sexta edición es A61B 17/08, cuyo inventor es Huss Brad, D. La solicitud correspondiente lleva el número 10516, y fue presentada a las 13:15:43 del 17 de diciembre de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 5 de enero de 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—Nº 85538.—(7213).
El señor Pedro José Sanabria Montero, de Costa Rica, Natalia María Rodríguez Álvarez, de Costa Rica, solicitan el modelo de utilidad denominado: BASTÓN ELECTRÓNICO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD VISUAL UTILIZANDO SENSORES ULTRASÓNICOS.
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Bastón electrónico capaz de reconocer obstáculos que pueda enfrentar el no vidente en un ambiente estándar, a su vez le indicaría al no vidente por medio de la vibración de un micro motor situado dentro del mango del bastón a cuanta distancia se encuentra él con respecto al objeto, alertándolo de que hay un obstáculo en su camino tanto en un nivel horizontal (ejemplo: gradas, carros, entre otros) y a la altura de la cabeza (ejemplo, ramas, rótulos, entre otros). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de dibujos y modelos industriales sétima edición es A45B 3/00, cuyos inventores son Pedro José Sanabria Montero, Natalia María Rodríguez Álvarez. La solicitud correspondiente lleva el número 10396, y fue presentada a las 12:45:20 del 23 de octubre de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de enero de 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—Nº 85461.—(7212).
ACUERDO DE NOMBRAMIENTO
R-SINAC-SE-006-2009.—El Director Ejecutivo del Sistema Nacional de Áreas de Conservación del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, con fundamento en las atribuciones y facultades conferidas en el artículo 26 de la Ley de Biodiversidad, Ley número 7788, el artículo 17 del Reglamento a la Ley de Biodiversidad, Decreto Ejecutivo número 34433-MINAE y los artículos 11 y 12 del Reglamento para el Funcionamiento de las Proveedurías Institucionales de los Ministerios del Gobierno, Decreto Ejecutivo número 30640-H.
Considerando:
1º—Que el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, cuenta con personería jurídica instrumental, siendo un sistema de gestión y coordinación institucional, desconcentrado y participativo, que integra las competencias en materia forestal, vida silvestre y áreas protegidas del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, con el fin de dictar políticas, planificar y ejecutar procesos dirigidos a lograr la sostenibilidad en el manejo de los recursos naturales de Costa Rica.
2º—Que el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, como administrador de las áreas silvestres protegidas del país, ocupa una cobertura nacional a través de las Áreas de Conservación y por tanto su administración requiere de un volumen de procedimientos de contratación administrativa elevado, lo que implica el contar con una Proveeduría Institucional propia para poder facilitar la adquisición de bienes y servicios de la institución.
3º—Que según la resolución DGABCA Nº 11-99-2008, de las catorce horas del día dieciséis de diciembre del 2008, de la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa del Ministerio de Hacienda, se tiene por acreditada la estructura básica con que cuenta la Proveeduría Institucional del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, por cumplir ésta con la estructura organizacional, los controles internos y plataforma tecnológica requerida, para la tramitación de los procedimientos de contratación administrativa.
4º—Que según los artículos 11 y 12 del Reglamento para el Funcionamiento de las Proveedurías Institucionales de los Ministerios del Gobierno, Decreto Ejecutivo número 30640-H, toda Proveeduría Institucional deberá contar con un Proveedor Institucional, quien ejercerá las funciones de Jefatura, siendo el superior jerárquico de la misma.
5º—Que el artículo 26 de la Ley de la Biodiversidad Nº 7788 del 30 de abril de 1998, establece específicamente la figura de un Director Ejecutivo del Sistema Nacional de Áreas de Conservación.
6º—Que el artículo 17 del Reglamento a la Ley de Biodiversidad, Decreto Ejecutivo número 34433-MINAE, establece que el Director Ejecutivo del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, será el superior inmediato del personal de la Secretaría Ejecutiva y de los Directores de cada Área de Conservación y se encargará de velar por el cumplimiento de los asuntos técnicos, operativos y administrativos del Sistema.
7º—Que mediante oficio Nº DM-174-2006 de fecha 30 de mayo de 2006, el Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones designó al Ingeniero Ronald Vargas Brenes, cédula de identidad número 03-0185-0689, como Director Ejecutivo del Sistema Nacional de Áreas de Conservación. Por lo tanto:
ACUERDA:
NOMBRAR A LA PROVEEDORA INSTITUCIONAL DEL SISTEMA
NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN (SINAC)
Artículo 1º—Recae el nombramiento de Proveedora Institucional del Sistema Nacional de Áreas de Conservación en la señora Marietta Tencio Olivas, Licenciada en Administración de Empresas, mayor, casada una vez, cédula de identidad número 01-0828-0688, vecina de Tibás.
Artículo 2º—Se procederá a la respectiva juramentación de la funcionaria Marietta Tencio Olivas, de conformidad con lo que establece el artículo 194 de la Constitución Política de la República de Costa Rica.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Dado en San José, a las ocho horas del cinco de enero del año dos mil nueve.
Rónald Vargas Brenes, Director Ejecutivo.—1 vez.—(7440).
INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Expediente Nº 2504A.—Francisco Lemus Flores, solicita concesión de 1 litro por segundo del río Achiote, efectuando la captación en finca de María Ángela Víquez Alfaro en San Isidro, Grecia, Alajuela, para uso agropecuario-porquerizas, varios. Coordenadas 232.500 / 506.320 hoja Naranjo. Predios inferiores: Cooperativa Agrícola Industrial Victoria R. L, Álvaro Saborío Céspedes, Virginia Víquez Alfaro, María Ángela Víquez Alfaro. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de enero de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 84917.—(6302).
Expediente Nº 13266P.—Cooperativa Productores Café de San Vito R. L., solicita concesión de: 7 litros por segundo del pozo CÑG-03, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Vito, Coto Brus, Puntarenas, para uso agroindustrial-beneficio de café. Coordenadas 309.450/576.700 hoja Cañas Gordas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de enero de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(6456).
Expediente Nº 6677P.—Sugar Beach Properties LLC S. A., solicita renovación de la concesión de: 0.38 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en Tempate, Santa Cruz, Guanacaste, para uso doméstico-consumo humano, turístico, coordenadas 273.450 / 341.490 hoja Matapalo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de enero del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(7044).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Expediente 4395A.—Edwin López Espinoza, solicita concesión de:
0.03 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de López Castrillo Eladio en Hojancha, Guanacaste, para uso agropecuario-abrevadero y consumo humano-doméstico. Coordenadas 225.300 /382.300 hoja Matambu. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 27 de enero de 2009.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 85082.—(6678).
Expediente 13255A.—Efraín Monge Fallas, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Fallas Robles Mauricio, en Frailes, Desamparados, San José, para uso domestico-consumo humano. Coordenadas 193.300/ 529.750 hoja Caraigres. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de enero de 2009.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe Departamento de Aguas.—Nº 85121.—(6679).
Expediente 964.—Cooperativa de Electrificación Rural Los Santos RL solicita concesión de 3670 litros por segundo del Río Naranjo, efectuando la captación en finca de su propiedad en Santa María, Dota, San José, para uso fuerza hidráulica-generación eléctrica en casa máquinas 1. Coordenadas 393.150 / 469.000 hoja Vueltas.
Caída bruta (metros): 148.71 m
Potencia teórica (Kw.): 5356.96 kw
2620 litros por segundo del Río San Joaquín, más 3670 litros por segundo provenientes del río naranjo mediante trasvase para un total de 6290 litros por segundo efectuando la captación en finca de su propiedad en Santa María, Dota, San José, para uso fuerza hidráulica-generación eléctrica en casa máquinas 2. Coordenadas 393.115 / 466.435 hoja Vueltas.
Caída bruta (metros): 256.83m
Potencia teórica (Kw.): 157847.67 kw
Posteriormente en una tercera casa de máquinas con el caudal del Río Naranjo y Río San Joaquín de 6290 litros por segundo se generará:
Caída bruta (metros): 494.86 m
Potencia teórica (Kw.): 30535.28 kw
No se indican propietarios de terrenos aguas abajo de la toma. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del término de un mes contado a partir de la primera publicación. San José, 22 de enero de 2009.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 85268.—(6680).
Expediente 8807P.—Trinidad Mora Salas, solicita la renovación de la concesión de: 0,10 litros por segundo del pozo NA-547, efectuando la captación en finca de su propiedad en Alfaro, San Ramón, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 231.600 / 481.750 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 6 de enero de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 85279.—(6681).
Expediente Nº 4968P.—Chimba S. A., solicita renovación de la concesión de: 0.10 litros por segundo del pozo AB-1137, efectuando la captación en finca de su propiedad en Uruca, Santa Ana, San José, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 212.500 / 514.500 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 27 de enero del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M Zeledón Calderón, Jefe.—(7099).
Expediente Nº 13267A.—Proyecto Turístico Playa Bonita S.A., solicita concesión de: 0.05 litros por segundo, efectuando la captación en finca de su propiedad en Paquera, Puntarenas, Puntarenas, para uso doméstico consumo-humano. Coordenadas 212.750 / 431.700/hoja Golfo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—Departamento de Aguas.—San José, 26 de enero de 2009.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 85300.—(7220).
DIRECCION NACIONAL DE NOTARIADO
Ante esta Dirección, se ha recibido solicitud del licenciado Alexis Salas Vega, cédula de identidad Nº 1-0670-0575, quien pretende que se le inscriba como notario público. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta del interesado para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 08-001416-624-NO.—San José, 5 de enero del 2009.—Lic. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, Director.—1 vez.—(7843).
Ante esta Dirección se ha recibido solicitud de la licenciada María Isabel Leiva Solano, cédula de identidad 01-0836-0642, carné 17128, quien pretende que se le inscriba y autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta de la interesada para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Exp. Nº 09-000034-0624-NO.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Adolfo Mora Gallardo, Director a. í.—1 vez.—(8311).
Registro Civil - Departamento Civil
OFICINA ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Marjorie Monge Mora, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2263-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas quince minutos del cuatro de noviembre del dos mil ocho. Exp. Nº 27394-08. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Keivin Rodolfo Sanabria Campos... en el sentido que el primer nombre de la persona ahí inscrita y el primer apellido de la madre... son “Kevin” y “Monge” respectivamente, el asiento de nacimiento de Brandon Joel Sanabria Campos... y el asiento de nacimiento de Yuliana Sanabria Campos... en el sentido que el primer apellido de la madre... es “Monge”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(7952).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Liliette Antonia Ramírez Castellón, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2358-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas y veintiséis minutos del veinte de noviembre del dos mil ocho. Ocurso. Exp. N° 28298-2008. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Emanuel Jesús Rodríguez Ramírez..., en el sentido que el nombre de la madre, así como el año de nacimiento del mismo son “Liliette Antonia” y “dos mil dos”, respectivamente y no como se consignaron.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(7990).
R-CO-9-2009.—Contraloría General de la República.—Despacho de la Contralora General.—San José, a las nueve horas del veintiséis de enero del dos mil nueve.
Considerando:
1º—Que los artículos 183 y 184 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, establecen a la Contraloría General de la República como institución auxiliar de la Asamblea Legislativa en la vigilancia de la Hacienda Pública, y que el artículo 12 de su Ley Orgánica, Nº 7428 del 7 de setiembre de 1994, la designa como órgano rector del Sistema de Control y Fiscalización Superiores de la Hacienda Pública que se establece en el artículo 10 de esa misma Ley.
2º—Que en virtud de tal condición, los artículos 12 y 24 de la Ley Nº 7428 mencionada, y el artículo 3º de la Ley General de Control Interno, Nº 8292 del 31 de julio de 2002, confieren a la Contraloría General facultades para emitir disposiciones, normas, políticas y directrices que coadyuven a garantizar la legalidad y eficiencia de los controles internos y del manejo de los fondos públicos (artículo 11 de la Ley Nº 7428).
3º—Que el artículo 4º de la Ley Nº 8292 mencionada, establece la aplicabilidad de principios y normas de control interno a sujetos de derecho privado, que por cualquier título sean custodios y administradores de fondos públicos, y que dadas las características de estos sujetos, es necesario distinguir las regulaciones que deberán observar los sujetos públicos, respecto de las prescritas para los sujetos privados.
4º—Que las entidades y órganos del Sector Público costarricense se caracterizan por su diversidad de actividades y los recursos financieros y humanos que administran, entre otros factores relevantes, que traen consigo la necesidad de establecer regulaciones que tengan en cuenta esas diferencias y que, en todo caso, propicien el cumplimiento de las obligaciones preceptuadas en la Ley General de Control Interno.
5º—Que de conformidad con los artículos 2º, 7º y 10 de la Ley Nº 8292, el jerarca y los titulares subordinados de las instituciones son responsables de establecer, mantener, perfeccionar y evaluar los sistemas de control interno correspondientes, de manera que sean aplicables, completos, razonables, integrados y congruentes con las competencias y atribuciones institucionales, así como ajustados a la normativa que al efecto emita la Contraloría General de la República.
6º—Que el artículo 20 de la Ley Nº 8292 prescribe la existencia de una auditoría interna en todos los entes y órganos sujetos a esa Ley, salvo en aquellos en los cuales la Contraloría General de la República disponga, por vía reglamentaria o disposición singular, que su existencia no se justifica, en atención a criterios tales como presupuesto asignado, volumen de operaciones, nivel de riesgo institucional o tipo de actividad; en tal caso, la Contraloría General de la República ordenará a la institución establecer los métodos de control o de fiscalización que se definan.
7º—Que la dinámica del entorno y el aprendizaje obtenido por las instituciones en la gestión de los sistemas de control interno, hacen necesario disponer de un marco general normativo en esa materia, debidamente actualizado, que permita el establecimiento, mantenimiento, perfeccionamiento y evaluación de esos sistemas, bajo un esquema que posibilite la adaptación a las características y necesidades propias de la organización.
8º—Que en las materias específicas atinentes al control interno reguladas por la Contraloría General de la República, se han dado cambios a las condiciones imperantes al momento de emisión de la normativa correspondiente, lo que amerita la actualización de esta, a fin de promover el logro de sus objetivos y propiciar su observancia por parte de la administración activa, con un enfoque integral desde el punto de vista de control interno y considerando el fortalecimiento de las actividades respectivas.
9º—Que el artículo 2º, inciso i), de la Ley de “Reformas del marco legal que asigna competencias a la Contraloría General de la República en el Régimen Municipal”, Nº 8494 del 30 de marzo de 2006, establece al órgano contralor la responsabilidad de emitir un manual de operaciones para las comisiones de festejos populares, el cual se emitió mediante resolución Nº R-CO-66-2006 del 4 de agosto de 2006. No obstante, a efectos de propiciar la aplicación de un enfoque integral en el desempeño de las actividades relativas a esta materia, y de fortalecer los controles atinentes, es preciso que las corporaciones municipales de conformidad con sus necesidades y características, regulen de manera específica esas actividades.
10.—Que la Contraloría General de la República ha considerado oportuno llevar a cabo un proceso de simplificación, ajuste e integración de los distintos cuerpos normativos que ha emitido en cumplimiento de sus competencias. Por tanto:
RESUELVE:
Artículo 1º—Aprobar y promulgar el documento denominado “Normas de control interno para el Sector Público” (N-2-2009-CO-DFOE). La normativa está estructurada de la siguiente manera:
INTRODUCCIÓN
CAPÍTULO I: NORMAS GENERALES
1.1 Sistema de control interno (SCI)
1.2 Objetivos del SCI
1.3 Características del SCI
1.4 Responsabilidad del jerarca y los titulares subordinados sobre el SCI
1.5 Responsabilidad de los funcionarios sobre el SCI
1.6 Responsabilidad de la auditoría interna sobre el SCI
1.7 Rendición de cuentas sobre el SCI
1.8 Contribución del SCI al gobierno corporativo
1.9 Vinculación del SCI con la calidad
1.10 Aplicación de las normas generales en instituciones de menor tamaño
CAPÍTULO II: NORMAS SOBRE AMBIENTE DE CONTROL
2.1 Ambiente de control
2.2 Compromiso superior
2.3 Fortalecimiento de la ética institucional
2.3.1 Factores formales de la ética institucional
2.3.2 Elementos informales de la ética institucional
2.3.3 Integración de la ética a los sistemas de gestión
2.4 Idoneidad del personal
2.5 Estructura organizativa
2.5.1 Delegación de funciones
2.5.2 Autorización y aprobación
2.5.3 Separación de funciones incompatibles y del procesamiento de transacciones
2.5.4 Rotación de labores
2.6 Ambiente de control en instituciones de menor tamaño
CAPÍTULO III: NORMAS SOBRE VALORACIÓN DEL RIESGO
3.1 Valoración del riesgo
3.2 Sistema específico de valoración del riesgo institucional (SEVRI)
3.3 Vinculación con la planificación institucional
3.4 Valoración del riesgo en instituciones de menor tamaño
CAPÍTULO IV: NORMAS SOBRE ACTIVIDADES DE CONTROL
4.1 Actividades de control
4.2 Requisitos de las actividades de control
4.3 Protección y conservación del patrimonio
4.3.1 Regulaciones para la administración de activos
4.3.2 Custodia de activos
4.3.3 Regulaciones y dispositivos de seguridad
4.4 Exigencia de confiabilidad y oportunidad de la información
4.4.1 Documentación y registro de la gestión institucional
4.4.2 Formularios uniformes
4.4.3 Registros contables y presupuestarios
4.4.4 Libros legales
4.4.5 Verificaciones y conciliaciones periódicas
4.5 Garantía de eficiencia y eficacia de las operaciones
4.5.1 Supervisión constante
4.5.2 Gestión de proyectos
4.5.3 Controles sobre fondos concedidos a sujetos privados
4.5.4 Controles sobre fondos girados a fideicomisos
4.5.5 Control sobre bienes y servicios provenientes de donantes externos
4.6 Cumplimiento del ordenamiento jurídico y técnico
4.6.1 Control sobre la rendición de cauciones
4.6.2 Informe de fin de gestión
4.7 Actividades de control en instituciones de menor tamaño
CAPÍTULO V: NORMAS SOBRE SISTEMAS DE INFORMACIÓN
5.1 Sistemas de información
5.2 Flexibilidad de los sistemas de información
5.3 Armonización de los sistemas de información con los objetivos
5.4 Gestión documental
5.5 Archivo institucional
5.6 Calidad de la información
5.6.1 Confiabilidad
5.6.2 Oportunidad
5.6.3 Utilidad
5.7 Calidad de la comunicación
5.7.1 Canales y medios de comunicación
5.7.2 Destinatarios
5.7.3 Oportunidad
5.7.4 Seguridad
5.8 Control de sistemas de información
5.9 Tecnologías de información
5.10 Sistemas de información en instituciones de menor tamaño
CAPÍTULO VI: NORMAS SOBRE SEGUIMIENTO DEL SCI
6.1 Seguimiento del SCI
6.2 Orientaciones para el seguimiento del SCI
6.3 Actividades de seguimiento del SCI
6.3.1 Seguimiento continuo del SCI
6.3.2 Autoevaluación periódica del SCI
6.4 Acciones para el fortalecimiento del SCI
6.5 Contratación de auditorías externas
6.6 Seguimiento del SCI en instituciones de menor tamaño
ANEXO 1: GLOSARIO
ANEXO 2: NORMATIVA EMITIDA POR LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA EN MATERIA DE CONTROL INTERNO
Artículo 2º—Establecer que las “Normas de control interno para el Sector Público” son de acatamiento obligatorio para la Contraloría General de la República y las instituciones y órganos públicos sujetos a su fiscalización, y que prevalecerán sobre cualquier normativa que otras instituciones emitan en el ejercicio de competencias de control o fiscalización legalmente atribuidas. Asimismo, que su inobservancia generará las responsabilidades que correspondan de conformidad con el marco jurídico que resulte aplicable.
Artículo 3º—Modificar la normativa que se indica a continuación:
a) Para que el punto 2.1 de las “Directrices generales para el establecimiento y funcionamiento del Sistema Específico de Valoración del Riesgo Institucional (SEVRI)” (D-3-2005-CO-DFOE), aprobadas mediante resolución Nº R-CO-64-2005 del 1º de julio de 2005, y publicadas en el Diario Oficial La Gaceta Nº 134 del 12 de julio de 2005, se lean como sigue:
“2.1. Ámbito de aplicación. Toda institución pública deberá establecer y mantener en funcionamiento un Sistema Específico de Valoración del Riesgo Institucional (SEVRI) por áreas, sectores, actividades o tareas, de acuerdo, como mínimo, con lo establecido en estas directrices generales que serán de acatamiento obligatorio. Se exceptúa de su aplicación a las instituciones de menor tamaño, entendidas como aquellas que dispongan de un total de recursos que ascienda a un monto igual o inferior a seiscientas mil unidades de desarrollo y que cuenten con menos de treinta funcionarios, incluyendo al jerarca, los titulares subordinados, y todo su personal, quienes deberán observar lo que al efecto establecen las “Normas de control interno para el sector público”.
b) Para que el artículo 3º de la resolución Nº R-CO-26-2007 del 7 de junio de 2007, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 119 del 21 de junio de 2007, mediante la cual se aprobaron las “Normas técnicas para la gestión y el control de las tecnologías de información”, (N-2-2007-CO-DFOE), se lea como sigue:
“Artículo 3º—Establecer que las “Normas técnicas para la gestión y el control de las tecnologías de información” son de acatamiento obligatorio para la Contraloría General de la República y las instituciones y órganos públicos sujetos a su fiscalización, excluyendo a las instituciones de menor tamaño, entendidas como aquellas que dispongan de un total de recursos que ascienda a un monto igual o inferior a seiscientas mil unidades de desarrollo y que cuenten con menos de treinta funcionarios, incluyendo al jerarca, los titulares subordinados, y todo su personal; y que estas normas prevalecerán…”
c) Para que el punto 1.1. “Ámbito de aplicación” de las “Directrices que deben observar la Contraloría General de la República y las entidades y órganos sujetos a su fiscalización para elaborar la normativa interna relativa a la rendición de garantías o cauciones” (D-1-2007-CO; Resolución Nº R-CO-10-2007, de 19 de marzo de 2007, publicada en La Gaceta Nº 64 del 30 de marzo de 2007), se lea como sigue:
“1.1. Ámbito de aplicación. La presente normativa se aplicará a todos los entes y órganos públicos que integran la Hacienda Pública sujetos a la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, la Ley General de Control Interno y la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República.”
Artículo 4º—Derogar la normativa que se indica a continuación:
• El “Manual de normas de control interno para la Contraloría General de la República y las entidades y órganos sujetos a su fiscalización” (M-1-2002-CO-DDI), publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 105 del 5 de junio de 2002, y modificado mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta” Nº 248 del 24 de diciembre de 2003.
• El “Complemento Nº 1 del Manual sobre normas técnicas de control interno para la Contraloría General de la República y las entidades y órganos sujetos a su fiscalización relativas al control de obras públicas”, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 4 del 7 de enero de 1986.
• El “Manual sobre normas técnicas de control interno relativas al uso, control y mantenimiento de vehículos” de noviembre de 1995, publicado en el Alcance Nº 7 a La Gaceta Nº 24 del 2 de febrero de 1996.
• Las “Directrices para el fortalecimiento del control en la gestión pública” (D-03-2004-CO-DDI), publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 248 del 20 de diciembre de 2004.
• El “Manual de operaciones para las comisiones de festejos populares” (M-1-2006-CO-DFOE), cuya emisión fue informada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta Nº 57 del 16 de agosto de 2006.
Artículo 5º—Informar que esta normativa será distribuida por medio de los mecanismos pertinentes y estará a disposición en el sitio Web de la Contraloría General de la República (www.cgr.go.cr).
Artículo 6º—Informar que la administración activa contará con un período máximo improrrogable de un año a partir de la entrada en vigencia de esta normativa para realizar los ajustes necesarios a fin de incorporarla en su gestión. La autoevaluación anual del sistema de control interno que realice cada institución deberá verificar la implementación efectiva, controlada y sostenida de la normativa. No deberá comunicarse a la Contraloría General la documentación relacionada, salvo que ello sea requerido expresamente.
Artículo 7º—Comunicar que la referida normativa entrará a regir a partir de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial La Gaceta.
Transitorio I.—Durante el período de ajuste para la implementación, establecido en el artículo 6º anterior, se mantendrán en aplicación el “Manual de normas generales de control interno para la Contraloría General de la República y las entidades y órganos sujetos a su fiscalización” y los cuerpos normativos derogados por esta resolución, excepto que de previo al vencimiento de dicho período, la administración activa formalmente dé por implementada esta nueva normativa.
Transitorio II.—Aquellas instituciones cuyo presupuesto sea igual o inferior a seiscientas mil unidades de desarrollo y que, a la fecha de promulgación de esta normativa, cuenten con una auditoría interna, deben mantenerla, sin perjuicio de que soliciten a la Contraloría General la exención correspondiente, según dispone el artículo 20 de la Ley General de Control Interno.
Transitorio III.—Las corporaciones municipales, considerando cada una de las disposiciones contenidas en esta normativa y puesto que los festejos populares constituyen una actividad más respecto de los sistemas de control interno institucionales, deberán adoptar, dentro de los tres meses siguientes a la publicación de estas normas, las regulaciones necesarias de acuerdo con el enfoque de la presente normativa para que las comisiones de festejos populares planifiquen, organicen y administren la realización de los festejos populares de conformidad con el ordenamiento y para los fines procedentes, y para que se garantice que los recursos recaudados se trasladen en forma oportuna a su destinatario último.
Publíquese.—Rocío Aguilar Montoya, Contralora General de la República.—1 vez.—(O. C. Nº 19132).—C-107270.—(8783).
BANCO CENTRAL DE COSTA RICA Y
ÓRGANOS DE DESCONCENTRACIÓN MÁXIMA 1/
PROGRAMA DE ADQUISICIONES PARA EL AÑO 2009
-Cifras en miles de colones-
Órganos de
Banco Central Desconcentración
Descripción de Costa Rica Máxima 2/
01 Servicios 17.403.973,65 3.601.640,07
01-01 Alquileres 619.163,50 1.224.810,37
1-01-01 Alquiler de edificios, locales y terrenos (DESCRIP) 401.268,00 1.167.216,37
1-01-02 Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario 65.991,00 5.302,80
1-01-03 Alquiler de equipo de cómputo 135.667,70 51.763,20
1-01-04 Alquiler y derechos para telecomunicaciones 15.636,80 0,00
1-01-99 Otros alquileres 600,00 528,00
01-02 Servicios Básicos 388.861,19 271.120,44
1-02-01 Servicio de agua y alcantarillado 17.469,60 10.640,00
1-02-02 Servicio de energía eléctrica 206.178,00 127.840,00
1-02-03 Servicio de correo 1.620,00 1.614,80
1-02-04 Servicio de telecomunicaciones 131.249,59 131.000,64
1-02-99 Otros servicios básicos 32.344,00 25,00
01-03 Servicios Comerciales y Financieros 13.315.234,81 276.822,64
1-03-01 Información 74,.661,28 167.469,11
1-03-03 Impresión, encuadernación y otros 12.972.017,26 5.998,60
1-03-04 Transporte de bienes 1.577,50 708,00
1-03-07 Servicios de transferencia electrónica de información 266.978,77 102.646,92
01-04 Servicios de gestión y apoyo 1.870.706,01 1.175.067,92
1-04-01 Servicios médicos y de laboratorio 17.900,00 18.900,00
1-04-02 Servicios jurídicos 101.200,00 76.068,00
1-04-03 Servicios de ingeniería 166.251,09 0,00
1-04-04 Servicios en ciencias económicas y sociales 1.155.945,00 942.310,03
1-04-05 Servicios de desarrollo de sistemas informáticos 33.566,40 78.033,48
1-04-06 Servicios generales 385.063,51 46.123,17
1-04-99 Otros servicios de gestión y apoyo 10.780,00 13.633,25
01-05 Gastos de viaje y de transporte 75.829,08 114.450,14
1-05-01 Transporte dentro del país 5.400,00 66.562,00
1-05-03 Transporte en el exterior 70.429,08 47.888,14
01-06 Seguros, reaseguros y otras obligaciones 206.279,96 47.221,67
1-06-01 Seguros 200.200,00 47.221,67
01-07 Capacitación y protocolo 180.160,00 235.345,87
1-07-01 Actividades de capacitación 154.650,00 204.949,61
1-07-02 Actividades protocolarias y sociales 25.510,00 30.396,26
01-08 Mantenimiento y reparación 947.966,72 251.311,60
1-08-01 Mantenimiento de edificios y locales 550.000,00 125.185,24
1-08-04 Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo de producción 3.000,00 750,00
1-08-05 Mantenimiento y reparación de equipo de transporte 20.000,00 26.710,00
1-08-06 Mantenimiento y reparación de equipo de comunicación 102.228,40 5.266,64
1-08-07 Mantenimiento y reparación de equipo y mobiliario de oficina 7.000,00 17.561,81
1-08-08 Mantenimiento y reparación de equipo de cómputo y sistemas de información 259.258,32 75.247,91
1-08-99 Mantenimiento y reparación de otros equipos 6.480,00 590,00
01-99 Servicios diversos 6.052,34 5.489,42
1-99-05 Deducibles 1.320,00 0,00
1-99-99 Otros servicios no especificados 4.732,34 5.489,42
02 Materiales y Suministros 284.056,60 130.193,12
02-01 Productos químicos y conexos 120.768,00 59.930,88
2-01-01 Combustibles y lubricantes 30.000,00 24.260,00
2-01-02 Productos farmacéuticos y medicinales 4.500,00 413,20
2-01-04 Tintas, pinturas y diluyentes 85.728,00 35.257,68
2-01-99 Otros productos químicos 540,00 0,00
02-02 Alimentos y productos agropecuarios 18.010,00 6.960,05
2-02-03 Alimentos y bebidas 18.010,00 6.960,05
02-03 Materiales y productos de uso en la construcción y mantenimiento 29.397,00 7.389,62
2-03-01 Materiales y productos metálicos 5.946,00 460,00
2-03-02 Materiales y productos minerales y asfálticos 150,00 5,00
2-03-03 Madera y sus derivados 270,00 20,00
2-03-04 Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo 22.221,00 6.884,62
2-03-06 Materiales y productos de plástico 270,00
2-03-99 Otros materiales y productos de uso en la construcción 540,00 20,00
02-04 Herramientas, repuestos y accesorios 10.385,00 6.091,00
2-04-01 Herramientas e instrumentos 1.385,00 321,00
2-04-02 Repuestos y accesorios 9.000,00 5.770,00
02-99 Útiles, materiales y suministros diversos 105.496,60 49.827,57
2-99-01 Útiles y materiales de oficina y cómputo 16.000,00 11.279,61
2-99-02 Útiles y materiales médico, hospitalario y de investigación 1.241,60 440,00
2-99-03 Productos de papel, cartón e impresos 40.000,00 26.856,91
2-99-04 Textiles y vestuario 12.000,00 2.422,00
2-99-05 Útiles y materiales de limpieza 15.000,00 5.907,14
2-99-06 Útiles y materiales de resguardo y seguridad 3.255,00 350,00
2-99-07 Útiles y materiales de cocina y comedor 3.000,00 472,00
2-99-99 Otros útiles, materiales y suministros 15.000,00 2.093,90
05 Bienes Duraderos 3.626.124,95 733.219,39
05-01 Maquinaria, equipo y mobiliario 3.526.124,95 731.219,39
5-01-01 Maquinaria y equipo para la producción 156.900,00 0,00
5-01-02 Equipo de transporte 0,00 11.383,20
5-01-03 Equipo de comunicación 639.937,86 85.052,69
5-01-04 Equipo y mobiliario de oficina 1.010,00 35.074,24
5-01-05 Equipo y programas de cómputo 2.543.323,70 589.978,48
5-01-06 Equipo sanitario, de laboratorio e investigación 143.000,00 5.730,00
5-01-07 Equipo y mobiliario educacional, deportivo y recreativo 21.500,00 1.090,78
5-01-99 Maquinaria y equipo diverso 20.453,40 2.910,00
05-02 Construcciones, adiciones y mejoras 50.000,00 0,00
5-02-01 Edificios 50.000,00 0,00
05-99 Bienes duraderos diversos 50.000,00 2.000,00
5-99-02 Piezas y obras de colección 50.000,00 2.000,00
06 Transferencias corrientes 45.000,00 58.267,53
06-02 Transferencias corrientes a personas 45.000,00 58.267,53
6-02-01 Becas a funcionarios 45.000,00 58.267,53
Total General 21.359.155,20 4.523.320,11
1/ Los recursos presupuestados corresponden a los programas 01, 02, 03 y 04; el procedimiento de contratación inicia en el mes de enero del 2009 y la fuente de financiamiento son los Ingresos Corrientes y Recursos de Emisión.
2/ Incluye: Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (CONASSIF), Superintendecia General de Entidades Financieras (SUGEF), Superintendencia de Pensiones (SUPEN), Superintendencia General de Valores (SUGEVAL) y Superintendencia General de Seguros (SUGESE).
San José, 27 de enero del 2009.—Departamento de Contabilidad.—M.Sc. Rodrigo Madrigal F., Director.—1 vez.—(O. C. Nº 10233).—C-247020.—(7030).
ÁREA DE SALUD DE NICOYA
REGIÓN CHOROTEGA
UNIDAD PROGRAMÁTICA 2535
PROGRAMA DE ADQUISICIONES AÑO 2009
En cumplimiento con lo normado en los artículos 6 de la Ley de Contratación Administración y 7 de su Reglamento, se informa que el Programa de Adquisiciones correspondiente al año 2009, se encuentra publicado en la página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social, enlace “Contratación y otros servicios”. Ver detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr.
Nicoya, 23 de enero del 2009.—Dra. Tannia Sánchez Ávila, Directora.—1 vez.—(7378).
ÁREA DE SALUD ALAJUELA CENTRAL
Se les informa a todos los interesados en general que el Programa Anual de Compras para el año 2009, del Área de Salud Alajuela Central, unidad programática 2281 está publicado en la página Web de la CCSS, para mayor información, ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.
Alajuela, 27 de enero del 2009.—Lic. Yahaira Chaves Vásquez, Administradora a. í.—1 vez.—(7457).
SUCURSAL SEGURO SOCIAL LA CUESTA
UNIDAD PROGRAMÁTICA 1633
PROGRAMA ANUAL DE COMPRAS AÑO 2009
Con base en lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley de Contratación Administrativa, se informa que el Programa de Compras para el año 2009 de la Sucursal Seguro Social La Cuesta, Corredores, Puntarenas, unidad programática 1633, se encuentra a disposición de los interesados en la página oficial de la Caja Costarricense de Seguro Social en la dirección electrónica: https//www.ccss.sa.cr.
Corredores, La Cuesta, 21 de enero del 2009.—Edgar Roberto Lee Morera, Administrador.—1 vez.—(7948).
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
PLAN DE ADQUISICIONES 2009
El Departamento de Recursos Materiales y Servicios de la Municipalidad del Cantón Central de San José, con el fin de cumplir con lo señalado en el artículo 7 del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa, informa a todos los potenciales proveedores que deseen prestar servicios u ofrecer bienes; para el desarrollo de las actividades de Fin de Año (Festejos Populares); del siguiente Plan de Adquisiciones.
DESCRIPCIÓN |
MONTO ¢ |
PROGRAMA |
ADQUISICION DE AIRE ACONDICIONADO |
90.000.000,00 |
II |
ADQUISICION DE CAMION |
25.000.000,00 |
II |
ADQUISICION DE CHALECOS ANTIBALAS |
12.000.000,00 |
II |
ADQUISICION DE COMPUTADORAS |
43.000.000,00 |
I, II y III |
ADQUISICION DE CONCRETO LEY 7600 |
41.000.000,00 |
III |
ADQUISICION DE CONCRETO, MORTERO Y CEMENTO GRIS |
41.000.000,00 |
II y III |
ADQUISICION DE FLANGER, TAPAS, REJILLAS Y SUS MARCOS |
7.000.000,00 |
II |
ADQUISICION DE IMPRESORAS |
17.533.750,00 |
I y II |
ADQUISICION DE IMPRESORAS BRAILE |
18.000.000,00 |
II |
ADQUISICION DE LAVADORA Y SECADORA |
27.000.000,00 |
II |
ADQUISICION DE LLANTAS |
98.400.000,00 |
I y II |
ADQUISICION DE MICROCOMPUTADORAS |
35.000.000,00 |
I y II |
ADQUISICION DE MOTOCICLETAS |
20.000.000,00 |
II |
ADQUISICION DE SEMILLAS |
12.347.500,00 |
II |
ADQUISICION DE SERVIDORES |
51.000.000,00 |
I |
ADQUISICION DE SISTEMAS DE ALARMAS |
200.000.000,00 |
II |
ADQUISICION DE TUBERÍAS Y FIGURAS EN PVC |
18.000.000,00 |
II y III |
ADQUISICION DE UN SOFTWARE PARA AUDITORIA |
11.000.000,00 |
I |
AGREGADOS |
1.022.816.170,00 |
II y III |
ALQUILER DE CONTENEDORES |
20.000.000,00 |
II |
ALQUILER DE RECOLECTORES (8824 HORAS) |
150.000.000,00 |
II |
ALQUILER DE VAGONETAS |
20.400.000,00 |
II |
ARTÍCULOS FERRETEROS |
44.696.909,35 |
II |
BOLSAS PLÁSTICAS |
58.450.000,00 |
II |
BOTAS DE HULE |
15.829.375,00 |
I y II |
CALZADO |
93.623.300,00 |
I y II |
CAPAS |
576.000,00 |
I y II |
CARRETILLOS |
1.050.000,00 |
II |
CARTUCHOS Y CINTAS |
53.865.828,00 |
I, II y III |
COMPRA CAMIONES RECOLECTORES |
550.000.000,00 |
II |
COMPRA DE VEHÍCULOS |
61.000.000,00 |
II |
COMPRA E INSTALACIÓN DE PLANTA ELÉCTRICA |
25.000.000,00 |
II |
CONSTRUCCIÓN DE ACERAS LEY 7600 HATILLO-SAN SEBASTIÁN. |
15.116.565,00 |
III |
CONSTRUCCIÓN DE AULAS |
20.000.000,00 |
III |
CONSTRUCCIÓN DE SENDEROS ASFALTO; PARQUE LIBERTAD |
19.000.000,00 |
III |
CONSTRUCCIÓN SISTEMA RED PLUVIAL PARQUE LIBERTAD |
32.000.000,00 |
III |
CONSTRUCCIÓN MEJORAS BIBLIOTECA ISIDRO DÍAZ |
33.130.731,55 |
III |
CONSTRUCCIÓN MEJORAS BIBLIOTECA RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA |
15.000.000,00 |
III |
CONSTRUCCIÓN PUENTE PEATONAL |
32.000.000,00 |
III |
CONSTRUCCIÓN SISTEMA ELÉCTRICO MERCADO CENTRAL |
366.000.000,00 |
III |
CONSTRUCCIÓN, SUMINISTRO Y COLOCACIÓN 750 TN MEZCLA ASFÁLTICA |
50.000.000,00 |
III |
CONSULTORIA BASE DATOS |
24.750.000,00 |
I |
DEMOLICIÓN LOSAS DE CONCRETO |
1.518.050,00 |
III |
ELECTRODOMÉSTICOS |
5.930.190,00 |
I y II |
EQUIPO DE COMUNICACIÓN |
42.032.000,00 |
I y II |
EQUIPO DE OFICINA |
4.790.600,00 |
I y II |
EQUIPO DE PODA Y CORTA |
59.429.395,00 |
II |
EQUIPO RESGUARDO POLICIAL |
10.550.000,00 |
II |
FERTILIZANTES |
14.897.400,00 |
II |
FORMULAS CONTINUAS |
16.395.750,00 |
I y II |
HERRAMIENTAS VARIAS |
13.038.725,00 |
II |
HIDRANTES Y REPUESTOS |
11.170.000,00 |
II |
IMPLEMENTACIÓN DE UNA SOLUCIÓN PARA LA GESTIÓN DE SERVICIOS INFORMÁTICOS BASADA EN MESAS DE AYUDA. |
25.000.000,00 |
I |
IMPLEMENTOS DE SEGURIDAD |
120.283.215,00 |
I y II |
LICENCIAMIENTO CORPORATIVO |
$377,917,52 |
I |
LUBRICANTES |
54.297.812,50 |
II |
MADERAS |
18.140.150,00 |
II y III |
MATERIALES DE LIMPIEZA |
43.094.218,00 |
I y II |
MATERIALES ELÉCTRICOS |
25.311.187,50 |
II y III |
MEDICAMENTOS |
16.910.756,00 |
I y II |
MEZCLA ASFÁLTICA |
470.665.000,00 |
II |
MOBILIARIO DE OFICINA |
28.221.420,00 |
I y II |
PINTURAS |
23.902.135,00 |
II y III |
PISCINA EN PAVAS |
100.000.000,00 |
III |
PRODUCTOS DE CONCRETO |
5.745.400,00 |
II y III |
PRODUCTOS DE PAPEL |
56.115.069,00 |
I y II |
PRODUCTOS METÁLICOS |
166.674.006,57 |
II y III |
REMODELACIÓN PLANTA BAJA DEL EDIFICIO JOSÉ FIGUERES |
147.000.000,00 |
II |
REPUESTOS DE CORTADORAS |
21.109.651,00 |
II |
SERVICIO DE FOTOCOPIADO |
10.000.000,00 |
I |
SERVICIO DE RECAUCHE DE LLANTAS |
12.000.000,00 |
II |
SERVICIO DE RESTAURACIÓN Y SELLADO DEL TEMPLO LA MÚSICA |
12.522.534,00 |
II |
SERVICIOS DE SOLUCIÓN DE NEGOCIOS |
83.000.000,00 |
I |
SERVICIOS SOPORTE PREMIER FLEX |
85.000.000,00 |
II |
SISTEMA AUTO MERCADO MAYOREO COBRO PISOS |
12.000.000,00 |
II |
SISTEMA DE CONSULTORIA PROYECTO INTEGRACIÓN DATOS |
24.750.000,00 |
I |
SISTEMA DE ILUMINACIÓN SOLAR PARQUE LIBERTAD |
52.500.000,00 |
II |
SISTEMA PREVENTIVO DE CASA MAQUINAS DEL MERCADO CENTRAL |
18.600.000,00 |
II |
SUMINISTROS DE OFICINA |
8.765.900,00 |
I y II |
TUBERÍA PLÁSTICA |
33.832.830,00 |
II y III |
UNIFORMES |
276.331.665,00 |
I y II |
San José, 29 de enero del 2009.—Departamento de Comunicaciones.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—(Solicitud Nº 4149).—C-112270.—(7506).
MUNICIPALIDAD DE UPALA
PLAN DE ACCIONES PARA EL AÑO 2009
EN LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS
NOMBRE DE CUENTA |
PRESUPUESTO ORDINARIO |
|
SERVICIOS |
¢ 66.319.431,49 |
|
MATERIALES Y SUMINISTROS |
¢ 102.109.579,88 |
|
BIENES DURADEROS |
¢ 288.650.000,00 |
|
BIENES DURADEROS |
||
Materiales y productos minerales y asfálticos |
¢ 15.000.000,00 |
|
C2-13 –A015 Ent. C.028 (Guacalito) – Pata Gallo Ent. C.014 (Colegio Canalete) |
¢ 10.000.000,00 |
|
C2-13-A094 Ent. N. 4 Upala (Campo de aterrizaje) Ent. N. 6 (Canalete)- (Puente Río Zapote) |
¢ 10.000.000,00 |
|
C2-13-A052 Ent. N. 164 (Armenias, puesto salud) Ent. N. 732 (Santa Adela, escuela) |
¢ 15.000.000,00 |
|
C2-13-A198 calles cuadrantes - Armenias |
¢ 5.000.000,00 |
|
C2-13-A104 Ent. N. 138 (San Martín) – Tijos Ent. C. 103 (Los Jazmines |
¢ 10.000.000,00 |
|
C2-13-030 Ent N. 4 (Colonia Puntarenas)- Santa Rosa -Ent. N. 6 ( El Salto ) |
¢ 10.000.000,00 |
|
C2-13-A199 Ent. N. 4 Colegio Upala – Fin de camino -Sector Fonseca |
¢ 10.000.000,00 |
|
C2-13-A200 Ent.C. 097 Cooperativa – Sector Murillo |
¢ 7.000.000,00 |
|
C2-13-A201 Ent.014 (Guacalito)–Ent. N.164 (Las Milpas- La Danta) |
¢ 7.000.000,00 |
|
C2-13-A079 Ent. C. 004 (Cuatro Bocas) - Chacalín Ent. C. 008 (Caño Blanco) |
¢ 20.000.000,00 |
|
C2-13-A076 Ent. C. 009 (Cartago Sur) Ent. N. 732- Colonia Evangélica- Santa Adela |
¢ 10.000.000,00 |
|
C2-13-A010 Ent. N. 4 (Santa Lucía) Ent. N. 735. (San José, Upala Cementerio) |
¢ 8.000.000,00 |
|
C2-13-A197 Ent. N. 4 (Finca Toño Rodríguez) - Fin de camino La Unión. |
¢ 10.000.000,00 |
|
C2-13-Ent. C. 065 (Quebrada Pizotillo ) – Fin de camino (Escuela Pizotillo) |
¢ 7.000.000,00 |
|
C2-13- A173 Ent. N. 4. (El Macho)- La Rejolla |
¢ 10.000.000,00 |
|
C2-13 A050 Ent. N.6 (El Areno) – San Miguel - Los Chorros – Pilón (Río Celeste, Límite Cantonal Upala-Guatuso |
¢ 20.000.000,00 |
|
C2-13-A036 Calles Urbanas (cuadrantes) Bijagua |
¢ 25.000.000,00 |
|
C2-13 A061 Ent. C.060 (Pavas) – La California |
¢ 15.000.000,00 |
|
C2-13-A062 Ent. C.061 (California) Ent. C.060 (La Puebla, México, Upala) |
¢ 10.000.000,00 |
|
C2-13-A068 Ent. N 728 (Delicias)- La Cruz- Limite Internacional |
¢ 10.000.000,00 |
|
C2-13-A204 Cuadrantes El Socorro |
¢ 10.000.000,00 |
|
C2-13-A018 Ent. N. 138 (San Gabriel) - San Jorge (Antiguo campo de aterrizaje) |
¢ 10.000.000,00 |
|
C2-13 A007 Ent. 917 (El Encanto) Asent. La Jabalina- Asent. San Luis- Ent. N. 917 (La Palmitera) |
¢ 10.000.000,00 |
|
C2-13-A164 Ent. N. 4. (La América)- Fin de camino (cuadrantes) |
¢ 10.000.000,00 |
|
C2-13-A202 Cuadrantes Brasilia |
¢ 10.000.000,00 |
|
Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario |
¢ 10.308.960,00 |
|
Upala, 28 de enero del 2009.—Departamento de Proveeduría.—Elyin Shión Molina.—1 vez.—(7487).
MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUÍ
PLAN ANUAL DE BIENES Y SERVICIOS (Detallado)
PRESUPUESTO ORDINARIO 2009
(Según publicación en La Gaceta Nº 11 del viernes 16 de enero del 2009)
De conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la ley de Contratación Administrativa y artículo 7 del Reglamento de Contratación Administrativa, se da a conocer el programa de adquisiciones para el período 2009.
|
PROGRAMA I |
|
Administración |
|
|
Servicios |
Monto presupuestado ¢ |
Período ejecución |
Alquileres |
1.300.000.00 |
Enero a Dic - |
Servicios Básicos |
10.659.000,00 |
Enero a Dic - |
Servicios Comerciales y Financieros |
13.102.500.00 |
Enero a Dic - |
Servicios de Gestión y Apoyo |
36.955.400.00 |
Enero a Dic - |
Gastos de viaje y transporte |
17.810.500.00 |
Enero a Dic - |
Seguros, reaseguros y otras obligaciones |
7.198.364,40 |
Enero a Dic - |
Capacitación y protocolo |
11.047.000.00 |
Enero a Dic - |
Mantenimiento y reparación |
7.270.800.00 |
Enero a Dic - |
TOTAL |
105.343.564.00 |
|
MATERIALES Y SUMINISTROS |
|
|
Productos químicos y conexos |
19.680.403.00 |
Enero a Dic - |
Alimentos y productos agropecuarios |
1.220.000.00 |
Enero a Dic - |
Materiales y productos de uso en la construcción y mantenimiento |
1.067.000.00 |
Enero a Dic - |
Herramientas, repuestos y accesorios |
3.634,500,00 |
Enero a Dic - |
Útiles, materiales y suministros diversos |
11.455.968.00 |
Enero a Dic - |
TOTAL |
37.057.871.00 |
|
BIENES DURADEROS |
|
|
Maquinaria, equipo y mobiliario. |
84.774.400.00 |
Enero a Dic |
TOTAL |
84.774.400.00 |
|
|
PROGRAMA II |
|
SERVICIOS |
|
|
Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario |
12.366.976,20 |
Enero a Dic |
Gastos de viaje y de transporte |
560.000.00 |
Enero a Dic |
Servicios comerciales y financieros |
259.600,00 |
Enero a Dic |
Servicios de gestión y apoyo |
101.500,00 |
Enero a Dic |
Seguros, reaseguros y otras obligaciones |
3.642.756,00 |
Enero a Dic |
Capacitación y protocolo |
23.480.020,00 |
Enero a Dic |
Mantenimiento y reparación |
12.600.000,00 |
Enero a Dic |
Impuestos |
400.000.00 |
Enero a Dic |
TOTAL |
53.410.852,20 |
|
MATERIALES Y SUMINISTROS |
|
|
Productos químicos y conexos |
10.630.000,00 |
Enero a Dic |
Materiales y productos de uso de la construcción y mantenimiento |
24.453.708,80 |
Enero a Dic |
Herramientas, repuestos y accesorios |
10.500.000,00 |
Enero a Dic |
Útiles, materiales y suministros diversos |
3.677.383,00 |
Enero a Dic |
TOTAL |
49.261.091,80 |
|
BIENES DURADEROS |
|
|
Maquinaria, equipo y mobiliario |
45.000,00 |
Enero a Dic |
TOTAL |
102.716.944,00 |
|
|
PROGRAMA III |
|
SERVICIOS |
|
|
Alquileres |
19.594.000,00 |
Enero a Dic |
Servicios de gestión y apoyo |
8.408.768,00 |
Enero a Dic |
Gastos de viaje y de transporte |
822.000,00 |
Enero a Dic |
Seguros, reaseguros y otras obligaciones |
6.778.040,05 |
Enero a Dic |
Mantenimiento y reparación |
76.980.500,00 |
Enero a Dic |
Impuestos |
577.295.00 |
|
TOTAL |
113.160.603.10 |
|
MATERIALES Y SUMINISTROS |
|
|
Productos, químicos y conexos |
100.457.400,00 |
Enero a Dic |
Materiales y productos de uso de la construcción y mantenimiento |
99.832.327,82 |
Enero a Dic |
Herramientas, repuestos y accesorios |
60.007.500,00 |
Enero a Dic |
Útiles, materiales y suministros diversos |
483.690,00 |
Enero a Dic |
TOTAL |
260.780.917,80 |
|
BIENES DURADEROS |
|
|
Maquinaria, equipo y mobiliario |
18.960.000,00 |
Enero a Dic |
Construcciones, adiciones y mejoras |
121.100.806.00 |
Enero a Dic |
TOTAL |
140.060.806,00 |
|
Andrés Hernández Arguedas, Proveedor Municipal.—1 vez.—(8669).
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE ORO
PROGRAMA DE ADQUISICIÓN DE BIENES
Y SERVICIOS PARA EL PERIODO 2009
En cumplimiento con lo establecido en el artículo 6, de la Ley de Contratación Administrativa y en el artículo 7º, de su Reglamento, se hace de conocimiento público, el Programa de Adquisición de Bienes y Servicios proyectado para el periodo de ejecución 2009:
Partidas Monto
1 Servicios 120.075.629,31
2 Materiales y suministros 166.582.100,34
5 bienes duraderos 25.039.020,00
Total 311.696.749,65
Álvaro Jiménez Cruz, Alcalde Municipal.—1 vez.—(7984).
FONDO NACIONAL DE BECAS
I MODIFICACIÓN AL PLAN DE COMPRAS 2009
Las partidas que deben ser modificadas, ya sea por aumento o disminución de disponibilidad, son las siguientes:
Aumentos /
Nº Partida disminuciones
1 SERVICIOS
1.01 ALQUILERES
1.01.01 Alquiler de edificios, locales y terrenos (7.200.000,00)
1.02 SERVICIOS BÁSICOS (2.168.000,00)
1.02.01 Servicio de agua y alcantarillado (300.000,00)
1.02.02 Servicio de energía eléctrica (650.000,00)
1.02.04 Servicio de telecomunicaciones (650.000,00)
1.03 SERVICIOS COMERCIALES Y
FINANCIEROS
1.03.01 Información 8.800.000,00
Modificación al Plan de Compras 2009, del FONABE según los ajustes al presupuesto ordinario y plan operativo institucional mediante el Acuerdo 005 aprobado en la sesión Nº 1 del 27 de enero de los corrientes por la junta directa del FONABE.
Las demás subpartida no sufrieron ninguna modificación.
Dirección Ejecutiva.—Ing. Javier González Fernández, Director Ejecutivo.—1 vez.—(Solicitud Nº 27203).—C-18520.—(8679).
MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUÍ
PLAN ANUAL DE BIENES Y SERVICIOS (detallado)
PRESUPUESTO ORDINARIO 2009
(Según publicación en La Gaceta Nº 11 del viernes 16 de enero del 2009).
Fuentes de Financiamiento
Programa I: Administración General
Fuentes de financiamiento: recursos propios, recursos específicos.
Programa II: Servicios Municipales
Fuente de financiamiento: recursos propios, transferencias.
Programa III: Inversiones
Fuente de financiamiento: recursos Ley Nº 8114, Ley Nº 7313, recursos propios, transferencias.
Proveeduría Municipal.—Andrés Hernández Arguedas, Proveedor Municipal.—1 vez.—(8671).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-78300
Compra y suministro de gas para los centros penitenciarios
La Proveeduría Institucional del Ministerio de Justicia recibirá ofertas hasta las nueve horas del día 3 de marzo del 2009, para la licitación supracitada.
El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema Comprared en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet, a partir de esta notificación, o podrá obtenerlo en la Proveeduría del Ministerio de Justicia, ubicada en San José, 50 mts. al norte de la Clínica Bíblica, frente al Centro Educativo Marcelino García Flamenco, calle 1, ave: 12 y 14.
San José, 2 de febrero del 2009.—Proveeduría Institucional.—Lic. Manuel Fernández Rodríguez, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 16634).—C-10520.—(8724).
COMPRA DIRECTA N° 2009CD-000001-CONICIT
Compra de unidades de memoria
Flash USB (Llaves maya)
El Consejo Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas, por medio de la Unidad de Recursos Materiales y Servicios, invita a participar en el concurso arriba indicado. El límite para la recepción de las ofertas será hasta las 11:00 horas del día 13 de febrero del 2009, de conformidad con las condiciones solicitadas.
El cartel puede ser descargado vía Web en: http://www.conicit.go.cr/noticias/llaves-USB.html; así mismo pueden solicitarlo por correo electrónico a la dirección: aarce@conicit.go.cr, o bien pueden retirarlo en nuestras oficinas, sita: Zapote, 100 metros este de la Rotonda de las Garantías Sociales (frente a Radiomensajes). Para información adicional, comunicarse al teléfono 224-4172, extensión 113; fax 225-2673.
Bach. Alejandro Arce Camacho, Coord. Unidad de Recursos Materiales y Servicios.—1 vez.—(8770).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2009LN-000001-PROV
(Aviso de aperturas)
Compra de automotores de varios tipos, incluye grúa
Se invita a todos los potenciales proveedores a presentar oferta en el procedimiento de referencia, los carteles están disponibles a partir de esta publicación, sin costo alguno, en la secretaría del Departamento de Proveeduría, sita en el tercer piso del edificio Anexo B, diagonal a la esquina noroeste de los Tribunales de Justicia del I Circuito Judicial de San José; o bien, obtenerlo a través de internet, en la dirección http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico.
Licitación Pública N° 2009LN-000001-PROV compra de automotores de varios tipos, incluye grúa, el plazo para presentar ofertas vence el día 6 de marzo de 2009 a las 10:00 horas, momento en el cual se procederá con la apertura correspondiente. (ivalverde@poder-judicial.go.cr).
San José, 3 de febrero del 2009.—Lic. Ana I. Olivares Leitón, Jefa a. í., Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—(8725).
HOSPITAL MÉXICO
ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-0000011-2104
Por la adquisición de Irinotecan 100 miligramos frasco ampolla
Se comunica: fecha de apertura el jueves 05 de marzo del 2009 a las 9:00 horas.
Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr
————
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000012-2104
Por la adquisición de expansores titulares rectangulares,
redondos e implantes mamarios
Se comunica: fecha de apertura el jueves 05 de marzo del 2009 a las 10:00 horas.
Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr
————
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000013-2104
Por la adquisición de protector mariposa 6x8 cm, protector
mariposa 9x11 cm, crema barrera, gel relleno, película
protectora, apósito protección sacra, Alginato de Calcio
Se comunica: fecha de apertura el jueves 05 de marzo del 2009 a las 11:00 horas.
Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr
————
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000014-2104
Por la adquisición de duodenofibroscopio con sistema de video
Se comunica: fecha de apertura el jueves 05 de marzo del 2009 a las 13:00 horas.
Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr
San José, 29 de enero del 2009.—Subárea de Adquisiciones.—Bach. Jacqueline Villalobos Hernández, Jefa.—1 vez.—(8664).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000004-PROV
Adquisición de unidad de cementación de pozos geotérmicos
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del 5 de marzo del 2009, en la Proveeduría de este Instituto, sita 400 metros norte de la esquina este del edificio Central, para el suministro de lo siguiente:
Requerimiento
Adquisición de unidad de cementación de pozos geotérmicos.
Las condiciones particulares y especificaciones técnicas podrán adquirirse por medio de fotocopia cancelando el costo de la misma en la Proveeduría de este Instituto, o accesando nuestra dirección electrónica: https://www.grupoice.com/PEL
Las condiciones generales deben de ser consultadas en el cartel tipo, el cual puede adquirirse por los mismos medios indicados en el párrafo anterior.
San José, 03 de febrero del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Marita Arias Herrera, Coordinadora de Licitaciones.—1 vez.—(Nº O. C. 342050).—C-10900.—(8761).
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2009CD-000001-01
Contratación de servicios de auditoría externa para analizar
los procesos de adquisición de fincas adjudicación, titulación
y control agrario de los asentamientos, en el período
comprendido entre 1997 al 2007
Las ofertas deben de presentarse hasta las 10:00 horas, del día 18 febrero del 2009 en la Oficina de Licitaciones, edificio módulo B, planta alta, oficinas centrales del IDA, ubicadas en San José, San Vicente de Moravia, de donde estaba el Colegio Lincoln 200 metros al oeste, 100 metros al sur y 250 metros al oeste. El costo del cartel es de ¢ 1.000.00 (mil colones netos), y puede retirarse en la misma dirección en la Oficina de Licitaciones, o bien en el Área de Contratación y Suministros, ubicado la planta baja el mismo módulo B.
Área Contratación y Suministros.—Rafael Fernández Bolaños, Jefe.—1 vez.—(8657).
MUNICIPALIDAD DE CORREDORES
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2009LN-000001DPMC
Compra de dos (02) vehículos recolectores de
desechos sólidos totalmente nuevos
La Municipalidad de Corredores, invita a las empresas distribuidoras de equipo pesado (recolectores de desechos sólidos) a participar en la Licitación Pública N° 2009LN-000001DPMC “Compra de dos (02) vehículos recolectores de desechos sólidos totalmente nuevos”. La fecha límite para el recibo de ofertas serán las catorce (14) horas del 5 de marzo del 2009. El cartel respectivo está disponible en el Departamento de Proveeduría de la Municipalidad. Para mayor información, solicitarla a los teléfonos 2783-3939, 2783-3964, ext. 106.
Ciudad Neily, 30 de enero del 2009.—Gerardo Ramírez Barquero, Alcalde Municipal.—1 vez.—(8697).
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2009LN-000002DPMC
Modernización de la infraestructura de Comando
Sur, construcción de módulos de dormitorios
y sala de capacitación
La Municipalidad de Corredores, invita a las empresas constructoras a participar en la Licitación Pública N° 2009LN-000002DPMC “Modernización de la infraestructura de Comando Sur, construcción de módulos de dormitorios y sala de capacitación”. La fecha límite para el recibo de ofertas serán las catorce (14) horas del 6 de marzo del 2009. Los carteles y planos respectivos están disponibles en el Departamento de Proveeduría de la Municipalidad. Para mayor información, solicitarla a los teléfonos 2783-3939, 2783-3964, ext. 106.
Ciudad Neily, 30 de enero del 2009.—Gerardo Ramírez Barquero, Alcalde Municipal.—1 vez.—(8698).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO
ELÉCTRICO MUNICIPAL DE CARTAGO
PROCESO CONTRATAR BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2009LN-000001-03
Adquisición de equipo electromecánico para
el Proyecto Hidroeléctrico Toro III
La Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago por medio del Área de Contratar Bienes y Servicios de la Unidad Ejecutora invita a concursar dentro de la Licitación Pública Nacional N° 2009LN-000001-03 denominada Adquisición del Equipo Electromecánico para el Proyecto Hidroeléctrico Toro III (Dos (2) Turbinas tipo Francis con potencia nominal de referencia 24 MW y Dos (2) Generadores de potencia nominal de referencia 29.7 MVA). Los interesados podrán obtener el cartel de la licitación accesando la página Web de JASEC, http/www.jasec.co.cr carteles prov unidad ejecutora/lic.Pública.html. Las ofertas se recibirán hasta las 10:00 a. m. del día 22 de abril del 2009. Vencido este plazo no se recibirán más ofertas y se procederá inmediatamente con la apertura de las que se hubieren presentado. Solo se recibirán ofertas en las instalaciones la Unidad Ejecutora, ubicadas en el segundo piso del Edificio de JASEC situado en Cartago, 200 metros sur y 200 metros este de los Tribunales de Justicia. Las ofertas que fueran presentadas en un lugar distinto al señalado, serán declaradas inadmisibles.
Cartago, 3 de febrero del 2009.—Área Contratar Bienes y Servicios.—Lic. Rodolfo Molina Rivera, Unidad Ejecutora.—1 vez.—(Solicitud Nº 19482).—C-17270.—(8726).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000018-32700
Compra maquinaria pesada
Se avisa a todos los interesados en esta licitación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, que por Resolución de Readjudicación Nº 0002-2009 de licitación pública Nº 2008LN-000018-32700 de las 15:00 horas del día 16 de enero del 2009, se readjudica de la siguiente manera:
Oferta 1.—Maquinaria y Tractores Ltda. (MATRA), cédula jurídica Nº 3-102-004255.
POSICIÓN: 2
Monto total adjudicado: $932.175,00 (novecientos treinta y dos mil ciento setenta y cinco dólares exactos)
Tiempo de entrega: siete días hábiles, desglosados de la siguiente manera: un día hábil contado a partir del recibo del pedido de compra para entrega de los documentos de exoneración y seis días hábiles contados a partir de la entrega por parte del MOPT de las exoneraciones realizadas, para la entrega de las compactadoras.
San José, 20 de enero del 2009.—Proveeduría Institucional.—MSc. Heidy Román Ovares, Proveedora Institucional a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 12010).—C-12770.—(8680).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000379-78300
Compra de textiles y vestuarios
Programas 78300-77900
Se avisa a todos los interesados en esta contratación, que mediante Resolución de Adjudicación Nº 327-2008 de las 09:00 horas del 20 de enero del presente año y la normativa vigente artículo 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se adjudica de la siguiente manera:
PROURSA, cédula jurídica Nº 3-101-013498.—(Oferta 1).
Ítems adjudicados: 16 y 17
Garantía: Seis meses, contados a partir del recibo a satisfacción de los bienes, contra defectos de fabricación o mal funcionamiento en condiciones normales de uso, almacenamiento y manipulación.
Plazo de entrega: Veinte días hábiles, a partir de la notificación de la disposición de la orden de pedido.
Lugar de entrega: Almacén Central, antiguas bodegas de Fertica, Barrio Cristo Rey, San José.
Responsable de la recepción definitiva: Jefe de Almacén Central o a quien designe en su lugar para el recibo de la mercadería.
Monto total adjudicado: ¢117.525,00 (ciento diecisiete mil quinientos veinticinco colones exactos).
Distribuidora Ego S. A., cédula jurídica Nº 3-101-156876.—(Oferta 2)
Ítems adjudicados: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 12, 20 y 21
Garantía: Doce meses, contados a partir del recibo a satisfacción de los bienes, contra defectos de fabricación o mal funcionamiento en condiciones normales de uso, almacenamiento y manipulación. Los productos tendrán una caducidad no menor a un año al momento de su entrega en el Almacén.
Plazo de entrega: Veintidós días hábiles, a partir de la notificación de la disposición de la orden de pedido.
Lugar de entrega: Almacén Central, antiguas bodegas de Fertica, Barrio Cristo Rey, San José.
Responsable de la recepción definitiva: Jefe de Almacén Central o a quien designe en su lugar para el recibo de la mercadería.
Monto total adjudicado: $2.129,61 (dos mil ciento veintinueve dólares con sesenta y un centavos).
Incensa, cédula jurídica Nº 3-101-114236.—(Oferta 3)
Ítem adjudicado: 13.
Garantía: Seis meses, contados a partir del recibo a satisfacción de los bienes, contra defectos de fabricación o mal funcionamiento en condiciones normales de uso, almacenamiento y manipulación.
Plazo de entrega: Tres días hábiles, a partir de la notificación de la disposición de la orden de pedido.
Lugar de entrega: Almacén Central, antiguas bodegas de Fertica, Barrio Cristo Rey, San José.
Responsable de la recepción definitiva: Jefe de Almacén Central o a quien designe en su lugar para el recibo de la mercadería.
Monto total adjudicado: ¢38.190,00 (treinta y ocho mil ciento noventa colones exactos).
Nelson Armando Carazo Guillén, cédula física Nº 8-039-701.—(Oferta 5)
Ítems adjudicados: 11 y 29.
Garantía: Veinticuatro meses, contados a partir del recibo a satisfacción de los bienes, contra defectos de fabricación o mal funcionamiento en condiciones normales de uso, almacenamiento y manipulación, con un tiempo de reposición de material dañado de cinco días hábiles.
Plazo de entrega: Veinte días hábiles, a partir de la notificación de la disposición de la orden de pedido.
Lugar de entrega: Almacén Central, antiguas bodegas de Fertica, Barrio Cristo Rey, San José.
Responsable de la recepción provisional:
Para el ítem 29, Director de la Policía Penitenciaria o a quien designe en su lugar, para el recibo de la mercadería, el cual contara con veintidós días hábiles para realizar la revisión de los productos, de acuerdo a las condiciones del cartel.
Responsable de la recepción definitiva:
Para el ítem 11, Jefe de Almacén Central o a quien designe en su lugar para el recibo de la mercadería.
Para el ítem 29, Lic. Guillermo Ugalde Víquez, Director Policía Penitenciaria y Jefe de Almacén Central o a quien designe en su lugar para el recibo de la mercadería.
Monto total adjudicado: ¢3.156.500,00 (tres millones ciento cincuenta y seis mil quinientos colones exactos).
Hijos de Heriberto Hidalgo Ltda., cédula jurídica Nº 3-102-007759.—(Oferta 7)
Ítems adjudicados: 15, 19, 22, 23, 24, 26 y 27.
Garantía:
Del ítem 15, 19, 22 y 23, seis meses contados a partir del recibo a satisfacción de los bienes, contra defectos de fabricación o mal funcionamiento en condiciones normales de uso, almacenamiento y manipulación.
Del ítem 24, 26 y 27, treinta y siete meses contados a partir del recibo a satisfacción de los bienes, contra defectos de fabricación o mal funcionamiento en condiciones normales de uso, almacenamiento y manipulación.
Plazo de entrega:
Para los ítems del 15, 19, 22 y 23, veintidós días hábiles, a partir de la notificación de la disposición de la orden de pedido.
Para los ítems 24, 26 y 27, quince días hábiles, a partir de la notificación de la disposición de la orden de pedido.
Lugar de entrega: Almacén Central, antiguas bodegas de Fertica, Barrio Cristo Rey, San José.
Responsable de la recepción definitiva: Jefe de Almacén Central o a quien designe en su lugar para el recibo de la mercadería.
Monto total adjudicado: $8.327,17 (ocho mil trescientos veintisiete dólares con diecisiete centavos).
Yima de Centroamérica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-143949.—(Oferta 8).
Ítems adjudicados: 14 y 25.
Garantía:
Para el ítem 14, veinticuatro meses, contados a partir del recibo a satisfacción de los bienes, contra defectos de fabricación o mal funcionamiento en condiciones normales de uso, almacenamiento y manipulación.
Para el ítem 25, treinta y seis meses, contados a partir del recibo a satisfacción de los bienes, contra defectos de fabricación o mal funcionamiento en condiciones normales de uso, almacenamiento y manipulación.
Plazo de entrega:
Para el ítem 14, veintidós días hábiles, a partir de la notificación de la disposición de la orden de pedido.
Para el ítem 25, quince días hábiles, a partir de la notificación de la disposición de la orden de pedido.
Lugar de entrega: Almacén Central, antiguas bodegas de Fertica, Barrio Cristo Rey, San José.
Responsable de la recepción definitiva: Jefe de Almacén Central o a quien designe en su lugar para el recibo de la mercadería.
Monto total adjudicado: $7.412,28 (siete mil cuatrocientos doce dólares con veintiocho centavos).
Creco S. A., cédula jurídica Nº 3-101-060083.—( Oferta 9)
Ítems adjudicados: 18 y 28.
Garantía:
Para el ítem 18, seis meses, contados a partir del recibo a satisfacción de los bienes, contra defectos de fabricación o mal funcionamiento en condiciones normales de uso, almacenamiento y manipulación.
Para el ítem 28, veinticuatro meses, contados a partir del recibo a satisfacción de los bienes, contra defectos de fabricación o mal funcionamiento en condiciones normales de uso, almacenamiento y manipulación.
Plazo de entrega:
Para el ítem 18, cinco días hábiles, a partir de la notificación de la disposición de la orden de pedido.
Para el ítem 28, veintidós días hábiles, a partir de la notificación de la disposición de la orden de pedido.
Lugar de entrega: Almacén Central, antiguas bodegas de Fertica, Barrio Cristo Rey, San José.
Responsable de la recepción definitiva: Jefe de Almacén Central o a quien designe en su lugar para el recibo de la mercadería.
Monto total adjudicado: $3.497,59 (tres mil cuatrocientos noventa y siete dólares con cincuenta y nueve centavos).
Industrias MH S. A., cédula jurídica Nº 3-101-049032.—(Oferta 10).
Ítem adjudicado: 33.
Garantía: Veintinueve meses, contados a partir del recibo a satisfacción de los bienes, contra defectos de fabricación o mal funcionamiento en condiciones normales de uso, almacenamiento y manipulación.
Plazo de entrega: Quince días hábiles, a partir de la notificación de la disposición de la orden de pedido.
Lugar de entrega: Almacén Central, antiguas bodegas de Fertica, Barrio Cristo Rey, San José.
Responsable de la recepción provisional: Director de la Policía Penitenciaria o a quien designe en su lugar para el recibo de la mercadería, el cual contara con veintidós días hábiles para realizar la revisión de los productos, de acuerdo a las condiciones del cartel.
Responsable de la recepción definitiva: Lic. Guillermo Ugalde Víquez, Director Policía Penitenciaria y Jefe de Almacén Central o a quien designe en su lugar para el recibo de la mercadería.
Monto total adjudicado: $10.400,00 (diez mil cuatrocientos dólares exactos).
Sáenz y Fallas S. A., cédula jurídica Nº 3-101-024614.—(Oferta 11).
Ítems adjudicados: 30, 31, 32 y 34.
Garantía: Veintinueve meses, contados a partir del recibo a satisfacción de los bienes, contra defectos de fabricación o mal funcionamiento en condiciones normales de uso, almacenamiento y manipulación.
Plazo de entrega: Veinte días hábiles, a partir de la notificación de la disposición de la orden de pedido.
Lugar de entrega: Almacén Central, antiguas bodegas de Fertica, Barrio Cristo Rey, San José.
Responsable de la recepción provisional: Director de la Policía Penitenciaria o a quien designe en su lugar para el recibo de la mercadería, el cual contara con veintidós días hábiles para realizar la revisión de los productos, de acuerdo a las condiciones del cartel.
Responsable de la recepción definitiva: Lic. Guillermo Ugalde Víquez, Director Policía Penitenciaria y Jefe de Almacén Central o a quien designe en su lugar para el recibo de la mercadería.
Monto total adjudicado: $56.231,68 (cincuenta y seis mil doscientos treinta y un dólares con sesenta y ocho centavos).
Todo de acuerdo con los términos del cartel y la oferta.
San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Manuel Fernández Rodríguez, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 16635).—C-144660.—(8727).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2008LA-000136-PROV
Alquiler de local para alojar la Fiscalía de Hatillo
Se comunica a todos los interesados que el Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión 08-09, artículo XV, celebrada el día 29 de enero del 2009, dispuso declarar infructuosa la siguiente licitación:
Licitación Abreviada N° 2008LA-000136-PROV, alquiler de local para alojar la Fiscalía de Hatillo.
San José, 3 de febrero del 2009.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana iris Olivares Leitón, Jefa a. í.—1 vez.—(8728).
LICITACIÓN PÚBLICA 2008LN-000003-99999
(Resolución de Adjudicacion Nº 002)
Compra de unidad móvil de televisión
La Universidad Estatal a Distancia (UNED), comunica a los interesados en la presente Licitación, que el Consejo de Universitario, en sesión Nº 1960-2009, Art. IV, inciso 8), celebrada el 23 de enero del 2009, acordó:
1. Declarar desierta la Licitación Pública Nº 2008LN-000003-99999 Compra de Unidad Móvil de Televisión por interés institucional.
2. Manifestar el interés del Consejo Universitario, para que se concrete en un futuro cercano, el proyecto radio y televisión.
Sabanilla, 2 de febrero del 2009.—MBA. Yirlania Quesada Boniche, Jefa, Oficina de Contratación y Suministros.—1 vez.—(8736).
DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS DE SALUD
CENTRAL NORTE
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000006-2299
Servicios profesionales de seguridad y vigilancia
Con fundamento en lo previsto en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, y una vez realizado los estudios y valoraciones respectivas, se procede a comunicar la adjudicación de la siguiente licitación efectuada por la Dirección de esta Dirección Regional según el Modelo de Facultades y Niveles de Adjudicación por Instancia Administrativa de la CCSS:
1. Licitación Abreviada Nº 2008LA-000006-2299, servicios profesionales de seguridad y vigilancia, para la Dirección Regional Servicios de Salud Central Norte, se adjudica esta licitación a la empresa J. W. Investigaciones, por la suma anual de ¢19.421.277,49.
Para todos los efectos dicho expediente se encontrará en esta sede Regional.
San José, 03 de febrero del 2009.—Dirección Regional de Servicios de Salud Central Norte.—Unidad Regional de Compras.—Lic. Ronald Villalobos Mejía.—1 vez.—(8640).
HOSPITAL MÉXICO
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000028-2104
Por la adquisición de instrumental para set de vitrectomía,
pinza fina castro viejo, cánula Simcoe, pinza para
anudar suturas, pinza bipolar, cortador choper,
fresadora, caja para instrumentos,
cánulas de irrigación
Empresas adjudicadas: Insumed Inc S. A. y Distribuidora Óptica S. A.
Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr
San José, 30 de enero del 2009.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Michaell Montoya Jiménez.—1 vez.—(8662).
HOSPITAL WILLIAM ALLEN T.
SUBÁREA DE CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008-LA000013-2307
Servicio de vigilancia de edificio oficinas Bienes y Servicios,
Área de Proveeduría
A los interesados en el concurso de la Licitación Abreviada Nº 2008-LA-000013-2307, por el Servicio de vigilancia de edificio oficinas Bienes y Servicios, Área de Proveeduría, para el Hospital William Allen. Se les comunica que se adjudicó a la empresa OFICSEVI S. A., por la suma de ¢ 12.240.000,00 (doce millones doscientos cuarenta mil colones anuales).
Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Orlando Céspedes Campos, Jefe.—1 vez.—(8712).
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA FINANCIERA
AVISO A PROVEEDORES
De acuerdo con lo que dispone la Ley de Contratación Administrativa Nº 7494, artículo Nº 108 y su Reglamento, se les invita a inscribirse en nuestro Registro de Proveedores, para lo cual se detallan los requisitos que deben presentar al Departamento Administrativo de este Banco, sito en el cuarto piso de su edificio en Barrio Dent, San Pedro de Montes de Oca, de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, 300 metros oeste y 100 metros norte.
Los interesados deben enviar una carta de presentación con la siguiente información:
A. INFORMACIÓN GENERAL.
• Nombre, razón o denominación social.
• Dirección postal y geográfica exacta.
• Números de teléfono, fax y dirección en internet.
• Descripción completa y detallada de cada uno de los bienes y/o servicios que ofrecen, así como referencias básicas sobre su solvencia, experiencia y personal capacitado con que cuentan. Esta descripción puede ampliarse con folletos, panfletos, fotografías, catálogos, etc.
B. INFORMACIÓN ESPECÍFICA.
1. PERSONAS FÍSICAS.
· Nombre y apellidos.
· Estado civil.
· Profesión u oficio.
· Nacionalidad.
· Fotocopia de documento de identidad.
· Declaración bajo fe de juramento que no le afectan las prohibiciones del artículo Nº 22 y 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa Nº 7494.
• Calidad en que potencialmente participaría, sea como Proveedor directo, intermediario o apoderado de otra persona física o jurídica.
2. PERSONAS JURÍDICAS.
Aportar los siguientes documentos originales con no más de un mes de haberse emitido:
• Certificación de inscripción, su vigencia y el objeto de la persona.
• Certificación de Notario o del Registro Público, de la personería jurídica del representante legal y la vigencia de la misma.
Certificación indicando el monto del capital social, la cantidad, naturaleza de las cuotas y acciones que la conforman y la propiedad de las mismas, con indicación del nombre y apellidos de los propietarios de dichas acciones o cuotas, con vista del registro de accionistas. Si estos propietarios fueran personas jurídicas, se certificará la naturaleza de las cuotas y acciones de esas sociedades.
• Declaración bajo fe de juramento que no le afectan las prohibiciones del artículo Nº 22 y 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa Nº 7494.
• Calidad en que potencialmente participaría, sea como Proveedor directo, intermediario o apoderado de otra persona física o jurídica.
Las Empresas que se encuentren inscritas, solo en el caso de que hayan variado sus datos, deben reportarlos para efectos de actualizar nuestra Base de Datos.
Para mayor información comunicarse con el Departamento Administrativo, personalmente o al teléfono N° 2527-7400.
Margoth Campos Barrantes, Directora Administrativa Financiera.—1 vez.—(O. C. Nº 19301).—C-41345.—(7516).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2008LN-000031-01
(Prórroga N° 2)
“Contratación de los servicios de: 1. Recolección de depósitos a cuenta
en el domicilio de clientes dentro de la gran área metropolitana, 2.
recolección de depósitos a cuenta en el domicilio de clientes fuera
de la gran área metropolitana, 3. Transporte y entrega de remesas
de dinero en el domicilio de clientes dentro de la gran área
metropolitana, y 4. Transporte y entrega de remesas de
dinero en el domicilio de clientes fuera de la gran área
metropolitana”
Se comunica a los interesados en la Licitación Pública Nacional N° 2008LN-000031-01,
20. Fecha de apertura.
Todas las ofertas deberán entregarse en la Proveeduría de la Casa Matriz del Banco, situada en La Uruca, a más tardar a las diez horas o (10:00 a. m.), según el reloj ubicado en este despacho, del 27 de febrero del 2009, momento en el cual serán abiertas en presencia de los interesados que deseen asistir.
La demás condiciones del cartel permanecen invariables.
La Uruca, 6 de febrero del 2009.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—(Nº O. C. 18-2009).—C-16520.—(8771).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2008LN-000038-01
(Prórroga Nº 2)
Compra de teléfonos de diferentes tipos con entregas
por demanda, para un periodo de cuatro (4) años
Se comunica a los interesados en la Licitación Pública Nacional Nº 2008LN-000038-01.
20. Fecha de apertura.
Todas las ofertas deberán entregarse en la Proveeduría de la Casa Matriz del Banco, situada en La Uruca, a más tardar a las diez horas o (10:00 a.m.), según el reloj ubicado en este despacho, del 20 de febrero del 2009, momento en el cual serán abiertas en presencia de los interesados que deseen asistir.
La demás condiciones del cartel permanecen invariables.
La Uruca, 6 de febrero del 2009.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—(O. C. Nº 17-2009).—C-9770.—(8772).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2008LN-000040-01
(Prórroga Nº 2)
Contratación de una empresa que suministre servicios de información
general de clientes para las diferentes oficinas del
Banco Nacional de Costa Rica
Se comunica a los interesados en la Licitación Pública Nacional Nº 2008LN-000040-01,
21. Fecha de apertura
Todas las ofertas deberán entregarse en la Proveeduría de la Casa Matriz del Banco, situada en La Uruca, a más tardar a las catorce horas (2:00 p. m.), según el reloj ubicado en este despacho, del 27 de febrero del 2009, momento en el cual serán abiertas en presencia de los interesados que deseen asistir.
Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.
La Uruca, 6 de febrero del 2009.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—(O. C. Nº 19-2009).—C-9770.—(8773).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000048-01
(Prórroga Nº 1)
Contratación de los servicios de consultoría para la implantación del
aplicativo i procurement de e-business de Oracle para el proceso de
contratación administrativa del Banco Nacional
Se comunica a los interesados en la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000048-01,
21. Fecha de apertura.
Todas las ofertas deberán entregarse en la Proveeduría de la Casa Matriz del Banco, situada en La Uruca, a más tardar a las diez horas o (10:00 a. m.), según el reloj ubicado en este despacho, del 17 de febrero del 2009, momento en el cual serán abiertas en presencia de los interesados que deseen asistir.
La demás condiciones del cartel permanecen invariables.
La Uruca, 6 de febrero del 2009.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—(O. C. Nº 16-2009).—C-9770.—(8774).
HOSPITAL WILLIAM ALLEN T.
SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
La Oficina de Gestión de Bienes y Servicios del Hospital William Allen T. de Turrialba comunica lo siguiente. En La Gaceta N° 21 del viernes 30 de enero del 2009, se publicó la adjudicación de la Licitación Abreviada 2008LA-000011-2307 por el suministro de abarrotes en los ítems 16, 23, 73, se indicó “a favor de la Empresa Gruma Centroamericana S. A.” Léase correctamente “a favor de Derivados de Maíz Alimenticio S. A.”
Turrialba, 29 de enero del 2009.—Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Orlando Céspedes Campos, Jefe.—1 vez.—(8713).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000202-PROV
(Modificación Nº 1)
Asfaltado de caminos, Centros de Generación de Electricidad
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que el cartel de este concurso fue sujeto a la siguiente modificación:
CAPÍTULO III. “Especificaciones Técnicas”:
4. Detalle de las partidas
4.3 Partida N° 3: Caminos internos del Centro de Producción Cariblanco
a) Suministro y conformación de base granular en el ancho especificado de 4 metros con espesor final de 10 cm compactados al 95% del Proctor Modificado, incluyendo un adecuado manejo de aguas superficiales.
4.4. Partida N° 4: Caminos Centro Generación RIOCAT
4.4.2 Camino Centro Servicio Gestión Ambiental RIOCAT.
b) Suministro y conformación de base granular en el ancho especificado de 6 metros con espesor final de 10 cm compactados al 95% del Proctor Modificado, incluyendo un adecuado manejo de aguas superficiales.
Fecha de apertura de ofertas: a las 14:00 horas del día 12 de febrero del 2009.
San José, 3 de febrero del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Marita Arias Herrera, Coordinadora de Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 342050).—C-13620.—(8760).
Con relación a la publicación en La Gaceta N° 9 del 14/01/09, página N° 51, Licitación Abreviada N° 2008-00000001-CONAI compra de vehículos, léase correctamente Licitación Abreviada N° 2008LA-000001-01, compra de vehículos.
San José, 2 de febrero del 2009.—Gerardo Barrantes Solano, Director Administrativo y Financiero.—1 vez.—(8769).
COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA
REMATE DE FINCAS
El Colegio de Abogados de Costa Rica, procederá a rematar de forma conjunta las fincas Nos. 7-64850-000 y 7-64851-000 con una medida total de 1 156,65 m2, ubicadas en la provincia 7ª Limón, cantón 1º Limón, distrito 1º Limón en la Urbanización Cacao, sobre carretera hacia Moín. Libre de anotaciones y gravámenes, con la base de ¢25.000.000,00 (veinticinco millones de colones exactos). Para la visita al terreno se fija el día 4 de marzo, a las 11:00 horas. El remate se llevará a cabo en el mismo sitio el día 11 de marzo, a las 11:00 horas. La adjudicación y el traspaso final estarán sujetos a que el acuerdo final de venta sea satisfactorio, el rematante deberá cancelar, en concepto de garantía de cumplimiento, el equivalente del 10% del precio del terreno en el mismo acto mediante cheque certificado de un banco del Sistema Bancario Nacional. Corresponderá al adquirente el pago de los honorarios y los derechos de traspaso.
Lic. Merari Herrera C., Proveedora General.—1 vez.—(O. C. Nº 6883).—C-8180.—(8340).
VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL
AVISOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Mariana Paniagua Artavia ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los veintiún días del mes de enero del dos mil nueve.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 84940.—(6310).
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
ORI-R-026-2009.—Rosales López Alfonso, R-306-2008, costarricense, cédula 3-0387-0360, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Biomédico (Licenciatura), Universidad Autónoma Metropolitana, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 13 de enero del 2009.—Oficina de Registro.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. S. 112916).—C-16340.—(6917).
ORI-R-3528-2008.—Vado Caldera Yesenia de los Ángeles, R-312-2008, nicaragüense, pasaporte C 545062, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Medicina y Cirugía, Universidad Autónoma de Nicaragua, Nicaragua. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 10 de diciembre del 2008.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. S. 112916).—C-16340.—(6918).
ORI-R-3532-2008.—Sáenz Leiva Julissa, R-309-2008, costarricense, cédula de identidad 1-0992-0097, ha solicitado reconocimiento del diploma de Master en Administración Pública, Syracuse University, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 10 de diciembre del 2008.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. S. 112916).—C-16340.—(6919).
ORI-R-3506-2008.—Araya Chacón Andrea María, R-314-2008-A, costarricense, cédula: 1-1067-0381, ha solicitado reconocimiento del diploma de Diploma de Postgrado, Especialidad Educación, Formación e Intersección, Grado de Master, Universidad de Toulouse Le Mirail, Francia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”.—9 de diciembre del 2008.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. S. 112916).—C-16340.—(6920).
ORI-R-3512-2008.—Rodríguez Montero Juan Pablo, R-311-2008, costarricense, cédula: 1-1056-0688, ha solicitado reconocimiento del diploma de Master en Ciencias en Finanzas, Universidad de Londres, Reino Unido. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”.—9 de diciembre del 2008.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. S. 112916).—C-16340.—(6921).
ORI-R-3530-2008.—Machado Duarte Minor Gerardo, R-307-2008, costarricense, cédula de identidad 6-0315-0286, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”.—10 de diciembre del 2008.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. S. 112916).—C-16340.—(6922).
ORI-R-3579-2008.—Puerta Rodríguez Alfredo José, R-318-2008, venezolana, pasaporte 1335411, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Contaduría Pública, Universidad Católica Andrés Bello, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”.—11 de diciembre del 2008.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. S. 112916).—C-16340.—(6923).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Se le comunica a los señores Lilliana Chávez Torres y Franklin Murillo la resolución de las quince horas del quince de mayo del dos mil ocho, en la cual se resuelve dictar depósito administrativo en beneficio de las personas menores de edad Franklin y Jean Carlo ambos Murillo, Chávez Notifíquese lo anterior a los interesados, de conformidad con la Ley de Notificaciones vigente. En contra de la presente resolución,_ procede el recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, presentando verbalmente o escrito entre las siguientes cuarenta y ocho horas hábiles siguientes de esta notificación. El recurso podrá presentarse ante el mismo órgano que dictó la resolución. La interposición del recurso no suspende la ejecución de aquí resuelto. Deben señalar lugar o medio para el recibo de notificaciones. En caso de que el lugar señalado fuese incierto o no existiere, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el solo transcurso de 24 horas después de dictadas, igual efecto se producirá si el medio electrónico informado no fuese eficaz en su transmisión.—Oficina Local de Tibás.—Lic. Kryssia Abigail Miranda Hurtado, Representante Legal.—(6511).
Se le comunica a los señores Ericka Murillo Córdoba y Miguel Aguilar la resolución de las once horas del quince de enero del dos mil nueve, en la cual se resuelve dictar medida de cuido provisional en Familia Sustituta a favor de la persona menor de edad Heather Aguilar_ Murillo en el hogar de la señora Laura Castro Peña. Notifíquese lo anterior al interesado, de conformidad con la Ley de Notificaciones, vigente. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante Ia Presidencia Ejecutiva de la Institución presentando verbalmente o escrito entre las siguientes cuarenta y ocho horas hábiles siguientes de esta notificación. El recurso podrá presentarse ante el mismo órgano que dictó la resolución. La interposición del recurso no suspende la ejecución de lo aquí resuelto. Deben señalar lugar o medio para el recibo de notificaciones. En caso de que el lugar señalado fuese incierto o no existiere, las resoluciones, posteriores se tendrán por notificadas con el solo transcurso de 24 horas después de dictadas, igual efecto se producirá si el medio electrónico informado no fuese eficaz en su transmisión.—Oficina Local de Tibás.—Lic. Kryssia Abigail Miranda Hurtado, Representante Legal.—(6512).
A los señores José Alberto Caliz González y Olga Chaves Alvarado se les comunica la resolución de este despacho de las 9:00 hrs. del dieciséis de setiembre del dos mil ocho, por medio de la cual se dictó medida de abrigo temporal en beneficio de la niña Brigitte Caliz Chaves, hasta por tres meses en albergue institucional. Recursos: Contra la presente resolución procede el recurso de apelación, el cual deberá interponerse ante este Órgano Director, en el transcurso de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la tercera publicación de este edicto, quien lo elevará para que sea resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la institución, ubicada en San José, Barrio Luján, antigua Dos Pinos y debe señalar lugar para oír notificaciones. Se les informa que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho así como revisar y estudiar el expediente administrativo. Expediente Nº 112-0326-2000.—Oficina Local de Orotina.—Lc. Eileen Flores Villarreal, Representante Legal.—(6514).
A Kenia Patricia Golden Brown se le comunica la resolución de este despacho de las 14:30 hrs. del catorce de noviembre del dos mil ocho, por medio de la cual se dictó medida de cuido provisional, en beneficio del niño Joshua Roberto Castro Golden, hasta por cuatro meses en el hogar de la señora Sandra Calderón Castro. Recursos: contra la presente resolución procede el recurso de apelación, el cual deberá interponerse ante este Órgano Director en el transcurso de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes partir de La tercera publicación de este edicto, quien lo elevara para que sea resuelto por la presidencia ejecutiva de la Institución, ubicada en San José, Barrio Luján, antigua Dos Pinos y debe señalar lugar para oír notificaciones. Se le informa que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho así como revisar y estudiar el expediente administrativo. Expediente Nº 646-00018-2008.—Oficina Local de Orotina.—Lic. Eileen Flores Villarreal, Representante Legal.—(6515).
A Reinaldo Campos Espinoza, se le comunica la resolución de las diez horas con treinta minutos del seis de agosto del dos mil ocho, que ordenó medida de cuido provisional en familia sustituta de la persona menor de edad Alma Iris Campos Espinoza, en el hogar de Xiomara Campos Marín. Se le previene al señor Reynaldo Campos Marín, de domicilio desconocido que debe señalar lugar o medio para recibir notificaciones futuras de esta oficina local bajo apercibimiento de que si no lo hace o si el lugar que señalare fuera impreciso, incierto o ya no existiera, o si el medio señalado estuviera descompuesto no recibiera las comunicaciones por algún motivo operará la notificación automática y se le tendrán por notificadas las resoluciones con el sólo transcurso de veinticuatro horas. Se le hace saber además que contra la indicada resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberá interponer en forma verbal o por escrito ante esta oficina local dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación, el cual será elevado ante la Presidencia Ejecutiva de esta Institución. Expediente 115-00091-04.—Oficina Local de Alajuelita, San José.—Lic. Manuel Enrique Núñez Carrillo, Representante Legal.—(7114).
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
RCS-001-2009.—Resolución del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones.—San José, a las 18:00 horas del 28 de enero de 2009.
“Conoce el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, del Oficio ICE 256.276.2008, donde remite para efectos informativos, los nuevos precios de los servicios finales al público definidos por su Consejo Directivo”. (Expediente Sutel Nº 01-2009).
Resultando:
1º—Que las tarifas, condiciones de prestación de servicio e indicadores de calidad vigentes para el servicio de telefonía móvil que ofrece el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), se encuentran establecidas en las siguientes resoluciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Autoridad Reguladora):
1. RRG-1832-2001 del 20 de febrero de 2001, publicada en La Gaceta N° 51 del 13 de marzo del 2001.
2. RRG-2835-2002 del 31 de octubre de 2002, publicada en La Gaceta N° 218 del 12 de noviembre del 2002.
3. RRG-3202-2003 del 14 de agosto de 2003, publicada en La Gaceta N° 161 del 22 de agosto del 2003.
4. RRG-5957-2006 del 31 de agosto de 2006, publicada en el Alcance N° 52 a La Gaceta N° 183 del 25 de setiembre del 2006.
5. RRG-6351-2007 del 19 de febrero de 2007, publicada en La Gaceta N° 54 del 16 de marzo del 2007.
6. RRG-7210-2007 del 21 de setiembre de 2007, publicada en La Gaceta N° 198 del 16 de octubre de 2007.
7. RRG-8147-2008 del 31 de marzo de 2008, publicada en La Gaceta N° 71 del 11 de abril del 2008.
2º—Que las tarifas, condiciones de prestación de servicio e indicadores de calidad vigentes para el servicio de telefonía fija que ofrece el ICE, se encuentran establecidas en las siguientes resoluciones de la Autoridad Reguladora:
1. RRG-5671-2006 del 28 de junio de 2006, publicada en La Gaceta N° 137 del 17 de julio del 2006.
2. RRG-5957-2006 del 31 de agosto de 2006, publicada en el Alcance N° 52 a La Gaceta N° 183 del 25 de setiembre del 2006.
3. RRG-7575-2007 del 22 de noviembre de 2007, publicada en La Gaceta N° 237 del 10 de diciembre de 2007.
3º—Que las tarifas, condiciones de prestación de servicio e indicadores de calidad vigentes para el servicio de telefonía pública que ofrece el ICE, se encuentran establecidas en la resolución RRG-5957-2006 del 31 de agosto de 2006, publicada en el Alcance N° 52 a La Gaceta N° 183 del 25 de setiembre del 2006.
4º—Que los precios máximos, condiciones de prestación de servicio e indicadores de calidad para el servicio de telefonía internacional que ofrece el ICE, se encuentran establecidas en la resolución RRG-5957-2006 del 31 de agosto de 2006, publicada en el Alcance N° 52 a La Gaceta N° 183 del 25 de setiembre del 2006.
5º—Que las tarifas y condiciones de prestación de servicio vigentes para la tasación del sistema de telefonía pública de tarjetas prepago 199 que ofrece el ICE, se encuentran establecidas en la resolución RRG-8017-2008 del 5 de marzo de 2008, publicada en el La Gaceta N° 66, del 4 de abril del 2008.
6º—Que los precios máximos, condiciones de prestación de servicio e indicadores de calidad vigentes para los servicios de Acelera Hogar y PYMES, Acelera Empresarial y Corporativo, Redes Privadas Virtuales (VPN) y el servicio VSAT-ICE, que ofrece el ICE, se encuentran establecidas en las siguientes resoluciones de la Autoridad Reguladora:
1. RRG-5680-2006 del 5 de julio de 2006, publicada en La Gaceta N° 139 del 19 de julio de 2006.
2. RRG-5907-2006 del 16 de agosto de 2006, publicada en La Gaceta N° 172 del 7 de setiembre del 2006.
3. RRG-5957-2006 del 31 de agosto de 2006, publicada en el Alcance N° 52 a La Gaceta N° 183 del 25 de setiembre de 2006.
4. RRG-5986-2006 del 21 de setiembre de 2006, publicada en La Gaceta N° 190 del 4 de octubre del 2006.
5. RRG-6206-2006 del 23 de noviembre de 2006, publicada en La Gaceta Nº 243 del 19 de diciembre de 2006.
7º—Que en La Gaceta Nº 125 del 30 de junio de 2008, se publicó la Ley General de Telecomunicaciones, Nº 8642, fecha a partir de la cual comenzó a regir.
8º—Que en el Alcance 31 de La Gaceta Nº 156 del 13 de agosto de 2008, se publicó la Ley de fortalecimiento y modernización de las entidades públicas del sector de telecomunicaciones, No. 8660, fecha a partir de la cual comenzó a regir.
9º—Que el 19 de diciembre del 2008 a las 16:00 horas, (último día laboral de ese año en la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos) el señor Erick Jiménez González, Director Jurídico a.i. del Instituto Costarricense de Electricidad, mediante oficio 256.276.2008, remite para efectos informativos, los nuevos precios de los servicios finales al público definidos por su Consejo Directivo.
10.—Que en diferentes medios de comunicación nacional, se ha hecho referencia a que el Instituto Costarricense de Electricidad aumentará las tarifas de los servicios de telecomunicaciones de telefonía fija, telefonía celular, mensajes cortos de texto y cambiará el horario de aplicación de tarifa reducida en ambas modalidades. Ver en ese sentido notas periodísticas en La Nación del jueves 8 de enero de 2009, Al Día del martes 20 de enero de 2009 y La Nación del sábado 24 de enero del 2009.
11.—Que ni la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos ni esta Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), en el ejercicio de sus funciones no han establecido a la fecha las condiciones de prestación del servicio, ni las tarifas para los siguientes servicios:
1. Servicio Telefónico Fijo modalidad prepago
2. Servicio BlackBerry
3. Servicios de software “Servidor BlackBerry empresarial”
4. Mensajería Multimedia (MMS)
5. Servicio B-GAN
Considerando:
I.—Que después de la entrada en vigencia de la Ley 8642, Ley General de Telecomunicaciones, publicada el 30 de junio de 2008, el sector de telecomunicaciones de Costa Rica entró en un proceso de transición de un régimen de monopolio a uno de competencia regulada.
II.—Que la Ley General de Telecomunicaciones establece dos tipos distintos de procesos de fijación de tarifas: uno para la fase de transición hacia el régimen de competencia del mercado de telecomunicaciones, y otro para la fase en la cual el mercado de telecomunicaciones ha entrado en competencia efectiva.
III.—Que para la fase de transición hacia el régimen de competencia regulada, la Ley General de Telecomunicaciones establece que antes de que la SUTEL resuelva fijar tarifas de los servicios de telecomunicaciones regulados, se seguirán aplicando las tarifas que estaban vigentes antes de la promulgación de la citada Ley. Lo anterior se desprende de lo establecido en el Transitorio I de la mencionada ley, que literalmente señala:
“Los procedimientos en curso, a la entrada en vigencia de esta Ley, continuarán tramitándose de acuerdo con el ordenamiento vigente aplicable.
De la misma manera, se mantendrán en vigencia las disposiciones reglamentarias y administrativas, en tanto sean conformes con lo previsto en la presente Ley.”
IV.—Que en las “disposiciones reglamentarias y administrativas” a que hace referencia el Transitorio I, se encuentran las resoluciones emitidas por la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos donde se establecen las tarifas, las condiciones de prestación de servicios e indicadores de calidad de los servicios de telecomunicaciones. Entre ellas, se encuentran las que fijan los precios y condiciones para la telefonía móvil, la telefonía fija y la telefonía pública y establecen los precios máximos para los servicios internacionales y de acceso a Internet, indicados en los resultandos del I al VI de la presente resolución.
V.—Que las citadas resoluciones en donde se establecen precios máximos para algunos de los servicios que presta el ICE, permiten a dicho instituto reducir esas tarifas, no así la eliminación o modificación de las condiciones de prestación de servicio e indicadores de calidad respectivos.
VI.—Que las citadas resoluciones en donde se establecen tarifas fijas para los servicios que presta el ICE, no le permiten a dicho instituto modificarlas, ni eliminar o modificar las condiciones de prestación del servicio e indicadores de calidad respectivos.
VII.—Que las citadas resoluciones no establecieron las condiciones de prestación de nuevos servicios de telecomunicaciones que presta el ICE, ni sus tarifas; servicios señalados en el resultando XI de la presente resolución.
VIII.—Que no existe norma dentro de nuestro ordenamiento jurídico, que faculte al ICE a fijar sus propias tarifas en la forma que se procedió según lo señala el oficio 256.276.2008 del 19 de diciembre de 2008 citado en el resultando IX de la presente resolución.
IX.—Que dado el proceso de transición en el que se encuentra el sector de telecomunicaciones en nuestro país, la SUTEL considera fundamental aclarar, a la luz de lo establecido en el Transitorio I de la Ley General de Telecomunicaciones, cuales son las tarifas vigentes y que está obligado a cobrar el Instituto Costarricense de Electricidad por los servicios de telecomunicaciones que ofrece al público y sus condiciones de prestación, que fueron fijadas en su oportunidad por la Autoridad Reguladora en el ejercicio de sus competencias.
X.—Que como complemento a lo señalado en el considerando anterior, debe tenerse en cuenta que recién el día 26 de enero de 2009 este órgano colegiado inició funciones y al día de hoy resulta imposible tener a la mano la información necesaria para fijar las tarifas de los servicios de telecomunicaciones a la luz de lo establecido en el artículo 50 de la Ley General de Telecomunicaciones.
XI.—Que de conformidad con lo establecido en el párrafo segundo del artículo 50 de la Ley General de Telecomunicaciones, para que el ICE pueda ajustar las tarifas en la forma que señala el oficio 256.276.2008 del 19 de diciembre de 2008 citado, es necesario que la SUTEL declare primero que el mercado en cuestión ha entrado en la fase de competencia efectiva. Dicha norma señala:
“Cuando la SUTEL determine, mediante resolución motivada, que existen las condiciones suficientes para asegurar una competencia efectiva, los precios serán determinados por los proveedores de los servicios de telecomunicaciones.”
XII.—Que al día de hoy, la SUTEL no ha hecho la declaratoria de que en algún mercado de las telecomunicaciones existe competencia efectiva.
XIII.—Que durante la fase de transición hacia el régimen de competencia, la SUTEL fijará las tarifas de los servicios de telecomunicaciones, como establece el párrafo 1º del artículo 50 de la Ley General de Telecomunicaciones:
“Las tarifas de los servicios de telecomunicaciones disponibles al público serán establecidas inicialmente por la SUTEL, conforme a la metodología de topes de precio o cualquier otra que incentive la competencia y la eficiencia en el uso de los recursos, de acuerdo con las bases, los procedimientos y la periodicidad que se defina reglamentariamente”.
XIV.—Que según lo establece el artículo 60 de la Ley Nº 7593 y sus reformas, una de las obligaciones fundamentales de la SUTEL es “garantizar y proteger los derechos de los usuarios de las telecomunicaciones”.
XV.—Que de conformidad con los resultandos y los considerandos que preceden y, de acuerdo con el mérito de los autos, lo procedente es aclarar que las tarifas, condiciones de prestación del servicio e indicadores de calidad vigentes y aplicables a los servicios de telefonía móvil, telefonía fija, telefonía pública, telefonía internacional, servicios de Acelera Hogar y PYMES, Acelera Empresarial y Corporativo, Redes Privadas Virtuales (VPN) y el servicios VSAT-ICE, que ofrece el ICE que en este momento ofrece el ICE, son los establecidos con anterioridad por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, lo anterior con fundamento en lo establecido en el Transitorio I de la Ley General de Telecomunicaciones; que deberá el ICE prestar sus servicios y cobrar las respectivas tarifas de conformidad con lo señalado en esas resoluciones de la Autoridad Reguladora y abstenerse de cobrar tarifa alguna por nuevos servicios que ofrezca y que no tengan fijados previamente una tarifa por parte de esta Superintendencia de Telecomunicaciones; todo lo anterior hasta tanto este Consejo no disponga de los elementos necesarios para fijar las tarifas de esos servicios de telecomunicaciones a la luz de lo establecido en la Ley 8642, Ley General de Telecomunicaciones y disponga cosa en contrario, tal y como se dispone. Por tanto:
Con fundamento en las facultades conferidas en la Ley 8642, la Ley 7593, y la Ley General de la Administración Pública,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA SUPERINTENDENCIA
DE TELECOMUNICACIONES, RESUELVE:
I.—Aclarar que las tarifas, las condiciones de prestación de servicio, indicadores de calidad, estructura tarifaria, periodos tarifarios o franjas horarias (plena y reducida) que se encuentran vigentes para los servicios de telefonía móvil, telefonía fija, telefonía pública, telefonía internacional, servicios de Acelera Hogar y PYMES, Acelera Empresarial y Corporativo y Redes Privadas Virtuales (VPN), que ofrece el Instituto Costarricense de Electricidad al público, son las que se derivan de las resoluciones emitidas por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, citadas en los resultandos del I al VI del presente acto administrativo. Tales tarifas, condiciones de prestación de servicio, indicadores de calidad, estructura tarifaria, periodos tarifarios o franjas horarias (plena y reducida) se mantendrán vigentes hasta tanto este Consejo no disponga de los elementos necesarios para fijar las tarifas de eso servicios de telecomunicaciones a la luz de lo establecido en la Ley General de Telecomunicaciones y disponga cosa en contrario.
II.—Instruir al Instituto Costarricense de Electricidad a cobrar por los servicios de telefonía móvil, telefonía fija, telefonía pública, telefonía internacional, servicios de Acelera Hogar y PYMES, Acelera Empresarial y Corporativo, Redes Privadas Virtuales (VPN) y el servicios VSAT-ICE, que ofrece el ICE, que ofrece al público, las tarifas señaladas en el punto anterior, así como ofrecer dichos servicios en las condiciones de prestación de servicio, indicadores de calidad, estructura tarifaria, periodos tarifarios o franjas horarias (plena y reducida) ahí señaladas y abstenerse de modificar de cualquier forma tales disposiciones, pudiendo efectuar disminuciones solo en aquellas tarifas de los servicios que están fijados con precios máximos. Tales tarifas, condiciones de prestación de servicio, indicadores de calidad, estructura tarifaria, periodos tarifarios o franjas horarias (plena y reducida) se mantendrán vigentes hasta tanto este Consejo no disponga de los elementos necesarios para fijar las tarifas de esos servicios de telecomunicaciones a la luz de lo establecido en la Ley 8642, Ley General de Telecomunicaciones y disponga cosa en contrario.
III.—Instruir al Instituto Costarricense de Electricidad que se abstenga de cobrar al público, nuevos servicios de telecomunicaciones cuyas tarifas no hayan sido fijadas previamente por la Superintendencia de Telecomunicaciones, de conformidad con lo establecido en la Ley 8642, Ley General de Telecomunicaciones y 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.
En cumplimiento de lo que ordena el artículo 345 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra esta resolución cabe el recurso ordinario de revocatoria o reposición ante el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, a quien corresponde resolverlo y deberá interponerse en el plazo de tres días, contados a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución.
Notifíquese y publíquese.—Maryleana Méndez Jiménez.—George Petrie Miley Rojas.—Carlos Raúl Gutiérrez Gutiérrez.—1 vez.—(Solicitud Nº 21276).—C-180020.—(7890).
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
FUNERALES COSTARRICENSES LA AUXILIADORA S. A.
Funerales Costarricenses La Auxiliadora S. A., convoca a sus socios a la asamblea general anual ordinaria, que se celebrará en las oficinas de Funerales Costarricenses La Auxiliadora S. A., en San José, Costa Rica (100 metros este del Gimnasio Nacional) a las once horas del día tres de marzo del dos mil nueve. En dicha asamblea, se conocerán los asuntos siguientes:
1) Apertura de sesión.
2) Lectura de acta sesión anterior.
3) Informa del consejo de administración.
4) Informe fiscal.
5) Aprobación o no de los estados financieros del periodo 2008.
6) Distribución o no de utilidades.
7) Nombramiento de directores y fiscal.
8) Cierre de sesión.
Los socios deberán acreditarse personalmente o por medio de poder a una tercera persona. Si no hubiera quórum a la hora indicada, la asamblea se celebra una hora después en el citado lugar, con los accionistas que se encuentren presentes.—San José, 30 de enero del 2009.—Manuel Frutos Jiménez, Asistente.—(7905).
publicación de una vez
CONDOMINIOS BAHÍA DE LOS PIRATAS
Condominios Bahía de los Piratas, convoca a asamblea de condóminos, a realizarse el jueves diecinueve de febrero del año dos mil nueve, en las instalaciones de Hotel Bahía de Los Piratas, en San José, de Mac Donald Sabana, cien metros sur, setenta y cinco metros este y cincuenta metros norte, con la siguiente agenda: 1) Liquidación ingresos-ingresos 2008. 2) Aprobación presupuestos enero a diciembre del 2009. 3) Morosidad del pago de cuotas. 4) Asuntos varios de interés general. Primera convocatoria 4:00 p.m., segunda convocatoria 5:00 p.m. Presentar acreditación.—Stéfano Sgarlata.—1 vez.—(7946).
REQUETÉN DEL SUR S. A.
Se convoca a los socios accionistas de la empresa Requetén del Sur S. A., a la asamblea general ordinaria que se celebrará a las once horas del próximo miércoles 4 de marzo del 2009, en su domicilio social en San Rafael de Escazú (doscientos cincuenta metros sur de Tienda Carrión Multiplaza, Edificio Bufete Chamberlain), a fin de conocer los asuntos que señala el artículo 155 del Código de Comercio. De no haber quórum a la hora señalada, la asamblea se reunirá una hora después con cualquier número de socios presentes.—Escazú, 29 de enero del 2009.—Luuc Van Wezel, Presidente.—1 vez.—Nº 86043.—(8197).
COMPLEJO FURATI SOCIEDAD ANÓNIMA
Se convoca a los accionistas de la sociedad Complejo Furati Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica Nº 3-101-326877, a la asamblea general extraordinaria de socios a celebrarse en la Sala de Juntas de la empresa Grupo JHR e Hijos S. A., ubicada en Pozos de Santa Ana, del Bar Tejas, doscientos metros al norte y doscientos metros al oeste, a las 16:00 horas del día miércoles 18 de marzo del 2009.
La primera convocatoria se realizará a las 16:00 horas y de no existir el quórum necesario se procederá a la segunda convocatoria, a las 17:00 horas con los accionistas presentes.
En dicha asamblea se conocerá la siguiente agenda:
1- Verificación del quórum.
2- Aprobación de la agenda.
3- Informe sobre la situación financiera de la empresa y toma de acuerdos en cuanto sus posibles soluciones.
4- Modificación a la cláusula quinta del pacto constitutivo, relativo al capital social.
5- Revocación de poder generalísimo y de poder general.
6- Revocación de nombramientos de todos los miembros de la junta directiva y fiscalía, y se nombra nueva junta directiva y fiscal.
7- Asuntos varios.
En todo caso los accionistas deberán presentar su cédula de identidad y los certificados de acciones que los acrediten como socios propietarios, en el caso de presentarse un tercero deberá presentar carta poder o poder especial con sus facultades debidamente definidas.—Santa Ana, 30 de enero del 2009.—José Hans Ramírez González, Presidente.—1 vez.—(8301).
CONDOMINIO LAS PALMAS
Por medio de la presente se convoca y se comunica a todos los propietarios a la asamblea ordinaria que se llevará a cabo en el Rancho, el día viernes 20 de febrero del 2009.
Se establece como primera convocatoria a las 19:00 horas y si no hubiese quórum de ley se establece una segunda convocatoria a las 19:30 horas, la cual se celebrará con el número de propietarios presentes.
Como orden del día se establece:
1. Lectura y aprobación del acta anterior.
2. Revisión del presupuesto de mantenimiento, marzo 2009-febrero 2010.
3. Medidores.
4. Problemas caninos.
Geovanny Montoya, Presidente.—1 vez.—(8334).
CONDOMINIO LA SIERRA, CURRIDABAT
Los abajo firmantes, propietarios o apoderados de las sociedades propietarias del Condominio La Sierra y quienes representan más de un tercio del valor fiscal del condominio, convocan a asamblea general de condóminos a celebrarse en la casa Nº 7 del Condominio La Sierra, el día viernes 27 de febrero del 2009, a las 16:00 horas en primera convocatoria. De no haber el quórum necesario se hará en segunda convocatoria a las 17:00 horas, y si no hay el quórum necesario en esta segunda convocatoria se hará en tercera convocatoria a las 18:00 horas con el número de condóminos presentes.
Se les recuerdan los requisitos de representación en la asamblea (voz y voto): a) filiales inscritas a nombre de personas físicas: original de cédula o pasaporte vigentes, b) filiales inscritas a nombre de persona jurídica: original de personería jurídica con no más de tres meses de emitida, cédula o pasaporte vigentes del representante legal indicado en la personería. Aquellos condóminos que se hagan representar por terceros deberán enviar carta poder emitida para tal propósito, además de la respectiva certificación de personería con no más de tres meses de emitidas, para el caso de ser persona jurídica a quien se represente, así como la cédula o pasaporte vigentes de quien lo representa.
Agenda:
1) Nombramiento del presidente y secretario de la asamblea.
2) Informe de la administración.
3) Nombramiento del Consejo de Administración para el período febrero de 2009 a febrero de 2010.
4) Elección de Administrador.
5) Mora en el pago de cuotas de mantenimiento.
6) Asuntos varios.
Juan José Flores Sittenfeld, Priscilla Muñoz Bravo, Francisco Matamoros Calderón, Ana Laura Jiménez Chavarri, Manuel Enrique Jiménez Mora e Isabel Odio Hernández.—1 vez.—(8337).
BILGABI NATURA SOCIEDAD ANÓNIMA
Se convoca a asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada Bilgabi Natura Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos veinte mil ochocientos cuarenta y dos, a realizarse en el Hotel Double Tree Hilton Cariari, Centro de Negocios, ubicado en la provincia de Heredia, San Antonio de Belén, contiguo al Hotel Herradura, el día 20 de febrero del año 2009, a las 11:00 a.m., en primera convocatoria, de no reunirse el quórum de ley, se celebrará la asamblea en segunda convocatoria con los socios presentes, a las 12:00 horas, a efecto de conocer la siguiente agenda: Agenda Ordinaria: a) Hacer de conocimiento de los socios la deuda existente al día de hoy con Warton Holding Inc, así como proceder para la cancelación de dicha deuda. b) Discutir y aprobar el informe sobre resultados del ejercicio anual dos mil ocho. c) Conocer la revocatoria y nombramiento de Fiscal. Agenda Extraordinaria: a) Reforma de la cláusula sétima del pacto constitutivo: Inclusión del cargo Vicepresidente. b) Reforma de la cláusula octava del pacto constitutivo. De conformidad con el artículo 175 del Código de Comercio, se advierte que los acuerdos legalmente tomados son de acatamiento obligatorio y afectarán a la totalidad de los socios, aún cuando no estén presentes en dicha asamblea.—San José, 2 de febrero del 2009.—Billie Forrest Fotheringham, Presidente.—1 vez.—(8384).
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
INVERSIONES AZUL DE HEREDIA SOCIEDAD O. A. SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones Azul de Heredia Sociedad O. A. Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-209598, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: diario, mayor, inventario y balances, actas de registro de accionistas, actas junta directiva y actas de asambleas generales. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Rodrigo Mora Salazar, Notario.—Nº 83213.—(3603).
CONTRATOS FRUTEROS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Contratos Fruteros Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ciento ochenta y ocho mil quinientos sesenta y uno, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes tres libros: diario número uno, mayor número uno, e inventarios y balances número uno. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de libros), Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 26 de enero del 2009.—Marco Vinicio Mata Morera, cédula 1-587-138.—Nº 84965.—(6316).
GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA
De conformidad con los artículos 708-709-710 del Código de Comercio, la señora Luz Marina Matamoros Matamoros, cédula 4-059-077, solicita la reposición del título valor certificado de depósito a plazo número 118-301-2000067661 por ¢2.999.888,33.—Heredia, 26 de enero del 2009.—Sandra Ortega Sosa, Oficial de Servicios Financieros.—(6452).
ADMINISTRADORA DE AUTOMOTORES GUVIS SOCIEDAD ANÓNIMA
Administradora de Automotores Guvis Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-342096, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: 1-diario, 1-inventario y balance, 1-mayor, 1-actas asamblea de socios, 1-actas consejo administrativo, 1-actas registro de socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—José David Vílchez Vargas.—(6459).
INVERSIONES RIEN SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones Rien Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-067766, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de Registro de Accionistas número 1, diario número 1 y mayor número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Adriana Céspedes Camacho, Notaria.—(6490).
CENTRAL FINANCIERA M.A. SOCIEDAD ANÓNIMA
Central Financiera M.A. Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-072597, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Registro de Accionistas número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Ana Lorena Coto Esquivel, Notaria.—(6492).
COMPAÑÍA CONSTRUCTORA ESCO SOCIEDAD ANÓNIMA
Compañía Constructora Esco Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-053731, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Registro de Accionistas número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Ana Lorena Coto Esquivel, Notaria.—(6495).
URBANIZADORA DOMO SOCIEDAD ANÓNIMA
Urbanizadora Domo Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-068085, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Registro de Accionistas número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Ana Lorena Coto Esquivel, Notaria.—(6498).
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
INVERSIONES FONTIBRE L. A. J. SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones Fontibre L. A. J. Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-516760, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros número uno de Junta Directiva, Diario, Mayor e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación del presente aviso.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—(6447).
PÉREZ Y CLARE SOCIEDAD ANÓNIMA
Pérez y Clare Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-63208, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros número uno de Junta Directiva, Diario, Mayor e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación del presente aviso.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—(6448).
TERMINALES DEL PACÍFICO SOCIEDAD ANÓNIMA
Terminales del Pacífico Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-trescientos cuarenta y un mil seiscientos treinta y nueve, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: contables: diario número uno, mayor número uno, inventarios y balances número uno, y de actas: actas de consejo de administración número uno y actas de asambleas de socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Veinte de enero del dos mil nueve.—Lic. Ingrid Solano Álvarez.—(6553).
SAN JOSÉ INDOOR CLUB S. A.
El San José Indoor Club S. A., tramita la reposición de la acción Nº 0959, a nombre de Rubén Iglesias López, cédula de identidad Nº 8-067-175, por haberse extraviado. Cualquier persona que se considere con derechos deberá apersonarse ante el San José Indoor Club S. A., en sus oficinas sitas en Curridabat, dentro del plazo indicado en el artículo 709 del Código de Comercio.—Lic. Cristian Calderón M., Cogerente General.—Lic. Álvaro Cambronero Ch., Cogerente General.—(6587).
TRANSPORTES ALFARO Y MIRANDA SOCIEDAD ANÓNIMA
Transportes Alfaro y Miranda Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-046580, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros: Diario, Actas Consejo de Administración y Registro de Socios, todos número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—Nº 84996.—(6686).
TIANCY MÉDICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Tiancy Médica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-402827 solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor e Inventarios y Balances, todos número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—Nº 84998.—(6687).
QUEBRADORES DEL SUR DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Quebradores del Sur de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y cinco mil setecientos cincuenta, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Asamblea General de Socios número uno, Actas de Junta Directiva número uno, Registro de Socios número uno, Diario número uno, Mayor número uno, e Inventarios y Balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración de Tributación de la Zona Sur, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Gilberto Arias Garro, Apoderado General.—San Isidro de El General, 21 de enero del 2009.—Lic. Gilberto Arias Garro, Representante Legal.—Nº 85033.—(6688).
Juan Carlos Alonso Marrero, mayor, casado una vez, comerciante, cubano, residencia uno uno nueve dos cero cero cero uno ocho cuatro tres cinco, vecino de San José, Tibás. Urbanización Cuatro Reynas, de la iglesia católica, ciento cincuenta metros sur mano izquierda. Vende video en local comercial sito en San José, Tibás. Urbanización Cuatro Reynas, de la iglesia católica ciento cincuenta metros al sur casa ocho N, mano derecha. Edicto es para convocar a acreedores y terceros interesados a reconocer créditos o a oponerse a la venta.—Lic. Wilbert Barrantes Salazar, Notario.—Nº 85216.—(6691).
Luis Brenes Guzmán, mayor, casado, electricista, vecino de la Reseda, casa número 8 A, cédula de identidad número 6-114-939, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: diario número dos: mayor número dos e inventario y balance número dos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Puntarenas, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la última publicación en el diario La Gaceta.—Luis Brenes Guzmán.—(6898).
Jacinto Monestel Sancho, cédula de identidad Nº 5-0173-0139, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los primeros libros de Diario, Mayor, Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Liberia, Guanacaste, en el término de ocho días a partir de la publicación de este aviso.—Jacinto Monestel Sancho.—(6944).
QDR FILIAL VEINTIUNO CALOMENA SOCIEDAD ANÓNIMA
QDR Filial Veintiuno Calomena Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-440563, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: libro número uno de registro de accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Víctor Manuel Rojas Aguilar, Notario.— (7085).
XXVII JACO Z COBALTO SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, Andrea Marlene Terry, ciudadana americana, mayor, divorciada, empresaria, portadora del pasaporte de mi país número uno uno dos cuatro cuatro cuatro dos ocho cinco, vecina de New York, Estados Unidos de América, hago constar que he solicitado a la Junta Directiva de XXVII Jaco Z Cobalto Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-trescientos veintiséis mil cuatrocientos ochenta y cuatro, la reposición del certificado de acciones que corresponde con las acciones número uno, dos, tres, cuatro y cinco de la sociedad que fue extraviado. Por el término de Ley las oposiciones podrán dirigirse a XXVII Jaco Z Cobalto, Sociedad Anónima al Bufete Facio y Cañas en San José, Barrio Tournón, contiguo a Sistemas Analíticos. Transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José, 11 de enero 2009.—Andrea Marlene Ferry, Empresaria.—(7096).
XXVII JACO Z COBALTO SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, Joan Marie Falzarano, ciudadana americana, mayor, casada, secretaria, portadora del pasaporte de mi país número 207743214, vecina de New York, Estados Unidos de América, hago constar que he solicitado a la Junta Directiva de XXVII Jaco Z Cobalto Sociedad Anónima con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-trescientos veintiséis mil cuatrocientos ochenta y cuatro, la reposición del certificado de acciones que corresponde con las acciones número seis, siete, ocho, nueve y diez de la sociedad que fue extraviado. Por el término de Ley las oposiciones podrán dirigirse a XXVII Jaco Z Cobalto Sociedad Anónima al Bufete Facio y Cañas en San José, Barrio Tournón, contiguo a Sistemas Analíticos. Transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José, 11 de enero de 2009.—Joan Marie Falzarano.—(7097).
VAHAN TICO VATISA SOCIEDAD ANÓNIMA
Vahan Tico Vatisa Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos veinticuatro mil seiscientos setenta, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros legales de mayor, diario e inventario y balances, acta de asamblea de socios, registro de socios, acta de consejo de administración, quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en La Gaceta.—San José, 25 de noviembre de dos mil ocho.—Flory Catalina Cob Prendas, Presidenta.—Nº 85315.—(7226).
FLOAR SOCIEDAD ANÓNIMA
Floar Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuarenta y seis mil ciento ochenta y dos, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros legales de mayor, diario e inventario y balances, acta de asamblea general, acta registro de socios, actas junta directiva, quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en La Gaceta.—San José, 20 de noviembre de dos mil ocho.—Flory Catalina Cob Prendas, Presidenta.—Nº 85316.—(7227).
CORPORACIÓN J SOCIEDAD ANÓNIMA
Alejandro Acuña Carabaguiaz, portador de la cédula de identidad costarricense uno-ochocientos treinta y cuatro-cero veintiuno, apoderado generalísimo sin límite de suma, con facultades suficientes y bastantes para este acto de Corporación J Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento doce mil ochocientos noventa y nueve, solicita ante la Dirección Genera de Tributación, la reposición de los siguientes libros legales de la compañía los cuales se han extraviado: Actas Consejo de Administración Nº 1, Actas Asamblea de Socios Nº 1 y Registro de Socios Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (legalización de libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 26 de enero del 2009.—Alejandro Acuña Carabaguiaz, Apoderado Generalísimo.—Nº 85378.—(7228).
AGRINORTE S.R.L.
Juan Cansio Mata Ortega, cédula 3-191-672 en m condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de la compañía Agrinorte S.R.L., cédula jurídica 3-102-204702 solicito a la Dirección General de la Tributación Directa la reposición de los libros uno mayor, uno de actas de asamblea de socios, uno de registro de socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la administración Tributaria de Cartago en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Juan Cansio Mata Ortega, Apoderado Generalísimo.—Nº 85515.—(7229).
DESARROLLOS TURÍSTICOS FUENTES
DEL ARENAL SOCIEDAD ANÓNIMA
Desarrollos Turísticos Fuentes del Arenal Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-237649 domiciliada en San José, Montes de Oca San Pedro, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición del siguiente libro del Diario. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de la ciudad de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Y el periódico La República.—Lic. María del Rocío Montero Vílchez, Notaria.—Nº 85582.—(7626).
LONG BEACH SOCIEDAD ANÓNIMA
Long Beach Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-091335, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros: Actas de Asamblea de Socios, Actas de Registro de Socios, Actas de Consejo de Administración, Libro Mayor, Libro Diario y el Libro de Inventario y Balances, estos seis libros son los primeros. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Iliana Cruz Alfaro, Notaria.—Nº 85620.—(7627).
CCS GLOBAL LOGISTICS SOCIEDAD ANÓNIMA
CCS Global Logistics Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-363158, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Registro de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Mario A. Morelli Astúa, Solicitante.—Nº 85641.—(7628).
COMPAÑÍA MADERERA EXICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Compañía Maderera Exica Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento treinta y un mil ciento cuarenta y nueve, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del libro: Asambleas de Socios y Actas de Consejo de Administración, ambos libros número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria Zona Norte, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Cristina Córdoba Hidalgo, Notaria.—Nº 85834.—(7629).
publicación de una vez
Ante esta notaría se está constituyendo la sociedad Aetos S. A. Presidente: Luis Alberto Acuña Montero.—San José, 26 de noviembre del dos mil ocho.—Lic. Natalia Sarmiento Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 79168.—(117224).
Ante mí, Tatiana Rodríguez Arroyo, notaria pública con oficina abierta en San José, se reformó la cláusula decimaprimera de Ugarod de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno- trescientos cuatro mil trescientos veinte, lo anterior a las catorce horas y diez minutos del dieciocho de junio del año dos mil ocho, San José. Es todo.—Lic. Tatiana Rodríguez Arroyo, Notaria.—1 vez.—(6251).
Ante mí, Tatiana Rodríguez Arroyo, notaria pública con oficina abierta en San José, se reformó la cláusula cuarta de Alturas Hermosas Villa Cincuenta y Uno D.R. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y nueve mil seiscientos treinta y cuatro, lo anterior a las siete horas del veintisiete de enero del año dos mil nueve. San José. Es todo.—Lic. Tatiana Rodríguez Arroyo, Notaria.—1 vez.—(6252).
María Isabel, Lidiette y Fanny María Chanto Carvajal, constituyen: Corporación Chanto y Carvajal, Sociedad de Responsabilidad Limitada, a las diecinueve horas treinta minutos del veintidós de enero del dos mil nueve.—Lic. Aura Céspedes Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 84776.—(6317).
Marvin Gómez Arias y María Marcela Rojas López, constituyen sociedad de responsabilidad limitada de conformidad con el Decreto Ejecutivo 33-171-J, publicado en La Gaceta, el 14 de junio del 2006.—Poás de Alajuela, a las ocho horas treinta minutos del veinte de enero del dos mil nueve.—Lic. Aura Céspedes Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 84777.—(6318).
Mediante escritura número ciento noventa y dos del tomo veintiuno de mi protocolo protocolicé el acta de modificación de la cláusula tercera del objetivo de la sociedad y la cláusula siete de la administración, de la empresa Rafael Ángel Incera Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-24972.—Lic. Miguel Ángel Vásquez López, Notario.—1 vez.—Nº 84779.—(6319).
Por escritura Nº 210, del tomo 3 del suscrito notario, los señores Elmer Solís Sandí, cédula 1-899-414 y Mario Montero Villalobos, cédula 1-884-211, constituyen, E&M Multiservicios Empresariales Sociedad Anónima, el 15 de enero dos mil nueve. Es todo.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Richard Dean Hamm Royes, Notario.—1 vez.—Nº 84781.—(6320).
Por escritura número 209, del tomo 3 del suscrito notario, los señores Julia María Solano Zamora, cédula 2-274-083, Gerardo Ernesto Montero Salazar, cédula 3-176-843 y Gabriela, cédula 1-839-889, Gerardo, cédula 1-813-922 y Daniel Alonso, cédula 1-998-573 estos últimos 3, Montero Solano, constituyen Distribuidora de Servicios Reyes Araya Sociedad Anónima, el 14 de enero dos mil nueve. Es todo.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Richard Dean Hamm Royes, Notario.—1 vez.—Nº 84782.—(6321).
La suscrita, Angioletta Alvarenga Venutolo, notaria pública con oficina abierta en Cartago certifica que en mi notaría, a las ocho horas del diecinueve de diciembre, se constituyó la fundación denominada Fundación Cristiana Evangelio Sol de Justicia, representada por el señor Gerardo Pochet Jiménez, cédula: uno-cuatrocientos diecisiete-cuatro cientos cuarenta y nueve y por la señora Melania Jiménez Solano, cédula: uno-cuatrocientos ochenta y cinco-quinientos cuarenta y tres.—Cartago, veinticuatro de enero del dos mil nueve.—Lic. Angioletta Alvarenga Venutolo, Notaria.—1 vez.—Nº 84783.—(6322).
Por escritura número 207, del tomo 3 del suscrito notario las señoras María Virginia Reyes Araya cédula 6-214-551 y Sandy Salazar Reyes, cédula 7-199-644, constituyen Distribuidora de Servicios Reyes Araya Sociedad Anónima, el 13 de enero dos mil nueve. Es todo.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Richard Dean Hamm Royes, Notario.—1 vez.—Nº 84784.—(6323).
Por la escritura número noventa, otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día veintiuno del mes de enero del dos mil nueve, se protocoliza acta número uno de la asamblea general extraordinaria de socios de la empresa tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y dos mil quinientos ochenta y seis sociedad anónima, mediante la cual se reforman la cláusula segunda y la cláusula décimo primera del pacto constitutivo; se nombra nuevos presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, 22 de enero del 2009.—Lic. Ana Marcia Aguiluz Soto, Notaria.—1 vez.—Nº 84785.—(6324).
Por la escritura número ochenta y cinco, otorgada ante esta notaría, a las siete horas del día doce del mes de enero del dos mil nueve, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Postres Naturales del Valle Sociedad Anónima mediante la cual se reformó la cláusula sétima del pacto constitutivo y se nombraron los puestos de tesorero y fiscal.—San José, 22 de enero del 2009.—Lic. Ana Marcia Aguiluz Soto, Notaria.—1 vez.—Nº 84786.—(6325).
En la notaría de la Lic. María Cecilia Ramírez Gómez, con oficina en San José, se protocolizó el acta número dos de Inversiones Frami Sociedad Anónima, donde se acordó reformar la cláusula segunda, con respecto al domicilio social que será San José, Sabana, del Pops ciento cincuenta metros al sur, y la cláusula sétima en cuanto que la junta directiva será compuesta por tres miembros, siendo la representación judicial y extrajudicial en el presidente de la sociedad.—San José, veintitrés de enero del dos mil nueve.—Lic. María Cecilia Ramírez Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 84787.—(6326).
En la notaría de la Lic. María Cecilia Ramírez Gómez, con oficina en San José, se protocolizó el acta número cuatro de la Asociación de Meditación de Costa Rica, donde se acordó reformar la cláusula décima del pacto constitutivo para que en adelante el periodo de funcionamiento de la junta directiva será de tres años.—San José, veintitrés de enero del 2009.—Lic. María Cecilia Ramírez Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 84788.—(6327).
Mediante escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del veintiuno de enero del dos mil nueve, ante esta notaría, se constituyó Durp LLC Limitada. Domicilio: San José. Plazo: cien años. Objeto: comercio. Capital social: cien mil colones suscrito y pagado. Administración: un gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Bárbara Jiménez Coble, Notaria.—1 vez.—Nº 84789.—(6328).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del veintitrés de enero del año dos mil nueve, protocolicé asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inmobiliaria Parqueos Públicos Hospital de Niños Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo, y se nombra vicepresidente y tesorero.—San José, veintitrés de enero de año dos mil nueve.—Lic. Cristina Montero González, Notaria.—1 vez.—Nº 84790.—(6329).
Por escritura otorgada ante mí en Nuevo Arenal, a las 10:30 horas del 22 de enero de 2009, se constituyó una sociedad cuyo nombre será su número de cédula jurídica, domiciliada en Nuevo Arenal, Tilarán, Guanacaste. 10.000 colones de capital social. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—22 de enero de 2009.—Lic. Carolina Barboza Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 84791.—(6330).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad Consorcio Médico Jiménez - Barrenechea S. A. Domicilio Don Bosco de Santa Bárbara de Heredia. Representación judicial y extrajudicial Presidente individualmente secretario y tesorero en forma conjunta. Plazo social 100 años. Capital totalmente suscrito y pagado.—San Pablo de Heredia, a los veinticinco días del mes de enero del dos mil nueve.—M.Sc. Ricardo Adolfo Badilla Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 84792.—(6331).
Ante mi notaría, se constituyó la Sociedad de esta plaza, denominada Foulkes Sociedad Anónima, con domicilio en Limón, con una vigencia de noventa y nueve años a partir de hoy. Su capital social es la suma de diez mil colones el cual fue debidamente pagado. La representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos, le corresponden al presidente y secretario, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Presidente: Del Roy Foulkes Shand, Secretario: Del Roy Foulkes Blanco, ello mediante escritura doscientos ochenta y seis-cinco, firmada en Limón, a las catorce horas del día quince de enero del dos mil nueve.—Lic. Juan Carlos Salvador Guzmán, Notario.—1 vez.—Nº 84796.—(6332).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario se constituye Intelligent Sense Sociedad Anónima, escritura otorgada en San José a las 15 horas del 24 de enero del dos mil nueve. Apoderados generalísimos: presidente, secretario y tesorero. Plazo social noventa y nueve años, capital social íntegramente suscrito y pagado.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Marco Fallas del Valle, Notario.—1 vez.—Nº 84797.—(6333).
Ante esta notaría a las once horas del día nueve de enero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Agrícola Hermanos Álvarez Sociedad Anónima.—Upala, veinte de enero del año dos mil nueve.—Lic. Carlos Luis Ramírez Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 84799.—(6334).
Por escritura otorgada ante esta notaría pública a las 12:30 horas del 23 de enero de 2009, se constituyó Europartners Costa Rica S. A. Domicilio: San José; Plazo: 500 años. Capital: $100.000,00. Presidente, secretario y gerente general como apoderados generalísimo sin límite de suma.—Lic. David Dumani Echandi, Notario.—1 vez.—Nº 84804.—(6335).
Por escritura otorgada en San José, a las diecisiete horas del veintitrés de enero del dos mil nueve, ante la notaria Laura Avilés Ramírez, se constituyó la sociedad anónima Grupo de Consultores Alfa S. A., con un capital de cien mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una, cuya representación judicial y extrajudicial corresponden al presidente y al secretario cargos que ostentan, respectivamente los señores Joaquín Jiménez Chew y Manuel Romero Lizano. Es todo.—San José, veintitrés de enero del dos mil nueve.—Lic. Laura Avilés Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 84807.—(6336).
Mediante escritura otorgada ante el suscrito se constituyó sociedad anónima denominada Red Express C R Sociedad Anónima. Capital social: Veinte mil colones. Presidente: Óscar Astúa Zeledón. Domicilio: Zapote.—San José, 20 de enero del 2009.—Lic. Rodrigo Antonio Madrigal Núñez, Notario.—1 vez.—Nº 84809.—(6337).
Richard Scott Eisenberg y Bosco Javier Farias constituyen Fecom CR Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: ¢10.000. Domicilio: Guachipelín, Escazú. Escritura otorgada a las 11 horas con 10 minutos del 20 de enero del 2009.—Lic. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—Nº 84812.—(6338).
Por escritura otorgada ante mí, el día dieciséis de enero, a las 16:30 horas, se constituyó la sociedad cuya denominación social Distribuidora Agroverde del Este Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones, representada por el presidente y el vicepresidente, con facultades de apoderados generalísimos, actuando de forma conjunta, sin límite de suma.—San José, veintiuno de enero del dos mil nueve.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—Nº 84815.—(6339).
Por escritura otorgada ante mí, a las 08:00 horas del 21 de enero del dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad 3-101-525313 S. A. reformando sus cláusulas primera, décima y se modifica junta directiva. Es todo.—Jacó, 21 de enero del 2007.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 84816.—(6340).
Por escritura otorgada ante mí, a las 09:00 horas del 21 de enero del dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad 3-102-480622 S. A. reformando su cláusula novena y se modifica junta directiva. Es todo.—Jacó, 21 de enero del 2007.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 84817.—(6341).
Por escritura otorgada ante los conotarios, Mauro Fernando Mora Peraza y César Augusto Mora Zahner, a las dieciséis horas del diecinueve de enero del dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad Suerte del Buho Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y un mil novecientos cuarenta y tres, reformando su cláusula décima y se nombra nueva secretaria. Es todo.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 84818.—(6342).
Por escritura otorgada ante los conotarios, Mauro Fernando Mora Peraza y César Augusto Mora Zahner, a las dieciocho horas del diecinueve de enero del dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad tres-ciento dos-quinientos cincuenta y tres mil quinientos diecinueve sociedad de responsabilidad limitada, con cédula jurídica cedula jurídica número tres-ciento dos-quinientos cincuenta y tres mil quinientos diecinueve, reformando su cláusula séptima y se nombra nuevos gerentes. Es todo.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 84819.—(6343).
Por escritura otorgada ante los conotarios, Mauro Fernando Mora Peraza y César Augusto Mora Zahner, a las diecisiete horas del diecinueve de enero del dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad Suerte del Número Cinco en Puntarenas Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y tres, reformando su cláusula décima y se nombra nueva secretaria. Es todo.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 84820.—(6344).
Ante esta notaría, en escritura número cincuenta y nueve de las once horas del nueve de enero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad El Pequeño Soldador Liberiano S. A., capital social un millón de colones suscrito y pagado; la representación judicial y extrajudicial de la sociedad le corresponde al presidente y al secretario.—Veintiuno de enero de dos mil nueve.—Lic. Manuel Enrique Leiva Chamorro, Notario.—1 vez.—Nº 84822.—(6345).
En mi notaría, a las doce quince horas del día diecinueve de enero del año dos mil nueve, se protocoliza acta número once, tomo primero de asambleas generales de Serviexpreso Money Tranfer Sociedad Anónima, en que se autoriza la capitalización de quince millones de colones, y se acuerda adicionar a la cláusula tercera del pacto social, la siguiente frase: “Objeto social especial: La sociedad se dedicará en especial, al envío y pago de remesas de dinero, dentro y fuera del territorio costarricense”.—San José, Costa Rica, diecinueve de enero del dos mil nueve.—Lic. Cynthia Venegas Obando, NotariA.—1 vez.—Nº 84825.—(6346).
Por escritura otorgada ante mi notaría en San José, a las 14:00 horas, del 21 de enero del año 2009, Luz Hannia Morúa Campos y Alan Ro Morúa, constituyen la sociedad denominada: Sholinlu Sociedad Anónima, domicilio: Puntarenas, del Estadio Municipal, cien metros al oeste. Capital totalmente suscrito y pagado, plazo noventa y nueve años. Presidente: La socia: Luz Hannia Morúa Campos. Agente residente Lic. Ana Victoria Campos Vargas.—Lic. Ana Victoria Campos Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 84827.—(6347).
Jason Pineda Obando y Óscar Garro Rivera, constituyen la sociedad Servicios Técnicos Americanos SERVITECA S. A. Domicilio social, Aserrí. Plazo social 99 años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Escritura otorgada en Desamparados, San José, a las 11:00 horas del 23 de enero del 2009.—Lic. Óscar E. Gómez Ulloa, Notario.—1 vez.—Nº 84828.—(6348).
Ante esta notaría se protocoliza modificación de cláusula novena de los estatutos de la sociedad Chavarría Rojas S. A., se modifica la junta directiva y la personería.—Santo Domingo de Heredia, siete de enero de dos mil nueve.—Lic. Alexander José Ramírez Ulloa, Notario.—1 vez.—Nº 84830.—(6349).
Ante esta notaria, se constituye la sociedad Vega”s Corporation & Industry Sociedad Anónima, con presidente el señor Marco Vinicio Vega Castro.—San José 26 de enero del 2009.—Lic. Óscar Sáenz Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 84831.—(6350).
A las 14:00 y 16:00 horas del día de hoy, protocolicé en mi notaría actas de asambleas generales de las compañías Instituto Multispa S. A. y Multispa Sport’s Café S. A. Se reforma cláusulas VI del pacto social.—San José, 14 de noviembre del 2008.—Lic. Édgar Nassar Guie, Notario.—1 vez.—Nº 84833.—(6351).
Los señores, Ageda Enríquez Corrales y Leonidas Mojica Camaredo, constituyen la sociedad denominada Enríquez Mojica S.A.—San José, veintiséis de enero del año dos mil nueve.—Lic. Adriana Chavarría Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 84834.—(6352).
Ante esta notaría al ser las quince horas del día veintitrés de enero de dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Aprender Haciendo Costa Rica S. A. Presidente: Christian Linares Granados. Capital social: Cien mil colones exactos.—San José, 26 de enero de 2009.—Lic. Raquel Vanesa Hurtado Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 84835.—(6353).
Mediante escritura otorgada a las once horas del veintitrés de enero del año dos mil nueve, ante los suscritos notarios Monica Ferrer Peña y Fabián Fernández Faith, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía: Sea Spells Company Sociedad de Responsabilidad Limitada. Se modifica la cláusula primera del nombre del pacto constitutivo.—San José, veintitrés de enero del dos mil nueve.—Lic. Mónica Farrer Peña y Fabián Fernández Faith, Notarios.—1 vez.—Nº 84839.—(6354).
Los señores Juan Carlos Castro Brenes, Fabián Salas Chavarría y Armando Vega Parrales, constituyen sociedad denominada. Jet Creativo Publicidad S. A. En escritura número ciento treinta y siete, otorgada a las catorce horas del día catorce de enero de dos mil nueve, ante la notaría del Licenciado Juan Morgan Chamorro.—Lic. Juan Morgan Chamorro, Notario.—1 vez.—Nº 84840.—(6355).
Los señores Juan Carlos Castro Brenes, Fabián Salas Chavarría y Armando Vega Parrales, constituyen sociedad denominada. Zeppelín Producciones Ideográficas S. A., en escritura número ciento treinta y ocho, otorgada a las catorce horas, treinta minutos del día catorce de enero de dos mil nueve, ante la notaría del Licenciado Juan Morgan Chamorro.—Lic. Juan Morgan Chamorro, Notario.—1 vez.—Nº 84841.—(6356).
Los señores Juan Carlos Castro Brenes, Fabián Salas Chavarría y Armando Vega Parrales, constituyen sociedad denominada. Tenores Audio Visual S. A., en escritura número ciento treinta y nueve, otorgada a las quince horas, del día catorce de enero de dos mil nueve, ante la notaría del Licenciado Juan Morgan Chamorro.—Lic. Juan Morgan Chamorro, Notario.—1 vez.—Nº 84842.—(6357).
En esta notaría, por escritura pública otorgada a las 12:00 horas del 23 de enero del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Plaza Trechel S. A., en la que se modifica cláusula quinta.—San José, 23 de enero del 2009.—Lic. Jenny Rosales Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 84843.—(6358).
En esta notaría, por escritura pública otorgada a las 13:00 horas del 23 de enero del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Plaza Torva S. A., en la que se modifica cláusula quinta.—San José, 23 de enero del 2009.—Lic. Jenny Rosales Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 84844.—(6359).
En esta notaría, por escritura pública otorgada a las 11:00 horas del 23 de enero del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Plaza Price S. A., en la que se modifica cláusula quinta, se nombró nueva junta directiva y fiscal.—San José, 23 de enero del 2009.—Lic. Jenny Rosales Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 84845.—(6360).
En esta notaría, por escritura pública otorgada a las 14:00 horas del 23 de enero del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Plaza Multi Price S. A. En la que se modifica cláusula quinta.—San José, 23 de enero del 2009.—Lic. Jenny Rosales Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 84846.—(6361).
En esta notaría, por escritura pública otorgada a las 16:00 horas del 23 de enero del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Inmobiliaria Valdemar S. J. S. A. En la que se modifica cláusula quinta.—San José, 23 de enero del 2009.—Lic. Jenny Rosales Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 84847.—(6362).
En esta notaría, por escritura pública otorgada a las 15:00 horas del 23 de enero del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Desarrolladora Zurriago S. A. En la que se modifica cláusula quinta.—San José, 23 de enero del 2009.—Lic. Jenny Rosales Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 84848.—(6363).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las once horas del día diecinueve de enero del dos mil nueve, se constituye la compañía Importaciones y Exportaciones Regional del Norte Sociedad Anónima. Objeto: comercio en general. Plazo: veinte años. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, veintiséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Alfonso Guzmán Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 84849.—(6364).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las once horas, treinta minutos del día diecinueve de enero del dos mil nueve, se constituye la compañía Empaques Modernos Fedora EIRL. Objeto: se dedicará a la importación de materiales para empacar regalos. Plazo: diez años. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, veintiséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Alfonso Guzmán Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 84850.—(6365).
Por escritura otorgada, a las 11:00 horas del día 23 de enero del 2009, se constituyó Grande Deceman S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: un millón de colones.—San José, 23 de enero del 2009.—Lic. Catalina Pujol Rueda, Notaria.—1 vez.—Nº 84851.—(6366).
Por escritura otorgada, a las 12:30 horas del día 23 de enero del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Desarrollos Inmobiliarios Maruz S. A. Mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto social referente a la administración y a la representación de la sociedad.—San José, 23 de enero del 2009.—Lic. Catalina Pujol Rueda, Notaria.—1 vez.—Nº 84852.—(6367).
Ante mí, Tatiana Rodríguez Arroyo, notaria pública con oficina abierta en San José, se constituyeron seis sociedades anónimas, donde se hace constar que las denominaciones sociales de las mismas se hacen de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º de este decreto Nº 33171-J, las primeras cinco a las once horas y la sexta a las doce horas del veintitrés de enero del dos mil nueve.—Lic. Tatiana Rodríguez Arroyo, NotariA.—1 vez.—Nº 84854.—(6368).
Ante mí, Tatiana Rodríguez Arroyo, notaria pública con oficina abierta en San José, se constituyeron seis sociedades denominadas: Trading Solutions Group (T.S.G.) Sociedad Anónima; Consultrading Financial Group (C.F.G.) Sociedad Anónima; Betalltime Sociedad Anónima; Viku Sky Dreams Información Ecoturística y & Organización de Eventos Especiales Sociedad Anónima, a las siete horas, a las ocho horas, a las nueve horas, y a las diez horas respectivamente del veintitrés de enero del dos mil nueve en San José. Es todo.—Lic. Tatiana Rodríguez Arroyo, NotariA.—1 vez.—Nº 84855.—(6369).
A las catorce hora del día de hoy, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la empresa Costa Cóbano del Silencio S. A. Mediante la cual se reforma la cláusula segunda que se refiere al domicilio de la sociedad, se reforma la cláusula sexta que se refiere a la administración, se conoce la renuncia del presidente y secretario de la junta directiva y se nombran nuevos.—San José, 23 de enero del 2009.—Lic. Juan Ignacio Mas Romero, Notario.—1 vez.—Nº 84856.—(6370).
Ante mí, Tatiana Rodríguez Arroyo, notaria pública con oficina abierta en San José, se constituyó la siguiente sociedad denominada Grupo Asesor HMK Sociedad Anónima. A las diez horas del dieciséis de diciembre del dos mil ocho en San José. Es todo.—Lic. Tatiana Rodríguez Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 84857.—(6371).
Por escritura otorgada ante esta notaría, el diecinueve de enero del dos mil nueve, mediante escritura veinticinco-seis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Corporativa de Inversiones Macalin Sociedad Anónima. Se reformó la cláusula cuarta de los estatutos sociales.—San José, veinte de enero del 2009.—Lic. Juan Manuel Jiménez Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 84858.—(6372).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad de San José, denominada Servicios de Informática Jurídica Aplicada S.A.—San José, 20 de enero del 2009.—Lic. Laura Loaiza Elizondo, Notaria.—1 vez.—Nº 84859.—(6373).
Por escritura otorgada hoy 23 de enero del 2009, a las 10:00 horas se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada 3-102-549727 sociedad de responsabilidad limitada. Mediante la cual se acordó modificar la cláusula octava de los estatutos. Se nombran gerentes.—San José, 23 de enero del 2009.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1 vez.—Nº 84861.—(6374).
Por escritura otorgada hoy 22 de enero del 2009, a las 18:00 horas se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada J.Y. Villa Black Eight Sociedad Anónima. Mediante la cual se acordó modificar la cláusula segunda de los estatutos.—San José, 22 de enero del 2009.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1 vez.—Nº 84862.—(6375).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las ocho horas con treinta minutos del dieciséis de enero del dos mil nueve, se modificó la cláusula quinta del estatuto social y se realizaron nombramientos de la empresa Agricultura Creativa de Fermentos XPC Sociedad Anónima. Domicilio social en la provincia de Heredia.—Heredia, veintidós de enero del dos mil nueve.—Lic. Rodrigo Vargas Araya, Notario.—1 vez.—Nº 84863.—(6376).
Por escrituras número ciento noventa y dos, otorgada ante mi notaría, a las dieciocho horas y treinta minutos del veintitrés de enero del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general de socios de la sociedad Tarimas y Embalajes de Maderas Certificadas S. A. Mediante la cual se otorgó poder general.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Manuel Figueroa Loaiza, Notario.—1 vez.—Nº 84864.—(6377).
Por escritura número ciento noventa y uno, otorgada ante mi notaría, a las dieciocho horas del veintitrés de enero del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general de socios de la sociedad Maderas y Ferretería Buen Precio CBP S. A. Mediante la cual se otorgó poder general.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Manuel Figueroa Loaiza, Notario.—1 vez.—Nº 84865.—(6378).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veintitrés de enero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Alternativas WXZ Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Domicilio social: San José.—San José, 24 de enero del 2009.—Lic. Agustín Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—Nº 84868.—(6379).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó sociedad anónima cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del decreto número tres tres uno siete uno-J, del catorce de junio del dos mil seis. Escritura otorgada en San José, a las diecisiete horas del día veintitrés de enero del dos mil nueve.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—Nº 84870.—(6380).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 del 23 de enero del 2009, se constituyó la sociedad anónima denominada Coherent Capital Corporation Sociedad Anónima.—San José, veintitrés de enero del dos mil nueve.—Lic. Sergio Sancho Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 84869.—(6381).
Ante esta notaría, se protocoliza la asamblea de socios de la sociedad denominada Sailfish Ciento Noventa y Ocho Sociedad Anónima, que modifica la cláusula sexta que en adelante se leerá así: La representación judicial y extrajudicial de la sociedad, corresponderá al presidente y secretario de la junta directiva, quienes tendrán facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—San José, 23 de enero del 2009.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 84871.—(6382).
Ante esta notaría, se protocoliza la asamblea general de socios de la sociedad denominada Trup Auto Sociedad Anónima, que modifica la cláusula primera para que en adelante se denomine Casa Kigla Sociedad Anónima y la cláusula sexta del pacto constitutivo, en la cual se otorga poder generalísimo sin límite de suma, a todos los miembros de la junta directiva cuya representación judicial corresponde al presidente, vicepresidente, secretario y tesorero. Es todo.—San José, 23 de enero del 2009.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 84872.—(6383).
Hoy a las trece horas, se constituyó ante mí, la sociedad South Porcupine Corp. S. A.—San José, 20 de enero del 2009.—Lic. Rómulo Pacheco Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 84873.—(6384).
Hoy a las quince horas, se constituyó ante mí, la sociedad Premiums and Incentives Corp. S. A.—San José, 5 de diciembre del 2008.—Lic. Rómulo Pacheco Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 84874.—(6385).
Por escritura otorgada ante mí, se constituye sociedad anónima de esta plaza Servicios Ejecutivos Romasa Sociedad Anónima. Presidente: Mauricio Mora Amador. Secretario: Róger Villegas Delgado. Corresponde al presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, actuando conjuntamente. Capital social: diez mil colones. Plazo: cien años.—San José, veintiséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Juan Carlos Delgado Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 84875.—(6386).
Por escritura de las 10:00 horas de hoy protocolicé acta de Hotel Las Palmas Punta Uva S. A. Mediante la cual se nombra vicepresidente y fiscal.—San José, 20 de enero del 2009.—Lic. Jorge L. Jiménez Monge, Notario.—1 vez.—Nº 84878.—(6387).
Carlos Luis Arroyo Araya y Julia Alvarado Alpízar, constituyen la sociedad que se denominará Lucajo Uno Sociedad Anónima. El domicilio social será en San José, La Uruca, de la Agencia Mazda, doscientos metros norte, cien este, cien norte y trescientos setenta y cinco metros este, casa número noventa y uno, segunda etapa. Presidente: Carlos Luis Arroyo Araya, escritura otorgada en Desamparados, a las veinte horas del catorce de enero del dos mil nueve, ante el notario Rodrigo Ureña Quirós.—Lic. Rodrigo Ureña Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 84879.—(6388).
Los señores Juan Rafael Espinoza Víctor y Claudio Varela Hernández, constituyen la sociedad Seguridad Los Ranger del Guanacaste Sociedad Anónima. Domicilio en Colonia Bolaños de La Cruz, Guanacaste, de la antigua escuela cien metros al este.—La Cruz, Guanacaste, 15 de diciembre del 2008.—Lic. Luis Ángel Salazar Ureña, Notario.—1 vez.—Nº 84880.—(6389).
Mediante escritura número doscientos sesenta y cinco, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del veintidós de enero del dos mil nueve, protocolicé acta general extraordinaria de accionistas de Laboratorios Stein Sociedad Anónima. En la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo relativa al domicilio social.—San José, veintidós de enero del dos mil nueve.—Lic. Yanina Cordero Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 84881.—(6390).
En mi notaría, se constituye El Silo de Tierra Blanca E. I. R. L. apoderado Eduardo Enrique Gómez Gómez, cédula tres-doscientos treinta y tres-ciento ochenta y cuatro.—Cartago, 26 de enero del 2009.—Lic. Henrich Moya Moya, Notario.—1 vez.—Nº 84882.—(6391).
Francisco José Castro Quirós, notario público de Cartago, avisa que en escritura pública número ciento ochenta y seis-quince, otorgada en mi despacho a las quince horas del veintitrés de enero del dos mil nueve, Sandra María Barquero Chaves y Ronald Mora Esquivel, constituyeron la entidad denominada Los Papitos de Lulis R & S Sociedad Anónima. Apoderados generalísimos sin límite de suma: presidente y secretario, actuando conjunta o separadamente. Domicilio: Dulce Nombre, Cartago. Capital social: cien mil colones, dividido en cien acciones nominativas y comunes. Objeto: bienes raíces, inversiones inmobiliarias, actividad mercantil, comercio en general.—Cartago, 23 de enero del 2009.—Lic. Francisco José Castro Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 84883.—(6392).
Por escritura Nº 262, otorgada en esta notaría a las 15:10 horas del 23 de enero del 2009, se constituyó la sociedad Servicios de Transportes Hermanos Núñez A Y J S. A. Capital social: de ¢10.000,00, representantes el presidente y secretario.—Lic. Adriana Chin Wo Astúa, Notaria.—1 vez.—Nº 84885.—(6393).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las quince horas del veinticuatro de enero del dos mil nueve, los señores Martha Eugenia Sánchez Carvajal, cédula dos-cuatrocientos cuarenta y nueve-ciento treinta y cinco y Fray Martín Soto Alvarado, cédula dos-cuatrocientos veintinueve-cero setenta y cuatro, constituyen la compañía denominada Constructora Lacaracha M.J. Sociedad Anónima.—Lic. Ailyn Carmona Corrales, Notaria.—1 vez.—Nº 84886.—(6394).
Beula Hefzi-Ba S. A. Modifica cláusula y cambia junta directiva. Escritura otorgada en Santa Ana, a las 11:30 horas del 20 de enero del 2009.—Lic. Maritza Quintanilla Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 84887.—(6395).
Por escritura Nº 42 del tomo 7 de la notaría de Vivian Wyllins Soto Duh Desarrollo Urbanístico y Habitacionales de Costa Rica Duh S. A. Es todo.—San José, 22 de enero del 2009.—Lic. Vivian Wyllins Soto, Notaria.—1 vez.—Nº 84889.—(6396).
Por escritura Nº 40 del tomo 7 de la notaría de Vivian Wyllins Soto Camioneta Azul Dos Mil Dos S. A. y por escritura Nº 39 Valle Sur Proyectos S. A. nombra nueva presidente y modifica la cláusula segunda del domicilio. Es todo.—San José, 22 de enero del 2009.—Lic. Vivian Wyllins Soto, Notaria.—1 vez.—Nº 84890.—(6397).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las catorce horas, treinta minutos del veintidós de enero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima denominada Meza Blanco Diseño y Comunicación Sociedad Anónima. Con domicilio en la ciudad de San José, con un capital de diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Presidenta: Mary Cruz Blanco Vargas.—San José, veintitrés de enero del dos mil nueve.—Lic. Andrea de Jesús Valverde Barahona, Notaria.—1 vez.—Nº 84893.—(6398).
El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las nueve horas del veintidós de enero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Rancho Las Ilusiones S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, veintidós de enero del dos mil nueve.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—Nº 84895.—(6399).
Mario Alexánder León Gómez y Zulay Narváez Sequeira, constituyen Construcciones León Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Limón a las doce horas, veinte minutos del diecinueve de enero del dos mil nueve. Capital social: diez mil colones.—Lic. Randy Gordon Cruickshank, Notario.—1 vez.—Nº 84896.—(6400).
Ante el licenciado Juan Federico Arias Chacón, se constituyó la sociedad que se denominará según lo dispuesto en el artículo segundo del decreto ejecutivo tres tres uno siete uno cinco, publicado en La Gaceta ciento catorce de junio del dos mil seis. Presidente: Christopher Brian Keane, como apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: es de seis mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Juan Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 84897.—(6401).
Ante el licenciado Juan Federico Arias Chacón, se constituyó la sociedad que se denominará según lo dispuesto en el artículo segundo del decreto ejecutivo tres tres uno siete uno-J, publicado en La Gaceta ciento catorce, de junio del dos mil seis. Presidente: Owen Michael Hanson, como apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: es de seis mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Juan Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 84898.—(6402).
Ante el licenciado Juan Federico Arias Chacón, se constituyó Grupo de Talleres Unidos del Pacífico Sociedad Anónima. Presidente: Luis Noel Pastran Altamirano, como apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: es de seis mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Juan Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 84899.—(6403).
Al ser las catorce horas del cinco de diciembre del dos mil ocho, ante esta notaría, los señores Francisco Antonio Rivas Marín y Francisco Antonio Rivas Zúñiga, constituyen la sociedad Rivas Asociados Sociedad Anónima. Se nombra junta directiva, apoderados generalísimos sin límite de suma y se fija el capital social.—San José, veintiséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Marta Cedeño Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 84901.—(6404).
En mi notaría, mediante escritura de las trece horas del veintitrés de enero del año en curso, se constituyeron diez sociedades anónimas, cuya denominación son las cédulas jurídicas correspondientes. Presidente: Olman Piedra Solano.—San José, 23 de enero del 2009.—Lic. Hugo Francisco Velázquez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 84902.—(6405).
Por escritura otorgada a las nueve horas del día veinticuatro de enero del dos mil nueve, se constituye la empresa de esta plaza Gabriel & Asociados GN Sociedad Anónima. Capital social: un millón de colones exactos. Representación: presidente y tesorero. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, veintiséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Marcelo Gamboa Venegas, Notario.—1 vez.—Nº 84903.—(6406).
Por escritura número ochenta y seis, otorgada ante mí, a las nueve horas con treinta minutos del veintiséis de enero del dos mil nueve, se constituyó la siguiente sociedad Corporación Foca Marina A.S.F. Sociedad Anónima. Presidente con plenas facultades. Domicilio social: en San Pablo de Heredia. Capital: íntegramente suscrito y pagado, mediante letras de cambio.—San José, veintiséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Juan José Quirós Meléndez, Notario.—1 vez.—Nº 84907.—(6407).
Ante mi notaría, el día de hoy se constituyó la fundación que se denominará Fundación Selva Viva. Plazo: perpetuo. Domicilio: San Ramón, Alajuela, Bajo Barrantes de Piedades Sur, cuatrocientos metros al este de la entrada a Bajo Barrantes. Directores: Andrea María Arias Rodríguez, Roy Cruz Villalobos y Jeffrey M. Vásquez Rodríguez.—San Ramón, Alajuela, catorce de enero del dos mil nueve.—Lic. Marlenne María Alfaro Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 84908.—(6408).
Mediante escritura número doscientos dieciocho, otorgada a las ocho horas del veintiuno de enero del dos mil nueve, ante la notaria Alejandra Montiel Quirós, se constituye Drmauropuntocom Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, veintiséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Alejandra Montiel Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 84911.—(6409).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las dieciséis horas de hoy, se protocoliza acuerdos de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Costarrican Cleaning Products S. A. Mediante la cual se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, veintitrés de enero del dos mil nueve.—Lic. Alejandro Batalla Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 84912.—(6410).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 13:00 horas del 24 de enero del 2009, protocolizo acta de asamblea extraordinaria de socios de Inversiones Diecinueve CH Y S S. A. Mediante la cual se reforman las cláusulas 2, 7, 8 y 9 del domicilio, la administración y asambleas de accionistas.—Lic. Fernan Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 84916.—(6411).
Ante mí, Grace Marie Robinson Arias, notaria pública de Siquirres, provincia de Limón, se constituyó Corporación Murias Solano Sociedad Anónima. Nombramientos: presidenta, Fressy Mayela Sojo Solano, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Domicilio social: Limón, cantón Siquirres, distrito quinto, Cairo, barrio Las Quintas.—26 de enero del 2009.—Lic. Grace Robinson Arias, Notaria.—1 vez.—Nº 84918.—(6412).
Por escritura otorgada a las nueve horas de hoy, se constituyó la sociedad que se denominará de acuerdo al Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, facultando al Registro para que le asigne como nombre su número de cédula jurídica más el aditamento sociedad anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, la señora Dulce Blank.—San José, veintitrés de enero del dos mil nueve.—Lic. Bernal Chavarría Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 84919.—(6413).
Por escritura Nº 52-1 del tomo 1 de las 8:00 horas del 13 de enero del 2009, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Gerapri Inversiones S. A. Por la cual se modifica el capital social de la compañía.—San Isidro de El General, 13 de enero del 2009.—Lic. Elena Cordero Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 84921.—(6414).
Por escritura número ciento noventa y siete-treinta y ocho, otorgada hoy ante mí, se reforma la cláusula noventa del pacto constitutivo de Inversiones Negro Pantera Sociedad Anónima.—San José, veinticuatro de enero del dos mil nueve.—Lic. Patricia Lara Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 84923.—(6415).
Por escritura número ciento noventa y nueve-treinta y ocho, otorgada hoy ante mí, se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo de Motores Múltiples Sociedad Anónima.—San José, veinticuatro de enero del dos mil nueve.—Lic. Patricia Lara Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 84924.—(6416).
Por escritura otorgada a las 15:00 horas del 22 de enero del 2009, William Morales Porras, protocolizan el cambio de nombre de la sociedad, que en adelante se denominará Centro de Acopio J & D de Occidente Sociedad Anónima. Así como el cambio de junta directiva. Es todo.—San Miguel de Naranjo, a las dieciséis horas del veintidós de enero del dos mil nueve.—Lic. Edgar Gerardo Campos Araya, Notario.—1 vez.—Nº 84925.—(6417).
Por escritura otorgada a las 15:20 horas del 19 de enero del 2009, Alberto Rojas Matamoros y Damaris Rojas Rojas, protocolizan el cambio de junta directiva y el cambio de nombre de la sociedad. Es todo.—San Miguel de Naranjo, a las dieciséis horas del diecinueve de enero del dos mil nueve.—Lic. Edgar Gerardo Campos Araya, Notario.—1 vez.—Nº 84926.—(6418).
Por escritura otorgada a las 15:30 horas del 19 de enero del 2009, Marcos Vásquez Rodríguez y Marisel Rojas Matamoros, protocolizan el cambio de junta directiva de la sociedad. Es todo.—San Miguel de Naranjo, a las diecisiete horas del diecinueve de enero del dos mil nueve.—Lic. Edgar Gerardo Campos Araya, Notario.—1 vez.—Nº 84927.—(6419).
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del veintitrés de enero del dos mil nueve, se creó la sociedad con base en el artículo dos del decreto del Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de cédula de persona jurídica como denominación social. Domiciliada en la provincia de Limón, distrito primero Guácimo, cantón sexto Guácimo, cincuenta metros al sur y ciento cincuenta metros al este de la escuela Los Geranios. Presidente: Andy Isidro Cascante Howard.—Lic. Jorge Luis Valerio Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 84933.—(6420).
El suscrito notario, hace constar que mediante escritura otorgada el 20 de enero del 2009, se constituye la sociedad Inversiones Platinum S.A. Presidente tiene la representación legal. Capital: suscrito y pagado.—San José, 20 de enero del 2009.—Lic. Carlos Eduardo Quesada Montero, Notario.—1 vez.—Nº 84934.—(6421).
Agropecuaria La Gloria de Puriscal Sociedad Anónima, reforma cláusula segunda del pacto constitutivo. Nombra nueva junta directiva, en Santiago de Puriscal, a las 10:30 horas del 19 de enero del 2009, ante la notaria pública Viria Picado Rodríguez.—Lic. Viria Picado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 84935.—(6422).
Por escritura otorgada a las once horas, treinta minutos del día cinco de enero del dos mil nueve, ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones Jesa Sociedad Anónima. Domiciliada en San José. Presidenta: Carmen Rita Galagarza Galagarza.—San José, cinco de enero del dos mil nueve.—Lic. Evelyn Jara Cascante, Notaria.—1 vez.—Nº 84936.—(6423).
Por asamblea de socios la sociedad denominada JV Seventeen Cocobolo Forestal XVII S. A. Modifican cláusula segunda y nombran nueva junta directiva, fiscal y agente residente. Es todo.—San José, al ser las doce horas del día veintiséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—Nº 84937.—(6424).
Por escritura de las 11:00 horas del 23 de enero del 2009, se protocoliza el acta de la sociedad denominada tres-ciento dos-quinientos cuarenta y dos mil cuatrocientos once sociedad de responsabilidad limitada, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio para que sea en Cartago, La Unión, San Ramón, Residencial Bello Monte, doscientos metros sur a mano izquierda. Se nombra gerente.—San José, 23 de enero del 2009.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 84938.—(6425).
En esta notaría, al ser las ocho horas del dieciséis de enero del dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima City Motor Sociedad Anónima (Ciudad Motor Sociedad Anónima). Presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: cien mil colones.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Javier Clot Barrientos, Notario.—1 vez.—Nº 84941.—(6426).
Mediante escritura otorgada a las quince horas del día ocho de enero del dos mil nueve, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la empresa Iqinternet Corporation S. A.; cédula Nº 3-101-483561, mediante la cual se transforma y se modifica el artículo sexto de la constitución de la sociedad. Asimismo se nombra nueva junta directiva.—San José, veintiuno de enero del dos mil nueve.—Lic. Carolina Palma Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 84943.—(6427).
Mediante escritura otorgada a las once horas, treinta minutos del día veintiuno de enero del dos mil nueve, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la empresa Eight Days a Week S. A.; cédula Nº 3-101-483563, mediante la cual se transforma y se modifica el artículo quinto y sexto de la constitución de la sociedad. Asimismo se nombra nueva junta directiva.—San José, veintiuno de enero del dos mil nueve.—Lic. Carolina Palma Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 84944.—(6428).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 12 de setiembre del 2007, se constituyó la sociedad Traveling With Locals S. A. Representante: el presidente, secretario y tesorero. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, veintiséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Eduardo Guardia Rouillon, Notario.—1 vez.—Nº 84946.—(6429).
El suscrito notario hace constar que el día de ayer, se constituyó una sociedad anónima la cual se denominará por el número de cédula jurídica que le otorgue el Registro, ello conforme al decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento sesenta y uno-J, publicado en La Gaceta, ciento catorce del día catorce de junio del dos mil seis. Presidente: Oscar Díaz Montiel.—San José, 24 de enero del 2009.—Lic. Rafael Guillén Monge, Notario.—1 vez.—Nº 84947.—(6430).
Por escritura otorgada a las 17:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea de socios de Sabomar S. A. Donde se reforman cláusula cuarta de los estatutos, modificando el plazo social.—San José, veintitrés de enero del dos mil nueve.—Lic. Edgar Díaz Sánchez, Notario.—Nº 84948.—(6431).
Mediante escritura otorgada a las 10:00 horas del veinte de enero del dos mil nueve, ante la notaria pública Melania Gutiérrez Gamboa, los señores Federico Castro Castro y Marco Antonio Cabrera Sandoval, constituyen la compañía denominada Design Studio Plus Sociedad Anónima.—San José, veinte de enero del dos mil nueve.—Lic. Melania Gutiérrez Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 84949.—(6432).
Mediante escritura número ciento ochenta y seis-seis, del día veinticuatro de enero del dos mil nueve, ante esta notaría, se protocolizó el acta número tres de accionistas de la sociedad denominada Hidro Rymca S. A. Mediante la cual se modificó su pacto constitutivo.—Lic. Víctor Eduardo Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 84950.—(6433).
Por escritura otorgada ante mí, se aumenta capital social a doscientos ochenta y cinco millones y se reforman cláusulas segunda y quinta del pacto constitutivo de la sociedad Entre Ríos Fortuna Sociedad Anónima.—Cuidad Quesada, San Carlos, Alajuela, veintitrés de enero del dos mil nueve.—Lic. Eduardo Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 84951.—(6434).
Ante Ignacio Sánchez Ramírez, notario se constituyó la sociedad anónima Arthur’s Friend’s and Company S. A. Domicilio: San José. Plazo: 100 años. Presidente: Freydoun Ebrahimoff.—San José, 11:00 horas del 22 de enero del 2009.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 84953.—(6435).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, de las nueve horas del veintiséis de enero del dos mil nueve, se reforman cláusulas del pacto constitutivo de la sociedad Centro de Idiomas Logos Sociedad Anónima. Presidenta: Karla Leandro Oviedo.—Lic. Consuelo Méndez Marchena, Notaria.—1 vez.—Nº 84954.—(6436).
Ante esta notaría, se modificó la cláusula primera de la sociedad Emerald Tours Sociedad Anónima, del nombre la sociedad se denominará Emerald Tours Travel Agency Sociedad Anónima, también la cláusula sétima: la sociedad será representada por el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones.—San José, 22 de enero del 2009.—Lic. Joan Salazar Garreta, Notario.—1 vez.—Nº 84960.—(6437).
Por escritura número treinta y cuatro, otorgada ante mi notaría, a las nueve horas del veintitrés de enero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Supligeo Sociedad Anónima. Presidente: José Alfredo Vargas Campos, capital social cien mil colones exactos. Domicilio: San Pedro de Montes de Oca.—Lic. Marvin Villagra López, Notario.—1 vez.—Nº 84968.—(6438).
Ante esta notaría, el día 26 de enero del 2009, se constituyó la sociedad anónima conforme al decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Capital totalmente suscrito y pagado.—San José, 26 de enero del dos mil nueve.—Lic. David Rivera Villegas, Notario.—1 vez.—Nº 84969.—(6439).
Por escritura ciento cinco de las 15:47 horas del 8 de diciembre del 2008, se constituyó Directorios Comerciales y Turísticos de Occidente Sociedad Anónima.—Grecia, 19 de diciembre del 2008.—Lic. Karol Gómez Hidalgo, Notaria.—1 vez.—Nº 84970.—(6440).
El suscrito Maykool Acuña Ugalde, notario público, con oficina en Ciudad Colón, hace constar que a las 17:00 horas del día 21 de enero del 2009, se ha constituido la sociedad denominada Finca el Común de Ciudad Colón S. A., con un plazo social de 99 años, siendo su presidente el señor Cupertino Luis Hidalgo Morales.—Lic. Maykool Acuña Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 84971.—(6441).
Protocolización de acta de la compañía Tamarindo Breeze S. A., según la cual se reforma la cláusula décimo sétimo y se hacen nombramientos en la junta directiva.—San José, veintiséis de enero del año dos mil nueve.—Lic. Vera Violeta Jiménez Roldán, Notaria.—1 vez.—Nº 84983.—(6442).
Protocolización de acta de la compañía Diseños Técnicos de Costa Rica S. A., según la cual se reforma la cláusula novena y se hacen nombramientos en la junta directiva.—San José, veintiséis de enero del año dos mil nueve.—Lic. Vera Violeta Jiménez Roldán, Notaria.—1 vez.—Nº 84984.—(6443).
Mediante protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad formalizada en esta notaría, se modificó la cláusula quinta de los estatutos de la sociedad Grupo Akkar División Costa Rica Limitada, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y cuatro mil quinientos cincuenta y cuatro.—Lic. Pablo Duncan Linch, Notario.—1 vez.—Nº 84985.—(6444).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas del veinticuatro de enero del año dos mil nueve, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Reinosa Sociedad Anónima.—San José, veintiséis de enero del año dos mil nueve.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—1 vez.—(6449).
Por escritura número 157 otorgada a las 9:30 horas del 27 de enero del 2009, Lourymari Martínez Torres y Francisco José Velázquez Viloria constituyen Administradora Factoría Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones. Es todo.—San José, 27 de enero del 2009.—Lic. Iara Lancaster Cortés, Notaria.—1 vez.—(6457).
Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las catorce horas del día quince de enero del año dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima denominada Disam Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía pudiendo abreviarse las dos últimas palabras como S. A.—San José, veintiuno de enero del año dos mil nueve.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—(6458).
Ante esta notaría a las 9:00 horas, del 16 de enero del 2009, según escritura 58 3, se constituyó Lorenatural S. A. Domicilio Alajuela. Capital social suscrito y pagado. Fines comercio en general. Carmen Lorena Hernández Salas; presidenta de la junta directiva con facultades de apoderada generalísima sin limitación de suma.—Lic. Julio Javier Alvarado Morera, Notario.—1 vez.—(6461).
Ante este notario público, Bernardo Guzmán Núñez, se constituye escritura número doscientos treinta y siete, en donde se constituye Cciat Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse su aditamento final en S. A., inscrita en el tomo segundo, folio ciento veintiséis frente, del protocolo del suscrito notario; cuyo capital social está representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.—Dado en Alajuela, el 23 de enero del año dos mil nueve.—Lic. Bernardo Guzmán Núñez, Notario.—1 vez.—(6466).
Por escritura otorgada ante esta notaría el veinticuatro de enero del año dos mil nueve, se ha constituido sociedad denominada Mundo Diesel KCR Sociedad Anónima. Presidente: Sung Bok Lee. Domicilio: San José, Curridabat, costado este del Registro Público. Plazo noventa y nueve años.—San José, veintiséis de enero del año dos mil nueve.—Lic. Juan Gerardo Quesada Naranjo, Notario.—1 vez.—(6404).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veintiséis de enero del año dos mil nueve, se reforma la cláusula segunda del objeto de la sociedad More Properties Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 27 de enero del 2009.—Lic. Khorana Arias Cortés, Notaria.—1 vez.—(6506).
Laura Meléndez Asencio, Leendert Van-Vliet, constituyen la sociedad denominada Hortis de Costa Rica Sociedad Anónima. Capital social ¢10.000,00. Presidente, secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Dado en San José el día veintiséis de enero del año dos mil nueve.—Lic. Annia Zamora Chaves, Notaria.—1 vez.—(6520).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la firma de esta plaza Apple Party Sociedad Anónima, en español Fiesta Manzana Sociedad Anónima. Capital social mil colones. Plazo noventa y nueve años. Domicilio: La Uruca, San José, de las bodegas de la Liga de la Caña, cien metros sur y ciento cincuenta oeste. Presidenta Marilin Gamboa Gómez, agente residente: licenciado Paul Zúñiga Hernández.— San José, ocho de enero del dos mil nueve.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—(6521).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la firma de esta plaza Hula-Hula Food Services Sociedad Anónima, en español Servicios de Comida Hula-Hula Sociedad Anónima, capital social mil doscientos colones. Plazo noventa y nueve años, domicilio: La Uruca, San José, cien sur y ciento cincuenta oeste de las bodegas de la Liga de la Caña; presidente Pablo Andrey Azofeifa Fallas, agente residente licenciado Paul Zúñiga Hernández.—San José, cuatro de diciembre del dos mil ocho.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—(6526).
Por escritura otorgada a las 8:00 horas del 27 de enero del 2009, se constituyó la sociedad denominada Transporte Los Sueños Sociedad de Responsabilidad Limitada. Notarios: Luis Ángel Arroyo Soto y Mario Antonio Naranjo López.—Lic. Luis Ángel Arroyo Soto y Mario Antonio Naranjo López, Notarios.—1 vez.—(6539).
Ante esta notaría se constituyeron dos sociedades anónimas cuya denominación social se establece de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno-J; con un plazo de noventa y nueve años y un capital social de cien mil colones exactos.—San José, veintisiete de enero del dos mil nueve.—Lic. Ingrid Gutiérrez Rojas, Notaria.—1 vez.—(6552).
Por escritura otorgada a las catorce horas del 21 de enero del 2009 se constituyó El Ángel de Mar Dorado Sociedad Anónima; capital diez mil colones. Domicilio: Santa Ana, Río Oro, de la escuela 100 metros al oeste.—Lic. Rose Mary Zúñiga Ramírez, Notaria.—1 vez.—(6555).
Mediante escritura número doscientos cuatro, del tomo tercero del protocolo del suscrito notario público, otorgada a las once horas del veintiséis de enero del año dos mil nueve, se constituyó Constructora CYJ Asociados Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Hatillo Siete, casa número veintiséis. Plazo noventa y nueve años. Presidente: Alfredo Callado Obando. Secretario: Kelvin Collado Jiménez.—San José, veintisiete de enero del dos mil nueve.—Lic. Williams Castro Ponce, Notario.—1 vez.—(6556).
Por escritura pública número ciento veinticuatro-cero ocho, de las catorce horas, treinta minutos del veintiséis de enero del dos mil nueve, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Caetano Veloso Ltda., en la que se modifica la cláusula segunda del domicilio y se nombran gerentes y agente residente.—Lic. Erika Mishelle Gómez Soto, Notaria.—1 vez.—(6557).
Por escritura pública número ciento veintitrés-cero ocho, de las catorce horas del veintiséis de enero del dos mil nueve, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Diurnal Ilution S. A., en la que se modifica la cláusula segunda del domicilio y se nombra presidente.—Lic. Erika Mishelle Gómez Soto, Notaria.—1 vez.—(6558).
Mediante asamblea general extraordinaria de Inversiones Centella Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento veintiocho mil noventa y cinco, se cambió la cláusula número dos del pacto constitutivo del domicilio para que se lea “San Joaquín de Flores, trescientos metros oeste del cementerio casa de madera color blanco al costado izquierdo sin perjuicio de establecer sucursales o agencias tanto dentro como fuera del país”. El suscrito notario protocolizó mediante escritura número doscientos setenta y siete del tomo segundo de mi protocolo.—Veintiséis de enero del año dos mil nueve.—Lic. Ronny Esteban Retana Moreira, Notario.—1 vez.—(6582).
Por escritura otorgada hoy ante mí, a las 14:00 horas del 23 de enero del 2009, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Capitales de Construcción de Coronado S. A., por la que se modifica el domicilio social y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Maurren Barrientos Delgado.—San José, 23 de enero del 2009.—Lic. Jorge Alfonso Castro Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 84986.—(6693).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecinueve horas del día trece de enero del dos mil nueve, se constituye Hermanos Torres Rivera Sociedad Anónima. Capital social: siete mil colones. Duración noventa y nueve años. Corresponde al presidente, secretario y tesorero la representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Presidente: Gerardo Torres Bravo.—San José, 14 de enero del 2009.—Lic. Juan de Dios Mora Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 84987.—(6694).
Por escritura otorgada ante mi notaría en San José, a las 15:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad JJ Motos del Oriente Sociedad Anónima. Domicilio: San José, 17 de noviembre del dos mil ocho.—Lic. Alejandra Bastida Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 84989.—(6695).
Por escritura otorgada ante mi notaría en San José, a las 15:30 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Transportes JJ Orient del Pacífico Sociedad Anónima. Domicilio: San José, 17 de noviembre del dos mil ocho.—Lic. Alejandra Bastida Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 84990.—(6696).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del veinte de enero del dos mil nueve, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta mil setecientos ochenta sociedad anónima. Se modificó domicilio, cláusula octava del pacto constitutivo, cambio de junta directiva y fiscal y cambio de agente residente.—San José, veintidós de enero del dos mil nueve.—Lic. Mónica Cuellar González, Notaria.—1 vez.—Nº 84991.—(6697).
Por escritura otorgada ante mi notaría en San José, a las 15:15 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Mot JJ Orient Sociedad Anónima. Domicilio: San José, 17 de noviembre del dos mil ocho.—Lic. Alejandra Bastida Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 84992.—(6698).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas, treinta minutos del veinte de enero del dos mil nueve, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Condominio Los Robles de Tamarindo Blanco Perla Sociedad Anónima. Cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veinticinco mil novecientos veintidós. Se modificó domicilio, cláusula octava del pacto constitutivo, cambio de junta directiva.—San José, veintidós de enero del dos mil nueve.—Lic. Mónica Cuellar González, Notaria.—1 vez.—Nº 84993.—(6699).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 18:00 horas del 16 de diciembre del 2008, se constituyó la sociedad Ebenz Moda S. A.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Álvaro López Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 84994.—(6700).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 11:00 horas del 19 de enero del 2009, se constituyó la sociedad Salazar y Ramírez S. A.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Álvaro López Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 84995.—(6701).
Mediante escritura número doscientos cuarenta y cinco-seis, otorgada ante esta notaría, al ser las quince horas del día veintiséis de enero del dos mil nueve, se constituyó la empresa que se denomina: Corporación Chinchilla y Gómez CG Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Corporación Chinchilla y Gómez CG S. A., presidente: Sergio Chinchilla Gómez. Capital social diez mil colones; plazo social noventa y nueve años.—Lic. Silvia Castro Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 85000.—(6702).
Que por la escritura número 86, visible a folio 97 frente, se nombró nuevo gerente y se modificó la cláusula sexta de Las Montañas Blancas de la Costa SRL, que por la escritura número 88, visible a folio 99 frente, se nombró nuevo gerente y gerente operativo y se modificó la cláusula sexta de Inversiones La Abeja Trabajadora SRL., que por la escritura número 90, visible a folio 101 frente, se nombró nuevo gerente y se modificó la cláusula sexta de Finca Las Bellezas de San Josesito SRL., que por escritura número 91, visible a folio 102 frente, se nombró nuevo gerente y se modificó la cláusula sexta de Lote El Círculo de Amor SRL., que por escritura número 92, visible a folio 103 frente, se nombró nuevo gerente y gerente operativo se modificó la cláusula sexta de Finca La Paz Azul SRL. Todas en el tomo XI del protocolo del notario público licenciado Eduardo Abarca Vargas.—Uvita de Osa, a las 9:00 horas del 23 de enero del 2009.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 85001.—(6703).
Que por la escritura número 104, visible a folio 114 vuelto, se nombró nuevo gerente, gerente operativo y subgerente y se modificó la cláusula sexta de Walking Barefoot in the Wind Ltda., que por la escritura número 105, visible a folio 115 frente, se nombró nuevo gerente y gerente operativo y se modificó las cláusulas sexta y primera cambiando el nombre a Blue Crowed Motmot SRL, de Lote El Mirador Celeste SRL, que por la escritura número 106, visible a folio 116 frente, se nombró nuevo gerente y se modificó la cláusula sexta de Finca Lote Paz en la Noche Estrellada SRL., todas en el tomo XI del protocolo del notario público licenciado Eduardo Abarca Vargas.—Uvita de Osa, a las 9:00 horas del 21 de enero del año 2009.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 85002.—(6704).
Al ser las once horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Inversiones Aloha R. F. S.A., donde se reforma la cláusula segunda del domicilio, la cláusula sétima de la administración y se establece la cláusula novena de la vigilancia.—Río Frío, 19 de enero del 2009.—Lic. German Vega Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 85005.—(6705).
Al ser las 12:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad anónima Importaciones del Pino B & P S. A., capital social diez mil colones cancelado en dinero efectivo, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, domicilio Guápiles de Pococí.—Río Frío, doce horas del veintidós de enero del año dos mil nueve.—Lic. German Vega Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 85006.—(6706).
El suscrito notario público Robin Bonilla Monge, hace constar que ha protocolizado acta de la compañía International Currency Account Sociedad Anónima, de esta plaza, cédula jurídica 3-101-536042, renuncia presidente y se nombra nuevo presidente a Greg Hamon (nombre) Henry (apellido), cédula de residencia 138800004117, se aumenta capital social y reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo.— San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Robin Bonilla Monge, Notario.—1 vez.—Nº 85007.—(6707).
Los suscritos Freddy Morera Baltodano y Carlos Enrique Oviedo Cordero notifican que han constituido la entidad Compañía Aduanera Internacional Alsa Sociedad Anónima, domiciliada en San José, con un capital de diez mil colones, representadas por diez acciones comunes y nominativas de un mil colones cada una. Sociedad constituida en San José, a las 8:00 horas del 26 de enero del 2009.—Lic. Edgar Montero Mejía, Notario.—1 vez.—Nº 85008.—(6708).
Ante la notaría del licenciado Audrys Esquivel Jiménez, se otorgó la escritura número doscientos setenta y ocho del tomo veinte, se constituyó la sociedad Mot Clean S. A.—Santa Ana, veintiséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 85012.—(6709).
Por escritura pública número cincuenta, otorgada en Grecia, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Los Yilas Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Grecia, a las 16:00 horas del día 13 de enero del año 2009. Presidente Cristiam Rojas Barrantes.—Lic. José Guillermo Bolaños Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 85013.—(6710).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría el día diecinueve de enero del dos mil nueve, se constituyó Las Keke de Casa Huatil Guanacaste Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Isthara S. A., con un capital social de diez mil colones. El presidente, secretario y tesorero de la junta directiva serán los apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—Bagaces, 23 de enero del 2009.—Lic. Sonia Guzmán Coto, Notaria.—1 vez.—Nº 85014.—(6711).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría el día veinticinco de enero del dos mil nueve, se constituyó Raylumura de Costa Rica CBS Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones. El presidente y secretaria de la junta directiva serán los apoderados generalísimos sin límite de suma de la sociedad. Es todo.—Bagaces, 26 de enero del 2009.—Lic. Romell Alberto Chévez Ordóñez, Notario.—1 vez.—Nº 85015.—(6712).
Por escritura otorgada el día 23 de enero del 2009, se constituyó Beyfield Investments Group S. A., el día de hoy se modificó el pacto constitutivo de Barva Cero Dos Dos Mil Tres S. A.—San Pablo de Heredia, 26 de enero del 2009.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—Nº 85016.—(6713).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría el día diecinueve de enero del dos mil nueve, se constituyó Isthar Anestesológica de Costa Rica Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse, Isthara S. A., con un capital social de diez mil colones. El presidente, secretario y tesorero de la junta directiva será el apoderados generalísimos sin límite de suma de la sociedad. Es todo.—Bagaces, 23 de enero del 2009.—Lic. Sonia Guzmán Coto, Notaria.—1 vez.—Nº 85017.—(6714).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 13:00 horas del día de hoy, se constituyó la firma Chavos Romero S. A.—Cartago, 26 de enero del 2009.—Lic. Carlos Edo. Mata Ortega, Notario.—1 vez.—Nº 85021.—(6715).
Que mediante escritura de las 8 horas y 9 horas de hoy se constituyó Cortinas y Persianas Deco Design S. A., e Inversiones Mundo Telas Agrst S. A., capital suscrito y pagado, domicilio Aserrí, representación presidente y secretario.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Alexander A. Chacón Porras, Notario.—1 vez.—Nº 85022.—(6716).
Por escritura otorgada a las dieciséis horas del doce de diciembre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Hijos de Danilo y María Cecilia Sociedad Anónima, representada por su presidente y secretaria.—Ciudad Quesada, 26 de enero del 2009.—Lic. Jorge Arturo Hidalgo Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 85023.—(6717).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, constituí las siguientes sociedades: M58 Sociedad Anónima S. A., Edificaciones Estratégicas Sociedad Anónima, Alternativas Constructivas Sociedad Anónima; Inversiones Estratégicas Sociedad Anónima; Investigaciones Utópicas Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, 14 de enero del 2009.—Lic. Wálter José Jiménez Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 85024.—(6718).
En escritura pública número doscientos ochenta y nueve-nueve, otorgada ante el notario Alexis Monge Agüero, en San Isidro, Pérez Zeledón, a las once horas del dieciocho de diciembre del dos mil ocho, se constituyó la empresa Mafa del Sur Sociedad Anónima, presentada al diario del Registro bajo las citas tomo 578, asiento 26164. Corresponde al presidente y tesorero, la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Firma responsable licenciado Alexis Monge Agüero.—Firmo en San Isidro, Pérez Zeledón, a las diez horas del quince de enero del dos mil nueve.—Lic. Alexis Monge Agüero, Notario.—1 vez.—Nº 85027.—(6719).
Que por acta de asamblea general extraordinaria de Clear Water River S. A., cédula jurídica 3-101-415755, celebrada el día diez de enero del año dos mil nueve, se nombran nuevos miembros de la junta directiva, se reforma cláusulas segunda y octava. Es todo.—San Isidro, 26 de enero del año dos mil nueve.—Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario.—1 vez.—Nº 85028.—(6720).
Por escritura noventa y ocho, tomo treinta y tres otorgada ante la suscrita notaria a las once horas del cinco de enero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Cordero Valverde Sociedad Anónima y se nombra junta directiva presidente Benancio Julio Valverde Acuña; capital social por diez mil colones. Plazo social por noventa y nueve años.—San Isidro de Pérez Zeledón, cinco de enero del año dos mil nueve.—Lic. Lizeth Mata Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 85029.—(6721).
Por escritura número dos-dos de las once horas del siete de enero del año dos mil nueve, se constituyó Las Plumerías del Sur S. A. Presidente Carlo Magno Román Arroyo; plazo social cien años. Capital social: diez mil colones.— San Isidro de El General, veintisiete de enero del dos mil nueve.—Lic. Elena Romero Morales, Notaria.—1 vez.—Nº 85030.—(6722).
Mediante escritura número ciento sesenta y ocho-dos, al ser las doce horas del diez de diciembre del dos mil ocho, se constituyó asamblea general extraordinaria celebrada por Centro Llantero del Sur Sociedad Anónima. Presentes en el acto la totalidad del capital social, se procede a acordar la reforma a la cláusula segunda, quedando el domicilio de la sociedad contiguo a la Terminal de Gafeso, San Isidro de Pérez Zeledón, San José.—Pérez Zeledón, veintiuno de enero del dos mil nueve.—Lic. Diana Chaves Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 85031.—(6723).
Por escritura otorgada ante mí, Luis Javier Blandino Herrera, notario con oficina en Alajuela, el día de hoy se protocolizaron los siguientes acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad 3-101-548355 s. a. Domiciliada en Alajuela, en la cual se reforma la cláusula primera del nombre denominándose Zamu Distribuidora S. A.—Escritura otorgada en Alajuela, a las diez horas del veintiséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Luis Javier Blandino Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 85032.—(6724).
Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del día veintiséis de enero del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Dawaska Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó reformar la cláusula sexta del acta constitutiva.—San José, veintisiete de enero del dos mil nueve.—Lic. Norman De Pass Ibarra, Notario.—1 vez.—Nº 85037.—(6725).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 15 horas 30 minutos del día 23 de enero del 2009, se constituyó una sociedad anónima denominada Inversiones Agape T&M Sociedad Anónima, domiciliada en Curridabat, Lomas de Ayarco Sur, seiscientos metros sur de Ayarco. Plaza casa 28. Capital social 10.000 colones.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 85038.—(6726).
Por escritura número ciento ochenta, otorgada ante Rosa Guillermina Aguilar Ureña, se constituye la sociedad Productora Internacional de Eventos P.I.E. Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse los dos últimos aditamentos S. A., el cual es nombre de fantasía.—Escritura otorgada en San José, a las diecinueve horas del dieciséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Rosa Guillermina Aguilar Ureña, Notaria.—1 vez.—Nº 85039.—(6727).
Por escritura número ciento ochenta y dos, se protocoliza acta de la sociedad tres-ciento uno-cinco dos siete cero seis cinco sociedad anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cinco dos siete cero seis cinco, en la cual de la cláusula de la denominación para que en adelante se lea así: La Sociedad se denominará Frutitragos Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse los dos últimos aditamentos S. A.— San José, a las diecinueve horas del veintitrés de enero del dos mil nueve.—Lic. Rosa Guillermina Aguilar Ureña, Notaria.—1 vez.—Nº 85040.—(6728).
Por escritura pública número 113-9, otorgada a las 12:00 horas del 26 de enero del 2009, ante la notaria Antonella Da Re Masís, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Costa del Bálsamo S. A., se modificó cláusula quinta y se nombró gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—27 de enero del 2009.—Lic. Antonella Da Re Masís, Notaria.—1 vez.—Nº 85041.—(6729).
Por escritura número 52, otorgada a las 10:00 horas del 26 de enero del 2009, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Almacén Línea Activa C.Q. S. A., nombrando nuevo secretario y tesorero.—Lic. Rosa María Jiménez Morúa, Notaria.—1 vez.—Nº 85042.—(6730).
Por escritura número 53, otorgada a las 11:00 horas del 26 de enero del 2009, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inmobiliaria Fazil F.Z.L. S. A., nombrando nuevo secretario y tesorero y reformando la cláusula cuarta.—Lic. Rosa María Jiménez Morúa, Notaria.—1 vez.—Nº 85043.—(6731).
Greivin Víquez Quesada, mayor, casado una vez, cédula dos-trescientos cuarenta y ocho-trescientos cuarenta y dos, vecino de Santa Rosa de Poás Alajuela, cincuenta metros al este de la escuela, Dimas Reinaldo Campos Salas, mayor, casado una vez, cédula dos-cuatrocientos setenta y cuatro, novecientos setenta y seis, vecino de San Rafael de Poás de Alajuela, setecientos metros al suroeste de la escuela, Maurilio Barquero Rodríguez, mayor, casado una vez, cédula dos-doscientos treinta y uno, setecientos trece, constituyen Tajo Rocavi RCV Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las ocho horas del veintiséis de enero del dos mil nueve.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 85049.—(6732).
Por escritura otorgada en mi notaría a las 14:15 horas del 10 de enero del 2009, se constituyó la sociedad denominada Compus y Más S.A.—San Isidro de Heredia.—Lic. Kattya Lisseth Mora Sequeira, Notaria.—1 vez.—Nº 85050.—(6733).
Por escritura ciento sesenta otorgada a las doce horas de hoy, protocolicé acta de asamblea de socios de Logística Aire Mar Costa Rica S. A., que modificó cláusula quinta del capital a doscientos cincuenta mil dólares.—Veintiuno de enero del dos mil nueve.—Lic. Federico Brealey Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 85051.—(6734).
Por escritura otorgada en mi notaría a las 14:00 horas del 10 de enero del 2009, se constituyó la sociedad denominada Servipro CR S.A.—San Isidro de Heredia.—Lic. Kattya Lisseth Mora Sequeira, Notaria.—1 vez.—Nº 85052.—(6735).
Por escritura otorgada en mi notaría a las 10:00 horas del 10 de enero del 2009, se constituyó la sociedad denominada H & J Food Services S. A.—Tibás, San José.—Lic. Kattya Lisseth Mora Sequeira, Notaria.—1 vez.—Nº 85053.—(6736).
El suscrito Hiro Yatable, notario público, con oficina en Matapalo Santa Cruz, Guanacaste, hace saber que mediante escritura número 160 del 12 de enero del 2009, se constituye la sociedad anónima denominada Pro Services S. A. Capital social: 10.000 colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: Tatiana Raust. Domicilio: Playa Grande, Santa Cruz, Guanacaste, de la caseta del guarda en Palm Beach Estates, 50 metros al sur mano izquierda, casa de colores.—Matapalo, Santa Cruz, Guanacaste, 27 de enero del 2009.—Lic. Hiro Yatable Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 85055.—(6737).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 14:30 horas del veintitrés de enero del año 2009, se constituyó la sociedad denominada Protocolo y Actividades Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, Moravia, San Blas, urbanización Altamoravia, casa número treinta y tres C, capital social veinte mil colones exactos. Presidente con la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.— San José, veintitrés de enero del año 2009.—Lic. Carlos Guillermo Alvarado Heinrich, Notario.—1 vez.—Nº 85056.—(6738).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del veintitrés de enero del año 2009, se constituyó la sociedad denominada Los Cuatro Robles Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, Goicoechea, Guadalupe, Mall El Dorado, local número seis, capital social: Veinte mil colones exactos. Presidente y tesorero con la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.— San José, veintiséis de enero del año 2008.—Lic. Carlos Guillermo Alvarado Heinrich, Notario.—1 vez.—Nº 85058.—(6739).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:15 horas del veintitrés de enero del año 2009, se constituyó la sociedad denominada Grandes Torres Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, Goicoechea, Guadalupe, Mall El Dorado, local número seis, capital social: Veinte mil colones exactos. Presidente y tesorero con la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.— San José, veintiséis de enero del año 2008.—Lic. Carlos Guillermo Alvarado Heinrich, Notario.—1 vez.—Nº 85059.—(6740).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 15:30 horas del veintiséis de enero del año 2009, se constituyó la sociedad denominada Ruta al Sol Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, Goicoechea, Guadalupe, Mall El Dorado, local número seis. Capital social: veinte mil colones exactos. Presidente y tesorero con la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veintiséis de enero del año 2008.—Lic. Carlos Guillermo Alvarado Heinrich, Notario.—1 vez.—Nº 85060.—(6741).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 15:45 horas del veintiséis de enero del año 2009, se constituyó la sociedad denominada Estela de Colores Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, Goicoechea, Guadalupe, Mall El Dorado, local número seis. Capital social: veinte mil colones exactos. Presidente y tesorero con la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veintiséis de enero del año 2008.—Lic. Carlos Guillermo Alvarado Heinrich, Notario.—1 vez.—Nº 85061.—(6742).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 16:00 horas del veintiséis de enero del año 2009, se constituyó la sociedad denominada Diamante Púrpura Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, Goicoechea, Guadalupe, Mall El Dorado, local número seis. Capital social: veinte mil colones exactos. Presidente y tesorero con la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veintiséis de enero del año 2008.—Lic. Carlos Guillermo Alvarado Heinrich, Notario.—1 vez.—Nº 85062.—(6743).
Perfumes y Cosméticos L´Brisse PCLB Sociedad Anónima, aumento de capital en la suma de nueve millones novecientos noventa colones. Capital: suscrito y pagado acciones comunes y nominativas.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Alexander Granados Loaiza, Notario.—1 vez.—Nº 85063.—(6744).
Por protocolización de acta otorgada en mi Notaría en San José el día veintiséis de enero del dos mil nueve, se constituyó la compañía: Hadas de las Nubes Sociedad Anónima. Domicilio social: Puntarenas, Mal País de Cóhano, 400 sur de la pescadería. Presidenta: Sheryll Deanna Lilly.—Lic. Ricardo Ananías Loaiza Morales, Notario.—1 vez.—Nº 85065.—(6745).
Ante mi Notaría, se constituyó la empresa denominada Inversiones La Selva de Guácimo Sociedad Anónima, a las 10:00 horas del 27 de octubre del 2008. Plazo: 99 años. Presidente: José Vargas Vargas.—Lic. Elena Mayela Arias Varela, Notaria.—1 vez.—Nº 85066.—(6746).
Ante mi Notaría, se constituyó la empresa denominada Inversiones y Colocaciones JDF Sociedad Anónima, a las 10:00 horas del 26 de octubre del 2008. Plazo: 99 años. Presidente: José Vargas Vargas.—Lic. Elena Mayela Arias Varela, Notaria.—1 vez.—Nº 85067.—(6747).
Ante mi Notaría, se constituyó la empresa denominada Inversiones Los Jardines de Fralu Sociedad Anónima, a las 20:00 horas del 30 de diciembre del 2008. Plazo: 99 años. Presidenta: Francia Lucía Vargas Bustamante.—Lic. Elena Mayela Arias Varela, Notaria.—1 vez.—Nº 85068.—(6748).
Por escritura otorgada ante mí, a las 12:00 horas del 26 de enero del 2009, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Julio de Descanso Limitada. Se modifican las cláusulas quinta y sexta de los estatutos. Se nombra nuevo gerente y subgerente.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Manrique Rojas Ibarra, Notario.—1 vez.—Nº 85069.—(6749).
Por escritura ciento veintisiete - dos, de las diez horas del día dieciséis de diciembre del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas Confitería Múltiple Número Dos Sociedad Anónima; se modificó la cláusula quinta del capital social.—Lic. Aníbal Granados Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 85070.—(6750).
Por escritura número cincuenta y siete, tomo diez de protocolo, se protocolizan actas asamblea general ordinaria y extraordinaria de Asociación Comunitaria de Coronado para Personas con Necesidades Especiales, cédula jurídica número tres-cero cero dos-cuatrocientos mil trescientos sesenta y siete, por las que se modifican los artículos decimooctavo y vigésimo primero del pacto constitutivo; y se nombra junta directiva y fiscalía. La señora Xenia Giselle Silesky Jiménez, cédula de identidad número tres-doscientos cinco-seiscientos cincuenta es presidente con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma; y la señora Sonia Rivera Ávalos, cédula de identidad número uno-doscientos noventa y ocho-ochocientos noventa y cuatro es vicepresidenta, quien suple a la primera en casos de ausencia, con las mismas facultades. Fiscal propietario: señor Ramón Luis Lobo Sánchez, cédula de identidad número uno-cuatrocientos noventa y dos-cuatrocientos noventa y uno. Fiscal suplente: señora Isabel Meza Ramos, cédula de identidad número nueve-cero cero ocho-cuatrocientos setenta y nueve.—San Pedro de Montes de Oca, a las ocho horas del veintiséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Carlos José Vargas Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 85071.—(6751).
Por escritura otorgada ante la notaria Xitlali Espinoza Guzmán, el veinticuatro de enero del dos mil nueve, Javier Antonio Aguilar Picado, Claudia Marcela Aguilar Picado y María Guisela León Moreno, constituyen sociedad de responsabilidad limitada que se denominará de conformidad con el decreto tres tres uno siete uno-J.—Heredia, veinticuatro de enero del dos mil nueve.—Lic. Xitlali Espinoza Guzmán, Notaria.—1 vez.—Nº 85073.—(6752).
Por escritura número cincuenta y seis-ocho, otorgada ante mí, a las dieciséis horas treinta minutos del día diecinueve de diciembre del dos mil ocho, he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Vista Verde Quince Morada S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y dos mil cuatrocientos sesenta, según la cual se modifica el pacto constitutivo en su cláusula sexta. Es todo.—26 de enero del 2009.—Lic. Juan Manuel Jiménez Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 85074.—(6753).
Por escritura otorgada a las diecisiete horas del veintiséis de enero del 2009, constitución de sociedad Kareem-Store S. A. Presidente: Saad Ahmad (nombres) Masaeed (apellido) Abu Hassan (apellido).—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Katia Marcela Salas Guevara, Notaria.—1 vez.—Nº 85075.—(6754).
Ante esta notaría, se constituye sociedad anónima. Presidente: Maklin Villalobos Ramírez.—San José, nueve de enero del dos mil nueve.—Lic. Manuel Enrique Fernández Campos, Notario.—1 vez.—Nº 85076.—(6755).
Ante la notaría del licenciado Róger Antonio Sancho Rodríguez, mediante escritura Nº 350-17, visible al folio 191 vuelto del tomo decimosétimo del protocolo de dicho notario, otorgada a las 10:00 horas del día 9 de enero del 2009, el suscrito notario a solicitud el señor Rodrigo Alberto Vargas Sequeira, protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de la empresa denominada tres-ciento uno-quinientos cuarenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y cuatro, mediante la cual se reforma cláusula de sus estatutos y se reestructura la junta directiva y fiscal.—Santo Domingo de Heredia, 26 de enero del 2009.—Lic. Róger Antonio Sánchez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 85077.—(6756).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del veintitrés de enero del dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima denominada M & E Tax & Legal Consultants Limitada. Los gerentes ostentan la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos. Capital social: diez mil colones.—Paraíso, veintitrés de enero del 2009.—Lic. Carlos Iván Morales Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 85078.—(6757).
Por la escritura número 132-04 del tomo 04 del protocolo de la notaria Ana Lorena Borges Montero, otorgada en esta ciudad a las 12:00 horas del veintiséis de enero del 2009, la sociedad costarricense denominada 3-101-551707 sociedad anónima, cédula número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y un mil setecientos siete. Modifica sus Estatutos.—San Isidro de El General, veintiséis de enero del 2009.—Lic. Ana Lorena Borges Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 85079.—(6758).
Por la escritura número 127-04 del tomo 04 del protocolo de la notaria Ana Lorena Borges Montero, otorgada en esta ciudad a las 08:00 horas del veintiuno de enero del 2009, la sociedad costarricense denominada 3-102-472665 sociedad de responsabilidad limitada, cédula número tres-ciento dos-cuatrocientos setenta y dos mil seiscientos sesenta y cinco. Modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, veintiséis de enero del 2009.—Lic. Ana Lorena Borges Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 85080.—(6759).
La compañía denominada Inversiones Machuca de San Mateo S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cinco cinco tres siete uno tres, nombra como presidente al señor Ricardo Mora Aguilar, cédula de identidad número uno-ocho cuatro cinco-ocho cuatro siete.—San José, 20 de enero del 2009.—Lic. Hendrix Gutiérrez Menocal, Notario.—1 vez.—Nº 85083.—(6760).
El suscrito notario, Óscar Carrillo Baltodano, he constituido, la sociedad anónima denominada: Pagus Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones exactos, por un plazo social de noventa y nueve años, en donde figura como presidente el señor: Diann Feleppa. Es todo.—Puntarenas, 23 de enero del 2009.—Lic. Óscar Carrillo Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 85084.—(6761).
He protocolizado acta de asamblea extraordinaria de Explorer Rent a Car Sociedad Anónima, que modifica el pacto constitutivo, en adelante apoderados pueden actuar conjunta o separadamente. Es todo.—Lic. Edgardo René Ramos Carmona, Notario.—1 vez.—Nº 85085.—(6762).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó Logística Global R Y B Sociedad Anónima, domiciliada en San José, plazo social 99 años, objeto, comercio y la industria, capital social cien mil colones, presidente. William Brenes Alfaro.—San José, 7 de enero del 2009.—Lic. Mario Gonzalo Soto Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 85086.—(6763).
Por este medio el suscrito Notario hace constar que a las diecisiete horas del día veintiséis de enero del dos mil nueve, mediante escritura número doscientos setenta y tres-dos, otorgada en el tomo segundo de mi protocolo, se protocolizaron acuerdos de asamblea de socios de la sociedad Corporación en Seguridad Masís y Quirós Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno- doscientos sesenta y dos mil trescientos dieciséis, en los que se modifica la cláusula primera de su pacto constitutivo, cambiando su domicilio y su denominación a Seguridad Cosmo HQP Sociedad Anónima.—Paraíso de Cartago, veintisiete de enero del dos mil nueve.—Lic. Francisco Alfonso Castro Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 85087.—(6764).
Ante la suscrita notaria, se constituye la sociedad: Trans Solper Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones exactos, representado por diez acciones de mil colones cada una. Domicilio social: Villa Ligia, Pérez Zeledón, San José, trescientos cincuenta metros al sur de la panadería Villa Ligia. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Jorge Solórzano Pérez.—Veintiséis de enero del dos mil nueve.—Lic. María Vita Monge Granados, Notaria.—1 vez.—Nº 85089.—(6765).
Por escritura otorgada ante mí a las doce horas con diez minutos del veintidós de enero del dos mil nueve, se reformaron las cláusulas segunda y sexta de la sociedad Exilio Valenciano Sociedad Anónima.—San José, veintitrés de enero del dos mil nueve.—Lic. Giulio Sansonetti Hautala, Notario.—1 vez.—Nº 85090.—(6766).
Mediante escritura otorgada el veintiuno de enero de 2009, ante esta Notaría, se constituye la sociedad denominada Llama del Bosque JP Sociedad Anónima.—San José, 21 de enero del 2009.—Lic. Manuela Guillén Salazar, Notaria.—1 vez.—Nº 85091.—(6767).
Mediante escritura otorgada el veinte de enero de 2009, ante esta Notaría, se constituye la sociedad denominada Trasportes Cecana CCN Sociedad Anónima.—San José, 21 de enero del 2009.—Lic. Manuela Guillén Salazar, Notaria.—1 vez.—Nº 85092.—(6768).
Mediante escritura otorgada el veinte de enero de 2009, ante esta Notaría, se constituye la sociedad denominada Inversiones Elicar ECN Sociedad Anónima.—San José, 21 de enero del 2009.—Lic. Manuela Guillén Salazar, Notaria.—1 vez.—Nº 85093.—(6769).
Ante mi Notaría el día hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Guimes Limitada, donde se reforma de los estatutos la cláusula tercera: del plazo. El plazo social es de quinientos cincuenta y cuatro meses a partir del seis de octubre de mil novecientos sesenta y dos.—San José, 01 de diciembre del 2008.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 85097.—(6770).
Por medio de la escritura número setenta y siete del tomo segundo de mi protocolo, otorgada en mi notaría en San José, a las ocho horas del veintiséis de enero de dos mil nueve, se protocolizaron acuerdos de la sociedad Sunaloa Internacional S. A., en donde se acordó modificar la cláusula quinta del pacto social sobre el capital social.—San José, veintisiete de enero del dos mil nueve.—Lic. Adrián Alberto Quesada Arias, Notario.—1 vez.—Nº 85098.—(6771).
En mi Notaría el día 9 de enero del 2009, se constituyó la compañía Center Valley View S. A. domiciliada en Piedades de Puriscal, cien este del cementerio. Presidente y apoderado: Ronald Díaz Retana.—Lic. Luis Charpentier Acuña, Notario.—1 vez.—Nº 85099.—(6772).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las quince horas y veinte minutos del día dieciséis de enero del año dos mil nueve, se reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo, de la sociedad de esta plaza denominada tres-ciento uno-.—cuatrocientos ochenta y ocho mil doscientos diez sociedad anónima.—San José, dieciséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Sylvia Montero Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 85100.—(6773).
Por escritura otorgada en esta Notaría en San José a las dieciséis horas del día cinco de setiembre del año dos mil ocho, se constituyeron las sociedades denominadas a) Vía Andora Primo - Uno S. A., B) Vía Andora Primo - Due S. A., C) Via Andora Primo - Tre S. A., D) Vía Andora Primo - Quattro S. A., E) Vía Andora Primo - Cinque S. A., F) Vía Andora Primo - Sei S. A., G) Vía Andora Primo - Sette S. A., H) “Vía Andora Primo - Otto S. A.; 1) Vía Andora Primo - Nove S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo y Carlos Morales Fallas, Notarios.—1 vez.—Nº 85101.—(6774).
Por escritura otorgada en esta Notaría en San José de las trece horas del día veintidós de enero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Ride On Management Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 23 de enero del 2009.—Lic. Annabella Rohrmoser Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 85102.—(6775).
Por esta escritura otorgada en esta Notaría en San José a las doce horas del día veintitrés de enero del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Tierragreen de los Sueños Sociedad Anónima. Se reforman las cláusulas segunda, quinta, sétima y octava, y se nombra tesorero y fiscal.—San José, 23 de enero del 2009.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 85103.—(6776).
Por esta escritura otorgada en esta Notaría en San José a las once horas del día veintitrés de enero del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Bertrum Better Be Good Limitada. Se reforma cláusula segunda y cláusula octava.—San José, 23 de enero del 2009.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 85104.—(6777).
Por esta escritura otorgada en esta Notaría en San José a las trece horas del día veintitrés de enero del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Charmed Kyushu Sociedad Anónima. Se reforma cláusula sexta y se nombra junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 23 de enero del 2009.—Lic. Annabella Rohrmoser Zuñiga, Notario.—1 vez.—Nº 85105.—(6778).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario en San José a las 16:15 horas del 23 de enero del 2009, he procedido a protocolizar el acta de reunión de cuotistas de 3-102-522751 s.r.l., celebrada en San José a las 8 horas del 6 de noviembre del 2008, mediante la cual se acordó reformar la cláusula sétima del pacto social y nombrar gerente y subgerente.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—Nº 85110.—(6779).
Los señores Drusilla Lapp González y Claudio Méndez Vargas, han acudido a mi Notaría a constituir una sociedad anónima denominada Bountifull Valley Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las 17:00 horas del día 17 de diciembre del 2008.—Lic. Fernando José González Medina, Notario.—1 vez.—Nº 85111.—(6780).
Por escritura otorgada en esta notaria en San José de las diez horas treinta minutos del veintitrés de enero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Porfuerza Manguito Sociedad Anónima. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 23 de enero del 2009.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 85112.—(6781).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las ocho horas del veintiséis de enero del año dos mil nueve, se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad The Summer Wayfarer LLC Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula primera de la razón social, la cláusula segunda del domicilio, la octava de la administración, y se nombra gerente general Frank Josef Helena Vranken.—San José, veintiséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—Nº 85113.—(6782).
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:15 horas del 20 de enero del 2009, se constituyó la sociedad denominada Araya & Gamboa Ocho Octubre Mil Novecientos Ochenta y Tres S. A.; cuyo capital se encuentra suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 20 de enero del 2009.—Lic. Hugo Alberto Loaiza Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 85119.—(6783).
Ante mí, Carlos Manuel Arroyo Rojas, se reformo la cláusula segunda del pacto de constitución de la sociedad Ciclo Repuestos Jiménez Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno cero ocho cero cero cinco cinco.—Ciudad Quesada, 27 de enero del 2009.—Lic. Carlos Manuel Arroyo Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 85120.—(6784).
Por escritura número 84-2 de las 16:00 horas del 7 de enero del 2008, se constituyó la sociedad M.B.R Ingeniería & Consultoría Sociedad Anónima. El Presidente, tesorero y secretario tendrán la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1 vez.—Nº 85122.—(6785).
Por escritura número 85-2 de las 10:00 horas del 12 de enero del 2008, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria la sociedad Acuro Auto Sport Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-540224. Se modifica domicilio social, junta directiva, la representación judicial y extrajudicial.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1 vez.—Nº 85123.—(6786).
En mi notaría, a las 17:00 horas del 26 de enero del 2009, se constituyó la sociedad Servicios Contables Greymar S. A. Domicilio: Ciudad Quesada. Capital social: cien mil colones. Representación: corresponde al presidente y secretario, con facultades de apoderado generalísimos sin límite de suma.—Ciudad Quesada, 26 de enero del 2009.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 85126.—(6787).
En mi notaría a las 09:30 horas del 26 de enero del 2009, se constituyó la sociedad Corporación Jammas del Norte S. A. Domicilio: Ciudad Quesada. Capital social: cien mil colones. Representación: corresponde al presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Ciudad Quesada, 26 de enero del 2009.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 85127.—(6788).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 27 de enero del 2009, se protocolizó asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Jonia S. A. en la cual se reforma la cláusula sexta de los estatutos, se ratifican los puestos de presidente y secretario y se nombra vicepresidente y tesorero de la junta directiva por todo el plazo social.—San José, 27 de enero del 2009.—Lic. Eduardo Benito González, Notario.—1 vez.—Nº 85128.—(6789).
Por escritura pública otorgada ante los notarios Luis Fernando Castro Gómez y Ricardo Cordero Vargas, en San José, a las trece horas del veinte de enero del dos mil nueve, NCC Universal Solutions S. A. y Box of Succesful Sociedad Anónima constituyen trece sociedades denominadas: The Black Dahlia Sociedad Anónima, The Ivy Corp Sociedad Anónima, Glasgow United Enterprises Sociedad Anónima, Porto Fiore Sociedad Anónima, Agatha Investments Sociedad Anónima, Glassy View Investmentes Sociedad Anónima, The Funny Riddle Sociedad Anónima, Ferocious Bussiness Sociedad Anónima, Florianopolis Dream Sociedad Anónima, Ponte Lungo Sociedad Anónima, Bella Ombra, Sociedad Anónima, Amazing Paradise Business Ap, Sociedad Anónima, Paradise Flower Commercial Services Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo.—San José, veintisiete de enero del dos mil nueve.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 85129.—(6790).
Ante esta notaría, al ser las diez horas del veintidós de enero del dos mil nueve, se protolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos cincuenta y un mil setecientos cuarenta y cinco sociedad anónima, donde se acordó modificar, la cláusula novena de la administración y la primera de la razón social y se nombra junta directiva.—San José, veintidós de enero del dos mil nueve.—Lic. Javier Francisco Chaverri Ross, Notario.—1 vez.—Nº 85130.—(6791).
Por escritura número ciento cincuenta y cinco otorgada ante el notario público Mauricio Mata Monge, al ser las diecinueve horas del veintitrés de enero de dos mil nueve, se constituyen dos sociedades anónimas denominadas: a) Persea Enterprises, b) Hillcrest Logistics, ambas S. A., con un capital social suscrito y pagado doce mil colones y se nombra junta directiva y se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San José, 23 de enero del 2009.—Lic. Mauricio Mata Monge, Notario.—1 vez.—Nº 85131.—(6792).
Por escritura número ciento cincuenta y cuatro hecha ante la notaria Marianela Blanco Alfaro, a las quince horas cinco minutos del dieciséis de diciembre del dos mil ocho, se constituyó cinco sociedades denominadas con el nombre de cédula jurídica cada una S. A., apoderada generalísima sin límite de suma la presidenta la socia Alejandra Barrientos Castro. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—Heredia, a las dieciséis horas quince minutos del día veintitrés de enero del dos mil nueve.—Lic. Marinela Blanco Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 85132.—(6793).
Por escritura número doscientos veintiséis, otorgada a las doce horas del diecinueve de enero del dos mil nueve, se protocolizan acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Famana S. A. y acta de asamblea general ordinaria de accionistas de Famana S. A. Se reforman las cláusulas segunda, sexta, novena, décima, undécima y duodécima de los estatutos y se nombra junta directiva.—Lic. Lenín Mendiola Varela, Notario.—1 vez.—Nº 85134.—(6794).
Ante mi Notaría se han presentado los señores Mary Lee Miles a protocolizar actas de asamblea general de la compañía Splender Mountain Sociedad Anónima, donde se acordó reformar las cláusulas sétimas de los estatutos de la compañía y cambiar la junta directiva. Escritura otorgada a las doce horas del diecinueve del diciembre del dos mil ocho.—Lic. Fernando José González Medina, Notario.—1 vez.—Nº 85137.—(6795).
El suscrito comunica que en esta Notaría, se constituyó la sociedad Hidro Verde S. A. a las nueve horas del ocho de enero del dos mil nueve, mediante escritura número once visible al folio nueve vuelto del tomo veinticuatro del protocolo del suscrito notario.—San José, veintisiete de enero del dos mil nueve.—Lic. Arnoldo Solano Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 85139.—(6796).
Mediante escritura 130-36 otorgada ante el notario Adolfo Ledezma Vargas, en Las Juntas de Abangares el 20 de mayo del 2008, se reforma pacto constitutivo de la sociedad 3-101-478436, se cambia el nombre a Transvargas LVA. S. A. y se revoca nombramiento de secretario.—Lic. Adolfo Ledezma Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 85140.—(6797).
Al ser 11:00 horas del 19 enero del 2009, se constituyó a Sanerik Sociedad Anónima, siendo sus socios Erika Mora Quesada, cédula Nº 6-307-282 y María de los Ángeles Mora Quesada, cédula Nº 6-147-499, domiciliada en Puntarenas. Notaría de Evangely María Pérez Campos.—Lic. Evangely María Pérez Campos, Notaria.—1 vez.—Nº 85141.—(6798).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las 09:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Desarrollos Dos Mil y Dos Serpientes S. A., mediante la cual se reforma las cláusulas primera y cuarta del pacto constitutivo y se hace nombramientos de junta directiva, fiscal y agente residente y se revoca poder general.—Guanacaste, 16 de enero del 2009.—Lic. Mario Baltodano Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 85142.—(6799).
Por escritura otorgada ante mí a las nueve horas del veintitrés de enero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Milagro Management & Rentals Ltda. Domicilio: Carrillo. Capital social: mil colones. Se nombraron dos gerentes.—Lic. Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 85163.—(6800).
Por medio de escritura número doscientos setenta y nueve, del tomo cuarto del protocolo de la notaria Maricruz Sánchez Carro, se constituyó sociedad anónima cuya razón social será designada por el Registro Público, cuyos representantes son Diana Rodríguez Sánchez y Luis Enrique Rodríguez Sánchez. Dicha sociedad tiene un capital social de diez mil colones y un plazo social de noventa y nueve años.—Alajuela, veintiséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—Nº 85166.—(6801).
Por medio de escritura número doscientos setenta y ocho, del tomo cuarto del protocolo de la notaria Maricruz Sánchez Carro, se constituyó la sociedad Ayude a los Pobres Limitada, cuyos representantes son Zulma Nathalia Villamil Ruiz y Kevin Moran. Dicha sociedad tiene un capital social de diez mil colones y un plazo social de cien años.—Alajuela, veintitrés de enero del dos mil nueve.—Lic. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—Nº 85167.—(6802).
Por escritura número tres-ciento ochenta y cinco, otorgada a las ocho horas del día veintiséis de enero del año dos mil nueve, visible al folio ciento sesenta y dos frente del tomo tercero del protocolo de la notaria pública Adriana Segura Balmaceda, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Corporación Los Prados del Sol HJZ Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintiséis de enero del año dos mil nueve.—Lic. Adriana Segura Balmaceda, Notaria.—1 vez.—Nº 85168.—(6803).
Por escritura número tres - ciento ochenta y seis, otorgada a las ocho horas treinta minutos del día veintiséis de enero del año dos mil nueve, visible al folio ciento sesenta y dos vuelto del tomo tercero del protocolo de la notaria pública Adriana Segura Balmaceda, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad 3-102-509064 Sociedad de Responsabilidad Limitada. Es todo.—San José, veintiséis de enero del año dos mil nueve.—Lic. Adriana Segura Balmaceda, Notaria.—1 vez.—Nº 85169.—(6804).
Por escrituras otorgadas ante este Notario, a las nueve horas y a las nueve horas treinta minutos, del veintiséis de enero del año dos mil nueve, se protocolizaron las actas de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de las compañías tres-ciento dos-quinientos cuarenta y nueve mil doscientos siete sociedad de responsabilidad limitada y tres-ciento dos-quinientos cuarenta y nueve mil doscientos setenta y tres sociedad de responsabilidad limitada, mediante la cual se reformó la cláusula primera del pacto social.—San José, veintiséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 85170.—(6805).
Fabrizio Ravetti Aguayo, notario público con oficina en San José, doy fe que en mi Notaría, a las diecisiete horas del veintitrés de enero del dos mil nueve, fue constituida la firma de esta plaza Compañía Agroindustrial El Piñal Tropical Sociedad Anónima.—Lic. Fabrizio Ravetti Aguayo, Notario.—1 vez.—Nº 85171.—(6806).
En mi Notaría al ser las nueve horas del día veintiséis de enero del año dos mil nueve, se modificó la cláusula decimosetima del pacto constitutivo de la sociedad y se nombró nueva junta directiva de la sociedad denominada 3-101-543655 sociedad anónima.—San José, veintiséis de enero del año dos mil nueve.—Lic. Gonzalo Gutiérrez Acevedo, Notario.—1 vez.—Nº 85172.—(6807).
Mediante escritura número ocho, otorgada a las nueve horas del día veintiuno de enero del año dos mil nueve, visible al folio nueve vuelto del tomo tres de mi protocolo, se reforman los estatutos y se nombra junta directiva de Nexvel Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno - quinientos cincuenta y cinco mil quinientos sesenta y cinco.—Alajuela, veintidós de enero del año dos mil nueve.—Lic. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 85173.—(6808).
En mi Notaría por escritura número 240, del tomo 74 de mi protocolo, otorgada en la ciudad de Limón a las 12:00 horas del 26 de enero del 2009, se constituyó A Mi Modo Caribe S. A. Capital suscrito y pagado. Objeto: servicio de restaurante. Presidente y tesorero, apoderados generalísimo sin límite de suma.—Limón, 26 de enero del 2009.—Lic. José Miguel Zeledón Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 85174.—(6809).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las trece horas del veintiséis de enero del año dos mil nueve. Se constituyó la sociedad de esta plaza denominada: Industrial Portuaria del Caribe IPC S. A. con un capital social de ochenta mil colones y un plazo social de noventa y nueve años.—Alajuela, veintisiete de enero del dos mil nueve.—Lic. Ana Rosa Aguilar González, Notaria.—1 vez.—Nº 85175.—(6810).
Por escritura otorgada ante el notario Jorge Fernando Salgado Portugués, a las ocho horas del dieciséis de enero de dos mil nueve, se constituyó una sociedades anónimas, cuya razón social le será asignada por el Registro Público de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J, el número de cédula jurídica. Sociedad con plazo social de noventa y nueve años y capital social de diez mil colones.—San José, 16 de enero del dos mil nueve.—Lic. Jorge Fernando Salgado Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 85176.—(6811).
Por medio de la escritura otorgada el día diecinueve de enero del dos mil nueve ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada Servicios y Soluciones Cardú Sociedad Anónima.—Moravia, veintisiete de enero del dos mil nueve.—Lic. Juan Manuel Barquero Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 85177.—(6812).
Por medio de la escritura otorgada el día diecinueve de enero del dos mil nueve ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada Metamind Creativo Limitada.—Moravia, veintisiete de enero del dos mil nueve.—Lic. Juan Manuel Barquero Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 85178.—(6813).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del día veintidós de enero del dos mil nueve, protocolice acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Crystal Sands of the Pacific Ltda., con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos sesenta y ocho mil doscientos veintiocho, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, veintisiete de enero del dos mil nueve.—Lic. Fabiola Soler Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 85179.—(6814).
Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría a las dieciocho horas del día veintiuno de enero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Marris de Sabanilla Sociedad Anónima. Domicilio San José, Sabanilla, Montes de Oca, del Súper La Cosecha doscientos metros al sur y cien metros al oeste, Urbanización Carmiol, capital tres mil colones.—San José, veintiuno de enero del dos mil nueve.—Lic. Reynaldo Matamoros Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 85180.—(6815).
Gerardo Matamoros Chavarría y Randall Matamoros Sandí constituyen Chopemes Inversiones S. A.; domicilio social y fiscal: San José, Mora, Colón; capital social: cien mil colones; representación judicial y extrajudicial de la sociedad: el presidente de junta directiva. Escritura principal Nº 59-12, de las 11:00 horas del 29 de enero del 2008, del licenciado Juan Carlos Matamoros Carvajal y escritura adicional Nº 137-5, de las 16:00 horas del 28 de octubre del 2008, del licenciado Ademar Zúñiga Quirós y licenciado Juan Carlos Matamoros Carvajal.—Lic. Juan Carlos Matamoros Carvajal, Notario.—1 vez.—Nº 85181.—(6816).
Transportes Mucas Cinco Estrelas S. A., modifica cláusula sexta: la representación judicial y extrajudicial de la sociedad estará a cargo del presidente y tesorero, pudiendo actuar en forma separada, quienes tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma y se revocan nombramientos de secretario y fiscal y se efectúan nuevos nombramientos. Número ochenta y nueve-catorce a las catorce horas del veintitrés de enero del dos mil nueve del notario Juan Carlos Matamoros Carvajal.—Lic. Juan Carlos Matamoros Carvajal, Notario.—1 vez.—Nº 85182.—(6817).
Por escritura otorgada ante mí, a las 09:00 horas del 23 de enero del 2009, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Crystal Clear Services S. A. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: 99 años contados a partir de la fecha de constitución. El presidente es apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 27 de enero del 2009.—Lic. Victoria Medrano Guevara, Notaria.—1 vez.—Nº 85187.—(6818).
Por escritura otorga en la ciudad de San José, a las diecisiete horas del veintidós de enero del dos mil nueve, se protocolizó de acta de tres uno-quinientos veinticinco mil ochocientos seis sociedad anónima por la que se nombra nuevo presidente.—San José, veintisiete de enero del dos mil nueve.—Dr. Rodrigo Barahona Israel y Lic. María de los Ángeles Mata Montero, Notarios.—1 vez.—Nº 85189.—(6819).
Por escritura otorgada a las, diez horas del veintisiete de enero del dos mil nueve, ante el suscrito notario, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-quinientos veinticinco mil ochocientos tres sociedad anónima mediante la cual se nombraron nuevos miembros del consejo directivo y fiscal y se otorgó poder generalísimo.—Lic. Flavio Tapia Insuasti, Notario.—1 vez.—Nº 85190.—(6820).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada El Gato Negro de Cuba R.A.L. Sociedad Anónima, con un capital social de doce mil colones, cuyo domicilio social es Guanacaste, cantón noveno Nandayure, distrito quinto Porvenir, Cerro Chompipe, frente a la escuela. Presidente: Laureano Alvarado Rojas, con un plazo social: Noventa y nueve años.—Nandayure, veintidós de enero del dos mil nueve.—Lic. Ana Ivette Venegas Elizondo, Notaria.—1 vez.—Nº 85194.—(6821).
A las dieciséis horas del veinte de noviembre del dos mil ocho, se constituyó en mi notaría la sociedad anónima: Bosque del Líbano Azul Sociedad Anónima, se nombra junta directiva y fiscal.—Tilarán, dieciséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Ingrid Solano Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 85199.—(6822).
A las dieciséis horas del veintidós de enero del dos mil nueve, se constituyó en mi notaría la sociedad anónima: Centro Médico Sancti Spiritus Sociedad Anónima, se nombra junta directiva y fiscal.—Tilarán, veintitrés de enero del dos mil nueve.—Lic. Ingrid Solano Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 85200.—(6823).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del catorce de enero del dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada Inversiones Cocqui de Costa Rica Sociedad Anónima. Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital suscrito y pagado con letras de cambio.—Tilarán dieciséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Mario Enrique Delgado Solórzano, Notario.—1 vez.—Nº 85201.—(6824).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas con treinta minutos del veintidós de enero del año dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada Consulting Technical Solutions J.J Sociedad Anónima. Presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma. Capital suscrito y pagado con letras de cambio.—Tilarán veintitrés de enero del año dos mil nueve.—Lic. Mario Enrique Delgado Solórzano, Notario.—1 vez.—Nº 85202.—(6825).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas con quince minutos del catorce de enero del año dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada Inversiones Cocqui del Coco Sociedad Anónima. Presidente, secretaria y tesorera con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital suscrito y pagado con letras de cambio.—Tilarán dieciséis de enero del año dos mil nueve.—Lic. Mario Enrique Delgado Solórzano, Notario.—1 vez.—Nº 85203.—(6826).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas con treinta minutos del catorce de enero del año dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada Inversiones Cocqui de Tilarán Sociedad Anónima. Presidente, secretaria y tesorera con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital suscrito y pagado con letras de cambio.—Tilarán, dieciséis de enero del año dos mil nueve.—Lic. Mario Enrique Delgado Solórzano, Notario.—1 vez.—Nº 85204.—(6827).
En mi notaria, mediante escritura cincuenta y dos, otorgada a las dieciséis horas del veintidós de enero de dos mil nueve, Finca Santa María de La Cruz S.A., modifica el plazo, cláusula cuarta del pacto social.—Lic. Mayra Centeno Mejía, Notaria.—1 vez.—Nº 85205.—(6828).
Por escritura número ciento setenta y cinco-tres, otorgada en mi notaria a las ocho horas del veintisiete de octubre del año dos mil ocho, se modifica la cláusula novena del pacto constitutivo.—Heredia, 26 de enero del 2009.—Lic. Edwin Astúa Porras, Notario.—1 vez.—Nº 85207.—(6829).
La sociedad Euro Póliza S. A. modifica sus cláusulas: Primera, del nombre comercial, la que en adelante se denominará así: Sociedad Agencia de Seguros Euro Pólizas S. A. Segunda del domicilio: Provincia de San José, cantón 08, distrito 01, del Hospital Clínica Católica, 300 metros sur; y 75 al este, pudiendo abrir agencias o sucursales en todo el territorio nacional o en el extranjero. La tercera el objeto: La sociedad tendrá como objeto la intermediación de seguros y la sexta de la administración: Presidente, secretario y tesorero. Presidente con la representación judicial y extrajudicialmente y con facultades de apoderado generalísimos sin límite de suma.—San José, 27 de enero del 2009.—Lic. José Joaquín Arias Segura, Notario.—1 vez.—Nº 85210.—(6830).
En mi notaria a las 14:00 horas del día 22 de enero del 2009, se ha constituido la compañía denominada Inversiones Villacosta Sociedad Anónima. Domiciliada en Tablazo de Acosta, de la escuela doscientos cincuenta metros al sur, distrito primero del cantón doce de San José, con un capital social de cincuenta mil colones, representado por cincuenta acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente y tesorera de la junta directiva.—San José, 27 de enero del 2009.—Lic. Mauricio Monge Monge, Notario.—1 vez.—Nº 85211.—(6831).
Por escritura otorgada ante mí, se reforma cláusula segunda y se nombra presidente y secretaria de Company Tamil N.A.D.U Sociedad Anónima. Representada por su presidente Luis Ángel Acuña Mejías, como apoderado generalísimo sin límite de suma.—Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, veintiséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Eduardo Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 85219.—(6832).
En mi notaría, a las 8:00 horas del día de hoy, protocolicé adicional de acta de asamblea general extraordinaria de socios de Roppería S. A. mediante la cual se adicionó el pacto constitutivo con una nueva cláusula.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Mayela Morales Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 85220.—(6833).
Por escritura otorgada en Tres Ríos a las ocho horas del día veintiuno de enero del año dos mil nueve, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Lucerito de Cartago Sociedad Anónima. Se modifican cláusulas segunda, cuarta y sétima del acta constitutiva para ampliar el plazo social, modificar domicilio social y de la administración de la sociedad y se hacen nombramientos de presidente, secretario y tesonero, agente residente y fiscal por el nuevo plazo social.—Lic. Ramón Elías Mora Monge, Notario.—1 vez.—Nº 85221.—(6834).
Ante la notaría de esta plaza se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Costahoma Sociedad Anónima, la representación la ostenta el presidente.—Ciudad Quesada, diecinueve de enero del dos mil nueve.—Lic. Yeiner Araya Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 85223.—(6835).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del día veintiséis de enero del dos mil nueve, se constituyó Treehouse RAJ Paraíso Sociedad Anónima nombrando a su vez presidente, secretario y tesorero.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Róger Guevara Vega, Notario.—1 vez.—Nº 85224.—(6836).
En asamblea general extraordinaria de Inversiones Coravila Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio social a las diecinueve horas del cinco de enero del dos mil nueve 3-101-468261, por mayoría se nombra presidente, secretario y tesorera, por el resto del plazo social. Acta protocolizada ante esta notaría a las 16:00 horas del 26 de enero del 2009.—Patarrá, 26 de enero del 2009.—Lic. Maritza Muñoz Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 85225.—(6837).
Adolfo José Grillo Fernández y Rosa Iris Fernández Moreno, constituyen Etiquetas Los Ángeles Sociedad Anónima, para dedicase al comercio en general, con domicilio en Cartago, Tres Ríos, con capital social de diez mil colones, y el presidente es el apoderado generalísimo sin limitación de suma.—San José, veintisiete de enero del dos mil nueve.—Lic. Kenneth Mora Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 85226.—(6838).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:30 horas del 23 de enero del 2009, se constituyó la sociedad Cotibex Sociedad Anónima, con un plazo social de 99 años. Es todo.—San José, 24 de enero del 2009.—Lic. Ólger Fernando Ruiz Matarrita, Notario.—1 vez.—Nº 85228.—(6839).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 10:40 horas del 26 de enero del 2009, se constituyó la denominada Glamour Salones de Belleza y Boutique S. A, con domicilio en Lagunilla, Mercedes de Heredia. Capital social: Dieciséis mil colones, representada judicial y extrajudicialmente por su presidente y secretaria Omar Eviles Martínez y Bibiana Paola Rojas Umaña, con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Salvador Brenes Coto, Notario.—1 vez.—Nº 85231.—(6840).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 10:10 horas del 26 de enero del 2009, se constituyó la denominada Tiko Proveedora de Materiales S. A., con domicilio en Lagunilla, Mercedes de Heredia. Capital social: Dieciséis mil colones, representada judicial extrajudicialmente por su presidente y secretaria Omar Eviles Martínez y Bibiana Paola Rojas Umaña, con las facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma.—Lic. Salvador Brenes Coto, Notario.—1 vez.—Nº 85232.—(6841).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 11:25 horas del 26 de enero del 2009, se constituyó la denominada Maquinaria y Equipos Trex S. A., con domicilio en Lagunilla, Mercedes de Heredia. Capital social: Dieciséis mil colones, representada judicial extrajudicialmente por su presidente y secretaria Omar Eviles Martínez y Bibiana Paola Rojas Umaña, con las facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma.—Lic. Salvador Brenes Coto, Notario.—1 vez.—Nº 85233.—(6842).
En Guápiles de Pococí, los señores Douglas López Ugalde y Freddy Díaz Siles, ante el notario público Joaquín Molina Hernández, constituyen sociedad denominada Servicios Técnicos Fredoug de Pococí Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Guápiles, 26 de enero del 2009.—Lic. Joaquín Molina Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 85234.—(6843).
Por escritura otorgada ante mi notaria en San .lose, a las 12:30 horas, del 26 de enero del año 2009, Óscar Mario Ávila Ulate y Arally Sánchez Araya, constituyen la sociedad denominada: Óscar y Esteban Sociedad Anónima, domicilio: Alajuela, calles 13 y 15, avenida 2, casa Nº 5. Capital totalmente suscrito y pagado, plazo noventa y nueve años. Presidente: El socio: Óscar Mario Ávila Ulate. Agente residente: Licenciada Ana Victoria Campos Vargas.—Lic. Ana Victoria Campos Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 85235.—(6844).
La suscrita, Sara Vargas Elizondo, notaria pública con oficina en Atenas, hago constar que el diecinueve de enero del dos mil nueve, a las dieciséis horas se llevo a cabo la asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima Montemar Bosques Playa Carmen Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-tres ocho seis nueve nueve seis, mediante la cual se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo.—Atenas, veintisiete de enero del dos mil nueve.—Lic. Sara Vargas Elizondo, Notaria.—1 vez.—Nº 85236.—(6845).
Ante mçi, Alfredo Esteban Cortés Vílchez notario público se constituyó MPG Soluciones, Organización y Asesoría en Eventos y Mercadeo, cuya presidenta es Marisol del Carmen Pérez Gómez, con un total de capital social por la suma de diez mil colones, otorgada en Heredia a las diez horas del veintisiete de enero del dos mil nueve. Es todo.—Heredia, veintisiete de enero de dos mil nueve.—Lic. Alfredo Esteban Cortés Vílchez, Notario.—1 vez.—Nº 85238.—(6846).
Ante mí, Denia Vázquez Pacheco notaria pública en escritura número nueve se constituyó la sociedad Transportes Alcon WR Sociedad Anónima, capital social: Diez mil colones; domicilio: En la Fortuna de San Carlos, Alajuela, detrás del Super Cristian número uno. Se nombra junta directa. Presidente: Wilson Ramírez Arce.—Fortuna, San Carlos, veintiuno de enero del dos mil nueve.—Lic. Denia Vázquez Pacheco, Notaria.—1 vez.—Nº 85239.—(6847).
Por escritura otorgada ante esta notaria, a las doce horas treinta minutos del día veintisiete de enero del dos mil nueve, se constituye la sociedad: Soluciones Tecnológicas Gaco Limón S. A, capital social doce mil colones, presidente: José Luis Coto Molina.—Lic. Érika Morera Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 85241.—(6848).
Por escritura otorgada ante esta notaría, al doce horas del día veintisiete de enero del dos mil nueve, se constituye la sociedad: Inversiones O R G Alajuela S. A., capital social doce mil colones, presidente: José Ernesto Ocampo Sánchez.—Lic. Érika Morera Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 85242.—(6849).
Mediante escritura de hoy, ante mí, Aracelly Mora López y María Esther Mora López constituyen sociedad anónima denominada Eliera S.A., capital suscrito y pagado, presidenta la socia Aracelly.—Puriscal, 9 de enero del 2009.—Lic. Eduardo Mora Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 85243.—(6850).
En mi notaría, hoy, se constituyó una sociedad anónima con razón social a asignar de oficio por parte de Bellanith Bermúdez y David Gray.—San José, veintiséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Eduardo Mora Castro, Notario.—1 vez.—Nº 85244.—(6851).
Por escritura pública número 34-17, al ser las 16:00 horas del día 17 de abril del 2007, se constituyó la Compañía Importadora Grupo El Toro S. A., capital social diez mil colones. Plazo social cien años.—Lic. José Miguel Jirón Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 85246.—(6852).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del día 21 de enero del 2009, se constituyó la compañía denominada Vista del Cerro Dos Mil Cinco Sociedad Anónima, domiciliada en La Fortuna de San Carlos, Alajuela.—21 de enero del 2009.—Lic. Manuel Jones Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 85248.—(6853).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:30 horas del día 21 de enero del 2009, se constituyó la compañía Inversiones Turísticas Mabewa Azul Sociedad Anónima, domiciliada en Sangregado del Venado, San Carlos, Alajuela.—21 de enero del 2009.—Lic. Manuel Jones Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 85249.—(6854).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 23 de enero del 2009, se constituyó la sociedad Constructora Tamzu Sociedad Anónima, capital social debidamente suscrito y pagado por los socios. Domicilio; Cartago, plazo noventa y nueve años.—Cartago, 27 de enero del 2009.—Lic. Jorge Ramón Arias Mora, Notario.—1 vez.—Nº 85250.—(6855).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:30 horas del 23 de enero del 2009, se constituyó la Sociedad Solinco de Costa Rica Sociedad Anónima, capital social debidamente suscrito y pagado por los socios. Domicilio: Cartago, Plazo noventa y nueve años.—Cartago, 27 de enero del 2009.—Lic. Jorge Ramón Arias Mora, Notario.—1 vez.—Nº 85251.—(6856).
Mediante escritura de las dieciocho horas treinta minutos del día veintiséis de enero del dos mil nueve, otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Imagine Technology S. A., capital social cien mil colones suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Alvis González Garita, Notario.—1 vez.—Nº 85252.—(6857).
Por escritura otorgada por la licenciada Guiselle Calvo Cascante, se constituyó la sociedad Costa Rica Travel Nature S. A. el día veintiuno de enero del dos mil nueve, mediante escritura número cuatrocientos nueve.—San José, 22 de enero del 2008.—Lic. Guiselle Calvo Cascante, Notaria.—1 vez.—Nº 85258.—(6858).
Por escritura otorgada por la licenciada Guiselle Calvo Cascante, se constituyó la sociedad Provedores Industriales S. A. el día veintiuno de enero del dos mil nueve, mediante escritura número cuatrocientos ocho.—San José, 22 de enero del 2008.—Lic. Guiselle Calvo Cascante, Notaria.—1 vez.—Nº 85259.—(6859).
Ante esta notaría, al ser las ocho horas del día dieciocho de diciembre del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada: Relámpago Fugaz de Cartago Monserrat Sociedad Anónima. Capital enteramente suscrito y pagado.—Lic. María Auxiliadora Argüello Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 85260.—(6860).
Por haberse constituido ante esta notaría la sociedad Royal Autoparts Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, representación judicial y extrajudicial del presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintiséis de enero del año dos mil nueve.—Lic. Vera Salazar Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 85264.—(6861).
Por haberse constituido ante esta notaria la sociedad M.G. Auto Trading Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, representación judicial y extrajudicial del presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintiséis de enero del año dos mil nueve.—Lic. Vera Salazar Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 85265.—(6862).
Hago constar que por escritura de las 9 horas del 3 de diciembre del 2008, se constituyó en mi notaría la entidad Inmobiliaria Llorente de Flores de Heredia ILLFH Sociedad Anónima. Plazo 99 años. Apoderados presidente y secretario. Capital debidamente suscrito y pagado. Domicilio: San José, en Desamparados, Patarrá.—San José, 12 de enero del 2009.—Lic. Rubén Chacón Castro, Notario.—1 vez.—Nº 85266.—(6863).
Por escritura otorgada ante este notario, a las 8:00 horas del 22 de enero de 2009, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Corelli Grupo Comercial C.G.C. S. A., en la que se reforma la cláusula segunda del pacto social, se acepta la renuncia de la junta directiva y se nombra nueva junta directiva.—San José, 27 de enero del 2009.—Lic. Luis Fernando León Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 85267.—(6864).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas de hoy, se protocoliza acta de la empresa domiciliada en San Pedro de Montes de Oca, San José, Samga S. A., reformando cláusulas segunda y sexta del pacto social y nombrando vicepresidente, secretario, tesorero y vocales de la junta directiva.—San José, 19 de enero del 2009.—Lic. Juan José Rímolo Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 85272.—(6865).
Por escritura otorgada ante esta notaria, a las 12:00 horas del 26 de enero del 2009, se constituyo la sociedad anónima Comercios Río Azul S. A., capital totalmente suscrito y pagado, presidente: José Alfredo Fallas Delgado.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Álvaro Eladio Barboza Mena, Notario.—1 vez.—Nº 85273.—(6866).
Por escritura otorgada a las once horas del día veintisiete de enero del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Follajes Tropicales A.A.M. Sociedad Anónima, en la cual se realiza un aumento de capital.—San José, 27 de enero del 2009.—Lic. Alberto Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 85274.—(6867).
Por escritura de esta notaría de las nueve horas del veintiséis de enero del año dos mil nueve, se constituyó la compañía denominada Efrosca de Grecia Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado.—Alajuela, 26 de enero del 2009.—Lic. Carlos Eduardo Araya Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 85276.—(6868).
Por escritura otorgada a las doce horas cuarenta minutos del nueve de abril del dos mil ocho ante esta notaria, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Ornamentales del Oeste S. A. en virtud de la cual se acordó reformar la cláusula quinta del pacto social y hacer nuevos nombramientos de junta directiva, por el resto del plazo social.—San José, trece de mayo del año dos mil ocho.—Lic. Alejandro Fonseca Molina, Notario.—1 vez.—Nº 85280.—(6869).
Ante esta notaría, por escritura pública número 202, visible a folio 194 frente, a las 8:00 horas, del día 22 de enero del 2009; se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de María Monge S. R. L., donde se nombró nuevo gerente: María Fernanda Monge Quesada.—Lic. María Auxiliadora Alfaro Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 85283.—(6870).
Por escritura pública número doscientos noventa y dos-cuatro del tomo cuatro otorgada ante la suscrita notaria pública, se protocoliza la creación de la sociedad Mar Azul Travel Lamd Sociedad Anónima.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Ana Priscilla Sánchez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 85285.—(6871).
Por escrituras otorgadas hoy ante mí en esta ciudad a las 8:00 horas del 20 de este mes y a las 8:00 horas de hoy, se protocolizaron actas de asamblea de Esmin S. A. y de Mines S. A. respectivamente, en las que se reforman estatutos.—José, 27 de enero del 2009.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—Nº 85286.—(6872).
En mi notaría la sociedad Inversiones Guaria Blanca M Z Limitada, modifica su junta directiva. Presidente el socio Rodolfo Jiménez Marín. En Guadalupe a las once horas del catorce de octubre del año dos mil siete.—Lic. Ana Priscilla Sánchez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 85287.—(6873).
Por escritura pública número doscientos ochenta y siete-cuatro del tomo cuatro otorgada ante la suscrita notaria pública, se protocoliza la creación de la sociedad Les Toch Sociedad Anónima.—San José, 14 de enero del dos mil nueve.—Lic. Ana Priscilla Sánchez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 85288.—(6874).
La empresa Inversiones Turísticas Zorro Pelón Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-403163, mediante asamblea general extraordinaria celebrada a las 08:00 horas del 13 de enero del 2009, cambia de nombre a Corporate P.C.H. Sociedad Anónima, cambia de domicilio social y nombra nueva junta directiva, cuyo presidente es Freddy Marín Varela.—San José, 20 de enero del 2009.—Lic. José Manuel López Mora, Notario.—1 vez.—Nº 85289.—(6875).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veintitrés de enero del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la sociedad denominada Compañía Agrícola San Agustín Sociedad Anónima, en donde se reforma junta directiva.—San José, veintiséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—Nº 85293.—(6876).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del veintitrés de enero del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria accionistas, de la sociedad denominada Sociedad Ganadera San Agustín Sociedad Anónima, en donde se reforma junta directiva.—San José, veintiséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—Nº 85294.—(6877).
Ante mi notaría, en fecha veintisiete de enero del dos mil nueve a las trece horas. Protocolizo asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad United Motors-Costa Rica S. A., cédula jurídica número tres- ciento uno-ciento treinta y dos mil trescientos ochenta y tres, en la cual se otorga poder general judicial al señor Carlos Gerardo Monge Carvajal, mediante acta de asamblea de las diez horas del día quince de enero del dos mil mueve.—Lic. Víctor Evelio Castro Retana, Notario.—1 vez.—Nº 85295.—(6878).
Por escritura otorgada el día de hoy, se constituyó la empresa denominada Cello Verde S. A.—San Ramón, Alajuela, 14 de enero del 2009.—Lic. José María Penabad Bustamante, Notario.—1 vez.—(6902).
Por escritura otorgada el día de hoy, se constituyó la empresa denominada Empalme Enterprises S. A.—San Ramón, Alajuela, 14 de enero del 2009.—Lic. José María Penabad Bustamante, Notario.—1 vez.—(6903).
Por escritura trescientos veintiocho-tres de las diecisiete horas del veintisiete de enero de dos mil nueve, tomo tercero de mi protocolo, la empresa Sanchun Hermanos S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-dos cero cinco ocho cuatro dos, designo nuevo representante legal y junta directiva.—San José, 27 de enero de 2009.—Lic. Perla Cheves Romero, Notaria.—1 vez.—(6932).
Por escritura trescientos veintisiete-tres de las dieciséis horas del veintisiete de enero de dos mil nueve, tomo tercero de mi protocolo, se constituyó la sociedad con domicilio en Desamparados denominada Extintores Sanchun S. A.—San José, 27 de enero de 2009.—Lic. Perla Cheves Romero, Notaria.—1 vez.—(6933).
Por escritura número cincuenta y uno-cuarenta y dos, otorgada ante los notarios públicos Juvenal Sánchez Zúñiga y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo del primero, a las diez horas treinta minutos del día veintiséis de enero del dos mil ocho, en donde se modifican las cláusulas, segunda y octava del pacto constitutivo de la sociedad, se nombra nuevo gerente de la sociedad denominada Desarrollo Marítimo Coral Número Cuatro Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Conotario.—1 vez.—(6934).
Por escritura número cincuenta y dos-cuarenta y dos, otorgada ante los notarios públicos Juvenal Sánchez Zúñiga y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo del primero; a las diez horas del día veintisiete de enero del dos mil nueve, donde se modifica la cláusula sexta, de los estatutos de la compañía y se nombra presidente y vocal dos; de la compañía denominada Costa Rica Travel and Trade Sociedad Anónima.—San José, 27 de enero del 2009.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Conotario.—1 vez.—(6935).
Por escritura número cincuenta y tres-cuarenta y dos, otorgada ante los notarios públicos Juvenal Sánchez Zúñiga y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo del primero; a las diez horas treinta minutos del día veintisiete de enero del dos mil nueve, donde se modifican las cláusulas segunda y octava, de los estatutos de la compañía y se nombra nuevo gerente; de la compañía denominada Desarrollo Marítimo Azul Número Tres S.R.L.—San José, 27 de enero del 2009.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Conotario.—1 vez.—(6937).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 09:00 horas del día 28 de enero del 2009, se constituyó la empresa denominada Desarrollos Inmobiliarios Silva & Silva S. A., domiciliada en San Antonio de Belén, Heredia, calle Flores, de la Fábrica Aguilar y Solís, 500 metros al oeste, capital social dos millones cien mil colones, presidente Manuel Luis Silva Cruz, cédula ciudadano Estadounidense, pasaporte número 201937912.— Heredia, Belén, 28 de enero del 2009.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(7021).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 07:00 horas del día 28 de enero del 2009, se constituyó la empresa denominada Inversiones Otto y María S. A., domiciliada en San Antonio de Belén. Heredia, doscientos metros al sur de la entrada a Urbanización Zayqui, capital social cien mil colones, presidente Otoniel Abarca Ortega, 6-065-245.—Heredia, 28 de enero del 2009.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(7023).
Por escritura del día de hoy, constituí la sociedad Grupo Lizmont Limitada, domicilio Bosques de Doña Rosa, Asunción, Belén, Heredia. Gerente y subgerente apoderados generalísimos sin límite de suma. Objeto venta y preparación de todo tipo de comidas y bebidas. Capital social cien mil colones dividido en cien cuotas de mil colones cada una. Heredia, Ciudad Cariari, diecisiete de enero del dos mil nueve.—Lic. Rodolfo Solís Rodríguez, Notario.—1 vez.—(7043).
El suscrito notario avisa que mediante escritura número doscientos cuarenta y dos, del tomo primero de mi protocolo, los señores Rodrigo Rafael Monge Corrales y Danilo Alfaro Elizondo, constituyeron la sociedad denominada El Vallado G. S. F. J. Sociedad Anónima.—Grecia, veintiséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Gumer Montero Valverde, Notario.—1 vez.—(7046).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 08:00 horas del 21 de febrero del dos mil ocho, se protocolizó la asamblea extraordinaria de cuotistas de la sociedad Inversiones Tres Mil Noventa y Cuatro E.G.M S. A., en la cual se acordó modificar el domicilio de la sociedad y se nombra nueva junta directiva.—Heredia, 28 de enero del 2009.—Lic. Braulio Enrique Sánchez González, Notario.—1 vez.—(7083).
Por escritura número cinco, otorgada ante esta notaría, el día veintisiete de enero del dos mil nueve, a las diecisiete horas, se protocolizó el acta número dos de sesión de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa BCE Trading Inc S. A., mediante la cual se modificó la cláusula quinta de los estatutos sociales y se nombró nuevo presidente, secretario y tesorero de la junta directiva.—San José, veintisiete de enero del dos mil nueve.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—(7093).
Por escritura número seis, otorgada ante esta notaría, el día veintisiete de enero del año dos mil nueve, a las dieciocho horas, se protocolizó el acta número uno de sesión de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa E.I.E Corporación S.A., mediante la cual se modificó la cláusula octava de los estatutos sociales y se nombró nuevo secretario de la junta directiva.—San José, veintisiete de enero del año dos mil nueve.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—(7094).
Por escritura número ciento veintinueve, tomo primero, otorgada ante esta notaría, a las 17:00 del día 22 de enero del 2009, se constituyó la sociedad Consultores Agroambientales F y O Sociedad Anónima, con domicilio San José, Vázquez de Coronado, Cascajal de la última parada de autobuses un kilómetro al oeste casa esquinera, sin perjuicio de tener sucursales o agencias dentro o fuera del país y por un plazo de noventa y nueve años. Se nombró presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma a Franklin Eduardo Arias Murillo, con cédula de identidad número cinco-doscientos veintiuno-doscientos setenta y cinco, mayor, soltero, ingeniero agrónomo, vecino de Heredia.—Ulloa, Barreal 22 de enero del 2009.—Lic. Dagoberto Mata Herrera, Notario.—1 vez.—(7101).
Proveedores Especializados Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-354810, en asamblea extraordinaria de socios, celebrada en su domicilio a las diecisiete horas del día veinticinco de enero del año dos mil nueve, se modifica el pacto constitutivo; cláusula sexta y se nombra secretaria de la junta directiva a Mariela Mata Guzmán, costarricense con cédula de identidad número uno-mil trescientos setenta y dos-setecientos cincuenta y dos, mayor, soltera, estudiante de administración y vecina de San José, Mora, Ciudad Colón Centro.—San José, 27 de enero del 2009.—Lic. Francisco Antonio Obando Jiménez, Notario.—1 vez.—(7103).
Tres-ciento uno-quinientos treinta y tres mil quinientos seis sociedad anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-533306, en asamblea extraordinaria de socios, celebrada en su domicilio a las diecisiete horas del día veintiséis de enero del dos mil nueve, se nombra presidente de la junta directiva se nombra a Miguel Ángel Aguiar Bermúdez, con cédula de identidad número seis-doscientos veinticuatro-quinientos noventa y nueve, mayor, soltero, ejecutivo bancario, vecino de San José, Desamparados.—San José, 27 de enero del 2009.—Lic. Dagoberto Mata Herrera, Notario.—1 vez.—(7106).
Por escritura otorgada en San José, a las 15:00 horas del 27 de enero del 2009, se constituyó la sociedad denominada Aguiguar CRC S.A., capital diez mil colones, objeto: industria y comercio en general, plazo 99 años. Domicilio: Alajuela. Presidente: el socio Guardia Jiménez.—Lic. Augusto Porras Anchía, Notario.—1 vez.—Nº 85299.—(7230).
Por escritura otorgada, ante este notario, a las doce horas del día veintitrés de enero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada The House MLP Sociedad Anónima. Domicilio social Heredia, Santa Bárbara, San Pedro, de la esquina noroeste de la plaza de Deportes doscientos metros al norte y cincuenta al este. Plazo social noventa y nueve años. Capital social diez mil colones exactos. Presidente: Maximiliano Lara Picado.—San José, 27 de enero del 2009.—Lic. Róger Morales Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 85302.—(7231).
Ante mí, se constituyó Vec-Bell Consultores S. A., capital suscrito y pagado, plazo 99 años.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. José Ramón Sibaja Montero, Notario.—1 vez.—Nº 85306.—(7232).
En la notaría del Licenciado Marcelo Astúa Valverde, carné 10766, a las dieciséis horas del nueve de enero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Compañía San Pancracio J & E Sociedad Anónima, capital social diez mil colones. Cuyo apoderado generalísimo sin límite de suma lo es Jorge Arturo Esquivel Godínez.—San Marcos de Tarrazú, 22 de enero del 2009.—Lic. Marcelo Astúa Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 85309.—(7233).
Por escritura otorgada en San José, a las 8:00 horas de hoy, ante el suscrito notario, se constituyó una sociedad anónima que se denominará de acuerdo con el número de cédula jurídica que se le asigne. Plazo: 99 años. Objeto: Comercio, agricultura, industria y ganadería. Capital: ¢10.000, dividido y representado por 10 acciones comunes nominativas, de ¢1.000 cada una, pagado.—San José, 21 de enero del 2009.—Lic. Luis Alberto Sáenz Carranza, Notario.—1 vez.—Nº 85310.—(7234).
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 10 de julio del 2008, se protocolizó acta en virtud de la cual se modificó el estatuto 10º, de la empresa Chili Rigy S. A.—Lic. Mauro Fernando Mora Peraza, Notario.—1 vez.—Nº 85311.—(7235).
En mi notaría, a las catorce horas del veintisiete de enero del dos mil nueve, se constituyó Arte Flor Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de enero del dos mil nueve.—Lic. Nairy Ulate Molina, Notario.—1 vez.—Nº 85314.—(7236).
En mi notaría, a las 15:00 horas del 27 de enero del 2009, procedí a protocolizar acta número dos, de la sociedad Inversiones y Raíces Dylu S. A., cédula jurídica tres- ciento uno- cuatrocientos cuarenta y ocho mil doscientos, por medio de la cual se modificó su capital social por la suma de diez millones de colones.—Guadalupe, 27 de enero del 2009.—Lic. Ana Lucía Paniagua Campos, Notaria.—1 vez.—Nº 85317.—(7237).
Por escritura otorgada en San José, a las ocho horas del día veintisiete de enero del dos mil nueve. Se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de la firma denominada Authentic Tour S. A. Y se acuerda modificar su junta directiva, ante la notaria Isabella Martin Vega. Es todo. En San José a las catorce horas del veintisiete de enero del dos mil nueve.—Lic. Isabella Martin Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 85319.—(7238).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del 16 de enero del 2009, se reforman estatutos de King Crac Eigtheen Sociedad Anónima. Presidente, apoderado. Michelino (nombre) Morelli (apellido). Presidente.—Lic. José Manuel Boza Fernández, Notario.—1 vez.—Nº 85321.—(7239).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9:30 horas del día de hoy la sociedad Oberamergau de América Sociedad Anónima, protocolizó acta en que modifica la cláusula sétima de su pacto social, y se revocan los nombramientos de vicepresidente, secretario y tesorero de la junta directiva, designando sustitutos para el resto del período.—San José, 20 de enero del 2009.—Lic. Enrique Gamboa Góngora, Notario.—1 vez.—Nº 85322.—(7240).
Mediante escritura otorgada ante este notaría, a las 8:00 horas del 16 de enero del 2009, se modifican la siguiente cláusula del pacto constitutivo: La sexta: del consejo de administración: se nombran como apoderados generalísimos sin limite de suma al presidente, secretario y tesorero. Se hacen los siguientes nombramientos: Presidente: José Francisco Abarca Barrantes, secretario: Jacob Abarca Umaña, tesorero: Carlos Abarca Umaña. En la sociedad Francisco y Delia e Hijos S. A.—San José, 17 de enero del 2009.—Lic. Liliana Alfaro Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 85324.—(7241).
Por escritura otorgada ante mí, Iliana de los Ángeles Sánchez Trejos, cédula uno-ochocientos treinta y siete-doscientos sesenta y nueve y María Cristina Trejos Mata, cédula tres-ciento ochenta y tres-doscientos cuarenta; constituyen la sociedad Especialidades Gastronómicas la Ruta del Jacobeo Sociedad Anónima. Capital social totalmente suscrito y pagado.—Cartago, veintisiete de enero del dos mil nueve.—Lic. José Joaquín Rojas Montoya, Notario.—1 vez.—Nº 85327.—(7242).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veintisiete de enero de dos mil nueve, los suscritos, Erick Sandoval Román, cédula tres - trescientos noventa y siete - cero sesenta y siete, Gerardo Sánchez Solano, cédula tres - trescientos noventa y nueve -cuatrocientos setenta y ocho, constituyen Desarrollos Urbanísticos Sandoval y Sánchez, Sociedad de Responsabilidad Limitada, correspondiendo al gerente y subgerente, la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma; capital social totalmente suscrito y pagado.—Cartago, veintisiete de enero de dos mil nueve.—Lic. Carlos Luis Rojas Montoya, Notario.—1 vez.—Nº 85328.—(7243).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 16:00 horas del 19 de enero del 2009, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Ventiscas del Zurqui CR S. A., donde se reforma las cláusulas segunda, vigésima segunda y se nombra nuevo presidente y secretaria de la junta directiva.—San José, 19 de enero del 2009.—Lic. Gabriel Lizama Oliger, Notario.—1 vez.—Nº 88529.—(7244).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 13:00 horas del 19 de enero del 2009, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad El Aguerrido del Sur S. A., donde se reforma la cláusula segunda del pacto social y se nombra nueva junta directiva y fiscal y se adicional la cláusula décima segunda al pacto.—San José, 19 de enero del 2009.—Lic. Gabriel Lizama Oliger, Notario.—1 vez.—Nº 85330.—(7245).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 12:00 horas del 19 de enero del 2009, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Arancibia del Sur S. A., donde se reforma la cláusula segunda y se nombra nueva junta directiva y fiscal y se adicional la cláusula décima segunda al pacto.—San José, 19 de enero del 2009.—Lic. Gabriel Lizama Oliger, Notario.—1 vez.—Nº 85331.—(7246).
Por escritura otorgada, el veintiuno de enero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Publiefectiva Grandiosa Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones, domicilio: San Francisco de Heredia, cien metros norte y veinticinco metros este del Supermercado AM.PM, plazo noventa y nueve años. Presidente con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—Lic. Ruth Alexandra Ramírez Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 85332.—(7247).
Mediante escritura número ciento noventa y uno, se constituyó una sociedad anónima, que se denominará igual que el número de cédula jurídica que se le asigne S. A., se nombraron los miembros de junta directiva, fiscal y agente residente.—Lic. Carolina Mora Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 85333.—(7248).
Mediante escritura número ciento noventa, se constituyó una sociedad anónima, que llevará como nombre el número de cédula jurídica que se le asigne, se nombraron los miembros de junta directiva, fiscal y agente residente.—Lic. Carolina Mora Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 85334.—(7249).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las once horas del veintiuno de enero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Inversiones Pamur de la Lima Limitada. Representación judicial y extrajudicial: gerente y subgerente.—San José, 21 de enero del 2009.—Lic. Fernanda Linner de Silva, Notaria.—1 vez.—Nº 85337.—(7250).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos del veintisiete de enero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Bienes Raíces Levy Uno Limitada. Representación judicial y extrajudicial: gerente.—San José, 27 de enero del 2009.—Lic. Fernanda Linner de Silva, Notaria.—1 vez.—Nº 85338.—(7251).
El día de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Residalto R Cuarenta y Nueve S. A.—Escazú, 23 de enero del 2009.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1 vez.—Nº 85339.—(7252).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, el día de hoy, a las once horas, se constituyó la empresa Promofarma Sociedad Anónima. Domicilio: San José, plazo: 99 años.—San José, trece de enero del dos mil nueve.—Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—Nº 85340.—(7253).
Ante mí, hoy se constituyó la sociedad M&S Qualitat Soluciones Sociedad Anónima. Plazo: 100 años. Capital totalmente suscrito y pagado. Presidente: José Ángel Muñoz Muñoz.—San José, 27 de enero del 2009.—Lic. Livia Meza Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº 85341.—(7254).
Que hoy se ha constituido la sociedad anónima Agrícola Las Cataratas Sociedad Anónima, domiciliada en Liberia, Guanacaste, quinientos este del colegio nocturno barrio Moracia, representada por su presidente Jhonny Gerardo Acevedo Obando, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Liberia, veintisiete de enero del año dos mil nueve.—Lic. Edith Gutiérrez Ruiz, Notaria.—1 vez.—Nº 85342.—(7255).
En mi notaría, mediante escritura de las doce horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Euro Mat R J R Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos sesenta y cuatro mil ochocientos ocho, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y cuarta del pacto social, en cuanto al domicilio y la administración de la sociedad.—San José, veintisiete de enero del dos mil nueve.—Lic. Guido Francisco Campos Campos, Notario.—1 vez.—Nº 85344.—(7256).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Corporación Santa Rita A. R. C. Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado, duración noventa y nueve.—San José, 26 de enero del año 2009.—Lic. Luis Diego Corella Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 85346.—(7257).
Por escritura otorgada, ante el suscrito notario, a las once horas del veinticuatro de enero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Exportadora Agroindustrial Las Palmas del Norte Sociedad Anónima. Apoderados con la representación judicial y extrajudicial, el secretario, y el presidente: Pablo Andrés Sánchez Campos. Plazo: noventa y nueve años. Domiciliada en Heredia.—Heredia, veinticinco de enero del año dos mil nueve.—Lic. Rodrigo Vargas Araya, Notario.—1 vez.—Nº 85347.—(7258).
Por escritura otorgada a las dieciséis horas del veintiuno de enero del dos mil nueve, ante mi notaría, se constituyeron dos sociedades anónimas. Nombre social. Que en cuanto al nombre social los comparecientes solicitan se ajuste al artículo dos, del Decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno, en donde solo se le asigne número de cédula jurídica a la sociedad. Domicilio: San José, Escazú, carretera a Santa Ana, Complejo Trilogía del Este. Plazo: cien años. Capital: cien mil colones exactos.—San José, veintiuno de enero del dos mil nueve.—Lic. Luis Vargas Ferrandino, Notario.—1 vez.—Nº 85348.—(7259).
Por escritura otorgada, en mi notaría, a las siete horas de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Llantas y Lubricantes de Turrialba S. A. Se reforma cláusula sexta del estatuto social de la administración.—Turrialba, nueve enero del dos mil nueve.—Lic. Roberto Casasola Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 85350.—(7260).
Alfredo Alfonso Alfaro Acuña y Ana Pastora Brenes Navarro, constituyen la sociedad denominada Constructora y Transportes Las Cuatro A Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Grecia, a las 13:00 horas del día 24 de enero del año 2009.—Lic. Miguel Ernesto Alfaro Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 85354.—(7261).
El suscrito, Daniel Eduardo Muñoz Herrera, manifiesto que por escritura otorgada ante mí, a las once horas del veintisiete de enero del dos mil nueve, se acordó reformar la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad denominada Camera Dynamics Limitada, correspondiente a la administración.—San José, veintisiete de enero de dos mil nueve.—Lic. Daniel Eduardo Muñoz Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 85355.—(7262).
Por escritura otorgada, ante esta notaría el día 21 de enero del 2009 a las 14:00 horas, la sociedad tres-ciento uno-quinientos veintiocho mil doscientos noventa y uno sociedad anónima, donde se protocolizó acuerdos en que se modifica las cláusulas primera, tercera y novena del pacto social.—San José, 21 de enero del 2009.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 85356.—(7263).
Por escritura otorgada ante mí, en San José a las catorce horas con treinta minutos del día 4 de diciembre del dos mil ocho, se constituye la sociedad denominada Comercializadora Mavigo MVG S. A., con domicilio en San José, Desamparados, San Rafael Abajo, Urbanización Treviso, casa número tres G, capital social íntegramente pagado, representación judicial y extrajudicial María Victoria González González, como presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, agente residente Rafael Ángel Quesada Vargas, que señala para notificaciones judiciales y extrajudiciales su bufete en San José, calle siete, avenidas seis y ocho, número seiscientos veintiséis, Bufete Obando & Cía., segundo piso, objeto comercio, industria, ganadería, construcción y agricultura.—San José, 27 de enero del 2009.—Lic. Rafael Ángel Quesada Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 85357.—(7264).
Baguari Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-099159, por escritura 147 del protocolo 38 del notario Orlando López Cortés, protocolizada a las 15 horas del 23 de enero del 2009, reforma cláusula 8 de sus estatutos.—Lic. Orlando López Cortés, Notario.—1 vez.—Nº 85358.—(7265).
Que en la asamblea extraordinaria de la compañía Summer Palm Tree Sociedad Anónima, celebrada a las 15:00 horas del día 23 de enero del 2009, en su domicilio social, se acordó modificar junta directiva.—Tamarindo, 24 de enero del 2009.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 85360.—(7266).
Que ante esta notaría, mediante escritura pública número ciento cincuenta-dos, otorgada a las catorce horas treinta minutos del día veintiuno de enero de dos mil nueve, se modificó el pacto constitutivo de tres-ciento uno-quinientos treinta y un mil sesenta y siete s. a.—Tamarindo, Guanacaste, dieciocho horas del veintiuno de enero del dos mil nueve.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 85361.—(7267).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del veintisiete de enero de dos mil nueve, se protocolizó el acta de asamblea general de la sociedad Six Feet Above The Ground Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula sexta referente a la administración, del pacto constitutivo de la compañía.—Lic. Carlos Fernando Hernández Aguiar, Notario.—1 vez.—Nº 85363.—(7268).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas con quince minutos del dieciocho de diciembre de dos mil ocho, se reforma la cláusula sexta referente a la administración, del pacto constitutivo de la compañía Walls Of Wisdom Sociedad Anónima.—Lic. Carlos Fernando Hernández Aguiar, Notario.—1 vez.—Nº 85364.—(7269).
En mi notaría, al ser las once horas del diecinueve de enero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima, cuyas razón social es YTSS12 Dinastía Suprema Sociedad Anónima; y la cual se dedicará al comercio en general, con un plazo de noventa y nueve años partir de su constitución.—San José, 19 de enero del año 2009.—Lic. Gonzalo Gutiérrez Acevedo, Notario.—1 vez.—Nº 85366.—(7270).
Por escritura otorgada ante mi hoy, se protocolizó acta de asamblea general de socios de tres-ciento dos-quinientos cuarenta y tres mil quinientos noventa y cinco sociedad de responsabilidad limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos cuarenta y tres mil quinientos noventa y cinco. Se reforma la cláusula sexta de la administración y se nombra nuevo gerente y subgerentes.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Mario Gonzalo Soto Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 85367.—(7271).
Por escritura número ciento seis-tres, otorgada ante mí, a las catorce horas treinta minutos del veintiséis de enero del dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-cinco cinco seis tres siete dos s. a. por la que se reforma la cláusula sexta de la administración y se conoce, aprueba y acepta la renuncia presentada por la tesorera de la junta directiva, y se hace un nuevo nombramiento.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—Nº 85370.—(7272).
Por escritura número ciento cinco-tres, otorgada ante mí, a las catorce horas del veintiséis de enero del dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Katchafire Corporation de Costa Rica S.R.L. por la que se reforma la cláusula sexta de la administración y se conoce, aprueba y acepta la renuncia presentada por la subgerente de la junta directiva, y se hace un nuevo nombramiento. Además se acuerda aceptar y aprobar el traspaso total de las cuotas.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—Nº 85371.—(7273).
Por medio de la escritura número ochenta y seis otorgada el día veintisiete de enero del dos mil nueve, ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima denominada Centro Médico y Estético sé Bella S. A.—Moravia, veintiocho de enero del dos mil nueve.—Lic. Juan Manuel Barquero Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 85372.—(7274).
Por escritura otorgada ante mi notaría, en Tres Ríos, a las 9:00 horas del 28 de enero del 2009, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de: Valycon de Centroamérica S. A., en la que se reforma la cláusula quinta de la escritura constitutiva, aumentando el capital social.—Lic. Catalina Villalobos Calderón, Notaria.—1 vez.—Nº 85375.—(7275).
Por escritura otorgada en mi notaría, en la ciudad de San José, a las diez con diez horas del día veintisiete de enero del dos mil nueve, se protocolizó el acta número quince la sociedad J & E Suministros, mediante la cual se modifica estatutos sociales cláusula quinta y se incrementa capital social.—San José, veintisiete de enero de dos mil nueve.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 85377.—(7276).
Por escritura otorgada hoy ante mí, Trinidad Silva Cubillo y Royber Carranza Porras, constituyen Empresa Constructora Silva y Montes Sociedad Anónima, domicilio San José, Costa Rica. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Presidente apoderado generalísimo sin limitación de suma. Objeto: actividades de la construcción, comerciales, industriales, etcétera.—San José, nueve horas del veintitrés de enero del dos mil nueve.—Lic. Freddy Porras Mora, Notario.—1 vez.—Nº 85379.—(7277).
Por escritura de diez horas de hoy, en esta ciudad protocolicé acta de asamblea de socios de Inmobiliaria San Miguel S. A., en la cual reforman sus estatutos aumentando el capital social.—San José, 27 de enero del 2009.—Lic. Patricia Rivero Breedy, Notaria.—1 vez.—Nº 85380.—(7278).
Por escritura número treinta y siete, del tomo segundo, otorgada en San José, a las doce horas del diecisiete de enero del año dos mil nueve, ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad anónima, conforme Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, del año dos mil seis. Presidente: Guillermo Zamora González, cédula Nº 1-414-1039.—San José, 27 de enero del 2009.—Lic. Gerardo Barboza Mesén, Notario.—1 vez.—Nº 85381.—(7279).
Por escritura número ciento noventa y cuatro, ante esta notaría, a las 11:00 horas del 17 de enero del 2009, la sociedad de esta plaza Quimix de Costa Rica Q C R Sociedad Anónima, se otorga poder general limitado a la suma de treinta mil dólares exactos. Es todo.—San José, 17 de enero del 2009.—Lic. Olma Cartín Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 85382.—(7280).
Por escritura número ciento noventa y tres, ante esta notaría, a las 10:00 horas del 15 de enero del 2009, se constituyó la sociedad de esta plaza Jarimo SCF S. A. Objeto asesoría contable, financiera y tributaria, un solo apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—San José, 16 de enero del 2009.—Lic. Olma Cartín Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 85383.—(7281).
Por escritura número ciento noventa y dos, ante esta notaría, a las 9:00 horas del 15 de enero del 2009, se constituyó la sociedad de esta plaza Esfina Asociados S. A., objeto asesoría contable, financiera y tributaria, un solo apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—San José, 16 de enero del 2009.—Lic. Olma Cartín Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 85384.—(7282).
Por escritura otorgada ante mí, a las 20:00 horas del día de hoy, se constituye Darjos Sociedad Anónima, con domicilio en Alajuela, cantón Central, distrito primero. Capital social suscrito y pagado. Presidente, vicepresidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Noilly Vargas Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 85389.—(7283).
A las ocho horas del día dieciséis de enero de dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Inversiones Costa Natural de Costa Rica I C N C R S. A., celebrada en su domicilio en San José, San Rafael de Escazú, Centro Corporativo Plaza Roble, edificio El Patio, tercer piso, oficina uno, a las ocho horas del catorce de enero de dos mil nueve, mediante la cual se reforman las cláusulas quinta: Del capital; la cláusula sexta: De la administración.—San José, 16 de enero del dos mil nueve.—Lic. Gueneth Marjorie Williams Mullins, Notaria.—1 vez.—Nº 85392.—(7284).
A las dieciséis horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Del Parque Águila S. A., en la que se reforma la cláusula segunda: del domicilio y se agrega la cláusula décima tercera: del agente residente, del pacto constitutivo.—San José, 16 de diciembre del año 2008.—Lic. Gueneth Marjorie Williams Mullins, Notaria.—1 vez.—Nº 85393.—(7285).
Ante esta notaría, se constituyó la empresa número de cédula jurídica… sociedad anónima, capital social cien mil colones. Presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 26 de enero del año 2009.—Lic. Javier Clot Barrientos, Notario.—1 vez.—Nº 85397.—(7286).
Por escritura otorgada, a las 15:30 horas del 23 de enero del 2009, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Corporación RBJ de Inversiones Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—Nº 85398.—(7287).
Por escritura otorgada, a las 13:00 horas del 23 de enero del 2009, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Transportadora de Aditivos Alimentarios Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—Nº 85400.—(7288).
Por escritura otorgada a las 14:00 horas del 23 de enero del 2009, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Fabrizzio Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—Nº 85401.—(7289).
Por escritura otorgada, a las 15:00 horas del 23 de enero del 2009, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Inmobiliaria de las Maldivas Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—Nº 85402.—(7290).
Por escritura otorgada en San José, a las dieciséis horas treinta minutos del veintisiete de enero del dos mil nueve, se constituyó, ante esta notaría, la empresa que llevará por denominación social Forza LT Consulting Sociedad Anónima. Luisana Pacheco Zúñiga, presidenta.—San José, veintiocho de enero del dos mil nueve.—Lic. Ana Gabriela Badilla Zeledón, Notaria.—1 vez.—Nº 85404.—(7291).
Ante esta notaría, se realizó protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de la entidad denominada Mixty D.C.R. Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-341698, a las ocho horas del veintiuno de enero de dos mil nueve, cláusula primera: se reciben nuevos socios. Cláusula segunda: se constituye nueva junta directiva. Cláusula tercera: reforma a representación de la sociedad. Cuarta cláusula: se cambia domicilio social todos los acuerdos se ratifican por los socios presentes. Es todo.—San José, enero del dos mil nueve.—Lic. Jorge Andrés García Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 85405.—(7292).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 16:00 horas del 20 de enero del año 2009, se constituye la sociedad Mina de UR Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Presidenta: Hilda Cedeño Murillo.—Pérez Zeledón, 20 de enero del año 2009.—Lic. Jorge Enrique Gonzalo Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 85406.—(7293).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 8:00 horas del 26 de enero del año 2009, se constituye la sociedad Plaza Mozotal Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Presidente: Fulgencio Román Muñoz.—Pérez Zeledón, 26 de enero del año 2009.—Lic. Jorge Enrique Gonzalo Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 85407.—(7294).
Ante mi notaría, mediante escritura 136 del tomo 15, se protocolizó acta número 2 de asamblea general extraordinaria de accionistas de Ajamo S. A., modificándose estatutos y se nombra nuevo presidente y tesorero. En San José, a las 16:00 horas del 27 de enero del 2009.—Lic. Lindy Viviana Acuña Benavides, Notaria.—1 vez.—Nº 85409.—(7295).
Ante esta notaría, se protocolizaron los acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de la sociedad Chochorpia Sociedad Anónima, se modificó la cláusula quinta (del capital social), asimismo se modifica la cláusula sexta en cuanto a la administración, y se modifica la cláusula sétima en cuanto a la representación.—San José, veintiocho de enero del dos mil nueve.—Lic. Karen Melissa Morelli Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 85410.—(7296).
Ante esta notaría, se reforma la cláusula primera en cuanto al nombre para que en adelante se lea Inversiones D & E Cha Sociedad Agencia de Seguros Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa y tres mil novecientos noventa y ocho.—San José, 20 de enero del 2009.—Lic. Lissette S. Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 85411.—(7297).
Por escritura número cuarenta y nueve, otorgada ante el suscrito Licenciado Armando Rojas Chinchilla, notario institucional del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, a las ocho horas treinta minutos del veintiséis de enero del dos mil nueve, se protocoliza en lo conducente el acuerdo tomado en la sesión ordinaria número cuatro mil seiscientos veinticuatro del trece de noviembre del dos mil ocho, visibles en el acta número cuarenta y nueve de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal Sociedad Anónima, celebrada en las oficinas centrales del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, sito en San José, calle uno, avenidas dos y cuatro, en virtud de la cual se acordó modificar la cláusula novena: de la administración de la sociedad, del pacto constitutivo de dicha sociedad.—San José, veintiséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Armando Rojas Chinchilla, Notario.—1 vez.—Nº 85439.—(7298).
Por escritura número cuarenta y ocho, otorgada ante el suscrito Licenciado Armando Rojas Chinchilla, Notario Institucional del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, a las ocho horas del veintiséis de enero del dos mil nueve, se protocoliza en lo conducente el acuerdo tomado en la sesión ordinaria número cuatro mil seiscientos veinticuatro del trece de noviembre del dos mil ocho, visible en el acta número cuarenta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Popular Sociedad de Fondos de Inversión, Sociedad Anónima, del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, celebrada en las oficinas centrales del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, sito en San José, calle uno, avenidas dos y cuatro, en virtud de la cual se acordó modificar la cláusula octava: de la Administración, del pacto constitutivo de dicha sociedad.—San José, veintiséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Armando Rojas Chinchilla, Notario.—1 vez.—Nº 85440.—(7299).
Por escritura número cincuenta, otorgada ante el suscrito Licenciado Armando Rojas Chinchilla, Notario Institucional del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, a las nueve horas del veintiséis de enero del dos mil nueve, se protocoliza en lo conducente el acuerdo tomado en la Sesión Ordinaria número cuatro mil seiscientos veinticuatro del trece de noviembre del dos mil ocho, visible en el acta número cincuenta y cinco de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Popular Valores Puesto de Bolsa Sociedad Anónima, del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, celebrada en las oficinas centrales del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, sito en San José, calle uno, avenidas dos y cuatro, en virtud de la cual se acordó modificar la cláusula novena de la administración de la sociedad, del pacto constitutivo de dicha sociedad.—San José, veintiséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Armando Rojas Chinchilla, Notario.—1 vez.—Nº 85441.—(7300).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó una sociedad anónima cuyo nombre será el número de cédula jurídica que le sea asignada por el Registro Público con el aditamento S. A., Domicilio: San José de Matute Gómez, cien metros al sur y cien metros al oeste. Capital íntegramente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Es todo.—San José, veintiocho de enero del dos mil nueve.—Lic. Luis Antonio Cubillo Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 85442.—(7301).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las dieciséis horas del día veintidós de enero del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea de socios de la sociedad La Tierra del Sol de Media Extraordinaria Noche S. A., mediante la cual se reforman cláusulas del pacto social, se revoca nombramiento de directivos y fiscal y se hacen nuevos nombramientos. Se nombra Agente Residente.—Ciudad Neilly, 22 de enero del 2009.—Lic. Alfredo López Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 85444.—(7302).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las nueve horas del día veintiuno de enero del dos mil nueve, protocolice acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Marimaña S. A., mediante la cual se reforman cláusulas del pacto social, se revoca nombramiento de directivos y fiscal y se hacen nuevos nombramientos. Se nombra agente residente.—Ciudad Neily, 21 de enero del 2009.—Lic. Alfredo López Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 85445.—(7303).
Por escritura otorgada en el protocolo del notario Fabio Trujillo Hering, a las trece horas cinco minutos del veintisiete de enero del dos mil nueve, se protocolizó el acta dos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Jotaele de Altamonte Sociedad Anónima, mediante la cual se modificaron las cláusulas segunda del domicilio, sétima de la junta directiva octava de la representación y se nombró junta directiva y fiscal.—Heredia, veintisiete de enero del dos mil nueve.—Lic. Fabio Trujillo Hering, Notario.—1 vez.—Nº 85446.—(7304).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, se constituyó Proyecto de Vida Crucificada Sociedad Anónima, domiciliada en Guanacaste. Capital: 10.000 colones, suscritos y pagados. Presidente: Joel Edward (nombre) Sánchez (único apellido en razón de su origen). Plazo: 99 años.—Tilarán, 16 de enero del 2009.—Lic. Gustavo Adolfo Wattson Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 85447.—(7305).
Mediante escritura número sesenta y dos visible al folio sesenta y nueve del tomo cuarto de mi protocolo, otorgada a las doce horas y diez minutos del día veintisiete de enero del año dos mil nueve, se reformó la junta directiva y cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Inversiones Mavk Siete Mil Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintisiete de enero del dos mil nueve.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—Nº 85453.—(7306).
Por escritura 252-3 otorgada ante el suscrito notario a las 10:30 horas del 26 de enero del 2009, se protocolizó el acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Tierra Feliz del Caribe S. A. Se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo, aumentando el capital social.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Yuliana Gaitan Ayales, Notaria.—1 vez.—Nº 85454.—(7307).
Por escritura otorgada en San José a las nueve horas treinta y cinco minutos del veintiocho de enero del dos mil nueve, ante la notaria Laura Áviles Ramírez, se constituyó la sociedad anónima Distribuidora de Filtros y Suministros MS S. A., con un capital de ciento cincuenta mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de quince mil colones cada una, cuya representación judicial y extrajudicial corresponden al Presidente cargo que ostenta. María Dolores Smith Pohol. Es todo.—San José, veintiocho de enero del dos mil nueve.—Lic. Laura Áviles Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 85459.—(7308).
Ante esta notaria el día veintiuno de enero del dos mil nueve, Juan Gerardo Muñoz Sibaja y Jorge Bonilla Cambronero, constituyen BJ Comidas Saludables S. A., con un capital de cien mil colones.—San José, veintiocho de enero del dos mil nueve.—Lic. Erick Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—Nº 85462.—(7309).
Ante esta notaría el día veintiuno de enero del dos mil nueve, Juan Gerardo Muñoz Sibaja y Jorge Bonilla Cambronero constituyen BJ Cañada S. A., con un capital de cien mil colones.—San José, veintiocho de enero del dos mil nueve.—Lic. Erick Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—Nº 85463.—(7310).
Ante esta notaría el día veintiuno de enero del dos mil nueve Juan Gerardo Muñoz Sibaja y Jorge Bonilla Cambronero constituyen BJ Comidas Tpicas S. A., con un capital de cien mil colones.—San José, veintiocho de enero del dos mil nueve.—Lic. Erick Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—Nº 85463.—(7311).
Ante el suscrito notario Melvin Araya Rojas, se constituyó la sociedad denominada Compañía Jetro Limitada domiciliada mil metros al suroeste de las oficinas centrales de Coopesabalito R. L., en San Bosco de Sabalito, Coto Brus, provincia de Puntarenas.—Sabalito, Coto Brus, a las ocho horas del veintitrés de enero del dos mil nueve.—Lic. Melvin Araya Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 85465.—(7312).
La suscrita notaria pública Xinia Arias Naranjo hago constar que ante esta notaria, se constituyó la siguiente sociedad anónima Emporio del Sur S. A., con domicilio en Palmar Norte, Osa Puntarenas cien metros al sur del cementerio.—Lic. Xinia Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—Nº 85466.—(7313).
Ante esta notaria, al ser las 09:00 horas del 26 de enero del 2009, se constituye Autotransportes Solagui Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial estará a cargo del presidente y secretario de la junta directiva, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Viviana Marcela Sandí Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 85467.—(7314).
Ante mí a las 8:00 horas de 20 de diciembre del 2008, se constituyó Inversiones Rodríguez Mas Moys S. A., capital social 20.000 colones.—Lic. Lineth Serrano Lacayo, Notaria.—1 vez.—Nº 85468.—(7315).
Por escritura otorgada ante el notario, Licenciado Francisco José Rivera Gómez, de las veinte horas del veintisiete de enero del año dos mil nueve se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Corporación Verdun JE & MF Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula octava representación del pacto constitutivo, se nombra presidente y secretario. Presidente: Rigoberto Murillo Ocampo.—San José, veintiocho de enero del dos mil nueve.—Lic. Francisco José Rivera Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 85470.—(7316).
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del día de hoy se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Vesamar Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda, quinta y sexta del pacto social, se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 27 de enero del 2009.—Lic. Carmen Fernández M., Notaria.—1 vez.—Nº 85473.—(7317).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la empresa Buena Vida Júpiter BVJ, mediante la cual se revocan cargos de junta directiva, fiscal y agente residente y se hacen nuevos nombramientos. Se modifica la cláusula segunda de los estatutos.—San Pedro de Montes de Oca, veintisiete de enero del año dos mil nueve.—Lic. Juan José Echeverría Brealey, Notario.—1 vez.—Nº 85477.—(7318).
Por escritura número noventa y siete, del tomo 4, otorgada en esta notaría, a las 10:30 horas del 25 de octubre del año 2008, se constituyó la sociedad Corporación de Seguridad Raroj RW Sociedad Anónima, capital social: diez mil colones. Presidente y secretario son representantes judiciales y extrajudiciales con poder generalísimo sin límite de suma. Plazo social: cien años.—Santa Ana, 10 de enero del 2009.—Lic. Marcos Osvaldo Araya Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 85478.—(7319).
Por escritura número ciento trece, del tomo 4, otorgada en esta notaría, a las 11:00 horas del 9 de diciembre del año 2008, se constituyó la sociedad El Cerro de San Pedro R.G. Sociedad Anónima, capital social: diez mil colones. Presidente es representante judicial y extrajudicial con poder generalísimo sin límite de suma. Plazo social: cien años.—Santa Ana, enero 10 del 2009.—Lic. Marcos Osvaldo Araya Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 85479.—(7320).
Por escritura 127, del tomo 4 otorgada ante esta notaría al ser las 15:00 horas del día 20 de enero de 2008, se constituye la sociedad anónima la cual llevará como razón social el mismo número de cédula jurídica, en concordancia con lo dispuesto en el decreto número 33171-J en su artículo dos, publicado en La Gaceta el día miércoles 14 de junio de 2006. Representación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, su presidente, capital social diez mil colones, plazo social cien años, domicilio San José, Santa Ana centro.—Santa Ana, 27 de enero de 2008.—Lic. Marcos Osvaldo Araya Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 85480.—(7321).
Por escritura número ciento treinta y uno, del tomo 4, otorgada en esta notaría, a las 10:00 horas del 22 de enero del año 2008, se constituyó la sociedad Corporación Follajes Verdes del Caribe ML Sociedad Anónima, capital social: doce mil colones. Presidente, secretario y tesorero son representantes judiciales y extrajudiciales con poder generalísimo sin límite de suma, salvo limitaciones del artículo sexto del estatuto. Plazo social: cien años.—Santa Ana, 27 de enero del 2009.—Lic. Marcos Osvaldo Araya Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 85481.—(7322).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 28 de enero del 2009, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Inversiones Camarón Bravo S. A.—Lic. Eugenio Ortiz Alvarez, Notario.—1 vez.—Nº 85486.—(7323).
El día de hoy en esta notaría se constituyó la sociedad Mauscovy S.A., domicilio social en La Guácima de Alajuela, Rincón Herrera, detrás de la Ruta del Sol, siendo la Presidenta la señora Flora María Dumpel.—Alajuela, nueve de enero del dos mil nueve.—Lic. Marjorie Arroyo Ocampo, Notaria.—1 vez.—Nº 85489.—(7324).
Mediante escritura número doscientos diez otorgada a las quince horas del seis de enero del año dos mil nueve, ante la notaria Alejandra Montiel Quirós, se constituye Resua Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, veintiocho de enero del dos mil nueve.—Lic. Alejandra Montiel Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 85490.—(7325).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaría, a las 13:30 horas del 23 de enero del dos mil nueve, se constituye la sociedad Los Trogones de Dota Ltda. Representación: dos gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma; domicilio: Goicoechea, Calle Blancos, Parque Residencial de Guadalupe, Condominio Número Uno, casa número quince; Objeto: administración de negocios en el área de servicios médicos. Capital: diez mil colones totalmente suscrito y pagado en efectivo.—Lic. Glenda Burke Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 85491.—(7326).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 14:00 horas del 23 de enero del 2009, se constituye la sociedad Hernández & Burke S.A. Representación: presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio: Heredia, San Rafael, Ángeles, Residencial del Monte, Nº B-8, Objeto: administración de negocios en el área de servicios médicos. Capital: diez mil colones totalmente suscrito y pagado en efectivo.—Lic. Albert Lorente Marenco, Notario.—1 vez.—Nº 85492.—(7327).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 13:00 horas del 23 de enero del dos mil nueve, se constituye la sociedad Servicios Médicos Roca Ltda. Representación: dos gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma; domicilio: Goicoechea, Calle Blancos, Parque Residencial de Guadalupe, Condominio Número Uno, casa número Quince. Objeto: administración de negocios en el área de servicios médicos. Capital: diez mil colones totalmente suscrito y pagado en efectivo.—Lic. Glenda Burke Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 85493.—(7328).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del cinco de enero del dos mil nueve, se constituye la sociedad Bolsopaseo S. A.—San José, veintiocho de enero del dos mil nueve.—Lic. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 85494.—(7329).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Destiny Travel Agency Sociedad Anónima. Plazo social noventa y nueve años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Carlos Eduardo Vargas Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 85495.—(7330).
Por escrituras número trescientos cuarenta y siete de las once horas y número trescientos cuarenta y ocho de las once horas y treinta minutos, del veintidós de enero del dos mil nueve, se constituyeron respectivamente las compañías Jemalucha y Satgeo, ambas Sociedades Anónimas, con capital social de cien mil colones.—Lic. Verny Valerio Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 85496.—(7331).
Mediante escritura pública número 1331-13, otorgada ante esta notaría al ser las 13:00 horas del día 21 de enero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Transportes Chaves Rodríguez SRL. Gerente: Carlos Luis Chaves Pérez. Capital social: un millón de colones. Plazo social: 99 años.—Lic. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 85498.—(7332).
Ante esta notaría a las 18:00 horas del 13 de enero del 2009, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Kiyavick Sociedad Anónima, con un capital social de 1.000.000 colones, por un plazo de noventa y nueve años, cuyo Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Víctor Nery Anleu Monzon, mediante la escritura número 308-13 del tomo 13 de mi protocolo.—Cartago, 27 de enero del 2009.—Lic. Helen Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 85499.—(7333).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 17:05 horas del día 9 de enero del 2009, se constituyó una sociedad de conformidad con el decreto ejecutivo 33171-J Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjunta o separadamente. Domicilio Heredia. Capital: suscrito y pagado. Plazo: 99 años.—San José, 9 de enero del 2009.—Lic. Gabriel Álvarez Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 85501.—(7334).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del veinte de noviembre de dos mil ocho, se constituyó la empresa con el nombre de cédula que otorgue el Registro, con capital social de diez mil colones, corresponde a su presidente la representación judicial y extrajudicial de dicha compañía. Es todo.—San José, veinte de noviembre de dos mil ocho.—Lic. William Charpentier Morales, Notario.—1 vez.—Nº 85502.—(7335).
Ante este notaría se constituyó la entidad Mystical Beaches Limitada, con el plazo social de: 90 años, capital social: doce mil colones exactos, domicilio social: Playas del Coco, Guanacaste, Gerente General Uno: Francel Cecilia Montero Rodríguez, Gerente General Dos: María Auxiliadora Carrillo Ruiz se constituyó mediante escritura número 44-111 de las 13:00 horas del 24 de enero del 2009.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 85506.—(7336).
Ante este notaría se constituyó la entidad Dance On The Sea LLC Limitada, con el plazo social de: 90 años, capital social: doce mil colones exactos, Domicilio social: Playas del Coco, Guanacaste, Gerente General Uno: Francel Cecilia Montero Rodríguez, Gerente General Dos: María Auxiliadora Carrillo Ruiz, se constituyo mediante escritura número 44-111 de las 13:00 horas del 24 de enero del 2009.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 85507.—(7337).
Ante este notaría se constituyó la entidad Mystical Reefs Limitada, con el plazo social de: 90 años, capital social: doce mil colones exactos, domicilio social: Playas del Coco, Guanacaste, Gerente General Uno: Francel Cecilia Montero Rodríguez, Gerente General Dos: María Auxiliadora Carrillo Ruiz se constituyó mediante escritura número 44-111 de las 13:00 horas del 24 de enero del 2009.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 85508.—(7338).
Ante este notaría se constituyó la entidad Cove Of The Sea Limitada, con el plazo social de: 90 años, capital social: doce mil colones exactos, domicilio social: Playas del Coco, Guanacaste, Gerente General uno: Francel Cecilia Montero Rodríguez, Gerente General dos: María Auxiliadora Carrillo Ruiz se constituyó mediante escritura número 44-111 de las 13:00 horas del 24 de enero del 2009.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 85509.—(7339).
Ante este notaría se constituyó la entidad Stone of the Sea Limitada, con el plazo social de: 90 años, capital social: doce mil colones exactos, domicilio social: Playas del Coco, Guanacaste, Gerente General uno: Francel Cecilia Montero Rodríguez, Gerente General dos: María Auxiliadora Carrillo Ruiz se constituyó mediante escritura número 44-III de las 13:00 horas del 24 de enero del 2009.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 85510.—(7340).
Ante esta notaría se constituyó la entidad Shell and Sand Limitada, con el plazo social de: 90 años, capital social: doce mil colones exactos, domicilio social: Playas del Coco, Guanacaste, Gerente General uno: Francel Cecilia Montero Rodríguez, Gerente General dos: María Auxiliadora Carrillo Ruiz se constituyó mediante escritura número 44-III de las 13:00 horas del 24 de enero del 2009.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 85511.—(7341).
Por escritura otorgada el día veintisiete de enero dos mil nueve ante esta notaría se constituye la sociedad anónima Promotora El Hatillo Sociedad Anónima, se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintiocho de enero del dos mil nueve.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 85516.—(7342).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del veintisiete de enero del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Make My Day Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos veintiocho mil trescientos sesenta y tres, de las ocho horas del veintisiete de enero del dos mil nueve, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda, quinta y sexta de los estatutos, se nombran nuevos gerentes.—Lic. Hernán Cordero Maduro, Notario.—1 vez.—Nº 85517.—(7343).
Por escritura número tres-ciento ochenta y siete, otorgada a las quince horas del día veintisiete de enero del año dos mil nueve, visible al folio ciento sesenta y dos vuelto del tomo tercero del protocolo de la notaria pública Adriana Segura Balmaceda, se protocolizó el acta número veintisiete de asamblea general extraordinaria de la Asociación Damas Salesianas SDS, cédula jurídica tres-cero cero dos-cero noventa y cinco mil quinientos setenta y dos, en la que se reforma el artículo vigésimo cuarto de los estatutos. Es todo.—San José, veintisiete de enero del dos mil nueve.—Lic. Adriana Segura Balmaceda, Notaria.—1 vez.—Nº 85518.—(7344).
Ante el suscrito notario se protocolizó el día de hoy acta de la asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Sun Coast Development Sociedad Anónima. Se nombra secretario y tesorero. Se modifica la cláusula sexta del pacto social.—Veintitrés de enero del dos mil nueve.—Lic. William Richard Philps Moore, Notario.—1 vez.—Nº 85519.—(7345).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad CR Secrets, cuyo plazo es de cincuenta años a partir del veintiuno de enero del dos mil nueve, cuyo capital social es de cien mil colones, representado por dos acciones comunes y nominativas de cincuenta mil colones cada una, domiciliada en San José, cantón Central, distrito cuarto, avenidas ocho y diez, calle veintinueve, edificio número ochocientos cincuenta y cuatro, el presidente es el apoderado generadísimo sin límite de suma.—San José, 27 de enero del 2009.—Lic. Guillermo Hernández Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 85520.—(7346).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Ave Trueno Sociedad Anónima, en la que se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad y se realizan nuevos nombramientos.—San José, veintitrés de enero de dos mil nueve.—Lic. Claudia Reyes Silva, Notaria.—1 vez.—Nº 85522.—(7347).
La suscrita notaria hace constar que mediante escritura número trescientos nueve del tomo tres de mi protocolo, se han reformado las cláusulas primera y quinta de El Juche S. A., y se ha nombrado nueva junta directiva.—San José, veintiocho de enero de dos mil nueve.—Lic. Marisela Vázquez Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 85524.—(7348).
Ante esta notaría se constituyó la entidad jurídica denominada Gringo In Paradise Incorporated Sociedad Anónima. Al ser las diecisiete horas del día veintitrés del mes de enero del año dos mil nueve.—Lic. Patricia Benavides Chaverri, Notaria.—1 vez.—Nº 85529.—(7349).
Ante mí, Liana Sancho Chacón, mediante escritura doscientos setenta y cuatro de las ocho horas del ocho de enero del dos mil nueve se constituyó Pecho Amarillo de la Fortuna Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Pecho Amarillo de la Fortuna S. A., se nombraron los miembros de la junta directiva, fiscal y agente residente.—Ciudad Quesada, a las nueve horas del diez de enero del dos mil nueve.—Lic. Liana Sancho Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 85533.—(7350).
Ante mí, Liana Sancho Chacón, mediante escritura doscientos setenta y cinco de las diez horas del ocho de enero del dos mil nueve, se constituyó División Obras y Contratos de San Carlos Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse División Obras y Contratos de San Carlos S. A., se nombraron los miembros de la Junta Directiva, fiscal y agente residente.—Ciudad Quesada, a las diez horas del diez de enero del dos mil nueve.—Lic. Liana Sancho Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 85534.—(7351).
Mediante escritura número ciento dieciocho-dos, se constituyó una sociedad anónima, que llevará como nombre el número de cédula jurídica que se le asigne, se nombraron los miembros de Junta Directiva, Fiscal y Agente Residente.—Lic. Luis Diego Quesada Araya, Notario.—1 vez.—Nº 85535.—(7352).
Por escritura Nº 297 de esta fecha, del tomo once de mi protocolo, se modifica pacto constitutivo de Ibanez Sociedad Anónima.—San José, 27 de enero de 2009.—Lic. Walter Fco. Corrales Granados, Notario.—1 vez.—Nº 85540.—(7353).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del dieciséis de diciembre del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Manejo Integrado de Plagas Phillips Sociedad Anónima. Presidente: Ibo Llibre Phillips.—San José, 27 de enero del 2009.—Lic. Lic. Guillermo Montealegre Mata, Notario.—1 vez.—Nº 85541.—(7354).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 28 de enero del 2009, se reformó la cláusula segunda del domicilio y se aumentó el capital en sesenta millones de colones, de la sociedad Grupo Asesor en Informática S. A.—San José, 29 de enero del 2009.—Lic. Pía Picado González, Notaria.—1 vez.— 85542.—(7355).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del día 27 de enero del año 2009, se reformó la cláusula segunda del pacto constitutivo, se reformó la cláusula décimo primera de la administración y cláusula primera del nombre, que cambio por Chak Cordero Estrada S.A.; se nombraron nuevos miembros de la junta directiva y fiscal. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: Carlos Luis Cordero Hernández, de la sociedad de esta plaza tres-ciento uno-quinientos cuarenta y seis cincuenta y ocho s. a.—San José, 28 de enero del 2009.—Lic. Pía Picado González, Notaria.—1 vez.—Nº 85543.—(7356).
Por escritura otorgada a las 14:00 horas del 26 de enero del 2009, se constituye la empresa Transportes Internacionales Cahuita Transcahuita S. A.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 85545.—(7357).
Ante los licenciados Karla Johanna Campos Ramírez y Juan Federico Arias Chacón, del pacto constitutivo se reforma la cláusula sexta de la administración y se nombran gerente tres y gerente cuatro de la sociedad Amstel Red Lights Limitada, con cédula jurídica número: tres-uno cero dos-cuatro siete seis uno seis seis.—Lic. Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 85546.—(7358).
Ante el Licenciado Juan Federico Arias Chacón, se constituyó Orotina Premier S. K. W Sociedad Anónima, presidente Keneth de Jesús Espinoza Marín, apoderado generalísimo sin límite de suma, capital social de seis mil colones, plazo social noventa y nueve años.—Lic. Juan Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 85547.—(7359).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy se constituyó la sociedad Corporación de Inversiones y Afines Chicago Inc. Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Domicilio: San José.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Joel Valverde Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 85548.—(7360).
Por escritura número 197-2, otorgada a las 11:00 horas del 20 de enero del 2009, ante esta notaría Diana Pinchanski Fachler, se constituyen las sociedades denominadas “Prufundas Imágenes Marinas LS Limitada, Brisas de Mares Lejanos LS Limitada, Sueños de Sirenas Marinas LS Limitada, Arenas de Nacar y Oro LS Limitada, Arenas en La Brisa Marina LS Limitada, Dueño de Mares Profundos LS Limitada, Salado Amanecer Marino LS Limitada, Pasión de Pescadores LS Limitada, Soles y Lunas del Mar LS Limitada, Vientos y Vistas del Mar LS Limitada, Fusión Cielomar LS Limitada, Bravos Mares y Viento LS Limitada, Audaces y Atrevidos Pescadores LS Limitada, Sueños de Golf y Pesca LS Limitada, Descanso Perpetuo del Mar LS Limitada, Fin de Mares y Vientos LS Limitada, Bahía de Sueños y Mares LS Limitada, Canciones de Vientos Marinos LS Limitada, Coktel de Mar y Sueños LS Limitada, Descanso de Dioses Marinos LS Limitada”. Con domicilio social en la provincia de San José, Santa Ana, Centro Empresarial Vía Lindora, cuarto piso, radial Santa Ana-San Antonio de Belén, kilómetro tres.—Puntarenas, 22 de enero del 2009.—Lic. Diana Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—Nº 85549.—(7361).
Por escritura número 198-2, otorgada a las 11:20 horas del 20 de enero del 2009, ante esta notaría Diana Pinchanski Fachler, se constituye la sociedad denominada Red Birds Charters Limitada. Con domicilio social en la provincia de San José, Santa Ana, Centro Empresarial Vía Lindora, cuarto piso, radial Santa Ana-San Antonio de Belén, kilómetro tres.—Puntarenas, 27 de enero del 2009.—Lic. Diana Pinchanski Fachler, Notario.—1 vez.—Nº 85550.—(7362).
Se hace constar que en acta número uno de las ocho horas del dieciséis de junio del año dos mil ocho, se modificó la junta directiva de la sociedad de esta plaza Itaka Alfa Sociedad Anónima, cédula 3-101-461947, yo Sally Madrigal Saborío, notaria pública hago constar se encuentra debidamente firmada.—Lic. Sally Madrigal Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 85551.—(7363).
Por escritura número 199-2, otorgada a las 12:00 horas del 20 de enero del 2009, ante esta notaría Diana Pinchanski Fachier, se constituye la sociedad denominada Del Mar Uno L Investments Limitada. Con domicilio social en la provincia de San José, Santa Ana, Centro Empresarial Vía Lindora, cuarto piso, radial Santa Ana-San Antonio de Been, kilómetro tres.—Puntarenas, 27 de enero del 2009.—Lic. Diana Pinchnski Fachler, Notario.—1 vez.—Nº 85552.—(7364).
Se hace constar que en acta número uno de las nueve horas del once de diciembre del año dos mil ocho, se modificó la junta directiva de la sociedad de esta plaza Santana Real Salamanca Nueve Sociedad Anónima, cédula 3-101-423859, yo Sally Madrigal Saborío, notaria pública hago constar se encuentra debidamente firmada.—Lic. Sally Madrigal Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 85553.—(7365).
Por escritura número 200-2, otorgada a las 12:30 horas del 20 de enero del 2009, ante esta notaría Diana Pinchanski Fachler, se constituye la sociedad denominada Dbemd Árboles Azules Sociedad Anónima. Se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas en donde se reforma la cláusula segunda.—Puntarenas, 27 de enero del 2009.—Lic. Diana Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—Nº 85554.—(7366).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, se constituyó Plaza Vergel Sociedad Anónima. Domiciliada en Guanacaste. Capital 12.000 colones, suscritos y pagados. Presidente: Mikel Murillo Vargas. Plazo: 99 años.—Tilarán, 16 de diciembre 2008.—Lic. Nayudell Murillo Chavarría, Notaria.—1 vez.—Nº 85555.—(7367).
Por escritura otorgada ante mi notaría en esta ciudad, a las diez horas del veintisiete de enero del año dos mil nueve, se reforman estatutos de la sociedad denominada Nuestro Sueño de Mar y Montaña Sociedad Anónima. Presidente: Robert Jeffrey La Placa.—Pérez Zeledón, 14 horas del 27 de enero del 2009.—Lic. Carlos Quesada Elizondo, Notario.—Nº 85558.—(7368).
Por escritura otorgada ante mi notaría en esta ciudad, a las diez horas del veintisiete de enero del año dos mil nueve, se reforman estatutos de la sociedad denominada Nuestro Sueño de Mar y Montaña Sociedad Anónima. Presidente: Robert Jeffrey La Placa.—Pérez Zeledón, 10 horas del 27 de enero del 2009.—Lic. Carlos Quesada Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 85559.—(7369).
Por escritura número ciento noventa, otorgada ante esta notaría a las trece horas del dieciséis de enero del dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima en la cual se facultó al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional para que como denominación social se le indique el número de cedula de persona jurídica que se asigne al momento de su inscripción, según Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Presidente: Falan Kener Salas Campos.—Heredia, dieciséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Leonel Antonio Cruz Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 85560.—(7370).
Por escritura de las 12:00 horas del 27 de enero del año 2009, se constituye la sociedad denominada Investments And Brokerage Capital Inc Sociedad Anónima, se nombra presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 28 de enero del 2009.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 85567.—(7371).
Por escritura de las 8:00 horas del 27 de enero del año 2009, se constituye la sociedad denominada Everleaf Sociedad Anónima, se nombra presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 28 de enero del 2009.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 85568.—(7372).
Mediante escritura número sesenta y seis, del tomo quince del protocolo del suscrito notario, se constituyó la sociedad denominada Frutas Tropicales de Centroamérica Sociedad Anónima. Presidente, vicepresidente, tesorero y secretario conjunta o separadamente con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma, ostentan la representación judicial o extrajudicial de la misma.—Cartago, a las quince horas del veintidós de enero del dos mil nueve.—Lic. René Gustavo Granados, Notario.—1 vez.—Nº 85569.—(7373).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del día 21 de enero del 2009 se procedió a protocolizar el acta de la asamblea de socios de la compañía Spyglass S. A., donde se acordó reformar las cláusulas Nº 2 y Nº 6.—San José, 27 de enero del 2009.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 85573.—(7374).
Ante el Lic. Douglas Ricardo Avendaño Chaverri, a las 18:00 horas del 22 de noviembre del 2008, se constituyó Asesorías Carlos Sánchez S.A..—San José, 27 de enero 2009.—Lic. Douglas Ricardo Avendaño Chaverri, Notario.—1 vez.—Nº 85578.—(7375).
Por escritura principal número ciento setenta y nueve, otorgada ante mí, a las dieciocho horas del veintiséis de noviembre del dos mil ocho, los señores Óscar Núñez Mata y Ana Yancy Ovares Montero, constituyen una sociedad anónima denominada Nuoba Ingeniería Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones, formado por cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, la representación judicial y extrajudicial, como apoderados generalísimos sin límite de suma la ostentan el presidente y el secretario.—Turrialba, veintisiete de enero del dos mil nueve.—Lic. Otoniel Díaz Flores, Notario.—1 vez.—Nº 85580.—(7376).
En mi notaría, al ser las once horas del dieciocho de abril del dos mil ocho, protocolicé acta de cambio de junta directiva de la sociedad anónima, Zulmar Tierra Firma Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos trece quinientos cincuenta.—San José, a las catorce horas del veintiocho de enero del dos mil nueve.—Lic. Zulay Estrada Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 85581.—(7377).
María Josefa Acuña Irias, Juan Gilberto Alvarado Acuña, José Alexis Agapito Alvarado Acuña, Filiberto Gerardo Alvarado Acuña, Juan Carlos Alvarado Acuña, Daniel Gerardo Alvarado Acuña, Óscar Mauricio Alvarado Acuña, Gerardina Alvarado Acuña, Marta Luz Alvarado Acuña y Adinia Marjorie Alvarado Acuña, constituyen la sociedad denominada Alvarado y Acuña Sociedad Anónima.—San José, al ser las doce horas del primero de noviembre del dos mil ocho.—Lic. William Elizondo Manzanares, Notario.—1 vez.—(7379).
Irma Del Rosario Hernández Hernández, Estrella de Los Ángeles Chaves Murillo, Margarita Vega Castro, Ana Maritza Chaves Murillo y Deidamia Blanco Hernández, constituyen la sociedad denominada Adime de Abangares Sociedad Anónima.—San José, al ser las diez horas del seis de enero del dos mil nueve.—Lic. William Elizondo Manzanares, Notario.—1 vez.—(7380).
Ante nosotras, Mariela Felisa Solís Sandoval y Olga Libia Sandoval Ugalde, actuando en el protocolo de la primera, se constituyó la sociedad denominada Record Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Manuel Cordero Soto.—Alajuela, 28 de enero del 2009.—Lic. Libia Sandoval Ugalde, Notaria.—1 vez.—(7381).
Que por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas, nueve horas treinta minutos, diez horas, diez horas treinta minutos, once horas, once horas treinta minutos, doce horas y doce horas treinta minutos del día veintiocho de enero del dos mil nueve, se protocolizaron actas de asamblea extraordinaria de accionistas de las compañías Obe Cuatro Azul S. A., Obe Nueve Turquesa S. A., Obe Trece Celeste S. A., Obe Diecisiete Ceibo S. A., Obe Dieciocho Almendro S. A., Obe Nueve Turquesa S. A., Obe Veinte Frambuesa S. A., y Obe Parqueos y Bodegas S. A., mediante las cuales se acordó crear el cargo de Gerente General.—San José, veintinueve de enero del año dos mil nueve.—Lic. Norman De Pass Ibarra, Notario.—1 vez.—(7421).
El suscrito Luis Enrique Salazar Sánchez notario público con oficina en la ciudad de San José, hace constar que en el día veintiocho de enero del dos mil nueve, se constituyó ante mí la sociedad Chinchilla Aguirre S. A.—San José, 28 de enero del 2009.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—(7422).
Por escritura otorgada en San José, Pavas, a las 15:00 horas del día 23 de enero del 2009 ante el suscrito notario, se constituye Ocintelsa S. A. Duración 99 años: Presidente: Carlos Alberto Garces Fajardo.—San José, 27 de enero del 2009.—Lic. Luis Ricardo Tioli Díaz, Notario.—1 vez.—(7424).
Por escritura otorgada en San José, Pavas a las 14:30 horas del día 28 de enero del 2009, ante el suscrito notario, se constituye Inversiones Franluzma S. A. Duración 99 años: Presidenta: Luz Elena Seas Monge.—San José, 28 de enero del 2009.—Lic. Luis Ricardo Tioli Díaz, Notario.—1 vez.—(7425).
Durán y Familia Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-132457, domicilio Vuelta de Jorco de Aserrí, reforma cláusulas novena y décimo primera de su estatuto, referente a plazo de duración de cargos del fiscal y agente residente. Documento tramitado ante la notaría de la licenciada Kattia Isabel Bermúdez Quesada, carné 7716, San Luis de Acosta, teléfono 2410-0810.—Lic. Kattia Isabel Bermúdez Quesada, Notaria.—1 vez.—(7426).
El día de hoy constituí la compañía Servicios Integrados del Este SIDESA S. A..—Escazú, 20 de diciembre del 2008.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1 vez.—(7429).
Por escritura de las nueve horas del veintiocho de enero de dos mil nueve, se constituye la compañía Jovital Sociedad Anónima. Capital totalmente suscrito y pagado. Presidente Jonathan Vindas Miranda.—Lic. Alexander Barquero Lobo, Notario.—1 vez.—(7430).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del día veintisiete de enero del dos mil nueve, se constituyeron las sociedades Wikinet S. A., Web Twenty Action S. A., Wiki Action S. A.. Plazo: noventa y nueve años.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—(7435).
Ante la notaría de la suscrita Marcela Padilla Valverde, con oficina en La Aurora de Heredia, del cruce de los semáforos, trescientos veinticinco metros al norte, casa a mano izquierda, número O-tres, color verde oliva con portón eléctrico negro de dos pisos, mediante la escritura número ciento ocho otorgada a las nueve horas del día veintiocho de enero de dos mil nueve, se reforma la cláusula octava de los estatutos de la compañía Paseo del Ángel Uriel Tres Sociedad Anónima cédula de persona jurídica tres-ciento uno-quinientos cuatro mil novecientos dos. Es todo.—Heredia, veintiocho de enero de dos mil nueve.—Lic. Marcela Padilla Valverde, Notaria.—1 vez.—(7437).
Compañía Constructora Van Der Laat y Jiménez S. A., modifica pacto constitutivo en cuanto a la representación y otorga poder general a Jorge Ramos de Anaya Alfaro. Escritura otorgada en San José, a las 12:00 horas del 14 de noviembre del 2008.—Lic. Ana Lucía Herrera Bogarín, Notaria.—1 vez.—(7439).
La suscrita Rosa María Corrales Villalobos, hace constar que se constituyó la sociedad anónima Baranoa Inversiones Sociedad Anónima en la ciudad de San José, a las dieciocho horas del veintiocho de enero del dos mil nueve.—Lic. Rosa María Corrales Villalobos, Notaria.—1 vez.—(7445).
La suscrita notaria Rosa Maria Corrales Villalobos, hace constar que se constituyó la sociedad anónima Galapy Inversiones Sociedad Anónima en la ciudad de San José, a las diecisiete horas del veintiocho de enero del dos mil nueve.—Lic. Rosa María Corrales Villalobos, Notaria.—1 vez.—(7446).
La suscrita notaria Rosa María Corrales Villalobos, hace constar que se constituyó la sociedad anónima Group Dipoq Sociedad Anónima en la ciudad de San José, a las diecinueve horas del veintiocho de enero del dos mil nueve.—Lic. Rosa María Corraels Villalobos, Notaria.—1 vez.—(7447).
Ante mí, Lic. Anthony Fernández Pacheco, por acta protocolizada en esta notaría mediante la escritura número ciento sesenta y cuatro del tomo noveno de mi protocolo, de las once horas del veintisiete de enero del dos mil nueve, la compañía Coeli B. B. & C. S. A., con domicilio en San Ramón, Alajuela, modifica la cláusula cuarta de su pacto constitutivo.—Lic. Anthony Fernández Pacheco, Notario.—1 vez.—(7451).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la firma de esta plaza Vitta Servicios Sociedad Anónima. Capital social: mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: La Uruca, San José, de las bodegas de la Liga de la Caña, cien metros sur y ciento cincuenta oeste. Presidenta: Hydee Vega Marín. Agente residente: Lic. Paúl Zúñiga Hernández.—San José, veintisiete de dnero del dos mil nueve.—Lic. Paúl Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—(7458).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las ocho horas del veintiséis de enero de dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad Vista Oeste Cinco Limitada, modificando el pacto constitutivo en cuanto a la administración, se nombra junta directiva.—San José, veintiséis de enero del dos mil nueve.—Lic. José Luis Páez Vargas, Notario.—1 vez.—(7460).
Ante esta notaría se tramita cambio de junta directiva de la sociedad denominada Importadora Razzy W.E Sociedad Anónima. Domiciliada en San José Montes de Oca, San Pedro, del Pali cincuenta metros al norte y cien metros al oeste, apartamentos Villas Lu, número doce, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuatro mil doscientos setenta y cinco y su presidenta será la señora Claudia Patricia Acosta Jiménez, mayor, colombiana, soltera, ama de casa, vecina de Heredia, con pasaporte que exhibe el número tres cero cinco cero cinco cuatro uno cuatro. Es todo.—San José, veintinueve de enero del dos mil nueve.—Lic. Evelyn Guevara Barrantes, Notaria.—1 vez.—(7463).
Ante esta notaría se tramita cambio de junta directiva de la sociedad denominada Baclar Consultores y Asesorea Profesionales Sociedad Anónima domiciliada en San José Barrio Aranjuez de la Iglesita Santa Teresita ciento setenta y cinco metros al norte con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y ocho mil novecientos cincuenta y dos y su presidente será el señor Eugenio Enrique Peña Ferrer, mayor, colombiano, casado una vez, administrador, vecino de Rohrmoser cuatrocientos metros al norte de la antigua AIDE, doscientos metros este condominio Monte Galán, con pasaporte que exhibe el número C ocho siete seis nueve nueve nueve nueve siete. Es todo.—San José, veintinueve de enero del dos mil nueve.—Lic. Evelyn Guevara Barrantes, Notaria.—1 vez.—(7465).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las ocho horas quince minutos del veintiocho de enero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Seis AGM Limitada, capital social cien mil colones, totalmente suscrito y pagado, se nombraron dos gerentes y dos subgerentes.—San José, veintiocho de enero del dos mil nueve.—Lic. María Vanessa Wells Hernández, Notaria.—1 vez.—(7486).
Por escritura otorgada en San José a las trece horas del cinco de diciembre del dos mil ocho, ante el notario José Alberto Cabezas Dávila se constituyó la sociedad Centro Urológico del Este. Presidente Mario Gonzales Salas Secretario: Cinthia Vargas Villegas.—San José, veintiocho de enero del dos mil nueve.—Lic. José A. Cabezas Dávila, Notario.—1 vez.—(7496).
Por escritura otorgada hoy en mi notaría protocolicé acta de asamblea general extraordinaria, de socios de la sociedad Inversiones Siete Veintiuno S. A., por la cual se reforma la cláusula del domicilio social.—San José, veintinueve de enero de dos mil nueve.—Lic. Luis Casafont Terán, Notario.—1 vez.—(7501).
Por escritura otorgada hoy en mi notaría protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Quiako S. A., por la cual se reforma la cláusula del domicilio social.—San José, veintinueve de enero de dos mil nueve.—Lic. Luis Casafont Terán, Notario.—1 vez.—(7502).
Por escritura otorgada hoy, en mí notaría protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Colorado Tarpón S. A., por la cual se reforma la cláusula del domicilio social.—San José, veintinueve de enero de dos mil nueve.—Lic. Luis Casafont Terán, Notario.—1 vez.—(7503).
Por escritura otorgada a las dieciséis horas del día de hoy se constituye sociedad con razón social que será asignado por el Registro Público, capital social novecientos mil colones, plazo social noventa y nueve años a partir del día de hoy, la representación corresponderá a la junta directiva actuando conjuntamente al menos dos de los miembros del consejo.—Alajuela, veintisiete de enero del 2009.—Lic. Franklin Alpízar Hernández, Notario.—1 vez.—(7504).
Por escritura otorgada a las dieciséis horas del día de hoy se constituye sociedad con razón social que será asignado por el Registro Público, capital social tres millones de colones, plazo social noventa y nueve años a partir del día de hoy, la representación corresponderá a la junta directiva actuando conjuntamente al menos dos de los miembros del consejo.—Alajuela, veintiséis de enero del 2009.—Lic. Franklin Alpízar Hernández, Notario.—1 vez.—(7505).
Conste que yo, Víctor Hugo Mora Casasola, notario público con oficina en San José, hago saber que ante esta notaría, en San José a las 11:00 horas del día 17 de enero del año 2009, por medio de la escritura 146, visible al folio 127 del tomo octavo de mi protocolo, se constituyó Vex de Guadalupe S. A.; y C.W. de Guadalupe S. A. Misma fecha.—Lic. Víctor Hugo Mora Casasola, Notario.—1 vez.—(7507).
Por escritura otorgada a las catorce horas del día veintitrés de enero del dos mil nueve, ante esta Notaría se constituyó la sociedad anónima denominada Interclear Central de Valores S. A. Capital social suscrito y pagado. Presidente: Orlando Soto Enríquez.—San José, 28 de enero del 2009.—Lic. Priscilla Soto Quirós, Notaria.—1 vez.—(7513).
Por escritura número cincuenta y cuatro-cuarenta y dos, otorgada ante los notarios públicos Juvenal Sánchez Zúñiga y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo del primero; a las doce horas del día veintisiete de enero del año dos mil nueve, donde se modifican las cláusulas segunda y sexta, de las estatutos de la compañía y se nombra nueva junta directiva y fiscal; de la compañía denominada Corgut S.A..—San José, veintisiete de enero del dos mil nueve.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Conotario.—1 vez.—(7514).
Por escritura número cincuenta y cinco-cuarenta y dos, otorgada ante los notarios públicos Juvenal Sánchez Zúñiga y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo del primero; a las doce horas treinta minutos del día veintisiete de enero del año dos mil nueve, donde se modifica la cláusula sétima, de los estatutos de la compañía denominada tres-ciento dos-quinientos cincuenta y nueve mil seiscientos cincuenta y nueve s.r.l.—San José, veintisiete de enero del dos mil nueve.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Conotario.—1 vez.—(7515).
Por escritura otorgada por el notario Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar a las 10:00 horas del 29 de enero del 2009, se constituyó la sociedad Sirros Griegos Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Sirros Griegos S. A. cuya presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, es la señora: Silvia María Suárez Núñez. Capital: suscrito y pago en su totalidad. Firmo en la ciudad de Grecia, veintinueve de enero del dos mil nueve.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—(7519).
Por escritura pública número doscientos noventa y seis de las diez horas quince minutos del diecinueve de enero de dos mil nueve, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Publicidad y Mercadeo del Este P M E Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- cuatrocientos sesenta y un mil trescientos cincuenta y uno, mediante la cual se modificó la cláusula cuarta del pacto social.—San José, 19 de enero del 2009.—Lic. Manuel Barboza Arce, Notario.—1 vez.—(7520).
Por escritura pública número doscientos noventa y seis de las diez horas del diecinueve de enero de dos mil nueve, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad J R Inversiones Publicitarias Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos ocho mil seiscientos ochenta y cuatro, mediante la cual se modificó la cláusula cuarta del pacto social.—San José, 19 de enero de 2009.—Lic. Manuel Barboza Arce, Notario.—1 vez.—(7521).
Por escritura número veintidós otorgada ante mi Notaría a las ocho horas del día veintiocho de enero del año dos mil nueve, se constituyó la entidad denominada Factoreo Herediano Sociedad Anónima. Presidente: Efraín Xirinachs Jiménez.—Heredia, veintinueve de enero del ano dos mil nueve.—Lic. Jonathan Desanti Ruiz, Notario.—1 vez.—(7523).
Mediante escritura Nº 241-12 otorgada a las 15:00 horas del 28 de enero del 2009, se constituyó la compañía Alquizar Sociedad Anónima. Presidenta: Maylin Rodríguez Fernández.—Ciudad Quesada, San Carlos, 28 de enero del dos mil nueve.—Lic. María Gabriela González Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 85583.—(7630).
Mediante escritura Nº 241-12 otorgada a las 13:00 horas del 28 de enero del 2009, se constituyó la compañía Guines Sociedad Anónima. Presidente: Yuset Yonysy Vega Linares.—Ciudad Quesada, San Carlos, 28 de enero del dos mil nueve.—Lic. María Gabriela González Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 85584.—(7631).
Por escritura otorgada ante mí, a las 18:20 horas del 26 de enero del 2009, se constituyó sociedad que se denominará igual que el número de cédula que indique el Registro de Personas Jurídicas y con el aditamento S.A., cuyo capital social se encuentra totalmente suscrito y pago. Ciudad Quesada, 28 de enero del 2009.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 85585.—(7632).
Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 27 de enero del 2009, se protocolizó acta de la sociedad Rojas E. Hidalgo Consultores y Diseños Sociedad Anónima, en la que se nombró nuevos directivos.—Ciudad Quesada, 28 de enero del 2009.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 85586.—(7633).
Por escritura otorgada por el notario Lic. Felipe Gómez Rodríguez, a las 18:00 horas del 27 de enero del 2009, se constituyó la Sociedad Transportes Gaby & Vicam Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Transportes Gaby & Vicam S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, el señor: Manrique Campos Calvo. Capital: suscrito y pago en su totalidad. Firmo en la ciudad de Grecia, el día del 28 de enero del dos mil nueve.—Lic. Felipe Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 85589.—(7634).
La suscrita, Kattia Quirós Chévez, Notaria Pública con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día diecinueve de enero del dos mil nueve, se constituyó ante mí, la empresa denominada Lilo Sánchez e Hijos Sociedad Anónima. Así mismo, el día veinte de enero del dos mil nueve, se constituyó ante mí, la sociedad denominada Depósito San Carlos Limitada.—San José, veinte de enero del dos mil nueve.—Lic. Kattia Quirós Chévez, Notaria.—1 vez.—Nº 85590.—(7635).
Ante esta notaria, a las doce horas del veintiocho de enero del dos mil nueve, se protocolizo el acta número dos, de Asamblea General de socios de la sociedad Repuestos Autico J.L S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno- cuatrocientos treinta y un mil ciento treinta y ocho. Se reforma la cláusula segunda de dicha sociedad, se revocan los nombramientos de presidente, tesorero, fiscal, secretario y se nombran nuevos personeros. Se revoca el nombramiento de gerente administrativa con facultades de apoderada general.—Goicoechea, veintiocho de enero del dos mil nueve.—Lic. Ana Lucía Paniagua Campos, Notaria.—1 vez.—Nº 85591.—(7636).
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 27 de enero del 2009, se protocolizó acta en virtud de la cual se modificó los estatutos 1° y 2°, de la empresa Seguros y Transacciones Eduardo Amador S. A.—Lic. Hernán Alexis Pérez Sanabria, Notario.—1 vez.—Nº 85592.—(7637).
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Corporation Opportunities Limitada. Escritura otorgada en San José, a las 16:00 horas del 27 de enero de 2009. Se cambia el nombre de la sociedad a: Agua De Oro LLC Limitada; su domicilio, el cual será en lo sucesivo: San José, Rohrmoser del antiguo edificio del AID cincuenta metros al norte y se nombran nuevos gerente y subgerente de la sociedad: los señores Gloria Akit y Dennis Carlton Ferguson, respectivamente, de igual forma, se le otorga poder generalísimo sin limitación a suma a los señores: Frederick Seto y Mariann Akit.—Lic. Leonardo Salazar Villalta, Notario.—1 vez.—Nº 85593.—(7638).
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Watching The Oceans Limitada. Escritura otorgada en San José, a las 12:00 horas del 27 de enero de 2009, se cambia el nombre de la sociedad a Midway Enterprises LLC Limitada, se modifica el domicilio para que sea San José, Rohrmoser, cincuenta metros al norte del edificio de lata Tecnología Frankling Chang Díaz y se nombran nuevos gerente y subgerente de la sociedad.—Lic. Leonardo Salazar Villalta, Notario.—1 vez.—Nº 85594.—(7639).
En asamblea extraordinaria de la Corporación F y A Stewart S. A. Celebrada a las 15:00 del 12 de enero del 2009. Se nombra secretaria.—San José 28 de enero del 2009.—Lic. Francisco Stewart Satchuell, Notario.—1 vez.—Nº 85597.—(7640).
En asamblea extraordinaria de la Stewart S. A. Celebrada a las 15:00 del 12 de enero del 2009. Se nombra secretaria.—San José 28 de enero del 2009.—Lic. Francisco J. Stewart Satchuel, Notario.—1 vez.—Nº 85598.—(7641).
Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy se constituyó Bienes Raíces González Sociedad Anónima. Presidente: Óscar González Vargas, plazo: noventa y nueve años, capital social: diez acciones de mil colones cada una.—Buenos Aires de Puntarenas, veinte de enero del dos mil nueve.—Lic. Alejandra González Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 85599.—(7642).
Por escritura número doscientos cincuenta y dos se constituyó la sociedad anónima denominada Lauchi S. A., a las 16:00 horas del 26 de enero del 2008. Capital social 10.000,00.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Francisco Javier Stewart Satchuell, Notario.—1 vez.—Nº 85600.—(7643).
Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy se constituyó Tierras del Horizonte Sociedad Anónima. Presidente: Rubén Cisneros Monge, plazo: noventa y nueve años, capital social: diez acciones de mil colones cada una.—Buenos Aires de Puntarenas, veintiséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Alejandra González Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 85601.—(7644).
Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy se constituyó La Finca de la Casa Sociedad Anónima. Presidente: Rubén Cisneros Monge, plazo: noventa y nueve años, capital social: diez acciones de mil colones cada una.—Buenos Aires de Puntarenas, veintiséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Alejandra González Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 85602.—(7645).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 16:40 horas del 28 de enero del 2009, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Cima Alborada Siete CR S. A., donde se reforma la cláusula segunda, y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 28 de enero del 2009.—Lic. Gabriel Lizama Oliger, Notario.—1 vez.—Nº 85605.—(7646).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 16:00 horas del 28 de enero del 2009, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Pradera Alborada Seis CR S. A., donde se reforma la cláusula segunda, y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 28 de enero del 2009.—Lic. Gabriel Lizama Oliger, Notario.—1 vez.—Nº 85606.—(7647).
Por medio de la escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón, a las trece horas del veintiséis de enero del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía denominada Ingram Corporation Sociedad Anónima, mediante la cual se tomaron los siguientes acuerdos: Primero: se modificó la cláusula primera del pacto social. Segundo: se modificó la cláusula sexta del pacto social. Tercero: se agregó cláusula décima primera del pacto social. Cuarto: Se designó agente residente para la sociedad. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil nueve.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 85608.—(7648).
Por escritura autorizada a esta notaría, a las 14:00 horas del 15 de enero del año 2009, se constituyó la sociedad Familia Pereira Romero Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio: 75 metros oeste de Disco Centro San Isidro, Pérez Zeledón. Gerente Liliam Pereira Romero.—San José, 15 de enero del año 2009.—Lic. Rodolfo Herrera García, Notario.—1 vez.—Nº 85609.—(7649).
Que en escritura pública número noventa, otorgada ante la Lic. Selenia Guzmán Ruiz se constituye la sociedad denominada Segares Software Sociedad Anónima, cuyas apoderadas generalísimas sin límite de suma son Guiselle Bastos Murillo y Geannina Guiselle Segares Bastos. Es todo.—Puntarenas, veintitrés de enero del dos mil nueve.—Lic. Selenia Guzmán Ruiz, Notaria.—1 vez.—Nº 85610.—(7650).
Rogelio Francisco Ugarte Montero constituye Servicios de Seguridad y Monitoreo del Caribe Sociedad Anónima, en Guápiles a las dieciséis horas del veintisiete de enero del dos mil nueve.—Guápiles veintiocho de enero del dos mil nueve.—Lic. Luis Ángel Montero Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 85612.—(7651).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 24 de diciembre del 2008, se constituyó la sociedad Transportes Europeos Sociedad Anónima. Presidente, representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital suscrito y pagado.—San José, 24 de diciembre del 2008.—Lic. Jorge González Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 85613.—(7652).
Por escritura otorgada ante mí el día de hoy se constituyó Free And Company Limitada, que en español significa Freed y Compañía Limitada. Capital social suscrito y pagado. Gerente con facultades de apoderado generalísimo.—Heredia, veintiocho de enero del dos mil nueve.—Lic. Guillermo Salas Campos, Notario.—1 vez.—Nº 85616.—(7653).
Por escritura otorgada por mí, al ser las 19:00 horas del 28 de enero de 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Corporación Zionka Inc. Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y un mil seiscientos doce, por medio de la cual se revoca el nombramiento del presidente y se hace nuevo nombramiento.—San José, al ser las 7:00 horas del 29 de enero de dos mil nueve.—Lic. Gustavo Argüello Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 85618.—(7654).
Que en mi notaría, al ser las once horas del cinco de enero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Green View Sociedad Anónima, en la cual el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es José Antonio Martínez Medrano, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Limón, Barrio La Colina, frente al Ina, cédula de identidad cinco-dos tres nueve-cuatro cinco cinco, el plazo de duración indefinido y su domicilio social es en Limón, Barrio La Colina, frente al Ina.—Limón 27 de enero del 2009.—Lic. Allam Chaves Campos, Notario.—1 vez.—Nº 85621.—(7655).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del veintiuno de enero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima denominada Corporación de Seguridad y Monitoreo Control Seis Sociedad Anónima, el plazo es de noventa y nueve años, con capital social de cien mil colones, y el presidente y tesorero son representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjunta o separadamente.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 85622.—(7656).
Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las ocho horas del día veintiséis de enero del año dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima denominada Único Llantas y Compañía Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía pudiendo abreviarse como UNILLANCO S. A., es todo.—San José veintinueve de enero del año dos mil nueve.—Lic. Fernando Ramírez Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 85624.—(7657).
Ante esta notaría el día 3 de diciembre del 2008, se cambió junta directiva y apoderados de la sociedad denominada Aca Inversiones Tecnológicas Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado general sin límite de suma, Alex Calderón Acuña. Domicilio Heredia Centro.—Heredia, 21 de enero de 2009.—Lic. Guillermo Ávila Vega, Notario.—1 vez.—Nº 85626.—(7658).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del 28 de enero del 2009, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: la tercera en cuanto al objeto y la cláusula sexta: del consejo de administración. En la sociedad Abarca y Umaña S. A.—San José, 28 de enero del 2009.—Lic. Diego Soto Solera, Notario.—1 vez.—Nº 85627.—(7659).
Por escritura otorgada ante mí, Magally Mattus Gutiérrez, a las catorce horas del veintidós de enero del dos mil nueve, se funda la sociedad Profecional School of Security Sociedad Anónima. Presidente: Anais Mac Carthy Jiménez. Domicilio social Guápiles Limón, de la Montecarlos ciento treinta y cinco metros al sur, agente residente: Lic. Magally Mattus Gutiérrez.—Lic. Magally Mattus Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 85629.—(7660).
En escritura número ochenta y ocho-dos de las ocho horas del día diecinueve de enero del dos mil nueve, otorgada ante la notaria Ana Marcela Bonilla Castro, se constituyó la sociedad E. H. C. Especialidades Hidráulicas de Centroamérica Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Objeto social: comercialización, venta, reparación y servicio técnico de equipo hidráulico y el comercio en general. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones exactos. Junta directiva: presidenta: Sandra Paola Rincón Gómez, secretario: Carlos Alberto Iglesias Acevedo, tesorero: Carlos Manuel Salguero Bonilla, fiscal: Llina Camila Lancheros Gutiérrez.—San José, 21 de enero del 2009.—Lic. Ana Marcela Bonilla Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 85630.—(7661).
Por escritura otorgada a las once horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Inversiones OGCR Limitada. Domicilio: Concepción de San Isidro de Heredia. Plazo: cien años. Capital: diez mil colones pagados.—San José, veintiocho de enero del año dos mil nueve.—Lic. Rolando Chacón Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 85631.—(7662).
Por escritura otorgada a las 9:00 horas del 22 de enero de 2009, se protocolizó acta de asamblea de socios de las sociedad Cogene S. A., en donde se acuerda reformar cláusula segunda de los estatutos.—San José, 27 de enero de 2009.—Lic. Javier Francisco Aguilar Villa, Notario.—1 vez.—Nº 85632.—(7663).
Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 27 de enero de 2009, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad Alturas de Miravalles A.D.M. S. A., en donde se acuerda reformar cláusulas segunda y décima primera de los estatutos.—San José, 27 de enero de 2009.—Lic. Javier Francisco Aguilar Villa, Notario.—1 vez.—Nº 85633.—(7664).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, en San José, a las 8:00 horas del 24 de enero del 2009, he procedido a protocolizar el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Femaa del Norte S. A., celebrada en San José a las 10:00 horas del 15 de julio del 2008, mediante la cual se acordó aumentar el capital social mediante reforma a la cláusula quinta del pacto social, reformar la cláusula sétima y nombrar nuevo presidente de la junta directiva.—San José, 28 de enero del 2009.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—Nº 85640.—(7665).
Por escritura ciento dos otorgada ante esta notaría, a las once horas del veintisiete de enero del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general de accionista de Sabores y Especias Azul Sociedad Anónima. Se nombra nueva junta directiva, nombrándose como secretaria a Glenda María Jiménez Calvo, cédula uno-mil uno-cero treinta y cinco; y se modifica el pacto constitutivo en cuanto a la representación.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintisiete de enero del dos mil nueve.—Lic. Lizeth Mata Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 85642.—(7666).
Mediante escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada Autorepuestos Alex S. A. Capital social: enteramente suscrito y pagado.—Pérez Zeledón, veintiséis de enero de dos mil nueve.—Lic. Rosaura Madrigal Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 85643.—(7667).
A las 8:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Maridos de Alquiler S. A., modificando la cláusula tercera del domicilio.—San José, 15 de enero del 2009.—Lic. Leonardo Vargas Oviedo, Notario.—1 vez.—Nº 85644.—(7668).
Por medio de escritura otorgada, al ser las trece horas del veintiocho de enero del dos mil nueve, ante el notario público Franklin Montero Blanco, por medio de protocolización de acta de asamblea extraordinaria de socios, se acordó reformar la cláusula sexta de la sociedad de esta plaza Inversiones Valles del Coronado Tres S. A. Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de enero de dos mil nueve.—Lic. Franklin Montero Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 85645.—(7669).
Mediante escritura otorgada ante este notario, a las ocho horas, treinta minutos del dieciséis de enero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Gestión Tecnológica Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero de 2009.—Lic. Katherine Mourelo Rímola, Notaria.—1 vez.—Nº 85646.—(7670).
Mediante escritura otorgada ante este notario, a las diez horas del diecisiete de enero del dos mil nueve, se modifica cláusula segunda del domicilio. Se nombra presidente en la sociedad Malgasa Gaw Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa y ocho mil doscientos veinticinco.—San José, 18 de enero de 2009.—Lic. Katherine Mourelo Rímola, Notaria.—1 vez.—Nº 85647.—(7671).
En mi notaría, mediante escritura de las nueve horas del veintiocho de enero del año en curso, se constituyó la sociedad Río Frío Sarapiquí Número Uno S. A., y otras. Presidenta: María Elena Solano Fernández.—San José, 28 de enero del 2009.—Lic. Hugo Francisco Velázquez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 85648.—(7672).
Por escritura número ciento cuarenta y ocho, de las nueve horas del día 23 de enero del 2009, se constituyó la persona jurídica Grupo Josasa Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—San José, 28 de enero del 2009.—Lic. Joe Montoya Mora y Verónica Yolanda Mora Vega, Notarios.—1 vez.—Nº 85649.—(7673).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó Design & Color Corporation Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones, totalmente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 28 de enero del año 2009.—Lic. Mario Alberto Ortiz Mazza, Notario.—1 vez.—Nº 85650.—(7674).
Por escritura número trescientos sesenta y cinco del tomo cuatro, otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día veintiocho de enero del dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada Maquinaria y Servicios Agrícolas San-Bo Sociedad Anónima. Con plazo social de noventa y nueve años. Capital social: de cien mil colones. Presidente: Arturo Sánchez Castro, cédula número siete-cero sesenta y tres-ochocientos ocho. Tesorera: Maribel Bonilla Sánchez, cédula número siete-cero ochenta y ocho-cero ochenta y ocho, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Guápiles, veintiocho de enero del dos mil nueve.—Lic. José Fco. Fallas González, Notario.—1 vez.—Nº 85651.—(7675).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 8:00 horas del 28 de enero de 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Ejecutivos de La Tigra S. A., en virtud de la cual, se reformó la cláusula sétima del pacto social y se eligió nueva junta directiva.—San Juan de Tibás, 28 de enero de 2009.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 85653.—(7676).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 9:00 horas del 28 de enero de 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Lomas de Tenorio Ocho S. A., en virtud de la cual se reformó la cláusula sexta del pacto social y se eligió nuevo secretario y tesorero.—San Juan de Tibás, 28 de enero de 2009.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 85654.—(7677).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 14:00 horas del 27 de enero de 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada North Woods In La Tigra S. A., en virtud de la cual se reformó la cláusula sétima del pacto social y se eligió nuevo presidente y nuevo tesorero.—San Juan de Tibás, 27 de enero de 2009.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 85655.—(7678).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 21 de enero de 2009, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Delgado del Llano Inmobiliaria S. A., cédula jurídica Nº 3-101-499629, modificándose la cláusula novena de la administración.—San José, 29 de enero del 2009.—Lic. William Muñoz Bravo, Notario.—1 vez.—Nº 85657.—(7679).
Ante esta notaría, se ha constituido la sociedad Gastone Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—Nº 85661.—(7680).
Por escritura otorgada hoy 23 de enero del 2009, a las 12:00 horas, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos diecinueve mil cuatrocientos noventa y tres sociedad anónima, mediante la cual se acordó modificar la cláusula segunda de los estatutos. Se nombra presidente, secretario, tesorero, fiscal y agente residente.—San José, 23 de enero del año 2009.—Lic. José Andrés Masís Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 85662.—(7681).
Se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios ante mi notaría en San José, a las 8:00 horas del día de hoy se modificó las cláusulas segunda, octava, se modifica la junta directiva y se establece nuevo domicilio en San Rafael de Escazú, urbanización Trejos Montealegre de KFC doscientos cincuenta metros al norte, de la sociedad Compañía Inversionista Isla Cedros del Pacífico Sociedad Anónima. Domicilio: San José.—San José, 20 de enero del dos mil nueve.—Lic. Edward Monge Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 85665.—(7682).
Yo, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria, se nombra secretario y se reforma cláusula octava del pacto constitutivo de Estación Gourmet CS S. A.—San José, 28 de enero del 2009.—Lic. Melvin Arias Pizarro, Notario.—1 vez.—Nº 85666.—(7683).
En escritura otorgada ante esta notaría, a las veinte horas del día veintiséis de enero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima, que se denominará con el mismo número de cédula jurídica. Su objeto será el comercio y la industria en general, así como la compra y venta de bienes muebles e inmuebles. Su capital social es de diez mil colones exactos. Su plazo social es de noventa y nueve años.—San José, veintiséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Karen Vanessa Quesada Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 85667.—(7684).
Por la escritura número 133-04 del tomo 4 del protocolo de la notaria Ana Lorena Borges Montero, otorgada en esta ciudad a las 11:00 horas del 27 de enero del 2009, la sociedad costarricense denominada Navegando en el Pacífico Sur S. A., sociedad costarricense con cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cuatro mil ochocientos cuarenta y ocho, modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, 28 de enero del 2009.—Lic. Ana Lorena Borges Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 85668.—(7685).
Por escritura otorgada, hoy ante mí, protocolicé el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas, celebrada por Inversiones Luma Generación S. A., en la que se modifica la cláusula sétima.—Puntarenas, 26 de enero del 2009.—Lic. Francisco Rojas Carranza, Notario.—1 vez.—Nº 85669.—(7686).
Mediante escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del día veintiséis del enero del dos mil nueve, se constituyeron ante mí tres sociedades denominadas según el número que el Registro le asigne, basado en el Decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Cuyo domicilio social es San José, San Pedro de Montes de Oca, barrio Dent. Su capital social es de diez mil colones. Su plazo es de cien años. Representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, presidente y secretario: Alan Elizondo Medina y Mirna Espinoza Zamora. Es todo. Escritura otorgada, a las catorce horas del veintiséis de enero de 2009.—San José, 27 de enero del 2009.—Lic. María Carolina Palma Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 85671.—(7687).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las dieciséis horas del día de hoy, protocolice acta de la compañía, El Mago Don Eloy Sociedad Anónima, por la cual se reforman las cláusulas quinta y octava del pacto social, y se nombra nuevo vicepresidente.—San José, 2 de enero del 2008.—Lic. Bernal Vega Maroto, Notario.—1 vez.—Nº 85673.—(7688).
Por escritura que autoricé hoy, se constituyó la sociedad Distribuidora Vymisa Sociedad Anónima. Con domicilio en Cartago, Ochomogo. Plazo: 99 años a partir de hoy. Objeto: distribución de alimentos para animales, comercio en general y cualquier otra actividad lucrativa.—San José, 14 de enero del año 2009.—Lic. Marta Isabel Alvarado Granados, Notaria.—1 vez.—Nº 85674.—(7689).
Ante esta notaría, se constituyó la entidad Paradise Internet Café Limitada. Con el plazo social de 90 años. Capital social: doce mil colones exactos. Domicilio social: Playas del Coco, Guanacaste. Gerente general uno: Jason Moses Apple. Gerente general dos: Federico José Espinosa Villareal. Se constituyó mediante escritura número 45-III de las 10:00 horas del 28 de enero del 2009.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 85675.—(7690).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 28 de enero del 2009, mediante la escritura número seis, se revocan los nombramientos de todos los miembros de junta directiva y se procede a nombrar sustitutos, de la sociedad Global Exchange Casa de Cambio S. A.—San José, 28 de enero del 2009.—Lic. Douglas Soto Campos, Notario.—1 vez.—Nº 85683.—(7691).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Galaxy Marketingn Corporation Sociedad Anónima, al ser las doce horas del quince de enero del dos mil nueve.—San José, 15 de enero del 2009.—Lic. Jorge Luis Corrales Fallas, Notario.—1 vez.—Nº 85685.—(7692).
Por escritura número cincuenta y dos del tomo tercero de mi protocolo, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Genus Heliconia Sixty Four S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintiséis mil cuatrocientos treinta y cinco, por medio de la cual se reforma integralmente su pacto constitutivo transformándola a una sociedad de responsabilidad limitada.—San José, 28 de enero de 2009.—Lic. Marco Vinicio Ureña Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 85686.—(7693).
Por escritura otorgada, a las 20:00 horas del 21 de noviembre de 2008 ante esta notaría, se constituyó la sociedad Distribuidora Elbethel del Este Siglo XXI Sociedad Anónima. Con un capital social de diez mil colones. Plazo de noventa y nueve años; y el presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 25 de noviembre de 2008.—Lic. Yorleny Quesada Monestel, Notaria.—1 vez.—Nº 85692.—(7694).
El día de hoy ante esta notaría, se constituyeron las sociedades Administradora de Personal D V M Sociedad Anónima e Inversiones Taecuandó D V M Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, veintiocho de enero del dos mil nueve.—Lic. Manfred Clausen Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 85694.—(7695).
Por escritura número doscientos veintiocho-tres, otorgada ante el suscrito notario a las 12:00 horas del 28 de enero del año 2009, se constituye Jurex Trust Services Sociedad Anónima. Representación: presidente, secretario y tesorero. Capital social: ciento veinte mil colones íntegramente suscrito y pagado.—San José, 28 de enero del año 2009.—Lic. Francisco Morales Ayales, Notario.—1 vez.—Nº 85696.—(7696).
Por escritura otorgada a las 12:00 horas del día de hoy, se constituyó la compañía de responsabilidad limitada cuyo nombre se ajustará a lo establecido por el Decreto Nº 33171-J. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Plazo de 99 años. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: David Kenneth McCrea.—San José, 25 de enero de 2009.—Lic. Silvia Rojas Alpízar, Notaria.—1 vez.—Nº 85698.—(7697).
Por escritura otorgada a las 10:00 horas del día de hoy, se constituyó la compañía de responsabilidad limitada cuyo nombre se ajustará a lo establecido por el Decreto Nº 33171-J. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Plazo de 99 años. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: David Kenneth McCrea.—San José, 25 de enero de 2009.—Lic. Silvia Rojas Alpízar, Notaria.—1 vez.—Nº 85699.—(7698).
Por escritura otorgada a las 11:00 horas del día de hoy, se constituyó la compañía de responsabilidad limitada cuyo nombre se ajustará a lo establecido por el Decreto Nº 33171-J. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Plazo de 99 años. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: David Kenneth McCrea.—San José, 25 de enero de 2009.—Lic. Silvia Rojas Alpízar, Notaria.—1 vez.—Nº 85700.—(7699).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, el día de hoy, a las doce horas, se constituyó la compañía denominada según el acuerdo establecido por el Decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, del veintinueve de mayo del dos mil seis, publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis. Capital social: diez mil colones, todo suscrito y pagado. Gerente: Joseph Alkire, estadounidense, de un solo apellido en razón de su nacionalidad, mayor de edad, casado una vez, consultor de mercadeo, pasaporte de los Estados Unidos de Norteamérica número uno uno dos cinco nueve tres cinco cero cero, vecino de San José, Santa Ana, dos cuadras al este y trescientos metros al sur, residencial Vista Dorada, casa número doce.—San José, 19 de enero del 2009.—Lic. Silvia Rojas Alpízar, Notaria.—1 vez.—Nº 85702.—(7700).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, el día de hoy, a las once horas, se constituyó la compañía denominada según el acuerdo establecido por el Decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, del veintinueve de mayo del dos mil seis, publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis. Capital social: diez mil colones, todo suscrito y pagado. Gerente: Joseph Alkire, estadounidense, de un solo apellido en razón de su nacionalidad, mayor de edad, casado una vez, consultor de mercadeo, pasaporte de los Estados Unidos de Norteamérica número uno uno dos cinco nueve tres cinco cero cero, vecino de San José, Santa Ana, dos cuadras al este y trescientos metros al sur, residencial Vista Dorada, casa número doce.—San José, 19 de enero del 2009.—Lic. Silvia Rojas Alpízar, Notaria.—1 vez.—Nº 85704.—(7701).
El día de hoy, ante mi notaría, se constituyó la sociedad Productos Hidropónicos La Huerta Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Escazú. Objeto: comercio en general. Capital: cincuenta mil colones. Presidente: Leovigildo Vargas Alfaro.—San José, veintisiete de enero del dos mil nueve.—Lic. Jorge Iván Calvo León, Notario.—1 vez.—Nº 85708.—(7702).
El día de hoy, ante mi notaría, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la sociedad Quinta Leoma Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó el domicilio social y la representación de la misma.—San José, veintiocho de enero del dos mil nueve.—Lic. Jorge Iván Calvo León, Notario.—1 vez.—Nº 85709.—(7703).
En escritura Nº 4-184, otorgada a las 11:00 horas del 26 de enero de 2009, tomo cuatro del protocolo de esta notaría, se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo de tres-uno cero uno-cinco dos dos cuatro seis cinco sociedad anónima.—San José, 28 de enero de 2009.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 85710.—(7704).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima que se denominará Las Realeza Enterprises S. A. Plazo: 99 años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio en general.—San Ramón, Alajuela, veintitrés de enero de dos mil nueve.—Lic. Frineth M. Salas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 85712.—(7705).
Mediante escritura otorgada el día de hoy, protocolicé acta de asamblea de accionistas de IST Dos Mil Uno S. A., en la cual se modificaron los estatutos.—San José, 28 de enero del 2009.—Lic. Vivian Chacón Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 85713.—(7706).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 28 de enero del año 2009, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Casa Claude Limitada. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Plazo: cien años. Domicilio: La Garita, Santa Cruz, Guanacaste. Objeto: comercio en general.—Guanacaste, 28 de enero del 2009.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 85714.—(7707).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:40 horas del 28 de enero del año 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza denominada Mirador de Frondosos Laureles S. A., se nombra nueva junta directiva y fiscal, se cambia su domicilio.—Guanacaste, 28 de enero del 2009.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 85715.—(7708).
Por escritura pública número trece de las veinte horas del diecinueve de noviembre del dos mil ocho, se hizo cambio de nombre de la sociedad, cuyo nombre correspondía al de su cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos veinte mil ochocientos noventa y ocho, dicha sociedad se denominará a partir de hoy Repuestos El Cruce de Belén S. A.—Lic. Adriana Ruiz Villarreal, Notaria.—1 vez.—Nº 85717.—(7709).
Por escritura pública de las diez horas del veintiocho de enero del dos mil nueve, se protocolizó asamblea general extraordinaria de Plásticos Martínez de Costa Rica S. A., se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo. Es todo.—San José, once horas y treinta minutos del veintiocho de enero del dos mil nueve.—Lic. Violeta Rojas Soza, Notaria.—1 vez.—Nº 85718.—(7710).
Por escritura pública número doce de las diecinueve horas del diecinueve de noviembre del dos mil ocho, se hizo cambio de nombre de la sociedad cuyo nombre correspondía al de su cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos veintiún mil cero diecinueve, dicha sociedad se denominará a partir de hoy Fishing and Painting S. A. traducida al español Suministros de Pesca y Pintura S. A.—Lic. Adriana Ruiz Villarreal, Notaria.—1 vez.—Nº 85719.—(7711).
Mediante asamblea general extraordinaria de la sociedad Integración Global de Soluciones en Electrónica Sociedad Anónima, celebrada en sus oficinas, a las 15:00 horas del 23 de enero del año 2009, se modifica totalmente la cláusula primera de los estatutos. Mediante escritura número 13, visible al folio 7 vuelto del tomo 37, otorgada a las 11:30 horas del 24 de enero del año 2009, ante el notario Juan Carlos Quesada Araya, se protocolizó dicha acta.—Firmo en la ciudad de Grecia, el 24 de enero del año 2009.—Lic. Juan Carlos Quesada Araya, Notario.—1 vez.—Nº 85721.—(7712).
Se deja constancia que en esta notaría tres-ciento dos-quinientos treinta y cinco mil trescientos ochenta y nueve sociedad de responsabilidad limitada, el día veintidós de enero de dos mil nueve, mediante escritura otorgada a las catorce horas, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la cual se nombran cuatro nuevos gerentes: Wendell Edward Bell, Adrienne May Bell, Darren James Bell y Erinn Louise Kemper.—Lic. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 85722.—(7713).
Por escritura autorizada a las nueve horas del ocho de enero del dos mil nueve, en mi notaría, protocolicé acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Puro Wireless S. A., celebrada a las nueve horas treinta y cinco minutos del dieciséis de setiembre del dos mil ocho, mediante la cual se modifica la cláusula décima del trámite de convocatoria; se nombra nuevo secretario.—Grecia, 14 de enero de 2009.—Lic. Tatiana Mayela Corella Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 85724.—(7714).
Por escritura autorizada a las once horas del ocho de enero del dos mil nueve, en mi notaría, protocolicé acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la compañía tres-ciento uno-quinientos cuarenta y cinco mil sesenta y cinco s. a., celebrada a las quince horas del once de diciembre del dos mil ocho, mediante la cual se modifican las cláusulas primera del nombre, segunda del domicilio, sétima de la administración y representación de la sociedad; y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Grecia, 14 de enero de 2009.—Lic. Tatiana Mayela Corella Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 85725.—(7715).
Por escritura otorgada ante mi notaría, al ser las siete horas del día veintiocho de enero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Polimet Centroamérica Sociedad Anónima.—Lic. Ana Isabel Barrantes Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 85729.—(7716).
Por escritura otorgada ante mi notaría, al ser las siete horas, diez minutos del día veintiocho de enero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad cuyo nombre será el número de cédula de persona jurídica que le sea asignado al momento de su inscripción.—Lic. Ana Isabel Barrantes Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 85730.—(7717).
Por escritura pública número cincuenta-cuatro, otorgada por la suscrita notaria a las 9:00 horas del día 28 de enero del año dos mil nueve, se constituyó la empresa denominada: Andesitas de Agua Buena Sociedad Anónima. Representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma: presidente y tesorero. Domicilio social: cien metros norte del gimnasio del Liceo de Miramar, Montes de Oro, Puntarenas, distrito primero Miramar, cantón cuarto Montes de Oro de la provincia de Puntarenas.—Lic. Marilyn Aguilar Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 85731.—(7718).
Por escritura pública número cincuenta y uno-cuatro, otorgada por la suscrita notaria, a las 9:30 horas del día 28 de enero del año dos mil nueve, se constituyó la empresa denominada: Terrazas del Naranjo Sociedad Anónima. Representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma: presidente y tesorero. Domicilio social: cincuenta metros norte y setenta y cinco metros este de la Policía de Proximidad, Miramar, Montes de Oro, Puntarenas.—Lic. Marilyn Aguilar Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 85732.—(7719).
Mediante escritura número doscientos cuatro, publico que el día veinte de enero del dos mil nueve, se constituye la sociedad Terapia Física Empresarial Sociedad de Responsabilidad Limitada. Siendo los socios Michael Araya Castro y Melissa Vargas Cuadra, ambos gerentes.—Zarcero, 29 de enero del 2009.—Lic. Ingrid Violeta Salazar Salazar, Notaria.—1 vez.—Nº 85733.—(7720).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del veintiocho de enero del dos mil nueve, protocolicé acta de Loma Verde de Playa Negra Camellia Tres Limitada, de las doce horas del veintiocho de enero del dos mil nueve, mediante la cual se reformó las cláusulas segunda y sexta.—Lic. Flory Gabriela Arrieta Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 85735.—(7721).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del veintiocho de enero del dos mil nueve, protocolicé Acta de Loma Verde de Playa Negra Basil Dos Limitada de las once horas treinta minutos del veintiocho de enero del dos mil nueve, mediante la cual se reformó las cláusulas segunda y sexta.—Lic. Flory Gabriela Arrieta Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 85736.—(7722).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas, treinta minutos del veintiocho de enero del dos mil nueve, protocolicé acta de Loma Verde de Playa Negra Abilene Uno Limitada de las once horas del veintiocho de enero del dos mil nueve, mediante la cual se reformó las cláusulas segunda y sexta.—Lic. Flory Gabriela Arrieta Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 85737.—(7723).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas treinta minutos del veintiocho de enero del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Enough is Enough Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos trece mil seiscientos sesenta y uno, de las ocho horas del veintisiete de enero del dos mil nueve, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta de los estatutos, se nombra nuevo gerente.—Lic. Hernán Cordero Maduro, Notario.—1 vez.—Nº 85738.—(7724).
Mediante asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Heliconia Griego S. A., celebrada en sus oficinas, sitas en Santa Gertrudis centro de Grecia, a las dieciocho horas del primero de octubre del dos mil ocho, se modifica y amplía el capital social sea la cláusula quinta de los estatutos, mediante escritura número ciento noventa y siete, visible al folio ochenta y tres frente, del tomo cincuenta y siete, del suscrito notario, se protocolizó dicha acta. Firmo en la ciudad de Grecia, a las doce horas del veintisiete de enero del dos mil nueve.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—Nº 85739.—(7725).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas, cuarenta minutos del veinte de enero del año dos mil nueve, protocolicé acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Tamarindo Vida de Reyes Sociedad Anónima, con cédula número tres-ciento uno-trescientos setenta y tres mil trescientos setenta y siete, por medio de la cual se acuerda disolver esta sociedad a partir del día treinta y uno de diciembre de dos mil ocho.—San José, veintitrés de enero del dos mil nueve.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—Nº 85740.—(7726).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas, treinta y cinco minutos del veinte de enero del año dos mil nueve, protocolicé acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad J.B.N. Manuel Antonio Rain Forest del Castillo Sociedad Anónima, con cédula número tres-ciento uno-trescientos setenta y ocho mil ochocientos veinticinco, por medio de la cual se acuerda disolver esta sociedad a partir del día treinta y uno de diciembre de dos mil ocho.—San José, veintitrés de enero del dos mil nueve.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—Nº 85741.—(7727).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del día veinte de enero del año dos mil nueve, protocolicé acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Park Falls S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y seis mil quinientos treinta y siete, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo.—San José, veintitrés de enero del dos mil nueve.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—Nº 85742.—(7728).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del veinte de enero del año dos mil nueve, protocolicé acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Tamarindo Heights Sociedad Anónima, con cédula número tres-ciento uno-trescientos setenta y cuatro mil setecientos setenta y cuatro, por medio de la cual se acuerda disolver esta sociedad a partir del día treinta y uno de diciembre de dos mil ocho.—San José, veintitrés de enero del dos mil nueve.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—Nº 85743.—(7729).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas, quince minutos del veinte de enero del año dos mil nueve, protocolicé acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad OPR Ocean Pacific Realty.Com Sociedad Anónima, con cédula número tres-ciento uno-trescientos sesenta y cinco mil seiscientos cuarenta y uno, por medio de la cual se acuerda disolver esta sociedad a partir del día treinta y uno de diciembre de dos mil ocho.—San José, veintitrés de enero del dos mil nueve.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—Nº 85744.—(7730).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas, treinta minutos del veinte de enero del año dos mil nueve, protocolicé acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Playa Negra Estate Corporation Sociedad Anónima, con cédula número tres-ciento uno-trescientos setenta y tres mil noventa y ocho, por medio de la cual se acuerda disolver esta sociedad a partir del día treinta y uno de diciembre de dos mil ocho.—San José, veintitrés de enero del dos mil nueve.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—Nº 85745.—(7731).
Por escritura número 149-VIII, otorgada el día de hoy ante esta notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de First Phoenix Trust Company S. A., en que se reformó la cláusula del domicilio.—San José, 21 de enero del dos mil nueve.—Lic. José A. Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—Nº 85746.—(7732).
El suscrito notario hace constar y da fe que mediante la escritura número ochenta y siete visible al folio sesenta y ocho frente del tomo siete de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la entidad Arrendadora Británica OZFER Sociedad Anónima. Domiciliada en Heredia, de los Tribunales de Justicia cien metros al sur y veinticinco metros al este, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa y cinco mil ochocientos cuarenta y seis, celebrada en su domicilio social, a las veinte horas del veintinueve de noviembre del año dos mil ocho, mediante la cual se modificó la cláusula de la representación social de la empresa que es la cláusula sexta.—Heredia, veintidós de diciembre del año dos mil ocho.—Lic. Rodrigo Vargas Araya, Notario.—1 vez.—Nº 85748.—(7733).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las diecinueve horas del veintiocho de enero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Transcomercial El Cóndor de Los Andes Sociedad Anónima. Apoderado con la representación judicial y extrajudicial el presidente: Jorge Eduardo Rodríguez Lago. Plazo: noventa y nueve años. Domiciliada en San José.—Heredia, veintiocho de enero del año dos mil nueve.—Lic. Rodrigo Vargas Araya, Notario.—1 vez.—Nº 85749.—(7734).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 15:00 horas del 23 de enero del 2009, se constituyó La Casa de La Esperanza Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Presidente y secretario con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Grecia, 26 de enero del 2009.—Lic. Sylvia Eastwood Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 85752.—(7735).
Mediante asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad El Chaman Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y ocho mil cinco, celebrada en su domicilio social, a las quince horas del día nueve de enero del dos mil nueve, se ha reformado la cláusula quinta del pacto social.—Cartago, veintiocho de enero del dos mil nueve.—Lic. Jorge Enrique Monge Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 85753.—(7736).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 28 de enero de 2009, se constituyó la sociedad Calzada, Castro & Quesada Sociedad Anónima. Nombrándose agente residente, fondo de reserva legal, junta directiva y capital social. Domiciliada en San José, barrio Amón, avenidas nueve y once, calle tres, número novecientos setenta y cuatro.—San José, 28 de enero del 2009.—Lic. Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 85754.—(7737).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del veintisiete de enero del dos mil nueve, se nombra nueva junta directiva, se otorga poder generalísimo y se modifican las cláusulas primera, tercera y novena de los estatutos sociales de Oakmont Enterprises Management Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de enero del dos mil nueve.—Lic. Alejandra María Arguedas Ortega, Notaria.—1 vez.—Nº 85758.—(7738).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas, del día veintiocho de enero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada NU Kolob de Costa Rica Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado. Presidente: Danny Arroyo Valenzuela. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 28 de enero de 2009.—Lic. Albán Sing Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 85761.—(7739).
Por escritura otorgada ante mí, procedí a protocolizar el acta de la asamblea general ordinaria de Matvolsa Cuatro Sociedad Anónima. Presidida por Carlos José Mateo Peralta. Se sustituyen presidente y secretario.—Lic. Juan Rafael Zavala Tasies, Notario.—1 vez.—Nº 85762.—(7740).
Ante esta notaría, en San José, al ser las once horas del veintiocho de enero del dos mil nueve, se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Media Fax S. A. y se nombra presidente y secretario.—San José, 28 de enero de 2009.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—Nº 85766.—(7741).
En San José, ante esta notaría, a las ocho horas del veintiocho de enero del dos mil nueve se constituyó la sociedad de esta plaza que se denominará con el número de cédula jurídica que la Sección Mercantil del Registro Público de oficio le asigne al momento de su inscripción, capital social suscrito y pagado: diez mil colones exactos.—San José, 28 de enero del 2009.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—Nº 85767.—(7742).
REGISTRO NACIONAL
SUBDIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Se hace saber al señor Gerardo Luis Gutiérrez Romero, en su condición de presidente de la sociedad Tierra Nueva Sociedad Anónima, inscrita en el sistema automatizado bajo el número de cédula jurídica número 3-101-034660, que el Registro de Personas Jurídicas inició diligencias administrativas de oficio, en razón de haberse detectado una anomalía en la inscripción del documento que ocupó el asiento 32620 del tomo 576 del diario, en virtud de haberse omitido por parte del Registrador, solicitar la reforma del domicilio social y ajustar la cláusula de la administración al artículo 181 del Código de Comercio. En razón de lo indicado, se le confiere audiencia por el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la tercera publicación del presente edicto, a efecto de que, dentro del plazo indicado, presente los alegatos que a los derechos de su representada convenga. Se le previene que en el momento de ser notificado mediante el presente edicto o dentro del tercer día, debe señalar lugar o medio para oír futuras notificaciones de este Despacho, dentro del perímetro de la ciudad de San José, así como lugar o medio para atender notificaciones ante el Tribunal Registral Administrativo, dentro de su perímetro en Montelimar, Goicoechea, bajo el apercibimiento de que si no lo hace, las resoluciones que se dicten se le tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilita la notificación por causas ajenas a este despacho, o bien, si el lugar señalado no existe, permanece cerrado, si la dirección es imprecisa, incierta o inexistente. Lo anterior, de conformidad con los artículos 92 y siguientes del Reglamento del Registro Público que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J del 18 de marzo de 1998 y sus reformas, con los artículos 25 y 26 de la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, número 8039 de veintisiete de octubre del 2000 y los artículos 2 y 26 del Reglamento Orgánico y Operativo del Tribunal Registral Administrativo, que es Decreto Nº 30363-J de 15 de mayo del 2002. (Ref. expediente Nº RPJ-043-2008). Publíquese por tres veces consecutivas.—Curridabat, 19 de enero de 2009.—Lic. Grace Lu Scott Lobo, Subdirectora.—(Solicitud Nº 08691).—C-63020.—(5852).
Se hace saber al señor Joaquín Roberto Trejos Montealegre, cédula de identidad 1-280-748, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de la entidad denominada Compañía de Urbanizaciones Comerciales Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-008943, y a terceros con interés legítimo, que en diligencias administrativas de oficio, bajo expediente 08-338 BI, iniciada por informe presentado el día 2 de junio de 2008, de la Registradora Nº 13-5, Patricia Chacón Argüello, quien al realizar el estudio del documento, bajo citas de tomo 576, asiento 8369, que relaciona una cancelación de fideicomiso, que versa sobre la finca del Partido de San José, matrícula 337784, con el plano catastrado SJ-582349-1985, este también se encuentra en la inscripción de la finca del mismo Partido, matrícula 322067. Motivo por el cual, mediante resolución de las 11:00 horas del día 06 de junio del año 2008, se consignó una nota de Advertencia Administrativa al margen del asiento de inscripción de las fincas indicadas. En virtud de lo anterior, de conformidad con lo expuesto en le oficio DGRN0831-2007, y en la Circular Administrativa DRP-008-2007, de 21 de agosto de 2007, que entró en vigencia en esa misma fecha, en resguardo con la seguridad jurídica que debe dimanar de la publicidad de los asientos registrales. Y por resolución de las 11:00 horas del día 8 de enero de 2009; se resolvió: que por no existir dirección exacta, según asientos de registro, así como de la certificación de personería adjunta a este expediente; con el propósito de no causar estado de indefensión, por ser dicha sociedad, propietaria de la finca del Partido de San José, matrícula 322067, se publicará la audiencia conferida en el Diario Oficial La Gaceta, por tres veces consecutivas. Lo anterior, para que en el término de quince días hábiles a partir del día hábil siguiente de la tercera publicación, presenten los alegatos que a sus derechos convengan. Y se les previene: 1) Que dentro del término establecido para la audiencia deben señalar apartado postal, número de fax, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José en donde oír futuras notificaciones de este Despacho, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. 2) Igual consecuencia se producirá, si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o si ya no existiere, según lo establecido en los artículos 98 del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo número 26771-J del 18 de febrero de 1998 y sus reformas; y 185 del Código Procesal Civil, así como los artículos 3º y 12 de la Ley de Notificaciones Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, Ley N° 7637. Notifíquese.—Curridabat, 12 de enero del 2009.—Lic. Leticia Acuña Salazar, Asesora Jurídica.—(Solicitud Nº 21869).—C-74270.—(6165).
Se hace saber a Claudio Guell Iglesias, cédula 1-124-370 propietario registral del derecho 002 en la finca 1-42222 y quien no tiene dirección en los asientos registrales; a los herederos en interesados en las sucesiones de las siguientes personas: Lía María Guell Iglesias, cédula número 1-124-370, Hortencia Guell Iglesias, cédula, Walter Steinvorth Fernández, cédula 1-205-251; Gretel Strunz Guell, cédula 1-228-405, todos ellos se publicitan como propietarios de las fincas de San José matrículas 42222 y 429759, que en este Registro se iniciaron Diligencias Administrativas oficiosas, relacionada a un supuesto error de inscripción del documento de citas tomo 342, asiento 362, donde se reunieron varias fincas entre las que se encontraba la finca 1-42222-000, dando como resultado la finca 429759, no obstante las fincas reunidas no fueron cerradas y sobre la finca 1-42222 recayó un mandamiento de anotación judicial bajo citas tomo 568, asiento 10421. En virtud de lo denunciado, mediante resolución de las 10:00 horas del 18/12/2008, se ordenó consignar Advertencia Administrativa sobre las fincas de San José 42222 y 429759. Con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 7:30 horas del 19/01/2009, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a las personas mencionadas, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convenga. Y se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar apartado postal, casa u oficina, dentro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con los artículos 93, 94 y 98 del Reglamento del Registro Público, en concordancia con el numeral 3 de la Ley Nº 7637 (que es Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales); bajo apercibimiento de que, de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento de la materia y 12 de la citada ley, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese. (Referencia expediente (08-1361-BI).—Curridabat, 19 de enero del 2009.—Lic. César Alexander Hernández Umaña, Asesor Jurídico.—(Solicitud Nº 21873).—C-58520.—(6166).
Se hace saber a Yerlin Blanco Jiménez, cédula 1-1302-230, en su condición de propietaria registral de la finca del Partido de San José matrícula 401187-002 y a Mailyn Blanco Jiménez, cédula 1-1302-229, en su condición de propietaria registral de la finca del Partido de San José matrícula 401187-001, quienes aparecen en la Publicidad Registral con los apellidos Jiménez Fallas, pero que por cotejo realizado en el padrón electoral del Registro Civil se les consigna en la presente audiencia los apellidos que corresponden, a entender Blanco Jiménez; que en este Registro se iniciaron Diligencias Administrativas Oficiosas para investigar la posible doble matriculación que involucra las fincas del Partido de San José matrículas 403251 y 401187. En virtud de lo anterior, esta Asesoría mediante resolución de las 8:00 horas del 14 de enero del 2009, ordenó consignar Advertencia Administrativa sobre dichas fincas. Con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 10:00 horas del 16 de enero del 2009, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a las personas mencionadas, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convenga. Se les previene que dentro de dicho término deben señalar apartado postal, casa u oficina, dentro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con los artículos 93, 94 y 98 del Reglamento del Registro Público, en concordancia con el numeral 3 de la Ley Nº 7637 (que es Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales); bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento de la materia y 12 de la citada ley, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese (Referencia Exp. 09-004-BI).—Curridabat, 16 de enero del 2009.—Erick Campos Camacho, Asesor Jurídico.—(Solicitud Nº 21872).—C-60770.—(6167).
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
La Junta Directiva General en su sesión Nº 08-08/09-G.O., de fecha 13 de enero de 2009, acordó autorizar a la Administración a publicar por edicto en el Diario Oficial La Gaceta el acuerdo Nº 39, de la sesión Nº 53-07/08-G.E., debido a que según oficio Nº 791-2008-TH, no fue posible notificar al Ing. Jorge Luis Salazar Álvarez, en el expediente Nº 68-05:
“Se informa que por error material involuntario, al final del acuerdo Nº 39 de la sesión de Junta Directiva General Nº 53-07/08-G.E., se indicaron aspectos referentes a la ejecución de la sanción y/o al término del plazo para ejercer el recurso de reconsideración, que no se ajustan a la normativa vigente, en virtud de la reformas suscitadas en el Reglamento del Procedimiento Disciplinario, publicadas en el Diario Oficial La Gaceta Nº 119 del 20 de junio del 2008. Por lo anterior, en aplicación del artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública, se procede a corregir y comunicar nuevamente dicho acuerdo, en resguardo del derecho de defensa y del debido proceso del investigado.
La Junta Directiva General en su sesión Nº 53-07/08-G.E. de fecha 21 de octubre de 2008, acordó lo siguiente:
Acuerdo Nº 39:
Se conoce informe final Nº 089-2008/68-05-INFIN remitido por el Tribunal de Honor integrado, por el Ing. Gilberth Delgado Álvarez, por el Ing. José Francisco Madrigal Morales y por el Ing. Eduardo Esteban Chacón, para conocer expediente Nº 68-05 de denuncia interpuesta por la Sra. Maritza Segura Ureña, en contra del Ing. Jorge Luis Salazar Álvarez ICO-3532.
Resultando:
1º—Que se inició procedimiento ordinario de carácter disciplinario contra el Ing. Jorge Luís Salazar Álvarez, a partir de la denuncia interpuesta por el señora Maritza Segura Ureña, el 25 de abril de 2005, ante el departamento de Régimen Disciplinario del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, en lo que manifiesta que: “(…) vengo a denunciar a la Constructora Soluciones Constructivas, S. A. cédula jurídica 3-101-176179 y el Ingeniero de la obra Jorge Luis Salazar Álvarez, por los daños y perjuicios que me han ocasionado en la construcción de mi casa (….)” (folios 6805001).
• Que el 6 de noviembre de 2002, el Sr. Luis A. León Hernández y la Sra. Rosa Maritza Segura Ureña, mediante formulario Nº OC-325370 inscrito ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, contrató los servicios del Ing. Jorge Luis Salazar Álvarez, ICO-3532, para la realización de estudios básicos, preliminares, anteproyecto, planos de construcción, especificaciones técnicas y dirección técnica de una vivienda de 55 m², localizada en terreno propiedad de la primera, correspondiente en plano de catastro Nº H-751837-2007, distrito de San Luis, cantón de Santo Domingo, provincia de Heredia, (folios 6805049,6805050,6805051 y 6805062).
• Que el 16 de noviembre del 2002, Sra. Rosa Maritza Segura Ureña habría contratado con la empresa Soluciones Constructivas, S. A. cédula jurídica Nº 3-101-176179, la edificación de una casa de habitación de 75 m², bajo la modalidad de suministro de materiales e instalación de obra gris de la vivienda, ubicada en finca inscrita bajo el sistema de Folio Real, matrícula Nº 4032055-000, distrito de San Luis, cantón de Santo Domingo, provincia de Heredia, al final de la calle La Canoa. Según el precitado contrato, la empresa aportaría, los planos de construcción visados, en el mencionado documento no consta la firma de la Sra. Segura Ureña en la copia del contrato (folio 6805003 al 6805005).
• El 9 de setiembre de 2003, a solicitud de la Sra. Rosa Maritza Segura Ureña, el Ingeniero Roy Acuña Prado M.S.C, emite informe de estudio pericial, con el objetivo de determinar las condiciones estructurales y valorar los daños de la casa de habitación en análisis (folio 6805006 al 6805009).
• En fecha 3 de setiembre de 2004, la Sra. Segura Ureña expone la precaria condición de su vivienda ante la empresa Soluciones Constructivas S. A., y solicita que asuma la responsabilidad contraída (folio 6805025 y 6805026).
• El 25 de abril de 2005 se recibe en el departamento de Régimen Disciplinario del Colegio de Ingenieros y Arquitectos, la denuncia planteada por la Sra. Rosa Maritza Segura Ureña, (folio 6805001).
• El 23 de mayo de 2005, el Ing. Gerardo Campos Chacón, Jefe del Departamento de Régimen Disciplinario del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica y mediante el oficio Nº 1644-2005-DRD, le comunica al ingeniero Salazar Álvarez que en su contra se ha abierto el expediente Nº 68-05, concediéndosele 10 días hábiles para que se pronuncie, el 10 junio de 2005 se notificó al denunciante en su casa de habitación, con la Sra. Ana M. Barrenechea S., cédula 1-683-270 (folio 6805029 y 6805030).
• El 25 de agosto de 2005, el Ing. Gerardo Campos Chacón, Jefe del Departamento de Régimen Disciplinario del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica y mediante el oficio Nº 2487-2005-DRD, le comunica al Ing. Manuel Álvarez Fuentes que se le ha solicitado hacer el estudio preliminar del expediente Nº 68-05, de conformidad con el inciso 4.14 del Procedimiento para el Trámite de Denuncias por Presunta Violación al Código de Ética Profesional (folio 6805 031).
• Que mediante oficio Nº 2921-2005-DRD y fechado el 27 de setiembre de 2005, el Ing. Gerardo Campos Chacón, Jefe del Departamento de Régimen Disciplinario del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica le solicita al ingeniero Salazar Álvarez que facilite copias de la bitácora y de los planos constructivos del contrato OC-325370 (folios 6805052).
• El 27 de setiembre de 2005, el Ing. Gerardo Campos Chacón, Jefe del Departamento de Régimen Disciplinario del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica y mediante el oficio Nº 2922-2005-DRD, le solicita a la Sra. Rosa Maritza Segura Ureña que facilite copias de la bitácora y de los planos constructivos del contrato OC-325370, así como la relación contractual con le Ing. Jorge Luis Salazar Álvarez y la razón por la cual el contrato de construcción no está a su nombre, el 7 de octubre de 2005 se notificó a la denunciante en forma personal en la oficina de los Tribunales de Honor (folios 6805055, 6805065 y 6805057).
• El 27 de setiembre de 2005, el Ing. Gerardo Campos Chacón, Jefe del Departamento de Régimen Disciplinario del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica y mediante memorando Nº 2920-2005-DRD, le solicita al Arquitecto Luis A. Apuy Herrera, jefe del departamento de Registro y de Responsabilidad Profesional de Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica certificación de miembro para el ingeniero Jorge Luis Salazar Álvarez, ICO-3532, así como de la constructora Soluciones Constructivas, S. A. CC-02105. De las mismas, emitidas ambas el 28 de setiembre de 2005, se desprende que el Ing. Salazar Álvarez se encontraba sancionado disciplinariamente del 15 de julio de 2005 al 15 de octubre de 2005 y la empresa Soluciones Constructivas Soluciones Constructivas, S. A. “por aplicación del artículo 61 del Reglamento Interior General del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica, fue desinscrita a partir del 27 de febrero de 2004, condición que se mantiene hasta la fecha” (folio 6805058, 6805059, y 6805060).
• El 13 de octubre de 2005, la señora Rosa Maritza Segura Ureña envía al Ing. Gerardo Campos Chacón, Jefe del Departamento de Régimen Disciplinario del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica la respuesta al oficio Nº 2922-2005-DRD, la cual es recibida el 04 de noviembre de 2005 en el Departamento de Régimen Disciplinario, en la misma, remite copia de las planos y la aclaración de su situación según se la solicita (folio 6850061).
• El 18 de noviembre de 2005, el Ing. Manuel Álvarez Fuentes, hace entrega del informe del estudio preliminar del expediente 68-05, solicitado por el ingeniero Gerardo Campos Chacón, Jefe del Departamento de Régimen Disciplinario del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica y mediante el oficio Nº 2487-2005-DRD del 25 de agosto de 2005 y el Nº 3510-2005-DRD del 08 de noviembre de 2005 en el cual se presenta: denunciante señora Rosa Maritza Segura Ureña, cédula Nº 1-445-828, y el denunciado Ing. Jorge Salazar Álvarez, ICO-3532 profesional responsable de la dirección técnica, según contrato OC-325370, (folios de 6805031 al 6805041).
• Que mediante oficio Nº 3641-2006-DRD y fechado el 17 de agosto de 2006, el Ing. Gerardo Campos Chacón, Jefe del Departamento de Régimen Disciplinario del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica, le propone al Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo, la terna del Tribunal de Honor en relación con el Expediente Nº 68-05, denuncia contra el Ing. Jorge Luis Salazar Álvarez, ICO-3532 (folio 6805070).
• El 18 de agosto de 2006, el ingeniero Gerardo Campos Chacón, Jefe del Departamento de Régimen Disciplinario del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica, presenta el oficio Nº 3641-2006-DRD y fechado el 17 de agosto de 2006, al ingeniero Olman Vargas Zeledón Director Ejecutivo, un resumen de los hechos relacionados con el expediente Nº 68-05, correspondiente a la investigación de carácter disciplinario iniciado por el Departamento de Régimen Disciplinario del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica, a partir de la denuncia interpuesta por la Sra. Rosa Maritza Segura Ureña, en contra de la empresa Soluciones Constructivas S. A. y del Ingeniero Jorge Luis Salazar Álvarez, (folios de 6805066 al 6805069).
• El 4 de octubre de 2006, el Departamento de Tribunales de Honor recibe el oficio, Nº 1009-05/06-JDG, fechado 26 de setiembre de 2006, en el cual la Junta Directiva General le comunica a la empresa Soluciones Constructivas S. A. que en sesión Nº 33-05/06-G.O., de fecha 7 de setiembre de 2006, acordó lo siguiente: Acuerdo Nº 24: Se conoce oficio Nº 3641-2006-DRD remitido por el departamento de Régimen Disciplinario, en relación con el expediente Nº 68-05 de denuncia interpuesta por la Sra. Rosa Maritza Segura Ureña en contra de la empresa Soluciones Constructivas S. A. CC-02105, como punto principal del oficio mencionado la Junta Directiva se acoge a lo recomendado por el Departamento Régimen Disciplinario, en el sentido de suspender la continuidad de la investigación disciplinaria, seguida en contra de la empresa Soluciones Constructivas S. A., debido a su condición de empresa desinscrita por la aplicación del artículo 61 del Reglamento Interior General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica (folios 6805072 al 6805076).
• El 4 de octubre de 2006, el Departamento de Tribunales de Honor recibe el oficio, Nº 1010-05/06-JDG, fechado 26 de septiembre de 2006, en el cual la Junta Directiva General le comunica al Ing. Jorge Luís Salazar Álvarez que en sesión Nº 33-05/06-G.O. de fecha 7 de setiembre de 2006, acordó lo siguiente: Acuerdo Nº 25: a. Acoge lo recomendado por el Departamento de Régimen Disciplinario, en su oficio Nº 3641-2006-DRD, de instaurar un Tribunal de Honor al Ing. Jorge Luís Salazar Álvarez ICO-3532, en el expediente Nº 68-05 de denuncia interpuesta por la Sra. Rosa Maritza Segura Ureña, por presunta inobservancia de la normativa (folio 6805071).
• El 11 de octubre de 2006, se notifica a la empresa Soluciones Constructivas S. A., por medio de su Representante Legal, el Sr. Mauricio Aguilar Cordero, el oficio 1009-05/06-JDG dictado por Junta Directiva General el 7de setiembre de 2006, acuerdo Nº 24 sesión Nº 33-05/06G.O, (folio 6805079).
• El 17 de octubre de 2006, se notifica al Ing. Jorge Luís Salazar Álvarez, el oficio 1010-05/06-JDG, dictado por la Junta Directiva General el 07 de setiembre de 2006, Acuerdo Nº 25, sesión Nº 33-05/06G.O, y en la misma fecha se notifica a la Sra. Rosa Maritza Segura Ureña el oficio Nº 1014-05/06-JDG, dictado por la Junta Directiva General el 07 de setiembre de 2006, acuerdo Nº 25, sesión Nº 33-05/06-G.O, (folio 6805077 y 680578).
• El 5 de febrero de 2008, el departamento de Tribunales de Honor recibe el memorándum Nº 0310-07/08-JDG fechado el 31 de enero de 2008, firmado por el Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo, dirigido al Ing. Gerardo Campos Chacó, Jefe del Departamento de Tribunales de Honor, el cual se refiere al acuerdo Nº 36, inciso a) de la sesión Nº 11-07/08-G.E., de fecha 21 de enero de 2008, mediante el acuerdo anterior se aprobó la conformación del Tribunal de Honor del expediente Nº 068-05 (folios 6805096 al 6805100).
2º—Se notificó formalmente al profesional, Ing. Jorge Luís Salazar Álvarez (ICO-3532) el auto de intimación contenido en el oficio Nº 68-05/2007-030-INT, mediante notificación publicada en el Diaria Oficial La Gaceta los días, 2,3 y 4 de abril de 2007, según folios 6805087 al 6805089 del expediente Nº 68-05, se le informa al profesional que se le abrió un proceso ordinario disciplinario en su contra, sobre los cargos que se le hacen al profesional denunciado, se le concede el plazo improrrogable de veintiún días hábiles, contados a partir de la notificación del presente auto para que contestara los cargos y ejerciera su derecho de defensa (folio 6805082 al 6805049).
Se le comunica que las supuestas inobservancias a la normativa legal vigente, son:
• Ley Orgánica del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica, Artículos 8, 12 y 52.
• Reglamento Interior General del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica: Artículo 53 y 56.
• Reglamento Especial del Cuaderno de Bitácora en Obras: en sus artículos 1, 2, 5, 6, 7, 8, 9, 14,16, 17, 18, 19 y 20.
• Reglamento para la Contratación de Servicios de Consultaría en Ingeniería y Arquitectura: artículos 7, 10, 11. B incisos a),b), ch), i), 16 y j), 16 y 17 incisos a), b) y g).
• Código de Ética Profesional del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica: en sus artículos 1, 2, 3, 4, 5, 18 y 19.
Los supuestos hechos que se le atribuyen, en su condición de profesional responsable de un proyecto de vivienda, son los siguientes:
1. No hizo uso del cuaderno de bitácora.
2. La vivienda tuvo que ser adecuada a las condiciones de pendiente del terreno (25%) dado que evidentemente esa condición del terreno no fue prevista ni considerada en las etapas estudios preliminares, anteproyecto, elaboración de planos constructivos y especificaciones técnicas. Como consecuencia de lo anterior y para resolver el problema se construyeron seis columnas de concreto en la parte de atrás y un muro de retención así como vigas de entrepiso de concreto y un entrepiso de concreto con viguetas metálicas.
3. Sobre el entrepiso se levantó la vivienda, que no corresponde en su distribución a lo indicado en planos.
4. El área de la vivienda construida es de 71 m², lo que indica que se edificó una sobre área al margen de lo que establece la norma que rige esta materia.
5. Los trabajos realizados para construir el entrepiso son de muy baja calidad y ponen en riesgo la seguridad de la vivienda.
6. En el caso de las paredes construidas sobre el terreno, no se logra la buena conexión entre las columnas prefabricadas y el concreto de placa.
7. En general, las paredes de la casa presentan agrietamiento y daños por repello que se han soltado.
8. El concreto de la columna central es de muy mala calidad.
9. Las viguetas del entrepiso están muy oxidadas, porque no fueron pintados.
10. Se deriva de los errores constructivos mencionados, falta de una supervisión y dirección técnica diligentes.
11. El Ingeniero Salazar Álvarez podría haber ejercido simultáneamente en las actividades de la consultoría y de la construcción, respecto al proyecto que se investiga, contraviniendo supuestamente lo establecido por el artículo 56 del Reglamento Interior General.
3º—El 8 de abril de 2008, el Ing. Gerardo Campos Chacón, Jefe del Departamento de Régimen Disciplinario envía al Departamento de Publicaciones, Diario Oficial La Gaceta el oficio Nº 201-2008 TH, donde se solicita la publicación íntegra del oficio Nº 122-2008-CIT, dictada por el Tribunal de Honor “Colegio de Ingenieros Tecnólogos” el día 3 de abril de 2008, el cual se refiere a la convocatoria a audiencia oral y privada, relacionado con el trámite de denuncia contra el Ing. Jorge Luis Salazar Álvarez (ICO-35452) expediente Nº 68-05 (folios 6805101 al 6805102).
4º—El 15 de abril de 2008, se notifica a la señora Rosa Maritza Segura Ureña denunciante, mediante el oficio Nº 123-2008-CIT dictado por el Tribunal de Honor del “Colegio de Ingenieros Tecnólogos” fechado el 03 de abril de 2008, el cual se refiere a la convocatoria a audiencia oral y privada, relacionado con el trámite de denuncia contra el Ing. Jorge Luis Salazar Álvarez (ICO-35452) expediente Nº 68-05 (folios 6805104 al 6805105).
5º—Los días 24, 25 y 28 de abril de 2008, en el Diario Oficial La Gaceta se publica el oficio Nº 122-2008-CIT, convocando a audiencia oral y privada al Ing. Jorge Luís Salazar Álvarez, para el 14 de mayo de 2008 a las 14: 00 horas (folios 6805107 al 6805109).
6º—El profesional denunciado no realizó los descargos respectivos relacionados a la denuncia planteada en su contra.
7º—Que la audiencia oral y privada se realizó en la fecha y hora señalada, apersonándose únicamente la parte denunciante Sra. Rosa Maritza Segura Ureña, acompañada con su abogada, la Licenciada Aura Ríos Palacios, carné del Colegio de Abogados 049677 y con la asistencia en pleno de los miembros del Tribunal de Honor y con la asesoría legal de la Licda. Karla Morales Avendaño.
8º—En los procedimientos se ha observado las prescripciones legales y en la decisión de este, intervinieron los miembros del Tribunal de Honor Permanente: Presidente: Gilberth Delgado Álvarez, Secretario: José Madrigal Morales, Coordinador: Eduardo Esteban Chacón.
Considerando:
Hechos probados.
Del análisis fáctico y las probanzas presentadas en este proceso disciplinario por las partes, esta Junta Directiva tiene por demostrados los siguientes hechos:
1. Es un hecho probado que la vivienda tuvo que ser adecuada a las condiciones de la pendiente del terreno, evidentemente esa condición del terreno no fue prevista ni considerada en las etapas de los estudios preliminares, anteproyecto y elaboración de los planos constructivos y especificaciones técnicas (folios 6805006 a 6805019 y 6805064).
2. Es un hecho probado que sobre el entrepiso se levantó la vivienda, que no corresponde en su distribución a lo indicado y tramitado en planos (folios 6805006 a 6805019 y 6805064).
3. Es un hecho probado que el área de la vivienda inscrita ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica por el Ing. Jorge Luís Salazar Álvarez fue de 55 m², el área de vivienda construida es de 71 m², lo que implica que se edificó una sobre área de 16 m2, al margen de lo que establece la normativa que rige esa materia. (folios 6805007, 6805049 al 6805051 y 6805064).
4. Es un hecho probado que el Ing. Jorge Luís Salazar Álvarez (ICO 3532) realizó una inadecuada dirección técnica; al encontrarse deficiencias constructivas en la edificación que se ha desarrollado, entre las que se puede citar que:
• Las paredes de la casa presenta agrietamientos y daños por repellos que se han soltado.
• Las viguetas del entrepiso están muy oxidadas, porque no fueron pintadas.
• Se utilizaron láminas de zinc de segunda como forma de contener la chorrea del entrepiso.
• En el caso de las paredes construidas sobre el terreno, no se logra la buena conexión entre la columna prefabricada y el concreto de la placa. (Folios, 6805006 al 6805019).
5. Es un hecho probado que el Ing. Jorge Salazar Álvarez ICO-3532, se incorporó como miembro del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica el viernes 20 de julio de 1984, según los registros el número de cédula reportado es 6-0148-0434 y ha sido sancionado disciplinariamente por violación al Código de Ética del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica bajo los siguientes expedientes:
• Nº 119-04, según el acuerdo de la junta Directiva General Nº 04 de la sesión Nº 33-05/06-G.E., del 7 de setiembre de 2006, por un periodo de doce meses, a partir del 17 de octubre de 2006.
• Nº 15-04, según el acuerdo de la junta Directiva General Nº 05 de la sesión Nº 28-04/05-G.E., del 30 de junio de 2005, por un periodo de tres meses, a partir del 15 de julio de 2007.
• Nº 5-04, según el acuerdo de la junta Directiva General Nº 08 de la sesión Nº 33-04/06-G.E., del 7 de setiembre de 2006, por un periodo de doce meses, a partir del 17 de octubre de 2006.
Lo expuesto en los párrafos anteriores se encuentra plasmado en la certificación fechada a los treinta días del mes de enero del año dos mil siete y firmado por el Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo (ver folio 6805081).
Hechos no probados.
1. Es un hecho no probado “que no se hizo uso del cuaderno de bitácora”.
El Ing. Gerardo Campos Chacón, Jefe del Departamento Régimen Disciplinario en el oficio Nº 2921-2005-DRD fechado el 27 de setiembre de 2005, dirigido al Ing. Salazar Álvarez en el cual le solicita facilitar copia de la bitácora y el ingeniero Salazar no atiende lo solicitado, este acto de no atender lo solicitado, estrictamente no significa que el cuaderno de bitácora no fue utilizado en obra ya que en la audiencia oral y privada no fue posible esclarecer este punto debido a que el imputado no se hizo presente en la misma (folios 6805052).
2. Es un hecho no probado que “el concreto de la columna central es de muy mala calidad, según se lee en el informe elaborado por el Ing. Roy Acuña Prado, M.S.c. Informe pericial solicitado por la señora Rosa Maritza Segura Ureña denunciante (folio 6805006 a 6805009)”. El peritaje realizado por el Ing. Acuña Prado, estrictamente está basada en la observación de la edificación en mención, no existen ningún tipo de ensayo de laboratorio de materiales para la construcción que nos dé la certeza del grado de calidad del concreto de la columna central, por lo tanto no hay suficiente criterio para definir el grado de calidad del concreto de la columna en mención (folio 6805008).
3. Es un hecho no probado que el ingeniero Salazar Álvarez podría haber ejercido simultáneamente en las actividades de la consultoría y de la construcción, respecto al proyecto que se investiga, contraviniendo supuestamente lo establecido por el artículo 56 del Reglamento Interior General el cual literalmente se transcribe a continuación:
“Las empresas podrán ejercer en los campos de consultoría y construcción si están inscritas en las dos actividades Los profesionales no podrán ejercer simultáneamente en ambas actividades respecto a un proyecto cuando los respectivos intereses se puedan prestar a conflicto. No se entenderá que existe conflicto cuando se trate de contratos de dirección, administración o llave en mano”. (Así reformado por Asamblea de Representantes Nº 4-87-AER, de 5 de agosto de 1987).
Por las siguientes razones:
• El contrato de consultoría OC-325370 está firmado por el Ing. Salazar a título personal y no como representante de la empresa Soluciones Constructivas S. A., (folios 6805049, 6805050, 68051 y 6805062).
• El contrato de Construcción de la vivienda perteneciente a la señora Segura Ureña fue firmado por el representante de la empresa el señor Mauricio Aguilar Cordero (folios 6805003 al 6805005).
Tomando como argumento lo anotado en los párrafos anteriores, se concluye que el Ing. Salazar Álvarez no es el constructor de la obra, lo que se evidencia es su responsabilidad en la dirección técnica de la misma. Además, según consta en la certificación dictada por el Director Ejecutivo, el Ing. Olman Vargas Zeledón, fechada el 28 de setiembre de 2005 y recibida en el Departamento del Régimen Disciplinario el 29 de setiembre de 2005, la cual parcialmente se expone a continuación: “… para el año 2000 la empresa Soluciones Constructivas S. A., registró como profesional responsable al Arq. Olman Hernández Ureña con carné A-6461, según consta en el expediente digita l”. La información restante no es posible suministrarla ya que no se cuenta con el expediente físico y en la base de datos, no existe registro posterior a lo indicado, por ende no se puede relacionar en forma directa al Ing. Salazar Álvarez como el ingeniero responsable de la empresa constructora.
Resolución de excepciones e incidentes.
Una vez analizado el expediente Nº 68-05 en el cual se denuncia al Ing. Salazar Álvarez, en forma detallada se determina que no existe documentación relacionada a excepciones e incidentes de ningún tipo tales como: prescripciones, caducidad.
Análisis del fondo del asunto.
A raíz de la denuncia presentada en el oficio sin número, fechado el 21 de abril de 2005 y recibida en el Departamento Régimen Disciplinario el 25 de abril de 2005, por la Sra. Rosa Maritza Segura Ureña con cédula 1-445-828, en la cual se denuncia a la empresa constructora Soluciones Constructivas, S. A., cédula jurídica 3-101-176179 y al ingeniero responsable de la obra Ing. Jorge Salazar Álvarez con número de registro ICO-3532, por los daños y perjuicios que se ha ocasionado en el proceso de la edificación de la vivienda de la señora denunciante.
El Departamento de Régimen Disciplinario recomienda la instauración del presente proceso disciplinario al Ing. Jorge Salazar Álvarez con número de registro ICO-3532, se realiza por cuanto pudo haber incumplido con normas y procedimientos que establece el Código de Ética Profesional del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica en su desempeño como profesional responsable del contrato de consultoría Nº OC-325370.
La empresa Soluciones Constructivas, S. A., debido a su condición de empresa desinscrita por la aplicación del artículo 61 del Reglamento Interior General del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica, en el oficio Nº 3641-2006-DRD fechado el 17 de agosto, de 2006, se recomienda dejar suspendida la continuación de la investigación disciplinaria correspondiente a su participación, hasta que las condiciones permitan completar la misma.
Con pleno acatamiento del debido proceso el Tribunal de Honor ejecuta lo dispuesto por la Junta Directiva General, en su sesión Nº 33-05/06-G.E del 7 de setiembre de 2006, acuerdo Nº 25 y en la sesión Nº 11-07/08-G.E., de 21 de enero de 2008, acuerdo Nº 36, y sobre la base de la valoración de las pruebas de cargo (informe de estudio pericial elaborado por el Ing. Roy Acuña Prado, M.Sc, fechado el 9 de setiembre de 2003) y demás documentos que constan en el expediente, se pudo constatar en este caso:
Resulta importante resaltar que el Ing. Jorge Salazar Álvarez (imputado), no respondió a las notificaciones y peticiones que le solicitó el Jefe del Departamento de Régimen Disciplinario, Ing. Gerardo Campos Chacón, que dieron origen al actual proceso disciplinario, además no se presentó a la audiencia oral y privada a la cual fue citado.
También se considera relevante destacar que el análisis deja en evidencia que el Ing. Jorge Luis Salazar Álvarez ICO-3532, fue el profesional responsable del diseño y dirección técnica de la vivienda de la Sra. Rosa Maritza Segura Ureña, que se iniciaron las obras sin un estudio preliminar adecuado, por ende variando lo especificado en planos, aprobadas por las instituciones involucradas a saber Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica y Municipalidad de Santo Domingo de Heredia.
Del análisis de la conducta demostrada por el Ing. Luis Salazar Álvarez ICO-3532, en el presente caso y el procedimiento disciplinario, así como de los hechos imputados en el auto de intimación, se concluye que:
Respecto al hecho intimado número 2, “La vivienda tuvo que ser adecuada a las condiciones de pendiente del terreno (25%), evidentemente esa condición del terreno no fue prevista ni considerada en la etapa de los estudios preliminares, anteproyecto y elaboración de los planos constructivos y especificaciones técnicas. Como consecuencia de lo anterior y para resolver el problema planteado se construyeron un entrepiso de concreto con viguetas metálicas.”
Los planos constructivos presentados al Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica con el fin de obtener el visado correspondiente, evidencian la ausencia de un estudio preliminar, ya que la vivienda se construyó en un terreno con una pendiente del 25 % bajando hacia el fondo del terreno, al no considerase la pendiente existente del terreno en el diseño de los planos, esto conlleva un incremento considerable en los costos de la obra y al existir una inadecuada dirección técnica se evidencia en las deficiencias constructivas que hace referencia el Ing. Roy Acuña Prado, M.Sc. en su informe del estudio pericial fechado el 9 de setiembre de 2009, y solicitado por la Sra. Rosa Maritza Segura.
En relación con los hecho intimados 3 y 4, los cuales se relacionan entre sí, se exponen literalmente a continuación; hecho imputados número 3 “Sobre el entrepiso se levantó la vivienda, que no corresponde a su distribución a lo que indica en planos”, hecho imputado número 4, “el área de la vivienda construida es de 71 m², lo que implica que se edificó una sobre área al margen de lo que establece la normativa que rige esa materia”.
Es evidente que el Ing. Salazar tramitó ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica un proyecto de vivienda de 55 m² según contrato de consultaría OC-325370 y permitiendo que se construyera una vivienda de 71 m², se concluye que la tramitología de la vivienda de la señora Rosa Maritza Segura Ureña se trató como mero trámite, irrespetando la normativa establecida en este campo por el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica y la Ley de Construcciones.
Finalmente, en relación a los hechos intimados 6, 7, 8 y 9, los cuales reflejan un inadecuado proceso constructivo practicado en obra, entre los que podemos citar: inadecuadas conexiones entre columnas prefabricadas de concreto entre placas, agrietamientos en paredes, daños en repellos, concretos de baja calidad, viguetas de entrepiso metálicas que están muy oxidadas y que no fueron pintadas. Todas las anomalías constructivas mencionadas en los párrafos anteriores se derivan de la mala praxis en la aplicación de conceptos de supervisión y dirección técnica del profesional responsable del proyecto en mención.
Para esta Junta Directiva General queda demostrado que el Ing. Jorge Luís Salazar Álvarez no cumplió con el Código de Ética Profesional Colegio Federado del Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica, vigente en sus artículos:
El artículo 1: Es evidente que el profesional responsable de la dirección técnica de la obra, no le dio la importancia primordial a la calidad del proceso constructivo que se ejecutaba, obteniéndose un producto final de baja calidad, que influye directamente en la seguridad de los usuarios de la vivienda.
El artículo 2: Según lo expresado por la Sr. Rosa Maritza Segura Ureña denunciante, en la audiencia oral y privada realizada el 14 de mayo de 2008, el Ing. Salazar Álvarez era conocedor de las deficiencias constructivas que se realizaban en obra y no realizó ninguna diligencia para resolver el problema planteado por la denunciante, por tanto no fue honesto ni leal con su cliente quien le brindó su confianza.
El artículo 3: El Ing. Salazar demostró no haber tenido disposición para respetar la legislación del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica vigente, especialmente la normada en el Reglamento Especial del Cuaderno de Bitácora en Obra: artículos 7,8, 9,14, Reglamento para la Contratación de Servicios de Consultoría en Ingeniería y Arquitectura en sus artículos: 7, 10,11B incisos a), b), ch), i) y j),16 y17 incisos a),b) y g), Reglamento Interior General del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica: artículo 53 y Ley Orgánica del Colegio Federado del Ingeniero y Arquitectos de Costa Rica, en sus artículos: 8 inciso a) y b) y 12.
El artículo 4: Quedó demostrado que el Ing. Salazar, no consideró en el diseño de la vivienda las condiciones topográficas reales del lote donde se edificó la obra, por tanto dio pie a las improvisaciones durante el proceso constructivo, no prevaleciendo la seguridad de la vida de los usuarios de la vivienda.
Artículo 5: Es evidente que el profesional responsable de la edificación, no hizo un uso adecuado de los recursos materiales disponibles en obra y la transformación de los mismos, quedando en evidencia la mala calidad de concreto, las viguetas metálicas oxidadas, aspectos descritos en el informe pericial elaborado por el Ing. Roy Acuña Prado, M.Sc. fechado el 9 de setiembre de 2003.
Artículo 18: Quedó demostrado que el profesional citado, no prestó sus servicios profesionales con fidelidad, responsabilidad y lealtad a su empleador, ya que el Ing. Salazar no acató las observaciones y recomendaciones comunicadas por el propietario sobre la calidad de trabajo que se ejecutaba.
POR LO TANTO SE ACUERDA:
Aprobar lo recomendado por el Tribunal de Honor de imponer una sanción de doce meses de suspensión en el ejercicio profesional al Ing. Jorge Luis Salazar Álvarez ICO 3532, quien no asumió la responsabilidad adquirida con su cliente al firmar el contrato de consultoría OC-325370 provocando las anomalías constructivas descritas en los párrafos anteriores, ni ante las instituciones correspondientes a saber Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica y la Municipalidad de Santo Domingo, Heredia, por lo que se hace acreedor de las sanciones previstas en el Código de Ética Profesional del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica, Titulo II, de las Sanciones, Capítulo I Disposiciones Generales, artículo 25, capítulo II De las Faltas Contra la profesión, artículo 33.
Este es un acuerdo firme, según lo dispuesto por los artículos 36 y 40 del Reglamento Interior General, y en consecuencia, la sanción impuesta, es ejecutable de conformidad con lo establecido en el artículo 146 de la Ley General de la Administración Pública.
Que de conformidad con lo que dispone el artículo 31 del Código Procesal Contencioso Administrativo, Ley Nº 8508, es facultativo el agotamiento de la vía administrativa, por lo que pueden los interesados acudir a los tribunales de justicia a hacer valer sus derechos. Sin embargo, conforme lo señala el artículo 115 del Reglamento del Procedimiento Disciplinario del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 119 de 20 de junio de 2008, contra la anterior resolución cabe el recurso de reconsideración ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de diez días hábiles, contados a partir de la notificación a la presente resolución.
La interposición del recurso de reconsideración suspende la ejecución de la sanción, hasta que la Junta Directiva General resuelva en definitiva dicha impugnación. Esa decisión agota la vía administrativa.”.—San José, 22 de enero de 2009.—Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—(O. C. Nº 60-09).—C-958520.—(7384).
Para información refiérase al Nº 194-2008/30-05-INT.
Procedimiento disciplinario.
Contra: Empresa CCM Asociados S. A. (CC-2253), Constructora y Desarrolladora de Condominios CCM S. A. (CC-02635).
Denunciante: Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos.
Expediente: 30-05.
Tribunales de Honor.—Auto de Intimación.—A las 16:00 horas del 11 de agosto del 2008, el Tribunal de Honor de Empresas, nombrado por la Junta Directiva General en la sesión Nº 11-07/08-G.E., celebrada el 21 de enero del 2008, acuerdo Nº 36, con sede en oficinas de Tribunales de Honor del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, ubicadas la casa anexa del edificio del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos en Granadilla de Curridabat comunica:
A la Empresa CCM Asociados S.A., registro número CC-2253, cédula jurídica Nº 3-101-208031, en su condición de desinscrita, que de conformidad con el acuerdo de la Junta Directiva General arriba citado, se abrió el presente procedimiento ordinario disciplinario en su contra por supuestas faltas a:
● Ley Orgánica del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos: artículo 8 inciso a).
● Reglamento Interior General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos: artículo 53.
● Código de Ética Profesional del CFIA: artículos 1, 2, 3 y 5.
● Reglamento de Empresas Consultoras y Constructoras: artículo 10, incisos a y e.
● Contratación de Servicios de Consultoría en Ingeniería y Arquitectura: artículos 10, 11, 20 y 40.
Los presuntos hechos que se le atribuyen, en su condición de Empresa Constructora y Consultora desinscrita responsable de la reparación y reestructuración de la casa de habitación propiedad del señor Edgar Arias Sequeira cédula de identidad número 1-460-949 y Ana Cecilia Guash Conejo cédula de identidad número 1-449-299, situada en Condominio Las Palmas, 100 m al oeste y 100 m sur de la iglesia de El Carmen de Guadalupe, distrito de Mata de Plátano cantón de Goicoechea, son los siguientes:
1. Obviar las gestiones de ley para poner a derecho por encontrarse desinscrita ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, la empresa responsable de la reestructuración de la obra.
2. Haber permitido que se ejerciera una dirección, supervisión y administración de obra negligente y permisiva, lo que pudo haber propiciado que se dieran los defectos constructivos expuestos en la denuncia como son, no presentar secuencia coordinada en las reparaciones que se realizaban, lo que se hizo evidente en las siguientes anomalías detectadas en las obras: -se removieron segmentos de viga para ser chorreados nuevamente por lo que se eliminó parte del tapichel, el que no fue reconstruido de inmediato, una vez construida la viga, -se chorrearon columnas de baño sin considerar el espesor de la cerámica y, -no se protegió el piso cerámico en ninguna parte de la vivienda.
3. Haber asumido el trabajo de reestructuración de la vivienda de los señores Arias Sequeira y Guash Conejo, sin cumplir con el cobro establecido por el Arancel de Servicios Profesionales de Consultoría para Edificaciones en este rubro, ni inscribir ese servicio conforme a la normativa del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos.
4. Descuidar su responsabilidad, en cuanto a mantener vigente su inscripción como empresa consultora ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos.
5. Haber efectuado trabajos de reestructuración de la vivienda de los señores Arias Sequeira y Guash Conejo, sin encontrarse al día con el pago ante el Colegio Federado de Ingenieros.
6. No haber registrado ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, la responsabilidad del profesional al frente del proyecto, con el fin de realizar la reestructuración de la vivienda propiedad de los señores Arias Sequeira y Guash Conejo.
7. Como empresa, se presume que pudo haber actuado sin la participación de un profesional responsable de la Dirección Técnica.
De encontrarse alguna violación a la reglamentación vigente arriba indicada, se estaría sancionando al denunciado según lo establecido en los artículos del 29, 30, 32 y del 40 al 45 del Código de Ética Profesional, dentro del marco comprendido en los artículos del 21 al 25 de ese mismo código. Corresponde la sanción máxima, según los artículos citados, a 24 meses de suspensión en el ejercicio profesional.
Se le previene además de lo establecido en el artículo 25 del Código de ética profesional que dice: “Cuando con una misma conducta se violen varias disposiciones del presente Código, se aplicará la sanción establecida para la falta más grave”.
Sobre los cargos que se le hacen al profesional denunciado, se le concede el plazo improrrogable de veintiún días hábiles, contados a partir de la notificación del presente auto para que conteste y diga si los rechaza por ser falsos, si los acepta por ser ciertos o si los acepta sólo parcialmente y con modificaciones y rectificaciones, así como para ofrecer toda la prueba de descargo que considere oportuna y conveniente.
En caso de no comparecer en el plazo conferido en esta resolución, se le advierte que el proceso continuará sin su participación, sin perjuicio de que pueda apersonarse en cualquier momento pero sin reposición de ningún trámite y tomando el proceso en el estado en que se encuentre (artículo 81 del Reglamento del proceso disciplinario de los miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 225 del 22 de noviembre del 2001).
Se le hace saber al denunciado que este procedimiento ordinario disciplinario se tramita con estricto apego a todas las normas y principios del procedimiento administrativo establecidos en el Reglamento del proceso disciplinario de los miembros del CFIA y con garantía de todos los medios para que ejerza su defensa, indicándole que debe apersonarse a hacer valer sus derechos, que tiene derecho a ser oído y ofrecer prueba de descargo, acceso en todo momento al expediente y sus piezas y los antecedentes de la denuncia presentada en su contra. Tiene derecho a hacerse representar y asesorar por un abogado, técnico o cualquiera persona calificada que estime conveniente. La presente resolución tiene los recursos ordinarios de revocatoria con apelación (artículo 107 del Reglamento del proceso disciplinario de los miembros del CFIA), para lo cual cuenta con un plazo de siete días hábiles contados a partir de la notificación de esta resolución. El recurso de revocatoria deberá plantearse ante este mismo tribunal y será resuelto en la misma sede. El de apelación será planteado de igual forma y será resuelto por la Junta Directiva General.
Actualmente obra en poder del Tribunal de Honor el expediente disciplinario, cuyo acceso se regulará conforme lo establecido en los artículos 48, 49 y 50 del Reglamento del proceso disciplinario de los miembros del CFIA.
Se previene a la denunciada Empresa CCM Asociados S. A., que en el acto de ser notificada o dentro del tercer día y por escrito, deberá señalar lugar, oficina o número de facsímil donde recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas siguientes a que sean dictadas. Igual consecuencia sufrirá si el lugar o medio designado fuere impreciso, incierto o se encontrare cerrado o ya no existiere. Se le advierte que si señala un número de facsímil, deberá velar porque éste se encuentre funcionando normalmente. Asimismo, en caso de desperfecto o inhabilitación deberá comunicarlo en forma inmediata y señalar nuevo lugar para atender futuras notificaciones.
Copia de este traslado está siendo remitido al ingeniero Gerardo Campos Chacón, jefe del departamento de Tribunales de Honor, representante del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, como parte interesada en este proceso.
Notifíquese.—Tribunal de Honor de Empresas.—Arq. Yolanda Rivas Araya, Presidenta.—(O. C. Nº 62-09).—C-193520.—(7385).
27 de mayo de 2008
Nº 2573-2008-DRD
Ingeniero
Ricardo Antonio Moreno Aquino
Estimado ingeniero Moreno:
Por las características del caso, el Departamento de Régimen Disciplinario ha decidido realizar una investigación, por lo que se le informa que bajo expediente Nº 82-08, el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos tramita denuncia contra usted, presentada por el Sr. TTC. Rafael Herrera Valle.
En virtud de lo anterior, se le concede 15 días hábiles contados a partir de la fecha de recibida esta nota, para que se refiera a la denuncia y el contenido del expediente.
Posteriormente, este expediente será trasladado a la Comisión Instructora, según lo establecido en el Reglamento Especial para Regular la Etapa de Instrucción o Investigación Previa por Presunta Violación de la Ética Profesional, para que emita su criterio en cuanto a si su actuación se ha ajustado a lo dispuesto en el Código de Ética Profesional de este Colegio Federado.
La presente investigación previa se tramita de conformidad con el Reglamento Especial para Regular la Etapa de Instrucción o Investigación Previa por Presunta Violación a la Ética Profesional, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 197 del viernes 13 de octubre de 2006.
Se le agradece indicar una dirección en el área metropolitana donde remitirle las notificaciones al respecto, o señalar un fax para esos efectos.
En caso de señalarse una dirección electrónica para recibir notificaciones, la misma deberá permanecer habilitada para esos efectos, ya que en caso contrario se tendrá por notificado con solo el transcurso de 24 horas después de emitido el oficio.
No omito manifestarle que en el expediente Nº 82-08 consta documentación que puede ser consultada en nuestras oficinas por su persona o representante autorizado.
Departamento de Régimen Disciplinario.—Ing. Gisella Araya Leitón, Jefa.—(O. C. Nº 63-09).—C-57480.—(7386).
22 de octubre de 2008
Nº 5379-2008-DRD
Señores
Napoleón Ramírez Mixter
María Eugenia Fonseca
Representantes Legales
Desarrrollos Ramix S. A.
Estimados señores:
Por las características del caso, el Departamento de Régimen Disciplinario ha decidido realizar una investigación, por lo que se le informa que bajo expediente Nº 187-08, el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos tramita denuncia contra su representada, presentada por el señor Carlos Fernández Calderón.
En virtud de lo anterior, se le concede 15 días hábiles contados a partir de la fecha de recibida esta nota, para que se refiera a la denuncia y el contenido del expediente.
Posteriormente, este expediente será trasladado a la Comisión Instructora, según lo establecido en el Reglamento Especial para Regular la Etapa de Instrucción o Investigación Previa por Presunta Violación de la Ética Profesional, para que emita su criterio en cuanto a si la actuación de su representada se ha ajustado a lo dispuesto en el Código de Ética Profesional de este Colegio Federado.
La presente investigación previa se tramita de conformidad con el Reglamento Especial para Regular la Etapa de Instrucción o Investigación Previa por Presunta Violación a la Ética Profesional, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 197 del viernes 13 de octubre de 2006.
El alcance del procedimiento administrativo de instrucción o investigación previa, únicamente conlleva a dirimir la existencia o no de presuntas violaciones al Código de Ética Profesional de este Colegio Federado y no podrá dilucidar conflictos de orden patrimonial, los que si podrán ventilarse en el Centro de Resolución de Conflictos o bien ante la autoridad judicial competente.
Se les agradece indicar una dirección en el área metropolitana donde remitirles las notificaciones al respecto, o señalar un fax para esos efectos.
En caso de señalarse una dirección electrónica para recibir notificaciones, la misma deberá permanecer habilitada para esos efectos, ya que en caso contrario se tendrán por notificado con solo el transcurso de 24 horas después de emitido el oficio.
No omito manifestarles que en el expediente Nº 187-08 consta documentación que puede ser consultada en nuestras oficinas por ustedes o representante autorizado.
Departamento de Régimen Disciplinario.—Ing. Gisella Araya Leitón, Jefa.—(O. C. Nº 63-09).—C-57480.—(7387).
18 de agosto de 2008
DRD-4180-2008
Ingeniero
Gerardo Espinoza Mendoza
Estimado Ingeniero:
Por las características del caso, el Departamento de Régimen Disciplinario ha decidido realizar una investigación, por lo que se le informa que bajo expediente Nº 154-08, el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos tramita denuncia contra usted, presentada por el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos.
En virtud de lo anterior, se le concede 15 días hábiles contados a partir de la fecha de recibida esta nota, para que se refiera a la denuncia y el contenido del expediente.
Posteriormente, este expediente será trasladado a la Comisión Instructora, según lo establecido en el Reglamento Especial para Regular la Etapa de Instrucción o Investigación Previa por Presunta Violación de la Ética Profesional, para que emita su criterio en cuanto a si su actuación se ha ajustado a lo dispuesto en el Código de Ética Profesional de este Colegio Federado.
La presente investigación previa se tramita de conformidad con el Reglamento Especial para Regular la Etapa de Instrucción o Investigación Previa por Presunta Violación a la Ética Profesional, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 197 del viernes 13 de octubre de 2006.
El alcance del procedimiento administrativo de instrucción o investigación previa, únicamente conlleva a dirimir la existencia o no de presuntas violaciones al Código de Ética Profesional de este Colegio Federado y no podrá dilucidar conflictos de orden patrimonial, los que si podrán ventilarse en el Centro de Resolución de Conflictos o bien ante la autoridad judicial competente.
Se le agradece indicar una dirección en el área metropolitana donde remitirle las notificaciones al respecto, o señalar un fax para esos efectos.
En caso de señalarse una dirección electrónica para recibir notificaciones, la misma deberá permanecer habilitada para esos efectos, ya que en caso contrario se tendrá por notificado con solo el transcurso de 24 horas después de emitido el oficio.
No omito manifestarle que en el expediente Nº 154-08 consta documentación que puede ser consultada en nuestras oficinas por su persona o representante autorizado.
Departamento de Régimen Disciplinario.—Ing. Gisella Araya Leitón, Jefa.—(O. C. Nº 63-09).—C-61440.—(7388).
4 de setiembre de 2008.
DRD-4480-2008
TA. Heriberto Rivera Solís
Estimado topógrafo:
Por las características del caso, el Departamento de Régimen Disciplinario ha decidido realizar una investigación, por lo que se le informa que bajo expediente Nº 201-08, el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos tramita denuncia contra usted, presentada por la Sra. Nelly Quirós Brenes.
En virtud de lo anterior, se le concede 15 días hábiles contados a partir de la fecha de recibida esta nota, para que se refiera a la denuncia y el contenido del expediente.
Posteriormente, este expediente será trasladado a la Comisión Instructora, según lo establecido en el Reglamento Especial para Regular la Etapa de Instrucción o Investigación Previa por Presunta Violación de la Ética Profesional, para que emita su criterio en cuanto a si su actuación se ha ajustado a lo dispuesto en el Código de Ética Profesional de este Colegio Federado.
La presente investigación previa se tramita de conformidad con el Reglamento Especial para Regular la Etapa de Instrucción o Investigación Previa por Presunta Violación a la Ética Profesional, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 197 del viernes 13 de octubre de 2006.
El alcance del procedimiento administrativo de instrucción o investigación previa, únicamente conlleva a dirimir la existencia o no de presuntas violaciones al Código de Ética Profesional de este Colegio Federado y no podrá dilucidar conflictos de orden patrimonial, los que si podrán ventilarse en el Centro de Resolución de Conflictos o bien ante la autoridad judicial competente.
Se le agradece indicar una dirección en el área metropolitana donde remitirle las notificaciones al respecto, o señalar un fax para esos efectos.
En caso de señalarse una dirección electrónica para recibir notificaciones, la misma deberá permanecer habilitada para esos efectos, ya que en caso contrario se tendrá por notificado con solo el transcurso de 24 horas después de emitido el oficio.
No omito manifestarle que en el expediente Nº 201-08, consta documentación que puede ser consultada en nuestras oficinas por su persona o representante autorizado.
Departamento de Régimen Disciplinario.—Ing. Gisella Araya Leitón, Jefa.—(O. C. Nº 63-09).—C-61440.—(7389).
28 de enero de 2008
Nº 0453-2008-DRD
Señor
Johnny Mora Rojas
Representante Legal
Constructora Johnny Mora S. A.
Estimado señor Mora:
Por las características del caso, el Departamento de Régimen Disciplinario ha decidido realizar una investigación, por lo que se le informa que bajo expediente Nº 250-07, el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos tramita denuncia contra su representada, presentada por la Sra. Lelia Gamboa Gamboa.
En virtud de lo anterior, se le concede 15 días hábiles contados a partir de la fecha de recibida esta nota, para que se refiera a la denuncia y el contenido del expediente.
Posteriormente, este expediente será trasladado a la Comisión Instructora, según lo establecido en el Reglamento Especial para Regular la Etapa de Instrucción o Investigación Previa por Presunta Violación de la Ética Profesional, para que emita su criterio en cuanto a si la actuación de su representada se ha ajustado a lo dispuesto en el Código de Ética Profesional de este Colegio Federado.
La presente investigación previa se tramita de conformidad con el Reglamento Especial para Regular la Etapa de Instrucción o Investigación Previa por Presunta Violación a la Ética Profesional, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 197 del viernes 13 de octubre de 2006.
Se le agradece indicar una dirección en el área metropolitana donde remitirle las notificaciones al respecto, o señalar un fax para esos efectos.
En caso de señalarse una dirección electrónica para recibir notificaciones, la misma deberá permanecer habilitada para esos efectos, ya que en caso contrario se tendrá por notificado con solo el transcurso de 24 horas después de emitido el oficio.
No omito manifestarle que en el expediente Nº 250-07 consta documentación que puede ser consultada en nuestras oficinas por su persona o representante autorizado.
Departamento de Régimen Disciplinario.—Ing. Gisella Araya Leitón, Jefa.—(O. C. Nº 63-09).—C-61440.—(7392).
3 de diciembre de 2008
DRD-5993-2008
Ingeniero
Víctor Manuel Rodríguez Solano
Estimado ingeniero:
Por las características del caso, el Departamento de Régimen Disciplinario ha decidido realizar una investigación, por lo que se le informa que bajo expediente Nº 256-08, el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos tramita denuncia contra usted, presentada por el Sr. Miguel Eduardo Varela León.
En virtud de lo anterior, se le concede 15 días hábiles contados a partir de la fecha de recibida esta nota, para que se refiera a la denuncia y el contenido del expediente.
Posteriormente, este expediente será trasladado a la Comisión Instructora, según lo establecido en el Reglamento Especial para Regular la Etapa de Instrucción o Investigación Previa por Presunta Violación de la Ética Profesional, para que emita su criterio en cuanto a si su actuación se ha ajustado a lo dispuesto en el Código de Ética Profesional de este Colegio Federado.
La presente investigación previa se tramita de conformidad con el Reglamento Especial para Regular la Etapa de Instrucción o Investigación Previa por Presunta Violación a la Ética Profesional, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 197 del viernes 13 de octubre de 2006.
El alcance del procedimiento administrativo de instrucción o investigación previa, únicamente conlleva a dirimir la existencia o no de presuntas violaciones al Código de Ética Profesional de este Colegio Federado y no podrá dilucidar conflictos de orden patrimonial, los que si podrán ventilarse en el Centro de Resolución de Conflictos o bien ante la autoridad judicial competente.
Se le agradece indicar una dirección en el área metropolitana donde remitirle las notificaciones al respecto, o señalar un fax para esos efectos.
En caso de señalarse una dirección electrónica para recibir notificaciones, la misma deberá permanecer habilitada para esos efectos, ya que en caso contrario se tendrá por notificado con solo el transcurso de 24 horas después de emitido el oficio.
Le manifiesto que en el expediente Nº 256-08, consta documentación que puede ser consultada en nuestras oficinas por su persona o representante autorizado.
Departamento de Régimen Disciplinario.—Ing. Gisella Araya Leitón, Jefa.—(O. C. Nº 63-09).—C-61440.—(7393).
En la resolución RRG-9367-2008, publicada La Gaceta N° 12 del 19 de enero del 2009, correspondiente al incremento tarifario del ICE, en la parte resolutiva en el punto 11, tarifa T-CB.
Donde dice: Periodo nocturno ¢22,40.
Debe decir: Periodo nocturno ¢32,40.
En la resolución RRG-9370-2008, publicada La Gaceta N° 12 del 19 de enero del 2009, correspondiente al incremento tarifario del ICE, en la parte resolutiva en el punto 1.
Donde dice: Fijar las tarifas para el servicio de generación del Instituto ...
Debe decir: Fijar las tarifas para el servicio de alumbrado público del Instituto ...
Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—1 vez.—(Solicitud Nº 21279).—C-9020.—(8723).