MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO
MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS
AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000003-01
EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE HEREDIA
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE CARTAGO
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
Y CULTO
En el ejercicio de las
facultades establecidas en los artículos 140, incisos 3), 8), 18) y 20) y 146
de
Considerando:
1º—Que es necesario
modificar el Reglamento para el otorgamiento, uso y control de pasaportes
diplomáticos y de servicio, con la finalidad de actualizar y ajustar la
normativa contenida en el mismo a los cambios que ha originado la nueva emisión
digital de los pasaportes diplomáticos y de servicio, a las necesidades y a la
realidad que está experimentando
2º—Que para esos efectos se requiere
una normativa que haga más eficiente la labor que realiza el Departamento de
Pasaportes del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, ajustada a las
necesidades actuales y a los requerimientos internacionales que se establecen
para este tipo de documentos migratorios. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Modifíquense
los artículos 4, 8, 10, 13, 15, 18, 19, 20, 22, 24, 25, 26 y 27 del Reglamento
para el otorgamiento, uso y control de pasaportes diplomáticos y de servicio,
Decreto Ejecutivo Nº 26951 de fecha 6 de marzo de 1998, para que en lo sucesivo
se lean:
“Artículo 4º—Autoridad
competente. Todo trámite de expedición de pasaporte diplomático o de
servicio únicamente puede efectuarse en el Ministerio de Relaciones Exteriores
y Culto, de conformidad con el artículo 3 de
“Artículo 8º—Definiciones.
Para los efectos de este Reglamento y
• Pasaporte digital: Documento de viaje emitido mediante mecanismos
automatizados que permiten la lectura mecánica a través del sistema de
reconocimiento óptico de caracteres (OCR).
• Pasaporte electrónico: Documento de viaje
que integra un chip de radiofrecuencia y una antena, donde se guardan los datos
personales y biométricos de su portador autorizado.
• Misión Especial: Toda aquella misión
temporal conformada por una o varias personas públicas o privadas, con carácter
representativo del Estado, enviada por este ante otro Estado u organismos
internacionales, con el consentimiento y acreditación del Estado Receptor, para
tratar con él asuntos concretos o realizar ante él un cometido determinado.
• Familiares de los beneficiarios:
b. Los hijos discapacitados sin límite de edad.
Se entenderá por discapacitados aquellos que padezcan cualquier deficiencia
física, mental o sensorial que limite, sustancialmente, una o más de las
actividades principales de un individuo, a quienes producto de ésta se les
dificulte atender sus propios intereses y valerse por sí mismos
En los casos de incapacidad mental
deberá acreditarse cuando corresponda la declaratoria de interdicción.
c. Los hijos solteros y dependientes, siempre
que no sean mayores de 25 años.
d. Dentro del concepto de familia también deberá
contemplarse a los hijos solteros y dependientes, no comunes de cada uno de los
cónyuges, que no sean mayores de 25 años. En este caso, hasta que alcancen la
mayoría de edad, se deberá presentar la correspondiente autorización del PANI
de conformidad con el “Reglamento para la autorización de permiso de salida del
país de personas menores de edad” (publicado en
Artículo 10.—Funcionarios
de un Organismo Internacional. De conformidad con el artículo 14 de la
citada ley, los costarricenses que desempeñen cargos en el exterior, temporal o
de forma permanente, y que en razón del convenio internacional que les aplica
deban portar pasaporte diplomático. Para el otorgamiento del pasaporte
diplomático, deberán acompañar a su solicitud: 1.- Copia del convenio
internacional, y 2.- Copia del contrato de servicios o certificación de
“Artículo 13.—Leyenda
obligatoria. Todos los pasaportes, diplomáticos y de servicio, deberán
contener la siguiente leyenda: “Este pasaporte no le concede a su titular
ningún privilegio discriminatorio de carácter fiscal al ingresar al país”.
“Artículo 15.—Confección
de los pasaportes digitales o electrónicos. Los pasaportes serán
confeccionados por el Departamento de Pasaportes del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, con las medidas de seguridad necesarias, la nitidez que
amerita el documento y con la leyenda obligatoria, previo cumplimiento de los
requisitos estipulados en
1. A los funcionarios de carrera en el Servicio
Exterior se les confeccionará el pasaporte en su calidad de “Diplomático”. A
los Embajadores y a los funcionarios del Servicio Consular se les consignará el
cargo como “Embajador”, “Cónsul General”, “Cónsul” o “Vicecónsul”.
2. A los funcionarios nombrados de conformidad
con el artículo 147 inciso 3) de
3. A los funcionarios diplomáticos de carrera en
el Servicio Interno que viajen en Misión Oficial se les confeccionará el
pasaporte en su calidad de “Diplomático”.
4. A los funcionarios del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, nombrados en el Régimen de Servicio Civil, se
les confeccionará pasaporte de servicio en calidad de “Funcionario MREC”.
5. El procedimiento para la emisión del Pasaporte
Diplomático para la figura de misión especial consiste en:
a. Solicitud formal y motivada dirigida al
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, por parte del Ministro del ramo o la
máxima autoridad del ente estatal interesado, solicitando de manera expresa el
reconocimiento de “Misión Especial” a el o los funcionarios, de conformidad con
el artículo 8 del Reglamento para el Otorgamiento, Uso y Control de Pasaportes
Diplomáticos y de Servicio.
b. Recibida la solicitud, el Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto autorizará, mediante el respectivo acuerdo, él o
los funcionarios que conformarán
6. Todos los funcionarios públicos y público en
general, a quienes conforme a derecho se les ha otorgado pasaporte diplomático
o de servicio, deberán devolverlo para su debida custodia o anulación al
término de la misión o gestión pública, al Departamento de Pasaportes del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
7. Cuando se requiera elaborar un pasaporte
nuevo, el Jefe del Departamento de Pasaportes deberá previamente anular el
anterior, si fuere del caso.”
“Artículo 18.—Base de
datos. Todos los procedimientos de confección de pasaportes y visas de
salida, quedarán debidamente registrados en la base de datos correspondiente.
Artículo 19.—Control
de trámites de los pasaportes digitales o electrónicos. Los trámites de
solicitud, emisión, descripción de cargos, visas de salida y anulación de
pasaportes, quedarán debidamente registrados en la base de datos bajo el número
de cédula u otro documento de identidad del interesado. Asimismo, el sistema
generará un reporte impreso de cada trámite que deberá firmar a su recibo el
interesado o una persona debidamente autorizada. Los documentos se archivarán
en cada expediente personal.
Artículo 20.—Requisitos
de la solicitud de pasaportes:
a) Oficio de solicitud de pasaporte suscrito por
el jerarca de la institución, o por la persona autorizada mediante acuerdo
publicado en el Diario Oficial
b) Formulario de solicitud de pasaportes,
disponible en la página electrónica del Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto.
c) Fotocopia de la cédula de identidad para los
costarricenses, y del pasaporte vigente de su país de origen en caso de no
nacionales con derecho a pasaporte.
d) Fotocopia del acuerdo de viaje o nombramiento
en el cargo, emanado por la autoridad competente, donde conste la firma del
jerarca de la institución. No se aceptará el sello de “original firmado por” o
el uso de facsímil.
e) En el caso de los menores de edad, el acta de
nacimiento emanada por el Registro Civil y debidamente certificada. Antes de la
salida del país deberá tramitarse el permiso de salida ante
f) En caso de ser deudor alimentario, haber
cumplido con los requisitos legales sobre pensiones alimenticias, ya que el ser
portador de pasaporte diplomático o de servicio no lo exime del pago de dicha
obligación.
g) En caso de personas con discapacidad física o
mental mayores de veinticinco años de edad, que no pueden valerse por sí mismas
y que son dependientes de sus padres, se deberá acreditar mediante dictamen
médico de
h) En caso de extravío, sustracción o perdida de
pasaporte, el original de la denuncia correspondiente ante el órgano judicial
competente.
i) Cualquier otro documento que a juicio del
titular del Departamento de Pasaportes sea necesario para garantizar la
idoneidad del solicitante.
j) Tratándose de Pasaportes de Servicio a nombre
de funcionarios de
k) A los miembros del Gobierno Municipal y los
Gobernadores de las provincias, solicitud del pasaporte suscrita por el jerarca
o por la persona autorizada mediante decreto publicado en el Diario Oficial,
dirigida al Ministro de Relaciones Exteriores y Culto o a la persona por él
designada, de conformidad con el artículo 3 de este Reglamento, que incluya los
siguientes datos: nombre completo, número de cédula de identidad, vigencia del
cargo, justificación y fecha del viaje y el número de acuerdo correspondiente.
l) En el caso de los hijos y cónyuges, los
documentos expedidos por el Registro Civil que demuestren dicha filiación. En
lo que respecta a matrimonio la certificación no podrá tener más de 30 días de
expedida.
m) La entrega del pasaporte agotado o vencido,
cuando corresponda, al Departamento de Pasaportes, para la expedición de uno
nuevo conforme al artículo veinticinco.”
“Artículo 22.—Comunicación
a la autoridad judicial. El titular de un pasaporte diplomático o de
servicio, deberá acudir a la autoridad judicial del lugar a reportar el
extravío, robo o hurto del pasaporte, cuyo original deberá adjuntar a su
solicitud de reposición, además del requisito que indica el artículo anterior.”
“Artículo 24.—Pasaporte
agotado. Al completarse las hojas del pasaporte activo, el funcionario
solicitará la confección de uno nuevo, entregando para su anulación y sin
excepción el pasaporte vigente.
El jefe del
Departamento de Pasaportes no podrá confeccionar el pasaporte nuevo si no se ha
cumplido con la entrega y anulación del pasaporte agotado. Sin embargo,
mediante solicitud escrita y motivada del interesado se le podrá devolver el
pasaporte anulado.
Artículo 25.—Entrega
del pasaporte. La entrega del pasaporte diplomático o de servicio al
interesado, por parte del Departamento de Pasaportes, preferiblemente ha de ser
personal; pero podrá retirarse mediante carta del titular que autorice a un
tercero. El autorizado deberá presentar copia de su cédula de identidad y
firmar la razón de recibido. Ambos documentos se conservarán en el expediente
respectivo.
Artículo 26.—Vigencia.
La vigencia de los pasaportes se emitirá según el siguiente criterio:
Los pasaportes conforme a
A los
expresidentes y todos aquellos cónyuges que acompañaron al Presidente durante
el ejercicio de su cargo, cuyo beneficio es vitalicio conforme a la ley que se
reglamenta, se les expedirá con una vigencia máxima de cuatro años, a cuyo
término solicitará su reposición.
Igual regla
se aplicará para la vigencia de los pasaportes de los Obispos y Arzobispos de
Ningún
pasaporte se podrá otorgar por un tiempo mayor al que la condición del cargo
del beneficiario lo permita, pero en ningún caso se otorgará por más de cuatro
años.
La vigencia
del pasaporte diplomático para los funcionarios de carrera del servicio interno
estará sujeta a la permanencia del funcionario dentro de la carrera, no
pudiendo otorgarse dicho documento migratorio, por períodos mayores a cuatro
años. Su uso se restringirá a salidas en función de su cargo.
Al final de
cada misión, sea esta especial u oficial, el portador de pasaporte diplomático
o de servicio lo depositará en el Departamento de Pasaportes del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, el que los mantendrá en custodia hasta que sea
nuevamente autorizado su uso.
Artículo 27.—Vigencia
de los pasaportes emitidos en razón de una misión especial. La vigencia de
los pasaportes diplomáticos para funcionarios que viajen en misión especial,
será de cuatro años y deberán ser devueltos para su custodia, al Departamento
de Pasaportes, al término de la misión en caso de no ser recogido por las
autoridades Migratorias nacionales en los puestos de entrada. Se les otorgará
una visa de salida por cada Misión para la que se nombre, previa presentación
de los requisitos señalados en este mismo cuerpo normativo.”
Artículo 2º—Deróguese el
artículo 5 del Decreto Nº 26951 del 6 de marzo de 1998, Reglamento para el
otorgamiento, uso y control de pasaportes diplomáticos y de servicio.
Artículo 3º—Se adiciona al capítulo I
Disposiciones Generales del Decreto Nº 26951 del 6 de marzo de 1998, Reglamento
para el otorgamiento, uso y control de pasaportes diplomáticos y de servicio,
los artículos 10 bis y 10 ter cuyo texto dirá:
“Artículo 10 bis.—Los
pasaportes diplomáticos no serán retirados por las autoridades migratorias costarricenses
al ingreso al país, así como los pasaportes de servicio regulados en el
artículo 2 inciso1 de la ley Nº 7411. Los pasaportes de servicio contemplados
en el artículo 2 incisos 2, 3 y 4 de
Artículo 10
ter.—Uso de los pasaportes diplomáticos y de servicio. Los documentos de
viaje serán utilizados por los usuarios en razón de su cargo o de su vinculo
familiar con el beneficiario, y será estrictamente para facilitar los
movimientos migratorios derivadas del cargo, condición o misión, sin que puedan
ser utilizados para fines comerciales o de cualquier otra naturaleza que
desvirtúen su uso oficial.”
Artículo 4º—Rige a partir
de su publicación.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—(O. P.
Nº 93569).—C-198020.—(D35086-19078).
Nº 655-P.—San José, 13 de febrero de
2009
EL PRESIDENTE DE
De conformidad con lo que
establece el artículo 139 de
Considerando:
1º—Que por Acuerdo
Ejecutivo N° 618-P, del 14 de noviembre de 2008, se designó como Ministra a. i.
del Ministerio de Comercio Exterior, a la señora Amparo Pacheco Oreamuno, en
ausencia del titular de esa Cartera, de las 7:45 horas del 28 de noviembre
hasta las 9:00 horas del 06 de diciembre del presente año.
2º— Que el señor Ministro de Comercio
Exterior, no efectuó el viaje al exterior que justificó la designación de
ACUERDA:
Artículo 1º—Dejar sin
efecto el Acuerdo Ejecutivo Nº 618-P, del 14 de noviembre de 2008.
Artículo 2º—Rige a partir de las 7:45
horas del 28 de noviembre y hasta las 9:00 horas del 06 de diciembre de 2008.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1
vez.—(O. C. Nº 93029-COMEX).—C-20270.—(17283).
Nº 042-2009 MSP
EL PRESIDENTE DE
Y
Con fundamento en las
atribuciones conferidas por los artículos 140 inciso 20) y 146 de
Considerando:
1º—Que mediante Acuerdo
Nº 641-2008 MSP se aprobó otorgar varios grados policiales a los funcionarios
que se dirán.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Que también
se indica en el oficio referido que cada uno de los solicitantes, cumplen con
todos los requisitos establecidos en el Reglamento sobre Grados Policiales y Sistemas
de Ascensos de
Artículo 2º—Modificar el artículo 1
del Acuerdo Nº 641-2008 MSP, para que se lea de la siguiente manera: “Otorgar
los Grados Policiales solicitados a los siguientes funcionarios”.
Nombre |
Cédula |
Grado |
Hidalgo Sánchez Edgar |
1-607-372 |
Capitán |
Miranda Peix Luis R. |
8-061-701 |
Capitán |
Mora Badilla Elías M. |
1-896-619 |
Capitán |
Moreira Aponte Pablo |
1-855-002 |
Capitán |
Martínez Obando José |
6-259-790 |
Subintendente |
Umaña Alvarado Alexis |
3-306-616 |
Subintendente |
Mora Cordero Ronald |
9-095-125 |
Subintendente |
Rodríguez Corrales Edson |
3-343-967 |
Subintendente |
Rivera Arias Víctor |
3-303-944 |
Subintendente |
Ramírez Vindas Olivier |
2-470-793 |
Subintendente |
Mena Villavicencio Randall |
2-520-912 |
Subintendente |
Quirós Medina Heriberto |
6-247-371 |
Subintendente |
Saravia Vivas Alejandro |
1-653-723 |
Subintendente |
Masís Chavarría Heinor |
6-287-104 |
Subintendente |
Vargas Jiménez Walter |
1-980-781 |
Subintendente |
Zúñiga Camacho Ramón |
5-247-679 |
Subintendente |
Barrientos Zúñiga Mario |
1-592-531 |
Comandante |
Artículo 2º—Rige a partir
de los doce días del mes de agosto del dos mil ocho.
Artículo 3º—En lo no expresamente
modificado del Acuerdo Nº 641-2008 MSP, entiéndase que se mantiene incólume.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—
MTSS-005-2009
EL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD
SOCIAL
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 25 inciso 2) y 28) inciso 1) de
Considerando:
1º—Que los días 25 y 26
de febrero del 2009 se llevará a cabo el Taller RIAL sobre Migración Laboral y
Sistemas de Información del Mercado Laboral en la ciudad de Quebec City,
Canadá.
2º—Que el Taller Rial sobre Migración
Laboral y Sistemas de Información Laboral y organizado por
3º—Que la participación del Sr. Johnny
A. Ruiz Arce, cédula 1-456-787 en su condición de Jefe del Departamento de Migraciones
Laborales/ MTSS en este evento, responde a las funciones que tiene en el manejo
de la gestión migratoria laboral que realiza la dependencia institucional a su
cargo. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
Johnny A. Ruiz Arce, cédula 1-456-787 para que participe en el Taller sobre
Migración Laboral y Sistemas de Información del Mercado Laboral a celebrarse
los días 25 y 26 de febrero del 2009 en
Artículo 2º—Los gastos del Sr. Johnny
A. Ruiz Arce por concepto de hospedaje y tiquete aéreo serán cubiertos por
Artículo 3º—Que durante los días en
que se autoriza la participación del Sr. Johnny A. Ruiz Arce, cédula 1-456-787
y para participar en el Taller sobre Migración Laboral y Sistemas de
Información Laboral del Mercado Laboral a realizarse los días 25 y 26 de
febrero del 2009 en la ciudad de Quebec City, Canadá devengará el 100% de su
salario
Artículo 4º—Rige a partir del 23 y
hasta el 26 de febrero del 2009.
Dado en Despacho del
Ministro de Trabajo y Seguridad Social, a las trece horas del diez de febrero
del dos mil nueve.
Francisco Morales
Hernández, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez..—(O. C. Nº
93154).—C-33510.—(16402).
Nº 830-2008
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los
artículos 140, incisos 3) y 18), y 146 de
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo
Ejecutivo Nº 144-2000 de fecha 4 de mayo del 2000, publicado en el Diario
Oficial
II.—Que mediante documento presentado
el día 10 de diciembre del 2008, en
III.—Que en relación con las disminuciones
de los niveles de empleo e inversión, el Ministro de Comercio Exterior,
mediante el oficio DM-911-1 de 26 de setiembre del 2001, señaló lo siguiente:
“(...) No obstante lo anterior, al ser
ésta una institución con una misión y vocación clara de servicio a la
exportación, sin dejar de lado claro está, su función de supervisión y control,
PROCOMER no puede dejar de considerar factores dinámicos, cambiantes propios
del entorno y realidad empresarial. Es así como también debemos considerar que
en muchas ocasiones las empresas beneficiarias del régimen o bien su casa
matriz se ven enfrentadas a graves problemas en la comercialización de sus
bienes, a crisis financieras internas inclusive problemas de índole
macroeconómicos en sus países y hasta a situaciones de caso fortuito o fuerza
mayor, circunstancias todas que las podrían obligar a disponer cambios
inmediatos en sus políticas de mercado.
Ha sido el afán del Ministerio atender
y tratar de ayudar a solventar de la forma más objetiva posible estas situaciones,
no sólo teniendo en consideración la posición de las empresas, sino el
resguardo sobre todo de intereses de orden general, al valorar el impacto que
supone una modificación considerable en los niveles de inversión y empleo
frente al cierre definitivo de la empresa.
(…)”
IV.—Que la instancia
interna de
V.—Que se han observado los
procedimientos de Ley. Por tanto:
ACUERDAN:
1º—Modificar el Acuerdo
Ejecutivo Nº 144-2000 de fecha 4 de mayo del 2000, publicado en el Diario
Oficial
“6. La beneficiaria se obliga a cumplir con un
nivel mínimo de empleo de 62 trabajadores, a partir del día en que se notifique
el presente Acuerdo Ejecutivo. Asimismo, se obliga a realizar una inversión
nueva inicial en activos fijos de al menos US $2.000.000,00 (dos millones de
dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), y a realizar
y mantener una inversión mínima total de US $2.187.000,00 (dos millones ciento
ochenta y siete mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de
América), ambas a más tardar el 1º de diciembre del 2001.
PROCOMER vigilará el
cumplimiento de los niveles de inversión nueva inicial en activos fijos y la
mínima total de la beneficiaria, de conformidad con los criterios y parámetros
establecidos por el Reglamento a
2º—En todo lo que no ha
sido expresamente indicado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo Nº
144-2000 de fecha 4 de mayo del 2000, publicado en el Diario Oficial
3º—Rige a
partir de su notificación.
Comuníquese y publíquese.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El
Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(18119).
DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y
EXTRANJERÍA
Resolución Nº
AJ-0260-bis-2009.—San José, al ser las nueve horas treinta y un minutos del día
veintisiete de enero de dos mil nueve. Conoce esta Dirección General Oficio
número DG-146-01-2009-RVG de fecha veintinueve de enero de 2009, mediante el
cual el Licenciado Róger Víquez, Director Regional de
Resultando:
1º—Que
2º—Que conforme lo establece el
numeral 13 inciso r) de
3º—Que los artículos 13 inciso m),
supra, establece que será función de esta Dirección General: “Delegar y avocar,
en caso necesario, facultades de su competencia, cuando con ello se faciliten
los servicios que debe prestar”.
4º—Que
5º—Que el Licenciado Róger Víquez ,
Jefe de
6º—Que en el dictado de la presente
resolución, se han observado las formalidades de Ley.
Considerando
I.—Que las políticas
migratorias de esta Administración, se dirigen a lograr un eficiente servicio
público, para la satisfacción de los administrados en la solución de sus
necesidades y las de sus empresas; hecho por el cual, se han llevado a cabo una
serie de programas, tendentes a solventar la carestías de mano de obra, en
algunas áreas de los sectores productivos del país, hecho por el cual, se ha
coordinado con la oficina de Migraciones Laborales del Ministerio de Trabajo,
el otorgamiento de permisos de estancia, para personas que vengan al país en
los sectores productivos, con el fin de que el desarrollo del país y la
economía no se vea afectada por la inopia existente en estos sectores.
II.—Que una de las metas propuestas
por esta Administración, es la simplificación de tramites y la desconcentración
de los mismos, agilizando el servicio público que se brinda, y
descongestionando de esa manera, las oficinas centrales ubicadas en San José,
coadyuvando de esa forma, con la economía de tiempo y minimizando el gasto de
combustible, en que incurrirían las personas interesadas en estos trámites, así
como minimizando el gasto de hidrocarburos.
III.—Que
IV.—Deberá el Licenciado Mateo Chaves
Morera, verificar por todos los medios ordinarios, electrónicos y tecnológicos,
que las personas que son garantizadas por estos depósitos de dinero, hayan
abandonado el país, quedando constancia de ello en un expediente que deberá
conformar por cada empresa solicitante. Por tanto:
EL DIRECTOR GENERAL DE MIGRACIÓN Y
EXTRANJERÍA, RESUELVE:
De conformidad con los
artículos 13 inciso m) 200 de la ley de Migración y Extranjería Nº 8487,
artículo 89 siguientes y concordantes de
Lic. Mario Zamora
Cordero, Director General de Migración y Extranjería.—1 vez.—(OC Nº
94769).—C-83385.—(16403).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1,
folio 97, título Nº 1537, emitido por el Colegio Vocacional de Artes y Oficios
de Cartago Diurno, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de
Brenes Castillo Juan José. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1,
folio 50, título Nº 237, y del Título de Técnico Medio en Ciencias
Agropecuarias, inscrito en el tomo 1, folio 74, título Nº 862, ambos titulos
fueron emitidos por el Colegio Agropecuario de San Carlos, en el año mil
novecientos noventa y ocho, a nombre de Rodríguez Cervantes Leonardo José. Se
solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos
originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1,
folio 49, título Nº 549, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Pococí,
en el año mil novecientos noventa y tres, a nombre de Ramírez Valladares Kattya
Yesenia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada,
“Rama Académica” Modalidad en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio
60, título Nº 1012, emitido por el Liceo Académico de Puriscal, en el año mil
novecientos ochenta y cinco, a nombre de Campos Charpentier Johnny Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada
“Rama Académica” modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 01, folio
32, título N° 10, emitido por el Instituto Dr. Jaim Weizman, en el año mil
novecientos setenta y cuatro, a nombre de Kohn Gudes Silvia. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Titulo de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1,
folio 157, titulo N° 1684, emitido por el Liceo de Atenas, en el año dos mil
dos, a nombre de Cubero López Ricardo Jesús. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Titulo de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1,
folio 26, titulo N° 327, emitido por el Instituto de Educación Dr. Clodomiro
Picado Twight, en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Salguero
Coto Viviana Marcela. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada,
“Rama Académica” modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio
11, titulo N° 104, emitido por el Lincoln School, en el año mil novecientos
setenta y ocho, a nombre de Juan Dent Herrera. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada
“Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio
62, título N° 56, emitido por el Liceo Rodrigo Facio Brenes, en el año mil
novecientos setenta y cuatro, a nombre de Rivas Bascon Marlidian. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio
68, título N° 656, emitido por el Liceo Monseñor Rubén Odio Herrera, en el año
mil novecientos noventa y seis, a nombre de Chaves Quesada Juan Diego. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada,
inscrito en el tomo 1, folio 8, asiento Nº 218, emitido por el Colegio Técnico
Regional de Santa Cruz, en el año mil novecientos setenta y nueve, a nombre de
Briceño Cascante Enrique. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Técnico Medio en la modalidd Agropecuaria, inscrito en
el tomo 1, folio 43, asiento Nº 194, emitido por el Colegio Técnico Profesional
de Cóbano, en el año dos mil cuatro, a nombre de Sequeira Cruz Jennifer. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este Departamento se
ha presentado la solicitud de reposición del diploma de Conclusión de Estudios
de Educación Diversificada, inscrito en el tomo 1, folio 8, asiento Nº 218,
emitido por el Colegio Técnico Regional de Santa Cruz, en el año mil
novecientos setenta y nueve, a nombre de Briceño Cascante Enrique. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud
de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo
1, folio 130, asiento Nº 1188, emitido por el Liceo Napoleón Quesada Salazar,
en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Hernández Barboza Cira.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada, “Rama Académica” Modalidad en Ciencias y Letras, inscrito en el
tomo 1, folio 27, título Nº 685, emitido por el Liceo Roberto Brenes Mesén, en
el año mil novecientos setenta y ocho, a nombre de Chacón Sandí Douglas Alberto.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud
de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo
1, folio 161, título Nº 940, extendido en el año dos mil cinco y del Título de
Técnico Medio en
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 191, título Nº 2193, emitido por el Liceo de Nicoya, en el año
dos mil cinco, a nombre de Sanabria Espinoza Elías Gustavo. Se solicita la reposición
del título indicado por deterioro del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 131, título Nº 2958, emitido por el Colegio Vocacional
Monseñor Sanabria, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de
Rodríguez Boza Andrés Fabricio. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 240, título Nº 2367, emitido por el Liceo Mauro Fernández
Acuña, en el año dos mil dos, a nombre de Campos Ríos Catalina. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 2, folio 22, título Nº 1560, emitido por el Liceo Miguel Araya Venegas,
en el año dos mil cinco, a nombre de Salazar López Kristel María. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 38, título Nº 190, emitido por el Colegio del Instituto
Latinoamericano de Psicología y Pedagogía Alternativa, en el año dos mil uno, a
nombre de Soto Cordero Manuel José. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Técnico Medio en Secretariado, inscrito
en el tomo 2, folio 355, título Nº 9645, emitido por el Colegio Vocacional
Monseñor Sanabria, en el año dos mil dos, a nombre de Muñoz Martínez Dylana. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES
SOCIALES
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por el señor
Ministro de Trabajo y Seguridad Social se ha procedido a la inscripción de la
reforma que acordó introducir a su Estatuto Social organización social
denominada: Cooperativa Autogestionaria de Servicios Portuarios y Turísticos R.
L., siglas Coopeserport R. L, acordada en asamblea celebrada el 10 de setiembre
del 2008. Resolución 1235. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29
de
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social se
ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa
de Comercialización de los Productores de Cerámica Chorotega de San Vicente de
Nicoya y Guaitil de Santa Cruz R. L., siglas COOPESANGUAI R. L., acordada en
asamblea celebrada el 7 de marzo del 2008. Resolución 1284-CO. En cumplimiento
con lo dispuesto en el artículo 29 de
Consejo de Administración
Presidenta: Marina Campos Chavarría.
Vicepresidente: Wilfredo Briceño Villafuerte.
Secretario: Santiago Villafuerte Ramírez.
Vocal 1: Ondina Ramírez Arrieta.
Vocal 2. Matías Villafuerte Ramírez.
Suplente 1: María Elena Espinoza Grijalba.
Suplente 2: Vacante.
Gerente: Nury Marchena Grijalba
San José, 11 de diciembre del 2008.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(16906).
De
conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y
Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la
organización social denominada: Central Social Juanito Mora Porras, siglas CSJM
Expediente 867-SL. Habiéndose cumplido con las disposiciones contenidas en los
artículos 344 del Código de Trabajo y 49 de
Presidente: |
Luis Ángel Serrano Estrada |
Vicepresidente: |
Fabio Chaves Castro |
Secretario general |
Albino Vargas Barrantes |
Secretaria general adjunto |
Gabriela Castro Pereira |
Secretario de Actas |
Josue Rojas Portugués |
Secretario Organización |
Édgar Morales Quesada |
Secretario Relaciones Nacionales e Internacionales |
Gilberth Bermúdez Umaña |
Secretario de Actividades Culturales y Deportivas |
Wálter Quesada Fernández |
Secretario Salud Ocupacional |
Arturo Robles Coronas |
Secretario Asuntos Legales |
Reiner Canales Medina |
Secretario de Integración de Sectores Sociales |
Ricardo Araya Montero |
Secretaria Equidad de Género |
Isabel Portuguez Quesada |
Secretario de Finanzas |
Luis Herrera Chaves |
Secretario Juventud Patriótica Juanito Mora |
Ronald Barrantes Moya |
Secretario de Desarrollo Educativo |
Roberto Rosich Cruz |
Secretario de Prensa y Divulgación |
Lorena Chacón Tellini |
Primer suplente |
Aquiles Rivera Arias |
Segundo suplente |
Denia Monge Flores |
Tercer suplente |
Jesús Campos Méndez |
Fiscal General |
Hermes Soto Navarro |
San José, 11 de junio del 2008.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(17752).
REGISTRO NACIONAL
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
AVISOS
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad denominada Asociación Escuchando a
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento
de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad
denominada: Asociación Sebre Kac Boruca (traducción al español El Sitio del
Sebre), con domicilio en la provincia de Puntarenas, Buenos Aires. Cuyos fines
principales entre otros son los siguientes: Buscar y promover proyectos para fomentar
el desarrollo y mano de obra para los miembros de
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Cristiana Amor Viviente de Costa Rica, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover la proclamación del evangelio del Señor Jesucristo y los principios cristianos, éticos y doctrinales con fundamento bíblico en todo el territorio nacional. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el Presidente: Indalecio Castillo Ramírez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 577, asiento: 89599, adicionales: 2009-6519 y 2009-32802).—Curridabat, veinte de febrero del dos mil nueve.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 92422.—(18258).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento
de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, la reforma al estatuto de
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento
de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad
denominada: Asociación de Judo
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento
de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad
denominada: Asociación Todo Deporte
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento
de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, la reforma del estatuto de
REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Maritza Delgado Granados,
mayor, divorciada, asistente de enseñanza especial, cédula de identidad Nº
1-701-359, vecina de San José, de Costa Rica, solicita el Modelo de Utilidad
denominado BOLSA DE MICROCALOR.
Para ver imagen
solo en
Es una bolsa de manta corriente,
cosida en máquina en punto recto sobre toda su orilla y con costuras verticales
a lo largo de la misma distanciadas de tal forma que luego se pueda rellenar la
bolsa de micro partículas de grano con un tratamiento químico especial, que
preserva el calor por aproximadamente dos horas, después de que se haya
expuesto a las ondas de un aparato de microondas por un término de cinco
minutos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados,
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor Ernesto
Gutiérrez Blanco, cédula Nº 1-848-886, mayor, casado una vez, abogado, vecino
de San José, en su condición de apoderado especial de Hygiene Products AB, de
Suecia, solicita el Diseño Industrial denominada TAMPON.
Para ver imagen
solo en
Tampón elongado,
semielíptico teniendo una punta ligeramente redonda y la punta opuesta siendo
cóncava, la cual se extiende a una distancia una de otra preferiblemente a dos
hilos los cuales están conectados entre sí. La memoria descriptiva ,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Ernesto Gutiérrez Blanco, mayor, casado una vez,
abogado, cédula de identidad número 1-848-886, vecino de San José, en su
condición de apoderado especial del señor José María Del Estal Villar, de España,
solicita la patente de Invención denominada DISPOSITIVO
DE SEÑALIZACIÓN AUTOMÁTICA PARA AUTOMÓVILES. El dispositivo activa
automáticamente las luces de emergencia del vehículo cuando se usan
simultáneamente el pedal de freno y uno de los indicadores de dirección. Para
ello emplea un circuito integrado que activa una señal periódica pulsante en
sus salidas cuando recibe en sus entradas una señal continua procedente del
interruptor del pedal de freno y, al mismo tiempo, una señal pulsante de uno de
los indicadores de dirección. El dispositivo está especialmente indicado para
avisar de que se va a realizar una maniobra peligrosa con giros a izquierda o a
derecha como por ejemplo en carreteras de doble sentido. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Ernesto
Gutiérrez Blanco, mayor, casado una vez, abogado, cédula de identidad número
1-848-886, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de SCA
Hygiene Products AB de Suecia, solicita el Diseño Industrial denominado CLAVIJA PARA UN ROLLO DE PAPEL (PLUG
FOR PAPER ROLL).
Para ver imagen
solo en
El diseño es una clavija para un rollo de papel que
consiste en un cuerpo, un componente de montaje, un medio de soporte un medio
de guía. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados,
El señor Rolando Laclé Zúñiga, mayor, casado una vez,
abogado, cédula 1-714-897, vecina de San José, en su condición de apoderado
especial de Bayer Healthcare LLC, de E.U.A., solicita
La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula 1-812-604,
mayor, casada dos veces, abogada, vecina de Tres Ríos, en su condición de
apoderada especial de Cemex Trademarks Worlwide Ltd., de Suiza, solicita
La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula 1-812-604,
mayor, casada dos veces, abogada, vecina de Tres Ríos, en su condición de
apoderada especial de Cemex Trademarks Worldwide Ltd., de Suiza, solicita
El Registro de
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Manuel E.
Peralta Volio, cédula Nº 9-012-480, mayor, casado, abogado, vecino de San José,
en su condición de apoderado especial de Novartis AG, de Suiza, solicita
El señor César Carter Cantarero, mayor, abogado,
cédula Nº 8-023-645, vecino de San José, en su condición de apoderado especial
de Sanofi Aventis Deutschland GMBH, de R.D. Alemana, solicita
INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. 8657P.—Inversiones Gama S. A., solicita renovación
de la concesión de:
Exp. 3191P.—Costa Norte S. A., solicita renovación de la
concesión de:
Exp. 8984P.—Róger Jiménez Rivera, solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. Nº 2632A.—Hacienda Guacalillo S. A., solicita
concesión de:
Exp. 13307P.—Vida y Sueño S. A., solicita concesión de
Exp. 13317P.—Vida y Sueño S. A., solicita concesión de
Exp. 13308P.—Vida y Sueño S. A., solicita concesión de:
Exp. 13248A.—Ganadera Queberi S. A., solicita concesión
de:
Exp. 13320A.—Giorgio, Galimberti solicita concesión de:
Exp. 13321P.—Marco Tulio Rojas Vargas solicita concesión
de:
Exp. 13322P.—Wild Creek Ventures S. R. L., solicita
concesión de:
Exp. 8634A.—Yoanny Gerardo Arias Delgado solicita
concesión de:
Expediente Nº 13261A.—Palmatica S. A., solicita concesión
de:
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Expediente Nº
8557A.—Gallos de San Gerardo S. A., solicita renovación de la concesión de:
Expediente Nº 8642A.—Rafael Prado Cruz, solicita
concesión de:
Expediente Nº 13257A.—GCR y Asociados S. A.,
solicita concesión de:
Expediente Nº 7952A.—Yeiner Martín del Carmen
González Rojas, solicita renovación de la concesión de:
Expediente Nº 9026A.—Sociedad Usuarios de Agua
Pequeños Agric. Alto Villegas, solicita renovación de la concesión de:
Expediente Nº 5218A.—Ana Cecilia Echeverría
Brealey, solicita concesión de:
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
Ante esta Dirección se ha
recibido solicitud del licenciado Sirio Henry Obando Vindas, cédula de
identidad 01-0620-0476, carné 17178, quien pretende que se le autorice para el
ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de
hechos o situaciones que afecten la conducta del interesado para el ejercicio
de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro
del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº
09-000029-0624-NO.—San José, 30 de enero del 2009.—Lic. Adolfo Mora Gallardo,
Director a. í.—1 vez.—(18068).
Ante esta Dirección se ha recibido solicitud del licenciado Jhonatan Ricardo García Quesada, cédula de identidad Nº 2-545-881, quien pretende que se le autorice como notario público. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta del interesado para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 08-1636-624-NO.—San José, 24 de febrero de 2009.—Lic. Roy Jiménez Oreamuno.—1 vez.—(18082).
Ante esta Dirección se ha recibido solicitud de la licenciada Karla Vanessa Corrales Gutiérrez, cédula de identidad Nº 1-1099-0209, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta de la interesada para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este despacho, dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 09-000080-624-NO.—San José, 23 de febrero del 2009.—Lic. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, Director a. í.—1 vez.—(18174).
Ante esta Dirección se ha recibido solicitud del licenciado Winston Antonio Jenkins Lacayo, cédula de identidad Nº 5-221-372, quien pretende que se le autorice como notario público. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta del interesado para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este despacho, dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 09-000109-624-NO.—San José, 12 de febrero del 2009.—Lic. Roy Jiménez Oreamuno.—1 vez.—Nº 92447.—(18269).
Ante esta Dirección se ha recibido solicitud de la licenciada Mónica María Camacho Quirós, cédula de identidad Nº 1-1170-0955, quien pretende que se le autorice como notaria pública. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta de la interesada para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este despacho, dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 09-000113-624-NO.—San José, 13 de febrero del 2009.—Lic. Roy Jiménez Oreamuno.—1 vez.—Nº 92528.—(18270).
Nº 03-2009
EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES ACUERDA:
De conformidad con lo establecido en
el párrafo segundo del artículo 110 de
Rige a partir de su publicación.
San José, a las once horas del 26 de febrero del 2009.—Luis Antonio Sobrado González, Presidente.—Eugenia María Zamora Chavarría, Magistrada.—Zetty Bou Valverde, Magistrada.—Mario Seing Jiménez, Magistrado.—Ovelio Rodríguez Chaverri, Magistrado.—1 vez.—(O. C. Nº 93148).—C-13520.—(18528).
Registro Civil-Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este
Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ana Rosa Jiménez Sibaja, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº
1308-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las diez horas y cuarenta y siete minutos del doce de junio del dos mil
ocho. Ocurso. Expediente Nº 2350-08. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…;
Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el
fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Laura Gisela Reinas
Jiménez... en el sentido que el primer apellido del padre y el primer nombre de
la madre de la persona ahí inscrita son “Reyna” y “Ana” respectivamente, y no
como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia
María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 92431.—(18268).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Jacqueling de los Ángeles Alvarado, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2082-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas treinta minutos del diez de octubre del dos mil ocho. Expediente Nº 23920-08. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Anthony Daniel Girón Alvarado.... en el sentido que el nombre y el apellido de la madre... son “Jaqueling de los Ángeles Alvarado, no indica segundo apellido”, y el asiento de nacimiento de Karina Samantha Girón Alvarado... en el sentido que el nombre de la madre... es “Jaqueling de los Ángeles”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(18489).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jairo Arroyo Carranza, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2953-2007. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, á las doce horas cincuenta y siete minutos del seis de noviembre del dos mil siete. Ocurso. Exp. Nº 14890-2007. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Jairo Arroyo Carranza, en el sentido que los apellidos del padre de la persona ahí inscrita son “Morún Arroyo” y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(18607).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
José Leandro Arce
Manzanarez, mayor, soltero, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia
270-118910-53242, vecino de Puntarenas, expediente 377-2007. Se ha presentado a
este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los
artículos 11 y 12 de
Édgar Gil Rodríguez, mayor, divorciado, guarda,
colombiano, carné de refugiado Nº 117000740930, vecino de Guanacaste,
expediente Nº 972-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar
información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
PROVEEDURÍA Y LICITACIONES
PROGRAMA DE ADQUISICIONES 2009
De conformidad a lo
establecido en el artículo 6 de
Programa 1: Gestión Corporativa
Programa 2: Gestión Financiera Administrativa
Programa 3: Gestión Comercial
Tipo bien/Servicio |
Programa |
Período estimado |
Monto estimado (en miles de colones) |
Alquiler de edificios, locales y terrenos |
2 |
I y II Semestre |
300,000 |
Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario |
1 |
I y II Semestre |
1,480 |
Alquiler de equipo de cómputo |
1 2 |
I y II Semestre |
5,200 10,500 |
Otros alquileres |
1 |
I y II Semestre |
300 |
Información |
1 2 3 |
I y II Semestre |
1,000 1,000 4,000 |
Publicidad y Propaganda |
3 |
I y II Semestre |
425,000 |
Impresión, encuadernación y otros |
1 2 3 |
I y II Semestre |
2,072 50,256 34,240 |
Transporte de bienes |
2 3 |
I y II Semestre |
5,000 2,000 |
Servicios médicos y de laboratorio |
1 |
I y II Semestre |
20,000 |
Servicios jurídicos |
1 |
I y II Semestre |
11,000 |
Servicios de ingeniería |
1 |
I y II Semestre |
5,000 |
Servicios de ciencias económicas y sociales |
2 |
I y II Semestre |
25,000 |
Servicios de desarrollo de sistemas informáticos |
1 |
I y II Semestre |
821,400 |
Servicios generales |
2 |
I y II Semestre |
635,000 |
Otros servicios de gestión y apoyo |
1 2 3 |
I y II Semestre |
205,628 200,200 15,390 |
Actividades de capacitación |
1 |
I y II Semestre |
98,000 |
Actividades protocolarias y sociales |
1 2 3 |
I y II Semestre |
7,800 9,000 500 |
Gastos de representación institucional |
1 |
I y II Semestre |
3,650 |
Mantenimiento de edificios y locales |
2 |
I y II Semestre |
47,700 |
Mantenimiento y reparación equipo transporte |
2 |
I y II Semestre |
31,000 |
Mant. y reparación equipo y mobiliario oficina |
1 2 3 |
I y II Semestre |
6,950 137,400 4,000 |
Mant. y reparación equipo cómputo y sist. |
1 |
I y II Semestre |
66,000 |
información |
2 3 |
|
20,000 65.000 |
Servicios de regulación |
1 |
I y II Semestre |
40,000 |
Otros servicios no especificados |
1 2 3 |
I y II Semestre |
17,340 24,235 20,900 |
Combustible y lubricantes |
1 2 |
I y II Semestre |
600 60,000 |
Productos farmacéuticos y medicinales |
1 |
I y II Semestre |
3,000 |
Tintas, pinturas y diluyentes |
1 2 3 |
I y II Semestre |
7,650 11,300 56,900 |
Otros productos químicos |
1 2 3 |
I y II Semestre |
90 900 380 |
Alimentos y bebidas |
1 2 3 |
I y II Semestre |
6,855 900 3,655 |
Materiales y producto metálicos |
1 2 3 |
I y II Semestre |
4,270 3,050 740 |
Madera y sus derivados |
2 |
I y II Semestre |
1,200 |
Materiales y productos eléctricos,
telefónicos, cómputo |
1 2 3 |
I y II Semestre |
15,371 12,650 10,735 |
Materiales y productos de vidrio |
2 |
I y II Semestre |
1,200 |
Materiales y productos de plástico |
1 2 |
I y II Semestre |
4,000 800 |
Otros materiales, productos de uso en la construcción |
2 |
I y II Semestre |
200 |
Herramientas e instrumentos |
2 3 |
I y II Semestre |
325 577 |
Repuestos y accesorios |
2 |
I y II Semestre |
91 |
Útiles y materiales de oficina y cómputo |
1 2 3 |
I y II Semestre |
7,105 1,550 11,420 |
Útiles y materiales médico, hospitalario y de invest. |
1 |
I y II Semestre |
1,500 |
Productos de papel, cartón e impresos |
1 2 3 |
I y II Semestre |
9,070 6,600 70,495 |
Textiles y vestuario |
1 2 3 |
I y II Semestre |
2,000 15,030 117 |
Útiles y materiales de limpieza |
1 2 3 |
I y II Semestre |
100 455 920 |
Útiles y materiales de resguardo y seguridad |
1 2 |
I y II Semestre |
2,000 1,000 |
Útiles y materiales de cocina y comedor |
1 2 3 |
I y II Semestre |
270 300 50 |
Otros útiles, materiales y suministros |
1 2 3 |
I y II Semestre |
2,431 1,500 22,330 |
Equipo de transporte |
2 |
II Semestre |
70,000 |
Equipo de comunicación |
1 |
I y II Semestre |
74,000 |
Equipo y mobiliario de oficina |
1 2 |
I y II Semestre |
600 750,000 |
Equipo y programas de cómputo |
1 |
I y II Semestre |
1,244,556 |
Maquinaria y equipo diverso |
2 |
I y II Semestre |
130,000 |
Edificios |
2 |
I y II Semestre |
884,000 |
Piezas y obras de colección |
2 |
I y II Semestre |
7,940 |
Ericka Granados Sánchez,
Jefa de Proveeduría y Licitaciones.—1 vez.—(O. C Nº 4-2009).—C-118770.—(16404).
MODIFICACIÓN PROGRAMA DE ADQUISICIONES
AÑO 2009
Descripción Fecha Fuente Monto
estimada financiamiento aproximado
Contratación
de servicios profesionales de
bufetes para la atención del cobro
judicial
para diferentes zonas a nivel nacional I semestre BCR Cuantía inestimable
Área de Licitaciones.—Rodrigo Aguilar Solórzano.—1 vez.—Sol.
17748.—(O. C. Nº 58243).—C-8070.—(19994).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2009LN-000011-87900
Compra de
vehículos para Fonafifo
El interesado tendrá el cartel a
disposición, en el sistema CompraRed, en la
dirección electrónica www.hacienda.go.cr, a partir del siguiente día
hábil, posterior a esta notificación; o podrá
obtenerlo inmediatamente en forma gratuita en
Los interesados en participar, que
adquieran el cartel por el medio
electrónico anteriormente indicado, deberán enviar al fax 2253-80-50, los datos de la empresa, número
telefónico, fax y el nombre de la persona a quien contactar en caso
necesario. El incumplimiento de este
requisito exonera a
San José, 05 de marzo de
2009.—Lic. Marcos Montero Cruz, Proveedor
Institucional.—1 vez.—(Solicitud N° 35486).—(O. C-3).—C-17270—(19964).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
Licitación Abreviada
2009LA-000033-PROV
El Departamento de
Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados a participar
en el siguiente procedimiento de:
Alquiler de local para
ubicar
El respectivo cartel se
puede obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello,
los interesados deben dirigirse al Proceso de Adquisiciones del Departamento de
Proveeduría; sita en el 3 piso del edificio Anexo B, ubicado en la esquina
formada entre calle 15 avenida 6, San José; o bien, obtenerlos a través de
Internet, en la dirección htttp://www.poder-judicial.go.cr/proveeduría, o
solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la
dirección balpizar@poder-judicial.go.cr. En este último caso, de no atenderse
su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá
comunicarse tal situación a los teléfonos 2295-3136/3623/3295.
San José, 06 de marzo de
2009.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa a. í. Proceso de Adquisiciones.—1
vez.—(19977).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2009LA-004980-01
Suministro, cambio y servicio técnico
postventa de los
sistemas electromecánicos de
acondicionamiento
de aire, de la oficina BCR Puntarenas
El Banco de Costa Rica,
informa que recibirá ofertas hasta las 10:30 a. m. (diez horas con treinta
minutos) del 25 de marzo del 2009, para la licitación en referencia, que
deberán ser depositadas en el buzón de
El cartel de la contratación que
incluye las especificaciones y condiciones generales, lo pueden retirar en la
misma oficina con un horario de 9:00 a. m. a 2:00 p. m.
San José, 6 de marzo del
2009.—Oficina de Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Área
de Licitaciones.—1 vez.—(Sol. Nº
17749).—(O. C. Nº 58243).—C-11270.—(19992).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-004984-01
Acondicionamiento oficina
BCR-Servicentro Cartago
Se les informa a los
interesados en la contratación en referencia, que el Banco de Costa Rica,
recibirá ofertas por escrito hasta las once horas con treinta minutos del día
25 de marzo del 2009.
El cartel de la licitación que incluye
las especificaciones y condiciones generales, lo pueden retirar de 9:00 a. m. a
2:00 p. m., en la oficina de Contratación Administrativa del Banco de Costa
Rica, situada en el tercer piso de sus Oficinas Centrales, ubicada entre
Avenida Central y segunda y calles 4 y 6.
La visita al sitio será el día 17 de
marzo del
San José, 6 de marzo del
2009.—Oficina de Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Área
de Licitaciones.—1 vez.—(Solicitud Nº 17753).—(O. C. Nº
58243).—C-11270.—(19993).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-01
El Banco Hipotecario de
Los interesados pueden retirar el cartel que regirá este
procedimiento de contratación a partir del jueves 12 de marzo de 2009, el cual
está disponible en el Área de Proveeduría, del Banco Hipotecario de
La fecha límite para recibir ofertas será el viernes 3 de
abril del
Dirección Administrativa Financiera.—Lic. Margoth Campos Barrantes, Directora.—1 vez.—(19850).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000009-SCA
Mantenimiento correctivo y preventivo de equipo
de
transporte del Campus de Nicoya y Liberia
de
Los carteles deberán retirarse en las instalaciones de
Proveeduría Institucional.—Lic. Nelson Valerio Aguilar, Director.—1 vez.—(O/C Nº 26098).—C-12020.—(19483).
COLEGIO UNIVERSITARIO DE LIMÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-01
Servicio de vigilancia
Se informa a los interesados en
Limón, 4 de marzo del 2009.—Proveeduría-Bodega.—Nancy Hewitt Hines.—1 vez.—Nº 93274.—(19626).
HOSPITAL NACIONAL PSIQUIÁTRICO
ÁREA DE GESTIÓN BIENES Y SERVICIOS
SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000002-2304
Confección de diseños para
remodelación de plantas físicas
Se informa a los interesados que se encuentra disponible el cartel de la licitación abreviada 2009LA-000002-2304 por concepto de confección de diseños para remodelación de plantas físicas:
Ítem Nº 1: Diseños de la 3ª y 4ª Etapa Remodelación Planta Física Servicio de Nutrición.
Ítem Nº 2: Diseños de
Ítem Nº 3: Diseños de
Ítem Nº 4: Diseños de
Ver detalles en: http://www.ccss.sa.cr.
San José, 5 de marzo del 2009.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Tatiana López Quesada, MBA., Jefa.—1 vez.—(19912).
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
SUBÁREA DE CARTELES
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000012-1142
Morfina sulfato 20 mg
Se informa a los interesados que
está disponible el cartel de
Apertura de ofertas: 25 de marzo del
San José, 05 de marzo del 2009.—Lic. Vilma Arias Marchena.—1 vez.—(O. C. Nº 1142).—C-8270.—(19996).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000018-PROV
Adquisición de materiales para el proyecto de red
subterránea
de
los bulevares de la ciudad de Alajuela
El Instituto Costarricense de Electricidad,
avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada que recibirá ofertas
hasta las 09:00 horas del día 16 de abril del 2009, en
Requerimiento:
Adquisición de materiales para el proyecto de red subterránea de bulevares de la ciudad de Alajuela.
Las condiciones particulares y
especificaciones técnicas podrán adquirirse por medio de fotocopia cancelando
el costo de la misma en
Las condiciones generales deben de ser consultadas en el cartel tipo, el cual puede adquirirse por los mismos medios indicados en el párrafo anterior.
San José, 5 de marzo del 2009.—Lic. Marita Arias Herrera, Coordinadora de Licitaciones-Dirección Administrativa de Proveeduría.—1 vez.—(O. C. Nº 342050).—C-14270.—(19122).
El Instituto de Desarrollo Agrario comunica la apertura de los siguientes procesos de contratación:
DIRECCIÓN HUETAR NORTE,
OFICINA SUBREGIONAL UPALA
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000008-02
Construcción de aula escolar en el
Asentamiento
Campesino El Jardín,
Fecha y hora de apertura de la
licitación: 27 de marzo del
DIRECCIÓN HUETAR NORTE,
OFICINA SUBREGIONAL UPALA
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000009-02
Construcción de comedor escolar en el
Asentamiento
Campesino
Fecha y hora de apertura de la
licitación: 27 de marzo del
DIRECCIÓN HEREDIA,
OFICINA
SUBREGIONAL
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000014-02
Construcción de caminos en el Asentamiento
Campesino
El Paraíso
Fecha y hora de apertura de la licitación:
27 de marzo del
DIRECCIÓN HEREDIA,
OFICINA SUBREGIONAL HORQUETAS
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000015-02
Construcción de pasos de alcantarilla en el Asentamiento
Campesino
Río San José
Fecha y hora de apertura de la
licitación: 27 de marzo del
DIRECCIÓN HUETAR ATLÁNTICA,
OFICINA SUBREGIONAL CARIARI
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000016-02
Construcción de caminos en el
Asentamiento
Campesino El Diamante
Fecha y hora de apertura de la
licitación: 30 de marzo del
DIRECCIÓN HUETAR ATLÁNTICA,
OFICINA SUBREGIONAL CARIARI
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000017-02
Construcción de caminos en el
Asentamiento
Campesino El Mana
Fecha y hora de apertura de la licitación:
30 de marzo del
DIRECCIÓN PACÍFICO CENTRAL,
OFICINA SUBREGIONAL PARRITA
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000018-02
Construcción de puente tipo caja de concreto
en el Asentamiento Campesino Pocares,
Fecha y hora de apertura de la
licitación: 30 de marzo del
DIRECCIÓN BRUNCA,
OFICINA SUBREGIONAL COTO BRUS
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000019-02
Construcción de centro de atención médica
en
el Asentamiento Campesino Sansi,
Fecha y hora de apertura de la licitación:
30 de marzo del
DIRECCIÓN HUETAR ATLÁNTICA,
OFICINA SUBREGIONAL CARIARI
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000020-02
Construcción de aula escolar en el
Asentamiento
Campesino Línea Vieja
Fecha y hora de apertura de la
licitación: 31 de marzo del
DIRECCIÓN HUETAR ATLÁNTICA,
OFICINA SUBREGIONAL SIQUIRRES
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000021-02
Construcción de dos aulas escolares y una batería sanitaria
en el
Asentamiento
Campesino Imperio, Sector Celina
Fecha y hora de apertura de la
licitación: 31 de marzo del
Los carteles están a disposición en las Oficinas Centrales del IDA ubicadas en Moravia, residencial Los Colegios, frente al IFAM, Área de Infraestructura, previa cancelación de ¢2.000 (dos mil colones) en el Área de Tesorería.
Rafael Fernández Bolaños, Área de Contratación y Suministros.—1 vez.—(19484).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA000003-01
Contratación de ocho técnicos calificados en trabajo
de
campo y arrendamiento para
del
Instituto de Desarrollo Agrario
El Instituto de Desarrollo Agrario
(IDA), invita a participar a las personas interesadas en este concurso y para
tales efectos el cartel de condiciones lo pueden bajar de la página web del
IDA, dirección electrónica: www.ida.go.cr, o retirarlo gratuitamente en
La fecha límite para la entrega de las ofertas es hasta las
diez horas del día martes 24 de marzo de 2009 en
Área Contratación y Suministros.—Rafael Fernáñdez Bolaños, Jefe.—1 vez.—(19857).
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000001-PROV
Compra de infraestructura computacional para servicios
tecnológicos
con
entregas según demanda por un periodo de 1 año prorrogable
hasta
2 años más según las necesidades que
experimentan
las dependencias usuarias
El Departamento de Recursos Materiales y Servicios, Área de Licitaciones, ubicado en el sótano del edificio municipal “José Figueres Ferrer”, avenida 10, comunica a los interesados en el presente concurso, que el cartel estará a su disposición a partir de la presente publicación en el Área de Licitaciones.
LICITACIÓN PÚBLICA
Nº Objeto
contractual Fecha Hora
2009LN- Compra
de infraestructura computacional 21 de
abril del 2009 9:00 a. m.
000001 Prov para
servicios tecnológicos con entregas
según
demanda por un periodo de 1 año
prorrogable
hasta 2 años más según las
necesidades
que experimentan las
dependencias
usuarias
San José, 6 de marzo del 2009.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—(O. P Nº 4166).—(O. C. Nº 121211).—C-12770.—(19997).
PROVEEDURÍA MUNICIPAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000002-01
Compra de 1100 toneladas de mezcla asfáltica
caliente
y
Debidamente autorizada,
Moravia, 6 de marzo del 2009.—Jorge Monge Pérez, Proveedor Municipal.—1 vez.—(19893).
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA
LICITACION PÚBLICA Nº 2009LN-000001-MA
Contratación de servicios profesionales para cobro judicial
El cartel se podrá cancelar (dos mil
colones) y retirar, en
Departamento de Proveeduría.—Lic. Karla Segura Lépiz, Proveedora.—1 vez.—(19854).
MUNICIPALIDAD DE CARRILLO
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-01
“...Mejoramiento de la red vial cantonal por medio de un
tratamiento
superficial
bituminoso, alcantarillado y cuneteo en calles urbanas
de
Río Cañas, Santo Domingo y los Planes de Belén y comunidad
de
Palmira, Carrillo, Guanacaste...”
Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, 5 de marzo de 2009.—Antonio Montero Céspedes, Proveedor Titular Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 8876).—C-15770.—(19873).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000002-01
“...Reconstrucción del parque de Belén, Carrillo,
Guanacaste...”
Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, 5 de marzo del 2009.—Antonio Montero Céspedes, Proveedor Titular Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 8876).—C-13520.—(19874).
MUNICIPALIDAD DE COTO BRUS
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN NACIONAL Nº 2009LN-000001-01
Compra de una planta eléctrica nueva
Municipalidad de Coto Brus, San Vito, 3 de marzo del 2009.—Keylin Jiménez Zúñiga, Proveedora Municipal.—1 vez.—(19838).
DIRECCIÓN FINANCIERA, BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000003-UPIMS
Servicio de hospedaje y alimentación para talleres de
capacitación
Fideicomiso
872 MS CTAMS BNCR
Se avisa a los interesados en la licitación arriba indicada que por resolución de las 13:00 horas del 27 de febrero de 2009, se adjudicó de la siguiente manera:
1. Adjudicar a Randolph Francisco von Breymann, cédula Nº 4-0111-0873, línea única: Servicio de hospedaje y alimentación para diferentes talleres de capacitación, por un monto de ¢56.320.000,00 (cincuenta y seis millones trescientos veinte mil colones exactos).
Inicio del servicio: Inmediato.
Plazo de entrega: de acuerdo con lo indicado en el cartel.
San José, 2 de marzo del 2009.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 43189).—(O. P. Nº 93056).—C-11270.—(20003).
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-108043-UL
Implementos médicos
1. Adjudicar la presente licitación de la manera que se detalla:
Comercializadora Ferali S. A. (Oferta Nº 01), cédula jurídica Nº 3-101-026633.
§ Renglones: 06-31-54-63-64.
Soportes Ortopédicos de Costa Rica Sociedad Anónima (Oferta Nº 02), cédula jurídica Nº 3-101-427651.
§ Renglones: 77-78-79.
Imarhos Sociedad Anónima (Oferta Nº 04), cédula jurídica Nº 3-101-112620.
§ Renglones: 19-20-21-26-105-127.
Panamedical de Costa Rica Sociedad Anónima (Oferta Nº 05), cédula jurídica Nº 3-101-364996.
§ Renglones: 24-25.
Nipro Medical Corporation Sucursal de Costa Rica (Oferta Nº 06), cédula jurídica Nº 3-012-389094.
§ Renglones: 01-72-107-109-110-111-116-117-118-119-120-121-124-128-129-130-131.
Corporación Hassed Sociedad Anónima (Oferta Nº 07), cédula jurídica Nº 3-101-440654.
§ Renglones: 155-156-157.
Esterimedi S. A. (Oferta Nº 08), cédula jurídica Nº 3-101-178728.
§ Renglón: 04.
Esadyuen Medical Supply Sociedad Anónima (Oferta Nº 09), cédula jurídica Nº 3-101-235919.
§ Renglones: 22-23.
Tri DM S. A. (Oferta Nº 10), cédula jurídica Nº 3-101-083376.
§ Renglón: 13.
Grupo Salud Latina S. A. (Oferta Nº 13), cédula jurídica Nº 3-101-273008.
§ Renglón: 14.
Fares Médica S. A. (Oferta Nº 15), cédula jurídica Nº 3-101-292639.
§ Renglones: 47-48.
§ Plazo de entrega: 30 días naturales.
Yiré Médica H P Sociedad Anónima (Oferta Nº 16), cédula jurídica Nº 3-101-244831.
§ Renglones: 08-70-95-101-104-112-114-115-122-123-125-132-134-135-136-138-140-141-142-143-147-148-149-150-151-154-158-159.
Distarosta Internacional S. A. (Oferta Nº 17), cédula jurídica Nº 3-101-223098.
§ Renglones: 99-100.
Laboratorios Rymco Sociedad Anónima (Oferta Nº 18), cédula jurídica Nº 3-012-350386.
§ Renglones: 02-33-34-36-51-80-81-96-103.
Antonio Mora Carranza (Oferta Nº 19), cédula personal Nº 5-0214-0898.
§ Renglones: 49-50-62-133-137.
Condiciones aplicables para todos los adjudicatarios:
• Cuantía inestimable.
• Forma de pago: 10 días naturales posteriores a la presentación de la factura (a satisfacción del INS).
• Garantía de cumplimiento: Debe ser
presentada dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la firmeza del
concurso, la cual se produce según los plazos estipulados en
• Vigencia del contrato: Será por un año; las partes por mutuo acuerdo podrán renovar el contrato por períodos anuales hasta un máximo de tres (3) renovaciones. El acuerdo de renovación deberá ser suscrito formalmente por las partes con al menos un mes de antelación a la fecha de vencimiento de la anualidad respectiva.
Lo anterior constituye un resumen de la adjudicación, el informe de adjudicación con el detalle completo se encuentra a la vista en el expediente.
San José, 6 de marzo del 2009.—Lic. Yesenia Quirós Angulo, Subjefa.—1 vez.—(O. C. Nº 18787).—C-58520.—(19948).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000037-99999
Compra de papel para fotocopiadora
RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN Nº 007
1º—Dejar fuera de concurso a la
empresa Inversiones
2º—Dejar fuera de concurso a la empresa Cappa S. A. por no aprobar las pruebas de rendimiento indicadas en el cartel.
3º—Adjudicar a la empresa Representaciones Z y L Zamora y López S. A. lo siguiente:
Ítem |
Cantidad |
Descripción |
Monto unitario |
Monto total |
1 |
12000 resmas |
Papel para fotocopiadora, marca Láser X |
$3.08,00 |
$36.960,00 |
Monto total a adjudicar a la empresa
Representaciones Z Y L Zamora y López S. A., $36.960,00 (treinta y seis mil
novecientos sesenta dólares exactos), un tiempo de entrega de 1 día natural
después de recibida la orden de compra, para presentar los documentos de
exoneración y 1 día natural después de recibidos dichos documentos por parte de
4º—Adjudicar a la empresa Jiménez y Tanzy S. A. lo siguiente:
Ítem |
Cantidad |
Descripción |
Monto unitario |
Monto total |
2 |
2000 resmas |
Papel para fotocopiadora, marca Report |
$4.23,00 |
$8.460,00 |
Monto total a adjudicar a la empresa Jiménez y Tanzy S. A.,
$8.460,00 (ocho mil cuatrocientos sesenta dólares exactos), un tiempo de
entrega de 1 día natural después de recibida la orden de compra, para presentar
los documentos de exoneración y 1 día natural después de recibidos dichos
documentos por parte de
Sabanilla, 4 de marzo del 2009.—M.B.A. Yirlania Quesada Boniche, Jefa Oficina de Contratación y Suministros.—1 vez.—(19998).
LICITACIÓN PÚBLICA 2008LN-000003-04
Concesión y explotación de la soda del Centro
Regional
Polivalente de Liberia
Adjudicar la línea
única de
Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—(Solicitud Nº 16395).—(O. C. 20013).—C-12770.—(19999).
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
LICITACIÓN PÚBLICA 2008LN000006-PROV
Adquisición de aceites y lubricantes con entrega según demanda
Se comunica a los interesados del
presente concurso, que por acuerdo Nº 2, artículo IV, de la sesión ordinaria Nº
148, celebrada por
Central de Mangueras S. A.
Lubricante |
Unidad |
Precio unitario |
SAE 15W40 |
Litro |
$2.93 |
Forma de pago y plazo de entrega: de acuerdo al cartel.
Grupo Q Productos Automotrices S.
A.
Lubricante |
Unidad |
Precio unitario |
ISO 32 |
Litro |
$3.02 |
ISO 68 |
Litro |
$3.02 |
DEXRON III |
Litro |
$8.20 |
SAE 85W140 |
Litro |
$3.26 |
SAE 50 |
Litro |
$3.66 |
SAE 30 |
Litro |
$6.00 |
Forma de pago y plazo de entrega: de acuerdo al cartel.
San José, 6 de marzo del 2009.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa Departamento de Comunicación.—1 vez.—(O. P. 4165).—(O. C.121211).—C-18020.—(20000).
MUNICIPALIDAD DE CARRILLO
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACION PÚBLICA Nº 2008LN-000002-01
“...Contratación de persona física o jurídica para la
tramitación
del cobro judicial de servicios
y
tributos municipales...”
Acatando lo dispuesto por el Concejo Municipal de Carrillo me permito transcribirles para su conocimiento y fines consiguientes, el texto del acuerdo Nº 2, inciso 8), aparte g) emitido a raíz de un informe presentado por el señor Alcalde Municipal en la sesión ordinaria Nº 05-09 celebrada el 3 de febrero del año en curso, que literalmente dice:
“También quiero
presentarles los considerandos y la recomendación emitida por
Considerando:
a) Que se invitó a este proceso por medio de
publicación en el Diario Oficial
b) Que se presentaron oferta las empresas Carlos Alberto Echeverría Alfaro y Roberto Echeverría Alfaro, asimismo ofertó la empresa H & R Consultores S. A. Abogados y Notarios.
Recomendación que se sugiere al
Concejo Municipal: tomando en consideración lo anteriormente indicado y también
los criterios emitidos por el Departamentos Legal y
Así las cosas,
Se acuerda: en atención a la solicitud presentada por el
señor Alcalde y ante la recomendación emitida por
Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, 5 de marzo del 2009.—Antonio Montero Céspedes, Proveedor Titular Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 8876).—C-51020.—(19876).
Construcción de puentes vados en el cantón
de
Carrillo, Guanacaste
Acatando lo dispuesto por el Concejo Municipal de Carrillo, se transcribe para su conocimiento y fines consiguientes, el texto del acuerdo Nº 4, inciso 6), aparte i) emitido a raíz de un informe presentado por el señor Alcalde Municipal en la sesión ordinaria Nº 08-2009 celebrada el 24 de febrero del año en curso, que literalmente dice:
“Sirva la presente para remitirles los considerandos y
recomendación para que procedan resolver la adjudicación relativa a
Considerando:
1º—Que se invitó a este proceso por
medio de publicación en el Diario Oficial
2º—Que presentaron ofertas las empresas Constructora y Consultora Gutiérrez y Asociados S. A., por un monto de ciento cincuenta y ocho millones de colones exactos (¢158.000.000,00); Tractores San Antonio S. A., por un monto de trescientos siete millones quinientos doce mil novecientos treinta y seis colones exactos (¢307.512.936,00) y Constructora G.A Obra Gris S. A., por un monto de ciento sesenta y dos millones quinientos cuarenta y tres mil novecientos seis colones con veinticinco céntimos (¢162.543.906,25).
Recomendación que se sugiere al Concejo Municipal: Tomando
en consideración lo anteriormente indicado y asimismo los criterios emitidos
por el Departamento Legal y
Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, 5 de marzo del 2009.—Antonio Montero Céspedes, Proveedor Titular Municipal.—1 vez.—O. C. Nº 8870.—C-63770.—(19895).
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
INVITACIÓN PARA CONFORMAR REGISTRO DE ELEGIBLES
Contratación directa de los servicios de programación,
supervisión,
seguimiento
y control de los proyectos de conservación vial
de
la red vial nacional
De conformidad con lo dispuesto en
el artículo 9 del “Reglamento para la conformación de un registro de elegibles,
para la contratación directa de los servicios de programación, supervisión,
seguimiento y control de los proyectos de conservación vial de la red vial
nacional”, publicado en
Asimismo se les indica que la entrega y recibo de la
documentación se llevará a cabo a partir del quinto día hábil a la publicación
del presente aviso, durante el horario normal de oficina en
Se les recuerda a las empresas interesadas en participar, la importancia de indicar y señalar número de fax para atender notificaciones, por ser éste el único medio empleado por el CONAVI para ese fin. De omitirse esta importante información (Fax), la empresa interesada podrá consultar el expediente administrativo levantado con motivo de esta contratación.
Conforme lo establece el artículo 15 del citado Reglamento, la sola presentación de la documentación para integrar el registro de elegibles no supone su ingreso y no genera derecho alguno a la potencial empresa seleccionada, hasta tanto no se comunique la aceptación e incorporación al registro de elegibles.
Según lo establece el artículo 23 del citado Reglamento, el período para recibir inscripciones se cierra en el momento que el CONAVI comunique que tiene debidamente contratadas las 22 organizaciones.
Se advierte a los interesados que tal y como lo establece el artículo 33 del citado Reglamento, para ser tomado en cuenta en las contrataciones a que se refiere el Reglamento, será requisito obligatorio, formar parte del Registro de Elegibles.
San José, 5 de marzo del 2009.—Proveeduría y Suministros.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 01-2009).—C-24020.—(19901).
INSTITUTO COSTARRICENSE SOBRE DROGAS
TRÁMITE 2008LN-000003-751
Léase correctamente trámite: 2008LN-000003-99900 Permuta de vehículos con pago de diferencia.
Lic. Guido Sandoval Carrera, Proveedor Institucional.—1 vez.—(O. C. Nº 43-2009).—C-6020.—(19967).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2009LN-000002-17100
Proyecto de conclusión y acabados finales del Edificio
Sede
del Servicio Fitosanitario del Estado
Además se comunica el cambio de fecha límite para la
recepción de las ofertas para el 14 de abril del
El interesado tendrá este mismo comunicado a su disposición
en el Sistema CompraRed en forma gratuita, en la dirección
https://www.hacienda.go.cr/comprared de internet, o podrá obtenerlo en el
Departamento de Contratación Administrativa de
San José, 5 de marzo del 2009.—Lic. Blanca Córdoba Berrocal, Proveedora Institucional.—1 vez.—(O. C. Nº 93439).—C-21770.—(19896).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000001-PROV
(Modificación Nº 3)
Compra de automotores de varios tipos, incluye grúa
El Departamento de Proveeduría,
comunica a todos los potenciales proveedores de
La fecha y hora para la apertura de las ofertas se mantiene
para el 27 de marzo del
San José, 05 de marzo del 2009.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa a. í. Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—(18712).
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-109001-UL
(Modificación-Prórroga)
Vehículos de extinción de incendio
Se comunica a los interesados en la
licitación citada en referencia, cuya invitación a participar se realizó en el
Diario Oficial
1. Se realizaron modificaciones al pliego de condiciones, motivo por el cual se solicita pasar a retirar el documento, que contiene el detalle de dichos cambios.
Dicho documento se encuentra disponible en
el mostrador del oficial de público de
2. Se traslada la apertura de las ofertas de la
licitación mencionada, para el día 20 de marzo del
Demás condiciones y especificaciones permanecen invariables.
San José, 6 de marzo del 2009.—Lic. Yesenia Quirós Angulo, Subjefa.—1 vez.—(O. C. Nº 18787).—C-14270.—(19949).
OFICINA DE SUMINISTROS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000002-UADQ
(Modificación y prórroga)
Contratación de abastecimiento continuo de materiales de
oficina
A los interesados en la licitación
en referencia, se les comunica que la fecha de apertura se prorroga para el día
19 de marzo del
Sabanilla de Montes de Oca, 6 de marzo del 2009.—Unidad de Adquisiciones.—M.B.A. Vanessa Jauberth Pazanni, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 112916).—C-10520.—(20006).
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000002-PROV
(Modificación y prórroga)
Adquisición de 5 camiones recolectores de desechos sólidos
Producto de
Agregar a:
5. Forma de pago
5.2. En los casos en que la oferta sea de importación se podrá establecer como forma de pago la carta de crédito o crédito documentario, lo cual deberá ser indicado en la oferta.
Donde dice:
16. Consorcios. En caso de presentación de ofertas de manera consorciada, al menos una de las empresas deberá ser distribuidora autorizada por parte de la fábrica de la misma marca ofertada, la cual deberá contar con toda la experiencia en la misma marca y por todo el plazo mínimo de cinco años.
Deberá leerse:
16. Consorcios. En caso de presentación de ofertas de manera consorciada, al menos una de las empresas deberá ser distribuidora autorizada por parte de la fábrica de la misma marca ofertada, la cual deberá contar con cinco años de experiencia en caso de ser distribuidor de camión y tres años en caso de ser el distribuidor del equipo recolector.
17. Estados financieros
Donde dice:
17.2.5 El resultado o factor mínimo del índice deberá ser 0.75 para cada año evaluado.
Prueba Ácida: Activo Circulante-Inventario
Pasivo Circulante
17.2.6. El resultado o factor mínimo del índice deberá ser de 0.5 para cada año evaluado.
Deberá leerse:
17.2.5 El resultado o factor mínimo del índice deberá ser 1.25 para cada año evaluado.
Prueba Ácida: Activo Circulante-Inventario
Pasivo Circulante
17.2.6. El resultado o factor mínimo del índice deberá ser de 0.75 para cada año evaluado
Agregar:
17.2.8. En caso de que los indicadores financieros sean certificados por Contador Público Autorizado se aclara que también se deben presentar estados financieros certificados por Contador Público Autorizado.
En el aparte de
Condiciones Técnicas.
En todas las condiciones donde se solicite información consularizada deberá entenderse correctamente:
Preferiblemente consularizada.
Además en las condiciones técnicas 3.2.3 y 3.2.8 deberá leerse correctamente año 2009.
ELEMENTO DE EVALUACIÓN
Donde dice:
Capacidad de Compactación |
|
De |
5pts |
Deberá leerse:
En la capacidad de compactación del punto c de las especificaciones técnicas del punto 6.1., debe sustituirse el texto por el siguiente:
Capacidad de Compactación |
|
Kg / Mt3 (según punto 1.1.3) |
5pts |
Puntos: Dato a evaluar /Dato mayor x 5 puntos |
|
Donde dice:
Sistema de Dirección |
|
De doble caja hidráulica de dirección |
4 puntos |
Caja de dirección sencilla |
1 puntos |
Deberá leerse:
Sistema de Dirección |
|
De doble caja hidráulica de dirección |
5 puntos |
Se prorroga la fecha de apertura de las ofertas para el día 31 de marzo a las 10:00 horas.
San José, 05 de marzo de 2009.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—(O. P. Nº 4164).—(O. C. Nº 121211).—C-45020.—(20001).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
GERENCIA ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
DIRECCIÓN DE SUMINISTROS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-903088-02 (Enmienda Nº 1)
Contratación de los servicios de mano de obra, materiales
y equipo para la limpieza y pintura de tanques en
refinería
Les comunicamos a los interesados en
participar en el concurso en referencia, que deben pasar al primer piso de las
Oficinas Centrales de RECOPE, a retirar
San José, 6 de marzo del 2009.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 2009-382).—C-6020.—(19897).
ACUERDO JD 029-2009
1. APROBAR EL REGLAMENTO INTERNO DE
REGLAMENTO INTERNO DE
DE SERVICIOS E.S.P.H. S. A.
Artículo 1º—Ámbito de
aplicación. El presente Reglamento será aplicable en el ámbito de
Artículo 2º—Objetivos de
Los objetivos generales de
a) Propiciar en las distintas Unidades Estratégicas
de Negocios y Unidades de Apoyo que
conforman
b) Mantener siempre un canal o acceso directo con
el cliente y/o usuarios.
c) Contribuir a desarrollar en las distintas UEN
y Unidades de Apoyo que conforman
d) Contribuir en la formación de una cultura de
participación de la sociedad, en el proceso de prestación y mejoramiento de los
servicios.
e) Velar por la atención a los usuarios dentro de
un marco de respeto a la dignidad humana.
Artículo 3º—Deber de
Artículo 4º—Funciones de
a) Velar por el cumplimiento de los lineamientos
que en materia de mejoramiento al servicio público sean aprobados por los Miembros de
b) El personal de
c) Al cliente se le extenderá una copia del
trámite generado.
d) Se debe presentar al jerarca respectivo un informe anual de gestión, para proponer
las acciones correspondientes al mejoramiento de la calidad del servicio.
e) Divulgar a nivel de las comunidades la
existencia y funcionamiento de
f) Impulsar, apoyar y coordinar acciones
tendientes a crear, consolidar y facilitar la labor de las UEN y Unidades de
Apoyo de
g) Mantener un registro actualizado de todas las
quejas, sugerencias, consultas y solicitudes
que se reciban por parte de clientes internos y externos.
h) Coordinar la capacitación constante de los clientes internos sobre
Artículo 5º—Del (la)
Contralor (a) de Servicios.
Con el fin de lograr el mejor
desempeño de sus funciones,
Artículo 6º—Requisitos de
nombramiento. El (la) Contralor(a) de Servicios y los (las) Subcontralores
(as) deberán de contar con los siguientes requisitos:
a) Poseer 3 años de experiencia en
b) Poseer un grado mínimo de licenciatura.
c) Estar incorporado(a) al Colegio respectivo
cuando el mismo se encuentre legalmente constituido.
Artículo 7º—Funciones
del Contralor (a).
Son funciones:
a) Verificar que
b) Velar por el cumplimiento de los lineamientos
y directrices que en materia de Contraloría de Servicios y mejoramiento del
servicio al cliente se emitan sin perjuicio de las acciones que desarrolle y
que respondan a las necesidades específicas de
c) Presentar a
d) Presentar al jerarca institucional con copia a
MIDEPLAN, un informe anual de labores de acuerdo con
Dichos informes serán presentados a
más tardar el último día hábil del mes de enero.
e) Atender oportunamente las inconformidades,
denuncias, consultas o sugerencias que presenten los usuarios y procurar una
solución inmediata a los problemas que planteen.
f) Mantener actualizados los procedimientos de
recepción, tramitación y resolución de inconformidades, denuncias, quejas o
sugerencias del usuario, respecto a los servicios públicos que se prestan, así
como establecer los mecanismos de control y seguimiento de las mismas. Dichos
procedimientos deberán ser accesibles y expeditos.
g) Supervisar y evaluar la prestación de los servicios de apoyo y
ayudas técnicas requeridas por las personas con discapacidad, en cumplimiento
del artículo 10 del Decreto Ejecutivo Nº 26831 de 23 de marzo de 1998,
denominado Reglamento a
h) Identificar conflictos en la relación de
i) Promover ante el jerarca respectivo procesos
de modernización en la organización, así como en los trámites y procedimientos
del órgano, entidad pública o gobierno local al que pertenecen, en coordinación
con
j) Mantener un registro actualizado sobre la
naturaleza y frecuencia de las inconformidades y denuncias, así como de las
acciones o recomendaciones para resolver
el caso y su cumplimiento o no.
k) Solicitar el respaldo del superior jerárquico
inmediato, ante la negativa o negligencia de un funcionario o unidad
administrativa de atender sus solicitudes y recomendaciones; dicho jerarca
deberá prestar atención inmediata y determinar en conjunto con
l) Informar a los Jerarcas, Consejos Directivos,
Juntas Directivas o cualquier otro órgano que ejerza la dirección superior,
cuanto las sugerencias presentadas a otras unidades administrativas de
m) Elaborar y aplicar semestralmente entre los
usuarios de los servicios, instrumentos de percepción para obtener su opinión
sobre la calidad de los servicios, grado de satisfacción y las mejoras
requeridas. (Encuestas).
Artículo 8º—Potestades
del Contralor(a) de Servicios. Los Contralores(as) de Servicios para
cumplir sus funciones podrán actuar de oficio o a solicitud de parte y tendrán
las siguientes potestades:
a) Libre acceso en cualquier momento, a todos los
libros, archivos y documentos de la entidad, así como a otras fuentes de
información relacionadas con la prestación del servicio, excepto los secretos
de Estado, e informes técnicos que puedan servir para la sustentación de
procedimientos administrativos que estén pendientes de ser firmados, o de
resolución e información personalísima de funcionarios.
b) Solicitar a los funcionarios o empleados de la
institución, pertenecientes al nivel administrativo y operativo los informes,
datos y documentos necesarios para el cabal cumplimiento de sus funciones. De
toda inconformidad tramitada en cualquier oficina o unidad administrativa se
dará cuenta a
c) Solicitar a los funcionarios o empleados de la
institución, la colaboración, el asesoramiento y las facilidades que demande el
ejercicio de
Artículo 9º—Dotación
de recursos. Para el cumplimiento de sus funciones los jerarcas respectivos
deberán dotar a
Artículo 10.—Ubicación física de
Artículo 11.—Establecimiento de
estándares de calidad de los servicios institucionales.
Dichos estándares deben incluir los
siguientes atributos de calidad: oportunidad, confiabilidad y honestidad,
adicionalmente y de acuerdo con sus necesidades la institución puede establecer
otros atributos.
Artículo 12.—Derechos del ciudadano.
Es un derecho de todos los ciudadanos
recibir de
Artículo 13.—De la presentación de
inconformidades, denuncias, solicitudes o sugerencias de los usuarios. Toda
persona individual o colectiva podrá plantear ante
Podrán plantearse requiriendo a la
administración la reserva o secreto de la identidad del solicitante, la que
deberá ser guardada especialmente en aquellos casos en los que la persona lo
solicite o se considere que, como consecuencia de las investigaciones, pueda
afectarse la continuidad y atención de los servicios que deban brindárseles, o
bien, poner en peligro su integridad física.
Artículo 14.—Requisitos mínimos
para la presentación de inconformidades, denuncias o sugerencias de los
usuarios. Las inconformidades, denuncias, solicitudes o sugerencias, podrán
ser presentadas por escrito o de manera verbal. Los requisitos que debe
contener lo siguiente:
a) Identificación de la persona.
b) Residencia y lugar para recibir
notificaciones.
c) Detalle de los hechos u omisiones.
d) Indicación de las posibles personas o
dependencias involucradas.
e) Cualquier referencia o elementos de prueba.
f) Números de Contratos de los servicios que le
brinda la empresa.
g) Teléfonos donde ubicar al cliente
h) Correo electrónico (si lo tiene)
Cuando se trate de
peticiones puras y simples o de solicitudes de información pública, cuya
respuesta y atención no requiera de ningún procedimiento administrativo formal,
el usuario podrá utilizar el correo electrónico como medio de comunicación”.
Artículo 15.—Del plazo para
resolver. Las inconformidades o denuncias interpuestas por los usuarios
deberán ser tramitadas con la mayor diligencia.
2º—Publíquese en el diario oficial
3º—Acuerdo firme.
Heredia, 16 de febrero del 2009.—Rosibelle Montero Herrera, Secretaria Junta Directiva.—1 vez.—(O. C. Nº 31828).—C-175295.—(15904).
MUNICIPALIDAD DE PALMARES
El Concejo Municipal de
Palmares mediante acuerdo ACM-07-142-09 de la sesión ordinaria Nº 142, capítulo
V, artículo 7, celebrada el 19 de enero del año 2009, aprobó el Reglamento para
REGLAMENTO PARA
DEL BENEFICIO DE DEDICACIÓN EXCLUSIVA
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—Definiciones
importantes. Para los efectos del presente Reglamento se entiende por:
Municipalidad: Municipalidad del
cantón de Palmares
Contrato: Contrato de dedicación
exclusiva
Alcalde: Alcalde de
Unidad: Administración y Oficina de
Recursos Humanos Municipalidad de Palmares.
Artículo 2º—De la
creación del beneficio. Créase el beneficio de dedicación exclusiva como un
factor de incentivo adicional al salario de los funcionarios de
Artículo 3º—De los objetivos del
beneficio. El Beneficio de
a) Obtener del servidor municipal su completa
dedicación a la función institucional pública no sólo aportando los
conocimientos que se deriven de su profesión u oficio, sino también evitando
así su fuga hacia otras organizaciones, privando de esta manera a
b) Servir como incentivo motivador a la obtención
del más alto nivel académico buscando con ello la superación personal y la
profesionalización de los servicios municipales.
c) Dotar a
Artículo 4º—Definición
y Criterios del Beneficio.
Esta compensación económica no podrá
exceder en ningún caso de un cincuenta y cinco por ciento del salario base del
funcionario que se acoja a este beneficio. Para los servidores municipales que
tengan un grado académico igual a bachillerato universitario, la compensación
será de un veinte por ciento adicional al salario base, de contar el puesto con
grado académico de bachiller. Para los que tengan un grado profesional igual al
de Licenciatura universitaria o superior será de un cincuenta y cinco por
ciento adicional al salario base.
Idoneidad del recurso humano para
desempeñarse eficazmente y eficientemente en su puesto de trabajo y en las
labores cotidianas relacionadas con el mismo. Idoneidad que debe valorarse en
el concepto amplio y correcto, debiendo incluir capacidades profesionales,
conocimientos que demanda su puesto, (las que demanda el puesto), actitud
positiva y compromiso, honestidad y dejar de lado la politiquería.
Artículo 5º—Requisitos para
disfrutar del beneficio. Para acogerse y seguir disfrutando del Beneficio
de Dedicación Exclusiva, los funcionarios deben cumplir con los siguientes
requisitos mínimos:
a) Estar desempeñando el cargo, en propiedad o en
forma interina, para el cual se requiera como mínimo el grado académico
(bachiller Universitario atinente al puesto) que indica el artículo anterior,
siempre que el funcionario demuestre que cuenta con este grado académico.
b) En el caso de los profesionales con títulos
obtenidos en universidades extranjeras, el funcionario debe aportar
certificaciones en que conste su reconocimiento y/o equiparación por parte de
una universidad costarricense reconocida por el Consejo Nacional de Educación
Superior o por el Colegio Profesional respectivo.
c) Haber sido nombrado para laborar en jornada
completa.
d) Poseer la incorporación al respectivo colegio
profesional.
e) Haber mostrado idoneidad en el desempeño de su
cargo.
f) Firmar el Contrato con el o
Artículo 6º—De los
funcionarios que puedan acogerse al beneficio. Podrán acogerse al beneficio de
dedicación exclusiva todos aquellos funcionarios municipales que cumplan con
los requisitos establecidos en el artículo anterior cuyos puestos, ya sea por
su valor profesional o institucional, tengan la característica de que implica
la permanencia del funcionario en horarios distintos a los de la jornada ordinaria
en su puesto de trabajo sin que por ello se les pueda remunerar con salario
devengado por jornada extraordinaria.
En caso de duda acerca de si procede o
no el beneficio para un caso específico el Despacho del Alcalde abocará el
conocimiento del expediente y decidirá de manera definitiva la solicitud en
única instancia.
CAPÍTULO II
Procedimiento para acogerse al
beneficio
de la dedicación exclusiva
Artículo 7º—Solicitud
del beneficio. El funcionario que desee acogerse al beneficio de Dedicación
Exclusiva y que cumpla con los requisitos que establece el artículo 5º de este
Reglamento, deberá solicitarlo así en nota motivada al efecto a
Artículo 8º—Trámite de la solicitud.
Si no se aceptará la solicitud
Artículo 9º—Formalidades del
Contrato.—El contrato a que se refiere el artículo anterior, deberá
confeccionarse en un original que se conservará en el expediente del
funcionario y una copia que se entregará al interesado. Deberá hacerse en papel
de alta calidad y tamaño carta y siguiendo la numeración de la secuencia
consecutiva de contratos de
Artículo 10.—Término para resolver
la solicitud.
Artículo 11.—Alcances formales del
beneficio una vez aprobado. Una vez que se encuentre en vigencia el
contrato, el funcionario no podrá ejercer la profesión comprendida en dicha
exclusividad de manera particular, ni actividades relacionadas con ésta y con
su cargo y lo hará solamente para
CAPÍTULO III
Restricciones y alcances del beneficio
Artículo 12.—Vigencia
del Contrato. El contrato tiene vigencia a partir del día en que sea
aceptado y suscrito por las partes y de manera indefinida hasta que el
funcionario deje de trabajar para
Artículo 13.—Vigencia del Beneficio.
EI funcionario acogido al Beneficio de Dedicación Exclusiva, mantiene la
retribución y obligaciones que establecen tanto este Reglamento, como el
respectivo Contrato cuando:
a) Se encuentra gozando de sus vacaciones.
b) Disfrute de permiso con goce de salario total
o parcial
c) Ante permiso con goce de salario si el
funcionario va a brindar servicios como colaboración a otras entidades afines
con los intereses del Régimen Municipal, dentro del país o en el extranjero.
Artículo 14.—Permiso
sin goce de salario. En caso de que el funcionario disfrute de un permiso
sin goce de salario, a su regreso podrá seguir acogido a la dedicación
exclusiva si así lo desea.
CAPÍTULO IV
Excepciones, renuncias y sanciones
Artículo 15.—Excepciones
al beneficio de Dedicación Exclusiva. El funcionario que se acoja al
Beneficio de Dedicación Exclusiva, podrá ejercer su profesión comprendida en el
respectivo contrato, en los siguientes casos:
a) Cuando se trate de actividades personales, de
las de su cónyuge, compañera o compañero, si convive en unión libre, comprobado
lo anterior mediante declaración jurada, otorgada ante Notario Público,
ascendiente o descendientes, hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad,
hermanos, suegros, cuñados, siempre y cuando no exista interés lucrativo por
parte del funcionario. Para los efectos anteriores, el servidor, con la debida
antelación debe solicitar y justificar por escrito y recibir autorización del
Departamento de Personal y así acogerse a las excepciones indicadas en los
incisos anteriores
b) Cuando sea necesaria su colaboración y
participación, al Estado, en forma ad honorem, en la atención de desastres
naturales, siempre que lo hagan a nombre y con el respaldo de
c) Cuando se trate del desempeño de cargos en
juntas directivas, siempre que no existan conflictos de intereses con el puesto
desempeñado, salvo en los casos en que la ley expresa así lo establezca.
d) Cuando se trate del ejercicio de labores de
docencia, capacitación, siempre que estas actividades no excedan de un cuarto
de tiempo de acuerdo a la jornada correspondiente en la institución de
enseñanza.
e) Cuando la actividad que pretenda desarrollar
no sea aquella para la que fue contratado de acuerdo al perfil de empleo y al
Manual de Puestos de
Artículo 16.—Renuncia
al beneficio de dedicación exclusiva. El funcionario que disfrute del
Beneficio de Dedicación Exclusiva puede renunciar a dicho régimen,
comunicándolo por escrito a
El trámite de esta solicitud de
renuncia se hará de acuerdo a lo que establece el Reglamento de Procedimientos
Internos Administrativos Municipales de existir caso contrario a las normas o
leyes vigentes.
Artículo 17.—Incumplimiento y
sanciones. Habrá incumplimiento por parte del funcionario cuando realice
acciones contrarias a lo estipulado en este Reglamento al contrato firmado, lo
cual acarreará las siguientes sanciones:
a) La primera vez, suspensión laboral por ocho
días y la disolución inmediata del contrato y debe reintegrar a
b) La reincidencia del funcionario ocasionará su
despido sin responsabilidad patronal para
En la aplicación de estas
sanciones se seguirá el procedimiento descrito en el Reglamento Autónomo
Interno, Código de Trabajo u otro aplicable.
CAPÍTULO V
Disposiciones finales
Artículo 18.—Prohibición
de acogerse al Beneficio.—Ningún funcionario podrá acogerse al Beneficio de
Dedicación Exclusiva, si se encuentra regido por
Artículo 19.—Función de
Artículo 20.—Vigencia del
Reglamento. Este Reglamento rige desde su publicación en el Diario Oficial
Palmares, 29 de enero del 2009.—Eithel Hidalgo Méndez, Secretaria del Concejo.—1 vez.—(17257).
MUNICIPALIDAD DE LIMÓN
REGLAMENTO DE FACILIDADES DE
CAPACITACIÓN
PARA LOS FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS
DE
I.—Que el artículo 4
inciso a), artículo 15 inciso c) y artículo 17 inciso a) y h) del Código
Municipal, Ley numero 7794, establecen que
II.—Que es necesario incentivar el
mejoramiento de la condición profesional del personal de
III. —Que
a los efectos anteriores, es necesario ofrecer a los funcionarios oportunidades
de capacitación y formación del mayor nivel posible, siempre dentro del marco
de la disponibilidad de recursos económicos y sin que se afecte el normal
desempeño de
IV.—Que considerando las necesidades
de formación profesional en
TÍTULO PRIMERO
Del Régimen de becas
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—Objeto.
El presente Reglamento regula la asignación de becas a los funcionarios de
Artículo 2º—Definiciones.
Para efectos del presente Reglamento se entiende por:
I. Adiestramiento:
proceso de conocimiento, sensibilización del cargo e inducción pedagógicamente
diseñado para familiarizar a los funcionarios de
II. Administración: conjunto de dependencias
y oficinas que conforman
III. Administrados: personas que interactúan
con
IV. Becas: beneficio que
V. Becario o beneficiario: todo funcionario
de
VI. Capacitación: toda acción de
enseñanza-aprendizaje organizada, planificada y sistemática, tendiente a
actualizar, complementar, aumentar y enriquecer los conocimientos, destrezas y
habilidades necesarias para el mejoramiento del desempeño laboral de los
funcionarios de
VII. Capacitación en el puesto o adiestramiento:
toda acción de entrenamiento relacionada directamente con las operaciones,
procesos, procedimientos e instrucciones, cuyo aprendizaje se considera
necesario para mejorar el desempeño del puesto. Puede ser programada o no
programada.
VIII. Capacitación no programada: toda acción no
considerada dentro del Plan Anual de Capacitación y Formación pero de
relevancia para
IX. Capacitación programada: toda acción que
se encuentre incluida dentro del Plan Anual de Capacitación y Formación, la
cual será de acatamiento obligatorio para los funcionarios de
X. Certificación: documento que se emite para
que conste, o se demuestre oficialmente, la participación de un funcionario en
una actividad de capacitación o formación, su asistencia, sus calificaciones,
el número de horas invertidas y el temario de la actividad.
XI. Certificado: título emitido por la entidad
que brinda la acción de capacitación o formación, en la que consta la
participación y el aprendizaje de un funcionario, resultado de las acciones de
capacitación.
XII. Comisión de Asuntos Académicos: órgano asesor
de
XIII. Contrato de estudios, retribución,
compromiso o beca: convenio firmado entre
XIV. Cooperación Internacional: colaboración de
diversa índole en materia de capacitación, que brindan distintos organismos
internacionales.
XV. Oficina de Recursos Humanos: unidad técnico
administrativa encargada de la administración de los recursos humanos, así como
del ingreso de los nuevos funcionarios, seleccionados -como regla de principio-
sobre la base de idoneidad y capacidad comprobadas mediante pruebas que deben
rendir los candidatos; responsable en aspectos relativos con la programación,
ejecución, control, seguimiento y evaluación en materia de capacitación de los
funcionarios de
XVI. Diagnóstico de Necesidades de Capacitación:
estudio técnico de carácter periódico que efectúa
XVII. Estudio técnico: análisis que comprende la
evaluación de la capacitación o formación frente a la satisfacción de una
necesidad institucional y frente a los requerimientos del puesto y el perfil
del funcionario respectivo. Comprende tanto los aspectos financieros como la
razonabilidad del costo y la existencia de contenido presupuestario.
XVIII. Estudios: sinónimo de acciones de capacitación
o formación.
XIX. Evaluación de la acción de capacitación
(Evaluación de Reacción): valoración del cumplimiento de los objetivos de las
acciones de capacitación, que incluye los contenidos del programa, el
instructor y el material didáctico.
XX. Evaluación del aprendizaje de la acción:
verificación de los conocimientos, habilidades y destrezas adquiridos por los
becarios que se aplica mediante exámenes, trabajos, prácticas o cualquier otra
técnica que el instructor u organización que imparte la capacitación, defina
para ese fin.
XXI. Evaluación de efecto de la acción:
verificación selectiva de la aplicación de los conocimientos, habilidades y
destrezas adquiridos por el becario durante la acción de capacitación.
XXII. Formación: toda acción educativa que se
ejecuta de manera planificada, sistemática y secuencial en el contexto de una
carrera o programa de estudios, que lleva a la obtención de un grado académico
en un centro de estudios, reconocido por el Consejo Nacional de Educación
Superior (CONESUP) o por el Consejo Nacional de Rectores (CONARE), según
corresponda. Puede ser desarrollada o impartida dentro del país o en el
exterior.
XXIII. Funcionario: persona que presta servicios a
XXIV. Gestión del conocimiento: proceso mediante
el cual se logra identificar el acervo de conocimientos y experiencias
funcionariales de los servidores, para su respectiva utilización por parte del
Tribunal, con el propósito de satisfacer las necesidades que a éste se le exige
llenar.
XXV. Jefatura: jefe o superior jerárquico de las
dependencias que conforman
XXVI. Puesto: conjunto de tareas y
responsabilidades permanentes y específicas que requieren la atención de un
funcionario, durante la totalidad o una parte de la jornada de trabajo.
XXVII. Perfil ocupacional: conjunto de
conocimientos, habilidades, destrezas y experiencias que le permiten al
servidor la ejecución óptima de sus responsabilidades y tareas, definidas por
la jefatura de la dependencia respectiva y lo establecido en el Manual
Descriptivo de Puestos vigente.
XXVIII. Permisos de estudio: beca consistente en la
licencia que otorga
XXIX. Plan Anual de Capacitación y Formación:
conjunto organizado de acciones de capacitación y formación que elabora
XXX. Plan Estratégico Institucional: consecuencia
del proceso de modernización de
XXXI. Plan Operativo Anual: instrumento para
concretar los objetivos y metas de
Incluye también los indicadores que
permiten medir el grado de cumplimiento de las metas establecidas, así como la
estimación de recursos humanos, materiales y financieros necesarios para
obtener los resultados durante un ejercicio económico.
XXXII. Recurso
Humano: sinónimo de servidores o conjunto de trabajadores de
XXXIII. Retribución: contraprestación de la acción de
educación o beca otorgada por
XXXIV. Sistema de Capacitación y Formación: sistema
integrado de acciones de capacitación para el perfeccionamiento, formación
técnico-académica y especialización de los funcionarios de
Artículo 3º—Objetivos
del Sistema de Capacitación y Formación. Mediante el sistema de
capacitación y formación se pretende alcanzar, entre otros objetivos, los
siguientes:
a) Incentivar el mejoramiento de la condición
profesional y técnica de los funcionarios y su identificación con la misión y
visión de
b) Ofrecer a los funcionarios oportunidades de
adiestramiento, capacitación y formación con el fin de que
c) Adaptar las actividades de los funcionarios de
d) Fomentar la motivación y la creatividad de los
funcionarios de
CAPÍTULO II
Plan de Capacitación y Formación
Artículo 4º—Plan anual
de capacitación y formación. Le corresponde a
En el caso de los programas de
formación en el exterior (becas en el extranjero),
Artículo 5º—Base de datos para
registrar la profesionalización de los servidores y número de becas a
adjudicar. Para los efectos del artículo anterior,
Artículo 6º—Término y modo para
formular el plan anual de capacitación y formación. Antes del último día
hábil del mes enero de cada año,
Sin perjuicio de la necesaria valoración
de la viabilidad presupuestaria, se exceptúa de la recomendación de
Artículo 7º—Capacitación no
programada. Las solicitudes de capacitación que emanen de las dependencias
de
CAPÍTULO III
Financiamiento
Artículo 8º—Obligatoriedad
de previsión presupuestaria. El financiamiento, total o parcial de una beca
regulada por este reglamento, quedará sujeto a que exista disponibilidad
presupuestaria.
Artículo 9º—Financiamiento. El
financiamiento otorgado por
Dicho financiamiento puede incluir los
gastos de transporte, alimentación, hospedaje y graduación, así como otros
gastos complementarios, cuando así lo contemple el contrato de beca.
Cuando el interesado asuma por cuenta
propia el costo total o parcial de la beca, deberá manifestarlo por escrito a
CAPÍTULO IV
Tipos de becas y acciones de capacitación
Artículo 10.—Tipos de
becas.
Dependiendo del caso, las becas pueden
consistir en uno o varios de los siguientes beneficios:
a) Licencia con goce de sueldo total o parcial.
b) Licencia sin goce de sueldo durante el período
de estudios.
c) Gastos de transporte y de viaje fuera del
país.
d) Pago de matrícula o inscripción.
e) Pago de impuestos y tasas de salida.
f) Una suma para compra de material
bibliográfico.
g) Ayuda adicional.
El pago de viáticos y gastos de
transporte, cuando proceda, se efectuará de conformidad con el Reglamento de
Gastos de Viaje y Transporte Público para Funcionarios Públicos, emitido por
Artículo 11.—Permisos
de estudio. Los permisos de estudio se concederán solamente a aquellos
funcionarios que vayan a cursar el currículum o programa en carreras
relacionadas con Administración, Planificación Derecho, Ciencias Políticas e
Informática, o en aquéllas que, a juicio de
Los permisos de estudio podrán
otorgarse hasta por un máximo de diez horas por semana, salvo que a juicio de
a) Asistir a lecciones o desarrollar Trabajo
Comunal Universitario.
b) Cuando no exista disponibilidad de horarios
que permitan llevar carreras o cursos en horas no hábiles, para lo cual deberán
presentar el respectivo comprobante del centro de estudios.
Las horas concedidas comprenderán el
tiempo que el beneficiario requiera para trasladarse al centro de estudios.
Artículo 12.—Condición
de no afectación del servicio público. En cualquier caso los permisos
deberán concederse sin que se afecte el buen servicio público y siempre que las
condiciones, tanto de la dependencia a la que pertenece el servidor como las de
Artículo 13.—Principios que rigen
los tipos de Becas y las Acciones de Capacitación. Las acciones de
capacitación se sujetarán, entre otros, a los siguientes principios:
a) Cuando
b) La aprobación de las acciones de capacitación
tomará como factor decisivo la relación costo-beneficio para
c) La aprobación de las acciones de capacitación
y la escogencia de los participantes la efectuará
d) Los compromisos de capacitación adquiridos
deberán respetarse tanto para la elaboración del Plan Anual de Capacitación y
Formación, como para la toma de decisiones relativas a disminuciones
presupuestarias de
e) Las acciones de capacitación con instructores
internos, serán organizadas por
f) Tratándose de capacitación incluida en una
contratación de bienes y servicios, la unidad solicitante deberá indicar como
mínimo los objetivos básicos de la acción de capacitación, los contenidos temáticos
mínimos requeridos, número de participantes, idioma para la actividad, los
criterios de evaluación y cualquier otro aspecto que permita establecer la
relación con el Plan Anual de Capacitación y Formación Institucional. De previo
al inicio del trámite de contratación,
g) En atención a su naturaleza, a las necesidades
institucionales y a la oferta del mercado, las acciones de capacitación y
formación podrán ser organizadas dentro o fuera de la jornada laboral, tratando
de ubicarlas preferiblemente fuera de ésta. El tiempo dedicado a acciones de
capacitación fuera de la jornada laboral, no dará derecho al pago de horas
extras, ni al pago de doble jornada laboral en forma total o parcial.
Artículo 14.—Principios
que rigen la concesión de becas de formación profesional.
a) Solamente se aprobará la obtención de un grado
académico de nivel superior al que ostente el funcionario, independientemente
de si el grado previo fue financiado o no por el Tribunal.
b) La aprobación de un segundo grado académico en
el nivel de licenciatura o superior a cualquier nivel será excepcional,
solamente si a criterio de
c) Para optar por una beca de formación los
solicitantes no deberán encontrarse en período de retribución, salvo que se
trate de la obtención del grado de licenciatura en forma inmediata siguiente a
la obtención del grado de bachillerato.
d) Para el funcionario que esté disfrutando de
una beca de formación, las vacaciones se regularán según lo establezca el
contrato de beca.
Artículo 15.—Condición
de beneficiarios. Sólo podrán tener acceso a las acciones de capacitación y
a los beneficios que contempla el presente Reglamento, los funcionarios que
ocupen un cargo en propiedad. No obstante, el Alcalde Municipal, previo informe
de
CAPÍTULO V
De la administración del sistema de
capacitación y formación
Artículo 16.—Atribuciones
y responsabilidades de
Tendrá las siguientes
responsabilidades:
a) Proponer al Alcalde Municipal y a
b) Elaborar, en coordinación Dirección General y
las jefaturas de las distintas oficinas y dependencias de
c) Elaborar el Plan Anual de Capacitación y
Formación, en los términos en que lo prescribe el presente reglamento
d) Suministrar al Alcalde Municipal la estimación
presupuestaria anual para capacitación y formación, incluyendo los costos de
los programas de formación en el extranjero.
e) Tramitar las acciones de capacitación y
formación que requiera el Municipalidad.
f) Elaborar el estudio técnico necesario para
organizar y programar las acciones de adiestramiento, capacitación y formación,
incluyendo en éste aspectos financieros como la razonabilidad del costo y la recomendación
técnica fundamentada, y presentarlo al Alcalde Municipalidad, la cual dará
traslado de lo que corresponda a
h) Emitir constancias de participación en
actividades de adiestramiento y capacitación.
i) Presentar al Alcalde Municipal un informe de
seguimiento trimestral referente al impacto institucional de los programas de
adiestramiento, capacitación y formación, así como de los programas de
formación en el extranjero, tanto de los que se estén ejecutando como de los
ejecutados, del cual aquella dará traslado de lo que corresponda a
j) Verificar que los conocimientos, habilidades
y destrezas adquiridas por los funcionarios en acciones de capacitación, sean
transmitidos a otros empleados que así lo requieran, de conformidad con una
programación sistemática que deberá establecer al efecto.
k) Comunicar por escrito a
l) Gestionar la obtención en beneficio de
m) Administrar los convenios de capacitación y
formación suscritos por el Municipalidad.
n) Organizar programas integrales de
adiestramiento y capacitación que ofrezcan mayores oportunidades de crecimiento
intelectual, académico y técnico para los trabajadores, evitando acciones
parciales de capacitación.
Artículo 17.—Funciones
de
a) Recomendarle al Concejo Municipal las
políticas y directrices que deben adoptarse en materia de capacitación, sin
perjuicio de la facultad propositiva que en este ámbito también es propia de
b) Recomendarle al Concejo Municipal las
modificaciones y reformas que sea necesario efectuar a la normativa que rija en
esta materia, sin perjuicio de que también pueda hacerlo la citada Oficina de
Recursos Humanos.
c) Analizar el Plan Anual de Capacitación y
Formación en lo relativo a programas de formación en el extranjero, y hacerlo
del conocimiento del Concejo Municipal con las modificaciones que considere
pertinente efectuar.
d) Analizar los informes que rinda
e) Recomendar al Concejo Municipal la lista de
candidatos aptos para participar en becas de formación en el exterior.
TÍTULO SEGUNDO
Del Procedimiento para solicitar Becas
CAPÍTULO I
Trámite
Artículo 18.—Capacitación
Programada. Para la capacitación programada el Concejo Municipal aprobará
un Plan Anual de Capacitación, con base en la propuesta que le será remitida
por
Artículo 19.—Becas por iniciativa
del funcionario. En aquellas becas de formación o capacitación no
programada, que pueda concederse por iniciativa directa del funcionario
interesado, éste deberá presentar la respectiva solicitud cumpliendo los
requisitos establecidos en el presente reglamento, y aportando cualquier otra
información que se le solicite de forma particular.
Artículo 20.—Presentación de la
solicitud. Las solicitudes de becas deberán presentarlas los funcionarios
interesados en
La solicitud de beca
deberá acompañarse de los siguientes documentos:
a) Anuencia escrita del jefe inmediato del
servidor, en la que se valore el impacto que podría tener sobre el servicio la
ausencia del funcionario solicitante.
b) Justificación de la jefatura, en la que se
refiera a la necesidad y conveniencia en virtud de las cuales el funcionario
debe recibir la beca, cómo contribuirá la preparación del funcionario a
aumentar la productividad y eficiencia de la sección u oficina a la que
pertenece, así como las ventajas que obtendrá el Tribunal.
c) En caso de permisos de estudio, la solicitud
debe formularse quince días hábiles antes del inicio del respectivo ciclo
lectivo (bimestre, trimestre, cuatrimestre, semestre, entre otros), presentando
el número de materias a matricular, los horarios, el historial académico con
indicación de los resultados obtenidos, y otros datos de interés.
d) El conocimiento del idioma requerido para
efectuar determinados estudios debe ser demostrado por el funcionario
solicitante, rindiendo las pruebas de rigor en instituciones oficialmente
reconocidas al efecto.
Artículo 21.—Información
adicional. Cuando se trate de becas que se concedan mediante Cooperación
Internacional, el funcionario solicitante deberá cumplir, además de los
requisitos estipulados en los artículos anteriores, con los siguientes:
a) Atender entrevistas, pruebas o encuestas que
le solicite
b) Cumplir con estricto apego los requisitos
exigidos en la convocatoria y en los requerimientos que estipulen el gobierno u
organismo patrocinador.
c) Aportar los documentos que
d) Cubrir por cuenta propia el importe a pagar,
correspondiente al envío de sus documentos fuera del país.
e) Otros requisitos que, por las características
de la beca, le sean solicitados.
Artículo 22.—Necesidad
de autorización del superior inmediato. Para todos los programas de
capacitación y formación, el funcionario solicitante debe contar con la
autorización escrita del superior inmediato, el cual indicará la forma en la
que cubrirá el puesto del solicitante en caso de autorizarse la beca, de modo
que se garantice el cumplimiento eficiente de las funciones de la dependencia a
la que pertenece el solicitante.
Artículo 23.—Selección de
candidatos para las becas. En el caso de becas de formación profesional,
cuya promoción se dé por interés directo de
Artículo 24.—Trámite del concurso.
El procedimiento del concurso a que se refiere el artículo anterior es el
siguiente:
a)
b) Aprobados los requisitos,
c) Cerrado el plazo de recepción de solicitudes,
d)
e) Tomada la decisión por parte de
Artículo 25.—Contenido
del informe que
Una vez que el expediente de los
funcionarios solicitantes esté debidamente instruido,
Artículo 26.—Instrucción directa de
CAPÍTULO II
Recomendación y ejecución de las becas
sometidas a concurso
o promovidas a solicitud de los
funcionarios
Artículo 27.—Recomendación
de adjudicación de la beca. Sin perjuicio de analizar la disponibilidad
presupuestaria del Concejo Municipal, así como el financiamiento que se pueda
obtener de otras fuentes, para la adjudicación de las becas de formación se
deberá tomar en cuenta las necesidades de formación de los funcionarios de
Artículo 28.—Obligatoriedad de
retroalimentación. Los funcionarios que disfruten de una beca, estarán
obligados, de conformidad con lo especificado tanto en el presente reglamento
como en el Reglamento Autónomo de Servicios, a impartir los conocimientos que
adquieran mediante trabajo práctico y enseñanza teórica a otros funcionarios,
empleados públicos o administrados, según lo requieran su jefatura así como las
necesidades y disposiciones de
Artículo 29.—Apoyo de las
jefaturas. Todas las jefaturas de
Artículo 30.—Sustitución del
becario. Cuando el funcionario seleccionado para disfrutar de una beca, por
razones justificadas a juicio del Alcalde Municipal, no pueda iniciar el
programa correspondiente, podrá ser sustituido siempre que no haya iniciado el
programa. La sustitución la efectuará
CAPÍTULO III
Obligaciones del becario
Artículo 31.—Obligaciones.
Son obligaciones de los becarios:
a) Dedicar toda su capacidad intelectual y física
para el logro de los objetivos de la actividad de capacitación o programa de
estudios en que participe. El deficiente y aún regular rendimiento del
beneficiario podrá constituir causal para la revocación del beneficio, con las
consecuencias que, por responsabilidad de aquél, se generen en cuanto al
resarcimiento de los costos a favor de
b) Participar en todas las actividades, tanto de
capacitación como extracurriculares, para las que haya sido seleccionado, aún
cuando con posterioridad a ello solicite permisos o vacaciones que coincidan
con el período en que aquéllas se desarrollen.
c) Aprobar todas las materias y actividades
curriculares, y obtener el título en el plazo estipulado por los programas,
salvo impedimento habido por justa causa.
d) En los casos de fuerza mayor o caso fortuito,
justificar por medio de nota a
e) No interrumpir el programa de estudios e
informar periódicamente a
f) Presentar a
g) Todo funcionario que goce de una beca que a
criterio del Tribunal requiera retribución, debe firmar un contrato de estudios
o de beca.
h) Cuando un funcionario participe en un programa
de capacitación cuya extensión comprenda el desarrollo de varias etapas, estará
obligado a presentar a
i) El becario deberá presentar a
j) El informe, entre otros aspectos, se referirá
a los siguientes:
1) Descripción detallada del programa de la
capacitación o formación recibida, con especificación de los contenidos,
metodología y sistema de evaluación aplicado.
2) Relación y pertinencia de la capacitación o
formación con las actividades laborales del funcionario en
3) Factibilidad, viabilidad y estrategias útiles
para la aplicación del conocimiento adquirido al ámbito de las actividades
laborales de
4) Conclusiones y recomendaciones generales.
k) En las becas que se hayan concedido con
intervención de cooperación internacional u organismo internacionales, el
beneficiado debe presentar a
l) Prestar sus servicios en los lugares y
dependencias que determine
m) Entregar al Archivo Municipal de
n) Además de las obligaciones normadas en este
reglamento, el Concejo Municipal podrá establecer otras en el Contrato de Beca
que deberá suscribir el funcionario, atendiendo, entre otros factores, a la
modalidad de la capacitación o formación que se autoriza y a los intereses de
Artículo 32.—Contrato
de estudios. La suscripción de un contrato será requisito para todos los
programas de formación, así como para las acciones de capacitación, cuando el
monto de la beca sea igual o superior a ¢500.000,00 (quinientos mil colones).
La actualización de este monto será
automática el 1º de febrero de cada año, conforme al incremento porcentual que
refleje el índice de Precios al Consumidor fijado por el Instituto Nacional de
Estadística y Censos para el año anterior. Corresponderá a
Artículo 33.—Tiempo de retribución por
acciones de capacitación. El becario que participe en una acción de
capacitación cuyo costo, incluyendo el monto del salario total pagado en caso
de autorización con goce de salario, sea igual o superior a ¢ 500.000,00, se
obliga a trabajar para
Costo de la acción y tiempo en miles de
colones Nº de meses
2.101
en adelante, 60
meses
Los montos indicados se
indexarán según se especifica en el artículo anterior.
El tiempo de retribución será definido
en el correspondiente contrato y rige a partir de la presentación del
certificado o título a
Artículo 34.—Tiempo de retribución
del programa de formación. En todo caso, por participar en los programas de
formación, el becario estará obligado -una vez que dicho programa haya
concluido- a trabajar para
El tiempo de retribución empezará a
contar a partir del momento en que el funcionario presente el título académico
o la certificación correspondiente, ante
El tiempo de retribución podrá
asimismo descontarse a tiempo completo, o mediante su equivalente en tiempos
parciales, pero en cualquier caso este lapso no excederá de cinco años.
Artículo 35.—Reincorporación a las
funciones. Finalizados los estudios, el funcionario deberá reintegrarse a
sus labores de forma inmediata, lo cual deberá comunicar previamente a
CAPÍTULO IV
Sanciones
Artículo 36.—Cancelación
de beneficios.
a) Si el becario deja de labora para
b) Si los informes que se recibieren, en relación
con el aprovechamiento del becario, no fueren satisfactorios.
c) Si el becario perdiere un curso, salvo que
ello se deba a circunstancias justificadas a criterio del Comisión de Asuntos
Académicos, previo informe que le someterá
d) Si el becario ha retirado materias, o ha
interrumpido los estudios injustificadamente, sin la autorización de
e) Si el becario fuere expulsado o suspendido del
centro donde realiza sus estudios.
f) Si el becario se negare a suministrar los
datos que
g) Cuando incumpliere alguna de las obligaciones
contractuales con
Artículo 37.—Retribución
del costo de una acción de capacitación y formación. El reembolso o
retribución del costo de una acción de capacitación y formación tendrá lugar en
los siguientes casos:
a) Cuando el becario de formación profesional
incurra en alguna de las causales establecidas en el artículo anterior, o
incumpla las obligaciones a que se refiere este reglamento o que se establezca
en el respectivo contrato, lo mismo que cuando el becario de capacitación
incurra en suspensión de la beca sin causa justificada, en cuyo caso deberá
cancelar un monto equivalente al costo de la beca más el salario total
percibido con motivo de la licencia con goce de salario, a la fecha de la
cancelación de la beca. Dichos becarios deberán reincorporarse de inmediato a
sus funciones.
b) La pérdida de una materia en un programa de
formación, obliga al becario a informar pormenorizadamente de las razones de lo
acaecido a
c) Cuando el becario renuncie a su puesto durante
el período de la beca, deberá rembolsar a
Artículo 38.—Mecanismo
de cobro de la retribución de la beca. Una vez que
La cancelación de los beneficios y la
retribución de la beca se dispondrán sin perjuicio de las consecuencias disciplinarias
que podrían derivarse de los hechos que las motivan.
CAPÍTULO V
Disposiciones finales
Artículo 39.—Excepciones
en la aplicación del Reglamento. No se aplicará el presente reglamento, en
los casos en que
Asimismo, en el caso de invitaciones
cursadas a funcionarios para participar en actividades académicas o técnicas
dentro del país o fuera de él, que sean del interés de
El presente Reglamento no se aplicará
a los Regidores y Síndicos de
Artículo 40.—Acciones de
capacitación simultánea. Ex-cepcionalmente, a criterio de
Artículo 41.—Deber de comunicación.
Es obligación de la jefatura del becario reportar, de inmediato, a
Artículo 42.—Becas de Cooperación
Internacional. Para programas de capacitación y formación con cooperación
internacional u organismos internacionales, el recibo por parte del organismo
oferente de la documentación tramitada en el Concejo Municipal no comporta
compromiso alguno para éste de conceder el beneficio, si antes el funcionario
no ha sido aceptado en los términos en que se establezcan para llevar a cabo el
correspondiente proceso de selección.
Artículo 43.—Aplicación supletoria.
A falta de norma expresa en este Reglamento se aplicarán, por su orden, las
disposiciones generales que sobre la materia se encuentren previstas para los
funcionarios del Sector Publico, sin perjuicio de la facultad del Concejo
Municipal para modificar o adicionar este Reglamento cuando lo considere
pertinente.
Artículo 45.—Vigencia del
reglamento. Aprobado por la honorable Corporación Municipal, en su sesión
ordinaria Nº 34, celebrada el lunes 22 de diciembre del 2008, bajo el artículo
V, inciso a).
Limón, enero del 2009.—MBA. José Emilio Molina Campos.— Oficina de Recursos Humanos.—1 vez.—(16374).
REGLAMENTO PARA LOS PROCESOS DE
RECLUTAMIENTO
Y SELECCIÓN DE SERVIDORES EN
Considerando:
I.—Que el artículo ciento
ochenta y ocho de
II.—Que el artículo ciento noventa y
dos de
III.—Que
IV.—Que el artículo seis inciso e) de
V.—Que el artículo 126 del Código
Municipal de las disposiciones generales del procedimiento de selección de
servidores municipales con el objetivo de
dotar de personal idóneo a la estructura organizacional para el logro de
las competencias municipales.
VI.—Que
Que
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1º—Ámbito de
aplicación: El presente reglamento regulará los procedimientos técnicos y
administrativos para el reclutamiento y selección de los servidores de
Artículo 2º—Principios Rectores:
Serán principios rectores de los procesos de reclutamiento y selección de
personal que realiza
a) Idoneidad comprobada: Es condición
ineludible para el nombramiento de un servidor en
b) Igualdad de trato entre oferentes: Para
efectos de los trámites de reclutamiento y selección de servidores que realiza
c) Libertad de Participación: Podrán
participar dentro de los procesos de concurso todos aquellos ciudadanos que
cumplan con los requisitos exigidos para un determinado cargo según lo
establecido en el presente Reglamento y en los Manuales Descriptivo de Clases
de Puestos.
d) Selección del oferente idóneo:
Corresponderá al Alcalde Municipal decidir el acto final de nombramiento dentro
de los concursos, el cual deberá recaer sobre el oferente que, de acuerdo con
los resultados de las valoraciones de idoneidad efectuadas dentro de un concurso
y a la valoración discrecional del jerarca, resulte ser el más idóneo para
ocupar el cargo que se trate.
e) Presentación única de documentos y ante una
única instancia: La dirección de los procedimientos de reclutamiento y
selección de servidores será responsabilidad de
f) Economía y Eficiencia: En los
procedimientos de reclutamiento y selección de servidores no cabrán dilaciones
injustificadas, ni exigencia innecesaria de requisitos o documentos a los
oferentes. Una vez abierto un proceso de reclutamiento y selección de
servidores, para llenar una vacante temporal o permanente,
g) Obligatoriedad de información sobre
trámites y requisitos: Todo ciudadano tendrá derecho a recibir información
general sobre los trámites, requisitos, normativa y procedimientos de
reclutamiento y selección de funcionarios que se realizan en
h) Publicidad de los trámites: Todos los
concursos serán publicitados tanto a nivel externo o interno de la institución,
a través de los medios electrónicos o de otra naturaleza que
Artículo 3º—Definiciones
generales: Para los efectos del presente reglamento, las palabras empleadas
en el mismo tendrán los siguientes significados:
a) Municipalidad:
b) Oficina de Recursos Humanos:
c) Alcalde
Municipal: Alcalde de
d) Concejo Municipal: El Concejo Municipal
de
e) Jefe de oficina o departamento: El o la
jefe (a) inmediato (a) responsable de una oficina o dependencia de
f) Servidor municipal: Sujeto que mantiene
una relación de servicio con
g) Reclutamiento de servidores: Proceso
tendiente a contar con oferentes potencialmente idóneos para ser nombrados en
un cargo ya sea, interino o permanente,
h) Selección de servidores: Proceso de
evaluación por medio de diferentes etapas a fin de escoger los oferentes
idóneos para un determinado puesto
i) Oferta: Fórmula donde se recopila la
información personal, familiar, académica y laboral del oferente interesado en
laborar en la institución.
j) Concurso: Procedimiento que realiza
k) Oferente interno: Se refiere al
funcionario nombrado en un cargo fijo o interino de
l) Oferente externo: Se refiere al
ciudadano que presenta una oferta de servicios o que solicita participar dentro
de un concurso y que cumple con todos los requisitos exigidos para el cargo al
que aspira.
m) Cargo: Nomenclatura interna con la que
se identifica cada uno de los puestos.
n) Manual de cargos: El Manual de Cargos
de
o) Nombramiento en propiedad: Contratación
por tiempo indefinido de un servidor en un determinado cargo, la cual será
definida por el Alcalde Municipal, teniendo en cuenta tanto los resultados de
las valoraciones de idoneidad efectuadas dentro de un proceso de concurso, como
la valoración discrecional que realice dicho jerarca del oferente que dentro de
una terna, sea el más idóneo para ocupar el cargo que se trate.
p) Nombramiento interino: Contratación por
tiempo definido de un sujeto en una plaza vacante temporal, ya sea para
sustituir a un funcionario que se encuentre disfrutando de vacaciones, de un
ascenso, de un permiso con o sin goce de salario o bien, que se encuentre
incapacitado.
q) Nombramiento por inopia: Contratación
temporal de un servidor, mediante la disminución del requisito de experiencia
exigido por los Manuales de Cargos de
r) Plaza vacante: Código de plaza no
ocupado por un servidor, ya sea de forma temporal o permanente. Será
permanente, en caso de que el titular de la plaza haya dejado de laborar para
la institución o haya sido nombrado en propiedad en otra plaza. Será temporal
en aquellos casos en que el titular goce de una licencia sin goce de salario,
haya sido trasladado o ascendido a otra plaza en condición de interino.
s) Registro de elegibles: Archivo
conformado por los expedientes de todos los oferentes calificados mediante las
valoraciones de idoneidad como idóneos para ocupar un determinado cargo.
t) Requisitos: Aquellas condiciones
académicas, legales y de experiencia que determinan el mérito de un oferente
para ocupar un determinado puesto
u) Ascenso: Promoción de un servidor a
otro puesto de mayor dificultad, complejidad y responsabilidad a las del nivel
del cargo de su procedencia.
v) Terna: Lista o nómina de un máximo de
tres oferentes declarados idóneos para un determinado cargo.
Artículo 4º—Competencia
del Departamento de Recursos Humanos: La dirección de los procedimientos de
reclutamiento y selección de servidores y de los concursos será competencia del
Ofician de Recursos Humanos.
Será obligación de las jefaturas de
oficinas o departamentos de las dependencias que requieran llenar una plaza
vacante permanente o temporal, coadyuvar con el Oficina de Recursos Humanos en
los procedimientos de reclutamiento y selección.
Será responsabilidad de la citada
Oficina, establecer las medidas de control interno para que tanto el registro
de elegibles como el archivo de ofertas de servicio se mantengan actualizados y
la documentación que los conforman, cuenten con las adecuadas medidas de
conservación.
Artículo 5º—Deber de informar:
Será obligación de las jefaturas de oficinas o departamentos, comunicar a
CAPÍTULO II
Reclutamiento de personal
Artículo 6º—Del
reclutamiento de servidores: Mediante el reclutamiento se realizará la
recepción y revisión de los requisitos documentales de todos aquellos potenciales
oferentes, ya sea que presenten una oferta de servicios o bien, que participen
dentro de un concurso.
Artículo 7º—De la oferta de
servicios: Todas aquellas personas interesadas en ofertar sus servicios
deberán apersonarse a
En caso de que el oferente formule
solicitud de participación dentro de un determinado concurso, la documentación
presentada dentro de la oferta de servicios se tendrá como válida dentro del
concurso, además de cumplir con la documentación solicitada en el inciso h) del
artículo 8 de este reglamento.
Artículo 8º—De los requisitos:
Todo oferente interno o externo deberá demostrar su idoneidad para optar por un
determinado puesto.
Para ello, tendrá que aportar a
a) Llenar y firmar oferta de servicios con
indicación de medio electrónico, fax, correo postal u ordinario para recibir
notificaciones.
b) Currículo vitae.
c) Copia vigente de su cédula de identidad,
cédula de residencia o permiso de trabajo.
d) Una fotografía tamaño pasaporte
e) Copia de sus títulos académicos
f) Tratándose de profesionales, certificación de
incorporación al colegio profesional respectivo cuando así se requiera para el
ejercicio legal de la profesión.
g) Copia de su licencia de conducir, cuando la
naturaleza de su puesto así lo requiera.
h) Declaración jurada de tiempo laborado. En el
momento de apertura de un concurso o en caso de nombramiento interino, el
oferente participante deberá presentar las constancias de tiempo laborado en
otras entidades públicas y privadas, en las que se indique al menos lo
siguiente: h.1.1. Nombre de la institución o empresa patrono; h.1.2. Dirección
y número de teléfono de los anteriores patronos; h.1.3. Nombre del superior
inmediato; h.1.4. Cargo (s) ocupado(s); h.1.5 fecha de ingreso y egreso; h.1.6.
tipo de jornada laboral; h.1.7. Constancia de disfrute de permisos sin goce
salarial en caso de servicio en el sector público.
Tratándose de profesionales liberales,
éstos deberán llenar la fórmula de declaración jurada de tiempo laborado que
tendrán a su disposición en
i) Cartas de recomendación
j) Llenar y firmar fórmula de aceptación de
condiciones para participar en el proceso de selección.
En el caso de los oferentes internos,
y sin perjuicio de cualquier solicitud de actualización de información que
formule
Artículo 9º—De la
recepción de los documentos: En el caso de las copias indicadas en los
incisos b), d) y f) del artículo anterior, éstas serán debidamente cotejadas
con sus originales por
Asimismo, cada documento recibido
deberá tener la fecha de recibido, el nombre y la firma del funcionario que la
recibió.
Artículo 10.—Facultad de los
jefaturas de oficinas o departamentos: En casos de vacantes temporales o
permanentes que puedan afectar la adecuada prestación del servicio público, las
jefaturas de oficinas o departamentos estarán facultadas de forma excepcional,
a solicitar, previa justificación, la realización de nombramientos interinos
inferiores a seis meses. Para tales efectos, deberán informar a
CAPÍTULO III
De los concursos
Artículo 11.—Del
cartel de apertura: Corresponderá a
Dicha comunicación será requisito
indispensable para la apertura del concurso y deberá hacerse constar dentro del
expediente del concurso correspondiente.
Artículo 12.—Contenido del boletín:
El Boletín del concurso deberá contener al menos lo siguiente:
a) Número de concurso.
b) Clase de cargo.
c) Condición del nombramiento.
d) Código de la plaza
e) Requisitos del cargo.
f) El día, hora límite y dirección de
g) Cualquier otra información que la oficina de
Recursos Humanos estime pertinente.
h) Monto del salario base e incentivos.
i) Por interés institucional en razón de la
necesidad, se podrá trasladar al funcionario a cualquier oficina o dependencia
de
Artículo 13.—Inscripción
de oferentes: Todo oferente interno o externo que desee participar dentro
de un concurso deberá, dentro del plazo establecido en el Boletín, hacer
solicitud formal de participación por escrito. Además, salvo el caso mencionado
en el párrafo tercero del artículo octavo del presente reglamento, el oferente
deberá cumplir con el trámite de presentación de requisitos establecido en el
artículo noveno del presente reglamento. No se recibirán solicitudes de
inscripción, ni documentos, posterior a la fecha de cierre del Acta de
Inscripción.
Artículo 14.—Acta de inscripción:
Vencido el plazo para la inscripción de oferentes,
Artículo 15.—Revisión de documentos:
La documentación aportada por cada oferente será analizada y una vez comprobado
el cumplimiento de todos los requisitos documentales establecidos en el
Boletín, la misma deberá incorporarse dentro de un expediente administrativo,
el cual será debidamente foliado y rotulado con el nombre del interesado.
Artículo 16.—Acta de resultado de
revisión de ofertas: Una vez presentados los documentos a que hace alusión
el artículo ocho del presente reglamento,
Luego de realizar lo anterior,
Los oferentes que cumplan con la
totalidad de requisitos pasarán a la etapa de Evaluación de Idoneidad, para lo
cual serán convocados por
Artículo 17.—Valoraciones de
idoneidad: A fin de determinar la idoneidad de los oferentes concursantes,
a) Valoración teórica, la cual tendrá valor de
cincuenta puntos en escala de uno a cien.
b) Valoración por competencias, la cual tendrá un
valor de cincuenta puntos en escala de uno a cien.
Artículo 18.—Declaratoria
de Idoneidad: Una vez realizadas las valoraciones a las que hace referencia
el artículo 17 del presente reglamento,
Un candidato mantendrá la condición de
elegible por un período máximo de seis meses contados a partir de su
declaratoria.
Artículo 19.—Comunicación a
oferentes descalificados: El Departamento de Recursos Humanos procederá a
comunicar por escrito a cada uno de los oferentes descalificados, ya sea por
incumplimiento de requisitos o por haber obtenido resultados negativos en las
valoraciones teórica o por competencias, su descalificación dentro del
concurso, lo cual hará a través del medio señalado por el oferente para atender
comunicaciones, dejando constancia de ello dentro del expediente del concurso.
Artículo 20.—De la evaluación
psicológica: A los oferentes declarados elegibles se les aplicará una
evaluación y una entrevista psicológica. De acuerdo al resultado de la
evaluación psicológica, el profesional evaluador de
El pronóstico podrá ser:
• Positivo: Si la persona presenta características psicológicas
acordes al perfil del puesto.
• Dudoso: Si la persona presenta algunas
características psicológicas que podrían hacer dudar acerca de su desempeño
futuro en el puesto.
• Negativo: Si la persona que presenta
características psicológicas que hacen prever que no va a tener un adecuado
desempeño en el puesto de trabajo.
Esta prueba servirá de insumo para
seleccionar la terna de oferentes según lo dispuesto en el artículo veintidós
del presente reglamento.
Artículo 21.—Registro
de
Lo anterior servirá de insumo para la
selección de la terna de oferentes establecida en el artículo veinticuatro del
presente reglamento.
Artículo 22.—Selección de la terna:
Corresponderá de forma colegiada al jefe de la oficina o departamento donde
se genere la vacante, al superior jerárquico inmediato de éste y al Jefe de
Dicha selección podrá realizarse
tomando en cuenta no solo la elegibilidad de los oferentes, sino también los
resultados de la valoración psicológica y la experiencia profesional y laboral
de los mismos.
De ser necesario, los responsables de
la selección de la terna podrán realizar una entrevista adicional a los
oferentes declarados idóneos.
En casos excepcionales, los responsables
de la selección de la terna podrán excusarse de realizar dicha selección,
previa justificación que deberá constar dentro del expediente del concurso. En
tal caso, se procederá con el cierre del concurso y la remisión del expediente
del mismo al Alcalde Municipal para la resolución del concurso, tal como lo
dispone el artículo 24 del presente reglamento.
Artículo 23.—Cierre del concurso:
Una vez elegida la terna,
CAPÍTULO IV
Del nombramiento de servidores
municipales
Artículo 24.—Resolución
del concurso: Corresponderá al Alcalde Municipal, en ejercicio de sus
atribuciones legales, nombrar bajo criterios discrecionales, a uno de los
oferentes seleccionados dentro de la terna del concurso. Dicho nombramiento se
hará constar mediante oficio que se enviará
En caso de estimarlo procedente, el
Alcalde Municipal podrá declarar desierto el concurso; lo anterior, previa
justificación que deberá hacerse constar dentro del expediente del concurso. En
tal caso,
Artículo 25.—Nombramiento por
inopia. A falta de oferentes que cumplan con los requisitos exigidos por
los Manuales Descriptivo de Clases de Puestos para un determinado cargo, de
forma excepcional, se podrán nombrar interinamente oferentes que, sin reunir la
totalidad de los requisitos, hayan cumplido satisfactoriamente las valoraciones
y la evaluación psicológica establecidas en los artículos 17 y 18 del presente
reglamento respectivamente.
El nombramiento de tales servidores
será temporal, mientras no haya oferentes que reúnan la totalidad de los
requisitos exigidos y sean declarados idóneos.
En tales casos, el nombramiento deberá
ser precedido por un acto administrativo motivado en el que se declare la
condición de inopia.
Artículo 26.—Comunicación del
nombramiento: Competerá al Oficina de Recursos Humanos, una vez efectuado
el nombramiento del servidor seleccionado, proceder a comunicar, tanto a éste
como a los otros oferentes de la terna, los resultados finales del concurso.
Realizado el nombramiento
CAPÍTULO V
Del período de prueba
Artículo 27.—Periodo
de prueba: Los servidores que sean nombrados en propiedad deberán cumplir
un periodo de prueba de hasta tres meses a partir de la fecha de su
nombramiento, durante el cual serán evaluados a fin de determinar su desempeño,
según los parámetros que establezca
En caso de que un servidor no cumpla
satisfactoriamente el período de prueba podrá ser despedido sin responsabilidad
patronal con lo que dispone el artículo 45, inciso b) de
Artículo 28.—Comunicación de
Deficiencias en el Desempeño: El jefe de la oficina o departamento
respectivo deberá notificar por escrito a
La anterior obligación de informar a
CAPÍTULO VI
Exclusión de oferentes
Artículo 29.—Causas:
Serán causales de exclusión de oferentes del Registro de Elegibles municipal
las siguientes:
a) Por vencimiento del plazo de vigencia de su
condición de elegibilidad establecido en el artículo dieciocho del presente
reglamento;
b) Por haber determinado
c) Cuando el oferente haya sido inhabilitado para
el ejercicio de la función pública por mediante sentencia judicial;
d) Por cualquier cambio sustancial o situación
sobreviviente que bajo criterios discrecionales de
e) Por solicitud expresa del oferente.
CAPÍTULO VII
Régimen de Nombramiento del Personal
de
Artículo 30.—Dependencia
y regulaciones administrativas aplicables. Tratándose del auditor interno
serán del nombramiento de l Concejo Municipal de conformidad con lo establecido
en el Código Municipal.
Los lineamientos sobre los requisitos
de los cargos de auditor municipal y demás condiciones para el nombramiento de
dichos cargos se regirán por los lineamientos establecidos por
Los demás funcionarios de
Artículo 31.—Plazas vacantes.
Las vacantes que, por cualquier razón, tengan lugar en los puestos de la
auditoria interna, deberán llenarse en un plazo máximo de tres meses, contado a
partir del momento de la vacante. Dicho plazo podrá prorrogarse por otros tres
meses, por razones debidamente acreditadas en el expediente que se confeccione
al efecto, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de
Artículo 32.—Nombramiento y
conclusión de la relación de servicio. El Concejo Municipal nombrará por
tiempo indefinido al Auditor Municipal, para lo cual el Departamento de
Recursos Humanos abrirá los concursos respectivos. En todo caso, ambos
nombramientos y procedimientos de concurso se regirán por lo dispuesto en el
artículo 31 de
Aprobado por la honorable Corporación
Municipal en su sesión ordinaria Nº 34, celebrada el día lunes 22 de diciembre
del 2008, bajo el artículo V, inciso a).
Limón, enero del 2009.—MBA. José Emilio Molina Campos.— Oficina de Recursos Humanos.—1 vez.—(16375).
REGLAMENTO DE VACACIONES
Artículo 1º—Del
beneficio de vacaciones. El personal de
Artículo 2º—Del número de
días por disfrutar. El personal administrativo disfrutará de las vacaciones
con la siguiente escala de acuerdo con lo establecido en el Artículo 29 de
a) De
b) De
c) En 8 años de trabajar con
d) De 9 años en adelante: 30 días hábiles.
El cálculo de las
vacaciones será determinada por el factor 1.17, sobre el último salario bruto
mensual para las vacaciones indicadas en los incisos A, B, C, D. Para los el
cálculo de vacaciones para los servidores municipales no cumplan el período de
un año, su cálculo de derecho de vacaciones se realizará de conformidad con lo
indicado en los Artículos 153 del Código de Trabajo.
Artículo 3º—De los días hábiles. Los
“días hábiles” son los días regulares de trabajo que no corresponden al
descanso semanal obligatorio, a los días feriados establecidos por el Artículo
147 del Código de Trabajo y a los días de asueto que conceda
Artículo 4º—Del tiempo
servido en otras instituciones del estado. Para el cómputo de la antigüedad
en el servicio en el Sector Público, y únicamente para efectos de determinar la
ubicación dentro de la escala a que se refiere el Artículo 2, se tomará en
cuenta el tiempo servido en otras instituciones del Estado. Para que se otorgue
ese reconocimiento, se debe presentar documento certificado, extendido por personas
autorizadas de
Artículo 5º—Del disfrute de
vacaciones. El personal administrativo disfrutará sus vacaciones dentro de
las quince semanas siguientes a la fecha en que adquiera el derecho, así como
en los períodos de receso oficial de
Artículo 6º—Períodos en que
no se acumulan días de derecho. Las licencias con goce de sueldo, el
disfrute de Beca, las incapacidades continuas mayores de cuatro meses, y las
demás condiciones de suspensión legal de la relación laboral, no se computarán
para efecto de determinar el disfrute al derecho de vacaciones ni tampoco para
cuantificar los días de descanso a que se tiene derecho.
Artículo 7º—De la
terminación del contrato de trabajo. En caso de terminación del contrato de
trabajo antes de cumplirse el período legal de cincuenta semanas, con el cual
se adquiere el derecho al disfrute de un período completo de vacaciones, se le
pagará al servidor un dozavo de las vacaciones que correspondan por cada mes
trabajado o fracción mayor de quince días.
Artículo 8º—De la
remuneración durante el período de vacaciones. La remuneración durante las
vacaciones será de acuerdo con el sueldo ordinario vigente a la fecha en que el
servidor disfrute del descanso anual. No obstante, se efectuarán los ajustes
proporcionales correspondientes cuando haya existido, durante el período que le
dio derecho a las vacaciones, licencia sin goce de sueldo, remuneraciones
mayores al salario ordinario, cambios de jornada, incapacidades o cualquier
otra situación que amerite un ajuste.
Artículo 9º—De la
posposición de las vacaciones. Cuando existan causas de urgente necesidad y
siempre que se trate de labores de índole especial
– que exijan continuidad y no permitan ausencia del trabajador en
razón de la naturaleza de las funciones que desarrolla y el carácter singular
de las actividades de
– el interesado podrá solicitar al Director,
Alcalde o Jefe, la posposición de un período de vacaciones, por una única vez,
como máximo.
El funcionario municipal
podrá solicitar por escrito y por una sola vez, la posposición del período de
vacaciones ante el jefe respectivo, dentro de las 4 semanas posteriores a la
fecha en que adquirió el derecho, indicando claramente los motivos que impiden
disfrutar de las vacaciones.
Artículo 10.—Del fraccionamiento
del período de vacaciones. Los funcionarios administrativos disfrutarán sin
interrupciones del período de vacaciones a que tienen derecho, las que podrán
ser fraccionadas con tal propósito mediante acuerdo expreso con el jefe
respectivo, de lo cual se informará a
Artículo 11.—Del informe
anual de vacaciones. El Director, Jefe de cada unidad administrativa debe elaborar un plan anual de
vacaciones para el presente periodo, que
comprenderá del 1 de enero al último día de 31 de diciembre del mismo año. El informe debe ser enviado a
Artículo 12.—De las
responsabilidades en el control de vacaciones. El responsable de la
autorización, control del disfrute de vacaciones, de la remisión del informe
anual y de velar por que no haya una acumulación indebida, es el Director o
jefe de cada unidad o administrativa. El Director o Jefe de
Artículo 13.—El adelanto
de vacaciones. En casos
excepcionales, previa justificación del interesado, el Alcalde Municipal,
Director General respectivo podrá aprobar por escrito un adelanto del disfrute
de vacaciones, en proporción al tiempo laborado en ese período.
También se acogerán a este derecho los
nuevos funcionarios al suceder un receso oficial.
Transitorio: Aquellos funcionarios que a la fecha
de aprobación de este Reglamento mantengan periodos de vacaciones acumulados,
deben disfrutarlos en los 24 meses siguientes a la aprobación de este
reglamento. El titular de
Aprobado por
la honorable Corporación Municipal, en su sesión ordinaria Nº 34, celebrada el
lunes 22 de diciembre del 2008, bajo el artículo V, inciso a).
Limón, enero del 2009.—MBA. José Emilio Molina Campos.— Oficina de Recursos Humanos.—(16376).
REGLAMENTO DEL SISTEMA DE
ADMINISTRACIÓN
DE SALARIOS DE
CAPÍTULO I
Artículo 1º—
CAPITULO II
Artículo 2º—
Artículo 3º—Serán funciones de la
jefatura de
a. Atender todo lo relativo al sistema de
clasificación y valoración de puestos, según las técnicas esenciales en todo
programa científico y moderno de la administración de personal.
b. Revisar permanentemente las técnicas de
clasificación y valoración de puestos, con la finalidad de que se mantengan
actualizadas, considerando las reformas y cambios propios del adelanto en
dichas disciplinas e instrumentos.
c. Confeccionar manuales internos para facilitar
la aplicación de las diferentes técnicas de clasificación y valoración de
puestos.
d. Llevar a cabo estudios integrales de
clasificación de puestos, a través de los cuales se establezcan sus
denominaciones, se preparen las especificaciones de los cargos, los requisitos de
ingreso y demás características.
e. Hacer estudios parciales de clasificación de
puestos, a solicitud de los funcionarios administrativos.
e. Elaborar y mantener debidamente actualizado
el Manual de Clasificación y Valoración de Clases y el Manual Descriptivo de
Puestos.
f. Gestionar estudios integrales y parciales de
sueldos.
g. Realizar los trámites de reclutamiento y
selección de personal de los concursos que promueve
h. Dar toda la asesoría necesaria que contribuya
a la determinación de políticas de aumentos generales de sueldos y su
aplicación.
j. Revisar los decretos de salarios mínimos y
determinar su incidencia en la estructura de salarios de
k. Llevar los registros de personal adecuados en
los campos de la clasificación y valoración de puestos, gestión de pagos de
salarios, selección y reclutamiento.
l. Ejecutar otras funciones propias de su campo
de actividades y aquellas que le asigne
CAPÍTULO III
De las definiciones de términos y
conceptos
Artículo 4º—Para una
correcta interpretación de este Reglamento, se entenderá por:
a. Puesto: Conjunto de deberes y
responsabilidades permanentes que requieren la atención de una persona durante
la totalidad o parte de la jornada de trabajo.
b. Clase: Conjunto de puestos
suficientemente similares con respecto a deberes y responsabilidades, de tal
manera que pueda darse el mismo título descriptivo para asignar cada puesto
comprendido en la clase. Se exigirá a quienes hayan de ocuparlos, un mismo
nivel de educación, experiencia, conocimientos, etc., y que pueda asignárseles
la misma categoría de remuneración. Una clase puede estar formada por un solo
puesto.
c. Grado: Cada una de las divisiones
numerales de que se compone una serie, de tal manera que la ubicación de una
clase dentro del ordenamiento numérico de la serie menor a mayor, está
determinada por la diferencia en importancia, complejidad, responsabilidad y
valor relativo del trabajo.
d. Serie: Conjunto de clases que tienen
una denominación común, pero diferenciadas entre ellas por el grado, en razón
de que cada una comprende distinto nivel de dificultad en la ejecución del
trabajo de los puestos correspondientes en el cual se exigen diferentes
requisitos.
e. Grupo ocupacional: Conjunto de
series de diferente índole entre si en cuanto a su naturaleza del trabajo, pero
dentro de un mismo campo de actividad, independientemente de la zona geográfica
en donde éste se realiza.
f. Clasificación de puestos:
Técnica que se aplica al estudio de la naturaleza de los puestos para
agruparlos en clases, series y grupos ocupacionales, y que entre otros
objetivos persigue una correcta ubicación de los funcionarios administrativos
dentro de la organización administrativa, para una acertada distribución del
trabajo y una equitativa remuneración.
g. Asignación: El acto formal mediante el
cual se ubica un nuevo puesto en la clase correspondiente de la clasificación y
valoración del puesto.
h. Reasignación: El cambio que se opera en
la clasificación y valoración de un puesto con motivo de la variación
sustantiva y permanente de sus actividades y responsabilidades.
i. Reclasificación: El acto formal de
rectificar la asignación de un puesto por considerarse improcedente la
clasificación establecida.
j. Salario
base: Salario inicial para cada categoría en la escala de salarios.
k. Valoración de puestos: La determinación
de salarios base para todos y cada uno de los puestos de
l. Categoría: Determina el valor en
colones que corresponde al salario asignado a un puesto (o a un grupo de
puestos que puedan pertenecer a serie y grupo ocupacional distinto entre si), y
que es el resultado de la valoración relativa que se da a cada uno de los
puestos de
ll. Revaloración: EL acto formal mediante
el cual se modifica el salario base de una clase por ubicación de la misma en
una categoría diferente en la escala de salarios.
m. Escala de salarios: conjunto de
distintos valores en colones, ordenados por categorías en forma ascendente,
cada una de ellas con salarios intermedios determinados por un incremento
semestral, comenzando con el salario base asignado en el acto de valoración.
n. Especificación de clase: Descripción
sintetizada, no exhaustiva ni excluyente, de las distintas actividades que
corresponden a una clase. Estará compuesta por los siguientes apartados:
- Título descriptivo
- Naturaleza del trabajo
- Actividades esenciales
- Responsabilidad y otras características.
- Otras que se ameriten de acuerdo con el
avance de la técnica especializada.
ñ. Manual de clasificación y valoración
de clases: Agrupación de las distintas especificaciones de las
clases de puestos existentes en
o. Manual descriptivo de puestos:
La agrupación de las distintas especificaciones de los puestos existentes en
p. Ascenso: La promoción de un funcionario
administrativo, a una clase de grado o categoría superior a la que corresponde
el puesto que desempeña.
q. Revisión integral: El acto mediante el
cual se revisa la clasificación, la valoración o ambos componentes de la
totalidad de puestos de
r. Revisión parcial: El acto mediante el
cual se procede a revisar la clasificación, la valoración o ambos componentes,
para determinado grupo ocupacional, serie, clase, o puesto, o para una oficina,
sección o unidad administrativa municipal.
CAPÍTULO IV
De las revisiones integrales de
puestos
Artículo 5º—Las
revisiones integrales de puestos serán aquellas en que se incluyan la totalidad
de los puestos de
Artículo 6º—Las dependencias
municipales brindarán las facilidades del caso a
Artículo 7º—Las reasignaciones, las
revaloraciones y las reclasificaciones que se originen del proceso de revisión
integral serán resueltos por el Alcalde Municipal o Consejo Municipal, de
acuerdo con el informe que afecto le suministrará
CAPÍTULO V
De las revisiones parciales de puestos
Artículo 8º—Las
revisiones parciales de puestos serán las que se programen en forma expresa
únicamente para determinado grupo ocupacional, serie, clase, puesto, para una
dirección, departamentos, sección o unidad administrativa municipal.
Artículo 9º—Si el jefe de una
dependencia de
Artículo 10.—Los jefes de las
distintas dependencias municipales, cuando estimen que las actividades y
responsabilidades de un puesto o de varios han cambiado sustancial y
permanentemente, deberán comunicarle a
Artículo 11.—
Artículo 12.—Un mismo puesto puede ser
estudiado tantas veces como lo considere necesario
Artículo 13.—Las reasignaciones de
puestos serán provisionales hasta por un
período de tres meses. Transcurrido ese plazo, si el Oficina de Recursos
Humanos no recomienda variar la clasificación, ésta se considerará definitiva.
Artículo 14.—Una vez recomendada o
aprobada la creación de una plaza administrativa o una plaza técnica, su
asignación y ubicación dentro del Manual de Clasificación de
CAPÍTULO VI
Del manual de clasificación y valoración de clases
Artículo 15.—El Manual de
Clasificación y Valoración de Clases tendrá carácter de instrumento técnico y
contendrá todas las especificaciones de las clases de puestos administrativos
existentes en
Artículo 16.—El Manual de
Clasificación y Valoración de Clases podrá ser modificado por
Artículo 17.—En casos de excepción y
por inopia de trabajadores demostrada en concurso interno o externo
Artículo 18.—
CAPÍTULO VII
De los salarios para puestos incluidos en el sistema
Artículo 19.—La
valoración de los puestos de
a. Retribuir al funcionario por sus servicios en
forma equitativa en relación con el puesto que desempeña y los que otros funcionarios en
b. Que los salarios asignados a los puestos y
consecuentemente a las personas que los desempeñen estén en armonía con las
condiciones económicas de
c. Que el monto de esos salarios guarde relación
con el que tengan establecido para puestos similares, otras instituciones
públicas o empresas municipales y proporcionen un medio de vida decoroso que
sea estímulo para la eficiencia, dedicación y conducta del funcionario
administrativo.
Artículo 20.—Los salarios
para los diferentes puestos incluidos en el sistema, estarán indicados en el
Manual de Clasificación y Valoración de Clases y serán la consecuencia de la
valoración de las actividades, complejidad y responsabilidades que conforman
cada uno de los puestos de
Artículo 21.—Las diferencias
salariales originadas en reclasificaciones, reasignaciones y revaloraciones de
puestos, producto de revisiones parciales o integrales, se reconocerán conforme
a las consideraciones siguientes y de acuerdo con las normas y disponibilidades
presupuestarias de
a. Las revaloraciones aprobadas por el Alcalde
Municipal, cuya resolución administrativa se produzca en el período comprendido
entre el 01 de abril y el 30 de setiembre, se reconocerán a partir del primero
de enero del año siguiente. Las resoluciones dictadas en el período comprendido
entre el 01 de octubre y el 30 de marzo del año siguiente, se reconocerán a
partir del 01 de julio de este último año.
b. Las reasignaciones o reclasificaciones se
reconocerán a partir de la fecha de la respectiva resolución administración
emitida por el Alcalde Municipal. Para que el reconocimiento se extienda en
forma retroactiva más allá de la fecha señalada, deberá procederse según lo
dispuesto por el Artículo 142 de
Artículo 22.—Los salarios
básicos establecidos en la escala de salarios comprenderán el pago de la
prestación de los servicios al ingresar al desempeño de un cargo, y se entiende
por jornada ordinaria de trabajo para un mes calendario. Cuando en un contrato
de trabajo se estipule una jornada inferior a la ordinaria, se pagará un salario
proporcional en relación con la valoración acordada a la clase a la cual el
puesto esté asignado.
Artículo 23.—Si un puesto fuere
reasignado a una categoría superior, el servidor que lo ocupe en propiedad
devengará, a partir de las fechas dispuestas en el presente Reglamento, el
salario básico de la nueva categoría.
Artículo 24.—Si un puesto fuere
reasignado a una categoría inferior, el salario del funcionario administrativo
propietario de la plaza se considerará con la condición de derechos adquiridos
hasta que la plaza se encuentre con la condición de vacante se procederá con la
reasignación con la categoría inferior
de la categoría de la clase.
Artículo 25.—Si un puesto fuere
reclasificado o revalorado con una categoría superior, el funcionario administrativo
que lo ocupa en propiedad devengará, a partir de las fechas dispuestas en el
presente Reglamento, el salario base de la nueva categoría y con el mismo
número de anualidades que tenía, ahora valorados sobre la nueva categoría.
Artículo 26.—Si un puesto fuere
reclasificado en una categoría de inferior, el salario del funcionario
administrativo propietario de la plaza se considerará con la condición de
derechos adquiridos hasta que la plaza se encuentre con la condición de vacante
se procederá con la reclasificación con la categoría inferior de la categoría de la clase.
Artículo 27.—En el caso de ascensos o
descenso voluntario, cualquiera que sea el salario base que corresponda al
nuevo puesto, el servidor que pase a desempeñarlo en propiedad, tendrá derecho
a continuar devengando las sumas que por anualidad haya acumulado a su favor en
el o los puestos anteriores. Las nuevas anualidades a que adquiere derecho, se
le calcularán con el monto que corresponde a la categoría del cargo que se encuentre
desempeñando.
En el caso de que un funcionario
administrativo se acoja a la pensión y regrese posteriormente a trabajar en
Aprobado por
la honorable Corporación Municipal, en su sesión ordinaria Nº 34, celebrada el
lunes 22 de diciembre del 2008, bajo el artículo V, inciso a).
Limón, enero del 2009.—MBA. José Emilio Molina Campos, Oficina de Recursos Humanos.—1 vez.—(16377).
SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS
ADUANA CENTRAL
2009
Detalle de mercancías que
se rematarán en pública subasta en forma individual en
Depositario Aduanero: Banco Nacional
de Costa Rica, código 105, cédula jurídica 4-000-001021-17. Dirección: Calle
Blancos,
Boleta Nº 006-105-2008.
Consignatario: LG Electronics Panamá S. A. Documento: 26100500, movimiento de
inventario: 2006-3462. Descripción: 8 cartones con 4 unidades sistema de
parlantes y 4 unidades minicomponentes. Valor CIF: $ 921,64. Precio base: ¢
118.744,94. Total de bultos: 8. Ubicación: Depositario Banco Nacional de Costa
Rica.
Boleta Nº 007-105-2008.
Consignatario: Banco Banex S. A. Documento: 251454, movimiento de inventario:
2005-68. Descripción: 1 cartón con Televisor marca TELSTAR. Valor CIF: $
267,85. Precio base: ¢ 44.774,59. Total de bultos: 01. Ubicación: Depositario
Banco Nacional de Costa Rica.
Boleta Nº 019-105-2008.
Consignatario: Sofá CTC Guillermo Jiménez. Documento: 27135, movimiento de
inventario: 2007-11098. Descripción: 66 unidades Sofás marca Miramar. Valor
CIF: $ 10.025,00. Precio base: ¢ 1.659.865,16. Total de bultos: 66. Ubicación: Depositario
Banco Nacional de Costa Rica.
Boleta Nº 020-105-2008.
Consignatario: Guillermo Jiménez. Documento: 27135, movimiento de inventario:
2007-11099. Descripción: 3 bultos con 2 sofás y 1 con juego de ollas de
aluminio. Valor CIF: $.580,69.
Precio base: ¢ 96.146,34. Total de bultos: 3. Ubicación: Depositario Banco
Nacional de Costa Rica.
Boleta Nº 046-105-2008.
Consignatario: Frener Eléctrica Centroamericana S. A. Documento: 991223,
movimiento de inventario: 1999-6. Descripción: 2291 bultos con lámparas,
plafones, bombillos, balastros, toma corrientes, placas, interruptores,
cerraduras, abanicos, electrodos, timbres, soquetes, pilas, focos de mano,
gasas, cable polarizado indicador de luz, acoples. Valor CIF: $ 92.028,21.
Precio base: ¢ 9.674.715,68. Total de bultos: 2291. Ubicación: Depositario
Banco Nacional de Costa Rica.
Boleta Nº 101-105-2008.
Consignatario: Lavacar Importaciones S. A. Documento: 27010834, movimiento de
inventario: 2007-14186. Descripción: 192 bultos con luces para vehículo,
correas, cables de acero, lingas, baterías, protectores, cobertores, adornos,
repelentes, embudos, cubreasientos, estuches de flores secas, mochilas, bolsos
de mano, patines para niños, juguetes, cintas, tapas para válvulas, llaveros,
clips, mallas, cobertor para volante, cepillos, correas, bola de enganche,
escobilla. Valor CIF: $ 15.104,91. Precio base: ¢ 1.913.628,22. Total de
bultos: 192. Ubicación: Depositario Banco Nacional de Costa Rica.
Boleta Nº 103-105-2008.
Consignatario: Santiber. Documento: 254500, movimiento de inventario:
2005-1065. Descripción: 1 bulto con tazas de cerámica. Valor CIF: $ 88,80.
Precio base: ¢ 14.702,85. Total de bultos: 1. Ubicación: Depositario Banco
Nacional de Costa Rica.
Boleta Nº 104-105-2008.
Consignatario: Mega Regalos S. A. Documento: 25727, movimiento de inventario:
2005-37. Descripción: 2 cartones con 1 adorno navideño y 10 mochilas. Valor
CIF: $ 28,70. Precio base: ¢ 4.797,58. Total de bultos: 2. Ubicación:
Depositario Banco Nacional de Costa Rica.
Boleta Nº 105-105-2008. Consignatario:
Rostor Costa Rica S. A. Documento: 260018. Movimiento de inventario 2006-7956.
Descripción: 1 máquina para jugos. Valor CIF: $ 14.978,75. Precio base: ¢.1.181.301,84. Total de bultos: 1.
Ubicación: Depositario Banco Nacional de Costa Rica.
Boleta Nº 108-105-2008.
Consignatario: Transcomercial del Caribe. Documento: 26022615, movimiento de
inventario: 2006-10993. Descripción: 2 cartones con tubos plásticos. Valor CIF:
$ 693,25. Precio base: ¢ 115.885,70. Total de bultos: 2. Ubicación: Depositario
Banco Nacional de Costa Rica.
Boleta Nº 111-105-2008.
Consignatario: Carlos Daniel Aiza. Documento: 23133, movimiento de inventario:
2003-33. Descripción: 7 bultos con juguetes, poertacubiertos y boxer para
caballero. Valor CIF: $.69,65.
Precio base: ¢ 11.642,90. Total de bultos: 7. Ubicación: Depositario Banco
Nacional de Costa Rica.
Boleta Nº 112-105-2008.
Consignatario: Carlos Vargas. Documento: 231788, movimiento de inventario:
2003-79. Descripción: 55 bultos con boxer, individuales, cojines, blusas,
brasier, medias. Valor CIF: $ 161,60. Precio base: ¢ 27.013,53. Total de
bultos: 55. Ubicación: Depositario Banco Nacional de Costa Rica.
Boleta Nº 113-105-2008.
Consignatario: Manuel Orozco Rivera. Documento: 241565, movimiento de
inventario: 2004-95. Descripción: 1 bulto con perfumes, desodorantes, brochas
para maquillaje, talco. Valor CIF: $ 108,40. Precio base: ¢ 18.120,46. Total de
bultos: 1. Ubicación: Depositario Banco Nacional de Costa Rica.
Boleta Nº 114-105-2008.
Consignatario: Autos
Boleta Nº 116-105-2008.
Consignatario: Caiumi Andrea. Documento: 2476, movimiento de inventario:
2004-5. Descripción: 1 bulto con viseras plásticas. Valor CIF: $ 33,35. Precio
base: ¢ 5.574,88. Total de bultos: 1. Ubicación: Depositario Banco Nacional de
Costa Rica.
Boleta Nº 119-105-2008.
Consignatario: Vanity House. Documento: 27008753, movimiento de inventario:
2007-15864. Descripción: 16 bultos con floreros, jarrones, canastas, de mimbre.
Valor CIF: $ 2.458,00. Precio base: ¢ 410.886,48. Total de bultos: 16. Ubicación:
Depositario Banco Nacional de Costa Rica.
Boleta Nº 123-105-2008.
Consignatario: Cristian Mora. Documento: 27004835, movimiento de inventario:
2007-13179. Descripción: 1 bultos con sombras, polveras, lápiz, estuches, base,
brillo labial. Valor CIF: $ 648,30. Precio base: ¢ 108.371,73. Total de bultos:
1. Ubicación: Depositario Banco Nacional de Costa Rica.
Boleta Nº 129-105-2008.
Consignatario: William Alberto. Documento: 27007228, movimiento de inventario:
2007-15039. Descripción: 21 bultos con brillo de labios, base para la piel
sombras. Valor CIF: $ 1.896,87. Precio base: ¢ 314.069,67. Total de bultos: 21.
Ubicación: Depositario Banco Nacional de Costa Rica.
Boleta Nº 130-105-2008.
Consignatario: Distribuidora El Silo. Documento: 27010564, movimiento de
inventario: 2007-16908. Descripción: 27 bultos con set de baño, sombras, base
para la cara. Valor CIF: $ 329,66. Precio base: ¢ 54.582,66. Total de bultos:
27. Ubicación: Depositario Banco Nacional de Costa Rica.
Boleta Nº 131-105-2008.
Consignatario: Elflos S. A. Documento: 27010846, movimiento de inventario:
2007-15966. Descripción: 228 bultos con poncheras, cartucheras, agendas, ampos,
tablas, fólder, sobres, porta gafetes, carpetas, portafolios, maleta. Valor
CIF: $ 7.531,02. Precio base: ¢ 1.258.907,37. Total de bultos: 228. Ubicación:
Depositario Banco Nacional de Costa Rica.
Se informa que el costo
por concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no está
incluido en la base por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente
con el respectivo Depositario Aduanero.
La subasta es pública, teniendo acceso
cualquier particular con las excepciones establecidas en el artículo 73,
párrafo segundo de
Para ser postor es indispensable
depositar mediante cheque certificado a favor de
Las condiciones son estrictamente de
contado, debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.
Las mercancías podrán ser
inspeccionadas dentro del plazo de tres días previos a la realización del
remate.
Para mayor información, consultar al
Depositario Aduanero donde se encuentren las mercancías y
A los interesados en las mercancías
que necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias
gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.
Lic. Desiderio Soto Sequeira, Director General.—Lic. Arturo Roldán Porras, Gerente Aduana Central.—1 vez.—(O. C. Nº 94406).—C-106500.—(19109).
ADUANA DE LIMÓN
2009
Detalle de mercancías que
se rematarán en subasta pública en forma individual en
Depositario Aduanero: Terminales de
Limón S. A., Código 152, cédula jurídica 3-101-07093206. Dirección: Carretera
Saopín, contiguo al Liceo Nuevo de Limón.
Boleta Nº 900006-2008,
Consignatario: Decomiso PCF. Descripción: vehículo. Marca: Ford. Estilo: F250.
Modelo: FL250 XLT. Año: 2000. Carrocería: Campu o caja abierta. Color: blanco.
Serie: 1FTNX21F3YEB97471, puertas: 4. Combustible: diesel. Transmisión:
mecánica. Pasajeros:
Se informa que el costo
por concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no esta
incluido en la base, por lo tanto los interesados deberán entenderse
directamente con el respectivo depositario Aduanero.
La subasta es pública, teniendo acceso
cualquier particular, no podrán participar las personas que establece el
artículo 73, párrafo segundo de
Para ser postor es indispensable
depositar mediante cheque certificado a favor de
Las condiciones son estrictamente de
contado, debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.
Las mercancías podrán ser
inspeccionadas tres días previos a la realización del remate.
Para mayor información consultar al
Depositario Aduanero donde se encuentran las mercancías y a
A los interesados en las mercancías
que necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales,
favor presentar los mismos en el momento de la subasta.
Lic. Desiderio Soto Sequeira, Director General de Aduanas.—MBA. Yonder Alvarado Zuñiga, Gerente Aduana de Limón.—1 vez.—(O.C. Nº 94406).—C-28520.—(19110).
Detalle de mercancías que
se rematarán en subasta pública en forma individual en
Depositario Aduanero: Terminales
Unidas S. A., Código 168, cédula jurídica 3-101-01632104. Dirección: Carretera
Saopín,
Boleta Nº A168-11-2008.
Consignatario: Ángela González/Oranald González. Descripción: lámpara de
porcelana, nueva, marca Figurite. Documento: 268885. Fecha: 05/06/2006. Bultos:
1. Base: ¢.376,87. Movimiento: 11-2006. Estado:
Se desconoce funcionamiento. Ubicación: Tusa, código A-168.
Boleta Nº A168-12-2008,
Consignatario: Ángela González/Oranald González. Descripción: aire
acondicionado Goldstar, nuevo, pequeño, modelo WG5005R, serie 512TAZF30109,
capacidad de enfriamiento: 5050 BTU. Documento: 268885. Fecha: 05/06/2006.
Bultos: 1. Base: ¢ 29.821,41. Movimiento: 11-2006. Estado: Se desconoce
funcionamiento. Ubicación: Tusa, código A-168.
Boleta Nº A168-14-2008,
Consignatario: Renato Robles Fernández. Descripción: televisor, usado, Sanyo,
modelo DS25730, serie V8050920027969, manufacturado 02/1998, de
Se informa que el costo
por concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no esta
incluido en la base, por lo tanto los interesados deberán entenderse
directamente con el respectivo depositario Aduanero.
La subasta es pública, teniendo acceso
cualquier particular, no podrán participar las personas que establece el
artículo 73, párrafo segundo de
Para ser postor es indispensable
depositar mediante cheque certificado a favor de
Las condiciones son estrictamente de
contado, debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.
Las mercancías podrán ser
inspeccionadas tres días previos a la realización del remate.
Para mayor información consultar al
Depositario Aduanero donde se encuentran las mercancías y a
A los interesados en las mercancías
que necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias
gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.
Lic. Desiderio Soto Sequeira, Director General de Aduanas.—MBA. Yonder Alvarado Zúñiga, Gerente Aduana de Limón.—1 vez.—(O.C. Nº 94406).—C-33770.—(19111).
Detalle de mercancías que
se rematarán en subasta pública en forma individual en
Depositario Aduanero: Terminales de
Limón S. A., Código 152, cédula jurídica 3-101-07093206. Dirección: Carretera
Saopín, contiguo al Liceo Nuevo de Limón.
Boleta Nº A152-03-2008.
Consignatario: Decomiso PCF. Descripción: aros de lujo nuevos, N14, N15, N16,
N17. Marcas: Hijoin, Nakai, League y Ccerberus. Fecha de ingreso: 06/02/2006.
Documento: acta 16472-42-2006. Movimiento: 139-2006. Bultos: 46. Base: ¢.481.741,20. Estado: buen estado. Ubicación:
Telisa, código A-152.
Se informa que el costo
por concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no esta
incluido en la base, por lo tanto los interesados deberán entenderse
directamente con el respectivo depositario Aduanero.
La subasta es pública, teniendo acceso
cualquier particular, no podrán participar las personas que establece el
artículo 73, párrafo segundo de
Para ser postor es indispensable
depositar mediante cheque certificado a favor de
Las condiciones son estrictamente de
contado, debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.
Las mercancías podrán ser
inspeccionadas tres días previos a la realización del remate.
Para mayor información consultar al
Depositario Aduanero donde se encuentran las mercancías y a
A los interesados en las mercancías
que necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias
gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.
Lic. Desiderio Soto Sequeira, Director General de Aduanas.—MBA. Yonder Alvarado Zúñiga, Gerente Aduana de Limón.—1 vez.—(O.C. Nº 94406).—C-26270.—(19112).
Detalle de mercancías que
se rematarán en subasta pública en forma individual en
Depositario Aduanero: Terminales
Unidas S. A., Código 168, cédula jurídica 3-101-01632104. Dirección: Carretera
Saopín,
Boleta Nº 900002-2008.
Consignatario: Mark Brown. Descripción: vehículo. Marca: Honda. Estilo: Civic.
Modelo: Civic DX. Año: 1994. Carrocería: sedan. Color: blanco. Serie:
1HGEG8643RL010383, puertas: 4. Combustible: gasolina. Transmisión: automática.
Pasajeros:
Boleta Nº 900003-2008.
Consignatario: Jorge Alberto Richard. Descripción: vehículo. Marca: Nissan.
Estilo: Máxima. Año: 1995. Carrocería: sedan. Color: café claro. Serie:
JN1CA21D1ST657045, puertas: 4. Combustible: gasolina. Transmisión: automática.
Techo: con quema coco. Pasajeros:
Se informa que el costo
por concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no esta
incluido en la base, por lo tanto los interesados deberán entenderse
directamente con el respectivo depositario Aduanero.
La subasta es pública, teniendo acceso
cualquier particular, no podrán participar las personas que establece el
artículo 73, párrafo segundo de
Para ser postor es indispensable
depositar mediante cheque certificado a favor de
Las condiciones son estrictamente de
contado, debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.
Las mercancías podrán ser
inspeccionadas tres días previos a la realización del remate.
Para mayor información consultar al
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A los interesados en las mercancías
que necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias
gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.
Lic. Desiderio Soto Sequeira, Director General de Aduanas.—MBA. Yonder Alvarado Zuñiga, Gerente Aduana de Limón.—1 vez.—(O.C. Nº 94406).—C-26270.—(19113).
AGENCIA MORAZÁN
AVISO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Yo, Esperanza Castelán de
Lara, cédula de residencia Nº 148400014914, beneficiaria del certificado de
depósito a plazo cero cupón Nº 407-02-130-2710-7 por un valor facial de
$40.045.69 con una inversión inicial de $39.356.95, emitido a su orden el 17 de
mayo del 2008 con vencimiento al 12 de diciembre del 2008 por
San José, 26 de febrero del 2009.—Esperanza Castelán de Lara, Solicitante.—(17263).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
A Flor de Liz López González, se le comunica la
resolución de las 13:00 horas del 17 de diciembre del 2008, donde se ordena: I)
Dar inicio al Proceso de Protección en sede administrativa regulado por las
disposiciones del artículo 128 y siguientes del Código de
A Mario Enrique Álvarez Garro. Se le comunica la
resolución de las 15:00 horas del 18 de febrero del 2009, donde se ordena: I)
Dar inicio al Proceso de Protección en sede administrativa. II) Medidas
Cautelares. Se ordena que la niña María Fernanda Álvarez Miranda sea incluida
en Programas oficiales o comunitarios de auxilio a las familias y a las
personas menores de edad. Permaneciendo la niña en
A Gerardo Rodríguez Matamoros, se le comunica la resolución de este Despacho de las 14:00 horas del 19 de febrero del 2009, por medio de las cual se ordenó referencia al IMAS para beca avancemos, permanencia de Abigail Rodríguez Madrigal con la tía materna Ana Daysi Vega Varela. Permanencia de la joven en el sistema educativo y seguimiento por cuatro meses por parte de este Despacho. Recurso: Apelación. Plazo: dos días hábiles siguientes al de la tercera publicación. Ante la oficina local de San Ramón, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras en San Ramón y de alzada en San José, pudiendo señalar número de fax, para tal fin, de lo contrario las resoluciones que se dicten, se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas. Exp.: 631-0001-06.—Oficina Local de San Ramón, 19 de febrero del 2009.—Lic. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—(O. C. Nº 30082-PANI).—C-7160.—(15931).
A los señores José Alberto Cáliz González y Olga Chaves
Alvarado, se les comunica la resolución de este despacho de las 13:00 horas del
03 de octubre del 2008, por medio de la cual se sustituyó la medida de
protección de abrigo temporal por la de Cuido Provisional en beneficio de la
niña Brigitte Cáliz Chaves, hasta por cinco meses en el hogar de los señores
Élida Flojas Castro y Antonio Moreno Jiménez. Recursos: Contra la presente
resolución procede el recurso de apelación, el cual deberá interponerse ante
este Órgano Director en el transcurso de las cuarenta y ocho horas hábiles
siguientes a partir de la tercera publicación de este edicto, quien lo elevará
para que sea resuelto por
A Kenia Patricia Golden Brown, se le comunica la
resolución de este Despacho de las 10:00 horas del diecinueve de setiembre del
dos mil ocho, por medio de la cual se dictó Medida de Cuido Provisional, en beneficio
de la niña Shanis Castro Golden, hasta por seis meses en el hogar de la señora
Sandra Calderón Castro. Recursos: Contra la presente resolución procede el
recurso de apelación, el cual deberá interponerse ante este Órgano Director en
el transcurso de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la
tercera publicación de este edicto, quien lo elevará para que sea resuelto por
Se notifica mediante el presente edicto al señor Eliécer
Quiel Ortiz, la resolución administrativa de las once horas del día veintidós
de enero del año dos mil nueve, dictada a favor del niño Jefferson Quiel
Castro, la cual en su parte resolutiva dispone lo siguiente: I) En vista de que
todas las medidas de respeto a las personas menores de edad deben tener su
visón en el interés superior de los mismos y es obligación del estado
asegurarles protección cuando quienes ostentan el ejercicio de la patria
potestad o terceras personas no tienen la capacidad para hacerlo es que se
procede a dar protección en sede administrativa mediante el dictado de Medida
de Protección, Medida de Cuido Provisional y Medida de Tratamiento Psicológico
a favor de la persona menor de edad Jefferson Quiel Castro por el plazo de seis
meses, en el recurso familiar de su abuela materna la señora Nora Mercedes
Morera Oregón, mayor, cédula de identidad seis - ciento cincuenta y seis -
seiscientos sesenta y dos, vecina de Golfito, Urbanización Daniel Herrera, casa
F7. II) Se ordena, a la señora Elsiurí Castro Morera someterse al Tratamiento
Psicológico, el cual dará seguimiento se llevará a cabo en el área de
psicología de esta oficina. III) Se ordena, al área de psicología dar el
tratamiento psicológico a la persona menor de edad a fin de minimizar las
secuelas del castigo físico vivenciado. IV) Se ordena, al área de trabajo
social dar seguimiento a la situación del niño en el hogar de la abuela
materna. V) Comuníquese y notifíquese la presente resolución conforme a
Se notifica mediante el presente edicto a los señores
Gerardo Sequeira Segura y Carmen Campos Nájera, la resolución administrativa de
las quince horas del día once de noviembre del año dos mil ocho, dictada a
favor de la adolescente Marisol Sequeira Campos, la cual en su parte resolutiva
dispone lo siguiente. I) En vista de que todas las medidas respecto a las
personas menores que deben tener su visión en el interés superior de los mismos
y es obligación del Estado asegurarles protección cuando quienes ostentan el
ejercicio de la patria potestad o terceras personas no tienen la capacidad para
hacerlo es que se procede a iniciar Proceso de Protección en Sede
Administrativa mediante el dictado de Medida de Protección de Abrigo Temporal a
favor de la niña Marisol Sequeira Campos con el fin de que permanezcan en la
alternativa de protección institucional denominada “Hogar Cristiano del Roble
de Puntarenas” sita en la localidad de Puntarenas por el plazo de seis meses,
alternativa que le brindará la protección idónea debido a que su progenitor no
reúne las condiciones para asumirla ni para ejercer adecuadamente los deberes
inherentes al ejercicio de la patria potestad. II) Procédase a brindarle
tratamiento psicológico a la niña Marisol Sequeira Campos con el fin de
minimizar las secuelas de vulnerabilidad social a las cuales ha sido expuesta
por parte de su progenitor y mediante el cual ejecutará el presente Plan de
Intervención: Relaciones, Autoestima (Concepto de Si Misma y Álbum de Vida),
Toma de Decisiones, Imagen de Si y Respeto a su Cuerpo, Límites, Vínculos,
Respeto, Responsabilidades y Socialización, Técnicas de Relajación, Manejo de
Crisis, Control de Emociones e Ira, Comunicación Asertiva, Valores Familiares,
Motivación, Protección, Prevención a futuros abusos sexuales, Responsabilidad y
Deberes, Hábitos de Higiene, Negociación, Superación Personal, Proyecto de
Vida, Pérdida de Figuras Parentales, Presión de Grupo. III) En relación al área
de Psicología deberá llevar a cabo las coordinaciones pertinentes para que se
ejecute el Plan de Intervención ordenado en
Se notifica mediante el presente edicto al señor Minor
Araya Artavia, la resolución administrativa de las doce horas cuarenta y cinco
minutos del día veintinueve de enero del año dos mil nueve, dictada a favor de
la adolescente Elizabeth Araya Chaves, la cual en su parte resolutiva dispone
lo siguiente I) En vista de que todas las medidas respecto a las Personas
Menores de edad deben tener su visón en el interés superior de los mismos y es
obligación del estado asegurarles protección cuando quienes ostentan el
ejercicio de la patria potestad o terceras personas no tienen la capacidad para
hacerlo es que se procede a modificar
Resolución
RRG-9543-2009.—San José, a las ocho horas del dos de marzo del dos mil nueve.
Ajuste tarifario de oficio para el
servicio público de transporte remunerado de personas en vehículos en la
modalidad taxi. Expediente ET-012-2009.
Resultando:
I.—Que el 6 de febrero de
2009, mediante oficio 0158-DITRA-2009,
II.—Que el 6 de febrero de 2009,
mediante oficio 160-DITRA-2009, con anuencia del Regulador General, se procede
con la apertura del expediente tarifario y se solicita la convocatoria a
consulta pública. (Folio 1).
III.—Que la convocatoria a consulta
pública se publicó en los diarios: Prensa Libre,
IV.—Que de conformidad con lo indicado
en el informe de oposiciones, se presentaron las siguientes:
1. Víctor Montero Rodríguez, con cédula de
identidad número 1-421-068. (Folios 33-34):
a) El canon de ARESEP subió más de 400%.
b) Consulta: bajo qué estudio técnico se sube el
canon. Solicita que le remitan el estudio técnico.
c) Los precios de los combustibles ya está
subiendo.
d) Los precios de los aceites, llantas y
repuestos suben constantemente, así como la mano de obra mecánica.
e) El precio de los carros nuevos y usados suben
cada año.
f) Cuando el precio del barril estaba a más de
$130, los taxistas casi se quedan sin ganancia y
g) Los taxistas están endeudados en financieras,
porque el sistema bancario nacional pone una serie de trabas que no pueden
cumplir.
h) Están soportando una cantidad de taxis piratas
increíbles.
i) Manifiesta que si
2. William Loaiza Bolandi, con cédula de
identidad número 1-315-260. (Folios 37-38):
a) Hace más de 4 años no se hacen ajustes
ordinarios a las tarifas de taxis en donde se consideren los aumentos que han
sufrido todos los repuestos, insumos, mano de obra de mantenimiento y todos los
demás en nuestra economía. Pregunta porqué a los taxis del aeropuerto se da un
trato preferencial y respecto a esas tarifas ni siquiera se cuestiona una
rebaja.
b) Los taxistas independientes tienen derecho a
disfrutar de los mismos beneficios que cualquier otro trabajador, además de que
deben de pagar la deuda del vehículo, pagar el mantenimiento del mismo y
procurarse un salario decente. Bajo estos supuestos es que se deben de hacer
ajustes ordinarios e implementar un sistema de aumentos automáticos.
c) El servicio de taxi es un servicio que se debe
de brindar al costo, pero en esos costos se debe de considerar al trabajador
que tiene derecho a todas las garantías laborales y a jubilarse.
d) El taxista por ser un trabajador independiente
debe de sumir todos los riesgos de empresa, nada de eso a la fecha se ha considerado
por lo que solicita que se hagan reajustes más realistas.
3. Herman González P., con cédula de identidad
número 3-305-307. (Folio 39):
a) Los conductores en su mayoría no usan uniforme
y considera que esto es una obligación.
b) La mayoría de veces no utilizan la maría.
c) No les gusta llevar carga.
d) Cuando los montos no son exactos, ellos
redondean a su favor.
4. Javier Cortés Montoya, con cédula de identidad
número 1-657-070. (Folios 40-41):
a) Se opone a la rebaja en las tarifas.
b) El último cálculo de NKu “kilómetros mensuales
con utilización” se realizó en el año 2003 y principios del 2004, por lo que ya
corresponde para este planteamiento de
c) En el último dato NKu era de
d) Manifiesta que es claro y evidente, para los
que manejan un taxi que actualmente de
e) Pregunta: Cuando se hizo el último estudio de
las variables; cuando se hará el próximo estudio; por qué
f) Manifiesta que un enorme factor que
distorsiona la cantidad de kilómetros con utilización son los porteadores y los
piratas.
g) Que según el oficio Nº 0262-2006 del
expediente Nº 19950 de
5. Ernesto Solano (no señaló número de cédula).
(Folio 42):
a) Considera injusto que se pretenda el rebajo en
la tarifa de los taxis ya que estos señores han venido sufriendo una serie de
aumentos en el combustible sin haber tenido la compensación equivalente, además
los repuestos llantas y mantenimiento en general son con tendencia al alza y la
actividad de servicio ha venido decreciendo ante la competencia desleal con los
porteadores y piratas, quizá un rebajo pondría en peligro el servicio actual y
llevará a la quiebra a más de un taxista al no poder atender los costos y
gastos de su actividad.
b) Además el usuario tiene varias alternativas de
transporte.
6. Ana Elena Vargas, con cédula de identidad
número 1-602-902. (Folio 43):
a) La propuesta del ajuste en sus valores
absolutos y porcentuales está de acuerdo a la rebaja internacional del crudo.
Los usuarios hemos asumido el incremento por largo tiempo a pesar que en el
mercado han disminuido.
b) Además entre mayor sea la rebaja, mayor será
la utilización por parte de los usuarios y más ingresos obtendrán los dueños de
las unidades.
c) Manifiesta que junto con su familia apoyan la
rebaja propuesta por
7. Eduardo Mayorga Robles, con cédula de
identidad número 1-301-866. (Folios 47-48):
a) El artículo 31 de la ley 7593 les obliga como
objetivo fundamental a armonizar los intereses de consumidores, usuarios y
prestatarios del servicio público modalidad taxi (inciso a del artículo 4).
Pero los criterios de equidad social no les permiten fijar tarifas que atenten
contra el equilibrio financiero de los prestatarios de este servicio, que son
trabajadores y menos dar retroactividad, rebajando la taifa que dentro de sus
componentes incluyen los salarios de los trabajadores. En 12 horas su salario
mínimo compuesto de 26.200,00 colones obtenidos en una guardia de trabajo, sin
pago de horas extras, da como resultado 655,00 colones por hora. Esta nueva
propuesta nos devaluaría nuestros salarios por debajo del mínimo.
b) Manifiesta que un taxi año 1996 no consume
menos de 7.000,00 colones por guardia en combustibles, por el deterioro y el
desgaste que sufren los motores, esto debido al incumplimiento de las
autoridades del ramo, que pactaron con los porteadores a continuar robándoles
el sustento, no solo de las unidades legalmente autorizadas. Incluido más de la
mitad del salario que el chofer del Taxi necesita para mantener las
obligaciones de su hogar.
c) Solicita la impugnación del expediente
ET-12-2009, máximo que está sustentado en valores desfasados del año 2008,
según su estudio y planteamientos, hoy día el valor combustible lleva tendencia
de aumentos cada 45 días como mínimo y el valor del dólar cada 24 horas tiende
a aumentar.
8. Federación Nacional de Cooperativas de Taxis
R.L. (FENACOOTAXI R.L), representada por el señor Maikol Sosa Vargas, con
cédula de identidad número 2-584-649, gerente de dicha asociación. (Folios
49-51):
a) Según el modelo tarifario y los actuales
costos de combustibles, salario mínimo y variación en el dólar americano, se
justifica la reducción de los 40 colones al kilómetro inicial. Sin embargo,
nuestro modelo tarifario fue corrido por primera y única vez en el año 2005.
Más del 95% de los costos de operación tienen 4 años de desactualización.
b) Por este motivo Fenacootaxi R.L. contrató
desde diciembre del año
c) No consideran conveniente se imponga por
oficio una reducción en las tarifas de taxi, cuando es evidente que cuatro años
de desactualización terminarán en una eminente solicitud de aumento.
d) No tiene sentido que los taxistas deben acudir
a talleres e incurrir en gastos para calibrar sus taxímetros por una reducción,
cuando en unas semanas más deberán acudir nuevamente para que les dejen el
taxímetro como estaba o le incrementen la tarifa.
e) En la actualización del modelo tarifario han
encontrado errores terribles para el sector, desde la incoherencias en
publicaciones de tarifas en
f) Solicitan no imponer por oficio la reducción
en las tarifas, sino esperar hasta que presentemos en mayo nuestra solicitud de
ajuste ordinario y se analice la actualización del modelo tarifario.
g) Consideran que proceder con una reducción de
tarifas sería un engaño a los usuarios, pues esa reducción obliga a Fenacootaxi
R.L. a solicitar un ajuste ordinario y el evidente y gran aumento viene en
perjuicio de los mismos.
h) Además, quieren dejar constancia que esta nota
y nuestra posición cuenta con el respaldo de las 70 organizaciones del Foro
Nacional de Taxistas.
9. Asociación Transportes y Usuarios de Taxi
“Súper Taxi”, representada por el señor Eduardo Mayorga R., con cédula de
identidad 1-0301-0866. (Folios 35-36). Esta posición no fue considerada por no
cumplir la certificación de personaría jurídica vigente en la que acredita al
señor Eduardo Mayorga como representante legal de dicha asociación.
V.—Que la referida
solicitud fue analizada por
VI.—Que en los procedimientos se han
observado los plazos y las prescripciones de ley.
Considerando:
I.—Que del oficio
0246-DITRA-2009/5579, que sirve de base para la presente resolución, conviene
extraer lo siguiente:
“(…) Análisis
tarifario
De acuerdo con el procedimiento
indicado en el párrafo precedente, las fijaciones extraordinarias se efectuarán
cada seis meses en los meses de febrero y agosto de cada año, con el fin de
compensar los desequilibrios causados por el efecto inflacionario. Podrán ser
efectuadas a solicitud de los prestadores del servicio, usuarios, entidades
públicas y privadas con facultades, o de oficio por
Se utilizan para el cálculo automático
de tarifas para los vehículos taxi tipo sedán, vehículos adaptados para
personas con discapacidad y rural, los precios actualizados de los rubros: tipo
de cambio, salario por jornada ordinaria de un taxista y los combustibles
gasolina (súper y regular) y diesel, comparándolos contra los precios de esos
mismos rubros vigentes a la última fijación tarifaria, manteniendo constantes
los demás rubros de costos y los parámetros operativos, con ello se obtiene un
índice de ajuste automático que tiene la siguiente formulación matemática:
Para ver imagen
solo en
Donde:
I: Índice de ajuste automático de la
tarifa.
SMT1: Salario mínimo por jornada ordinaria para un
taxista, vigente a la fecha de emisión del presente informe preliminar,
obtenido según decreto del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social Nº 34937-MTSS, publicado en
SMT0: Salario mínimo por jornada ordinaria para un
taxista, vigente a la fecha límite de recepción de oposiciones del
procedimiento de consulta pública (18 de
setiembre de 2008), obtenido según
decreto del Ministerio de Trabajo
y Seguridad Social Nº 34612-MTSS, publicado en
PPC1: Precio ponderado del combustible (diesel
-432,00 colones-, gasolina súper -426,00 colones- y gasolina regular -430,00
colones-) aprobado por
PPC0: Precio ponderado del combustible (diesel
-726,00 colones-, gasolina súper -736,00 colones- y gasolina regular -721,00
colones-) aprobado por
TC1: Tipo de cambio del colón con respecto al
dólar estadounidense, vigente a la fecha de emisión de cierre de la consulta
pública (19 de febrero de 2009), calculado por el Banco Central de Costa Rica
(568,74 colones por dólar). El tipo de cambio de venta de referencia del día 20
de febrero, de 2009, se obtuvo del sitio electrónico del Banco Central de Costa
Rica www.bccr.fi.cr
TC0: Tipo de cambio del colón con respecto al
dólar estadounidense, vigente a la fecha límite de la recepción de oposiciones
del procedimiento de consulta pública, calculado por el Banco Central de Costa
Rica (558,67 colones por dólar) 1. El tipo de cambio de venta de referencia del día 18 de
setiembre, de 2008, se obtuvo del sitio electrónico del Banco Central de Costa
Rica www.bccr.fi.cr
______________
1 Disposición emanada por
Resumen de Precios Fijación Automática
|
Fijación anterior |
Fijación actual |
Tipo de cambio |
558,67 |
568,74 |
Salario mínimo taxista |
7.338,00 |
7.852,00 |
Gasolina súper |
736,00 |
432,00 |
Gasolina regular |
721,00 |
426,00 |
Diesel |
726,00 |
430,00 |
Para realizar el análisis
tarifario se mantienen sin variación todos los rubros de costos y parámetros
operativos, modificando únicamente en el modelo tarifario el precio de las
variables: tipo de cambio, salario y combustibles, con ello se obtiene el
índice proporcional de incremento denominado Iω, para cada tarifa por tipo de vehículo taxi. A continuación
se presenta el índice resultante del nuevo cálculo:
Índice Proporcional
Descripción |
Iω |
TAXI SEDÁN |
|
Tarifa banderazo |
-8,51% |
Tarifa variable |
-10,47% |
Tarifa por espera |
1,41% |
Tarifa por demora |
-10,47% |
|
|
TAXI ADAPTADO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD |
|
Tarifa banderazo |
-8,51% |
Tarifa variable |
-10,34% |
Tarifa por espera |
1,17% |
Tarifa por demora |
-10,34% |
|
|
TAXI RURAL |
|
Tarifa banderazo |
-8,51% |
Tarifa variable |
-8,51% |
Tarifa por espera |
1,33% |
Tarifa por demora |
-8,51% |
La fórmula
para ajustar las tarifas es la siguiente, cuya modificación ponderada es de un
-6,11%:
a. Tarifa banderazo
Tbf = Tb·(1+ Iω)
Donde:
Tbf: Tarifa banderazo final calculada
después del ajuste.
Tb :
Tarifa banderazo calculada en la
última fijación tarifaria aprobada.
(1+Iω): Proporción
del índice de ajuste automático.
b. Tarifa variable por distancia
Tvdf = Tvd
·(1+ Iω)
Donde:
Tvdf: Tarifa variable por distancia final
calculada después del ajuste.
Tvd : Tarifa por distancia calculada en la
última fijación tarifaria aprobada.
(1+Iω): Proporción
del índice de ajuste automático.
c. Tarifa por demora
Tdf = Td
·(1+ Iω)
Donde:
Tdf: Tarifa por demora final calculada
después del ajuste.
Td :
Tarifa por demora calculada en la
última fijación tarifaria aprobada.
(1+ Iω): Proporción del índice de ajuste automático.
d. Tarifa por espera
Tef = Te
·(1+ Iω)
Donde:
Tef: Tarifa por espera final calculada
después del ajuste.
Te : Tarifa por
espera calculada en la última fijación tarifaria aprobada.
(1+ Iω): Proporción del índice de ajuste automático.
Resumen tarifario general -en colones- |
|||
Tipo de taxi |
Tarifas vigentes |
Iω |
Tarifas recomendadas |
TAXI SEDÁN |
|
|
|
Tarifa banderazo |
470,00 |
-8,51% |
430,00 |
Tarifa variable |
430,00 |
-10,47% |
385,00 |
Tarifa por espera |
2.470,00 |
1,41% |
2.505,00 |
Tarifa por demora |
4.300,00 |
-10,47% |
3.850,00 |
|
|
|
|
TAXI ADAPTADO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD |
|
|
|
Tarifa banderazo |
470,00 |
-8,51% |
430,00 |
Tarifa variable |
435,00 |
-10,34% |
390,00 |
Tarifa por espera |
2.555,00 |
1,17% |
2.585,00 |
Tarifa por demora |
4.350,00 |
-10,34% |
3.900,00 |
|
|
|
|
TAXI RURAL |
|
|
|
Tarifa banderazo |
470,00 |
-8,51% |
430,00 |
Tarifa variable |
470,00 |
-8,51% |
430,00 |
Tarifa por espera |
2.625,00 |
1,33% |
2.660,00 |
Tarifa por demora |
4.700,00 |
-8,51% |
4.300,00 |
(…)”
II.—Que en relación con
las manifestaciones expuestas por los opositores, debe indicarse lo siguiente:
1. A los señores Víctor Montero Rodríguez;
Eduardo Mayorga representante de
Por lo anterior se requiere como
sustento para la modificación de los parámetros operativos un estudio de
mercado y no una percepción del mercado. Los estudios de mercado para
actualizar los parámetros operativos, indicadores de servicio y costos de la
actividad, se realizarán cuando las condiciones operativas del servicio se
modifiquen y podrán ser efectuados por
Por medio de las fijaciones
extraordinarias, las tarifas del servicio de taxi mantienen su poder
adquisitivo ante cambios en los tres elementos de costos más sensibles de la
actividad, pero este tipo de fijaciones no consideran las modificaciones en la
flota vehicular y demás costos operativos necesarios para brindar el servicio,
por ello y para que la tarifa taxi se adecue a las condiciones actuales de
operación y costos, lo que deberían de realizar las organizaciones de taxistas,
o los operadores del servicio taxi, es ejercer su derecho y solicitar una
modificación de tarifas considerando el procedimiento ordinario, mismo que no
gestionan desde el año 2005, con la demostración mediante la herramienta
tarifaria del desequilibrio financiero que están enfrentando.
Respecto a las incoherencias señaladas
por FENACOOTAXI R.L., no encontramos el detalle de las mismas en la oposición,
razón por la cual no emitimos respuesta.
Referente a la base especial
aeropuerto, se le indica que la empresa Taxis Unidos Aeropuerto Internacional
Juan Santamaría S. A. continúa sin cumplir con lo dispuesto por la resolución
RRG-7976-2008 del 20 de febrero de 2008, que estableció como condición
vinculante dotar a cada uno de los vehículos taxis el correspondiente taxímetro
y además se precisó que las tarifas se tienen que cobrar de acuerdo con lo que
marque el taxímetro. Precisamente por este incumplimiento
A los señores Herman González P. y Ana
Elena Vargas, se les indica que respecto a las denuncias sobre la prestación
del servicio, las mismas se reciben en
a. Nota original debidamente firmada en la cual
se indiquen los pormenores de la situación, por lo que se queja.
b. Incluir nombre, apellidos, copia de cédula por
ambos lados, lugar de residencia o domicilio y número telefónico del
reclamante.
c. Indicar la distancia recorrida definida con
claridad, punto de inicio del viaje y el punto de finalización del mismo, si la
queja es respecto a la tarifa.
d. Hora y fecha en que se brindó el servicio.
e. Señalar su pretensión, con indicación clara
de la queja que se plantea, sus fundamentos de hecho y prueba correspondiente.2
f. Señalar lugar de notificación.3
g. Opcionalmente, puede aportar las pruebas que
respalden su afirmación, como pueden ser declaraciones de testigos o de
autoridades del lugar.
h. Copia de la cédula de los testigos y lugar
para notificarles.
Por otra parte, en cuanto
a aquellos asuntos relacionados con el incumplimiento de los términos y
condiciones asociados a las concesiones, el Ministerio de Obras Públicas y
Transportes (MOPT) es el órgano que tiene la competencia.
III.—Que de conformidad con los
resultandos y considerandos que preceden y de acuerdo al mérito de los autos,
lo procedente es fijar una rebaja en las tarifas del servicio taxi del 6,11% y
precisar que deben cobrarse de acuerdo con lo que marque el taxímetro, como se
dispone. Por tanto:
Con fundamento en las
facultades conferidas en
EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:
I.—Fijar para el servicio
de transporte remunerado modalidad taxi las siguientes tarifas:
Tarifas -en colones-
Tipo de taxi |
Tarifas |
TAXI SEDÁN |
|
Tarifa banderazo |
430,00 |
Tarifa variable |
385,00 |
Tarifa por espera |
2.505,00 |
Tarifa por demora |
3.850,00 |
|
|
TAXI ADAPTADO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD |
|
Tarifa banderazo |
430,00 |
Tarifa variable |
390,00 |
Tarifa por espera |
2.585,00 |
Tarifa por demora |
3.900,00 |
|
|
TAXI RURAL |
|
Tarifa banderazo |
430,00 |
Tarifa variable |
430,00 |
Tarifa por espera |
2.660,00 |
Tarifa por demora |
4.300,00 |
________________
2 De
acuerdo con el artículo 285 de
3 De
acuerdo con el artículo 12 de
.II.—Precisar que la estructura
tarifaria que se establece con esta resolución, no contempla diferenciación
alguna respecto a las horas del día (diurna o nocturna) en que se presta el
servicio y las tarifas se cobran de acuerdo con lo que marque el taxímetro,
independientemente de: a) Las condiciones del camino -buenas o malas-. b) El
recorrido -corto o largo-. c) Del origen o del destino del servicio -hoteles u
otros- d) De la naturaleza del día -hábil o inhábil- (feriado). e) De la
nacionalidad del usuario -costarricense o extranjero-. f) De cualquier otra
circunstancia. En consecuencia, el vehículo con que se presta el servicio debe
poseer indefectiblemente, un sistema de medición de acuerdo con los mecanismos
legales y técnicos estipulados para ello, según lo ordena el artículo Nº 59 de
En cumplimiento de lo que ordena el
artículo 245 de
El recurso de revocatoria y el de
apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir del
siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados en
el artículo 354 de la citada ley.
Notifíquese y publíquese.
Fernando Herrero, Regulador General.—1 vez.—(O. C. Nº 4018-2009).—C-351020.—(18525).
HERMANDAD DE
AVISOS
Ante esta Junta de
Protección Social de Cartago, hoy Hermandad de
Cartago, 21 de agosto del 2008.—Lic. Ronald Brenes Masís, Gerente.—1 vez.—(16914).
CEMENTERIO GENERAL DE CARTAGO
Ante esta Junta de
Protección Social de Cartago, hoy Hermandad de
Cartago, 23 de febrero del 2009.—Lic. Ronald Brenes Masís, Gerente.—1 vez.—Nº 91751.—(17044).
SOCIEDAD DE SEGUROS DE VIDA DEL
MAGISTERIO NACIONAL
Mediante resolución de
La sociedad se denominará Seguros del
Magisterio Sociedad Anónima, cuyo domicilio social será en San José, Costa
Rica, avenidas 8 y 10. Su plazo social será de 99 años y su objeto social
exclusivo será la realización de toda clase de actividades relacionadas con el
ejercicio de la actividad aseguradora, de conformidad con lo que se define en
el artículo segundo de
Su capital social será la suma de tres
millones de unidades de desarrollo, representadas por seis acciones comunes y
nominativas con un valor nominal de quinientas mil unidades de desarrollo cada
una, íntegramente suscritas y pagadas. Los negocios sociales serán
administrados por una junta directiva. Corresponderá a su Presidente y
Vicepresidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con
facultades de apoderados poder generalísimo sin límite de suma, de conformidad
con el artículo 1253 del Código Civil, pudiendo actuar conjunta o
separadamente.
La vigilancia de la sociedad está a
cargo de un Fiscal, de nombramiento de
Prof. Santiago Araya Barboza, Presidente Junta Directiva.—1 vez.—(16317).
TRASPASO DE PATENTE DE LICOR
DISTRITO CENTRO
A quien interese, se hace
saber: Que la señora Floribeth Madrigal Castro, portadora de la cédula de
identidad Nº 1-254-904 mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Pozos de
Santa Ana mediante traspaso del señor Alejandro Guzmán Brenes, cédula de
identidad Nº 1-191-791 las licencias de licor Nº 01-03 del distrito Centro.
Según consta en dictamen Nº 05 de
Santa Ana, 5 de febrero del 2009.—Lic. Gerardo Oviedo Espinoza, Alcalde Municipal.—1 vez.—(17284).
A quien interese, se hace
saber: Que la señora Floribeth Madrigal Castro, portadora de la cédula de
identidad Nº 1-254-904, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Pozos de
Santa Ana mediante traspaso del señor Alejandro Guzmán Brenes, cédula de
identidad Nº 1-191-791 las licencias de licor Nº 01-06 del distrito Centro.
Según consta en dictamen Nº 05 de
Santa Ana, 5 de febrero del 2009.—Lic. Gerardo Oviedo Espinoza, Alcalde Municipal.—1 vez.—(17286).
DISTRITO URUCA
A quien interese, se hace
saber: Que la señora Estrella León Vásquez, portadora de la cédula de identidad
Nº 2-355-834, en calidad de apoderada de la sociedad Tecno Pesca S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-
Santa Ana, 5 de febrero del 2009.—Lic. Gerardo Oviedo Espinoza, Alcalde Municipal.—1 vez.—(17287).
INGENIERÍA MUNICIPAL
24 de octubre de 2008
Señor
Josué David Fonseca Salazar
Cédula de identidad 0113500532
Urb. Santa Mónica, Casa 21-C
Presente
Estimado señor:
En visita realizada a la
propiedad con Folio Real Nº 210022-000 y plano catastrado SJ-11052-71, ubicada
en Urbanización Santa Mónica, casa 21-C, le informó que se ha corroborado la
presencia de edificaciones sin licencia de construcción ya finalizadas, por lo
que, y de conformidad con los artículos 74, 82, 88 y 89 inciso a) de
Por otra parte y como propietario del
inmueble y responsable de lo que en él acontezca, se le otorga un plazo de
treinta días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente
notificación, para que se pongan a derecho toda la obra sin licencia de
construcción, previniéndole que si vencido el tiempo otorgado no se ha
tramitado la aprobación de la licencia respectiva, se procederá con lo que
dicta el artículo 94 y siguientes del mismo cuerpo normativo, los cuales forman
parte del proceso de desalojo y demolición de que gobierno local realiza a toda
obra que no se encuentre a derecho en cuanto a las licencias de construcción se
refiere.
De conformidad con lo dispuesto en los
artículos 161 y 162 del Código Municipal, puede interponer los recursos de
revocatoria con apelación en subsidio dentro del plazo de los cinco días
hábiles contados a partir del día siguiente de la presente notificación para el
acto de clausura únicamente, que resuelven el Departamento de Ingeniería y
Arquitectura de
San Juan de Tibás, 17 de febrero de 2009.—Departamento de Ingeniería y Arquitectura.—Ing. Víctor Cantillano Moran, Jefe a. í.—1 vez.—(17219).
CONCEJO MUNICIPAL
El Concejo Municipal de
Tibás por acuerdo VI-1 en su Sesión Ordinaria Nº 141 celebrada el día 6 de
enero de 2009 dispuso lo siguiente:
Se Conoce:
Dictamen comisión de
asuntos jurídicos Municipalidad de Tibás
Considerando:
◙ Que el Concejo Municipal en su sesión
extraordinaria Nº 133 del 20 de noviembre del 2008 dispuso trasladar a la
comisión de jurídicos el oficio DAI-2635-2008 de
◙ Que
Por tanto:
◙ Se acuerda modificar el artículo 5 del citado
reglamento para que indique:
1. Limpieza con Back Hoe 1 hora ¢20.000,00 monto
a cobrar ¢20.000,00.
2. Transporte con vagoneta 1 hora ¢25.000,00
monto a cobrar ¢25.000,00
3 Transporte con Pick. Up 1 hora ¢10.000,00,
monto a cobrar ¢10.000,00.
Que se traslade copia de
este acuerdo a
San Juan de Tibás, 9 de enero de 2009.—Lilliam Saborío Sibaja.—Estrella Pérez Fuentes.—Daniel González Chaves.—Miriam Quirós Villegas.—Luis Vargas Chaves, Secretario a. í. Concejo Municipal.—1 vez.—(17220).
DCI-121-2009—Para los
fines consiguientes el Departamento de Captación de Ingresos de
San Pedro de Montes de Oca, 25 de febrero del 2009.—Captación de Ingresos.—Lic. Alejandro Villalobos M.—1 vez.—Nº 91729.—(17030).
Con base en el oficio N°
02147, suscrito por la licenciada Giselle Segnini Hurtado, Gerente del Área de
Servicios Municipales de
Servicio de limpieza de
vías y sitios públicos ¢204.50 mensual
por metro lineal
Mantenimiento de parques ¢21.60 mensual
por metro lineal
Estas tarifas rigen 30
días después de su publicación.
Grecia, 27 de febrero del 2009.—Giovanny Arguedas Quesada, Alcalde Municipal.—1 vez.—(17386).
El Concejo Municipal en
sesión ordinaria del día viernes treinta de enero año dos mil nueve, Acta Nº
04-2009, artículo IV, inciso 7), mediante acuerdo definitivamente aprobado y en
firme, de conformidad y con fundamento al expediente administrativo 03-2009,
presentado por
Upala, 02 de febrero del 2009.—Thomás Alemán Solano, Secretario.—1 vez.—Nº 91253.—(16739).
Acuerdo tomado en la
sesión ordinaria Nº 244-2008 del 18-12-2008, en el artículo IV. Según oficio
SCM-0019-2009 del 06-01-2009.
Se emplaza por 30 días a todo aquel
que pretenda tener derecho sobre el mismo para que se apersone a
Lic. Hellen Bonilla Gutiérrez, Jefa de Rentas y Cobranzas.—1 vez.—Nº 91395.—(16740).
DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
El Departamento de
Filadelfia, 15 de diciembre del 2008.—José Francisco Canales Canales, Encargado.—1 vez.—Nº 91635.—(17029).
DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
Nº 005-02-09.—Color de
Puntarenas, 18 de febrero del 2009.—Lic. Maureen Carvajal Carrillo, Coordinadora a. í.—1 vez.—(17346).
Las tasas en
mención quedan aprobadas de la siguiente manera:
Recolección y tratamiento de basura |
Tasa mensual (en colones) |
POR USUARIO |
|
Residencial |
1.740,00 |
Comercial e Industrial 1 |
3.480,00 |
Comercial e Industrial 2 |
5.200,00 |
Comercial e Industrial 3 |
10.400,00 |
Comercial e Industrial 4 |
20.885,00 |
Comercial e Industrial 5 |
38.285,00 |
Golfito, 24 de febrero del 2009.—Jimmy Cubillo Mora, Alcalde Municipal.—1 vez.—(16822).
INVERSIONES MASOGI S. A.
Se convoca a los socios de la empresa Inversiones Masogi
S. A., cédula jurídica 3-101-
DISCOVER THE SOUTH OF COSTA RICA S. A.
Se convoca a los
accionistas de Discover The South of Costa Rica S. A., cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y tres mil ciento sesenta y nueve, a la
asamblea ordinaria y extraordinaria que se celebrará en el domicilio social de
la compañía, en San José, Paseo Colón, edificio Centro Colón, último piso, en
las oficinas del Bufete Robles Oreamuno, en primera convocatoria a las diez en
punto de la mañana del día viernes veinte de marzo del dos mil nueve. De no
completarse el quórum correspondiente para la asamblea, se hará una segunda
convocatoria para las once en punto de la mañana del mismo día y en el mismo lugar
de la primera.
Agenda:
1. Confirmación del quórum y apertura de la
asamblea.
2. Aprobación de los estados financieros y de los
aportes de capital de los accionistas.
3. Aumento de capital social de la sociedad, por
medio de la capitalización de los aportes de capital extraordinarios realizados
hasta el veinte de marzo por los socios.
4. Emisión de los nuevos certificados
accionarios, en representación de la nueva distribución del capital social.
5. Designación del precio de la propiedad de la
compañía para la venta de la misma.
04 de marzo del 2009.—Juan Antonio Robles Aguilar, Presidente.—1 vez.—(19124).
ASOCIACIÓN PRO CIUDADANÍA DE PLAYA
ZANCUDO
Se convoca a asamblea general ordinaria y extraordinaria
de la asociación de esta plaza cuya razón es Asociación Pro Ciudadanía de Playa
Zancudo, la cual es titular de la cédula jurídica número tres-cero cero
dos-cuatrocientos tres mil cincuenta y uno, para el día veinticinco de marzo
del año dos mil nueve, la cual tendrá lugar en
CONDOMINIO CENTRO COMERCIAL EL PUEBLO
Agenda
1) Comprobación del quórum
2) Elección de presidente y secretario de la
asamblea
3) Lectura y aprobación de la agenda
4) Lectura y aprobación de los informes del
período
5) Aprobación del presupuesto anual
6) Elección de Junta Administradora período
2009-2010
7) Asuntos varios
Marlon Medina Robleto, Presidente.—1 vez.—Nº 93200.—(19629).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
MARVIN CHAVERRI S. A.
Marvin Chaverri S. A., cédula jurídica Nº 3-101-047514,
solicito a
CITRO TICO S. A.
Citro Tico S. A., cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno- ochenta y un mil seiscientos ochenta, solicita ante
José Mario Rojas Ocampo, cédula Nº 2-306-262, hago
constar que he iniciado la reposición ante
RÍO AGRES DEL OESTE SEIS SOCIEDAD
ANÓNIMA
Río Agres del Oeste Seis Sociedad Anónima, cédula
jurídica Nº 3-101-204204, solicita ante
ML CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANONIMA
ML Construcciones Sociedad Anónima, con cédula jurídica
Nº 3-101-225103, representada por los señores Bruno Josef Lotscher y el Ing.
Álvaro Francisco Mata Leitón, solicitan ante
Yo Rosibel Fallas Morera, cédula Nº 10790004, solicito
ante
TRANSACCIONES COMERCIALES YALEM S. A.
Transacciones Comerciales Yalem S. A., cédula jurídica Nº
3-101-073262, solicita ante
EDUCACIÓN BILINGÜE DE CARTAGO S. A.
Educación Bilingüe de Cartago S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-130344, para efectos del artículo 689 del Código de Comercio, hace constar a quien interese, que por haberse extraviado a la propietaria, repondrá el siguiente certificado de acción: Certificado Nº 44, que consta de una acción de ¢1.000.00. Accionista: Rebeca González Fernández, cédula de identidad Nº 1-804-313.—Cartago, 10 de febrero del 2009.—Francisco Bianchini Pirera, Vicepresidente.—Nº 91434.—(16716).
LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A.
Para los efectos del
artículo 689 de Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA),
hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario,
repondrá los siguientes certificados de acciones:
Certificado Nº Acciones Serie
210 400 E
1022 100 E
192 75 F
461 43 G
1231 182 G
409 20 H
1377 180 H
3668 200 J
Nombre del accionista: Dr. Ernesto Casseres Hasting. Folio número 978.—26 de febrero del 2009.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(16916).
REPUESTOS ELÉCTRICOS Y COMUNICACIONES
REYCOM SOCIEDAD ANÓNIMA
Repuestos Eléctricos y Comunicaciones Reycom Sociedad
Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y cuatro mil
quinientos setenta y cuatro, solicita ante
CONTABILIDAD SOARE DEL SUR SOCIEDAD
ANÓNIMA
Contabilidad Soare del Sur Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número 3-101-250648, solicita ante
CORPORACIÓN EL MOSCARDON SOCIEDAD
ANÓNIMA
Corporación El Moscardon Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres- ciento uno-doscientos diez mil seiscientos ochenta y seis,
solicita ante
MOTZUMI S. A.
Motzumi S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento
sesenta y siete mil novecientos sesenta, solicita ante
COMPAÑÍA AGRÍCOLA TALAMANCA SOCIEDAD
ANÓNIMA
Compañía Agrícola Talamanca Sociedad Anónima, con cédula
de persona jurídica número tres - ciento uno - cero cero nueve mil quinientos
veinticinco-dieciséis, solicita ante
COFITAL SOCIEDAD ANÓNIMA
Cofital Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número tres - ciento uno - cero cero seis mil quinientos veintisiete, solicita
ante
REPRASIA TICA DEL CONTINENTE S. A.
La sociedad de esta plaza denominada Reprasia Tica del
Continente S. A., cédula jurídica 3-101-083130, solicitó ante
GRUPO HOTELERO DE OCCIDENTE SOCIEDAD
ANÓNIMA
Grupo Hotelero de Occidente Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-284505, solicita ante
PIVE DE SAN RAMÓN SOCIEDAD ANÓNIMA
Pive de San Ramón Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-077449, solicita ante
CENTRO VACACIONAL BANCOSTA S. A.
Hace constar que revisado el Libro de Accionistas, aparece como socio, Cordero Bolaños Ricardo, cédula Nº 1-553-879, con las acciones 995, la que se reportan como extraviadas, por lo que solicita su reposición.—San José, 24 de febrero del 2009.—Leonel Vargas Leitón.—Nº 91575.—(17042).
COSTA RICA COUNTRY CLUB
Demetrio Pérez Góngora, cédula 1-333-470 por extravió solicita ante el Costa Rica Country Club la reposición de la acción número 909. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la secretaria del club, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación del presente aviso.—Lic. Rónald Brealey Mora, Notario.—(17218).
SERVICENTRO GASOLINERO LAS MARÍAS S.
A.
La empresa Servicentro Gasolinero Las Marías S. A.,
cédula jurídica 3-101-126393, solicita ante
HOTEL MIAMI S. A.
Yo, Víctor Dien Chuen conocido como Víctor Dien Chueng,
apoderado generalísimo de Hotel Miami S. A., hago constar que se ha iniciado la
reposición de los siguientes libros: Actas de consejo de administración 1,
Actas de asamblea de socios 1 y Registro de socios 1. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información de
COMERCIALIZADORA DE PAN BARRANTES
SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, Gerardo Antonio Barrantes Calvo, en mi calidad de
presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma hago
constar que hemos iniciado la reposición de los siguientes libros: tomo uno
Actas para el Registro de socios; tomo uno Actas para asamblea de socios; tomo
uno Actas para consejo de administración; tomo uno Libro mayor; tomo uno Libro
de diario; tomo uno Libro de inventarios y tomo uno Libro de balances, de la
sociedad Comercializadora de Pan Barrantes Sociedad Anónima. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información de
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
ASOCIACIÓN CULTURAL NGOBEGUE
INDÍGENA DE COSTA RICA
Yo Mariano Marquinez Montezuma, mayor, soltero, cédula de
identidad número nueve-cien-cuatrocientos tres, en mi condición de presidente y
representante legal de
LIGA AGRÍCOLA INDUSTRIAL DE
Fijar a partir del 02 de marzo del
2009, los siguientes adelantos en dinero que dará a los ingenios por el azúcar
que le entreguen para ser aplicado a
Adelanto para el azúcar dentro de
cuota:
Tipo |
Por bulto de |
Blanco de plantación (99.5° Pol) Crudo (96° Pol) |
¢8.200,00 ¢7.872,00 |
Adelanto para el
kilogramo de azúcar
de 96° de Pol contenida en la caña
dentro de
cuota
¢98,40 |
Adelanto para el
kilogramo de Melaza
contenida
en la caña
¢25,00 |
Nota: De conformidad con el artículo 312, literal
b), del Decreto Nº 28665-MAG, este adelanto deberá ser pagado a los productores
independientes a más tardar el próximo jueves 12 de marzo del 2009.
Édgar Herrera Echandi.—1 vez.—(16786).
ASOCIACIÓN NACIONAL DE PROFESIONALES
EN PELUQUERÍA Y ESTÉTICA DE COSTA RICA
Nosotras, Elena Alfaro Vásquez, portadora de la cédula de
identidad número uno-cero doscientos noventa y cinco-cero setecientos trece y
Rosalba Calderón Arias, portadora de la cédula de identidad número uno-cero
cuatrocientos treinta-cero quinientos cincuenta, en nuestra calidad
respectivamente de vocal y secretaria de
ASOCIACIÓN EL MURMULLO DEL ARROYO
Yo, Elvira Iglesias Mora, mayor, casada en terceras
nupcias, psicóloga, con cédula de identidad número: uno-cuatrocientos ochenta y
seis-doscientos setenta y ocho, vecina de San Isidro de Heredia, urbanización
El Arroyo, casa número once, en mi condición de vicepresidenta y representante
legal de
Con vista en el libro de actas de asamblea general de socios la sociedad, Corporación Súper Daniela Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-noventa y nueve mil trescientos setenta y seis, de que a las dieciocho horas del veintitrés de febrero del dos mil nueve, se realizó la asamblea general extraordinaria, la cual estuvo representada por la totalidad del capital social, en la cual se tomó los acuerdos que dicen así: se modifica la cláusula novena: de la administración de la sociedad.—Alajuela, veinticuatro de febrero del dos mil nueve.—Lic. Mauricio Bolaños Delgado, Notario.—1 vez.—(16838).
Con vista en el libro de actas de asamblea general de socios la sociedad, Rancho Jerusalem Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-cuarenta y ocho mil doscientos dos, de que a las veinte horas del veintitrés de febrero del dos mil nueve, se realizó la asamblea general extraordinaria, la cual estuvo representada por la totalidad del capital social, en la cual se tomó los acuerdos que dicen así: se modifica la cláusula sexta: de la administración de la sociedad.—Alajuela, veinticuatro de febrero del dos mil nueve.—Lic. Mauricio Bolaños Delgado, Notario.—1 vez.—(16840).
Con vista en el libro de actas de asamblea general de socios la sociedad, Compañía Importadora de Repuestos Automotrices Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-sesenta mil setecientos noventa y ocho, de que a las diecinueve horas del veintitrés de febrero del dos mil nueve, se realizó la asamblea general extraordinaria, la cual estuvo representada por la totalidad del capital social, en la cual se tomó los acuerdos que dicen así: se modifica la cláusula sexta: de la administración de la sociedad.—Alajuela, veinticuatro de febrero del dos mil nueve.—Lic. Mauricio Bolaños Delgado, Notario.—1 vez.—(16845).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del día veinte de febrero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Inversiones Ardosca Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones.—Lic. Marcela Vargas Madrigal, Notaria.—1 vez.—Nº 91579.—(17118).
La suscrita notaria hace constar que en esta notaría se constituyó la empresa denominada Constructora Melkajadig Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domiciliada en la ciudad de Puntarenas, Miramar, centro, centro comercial Plaza Don Juan, objeto principal el la construcción y comercio en general.—Puntarenas, 25 de febrero de 2009.—Lic. Chandy Mora Umaña, Notaria.—1 vez.—Nº 91584.—(17119).
Por escritura 195-1, otorgada a las 12:00 horas, del 25 de febrero del 2009, se crea Outdoor Lifestyles Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada. Representación: Gerente y subgerente.—San José, 25 de febrero del 2009.—Lic. Paula Medrano Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 91585.—(17120).
Por escritura otorgada ante mí a las 18:00 horas del 25 de febrero de dos mil nueve, se reformó la cláusula segunda de los estatutos de la sociedad denominada Solel Boneh Costa Rica Sociedad Anónima, cambiando el domicilio social. Es todo.—San José, veintiséis de febrero del dos mil nueve.—Lic. Alfredo Pizarro Campos, Notario.—1 vez.—Nº 91586.—(17121).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas con cuarenta y cinco minutos, del veintitrés de febrero del dos mil nueve, se reformaron las cláusulas segunda y novena de Inversiones Pacífico Marino Sociedad Anónima.—San José, veinticuatro de febrero del dos mil nueve.—Lic. Alfredo Pizarro Campos, Notario.—1 vez.—Nº 91587.—(17122).
Por escritura otorgada ante mí a las diez horas del diecisiete de febrero del dos mil nueve, se reformaron las cláusulas segunda y novena de Contorcountry Veintidós Y Sociedad Anónima.—San José, veinticuatro de febrero del dos mil nueve.—Lic. Giulio Sansonetti Hautala, Notario.—1 vez.—Nº 91588.—(17123).
Por escritura otorgada ante mí a las quince horas del diecisiete de febrero del dos mil nueve, se reformó la cláusula novena del pacto social, se nombró nuevos presidente, vicepresidente, secretario y tesorero, de la sociedad Rosspais S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-veintiséis mil trece.—San José, diecisiete de febrero del dos mil nueve.—Lic. María Montealegre Sauma, Notaria.—1 vez.—Nº 91589.—(17124).
Por escritura otorgada ante mí a las diecisiete horas del veinticuatro de octubre del dos mil ocho, se reformó la cláusula quinta de Terminal Norte y Pacífico Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del dos mil nueve.—Lic. Alfredo Pizarro Campos, Notario.—1 vez.—Nº 91590.—(17125).
Ante la suscrita notaria, se constituye la sociedad: Fernández y Asociados Sociedad Anónima. Capital social: doce mil colones exactos, representado por doce acciones de mil colones cada una. Domicilio social: Águila de Pejibaye, Pérez Zeledón, San José, un kilómetro al norte de la plaza de deportes. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Marvin Fernández Carranza.—Veinticinco de febrero del dos mil nueve.—Lic. María Vita Monge Granados, Notaria.—1 vez.—Nº 91591.—(17126).
Ante esta notaría a las 17:00 horas del 25 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Inmobiliaria Sopra Sociedad Anónima, con un capital social de 1.000.000 colones, por un plazo de noventa y nueve años, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es la señora Grace Solano Prado, mediante la escritura número 57-14 del tomo 14 de mi protocolo.—Cartago, 26 de febrero del 2009.—Lic. Helen Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 91597.—(17127).
Ante esta notaría Ronald Barboza Granados y Ana Cecilia Zúñiga Torres, constituyen una Sociedad Anónima; la denominación social de la nueva empresa se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Es todo.—San José, 26 de febrero del 2009.—Lic. Eduardo Arroyo Boirivant, Notario.—1 vez.—Nº 91600.—(17128).
Ante esta notaria se ha protocolizado asamblea general
extraordinaria de
A las diez horas del día veinte de febrero del dos mil
nueve, los señores socios: Santos Alfaro Contreras y Juan Carlos Alfaro
Villatoro, constituyeron,
Por escritura otorgada en mi notaría en esta ciudad, a las diecisiete horas del veintiuno de febrero del dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad Cobiermat de Centroamérica S. A., mediante la cual renuncian y se nombran sustitutos y se modifica la cláusula sétima del pacto social. Renuncian presidente, secretaria y tesorera, y se nombran sustitutos.—Lic. Rodolfo Acosta Sánchez y Enrique Araya Vargas, Notarios.—1 vez.—Nº 91603.—(17131).
A las diez horas con quince minutos del día veinte de
febrero del dos mil nueve, los señores socios Santos Alfaro Contreras y Juan
Carlos Alfaro Villatoro, constituyeron
A las diez horas con quince minutos del día veinte de
febrero del dos mil nueve. Los señores socios: Santos Alfaro Contreras y Juan
Carlos Alfaro Villatoro, constituyeron,
A las diez horas con cincuenta minutos del día veinte de
febrero del dos mil nueve. Los señores socios: Santos Alfaro Contreras y Juan
Carlos Alfaro Villatoro, constituyeron,
A las diez horas con cuarenta y cinco minutos del día
veinte de febrero del dos mil nueve. Los señores socios: Santos Alfaro
Contreras y Juan Carlos Alfaro Villatoro, constituyeron,
A las diez horas con cuarenta minutos del día veinte de
febrero del dos mil nueve. Los señores socios: Santos Alfaro Contreras y Juan
Carlos Alfaro Villatoro, constituyeron,
A las diez horas con treinta y cinco minutos del día
veinte de febrero del dos mil nueve. Los señores socios: Santos Alfaro
Contreras y Juan Carlos Alfaro Villatoro, constituyeron
A las diez horas con treinta minutos del día veinte de
febrero del dos mil nueve. Los señores socios: Santos Alfaro Contreras y Juan
Carlos Alfaro Villatoro, constituyeron,
A las diez horas con veinticinco minutos del día veinte
de febrero del dos mil nueve. Los señores socios: Santos Alfaro Contreras y
Juan Carlos Alfaro Villatoro, constituyeron,
A las diez horas con veinte minutos del día veinte de
febrero del dos mil nueve. Los señores socios: Santos Alfaro Contreras y Juan
Carlos Alfaro Villatoro, constituyeron,
Ante esta notaria se constituyó la compañía ORBC S. A. Capital social: 10.000 colones. Representantes: Oscar Roberto Bonilla Castro.—San José, febrero del 2009.—Lic. Dagoberto Rivera Betancourt, Notario.—1 vez.—Nº 91618.—(17141).
Por medio de escritura otorgada en San José, a las 13:00 horas del 24 de febrero del 2009, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la empresa denominada Tres Ciento Uno Quinientos Cuarenta y Seis Mil Ciento Setenta Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó la cláusula sétima del pacto constitutivo.—San José, 24 de febrero del 2009.—Lic. Óscar Mata Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 91619.—(17142).
Por escritura número ciento trece-catorce, otorgada ante mí a las catorce horas del diecisiete de febrero del dos mil nueve, se protocoliza acta de la sociedad denominada Instalaciones Chaco Chavarría Sociedad Anónima, vencimiento del plazo social el 30 de mayo del 2008.—Lic. Esther Touma Ulloa, Notaria.—1 vez.—Nº 91620.—(17143).
Por escritura pública otorgada ante el notario Luis Fernando Castro Gómez, en San José, a las diez horas del diecinueve de febrero del dos mil nueve, se constituye Alianza de Importaciones Adi Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: diez mil dólares. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintitrés de febrero del dos mil nueve.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 91624.—(17144).
Por escritura pública otorgada ante el notario Luis Fernando Castro Gómez, en San José, a las diez horas diez minutos del diecinueve de febrero del dos mil nueve, se constituye Distribuidora y Negocios Cavi Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: diez mil dólares. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintitrés de febrero del dos mil nueve.— Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 91625.—(17145).
Por escritura pública otorgada ante el notario Luis Fernando Castro Gómez, en San José, a las diez horas cinco minutos del diecinueve de febrero del dos mil nueve, se constituye Inversiones Davisa del Mediterráneo Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: diez mil dólares, gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintitrés de febrero del dos mil nueve.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 91626.—(17146).
Por escritura pública otorgada ante el notario Luis Fernando Castro Gómez, en San José, a las diez horas quince minutos del diecinueve de febrero dos mil nueve, JPF Inversiones de Iniciativa Sociedad Responsabilidad Limitada. Capital social: diez mil dólares. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintitrés de febrero del dos mil nueve.—Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 91627.—(17147).
El día de hoy ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea de accionistas de las sociedades Tucán Sur C. R. C. S. A. y Río Montaña Azul C. R. C. S. A. en la que se modifican los estatutos y se nombra junta directiva y agente residente.—San José, diecisiete de febrero del dos mil nueve.—Lic. Manfred Clausen Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 91628.—(17148).
Por escritura pública otorgada ante el notario Luis Fernando Castro Gómez, en San José, a las once horas del veinte de febrero del dos mil nueve, se constituye Legado Real R. L. Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: diez mil dólares. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintitrés de febrero del dos mil nueve.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 91629.—(17149).
Por escritura pública otorgada ante el notario Luis Fernando Castro Gómez, en San José, a las diez horas treinta minutos del veinte de febrero del dos mil nueve, se constituye Nalla Inversiones Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: diez mil dólares. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintitrés de febrero del dos mil nueve.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 91630.—(17150).
El día de hoy ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Monte Celestial CRC S. A. en la que se reforman las cláusulas primera, segunda, tercera y quinta. Se nombra nueva junta directiva y agente residente.—San José, veintitrés de febrero del dos mil nueve.—Lic. Manfred Clausen Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 91631.—(17151).
Por escritura pública otorgada ante el notario Luis Fernando Castro Gómez, en San José, a las diez horas del veinte de febrero del dos mil nueve, se constituye Joda Distribución Empresarial Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social diez mil dólares. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintitrés de febrero del dos mil nueve.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 91632.—(17152).
Por escritura pública otorgada ante el notario Luis Fernando Castro Gómez, en San José, a las nueve horas del veinte de febrero del dos mil nueve, se constituye Grupo Chato de Inversión G.Ch.I Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social diez mil dólares. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintitrés de febrero del dos mil nueve.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 91633.—(17153).
En mi notaría por escritura otorgada, en la ciudad de Santa Ana, a las 9:00 horas del día 25 de febrero del 2009, se constituyó Maderas del Saavegre Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital suscrito y pagado.—Santa Ana, 25 de febrero del 2009.—Lic. Miguel Armando Villegas Arce, Notario.—1 vez.—Nº 91638.—(17154).
En mi notaria por escritura otorgada en la ciudad de Santa Ana, a las 10:00 horas del día 23 de febrero del 2009, Producciones Vegetales Ticas Sociedad Anónima. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital suscrito y pagado.—Santa Ana, 23 de febrero del 2009.—Lic. Miguel Armando Villegas Arce, Notario.—1 vez.—Nº 91639.—(17155).
Se constituye la firma de esta plaza D A & V A Sociedad Anónima. Capital social: de mil colones. Presidente: Daniel Mauricio Hernández Aguilar. Agente residente: Arturo Terán París.—San José, veintiséis de febrero del año dos mil nueve.—Lic. Arturo Terán París, Notario.—1 vez.—Nº 91640.—(17156).
En asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad Kaf Seguridad Comercial Sociedad Anónima, cedula jurídica tres-
ciento uno- cuatrocientos mil doscientos cuarenta y tres, celebrada a las nueve
horas del veintitrés de enero dos mil nueve y según consta en el libro de
asambleas generales que para tales efectos lleva la sociedad, se modificó la
cláusula cuarta del pacto constitutivo la cual en adelante deberá leerse así:
“Cuarta: Su capital social es la suma de cuarenta y cuatro mil colones
representado por veintidós acciones comunes y nominativas de dos mil colones
cada una que serán firmadas por el presidente de la sociedad”. Se modificó
además la cláusula sétima la cual en adelante debe leerse así: “Sétima: La
sociedad será administrada por una Junta Directiva compuesta por cuatro
miembros que serán: presidente, vicepresidente, secretario, tesorero,
correspondiéndole al presidente y vicepresidente la representación judicial y
extrajudicial de la compañía con facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma, actuando conjunta o separadamente pero para vender o hipotecar
bienes de la sociedad deben actuar conjuntamente. Podrán sustituir en todo o en
parte, revocar sustituciones y hacer otras de nuevo reservándose o no su
ejercicio en otro u otros miembros de
Asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad
denominada Tres -Ciento Uno - Cuatrocientos Ochenta y Tres Mil -Ochocientos
Veinte Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres -
ciento uno - cuatrocientos ochenta y tres mil - ochocientos veinte, con
domicilio en Guápiles de Pococí, ciento cincuenta metros norte del Almacén Tres
Erres, inscrita en
Por escritura número cuarenta y ocho-cinco otorgada ante los notarios Mónica Farrer Peña y Fabián Fernández Faith, a las nueve horas del día veintitrés de enero del año dos mil nueve, se modifica la cláusula sétima y segunda de la sociedad Uveygriega Sociedad Anónima.—San José, veintitrés de enero del dos mil nueve.—Lic. Mónica Farrer Peña, Notaria.—1 vez.—Nº 91646.—(17159).
Por escritura otorgada en San José, ante la notaría del Licenciado Cristián Villegas Coronas, de las nueve horas del día de hoy, actuando en connotariado, se protocolizó, acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Monticello Great Estates B B G S. A., mediante la cual se reformó las cláusulas segunda y sétima de los estatutos, se revocó el nombramiento de todos los miembros de junta directiva, fiscal y agente residente y se nombró nuevos.—San José, veintiséis de febrero del dos mil nueve.—Lic. Cristian Villegas Coronas y Vera Denise Mora Salazar, Notarios.—1 vez.—Nº 91647.—(17160).
Por escritura número ciento diecinueve, otorgada a las catorce horas cero minutos del veinte de febrero del año dos mil nueve, se constituyó la empresa Producciones Vida Sana Sociedad Anónima. Es todo.—San José, febrero veinte del año dos mil nueve.—Lic. Alexander Calderón M., Notario.—1 vez.—Nº 91648.—(17161).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las diez horas del quince de enero del dos mil nueve, se acordó reformar la cláusula sétima del pacto constitutivo y aceptar la renuncia y nombramiento del nuevo secretario de Villa Sole Urraca Veinticinco Sociedad Anónima.—Lic. Noelia Camacho Starbird, Notaria.—1 vez.—Nº 91649.—(17162).
Por escritura cuarenta y dos a las ocho horas de hoy, protocolicé acta de asamblea de socios de Grupo Servica (Costa Rica) S. A., que modificaron las cláusulas quinta y novena del pacto constitutivo, se nombran secretario, vocales primero y segundo, y fiscal de junta directiva, y se revocan poderes.—Veinticinco de febrero del dos mil nueve.—Lic. Ana Graciela Alvarenga Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 91650.—(17163).
El suscrito notario público hace constar que los señores Ronald Gerardo Fallas Morales, Miguel Ángel lbarra Mesén, Eithel Sánchez Quirós, Sergio Federico Arias Silesky, y Rodrigo Fallas Bonilla, por escritura pública número ciento tres-tres otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veintiséis de febrero del dos mil nueve. Constituyeron la sociedad denominada Grupo Terranova Sociedad Anónima. Plazo social de noventa y nueve años. Capital social diez mil colones. Se nombra al presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma a: Miguel Ángel Ibarra Mesén, Sergio Federico Arias Silesky, Eithel Sánchez Quirós, respectivamente. Es todo. San José ocho horas treinta minutos del veintiséis de febrero del dos mil nueve.—Lic. Miguel Eduardo Cervantes Mora, Notario.—1 vez.—Nº 91651.—(17164).
Ante esta notaría por escritura número ochenta y dos, otorgada a las diez horas del trece de febrero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Bosz Digital Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones representado en diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Representación recae en su presidente y secretario.—San José, 26 de febrero del dos mil nueve.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.—Nº 91652.—(17165).
Ante esta notaría, y al ser las diez horas del doce de diciembre del año dos mil ocho, mediante escritura número doscientos cincuenta y cinco, del tomo segundo de mi protocolo, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad denominada Centro de Alarmas C. A, C, Sociedad Anónima, cambiándosele el nombre para que se le llame Centro de Alarmas C. A. C. Sociedad Anónima; Asimismo la representación judicial y extrajudicial será ahora del presidente y el secretario. Y además se nombró nueva junta directiva y fiscal. Es todo.—San José, cuatro de febrero del año dos mil nueve.—Lic. Jorge Eugenio Porras Mora, Notario.—1 vez.—Nº 91654.—(17166).
Primero: Por escritura número 20, de las 13:00 horas del 23 de febrero, se constituyen 10 sociedades limitadas cuya denominación social será el número de cédula jurídica asignado por el Registro Mercantil del Registro Público, segundo: Por escritura número 21 de las 15:00 horas del 23 de febrero, se constituyen 2 sociedades limitadas cuya denominación social será el número de cédula jurídica asignado por el Registro Mercantil del Registro Público. Es todo.—Jacó, 23 de febrero del 2009.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 91656.—(17167).
En esta notaría, por escritura número cuarenta y tres de las veinte horas del treinta de enero del año dos mil nueve, Enmanuel Vargas Castro y Jennsy Jesús Vargas Sibaja constituyen la sociedad anónima denominada EVC Vivarsa de Costa Rica Sociedad Anónima. Presidente Enmanuel Vargas Castro, ante la notaria Gioconda Homodeo Vindas.—Veintiséis de febrero del dos mil nueve.—Lic. Gioconda Homodeo Vindas, Notaria.—1 vez.—Nº 91657.—(17168).
Por escritura número ciento sesenta, otorgada al ser las nueve horas treinta minutos del diecisiete de febrero del año dos mil nueve, ante esta notaría, se constituye Ciudadela Los Pérez Sociedad Anónima.—San José, veinte de febrero del año dos mil nueve.—Lic. Federico José Jiménez Solano, Notario.—1 vez.—Nº 91659.—(17169).
Por escritura otorgada el día de hoy a las quince horas del siete de febrero, ante el suscrito notario, se constituyó Global Basketball Unlimited S. A. Presidente es apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo: noventa y nueve años desde la constitución.—San José, veinticinco de febrero del dos mil nueve.—Lic. Roberto Gourzong Cerdas, Notario.—1 vez.—Nº 91661.—(17170).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez
horas del día veinticuatro del mes de febrero del año dos mil nueve, se
constituyó
El suscrito, Luis Enrique Salazar Sánchez, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día veintitrés de febrero del dos mil nueve, se constituyó ante mí, la empresa Solfarhambra C.R. Limitada.—San José, veintitrés de febrero del dos mil nueve.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 91663.—(17172).
Consultoría Física Sociedad Anónima, solicita constitución de sociedad con un capital social de cien mil colones y la representación le corresponde al presidente de la junta directiva.—San José, veinticinco de febrero del año dos mil nueve.—Lic. José Eduardo Quesada Loría, Notario.—1 vez.—Nº 91671.—(17173).
Ante esta notaría, al ser las nueve horas y treinta minutos del día veintiséis de febrero de dos mil nueve, procedí a la constitución de la sociedad Seguridad El Cortijo de Escazú S. A.—San José, veintiséis de febrero de dos mil nueve.—Lic. Guillermo Chacón Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 91672.—(17174).
Ante el notario Lic. Rogelio Acuña Altamirano, notario público de San José, se protocoliza acta de renuncia y nombramiento de junta directiva de la sociedad denominada Mireal Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Domicilio social: San José.—San José, veintiséis de febrero del dos mil nueve.—Lic. Rogelio Acuña Altamirano, Notario.—1 vez.—Nº 91673.—(17175).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las
quince horas del veinticuatro de febrero del dos mil nueve, se constituyó la
sociedad de conformidad con el Decreto número tres tres uno siete uno-J,
artículo segundo, publicado en
Por escritura otorgada en mi notaría se protocolizó acta de asamblea general ordinaria de socios, de la empresa denominada Inversiones Potrero Verde I. P. V. S. A., con domicilio en la ciudad de San José, nombrando nueva junta directiva, cuyo presidente es el señor Eleander Ramírez Campos.—San José, 26 de febrero del año 2009.—Lic. José Manuel López Mora, Notario.—1 vez.—Nº 91677.—(17177).
Ante esta notaría, por escritura otorgada en Cartago, a las quince horas del día veinticinco de febrero del año dos mil nueve, se constituye Agroindustrias Rodrisolar M&A Sociedad Anónima.—Cartago, veinticinco de febrero del año dos mil nueve.—Lic. Laura Gómez Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 91680.—(17178).
Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00
horas del día 26 de febrero del año 2009, se reformó la cláusula sétima y se
nombra nueva junta directiva de la sociedad denominada Ganadera
Por escritura Nº 003 de esta fecha, tomo doce de mi protocolo, se constituye Ecoaventuras y Turismo de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 5 de febrero del 2009.—Lic. Wálter Fco. Corrales Granados, Notario.—1 vez.—Nº 91684.—(17180).
Ante mi notaría a las 11: 00 horas del día 25 de febrero del 2009, se constituyó sociedad anónima conforme al Decreto 33171-J capital social suscrito y pagado.—San José, 25 de febrero del 2009.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—Nº 91686.—(17181).
Ante mi notaría a las 11:30 horas del día 25 de febrero del 2009, se constituyó sociedad anónima conforme al Decreto 33171-J Capital social suscrito y pagado.—San José, 25 de febrero del 2009.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—Nº 91687.—(17182).
Al ser las ocho horas del veinticinco de febrero del dos mil nueve, ante esta notaría se aumentó el capital social de la sociedad denominada Agrícola Piscis Sociedad Anónima, capital social totalmente suscrito y pagado por los socios.—Cartago, veinticinco de febrero del dos mil nueve.—Lic. Alfonso Víquez Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 91688.—(17183).
Al ser las diecisiete horas del diecisiete de febrero de dos mil nueve, ante esta notaría se constituyó la empresa denominada CORPROSEMM, Corporación Proveedora de Servicios de Maquila y Moldeo Sociedad Anónima, capital social suscrito y pagado por los socios.—Cartago, diecisiete de febrero del dos mil nueve.-Lic. Esteban Francisco Troyo Dittel, Notario.—1 vez.—Nº 91689.—(17184).
Ante esta notaría, al ser las dieciséis horas del veintiocho de enero del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad denominada Gavilanes Azules de Nosara Sociedad Anónima, donde se acordó modificar, la cláusula novena de la administración, y se nombra junta directiva.—San José, veintiocho de enero del dos mil nueve.—Lic. Javier Francisco Chaverri Ross, Notario.—1 vez.—Nº 91690.—(17185).
El día dos de febrero del presente año, a las diez horas en la ciudad de Limón, se constituyó la sociedad denominada Jaixy Sociedad Anónima, presidente: Asdrúbal Hidalgo Carmona, capital social once mil colones.—Limón, 28 de febrero del 2009.—Lic. Mayela Enríquez Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 91693.—(17186).
El día once de diciembre del año dos mil ocho, a las dieciséis horas en la ciudad de Limón, se constituyó la sociedad denominada Solo Marcas del Caribe Sociedad Anónima, presidente: Jefry Hidalgo Carmona, capital social once mil colones.—Limón, 25 de febrero del 2009.—Lic. Mayela Enríquez Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 91694.—(17187).
Por escritura número cincuenta y siete-seis otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veintiséis de febrero del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad tres-ciento dos-quinientos diecisiete mil trescientos sesenta ltda., con la cédula jurídica antes indicada, mediante la cual se reformaron las cláusulas primera y sexta y se hicieron nuevos nombramientos de gerente uno y gerente dos.—San José, veintiséis de febrero del 2009.—Lic. Jorge F. Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 91695.—(17188).
Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecinueve de febrero del dos mil nueve, a las nueve horas se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-quinientos cincuenta y dos mil quinientos noventa y cuatro sociedad anónima, en la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Atenas, veintiséis de febrero del dos mil nueve.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 91697.—(17189).
Ante nosotros Yasmín Herrera Mahomar y Rafael Ángel Morales Soto, notarios públicos, a las 14 horas de hoy se protocolizó acta de la sociedad Ingeniería de Capitales INDECAP S. A. Por medio de la cual se reforman cláusulas.—Belén, Heredia, 5 de enero del 2009.—Lic. Rafael Ángel Morales Soto, Notario.—1 vez.—Nº 91703.—(17190).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas veinte minutos del nueve de febrero del año dos mil nueve se constituye la sociedad Sarmiento y Castro Asociados Sociedad Anónima. Es todo.—Lic. Paola Colombo Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 91704.—(17191).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó Corporación Sancho & Soto de San Ramón Sociedad Anónima. Domicilio. San Ramón, Alajuela. Capital diez mil colones. Presidente y secretaria, apoderados generalísimos sin límite de suma, Jesús Rogelio Sancho Castro e Hilda Marita Soto Pérez.—San Ramón, 10 de febrero del 2009.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 91705.—(17192).
En mi notaría mediante escritura número sesenta y seis otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del día veinticinco de febrero de dos mil nueve se constituyó Fly By Night Industries Sociedad Anónima, capital social veinte mil colones, plazo social cien años a partir de su constitución.—San José, veintiséis de febrero de dos mil nueve.—Lic. Armando Ayala Wolter, Notario.—1 vez.—Nº 91706.—(17193).
Ante esta notaría, se constituye a las 10:00 horas del 14 de febrero del 2009, se constituye la sociedad Harhil Sociedad Anónima. Presidente: Harold Bonilla López. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 16 de febrero del 2009.—Lic. Rosaura Guadamuz Leal, Notaria.—1 vez.—Nº 91708.—(17194).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 18 de febrero del 2009, se constituyó sociedad anónima que tendrá como razón social el número de cédula jurídica.—Lic. Willy Curling Rutishsauser, Notario.—1 vez.—Nº 91713.—(17195).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:00
horas del 5 de diciembre del 2008, se constituyó
Por escritura pública otorgada ante este notario, a las 16:00 horas del 24 de febrero deL 2009, se constituyó una sociedad anónima denominada P.P.I. Pine Partners Internacional S. A., presidente: James Kavanaugh, plazo social 99 años.—San José, 25 de febrero del 2009.—Lic. Luis Fernando León Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 91715.—(17197).
El suscrito notario hace constar que el día de hoy protocolicé el acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Zalud Natural Internacional Sociedad Anónima, en la que se reforma laS cláusulaS primera, quinta y sexta de los estatutos de la sociedad.—San José, 25 de febrero del 2009.—Lic. Paul Portuguez Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 91718.—(17198).
En el despacho de la notaria Ildreth Araya Mesén, a las
quince horas del tres de febrero del dos mil nueve, los señores Ricardo Mora
Quesada, cédula número uno-uno cero cero ocho-cero cinco uno nueve y Johanna
Campos Rodríguez, cédula número uno-uno cero siete nueve-cero cinco cinco cero,
constituyeron Grupo Mora y Campos Sociedad Anónima, cuyo capital social
es por la suma de cien mil colones.—
En el despacho de la notaria Ildreth Araya Mesén, a las
diecinueve horas del dieciséis de febrero del dos mil nueve, los señores
Beatriz Emilia Quesada Solano, cédula número uno-nueve siete siete-cinco cinco
cero y Juan Ignacio Vargas Mesén, cédula número nueve-cero uno cero dos-cero
ocho siete seis, constituyeron Automotriz V Q Sociedad Anónima, cuyo
capital social es por la suma de cien mil colones.—
El suscrito notario hace constar que ante su notaría se constituyó la sociedad Centauro Solutions S. A.—San José, 27 de octubre del 2008.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 91723.—(17201).
Por escritura número 67 otorgada ante esta notaría, a las 16:15 horas del día 11 de febrero del año 2009, Víctor Alonso Blanco Mora y Alexánder Blanco Mora, constituyeron Producciones Artísticas Blanco Sociedad Anónima. Capital social ¢10.000,00.—Lic. Lourdes Líos Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 91724.—(17202).
Mediante escritura 185, visible a folio 88 frente del protocolo tomo 5 del notario público Marlon Fernando Arce Blanco, a las 11:00 horas del 7 de febrero del año 2009, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora y Tienda Ana Laura Sociedad Anónima, domiciliada en Pavón, distrito tercero, El Amparo del cantón decimocuarto, Los Chiles de la provincia de Alajuela, al costado norte de la oficina de acueducto. Objeto: actividad comercial. Capital social: quince mil colones. Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Marlon Fernando Arce Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 91726.—(17203).
Mediante escritura 171, visible a folio 78 frente del protocolo tomo 5 del notario público Marlon Femando Arce Blanco, a las 11:00 horas del 31 de enero del año 2009, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Inmobiliarias y Ebanistas Rodríguez Vargas Sociedad Anónima, domiciliada en Pavón, distrito tercero, El Amparo del cantón decimocuarto Los Chiles de la provincia de Alajuela, dos kilómetros norte de la iglesia católica. Objeto: actividad industrial. Capital social: nueve mil colones. Presidente, secretario y tesorero apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Marlon Fernando Arce Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 91727.—(17204).
Mediante escritura 158, visible a folio 71 frente del
protocolo tomo 5 del notario público Marlon Fernando Arce Blanco, a las 11:00
horas del 16 de enero del año 2009, se constituyó la sociedad denominada Productora
y Comercializadora de Granos de
Por escritura número trescientos ochenta y dos-ocho, se acuerda la constitución de la sociedad anónima Sapiencia Promotores Culturales de Centro America S. A. Presidente: Maynor Chaves Gómez y capital social de doce mil colones.—San José, 26 de febrero del 2009.—Lic. Randall Francisco Alvarado Cubillo, Notario.—1 vez.—Nº 91730.—(17206).
Por escritura otorgada a las 13:00 horas del 24 de febrero del año 2009, se constituyó la sociedad denominada Compañía Constructora y Consultora K Y M Gamboa S. A. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Capital social: ¢10.000,00 colones. Plazo: 99 años. Domicilio: San José.—Lic. Mario Mesén Araya, Notario.—1 vez.—Nº 91731.—(17207).
Mediante escritura número doscientos cuarenta y siete otorgada ante mi notaría a las diecisiete horas del veinticinco de febrero del dos mil nueve protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Coopegrecia Seguros S. A., por virtud de la cual se reforma el objeto.—Grecia, 25 de febrero del 2009.—Lic. Enrique Alonso Vargas Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 91737.—(17208).
William Zamora Valverde y Yolanda Rojas Fernández constituyen la compañía Corporación de Inversiones WZamora Sociedad Anónima domicilio: San José. Presidente: William Zamora Valverde. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las dieciocho horas del veinticuatro de febrero del dos mil nueve.—Lic. Javier Coto Echeverría, Notario.—1 vez.—Nº 91744.—(17209).
Por escritura otorgada en Alajuela a las catorce horas del veintitrés de febrero de dos mil nueve, en esta notaría, se constituye la sociedad Deco Arias S. A. Capital social: diez mil colones, con domicilio en la provincia de Heredia, cantón cuatro Santa Bárbara, distrito primero dos San Juan. Presidente: Osvaldo Isaac Calvo Jiménez.—Lic. Erika Morera Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 91749.—(17210).
Por escritura pública otorgada ante los notarios Danilo Cerdas Brenes y Renato Ortiz Álvarez a las 8:00 del 4 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad denominada D Four Café S. A. que en español se traduce Café de Los Cuatro S. A.—Lic. Danilo Cerdas Brenes y Renato Ortiz Álvarez, Notarios.—1 vez.—Nº 91750.—(17211).
Minor Martín León Cruz y Xiomara Ramírez Molina, constituyen cinco sociedades de nombres Solo Bici, Distribuidores Noventa Doscientos Diez, El Salvador-Distribuciones, Suplitotal, Radical todas Sociedad Anónima. Capital social cien mil colones cada una.—San José, veintiséis de febrero del dos mil nueve.—Lic. José Antonio Agüero Morales y Miguel Solórzano Morera, Notarios.—1 vez.—Nº 91756.—(17212).
Por escritura otorgada en Alajuela a las 9:00 horas del doce de febrero del 2009 ante la notaría de la licenciada Vera Violeta González Ávila, se constituyó la sociedad Olas de Marbella Sociedad Anónima, presidente: Alex Vargas Cordero, noventa y nueve años.—Lic. Vera Violeta González Ávila, Notaria.—1 vez.—(17214).
Por escritura otorgada ante mí, se constituye la sociedad anónima Alomar MC Sociedad Anónima, capital social: diez mil colones, totalmente suscritos y pagados por los socios, domicilio social en San José.—San José, veintiséis de febrero del dos mil nueve.—Lic. Luis Diego Castillo Guzmán, Notario.—1 vez.—(17222).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las quince horas treinta minutos del veintiséis de febrero del presente año, la sociedad tres-ciento dos-cinco cuatro cero dos siete uno sociedad de responsabilidad limitada, cédula jurídica número 3-102-540271, reforma la cláusula del pacto social, cambia de nombre a Textiles Itskatzu Inc. Sociedad de Responsabilidad Limitada, nombre de fantasía.—San José, veintiséis de febrero del dos mil nueve.—Lic. Mayling Larios Alegría, Notaria.—1 vez.—(17229).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veinticinco de febrero del dos mil nueve protocolicé acta de Inversiones Pelícano Blanco Doce L Sociedad Anónima de las diecisiete horas del veintitrés de febrero del dos mil nueve, mediante la cual se reformó las cláusulas segunda y novena.—Lic. Flory Gabriela Arrieta Hernández, Notaria.—1 vez.—(17232).
Por escritura número ocho, otorgada ante esta notaría, a las trece horas del día dieciocho de febrero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad cuya denominación social es el número de cédula jurídica que le asigne el Registro con las siglas de Limitada. Plazo social: cien años. Capital social: cien mil colones, dividido en cien cuotas de mil colones cada una. Representación judicial: gerente y subgerente.—San José, dieciocho de febrero del dos mil nueve.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(17234).
Por escritura número nueve, otorgada ante esta notaría, a las trece horas diez minutos del día dieciocho de febrero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad cuya denominación social es el número de cédula jurídica que le asigne el Registro con las siglas de Limitada. Plazo social, cien años. Capital social: cien mil colones, dividido en cien cuotas de mil colones cada una. Representación judicial: gerente y subgerente.—San José, dieciocho de febrero del dos mil nueve.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(17235).
Por escritura número diez, otorgada ante esta notaría, a las trece horas veinte minutos del día dieciocho de febrero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad cuya denominación social es el número de cédula jurídica que le asigne el Registro con las siglas de Limitada. Plazo social: cien años. Capital social: cien mil colones, dividido en cien cuotas de mil colones cada una. Representación judicial: gerente y subgerente. San José, dieciocho de febrero del dos mil nueve.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(17236).
Por escritura número doce, otorgada ante esta notaría, a las trece horas cuarenta minutos del día dieciocho de febrero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad cuya denominación social es el número de cédula jurídica que le asigne el Registro con las siglas de Limitada. Plazo social: cien años. Capital social: cien mil colones, dividido en cien cuotas de mil colones cada una. Representación judicial: gerente y subgerente.—San José, dieciocho de febrero del dos mil nueve.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(17238).
Por escritura número once otorgada ante esta notaría, a las trece horas treinta minutos del día dieciocho de febrero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad cuya denominación social es el número de cédula jurídica que le asigne el Registro con las siglas de Limitada. Plazo social: cien años. Capital social: cien mil colones, dividido en cien cuotas de mil colones cada una. Representación judicial: gerente y subgerente.—San José, dieciocho de febrero del dos mil nueve.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(17240).
Arnoldo Aguilar Barzuna y Adriana Soto Calvo, constituyen la sociedad denominada CRC Costa Rica Cigars Sociedad Anónima. Escritura número noventa y cuatro, con fecha de otorgamiento dos de diciembre del año dos mil ocho, visible al tomo seis de la notaria pública Patricia Valverde Lafuente.—San José, veintisiete de febrero del dos mil nueve.—Lic. Patricia Valverde Lafuente, Notaria.—1 vez.—(17249).
Por escritura otorgada ante este notario a las diez horas
del veinticinco de febrero del dos mil nuev,e se constituye sociedad denominada
Hotel Elvis
Por escritura 101 otorgada en esta notaría, a las 9:00 horas del 26 de febrero del 2009, la sociedad: tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y nueve mil novecientos veintiséis s. a., nombra nuevo apoderado generalísimo. Es todo.—Lic. Ilem Tatiana Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—(17271).
Por escritura 100 otorgada en esta notaría, a las 8:00 horas del 26 de febrero del 2009, la sociedad: tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y nueve mil novecientos veintiuno s. a., nombra nuevo apoderado generalísimo. Es todo.—Lic. Ilem Tatiana Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—(17273).
Por escritura 98 otorgada en esta notaría, a las 9:00 horas del 17 de febrero del 2009, la sociedad: Américas Distributor AMD S. A., aumenta su capital social. Es todo.—Lic. Ilem Tatiana Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—(17275).
Por escrituras de 9:30 horas, de ayer y de 9:35 horas de
hoy, protocolicé actas de asambleas de accionistas generales de Condado del
Parque MLS S. A. y de
La sociedad Inversiones Repastillos Blanca Sétima S. A. protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios.—San José, veintiséis de febrero del dos mil nueve.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—(17294).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada Impresiones Digitales Fincho S. A.—San José, veintiséis de febrero del dos mil nueve.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—(17295).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veinticinco de febrero del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Consultores Técnicos Financieros Cotesa Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican cláusulas y se nombra nueva junta directiva.—Veintiséis de febrero del dos mil nueve.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—(17299).
Mediante escritura autorizada por la suscrita notaria, a las ocho horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil doscientos cuarenta y seis sociedad anónima, mediante la cual se reforma la cláusula sexta de los estatutos.—San José, 25 de febrero de 2009.—Lic. Jéssica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—(17319).
Mediante escritura otorgada ante mí, a las diez horas del dieciséis de enero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza Ramietura del Oeste Sociedad Anónima.—27 de febrero del 2009.—Lic. Lilliana Larios Quesada, Notaria.—1 vez.—(17338).
Mediante escritura otorgada ante mí a las doce horas del dieciséis de enero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza Tuva Ferre Sociedad Anónima.—27 de febrero del 2009.—Lic. Lilliana Larios Quesada, Notaria.—1 vez.—(17339).
Mediante escritura otorgada ante mí, a las doce horas del diecisiete de enero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza Grupo Chasol de Costa Rica Sociedad Anónima.—27 de febrero del 2009.—Lic. Lilliana Larios Quesada, Notaria.—1 vez.—(17340).
Por escritura número veintisiete del tomo número cuatro de mi protocolo, otorgada en la ciudad de San José, a las diez horas del día veintisiete de febrero del año dos mil nueve, se protocolizaron acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad HKO Real Sate Holdings Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-trescientos noventa y cinco mil seiscientos seis, mediante la cual se reforma la junta directiva y el domicilio de la compañía.—Lic. Gabriel Lizama Oliger, Notario.—1 vez.—(17341).
Por escritura número ocho-cuarenta y tres, otorgada ante los notarios Juvenal Sánchez Zúñiga, Alberto Sáenz Roesch, y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del primero, a las dieciséis horas del día veintiséis de febrero del año dos mil nueve, se reforman las cláusulas tercera y sétima y se nombran gerente uno y gerente dos de la compañía Desarrollos Cosmopolitan Celeste Número Ocho S. R. L.—San José, 26 de febrero del 2009.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—(17342).
En mi notaría a las ser las catorce horas del veintisiete de febrero del dos mil nueve, se ha constituido la empresa Producciones Barrantes y Asociados Sociedad Anónima, por un plazo social de noventa y nueve años, cuyo presidente es el señor Luis Martín Barrantes Cantillo, cédula uno-cuatrocientos sesenta y uno setecientos veinticinco.—Lic. María Gabriela Calvo Ramírez, Notaria.—1 vez.—(17366).
Ante esta notaría a las 8:00 horas del 01 de febrero del 2008, se protocoliza acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad VMG Healthcare Products S. A., celebrada a las 9:00 horas del 3 de agosto del 2007. Se reforma la cláusula 5, del capital social, de los estatutos.—San José, 24 de febrero del 2009.—Lic. Randall Fernández Argüello, Notario.—1 vez.—(17374).
La suscrita, Kattia Quirós Chévez, notaria pública con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día veintiséis de febrero del dos mil nueve, se constituyó ante mí, la empresa denominada Importaciones Sueda Sociedad Anónima.—San José, veintiséis de febrero del dos mil nueve.—Lic. Kattia Quirós Chévez, Notaria.—1 vez.—(17375).
Por escritura otorgada a las quince horas del veintiuno de enero del dos mil nueve, se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad denominada Picso Industrias Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y cinco mil cuatrocientos ochenta y siete.—San José, 21 de enero del 2009.—Lic. Rafael Ignacio Leandro Rojas, Notario.—1 vez.—(17377).
Por escritura otorgada a las doce horas del veintidós de enero del dos mil nueve, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad denominada Colina PVS Ciento Dieciocho Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos quince mil setenta y dos.—San José, 22 de enero del 2009.—Lic. Rafael Ignacio Leandro Rojas, Notario.—1 vez.—(17378).
Por escritura otorgada a las once horas del dos de diciembre del dos mil ocho, se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad denominada tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y ocho mil trescientos cincuenta y nueve sociedad anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y ocho mil trescientos cincuenta y nueve.—San José, 3 de diciembre del 2008.—Lic. Rafael Ignacio Leandro Rojas, Notario.—1 vez.—(17379).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho
horas del veintitrés de enero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad,
denominada Cultura para
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veintitrés de febrero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Tres: Dieciséis Internacional Sociedad Anónima, capital social de diez mil colones. Presidente, secretario, tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 23 de febrero del 2009.—Lic. Serguei Swirgsde G., Notario.—1 vez.—(17382).
Por medio de asamblea extraordinaria de socios de la compañía Inversiones Siempre Bonito Limitada, celebrada a las 8:00 horas del día 19 de febrero del 2009, se acordó modificar las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo de la compañía. Asimismo, se nombran nuevos gerente y subgerentes.—Tamarindo, 19 de febrero del 2009.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—(17383).
Se constituye sociedad anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo: 99 años. Domicilio social: Santa Cruz, Guanacaste, del Parque costado oeste cien metros sur y veinticinco este. Presidente y tesorera representantes judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma: presidente: Anselmo Vidal Viales Hernández, tesorera: Beatriz Hernández Rojas.—Lic. Sileny María Viales Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 87003.—(17492).
Por escritura pública de las catorce horas del veintiséis de febrero de dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Seguridad y Protección de Centroamérica S.P.C. S. A., titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos un mil novecientos cincuenta, mediante la cual se reforma la cláusula primera modificándose el domicilio social y la cláusula cuarta aumentándose el capital social de la empresa. Es todo.—San José, veintiséis de febrero dos mil nueve.—Lic. Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—Nº 91760.—(17493).
Hoy ante mi Notaría, Jonathan Benavides Jiménez y Carlos Alejandro Matute Giménez, constituyen Grupo Benavides Matute Sociedad Anónima. Presidente: Jonathan Benavides Jiménez.—24 de febrero del 2009.—Lic. Juan Carlos Rojas Sandí, Notario.—1 vez.—Nº 91761.—(17494).
Por escritura otorgada ante esta Notaria Pública, a las quince horas del veinticuatro de febrero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Cafetería, Detalles, Aromas y Algo Más Sociedad Anónima, capital social ¢50.000 colones. Presidente y secretaria tienen la representación judicial y extrajudicial. Plazo: 99 años.—San José, veintisiete de febrero del dos mil nueve.—Lic, Mayra Gómez Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 91762.—(17495).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Los Riachuelos Ecológicos de Paz S. A. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente y secretario con representación judicial y extrajudicial. Domicilio: Granadilla Norte, Curridabat.—San José, 27 de febrero del 2009.—Lic. Óscar Navarro Mondragón, Notario.—1 vez.—Nº 91763.—(17496).
El día de hoy, en esta notaría protocolicé acta de la
sesión de junta administrativa, mediante la cual se reforma el estatuto de
El día diecisiete de febrero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Hermanos Tres Vargas S. A. Capital social: cien mil colones.—Palmares, 20 de febrero del año dos mil nueve.—Lic. Édgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—Nº 91765.—(17498).
El día veinte de febrero del año dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad Rodríguez y Chacón Naranjo S. A., se nombra nueva junta directiva.—Palmares, 20 de febrero del año dos mil nueve.—Lic. Édgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—Nº 91766.—(17499).
Roberto Álvarez Hernández, cédula número uno-mil veinte-ciento cuarenta y uno, Ruth Catalina Álvarez Hernández, cédula número dos-seiscientos cincuenta y seis-trescientos cincuenta y uno, Maryland Hernández Araya, cédula número dos-trescientos cuarenta y tres-cero treinta y tres, Maryland Álvarez Hernández, cédula número uno-mil trescientos quince-ciento cincuenta y uno, todos vecinos de Alajuela, Turrúcares, constituyen Hermanos Álvarez Hernández Sociedad Anónima. Escritura Nº 19, tomo 11, de las 15:00 horas del 25 de febrero año dos mil nueve.—Lic. Rubén Ramírez Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 91767.—(17500).
Por escritura número ciento treinta y uno-cuarenta y uno otorgada a las doce horas con cuarenta y un minutos del veintiséis de febrero del dos mil nueve, se protocolizó el estatuto de la sociedad denominada Compañía de Servicios Múltiples Masiza Sociedad Anónima, corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de El General, 26 de febrero del 2009.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 91769.—(17501).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las 16:00 horas del 24 de febrero del 2009, se constituye la sociedad denominada Peonyoa Dos Mil Nueve Sociedad Anónima. Capital social:_diez mil colones. Es todo.—San José, 24 de febrero del 2009.—Lic. José Pablo Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 91772.—(17502).
Por escritura otorgada ante la licenciada Gabriela Molinari Vílchez, a las nueve horas del día veinticinco de febrero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima denominada Crisol de Heredia Sociedad Anónima, con un capital de cien mil colones. Plazo social: de noventa y nueve años, Domicilio social en Heredia de la esquina noroeste del Mercado Municipal doscientos metros al sur edificio Don Mincho. Agente residente: licenciada Gabriela Molinari Vílchez. Presidenta: Ana Cristina Brenes Ledezma.—Heredia, veinticinco de febrero del año dos mil nueve.—Lic. Gabriela Molinari Vílchez, Notaria.—1 vez.—Nº 91774.—(17503).
La suscrita notaria, Jéssica Corrales Porras, hace constar que mediante la escritura número ciento quince-tres de las ocho horas del día veinte de febrero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Desarrollos Valery Sociedad de Responsabilidad Limitada, representada por los señores: Marta Eugenia Delgado Ramírez y Guillermo Mariano Toro Chavarría.—San José, 25 de febrero del 2009.—Lic. Jéssica Corrales Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 91776.—(17504).
Ante mi, Karen Fonseca Sánchez, notaria pública, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Jofavi Sociedad Anónima, capital social diez mil colones. Presidente: Róger Ledesma Corrales.—Santa Bárbara de Heredia, veinticinco de febrero del dos mil nueve.—Lic. Karen María Fonseca Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 91777.—(17505).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria en San José, a las 8:00 horas del 24 de febrero del 2009, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Destreza Creativa H Y V Sociedad Anónima, celebrada en San José, a las 19:00 horas del 13 de febrero del 2009, en la cual se acordó revocar el nombramiento de tesorero y nombrar uno nuevo.—Lic. Ivannia Zúñiga Vidal, Notaria.—1 vez.—Nº 91778.—(17506).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veintitrés de febrero del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía 3-101-485737 sociedad anónima. Se reformó la cláusula octava y se nombra nueva junta directiva de los estatutos sociales.—San José, 25 de febrero del 2009.—Lic. Andrés Eduardo Calvo Herra, Notario.—1 vez.—Nº 91779.—(17507).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del diecinueve de febrero del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Lake Eucalytus Scents Sociedad Anónima. Se reformó las cláusulas segunda, octava y se nombra nueva junta directiva y agente residente de los estatutos sociales.—San José, 23 de febrero del 2009.—Lic. Andrés Eduardo Calvo Herra, Notario.—1 vez.—Nº 91780.—(17508).
Por escritura otorgada a las once horas treinta minutos del día veinticinco de febrero del año dos mil nueve ante el notario Ricardo Castro Páez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Exclusive Costa Rica J.R. Sociedad Anónima. Se modifican las cláusulas primera, segunda y sétima del pacto constitutivo. Presidente: David Alberto Peña Ulloa.—San José, veintiséis de febrero del año dos mil nueve.—Lic. Ricardo Castro Páez, Notario.—1 vez.—Nº 91781.—(17509).
Por escritura otorgada a las once horas del día veinticinco de febrero del año dos mil nueve ante el notario Ricardo Castro Páez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Exclusive Costarican D.D.C.C. Real Estate Sociedad Anónima. Se modifican las cláusulas primera, segunda y sétima del pacto constitutivo. Presidente: Mario Alberto Peña Lara.—San José, veintiséis de febrero del año dos mil nueve.—Lic. Ricardo Castro Páez, Notario.—1 vez.—Nº 91782.—(17510).
Por escritura otorgada ante mí, Nicolás Saborío Cubillo, a las doce horas del veinticuatro de febrero del dos mil nueve, se funda la sociedad Inversiones CHCO Sociedad Anónima. Presidente: Maynor Alexander Delgado Cubillo. Domicilio social: Bajo Mora de Barbacoas, Puriscal, San José, entrada a Cirrí, carretera a San Juan. Agente residente: Lic. Nicolás Saborío Cubillo.—Guápiles, veinticuatro de febrero del dos mil nueve.—Lic. Nicolás Saborío Cubillo, Notario.—1 vez.—Nº 91783.—(17511).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:20 horas del 19
de enero del 2009, se constituye J- Vem Computers Sociedad Anónima.
Presidente: Alexánder Rivera Ramírez. Domicilio social: Guácimo, Limón, frente
al edificio de
Por escritura otorgada ante mí, a las 09:15 horas del 20 de febrero del 2009, se constituye Inmobiliaria Gofer Sociedad Anónima. Presidente: Javier Francisco González Fernández. Domicilio social: Guápiles, Pococí, Limón, urbanización Toro Amarillo, doscientos metros oeste de plaza deportes.—Limón, 20 de febrero del 2009.—Lic. Carlos Mora Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 91785.—(17513).
Por escritura otorgada ante mí a las 17:00 horas del día 03 de febrero del 2009, se protocoliza acta de la sociedad denominada Nen Lalaith S. A. Se reforma cláusula sexta de los estatutos, se nombra nuevos miembros de la junta directiva, y fiscal.—Lic. Iván Granados Fischel, Notario.—1 vez.—Nº 91786.—(17514).
En mi Notaría a las doce horas cincuenta minutos del veinticuatro de febrero del dos mil nueve, se modificaron las cláusulas segunda del domicilio social y decimasétima de la junta directiva de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos veintiséis mil ciento cincuenta sociedad anónima. Cuyo domicilio social es en San José, barrio Escalante, de la lglesia Santa Teresita doscientos metros este y cien metros sur, oficina número dos mil novecientos diez, en AG Abogados.—San José, 24 de febrero del 2009.—Lic. Rocío Quirós Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 91788.—(17515).
El día de hoy, ante mi Lorena Montt Villacura, notaria pública con oficina en San José, se constituyó Grupo Publicitario Impacte S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veinticinco de febrero del dos mil ocho.—Lic. Lorena Montt Villacura, Notaria.—1 vez.—Nº 91789.—(17516).
Por escritura número ciento treinta y nueve-dos otorgada ante mi Notaría a las once horas treinta minutos del día veinticuatro de febrero del dos mil nueve, se constituyó una sociedad anónima, bajo el artículo dos de Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno, a las cuales el Registro Público asignará su respectiva cédula de persona jurídica, con un capital social de diez mil colones, plazo: 100 años.—Lic. Lariza Guevara Moya, Notaria.—1 vez.—Nº 91790.—(17517).
Ante esta Notaría, por escritura número ciento cuarenta-dos, otorgada a las quince horas treinta minutos del veinticinco de febrero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Rancho Donna Marie Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo: cien años.—Lic. Lariza Guevara Moya, Notaria.—1 vez.—Nº 91791.—(17518).
Ante la suscrita notaria pública Emilia Ulloa Corrales, se constituyó hoy la sociedad Hierros y Puzolanas Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Hierros y Puzolanas S. A., siendo este un nombre de fantasía. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Las Juntas de Abangares Valle del Río detrás del salón Kikos Bar en Guanacaste. Capital social: representado por quince acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Plazo será 100 años. Presidente: Gerardo Alfredo Cascante Suárez.—Abangares, 24 de febrero del 2009.—Lic. Emilia Ulloa Corrales, Notaria.—1 vez.—Nº 91793.—(17519).
La suscrita notaria, Sara Miranda Osorio, hace constar que al ser las dieciséis horas del veinticuatro de febrero de dos mil nueve, mediante escritura número ciento setenta y cuatro, se protocolizó el acta de asamblea de la sociedad tres-ciento uno-quinientos cincuenta mil noventa y tres sociedad anónima, se nombra nueva presidenta a la señora Ingrid Patricia Hernández Cordero.—25 de febrero del 2009.—Lic. Sara Miranda Osorio, Notaria.—1 vez.—Nº 91795.—(17520).
En mi Notaría mediante la escritura número doscientos veintiocho, se constituyó la sociedad Empresa Segura Q S. A. Apoderados generalísimos presidente y secretario.—San José, veintisiete de febrero del dos mil nueve.—Lic. Ericka Castro Argüello, Notaria.—1 vez.—Nº 91797.—(17521).
Por asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Asociación Cultural Amistad del Libro ACAL Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento veinticuatro mil trescientos cuarenta y seis, celebrada a las nueve horas del treinta de enero del año dos mil nueve, protocolizada por la suscrita notaria, se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo.—San José, 19 de febrero del 2009.—Lic. María Gabriela Fernández Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 91800.—(17522).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del 20 de febrero del dos mil nueve, protocolización de asamblea general extraordinaria de Industrias Populares S. A.—Lic. Lilliam Solano Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 91802.—(17523).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del veintitrés de febrero del dos mil nueve, constitución de dos sociedades Impresiones Dos Ríos, Impresiones Tierra Santa S. A. Presidente: Saad Ahmad Masaeed.—Lic. Lilliam Solano Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 91803.—(17524).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 14:00 horas del 26 de febrero del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad tres-ciento uno-quinientos siete mil ochocientos seis sociedad anónima, en donde se reforman las cláusulas sétima y décima, del pacto social.—San José, 27 de febrero del 2009.—Lic. Suny Sánchez Achío, Notaria.—1 vez.—Nº 91804.—(17525).
Mediante escritura pública, otorgada a las diez horas del seis de febrero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Alfaro Murillo Sociedad Anónima pudiendo abreviarse Inversiones Alfaro Murillo S. A. Capital social: diez mil colones. Presidenta: Katheine Villalobos Rosales.—Lic. Katherine Villalobos Rosales, Notaria.—1 vez.—Nº 91808.—(17526).
Ante esta notaría, los señores Johnny Aguirre Salazar, cédula de identidad número 18-081-097 y Jendy Varela Herrera, cédula de identidad número 1-1101-146, han constituido una sociedad denominada J.A. Producciones Creativas Sociedad Anónima. Presidente: Johnny Aguirre Salazar. Capital social: ciento veinte mil colones.—Lic. Tatiana Salgado Loaiza, Notaria.—1 vez.—Nº 91810.—(17527).
Por escritura otorgada hoy ante mí, a las ocho horas, se constituyó la sociedad Recreaciones Thichfield Sociedad Anónima. Presidente: Hebneser Sutherland Gordon.—San José, 26 de febrero de 2009.—Lic. Albert Joseph Robinson Herman, cc José Alberto Robinson Herman, Notario.—1 vez.—Nº 91811.—(17528).
Se constituye la firma de esta plaza denominada Kiki Hime Sociedad Anónima. Presidente: Hisano Bell, de único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, portadora del pasaporte número cuatro cero cuatro cero uno cero tres ocho cero. Plazo social: noventa y nueve años, a partir de la fecha de su constitución.—San José, veintisiete de febrero del dos mil nueve.—Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 91816.—(17529).
Se constituye la firma de esta plaza denominada Hime Mama Sociedad Anónima. Presidente: Hisano Bell, de único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, portadora del pasaporte número cuatro cero cuatro cero uno cero tres ocho cero. Plazo social: noventa y nueve años, a partir de la fecha de su constitución.—San José, veintisiete de febrero del dos mil nueve.—Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 91817.—(17530).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las nueve horas, treinta minutos del veinticinco de febrero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima Bugie and Jenny Golfo Dulce Tours Sociedad Anónima, cuya traducción al español es Bugie y Jenny Viajes de Turismo Golfo Dulce S. A. Domiciliada en Playa Cacao de Golfito, Puntarenas. Capital social: suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Se nombra junta directiva y fiscal.—Golfito, veinticinco de febrero del año dos mil nueve.—Lic. Hazel Salas Desanti, Notaria.—1 vez.—Nº 91818.—(17531).
A las 11:00 horas de hoy, protocolizamos asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Arleti S. A., mediante la cual se modifican totalmente los estatutos, se revocan los nombramientos de la junta directiva y fiscal y se nombran otros.—San José, veinticinco de febrero del año dos mil nueve.—Lic. Arturo Ortiz Sánchez y Manuel Gomis Muñoz, Notarios.—1 vez.—Nº 91821.—(17532).
A las 18:00 horas de hoy, protocolicé asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Bayou Canes Limitada, mediante la cual se modifica la cláusula segunda, se revoca el nombramiento del gerente y se nombra otro.—San José, cinco de febrero del año dos mil nueve.—Lic. Arturo Ortiz Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 91822.—(17533).
A las 17:00 horas de hoy protocolizamos asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Importaciones Hamakra Limitada, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda, cuarta y sexta de los estatutos, se revoca el nombramiento del gerente y se nombra otro.—San José, veinticuatro de febrero del año dos mil nueve.—Lic. Arturo Ortiz Sánchez y Manuel Gomis Muñoz, Notarios.—1 vez.—Nº 91823.—(17534).
Por escritura ante mí, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de Desarrollos Guanacastecos Los Olivos S. A., cambió de junta directiva. Presidente y secretario.—San José, 25 de febrero del 2009.—Lic. Diego Vargas Gould, Notario.—1 vez.—Nº 91824.—(17535).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del veintitrés de febrero del año dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad Corporación Paraíso Marino C.R. Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-quinientos treinta mil novecientos veintiuno, reformando sus cláusulas segunda y sétima, se nombran nuevas apoderadas. Es todo.—Jacó, misma fecha.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 91826.—(17536).
Por escritura otorgada ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las ocho horas del veinticinco de febrero del año dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad Dibren de Jacó Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cuarenta y cuatro mil ochocientos setenta y seis, reformando la cláusula sétima y se nombran apoderados. Es todo.—Jacó, misma fecha.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 91827.—(17537).
Por escritura otorgada ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las ocho horas del veintitrés de febrero del año dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad Desarrollos Z.E.I. del Pacífico Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-quinientos veintidós mil ochocientos sesenta y seis, reformando la cláusula sétima. Es todo.—Jacó, misma fecha.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 91828.—(17538).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del veinticinco de febrero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Morgan’s Cove Resort & Casino Sociedad Anónima. Objeto: administración de propiedades. Capital social: diez mil colones. Es todo.—Jacó.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 91829.—(17539).
Por escritura otorgada ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las catorce horas, quince minutos del veinticinco de febrero del año dos mil nueve, se constituyó una sociedad anónima de conformidad con directriz número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Objeto: administración de propiedades. Capital social: diez mil colones. Es todo.—Jacó, veinticinco de febrero del dos mil nueve.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 91831.—(17540).
Por escritura otorgada ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las catorce horas del veinticinco de febrero del año dos mil nueve, se constituyó una sociedad anónima de conformidad con directriz número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Objeto: administración de propiedades. Capital social: diez mil colones. Es todo.—Jacó, veinticinco de febrero del dos mil nueve.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 91832.—(17541).
Por escritura otorgada ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las trece horas, cuarenta y cinco minutos del veinticinco de febrero del año dos mil nueve, se constituyó una sociedad anónima de conformidad con directriz número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Objeto: administración de propiedades. Capital social: diez mil colones. Es todo.—Jacó, veinticinco de febrero del dos mil nueve.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 91834.—(17542).
Por escritura otorgada ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las trece horas, treinta minutos del veinticinco de febrero del año dos mil nueve, se constituyó una sociedad anónima de conformidad con directriz número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Objeto: administración de propiedades. Capital social: diez mil colones. Es todo.—Jacó, veinticinco de febrero del dos mil nueve.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 91835.—(17543).
Por escritura otorgada ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las trece horas, quince minutos del veinticinco de febrero del año dos mil nueve, se constituyó una sociedad anónima de conformidad con directriz número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Objeto: administración de propiedades. Capital social: diez mil colones. Es todo.—Jacó, veinticinco de febrero del dos mil nueve.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 91836.—(17544).
Hoy protocolicé los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y siete mil seiscientos dos s. a., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y siete mil seiscientos dos, mediante los cuales se reforman las cláusulas segunda y octava referentes al domicilio social y la administración, se revocan los nombramientos de toda la junta directiva, el fiscal y el agente residente y se nombran nuevos, por medio de escritura otorgada en la ciudad de San José, a las diecisiete horas del veintiséis de febrero del dos mil nueve, por el notario público Mauricio González Crespo.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—Nº 91837.—(17545).
Ante este notario, se constituyó la sociedad Javy S. A. Con domicilio en San Ramón de Alajuela. Plazo: noventa años. Capital social cien mil colones. Fecha de constitución: veintitrés de febrero del dos mil nueve.—Lic. Carlos Eduardo Blanco Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 91838.—(17546).
Constitución de la sociedad anónima Robles & Maroto Ingeniería S. A. Con un capital social de diez mil colones. Por un plazo de noventa y nueve años. Representación judicial y extrajudicial. Presidente y secretario.—Bagaces, 24 de febrero del 2009.—Lic. Flor de María Aragón Sandoval, Notaria.—1 vez.—Nº 91839.—(17547).
Hoy se protocolizó ante esta notaría, acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza, Vartec, Sistemas de Potencia y Control Industrial Sociedad Anónima, en donde se reforma la cláusula cuarta del pacto social.—San José, veinticinco de febrero, dos mil nueve.—Lic. María Gabriela Mora Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 91840.—(17548).
Por escritura número ciento noventa y nueve, de las dieciocho horas del trece de diciembre del dos mil ocho, se protocolizó la asamblea general de la sociedad Faith For Ever, la cual acuerda variar la cláusula novena del pacto constitutivo, quedando la representación judicial y extrajudicial al presidente.—San José, veintiocho de febrero del 2009.—Lic. Denia Vargas Azofeifa, Notaria.—1 vez.—Nº 91845.—(17549).
Por escritura número ciento noventa y nueve, de las dieciocho horas del trece de diciembre del dos mil ocho, se protocolizó la asamblea general de la sociedad Inversiones Múltiples Ospino Ulloa e Hijos, la cual acuerda cambiar su nombre a Inversiones Múltiples Ospino Ulloa y Asociados.—San José, veintiocho de febrero del 2009.—Lic. Denia Vargas Azofeifa, Notaria.—1 vez.—Nº 91846.—(17550).
Por escritura otorgada en mi notaría, en la ciudad de San José, a las quince horas del día veintiséis de febrero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Proyectos Ingenium Sociedad Anónima. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años contados a partir del momento de su constitución.—San José, veintiséis de febrero de dos mil nueve.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 91849.—(17551).
Por escritura otorgada en mi notaría, se constituyó la sociedad anónima Merlina del Caribe Sociedad Anónima. Como presidente Daniel González Salazar, con cédula de identidad número siete-ciento veintiocho-cuatrocientos cuarenta y uno, con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Con domicilio en Limón.—Limón, 25 de febrero del dos mil nueve.—Lic. Victoria Fernández Ríos, Notaria.—1 vez.—Nº 91862.—(17552).
Por escritura otorgada a las ocho horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria, de la empresa denominada Seguridad Estratégica Tauro Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y siete mil trescientos cuarenta y tres, efectuada en segunda convocatoria, a las catorce horas del siete de febrero del dos mil nueve, donde se reforma la cláusula novena del pacto social y se nombra secretario, al señor Oldemar Gerardo Hernández Carvajal.—San Rafael de Heredia, dieciséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Orlando Hernández Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 91867.—(17553).
Ante mí, Grace Marie Robinson Arias, notaria pública de
Siquirres, provincia de Limón, frente al Juzgado Penal, se constituyó una
sociedad anónima sin consignarle nombre de conformidad con el Decreto Ejecutivo
Nº 33171-J. Nombramientos: Presidenta: Maritza Mora Valerio y Secretario:
Danilo Alfaro Elizondo, ambos con facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Capital: cien mil
colones. Domicilio social:
Por escritura otorgada en mi conotaría, a las diez horas de hoy se reformó JCS Entorno Arquitectos S. A.—San José, 26 de febrero del dos mil nueve.—Lic. Gerardo Ruin Céspedes, Notario.—1 vez.—Nº 91875.—(17555).
Por escritura protocolizada en mi conotaría, a las nueve horas de hoy se reformó Ingeniería y Arquitectura Villas S Ambil S. A. y se hicieron nombramientos.—San José, veinticuatro de febrero del dos mil nueve.—Lic. Gerardo Ruin Céspedes, Notario.—1 vez.—Nº 91877.—(17556).
Por escritura otorgada a las once horas del día de hoy, en esta notaría, se constituyó la sociedad domiciliada en Moravia, denominada Seguridad Contra Incendios D.R. Limitada. Capital: suscrito y cancelado en su totalidad. Gerente: David Gerardo Rodríguez Arguedas.—Escazú, veinticinco de febrero de dos mil nueve.—Lic. Percy Chamberlain Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 91882.—(17557).
En mi notaría el 18-02-2009, se constituyó Sur Destination Blowfish S. A. Plazo social: 99 años. Capital social: diez acciones de mil colones cada una. Tienen la representación judicial y extrajudicial el presidente y tesorero, en su orden: Calos Alsina, pasaporte estadounidense 433052297, y Jorge Alsina, pasaporte estadounidense 401145871, ambos apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Es todo.—Palmares de Pérez Zeledón, 19 de febrero de 2009.—Lic. Mayra Vindas Ureña, Notaria.—1 vez.—Nº 91885.—(17558).
Ante la notaría de Jacqueline Villalobos Durán, se protocolizó acta de la sociedad anónima Vehículo Confortable Sociedad Anónima, donde se modificó el presidente de la junta directiva y se modificó cláusula de administración del estatuto de la sociedad. Otorgada en la cuidad de San José, escritura número 91 de las 8:00 horas del 26 de febrero del 2009.—Lic. Jacqueline Villalobos Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 91886.—(17559).
En mi notaría se constituye Tractores de Patalillo E. I. R. L. Apoderado: José Adulio Meléndez Aguilar, cédula tres-ciento setenta y nueve-novecientos veintitrés.—Cartago, 27 de febrero del 2009.—Lic. Henrich Moya Moya, Notario.—1 vez.—Nº 91887.—(17560).
Ante esta notaría, han comparecido Danny Carballo Miranda y Sakay Porras Ramírez, a constituir la sociedad denominada con su cédula jurídica. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Representación del presidente. Presidente: Danny Carballo Miranda.—San José, 23 de febrero del 2009.—Lic. Luis Diego Araya González, Notario.—1 vez.—Nº 91889.—(17561).
La suscrita notaria hace constar, que por escritura otorgada a las quince horas del día veintitrés de febrero del año dos mil nueve, en San José, ante mí, se constituyó la sociedad con domicilio en San José, denominada Man Sistem Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años a partir del veintitrés de febrero del dos mil nueve. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Luis Ángel Hernán Pulido.—San José, veintisiete de febrero del dos mil nueve.—Lic. Maureen María Rodríguez Acuña, Notaria.—1 vez.—Nº 91890.—(17562).
Por escritura pública otorgada por el suscrito notario, a las dieciocho horas del veinte de enero de dos mil nueve, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de la sociedad Altamira Enterprises de Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y un mil setecientos seis, celebrada en el domicilio de la sociedad, donde se tomaron los acuerdos siguientes: modificación de domicilio, de la administración y nuevos nombramientos de junta directiva, fiscal y revocatoria de agente residente.—Lic. Jorge Antonio Fournier Estrada, Notario.—1 vez.—Nº 91892.—(17563).
Carmen Ericka Alvarado Bustos, Gerardo Arturo Arrieta
Jiménez, constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número que le asigne el
Registro. Con domicilio en Cartago, en el cantón San Nicolás del distrito
Taras,
Por escritura número ciento setenta y dos realizada en mi notaría, a las dieciocho horas del dieciocho de febrero de dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza Caroxa del Este Sociedad Anónima. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos mancomunados sin límite de suma. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, diecinueve de enero de dos mil nueve.—Lic. Mario Ayala Torres, Notario.—1 vez.—Nº 91895.—(17565).
Por escritura número ciento setenta y dos realizada en mi notaría, a las dieciocho horas del dieciocho de febrero de dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza con nombre por asignar mediante cédula jurídica Sociedad Anónima. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos mancomunados sin límite de suma. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, diecinueve de enero de dos mil nueve.—Lic. Mario Ayala Torres, Notario.—1 vez.—Nº 91896.—(17566).
Por asamblea general, de las doce horas del día veinticuatro de febrero del año dos mil nueve, se constituyó la compañía Inversiones Galápagos Nuevo Siglo Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital: suscrito y pagado. Domicilio social en la provincia de San José, ciudad de San José, Barrio Luján, avenidas catorce y dieciséis, calle veintiuno, casa mil cuatrocientos cincuenta y seis. Así consta en escritura número noventa y nueve, de las doce horas del día veinticuatro de febrero del año dos mil nueve.—San José, veinticinco de febrero del año dos mil nueve.—Lic. Marco Acuña Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 91897.—(17567).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del siete de febrero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Erki Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente: Pedro de Erquiaga de Lecubarri.—Lic. Irene Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 91898.—(17568).
Protocolización en lo conducente acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Tico Verde S. A., en virtud de la cual se acordó reformar las cláusulas sétima y segunda del pacto social, ratificar los nombramiento de la junta directiva y el fiscal por el resto del plazo social y solicitar al Diario del Registro Público el retiro sin inscribir de una escritura. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 13:00 horas del 6 de agosto de 2008.—Lic. Mario Quirós Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 91899.—(17569).
Por escritura número ciento veinticuatro-cinco, otorgada ante esta notaría, a las doce horas con veinte minutos del veinte de febrero del dos mil nueve, se ha protocolizado acta de asamblea general de socios de Inversiones Sandy Beach S. A., se reforma cláusula segunda del domicilio, cláusula décima de la administración, y se nombra nuevo presidente y secretario. Corresponde representación: presidente y secretario.—San José, 20 de febrero del 2009.—Lic. Raquel Quirós Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 91900.—(17570).
Por escritura número ciento veinticinco-cinco, otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del veintitrés de febrero del dos mil nueve, se ha protocolizado acta de asamblea general de socios de Pradera Opuesta S. A., Se reforma cláusula segunda del domicilio, cláusula sexta de la administración, y se nombra nuevo presidente, secretario y fiscal. Corresponde representación: presidente y secretario.—San José, 23 de febrero del 2009.—Lic. Raquel Quirós Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 91901.—(17571).
Por escritura número ciento veintiséis-cinco otorgada ante esta notaría, a las catorce, quince horas con treinta minutos del veintitrés de febrero del dos mil nueve, se ha protocolizado acta de asamblea general de socios de Magic Point S. A., se reforma cláusula segunda del domicilio, cláusula sexta de la administración, y se nombra nuevo presidente y tesorero. Corresponde representación: presidente y secretario.—San José, 23 de febrero del 2009.—Lic. Raquel Quirós Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 91902.—(17572).
Por escritura otorgada hoy ante mí, Antonio Alarcón Navarro, Marta Iris Zamora Monge, Gerardo Miguel Alarcón Zamora, Antonio Eduardo Alarcón Zamora, Ana Xochitl Alarcón Zamora y Manuel Antonio Cordero Alarcón constituyeron Alar-Zam Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Objeto: específicamente a la compra y venta de bienes muebles e inmuebles. Plazo social: 100 años a partir del 26 de febrero del 2009. Capital social: tres millones de colones, representado por tres mil acciones comunes y nominativas de un mil colones cada una. Presidente: Antonio Alarcón Navarro.—San José, 26 de febrero del 2009.—Lic. Oki Emilio Rojas Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 91903.—(17573).
A las 11:00 horas del 16 de febrero, se constituyó la
sociedad con domicilio en Guápiles, costado este de la escuela
Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del 24 de febrero del 2009, se protocolizó acta de la asamblea de Trans Jim S. A., mediante la que se reforman cláusulas quinta y octava del pacto constitutivo.—San José, 26 de febrero del 2009.—Lic. Bernan Luis Salazar Ureña, Notario.—1 vez.—Nº 91905.—(17575).
Ante esta notaría a las dieciséis horas treinta minutos del dieciocho de febrero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Proyecto de Investigación y Desarrollo de Santa Elena IDSE Sociedad anónima, cuyo presidente es el señor Jeffry Allan (nombre) Klemens (apellido) de un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense. Domicilio: Guanacaste Parque Nacional Santa Rosa, sector Santa Elena, Área Administrativa. El objeto: de esta sociedad es la investigación y el desarrollo en el área de restauración de bosques. El capital social: será la suma de diez mil colones.—Liberia, Guanacaste, dieciocho de febrero del dos mil nueve.—Lic. Doris Monestel Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 91907.—(17576).
Ante esta notaría a las dieciséis horas del diecinueve de febrero dos mil nueve, se modifican las cláusulas segunda, sexta y novena del pacto constitutivo de la sociedad denominada Vesta Internacional Sociedad Anónima, cuyo presidente es el señor Samuel Martin Nester Jr.—Liberia, Guanacaste, diecinueve de febrero del dos mil nueve.—Lic. Doris Monestel Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 91908.—(17577).
Por escritura otorgada ante esta notaría, en San José, a las quince horas y treinta minutos, del veintiséis de febrero del dos mil nueve. Protocolización de asamblea general extraordinaria de la sociedad Tierras de Leyenda Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula segunda del pacto social y se nombra nueva junta directiva.—San José, 27 de febrero del 2009.—Lic. Cristian Villegas Coronas, Notario.—1 vez.—Nº 91909.—(17578).
En mi notaría, el día de hoy se constituyó la sociedad denominada Vientos de Carrizal Sociedad Anónima. Con un capital social de cien mil colones. Domicilio: en Alajuela. Objeto: comercio agricultura e industria en general. Presidente: Rodrigo Rodríguez Núñez.—San José, veintisiete de febrero de dos mil nueve.—Lic. Rosalío Ortega Hegg, Notario.—1 vez.—Nº 91910.—(17579).
Por escritura número setenta y seis-dos, de las quince
horas, del día veintitrés de febrero del año dos mil nueve, del protocolo de
Por escritura número setenta y siete-dos, de las catorce
horas, del día veintitrés de febrero del año dos mil nueve, del protocolo de
Por escritura número ochenta, de las once horas treinta minutos, del veinticinco febrero del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada a las ocho horas del día quince de febrero del año dos mil nueve, en donde se modificó el nombre, la junta directiva y el domicilio de la sociedad Vega, Rodríguez y Oreamuno Sociedad Anónima.—Lic. Erika Montano Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 91917.—(17582).
Carolina Mata Alvarado, notaria pública hace constar que en la escritura número doscientos veinticuatro, visible al folio ciento sesenta y cuatro frente, del tomo ocho del protocolo de la suscrita notaria, se constituyó Sociedad Anónima cuya identificación será el número del cédula jurídica que le asigne el Registro Nacional.—Cartago, a las 8:00 horas del veintisiete de febrero del dos mil nueve.—Lic. Carolina Mata Alvarado, Notaria.—1 vez.—Nº 91920.—(17583).
En esta notaría a las dieciséis horas del veintinueve de setiembre de dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Valverde Rojas Unión S. A. Capital suscrito y pagado.—San Vito, veintiséis de febrero del dos mil nueve.—Lic. Mario Araya Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 91921.—(17584).
Por escritura número 62, del tomo 7 de la notaria de Vivian Wyllins Soto, Sai Santa Ana Inversiones Inc. S. A. aumenta capital social. Es todo.—Veintisiete de febrero del 2009.—Lic. Vivian Wyllins Soto, Notaria.—1 vez.—Nº 91925.—(17585).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las catorce horas con cuarenta minutos, del veintiséis de febrero del año dos mil nueve, se constituye la sociedad Inversiones A J W, Sociedad Anónima. Presidente: Allan Martínez Jiménez.—Lic. Consuelo Méndez Marchena, Notaria.—1 vez.—Nº 91926.—(17586).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria a las diez horas del treinta de enero del dos mil nueve, se constituyó Distribuidora Pérez y Bejarano S. A. Capital social: de cien mil colones.—Lic. Marisela Berrocal Velásquez, Notaria.—1 vez.—Nº 91927.—(17587).
Ante esta notaría al ser las 17:30 horas del 26 de febrero del 2009, se constituyó Inversiones Varela & Cascante Sociedad Anónima.—Heredia, 26 de febrero del 2009.—Lic. Yendri Patricia Rojas Pérez, Notaria.—1 vez.—Nº 91928.—(17588).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho
horas del veintiséis de febrero del año en curso, se protocoliza acta de la
sociedad denominada Proa-Costa Rica S. A., donde se reforman la
cláusula segunda y la cláusula sétima del pacto constitutivo que corresponden
al domicilio social y a
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas con treinta minutos, del veintiséis de febrero del año en curso, se protocoliza acta de la sociedad denominada Editorial San José S. A., donde se reforman la cláusula segunda y la cláusula sétima del pacto constitutivo que corresponden al domicilio social y a la administración respectivamente.—San José, a las ocho horas con treinta minutos del veintiséis de febrero del 2009.—Lic. Larissa Seravalli Sáurez, Notaria.—1 vez.—Nº 91933.—(17590).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del veintiséis de febrero del año en curso, se protocoliza acta de la sociedad denominada Quezzo Tres S. A., donde se reforman la cláusula quinta: del capital social y la cláusula segunda: del domicilio.—San José, veintiséis de febrero del 2009.—Lic. Larissa Seravalli Sáurez, Notaria.—1 vez.—Nº 91934.—(17591).
Ante mí, Gloria Melania Aguilar Plazaola, notaria pública, con oficina en San José, Curridabat, se constituyó la empresa: Ajustadora Centroamericana de Pérdidas Sociedad Anónima. Capital social: de ciento cuarenta mil colones. Plazo social: de noventa y nueve años.—San José, veintiséis de febrero del dos mil nueve.—Lic. Melania Aguilar Plazaola, Notaria.—1 vez.—Nº 91937.—(17592).
Por escritura otorgada por el suscrito Carlos Esteban Rodríguez Varela, a las ocho horas del 24 de febrero del año 2009, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía Extended Properties of Guanacaste Sociedad Anónima, por lo que se reforma la cláusula sétima del pacto social.—Jacó, 24 de febrero del dos mil nueve.—Lic. Carlos Esteban Rodríguez Varela, Notario.—1 vez.—Nº 91939.—(17593).
El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las diecisiete horas del veinticinco de febrero del dos mil nueve, se constituyó la empresa denominada Corporación Santa Fe Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, veintiséis de febrero del dos mil nueve.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—Nº 91940.—(17594).
Por escritura número 281 de las 13:30 horas del día 24 de febrero del 2009, Julio César Torres Silva y José Alberto Guerrero García, constituyeron Costa Rican Friendly Adventures and Rent A Car Sociedad Anónima. Capital social: 100.000.00 exactos suscritos y pagados. Representación social y extrajudicial: del presidente. Domiciliada en: Liberia, Guanacaste. Plazo: noventa y nueve años.—Lic. Estrella Quesada Guerrero, Notaria.—1 vez.—Nº 91943.—(17595).
Ante esta notaría, mediante escritura de las trece horas del veintiséis de febrero del año dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Planet Castle Enterprises Sociedad Anónima, se acuerda uno: modificar cláusula cuarta cambio de junta directiva. Presidente y secretaria con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Hansel Chavarría Cubero, Notario.—1 vez.—Nº 91944.—(17596).
Mediante escritura pública número cuarenta y dos,
otorgada ante la suscrita notaria a las doce horas del día veintiséis de
febrero del año dos mil nueve, se constituyó la entidad denominada
Que por escritura número ochenta y cuatro con fecha del
día seis de diciembre del dos mil cuatro, ante la notaria Vanessa Pacheco
Gómez, se constituyó la sociedad denominada M G
Por escritura número doscientos noventa y dos-tres, otorgada ante esta notaría, a las quince horas treinta minutos del veintinueve de enero del año dos mil nueve, se constituyó la empresa Seguridad Jarquín Ponce JSP Sociedad Anónima.—Heredia, veintisiete de febrero del dos mil nueve.—Lic. Jorge Eduardo Morales Fernández, Notario.—1 vez.—Nº 91949.—(17599).
Hoy ha sido constituida ante esta notaría la sociedad AFM Vacation Rentals S. A. Domiciliada: en Montes de Oca. Objeto: comercio, industria, agricultura, ganadería, transporte y representaciones. Plazo: cien años a partir de hoy. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente, tesorero y secretario con la representación judicial y extrajudicial.—Curridabat, 24 de febrero del 2009.—Lic. Deborah Ann Lores Lares, Notaria.—1 vez.—Nº 91950.—(17600).
Hoy ha sido constituida ante esta notaría la sociedad AFM Bienes S. A. Domiciliada: en Montes de Oca. Objeto: comercio, industria, agricultura, ganadería, transporte y representaciones. Plazo: de cien años a partir de hoy. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente y tesorero con la representación judicial y extrajudicial.—Curridabat, 24 de febrero del 2009.—Deborah Ann Lores Lares, Notaria.—1 vez.—Nº 91951.—(17601).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las 18:00 horas del 26 de febrero del 2009, protocolicé acta de la empresa Mensajería Carber S.A., mediante la cual se modifica cláusula primera y sétima de los estatutos sociales, se revoca nombramiento de presidente, secretario, tesorero y fiscal y nombran nuevos.—Lic. Marlene Bustamante Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 91952.—(17602).
Ante el notario Fernando Mena Alvarado, con oficina en la ciudad de Grecia centro, Alajuela, ciento veinticinco metros norte de Perimercados, se constituyó la sociedad anónima Transportes Privados los Transportadores de Santa Teresa de Malpais Sociedad Anónima. El domicilio social será en Santa Teresa de Cubano, Puntarenas, cien metros sur del Hotel Flor Blanca, contiguo a soda Roca Mar, el plazo social es de noventa y nueve años a partir del 20-02-2009. Su objeto será el transporte privado, en el sentido más amplio, la industria. Presidente: Richard Alberto Mora Mora, cedula 6-292-387, tesorero: Jorge Luis Mora Mora, cedula 1-1110-832.—Grecia, 26 de febrero del 2009.—Lic. Fernando Mena Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 91954.—(17603).
Por escritura número doscientos noventa y ocho, otorgada a las once horas, del veintitrés de febrero del dos mil nueve, se constituyó la compañía Rolasa y Chaves Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones. Por escritura número trescientos uno de las dieciséis horas del veintiséis de febrero del dos mil nueve, se reformó la cláusula quinta de la compañía Inmobiliaria Tierras Nuevas del Siglo Veintiuno Sociedad Anónima.—Lic. Karla Calderón Murillo y Lic. Verny Valerio Hernández, Notarios.—1 vez.—Nº 91956.—(17604).
Ante esta notaría a las dieciocho horas del veintiséis de
febrero de dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Aramakao Sociedad Anónima, capital social es la suma de cien mil colones, correspondiéndole al presidente Steve Leonardo Chaves Monge, el carácter de apoderado generalísimo sin límite de suma. Escritura número 9-04 de las 11:00 horas del 25 febrero 2009.—San José, 25 de febrero del 2009.—Lic. Henry Alpízar Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 91960.—(17606).
Mediante asamblea general celebrada a las ocho horas del día veintisiete de enero del año dos mil nueve, se reformó la representación de la sociedad denominada Corporación de Inversionistas Zúñiga Mora ZUMO Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y cinco mil setecientos setenta.—San José, veintiséis de febrero del 2009.—Lic. Leonel Alvarado Zumbado, Notario.—1 vez.—Nº 91961.—(17607).
En este día ante las notarias María Cecilia Vargas Navarro y Magda Méndez Castro, en San Isidro de Pérez Zeledón, los señores Gilberto Montoya Valverde, Leticia Rodríguez Monge, Arnold Fabián Montoya Rodríguez y Adrián Montoya Rodríguez, constituyen una sociedad anónima. Representación judicial y extrajudicial de Gilberto y Arnoldo Fabián.—San Isidro de El General, 15 de enero del dos mil nueve.—Lic. Magda Méndez Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 91962.—(17608).
Ante esta notaría se constituyó Production Ohiis Sociedad Anónima, presidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, nombrado para ejercer este cargo a Amy Elizabeth Kapitza. Plazo social: cien años. Capital social: cien mil colones, en la ciudad de Cahuita, a las trece horas, del veinticinco de febrero del dos mil nueve.—Lic. Floribeth Gómez Cubero, Notaria.—1 vez.—Nº 91966.—(17609).
Por escritura del notario Eric Quesada Arce, a las 9:00
horas del 27 de febrero del 2009, se protocoliza acta número uno de Condominio
de Condominios Horizontal Residencial
La suscrita notaría hago constar que a las 10:00 horas del día 18 de febrero del año 2009, bajo la escritura número 211-3 de mi protocolo 3, Edwin Ramírez Brenes y Daniel Shanahan Renken constituyeron KK de Quepos Sociedad Anónima, con un capital social de 100.000 colones.—Lic. Paola Arias Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 91969.—(17611).
Por escritura otorgada en San José, al ser las dieciocho
horas, del veintitrés de febrero del dos mil nueve, se protocolizó el acta de
la asamblea general extraordinaria de la sociedad No Tengo Idea Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento sesenta y cuatro mil
ochocientos cuarenta y ocho. Se reforma la cláusula segunda del pacto social y
se realizan nuevos nombramientos en
Ante esta notaría ha comparecido el capital social de la
sociedad Ganadera Los Llanos del Delirio Sociedad Anónima, con cédula
jurídica número tres-uno cero uno-tres cinco tres nueve dos siete, a solicitar
renovación de miembros de Junta Directiva y Fiscalía, quedando de la siguiente
forma: Presidente Nicolás Villarreal Obregón, mayor. soltero, comerciante, de
nacionalidad nicaragüense, cédula de residencia uno cinco cinco ocho cero cero
uno nueve cero dos dos cero, secretaria Thelma Obando Sequeira, mayor, soltera,
ama de casa, cédula de identidad dos-tres tres cinco-tres nueve seis, tesorera:
Umania Jahaira Obando Sequeira, mayor, soltera, estudiante, cédula de identidad
dos-cinco nueve nueve-siete dos dos, vecinos del Delirio de San José de Upala,
cien metros oeste del salón comunal y fiscal Élvin Ernesto Cruz Castillo,
mayor, soltero, agricultor, nicaragüense, cédula de residencia cero uno ocho RE
cero cero dos cinco tres nueve cero cero uno nueve nueve nueve, vecino de
Upala, de
Ante esta notaria han comparecido Rodrigo Rojas Solís, mayor, casado una vez, comerciante, cédula dos-tres cero tres-uno cero dos, y Olman Chavarría Madrigal, mayor, soltero, agricultor, cédula dos-cuatrocientos veintidós-seiscientos cinco, ambos vecinos de San Isidro de Aguas Claras de Upala, del Rinconcito bar cien metros al norte ha constituir una sociedad anónima denominada Servicios Agrícolas Valle Bonito de San José de Upala Sociedad Anónima, domiciliada en el distrito primero Upala, cantón trece Upala, provincia Alajuela, exactamente San José de Upala, de la iglesia católica ciento cincuenta metros al oeste.—Upala, 26 febrero del 2009.—Lic. Félix Ángel Herrera Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 91973.—(17614).
Por escritura número setenta y seis, del tomo segundo, otorgada a las dieciséis horas, del veintiséis de febrero del dos mil nueve, ante esta notaría se constituyó sociedad que se denominará conforme el número respectivo de cédula jurídica que otorgue el Registro Nacional más aditamento S. A., domicilio: Río Segundo, Alajuela, veinticinco oeste del templo católico. Presidente: Olger Esquivel Badilla. Capital social: doce mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—Lic. Rafael Ángel Ugalde Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 91975.—(17615).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del veinticinco de febrero de dos mil nueve, que es la número ciento diez, visible al folio ciento cinco vuelto del tomo veintidós de mi protocolo, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación es Esroca Services Solutions Sociedad Anónima, cuya traducción es Esroca Soluciones en Servicios Sociedad Anónima. Domicilio social: San Juan de Dios de Desamparados, San José, cien metros al este y cincuenta sur de la escuela. Objeto social: el comercio, la industria, la agricultura, la ganadería y servicios en general. Capital social: treinta mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: Iván Espinoza Benamburg.—Heredia, 26 de febrero del 2009.—Lic. Hannia Solís Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 91980.—(17616).
Por escritura número setenta y tres-cuatro, otorgada ante el suscrito notario, en San José, a las nueve horas, del día doce de febrero del dos mil nueve, se reforma cláusula segunda del pacto constitutivo de Biotec Biotecnología de Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 25 de febrero del 2009.—Lic. Óscar Guillermo Barrantes Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 91981.—(17617).
Gutiérrez Longhi Méndez Consultores Sociedad Anónima, protocoliza, el acta 6 de asamblea general extraordinaria de accionistas, donde se nombra nuevo Consejo de Administración, se elimina el agente residente, se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo y se modifican respecto de la denominación: Inmobiliaria Quinientos Cuarenta y Nueve S. A., y se modifican las cláusulas segunda: del domicilio social y sétima de la administración y representación de la sociedad. Todo mediante escritura otorgada en San José a las 11:00 horas del 11 de febrero de 2009, visible a folio 138 frente del tomo III del protocolo de la notaria Laura Castro Conejo.—Lic. Laura Inés Castro Conejo, Notaria.—1 vez.—Nº 91982.—(17618).
El día de hoy ante esta notaría mediante escrituras número setenta y ocho y setenta y nueve, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas en la que modifican los estatutos de las sociedades denominadas Tucán Sur C. R. C. S. A. y Río Montaña Azul C. R. C. S.A.—San José, 26 de febrero del dos mil nueve.—Lic. Manfred Clausen Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 91983.—(17619).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 15:45 horas del veinticuatro de febrero del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Finca Valle del Sol Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y nueve mil trescientos veintiuno, por medio de la cual se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo, modificándose el domicilio social.—San José, 24 de febrero del 2009.—Lic. Paúl Murillo Miranda, Notario.—1 vez.—Nº 91984.—(17620).
Mediante escritura número doscientos cincuenta y dos,
otorgada ante la suscrita notaria, el 2 de febrero de 2009, se constituyó la
sociedad anónima denominada Lote Sesenta y Dos Parque del Encino Sociedad
Anónima, domicilio social en San José, Curridabat, de la bomba
Mediante escritura número doscientos cincuenta y tres,
otorgada ante la suscrita notaria el 2 de febrero de 2009, se constituyó la
sociedad anónima denominada Inversiones Lote Cincuenta Parque del Encino
Sociedad Anónima, domicilio social en San José, Curridabat, de la bomba
Mediante escritura número doscientos cincuenta y cuatro,
otorgada ante la suscrita notaria el 02 de febrero de 2009, se constituyó sociedad
anónima cuyo nombre será la cédula jurídica que asigne el Registro Sociedad
Anónima, domicilio social en San José, Curridabat, de la bomba
Mediante escritura número doscientos cincuenta y seis,
otorgada ante la suscrita notaria el 2 de febrero de 2009, se constituyó
sociedad anónima cuyo nombre será la cédula jurídica que asigne el Registro Sociedad
Anónima, domicilio social en San José, Curridabat, de la bomba
Por escritura otorgada a las 9:00 horas de hoy, José Gerardo Azofeifa Meza y Flor de María Valverde Carrillo constituyeron Corporación JAL e Hijos S. A.—San José, 25 febrero 2009.—Lic. Rubén Hernández Valle, Notario.—1 vez.—Nº 91990.—(17625).
Mediante escritura número doscientos cincuenta y cinco,
otorgada ante la suscrita notaria el 2 de febrero de 2009, se constituyó
sociedad anónima cuyo nombre será la cédula jurídica que asigne el Registro Sociedad
Anónima, domicilio social en San José, Curridabat, de la bomba
Por escritura otorgada a las 8:00 horas de hoy, José Gerardo Azofeifa Meza y Flor de María Valverde Carrillo constituyeron Corporación Milano S. A. e Inversiones de Capital Italo-Costarricense S. A.—San José, 25 febrero del 2009.—Lic. Rubén Hernández Valle, Notario.—1 vez.—Nº 91992.—(17627).
Por escritura otorgada ante mi notaría al ser las catorce horas del veintitrés de febrero del año dos mil nueve se constituyó la sociedad denominada Maliduher Sociedad Anónima.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 91993.—(17628).
Ana Marta Morales Ramírez, Andrea Gómez Morales, constituyen Sociedad Anónima. Que se denominará con el número de cédula jurídica que se le asigne. Plazo: 99 años. Capital: 10.000 colones. Presidenta: Ana María Morales Ramírez. Escritura otorgada a las 17:00 horas, del 26 de febrero del 2009.—Lic. Leonardo Vargas Oviedo, Notario.—1 vez.—Nº 91996.—(17629).
Javier Vargas Oviedo, Javier Loenaro Vargas Oviedo, constituyen se denominará con el número de cédula que se le asigne, Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Capital: 10.000 colones. Presidente: Javier Leonardo Vargas Picado. Escritura otorgada a las 13:00 horas del 11 de febrero del 2009.—Lic. Alejandro Madrigal Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 91997.—(17630).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:50 horas del 26 de febrero del 2009, mediante la escritura número cincuenta y tres, se modifican la cláusula segunda y décima del pacto constitutivo, se revocan los nombramientos de todos los miembros de junta directiva y fiscal y se procede a nombrar sustitutos y se nombra agente residente, de la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Diecisiete Mil Seiscientos Noventa y Dos, S. A.—San José, 27 de febrero del 2009.—Lic. Douglas Soto Campos, Notario.—1 vez.—Nº 91998.—(17631).
Por escritura otorgada en esta notaría a las 15:00 horas del 26 de febrero del 2009, se constituye Koncre Rent S. A.—Lic. Olga María Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 91999.—(17632).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:30 horas del 26 de febrero del 2009, mediante la escritura número cincuenta y dos, se modifican la cláusula segunda y décima del pacto constitutivo, se revocan los nombramientos de todos los miembros de junta directiva y fiscal y se procede a nombrar sustitutos y se nombra Agente Residente, de la sociedad Filial Tres Francesco The Residence Building Number Two S. A.—San José, 27 de febrero del 2009.—Lic. Douglas Soto Campos, Notario.—1 vez.—Nº 92000.—(17633).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las
8:30 horas del día 26 de febrero del año 2009, se constituyó la sociedad de
esta plaza
Ante mí, Carlos Manuel Segura Quirós, notario público de
Escazú, San José, se constituyeron las siguientes sociedades: Limitada,
de conformidad con el artículo dos del Decreto tres tres uno siete uno-J del
Reglamento para
Por escritura número 88 otorgada ante mi notaría a las 11:00 horas del 27 de febrero del 2009, la sociedad Tiguer Tango Sociedad Anónima, reforma la cláusula primera de los estatutos y nombra nueva directiva y fiscal.—San José, 27 de febrero del 2009.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—Nº 92007.—(17636).
Por escritura número 161 otorgada ante mi notaría a las 11:30 horas del 25 de febrero del 2009, los señores Orlando Castellón Navarro, cédula 1-637-193 y María García Pérez, cédula 2-477-396, constituyeron la sociedad Automotores Alva Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones íntegramente suscrito y pagado.—San José, 26 de febrero del 2009.—Lic. Norman Mory Mora, Notario.—1 vez.—Nº 92008.—(17637).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las nueve horas del veinticuatro de febrero del dos mil nueve, la sociedad con cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos sesenta y cuatro mil quinientos sesenta y seis, denominada Tres-Ciento Uno-Quinientos Sesenta y Cuatro Mil Quinientos Sesenta y Seis Sociedad Anónima, adquirió la denominación social Servicios Eléctricos Aéreos de Centroamérica Sociedad Anónima y modificó la integración de miembros de su junta directiva, creando el cargo de vicepresidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, actuando separadamente del presidente.—San José, veinticuatro de febrero del dos mil nueve.—Lic. Claudia Reyes Silva, Notaria.—1 vez.—Nº 92009.—(17638).
Por escritura de las ocho horas quince minutos de hoy se constituyó ante mí notaría la sociedad denominada Consultoría y Asesoría C Y A del Este S. A., con domicilio en San José, representación judicial y extrajudicial: el presidente y la secretaria de la junta directiva.—San José, quince de noviembre del dos mil ocho.—Lic. Miguel Ángel Rojas Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 92010.—(17639).
Ante los Lics. Juan Federico Arias Chacón y Juan Carlos Chávez Alvarado, se reforman las cláusulas sétima del pacto social de la sociedad a) Digitech de Jacó G B Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cincuenta y tres mil ochocientos noventa y uno.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 92012.—(17640).
Ante el Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, se reforman las cláusulas quinta y sétima del pacto social de la sociedad a) Sherman Flint Duerr Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos setenta y dos mil quinientos catorce.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 92013.—(17641).
Ante el licenciado Juan Federico Arias Chacón, se
constituyó la sociedad que se denominará según lo dispuesto en el artículo
segundo del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno cinco, publicado
en
En mi notaría, mediante escritura número 115, de las
17:00 horas del 16 de febrero del 2009, la sociedad Despacho Rápido de Acero
Costa Rica Sociedad Anónima, cambió su domicilio social al distrito sétimo,
Por escritura protocolizada a las 15:30 horas del día de hoy, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de Metálica Surquí S. A., celebrada a las 12:30 horas del 17 de octubre del 2008, por los cuales se reforma la cláusula 6ª de los estatutos, de la administración.—San José, 24 de febrero del 2009.—Lic. Aurora Hernández Fuentes, Notaria.—1 vez.—Nº 92016.—(17644).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas veinte minutos del veintitrés de febrero del dos mil nueve, Eric Todd Kissel y Robin Joan Kissel constituyen una sociedad cuyo nombre será Pacific Carolina’s Property Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Pacific Carolina’s Property S. A., nombre de fantasía. Su domicilio estará en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, San José, exactamente en el Bufete Vargas Abogados, frente al costado oeste del parque central, primer piso, pudiendo establecer agencias o sucursales en otro u otros lugares del país o fuera de él. Presidente en la sociedad: se nombró al señor Eric Todd Kissel. Capital social: diez mil colones, representado por cien acciones comunes y nominativas de cien colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas. Plazo: noventa y nueve años.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veinticinco de febrero del dos mil nueve.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—Nº 92017.—(17645).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas cuarenta minutos del dieciocho de febrero del dos mil nueve, la sociedad Bienes Jaydo Sociedad Anónima, realiza la reforma a la cláusula noventa del pacto constitutivo, referente a la administración, y además nombra nuevo presidente y vicepresidente.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veinticinco de febrero del dos mil nueve.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—Nº 92018.—(17646).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del diecinueve de febrero del dos mil nueve, la sociedad tres-ciento dos-quinientos cuarenta y siete mil ochocientos tres sociedad de responsabilidad limitada, realiza la reforma a la cláusula sétima del pacto constitutivo, referente a la administración, y además nombra nuevos gerentes a los señores Billy Wayne Hutto y Linda Glenn Hutto.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veinticinco de febrero del dos mil nueve.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—Nº 92020.—(17647).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del diecinueve de febrero del dos mil nueve, la sociedad tres-ciento dos-quinientos cuarenta y siete mil ochocientos sociedad de responsabilidad limitada, realiza la reforma a la cláusula primera del pacto constitutivo, referente a la denominación, para que en adelante se llame Poquita Plata Limitada, pudiendo abreviarse Poquita Plata Ltda. y además nombra nueva gerente a la señora Janice Michelle Lewis.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veinticinco de febrero del dos mil nueve.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—Nº 92022.—(17648).
En esta notaría mediante escritura de las 12:00 horas del 26 de febrero del 2009, protocolicé acuerdos de asamblea de socios de Salamanquesa de Manuel Antonio S. LA., en la que se reforma cláusula novena de los estatutos y se nombra secretario.—San José, 26 de febrero del 2009.—Lic. Kadir Cortés Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 92029.—(17649).
Por escritura otorgada ante mí, a esta hora y fecha, se
modifica, domicilio, objeto y administración de la sociedad Importadora
Quera Ltda., domiciliada en Rincón de Salas Sur, Puente de Piedra, Grecia,
Alajuela, cuatrocientos metros oeste de
Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las siete horas del veintiséis de febrero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Ocean Dreams & Hopes Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones cada una, moneda del curso legal de Costa Rica, totalmente suscrito y pagado. Distrito de Jacó, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—Nº 92033.—(17651).
Por escritura otorgada en San José a las 10:00 horas del 26 de febrero del 2009, se constituyó Lumar del Oriente S. A. Presidente: Chia Ling Huang.—Lic. Julio Rojas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 92035.—(17652).
Por escritura 79 se constituyeron Costa Rica Surf & Adventure Sage S. A. Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 25 de febrero del 2009.—Lic. Marlon Sánchez Cortés, Notario.—1 vez.—Nº 92037.—(17653).
Por asamblea de socios de la sociedad Vientos de Kenosha S. A. modifican cláusulas segunda, sexta, se revocan poderes, se otorga poder general y se nombra nueva junta directiva y agente residente.—San José, 27 de febrero del 2009.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—Nº 92038.—(17654).
Por escritura otorgada ante mí, licenciada Viriam Fumero Paniagua, a las dieciséis horas con treinta minutos del día veinticinco de febrero del dos mil nueve, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Sirob I.J.S. S. A.—Turrialba, 25 de febrero del 2009.—Lic. Viriam Fumero Paniagua, Notaria.—1 vez.—Nº 92039.—(17655).
Por la escritura cuarenta y nueve del tomo dos del
protocolo del licenciado Luis Diego Campos Batista, notario público de
Por escritura otorgada hoy 26 de febrero del
Ante esta notaría se constituyó la empresa denominada Lumonts Sociedad Anónima, capital social debidamente suscrito y pagado. Presidenta con facultades de apoderada generalísima: Yahaira Patricia Benavides Carmona.—San José, nueve horas del dos de marzo del dos mil nueve.—Lic. Edwin Ramírez Chacón, Notario.—1 vez.—(17660).
Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Servicios Asejo Internacional S. A., mediante los cuales, se modifica la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad.—San José, 5 de febrero del 2009.—Lic. Max Doninelli Peralta, Notario.—1 vez.—(17678).
Por escritura de 10:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea de accionistas general de La Última Oportunidad Luosa S. A., por la que se reformó el pacto.—San José, 19 de febrero del 2009.—Lic. Tobías D’Ambrosio Umaña, Notario.—1 vez.—(17681).
Ante esta notaría se tramita protocolización de la asamblea general extraordinaria de Martesa Multiservicios Alfa del Caribe S. A., en la cual se nombra nueva junta directiva, presidente, vicepresidente, secretario, tesorero, vocal uno, dos, tres y cuatro. Se aumenta el capital social.—San José, 27 de febrero del 2009.—Lic. Asman Frew Davidson, Notario.—1 vez.—Nº 92040.—(17682).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las diecinueve horas del día veintisiete de febrero del dos mil nueve se constituye la compañía Ca-He Sociedad Anónima.—Santa Bárbara de Heredia.—Lic. Sonia Arias Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(17686).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, al ser las nueve horas del día veintisiete de febrero del dos mil nueve, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Aeromar Sociedad Anónima según la cual se modifica la cláusula segunda de los estatutos sociales. Es todo.—San José, veintisiete de febrero del dos mil nueve.—Lic. Erick Alberto Lizano Bonilla, Notario.—1 vez.—(17690).
Por escritura número cuarenta y ocho - uno, otorgada en
la ciudad de Heredia, a las quince horas del día dieciséis del mes de febrero
del año dos mil nueve, visible al folio treinta vuelto, del tomo primero, del
protocolo de la notaria pública: Geohanna Castro Hernández, se constituyó la
entidad jurídica denominada: H Dos O Soluciones R & M Sociedad Anónima.
Presidente y secretario: con plenas facultades. Domicilio: Heredia,
Mediante escritura número once, otorgada en Alajuela, a las catorce horas del día veinticinco de febrero del dos mil nueve, visible a folio doce vuelto del tomo tres de mi protocolo, los señores Frank Castro Rodríguez y Silvia Castro Rodríguez, constituyeron Safa Lomos F.C. Sociedad Anónima.—Alajuela, veintiséis de febrero del dos mil nueve.—Lic. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria.—1 vez.—(17703).
Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las nueve horas del día veintisiete de febrero del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la compañía denominada Predio Don Elías Sociedad Anónima, se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo y se nombra nuevo secretario, tesorero, fiscal y agente residente.—San José, dos de marzo del dos mil nueve.—Lic. José Jesús Gazel Briceño, Notario.—1 vez.—(17709).
Por escritura pública número diez, otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del veintisiete de febrero del dos mil nueve, se constituye la sociedad Inversiones Enviromental Technologies Latinoamérica S. A., cuyo capital social es de diez mil colones y la representación recae en el presidente y secretario de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—San José, dos de marzo del dos mil nueve.—Lic. María Gabriela Araya Morera, Notaria.—1 vez.—(17711).
Por escritura número once-tres, otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó una sociedad anónima, que llevará el número de cédula jurídica que se le asigne, se nombraron los miembros de junta directiva y fiscal.—San José, 26 de febrero del 2009.—Lic. Lucrecia Gómez Mora, Notaria.—1 vez.—(17712).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del día dos de marzo del dos mil nueve se modificó la cláusula quinta de los estatutos de la empresa Eurociencia Costa Rica S. A.—Lic. Juan Carlos Hernández Jiménez, Notario.—1 vez.—(17725).
3-102-546679 sociedad de responsabilidad limitada. Mediante escritura número 44, tomo 10 del protocolo del suscrito notario, de las 13:00 horas del 27 de febrero del 2009, se reforma cláusula 6 y se nombran tres gerentes. Es todo.—Jacó, Costa Rica, 27 de febrero del 2009.—Lic. José Juan Sánchez Chavarría, Notario.—1 vez.—(17754).
3-102-546863 sociedad de responsabilidad limitada. Mediante escritura número 43, tomo 10 del protocolo del suscrito notario, de las 13:00 horas del 26 de febrero del 2009, se reforman cláusulas 2 y 6 y se nombra gerente. Es todo.—Jacó, Costa Rica, 27 de febrero del 2009.—Lic. José Juan Sánchez Chavarría, Notario.—1 vez.—(17755).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día
veintinueve de enero del dos mil nueve, a las diecinueve horas se constituyó Inversiones
Vargas y Méndez de Monteverde Sociedad Anónima. Domicilio social:
doscientos metros oeste de
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la compañía denominada Four Sons Kedzie Sociedad Anónima. Su plazo social es de noventa y nueve años, su capital se encuentra totalmente suscrito y pagado, el presidente, secretario y tesorero son los representantes legales, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 27 de febrero del 2009.—Lic. Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, Notario.—1 vez.—(17764).
Por escritura otorgada ante mí, se constituye la compañía
sin denominación social según Decreto número treinta y tres mil ciento setenta
y uno-J, en donde se autoriza expresamente al Registro Público de
Por escritura otorgada ante mí se reconstituyó la firma
de esta plaza Mipenka A.K.E. Sociedad Anónima. Capital social: mil
doscientos colones. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio:
Mediante la escritura número 218 de esta notaría, otorgada a las 14:00 horas del 25 de febrero del año en curso se constituyó la sociedad anónima Men Spa Express S. A. (Hombre Spa a Domicilio S. A.). Capital íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Airam Susana Valverde Grierson.—San José, 25 de febrero del 2009.—Lic. Carlos Manuel Aguilar Rojas, Notario.—1 vez.—(17769).
Ante mi notaría a las 9:00 horas del 5 de febrero del 2009 se modifica el cargo de presidente, tesorero y fiscal de la junta directiva de El Cornizuelo S. A., cédula jurídica 3-101-98905-31. Se nombra por todo el plazo social como presidenta a Catherine Helga Kemhadjian, cédula de identidad 8-042-163, quien ostenta la representación judicial y extrajudicial de la sociedad de forma conjunta con el tesorero, fiscal: Alexandra Quesada Kemhadjian, cédula de identidad 1-947-475 y tesorero: Manuel Quesada Kemhadjian, cédula de identidad 1-907-260.—San José, 12 de febrero del 2009.—Lic. Ana Nuria Ramírez Ulate, Notaria.—1 vez.—(17776).
A las diecinueve horas del veintitrés de febrero del dos mil nueve, ante la notaría de la licenciada Ana Yancy Fuentes Porras, se constituyó la sociedad denominada El Rincón de Casa Cedro Sociedad Anónima.—Alajuela, veintitrés de febrero del dos mil nueve.—Lic. Ana Yancy Fuentes Porras, Notaria.—1 vez.—(17777).
Por escritura otorgada a las quince horas del dos de marzo del dos mil nueve, se modifican las cláusulas primera y quinta de la sociedad denominada Tucuti Verde H.A. Sociedad Anónima, que tiene la cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y un mil ochocientos veinte.—San José, 2 de marzo del 2009.—Lic. Lothar Arturo Volio Volkmer, Notario.—1 vez.—(17782).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del veintisiete de febrero del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Glass Ceiling Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos veintinueve mil cero veintinueve, de las ocho horas del veintisiete de febrero del dos mil ocho, mediante la cual se reforman las cláusulas primera y segunda de los estatutos y se nombra nuevo gerente y subgerente.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—(17783).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas treinta minutos del dos de marzo del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Mandarín Duck Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos trece mil trescientos dos, de las nueve horas del dos de marzo del dos mil nueve, mediante la cual se reforma la cláusula segunda de los estatutos y se nombra nuevo gerente.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—(17784).
Mediante escritura número ciento cuarenta y seis, otorgada a las quince horas, del día dos de marzo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Import Euro Repuestos Sicilia Sociedad Anónima. Plazo 99 años. Capital 1.000.000,00 colones exactos. Presidente Giovanni Callea. Ante la notaria pública Ileana Arguedas Maklouf.—San José, 2 marzo del 2009.—Lic. Ileana Arguedas Maklouf, Notaria.—1 vez.—(17785).
Ante mi notaría, mediante escritura número ciento cuarenta y tres, otorgada a las dieciocho horas del veintiocho de febrero de dos mil nueve, se constituyó la sociedad con denominación de cédula jurídica sociedad anónima, plazo 99 años, presidente y tesorero son apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjuntamente con limitaciones.—Lic. Carlos Ávila Cortés, Notario.—1 vez.—(17797).
Por escritura otorgada ante mí, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la firma de esta plaza Spazio Ocho VIII Sociedad Anónima. Se reforman las cláusulas segunda, del domicilio, sexta, de la administración, se revoca poder y nombran nueva junta directiva, fiscal y agente residente. Presidenta: Lic. Maribell Arcia Fernández. Agente residente: Lic. Paul Zúñiga Hernández.—San José, dos de marzo de dos mil nueve.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—(17799).
Por escritura otorgada ante nosotros se constituyó la
firma de esta plaza Garza de Diamantes Sociedad Anónima, capital social:
seiscientos mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio:
Por escritura número 168-04 del tomo 04 del protocolo de la notaria pública Ana Lorena Borges Montero, otorgada en esta ciudad a las 12:20 horas del 27 de febrero del 2009, la sociedad costarricense denominada Todo Afortunado del Sur Miji S. A., con cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta mil seiscientos siete, modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, 27 de febrero del 2009.—Lic. Ana Lorena Borges Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 92049.—(17869).
El suscrito notario, por este medio hago constar que por escritura número ciento setenta y dos, tomo tercero a las catorce horas del veinticinco de febrero del dos mil nueve, ante el notario: Luis Alcides Salazar Jara, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Yoceth Sociedad Anónima. Con capital de diez mil colones. Representante legal: Danny Yoceth Zúñiga Agulo, presidente.—Dos de marzo del dos mil nueve.—Lic. Luis Alcides Salazar Jara, Notario.—1 vez—Nº 92050.—(17870).
Ante mí Gustavo Adolfo Fernández Badilla, notario público, con oficina abierta en San José, se constituyó la sociedad Grupo Providencia D & B Sociedad Anónima, en escritura pública doscientos veinticinco tomo: tercero de mi protocolo, visible al folio: ciento cuarenta y tres, frente, otorgada a las diecisiete horas diez minutos, del veinticuatro de febrero del dos mil nueve. Es todo.—San José, al ser ocho horas del día dos de marzo del dos mil nueve.—Lic. Gustavo A. Fernández Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 92051.—(17871).
En escritura otorgada en mi notaría hoy a las diez horas se protocolizó en lo conducente el acta número uno, correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza, tres-ciento uno-quinientos sesenta mil cuatrocientos cuarenta y seis s. a. mediante la cual se reforma el pacto constitutivo en sus cláusulas 1a del nombre y 2a del domicilio, se nombra nueva junta directiva y fiscal por el resto del plazo social.—San José, veintiocho de febrero del dos mil nueve.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—Nº 92053.—(17872).
En escritura otorgada en mi notaría hoy a las ocho horas se protocolizó en lo conducente el acta número uno, correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza, tres-ciento uno-quinientos sesenta mil doscientos sesenta y tres s. a., mediante la cual se reforma el pacto constitutivo en sus cláusulas 1a del nombre y 9a de la administración, se nombra nueva junta directiva por el resto del plazo social.—San José, veintiocho de febrero del dos mil nueve.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—Nº 92054.—(17873).
Ante la notaría del Lic. Audrys Esquivel Jiménez, se otorgó la escritura número treinta y seis del tomo veintiuno se protocolizó acta de la sociedad Representaciones Medotis S. A.—Santa Ana, veintiséis de febrero del dos mil nueve.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 92055.—(17874).
Mediante escrituras autorizadas por mí, a las diez horas treinta minutos y a las once horas del veinticinco de febrero del dos mil nueve, se constituyeron las compañías Luna Rogers LLC Limitada y Spanish Key LLC Limitada; con un capital social de treinta mil colones cada una.—San José, veinticinco de febrero del dos mil nueve.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 92056.—(17875).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 8:00 horas del 24 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Salvaje Uto Rojo S. A.—San José, 24 de enero del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92058.—(17876).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 8:10 horas del 24 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Salvaje Calla Amarillo S. A.—San José, 24 de enero del 2009.—Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92060.—(17877).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 8:20 horas del 24 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Salvaje Uto Verde S.A.—San José, 24 de enero del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92061.—(17878).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 8:30 horas del 24 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Salvaje Calla Blanco S.A.—San José, 24 de enero del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92062.—(17879).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 8:40 horas del 24 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Salvaje Uto Negro S.A.—San José, 24 de enero del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92063.—(17880).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 8:50 horas del 24 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Salvaje Calla Rosado S.A.—San José, 24 de enero del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92064.—(17881).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 09:00 horas del 24 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Salvaje Uto Gris S. A.—San José, 24 de enero del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92065.—(17882).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 9:10 horas del 24 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Salvaje Calla Plateado S. A.—San José, 24 de enero del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92066.—(17883).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 9:20 horas del 24 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Salvaje Uto Dorado S.A.—San José, 24 de enero del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92067.—(17884).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 9:30 horas del 24 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Salvaje Calla Morado S. A.—San José, 24 de enero del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92069.—(17885).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 9:40 horas del 24 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Salvaje Uto Marfil S.A.—San José, 24 de enero del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92070.—(17886).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 9:50 horas del 24 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Salvaje Calla Magenta S. A.—San José, 24 de enero del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92071.—(17887).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 10:10 horas del 24 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Salvaje Uto Cyan S. A.—San José, 24 de enero del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92072.—(17888).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 10:10 horas del 24 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Salvaje Calla Terracota S. A.—San José, 24 de enero del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92073.—(17889).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 10:20 horas del 24 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Salvaje Uto Beige S. A.—San José, 24 de enero del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92074.—(17890).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecinueve horas
del trece de noviembre del dos mil ocho. Se constituyó sociedad anónima,
denominada Sociedad Deportiva Ecoguanacaste Fútbol Club Sociedad Anónima,
domiciliada en Nicoya,
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 10:30 horas del 24 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Salvaje Calla Anaranjado S. A.—San José, 24 de enero del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92076.—(17892).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 10:40 horas del 24 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Salvaje Uto Celeste S. A.—San José, 24 de enero del 2009.— Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92077.—(17893).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 10:50 horas del 24 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Salvaje Calla Marrón S. A.—San José, 24 de enero del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92078.—(17894).
Al ser las trece horas del veintitrés de febrero del año dos mil nueve, los señores Edwin Aguilar Zúñiga y Nidia Zúñiga Pérez comparecen ante esta notaría con la finalidad de constituir la compañía denominada Brisas de Santamaría Este Sociedad Anónima, con domicilio en la provincia de San José, Goicoechea, Guadalupe, urbanización Esquivel Bonilla, del Colegio de Microbiólogos de Costa Rica, veinticinco metros este y cincuenta norte.—San José, a las once horas del veinticuatro de febrero del dos mil nueve.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario.—1 vez.—Nº 92079.—(17895).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 11:00 horas del 24 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Salvaje Uto Turquesa S. A.—San José, 24 de enero del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92080.—(17896).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 12:50 horas del 24 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Salvaje Calla Azul S. A.—San José, 24 de enero del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92081.—(17897).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 12:40 horas del 24 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Salvaje Uto Papaya S.A.—San José, 24 de enero del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92082.—(17898).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 12:30 horas del 24 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Salvaje Calla Lila S.A.—San José, 24 de enero del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92083.—(17899).
Ante esta notaría a las 10:30 horas del 01 de marzo del 2009, mediante escritura número 168, se constituyó la sociedad (decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, emitido por el Registro de Personas Jurídicas) sociedad anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones, representación judicial y extrajudicial a cargo del presidente.—San José, 01 de marzo del 2009.—Lic. Edwin Rodrigo Masís Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 92084.—(17900).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 12:20 horas del 24 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Salvaje Uto Canela S.A.—San José, 24 de enero del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92085.—(17901).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 12:10 horas del 24 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Salvaje Calla Bronce S.A.—San José, 24 de enero del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92086.—(17902).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 12:00 horas del 24 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Salvaje Uto Café S.A.—San José, 24 de enero del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92087.—(17903).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 11:50 horas del 24 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Salvaje Calla Púrpura S. A.—San José, 24 de enero del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92088.—(17904).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 11:40 horas del 24 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Salvaje Uto Coral S.A.—San José, 24 de enero del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92089.—(17905).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 11:30 horas del 24 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Salvaje Calla Fucsia S.A.—San José, 24 de enero del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92090.—(17906).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 11:20 horas del 24 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Salvaje Uto Salmón S.A.—San José, 24 de enero del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92092.—(17907).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 10:10 horas del 24 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Salvaje Calla Violeta S. A.—San José, 24 de enero del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92093.—(17908).
Por escritura de las 8:00 horas se constituye Negocios Vista de Mar Sociedad Anónima. Presidente: Mauricio Eduardo Rivera Mesén.—San José, 26 de febrero del 2009.—Lic. María Elena González Larrad, Notaria.—1 vez.—Nº 92094.—(17909).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Agroganadera Murillo Salazar Sociedad Anónima, plazo social de noventa y nueve años, capital social sesenta mil colones totalmente suscrito y pagado. Representada por su presidente Elidier Murillo Barahona y secretaria Alba Salazar Zúñiga.—Monterrey de San Carlos, Alajuela, catorce horas del veintiséis de febrero de dos mil nueve.—Lic. Ricardo Reyes Calix, Notario.—1 vez.—Nº 92099.—(17910).
En esta notaría, por escritura pública número 01-10, otorgada a las 8:00 horas del 26 de febrero, se protocolizó acta de asamblea general de IPS Servicios de Procesamiento S. A., modificándose la cláusula cuarta del pacto social.—San José, 26 de febrero del 2009.—Lic. Antonella Da Re Masís, Notaria.—1 vez.—Nº 92101.—(17911).
El día de hoy protocolicé acta de asamblea extraordinaria del 15 de febrero del dos mil nueve, de Chavetti de Costa Rica Sociedad Anónima, en donde se procedió a reformar cláusulas segunda y sétima y se nombró nueva junta directiva.—San José, 02 de marzo de 2009.—Lic. Marco Fallas del Valle, Notario.—1 vez.—Nº 92102.—(17912).
Ante esta notaría mediante escritura número setenta uno, otorgada a las diez horas del día veintitrés de febrero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Mi Primer Millón de Euros Sociedad Anónima. Presidenta: Ángela Arce Herrera, quien ostenta la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma. Capital social: cincuenta mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, veintitrés de febrero del dos mil nueve.—Lic. César Gerardo Azofeifa Anchía, Notario.—1 vez.—Nº 92103.—(17913).
Por escritura número cinco-dos, otorgada a las diez horas del veintiséis de febrero del dos mil nueve, se protocolizó en lo conducente, el acta número cuatro de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada, Vargas Pacheco V.P. Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-doscientos setenta y siete mil novecientos noventa y uno, celebrada el día veinticinco de febrero del dos mil nueve, a las dieciséis horas en su domicilio social Rincón de Zaragoza de Palmares, ochocientos metros al noroeste de la ermita, donde se nombró nuevo gerente de dicha sociedad, quedando como nueva gerente la señora María Francisca Vargas Pacheco.—Lic. Ólger Gerardo Vargas Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 92104.—(17914).
El suscrito notario Gabriel Andrés Segura Corrales, publica el edicto de la constitución de la sociedad Inversiones Cascanueces Sociedad Anónima, constituida ante esta notaria en Cartago, a las dieciséis horas del catorce de febrero del dos mil nueve, con domicilio: Cartago, Concepción Tres Ríos, urbanización Monserrat, cuarta etapa, casa once-I, plazo social noventa y nueve años a partir de hoy, capital social: diez mil colones.—Lic. Gabriel Andrés Segura, Notario.—1 vez.—Nº 92108.—(17915).
Ante mí, Rafael Salazar Fonseca, notario con oficina en esta ciudad, el día de hoy se constituyó la sociedad Inmobiliaria Frajova Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones. Presidente: Vanessa Bolaños Camacho.—Barva de Heredia, veintiocho de febrero del dos mil nueve.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 92110.—(17916).
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Importadora Ditaires Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 18:00 horas del 24 de febrero del 2009..—Lic. Ivonne Patricia Redondo Vega, Notario.—1 vez.—Nº 92112.—(17917).
Ante mi notaría, mediante escritura número 336 de las 13:00 horas del 28 de febrero del 2009, se ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Benetin S. A., cédula jurídica número 3-101-065025, en donde se ha reformado las cláusulas segunda y sexta.—Orotina, 28 de febrero del 2009.—Lic. Douglas Marín Orozco, Notario.—1 vez.—Nº 92113.—(17918).
Ante mi notaría, mediante escritura número 47 de las 17:00 horas del 12 de noviembre de 2008, se ha constituido la sociedad denominada Inversiones Sudi de Bijagual Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de Turrubares, con un capital social de diez mil colones.—Orotina, 28 de febrero de 2009.—Lic. Randall Marín Orozco, Notario.—1 vez.—Nº 92114.—(17919).
Ante mi notaría, mediante escritura número 331 de las 9:00 horas del 27 de febrero de 2009, se ha constituido la sociedad denominada Gamo & Gaal Desarrollos Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de Garabito, con un capital social de diez mil colones.—Orotina, 28 de febrero de 2009.—Lic. Douglas Marín Orozco, Notario.—1 vez.—Nº 92115.—(17920).
Ante mi notaría, mediante escritura número 95 de las 16:00 del 26 de febrero de 2009, se ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Farmacia Vega S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-59436, en la que se ha reformado la cláusula tercera respecto al plazo social.—Orotina, 26 de febrero de 2009.—Lic. Randall Marín Orozco, Notario.—1 vez.—Nº 92116.—(17921).
Ante mí notaría, mediante escritura número 335 de las 12:30 del 28 de febrero de 2009, se ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Farmacia Felca S. A., cédula jurídica número 3-101-555712, en donde se ha reformado la cláusula novena.—Orotina, 28 de febrero de 2009.—Lic. Douglas Marín Orozco, Notario.—1 vez.—Nº 92118.—(17922).
En mi notaría, a las 11:30 horas de 20 de febrero de 2009, protocolizo aumento de capital de la sociedad Exclusivas CD Sociedad Anónima, a la suma de cincuenta millones de colones.—San José, 20 de febrero de 2009.—Lic. Max Eduardo Bastos Villegas, Notario.—1 vez.—Nº 92119.—(17923).
En mi notaría, a las 11 horas del 20 de febrero del 2009, protocolizo aumento de capital de sociedad Importadora Almacema Sociedad Anónima, a la suma de trescientos millones de colones.—San José, 20 de febrero del 2009.—Lic. Max Eduardo Bastos Villegas, Notario.—1 vez.—Nº 92120.—(17924).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del veintiuno de junio del dos mil ocho, se reforma la cláusula novena de la sociedad Vistas del Cielo J.G. Sociedad Anónima, reformándose la administración y nombrándose nuevo presidente y tesorero.—Lic. Edwin G. Zúñiga Saavedra, Notario.—1 vez.—Nº 92122.—(17925).
Por escritura número doscientos veintiocho de las diez horas del veintiocho de febrero del dos mil nueve, del protocolo seis del Lic. Edwin Gerardo Zúñiga Saavedra, se constituyó la sociedad Distribuidora Joret Sociedad Anónima, domiciliada en Santa Ana, capital social cien mil colones.—San José, dos de marzo del dos mil nueve.—Lic. Edwin G. Zúñiga Saavedra, Notario.—1 vez.—Nº 92123.—(17926).
Mediante escritura pública número ocho, otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del dieciocho de febrero de dos mil nueve, los señores Rolando Mora Retana, José Felipe Centeno Rodríguez y Jairo Madriz Rodríguez, constituyeron la sociedad Ojos Sociedad Anónima.—San José, veintiséis de febrero del dos mil nueve.—Lic. Agustín Nicolás Tijerino Sandoval, Notario.—1 vez.—Nº 92124.—(17927).
Por escritura otorgada a las nueve horas del dos de
febrero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima denominada Grupo
el Jardín del Atlántico Sociedad Anónima. Domicilio social. San José, Escazú,
carretera Santa Ana, de
La empresa Fabiana Artiñano y Compañía Sociedad Anónima. Modifican cláusulas segunda y octava, su pacto social. Escritura otorgada en esta notaría a las 15:00 horas del 20 de febrero del 2009.—Lic. José Francisco Monge Masís, Notario.—1 vez.—Nº 92127.—(17929).
Por escritura otorgada a las diez horas del dos de febrero
del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima que en cuanto al nombre
social se ajustará al artículo dos, del Decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno, en donde solo se le asigne número de cédula jurídica a la
sociedad. Domicilio social. San José, Escazú, carretera Santa Ana, de
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas y cuarenta y cinco minutos, del veintitrés de febrero del dos mil nueve, constitución de la sociedad Oulet T-Shirt S. A. Presidente: Juan José Benítez Villatoro.—Lic. Lilliam Solano Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 92130.—(17931).
En mi notaría, mediante escritura Nº 157-22, otorgada en San Ramón, Alajuela, a las 14:00 horas del 27 de febrero del 2009, se constituyó una sociedad anónima, cuya razón social corresponde al número de cédula jurídica que se le asigne en el Registro Mercantil, al momento de su inscripción, de conformidad con el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J, que autoriza la asignación del número de cédula jurídica a la razón social de la sociedad. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: actividades de servicios en general, además de agropecuarias e industriales. Presidenta: Angie Alvarado Salas.—San Ramón, Alajuela, 2 de marzo del 2009.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—Nº 92131.—(17932).
En mi notaría, mediante escritura Nº 158-22, otorgada en San Ramón, Alajuela, a las 15:00 horas del 27 de febrero del 2009, se constituyó una sociedad anónima, cuya razón social corresponde al número de cédula jurídica que se le asigne en el Registro Mercantil, al momento de su inscripción, de conformidad con el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J, que autoriza la asignación del número de cédula jurídica a la razón social de la sociedad. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: actividades de servicios en general, además de agropecuarias e industriales. Presidenta: Vivianne Alvarado Salas.—San Ramón, Alajuela, 2 de marzo del 2009.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—Nº 92132.—(17933).
En mi notaría, mediante escritura Nº 155-22, otorgada en San Ramón, Alajuela, a las 11:00 horas del 27 de febrero del 2009, se constituyó una sociedad anónima, cuya razón social corresponde al número de cédula jurídica que se le asigne en el Registro Mercantil, al momento de su inscripción, de conformidad con el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J, que autoriza la asignación del número de cédula jurídica a la razón social de la sociedad. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: actividades de servicios en general, además de agropecuarias e industriales. Presidenta: Nuria Salas Salazar.—San Ramón, Alajuela, 2 de marzo del 2009.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—Nº 92134.—(17934).
En mi notaría, mediante escritura Nº 156-22, otorgada en San Ramón, Alajuela, a las 12:00 horas del 27 de febrero del 2009, se constituyó una sociedad anónima, cuya razón social corresponde al número de cédula jurídica que se le asigne en el Registro Mercantil, al momento de su inscripción, de conformidad con el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J, que autoriza la asignación del número de cédula jurídica a la razón social de la sociedad. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: actividades de servicios en general, además de agropecuarias e industriales. Presidente: Misael Alvarado Carmona.—San Ramón, Alajuela, 02 de marzo del 2009.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—Nº 92135.—(17935).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del diecinueve de diciembre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad JT Investments S. A. Domicilio: San Luis de Santo Domingo de Heredia, de la poza Las Juntas, cien metros sureste. Capital social: cien mil colones, totalmente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Representación: presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 19 de diciembre del 2008.—Lic. Mario Alberto Sánchez Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 92136.—(17936).
José Luis Levell Brown y Yenny Chavarría Araya, constituyen la sociedad denominada Somep Sociedad Anónima. Corresponde al presidente y al secretario de manera conjunta o separada, la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Escritura otorgada en la ciudad de Puerto Viejo, Sarapiquí, Heredia, al ser las diez horas del día veintiuno de febrero del dos mil nueve, ante el notario Jhonny Vinicio Matute Obando.—Puerto Viejo, Sarapiquí, Heredia, veintisiete de febrero del dos mil nueve.—Lic. Jhonny Vinicio Matute Obando, Notario.—1 vez.—Nº 92137.—(17937).
Ciento setenta y cuatro-tres. A las 16:00 horas del 25 de
febrero del 2009. Otorgada en mi notaría. Los señores: Ismael Arias Salas,
Alexander Arias Salas, Haydée Salas Rodríguez, Idalie Segura Salazar,
constituyen sociedad anónima cuya denominación social será únicamente su número
de cédula jurídica según Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete
uno-J.—Alajuela,
Ante esta notaría del licenciado Alexander Lobo Alvarado, hace constar que mediante la escritura número ciento noventa y seis-cinco, de las diez horas del día once de noviembre del dos mil ocho, se constituyó Frayka Sociedad Anónima, objeto de estación de servicio de comercio, presidenta: Francela Arrieta Castillo. Es todo.—Guayabo de Bagaces, veintiocho de enero del dos mil nueve.—Lic. Alexander Lobo Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 92140.—(17939).
Ante esta notaria por medio de escritura pública número 57-III, de las 10:00 horas del 25 de febrero del 2009, se protocolizó el acta asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Cove of the Sea Limitada, en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: primero: se removió el gerente y subgerentes; segundo: se realizaron los siguientes nombramientos: gerente general uno: Shaun Garth (nombres) Greenway y gerente general dos: Darcy Mckenna.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 92144.—(17940).
Ante esta notaria por medio de escritura pública número 143-II, de las 13:00 horas del 28 de marzo del 2008, se protocolizó el acta asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Asociación Os Estado de Catalina Cove, en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: primero: se removió el presidente, secretario y tesorero; segundo: se realizaron los siguientes nombramientos: presidenta: Sharon Myers; vicepresidente: Yuval Roth, tesorero: Juan Camporetto, secretaria: Nancy Killion, primer vocal: Patricia Cowley.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 92145.—(17941).
Por escritura número ciento noventa y ocho, otorgada ante el suscrito notario a las once horas del tres de junio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Servicios de Pintores G.A.E. Sociedad Anónima. Objeto: industria, comercio, agricultura, turismo. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: Vinicio Arturo Tencio Fuentes, vicepresidente: Rafael Ángel Arce Estrada.—Turrialba, veinticinco de febrero del dos mil nueve.—Lic. Jorge Velásquez Cubero, Notario.—1 vez.—Nº 92147.—(17942).
Por escritura pública otorgada en mi notaría a las 12:00 horas del 17 de febrero del 2009, se constituyó Artemi Sociedad Anónima.—Lic. Nairy Ulate Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 92151.—(17943).
Por escritura número treinta y dos de la notaria Dinorah Mora Barrantes, a las doce horas del veintiuno de febrero del dos mil nueve, reformando la cláusula cuarta de los estatutos en cuanto al plazo social y al nombramiento de nuevo secretario de la sociedad Leichi Triangular Sociedad Anónima.—San José, 27 de febrero del 2009.—Lic. Dinorah Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 92150.—(17944).
Ante las notarias, Olga Libia Sandoval Ugalde y Mariela Felicia Solís Sandoval, se constituyó la sociedad denominada Corporación Dental Construsonrisas Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones.— Alajuela, 27 de febrero del 2009.—Lic. Olga Libia Sandoval Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 92156.—(17946).
Ante el suscrito notario, se elige nueva junta directiva de la sociedad Computex Ionhathan S. A., la cual modifican su pacto constitutivo en cuanto a facultades de representante cláusula octava, y cláusula primera cambia nombre a Corporación Mizesa Inversiones S.A.—Ciudad Neily, a las trece horas cincuenta minutos del tres de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Luis Fernando Rojas Arredondo, Notario.—1 vez.—Nº 92157.—(17947).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del veintisiete de febrero del dos mil nueve, se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Costa Rica Emergency Medical Services C R E M S Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio, la sétima de la administración, y se nombran secretaria: María Graciela Rodríguez Araya, tesorero: Iván Antonio Kafarela Orozco y fiscal: Wesley Sokel.—San José, veintisiete de febrero del dos mil nueve.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—Nº 92161.—(17948).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría se constituye Infema Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Presidente: Marco Chavarría León. Escritura otorgada el día 24 de febrero del 2009.—Lic. Ana Graciela Alvarenga Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 92164.—(17949).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría se constituye sociedad anónima sin denominación social según Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Capital social: veinte mil colones. Presidente: Luis Carlos Kruse. Escritura otorgada el día 01 de marzo del 2009.—Lic. Federico Brealey Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 92165.—(17950).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las quince horas con treinta minutos del veinticinco de febrero del dos mil nueve, se constituyó una sociedad anónima denominada Servicios Especiales R A Sociedad Anónima, capital social: la suma de doscientos mil colones, la representación judicial y extrajudicial apoderado generalísimo sin límite de suma la ejercerá el presidente y vicepresidente.—San José, febrero del dos mil nueve.—Lic. Alexander Villegas Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 92166.—(17951).
Por escritura número ciento quince-cuatro, otorgada a las ocho horas del día dos de marzo del dos mil nueve, protocolicé un acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad First Costa Rican Title and Trust Sociedad Anónima, en la que se modifica la cláusula segunda.—San José, 02 de marzo del 2009.—Lic. Olga Castillo Barahona, Notaria.—1 vez.—Nº 92162.—(17952).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Cat Consulting Group Sociedad Anónima, cuyo capital se encuentra suscrito y pagado. Viviana Santamaría Guerrero, representante legal. Escritura otorgada a las siete horas del veintiséis de febrero del dos mil nueve.—San José, 02 de marzo del 2009.—Lic. Marcela Alvarado Castro y Lic. Ericka Masís Calderón, Notarias.—1 vez.—Nº 29168.—(17953).
Por escritura otorgada ante mí, a las 18 horas del día de hoy, se constituyó una sociedad anónima, cuyo nombre será la cédula jurídica, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Domicilio: San José. Plazo: cien años. Capital social: diez mil colones.—San José, 25 de febrero del 2009.—Lic. Alonso Vargas Araya, Notario.—1 vez.—Nº 92170.—(17954).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad Collocation Technologies Costa Rica S. A. Domicilio: San José. Plazo: cien años. Objeto: comercio en general. Representación: presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 27 de febrero del 2009.—Lic. Allan Hernández Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 92171.—(17955).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy se constituyó la sociedad anónima que se denominará Alfaro Solís AS Sociedad Anónima. Capital Social diez mil colones íntegramente suscrito y pago. Domicilio social: San José.—San José, dieciocho de febrero del año dos mil nueve.—Lic. Raymond Mora Molina, Notario.—1 vez.—Nº 92172.—(17956).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad anónima que se denominará igual que el consecutivo que se le otorgue por parte del Registro Público, Sección Mercantil. Capital social diez mil colones íntegramente suscrito y pago. Domicilio social San José.—San José, dieciocho de febrero del año dos mil nueve.—Lic. Raymond Mora Molina, Notario.—1 vez.—Nº 92173.—(17957).
Por escritura número doscientos setenta y seis-dos,
otorgada en Liberia ante esta notaría, a las ocho horas del día diecinueve de
setiembre del dos mil ocho. Accionistas: Marcos Vinicio Hidalgo Rodríguez y
Alejandra Morales Guevara, constituyeron sociedad cuyo es asignada de oficio
por el Registro de Personas jurídicas de conformidad con lo establecido en el
decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en
Carmen Yadira Santos Gamboa y Anabell Santos Gamboa; constituyen Hermanitas Santos de Liberia Sociedad Anónima con domicilio en Liberia, Guanacaste. Presidente: Carmen Yadira Santos Gamboa, escritura otorgada en Liberia, a las trece horas treinta minutos del diecisiete de julio del dos mil ocho.—Lic. Melania Jirón Estrada Notaria.—1 vez.—Nº 92176.—(17959).
Por escritura número cuatrocientos sesenta y uno-dos,
otorgada en Liberia ante esta notaría, a las once horas del día veintiuno de
febrero del dos mil nueve. Accionistas: Francisca Bustos López, José Luis
Bustos López y Hellen Gabriela Flores Bustos, constituyeron sociedad cuyo es
asignada de oficio por el Registro de Personas jurídicas de conformidad con lo
establecido en el decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno-J,
publicado en
Por escritura número doscientos treinta y cinco-uno, otorgada ante mí a las nueve horas del quince de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Cable Transporte T.W. Sociedad Anónima, capital social de ¢1.000,00 colones totalmente suscrito y pagado, Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—Lic. Rafael Esquivel Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 92181.—(17961).
Por escritura otorgada ante mi notaría el día veintisiete de febrero de dos mil nueve, se constituyo la sociedad Servicios RM e Hijos S. A., con un capital social de diez mil colones y un plazo social de noventa y nueve años.—San José, veintisiete de febrero de dos mil nueve.—Lic. Ihara González Medina, Notaria.—1 vez.—Nº 92182.—(17962).
Protocolización acta asamblea general extraordinaria de
cuotistas de
En esta notaría al ser las ocho horas del nueve de
febrero, se protocoliza acta de
Mediante escritura 76-8, de las 13:00 horas del 16 febrero, protocolicé reforma de estatutos de The Greatest Gathering of Names S.A.—Huacas, 16 de febrero del 2009.—Lic. Ricardo Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—Nº 92193.—(17965).
Ante mi notaría, el tres de febrero del año del dos mil
nueve, se constituye la empresa individual de responsabilidad limitada
denominada Season’s Boutique R. L. (Boutique Estaciones). Capital: cien
mil colones. Domicilio: San José,
Mediante escritura 79-8, de las 12:00 horas del 23 febrero, protocolicé reforma de estatutos y nombramiento de nueva junta directiva de The Olympus God Enterprises S. A.—Huacas, 23 de febrero del 2009.—Lic. Ricardo Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—Nº 92195.—(17967).
Por escritura pública otorgada ante mí notaria Joyce Hidalgo Coto, Alba Talía Arias Murillo y Andrea Herrera Acuña, constituyeron una sociedad con nombre de cédula jurídica, pudiendo abreviarse su aditamento en S. A., Domicilio social: San José, Coronado, plazo social: noventa y nueve años, capital social: Treinta mil colones, presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjuntamente. Es todo.—San José, a las diecisiete horas del día veintisiete de febrero del año dos mil nueve.—Lic. Mayra Tatiana Alfaro Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 92198.—(17968).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del 26 de febrero de 2009, se constituyeron cuatro sociedades anónimas idénticas, cuya razón social será la que asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas, según Decreto Ejecutivo 33171-J. Domicilio social en Alajuela, El Roble, Urbanización Villa Eli, casa 15, capital social: diez mil colones, totalmente suscrito y pagado. Presidente: Saúl Aguilar Solano, secretario: Frank Romero Duarte, ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 26 de febrero del 2009.—Lic. María Gabriela Ulloa Raabe, Notaria.—1 vez.—Nº 92200.—(17969).
En esta notaría, al ser las trece horas quince minutos del veinticuatro de febrero del dos mil nueve, se protocolizó acta de la empresa Cosmic Girl LLC S. R. L., en la que se nombra nuevo gerente.—Nosara, Guanacaste, veinticuatro de febrero del dos mil nueve.—Lic. Álvaro Aguilar Saborío, Notario.—1 vez.—Nº 92201.—(17970).
En mi notaría se constituye Los Chaquetas E.I.R.L., apoderado Luis Antonio Castro Barquero, cédula nueve-cero setenta y dos-setecientos treinta y ocho.—Cartago, 2 de marzo del 2009.—Lic. Henrich Moya Moya, Notario.—1 vez.—Nº 92202.—(17971).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del diecisiete de febrero de dos mil ocho, se constituyó El Tulipán Negro Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones.—San José, dieciocho de febrero de dos mil nueve.—Lic. Ignacio Miguel Beirute Gamboa, Notario.—1 vez.—Nº 92206.—(17972).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad
Ante esta notaría se constituyó la sociedad Bebidas a Domicilio, Sociedad Anónima, representación social presidente y secretario, capital social cien mil colones.—San José, 2 de marzo del 2009.—Lic. Ramiro Arauz Montero y Sandra Arauz Chacón, Notarios.—1 vez.—Nº 92209.—(17974).
Ante mí, mediante escritura número ciento sesenta y nueve, otorgada a las nueve horas del veinticuatro de febrero de dos mil nueve, se constituyó la sociedad Alegría Activity Sociedad Anónima cuyo capital social es la suma de mil colones. Es todo.—Lic. Adrián Bonilla Juncos, Notario.—1 vez.—Nº 92210.—(17975).
Mediante escritura número ciento noventa, otorgada a las diez horas del veinticinco de febrero del dos mil nueve, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad tres-ciento dos-quinientos cuarenta y cinco mil seiscientos ochenta y uno, en la cual se modificó la cláusula primera del pacto social.—San José, dos de marzo de dos mil nueve.—Lic. Mauricio Murillo González, Notario.—1 vez.—Nº 92211.—(17976).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del veinticuatro de febrero del dos mil nueve, se constituye la sociedad Rodríguez-Montero S C & F Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, dos de marzo del dos mil nueve.—Lic. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 92212.—(17977).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del veinticuatro de febrero mil nueve, se constituye la sociedad Negocios Diversos R & M de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, dos de marzo del dos mil nueve.—Lic. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 92213.—(17978).
Mediante escritura otorgada ante mi notaría, el 24 de febrero de 2009, se constituye En las Manos de Dios Sociedad Anónima. Presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—San José, 24 de febrero del 2009.—Lic. José Ramón Chavarría Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 92214.—(17979).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 17:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Rodrigo Trejos H Sucesores S. A. Capital íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Rodrigo Trejos Matamoros.—San José, 25 de febrero del 2009.—Lic. Alfonso Jiménez Meza, Notario.—1 vez.—Nº 92215.—(17980).
Ante esta notaría, mediante instrumentos públicos otorgado a las diecisiete horas veinte minutos del veintiséis de febrero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima Quirhema Sociedad Anónima. Presidente, secretario y tesorero, ambos con la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veintiséis de febrero del dos mil nueve.—Lic. Andrés Carrillo Rosales, Notario.—1 vez.—Nº 92216.—(17981).
Por escritura número 54-3, otorgada a las 4:30 horas del
20 de febrero del 2009, ante esta notaría Diana Elke Pinchanski Fachler, se
constituye la sociedad denominada Griffin Management Ltda., con
domicilio de la sociedad será en la provincia de Puntarenas, Garabito, Jacó,
Bahía Herradura, Boulevard Jan Dankers, Condominio
Por escritura de protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Alimentos para Mascotas Macperro S. A., otorgada a las 13 horas del día 27 de febrero del 2009, se reformo la cláusula sétima administración, se nombra junta directiva.—Belén, Heredia, 27 de febrero del 2009.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 92220.—(17983).
Por escritura de protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Alimentos Balanceados de Costa Rica S Y S S. A., otorgada a las 9:00 horas del día 27 de febrero del 2009, se reformaron las cláusulas, segunda domicilio, octava administración, se nombra junta directiva.—Belén, Heredia, 27 de febrero del 2009.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 92221.—(17984).
Ante esta notaría por escritura otorgada en Cartago, a las dieciséis horas del día veintisiete de febrero del año dos mil nueve, se constituye Bog Agrícola Sociedad Anónima.—Cartago, veintisiete de febrero del año dos mil nueve.—Lic. Laura Gómez Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 92222.—(17985).
Por escritura número doscientos sesenta y cinco del tomo cuatro del protocolo del Licenciado Pablo Valerio Soto, otorgada a las dieciséis horas del primero de marzo del dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima denominada Madeline del Paraíso GYD Sociedad Anónima.—Alajuela, al ser las diecisiete horas del día primero de marzo del dos mil nueve.—Lic. Pablo Valerio Soto, Notario.—1 vez.—Nº 92223.—(17986).
Por escritura otorgada en mi notaría, Luz Marina López Espinoza y Bernal López Espinoza, constituyen una sociedad anónima. Capital social cien mil colones, domicilio social Puntarenas, Parrita, Las Lomas. El presidente y el secretario de la sociedad, serán los apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Lic. Richard Acuña Campos, Notario.—1 vez.—Nº 92224.—(17987).
Ante esta notaría, por escritura número veinticinco del tomo primero de mi protocolo, otorgada a las dieciocho horas del veintiocho de febrero del dos mil nueve, se protocolizó acta de Asamblea General de Accionistas de la empresa Lelos Sociedad Anónima, persona jurídica con cédula tres-ciento uno-veintidós mil setecientos sesenta y dos, donde se modificó la cláusula segunda del domicilio social y la cláusula novena de la representación, ambas pertenecientes a los estatutos de la empresa.—Cartago, 2 de marzo del 2009.—Lic. Bernal Enrique Chinchilla Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 92225.—(17988).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, al ser las 14:00 horas del 27 de febrero del 2009, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Mude S. A., cédula jurídica 3-101-35736, se modifica cláusula segunda del domicilio social y cláusula sétima de representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—San José, 27 de febrero del 2009.—Lic. Gioconda Elizondo Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 92226.—(17989).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria en la ciudad de San José, a las ocho horas del día dos de marzo del dos mil nueve, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Europa Comercial de K & K Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó la junta directiva.—San José, dos de marzo del dos mil nueve.—Lic. Mónica Patricia Umaña Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 92230.—(17990).
Escritura N° 3-107 de las 17:00 horas del 25 de febrero
del 2009, ante mí, se constituyó Nutri-Jaco Internacional S. A., plazo
social 99 años, capital diez mil colones, domicilio: San Pedro, de
Por escritura otorgada hoy ante mí, Ricardo Jiménez Mora, Ricardo Jiménez Artavia y Eugenia María Mora Villalobos, constituyen Ultraligeros de Costa Rica Sociedad Anónima que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse Ultraligeros de Costa Rica S. A. Domicilio social: San Ramón, Alajuela. Plazo social: 99 años. Objeto social: comercio en general. Capital social: 20.000,00 colones. Presidente: Ricardo Jiménez Mora.—San Ramón, 16 de febrero del 2009.—Lic. Willy Rojas Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 92232.—(17992).
Ante la suscrita notaria se constituyó la sociedad denominada Kaufhaus Aleman Sociedad Anónima, plazo social: noventa y nueve años, domicilio social: Desamparados, Santa Marta de la estación de servicio Indianápolis, veinticinco metros al norte, local comercial, Presidente: Matthias Lembke.—Lic. Irene Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 92235.—(17993).
Gabriel María Alfaro Vargas y José Alejandro Bejarano Gutiérrez, constituyen Motor Clips Costa Rica Sociedad Anónima, nombrándose en ese acto al consejo de administración y al fiscal. Escritura otorgada en Barva de Heredia, a las 8.00 horas del 20 de febrero del 2009.—Lic. Mónica Miranda Villalta, Notaria.—1 vez.—Nº 92236.—(17994).
Ante la notaría del licenciado Luis Diego Pérez Chacón,
se constituyó la sociedad anónima denominada Soluciones Tecnológicas
Solarsoft Sociedad Anónima; cuya representación la ostentan el presidente
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma; plazo social de
noventa y nueve años.—San José, 2 de marzo del 2009.—Lic. Luis Diego Pérez
Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 92237.—(17995).
Mediante escritura número cuarenta y dos-cinco, otorgada ante mí hoy, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada, domiciliada en Moravia, plazo de 99 años, dedicada al comercio en general, capital social ¢4.000.000, representación corresponde al gerente Edgar Retana Cárdenas y al subgerente Mario Soto Baltodano. Es todo.—San José veintisiete de febrero de dos mil nueve.—Lic. Francisco Conejo Vindas, Notario.—1 vez.—Nº 92241.—(17996).
Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día nueve de enero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Inmovivienda Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones.—San José, veintisiete de febrero del dos mil nueve.—Lic. Leonel Alvarado Zumbado, Notario.—1 vez.—Nº 92242.—(17997).
Por escritura autorizada en esta notaría el día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Laboratorio Hahnemann Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero cuarenta y cuatro mil doscientos diez, celebrada en su domicilio social, por la cual se reformaron las cláusulas segunda del domicilio, sexta de las asambleas generales, sétima de la administración. Se nombran secretario y tesorero. Se otorga poder general.—Heredia, veintisiete de 27 del 2008.—Lic. José Leonel Sáenz Batalla, Notario.—1 vez.—Nº 92243.—(17998).
Por escritura autorizada en esta notaría el día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Farmacia Hahnemann Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero sesenta y ocho mil setecientos cinco, celebrada en su domicilio social por la cual se reformaron las cláusulas segunda: del domicilio, sexta: de las asambleas generales, sétima: de la administración. Se nombran secretario, tesorero y fiscal. Se otorga poder general.—Heredia, 27 de febrero del 2008.—Lic. José Leonel Sáenz Batalla, Notario.—1 vez.—Nº 92244.—(17999).
Por escritura autorizada en esta notaría el día de hoy se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de El Arete de Oro Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero cincuenta mil trescientos treinta y ocho, celebrada en su domicilio social por la cual se reformaron las cláusulas segunda: del domicilio, octava: de las asambleas generales, novena. Se nombran secretario, tesorero y fiscal. Se otorga poder general.—Heredia, 27 de febrero del 2008.—Lic. José Leonel Sáenz Batalla, Notario.—1 vez.—Nº 92245.—(18000).
Se deja constancia que en esta notaría plaza Plumita Pacífico Sociedad Anónima el día veintisiete de febrero del dos mil nueve, mediante escritura otorgada a las doce horas, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la cual se modifica el domicilio social y se hace nombramiento de fiscal: Susan Soto Calvo.—Lic. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 92246.—(18001).
Se deja constancia que en esta notaría plaza Condominio Residencial Palmeto Cuatro Anturio Cuatro Sociedad Anónima el día veintisiete de febrero del dos mil nueve, mediante escritura otorgada a las diez horas, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la cual se cambia el domicilio social de la sociedad, junta directiva, fiscal y se nombra nuevo agente residente. Presidenta: Karen Lizette Oliva de Urrutia.—Lic. Vanesa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 92247.—(18002).
Se deja constancia que en esta notaría plaza Golden Bear Properties Sociedad Anónima, el día veintisiete de febrero del dos mil nueve, mediante escritura otorgada a las once horas treinta minutos, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la cual se modifica el domicilio social y se hace nombramiento de fiscal: Susan Soto Calvo.—Lic. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 92248.—(18003).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las trece hors del veintiocho de febrero del dos mil nueve, se protocolizó asamblea general extraordinaria de Hotel Cocorí Sociedad Anónima, reformando la cláusula segunda del pacto constitutivo.—Lic. José Alberto Rivera Torrealba, Notario.—1 vez.—Nº 92249.—(18004).
En mi notaría a las trece horas del veinticuatro de febrero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad limitada denominada Inmobiliaria EQ Limitada.—San José, 2 de marzo del 2009.—Lic. Mario A. Arias Agüero, Notario.—1 vez.—Nº 92250.—(18005).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del
diecinueve de febrero del dos mil nueve, Freddy Vallejo Ortiz, Hilda Patricia
Cortés Chavarría, constituyeron Purin Investment Sociedad Anónima.
Presidente: Freddy Vallejo Ortiz. Domicilio social:
Por escritura otorgada a las diez horas del día dos de marzo del dos mil nueve, ante esta notaría, se reforman todas las cláusulas del pacto social de la sociedad Internacional Commercial Investments Sociedad Anónima, para que en adelante se considere como sociedad de responsabilidad limitada.—San José, dos de marzo del dos mil nueve.—Lic. Guillermo Sánchez Sava, Notario.—1 vez.—Nº 92253.—(18007).
Por escritura otorgada a las ocho horas del día dos de
marzo del dos mil nueve, ante esta notaría, se reforman todas las cláusulas del
pacto social de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y tres mil
setecientos ocho sociedad anónima, para que en adelante se considere como
sociedad de responsabilidad limitada, solicitando al momento de su inscripción,
que como denominación social se le indique el número de cédula de persona
jurídica de conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo treinta y
tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en
Por escritura otorgada a las nueve horas del día dos de
marzo del dos mil nueve, ante esta notaría, se reforman todas las cláusulas del
pacto social de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y tres mil
setecientos cuarenta y cinco sociedad anónima, para que en adelante se
considere como sociedad de responsabilidad limitada, solicitando al momento de
su inscripción, que como denominación social se le indique el número de cédula
de persona jurídica de conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo
treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en
En la sociedad Villa Monforte de Valencia Sociedad Anónima, cédula de la persona jurídica número tres-ciento uno- cuatrocientos treinta y cinco mil ciento cuarenta y siete, renuncia y nombramiento toda la junta directiva. Escritura Nº 101 de las 14:00 horas del 27 de febrero del 2009.—Lic. Xinia Sibaja Chávez, Notaria.—1 vez.—Nº 92256.—(18010).
Por escritura otorgada en mi notaría, en Alajuela a las
ocho horas del veintisiete de febrero del año dos mil nueve, se modificó el
pacto constitutivo de la sociedad: Pamcor del Norte S. A. Domicilio
social en: Costa Rica, Alajuela, Central, Barrio San José, de
Mediante escritura otorgada ante la notaria pública Laura Zumbado Loría en San José, a las diez horas del día dos de marzo del dos mil nueve, se protocoliza el acta de asamblea de socios de la sociedad Bright Minds S. A., mediante la cual se modifica la cláusula primera, del nombre, para que en adelante se denomine Ofisuministros Alpa S. A., y se modifica la cláusula segunda del domicilio, que será en San José, avenida segunda, calles treinta y ocho y cuarenta, edificio Casa Canadá, anexo dos. Es todo.—San José, dos de marzo del dos mil nueve.—Lic. Laura Zumbado Loría, Notaria.—1 vez.—Nº 92259.—(18012).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del tres de noviembre del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la sociedad denominada Garaje San José Pocen Sociedad Anónima, en donde se reforma junta directiva.—San José, cuatro de noviembre del dos mil ocho.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—Nº 92264.—(18013).
Mediante el acuerdo segundo del acta número cuatro de
Mediante escritura otorgada ante mi notaría, en Tres
Ríos, a las 12:00 horas del 27 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Deuteronomio
Veintiocho S. A. Plazo: 100 años. Capital social: ¢10.000,00. Giro: el
comercio en general, etc. Domicilio: Cartago,
Por escritura de las 08:15 horas del 27 de febrero del 2009, se constituye la sociedad denominada Santa Rita Data Processors Sociedad de Responsabilidad Limitada, se nombra gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 27 de febrero del 2009.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—(92269).—(18016).
Por escritura otorgada a las nueve horas treinta minutos del veintiocho de febrero del dos mil ocho, se presentan ante la suscrita notaría los señores Marcos Adrián Burgos Cisneros y Angie Melissa Morales Muñoz, los cuales constituyen una sociedad anónima denominada Anyerma Sociedad Anónima.—San José, 02 de marzo del 2009.—Lic. Ana Sánchez Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 92270.—(18017).
Por escritura de las 08:00 horas del 27 de febrero del 2009, se constituye la sociedad denominada Loto Tico Santa Rita Sociedad de Responsabilidad Limitada, se nombra gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 27 de febrero del 2009.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 92271.—(18018).
Por escritura de las 14:00 horas del 27 de febrero del 2009, se constituye la sociedad denominada Chieftain CR Sociedad de Responsabilidad Limitada, se nombra gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 27 de febrero del 2009.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 92272.—(18019).
Ante mí Héctor Rolando Vargas Sánchez, notario público con oficina en Heredia, en escritura otorgada a las nueve horas del dos de marzo del año dos mil nueve, se constituyó la empresa GM Gusmary Dos Mil Nueve Sociedad Anónima, siendo su presidente el señor Gustavo Vargas Ovejero, su capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado.—02 de marzo del 2009.—Lic. Héctor Rolando Vargas Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 92273.—(18020).
Por escritura ante mí, Mauricio José Molina Valverde de las 9:00 horas del 27 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad denominada Corporación Rhema Internacional Producciones S. A. Presidenta: Francesca Luconi Chaves. Capital social: 9.000 colones.—San José, 2 de marzo del 2009.—Lic. Mauricio José Molina Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 92274.—(18021).
Ante esta notaría a las 21:00 horas del 27 de febrero del 2009, se constituye por escritura número 302 una sociedad anónima denominada: El Consorcio Los Chilenitos Sociedad Anónima, con un capital social de 100.000,00 colones totalmente pagado.—Lic. José Pablo Arce Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 92275.—(18022).
El suscrito Notario Público, hace constar que los señores Ronald Gerardo Fallas Morales, Miguel Ángel Ibarra Mesén, Eithel Sánchez Quirós, Sergio Federico Arias Silesky, y Rodrigo Fallas Bonilla, por escritura pública número ciento trece-tres otorgada ante esta notaría a las diez horas del veintisiete de febrero del dos mil nueve. Constituyeron la sociedad denominada Grupo Construir Sociedad Anónima. Plazo social de noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Se nombra al presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma a Miguel Ángel Ibarra Mesén, Sergio Federico Arias Silesky, Eithel Sánchez Quirós, respectivamente. Es todo.—San José, a las 10:30 horas del 27 de febrero del 2009.—Lic. Miguel Eduardo Cervantes Mora, Notario.—1 vez.—Nº 92277.—(18023).
Mediante escritura número ciento sesenta y dos, otorgada ante mí, a las quince horas del veintisiete de febrero del año dos mil nueve, se protocolizó acuerdos de asamblea de la sociedad tres- ciento uno-quinientos cuarenta y seis mil ochocientos sesenta y dos sociedad anónima, en donde se modifica la cláusula primera del pacto constitutivo para que de ahora en adelante se llame Uni-Globe de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 27 de febrero del 2009.—Lic. Gonzalo Gutiérrez Acevedo, Notario.—1 vez.—Nº 92278.—(18024).
Por escritura de las cinco horas treinta minutos del primero de febrero, se constituyó Cerro Alto de Puriscal F.A.P. Sociedad Anónima. Capital: diez mil colones dividido en diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente con representación judicial y extrajudicial, actividad: comercio, industria, turismo.—Lic. Luis Alberto Paniagua Acuña, Notario.—1 vez.—Nº 92279.—(18025).
Por escritura de las diecisiete horas treinta minutos del catorce de enero del dos mil nueve, constituyó la sociedad Repoarte Sociedad Anónima. Capital: diez mil colones dividido en diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente ostenta la representación judicial y extrajudicial.—Lic. Erick Ramírez Barahona y Lic. Luis Alberto Paniagua Acuña, Notarios.—1 vez.—Nº 92281.—(18026).
Por escritura pública número trescientos cincuenta y nueve, otorgada ante el suscrito notario a las trece horas con veintisiete minutos de veintisiete de febrero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Messijazz Limitada, nombrándose como gerentes a los señores Cdowglas Misael Salazar y Ana Patricia Vargas Acosta, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Sarchí Norte, a las 9:10 horas del 01 de febrero del 2009.—Lic. Maykool Castro Umaña, Notario.—1 vez.—Nº 92285.—(18027).
Por escritura pública número trescientos cincuenta y ocho, otorgada ante el suscrito notario, a las once horas con cuarenta minutos de veintisiete de febrero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Agrícola G14 Limitada, nombrándose como gerentes a los señores Carmen Giselle Salazar Cruz y Juan Rafael Aguilera González, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Sarchí Norte, a las 9:00 horas del 01 de febrero del 2009.—Lic. Maykool Castro Umaña, Notario.—1 vez.—Nº 92286.—(18028).
Ante está Notaría, a las catorce horas diez minutos del dieciséis de febrero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima denominada Constructora Macoño Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones y con domicilio social en Alajuela, Quebradas de Tambor.—Alajuela, al ser las 10:20 horas del 02 de marzo del 2009.—Lic. Vinicio Villegas Arroyo, Notario.—1 vez.—Nº 92287.—(18029).
En la ciudad de San José, a las nueve horas del día dos de marzo del año dos mil nueve, se constituyó sociedad anónima cuyo nombre será Fusión Yireh y Castro Grúas Telescópicas Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones. Yo, Sally Madrigal Saborío, Notaria Pública, hago constar que están representados en diez acciones de mil colones cada una, conformada por una junta directiva de tres miembros, presidente, secretario, tesorero y un fiscal. El presidente y secretario son representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta y separadamente nombrados por todo el plazo social.—Lic. Sally Madrigal Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 92288.—(18030).
Por medio de la escritura número uno, otorgada a las doce
horas del día tres de febrero del dos mil nueve, ante esta Notaría, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Tropicana Relais Sociedad Anónima, por la cual se
modifica la cláusula sexta de
Ante mí, Hilber Segura Segura, se constituyó la sociedad denominada Del Cielo Creaciones Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Del Cielo Creaciones S. A. Presidente Juan Guillermo Bustos Córdoba. Capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, a las 10:00 horas del 25 de febrero del 2009.—Lic. Hilber Segura Segura, Notario.—1 vez.—Nº 92290.—(18032).
Por escritura otorgada a las 15:00 horas del 27 de
febrero del 2009, protocolicé acuerdos de la empresa Funerales Costarricense
Por escritura otorgada a las 14:30 horas del 26 de febrero del 2009, se constituye la empresa Interactive Software Development S. A.—San José, 26 de febrero del 2009.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 92292.—(18034).
Por escritura doscientos nueve-quinto otorgada en esta notaría, a las once horas del día veintiséis de febrero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada El Amarillón del Sur Sociedad Anónima. Capital social de diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, totalmente suscritas y pagadas. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, quien tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—San Isidro, Pérez Zeledón, a las 8:00 horas del 02 de marzo del 2009.—Lic. Sandra Cubillo Díaz, Notaria.—1 vez.—Nº 92294.—(10835).
Por escritura otorgada en Cartago, a las quince horas del veintisiete de enero del dos mil nueve, se constituyeron cinco sociedades anónimas denominadas con el número de cédula jurídica que les asigne el registro. Domiciliadas en la ciudad de Cartago, con un plazo de noventa y nueve años. Capital social: de diez mil colones cada una. Presidente y secretario, como apoderados generalísimos sin límite de suma.—Cartago, 28 de enero del 2009.—Lic. Adrián Masís Mata, Notario.—1 vez.—Nº 92296.—(18036).
Mediante escritura otorgada ante mí en San José, a la diez horas del dos de marzo del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Álvaro Chaves Alfaro & Asociados S. A., se le cambió el nombre a Kappelle Juárez e Hijos S. A., se le cambió el domicilio social, se modifica el plazo social y la representación.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—Nº 92297.—(18037).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:00
horas del 27 de febrero del 2009, mediante la escritura número cincuenta y
cinco, se modifican las cláusulas primera y undécima del pacto constitutivo, se
adiciona cláusula vigésimo segunda, se revocan los nombramientos de todos los
miembros de junta directiva y fiscal y se procede a nombrar sustitutos y se
nombra agente residente de la sociedad
Por escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del veintiocho de febrero del dos mil nueve, se constituyó Complejo Ambiental San Gerónimo. Domiciliada: Costa Rica, Guanacaste, Liberia, Barrio Moracia. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: totalmente suscrito y pagado por medio de letras de cambio, Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, con la representación judicial y extrajudicial.—Cañas, 28 de febrero del 2009.—Julio Alberto Corrales Campos, Notario.—1 vez.—Nº 92301.—(18039).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del diecinueve de febrero de dos mil nueve, se constituyó la sociedad K Y C Consultores Dos Mil Nueve Sociedad Anónima, cuya presidenta es Karla Contreras Morales.—San José, 19 de febrero del 2009.—Lic. Alexis Gómez Guillén, Notario.—1 vez.—Nº 92303.—(18040).
Por escritura otorgada hoy ante mí, a las diecisiete horas del veintiséis de febrero de dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Importadora y Exportadora Royma Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y novena, se acepta la renuncia de la junta directiva y del fiscal, y se nombran sustitutos, se otorga poder general.—San José, 26 de febrero del 2009.—Lic. Ana Victoria Mora Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 92304.—(18041).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del veinticuatro de febrero del dos mil nueve, se cambia domicilio social y se hace nombramiento en la junta directiva de la sociedad denominada T- Four Services Sociedad Anónima.—San José, 02 de marzo del 2009.—Lic. Edgar Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 92305.—(18042).
Por protocolización de acta de la sociedad Inmobiliaria Trece Mil Seiscientos TCCML Sociedad Anónima, ante esta Notaría, a las diez horas del diez de febrero del dos mil nueve. Se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, 02 de marzo del 2009.—Lic. Helen Duarte Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 92307.—(18043).
Por protocolización de acta de la sociedad Inmobiliaria Trece Mil Cien Sociedad Anónima, ante esta Notaría, a las nueve horas del cinco de febrero del dos mil nueve. Se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, 02 de marzo del 2009.—Lic. Helen Duarte Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 92308.—(18044).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del día
catorce de noviembre del año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria
de socios de la compañía denominada Euroestructuras Dos Mil Sociedad Anónima,
en la cual se nombró nuevo presidente, secretario y tesorero de la junta
directiva.—
Ante el suscrito Notario Erick Varela Vargas, se constituyó en escritura número doscientos nueve dos, la sociedad limitada Inmobiliaria El Carpintero Ltda., por un plazo de noventa y nueve años y con un capital social de diez mil colones, lo anterior en fecha veintisiete de enero de dos mil nueve, en la ciudad de Alajuela.—Alajuela, 27 de febrero del 2009.—Lic. Erick Varela Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 92310.—(18046).
Ante el suscrito Notario Erick Varela Vargas, se constituyó en escritura número doscientos ocho dos la sociedad limitada Long Horse Ltda., por un plazo de noventa y nueve años y con un capital social de diez mil colones, lo anterior en fecha veinticuatro de enero de dos mil nueve, en la ciudad de Alajuela.—Alajuela, 27 de febrero del 2009.—Lic. Erick Varela Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 92311.—(18047).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 9:00 horas del 02 de junio del 2008, se constituyó la sociedad denominada Telómero S.A. Capital social: sucrito y pagado y un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución. Es todo.—San José, 04 de junio del 2008.—Lic. Erick Alberto Lizano Bonilla, Notario.—1 vez.—(18051).
Por escritura número setenta y seis, otorgada ante este Notario el día quince de enero a las diez horas del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima Shadyside Corporation Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones, dividido en diez acciones de mil colones cada una, representación judicial: Presidente y secretario.—San José, 15 de enero del 2009.—Lic. Federico Andrés Acevedo Cornejo, Notario.—1 vez.—(18052).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario, a las 16:00 horas del 30 de enero del 2009, se constituyó la sociedad denominada Simu Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado y un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución. Es todo.—San José, 09 de febrero del 2009.—Lic. Erick Lizano Bonilla, Notario.—1 vez.—(18053).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario a las 18:30 horas del 25 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad denominada Kloten Inc Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado y un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución. Es todo.—San José, 27 de marzo del 2008.—Lic. José Abundio Gutiérrez Antonini, Notario.—1 vez.—(18054).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario a las 09:00 horas del 24 de marzo del 2008, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Propiedades Bernareggio Inc. S.A., según la cual se modificó las cláusulas quinta y segunda de los estatutos sociales, y se nombra junta directiva y fiscal. Es todo.—San José, 27 de marzo del 2008.—Lic. José Abundio Gutiérrez Antonini, Notario.—1 vez.—(18055).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 12:00 horas del 18 de diciembre del 2008, se constituyó la sociedad denominada Treinta Cero Nueve Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado y un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución. Es todo.—San José, 09 de febrero del 2009.—Lic. Erick Alberto Lizano Bonilla, Notario.—1 vez.—(18056).
Por escritura número 172 otorgada a las 16:00 horas del 02 de marzo del 2009, los señores Álvaro Federico Alcala, Antonio Daniel Herrera, Douglas Jesús Vera Serrano y Lesly Ángela Rojas Gorrin constituyen Sunrunner Adventures Tours S. A., con un capital social de diez mil colones. Es todo.—San José, 03 de marzo del 2009.—Lic. Iara Lancaster Cortés, Notaria.—1 vez.—(18059).
Por la escritura doscientos ochenta y uno-tres de las
quince horas del dos marzo del dos mil nueve, se constituyó la empresa INPRO
S. A., con domicilio social en Grecia, Calle
Por escritura número ciento cincuenta y nueve, otorgada ante mí, a las quince horas del veintiséis de febrero del dos mil nueve, se revocan nombramientos de apoderados, se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva por el resto del plazo social, en la sociedad denominada Hotel Buena Vista Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y siete mil setecientos ocho.—Alajuela, 27 de febrero del 2009.—Lic. Gabriela Rodríguez Sánchez, Notaria.—1 vez.—(18064).
Ante mí, León Felipe Ramos Santos, notario público de Heredia, se ha constituido la sociedad anónima denominada R.G.R. Asesorías Multidisciplinarias, cuyo presidente y apoderado es Ronald Francisco Herrera Víquez, el domicilio social estará en Santa Bárbara de Heredia, Residencial Cifuentes, casa número veintiséis L, el capital social de la misma es de doce mil colones.—Lic. León Felipe Ramos Santos, Notario.—1 vez.—(18067).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas de hoy, la empresa tres-ciento uno-quinientos cuarenta y un mil novecientos veintiuno s. a., modifica las cláusulas segunda y sexta de su pacto social.—San José, 02 de marzo del 2009.—Lic. Roger Antonio Hidalgo Zúñiga, Notario.—1 vez.—(18078).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las nueve horas del dos de marzo del dos mil nueve, mediante escritura número ciento treinta y nueve se constituye la sociedad ISP Proveedora S. A.—San José, tres de marzo del dos mil nueve.—Lic. Kattia Quesada Céspedes, Notaria.—1 vez.—(18084).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las diez horas del dos de marzo del dos mil nueve, mediante escritura número ciento treinta y nueve se constituye la sociedad Pelícano Jacó S. A.—San José, tres de marzo del dos mil nueve.—Lic. Kattia Quesada Céspedes, Notaria.—1 vez.—(18085).
Se constituye sociedad Sonrie V & G Sociedad Anónima mediante escritura otorgada ante la notaria Cinthya Villalobos Miranda, con fecha de las ocho horas del día tres de febrero del año dos mil nueve. Es todo.—San José, 03 de marzo del 2009.—Lic. Cinthya Villalobos Miranda, Notaria.—1 vez.—(18090).
Por escritura número trescientos cuarenta y tres se
constituye la sociedad denominada
Por escritura otorgada en mi notaría a las catorce horas treinta minutos del trece de febrero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Prefabricados Ziza y División Constructora V Y M S. A., con domicilio social en Alajuela, Central, Calle Loría, de El Durazno, cuatrocientos metros al norte y veinticinco metros al este. Capital social cien mil colones representados por cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad.—Lic. Enrique Montero Gamboa, Notario.—1 vez.—(18155).
Por escritura otorgada en mi notaría a las diez horas treinta minutos del cinco de febrero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Confecciones Keylin Limitada, con domicilio social en Alajuela, Naranjo, de la iglesia de San Jerónimo, trescientos metros al noroeste. Capital social diez mil colones representados por diez cuotas o títulos nominativos de mil colones cada una. Dos gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma de la sociedad, actuando conjunta o separadamente.—Lic. Enrique Montero Gamboa, Notario.—1 vez.—(18157).
Por escritura otorgada en mi notaría a las dieciséis horas cuarenta y cinco minutos del veinte de febrero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Familia Zamora Villegas e Hijos Limitada, con domicilio social en Alajuela, Central, Tuetal Norte, de la escuela cuatrocientos metros al este y veinticinco al suroeste. Capital social: once mil colones representados por once cuotas o títulos nominativos de mil colones cada uno. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad.—Lic. Enrique Montero Gamboa, Notario.—1 vez.—(18160).
Por escritura número diez-cuarenta y tres, otorgada ante los notarios públicos Juvenal Sánchez Zúñiga, Alberto Sáenz Roesch y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del primero, a las dieciséis horas treinta minutos del veintisiete de febrero del año dos mil nueve, donde se modifican las cláusulas segunda y octava de los estatutos de la compañía y se nombran gerente uno, gerente dos y agente residente de la compañía denominada Desarrollo Marítimo Blanco Número Cinco S.R.L.—San José, dos de marzo del dos mil nueve.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—(18169).
Por escritura número once-cuarenta y tres, otorgada ante los notarios Juvenal Sánchez Zúñiga, Alberto Sáenz Roesch y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del primero, a las dieciséis horas del día dos de marzo del año dos mil nueve, se reforman las cláusulas primera en la cual se modifica el nombre de la sociedad Osa Air Terminal Sociedad de Responsabilidad Limitada; segunda, octava, quinta, se nombran gerente uno, gerente dos y agente residente de la compañía tres-ciento dos-quinientos treinta y tres mil ciento ochenta y siete s.r.l.—San José, 02 de marzo del 2009.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—(18173).
Por escritura número setenta y ocho-diecisiete, otorgada ante los notarios Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo del primero, a las diecisiete horas del veintisiete de febrero del dos mil nueve, se reforman las cláusulas quinta y sexta, se nombra secretario de la compañía Rodeo PVS Ciento Diecisiete S. A.—San José, 02 de marzo del 2009.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Conotario.—1 vez.—(18175).
Por escritura número ciento cuarenta y siete otorgada ante esta notaría a las catorce horas treinta minutos del dos de marzo del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad denominada Franz Ingeniería S. A., mediante la cual se reforma la cláusula primera relativa al nombre, la cláusula sexta relativa a la administración y se establece la junta directiva actual y fiscal.—San José, dos de marzo del año dos mil nueve.—Lic. Juan Carlos González Lavergne, Notario.—1 vez.—(18177).
En mi notaría en San José por escritura de las 10:00 horas del 23 febrero del 2009, Uniseguros S. A., cédula 3-101-164048 varió su nombre a sociedad Agencia de Seguros Uniseguros S. A. y su objeto social a solo la intermediación de seguros.—Lic. Grace Marina Gamboa Haeberle, Notaria—1 vez.—(18176).
Por escritura otorgada ante mí, Joaquín Alejandro Víquez Arias y Heriberto Víquez Barrantes constituyen Viogaz Sociedad Anónima pudiendo abreviarse Viogaz S. A. Domicilio social: San Joaquín de Flores, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: Comercio. Presidente: Joaquín Alejandro Víquez Arias.—Heredia, tres de marzo del año dos mil nueve.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(18183).
Por escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós
Silesky y Desarrollos Urbanísticos
Jorge Arce González y Kendal Araya Venegas, constituyen la sociedad denominada Proyectos Urbanísticos Tierra Firme Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Grecia a las 11:30 horas del día 14 de febrero del año 2009.—Lic. Miguel Ernesto Alfaro Blanco, Notario.—1 vez.—(18191).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas treinta minutos del veinticinco de febrero del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza denominada Bombagua de C.R. Sociedad Anónima. Se aumenta capital social, cambio junta directiva, creación nuevos puestos de la junta directiva.—San José, veinticinco de febrero del dos mil nueve.—Lic. María del Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(18194).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Soluciones Informáticas del Este Sociedad Anónima. Reforma cláusula octava de los estatutos: Será administrada por una junta directiva, compuesta por tres miembros que serán: presidente, secretario y tesorero, presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando en forma conjunta o separada.—San José, doce de febrero del dos mil nueve.—Lic. Marianella Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—(18198).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Compualquileres del Este Sociedad Anónima. Reforma cláusula octava de los estatutos: será administrada por una junta directiva, compuesta por tres miembros que serán: presidente, secretario y tesorero, presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando en forma conjunta o separada.—San José, doce de febrero del dos mil nueve.—Lic. Marianella Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—(18199).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Soluciones Informáticas IMBSI Sociedad Anónima. Reforma cláusula sexta de los estatutos: será administrada por una junta directiva, compuesta por tres miembros que serán: presidente, secretario y tesorero. Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando en forma conjunta o separada.—San José, dos de marzo del dos mil nueve.—Lic. Marianella Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—(18200).
Ante esta notaría al ser las ocho horas, del veintiséis de febrero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad: ACG Innova Sociedad Anónima. Apoderados: presidente, tesorero y secretaria, actuando conjuntamente dos. Domicilio: San José.—Lic. Ingrid Brown Sequeira, Notaria.—1 vez.—Nº 92312.—(18282).
Pablo Nápoles Cabrera y Richard Salazar Contreras constituyen sociedad anónima que se denomina Banan Precisión ASR S. A. Escritura otorgada en San José a las 11:00 horas del 02 de marzo del 2009. Domicilio: San José. Representación: el presidente. Plazo social: 99 años.—Lic. Grace María Sánchez Granados, Notaria.—1 vez.—Nº 92313.—(18283).
Ante esta notaría se constituyeron las sociedades Villa Verde Dos- Castelgandolfo S. A., y Villa Verde Dos-Fiera di Roma S. A.—San José, 03 de marzo del 2009.—Lic. Gonzalo Fajardo Lee, Notario.—1 vez.—Nº 92314.—(18284).
Mediante escritura 170-4 del tomo 04 de mi protocolo, otorgada en esta ciudad a las 14:00 horas del 28 de febrero de este año, Ingrid Badilla Romero y Gertrudis Chavarría Núñez constituyen Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San Isidro de El General, dos de marzo del dos mil nueve.—Lic. Ana Lorena Borges Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 92316.—(18285).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas
del veintiocho de febrero del dos mil nueve, se constituyó sociedad que se
denominará con el número de cédula jurídica que consigne el Registro de Personas
Jurídicas de conformidad con el decreto número treinta y tres mil ciento
setenta y uno Consultoría Mesen Sociedad Anónima con un plazo de noventa
y nueve años y un capital social de diez mil colones; domiciliada en San
Isidro, Pérez Zeledón, San José, cien metros sur de
Por escritura otorgada ante el suscrito notario en San Isidro de El General, a las 14:00 horas del 2 de marzo del 2009, se constituyó la sociedad Inversiones Tres G del Valle Sociedad Anónima. Presidente: Johnny Eduardo Gamboa Calvo. Plazo social: 99 años. Capital social: 12 mil colones.—San Isidro de El General, 02 de marzo del 2009.—Lic. Jorge Enrique Infante Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 92318.—(18287).
Al ser las diez horas del catorce de febrero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Inversiones Norshi Sociedad Anónima, de la cual es presidente el señor Noel Gerardo Sandí Azofeifa, cédula uno-cero novecientos sesenta y nueve-cero ciento cinco, por medio de escritura otorgada ante la notaria pública Emilce Umaña Atencio.—San Isidro de Pérez Zeledón, diecinueve de febrero del año dos mil nueve.—Lic. Emilce Umaña Atencio, Notaria.—1 vez.—Nº 92319.—(18288).
Por medio de la escritura 134 visible al folio 63 frente del tomo 41 de mi protocolo se modificaron las cláusulas primera y segunda y se nombró nuevo gerente y gerente operativo de la empresa The Pink Clouds Ltda. Es todo.—Uvita, Osa, 29 de febrero del 2009.—Lic. Fernando Sancho Villalta, Notario.—1 vez.—Nº 92320.—(18289).
Ante mí, Paola Andrea Ramírez Acosta, se protocolizó el acta de la asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Umadiez Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos veintiséis mil seiscientos sesenta y ocho, se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo. Se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo para que en lo sucesivo se lea: Sétima: Los negocios sociales serán administrados por una junta directiva, integrada por cuatro miembros que serán: presidente, vicepresidente, secretario y tesorero, que podrán ser socios o extraños. Corresponde al presidente y vicepresidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma, pudiendo actuar en forma conjunta o separadamente, sin embargo para la venta de activos de la sociedad, así como gravar los mismos necesariamente requerirán de acuerdo de accionista. Podrán otorgar poderes especiales o especialísimos y revocar sustituciones para atender asuntos específicos de la sociedad, en los que la ley requiera esa clase de mandatos. Los miembros de la junta directiva serán nombrados por todo el plazo social. Escritura otorgada en la ciudad de Pérez Zeledón a las 10:15 horas del 02 de marzo del 2009.—Lic. Paola Andrea Ramírez Acosta, Notaria.—1 vez.—Nº 92321.—(18290).
Mediante escritura otorgada ante mí, a las siete horas del dos de marzo del dos mil nueve, se modifican las cláusulas primera y novena del pacto constitutivo de Cinco Tres Ocho Dos Cuatro Siete S. A.—San José, dos de marzo del dos mil nueve.—Lic. Heike Kulzer Homann, Notaria.—1 vez.—Nº 92322.—(18291).
Mediante las escrituras que se dirán, todas del tomo 10
de mi protocolo, se constituyeron las empresas representadas por su gerente
María Gabriela Elizondo Alpízar, denominadas: Finca Las Palmeras Veraneras
Ltda., escritura 202, visible al folio 196 frente, Finca
Se hace constar que mediante escritura número 96-7 de las 16:00 horas del 02 de marzo del 2009 se constituyó la sociedad denominada H.G. Herrera y Guisao Asociados S.R.L. Gerente: Cyntia Lilliana Herrera Cubillo.—Lic. Efraín Mauricio Carvajal Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 92325.—(18293).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 17 de febrero del 2009, se protocolizó el acta en la que se modifica la cláusula octava (de la administración) del pacto constitutivo de la sociedad 3-102-552434 s r l., y se nombran nuevos gerentes.—San José, 23 de febrero del 2009.—Lic. Diego Soto Solera, Notario.—1 vez.—Nº 92326.—(18294).
Por escritura otorgada ante mi notaría en San José, a las 08:00 horas del día de hoy se constituyó la sociedad Representaciones Alimenticias V & S Sociedad Anónima. Domicilio: San José.—23 de febrero del 2009.—Lic. Edward Monge Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 92328.—(18295).
Por escritura otorgada ante mi notaría en San José a las 15:30 horas del día de hoy se constituyó la sociedad Ichisan Sociedad Anónima. Domicilio: San José.—13 de febrero del 2009.—Lic. Edward Monge Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 92329.—(18296).
Por escritura número 23-47, otorgada en esta notaría a las 11:00 horas del 28 de febrero del 2009, se constituye la sociedad denominada Inversiones R.H. de Cañas Sociedad Anónima, con domicilio en Cañas, Guanacaste, Barrio San Cristóbal, contiguo a escuela San Cristóbal. Presidente: Ronald Hernández Ruiz, cédula 7-084-575. Agente residente: Lic. Juan Carlos Sing Ávila. Capital social: ¢10.000,00.—Lic. Juan Carlos Sing Ávila, Notario.—1 vez.—Nº 92331.—(18297).
Por escritura otorgada ante mí, a las 14:45 horas del 21 de febrero del 2009, se protocolizó acta de la sociedad Inmobiliaria Bajura Norteña S. A., en la que se reformó el pacto social y se hicieron nuevos nombramientos de junta directiva y fiscal.—Ciudad Quesada, 02 de marzo del 2009.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 92332.—(18298).
Por escritura otorgada ante mí, a las 13:40 horas del 21 de febrero del 2009, se protocolizó acta de la sociedad Supermercado E.L.E.C.O.N.O.M.I.C.O. S. A., en la que se hicieron nuevos nombramientos de junta directiva y fiscal.—Ciudad Quesada, 02 de marzo del 2009.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 92333.—(18299).
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:15 horas del 28 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad que se denominará LG Sellers Ing. S. A., cuyo capital se encuentra suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 28 de febrero del 2009.—Lic. Hugo Alberto Loaiza Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 92334.—(18300).
Ante mí, Carlos Manuel Arroyo Rojas se constituye la sociedad G Sesenta y Cinco Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, 02 de febrero del 2009.—Lic. Carlos Manuel Arroyo Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 92335.—(18301).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:30 horas del 28 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad que se denominará G R A C I A G Y B S. A., cuyo capital se encuentra suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 28 de febrero del 2009.—Lic. Hugo Alberto Loaiza Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 92336.—(18302).
Por escritura otorgada ante mí, a las 14:15 horas del 21 de febrero del 2009, se protocolizó acta de la sociedad G.M.G. Transportes de Frontera a Frontera S. A., en la que se reformó el pacto social y se hicieron nuevos nombramientos de junta directiva.—Ciudad Quesada, 02 de marzo del 2009.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 92337.—(18303).
En esta notaría al ser las doce horas del veintisiete de febrero del dos mil nueve, se procede a protocolizar acta número dos de la sociedad anónima denominada tres-ciento uno-quinientos diecinueve mil ciento ochenta y nueve sociedad anónima donde se modifica la cláusula segunda, y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 02 de marzo del 2009.—Lic. Víctor Hugo Avendaño Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 92339.—(18304).
Carlos Murillo Valverde, mayor, comerciante, casado una vez, cédula número dos-trescientos tres-trescientos ocho, Mayela González Chaves, mayor, casada una vez, comerciante, cédula nueve-cero setenta y uno-setecientos tres, vecinos de San Pedro de Poás de Alajuela quinientos metros al norte del puente sobre el río Poás constituyen Agencia Santa Marta Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las trece horas del veinte de febrero del dos mil nueve.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 92340.—(18305).
Ante esta notaría, a las trece horas del dos de marzo del dos mil nueve, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Fashion Internacional CJ Sociedad Anónima cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta y cuatro mil seiscientos noventa y cuatro. Se reforma la cláusula segunda de dicha sociedad, se aceptan las renuncias del presidente, tesorero, secretario y agente residente y se nombran nuevos personeros.—Goicoechea, dos de marzo del dos mil nueve.—Lic. Ana Lucía Paniagua Campos, Notaria.—1 vez.—Nº 92341.—(18306).
La suscrita notaria hace constar que en esta notaría se modificaron las cláusulas quinta y sexta de los estatutos de la entidad Trans Miratours C&C Limitada, y se aumenta el capital a la suma de diez millones de colones.—Lic. Iveth María Guzmán Fajardo, Notaria.—1 vez.—Nº 92342.—(18307).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 14:00 horas del 2 marzo del 2009, se constituye la entidad Clorosimposio E.I.R.L., Dagoberto Salazar Leitón, gerente.—Lic. José Enrique Brenes Montero, Notario.—1 vez.—Nº 92344.—(18308).
En mi notaría se constituye Tractores Agrícolas Rogam E.I.R.L., apoderado Ronald Garita Méndez, cédula tres-doscientos setenta y dos-cuatrocientos treinta y dos.—Cartago, 03 de marzo del 2009.—Lic. Henrich Moya Moya, Notario.—1 vez.—Nº 92345.—(18309).
En mi notaría se constituye Planillas Laborales Rogam E.I.R.L., apoderado Ronald Garita Méndez, cédula tres-doscientos setenta y dos-cuatrocientos treinta y dos.—Cartago, 03 de marzo del 2009.—Lic. Henrich Moya Moya, Notario.—1 vez.—Nº 92346.—(18310).
Ante la suscrita notaria, se constituyó un acta de asamblea de accionistas de la sociedad Astrom Technologies Sociedad Anónima, en la cual se reforma la junta directiva de la sociedad en cuanto al fiscal.—San José veintitrés de febrero del dos mil nueve.—Lic. Ana C. Murillo Caldera, Notaria.—1 vez.—Nº 92347.—(18311).
A las 14:00 horas del 19 de febrero del 2009, los señores Cristhofer David Castro Zúñiga y Carolina Zúñiga Arce, constituyeron la sociedad Trasmovires S. A. Plazo: 99 años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital ¢10.000,00. Objeto: La actividad comercio en general. Domicilio en Palmares de Alajuela, frente a la escuela Buenos Aires, casa de color amarillo.—San José, a las ocho horas del dos de marzo del dos mil nueve.—Lic. Lyannette Petgrave Brown, Notaria.—1 vez.—Nº 92348.—(18312).
Attilio Gilberti, presidente de la sociedad Fundo Cofre de Amatistas Sociedad Anónima nombra al fiscal Rubén González Sobalbarro, cédula 1-480-512, y agente residente a Esther Sibaja González, cédula 5-146-595. Escritura otorgada a las 9:00 horas del 02 de marzo del 2009, tomo 5, número 274.—Lic. Esther Azalea Sibaja, Notaria.—1 vez.—Nº 92351.—(18313).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:20 horas del 01 de marzo del 2009, se constituyó la sociedad denominada, Playas y Colinas Don Nicho Sociedad Anónima, siendo presidente, vicepresidente y secretario respectivamente, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo: 100 años. Capital social: 90 mil colones.—San José, 03 de marzo del 2009.—Lic. Allan Valverde Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 92353.—(18314).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 27 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Corporación A.I.C. Asesores Consultores en Construcción Sociedad Anónima. Capital social: debidamente suscrito y pagado por los socios. Domicilio: San José. Plazo noventa y nueve años.—Cartago, 03 de marzo del 2009.—Lic. Jorge Ramón Arias Mora, Notario.—1 vez.—Nº 92354.—(18315).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del día 23 de febrero del 2009, se constituyó Iberoamericana Telecomunicaciones S. A. Capital: suscrito y pagado. Domicilio en el cantón central de San José; el presidente de la junta directiva con la representación y facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 23 de febrero del 2009.—Lic. José Ramón Quesada Acuña, Notario.—1 vez.—Nº 92357.—(18316).
Mediante escritura otorgada en esta notaría a las ocho horas del dos de marzo del año dos mil nueve, se modifica la cláusula sétima de la administración de la sociedad Canto Feliz Cuarenta y Ocho Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-cinco cuatro cero siete siete siete. San José. Remberto Aguirre González, presidente. Es todo.—San José, a las siete horas del tres de marzo dos mil nueve.—Lic. Felipe Calvo Argeñal, Notario.—1 vez.—Nº 92358.—(18317).
Al ser a las quince horas del veintitrés de febrero del año dos mil nueve, los señores Willy Hernández Chan y Natalia Rodríguez Ríos comparecen ante esta Notaría con la finalidad de constituir la compañía denominada Servicios Fiduciarios del Pacifico -SEFIPAC- Sociedad Anónima, con domicilio en la provincia de San José, Goicoechea, Guadalupe, Urbanización Esquivel Bonilla, del Colegio de Microbiólogos de Costa Rica veinticinco metros este y cincuenta norte.—San José, a las diez horas del veinticuatro de febrero del año dos mil nueve.—Lic. Carolina Arguedas Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 92359.—(18318).
Al ser a las trece horas del veintitrés de febrero del año dos mil nueve, los señores Willy Hernández Chan y Eugenia Delgado Vargas comparecen ante esta Notaría con la finalidad de constituir la compañía denominada Transporte Ejecutivo ML Sociedad Anónima, con domicilio en la provincia de San José, Goicoechea, Guadalupe, Urbanización Esquivel Bonilla, del Colegio de Microbiólogos de Costa Rica veinticinco metros este y cincuenta norte.—San José, a las diez horas del veinticuatro de febrero del año dos mil nueve.—Lic. Carolina Arguedas Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 92360.—(18319).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las 12:00 horas del 27 de febrero del 2009, protocolicé acta de la empresa Corporación Cerdas y González S. A., mediante la cual renuncian presidente y secretaria y se nombran nuevos.—Escazú, 27 de febrero del 2009.—Lic. Marlene Bustamante Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 92361.—(18320).
Por escritura número treinta y cinco-diecinueve Venta y Servicios Casa Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-tres cuatro ocho cinco cuatro ocho, modifica la cláusula de la administración, nombra nueva junta directiva y modifica el domicilio.—San José, veintiséis de febrero del dos mil nueve.—Lic. Julio Renato Jiménez Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 92365.—(18321).
Por escritura otorgada el 26-02-2009, se constituyó Pacific Comfort Ltda. Domicilio: Pozos de Santa Ana, tres gerentes. Plazo: 99 años. Capital: doce mil colones.—Lic. Jimmy Solano Ulloa, Notario.—1 vez.—Nº 92367.—(18322).
Por escritura ante esta notaría a las 8:00 horas del 21
febrero del 2009, se constituyó sociedad anónima, cuya razón social será cédula
jurídica de acuerdo a Decreto Ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y
uno-J, publicado
Por escritura otorgada ante mí, se constituye la sociedad
Picazón HA S. A. Domicilio: San José, Pérez Zeledón, ochocientos
metros al norte de la plaza de
Por escritura otorgada ante mí, se constituye la sociedad Geiro Holdinsg S. A. Domicilio: San José, Pérez Zeledón, San Blas de General Viejo, dos kilómetros al oeste de la iglesia. Presidente: Rosario Gaulin.—San José, 03 de febrero del 2009.—Lic. Royran Arias Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 92375.—(18325).
Por escritura número trescientos veintiséis-siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones Baeli S. A. Domiciliada en Daniel Flores de Pérez Zeledón, San José, Rosa Iris casa número setenta y siete. El plazo es de noventa y nueve años a partir de esta fecha. Capital social: diez mil colones.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, nueve horas del veintiséis de febrero del dos mil nueve.—Lic. Mauricio Benavides Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 92377.—(18326).
Por escritura otorgada ante mí, se constituye la sociedad Armour Holdings S. A. Domicilio: San José, Pérez Zeledón, San Blas de General Viejo, dos kilómetros al oeste de la iglesia. Presidente: Steven Gerald Armour.—San José, 03 de febrero del 2009.—Lic. Royran Arias Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 92378.—(18327).
Ante mi notaría, por escritura de las 14 horas 30 minutos del 25 de noviembre del 2008, la sociedad Corporación M K Obando Nortman S. A., modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo y nombra tesorero y secretario.—Santa Ana, 02 de marzo del 2009.—Lic. Sergio Fernando Jiménez Guevara, Notario.—1 vez.—Nº 92379.—(18328).
Por escritura de las trece horas de hoy, en esta ciudad,
protocolicé acta de asamblea de socios de
Protocolización de acta de asamblea general modificación
de la cláusula sexta del pacto constitutivo, inscrito al tomo 571 asiento 6701,
sobre administración de la empresa, representada por un gerente y subgerente
con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma de Verde y
Feliz S.R.L., cédula jurídica número 3-102-482415, con domicilio en Pérez
Zeledón,
Mediante escritura número 77 del tomo 13 del notario Arturo Méndez Jiménez, de fecha 26 de febrero del 2009; se constituye la sociedad Compañía Ana-Beatriz de Coto Bruz Limitada. Gerentes: Alfredo Gerardo López Rojas y Beyries Araya Rodríguez.—San Vito de Coto Brus, 26 de febrero del 2009.—Lic. Arturo Méndez Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 92389.—(18331).
Por escritura otorgada a las 15:00 horas del 25 de febrero del 2009, se modificaron las cláusulas segunda y novena de los estatutos constitutivos y se nombra nueva junta directiva de la sociedad denominada Guanamilpa Sociedad Anónima.—San José, dos de marzo del dos mil nueve.—Lic. Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 92390.—(18332).
Por escritura otorgada en San José, a las veintisiete horas del veintisiete de febrero del dos mil nueve, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Vantar-Sampar-Suprainvest Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno- quinientos nueve mil quinientos uno. Se reforma la cláusula primera del pacto social referente al nombre por Vantar Costa Rica S. A., ante la notaría del licenciado Rolando Guardiola Arroyo.—Lic. Rolando Guardiola Arroyo, Notario.—1 vez.—Nº 92391.—(18333).
Ante esta notaría al ser las dieciocho horas del
veintisiete de febrero del dos mil nueve, se constituye Inversiones M. M. M.
Varsu Sociedad Anónima. Domiciliada en San Diego,
María Elena Rodríguez Brenes, Ana Teresa Álvarez Hernández, Rosa Alvarado Abellán y Ruth Hernández Zumbado, constituyen sociedad anónima, así su número de cédula jurídica asignado, con su aditamento se tendrá para efecto legal como su denominación social, conforme con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J.—San José, 26 de febrero del 2009.—Lic. Laurita Navarro Barahona, Notaria.—1 vez.—Nº 92394.—(18335).
Por escritura otorgada a las 13:00 horas, del 19 de febrero del 2009, se constituyó ante esta notaría Tumnus Ltda., con domicilio en San José. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Claudio Antonio Quirós Lara.—San José, 19 de febrero del 2009.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—Nº 92395.—(18336).
Por escritura número trece, otorgada a las diecisiete horas treinta minutos del día dos de marzo del dos mil nueve, se constituyó ante esta notaría la nueva sociedad anónima, se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Ejecutivo N° 33171-J, escritura que se encuentra visible al folio once frente del tomo dos del protocolo de la suscrita notaria.—San José, tres de marzo del dos mil nueve.—Lic. Raquel Bello Fernández, Notaría.—1 vez.—Nº 92396.—(18337).
Por escritura otorgada a las 13:15 horas del 19 de febrero de 2009, se constituyó ante esta notaría Gotama Ltda., con domicilio en San José. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Claudio Antonio Quirós Lara.—San José, 19 de febrero del 2009.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—Nº 92397.—(18338).
Por escritura número catorce, otorgada a las dieciocho horas treinta minutos del día dos de marzo del dos mil nueve, se constituyó ante esta notaría la nueva sociedad anónima que se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Ejecutivo N° 33171-J, escritura que se encuentra visible al folio trece vuelto del tomo dos del protocolo de la suscrita notaria —San José, tres de marzo del dos mil nueve.—Lic. Raquel Bello Fernández, Notaría.—1 vez.—Nº 92398.—(18339).
Por escritura otorgada a las 13:30 horas, del 19 de febrero de 2009 se constituyó ante esta notaría Sitka Ltda., con domicilio en San José. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Manrique Quirós Rohrmoser.—San José, 19 de febrero del 2009.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—Nº 92399.—(18340).
Por escritura otorgada a las 13:45 horas, del 19 de febrero de 2009 se constituyó ante esta notaría Rohan Ltda., con domicilio en San José. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Manrique Quiros Rohrmoser.—San José, 19 de febrero del 2009.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—Nº 92400.—(18341).
Mediante escritura número ochenta-diecisiete, otorgada en mi notaría a las 10:00 horas del 28 de febrero del 2009, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Enroza del Este S. A., por la que se modifica el nombre de la sociedad, se revocan los nombramientos de secretario, tesorero, fiscal y agente residente y la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, 2 de marzo del 2009.—Lic. José Gerardo Guillén Mora, Notario.—1 vez.—Nº 92401.—(18342).
Al ser las nueve horas del catorce de enero del dos mil nueve, se modificó constituyó ante esta notaría la sociedad G.I. Snap Casbri de Costa Rica Sociedad Anónima, capital social cien mil colones. Domicilio Lagunilla de Heredia.—San José, 27 de febrero del 2009.—Lic. Ivannia Esquivel Carrillo, Notaria.—1 vez.—Nº 92402.—(18343).
Mediante escritura otorgada ante el notario público
Rafael Medaglia Araya, en San José a las diez horas veinte minutos del día
diecisiete de febrero del dos mil nueve, se protocoliza el acta de asamblea de
socios de la sociedad Smooth Trip S. R. L., mediante la cual se modifica
la cláusula primera, del nombre, para que en adelante se denomine Tréboles
de
Mediante escritura otorgada ante el notario público Rafael Medaglia Araya, en San José a las diez horas treinta minutos del día diecisiete de febrero del dos mil nueve, se protocoliza el acta de asamblea de socios de la sociedad East Grotto S. R. L., mediante la cual se modifica la cláusula primera, del nombre, para que en adelante se denomine Lady Luck Promotions S. R. L. Es todo.—San José, diecisiete de febrero del dos mil nueve.—Lic. Rafael Medaglia Araya, Notario.—1 vez.—Nº 92406.—(18345).
En mi notaría, a las 16:00 horas del 16 de febrero del año 2009, se constituyó la empresa Ompet Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Capital social 120.000 colones. Presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma: Karen Aguilar Padilla, cédula de identidad 1-688-746. Plazo social: 99 años.—San José, 2 de marzo del 2009.—Lic. Elizabeth Angulo Gatjens, Notaria.—1 vez.—Nº 92407.—(18346).
Ante la notaría de la suscrita, Marcela Padilla Valverde,
con oficina en
Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas treinta minutos del veintiséis de febrero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Delish Catering y Eventos S. A. Capital social cien mil colones, totalmente suscrito y pagado, se nombraron presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y fiscal, todos los miembros de la junta directiva tienen la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjuntamente al menos dos de ellos.—Lic. María Vanessa Wells Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 92409.—(18348).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad
que se denominará con el número de cédula jurídica que le asigne el Registro
Mercantil, seguido con el aditamento La referencia a tal número deberá seguirse
con el aditamento “limitada”, el cual podrá abreviarse “Ltda.”, de conformidad
con el artículo segundo del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento
setenta y uno- J. Domicilio: San José, Los Yoses, de la iglesia de Fátima,
El señor Christophe Boutet, hace saber que mediante
escritura Nº 27, otorgada a las dieciséis horas del día 2 de marzo del año dos
mil nueve, en la notaría del licenciado Jafet Alberto Suárez Madrigal, se
modificó la cláusula segunda de los estatutos, el domicilio social de la
empresa
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, de las quince horas del dos de marzo del año dos mil nueve, se constituye la sociedad: Corporación O M Bauta Sociedad Anónima. Presidente: Osmil Mantilla Sánchez.—Lic. Consuelo Méndez Marchena, Notaria.—1 vez.—Nº 92414.—(18351).
Ante el suscrito notario, han comparecido los señores Dony Alexander Álvarez Navarro, cédula 1-1327-0902, y Janet Irene Andersen, pasaporte estadounidense número 150699404, para solicitar la constitución de una sociedad anónima acogida al Decreto Nº 33171-J. Se cita a las personas que se vean afectadas con esta constitución a presentarse ante la oficina del suscrito sea Desamparados, Higuito, Urbanización Santa Bárbara, casa cuatro C.—San José, 4 de febrero del 2009.—Lic. Neiver P. Gutiérrez Ondoy, Notario.—1 vez.—Nº 92415.—(18352).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la compañía denominada Two MW Investments Sociedad Anónima. Su plazo social es de noventa y nueve años, su capital se encuentra totalmente suscrito y pagado, el presidente, secretario y tesorero son los representantes legales, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 2 de marzo del 2009.—Lic. Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, Notario.—1 vez.—Nº 92417.—(18353).
Mediante escritura número ciento setenta y dos visible al folio ciento setenta y cuatro frente del tomo cuarenta y siete de mi protocolo, otorgada a las trece horas del doce de marzo del dos mil siete, se reformó la cláusula sexta y reformó junta directiva de la sociedad Yamyafe Hills Sociedad Anónima. Es todo.—San José, dos de marzo del año dos mil nueve.—Lic. Harry Wohlstein Rubinstein, Notario.—1 vez.—Nº 92419.—(18354).
En esta notaría a las quince horas del día dos de marzo de dos mil nueve, se ha procedido a protocolizar acta número uno de la sociedad Inversiones Claguz Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos veintitrés mil quinientos setenta y nueve, donde se reforma la cláusula octava de la administración y se nombra nuevo vicepresidente. Es todo. Se firma en la ciudad de San José, a las dieciséis horas del día dos de marzo del dos mil nueve.—Lic. Ciro Casas Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 92423.—(18355).
Ante esta notaría, por escritura pública número doscientos treinta y tres de las siete horas del día tres de febrero del año dos mil nueve, se protocoliza el acta número diez de la sociedad Sandía de Parrita S. A., donde se modifica el acta constitutiva en la cláusula quinta. Es todo.—San José, 3 de febrero del 2009.—Lic. Alfredo Gutiérrez Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 92425.—(18356).
Por escritura número doscientos setenta y ocho, otorgada ante mi notaría, a las doce horas del día diecinueve de febrero del año dos mil nueve, se constituyó la entidad denominada Servicios de Seguridad Privada Alfa y Omega R. A. Sociedad Anónima. Presidente: Álvaro Espinoza Espinoza. Agente residente: Licenciado Javier Desanti Henderson.—Puntarenas, 03 de marzo del 2009.—Lic. Javier Desanti Henderson, Notario.—1 vez.—Nº 92426.—(18357).
Ante esta notaría, el día de hoy se constituyó la sociedad denominada Andorino Sociedad Anónima. Es todo.—Puntarenas, veintisiete de febrero del dos mil nueve.—Lic. Víctor Herrera Flores, Notario.—1 vez.—Nº 92427.—(18358).
Ante esta notaría, el día de hoy se constituyó la sociedad denominada Andreas Chira Incorporate Sociedad Anónima. Es todo.—Puntarenas, veinticuatro de febrero del dos mil nueve.—Lic. Víctor Herrera Flores, Notario.—1 vez.—Nº 92429.—(18359).
Por escritura otorgada en esta notaría en la ciudad de Jacó, a las diecisiete horas con treinta minutos del veintisiete de febrero de dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Los Grandes Retos Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cuatro mil doscientos noventa y dos, por medio de la cual se acuerda modificar la cláusula sexta de los estatutos, sobre la administración y se nombra nueva junta directiva por el resto del plazo social.—Jacó, veintisiete de febrero del dos mil nueve.—Lic. Arcelio Hernández Mussio, Notario.—1 vez.—Nº 92430.—(18360).
El día 16 de febrero del 2009, Arranque Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-125734, procedió a reformar las cláusulas tercera y sétima del pacto constitutivo, con relación al plazo social y la administración de la sociedad. Dicha reforma fue protocolizada mediante escritura 237-17, visible al folio 110 frente del tomo 17 del protocolo, con fecha 8:00 horas del día 16 de febrero del año 2009 por el notario Gerardo Quesada Monge.—San José, 3 de marzo del 2009.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—Nº 92433.—(18361).
Por escritura otorgada ante esta notaría y en esta ciudad Betty Fonseca Mora y Rosario Herrera Acuña, constituyen Betty de San Isidro Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse en su aditamento S. A., nombre que es de fantasía. Domicilio: San José.—Lic. Pablo Matamoros Arosemena, Notario.—1 vez.—Nº 92434.—(18362).
Por escritura otorgada ante esta notaría y en esta ciudad, a las nueve horas del diecisiete de febrero del año dos mil nueve, los señores Betty Fonseca Mora y Pablo Matamoros Arosemena, constituyen una sociedad anónima denominada Inmobiliaria Matamoros Fonseca Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse en su aditamento S. A., nombre que es de fantasía. Domicilio: San José.—Lic. Gustavo Adolfo Ortiz Barrionuevo, Notario.—1 vez.—Nº 92435.—(18363).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del dos de marzo del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Trajes R & M Sociedad Anónima.—San José, tres de marzo del año dos mil nueve.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—Nº 92436.—(18364).
Se reforma la representación judicial y extrajudicial de la sociedad Servicios de Construcción Chavarría & Hernández Sociedad Anónima, para que en adelante la misma corresponda a presidente y tesorera, pudiendo actuar conjunta o individualmente. Otorgada mediante escritura número cuarenta y seis-cuatro, de las diecisiete horas del diecinueve de febrero del dos mil nueve.—Puerto Viejo de Sarapiquí, 02 de marzo del 2009.—Lic. Julieta Lidieth Chavarría Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 92440.—(18365).
Por escritura número ciento dieciséis-cuatro, otorgada a las diez horas del día dos de marzo del año dos mil nueve, protocolicé una acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad: Puentes al Futuro Limitada, en la que se modifican las cláusulas primera y segunda.—San José, 02 de marzo del 2009.—Lic. Olga Castillo Barahona, Notaria.—1 vez.—Nº 92441.—(18366).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día veintiséis de febrero del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada: Legal Backoffice Inc. Limitada.—San José, dos de marzo del dos mil nueve.—Lic. Olga Castillo Barahona, Notaria.—1 vez.—Nº 92442.—(18367).
Por escrituras otorgadas ante este notario, a las nueve horas, a las catorce horas y a las dieciséis horas del veintiséis de febrero del año dos mil nueve, se protocolizaron las actas de asamblea general extraordinaria y asamblea general ordinarias y extraordinarias de socios de las compañías Condominio Diez Amarillo Colinas Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó la cláusula segunda del pacto social; tres-ciento dos-quinientos cincuenta y ocho mil seiscientos diecinueve sociedad de responsabilidad limitada, mediante la cual se reforma la cláusula primera del pacto social y Café Volio S. A., mediante la cual se reformaron las cláusulas quinta, sétima, octava, novena y décima del pacto social.—San José, veintiséis de febrero del dos mil nueve.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 92443.—(18368).
Por escritura pública otorgada ante el notario Luis Fernando Castro Gómez, en San José, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dos de marzo del dos mil nueve, mediante asamblea general ordinaria de la sociedad Sunset Eco Boat Yard Sociedad Anónima. Se acuerda modificar la cláusula novena de la administración.—San José, dos de marzo del dos mil nueve.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 92444.—(18369).
Mediante escritura pública número cuarenta y ocho, otorgada a las nueve horas del dos de marzo del año dos mil nueve, se protocolizan los acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía de esta plaza denominada: Luana S. A. mediante la cual se procede a reformar la cláusulas sexta y octava.—San José, dos de marzo del dos mil nueve.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 92445.—(18370).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Venta de Vehículos Obando y Herra Sociedad Anónima y su presidente es el señor Guillermo Obando Rodríguez, cuyo capital social es de diez mil colones. Es todo.—San José, dos de marzo del dos mil nueve.—Lic. Evelyn Guevara Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 92450.—(18371).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada León Forestal Sociedad Anónima y su presidente es el señor Frank León González, cuyo capital social es de diez mil colones. Es todo.—San José, dos de marzo del dos mil nueve.—Lic. Evelyn Guevara Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 92451.—(18372).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Reforestaciones
Magnolia Perlada S. A. ha modificado su junta directiva y fiscal, otorgando al presidente y al secretario facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo firmar conjunta o separadamente. De igual forma ha cambiado su domicilio social que en adelante será en El Roble de Puntarenas, Cantón Central, distrito quince, Urbanización Don Jorge, casa número cuarenta y cuatro, cincuenta metros al este del antiguo abastecedor Acón. Así consta en la escritura número tres-uno del tomo primero del protocolo de la licenciada Norma Aguirre Cayasso.—San José, veinticuatro de febrero del dos mil nueve.—Lic. Norma Aguirre Cayasso, Notaria.—1 vez.—Nº 92453.—(18374).
Seguros del Pacífico S. A. ha modificado su nombre
para que de ahora en adelante se denomine Protección y Respaldo del Pacífico
Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse en su aditamento S. A. De igual forma
ha cambiado su domicilio social que en adelante será en Puntarenas, cantón
central, distrito primero, cincuenta metros al norte de la esquina noreste de
Por escritura otorgada ante mí, a las 12:10 horas del 27 de febrero del 2009, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Comunicación en Expansión Codex S. A. Se reforma cláusula sétima de los estatutos. Se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 27 de febrero del 2009.—Lic. Manrique Rojas Ibarra, Notario.—1 vez.—Nº 92455.—(18376).
Por escritura otorgada ante mí, a las 12:00 horas del 27 de febrero del 2009, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Corporación Delta Lloyd S. A. Se reforma cláusula sétima de los estatutos. Se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 27 de febrero del 2009.—Lic. Manrique Rojas Ibarra, Notario.—1 vez.—Nº 92456.—(18377).
Ante esta notaría mediante escritura número 81, celebrada a las 18:00 horas del 25 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada El Olmo Ardiente Sociedad Anónima. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Liberia, 25 de febrero del 2009.—Lic. Ana Gabriela Acevedo Rivera, Notaria.—1 vez.—Nº 92458.—(18378).
El suscrito notario hace constar que ante mi notaría compareció Brígida del Carmen Palacios Cortés, constituye cinco sociedades anónimas que se denominarán conforme decreto ejecutivo numero treinta y tres mil ciento setenta y uno-j del catorce de junio del dos mil seis, pudiendo abreviarse su aditamento en S. A.—Lic. Carlos Alfonso Martínez Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 92459.—(18379).
Francisco Javier Jiménez Boulanger y Carlos Luis Espinoza Gutiérrez, constituyen sociedad de responsabilidad limitada denominada Centro de Capacitación y Consultoría en Producción Industrial Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Tejar de El Guarco, Cartago, tres de febrero del dos mil nueve.—Lic. Ólger Alejandro Brenes Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 92460.—(18380).
Ante esta notaría se constituyó
Por escritura número noventa y siete-ocho, otorgada en conotariado ante los notarios Marianela Sáenz Alfaro, Juan Manuel Jiménez Ruiz y Alejandro Vásquez Rodríguez el día de hoy en el protocolo del tercero, hemos protocolizado actas de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas y actas de junta directiva de la sociedad Banco Lafise S. A., según la cual se modifica el pacto constitutivo en su cláusula quinta, se revocan y se confieren poderes, y se nombran nuevos miembros de junta directiva, gerencia y fiscalía. Es todo.—San José, 26 de febrero del 2009.—Lic. Juan Manuel Jiménez Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 92464.—(18382).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del día dos de marzo del dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Jaguar del Río Sociedad Anónima. Donde se acuerda modificar la cláusula sexta del pacto social y se acuerda agregar una cláusula sexta bis.—San José, dos de marzo del dos mil nueve.—Lic. Gonzalo Eduardo Rodríguez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 92468.—(18383).
Gonzalo Calderón Vega y Geovanny Soto Duarte, constituyen Fábrica Nacional de Portones Tres P-C Sociedad Anónima, con domicilio en San José, San francisco, capital diez mil colones, representada por el presidente.—San José, dos de marzo del dos mil nueve.—Lic. Kenneth Mora Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 92469.—(18384).
Alexis Daniel Sandoval Cabezas y Vanessa Campos Verdecía, constituyen Sancaver Patrimonial Sociedad Anónima, con domicilio en San José, Santa Ana. Capital diez mil colones, representada por el presidente y secretario actuando conjunta o separadamente.—San José dos de marzo del dos mil nueve.—Lic. Kenneth Mora Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 92470.—(18385).
En mi notaría, al ser las trece horas del veintisiete de febrero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Inversiones Quadrant Sociedad Anónima.—Lic. Irene Rodas Seas, Notaria.—1 vez.—Nº 92471.—(18386).
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
SUCURSAL EN GUADALUPE
El suscrito Licenciado
Juan Carlos Delgado Cabalceta Administrador de la sucursal de
¢
2-03102299176-001-001 A D G METALES LIMITADA 1.084.120,00
0-00109370559-001-001 CAMPOS ROJAS JUAN CARLOS 557.370,00
2-031011331-001-001 IMPORTADORA COMERCIAL
LUIYI
SOCIEDAD ANÓNIMA 908.019,00
0-00108220535-001-001 CAMACHO UMAÑA ROY FERNANDO 7.326.200,00
0-00701350937-001-001 WASHINGTON MADDE IRWIN OWEN 3.926.391,00
2-03101276237-001-001 COMERCIALIZADORA MASON
&
RAHEEM CMR SOCIEDAD 3.351.003,00
2-03101312160-001-001 MODAS VESTIRE SOCIEDAD ANÓNIMA 2.847.230,00
0-00109400305-001-001 AGÜERO GONZÁLEZ ADRIANA
PATRICIA 2.385.249,00
2-03101505219-001-001 ITZIMNA FRUTAS S. A. 1.973.300,00
2-03101018102-001-001 CIRRUS SOCIEDAD ANÓNIMA 1.861.116,00
0-00800650564-001-001 AYON LACAYO PABLO 1.833.688,00
0-00111510863-001-001 OVIEDO HERRERA ALEJANDRO 1.810.747,00
2-03101269756-001-001 GINTEC SOCIEDAD ANÓNIMA 1.407.935,00
2-03101502123-001-001 IMPORTADORA BENZADON GLOBAL
SOCIEDAD
ANÓNIMA 1.405.312,00
2-03101169475-001-001 ALLI CON INTERNACIONAL
SOCIEDAD
ANÓNIMA 1.311.705,00
7-00026524055-001-001 PATERNO NO INDICA OTRO
MARCELA
GRACIELA 1.221.843,00
0-00105150072-001-001 GISELLE BAUDRIT RUIZ 1.155.768,00
2-03101271360-001-001 VIDRIOS EL VALLE SOCIEDAD
ANÓNIMA 1.139.922,00
2-03101359977-001-001 PRODUCTICOS LO MEJOR DE COSTA
RICA
SOCIEDAD ANÓNIMA 1.095.390,00
0-00601200478-002-001 NAJAR PALONO ANA LÍA 1.082.917,00
0-00108520859-001-001 VEGA VEGA ALVARO 1.030.671,00
0-00700610989-001-001 HINES CÉSPEDES CESAR ANTONIO 914.707,00
2-03002153254-001-001 LIBERTY CHRISTIAN ACADEMY
(ASOCIACIÓN
ACADEMIA) 711.036,00
2-03101330844-001-001 REPUESTOS HERMANOS BADILLA
SOCIEDAD
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0-00601160189-001-001 ARROYO HERNÁNDEZ DAGOBERTO 666.164,00
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R
Y R SOCIEDAD ANÓNIMA 643.990,00
2-03101416839-001-001 COLOR LUX G M SOCIEDAD ANÓNIMA 637.143,00
0-00101540375-001-001 SALAZAR VILLAR MARÍA ELENA 626.648,00
2-03101483243-001-001 TZITXI CHAU SOCIEDAD ANÓNIMA 623.800,00
2-03101487078-001-001 ANALITICA NETWORK
SOCIEDAD
ANÓNIMA 539.121,00
2-03101187980-001-001 EPESA EQUIPOS DE PESAJES
EXACTO
SOCIEDAD ANÓNIMA 506.032,00
2-03101489452-001-001 MUNDI-ETIQUETAS SOCIEDAD
ANÓNIMA 487.578,00
2-03101022256-001-001 INVERSIONES SALERRAN
SOCIEDAD
ANÓNIMA 474.335,00
0-00400314626-001-001 PACHECO CHAVERRI EIDA ROSA 397.366,00
2-03101385341-001-001 DGC CAPITALES INVERSIONES
Y CONSULTORES SOCIED 373.077,00
0-00108710847-001-002 MORALES
VEGA EVELYN 362.367,00
2-03101291780-001-001 ALQUILERES ROSOL SOCIEDAD
ANÓNIMA 353.390,00
2-03101189877-001-001 NAROSE CONSULTORES EN
FINANZAS Y SEGUROS SOCI 348.776,00
2-03101160419-001-001 COMERCIALIZADORA
NOVATEX
DEL
ESTE S. A. 1.662.527,00
0-00103320249-999-001 CHAVARRÍA VOLIO
JUAN CARLOS 5.835.300,00
0-00107820002-999-001 JIMÉNEZ HERNÁNDEZ ALEJANDRO 1.611.675,00
0-00111080916-999-001 ULLOA LORÍA PABLO JOSÉ 1.305.100,00
0-00400830590-999-001 ALFARO ZÚÑIGA LUIS
FERNANDO 1.303.875,00
0-00400830590-999-001 ALFARO ZÚÑIGA LUIS
FERNANDO 1.303.875,00
7-00014110978-999-001 FORREST NO INDICA
OTRO
MICHAEL
JAMES 1.107.225,00
0-00103110111-999-001 OREAMUNO VARGAS JOSÉ
GUILLERMO 1.094.443,00
0-00502340708-999-001 LEÓN OVARES ALICIA MARÍA 1.090.930,00
0-00400750906-999-001 ZAMORA GONZÁLEZ RAMÓN 1.083.036,00
0-00800340815-999-001 SYZFMAN WIND ALBERTO 1.078.154,00
0-00108940173-999-001 MÉNDEZ ALVARADO ESTEBAN
JAVIER 711.810,00
0-00106400675-999-001 DELGADO RAMÍREZ JOSÉ ALBERTO 932.878,00
7-00012980669-999-001 YEE TSAN CHUNG
CHANG
0-00111310850-999-001 OLIVAS ROJAS ANA RAQUEL 846.876,00
0-00107920102-999-001 GOEBEL MC DERMOTT
WILLIAM
ANTHONY 839.217,00
7-00026324277-999-001 PINEDA MEJÍA MARINA 422.770,00
0-00103050324-999-001 ARROYO ACUÑA MARÍA ELENA 515.306,00
Lic. Juan Carlos Delgado Cabalceta, Administrador.—(17247).
SUCURSAL DE PACAYAS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
La suscrita
Administradora a. í. de
Monto
Razón social N°
patronal / T.I. adeudado
Brenes
Moya Martín Gerardo 117240033-999-001 ¢197.054,00
Calvo Quesada Franklin 303180977-999-001 ¢162.964,00
Coto Aguilar Mario Adrián 302910345-999-001 ¢54.194,00
Sanabria Sánchez José Antonio 302810263-999-001 ¢412.734,00
Sánchez Ramírez María Auxiliadora 304030145-999-001 ¢98.566,00
Total ¢
925.512,00
Lic. Evelyn Brenes Molina, Jefa a. í.—Nº 91758.—(17045).
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Instituto Costarricense
de Turismo.—Órgano Director.—Acto de apertura del procedimiento ordinario
administrativo seguido contra la empresa Jade Tur Agencia de Viajes S. A.,
propietaria de
Resultando:
1º—Que por resolución de
2º—Que la empresa Jade Tur Agencia de
Viajes S. A., cédula jurídica Nº 3-101-135563, fue declarada turística según
resolución de
3º—Que según oficio DGA-6124-2008 del
19 de noviembre del 2008, el señor Eligio Bonilla Carvajal, funcionario del
Departamento de Gestión y Asesoría Turística, informa sobre la inspección de la
empresa.
Considerando:
I.—Que al Instituto
Costarricense de Turismo, según disposiciones expresas contenidas en el
Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, Decreto Ejecutivo Nº
25226-MEIC-TUR del 15 de marzo de 1996 y sus reformas, le compete conocer y
resolver todo lo relacionado con la aplicación del mencionado Reglamento.
II.—Que de conformidad con el artículo
11 inciso b), del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, el ICT
tiene la obligación de ejercer control y vigilancia sobre las empresas
declaradas, efectuando inspecciones periódicas.
III.—Que el artículo 13, incisos a),
d) e i) respectivamente del mismo Reglamento, establece que a las empresas
declaradas turísticas se les exige “cumplir con lo que dispone este Reglamento,
la legislación vigente y demás normas o disposiciones especiales que regulen su
funcionamiento”, “informar al Instituto de cualquier modificación en la planta
física, instalaciones o servicios que puedan provocar un cambio en cuanto al
tipo, categoría o características principales del establecimiento” y “reportar
cualquier cambio de propietario, administradores, accionistas, gerente,
domicilio, razón social, nombre comercial u otro cambio en la operación de la
empresa”.
IV.—Que según informe de inspección
DGA-6124-2008 del 19 de noviembre del 2008, el señor Eligio Bonilla Carvajal,
Supervisor del Departamento de Gestión y Asesoría Turística, informa que el día
04 de noviembre del 2008, realizó una inspección a las oficinas de
V.—Que en el caso concreto que nos
ocupa, existen indicios que
De conformidad con lo
expuesto, artículo 13 incisos a), d), i) y j) y Artículo 16 ambos del
Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas y con fundamento en los
artículos 214 y siguientes de
Se previene según lo dispuesto en los
artículos 218, 309 y 312 inciso 2, de
Con base en los artículos 217 y 272 de
Contra la presente resolución procederán los recursos de
revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse, ante este Órgano
Director, en el plazo de veinticuatro horas a partir de esta notificación. El
recurso de revocatoria será resuelto por el Órgano Director y el de Apelación
por
MUNICIPALIDAD DE SAN RAMÓN
Nombre del propietario |
N° cédula |
N° finca |
N° avalúo |
Fecha |
Valor del terreno ¢ |
Valor de la construcción ¢ |
Monto total ¢ |
Castro Cruz Ana María |
202650334 |
2-127696-000 |
110-06 |
02/11/06 |
1.999.250,00 |
1.999.250,00 |
8.485.625,00 |
Rojas Cordero Mayela |
601380408 |
2-016493-000 |
339-05 |
10/11/05 |
5.088.031,00 |
0,00 |
5.088.031,00 |
López García Cipriano |
800450172 |
2-146304-000 |
90-08 |
23/10/08 |
3.594.700,00 |
9.667.200,00 |
13.261.900,00 |
Salazar Jiménez Ana Isabel |
203510349 |
2-128787-000 |
111-06 |
02/11/06 |
1.452.560,00 |
1.379.820,00 |
2.832.380,00 |
Salazar Jiménez María Elena |
203220544 |
2-374038-000 |
112-06 |
02/11/06 |
1.254.420,00 |
1.379.820,00 |
2.634.240,00 |
Rojas Salas Gerardo |
204680734 |
2-000212-000 |
212-06 |
08/11/06 |
1.292.340,00 |
2.567.060,00 |
3.859.400,00 |
Cruz Salas Wilberth |
601550597 |
2-134113-000 |
99-06 |
02/11/06 |
1.227.970,00 |
4.376.500,00 |
5.604.471,00 |
Robles Rojas Ana Iris |
203180927 |
2-171465-000 |
76-08 |
02/11/06 |
981.026,40 |
4.422.600,00 |
5.403.626,00 |
Vargas Ramírez Olivio |
200753221 |
2-136115-006 |
126-06 |
02/11/06 |
1.199.286,00 |
1.179.300,00 |
2.378.586,00 |
Gutiérrez García Francisco |
27014008475471 |
2-161651-000 |
118-06 |
02/11/08 |
936.182,00 |
4.520.745,00 |
5.456.927,00 |
Robles Rojas Harvey Rufino |
204530856 |
2-161649-000 |
119,06 |
02/11/06 |
1.366.992,00 |
2.176.725,00 |
3.543.717,00 |
Jemariel De San Ramón |
3101231886 |
2-129450-000 |
113-06 |
02/11/06 |
2.405.970,00 |
0,00 |
2.405.970,00 |
Castro Cruz Ileana María |
202650334 |
2-130719-000 |
105-06 |
02/11/06 |
1.188.383,40 |
1.632.525,00 |
2.820.908,00 |
Vega Vareal Manuel |
600550319 |
2-128291-000 |
97-06 |
02/11/08 |
821.906,40 |
1.112.600,00 |
1.934.506,00 |
Guzmán Fajardo Ligia |
203450332 |
2-171171-000 |
165-06 |
06/11/08 |
3.656.341,00 |
9.213.750,00 |
12..870.091,0 |
Vásquez Vargas Hernán |
201490029 |
2-132233-000 |
163-06 |
06/11/08 |
4.025.610,00 |
234.468,00 |
4.260.078,00 |
Hall Martínez Rodolfo |
1260001695 |
2-194187-000 |
180,81 |
06/11/06 |
2.061.234,00 |
3.947.880,00 |
6.009.114,00 |
Inversiones Somo S. A. |
3101067660 |
2-133733-000 |
160-06 |
06/11/08 |
2.253.888,00 |
7.236.4680,00 |
9.4904,00 |
Méndez Olina Oscar |
202240234 |
2-150269-000 |
151-06 |
03/11/06 |
1.761.200,00 |
4.722.102,00 |
6.483.302,00 |
Villalobos Conejo María |
202320787 |
2-133524-000 |
145-06 |
03/11/06 |
539.496,00 |
3.362.520,00 |
3.902.016,00 |
Jiménez Montero Gladis |
203180600 |
2-156541-000 |
138-06 |
03/11/06 |
859.585,50 |
6.136.300,00 |
6.995.016,00 |
Artavia Elizondo Rafael |
203300396 |
2-219299-000 |
174-06 |
06/11/06 |
1.426.368,00 |
4.170.168,00 |
5.596.536,00 |
Rojas Cordero Mayela |
601380408 |
2-016493-000 |
339-05 |
10/11/05 |
5.088.031,00 |
0,00 |
5.088.031,00 |
Fernández Cruz Delfín |
203620862 |
2-107388 -000 |
002-06 |
07/11/06 |
7.594.449,00 |
6.456.240,00 |
14.050.689,00 |
Murillo Alfaro Sonia |
202300697 |
2-202289-004 |
058-06 |
01/03/06 |
11.872.394,52 |
0,00 |
2.968.099,00 |
Burdock Murillo Tatiana |
205160425 |
2-202289-003 |
057-06 |
01/03/06 |
11.872.394,52 |
0,00 |
2.968.099,00 |
Burdock Murillo María |
204360377 |
2-202289-002 |
056-06 |
01/03/06 |
11.872.394,52 |
0,00 |
2.968.099,00 |
Burdock Murillo Georgia |
204620903 |
2-202289-001 |
055-06 |
01/03/06 |
11.872.394,52 |
0,00 |
2.968.099,00 |
Fernández Delgado Heizzel |
206130050 |
2-349260-000 |
072-06 |
03/03/06 |
6.408.000,00 |
67.017.000,00 |
73.442.500,00 |
Chaves Blanco Jaime |
203130056 |
2-379709-000 |
020-06 |
10/02/06 |
560.250,00 |
2.037.888,00 |
2.598.138,00 |
Barboza Aguilar Gladys |
202480021 |
2-176540-004 |
015-06 |
10/02/06 |
3.698.050,00 |
2.612.070,00 |
3.155.060,00 |
Cruz Chacón Jorge |
203530767 |
2-176540-005 |
016-06 |
10/02/06 |
3.698.050,00 |
2.612.070,00 |
3.155.060,00 |
Villegas Quirós Rodrigo |
201900577 |
2-313498-000 |
070-06 |
02/03/06 |
3.885.000,00 |
1.641.150,00 |
5.526.150,00 |
Cruz Vásquez Silvia |
204740086 |
2-199504-000 |
199-05 |
31/10/05 |
3.112.884,00 |
0,00 |
3.112.884,00 |
Villegas Benavídez Ana |
2019070729 |
2-096199-000 |
008-04 |
12/11/04 |
4.016.320,00 |
4.650.490,00 |
8.666.810,00 |
Rodríguez Fernández Jorge |
203360049 |
2-173589-000 |
386-05 |
17/11/05 |
5.467.104,00 |
0,00 |
5.467.104,00 |
Fuentes Quesada Gerardo |
202950431 |
2-321588-000 |
780-05 |
02/12/05 |
18.664.883,00 |
0,00 |
18.664.883,00 |
Fuentes Quesada Israel |
201870138 |
2-239749-001 |
518-05 |
14/11/05 |
1.905.000,00 |
0,00 |
1.905.000,00 |
Fuentes Quesada María |
202430100 |
2-008276-003 |
2329-04 |
02/12/04 |
6.769.308,00 |
0,00 |
1.353.861,00 |
Fuentes Quesada Gerardo |
202950431 |
2-008276-004 |
2330-04 |
02/12/04 |
6.769.308,00 |
0,00 |
1.353.861,00 |
Fuentes Quesada María |
202430100 |
2-008276-002 |
2329-04 |
02/12/04 |
6.769.308,00 |
0,00 |
2.707.723,00 |
Menocal Moya Limberth |
204980133 |
2-135848-001 |
158-06 |
06/11/06 |
1.284.125,00 |
2.136.060,00 |
3.420.185,00 |
Hernández Rodríguez Guido |
203240938 |
2-280452-001 |
2679-04 |
09/12/04 |
1.532.822,00 |
0,00 |
766.411,00 |
Zúñiga Alvares María Edith |
203730703 |
2-280452-002 |
2679-04 |
09/12/04 |
1.532.822,00 |
0,00 |
766.411,00 |
Zamora Jiménez Carlos |
201700799 |
2-128342-000 |
013-04 |
12/11/04 |
4.059.023,00 |
1.386.440,00 |
5.445.463,00 |
Campos Vargas Elvia |
500960080 |
2-131953-000 |
009-04 |
12/11/04 |
5.876.000,00 |
756.240,00 |
6.632.240,00 |
Inversiones de Occidente Vaszun S. A. |
3101369533 |
2-306071-000 |
179-05 |
31/10/05 |
1.745.478,00 |
0,00 |
1.745.478,00 |
Linkemer Fonseca Goeffrey |
106170577 |
2-162743-000 |
2531-04 |
07/12/04 |
2.336.004,00 |
4.111.100,00 |
6.447.104,00 |
Araya Saborío Silvia |
202500915 |
2-394658-000 |
021-07 |
29/01/07 |
2.044.746,00 |
0,00 |
2.044.746,00 |
Reyes Hidalgo Farol |
108280044 |
2-227435-000 |
022-07 |
29/01/07 |
1.859.000,00 |
6.667.520,00 |
8.526.520,00 |
|
3101034164 |
2-208872-000 |
1482-04 |
05/11/04 |
7.358.416,00 |
2.611.100,00 |
9.969.515,00 |
Rivera Codina Federico Antonio |
175827918749 |
2-189396-001 |
1671-04 |
08/11/04 |
4.722.520,00 |
15.704.129,00 |
10.213.324,00 |
Steller Durán Luz Marina |
202540829 |
2-189396-002 |
1670-04 |
08/11/04 |
4.722.520,00 |
15.704.129,00 |
10.213.324,00 |
Cabezas López Miriam |
203050289 |
2-307553-000 |
060-05 |
24/11/05 |
459.610,00 |
3.098.376,00 |
3.557.986,00 |
Vega Ramírez María Antonia |
501740220 |
2-272486-000 |
062-05 |
24/11/05 |
999.941,00 |
4.157.675,00 |
5.157.616,00 |
Mena Cerdas Inés |
203180738 |
2-218801-000 |
002-08 |
22/10/08 |
931.600,00 |
6.370.000,00 |
7.301.600,00 |
González León Alfredo |
204050209 |
2-189383-000 |
011-08 |
22/10/08 |
1.643.000,00 |
6.988.800,00 |
8.631.800,00 |
Estos avalúos quedarán en firme tres días después de su publicación.
San Ramón, 10 de diciembre del 2008.—Lic. Raúl Gómez Guerrero, Alcalde Municipal.—1 vez.—(17245).