LA GACETA Nº 54 DEL 18 DE MARZO DEL 2009

PODER EJECUTIVO.. 1

ACUERDOS. 1

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA.. 1

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA.. 3

RESOLUCIONES. 3

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES. 3

DOCUMENTOS VARIOS. 4

AGRICULTURA Y GANADERÍA.. 4

EDUCACIÓN PÚBLICA.. 4

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. 5

JUSTICIA Y GRACIA.. 5

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES. 7

PODER JUDICIAL. 8

ACUERDOS. 8

AVISOS. 10

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. 10

EDICTOS. 10

AVISOS. 11

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA.. 11

PROGRAMA DE ADQUISICIONES. 11

MUNICIPALIDADES. 11

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS. 13

BANCO DE COSTA RICA.. 13

LICITACIONES. 13

CULTURA Y JUVENTUD.. 13

JUSTICIA Y GRACIA.. 13

PODER JUDICIAL. 14

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA.. 14

COLEGIOS UNIVERSITARIOS. 14

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL. 14

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD.. 15

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE. 15

AVISOS. 15

ADJUDICACIONES. 16

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD.. 16

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS. 16

MUNICIPALIDADES. 16

FE DE ERRATAS. 17

EDUCACIÓN PÚBLICA.. 17

JUSTICIA Y GRACIA.. 17

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD.. 17

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS. 18

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO.. 18

MUNICIPALIDADES. 18

AVISOS. 19

REGLAMENTOS. 19

MUNICIPALIDADES. 19

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS. 22

BANCO DE COSTA RICA.. 22

UNIVERSIDAD NACIONAL. 22

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA.. 22

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO.. 23

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA.. 23

ENTE COSTARRICENSE DE ACREDITACIÓN.. 24

AVISOS. 25

RÉGIMEN MUNICIPAL. 26

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA.. 26

MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS. 26

MUNICIPALIDAD DE CARTAGO.. 26

MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS. 26

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE ORO.. 26

AVISOS. 26

NOTIFICACIONES. 43

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES. 43

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. 44

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL. 44

FE DE ERRATAS. 46

MUNICIPALIDADES. 46

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Nº 658-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política (inciso 1). Así como lo dispuesto en el artículo 47 inciso 3º de la Ley Nº 6227 o Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978, en la Ley Nº 8691 Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2009, publicada en el Alcance Nº 56 a La Gaceta Nº 253 del 31 de diciembre del 2008 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República reformado mediante Resolución R-CO-71-2006 publicada en La Gaceta Nº 184 del 26 de setiembre del 2006.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Guillermo Zúñiga Chaves, Ministro de Hacienda, con cédula de identidad número cuatro-cien-doscientos sesenta y tres, para que participe en la Décimo Cuarta Reunión del Comité de Secretarios de Finanzas y Ministros de Hacienda de Centroamérica, Panamá y República Dominicana, a celebrarse en El Salvador, del 22 de febrero al 23 de febrero del 2009.

Artículo 2º—Todos los gastos por concepto de estadía, manutención y otros gastos, e impuestos o cánones transporte de taxis, seguro de vida, que se deban pagar en las terminales de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10504 y los gastos por concepto de tiquete aéreo, serán cubiertos por la subpartida 10503, Internet serán cubiertos con recursos de la subpartida 10204 del programa 132 Administración Superior, del título 206 Ministerio de Hacienda.

Artículo 3º—En tanto dure la ausencia del señor Guillermo Zúñiga Chaves, se nombra Ministra a. í. del 22 de febrero del 2009, de las 8:00 a.m. al 23 de febrero del 2009 a las 9:00 p.m. a la señora Jenny Phillips Aguilar, cédula número uno-quinientos ochenta y nueve-seiscientos cuatro, Viceministra de Hacienda.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 22 de febrero del 2009 de las 8:00 a. m. al 23 de febrero del 2009 a las 9:00 p. m.

Dado en la Presidencia de la República, a los dieciocho días del mes de febrero del dos mil nueve.

OSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 40332-Hacienda).—C-22520.—(20933).

Nº 659-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política (inciso 1). Así como lo dispuesto en el artículo 47 inciso 3º de la Ley Nº 6227 o Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978, en la Ley Nº 8691 Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2009, publicada en el Alcance Nº 56 a La Gaceta Nº 253 del 31 de diciembre del 2008 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República reformado mediante Resolución R-CO-71-2006 publicada en La Gaceta Nº 184 del 26 de setiembre del 2006.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Guillermo Zúñiga Chaves, Ministro de Hacienda, con cédula de identidad número cuatro-cien-doscientos sesenta y tres, para que participe en la Reunión Extraordinaria de Ministros de Finanzas de Ibero América, a celebrarse en Oporto-Portugal, del 27 de febrero al 03 de marzo del 2009.

Artículo 2º—Todos los gastos por concepto de estadía, manutención y otros gastos, e impuestos o cánones transporte de taxis, seguro de vida, que se deban pagar en las terminales de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10504 y los gastos por concepto de tiquete aéreo, serán cubiertos por la Secretaria General Iberoamericana, Internet serán cubiertos con recursos de la subpartida 10204 del programa 132 Administración Superior, del título 206 Ministerio de Hacienda.

Artículo 3º—En tanto dure la ausencia del señor Guillermo Zúñiga Chaves, se nombra Ministro a. í. del 27 de febrero del 2009 de las 17:55 p.m. al 3 de marzo del 2009 a las 17:00 p. m. al señor José Luis Araya Alpízar, Viceministro de Egresos, cédula número dos-trescientos veintiocho-ochocientos cincuenta y cinco.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 27 de febrero del 2009 de las 17:55 p. m. al 3 de marzo del 2009 a las 17:00 p. m.

Dado en la Presidencia de la República a los veinticinco días del mes de febrero del 2009.

OSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 40334-Hacienda).—C-22520.—(20934).

Nº 660-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política (inciso 1). Así como lo dispuesto en el artículo 47 inciso 3° de la Ley Nº 6227 o Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978, en la Ley Nº 8691 Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2009, publicada en el Alcance Nº 56 a La Gaceta Nº 253 del 31 de diciembre del 2008 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República reformado mediante Resolución R-CO-71-2006 publicada en La Gaceta Nº 184 del 26 de setiembre del 2006.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Guillermo Zúñiga Chaves, Ministro de Hacienda, con cédula de identidad número cuatro-cien-doscientos sesenta y tres, para que participe en la XXIII Reunión de Gobernadores del Istmo Centroamericano y la República Dominicana, en preparación a la Asamblea Anual de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo, a celebrarse en Managua-Nicaragua, del 4 de marzo al 7 de marzo del 2009.

Artículo 2º—Todos los gastos por concepto de estadía, manutención y otros gastos, e impuestos o cánones transporte de taxis, seguro de vida, que se deban pagar en las terminales de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10504 y los gastos por concepto de tiquete aéreo, serán cubiertos por la subpartida 10503, Internet serán cubiertos con recursos de la subpartida 10204 del programa 132 Administración Superior, del título 206 Ministerio de Hacienda.

Artículo 3º—En tanto dure la ausencia del señor Guillermo Zúñiga Chaves, se nombra Ministro a. í. del 4 de marzo del 2009 de las 2:00 p.m. al 7 de marzo del 2009 a las 11:00 a.m. al señor José Luis Araya Alpízar, Viceministro de Egresos, cédula número dos-trescientos veintiocho-ochocientos cincuenta y cinco.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 4 de marzo del 2009 de las 2:00 p. m. al 7 de marzo del 2009 a las 11:00 a. m.

Dado en la Presidencia de la República, a los veinticinco días del mes de febrero del 2009.

OSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 40333-Hacienda).—C-22520.—(20935).

Nº 662-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 139 de la Constitución Política y el artículo 27.1 de la Ley General de Administración Pública.

Considerando:

Único.—Que el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte ha sido invitado por la Escuela de Derecho de Yale, a participar en la Conferencia “En busca de la Justicia Penal Internacional: el caso de Darfur” a celebrarse en New Haven, Connecticut, Estados Unidos de América, del 5 al 7 de febrero del 2009. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, cédula Nº 8-0068-0578, para que viaje a Estados Unidos de América, a participar en la Conferencia “En busca de la Justicia Penal Internacional: el caso de Darfur” a celebrarse en New Haven, Connecticut, Estados Unidos de América, del 5 al 7 de febrero del 2009.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de viaje, transporte interno, tributos o tarifas que deba pagar en las terminales de transporte y gastos por concepto de estadía y alimentación serán cubiertos por la Escuela de Derecho de Yale.

Artículo 3º—Durante la ausencia del Señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, se nombra como Ministro a. í. de Relaciones Exteriores y Culto, al señor Edgar Ugalde Álvarez.

Artículo 4º—Rige de las 8:00 horas del 5 de febrero a las 20:00 horas del 7 de febrero de 2009.

Dado en la Presidencia de la República a los dos días del mes de febrero del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(O. C. Nº 93569).—Solicitud Nº 40846-Relaciones Ext.).—C-17270.—(20932).

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Nº 076-2009 MSP

LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículo 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos y el artículo 153 del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública.

Considerando:

1º—Que se ha recibido cordial invitación para que varios funcionario de este Ministerio asistan a la actividad denominada “Reunión Técnica Para el Diseño y Operación del Centro de Cartagena de Indias“ a realizarse en Cartagena de Indias, Colombia, del 14 al 17 de abril del 2009 (incluye salida y regreso de los funcionarios).

2º—Que el objetivo de la reunión es estudiar la organización, funciones y capacidades propuestas del Centro considerando las necesidades de los países de la región, así como los procesos de capacitación, análisis y difusión de la información requeridos a su alcance.

3º—Que dado el objetivo de la actividad, es de interés para este Ministerio contar con varios funcionarios en dicho evento. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a los señores Lic. Mario Barrientos Zúñiga, cédula Nº 1-592-531, Director de la Academia Nacional de Guardacostas y Com. Pastor Reyes González, cédula 2-363-542, Subdirector General de Guardacostas, para asistir a la actividad denominada “Reunión Técnica Para el Diseño y Operación del Centro de Cartagena de Indias” a realizarse en Cartagena de Indias, Colombia, del 14 al 17 de abril del 2009 (incluye salida y regreso de los funcionarios).

Artículo 2º—Los gastos de transporte se pagarán mediante el sub-programa 090-04 del Servicio Nacional de Guardacostas por la sub-partida 1-05-03 de Transporte en el Exterior, el hospedaje y la alimentación serán cubiertos por la Armada de Colombia.

Artículo 3º—Que durante los días del 14 al 17 de abril del 2009, en que se autoriza la participación de los funcionarios en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 14 al 17 de abril del 2009.

Dado en el Despacho de la Ministra de Seguridad Pública, a los dieciséis días del mes de febrero del dos mil nueve.

Janina del Vecchio Ugalde, Ministra Gobernación y Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—(OC Nº 93848).—C-24770.—(18116).

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

000104.—San José, a las 15:30 horas del día 13 del mes de febrero del dos mil nueve.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Mejoramiento de la Ruta Nº 3, Intersección Pozuelo”.

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº DABI 2008-0594 del 20 de noviembre del 2008, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 161528-000, cuya naturaleza es terreno de caña de azúcar, situado en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San José de la provincia de San José, con una medida de 717,10 metros cuadrados y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con Río Virilla; al sur, con Israel Cordero; al este, con Benjamín Vargas, Río Virilla medio y al oeste, con carretera a Heredia 18,40 metros y otra.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 19,20 metros cuadrados y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno de caña de azúcar. Ubicación: distrito 07 Uruca, cantón 01 San José de la provincia de San José. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº SJ-1272031-2008. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Mejoramiento de la Ruta Nº 3, Intersección Pozuelo”.

3º—Constan en el expediente administrativo número 28.325 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado Nº SJ-1272031-2008, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 19,20 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble;

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener y los bienes a valorar;

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley Nº 5060 del 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 161528-000.

b)  Naturaleza: terreno de caña de azúcar.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San José de la provincia de San José. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº SJ-1272031-2008.

d)  Propiedad: Repastillo S. A., cédula jurídica Nº 3-101-070541, representada por Manuel Ángel Chaves Zamora, cédula Nº 4-072-304.

e)  De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 19,20 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Mejoramiento de la Ruta Nº 3, Intersección Pozuelo”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,

RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 161528-000, situado en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San José de la provincia de San José y propiedad de Repastillo S. A., cédula jurídica Nº 3-101-070541, representada por Manuel Ángel Chaves Zamora, cédula Nº 4-072-304, con una área total de 19,20 metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano catastrado Nº SJ-1272031-2008, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Mejoramiento de la Ruta Nº 3, Intersección Pozuelo”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(O. C. Nº 1-2009).—(Solicitud Nº 4469-CONAVI).—C-73520.—(21699).

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

DEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL

DE MEDICAMENTO VETERINARIOS

EDICTOS

El señor Manuel Bermúdez Alvarado, con número de cédula 1-420-116, vecino de San José, en calidad de representante legal de la Compañía Bayer S. A., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Byemite, fabricado por: Laboratorios KVP, Pharma + Veterinaer Producte GmbH, Kiel Alemania, con los siguientes principios activos: Cada 100 ml contienen: Phoxim 50.00 g, y las siguientes indicaciones terapéuticas: Para el tratamiento de infestación por piojos rojos (Dermanyssus Gallinae) en edificaciones de pollos y gallinas de postura. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 09:30 horas del día 3 de marzo del 2009.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(20910).

El señor Manuel Bermúdez Alvarado, con número de cédula 1-420-116, vecino de San José, en calidad de representante legal de la Compañía Bayer S. A., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Catosal B12, fabricado por: Laboratorios KVP, Pharma-UND Veterinaer Producte GmbH, Kiel Alemania, con los siguientes principios activos: Cada ml contiene: Butofosfan 100 mg, vitamina B12 0.05 mg, y las siguientes indicaciones terapéuticas: Estimulante metabólico. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 09:30 horas del día 3 de marzo del 2009.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(20911).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 157, título Nº 1086, emitido por el Liceo Diurno José Martí, en el año dos mil cinco, a nombre de Díaz Ruiz Francella. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 13 de noviembre del 2008.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—Nº 93070.—(19619).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, “Rama Académica” modalidad de Letras, inscrito en el tomo I, folio 53, título N° 1691, emitido por el Liceo Nocturno Licenciado Alfredo González Flores, en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de Mejías Campos Zaida María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 26 de noviembre del 2008.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—(20015).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 227, título N° 4537, y del título de Técnico Medio en Electrónica Industrial, inscrito en el tomo 2, Folio 352, título N° 9533, ambos emitidos por el Colegio Vocacional Monseñor Sanabria, en el año dos mil dos, a nombre de Córdoba Campos Allan Ricardo. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 05 de marzo del 2009.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—(20017).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 8, título N° 832, emitido por el Liceo de Tarrazú, en el año dos mil cuatro, a nombre de Mata Picado María de los Ángeles. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 25 de febrero del 2009.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(20068).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad en Letras, inscrito en el tomo 01, folio 87, título N° 940, emitido por el Liceo Nocturno de Pérez Zeledón, en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de Argüello Cubero Kattia Elena. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 5 de marzo del 2009.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(20114).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Certificado de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 59, título Nº 598, emitido por el Liceo Ing. Carlos Pascua, en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de Esquivel Garita Antonieta. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 02 de marzo del 2009.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(20518).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 07, título Nº 51, emitido por el Liceo San Antonio de Desamparados, en el año mil novecientos ochenta y nueve, a nombre de Valverde Ramírez Minor. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 05 de febrero del 2009.—MSc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—(20535).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 393, título Nº 1210, emitido por el Liceo Édgar Cervantes Villalta, en el año dos mil siete, a nombre de Chinchilla Solano Luís Diego. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veinticinco de febrero del dos mil nueve.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(20593).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 115, título Nº 819, y el Título de Técnico Medio en la Especialidad de Contabilidad y Finanzas, inscrito en el tomo 02, folio 35, título Nº 1460, ambos emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Puriscal, en el año dos mil cinco, a nombre de Valverde Fernández Jonathan Miguel. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los cinco días del mes de marzo del dos mil nueve.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—Nº 93888.—(20630).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

AVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada Cooperativa de Servicios Múltiples de Guanacaste R.L. siglas COOPESERGUA R.L., acordada en asamblea celebrada el 31 de mayo del 2008. Resolución 1290-CO

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Consejo de Administración:

Presidente:           Carlos Luis Rodríguez Salguera

Vicepresidente:    Gerardo Gutiérrez Villafuerte

Secretaria             Ana Yorleny Vargas Irias

Vocal 1:               Rodolfo Jiménez Brawn

Vocal 2:               Gabriela Aviles Vargas

Suplente 1:          Leda Martínez Quesada

Suplente 2:          Dunia Aguirre Azofeifa

Gerente:               Mario Morales Rivera

San José, 16 de febrero del 2009.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(20522).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Cambio de nombre Nº 131

Que Manuel Lizano Pacheco cédula 1-833-413, en calidad de apoderado especial de Nycomed GmbH, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Altana Pharma AG., por el de Nycomed GmbH, presentada el día 13 de enero de 2009 bajo expediente 131. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-2944805 Registro Nº 29448 RIOPAN en clase 5 marca denominativa, 1900-3348005 Registro Nº 33480. ALBOTHYL en clase 5 marca denominativa, 1900-3472000 Registro Nº 34720 BYK en clase 49 marca denominativa, 1900-6041005 Registro Nº 60410 FAKTU en clase 5 marca denominativa, 1900-7597705 Registro Nº 75977 BYK en clase 5 marca mixto, 1995-0003228 Registro Nº 95467 PANTECTA en clase 5 marca denominativa, 1996-0005557 Registro Nº 101543 P en clase 5 marca mixto, 1996-0006173 Registro Nº 113728 BYK en clase 5 marca mixto, 1997-0007274 Registro Nº 109451 ZAKOS en clase 5 marca denominativa, 2000-0001684 Registro Nº 121824 VENTICUTE en clase 5 marca denominativa, 2000-0002063 Registro Nº 121745 MONAIR en clase 5 marca denominativa, 2002-0004323 Registro Nº 136148 ALVESCO en clase 5 marca denominativa, 2002-0006278 Registro Nº 142723 DAXAS en clase 5 marca denominativa, 2003-0003503 Registro Nº 143334 MULTI-SANOSTOL en clase 5 marca denominativa, 2003-0004882 Registro Nº 143729 INSTIGAR en clase 5 marca denominativa, 2003-0004883 Registro Nº 143728 QUOPAIR en clase 5 marca denominativa, 2003-0007877 Registro Nº 146204 DAXXAS en clase 5 marca denominativa, 2006-0004717 Registro Nº 163470 ALVESCO en clase 5 marca mixto, 2006-0005117 Registro Nº 166534 ALTANA PHARMA en clase 5 marca denominativa, 2006-0005118 Registro Nº 166535 ALTANA PHARMA en clase 10 marca denominativa, 2006-0005566 Registro Nº 164432 en clase 5 marca figurativa, y 2006-0006408 Registro Nº 167943 GLUCOTRIN en clase 5 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de febrero de 2009.—Oficina de Marcas y Otros Signos Distintivos.—Bernard Molina Alvarado.—1 vez.—(20486).

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

EDICTOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Brumosa de Tableristas, con domicilio en la provincia de Cartago, cantón Central. Sus fines, entre otros están: Fomentar la actividad del juego del tablero como actividad recreativa y deportiva. Su presidente: Juan Carlos Torres Zúñiga, es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite. (Tomo: 576, asiento: 48542, adicional: 578-18924).—Curridabat, a los nueve días del mes de febrero del dos mil nueve.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 93877.—(20625).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, la reforma al estatuto de la Asociación Costarricense de Agentes de Seguros de Pricose. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2009, asiento: 11554).—Curridabat, a los veintiséis días del mes febrero del dos mil nueve.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 93895.—(20626).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Ciclismo Femenina, con domicilio en la provincia de San José. Sus fines, entre otros están: la dirección, coordinación, organización, supervisión, promoción y fomentar todo lo relacionado con el deporte del ciclismo femenino en todas sus categorías. Su presidenta: María José Fernández Umaña, es la representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite. (Tomo: 2009, asiento: 26002).—Curridabat, a los veintiséis días del mes de febrero del dos mil nueve.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 93955.—(20627).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, la reforma al estatuto de la Asociación Familiar Misionera Sanidad Divina. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2009, asiento: 50670).—Curridabat, a los veintisiete días del mes febrero del dos mil nueve.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 94095.—(20628).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Cristiana de las Asambleas de Dios Central de Heredia, Región Cuatro, Zona Uno, con domicilio en la provincia de Heredia. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Impulsar y promover la enseñanza y la predicación del evangelio con fundamento en las Sagradas Escrituras. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente: Lainer Antonio Gómez Solís. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2009, asiento: 13821, adicional: 2009-48889).—Curridabat, al día seis del mes de marzo del dos mil nueve.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 94049.—(20629).

REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ana Cecilia Castro Calzada, cédula 1-561-190, mayor, soltera, abogada, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Celgene Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada MÉTODOS PARA TRATAR CANCERES USANDO FORMAS POLIFÓRMICAS DE 3-(-4-AMINO-1,3, DIHIDRO-ISOINDOL-2-IL)-PIPERIDINA-2,6 DIONE (DIVISIONAL). Se presentan métodos para tratar, prevenir y/o manejar cáncer así como enfermedades y trastornos asociados con angiogénesis no deseada o caracterizados por ella. Los métodos específicos abarcan la administración de un compuesto inmunomodulatorio solo o en combinación con un segundo ingrediente activo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31/00, cuyo inventor es Jerome B. Zeldis. La solicitud correspondiente lleva el número 10582, y fue presentada a las 12:13:25 del 23 de enero de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de enero de 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—Nº 93069.—(19610).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La señora Adriana Oreamuno Montano, mayor, casada, abogada, cédula de identidad 1-1147-550, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Colgate Palmolive Company, de E.U.A., solicita el Modelo Industrial denominado CONTENEDOR.

 

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Diseño nuevo, original y ornamental de contenedor. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es 9 / 03, cuyo(s) inventor(es) es(son) Guilhem Rousselet, Guy Harrison. La solicitud correspondiente lleva el número 10526, y fue presentada a las 12:43:00 del 18 de Diciembre de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 19 de febrero del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—Nº  93681.—(20255).

El señor Aarón Montero Sequeira, cédula 1-908-006, mayor, casado una vez, Abogado, vecino de San José, en su condición de Apoderado Especial de Advanced Total Marketing System Inc., de Panamá, solicita el Modelo de Utilidad denominado BOLSA CON VÁLVULA REGULADORA DE FLUJO INCORPORADA.

 

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Se presenta una bolsa de material flexible que contiene una válvula reguladora de flujo (Fig. “A”, Fig. “C”) formada a través de soldaduras (Fig. “A” 2,3, Fig. “E” 3) dentro de su proceso de elaboración de la bolsa, la cual ayuda a dispensar su contenido de una forma controlada por el consumidor. La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es B65D 30/24, cuyo(s) inventor(es) es(son) José Roque Castillo. La solicitud correspondiente lleva el número 10182, y fue presentada a las 14:12:18 del 29 de Julio de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de febrero del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—Nº  93715.—(20256).

El señor Aarón Montero Sequeira, cédula 1-908-006, mayor, casado una vez, Abogado, vecino de San José, en su condición de Apoderado Especial de Sabertec LLC, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada FILTRO DE IMPACTO DE PARTÍCULAS DE DIESEL. Un dispositivo para la reducción de la emisión que puede ser adjuntado de manera movible al sistema de escape de una máquina de combustible. El dispositivo comprende un caparazón externo que se puede dividir en la parte inferior y la parte superior, siendo que la parte inferior se puede adjuntar al sistema de escape de una máquina de combustible; un caparazón para sostener la bobina en donde el caparazón se adjunta a la parte inferior del caparazón externo en el punto en el cual el escape entra al caparazón externo y el caparazón tiene un biselado en forma diagonal en su parte próxima y una bobina posicionada en su parte distal. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es F01N 3/02, cuyo(s) inventor(es) es(son) Sergio Varkala Sangiovani. La solicitud correspondiente lleva el número 10368, y fue presentada a las 14:24:15 del 15 de Octubre de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 4 de febrero del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—Nº  93717.—(20257).

El señor Aarón Montero Sequeira, mayor, abogado, cédula Nº 1-908-006, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Sabertec LLC, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada APARATO Y MÉTODO PARA LAS REDUCCIONES DE EMISIONES. Un dispositivo para la reducción de la emisión que puede ser adjunto al sistema de escape del motor. El dispositivo comprende un caparazón cilíndrico con una apertura biselada en línea diagonal en su parte próxima. Una bobina adjunta en la porción distal del caparazón. Un cobertor de material fibroso puede ser insertado en el caparazón y el cobertor de material fibroso se puede arrollar en malla de alambrea. Una segunda malla de fibra en forma de cono se puede adjuntar en el cobertor de material fibroso cilíndrico con el diámetro del cono posicionado próximamente. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es F02B 3/00, cuyo inventor es Sergio Varkala Sangiovani. La solicitud correspondiente lleva el número 10446, y fue presentada a las 13:24:00 del 18 de noviembre de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 4 de febrero del 2009.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Nº  93718.—(20258).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula Nº 1-812-604, mayor, casada dos veces, abogada, vecina, de Tres Ríos, en su condición de apoderada especial de Bayer Animal Health GMBH, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada: FORMULACIONES MEDICAMENTOSAS QUE CONTIENEN FLUOROQUINOLONAS. La invención se refiere a formulaciones medicamentosas en forma líquida que contienen fluoroquinolonas y compuestos antioxidativos de azufre. Las formulaciones son apropiadas en especial para aplicaciones parenterales y se caracterizan, entre otras cosas, por una buena tolerancia. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31/496, cuyos inventores son Heep, Iris, Fraatz, Kristine, Hamann, Hans-Jurgen, Edingloh, Markus. La solicitud correspondiente lleva el número 10274, y fue presentada a las 14:37:40 del 5 de setiembre del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de noviembre del 2008.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—Nº 94085.—(20623).

La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula Nº 1-812-604, mayor, casada dos veces, abogada, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Bayer Animal Health GMBH, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada: MEDICAMENTOS QUE CONTIENEN FLUOROQUINOLONAS. La invención se refiere al uso de compuestos de amonio cuaternario para impedir precipitaciones de fluoroquinolonas a partir de sus soluciones, así como a medicamentos estables compatibles, particularmente adecuados para aplicación parenteral, que contienen una fluoroquinolona y un compuesto de amonio cuaternario en forma disuelta. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 9/00, cuyos inventores son Heep, Iris, Fraatz, Kristine, Hamann, Hans-Jurgen, Edingloh, Markus. La solicitud correspondiente lleva el número 10270, y fue presentada a las 13:41:40 del 3 de setiembre del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de noviembre del 2008.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—Nº 94086.—(20624).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Expediente Nº 6214A.—Gerardo Enrique Monge Sanabria, solicita renovación de la concesión de: 0,5 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Llano Grande, Cartago, Cartago, para uso agropecuario-riego. Coordenadas: 212.800 / 546.400, hoja Istarú. Predios inferiores: Marino Rivera Fernández y American Flowers S. A. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de febrero del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 93292.—(19212).

Expediente Nº 4073P.—Juvero S. A., solicita concesión de: 0.5 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Pedro, Montes de Oca, San José, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas: 213.150 / 529.700, hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 3 de marzo del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 93484.—(19213).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. Nº 13324P.—Apartotel Villas del Río S. A., solicita concesión de 3 litros por segundo del Pozo AB-2445, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Rafael, Escazú, San José, para uso doméstico-consumo humano. Coordenadas 212.660 / 520.815 Hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de marzo del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(19856).

Exp. Nº 13337P.—Kattia María y Hermanos, Alpízar Álvarez solicita concesión 0.05 litros por segundo del pozo RG - 603, efectuando la captación en finca de Lillian Álvarez Corrales en Garita, Alajuela, Alajuela para uso consumo humano. Coordenadas 219.750 / 504.000 hoja faltante. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 6 de marzo del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(19939).

Exp. 13301A.—Luis Ricardo Calderón Madrigal, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de José Manuel Córdoba P. en Santa María, Dota, San José, para uso agroindustria-beneficio de café. Coordenadas 400.600 / 466.500 hoja Vueltas. Predios inferiores: Omar Calderón, Mario Rojas Segura, Luz María Calderón. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de febrero del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 93730.—(20262).

Expediente Nº 13284P.—Roque Fallas Vargas, solicita concesión de: 0.4 litro por segundo de pozo Artesanal, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Juan, San Ramón, Alajuela, para uso comercial-lavado de autos. Coordenadas 232.700 / 485.650 hoja Volio. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de febrero del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(20515).

Expediente Nº 13323A.—Calvo y Araya S. A., solicita concesión de: 0.05 litro por segundo de la quebrada San Rafael, efectuando la captación en finca de su propiedad en Ángeles (San Ramón), San Ramón, Alajuela, para uso agropecuario lechería y abrevadero. Coordenadas 252.500 / 477.500 hoja San Lorenzo. Predios inferiores: Rubén Ramírez Varela. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 03 de marzo del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(20517).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Expediente Nº 8747P.—Concordia Paz S. A., solicita concesión de: 0.10 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Rafael (Escazú), Escazú, San José, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas: 212.300 / 522.720, hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de marzo del 2009.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—(20890).

PODER JUDICIAL

ACUERDOS

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto.

Acuerdo         Cédula                                          Nombre                                                          Monto

83              3-002-366724          Asoc. Costarricense de Gestores                                  150.000,00

83              3-101-005744          Purdy Motor S. A.                                                         2.597.753,42

83              3-101-099929          Relojes Marcadores Control Durán                             169.200,00

83              3-101-102844          Grupo Nación Gn. S. A.                                                  642.586,00

84              3-101-005744          Purdy Motor S. A.                                                             543.608,44

84              3-101-036812          Disexport Internacional S. A.                                       767.830,00

84              3-101-053693          Taller de Carrocerías Herrera S. A.                               774.200,00

84              3-101-170385          Auto Carrocerías Jesús Granados S. A                       530.180,00

85              01-0549-0128          Mora Díaz Miguel                                                             983.920,00

85              3-006-101757          Fundación de la Ucr para la Inv.                               1.120.000,00

85              3-101-222627          Nova Technologies S. A.                                          44.028.523,51

85              3-101-281515          Tecnoservicios Mora y Compañía                            2.592.100,00

85              3-102-038255          Sociedad Periodística Extra Ltda.                            4.146.850,40

86              01-0628-0148          Umaña Fernández Julio                                                  242.154,67

86              01-0847-0215          Araya Cambronero Silvia Vanessa                                52.773,46

86              01-0935-0339          Varela Jiménez German Vladimir                                201.479,05

86              01-1000-0195          Salazar Vega Yerlyn Y.                                                      20.652,79

86              01-1139-0668          Castro Ferreto Leonardo                                                 122.395,95

86              01-1142-0713          Hernández Soto Paola Melisa                                       353.698,33

86              01-1222-0333          Quiel Castro Jeisson                                                       124.565,73

86              01-1225-0711          Díaz Bermúdez Ricardo                                                     71.698,42

86              01-1249-0628          Salazar Sáenz Francis                                                       126.591,94

86              01-1267-0312          Walsh Miranda Natalie                                                     21.137,47

86              01-1288-0568          Vásquez Fuentes Jorge Luis                                            61.458,47

86              01-1324-0635          Pérez Calderón Marianela                                               414.129,89

86              01-1356-0710          Carrillo Cárdenas Jennifer                                                23.402,22

86              02-0580-0588          Bolaños Murillo Rodolfo                                                 72.184,02

86              02-0626-0225          Gutiérrez Obando Gisenia                                               94.432,01

86              03-0407-0391          Vásquez López Melannie                                               458.932,04

86              05-0338-0278          Carvajal Salas Jonathan                                                               0,00

86              05-0358-0673          Villafuerte Ortiz Lizeth                                                  139.600,64

87              01-0616-0449          Valverde Chavarría Luis Gustavo                           5.322.421,98

87              01-0795-0772          Fallas Villalobos Alexander                                           29.670,89

87              01-0893-0384          Solano Carballo Carolina                                                 39.155,48

87              01-1057-0432          Meneses Vargas Cristian                                                              0,00

87              01-1166-0708          Chinchilla Mata Roy Alexander                                  109.895,22

87              01-1274-0455          Fuentes Gamboa Olger Andrey                                    139.091,07

87              02-0383-0940          Guerrero Araya Belcida                                                  244.442,40

87              02-0551-0259          Porras Fernández María Priscila                                        8.421,67

87              04-0187-0818          Bejarano Alfaro Andrea                                                  422.785,86

87              05-0175-0727          Duarte Montoya María G.                                              124.301,50

87              06-0349-0622          Olaso Lemaitre Jorge Manuel                                          48.445,16

87              07-0188-0070          Miranda Brizuela Freddy                                                  83.070,53

88              3-006-261802          Fundación Educativa P/La Libertad                       1.164.828,00

89              3-101-042028          Empresa de Servicios Públicos de H.                         295.435,70

90              01-0725-0055          Chinchilla Valverde Ana Yancy                              2.713.270,06

90              02-0491-0163          Umaña Rodríguez Christian                                       1.768.502,10

90              3-101-025414          Conoco S. A.                                                                      180.226,34

90              3-101-123083          Estac. Serv Transp. Hnos. Orozco                                  28.618,90

90              3-102-151332          Amsa de San Ltda.                                                        3.929.860,75

91              4-000-001902          Instituto Nacional de Seguros                                51.394.564,35

92              01-0311-0032          Eduarte Morales María Isabel                                       286.200,00

93              02-0141-0193          Ruiz Morales Zenen                                                            13.619,78

93              02-0457-0079          Guido Oporto Jenny                                                          44.064,44

93              3-101-096527          Central de Servicios Pc S. A.                                         504.557,90

93              3-101-171670          Total Petróleo Costa Rica S. A.                                       35.509,83

93              3-101-340543          Elevadores Schindler S. A.                                            100.000,00

94              3-004-045260          Coopesantos R.L.                                                                57.215,00

94              3-004-051424          Cooperativa de Electrif. Rural Alfaro                           16.304,83

94              4-000-042138          Instituto Costarricense de Ac. y Al.                        3.232.668,40

94              4-000-042139          Instituto Costarricense de Electric.                       51.884.184,28

95              2-300-042155          Fondo de Jubilaciones y Pensiones P.                       266.687,18

96              2-300-042155          Oficial Presupuestal Poder Judicial                            392.340,00

97              2-300-042155          Oficial Presupuestal Poder Judicial                        3.773.957,27

98              2-300-042155          Oficial Presupuestal Poder Judicial                        1.678.438,00

99              2-300-042155          Oficial Presupuestal Poder Judicial                        8.321.093,71

100            2-300-042155          Oficial Presupuestal Poder Judicial                            616.919,80

101            2-300-042155          Oficial Presupuestal Poder Judicial                        4.654.243,14

102            2-300-042155          Oficial Presupuestal Poder Judicial                        4.170.212,08

103            2-300-042155          Oficial Presupuestal Poder Judicial                        1.529.721,26

104            2-300-042155          Oficial Presupuestal Poder Judicial                        3.661.929,11

105            2-300-042155          Juzg. Conten. Adm. Civ. de Hac.                                     75.000,00

106            2-300-042155          Juzg. Conten. Adm. Civ. de Hac.                               1.500.000,00

107            3-007-042032          Junta Administ. de la Imprenta N.                                 85.240,00

107            3-101-007435          Agencia Datsun S. A.                                                       219.103,00

107            3-101-007866          Auto Ensambladora S. A.                                               499.979,35

107            3-101-053693          Taller de Carrocerías Herrera S. A.                               578.200,00

107            3-101-102844          Grupo Nación Gn. S. A.                                                  676.844,74

107            3-101-130983          Viajes Ejecutivos Mundiales S. A.                             268.045,80

108            01-0390-0306          Parra Sánchez Jorge                                                       1.162.375,25

108            02-0303-0569          Charpentier Esquivel Manuel Emilio                        378.945,76

109            01-0829-0740          Salas Innecken Ronny                                                       15.259,32

109            3-101-098063          Multinegocios Intern. América S. A.                             46.151,73

110            3-101-141203          Arquitectura Jof S. A.                                                47.238.421,05

111            2-100-045222          Patronato de Construcciones Adq. de                  10.000.000,00

111            4-000-042150          Universidad Nacional                                               15.000.000,00

112            2-300-042155          Oficial Presupuestal Poder Judicial                            862.668,00

113            2-300-042155          Oficial Presupuestal Poder Judicial                        4.002.202,13

115            4-000-042147          Caja Costarricense del Seguro S.                      2.213.178.993,00

117            3-006-307008          Fundación Justicia y Genero                                     5.488.000,00

118            3-101-007749          Recope S. A.                                                                    7.139.013,28

118            3-101-020748          Consultoría y Diseños S. A.                                          162.837,22

118            3-101-302405          Ferretería El Mar Rsml S. A.                                          590.646,00

119            01-0423-0576          Abarca López Carlos                                                       393.505,02

120            03-0277-0467          Chinchilla Rivera Sonia                                                 146.900,00

121            3-101-047097          Acusol S. A.                                                                          66.842,03

121            3-101-076041          Lavandería Lava Mas S. A.                                            742.917,98

121            3-101-131382          Pridegui S. A.                                                                        46.604,43

122            01-0442-0161          Vásquez Alpízar Carmen María                                    196.000,00

122            01-0537-0061          Villalobos Chaves Roberto                                                6.920,00

122            01-0849-0113          Ching Cubero Magda                                                       150.450,00

122            04-0069-0340          Arias Víquez Édgar                                                            29.498,91

122            3-004-045099          Coop. Agrícola Ind. y Ser. Múltiples                          118.503,09

122            3-012-370910          Elevadores Otis S. A. de Capital V.                            604.504,22

123            2-300-042155          Oficial Presupuestal Poder Judicial                            878.724,23

124            2-300-042155          Oficial Presupuestal Poder Judicial                        4.141.133,57

125            2-300-042155          Oficial Presupuestal Poder Judicial                            485.979,00

126            2-300-042155          Oficial Presupuestal Poder Judicial                        3.625.663,30

127            01-0415-1308          Abellán Arroyo Roberto                                             1.992.876,26

127            3-101-171670          Total Petróleo Costa Rica S. A.                                     247.067,13

128            2-300-042155          Juzg. Conten. Adm. Civ. de Hac.                                     75.000,00

114            03-0137-0970          Oreamuno Blanco Rodrigo                                         5.861.328,33

116            4-000-001902          Instituto Nacional de Seguros                                   1.533.501,00

129            01-0472-0897          Rojas Sevilla Luis A.                                                   6.876.011,98

130            01-0640-0186          Ugalde Cavallini Roberto                                           1.445.500,00

130            3-101-158262          Multisa S. A.                                                                17.981.334,00

130            3-101-259063          Movel Movimiento Eléctrico S. A.                          2.773.228,35

130            3-101-390090          Pcp Prevención y Control de Pérd.                           2.433.528,92

131            3-101-049635          Telerad Telecomunicaciones R.                                    601.863,55

131            3-101-073972          Copias Dinámicas S. A.                                               3.229.947,75

131            3-101-155289          Wpp Continental de Costa Rica                                   220.812,00

131            3-101-475759          Proveedor Integral de Precios C.                                   162.506,04

132            3-101-340543          Elevadores Schindler S. A.                                         3.578.706,33

133            01-0293-0024          Muñoz Retana Benjamín                                                876.517,90

133            05-0326-0027          Ruiz Duarte Adriano                                                       100.169,01

133            06-0097-1053          Cerdas Villegas Leda María                                           236.439,96

133            3-012-370910          Elevadores Otis S. A. de Capital V.                            245.385,16

133            3-101-032899          Vigilancia Tecnificada de C. R.                                     529.850,46

133            3-101-072383          Travisa Herediana S. A.                                               1.882.655,60

133            3-101-179595          Cía. de Servicios Múltiples Masiza                             188.609,34

134            4-000-001902          Instituto Nacional de Seguros                                      235.000,00

135            2-300-042155          Oficial Presupuestal Poder Judicial                        4.674.084,58

136            2-300-042155          Oficial Presupuestal Poder Judicial                        8.405.474,43

137            03-0197-0999          Fuentes Oviedo Ernestina                                          2.459.457,16

138            2-300-042155          Fondo de Jubilaciones y Pensiones                   553.287.253,70

139            3-101-423442          Corporación Tecnofrio Ctf S. A.                             36.890.253,70

140            2-300-042155          Proveeduría Judicial Importaciones                        1.425.833,14

141            2-300-042155          Juzg. Conten. Adm. Civ. de Hac.                               1.924.256,27

142            2-300-042155          Juzgado Trabajo II Circuito Judicial                       3.486.353,71

143            01-0424-0285          Jiménez Coto Édgar                                                            77.836,20

143            01-0829-0740          Salas Innecken Ronny                                                       98.648,32

143            01-1145-0743          Camacho Rodríguez Juan Carlos                                  160.000,00

143            3-101-029593          Electrotécnica S. A.                                                          262.885,10

143            3-101-077363          Secure S. A.                                                                   17.543.560,50

143            3-101-136314          Comtel Ingeniería S. A.                                                   400.579,90

143            3-101-153170          Corporación González y Asoc. In.                           1.242.644,77

143            3-101-227869          Correos de Costa Rica S. A.                                           165.430,00

144            3-004-045202          Coop. de Elect. Rural de Guan.                                 1.075.265,65

145            02-0291-0397          Aguilar Castro Evelia                                                  7.826.554,33

146            01-0416-1064          Santamaría Araya Carlos                                             2.893.649,00

146            01-0430-0091          Fallas Martínez Jorge Miguel                                     4.149.061,32

146            01-1144-0732          Sáenz Valerio Cinthia                                                     429.774,56

146            01-1213-0420          Miranda Badilla Rebeca                                                  244.220,34

146            02-0410-0223          Ávila Ulate Óscar Mario                                             4.287.929,33

146            03-0209-0283          Montero Navarro Donald                                           9.407.765,51

146            04-0107-0772          Segura Ruiz Gerardo                                                  15.459.447,82

146            05-0163-0803          Cordero Castro Juan Carlos                                       4.309.644,77

146            09-0043-0055          Salas Campos William                                                2.551.572,79

147            3-101-007866          Auto Ensambladora S. A.                                               259.694,00

147            3-101-008504          I.T.R. de Centroamérica S. A.                                      1.040.329,60

147            3-101-170385          Auto Carrocerías Jesús Granados                                664.693,80

147            3-101-498022          M & G Navlusa del Norte S. A.                                    521.703,00

148            3-007-042032          Junta Administ. de la Imprenta N.                               918.790,00

148            3-101-013946          Artes Gráficas de Centroamérica                              1.582.014,00

148            3-101-111502          Componentes El Orbe S. A.                                           250.789,50

148            3-101-222627          Nova Technologies S. A.                                                719.482,10

148            3-101-223548          Superior Audio Visual S. A.                                         221.200,00

148            3-101-344598          Asesoría Inm. y Negocios Red G.                                238.960,00

149            01-0836-0931          Fallas Abarca Huberth                                                    980.000,00

149            3-101-170385          Auto Carrocerías Jesús Granados                            1.024.149,00

150            2-300-042155          Oficial Presupuestal Poder Judicial                        5.457.300,51

151            2-300-042155          Oficial Presupuestal Poder Judicial                            831.719,00

152            2-300-042155          Oficial Presupuestal Poder Judicial                      11.618.217,68

153            2-300-042155          Oficial Presupuestal Poder Judicial                            724.622,00

Total líquido:                                                                                                                3.301.237.924,41

San José, 23 de febrero del 2009.—Lic. Luis A. Barahona Cortés, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 90162).—C-226270.—(19935).

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto.

Acuerdo         Cédula                                          Nombre                                                          Monto

1717         3-101-542244          Constructora Madriz y Solís S. A.                               735.000,00

1718         3-002-287079          Asoc. Solidarista Serv. Judiciales (A                      5.066.785,47

1719         2-300-042155          Fondo de Jub. y Pensiones PJ                              476.074.197,88

1720         3-002-287079          Asoc. Solidarista Serv. Judiciales                         22.932.494,96

1721         4-000-042147          Caja Costarricense del Seguro Soc.                  1.161.501.320,00

1725         2-300-042155          Director Ejecutivo Poder Judicial                           5.000.000,00

1727         01-0425-0273          Sáenz Fernández Ana Eugenia                                18.701.868,31

1729         3-101-073308          Grupo Computación Modular A                                  160.320,70

1729         3-101-088784          Servicentro Nicoya S. A.                                                   64.864,82

1729         3-101-171670          Total Petróleo Costa Rica S. A.                                       17.113,41

1729         3-101-281734          Servicios Técnicos Ralex Jbr S. A                                  22.113,20

1730         3-004-045117          Coopelesca R.L. (Coop. Electrif. Rural                   1.811.482,97

1730         3-004-045260          Coopesantos R.L.                                                             162.000,00

1730         3-004-051424          Cooperativa de Electrif. Rural Al.                                  25.000,00

1730         3-007-045087          Jasec                                                                                  2.060.132,25

1730         3-101-000046          Compañía Nacional de Fuerza y L.                        50.624.369,60

1730         3-101-042028          Empresa de Serv. Públicos de H.                              2.810.101,00

1730         4-000-042138          Instituto Costarricense de Ac. y Al.                        9.624.156,35

1730         4-000-042139          Instituto Costarricense de Electric.                       32.214.851,32

1731         01-0390-0306          Parra Sánchez Jorge                                                             39.263,18

1731         01-0902-0356          Bertarioni Rodríguez Alexander                                       2.453,00

1731         02-0141-0193          Ruiz Morales Zenen                                                            45.079,61

1731         06-0134-0442          Alvarado Ugalde Carlos                                                 586.013,87

1731         3-101-017468          Radio Mensajes S. A.                                                       621.516,00

1731         3-101-174285          Seguridad Alfa S. A.                                                         484.644,30

1731         3-101-179595          Cía. de Servicios Múltiples Masiza                             188.609,34

1732         3-004-045202          Coop. de Elect. Rural de Guan.                                 2.953.355,80

1733         3-101-227869          Correos de Costa Rica S. A.                                        6.924.513,40

1734         3-101-179181          Distribuidora Mozee S. A.                                          3.158.902,85

1750         3-101-423442          Corporación Tecnofrio Ctf S. A.                               1.345.237,40

1751         3-101-165549          Servicios de Consultoría de Occ.                             1.986.002,26

1751         3-101-179181          Distribuidora Mozee S. A.                                             800.292,12

1751         3-101-247017          Hospitalia Soluvlad S. A.                                              549.015,60

1752         3-101-072383          Travisa Herediana S. A.                                               1.787.416,51

1753         3-101-174285          Seguridad Alfa S. A.                                                   12.144.797,34

Total líquido:                                                                                                                1.823.225.284,82

San José, 16 de febrero del 2009.—Lic. Luis A. Barahona Cortés, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 90162).—C-48020.—(19936).

AVISOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

Ante esta Dirección, se ha presentado solicitud de inscripción y autorización como notario de Roberto Pacheco Muñoz, carné 17391, cédula: Nº 2-0609-0670, expediente Nº 09-000148-0624-NO, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta este lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación.—San José, 24 de febrero del 2009.—Lic. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, Director.—1 vez.—(20521).

Ante esta Dirección se ha recibido solicitud del licenciado Denis Mauricio Artavia Cordero, cédula de identidad Nº 02-0549-0660, carné Nº 17415, quien pretende que se le inscriba y autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta del interesado para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este despacho, dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 09-000005-0624-NO.—San José, 26 de enero del 2009.—Lic. Adolfo Mora Gallardo, Director a. í.—1 vez.—Nº 93929.—(20631).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Bayron Arley Benítez Restrepo, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 148-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y diecisiete minutos del veintitrés de enero del dos mil nueve. Ocurso. Expediente Nº 23964-08. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Bayron Arley Benítez Restrepo con Blanca Elena Vargas Badilla..., en el sentido que el nombre y apellidos del padre y el nombre y apellidos de la madre del cónyuge son “Humberto Benítez Oquendo” y “Nubia Helena Restrepo Arias” respectivamente, y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 93927.—(20632).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Fady Chaves Barahona, expediente Nº 3395-99, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 1248-99.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas veinticinco minutos del dos de setiembre de mil novecientos noventa y nueve. Diligencias de ocurso incoadas en este Registro por Fady Chaves Barahona, soltero, costarricense, estudiante, portador de la cédula de identidad número cinco-trescientos diez-cero sesenta y seis, vecino de Tilarán, Guanacaste. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Fady Chaves Barahona, que lleva el número sesenta y seis, folio treinta y tres, del tomo trescientos diez, de la Sección de Nacimientos, de la provincia de Guanacaste, en el sentido de que el sexo de la persona ahí inscrita es “Masculino”, y no como aparece actualmente consignado. Publíquese esta resolución por una vez en el Diario Oficial. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 94061.—(20633).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por José Rodolfo Roblero, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2447-2008.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas del primero de diciembre del dos mil ocho. Expediente Nº 30563-2008. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Mayela Isamar Robleto Urbina... en el sentido que el apellido del padre de la misma es “Roblero, no indica segundo apellido”, y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(20886).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Aviso de solicitud de naturalización

Linjing Mo Liang, mayor, casado, comerciante, chino, cédula de residencia 626-0142933-0004133, vecino de San José, expediente 949-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 23 de enero del 2009.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(20179).

Ruth Alba Mahecha Herrera, mayor, casada, secretaria, colombiana, cédula de residencia 117000661823, vecina de Cartago, expediente 403-2008. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 13 de febrero del 2009.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—Nº  93791.—(20263).

Blanca Estela Leyva Pimentel, mayor, casada, del hogar, peruana, cédula de residencia Nº 455-100272-1182, vecina de San José, expediente Nº 1576-2004. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 04 de marzo del 2009.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(20528).

Julián Andrés Londoño González, mayor, casado, publicista, colombiano, cédula de residencia Nº 117000444415, vecino de Heredia, expediente Nº 2881-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 07 de marzo del 2008.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—1 vez.—(20564).

Vicente Luis Hernández Miró-Quesada, mayor, soltero, comerciante, español, pasaporte Nº 9400722, vecino de San José, expediente Nº 4264-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 1 y 4 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1902 del 9 de julio de 1955, 10 y 11 de su reglamento, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, dieciséis de febrero del dos mil nueve.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(20595).

Alonso José Núñez Pérez, mayor, casado, mecánico, colombiano, carné de refugiado Nº 117000278735, vecino de San José, expediente Nº 3189-2006. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, cuatro de marzo del dos mil nueve.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—Nº 93999.—(20634).

Hazel Anne Henderson Kilgore conocida como Anne Henderson Weston, mayor, casada, pensionada, estadounidense, carné residente pensionada rentista A 7894, vecina de Puntarenas, expediente Nº 1508-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, cuatro de marzo del dos mil nueve.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(20912).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

PROVEEDURÍA MUNICIPAL

PROGRAMA DE ADQUISICIONES PERIODO 2009

Tipo de bien o servicio

Programa

Monto

estimado

Periodo

de inicio

Fuente

financiamiento

Alquiler de maquinaria equipo y mobiliario

Alquileres

38.500.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Otros alquileres

Alquileres

500.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Publicidad y propaganda

Servicios comerciales y financieros

2.000.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Impresión, encuadernación y otros

Servicios comerciales y financieros

3.556.133,35

Febrero

Presupuesto ordinario

Servicios de ingeniería

Servicios de gestión y apoyo

3.000.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Servicios generales

Servicios de gestión y apoyo

57.490.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Otros servicios de gestión y apoyo

Servicios de gestión y apoyo

2.250.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Transporte dentro del país

Gastos de viaje y de transporte

145.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Actividades de capacitación

Capacitación y protocolo

38.500.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Mantenimiento de edificios y locales

Mantenimiento y reparación

4.500.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Mantenimiento de instalaciones y otras obras

Mantenimiento y reparación

8.000.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Mantenimiento y reparación de maq. y equipo de producción

Mantenimiento y reparación

2.460.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Mantenimiento y reparación de equipo de transporte

Mantenimiento y reparación

25.789.091,50

Febrero

Presupuesto ordinario

Mantenimiento y reparación de equipo de comunicación

Mantenimiento y reparación

1.666.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Mantenimiento y reparación de equipo y mobiliario de oficina

Mantenimiento y reparación

600.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Mantenimiento y reparación de equipo de cómputo y sistemas de información

Mantenimiento y reparación

4.823.771,85

Febrero

Presupuesto ordinario

Mantenimiento y reparación de otros equipos

Mantenimiento y reparación

130.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Combustible y lubricantes

Productos químicos y conexos

73.682.228,30

Febrero

Presupuesto ordinario

Productos farmacéuticos y medicinales

Productos químicos y conexos

550.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Tintas, pinturas y diluyentes

Productos químicos y conexos

980.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Otros productos químicos

Productos químicos y conexos

1.800.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Alimentos y bebidas

Materiales y productos de uso en la construcción y mantenimiento

150.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Materiales y productos metálicos

Materiales y productos de uso en la construcción y mantenimiento

3.600.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Materiales y productos minerales y asfálticos

Materiales y productos de uso en la construcción y mantenimiento

1.145.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Madera y sus derivados

Materiales y productos de uso en la construcción y mantenimiento

1.200.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo

Materiales y productos de uso en la construcción y mantenimiento

1.849.333,35

Febrero

Presupuesto ordinario

Materiales y productos de vidrio

Materiales y productos de uso en la construcción y mantenimiento

3.050.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Materiales y productos de plástico

Materiales y productos de uso en la construcción y mantenimiento

510.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Otros materiales y productos de uso en la construcción

Materiales y productos de uso en la construcción y mantenimiento

312.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Herramientas e instrumentos

Herramientas repuestos y accesorios

3.200.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Repuestos y accesorios

Herramientas, repuestos y accesorios

19.417.781,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Útiles y materiales de oficina y cómputo

Útiles materiales y suministros diversos

16.136.028,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Productos de papel, cartón e impresos

Útiles materiales y suministros diversos

6.300.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Textiles y vestuario

Útiles materiales y suministros diversos

7.135.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Útiles y materiales de limpieza

Útiles materiales y suministros diversos

12.100.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Útiles y materiales de resguardo y seguridad

Útiles materiales y suministros diversos

3.372.343,45

Febrero

Presupuesto ordinario

Otros útiles materiales y suministros

Útiles materiales y suministros diversos

500.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Maquinaria y equipo para la producción

Maquinaria equipo y mobiliario

2.000.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Equipo de transporte

Maquinaria equipo y mobiliario

20.000.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Equipo de comunicación

Maquinaria equipo y mobiliario

75.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Equipo de mobiliario de oficina

Maquinaria equipo y mobiliario

2.150.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Equipo y programa de cómputo

Maquinaria equipo y mobiliario

200.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Equipo sanitario de laboratorio e investigación

Maquinaria equipo y mobiliario

200.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Maquinaria y equipo diverso

Maquinaria equipo y mobiliario

100.000,00

Febrero

Presupuesto ordinario

Lic. Víctor Hugo Portilla Madrigal, Proveedor Municipal.—1 vez.—(20916).

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

BANCO DE COSTA RICA

OFICINA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIÓN AL PROGRAMA DE ADQUISICIONES

AÑO 2009

                                                                                       Fecha                  Fuente                       Monto

                        Descripción                                    estimada      financiamiento         aproximado

Bienes Muebles

Servicio atención Cajeros Automáticos        1 Semestre               BCR                ¢90.000.000,00

(ATM’S)

Rodrigo Aguilar S.—1 vez.—(O. C. Nº 58243).—(Solicitud Nº 17755).—C-8770.—(21991).

LICITACIONES

CULTURA Y JUVENTUD

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000010-75500

Estantería compacta y papelería en la Biblioteca Nacional

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Cultura y Juventud, recibirá ofertas hasta las 10:00 a. m. del día 14 de abril del 2009, para la compra supracitada.

El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema Comprared en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet, a partir del día hábil siguiente de recibido este comunicado, o puede pasar a retirarlo en la Proveeduría del Ministerio de Cultura y Juventud, ubicada en San José, antigua Fanal, frente parque España.

San José, 4 de marzo del 2009.—Lic. Jorge Rodríguez Solera, Proveedor Institucional.—1 vez.—(O. P. 93374).—(Solicitud Nº 7667).—C-11270.—(21992).

JUSTICIA Y GRACIA

LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000012-78300

Compra de pan (CAI Liberia)

Programa 78300

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Justicia, recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del día 20 de abril del 2009, para la licitación supracitada.

El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema Comprared en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet, a partir de esta notificación, o podrá obtenerlo en la Proveeduría Institucional del Ministerio de Justicia, que se encuentra ubicada en San José, calle primera, avenidas 12 y 14, 50 metros norte de la Clínica Bíblica, frente a las instalaciones del Centro Educativo Marcelino García Flamenco.

San José, 12 de marzo del 2009.—Proveeduría Institucional.—Lic. Manuel Fernández Rodríguez, Proveedor Institucional.—1 vez.—(O. P. Nº 93619).—C-12770.—(21924).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados a participar en el siguiente procedimiento de contratación:

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2009LA-000042-PROV

Alquiler de local para ubicar al Juzgado Especializado

de Cobro del I Circuito Judicial de San José

Fecha y hora de apertura: 27 de marzo de 2009, a las 10:00 horas.

Los respectivos carteles se pueden obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados deben dirigirse al Proceso de Adquisiciones del Departamento de Proveeduría; sita en el 3° piso del edificio Anexo B, ubicado en la esquina formada por la avenida 6, calle 15, San José; o bien, obtenerlos a través de Internet, en la dirección htttp://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la dirección licitaciones@poder-judicial.go.cr. En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a los teléfonos 2295-3623/2295-3295.

San José, 13 de marzo del 2009.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(21970).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE ADMINISTRACIÓN

OFICINA DE SUMINISTROS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000007-UADQ

Contratación de abastecimiento continuo de tintas y toner

La Oficina de Suministros de la Universidad de Costa Rica recibirá ofertas por escrito para este concurso hasta las 10:00 horas del día 14 de abril del 2009.

Este pliego de condiciones está a disposición de los interesados en la Oficina de Suministros de la Universidad de Costa Rica, sita Sabanilla de Montes de Oca, de las Instalaciones Deportivas 250 metros al este y 400 metros al norte y en la siguiente página de internet http://www.vra.ucr.ac.cr, cejilla OSUM, publicación de documentos.

Los interesados en participar, deberán enviar al fax: 2234-2723 los datos de la empresa, número telefónico, fax y el nombre de la persona a quien contactar en caso necesario. El incumplimiento de este requisito exonera a la Unidad de Adquisiciones la no comunicación de prórrogas, modificaciones o aclaraciones al concurso.

Sabanilla de Montes de Oca, 12 de marzo del 2009.—Unidad de Adquisiciones.—MBA. Vanessa Jaubert Pazanni, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 112916).—C-12770.—(21995).

COLEGIOS UNIVERSITARIOS

COLEGIO UNIVERSITARIO DE PUNTARENAS

UNIDAD DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000002-CUP

Contratación de la mano de obra y materiales para

realizar varias remodelaciones en planta baja del

edificio central (biblioteca, registro y aulas)

La Unidad de Proveeduría del Colegio Universitario de Puntarenas, recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del día miércoles 1º abril del 2009 para este proceso licitatorio.

Los interesados podrán descargar sin costo alguno el cartel, especificaciones técnicas, en el siguiente Link http://www.cup.ac.cr/provee-LA.php. Para consultas las puede realizar a telefax 2661-4444, ext. 230, fax 2661-2769 o los E-mail vicente.flores @cup.ac.cr; jose.alvarado@cup.ac.cr. La única visita al sitio se llevará a cabo el jueves 26 de marzo del 2009, a la hora y lugar que se indica en el cartel.

Puntarenas, 13 de marzo 2009.—Vicente Flores Vargas, Jefe de Proveeduría.—1 vez.—(21961).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL NACIONAL DE GERIATRÍA Y GERONTOLOGÍA

“DR. RAÚL BLANCO CERVANTES”

OFICINA DE COMPRAS

LICITACIÓN ABREVIADA 2009 LA-000005-HBC2202

Toallas de papel por período de un año

con posibilidad de tres prórrogas

La Oficina de Compras del Hospital Nacional de Geriatría y Gerontología Dr. Raúl Blanco Cervantes con autorización de la Administración General, recibirá ofertas por escrito hasta las nueve horas del día 3 de abril del 2009.

Las bases del concurso están a disposición de los oferentes en la Oficina de Compras, sótano norte del Hospital de lunes a viernes de 7:30 a. m. a 12:00 m. d. o en la dirección electrónica http//www.ccss.sa.cr.

El cartel tiene un costo de ¢200,00 (doscientos colones exactos).

San José, 12 de marzo del 2009.—Lic. Maura Gómez Brenes, Jefa a. í.—1 vez.—(21686).

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

SUBÁREA DE CARTELES

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000015-1142

Resina para craneoplastía polvo y líquido

Se informa a los interesados que está disponible el cartel para la adquisición del ítem único: 200 unidades de resina para craneoplastía polvo y líquido. Apertura de ofertas 17 de abril del 2009 a las 11:00 horas. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 12 de marzo del 2009.—Lic. Vilma Arias Marchena.—1 vez.—(U. P. Nº 1142).—C-7520.—(21700).

2009LA-000016-1142

Guantes ambidextros de látex

Se informa a los interesados que está disponible el cartel de la 2009LA-000016-1142, para la adquisición de:

Ítem único:

14000000 Ud. Guantes ambidextros de látex, tamaño mediano. No estéril.

Apertura de ofertas: 17 de abril del 2009, a las 10:00 horas. Ver detalle en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 11 de marzo del 2009.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 1142).—C-9020.—(21993).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000030-PROV

Servicio de aseo, limpieza y mantenimiento de zonas verdes

en varios edificios y locales de Heredia y Alajuela

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del 22 de abril del 2009, en la Proveeduría de este Instituto, sita 400 metros norte de la esquina este del edificio central, para el suministro de lo siguiente:

Requerimiento:

Servicio de aseo, limpieza y mantenimiento de zonas verdes en varios edificios y locales de Heredia y Alajuela.

Las condiciones particulares y especificaciones técnicas podrán adquirirse por medio de fotocopia cancelando el costo de la misma en la Proveeduría de este Instituto, o accesando nuestra dirección electrónica: https://www.grupoice.com/PEL

Las condiciones generales deben de ser consultadas en el cartel tipo, el cual puede adquirirse por los mismos medios indicados en el párrafo anterior.

San José, 13 de marzo del 2009.—Lic. Marita Arias Herrera, Coordinadora de Licitaciones.—Dirección de Proveeduría.—1 vez.—(O. C. Nº 342050).—C-15020.—(22001).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO ADQUISICIONES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000004-01

Ampliación del sistema de almacenamiento SAN del INA

El Proceso de Adquisiciones de la sede central del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 15 de abril del 2009. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones, sita 2,5 kilómetros al oeste del Hospital México, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

San José, 13 de marzo del 2009.—Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—(O. C. Nº 20013).—(Solicitud Nº 16397).—C-9770.—(21994).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-903087-02

Contratación de los servicios de mano de obra, materiales

y equipo para la limpieza y pintura de tuberías en refinería

La Dirección de Suministros de RECOPE invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2008LA-903087-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el primer piso de las Oficinas Centrales de RECOPE, sita en Urbanización Tournón Norte, hasta las 10:00 horas del día 15 de abril del 2009.

El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un costo de ¢3.000,00.

La visita al sitio para explicar los alcances técnicos y demás aspectos relevantes de este concurso se llevará a cabo el día 24 de marzo del 2009 a las 10:00 horas en la entrada principal de la Refinería.

Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—(O. P. Nº 2009-382).—C-10520.—(21997).

OPERADORA DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS

DEL BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL S. A.

La Sección Administrativa de la Operadora de Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal S. A., recibirá ofertas por escrito en sus oficinas, ubicadas en San Pablo de Heredia, 200 metros norte del Mall Paseo de las Flores hasta las 10:00 horas del 31 de marzo de 2009, para el suministro de lo siguiente:

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000001-01

Contratación de una empresa que brinde el servicio de

actualización y readecuación del equipo  biométrico

instalado en la Operadora de Planes de Pensiones

Complementarias del Banco Popular

y Desarrollo Comunal S. A.

El sobre de especificaciones, condiciones generales y especiales podrá retirarse en la Sección Administrativa de la Operadora de Pensiones Complementarias, por un valor de ¢2.500,00 (dos mil quinientos colones con 00/100), los cuales podrán ser depositados en la cuenta Nº 1610100010006443-8 a nombre de la Operadora o cancelar en la caja de tesorería de la Operadora y el retiro del mismo se puede hacer en la Sección Administrativa, con un horario de lunes a viernes de 8:00 a. m. a las 4:30 p. m.

San José, 12 de marzo del 2009.—Departamento Administración y Finanzas.—Lic. Cinthia Solano Fernández, Jefa.—Henry Obando Villalobos, Encargado.—Técnico del Proceso de Compras.—1 vez.—(21932).

ADJUDICACIONES

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL N° 2008LI-000067-PROV

Venta de vehículos usados

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la  Dirección Administrativa Logística mediante oficio Nº 5800-0052-2009 del 9 de marzo del 2009, acordó adjudicar la Licitación Pública Internacional Nº 2008LI-000067-PROV de la siguiente manera:

A: José Elías Araya Alfaro, cédula de identidad 4-148-731.—(Oferta Nº 15).

Venta de lo siguiente:

Vehículos usados (tipo rural, pick up, station wagon, station wagon 4x4, motonetas, motocicletas y un cuadraciclo) y lotes de repuestos automotrices.

Monto total de la venta:        11 508 000,00 CRC

Modalidad de pago: depósito bancario en la cuenta del Banco de Costa Rica en colones 192811-9 o en dólares 048761-9.

Retiro de los materiales: Los bienes adquiridos deben ser retirados en un plazo no mayor a 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación.

Lugar de retiro: los bienes adquiridos, deben ser retirados en el Plantel de ICE en Rincón Grande de Pavas, por cuenta y riesgo del comprador. El ICE no facilitará equipos o activos para el retiro de los bienes.

Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta adjudicada.

Nota:  Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada,  certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada o poder consularizado según corresponda, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢ 2,50 por cada ¢1 000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).

San José, 13 de marzo del 2009.—Lic. Marita Arias Herrera, Coordinadora de Licitaciones.—Dirección Administrativa de Proveeduría.—1 vez.—(O. C. Nº 342050).—C-24770.—(22002).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS

DIRECCIÓN PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2008LN-000020-PRI

Venta de vehículos en desuso

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que mediante acuerdo de junta directiva Nº 2009-310 del 1 de febrero del 2009, se adjudica la licitación Nº 2008LN-000020-PRI. “Venta de vehículos en desuso” a los siguientes proveedores:

Oferta Nº 1: Miguel Leiva Tellez.

Posiciones 2, 4, 5, 6, 7, 8, 11, 23 y 36, monto total adjudicado ¢4.567.000,00.

Oferta Nº 3: Transportes Manuel Araya S. A.

Posiciones 1, 3, 9 y 51, monto total adjudicado ¢2.100.000,00.

Oferta Nº 4: Luis Diego Zumbado Castro.

Posiciones 10, 18, 19, 27, 31, 35, 37, 38, 39, 40, 48, 49 y 50, monto total adjudicado ¢ 3.247.000,00.

Se declaran infructuosas las posiciones Nos. 14, 15, 16, 17, 20, 25, 26, 28, 29, 30, 32, 33, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47 y 52 por no recibir ofertas, y las posiciones Nos. 12, 13, 21, 22, 24 y 34, por motivo de que no hay ofertas elegibles.

Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.

San José, 12 de marzo del 2009.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—(O. C. Nº 2009-029).—C-18020.—(21760).

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2008LN-00005-PRI

Servicio de seguridad y vigilancia en las instalaciones

y oficinas cantonales de la Región Brunca

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que mediante acuerdo de junta directiva Nº 2009-095 de fecha 24 de febrero del 2009, se declara infructuosa la presente licitación.

San José, 13 de marzo del 2009.—Proveeduría Institucional.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—(O. C. Nº 2009-029).—C-8270.—(21784).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE TIBÁS

CONCEJO MUNICIPAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000001-01

Recolección y transporte de los desechos sólidos ordinarios,

residenciales, comerciales e industriales

producidos en el cantón de Tibás

El Concejo Municipal de Tibás, por acuerdo IV-4 en su sesión ordinaria Nº 150, celebrada el día 10 de marzo de 2009, dispuso lo siguiente:

Aprobar la adjudicación de la Licitación Pública Nº 2009LN-000001-01 “Recolección y transporte de los desechos sólidos ordinarios, residenciales, comerciales e industriales producidos en el cantón de Tibás” a la empresa Desechos Clasificados Declasa S. A., siguiendo la recomendación de la administración municipal.

San Juan de Tibás, 11 de marzo del 2009.—Jannina Villalobos Solís, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(21898).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-01

Tratamiento y disposición final de los desechos

sólidos producidos en el cantón de Tibás

El Concejo Municipal de Tibás, por acuerdo IV-3 en su sesión ordinaria Nº 150, celebrada el día 10 de marzo del 2009, dispuso lo siguiente:

Aprobar la adjudicación de la Licitación Pública Nº 2009LN-000001-01 “Tratamiento y disposición final de los desechos sólidos producidos en el cantón de Tibás” a Empresas Berthier EBI Costa Rica S. A., siguiendo la recomendación de la Administración Municipal.

San Juan de Tibás, 11 de marzo del 2009.—Jannina Villalobos Solís, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(21901).

FE DE ERRATAS

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000004-55400

Compra de pupitres

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Educación comunica a los interesados en la presente licitación que la hora y fecha de apertura se traslada hasta las 9:00 a. m. del 15 de abril de 2009.

Los interesados podrán pasar a retirar el cartel modificado a partir de la fecha en forma gratuita en la Proveeduría Institucional del Ministerio de Educación Pública, o bien estará a disposición en el Sistema de Comprared de Internet a partir de esta fecha en la dirección www.hacienda.go.cr/comprared.

La Proveeduría Institucional se encuentra ubicada en el edificio Raventós, primer piso, calle 6, avenidas Central y Segunda, San José.

San José, 11 de marzo de 2009.—Lic. Rosario Segura Sibaja, Directora.—1 vez.—(O. P. Nº 93254).—C-12020.—(21929).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000005-00100

Contratación de servicios de aseo y limpieza

de las instalaciones del Registro Nacional

El Departamento de Proveeduría del Registro Nacional comunica a los interesados a participar en la licitación de referencia que se realizaron modificaciones al cartel, las cuales se encuentran disponibles en la página de internet www.hacienda.go.cr/compred, por tal razón se prorroga la apertura de las ofertas para el 2 de abril del 2009.

San José, 9 de marzo del 2009.—Lic. Mauricio Madrigal Calvo, Proveedor.—1 vez.—(O. C. Nº 9-2009).—(Solicitud Nº 49201).—C-8270.—(22003).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000008-PROV

(Modificación Nº 1)

Suministro e instalación de tapia perimetral

en lote del ICE en Guápiles

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados  en la licitación antes mencionada, que el cartel de este concurso fue sujeto a las siguientes modificaciones:

Especificaciones técnicas del alambre de navaja

Alambre de navaja

Cada oferente deberá de considerar en el rubro de costos el suministro e instalación de alambre de navaja, en todo el perímetro de la tapia, según las siguientes especificaciones técnicas.

Una vez colocada la tapia el oferente deberá instalar, el alambre tipo navaja, de tipo Helical, de 18” de diámetro (45 cm) en acero inoxidable; debidamente tensado y soldado en la parte superior de la tapia.

Diámetro:                                45 cm de 13 cuchillas por espiga

Largo:                                      6 cm

Distancia entre vueltas:            25 cm

Instalado a una distancia de 25 cm entre vuelta (espira a espira). El alambre de navaja será instalado utilizando una doble hilera de alambre de púas calibre Nº 16, ambos sujetados mediante angulares de hierro o torones, a lo largo y totalidad de la tapia. Todo elemento de hierro expuesto debe de quedar protegido con pintura de buena calidad, el inspector ICE, velará para que todos los elementos queden bien protegidos.

Material colocado en línea de construcción

Según lo observado en la visita al sitio, cada oferente deberá de considerar en sus propios gastos el movimiento de material depositado en la línea de construcción de tapia. Retirando este material y colocándolo según coordinación con el administrador de contrato ICE.

Corta de árboles en línea de tapia.

El ICE cortará los árboles que estén obstruyendo la línea de construcción, no obstante el oferente deberá de extraer cualquier raíz que dificulte la construcción.

Electricidad y agua.

El oferente deberá de costear tanto el consumo eléctrico como el consumo de agua, necesario para desarrollar el proyecto.

Fecha de apertura de ofertas: a las 9:00 horas del 25 de marzo del 2009.

San José, 13 de marzo del 2009.—Lic. Marita Arias Herrera, Coordinadora Licitaciones.—Dirección de Proveeduría.—1 vez.—(O. C. Nº 342050).—C-28520.—(21999).

LICITACION PÚBLICA INTERNACIONAL 2008LI-000068-PROV

Venta de materiales metálicos de desecho

El Instituto Costarricense de Electricidad corrige la publicación de adjudicación de la Licitación Pública Internacional 2008LI-000068-PROV publicada en La Gaceta Nº 51 del 13 de marzo de 2008 de la siguiente manera:

Donde dice:

LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000068-PROV

Debe leerse:

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL 2008LI-000068-PROV

Las demás condiciones del acto de adjudicación se mantienen invariables.

San José, 13 de marzo de 2009.—Lic. Marita Arias Herrera, Coordinadora de Licitaciones.—Dirección de Proveeduría.—1 vez.—(O. C. Nº 342050).—C-12020.—(22004).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS

DIRECCIÓN PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Nº 2008LI-000007-PRI

(Circular Nº 2)

Mejoras al sistema de abastecimiento de agua potable

de San Isidro de Pérez Zeledón

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a los posibles oferentes que a partir de la presente publicación podrán hacer retiro de la Circular Nº 2 en la Dirección Proveeduría del AyA, sita en el módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA ubicado en Pavas, o podrá descargarse de la dirección electrónica www.aya.go.cr.

San José, 13 de marzo del 2009.—Proveeduría Institucional.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—(O. C. Nº 2009-29).—C-11270.—(21812).

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

ÁREA DE CONTRATACIÓN Y SUMINISTROS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000014-02

Construcción caminos en el asentamiento campesino El Paraíso

A los interesados en participar en la licitación en referencia se les aclara que por error en el punto “5.4 Equipo a utilizar” aparece en la flotilla de lastrado y relastrado, únicamente una motoniveladora y seis vagonetas; siendo lo correcto: una motoniveladora, seis vagonetas y una compactadora. Los demás aspectos del cartel se mantienen invariables incluyendo fecha y hora de apertura de ofertas.

Área de Contratación y Suministros.—Rafael Fernández Bolaños.—1 vez.—(21982).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000015-02

Construcción de pasos de alcantarillas en el Asentamiento

Campesino Río San José

A los interesados en participar en la licitación en referencia, se les aclara que:

1.  En el punto 8 del cartel “Vigencia de las ofertas”, por error se digitó que la oferta debe estar vigente mínimo hasta el día 27 de marzo del 2009, siendo lo correcto que deben estar vigentes hasta el 30 de abril del 2009.

2.  En el Anexo Nº 1 “Hoja de cotización”, se modificaron los números de ítem, así como algunas descripciones y cantidades por lo que dicha hoja se deberá leer de la siguiente manera:

Ítem

Actividad

Descripción

Cantidad

Unidad

40

Desmonte, limpieza y recava de canal

Alquiler de excavadora

600

ml

41,2

Suministro y colocación de tuberías

Tubos de concreto de 2,13 cm ASTM-C76, clase III

16,25

m.l.

41,1

Construcción de pasos de alcantarilla

Excavación para tubería

124,61

M3

41,3

Relleno para tubería

161,99

M3

42

Construcción de cabezales de concreto

Concreto 180 kg/cm2

45,984

M3

 

Los demás aspectos del cartel se mantienen invariables incluyendo fecha y hora de apertura de ofertas.

Rafael Fernández Bolaños.—1 vez.—(21990).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA

CONTRATACIÓN 2009LN-000001-MA

Contratación de servicios profesionales para el cobro judicial

La Municipalidad de Alajuelita, por medio del Departamento de Proveeduría, modifica el plazo para recibir ofertas para el proceso de contratación 2009LN-000001-MA “Contratación de servicios profesionales para el cobro judicial. El acto de apertura de ofertas será el día miércoles 1º de abril a las 9:00 horas en el salón de sesiones de la institución.

Lic. Karla Segura Lépiz, Proveedora.—1 vez.—(21963).

MUNICIPALIDAD DE COTO BRUS

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

2009LN-000001-01

Compra de una planta eléctrica nueva

Publicada en La Gaceta Nº 49 del 11 de marzo de 2009, se corrigen los siguientes aspectos:

Para la Licitación Nacional 2009LN-000001-01 Compra de una planta eléctrica las especificaciones correctas son las siguientes: 450 KW (625 KVA) servicio prime, voltaje de 480/277 voltios, totalmente nueva, para el funcionamiento de un equipo de trituración de piedra. Consultas personalmente en Proveeduría Municipal, o los teléfonos 2773-3128 ó 2773-3373 ambos con la extensión 102, la fecha límite para recibir ofertas se extiende hasta el día martes 8 de abril de 2009, a las nueve horas, en la oficina de Proveeduría, de la Municipalidad de Coto Brus.

San Vito, 04 de marzo del 2009.—Keylin Jiménez Zúñiga, Proveedora.—1 vez.—(21693).

MUNICIPALIDAD DE CORREDORES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000003-CL (Prórroga)

Construcción de 5 pozos y trabajos complementarios

en el sistema de alcantarillado pluvial de Paso Canoas

La Municipalidad de Corredores comunica a las empresas interesadas en la Licitación Pública Nº 2009LN-000003-CL “Construcción de 5 pozos y trabajos complementarios en el sistema de alcantarillado pluvial de Paso Canoas” que se amplía el plazo de recepción de ofertas hasta las 14 (catorce) horas del 13 de abril del 2009.

Ciudad Nelly, 11 de marzo del 2009.—Departamento de Proveeduría.—Hugo R. Álvarez Castillo.—1 vez.—(21729).

AVISOS

POPULAR SOCIEDAD ADMINISTRADORA

DE FONDOS DE INVERSIÓN S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000002-CL (Modificación)

Compra de un vehículo tipo rural para Popular Fondos de Inversión

Popular Sociedad Administradora de Fondos de Inversión, comunica a todos los potenciales proveedores interesados en participar en el procedimiento de contratación de interés, que en el apartado 2.3 Láminas de protección y seguridad para el vehículo, se debe omitir lo establecido en el último punto y que textualmente dice: “Que ofrezca protección contra bombas, disparos de todo tipo de armas, quebraduras de vidrios, hachas, bates de béisbol y otros objetos similares”.

Demás términos y condiciones se mantienen invariables.

San José, 13 de marzo del 2009.—Master Alejandro Centeno Roa, Gerente General.—1 vez.—(21996).

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-903088-02 (Enmienda Nº 2)

Contratación de los servicios de mano de obra, materiales

y equipo para la limpieza y pintura de tanques en refinería

Les comunicamos a los interesados en participar en el concurso en referencia, que deben pasar al primer piso de las Oficinas Centrales de RECOPE a retirar la enmienda Nº 2 al cartel, o bien, la misma, está disponible en la página web, www.recope.com.

Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—(O. P. Nº 2009-382).—C-6020.—(22005).

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA

El Concejo Municipal de San Rafael de Heredia, en sesión ordinaria Nº 232-2009, celebrada el 9 de febrero del 2009, aprobó por unanimidad y en firme, la siguiente política:

MOCIÓN SIN TRÁMITE DE COMISIÓN

Proponentes: Amable Corrales Valverde, Henry Chavarría Delgado, Soleida Luna Vargas, Yensi Alfaro Hernández, Marcos Hernández Ramírez.

POLÍTICA MUNICIPAL DEL CANTÓN DE SAN RAFAEL DE HEREDIA PARA

DETERMINAR CON TRANSPARENCIA LA EXIGENCIA DE

LA CESIÓN GRATUITA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD

DEL PORCENTAJE DE TERRENO DESTINADO AL USO

PÚBLICO RESULTANTE DE LOS

FRACCIONAMIENTOS

Considerando:

1º—Que los artículos 169 y 170 de la Constitución Política, el artículo 4º del Código Municipal, los artículos 4º y 113 de la Ley General de la Administración Pública, el artículo 58 inciso 6) de la Ley de Planificación Urbana, los artículos 3º y 4º inciso c) del Código Municipal, la Ley de Aguas, la Ley General de Agua Potable, la Ley General de Salud, y el Reglamento para el Control Nacional de Fraccionamientos y Urbanizaciones, consagran la competencia exclusiva de la Municipalidad de San Rafael, de atender lo intereses y servicios locales de su jurisdicción, específicamente en lo referente a la emisión de visados para los fraccionamientos realizados en el cantón de San Rafael.

2º—Que la Jurisprudencia de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ha reconocido las atribuciones citadas en el aparte anterior, a través de las resoluciones 1684-91, 3019-91, 6706-93, 144-95, 1108-96, 2002-08696, 5445-99, y 2001-00591, entre otras. De modo particular consideramos oportuno indicar que la Sala Constitucional ha dejado claro en sus resoluciones que “la esfera de competencia y definición de atribuciones que tienen encomendadas las municipalidades se determinan en la propia Carta Fundamental, en tanto se refieren estrictamente a lo “local”. Debe entenderse el mandato constitucional como una reserva de competencia material en favor de los gobiernos locales y de su reglamento para definir “lo local”, ámbito que sólo puede ser reducido por ley -por tratarse de materia constitucional y de un verdadero derecho a favor de estas instituciones-, de manera tal que conduzca al mantenimiento de la integridad de los servicios e intereses locales”. (Voto 5445-99 de las catorce horas con treinta minutos del catorce de julio de mil novecientos noventa y nueve).

Que tratándose de la administración del recurso hídrico, el mismo resulta un recurso estratégico para la actuación y gestión municipal en todos sus ámbitos; dado que en caso de llegar a faltar (total o parcialmente) afectaría la esencia misma de esta Municipalidad, su razón de ser y que es EL PUEBLO, LA COMUNIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA.

Siendo así es claro entonces que bajo esta autonomía municipal tenemos más que el derecho, LA OBLIGACIÓN de velar por el resguardo y salvaguarda de los intereses locales que de modo alguno puedan afectar a la comunidad de San Rafael; autonomía que para el caso que nos ocupa ha sido dimensionada por la Sala Constitucional como “la capacidad de fijación de planes y programas del gobierno local, por lo que va unida a la potestad de la municipalidad para dictar su propio presupuesto, expresión de las políticas previamente definidas por el Concejo, capacidad, que a su vez, es política. Esta posición coincide con la mayoritaria de la doctrina, en la que se ha dicho que el rango típico de la autonomía local reside en el hecho de que el órgano fundamental del ente territorial es el pueblo como cuerpo electoral y de que, consiguientemente, de aquél deriva su orientación política-administrativa, no del Estado, sino de la propia comunidad, o sea, de la mayoría electoral de esa misma comunidad, con la consecuencia de que tal orientación política puede diverger de la del Gobierno de la República y aún contrariarla, ahí donde no haya correspondencia de mayorías entre la comunidad estatal y la local”. (Voto 5445-99 de las catorce horas con treinta minutos del catorce de julio de mil novecientos noventa y nueve).

Siendo así, este Concejo Municipal de San Rafael se encuentra obligado adoptar políticas que se orienten a proteger la esfera de intereses del pueblo de San Rafael como origen de su propia existencia, de su autoridad y finalmente de su autonomía, instituida por el constituyente precisamente para garantizar esa independencia de acción para la protección de tales intereses locales.

3º—Que en razón de lo anterior la Municipalidad de San Rafael, está obligada a controlar el crecimiento urbano mediante el otorgamiento de visados para el fraccionamiento de los inmuebles ubicados en su territorio, para lo cual debe considerar el establecer una política que defina para efectos de emisión de dichos visados el concepto y los alcances de los que es un “fraccionamiento simple”, todo con el fin de establecer con certeza y transparencia los parámetros para exigir la cesión gratuita del porcentaje de terreno destinado al uso público, que permita un crecimiento urbano planificado y controlado en el cantón de San Rafael.

4º—De la cesión de áreas dispuesta en el numeral 40 de la Ley de Planificación Urbana respecto a los fraccionamientos.

Que este Concejo Municipal interpreta en esta política la frase final del artículo 40 de la Ley de Planificación Urbana y al artículo II. 3 del Reglamento Nacional para el Control de Fraccionamientos y Urbanizaciones, con el fin de establecer los casos en que es procedente exigir la cesión gratuita al uso público del porcentaje de terreno correspondiente a las segregaciones.

Teniendo claro que los conceptos mencionados en las referidas normas jurídicas, son términos técnicos urbanísticos que el legislador utiliza sin darles contenido alguno, convirtiéndose en consecuencia, en lo que llamamos con el nombre de “conceptos jurídicos indeterminados”; es procedente precisar estos conceptos a partir de la interpretación que de ellos han realizado los tribunales de justicia, autoridades administrativas; o, por medio de otras disposiciones legales o reglamentarias que les den un contenido razonable.

En efecto, en el caso particular de la definición de “simple fraccionamiento”, la Ley de Planificación Urbana confiere a las municipalidades la facultad de definir ellas mismas, a través del Reglamento para el Control de Fraccionamiento y Urbanizaciones, qué contenido quieren darle a dicha frase.

Lo mismo sucede con la definición de “zona previamente urbanizada”, ya que en este supuesto, al igual que ocurre con el caso anterior, también la Ley de Planificación Urbana le confiere a las municipalidades la posibilidad de darles contenido a través del Reglamento para el Control de Fraccionamientos y Urbanizaciones.

De este modo, nos encontramos que ya la Sala Constitucional ha tratado este tema. En efecto, mediante el voto 4205-96 del veinte de agosto de mil novecientos noventa y seis, en el cual se dispuso.

“XIX. De la obligación urbanística impuesta en el artículo 40 de la Ley de Planificación Urbana. La doctrina es clara al permitir a los entes públicos la adquisición de bienes inmuebles para fines urbanísticos a través de tres medios: por las formas permitidas por el derecho civil (compra, donación, etc.), expropiación, y las que tienen su origen en las denominadas cesiones obligatorias y gratuitas de propiedad privada a entes municipales. Esta obligación se regula en las normas impugnadas y tienen su fundamento en los artículos 40 y 41 de la Ley de Planificación Urbana, motivo por el cual debe analizarse primeramente la constitucionalidad de estas normas. El artículo 40 de la Ley de Planificación Urbana establece la obligación de ceder “gratuitamente” a los entes municipales una porción de terreno para uso de las vías públicas, parques y facilidades comunales, a cargo del urbanizador o fraccionador, en proporción al terreno que se urbanice o fraccione, sin que deba entenderse que ello signifique un sacrificio o confiscación en contra del urbanizador, puesto que el valor de las áreas urbanísticas a ceder, engrosan el cálculo de los costos de construcción, y se traslada al valor de las parcelas o lotes resultantes. El artículo 1° de esa Ley define los conceptos claves en esta materia:

Por Fraccionamiento se debe entender:

“la división de cualquier predio con el fin de vender, traspasar, negociar, repartir, explotar o utilizar en forma separada, las parcelas resultantes; incluye tanto particiones de adjudicación judicial o extrajudicial, localizaciones de derecho indivisos y meras segregaciones en cabeza del mismo dueño, como las situadas en urbanizaciones o construcciones nuevas que interesen al control de la formación y uso urbano de los bienes inmuebles”;

Y por Urbanización:

 “el fraccionamiento y habilitación de un terreno para fines urbanos, mediante la apertura de calles y provisión de servicios”.

Para esta Sala, en atención a las anteriores definiciones, el sentido de las normativa en estudio se refiere en exclusiva al urbanismo en cuanto proceso de desarrollo de las ciudades o los centros o distritos urbanos, lo que implica la división de la tierra con sentido comercial por parte de los particulares, social por parte del Estado para solventar el problema habitacional, o industrial, para crear zonas industriales. Pero no basta la ausencia de lucro para estar exento de esta obligación, basta que en ese fraccionamiento esté implícito (de hecho) un programa de desarrollo urbanístico para que le sea exigible la cesión de terreno. Sin embargo, debe advertirse que las simples segregaciones no pueden sujetarse a estas regulaciones, porque entenderlo de esa manera implicaría crear, no una carga urbanística, sino una de carácter tributario (a la plusvalía, por ejemplo), a cargo del propietario, lo cual es absolutamente incompatible con el régimen urbanístico. En conclusión, únicamente se está en obligación de transferir terreno a favor de los entes municipales cuando se fracciona un terreno para crear un desarrollo urbano, sea crea un complejo habitacional -con todos sus servicios (agua, luz, zonas verdes y parques, centros educativos, etc.-, un complejo comercial o industrial”. (lo subrayado es nuestro).

Además, de relevancia para la resolución final de este asunto, por medio de la resolución número 532-I-96 de las 14 horas 6 minutos del 28 de noviembre de 1996, la Sala, en adición al voto 4205-96 antes mencionado dijo:

“Se adiciona la sentencia número 4205-96, de las catorce horas treinta y tres minutos del veinte de agosto de mil novecientos noventa y seis, en el sentido de que del artículo II.3.2 del Reglamento para el Control Nacional de Fraccionamientos y Urbanizaciones resulta inconstitucional y en consecuencia se anula la frase que dice “En áreas mayores a los doscientos cincuenta metros cuadrados...”

Como puede verse del texto transcrito, ya la Sala definió que los simples fraccionamientos no requieren cesión de áreas públicas, que la división de la tierra con fines urbanísticos comerciales, industriales o habitacionales, no es una simple segregación y que la cesión de áreas públicas debe dejarse en todos los fraccionamientos cuando resulten mayores de cien metros cuadrados; pero, lo que no dijo la Sala es que es una simple segregación, quién o cómo puede hacerse un simple fraccionamiento y cuántos lotes configuran una simple segregación.

Estas preguntas nos las resuelve en parte la sentencia de la Sección Tercera del Tribunal Contencioso Administrativo del II Circuito Judicial, número 8079-98 de las quince horas treinta minutos del 24 de julio de 1998, en la cual se dijo lo siguiente:

“En el presente caso, se trata precisamente de una partición efectuada en cabeza del mismo dueño, que no puede catalogarse como fraccionamiento en sentido estricto, pues con ella no se están formando o utilizando bienes inmuebles de naturaleza o finalidad urbanística, se trata de simples segregaciones efectuadas a la finca madre, que por su tamaño y disposición, no pueden catalogarse aún de fraccionamiento

Así las cosas, a estas alturas del análisis tenemos que jurídicamente hablando una simple segregación es aquella de la cual resultan lotes o terrenos que por su tamaño (o muy pequeño o muy grande) y disposición (agrícola, personal, solventar una necesidad de vivienda familiar) no pueden catalogarse como fraccionamiento y en consecuencia, no debe exigirse la cesión de área pública.

En relación a la consideración de la cantidad de lotes resultantes que configuran un simple fraccionamiento, debe considerarse que con base en la sentencia comentada de la Sección Tercera del Tribunal Superior Contencioso Administrativo, la cual se refería a una segregación de tres lotes, la prudencia llama a interpretar que una simple segregación podría tratarse de cuatro a cinco lotes, como máximo, segregados en cabeza de su dueño, siempre y cuando el tamaño y la disposición no permitan que se cataloguen como fraccionamiento.

El tema de la “zona previamente urbanizada”, se torna más complejo, por cuanto no existe jurisprudencia que haya tratado el tema, de modo tal que a falta de definición expresa en la ley o en los reglamentos de desarrollo urbano, o de interpretaciones de los tribunales, debemos recurrir a las interpretaciones que en esta materia han dado las instituciones competentes en materia urbanística.

Es así como encontramos que la definición más cercana a “zona previamente urbanizada”, es la que da el INVU a través del Capítulo I del Reglamento Nacional para el Control de Fraccionamientos y Urbanizaciones, en donde se dice que una urbanización es el “fraccionamiento y habilitación de un terreno para fines urbanos mediante la apertura de calles y provisión de servicios”. De este modo, una “zona previamente urbanizada” será aquella que ha sido fraccionada y habilitada para fines urbanos mediante la apertura de calles y provisión servicios. En otras palabras, una zona previamente urbanizada es una urbanización.

5º—Que de acuerdo a lo antes considerado, debe recalcarse que los propietarios de bienes inmuebles en una determinada localidad, tienen una serie de deberes en relación con sus propiedades, en beneficio del orden y bienestar social de la comunidad. Estas obligaciones tienen su origen en los principios constitucionales de solidaridad social y de función social del derecho de propiedad, y resultan acordes con la potestad de control que en materia de planificación y control urbano deben ejercer las municipalidades. Sobre el tema, la Sala Constitucional ha manifestado que las: “… obligaciones que se exigen a las “personas físicas o jurídicas, propietarias o poseedoras, por cualquier título, de bienes inmuebles” respecto de esos inmuebles, cuya naturaleza es de orden urbanística, en tanto se refieren a la implementación de medidas de salubridad, seguridad, comodidad y ornato -entre otras- para los propietarios o poseedores de los lotes, cuya exigencia resulta legítima por parte de la municipalidad en virtud de la responsabilidad que tiene asignada en lo que respecta a la planificación urbana del cantón de su jurisdicción, competencia creada por mandato legal, no sólo en lo dispuesto en el Código Municipal, si no en otras leyes, en la Ley de Planificación Urbana 4240, la Ley de Construcciones 833, y en Ley General de Caminos, y que ha sido reconocida en la jurisprudencia constitucional, para lo cual, entre otras pueden consultarse las siguienten sentencias 1167-92, 5097-93, 6706-93, 5303-93, 2345-96, 4205-96, 4262-96, 4545-96, 4856-96, 4857-96 y 1607-98” (SCV- 7629-2001. (Lo destacado no es del original.)

6º—En cuanto a la aplicación de la Ley de Planificación Urbana y su Reglamento, debe tenerse presente que el Tribunal Contencioso Administrativo, Sección Segunda, en la resolución 320-2005, de las once horas del vente de julio del dos mil cinco, el cual indicó: “(…) es un hecho indiscutible, que (…), lo pretendido por (…), ha debido ser resuelto conforme las estipulaciones contenidas en la Ley de Planificación Urbana y el Reglamento para el Control Nacional de Fraccionamientos, que es una norma de desarrollo de la primera, aplicable a la falta de Plan Regulador y Reglamento Local. La primera Ley de Planificación Urbana, en su artículo 32 dice en lo que interesa:

“(…) El Reglamento de Fraccionamiento y Urbanización, al puntualizar las condiciones municipales para permitir fraccionamientos, urbanizaciones o ambas operaciones, entre otros requisitos, incluirá los correspondientes al acceso a vía pública (…) y a la cesión de áreas de uso público (…)”

Por su parte, el artículo 33, hace referencia a la obligatoriedad del visado municipal, antes de cualquier fraccionamiento de terrenos o inmuebles, el artículo 36 destaca los casos en que no procede la “visación municipal”, importando destacar, los incisos a) y c), en cuanto hacen referencia a los lotes de menor tamaño del permitido, inadecuado acceso a la vía pública o carencia de servicios indispensables, así como impedimentos referentes a áreas a renovar o reservadas a usos públicos. El artículo 40, expresa lo siguiente:

“Todo fraccionador de terrenos situados fuera del cuadrante de las ciudades y todo urbanizador cederá gratuitamente al uso público tanto las áreas destinadas a vías como las correspondientes a parques y facilidades comunales; lo que cederá por los dos conceptos últimos se determinará en el respectivo reglamento mediante la fijación de porcentajes del área total a fraccionar o urbanizar, que podrán fluctuar entre un cinco por ciento y un veinte por ciento, según el tamaño promedio de los lotes, el uso que se pretende dar al terreno y las normas al respecto”.

Como bien se observa de lo transcrito, la ley hace las fijaciones correspondientes en cuanto a accesos a vías públicas, áreas para uso público, dejando al reglamento, la determinación de medidas y porcentajes. Es entonces, en este orden, que debe acudirse al Reglamento citado, el que en su Capítulo II. “Fraccionamiento” fija como su propósito:

“(…) definir las condiciones urbanísticas y técnicas indispensables para que las municipalidades permitan fraccionamientos; por tanto para todo fraccionamiento de terrenos será indispensable cumplir con los siguientes requisitos: (…)1

_________

1           Sobre el tema ver del Tribunal Contencioso Administrativo. Sección Segunda, la  resolución  número 320-2005, de las once horas del vente de julio del dos mil cinco.

Y con base en ello, establece las siguientes pautas:

“(…) II.3. Cesión de Áreas Públicas. Todo fraccionamiento de terrenos situados fuera del cuadrante de las ciudades o de zonas previamente urbanizadas, cederá gratuitamente para áreas verdes y equipamiento urbano un (10%) diez por ciento del área sin restricciones, excepto cuando el fraccionamiento sea agropecuario (…)”

De lo antes expuesto, se desprende, que el acto administrativo de rechazo para los visados de los planos número: (…), en lo que concierne al tema de cesión del 10%, fue resuelto en apego y aplicación a las normas aplicables ya señaladas respecto a la materia en cuestión.”

Igualmente el Tribunal Superior Contencioso Administrativo resolvió una apelación contra un acuerdo adoptado por el Concejo Municipal de San Rafael, en el cual se conoció el rechazo a una solicitud de visado por seis planos catastrados en las mismas condiciones en las que se encuentran los recurrentes, y mediante voto 320-2005 de la Sección Segunda del Tribunal Contencioso Administrativo de las once horas del veinte de julio de dos mil cinco se señaló:

“En cuanto al fondo del asunto cabe recalcar, que es un hecho indiscutible, que al momento de trámite, la Municipalidad de San Rafael no contaba con un Plan Regulador aprobado, razón por la cual, lo pretendido por don Eladio, debe resolverse conforme a las estipulaciones contenidas en la Ley de Planificación Urbana y el Reglamento para el Control Nacional de Fraccionamientos y Urbanizaciones, que es una norma de desarrollo de la primera, aplicable a falta de Plan Regulador y Reglamento Local.  La primera Ley de Planificación Urbana, en su artículo 32, dice en lo que interesa:

“El Reglamento de Fraccionamiento y Urbanización, al puntualizar las condiciones municipales para permitir fraccionamientos, urbanizaciones o ambas operaciones, entre otros requisitos, incluirá los correspondientes al acceso a vía pública, (…) y a la cesión de áreas para uso público (…)”.

Por su parte, el 33, hace referencia a la obligatoriedad del visado municipal antes de cualquier fraccionamiento de terrenos o inmuebles, el 36, destaca los casos en que no procede “la visación municipal”, importando destacar, los incisos a) y c), en cuanto hacen referencia a lotes con menor tamaño del permitido, inadecuado acceso a la vía pública o carencia de servicios indispensables, así como impedimentos referentes a áreas a renovar o reservadas a usos públicos.  El 40, expresa lo siguiente:

“Todo fraccionador de terrenos situados fuera del cuadrante de las ciudades y todo urbanizador cederá gratuitamente al uso público tanto las áreas destinadas a vías como las correspondientes a parques y facilidades comunales; lo que cederá por los dos conceptos últimos se determinará en el respectivo reglamento, mediante la fijación de porcentajes del área total a fraccionar o urbanizar, que podrán fluctuar entre un cinco por ciento a un vente por ciento, según el tamaño promedio de los lotes, el uso que se pretenda dar al terreno y las normas al respecto. (…)”.

Como se observa de lo transcrito, la ley hace las fijaciones correspondientes en cuanto a accesos a vías públicas, áreas para uso público, dejando al reglamento, la determinación de medidas y porcentajes. Es entonces, en este orden de ideas, que debe acudirse al Reglamento citado, el que en su Capítulo II, “Fraccionamiento”, fija como su propósito:

“(…) definir las condiciones urbanísticas y técnicas indispensables para que las municipalidades permitan fraccionamientos; por tanto para todo fraccionamiento de terrenos será indispensable cumplir con los siguientes requisitos: (…)”

y con base en ello, establece las siguientes pautas:

“(…) II.2.3 Lotes con frente a vía pública menor a la norma: En terrenos que permitan su parcelamiento sin apertura de vías, en los que su división en lotes regulares implique poco aprovechamiento de la infraestructura existente, se aceptarán lotes en forma irregular, pudiendo en este caso tener cada uno un frente a vía pública no menor de tres metros (3,00 m).  Esta franja que sirve de acceso al lote interior no excederá de treinta metros (30,00 m) de longitud para 3 m de ancho y de cuarenta metros (40,00) para 4 m de ancho.

Esta área no será computable para el cálculo del área mínima del lote, ni podrá construirse en ella. (…)

II.3. Cesión de Áreas Públicas:

Todo fraccionador de terrenos situados fuera del cuadrante de las ciudades o de zonas previamente urbanizadas, cederá gratuitamente para áreas verdes y equipamiento urbano un 10% (diez por ciento) del área, sin restricciones, excepto cuando el fraccionamiento sea agropecuario (…)”.

7º—Que en el ejercicio de las Potestades de Imperio y sobre todo de la Autonomía Municipal, la Municipalidad de San Rafael puede y sobre todo DEBE en virtud del mandato delegado a fin de garantizar la entrega de las áreas destinadas al uso público con las cuales se logran satisfacer los intereses colectivos que el crecimiento urbano demanda.

8º—Que con fundamento en lo dispuesto por el artículo 13 inciso a) del Código Municipal es competencia del Concejo Municipal de San Rafael fijar la política y las prioridades de desarrollo del municipio en concordancia con el Plan de Gobierno de la Alcaldesa Municipal. Por tanto,

El Concejo Municipal del cantón de San Rafael de Heredia dicta la siguiente “política municipal del cantón de San Rafael de Heredia para determinar con transparencia la exigencia de la cesión gratuita a favor de la Municipalidad del porcentaje de terreno destinado al uso público resultante de los fraccionamientos”.

ACUERDO Nº 13

1º—La Municipalidad de San Rafael establece que no se ha de exigir el diez por ciento en el caso de aquellos fraccionamientos simples entendidos estos como aquellos fraccionamientos en los cuales resulten no más de tres lotes; de manera que en todo fraccionamiento en el cual resulten o hayan resultado cuatro o más lotes de una misma finca madre, el fraccionador deberá ceder gratuitamente al uso público el diez por ciento del área total que se haya segregado y la que se vaya a segregar.

2º—La entrega de los terrenos destinados al uso público, deberá realizarse por cuenta y costo del particular interesado, de previo al visado de los planos de los lotes disponibles para el propietario.

3º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

San Rafael de Heredia, 18 de febrero del 2009.—Damaris Ruiz Rojas, Secretaria.—1 vez.—(20031).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO DE COSTA RICA

OFICINA EN HEREDIA

AVISO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Por este medio les comunico que el día de hoy el señor Jorge Enrique Ramírez Marín, ha reportado como extraviado el certificado que a continuación se detalla:

Nº de certificado                                   Nº 61569445

Monto                                                   ¢1.001.000,00

Tasa interés                                           14.00%

Fecha emisión                                       03/10/2005

Fecha vencimiento                                03/10/2006

Beneficiario                                          Jorge Enrique Ramírez Marín

Identificación                                        Nº cédula 4-0131-0194

Heredia, 4 de octubre de 2002.—César Ramos Oviedo, Oficial de Operaciones.—(19846).

UNIVERSIDAD NACIONAL

VICERRECTORÍA ACADÉMICA

REPOSICIÓN DE TÍTULO

AVISO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición de diploma, por motivo de extravío correspondiente al título de Licenciatura en Administración con Énfasis en Gestión de Recursos Humanos, grado académico Licenciatura, registrado en el libro de títulos bajo tomo 19, folio 203, asiento 5607; a nombre de Leticia Flores Agüero, con fecha 4 de diciembre del 2003, cédula de identidad Nº 6-0291-0913. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.

Heredia, 2 de marzo del 2009.—Oficina de Graduación, Departamento de Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez Hernández, Director.—(19834).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

AVISO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

CIRE ACUERDA:

El Comité Institucional para el Reconocimiento y Equiparación de Títulos y Grados (CIRE), en uso de sus facultades estipuladas en el Reglamento para el Reconocimiento y Equiparación de Grados y Títulos y el artículo 6º de la Ley Orgánica, del Instituto Tecnológico de Costa Rica, en sesión Nº 02-2009, artículo 4º, del 20 de febrero de 2009, ante la solicitud de la señora Ariana Araujo Resenterra, cédula de identidad Nº 111080473,

ACUERDA:

1.  Reconocer el título de Maestría en Estudios de Desarrollo, otorgado por el Institute of Social Studies la Haya, Holanda, a la señora Ariana Araujo Resenterra, cédula de identidad Nº 111080473.

2.  Reconocer el grado académico de Maestría.

3.  Equiparar el grado académico de Maestría al de Maestría según la Nomenclatura de Grados y Títulos de la Educación Superior Universitaria Estatal.

4.  No se equipara el título debido a que el Instituto Tecnológico de Costa Rica no otorga un título semejante al que presenta la señora Ariana Araujo Resenterra.

Acuerdo firme.

Cartago, 4 de marzo del 2009.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA. William Vives Brenes, Director.—(O. C. Nº 2009-77).—(Solicitud Nº 30836).—C-45020.—(20477).

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

ASESORÍA LEGAL REGIÓN BRUNCA

AVISOS

Asesoría Legal Región Brunca, San Isidro de Pérez Zeledón, a las nueve horas del cinco de marzo del dos mil nueve. Que habiéndose concluido procedimiento administrativo de revocatoria de adjudicación y subsecuente nulidad de titulo, el Instituto de Desarrollo Agrario de conformidad con lo dispuesto por el artículo 66 de la Ley de Tierras y Colonización 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, debe cancelar las mejoras útiles y necesarias a quienes fueron despojados. Ante esta situación, se practicó avalúo de mejoras existentes en los terrenos. Peritaje aprobado por la Junta Directiva, donde se autoriza a la Dirección Administrativa financiera, para que proceda con el pago correspondiente. Ante esta situación y desconociéndose el domicilio, se les comunica a las personas que se detallan, el monto del avalúo, que les corresponde en cada caso particular, citándolas, para que se apersonen las instalaciones de la Dirección Regional Brunca del Instituto de Desarrollo Agrario, sito en San Isidro de Pérez Zeledón en el complejo de instalaciones del Ministerio de Agricultura, trescientos cincuenta metros sur del Estadio Municipal, para suscribir el finiquito correspondiente.

Nombre

Cédula

Predio y Asentamiento

Valor/

colones

Acuerdo de Junta Directiva

Rigoberto Núñez Jara

6-150-402

Lote 2 Asentamiento Bajo Coto

310,000.

Avalúo Aprobado con artículo 24, sesión ordinaria 043-2008, 03 diciembre 2008

Juan Carlos Corrales Duarte

1-856-385

Parcela 114-4 Asentamiento Osa sector tres

128,400

Avalúo 35-2007 Aprobado con artículo 30, Sesión ordinaria 002-2008, 14 enero 2008

 

Se advierte que de conformidad con lo establecido en los artículos 342 a 346 de la Ley General de la Administración Pública, aplicado en forma supletoria, sobre lo resuelto, cabe recurso de revocatoria, que deberá interponerse dentro del plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente de la comunicación del acuerdo, el cual deberá ser presentado ante la Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Agrario, sito en Moravia, Los Colegios, costado oeste del edificio IFAM. Notifíquese.—Lic. Álvaro Chanto Ureña, Asesoría Legal.—(19891).            2 v. 2.

Asesoría Legal Región Brunca, San Isidro de Pérez Zeledón, a las ocho horas con treinta minutos del cinco de marzo del dos mil nueve. Se han dictado resoluciones finales dentro procedimientos administrativos de revocatoria de adjudicación y nulidad de título incoado contra los administrados que se detallan, indicándoles a cada uno de ellos que la Junta Directiva ha dispuesto mediante el acuerdo que se consigna para cada caso particular, revocar la adjudicación que mantienen sobre el predio que les fuera adjudicado, por la causal de abandono injustificado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68, inciso 4) párrafo b) de la Ley Nº 2825 del 14 de octubre de 1961, y en ese sentido se autorizó a la Asesoría legal de la Región Brunca a comunicar mediante exhorto al Registro Público la nulidad del título de propiedad

 

Nombre

Cédula

Predio y Asentamiento

Expediente

Acuerdo de Junta Directiva

Danilo Arias Hidalgo

1-550-225

Lote 03

B-01 0-2008

Artículo 12, Sesión ordinaria 001-2009, del 12 enero del 2009

Nora Leidy Venegas Picado

1-704-323

Asentamiento Playa Hermosa

 

 

Se advierte a los interesados que contra esta resolución cabe un Recurso de Apelación ante el Tribunal Superior Agrario, en el término de cinco días a partir de la notificación, con fundamento en los artículos 66 y 177 de la Ley Nº 2825, Ley de Tierras y Colonización del 14 de octubre de 1961 y II inciso D) de la Ley de Jurisdicción Agraria 6734. Dicho Recurso deberá presentarse ante la Asesoría Legal de la Región Brunca San Isidro de Pérez Zeledón Tanto el expediente, como la resolución completa precitada se encuentran en esta Asesoría Legal de la para su consulta y estudio. Notifíquese.—Lic. Álvaro Chanto Ureña, Asesoría Legal.—(19892).          2 v. 2.

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Al señor Jesús Sotolongo Acea, calidades y domicilio desconocidos por esta oficina se le notifica la resolución administrativa dictada a las once horas del veinte de febrero de dos mil nueve, que refiere la situación de la niña Sharon Sotolongo Redondo a la Oficina Local de Desamparados por incompetencia territorial. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante esta Oficina Local, en forma verbal o escrita; Oficina quo lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en barrio Luján, San José, antigua Dos Pinos o de Matute Gómez, trescientos metros al sur. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Legajo expediente Nº 431-00090-2008. Publíquese.—Oficina Local de Heredia Norte.—Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante Legal.—(Solicitud Nº 27282).—(O. C. Nº 30082).—C-6630.—(19442).

A la señora Johana Abraham Myers, calidades y domicilio desconocidos por esta oficina se le notifica la resolución administrativa dictada a las diez horas del tres de febrero de dos mil nueve que dicta la inclusión del joven George Abraham Mayers en el programa que desarrolla Hogar Crea de Niños y Adolescentes en Birrisito de Cartago hasta tanto el joven concluya el programa de rehabilitación por consumo de drogas y se remite el expediente por incompetencia al Área Integral de la Oficina Local de Cartago para el respectivo seguimiento. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante esta Oficina Local, en forma verbal o escrita; Oficina que lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en barrio Luján, San José, antigua Dos Pinos o de Matute Gómez, trescientos metros al sur. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Expediente Nº 431-00019-2009. Publíquese.—Oficina Local de Heredia Norte.—Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante Legal.—(Solicitud Nº 27282).—(O. C. Nº 30082).—C-8160.—(19443).

A los señores Kattia Trejos Rodríguez, Elías Ruiz Rodríguez, Víctor Elías Rodríguez Ruiz, César Eusebio Tamaris Campos y Elías Guzmán Leitón, se les comunica la resolución de las once horas cuarenta y cinco minutos del veinte de febrero del dos mil nueve, mediante la cual la Presidencia Ejecutiva del PANI, actuando como órgano de segunda instancia, declaró sin lugar el recurso de apelación incoado por la señora Kattia Trejos Rodríguez contra la resolución de las ocho horas del primero de septiembre del dos mil ocho, dictada por la Oficina Local del PANI en Puntarenas, según la cual se ordenó como medida especial de protección el cuido provisional de sus hijos Christopher Davis Tamaris Trejos, Estefany Raquel Guzmán Trejos, María Fernanda Ruiz Trejos y Reyner Stewart Rodríguez Trejos, con su abuela materna Daisy Mireya Rodríguez Mora. Se ordenó además orientación, apoyo y seguimiento psico-social, todo ello por el plazo de seis meses que vence el día primero de marzo del dos mil nueve. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: Se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este Despacho o ante la Presidencia Ejecutivo dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes. Expediente Nº 631-00006-2003.—Oficina Local de Puntarenas, 06 de marzo del 2009.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma. Representante Legal.—(Solicitud Nº 27282).—(O. C. Nº 30082).—C-10710.—(19447).

A Guillermo Ricardo Martínez, se le comunica la resolución administrativa de las catorce horas con treinta minutos del dos de marzo de dos mil nueve, que dicta apertura de proceso especial de protección, abrigo temporal en albergue institucional y otras, correspondiente a la persona menor de edad Enriqueta del Carmen Martínez Fallas. Indicándose que debe señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de defensa: se les previene a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Asimismo, puede apelar de la resolución durante cuarenta y ocho horas posteriores a su notificación. Expediente Nº 113-00047-99.—Oficina Local de Alajuelita, marzo del 2009.—Lic. Kattia Vanesa Hernández Méndez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 27284).—(O. C. Nº 30082).—C-4590.—(19448).

A Erwin William Siles González, se le comunica la resolución de las quince horas del veintitrés de febrero de dos mil nueve, en la cual se resuelve: 1. modificar la resolución de las nueve horas del dieciséis de febrero de dos mil nueve, en el sentido de que se ordena la ubicación de las niñas Yara Isabel y Marilyn Venessa ambas de apellidos Siles Velásquez en el Hogar de Niños Baik de Costa Rica, ubicado en Cartago, en cuanto a lo demás manténgase incólume dicha resolución. Contra esta resolución procede el recurso de apelación que deberá interponer dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera notificación de esta resolución ante el Órgano Director que la dicta para ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Publíquese. Expediente administrativo 144-00008-2008.—Oficina Local de Los Santos.—Lic. Ingrid Iriana Quesada Rodríguez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 27284).—(O. C. Nº 30082).—C-8670.—(19449).

A Erwin William Siles González, se le comunica la resolución de las nueve horas del dieciséis de febrero de dos mil nueve, en la cual se resuelve: 1. Conferir el abrigo temporal de las niñas Yara Isabel y Marilyn Venessa ambas de apellidos Siles Velásquez en el albergue transitorio de Cartago. 2. Bríndese por parte de trabajo social y psicología orientación y apoyo para tratar la situación a nivel de grupo familiar e individual de las citadas personas menores de edad. Contra esta resolución procede el recurso de apelación que deberá interponer dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera notificación de esta resolución ante el Órgano Director que la dicta para ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Debiendo señalar lugar para oír notificaciones, en caso de omisión las resoluciones posteriores se darán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Asimismo, dentro de este mismo plazo puede ofrecer el nombre de personas de reconocida solvencia moral y medios económicos suficientes para cuidar en su remplazo a las niñas, los cuales serán previamente valorados. Publíquese. Expediente administrativo 144-00008-2008.—Oficina Local de Los Santos.—Lic. Ingrid Iriana Quesada Rodríguez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 27284).—(O. C. Nº 30082).—C-12750.—(19450).

Se notifica a Erick Manuel Zúñiga Aguilar, cédula de identidad Nº 1-1173-410, de demás calidades y domicilio desconocidos, resolución administrativa de las quince horas del veintiséis de enero del dos mil nueve en Proceso Especial de Protección en la cual se ordena cuido provisional en la familia de la abuela materna Dominga Sandoval Lazo y orientación, apoyo y seguimiento institucional a la familia, medidas dictadas a favor de la persona menor de edad Fabricio Zúñiga Cortés, nacido el 30 de setiembre de 2005, citas de nacimiento 7-319-61-121. Se advierte que deberá señalar lugar o medio para atender notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto, o llegare a desaparecer, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Pueden contar con la asesoría y hacerse representar por un abogado de su elección, así como tener acceso y revisar el expediente administrativo. Procede recurso de apelación el cual deberá interponerse dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a partir de la tercera publicación de este aviso, ante la Representación Legal de la Oficina Local de Pococí del Patronato Nacional de la Infancia. Expediente Nº 743-00003-2009.—Oficina Local de Pococí.—Lic. Giovanni Herrera Alvarado. Representante Legal.—(Solicitud Nº 27284).—(O. C. Nº 30082).—C-8670.—(19451).

Se comunica a los interesados que por resolución de las diez horas del seis de febrero del dos mil nueve se declaró en vía administrativa a las personas menores de edad huérfanas Francella María y Brayner Snaider ambos de apellidos Chaves González, en estado de abandono, debido al fallecimiento de la progenitora y no estar sujetos a tutela. Se advierte que deberán señalar lugar o medio para atender notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto, o llegare a desaparecer, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Proceden los recursos de revocatoria y apelación, que se deben interponer en el plazo de tres días a partir de la tercera publicación de este aviso, ante esta Representación Legal, a quien le corresponderá resolver el primer recurso y el segundo elevarlo ante la Presidencia Ejecutiva de la entidad, se podrán interponer en forma verbal o escrita. Las partes podrán nombrar y hacerse asesorar por un abogado de su elección. Expediente Nº 743-00055-2008.—Lic. Giovanni Herrera Alvarado, Representante Legal.—(Solicitud Nº 27284).—(O. C. Nº 30082).—C-7650.—(19452).

Se comunica a los interesados que por resolución de la Representación Legal de la Oficina Local de Pococí del PANI, de las doce horas del cinco de febrero del dos mil nueve, se dio inicio al proceso de declaratoria de estado de abandono, en sede administrativa, de las personas menores de edad Yogebeth María y Víctor Alonso, ambos de apellidos Torres Castillo, y a la vez se dispuso Depósito provisional de ambos con la abuela materna Ana Cecilia Castillo Quesada. Se emplaza a quienes tengan un interés legítimo o un derecho subjetivo, para que manifiesten su oposiciones o sus conformidades, y ofrezcan las pruebas que estimen pertinente, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación del presente aviso, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar o medio para atender notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto, o llegare a desaparecer, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Proceden los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación, los cuales podrán interponer separada o conjuntamente dentro de los tres días hábiles contados a partir del siguiente a la tercera publicación de este aviso, ante la Representación Legal de la Oficina Local de Pococí, quien resolverá el primero y el segundo la Presidencia Ejecutiva de esta institución, y en el entendido que de presentarse cualquiera de los recursos fuera del término señalado, serán inadmisibles. Expediente Nº 741-0000083-2004.—Oficina Local de Pococí, 06 de marzo del 2009.—Lic. Giovanni Herrera Alvarado, Representante Legal.—(Solicitud Nº 27284).—(O. C. Nº 30082).—C-11220.—(19453).

ENTE COSTARRICENSE DE ACREDITACIÓN

AVISO

El Ente Costarricense de Acreditación ECA, en cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 12 del Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento, Decreto Ejecutivo Nº 33963-MICIT, da a conocer el otorgamiento de las siguientes acreditaciones:

1.  Área: Laboratorios de Ensayos y Calibración

     OEC acreditado contra la Norma INTE-ISO/IEC 17025:2005 Requisitos generales para la competencia de laboratorios de ensayo y calibración.

 

No. de

acreditación

Organismo de

Evaluación de la

Conformidad OEC

Alcance de la

acreditación

Fecha

de vigencia

Dirección, correo

postal, e-mail,

teléfono y fax

LE-004-R01-A01

 

 

VIGENTE

Centro de Investigación y de Servicios Químicos y Microbiológicos-CEQIATEC

Alcance de Acreditación de Ensayos No. LE-004-R01-A01 (disponible en la página web www.eca.or.cr)

30 enero del 2009 al 11 de junio del 2010

Dirección: 1 km sur de la Basílica de los Ángeles, Campus Instituto Tecnológico de Costa Rica, Cartago. Correo Postal: 1744-7050 Cartago E-mail: vmontero@itcr.ac.cr Teléfono: 2550-2485 Fax: 2591-5147

 

 

 

 

 

 

San José, 06 de marzo del 2009.—Lic. Maritza Madriz Picado, Gerente General.—1 vez.—(20900).

AVISOS

CORREOS DE COSTA RICA S. A.

SERVICIO DE NOTIFICACIONES JUDICIALES

TARIFAS

Considerando:

1º—Que mediante la Ley 7768 “Ley de Correos” publicada en el Alcance Nº 20 de La Gaceta Nº 103 del 29 de mayo de 1998 se transforma la Dirección Nacional de Comunicaciones en la Empresa Estatal Correos de Costa Rica, S. A.

2º—Que dentro de las potestades otorgadas por la Ley 7768 a Correos de Costa Rica S. A. se encuentra la fijación de las tarifas de los servicios que presta.

3º—Que a los efectos de dar cumplimiento a lo así establecido en los artículos 24 a 27 de la Ley 8687 “Ley de Notificaciones Judiciales” publicada en La Gaceta Nº 20 del Jueves 29 de enero de 2009 se crea el “Servicio de Notificaciones Judiciales”.

4º—Que la Junta Directiva de Correos de Costa Rica, S. A. mediante Acuerdo Nº 4711 tomado en la Sesión Extraordinaria Nº 942 celebrada el día jueves 19 de febrero de 2009 dispuso aprobar las Tarifas para el Servicio de Notificaciones Judiciales, No Regulado por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP). Por tanto:

La Junta Directiva de Correos de Costa Rica S. A.

ACUERDA:

Artículo 1º—Aprobar las siguientes tarifas para el Servicio de Notificaciones Judiciales (en colones):

SERVICIO DE NOTIFICACIONES JUDICIALES

Tabla de Precios

A marzo del 2009

Escalón de Peso

Ámbito

Tarifa Propuesta

De 0 a 250 Gramos

REGIÓN ORIENTAL Y OCCIDENTAL

5.000,00

De 251 a 500 Gramos

5.600,00

De 501 a 1.000 Gramos

6.600,00

 

 

 

De 0 a 250 Gramos

REGION HUETAR NORTE

5.100,00

De 251 a 500 Gramos

6.300,00

De 501 a 1.000 Gramos

7.400,00

 

 

 

De 0 a 250 Gramos

REGIÓN CHOROTEGA

5.400,00

De 251 a 500 Gramos

6.400,00

De 501 a 1.000 Gramos

8.400,00

 

 

 

De 0 a 250 Gramos

REGIÓN PACIFICO CENTRAL

5.500,00

De 251 a 500 Gramos

6.500,00

De 501 a 1.000 Gramos

8.200,00

 

 

 

De 0 a 250 Gramos

REGIÓN BRUNCA

5.800,00

De 251 a 500 Gramos

6.700,00

De 501 a 1.000 Gramos

8.600,00

 

 

 

De 0 a 250 Gramos

REGIÓN ATLANTICA

5.900,00

De 251 a 500 Gramos

6.700,00

De 501 a 1.000 Gramos

8.600,00

Los servicios incluyen envío a destinatario, acuse, envío de acuse a remitente.

Asimismo se autoriza a la Administración a ir realizando el ajuste en razón del volumen.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Roberto Portela López, Subgerente General.—1 vez.—(20523).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA

La Municipalidad del cantón de Alajuelita, comunica a los estimables vecinos y público en general, que las señoritas Hannia María, cédula de identidad Nº 1-775-350, y María del Rocío, cédula de identidad Nº 1-709-800, ambas de apellidos Hidalgo Calderón, mayores, solteras, profesoras, vecinas de San Josecito de Alajuelita, frente al Liceo, en su carácter de herederas universales de quien en vida fue su padre Víctor Manuel Hidalgo Gutiérrez, cédula Nº 1-266-486, según consta en certificación notarial adjunta, y quien fuera titular del derecho sobre la bóveda ubicada en el bloque 3-7, derecho 12 del Cementerio General de Alajuelita, solicitan se inscriba dicho derecho a nombre de ambas, adjudicándose el mismo en un medio para cada una. Se concede un plazo de 10 días hábiles a partir de la publicación del presente aviso en el Diario Oficial La Gaceta para que terceros interesados hagan valer sus derechos.

Alajuelita, 04 de marzo del 2009.—Oficina Patentes y Cementerio.—Luz Marina Argüello Silva, Jefa.—1 vez.—Nº 93940.—(20635).

MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS

AVISA

El Concejo Municipal de San Carlos, mediante acuerdo Nº 11, acta Nº 07 de la sesión ordinaria celebrada el 09 de febrero del 2009, aprobó las nuevas tasas para el Servicio de recolección y tratamiento de basura que fueron avaladas mediante oficio Nº 02632 del Área de Servicios Municipales de la Contraloría General de la República. Dichas tasas se presentarán a continuación y entrarán a regir 30 días posteriores a su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

                                                                                     Tasa por usuario

Categoría                                                                     (colones por mes)

Residencial público                                                             ¢2.180,00

Comercial 1                                                                         ¢5.555,00

Comercial 2                                                                         ¢7.620,00

Costo tratamiento por tonelada                                            ¢3.475,00

Alejandra Bustamante Segura, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(20592).

MUNICIPALIDAD DE CARTAGO

AVISA

Que en la sesión del Concejo Municipal realizada el 17 de febrero del 2009, artículo 26 del acta N° 214, se conoció comunicado de la Contraloría General de la República, oficio N° 01542 de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, mediante el cual informa que revisado el estudio de costos relacionado con la prestación del servicio de recolección de basura aprobado por el Concejo Municipal en el artículo 29 del acta N° 194-08, de sesión celebrada el 4 de noviembre del 2008, se aprueba la siguiente tasa propuesta por este ayuntamiento para este servicio así:

                Tipo de usuario                   Tasa mensual por metro lineal

Residencial, instituciones

públicas y religiosas                                       ¢122,87

Comercial e industrial                                     ¢307,18

De conformidad con el Artículo 74 del Código Municipal esta tasa entrará a regir treinta días después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Departamento de Secretaría.—Eduardo A. Castillo Rojas, Jefe.—1 vez.—(20051).

MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS

DEPARTAMENTO ZONA MARITIMO-TERRESTRE

Nº 002-02-09.—Manuel Mora Dobles, con cédula de identidad Nº 9-019-912 con domicilio en El Cocal de Puntarenas, específicamente 75 metros este de Plantel Municipal calle de abajop, con base en el artículo Nº 38 del Reglamento a la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 del 16 de febrero de 1977 y Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en arriende una parcela de terreno sita en El Cocal, distrito: primero, cantón: central, provincia: Puntarenas. Mide: 61,14 m2. Es terreno que se ubica dentro de Zona Residencial de acuerdo con el Plan Regulador de Puntarenas vigente al día de hoy y que colinda: norte, estero de Puntarenas (ZDCE); sur, propiedad privada de María Eugenia Méndez Méndez; este, estero de Puntarenas, oeste, estero de Puntarenas. La presente publicación se realiza de acuerdo al Plan Regulador aprobado para dicho sector de Puntarenas. Se conceden 30 días hábiles, a partir de esta única publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas ante esta Municipalidad, en papel sellado de un colón y los timbres correspondientes en dos tantos.

Puntarenas, 16 de febrero del 2009.—Lic. Maureen C. Carvajal Carrillo, Coordinadora a. í.—1 vez.—(20527).

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE ORO

El Concejo Municipal de Montes de Oro, mediante inciso 16), capítulo VII, de la sesión ordinaria Nº 08-2009, celebrada por esta corporación el 23 de febrero del 2009. Acordó en forma definitiva trasladar las siguientes sesiones: la ordinaria del día 6 de abril del 2009 y la extraordinaria 8 de abril del 2009, para los días 3 y 15 abril del 2009, y con el mismo horario.

Juanita Villalobos Arguedas, Secretaria Municipal.—1 vez.—(20892).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

JEDER ALPÍZAR SOCIEDAD ANÓNIMA

Jesús Alpízar Altamirano, cédula de identidad seis-ciento noventa y uno-doscientos sesenta y uno, en mi condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Jeder Alpízar Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos setenta mil ciento diecisiete, solicita reponer el tomo primero del libro de asamblea de socios, para oposiciones en la Administración Tributaria de la Zona Norte.—Jesús Alpízar Altamirano, Apoderado Generalísimo.—Nº 92959.—(19646).

La suscrita, Fainer Nasis Artavia, mayor, casada una vez, del hogar, vecina de La Garita de La Cruz Guanacaste, un kilómetro al norte de la Escuela, con cédula de identidad número cinco - ciento ochenta y dos - ochocientos doce, por este medio solicito a la Tributación Directa la reposición por extravío de los libros Diario número uno, Mayor número uno e Inventarios y Balances número uno, se cita y emplaza a todas las personas que se crean perjudicadas con la reposición para que planteen los reclamos respectivos, al teléfono: 2679-7753, o a la oficina de la Tributación Directa de Liberia, Guanacaste.—La Cruz, Guanacaste, 25 de febrero del 2009.—Fainer Nasis Artavia.—Nº 93651.—(20264).

INVERSIONES SHAMROCK DEL PACÍFICO SOCIEDAD ANONIMA

Yo, Hendrik Jan de apellido Beunk, uno solo en razón de su nacionalidad holandesa, mayor, casado una vez, empresario, portador del pasaporte de su país número: NH siete tres siete tres nueve seis cinco, vecino de Ojochal, Osa, Puntarenas, solicito ante la Administración de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Registro de Accionistas, Asambleas Generales, Junta Directiva, Inventarios y Balances, Mayor y Diario, todos número uno, de la empresa. Inversiones Shamrock del Pacífico Sociedad Anónima, cédula de personería jurídica número tres - ciento uno - cuatrocientos sesenta y dos mil ochocientos ochenta y seis. Quien se considere afectado puede presentar su oposición ante la Oficina de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Pérez Zeledón, dentro del plazo de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Hans Beunk.—Nº 93771.—(20268).

UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA

Por medio de la presente la Universidad Latina de Costa Rica certifica que ante este Registro se ha presentado solicitud de reposición del título de Licenciatura en la Enseñanza del Inglés, emitido por la Universidad Latina de Costa Rica, a nombre de Valverde Rodríguez Cinthia, cédula Nº 1-1207-415, inscrito en el Libro de la Universidad en el tomo VI, folio 44, asiento 41800. Se solicita la reposición, por motivo que la estudiante extravió el original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial. Se extiende la presente a solicitud de la interesado en el día y lugar de la fecha.—San José, 10 de marzo del 2009.—José Prado Arroyo, Jefe de Registro.—Luis Diego Sánchez R., confeccionó.—(20471).

UNIVERSIDAD SANTA LUCÍA

La Universidad Santa Lucía comunica el proceso de reposición del titulo de Ciencias de la Educación con Énfasis en I y II Ciclos, con grado académico de Licenciatura, que le expidió esta Universidad el día 27 de junio de 2006 a la señora Vanessa Luna Mora, portadora de la cédula de identidad número uno-novecientos treinta y nueve-ochocientos doce, el cual se encuentra inscrito en el Registro de Títulos de la Universidad Santa Lucía, bajo el tomo 1, folio 247, número 4943. Lo anterior por habérsele extraviado el mismo. Se comunica a todo aquel que desee manifestar su oposición a esta gestión, que deberá de presentarla por escrito en el plazo máximo de treinta días naturales siguientes a la ultima publicación de este edicto, ante la oficina de Registro de la Universidad Santa Lucía, ubicada 200 metros al norte y 25 metros al este de la Caja Costarricense de Seguro Social.—M.Sc. Ligia María Meneses Sanabria, Rectora.—(20496).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

COMPLEJO RIVERWALK RW S. A.

(Compraventa de establecimiento mercantil)

En mi notaría, el día 4 de marzo del 2009, Complejo Riverwalk RW S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-449992, vendió a Inmobiliaria de Hospitalidad San Rafael, S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-478633, el establecimiento mercantil denominado Proyecto Riverwalk, que es un proyecto inmobiliario comercial ubicado en la provincia de San José, cantón de Escazú, distrito San Rafael. De conformidad con el artículo 479 del Código de Comercio, se convoca a los acreedores e interesados, que pudieren considerarse afectados por esta compraventa, para que en el plazo de 15 días contados a partir de la primera publicación de este aviso, se apersonen en el domicilio social de Anchor Trust Company S. A., cita en San José, Santa Ana, Centro Empresarial Forum, Edificio C, oficina 1 C 1, Bufete Arias & Muñoz a hacer valer sus derechos. La legitimación de créditos se realizará mediante la verificación del cumplimiento de las disposiciones que señale el Código Procesal Civil para estos efectos.—San José, 4 de marzo del 2009.—Lic. Andrea Hütt Fernández, Notaria.—Nº 93127.—(19631).

AGRO COMERCIAL EL GOLFO MG. S. A.

Yo, Marco Tulio Murillo Elizondo, cédula de identidad Nº 5-0128-0791, apoderado generalísimo de Agro Comercial El Golfo MG. S. A. con cédula jurídica 3-101-337088, solicito a la dirección General de Tributación Directa la reposición del libro de accionistas debido a su pérdida. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de información y asistencia al Contribuyente de la administración tributaria de Heredia en el término de ocho días hábiles de la publicación de este aviso.—Gunacaste, 9 de marzo del 2009.—Marco Tulio Murillo Elizondo, Apoderado Generalísimo.—(19831).

BUFETE PIZARRO MATARRITA SOCIEDAD ANÓNIMA

Bufete Pizarro Matarrita Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno- doscientos catorce mil novecientos setenta y tres, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros, que corresponden al número uno en cada caso, a saber: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios, y de Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, de la Administración Tributaria de Guanacaste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Édgar Pizarro Matarrita, Presidente.—(19847).

M.A.L. LOS LLANOS DE GUACHIPELÍN TRES S. A.

M.A.L. Los Llanos de Guachipelín Tres S. A., cédula jurídica tres - ciento uno - doscientos ochenta y cinco mil ochocientos diecinueve, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Junta Directiva, Diario, Mayor e Inventario y Balances, de dicha sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—San José, tres de marzo de dos mil nueve.—Diego Ventura Ovares, Accionista.—(19858).

BOLVI SOCIEDAD ANÓNIMA

Bolvi Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-135118, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas Consejo de Administración, Actas Asamblea de Socios y Registros de Socios, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. José Joaquín Herrera Arias, Notario.—(19861).

EDVENTURE SOCIEDAD ANÓNIMA

Edventure Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-382506, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: (Diario número 1, Mayor número 1, Inventarios y Balances número 1, Actas de Consejo de Administración número 1, Actas de Asamblea de Socios número 1 y Registro de Socios número 1). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia del Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Ariana Bolaños Ugalde, Notaria.—(19888).

CENTRAL AZUCARERA TEMPISQUE S. A.

Central Azucarera Tempisque S. A., tramita por extravío la reposición del título definitivo de acciones número 008934 C, que ampara 1.500 acciones comunes y nominativas con un valor nominal de diez colones cada una de esta sociedad, propiedad de la señora Badenszki Mora Mónica, cédula número 2-462-344.

Quienes se consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia, Guanacaste, 6.5 kilómetros al oeste de la Escuela Pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—Lic. Édgar Sánchez Grijalba, Gerente Financiero.—(19894).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

HERMANOS RAMÍREZ UGALDE Y ASOCIADOS

SOCIEDAD ANÓNIMA

Hermanos Ramírez Ugalde y Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-110483, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Consejo de Administración y Registro de Socios Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Inés Emilia Ugalde Vargas, Presidenta.—(20025).

SAN JOSÉ INDOOR CLUB S. A.

El San José Indoor Club S. A., tramita la reposición de la acción Nº 1678, a nombre de Juan Humberto Gómez Tom, cédula de identidad número 1-0315-0083, por haberse extraviado. Cualquier persona que se considere con derechos deberá apersonarse ante el San José Indoor Club S.A., en sus oficinas sitas en Curridabat, dentro del plazo indicado en el Artículo 709 del Código de Comercio.—San José, 3 de marzo del 2009.—Lic. Cristian Calderón M., Cogerente General.—Lic. Álvaro Cambronero Ch., Cogerente General.—(20116).

PÉREZ Y CLARE SOCIEDAD ANÓNIMA

Pérez y Clare Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-63208, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros número uno de junta directiva, diario, mayor e inventarios y balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación del presente aviso.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—(20443)

Yo, Daniel McCarthy, pasaporte Nº 027938467, ha solicitado en San José, Costa Rica, la reposición del cheque Nº 52134-8 del Banco Cuscatlán. No acepto reclamos por el mismo después de transcurrido el plazo según los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.—San José, 10 de marzo del 2009.—Daniel McCarthy, Solicitante.—(20505).

BANCO BAC SAN JOSÉ

El señor Rajan Balakrishna Menon Menon, ha solicitado en San José, Costa Rica, la cancelación y la reposición del cheque Nº 0067384 emitido por el Banco de San José por la suma de 1.500,00 dólares del Bank of America, Miami el día 18 de febrero del 2009 a favor de su hijo Rajan Braulio Menon Hidalgo.—Ciudad Colón, 10 de marzo del 2009.—Rajan Balakrishna Menon Menon, Solicitante.—(20525).

MARINGRID SOCIEDAD ANÓNIMA

Maringrid Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-289138, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Acta Consejo de Administración, Actas Asambleas de Socios y Registro de Socios, todos Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Arturo Ortiz Sánchez, Notario.—(20554).

APARTOTEL EL SESTEO LTDA.

Apartotel El Sesteo Ltda., cédula jurídica Nº 3-102-116227, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Mayor, Diario, Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Natasha Loew Forero, Representante Legal.—(20578).

AP DESARROLLOS SOCIEDAD ANÓNIMA

AP Desarrollos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y nueve mil doscientos setenta y nueve, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los libros Actas de Junta Directiva número uno (ahora Actas de Consejo de Administración), Actas de Asamblea General número uno (ahora Actas de Asamblea de Socios), Registro de Accionistas número uno (ahora Registro de Socios), Diario número uno, Mayor número uno, Inventarios y Balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Cartago, 10 de marzo del 2009.—María del Socorro Piedra Cerdas, Apoderada.—(20583).

AP INMOBILIARIA SOCIEDAD ANÓNIMA

AP Inmobiliaria Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y dos mil doscientos setenta y siete, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los libros Actas de Junta Directiva número uno (ahora Actas de Consejo de Administración), Actas de Asamblea General número uno (ahora Actas de Asamblea de Socios), Registro de Accionistas número uno (ahora Registro de Socios), Diario número uno, Mayor número uno, Inventarios y Balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Cartago, 10 de marzo del 2009.—María del Socorro Piedra Cerdas, Apoderada.—(20585).

AP CONSTRUCTORA SOCIEDAD ANÓNIMA

AP Constructora Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta y ocho mil ciento setenta y uno, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los libros Actas de Junta Directiva número uno (ahora Actas de Consejo de Administración), Actas de Asamblea General número uno (ahora Actas de Asamblea de Socios), Registro de Accionistas número uno (ahora Registro de Socios), Diario número uno, Mayor número uno, Inventarios y Balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Cartago, 10 de marzo del 2009.—María del Socorro Piedra Cerdas, Apoderada.—(20586).

LA CUEVA S. A.

Por este medio se hace constar que el señor José Joaquín Álvarez Esquivel, de nacionalidad costarricense, mayor, casado portador de la cédula número uno-trescientos noventa y cinco-mil veintinueve, es dueño de la acción número doscientos noventa y cinco, y quiere hacer su publicación por extravío de la misma. Quedando de la siguiente manera. Para efecto del artículo 689 del Código de Comercio, Rafael Ángel Alfaro Vargas representante legal de La Cueva S. A., hace saber a quien interese que por habérsele extraviado al propietario de la acción doscientos sesenta y cinco, y que se registra a su nombre, que cualquier persona interesada al respecto podrá oponerse durante un mes a partir de la tercera y última publicación de este aviso.—Rafael Ángel Alfaro Vargas, Representante Legal.—(20589).

MINI SÚPER OROSI

Walter Antonio Mejías Sánchez, cédula: 3-260-253, solicitó ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Registro de Compras Nº l. Quién se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago en el término de 8 días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Walter Antonio Mejías Sánchez.—(20899).

CORPORACIÓN DE INVERSIONES

MIGIL SOCIEDAD ANÓNIMA

Corporación de Inversiones Migil Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero cuarenta mil trescientos trece-quince, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas de Asamblea de Socios, Registro de Socios, Actas de Consejo de Administración, todos libros número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.— Gilbert Cid, Presidente y Apoderado Generalísimo.—(20919).

VISTAS DEL LAGO ARENAL SOCIEDAD ANÓNIMA

Vistas del Lago Arenal Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y cuatro mil novecientos ochenta y dos, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del Libro de Registro de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de este aviso.—Lic. Roger Mayorga López, Notario.—(21938).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

SCOTIABANK DE COSTA RICA S. A.

AVISO A NUESTROS CLIENTES

Scotiabank de Costa Rica S. A., informa a sus clientes que a partir de los 30 días naturales, posteriores a la presente publicación, regirán los siguientes cambios y tarifas en los servicios que a continuación se detallan:

•    Comisión por Saldo Mínimo Promedio Mensual que se aplicará cuando el saldo promedio mensual sea inferior al mínimo establecido por tipo de cuenta:

-    Cuentas de ahorro personales: saldo mínimo promedio mensual de ¢15.000 ó $30; cargo mensual de ¢2.000 ó $3.

-    Cuentas corrientes personales: saldo mínimo promedio mensual de ¢25.000 ó $50; cargo mensual de ¢3.000 ó $5.

-    Cuentas de ahorro comerciales: saldo mínimo promedio mensual de ¢100.000 ó $500; cargo mensual de ¢5.000 ó $10.

-    Cuentas corrientes comerciales: saldo mínimo promedio mensual de ¢250.000 ó $1000; cargo mensual de ¢5.000 ó $10.

-    Cuentas planilla y de escritorio de negocios: sin cobro de comisión por saldos mínimo promedio mensual.

-    Cuentas del Plan Profesional Scotia: sin cobro de comisión por saldo mínimo promedio mensual.

•    Eliminación del beneficio de ScotiaPuntos en tarjetas de débito:

-    Las transacciones con tarjetas de débito no generarán ScotiaPuntos a partir de los 30 días naturales, posteriores a la presente publicación.

-    Los ScotiaPuntos acumulados con tarjetas de débito deben ser consumidos antes del 31 de abril de 2009, fecha en que expirará el uso de este beneficio.

El Cliente inconforme con los cambios anteriores, puede notificarlo a la Sucursal más cercana y dejar de hacer uso del servicio antes de la vigencia de estos cambios. Caso contrario, la falta de aviso por parte del Cliente se entenderá como una aceptación tácita de estas nuevas condiciones.—Luis Liberman Ginsburg, Vicepresidente Senior y Gerente General.—1 vez.—(20594).

ASOCIACIÓN DE INQUILINOS DEL MERCADO

MUNICIPAL DE PALMARES

Yo, Lucrecia Rojas Sandoval, cédula de identidad número dos-cuatrocientos sesenta y nueve-ochocientos sesenta, en mi calidad de presidenta y representante legal de la Asociación de Inquilinos del Mercado Municipal de Palmares, cédula jurídica número tres-cero cero dos-doscientos cincuenta y siete mil seiscientos doce, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la reposición de los libros de Asambleas Generales y Junta Directiva, número uno de cada libro. Los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—Palmares, nueve de marzo del dos mil nueve.—Lucrecia Rojas Sandoval, Presidenta.—1 vez.—Nº 93930.—(20640).

Ante mi notaría, a las 12:00 horas del día 06 de marzo del 2009, se protocolizó acta de socios de la entidad 3-101-529070, se reforma las cláusulas quinta y sétima.—San José, 09 de marzo del 2009.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—Nº 93833.—(20401).

Por escrituras de las 10:00 horas de hoy, se protocolizó acta de la sociedad Casa Tres Valladolid S. A., en la que se reforma la cláusula segunda y se nombra nuevo presidente.—San José, 09 de marzo del 2009.—Lic. Bernal Chavarría Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 93836.—(20402).

Por escritura otorgada ante mí, Edwin Chacón Bolaños, se constituyó la sociedad Ganadera San Bernardino S. A. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, diecisiete de febrero del dos mil nueve.—Lic. Edwin Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 93839.—(20403).

Por escritura otorgada el seis de marzo de dos mil nueve, se constituyó la sociedad Corporación Mantiz Diceño y Asesoría Sociedad Anónima. Capital social: doce mil colones. Domicilio: urbanización Santa Elena, del abastecedor Margot, veinticinco metros al este y veinticinco metros al sur, casa a mano derecha, San Joaquín de Heredia, de la provincia de Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Ruth Alexandra Ramírez Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 93840.—(20404).

Por escritura otorgada ante mí, Edwin Chacón Bolaños, se constituyó la sociedad: Inversiones Stegaki S. A. Presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veintiocho de febrero del dos mil nueve.—Lic. Edwin Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 93841.—(20405).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 20:00 horas del 06 de marzo del 2009, se constituye Transportes Farovi Ltda.—Lic. Olga María Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 93842.—(20406).

Ante mí, Héctor Rolando Vargas Sánchez notario público con oficina en Heredia, en escritura otorgada a las trece horas del seis de marzo del año dos mil nueve, se modificaron las facultades del secretario de la junta directiva de la empresa Piñas del Llano Guatuso S. A.—09 de marzo del dos mil nueve.—Lic. Héctor Rolando Vargas Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 93843.—(20407).

Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del dieciocho de diciembre del dos mil ocho, comparecieron los señores Rodrigo Valverde Acosta y Zelmira González Blanco y constituyeron la sociedad anónima Inversiones Terranova Ciento Cincuenta y Seis S. A. Cuyo capital social es la suma de diez mil colones. Con domicilio en Alajuela centro. Cuya representación legal recae en el presidente y secretario en forma conjunta o separada.—Alajuela, dos de marzo del dos mil nueve.—Lic. Rodrigo Chacón Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 93844.—(20408).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario en Alajuela, a las 16:00 horas del 11 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Alvarado y Arroyo S. A. Plazo social: 99 años. Domicilio: Las Vueltas de La Guácima de Alajuela. Capital social: diez mil colones. Presidente: Freddy Alvarado Barrantes.—Alajuela, 6 de marzo del 2009.—Lic. Guillermo Chavarría González, Notario.—1 vez.—Nº 93846.—(20409).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario en Alajuela, a las 14:00 horas del 19 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Sol Guacimeño S. A. Plazo social: 99 años. Domicilio: Las Vueltas de La Guácima de Alajuela. Capital social: diez mil colones. Presidente: Víctor Arnulfo Arroyo Rojas.—Alajuela, 6 de marzo del 2009.—Lic. Guillermo Chavarría González, Notario.—1 vez.—Nº 93847.—(20410).

Por escritura otorgada en mi notaría, el día de hoy se constituye Lightblue Sky Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: Alajuela. Objeto: comercio en general. Apoderados generalísimos: presidente y secretario, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, 6 de marzo del 2009.—Lic. Marianella Coto Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 93848.—(20411).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, de 10:00 horas de hoy, se protocolizó asamblea de Rio Hamaca S. A., aumentando capital social, reformando estatutos y junta directiva.—San José, 6 de marzo de 2009.—Lic. Juan Antonio Mora Doninelli, Notario.—1 vez.—Nº 93849.—(20412).

Mediante asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Cafelec de Costa Rica S. A., se reforma la cláusula segunda del pacto social. Escritura otorgada a las diez horas del veintisiete de febrero del dos mil nueve.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—Nº 93851.—(20413).

Ante la notaría de la Licenciada Yanina Cordero Pizarro, por escritura número doscientos setenta, otorgada a las diez horas del seis de marzo de dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima denominada: Grupo Osa Mía Tres-Sesenta S. A.—San José, 6 de marzo de 2009.—Lic. Yanina Cordero Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 93852.—(20414).

Mediante asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Xeltron S. A., se reforma la cláusula segunda del pacto social. Escritura otorgada a las once horas del veintisiete de febrero del dos mil nueve.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—Nº 93853.—(20415).

Ante la notaría de la Licenciada Yanina Cordero Pizarro, por escritura número doscientos sesenta y nueve otorgada a las ocho horas del seis de marzo de dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima denominada: Talitacumi S. A.—San José, 6 de marzo de 2009.—Lic. Yanina Cordero Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 93854.—(20416).

Se constituye Barrantes & Villagra Sociedad Anónima. Presidente: Ronald Barrantes Ocampo, portador de la cédula de identidad número cinco-doscientos setenta y cuatro-trescientos treinta y dos, a las diecisiete horas del tres de marzo del año dos mil nueve.—Lic. Camilo Cedeño Castro, Notario.—1 vez.—Nº 93855.—(20417).

Constitución de la sociedad denominada Acabados Decohogar GB Sociedad Anónima, constituida en Barreal de Heredia, el seis de marzo dos mil nueve.—San José, 9 de marzo del 2009.—Lic. Evelyn Sandoval Chavarría, Notaria.—1 vez.—Nº 93856.—(20418).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 15:00 horas del día dos de marzo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Grupo O M P C Soluciones en Informática S. A.. Capital social: 100.000 colones. Domicilio: Cartago, Alajuela.—San José, dos de marzo del dos mil nueve.—Lic. Ligia González Martén, Notaria.—1 vez.—Nº 93857.—(20419).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas de hoy, se constituyó la compañía. Cinco Mil Cien Ulloa-Ottonelli Sociedad Anónima.—San José, 10 febrero del año 2009.—Lic. Ligia María Zúñiga Urrutia, Notaria.—1 vez.—Nº 93858.—(20420).

Por escritura otorgada ante el notario Allan Pérez Montes, en Grecia, a las dieciséis horas del ocho de abril del dos mil ocho, Leonardo González Rojas y Carol Argüello Guillén, constituyeron Payca de Negra Sociedad Anónima. Objeto: el comercio en todas sus modalidades, la consultaría, construcción, así como la industria, los bienes raíces. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Presidenta: la socia Carol Argüello Guillén, con todas las facultades.—Grecia, veinticinco de febrero del dos mil nueve.—Lic. Allan Pérez Montes, Notario.—1 vez.—Nº 93859.—(20421).

Por escritura otorgada ante el notario Allan Pérez Montes, en Grecia, a las dieciséis horas del dieciocho de febrero del dos mil nueve, Enrique Molina Arrieta, Luis Guillermo Pérez Rojas, Arnol Molina Porras y Mario Gatjens Bolaños, constituyeron Proquisa de Costa Rica Sociedad Anónima. Objeto: El objeto social de la compañía será la producción de productos de químicos, de limpieza en general, el comercio, la industria, el transporte, la construcción, la representación de casas extranjeras y cualquier otra actividad relacionada con las empresas con esos fines. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Presidente, vicepresidente tesorero y secretario, con todas las facultades.—Grecia, dieciocho de febrero del dos mil nueve.—Lic. Allan Pérez Montes, Notario.—1 vez.—Nº 93860.—(20422).

Por escritura otorgada el día hoy, se constituyó la sociedad Servicios Aduanales Cima Sociedad Anónima. Presidente: Orlando Ugalde Pastora. Plazo social: 100 años. Capital social: 12.000,00 colones. Domiciliada en Alajuela.—Grecia, 6 de marzo del 2009.—Lic. Miguel Ángel Zumbado González, Notario.—1 vez.—Nº 93861.—(20423).

Por escritura otorgada a las 8:50 horas del día 5 de marzo del año 2009, se modifica la cláusula cuarta de la sociedad Latcom S. A.—Lic. Carlos Alfredo Umaña Balser, Notario.—1 vez.—Nº 93862.—(20424).

La suscrita Marta Emilia Rojas Carranza, notaria pública, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Proyectos Inmoviliarios Macharo Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-437999, para nombramiento de secretario en junta directiva y para reformar cláusula octava del pacto constitutivo. Es todo.—Palmares, cinco de marzo del año dos mil nueve.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—Nº 93863.—(20425).

Por escritura otorgada en Alajuela, a las 11:00 horas del 5 de marzo del 2009 ante la notaría de la Licenciada Vera Violeta González Ávila, se constituyó la sociedad Grupo Comercial Índigo Sociedad Anónima. Presidente: Freddy Ureña Fallas. Plazo: noventa y nueve años.—Lic. Vera Violeta González Ávila, Notaria.—1 vez.—(20428).

Procesos Poliacrílicos PROCEPOSA S. A., cédula jurídica número 3-101-414354, por escritura otorgada en San José, a las 8:00 horas del día 10 de marzo del 2009 ante el suscrito notario, reforma cláusula primera del pacto social, para pasar a llamarse Panaplast S. A.—San José, 10 de marzo del 2009.—Lic. Luis Ricardo Tioli Díaz, Notario.—1 vez.—(20434).

El día de hoy he protocolizado acta constitutiva de la sociedad de esta plaza denominada Maucecil Internacional Sociedad Anónima. Con domicilio en: Santa Lucía de Barva, Heredia, de la panadería Musmanni, 200 metros este y 75 metros sur. Presidente: Mauricio Rodríguez Castillo. Tesorero: Cecil Alfonso García Díaz. Secretaria: Loireth Alfaro Acuña. Fiscal: Carlos Alberto Rodríguez.—Heredia, 09 de marzo del 2009.—Lic. William Villegas Badilla, Notario.—1 vez.—(20437).

La suscrita Kattia Quirós Chévez, notaria pública con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día seis de marzo del dos mil nueve, se protocolizaron ante mí, actas de las siguientes empresas: Sand Stone Ventures S.S.V. Ltda., Karma & Management KM Ltda., Costa Rica Ventures C.R.V. Ltda., Vista de Oro Ventures V.O.V. Ltda. Así mismo el día nueve de marzo del dos mil nueve, se constituyó ante mí, la empresa denominada Management & Escrow Legal BSG Sociedad Anónima, y se protocolizó ante mí, acta de la empresa Consultores Chavarría Torres C.P.A. S. A.—San José, nueve de marzo del dos mil nueve.—Lic. Kattia Quirós Chévez, Notaria.—1 vez.—(20441).

El suscrito Luis Enrique Salazar Sánchez, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día cinco de marzo del dos mil nueve, se protocolizó ante mí acta de la empresa denominada Grand Valley Ventures G.V.V. Ltda. y acta de la empresa Costal Property Ventures C.P.V. Ltda. Asimismo, el día nueve de marzo del dos mil nueve, se protocolizó ante mí acta de la empresa Ascendant Capital Inc Limitada.—San José, nueve de marzo del dos mil nueve.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—(20442).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:30 horas del 25 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Alicante Cero Nueve S. A. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: 99 años, contados a partir de la fecha de constitución. El presidente y el secretario, actuando conjunta o individualmente, serán apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 09 de marzo del 2009.—Lic. Victoria Medrano Guevara, Notaria.—1 vez.—(20444).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 25 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Inversiones de Ensueño Costa Rica S. A. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: 99 años, contados a partir de la fecha de constitución. El presidente y el secretario, actuando conjunta o individualmente, serán apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 09 de marzo del 2009.—Lic. Victoria Medrano Guevara, Notaria.—1 vez.—(20445).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:30 horas del 25 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Grupo Horti de Costa Rica S. A. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: 99 años, contados a partir de la fecha de constitución. El presidente y el secretario, actuando conjunta o individualmente, serán apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 09 de marzo del 2009.—Lic. Victoria Medrano Guevara, Notaria.—1 vez.—(20447).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce y diez horas del veinticuatro de enero de dos mil nueve, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Inversiones Fontibre L. A. J. Sociedad Anónima.—San José, veintiséis de enero del dos mil nueve.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—1 vez.—(20448).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 25 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Corporación Las Violetas C. R. S. A. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: 99 años, contados a partir de la fecha de constitución. El presidente y el secretario, actuando conjunta o individualmente, serán apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 9 de marzo del 2009.—Lic. Victoria Medrano Guevara, Notaria.—1 vez.—(20449).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del día nueve de marzo del año dos mil nueve, protocolicé acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Purple Tulips Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos cuarenta y un mil doscientos sesenta y cinco, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo.—San José, nueve de marzo del dos mil nueve.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—(20488).

Por escritura otorgada a las diecisiete horas del día de hoy, se constituyó la empresa Rozuva Sociedad Anónima. Objeto: el comercio, administración e inversiones en general. Plazo: noventa y nueve años a partir de hoy. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: Rodolfo Zúñiga Valerín.—San José, nueve de marzo del dos mil nueve.—Lic. Virgilio Fernando Calvo Murillo, Notario.—1 vez.—(20494).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el cinco de marzo del año dos mil nueve, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Guarpin Sociedad Anónima, con cédula jurídica: tres-ciento uno-doscientos veintisiete mil novecientos sesenta y dos, en la que se modificó la cláusula tercera del domicilio y la cláusula sexta de la administración.—San José, cuatro de marzo del año dos mil nueve.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—(20495).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 24 de febrero de 2009, Clean Slate Enterprises Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-cuatro tres tres siete uno dos, nombra nueva junta directiva. Presidente: Carlos Roberto Robles Alvarado.—San José, 25 de febrero de 2009.—Lic. Ronny Monge Salas, Notario.—1 vez.—(20497).

Ante mí, Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Hanover Brooks S. A., celebrada a las once horas y veinte minutos del dieciocho de febrero del dos mil nueve, en donde se reforma la cláusula primera. Es todo.—San José, cuatro de marzo del dos mil nueve.—Lic. Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, Notario.—1 vez.—(20501).

Ante mí, Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Villa T.C. Lake View One S. A., celebrada a las ocho horas y treinta minutos del veintidós de enero del dos mil mueve, en donde se reforma la cláusula sétima. Es todo.—San José, diez de marzo del dos mil nueve.—Lic. Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, Notario.—1 vez.—(20502).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día nueve de marzo del dos mil nueve, a las quince horas se constituyó Monteverde Extremo Bongee Sociedad Anónima. Domicilio social: Cebadilla la Sierra, Abangares, Guanacaste, diagonal al puesto de salud. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente. Capital social: cien mil colones.—Monteverde, Puntarenas, a las quince horas, treinta minutos del nueve de marzo del dos mil nueve.—Lic. Guerin Lacayo González, Notario.—1 vez.—(20503).

Ante mí, Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Heartford Capital Management S. A., celebrada a las once horas y veinte minutos del dieciocho de febrero del dos mil nueve, en donde se reforma la cláusula primera. Es todo.—San José, cuatro de marzo del dos mil nueve.—Lic. Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, Notario.—1 vez.—(20504).

Por escritura número veintiséis del veintinueve de enero del dos mil nueve, se protocolizó en lo conducente ante esta Notaría, acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Tractores para la Pesca Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó prorrogar el plazo social, modificar el domicilio social, modificar la cláusula de la administración, y ratificar los puestos de la junta directiva y el fiscal por el resto del plazo social.—Lic. Lothar Arturo Volio Volkmer, Notario.—1 vez.—Nº 93994.—(20764).

Por escritura número 177-04 del tomo 04 del protocolo de la notaria pública Ana Lorena Borges Montero, otorgada en esta ciudad a las 11:30 horas del 09 de marzo del 2009, la sociedad costarricense denominada Las Costas de Big Sur S.R.L. sociedad costarricense con cédula jurídica tres- ciento dos-cuatrocientos setenta y dos mil ciento cuarenta y cinco. Modifica sus Estatutos.—San Isidro de El General, 09 de marzo del 2009.—Lic. Ana Lorena Borges Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 93995.—(20765).

Por escritura número 176-04 del tomo 04 del protocolo de la notaria pública Ana Lorena Borges Montero, otorgada en esta ciudad a las 11:00 horas del 09 de marzo del 2009, la sociedad costarricense denominada 3-102-550920 s.r.l, sociedad costarricense con cédula jurídica número tres- ciento dos-quinientos cincuenta mil novecientos veinte. Modifica sus Estatutos.—San Isidro de El General, 09 de marzo del 2002.—Lic. Ana Lorena Borges Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 93996.—(20766).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las ocho horas del nueve de marzo del dos mil nueve, se modificaron las cláusulas segunda “Domicilio Social”, sétima “Administración”, novena “Asambleas de Accionistas” del Pacto Social y se hacen nuevos nombramientos de junta directiva, fiscal y agente residente de la sociedad denominada RD Tres Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-538639.—San José, 9 de marzo del 2009.—Lic. Mónica Romero Piedra, Notaria.—1 vez.—Nº 93998.—(20767).

En mi Notaría, por escritura número ciento cuarenta y siete de las once horas cincuenta minutos del trece de febrero del dos mil nueve, se constituyó la empresa denominada Porteadores Profesionales de Costa Rica Sociedad Anónima. Presidente: Rafael Ángel Gutiérrez Arias, cédula número dos-cuatrocientos setenta y uno-quinientos setenta y cuatro, quien es su apoderado generalísimo sin límite de suma, representante judicial y extrajudicial.—Palmares, diez de marzo del dos mi nueve.—Lic. Freddy Golcher Carazo, Notario.—1 vez.—Nº 94001.—(20768).

El día 9 de marzo del 2009, compareció ante esta Notaría el señor Vindas Vindas Freddy Gerardo, mayor, cédula de identidad número uno-cinco siete nueve-ocho uno uno, para protocolizar la asamblea extraordinaria de Boro Borolitas del Sur S. A.—Lic. Óscar José Porras Cascante, Notario.—1 vez.—Nº 94004.—(20769).

La compañía Proyectos de Ingeniería y Suministro de Equipos Sociedad Anónima, protocoliza acta para aumento de capital social.—San José, 6 de marzo del 2009.—Lic. Arnoldo José Parini Guevara, Notario.—1 vez.—Nº 94006.—(20770).

Por escritura otorgada ante la suscrita Notaria, a las dieciséis horas del seis de marzo del dos mil nueve, se reforman las cláusulas segunda y sétima, y se nombran nuevos gerente y subgerente de la sociedad Otium Due Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, nueve de marzo del dos mil nueve.—Lic. Alejandra María Arguedas Ortega, Notaria.—1 vez.—Nº 94008.—(20771).

Por escritura número setenta y dos, se constituye Oriental World Trade Center y Asociados Sociedad Anónima. De fecha seis de marzo del dos mil nueve.—Lic. Vilma C. Paco Morales, Notaria.—1 vez.—Nº 94012.—(20772).

Ante el licenciado Marvin Ramírez Víquez, el día 9 de marzo del 2009, se constituye la sociedad Costa Rican S Frut S. A.—San José, 9 de marzo del 2009.—Lic. Marvin Ramírez Víquez, Notario.—1 vez.—Nº 94019.—(20773).

Mediante escritura otorgada a las trece horas quince minutos del ocho de marzo del dos mil nueve, ante esta Notaría, se constituyó sociedad limitada. Nombre: Tico Cellular LLC Limitada. Domicilio: San José. Plazo: cien años. Objeto: comercio. Capital social: cien mil colones suscrito y pagado. Administración: un gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Bárbara Jiménez Coble, Notaria.—1 vez.—Nº 94022.—(20774).

Ante esta Notaría de la escritura de las nueve horas del diez de marzo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Desarrolladora Los Guayabitos Sociedad Anónima. Presidente el señor Ramón Gascue González.—San José, 10 de marzo del 2009.—Lic. Miguel Ángel Sáenz Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 94023.—(20775).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del seis de marzo del dos mil nueve, se reformó la cláusula quinta de la sociedad Corporación de Estudios Superiores Universitarios de Guanacaste Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado.—Liberia, 06 de marzo del 2009.—Lic. Lisseth Yessenia Jaen Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 94025.—(20776).

Ante esta Notaría, se constituyeron las siguientes sociedades: Alturas Urimpe S. A., Corima Desarrolladora S. A., Liupa Inversiones S. A., Estructuras Cariña S. A. e Inversiones Escalón S. A., visible en las escrituras números treinta y siete a cuarenta y uno, iniciadas a folios veintiséis vuelto hasta el folio treinta y cinco vuelto respectivamente, del tomo tercero del protocolo de la notaria Andrea Ruiz Castillo, constituidas en San José, Tibás el día seis de marzo del dos mil nueve.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 94028.—(20777).

En mi Notaría, se protocolizaron las asambleas generales extraordinarias todas del día quince de diciembre del año dos mil ocho, de las sociedades EECA Maciel S. A., Servicentro Río Frío S. A., Sica Calvo S. A., Crisyuriba S. A., donde se reformó la cláusula sétima: nueva administración. Presidente: Édgar Calvo Aguilar, cédula Nº 1-606-997 y secretaria: Singrid Carranza Salas, cédula Nº 7-138-197, ambos apoderados generalísimos sin límite de suma. Para oposiciones.—Horquetas, Sarapiquí.—Lic. Marta Iris Quesada López, Notaria.—1 vez.—Nº 94029.—(20778).

Ante esta Notaría, bajo la escritura pública número setenta y seis del cuatro de marzo de dos mil nueve, a las nueve horas treinta minutos, fue protocolizada el acta de asamblea general extraordinaria de Academia de Matemática de Cartago AMC S. A., que modifica la cláusula cuarta del pacto constitutivo del plazo social. Es todo.—Lic. Jorge Eduardo Brenes Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 94031.—(20779).

Ante esta Notaría, bajo la escritura pública número setenta y cinco del veintitrés de febrero de dos mil nueve, a las dieciséis horas fue constituida la sociedad Soluciones del Terreno de Costa Rica S.R.L. Es todo.—Lic. Jorge Eduardo Brenes Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 94032.—(20780).

Por escritura número trescientos setenta y tres-tres, de las doce horas del veintiocho de febrero del dos mil nueve, se constituyó Ramos Baltodano Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Edin de Jesús Ramos Baltodano.—Lic. Mario Cortés Parrales, Notario.—1 vez.—Nº 94033.—(20781).

Ante esta Notaría se protocolizó asamblea general extraordinaria de la entidad jurídica Condominios Calle Antigua P R Dos Mil Uno Sociedad Anónima. Donde se cambia la junta directiva y se nombran como representantes legales Mario Alberto Socarras Escorcia y Rossanna Minervini de León. Por escritura otorgada en San José las nueve horas del nueve de marzo del dos mil nueve.—Lic. Tatiana Martínez Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 94034.—(20782).

Ante mì, Luis Alberto Campos Flores, notario público, se constituye la sociedad denominada Inteligence Solutions Group of Costa Rica Sociedad Anónima que se traduce al español como Grupo de Soluciones de Inteligencia de Costa Rica Sociedad Anónima. Domicilio: San Antonio de Coronado. Capital: suscrito y pagado. Escritura otorgada en San José, a las 16:00 horas del 2 de marzo del 2009.—Lic. Luis Alberto Campos Flores, Notario.—1 vez.—Nº 94035.—(20783).

Se constituyó sociedad anónima TC Ticos Consultores Especializados S. A., a las ocho horas del ocho de enero del dos mil nueve.—Lic. Rodolfo Barrantes Delgado, Notario.—1 vez.—Nº 94036.—(20784).

Carlos Humberto Vargas Méndez y Sandra Pacheco Flores, constituyen una sociedad anónima que será denominada conforme con el número de cédula jurídica que el registro le asigne. Domiciliada en San José, San Isidro de Coronado. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años. Escritura número 161-4 otorgada a las 19:00 horas del 17 de febrero del 2009, otorgada ante la notaria Ana Cecilia Heitman Ardón.—San José, 3 de marzo del 2009.—Lic. Ana Cecilia Heitman Ardón, Notaria.—1 vez.—Nº 94038.—(20785).

El día de hoy ante esta Notaría se ha otorgado la escritura mediante la cual se constituye la sociedad denominada Gitana Guacimeña Sociedad Anónima, domiciliada en La Guácima de Alajuela, con un capital social de diez mil colones, que tiene como objeto el comercio en general, el plazo social es de cien años a partir de su constitución.—Alajuela, dieciséis de febrero dos mil nueve.—Lic. Mario Alberto Morera Lara, Notario.—1 vez.—Nº 94039.—(20786).

El día de hoy ante esta Notaría se ha autorizarlo escritura mediante la cual se protocoliza acta de asamblea general de socios de la compañía denominada Sistemas y Montajes S. M. Sociedad Anónima, en la cual se modifica cláusula segunda del domicilio social, y se nombra agente residente.—Alajuela, diecinueve de marzo dos mil nueve.—Lic. Mario Alberto Morera Lara, Notario.—1 vez.—Nº 94040.—(20787).

Por medio de escritura otorgada en San José, a las 17:00 horas del 6 de marzo del 2009, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la empresa denominada Corporación Satelital Limitada.—San José, 10 de marzo del 2009.—Lic. Óscar Mata Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 94042.—(20788).

Ante mi notaría, mediante escritura número 350 de las 16:00 horas del 7 de marzo del 2009, se ha constituido la sociedad denominada Mired M & E Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de Orotina, con un capital social de diez mil colones.—Orotina, 7 de marzo del 2009.—Lic. Douglas Marín Orozco, Notario.—1 vez.—Nº 94044.—(20789).

Por escritura otorgada a las quince horas diez minutos del día diecisiete de febrero del dos mil nueve, se reformó la cláusula novena de los estatutos de la compañía Refugio de Emreal S. A.—San José, veinticuatro de febrero del dos mil nueve.—Lic.  Yorleny Murillo Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 94045.—(20790).

En mi notaría a las catorce horas del nueve de marzo del dos mil nueve, se protocolizó reforma de las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo de la sociedad Corporación Rudaka CMI Sociedad Anónima.—San José, 9 de marzo del 2009.—Lic. Lissette Barboza Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 94046.—(20791).

Por escritura número ciento cuarenta y uno, otorgada en mi notaría a las diecisiete horas del cinco de marzo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Centro Infantil San Selerín S. A. Presidenta: Amalia Dobles Umaña.—San José, nueve de marzo del dos mil nueve.—Lic. Gerardo Bogantes Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 94050.—(20792).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del 6 de marzo del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza denominada 3-101-511399 S. A., se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Guanacaste, 6 de marzo del 2009.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 94052.—(20793).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 9 de marzo del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza denominada Elea y Jordi S. A., se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—Guanacaste, 9 de marzo del 2009.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 94053.—(20794).

En asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad El Marque de la Comarca Sociedad Anónima, del dieciocho de febrero del dos mil nueve a las ocho horas se variaron las siguientes cláusulas, las que se leen como siguen: del domicilio: Heredia, del Mercado Municipal de Heredia ciento veinticinco metros al sur fábrica de refrescos y siropes La Flor y personeros de junta directiva: presidente: Óscar Brenes Ledezma, secretario: Álvaro Trigueros Leitón, tesorero: Melvin Barquero Sánchez, y fiscal: Jorge Campos Céspedes.—San José, nueve de marzo del dos mil nueve.—Lic. Elizabeth Ugalde Leitón, Notaria.—1 vez.—Nº 94055.—(20795).

Mediante escritura otorgada ante esta misma notaría a las 12:00 horas del día 7 de marzo del 2009, se constituyó la sociedad Bosy Comunicación M.A.S. S. A. Capital social: doce mil colones. Presidenta: Mariela Bonilla Echeverría, secretaria: Sofía Bonilla Echeverría.—7 de marzo del 2009.—Lic. Vinicio Rojas Arias, Notario.—1 vez.—Nº 94057.—(20796).

Escritura otorgada a las dieciséis horas veinte minutos del 3 de marzo del 2009 se constituyó Ideas Descabelladas Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Capital social: totalmente suscrito y pagado por medio de letras de cambio. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, con la representación judicial y extrajudicial.—San José, 9 de marzo del 2009.—Lic. Rebeca Linox Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 94058.—(20797).

Por escritura otorgada en esta notaría a las once horas treinta minutos del día de hoy, se protocoliza acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Corporación Desinid S. A. mediante la cual se reforma totalmente el pacto constitutivo de la sociedad.—San José, doce horas del día nueve de marzo del dos mil nueve.—Lic. Rodrigo Zelaya Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 20459.—(20798).

Por escritura otorgada ante mí, hoy a las 12:00 horas, Roberto García Ulloa y Marjorie Umaña Acevedo, constituyen Magu S. A.—Santo Domingo de Heredia, 1º de setiembre del 2008.—Lic. Helberto Moreira González, Notario.—1 vez.—Nº 94060.—(20799).

Por escritura otorgada ante mí, Nicolás Saborío Cubillo, a las doce horas del nueve de marzo del dos mil nueve, se funda la sociedad Hazaed Sociedad Anónima. Presidente: Edy Moreno Solano. Domicilio social: La Rita, Pococí, Limón, doscientos setenta metros al este de la empacadora de ñame. Agente residente: Lic. Nicolás Saborío Cubillo.—Guápiles, nueve de marzo del dos mil nueve.—Lic. Nicolás Saborío Cubillo, Notario.—1 vez.—Nº 94062.—(20800).

Por escritura otorgada a las 16:00 horas del 9 de marzo del 2009, se constituyó ante esta notaría la sociedad Comercializadora Tu Llanta de Costa Rica S.R.L. Domicilio: Cartago. Capital: diez mil colones. Gerente general: Juan Carlos Brenes Fernández.—San José, 10 de marzo del 2009.—Lic. Eric Romero Jara, Notario.—1 vez.—Nº 94063.—(20801).

Por escritura otorgada ante el notario público Álvaro Bermúdez Barrios, de las diez horas del diecisiete de febrero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Diseñarte La Expresión del Color Sociedad Anónima.—San José, 17 de febrero del 2009.—Lic. Álvaro Bermúdez Barrios, Notario.—1 vez.—Nº 94064.—(20802).

Por escritura otorgada a las nueve horas del tres de marzo del dos mil nueve, se reforman cláusulas primera y octava del pacto constitutivo de 3-101-563420 sociedad anónima.—San José, 3 de marzo del 2009.—Lic. Álvaro Bermúdez Barrios, Notario.—1 vez.—Nº 94065.—(20803).

A las ocho horas con treinta minutos del veinticuatro de agosto del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada H y Q Inversiones Venecia Sociedad Anónima, capital íntegramente suscrito y pagado, representada por su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Ciudad Quesada, 24 de agosto del 2007.—Lic. Greivin Jiménez Méndez, Notario.—1 vez.—Nº 94066.—(20804).

Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría el 24 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Donso G.I. S. A. Domicilio: Santa Bárbara de Heredia. Objeto: ejercicio del comercio en general. Plazo social: 99 años. Capital social: un millón de colones.—Lic. Rodolfo Arroyo Porras, Notario.—1 vez.—Nº 94067.—(20805).

Ante mí, William Cordero Navarro, notario público con oficina en Quebradilla de Cartago, por escritura pública se constituyó la sociedad denominada Taller Cordero Mata Sociedad Anónima, el día cinco de marzo del dos mil nueve, con un capital social de cien mil colones exactos. Que tendrán la representación judicial y extrajudicial el presidente y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Quebradilla de Cartago, 10 de octubre del 2008.—Lic. William Cordero Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 94069.—(20806).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la empresa Quostar I. T. Costa Rica Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Escritura otorgada en San José a las diez horas del día seis de marzo del dos mil nueve.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—Nº 94070.—(20807).

Hago constar que mediante la escritura número ciento cuarenta y siete visible al folio ciento dieciocho frente del tomo once de mi protocolo, se constituyó la entidad denominada Educapapyrus S. A., escritura otorgada a las ocho horas treinta y cinco minutos del cinco de marzo del dos mil nueve. Está domiciliada en Mercedes Norte de Heredia. Su objeto principal es consultorías, asesoría, capacitación y venta de recursos educativos y tecnológicos. Su plazo social es de cien años contados a partir del cinco de marzo del dos mil nueve. El presidente de la junta directiva es el representante de la empresa.—Heredia, seis de marzo del dos mil nueve.—Lic. Manuel de Jesús Zumbado Araya, Notario.—1 vez.—Nº 94074.—(20808).

Ante mí, Lic. Carla Fiorella Vincenzi Zúñiga, se constituyó Cafetíque S. A., mediante escritura número veintisiete visible a folio veintinueve frente del tomo noveno de mi protocolo, al ser las 17:30 horas del 9 de marzo del 2009. Representación judicial y extrajudicial del presidente y secretaria.—San José, 10 de marzo del 2009.—Lic. Carla Fiorella Vincenzi Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 94075.—(20809).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas treinta minutos del día nueve de marzo del dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general de cuotistas de la sociedad denominada Muskatt del Pacífico Sur Ltda., donde acuerda reformar la cláusula segunda de los estatutos.—San José, nueve de marzo del dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—Nº 94078.—(20810).

El suscrito Maykool Acuña Ugalde, notario público con oficina en Ciudad Colón, hace constar que a las 10:00 horas del día 9 de marzo del 2009, se ha constituido la sociedad denominada Transportes Sori del Oeste S. A., con un plazo social de 99 años, siendo su presidenta la señora Nidia Rivera Cordero.—Lic. Maykool Acuña Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 94079.—(20811).

Ante mí, Gloria Melania Aguilar Plazaola, notaria pública, con oficina en San José, Curridabat, se constituyó la empresa The Underground Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones y un plazo social de cien años.—San José, siete de marzo del dos mil nueve.—Lic. Gloria Melania Aguilar Plazaola, Notaria.—1 vez.—Nº 94081.—(20813).

Por escrituras otorgadas hoy ante mí, en esta ciudad a las 13:00 horas, 13:15 horas, 13:30 horas y 13:45 horas, se protocolizaron actas de Albergues Monteverde S. A., Cabaña Tortuga S. A., Costa Rica Expediciones Aventuras y Recreaciones S. A. y Observatorio Biológico La Leona S. A. respectivamente, en las que se reforman estatutos.—San José, 9 de marzo del 2009.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—Nº 94082.—(20814).

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad a las 14:00 horas de hoy se protocolizó acta de asamblea de Corporación Crear de San José S. A., en la que se disminuye el capital social en cien millones de colones y se reforman estatutos.—San José, 9 de marzo del 2009.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—Nº 94083.—(20815).

Mediante acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Interbolsa Finanzas Corporativas IFC S. A., protocoliza ante los notarios públicos Juan Manuel Jiménez Ruiz y David Arturo Campos Brenes, en escritura pública número ochenta-seis, de las nueve horas del nueve de marzo del dos mil nueve, se reforman las cláusulas quinta del capital y segunda del domicilio de los estatutos de la sociedad.—San José, diez de marzo del dos mil nueve.—Lic. Juan Manuel Jiménez Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 94087.—(20816).

Por escritura otorgada ante mí, Edwin Chacón Bolaños, se constituyó la sociedad Costa Rica Tica Exports Sociedad Anónima. Presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, nueve de marzo del dos mil nueve.—Lic. Edwin Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 94088.—(20817).

Ante esta notaría: se constituyó la sociedad Rokatec Sociedad Anónima, representada por el presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Capital social: diez mil colones.—San José, 4 de marzo del 2009.—Lic. Joan Salazar Carreta, Notario.—1 vez.—Nº 94091.—(20818).

Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las dieciocho horas del seis de marzo del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada RR Nomad Surf Tours Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones cada una, moneda del curso legal de Costa Rica, totalmente suscrito y pagado. Distrito de Jacó, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—Nº 94092.—(20819).

En mi notaría, al ser las nueve horas del nueve de marzo del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad: Impexport Metálica y No Metálica de Centro America Sociedad Anónima.—Lic. Irene Rodas Seas, Notaria.—1 vez.—Nº 94093.—(20820).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó sociedad anónima conforme a su número de cédula jurídica que se le designará al efecto según Decreto número tres tres uno siete uno-J del catorce de junio del año dos mil seis. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, seis de marzo del año dos mil nueve.—Lic. Óscar Picado Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 94094.—(20821).

Por escritura de las 11:00 horas del 10 de marzo de 2009, otorgada ante esta notaría pública, se constituyó la sociedad Gelato D’oro S. A. plazo: 99 años a partir del 10 de marzo de 2009. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente y secretario de la junta directiva con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: ¢10.000,00. Domicilio: Heredia.—10 de marzo del 2009.—Lic. Benjamín Gutiérrez Contreras, Notario.—1 vez.—Nº 91099.—(20822).

Por escritura de las 12:00 horas del 10 de marzo de 2009, otorgada ante esta notaría pública, se constituyó la sociedad Compañía Frutera La Paz S. A., plazo: 99 años a partir del 10 de marzo de 2009. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente de la junta directiva con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: ¢10.000,00. Domicilio: San José.—Desamparados, 10 de marzo del 2009.—Lic. Benjamín Gutiérrez Contreras, Notario.—1 vez.—Nº 94100.—(20823).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 8:00 horas del 10 de marzo del 2009, protocolicé acta de la empresa Casa de la Divina Providencia S. A. mediante la cual se revoca nombramiento de presidente, secretario y tesorero y se nombra nuevo.—San José, 10 de marzo del 2009.—Lic. Marlene Bustamante Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 94102.—(20824).

Mediante escritura número cincuenta y ocho del tomo uno del protocolo del licenciado Mario Elizondo Alvarado y actuando en conotariado con la licenciada Ana Rita Zamora Castillo, quien expidió un primer testimonio se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria número tres de sociedad anónima J Siete Siete Siete Industry Sociedad Anónima donde se modifica el pacto constitutivo en sus cláusulas primera y novena.—San Ramón, diez de marzo del dos mil nueve.—Lic. Ana Rita Zamora Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 94103.—(20825).

Mediante escritura pública se constituye sociedad anónima denominada Inversiones Porras & Marchena Sociedad Anónima, escritura número trescientos ochenta-cuatro del tomo cuatro del protocolo de la licenciada Ana Rita Zamora Castillo, con fecha veinticinco de febrero de dos mil nueve.—Lic. Ana Rita Zamora Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 94104.—(20826).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 14:00 horas del 9 de febrero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Ra y Di Hidalgo Sociedad Anónima. Capital social de cien mil colones dividido en diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Domicilio: Alajuela, Grecia cuatrocientos cincuenta metros al norte de la entrada Barrantes. Presidente: Tobías Hidalgo Salas.—Alajuela, 9 de marzo del dos mil nueve.—Lic. Roberto Suárez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 94105.—(20827).

Por escritura de las ocho horas del veintitrés de febrero del dos mil nueve, otorgada ante la suscrita notaria, se constituyó la sociedad anónima denominada Kabagui Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras por S. A. por un plazo social de noventa y nueve años. Cuya presidenta es Karol Baltodano Aguilar, cédula 1-846-187. Con un capital social de diez mil colones.—San José, nueve de marzo del dos mil nueve.—Lic. Patricia Ramos Con, Notaria.—1 vez.—Nº 94106.—(20828).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas del 14 de febrero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Hacienda Las Delicias de Liberia Sociedad Anónima. Capital social de mil colones dividido en diez acciones comunes y nominativas de cien colones cada una. Domicilio: San José, Santa Ana, Río Oro dos kilómetros oeste, cien metros al norte del condominio Oro Sol casa número veintidós. Presidenta: María José Escalante Quirós.—Alajuela, 9 de marzo del dos mil nueve.—Lic. Roberto Suárez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 94107.—(20829).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas del 2 de marzo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Live And Let Die Sociedad Anónima o su equivalente en español Vive y Deja Morir Sociedad Anónima. Capital social de mil colones dividido en diez acciones comunes y nominativas de cien colones cada una. Domicilio: Alajuela, Grecia cien metros al oeste del Banco Nacional. Presidenta: Marianela Cisneros Castro.—Alajuela, 9 de marzo del dos mil nueve.—Lic. Roberto Suárez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 94108.—(20830).

Por escritura otorgada ante esta notaria a las 14:00 horas del 2 de marzo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Los Derroches Sociedad Anónima. Capital social de mil colones dividido en diez acciones comunes y nominativas de cien colones cada una. Domicilio: Alajuela, Grecia del Banco Nacional trescientos setenta y cinco metros al norte. Presidenta: Berta María Castro Ávila.—Alajuela, 9 de marzo del dos mil nueve.—Lic. Roberto Suárez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 94109.—(20831).

Por escritura otorgada ante mí, el día 24 de febrero de 2009, se constituyó Machine Shop Precision Sociedad Anónima, domiciliada en la provincia de San José, cantón treceavo Tibás, distrito Cinco Esquinas, de la Clínica Clorito Picado doscientos cincuenta metros oeste, objeto amplio, plazo noventa y nueve años, capital social de cien mil colones, totalmente pagado; junta directiva con presidente, secretario y tesorero; presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Además fiscal. Presidente: Otto Roberto Mora Cantillano.—San José, 6 de marzo del 2009.—Lic. José Alexánder Barrantes Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 94110.—(20832).

El día de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de tres-cientos dos-cuatrocientos sesenta y seis mil novecientos setenta y dos sociedad de responsabilidad limitada, cédula de persona jurídica número 3-102-466972 mediante la cual se nombraron dos nuevos gerentes por el resto del período y se modificó el pacto constitutivo en cuanto a la representación.—San José, 10 de marzo del 2009.—Lic. Luis Pal Hegedus, Notario.—1 vez.—Nº 94111.—(20833).

El día de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Coconut Palm Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número 3-102-513476 mediante la cual se nombraron dos nuevos gerentes por el resto del período y se modificó el pacto constitutivo en cuanto a la representación.—San José, 10 de marzo del 2009.—Lic. Luis Pal Hegedus, Notario.—1 vez.—Nº 94112.—(20834).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se protocoliza acta de asamblea general de accionistas de la compañía Estrella Marina del Norte Brown S. A., por la que se reforma la cláusula octava, en cuanto a la administración, y se hacen nuevos nombramientos en los cargos de secretario y tesorero de la junta directiva.—San José, diez de marzo del dos mil nueve.—Lic. Aldomar Ulate Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 94113.—(20835).

Ante mí, Luis Mariano Vargas Mayorga, notario, se constituyó Las Hijas de Reina S. A. a las 17:00 horas del 12 de febrero del 2009.—Lic. Luis Mariano Vargas Mayorga, Notario.—1 vez.—Nº 94115.—(20836).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las doce horas del siete de marzo del año dos mil nueve, se constituye la sociedad Hubmer de Tibás S. A.—San José, nueve de marzo del dos mil nueve.—Lic. María Gabriela Ramírez Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 94117.—(20837).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las diez horas del cinco de marzo del año dos mil nueve, se constituye la sociedad Jucarkapris de Costa Rica S. A.—San José, nueve de marzo del dos mil nueve.—Lic. María Gabriela Ramírez Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 94118.—(20838).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Twiinsfalls Sociedad Anónima. Se nombra personeros de junta directiva, se revoca poder y se cambia domicilio social. Domicilio San José.—San José, 9 de marzo del 2009.—Lic. Joel Valverde Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 94119.—(20839).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Chrischa Sociedad Anónima. Se nombra personeros de junta directiva, se nombra agente residente y se cambia domicilio social. Domicilio San José.—San José, 9 de marzo del 2009.—Lic. Joel Valverde Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 94120.—(20840).

Por escritura número 174 otorgada a las 17:00 horas del 9 de marzo de 2009, los señores Luis Gilberto Alí Moya, José Alejandro Azocar, Grettel Ibáñez Palomo y Milton Alberto Campos Ruiz constituyen Jaaz Company - Lam – S. A. Con un capital social de diez mil colones. Es todo.—San José, 10 de marzo del 2009.—Lic. Iara Lancaster Cortés, Notaria.—1 vez.—Nº 94121.—(20841).

Por escritura otorgada ante mí hoy, Ruth Chaves Rojas y Gary Jones constituyeron una sociedad de responsabilidad Ltda. Solicitando al Registro le asigne como denominación social el número de cédula jurídica. Gerente: Ruth Chaves Rojas.—San José, 6 de marzo del dos mil nueve.—Lic. Eugenia Soto Baltodano, Notaria.—1 vez.—Nº 94122.—(20842).

Por escritura ante esta notaría, a las ocho horas del seis de marzo del dos mil nueve, se nombra presidente y tesorero y se reforma la cláusula sétima de los estatutos sociales de la sociedad Home Ready Sociedad Anónima. Presidenta: Yesenia Araya Romero. Capital: totalmente suscrito y pagado.—Lic. Jorge Luis Ruiz Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 94123.—(20843).

Por escritura ante esta notaría, a las ocho horas del cinco de marzo del dos mil nueve, se nombra presidente y se reforma la cláusula octava de los estatutos sociales de la sociedad El Lado Oscuro de la Luna Sociedad Anónima. Presidente: Ronald Segura Jiménez. Capital: totalmente suscrito y pagado.—Lic. Jorge Luis Ruiz Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 94124.—(20844).

Por escritura otorgada en mi notaría al ser las dieciséis horas cuarenta y cinco minutos del cinco de marzo del año dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada Globe Ideas Network Sociedad de Responsabilidad Limitada, gerente apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 94125.—(20845).

Por escritura otorgada en mi notaría al ser las diez horas quince minutos del veintiocho de agosto del dos mil ocho, se constituye la sociedad denominada Bloom Sky Trading Sociedad de Responsabilidad Limitada, gerente apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 94126.—(20846).

Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas, hago constar que el día cinco de marzo del dos mil nueve a las ocho horas, en la ciudad de Atenas se realizó la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Hacienda Impatien Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Atenas, cinco de marzo del dos mil nueve.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 94128.—(20847).

Ante la notaría, de los licenciados Piero Vignoli Chessler y Vanessa de Paúl Castro Mora, se modificaron las cláusulas segunda, quinta y novena del pacto constitutivo de la sociedad denominada Hacienda La China R Y L Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2009.—Lic. Piero Vignoli Chessler y Vanessa de Paúl Castro Mora, Notarios.—1 vez.—Nº 94129.—(20848).

Ante la notaría, de los licenciados Piero Vignoli Chessler y Vanessa de Paúl Castro Mora, se modificaron la cláusula primera, quedando el nombre de la sociedad como Hacienda Terrenal del Sur Sociedad Anónima, segunda, y novena del pacto constitutivo de la sociedad denominada 3-101-532928 sociedad anónima.—San José, 10 de marzo del 2009.—Lic. Piero Vignoli Chessler y Vanessa de Paúl Castro Mora, Notarios.—1 vez.—Nº 94130.—(20849).

Por escritura número ciento cincuenta otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del cinco de marzo del dos mil nueve, se constituyó la Empresa de Transportes Privados Ciudad Satélite de Hatillo Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar Empresa de Transportes Privados Ciudad Satélite de Hatillo S. A., el domicilio será en Hatillo ocho, Hatillo, San José. El plazo social será de noventa y nueve años a partir de esta fecha. El capital social totalmente suscrito y pagado. Objeto: transporte de personas y mercaderías, y otras actividades económicas de acuerdo a la ley.—Lic. Josef Yamín Díaz Díaz, cc. Josséf Yamín Cohen, Notario.—1 vez.—Nº 94132.—(20850).

Por escritura otorgada en Alajuela a las 11:00 horas del 06 de marzo del 2009 ante la notaría de la licenciada Vera Violeta González Ávila, se constituyó la sociedad Grupo Leandro Unido Sociedad Anónima, presidente: José Manuel Leandro Guillén, noventa y nueve años.—Lic. Vera Violeta González Ávila, Notaria.—1 vez.—Nº 94134.—(20851).

Por escritura otorgada en esta notaría en San José, a las dieciocho horas del día cuatro de junio del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Mis Sueños Models Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 2 de febrero del 2009.—Lic. Carlos Morales Fallas, Notario.—1 vez.—Nº 94135.—(20852).

Por escritura otorgada en esta notaría en San José, de las ocho horas del día cuatro de marzo del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Colonial Real Estate Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 5 de marzo del 2009.—Lic. Juan Antonio Madriz Arce, Notario.—1 vez.—Nº 94136.—(20853).

En Guápiles Pococí, se constituye la sociedad denominada Asesorías Don Daniel del Caribe Sociedad Anónima. Presidente: Allen Quirós Arias, plazo social: noventa y nueve años. Domicilio: Guápiles Pococí, provincia de Limón, diagonal a la estación de bomberos, Guápiles, instalaciones de Musmanni.—Guápiles, veinticinco de febrero del dos mil nueve.—Lic. Jesús Pablo Baltodano Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 94137.—(20854).

En Guápiles Pococí, se constituye la sociedad que llevará por nombre su número de cédula jurídica. Presidente: Vicente Enrique Ferrando Álvarez. Plazo social: cien años. Domicilio: Guápiles Pococí, provincia de Limón, barrio La Marina, Cabinas Río Blanco, apartamento número seis.—Guápiles, seis de marzo del dos mil nueve.—Lic. Jesús Pablo Baltodano Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 94138.—(20855).

Por escritura número cincuenta y siete-dos, otorgada en San Ramón, Alajuela, a las diecisiete horas del dieciséis de febrero de dos mil nueve, se protocolizó la modificación de las cláusulas segunda y novena del pacto constitutivo de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos dieciséis mil ochocientos noventa y seis sociedad anónima.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—Nº 94139.—(20856).

Por escritura número doscientos dos otorgada ante mi notaría, a las diez horas del cuatro de marzo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Probosque S. A., capital social un millón de colones.—San José, 10 de marzo del 2009.—Lic. Manuel Figueroa Loaiza, Notario.—1 vez.—Nº 94140.—(20857).

En mi notaría, a las veinte horas del nueve de marzo de dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea de Condominio La Ladera, Lote Noventa y Seis, Inmueble Dos S. A.; por medio de la cual modificó la junta directiva y fiscal y la cláusula décima segunda.—Lic. Édgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1 vez.—Nº 94141.—(20858).

La suscrita notaria pública hago constar que a las 19 horas del día 9 de marzo del presente año, otorgué la escritura número 217 del tomo 21 de mi protocolo, en la cual Freddy Martínez Granados y Margreth Aguilar Ovares constituyeron Corporación Job Tecnología Sociedad Anónima, con un capital social de 10.000 colones.—Sabanilla de Montes de Oca, San José, 10 marzo del 2009.—Lic. Paola Marín López, Notaria.—1 vez.—Nº 94142.—(20859).

Ante esta notaría, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Constructora & Inversiones Facot Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Guápiles, Pococí, 24 de febrero del dos mil nueve.—Lic. Rocío Zamora Moya, Notaria.—1 vez.—Nº 94144.—(20860).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Complejo Furati S. A., donde se modifica la cláusula segunda de su pacto constitutivo.—San José, 10 de marzo del dos mil nueve.—Lic. Hoover González Garita, Notario.—1 vez.—Nº 94145.—(20861).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del 9 de marzo de 2009, se constituyó la sociedad T-Juanas S. A., nombrándose agente residente, fondo de reserva legal, junta directiva y capital social, domiciliada en San José.—San José, nueve de marzo del 2009.—Lic. Édgar Ricardo Redondo Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 94146.—(20862).

Por escritura pública número trescientos cincuenta y ocho, otorgada ante el suscrito notario a las once horas con cuarenta minutos del veintisiete de febrero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Agrícola G Catorce Limitada, nombrándose como gerentes a los señores Carmen Giselle Salazar Cruz y Juan Rafael Aguilera González, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Sarchí Norte, a las nueve horas del nueve de marzo del dos mil nueve.—Lic. Maykool Castro Umaña, Notario.—1 vez.—Nº 94147.—(20863).

Por escrituras otorgadas ante mí a las 11:00 horas del 3 de marzo del 2003, 12:00 horas del 13 de marzo del 2009 y 14:00 horas del 3 de marzo del 2009, respectivamente se constituyeron las sociedades Solutel F. J Sociedad Anónima, y Grupo M y C del Sur Sociedad Anónima, ambas domiciliadas en San José y por el tercero documento protocolicé acuerdos de asamblea general de accionistas de San Buena Ventura S.A., domiciliada en Pérez Zeledón.—Lic. Jorge Isaac Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 94148.—(20864).

Por escritura de las quince horas de hoy, se constituye la sociedad anónima Jorge Cortés Pereira Tienda y Confección Sociedad Anónima.—Cartago, 3 de marzo del dos mil nueve.—Lic. Luis Anselmo Solano Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 94149.—(20865).

Mediante la escritura número 53-4, autorizada en mi notaría al ser las nueve horas del día 9 de marzo del 2009, se constituyó la sociedad con domicilio en San José, Goicoechea, Guadalupe, del Hipermás, cien metros al este y ciento cincuenta metros al norte, casa esquinera a mano derecha, color beige, denominada Distribuidora Limpex de Centroamérica Sociedad Anónima, con un capital suscrito y pagado de ¢10.000,00, y una duración de 99 años.—San José, 9 de marzo del 2009.—Lic. Fresia María Ramos Ugarte, Notaria.—1 vez.—Nº 94150.—(20866).

Mediante la escritura número 54-4, autorizada en mi notaría al ser las diez horas del día 10 de marzo del 2009, se constituyó la sociedad con domicilio en San José, Moravia, Los Colegios, del cementerio ciento cincuenta metros al sur, contiguo al Banco HSBC, denominada Ábaco Útiles Escolares Sociedad Anónima, con un capital suscrito y pagado de ¢ 50.000,00, y una duración de 99 años.—San José, 10 de marzo del 2009.—Lic. Fresia Ma. Ramos Ugarte, Notaria.—1 vez.—Nº 94151.—(20867).

Por escritura ante mí otorgada hoy, se constituyó la compañía Talento Humano Sociedad Anónima, capital social diez mil colones, presidente y secretario son apoderados generalísimos sin límite de suma plazo social 99 años.—San José, nueve de marzo del dos mil nueve.—Lic. Lizbeth Becerril Cambronero, Notaria.—1 vez.—Nº 94152.—(20868).

Por escritura número ciento treinta y dos de las nueve horas del diez de marzo del dos mil nueve, otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad Global Lighting Solutions Sociedad Anónima. Con un capital social de diez mil colones. Domiciliada en la ciudad de San José, Barrio Escalante, del Restaurante Bagelmen’s, ciento cincuenta metros al norte. Representada por el presidente de la junta directiva, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, diez de marzo del dos mil nueve.—Lic. Cintya Cordero Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 94153.—(20869).

Por escritura otorgada a las diez horas del seis de marzo del dos mil nueve, se reforma la cláusula octava de la administración de la sociedad Arena y Brisa de Limón Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Lic. Édgar Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 94156.—(20870).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 14:00 horas del 16 de enero del 2009, Rafael Alberto Acuña Jiménez y Sandra Navarro Marín, constituyen Inversiones Aguita Sociedad de Responsabilidad Limitada. Representación judicial y extrajudicial corresponde al gerente. Gerente: Rafael Alberto Acuña Jiménez.—San Marcos de Tarrazú, 09 de marzo del 2009.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 94157.—(20871).

Que por escritura otorgada a las nueve y quince horas del día diez de marzo, se constituyó la sociedad de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo 31171-J del Reglamento de Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales.—San José, diez de marzo del dos mil nueve.—Lic. Edwin Vargas Víquez, Notario.—1 vez.—Nº 94158.—(20872).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día 09 de marzo del 2009 a las 15:00 horas, la sociedad tres-ciento dos-quinientos veintiocho mil treinta y nueve limitada, donde se protocolizó acuerdos en que se modifica la cláusula primera del pacto social.—09 de marzo del 2009.—Lic. Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.—1 vez.—Nº 94159.—(20873).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día 03 de marzo del 2009, a las 14:00 horas la sociedad VLP Indigo Sixteen C Sociedad de Responsabilidad Limitada, donde se protocolizó acuerdos en que se modifica la cláusula novena del pacto social.—San José, 3 de marzo del 2009.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 94161.—(20874).

Por escritura pública otorgada ante mí, a las 12:30 horas del 04 de marzo de 2009, protocolicé acuerdos de la compañía de esta plaza Inversiones Cartaginesas Anaberole S. A. en virtud de la cual se nombra nuevo secretario, y fiscal, y se reforma la cláusula novena de los estatutos sociales.—Cartago, 9 de marzo del 2009.—Lic. Jaime López Moya, Notario.—1 vez.—Nº 94162.—(20875).

Por escrituras otorgadas ante mí, se constituyeron las sociedades Arpac Ltda., Caramba Servicios S. A., Roxana Administradora S. A. y Pacific Overseas Business Center S. A. y protocolicé asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Follajes y Plantas del Atlántico S.A.—Lic. Ruhal Barrientos Saborío, Notario.—1 vez.—(20876).

Ante mí, mediante escritura número ciento ochenta, otorgada a las once horas del diez de marzo de dos mil nueve, se constituyó la sociedad Costa Rica Learning and Travel Sociedad Anónima cuyo capital social es la suma de doce mil colones. Es todo.—Lic. Adrián Bonilla Juncos, Notario.—1 vez.—(20884).

Por escritura otorgada en esta notaría a las nueve horas del día nueve de marzo de dos mil nueve, se constituye la compañía Grupo Multi Inversiones GSG Sociedad Anónima, objeto: comercio. Plazo: noventa y nueve años. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, diez de marzo del dos mil nueve.—Lic. Alfonso Guzmán Chaves, Notario.—1 vez.—(20888).

La Fundación Christina Almera, modifica cláusulas del pacto constitutivo. Escritura otorgada en Santa Ana, a las 14:00 horas del 10 de marzo del dos mil nueve.—Lic. Maritza Quintanilla Jiménez, Notaria.—1 vez.—(20891).

Guangzhou Oriental Motors Sociedad Anónima nombra nuevos miembros de junta directiva. Escritura otorgada en San José a las 11:00 horas del 25 de febrero del dos mil nueve.—Lic. Nuria Gabriela Alpízar Chaves, Notaria.—1 vez.—(20893).

El suscrito notario hace constar que mediante la escritura número ciento noventa y siete del protocolo quinto al ser las diez horas del día tres de marzo de dos mil nueve, se modificó el nombre de Security Netwok Solutions SNS S. A., para que ahora se denomine Security Network Solutions SNS S. A., socios: Carlos Andrés Gaspar Esquivel y Alexander José Cano Palacios.—Lic. Julio Antonio Morúa Martínez, Notario.—1 vez.—(20894).

Mediante escritura otorgada ante el notario público, Randall Masís Ureña, número 389 del tomo 8 otorgada a las 9:00 horas del 9 de marzo del 2009, se constituyó Importaciones Ersog de Costa Rica S. A., domiciliada en San José, Desamparados, capital social: diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 10 de marzo del 2009.—Lic. Randall Masís Ureña, Notario.—1 vez..—(20896).

En mi notaría, a las 10:10 horas del 11 de marzo del 2009, nombra presidente y vicepresidente de la junta directiva, de La Fundación Restauración de la Naturaleza. Presidente: Fernando Fallas Díaz. Notario: Daniel Arroyo Bravo, se solicita la publicación de edicto para lo que en derecho corresponda.—Alajuela, 11 de marzo del 2009.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1 vez.—(20898).

Ante esta notaría, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Villas Tierra del Sol Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-nueve uno nueve seis dos, mediante la cual se conoce y acepta renuncia de miembros de la junta directiva y fiscalía, nombrándose al efecto nueva junta directiva y fiscalía, se realiza modificación de la cláusula sétima del pacto social, así mismo se realiza corrección del número de cédula del presidente de la junta directiva protocolización por el notario Marvin Aguirre Chaves.—San José, once de marzo del dos mil nueve.—Lic. Marvin Aguirre Chaves, Notario.—1 vez.—(20905).

Por escritura pública otorgada a las doce horas del once de marzo del año dos mil nueve, se constituyó ante esta notaría la sociedad Comaro Sociedad Anónima.—San José, once de marzo de dos mil nueve.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—(20906).

Global Linguistic Consultants GLC Sociedad Anónima, domiciliada en la provincia de San José, doscientos metros al sureste del polideportivo de San Francisco de Dos Ríos, con cédula de persona jurídica 3-101-289871, modifica junta directiva.—Lic. Isabel González Rojas, Notaria.—1 vez.—(20913).

Por escritura otorgada a las doce horas del día veintiuno de febrero del dos mil ocho, se protocoliza la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad que se dirá, donde se modifica la cláusula quinta referente al capital social de la sociedad Holding Nueve Inc Sociedad Anónima.—Lic. Lázaro Broitman Feinzilber, Notario.—1 vez.—(20923).

Por escritura otorgada a las ocho horas del día de hoy, se constituye una sociedad anónima que será denominada de conformidad con el Decreto Ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, donde corresponde al presidente y al secretario de la junta directiva la representación judicial y extrajudicial de la misma con facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma en forma conjunta o separada.—San José, once de marzo del dos mil nueve.—Lic. Lázaro Broitman Feinzilber, Notario.—1 vez.—(20925).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del cuatro de marzo del dos mil nueve, se constituyó sociedad anónima, cuya denominación social será conforme al Decreto Ejecutivo, con un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución, y con un capital social de cuarenta mil colones.—San José, 10 de marzo de 2009—Lic. Óscar Murillo Castro, Notario.—1 vez.—(20928).

Ante mí, se protocolizaron actas de las empresas Inversiones Zuro S. A., Cabinas Las Olas S. A., y se constituyó la empresa Tierra Gourmet Sociedad Anónima.—San José, 11 de marzo del 2009.—Lic. Eugenia María Rojas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(20973).

Por escritura número ciento veintitrés otorgada ante mí, a las ocho horas del diez de marzo del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada con su número de cédula jurídica R. L.—Lic. Vivian Conejo Torres, Notaria.—1 vez.—(20978).

Mediante escritura número doscientos treinta y tres, visible al folio ciento noventa y dos vuelto, del tomo quinto de mi protocolo, otorgada a las diecisiete horas del dos de marzo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Global Bussiness Advisors Sociedad Anónima. Es todo.—San José, diez de marzo del dos mil nueve.—Lic. Mónica Zumbado Fallas, Notaria.—1 vez.—(20979).

Por escritura número ciento seis de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada i Tech S. A. Capital: suscrito y pagado. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Roland García Navarro, Notario.—1 vez.—(20983).

Por escritura número ciento cinco de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada ACE CR S. A. Capital: suscrito y pagado. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Roland García Navarro, Notario.—1 vez.—(20984).

Por escritura número ciento siete de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Funny Story S. A. Capital: suscrito y pagado. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Roland García Navarro, Notario.—1 vez.—(20985).

En mi notaría se constituyó la sociedad Novaplastic International Sociedad Anónima. Presidente: Jonathan Sánchez Aragón, secretaria: Anaeli Montenegro Mazariegos.—Heredia, 09 de marzo del 2009.—Lic. Sergio Elizondo Garófalo, Notario.—1 vez.—(21009).

Que por escritura otorgada a las quince horas del día trece de febrero del dos mil nueve, Galgur Ltda., cédula 3-102-016790 reforma la cláusula segunda del pacto social.—San José, 05 de marzo del 2009.—Lic. Floria Vargas Gurdián, Notaria.—1 vez.—(21012).

Por escritura número 81-31 autorizada en mi notaría a las 08:00 horas del día de hoy protocolicé acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Paseo del Ángel Haniel Trece S. A. Mediante la cual se reforma la cláusula octava del pacto social, se revoca nombramiento de miembros de la junta directiva y se nombran sustitutos.—San José, 12 de marzo del 2009.—Lic. Noe Kawer Dymantztein, Notario.—1 vez.—(21014).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas veinte minutos del treinta de enero del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de JPGR Energía Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos trece mil ochocientos setenta y dos, de las ocho horas treinta minutos del quince de diciembre del dos mil ocho, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda, quinta, sexta, octava y décima primera de los estatutos, se nombran nuevos gerentes y subgerente.—Lic. Ricardo Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—(21015).

Ante esta notaría a las 11:30 horas, del 21 de febrero del 2009, según escritura 70-3, se constituyó Isabella Íntima S. A. Domicilio: Alajuela. Capital social: suscrito y pagado. Fines: comercio en general. Presidente: Esteban Alonso Morales Morales. Presidente de la junta directiva con facultades de apoderado generalísimo.—Lic. Julio Javier Alvarado Morera, Notario.—1 vez.—(21031).

Ante esta notaría a las 11:30 horas, del 21 de febrero del 2009, según escritura 71-3, se constituyó Sol y Arena M y M S. A. Domicilio: Alajuela. Capital social: suscrito y pagado. Fines: comercio en general. Presidente: Esteban Alonso Morales Morales. Presidente de la junta directiva con facultades de apoderado generalísimo.—Lic. Julio Javier Alvarado Morera, Notario.—1 vez.—(21033).

Ante esta notaría a las 11:00 horas, del 21 de febrero del 2009, según escritura 69-3, se constituyó Grupo Protextil M y M S. A. Domicilio: Alajuela. Capital social: suscrito y pagado. Fines: comercio en general. Presidente y tesorero de la junta directiva con facultades de apoderados generalísimos.—Lic. Julio Javier Alvarado Morera, Notario.—1 vez.—(21034).

Por escritura otorgada a las dieciséis horas del seis de marzo del dos mil nueve, se constituye la sociedad mediante el Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, para que utilice como denominación social, el número de cédula jurídica que le sea asignado a la sociedad al momento de su inscripción. Sociedad anónima, con un capital social de diez mil colones, domiciliada en San José. Presidenta: Angelie Amador Blanco.—San José, a las dieciséis horas del seis marzo del dos mil nueve.—Lic. Sonia Viquez Chaverri, Notaria.—1 vez.—(21144).

Ante este notario público, José Fermín Morales Campos, se constituye escritura de la sociedad La Tienda Publicitaria Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse su aditamento final en S. A., inscrita en la escritura doscientos cincuenta iniciada en el folio ciento cuarenta y tres frente, del tomo tercero de mi protocolo; cuyo capital social está representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.—Alajuela, a las nueve horas del once de marzo del dos mil nueve.—Lic. José Fermín Morales Campos, Notario.—1 vez.—(21148).

Sociedad anónima denominada Gas Jopa H.P.A. Sociedad Anónima constituida en El Roble de Alajuela a las 17:00 horas del día 12 de setiembre del 2008, ante la notaria Rosemary Morales Camacho y domicilio en El Roble Loma Linda casa 15B. Presidente: Henry Hernández Alfaro, secretaria: Ángela Porras Murillo, tesorero: José Pablo Hernández Porras, fiscal: Carlos Manuel Mora Jiménez.—Lic. Rosemary Morales Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº 91320.—(21151).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 10:30 horas del 05 de marzo del 2009, se constituyó la sociedad denominada Granja Conicola Monserrat S. A. Domicilio social: San José, Barrio Luján. Plazo social: 99 años. Capital social: suscrito y pagado. Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 10 de marzo del 2009.—Lic. Rafael Ángel Calderón Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 94166.—(21152).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 16:00 horas del día de hoy, la sociedad Jesús y Pilar Dos Mil Dos S. A., modifica la cláusula octava de sus estatutos, y nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 10 de marzo del 2009.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1 vez.—Nº 94170.—(21153).

Mediante escritura número ciento noventa y tres otorgada en esta notaría a las catorce horas del diecinueve de febrero del dos mil nueve, se constituyó la compañía Yarco Automotriz de Costa Rica Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones exactos.—Lic. Silvina Marcela Braña Arrieta, Notaria.—1 vez.—Nº 94173.—(21154).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria en la ciudad de San José, a las ocho horas del diez de marzo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Inversiones Llao Llao CRC Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Domicilio social: San José, residencial Eco-Desarrollo Villa Real casa P-treinta y seis.—San José, diez de marzo del dos mil nueve.—Lic. Marcela Filloy Zerr, Notaria.—1 vez.—Nº 94175.—(21155).

Por escritura otorgada a las 15:00 horas del 04 de marzo del 2009,   protocolizo acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad HLA Latinoamérica Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula quinta, en cuanto al capital social.—Lic. Leonardo Crespo Valerio, Notario.—1 vez.—Nº 94176.—(21156).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del día de hoy se protocolizó acuerdos de asamblea de socios de la sociedad José García Importador y Exportador JOGAIMEX Sociedad Anónima, para modificar las cláusulas segunda y quinta de los estatutos, referentes al domicilio, capital social y nombramiento de nueva junta directiva de la sociedad.—Alajuela, 09 de marzo del 2009.—Lic. Luis Alberto Molina Mena, Notario.—1 vez.—Nº 94177.—(21157).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del treinta de enero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Pino Yoses Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Junta directiva con facultades de apoderados generalísimos. Domicilio: San José.—Lic. Sergio Leiva Urcuyo, Notario.—1 vez.—Nº 94178.—(21158).

Por escritura otorgada por el notario Lic. Felipe Gómez Rodríguez, a las 14:30 horas del 10 de marzo del 2009, se constituyó la sociedad Inversiones y Proyectos Barrantes Núñez Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Inversiones y Proyectos Barrantes Núñez S. A. Presidente: con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, el señor: Greivin Barrantes Barrantes. Capital: suscrito y pago en su totalidad.—Grecia, el día diez de marzo del dos mil nueve.—Lic. Felipe Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 94179.—(21159).

Por escritura otorgada a las ocho horas del nueve de marzo del año dos mil nueve, se constituye la empresa de esta plaza Rovi Inversiones Rojas & Villalobos Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Rovi Inversiones Rojas & Villalobos S. A., que es nombre de fantasía. Capital social: un millón de colones exactos. Representación: presidente, secretaria. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, a las ocho horas del once de marzo del año dos mil nueve.—Lic. José Luis Ureña Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 94181.—(21160).

Por escritura otorgada a las dieciocho horas quince minutos del diecinueve de febrero del año dos mil nueve, se constituye la empresa de esta plaza IMSOYSO Impresiones Solís y Solís Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse IMSOYSO Impresiones Solís y Solís S. A., que es nombre de fantasía. Capital social: cien mil colones exactos. Representación: presidente, secretario. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, a las ocho horas del diez de marzo del año dos mil nueve.—Lic. José Luis Ureña Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 94182.—(21161).

Por escritura otorgada ante esta notaría número cuarenta y cuatro del tomo tres. Se constituyó sociedad sin nombre.—Lic. Andrés Eduardo Aguilar Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 94171.—(21162).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas de hoy, se constituyó Sliwnik Limitada.—San José, diecinueve de febrero del dos mil nueve.—Lic. Max Barrientos Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 94186.—(21163).

Johnny Pereira Ramos, Milton Pereira Ramos, Lady Pereira Ramos y Gilberth Pereira Monestel constituyen Multiservicios Japer de la Zona Atlántica Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: doce mil colones.—Lic. Iris Mora Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 94208.—(21176).

Ante esta notaría mediante escritura número siete dos otorgada a las 8:00 horas del 9 de marzo del 2009, se constituye la sociedad número de cédula jurídica de conformidad con el decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J.—Lic. Bernal Mauricio Orozco Salas, Notario.—1 vez.—Nº 94211.—(21177).

Ante el suscrito notario, a las 16:00 horas del 14 de enero de 2009, se constituyó una sociedad de conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo 33171-J. Capital social: 10 mil colones, representado por 10 acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Objeto: comercio en general, la industria, la ganadería y cualquier otro fin lícito. Domicilio: provincia San José, cantón 1°, distrito 2, Merced, calle 14, avenidas 13 y 15 casa 1350, Barrio México. Plazo social: 99 años. Presidenta: Silvia Elena Estrada Navarrete, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—Lic. Carlos Orozco Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 94212.—(21178).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas de hoy Coditel Telecomunicaciones Sociedad Anónima. Se reforman las cláusulas segunda, quinta, se nombra junta directa, fiscal y agente residente y se revoca poder generalísimo.—San José, 4 de marzo del 2009.—Lic. Bernal Ultra Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 94213.—(21179).

Por medio de la escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón a las quince horas del veinticuatro de febrero del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía denominada Canis Latrans Investments Sociedad Anónima, mediante la cual se tomaron los siguientes acuerdos: primero: se modificó la cláusula segunda del pacto social. Segundo: se revocó el nombramiento del presidente de la junta directiva. Tercero: se realizó nuevo nombramiento en dicho cargo. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, a los nueve días del mes de marzo del dos mil nueve.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 94214.—(21180).

Ante esta notaría a las trece horas del ocho de octubre del dos mil ocho, se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo por aumento del capital a veinte mil dólares americanos, de la Sociedad de esta plaza denominada Pan International Guanacaste Sociedad Anónima, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Ángelo (nombre) Pozzi (apellido) de un único apellido por razón de su nacionalidad Italiana.—Liberia, Guanacaste, dos de marzo del dos mil nueve.—Lic. Doris Monestel Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 94217.—(21181).

Por escritura otorgada ante mi notaría de las 14:00 horas del 3 de marzo del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la entidad social, denominada Ganadera Los Maizoles S. A., mediante la cual se acuerda destituir la junta directiva y se nombra nuevos directivos para el resto del plazo social.—San Ramón, 3 de marzo del 2009.—Lic. Róger Alexis Barboza Lépiz, Notario.—1 vez.—Nº 94218.—(21182).

El día de hoy el suscrito notario público protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y un mil setecientos cincuenta s. a., celebrada a las ocho horas del día dos de diciembre del año dos mil ocho, mediante la cual se reforma la cláusula octava del pacto social y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, diez de marzo del dos mil nueve.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—Nº 94219.—(21183).

El día de hoy el suscrito notario público protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Condominio Monteplata El Monasterio S. A., celebrada a las nueve horas del día tres de diciembre del año dos mil ocho, mediante la cual se reforma la cláusula octava del pacto social y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, diez de marzo del dos mil nueve.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—Nº 94220.—(21184).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy a las 8:00 horas se constituyó Armería Rancho Arizona Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones.—San José, 6 de marzo del 2009.—Lic. Rodrigo Solano Sabatier, Notario.—1 vez.—Nº 94221.—(21185).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy a las 8:30 horas se constituyó Westford Internacional de Costa Rica Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones.—San José, 6 de marzo del 2009.—Lic. Rodrigo Solano Sabatier, Notario.—1 vez.—Nº 94223.—(21186).

Ante esta notaría han comparecido Adán Maltez Ortega cédula 2-491-285 y Yorleny Cortes Ortega, cédula 5-304-088, ambos vecinos de La América de Dos Ríos de Upala, contiguo al Bar El Barquito, ha constituir una sociedad anónima denominada Constructora Hermanos Maltez de la Zona Norte Sociedad Anónima, domiciliada en distrito de Dos Ríos, cantón Upala, Provincia Alajuela, exactamente, en La América de Dos Ríos de Upala, contiguo al Bar El Barquito.—Upala, 9 de marzo del 2009.—Lic. Félix Ángel Herrera Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 94316.—(21237).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las diecinueve horas del nueve de marzo del dos mil nueve, se modifican las cláusulas sexta y sétima del pacto constitutivo de C.E. S. A.—San José, nueve de marzo del dos mil nueve.—Lic. Heike Kulzer Homann, Notario.—1 vez.—Nº 94317.—(21238).

El suscrito Miguel Eduardo Cervantes Mora, notario público, hace constar que: la sociedad denominada Sierra Bienes Raíces S. A., mediante asamblea de socios tomó los siguientes acuerdos: A) Cambió su nombre a Polarizados Uno A. S. A., B) Que el presidente Carlos Mauricio Sierra Sánchez y vicepresidente, Orlando Gaitán Osorio, ejercerán la representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente. Es todo.—San José, diez de marzo del dos mil nueve.—Lic. Miguel Eduardo Cervantes Mora, Notario.—1 vez.—Nº 94329.—(21239).

Por escritura número doscientos cincuenta y uno-ocho, otorgada en esta notaría a las once horas con treinta minutos del diez de marzo del año en curso, se constituyó sociedad de responsabilidad limitada: Savic del Sur de Responsabilidad Limitada. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, quienes tendrán la representación judicial y extrajudicial, Gleiber Rodríguez Jara cédula uno-ochocientos cuarenta y seis-quinientos ochenta y Marlen Xiomara Navarro Barrientes, cédula uno-novecientos seis-quinientos sesenta y nueve, respectivamente.—San Isidro de Pérez Zeledón, a las catorce horas del diez de marzo del dos mil nueve.—Lic. Yolanda Chinchilla Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 94332.—(21240).

Mediante escritura pública setenta y uno otorgada ante el suscrito notario público el día nueve de marzo del año dos mil nueve, los señores Ronald Orlando Alfaro Cubillo y Silvia Arguello Villalobos, constituyen la sociedad denominada Ganadera El Sura Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones. Presidente: Ronald Orlando Alfaro Cubillo.—San José, 10 de marzo del 2009.—Lic. Marvin A. Valenciano Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 94335.—(21241).

Que mediante escritura número doscientos cincuenta y cuatro-ocho, de las dieciséis horas del diez de marzo del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Finca Guachipelín de Bella Vista Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y cuatro mil seiscientos cuarenta, donde se modifica y sustituye la secretaria de la sociedad, se nombra como nuevo secretario en su lugar a Pedro Arguedas Vindas, cédula uno-novecientos noventa y uno-cero cincuenta y siete, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, quien aceptó el cargo.—San Isidro de Pérez Zeledón, diez de marzo del dos mil nueve.—Lic. Yolanda Chinchilla Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 94333.—(21242).

Por escritura pública otorgada ante el notario Luis Fernando Castro Gómez, en San José, a las quince horas treinta minutos del diez de marzo del dos mil nueve, se constituye Lilac Heaven Investments S. A. Capital social: diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, diez de marzo del dos mil nueve.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 94337.—(21243).

Por escritura otorgada ante mí, a las 14:00 horas del 10 de febrero del 2009, se constituyó la sociedad Desayunos Gourmet Ltda., domicilio: en Lagunilla de Heredia Residencial Real Santamaría, casa número cuatrocientos setenta y siete, Gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos.—San José, 10 de marzo del 2009.—Lic. Adriana Céspedes Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº 94338.—(21244).

Por escritura el día cuatro de marzo del dos mil nueve, ante esta notaría, se constituye la sociedad anónima Alquimia de Jacó JGO Sociedad Anónima se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 11 de marzo del dos mil nueve.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 94339.—(21245).

Ante mí, Edgar Gerardo Campos Araya, por escritura otorgada a las 19:00 horas 20 minutos del 18 de diciembre del 2008, la sociedad 3-101-541334 S. A., nombra a José Joaquín Alfaro Rodríguez, como presidente y único representante legal. Es todo.—San Miguel de Naranjo, a las quince horas del diez de marzo del dos mil nueve.—Lic. Edgar Gerardo Campos Araya, Notario.—1 vez.—Nº 94340.—(21246).

Asamblea extraordinaria de accionistas de Armada Imports Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula octava: de la administración. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Se nombra secretario. Escritura otorgada en San José a las quince horas del veintitrés de febrero del dos mil nueve.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—Nº 94341.—(21247).

Por medio de escritura otorgada a las 14:00 horas del día 10 de marzo del año 2009, se protocolizó acta de la sociedad Bienes Raíces El Monte Dorado S. A., por medio de la cual se traspasa el capital social, se cambia la Junta Directiva, y el pacto social.—Lic. Alejandra Echeverría Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 94343.—(21248).

Por escritura número tres-doscientos siete, otorgada a las once horas del día diez de marzo del año dos mil nueve, visible al folio ciento ochenta frente del tomo tercero del protocolo de la notaria pública Adriana Segura Balmaceda se constituyó la sociedad denominada Stonebridge Advisors, Sociedad de Responsabilidad Limitada. Es todo.—San José, once de marzo del dos mil nueve.—Lic. Adriana Segura Balmaceda, Notaria.—1 vez.—Nº 94344.—(21249).

Por escritura número cincuenta y nueve otorgada en mi protocolo, tomo undécimo, a las ocho horas del tres de marzo del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general de la sociedad TB Maintenance Sociedad Anónima mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo y se nombra nuevo vicepresidente de la junta directiva.—San José, tres de marzo del dos mil nueve.—Lic. Guido Sánchez Canessa, Notario.—1 vez.—Nº 94353.—(21258).

Por escritura número sesenta otorgada en mi protocolo, tomo undécimo, a las nueve horas del tres de marzo del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general de la sociedad TB Properties Sociedad Anónima mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo y se nombra nuevo vicepresidente de la junta directiva.—San José, tres de marzo del dos mil nueve.—Lic. Guido Sánchez Canessa, Notario.—1 vez.—Nº 94354.—(21259).

Ante esta notaría, mediante escritura pública Nº 242 otorgada a las 13:30 horas del 9 de marzo del 2009, se constituyó la sociedad Administradora del Plata Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2009.—Lic. Ericka Montoya Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 94355.—(21260).

Por escritura otorgada en esta notaría a las catorce horas con treinta minutos del día nueve de marzo del año dos mil nueve, se protocoliza acuerdo de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Fideicomisos del Bufete Quirós & Asociados Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y ocho mil setecientos cuarenta y siete, mediante la cual se modifican las cláusulas primera, cuarta y quinta del pacto constitutivo.—San José, diez de marzo del dos mil nueve.—Lic. Juan Carlos Herrera Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 94356.—(21261).

Mediante escritura 242 otorgada ante este notario a las 8:00 horas del 3 de marzo del dos mil nueve, se modifica la cláusula sétima de la sociedad 3-101-501647 S. A. Se nombra presidente de la misma al señor Lewis Louie (nombres); Koontz (apellido).—Guanacaste, 4 de marzo del dos nueve.—Lic. Ricardo Alfonso Estrada Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 94362.—(21262).

Mediante escritura 246 otorgada ante este notario a las 10:00 horas del 4 de marzo del dos mil nueve, se constituye la sociedad Era Guanacaste Sociedad Anónima. Con domicilio en Liberia, 150 metros al sur de Repuestos Moba. Se nombra presidente a David Gardiner (nombres), Dion (apellido).—4 de marzo del dos mil nueve.—Lic. Ricardo Alfonso Estrada Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 94363.—(21263).

Mediante escritura 244 otorgada ante este notario a las 9:00 horas del 4 de marzo del dos mil nueve, se modifica la cláusula novena de la sociedad Empresas Kitty Cat Sociedad Anónima.—Guanacaste, 4 de marzo dos mil nueve.—Lic. Ricardo Alfonso Estrada Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 94364.—(21264).

Mediante escritura 243 otorgada ante este notario a las 8:00 horas treinta minutos del 4 de marzo del dos mil nueve, se modifica la cláusula segunda de domicilio y sétima de la sociedad 3-101-479142 S. A. El nuevo domicilio de la compañía estará en: Guardia de Liberia, Guanacaste, Oficentro Vivero Tempisque, oficina número uno, primer piso. Se nombra presidente de la misma al señor Robert Edward (nombres) Masse (apellido).—Guanacaste, 4 de marzo del dos mil nueve.—Lic. Ricardo Alfonso Estrada Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 94365.—(21265).

Mediante escritura 245 otorgada ante este notario a las 9:00 horas treinta minutos del 4 de marzo del dos mil nueve, se modifica la cláusula octava de la sociedad Samax Brother International Ltda.—Guanacaste, 4 de marzo del dos mil nueve.—Lic. Ricardo Alfonso Estrada Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 94366.—(21266).

Por escritura número treinta y dos otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, se protocolizó el acta número uno de la asamblea extraordinaria de socios de Dragón Agatodemon Sociedad Anónima mediante la cual se nombra a la junta directiva y se modifica la cláusula tercera de la escritura de constitución.—Alajuela, once de marzo del dos mil nueve.—Lic. Nidia Isabel Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 94372.—(21267).

Hago constar que mediante la escritura número ciento cincuenta, visible al folio ciento veintidós frente del tomo décimo primero de mi protocolo, se reforman los estatutos de la sociedad Desarrollos Inmobiliarios Silerada S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y cuatro mil doscientos treinta y cinco. Escritura otorgada a las diez horas veintinueve minutos del diez de marzo del dos mil nueve.—San José, 10 de marzo del 2009.—Lic. Manuel de Jesús Zumbado Araya, Notario.—1 vez.—Nº 94396.—(21280).

Hago constar que mediante la escritura número ciento cincuenta y uno, visible al folio ciento veintidós vuelto del tomo décimo primero de mi protocolo, se reforman los estatutos de la sociedad Transportes Vigora S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos catorce mil ochocientos setenta y uno. Escritura otorgada a las diez horas cuarenta minutos del diez de marzo del dos mil nueve.—San José, 10 de marzo del 2009.—Lic. Manuel de Jesús Zumbado Araya, Notario.—1 vez.—Nº 94397.—(21281).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada J Y L Consultores Sociedad Anónima, cuyo plazo es de noventa y nueve años. Constituida el 9 de marzo del 2009.—Lic. Osman Frew Davidson, Notario.—1 vez.—Nº 94398.—(21282).

Rigoberto Castillo Vásquez y Ruth Mery Castillo Bulacar, la sociedad denominada; la que el Registro designe por Decreto Ejecutivo. Capital: totalmente suscrito y pago. Corresponde a su presidente y secretario, la representación. Escritura otorgada en Guápiles, al ser las ocho horas del veintiséis de febrero del dos mil nueve, ante la notaria Cindy Villalobos Valverde.—Lic. Cindy Villalobos Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 94399.—(21283).

Rosibelle González Umaña y Erica Adriana Calderón González, la sociedad denominada; la que el Registro designe por Decreto Ejecutivo. Capital: totalmente suscrito y pago. Corresponde a su presidente y secretario, la representación. Escritura otorgada en Guápiles, al ser las nueve horas del veintiséis de febrero del dos mil nueve, ante la notaria Cindy Villalobos Valverde.—Lic. Cindy Villalobos Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 94400.—(21284).

Mediante escritura pública otorgada a las nueve horas con treinta minutos del día diecinueve de febrero del dos mil nueve, ante el suscrito notario, se constituye la compañía Panpan Sociedad Anónima. Capital social: treinta mil colones. Objeto: actividad comercial en todas sus formas, agricultura e industria. Plazo: noventa y nueve años. Administración: junta directiva de tres miembros.—San José, 8 de marzo del 2009.—Lic. Jorge Eduardo Lobo Solera, Notario.—1 vez.—Nº 94401.—(21285).

Mediante escritura pública otorgada a las ocho horas con treinta minutos del día diecinueve de febrero del dos mil nueve, ante el suscrito notario, se constituye la compañía Papapan L y L Sociedad Anónima. Capital social: treinta mil colones. Objeto: actividad comercial en todas sus formas, agricultura e industria. Plazo: noventa y nueve años. Administración: junta directiva de tres miembros.—San José, 8 de marzo del 2009.—Lic. Jorge Eduardo Lobo Solera, Notario.—1 vez.—Nº 94402.—(21286).

Mediante escritura pública otorgada a las nueve horas del día diecinueve de febrero del dos mil nueve, ante el suscrito notario, se constituye la compañía Todopan Sociedad Anónima. Capital social: treinta mil colones. Objeto: actividad comercial en todas sus formas, agricultura e industria. Plazo: noventa y nueve años. Administración: junta directiva de tres miembros.—San José, 8 de marzo del 2009.—Lic. Jorge Eduardo Lobo Solera, Notario.—1 vez.—Nº 94403.—(21287).

Mediante escritura pública otorgada a las ocho horas del día diecinueve de febrero del dos mil nueve, ante el suscrito notario, se constituye la compañía Rancho Pequeño L y L Sociedad Anónima. Capital social: treinta mil colones. Objeto: actividad comercial en todas sus formas, agricultura e industria. Plazo: noventa y nueve años. Administración: junta directiva de tres miembros.—San José, 8 de marzo del 2009.—Lic. Jorge Eduardo Lobo Solera, Notario.—1 vez.—Nº 94404.—(21288).

Por escritura número 102, de las 12:00 horas del 9 de marzo del 2009, se constituye sociedad anónima J.T.A.B. Investments Sociedad Anónima. Representación conjunta de presidente y secretario. Domiciliada: en San José, Hatillo Seis Sur, alameda nueve, casa 804 A.—San José, once de marzo del dos mil nueve.—Lic. Eugenia Brenes Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 94405.—(21289).

Yo, María Gabriela Ulloa Raabe, notaria pública con oficina en San José, he protocolizado acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de tres-ciento uno-quinientos catorce mil trescientos dos S. A., donde se modifica la cláusula octava, y se agrega la décimo sexta al pacto constitutivo, y se nombra nuevo presidente, secretario y agente residente. Escritura otorgada en San José, a las doce horas del once de marzo del dos mil nueve.—San José, 11 de marzo del 2009.—Lic. María Gabriela Ulloa Raabe, Notaria.—1 vez.—Nº 94408.—(21290).

Por asamblea de las quince horas del cinco de marzo del dos mil nueve, se hicieron nuevos nombramientos de la junta directiva de la compañía Lecaritos Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: San José.—San José, 9 de marzo del 2009.—Lic. María Teresa Mora Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 94409.—(21291).

Ante esta notaria, a las diez horas cuarenta y nueve minutos del día de hoy, mediante escritura número trece, protocolicé constitución de la sociedad de responsabilidad limitada, la cual le solicita al Registro Público determine como denominación de la misma, el número de cédula jurídica que le sea asignado. Capital: suscrito y pagado.—San José, diez de marzo del dos mil nueve.—Lic. Mariselle Verdesia Meneses, Notaria.—1 vez.—Nº 94427.—(21307).

Ante mí, Sonia Carrillo Ugalde, notaria de Guápiles, se constituyó la sociedad denominada Alexandro A.G.E. Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse en su aditamento S. A. Los representantes con las calidades de apoderados generalísimo sin límite de suma, son su presidente: Giovanni Porras Morales, cédula de identidad número uno-seiscientos setenta y cuatro-doscientos cuarenta y cinco, y su tesorera: Elizabeth Espinoza Mora, con cédula de identidad número seis-doscientos cincuenta y seis-doscientos diez. El plazo es de noventa y nueve años. Constitución a las diez horas del quince de marzo del dos mil nueve. Es todo.—Guápiles, nueve de marzo del dos mil nueve.—Lic. Sonia Carrillo Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 94428.—(21308).

Ante el Lic. Juan Federico Arias Chacón, se constituyeron dos sociedades que se denominarán según lo dispuesto en el artículo segundo del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J, publicado en La Gaceta ciento catorce, de junio del dos mil seis. Presidente: Gerardo Mora Villalta, como apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: es de seis mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Juan Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 94431.—(21309).

Ante el Lic. Juan Federico Arias Chacón, se constituyó sociedad anónima denominada según lo dispuesto en el artículo segundo del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J, publicado en La Gaceta ciento catorce, de junio del dos mil seis. Presidente: Lorenzo Segura Mata, apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—Lic. Juan Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 94432.—(21310).

La suscrita Francisca Rojas Carranza, con oficina en Palmares de Alajuela, constituí la sociedad denominada El Guayabal de Palmares Sociedad Anónima, con un capital social de un millón de colones, y un plazo social de noventa y nueve años. Es todo.—Palmares, diez de marzo del dos mil nueve.—Lic. Francisca Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—Nº 94434.—(21311).

Ante esta notaría, mediante escritura número 105, celebrada a las 18:00 horas del 6 de marzo del 2009, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada SOC 1000 Sociedad Anónima. Presidente, secretario y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Liberia, 6 de marzo del 2009.—Lic. Ana Gabriela Acevedo Rivera, Notaria.—1 vez.—Nº 94435.—(21312).

Ante esta notaría, se ha protocolizado asamblea general extraordinaria de RLAG Inversiones Rojas Loría del Coyol Limitada.—Alajuela, diez de marzo del dos mil nueve.—Lic. Dinia González Cabezas, Notaria.—1 vez.—Nº 94443.—(21314).

Por escritura otorgada ante mi notaría, en Liberia, a las catorce horas con treinta minutos del diez de febrero del dos mil nueve, se constituyó Fashion Dulú Sociedad Anónima. Capital social: trescientos mil colones suscritos y pagados. La apoderada generalísima con límite de suma hasta por la suma de diez mil dólares, es la presidenta: María Josefa Moraga González, superior a ese monto deberán firmar conjuntamente presidenta y tesorera: Mariluz de los Ángeles Estrada Gutiérrez, o presidenta y secretaria: Ana Ginneth Angulo Gutiérrez.—Liberia, diez de febrero del dos mil nueve.—Lic. Johanna María Moreno Bustos, Notaria.—1 vez.—Nº 94444.—(21315).

Mediante escritura pública número cinco, otorgada ante esta notaría, a las quince horas quince minutos del día diez de marzo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Grupo Mc-Del Cocco Sociedad Anónima. Presidente: José Nicolás Marín Bonilla. Domicilio social: distrito Oriental, Cartago. Capital social: doscientos mil colones exactos.—San José, 11 de marzo del 2009.—Lic. Sergio José Solano Montenegro, Notario.—1 vez.—Nº 94446.—(21316).

Por escritura de las 08:00 horas del 11 de marzo del 2009, se constituye la sociedad denominada Makhoul Group International Corp Sociedad Anónima. Se nombra presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 11 de marzo del 2009.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 94454.—(21323).

Por escritura de las ocho horas de hoy, los señores Juan Pablo y Rodrigo Alexander, ambos Arias Cartín, y Rodrigo Humberto Arias Solano, constituyen la entidad Agrícola Comercial R.H.A.S. Sociedad Anónima. Presidente: el socio Arias Solano.—Cartago, 10 de marzo del 2009.—Lic. Jorge López Baudrit, Notario.—1 vez.—Nº 94460.—(21324).

Jorge Alejandro Lepiz Chaves y Milagro del Carmen Chaves Hidalgo, constituyen Lepiz Industrial Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Domicilio social: Zapote, Quesada Durán, Urbanización Las Flores, casas once B, todo mediante escritura otorgada en San José, al ser las 16:00 horas del 10 de marzo del 2009, ante la notaria pública Laura Castro Conejo. Protocolo tomo tercero.—Lic. Laura Castro Conejo, Notaria.—1 vez.—Nº 94461.—(21325).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las diez horas del once de marzo del dos mil nueve, se acordó reformar la cláusula octava del pacto constitutivo, y aceptar la renuncia y nombramiento de la nueva junta directiva de Mia Escazú Sociedad Anónima.—Lic. Noelia Camacho Starbird, Notaria.—1 vez.—(21336).

Ante la notaría del suscrito, al ser las catorce horas del once de marzo del dos mil nueve, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad GM Italtico S. A., en donde se procede a nombrar nuevo secretario, tesorero y fiscal, también se cambia la cláusula segunda del pacto constitutivo en cuanto al domicilio. Es todo.—Heredia, al ser las siete horas treinta minutos del doce de marzo del dos mil nueve.—Lic. Roberto Villalobos Conejo, Notario.—1 vez.—(21339).

Ante la notaría del suscrito, al ser las quince horas del once de marzo del dos mil nueve, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Montemelimar del Sur S. A., en donde se procede a nombrar nuevos miembros de la junta directiva y fiscal, también se cambia la cláusula segunda del pacto constitutivo en cuanto al domicilio. Es todo.—Heredia, al ser las ocho horas treinta minutos del doce de marzo del dos mil nueve.—Lic. Roberto Villalobos Conejo, Notario.—1 vez.—(21340).

 Por escrituras otorgadas ante mí, a las 08:00, 09:00, 10:00 y 11:00 horas del día de hoy, protocolicé actas de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de las entidades de este domicilio denominadas: 3-101-553777 S. A.; 3-101-553578 S. A.; 3-101-553579 S. A., y la 3-101-553580 S. A. Se reforma el pacto social y se nombra junta directiva y fiscal en cada una.—San José, once de marzo del dos mil nueve.—Lic. Javier Camacho Granados, Notario.—1 vez.—(21346).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 08:00 horas del 21 de enero del 2009, Luis Rodolfo Salas Soto y Roxana Oviedo Quesada, constituyen la sociedad Inversiones Salas Oviedo E Hijos Limitada. Objeto: comercio e industria en general. Gerente: el primero. Capital: diez mil colones.—Naranjo, 9 de marzo del 2009.—Lic. Hugo Rodríguez F., Notario.—1 vez.—(21347).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 08:00 horas del 21 de enero del 2009, Mario Alberto Salas Soto y Leticia Soto Fernández, constituyen la sociedad Inversiones M A S E Hijos Limitada. Objeto: comercio e industria en general. Gerente: el primero. Capital: diez mil colones.—Naranjo, 9 de marzo del 2009.—Lic. Hugo Rodríguez F., Notario.—1 vez.—(21348).

Por escritura adicional otorgada en esta notaría, a las 07:00 horas del 4 de setiembre del 2008, socios de Distribuidora Jones H Aeropuierto S. A., reformaron cláusula sétima del pacto constitutivo, otorgándole poder generalísimo ilimitado al secretario de la junta directiva.—Naranjo, 9 de marzo del 2009.—Lic. Hugo Rodríguez F., Notario.—1 vez.—(21350).

A las 09:00 horas del 17 de febrero del 2009, mediante escritura número 34, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno, Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de cédula de persona jurídica como denominación social. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, 17 de febrero del 2009.—Lic. Monique Zeller van Engelen, Notaria.—1 vez.—(21352).

A las 10:00 horas del 17 de febrero del 2009, mediante escritura número 35, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno, Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de cédula de persona jurídica como denominación social. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, 17 de febrero del 2009.—Lic. Monique Zeller van Engelen, Notaria.—1 vez.—(21353).

A las 11:00 horas del 17 de febrero del 2009, mediante escritura número 36, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno, Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de cédula de persona jurídica como denominación social. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, 17 de febrero del 2009.—Lic. Monique Zeller van Engelen, Notaria.—1 vez.—(21354).

NOTIFICACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO DE TRANSPORTE PÚBLICO

DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Oficio Nº DAJ-0900681.—Procedimiento administrativo ordinario para averiguar la verdad real de los hechos respecto de la supuesta cesión de derechos de la concesión para el servicio público en modalidad taxi placas TP-386 otorgado a nombre de Álvaro Barrantes Ureña. Expediente administrativo Nº 2009-06-T. Dirección de Asuntos Jurídicos.—San José, a las catorce horas con veintisiete minutos del cuatro de marzo del año dos mil nueve.

Señor

Álvaro Ureña Barrantes

Notificaciones San Marcos de Sabalito de Coto Brus

de la Escuela 100 metros oeste

Estimado señor:

Conoce esta Dirección de Asuntos Jurídicos, Artículo 3.1.5 de la Sesión Ordinaria 69-2008 de fecha 25 de setiembre del año 2008 adoptado por la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público, mediante el cual se dispuso el inicio del Procedimiento Administrativo Ordinario para averiguar la verdad real de los hechos

Traslado de cargos:

•    Que mediante Artículo 3.1.5 de la sesión ordinaria 69-2008 de la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público se conoció el oficio DAJ 0801794, autorizando a la Dirección Jurídica a iniciar el Procedimiento Administrativo Ordinario para eventualmente declarar la caducidad de su concesión, si se llegaren a demostrar los hechos denunciados

En razón de que esta Asesoría Jurídica fue designada Órgano Director por la Junta Directiva de este Consejo, según el artículo previamente indicado y en relación al acuerdo contenido en el Artículo número 4 emitido en la Sesión 6 del 2000, para iniciar los Procedimientos Administrativos tendientes a averiguar la verdad real de los hechos respecto a la situación antes descrita, arróguese esta Dirección el conocimiento de instrucción de este asunto, en calidad de Órgano Director del Procedimiento, a cargo de la Lic. Karen Ortiz Mendoza, al cual se aplicarán las disposiciones del artículo 214, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública. Procédase a indagar la verdad de los hechos objeto del presente asunto, conforme al artículo 218, 308, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, por tanto se cita al señor Álvaro Barrantes Ureña para que comparezca personalmente y no por medio de apoderado a las nueve horas del 06 de abril del dos mil nueve, a la audiencia oral y privada, la cual se efectuará en esta Asesoría Jurídica, sita detrás del Ministerio de Seguridad Pública. De conformidad con el artículo 312 inciso 2) y 3), así como el artículo 317 inciso 2) de la Ley de cita, se le previene a las partes que en la comparecencia deberán aportar y evacuar toda la prueba pertinente, sin perjuicio de solicitar expresamente prescindir de esa audiencia oral y privada, o bien aportar directamente, por escrito, antes de esa fecha su defensa. (Pruebas y formular conclusiones de hecho y de derecho). Se le hace saber que se puede hacer acompañar de un Abogado. Igualmente se le advierte que si no hace uso de su derecho de defensa, el asunto se resolverá con las pruebas existentes. Se le hace saber además que en caso de que una vez finalizado el procedimiento y si se llegara a comprobar los hechos que aquí se investigan, la Administración se encuentra en la facultad de aplicar el artículo 40 de la Ley 7969 respecto de la Extinción de la Concesión. Asimismo se le indica que contra esta resolución, las partes pueden hacer uso de los recursos ordinarios de revocatoria, apelación o ambos, debiendo interponerlos en todo caso ante esta misma Dirección, dentro del término de 24 horas contados a partir del día hábil siguiente a la presente notificación, lo anterior de conformidad con los Artículos 345 y 346.1 de la Ley General de la Administración Pública. Se le indica que además de los derechos que le otorga la Ley General de la Administración Pública, tiene derecho a designar abogado, así como revisar el expediente administrativo y fotocopiar las piezas del mismo que usted considere le interesan, expediente que queda a su disposición en esta Asesoría Jurídica. Notifíquese en el lugar que tiene señalado en el expediente administrativo o en su oferta presentada dentro del Primer Procedimiento Especial Abreviado de Taxis, si se encontrare dentro de este perímetro, sin perjuicio de que pueda designar nuevo lugar, dentro del perímetro de este Consejo o fax para atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que en caso de omisión, o bien si el lugar indicado fuere incierto, impreciso o dejare de existir, las resoluciones que se dicten se le tendrán por notificadas con sólo el transcurso de veinticuatro horas.—Órgano Director del Procedimiento.—Lic. Karen Ortiz Mendoza, Asesora Legal.—Lic. María Elena Rojas Abarca, Directora.—(O. C. Nº 1362).—(Solicitud Nº 06691).—C-213080.—(19474).

Oficio Nº 0900560.—Procedimiento administrativo ordinario, para averiguar la verdad real de los hechos respecto del supuesto abandono del servicio de transporte público en modalidad taxi, concesionado a nombre del señor Rafael Francisco García Álvarez. Expediente administrativo Nº 2008-020-T. Dirección de Asuntos Jurídicos.—San José, a las doce horas con veintisiete minutos del diecisiete de febrero de dos mil nueve.

Señor

Rafael Francisco García Álvarez

Concesionario TP-309

Fax: 2730-0630

Estimado señor:

Conoce esta Dirección de Asuntos Jurídicos, Artículo 3.5.8 de la Sesión Ordinaria 89-2007 de fecha 06 de diciembre de 2007, adoptado por la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público, mediante el cual se dispuso el inicio del Procedimiento Administrativo de caducidad de la concesión administrativa de taxi, por incumplimiento al artículo 48 de la Ley 7969.

Traslado de cargos:

•    Que mediante oficio Nº DAJ-0702478 de la Dirección de Asuntos Jurídicos se remitió a Junta Directiva el criterio respecto de la operación de la concesión de transporte público en modalidad taxi placas TP-309, en virtud de que mediante Certificación de la Dirección General de Migración y Extranjería se verificó que el concesionario salió del país desde el 03 de marzo del año 2004 y no se registran ingresos a partir de esa fecha, con lo cual el señor García Álvarez podría estar incumpliendo las obligaciones legales y compromisos adquiridos mediante la Ley Nº 7969, el Decreto Ejecutivo Nº 28913-MOPT y el Contrato de Concesión de taxi.

•    Que mediante el acuerdo 3.5.8 de la sesión ordinaria 89-2007, la Junta Directiva aprobó el informe legal y autorizó el inicio del procedimiento administrativo a cargo de la Dirección de Asuntos Jurídicos.

•    Que mediante artículo 48 de la Ley Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en la Modalidad de Taxi dispone:

“Artículo 48.—Requisitos subjetivos del concesionario. El transporte remunerado de personas en la modalidad de taxi, definido en la presente ley, únicamente podrá ser explotado por personas que reúnan los siguientes requisitos: a)...b)...c)....d) Comprometerse, mediante declaración jurada rendida ante notario público, a conducir personalmente, al menos durante una jornada de ocho horas diarias, el vehículo amparado por la concesión, e)...

G. El oferente aporta una declaración jurada rendida ante notario público, en la cual se indica y/o demuestra lo siguiente:

g.1 que se compromete a conducir personalmente el vehículo, según inciso d, del artículo 48 de la Ley 7969, o demuestre estar eximido del tal compromiso, según el artículo 49 de la Ley 7969”.

En razón de que esta Asesoría Jurídica fue designada Órgano Director por la Junta Directiva de este Consejo, según Artículo supra citado en relación al acuerdo contenido en el Artículo número 4 emitido en la Sesión 6 del 2000, para iniciar los Procedimientos Administrativos tendientes a averiguar la verdad real de los hechos respecto a la situación antes descrita, arróguese esta Dirección el conocimiento de instrucción de este asunto, en calidad de Órgano Director del Procedimiento, a cargo de la Lic. Karen Ortiz Mendoza, al cual se aplicarán las disposiciones del artículo 214, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública. Procédase a indagar la verdad de los hechos objeto del presente asunto, conforme los artículos 218, 308, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, por tanto se cita al señor Rafael Francisco García Álvarez para que comparezca personalmente y no por medio de apoderado a las nueve horas del treinta y uno de marzo del dos mil nueve, a la audiencia oral y privada, la cual se efectuará en esta Asesoría Jurídica, sita detrás del Ministerio de Seguridad Pública. De conformidad con el artículo 312 inciso 2) y 3), así como el artículo 317 inciso 2) de la Ley de cita, se le previene a las partes que en la comparecencia deberán aportar y evacuar toda la prueba pertinente, sin perjuicio de solicitar expresamente prescindir de esa audiencia oral y privada, o bien aportar directamente, por escrito, antes de esa fecha su defensa. (Pruebas y formular conclusiones de hecho y de derecho). Se le hace saber que se puede hacer acompañar de un Abogado. Igualmente se le advierte que si no hace uso de su derecho de defensa, el asunto se resolverá con las pruebas existentes. Se le hace saber además que en caso de que una vez finalizado el procedimiento y si se llegara a comprobar los hechos que aquí se investigan, la Administración se encuentra en la facultad de aplicar el artículo 40 de la Ley 7969 respecto de la Extinción de la Concesión. Asimismo se le indica que contra esta resolución, las partes pueden hacer uso de los recursos ordinarios de revocatoria, apelación o ambos, debiendo interponerlos en todo caso ante esta misma Dirección, dentro del término de 24 horas contados a partir del día hábil siguiente a la presente notificación, lo anterior de conformidad con los Artículos 345 y 346.1 de la Ley General de la Administración Pública. Se le indica que además de los derechos que le otorga la Ley General de la Administración Pública, tiene derecho a designar abogado, así como revisar el expediente administrativo y fotocopiar las piezas del mismo que usted considere le interesan, expediente que queda a su disposición en esta Asesoría Jurídica. Notifíquese en el lugar que tiene señalado en el expediente administrativo o en su oferta presentada dentro del Primer Procedimiento Especial Abreviado de Taxis, si se encontrare dentro de este perímetro, sin perjuicio de que pueda designar nuevo lugar, dentro del perímetro de este Consejo o fax para atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que en caso de omisión, o bien si el lugar indicado fuere incierto, impreciso o dejare de existir, las resoluciones que se dicten se le tendrán por notificadas con sólo el transcurso de veinticuatro horas. Se adjuntan 03 folios del expediente administrativo.—Lic. Karen Ortiz Mendoza, Asesora Legal.—V.B. Lic. María Elena Rojas Abarca, Directora.—(O. C. Nº 1361).—(Solicitud Nº 6689).—C-233010.—(19475).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

De conformidad con resolución RMT-372-2009 de las trece horas con treinta minutos del día 07 de febrero del 2009, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: Impartir aprobación final a la resolución Nº JPIGTA-147-2009 de sesión celebrada en San José, a las nueve horas del 27 de enero del 2009, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de Pensión de Guerra incoadas por Casanova Casanova Paula, cédula de identidad Nº 6-074-010, a partir del día 14 de febrero del 2008, por la suma de cincuenta mil cuatrocientos ochenta y ocho colones sin céntimos (¢50.488), mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Francisco Morales Hernández, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—Lic. Roger Porras Rojas, Director.—1 vez.—(20600).

De conformidad con resolución RMT-2380-2008 de las nueve horas del día 30 de octubre del 2008, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: Impartir aprobación final a la resolución Nº JPIGTA-967-2008 de sesión celebrada en San José, a las nueve horas del día 18 de febrero del 2008, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de Pensión de Guerra incoadas por Irias Quirós Virginia c.c. Irias Irias Virginia, cédula de identidad Nº 1-161-001, a partir del día 1º de julio del 2007, por la suma de setenta y un mil cuatrocientos cincuenta y cuatro colones con siete céntimos (¢71.454,07), de acuerdo al tope establecido por Ley, mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Francisco Morales Hernández, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—Lic. Roger Porras Rojas, Director.—1 vez.—(20897).

De conformidad con resolución RMT-391-2009 de las trece horas con cincuenta minutos del día 9 de febrero del 2009, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: Impartir aprobación final a la resolución Nº JPIGTA-234-2009 de sesión celebrada en San José, a las nueve horas del día 27 de enero del 2009, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de Pensión de Guerra incoadas por Lobo Saborío Blanca Orfilia c. c. Flora Corina Lobo Saborío, cédula de identidad Nº 2-316-095, a partir del día 24 de setiembre del 2008, por la suma de sesenta y cinco mil seiscientos setenta y dos colones sin céntimos (¢65.672,00) mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Francisco Morales Hernández, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—Lic. Roger Porras Rojas, Director.—1 vez.—(20901).

De conformidad con resolución RM-1744-2008 de las nueve horas del día 20 de agosto del 2008, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: Impartir aprobación final a la resolución Nº JPIGA-1268-2008 de sesión celebrada en San José, a las nueve horas del día 29 de mayo del 2008, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de Pensión de Guerra incoadas por Sancho Riba Alfonso, cédula de identidad Nº 3-129-267, a partir del día 29 de mayo del 2008, por la suma de setenta y cinco mil seiscientos cincuenta y cinco colones con cincuenta y siete céntimos (¢75.655,57) mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Francisco Morales Hernández, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—Lic. Sandra Chacón Fernández, Directora Ejecutiva.—1 vez.—(20908).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE ASEGURAMIENTO Y FISCALIZACIÓN

DE INDUSTRIA Y COMERCIO

Por ignorarse el domicilio actual del patrono Chaves Lepiz Marvin, número patronal anterior 241.537 00 9, número patronal 0-00104131014-002-001, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”, de la Caja, se procede a notificar por medio de edicto, que el Área de Aseguramiento y Fiscalización de Industria y Comercio, Subárea Industria, ha dictado el traslado de cargos que en lo que interesa indica:

La Subárea Industria, conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes hace de su conocimiento, que como resultado del estudio iniciado por esta dependencia, se ha observado la siguiente posible omisión salarial a la institución en el reporte de los siguientes trabajadores: Manuel Salvador Sandino Peña cuyo período comprende del 15 de diciembre del 2006 al 30 de mayo del 2007, y Elyette Martínez Mena del 26 de diciembre del 2006 al 10 de diciembre del 2007, que se indica en las hojas de trabajo que rolan en el expediente administrativo.

Total de salarios                                                 ¢5.767.785,00

Total de cuotas obreras y patronales                    1.268.912,70

Aporte Banco Popular Obrero                                  57.683,00

Aporte Patronal Banco Popular                              173.036,00

Fondo de Capitalización Laboral                              28.838,00

Fondo de Pensión Complementaria                          14.414,00

Instituto Nacional de Seguros                                   57.683,00

Se le confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro administrativo de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificados con solo el transcurso de 24 horas, contadas a partir de la fecha de la resolución.

Consulta expediente: en esta oficina sita tercer piso Edificio Da Vinci, avenida 4, calle 7, teléfono: 2522-3042, fax: 2258-7352, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la ley.

Notifíquese.—San José, 28 de febrero del 2009.—Lic. Lenis Mata Mata, Jefe Subárea Industria.—1 vez.—Nº 93949.—(20636).

Por ignorarse el domicilio actual del patrono Alice y Reyes Sociedad Anónima, número patronal anterior 330.463 00 9, número patronal 2-03101486461-001-001, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”, de la Caja, se procede a notificar por medio de edicto, que el Área de Aseguramiento y Fiscalización de Industria y Comercio, Subárea Industria, ha dictado el traslado de cargos que en lo que interesa indica:

La Subárea Industria, conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes hace de su conocimiento, que como resultado del estudio iniciado por esta dependencia, se ha observado la siguiente posible omisión salarial en el reporte de la trabajadora Martha Isabel Lechardo Lechardoz, número de asegurada dos-cincuenta y nueve-veintiún mil quinientos veintisiete, a la institución, cuyo período comprende del 1º de junio al 31 de agosto del 2007, que se indica en las hojas de trabajo que rolan en el expediente administrativo.

Total de salarios                                                    ¢506.310,00

Total de cuotas obreras y patronales                       111.389,00

Aporte Banco Popular Obrero                                    5.062,00

Aporte Patronal Banco Popular                                  1.266,00

Fondo de Capitalización Laboral                              15.189,00

Fondo de Pensión Complementaria                            2.532,00

Instituto Nacional de Seguros                                     5.062,00

Se le confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro administrativo de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificados con solo el transcurso de 24 horas, contadas a partir de la fecha de la resolución.

Consulta expediente: En esta oficina sita tercer piso Edificio Da Vinci, avenida 4, calle 7, teléfono: 2522-3042, fax: 2258-7352, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la ley.

Notifíquese.—San José, 6 de marzo del 2009.—Lic. Lenis Mata Mata, Jefe Subárea Industria.—1 vez.—Nº 93950.—(20637).

Por ignorarse el domicilio actual del patrono Instalaciones Electromecánicas Coto Sociedad Anónima, número patronal anterior 158.757 004, número patronal 2-03101074385-001-001, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”, de la Caja, se procede a notificar por medio de edicto, que el Área de Aseguramiento y Fiscalización de Industria y Comercio, Subárea Industria, ha dictado el traslado de cargos que en lo que interesa indica:

La Subárea Industria, conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes hace de su conocimiento, que como resultado del estudio iniciado por esta dependencia, se ha observado la siguiente posible omisión salarial en el reporte del trabajador José Albert López Gutiérrez, número de cédula cinco-doscientos sesenta y tres-trescientos cincuenta y nueve, a la institución, cuyo período comprende del 19 de mayo al 10 de noviembre del 2006, que se indica en las hojas de trabajo que rolan en el expediente administrativo.

Total de salarios                                                    ¢927.020,00

Total de cuotas obreras y patronales                       203.947,00

Aporte Banco Popular Obrero                                    9.269,00

Aporte Patronal Banco Popular                                  2.318,00

Fondo de Capitalización Laboral                              27.811,00

Fondo de Pensión Complementaria                            4.637,00

Instituto Nacional de Seguros                                     9.269,00

Se le confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro administrativo de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificados con solo el transcurso de 24 horas, contadas a partir de la fecha de la resolución.

Consulta expediente: En esta oficina sita tercer piso Edificio Da Vinci, avenida 4, calle 7, teléfono: 2522-3042, fax: 2258-7352, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la ley.

Notifíquese.—San José, 6 de marzo del 2009.—Lic. Lenis Mata Mata, Jefe Subárea Industria.—1 vez.—Nº 93951.—(20638).

Por ignorarse el domicilio actual del patrono La Patiseria Sociedad Anónima, número patronal anterior 175.657 008, número patronal 2-03101119019-001-001, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”, de la Caja, se procede a notificar por medio de edicto, que el Área de Aseguramiento y Fiscalización de Industria y Comercio, Subárea Industria, ha dictado el traslado de cargos que en lo que interesa indica:

La Subárea Industria, conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes hace de su conocimiento, que como resultado del estudio iniciado por esta dependencia, se ha observado la posible omisión y diferencia salarial en el reporte a la Institución de las trabajadoras: Sandra Mayela Díaz Díaz, número de cédula seis-ciento noventa y dos-cuatrocientos ochenta y seis; Virginia Elena Chavarría Díaz, número de cédula siete-ciento sesenta y ocho-cero once, y dos trabajadores más a la institución, en el período del 16 de enero del 2000 a setiembre del 2003, mayo del 2004 a enero del 2006, y de enero del 2007 a enero del 2008, que se indica en las hojas de trabajo que rolan en el expediente administrativo.

Total de salarios                                                 ¢6.124.173,00

Total de cuotas obreras y patronales                    1.347.328,00

Aporte Banco Popular Obrero                                  68.234,00

Aporte Patronal Banco Popular                                13.651,00

Fondo de Capitalización Laboral                            154.080,00

Fondo de Pensión Complementaria                          27.293,00

Instituto Nacional de Seguros                                   53.776,00

Se le confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro administrativo de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificados con solo el transcurso de 24 horas, contadas a partir de la fecha de la resolución.

Consulta expediente: En esta oficina sita tercer piso Edificio Da Vinci, avenida 4, calle 7, teléfono: 2522-3042, fax: 2258-7352, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la ley.

Notifíquese.—San José, 06 de marzo del 2009.—Lic. Lenis Mata Mata, Jefe Subárea Industria.—1 vez.—Nº 93953.—(20639).

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE OSA

DEPARTAMENTO DE ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

Para corregir publicación realizada en La Gaceta número 121 de fecha jueves 23 de junio del 2005, página 85, edicto publicado a nombre de Cerro Dominicano, cédula jurídica número tres-uno cero uno-tres cuatro seis dos cero tres, en lo que respecta al uso, ya que lo correcto es Zona Alojamiento Turístico (ZAT) y no como por error se publicó.

Ciudad Cortés, 11 de marzo del 2009.—Isabel Chaves Bonilla.—1 vez.—Nº 94676.—(21497).