MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Y CULTO
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y
GANADERÍA
MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y
COMERCIO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
MINISTERIO DE JUSTICIA Y GRACIA
AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO
COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
AMBIENTE, ENERGÍA Y
TELECOMUNICACIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE
ELECTRICIDAD
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
INSTITUTO COSTARRICENSE DE PESCA Y ACUICULTURA
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Nº 6389-09-10
DE
ACUERDA:
Declarar abierto el
primer período de Sesiones Ordinarias de
Publíquese
Francisco Antonio
Pacheco Fernández, Presidente.—Xinia Nicolás Alvarado, Primera
Secretaria.—Guyon Holt Massey Mora, Segundo Secretario.—1 vez.—(O. C. Nº
29062).—C-7520.—(39441).
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD
SOCIAL
En uso de las
facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3) y 18), y 146 de
Considerando:
1º—Que el Estado
costarricense ratificó el Protocolo Para Prevenir, Reprimir y Sancionar
2º—Que mediante Decreto
Ejecutivo Nº 34199-G-MSP-J-MEP-S-MTSS-RREE, del 3 de enero del 2008 y Decreto
Ejecutivo Nº 32824-G, del 16 de noviembre del 2005, se crea
3º—Que uno de los objetivos
de
4º—Que como parte de las
obligaciones y compromisos en el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010 “Jorge
Manuel Dengo Obregón”, específicamente dentro del Eje I: Política Social del 1.4. Sector Seguridad Ciudadana y
Prevención del Delito,
5º—Que la atención integral
de personas víctimas de la trata exige una intervención técnica especializada,
multidisciplinaria e interinstitucional, que garantice su seguridad y
protección, evite la revictimización y facilite el acceso a una plataforma de
servicios orientados a favorecer su recuperación física y emocional así como su
reintegración a la vida social y comunitaria. Esta atención deberá brindarse
sin ningún tipo de discriminación o condicionamiento.
6º—Que este tipo de
intervención exige la acción coordinada, oportuna y eficaz de todas las
instancias que participan en la respuesta social frente a la problemática
mediante la aplicación de protocolos y procedimientos consensuados orientados a
reducir los riesgos inherentes a este delito y a evitar las revictimizaciones. Por
tanto,
Decretan:
CREACIÓN DEL EQUIPO DE RESPUESTA
INMEDIATA PARA SITUACIONES DE TRATA DE PERSONAS
Artículo 1º—Crear el
Equipo de Respuesta Inmediata para situaciones de Trata de Personas como cuerpo
especializado interinstitucional para la atención de las personas afectadas por
este delito.
Artículo 2º—De
a) Ministerio de Gobernación y Policía -
Secretaría Técnica de
b) Ministerio de Gobernación y Policía –
Dirección General de Migración y Extranjería.
c) Ministerio de Seguridad Pública - Dirección
General de
d) Instituto Nacional de las Mujeres - Área de
Violencia de Género.
e) Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Tendrán participación
activa dentro del equipo las siguientes dependencias del Poder Judicial:
a) Organismo de Investigación Judicial – Unidad
de Trata y Tráfico.
b) Ministerio Público – Oficina de Atención a
El Patronato Nacional
de
También están invitadas a
participar en calidad de asesoría técnica al menos una persona representante de
Artículo 3º—Acreditación.
Cada una de estas instancias públicas acreditará al menos una persona
representante propietaria y una persona suplente con conocimientos técnicos
especializados en materia de trata de personas, que durarán en sus funciones
por un periodo de al menos dos años, de manera que se garantice la continuidad
de las acciones del equipo.
Artículo 4º—Coordinación.
Para el eficaz funcionamiento el Equipo nombrará una persona que ejerza la
coordinación de manera rotativa y por periodos de 30 días. Toda noticia sobre
una situación de trata de personas será informada a la persona coordinadora
quien será responsable de activar las medidas inmediatas de protección y
convocar a los demás integrantes del Equipo en un plazo perentorio para iniciar
el proceso de identificación.
Tratándose de personas
menores de edad, el o
Artículo 5º—Ámbito de
acción. El Equipo tendrá potestad para Desarrollar su trabajo en todo el
territorio nacional, sin menoscabo que con posterioridad se puedan constituir
equipos regionales de respuesta inmediata de acuerdo con el crecimiento de la
demanda de atención.
Artículo 6º—De las
funciones. Las funciones de este Equipo serán las siguientes:
• Recibir y dar respuesta a todas las posibles
situaciones de trata de personas que le sean referidas en el marco de las
atribuciones del equipo. En el caso de presuntas víctimas menores de edad,
deberá actuarse de conformidad con lo establecido en el artículo 4°, párrafo
segundo de este decreto.
• Identificar - mediante un proceso de
valoración técnica especializada - las situaciones de trata de personas puestas
en su conocimiento.
• Acreditar - mediante resolución técnica
razonada - la condición de víctima de trata de personas a efectos de que la
persona acreditada pueda tener acceso a la plataforma de servicios específicos
para las personas sobrevivientes de este delito. Esta resolución deberá ser
aprobada mediante mayoría simple de los integrantes del Equipo y tendrá
carácter vinculante, en función de las atribuciones establecidas en el artículo
7.
• Ejecutar las acciones de intervención
inmediata requeridas para garantizar atención, protección y seguridad de las
personas que se sospeche sean víctimas de trata de personas así como de
aquellas debidamente acreditadas como tales en coordinación con las autoridades
competentes u otras instancias.
Artículo 7º—Atribuciones.
Para el ejercicio de estas funciones, el Equipo tendrá las siguientes
atribuciones:
a) Coordinar el ingreso de personas víctimas de
trata a albergues u otros recursos de alojamiento.
b) El acceso inmediato y sin restricciones a
presuntas víctimas a efectos de su identificación.
c) Referir a las personas víctimas de trata para
la atención de necesidades urgentes de las personas sobrevivientes (salud
integral, alimentación, entre otros).
d) Coordinar medidas de protección migratoria para
las víctimas no nacionales.
e) Cualquiera otra que sea necesaria para
garantizar la protección y seguridad de las personas sobrevivientes.
Artículo 8º—Deber de
informar. Toda posible situación de trata de personas o bien, toda persona
de quien se presuma que pueda ser víctima de este delito y que haya sido
detectada por funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones y/o
mediante la auto-referencia deben ser puestas en conocimiento inmediato del
Equipo de Respuesta Inmediata de conformidad con las atribuciones establecidas
en el artículo 7.
En el caso de presuntas
víctimas personas menores de edad, toda información será brindada al Centro de
Orientación e Información del Patronato Nacional de
Artículo 9º—Requerimientos.
Para el eficaz cumplimiento de sus responsabilidades y para garantizar una
respuesta inmediata, las personas acreditadas del equipo estarán sujetas al
Régimen de Disponibilidad que les permita una capacidad de respuesta las 24
horas al día, así como facilidades de comunicación, transporte y seguridad
policial, proporcionadas para las personas integrantes del equipo. En caso de
que no proceda el Régimen de Disponibilidad para algunas de las instituciones
que integran el equipo, se reconocerá el pago de horas extraordinarias.
Artículo 10.—Cláusula de
confidencialidad. Todos los asuntos puestos a conocimiento del Equipo de
Respuesta Inmediata, por su naturaleza tendrán carácter confidencial y serán de
manejo exclusivo de las y los integrantes del Equipo los cuales decidirán el
uso más conveniente de la información (cuándo y a quién/es compartir la
información). El mismo deber de confidencialidad aplica para todas las personas
que tengan acceso a esta información.
De la misma manera, tendrán
carácter confidencial los registros, información documental y de otro tipo para
lo cual se definirán lineamientos y girarán instrucciones para su
funcionamiento interno, salvo en el supuesto de personas menores de edad, en
cuyo caso la información completa debe ser trasladada al Centro de Orientación
e Información del Patronato Nacional de
Artículo 11.—Rige a partir de
su publicación
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El
Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Francisco Morales Hernández; y
N° DGM 032-2009
Y SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 1, 2, 7, 31, 34 y 36 del Reglamento de Gastos de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por
Considerando:
1º—Que el “Taller de
2º—Que para efectos de
representar a Costa Rica en el denominado “Taller de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
la señora Lidiette Jiménez Arias, cédula de identidad 109160486, Jefa de
Artículo 2º—Los gastos de la
señora Lidiette Jiménez Arias por concepto de viáticos, hospedaje, alimentación,
impuestos de entrada y salida y gastos varios, de acuerdo con el itinerario de
viaje, a saber $186 diarios, serán cubiertos con recursos del Programa 054-01.
Dirección General de Migración y Extranjería. Los gastos por concepto de
tiquete aéreo serán cubiertos por la aerolínea Taca. Los impuestos de entradas
y salidas correspondientes y demás cánones que tengan que pagarse en las
terminales aéreas, así como el servicio de transporte de taxi
Aeropuerto-Hotel-Aeropuerto por un monto de $25.00 (veinticinco dólares) serán
cubiertos con recursos del Programa 054-01 Dirección General de Migración y
Extranjería.
Artículo 3º—Que durante los
días en que participe la señora Lidiette Jiménez Arias en la actividad a la que
se refiere este acuerdo, devengará el 100% de su salario.
Artículo
4º—Rige del 22 de abril al 25 de abril del 2009.
Dado en el Ministerio de
Gobernación y Policía, a los quince días del mes de abril del dos mil nueve.
Janina del Vecchio
Ugalde, Ministra de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—(O. C. Nº
94769 Migración).—(Solicitud Nº 18321).—C-33770.—(39947).
Nº DGM 033-2009
Y SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 1, 2, 7, 31, 34 y 36 del Reglamento de Gastos de Viaje
y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por
Considerando:
1º—Que el “Taller de
2º—Que para efectos de
representar a Costa Rica en el denominado “Taller de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Luis Alonso Serrano Echeverría, cédula de identidad 1-1004-464, Jefe de
Planificación Institucional de
Artículo 2º—Los gastos del
señor Luis Alonso Serrano Echeverría por concepto de viáticos en el exterior
para sufragar los gastos de tiquete, hospedaje, alimentación y otros gastos
menores serán cubiertos por
Artículo 3º—Que durante los
días en que participe el señor Luis Alonso Serrano Echeverría en la actividad a
la que se refiere este acuerdo, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 22 de
abril al 25 de abril del 2009.
Dado en el Ministerio
de Gobernación y Policía, a los quince días del mes de abril del dos mil nueve.
Janina del Vecchio
Ugalde, Ministra de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—(O. C. Nº
94769).—(Solicitud Nº 18321).—C-31520.—(39949).
Nº 195-09-MG
Con fundamento en las
atribuciones conferidas en los artículos 140 incisos 1), 8), 18) y 20) y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
señora Cinthia Solís Lizano, cédula de identidad N° 1-0849-0758, como
representante propietaria, en sustitución del Lic. Ricardo Otárola Pacheco, en
representación del Ministerio de Relaciones Exteriores, ante el Consejo
Nacional de Migración.
Artículo 2º—Rige a partir del
14 de abril del 2009.
Dado en
Publíquese.—Janina Del
Vecchio Ugalde, Ministra de Gobernación y Policía y Seguridad Pública.—1
vez.—(Solicitud Nº 18320 - OC Nº 94769-Migración).—C-15020.—(39943).
Nº 024-2009 MSP
EL PRESIDENTE DE
Y
Con fundamento en las
atribuciones conferidas por el artículo 140 inciso 1) y artículo 146 de
Considerando:
I.—Que
II.—Que dichos servidores
aprobaron satisfactoriamente el Curso Básico Policial, impartido por
ACUERDAN:
Artículo 1º—Aprobar el
ingreso al Estatuto Policial del Ministerio de Seguridad Pública, con las
obligaciones y derechos que ello implica, a los siguientes funcionarios:
Nombre Cédula Clase Puesto Puesto Código
Gutiérrez
Guevara
Eder Jesús 5-345-076 Raso de Policía 78203 090-05-01-0004
Herrera Madrigal
Kenneth Jerry 1-1350-220 Raso de Policía 106592 090-05-01-0004
Mena Leitón
Alonso
José 2-613-322 Raso de Policía 106677 090-05-01-0004
Méndez Moraga
Laureano José 2-551-855 Raso de Policía 106731 090-05-01-0004
Palma Bolaños
Andrey
Gerardo 2-611-837 Raso de Policía 106858 090-05-01-0004
Pérez Ulate
Carlos
Maikol 2-625-089 Raso de Policía 107342 090-05-01-0004
Quesada Martínez
Ronald Alexander 6-323-218 Raso de Policía 106872 090-05-01-0004
Rodríguez Segura
Karla 1-1197-394 Raso de Policía 106876 090-05-01-0004
Ulate López
Harold
Francisco 2-654-218 Raso de Policía 107003 090-05-01-0004
Zamora Palma
Allan 1-1399-414 Raso de Policía 107197 090-05-01-0004
Artículo 2º—Rige a
partir de los treinta días del mes de octubre del dos mil ocho.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—
Nº 037-2009 MSP
EL PRESIDENTE DE
Y
Con fundamento en las
atribuciones conferidas por los artículos 146 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Despedir
por causa justificada sin responsabilidad para el Estado al señor Rodolfo Jirón
Flores, cédula de identidad número: 1-642-713.
Artículo 2º—En el presente
caso el señor Jirón Flores interpuso en tiempo el recurso de apelación mismo
que fue declarado sin lugar, quedando firme el acto final que decidió el justo
despido.
Artículo 3º—Rige a partir del
18 de noviembre del 2008.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—
N° 065-2009-RE
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO
Con fundamento en lo
dispuesto en el artículo 140 incisos 8, 12, 20 y artículo 146 de
Considerando:
1º—Que el servidor
Marvin Segura Montero, cédula de identidad número 01-1020-0153, es funcionario
de la carrera diplomática, en rango de Agregado.
2º—Que mediante nota sin
número de fecha 30 de enero del 2009 recibida en fecha 04 de marzo del 2009, el
servidor Segura Montero, le comunica al señor Bruno Stagno Ugarte, Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, su decisión de renunciar a la carrera
diplomática.
3º—Que mediante Oficio Nº
PRH-153-09 de fecha 12 de marzo del 2009 se le comunica al señor Segura Montero
la aceptación de su renuncia a la carrera diplomática. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Se acepta
la renuncia del servidor Marvin Segura Montero, cédula de identidad número
01-1020-0153, como funcionario de
Artículo 2º—Rige a partir del
01 de febrero del 2009.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—(O. C.
Nº 93569).—(Solicitud Nº 45482).—C-18770.—(39530).
Nº AH-066-2009
EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 25, inciso 1); artículo 28, incisos 1) y 2), acápite
a) de
Considerando:
1º—Que el “XXXVI
Seminario Internacional de Presupuesto Público”, es de interés para el
Ministerio de Hacienda, por cuanto es una actividad que permitirá la
actualización de conocimientos de las funcionarías como profesionales y por las
funciones que realizan en
2º—Que la participación de
las funcionarias María Elena Powan Chinchilla, cédula Nº 1-415-1011 Directora
Financiera del Ministerio de Hacienda, y Xinia Ramírez Bolaños, cédula Nº
1-900-507, Coordinadora del Área de Registro y Control Contable, responde a que
las servidoras han sido designadas a este evento, como parte de las actividades
de intercambio de experiencias en el área de sus funciones. Asimismo,
contribuirá en la elaboración de los proyectos contemplados en el Programa de
Fortalecimiento Hacendarlo impulsado por esta Administración.
3º—Que el Departamento de
Investigación y Formación Hacendaría, en cumplimiento de lo establecido en el
artículo 13, inciso a) del Decreto Ejecutivo Nº 31212-H Reglamento para
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a
las funcionarias María Elena Powan Chinchilla, cédula Nº 1-415-1011 Directora
Financiera del Ministerio de Hacienda y Xinia Ramírez Bolaños, cédula Nº
1-900-507, Coordinadora del Área de Registro y Control Contable, para que
viajen y participen en el “XXXVI Seminario Internacional de Presupuesto
Público”, que se llevará a cabo del 11 al 15 de mayo del 2009, en la ciudad de
Santo Domingo, República Dominicana.
Artículo 2º—Los gastos de las
funcionarias Powan Chinchilla, y Ramírez Bolaños, por concepto de impuestos,
tributos o cánones que se deban pagar en terminales de transporte, así como por
hospedaje, transporte, alimentación, y otros gastos a saber $2.400,00
transporte interno en el país de destino, seguro de vida, serán cubiertos por
el Programa 132-000 Administración Superior, en la subpartida 105-04 que
corresponde a “Viáticos al Exterior”.
Los gastos por concepto de
transporte aéreo, a saber $1000 para las funcionarías, serán cubiertos por la
subpartida 105-03 “Transporte en el Exterior” del mismo Programa/Subprograma,
asimismo la cuota de inscripción a la actividad, a saber $600,00 será cubierta
por la subpartida 107-01 del mismo Programa/Subprograma.
Artículo 3º—Que durante los
días comprendidos del 11 de mayo al 15 de mayo del 2009, en que se autoriza la
participación y viaje a la funcionaria Powan Chinchilla y Ramírez Solanos en la
mencionada actividad, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente
acuerdo rige a partir del 10 al 16 de mayo del 2009.
Dado en el Ministerio
de Hacienda, a los veintidós días del mes de abril del dos mil nueve.
Guillermo E. Zúñiga
Chaves, Ministro de Hacienda.—1 vez.—(Solicitud Nº 34292).—C-45770.—(39448).
Nº 009-PE
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y
GANADERÍA
De conformidad con lo
que establecen los artículos 140, inciso 20) y 146 de
ACUERDA:
1º—Autorizar a
2º—Los gastos de transporte,
alojamiento y alimentación, serán cubiertos por el Proyecto RUTA.
3º—Rige a partir del 11 al 15
de enero de 2009.
Dado en el Despacho
Ministerial, el día doce del mes de enero del año dos mil nueve.
Javier Flores Galarza,
Ministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—(O. C. Nº 93041).—(Solicitud Nº
28489).—C-16520.—(39464).
Nº 017-PE
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y
GANADERÍA
De conformidad con lo
que establecen los artículos 140, inciso 20) y 146 de
ACUERDA:
1º—Autorizar a
2º—Los gastos de transporte,
alojamiento y alimentación, serán cubiertos por el Proyecto RUTA.
3º—Rige a partir del 24 al 31
de enero de 2009.
Dado en el Despacho
Ministerial, el día 26 del mes de enero del año dos mil nueve.
Javier Flores Galarza,
Ministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—(O. C. Nº 93041).—(Solicitud Nº
28490).—C-16520.—(39465).
Nº 018-PE
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y
GANADERÍA
De conformidad con lo
que establecen los artículos 140, inciso 20) y 146 de
ACUERDA:
1º—Autorizar a
2º—Los gastos de transporte,
alojamiento y alimentación, serán cubiertos por
3º—Rige a partir del 4 al 6
de febrero de 2009.
Dado en el Despacho
Ministerial, el día 27 del mes de enero del año dos mil nueve.
Javier Flores Galarza,
Ministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—(O. C. Nº 93041).—(Solicitud Nº
28491).—C-15020.—(39466).
Nº 057-PE
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y
GANADERÍA
De conformidad con lo
que establecen los artículos 140, inciso 20) y 146 de
ACUERDA:
1º—Autorizar a
2º—Los gastos de transporte,
alojamiento y alimentación, serán cubiertos por
3º—Rige a partir del 12 al 14
de marzo de 2009.
Dado en el Despacho
Ministerial, el día cinco del mes de marzo del año dos mil nueve.
Javier Flores Galarza,
Ministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—(O. C. Nº 93041).—(Solicitud Nº
28493).—C-16520.—(39467).
Nº 058-PE
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y
GANADERÍA
De conformidad con lo que
establecen los artículos 140, inciso 20) y 146 de
ACUERDA:
1º—Autorizar a
2º—Los gastos de transporte,
alojamiento y alimentación, serán cubiertos por el Proyecto RUTA.
3º—Rige a partir del 11 al 14
de marzo de 2009.
Dado en el Despacho
Ministerial, el día nueve del mes de enero del año dos mil nueve.
Javier Flores Galarza,
Ministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—(O. C. Nº 93041).—(Solicitud Nº
28492).—C-16520.—(39468).
Nº 069-PE
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y
GANADERÍA
De conformidad con lo
que establecen los artículos 140, inciso 20) y 146 de
ACUERDA:
1º—Autorizar a
2º—Todos los gastos serán
cubiertos por el Proyecto RUTA.
3º—Rige a partir del 29 de
marzo al 3 de abril de 2009.
Dado en el Despacho Ministerial,
el día veintisiete del mes de marzo del año dos mil nueve.
Carlos Villalobos
Arias, Ministro de Agricultura y Ganadería a. í.—1 vez.—(O. C. Nº
93041).—(Solicitud Nº 28494).—C-16520.—(39469).
Nº 081-PE
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y
GANADERÍA
De conformidad con lo
que establecen los artículos 140, inciso 20) y 146 de
ACUERDA:
1º—Autorizar a
2º—Los gastos de
alimentación, hospedaje y traslado, serán cubiertos con el aporte del Programa
Regional de Seguridad Alimentaria y Nutricional para Centroamérica (PRESANCA).
3º—Rige a partir del 16 al 17
de abril de 2009.
Dado en el Despacho
Ministerial, el día catorce del mes de abril del año dos mil nueve.
Carlos Villalobos
Arias, Ministro de Agricultura y Ganadería a. í.—1 vez.—(O. C. Nº
93041).—(Solicitud Nº 28495).—C-19520.—(39470).
Nº 037-MEIC
EL MINISTRO DE ECONOMÍA,
INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en lo
dispuesto por los incisos 8) y 20) del artículo 140 y artículo 146 de
Considerando:
1º—Que el Codex
Alimentarius es el ente de referencia mundial en materia de alimentos, en donde
se dictan las normas que rigen el comercio internacional y que buscan
garantizar la seguridad y protección de los consumidores.
2º—Que es de interés para el
Ministerio de Economía, Industria y Comercio participar a través de un Delegado
Oficial en la próxima reunión de la mesa de Etiquetado de los Alimentos, la
cual se realizará en Calgary- Canadá, del 04 al 08 de mayo próximo.
3º—Que conforme se establece
en el artículo 111.1 de
4º—Que el objetivo de la
participación es lograr que se adopten las recomendaciones nacionales en
materia de etiquetado de alimentos. Por tanto,
ACUERDA
Artículo 1º—Nombrar al
señor Jorge Arturo Jara Aguilar, portador de la cédula de identidad número
1-0446-0740 como funcionario ad honorem del Ministerio de Economía, Industria y
Comercio (MEIC), para que participe y represente a Costa Rica ante el Codex
Mundial en la próxima reunión de la mesa de Etiquetado de los Alimentos, a
realizarse en Calgary, Canadá.
Artículo 2º—Con fundamento en
lo que estipula el numeral 22 del Decreto Ejecutivo Nº 33212-MEIC, Reglamento
Interno del Comité Nacional de Codex y los Subcomités Nacionales del Codex
Alimentarius en Costa Rica, del 20 de junio del 2006, autorizar al señor Jorge
Arturo Jara Aguilar, portador de la cédula de identidad número 1-0446-0740,
para que viaje a la ciudad de Calgary, Canadá y participe en la próxima reunión
de la mesa de Etiquetado de los Alimentos a realizarse los días del 04 al 08 de
mayo del 2009, en aras de procurar la adecuada defensa de la posición del país,
debidamente avalada por el Comité Nacional del Codex.
Artículo 3º—Los Gastos por
concepto de transporte aéreo, hospedaje y alimentación, serán cubiertos por
Artículo 4º—Rige a partir del
03 de mayo del 2009 y hasta su regreso al país el día 09 de mayo del mismo año.
Dado en el Ministerio
de Economía Industria y Comercio, a los treinta días del mes de abril del dos
mil nueve.
Publíquese.—Marco A.
Vargas Díaz, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—(O. C. Nº
94708).—(Solicitud Nº 27048).—C-36020.—(39536).
Nº 039-2009-MEIC
EL MINISTRO DE ECONOMÍA,
INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 25 inciso 1), 27 y 28 inciso 2 acápite b) de
Considerando:
I.—Que el Ministerio de
Economía, Industria y Comercio (MEIC) es el Ente Rector del Sistema Nacional
para
II.—Que el Sistema Nacional
para
III.—Que es de interés para
el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), participar en las
actividades que se van a desarrollar a nivel latinoamericano, denominadas: “XI
Reunión de Popularización de
IV.—Que dichos eventos se
llevarán a cabo en
V.—Que la funcionaria Margot
Mena Young, portadora de la cédula de identidad número 1-0870-0804, Asesora del
Despacho del Viceministro del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, en
materia de comunicación social, relaciones públicas y prensa, ha sido delegada
por parte de este Ministerio para exponer el programa de promoción de
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a
la señora Margot Mena Young, portadora de la cédula de identidad Nº
1-0870-0804, Asesora del Despacho del Viceministro del Ministerio de Economía,
Industria y Comercio, para que viaje a
Artículo 2º—Los gastos por
concepto de transporte aéreo, alimentación, hospedaje, así como cualquier otro
gasto necesario, serán cubiertos en su totalidad por
Artículo 3º—Que la
funcionaria devengará el 100% de su salario durante su ausencia.
Artículo 4º—Rige a partir del
día 23 de mayo del dos mil nueve y hasta su regreso el día 31 de mayo del mismo
año.
Dado en el Ministerio
de Economía, Industria y Comercio en la ciudad de San José, al ser los cinco
días del mes de mayo del año dos mil nueve.
Publíquese.—Marco
Vargas Díaz, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—(O. C. Nº
96082).—(Solicitud Nº 27042).—C-42020.—(39540).
Nº 024-09
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en los
artículos 140, inciso 2) y 146 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Despedir
con justa causa y sin responsabilidad para el Estado, al servidor Juan Gerardo
Romero Enríquez, mayor de edad, cédula de identidad Nº 4-142-641, quien labora
como Profesor de Enseñanza Técnica Profesional-Informática en el Liceo Diurno
de Río Frío
Artículo 2º—El presente
acuerdo rige a partir del veintiséis de febrero del dos mil nueve.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El
Ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo.—1 vez.—O. C. Nº
97133.—(Solicitud Nº 20877).—C-16520.—(39486).
MEP-191-2008
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
PÚBLICA
Con fundamento en lo
dispuesto en el artículo 139 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
la señora Alejandrina Mata Segreda, cédula de identidad N° 1-394-218,
Viceministra Académica de Educación Pública, para que participe en
Artículo. 2º—Los costos del
viaje al exterior en España, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso,
alimentación y hospedaje serán cubiertos por
Los costos del viaje al
exterior en Francia, serán cubiertos de la siguiente manera: los gastos
correspondientes al alojamiento y manutención, serán cubiertos por el programa
571-00, de la partida presupuestaria 10504, por un monto de setecientos
cuarenta y cuatro dólares con cero centavos de dólar ($744,00); incluye los
cánones por concepto de los impuestos de salida del país destino, el transporte
terrestre Madrid-París-Madrid, los traslados internos de aeropuerto-hotel y
viceversa, que serán reembolsados por
Artículo 3º—Que durante los
días del 12 al 19 de octubre de 2008, en que se autoriza la participación de la
señora Alejandrina Mata Segreda en la actividad, devengará el 100% de su
salario.
Artículo 4º—El presente
acuerdo rige a partir del 12 al 19 de octubre de 2008.
Dado en el Ministerio
de Educación Pública, a los tres días del mes de octubre del dos mil ocho.
Leonardo Garnier
Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O.C. Nº 95269).—(Solicitud Nº
4037).—C-28520.—(39008).
MEP-195-2008
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
PÚBLICA
Con fundamento en lo
dispuesto en el artículo 140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
las señoras Ana Ligia Matamoros Carvajal, cédula de identidad N° 1-639-764,
funcionaria en el Departamento de Evaluación de
Artículo 2º—Los costos del
viaje al exterior serán cubiertos por
Artículo 3º—Que durante los
días del 11 al 16 de octubre de 2008, en que se autoriza la participación de
las señoras Ana Ligia Matamoros Carvajal y Dixie Emilia Brenes Vindas en la
actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente
acuerdo rige a partir del 13 al 17 de octubre de 2008.
Dado en el Ministerio de
Educación Pública, el primer día del mes de octubre del dos mil ocho.
Leonardo Garnier
Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O.C. Nº 95269).—(Solicitud Nº
4640).—C-22520.—(39019).
MEP-197-2008
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
PÚBLICA
Con fundamento en lo
dispuesto en el artículo 140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
la señora Nataly Molina Sánchez, cédula de identidad N° 1-1257-640, Docente de
Artículo 2º—Los costos del
viaje al exterior serán cubiertos por la interesada.
Artículo 3º—Que durante los
días del 26 de octubre al 01 de noviembre de 2008, en que se autoriza la
participación de la señora Nataly Molina Sánchez en la actividad, devengará el
100% de su salario.
Artículo 4º—El presente
acuerdo rige a partir del 26 de octubre al 01 de noviembre de 2008.
Dado en el Ministerio
de Educación Pública, a los seis días del mes de octubre dos mil ocho.
Leonardo Garnier
Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O.C. Nº 95269).—(Solicitud Nº
4041).—C-20270.—(39022).
MEP-198-2008
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
PÚBLICA
Con fundamento en lo
dispuesto en el artículo 140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Juan Antonio Arroyo Valenciano, cédula de identidad N° 2-423-638,
Director de Desarrollo Profesional UGS, Ministerio de Educación Pública de
Costa Rica, para que participe en las “I Jornadas sobre Políticas para el
Desarrollo de
Artículo 2º—Los costos del
viaje al exterior serán cubiertos por el Ministerio de Educación de España.
Artículo 3º—Que durante los
días del 26 de octubre al 01 de noviembre de 2008, en que se autoriza la
participación del señor Juan Antonio Arroyo Valenciano en la actividad,
devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente
acuerdo rige a partir del 26 de octubre al 01 de noviembre de 2008.
Dado en el Ministerio
de Educación Pública, a los primeros días del mes de octubre del dos mil ocho.
Leonardo Garnier
Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O.C. Nº 95269).—(Solicitud Nº
4042).—C-18770.—(39025).
MEP-199-2008
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
PÚBLICA
Con fundamento en lo
dispuesto en el artículo 140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Carlos Méndez Bonilla, cédula de identidad N° 7-088-422, Jefe del
Departamento de Seguimiento y Evaluación en el Instituto Uladislao Gámez, para
que participe en el “Curso Experto Universitario en Administración de
Artículo 2º—Los costos del
viaje al exterior serán cubiertos por el Ministerio de Educación de España.
Artículo 3º—Que durante los
días del 13 al 17 de octubre de 2008, en que se autoriza la participación del
señor Carlos Méndez Bonilla en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente
acuerdo rige a partir del 13 al 17 de octubre de 2008.
Dado en el Ministerio
de Educación Pública el primer día del mes de octubre del dos mil ocho.
Leonardo Garnier
Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O.C. Nº 95269).—(Solicitud Nº
4043).—C-18020.—(39036).
MEP-200-2008
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
PÚBLICA
Con fundamento en lo
dispuesto en el artículo 140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Manuel Aguilar Brenes, cédula de identidad N° 1-598-154, Asistente de
Dirección CINDEA-Santa Ana, para que participe en el “Congreso Internacional de
Educación Superior”, que se realizará en Panamá, del 06 al 10 de octubre del
2008.
Artículo 2º—Los costos del
viaje al exterior serán cubiertos por el interesado.
Artículo 3º—Que durante los
días del 06 al 10 de octubre de 2008, en que se autoriza la participación del
señor Manuel Aguilar Brenes en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente
acuerdo rige a partir del 06 al 10 de octubre de 2008.
Dado en el Ministerio
de Educación Pública, a los seis días del mes de octubre del dos mil ocho.
Leonardo Garnier
Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O.C. Nº 95269).—(Solicitud Nº
4046).—C-16520.—(39044).
MEP-201-2008
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
PÚBLICA
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
los señores Luis Alberto Chaves Mata, cédula de identidad N° 1-672-895, Asesor
Supervisor de
Artículo 2º—Los costos del
viaje al exterior serán cubiertos por,
Artículo 3º—Que durante los
días del 19 al 25 de octubre de 2008, en que se autoriza la participación de
los señores Luis Alberto Chaves Mata y Randall Durante Calvo en la actividad,
devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente
acuerdo rige a partir del 19 al 26 de octubre de 2008.
Dado en el Ministerio
de Educación Pública, a los seis días del mes de octubre dos mil ocho.
Leonardo Garnier
Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O.C. Nº 95269).—(Solicitud Nº
4044).—C-22520.—(39045).
MEP-202-2008
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
PÚBLICA
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
señora Gabriela Rodríguez Villalobos, cédula de identidad N° 4-137-082, Asesora
Regional de Educación Preescolar, Alajuela, para que participe en el curso
“Importancia de
Artículo 2º—Los costos del
viaje al exterior serán cubiertos de la siguiente manera, Pasaje aéreo de ida y
regreso: Gobierno de Israel, Alojamiento y manutención: La interesada.
Artículo 3º—Que durante los días
del 28 de octubre al 3 de diciembre de 2008, en que se autoriza la
participación de la señora Gabriela Rodríguez Villalobos en la actividad,
devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente
acuerdo rige a partir del 28 de octubre al 03 de diciembre de 2008.
Dado en el Ministerio
de Educación Pública, a los seis días del mes de octubre dos mil ocho.
Leonardo Garnier
Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O.C. Nº 95269).—(Solicitud Nº
4045).—C-18770.—(39048).
MEP-205-2008
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
PÚBLICA
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Fernando Ulloa Rodríguez, cédula de identidad N° 1-522-399, Asesor del
Despacho de
Artículo 2º—Los costos del
viaje al exterior serán cubiertos por,
Artículo 3º—Que durante los
días del 08 al 16 de noviembre en que se autoriza la participación del señor
Fernando Ulloa Rodríguez en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente
acuerdo rige del 8 de al 16 de noviembre de 2008.
Dado en el Ministerio
de Educación Pública, a los veinte días del mes de octubre dos mil ocho.
Leonardo Garnier
Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O.C. Nº 95269).—(Solicitud Nº
4072).—C-21020.—(39065).
MEP-210-2008
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
PÚBLICA
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Esteban Gutiérrez Madrigal, cédula de identidad N° 1-1051-565, Asesor en
Artículo 2º—Los costos del
viaje al exterior serán cubiertos por, El Ministerio de Educación de Brasil y
Artículo 3º—Que durante los días
del 3 al 8 de noviembre de 2008, en que se autoriza la participación del señor
Esteban Gutiérrez Madrigal en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente
acuerdo rige a partir del 3 al 8 de noviembre de 2008.
Dado en el Ministerio
de Educación Pública, a los veintidós días del mes de octubre dos mil ocho.
Leonardo Garnier
Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O.C. Nº 95269).—(Solicitud Nº
4071).—C-18770.—(39067).
MEP-211-2008
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
PÚBLICA
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
la señora Cecilia Calderón Solano, cédula de identidad N° 4-115-406, Asesora
Nacional de Ciencias, para que participe en
Artículo 2º—Los costos del
viaje al exterior serán cubiertos por,
Artículo 3º—Que durante los
días del 19 al 24 de octubre de 2008, en que se autoriza la participación de la
señora Cecilia Calderón Solano en la actividad, devengará el 100% de su
salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo
rige a partir del 19 al 24 de octubre de 2008.
Dado en el Ministerio
de Educación Pública, a los veintidós días del mes de octubre dos mil ocho.
Leonardo Garnier
Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O.C. Nº 95269).—(Solicitud Nº
4069).—C-18770.—(39068).
MEP-214-2008
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
PÚBLICA
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Francisco Alemán Álvarez, cédula de identidad N° 15-191-623, Docente en
el Liceo Nocturno de Nicoya-Guanacaste, para que participe en el curso
“Capacitación de Desastres”, que se realizará en Japón, del 26 de octubre al 10
de diciembre de 2008.
Artículo 2º—Los costos del
viaje al exterior serán cubiertos por, Agencia de Cooperación Internacional del
Japón (JICA).
Artículo 3º—Que durante los
días del 26 de octubre al 10 de diciembre de 2008, en que se autoriza la
participación del señor, Francisco Alemán Álvarez en la actividad, devengará el
100% de su salario.
Artículo 4º—El presente
acuerdo rige a partir del 26 de octubre al 10 de diciembre de 2008.
Dado en el Ministerio
de Educación Pública, a los veintidós días del mes de octubre dos mil ocho.
Leonardo Garnier
Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O.C. Nº 95269).—(Solicitud Nº
4066).—C-16270.—(39071).
MEP-216-2008
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
PÚBLICA
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Mario Avendaño Arguedas, cédula de identidad N° 3-276-917, Director del
Departamento de Desarrollo Profesional, para que asista al Proyecto
“Fortalecimiento de
Artículo 2º—Los costos del
viaje al exterior serán cubiertos por,
Artículo 3º—Que durante los
días del 6 al 16 de noviembre de 2008, en que se autoriza la participación del
señor Mario Avendaño Arguedas en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente
acuerdo rige a partir del 6 al 16 de noviembre de 2008.
Dado en el Ministerio
de Educación Pública, el veinticuatro de noviembre dos mil ocho.
Leonardo Garnier
Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O.C. Nº 95269).—(Solicitud Nº
4064).—C-17270.—(39077).
MEP-217-2008
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de
ACUERDA:
Artículo 1º—- Designar
al señor Carlos Villalobos Argüello, cédula de identidad N° 1-686-085, Director
del Departamento de Infraestructura y Equipamiento Educativo, para que
participe en el “VII Congreso Internacional sobre el Desarrollo de
Infraestructura Física Educativa “, que se realizará en México, del 11 al 15 de
noviembre del 2008.
Artículo 2º—Los costos del
viaje al exterior por concepto de alojamiento y manutención serán cubiertos por
el programa presupuestario 571-00, de partida presupuestaria 10504, para un
monto de novecientos ochenta y dos dólares con cero ocho centavos de dólar
($982,08), los gastos correspondientes al transporte aéreo de ida y regreso,
serán cubiertos de la partida presupuestaria 10503 del mismo programa, para un
monto de novecientos veintisiete dólares con noventa y cuatro dólares ($927,94)
y los gastos correspondientes a los derechos del congreso, serán cubiertos por
el programa presupuestario 571-00, de la partida presupuestaria 10701, para un
costo de cien dólares con cero centavos de dólar ($100,00); para un monto total
de mil quinientos doce dólares con treinta y seis centavos de dólar
($1.910,22); todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo
establecido.
Artículo 3º—Que durante los
días del 11 al 15 de noviembre de 2008, en que se autoriza la participación del
señor Carlos Villalobos Argüello en la actividad, devengará el 100% de su
salario.
Artículo 4º—El presente
acuerdo rige a partir del 11 al 15 de noviembre de 2008.
Dado en el Ministerio
de Educación Pública, a los seis días del mes de noviembre dos mil ocho.
Leonardo Garnier
Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O.C. Nº 95269).—(Solicitud Nº
4063).—C-28520.—(39078).
MEP-218-2008
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
PÚBLICA
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
la señora Imara Rodríguez López, cédula de identidad N° 5-265-709, Docente de
Artículo 2º—Los costos del
viaje al exterior por concepto de transporte aéreo, alojamiento y manutención
serán cubiertos por,
Artículo 3º—Que durante los
días del 15 de noviembre al 08 de diciembre de 2008, en que se autoriza la
participación de la señora Imara Rodríguez López en la actividad, devengará el
100% de su salario.
Artículo 4º—El presente
acuerdo rige a partir del 15 de noviembre al 8 de diciembre de 2008.
Dado en el Ministerio
de Educación Pública, a los treinta y un días del mes de octubre dos mil ocho.
Leonardo Garnier
Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O.C. Nº 95269).—(Solicitud Nº
4062).—C-21020.—(39079).
Nº 026-2009
EL PRESIDENTE DE
Y
Con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 140, inciso 1) y 146 de
Considerando:
I.—Que los servidores
que se dirán cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 65 de
II.—Que tales servidores
aprobaron satisfactoriamente el curso Básico Policial, de conformidad con los
artículos 117 y 119 del Reglamento General de
III.—Que en las sesiones
números 017-08 del 29 de mayo del 2008, 018-08 del 4 de junio del 2008, 019-08
del 12 de junio del 2008, 023-08 del 17 de julio del 2008, 025-08 del 7 de
agosto del 2008, del Consejo de Personal de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Incluir
dentro del Régimen del Estatuto Policial a los siguientes funcionarios:
Funcionario Cédula
Nº
Alfaro
Cascante Esteban Vinicio 1-1311-685
Arce
García Jacqueline 1-1265-353
Arce
Sandoval Félix Joseph 2-0603-900
Arrieta
Ruiz Luis Rodolfo 5-0288-261
Barrantes
Jiménez Claudio 2-0381-451
Borbón
Vásquez Waddy 6-0182-371
Calero
Prado Isnardi Carlos 9-0112-056
Camacho
Ureña Mario 3-0305-753
Castro
Álvarez Zacarías 5-0247-622
Chacón
Zúñiga José Ángel 2-0534-746
Chinchilla
Benavides Danny Jesús 1-1245-538
Cortés
Álvarez Kattya Vanessa 7-0156-766
Díaz
Brizuela Walhner Olivier 5-0347-795
Díaz
Herrera Lilliam 1-1228-027
Fallas
Solano Edwin Martín 1-1399-157
Fuentes
Castro Ronald Vinicio 7-0170-821
García
González Elbin 2-0636-180
García
Ortega Osvaldo Danilo 5-0248-337
Godínez
Núñez Greivin 7-0179-308
Guerrero
Bosque Walter 6-0304-874
Hernández
Fernández Pedro 1-1198-993
Hernández
Rojas Luis Miguel 1-1278-596
Herrera
Murillo Juan Andrés 7-0165-551
Jiménez
Morales Laura 1-1103-146
Lobo
Hernández Allan de los Ángeles 1-1306-327
López
Díaz Luis Antonio 5-0187-894
Madrigal
Rojas Martín Andrés 1-1357-241
Mendoza
López Jafet 1-1394-940
Meneses
Sánchez Melvin Alberto 3-0419-509
Monge
Chavarría José Mario 1-1173-897
Molina
Villalobos Jonathan cc John 5-0356-978
Montoya
Vargas Douglas 7-0154-649
Mora
Enríquez Santos Huber 5-0299-031
Morales
Vargas Carmen Lidia 2-0550-277
Obando
Díaz José Naen 5-0293-475
Padilla
Padilla Anthony 1-1356-152
Prado
Rojas Erick Marcelo 1-1443-323
Quesada
Valverde Carolina 2-0572-376
Ramírez
Méndez Grace 6-0248-571
Rey
Palma Yerson Aaron 1-1300-537
Rodríguez
Quesada Luis Diego 1-1306-849
Rojas
Fernández Rocío 1-0659-510
Rojas
Marín Karolina 1-1155-084
Sánchez
Araya Jonathan Josué 1-1370-103
Sánchez
Mora Nelson Iván 1-1347-108
Silva
Gómez Andy Stewar 5-0349-582
Ureña
Méndez David cc: José David 3-0392-538
Ureña
Solís Virgilio 1-0569-759
Valle
Medina Edwin David 8-0089-186
Valverde
Bermúdez David 1-1265-001
Venegas
Valverde Ronald Vidal 1-0875-290
Zúñiga
Valverde Bryan 1-1421-807
Artículo 2º—Rige a
partir de la fecha de su publicación.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—
DIRECCIÓN GENERAL DE
SERVICIO CIVIL
De conformidad con el
artículo siete de
N° 002-2009 SC.—San José, 04 de mayo del 2009
El Director General de
Servicio Civil en uso de las facultades que le confiere el artículo 13 del
Estatuto de Servicio Civil, artículos 89 al 92 de
Considerando:
1º—Que mediante Acuerdo
número 001-2008 SC de fecha 29 de octubre del 2008, publicado en el Diario
Oficial
2º—Que según las labores
encomendadas a cada centro de trabajo de esta Dirección General, se hace
necesario actualizar los actos sobre los cuales le ordenó el delegante su
firma, mediante el acuerdo mencionado en el considerando anterior. Por
tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Modifíquese
el artículo 1 del Acuerdo número 001-2008 SC, del 29 de octubre del 2008,
publicado en
“Artículo 1º—Delegar la
firma del Director General de Servicio Civil en el señor Leonel Obando Obando,
cédula de identidad número 1-405-453, en su condición de Director del Área de
Carrera Docente, para que en adelante firme todas las resoluciones y trámites
que se dicten con motivo de la declaratoria de los puestos de confianza del
Título II por aplicación del artículo 4 inciso f) del Estatuto de Servicio
Civil, esto en coordinación con el Área de Gestión de Recursos Humanos de esta
Dirección General, así como todas aquellas resoluciones que se pronuncien con
ocasión de la modificación del Manual Descriptivo de Clases propios del Título
II del Estatuto de Servicio Civil. Asimismo las resoluciones que surjan con
motivo de asignaciones y reasignaciones de puestos cubiertos por el Título II
del Estatuto indicado cuando así corresponda. También se delega la firma de
resoluciones que surjan por los estudios de preingreso y de vida y costumbres
que requieran para comprobar la idoneidad moral de los candidatos a ocupar
puestos cubiertos por el ya citado Título II y de igual modo las resoluciones
referentes a la regulación de las vías de carrera administrativa en el mismo
Título.
Artículo 2º—Los
proyectos de las citadas resoluciones deberán ser estudiados por
Artículo 3º—Rige a partir de
su publicación.
Publíquese.—Msc. José
Joaquín Arguedas Herrera, Director General.—1 vez.—(O. C. Nº
93113).—C-47270.—(39527).
N° 001-2009 SC.—San José, 27 de abril del 2009
El Director General de
Servicio Civil en uso de las facultades que le confiere los artículos 13 del
Estatuto de Servicio Civil y 89 al 92 de
Considerando:
1º—Que el artículo 13
del Estatuto de Servicio Civil, señala las funciones y atribuciones del
Director General de Servicio Civil.
2º—Que el numeral 6 del
Reglamento Autónomo de Servicio y Organización de
3º—Que
4º—Que de conformidad con los
artículos 2 y 6 del Reglamento Autónomo de Servicio y Organización de
5º—Que mediante el Acuerdo
número 008-P, publicado en el Diario Oficial
6º—Que con el fin de agilizar
los procedimientos administrativos del Despacho del señor Director General, es
conveniente que se delegue en el Director de CECADES, la firma de los actos que
seguidamente se dirán. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Delegar la
firma del Director General de Servicio Civil en el Licenciado José Alberto
Rodríguez Salazar, portador de la cédula de identidad número 1-368-490, quien
en su condición de Director de CECADES, firmará en adelante los certificados de
capacitación en todas las modalidades.
Artículo 2º—Se deja sin
efecto el Acuerdo número 001-SC de fecha 26 de junio del 2006.
Artículo 3º—Rige a partir de
su publicación.
Publíquese.—José
Joaquín Arguedas Herrera, Director General.—1 vez.—(O. C. Nº 93113).—C-41270.—(39529).
DIRECCIÓN GENERAL DE
MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA
POR TANTO:
EL CONSEJO DE PERSONAL DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y
EXTRANJERÍA
De conformidad con los
artículos 11,
RESUELVE:
A) Despedir sin responsabilidad patronal al
funcionario Albán Azofeifa Chacón. La presente resolución es impugnable
mediante los recursos ordinarios de ley, los cuales podrán interponerse ante
este Consejo de Personal de
Notifíquese: Al señor
Albán Azofeifa Chacón, en su casa de habitación, ubicada en San Isidro de
Heredia, cuatrocientos metros al norte de
Lic. Mario Zamora
Cordero, Director General de Migración y Extranjería.—Lic. Milagro Redondo
Valle, Jefa a. í. de Policía de Migración.—Lic. Lys Espinoza Quesada, Jefa
Recursos Humanos.—1 vez.—(O. C. Nº 94769).—(Solicitud Nº
18316).—C-16520.—(39493).
SERVICIO NACIONAL DE SALUD
ANIMAL
Nº
SENASA-DG-R011-2009.—Servicio Nacional de Salud Animal.—Dirección
General.—Barreal de Ulloa, Heredia, a las once horas treinta minutos del seis
de mayo del dos mil nueve.
Resultando:
1º—Que el Servicio
Nacional de Salud Animal (SENASA), conforme a lo dispuesto por
2º—Que algunos países
importadores de productos y subproductos avícolas de Costa Rica exigen, como
requisito esencial, que los establecimientos donde se producen, se sacrifica y
deshuesa aves, cuyas carnes son para la exportación, cuenten con un servicio de
inspección veterinaria oficial, que garantice no solo la sanidad de los
procesos y operación del establecimiento, sino el cumplimiento de las normas
nacionales e internacionales, garantizando la imparcialidad e independencia
funcional, operacional y laboral de los inspectores con el Establecimiento.
3º—Que el SENASA a través de
diferentes procesos ha venido desarrollando una estructura funcional, con la
participación de
4º—Que se hace necesario,
como etapa lógica a lo ya establecido oficializar las labores de los y las
médicos veterinarios que coadyuvan en ese esfuerzo en las diferentes plantas o
establecimientos, que requieren inspección veterinaria oficial. Por tanto:
EL DIRECTOR GENERAL DEL
SERVICIO NACIONAL DE SALUD
ANIMAL DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y
GANADERÍA, RESUELVE:
I.—Declarar como
oficiales, bajo las normas y directrices del Servicio Nacional de Salud Animal
las labores que realizan los siguientes Médicos Veterinarios:
- Héctor Víquez Gairaud, cédula de identidad
2-0308-0658
- Manuel Castillo Hernández, cédula de
residencia 117000505802
- Gustavo Araya Rodríguez, cédula de identidad
1-1010-0530
- Patricia Saborío Alvarado, cédula de identidad
1-1078-0336
- Cindy Brenes Villalta, cedula de identidad
1-0979-0337
- Karla Elena Esquivel Rodríguez, cédula de
identidad 1-1131-0789
- Dannia Victoria Solano Gómez, cédula de
identidad 3-0385-0957
- Marjorie Guerrero Jiménez, cédula de
identidad 1-1154-0372
- Alejandra González Murillo, cédula de
identidad 1-0947-0694
- Karolina Solís Alfaro, cédula de identidad
2-0575-0293
II.—Para todos los
efectos las labores que se oficializan se enmarcan dentro de la organización y
funciones de
III.—Rige a partir de su
publicación en el Diario Oficial
CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Informa al público en
general
Que
CONSEJO DE TRANSPORTE
PÚBLICO
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Oficio Nº
DAJ-0901189.—Procedimiento administrativo ordinario, para averiguar la verdad
real de los hechos respecto a la presunta falta en su obligación de conducir al
menos una jornada de ocho horas diarias el vehículo que ampara la concesión
TSJ-5021, por el señor Gerardo Solís Méndez. Expediente administrativo N°
2009-25-T.
Dirección de Asuntos
Jurídicos.—San José, a las doce horas con diez minutos del martes veintiocho de
abril de dos mil nueve.
Señor
Gerardo Solís Méndez
Placa TSJ-5021
Notificaciones: Oficinas centrales de
Estimado señor:
Conoce esta Dirección
de Asuntos Jurídicos, el artículo 3.5.27 de la sesión ordinaria 40-2007 de
fecha 31 de mayo del 2007, adoptado por
Traslado de cargos:
• Que
• Que el señor Gerardo Solís Méndez, según
consta en la certificación de
• Que además consta en el expediente de la
placa TSJ-5021, en el folio 39, copia de la escritura número setenta y uno, del
notario público Abel Nicolás Chinchilla Mata, en la que el señor Gerardo Francisco
Solís Méndez, le otorga poder generalísimo sin limitación de suma al señor José
Antonio Solís Elizondo, para: “todos los negocios sobre el vehículo de su
propiedad que se describe: (…), placa: TSJ cero cinco cero dos uno. Dicho poder
se expide a tenor de lo preceptuado en el artículo mil doscientos cincuenta y
tres del Código Civil, incluyendo facultades espacialísimas como retiros de
indemnizaciones del INS, Poder Judicial y gestiones ante el Ministerio de
Transportes y Obras Públicas”. De este poder consta, además en folio 40, copia
de la certificación del poder del Registro Nacional, cuya cita de inscripción
es la 557-4705-1-1.
• Que mediante artículo 3.2.11 de la sesión
ordinaria 40-2007 del 31 de mayo del 2007,
• Que mediante oficio DAJ-0901073 del jueves
16 de abril del 2009, se emitió un oficio en el que se realizó el traslado de
cargos al señor Gerardo Solís Méndez. El mismo se trató de localizar en las
oficinas de
En razón de que esta
Asesoría Jurídica fue designada Órgano Director por
De tal manera, procédase a
indagar la verdad de los hechos objeto del presente asunto, y conforme al
artículo 218, 308, siguientes y concordantes de
De conformidad con el
artículo 312, inciso 2) y 3), así como el artículo 317, inciso 2) de
Asimismo se hace saber que
contra esta resolución, las partes pueden hacer uso de los recursos ordinarios
de revocatoria, apelación o ambos, debiendo interponerlos en todo caso ante
esta misma Dirección, dentro del término de 24 horas, lo anterior de
conformidad con los artículos 345 y 346.1 de
Se le indica que además de
los derechos que le otorga
Notifíquese en el lugar que
tiene señalado en el expediente administrativo o en su oferta presentada dentro
del Primer Procedimiento Especial Abreviado de Taxis, si se encontrare dentro
del perímetro de este Consejo, sin perjuicio de que pueda designar nuevo lugar,
dentro del perímetro de este Consejo o fax para atender futuras notificaciones,
bajo el apercibimiento de que en caso de omisión, o bien si el lugar indicado
fuere incierto, impreciso o dejare de existir, las resoluciones que se dicten
se le tendrán por notificadas con sólo el transcurso de veinticuatro
horas.—Dirección de Asuntos Jurídicos.—Lic. Laura Sánchez Navarro, Asesora
Legal.—V.B. Lic. María Elena Rojas Abarca, Directora.—(O. C. Nº
1382).—(Solicitud Nº 6695).—C-267210.—(39474).
INSTITUTO GEOGRÁFICO
NACIONAL
DEPARTAMENTO DE GEODESIA Y
TOPOGRAFÍA
AVISO Nº 2009-09
ZONA MARÍTIMA TERRESTRE
Amojonamiento de zona
pública en un
sector costero de Playa Cabuya
De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 63 del Reglamento de
1062245 N-380896 E y 1062165
N-380865 E (CRTM05)
176770 N-417260E y 176690 N-417230E
(LAMBERT)
(3 mojones, enumerados del 142 al 144)
Los datos técnicos
oficiales del trabajo han quedado registrados con los números 14B-12 y 14B-13
en el Registro de
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y
EVALUACIÓN DE
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante este Departamento se
ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el Tomo 2, Folio 62, Título N° 411, emitido por el Colegio
Nocturno Hernán López Hernández de Barva, en el año dos mil cuatro, a nombre de
Molina Sánchez Marco Mauricio. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de
Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad en Ciencias y
Letras, inscrito en el Tomo 1, Folio 49, Título N° 552, emitido por el Colegio
Santa María de Guadalupe, en el año mil novecientos setenta y ocho, a nombre de
Rodríguez Arce Luis Fernando. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 150, título N° 690, emitido por
el Liceo de Abangares, en el año dos mil cuatro, a nombre de Aguirre Durán
Catalina de Jesús. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de
Estudios de Educación Diversifica “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras,
inscrito en el tomo 1, folio 61, título N° 836, emitido por el Colegio Nuevo de
San José, en el año mil novecientos ochenta y uno, a nombre de Rojas Madrigal
Sandra. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante esta Dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios
de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Letras, inscrito en
el Tomo 1, Folio 174, Título N° 206, emitido por el Colegio Nocturno Miguel
Obregón Lizano, en el año mil novecientos setenta y cinco, a nombre de Jiménez
Solís Marcos. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 15, título Nº 132, emitido por el
Colegio Santa María de Guadalupe, en el año mil novecientos noventa, a nombre
de Miranda Soto Roy Ericson. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de
Estudios de Educación Diversificada “Rama Técnica”, inscrito en el tomo 2,
folio 21, título Nº 475, y del Título de Técnico Medio en Mecánica de
Precisión, inscrito en el tomo 1, folio 76, título Nº 301, emitido por el
Colegio Técnico Profesional Don Bosco, en el año mil novecientos ochenta y dos,
a nombre de Chaves Tellini David Arnoldo. Se solicita la reposición de los
títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 187, título N° 1566, emitido por
el Colegio Nocturno de Cartago, en el año dos mil tres, a nombre de Monge
Valerín Carolina. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de
Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” modalidad Ciencias y
Letras inscrito en el tomo 1, folio 80, título N° 795, emitido por el Instituto
Superior Julio Acosta García, en el año mil novecientos setenta y nueve, a
nombre de Matamoros Blanco María Isabel. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de
Estudios de
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Ante este departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Titulo de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 48, Titulo N° 403, emitido por el
Liceo Franco Costarricense, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre
de Alfaro Montero Aurora María. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 14, título Nº 178, emitido por el
Colegio Bilingüe de Palmares, en el año mil novecientos noventa, a nombre de
Ramírez Carranza Ileana. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 169, título Nº 435, emitido por
el Colegio Nocturno
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
PUBLICACIÓN DE
UNA VEZ
Cambio de nombre Nº 1390
Que Fernando Leñero Testart
en calidad de apoderado generalísimo de Aldesa Corporación de Inversiones
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-079444, solicita a este Registro se
anote la inscripción de cambio de nombre de Corporación Grupo Aldesa S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-79444 por el de Aldesa Corporación de Inversiones
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-079444, presentada el día 10 de
marzo de 2009 bajo expediente 1390. El nuevo nombre afecta a las siguientes
marcas: 2001-0006232 Registro Nº 131722 CONVERTIR
AL AHORRANTE EN UN INVERSIONISTA en
clase 50 Marca Denominativa. Publicar en
Cambio de nombre Nº 1389
Que Fernando Leñero
Testart, en calidad de apoderado generalísimo de Aldesa Corporación de
Inversiones Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-079444, solicita a este
Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Corporación Grupo
Aldesa Sociedad Anónima por el de Aldesa Corporación de Inversiones Sociedad
Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-079444, presentada el día 10 de marzo del
2009 bajo expediente 1389. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
2001-0006234 Registro Nº 131723 EL VALOR DE SABER INVERTIR en clase 50
marca denominativa. Publicar en
Cambio de nombre Nº 915
Que Marco Antonio
Jiménez Carmiol, en calidad de apoderado especial de Fischerwerke GmbH &
Co. KG, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de
Fischer-Werke Artur Fischer GMBH&Co.KG, por el de Fischerwerke GmbH &
Co. KG, presentada el día 16 de febrero del 2009, bajo expediente Nº 915. El
nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-4756909 registro Nº 47569, FISCHER
en clase 9 marca mixto, y 1900-4772628 registro Nº 47726 FISCHER en
clase 28 marca mixto. Publicar en
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
AVISOS
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la
reforma total de estatutos de
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Pequeños
Productores Agropecuarios de Calle Hornos de El Rosario de Naranjo, con
domicilio en la provincia de Alajuela. Sus fines, entre otros están: Impulsar
proyectos agrícolas de desarrollo productivo que sean factibles a través del
tiempo y que permitan a los asociados mejorar su nivel socio económico. Su
presidente Manuel Ángel Vásquez Araya, es el representante judicial y
extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y
demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de
las prescripciones establecidas en
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad denominada: Asociación Comunidad Cristiana Vida
Abundante del Este, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines
principales entre otros son los siguientes: Ser una asociación espiritual para
fortalecer la familia costarricense a través de principios espirituales y
bíblicos. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones
establecidas en el estatuto lo es el presidente: Carlos Manuel Umaña Rojas. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su
inscripción la reforma del estatuto de
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación para Familiares
Víctimas de Homicidios Justicia y Paz para Mitigar el Dolor, con domicilio en
la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los
siguientes: Ayudar a mitigar el dolor de las víctimas y sus familiares. Cuya
representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de
apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas
en el estatuto, lo es la presidenta Roxana Rojas Morales. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción la reforma al estatuto de
REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN
AVISOS
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
La señora(ita) María
del Milagro Chaves Desanti, cédula 1-626-794, mayor, abogada, vecina de Santa
Ana, en su condición de apoderada especial de Newfrey LLC de E. U. A., solicita
la patente de invención denominada CONJUNTO
DE TRANCA AL QUE SE LE PUEDE CAMBIAR
El señor Jorge Tristan
Trelles, cédula Nº 1-392-470, mayor, abogado, vecino de Santa Ana, en su
condición de apoderado especial de Takeda Pharmaceutical Company Limited, de
Japón, solicita la patente de invención denominada COMPUESTO DE INDOL. El propósito de la presente invención es
proporcionar un activador de glucocina útil como un agente farmacéutico tal
como un agente para la profilaxis o tratamiento de diabetes, obesidad y
similar. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados,
INSTITUTO METEOROLÓGICO
NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
Expediente Nº
13118P.—Asfaltos Orosi Siglo XXI S. A., solicita concesión de
Expediente Nº
3356P.—Industria Nacional de Cemento S. A., solicita concesión de
Expediente Nº
6335A.—Rafael Ángel y Félix Ángel, Argüello Rodríguez, solicitan concesión de
Expediente Nº
8617A.—Joli de Oriente S. A. y Joseph Edward Fearnley, solicitan concesión de
Expediente Nº
6399A.—El Rancho Gesling S. A., solicita concesión de
Expediente Nº
6320A.—Pay Up Front Investments S. A., solicita ampliación de usos de la
concesión de:
Expediente Nº
8839P.—Asociación Liga Deportiva Alajuelense, solicita concesión de
Expediente Nº
9104P.—British American Tobacco C.A. S. A., solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
Exp. Nº 8142A.—Compañía
Agrícola Industrial Propica S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº
7A.—Kooper Peralta Ltda., solicita concesión de:
Expediente Nº
2888A.—Kooper Peralta Ltda., solicita concesión de:
Expediente Nº
2901A.—Agrícola Industrial Cataluña S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº
2903A.—Agrícola Industrial Cataluña S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº 2904A.—Agrícola
Industrial Cataluña S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº
2905A.—Agrícola Industrial Cataluña S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº
13365A.—Personna de Costa Rica S. A., solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
Exp. 8836A.—Gerardo
Manuel Soto Pereira solicita concesión de:
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA
Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el
pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del
presupuesto.
Acuerdo Cédula Nº Nombre Monto
¢
377 3-101-057714 Prod. Infor. para el Desarrollo Prid 22.334.984,00
378 3-101-098063 Multinegocios Intern. América S. A. 13.286.191,81
379 01-0459-0934 Valladares Bermúdez Leonidas 1.983.294,00
379 01-0692-0708 Zúñiga Cordero María Cecilia 20.000,00
Acuerdo Cédula Nº Nombre Monto
¢
379 02-0455-0176 Steller Steller Ana Iris 60.112,00
379 03-0324-0847 Segura Gutiérrez Alexander 600.691,00
379 05-0227-0244 Ávila Quirós Marvin 177.576,00
379 06-0097-1053 Cerdas Villegas Leda María 636.905,03
379 3-101-096527 Central de Servicios Pc S. A. 210.275,00
379 3-101-340543 Elevadores Schindler S. A. 272.047,27
380 4-000-042139 Instituto Costarricense de Electric 44.410.815,00
381 3-101-000046 CIA Nacional de Fuerza y Luz 63.526.830,00
382 4-000-042139 Instituto Costarricense de Elec. 33.410.282,50
383 3-004-045202 Coop. de Elect. Rural de Guan. 1.408.471,40
383 3-004-045260 Coopesantos R.L. 47.715,00
384 3-101-070648 Molina Arce Construcción y Con. 3.619.417,07
385 3-101-079786 Coasin Costa Rica S. A. 2.714.298,25
385 3-101-344598 Asesoría Inm. y Negocios Red G. 137.295,00
386 3-101-073972 Copias Dinámicas S. A. 5.022.797,45
387 01-0897-0786 Mena Valverde Oscar Adolfo 2.909.605,56
387 01-0973-0893 Carmona Rojas Marvin V. 121.029,33
387 01-1003-0247 Retana Salas Silvia 232.291,00
387 01-1067-0869 Rodríguez Jiménez Mildred 192.792,37
387 01-1112-0104 Bastamente Blanco María A. 130.054,86
387 01-1206-0515 Rojas Rodríguez Ana Teresa 137.706,18
387 01-1252-0322 Peralta Sáenz Marggie V. 55.520,01
387 01-1299-0282 Ramírez Rodríguez María Sophia 643.514,23
387 01-1308-0078 Castillo Jiménez Eduardo J. 115.161,20
387 02-0618-0107 Zamora Gallo Karen Susana 49.668,03
387 05-0349-0954 Jiménez Robleto Carlos Ml. 36.191,66
387 07-0161-0500 Villalobos Ordóñez Verny Gdo. 46.611,99
387 08-0088-0267 Escorcia Schoencich Hosthon José 29.664,52
388 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 3.935.359,24
389 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 1.161.912,00
390 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 4.297.623,52
391 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 933.792,20
394 3-101-028741 Publimark S. A. 5.192.701,50
394 3-101-233569 Universidad Fundepos Alma Mater 5.222.498,40
394 3-101-259063 Movel Movimiento Eléctrico S. A. 4.562.144,22
394 3-101-452245 Siemens Enterprise Communicat. 25.667.870,90
395 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 9.385.981,85
396 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 1.228.592,00
397 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 2.307.287,36
398 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 2.320.221,00
399 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 10.504.217,22
400 4-000-042138 Instituto Costarricense de Ac. y Al. 14.992.180,20
401 01-0810-0954 Calvo Gutiérrez Álvaro 610.076,30
401 3-101-008970 Taller Garro y Álvarez S. A. 260.000,00
401 3-101-150374 J & E Suministros S. A. 129.145,00
401 3-101-170385 Auto Carrocerías Jesús Granados 441.497,85
401 3-102-363192 Medical Works Ltda. 201.292,00
402 01-0592-0991 Cedeño Montero Claudio (Doct) 8.036,00
402 01-1145-0743 Camacho Rodríguez Juan Carlos 147.200,00
402 02-0455-0176 Steller Steller Ana Iris 90.233,00
402 07-0083-0468 Rodríguez Ortega Carlos 125.000,00
402 3-012-370910 Elevadores Otis S.A. de Capital V. 274.674,40
402 3-101-063829 Praxair Costa Rica S. A. 198.396,66
402 3-101-098063 Multinegocios Intern. América S. A. 106.713,04
402 3-101-423442 Corporación Tecnofrío Ctf S. A. 1.627.544,91
403 01-0537-0061 Villalobos Chaves Roberto 10.310,00
403 01-0902-0356 Bertarioni Rodríguez Alexander 25.572,00
403 3-004-045099 Coop. Agrícola Ind. y Ser. Múltiples 128.125,64
403 3-012-370910 Elevadores Otis S.A. de Capital V. 245.385,16
403 3-101-165549 Servicios de Consultoría de Occ. 1.173.546,77
403 3-101-177156 Semans S. A. 110.140,89
403 3-101-227869 Correos de Costa Rica S. A. 1.236.897,20
404 3-101-227869 Correos de Costa Rica S. A. 6.997.151,00
405 01-0829-0740 Salas Innecken Ronny 4.566,56
405 04-0124-0111 Cordero Villalobos Ana Lucia 399.434,06
405 3-004-045532 Coop. Indust. Deservic. Multipl. El G. 84.365,81
405 3-101-098063 Multinegocios Intern. América S. A. 321.680,87
405 3-101-150338 E & R de San José S. A. 124.466,16
Acuerdo Cédula Nº Nombre Monto
¢
405 3-101-193851 Fep Comercial S. A. 30.602,58
405 3-101-276657 Consisa Ans S. A. 2.187.713,18
406 3-002-287079 Asoc. Solidarista Serv. Judiciales 25.317.307,49
407 3-101-007749 Recope S. A. 8.686.645,04
407 3-101-173211 Astark Electrónica S. A. 1.615.491,90
407 3-101-175916 Plásticos Puente S. A. 1.324.960,00
407 3-101-358484 Memoris Forever S. A. 631.120,00
407 3-101-391131 Soluciones Modernas Para Of. 3.930.156,72
408 3-101-005744 Purdy Motor S. A. 8.315.894,49
408 3-101-007884 Castro de
408 3-101-015308 Rosenstock y Compañía S. A. 2.963.323,49
408 3-101-015758 Artelec S. A. 656.600,00
408 3-101-368103 Santa Bárbara Technology S. A. 7.742.000,00
409 01-0703-0945 Villalobos Chamorro Roy F. 2.412.760,00
409 3-101-001454 Club Unión S. A. 3.018.400,00
410 01-0640-0186 Ugalde Cavallini Roberto 4.410.000,00
410 3-002-366724 Asoc. Costarricense de Gestores 1.118.336,80
410 3-101-020748 Consultoría y Diseños S. A. 13.131.156,65
410 3-101-112243 Muebles Crometal S. A. 27.090.042,00
410 3-101-156876 Distribuidora E.G.O. S. A. 432.819,95
410 3-101-173211 Astark Electrónica S. A. 1.952.263,82
410 3-101-366001 Comercializadora Mafaco Mfc S. A. 1.133.860,00
410 3-101-367007 Sellos Figueroa S. A. 995.365,62
410 3-101-423442 Corporación Tecnofrío Ctf S. A. 720.022,30
410 3-101-525142 Mobilite S. A. 1.356.075,00
410 3-102-088635 Aliment. Procesados de Alajuela 2.103.766,00
411 01-0836-0931 Fallas Abarca Huberth 3.920.000,00
411 3-101-112933 Servicios Tec. Especializados S.T.E 12.035.223,19
411 3-101-119404 Vimusa de Cartago S. A. 4.498.782,12
411 3-101-173211 Astark Electrónica S. A. 2.287.820,53
411 3-101-227277 Distribuidora Comercial Triple A S. 721.672,00
412 2-300-042155 Fondo de Jub. y Pensiones PJ 548.168.144,57
413 3-101-024094 Compañía Técnica y Comercial S. 4.704.000,00
414 2-300-042155 Director Ejecutivo 85.252,50
393 2-300-042155 Juzg. Conten. Adm. Civ. de Hac. 140.000,00
415 3-101-021033 Papiro S. A. 1.883.113,12
415 3-101-059552 I.S. Productos de Oficina C.A. S. A. 775.841,01
415 3-101-086404 Alquileres y Toldos Fiesta S. A. 1.100.540,00
415 3-101-391131 Soluciones Modernas Para Oficina 863.526,00
416 3-101-020748 Consultoría y Diseños S. A. 3.169.397,77
417 2-300-042155 Director Ejecutivo Poder Judicial 9.742.700,00
418 3-101-190824 Abodent S. A. 2.798.872,20
418 3-101-072672 Agrícola Comerc Ial Los Espinos 371.665,00
418 3-101-207152 Agropecuaria S. S. Cincuenta y S. 2.126.850,90
418 01-0586-0197 Aguilar Umaña Ana Lourdes. 211.544,00
418 3-101-341394 Aldusa Corporat Iva S. A. 269.500,00
418 09-0083-0681 Alfaro Arias Ma Gda Lorena. 490.000,00
418 3-101-168771 Alji de Naranjo S. A. 650.886,60
418 3-101-014459 Almacén Félix del Barco S. A. 1.130.768,00
418 3-101-104035 Anfaco Internacional S. A. 931.338,00
418 02-0335-0632 Araya Rojas María Bianey 159.690,00
418 02-0305-0961 Arce González Luis 165.000,00
418 3-101-220944 Arcos Pvs Cinco B S. A. 1.387.332,00
418 3-101-275811 Argo de Sarapiq Ui A y G S. A. 762.832,00
418 01-0372-0565 Arroyo Hernández Luis Eduardo 212.488,00
418 3-101-195802 Avisol S. A.. 546.131,45
418 3-101-119102 Azahar de
418 3-101-421948 Badilla & Vargas de Nicoya Fml 478.764,00
418 08-0076-0281 Barreda Castro Daniel. 686.881,90
418 3-101-204465 Bending y Zamora S. A. 804.127,10
418 01-0312-0124 Blanco Montero José Bernardo. 357.847,45
418 3-101-102019 Boboli S. A.. 974.213,00
418 02-0291-0236 Brenes León José Alberto 644.631,75
418 3-101-050344 Brown y Stamp S. A. 1.375.420,00
418 09-0010-0188 Campos Murillo Elizabeth. 1.270.672,30
418 04-0109-0235 Campos Villalobos Alfredo 547.785,60
418 02-0295-0323 Carranza Rojas Juan Carlos 383.450,50
418 08-0023-0645 Carter Cantarero Cesar 2.238.790,40
418 01-0308-0666 Castro Castro Edwin. 1.560.253,00
418 3-101-134124 Ceiba Tica S. A.. 1.119.395,20
418 03-0238-0923 Chaves Mora Julio Cesar 659.725,10
418 01-0421-0419 Chinchilla Corrales María Inés. 455.869,00
418 03-0117-0199 Cogui Quesada Livia 659.966,30
418 3-101-357844 Comercial Pilma R S. A. 343.000,00
418 3-101-181825 Comercializador A Recetas y Med 1.689.275,00
418 3-101-103783 Constructora Puntarenense S. A. 2.783.048,00
418 9047125536 Cordero Izquierdo Rolando. 3.766.046,80
418 04-0126-0503 Cordero Zamora Hernán Adolfo 539.000,00
418 3-101-382901 Corporación Judimosa Ch S. A. 1.114.759,25
418 3-101-037951 Cosmovisión S. A. 1.045.660,00
418 3-101-113865 Costa Brava Jaco S. A. 1.477.601,70
418 3-101-158774 Desarrolladora Vicsa S. A. 1.470.000,00
418 3-101-198847 Desarrollos Unidos Rojas Varga 2.296.004,55
418 3-101-315312 Diseños y Desarrollos Mio Kei S. A. 743.679,75
418 3-101-217408 Economías Activas del Badem S. A. 1.063.425,45
418 3-101-069582 El Planeta Azul 957.308,00
418 3-101-033054 El Firuliche Sa 1.222.153,00
418 3-101-062037 Elefante de Marfil S. A. 974.213,00
418 05-0183-0430 Espinoza Murillo Luis Ángel 639.334,60
418 01-0474-0527 Fernández Abarca Ricardo 408.584,00
418 01-0271-0750 Flores Guerrero Jeannette 160.588,00
418 01-0518-0947 Flores León Rafael. 211.544,00
418 3-101-128656 Florijose S. A. 558.600,00
418 3-101-228394 Forle S. A. 2.238.790,40
418 3-101-070874 Ganadera Cóbano S. A. 2.003.077,35
418 06-0114-0549 Garro Aguilar Carlos Manuel 751.353,65
418 3-101-203726 Goli del Pacífico S. A. 619.828,25
418 01-0606-0616 Gomez Saborío Carlos Luis. 769.638,00
418 02-0288-0900 González Venegas José Joaquín. 928.888,00
418 3-101-228966 Grupo Agro Inmobiliario H y J S. A. 1.035.002,50
418 3-101-283135 Grupo Vargas Pérez S. A. 1.007.455,70
418 02-0322-0188 Gutiérrez Alpízar Carlos Gerardo 627.538,00
418 3-101-110927 H.C. Transportación Marítima S. A. 1.992.408,50
418 04-0065-0542 Hernández Arce Milton 671.637,10
418 06-0100-0379 Hernández Rivas Ayda Rosa 867.971,20
418 01-0716-0800 Infante Santana Iván Francisco 943.768,25
418 3-101-207883 Inmobiliaria Saeli S.E Sa 507.150,00
418 3-101-096745 Inversiones Bonilla Garro S. A. 831.285,00
418 3-101-055916 Inversiones El Tigre de Oro S. A. 1.310.026,50
418 3-101-280943 Inversiones Griegas Rojas y Rojas 1.401.400,00
418 3-101-325219 Inversiones Herremora S. A. 1.062.692,00
418 3-101-152082 Inversiones Sabanillas Internac. 1.023.528,55
418 3-101-127677 Inversiones Tayo S. A. 1.430.216,90
418 3-101-352908 Isauce S. A.. 938.788,45
418 02-0165-0654 Jiménez Rojas Rodrigo 495.092,15
418 3-101-191121 Jois de Alajuela S. A. 3.188.099,25
418 3-101-120708
418 3-102-057101
418 3-101-395095 Lazos Apuy Wong S. A. 1.275.392,50
418 06-0124-0802 López Fonseca Argentina. 751.353,65
418 06-0048-0530 Luna Blanco Ela Y. 38.074,65
418 06-0140-0283 Medina Toruño Francisca. 588.000,00
418 09-0053-0320 Mesen Madrigal Vilma B 405.722,40
418 04-0118-0128 Miranda Céspedes María Isabel 728.968,00
418 02-0511-0252 Molina Quesada Marleny 230.000,00
418 01-0783-0693 Monge Cordero Ana Rita 1.309.767,75
418 02-0354-0129 Monge Tijerino Mayra 301.252,00
418 01-0357-0193 Mora Herrera María Hermida 514.550,85
418 01-0374-0649 Mora Quirós Antonio 512.109,80
418 01-0367-0054 Moreno Odio Alejando 433.765,65
418 3-014-042110 Municipalidad de Tilarán 46.500,00
418 3-014-042079 Municipalidad de Alvarado 16.200,00
418 01-0349-0313 Muñoz Quesada Hugo Alfonso 275.248,15
418 01-0366-0218 Muñoz Quesada María Eugenia 275.248,15
418 01-0318-0355 Naranjo Mata Carmen Lidia 167.827,50
418 07-0063-0806 Núñez Murillo Claudio 430.068,00
418 3-101-360646 Pacific Grotto S. A. 918.361,85
418 05-0135-0557 Paniagua Gamboa Adrián 1.305.457,80
418 05-0172-0038 Pasos Álvarez Jorge Arturo 262.488,00
418 3-102-042571 Propiedades Rolami Ltda. 1.387.332,00
418 3-101-263130 Quebrador Herma Nos Sánchez 699.801,10
418 02-0227-0988 Quesada Solís Emilia 648.083,70
418 02-0328-0038 Quesada Zamora Javier 165.000,00
418 01-0416-1327 Quintana Torres Luis Carlos 455.869,00
418 02-0069-6838 Quirós Ugalde Irma 494.870,50
418 06-0168-0201 Ramírez Alpízar Maribel 357.954,20
418 04-0096-0867 Ramírez Salas S Ergio 1.666.876,20
418 06-0108-0545 Ramos Jiménez Lil de María 290.371,50
418 3-101-104568 Residencias
418 03-0141-0162 Richmond Sanabria Alfredo 631.653,10
418 01-0905-0315 Rivas Toruño Carlos Andrés 2.488.440,00
418 02-0241-0679 Rodríguez Barrantes Imelda 621.106,75
418 02-0391-0597 Rodríguez Ortiz Indiana 377.545,00
418 05-0167-0150 Rodríguez Quirós Jeannette 183.838,00
418 02-0301-0569 Rodríguez Rojas Gabriel Eugenio 159.690,00
418 01-0523-0880 Rojas Venegas Carlos H. 408.931,85
418 01-0626-0796 Rosich Ramos Armando 290.371,50
418 01-0425-0690 Salas Salazar A Dan 989.946,70
418 04-0059-0630 Salas Vindas Teresita 563.500,00
418 01-0354-0043 Sánchez Medrano Ligia 357.847,45
418 06-0088-0026 Sancho Villalta María Cecilia 392.000,00
418 01-0247-0904 Serrano Retana Juan Luis 1.122.536,00
418 08-0050-0269 Siu Ieng Chan L Eyong 124.544,00
418 3-101-091736 Soc. Agri. Ganadera Río Cuarto S. A. 216.000,00
418 3-101-150829 Soda y Restaurante El Pueblo S. A. 967.558,80
418 01-0324-0128 Soto Mora Rosa María 1.090.252,10
418 01-0280-0339 Soto Quesada Eliette 716.184,00
418 05-0117-0275 Soto Villagra Dalila 491.815,85
418 3-101-177250 Tapicería Poás S. A. 397.067,80
418 3-008-045580 Tesorería Escolar Cantonal de T. 84.500,00
418 3-101-164722 Tolillos S. A. 625.632,00
418 01-0507-0135 Torres Mora Juan Miguel 771.664,65
418 3-101-076217 Tortillería Cañas S. A. 1.409.109,20
418 05-0285-0480 Ulate Chaverri Zunly 813.641,95
418 01-0547-0278 Ureña Quirós Nelgi 433.765,65
418 3-102-052409 Urso de Alajuela Limit 2.271.812,60
418 01-0525-0553 Valverde Retana Carlos Luis 405.722,40
418 01-0289-0106 Vásquez Mesén Hildebranda 515.288,80
418 02-0456-0095 Vásquez Vásquez Ólger 1.513.263,95
418 01-0566-0819 Vega Protti Virgi 408.584,00
418 08-0045-0423 Yok Shan Kung L Ui 124.544,00
419 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 3.613.857,40
420 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 357.667,56
421 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 1.236.146,00
422 3-101-108737 Alvimundo S. A. 462.560,00
422 3-101-182125 Tecno Logística de Costa Rica S. A. 1.959.972,79
422 3-101-197638 Sistemas Rodríguez y Aso. de T. 278.663,00
422 3-101-213135 Centro de Polarizado Tres G de S 776.552,00
422 3-101-542244 Constructora Madriz y Solís S. A. 120.000,00
423 08-0039-0701 Carazo Guillen Nelson Armando 237.500,00
423 3-007-042032 Junta Administ. de
423 3-101-005744 Purdy Motor S. A. 438.111,35
423 3-101-009193 Sociedad Anónima de Vehículos A. 166.200,00
423 3-101-011663 Galería Musical S. A. 823.200,00
423 3-101-025416 Vehículos Internacionales Veinsa 752.444,00
423 3-101-053693 Taller de Carrocerías Herrera S. A. 453.500,00
423 3-101-059552 I.S. Productos de Oficina C.A. S. A. 114.242,00
423 3-101-190550 Bruno Internacional S. A. 367.500,00
423 3-101-201702 Dismédica de Costa Rica S. A. 296.241,65
423 3-101-227277 Distribuidora Comercial Triple A S. 174.000,00
423 3-101-292289 Auto Repuestos J. Clon S. A. 361.909,10
423 3-101-358153 Automecanix S. A. 174.087,50
423 3-101-390157 Travel One Services And Tours S. A. 622.320,95
423 3-101-423442 Corporación Tecnofrío Ctf S. A. 732.354,00
424 08-0063-0270 Centeno Mejía Mayra 480.200,00
424 3-101-117902 Serigrafía Arco Iris del Sur S. A. 489.510,00
424 3-101-170385 Auto Carrocerías Jesús Granados 646.319,80
424 3-101-185597 Servicios de Protección Am. 240.292,54
425 3-101-005702 Juan Bansbach Instrumentos M. 490.000,00
426 3-101-007866 Auto Ensambladora S. A. 323.100,10
426 3-101-244831 Yire Medica Hp S. A. 111.600,00
426 3-101-404932 Consult. Interna. y Capacit. Interam 169.200,00
426 3-101-474606 Fademsa Marcas y Afines S. A. 1.109.850,00
426 3-102-003210 Lutz Hnos. y Cía. Ltda. 46.070,00
426 3-102-005585 Agencia de Viajes Centro América 426.510,58
426 3-102-431218 Coricen Materiales Eléctricos S. R. L. 727.703,90
427 3-101-001568 Carlos Federspiel y Co. S. A. 103.283,00
427 3-101-007435 Agencia Datsun S. A. 4.344.717,60
427 3-101-008970 Taller Garro y Álvarez S. A. 469.420,00
427 3-101-009193 Sociedad Anónima de Vehículos A 181.487,00
427 3-101-059552 I.S. Productos de Oficina C.A. S. A. 291.569,60
427 3-101-102844 Grupo Nación Gn. S. A. 893.270,00
427 3-101-190550 Bruno Internacional S. A. 615.968,40
427 3-101-195060 Contreras Salazar Contresa S. A. 501.576,75
427 3-101-279803 Avtec S. A. 479.807,96
427 3-102-005585 Agencia de Viajes Centro América 889.196,28
427 3-102-431218 Coricen Materiales Eléctricos S. R. L. 962.360,00
428 3-002-084207 Asoc. Instit. de Auditores Internos 362.318,75
428 3-101-053693 Taller de Carrocerías Herrera S. A. 431.200,00
428 3-101-091910 Prisma Serigrafía S. A. 187.200,00
428 3-101-170385 Auto Carrocerías Jesús Granados 769.965,40
428 3-101-173211 Astark Electrónica S. A. 506.401,08
428 3-101-201137 Uvi Arte S. A. 354.098,30
428 3-101-302405 Ferretería El Mar Rsml S. A. 242.172,00
429 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 3.493.345,41
430 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 582.270,00
431 3-101-073972 Copias Dinámicas S. A. 830.376,10
432 3-101-029593 Electrotécnica S. A. 179.794,02
432 3-101-063829 Praxair Costa Rica S. A. 49.709,19
432 3-101-096527 Central de Servicios Pc S. A. 1.248.212,30
432 3-101-131382 Pridegui S. A. 58.685,04
432 3-101-177456 Accesos Automáticos S. A. 108.499,50
432 3-101-201802 Servicios Médicos y Afines Pun. 329.770,00
432 3-101-340543 Elevadores Schindler S. A. 82.278,30
433 4-000-001902 Instituto Nacional de Seguros 2.234,00
434 3-101-059070 Distrib. y Embasadora de Químicos 222.224,13
435 2-300-042155 Director Ejecutivo 1.203,00
436 2-300-042155 Proveeduría Judicial Importaciones 38.438,68
392 2-300-042155 Proveeduría Judicial Importaciones 1.242.295,61
437 3-101-016469 CIA Seguridad Industrial Cruz Verde 253.657,20
437 3-101-053693 Taller de Carrocerías Herrera S. A. 382.200,00
437 3-101-070648 Molina Arce Construcción y Con. 305.172,00
437 3-101-158262 Multisa S. A. 942.417,00
437 3-101-259063 Movel Movimiento Eléctrico S. A. 499.481,50
438 01-0507-0026 Marin Campos María Cecilia 8.493.598,54
439 3-101-095767 Corporación Andrea de Centroam. 16.798.444,47
440 3-101-182125 Tecno Logística de Costa Rica S. A. 2.918.045,32
441 01-0677-0415 Pérez Ávila Edgar 1.931.903,40
441 3-101-007749 Recope S. A. 5.807.749,09
441 3-101-080638 Distribuidora Ramírez y Castillo S. 1.104.987,98
441 3-101-251650 Corporación Vado Quesada S. A. 1.496.019,00
441 3-101-310800 Industrial Fire And Rescue Equip. 646.393,62
441 3-101-452245 Siemens Enterprise Communi. 25.540.820,07
442 01-0391-0940 Garnier Nieto Carlos 2.435.300,00
442 09-0043-0102 Martínez Moncada Zoila 513.520,00
442 3-101-006463 Jiménez y Tanzi S. A. 21.017.178,00
442 3-101-020748 Consultoría y Diseños S. A. 488.383,00
442 3-101-027972 A.B.M. de Costa Rica S. A. 548.800,00
442 3-101-044553 Corporación Flin S. A. 3.847.494,64
442 3-101-302405 Ferretería El Mar Rsml S. A. 1.304.807,28
443 3-101-044553 Corporación Flin S. A. 39.442.687,72
443 3-101-070648 Molina Arce Construcción y C. 773.454,72
443 3-101-156876 Distribuidora E.G.O. S. A. 4.269.085,80
443 3-101-452245 Siemens Enterprise Communication 24.399.741,88
444 04-0145-0786 Víquez Lizano Luis Diego 3.381.000,00
444 3-101-068302 Acondicionamiento de Oficinas S. A. 9.078.720,00
444 3-101-141203 Arquitectura Jof S. A. 9.942.433,13
445 02-0542-0760 Sibaja Soto Siller 98.667,00
445 3-101-050385 Estación de Servicio Soto y Castro 44.848,00
445 3-101-077363 Secure S. A. 1.225.734,80
445 3-101-165549 Servicios de Consultoría de Occ. 3.071.483,63
445 3-101-340543 Elevadores Schindler S. A. 108.396,90
445 3-101-452245 Siemens Enterprise Communication 8.160.020,95
446 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 12.382.133,21
447 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 290.284,00
448 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 7.341.545,65
449 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 818.843,88
450 04-0104-0380 Barrantes Garro Álvaro 250.000,00
450 3-101-005744 Purdy Motor S. A. 2.109.254,39
450 3-101-068502 Mercatico S. A. 442.470,00
450 3-101-287019 Productos y Pro. Industriales Prop. 477.619,83
450 3-102-046231 Farmacia Lourdes S. R. L. 867.976,20
451 4-000-001902 Instituto Nacional de Seguros 35.472,00
452 01-0424-0285 Jiménez Coto Edgar 78.082,50
452 3-012-370910 Elevadores Otis S.A. de Capital V 406.700,00
452 3-101-029593 Electrotécnica S. A. 267.843,60
452 3-101-049635 Telerad Telecomunicaciones Rad. 307.542,60
452 3-101-096527 Central de Servicios Pc S. A. 249.116,00
452 3-101-310098 Manejo Profesional de Desechos 452.760,00
452 3-101-392507 Grupo E y E Andrómeda S. A. 221.648,25
452 3-102-067171 Seguridad y Vigilancia Sevin Ltda. 501.628,70
453 3-002-287079 Asoc. Solidarista Serv. Judiciales 25.920.772,50
454 01-1119-0607 Avendaño Moya Verny Mauricio 336.140,80
454 05-0151-0940 García Ruiz Carmen Yadira 1.828.887,64
454 06-0116-0805 Álvarez González Sonia María 17.406.710,31
455 2-300-042155 Director Ejecutivo Poder Judicial 11.391.600,00
456 2-300-042155 Director Ejecutivo Poder Judicial 5.000.000,00
457 4-000-042147 Caja Costarr. del Seguro Social 1.281.545.891,00
458 3-101-189396 Soluciones Interactivas En Mult. 5.398.575,00
459 3-101-029593 Electrotécnica S. A. 181.422,18
459 3-101-088784 Servicentro Nicoya S. A. 63.717,90
459 3-101-098063 Multinegocios Intern. America S. A. 688.967,10
459 3-101-171670 Total Petróleo Costa Rica S. A. 52.524,27
459 3-101-174285 Seguridad Alfa S. A. 12.939.357,33
459 3-101-240146 Ambiente Limpio H. Montero S. A. 488.040,00
460 4-000-042139 Instituto Costarricense de Elec. 44.736.107,25
461 3-101-227869 Correos de Costa Rica S. A. 6.967.956,80
462 3-004-051424 Cooperativa de Electrif. Rural A. 27.246,80
462 3-007-045087 Jasec 2.556.275,00
463 01-0725-0055 Chinchilla Valverde Ana Yancy 3.660.104,00
463 08-0039-0701 Carazo Guillén Nelson Armando 1.173.550,00
463 3-101-150374 J & E Suministros S. A. 473.340,00
463 3-101-151975 Bosque y Villas Margarita S. A. 1.127.000,00
463 3-101-183054 Software de Auditoría Costa Rica 1.679.357,40
463 3-101-190550 Bruno Internacional S. A. 635.941,60
463 3-101-193298 Arrendadora Comercial R y H S. A. 5.143.822,84
463 3-101-217063 Cía. Americana de Papeles Plas. 1.976.326,80
463 3-101-283620 Southland Technology S. A. 1.863.490,74
464 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 1.113.545,00
465 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 5.522.724,03
466 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 2.360.027,01
467 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 2.354.576,30
468 01-0640-0186 Ugalde Cavallini Roberto 6.174.000,00
468 3-101-006090 Consultécnica S. A. 1.356.556,67
468 3-101-034067 Sonivisión S. A. 188.714,25
468 3-101-059552 I.S. Productos de Oficina C.A. S. A. 43.248.243,23
468 3-101-090056 Ipl Sistemas S. A. 835.217,98
468 3-101-150374 J & E Suministros S. A. 757.344,00
468 3-101-251650 Corporación Vado Quesada S. A. 997.346,00
469 3-101-034067 Sonivisión S. A. 52.656.822,39
Acuerdo Cédula Nº Nombre Monto
¢
469 3-101-059552 I.S. Productos de Oficina C.A. S. A. 8.676.679,90
469 3-101-175916 Plásticos Puente S. A. 4.812.192,00
469 3-101-176009 Applica S. A. 1.544.576,04
469 3-101-358484 Memoris Forever S. A. 1.481.054,40
469 3-101-525896 Instrumentación Analítica y Biot. 574.069,30
470 01-0810-0954 Calvo Gutiérrez Álvaro 891.784,32
470 3-101-059552 I.S. Productos de Oficina C.A. S. A. 64.638.226,31
470 3-101-117902 Serigrafía Arco Iris del Sur S. A. 1.372.000,00
470 3-101-402724 Chemlabs S. A. 264.926,24
470 3-101-439318 Soluciones Icho S. A. 7.383.996,20
471 3-101-018590 Estructuras S. A. 101.683.390,94
472 3-007-042032 Junta Administ. de
472 3-101-007435 Agencia Datsun S. A. 335.576,70
472 3-101-219989 Corporación Andrea Industrial Inc. 566.361,60
473 04-0104-0380 Barrantes Garro Álvaro 362.600,00
473 04-0131-0501 Fonseca Rodríguez Víctor Carlos 784.000,00
473 3-101-102844 Grupo Nación Gn. S. A. 511.560,00
473 3-101-193878 Fumigadora Control Técnico de P. 274.400,00
473 3-102-038255 Sociedad Periodística Extra Ltda. 564.785,80
473 3-102-044914 Gismar Limitada 173.640,00
474 3-101-005744 Purdy Motor S. A. 2.617.486,93
474 3-101-008970 Taller Garro y Álvarez S. A. 60.000,00
474 3-101-025416 Vehículos Internacionales Veinsa 194.200,00
474 3-101-041871 Distribuidora Solano Ulate S. A. 126.780,00
474 3-101-098349 Salas Soto Inversiones S. A. 94.650,00
474 3-101-130983 Viajes Ejecutivos Mundiales S. A. 868.912,10
474 3-101-170385 Auto Carrocerías Jesús Granados 82.624,80
474 3-101-423442 Corporación Tecnofrío Ctf S. A. 2.362.789,80
475 3-101-059070 Distrib. y Embasadora de Químicos 1.712.277,28
475 3-101-179181 Distribuidora Mozee S. A. 2.883.169,23
476 01-0829-0740 Salas Innecken Ronny 72.333,38
476 03-0223-0606 Andrade Méndez Flora. 48.400,00
476 05-0078-0976 Abellán Cisneros Hebel 742.193,20
476 3-101-074898 Controles Video Técnicos de C. R. 343.000,00
476 3-101-096527 Central de Servicios Pc S. A. 295.240,70
476 3-101-098063 Multinegocios Intern. América S. A. 9.865.366,86
476 3-101-240146 Ambiente Limpio H. Montero S. A. 90.000,00
476 3-101-357802 Pbs Proveedores de Bienes y Serv. 559.167,53
476 3-101-475759 Proveedor Integral de Precios C. 166.289,04
477 01-0630-0261 Vega Monge Consuelo 985.488,00
477 02-0491-0163 Umaña Rodríguez Christian 1.266.204,10
477 05-0227-0244 Ávila Quirós Marvin 411.600,00
477 07-0075-0494 Castillo Serrano Alexandra 485.100,00
477 3-101-374489 Karcri S M S. A. 3.087.024,50
478 01-0459-0934 Valladares Bermúdez Leonidas 412.263,49
478 02-0455-0176 Steller Steller Ana Iris 46.423,00
478 3-101-076041 Lavandería Lava Mas S. A. 438.743,77
478 3-102-151332 Amsa de San Ltda. 3.615.909,96
479 02-0457-0079 Guido Oporto Jenny 82.750,00
479 3-101-169810 Serta Servicios Técnicos Administ 2.683.240,00
479 3-101-447523 Segur. y Vigil. para
479 3-102-067171 Seguridad y Vigilancia Sevin Ltda. 503.666,10
479 3-102-151332 Amsa de San Ltda. 1.935.206,21
480 4-000-001902 Instituto Nacional de Seguros 2.299,00
481 01-0413-0357 Badilla Villanueva Ana Victoria 15.248.565,51
481 01-0471-0429 Avendaño Sibaja Rafael Ángel 14.326.081,80
481 01-0490-0536 Roldan Retana Jorge Mario 19.211.242,52
481 01-0769-0296 Vargas Ávalos Jorge Arturo 182.485,96
481 01-0790-0195 Calderón Umaña Rodolfo 200.704,90
481 01-0947-0481 Masaya Ballestero Xiomara 210.919,74
481 01-1165-0313 Méndez Castillo Beatriz E. 386.300,33
481 01-1400-0188 Madriz Picado Marianela 77.138,82
481 02-0325-0571 Quesada Alvarado Carmen 3.575.678,39
481 03-0225-0429 Solís Araya Ronald D. 3.800.664,56
481 05-0153-0316 Mora Granados Mergin 19.716.603,55
481 06-0248-0797 Suazo Reyes Dennis 206.170,32
481 06-0356-0646 González Briceño Jazmín 136.517,21
481 07-0056-0802 Quirós Madrigal Juan 4.451.816,57
482 3-101-259063 Movel Movimiento Eléctrico S. A. 1.056.957,93
483 01-0391-0548 Allen Flores Eugenia 166.848,43
483 01-0455-0325 Solano Carrera Luis Fdo. 30.191,35
483 02-0252-0237 Céspedes Rojas Blanca Flor 26.908,99
483 02-0335-0739 Corrales Bejarano Eduardo 83.589,82
483 03-0197-0411 Martínez Chacón Bernardo 464.316,34
483 05-0132-0508 García Pérez Odilón 6.355,00
483 08-0066-0686 Incer Sevilla Eduardo J. 49.157,64
484 3-101-153345 Umc de Costa Rica S. A. 688.021,15
485 03-0288-0968 Orozco Solano Edwin 10.825.432,64
485 3-101-059552 I.S. Productos de Oficina C.A. S. A. 40.009.657,71
485 3-101-112243 Muebles Crometal S. A. 6.144.208,00
485 3-101-141203 Arquitectura Jof S. A. 31.089.219,49
485 3-101-333037 Electromecánica Pablo Murillo S. A. 22.326.708,10
486 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 660.276,00
487 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 4.821.808,72
488 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 4.007.342,04
489 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 2.133.435,00
490 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 12.247.337,85
491 3-101-076436 Mundo de Limpieza S. A. 12.239.746,24
491 3-101-077363 Secure S. A. 19.306.217,37
491 3-101-096527 Central de Servicios Pc S. A. 14.138.926,00
491 3-101-179181 Distribuidora Mozee S. A. 1.498.199,98
492 3-004-045117 Coopelesca R. L. 2.542.841,97
492 3-101-000046 Cía. Nacional de Fuerza y Luz S. A. 68.721.555,00
493 02-0319-0535 Villalobos González Orlando 1.148.000,21
493 05-0205-0527 Chaves Castellón Ana Lía 452.760,00
493 07-0075-0494 Castillo Serrano Alexandra 549.780,00
493 08-0078-0711 Morales Navarro Salvador 894.406,80
493 3-101-073308 Grupo Computación Modular A. 724.113,20
493 3-101-169810 Serta Servicios Técnicos Administ. 126.363,18
493 3-101-340543 Elevadores Schindler S. A. 765.966,70
494 01-0512-0924 Chamorro Picado Eddie 3.871.601,28
495 02-0410-0223 Ávila Ulate Oscar Mario 138.652,58
496 2-300-042155 Fondo de Jub y Pensiones PJ 512.634.558,56
497 3-101-034067 Sonivisión S. A. 2.433.801,46
498 3-101-141203 Arquitectura Jof S. A. 56.969.788,28
498 3-101-184872 Comercializadora Luisan S. A. 1.955.100,00
498 3-101-424643 Motorepuestos Indianápolis S. A. 51.200,00
499 01-0879-0026 Leandro Navarro Mario 3.572.100,00
499 3-101-034067 Sonivisión S. A. 130.569,47
499 3-101-190550 Bruno Internacional S. A. 365.386,50
500 3-101-158262 Multisa S. A. 762.366,50
501 2-300-042155 Juzg. Civil Hcda. Asuntos Sumario 115.000,00
501 2-300-042155 Trib. Conten. Adm. y Civ. de Hac 506.544,95
502 2-300-042155 Juzgado Trabajo II Circuito Judicial 256.348,50
502 2-300-042155 Tribunal Procesal Contenc. Adm 1.000.000,00
503 2-300-042155 Proveeduría Judicial Importaciones 18.665.236,97
504 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 1.064.672,00
505 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 6.397.377,30
506 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 4.552.749,59
507 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 2.310.071,59
508 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 8.260.917,54
509 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 234.020,00
510 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 2.495.811,01
511 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 14.600,00
512 2-300-042155 Fondo de Jub. y Pensiones PJ 276.067,37
513 2-300-042155 Fondo de Jub. y Pensiones PJ 469.757,00
514 3-101-018590 Estructuras S. A. 161.890.105,34
515 01-1047-0966 Benavides Víquez Melissa 95.208,22
515 01-1252-0433 Quirós Umaña Jeremy Albert 95.492,05
515 03-0219-0571 Campos Castro María Gabriela 3.176.038,50
515 03-0393-0018 Orozco Navarro Maicol Esteban 72.489,84
515 05-0341-0771 Canales Chaves Mayra A. 53.660,33
515 06-0332-0338 Villalobos Montes Karen 29.986,79
516 01-0390-0306 Parra Sánchez Jorge 78.526,36
516 01-0592-0991 Cedeño Montero Claudio (Doct) 90.160,00
516 3-101-049635 Telerad Telecomunicaciones Radio 310.243,00
516 3-101-063829 Praxair Costa Rica S. A. 187.700,70
516 3-101-098063 Multinegocios Intern. América S. A. 65.114,59
516 3-101-276800 Tecnolo del Nuevo Milenio Sid.T 240.000,00
517 3-101-227869 Correos de Costa Rica S. A. 27.040,00
518 3-101-017468 Radio Mensajes S. A. 1.421.666,40
519 2-300-042155 Fondo de Jub y Pensiones PJ 676.104,86
520 2-300-042155 Fondo de Jub y Pensiones PJ 3.622.338,62
521 01-0749-0723 Hernández Alfaro Allan 148.900,00
521 3-012-389094 Nipro Medical Corporation Sucur. 78.000,00
521 3-101-025416 Vehículos Internacionales Veinsa 1.714.020,00
522 3-101-280890 Solutions Network S. A. 26.298.163,51
523 01-0423-0576 Abarca López Carlos 410.844,81
523 02-0303-0569 Charpentier Esquivel Manuel Emilio 363.156,37
523 3-012-370910 Elevadores Otis S. A. de Capital V 245.385,16
523 3-101-009059 Radiográfica Costarricense S. A. 74.166,30
523 3-101-073308 Grupo Computación Modular A 166.921,10
523 3-101-150338 E & R de San José S. A. 214.993,90
523 3-101-176412 Alavisa de Cañas S. A. Laboral 223.569,50
523 3-101-357802 Pbs Proveedores de Bienes y Ser. 659.476,85
524 01-0692-0708 Zúñiga Cordero María Cecilia 207.000,00
524 02-0457-0079 Guido Oporto Jenny 112.250,00
524 02-0542-0760 Sibaja Soto Siller 120.224,00
524 05-0326-0027 Ruiz Duarte Adriano 171.460,00
524 06-0097-1053 Cerdas Villegas Leda María 268.650,72
524 06-0134-0442 Alvarado Ugalde Carlos 920.878,91
525 3-101-019723 Elástica Surqui S. A. 3.961.650,00
525 3-101-020748 Consultoría y Diseños S. A. 4.928.733,17
525 3-101-031193 Sistemas de Protección Incorp. 5.599.442,52
525 3-101-118750 Hotelera Tournón S. A. 11.085.887,44
525 3-101-511692 The Nature Movement Series S. A. 265.854,40
526 3-002-287079 Asoc. Solidarista Serv. Judiciales 24.429.301,42
527 01-0811-0682 Masís Jiménez Julio 3.209.500,00
527 3-101-173211 Astark Electrónica S. A. 366.670,44
528 3-101-335880 Soluciones Informáticas Babel S. A. 585.027,90
529 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 8.068.508,59
530 01-0423-0576 Abarca López Carlos 154.965,83
530 02-0141-0193 Ruiz Morales Zenen 80.951,44
530 06-0173-0387 Cascante Tapia Aily. 16.888,46
530 3-101-096527 Central de Servicios Pc S. A. 1.112.415,65
530 3-101-175844 Multiservicios Isabel Cristina S. A. 224.777,50
531 01-0636-0271 Alpízar Soto Martín. 1.431.050,90
531 3-101-008736 Corporación Font S. A. 321.803,85
531 3-101-072383 Travisa Herediana S. A. 1.882.655,60
531 3-101-076436 Mundo de Limpieza S. A. 1.624.149,14
531 3-101-096527 Central de Servicios Pc S. A. 256.001,00
531 3-101-123083 Estac. Serv Transp. Hnos. O. 51.763,11
531 3-101-155289 Wpp Continental de Costa Rica S. A. 149.930,11
531 3-101-165549 Servicios de Consultoría de Occ. 261.180,58
531 3-101-343224 Ofimensajeros Mm Cartaginés S. A. 170.126,27
532 3-004-045260 Coopesantos R. L. 49.940,00
533 3-004-045202 Coop. de Elect. Rural de Guan. 1.466.071,05
533 3-004-045260 Coopesantos R. L. 139.455,00
533 3-004-051424 Cooperativa de Electrif. Rural Alfaro 27.593,04
534 3-101-000974 Librería Lehmann S. A. 111.235,00
534 3-101-052827 Laboratorios Zeledón S. A. 181.092,91
534 3-101-077629 Euromobilia S. A. 246.610,98
534 3-101-222627 Nova Technologies S. A. 447.240,05
535 3-007-042032 Junta Administ. de
535 3-007-051564 Colegio de Trabajadores Sociales 86.685,00
535 3-101-008970 Taller Garro y Álvarez S. A. 1.412.180,00
535 3-101-024094 Compañía Técnica y Comercial S. 243.000,00
535 3-101-076898 Direx Internacional S. A. 558.575,50
535 3-101-082235 Móviles de Costa Rica S. A. 62.057,00
535 3-101-133134 Etiquetas Plásticas Etiplast S. A. 504.700,00
535 3-101-170385 Auto Carrocerías Jesús Granados 224.200,50
535 3-101-190550 Bruno Internacional S. A. 49.220,00
536 3-101-179181 Distribuidora Mozee S. A. 947.545,83
537 2-300-042155 Juzg. Conten. Adm. Civ. de Hacienda 275.000,00
538 2-300-042155 Juzg. Conten. Adm. Civ. de Hacienda 100.000,00
Total
líquido 4.459.886.695,34
San José, 7 de mayo de 2009.—Lic. Luis A. Barahona C., Subdirector
Ejecutivo.—1 vez.—(O.C. Nº 2009-090162).—C-780020.—(39472).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
Ante esta Dirección, se ha presentado solicitud de inscripción y habilitación como notaria de Paulina Catalán Piedra, carné 17499, cédula 109890989, expediente Nº 09-000366-0624-NO, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de esta lo comuniquen a esta dependencia dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación.—San José, 29 de abril del 2009.—Lic. Roy Jiménez Oreamuno, Director.—1 vez.—Nº 105337.—(39595).
Registro Civil - Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Yolanda Rivas Castro, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 272-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del cinco de marzo del dos mil nueve. Expediente Nº 40373-07. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Geerson Rivas Rojas... en el sentido que el segundo apellido de la madre de la persona ahí inscrita es “Castro”.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—Lic. Marisol Castro Dobles, Director General.—1 vez.—Nº 105420.—(39596).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María Salvadora Potoy González, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2085-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas diez minutos del diecinueve de julio del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 3045-2007. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Francisco José Loría González... y el de Cristóbal Lorio Ojeda..., en el sentido que los apellidos de la madre de las personas ahí inscritas son “Potoy González”, y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(39964).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Javier Loaiza
Cárdenas, mayor, casado, pensionado, colombiano, cédula de residencia
117000502729, vecino de Alajuela, expediente 4551-2007. Se ha presentado a este
Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos
11 y 12 de
Román Sánchez
Martínez, mayor, casado, taxista, colombiano, carné de refugiado 117000934801,
vecino de Cartago, expediente 1590-2007. Se ha presentado a este Registro a
levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
Li Ming Yang Su,
mayor, soltera, administradora, china, cédula de residencia 11580000079, vecina
de San José, expediente 720-2008. Se ha presentado a este Registro a levantar
información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
Hilda del Carmen
Hurtado Gutiérrez, mayor, casada, asistente administrativa, nicaragüense,
cédula de residencia 155800349903, vecina de San José, expediente 1672-2008. Se
ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo
dispuesto por los artículos 11 y 12 de
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000038-16900
Selección de veinte (20) talleres
especializados en reparaciones
automotrices (enderezado y pintura, mecánica
en general y eléctrica)
El interesado tiene a disposición
el cartel, en el Sistema CompraRed en la pagina de internet
https://www.hacienda.go.cr/comprared, o podrá obtenerlo en el Departamento de
Contratación Administrativa de
Para cualquier información
comunicarse con
San José, 15 de mayo del 2009.—Lic. Blanca Córdoba Berrocal, Proveedora Institucional.—1 vez.—(O. C. Nº 93041).—(Solicitud Nº 28497).—C-18020.—(40801).
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000020-17500
Compra de vehículos
Se avisa a todos aquellos interesados en participar en esta Licitación Pública para el Ministerio de Agricultura y Ganadería, que la fecha de apertura de ofertas, se establece para el día 27 de mayo a las 10:00 horas. Las demás condiciones y especificaciones del cartel permanecen invariables.
San José, 14 de mayo del 2009.—Lic. Blanca Córdoba Berrocal, Proveedora Institucional.—1 vez.—(O. C. Nº 93041).—(Solicitud Nº 28496).—C-9750.—(40872).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000036-33300
Compra de llantas
El interesado tiene el cartel a
disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita en la dirección
https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de la fecha de
publicación de la invitación a licitar en el Diario Oficial
San José, 12 de mayo del 2009.—MSc. Heidy Román Ovares, Proveedora Institucional.—1 vez.—(O. P. 93993).—(Solicitud Nº 12049).—C-11270.—(40911).
DIVISIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN FINANCIERA DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000013-UPIMS
(Fideicomiso 872-BNCR)
Servicio de emisión boletos aéreos
El Fideicomiso
872-BNCR, a través de
Línea única: “Servicio de emisión de boletos aéreos” para el transporte al exterior de funcionarios del Ministerio de Salud.
El cartel con las
especificaciones técnicas y condiciones generales puede ser retirado sin costo
alguno, en
San José, 14 de mayo del 2009.—Unidad de Bienes y Servicios.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora.—1 vez.—(O. P. Nº 93056).—(Solicitud Nº 4340).—C-8270.—(40942).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000009-UPIMS
(Fideicomiso 872-BNCR)
Remodelación, ampliación y equipamiento
de Áreas Rectoras de Salud
El Fideicomiso
872-BNCR a través de
Línea 1)
Remodelación, ampliación y equipamiento de la segunda etapa de
Línea 2) Remodelación, ampliación y equipamiento de la sede Área Rectora de Santa Rosa Pocosol del Ministerio de Salud.
Línea 3) Remodelación ampliación y equipamiento de la sede Área Rectora de Valverde Vega del Ministerio de Salud.
Todo de acuerdo a planos constructivos,
folleto de condiciones generales y especificaciones técnicas elaborados por
Cartel y folleto de condiciones
generales y especificaciones técnicas podrán retirarse por parte de los
interesados sin costo alguno, a partir de la presente publicación presentándose
con un diskette o llave maya en
El juego de planos constructivos
para cada obra será costeado por cada interesado y lo puede retirar en Jiménez
& Tanzi Ltda., ubicado en calle primera, avenidas 5 y 7, frente al edificio
Numar, San José, teléfono 2233-80-
San José, 14 de mayo del 2009.—Unidad de Bienes y Servicios.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora.—1 vez.—(O. P. Nº 93056).—(Solicitud Nº 4339).—C-20270.—(40943).
PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000008-PCAD
Contratación de servicios de impresión
con la personalización
de los datos en el estado de cuenta, introducción de
insertos,
ensobrado de estados de cuenta del Banco Popular
y envió de los estados de cuenta
(consumo por demanda)
El Proceso de
Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, los
invita a participar en
Las especificaciones, condiciones generales y especiales podrán retirarse en nuestras oficinas, previa cancelación del cartel en las cajas Nº 12 y 13, ubicadas en el primer piso del edificio metropolitano. Con un horario de lunes a sábado de 8:15 a. m. a 12:00 m. d. y de 1:00 p. m. a 7:00 p. m. Valor del cartel ¢2.500,00 (Dos mil quinientos colones con 00/100).
San José, 13 de mayo del 2009.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(40934).
DIRECCIÓN DE SERVICIOS INSTITUCIONALES
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LP-000001-1161
Compra de vehículos (Tipo pick up 4x2,
pick up 4x4 doble cabina,
Station Wagon 4x2, Station Wagon 4x4,
Automóviles Sedan, Microbús 4x2)
San José, 14 de mayo del 2009.—Lic. Arístides Guerrero Rodríguez.—1 vez.—(40142).
DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS
DE SALUD CENTRAL NORTE
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000004-2299
Servicios profesionales de aseo y
limpieza
Área de Salud Heredia Cubujuquí
Se establece como
fecha límite para la recepción de ofertas el 03 de junio del
Para ver más detalles y corroborar información accesar la siguiente dirección: http://www.ccss.sa.cr.
San José, 14 de mayo del 2009.—Unidad Regional de Compras.—Lic. Javier Alpízar Guzmán.—1 vez.—(40895).
GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS
DIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN PROYECTOS ESPECIALES
SUBÁREA GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y LOGÍSTICA
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000001-4403
Suministro y distribución de útiles y
materiales de oficina,
de
Especiales y sus Unidades Ejecutoras
Se informa que
está disponible la invitación a participar en
San José, 15 de mayo del 2009.—Lic. Helen Noelia Godfrey Leal, Jefa.—1 vez.—(40957).
JUNTA DE EDUCACIÓN, ESCUELA EL PEJE
(Trascripción de Acuerdo)
Los miembros que
conforman
Este acuerdo es trascripción fiel
del libro de Actas de nuestra organización realizado en reunión ordinaria de
En aprobación de dicho acuerdo firmamos.
Lorelly Umaña Muñoz, Presidenta.—Shirley Venegas Barrantes, Vicepresidenta.—Olga Jiménez Pacheco, Secretaria.—Elizabeth Padilla Garro, Vocal 1.—Julia Alvarado Villalobos, Vocal 2.—1 vez.—Nº 105970.—(40573).
BN VITAL OPERADORA DE PENSIONES
COMPLEMENTARIAS
DEL BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
UNIDAD DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2009LN-000001-BNV01UCA
Compra, instalación y configuración de
solución computacional
de reemplazo de plataforma Alpha en Ambientes
de Producción y Desarrollo
El cartel puede ser retirado en
la en
San José, 14 de mayo del 2009.—Unidad de Contratación Administrativa.—Ericka Araya Arroyo, Encargada.—1 vez.—(40815).
PROGRAMA INTEGRAL DE MERCADEO
AGROPECUARIO
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000003-07
Contratación de servicios de
mantenimiento para el sistema
de cómputo integrado Financiero denominado SIFPIMA
Heredia, 14 de mayo del 2009.—Lic. Ronald miranda V.—1 vez.—(40875).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
Se comunica a todos los interesados en los procedimientos de contratación de referencia, que por acuerdos del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión 51-09 celebrada el día 14 de mayo del 2009, artículos IV y VIII respectivamente, dispuso:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000021-PROV
Compra de papel para cómputo de 1 parte
Adjudicar a C.G.
Formularios S. A., cédula jurídica 3-101-122865, el suministro de 1.534
cajas que contengan cada una 2000 fórmulas continuas para impresora de matriz
de puntos, tamaño 24 x
————
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000004-PROV
Contratación de servicios de vigilancia
para el edificio
de los Tribunales de Justicia de Grecia
Declarar infructuoso el procedimiento por presentar la única oferta sometida a concurso un precio inaceptable por excesivo.
San José, 15 de mayo del 2009.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa a. í., Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—(40938).
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000002-01
El Banco
Hipotecario de
Dirección Administrativa Financiera.—Lic. Zaida Agüero Salazar, Directora.—1 vez.—(40941).
HOSPITAL NACIONAL DE GERIATRÍA Y GERONTOLOGÍA
DR. RAÚL BLANCO CERVANTES
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000004-HBC2202
(Por periodo de un año con posibilidad de tres prórrogas)
Servicios profesionales en vigilancia y
seguridad privada
Se le indica a
los interesados del concurso arriba señalado que por Resolución de
Oferente Nº 2.—Seguridad Tango S. A., en consorcio con Seguridad Alfa S. A., cédula jurídica 3-101-174285/3-101-295842.
Monto adjudicado: ¢40.583.012,28 (Cuarenta millones quinientos ochenta y tres mil doce colones con 28/100).
En caso de dudas el expediente se
encuentra a su disposición en
Cumpliendo con lo previsto en el Reglamento de Contratación Administrativa.
San José, 14 de mayo del 2009.—Oficina de Compras.—MBA. Ma. Del Rocío Serrano Calderón, Jefa.—1 vez.—(40795).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000004-1142
Esponjas neuroquirúrgicas absorbentes
Los ítems dos,
tres, cuatro y cinco de este concurso se adjudicaron a la empresa Corporación
Biomur S. A., por un monto total de USD $241.416,00 (Doscientos cuarenta y
un mil cuatrocientos dieciséis dólares exactos). Además el ítem uno se declaró
infructuoso. “Vea detalles y mayor información en
San José, 14 de mayo del 2009.—Subárea de Adjudicaciones.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 1142).—C-7520.—(40868).
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000045-01
Compra de un minicargador, una
autohormigonera para
alcantarillado pluvial y una compactadora
vibratoria para gestión vial
Lic. Giovanni Robles Rojas, Proveedor Municipal a. í.—1 vez.—(40857).
LICITACIÓN PÚBLICA PROCEDIMIENTO Nº 2009LN-000001-CL
Compra de dos camiones recolectores de
desechos
sólidos totalmente nuevos
El Concejo
Municipal de Corredores por medio del acuerdo Nº 17 dictado por el Concejo
Municipal de Corredores en sesión ordinaria Nº 18, celebrada el día 04 de mayo
del año 2009, acuerda: De conformidad con la recomendación de
Corredores, 13 de mayo del 2009.—Sonia González Núñez, Secretaria.—1 vez.—(40902).
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000021-09003
Construcción Dirección Regional de
Heredia
Todo lo demás del cartel permanece invariable.
San José, 13 de mayo del 2009.—Bach. José Ramírez Pérez, Proveedor Institucional.—1 vez.—(O. P. Nº 93772).—(Solicitud Nº 22591).—C-8270.—(40916).
CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000004-00100
Compra de vehículos tipo panel con conversión especial
El Departamento
de Proveeduría del Consejo de Seguridad Vial a través de
Línea uno: Compra de diez (10) Vehículos Tipo Panel, con conversión especial para el transporte de personas detenidas, modelo 2009, diesel.
Características para motor:
• Potencia del motor neta máxima, SAE Neta de 74 Kw. a 100 Kw.
La nueva fecha de
apertura de ofertas es el día 10 de junio del
Todos los demás términos de la licitación permanecen invariables.
San José, 15 de mayo del 2009.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Alexánder Vásquez Guillén, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 31676).—(Solicitud Nº 2390).—C-15020.—(40931).
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000005-00100
Demarcación horizontal con pintura
TTP-115E, tipo III
en el área central comercial de San José primera etapa
El Departamento
de Proveeduría del Consejo de Seguridad Vial a través de
La fecha de apertura se traslada
para el día 10 de junio del
Todos los demás términos de la licitación permanecen invariables.
San José, 15 de mayo del 2009.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Alexánder Vásquez Guillén, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 31676).—(Solicitud Nº 2390).—C-15020.—(40932).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000019-88900
Contratación de servicios de limpieza
para SETENA y Geología
Se avisa a los interesados en esta contratación, que debido a que se han presentado consultas, se hacen las siguientes modificaciones al cartel:
Punto 2.1.2 “Experiencia de la empresa:
Se aclara que lo
que requiere
En párrafo segundo de la línea 2,
página 51 del cartel, conserniente al horario del servicio de limpieza para las
oficinas de
Este servicio lo
deberán prestar de lunes a viernes de 7:00 a. m. a
Este servicio lo deberán prestar de lunes a viernes de 7:00 a. m. a 3 p. m.
El monto para el servicio de
limpieza de las oficinas de
En el encabezado de la línea 2, página 51 del cartel, donde dice:
Cantidad: 9 (meses).
Léase
correctamente:
Cantidad: 6 (meses).
En el primer párrafo de la línea 2, página 51 del cartel, donde dice:
Para generar contrato marco,
contratación de servicio de limpieza, en las oficinas de
Léase
correctamente:
Para generar
contrato marco, contratación de servicio de limpieza, en las oficinas de
En el punto 6 de las características mínimas del servicio, donde dice:
Limpieza y desinfección de los servicios sanitarios, lavar y pulir espejos a diario.
Léase
correctamente:
Limpieza y desinfección para 15 servicios sanitarios, lavar y pulir espejos a diario.
En el punto de suministros, en el segundo párrafo tomar en cuenta que los suministros de limpieza serán para ser utilizados en 15 servicios sanitarios.
Se informa que la fecha de apertura se traslada para el 2 de junio del 2009 alas 13:30:00 horas.
Todo lo demás permanece invariable.
San José, 13 de mayo del 2009.—Lic. Floribeth Ruiz Solís, Proveedora Institucional a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 95473).—(Solicitud Nº 22062).—C-38270.—(40885).
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000031-1142 (Aviso Nº 1)
Apósito especial
A los oferentes interesados en participar en este concurso, se les comunica que se ha modificado la ficha técnica. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 15 de mayo del 2009.—Subárea de Carteles.—Lic. Lisbeth Gattjens Barrantes, Jefa a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 1142).—C-7520.—(40946).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000050-PROV
(Modificación y prórroga Nº 1)
Adquisición de enlaces de microonda SDH
en las bandas
8, 11 y 18 GHz y multiplexores SDH
El Instituto
Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación antes
mencionada, que el cartel de este concurso fue sujeto a modificaciones las
cuales podrán adquirirse por medio de fotocopia cancelando el costo de la misma
en
Asimismo, se le comunica que la apertura de ofertas fue prorrogada para las 14:00 horas del día 11 de junio del 2009.
Fecha de apertura de ofertas anterior: a las 09:00 horas del día 21 de mayo del 2009.
San José, 15 de mayo del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Luis Fernando Araya Montero, Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 342050).—C-15020.—(40864).
PROCESO DE PIGNORACIÓN
El Proceso de
Pignoración (Monte Popular) del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, avisa
que a las once horas del día 30 de mayo del 2009, se rematarán al mejor postor
las garantías de las operaciones de crédito que tengan dos o más cuotas de
atraso, o que su fecha de cancelación esté vencida. El remate se efectuará en
San José, calle primera, avenidas nueve y once, o de Radiográfica Costarricense
Agencia 03
ALHAJAS
Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base
remate
003-060-781788-8 LOTE
DE ALHAJAS 2.588.905,75 003-060-789139-9 2 CAD 10 K PS
003-060-797474-2 UN
ANILLO 10 CT PS 11 59.921,00 003-060-798414-3 LOTE DE ALHAJAS 141.005,55
003-060-798890-1 LOTE
DE ALHAJAS 10 CT PS 28.5 160.359,30 003-060-802044-9 LOTE DE ALHAJAS 10 CT PS 29.1 178.579,30
003-060-802054-1 LOTE
DE ALHAJAS 10 CT PS 18.6 118.559,70
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 7 3.833.745,65
003-060-792704-2 LOTE
DE ALHAJAS 10 K PS
003-060-800010-0 LOTE
DE ALHAJAS 10 CT PS 97.6 606.637,45 003-060-800208-6 LOTE DE ALHAJAS 10 CT PS 20.8 134.625,25
003-060-800840-7 LOTE
DE ALHAJAS 10 CT PS
003-060-801889-9 LOTE
ALHAJAS 685.977,70 003-060-801925-4 LOTE ALHAJAS 269.399,60
003-060-802232-9 LOTE
DE ALHAJAS 10 CT PS 64.5 354.840,35
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 9 3.622.863,75
Agencia 04
004-060-786414-6 LOTE
ALHAJAS 58.838,75 004-060-787008-5 LOTE ALHAJAS 43.577,20
004-060-790193-4 LOTE
ALHAJAS 151.549,55 004-060-790464-3 CADENA 159.185,75
004-060-797646-9 LOTE
ALHAJAS 77.320,25 004-060-799312-5 LOTE ALHAJAS 474.633,45
004-060-799350-0 LOTE 106.087,30 004-060-799427-1 LOTE ALHAJAS 76.490,40
004-060-799823-4 LOTE
ALHAJAS 293.947,30 004-060-801208-9 LOTE DE ALHAJAS 169.755,35
004-060-801253-2 LOTE
DE ALHAJAS 364.318,00 004-060-801357-0 LOTE DE ALHAJAS 322.838,45
004-060-801384-8 LOTE
DE ALHAJAS 75.911,70 004-060-801432-3 LOTE DE ALHAJAS 40.147,05
004-060-801506-7 CADENA 132.148,70 004-060-801609-1 CADENA 184.799,30
004-060-801729-9 LOTE
DE ALHAJAS 61.141,00 004-060-801774-4 LOTE DE ALHAJAS 56.532,55
004-060-801812-7 LOTE
DE ALHAJAS 118.754,70 004-060-802692-0 LOTE DE ALHAJAS 1.144.844,60
004-060-802864-2 LOTE
DE ALHAJAS 1.616.019,00 004-060-803479-0 LOTE DE ALHAJAS 68.309,90
004-060-803506-9 LOTE
DE ALHAJAS 621.639,30 004-060-803525-0 LOTE DE ALHAJAS 1.382.157,45
004-060-803554-5 LOTE
DE ALHAJAS 319.191,00 004-060-803556-4 LOTE DE ALHAJAS 78.314,50
004-060-803579-4 LOTE
DE ALHAJAS 107.799,60 004-060-803585-0 LOTE DE ALHAJAS 165.707,45
004-060-803599-0 LOTE
DE ALHAJAS 684.779,35 004-060-803602-2 LOTE DE ALHAJAS 234.767,10
004-060-803623-3 LOTE
DE ALHAJAS 466.393,65 004-060-803626-6 LOTE DE ALHAJAS 304.784,80
004-060-803629-9 PULSERA 217.703,45 004-060-803631-7 LOTE DE ALHAJAS 750.782,65
004-060-803639-1 LOTE
DE ALHAJAS 481.485,65 004-060-803640-8 LOTE DE ALHAJAS 236.333,60
004-060-803641-1 LOTE
DE ALHAJAS 708.406,05 004-060-803644-4 LOTE DE ALHAJAS 269.029,85
004-060-803707-6 LOTE
DE ALHAJAS 419.647,35 004-060-803775-1 ANILLOS 168.820,60
004-060-803836-2 LOTE
DE ALHAJAS 416.062,40 004-060-803855-6 LOTE DE ALHAJAS 221.997,90
004-060-803871-5 LOTE
DE ALHAJAS 362.779,30 004-060-803872-9 LOTE DE ALHAJAS 585.053,65
004-060-803874-8 LOTE
DE ALHAJAS 374.296,05 004-060-804041-0 LOTE DE ALHAJAS 561.979,25
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 46 15.937.062,20
004-060-802218-2 LOTE
DE ALHAJAS 1.138.605,75 004-060-803254-8 LOTE DE ALHAJAS 61.384,95
004-060-803258-6 LOTE
DE ALHAJAS 2.191.179,60 004-060-803285-3 LOTE DE ALHAJAS 1.037.496,30
004-060-803286-7 ANILLOS 63.448,50 004-060-803342-8 LOTE DE ALHAJAS 300.322,20
004-060-803363-9 LOTE
DE ALHAJAS 1.069.873,40 004-060-803424-1 ANILLOS 26.957,55
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 8 5.889.268,25
Agencia 06
006-060-784578-1 LOTE
DE ALHAJAS 45.785,35 006-060-789358-3 LOTE DE ALHAJAS 170.146,75
006-060-790074-6 LOTE
DE ALHAJAS 84.419,00 006-060-791284-3 LOTE DE ALHAJAS 55.296,30
006-060-791337-0 LOTE
ALHAJAS 253.645,10 006-060-791463-6 LOTE DE ALHAJAS 51.988,05
006-060-794024-2 LOTE
DE ALHAJAS 101.614,15 006-060-795938-2 LOTE DE ALHAJAS 110.957,35
006-060-796221-5 LOTE
DE ALHAJAS 176.647,05 006-060-796308-2 LOTE DE ALHAJAS 41.893,25
006-060-796484-1 LOTE
DE ALHAJAS 356.562,95 006-060-796541-0 LOTE DE ALHAJAS 279.300,25
006-060-796626-6 LOTE
DE ALHAJAS 350.967,25 006-060-796722-0 LOTE DE ALHAJAS 75.688,40
006-060-796726-8 LOTE
DE ALHAJAS 84.275,25 006-060-796727-1 LOTE DE ALHAJAS 192.226,85
006-060-796750-2 LOTE
DE ALHAJAS 172.524,45 006-060-796891-0 LOTE DE ALHAJAS 329.940,45
006-060-797175-0 UNA
PULSERA 569.014,50 006-060-797671-2 LOTE DE ALHAJAS 184.989,60
006-060-798924-4 LOTE
DE ALHAJAS 1.593.124,65 006-060-799012-5 UNA PULSERA 58.888,10
006-060-799017-7 LOTE
DE ALHAJAS 156.895,45 006-060-799020-0 LOTE DE ALHAJAS 105.233,10
006-060-799031-7 LOTE
DE ALHAJAS 118.455,85 006-060-799033-6 LOTE DE ALHAJAS 367.958,95
006-060-799037-2 LOTE
DE ALHAJAS 61.097,20 006-060-799237-6 UNA CADENA 123.056,30
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 28 6.272.591,90
006-060-794954-0 LOTE
DE ALHAJAS 116.520,15 006-060-798715-3 UNA CADENA 58.036,70
006-060-798730-7 LOTE
DE ALHAJAS 222.463,25 006-060-798752-1 LOTE DE ALHAJAS 99.880,60
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 4 496.900,70
Agencia 07
007-060-791421-6 5
ANILLOS 10K 77.063,80 007-060-791567-8 LOTE DE ALHAJAS 1.289.342,65
007-060-791677-4 LOTE
DE ALHAJAS 214.447,85 007-060-791682-5 2 PULSOS 10K 135.959,20
007-060-791764-9 LOTE
DE ALHAJAS 204.486,75 007-060-791797-1 LOTE DE ALHAJAS 249.939,30
007-060-791965-8 LOTE
DE ALHAJAS 406.212,85 007-060-791972-8 LOTE DE ALHAJAS 73.186,40
007-060-792001-4 LOTE
DE ALHAJAS 101.563,75 007-060-794445-4 LOTE DE ANILLOS 163.584,20
Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base
remate
007-060-794446-8 LOTE
DE ALHAJAS 424.240,40 007-060-794471-6 LOTE DE ALHAJAS 396.023,85
007-060-794479-0 LOTE
DE ALHAJAS 87.938,80 007-060-794486-0 PULSOS 102.043,20
007-060-794487-4 LOTE
DE ALHAJAS 60.867,85 007-060-794493-0 LOTE DE ALHAJAS 403.065,45
007-060-794503-6 LOTE
DE ALHAJAS 192.429,70 007-060-794505-5 LOTE DE ALHAJAS 291.325,45
007-060-794512-3 LOTE
DE ALHAJAS 75.598,55 007-060-794529-7 CADENAS 491.281,05
007-060-794536-7 LOTE
DE ALHAJAS 60.515,75 007-060-794537-0 CADENA Y ANILLO 99.226,70
007-060-794551-2 LOTE
DE ALHAJAS 2.038.715,45 007-060-794554-5 LOTE DE ALHAJAS 305.068,65
007-060-794555-0 LOTE
DE ALHAJAS 237.908,55 007-060-794578-0 PULSO 55.447,50
007-060-794602-2 LOTE
DE ALHAJAS 880.376,80 007-060-794611-1 LOTE DE ALHAJAS 197.275,10
007-060-794634-0 CADENA
Y PULSO 446.799,80 007-060-794635-5 1 DIJE 24K 145.797,85
007-060-794636-9 LOTE
DE ALHAJAS 457.585,65 007-060-794637-2 LOTE DE ALHAJAS 872.291,05
007-060-794640-8 LOTE
DE ALHAJAS 1.027.365,00 007-060-794646-3 LOTE DE ALHAJAS 99.690,55
007-060-794659-9 LOTE
DE ALHAJAS 44.530,05 007-060-794662-0 1 CADENA 10K 46.100,55
007-060-794680-0 PULSO
Y ANILLO 124.860,50 007-060-794693-6 LOTE DE ALHAJAS 188.510,45
007-060-794702-4 LOTE
DE ALHAJAS 103.588,55 007-060-794704-3 1 CADENA 10K 142.365,00
007-060-794710-0 LOTE
DE ALHAJAS 848.353,05 007-060-794712-7 LOTE DE ALHAJAS 1.579.091,55
007-060-794714-6 LOTE
DE ALHAJAS 73.478,45 007-060-794715-1 LOTE DE ALHAJAS 286.179,35
007-060-794719-8 LOTE
DE ALHAJAS 518.216,75 007-060-795147-7 LOTE DE ALHAJAS 870.618,60
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 46 17.190.558,30
007-060-793878-5 CADENA 668.385,95 007-060-793894-2 PULSERA 123.481,50
007-060-793913-5 LOTE
DE ALHAJAS 1.018.118,20 007-060-793926-0 1 ANILLO 18K 101.690,85
007-060-793961-1 LOTE
ALHAJAS 71.623,30 007-060-794055-0 3 ANILLOS 25.200,80
007-060-794066-6 1
ANILLO 10K 18.489,60 007-060-794087-7 1 ANILLO 18K 49.238,15
007-060-794140-7 LOTE
DE ALHAJAS 35.683,35 007-060-794164-9 LOTE DE ALHAJAS 349.275,90
007-060-794246-4 1
PULSO 10K 60.951,00 007-060-794341-4 LOTE DE ALHAJAS 130.393,40
007-060-794428-0 PULSO 50.296,65
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 13 2.702.828,65
Oficina 08
008-060-792974-0 LOTE
ALHAJAS 67.020,00 008-060-793030-1 LOTE DE ALHAJAS 82.796,45
008-060-794565-5 LOTE
ALHAJAS 161.777,80 008-060-794612-7 LOTE ALHAJAS 775.976,40
008-060-794996-6 LOTE
ALHAJAS 434.868,10 008-060-795075-0 LOTE ALHAJAS 235.501,80
008-060-795124-9 LOTE
ALHAJAS 426.938,60 008-060-795132-2 LOTE ALHAJAS 324.010,30
008-060-795140-0 2
PULSERAS 10K 103.320,50 008-060-795142-7 1 PULSERA 10K 67.824,35
008-060-796903-7 LOTE
ALHAJAS 6 PZ 19.4GRS 114.354,85 008-060-796932-0 LOTE ALHAJAS 4 PZ 34.8GRS 204.940,60
008-060-796954-6 LOTE
ALHAJAS 124.258,15 008-060-796963-5 LOTE ALHAJAS 80.659,70
008-060-796983-2 LOTE
ALHAJAS 166.342,55 008-060-797011-3 LOTE ALHAJAS 85.244,70
008-060-797016-5 2
TOBILLERAS 85.760,60 008-060-797037-4 LOTE ALHAJAS 278.284,10
008-060-797050-2 LOTE
ALHAJAS 318.816,15 008-060-797063-8 1 CADENA 14K 112.4 GRS 797.288,25
008-060-797072-7 LOTE
ALHAJAS 127.270,30 008-060-797080-2 1 PULSERA 10K 29.6 GRS 130.824,85
008-060-797084-9 2
CADENAS 10K 297.228,80 008-060-797090-5 LOTE ALHAJAS 148.481,75
008-060-797117-0 LOTE
ALHAJAS 272.934,20
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 25 5.912.723,85
008-060-797131-0 LOTE
ALHAJAS 628.776,85
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1 628.776,85
Agencia 10
010-060-774694-3 LOTE
DE 10K 127.391,90 010-060-778882-9 LOTE DE ALHAJAS 74.483,75
010-060-780698-3 LOTE
DE ALHAJAS ORO 10K. 106.097,10 010-060-780931-8 LOTE DE ALHAJAS ORO 10K. 104.807,25
010-060-781802-2 LOTE
DE ALHAJAS 16.648,65 010-060-781888-5 LOTE DE ALHAJAS 44.237,05
010-060-783666-7 LOTE
ALHAJAS 48.097,20 010-060-784665-4 LOTE ALHAJAS 55.738,60
010-060-787107-5 LOTE
ALHAJAS 109.070,55 010-060-787616-5 LOTE ALHAJAS 91.403,80
010-060-787676-5 LOTE
ALHAJAS 233.393,20 010-060-787890-9 LOTE ALHAJAS 455.054,80
010-060-789763-1 LOTE
ALHAJAS 40.080,95 010-060-789768-3 LOTE ALHAJAS 70.532,15
010-060-790085-2 LOTE
ALHAJAS 225.894,40 010-060-790217-0 LOTE ALHAJAS 33.594,30
010-060-790258-9 LOTE
ALHAJAS 282.972,05 010-060-790319-1 LOTE ALHAJAS 70.896,55
010-060-790369-7 LOTE
ALHAJAS 50.544,05 010-060-790390-9 LOTE ALHAJAS 2.289.819,85
010-060-790394-5 LOTE
ALHAJAS 891.781,55 010-060-790398-3 LOTE ALHAJAS 263.946,80
010-060-790434-7 LOTE
ALHAJAS 173.320,70 010-060-790439-9 LOTE ALHAJAS 59.879,75
010-060-790696-1 LOTE
ALHAJAS 685.674,15 010-060-791856-3 LOTE ALHAJAS 456.988,45
010-060-793258-1 LOTE
ALHAJAS 644.884,70 010-060-793272-1 LOTE ALHAJAS 167.502,55
010-060-793322-6 LOTE
ALHAJAS 77.979,65 010-060-793323-1 LOTE ALHAJAS 73.217,55
010-060-793346-1 LOTE
ALHAJAS 205.769,45 010-060-793405-7 LOTE ALHAJAS 102.383,55
010-060-793419-6 LOTE
ALHAJAS 164.876,90 010-060-793439-1 LOTE ALHAJAS 109.034,20
010-060-793442-5 LOTE
ALHAJAS 144.396,60 010-060-793447-7 LOTE ALHAJAS 2.812.494,80
010-060-793450-0 LOTE
ALHAJAS 961.053,50 010-060-793458-5 LOTE ALHAJAS 102.967,85
010-060-793460-3 LOTE
ALHAJAS 112.970,45 010-060-793464-0 LOTE ALHAJAS 168.137,85
010-060-793472-5 LOTE
ALHAJAS 843.851,30 010-060-793481-4 LOTE ALHAJAS 240.813,90
010-060-793482-8 LOTE
ALHAJAS 116.012,55 010-060-793497-2 LOTE ALHAJAS 321.593,25
010-060-793501-2 LOTE
ALHAJAS 41.620,15 010-060-793502-6 LOTE ALHAJAS 94.339,05
010-060-793505-0 LOTE
ALHAJAS 399.753,05 010-060-793512-9 LOTE ALHAJAS 121.422,90
010-060-793513-4 LOTE
ALHAJAS 56.402,20 010-060-793516-7 LOTE ALHAJAS 97.874,45
010-060-793517-0 LOTE
ALHAJAS 157.594,45 010-060-793518-6 LOTE ALHAJAS 884.740,85
010-060-793520-4 LOTE
ALHAJAS 176.867,60 010-060-793521-8 LOTE ALHAJAS 210.125,95
010-060-793522-1 LOTE
ALHAJAS 43.092,65 010-060-793526-0 LOTE ALHAJAS 491.259,30
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 56 17.207.382,75
010-060-791470-6 LOTE
ALHAJAS 463.325,15 010-060-792218-8 LOTE ALHAJAS 119.790,85
010-060-792283-9 LOTE
ALHAJAS 353.356,90 010-060-792753-0 LOTE ALHAJAS 236.678,95
010-060-792769-8 LOTE
ALHAJAS 85.607,25 010-060-792790-0 LOTE ALHAJAS 34.100,95
010-060-792791-3 LOTE
ALHAJAS 139.198,85 010-060-792858-3 LOTE ALHAJAS 194.241,45
010-060-793011-4 LOTE
ALHAJAS 334.888,05 010-060-793074-7 LOTE ALHAJAS 151.428,20
010-060-793121-9 LOTE
ALHAJAS 513.384,00 010-060-793161-1 LOTE ALHAJAS 1.653.158,80
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 12 4.279.159,40
Agencia 15
Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base
remate
015-060-783651-3 LOTE
ALHAJAS 231.894,10 015-060-783940-2 2 PULSERAS 133.066,20
015-060-785374-8 LOTE
ALHAJAS 342.844,15 015-060-785395-9 ANILLOS, PULSERA Y CADENA 280.195,50
015-060-785408-5 LOTE
ALHAJAS 157.598,55
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 5 1.145.598,50
Agencia 17
017-060-779530-4 LOTE
DE ALHAJAS 127.493,40 017-060-779843-7 LOTE ALHAJAS 55.782,95
017-060-782399-6 LOTE
ALHAJAS 60.593,00 017-060-782602-4 LOTE ALHAJAS 61.873,30
017-060-782614-6 PULSERA
C/DIAMANTES 391.340,65 017-060-782668-0 LOTE ALHAJAS 159.737,55
017-060-784946-2 LOTE
ALHAJAS 700.998,05 017-060-785595-8 LOTE DE ALHAJAS 259.052,05
017-060-785708-6 LOTE
DE ALHAJAS 49.898,75 017-060-787594-4 LOTE DE ALHAJAS 283.268,65
017-060-787659-5 LOTE
DE ALHAJAS 144.412,00 017-060-787919-8 LOTE DE ALHAJAS 1.910.750,40
017-060-787984-9 LOTE
DE ALHAJAS 115.098,60 017-060-788021-9 LOTE DE ALHAJAS 63.865,40
017-060-788036-3 LOTE
DE ALHAJAS 94.339,05 017-060-790205-5 LOTE DE ALHAJAS 1.179.734,25
017-060-790211-0 LOTE
DE ALHAJAS 266.619,95 017-060-790216-1 LOTE DE ALHAJAS 62.421,35
017-060-790228-3 LOTE
DE ALHAJAS 188.284,05 017-060-790243-9 LOTE DE ALHAJAS 39.876,25
017-060-790251-2 LOTE
DE ALHAJAS 568.344,25 017-060-790252-6 LOTE DE ALHAJAS 259.940,65
017-060-790255-0 LOTE
DE ALHAJAS 206.619,50 017-060-790272-3 LOTE DE ALHAJAS 215.123,70
017-060-790273-9 LOTE
DE ALHAJAS 504.542,60 017-060-790277-5 LOTE DE ALHAJAS 249.277,15
017-060-790278-0 LOTE
DE ALHAJAS 21.012,60
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 27 8.240.300,10
017-060-786774-1 LOTE
DE ALHAJAS 17.229,20 017-060-789371-2 LOTE DE ALHAJAS 163.393,35
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 2 180.622,55
Agencia 21
021-060-799816-0 LOTE
ALHAJAS 409.517,85 021-060-800064-0 LOTE DE ALHAJAS 10K 140.739,60
021-060-802470-8 GARGANTILLA
14K 208.135,40 021-060-802817-6 DIJE 18 K 20.222,20
021-060-802830-2 LOTE
DE 11.4GRS 66.211,35 021-060-802834-9 LOTE DE 18 K 19.4 GRS 174.581,70
021-060-802909-4 LOTE
ALHAJAS 203.490,40 021-060-802911-2 LOTE DE 10 K 75.7GRS 424.695,15
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 8 1.647.593,65
021-060-802547-0 PULSO
DE 10K 9.3GRS 64.161,15
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1 64.161,15
Agencia 22
022-060-774140-5 LOTE
DE ALHAJAS 71.786,80 022-060-774465-8 LOTE DE ALHAJAS 132.711,15
022-060-776088-2 LOTE
ALHAJAS 90.180,35 022-060-776092-8 LOTE ALHAJAS 91.883,80
022-060-776110-7 LOTE
DE ALHAJAS 181.679,10 022-060-776112-4 01 ANILLO, 01 CADENA, 01 DIJE 47.149,90
022-060-776115-9 02
PULSERAS DE ORO DE 10K 37.688,40
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 7 653.079,50
022-060-772066-2 LOTE
ALHAJAS 106.629,70
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1 106.629,70
Agencia 24
024-060-787096-6 LOTE
DE ALHAJAS 205.702,00 024-060-787749-8 LOTE DE ALHAJAS 38.880,00
024-060-789692-2 LOTE
DE ALHAJAS 88.767,85 024-060-789745-3 LOTE DE ALHAJAS 323.173,30
024-060-789766-2 LOTE
DE ALHAJAS 130.935,35
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 5 787.458,50
024-060-788683-4 LOTE
DE ALHAJAS 127.449,75 024-060-789424-3 LOTE DE ALHAJAS 278.531,55
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 2 405.981,30
Agencia 25
025-060-775755-0 LOTE
ALHAJAS 42.438,85 025-060-781531-3 LOTE ALHAJAS 90.146,05
025-060-784655-3 LOTE
ALHAJAS 16.411,95 025-060-784895-0 LOTE ALHAJAS 120.684,25
025-060-785124-8 LOTE
ALHAJAS 138.435,75 025-060-786564-0 LOTE ALHAJAS 116.122,25
025-060-788520-3 LOTE
ALHAJAS 112.451,70 025-060-789328-3 LOTE ALHAJAS 162.426,15
025-060-791839-0 LOTE
ALHAJAS 59.526,45 025-060-792250-8 LOTE ALHAJAS 47.268,25
025-060-792315-9 LOTE
DE ALHAJAS 121.651,85 025-060-792317-6 LOTE DE ALHAJAS 107.575,20
025-060-792346-2 LOTE
DE ALHAJAS 177.403,95 025-060-792348-1 LOTE ALHAJAS 70.238,30
025-060-792470-9 LOTE
DE ALHAJAS 59.477,15 025-060-792610-4 LOTE DE ALHAJAS 170.646,80
025-060-792623-0 LOTE
DE ALHAJAS 88.631,90 025-060-792698-4 LOTE DE ALHAJAS 38.309,30
025-060-792704-0 LOTE
DE ALHAJAS 41.014,55 025-060-792825-2 LOTE DE ALHAJAS 130.178,10
025-060-792879-6 LOTE
ALHAJAS 161.321,20 025-060-792880-0 LOTE DE ALHAJAS 32.839,25
025-060-795837-5 LOTE
DE ALHAJAS 362.223,40 025-060-795849-9 LOTE ALHAJAS 157.930,95
025-060-795858-8 LOTE
DE ALHAJAS 74.104,75 025-060-795868-0 LOTE DE ALHAJAS 272.711,95
025-060-795886-9 LOTE
ALHAJAS 41.212,85 025-060-795889-1 LOTE DE ALHAJAS 79.354,95
025-060-795894-2 LOTE
DE ALHAJAS 195.408,50 025-060-795918-7 LOTE DE ALHAJAS 11.355,55
025-060-795947-1 LOTE
ALHAJAS 23.417,25 025-060-795977-1 LOTE DE ALHAJAS 33.032,55
025-060-795979-0 LOTE
DE ALHAJAS 115.731,95 025-060-796002-0 LOTE ALHAJAS 85.387,70
025-060-796003-5 LOTE
DE ALHAJAS 60.949,20 025-060-796011-9 LOTE DE ALHAJAS 83.021,45
025-060-796017-4 LOTE
DE ALHAJAS 285.928,30 025-060-796037-0 LOTE DE ALHAJAS 265.305,40
025-060-796038-5 LOTE
ALHAJAS 136.121,40 025-060-796041-9 LOTE ALHAJAS 34.569,35
025-060-796066-6 LOTE
DE ALHAJAS 23.286,60 025-060-796076-0 LOTE ALHAJAS 197.298,00
025-060-796077-4 LOTE
ALHAJAS 128.235,25 025-060-796078-0 LOTE ALHAJAS 50.340,35
025-060-796079-3 LOTE
ALHAJAS 65.078,10 025-060-796301-1 LOTE ALHAJAS 155.770,00
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 46 5.042.974,95
025-060-791951-5 ANILLO 19.752,30 025-060-794808-1 LOTE DE ALHAJAS 122.220,35
025-060-795430-7 LOTE
ALHAJAS 30.611,15 025-060-795523-0 LOTE ALHAJAS 58.180,50
025-060-795580-8 LOTE
DE ALHAJAS 92.757,40
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 5 323.521,70
Agencia 27
Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base
remate
027-060-778089-9 LOTE
DE ALHAJAS DE 10 K 323.701,15 027-060-778124-9 LOTE DE ALHAJAS 181.223,40
027-060-778955-0 CADENA
18KT 112.625,30 027-060-780017-5 LOTE DE ALHAJAS 156.504,45
027-060-780038-6 LOTE
DE ALHAJAS 196.521,50 027-060-780045-8 LOTE DE ALHAJAS 10KT 267.855,05
027-060-780079-4 LOTE
DE ALHAJAS 1.401.630,55
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 7 2.640.061,40
027-060-774912-0 LOTE
DE ALHAJAS 89.594,95 027-060-779889-6 PULSERA 14 K
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 2 184.174,55
Agencia 29
029-060-759400-4 DOS
CADENAS, 4 DIJES 74.302,00 029-060-759440-7 ANILLOS 86.384,85
029-060-759441-0 LOTE
DE ALHAJAS 348.518,15 029-060-759473-0 LOTE DE ALHAJAS 154.803,60
029-060-759480-0 CADENA 595.057,95 029-060-759484-6 CADENA 118.464,15
029-060-759488-4 LOTE
DE ALHAJAS 117.285,40 029-060-759491-6 PULSERA 123.768,55
029-060-759513-3 PULSERA
Y ANILLO 95.782,55 029-060-759515-2 LOTE DE ALHAJAS 677.501,45
029-060-759519-9 CADENA
Y PULSERA 200.331,75 029-060-759525-5 LOTE DE ALHAJAS 313.757,55
029-060-759530-6 LOTE
DE ALHAJAS 395.015,95 029-060-759536-1 DOS CADENAS, 1 DIJE 421.379,10
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 14 3.722.353,00
029-060-758664-3 ESCLAVA
Y CADENA 793.447,80 029-060-758757-5 LOTE DE ALHAJAS 514.895,55
029-060-758859-6 ANILLO
10K 33.823,40 029-060-759201-4 CADENA Y UN DIJE 102.122,25
029-060-759274-0 LOTE
DE ANILLOS Y PULSERAS 198.897,45 029-060-759278-8 LOTE DE ALHAJAS 142.117,20
029-060-759367-0 CADENA,
2 DIJES 165.629,15 029-060-759372-2 CADENA Y PULSERA 157.085,70
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 8 2.108.018,50
Agencia 34
034-060-759840-6 LOTE
DE ALHAJAS 192.111,10 034-060-765962-2 LOTE DE ALHAJAS 22.396,25
034-060-768236-9 LOTE
DE ALHAJAS 553.883,40 034-060-768243-0 LOTE DE ALHAJAS 892.896,55
034-060-768271-1 LOTE
DE ALHAJAS 321.297,70
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 5 1.982.585,00
Agencia 47
047-060-755817-0 ALHAJAS 41.472,20 047-060-756824-0 CADENA Y DIJE 49.217,40
047-060-757334-3 CADENA 354.182,30 047-060-757355-6 ALHAJAS 80.108,15
047-060-757356-0 ALHAJAS 369.824,40
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 5 894.804,45
047-060-756728-7 LOTE
DE ALHAJAS 205.179,15
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1 205.179,15
Agencia 60
060-060-757207-3 CADENA
10K 31.048,75 060-060-757568-4 LOTE ALHAJAS 10K 244.058,40
060-060-757923-7 LOTE
ALHAJAS 163.851,50 060-060-757928-9 LOTE ALHAJAS 421.751,05
060-060-759073-8 4
ESC Y 4 ANI 10K 287.147,20 060-060-759079-3 CADENA 10K 43GRS 257.023,95
060-060-759082-5 CADENA
10K 14GRS 83.682,25 060-060-759102-1 LOTE ALHAJAS 10K 131.175,15
060-060-759107-3 1
CADENA 10K 14.5GRS 86.980,60 060-060-759115-9 LOTE ALHAJAS 10K 220.247,85
060-060-759131-6 LOTE
ALHAJAS 242.643,05 060-060-759140-7 1 ANILLO 10K 6GRS 35.451,20
060-060-759147-6 02
CADENAS 10K 17.5GRS 103.816,60 060-060-759158-4 LOTE ALHAJAS 78.843,95
060-060-759165-4 2
ANILLO 10K 11.5GRS 69.866,65 060-060-759167-1 LOTE ALHAJAS 358.314,85
060-060-759171-0 LOTE
ALHAJAS 10K 159.504,90 060-060-759174-3 LOTE ALHAJAS 56.982,60
060-060-759176-2 LOTE
ALHAJAS 187.495,00 060-060-759180-0 LOTE ALHAJAS 199.213,45
060-060-759181-3 LOTE
ALHAJAS 240.228,00 060-060-759186-5 LOTE ALHAJAS 10K 21GRS 116.640,05
060-060-759187-9 LOTE
ALHAJAS 10K 327.702,95 060-060-759188-4 LOTE ALHAJAS 530.518,45
060-060-759189-8 LOTE
ALHAJAS 327.412,00 060-060-759190-2 LOTE ALHAJAS 99.078,40
060-060-759191-6 LOTE
ALHAJAS 721.416,30 060-060-759193-5 LOTE ALHAJAS 163.912,45
060-060-759194-9 LOTE
ALHAJAS 158.319,10 060-060-759195-4 LOTE ALHAJAS 105.344,10
060-060-759199-0 LOTE
ALHAJAS 10K 44.237,05 060-060-759201-0 LOTE ALHAJAS 10K 262.301,00
060-060-759202-3 LOTE
ALHAJAS 30.385,85 060-060-759204-2 LOTE ALHAJAS 187.042,20
060-060-759205-8 LOTE
ALHAJAS 137.994,15
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 35 6.871.631,00
060-060-757077-2 1
ANILLO 35.020,55 060-060-757648-0 LOTE ALHAJAS 10K 101.228,50
060-060-758687-9 LOTE
ALHAJAS 25.642,15 060-060-758701-0 LOTE ALHAJAS 36.439,05
060-060-758711-2 LOTE
ALHAJAS 292.726,70 060-060-758770-9 LOTE ALHAJAS 152.802,60
060-060-758893-9 LOTE
ALHAJAS 89.050,50 060-060-758895-8 LOTE ALHAJAS 400.727,30
060-060-758935-0 LOTE
ALHAJAS 277.711,40 060-060-758951-9 LOTE ALHAJAS 159.026,70
060-060-758953-8 1
CADENA 41.483,55 060-060-758967-7 1 CADENA* 176.838,60
060-060-758976-8 1
CADENA* 129.749,95 060-060-759001-6 LOTE ALHAJAS 145.921,70
060-060-759011-9 1
ESCLAVA 93.442,50 060-060-759020-8 LOTE ALHAJAS 205.938,20
060-060-759030-0 LOTE
ALHAJAS 444.027,55 060-060-759031-4 12 ANI Y 1 ESC 10K 57.5GRS 315.204,75
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 18 3.122.982,25
Agencia 61
061-060-754900-8 LOTE
DE ALHAJAS ORO 10K 17GRAM 80.356,10 061-060-755174-1 LOTE DE ALHAJAS ORO 10 Y 14K P 306.558,75
061-060-755650-9 LOTE
DE ALHAJAS ORO 10K PESO 1 1.059.927,00
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 3 1.446.841,85
061-060-755467-5 LOTE
DE ALHAJAS ORO 10K PESO 2 126.121,20
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1 126.121,20
Agencia 63
063-060-752824-0 LOTE
ALHAJAS 1.119.678,00 063-060-752829-1 LOTE DE ALHAJAS 82.1 GR. 396.446,05
063-060-752910-2 LOTE
ALHAJAS 69.029,00 063-060-752931-1 LOTE ALHAJAS 186.566,90
063-060-752956-0 LOTE
ALHAJAS 816.161,35 063-060-752987-4 LOTE ALHAJAS 99.742,25
063-060-753246-4 LOTE
ALHAJAS 261.023,40 063-060-753249-7 LOTE DE ALHAJAS 405.196,50
Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base
remate
063-060-753256-7 LOTE
DE ALHAJAS 487.270,50 063-060-753269-2 LOTE DE ALHAJAS 160.556,80
063-060-753285-3 LOTE
ALHAJAS 185.071,75 063-060-753297-3 LOTE ALHAJAS 342.446,40
063-060-753298-9 LOTE
10K 26.544,05 063-060-753300-8 LOTE ALHAJAS 486.953,90
063-060-753311-4 LOTE
10K 109.073,20 063-060-753318-5 LOTE ALHAJAS 205.714,40
063-060-753319-9 LOTE
ALHAJAS 393.301,40 063-060-753322-0 LOTE 10K 2A 85.244,70
063-060-753327-2 LOTE
ALHAJAS 179.384,45 063-060-753329-1 CADENA 10K 50.229,90
063-060-753330-6
063-060-753356-9 LOTE
10K 75.510,40 063-060-753360-6 LOTE ALHAJAS 241.876,25
063-060-753807-8 LOTE
ALHAJAS 1.353.001,65 063-060-753812-9 LOTE ALHAJAS 1.122.713,90
063-060-753819-0 LOTE
ALHAJAS 459.865,30 063-060-753821-8 LOTE ALHAJAS 458.792,80
063-060-753822-1 LOTE
10K 213.580,80 063-060-753823-7 LOTE ALHAJAS 1.054.927,60
063-060-753826-0 PULSO
HOMBRE, CORD CHINO, 10K 148.916,20 063-060-753833-0 LOTE DE ALHAJAS 200.128,75
063-060-753838-1 LOTE
ALHAJAS 10K, P/F 29.852,25 063-060-753842-9 LOTE ALHAJAS 55.152,55
063-060-753843-4 LOTE
ALHAJAS 202.619,40 063-060-753846-7 LOTE ALHAJAS 365.824,45
063-060-753847-0 LOTE
10K 287.614,50 063-060-753849-0 LOTE ALHAJAS 273.829,60
063-060-753852-1 LOTE
ALHAJAS 185.072,70 063-060-753853-7 LOTE 10K 41.152,60
063-060-753855-6 LOTE
10K 25.802,25 063-060-753856-0 LOTE ALHAJAS 259.094,70
063-060-753858-9 LOTE
10K 24.960,20 063-060-753860-7 LOTE 10K 157.075,25
063-060-753861-0 LOTE
10K 241.722,65 063-060-753864-3 LOTE 10K 570.251,80
063-060-753865-9 LOTE
ALHAJAS 1.578.514,35 063-060-753866-2 LOTE ALHAJAS 985.934,95
063-060-753867-6 LOTE
ALHAJAS 245.683,40 063-060-753870-1 LOTE ALHAJAS 939.364,50
063-060-753872-9 LOTE
ALHAJAS 370.707,50 063-060-753873-4 LOTE 10K 261.084,95
063-060-753875-3 LOTE
DE ALHAJAS 176.632,55 063-060-754000-3 LOTE DE ALHAJAS, 10K 29.982,25
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 54 19.032.702,45
063-060-752175-8 LOTE
DE ALHAJAS 79.047,65 063-060-753602-2 LOTE DE ALHAJAS 207.073,20
063-060-753695-5 LOTE
DE ALHAJAS 409.622,35 063-060-753757-1 LOTE ALHAJAS 1.093.116,65
063-060-753765-7 LOTE
10L 321.126,60
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 5 2.109.986,45
Agencia 77
077-060-098108-1 LOTE
DE ALHAJAS 203.321,45 077-060-102737-8 LOTE ALHAJAS 83.475,10
077-060-103045-1 LOTE
ALHAJAS 174.730,10 077-060-103727-6 LOTE ALHAJAS 1.174.690,50
077-060-104409-3 LOTE
ALHAJAS 149.287,55 077-060-105155-8 LOTE ALHAJAS 370.367,55
077-060-105219-3 LOTE
ALHAJAS 32.811,60 077-060-105419-7 LOTE ALHAJAS 171.265,65
077-060-107236-8 LOTE
ALHAJAS 69.549,05 077-060-109570-6 LOTE ALHAJAS 53.307,50
077-060-110533-1 LOTE
DE ALHAJAS 67.401,30 077-060-110718-1 LOTE DE ALHAJAS 54.093,70
077-060-111272-4 LOTE
ALHAJAS 86.646,85 077-060-111366-0 LOTE DE ALHAJAS 419.197,10
077-060-111622-6 LOTE
ALHAJAS 246.610,35 077-060-111709-3 LOTE ALHAJAS 7.671,05
077-060-111741-1 LOTE
DE ALHAJAS 466.840,60 077-060-112955-7 LOTE ALHAJAS 68.997,10
077-060-114046-1 LOTE
DE ALHAJAS 53.321,15 077-060-114611-2 LOTE ALHAJAS 173.664,10
077-060-114770-0 LOTE
ALHAJAS 68.625,55 077-060-116437-0 LOTE ALHAJAS 78.579,65
077-060-117930-2 LOTE
ALHAJAS 320.467,75 077-060-118266-4 LOTE ALHAJAS 42.053,65
077-060-118730-0 LOTE
ALHAJAS 139.553,85 077-060-118847-5 LOTE ALHAJAS 291.896,15
077-060-119015-2 ANILLO 63.760,90 077-060-119117-1 ANILLOS, PULSERA 465.731,70
077-060-119172-0 LOTE
ALHAJAS 133.578,35 077-060-119241-8 LOTE ALHAJAS 598.761,35
077-060-119312-3 LOTE
ALHAJAS 191.596,25 077-060-119369-0 LOTE ALHAJAS 1.375.673,15
077-060-119529-2 LOTE
ALHAJAS 46.873,75 077-060-119587-3 LOTE ALHAJAS 114.913,75
077-060-119626-1 LOTE
DE ALHAJAS 121.638,90 077-060-120948-2 LOTE ALHAJAS 1.076.727,30
077-060-121392-9 1
GARGANTILLLA 676.078,70 077-060-121878-1 1 ANILLO 12.295,40
077-060-121912-6 LOTE
ALHAJAS 188.048,20 077-060-122133-1 LOTE ALHAJAS 191.596,25
077-060-122337-1 PULSERA 799.536,55 077-060-122362-0 LOTE DE ALHAJAS 74.839,60
077-060-122533-0 LOTE
ALHAJAS 425.392,20 077-060-122710-6 PULSERA, CADENA 59.477,15
077-060-122807-4 LOTE
ALHAJAS 63.279,55 077-060-122814-4 LOTE ALHAJAS 959.875,75
077-060-123006-5 LOTE
ALHAJAS 117.541,80 077-060-123008-4 LOTE ALHAJAS 99.799,60
077-060-123039-6 LOTE
ALHAJAS 109.877,25 077-060-123063-0 LOTE ALHAJAS 363.250,40
077-060-123070-2 LOTE
ALHAJAS 365.932,00 077-060-123146-0 ANILLOS, CADENAS 143.300,65
077-060-123168-4 LOTE
ALHAJAS 293.651,60 077-060-123174-0 LOTE ALHAJAS 134.481,80
077-060-123209-1 LOTE
ALHAJAS 119.841,90 077-060-123250-9 LOTE ALHAJAS 101.684,45
077-060-123288-3 LOTE
ALHAJAS 228.430,30 077-060-123609-0 LOTE ALHAJAS 405.489,30
077-060-123839-2 LOTE
ALHAJAS 869.741,50 077-060-125093-2 ANILLO 64.661,35
077-060-125241-1 LOTE
ALHAJAS 1.435.777,70 077-060-125268-8 LOTE ALHAJAS 41.772,05
077-060-125302-4 LOTE
ALHAJAS 368.758,15 077-060-125476-7 ANILLO 79.030,55
077-060-125645-9 LOTE
ALHAJAS 302.406,50 077-060-125717-8 LOTE ALHAJAS 823.845,90
077-060-125809-6 LOTE
ALHAJAS 594.771,20 077-060-125884-0 LOTE ALHAJAS 406.823,00
077-060-126009-0 LOTE
ALHAJAS 113.074,75 077-060-126068-5 LOTE DE ALHAJAS 761.654,40
077-060-126069-9 PULSERA 273.202,10 077-060-126513-9 ANILLO 33.362,40
077-060-126525-0 CADENA 131.922,45 077-060-126545-8 LOTE ALHAJAS 266.981,30
077-060-126623-3 LOTE
ALHAJAS 286.191,85 077-060-126720-2 LOTE ALHAJAS 54.243,15
077-060-126754-9 LOTE
ALHAJAS 185.218,30 077-060-126780-2 PULSERA 155.796,50
077-060-126902-8 LOTE
ALHAJAS 367.616,45 077-060-126920-6 LOTE ALHAJAS 360.387,60
077-060-126933-1 LOTE
ALHAJAS 257.221,15 077-060-126934-5 LOTE DE ALHAJAS 74.427,50
077-060-126937-8 LOTE
ALHAJAS 30.493,60 077-060-127020-9 LOTE ALHAJAS 172.986,05
077-060-127022-6 2
CADENAS, 1 DIJE 255.043,55 077-060-127139-1 ANILLO-CADENA 228.722,50
077-060-127140-8 LOTE
ALHAJAS 267.395,40 077-060-127163-6 CADENAS 148.149,40
077-060-127190-3 LOTE
DE ALHAJAS 514.901,90 077-060-127248-4 LOTE ALHAJAS 251.102,95
077-060-127254-9 LOTE
DE ALHAJAS 288.474,80 077-060-127257-1 LOTE ALHAJAS 174.415,85
077-060-127306-4 LOTE
ALHAJAS 318.565,10 077-060-128339-6 LOTE ALHAJAS 114.307,30
077-060-128488-1 LOTE
ALHAJAS 22.410,20 077-060-128971-9 LOTE ALHAJAS 400.281,05
077-060-129479-3 LOTE
ALHAJAS 130.849,65 077-060-129583-4 LOTE ALHAJAS 1.429.798,20
077-060-129622-0 ANILLOS
Y ARETES 183.341,45 077-060-129724-1 LOTE ALHAJAS 565.501,15
077-060-129816-0 ANILLOS 44.086,05 077-060-129835-1 CADENA 34.965,10
077-060-129853-0 LOTE
DE ALHAJAS 87.484,60 077-060-129902-0 CADENA 162.046,05
077-060-129944-2 LOTE
ALHAJAS 183.754,55 077-060-129994-8 ANILLOS 83.751,25
077-060-129995-3 LOTE
ALHAJAS 32.004,95 077-060-130019-3 PULSO 91.403,80
077-060-130024-4 LOTE
ALHAJAS 539.288,65 077-060-130028-2 ANILLOS 38.191,60
077-060-130043-8 LOTE
ALHAJAS 834.751,00 077-060-130062-8 LOTE ALHAJAS (REV) 848.261,40
077-060-130075-7 LOTE
ALHAJAS 938.790,55 077-060-130081-1 CORDON 93.998,50
077-060-130082-5 LOTE
ALHAJAS 137.192,45 077-060-130085-0 LOTE ALHAJAS 406.523,70
077-060-130086-3 GARGANTILLA 416.540,70 077-060-130095-2 LOTE ALHAJAS 620.992,95
077-060-130107-3 CADENAS 83.643,15 077-060-130121-3 LOTE ALHAJAS 702.114,35
077-060-130122-7 LOTE
ALHAJAS 785.926,75 077-060-130123-2 LOTE ALHAJAS (REV) 757.878,15
077-060-130131-6 CADENA 17.943,15 077-060-130160-2 LOTE ALHAJAS 1.350.158,35
077-060-130173-0 ANILLOS-ARGS 65.804,55 077-060-130178-1 ANILLOS-CADENAS 129.662,25
077-060-130190-2 CADENA 40.545,05 077-060-130217-8 ANILLO 299.111,65
077-060-130223-4 LOTE
ALHAJAS 145.244,50 077-060-130227-0 LOTE ALHAJAS 95.364,10
077-060-130277-8 ANILLO 184.573,35 077-060-130315-2 LOTE ALHAJAS 281.220,30
077-060-130321-7 LOTE
ALHAJAS 438.589,45 077-060-130323-6 LOTE ARGOLLAS 19.653,75
077-060-130329-1 PULSERA 353.624,40 077-060-130355-5 PULSERA 80.984,35
077-060-130363-9 LOTE
ALHAJAS (REV) 240.434,95 077-060-130366-1 LOTE ALHAJAS 293.790,15
077-060-130371-4 LOTE
DE ALHAJAS 83.971,20 077-060-130372-8 LOTE ALHAJAS (REV) 110.151,70
077-060-130376-6 LOTE
ALHAJAS 328.045,15 077-060-130396-1 LOTE ALHAJAS 153.109,05
077-060-130402-7 LOTE
ALHAJAS 682.904,00 077-060-130405-1 LOTE ALHAJAS (REV) 134.510,25
077-060-130409-8 RELOJ 236.724,90 077-060-130411-6 LOTE ALHAJAS 478.113,05
077-060-130429-3 LOTE
ALHAJAS 354.198,70 077-060-130442-0 LOTE ALHAJAS 262.975,70
077-060-130456-0 LOTE
ALHAJAS 344.721,75 077-060-130470-2 LOTE ALHAJAS 158.143,60
077-060-130471-6 PULSERA 45.537,05 077-060-130473-5 LOTE ALHAJAS 154.127,65
077-060-130497-7 LOTE
ALHAJAS 98.517,75 077-060-130501-7 LOTE ALHAJAS (REV) 435.291,55
077-060-130523-1 LOTE
ALHAJAS 1.413.314,00 077-060-130535-3 LOTE ALHAJAS 445.771,75
077-060-130542-3 ANILLO
BRILLANTES 78.307,55 077-060-130560-1 LOTE ALHAJAS 446.310,95
077-060-130563-4 LOTE
ALHAJAS (REV) 75.818,35 077-060-130566-7 CADENA 146.603,75
077-060-130572-3 LOTE
ALHAJAS 251.309,10 077-060-130598-6 CADENA DIJE 968.930,85
077-060-130612-5 LOTE
ALHAJAS 165.593,00 077-060-130614-4 LOTE ALHAJAS 369.507,45
077-060-130617-7 LOTE
ALHAJAS 111.887,35 077-060-130618-2 LOTE ALHAJAS 611.702,50
077-060-130629-9 LOTE
ALHAJAS 39.388,95 077-060-130633-6 LOTE ALHAJAS 947.304,15
077-060-130635-5 4
ANILLOS 123.768,55 077-060-130646-3 DIJE ANCLA 189.873,80
077-060-130647-7 LOTE
ALHAJAS 106.250,90 077-060-130664-0 LOTE ALHAJAS 208.638,40
077-060-130669-1 LOTE
ALHAJAS 376.580,70 077-060-130670-8 LOTE ALHAJAS 234.038,10
077-060-130671-1 LOTE
ALHAJAS 53.318,90 077-060-130674-4 LOTE ALHAJAS 644.297,40
077-060-130678-2 LOTE
ALHAJAS (REV) 220.712,50 077-060-130692-0 LOTE ALHAJAS 52.562,75
077-060-130694-0 LOTE
ALHAJAS 209.408,05 077-060-130696-9 LOTE ALHAJAS 293.296,65
077-060-130711-3 LOTE
ALHAJAS 276.234,95 077-060-130712-7 LOTE ALHAJAS 309.106,95
077-060-130716-5 LOTE
ALHAJAS 285.490,40 077-060-130735-7 LOTE ALHAJAS 107.086,65
077-060-130744-6 LOTE
ALHAJAS 409.987,80 077-060-130757-1 LOTE ALHAJAS 157.741,80
077-060-130758-7 LOTE
ALHAJAS 186.957,25 077-060-130759-0 LOTE ALHAJAS 105.437,80
077-060-130769-3 LOTE
ALHAJAS 207.112,45 077-060-130770-0 CADENA 211.062,95
077-060-130772-7 CADENAS 388.800,15 077-060-130787-1 ANILLO-CADENA 107.634,10
077-060-130790-5 CADENA 90.423,80 077-060-130791-9 LOTE ALHAJAS 94.978,30
077-060-130794-1 LOTE
ALHAJAS 361.315,30 077-060-130796-0 LOTE ALHAJAS 204.231,35
077-060-130806-4 LOTE
ALHAJAS 206.513,25 077-060-130810-1 LOTE ALHAJAS 187.652,80
077-060-130820-4 LOTE
DE ALHAJAS 164.877,70 077-060-130834-3 ANILLO BRILLANTES 128.984,95
077-060-130845-3 LOTE
ALHAJAS 29.966,50 077-060-130851-8 LOTE ALHAJAS 182.018,85
077-060-130852-1 ANILLO-PULSERA 101.654,50 077-060-130858-9 LOTE ALHAJAS 434.682,90
077-060-130861-0 LOTE
ALHAJAS 245.937,35 077-060-130871-5 LOTE ALHAJAS 1.104.939,70
077-060-130874-8 ANILLOS,
CADENAS 100.908,50 077-060-130883-7 LOTE ALHAJAS 896.117,10
077-060-130889-2 CADENA 373.469,65 077-060-130893-0 LOTE DE ALHAJAS 147.481,70
077-060-130896-2 LOTE
ALHAJAS 223.185,85 077-060-130910-3 LOTE ALHAJAS 263.844,90
077-060-130912-0 LOTE
ALHAJAS 143.513,95 077-060-130921-0 CADENAS 160.073,25
077-060-130925-8 LOTE
ALHAJAS 271.815,15 077-060-130929-4 1 PULSERA 59.666,70
077-060-130935-0 LOTE
ALHAJAS 113.808,75 077-060-130942-0 LOTE ALHAJAS 2.519.905,70
077-060-130959-4 CADENAS,
PULSERAS 326.770,20 077-060-130961-2 PULSERA-CADENA 215.800,75
077-060-130962-6 LOTE
ALHAJAS 277.092,35 077-060-130982-3 LOTE DE ALHAJAS 407.028,75
077-060-130985-8 LOTE
ALHAJAS 146.957,00 077-060-130989-4 MONEDA 285.716,75
077-060-130990-9 LOTE
ALHAJAS 1.141.451,60 077-060-130993-1 LOTE ALHAJAS 147.220,20
077-060-131005-5 LOTE
ALHAJAS 308.544,20 077-060-131008-8 LOTE DE ALHAJAS 211.959,05
077-060-131011-0 ANILLO 55.038,05 077-060-131016-1 LOTE ALHAJAS (REV) 195.574,35
077-060-131026-4 PULSERA 110.246,05 077-060-131043-9 LOTE ALHAJAS (REV) 188.739,50
077-060-131051-2 PULSERA 40.846,25 077-060-131054-5 LOTE ALHAJAS 157.260,70
077-060-131056-4 LOTE
ALHAJAS 430.926,50 077-060-131071-0 LOTE ALHAJAS 132.418,35
077-060-131095-3 LOTE
DE ALHAJAS 3.636.285,60 077-060-131146-3 LOTE ALHAJAS (REV) 1.095.067,60
077-060-131172-5 LOTE
ALHAJAS 264.292,75 077-060-131219-8 LOTE ALHAJAS 218.773,75
077-060-131227-1 LOTE
ALHAJAS 203.450,20 077-060-131253-5 LOTE DE ALHAJAS 132.418,35
077-060-131377-0 ANILLOS,
CADENA 140.828,35 077-060-131432-6 LOTE ALHAJAS 999.771,80
077-060-131540-7 1
CADENA 238.622,35 077-060-131575-9 LOTE DE ALHAJAS 1.373.322,75
077-060-131613-1 LOTE
ALHAJAS 194.295,80 077-060-131758-8 LOTE ALHAJAS 1.736.756,30
077-060-131767-5 LOTE
DE ALHAJAS 155.349,35 077-060-131784-0 LOTE ALHAJAS 567.755,50
077-060-131884-1 LOTE
ALHAJAS 206.375,45 077-060-131952-4 LOTE DE ALHAJAS 1.014.993,60
077-060-132026-5 LOTE
ALHAJAS 609.481,80 077-060-132088-4 LOTE ALHAJAS 2.488.996,40
077-060-132266-1 LOTE
ALHAJAS 1.844.428,50 077-060-132464-6 LOTE DE ALHAJAS 701.701,70
077-060-132613-2 LOTE
ALHAJAS 558.934,80 077-060-132654-9 LOTE ALHAJAS 295.204,10
077-060-132726-0 LOTE
ALHAJAS 1.265.325,40 077-060-132878-8 LOTE ALHAJAS 446.186,90
077-060-133502-3 LOTE
DE ALHAJAS 1.369.191,60 077-060-133582-9 LOTE ALHAJAS 185.609,10
077-060-133658-8 LOTE
DE ALHAJAS 171.844,95 077-060-133970-6 LOTE DE ALHAJAS 1.570.579,35
077-060-133999-0 DIJE 970.170,80 077-060-134331-3 LOTE DE ALHAJAS 874.834,85
077-060-134711-7 LOTE
ALHAJAS 737.039,35 077-060-134716-9 CADENAS, PULSERAS 864.880,20
077-060-134821-1 LOTE
ALHAJAS 226.501,25 077-060-134824-4 LOTE ALHAJAS 1.300.284,80
077-060-134828-2 CADENA
C DIJE 671.114,75 077-060-134830-0 PULSERA ANILLO 907.203,30
077-060-134831-4 LOTE
DE ALHAJAS 197.739,20 077-060-134835-2 LOTE ALHAJAS 101.781,80
077-060-134838-5 LOTE
DE ALHAJAS 59.871,65 077-060-134845-7 LOTE ALHAJAS 196.379,00
077-060-134846-0 LOTE
DE ALHAJAS 1.147.140,70 077-060-134852-5 LOTE ALHAJAS 1.536.306,40
077-060-134860-0 LOTE
ALHAJAS 360.130,40 077-060-134861-4 LOTE DE ALHAJAS 710.689,25
077-060-134863-3 LOTE
ALHAJAS 204.592,35 077-060-134872-2 LOTE ALHAJAS 233.307,10
077-060-134884-4 LOTE
ALHAJAS 575.261,05 077-060-134887-7 ANILLO 39.385,10
077-060-134893-3 LOTE
ALHAJAS 240.250,45 077-060-134894-7 LOTE ALHAJAS 387.749,10
077-060-134897-0 LOTE
DE ALHAJAS 189.764,55 077-060-134898-5 LOTE DE ALHAJAS 208.860,35
077-060-134900-4 LOTE
DE ALHAJAS 686.255,45 077-060-134918-1 PULSERA 97.865,95
077-060-134924-6 LOTE
DE ALHAJAS 85.860,10 077-060-134929-8 CADENA 17.987,55
077-060-134934-9 LOTE
DE ALHAJAS 465.075,55 077-060-134935-4 ANILLO 29.812,55
077-060-134938-7 PULSERA,
RELOJ 1.580.064,30 077-060-134941-0 LOTE DE ALHAJAS 141.311,40
077-060-134942-4 LOTE
ALHAJAS 92.418,85 077-060-134944-3 LOTE DE ALHAJAS 463.814,50
077-060-134949-5 LOTE
ALHAJAS 391.140,45 077-060-134951-3 LOTE ALHAJAS 697.036,35
077-060-134956-5 LOTE
ALHAJAS 289.538,15 077-060-134965-4 LOTE DE ALHAJAS 473.031,50
077-060-134967-1 LOTE
DE ALHAJAS 313.368,45 077-060-134975-9 LOTE ALHAJAS 315.751,50
077-060-134981-3 LOTE
ALHAJAS 183.936,70 077-060-134986-5 LOTE ALHAJAS 112.504,95
077-060-134987-9 CADENA,
PULSERA 73.812,80 077-060-134992-0 LOTE DE ALHAJAS 459.544,10
077-060-134995-4 LOTE
DE ALHAJAS 145.244,50 077-060-134997-1 LOTE DE ALHAJAS 222.628,85
077-060-134999-0 LOTE
ALHAJAS 169.055,10 077-060-135000-7 CADENA 33.334,80
077-060-135002-4 RELOJ 357.158,65 077-060-135006-2 LOTE ALHAJAS 94.647,05
077-060-135016-5 LOTE
ALHAJAS 194.083,30 077-060-135022-0 LOTE DE ALHAJAS 189.889,35
077-060-135023-5 LOTE
ALHAJAS 136.910,80 077-060-135024-9 LOTE ALHAJAS 62.502,75
077-060-135026-8 LOTE
DE ALHAJAS 516.289,70 077-060-135028-7 ANILLOS 98.732,00
077-060-135029-0 LOTE
ALHAJAS 158.209,15 077-060-135032-2 LOTE P. FUNDIR 134.418,25
077-060-135034-1 LOTE
ALHAJAS 318.106,05 077-060-135035-7 LOTE ALHAJAS 68.993,45
077-060-135036-0 LOTE
DE ALHAJAS 460.352,95 077-060-135038-0 LOTE ALHAJAS 117.764,75
077-060-135045-1 LOTE
DE ALHAJAS 322.960,75 077-060-135050-2 LOTE DE ALHAJAS 800.392,05
077-060-135054-9 ANILLO 201.627,45 077-060-135058-7 LOTE ALHAJAS 90.405,20
077-060-135061-9 LOTE
ALHAJAS 46.392,15 077-060-135065-7 LOTE DE ALHAJAS 63.045,75
077-060-135069-3 CADENA 67.209,15 077-060-135072-7 LOTE DE ALHAJAS 214.117,65
077-060-135073-2 LOTE
ALHAJAS 341.002,80 077-060-135076-5 LOTE ALHAJAS 239.098,05
077-060-135088-7 LOTE
ALHAJAS 104.419,35 077-060-135095-7 1 CADENA 130.524,15
077-060-135103-1 LOTE
DE ALHAJAS 323.937,30 077-060-135106-4 LOTE ALHAJAS 161.968,65
077-060-135109-7 LOTE
ALHAJAS 864.657,05 077-060-135120-4 LOTE DE ALHAJAS 336.989,70
077-060-135129-2 LOTE
ALHAJAS 360.421,60 077-060-135130-7 LOTE ALHAJAS 682.311,25
077-060-135143-4 LOTE
DE ALHAJAS 178.432,40 077-060-135146-7 2 ANILLOS 37.939,10
077-060-135153-7 LOTE
DE ALHAJAS 114.410,15 077-060-135154-0 LOTE DE ALHAJAS 60.465,45
077-060-135160-7 ANILLOS 205.530,00 077-060-135161-0 LOTE DE ALHAJAS 1.459.440,70
077-060-135162-4 PAR
ARGOLLAS BRILLANTES 201.976,15 077-060-135166-2 LOTE DE ALHAJAS 1.107.611,25
077-060-135167-6 LOTE
ALHAJAS 236.922,15 077-060-135168-1 LOTE ALHAJAS 722.612,70
077-060-135171-5 LOTE
ALHAJAS 241.660,60 077-060-135172-9 2 ANILLOS 26.061,45
077-060-135174-8 LOTE
CADENAS 46.199,85 077-060-135177-0 LOTE ALHAJAS 270.091,30
077-060-135178-6 P.
ARETES 37.907,55 077-060-135181-8 1 PULSERA 296.152,75
077-060-135183-7 ANILLOS 92.322,75 077-060-135185-6 LOTE DE ALHAJAS 304.191,55
077-060-135187-3 ANILLOS 26.845,80 077-060-135189-2 LOTE DE ALHAJAS 324.313,15
077-060-135191-0 LOTE
ALHAJAS 76.935,60 077-060-135192-4 LOTE ALHAJAS 1.185.991,90
077-060-135207-0 LOTE
ALHAJAS 114.811,60 077-060-135219-1 LOTE ALHAJAS 146.769,45
077-060-135220-6 LOTE
ALHAJAS 89.955,45 077-060-135224-2 CADENA 60.317,35
077-060-135226-1 LOTE
DE ALHAJAS 544.038,85 077-060-135229-4 ANILLO, PULSERAS 175.796,45
077-060-135231-2 LOTE
DE ALHAJAS 676.995,55 077-060-135233-1 ANILLO 210.519,40
077-060-135240-3 CADENA 441.144,55 077-060-135242-0 ANILLOS 89.884,65
077-060-135243-6 LOTE
ALHAJAS 120.634,70 077-060-135244-0 ANILLO BRILLANTES 112.832,60
077-060-135256-1 LOTE
DE ALHAJAS 689.510,10 077-060-135260-9 LOTE ALHAJAS 3.658.665,60
077-060-135278-8 PULSERA 111.484,90 077-060-135283-9 ANILLO 73.143,50
077-060-135284-2 ANILLO 47.779,20 077-060-135288-0 LOTE ALHAJAS 112.074,75
077-060-135290-9 LOTE
CADENAS 100.728,60 077-060-135291-2 LOTE ANILLOS 60.756,30
077-060-135293-1 ANILLO 21.235,20 077-060-135297-8 LOTE DE ALHAJAS 424.704,35
077-060-135298-3 LOTE
ALHAJAS 530.880,40 077-060-135309-0 LOTE ALHAJAS 613.924,05
077-060-135310-5 LOTE
DE ALHAJAS 2.345.708,45 077-060-135311-9 LOTE ALHAJAS 394.291,15
077-060-135319-3 LOTE
ALHAJAS 294.687,00 077-060-135328-2 LOTE ALHAJAS 47.110,45
077-060-135329-6 LOTE
DE ALHAJAS 251.452,15 077-060-135333-3 LOTE DE ALHAJAS 193.152,90
077-060-135334-7 CADENA 307.984,65 077-060-135336-6 LOTE ALHAJAS 80.869,40
077-060-135337-0 LOTE
ALHAJAS 172.663,80 077-060-135338-5 LOTE ALHAJAS 216.708,15
077-060-135353-0 LOTE
ALHAJAS 342.533,60 077-060-135355-0 LOTE ALHAJAS 107.176,30
077-060-135360-0 LOTE
DE ALHAJAS 250.653,15 077-060-135362-8 LOTE ALHAJAS 32.361,30
077-060-135364-7 CADENA,
PULSERA 125.914,95 077-060-135365-2 LOTE ALHAJAS 380.098,45
077-060-135371-9 CADENAS 305.961,55 077-060-135372-2 LOTE ALHAJAS 847.278,25
077-060-135376-0 LOTE
ALHAJAS 137.682,75 077-060-135380-8 LOTE DE ALHAJAS 361.270,00
077-060-135387-7 LOTE
DE ALHAJAS 1.134.411,40 077-060-135388-2 LOTE ALHAJAS 1.023.794,55
077-060-135390-0 LOTE
DE ALHAJAS 124.045,75 077-060-135391-4 LOTE ALHAJAS 293.947,30
077-060-135394-7 ANILLOS,
PULSERA 91.711,50 077-060-135395-2 LOTE ALHAJAS 54.086,30
077-060-135397-0 LOTE
DE ALHAJAS 91.711,50 077-060-135398-5 LOTE ALHAJAS 279.837,80
077-060-135407-3 CADENA 265.728,35 077-060-135412-4 LOTE ALHAJAS 256.322,00
077-060-135413-0 LOTE
ALHAJAS 70.547,35 077-060-135414-3 LOTE ALHAJAS 826.579,70
077-060-135415-9 ANILLO
BRILLANTES 235.157,80 077-060-135417-6 LOTE DE ALHAJAS 222.224,15
077-060-135423-2 LOTE
DE ALHAJAS 203.411,50 077-060-135424-6 LOTE ALHAJAS 253.382,55
077-060-135425-1 LOTE
DE ALHAJAS 797.185,00 077-060-135427-9 LOTE ALHAJAS 170.489,40
077-060-135428-4 LOTE
DE ALHAJAS 176.368,35 077-060-135430-2 LOTE ALHAJAS 188.126,25
077-060-135432-0 LOTE
ALHAJAS 48.795,20 077-060-135433-5 ANILLO 134.806,95
077-060-135436-8 LOTE
DE ALHAJAS 293.207,55 077-060-135437-1 LOTE ALHAJAS 70.369,80
077-060-135441-0 LOTE
ALHAJAS 174.751,70 077-060-135451-3 LOTE DE ALHAJAS 259.195,45
077-060-135454-6 PULSERA 142.353,05 077-060-135455-1 LOTE DE ALHAJAS 939.436,95
077-060-135458-4 LOTE
ALHAJAS 96.172,10 077-060-135459-8 LOTE DE ALHAJAS 1.748.852,75
077-060-135465-4 LOTE
DE ALHAJAS 442.156,95 077-060-135467-1 LOTE ALHAJAS 65.092,10
077-060-135473-0 CADENAS 419.951,50 077-060-135475-9 LOTE ALHAJAS 283.370,10
077-060-135479-5 LOTE
ALHAJAS 246.601,35 077-060-135481-3 LOTE DE ALHAJAS 142.725,20
077-060-135482-7 LOTE
DE ALHAJAS 389.638,05 077-060-135483-2 LOTE ALHAJAS 175.776,55
077-060-135484-6 LOTE
ALHAJAS 68.552,85 077-060-135486-5 LOTE ALHAJAS 725.371,35
077-060-135488-4 LOTE
ALHAJAS 333.975,45 077-060-135489-8 LOTE ALHAJAS 153.511,55
077-060-135491-6 LOTE
DE ALHAJAS 33.397,55 077-060-135493-5 LOTE DE ALHAJAS 210.931,90
077-060-135494-9 ANILLOS 645.100,00 077-060-135495-4 LOTE ALHAJAS 666.779,15
077-060-135498-7 LOTE
DE ALHAJAS 2.695.240,80 077-060-135499-0 LOTE ANILLOS 114.975,10
077-060-135500-8 LOTE
ALHAJAS 296.476,50 077-060-135501-1 PULSERA 28.318,05
077-060-135507-7 LOTE
DE ALHAJAS 349.209,45 077-060-135508-2 ANILLOS 35.155,30
077-060-135509-6 LOTE
DE ALHAJAS 146.480,45 077-060-135516-6 LOTE ALHAJAS 544.320,20
077-060-135518-5 LOTE
ALHAJAS 1.484.105,70 077-060-135519-9 MONEDAS 481.001,35
077-060-135523-6 LOTE
DE ALHAJAS 142.745,20 077-060-135524-0 LOTE ALHAJAS 520.436,80
077-060-135526-9 LOTE
ALHAJAS 388.800,15 077-060-135527-2 LOTE DE ALHAJAS 122.749,75
077-060-135536-1 LOTE
DE ALHAJAS 958.670,05 077-060-135537-5 LOTE ANILLOS 93.867,45
077-060-135539-4 LOTE
DE ALHAJAS 236.057,20 077-060-135541-4 LOTE DE ALHAJAS 630.411,65
077-060-135543-3 LOTE
ALHAJAS 228.836,65 077-060-135546-6 LOTE ALHAJAS 311.899,60
077-060-135547-0 4
ANILLOS 54.552,00 077-060-135549-9 LOTE ALHAJAS 99.888,40
077-060-135551-7 LOTE
ALHAJAS 749.163,05 077-060-135552-0 1 ANILLO, 2 PAR ARETES 88.789,70
077-060-135553-6 ANILLOS 113.206,85 077-060-135554-0 LOTE DE ALHAJAS 300.220,15
077-060-135556-9 LOTE
ALHAJAS 224.125,65 077-060-135557-2 LOTE DE ALHAJAS 272.473,40
077-060-135558-8 CADENA 52.718,90 077-060-135560-6 LOTE DE ALHAJAS 79.355,80
077-060-135562-3 1
PULSERA 53.273,80 077-060-135563-9 GARGANTILLAS 435.624,45
077-060-135564-2 PULSERAS 229.188,40 077-060-135566-1 LOTE ALHAJAS 115.426,65
077-060-135567-5 LOTE
DE ALHAJAS 57.158,35 077-060-135570-0 ANILLO, PULSERAS 426.920,70
077-060-135574-7 CADENAS 55.444,25 077-060-135575-2 LOTE ALHAJAS 197.381,55
077-060-135576-6 LOTE
DE ALHAJAS 550.006,95 077-060-135577-0 LOTE ALHAJAS 131.550,60
077-060-135578-5 ANILLO 182.966,05 077-060-135579-9 2 CADENAS, 2 ANILLOS 110.888,50
077-060-135581-7 LOTE
DE ALHAJAS 844.415,90 077-060-135585-5 1 ANILLO 189.879,40
077-060-135586-9 ARETES 185.738,25 077-060-135587-2 LOTE ALHAJAS 145.393,45
077-060-135588-8 LOTE
DE ALHAJAS 777.882,80 077-060-135590-6 LOTE ALHAJAS 1.666.099,60
077-060-135591-0 ANILLO 288.310,05 077-060-135592-3 LOTE DE ALHAJAS 365.932,00
077-060-135593-9 LOTE
DE ALHAJAS 286.092,30 077-060-135595-8 LOTE ALHAJAS 440.781,80
077-060-135597-5 LOTE
DE ALHAJAS 287.755,60 077-060-135598-0 PAR ARETES 141.937,30
077-060-135605-1 LOTE
ALHAJAS 443.554,00 077-060-135610-2 LOTE DE ALHAJAS 896.106,15
077-060-135611-6 LOTE
ALHAJAS 182.315,10 077-060-135612-0 CORDON 44.197,55
077-060-135615-4 ANILLO 70.162,65 077-060-135616-8 LOTE ALHAJAS 283.969,50
077-060-135620-5 LOTE
DE ALHAJAS 2.144.688,05 077-060-135621-9 ANILLOS 60.771,70
077-060-135622-2 LOTE
ALHAJAS 1.127.148,80 077-060-135623-8 ANILLO, ARETES 97.234,70
077-060-135624-1 LOTE
DE ALHAJAS 786.966,45 077-060-135625-7 ANILLO, PAR ARETES 486.173,45
077-060-135626-0 LOTE
ALHAJAS 4.635.706,85 077-060-135627-4 LOTE DE ALHAJAS 654.124,35
077-060-135628-0 LOTE
ALHAJAS 205.518,75 077-060-135633-0 LOTE ALHAJAS 82.870,45
077-060-135635-0 ANILLO 14.916,70 077-060-135636-3 LOTE ALHAJAS 202.203,95
077-060-135638-2 LOTE
ALHAJAS 104.969,30 077-060-135639-6 LOTE ALHAJAS 158.558,85
077-060-135640-2 3
ANILLOS 49.722,30 077-060-135642-0 LOTE DE ALHAJAS 314.355,35
077-060-135643-5 LOTE
DE ALHAJAS 180.909,95 077-060-135646-8 LOTE DE ALHAJAS 138.669,90
077-060-135648-7 LOTE
ALHAJAS 22.098,80 077-060-135651-9 LOTE ALHAJAS 187.672,10
077-060-135653-8 LOTE
ALHAJAS 667.891,85 077-060-135654-1 LOTE ALHAJAS 491.957,10
077-060-135655-7 ANILLOS 186.568,15 077-060-135656-0 CADENA 155.657,45
077-060-135657-4 LOTE
ALHAJAS 72.962,65 077-060-135658-0 LOTE ALHAJAS 110.395,35
077-060-135659-3 LOTE
DE ALHAJAS 159.899,25 077-060-135660-8 LOTE DE ALHAJAS 61.821,40
077-060-135661-1 LOTE
ALHAJAS 537.073,35 077-060-135662-5 LOTE ALHAJAS 183.256,30
077-060-135663-0 ANILLO 61.821,40 077-060-135664-4 LOTE DE ALHAJAS 76.172,80
077-060-135665-0 LOTE
ALHAJAS 331.186,05 077-060-135666-3 LOTE DE ALHAJAS 105.979,55
077-060-135668-2 ANILLO 149.033,70 077-060-135669-6 LOTE ALHAJAS 1.088.498,05
077-060-135670-2 LOTE
ALHAJAS 474.699,95 077-060-135671-6 CADENA 176.632,55
077-060-135672-0 PULSERAS 217.836,05 077-060-135673-5 LOTE ARGOLLAS 151.241,60
077-060-135675-4 LOTE
ALHAJAS 77.276,75 077-060-135676-8 LOTE ALHAJAS 667.339,85
077-060-135677-1 ANILLOS 38.638,40 077-060-135680-5 LOTE ALHAJAS 331.186,05
077-060-135682-2 LOTE
ALHAJAS 447.101,10 077-060-135685-7 LOTE ALHAJAS 50.781,85
077-060-135686-0 LOTE
ALHAJAS 70.101,05 077-060-135845-8 LOTE ALHAJAS 4.753.394,65
077-060-135873-9 LOTE
DE ALHAJAS 1.847.471,55 077-060-135985-2 LOTE ALHAJAS 355.163,35
077-060-136055-5 ANILLOS,
CADENAS 1.249.274,50 077-060-136057-2 LOTE DE ALHAJAS 868.040,55
077-060-136063-9 LOTE
ALHAJAS 306.800,15 077-060-136108-4 LOTE ALHAJAS 481.490,80
077-060-136137-7 LOTE
ALHAJAS 540.346,35 077-060-136473-0 LOTE DE ALHAJAS 176.302,25
077-060-136509-7 ARETE 283.540,40 077-060-136532-4 LOTE DE ALHAJAS 438.364,00
077-060-136553-7 LOTE
ALHAJAS 469.880,35 077-060-136625-8 LOTE DE ALHAJAS 663.163,50
077-060-136656-1 LOTE
DE ALHAJAS 694.259,80 077-060-136743-8 LOTE DE ALHAJAS 163.792,55
077-060-136788-2 LOTE
ALHAJAS 605.959,95 077-060-136807-3 LOTE ALHAJAS 989.739,20
077-060-136837-1 ANILLOS 581.745,30 077-060-136874-3 LOTE DE ALHAJAS 157.268,60
077-060-136899-0 LOTE
ALHAJAS 865.446,85 077-060-136958-6 LOTE DE ALHAJAS 1.693.767,05
077-060-137079-0 LOTE
ALHAJAS 658.529,20 077-060-137109-9 PULSERA, CADENA 476.595,50
077-060-137142-0 RELOJES 1.609.216,65 077-060-137143-6 RELOJES 1.205.470,60
077-060-137144-0 LOTE
ALHAJAS 467.582,20 077-060-137145-5 RELOJ 529.772,95
077-060-137146-9 LOTE
DE ALHAJAS 1.268.916,30 077-060-137156-1 LOTE DE ALHAJAS 492.530,40
077-060-137174-0 LOTE
RELOJES 648.459,90
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 593 228.193.353,00
077-060-075336-9 LOTE
ALHAJAS 135.605,00 077-060-108634-9 LOTE ALHAJAS 83.188,95
077-060-114170-8 LOTE
DE ALHAJAS 649.620,65 077-060-118088-7 ANILLO ARETE 49.281,55
077-060-120705-3 LOTE
DE ALHAJAS 86.726,30 077-060-120786-2 LOTE ALHAJAS 170.714,25
077-060-121190-8 LOTE
DE ALHAJAS 258.427,85 077-060-121958-6 LOTE ALHAJAS 22.262,60
077-060-122033-0 2
PULSERAS 34.939,35 077-060-122381-3 LOTE DE ALHAJAS 618.982,80
077-060-122383-2 LOTE
DE ALHAJAS 332.416,65 077-060-125207-4 LOTE DE ALHAJAS 217.980,50
077-060-125362-2 PULSERA 50.713,85 077-060-125392-2 LOTE ALHAJAS 243.952,75
077-060-129228-9 LOTE
ALHAJAS 404.932,70 077-060-129285-6 LOTE ALHAJAS 553.231,65
077-060-129934-8 ANILLO,
PULSERA 166.950,50 077-060-130083-0 LOTE ALHAJAS 1.653.219,55
077-060-130972-0 LOTE
ALHAJAS 529.500,45 077-060-131214-6 LOTE ALHAJAS (REV) 368.452,55
077-060-131265-7 PULSERA 291.610,45 077-060-132206-3 LOTE ALHAJAS 315.131,30
077-060-133194-1 CADENAS 172.159,50 077-060-133265-9 LOTE DE ALHAJAS 879.379,05
077-060-133336-4 CADENA 795.999,50 077-060-133339-7 LOTE ALHAJAS 614.151,90
077-060-133397-8 LOTE
DE ALHAJAS 386.407,25 077-060-133489-6 LOTE DE ALHAJAS 162.681,50
077-060-133527-0 LOTE
DE ALHAJAS 1.479.759,70 077-060-133562-1 LOTE ALHAJAS 455.860,80
077-060-133571-2 LOTE
DE ALHAJAS 442.191,25 077-060-133740-2 LOTE DE ALHAJAS 227.915,65
077-060-134090-4 LOTE
DE ALHAJAS 179.047,90 077-060-134109-6 LOTE DE ALHAJAS 1.645.002,50
077-060-134113-3 LOTE
ALHAJAS 107.988,25 077-060-134120-3 1 ANILLO 279.022,60
077-060-134156-9 LOTE
DE ALHAJAS 1.193.161,40 077-060-134157-2 ANILLO, CADENA 167.265,60
077-060-134166-1 LOTE
DE ALHAJAS 74.712,00 077-060-134198-0 LOTE ALHAJAS 135.922,40
077-060-134230-8 3
ANILLOS 61.222,20 077-060-134251-9 LOTE ALHAJAS 304.998,00
077-060-134253-8 LOTE
DE ALHAJAS 263.812,20 077-060-134276-8 LOTE ALHAJAS 444.858,10
077-060-134297-7 LOTE
DE ALHAJAS 2.190.926,05 077-060-134318-9 DIJES 118.999,55
077-060-134323-0 LOTE
ALHAJAS 460.312,35 077-060-134330-0 ANILLOS 121.455,90
077-060-134333-2 LOTE
ALHAJAS 3.982.432,45 077-060-134385-9 1 ANILLO 182.853,00
077-060-134420-9 CADENA 452.145,60 077-060-134427-8 PULSERA 89.604,45
077-060-134439-0 ANILLOS 254.432,30 077-060-134458-3 RELOJ 276.310,25
077-060-134472-3 LOTE
DE ALHAJAS 342.624,75 077-060-134490-1 1 ANILLO 193.417,20
077-060-134530-5 LOTE
ALHAJAS 257.291,35 077-060-134532-2 LOTE ALHAJAS 799.480,50
077-060-134621-8 ANILLO 16.071,45 077-060-134630-7 ANILLOS 1.048.595,05
077-060-134653-7 LOTE
DE ALHAJAS 1.260.923,80 077-060-134655-6 LOTE ALHAJAS 537.569,05
077-060-134657-3 LOTE
DE ALHAJAS 87.945,85 077-060-134662-4 CADENA 104.435,75
077-060-134685-6 LOTE
DE ALHAJAS 92.260,30 077-060-134696-2 LOTE ALHAJAS 98.850,30
077-060-134712-0 ANILLO,
CADENAS 335.789,30 077-060-134739-7 CADENAS 480.513,70
077-060-134748-8 LOTE
ALHAJAS 867.852,70 077-060-134752-3 DIJE 106.156,00
077-060-134753-9 LOTE
ALHAJAS 393.981,00 077-060-134772-0 LOTE ALHAJAS 1.940.356,65
077-060-134800-2 LOTE
ALHAJAS 2.186.811,00 077-060-134801-6 ANILLO 31.162,05
077-060-134948-1 LOTE
ALHAJAS 401.407,35 077-060-135214-0 LOTE MANQUERNILLAS 590.222,80
077-060-135300-2 1
RELOJ 1.310.582,10 077-060-135561-0 LOTE ALHAJAS 2.393.288,00
077-060-135772-1 LOTE
ALHAJAS 527.146,90 077-060-136068-0 ANILLOS 424.199,85
077-060-136084-0 LOTE
ALHAJAS 821.031,85 077-060-136176-8 LOTE DE ALHAJAS 1.059.219,40
077-060-136186-0 LOTE
ALHAJAS 1.951.036,80 077-060-136187-4 LOTE ALHAJAS 1.222.542,35
077-060-136227-6 LOTE
DE ALHAJAS 205.171,55 077-060-136359-7 LOTE DE ALHAJAS 700.714,45
077-060-136360-1 LOTE
DE ALHAJAS 657.326,65 077-060-136361-5 LOTE DE ALHAJAS 1.513.315,40
077-060-136369-0 LOTE
ALHAJAS 266.785,10 077-060-136370-6 LOTE DE ALHAJAS 450.149,40
077-060-136382-6 LOTE
DE ALHAJAS 1.360.224,35 077-060-136430-3 LOTE ALHAJAS 901.601,20
077-060-136441-1 DIJE 3.849.043,15
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 93 57.627.929,75
Agencia 85
085-060-843990-5 LOTE
ALHAJAS 148.882,50 085-060-844083-8 LOTE ALHAJAS 209.467,45
085-060-845242-4 LOTE
ALHAJAS 67.290,80 085-060-846760-4 PULSERA 56.351,90
085-060-846882-0 LOTE
ALHAJAS 69.132,50 085-060-847484-1 LOTE ALHAJAS 38.811,00
085-060-847556-4 LOTE
ALHAJAS 172.769,65 085-060-848404-7 LOTE ALHAJAS 113.254,50
085-060-848608-0 LOTE
ALHAJAS 254.363,00 085-060-848660-4 LOTE ALHAJAS 366.583,00
085-060-849180-1 LOTE
ALHAJAS 71.076,65 085-060-849206-3 LOTE ALHAJAS 105.437,80
085-060-849251-7 LOTE
DE ALHAJAS 68.424,60 085-060-849328-0 LOTE DE ALHAJAS 65.191,45
085-060-849333-0 LOTE
DE ALHAJAS 134.264,80 085-060-849346-8 LOTE DE ALHAJAS 120.801,50
085-060-849363-0 LOTE
DE ALHAJAS 279.549,75 085-060-849365-0 LOTE DE ALHAJAS 97.234,70
085-060-849375-4 LOTE
DE ALHAJAS 243.061,80 085-060-849393-0 LOTE DE ALHAJAS 974.709,85
085-060-849401-5 LOTE
DE ALHAJAS 379.208,00 085-060-849402-9 LOTE DE ALHAJAS 214.910,80
085-060-849404-8 LOTE
DE ALHAJAS 129.162,55 085-060-849406-7 LOTE DE ALHAJAS 68.997,10
085-060-849426-2 LOTE
ALHAJAS 408.432,60 085-060-850054-5 LOTE DE ALHAJAS 98.027,70
085-060-850055-0 LOTE
DE ALHAJAS 628.968,00 085-060-850057-8 LOTE DE ALHAJAS 140.831,55
085-060-850061-5 LOTE
DE ALHAJAS 461.498,05 085-060-850074-2 LOTE DE ALHAJAS 212.928,15
085-060-850079-4 LOTE
DE ALHAJAS 702.457,50 085-060-850091-5 LOTE DE ALHAJAS 156.314,80
085-060-850103-8 LOTE
DE ALHAJAS 116.598,40 085-060-850106-0 LOTE DE ALHAJAS 354.506,25
085-060-850112-5 LOTE
DE ALHAJAS 93.826,45 085-060-850115-0 LOTE DE ALHAJAS 180.615,85
085-060-850117-7 LOTE
DE ALHAJAS 586.415,05 085-060-850121-4 LOTE DE ALHAJAS 226.356,20
085-060-850124-7 LOTE
DE ALHAJAS 168.745,50
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 39 8.985.459,70
085-060-849707-8 LOTE
DE ALHAJAS 411.547,50 085-060-849842-0 LOTE DE ALHAJAS 260.716,05
085-060-849866-4 LOTE
DE ALHAJAS 414.767,80 085-060-849888-0 LOTE DE ALHAJAS 70.481,75
085-060-849918-0 LOTE
DE ALHAJAS 539.804,10 085-060-849932-8 ANILLOS 145.861,10
085-060-849944-1 LOTE
ALHAJAS 190.406,05 085-060-849981-1 LOTE ALHAJAS 85.711,15
085-060-850032-9 LOTE
ALHAJAS 54.966,20 085-060-850033-4 LOTE ALHAJAS 71.456,00
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 10 2.245.717,70
Agencia 88
088-060-845511-3 LOTE
ALHAJAS 51.830,90 088-060-851253-1 LOTE DE ALHAJAS 116.638,35
088-060-851756-5 LOTE
DE ALHAJAS 66.835,30 088-060-852852-0 LOTE DE ALHAJAS 249.837,25
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 4 485.141,80
088-060-852421-7 LOTE
DE ALHAJAS 151.274,25
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1 151.274,25
Agencia 90
090-060-846805-0 LOTE
ALHAJAS 65.249,65 090-060-847731-9 LOTE ALHAJAS 243.746,05
090-060-850712-8 LOTE
ALHAJAS 91.822,60 090-060-851319-0 LOTE ALHAJAS 58.622,60
090-060-851383-8 LOTE
ALHAJAS 126.985,20 090-060-851385-7 LOTE DE ALHAJAS 259.254,05
090-060-851393-0 LOTE
ALHAJAS 318.306,95 090-060-851398-2 LOTE ALHAJAS 330.155,95
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 8 1.494.143,05
San José, 13 de mayo
del 2009.—Lic. Julio C. Sevilla Vargas, Coordinador.—1 vez.—(O. C. Nº
5-2009).—(Solicitud Nº 1207).—C-1801220.—(40269).
PROCESO DE
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
REMATE Nº 003-2009
Venta de bienes en desuso
El Proceso de
Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, los
invita a participar en el Remate Nº 003-2009. El mismo se llevará a cabo en sus
Oficinas ubicadas en el sexto piso de la sede central, avenidas 2 y 4, calle
Las especificaciones,
condiciones generales y especiales podrán retirarse en
San José, 13 de mayo
del 2009.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(40933).
CENTRO DE SERVICIOS
FINANCIEROS DE MORAVIA
PLATAFORMA SERVICIOS
AVISOS
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
El Banco Popular y de
Desarrollo Comunal de este domicilio, hace constar del conocimiento público el extravío
del siguiente certificado de ahorro a plazo en dólares capitalizable:
Certificado
capitalizable Monto certificado Fecha vencimiento
161-05660220467142 $3.015,79 26-9-2009
Emitimos a la orden de
Jiménez Montero Manuel Emilio, cédula número 1-0567-0370
Lo anterior para
efectos de los artículos Nos. 708 y 709 del Código de Comercio.—San José, 9 de
mayo del 2009.—Lic. Marco Oviedo Castillo, Subgerente.—Nº 105552.—(39600).
En cumplimiento de lo
estipulado en el artículo 8 de
San José, 7 de mayo del
2009.—Lic. Erick Jiménez González, Apoderado Generalísimo.—1 vez.—O. C. Nº
342561.—C-18770.—(39491).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se le comunica Elieth
Ángulo Salas; que mediante resolución de las quince horas del día veinticuatro
de abril del dos mil nueve, se dictó declaratoria de adoptabilidad en sede
administrativa de la persona menor de edad: Harol Ángulo Salas. Notifíquese lo
anterior a la interesada; de conformidad con la ley de notificaciones vigente.
Contra esta resolución procede recurso de apelación, ante
Se le
comunica Evelyn Altamirano Cortés; que mediante resolución de las once horas
del día veintitrés de abril del dos mil nueve se dictó declaratoria de
adoptabilidad en sede administrativa de las personas menores de edad Fiorella
Luna Altamirano, Dana y Angélica del Carmen Altamirano Cortes. Notifíquese lo
anterior a la interesada, de conformidad con la ley de notificaciones vigente.
Contra esta resolución procede recurso de apelación, ante
Se le
comunica Jacqueline Núñez Madrigal; que mediante resolución de las quince horas
y treinta minutos del día veinticuatro de abril “del dos mil nueve. Se dicto
declaratoria de adoptabilidad en sede-administrativa de la persona menor de
edad: Yaldany Núñez Madrigal. Notifíquese lo anterior a la interesada; de
conformidad con la ley de notificaciones vigente. Contra esta resolución
procede recurso de apelación, ante
Se le
comunica a Lidia Bazan Bonilla; la resolución de las catorce horas del cuatro
de mayo del dos mil nueve, en la cual se resuelve dictar medida de abrigo
temporal a favor de la persona menor de edad Kimberly Bazan Bonilla; siendo así
que dicha niña, estará ubicada en el Albergue Moravia Dos. Notifíquese lo
anterior al interesado, de conformidad con
Patronato
Nacional de
A Bismark Reyes Reyes, se le comunica la resolución administrativa de las trece horas con treinta minutos del cinco de mayo de dos mil nueve que ordena abrigo temporal en albergue institucional, correspondiente a la persona menor de edad Daniela Reyes Ordóñez. Indicándose que debe señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de defensa: Procede recurso de apelación si se plantea dentro el plazo de cuarenta y ocho horas posteriores a la notificación. Se les previene a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Expediente-Legajo 631-00014-01.—Oficina Local de Alajuelita, mayo del 2009.—Lic. Kattia Vanesa Hernández Méndez, Representante Legal.—O. C. Nº 30082.—(Solicitud Nº 27326-PANI).—C-4080.—(39481).
A Roslyn Vanessa Abarca Jiménez, se le comunica la resolución de las 14:00 horas del día 28 de abril del año 2009 que dispone el cuido provisional de la persona menor de edad Buhan Geovanny Fajardo Abarca, bajo la responsabilidad de sus abuelos maternos Óscar Abarca Mora y Xinia Jiménez Castillo. Recurso de Apelación. Plazo: dos días hábiles, siguientes a la segunda publicación, ante el Órgano Director, quien lo elevará ante Presidencia Ejecutiva quien lo resolverá. Debiendo las partes señalar lugar para atender notificaciones futuras. El recurso de apelación no suspende la medida de protección. Expediente 243-00116-2008.—Oficina Local de Naranjo, 30 de abril del 2009.—Lic. Rosario Cruz Carvajal, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 30082.—(Solicitud Nº 27326-PANI).—C-5100.—(39482).
Se
notifica a Ana Isabel Durán Chávez y José Manuel Córdoba Castro, ambos de
domicilio actual desconocidos, resoluciones administrativas de las catorce
horas del veinte de febrero del dos mil nueve en la cual se dispuso abrigo
temporal a favor de la persona menor de edad Omar Antonio Córdoba Durán en el
Albergue Institucional Barrio San José de Alajuela e inclusión en proceso de
formación integral en el Centro Juvenil Amigó, y de las ocho horas del
veintiocho de abril del dos mil nueve, en la cual se declara la incompetencia
de
Se
notifica a Ana Lorena Rivera Chaves, cédula 1-733-826, de domicilio exacto
desconocido, madre de la persona menor de edad Jesús Alberto Rivera Chaves resolución
administrativa de las nueve horas del veinticuatro de abril del dos mil nueve
en la cual se dispuso: Se ordena el cierre de la intervención administrativa y
el archivo del expediente al no existir razones objetivas y. jurídicas que
fundamenten la continuidad del proceso especial de protección. Procede recurso
de apelación el cual deberá interponerse dentro de las cuarenta y ocho horas
siguientes a partir de la tercera publicación de este aviso, ante la
representación legal de
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
D.E. Nº
886-131-2009.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, a las 8:50
horas del 17 de abril de 2009.—Por haberse disuelto mediante sentencia Nº 707
de las 10:02 horas del 19 de febrero de 2007 del Juzgado de Trabajo Segundo
Circuito Judicial San José,
Publíquese.—Lic. Martín
Robles Robles, Director Ejecutivo.—(O.C. Nº 30739).—(Solicitud Nº
39669).—C-40635.—(37953).
D.E. Nº
887-289-2009.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José a las 8:55
horas del 17 de abril de 2009.—Por haberse disuelto mediante sentencia Nº 4542
de las 10:36 horas del 31 de octubre de 2006 del Juzgado de Trabajo Segundo
Circuito Judicial San José,
Publíquese.—Lic. Martín
Robles Robles, Director Ejecutivo.—(O.C. Nº 30739).—(Solicitud Nº
39669).—C-40635.—(37954).
D.E. Nº
888-300-2009.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, 9:00 horas
del 17 de abril de 2009.—Por haberse disuelto mediante sentencia Nº 2193 de las
15:00 horas del 25 de mayo de 1993 del Juzgado de Trabajo de San Ramón,
Publíquese.—Lic. Martín
Robles Robles, Director Ejecutivo.—(O. C. Nº 30739).—(Solicitud Nº
39669).—C-40635.—(37955).
D.E. Nº
889-484-2009.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José a las 9:05
horas del 17 de abril de 2009.—Por haberse disuelto mediante sentencia Nº 2679
de las 10:16 horas del 13 de agosto de 2003 del Juzgado de Trabajo Segundo
Circuito Judicial San José,
Publíquese.—Lic. Martín
Robles Robles, Director Ejecutivo.—(O. C. Nº 30739).—(Solicitud Nº
39669).—C-42770.—(37956).
D.E. Nº
890-493-2009.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José a las 9:10
horas del 17 de abril de 2009. Por haberse disuelto mediante sentencia Nº 1993
de las 8:10 horas del 23 de febrero de 2000 del Juzgado de Trabajo Segundo
Circuito Judicial San José,
Publíquese.—Lic. Martín
Robles Robles, Director Ejecutivo.—(O. C. Nº 30739).—(Solicitud Nº 39669).—C-40635.—(37957).
D.E. Nº
891-501-2009.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, 9:15 horas
del 17 de abril de 2009. Por haberse disuelto mediante sentencia Nº 5663 de las
10:00 horas del 5 de noviembre de 1999 del Juzgado de Trabajo Segundo Circuito
Judicial San José,
Publíquese.—Lic. Martín
Robles Robles, Director Ejecutivo.—(O. C. Nº 30739).—(Solicitud Nº 39669).—C-42770.—(37958).
D.E. Nº
892-617-2009.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, 9:20 horas
del 17 de abril de 2009. Por haberse disuelto mediante sentencia Nº 2738 de las
10:55 horas del 19 de noviembre de 1996 del Juzgado Tercero de Trabajo de San
José,
Publíquese.—Lic. Martín
Robles Robles, Director Ejecutivo.—(O. C. Nº 30739).—(Solicitud Nº
39669).—C-40635.—(37959).
D.E Nº
893-792-2009.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, 9:25 horas
del 17 de abril de 2009. Por haberse disuelto mediante sentencia Nº 693 de las
15:07 horas del 14 de marzo de 2005 del Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de San José,
Publíquese.—Lic. Martín
Robles Robles, Director Ejecutivo.—(O. C. Nº 30739).—(Solicitud Nº
39669).—C-40635.—(37960).
D.E. Nº
894-822-2009.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, 9:30 horas
del 17 de abril de 2009. Por haberse disuelto mediante sentencia Nº 10146 de
las 8:06 horas del 31 de octubre de 2000 del Juzgado de Trabajo del Segundo
Circuito Judicial de San José,
Publíquese.—Lic. Martín
Robles Robles, Director Ejecutivo.—(O. C. Nº 30739).—(Solicitud Nº
39669).—C-40635.—(37961).
D.E Nº
895-880-2009.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, 9:35 horas
del 17 de abril de 2009. Por haberse disuelto mediante sentencia Nº 1194 de las
10:09 horas del 4 de abril de 2000 del Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de San José, el Consorcio Cooperativo de Fortalecimiento Institucional
(CCICOOP R. L.) inscrita en el Registro del Departamento de Organizaciones del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social mediante resolución Nº C-880 del 13 de
febrero de 1989, y con fundamento en los artículos 89 y concordantes de
Publíquese.—Lic. Martín
Robles Robles, Director Ejecutivo.—(O. C. Nº 30739).—(Solicitud Nº
39669).—C-40635.—(37962).
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
San José, 12 de mayo del 2009.—Maryleana Méndez Jiménez, Vicepresidenta.—1 vez.—(40074).
CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA
Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la propuesta planteada por la empresa Transportes Montecillos de Alajuela S. A., para ajustar las tarifas de la ruta 225 descrita como Alajuela-Montecillos y viceversa, tramitadas en el expediente ET-26-2009 y que se detallan de la siguiente manera:
Descripción |
Tarifas (en colones) |
Incremento regular |
||||
Vigentes |
Propuestas |
|||||
Regular |
Adulto mayor |
Regular |
Adulto mayor |
Absoluto (¢) |
Porcentual |
|
Ruta 225: Alajuela- Montecillos y viceversa |
|
|
|
|
|
|
Alajuela-Montecillos y viceversa |
110 |
0 |
130 |
0 |
20 |
18,18% |
El 3 de junio
del
Se hace saber a los interesados
que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en
Todo aquel que tenga interés
legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia, por escrito o en forma
oral, el día de la audiencia, momento en el cual deberá presentar cédula de
identidad o documento de identificación aceptado en el país, y consignar el
lugar exacto o el número de fax, para efectos de notificación por parte de
En el caso de las personas jurídicas la oposición o coadyuvancia deberá ser interpuesta por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.
Para información adicional, contactar con el Lic. Daniel Fernández Sánchez (Consejero del Usuario) al teléfono 2543-0528 o al correo electrónico consejero@aresep.go.cr.
Dirección de Protección al Usuario.—Laura Suárez
Zamora.—1 vez.—(O. C. Nº 4150-2009).—(Solicitud Nº 21343).—C-31500.—(40959).
CONVOCA A CONSULTA PÚBLICA
Se
invita a los interesados a presentar sus posiciones sobre la propuesta de
ajuste extraordinario de los precios de los combustibles para el respectivo
análisis y fijación por parte de
DETALLE DE PRECIOS PROPUESTOS (colones por litro) |
||||
PRODUCTOS |
PRECIOS PLANTEL RECOPE |
Precios Distribuidor sin punto fijo a consumidor final ( *) |
Precios consumidor final en estaciones de servicio |
|
Plantel sin impuesto |
Con impuesto |
|||
Gasolina súper |
285,834 |
473,084 |
476,830 |
515,00 |
Gasolina Plus 91 (regular) |
281,061 |
460,061 |
463,807 |
502,00 |
Diesel 500 (0,05% S) |
276,200 |
381,700 |
385,446 |
424,00 |
Diesel Térmico 0,50% S |
267,941 |
373,441 |
- |
- |
Keroseno |
268,245 |
319,745 |
323,491 |
362,00 |
Búnker |
219,048 |
236,798 |
240,544 |
- |
IFO 380 |
220,987 |
220,987 |
- |
- |
Asfalto AC-20, AC-30, PG-70 |
202,656 |
238,656 |
242,402 |
- |
Gasóleo o Diesel pesado |
242,644 |
277,144 |
280,890 |
- |
Emulsión asfáltica |
131,826 |
158,326 |
162,072 |
- |
L.P.G. |
136,063 |
172,063 |
- |
253,00 |
Av-Gas |
521,708 |
700,708 |
- |
715,00 |
Jet A-1 general |
273,695 |
380,695 |
- |
395,00 |
Nafta Liviana |
265,952 |
291,202 |
294,948 |
- |
Nafta Pesada |
267,920 |
293,170 |
296,916 |
- |
(*)Se excluyen el IFO 380, Gas Licuado del Petróleo, Av-Gas
y Jet A-1 General de acuerdo con lo dispuesto en Decreto 31502-MINAE-S,
publicado en |
||||
Precios a Consumidor Final Exonerados del Impuesto Único a los Combustibles |
||||
Para todos los consumidores finales que estén
exonerados del impuesto único a los combustibles aplican los precios en
plantel de RECOPE sin impuesto único a los combustibles, entre ellos |
||||
Precios Máximos a Facturar del Gas Licuado de Petróleo. Incluye Impuesto Único (en colones) |
||||
Tipos de Envase |
Envasador |
Distribuidor y Agencias |
Detallistas |
|
Tanques Fijos(por litro) |
217,088 |
- |
- |
|
Cilindro de |
1 867,00 |
2 208,00 |
2 600,00 |
|
Cilindro de |
3 733,00 |
4 415,00 |
5 199,00 |
|
Cilindro de |
4 666,00 |
5 519,00 |
6 499,00 |
|
Cilindro de |
7 466,00 |
8 830,00 |
10 399,00 |
|
Cilindro de |
18 665,00 |
22 075,00 |
25 997,00 |
|
Rango de Variación de los Precios Internacionales de Referencia de Combustibles para Puertos y Aeropuertos |
||||
Precio al Consumidor Final |
|
|
||
Producto |
Límite Inferior ¢ / litro |
Límite Superior ¢/litro |
||
IFO-380 |
121,19 |
320,78 |
||
Av - Gas |
383,11 |
660,30 |
||
Jet Fuel |
112,29 |
435,10 |
||
Nota: Los
precios propuestos se calcularon con un valor para el factor “K”
(margen de comercialización para costos internos de RECOPE) de 28,91% para
todos los productos, el cual podría variar con la publicación de los
resultados del estudio ordinario de precios de los combustibles que expende
RECOPE tramitado en el expediente de |
El plazo máximo para
presentar sus posiciones vence el 27 de mayo de
Las posiciones se
pueden presentar mediante el fax 2290-2010, de forma personal en las oficinas
de
En el caso de que la posición sea interpuesta por persona física, esta deberá aportar fotocopia de su cédula; y si es interpuesta por personas jurídicas, deberán aportar certificación de personería vigente.
Se hace saber a los interesados
que esta consulta pública se realiza conforme al Voto Nº 2007-11266 de
Asimismo se indica que la
información que sustenta esta propuesta (con el detalle de la estructura de los
precios de los combustibles) se puede consultar en la página web:
www.aresep.go.cr. y en el expediente que se encuentra disponible en
Se informa que el Consejero del Usuario para esta propuesta es el Lic. Daniel Fernández Sánchez.
Dirección de Protección al Usuario.—Laura Suárez Zamora.—1 vez.—(O. C. Nº 4150-2009).—(Solicitud Nº 21343).—C-114500.—(40960).
A.J.D.I.P./150-2009.—Puntarenas,
a los treinta días del mes de abril del dos mil nueve.
Considerando:
1º—Que el acuerdo
AJDIP/036-2009, establece las disposiciones para la conformación y
funcionamiento de
2º—Que el acuerdo citado, en
su artículo 2º, inciso h), establece:
a) Un representante o su suplente del Subsector
de Pesca Semi-industrial, el cual será elegido de una terna que los grupos
interesados propongan ante
3º—Que esta Junta
Directiva considera necesario modificar el acuerdo AJDIP/036-2009, artículo 2º,
inciso h), con el objetivo de que se incorporen a
ACUERDAN:
Artículo 1º—Modificar
el acuerdo AJDIP/036-2009, artículo 2º, inciso h), para que en lo sucesivo se
lea de la siguiente manera:
“h) Dos representantes o sus suplentes del
Subsector de Pesca Semi-industrial (uno del subsector de pesca sardinero y uno
del subsector de pesca camaronero), el cual será elegido de una terna que los
grupos interesados propongan ante
Artículo 2º—Rige a
partir de su adopción. Acuerdo firme.
Lic. Luis Dobles
Ramírez, Presidente Ejecutivo.—Yahaira Chambers Vargas, Secretaria Junta
Directiva.—1 vez.—(40011).
El Concejo Municipal en
acuerdo tomado en el acta de la sesión extraordinaria número 239 acordó aprobar
la siguiente recalificación de las tarifas del servicio de recolección de
basura.
Servicio de Recolección
y
tratamiento de basura Tasa
mensual (colones)
Tarifa
residencial 2.105,00
Tarifa
comercial e industrial 1 5.265,00
Tarifa
comercial e industrial 2 10.585,00
Tarifa
comercial e industrial 3 16.845,00
Tarifa
comercial e industrial 4 25.270,00
Tarifa
comercial e industrial 5 33.695,00
Tarifa instituciones 4.210,00
Se tiene aprobación del
citado estudio de recalificación de tarifas por parte de
Orotina, 12 de mayo de
2009.—Lic. Jairo Emilio Guzmán Soto, Proveedor Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº
18962).—C-13620.—(39979).
En la sesión ordinaria
Nº doscientos sesenta y seis-dos mil nueve, celebrada por
8 MBA. José Manuel Ulate Avendaño - Alcalde
Municipal
Asunto:
Remite el Proyecto de Resolución elaborado por el Lic. Francisco Javier Sánchez
Gómez - Director de Servicios y Gestión de Ingresos, referente al aumento del
monto del impuesto de la patente que se cobra a los patentados de máquinas de
ping ball - AMH 430-2009.
“Resolución de aumento
del monto del impuesto de la patente a máquinas de ping-ball”.
Considerando:
1º—Que los Gobiernos
Locales poseen plena autonomía para dictar los tributos locales, amparados en
el artículo 170 de
2º—Que
3º—Que el artículo 2 del
cuerpo normativo indicado dispone la obligatoriedad de contar con una licencia
municipal para desarrollar una actividad lucrativa
Artículo 2º—Todas las
personas físicas y jurídicas, que se dediquen al ejercicio lícito de cualquier
actividad lucrativa en el cantón Central de Heredia, deberán obtener la
respectiva licencia y pagarán, a
4º—Que el numeral 4 de
5º—Que artículo 5 de nuestra
ley de patentes establece la potestad del Gobierno Local de determinar
procedimientos especiales para fijar el monto de impuesto de patentes, según el
tipo de actividad a desarrollar.
6º—Que el artículo 15 del
Reglamento de patentes de nuestro municipio establece un procedimiento especial
para fijar los montos de patentes que deben cancelar una serie de actividades
lucrativas que se determina partiendo de una categorización establecida en
dicho numeral.
7º—Que con fundamento en
dicha normativa el Departamento de Rentas y Cobranzas procedió a valorar la
actividad lucrativa de máquinas ping ball y determinó, luego del estudio
efectuado, en el cual se considero cómo elementos para determinar el monto a
cobrar se tomó en cuenta la ubicación, el número de mesas de juego o similares,
la calidad y la presentación del local y las circunstancias de si el salón es
exclusivo para la actividad o si es complementario de otras principales dentro
del mismo edificio, se procedió a aplicar la tabla de categorías contempladas
en el Reglamento de Patentes de
Tabla de categorías
1 DE
2 DE
3 DE
4 DE
5 DE
6 DE
7 DE
8 DE
9 DE
10 DE
Actividad específica
Ponderación porcentual
Comercio
Empresa sofisticada (venta
vehículos - antigüedades) 20
Diversos (venta
celulares-artículos de cuero) 15
Apoyo (tiendas-ferreterías)
10
Básico
(supermercados-farmacias) 5
Básico esencial)
pulperías-verdulerías) 1
Se determinó que el
tipo de comercio que se realiza es diverso.
Ubicación
Excelente (zona industrial
consolidada) 20
Buena (zona en proceso de
consolidación) 15
Mixta (ubicación con buen
acceso) 10
Regular (ubicación dispersa)
5
Mala (pequeña fábrica-bodega a
taller) 1
En visita realizada la ubicación de
las máquinas es buena en todos los locales.
Condición del Local
Excelente 20
Buena 15
Regular 10
Mala 5
Deficiente 1
Los locales cuentan con un espacio
específico para las máquinas, por lo que su condición es buena.
Nivel de Inventarios
(en colones)
Altos (más de 1.000.000,00)
10
Moderados (de
Medios (de
Bajos (de
Nulos (de
El valor en el mercado de este tipo de
máquinas de es aproximadamente
400.000.00 colones, por lo que el nivel de inventarios es bajo.
Número de Empleados
Excelentes (más de 100) 30
Buenas empresas (de
Regulares (de
Familiares (de
Personales (de
Esta categoría es la mínima de la
escala, empleados personales.
Por tanto,
Se resuelve que el
monto que se debe cancelar por máquina ping ball de las empresas patentadas es
de treinta mil colones trimestrales.
//con motivo y fundamento en las consideraciones
expuestas en el proyecto de resolución, sobre aumentar el monto del impuesto de
la patente que se cobra a los patentados de máquinas de Ping Ball, Documento
AMH 430-2009, se acuerda por unanimidad:
1. Aprobar el proyecto de resolución, sobre
aumentar el monto de impuesto de la patente que se cobra a los patentados de
máquinas de Ping Ball.
2. Que el monto que se debe cancelar por máquina
Ping Ball de las empresas patentadas es de treinta mil colones trimestrales.
3. Acuerdo definitivamente aprobado.
Heredia, 12 de mayo del
2009.—Lic. Enio Vargas Arrieta, Proveedor Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº
52287).—C-83385.—(39541).
DESCA S&S CENTROAMÉRICA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Desca S&S
Centroamérica Sociedad Anónima revoca convocatoria
a asamblea general
ordinaria-extraordinaria de socios
y convoca a nueva asamblea
I. Por contrario imperio se revoca la
convocatoria a asamblea general ordinaria-extraordinaria publicada en el Diario
Oficial
II. Se convoca a los señores accionistas de Desca
S&S Centroamérica S. A., con cédula de persona jurídica Nº 3-101-
Esta asamblea conocerá
de los siguientes asuntos:
1.- Revocar el acuerdo de asamblea general de
socios celebrada en el domicilio de la sociedad en segunda convocatoria a las
diecisiete horas del doce de diciembre del dos mil ocho, que aparece en el acta
número diez, iniciada a folio 21 del libro de actas de asamblea de socios de la
sociedad bajo el ordinal tercero.
2.- Revocar parcialmente el acuerdo de asamblea de
socios celebrada en el domicilio social a las 15 horas del 13 de marzo del
2009, que aparece en el acta número once, iniciada a folio 23 del libro de actas
de asamblea de socios de la sociedad bajo el ordinal tercero.
3.- Revocar el pacto social actual que rige a la
sociedad y dictar uno nuevo.
4.- Aumentar el capital social de la compañía.
5.- Conocer la renuncia de los directores de la
sociedad y del fiscal y elegir nuevos.
Los señores accionistas
podrán hacerse representar en la asamblea por carta-poder (arts. 146 y 912 del
Código de Comercio), poder generalísimo o general, que deberán depositarse en
las Oficinas de
Sólo participarán y votarán
en la asamblea los accionistas que estuvieren registrados en el libro de registro
de socios hasta esa misma fecha y siempre que depositen sus certificados
accionarios en esa misma ocasión.
Las personas jurídicas socias
acreditarán su representación mediante certificación extendida por Notario
Público o por el Registro Mercantil máximo un mes antes de la asamblea, en la
misma forma.
Al salón designado para la
reunión de la asamblea, únicamente podrán ingresar los señores accionistas, o
sus representantes o apoderados debidamente identificados y acreditados en la
forma aquí establecida.
Los libros y documentos
relacionados con esta asamblea estarán a disposición de los accionistas en las
oficinas de la sociedad a partir del día siguiente de la fecha de publicación
de esta convocatoria (art. 164, párrafo 2º
del Código de Comercio). También
podrán retirar un
documento contentivo del pacto social
actual y del
nuevo pacto que se propone.—1 vez.—Nº 106118).—(40574).
SINDICATO NACIONAL DE
PROFESIONALES
DE
Con motivo de la
celebración de la asamblea general ordinaria, se les invita a todos (as) los
(as) afiliados (as) al Sindicato Nacional de Profesionales de
COLEGIO DE CONTADORES
PRIVADOS DE COSTA RICA
JUNTA DIRECTIVA
El Colegio de
Contadores Privados de Costa Rica convoca a asamblea general extraordinaria Nº
125-2009, que se celebrará el día 28 de junio del 2009, para la elección del
Director Fiscal de
ORDEN DEL DÍA:
1. Lectura y aprobación del Orden del día.
2. Himno Nacional de Costa Rica.
3. Himno del Colegio de Contadores Privados de
Costa Rica.
4. Palabras del Presidente del Colegio de
Contadores Privados de Costa Rica, Máster José Antonio Corrales Chacón.
5. Instalación del Tribunal de Elecciones en
Asamblea.
6. Presentación de los candidatos para la
elección del puesto de Fiscal de
7. Apertura de los recintos de votación.
8. Cierre de las votaciones a las 15:00 horas.
9. Cierre de la asamblea por parte de los
miembros de la junta directiva.
NOTAS:
1- De conformidad con el artículo 10 de nuestra
Ley Orgánica y sus reformas, sólo se conocerán los asuntos en los cuales fue
convocada
2- Conforme lo establece el Reglamento de
Asambleas en su artículo Nº 6 y el acuerdo 1.1 de
a. Sólo se permitirá la participación en la
asamblea a aquellos Contadores que se encuentren al día en el pago de las
cuotas de Colegiatura al mes de mayo del 2009.
b. Los Colegiados que deseen integrarse a la
asamblea encontrándose en estado de morosidad, podrán hacerlo previo pago de
sus cuotas atrasadas en la caja auxiliar de Tesorería que para tal efecto se
ubicará en la entrada de nuestra sede.
c. Además de lo indicado en el literal a)
deberán presentar su carné de colegiado o documento que les identifique, a
efecto de otorgarles el derecho de voz y voto.
d. Para la permanencia en el recinto de la
asamblea, una vez iniciada esta, se aplicará para todos los presentes el
artículo 7 del Reglamento de Asambleas, vigente.
San José, 14 de mayo
del 2009.—Máster José Antonio Corrales Chacón, Presidente.—CPI. Lic. Manuel
Antonio Murillo Jiménez, Primer Secretario.—1 vez.—(40910).
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES
S. A.
Para los efectos del
artículo 689 del Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA),
hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario,
repondrá los siguientes certificados de acciones: Certificado Nº 4294, acciones
400, Serie J; nombre del accionista: Asociación Misionera Iglesia Episcopal CR,
folio número 3697, Líneas Aéreas Costarricenses S. A.—San José, 23 de abril del
2009.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—Nº 102325.—(34914).
RG TELAS Y PASAMANERÍA
SOCIEDAD ANÓNIMA
La sociedad RG Telas y
Pasamanería Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-457814, solicita ante
INMOBILIARIA MORIAS
SOCIEDAD ANÓNIMA
Inmobiliaria Morias
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-265500, solicita ante
ELIQUE CUATRO CORREDOR S. A.
Elique Cuatro Corredor
S. A., cédula jurídica Nº 3-101-303102, solicita ante
AUTOMOTORES MILENIO SOCIEDAD
ANÓNIMA
Automotores Milenio
Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-setenta y nueve
mil cuatrocientos cincuenta y nueve, solicita ante
LOMA DE
Loma de
ASOCIACIÓN DE ADULTOS
MAYORES
ENSUEÑOS DE ORO DE SANTA ANA
Yo, Rosaura Chavarría
Vargas, portadora de la cédula Nº 1-592-839, en mi calidad de Presidenta y
representante legal de
POLÍMEROS Y SERVICIOS
S. A.
Polímeros y Servicios
S. A., cédula jurídica Nº 3-101-229033, informa sobre la solicitud de emisión
de un duplicado de su certificado de acción, serie única, número 05, que
representa nueve mil acciones comunes y nominativas de un colón cada una a
razón de su extravío. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición
ante la junta directiva de la sociedad en su domicilio social, dentro del
término de un mes a partir de la publicación de este anuncio.—Enrique Teoli.—Nº
104701.—(38255).
AGUAS VIVAS DE
PUNTARENAS SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Aguas Vivas de
Puntarenas Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número
tres-ciento dos-ciento cuarenta y seis mil doscientos setenta y ocho, sociedad,
solicita ante
DESARROLLOS POCO A
POCO S. A.
Desarrollos Poco a Poco
S. A., solicita ante
INMOBILIARIA HOLANDESA
S. A.
Inmobiliaria Holandesa
S. A., cédula de persona jurídica 3-101-416227, solicita ante
TEXTILES SAN ANTONIO SOCIEDAD
ANÓNIMA
Textiles San Antonio
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica: 3-101-98236, solicita ante
HACIENDA LOS ALAMOS S. A.
Hacienda Los Alamos S.
A., cédula jurídica 3-101-142322, solicita ante
CAFETALERA LOS
NACIENTES SOCIEDAD ANÓNIMA
Cafetalera Los
Nacientes Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-237711, solicita ante
INVERSIONES Y
PROPIEDADES CUCUI DE SAN PEDRO S. A.
Inversiones y
Propiedades Cucui de San Pedro S. A., cédula jurídica número 3-101-275993,
solicita ante
CENTRO CAMPERO LOS
REYES S. A.
Johnny Mora Salazar,
cédula número 1-315-409, hace del conocimiento público que ha solicitado la
reposición del Título de capital y Acción Común Nominativa Nº A00957 de Centro
Campero Los Reyes S. A., por extravío de los mismos. Se escuchan oposiciones en
el teléfono 2522-6303.—Johnny Mora Salazar, cédula número 1-315-409.—(38922).
UNIVERSIDAD DE
CIENCIAS MÉDICAS DE CENTROAMÉRICA
Ante el Registro de
Ante el
Registro de
Ante el
Registro de
Ante el
Registro de
Ante el
Registro de
Ante el
Registro de
Ante el
Registro de
UNIVERSIDAD ADVENTISTA
DE CENTRO AMÉRICA
Ante
ASOCIACIÓN ALIANZA
FRANCESA, ALIANZA CULTURAL FRANCO COSTARRICENSE
Yo señor Luis Diego
Calzada Castro, mayor, casado, médico, vecino de San José, portador de la
cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos-cero cero ochenta y cinco en
mi calidad de presidente y representante legal de
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
GRUPO MUTUAL ALAJUELA
De conformidad con lo
estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, el señor Claudio
Luis Barrantes Vargas, cédula
FARMACIAS
UNIDAS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Farmacias Unidas
Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de personería jurídica número
tres-uno cero dos-cero dos nueve cinco ocho cinco, anteriormente denominada
Farmacias Unidas S. A., con cédula jurídica número tres-uno cero uno-cero dos
nueve cinco ocho cinco, misma que se encuentra inscrita y vigente en el Registro
Mercantil, solicita ante
BAHIAONELLI SOCIEDAD
ANÓNIMA
La suscrita, Ana
Giselle Feoli Aubert, mayor, divorciada, empresaria, cédula Nº 1-443-339,
vecina de San José, en mi condición de secretaria con facultades de apoderada
generalísima sin límite de suma de la sociedad Bahiaonelli Sociedad Anónima,
cédula jurídica número 3-101-412776, domiciliada en San José, Montes de Oca,
Barrio Dent, de la entrada trasera del Mall San Pedro,
ASOCIACIÓN AMIGOS DEL
SUR
Yo Eugenio Manuel
Lamugue Espinoza, cédula de identidad número 9-024-090 en mi calidad de
representante legal de
MUTUAL CARTAGO DE
AHORRO Y PRÉSTAMO
La señora Yorleny
Camacho Coto, cédula
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
UNIVERSIDAD ISAAC NEWTON
MABELIZ DE COSTA RICA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Mabeliz de Costa Rica
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-uno-seis-nueve-seis-cero-cuatro, con domicilio en San José, calle veinte,
costado este de
CORPORACIÓN BERLINA, S. A
Corporación Berlina, S.
A. cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento dieciocho mil cuatrocientos
treinta, solicita ante
GRUPO MUTUAL ALAJUELA
De conformidad con lo
estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, la señora Fulvia
Alfaro Alfaro, cédula
GULIE LTDA.
Gulie Ltda., cédula
jurídica 3102117581 solicita ante
BMY PARTNERS INC.
SOCIEDAD ANÓNIMA
BMY Partners Inc.
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres -ciento uno-cuatrocientos
cincuenta y siete mil ochocientos noventa y cinco, solicita ante
DIVERSIFIED
INTERNATIONAL K & M SOCIEDAD ANÓNIMA
Diversified International
K & M Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos cincuenta y seis mil veinte, solicita ante
BAIXA INTERNATIONAL
B.I. SOCIEDAD ANÓNIMA
Baixa International
B.I. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
cincuenta y cinco mil ochocientos noventa y nueve, solicita ante
RIWEL JAYA INVESTMENTS
R. J. I. SOCIEDAD ANÓNIMA
Riwel Jaya Investments
R. J. I. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
cincuenta y cuatro mil seiscientos noventa y cuatro, solicita ante
INMOBILIARIA ARGOS S. A.
Inmobiliaria Argos S.
A. cédula jurídica número tres-ciento uno-cero treinta y cinco mil cero
cuarenta y cinco, solicito ante
UNIVERSIDAD
INTERNACIONAL SAN ISIDRO LABRADOR
DELIMANJARES SOCIEDAD
ANÓNIMA
La suscrita, Ruth Mary
Elizabeth Wagner conocida como Ruth Mary Elizabeth Searles Roden, mayor, casada
una vez, empresaria, cédula de residencia número ciento uno-noventa y un mil
seiscientos setenta y uno-mil doscientos sesenta y cuatro, hoy portadora de la
cédula de residencia número setecientos cuarenta y ocho-noventa y un mil
seiscientos setenta y uno-mil doscientos sesenta y cuatro, vecina de San José,
en mi condición de secretaria con facultades de apoderada generalísima sin
límite de suma de la sociedad Delimanjares Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-doscientos veinticuatro mil cuatrocientos sesenta y
cuatro, domiciliada en San José, Barrio
J Y L INGENIERÍA SOCIEDAD
ANÓNIMA
J Y L Ingeniería
Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cinco
mil novecientos quince, solicita ante
INVERSIONES CONTI
SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones Conti
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-065729, solicita ante
CONSTRUCTORA DE
C.C.P. SOCIEDAD ANÓNIMA
Constructora de
CONCRETERA Y
DESARROLLADORA DEL LITORAL
PACÍFICO C.D.L.P SOCIEDAD ANÓNIMA
Concretera y
Desarrolladora del Litoral Pacífico C.D.L.P Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica Nº 3-101-486323, solicita ante
PUBLICACIÓN DE una VEZ
ASOCIACIÓN PROPIETARIOS (AS)
CEMENTERIO OBRERO DE CARTAGO
Por escritura otorgada ante mi notaría a las 13 horas 30 minutos del día 11 de mayo del 2009, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada denominada Inversiones Calderón Corriols Sociedad de Responsabilidad Limitada, domiciliada en Barrio México, San José. Capital social: 10.000 colones.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—(39375).
Protocolización de acuerdos adoptados en asamblea general de accionistas de la empresa Ambleside S. A. Se modifican las cláusulas segunda y novena de la escritura social. Se nombra nuevo presidente secretario y tesorero de la junta directiva; al igual se incluye un vicepresidente, se nombra un nuevo fiscal y agente residente. Escritura autorizada en San José, a las 9:00 horas del 13 de mayo de 2009 por el notario Ulises Alberto Obregón Alemán.—Lic. Ulises Obregón Alemán, Notario.—1 vez.—(39423).
Por
escritura número 324 de las 12:30 horas del 8 de mayo del 2009, se constituyó
la empresa
Oliver Petersen y Giselle Lawrence Mora, constituyen Walton Estates S. A. Fecha de constitución: 20 de marzo del 2009. Capital social: diez mil colones. Presidenta: Giselle Lawrence Mora.—Lic. Geovanny Alberto Morales Barrantes, Notario.—1 vez.—(39440).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas veinticinco minutos del
día siete de mayo del año dos mil nueve, se modificó la cláusula sétima, del
pacto constitutivo, de la representación, de la entidad denominada Distribuidora
L. M & M
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas veinte minutos del día siete de mayo del año dos mil nueve, se modificó la cláusula sétima, del pacto constitutivo, de la representación de la entidad denominada Creaciones Íntimas Margie Sociedad Anónima.—Alajuela, 7 de mayo del 2009.—Lic. Fany Herrera Matamoros, Notaria.—1 vez.—(39498).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas treinta y cinco minutos del día siete de mayo del año dos mil nueve, se modificó la cláusula sétima, del pacto constitutivo de la representación de la entidad denominada Distribuidora L. M & M El Cenízaro Sociedad Anónima.—Alajuela, 7 de mayo del 2009.—Lic. Fany Herrera Matamoros, Notaria.—1 vez.—(39503).
Por escritura otorgada a las diez horas del doce de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Seguridad Torres en Alerta Sociedad Anónima. Capital: doce mil colones. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Alajuela, 12 de mayo del 2009.—Lic. Braulio Murillo Segura, Notario.—1 vez.—(39521).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas treinta minutos del día seis de mayo del año dos mil ocho, se reforma el pacto constitutivo de la empresa Sociedad Inmobiliaria Tocla Sociedad Anónima. Se reforma el capital social y la representación de la empresa.—San José, 6 de mayo del 2009.—Lic. Ricardo Javier Hidalgo Murillo, Notario.—1 vez.—(39532).
Que en mi notaría se constituyó la sociedad denominada Sentados Frente al Sierpe S.R.L. Gerente: Antonio (nombre) Marra (apellido). Plazo social: 99 años.—Puntarenas, 27 de abril de 2009.—Lic. Sandra Mondol Zumbado, Notaria.—1 vez.—(39546).
A las
nueve horas del seis de mayo de dos mil nueve, el suscrito notario protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad
Que en mi notaría, al ser las once horas del treinta de abril del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Wolf del Caribe Sociedad Anónima, en la cual el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es José Francisco Moya Wolf, mayor, casado una vez, educador, vecino de Limón, Barrio Los Corales Dos del Colegio Vocacional doscientos metros este y veinte metros sur, cédula uno-seis tres tres-cinco dos tres, el plazo de duración indefinido y su domicilio social es en Limón, Barrio Los Corales Dos del Colegio Vocacional doscientos metros este y veinte metros sur.—Limón, 7 de mayo del 2009.—Lic. Allan Chaves Campos, Notario.—1 vez.—(39555).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 7 de mayo de 2009, se constituyó Cahabana Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Vázquez de Coronado, Urbanización Villas del Labrador, casa doce A. Plazo: cien años. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente: Claudio Gabriel Rodríguez Ruiz.—San José, 11 de mayo de 2009.—Lic. María Lorena Villalobos Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 105260.—(39670).
Por escritura otorgada ante mi licenciada Viriam Fumero Paniagua, a las once horas del día once de mayo del año dos mil nueve, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Wilupama Bendición de Dios Sociedad Anónima.—Turrialba, 11 de mayo del 2009.—Lic. Viriam Fumero Paniagua, Notaria.—1 vez.—Nº 105264.—(39671).
Por escritura pública otorgada hoy ante mí, en San José, a las 13:00 horas, protocolicé acta de la sociedad Compañía Doscientos Treinta y Dos S. A., por la cual se modificó lo relativo al domicilio, cláusula segunda y se otorgó poder generalísimo.—San José, 27 de abril del 2009.—Lic. Mario Antonio Morelli Astúa, Notario.—1 vez.—Nº 105265.—(39672).
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:30 horas del 9 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad E.J.C. Trecar S. A., cuyo capital social se encuentra totalmente suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 9 de mayo del 2009.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 105267.—(39673).
Por escritura otorgada ante mí, a las 12:00 horas del 9 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad M.O.E.Y. Herro S. A., cuyo capital social se encuentra totalmente suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 9 de mayo del 2009.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 105268.—(39674).
En mi notaría a las catorce horas y treinta minutos del dieciocho de marzo del dos mil nueve, mediante escritura número treinta y cinco se constituyó la sociedad anónima denominada Grupo E J J D Sociedad Anónima, la cual se dedicará al comercio, agricultura, ganadería, industria entre otras actividades, tendrá un plazo de noventa y nueve años y su domicilio es en Ciudad Quesada.—San Carlos, 28 de abril del 2009.—Lic. Mayra Amores Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 105269.—(39675).
En mi notaría a las catorce horas del dieciocho de marzo del dos mil nueve, mediante escritura número treinta y cuatro se constituyó la sociedad anónima denominada Comercial Edamosa de San Carlos Sociedad Anónima, la cual se dedicará al comercio, agricultura, ganadería, industria entre otras actividades, tendrá un plazo de noventa y nueve años y su domicilio es en Ciudad Quesada.—San Carlos, 28 de abril del 2009.—Lic. Mayra Amores Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 105270.—(39676).
Por escritura ciento cuarenta y ocho otorgada ante esta notaría al ser las 10:30 horas del día 11 de mayo de dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima denominada Café Nuvó Internacional S. A. Representación su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones exactos. Plazo social: cien años. Domicilio social: San José.—Escazú, 11 de mayo del 2009.—Lic. Lary Glorianna Escalante Flores, Notaria.—1 vez.—Nº105272.—(39677).
Ante la notaría del Lic. Audrys Esquivel Jiménez, se otorgo la escritura número ciento sesenta del tomo veintiuno, se constituyó la sociedad Brisas de Cahuita S. A.—Santa Ana, 8 de mayo del 2009.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 105274.—(39678).
Ante
mí a las a las 18:00 horas del 7 de mayo de dos mil nueve, escritura número
108-4 del tomo 4 de mi protocolo, se constituyó
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 11:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Pacamaflag Sociedad Anónima. Capital social: ¢120.000,00 colones. Plazo social: cien años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 8 de mayo del 2009.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1 vez.—Nº 105279.—(39680).
Mediante escritura número 26 de las 8:00 horas del 5 de mayo del 2009, se constituyó ante esta notaría la sociedad anónima denominada Yolalta S. A., con domicilio en la ciudad de San José, con una duración de 99 años y cuyo presidente es el señor Francesco Piz, de un solo apellido en razón de su nacionalidad italiana.—San José, 5 de mayo del 2009.—Lic. Isabel Lorena Ramírez Azofeifa, Notaria.—1 vez.—Nº 105280.—(39681).
Ante esta notaría se reforma la cláusula duodécima de la sociedad denominada Corporación Dinamic Soft Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-tres cuatro tres cinco cinco cero, escritura otorgada a las ocho horas del cuatro de mayo de dos mil nueve.—Lic. Eslava Hernández Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 105283.—(39682).
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Mount Corporation Limitada. Escritura otorgada en San José a las 17:00 horas del 7 de mayo de 2009. Se modifica la cláusula primera: por lo que en lo sucesivo la sociedad se denominará: Alsheree Pacific Blue Inc. Limitada. Se modifica el domicilio social, el cual será: San José, Rohrmoser, cincuenta metros oeste del edificio Franklin Chang.—Lic. Leonardo Salazar Villalta, Notario.—1 vez.—Nº 105285.—(39683).
Por escritura otorgada ante mí, hoy a las 10:00 horas se constituyó la sociedad de esta plaza Soluteccr Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Soluteccr S. A., domicilio: Palmares Centro de Alajuela, doscientos cincuenta metros oeste de Pastas Viene. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Objeto: El desarrollo de sistemas informáticos y la venta de componentes electrónicos, el comercio, agricultura y la industria en general.—San José, a las diez horas del 26 de abril del 2009.—Lic. Jaime Gerardo Marín Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 105286.—(39684).
Ante mi notaría se constituyó Transportes y Materiales Masís Ltda. Gerente Kenneth Mauricio Masís Salazar. Capital social totalmente suscrito y pagado. Plazo social: 99 años.—Cartago, 11 de mayo de 2009.—Lic. Jonnathan Rojas Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 105287.—(39685).
Por escritura otorgada ante mí, hoy a las 11:00 horas se constituyó la sociedad de esta plaza Barzu Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Barzu S. A., Domicilio: Palmares Centro de Alajuela, doscientos cincuenta metros al oeste de Pastas Viena. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Objeto: El servicio de comidas, el comercio, la industria y la agricultura en general.—San José, 26 de abril del 2009.—Lic. Jaime Gerardo Marín Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 105288.—(39686).
Por
acta de asamblea general de asociados, celebrada por
Por escritura otorgada el día de hoy, se crea sociedad Inmobiliaria Varojas de Turu S. A. Apoderados generalísimos sin limite de suma el presidente y secretario conjuntamente.—San José, 6 de mayo del 2009.—Lic. Frank Herrera Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 105292.—(39688).
A las once horas el veintinueve de abril del dos mil nueve, Lilliam Soto Rodríguez, Luis Carlos Fonseca Soto y Rafael Ángel Fonseca Soto. Constituyen la sociedad Lagunilla Even Better R.C.R. Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa años.—Lic. Eric Badilla Córdoba, Notario.—1 vez.—Nº 105293.—(39689).
A las once horas el veintinueve de abril del dos mil nueve, Lilliam Soto Rodríguez, Luis Carlos Fonseca Soto y Rafael Ángel Fonseca Soto. Constituyen la sociedad Huacas the Best Place R.C.R. Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa años.—Lic. Eric Badilla Córdoba, Notario.—1 vez.—Nº 105294.—(39690).
Por escritura número 211-04 del tomo 4 del protocolo de la notaria Ana Lorena Borges Montero, otorgada en esta ciudad, a las 16:00 horas del 8 de mayo del 2009, se constituye la sociedad denominada Antares Versus S.R.L.—San Isidro de El General, 11 de mayo del 2009.—Lic. Ana Lorena Borges Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 105360.—(39722).
Por escritura número ciento setenta y cinco, del tomo segundo de mi protocolo, otorgada ante esta notaría, se constituye la sociedad que será individualizada por medio del número de cédula que indique el Registro como su nombre. El presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y vocal, son apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando en forma conjunta. Presidente: Luis Fernando Vega Rodríguez, vicepresidente: Sem Pérez Salazar, secretario: José Alberto Peraza Rodríguez, tesorero: Giovanni Pereza Rodríguez, vocal: Rolando David Peraza Salazar.—San José, doce de mayo de dos mil ocho.—Lic. Guido Ramón Rodríguez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 105361.—(39723).
Por escritura número 117-65, autorizada en Nicoya, a las 15:00 horas del 8 de mayo del 2009, protocolizo acta de asamblea de socios de Distribuidora Romal de Costa Rica S. A., por la cual se revocan nombramiento de presidente, secretario y tesorero y se hacen nuevos nombramientos. Presidente: Giovanni Méndez Venegas.—Nicoya, 8 de mayo del 2009.—Lic. José Olivier Moreno Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 105362.—(39724).
Ante esta notaría, mediante escritura número treinta y ocho, otorgada a las once horas del día ocho de mayo del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Electronic Data Systems EDS de Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican la totalidad de los estatutos sociales y por medio de los cuales se transforma la sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada, siendo su nueva denominación social Electronic Data Systems (EDS) de Costa Rica Limitada, se revocan nombramientos, la sociedad será administrada por tres gerentes quienes tendrán la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente y se nombra agente residente.—San José, 8 de mayo del 2009.—Lic. Andrea Sáenz Mederas, Notaria.—1 vez.—Nº 105364.—(39725).
Por escritura otorgada el día de hoy a las 18:00 horas, se constituyó la sociedad Ross Serrano S. A. Plazo: 100 años. Objeto: comercio en general, capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente y tesorero con todos los poderes.—San José, 4 de mayo del 2009.—Lic. Ricardo Adolfo Vargas Villegas, Notario.—1 vez.—Nº 105366.—(39726).
Por escritura otorgada el día de hoy a las 15:00 horas, se constituyó la sociedad A.C.S. Group (Architecture, Construction & Services) S.A. Plazo: 100 años. Objeto: principalmente la construcción pero también comercio en general. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente con todos los poderes.—San José, 7 de mayo del 2009.—Lic. Ricardo Adolfo Vargas Villegas, Notario.—1 vez.—Nº 105369.—(39727).
Por escritura otorgada hoy ante mí, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Importaciones Ever Parts Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo, renuncia miembros de junta directiva y fiscal y se nombran sustitutos.—San José, 11 de mayo de 2009.—Lic. Alberto Rojas Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 105371.—(39728).
Yo, Luis Carlos Jiménez Castro, notario público de Turrialba, manifiesto que en mi notaría el día catorce de abril del dos mil nueve, a las diez horas, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Kikani Group de Turrialba Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Turrialba, 28 de abril del 2009.—Lic. Luis Carlos Jiménez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 105372.—(39729).
Yo, Luis Carlos Jiménez Castro, notario público de Turrialba, manifiesto que en mi notaría el día catorce de abril del dos mil nueve, a las diez horas treinta minutos, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Nikaki Group de Turrialba Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Turrialba, 28 de abril del 2009.—Lic. Luis Carlos Jiménez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 105374.—(39730).
Yo, Luis Carlos Jiménez Castro, notario público de Turrialba, manifiesto que en mi notaría el día veinte de abril del dos mil nueve, a las dieciséis horas, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Planet Costarica ORG Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Turrialba, 28 de abril del 2009.—Lic. Luis Carlos Jiménez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 105376.—(39731).
Ante
esta notaría, por escritura otorgada en
Ante
esta notaría, por escritura otorgada en
Yo, Luis Carlos Jiménez Castro, notario público de Turrialba, manifiesto que en mi notaría el día veinte de abril del dos mil nueve, a las diez horas treinta minutos, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Constructora H L Y Asociedados Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Turrialba, 28 de abril del 2009.—Lic. Luis Carlos Jiménez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 105379.—(39734).
Por escritura número nueve-ciento treinta y seis-sesenta y ocho, otorgada a las once horas del veintiocho de mayo del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Bienestar y Salud Digestiva Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, Guachipelín, Escazú, residencial Lomas del Real, casa ciento setenta y seis. Capital: veinte mil colones, suscrito y pagado. Presidenta: Vicky Girlani Con Chin, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma. Secretaria: María Victoria Chin Fon. Tesorero: Jean Paul Vander Laat.—San José, 7 de enero del 2009.—Lic. Alejandro Abellán Cisneros, Notario.—1 vez.—Nº 105380.—(39735).
Ante esta notaría, se autorizó la constitución de una sociedad de responsabilidad limitada, sin nombre, con un gerente y subgerente, ambos, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, domiciliada en San José. Escritura otorgada en San José, catorce horas del veintisiete de abril de dos mil nueve.—San José, 12 de mayo de 2009.—Lic. Guillermo Moreira Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 105390.—(39736).
Súper
Sancarleño de Boca de Arenal S. A., domiciliada en Alajuela, San Carlos,
Boca de Arenal, del supermercado
En mi notaría a las 8:40 horas del 11 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad Francp Producciones S. A.; domicilio: Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela. Capital social: cien mil colones. Representación: corresponde al presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Ciudad Quesada, 22 de mayo del 2009.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 105394.—(39738).
Por escritura otorgada ante este notario, a las dieciséis horas del siete de mayo del dos mil nueve, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Filial Veintitrés Esfalerita Fuerte Ventura Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda de los estatutos sociales y se adiciona al pacto social la cláusula décimo cuarta.—San José, siete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—Nº 105396.—(39739).
Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Corporación Zermat de Costa Rica. S. A., mediante la cual se reformó la cláusula décima del pacto social y se nombran vocales.—San José, 4 de mayo del 2009.—Lic. Marco Antonio Lizano Monge, Notario.—1 vez.—Nº 105398.—(39740).
Por escritura pública otorgada ante esta notaria, a las nueve horas del día dos de mayo del dos mi, nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Sentry Services International L.D. Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y cinco mil trescientos treinta y tres, mediante la cual se revoca nombramiento de presidente y secretario de la junta directiva y se hacen nuevos nombramientos por el resto del plazo social.—San José, dos de mayo del dos mil nueve.—Lic. Roxana Sofía Lao Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 105400.—(39741).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 del 24 de abril del 2009, se constituyó la sociedad anónima Project CR Plus D S. A. Representantes: presidente, secretario y tesorero, capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, once de mayo del dos mil nueve.—Lic. José Alejandro Martínez Castro , Notario.—1 vez.—Nº 105401.—(39742).
Ante mi notaría se han presentado los señores Gustavo Curling Quesada, cédula uno-mil trescientos ochenta-doscientos sesenta y cuatro y la señora Drusilla Lapp González, cédula de residencia número uno ocho cuatro cero cero cero dos cinco siete seis cero dos, protocoliza actas de asamblea de la compañía Partnership for Ecological Cooperation S. A. reformando estatutos y junta directiva de dicha empresa. Escritura otorgada a las 9:00 horas del día 4 de abril del 2009.—Lic. Fernando José González Medina, Notario.—1 vez.—Nº 105402.—(39743).
Ante mi notaría se ha presentado la señora Drusilla Lapp González, cédula de residencia número uno ocho cuatro cero cero cero dos cinco siete seis cero dos, protocoliza actas de asamblea de la compañía Splender Mountain S. A. reformando la junta directiva de dicha empresa. Escritura otorgada a las 9:00 horas del día 4 de abril del 2009.—Lic. Fernando José González Medina, Notario.—1 vez.—Nº 105403.—(39744).
Por escritura otorgada ante este notario, a las dieciséis horas del día treinta de abril de dos mil nueve, se constituye sociedad anónima denominada Multiservicios F. Montemiran e Hijos S. A. representada por su presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, domiciliada en la provincia de Heredia, cantón Barva, distrito Barva, de la plaza, trescientos metros noreste y cien norte. Con un capital social de diez mil colones.—Lic. Carlos Alberto Espinoza Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 105408.—(39745).
En la notaría del licenciado Víctor Manuel González Loría, a solicitud del señor Dorian Arroyo González, se constituyó la sociedad denominada Netword-Solution LTDA.—Lic. Víctor Manuel González Loría, Notario.—1 vez.—Nº 105409.—(39746).
Por escritura número ciento sesenta y seis, otorgada a las quince horas treinta minutos del veintitrés de abril del dos mil nueve, ante el notario público Roberto Marín Segura, en su protocolo se constituyó la sociedad Gráficos Quesada Valerio Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse en S. A.—Heredia, 12 de mayo del 2009.—Lic. Roberto Marín Segura, Notario.—1 vez.—Nº 105410.—(39747).
Ante esta notaria, en la ciudad de San José, exactamente en San Pedro, Barrio Los Yoses, del restaurante Le Chandelier, cincuenta metros al sur, en la oficina de la firma PricewaterhouseCoopers, a las diez horas del cuatro de mayo del año dos mil nueve, se procedió a protocolizar el acta de asamblea de la compañía PWC Accounting Advisors Sociedad Anónima mediante la cual se acuerda la fusión por absorción con la compañía PWC Interaméricas Tax Sociedad Anónima, siendo esta última la entidad que sobrevivirá.—Lic. Ingrid Jiménez Godoy, Notaria.—1 vez.—Nº 105413.—(39748).
Ante esta notaría, en la ciudad de San José, exactamente en San Pedro, Barrio Los Yoses, del restaurante Le Chandelier cincuenta metros al sur, en la oficina de la firma PricewaterhouseCoopers, a las doce horas del cuatro de mayo del año dos mil nueve, se procedió a protocolizar el acta de asamblea de la compañía PWC Interamericas Tax Sociedad Anónima mediante la cual se acuerda la fusión por absorción con la compañía PWC Accounting Advisors Sociedad Anónima, siendo la compañía PWC Interamericas Tax Sociedad Anónima la entidad que sobrevivirá.—Lic. Ingrid Jiménez Godoy, Notaria.—1 vez.—Nº 105414.—(39749).
Por escritura otorgada a las trece horas del once de mayo del dos mil nueve, se modificó la cláusula tercera del pacto social de la sociedad Paseo del Sol XX Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y tres mil ciento ochenta y seis.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1 vez.—Nº 105415.—(39750).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del cuatro de mayo de dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Gestión Integral en Finanzas Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, de la estación del Ferrocarril al Pacífico cien metros norte, veinticinco metros este. Capital social: diez mil colones. Es todo.—San José, cuatro de mayo de dos mil nueve.—Lic. Mauricio Bonilla Robert, Notario.—1 vez.—Nº 105416.—(39751).
Por escritura otorgada ante esta notaría de las ocho horas del dos de abril del dos mil nueve, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de Inversiones Ganzos Púrpuras S. A. Se reforma cláusula quinta y se nombra secretario.—Lic. Jorge Sánchez Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 105421.—(39752).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del ocho de mayo del año dos mil nueve, se constituyeron las siguientes dos sociedades de responsabilidad limitada Spirit Seeker LLC Limitada y The Kiwi Beach Investments LLC Limitada, todas con domicilio en Guanacaste, con objeto genérico, con plazo de noventa años, con capital social de diez mil colones y apoderada generalísima, gerente general: Sonia Elena Fonseca Seas.—San José, ocho de mayo del dos mil nueve.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—Nº 105422.—(39753).
En la notaría de Elena Murillo Agüero se constituye Inversiones Contreras y Ávalos (INCA) S. A. Escritura otorgada en San José el 06- 04-2009.—Lic. Elena Murillo Agüero, Notaria.—1 vez.—Nº 105424.—(39754).
Ante
esta notaria a las once horas del día seis de mayo del dos mil nueve, se
constituyó la sociedad denominada Compañía
de Limpieza S & R del Norte
Sociedad Anónima, cuya presidenta es: Elizabeth Sánchez Rugama. Domicilio:
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó El Gris de Maye Sociedad Anónima. Objeto: industria, agricultura, ganadería y comercio en general. Capital social, íntegramente suscrito y pagado.—Heredia, 11 de mayo de 2009.—Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario.—1 vez.—Nº 105427.—(39756).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó El Negro de Roysan Sociedad Anónima. Objeto: Industria, agricultura, ganadería y comercio en general. Capital social íntegramente suscrito y pagado.—Heredia, 11 de mayo de 2009.—Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario.—1 vez.—Nº 105428.—(39757).
Ante esta notaría, a las ocho horas del día cuatro de mayo del año dos mil nueve, se protocoliza asamblea extraordinaria de sociedad Soltlacath S. A., cambia junta directiva y fiscal y domicilio social de la sociedad y domicilio del agente residente.—Lic. Maritza Gamboa Aguilar, Notaria.—1 vez.—Nº 105429.—(39758).
Olger
Elizondo Núñez, cedula Nº 5-178-640 y Freddy Elizondo Núñez, con cédula Nº
5-136-1278, constituyen sociedad de nombre o razón social
Bernal Castro Jiménez y Rafael Ángel Castro Artavia constituyen una sociedad anónima denominada Castro Arquitectos & Constructores Sociedad Anónima, con capital de 10.000,00 colones. Escritura otorgada en San José, a las 8:00 horas del 9 de mayo del 2009.—Lic. Álvaro Eduardo Mata Bustamante, Notario.—1 vez.—Nº 105434.—(39760).
Ante esta notaría, por escritura número doscientos sesenta y cinco del tomo segundo de mi protocolo, otorgada a las siete horas del once de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Anclaje Educativo E.I.R.L., con un capital social de cien mil colones.—Lic. Federico Calvo Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 105436.—(39761).
Por escrituras números ciento cuatro y ciento cinco; de las ocho horas y ocho horas quince minutos del cinco de mayo, se protocolizaron actas de las sociedades Azul Balta S. A., y Castaño Octa S. A.—San José, seis de mayo del dos mil nueve.—Lic. Ricardo Redondo Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 105438.—(39762).
Por escritura número ciento dos de las ocho horas del once de mayo, se constituyó la sociedad Monitino de Tres Ríos S. A. Capital suscrito y pago. Presidente, secretario y tesorero, apoderados generalísimos sin límite de suma. Por escritura número noventa y seis, de las ocho horas del cinco de mayo, se constituyó la sociedad Fish Productos Marítimos del Este S. A., capital suscrito y pago. Presidente y secretario apoderados generalísimos.—San José, once de mayo del dos mil nueve.—Lic. Jenny Rodríguez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 105439.—(39763).
Por escritura otorgada por el infrascrito notario, a las ocho horas del día de hoy, protocolicé el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Multiformas Sociedad Anónima, en la que se reforma la cláusula quinta (capital social) del pacto constitutivo y se nombraron nuevos tesorero de la junta directiva y fiscal.—San José, 12 de mayo del año 2009.—Lic. José Alberto Pinto Monturiol, Notario.—1 vez.—Nº 105440.—(39764).
Por medio de escritura otorgada hoy ante mí, los señores Heidy Corea Zúñiga y Hardy Antonio Corea Jiménez, constituyeron la sociedad denominada Sabanillas Developers Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiendo abreviarse Sabanillas Developers S.R.L. Domicilio: San José, Desamparados, trescientos metros sur y veinticinco oeste de Bomba Morales. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Plazo noventa y nueve años. Gerentes: ellos mismos.—San Ramón, siete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Mario Eduardo Salazar Camacho, Notario.—1 vez.—Nº 105441.—(39765).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas del 11 de mayo del 2009, se protocoliza asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Inversiones Santa Eulalia de Atenas S. A. en la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta de los estatutos y se incorpora la cláusula décima primera.—San José, 11 de mayo del 2009.—Lic. Eduardo Benito González, Notario.—1 vez.—Nº 105442.—(39766).
Por medio de escritura otorgada hoy ante mí, los señores Heidy Corea Zúñiga y Hardy Antonio Corea Jiménez constituyeron la sociedad denominada Sabanillas Hills Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiendo abreviarse Sabanillas Hills S.R.L. Domicilio: San José, Desamparados, trescientos metros sur y veinticinco oeste de Bomba Morales. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Plazo noventa y nueve años. Gerentes: ellos mismos.—San Ramón, siete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Mario Eduardo Salazar Camacho, Notario.—1 vez.—Nº 105443.—(39767).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del día 08 de mayo del
año 2009, se constituyó la compañía denominada Costa Rica Transportes
Turísticos Sociedad Anónima, domiciliada en Los Ángeles de
Ante
la suscrita notaria, Ana Sophia Lobo León, a las once horas treinta minutos del
once de mayo del año dos mil nueve, los señores Nathalia Hernández Romero y
Eddy José Pérez Jiménez, constituyeron la sociedad denominada Grupo Adjir
Sociedad Anónima, por un plazo de noventa y nueve años, domiciliada en San
José, Sabana Sur, edificio
Ante
la suscrita notaria, Ana Sophia Lobo León, a las doce horas del once de mayo
del año dos mil nueve, los señores Nathalia Hernández Romero y Eddy José Pérez
Jiménez, constituyeron la sociedad denominada Corporación Hoceima Sociedad
Anónima, por un plazo de noventa y nueve años, domiciliada en San José,
Sabana Sur, edificio
Ante
la suscrita notaria, Ana Sophia Lobo León, a las doce horas treinta minutos del
once de mayo del año dos mil nueve, los señores Nathalia Hernández Romero y
Eddy José Pérez Jiménez, constituyeron la sociedad denominada Truffles
Sociedad Anónima, por un plazo de noventa y nueve años, domiciliada en San
José, Sabana Sur, edificio
Por escritura otorgada en mi notaría en esta ciudad, a las ocho horas del seis de octubre del dos mil ocho, se protocolizó acta de El Bodegón S.A., mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto social, renuncian miembros de la junta directiva y fiscal y se nombran sustitutos.—San José.—Lic. Enrique Araya Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 105449.—(39772).
Ante esta notaria se constituye Nutrición y Asesoría Bovina (NAB) Sociedad Anónima, su domicilio será en Heredia, San Miguel de Santo Domingo, del Colegio Cristian School doscientos metros norte, cincuenta metros este y quinientos metros sur. Plazo social cien años a partir del veinte de abril del dos mil nueve. Capital social cien mil colones. Presidente Ronald Vega Quesada, cédula dos-trescientos veintinueve-ciento treinta y tres.—San José, 06 de mayo del 2009.—Lic. Lissette S. Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 105451.—(39773).
Eduardo Enrique Fumero Loría y Marcela Fumero Cantillo constituyen Inversiones Veintiuno.Uno Sociedad Anónima. Presidente Eduardo Enrique Fumero Loría. Capital social: diez mil colones.—Lic. Ana Isabel Sibaja Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 105452.—(39774).
Se constituye las firma de esta plaza: Instituto Aire Sociedad Anónima, presidente: Mario Sibaja Campos, cédula de identidad número cinco-dos cinco ocho-seis nueve uno. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución. Agente Residente: Eric Jiménez Trejos.—San José, once de mayo del dos mil nueve.—Lic. Eric Jiménez Trejos, Notario.—1 vez.—Nº 105453.—(39775).
Protolización en lo conducente acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Compañía Gaspe S. A., en virtud de la cual se acordó reformar la cláusula tercera y sexta del pacto social y por el resto del plazo social se acordó revocar el nombramiento del presidente y del secretario de la junta directiva y en su lugar hacer nuevos nombramientos. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 14:00 horas del 7 de mayo del 2009.—Lic. Gabriel Lizama Oliger, Notario.—1 vez.—Nº 105454.—(39776).
Ante esta notaría mediante escritura otorgada a las dieciocho horas del once de mayo del dos mil nueve, se ha protocolizado el acta número dos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, modificándose el pacto constitutivo de la sociedad denominada Pinturas y Carrocerías Almasi Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-trescientos cuarenta y cuatro mil novecientos cuarenta y cinco.—Grecia a las dieciocho horas con treinta minutos del once de mayo del dos mil nueve.—Lic. Karolina Venegas Morera, Notaria.—1 vez.—Nº 105456.—(39777).
En mi notaría, a las dieciocho horas del siete de mayo del año dos mil nueve, se constituyó sociedad anónima denominada con su número de cédula jurídica a otorgar por el Registro Público. Capital social íntegramente suscrito y pagado, presidente, secretaria y tesorero con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente, domiciliada en distrito cuarto, Aguas Zarcas, cantón décimo, San Carlos, provincia de Alajuela, ciento cincuenta metros oeste de la iglesia católica. Plazo social por noventa y nueve años.—Lic. Sheila Elena Chaves Berrocal, Notaria.—1 vez.—Nº 105458.—(39778).
Ante esta notaría, al ser las catorce horas del once de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Maracaibo Bermúdez & Gómez Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado: diez mil colones. Presidente: Pedro José Bermúdez Urbina, tesorero: Maribeth Gómez Gutiérrez.—Limón, once de mayo del dos mil nueve.—Lic. Lilliana Valverde Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 105462.—(39779).
Ante
mí, Ana del Carmen Morales Mora, notaria pública con oficina en la ciudad de
Golfito, se constituyó la sociedad denominada Vanegas Ocean View Properties
Sociedad Anónima, con domicilio en Puntarenas, Golfito, Puerto
Jiménez, veinticinco metros al norte y cincuenta al oeste de la pulpería
Ante
mí, Ana del Carmen Morales Mora, notaria pública con oficina en
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las 14:00 horas del 17 de diciembre del 2008, Adriana Mora Araya, Nuria Vargas Valverde y Víctor Varela Alfaro, constituyen Esga Veintidós Sociedad Anónima. Representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente, secretario y tesorero, debiendo actuar conjuntamente dos de ellos. Presidenta: Adriana Mora Araya.—San Marcos de Tarrazú, 8 de enero del 2009.—Lic. Hugo Corella Agüero, Notario.—1 vez.—Nº 105469.—(39782).
Por escritura otorgada el 29-04-2009, se constituyó Eco Productos Forestales Ltda. Domicilio Piedades de Santa Ana, dos gerentes, plazo 99 años, capital, diez mil colones.—Lic. Jimmy Solano Ulloa, Notario.—1 vez.—Nº 105471.—(39783).
Por escritura otorgada a las 7:00 horas del 8 de mayo del 2009, se constituye sociedad anónima denominada Inversiones Vargas Bolaños H Y M Sociedad Anónima.—Naranjo, 8 de mayo del 2009.—Lic. Mario Enrique Acuña Jara, Notario.—1 vez.—Nº 105473.—(39784).
El suscrito notario hago constar que en esta notaría, a las doce horas del día once de mayo del año dos nueve, se constituyó la sociedad denominada: Finca Arroyo Ramírez de Santiago Sociedad Anónima, con el capital social totalmente suscrito y pagado.—San Isidro de Pérez Zeledón, al ser las trece horas del once mayo del año dos mil ocho.—Lic. Róger Valverde Sancho, Notario.—1 vez.—Nº 105475.—(39785).
Por escritura otorgada la a las quince horas del nueve de mayo del dos mil nueve, se constituye la sociedad cuyo nombre será un número de acuerdo con Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno - J del catorce de junio del dos mil seis, gerente Sergio Chacon Guzmán.—Grecia, doce de mayo del dos mil nueve.—Lic. Isabel Cristina Vargas Trejos Notaria.—1 vez.—Nº 105478.—(39786).
Por
escritura número diecisiete de mi protocolo segundo otorgada ante mí, a las dieciséis
horas y treinta minutos el día nueve de mayo del año dos mil nueve, se
protocolizó acta constitutiva de la sociedad anónima, cuya denominación social
será asignada por Registro de Personas Jurídicas según Decreto Ejecutivo
número: tres tres uno siete uno - J, publicado en
Por
escritura número dieciocho de mi protocolo segundo otorgada ante mí a las
diecisiete horas y treinta minutos el día nueve de mayo del año dos mil nueve,
se protocolizó acta constitutiva de la sociedad anónima, cuya denominación
social será asignada por Registro de Personas Jurídicas según Decreto Ejecutivo
número: tres tres uno siete uno - J, publicado en
Ante esta notaria, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad Transam de Costa Rica S. A., a las quince horas del dieciséis de abril del año dos mil nueve. Se modificó la cláusula novena del pacto constitutivo: Los negocios sociales serán administrados por una junta directiva compuesta por presidente, secretario y tesorero. Corresponderá al Presidente la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 105491.—(39789).
Ante esta notaria, se constituyó sociedad denominada Piazzale Roma XLV Sociedad Anónima, a las quince horas del día veintiuno de abril del año dos mil nueve. Capital social es la suma de diez mil colones, plazo social: cien años, corresponde al presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar en forma conjunta o separada.—Lic. Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 105492.—(39790).
Por escritura número doscientos cuarenta y siete-once otorgada en conotariado ante la notaría del licenciado Gerardo Sibaja Álvarez, se constituye la entidad The Cobos Green House LLC S. A., cuya presidenta es Carmen Lucía Bolaños Soto y cuyo plazo social es de noventa y nueve años.—San José, 5 de mayo del 2008.—Lic. Aída Gabriela Araya Cascante, Notaria.—1 vez.—Nº 105493.—(39791).
Por escritura número doscientos cuarenta y seis-once otorgada en conotariado ante la notaría del licenciado Gerardo Sibaja Álvarez, se constituye la entidad Anamar del Este S. A., cuyo presidente es Marcial Portilla Mata, y cuyo plazo social es de noventa y nueve años.—San José, 5 de mayo del 2008.—Lic. Aída Gabriela Araya Cascante, Notaria.—1 vez.—Nº 105494.—(39792).
Ante mí notario público, siendo las diecisiete y treinta horas del seis de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Gusto y Sabor S. A.—San José, 11 de mayo del 2009.—Lic. Rodolfo Fernández Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 105495.—(39793).
Albin Herrera Gutiérrez y otros, han constituido una Sociedad Anónima denominada Vidrios y Aluminio Herrera S. A., ante el notario público Édgar Luis Prendas Matarrita; con un capital social de diez mil colones exactos y un plazo social de noventa y nueve años. Corresponde la representación judicial y extrajudicial a Albin Herrera Gutiérrez.—Lic. Édgar Luis Prendas Matarrita, Notario.—1 vez.—Nº 105496.—(39794).
Ante
mi notaría, mediante asamblea general extraordinaria la sociedad Inversiones
Cabinas
Ante esta notaría por escritura número ciento sesenta y cuatro del seis de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Proyectos Aldama S. A, cuya presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma es la señora Ana Yanci Zamora Moreno, cédula Nº 1-725-206.—Lic. María Yisela Quesada León, Notaria.—1 vez.—Nº 105500.—(39796).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 8:00 horas del 11 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad denominada Los Más Piedreros del Guindo S. A. Domicilio: San José. Plazo: 100 años. Objeto: Comercio, industria, agricultura. Representación: Presidente y secretario.—San José, 12 de mayo del 2009.—Lic. Luis Lapeira González, Notario.—1 vez.—Nº 105501.—(39797).
Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 2 de abril del 2009, se constituyó la empresa Hermanos JHOB S. A. Capital: Diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas. Domicilio: Alajuela. Presidente con la representación legal.—Alajuela, 12 de mayo del 2009.—Lic. Rolando Renick González, Notario.—1 vez.—Nº 105502.—(39798).
Asamblea general extraordinaria de AD Valorem Puesto de Bolsa de Comercio S. A. Nombramiento nuevos miembros de Junta. Reforma parte cláusula sétima, presidente y vicepresidente apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—San José, a las nueve horas diez minutos del treinta de abril del dos mil nueve.—Lic. Marianella Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 105503.—(39799).
Por escritura número 142 otorgada ante mi notaría, a las 16:00 horas del 8 de mayo de 2009, los señores Ernesto Mora López, cédula número 1-1150-0715 y María García Pérez, cédula Nº 2-477-396, constituyeron la sociedad Global Water Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones íntegramente suscrito y pagado.—San José, 11 de mayo del 2009.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—Nº 105504.—(39800).
Mediante escritura 166, del tomo 07 de mi protocolo se constituyó la sociedad denominada Inversiones Heyor Sociedad Anónima.—Guadalupe, 11 de mayo del 2009.—Lic. Lucy Dayana Camacho Guzmán, Notaria.—1 vez.—Nº 105505.—(39801).
El día de hoy ante esta notaría se ha autorizado escritura mediante la cual se protocoliza acta de asamblea general de socios de la compañía Florel F.E. Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula seis de la administración y dos del domicilio social, se nombra presidente, tesorero y fiscal.—Alajuela, dieciséis de abril del dos mil nueve.—Lic. Rogelio Montenegro Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 105507.—(39802).
Por escritura número ciento veintidós ante notario Edwin Martínez Rodríguez, se constituyó la sociedad denominada Parque Recreativo Los Chorros S. A., cuyo presidente es Juan Carlos Chaves Rojas.—Upala, 12 de mayo del dos mil nueve.—Lic. Edwin Martínez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 105508.—(39803).
Por escritura 5 otorgada en esta notaría, a las 17:10 horas del 4 de mayo del 2008, se constituyó la sociedad Xperto Arreglos y Lavandería S. A. Capital social de ¢10.000,00, representante el presidente.—Lic. Adriana Chin Wo Astúa, Notaria.—1 vez.—Nº 105510.—(39804).
Por escritura 4 otorgada en esta notaría, a las 17:00 horas del 4 de mayo del 2008, se constituyó la sociedad Hojalatería Ansisa S. A. Capital social de ¢10.000,00, representante el presidente.—Lic. Adriana Chin Wo Astúa, Notaria.—1 vez.—Nº 105511.—(39805).
Por escritura otorgada ante la notaria María Isabel Rodríguez Herrera, a las diez horas del veinticinco de febrero del año dos mil nueve, se protocolizó en lo conducente el acta de asamblea general extraordinaria de la compañía El Esquinqle Sociedad Anónima, en la cual se nombró como presidenta a Paula Wang Zúñiga.—Lic. María Isabel Rodríguez Herrera, Notaria.—1 vez.—Nº 105518.—(39806).
Por
escritura otorgada ante la notaria de
Por
escritura otorgada ante
Por escritura número doscientos treinta y cinco-cinco del once de mayo del 2009, se disolvió Compupartes de PGS Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2009.—Lic. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—1 vez.—Nº 105521.—(39809).
Por escritura número doscientos treinta y seis-cinco del once de mayo del 2009, se disolvió Aires Internacionales Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2009.—Lic. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—1 vez.—Nº 105522.—(39810)
Ante esta notaría se protocolizó asamblea general extraordinaria de la entidad jurídica Químicas Macias Sociedad Anónima. Donde se otorgó poder generalísimo sin límite de suma a la señora Zeily Alvarado Rojas. Por escritura otorgada en San José a las diez horas del once de mayo del dos mil nueve.—Lic. Tatiana Martínez Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 105523.—(39811).
Ante mí, Grettel Solano Sánchez, Notaria Pública con oficina en Quebradilla de Cartago, por escritura pública se constituyó la sociedad denominada J & M Sociedad de Responsabilidad Limitada, el día once de mayo del año dos mil nueve, con un capital social de cien mil colones exactos. Que la representación judicial y extrajudicial estará a cargo de un gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjuntamente, de conformidad con el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil.—Cartago, 12 de mayo del 2009.—Lic. Grettel Solano Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 105524.—(39812).
Hago constar que por escritura de las 11:00 horas del 17 de marzo del 2009, se protocolizó en mi notaría acta de asamblea general de socios la entidad Cooperar sin Fronteras Internacional Agricultores Buenos, Orgánicos y Justos Sociedad Civil. Donde se modificad la cláusula quinta.—San José, 23 de marzo del 2009.—Lic. Rubén Chacón Castro, Notario.—1 vez.—Nº 105525.—(39813).
Mediante escritura pública número trescientos cuarenta de las diecinueve horas del cinco de mayo del año dos mil nueve, María Magdalena Briones Méndez, Deilyn Briones Méndez, Jonathan Briones Méndez y Denis Montero Castro, constituyen Innovaciones Zabdi Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Lic. Rodrigo Arauz Figueroa, Notario.—1 vez.—Nº 105526.—(39814).
Acta constitutivo de la sociedad B&B Sociedad Anónima, misma que se constituyó a las diecisiete horas del día veintitrés de abril del dos mil nueve, mediante escritura pública número doscientos noventa y cuatro, visible a folios ciento cincuenta y cuatro frente del tomo quince de la notaria Tatiana Camacho Acosta, carné diez mil treinta y uno.—Lic. Tatiana Camacho Acosta, Notaria.—1 vez.—Nº 105527.—(39815).
Ante mí Yesenia Arce Gómez, Notaria Pública de Escazú, San José, se protocolizó el acta número trece de la entidad Loza (San José) Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula quinta del capital social y se nombra secretario, tesorero y fiscal.—Escazú, once de mayo del año dos mil nueve.—Lic. Yesenia Arce Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 105529.—(39816).
Ante la notaría del Licenciado Róger Antonio Sancho Rodríguez, mediante escritura número 43-18, iniciada al folio 35 frente del tomo décimo octavo del protocolo de dicho notario, otorgada a las 10:00 horas del día 4 de mayo del año 2009, los señores Víctor Julio Jiménez Ramírez, cédula de identidad número 3-214-590 y Julio Vinicio Jiménez Espinoza, cédula de identidad número 3-393-888, constituyeron la empresa denominada Hacienda Vitola Sociedad Anónima.—Santo Domingo de Heredia, 12 de mayo del 2009.—Lic. Róger Sancho Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 105528.—(39817).
Ante mi notaría se constituye sociedad anónima denominada C.A.M. S. A., para inscribir con número de cédula jurídica. Domicilio: San José, Guadalupe, Montelimar, ochocientos metros norte de Tribunales de Goicoechea. Plazo: noventa y nueve años. Representación legal: presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjunta o separadamente. Objeto: comercio en general y otros.—Heredia, doce de mayo del dos mil nueve.—Lic. Ana Lía Cabezas Sibaja, Notaria.—1 vez.—Nº 105530.—(39818).
Por medio de escritura otorgada ante la suscrita Notaria Pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las once horas con treinta minutos del día once de mayo del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de S H G Siguiendo las Huellas del Geti Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica las cláusulas primera y sexta del pacto social, se revoca el nombramiento del presidente, secretaria y tesorero de la junta directiva, se nombra nuevo presidente, secretaria y tesorero de la junta directiva, se crea la cláusula décimo primera y se nombra agente residente.—San Isidro de Pérez Zeledón, once de mayo del año dos mil nueve.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—Nº 105532.—(39819).
Por
medio de escritura otorgada ante la suscrita Notaria Pública en San Isidro de
Pérez Zeledón, a las once horas con cuarenta y dos minutos del día once de mayo
del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria
de socios de Riscos de
Por escritura número setenta y uno-cuarenta y tres, otorgada ante los notarios públicos Juvenal Sánchez Zúñiga y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo del primero a las diez horas quince minutos del día ocho de mayo del año dos mil nueve, se reforman la cláusula tercera y se nombra agente residente de la compañía Osa Holdings S. A.—San José, 08 de mayo del 2009.—Lic. Juvenal Sánchez Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 105534.—(39821).
Por escritura número setenta-cuarenta y tres, otorgada ante los notarios públicos Juvenal Sánchez Zúñiga y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo del primero a las diez horas del día ocho de mayo del año dos mil nueve, se reforman la cláusula tercera y se nombra agente residente de la compañía Sportfishing S. A.—San José, 08 de mayo del 2009.—Lic. Juvenal Sánchez Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 105535.—(39822).
Por escritura número sesenta y ocho-cuarenta y tres, otorgada ante los notarios públicos Juvenal Sánchez Zúñiga y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo del primero a las dieciséis horas del día seis de mayo del año dos mil nueve, se reforma la cláusula tercera de los estatutos y se nombra agente residente de la compañía Osa Yacth Club S. A.—San José, 06 de mayo del 2009.—Lic. Juvenal Sánchez Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 105537.—(39823).
Por escritura número veinte-cinco, otorgada ante los notarios públicos Alberto Sáenz Roesch y Juvenal Sánchez Zúñiga, actuando en el protocolo del primero a las doce horas del día seis de mayo del año dos mil nueve, se reforman las cláusulas segunda y octava y se nombran gerente uno gerente dos de la sociedad tres-ciento dos-quinientos cincuenta y siete mil cuatrocientos ocho s.r.l.—San José, 07 de mayo del 2009.—Lic. Juvenal Sánchez Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 105538.—(39824).
Por escritura otorgada ante esta notaría en el día siete de mayo del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria extraordinaria de accionistas de Inversiones EMS María del Mar Sociedad Anónima, en virtud de la cual se modifica la cláusula octava y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, a las catorce horas del siete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Cynthia Corrales Mairena, Notaria.—1 vez.—Nº 105539.—(39825).
Por escritura número sesenta y nueve-cuarenta y tres, otorgada ante los notarios Juvenal Sánchez Zúñiga y Jorge González Roesch, sesenta y nueve-cuarenta y tres, se reforma la cláusula sétima y se nombra gerente de la compañía MRS Tres Diez Developers Ltda.—San José, 07 de mayo del 2009.—Lic. Jorge González Roesch, Notario.—1 vez.—Nº 105540.—(39826).
En mi notaría se otorgo escritura número veintiséis-catorce al ser las trece horas del once de mayo del año dos mil nueve, consistente en constitución de sociedad anónima denominada Corporación Moracer Sociedad Anónima, capital social cien mil colones, plazo social noventa y nueve años. Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuando conjunta o separadamente.—Lic. María del Pilar Mora Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 105542.—(39827).
Por
escritura número 52, otorgada ante
Por
escritura número 52, otorgada ante
Por escritura otorgada en mi notaría a las diecinueve horas del dos de marzo del año dos mil nueve, se constituyó Camacho y Sarmiento Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Presidente: Wilberth Alberto Camacho Solís.—Lic. María Elena Salazar Díaz, Notaria.—1 vez.—Nº 105547.—(39830).
Por escritura otorgada en mi notaría a las doce horas del día 8 de mayo del 2009, se protocolizaron acuerdos de asamblea de accionistas de la sociedad Financiera Multivalores S. A., mediante la cual se reforman cláusulas del pacto social y se nombra secretario de junta directiva.—Lic. Marvin Eduardo Roldán Granados, Notario.—1 vez.—Nº 105548.—(39831).
Por escritura otorgada a las ante mí a las 10:00 horas de hoy, se protocoliza acta de Desarrollos Inmobiliarios Cinco de Octubre Limitada, donde se reforma la cláusula segunda del pacto social y se nombra gerente.—San José, 08 de mayo del 2009.—Lic. Nuria Rodríguez Bermúdez, Notaria.—1 vez.—Nº 105549.—(39832).
Por
escritura 204-1 otorgada a las 08:00 horas del 12 de mayo del 2009, se crea El
Pozo de
Hoy día he constituido sociedad cuya razón social es Corporación Pinilla Transportes S. A., con domicilio en Desamparados, San José, capital social cien mil colones., presidente y secretario de la junta directiva con representación judicial y extrajudicial.—Desamparados, San José, once de mayo del dos mil nueve.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—Nº 105554.—(39834).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día de hoy, se reforma la cláusula quinta del capital social de la empresa Espanex Iberocostarricense Sociedad Anónima.—San José, 12 de mayo del 2009.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 105558.—(39835).
Por escritura otorgada ante mí a las 12:00 horas del día 06 de mayo del 2009, se protocoliza acta de la sociedad denominada Blue Covenant S. A., se reforma la cláusula segunda, se nombra nuevo agente residente.—Lic. Iván Granados Fischel, Notario.—1 vez.—Nº 105559.—(39836).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó Grupo CSHCR Sociedad Anónima, con domicilio en Desamparados, costado sur de la iglesia católica, con capital de cien mil colones, representada por su presidente José Pablo Romero Villegas, mayor de edad, casado, psicólogo, vecino de Barreal de Heredia, con cédula de identidad número 1-0888-0181.—San José, 2 de marzo del 2009.—Lic. Sergio A. Céspedes Rivera, Notario.—1 vez.—Nº 105561.—(39837).
Mediante escritura otorgada a las once horas del veinticuatro de abril del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Inversiones y Representaciones Romubyb S. A., presidente Rafael Muñoz Brenes, capital diez mil colones.—San José, 24 de abril del 2009.—Lic. José Ramón Medina Reyes, Notario.—1 vez.—Nº 105562.—(39838).
Ante mi notaría se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la empresa denominada Distribuidora Marcos Padilla S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas primera y tercera del pacto constitutivo, escritura otorgada a las 9;00 horas del 16 de abril del 2009.—San José, 12 de mayo del 2009.—Lic. Elena Mayela Arias Varela, Notaria.—1 vez.—Nº 105564.—(39839).
Ante esta notaría por escritura otorgada a las doce horas del día once de mayo del dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Ventana Al Futuro JML S. A. Donde se acuerda reformar las cláusulas cuarta y octava de los estatutos.—San José, once de mayo del dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—Nº 105565.—(39840).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas del cuatro de mayo del dos mil nueve, mediante la escritura veintisiete-seis, se protocoliza asamblea general de accionistas de la sociedad de esta plaza McCann Worldgroup S. A., mediante la cual se nombra nueva junta directiva.—San José, 4 de mayo del 2009.—Lic. Laura Granera Alonso, Notaria.—1 vez.—Nº 105566.—(39841).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las trece horas del cuatro de mayo del dos mil nueve, mediante la escritura veintiocho-seis, se protocoliza asamblea general de accionistas de la sociedad de esta plaza RP Propiedades Industriales del Sur S. A., mediante la cual se cambia el domicilio de la sociedad.—San José, 11 de mayo del 2009.—Lic. Laura Granera Alonso, Notaria.—1 vez.—Nº 105567.—(39842).
Por escritura otorgada ante esta notaría en San Ramón de Alajuela, a lasa 11:00 horas del 23 de marzo del 2009, se protocolizó acta de asamblea general de sociedad anónima denominada Grupo Inmobiliario Hacia El Futuro S. A.—San Ramón, 11 de mayo del 2009.—Lic. Mario Alexis González Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 105568.—(39843).
Por escritura otorgada ante esta notaría en San Ramón de Alajuela, a lasa 11:00 horas del 20 de marzo del 2009, se protocolizó acta de asamblea general de sociedad anónima denominada Italforest S. A.—San Ramón, 11 de mayo del 2009.—Lic. Mario Alexis González Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 105569.—(39844).
Se hace constar que mediante escritura otorgada en San José el día 21 de abril del año 2009, se constituyó la empresa Promo Art-Arte Promocional Sociedad Anónima. Presidente, secretario, tesorero apoderados generalísimos. Capital ciento veinte mil colones. Domicilio Escazú.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—Nº 105570.—(39845).
Por escritura otorgada en esta notaría el 15 de abril del 2009, se constituyó Complejo Turístico Olas del Pacífico, S. A., capital: 10.000 colones, domicilio Santa Ana, San José.—Lic. Rose Mary Zúñiga Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 105573.—(39846).
La suscrita notaria da fe que el día doce de mayo del dos mil nueve, a las trece horas, se constituyó la sociedad Inversiones Espacio Libre de R.H. Sociedad Anónima, eligiéndose como presidente para todo el plazo social a Román Marchena Guzmán, cédula de identidad número uno-ochocientos cincuenta y tres-novecientos cuarenta y nueve. Es todo.—Doce de mayo del dos mil nueve.—Lic. Rita Díaz Amador, Notaria.—1 vez.—Nº 105577.—(39847).
Por escritura ochenta y uno, otorgada ante los notarios Mario Zárate Sánchez y Carolina Ulate Zárate, a las dieciocho horas del día siete de mayo del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada El Gran Lucero de Las Colinas Costarricenses Sociedad Anónima. Presidente José Pablo Álvarez Zúñiga.—Heredia, siete de mayo del año dos mil nueve.—Lic. Carolina Ulate Zárate, Notaria.—1 vez.—Nº 105578.—(39848).
Por
escritura otorgada ante
El día de hoy Débora Castillo García y Karen Melissa Morelli Alfaro, constituyeron ante esta notaría Wide Lake Sunshine Limitada, capital totalmente suscrito y pagado.—San José, doce de mayo del dos mil nueve.—Lic. Esteban A. Chacón Solís, Notario.—1 vez.—Nº 105581.—(39850).
Por asamblea extraordinaria de accionistas de las 15:00 horas del 10-01-2008, de Lanusa Mode S. A., se modificó la cláusulas 4 del pacto constitutivo. Escritura número 210, protocolo 16.—San José, 13 de mayo del 2009.—Lic. Edmundo Arias Rosales, Notario.—1 vez.—(39851).
Por asamblea extraordinaria de accionistas de las 15:00 horas del 11-01-2008, de Realtech S. A., se modificó la cláusula 4 del pacto constitutivo. Escritura número 209, protocolo 16.—San José, 13 de mayo del 2009.—Lic. Edmundo Arias Rosales, Notario.—1 vez.—(39852).
Se reforma la cláusula tercera del pacto social de la sociedad denominada Araucaria Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-diecisiete mil seiscientos ocho, otorgada en San Isidro de Alajuela, a las nueve horas con treinta minutos del once de mayo del dos mil nueve.—Alajuela, 12 de mayo del 2009.—Lic. Beatriz Saborío Álvarez, Notaria.—1 vez.—(39866).
Se reforma la cláusula tercera del pacto social de la sociedad denominada Nosavar Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-treinta y siete mil doscientos cincuenta y uno, otorgada en San Isidro de Alajuela, a las nueve horas con quince minutos del once de mayo del dos mil nueve.—Alajuela, 12 de mayo del 2009.—Lic. Beatriz Saborío Álvarez, Notaria.—1 vez.—(39867).
La suscrita Kattia Quirós Chévez, Notaria Pública con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el doce de mayo del dos mil nueve, se constituyó ante mí la empresa denominada Anclo Soportería de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, doce de mayo del dos mil nueve.—Lic. Kattia Quirós Chévez, Notaria.—1 vez.—(39868).
El suscrito, Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario Público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día siete de mayo del dos mil nueve, se constituyó ante mí la empresa denominada Egschel Educational Consultants Sociedad Anónima.—San José, siete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—(39870).
Ricardo
Zúñiga Guzmán, cédula 201550758, y Luis Fernando Zúñiga Zamora, cédula 204600153,
constituyen ante el suscrito Propiedades RZ Sociedad Anónima. Escritura
171, tomo 8, otorgada a las 10:20 horas del 12-05-09. Plazo noventa y nueve
años. Domicilio Alajuela, avenida 7, calles 8 y 10, 75 oeste de la esquina
suroeste de
Ricardo
Zúñiga Guzmán, cédula 201550758, y Luis Fernando Zúñiga Zamora, cédula
204600153, constituyen ante el suscrito Inmobiliaria ZZ Sociedad Anónima.
Escritura 172, tomo 8, otorgada a las 10:30 horas del 12-05-09. Plazo noventa y
nueve años. Domicilio Alajuela, avenida 7, calles 8 y 10, 75 oeste de la
esquina suroeste de
Douglas
J.N. Díaz, pasaporte estadounidense número 455112082, y Miguel A. Cordero
Vásquez, cédula número 1-253-377 constituyen ante el suscrito Latin America
Trading Corporation Anonymous Society, en español Corporación Latinoamericana
de Intercambio S. A. Escritura 173, tomo 8, otorgada a las 15:40 horas del
12-05-09. Plazo noventa y nueve años. Domicilio Alajuela,
En mi notaría a las dieciocho horas treinta minutos del veinte de abril de dos mil nueve, se constituyó que llevará como nombre el número de cédula jurídica que el Registro Nacional en su momento le asigne. Con domicilio en San José, Goicoechea, Mata de Plátano, Urbanización Markwood, casa número trece, con un capital social de quinientos mil colones. Presidenta: Jenny Roxana López León, cédula uno-seiscientos cincuenta y nueve-cero cero cincuenta y uno.—Lic. Manuel Chaves Marín, Notario.—1 vez.—(39879).
Ante esta notaría, se constituyó el día de hoy la sociedad HidroAmbiente Consultores Sociedad Anónima. Domicilio: San José, San Isidro de Coronado, de la esquina sureste de la iglesia católica trescientos metros al este, veinticinco metros al norte, y veinticinco metros al este, primera casa a mano derecha. Capital: sucrito y pagado. Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 12 de mayo de 2009.—Lic. Roberto Quirós Coronado, Notario.—1 vez.—(39887).
Ante esta notaría, de las 10:00 horas del 24 de abril del 2009, los señores Martha Marleni Brenes Prado, Jeffry Enrique Matamoros Brenes, y Marcela Vargas Rodríguez, constituyen la sociedad denominada Mabre Primero Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Mabre Primero S. A. Domicilio social: San José. Presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, 24 de abril del 2009.—Lic. Johanny Mora Monge, Notario.—1 vez.—(39917).
Por
escritura número 380, del tomo 18 de mi protocolo, se constituyó
Por escritura número 379, del tomo 18 de mi protocolo, se constituyó Malinches de Río Catorce S. A. Presidente: Jorge Gerardo Salas Murillo. Secretaria: Lidia Chaves Garro. Tesorera: María Isabel Salas Chaves. Fiscal: Jorge Andrés Salas Chaves.—Lic. Luis Fernando Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—(39922).
Por
escritura número 81 otorgada ante esta notaría a las 18:00 horas del 30 de
abril del 2009, se constituyó la sociedad Seis-D Carpasa de Villas
Luisiana S. A. Capital social: ¢1.000.000 suscrito y pagado. Plazo: 99
años. Presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma,
Eugenia María Víquez Hidalgo.—Lic. José Francisco Protti Chaves, Notario.—1
vez.—(40925).
DIRECCIÓN GENERAL DE
MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA
Nombrar como órgano
Director del Procedimiento a la licenciada Alma Monterrey Rogers, abogada del Subproceso
Laboral Disciplinario, a quien se le inviste de autoridad a fin de que realice
todas las diligencias pertinentes del caso, el inicio de un procedimiento
administrativo ordinario de carácter disciplinario al señor Francisco Castaing
Bustillos, por los hechos antes indicados. Se hace saber al accionado que en la
oficina del Órgano Director, sita en San José-La Uruca, contiguo a
DIRECCIÓN DE RECURSOS
HUMANOS
Hace saber a: Ana
Lorena Salas Murillo, cédula 1-615-858:
1º—En su contra se ha
iniciado la instrucción una causa disciplinaria de conformidad con el procedimiento
establecido en el Estatuto del Servicio Civil, por la supuesta comisión de
falta grave o de alguna gravedad.
2º—De la información
substanciada existen elementos probatorios para imputarle los supuestos hechos
que constan en el expediente Nº 935-08.
3º—Que se emplaza para que
ejerza su derecho de defensa dentro de los diez días hábiles siguientes al
recibo de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 69 de Estatuto del Servicio Civil y ofrecer la pruebas que estimare pertinentes.
Si fueren testimoniales indicar los aspectos sobre los que versarán las
respectivas deposiciones como la correspondiente dirección de los testigos.
Para el ejercicio pleno de su derecho de defensa puede tener acceso al
expediente disciplinario iniciado al efecto y hacerse representar por un
abogado, repreguntar a los testigos que rindieron declaraciones la etapa de
investigación, actuación esta última para lo que deberá de formular petición
expresa, a fin de efectuar las citaciones pertinentes, de no hacerlo en forma y
término, se tendrán por plenamente incorporadas al procedimiento esas
disposiciones en la forma que fueron originalmente rendidas.
4º—Que la defensa deberá
formularla por escrito ante el Departamento de Asuntos Disciplinarios del Ministerio
de Educación Pública, sita en el Edificio Rofas cuarto piso. Debiendo señalar
casa u oficina para atender notificaciones, citaciones u otras resoluciones. La
no presentación de la defensa hará presumir la renuncia al ejercicio de ese
derecho en esta etapa procedimental y la indicación de lugar para recibir
notificaciones surtirá los efectos previstos en el artículo 12 de
5º—Que este traslado de
cargos tiene los recursos previstos en el artículo 346 inciso primero de
San José, 11 de febrero
del 2009.—Dirección de Recursos Humanos.—Ing. Fernando Bogantes Cruz,
Director.—1 vez.—(O. C. Nº 97153).—(Solicitud Nº 20878).—C-31520.—(39494).
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
De conformidad con
resolución RMT-1165-2009 de las nueve horas del día 30 de marzo del 2009 el
Ministro de Trabajo y Seguridad Social resuelve: impartir aprobación final a la
solución JPIGTA-140-2009 de sesión celebrada en San José a las nueve horas del
27 de enero del 2009, de Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se
otorga Traspaso de Pensión de Guerra incoadas por Vargas Ríos Carmen, cédula de
identidad N° 1-293-
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
Expediente Nº
1900-4551100.
Solicitud de cancelación por
extinción del establecimiento comercial “HYATT”.
Promovente: Marianella Arias
Chacón en representación de Hyatt International Corp.
Titular: Alfredo Con Sanchún.
Registro de Propiedad
Industrial, a las nueve horas quince minutos del veinticuatro de febrero del
dos mil nueve.
Conoce este Registro la
solicitud de cancelación por extinción del establecimiento comercial,
interpuesta por Fernán Vargas Rohrmoser, en su condición de gestor de negocios
de la empresa Hyatt International Corporation, contra el registro del nombre
comercial “HYATT”, Registro Nº 45511, de fecha 7 de febrero de 1973, el cual
protege y distingue: “las actividades de servicio de hotel, motel, restaurant”,
cuyo titular es Alfredo Con Sanchún.
Resultando:
I.—Que por memorial
recibido en este Registro, a las catorce horas veintiún minutos del veintiuno
de noviembre de dos mil cinco, el Lic. Fernán Vargas Rohrmoser, en su condición
de gestor de negocios de la empresa Hyatt International Corporation, interpuso
solicitud de cancelación por extinción del nombre comercial “HYATT”, Registro
Nº 45511, de fecha 7 de febrero de 1973, el cual protege y distingue: “las
actividades de servicio de hotel, motel, restaurant”, cuyo titular es Alfredo
Con Sanchún. (Folio 1 al 121).
II.—Que por memorial
presentado a las diez horas cincuenta y cuatro minutos del dos de enero de dos
mil seis, se presenta acta notarial donde consta la inexistencia del nombre
comercial HYATT. (Folio 122 al 123).
III.—Que por memorial
presentado a las catorce horas treinta y nueve minutos del seis de febrero de
dos mil seis,
IV.—Que mediante resolución
de las quince horas once minutos del dos de mayo de dos mil seis, se emite
resolución de traslado de las presentes diligencias de solicitud de cancelación
por extinción del nombre comercial “HYATT”, Registro Nº 45511. (Folio 126).
V.—Que la anterior resolución
fue notificada al solicitante de las presentes diligencias en forma personal el
nueve de noviembre de dos mil siete, mientras que al titular del distintivo
marcario se solicita se cancele, el dos de octubre de dos mil siete mediante
edicto en las Gacetas 187, 188 y 189 del veintiocho de setiembre al dos de
octubre del dos mil siete. (Folio 126 vuelto).
VI.—Que el día dieciocho de
mayo de dos mil cinco a las once horas quince minutos,
VII.—Que mediante resolución
de las siete horas con cincuenta y cinco minutos del diecinueve de mayo de dos
mil seis se le previene al solicitante de las presentes diligencias que aporte
un nuevo lugar para notificar al señor Alfredo Con Sanchún. (Folio 128).
VIII.—Que la, anterior
resolución le fue notificada al solicitante de las presentes diligencias el
veintiséis de mayo de dos mil seis. (Folio 128 vuelto).
IX.—Que mediante memorial
presentado a las catorce horas veinticinco minutos del veinte de junio de dos
mil seis se aportan nuevas direcciones para notificar al titular del nombre
comercial “HYATT”, Registro Nº 45511. (Folio 129)
X.—Que a las once horas del
doce de setiembre de dos mil seis
XI.—Que el Lic. Celso Damian
Fonseca en su condición de Asesor Jurídico, levantó un Acta en la cual hace
constar que el día 27 de octubre del 2006 al ser las 11:00 horas se apersonó a
la dirección que consta en el expediente, sea Ciudad de Alajuela, costado sur
del Almacén Llobet en Zapatoalajuela provincia de Alajuela, sin embargo no se
encontró al señor Con Sanchún por lo que no se pudo realizar la notificación
del traslado de la solicitud de cancelación. (Folio 131).
XII.—Que mediante memorial
presentado a las ocho horas treinta y ocho minutos del ocho de enero de dos mil
siete la apoderada de la solicitante insta el curso del procedimiento. (Folio
132).
XIII.—Que mediante memorial
presentado a las ocho horas cuarenta y seis minutos del veintitrés de marzo de
dos mil siete se solicita se notifique al titular mediante edicto. (Folio 133).
XIV.—Que mediante edicto
publicado en las Gacetas 187, 188 y 189 del veintiocho de setiembre al dos de
octubre de dos mil siete se publicó la notificación del presente proceso al
señor Alfredo Con Sanchún. (Folios 135,
XV.—Que no consta en el
expediente contestación a la audiencia de traslado otorgada por el Registro de
Propiedad Industrial al Titular del nombre comercial “HYATT”, Registro Nº
45511, sea el señor Alfredo Con Sanchún.
XVI.—En el procedimiento no
se notan defectos ni omisiones capaces de producir nulidad de lo actuado.
Considerando:
I.—Sobre los hechos
probados. Como base de la presente resolución se tiene el siguiente elenco
de hechos probados:
1. Que en este Registro de
2. Que el señor Alfredo Con Sanchún, no presentó
contestación a la solicitud de cancelación por extinción del nombre comercial,
a pesar de que efectivamente se dio traslado por esta Oficina de Registro
mediante la publicación del edicto respectivo en Las Gacetas 187, 188 y
189 del veintiocho de septiembre al dos de octubre del dos mil siete.
II.—Sobre los hechos
no probados. No existen hechos con el carácter de no probados de interés
para la presente resolución.
III.—Legitimación para
actuar. Analizados los presentes autos, se tiene por debidamente acreditada
la facultad para actuar en este proceso de Marianella Arias Chacón en su
condición de Apoderada especial de la empresa Hyatt International Corp. (Folio
124 al 125) No se tiene por acreditada la representación del titular del nombre
comercial, sea, Alfredo Con Sanchún, en virtud de que no se apersonó al
presente proceso.
IV.—En cuanto al
Procedimiento de Cancelación. El Reglamento de
VI.—Sobre la acción de
Cancelación.
La cancelación, por su parte,
procede en tres supuestos específicos; cuando el titular haya provocado o
tolerado que su marca se convierta en nombre genérico, para lo cual la propia
ley establece los presupuestos por lo que se considera una marca genérica;
cuando la marca no se haya usado en Costa Rica durante 5 años precedentes a la
fecha de inicio de la acción de cancelación; y por último, cuando el propio
titular renuncia al registro de la marca. Para ejercer la acción de cancelación
no hay plazo, la ley únicamente especifica en el segundo supuesto, de
cancelación por falta de uso de la marca que “El pedido de cancelación no
procederá antes de trascurridos cinco años contados desde la fecha del registro
de la marca”.
Debe tenerse en cuenta, que
la figura de la cancelación por falta de uso de una marca, y en este caso
concreto la cancelación de un nombre comercial por extinción de la empresa o
establecimiento que lo usa, se encuentran reguladas, la primera, en el artículo
39 de
VII.—Contenido de
II.—Que el
señor Alfredo Con Sanchún no presentó contestación a la solicitud de
cancelación por extinción del establecimiento comercial, a pesar de que
efectivamente se dio traslado por esta Oficina de Registro mediante edicto
publicado en las Gacetas 187, 188 y 189 del veintiocho de setiembre al dos de
octubre de dos mil.
VIII.—Sobre el fondo del
asunto:
1.- En cuanto a la solicitud de Cancelación y la
extinción de los nombres comerciales: Analizado el expediente y tomando en
cuenta lo anterior, se procede a resolver el fondo del asunto:
En el presente asunto,
el promovente de las presentes diligencias solicita la cancelación por
extinción del establecimiento comercial “HYATT”, Registro Nº 45511, de fecha 7
de febrero de 1973, para proteger y distinguir: “las actividades de servicio de
hotel, motel y restaurante”, cuyo titular es Alfredo Con Sanchún. Entendiendo
este Registro, según lo explicado en el Considerando VI.- antes expuesto, que
se trata de la cancelación de un nombre comercial por extinción de la empresa o
establecimiento que lo usa.
Es por ello, que tratándose
de los nombres comerciales, resulta necesario establecer dos situaciones
jurídicas distintas: a) Cuando se solicita la nulidad de cualquier signo
distintivo (incluyendo los nombres comerciales) por la prohibición del inciso
d), artículo 8 de
En el presente asunto,
tenemos que la cancelación planteada por Marianella Arias Chacón en su
condición de Apoderada Especial de la empresa Hyatt International Corp, contra
el registro del nombre comercial “HYATT”, Registro Nº 45511, se fundamenta en
la segunda situación jurídica, alegando que el derecho sobre un nombre
comercial termina con la extinción de la empresa o establecimiento comercial
que lo usa.
“Artículo 64.—Adquisición
del derecho sobre el nombre comercial. El derecho exclusivo sobre el nombre
comercial se adquiere por su primer uso en el comercio y termina con la
extinción de la empresa o el establecimiento que lo usa.”
El Tribunal de Justicia
de
De manera que la protección
otorgada al nombre comercial se encuentra supeditada a su uso real y efectivo
con relación al establecimiento o a la actividad económica que distinga, ya que
es el uso lo que permite que se consolide como tal y mantenga su derecho de
exclusiva.
Cabe precisar adicionalmente
que el hecho de que un nombre comercial se encuentre registrado no lo libera de
la exigencia de uso para mantener su vigencia. “Las pruebas dirigidas a
demostrar el uso del nombre comercial deben servir para acreditar la
identificación efectiva de dicho nombre con las actividades económicas para las
cuales se pretende el registro”. (Sentencia correspondiente al Proceso Nº
45-IP-98, emitida por el Tribunal de Justicia de
Este Registro de lo dicho por
la parte promovente de las presentes diligencias tiene por demostrado que el
señor Alfredo Con Sanchún, no utiliza actualmente el nombre comercial “HYATT”,
para su actividad comercial, toda vez que se le dio efectivo traslado de las
presentes diligencias las cuales el mismo no contestó en el plazo
prudencialmente establecido por nuestra legislación. Resulta importante
destacar que para mantener vigente el registro de un nombre comercial es
necesario que exista un establecimiento comercial o empresa que lo esté
utilizando, y actualmente en la dirección indicada sea, Avenida Central, Calle
Doce, de conformidad con la prueba aportada se demuestra que el establecimiento
comercial denominado HYATT no existe.
La cancelación por falta de
uso regulada por los artículos 39, siguientes y concordante de
Artículo 42.—Prueba del
uso de la marca. La carga de la prueba del uso de la marca corresponderá a
quien alegue la existencia de la nulidad. El uso de la marca se acreditará por
cualquier medio de prueba admitido por la ley, que demuestre que ha sido usada
efectivamente”. (El subrayado no es del original).
Es decir, no basta sólo con
argumentar respecto al no uso de un signo distintivo, es necesario probar y
demostrar que éste no ha sido utilizado por parte del titular durante los cinco
años precedentes a la fecha de inicio de la acción de cancelación, de
conformidad con el artículo 39 de
Sin embargo, a pesar de lo
anterior, y sobre todo para la resolución de las presente diligencia de
cancelación de nombre comercial por extinción del establecimiento comercial, es
de gran importancia recalcar lo dispuesto por el Tribunal Registral
Administrativo en el Voto Nº 333-2007, de las diez horas treinta minutos del
quince de noviembre de dos mil siete. A tal efecto, y en lo que interesa
destacar sobre el anterior artículo citado se dispuso lo siguiente:
“Estudiando ese
artículo, pareciera que la carga de la prueba del uso de la marca, corresponde
a quien alegue esa causal, situación realmente difícil para el demandante dado que
la prueba de un hecho negativo, corresponde a quien esté en la posibilidad
técnica o práctica de materializar la situación que se quiera demostrar.”
“Ese
artículo está incluido dentro del Capítulo VI de
Obsérvese
como este Capítulo trata como formas de terminación del registro de la marca,
tanto causales de nulidad como de cancelación, y aquí hay que establecer la
diferencia entre uno y otro instituto. Esta diferenciación entre los efectos
que produce la cancelación y los que produce la nulidad, se basa en el distinto
significado de las causas que provocan una y otra. Las causas de nulidad
afectan al momento de registro de la marca, implicando así un vicio originario,
mientras que las causas de cancelación, tienen un carácter sobrevenido. Al
efecto la doctrina ha dispuesto lo siguiente:
“Las prohibiciones de
registro y los motivos de nulidad de marcas van indisolublemente unidos, de tal
modo que éstos son consecuencia de aquéllas. Así, si un signo contraviene una
prohibición de registro y, a pesar de ello es inscrito, adolece de nulidad...”.
“Las causas de caducidad de la marca son extrínsecas a la misma, se producen
durante su vida legal y no constituyen defectos ab origine del signo
distintivo, a diferencia de las causas de nulidad.” (Manuel Lobato. Comentario
a
Bajo esta
tesitura el artículo 37 de la ya citada Ley de Marcas, establece la nulidad de
registro de una marca cuando se “contraviene alguna de las prohibiciones
previstas en los artículos 7 y 8 de la presente ley”, sea en el caso del
artículo 7, marcas inadmisibles por razones intrínsecas (nulidad absoluta), o
en el caso del artículo 8, marcas inadmisibles por derechos de terceros
(nulidad relativa). En ambos casos el Registro de
Como ya se
indicó supra, el artículo 39 que específicamente se refiere a la cancelación
del registro por falta de uso de la marca, establece que la cancelación de un
registro por falta de uso de la marca, también puede pedirse como defensa
contra: “un pedido de declaración de nulidad de un registro de marca”. Pues
bien, el artículo 42 que establece que la carga de la prueba del uso de la
marca corresponderá a quien alegue la existencia de la nulidad, se refiere
específicamente a esa causal, cuya marca desde su origen contiene vicios que
contraviene en lo que corresponda los supuestos de los artículos 7 y 8 citados,
cuya carga probatoria corresponde a quien alega esa causal.
Por lo
anterior, de modo alguno ese precepto normativo puede ser interpretado en el
sentido que lo hizo el Registro, ya que cada norma cumple una función pero
desde una integración de ella con el resto del Ordenamiento Jurídico. No es
posible para el operador jurídico y en el caso concreto analizar la norma 42,
sin haber analizado la 39 que como se estableció, es indicativa de varios
supuestos para cancelar el registro de una marca por falta de uso y ese
precepto del 42, se refiere solo a uno de ellos, por lo que lleva razón el
apelante al decir que: “su solicitud es cancelación por no uso y no nulidad por
vicios en el proceso de inscripción.” En tal sentido este Tribunal por mayoría,
concluye que la carga de la prueba le corresponde en todo momento al titular de
la marca.
Solucionado
lo anterior, entramos a otra interrogante: ¿Cómo se puede comprobar el uso de
una marca? La normativa costarricense establece en el segundo párrafo del ya
citado artículo 42, que cualquier medio de prueba admitido por la ley es
suficiente, mientras que compruebe ese uso real y efectivo. En ese sentido, esa
prueba puede ir desde la comprobación de publicidad, de la introducción en el
mercado de los productos o servicios mediante los canales de distribución,
estudios de mercadeo, facturas, en fin todo aquello que solo el titular del
derecho sabe cómo y cuándo se han realizado.”
Una vez analizados los
argumentos del solicitante de las presentes diligencias de solicitud de
cancelación de nombre comercial por falta de uso, se comprueba que el titular
de la misma al no contestar dicha solicitud, no ha demostrado ese uso real y
efectivo en el comercio, incumpliéndose de tal manera los requisitos
establecidos por los artículos 39 y 40 de
IX.—Sobre lo que debe ser
resuelto. Por consiguiente, y de conformidad con todo lo anteriormente
expuesto, se procede a la cancelación del Registro Nº 45511, correspondiente al
nombre comercial “HYATT”, ya que a la fecha se demostró el no uso previo ni
actual, que debió haberle dado el titular del mismo, sea el señor Alfredo Con
Sanchún a dicho nombre comercial. De tal manera que, según citas de Ley, se
declara con lugar la presente solicitud de cancelación por falta de uso y
extinción de la empresa, así como extinción del establecimiento mercantil del
titular del nombre comercial “HYATT”, Registro Nº 45511, sea el señor Alfredo
Con Sanchún.
Por tanto,
Con base en las razones
expuestas y citas de
Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(38624).
REGISTRO PÚBLICO DE
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se hace saber a:
I.—Gerónimo Salazar Menocal, cédula 8-044-851, en su condición de propietario
de la finca del partido de Limón, matrícula 60885, terceros interesados o representantes,
que
Se
hace saber a: Rafael Gerardo Núñez Navarro, cédula 3-0271-0899, que en este
Registro se iniciaron diligencias administrativas a gestión de parte sobre una
supuesta situación irregular en cuanto a la venta supuestamente fraudulenta del
inmueble del partido de Cartago, matrícula 152521. En virtud de lo denunciado
esta Asesoría, mediante resolución de las 8:15 horas del 19/09/2008, ordenó
consignar advertencia administrativa sobre la finca dicha. Con el objeto de cumplir
con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 10:30
horas del 28/04/2009, se autorizó la publicación por tres veces consecutivas de
un edicto para conferirle audiencia a las personas mencionadas, por el término
de 15 días contados a partir del día siguiente de la última publicación en el
Diario Oficial
Se
hace saber a Silvia Virginia Badilla Álvarez, cédula 6-0101-0045, que en este
Registro se iniciaron diligencias administrativas de oficio sobre una supuesta
duplicidad de planos relacionada con las fincas del partido de Guanacaste,
matrículas 90273 y 104309, 90446 y 104308, que publicitan los planos
catastrados número G-0991513-1991 y G-0991516-1991, respectivamente. En virtud
de lo denunciado esta Asesoría, mediante resolución de las 8:37 horas del
18/12/2008, ordenó consignar advertencia administrativa sobre las fincas
dichas. Con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido
proceso, por resolución de las 11:36 horas del 29/04/2009, se autorizó la
publicación por tres veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia
a las personas mencionadas, por el término de 15 días contados a partir del día
siguiente de la última publicación en el Diario Oficial
Se
hace saber a M B G Biocontrol de Plagas S. A., representada por Gustavo Granera
Vega, parte interesada, en Diligencias Administrativas a instancia de parte
bajo expediente 08-527-BI, en el cual se ventila un supuesto fraude relacionado
con la finca de Guanacaste 31052. En virtud de lo anterior, mediante resolución
de las 13:05 horas del 27/06/2008, se ordenó consignar Advertencia
Administrativa sobre la finca de Guanacaste 31052. Con el objeto de cumplir con
el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 07:50
horas del 05/05/2009, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un
edicto para conferirle audiencia a la persona mencionada, por el término de
quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación del
edicto en el Diario Oficial
COLEGIO DE TOPÓGRAFOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Procedimiento
Disciplinario contra: Ing. Gustavo Pérez Pérez (IT-6132) y T.A. Luis Alberto
Ureña Villalobos (TA-9916) denunciantes: señora Mayra Ramírez Rojas.
Expediente: 129-06 oficio 226-2009-CIT Tribunales de Honor. Convocatoria a
audiencia oral y privada, a las 10:30 horas del 27 de abril del 2009, el
Tribunal de Honor del Colegio de Topógrafos, nombrado por Junta Directiva General
en la sesión N° 21-06/07-G.E celebrada el día 21 de marzo del 2007, acuerdo 09,
cita al ingeniero Gustavo Pérez Pérez, en calidad de denunciado, para que
comparezca personalmente y no por apoderado a la sede de este órgano en Oficina
de Tribunales de Honor del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos,
ubicada en la casa anexa del edificio del Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos en Granadilla de Curridabat, contiguo al Indoor Club con el fin de
celebrar comparecencia oral y privada a que se refiere el artículo 83 del
“Reglamento del Proceso Disciplinario de los Miembros del Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica”, que se llevará a cabo el día 26 de
junio del
En el acuerdo de viaje
número DGM 032-2009, autorizando el viaje a la ciudad de San Salvador,
República de El Salvador de la servidora Lidiette Jiménez Arias, cédula de
identidad Nº 10916048, en calidad de Jefe de
San José, 22 de abril
del 2009.—Janina del Vecchio Ugalde, Ministra de Gobernación, Policía y
Seguridad Pública.—1 vez.—(O. C. Nº 94769).—(Solicitud Nº
18321).—C-17270.—(39946).
COLEGIO UNIVERSITARIO DE
CARTAGO
DECANATURA
Al Reglamento de
Elecciones Internas para representante Sector Docente, Docente Administrativo y
Administrativo del Colegio Universitario de Cartago, publicado en
Artículo 10.—Para ser
candidato es necesario:
a) …
b) …
c) Aportar certificación del Departamento de
Gestión del Potencial Humano, en la que se indique que es funcionario activo de
d) Tener una conducta intachable, un respaldo
moral y ético que lo haga merecedor del puesto.
Para elegir es
necesario:
a) Ser mayor de edad.
b) Ser funcionario activo de
c) Presentar su cédula de identidad vigente al
momento de ejercer su derecho.
Cartago, 8 de mayo de
2009.—Lic. Ligia Amador Brenes, Proveedora.—1 vez.—(39920).