MINISTERIO DE COMERCIO
EXTERIOR
MINISTERIO DE AMBIENTE,
ENERGÍA
AMBIENTE,
ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE
ELECCIONES
INSTITUTO NACIONAL DE
APRENDIZAJE
TRIBUNAL SUPREMO DE
ELECCIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO
SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE
ELECTRICIDAD
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
UNIVERSIDAD
ESTATAL A DISTANCIA
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
MUNICIPALIDAD
DE MONTES DE OCA
MUNICIPALIDAD
DE VÁSQUEZ DE CORONADO
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
En uso de las
facultades establecidas en los artículos 140, incisos 3), 8), 18) y 20) y 146
de
Considerando:
I.—Que con la
redacción del artículo 1 del Decreto Nº 35086 publicado en
Decretan:
Artículo
1º—Modifíquese el artículo 1 del Decreto Nº 35086 publicado en
“Artículo
8°—Definiciones. Para los efectos de este Reglamento y
• Pasaporte diplomático: el documento
migratorio que el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, otorgara a sus
representantes diplomáticos, y a los sujetos legitimados conforme a
• Pasaporte de servicio: Es un
documento migratorio, que indica que su poseedor es un funcionario consular, de
• Pasaporte digital: Documento de viaje emitido mediante mecanismos automatizados que permiten la lectura mecánica a través del sistema de reconocimiento óptico de caracteres (OCR).
• Pasaporte electrónico: Documento de viaje que integra un chip de radiofrecuencia y una antena, donde se guardan los datos personales y biométricos de su portador autorizado.
• Expresidentes de
• Diputados a
• Magistrados de
• Funcionarios con rango de
Ministro. Aquellos nombrados por el Poder Ejecutivo conforme a los artículos
141 y 146 de
• No están incluidos en este concepto, los funcionarios con rango de ministro. ministro consejero y ministro plenipotenciario de la carrera diplomática.
• Presidentes ejecutivos de las
instituciones descentralizadas del Estado. Aquellos que ocupen dicho cargo en
las instituciones de naturaleza descentralizada. En las descentralizadas que no
exista el cargo de Presidente ejecutivo, debe entenderse que será beneficiario
quien ostente el más alto rango jerárquico o representación judicial de
• Misión Especial: Toda aquella misión temporal conformada por una o varias personas públicas o privadas, con carácter representativo del Estado, enviada por este ante otro Estado u organismos internacionales, con el consentimiento y acreditación del Estado Receptor, para tratar con él asuntos concretos o realizar ante él un cometido determinado.
• Misión Oficial: Aquella
misión conformada por una o varias personas, públicas o privadas y que bajo
designación del Poder Ejecutivo o del jerarca de
• Obispos y Arzobispos de
Familiares de los beneficiarios. Se entenderá por familiares de los beneficiarios del derecho a portar pasaporte diplomático o de servicio en las circunstancias dichas, exclusivamente a:
a. El o la cónyuge.
b. Los hijos discapacitados sin límite de edad. Se entenderá por discapacitados aquellos que padezcan cualquier deficiencia física, mental o sensorial que limite, sustancialmente, una o más de las actividades principales de un individuo, a quienes producto de ésta se les dificulte atender sus intereses y valerse por sí mismos.
c. Los hijos solteros y dependientes, siempre que no sean mayores de 25 años.
d. Dentro del concepto de familia
también deberá contemplarse a los hijos solteros y dependientes, no comunes de
cada uno de los cónyuges, siempre que no sean mayores de 25 años y no
residentes en el país receptor. En este caso, hasta que alcancen la mayoría de
edad, se deberá presentar la correspondiente autorización del PANI de
conformidad con el “Reglamento para la autorización de permiso de salida del
país de personas menores de edad” (publicado en
Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—(O. C. Nº 93569).—(Solicitud Nº 5857).—C-89270.—(D35194-43177).
EL PRESIDENTE DE
Y
En uso de las facultades
que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
1º—Que los días
23, 24, y 25 de julio de 2009, el Comité Interinstitucional de lucha contra
2º—Que las actividades que se
realizarán durante la actividad indicada, se consideran de importancia para el
país en materia de Salud, toda vez que reunirán a Profesionales de las Ciencias
de
3º—Que los organizadores del evento han solicitado al Ministerio de Salud la declaratoria de interés público y nacional de las actividades citadas. Por tanto,
Decretan:
Declaratoria
de interés público y nacional
El Congreso
Iberoamericano de
Drepanocitosis y
Talasemia
Artículo 1º—Se
declaran de interés público y nacional, “El Congreso Iberoamericano de Drepanocitocitosis y Talasemia”, así como las actividades
que llevará a cabo el Comité Interinstitucional de lucha contra
Artículo 2º—Las dependencias del sector público y del sector privado, dentro del marco legal respectivo, podrán contribuir con recursos económicos, en la medida de sus posibilidades y sin perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos, para la exitosa realización de las actividades indicadas.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
ÓSCAR ARIAS
SÁNCHEZ.—
EL PRESIDENTE DE
Y
En uso de las
facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
I.—Que los diversos tratados internacionales sobre derechos humanos aseguran a las personas en condición de discapacidad el goce de sus derechos y libertades fundamentales, sin discriminación de ningún tipo, lo que incluye su acceso y participación efectiva en el trabajo, salud, educación y vida cultural, bajo el principio de igualdad de oportunidades.
II.—Que
III.—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 34586-C, vigente desde el 1º de julio del 2008, se creó la “Comisión de Accesibilidad Universal en los Museos del Ministerio de Cultura y Juventud” como grupo facilitador y coadyuvante del Ministerio y sus órganos desconcentrados en el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad, en los museos del Ministerio, para personas en condición de discapacidad.
IV.—Que en virtud del diverso
número de órganos desconcentrados del Ministerio de Cultura y Juventud que
brindan servicios culturales y dada su amplia cobertura deben tomarse acciones
concretas para asegurar la accesibilidad universal a sus instalaciones y
actividades para lo cual, teniendo en consideración
V.—Para cumplir con lo dicho es necesario derogar el Decreto Ejecutivo Nº 34586-C, vigente desde el 1 de julio del 2008 que creó la “Comisión de Accesibilidad Universal en los Museos del Ministerio de Cultura y Juventud” para que en su lugar se constituya una Comisión Institucional en Materia de Discapacidad que defina las políticas Ministeriales en la materia, de forma tal que se cumplan las obligaciones contenidas en los instrumentos internacionales y la legislación interna en materia de discapacidad y accesibilidad universal. Para su integración se tomarán en cuenta las recomendaciones emitidas por el Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial. Por tanto,
Decretan:
Creación de
la “Comisión Institucional en Materia de
Discapacidad del
Ministerio de Cultura y Juventud
(CIMAD-MCJ)
Artículo 1º—Creación
de
Artículo 2º—Integración de
a) Un representante del área de Artes Escénicas.
b) Un representante del área de Artes Visuales.
c) Un representante del área de Artes Musicales.
d) Un representante del área de Literatura.
e) El Presidente de
Artículo 3º—Nombramiento
y Funcionamiento de
Artículo 4º—Funciones de
a) Analizar los requerimientos, necesidades y avances respecto al cumplimiento efectivo de las exigencias vigentes en materia de igualdad de oportunidades y accesibilidad universal en el Ministerio de Cultura y Juventud y sus órganos desconcentrados.
b) Coordinar la formulación, ejecución y evaluación de las políticas institucionales en el marco de la política nacional en materia de discapacidad.
c) Velar porque el Ministerio de Cultura y Juventud y sus órganos desconcentrados incluyan en sus reglamentos políticas institucionales, planes, programas, proyectos y servicios, los principios de igualdad de oportunidades y accesibilidad para las personas con discapacidad, en cualquier región y comunidad del país.
d) Colaborar con el Ministro de Cultura y Juventud y con los máximos jerarcas de los órganos desconcentrados, según corresponda, mediante la sugerencia de mecanismos y medidas concretas para mejorar y asegurar esa accesibilidad y cumplir con la normativa vigente en la materia.
e) Coordinar la elaboración y
evaluación del Plan y Presupuesto Institucional de Equiparación de
Oportunidades con las diferentes instancias institucionales, de acuerdo con
f) Garantizar la participación de las organizaciones de personas con discapacidad en la formulación de las políticas institucionales, así como en el diseño, ejecución y evaluación del Plan Institucional de Equiparación de Oportunidades.
g) Coordinar con las instancias correspondientes, la incorporación de la temática de discapacidad y equiparación de oportunidades en la capacitación, la divulgación y en los sistemas de información institucionales.
h) Organizar y promover la provisión de servicios de apoyo y ayudas técnicas que requieren los funcionarios, usuarios y beneficiarios con discapacidad.
i) Dar seguimiento a las medidas
concretas adoptadas por los jerarcas para asegurar la accesibilidad universal.
Para cumplir con esta función,
Las diversas
funciones de
Artículo 5º—Comité
Técnico Asesor:
Artículo 6º—Subcomisión de
Accesibilidad del Ministerio de Cultura y Juventud y enlaces de
Artículo 7º—Derogatoria: Deróguese el Decreto Ejecutivo Nº 34586-C, vigente desde el 1º de julio del 2008 mediante el cual se creó la “Comisión de Accesibilidad en los Museos del Ministerio de Cultura y Juventud”.
Artículo 8º—Rige: Este
decreto rige a partir de su publicación en el Diario Oficial
Dado en
ÓSCAR ARIAS
SÁNCHEZ.—
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en
las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
1º—Que el
artículo 32 inciso a) de
2º—Que el artículo 37 de
3º—Que el artículo 43 del Decreto
Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN, publicado en
4º—Que el artículo 44 del decreto
antes citado, dispone que mediante Decreto Ejecutivo, previa coordinación con
5º—Que mediante el Decreto
Ejecutivo Nº 31746-H, publicado en
6º—Que de acuerdo con el artículo
4° del Decreto Ejecutivo Nº 33086-H, publicado en
7º—Que se hace necesario emitir
el presente decreto, a efectos de modificar el Decreto Ejecutivo Nº 33086-H,
publicado en
Decretan:
Artículo 1º—Modifícase el documento denominado “Clasificador
Institucional del Sector Público”, el cual será distribuido a través de los
mecanismos pertinentes y estará a disposición de las instituciones, así como
para el resto de la ciudadanía, en la página electrónica del Ministerio de
Hacienda https://www.hacienda.go.cr y en forma impresa, en los archivos que se
custodian en
Artículo 2º—Las instituciones deberán destinar los recursos necesarios que permitan implementar las modificaciones efectuadas a dicho clasificador.
Artículo 3º—Adiciónase
un artículo al Decreto Ejecutivo Nº 33086-H, publicado en
“Artículo
5° bis.—Dado que la dinámica del Sector Público exige flexibilidad en el
proceso de inclusión de instituciones dentro de este clasificador, el
Ministerio de Hacienda a través
Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Hacienda a. í., José Luis Araya Alpízar.—1 vez.—(O. C. Nº 93896).—(Solicitud Nº 5525).—C-66770.—(D35252-43149).
EL PRESIDENTE DE
Y
Con fundamento en
lo dispuesto en los artículos 140, inciso 18) y 146 de
Considerando:
I.—Que
el artículo 32 de
II.—Que
III.—Que
los fines que persigue
IV.—Que tales fines solventan una necesidad social de primer orden, por lo cual merecen el apoyo del Estado Costarricense. Por tanto,
Decretan:
Artículo
1º—Declárese de Utilidad Pública para los intereses del Estado
Artículo 2º—Es deber de
Artículo 3º—Una vez publicado este Decreto los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante el Registro de Asociaciones de Registro Nacional, para su respectiva inscripción.
Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
ÓSCAR ARIAS
SÁNCHEZ.—
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
En ejercicio de
las facultades establecidas en los artículos 140, incisos 8) y 20) y 146 de
Considerando:
1º—Que el
artículo 5 del Decreto Ejecutivo Nº 26935-G Reglamento a
“Con el fin de actualizar el pago de las dietas, la suma se indicará vía decreto ejecutivo o en su defecto los miembros del citado Consejo se asimilarán a los Miembros de las Juntas Directivas de las instituciones autónomas y semiautónomas.”
2º—Que mediante
Decreto Ejecutivo Nº 31020-G-H, de fecha 26 de noviembre del 2002, publicado en
el Diario Oficial
3º—Que para actualizar la
fijación del monto de las dietas que corresponde reconocer a los miembros del
Consejo Nacional de Desarrollo de
Para ver la imagen solo en
Variación del índice general de precios al consumidor:
Periodo Índice general de precios Precio relativo
2002 índice 2001/2000 216,88/194,94 17.399,09
2003 índice 2002/2001 66,3594/60,5011 19.083,83
2004 índice 2003/2002 72,9077/66,3594 20.967,00
2005 índice 2004/2003 82,4797/72,9077 23.719,74
2006 índice 2005/2004 94,0887/82,4797 27.058,28
2007 índice 2006/2005 102.9647/94,0887 29.610,86
2008 índice 2007/2006 114,0906/102,9647 32.810,47
2009 índice 2008/2007 129,9518/114,0906 37.371,87
4º—Que con base
en la indicada variación, el monto de cada sesión del Consejo Nacional de
Desarrollo de
5º—Que el pago de las dietas está sujeto al presupuesto de cada institución y a la asistencia a las correspondientes sesiones. Por tanto,
Decretan:
Artículo
1º—Modifíquese del artículo 1º del Decreto Ejecutivo No. 31020-G-H, publicado
en el Diario Oficial
“Artículo
1: “(...) Se fija en calidad de dietas que devengarán los miembros del Consejo
Nacional de Desarrollo de
Artículo 2º—El
pago de las dietas a los miembros del Consejo Nacional de Desarrollo de
Artículo 3º—El monto
correspondiente a las dietas de los miembros del Consejo Nacional de Desarrollo
de
Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
ÓSCAR ARIAS
SÁNCHEZ.—
EL PRESIDENTE DE
Y
En uso de las
facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
1º—Que del 06 al
07 de noviembre del 2008,
2º—Que las actividades que se
realizarán durante la actividad denominada “VII Jornadas Regionales de
Cardiología Intervencionista, 3a. Región Centroamérica y El Caribe”,
se consideran de importancia para el país en materia de salud, toda vez que
reunirán a Profesionales de las Ciencias de
3º—Que los organizadores de estas actividades han solicitado al Ministerio de Salud la declaratoria de interés público y nacional de las actividades citadas. Por tanto,
Decretan:
Declaratoria
de interés público y nacional
la actividad denominada
“VII Jornadas Regionales de Cardiología
Intervencionista, 3ª. Región Centroamérica
y el Caribe”
Artículo 1º—Se
declaran de interés público y nacional, las actividades que llevará a cabo
Artículo 2º—Las dependencias del sector público y del sector privado, dentro del marco legal respectivo, podrán contribuir con recursos económicos, en la medida de sus posibilidades y sin perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos, para la exitosa realización de las actividades indicadas.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
ÓSCAR ARIAS
SÁNCHEZ.—
Nº 696-P
EL PRESIDENTE DE
Con fundamento en
las atribuciones conferidas por el artículo 139 de
Considerando:
I.—Que
II.—Que
el Encuentro Ministerial que cada dos años sostienen los Ministros de
Relaciones Exteriores de los países miembros del Grupo Río con los Ministros de
Relaciones Exteriores de
III.—Que
dada la importancia que revisten para el Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto las actividades mencionadas, se ha creado la necesidad de la
participación del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto. Por
tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar
al señor Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto, cédula Nº 8-068-578, para que participe del Debate Temático
sobre el Medio Oriente, que se llevará a cabo en la sede del Consejo de
Seguridad en las Naciones Unidas, New York, Estados
Unidos el día 11 de mayo del 2009 y para que participe del Encuentro de
Ministros de Relaciones Exteriores de los países miembros del Grupo Río con los
Ministros de Relaciones Exteriores de
Artículo 2º—Los gastos de hospedaje, pasajes aéreos y viáticos, así como los tributos, impuestos o cánones que deba pagar en las terminales aéreas, transporte interno, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 079-Despacho del Ministro, subpartida 1.05.03 Transporte en el Exterior y Programa 079-Despacho del Ministro, subpartida 1.05.04 Viáticos en el Exterior. Se autoriza la suma de US$385.00 diarios para New York, Estados Unidos de América, para un total de US$770.00, se autoriza la suma de US$358.00 diarios para Praga, República Checa, para un total de US$1.432.00, para un gran total de US$2.202.00. Se le autoriza al señor Ministro realizar llamadas internacionales.
Artículo 3º—Durante la ausencia del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, se nombra como Ministro a. í., al señor Edgar Ugalde Álvarez, Viceministro de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 4º—Rige de las 8:00 a. m. del 10 de mayo a las 9:00 p. m. del 15 de mayo de 2009.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(O. C. Nº 93569).—(Solicitud Nº 40852).—C-30020.—(42391).
Nº 274-2009
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en
los artículos 140, incisos 3) y 18), y 146 de
Considerando:
I.—Que mediante
Acuerdo Ejecutivo Nº 018-2006 de fecha 20 de enero del 2006, publicado en el
Diario Oficial
II.—Que
mediante documentos presentados el día 27 de marzo del 2009, en
III.—Que la instancia interna de
IV.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto:
ACUERDAN:
1º—Modificar el
Acuerdo Ejecutivo Nº 018-2006 de fecha 20 de enero del 2006, publicado en el
Diario Oficial
“6. La beneficiaria se
obliga a realizar y mantener un nivel mínimo de empleo de 180 trabajadores, a
partir del 15 de marzo del 2006, y a realizar y mantener un nivel mínimo total
de empleo de 245 trabajadores, a más tardar el 30 de diciembre del 2008.
Asimismo, se obliga a mantener una inversión de al menos $9.845.850,00 (nueve
millones ochocientos cuarenta y cinco mil ochocientos cincuenta dólares, moneda
de curso legal de los Estados Unidos de América), a partir del 15 de marzo del
2006, así como a realizar y mantener una inversión nueva adicional de al menos
$3.500.000,00 (tres millones quinientos mil dólares, moneda de curso legal de
los Estados Unidos de América), a más tardar el 15 de enero del 2010, de los
cuales un total de $1.000.000,00 (un millón de dólares, moneda de curso legal
de los Estados Unidos de América), deberá completarse a más tardar el 15 de
enero del 2008. Por lo tanto, la beneficiaria se obliga a realizar y mantener
un nivel de inversión total de al menos $13.345.850,00 (trece millones
trescientos cuarenta y cinco mil ochocientos cincuenta dólares, moneda de curso
legal de los Estados Unidos de América). Finalmente, la empresa beneficiaria se
obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional de 83.53%.
PROCOMER
vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión antes indicados, de
conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a
2º—En todo lo que
no ha sido expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo
Ejecutivo Nº 018-2006 de fecha 20 de enero del 2006, publicado en el Diario
Oficial
3º—Rige a partir de su notificación.
Comuníquese y publíquese.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(42750).
R-P-146-2009-MINAET.—Expediente Administrativo Nº 11-
Poder Ejecutivo.—San José, a las catorce horas treinta minutos del treinta de marzo del dos mil nueve. Se conoce de la recomendación de otorgamiento de concesión en cauce de dominio público sobre el Tres Amigos, a la sociedad denominada Industria Cartonera Inca S. A., representada por el señor Gabriel Jaime Montoya Aristizabal.
Resultando:
Primero.—El señor Gabriel Jaime Montoya Aristizabal, mayor de edad, casado una vez, ejecutivo, vecino de San José, de nacionalidad colombiana con pasaporte de su país número siete cero-cinco seis cero-cero cero seis, ahora con cédula de identidad número cuatro dos cero-uno nueve tres cuatro tres ocho-cero cero tres nueve seis tres, en su calidad de apoderado generalísimo de la sociedad denominada Industria Cartonera INCA Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento once mil trescientos treinta y cinco, solicita mediante escrito en fecha día 12 de setiembre del dos mil siete, visible al folio 41 del expediente administrativo, concesión de extracción de los materiales en cauce de dominio público sobre el río Tres Amigos, con las siguientes características según el edicto publicado de conformidad con la información de la solicitud inicial, así como el área y derroteros que se aportan el día 05 de mayo del 2008.
Localización
geográfica:
Sito en: Santa Fe, distrito: 04 Aguas Zarcas, cantón: 10 San Carlos, provincia: 02 Alajuela.
Hoja
cartográfica:
Hoja Aguas Zarcas, escala 1:50.000 del I.G.N.
Localización
cartográfica:
Entre coordenadas generales: 272096.74-272111.72Norte,
501879.26-501806.71 Este
límite aguas arriba,
273584.21-273650.93 Norte
501240.23-501306.37 Este
límite aguas abajo.
Área
solicitada:
DERROTERO:
Coordenadas del vértice Nº 1 273584.21 Norte, 501240.23 Este.
Línea |
Acimut |
Distancia (m) |
1-2 |
044°45’ |
93,95 |
2-3 |
122°21’ |
78,12 |
3-4 |
167°35’ |
97,00 |
4-5 |
167°35’ |
129,44 |
5-6 |
207°55’ |
122,10 |
6-7 |
208°51’ |
87,43 |
7-8 |
199°04’ |
65,54 |
8-9 |
199°04’ |
149,75 |
9-10 |
159°48’ |
87,11 |
10-11 |
147°43’ |
107,04 |
11-12 |
151°55’ |
80,08 |
12-13 |
147°23’ |
120,90 |
13-14 |
160°57’ |
62,05 |
14-15 |
176°17’ |
65,16 |
15-16 |
192°05’ |
104,84 |
16-17 |
195°24’ |
113,79 |
17-18 |
101°14’ |
91,92 |
18-19 |
099°36’ |
102,51 |
19-20 |
092°32’ |
76,72 |
20-21 |
067°46’ |
105,78 |
21-22 |
106°02’ |
45,74 |
22-23 |
167°16’ |
54,39 |
23-24 |
146°19’ |
95,00 |
24-25 |
182°16’ |
55,12 |
25-26 |
195°32’ |
25,40 |
26-27 |
281°40’ |
74,09 |
27-28 |
322°01’ |
83,15 |
28-29 |
309°13’ |
72,06 |
29-30 |
277°29’ |
103,96 |
30-31 |
271°14’ |
76,42 |
31-32 |
290°48’ |
144,51 |
32-33 |
344°18’ |
138,86 |
33-34 |
342°56’ |
151,49 |
34-35 |
342°56’ |
151,49 |
35-36 |
335°43’ |
180,95 |
36-37 |
359°57’ |
123,70 |
37-38 |
008°29’ |
128,02 |
38-39 |
018°03’ |
129,99 |
39-40 |
032°58’ |
99,44 |
40-41 |
012°48’ |
79,03 |
41-42 |
354°34’ |
71,46 |
42-1 |
326°06’ |
121,75 |
Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 12 de setiembre del 2007, área y derrotero aportados el 05 de mayo del 2008.
El plazo recomendado es por 4.5 años según memorandum DGM-CMRHN-08-2008 suscrito por la geóloga Lilliam Arrieta.
Segundo.—La documentación técnica fue aprobada mediante memorando DGM-CMRHN-08-2008 (visible a folio 50 y 51 del expediente administrativo), el cual fue suscrito por la geóloga Lilliam Arrieta, quien manifestó lo siguiente:
“El anexo incluye la información requerida, por lo que se aprueba el Estudio de Factibilidad Técnico-Económico.
• De acuerdo al volumen de reservas estáticas evaluadas y con una tasa de explotación propuesta de 175.000 m³/año, se recomienda otorgar un plazo de 4,5 años. A partir de su vencimiento y de acuerdo a una nueva reevaluación de reservas podría otorgarse una prórroga.
• Para el plazo recomendado únicamente se consideraron las reservas estáticas
• Basado en el estudio del
cálculo de reservas, se autoriza una extracción anual de 175.000 m³/año, no excediendo
una tasa de
Tercero.—El material a explotar es arena y grava.
Cuarto.—El acceso es por vía pública.
Quinto.—Estudio de Impacto
Ambiental: Por resolución Nº 1772-2007-SETENA de las nueve horas veinte minutos
del veintiocho de agosto del dos mil siete manifestó lo siguiente: “…Se otorga
la viabilidad ambiental al proyecto, quedando abierta la etapa de Gestión
Ambiental y en el entendido de cumplir con
Sexto.—En el oficio DGM-CMRHN-08-2008 se emiten las siguientes recomendaciones técnicas:
“…Es necesario que durante todo el plazo del desarrollo del proyecto se acaten las siguientes recomendaciones:
• Las secciones transversales deberán ser
replanteadas anualmente con el fin de dar seguimiento a las reservas
existentes.
• El equipo de trabajo deberá mantenerse en buenas condiciones a fin de evitar contaminación con aceites y combustible.
• Solo se podrá utilizar 2 excavadoras frontales y 3 vagonetas en el frente de explotación, además de dos cargadores.
• No se autoriza el ingreso al río de las vagonetas de clientes.
• Deberá respetarse la zona de
retiro de
• En la zona de infraestructura se debe rotular cada sección a fin de evitar accidentes.
No se podrá instalar el quebrador
hasta tanto no se presente la solicitud ante esta dirección y ante
Si la maquinaria a utilizar es alquilada no podrá iniciar operaciones hasta que el contrato de alquiler sea aprobado por esta Dirección.
Sétimo.—Que publicados los edictos no se presentaron oposiciones departe de ningún sujeto interesado.
Octavo.—Por medio de resolución IMN-DA-0709-2008 del 13 de marzo del 2008, el Departamento de Aguas manifestó que procedía otorgar la concesión de explotación de materiales en el cauce del Tres Amigos, con las siguientes condiciones:
1) El área a explotar será de
2) El material a extraer será de arena piedra y grava, quedando claro que queda totalmente prohibido extraer material del piso firme del cauce del río por lo que será sólo permitida la extracción del material arrastrado.
3) Queda totalmente prohibida la extracción de materiales de las márgenes del río.
4) La extracción de materiales será mecanizada en forma laminar por lo que no se deben utilizar ningún tipo de equipo que no garantice este tipo de extracción.
5) Podrá ser realizada en toda época del año en que no sea impedida por las crecidas normales del río.
6) Queda prohibida la acumulación de materiales en el cauce del río para evitar que se puedan presentar represamientos.
7) Se deberá dejar en el caso de
estructuras existentes (puentes y tomas de agua)
Es
importante indicar que la solicitud de concesión cuenta con la viabilidad
ambiental de
9) Que habiéndose cumplido con
los requisitos que establece el Código de Minería vigente, para la tramitación de
concesión solicitada, así como la respectiva recomendación otorgada por
Noveno.—Por medio
del memorandum número DGM-RNM-998-2008 de las once
horas del primero de diciembre dos mil ocho,
Décimo.—Habiéndose cumplido con
los requisitos que establece el Código de Minería vigente, para la tramitación
de la concesión solicitada, así como la respectiva recomendación otorgada por
Decimoprimero.—Publicados los edictos de ley no se presentaron oposiciones.
Considerando:
Primero.—Con fundamento en el artículo primero del Código de Minería, el Estado tiene el dominio absoluto, inalienable e imprescriptible de todos los recursos minerales, existiendo la potestad de otorgar, a través del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, concesiones o permisos para el reconocimiento, exploración, y beneficio de los recursos mineros, sin que se afecte de algún modo el dominio estatal sobre esos bienes, procurando con ello, y por medio de sus políticas, la protección, conservación y manejo de los recursos naturales; garantizando la protección efectiva de la biodiversidad del país al promover el conocimiento y uso sostenible, para el disfrute intelectual, espiritual y el desarrollo económico de las generaciones presente y futuras.
Segundo.—Conforme se indica en el
instrumento técnico emitido por
Tercero.—De
las obligaciones del concesionario. El concesionario del expediente Nº 11-2007,
quien es la sociedad denominada Industria Cartonera INCA Sociedad Anónima,
representada por el señor Gabriel Jaime Montoya Aristizabal
en su calidad de apoderado generalísimo, deberá cumplir durante la ejecución de
las labores de explotación con cada una de las recomendaciones técnicas
señaladas por la geóloga Lilliam Arrieta, a través de
memorandum DGM-CMRHN-08-2008 (visible a folios 50 y
51 del expediente administrativo) y trascrito en los resultandos
segundo y sexto de la resolución, mismo que se acoge en su totalidad de
conformidad con el numeral 136° inciso 2) de
1. Solicitar la inscripción de la resolución de otorgamiento de la concesión.
2. Presentar un informe de labores anual.
3. Pago de canon anual de superficie.
4. El amojonamiento del área concesionada.
5. Contar con un Reglamento de Seguridad e Higiene aprobado por el Ministerio del Trabajo.
6. Cumplir con el proyecto técnico aprobado.
7. Cumplir con las normas
ambientales y demás directrices que le gire
8. Mantener al día
9. Mantener vigente el contrato con el geólogo o ingeniero en minas regente.
10. Mantener al día los siguientes documentos:
• Un plano, a escala conveniente de los trabajos, que permita determinar cualitativa y cuantitativamente la evolución de la explotación, y en el caso de cauces de dominio público, los cambios en la dinámica del río.
• Un diario de respaldo al plano de los trabajos donde se consignen los hechos relevantes ocurridos en los frentes de explotación y en los cauces de dominio público, los cambios en la dinámica del río.
• Un registro del personal empleado.
• Un registro de producción,
venta, almacenamiento y exportación de los materiales. Estos documentos
quedarán a disposición de
11. Informar semestralmente al RNM sobre cambios en la propiedad de las acciones en caso de personas jurídicas.
12. Solicitar la autorización y registrar ante el RNM los contratos de beneficiamiento de materiales cuando esta actividad sea realizada por un tercero.
13. Explotar racional y efectivamente la concesión de acuerdo al Plan de Explotación aprobado.
14. Mantener en el sitio de la explotación copia certificada de la resolución de otorgamiento de la concesión.
15. Cumplir con las obligaciones establecidas en el Reglamento al Código de Minería y en la resolución de otorgamiento de la concesión.
16. Deberá iniciar los trabajos formales de extracción, dentro del plazo que se determine en la resolución de otorgamiento del título. Asimismo deberá mantener las operaciones en forma regular y no podrá interrumpir la extracción por períodos mayores de seis meses, siempre que las condiciones físicas del cauce lo permitan.
17. Pago de los impuestos Municipales y Nacionales que le correspondan.
18. Dentro del plazo de 60 días, contados desde la fecha en que se notifica al interesado la resolución de otorgamiento del permiso de exploración o concesión de explotación, éste debe solicitar formalmente al Registro Nacional Minero su inscripción en el libro respectivo, caso contrario la tramitación quedará sin efecto, la solicitud se tendrá por no presentada y los antecedentes serán archivados.
19. El titular de la concesión
está obligado a rendir un informe anual elaborado, refrendado y dirigido por un
geólogo o ingeniero en minas regente de la actividad, miembro activo del
Colegio de Geólogos de Costa Rica y al Colegio de Ingenieros de Costa Rica
respetando el Programa de Explotación Geológico-Minero autorizado por
20. De conformidad con lo
indicado en el artículo 85 del reglamento al Código de Minería, el
concesionario, tiene la obligación de conservar en el sitio donde se realiza la
actividad minera la bitácora geológica, cumpliendo con lo dispuesto en el
Reglamento de Uso de Bitácora en Actividades Geológicas. El incumplimiento a lo
anterior, será causal de cancelación de conformidad con los artículos 62 ó 63
del Código de Minería, según corresponda. Los funcionarios de
21. De conformidad con lo indicado en el artículo 86 del reglamento al Código de Minería, la presente concesión debe ser dirigida por un geólogo o ingeniero en minas debidamente inscrito al Colegio de Geólogos de Costa Rica y Colegio de Ingenieros, respectivamente. El permisionario o concesionario debe presentar ante el RNM el contrato con el Geólogo o Ingeniero en Minas, previo a iniciar labores, el cual debe incorporarse al expediente administrativo correspondiente y mantenerse vigente. El incumplimiento a lo anterior, será causal de cancelación de conformidad con los artículos 62 ó 63 del Código de Minería, según corresponda.
Por
tanto,
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE AMBIENTE, ENERGÍA
Y TELECOMUNICACIONES
RESUELVEN:
Primero.—Acoger la
recomendación de otorgamiento de concesión emitida en el oficio
DGM-RNM-998-2008 de las once horas del primero de diciembre del dos mil ocho,
de
Segundo.—En el edicto publicado
tanto en
Tercero.—La
presente concesión queda sujeta al cumplimiento del Plan Inicial de Trabajo
aprobado y que consta en el expediente, al cumplimiento de las recomendaciones
técnicas indicadas en el oficio DGM-CMRHN-08-2008, al pago de las obligaciones
que la legislación impone y al acatamiento de las instrucciones que le gire
Cuarto.—Asimismo,
queda sujeta al pago de las obligaciones que la legislación impone, así como
acatar las instrucciones que le gire
Quinto.—La concesionaria deberá cumplir con las disposiciones establecidas en el Transitorio I del Reglamento al Código de Minería.
Sexto.—Contra
la presente resolución caben los recursos de revocatoria o reposición dentro
del plazo de dos meses a partir de la notificación de la misma, de conformidad
con el artículo 345 inciso 2) de
Sétimo.—De conformidad con el artículo 70 del Reglamento al Código de Minería, dentro del plazo de 60 días, contados desde la fecha en que se notifica al interesado la presente resolución de otorgamiento de concesión de explotación, éste debe solicitar formalmente al Registro Nacional Minero su inscripción en el libro respectivo, caso contrario la tramitación quedará sin efecto; la solicitud se tendrá por no presentada y los antecedentes serán archivados. El acto de pedir la inscripción constituye la aceptación por parte del titular, de todos los derechos, obligaciones y condiciones con que ha sido otorgado el permiso o la concesión. La concesión de explotación, se entenderán adquiridos desde la fecha en que se inscribe la resolución en el libro del RNM de conformidad con el artículo 71 del citado reglamento.
Octavo.—Notifíquese al señor Gabriel Jaime Montoya Aristizabal, facsímile número 2292-8535.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, Jorge Rodríguez Quirós.—1 vez.—(42713).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS
REGISTRO DE AGROQUÍMICOS
EDICTOS
DIA-R-E-327-2009.—La
señora(ita) Annette Rosenow
Berger, portadora de la cédula Nº 1-519-683, en su
calidad de apoderada generalísima sin límites de suma, de la compañía Bayer S.
A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita la
inscripción del producto Herbicida de nombre comercial Starice
6.9 EC, compuesto a base de Fenoxaprop-P-Etil. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-328-2009.—La
señora(ita) Annette Rosenow
Berger, portadora de la cédula Nº 1-519-683, en su
calidad de apoderada generalísima sin límites de suma de la compañía Bayer S.
A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita la
inscripción del producto Regulador de crecimiento de nombre comercial Finish Pro 96.5 SC, compuesto a base de Etefon
+ Ciclanilida. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-329-2009.—La
señora(ita) Annette Rosenow
Berger, portador de la cédula Nº 1-519-683, en su
calidad de apoderada generalísima sin límites de suma de la compañía Bayer S.
A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita la
inscripción del producto Insecticida de nombre comercial Muralla Delta 19 OD,
compuesto a base de Imidacloprid y Deltametrina. Conforme a lo que establece
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y
EVALUACIÓN DE
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante este Departamento se
ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo I, folio 201, título N°
2237, emitido por el Liceo de Nicoya, en el año dos mil seis, a nombre de Matarrita Pizarro Josías Alberto.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Ante esta
Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller
en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 129, asiento Nº 1117, emitido por
el Colegio Técnico Profesional de Siquirres, en el año dos mil, a nombre de
Vargas Vindas Yerlin de
Jesús. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el
Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 188, Título N°
1346, emitido por el Liceo Anastasio Alfaro, en el año dos mil dos, a nombre de
Zamora Valdés Eliott de Jesús. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de
Estudios de Educación Diversificada “Rama Académica” Modalidad Ciencias y
Letras, inscrito en el tomo 1, folio 256, título Nº 131, emitido por el Liceo
Ingeniero Manuel Benavides, en el año mil novecientos setenta y ocho, a nombre
de González García Patricia María. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Ante este
departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 95, título Nº 2095,
emitido por el Liceo de Heredia, en el año mil novecientos ochenta y dos, a
nombre de Chacón Ocampo Carmen María. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 61, título Nº 636, emitido por el Liceo
Laboratorio Emma Gamboa, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de
González Motta Laura Cristina. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
REGISTRO NACIONAL
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
AVISOS
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Inreva
Asociación Internacional para
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Empleados de
Compañía Industrial Aceitera Asocia 54, con domicilio en la provincia de
Puntarenas, cantón sétimo distrito primero, en las instalaciones de la empresa
Compañía Industrial Aceitera S. A.; cuyos fines principales entre otros son los
siguientes: Promover, fomentar y establecer una íntima colaboración entre los
asociados y la empresa que nos permita una plena integración. Cuyo
representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas
en el estatuto lo es el presidente: Alex Briceño Tellez.
Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Mujeres
Productoras del Vivero Santa Rita, con domicilio en la provincia de Alajuela.
Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Siembra de árboles,
proyectos productivos por ejemplo viveros comunales, agroindustriales,
producción de siembra de árboles, confección de textiles y repostería. Cuya
representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de
apoderada generalísima, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo
es la presidenta Ana Marbelli Torres Salazar. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Pequeños
Agricultores de Pilas de Canjel, con domicilio en la
provincia de Guanacaste. Cuyos fines principales entre otros son los
siguientes: Promover que la población de Pilas de Canjel
de Nandayure y sus alrededores cuenten con un desarrollo agrícola que permita
una mejor calidad de vida. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la
asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con
las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Anastasio
Gerardo Mora Hernández. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Hijos Restaurados
de María Rosa Mística de Pococí-Casa Hogar de
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad denominada Asociación Administradora del Acueducto Rural
y Alcantarillado Sanitario de San Antonio de Turrubares,
San José, con domicilio en la provincia de San José, en el salón comunal del
caserío de San Antonio; cuyos fines principales entre otros son los siguientes:
Administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas
condiciones el acueducto, de conformidad con las disposiciones que al respecto
emita el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados. Cuyo
representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma, conforme al artículo mil doscientos
cincuenta y tres del Código Civil, y con las limitaciones establecidas en el estatuto
lo es el presidente: Marielsy Jiménez Rojas. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en
REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN
AVISOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
El señor Edgar Zurcher Gurdián, cédula 1-532-390, mayor, divorciado, abogado, vecino de Escazú, en su condición de apoderado especial de Mag Instrument Inc., de E.U.A., solicita el Diseño Industrial denominada FOCO.
Para ver la imagen solo en
El presente
diseño está caracterizado por un foco que tiene una parte de iluminación y una
agarradera substancialmente cilíndrica. La sección media de la agarradera está
decorada con segrinado rugoso que comprende un patrón
de engranaje. La región segrinada rugosa como un
anillo rodea uno de los extremos de la agarradera. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Edgar Zürcher Gurdián, mayor, divorciado, abogado, cédula de identidad número 1-532-390, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Mag Instrument Inc., de Estados Unidos de América, solicita el Diseño Industrial denominado FOCO.
Para ver la imagen solo en
El presente diseño
está caracterizado por un foco que tiene una parte de iluminación y una
agarradera substancialmente cilíndrica. La sección media de la agarradera está
decorada con segrinado rugoso que comprende un patrón
de engranaje. Un cotón circular esta localizado en una cuenca ovalada para
formar un patrón de ojo abierto cerca del otro extremo de la agarradera. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Harry Zurcher Blen, cédula 1-415-1184,
mayor, casado, Abogado, vecino de Escazú, en su
condición de apoderado especial de Amgen Inc. de E.U.A., solicita
El señor Harry Zürcher Blen, mayor, casado,
abogado, cédula de identidad número 1-415-1184, vecino de San José, en su
condición de apoderado especial de Takeda Pharmaceutical Company Limited de Japón, solicita
El señor Edgar Zurcher Gurdián, mayor, abogado,
cédula de identidad número 1-532-390, vecino de San José, en su condición de
apoderado especial de Owens-Brockway Glass Container Inc. de E.U.A.,
solicita
El señor Ernesto Gutiérrez Blanco, cédula Nº 1-848-886, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial del señor Leandro P. Rizzuto, de E. U. A., solicita el diseño industrial denominada plancha para peinar el cabello.
Para ver la imagen solo en
La
plancha para peinar el cabello objeto del presente registro comprende dos
porciones, una superior y otra inferior, cada una de las cuales presenta una
conformación sustancialmente prismática rectangular de vértices redondeados y
alargada en sentido longitudinal, estando ambas porciones articuladas por uno
de sus extremos mediante un eje y separadas por el extremo opuesto. La memoria descriptiva, reinvidicaciones,
resumen y diseños quedan depositados,
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
La
señora Ana Catalina Monge Rodríguez, mayor, casada,
abogada, cédula de identidad 1-812-604, vecina de Tres Ríos, en su condición de
apoderada especial de Banyu Pharmaceutical
Co Ltd, de Japón, solicita
INSTITUTO METEOROLÓGICO
NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Exp. 13415-P.—I.S.A. Maktub
S. A., solicita concesión de:
Exp. 13414P.—Soncino Brasilito S. A.,
solicita concesión de:
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Exp. 13419P.—Yitzak Investment
S. A., solicita concesión de:
Exp. 6871A.—Manuel Herrera Herrera, solicita
concesión de:
Expediente Nº 13410P.—Bananera Goshen S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº 3531A.—3-101-470565 S. A., solicita concesión de:
Exp. 8392A.—S.U.A. Forjadores del Futuro,
solicita concesión de:
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Exp. 6967P.—Formulaciones Químicas S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº 8975A.—Inversiones Proposa S.R.L., solicita concesión de:
Registro Civil-Departamento Civil
OFICINA ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Adelaida Rodríguez Mena, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1697-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas diez minutos del trece de agosto del dos mil ocho. Exp. Nº 19203-08. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, Rectifíquense los asientos de nacimiento de Gunnar Alberto Mesén Madrigal... y el de Valeria Mesén Madrigal..., en el sentido que los apellidos de la madre... son “Rodríguez Mena”.—Lic. Marisol Castro Dobles. Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, jefa.—1 vez.—(42778).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Heidy Carmona Rojas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 942-2008.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas cuarenta minutos del doce de mayo del dos mil ocho. Expediente Nº 40133-2007. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquense el asiento de nacimiento de Maylor Andrey González Rojas... en el sentido que los apellidos de la madre del mismo son “Carmona Rojas”, y el asiento de nacimiento de Mitzy Jasmín González Rojas... en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre de la misma son “Heidy Carmona Rojas”, y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(42823).
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000006-0DI00
Diseño y construcción de puente peatonal
sobre la ruta nacional
Nº 1, inmediaciones de
Se comunica a las
empresas interesadas en la licitación en referencia, que este Consejo recibirá
ofertas, de conformidad con los términos cartelarios,
hasta las 10:00 horas del día 15 de junio del 2009, en las oficinas de
Asimismo, se estará efectuando
reunión de preoferta el día 4 de junio del
Los interesados en participar en
este concurso deberán adquirir los documentos en las oficinas de
San José, 22 de mayo de 2009.—Unidad de Proveeduría y Suministros.—MBA Arturo Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 01-2009).—(Solicitud Nº 30205).—C-15750.—(43580).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000044-326-00
Alquiler de fotocopiadoras
El cartel se encuentra a disposición gratuitamente en el sistema CompraRed, en la dirección www.hacienda.go.cr/comprared de Internet.
San José, 20 de mayo del 2009.—Lic. Heidy Román Ovares, Proveedora Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 12056).—(O. C. Nº 93071).—C-8180.—(43692).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000041-PROV
Contratación de servicios médicos bajo
la modalidad de sistema
médico por consulta
individual para los servidores
judiciales de los
Tribunales de Buenos Aires
Se invita a todos
los potenciales proveedores a presentar oferta, el cartel esta disponible a
partir de esta publicación, sin costo alguno, en
El plazo para presentar ofertas
vence el día 18 de junio del
San José, 22 de mayo del 2009.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana I. Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(43683).
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000004-07 (Invitación)
Contratación de servicio de aseo y
limpieza para el Núcleo Náutico
Pesquero,
de Formación Profesional
de Puntarenas, Centro
Regional Polivalente de Puntarenas, Centro
Nacional Especializado Náutico Pesquero,
Centro de Formación Profesional de
Orotina y Almacén Regional 45
El Proceso de Adquisiciones
de
San José, 25 de mayo del 2009.—Proceso de Adquisiciones.—Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—(O. C. Nº 20013).—(Solicitud Nº 28217).—C-14270.—(43678).
MUNICIPALIDAD DE SANTA BÁRBARA
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000001-CL
Mejoras en tanques de almacenamiento
en el acueducto de Santa
Bárbara
Santa Bárbara, 21 de mayo del 2009.—Bach. Cynthia Salas Chavarría, Proveedora Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 8197).—C-13520.—(43712).
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000002-CL
Servicios contratados para instalar una
telefonía fija
para la urbanización
Samarcanda
Santa Bárbara, 21 de mayo del 2009.—Proveeduría.—Bach. Cynthia Salas Chavarría, Proveedora Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 8197).—C-13520.—(43713).
MUNICIPALIDAD DE AGUIRRE
OFICINA DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000004-01
Proyecto mejoramiento de camino Tres
Piedras, Quepos
La adquisición del cartel se hará
a partir de la publicación en Diario Oficial
Cualquier información en Proveeduría Municipal, teléfono 2777-0071, ext. 106.
Quepos, 25 de mayo del 2009.—Gerardo Agüero Benavides, Proveedor Municipal.—1 vez.—(43535).
JUNTA ADMINISTRATIVA DE
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000002-99999
Compra de papeles y cartulina
Compañía
Americana Papel Plástico Afines C.A.P.P.A S. A.
Líneas Nos. 1, 2, 5, 6, 7 y 8.
Monto total en dólares: $284.761,50 (doscientos ochenta y cuatro mil setecientos sesenta y uno con cincuenta centavos)
Grupo
Nación GN S. A.
Líneas Nos. 3 y 4
Monto total en dólares: $175.200,00 (ciento setenta y cinco mil doscientos dólares exactos).
Plazo de entrega: cinco días hábiles desp. refrendo contrato.
Forma de pago: 30 días.
Todo conforme con el cartel y las ofertas presentadas.
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000015-85001
Contratación de servicios de vigilancia
y seguridad para las
sedes regionales del TSE en Corredores y Pococí
A la oferta presentada por el Consorcio Seguridad Alfa S. A., y Seguridad Tango S.A., según el siguiente detalle |
||
Ítem |
Descripción |
Precio unitario por mes ¢ |
1 |
Servicios de seguridad externa e interna de las
instalaciones, activos y ocupantes de un puesto de 24 horas a ubicarse en la entrada/salida de visitantes y funcionarios. |
1.578.965,00 |
2 |
Servicios de seguridad externa e interna de las
instalaciones, activos y ocupantes de un puesto de 24 horas a ubicarse en la entrada/salida de visitantes y funcionarios. |
1.578.965,00 |
Todo sujeto a las demás condiciones y especificaciones del cartel y la oferta.
San José, 25 de mayo del 2009.—Lic. Allan Herrera Herrera, Proveedor a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 93148).—(Solicitud Nº 0733-09).—C-15020.—(43588).
GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS
DIRECCIÓN DE ARQUITECTURA E INGENIERÍA
LICITACIÓN PÚBLICA 2008LN-000004-4402
(Declaratoria de desierto)
Etapa de precalificación para la
construcción y equipamiento del
CAIS de Desamparados, el servicio de urgencias del
Hospital
Dr. Escalante Pradilla,
Oreamuno, II etapa y Cirugía Ambulatoria
del Hospital México
A los interesados
en el presente concurso, se les comunica que de acuerdo con resolución de
Dirección de Arquitectura e Ingeniería DAI-1296-2009 del 22 de mayo del 2009,
se declara desierto el concurso “Etapa de precalificación para la construcción
y equipamiento del CAIS de Desamparados, el servicio de urgencias del Hospital
Dr. Escalante Pradilla,
San José, 25 de mayo del 2009.—Subárea de Gestión Administrativa y Logística.—Lic. Ana Lorena Cruz Herrera, Jefa.—1 vez.—(43594).
ÁREA DE SALUD EL GUARCO
COMPRA DIRECTA 2009CD-000017-2392
Contratación arrendamiento de inmueble para brindar
servicios de Farmacia en Tejar del Guarco,
provincia Cartago del
Área de Salud El Guarco
A los interesados en el presente concurso se les comunica que por medio de acta de adjudicación de fecha 21 de mayo del 2009, se adjudicó la compra directa 2009CD-000017-2392 ítem único al: Sr. Otoniel Martínez Ortega, cédula 3-106-834, por un monto anual de ¢8.400.000,00 (ocho millones cuatrocientos mil colones).
Cartago, 21 de mayo del 2009.—Jorge Navarro Ramírez, Administrador.—1 vez.—(43657).
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000002-PROV
Adquisición de barras de peso de varias
medidas
El Instituto
Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba
mencionada, que
A: Magaz S. A.—(Oferta Nº 11).
Partida única (artículos 1, 2, 3 y 4): Barras de peso de varias medidas.
Monto total adjudicado: 271.700,00 USD.
Plazo de entrega: 145 días hábiles a partir de la notificación de la orden de compra.
Modalidad de pago: Crédito documentario.
Forma de pago: 40% contra presentación de los documentos de embarque y 60% restante contra el recibido conforme del suministro por parte del ICE.
Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de las ofertas adjudicadas.
NOTA: Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada, certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada o poder consularizado según corresponda, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada ¢1.00,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).
San José, 25 de mayo del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Marita Arias Herrera, Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 342050).—C-21020.—(43684).
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000025-PROV
Adquisición de equipos de medición para
linieros
El Instituto
Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba
mencionada, que
A: Elvatron S. A.—(Oferta Nº 1).
Fórmula única, artículo 4: 100 c/u Voltiamperímetro digital portátil tipo gancho.
Monto total adjudicado: 10.102,20 USD (incluye impuesto de ventas)
A: Technicorp S. A.—(Oferta Nº 3).
Fórmula única, artículo 3: 18 c/u Medidor de aislamiento de pértigas.
Monto total adjudicado 19.424,70 USD (incluye impuesto de ventas).
A: Tecnosagot S. A.—(Oferta Nº 4).
Fórmula única,
artículo 1: 150 c/u Detector de voltaje de
Fórmula única, artículo 2: 150 c/u Medidor de resistencia a tierra (Megger de tierras) tipo gancho.
Monto total adjudicado 245.069,88 USD (incluye impuesto de ventas).
Plazo de entrega: 60 días naturales, contados a partir del día siguiente hábil de la notificación de la orden de compra.
Modalidad de pago: Giro a la vista a 30 días después de recibido a satisfacción por parte del ICE.
Forma de pago: Transferencia electrónica de fondos.
Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de las ofertas adjudicadas.
NOTA: Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada, certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada o poder consularizado según corresponda, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada ¢1.000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).
San José, 25 de mayo del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Marita Arias Herrera, Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 342050).—C-25520.—(43686).
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-00023-PROV
Adquisición de equipo de aire
acondicionado, para instalar
en la zona norte, Alajuela y Heredia
El Instituto
Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba
mencionada, que
A: Nombre del Oferente HI TEC S. A., cédula jurídica 3-101-220654.—(Oferta Nº 4).
Ítem |
Cant |
Descripción |
Unitario $ |
Monto $ |
1 |
8 |
Condensador y evaporador modelo MSZ-A09NA, MUZ-A09NA, capacidad 9,000 BTU (evaporador pared alta). |
1.081,46 |
8.651,68 |
2 |
6 |
Condensador y evaporador similar o superior a MSZ-A12NA, MUZ-A12NA, capacidad 12,000 BTU evaporador pared alta |
1.217,48 |
7.304,88 |
3 |
6 |
Condensador y evaporador similar o superior a MSZ-A17NA, MUZ-A17NA , capacidad 18,000 BTU evaporador pared alta |
1.282,85 |
7.697,10 |
4 |
13 |
Condensador y evaporador similar o superior a MSZ-A24NA, MUZ-A24NA, capacidad 22,000 BTU evaporador pared alta |
1.483,45 |
19.284,85 |
5 |
4 |
Condensador y evaporador similar o superior a MSZ-A36NA, MUZ-A36NA capacidad 33,200 BTU evaporador pared alta |
2.337,76 |
9.351,04 |
6 |
1 |
1 condensador, modelo PUMY-P125VHM y 2 evaporadoras tipo Cassette PLFY-P63VAM-E de 24,200 BTU/hr |
7.830,21 |
7.830,21 |
7 |
1 |
2 condensadores, modelo PUMY-P140VHM de 52,900 BTU/hr, Evaporadores solicitados: uno (1) tipo Cassette PLFY-P80VAM-E( 30.700 BTU/hr) / uno (1) tipo Cassette PLFY - P100VAM-E (38.200BTU/hr) / uno (1) tipo Cassette PLFY - P 63 VAM-E (24.200 BTU/hr) / uno (1) tipo Cassette PLFY - P25VLMD-E (9.600BTU/hr) / uno (1) tipo pared alta PKFY- P 32VGM-E (12.300 BTU/hr) / uno (1) tipo Pared alta PKFY - P 25 VAM-E (9.600 BTU/hr). |
18.551,69 |
18.551,69 |
8 |
1 |
2 condensadores, modelo PUMY-P125VHM, 47,800 BTU/hr, Evaporadores solicitados: CUATRO (4) tipo Cassette PLFY-P63VAM-E( 24.200 BTU/hr). |
15.653,63 |
15.653,63 |
Precio total |
|
94.325,08 |
||
Impuesto de ventas |
|
12.262,26 |
||
Total |
|
106.587,34 |
La modalidad y forma de pago: será el giro a 30 días vista, 100% contra entrega del bienes.
El tiempo de entrega: será en un plazo no mayor a 22 días hábiles, a partir de la notificación de la orden de compra.
El lugar de entrega: será en el
Almacén el Coco, Alajuela, Villa Bonita. De
La garantía de cumplimiento: será por un monto de un 10% del valor total adjudicado, con una vigencia mínima de 6 meses contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación.
La vigencia de la garantía de los equipos será durante un período no menor de 12 meses, después de recibidos a entera satisfacción por parte del administrador del contrato.
Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de las ofertas adjudicadas.
NOTA: Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada, certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada o poder consularizado según corresponda, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada ¢1000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).
San José, 25 de mayo del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Marita Arias Herrera, Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 342050).—C-75000.—(43687).
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA
LICITACIÓN 2009LP-000001-MA
Contratación de servicios profesionales
para cobro judicial
Lic. Karla Segura Lépiz, Proveedora.—1 vez.—(43554).
MUNICIPALIDAD DE AGUIRRE
OFICINA DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 20009LA-000002-01
Mejoramiento de camino Dos Bocas Quepos
El Concejo de
Quepos, 25 de mayo del 2009.—Gerardo Agüero Benavides, Proveedor Municipal.—1 vez.—(43534).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000031-09003
(Suspensión de apertura)
Compra de equipo informático
San José, 20 de mayo del 2009.—Bach. José Ramírez Pérez, Proveedor Institucional.—1 vez.—(O. C. Nº 93772).—(Solicitud Nº 30408).—C-9770.—(43658).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000038-01
Compra, e instalación de dos (2) plantas
eléctricas para
el edificio Sede Central
del Banco Nacional
Se comunica a los interesados en esta Licitación Abreviada que el Subcomité de Licitaciones, mediante el artículo 4 de la sesión ordinaria Nº 432-2009, celebrada el 19 de mayo del 2009, acordó:
Modificar el
artículo 2 de la sesión ordinaria Nº 415-2008, celebrada el 22 de diciembre del
2008, donde se adjudicó a la empresa Maquinaria y Tractores, Ltda.,
“Por votación
nominal, unánime y en firme, se acuerda: 1) Conforme a lo previsto en el
artículo 2, punto 2.2 inciso “b” del Reglamento de Operación del Comité y
Subcomités de Licitaciones, el artículo 100 del Reglamento a
A la oferta principal presentada por la empresa Maquinaria y Tractores Ltda., por un monto total de $427.617,00 i.v.i, con una garantía técnica para los equipos, componentes, instalación y funcionamiento de veinticuatro (24) meses, contados a partir del recibido conforme y por escrito de las plantas debidamente instaladas y funcionando a entera satisfacción por parte del Banco Nacional, con un plazo de entrega de las plantas eléctricas debidamente instaladas y funcionando a entera satisfacción del Banco de 170 días hábiles, contados a partir del aviso del Banco al adjudicatario para que pase a recoger copia del contrato debidamente refrendado.
Asimismo se adjudica el mantenimiento preventivo y correctivo post-garantía a la oferta principal de la empresa Maquinaria y Tractores Ltda., por un monto mensual de $960,50 i.v.i., por un periodo mínimo de un (1) año, una vez vencido el periodo de garantía técnica, prorrogable en forma automática por tres años adicionales (cuatro en total), salvo que el Banco con un mes de anticipación comunique a la empresa la decisión de no prorrogar este contrato.
Todo lo demás se mantiene invariable.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-005000-01
Adquisición de equipos de filtrado Web
El Banco de Costa Rica comunica a los interesados en la licitación en referencia, las siguientes aclaraciones y modificaciones al cartel:
Se modifica el punto 1 del cartel.
El Banco de Costa Rica (B.C.R.), recibirá ofertas por escrito hasta las diez horas con treinta minutos 10:30 a. m. del día 04 de junio del 2009, para la compra en referencia.
Se modifica el punto 21 del cartel. Plazo de entrega.
El oferente deberá indicar el plazo de entrega ofrecido en días hábiles. El tiempo de entrega máximo, a partir de la fecha de formalización de la presente contratación será de 30 días hábiles, para la entrega del Hardware y Software en las bodegas del Banco y 40 días naturales adicionales para la instalación, configuración y capacitación del personal.
Aclaración sobre el Punto 9.1 de las especificaciones técnicas: Se aclara que se debe incluir la actualización de la base de datos del producto o sistema.
El resto de las condiciones se mantienen invariables.
Oficina de Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar S.—1 vez.—(O. C. Nº 58243).—(Solicitud Nº 28310).—C-15020.—(43655).
PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000025-PCAD
(Enmienda Nº 1)
Contratación de servicios de
mantenimiento preventivo
y correctivo del Sistema
Supresor de Incendios
del edificio de
Tecnología de Información
Se les comunica a
todos los interesados en este concurso que el documento que contiene
La fecha de apertura de ofertas se traslada para las 10:00 horas del 03 de junio del 2009.
San José, 22 de mayo del 2009.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(43688).
DEPARTAMENTO PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-109012-UL
(Aviso modificación-Aclaración-Prórroga)
Servicios de vigilancia para el Instituto
Nacional de Seguros
Se comunica a los
interesados en
1. Se realizaron modificaciones-aclaraciones al pliego de condiciones, motivo por el cual se solicita a los Oferentes pasar a retirar el documento que contiene el detalle de estas.
El mismo se encuentra disponible en el mostrador del oficial de público del Departamento de Proveeduría de este Instituto, ubicado en el octavo piso de sus oficinas centrales, sin costo alguno.
2. El plazo para recepción y
apertura de ofertas se prorroga para el 22 de junio
San José, 25 de mayo del 2009.—Lic. Yessenia Quirós Angulo, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 18787).—C-16520.—(43696).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000002-99999
(OCS-847-2009)
Compra de sistema de impresión digital a
color de alto volumen
para la producción bajo
demanda de libros y folletos
Sabanilla, 25 de mayo del 2009.—Oficina de Contratación y Suministros.—M.B.A. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—(43693).
DIRECCIÓN DE SERVICIOS INSTITUCIONALES
Lic. Arístides Guerrero Rodríguez.—1 vez.—(43555).
HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2009LN-000002-2101
(Ampliación al cartel)
Gases medicinales
El Hospital Dr.
Rafael Ángel Calderón Guardia comunica a todos los interesados en participar en
el concurso supraindicado que se prorroga el plazo
para la recepción de las ofertas fijado inicialmente para el 29 de mayo del
2009, quedando para el 19 de junio del
San José, 25 de mayo del 2009.—Subárea de Contratación Administrativa.—Bach. Jennifer Rivera Casanova, Coordinadora a. í.—1 vez.—(43673).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
A quien interese, hago
constar que el Certificado de Depósito a Plazo del Banco de Costa Rica,
Certificado
Nº 62319117. Monto ¢100.000,00. Plazo 90 días. Emitido 16-02-2009. Vence
16-05-2009 Tasa 8.25
Certificado emitido a
la orden de Graciela Izaguirre Valderrama cédula Nº 3-195-1085.
Emitido por la oficina del
BCR en Alajuela, ha sido reportado como extraviado por lo que se solicita al
Banco de Costa Rica su reposición de acuerdo con lo establecido en los
artículos 708 y 709 del Código de Comercio.
Graciela Izaguirre
Valderrama, Solicitante.—(41877).
OFICINA ICE SABANA
AVISOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
A quien interese, hago
constar que el Certificado de Depósito a Plazo del Banco de Costa Rica
Cert. Nº Monto Plazo Emitido Vence Tasa
62119410 $4.800,65 92 días 02-05-08 04-08-08 2,50
%
Certificado emitido a
la orden de: Catalina Rodicio
Rodríguez, cédula 8-050-
San José, 17 de octubre
del 2008.—Lic. Carlos Solís Navarro, Encargado de
Oficina.—(42406).
ÁREA DE INVESTIGACIÓN
EDICTO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Oswaldo Patrick Jervis Quirós
ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en
Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y
costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor
Decano de
Ciudad Universitaria
“Rodrigo Facio”, 20 de mayo del 2009.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº
107202.—(42605).
María Milagro
Rosales Valladares ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de
Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la
vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al
señor Decano de
Ciudad Universitaria
“Rodrigo Facio”, 20 de mayo del 2009.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº
107254.—(42606).
Carolina Badilla Lizano ha presentado solicitud para que se le
confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en
aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo
mediante escrito dirigido al señor Decano de
Ciudad Universitaria
“Rodrigo Facio”, 19 de mayo del 2009.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº
107294.—(42607).
Laura
Verónica Segnini Cabezas, ha presentado solicitud
para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona
interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá
hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de
Ciudad Universitaria
“Rodrigo Facio”, 19 de mayo del 2009.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº
107296.—(42608).
Adriana
Rodríguez Corrales ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de
Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la
vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al
señor Decano de
Ciudad Universitaria
“Rodrigo Facio”, 19 de mayo del 2009.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº
107298.—(42609).
VICERRECTORÍA ACADÉMICA
EDICTO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante el Departamento de
Registro de
CONSEJO DIRECTIVO
Considerando:
En dicho marco legal-institucional,
en pos del desarrollo nacional y del consumo doméstico de electricidad que
urgen los costarricenses, el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE)
necesita establecer, dentro del derecho de servidumbre de la línea de
transmisión denominada SIEPAC (Tramo Peñas Blancas-Canas ) dos sitios de torre
sobre la finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
matrícula 161081-000, y como adición al gravamen de servidumbre de paso de
líneas eléctricas y de personas, inscrita bajo las citas:
342-02654-01-0001-001. Esa finca está situada en el distrito 1°,
Ø Según
Registro Público, la finca es terreno de pastos, tiene una medida de
Ø El dueño de la propiedad es de
Ø Que a solicitud de
A tenor de los estudios
técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está
suficientemente probada y técnicamente demostrada la utilidad pública, así como
la urgencia de constituir este derecho de servidumbre, por lo que con base en
el artículo 45 de
1º—Apruébense, las
presentes diligencias por la suma de ¢400.000,00 (cuatrocientos mil colones sin
céntimos).
2º—De no ser aceptado por
El Instituto Costarricense de
Electricidad instalará, dentro del derecho de servidumbre de líneas eléctricas
ya constituido, dos sitios de torre en la propiedad de la sociedad Compañía Rivi S. A. Los sitios de torre identificados con el
número_21 con una distancia aproximada al lindero norte de
Por razones de seguridad, en
el caso de realizar excavaciones en la cercanía de las torres, antes deberá
consultársele al ICE. El propietario deberá permitir el acceso a funcionarios
encargados de la construcción y mantenimiento de la obra. Todo con fundamento
en
3º—Continúese con los
trámites de rigor.
4º—Se declara firme el
presente acuerdo, tomado en sesión número 5871 celebrada el 30 de abril del
2009.
5º—Publíquese en el Diario
Oficial.
San José, 18 de mayo
del 2009.—Lic. Víctor Julio Cerdas Fallas, Apoderado
Especial Judicial.—1 vez.—(42350).
Considerando:
En dicho marco legal-institucional,
en pos del desarrollo nacional y del consumo doméstico de electricidad que
urgen los costarricenses, el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE)
necesita establecer, dentro del derecho de servidumbre de la línea de
transmisión denominada SIEPAC (Tramo Palmar Norte-Río Claro), tres sitios de
torre sobre la finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas,
matrícula 045691-000, sita en el cantón 07 Golfito, distrito 03 Guaycará, provincia de Puntarenas y como adición al gravamen
de servidumbre de paso de líneas eléctricas y de personas, inscrito bajo las
citas 0553-00002883-01-0001-001.
Ø Según Registro Público, esa
finca es lote
Ø La dueña
de la finca es la empresa Jayam S. A., cédula
jurídica 3-101-135018.
Ø Que a
solicitud de
A tenor de los estudios técnicos realizados
por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y
técnicamente demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de constituir
este derecho de servidumbre, por lo que con base en el artículo 45 de
Primero.—Apruébense las presentes diligencias por la suma de
¢510.000,00 (quinientos diez mil colones sin céntimos).
Segundo.—De
no ser aceptado por los copropietarios, el respectivo avalúo, constitúyase,
sobre la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de servidumbre,
el cual se describe así:
El Instituto
Costarricense de Electricidad establecerá dentro del derecho de servidumbre ya
constituido dentro de la finca propiedad de Jayam S.
A., tres sitios de torre. El sitio identificado con el número 93, está
localizado dentro de la propiedad, aproximadamente a
Por razones de seguridad, en
el caso de realizar excavaciones en la cercanía de las torres, antes deberá
consultársele al ICE. El propietario deberá permitir el acceso a funcionarios
encargados de la construcción y mantenimiento de la obra. Todo con fundamento
en
Tercero.—Continúese con los trámites de rigor.
Cuarto.—Se
declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5871 celebrada el 30
de abril del 2009.
Sexto.—Publíquese
en el Diario Oficial.
San José, 18 de mayo
del 2009.—Lic. Víctor Julio Cerdas Fallas, Apoderado
Especial Judicial.—1 vez.—(42700).
Considerando:
En dicho marco
legal-institucional, en pos del desarrollo nacional y del consumo doméstico de
electricidad que urgen los costarricenses, el Instituto Costarricense de
Electricidad (ICE) necesita establecer, dentro del derecho de servidumbre de la
línea de transmisión denominada SIEPAC (Tramo Peñas Blancas-Cañas) dos sitios
de torre sobre la finca inscrita en el Registro Público, provincia de Alajuela,
matrícula 427176-000, propiedad de Aristides Ramona
Lezama Lezama y como adición al gravamen de
servidumbre de paso de líneas eléctricas y de personas constituido mediante
documento privado del 12 de diciembre del 2005, ante el Notario Carlos Mauricio
Sierra Sánchez.
Según Registro Público, la
finca es terreno destinado a cultivos y montaña, tiene una medida de
Ø La dueña de la propiedad es la
señora Aristides Ramona Lezama Lezama,
cédula de residencia Nº 2701610070933360, representada por su apoderada
generalísima la señora Erika Isabel Lezama Aragón.
Ø Que a
solicitud de
Ø Que a
solicitud de
A tenor de los estudios
técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está
suficientemente probada y técnicamente demostrada la utilidad pública, así como
la urgencia de constituir este derecho de servidumbre, por lo que con base en
el artículo 45 de
Primero.—Apruébense las presentes diligencias por la suma de
¢400.000,00 (cuatrocientos mil colones).
Segundo.—De
no ser aceptado por la propietaria, el respectivo avalúo, constitúyase, sobre
la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de servidumbre, el
cual se describe así:
El Instituto
Costarricense de Electricidad instalará, dentro del derecho de servidumbre de
líneas eléctricas ya constituido, dos sitios de torre en la propiedad de Aristides Ramona Lezama Lezama.
Los sitios de torre identificados con el número 143, se localiza
a
Por razones de seguridad, en
el caso de realizar excavaciones en la cercanía de las torres, antes deberá
consultársele al ICE. La propietaria deberá permitir el acceso a funcionarios
encargados de la construcción y mantenimiento de la obra. Todo con fundamento
en
Tercero.—Continúese con los trámites de rigor.
Cuarto.—Se
declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión Nº 5871 celebrada el 30 de
abril del 2009.
Sexto.—Publíquese
en el Diario Oficial.
San José, 18 de mayo de
2009.—Lic. Víctor Julio Cerdas Fallas, Apoderado
Especial Judicial.—1 vez.—(42701).
Considerando:
En dicho marco
legal-institucional, en pos del desarrollo nacional y del consumo doméstico de
electricidad que urgen los costarricenses, el Instituto Costarricense de
Electricidad (ICE) necesita establecer, dentro del derecho de servidumbre de la
línea de transmisión denominada SIEPAC (Tramo Cañas-Parrita) dos sitios de
torre sobre la finca inscrita en el Registro Público, Provincia de Guanacaste,
matrícula 055252-000, propiedad de Roger Gutiérrez Ruiz y como adición al
gravamen de servidumbre de paso de líneas eléctricas y de personas constituido
mediante documento privado del 22 de enero del 2005, ante el notario Carlos
Mauricio Sierra Sánchez.
Según Registro Público, la
finca es terreno destinado a cultivos, tiene una medida de 34.3647,56 metros cuadrados y linda así: norte, José Alberto
Gutiérrez Ruiz; sur, Aquacorporación Internacional S.
A., en medio canal de riego y calle pública; este, Aquacorporación
Internacional S. A. y Luis Humberto Gutiérrez Ruiz, en medio canal de riego y
calle pública; y al oeste, Frank Heison. Se
identifica en la materialidad por medio del plano inscrito en el Catastro
Nacional bajo el número G-0525442-1983.
Ø El dueño de la propiedad es el
señor Roger Gutiérrez Ruiz, cédula de identidad Nº 5-0142-1137.
Ø Que a
solicitud de
Ø Que a
solicitud de
A tenor de los estudios
técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está
suficientemente probada y técnicamente demostrada la utilidad pública, así como
la urgencia de constituir este derecho de servidumbre, por lo que con base en
el artículo 45 de
Primero.—Apruébense las presentes diligencias por la suma de
¢400.000,00 (cuatrocientos mil colones).
Segundo.—De
no ser aceptado por el propietario, el respectivo avalúo, constitúyase, sobre
la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de servidumbre, el
cual se describe así:
El Instituto
Costarricense de Electricidad instalará, dentro del derecho de servidumbre de
líneas eléctricas ya constituido, dos sitios de torre en la propiedad de Roger
Gutiérrez Ruiz. Los sitios de torre identificados con el número 6, se localiza a
Por razones de seguridad, en
el caso de realizar excavaciones en la cercanía de las torres, antes deberá
consultársele al ICE. La propietaria deberá permitir el acceso a funcionarios
encargados de la construcción y mantenimiento de la obra. Todo con fundamento
en
Tercero.—Continúese con los trámites de rigor.
Cuarto.—Se
declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5871 celebrada el 30
de abril del 2009.
Sexto.—Publíquese
en el Diario Oficial.
San José, 18 de mayo de
2009.—Lic. Víctor Julio Cerdas Fallas, Apoderado
Especial Judicial.—1 vez.—(42702).
Considerando:
En dicho marco
legal-institucional, en pos del desarrollo nacional y del consumo doméstico de
electricidad que urgen los costarricenses, el Instituto Costarricense de
Electricidad (ICE) necesita establecer, dentro del derecho de servidumbre de la
línea de transmisión denominada SIEPAC (Tramo Peñas Blancas-Cañas) un sitio de
torre sobre la finca en el Registro Público, Provincia de Guanacaste, matrícula
095784-000 y como adición al gravamen de servidumbre de paso de líneas
eléctricas y de personas inscrito bajo las citas: 546-11477-01-0001-001.
Ø La dueña de la propiedad es la
señora Lisbeth Raimunda Moreno Peralta, cédula de identidad número 5-0198-0997.
Ø Que a
solicitud de
A tenor de los estudios
técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está
suficientemente probada y técnicamente demostrada la utilidad pública, así como
la urgencia de constituir este derecho de servidumbre, por lo que con base en
el artículo 45 de
Primero.—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢200.000,00
(doscientos mil colones sin céntimos).
Segundo.—De
no ser aceptado por el propietario, el respectivo avalúo, constitúyase, sobre
la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de servidumbre, el
cual se describe así:
El Instituto Costarricense
de Electricidad instalará, dentro del derecho de servidumbre de líneas
eléctricas ya constituido, un sitio de torre en la propiedad de Lisbeth
Raimunda Moreno Peralta. El sitio de torre identificado con el número 260, se
ubicará a
Por razones de
seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de las torres,
antes deberá consultársele al ICE. La propietaria deberá permitir el acceso a
funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra. Todo con
fundamento en
Tercero.—Continúese con los trámites de rigor.
Cuarto.—Se
declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5871 celebrada el 30
de abril del 2009.
Sexto.—Publíquese
en el Diario Oficial.
San José, 18 de mayo de
2009.—Lic. Víctor Julio Cerdas Fallas, Apoderado
Especial Judicial.—1 vez.—(42703).
Considerando:
En dicho marco
legal-institucional, en pos del desarrollo nacional y del consumo doméstico de
electricidad que urgen los costarricenses, el Instituto Costarricense de Electricidad
(ICE) necesita establecer, dentro del derecho de servidumbre de la línea de
transmisión denominada SIEPAC (Tramo Peñas Blancas-Cañas) un sitio de torre
sobre la finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, matrícula
239469-000, y como adición al gravamen de servidumbre de paso de líneas
eléctricas y de personas, inscrita bajo las citas: 373-11926-01-0900-001. Esa
finca está situada en el distrito 02 Aguas Claras, del cantón 13 Upala, de la
provincia de Alajuela.
Ø Según Registro Público, la
finca es terreno de repastos, tiene una medida de
Ø El dueño
de la propiedad es de
Ø Que a
solicitud de
A tenor de los estudios
técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está
suficientemente probada y técnicamente demostrada la utilidad pública, así como
la urgencia de constituir este derecho de servidumbre, por lo que con base en
el artículo 45 de
Primero.—Apruébense las presentes diligencias por la suma de
¢200.000,00 (doscientos mil colones sin céntimos).
Segundo.—De
no ser aceptado por
El Instituto
Costarricense de Electricidad instalará, dentro del derecho de servidumbre de
líneas eléctricas ya constituido, un sitio de torre en la propiedad de
Por razones de seguridad, en
el caso de realizar excavaciones en la cercanía de las torres, antes deberá
consultársele al ICE. El propietario deberá permitir el acceso a funcionarios
encargados de la construcción y mantenimiento de la obra. Todo con fundamento
en
Tercero.—Continúese con los trámites de rigor.
Cuarto.—Se
declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5871 celebrada el 30
de abril del 2009.
Sexto.—Publíquese
en el Diario Oficial.
San José, 18 de mayo
del 2009.—Lic. Víctor Julio Cerdas Fallas, Apoderado
Especial Judicial.—1 vez.—(42704).
Considerando:
En dicho marco
legal-institucional, en pos del desarrollo nacional y del consumo doméstico de
electricidad que urgen los costarricenses, el Instituto Costarricense de
Electricidad (ICE) necesita establecer, dentro del derecho de servidumbre de la
línea de transmisión denominada SIEPAC (Tramo Peñas Blancas-Cañas ) un sitio de torre sobre
la finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, matrícula
292304-000, ubicada en el distrito 02, Aguas Claras, del cantón 13, Upala de la
provincia de Alajuela, propiedad de Ólman Antonio
Villalobos Castro y como adición al gravamen de servidumbre de paso de líneas
eléctricas y de personas, inscrito bajo las citas: 545-07052-01-0001-001.
Ø Según Registro Público, la
finca es terreno de casa, pasto y montaña, tiene una medida de
Ø El dueño
de la propiedad es el señor Ólman Antonio Villalobos
Castro, cédula de identidad 5-0204-0093.
Ø Que a
solicitud de
A tenor de los estudios
técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está
suficientemente probada y técnicamente demostrada la utilidad pública, así como
la urgencia de constituir este derecho de servidumbre, por lo que con base en
el artículo 45 de
1º—Apruébense las
presentes diligencias por la suma de ¢200.000,00 (doscientos mil colones sin
céntimos).
2º—De no ser aceptado por los
propietarios, el respectivo avalúo, constitúyase, sobre la finca anteriormente
mencionada y descrita, un derecho de servidumbre, el cual se describe así:
El Instituto
Costarricense de Electricidad instalará, dentro del derecho de servidumbre de
líneas eléctricas ya constituido, un sitio de torre en la propiedad de Ólman Antonio Villalobos Castro. El sitio de torre
identificado con el número 194, se ubicará a una distancia aproximada de
Por razones de
seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de las torres,
antes deberá consultársele al ICE. La propietaria deberá permitir el acceso a
funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra. Todo con
fundamento en
3º—Continúese con los
trámites de rigor.
4º—Se declara firme el
presente acuerdo, tomado en sesión número 5871 celebrada el 30 de abril del
2009.
6º—Publíquese en el Diario
Oficial.
San José, 19 de mayo de
2009.—Lic. Víctor Julio Cerdas Fallas, Apoderado
Especial Judicial.—1 vez.—(42805).
INSTITUTO DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA
RICA
Somete a
consulta pública los siguientes proyectos de norma:
PN INTE 06-02-28-09, “Método de ensayo para determinar el porcentaje de terrones de arcilla y partículas friables en los agregados”.
PN INTE 06-02-30-09, “Determinación de la resistencia al desgaste de los agregados por medio de abrasión e impacto utilizando la máquina de Los Ángeles”:
PN INTE ISO IEC 27006:2009, “Tecnologías de la información- Técnicas de seguridad- Requisitos para los organismos que proporcionan auditorías y certificación de los sistemas de gestión de seguridad de la información”.
PN INTE 02-03-19-09, “Norma para Queso Emmental”.
PN INTE 02-03-20-09, “Norma para Queso Edam”.
Se recibirán observaciones al anterior proyecto de norma hasta el 29 de julio del 2009.
Para mayor información,
comuníquese con
Carlos E. Rodríguez L., Director Ejecutivo.—1 vez.—(42796).
005-09.—Para los fines consiguientes el Departamento de Patentes
de
San Pedro de Montes de Oca, 31 de marzo del 2009.—Departamento de Patentes.—Melania Solano Coto.—Bach. Johnny Walsh A.—1 vez.—Nº 107272.—(42610).
CONCEJO MUNICIPAL
Tipo
de derecho Precio
por
Trimestre
Sencillo ¢4.075.00
Doble ¢7,130.00
Triple ¢10.190.00
PRECIOS DE OTROS
SERVICIOS DEL CEMENTERIO PRECIOS
Alquiler de nichos municipales (por 5 años) ¢36,500.00
Trámite para enchape de bóvedas ¢6,455.00
Inhumaciones y exhumaciones-tapa sencilla ¢23,100.00
Inhumaciones y exhumaciones-tapa doble ¢46,200.00
Traspaso de derechos (a no familiares) ¢6,495.00
Permiso construcción de bóvedas ¢6,455.00
Derechos preestablecidos:
Impuestos sobre construcción de cada nicho
(1% sobre el valor de la construcción) ¢3,246.26
Inhumaciones en tierra (cada vez) ¢5,000.00
Reposición de títulos (cada vez) ¢1,000.00
Servicio mínimo del cementerio ¢500.00
Acuerdo: Cuenta con siete votos afirmativos.
Vásquez de Coronado, 21 de mayo del 2009.—Nydya Arroyo Mora, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(42646).
ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
AVISOS
Edicto Nº
008-04-09.—Pesquera Ticoco
S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-95665, con base en el artículo 38 del
Reglamento a
Puntarenas, 28 de abril del 2009.—Lic. Maureen C. Carvajal, Coordinadora a. í.—1 vez.—(42709).
Artículo
5: inciso 7):
Puntarenas, 20 de mayo del 2009.—Lic. Agnes Gómez Franceschi, Alcaldesa Municipal.—1 vez.—(42782).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
HIDDEN ISLAND E Y A S. A.
Hidden Island E Y A S. A. convoca
a sus accionistas a la asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas a celebrarse en sus oficinas en
PUBLICACIÓN DE unA VEZ
ASESORÍA ÓPTIMA EN SEGURIDAD INDUSTRIAL,
ASOSI, SOCIEDAD ANÓNIMA
Asesoría Óptima
en Seguridad Industrial, ASOSI, Sociedad Anónima, representada por el señor
Randall Prado Álvarez, en su condición de presidente de la junta directiva,
convoca a los accionistas de la sociedad a asamblea ordinaria de accionistas de
conformidad con lo que establece el artículo 156 del Código de Comercio y los
estatutos sociales, que se celebrará a las nueve horas del día 10 de junio del
año 2009, en San José, avenida dieciocho, calle dos, de
ORDEN DEL DÍA:
1. Comprobación del quórum, lectura y aprobación del orden del día.
2. Conocer de la renuncia que al puesto de secretaria presenta la señora Marta Prado Zúñiga.
3. Nombramiento del sustituto al puesto de secretaria.
4. Conocer de la cesión de las acciones que realizan los accionistas y aprobación de dicha cesión.
5. Autorización para la protocolización e inscripción de los acuerdos.
Para la participación en la asamblea deberá presentarse el título que acredita al portador como accionista y documento de identidad. En el caso de representantes de accionistas, sean éstos personas jurídicas o físicas, deberán aportar además carta poder, debidamente autenticada, o bien certificación notarial o del Registro Público que lo acredite como apoderado o representante legal.—Randall Prado Álvarez, Presidente.—1 vez.—Nº 107889.—(43329).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
COMERCIALIZADORA ALCAVA DEL
SUR A C V
SOCIEDAD ANÓNIMA
Comercializadora Alcava del Sur A C V Sociedad Anónima, cédula jurídica
número 3-101-360077, solicita ante la oficina de
SUPERVISORA DE
SERVICIOS DE SEGURIDAD
E INTELIGENCIA SOCIEDAD ANÓNIMA
La empresa Supervisora
de Servicios de Seguridad e Inteligencia Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-140734, domiciliada en San José, personería inscrita en el Registro
Público, Sección Mercantil al Tomo 779, Folio 94, Asiento 152, con oficinas en
Pavas, San José, solicita ante
PROMOTORA HABITACIONAL DEL
CARIBE S. A.
Promotora Habitacional del
Caribe S. A., cédula jurídica Nº 3-101-157656, solicita ante
CORPORACIÓN DE
INVERSIONES MIGIL SOCIEDAD ANÓNIMA
Corporación de
Inversiones Migil Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-cero cuarenta mil trescientos trece-quince, solicita ante
ECOLOCO SOCIEDAD
ANÓNIMA
Ecoloco Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-146379,
solicita ante
ARENA TREQ SOCIEDAD
ANÓNIMA
Arena Treq Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento
uno-doscientos un mil-ochocientos sesenta y nueve, solicita ante
TAQUERÍA
Taquería
CAMIONES Y REMOLQUES
SOCIEDAD ANÓNIMA
Camiones y Remolques
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero diecisiete mil
ochocientos treinta y dos, solicitó ante
COMERCIO GENERAL DE
CENTROAMÉRICA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Comercio General de
Centroamérica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero
veintitrés mil ciento ochenta y ocho solicitó ante
ASSOCIATED CREDITORS
EXCHANGE COSTA RICA LIMITADA
Associated Creditors Exchange Costa
Rica Limitada, cédula _jurídica número tres-ciento dos-quinientos cuatro mil
doscientos dieciséis, solicita ante
AGROPECUARIA DON
VICTORINO SOCIEDAD ANÓNIMA
Agropecuaria Don
Victorino Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-397708, solicita ante
Rodríguez
Mora Luis Gonzalo, cédula Nº 2-499-810, solicita ante
ASCH VARGAS S. A.
Asch Vargas S. A., cédula jurídica Nº 3-101-027613,
solicita ante
CENTRO TURÍSTICO
REGIÓN NORTE EMPLEADOS
SEGURO SOCIAL SOCIEDAD ANÓNIMA
El Centro Turístico
Región Norte Empleados Seguro Social Sociedad Anónima (CETRENSS S. A.), cédula
jurídica Nº 3-101-047753 publica la lista de los accionistas en calidad de
morosos con más de doce cuotas por concepto de desarrollo, conservación y
mantenimiento, a efecto de que se apersonen en el término improrrogable de
treinta días hábiles a partir de la publicación de este aviso, a las oficinas
administrativas situadas en El Coyol de Alajuela,
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
MÁS ALLÁ DE
Más allá de
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
BOULEVAR SAGITARIO ROHRMOSER I-TREINTA Y DOS SOCIEDAD ANÓNIMA
Boulevar Sagitario Rohrmoser
I-Treinta y Dos Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-trescientos noventa y cuatro mil doscientos ochenta y ocho, solicita ante
TREMONT OMEGA, SOCIEDAD ANÓNIMA
Tremont Omega, Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-343894, solicita ante
INVERSIONES NANDAYURE SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones
Nandayure Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento
cincuenta y tres mil setecientos cincuenta y seis, solicita ante
HOTELERA
Hotelera
COMPAÑÍA AGRÍCOLA Y GANADERA CARMICH
SOCIEDAD ANÓNIMA
Compañía Agrícola
y Ganadera Carmich Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-074189-00, solicita ante
SEANDA SOCIEDAD ANONIMA
Seanda S. A., cédula jurídica número 3-101- 052565,
solicita ante
FERRETERÍA DANILO PORRAS SOCIEDAD ANÓNIMA
Ferretería Danilo
Porras, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-105563-21, solicita ante
KAR BATA SOCIEDAD ANONIMA
Kar Bata Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
3-101-070616, solicita ante
GRUPO DE INVERSIONES QS SOCIEDAD ANÓNIMA
Grupo de
Inversiones QS Sociedad Anónima, cedula jurídica tres- ciento uno-doscientos
sesenta y siete mil ochocientos noventa y uno, solicita ante
INTACO COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Intaco Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cero cero cuatro mil trescientos ochenta y tres, solicita ante
PUBLICACIÓN DE una VEZ
ASOCIACIÓN
DE EGRESADOS DEL LICEO ROBERTO BRENES MESÉN
Yo, Gilberth Argüello González,
cédula de identidad Nº 1-483-425, en mi calidad de presidente y representante
legal de
SOCIEDAD DE SEGUROS DE VIDA DEL MAGISTERIO NACIONAL
LIQUIDACIONES DE PÓLIZA APROBADAS POR
abril-09
Número Fecha Fecha Monto Monto
Nombre identificación defunción aprobado aprobado Deducciones beneficiarios
Acuña Sánchez Amelia 200960415 24/07/2008 15/04/2009 15.000.558,00 35.000,00 14.965.558,00
Alvarado Hernández Berta 400980370 06/02/2009 02/04/2009 15.039.310,00 4.849.054,00 10.190.256,00
Álvarez Arce Karla Gabriela 503240096 06/12/2008 22/04/2009 15.044.130,00 14.640,00 15.029.490,00
Arburola Valverde Marta 300535591 20/12/2008 29/04/2009 15.000.000,00 4.640.156,00 10.359.844,00
Arrieta Corrales María de los Á. 202780500 12/11/2008 02/04/2009 15.000.000,00 640.575,00 14.359.425,00
Astorga Sell Eddy 102570064 21/02/2009 15/04/2009 15.000.000,00 1.956.850,00 13.043.150,00
Barahona Jiménez Carmen 300447108 08/12/2008 22/04/2009 15.000.000,00 1.688.757,00 13.311.243,00
Barquero Bogantes Ruth 400880723 09/03/2009 29/04/2009 15.002.970,00 2.481.587,00 12.521.383,00
Barrantes Araya Luz María 202130533 25/01/2009 15/04/2009 15.000.000,00 1.136.375,00 13.863.625,00
Betancourt Pacheco Alonso 800340465 27/10/2008 29/04/2009 15.021.960,00 0,00 15.021.960,00
Boza Blanco Flora 101270961 05/12/2008 02/04/2009 15.000.000,00 1.882.320,00 13.117.680,00
Brenes Morales Jorge Abdiel 111330207 09/12/2008 15/04/2009 15.004.142,00 817.757,00 14.186.385,00
Brenes Zúñiga Álvaro Humbert 302140729 19/03/2009 29/04/2009 15.000.000,00 0,00 15.000.000,00
Bustamante Rosales José Ange 600860711 06/12/2008 15/04/2009 15.000.158,00 2.942.502,00 12.057.656,00
Calvo Álvarez Norma 302050052 23/02/2009 29/04/2009 15.000.000,00 0,00 15.000.000,00
Castro Palma Carlos Alberto 102670246 11/12/2008 02/04/2009 15.000.000,00 800.000,00 14.200.000,00
Chacon Méndez Roberto 103850105 09/02/2009 22/04/2009 15.000.000,00 1.817.066,00 13.182.934,00
Chavarría Hernández Mayra 103320961 07/02/2009 15/04/2009 15.000.000,00 8.544.222,00 6.455.778,00
Chaves Benavides Alexis 401160566 28/02/2009 29/04/2009 15.000.015,00 4.251.621,00 10.748.394,00
Chaves Solano Luz Berta 103840390 01/03/2009 22/04/2009 15.020.959,00 3.322.939,00 11.698.020,00
Chaves Villalobos Marta 400990101 07/03/2009 29/04/2009 15.000.000,00 1.020.000,00 13.980.000,00
Chinchilla Navarro María 101064312 10/02/2009 29/04/2009 15.000.000,00 1.225.135,00 13.774.865,00
Cordero Mora Luis Fernando 105170312 22/02/2009 15/04/2009 15.000.000,00 4.565.085,00 10.434.915,00
Cortes Ruiz Margarita 400510007 30/11/2008 22/04/2009 15.014.640,00 970.240,00 14.044.400,00
Cruz González Cristina de Jesu. 600900064 11/02/2009 22/04/2009 15.000.500,00 0,00 15.000.500,00
Delgado Barboza Argentina 100920620 27/10/2008 02/04/2009 15.000.000,00 2.035.000,00 12.965.000,00
Esquivel García Ángela 900080403 09/11/2008 15/04/2009 15.025.694,00 6.943.608,00 8.082.086,00
Fallas Mora Marcial 101870786 02/03/2009 15/04/2009 15.000.000,00 1.175.000,00 13.825.000,00
Flores Álvarez Sergio Humbert 800490082 08/03/2009 22/04/2009 15.000.000,00 0,00 15.000.000,00
García González Moisés 103180167 22/02/2009 22/04/2009 15.000.073,00 8.204.204,00 6.795.869,00
Gómez Cascante Ester 101250519 09/12/2008 22/04/2009 15.000.000,00 1.385.000,00 13.615.000,00
Gómez Chaves Lisímaco 500680303 11/12/2008 02/04/2009 15.000.000,00 3.790.264,00 11.209.736,00
Gómez Villegas Enoe 100720113 25/12/2008 22/04/2009 15.000.000,00 0,00 15.000.000,00
Guadamuz Loaiciga Luis Alberto 600930103 04/01/2009 15/04/2009 15.000.500,00 0,00 15.000.500,00
Hernández Berrocal Evelyn 600840104 28/01/2009 22/04/2009 15.018.368,00 1.015.833,00 14.002.535,00
Hernández Galagarza Juan Efra 500770753 06/12/2008 02/04/2009 15.000.000,00 0,00 15.000.000,00
Hernández Jaén Arabela del Car 502350417 11/02/2009 15/04/2009 15.000.000,00 1.678.000,00 13.322.000,00
Herrera Badilla Kensy del Carm 103390971 10/02/2009 22/04/2009 15.000.000,00 1.319.315,00 13.680.685,00
Jiménez Jiménez Jorge 101710389 01/02/2009 15/04/2009 15.000.700,00 30.000,00 14.970.700,00
León Herrera Carmen 200980427 31/01/2009 15/04/2009 15.000.000,00 1.520.815,00 13.479.185,00
Loaiza Leandro Carlos Martín 302160204 06/11/2008 02/04/2009 15.000.000,00 7.320,00 14.992.680,00
López Delgado Teresa 300468954 18/01/2009 15/04/2009 15.008.657,00 5.098.855,00 9.909.802,00
López Villegas María Cecilia 102910072 24/01/2009 15/04/2009 15.059.802,00 2.643.672,00 12.416.130,00
Madrigal Dittel Leda 400620311 02/03/2009 22/04/2009 15.000.000,00 1.782.246,00 13.217.754,00
Madrigal Garro Hernán 102400803 14/02/2009 02/04/2009 15.000.000,00 1.859.746,00 13.140.254,00
Marin Paynter José Luis 101820968 09/05/2008 22/04/2009 15.000.700,00 0,00 15.000.700,00
Martínez Abarca Norma 600740977 02/12/2008 29/04/2009 15.016.719,00 8.363.645,00 6.653.074,00
Medrano Ruiz Thelma 500299690 02/12/2008 22/04/2009 15.000.000,00 941.000,00 14.059.000,00
Mena Umaña Odili 102930021 02/12/2008 29/04/2009 15.008.843,00 1.602.220,00 13.406.623,00
Méndez Alvarado Mayra 103110389 14/11/2008 22/04/2009 15.000.000,00 1.062.757,00 13.937.243,00
Montero Castro Rafael Enriqu 101470305 07/02/2009 22/04/2009 15.000.700,00 0,00 15.000.700,00
Mora Barboza Esperanza 101780236 11/11/2008 02/04/2009 15.000.000,00 1.186.945,00 13.813.055,00
Mora Delgado Sandra Patricia 108150258 19/02/2009 15/04/2009 15.000.000,00 727.000,00 14.273.000,00
Mora Soto Rodrigo 400800556 21/02/2009 22/04/2009 15.000.000,00 1.341.246,00 13.658.754,00
Moreira Morales Mario 101142283 29/11/2008 15/04/2009 15.036.657,00 2.961.265,00 12.075.392,00
Murillo Solís Álvaro 201380580 06/02/2009 15/04/2009 15.000.000,00 2.718.839,00 12.281.161,00
Navarro Leiva Jorge Enrique 301980668 11/02/2009 15/04/2009 15.000.000,00 2.327.047,00 12.672.953,00
Navarro López Boanerges 201680186 10/02/2009 15/04/2009 15.000.000,00 0,00 15.000.000,00
Oviedo Vargas Trinidad Antonia 101890785 09/01/2009 29/04/2009 15.001.000,00 0,00 15.001.000,00
Paris Segares Pedro Manuel 600340205 16/02/2009 02/04/2009 15.065.687,00 5.634.709,00 9.430.978,00
Pereira Guzmán Betty Felicia 200990917 30/12/2008 15/04/2009 15.000.000,00 1.569.905,00 13.430.095,00
Porras Molina Miguel Ángel 201070964 23/12/2008 22/04/2009 15.004.329,00 80.186,00 14.924.143,00
Prada Díaz Carlos Manuel 103650475 16/02/2009 02/04/2009 15.000.000,00 0,00 15.000.000,00
Ramos Gómez Luis Francisco 301460469 12/02/2009 29/04/2009 15.029.460,00 2.085.461,00 12.943.999,00
Rojas Leiva Margarita Inés 300980184 01/12/2008 29/04/2009 15.000.000,00 1.700.000,00 13.300.000,00
Rojas Loaiza José Mario 301290116 27/01/2009 02/04/2009 15.000.000,00 4.077.597,00 10.922.403,00
Rojas Rojas Benedicto 201090741 07/02/2009 15/04/2009 15.000.000,00 1.352.500,00 13.647.500,00
Saavedra López Danelia del Soc 800460504 12/02/2009 02/04/2009 15.000.006,00 7.877.900,00 7.122.106,00
Sánchez Álvarez Araminda 103190221 14/02/2009 22/04/2009 15.000.000,00 0,00 15.000.000,00
Segura Ocaña Nidia 201590908 04/11/2008 29/04/2009 15.010.997,00 986.195,00 14.024.802,00
Solano Rivera Deidalia 103360383 06/02/2009 15/04/2009 15.000.000,00 1.360.077,00 13.639.923,00
Soto Espinoza Federico 601000239 23/12/2008 15/04/2009 15.011.532,00 1.592.922,00 13.418.610,00
Soto Solera Iris Lidiet del Carm 600500505 12/03/2009 29/04/2009 15.005.493,00 460.000,00 14.545.493,00
Spencer Lawrence Javier 700950905 27/12/2008 22/04/2009 15.009.293,00 1.401.200,00 13.608.093,00
Torres Cerdas Yamileth María D. 900080939 15/02/2009 22/04/2009 15.000.000,00 8.398.409,00 6.601.591,00
Ugalde Arce Venancio 400540817 17/02/2009 29/04/2009 15.000.000,00 83.269,00 14.916.731,00
Ugalde Mora María Esperanza 201180750 13/02/2009 22/04/2009 15.000.000,00 1.479.815,00 13.520.185,00
Vaglio Rivas Claudio del Socorr 900260050 18/07/2008 28/04/2009 541.287,00 2.950.000,00 -2.408.713,00
Valerio González Nelly 200980208 28/12/2008 29/04/2009 15.029.038,00 3.370.031,00 11.659.007,00
Valverde Arguedas Carmen Patr. 102540642 24/02/2009 22/04/2009 15.000.000,00 1.424.746,00 13.575.254,00
Varela Sáenz Ana Lorena 401270332 04/12/2008 15/04/2009 15.000.000,00 786.650,00 14.213.350,00
Vargas Arredondo Carmen Lía 201480789 18/02/2009 22/04/2009 15.000.000,00 3.669.000,00 11.331.000,00
Vargas Benavides Juan Manuel 400420077 01/11/2008 15/04/2009 15.000.000,00 0,00 15.000.000,00
Vargas Sanabria María Elena 201860707 06/02/2009 22/04/2009 15.000.000,00 513.197,00 14.486.803,00
Villalobos Vargas Jorge 401350855 16/11/2008 22/04/2009 15.073.485,00 1.619.960,00 13.453.525,00
Villarreyna Pérez Omar Eduard 800710094 15/11/2008 29/04/2009 15.000.000,00 1.525.000,00 13.475.000,00
1.276.108.362,00 169.321.452,00 1.106.786.910,00
San José, 4 de mayo del 2009.—Lic. Sergio Roldán Roldán, Director de Operaciones.—1 vez.—(42787).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:30 horas del 19 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Nature Costa Tour S. A. Capital social totalmente suscrito y pagado, Plazo: cien años, Domicilio: Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste. Objeto: Comercio en general.—Guanacaste, 15 de mayo del 2009.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 107251.—(42521).
El suscrito notario hace constar, que mediante escritura otorgada a las catorce horas del día de hoy, protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Tropical Direct S. A., mediante la cual se reforma la cláusula segunda de los estatutos relativa al domicilio, la sexta relativa a la administración, se incorpora una nueva cláusula con el número décima, relativa al agente residente. Se remueve la junta directiva y el fiscal y se nombran sustitutos. Presidenta: Eugene Wayne Legum.—San José, trece de mayo del dos mil nueve.—Lic. Ricardo Guardia Vázquez, Notario.—1 vez.—Nº 107252.—(42522).
En mi notaría, mediante escritura Nº 190, de las 18:30 horas del 18 de mayo de 2009, la sociedad Abismar OCR Sociedad Anónima, nombró nuevo presidente, secretario, tesorero y fiscal por el resto del plazo social; así mismo, cambió su domicilio social a el distrito primero, Santa Bárbara, cantón cuarto, Santa Bárbara, provincia de Heredia, trescientos metros al norte del Colegio de la localidad.—Santa Bárbara de Heredia, dieciocho de mayo del 2009.—Lic. Lilliana Madrigal Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 107255.—(42523).
Protocolización de acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Distribuidora Fraise S. A. mediante la cual se reforman las cláusulas primera del nombre para que en adelante se denomine Distribuidora Fraise, Ltda., las demás cláusulas del pacto constitutivo y se nombra nuevo gerente y agente residente. Escritura otorgada, a las quince horas del diecinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. María Monserrat Bonilla Garro, Notaria.—1 vez.—Nº 107257.—(42524).
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 20 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad Inversiones Macenana E.I.R.L., cuya representante legal es Marlen Cecilia Navarro Navarro.—Lic. Sandra Araya Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 107258.—(42525).
La
suscrita María de Los Ángeles Guadamuz Guadamuz, notaria pública y abogada, con oficina abierta en
El Progreso, del Salón Florida cuatrocientos cincuenta metros oeste, Cariari, Pococí, Limón; hago
constar y doy fe que en mi protocolo tomo uno, en la escritura número ciento
sesenta y en adicional escritura número ciento sesenta y cinco se constituyó la
sociedad Constructora Familia León Tenorio de Pococí
Sociedad Anónima. Capital social es de diez mil colones, plazo social de
noventa y nueve años y su domicilio es en
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del veintiséis de enero del dos mil nueve, que es asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Arpack Global Sociedad Anónima, se acuerda reformar la cláusula sexta. Es todo.—San José, veinte de mayo del dos mil nueve.—Lic. Karla Villalobos Wong, Notaria.—1 vez.—Nº 107260.—(42527).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las once horas del veinte de mayo del dos mil nueve, que es asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada QDR Filial Sesenta Poma Sociedad Anónima, se acuerda reformar la cláusula segunda, quinta y sexta. Es todo.—San José, veinte de mayo del dos mil nueve.—Lic. Karla Villalobos Wong, Notaria.—1 vez.—Nº 107261.—(42528).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las diez horas del veinte de mayo del dos mil nueve, que es asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada QDR Filial Cincuenta y Seis Opalo Sociedad Anónima, se acuerda reformar la cláusula segunda y sexta. Es todo.—San José, veinte de mayo del dos mil nueve.—Lic. Karla Villalobos Wong, Notaria.—1 vez.—Nº 107262.—(42529).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las nueve horas del veinte de mayo del dos mil nueve, que es asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Monopolio Verde Sociedad Anónima, se acuerda reformar la cláusula sexta y eliminar la cláusula décimo segunda. Es todo.—San José, veinte de mayo del dos mil nueve.—Lic. Karla Villalobos Wong, Notaria.—1 vez.—Nº 107263.—(42530).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del veinte de mayo del dos mil nueve, que es asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Grupo Clartum de América Sociedad Anónima, se acuerda reformar la cláusula sexta y eliminar la cláusula del agente residente. Es todo.—San José, veinte de mayo del dos mil nueve.—Lic. Karla Villalobos Wong, Notaria.—1 vez.—Nº 107264.—(42531).
Ante esta notaría, mediante escritura número ciento noventa y ocho de las dieciocho horas del veinticuatro de febrero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima Sab Seguridad.—San José, primero de abril del 2009.—Lic. Denia Vargas Azofeifa, Notaria.—1 vez.—Nº 107266.—(42532).
El suscrito notario público hace constar que los señores Carlos Luis Solano Barquero y Amanda Garro Ruiz, por escritura pública número cuatrocientos setenta y cinco-tres, otorgada ante esta notaría, a las trece horas del quince de mayo del dos mil nueve. Constituyeron la sociedad denominada Dysoga Sociedad Anónima. Plazo social de noventa y nueve años. Capital social diez mil colones. Se nombra al presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma a: Carlos Luis Solano Barquero, cédula de identidad uno-mil ciento noventa y dos-seiscientos noventa y tres y Amanda Garro Ruiz, cédula de identidad cuatro-ciento noventa y dos-ochocientos cincuenta y tres, respectivamente. Es todo.—San José, catorce horas del quince de mayo del dos mil nueve.—Lic. Miguel Eduardo Cervantes Mora, Notario.—1 vez.—Nº 107267.—(42533).
Por
escritura otorgada en esta ciudad, ante el notario Roberto Portilla Barrantes,
a las 11:00 horas del 19 de mayo del 2009, se constituyó Jardines Floridos
del Ceibo S. A. Capital social: Cincuenta mil colones. Domicilio social: El
Ceibo de Pérez Zeledón, San José, Costa Rica.
Ante mi notaría, se constituyó en el día de hoy la compañía denominada Erijorg Sociedad Anónima. Capital: ¢100,000. Presidente: Luis Erick Barrantes Carrera. Domicilio: Puntarenas. Plazo: 99 años.—San José, 18 de mayo del 2009.—Lic. Fernando Alonso Castro Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 107270.—(42535).
Hoy
15 de mayo del 2009, se constituye la sociedad denominada Free Vision Sociedad Anónima. Capital social: un millón de
colones. Plazo social: Cien años. Domicilio: Alajuela, Urbanización Villas de
Por escritura otorgada ante el notario Jesua de Montserrat Solís Hernández, a las diez horas del dieciséis de mayo de dos mil nueve, se protocolizó el acto de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Roberto Matamoros e Hijos Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda prorrogar el plazo social por cincuenta años más.—San José, dieciocho de mayo de dos mil nueve.—Lic. Jesua de Montserrat Solís, Notario.—1 vez.—Nº 107277.—(42537).
Por escritura otorgada ante mí, Edwin Chacón Bolaños, se reformó la cláusula quinta de la sociedad Auto Repuestos Gamboa Sociedad Anónima, aumentándose el capital social.—San José, 20 de mayo del 2009.—Lic. Edwin Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 107278.—(42538).
Por escritura pública 216-2 otorgada en mi notaría, a las 16:00 horas del 6 de mayo del 2009, se protocolizó acta número uno, de asamblea general extraordinaria de socios de Eventos y Convenciones Tica Linda (Evencon T.C.) S. A., cédula jurídica 3-101-372325, donde se revocó y nombro tesorero por el resto del plazo social y se reformó las cláusulas sexta y novena del pacto constitutivo.—Lic. Roberto Villegas Espinoza, Notario.—1 vez.—Nº 107280.—(42539).
Por escritura otorgada ante mí, Edwin Chacón Bolaños, se reformó la cláusula quinta de la sociedad Zayqui Sociedad Anónima, aumentándose el capital social.—San José, 20 de mayo del 2009.—Lic. Edwin Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 107279.—(42540).
Por escritura pública 220-2 otorgada en mi notaría, a las 17:00 horas del 16 de mayo del 2009, se protocolizó acta número dos de asamblea general extraordinaria de socios de Corporación Mixe de Costa Rica Trescientos Setenta y Cinco S. A. cédula jurídica Nº 3-101-551693 donde se nombró nuevo tesorero por el resto del plazo social y se reformaron las cláusulas tercera, quinta, sétima y novena del pacto constitutivo.—Lic. Roberto Villegas Espinoza, Notario.—1 vez.—Nº 107281.—(42541).
A efecto de publicación del edicto correspondiente, le informo que el día 26 de abril del 2009, comparecieron a esta notaría los señores Fernando Mora Ramírez, cédula 1-225-358, Marvin Enrique Aguilar Guillén, pasaporte C 1062966, para constituir la sociedad Pampa Oscura Sociedad Anónima. Dicha sociedad fue constituida a las 15:00 horas del día 26 de abril del 2009, por el notario Gerardo Quesada Monge, en escritura número 436-17 del tomo 17 de su protocolo.—San José, a los 20 días del mes de mayo del 2009.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—Nº 107285.—(42542).
Por escritura otorgada ante esta notaría, el día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Pool Xperts, Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Barrio González Lahman, veinticinco metros al sur de Casa Italia, oficinas de Bolcomer, Bolsa de Comercio. Capital social: Completamente suscrito y pagado. Consejo de Administración: presidente, secretario y tesorero. Objeto: Comercio en general.—San José, 19 de mayo del 2009.—Lic. Ronald Ramírez Garita, Notario.—1 vez.—Nº 107286.—(42543).
Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría a las once horas de hoy, fue constituida Svopildo Bienes Raíces Sociedad Anónima, abreviándose S. A. Domicilio: San José. Plazo: Noventa y nueve años. Objeto: Agricultura, ganadería, minería, turismo, industria y comercio. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Presidente, secretario y tesorero con poder generalísimo.—San José, 20 de mayo del 2009.—Luis Diego Acuña Delcore, Notario.—1 vez.—Nº 107287.—(42544).
Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría, a las dieciséis horas de hoy, protocolizó acta de asamblea general de socios de Torelli, S. A., celebrada en San José, a las catorce horas y treinta minutos del veinte de mayo en curso, mediante la cual se reforma la cláusula novena del pacto social, se eligen directores y se tornan otros acuerdos.—San José, 20 de mayo de 2009.—Luis Diego Acuña Delcore, Notario.—1 vez.—Nº 107288.—(42545).
Por esta escritura otorgada en esta notaría en San José, a las ocho horas del día 18 de mayo del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Blue Tropic Lamb Sociedad Anónima. Se reforma cláusula sexta y se nombra presidente.—San José, 18 de mayo del 2009.—Lic. Juan Antonio Madriz Arce, Felipe Beeche Pozuelo, Notarios.—1 vez.—Nº 107290.—(42546).
Por esta escritura otorgada en esta notaría en San José, a las quince horas del día once de mayo del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada The Dannyhank Group Sociedad Anónima. Se reforman cláusulas segunda, sexta y se nombra junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 13 de mayo del 2009.—Lic. Juan Antonio Madriz Arce, Felipe Beeche Pozuelo, Notarios.—1 vez.—Nº 107291.—(42547).
La suscrita notaria, hace constar que el siete de mayo del dos mil nueve, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Rodrigo Solano Rojas e Hijos Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Rodrigo Solano Rojas E Hijos S. A..—Siquirres, Limón, al ser las catorce horas treinta y cinco minutos del siete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Flor de María Herra Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº 107295.—(42548).
La suscrita notaria hace constar que el siete de mayo del dos mil nueve, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Milton Solano Rojas e Hijos Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Milton Solano Rojas E Hijos S. A..—Siquirres, Limón, al ser las dieciocho horas treinta y cinco minutos del siete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Flor de María Herra Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº 107297.—(42549).
Por escritura número diez-catorce, otorgada ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad Diglo Q.N.C. S. A. con un capital de diez mil colones. Presidente Fausto Quesada Núñez.—San Rafael de Heredia, veinte de mayo del dos mil nueve.—Lic. Arnoldo Acuña Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 107301.—(42550).
Ante la notaría del Licenciado Diomer Manuel Esteban Umaña, se constituyó la sociedad Kamasutra-cr Sociedad Anónima, el día dieciséis de marzo del dos mil nueve, cuyo presidente es: Víctor Enrique Acuña Guerrero, de nacionalidad venezolano, cédula de residencia: uno ocho seis dos cero cero cero dos nueve uno tres seis, soltero, empresario y vecino de San José. Es todo.—San José, dieciocho de mayo del dos mil nueve.—Lic. Diomer Manuel Esteban Umaña, Notario.—1 vez.—Nº 107302.—(42551).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las dieciocho horas del diecinueve de mayo del dos mil nueve, se constituye la sociedad Tierra Familiar y Generaciones O.E.L.P Sociedad Anónima.—San José, veinte de mayo del dos mil nueve.—Lic. María Gabriela Ramírez Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 107304.—(42553).
Por escritura número doscientos cuarenta y siete, otorgada ante esta notaría a las trece horas del catorce de mayo del dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima denominada Corporación Los Altos del Palmar Sociedad Anónima. Presidente: Abel Emilio Sánchez Rodríguez.—Heredia, catorce de mayo del dos mil nueve.—Lic. Leonel Antonio Cruz Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 107305.—(42554).
Constituyen sociedad anónima denominada Inversiones Rayen 1975 S. A., representada por el señor Rafael Ángel Zamora Estrada. Escritura otorgada en Puerto Viejo de Sarapiquí, a las 12:00 horas del 28 de marzo del dos mil nueve ante notario publico Johnny Vinicio Matute Obando.—Lic. Johnny Vinicio Matute Obando, Notario.—1 vez.—Nº 107307.—(42555).
Constituyen sociedad anónima denominada Servicios Logísticos del Norte S. A., representada por la señora, Mariela Brenes Carballo. Escritura otorgada en Puerto Viejo de Sarapiquí, a las 17:00 horas del 24 de abril del dos mil nueve ante notario publico Johnny Vinicio Matute Obando.—Lic. Johnny Vinicio Matute Obando, Notario.—1 vez.—Nº 107309.—(42556).
Constituyen sociedad anónima denominada Damier S. A., representada por Merelim Rodríguez Murillo. Escritura otorgada en Puerto Viejo de Sarapiquí, a las 11:00 horas del 28 de febrero del dos mil nueve, ante el notario público Johnny Vinicio Matute Obando.—Lic. Johnny Vinicio Matute Obando, Notario.—1 vez.—Nº 107310.—(42557).
A las 15:00 horas del 19 de mayo del 2009, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Compañía de Servicios Las Lomas S. A., de esta plaza, mediante la cual se reforman las cláusulas tercera y sexta de la escritura constitutiva, se aceptan las renuncias de la totalidad de la junta directiva y se nombran sustitutos.—San José, 19 de mayo del 2009.—Lic. Victoria Medrano Guevara, Notaria.—1 vez.—(42641).
Que por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas quince minutos, del día quince de mayo del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Timber Amarilis Ta Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó reformar la cláusula sexta del acta constitutiva.—San José, 19 de mayo del 2009.—Lic. Roberto Solano Leiva, Notario.—1 vez.—(42643).
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del día de hoy, se constituyó una sociedad anónima, cuya denominación asignará el Registro. Domicilio Alajuela. Objeto en general, la agricultura, ganadería, industria y comercio. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Acciones comunes y nominativas. Plazo 100 años. Presidente y secretario ostentan la representación judicial y extrajudicial de la empresa.—San José, 20 de mayo del 2009.—Lic. Luis Alberto Arias Naranjo, Notario.—1 vez.—(42660).
Ante
mí, León Felipe Ramos Santos, Notario Público de Heredia, se ha constituido la
sociedad anónima denominada Construcciones y Acabados Valgar,
cuyo presidente y apoderado es Robert de
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas, del siete de mayo del dos mil nueve, José Rafael Rojas Salazar y Virginia Chávez Sotela, constituyen El Camino A Israel S. A., capital social diez mil colones, diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, plazo social cien años, domicilio la ciudad de Alajuela.—Alajuela, 7 de mayo del 2009.—Lic. Javier E. Turcios Velásquez, Notario.—1 vez.—(42674).
El suscrito notario José Joaquín Herrera Arias, hago constar y doy fe de que mediante la escritura número ciento noventa y uno-diez, ante el suscrito notario, a las dieciséis horas con treinta minutos, del veinte de mayo del dos mil nueve, se protocolizó el aumento de capital de la sociedad anónima denominada Bolvi Sociedad Anónima, a la suma de cien millones de colones. Es todo—Carrillos de Poás, quince horas, del veinte de mayo del dos mil nueve.—Lic. José Joaquín Herrera Arias, Notario.—1 vez.—(42679).
En mi
notaría a las nueve horas del siete de mayo del dos mil nueve, se constituyó la
sociedad CP Solutions del Oeste Sociedad Anónima. Presidente: Bradley James Deering. Capital social
diez mil colones. Domicilio social: provincia de San José, cantón central,
distrito Hospital, Paseo Colón, de
Por escritura otorgada en mi notaría en Alajuela, a las diez horas veinticinco minutos, del dieciséis de mayo del año dos mil nueve, se constituyó sociedad que se denominará igual que el número de cédula jurídica que se le asigne, domicilio social en Alajuela, central, Barrio San José, ciento setenta y cinco metros al sur del Liceo. Capital Social cien mil colones representados por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad.—Lic. Enrique Montero Gamboa, Notario.—1 vez.—(42683).
Por escritura otorgada en mi notaría en Alajuela, a las diez horas cuarenta minutos, del dieciséis de mayo del año dos mil nueve, se constituyó sociedad que se denominará igual que el número de cédula jurídica que se le asigne, domicilio social en Alajuela, central, Barrio San José, ciento setenta y cinco metros al sur del Liceo. Capital social cien mil colones representados por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad.—Enrique Montero Gamboa, Notario.—1 vez.—(42684).
Por escritura otorgada en mi notaría en Alajuela, a las dieciséis horas veinticinco minutos, del veintisiete de abril del año dos mil nueve, se constituyó sociedad Constructora Luis Higuita y Familia S. A., domicilio social en Alajuela, central, Barrio San José, ciento setenta y cinco metros al sur del Liceo. Capital Social cien mil colones representados por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad.—Enrique Montero Gamboa, Notario.—1 vez.—(42685).
Por escritura otorgada en mi notaría en Alajuela, a las dieciséis horas, del veintisiete de abril del año dos mil nueve, se constituyó sociedad Inversiones Luis Higuita y Familia S. A., domicilio social en Alajuela, central, Barrio San José, ciento setenta y cinco metros al sur del Liceo. Capital social cien mil colones representados por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad.—Lic. Enrique Montero Gamboa, Notario.—1 vez.—(42686).
La sociedad L G Oulet de los Tres S. A., protocoliza acuerdos de asamblea general de socios.—San José, 20 de mayo del 2009.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—(42698).
Ante la notaría de Marlene Elizondo Alfaro, los señores Guillermo Hernández Robert, cédula 1-465-383 y Eugenia Fernández Robert, cédula 1-796-231, Lía Hernández Robert, cédula…, Anabelle Hernández Robert, cédula 1-465-385 y Carmen Robert Quesada, cédula 3-076-913, Mediante escritura pública otorgada a las 15:00 horas del 26 de abril del 2009, constituyeron la sociedad anónima denominada Carmen Robert Quesada e Hijos S. A.—San Luis de Santo Domingo de Heredia, 27 de abril del 2009.—Lic. Marlene Elizondo Alfaro, Notaria.—1 vez.—(42711).
Por escritura otorgada en esta notaría a las 16:00 horas del 20 de mayo del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Guía Total, S. A., según la cual se reforma la cláusula tercera del pacto constitutivo.—San José, 20 de mayo del 2009.—Lic. Mario Saborío Rocafort, Notario.—1 vez.—(42712).
Por escrituras otorgadas en mi notaría, a las trece horas con treinta minutos, del diecinueve de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Quirós y Villegas Sociedad Anónima, domiciliada en Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, urbanización Coocique, trescientos metros al este de Panes del Norte. Presidente: Jerlyn Villegas Herrera, con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma, con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Plazo noventa y nueve años. Capital social íntegramente suscrito y pagado.—Ciudad Quesada, diecinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Víctor Emilio Rojas Hidalgo, Notario.—1 vez.—(42726).
Por
escrituras otorgadas en mi notaría, a las siete horas con cuarenta y cinco
minutos, del trece de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad
denominada Agricasti Sociedad Anónima,
domiciliada en
Por escritura otorgada en mí notaría a las nueve horas diez minutos, del tres de diciembre del año dos mil ocho, la sociedad Copiplanos Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno-uno tres uno ocho tres siete, se reforma estatutos y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Mayling Larios Alegría, Notaria.—1 vez.—(42729).
Pinar Estates S. A., protocoliza actas, revoca nombramientos efectúa nombramientos de junta directiva y fiscal y modifica domicilio social y fiscal. Escritura 13-125, de las 12:00 horas del 21 de mayo del 2009.—Lic. Ananías Matamoros Carvajal, Notario.—1 vez.—(42730).
Por escritura otorgada en mi notaría, al ser las nueve horas del veinte de mayo del dos mil nueve, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Rancho de Mima A G Sociedad Anónima; por medio de la cual se modifica la cláusula novena de la escritura constitutiva.—Ciudad Quesada, San Carlos, 20 de mayo del 2009.—Lic. Antonio Marín Rojas, Notario.—1 vez.—(42731).
Por escritura otorgada en mi notaría, al ser las catorce horas del veinte de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Ockeechobee Sociedad Anónima, domiciliada en Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma. Plazo noventa y nueve años. Capital social íntegramente suscrito y pagado.—Ciudad Quesada, 20 de mayo del 2009.—Lic. Víctor Emilio Rojas Hidalgo, Notario.—1 vez.—(42732).
Por escritura otorgada en mi notaría, al ser las trece horas del veinte de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad que se denominará con el número de cédula jurídica que se le asigne el Registro, domiciliada en Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma. Plazo noventa y nueve años. Capital social íntegramente suscrito y pagado.—Ciudad Quesada, 20 de mayo del 2009.—Lic. Víctor Emilio Rojas Hidalgo, Notario.—1 vez.—(42735).
El
día de hoy ante esta notaría se ha otorgado escritura mediante la cual se
constituye la sociedad Campos de
El
día de hoy ante esta notaría se ha otorgado escritura mediante la cual se
constituye la sociedad Altos de
El
día de hoy ante esta notaría se ha otorgado escritura mediante la cual se
constituye la sociedad Colinas de
El
día de hoy ante esta notaría se ha otorgado escritura mediante la cual se
constituye la sociedad Valles de
El
día de hoy ante esta notaría se ha otorgado escritura mediante la cual se
constituye la sociedad Llanos de
El
día de hoy ante esta notaría se ha otorgado escritura mediante la cual se
constituye la sociedad Arboleda de
El
día de hoy ante esta notaría se ha otorgado escritura mediante la cual se
constituye la sociedad Ribera de
El
día de hoy ante esta notaría se ha otorgado escritura mediante la cual se
constituye la sociedad Arroyo y Alpízar Sociedad
Anónima, domiciliada en Las Vueltas de
Mediante escritura pública número ochenta y tres, otorgada a las 18:00 horas del 18 de mayo del 2009, la suscrita notaria Andrea Hutt Fernández, protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de 3-101-568140, en la cual se reformó la cláusula primera del pacto constitutivo, modificando su razón social, para en adelante llamarse Professional Title Sociedad Anónima. Además se nombra junta directiva y se otorgan poderes.—San José, 18 de mayo del 2009.—Lic. Andrea Hutt Fernández, Notaria.—1 vez.—(42748).
Ante la notaria Rosa Elena Segura Ruiz, el día 17 de junio del 2008, se constituyeron las siguientes sociedades: Good Business Ltda., Big Hopes Ltda., y Good Desires Ltda.; el día 29 de mayo del 2008, se constituyeron las siguientes sociedades: Green Garden Ltda., Colors Of The Garden Ltda., y Color Of The Sky Ltda., todas de responsabilidad limitada, se suscribió capital y se nombró gerente con facultades de apoderado generalísimo.—Lic. Rosa Elena Segura Ruiz, Notaria.—1 vez.—(42749).
Por escritura otorgada en Heredia, a las veinte horas del veinte de mayo del dos mil nueve, se constituyó una sociedad anónima, que se regirá por las disposiciones correspondientes al Código de Comercio, por el Decreto Ejecutivo Nº 33171-J sociedad anónima, con domicilio en la ciudad de Heredia, con un capital de cien mil colones, con un plazo de noventa y nueve años, presidente el socio Christian Méndez Hernández, en Heredia a las ocho horas veinte minutos del veintiuno de mayo del dos mil nueve.—Lic. Sonia Víquez Chaverri, Notaria.—1 vez.—(42753).
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
De conformidad
con resolución RMT-1159-2009 de las nueve horas del día 30 de marzo del 2009.
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social resuelve: Impartir aprobación final a
la resolución JPIGTA-205-2009 de sesión celebrada en San José, a las nueve
horas del 27 de enero del 2009, de
SUCURSAL DE GOLFITO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
AVISO DE COBRO – PENDIENTE DE PAGO
Aviso Nº 1632200905110001
Señores patronos / trab. Indep. favor dirigirse a: Área de Cobro Judicial: Agencia de Golfito.
Nombre del patrono Nº
patronal Concepto Periodo adeudado Monto ¢
INDUSTRIAS EL INPALSUR S. A. 2-03101205530-001-001 PLANILLAS JUNIO
SETIEMBRE
SETIEMBRE
2000 (ADICIONAL) 8.477.580,00
RODRÍGUEZ SALAZAR ASDRUBAL 0-00501720781-001-001 PLANILLAS JUNIO
CORRALES BUSTOS JULIO TOMAS 0-00600981175-001-001 PLANILLAS FEBRERO
FEBRERO
2000 (ADICIONAL) 4.838.900,00
ÓSCAR SALAZAR Y ASOCIADOS S. A. 2-03101132795-003-001 PLANILLAS JUNIO
JUNIO
1998 (ADICIONAL) 4.022.544,00
SOCIEDAD AGROPECUARIA 2-03101058864-001-001 PLANILLAS MARZO 1985 (ADICIONAL)
HEROSGAMA S. A. NOVIEMB
1985, MARZO 1986, JULIO
1986,
AGOSTO 1986, MARZO 1992
JULIO
SERV.
MEDICOS SETIEMBRE 1997 3.966.968,00
COALICIÓN DE INICIATIVAS
EMPRESARIALES CIESA S. A. 2-03101210963-001-001 PLANILLAS OCTUBRE
WILLI MANFRED WILMS 7-00015364129-001-001 PLANILLAS JULIO
SALAZAR PORRAS DORIS 0-00203320367-001-001 PLANILLAS OCTUBRE 2004, NOVIEMBRE 2004
MARZO
2005 2.684.694,00
VIDA MARINA S. A. 2-03101069429-001-001 PLANILLAS MARZO
FEBRERO
2006 (ADICIONAL) 2.000.470,00
NOVIEMBRE
1995 (DICIONAL) 2.241.831,00
DEPÓSITO FISCAL DEL SUR S. A. 2-03101068581-001-001 PLANILLAS MAYO 1993 (ADICIONAL)
SETIEMBRE
SERV.
MEDICOS SETIEMBRE 1997 Y
JUNIO 1996 2.032.275,00
COMPAÑÍA CONSTRUCTORA MAR Y 2-03101261537-002-001 PLANILLAS ABRIL
MAR DOS MIL S. A. MAYO
2002 (ADICIONAL) 2.005.537,00
CORPORACION DIRIMA DR S. A. 2-03101473199-001-001 PLANILLAS NOVIEMBRE
COMPAÑÍA FRUTAL ARCO IRIS S. A. 2-03101050667-001-001 PLANILLAS FEBREO
OTROS
INTERESES
PLANILLAS DE
CONCEPTOS JUNIO 2005 Y JULIO 2005 1.794.479,00
MONGE ROJAS VICTOR MANUEL 0-00301190482-001-001 PLANILLAS JUNIO 2006 (ADICIONAL) 1.716.467,00
BAHIA PARAISO S. A. 2-03101335337-002-001 PLANILLAS ENERO 2004, ABRIL 2005, MAYO 2005
Y
NOVIEMBRE 2005 1.709.358,00
EL PALENQUE LOS BRUNCAS S. A. 2-03101158278-001-001 PLANILLAS SETIEMBRE
SERV.
MEDICOS OCTUBRE 1995 Y MARZO
2007 1.682.441,00
INERVERSIONES TESMO S. A. 2-03101055085-001-001 PLANILLAS SETIEMBRE
CIRCUITO RAFIAL M M CH MARCO 2-03101032172-001-001 PLANILLAS MARZO 1999, JUNIO 1999, AGOSTO
ANTONIO MUÑOZ CASTRO 1999,
JULIO
GUANACASTE EXPRESO S. A. 2-03101174518-002-001 PLANILLAS ABRIL
2004 (ADICIONAL), MAYO 2004
JULIO
2004 1.174.613,00
PASTOR VALVERDE LUIS ALONSO 0-00105290742-001-001 PLANILLAS MAYO
PLATINO CREDITEK S. A. 2-03101255281-001-001 PLANILLAS FEBRERO
SETIEMBRE
2002 1.065.502,00
TRANSPORTE GOLFITO EXPRESSO S. A. 2-03101152143-001-001 PLANILLAS AGOSTO
SETIEMBRE
1996 (ADICIONAL) 961.153,00
AGROPECUARIA VARCAL S. A. 2-03101191901-001-001 PLANILLAS JUNIO 1999, JULIO 1999,
DICIEMBRE
CONSTRUCTORA KEITH COKESA S. A. 2-03101094364-001-001 SERV. MEDICOS ENERO
PUNTA VERDE DE MANGLE S. A. 2-03101134181-002-001 PLANILLAS JULIO
ENERO
2003, MARZO
2004,
ENERO
EL GRAN TELEFERICO GOLFITEÑO
DEL SUR S. A. 2-03101214772-001-001 PLANILLAS MAYO
JULIO
2001 (ADICIONAL) 750.677,00
AGRO ÁLVAREZ Y ALVARE DOL MIL S. A. 2-03101251353-001-001 PLANILLAS AGOSTO 2007 (ADICIONAL) 668.299,00
MARIPOSA AZUL DE OSA
S. A. 2-03101138336-001-001 PLANILLAS NOVIEMBRE 1994, DICIEMBRE 1994,
ABRIL
ABRIL
1995 (ADICIONAL) 634.725,00
MUDESA INTERNACIONAL S. A. 2-03101099008-001-001 PLANILLAS ENERO
SERVICENTRO CORCOVADO OROS S. A. 2-03101105566-001-001 PLANILLAS STIEMBRE
DISTRIBUIDORA CHIVAGO S. A. 2-03101063883-001-001 PLANILLAS ENERO
ASOCIAC. DEPORTIVA UNIVERSIDAD
INTERNACIONAL DE LAS AMERICAS 2-03002114604-003-000 PLANILLAS DICIEMBRE
ELECTRONICA OMEGA DE COSTA 2-03101105630-001-001 PLANILLAS MARZO 2001, ABRIL.2001 Y
RICA S. A. ABRIL
2004 527.754,00
SICA DE
SETIEMBRE
1998 (ADICIONAL) 489.394,00
INVERSIONES VERAL I & V S. A. 2-03101467669-001-001 PLANILLAS FEBRERO 2008 Y MARZO 2008 389.989,00
SOCIEDAD INTERNACIONAL PARA
PROTEGER EL BOSQUE LLUVIOSO S. A. 2-03101237828-001-001 PLANILLAS MAYO 2004 Y JUNIO 2004 367.394,00
COMERCIALIZADORA AGROINDUSTRIAL
DE PRODUCTORES DEL SUR SURCOM S. A 2-03101188186-001-001 PLANILLAS DICIEMBRE
BEBBER JR JAMES COLUMBUS 7-00014355880-002-001 PLANILLAS ABRIL
COMERCIALIZADORA SUL S. A. 2-03101203971-001-001 PLANILLAS OCTUBRE
COMERCIALIZADORA GUPIE S. A. 2-03101140970-003-001 PLANILLAS JUNIO
PLAYA TROPICAL DE CARATE S. A. 2-03101135797-001-001 PLANILLAS ENERO
ESQUIVEL MONGE FERNANDO 0-00103180469-001-001
PLANILLAS MAYO
GANADERA SANMA S. A. 2-03101049000-002-001 PLANILLAS MARZO 2001 260.524,00
TROPICAL DEVELOPMENT 2-03101417637-001-001 PLANILLAS FEBRERO
CAMPAMENTO NUEVA FE S. A. 2-03101181602-001-001 PLANILLAS JULIO
MARIO RAFAEL ZUÑIGA CUEVA 0-00104910388-001-001 PLANILLAS JUNIO 2001 Y DICIEMBRE 2001 276.520,00
GIL MARTÍNEZ MARTÍNEZ 0-00900000786-002-001 PLANILLAS FEBRERO 1993 (ADICIONAL) 214.098,00
SOLIS ROJAS HUGO 0-00020560652-001-001 PLANILLAS DICIEMBRE 1998, MAYO
FEBRERO
2001 202.974,00
MOYA ALVARADO MANUEL 0-00106370157-002-001 PLANILLAS ABRIL 2004 Y MAYO 2004 197.785,00
NUESTRO SECRETOS S. A. 2-03101123017-001-001 PLANILLAS NOVIEMBRE 2000, JULIO 2001 Y
SETIEMBRE
2001 197.217,00
ZAPATA ROJAS RUFINA 0-00603000565-001-001 PLANILLAS OCTUBRE
ASOCIACION DE MICROEMPRESAS
TURÍSTICAS DEL GOLFO DULCE 2-03002197878-001-001 PLANILLAS ABRIL
MARIA DE LOS ANGELES MORA MORA 0-00103620184-001-001 PLANILLAS MARZO
JUNIO
BUENO MUNDO DE ESTRELLA S. A. 2-03101138082-001-001 PLANILLAS ENERO
MAYO
1996 163.072,00
EL RETORNO DE
GOLFITO S. A. ENERO
2000 Y FEBRERO 2000 155.531,00
RETANA FERNANDEZ FERNANDO 0-00203300730-001-001 PLAN ILLAS AGOSTO
CENTRO DE ESTUDIOS ZOOLOGICOS 2-03101235388-001-001 PLANILLAS OCTUBRE 2000, NOVIEMBRE 2006
INVERTEBRADOS MARINOS S. A. DICIEMBRE
2006 126.265,00
ASOCIACION DE PESCADORES DE
PAVONES 2-03002220450-001-001 PLANILLAS ENERO 2006 117.676,00
60 PATRONOS ¢74.751.461,00
Estimado Patrono/Trabaj. Indep.: de acuerdo a nuestros registros computarizados su representada adeuda a la institución los conceptos arriba indicados.
Con la potestad que me concede
Los periodos notificados anteriormente ya poseen firmeza en sede administrativa por tanto, en caso de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la deuda. Golfito, 11 de mayo del 2009.—Lic. Mauro Chinchilla Sánchez, Administrador a. í.—(42794).
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
Plan Director Urbano
1º—
2º—Por lo tanto se corrige el artículo 17 del Plan Director Urbano, Pago de Impuestos, segundo párrafo debiendo leerse: “Para las viviendas de interés social y obras que formen parte del Banco de Proyectos del Programa de Regeneración y Repoblamiento, se cobrará 0.1% del valor de la construcción”.
San José, 20 de mayo del 2009.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa Departamento de Comunicación.—1 vez.—O. C. Nº 121211.—(Solicitud Nº 4261).—C-15020.—(42792).
MUNICIPALIDAD DE NICOYA
DEPARTAMENTO DE ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
Que en la
publicación del edicto, en
Publíquese.—Nicoya, 22 de mayo del 2009.—Lic. Juan Carlos Oviedo Quesada, Coordinador a. í.—1 vez.—(43605).
Que en la
publicación del edicto, en
Publíquese.—Nicoya, 22 de mayo del 2009.—Lic. Juan Carlos Oviedo Quesada, Coordinador a. í.—1 vez.—(43612).
Que en la
publicación del edicto, en
Publíquese.—Nicoya, 22 de mayo del 2009.—Lic. Juan Carlos Oviedo Quesada, Coordinador a. í.—1 vez.—(43613).
Que en la
publicación del edicto, en
Publíquese.—Nicoya, 22 de mayo del 2009.—Lic. Juan Carlos Oviedo Quesada, Coordinador a. í.—1 vez.—(43616).
Que en la
publicación del edicto, en
Publíquese.—Nicoya, 22 de mayo del 2009.—Lic. Juan Carlos Oviedo Quesada, Coordinador a. í.—1 vez.—(43618).