LA GACETA Nº 109 DEL 8 DE JUNIO DEL 2009

PODER LEGISLATIVO

ACUERDOS

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 35280 MEIC-S-TUR

Nº 35282-S

Nº 35283-S

ACUERDOS

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

MINISTERIO DE JUSTICIA Y GRACIA

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y GRACIA

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

DECRETOS

EDICTOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

EDUCACIÓN PÚBLICA

PODER JUDICIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

MUNICIPALIDADES

AVISOS

ADJUDICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

PODER JUDICIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Resolución RRG-9810-2009

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

PODER LEGISLATIVO

ACUERDOS

Nº 6391-09-10

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA

REPÚBLICA DE COSTA RICA

En Sesión Ordinaria Nº 01, celebrada el primero de mayo del dos mil nueve y en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 115 de la Constitución Política y los artículos 11, 20, 21 y 22 del Reglamento de la Asamblea Legislativa

ACUERDA:

Integrar el Directorio de la Asamblea Legislativa, para el período que inicia el 01 de mayo de 2009 y concluye el 30 de abril de 2010, de la siguiente forma:

Presidente                             Francisco Antonio Pacheco Fernández

Vicepresidente                      Maureen Ballestero Vargas

Primera Secretaria                 Xinia Nicolás Alvarado

Segundo Secretario               Guyon Holt Massey Mora

Primera Prosecretaria           Sandra Quesada Hidalgo

Segunda Prosecretaria           Saturnino Fonseca Chavarría

Publíquese

Asamblea Legislativa.—San José, a los once días del mes de mayo de dos mil nueve.—Francisco Antonio Pacheco Fernández, Presidente.—Xinia Nicolás Alvarado, Primera Secretaria.—Guyon Holt Massey Mora, Segundo Secretario.—1 vez.—(O. C. Nº 29016).—C-18020.—(45805).

Nº 01-09-10

EL DIRECTORIO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

De conformidad con la disposición adoptada en la sesión Nº 144-2009, celebrada por el Directorio Legislativo el 15 de abril de 2009.

SE ACUERDA:

Autorizar la participación del  diputado José Ángel Ocampo Bolaños, en la Reunión de la Comisión de Asuntos Políticos, Municipales del Parlamento Latinoamericano, a celebrarse del 7 al 8 de mayo del 2009, en la ciudad de Brasilia, Brasil.

Asimismo, se acuerda otorgar al legislador Ocampo Bolaños los pasajes aéreos y viáticos correspondientes, de conformidad con lo que establece el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos.

Publíquese

San José, a los doce días del mes de mayo de dos mil nueve.—Francisco Antonio Pacheco Fernández, Presidente.—Xinia Nicolás Alvarado, Primera Secretaria.—Guyon Holt Massey Mora, Segundo Secretario.—1 vez.—(O. C. Nº 29016).—C-16500.—(45795).

Nº 02-09-10

EL DIRECTORIO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

De conformidad con la disposición adoptada en la sesión Nº 147-2009, celebrada por el Directorio Legislativo el 30 de abril de 2009.

SE ACUERDA:

Autorizar la participación del  diputado Alexander Mora Mora, en la Conferencia Parlamentaria sobre la Crisis Económica Mundial, la cual se llevará a cabo en Ginebra, Suiza, los días 7 y 8 de mayo de 2009.

Asimismo, se acuerda otorgar al legislador Mora los tiquetes aéreos y viáticos correspondientes, de conformidad con lo que establece el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos.

Publíquese

San José, a los doce días del mes de mayo de dos mil nueve.—Francisco Antonio Pacheco Fernández, Presidente.—Xinia Nicolás Alvarado, Primera Secretaria.—Guyon Holt Massey Mora, Segundo Secretario.—1 vez.—(O. C. Nº 29016).—C-15000.—(45798).

Nº 03-09-10

LA PRESIDENTA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

En uso de las facultades que le confieren los artículos 65 y 67 del Reglamento de la Asamblea Legislativa

ACUERDA:

Integrar las Comisiones Permanentes de la Asamblea Legislativa, para el período 2009-2010, en la siguiente forma:

Comisión Permanente de Asuntos Sociales

Chacón Echeverría Ana Helena

Gutiérrez Gómez Carlos Manuel

Hernández Murillo Orlando

López Arias Óscar

Massey Mora Guyón

Sánchez Campos Fernando

Romero Barrientos Patricia

Taitelbaum Yoselewich Ofelia

Tinoco Carmona Federico

Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos

González Ramírez Hilda

Madrigal Brenes Rafael

Méndez Zamora Jorge

Mora Mora Alexander

Morales Díaz Andrea

Nicolás Alvarado Xinia

Ortiz Álvarez Elsa Grettel

Quirós Lara Mario

Venegas Porras Bienvenido

Comisión Permanente de Asuntos Agropecuarios y

Recursos Naturales

Araya Monge Luis Carlos

Agüero Acuña Ovidio

Alfaro Salas Sergio

Fonseca Chavarría Saturnino

González Barrantes Gladys

Ocampo Bolaños José Ángel

Quirós Conejo Salvador

Rojas Rodríguez Marvin

Salazar Rojas José Joaquín

Comisión Permanente de Gobierno y Administración

Antillón Guerrero Mayi

Corrales Sánchez Olga Martha

Merino del Río José

Fonseca Corrales Elizabeth

Núñez Arias Mario Alberto

Quesada Hildalgo Sandra

Salom Echeverría Alberto

Vásquez Badilla Lorena

Villalobos Salas Lesvia

Comisión Permanente de Asuntos Económicos

Arguedas Maklouff Evita

Ballestero Vargas Maureen

Echandi Meza José Manuel

Pérez González Olivier

Pérez Vargas Carlos Luis

Sánchez Sibaja Jorge Eduardo

Solís Bolaños Ronald

von Herold Duarte Edine

Zamora Chaves Leda

Comisión Permanente de Hacendarios

Barrantes Castro Luis Antonio

Esna Williams Yalile

Jérez Rojas Gilberto

Jiménez Rojas Olivier

Marín Monge Francisco

Molina Gamboa Francisco

Quirós Quirós Patricia

Rosales Obando José

Núñez Calvo Óscar

Valenciano Chávez José Luis

Vásquez Mora José Luis

Publíquese

Asamblea Legislativa.—San José, a los veintisiete días del mes de mayo de dos mil nueve.—Maureen Ballestero Vargas, Presidenta.—1 vez.—(O. C. Nº 29016).—C-57750.—(45801).

Nº 04-09-10

LA PRESIDENTA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

En uso de las facultades que le confieren los artículos 84, 85 y 86 del Reglamento de la Asamblea Legislativa,

ACUERDA:

Integrar la siguiente Comisión Permanente Especial para la Legislatura 2009-2010, de la siguiente manera:

COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE REDACCIÓN

Yalile Esna Williams

Salvador Quirós Conejo

Lesvia Villalobos Salas

Orlando Manuel Hernández Murillo

Pérez Vargas Carlos Luis

Publíquese

Asamblea Legislativa.—San José, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil nueve.—Maureen Ballestero Vargas, Presidenta.—1 vez.—(O. C. Nº 29016).—C-15000.—(45802).

Nº 05-09-10

LA PRESIDENTA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

En uso de las facultades que le confieren los artículos 84, 85, 86, 89 y 89 bis, del Reglamento de la Asamblea Legislativa,

ACUERDA:

Artículo único.—Integrar las siguientes Comisiones Permanentes Especiales para la Legislatura 2009-2010, de la siguiente manera:

COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL PARA EL CONTROL

DEL INGRESO Y DEL GASTO PÚBLICO

Alfaro Salas Sergio

Araya Monge Luis Carlos

Massey Mora Guyón Holt

Jiménez Rojas Olivier

Marín Monge Francisco

Salom Echeverría Alberto

Sánchez Sibaja Jorge Eduardo

COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE NOMBRAMIENTOS

Gutiérrez Gómez Carlos Manuel

Méndez Zamora Jorge

Nicolás Alvarado Xinia

Pérez Vargas Carlos

Quesada Hidalgo Sandra

Vásquez Badilla Lorena

Zamora Chaves Leda

COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE AMBIENTE

Agüero Acuña Ovidio

Ballestero Vargas Maureen

Esna Williams Yalile

Merino del Río José

Ortiz Álvarez Grettel

Quirós Conejo Salvador

Romero Barrientos Patricia

Taitelbaum Yoselewich Ofelia

Vásquez Mora José Luis

COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE TURISMO

Ballestero Vargas Maureen

Barrantes Castro Luis Antonio

Fonseca Chavarría Saturnino

Chacón Echeverría Ana Helena

Morales Díaz Andrea

Pérez González Olivier

Rojas Rodríguez Marvin

COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE LA MUJER

Corrales Sánchez Olga Marta

González Ramírez Hilda

Gutiérrez Gómez Carlos Manuel

Nicolás Alvarado Xinia

Romero Barrientos Patricia

COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE ASUNTOS MUNICIPALES

Y DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO

Agüero Acuña Ovidio

Jérez Rojas Gilberto

Salazar Rojas José Joaquín

Núñez Calvo Óscar Eduardo

Ocampo Bolaños José Ángel

Salom Echeverría Alberto

Sánchez Sibaja Jorge Eduardo

COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE NARCOTRÁFICO

Echandi Meza José Manuel

Esna Williams Yalile

Pérez González Olivier

Quesada Hidalgo Sandra

Rojas Rodríguez Marvin

Tinoco Carmona Federico

Vásquez Mora José Luis

COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE JUVENTUD,

NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

Chacón Echeverría Ana Helena

Echandi Meza José Manuel

Jiménez Rojas Olivier

López Arias Óscar

Massey Mora Guyón

Núñez Arias Mario Alberto

Zamora Chaves Leda

COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE CONSULTAS DE

CONSTITUCIONALIDAD

Mario Quirós Lara

Alexander Mora Mora

José Luis Valenciano Chaves

Xinia Nicolás Alvarado

Lorena Vásquez Badilla

Elsa Grettel Ortiz Álvarez

Rafael Madrigal Brenes

COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE RELACIONES

INTERNACIONALES Y COMERCIO EXTERIOR

Evita Arguedas Maklouf

Elizabeth Fonseca Corrales

Hilda González Ramírez

Francisco Molina Gamboa

Ocampo Bolaños José Ángel

Mario Quirós Lara

Fernando Sánchez Campos

Ronald Solís Bolaños

Lorena Vásquez Badilla

COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE HONORES

Se tiene por integrada según lo dispone el artículo 87 del Reglamento de la Asamblea Legislativa.

Publíquese

Asamblea Legislativa.—San José, a los veintisiete días del mes de mayo del año dos mil nueve.—Maureen Ballestero Vargas, Presidenta.—1 vez.—(O. C. Nº 29016).—C-81000.—(45803).

Nº 06-09-10

LA PRESIDENTA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

En uso de las facultades que le confieren los artículos 84, 85 y 86 del Reglamento de la Asamblea Legislativa,

ACUERDA:

Modifíquese el acuerdo Nº 04-09-10 leído en la Sesión Nº 16 celebrada el 26 de mayo de 2009, para que se integre la siguiente Comisión Permanente Especial para la legislatura 2009-2010, de la siguiente manera:

COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE REDACCIÓN

Edine von Herold Duarte

Salvador Quirós Conejo

Lesvia Villalobos Salas

Orlando Manuel Hernández Murillo

Alexander Mora Mora

Publíquese

Asamblea Legislativa.—San José, a los veintisiete días del mes de mayo del año dos mil nueve.—Maureen Ballestero Vargas, Presidenta.—1 vez.—(O. C. Nº 29016).—C-15000.—(45804).

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 35280 MEIC-S-TUR

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA INDUSTRIA Y COMERCIO,

LA MINISTRA DE SALUD Y EL MINISTRO DE TURISMO

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 y incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 25 inciso 1) y 28 párrafo segundo inciso b), de la Ley N º 6227 del 2 de mayo de 1978 Ley General de la Administración Pública; la Ley Nº 5395 del 30 de octubre de 1973 Ley General de Salud; 2 y 6 de la Ley N 5412 del 8 de noviembre de 1973 Ley Orgánica del Ministerio de Salud.

Considerando:

I.—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 29421 del 23 de marzo de 2001, publicado en La Gaceta Nº 77 de 23 de abril de 2001, el Poder Ejecutivo promulgó el “Reglamento para la operación de las Actividades de Turismo Aventura”.

II.—Que el artículo 4 de la ley  Nº 1917 del 30 de julio de 1955 (Ley Orgánica del Instituto Costarricense de Turismo) establece que: “La finalidad principal del Instituto será la de incrementar el turismo en el país”.

III.—Que no obstante la finalidad de la ley de rito, en el artículo 3 de dicho Decreto Ejecutivo, se le otorgan al Instituto Costarricense de Turismo, competencias  que trascienden el fin público que dio origen a su creación, en virtud de que se regula actividades propias de la reglamentación sanitaria, pues queda facultado para aprobar el reglamento de operación, los manuales de seguridad y a la realización de inspecciones de verificación in situ de las actividades de turismo aventura, actividades que son reguladas por “Reglamento General para el Otorgamiento de Permisos Sanitarios de Funcionamiento” que  por su naturaleza  son  parte la  reglamentación de la Ley General de Salud.

IV.—Que consta criterio jurídico de la asesoría legal del Instituto Costarricense de Turismo, en el que: “…las actividades denominadas de “Turismo Aventura” por su misma naturaleza de factor de riesgo y por mandato legal de la Ley General de Salud, serían igualmente reguladas, controladas e inspeccionadas mediante sistema del permiso sanitario otorgado por el Ministerio de Salud.”

V.—Que por las razones invocadas en los considerandos precedentes, se considera necesario y oportuno, derogar el Decreto Ejecutivo Nº 29421 del 23 de marzo de 2001, publicado en La Gaceta Nº 77 de 23 de abril de 2001 “Reglamento para la operación de las Actividades de Turismo Aventura” y sus reformas, Decretos Ejecutivos Nº 31095 del 17 de enero de 2003, publicado en La Gaceta Nº 63 del 31 de marzo de 2003 y  Nº 31168 del 31 de marzo de 2003, publicado en La Gaceta Nº 97  de 22 de mayo de 2003, esto por cuanto las actividades de turismo aventura, serán reguladas en lo sucesivo, por lo disposiciones contenidas en el “Reglamento General para el otorgamiento de Permisos de Funcionamiento del Ministerio de Salud”, publicado mediante Decreto Ejecutivo Nº 34728-S del 28 de mayo de 2008, Alcance Nº 33 a La Gaceta Nº 174 de 9 de setiembre de 2008. Por tanto,

Decretan:

Derogatoria del Decreto Ejecutivo Nº 29421 del 23 de

marzo de 2001, publicado en La Gaceta Nº 77 de 23

de abril de 2001 “Reglamento para la Operación de

las Actividades de Turismo Aventura” y sus reformas,

Decretos Ejecutivos Nº 31095 del 17 de enero,

de 2003publicado en La Gaceta Nº 63 del

31 de marzo de 2003 y Nº 31168 del 9

de mayo de 2003,publicado

en La Gaceta Nº 97 de

22 de mayo de 2003

Artículo 1º—Deróguese el Decreto Ejecutivo Nº 29421 del 23 de marzo de 2001, publicado en La Gaceta Nº 77 de 23 de abril de 2001 “Reglamento para la Operación de las Actividades de Turismo Aventura” y sus reformas, Decretos Ejecutivos Nº 31095 del 17 de enero de 2003, publicado en La Gaceta Nº 63 del 31 de marzo de 2003 y Nº 31168 del 9 de mayo de 2003, publicado en La Gaceta Nº 97 de 22 de mayo de 2003, por cuanto en lo sucesivo, las actividades de turismo aventura, serán reguladas por el “Reglamento General para el otorgamiento de Permisos de Funcionamiento del Ministerio de Salud”, Decreto Ejecutivo Nº 34728-S del 28 de mayo de 2008, publicado en el Alcance Nº 33 a La Gaceta Nº 174 de 9 de setiembre de 2008.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintinueve días del mes de enero del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—Los Ministros de Economía, Industria y Comercio, Marco Antonio Vargas Díaz, Ministra de Salud, Dra. María Luisa Ávila Agüero y de Turismo, Carlos Ricardo Benavides.—1 vez.—(Solicitud Nº 22856).—(O. C. Nº 93056-Salud).—C-51020.—(D35280-45895).

Nº 35282-S

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE SALUD

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 28 inciso b) de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 Ley General de la Administración Pública; 1 y 2 de la Ley Nº 5395 de 30 de octubre de 1973, Ley General de Salud; 1 de la Ley Nº 5412 de 8 de noviembre de 1973, Ley Orgánica del Ministerio de Salud.

Considerando:

I.—Que con motivo del 80 Aniversario de la creación del Ministerio de Salud, mediante Decreto Ejecutivo Nº 33800-S de 9  de mayo del 2007 publicado en La Gaceta Nº 109 del 7 de junio del 2007, se oficializó el himno del Ministerio de Salud, de la autoría del señor Hugo Acuña  Jiménez, funcionario de esta Institución, el cual fue ofrecido en forma voluntaria por su creador intelectual y sin la promoción de ningún procedimiento para su obtención.

II.—Que en escrito de fecha 17 de octubre del 2008 el señor Hugo Acuña Jiménez solicita a este Despacho se le paguen los derechos de autor del Himno del Ministerio de Salud.

III.—Que  conforme a las disposiciones legales contenidas en el artículo 7 de la Ley de Contratación Administrativa Nº 7494 de 2 de mayo de 1995, publicada en el Alcance 20 a La Gaceta 110 del 8 de junio de 1995, el procedimiento de contratación se inicia con la decisión administrativa de promover el concurso, emitida por el jerarca o titular subordinado competente, situación que no se ha dado en la práctica administrativa.

IV.—Que con fundamento en lo anteriormente expuesto, se ha considerado conveniente y oportuno, derogar el Decreto Ejecutivo Nº 33800-S de 9 de mayo del 2007 publicado en La Gaceta Nº 109 del 7 de junio del 2007 que oficializó el himno del Ministerio de Salud, en virtud de que no hay base legal para acceder a la solicitud formulada  por el autor. Por tanto,

Decretan:

Derogatoria del Decreto Ejecutivo Nº 33800-S

Artículo 1º—Deróguese el Decreto Ejecutivo Nº 33800-S de 9 de mayo del 2007 publicado en La Gaceta Nº 109 del 7 de junio del 2007.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los cuatro días del mes de mayo del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Salud, María Luisa Ávila Agüero.—1 vez.—(Solicitud Nº 22844).—(O. C. Nº 93056-Salud).—C-29270.—(D35282-45896).

Nº 35283-S

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE SALUD

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 6, 11, 15, 16, 17, 25, 27, 28 y 103 de la Ley General de la Administración Pública.

Considerando:

I.—Que es necesario establecer normas claras y precisas para regular el uso, custodia y conservación de los teléfonos celulares que el Ministerio de Salud proporcione o facilite a sus servidores, para el mejor desempeño de sus funciones, tareas y actividades, en beneficio de los usuarios de sus servicios.

II.—Que igualmente, es necesario reglamentar de manera precisa las obligaciones y responsabilidades de quienes usan dichos instrumentos. por tanto,

DECRETAN:

El siguiente,

Reglamento para el Uso, Custodia y Conservación

de los Teléfonos Celulares del Ministerio de Salud

Artículo 1º—Definiciones: Para los efectos de este Reglamento se entiende por:

a)  Ministerio: Ministerio de Salud.

b)  Ministro(a): Ministro(a) de Salud.

c)  Tarifa: Monto que se va a reconocer.

d)  Tiempo: Uso limitado de cada llamada telefónica.

e)  Principios: Razonabilidad y sana administración.

f)   Reglamento: Reglamento para el Uso, Custodia y Conservación de los Teléfonos Celulares del Ministerio de Salud.

g)  Teléfono celular: Aparato móvil de emisión y recepción telefónica.

h)  Viceministro(a): Viceministro(a) de Salud.

Artículo 2º—Objeto. El presente Reglamento tiene por objeto regular la utilización racional, custodia y conservación de los teléfonos celulares, pertenecientes al Ministerio, asignados como una forma de facilitar el mejor desempeño de las funciones, tareas y actividades de los servidores usuarios.

Artículo 3º—Funcionarios(as) a quienes se les asigna teléfono celular. Se encuentran facultados para utilizar teléfonos celulares que pertenezcan al Ministerio, en virtud de sus cargos: Ministro(a), Viceministros(as) y Director(a) General de Salud.

Si por motivo de sus funciones, cualquier otro funcionario requiere contar con un teléfono celular del Ministerio, deberá ser autorizado expresamente por el Ministro(a), o por la persona que éste designe indicando las razones de necesidad ministerial que sustentan la asignación del activo.

La asignación y uso de los teléfonos celulares se debe sujetar a los principios de razonabilidad, racionalidad y en general, a las prácticas generales de sana administración de los recursos públicos.

Artículo 4º—Responsabilidad de la custodia y conservación. Las personas descritas en el artículo anterior, tienen responsabilidad exclusiva sobre el uso, la custodia y la conservación de los teléfonos celulares asignados, así como de sus respectivos accesorios tales como baterías, cargadores, estuches, clips, chips y otros. En tal sentido, deberán responder reintegrando el costo actual del aparato o del accesorio en caso de extravío o robo y de deterioro, o en su defecto, reponerlo por uno igual o similar al extraviado junto con sus respectivos accesorios y factura de compra, cuando así se compruebe, de conformidad con el procedimiento establecido en el Reglamento Autónomo de Servicio del Ministerio.

Artículo 5º—Control de teléfonos asignados. La División Administrativa, mediante la Unidad de Bienes y Servicios, deberá llevar un registro actualizado de los teléfonos celulares asignados a los funcionarios.

En dicho registro se consignará el número de teléfono, número de patrimonio, nombre, número de cédula y cargo del funcionario a quien se le autorizó el uso de un teléfono celular, la fecha de su asignación y demás cambios y datos que resulten pertinentes, así como el precio del teléfono.

Artículo 6º—Obligación de devolver el teléfono. El funcionario(a) que vaya a dejar de laborar para el Ministerio, en forma temporal o definitiva, o que desempeñe otro cargo que no amerite el uso de un teléfono celular patrimonio del Ministerio, y que tenga asignado un aparato de estos, deberá devolverlo en perfecto estado de conservación y con sus respectivos accesorios, a la División Administrativa con copia para el Despacho del Ministro(a), en el plazo máximo de tres días hábiles, antes de su retiro, o variación del cargo. En caso contrario se le apercibirá por una vez y de persistir la negativa podrá ser acusado de retención indebida de bienes del Estado, ante la autoridad judicial competente.

La Unidad de Recursos Humanos informará a la División Administrativa sobre todo movimiento de personal de que tuviere conocimiento, a los efectos de lograr la más eficiente ejecución de lo dispuesto en el párrafo anterior.

Artículo 7º—Uso exclusivo. El teléfono celular es de uso exclusivo del funcionario a quien se le asignó, para atender y realizar llamadas relativas al cumplimiento de las funciones, tareas y actividades propias de su cargo. En consecuencia, queda terminantemente prohibido el cambio o préstamo de teléfonos celulares, sus partes y accesorios de una persona a otra, sin la respectiva autorización del Ministro(a).

Artículo 8º—Tarifas a reconocer por el Ministerio. Las tarifas se regirán por las siguientes disposiciones:

Servicios telefónicos:

a)  Ministro(a), Viceministros(as), Director(a) General de Salud, tendrán acceso a llamadas nacionales e internacionales, para lo cual el Ministerio asumirá el importe total del recibo; en casos que el monto sea muy elevado de acuerdo a un promedio.

normal mensual, se deberá justificar el monto para su cancelación.

b)  Los otros funcionarios a los cuales se les asigne de conformidad a la naturaleza de sus funciones, el Ministerio reconocerá el importe de hasta ¢50.000.00 incluido impuesto de ventas y servicio 911. El excedente deberá ser cubierto por el funcionario de su propio peculio, salvo que se justifique su excedente. Dicho excedente deberá ser cancelado por el funcionario de acuerdo a cobro enviado por la Unidad Financiera. Si el funcionario no procede a cancelar el exceso en el tiempo que se le indique, se ordenará la suspensión inmediata del beneficio hasta tanto se normalice la situación. Tendrán derecho a llamadas internacionales los que así autorice el Ministro(a) o la persona que éste designe.

Articulo 9º—Retiro del uso del teléfono celular. El uso del teléfono celular no crea derechos, no se considerará parte del salario, ni se tomará como atribución o beneficio personal. En consecuencia, el Ministro(a) puede retirar su uso en cualquier momento, sea por desaparición de la necesidad ministerial. Por incumplimiento a las disposiciones de este Reglamento, por limitaciones presupuestarias o por cualquier otra razón que discrecionalmente determine.

Artículo 10.—Sanciones. El funcionario(a) que incumpla las disposiciones contenidas en este Reglamento se hará acreedor a las correcciones disciplinarias correspondientes, sin perjuicio de cualquier otro tipo de responsabilidades que, conforme al ordenamiento jurídico, le sean aplicables.

Artículo 11.—Vigencia. Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República. San José a los cuatro días del mes de mayo del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Salud, María Luisa Ávila Agüero.—1 vez.—(Solicitud Nº 22917).—(O. C. Nº 93056-Salud).—C-86270.—(D35283-45897).

ACUERDOS

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

Nº 564-PE

EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política, artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) de la Organización de los Estados Americanos (OEA) invita a participar en la Segunda Sesión de Redacción del Grupo de Expertos Gubernamentales (GEG) sobre la Implementación de las Recomendaciones de la Cuarta Ronda de Evaluación 2005-2006 del Mecanismo de Evaluación Multilateral (MEM). Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Darling López Medrano, cédula número dos-doscientos cincuenta y cuatro-ciento sesenta y siete, funcionaria del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), para que participe en la Segunda Sesión de Redacción del Grupo de Expertos Gubernamentales (GEG) sobre la Implementación de las Recomendaciones de la Cuarta Ronda de Evaluación 2005-2006 del Mecanismo de Evaluación Multilateral (MEM), a llevarse a cabo en la ciudad de Washington D. C., de los Estados Unidos de América, del 30 de marzo al 3 de abril de 2009. La salida de esta funcionaria se efectuará el día 29 de marzo y su regreso será el 5 de abril de 2009.

Artículo 2º—Los gastos de transporte, hospedaje y alimentación de la funcionaria serán cubiertos por el Instituto Costarricense sobre Drogas. La funcionaria devengará el cien por ciento de su salario, durante la estadía fuera del territorio nacional, que corre del 29 de marzo al 5 de abril de 2009.

Artículo 3º—Rige a partir del 29 de marzo al 5 de abril de dos mil nueve.

Dado en la Presidencia de la República, a los cinco días del mes de marzo del año dos mil nueve.

Rodrigo Arias Sánchez, Ministro de la Presidencia.—1 vez.—(O.C. Nº 103-2009).—C-22520.—(45843).

MINISTERIO DE JUSTICIA Y GRACIA

Nº 37

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley Nº 5338 del 28 de agosto de 1973, y el Decreto Ejecutivo Nº 24333-MP del 23 de mayo de 1995.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar al señor Reynaldo Alfonso Mathews Morgan, conocido como Reynaldo Matthews Morgan, mayor, cédula de identidad Nº 7-0088-0429, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Ministerio Tres Ángeles (FM Tres A), cédula jurídica Nº 3-006-449338, de la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el día 15 de abril del 2009.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Justicia y Gracia, Dra. Viviana Martín Salazar.—1 vez.—(O. C. Nº 93645).—(Solicitud Nº 27443).—C-13520.—(45859).

Nº 44-2009

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y GRACIA

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 140, inciso 1) y 146 de la Constitución Política; artículos 53, inciso a), y 65 de la Ley General de Policía (Ley Nº 7410), y los artículos 115 y 117 del Reglamento General de la Policía Penitenciaria (Decreto Ejecutivo Nº 26061-J).

Considerando:

I.—Que los servidores que se dirán cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 65 de la Ley General de Policía, y en los artículos 21, 115 y 117 del Reglamento General de Policía Penitenciaria; ocupando actualmente puestos en propiedad en la Policía Penitenciaria.

II.—Que tales servidores aprobaron satisfactoriamente el curso Básico Policial, de conformidad con los artículos 117 y 119 del Reglamento General de la Policía Penitenciaria.

III.—Que en la sesión Nº 23-08 de 17 de julio del 2008, y Nº 08-09 de 19 de marzo del 2009, del Consejo de Personal de la Policía Penitenciaria refrendaron la Elegibilidad de los siguientes funcionarios.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Incluir dentro del régimen del Estatuto Policial a los siguientes funcionarios:

Funcionario                                                   Número cédula

Borbón Vásquez Xinia                                         6-143-996

Guerrero Vargas Gilbert                                       1-517-751

Hernández Acosta Jorge Alberto                         5-202-424

Rubí Gómez Alejandro                                        1-1090-836

Ruiz Domínguez Abel Alberto                             5-329-191

Valencia Guevara Moisés                                     6-295-931

Artículo 2º—Rige a partir de la fecha de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los trece días del mes de abril del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Justicia y Gracia, Dra. Viviana Martín Salazar.—1 vez.—(O. C. Nº 97099).—(Solicitud Nº 16648).—C-30020.—(45860).

Nº 46

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley Nº 5338 del 28 de agosto de 1973, y el Decreto Ejecutivo Nº 24333-MP del 23 de mayo de 1995.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar al señor Róger Gerardo Orozco Hernández, mayor, cédula de identidad Nº 2-0325-0546, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación de Naranjo Proclínica del Dolor y Cuidados Paliativos, cédula jurídica Nº 3-006-472721, de la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el día 22 de abril del 2009.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Justicia y Gracia, Dra. Viviana Martín Salazar.—1 vez.—(O. C. Nº 93645).—(Solicitud Nº 27444).—C-12020.—(45858).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

N° 290-2009

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27; párrafo primero; 28, párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 261-2007 de fecha 2 de julio de 2007, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 152 del 9 de agosto de 2007; a la empresa Formalized Design S. A., cédula jurídica número 3-101-464694, se le concedieron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley número 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

II.—Que mediante documentos presentados los días 12 de diciembre de 2008; 6, 21 y 24 de abril de 2009, ante la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Formalized Design S. A., solicitó la renuncia al Régimen de Zonas Francas.

III.—Que de conformidad con el artículo 53, inciso a) del Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas, PROCOMER debe verificar que la empresa que pretende renunciar esté al día en el pago del derecho por el uso del Régimen y en las demás obligaciones previstas en la Ley número 7210, sus reformas y su Reglamento.

IV.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la sesión Nº 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa Formalized Design S. A., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER número 42-2009 de fecha 24 de abril de 2009, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva aceptación de la renuncia, al tenor de lo dispuesto por la Ley número 7210, sus reformas y su Reglamento.

V.—Que la empresa Formalized Design S. A., rindió en su oportunidad el depósito de garantía, el cual se encuentra vigente a la fecha.

VI.—Que se ha cumplido con el procedimiento de Ley. Por tanto:

ACUERDAN:

1º—Aceptar la renuncia al Régimen de Zonas Francas presentada por la empresa Formalized Design S. A.

2º—Se otorga a la empresa Formalized Design S. A., el plazo de quince días hábiles a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, para que proceda con la liquidación de sus operaciones dentro del Régimen de Zonas Francas. Una vez transcurrido dicho plazo, los bienes que no hayan salido de sus instalaciones, conforme a los procedimientos aplicables, se considerarán en estado de abandono a favor del Fisco.

3º—Rige a partir de su notificación.

Comuníquese y publíquese.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los cinco días del mes de mayo de dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(44948).

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS

REGISTRO DE AGROQUÍMICOS

EDICTO

DIA-R-E-461-2009.—El señor German Quintero Ovalles, portador del pasaporte Nº 5450951, en su calidad de representante legal de la compañía Insecticidas Internacionales S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del producto Insecticida de nombre comercial Thionil 35 EC compuesto a base de Endosulfan. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y Ley 8702 Trámite de Solicitudes de Registro de Agroquímicos. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 28 de mayo del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(45864).

DIA-R-E-464-2009.—El señor German Quintero Ovalles, portador del pasaporte número 5450951, en su calidad de Representante Legal de la compañía Insecticidas Internacionales S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del producto Herbicida de nombre comercial Twingo 60 EC compuesto a base de Butaclor. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y Ley 8702 Trámite de Solicitudes de Registro de Agroquímicos. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 28 de mayo del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(45866).

DIA-R-E-497-2009.—El señor German Quintero Ovalles, portador de la cédula o pasaporte número 5450951, en su calidad de Representante Legal de la compañía Insecticidas Internacionales S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del producto Fungicida de nombre comercial Inicol 70 WP compuesto a base de Propineb. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y Ley 8702 Trámite de Solicitudes de Registro de Agroquímicos. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 29 de mayo del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(45868).

DIA-R-E-465-2009.—El señor German Quintero Ovalles, portador del pasaporte número 5450951, en su calidad de Representante Legal de la compañía Insecticidas Internacionales S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del producto insecticida de nombre comercial Danol 60 EC. Compuesto a base de Diazinon. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y Ley 8702 Trámite de Solicitudes de Registro de Agroquímicos. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 28 de mayo del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(45870).

DIA-R-E-462-2009.—El señor German Quintero Ovalles, portador del pasaporte número 5450951 en su calidad de Representante Legal de la compañía Insecticidas Internacionales S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del producto Insecticida de nombre comercial Premier 75 WP compuesto a base de Ciromazina. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y Ley 8702 Trámite de Solicitudes de registro de agroquímicos. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 28 de mayo del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(45871).

DIA-R-E-463-2009.—El señor German Quintero Ovalles, portador del pasaporte número 5450951, en su calidad de Representante Legal de la compañía Insecticidas Internacionales S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del producto fungicida de nombre comercial Inchloraz 40 EC, compuesto a base de Procloraz. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y Ley 8702 Trámite de solicitudes de Registro de Agroquímicos. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo tragan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 28 de mayo del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(45872).

DIA-R-E-339-2009.—El señor Pedro Gerardo Acosta Niño, portador de la cédula 8-0550345, en su calidad de Representante Legal de la compañía A.G. Asesores Agrícolas S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del producto insecticida de nombre comercial Manager 35 SC, compuesto a base de Imidacloprid. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y Ley 8702 trámite de solicitudes de registro de agroquímicos. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo tragan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 29 de abril del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(45875).

DIA-R-E-338-2009.—El señor Pedro Gerardo Acosta Niño, portador de la cédula 8-0550345, en su calidad de Representante Legal de la compañía A.G. Asesores Agrícolas S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del producto insecticida de nombre comercial Minadox 75 WP, compuesto a base de Cyromazina.  Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y Ley 8702 Trámite de solicitudes de registro de agroquímicos. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo tragan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 29 de abril del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(45877).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL

Nº 30-2009.—Ministerio de Obras Públicas y Transportes.—Consejo Técnico de Aviación Civil.—San José, a las 18:00 horas del día 6 de mayo del año dos mil nueve.

Se procede a corregir error material contenido en el artículo octavo de la sesión ordinaria Nº 57-2008, celebrada por el Consejo Técnico el 17 de setiembre del 2008 y la resolución Nº 100-2008 mediante el cual se otorgó a la Compañía DHL Guatemala S. A., cédula jurídica tres-cero doce-cero noventa y seis mil veintidós, renovación al Certificado de Explotación para brindar servicios de transporte aéreo internacional regular y no regular de carga exclusiva, para operar las rutas: 1) Panamá-San José, Costa Rica-Guatemala y viceversa y 2) Guatemala, Ciudad de Guatemala-San José, Costa Rica-Panamá y viceversa, con derechos de tráfico de tercera y cuarta libertad del aire.

Resultando:

1º—Mediante escrito de fecha 22 de febrero de 2008, el señor Federico Nassar Pérez, en calidad de apoderado generalísimo de la empresa DHL Guatemala S. A., solicitó para su representada renovación al Certificado de Explotación para brindar servicios de transporte aéreo internacional regular y no regular de carga exclusiva, para operar las rutas: 1) Panamá-San José, Costa Rica-Guatemala y viceversa y 2) Guatemala, Ciudad de Guatemala-San José, Costa Rica-Panamá y viceversa, con derechos de tráfico de tercera y cuarta libertad del aire entre Guatemala y Costa Rica y de quintas libertades en los puntos intermedios, (lo subrayado y resaltado no es del original)

2º—Que mediante resolución Nº 100-2008 de las nueve horas con treinta minutos del día 17 de setiembre de 2009, el Consejo Técnico de Aviación Civil, le otorgó a la compañía DHL Guatemala S. A., cédula jurídica tres-cero doce-cero noventa y seis mil veintidós, representada por el señor Tomás Nassar Pérez, renovación al Certificado de Explotación para brindar servicios de transporte aéreo internacional regular y no regular de carga exclusiva, para operar las rutas: 1) Panamá-San José, Costa Rica-Guatemala y viceversa y 2) Guatemala, Ciudad de Guatemala-San José, Costa Rica-Panamá y viceversa, con derechos de tráfico de tercera y cuarta libertad del aire.

3º—Que mediante escrito de fecha 29 de setiembre de 2008, el señor Tomás Nassar Pérez, en calidad de apoderado generalísimo de la empresa DHL Guatemala S. A., solicitó al Consejo Técnico, se aclare la causa por la cual en el certificado de explotación que les fue otorgado en virtud de la sesión número 24-2003 del 12 de marzo de 2003 se le otorgaron derechos de tráfico de tercera, cuarta y quinta libertad en las rutas otorgada; mientras que en la renovación actual otorgada en la sesión número 57-2008 del 17 de setiembre de 2008, únicamente se otorgó tercera y cuarta libertad del aire y no se incluyó la quinta libertad.

3º—Que mediante oficio LEG-1099-2008 de fecha 21 de octubre de 2008 la Unidad de Asesoría Legal, solicitó a la Unidad de Transporte Aéreo informa si la estipulación efectuada por esa unidad en el oficio DGAC-TA-08171 del 25 de marzo de 2008, se debe a un error material o existe una razón técnica de fondo con base en la cual Transporte Aéreo suprimió la quinta libertad a la empresa DHL Guatemala S. A.

4º—Que mediante oficio DGAC TA 08 580 de fecha 21 de noviembre de 2008, la Unidad de Transporte informa sobre la aclaración solicitada respecto a la renovación de la empresa DHL Guatemala S. A. y en lo que interesa informa:

“(...) me permito informarle que hemos procedido a verificar lo expuesto por esta Unidad en el oficio Nº DGAC-TA-08171 del 25 de marzo del presente año, encontrando que efectivamente se omitió indicar que la empresa en cuestión podría explotar derechos de tráfico de quinta libertad.

Para enmendar ese error, hemos procedido a corregir el punto 1. de las Recomendaciones del informe Nº DGAC-TA-08171 del 25 de marzo del presente año, (página 11), en lo relativo a Rutas y derechos de tráfico, como se detalla:

“Rutas:

Guatemala, Ciudad de Guatemala-vía puntos intermedios (San Salvador y/o Honduras y/o Nicaragua) - San José, Costa Rica y viceversa.

Guatemala, Ciudad de Guatemala - vía puntos intermedios (San Salvador y/o Honduras y/o Nicaragua) - San José, Costa Rica - Panamá, Ciudad de Panamá y viceversa.

Derechos de Tráfico

Tercera, cuarta y quinta libertad del aire.

Los demás aspectos del informe no varían.”

5º—Que en el dictado de esta resolución se han observado las normas y procedimientos de ley.

Considerando:

Fondo del asunto

I.—El ordenamiento jurídico permite al emisor de un acto administrativo o jurisdiccional, la corrección- en cualquier tiempo- de los errores puramente materiales que contengan sus resoluciones, de acuerdo a lo establecido en el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública; que la letra dice.

“Artículo 157.—En cualquier tiempo podrá la Administración rectificar los errores materiales o de hecho y los aritméticos.”

II.—Que escrito de fecha 22 de febrero de 2008, el señor Federico Nassar Pérez, en calidad de apoderado generalísimo de la empresa DHL Guatemala S. A., solicitó para su representada renovación al Certificado de Explotación para brindar servicios de transporte aéreo internacional regular y no regular de carga exclusiva, para operar las rutas: 1) Panamá-San José, Costa Rica-Guatemala y viceversa y 2) Guatemala, Ciudad de Guatemala-San José, Costa Rica-Panamá y viceversa, con derechos de tráfico de tercera y cuarta libertad del aire entre Guatemala y Costa Rica y de quintas libertades en los puntos intermedios, (lo subrayado y resaltado no es del original).

No obstante mediante artículo octavo de la sesión ordinaria Nº 57-2008, celebrada por el Consejo Técnico el 17 de setiembre del 2008 y resolución Nº 100-2008 de las nueve horas con treinta minutos del día 17 de setiembre de 2008, el Consejo Técnico de Aviación Civil, le otorgó a la compañía DHL Guatemala S. A., cédula jurídica tres-cero doce-cero noventa y seis mil veintidós, representada por el señor Tomás Nassar Pérez, renovación al Certificado de Explotación para brindar servicios de transporte aéreo internacional regular y no regular de carga exclusiva, para operar las rutas: 1) Panamá-San José, Costa Rica-Guatemala y viceversa y 2) Guatemala, Ciudad de Guatemala-San José, Costa Rica-Panamá y viceversa, con derechos de tráfico de tercera y cuarta libertad del aire.

Que mediante oficio DGAC TA 08 580 de fecha 21 de noviembre de 2008, la Unidad de Transporte informa sobre la aclaración solicitada respecto a la renovación de la empresa DHL Guatemala S. A., indicando que el oficio Nº DGAC-TA-08171 del 25 de marzo de 2008, mediante el cual analizaban y recomendaban la solicitud renovación al Certificado de Explotación de la compañía DHL Guatemala S. A., omitieron indicar que la empresa en cuestión podría explotar derechos de tráfico de quinta libertad, por lo que proceden a corregir el punto 1. de las Recomendaciones del informe Nº DGAC-TA-08171 del 25 de marzo del presente año, (página 11), en lo relativo a Rutas y derechos de tráfico, como se detalla:

“Rutas:

Guatemala, Ciudad de Guatemala-vía puntos intermedios (San Salvador y/o Honduras y/o Nicaragua) - San José, Costa Rica y viceversa.

Guatemala, Ciudad de Guatemala - vía puntos intermedios (San Salvador y/o Honduras y/o Nicaragua) - San José, Costa Rica - Panamá, Ciudad de Panamá y viceversa.

Derechos de Tráfico

Tercera, cuarta y quinta libertad del aire.

Los demás aspectos del informe no varían.”

Por lo anterior dicho acuerdo y resolución deben ser corregidos adicionando los puntos intermedios relativo a las rutas, y derechos de tráfico para que en adelante se lea.

“Rutas:

Guatemala, Ciudad de Guatemala-vía puntos intermedios (San Salvador y/o Honduras y/o Nicaragua) - San José, Costa Rica y viceversa.

Guatemala, Ciudad de Guatemala - vía puntos intermedios (San Salvador y/o Honduras y/o Nicaragua) - San José, Costa Rica - Panamá, Ciudad de Panamá y viceversa.

Derechos de Tráfico

Tercera, cuarta y quinta libertad del aire.

El resto del texto se mantiene incólume.

Con fundamento en los hechos descritos y citas de ley, Por tanto:

EL CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL, RESUELVE:

1º—De conformidad con el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública, se corrige artículo octavo de la sesión ordinaria Nº 57-2008, celebrada por el Consejo Técnico el 17 de setiembre del 2008 y resolución Nº 100-2008 de las nueve horas con treinta minutos del día 17 de setiembre de 2008, el Consejo Técnico de Aviación Civil, le otorgó a la compañía DHL Guatemala S. A., cédula jurídica tres-cero doce-cero noventa y seis mil veintidós, representada por el señor Tomás Nassar Pérez, renovación al Certificado de Explotación para brindar servicios de transporte aéreo internacional regular y no regular de carga exclusiva, adicionando los puntos relativo a las rutas, y derechos de tráfico para que en adelante se lea.

“Rutas:

Guatemala, Ciudad de Guatemala-vía puntos intermedios (San Salvador y/o Honduras y/o Nicaragua) - San José, Costa Rica y viceversa.

Guatemala, Ciudad de Guatemala - vía puntos intermedios (San Salvador y/o Honduras y/o Nicaragua) - San José, Costa Rica - Panamá, Ciudad de Panamá y viceversa.

Derechos de Tráfico

Tercera, cuarta y quinta libertad del aire.”

2º—El resto del texto se mantiene incólume.

Aprobado por el Consejo Técnico de Aviación Civil, mediante artículo undécimo de la sesión ordinaria Nº 23-2009, celebrada el 6 de mayo del dos mil nueve.

Notifíquese.—José Guillermo Rojas Chaves, Vicepresidente.—1 vez.—(O. C. Nº 20162).—(Solicitud Nº 15688).—C-81020.—(44982).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 49, título Nº 570, emitido por el Liceo Experimental Bilingüe José Figueres Ferrer, en el año dos mil cinco, a nombre de Cisneros Alvarado Melissa. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 14 de abril del 2009.—MSc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—Nº 108419.—(44798).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 65, título Nº 925, emitido en el año mil novecientos noventa y cuatro y del Título de Técnico Medio en Secretariado, inscrito en el tomo 1, folio 82, título Nº 2088, emitido en el año mil novecientos noventa y dos, ambos títulos fueron otorgados por el Colegio Técnico Profesional de Educación Comercial y de Servicios, a nombre de Alpízar Román Vivian Patricia. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 27 de mayo del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—(44861).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 26, título Nº 394, emitido por el Colegio Nocturno José Martí, en el año dos mil seis, a nombre de Vivas Juárez Christopher Mauricio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 25 de mayo del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—(44867).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 31, título Nº 197, emitido por el Colegio Nocturno de Naranjo, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Calvo Rojas Jhonatan. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintiocho días del mes de mayo del dos mil nueve.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—M.Sc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(44960).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 91, título Nº 1722, emitido por el Colegio La Salle, en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Hidalgo Badilla Monserrat. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintiocho días del mes de mayo del dos mil nueve.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—M.Sc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(44965).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo II, folio 11, título N° 183, emitido por el Liceo Unesco, en el año mil novecientos setenta y cinco, a nombre de Ureña Solís Gladys. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 28 de mayo del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(45033).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 67, título Nº 404, emitido por el Colegio El Roble, en el año dos mil, a nombre de Vargas Mejía Nancy. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 28 de mayo del 2009.—Msc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(45182).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 23, título Nº 765, emitido por el Colegio de Cedros, en el año dos mil cinco, a nombre de Guzmán Aguilar Daniela. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 21 de mayo del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(45190).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 05, título Nº 29, emitido por el Liceo Maurilio Alvarado Vargas, en el año mil novecientos ochenta y ocho, a nombre de Vargas Blanco Yorleny. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 29 de mayo del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(45261).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, “Rama Académica”, modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo I, folio 19, título Nº 88, emitido por el Liceo Diurno Ciudad Neily, en el año mil novecientos setenta y seis, a nombre de Gutiérrez Martínez Luis Emilio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 27 de mayo del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—(45262).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, “Área de Letras”, inscrito en el tomo 1, folio 23, título Nº 416, emitido por el Liceo Nocturno José Martí, en el año mil novecientos sesenta y seis, a nombre de Núñez Porras Ana María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y por corrección del apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son: Núñez Gómez Ana María. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 27 de mayo del 2009.—MSc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—(45274).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 45, título Nº 352, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Bataan, en el año dos mil, a nombre de Barker Guillén Frederick. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 29 de mayo del 2009.—MSc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—(45313).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversifica en Ciencias, inscrito en el tomo 2, folio 200, título Nº 4469, emitido por el Liceo Monseñor Rubén Odio, en el año mil novecientos ochenta y ocho, a nombre de Quesada Tijerino Juan Carlos. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, ocho de mayo del dos mil nueve.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—Nº 108677.—(45051).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 3, folio 17, título Nº 3003, y del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Contabilidad, inscrito en el tomo 1, folio 442, asiento Nº 6706, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Heredia, en el año dos mil uno, a nombre de Duarte Sanabria Alejandro Alberto. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los doce días del mes de mayo del dos mil nueve.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Jefe.—Nº 109213.—(45555).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 94, título Nº 622, emitido por el Liceo de Aserrí, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Saborío Moreno Carla. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintisiete días del mes de abril del dos mil nueve.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—Nº 108992.—(45556).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 141, título N° 1647, emitido por el Liceo del Sur, en el año mil novecientos ochenta y ocho, a nombre de Ledezma Castro Kathia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 7 de noviembre del 2008.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(45829).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Área de Ciencias”, inscrito en el tomo 1, folio 25, título N° 491, emitido por el Liceo Justo A. Facio, en el año mil novecientos setenta y ocho, a nombre de Abarca Acevedo Fidel Ángel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 19 de mayo del 2009.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(45841).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 62, título N° 166, emitido por el Colegio Técnico Industrial Puerto Jiménez, en el año dos mil siete, a nombre de Jiménez Jara Reynor Antonio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 21 de mayo del 2009.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(45879).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Soci.5al, se ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Socia,l organización social denominada: Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Empleados del Ministerio de Educación Pública R.L., siglas COOPEMEP R.L., acordada en asamblea celebrada el 19 de julio del 2009. Resolución 0267. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos 11 y 14 del estatuto.—San José, 22 de mayo del 2009.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(44883).

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social la organización social denominada Cooperativa de Electrificación Rural de San Carlos R.L., siglas COOPELESCA R.L, acordada en asamblea celebrada el 21 de marzo del 2009. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos 39, 42, 45 y 46 del estatuto.—San José, 6 de mayo del 2009.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(44896).

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada Sindicato de la Salud y la Seguridad Social, siglas SISSS, acordada en asamblea celebrada el 16 de enero del 2009. Expediente S-S050. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta el artículo 6 del estatuto.—San José, 21 de mayo del 2009.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(45050).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada Unión Nacional de Trabajadores de Obras Públicas y Transportes, siglas UNATROPYT, acordada en asamblea celebrada el día 31 de enero del 2009. Expediente S-O016. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta el artículo 8 del Estatuto.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(46561).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Adriana Oreamuno Montano, en calidad de apoderada especial de Compañía de Galletas Noel Sociedad Anónima, solicita la inscripción de: ÁMITTI NOEL como marca de fábrica y comercio en clase 30 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café; harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles; miel, jarabe de melaza; levaduras, polvo para esponjar; sal, mostaza; vinagre, salsas, (condimentos); especias, hielo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de noviembre de 2008. Solicitud Nº 2008-0010926. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de noviembre de 2008.—(33698).

CATASTRO NACIONAL

EDICTOS

A quien interese, se hace saber que en la Dirección del Catastro Nacional por resolución de las nueve horas con cincuenta minutos del doce de mayo del dos mil nueve, dentro del expediente administrativo Nº 003-2009, que son diligencias administrativas interpuestas por Javier Carranza Echeverría, en su calidad de titular de apoderado generalísimo sin límite de suma de Proyecto Villa Real Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica Nº 3-101-224480, para que se investigue la inscripción del plano catastrado número SJ-uno tres cero siete tres tres seis-dos mil ocho (SJ-1307336-2008), el cual presuntamente desplazó la finca, de la provincia de San José, Folio Real matrícula número ciento catorce mil seiscientos treinta y cinco-cero cero cero (114635-000). Conforme lo dispuesto en el artículo 2º del Reglamento al artículo 30 de la Ley del Catastro Nacional Nº 6545 de 25 de marzo de 1981 y sus reformas (Decreto Ejecutivo Nº 33982-J del 8 de agosto del 2007), artículos 92 y 98 del Reglamento del Registro de la Propiedad Inmueble (Decreto Ejecutivo Nº 26771-J de 18 de febrero de 1998) y; el Voto Nº 016-2008 de las doce horas con cuarenta minutos del catorce de enero del dos mil ocho, del Tribunal Registral Administrativo. En lo que interesa: “Se resuelve: I) Conferir audiencia, hasta por el término de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha en que se notifique esta resolución, a efecto de que tengan conocimiento de todo lo actuado en la presente gestión administrativa y se refieran al expediente de marras, así como procedan a presentar los alegatos que a sus derechos convenga, a:... b) Rogemary M G A M Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta mil ochocientos veintitrés, domiciliada en San José, setenta y cinco metros al oeste del Colegio México, en calidad de titular del plano catastrado número SJ-uno tres cero siete tres tres seis-dos mil ocho (SJ-1307336-2008). II) Asimismo, se les previene que dentro del término establecido para la audiencia, deben señalar un medio electrónico, apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, donde atender futuras notificaciones de este Despacho, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, o de ser el ofrecido defectuoso, impreciso o imposible de localizar, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o no existiere. III) Notifíquese la presente a Proyecto Villareal Sociedad Anónima, por medio del fax indicado en el expediente de marras: 2231-2418 y, a Rosemary M G A M Sociedad Anónima, en su domicilio social, sita en San José, setenta y cinco metros oeste del Colegio México y, además, mediante edicto”. Notifíquese. Publíquese el edicto de estilo. Ing. Juan Araque Skinner, Director a. í. (Referencia, expediente Nº 003-2009).—Curridabat, 12 de mayo del 2009.—Ing. Juan Araque Skinner, Director a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 09-09).—(Solicitud Nº 4814).—C-27770.—(45862).

A quien interese, se hace saber que en la Dirección del Catastro Nacional por resolución de las siete horas con treinta minutos del doce de mayo del dos mil nueve, dentro del expediente administrativo Nº 351-2008, que son diligencias administrativas interpuestas a solicitud de Heriberto Rojas Hernández, representante de la empresa Ganadera La Novia del Baru S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cero tres cero ocho nueve tres, sociedad titular de la finca de la provincia de Puntarenas, Folio Real matrícula número veinticinco mil seiscientos cincuenta y tres-cero cero cero (6025653-000), y del plano catastrado Nº P-tres mil doscientos catorce-mil novecientos setenta y cuatro (P-3214-1974), para que se investiguen los hechos denunciados y se proceda a la apertura de un expediente administrativo. Conforme lo dispuesto en el artículo 2º del Reglamento al artículo 30 de la Ley del Catastro Nacional Nº 6545 de 25 de marzo de 1981 y sus reformas (Decreto Ejecutivo Nº 33982-J del 8 de agosto del 2007), artículos 92 y 98 del Reglamento del Registro de la Propiedad Inmueble (Decreto Ejecutivo Nº 26771-J de 18 de febrero de 1998) y; el Voto Nº 016-2008 de las doce horas con cuarenta minutos del catorce de enero del dos mil ocho, del Tribunal Registral Administrativo. En lo que interesa: “Se resuelve: I) Conferir audiencia, hasta por el término de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha en que se notifique esta resolución, a efecto de que tengan conocimiento de todo lo actuado en la presente gestión administrativa, se refieran al expediente de marras y al traslape existente entre los planos citados, así como, presenten los alegatos que a sus derechos convenga, a:... b) Al señor Víctor Hugo Solano Rojas, cédula de identidad número uno-doscientos cincuenta y nueve-cero cuatro uno, propietario registral de la finca de la provincia de Puntarenas, Folio Real cuarenta y dos mil novecientos veintisiete-cero cero cero (6042927-000), y del plano catastrado número P-trescientos cincuenta mil cuatrocientos doce-mil novecientos setenta y nueve (P-350412-1979); c) Al señor Hugo Steve Solano Soto c.c. Hugo Steven Solano Soto, cédula de identidad número uno-novecientos sesenta y siete-cuatrocientos noventa y tres, en su calidad de donatario, de la finca de la provincia de Puntarenas, Folio Real cuarenta y dos mil novecientos veintisiete-cero cero cero (6042927-000), y del plano catastrado número P-trescientos cincuenta mil cuatrocientos doce-mil novecientos setenta y nueve (P350412-1979), según documento anotado en el Diario del Registro bajo las citas de presentación al tomo 2009, asiento 41760. II) Asimismo, se les previene que dentro del término establecido para la audiencia, deben señalar un medio electrónico, apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, donde atender futuras notificaciones de este Despacho, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, o de ser el ofrecido defectuoso, impreciso o imposible de localizar, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o no existiere”. Notifíquese. Publíquese el edicto de estilo. Ing. Juan Araque Skinner, Director a. í. (Referencia, expediente Nº 351-2008).—Curridabat, 12 de mayo del 2009.—Ing. Juan Araque Skinner, Director a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 09-09).—(Solicitud Nº 4816).—C-32270.—(45863).

REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN

AVISO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, mayor, casada dos veces, abogada, cédula de identidad Nº 1-812-604, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Bayer Healthcare AG, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada FORMULACIÓN FARMACOLÓGICA ACUOSA DE ÁCIDO 4-[((4-CARBOXIBUTIL)-{2-[(4-FENETIL-BENCIL)OXI]-FENETIL}AMINO)METIL]BENZOICO. La presente invención se refiere a una formulación farmacológica acuosa que contiene ácido 4-[((4-carboxibutil)-{2-[(4-fenetilbencil)oxi] fenetil}-amino)metil]benzoico o una de sus sales. En especial, la presente invención se refiere a una formulación farmacológica acuosa que contiene ácido 4-[((4-carboxibutil)-{2-[(4-fenetilbencil)oxi]fenetil} amino)metil]benzoico o una de sus sales y amino-2-(hidroximetil)-2-propanodiol-1,3(trometamol). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sexta Edición es A61k 31/197, cuyos inventores son Kühn Bernd, Wagner Daniel. La solicitud correspondiente lleva el número 10550, y fue presentada a las 14:22:50 del 06 de enero de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 07 de enero del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—Nº 108625.—(44791).

El señor Manuel E. Peralta Volio, mayor, casado, abogado, cédula de identidad Nº 9-012-480, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de IRM LLC, de Bermuda y Novartis AG de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS Y COMPOSICIONES COMO INHIBIDORES DE LA PROTEÍNA QUINASA. El invento proporciona una clase novedosa de compuestos, composiciones farmacéuticas que comprenden tales compuestos y métodos para el uso de dichos compuestos para tratar o prevenir enfermedades o desórdenes asociadas con actividad quinasa anormal o no regulada, particularmente enfermedades o desórdenes que involucran activación anormal de las quinasas c-kit, PDGFRα y PDGFRβ. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es C07D 401/14, cuyos inventores son Chianelli Donatella, Li Xiaolin, Liu Xiaodong, Loren Jon, Molteni Valentina, Nabakka Juliet, Revesz Laszlo, Perez Lawrence B, Brooks Clinton, Wrona Wojciech y Manley Paul W. La solicitud correspondiente lleva el Nº 10755, y fue presentada a las 13:48:35 del 29 de abril del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses, siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de mayo del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(45233).

El señor Manuel E. Peralta Volio, cédula Nº 9-012-480, mayor, casado, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Novartis AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada MOLÉCULAS DE ENLACE DE LINGO Y USO FARMACÉUTICO DE LAS MISMAS. La presente invención proporciona una molécula de enlace que es capaz de enlazarse con el polipéptido LINGO de rata, de mono cinomolgo, y humano, un polinucleótido que codifica esta molécula de enlace; un vector de expresión que comprende dicho polinucleótido; un sistema de expresión que comprende un polinucleótido capaz de producir una molécula de enlace; una célula huésped aislada que comprende un sistema de expresión como se define anteriormente. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C07K  16/28, cuyos inventores son Walmsley, Adrian, Wishart, William Leonard, Cortes-Cros, Marta, Prassler, Josef, Klagge, Ingo, Leon, Susanna Iris. La solicitud correspondiente lleva el Nº 10756, y fue presentada a las 13:48:38 del 29 de abril del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de_ los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de mayo del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(45234).

El señor Manuel E. Peralta Volio, cédula Nº 9-012-480, mayor, casado, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Pfizer, Inc., de E.U.A., Abgenix, Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada ANTICUERPOS PARA EL RECEPTOR DE FACTOR DE CRECIMIENTO Y SIMILAR A LA INSULINA (solicitud fraccionaria 7045). Anticuerpos y porciones que ligan antígeno de los mismos que se ligan específicamente al receptor del factor de crecimiento similar a insulina 1 (IGF-IR), factor que es preferentemente el IGF-IR humano. La invención también se refiere a anticuerpos anti-IGF-IR humanos incluyendo anticuerpos quiméricos, biespecíficos, derivatizados, de cadena simple o porciones de proteínas de fusión. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A61K  39/395, cuyos inventores son Cohen, Bruce D., Beebe, Jean, Miller, Penelope E., Moyer, James D., Corvalan, José R., Gallo, Michael. La solicitud correspondiente lleva el Nº 10786, y fue presentada a las 14:40:00 del 08 de mayo del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 12 de mayo del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(45235).

El señor Gastón Baudrit Ruiz, cédula Nº 1-599-078, mayor, casado, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Janssen Pharmaceutica N.V, de Bélgica, solicita la Patente de Invención denominada MODULADORES DE BENZOFURO-Y BENZOTIENOPIRIMIDINA DEL RECEPTOR H4 DE HISTAMINA. Se describen compuestos benzo-y benzotienopirimidina, que son útiles como moduladores del receptor H4; dichos compuestos se pueden usar en composiciones farmacéuticas y métodos para el tratamiento de estados de enfermedad, trastornos, y condiciones mediadas por la actividad del receptor H4, tal como alergia, asma, enfermedad autoinmune, y pruritis. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A01N 43/54, cuyos inventores son Chaves, Frank, Curtis, Michael P., Edwards, James P., Gómez, Laurent, Grice, Cheryl A., Kearney, Aaron M., Savall, Brad M., Fitzgerald, Anne E., Liu, Jing, Mani, Neelakandha S. La solicitud correspondiente lleva el número 10609, y fue presentada a las 12:10:00 del 11 de febrero del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de abril del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—Nº 109129.—(45543).

El señor Gastón Baudrit Ruiz, mayor, casado, abogado, cédula de identidad Nº 1-599-078, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Centocor Inc, de Estados Unidos de América, solicita la Patente de Invención denominada MIMETICUERPOS DE PÉPTIDO-1 SIMILAR A GLUCAGON DE HUMANO, COMPOSICIONES, MÉTODOS Y USOS. La presente invención se refiere a por lo menos un mimeticuerpo de GLP-1 de humano mejorado o porción especificada o variante incluyendo ácidos nucleicos aislados que codifican al menos un mimeticuerpo de GLP-1 o porción especificada o variante, mimeticuerpo de GLP-1 o porción especificada o variantes, vectores, células hospederas, animales o plantas transgénicos, y métodos de elaboración y uso de los mismos, incluyendo composiciones terapéuticas, métodos y dispositivos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es C07K 14/605, cuyos inventores son O´Neil Karyn T., y Picha Kristen. La solicitud correspondiente lleva el número 10619, y fue presentada a las 13:59:00 del 18 de febrero del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de abril del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—Nº 109130.—(45544).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La señora María del Milagro Chaves Desanti, cédula 1-626-794, mayor, abogada, vecina de Santa Ana, en su condición de apoderada especial de Bridgestone/Firestone North American Tire LLC, de E. U. A., solicita la patente de invención denominada MANDRILES Y SU USO EN EL PROCESADO DE ESTRUCTURAS TOROIDALES. Un mandril y un sistema de mandriles, y un método para procesar una estructura toroidal tal como una carcasa de neumático. La carcasa incluye una circunferencia interena y extremos ahusados. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es B29D 30/24, cuyos inventores son Amir Serdarevic, John Kaiser, William Lutes. La solicitud correspondiente lleva el número 10774, y fue presentada a las 9:11:08 del 7 de mayo de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 8 de mayo de 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—Nº 108734.—(45163).

La señora María del Milagro Chaves Desanti, mayor, abogada, cédula de identidad número 1-626-794, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Bridgestone Firestone North American Tire LLC, de Estados Unidos de América, solicita la Patente de Invención denominada NEUMÁTICO INCLUYENDO REBAJES CÓNCAVOS EN UNA BANDA DE RODADURA CIRCUNFERENCIAL. Se facilita un neumático (100) que tiene un plano ecuatorial y una banda de rodadura circunferencial (110). La banda de rodadura (110) incluye al menos un rebaje (140) definido por al menos una superficie cóncava que tiene una pluralidad de entalladuras de agarre (160) formadas en ella. Opcionalmente, al menos única superficie cóncava (145) puede incluir uno o más canales dispuestos en ella. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es B60C 11/13, cuyos inventores son Francis Byrne y Keith Dumigan. La solicitud correspondiente lleva el número 10773, y fue presentada a las 09:11:00 del 07 de mayo de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 8 de mayo del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—Nº 108735.—(45164).

El señora María del Milagro Chaves Desanti, mayor, abogada, cédula de identidad número 1-626-794, vecina de San José, en su condición de apoderada especial del señor Gerhard Figl de Austria, solicita la patente de invención denominada MOTOR DE COMBUSTIÓN INTERNA. La invención se relaciona con un motor de combustión interna comprendiendo al menos un cilindro (1) de émbolo, comprendiendo una caja (3) que encierra inyectores (2) gemelos de gas y posee dos aberturas (4) de admisión para el suministro separado de gas de hidrógeno y gas de oxígeno a la cámara (5) de combustión del cilindro de émbolo, comprendiendo dos válvulas (6) de admisión eléctricas, controlados por tiempo y por presión. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen, y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es F02F 1/18, cuyo inventor es Gerhard Figl. La solicitud correspondiente lleva el número 10565, y fue presentada a las 8:21:30 del 16 de enero de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y urja vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de abril del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—Nº 108736.—(45165).

La señora María del Milagro Chaves Desanti, mayor, abogada, cédula de identidad número 1-626-794, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Mitsubishi Tanabe Pharma Corporation de Japón. solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE 1-(-D-GLUCOPIRANOSIL)-3-(4-CICLOPROPILFENILMETIL)-4-HALOGENO INDOL Y USO DE LOS MISMOS COMO INHIBIDORES DE LOS TRANSPORTADORES DE GLUCOSA DEPENDIENTES DE SODIO. Nuevos derivados de indol de la fórmula (I) o una de sus sales farmacéuticamente aceptables: en donde R1 es flúor o cloro, y R2 es hidrógeno o flúor, que son inhibidores de SGLT y son de utilidad para el tratamiento o la prevención de la diabetes y condiciones relacionadas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es C07H 19/04, cuyo (s) inventores son Sumihiro Nomura, Shigeki Sakamaki. La solicitud correspondiente lleva el número 10583, y fue presentada a las 11:33:00 del 26 de enero de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de abril del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—Nº 108737.—(45166).

El señor Jorge Tristán Trelles, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-392-470, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de United States Gypsum Company, de Estados Unidos de América, solicita la patente de invención denominada CUCHILLO PARA ENCINTADO DE PANELES DE YESO CON MARTILLO POLIMÉRICO. Una herramienta incluye una cuchilla con un extremo de trabajo y un extremo de manija opuesto al extremo de trabajo, una manija fija al extremo de manija y que tiene un extremo de cuchilla y un extremo de martillo, un martillo fijo al extremo de martillo y que tiene un cuerpo hecho de un material polimérico relativamente duro y ligero. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es B25D 1/02, cuyos inventores son Aaron Charles Rosso, Matthew E. Myers y Scott Fong. La solicitud correspondiente lleva el número 10631, y fue presentada a las 09:10:00 del 25 de febrero de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y urja vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de abril del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—Nº 108746.—(45167).

El señor Jorge Tristán Trelles,  mayor, abogado, cédula de identidad número 1-392-470, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Purdue Pharma L.P., de Estados Unidos de América, solicita la Patente de Invención denominada FORMAS FARMACÉUTICAS DE DOSIFICACIÓN ORAL RESISTENTE A INTERFERENCIAS COMPRENDEN UN ANALGÉSICO OPIOIDE. La presente invención se refiere a formas de dosificación farmacéutica, por ejemplo a una forma de dosificación no manipulable que incluye un analgésico opioide y procesos de elaboración usos y métodos de tratamiento de la misma. La memoria descriptiva, reivindicaciones resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es A61K 31/485, cuyos inventores son Richard Owen Mannion, Edward Patrick O’donnell, William Henry McKenna y Haiyong Hugh Huang. La solicitud correspondiente lleva el numero 10691 y fue presentada a las 09:13:00 del 25 de marzo de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y urja vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 5 de mayo del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—Nº 108733.—(45168).

La señora Kristel Faith Neurohr, cédula 1-11443-447, mayor, soltera, abogada, vecina de Santa Ana, en su condición de apoderada especial de Abbott Laboratories, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada PROTEÍNAS DE UNIÓN A IL-12/P40. Proteínas de unión a IL-12p40, en particular anticuerpos que se unen a la interleuquina-12 humana (hIL-12) y/o IL-23 humana (hIL-23). Específicamente la invención se relaciona con anticuerpos que son quiméricos, con injertos de CDR y anticuerpos humanizados. La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C07K 14/715, cuyos inventores son Lacy, Susan E., Fung, Emma, Belk, Jonathan P., Dixon Richard W., Roguska Michael, Hinton Paul, R., Kumar Shankar. La solicitud correspondiente lleva el número 9599, y fue presentada a las 08:43:36 del 18 de diciembre de 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los  tres meses siguiente a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 4 de mayo de 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(45176).

La señora Kristel Faith Neurohr, cédula 1-1143-447, mayor, soltera, abogada, vecina de Santa Ana, en su condición de apoderada especial de Central Castilla S. A., de Colombia, Intercontinental Sugar USA LLC., de E. U. A., solicita la Patente de Invención denominada AZÚCAR ENTERA. Un azúcar entera que contiene sacarosa e ingredientes adicionales a partir de la caña de azúcar, que no se encuentran en azúcares convencionales, crudos, blancos refinados o amorfos. Se revelan los procesos para fabricar el azúcar entera. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C13J 1/08, cuyos inventores son Quintero Balcazar, Bernardo, Posso Trujillo, Vivian, Alexandra, Argüello Gamboa, Gabriel, Cárdenas Hernando, Benítez Bueno, Humberto Francisco. La solicitud correspondiente lleva el número 10031, y fue presentada a las 07:49:23 del 30 de mayo de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de abril de 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(45177).

El señor Manuel Enrique Lizano Pacheco, mayor, casado, abogado, cédula de identidad número 1-833-413, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Takeda Pharmaceutical Company Limited de Japón, solicita la Patente de Invención denominada USO DE 2-6-(3-AMINO-PIPERIDIN-1-IL)-3-METIL-2,4-DIOXO-3,4-DIHIDRO-2H-PIRIMIDIN-1-ILMETIL-4-FLUORO-BENZONITRILO. Se proporcionan composiciones farmacéuticas que comprenden 2-[6-(3-amino-piperidin-l-il)-3-metil-2,4-dioxo-3,4-dihidro-2H-pirimidin-l-ilmetil]-4-fluoro-benzonitrilo y sales farmacéuticamente aceptables del mismo, así como también kits y artículos de fabricación que comprenden las composiciones farmacéuticas, así como también los métodos para utilizar las composiciones farmacéuticas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es A61K 31/513, cuyos inventores son Ronald J. Christopher, Atsushi Ogawa y Paul Covington. La solicitud correspondiente lleva el número 10711, y fue presentada a las 13:13:30 del 13 de abril de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 4 de mayo del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge. Registradora.—(45178).

El señor José Antonio Muñoz Fonseca, mayor, casado, abogado, cédula de identidad número 1-433-939, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Abbott Laboratories, de Estados Unidos de América, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE AZAADAMANTANO Y MÉTODOS DE USO DE LOS MISMOS. Compuestos que son derivados de azaadamantano, particularmente derivados de azaadamantano sustituidos con éter o amina, y sales y prodrogas de estos, composiciones que comprenden estos compuestos, métodos para usar estos compuestos y composiciones, procesos para preparar estos compuestos, e intermediarios obtenidos durante estos procesos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es C07D 451/14, cuyos inventores son Schrimpf Michael R, Nersesian Diana L, Sippy Kevin B, Ji Jianguo, Li Tao, Scanio Marc, Shi Lei, Lee Chih-Hund, Bunnelle William H, Zhang Geoff G.Z., Brackemeyer, Paul J, Chen Shuang y Henry Rodger F. La solicitud correspondiente lleva el número 10743, y fue presentada a las 09:42:00 del 23 de abril de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 24 de abril del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(45179).

El señor Manuel Enrique Lizano Pacheco, cédula 1-833-413, mayor, casado una vez, abogado, vecino de Santa Ana, en su condición de apoderado especial de Takeda San Diego Inc., de E. U. A., solicita la Patente de Invención denominada INHIBIDORES DE CINASA. Se proporcionan compuestos para uso con las cinasas que comprenden un compuesto seleccionado del grupo que consiste de la fórmula (I) en donde las variables son como se definen en la presente. También se proporcionan composiciones farmacéuticas, kits y artículos para manufactura que comprenden tales compuestos; métodos e intermediarios útiles para hacer los compuestos; y métodos de uso de los compuestos.  La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C07D 213/61, cuyos inventores son Dong, Qing, Paraselli Bheema, Stafford, Jeffrey, Alan, Wallace, Michael, B., Wijesekera, Hasanthi, Brown, Jason W. La solicitud correspondiente lleva el número 10780, y fue presentada a las 08:42:17 del 8 de mayo de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 11 de mayo de 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(45180).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Expediente Nº 8651A.—Ejecutivos de La Taravilla S. A., solicita concesión de: 1,05 litros por segundo de la quebrada Media Luna, efectuando la captación en finca de Infraestructura Vial S. A., en Cortés, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano, doméstico, agropecuario, riego frutal. Coordenadas 123.042/573.798, hoja Coronado. Predios inferiores: Nicholas Rowley, Steven Halteman Brian Ribson. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de mayo del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 108396.—(44799).

Expediente Nº 8421A.—Agropecuaria Hermanos Pacheco S. A., solicita concesión de 0,06 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Ángeles, San Ramón, Alajuela, para uso agropecuario, piscicultura. Coordenadas 239.500 / 479.100, hoja San Lorenzo; 1,15 litros por segundo del río Balsita, efectuando la captación en finca de Kongseis S. A. en Ángeles, San Ramón, Alajuela, para uso consumo humano, doméstico y agropecuario- riego-ornamentales. Coordenadas 239.300 / 476.950 hoja San Lorenzo. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de mayo del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 108482.—(44800).

Expediente Nº 5490P.—Ana Cecilia Mesén Madrigal, solicita concesión de 1,8 litros por segundo del pozo MI-22, efectuando la captación en finca de su propiedad en Macacona, Esparza, Puntarenas, para uso consumo humano, doméstico, agropecuario, riego ornamentales. Coordenadas 220.550 / 465.650 hoja Miramar. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de mayo del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 108511.—(44801).

Expediente Nº 13422P.—El Rastro de La Naturaleza S. A., solicita concesión de 0.05 litros por segundo del pozo CN-456, efectuando la captación en finca de su propiedad en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, para uso consumo humano. Coordenadas 279.935 / 358.440 hoja Carrillo Norte. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de mayo del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(44866).

Exp. 8990P.—Rodal S. A., solicita concesión de: 0,45 litros por segundo del Pozo AB-603, efectuando la captación en finca de su propiedad en Hospital, San José, San José, para uso Turístico - Hotel. Coordenadas 213.207 / 525.690 hoja ABRA. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de mayo del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(45001).

Exp. Nº 13416P.—Fenix Rising Ltda, solicita concesión de: 3 litros por segundo del Pozo DM-75, efectuando la captación en finca de su propiedad en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso doméstico-consumo humano, piscina doméstica. Coordenadas 353.052 / 482.746 hoja Dominical. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de mayo de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(45004).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Expediente 3981P.—Administradora Amira S. A., solicita concesión de 0.25 libros por segundo del pozo artesanal, efectuando la captación en finca de su propiedad en Santa Ana, Santa Ana San José, para uso agropecuario riego y piscina-doméstica. Coordenadas 212.650 / 516.820 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de mayo de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 108769.—(45052).

Expediente 6809P.—Amplia Vista S. A., solicita concesión de: 0,10 litros por segundo del pozo AB-1436, efectuando la captación en finca de su propiedad en Escazú, Escazú, San José, para uso consumo humano -doméstico. Coordenadas 208.200 / 521.500 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de mayo de 2009.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 108826.—(45053).

Expediente Nº 13405A.—Sueños y Realidades del Sur S. A., solicita concesión de: 0.05 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso doméstico-consumo humano. Coordenadas: 347.990 / 494.080, hoja Repunta. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 6 de mayo del 2009.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 108984.—(45557).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

DECRETOS

Nº 04-2009

EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

De conformidad con las atribuciones que le confieren el inciso 10) del artículo 102 de la Constitución Política, y el inciso f) del artículo 19 del Código Electoral.

DECRETA:

La siguiente:

REFORMA AL ARTÍCULO 71 Y AL INCISO C) DEL ARTÍCULO

72 DEL REGLAMENTO AUTÓNOMO DE SERVICIOS DEL

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

Artículo 1º—Refórmese el artículo 71 del Reglamento Autónomo de Servicios del Tribunal Supremo de Elecciones, Decreto Nº 3-1996, del 9 de setiembre de 1996 y sus reformas, cuyo texto se leerá:

“Artículo 71.—Los representantes de los trabajadores serán nombrados de acuerdo al procedimiento establecido en los numerales 10 y 13 del Reglamento de Comisiones de Salud Ocupacional, Decreto Ejecutivo Nº 18379-TSS del 19 de julio de 1988. Los representantes de la Institución serán designados por el Tribunal Supremo de Elecciones. Tanto los representantes de los trabajadores como los de la Institución durarán en sus cargos tres años, pudiendo ser reelectos y deberán cumplir los requisitos y observar las condiciones establecidas en los numerales 7 y 8 del referido Reglamento de Comisiones de Salud Ocupacional, Decreto Ejecutivo Nº 18379-TSS del 19 de julio de 1988. De la integración de la Comisión de Salud Ocupacional se informará, mediante la nota respectiva al Consejo de Salud Ocupacional del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.”

Artículo 2º—Refórmese el inciso c) del artículo 72 del Reglamento Autónomo de Servicios del Tribunal Supremo de Elecciones, Decreto Nº 3-1996 del 9 de setiembre de 1996, y sus reformas, cuyo texto se leerá:

“c) Poner en conocimiento del Tribunal situaciones anómalas sobre riesgos de trabajo y las denuncias que sobre ese tema se presenten ante la Comisión, para los efectos correspondientes.”

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Dado en San José, a los veintiséis días del mes de mayo del dos mil nueve.

Eugenia María Zamora Chavarría, Presidenta a. í.—Max Alberto Esquivel Faerron, Magistrado.—Mario Seing Jiménez, Magistrado.—Juan Antonio Casafont Odor, Magistrado.—Fernando del Castillo Riggioni, Magistrado.—1 vez.—(O. C. Nº 93148).—C-27000.—(45878).

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Expediente Nº 23225-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos. San José, a las siete horas treinta y tres minutos del primero de junio del dos mil siete. Diligencias de ocurso incoadas por Nilva Elizabeth Chiliquinga Balarezo, divorciada, estudiante, ecuatoriana, cédula de residencia número cuatro tres cero-cero dos cero nueve cero cuatro seis-cero cero cero nueve cero cuatro, vecina de El Alto, Guadalupe, tendente a la rectificación del asiento de nacimiento de su hija María Celeste Chiliquinga Balarezo que lleva el número trescientos cincuenta y siete, folio ciento setenta y nueve, del tomo mil novecientos sesenta y seis de la provincia de San José, Sección de Nacimientos, en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Luis Guillermo Jesús Carmona Bermúdez, costarricense y Nilva Elizabeth Chiliquinga Balarezo, ecuatoriana” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta, se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación al señor Luis Guillermo Jesús Carmona Bermúdez, con el propósito que se pronuncie con relación a la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—Nº 108474.—(44802).

Expediente Nº 4085-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas y cincuenta y dos minutos del catorce de abril del dos mil nueve. Proceso administrativo de cancelación del asiento de matrimonio de Sam Oswald Arthur, no indica otro apellido con Rebeca Kornelsen Kornelsen, celebrado el nueve de setiembre del dos mil seis, que lleva el número cuatrocientos diecisiete, folio doscientos nueve, tomo cero noventa y dos, de la provincia de Heredia, Sección de Matrimonios, por cuanto los precitados señores contrajeron matrimonio anteriormente en India, el veintiséis de noviembre del dos mil cinco, el cual se encuentra pendiente de inscripción. De conformidad con lo señalado en el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se confiere audiencia dentro del término de ocho días, a partir de la primera publicación en el mismo Diario a los señores Sam Oswald Arthur, no indica otro apellido y Rebeca Kornelsen Kornelsen, con el propósito que se pronuncien en relación con este proceso administrativo. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—(O. P. Nº 93148).—C-49520.—(44933).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

EDUCACIÓN PÚBLICA

CONSEJO NACIONAL DE REHABILITACIÓN

Y EDUCACIÓN ESPECIAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000002-99999

Selección de talleres para reparación y mantenimiento mecánico,

eléctrico y de carrocería, pintura y lavado para los vehículos

del Consejo Nacional de Rehabilitación

y Educación Especial

El Área de Bienes y Servicios del Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial, les invita a participar en la Licitación Pública 2009LN-000002-99999, “Selección de talleres para reparación y mantenimiento mecánico, eléctrico y de carrocería, pintura y lavado para los vehículos del Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial” para la cual se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del 29 de junio del 2009.

El cartel de la contratación está a disposición de los interesados en el Sistema CompraRed en la dirección https://www.hacienda.go.cr, o puede ser solicitado al 2562-3155.

San José, 2 de junio del 2009.—Lic. Jorge Sánchez Morales, Proveedor Institucional.—1 vez.—(46708).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2009LA-000073-PROV

Alquiler de local para ubicar al Juzgado de Seguridad Social

del I Circuito Judicial de San José

El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados a participar en el siguiente procedimiento de contratación:

Licitación Abreviada N° 2009LA-000073-PROV, “Alquiler de local para ubicar al Juzgado de Seguridad Social del I Circuito Judicial de San José.

Fecha y hora de apertura: 22 de junio del 2009, a las 14:00 horas.

Los respectivos carteles se pueden obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados deben dirigirse al Proceso de Adquisiciones del Departamento de Proveeduría; sita en el 3º piso del edificio Anexo B, ubicado en la esquina formada por la avenida 6, calle 15, San José; o bien, obtenerlos a través de Internet, en la dirección htttp://www.poder-Judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la dirección licitaciones@poder-judicial.go.cr. En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a los teléfonos 2295-3623/2295-3295.

San José, 3 de junio del 2009.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(46376).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000046-PRI (Convocatoria)

Compra de llantas para vehículos institucionales

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (A y A), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del día 24 de junio del 2009, para la “Compra de llantas para vehículos institucionales”.

El archivo que conforma el cartel podrá accesarse en la página www.aya.go.cr; o bien, adquirirse previo pago de ¢500,00; en la Dirección de Proveeduría de A y A, sita en el módulo C, piso 3 del edificio sede del A y A en Pavas.

San José, 3 de junio del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—(O. C. Nº 2009-029).—C-12020.—(46384).

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000049-PRI (Convocatoria)

Compra de motores sumergibles, bombas sumergibles, verticales

y reforzadas para las regiones periféricas

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (A y A), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 09:00 horas del día 24 de junio del 2009, para contratar la compra de “Compra de motores sumergibles, bombas sumergibles, verticales y reforzadas para las regiones periféricas”.

Los documentos que conforman el cartel podrán descargarse de la dirección electrónica www.aya.go.cr; o bien, retirarse en la Proveeduría del A y A, sita en el módulo C, piso 3 del edificio sede del A y A ubicado en Pavas, el mismo tendrá un costo de ¢500,00.

San José, 3 de junio del 2009.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—(O. C. Nº 2009-029).—C-11270.—(46385).

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000002-01

Adquisición, desarrollo a la medida, adaptación instalación,

migración de datos y puesta en funcionamiento del

Sistema Integrado Financiero Administrativo

El Instituto de Desarrollo Agrario, invita a los interesados a participar en la presente licitación. Para este propósito, el IDA facilitará sin costo alguno para el interesado un (CD) gravado con el presente cartel, que además, también se publica en el sitio Web del IDA como www.ida.go.cr, igualmente puede ser remitido por correo electrónico. Aunque el cartel se remita por las vías anteriores, con el fin de evitar cualquier alteración del mismo, que repercuta en las ofertas presentadas, la elegibilidad de las mismas, está condicionada a que se ajusten al archivo electrónico original del cartel que tiene el IDA, del cual se tiene una impresión adjunta al expediente de la contratación. Por consiguiente, las ofertas serán comparadas para su análisis y calificación con el cartel original en poder del Instituto de Desarrollo Agrario.

Las ofertas deben de presentarse hasta las 10:00 horas, del día 8 de julio del 2009 en las oficinas centrales del IDA, Unidad de Licitaciones, módulo b planta alta. Dirección: San José, San Vicente de Moravia, de donde estaba el Colegio Lincoln 200 metros al oeste, 100 metros al sur y 250 metros al oeste.

Área de Contratación y Suministros.—Rafael Fernández Bolaños, Jefe.—1 vez.—(46620).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-CL01

Contratación de dos abogados externos para cobro judicial

El Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Pococí invita a los profesionales en derecho, interesados en participar en la Licitación Pública número 2009LN-000001-CL01, “Contratación de dos abogados externos para cobro judicial”.

Los carteles están disponibles en la oficina de Proveeduría, a partir de la publicación de esta.

El plazo para el recibo de las ofertas será hasta las diez horas del 26 de junio del 2009 el cartel tiene un costo de mil colones, que se debe cancelar en las caja de recaudación de la Municipalidad de Pococí.

Lic. Iris Vega Cortés, Proveedora Municipalidad.—1 vez.—(46663).

AVISOS

COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.

CONCURSO Nº 2009PP-000007-PROV

Dispositivos aéreos rotantes, para manejo de cargas, perforaciones

con barreno, transporte de cargas, posicionamiento de personal,

tipo articulado y telescópico, instalados en vehículos de doble

tracción y dispositivos con aislamiento de hasta 46 kv,

para excavación o perforaciones con barreno

Invita a participar en el siguiente concurso de adquisición:

Concurso

Descripción

Apertura

Hora

Valor

Nº 2009PP-000007-PROV

Dispositivos aéreos rotantes, para

manejo de cargas, perforaciones

con barreno, transporte de cargas,

posicionamiento de personal, tipo

articulado y telescópico, instalados

en vehículos de doble tracción y

dispositivos con aislamiento de

hasta 46 kv, para excavación

o perforaciones con barreno

25/06/2009

13:00

¢1000,00

Rige la ley N° 8660 y el Reglamento para los Procesos de Adquisición de las Empresas del Instituto Costarricense de Electricidad, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 230 el 27 de noviembre del 2008, así como las condiciones especiales, que pueden retirar en nuestra Sección de Proveeduría, 250 metros este de Pozuelo S. A., en la Uruca (Frente a Ciudad Toyota, Plantel Virilla).

José Antonio Salas Monge, Proveedor Institucional.—1 vez.—(46570).

ADJUDICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000042-2104

Adquisición de Conejos Policlonales, antiproteína, solución

de rescate, Tris Buffer, Ratón Monoclonal, BCL-1 Cyclin CL,

Ratón Monoclonal Anti Citoqueratina 7 y 20

Empresa adjudicada: MAKOL O.C.R. S. A., ítemes Nº 01, 02, 03, 04, 05, 06, 08, 09, 10, 11, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 60, 61, 62, 63, 64, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 103, 104, 105, 106, 108, 109, 110, 111, 112 y 117.

Vea detalles y mayor información en http:// www.ccss.sa.cr.

San José, 1 de junio del 2009.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Jacqueline Villalobos Hernández.—1 vez.—(46632).

HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000026-2101

Concepto de Letrozol tabletas 2.5 mg comprimidos

con cubierta pelicular

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr. R. A. Calderón Guardia, le comunica a los interesados en este concurso, que se resuelve adjudicar el ítem único de la siguiente manera:

Empresa adjudicada: Distribuidora Farmanova S. A.

Para el ítem: único.

Monto total: $254.618,50.

Monto en letras: Doscientos cincuenta y cuatro mil seiscientos dieciocho dólares con 50/100.

Tiempo de entrega: Parciales: Primera entrega de 256,2 CN a 03 días hábiles máximo y la segunda entrega 255 CN cinco meses después de la primera entrega.

Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr o en el expediente de Licitación.

San José, 3 de junio del 2009.—Subárea de Contratación Administrativa.—Bach. Jennifer Fernández Casanova, Coordinadora a. í.—1 vez.—(46645).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000019-PRI

Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo

de la infraestructura de la red de datos

inalámbrica institucional

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (A y A), cédula jurídica N° 4-000-042138, comunica que mediante resolución de la Gerencia General N° 2009-361 del 25 de mayo del 2009, se adjudica la licitación indicada de la siguiente forma:

Única oferta a: Redes Inalámbricas de Costa Rica S. A.

Mano de obra preventiva monto total anual $30.120,00.

La mano de obra correctiva se cancelará contra presentación de factura, únicamente cuando se requiera, asimismo el costo de los repuestos solicitados y repuestos extra.

Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.

San José, 2 de junio del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—(O. C. Nº 2009-029).—C-16520.—(46386).

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2009LN-000036-33300

Compra de llantas

Se avisa a los interesados en esta licitación, que existen modificaciones al cartel y que dichas correcciones podrán ser visualizadas en el Sistema CompraRed en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared, a partir de la fecha de esta publicación en el Diario Oficial La Gaceta, o también podrá obtenerlo en la Proveeduría Institucional del MOPT en Plaza González Víquez.

San José, 1 de junio del 2009.—Heidy Román Ovares, Proveedora Institucional.—1 vez.—(O. C. Nº 93993).—(Solicitud Nº 12062).—C-12020.—(46624).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000047-PROV

Compra de dos espectrofotómetros ultravioleta-visible

Se avisa a todos los interesados que en el procedimiento de contratación de referencia, para el cual se publicó una prórroga el día 01 de junio de 2009, en el Diario Oficial La Gaceta Nº 104, debe leerse el número de la licitación tal y como se indica arriba y no como se consignó.

San José, 2 de junio del 2009.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa a. í.—1 vez.—(46377).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Nº 2009LI-000005-PROV

(Modificación Nº 2 y prórroga Nº 1)

Adquisición de aceite lubricante para Plantas

UEN Producción según demanda

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que el cartel de este concurso fue sujeto a las siguientes modificaciones:

A- Se solicita cambiar la fórmula de reajuste de precios para ajustarla a los precios de referencia de las bases de petróleo que se usan para producir lubricantes,

En el capítulo II, Condiciones Particulares en el Ítem Nº 12: Reajuste de precio en contratos en moneda extranjera, donde dice:

lE=porcentaje de insumos importados del precio de cotización.

lL=porcentaje de insumos locales del precio de cotización.

lltc=promedio mensual de precio del Light Sweet Crude Oil ó West Texas Intermediate del New York Mercantile Exchange (NYMEX) al momento de la cotización.

lltv=promedio mensual de precio del Light Sweet Crude Oil o West Texas Intemediate del New York Mercantile Exchange (NYMEX) en la fecha de variación.

Pv=precio variado.

Pc=precio de cotización.

MO=porcentaje de costo de mano de obra del precio de cotización.

GA=porcentaje de gastos administrativos del precio de cotización.

U=porcentaje de utilidad del precio de cotización.

Debe cambiarse por lo siguiente:

lE=porcentaje de insumos importados del precio de cotización

lL=porcentaje de insumos locales del precio de cotización.

lltc=Índice ICIS-LOR (precios de referencia de las bases de petróleo para lubricantes), al momento de la cotización.

lltv=Índice ICIS-LOR (precios de referencia de las bases de petróleo para lubricantes), en la fecha de variación.

Pv=precio variado.

Pc=precio de cotización.

MO=porcentaje de costo de mano de obra del precio de cotización.

GA=porcentaje de gastos administrativos del precio de cotización.

U=porcentaje de utilidad del precio de cotización.

El ICE podrá aceptar otros índices de precios siempre y cuando sean emitidas por medios reconocidos internacionalmente.

Asimismo se le comunica que la apertura de ofertas fue prorrogada para las 10:00 horas del 25 de junio del 2009.

Fecha de apertura de ofertas anterior: A las 10:00 horas del día 10 de junio del 2009.

San José, 2 de junio del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Luis Fernando Araya Montero, Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 342050).—C-30020.—(46625).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

CENTRO DE SERVICIOS FINANCIEROS MORAVIA

AVISOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal de este domicilio, hace constar del conocimiento público el extravío de los siguientes certificados de ahorro a plazo en colones normales:

Número del certificado             Monto del                  Fecha de

                                                    certificado               vencimiento

16105660210478883               ¢5.000.000,00                 22/04/2010

16105660210478860               ¢5.000.000,00                 22/10/2009

16105660210474491               ¢5.000.000,00                 16/03/2010

16105660210391567               ¢5.000.000,00                 06/11/2009

Cupones

16105660210478883               ¢132.500,00 (4)              22/04/2010

16105660210478860               ¢125.000,00 (2)              22/10/2009

16105660210474491              ¢ 138.750,00 (4)              16/03/2010

16105660210391567                ¢ 86.625,00 (2)              06/11/2009

Emitidos a la orden de: Enrique Ramón Solano Rivera, cédula Nº 01-0239-0162.

Lo anterior para efectos de los artículos Nº 708 y 709 del Código de Comercio.

San José, 26 de mayo del 2009.—Plataforma de Servicios.—Lic. Marco Oviedo Castillo, Subgerente.—(45834).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

ÁREA DE INVESTIGACIÓN

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Irene Palma Umaña, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 22 de mayo del 2009.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(45249).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Andrés Felipe Sevilla Gaitán, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 21 de mayo del 2009.—Área De Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 108926.—(45056).

Elizabeth León Rodríguez ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 21 de mayo del dos mil nueve.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 108928.—(45057).

Mariana Fernández Sequeira, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, veinte de mayo del dos mil nueve.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 108961.—(45058).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ORI-1362-2009.—Rodríguez Araya Roxana, costarricense, cédula de identidad Nº 2-425-589, ha solicitado reposición de los títulos de Notario Público, Bachiller en Derecho y Licenciada en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante la Oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 19 de mayo del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112916).—C-16340.—(45724).

ORI-1363-2009.—Villalobos Rodríguez María de los Ángeles, costarricense, cédula de identidad Nº 1-569-964, ha solicitado reposición de los títulos de Notario Público y Licenciada en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante la Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 19 de mayo del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112916).—C-16340.—(45725).

ORI-1368-2009.—Lazo Valladares Ángel Antonio, costarricense, cédula de identidad Nº 1-829-307, ha solicitado reposición del título de Especialista en Anatomía Patología. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante la Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 19 de mayo del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O.C. Nº 112916).—C-16340.—(45726).

ORI-1369-2009.—Pacheco Carranza Ana Gabriela, costarricense, cédula de identidad Nº 1-530-835, ha solicitado reposición del título de Bachiller en Ciencias de la Educación Primaria. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante la Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 19 de mayo del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112916).—C-16340.—(45727).

ORI-1454-2009.—Sibaja Villegas Evelyn María, costarricense, cédula de identidad Nº 1-1134-089, ha solicitado reposición del título de Bachillerato en Ciencias de la Educación Preescolar. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante la Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 19 de mayo del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112916).—C-16340.—(45728).

ORI-1422-2009.—Guerén Catepillán Pablo Andrés, R-077-2009 chileno, residente temporal 115200025003, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Comunicación Social, Periodista, Universidad Diego Portales, Chile. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante la Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 13 de mayo del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112916).—C-16340.—(45729).

ORI-1429-2009.—Hasbun Chavarría Yamil, R-075-2009, costarricense, cédula de identidad Nº 1-1125-0947, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Ciencias en Ingeniería, Universidad de Aalborg, Dinamarca. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante la Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 13 de mayo del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112916).—C-16340.—(45730).

ORI-1367-2009.—Hernández Jiménez Marcela, R-072-2009, costarricense, cédula de identidad Nº 1-1011-0289, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Ciencias, Física, Universidad Estatal de Campinas, Brasil. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante la Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 11 de mayo del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112916).—C-16340.—(45731).

ORI-1428-2009.—Miranda Symes Sandra Olivia, R-076-2009, mexicana, pasaporte 03210023811, ha solicitado reconocimiento del diploma de Médico Cirujano, Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla, México. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante la Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 13 de mayo del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112916).—C-16340.—(45732).

ORI-1349-2009.—Steinkoler Speevak Randi, R-069-2009, costarricense, cédula de identidad Nº 1-1149-0155, ha solicitado reconocimiento del diploma de Máster en Música con énfases en Musicoterapia, Universidad del Estado de Florida, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante la Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 11 de mayo del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112916).—C-16340.—(45733).

ORI-1379-2009.—Vargas Ovejero Hernán Alfonso, R-073-2009, colombiano, residente permanente 117001107209, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero en Transportes y Vías, Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante la Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 11 de mayo del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112916).—C-16340.—(45734).

ORI-1360-2009.—Zepeda Seoane Carlos Francisco, R-070-2009, mexicano, pasaporte Nº 08903374392, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Civil, Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, México. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante la Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 11 de mayo del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112916).—C-16340.—(45735).

ORI-1426-2009.—Giralt Apéstegui Luis Diego, R-074-2009, costarricense, cédula de identidad Nº 1-1013-0160, ha solicitado reconocimiento del diploma de Magister en Rehabilitación Oral, Universidad Finis Terrae, Chile. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante la Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 13 de mayo del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112916).—C-16340.—(45736).

ORI-1384-2009.—Castro Calderón Mario Alberto, R-080-2009, costarricense, cédula de identidad Nº 1-0907-0456, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Arquitectura, La Fundación Universidad de las Américas, México. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante la Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 12 de mayo del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112916).—C-16340.—(45737).

ORI-1365-2009.—Agüero Valverde Jonathan, R-071-2009, costarricense, cédula de identidad Nº 1-0932-0059, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Filosofía, Ingeniería Civil, La Universidad Estatal de Pennsylvania, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante la Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 11 de mayo del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112916).—C-16340.—(45738).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA VIDA ESTUDIANTIL

Y SERVICIOS ACADÉMICOS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El Comité Institucional para el Reconocimiento y Equiparación de Títulos y Grados (CIRE), en uso de sus facultades estipuladas en el Reglamento para el Reconocimiento y Equiparación de Grados y Títulos, y el artículo Nº 6 de la Ley Orgánica, del Instituto Tecnológico de Costa Rica, en sesión Nº 03-2009, artículo 11 del 13 de mayo del 2009, ante la solicitud del señor Diego Fernando Rey Becerra, pasaporte colombiano Nº CC80168576,

Acuerda:

1.  Reconocer el título de Ingeniero Electrónico, otorgado por Pontificia Universidad Javeriana, Bogotá, Colombia, al señor Diego Fernando Rey Becerra, pasaporte colombiano Nº CC80168576.

2.  No reconocer el grado académico, debido a que no viene explícito en el Diploma.

3.  Equiparar el título de Ingeniero Electrónico, otorgado por la Pontificia Universidad Javeriana, Bogotá, Colombia, por el de Ingeniero en Electrónica, que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.

4.  Equiparar los estudios realizados por el señor Diego Fernando Rey Becerra, pasaporte colombiano Nº CC80168576, al grado académico de Licenciatura que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica, puesto que el valor académico de los estudios realizados así como la profundidad y amplitud de estos conocimientos y habilidades obtenidas durante los estudios corresponden a los exigidos por las instituciones de educación superior universitaria costarricense para conceder dicho grado.

Acuerdo firme.

Cartago, 21 de mayo del 2009.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA. William Vives Brenes, Director.—(O. C. Nº 0587).—(Solicitud Nº 30850).—C-21020.—(45751).

CIRE, acuerda:

El Comité Institucional para el Reconocimiento y Equiparación de Títulos y Grados (CIRE), en uso de sus facultades estipuladas en el Reglamento para el Reconocimiento y Equiparación de Grados y Títulos, y el artículo Nº 6 de la Ley Orgánica, del Instituto Tecnológico de Costa Rica, en sesión Nº 03-2009, artículo 7º, del 13 de mayo del 2009, ante la solicitud del señor Adolfo Alfaro Cordero, cédula de identidad Nº 401850847,

Acuerda:

1.  Reconocer el título de Ingeniero Agrónomo, otorgado por la Escuela Agrícola Panamericana Zamorano, Tegucigalpa, Honduras, al señor Adolfo Alfaro Cordero, cédula de identidad Nº 401850847.

2.  Reconocer el grado académico de Licenciatura.

3.  Equiparar el título de Ingeniero Agrónomo, otorgado por la Escuela Agrícola Panamericana Zamorano, Tegucigalpa, Honduras, por el de Ingeniero Agrónomo que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.

4.  Equiparar el grado académico de Licenciatura al de Licenciatura, que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.

Acuerdo firme.

Cartago, 25 de mayo del 2009.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA. William Vives Brenes, Director.—(O. C. Nº 0587).—(Solicitud Nº 30850).—C-18020.—(45752).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

CONSEJO DIRECTIVO

Considerando:

La Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979 y supletoriamente la Ley 7495, regula la expropiación forzosa por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación se acuerda en ejercicio del poder de imperio de la Administración Pública, el cual comprende toda forma de privación de la propiedad privada o de derechos o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser expropiados conforme a esta ley.

En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad necesita adquirir un lote, necesario para el paso de la línea de transmisión denominada Río Macho-San Miguel, tramo San Miguel-El Este, finca inscrita en el Registro Público, número ciento noventa y cinco mil cuatrocientos ochenta y dos-cero cero cero, del partido de Cartago, cantón tres La Unión, distrito cinco Concepción, de la provincia de Cartago.

Según Registro Público, este inmueble presenta un área de ciento setenta y cinco metros con veinte decímetros cuadrados, cuya naturaleza es terreno para construir con una casa, lindante al norte, con Trino Rojas Rojas; al sur, con calle pública con un frente a ella de seis metros con cincuenta centímetros; al este, con Gerardo Enrique Esquivel Marín; y al oeste, con Edgar Calvo Redondo, con plano catastrado número C-ciento quince mil ochocientos setenta y siete-mil novecientos noventa y tres. Propiedad de Urania Rivera Chaves, mayor, casada una vez, nicaragüense, cédula de residencia uno tres cinco RE cero dos dos cuatro dos cuatro cero cero uno nueve nueve nueve, vecina de Lomas de Río, Pavas, frente a parada del Higuerón, altos del restaurante Manglado.

Que a solicitud de la UEN de Proyectos y Servicios Asociados del Sector de Energía, este lote fue valorado en la suma de ¢.4.344.522,00 (cuatro millones trescientos cuarenta y cuatro mil quinientos veintidós colones), según avalúo número ciento ochenta y tres-dos mil nueve.

De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de adquirir este lote, por lo que con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979 y supletoriamente la Ley 7495, Ley de Expropiaciones, procede decretar la expropiación correspondiente. Por tanto,

Primero.—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢4.344.522,00.

Segundo.—De no ser aceptado por la propietaria, el respectivo avalúo, exprópiese el lote anteriormente indicado.

Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, Ley Nº 7495, citadas.

Tercero.—Continúese con los trámites de rigor.

Cuarto.—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número cinco mil ochocientos setenta y uno del treinta de abril del dos mil nueve.

Quinto.—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Andrea Campos Villalobos, Apoderada General Judicial.—1 vez.—(O. C. Nº 342561).—C-45000.—(45722).

Considerando:

La Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979 y supletoriamente la Ley 7495, Ley de Expropiaciones, regulan la expropiación forzosa por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación se acuerda en ejercicio del poder de imperio de la Administración Pública, el cual comprende toda forma de privación de la propiedad privada o de derechos o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de uña indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser expropiados conforme a estas leyes.

En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad necesita constituir un derecho de servidumbre y un sitio de torre, necesario para el paso de la línea de transmisión denominada P.G. Las Pailas, sobre la finca inscrita en el Registro Público, número setenta y siete mil trescientos ochenta y cinco-cero cero cero, del partido de Guanacaste, cantón uno Liberia, distrito uno Liberia, provincia de Guanacaste.

Según Registro Público, presenta, un área de ciento noventa y nueve mil quinientos metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados, cuya naturaleza es para agricultura N veintiuno-uno, lindante al norte, con reserva; al sur, con calle pública; al este, con parcela veintidós-uno; y al oeste, con parcela veinte y con plano catastrado número G-novecientos cuarenta y ocho mil ochenta y siete-mil novecientos noventa y uno. Propiedad de Inversiones Tulín del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y cuatro mil novecientos ochenta.

Que a solicitud de la UEN Proyectos y Servicios Asociados del Instituto Costarricense de Electricidad, esta servidumbre y sitio de torre fueron valorados en la suma de ¢1.857.660,80 (un millón ochocientos cincuenta y siete mil seiscientos sesenta colones con ochenta céntimos), según avalúo número cuatrocientos sesenta y cuatro-dos mil ocho.

De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de constituir esta servidumbre y sitio de torre, por lo que con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979 y supletoriamente la Ley 7495, procede decretar la expropiación correspondiente. Por tanto,

Primero.—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢1.857.660,80.

Segundo.—De no ser aceptado por el propietario, el respectivo avalúo, constitúyase sobre la finca anteriormente mencionada y descrita, la servidumbre y un sitio de torre, que se describen así: el Instituto Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de servidumbre de líneas eléctricas y de paso, sobre una franja de terreno propiedad de Inversiones Tulín del Sur S. A. con una longitud por línea de centro de trescientos ochenta y seis metros con ochenta y un centímetros y un ancho de treinta metros (quince metros a ambos lados de la línea de centro), para un total de una hectárea mil seiscientos un metros con noventa y nueve decímetros cuadrados.

La franja de servidumbre tiene una forma irregular, ingresa al inmueble por el sector norte colindancia con la zona de protección del Río Negro con un azimut de ciento sesenta y seis grados tres minutos veintitrés segundos hasta llegar al PI-L cuatro o torre número catorce donde cambia de dirección a un azimut de ciento ochenta y ocho grados veinte minutos cuarenta y nueve segundos, hasta salir por la colindancia suroeste con la propiedad de María del Socorro Dávila Cubero, el recorrido de la franja de servidumbre en la finca sobre una topografía ondulada, con pendientes que varían del cinco por ciento al veinticinco por ciento aproximadamente, afectando área de tacotales, pastos naturales y bosque ripario.

La servidumbre se ubica por el sector oeste del inmueble, su área corresponde a un cinco coma ochenta y dos por ciento del área total de la propiedad.

Limitaciones: El propietario deberá limitar el uso de esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente. No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga máxima o contingencia. Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos.

Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele al ICE deberá permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra. Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, y supletoriamente a la Ley Nº 7495.

Tercero.—La servidumbre descrita se establecerá en favor de la finca del Partido de Guanacaste, inscrita en el Registro Público, número ciento cincuenta y nueve mil trescientos sesenta y nueve-cero cero cero, terreno para potrero, potrero, sita en el distrito quinto, del cantón primero de la provincia de Guanacaste. Mide ochenta y cinco mil treinta y tres metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados y linda así: norte, calle pública y María de los Ángeles Campos Moreno; al sur, río Colorado; al este, María de los Ángeles Campos Moreno; y al oeste, Carlos Victoriano Jiménez y Felipa de la O Miranda. Con plano catastrado número G un millón ciento veintisiete mil setecientos cuarenta y seis-dos mil siete.

Cuarto.—Continúese con los trámites de rigor.

Quinto.—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número cinco mil ochocientos cincuenta y uno del once de noviembre del dos mil ocho.

Sexto.—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, veintisiete de mayo del dos mil ocho.—Lic. Andrea Campos Villalobos, Apoderada General Judicial.—1 vez.—(O. C. Nº 342561).—C-76500.—(45723).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Se le comunica a Carmen García Aguinaga que por resolución de la Representación Legal de esta Oficina Local, de las 16:57 horas del 22 de febrero de 2009, se dio inicio de proceso especial de protección, en sede administrativa, ordenando su ingreso en el albergue institucional de Vargas Araya, “De ser necesario por conveniencia institucional, se le puede trasladar a la alternativa de protección que más se ajuste a su perfil o domicilio, dando aviso por escrito a los padres de esa nueva ubicación por simple oficio …Dicha medida no podrá exceder de seis meses. II. Procédase al acompañamiento psicológico de dicha joven ante el Organismo de Investigación Judicial para que plantee formal denuncia por abuso sexual. III. Trasladar este expediente a la Oficina Local de San José Oeste para que se continúe con la atención psico-socio legal, se brinde el seguimiento, profundizando en la dinámica socio familiar en que se desarrolla María Carolina. IV. Remítase copia de esta situación a la Oficina Local de Talamanca para que le brinde seguimiento a la situación de las personas menores hermanas de María Carolina que permanecen en esa comunidad. V. Comuníquese esta medida al juez competente… Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, en días y horas hábiles, ubicada en San José, avenidas 8 y 10, calle 14. Deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 11 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales y el contenido del Voto Nº 11302-2002, de 15:41 horas de 27 de noviembre de 2002, de la Sala Constitucional. Se le hace saber, además, que contra esta resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia).—Oficina Local de San José Oeste.—Lic. Rafael A. Barrientos Ávila, Representante Legal.—(O. C. Nº 30082).—(Solicitud Nº 29016).—C-18870.—(45740).

A George Reolid Esteves, se le comunica la resolución de las 9:10 horas del 27 de mayo del 2009 que resolvió entre otros, abrigo temporal hasta por 6 meses de sus hijos Franciny Gabriela, Karina Soledad y Franklin Eduardo, todos Reolid Picado, en una alternativa de protección institucional o privada. En contra de dicha resolución solo procede el recurso de apelación, presentado verbalmente o por escrito en las siguientes 48 horas a la publicación del tercer edicto, ante quien emitió esta resolución y quien elevará a la Presidencia Ejecutiva de la entidad en San José, señalando lugar para notificaciones o fax. 112-7-07.—Oficina Local de Guadalupe.—Lic. Gerardo Sánchez Rodríguez, Representante Legal.—(O. C. Nº 30082).—(Solicitud Nº 29016).—C-9690.—(45741).

Se comunica a quien interese, de la resolución de las catorce horas del día veintiséis de mayo de dos mil nueve, que ubica a la persona menor de edad Rosa Ángela Carrillo Romero, al lado de su padre biológico, señor Ismael Mora Chacón. Esta medida es hasta por seis meses. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el superior en grado, dentro de un plazo de 48 horas después de notificada. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas.—Oficina Local de Guadalupe, 26 de mayo de 2009.—Lic. Roberto Marín A., Representante Legal.—(O. C. Nº 30082).—(Solicitud Nº 29016).—C-7140.—(45742).

A Víctor Manuel Sojo Fallas, se le comunica la resolución de las catorce horas del quince de mayo del dos mil nueve, en la cual se dicta medida de protección de abrigo temporal a favor de la joven Pamela Sojo Arias en el albergue del Patronato Nacional de la Infancia, contra esta resolución se puede aplicar recurso de apelación dentro de las cuarenta y ocho horas a partir de la tercera publicación de este edicto ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución en San José, señalando lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional, doscientos cincuenta metros sur de la casa de Matute Gómez, en horas laborales de las siete horas treinta minutos a las dieciséis horas. El cual podrá ser interpuesto en forma verbal o escrita. Expediente Nº 142 00 16 95, tomo IV.—Oficina Local de Puriscal.—M.Sc. Patricia M. Mesén Arroyo, Representante Legal.—(O. C. Nº 30082).—(Solicitud Nº 29016).—C-7650.—(45743).

Al señor Josué García Gutiérrez, calidades y domicilio desconocidos por esta Oficina, se le notifica la resolución administrativa dictada a las diez horas cuarenta minutos del veintidós de mayo de dos mil ocho, de abrigo temporal por el plazo de seis meses prorrogables judicialmente, que ubica a la niña Junileit García Moreira en un albergue institucional y se remite su situación al Área Psicosocial para la intervención que corresponde. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante esta Oficina Local, en forma verbal o escrita; Oficina que lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en Barrio Luján, San José, antigua Dos Pinos o de Matute Gómez, trescientos metros al sur, deben señalar medio para notificaciones. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada.—Oficina Local de Heredia Norte.—Ana Julieta Hernandez Issa El Khoury, Representante Legal.—(O. C. Nº 30082).—(Solicitud Nº 29016).—C-7650.—(45744).

Expediente administrativo numero 142-0015-2009, por desconocerse su paradero o residencia habitual, se comunica al señor Daniel Antonio Gutiérrez González, que en esta Oficina, se dictó la resolución administrativa de las quince horas quince minutos del veintisiete de mayo del dos mil nueve, donde se da inicio y traslado de la solicitud de autorización de permiso de salida del país de la persona menor de edad Victoria Gutiérrez Hernández, presentada por la señora Alexa Hernández Gutiérrez en pleno ejercicio de la autoridad parental y atributos propios en la guarda, crianza y educación de la citada menor de edad, en que solicita a esta dependencia se autorice la salida de Victoria Gutiérrez Hernández, saliendo de Costa Rica con destino a la Isla de San Andrés, Colombia, saliendo el día once de julio del dos mil nueve, regresando a Costa Rica el veinte de julio del dos mil nueve. Con ocasión a visitar la Isla de San Andrés de Colombia, como viaje de recreación para la niña con responsabilidad de su señora madre, por lo que en este acto se le otorga ocho días naturales a partir de la última publicación para que comparezca a hacer sus respectivos alegatos, manifieste su consentimiento u oposición y ofrezca la prueba que considere oportuna, pertinente y conveniente, sea esta documental, testimonial o pericial, No se señala hora y fecha para la entrevista de la menor Victoria Gutiérrez Hernández por razón de su edad, quien va a cumplir dos años edad. Se le previene al señor Daniel Antonio Gutiérrez González que debe de señalar dentro del perímetro administrativo y judicial de esta Oficina Local o medio idóneo donde atender sus notificaciones con la advertencia que de no hacerlo las resoluciones posteriores que se dictan se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia tendrá si el lugar fuere impreciso, incierto o ya no existiere. Todo en apego a la ley de notificaciones. Publíquese en el Diario Oficial por dos veces consecutivas y una en un diario de circulación nacional.—Oficina Local de Puriscal, 27 de mayo del 2009.—Msc. Patricia M. Mesén Arroyo, Representante Legal.—(45812).

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Resolución RRG-9818-2009.—San José, a las trece horas, del 27 de mayo de dos mil nueve.

Solicitud de ajuste tarifario presentada por Transportes Liberianos del Norte S. A. Concesionario de la ruta Nº 521. Expediente ET-039-2009.

Resultando:

I.—Que Transportes Liberianos del Norte S. A., goza de la concesión que lo habilita para prestar el servicio público de transporte remunerado de personas en la modalidad autobús en la ruta 521 descrita como: Liberia-La Cruz-Peñas Blancas y viceversa., acuerdo 6.8 de la sesión ordinaria 71-2007 del 25 de setiembre de 2008, de la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público (folios 04 a 26 del OT-063-2008).

II.—Que posteriormente se aprueba una addenda al Contrato de Concesión, el 20 de diciembre de 2007, cuyo objetivo era modificar el artículo III del citado contrato, para incrementar la flota autorizada de 3 unidades a siete unidades, tal y como se describe en el artículo 3.4 de la Sesión Ordinaria 42-2008 de la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público, celebrada el día 19 de junio de 2008 (folios 136 a 143 del OT-063-2008).

III.—Que mediante resolución de la Autoridad Reguladora número RRG-9537-2009 del 26 de febrero de 2009 y publicada en La Gaceta Nº 47 del 9 de marzo de 2009, se fijaron las tarifas vigentes para el servicio de la ruta 521 de la empresa Transportes Liberianos del Norte S. A.

IV.—Que mediante oficio 442-DITRA-2009/10876 del 27 de abril de 2009, la Dirección de Servicios de Transportes, otorgó la admisibilidad a la solicitud tarifaria (folio 155).

V.—Que la convocatoria a audiencia pública, se publicó en los diarios: La Extra y La Teja el 5 de mayo de 2009 (folio 159) y el Diario Oficial La Gaceta Nº 94 del 18 de mayo de 2009 (folio 163).

VI.—Que la audiencia pública de ley se realizó a las 17:00 horas del 18 de mayo del 2009 en el salón parroquial de La Cruz, ubicado contiguo al Hotel Amalia, La Cruz, Guanacaste.

VII.—Que de conformidad con lo indicado en el acta de audiencia pública Nº 50-2009 que corre agregada al expediente, se presentaron ocho oposiciones; los principales argumentos expuestos fueron los siguientes:

1.  Leonor Morales Cueto, cédula Nº 5-187-951:

a)  Los buses se recargan demasiado, hay que viajar de pie.

b)  Hay unidades que en tiempo de invierno, se tiene que utilizar sombrilla por dentro porque los ventanales se caen y el agua se mete.

c)  Considera excesivo el incremento tarifario propuesto, tomando en cuenta que los estudiantes que viajan a Liberia lo tienen que hacer prácticamente durante toda la semana.

d)  No se respetan los horarios establecidos.

2.  Diógenes Zepeda Mejía, cédula Nº 5-166-236:

a)  Considera desproporcionado el incremento tarifario solicitado de casi un 100%.

b)  Se queja de que se recargan los buses y que no se cumple con los horarios establecidos.

3.  Pedro Flores Flores,  cédula Nº 5-165-654:

a)  Considera el incremento tarifario solicitado desproporcionado, no puede ser que cuando el combustible está bajando soliciten un alza en la tarifa, que no es congruente con lo que está ahora valiendo el combustible.

b)  Debe hacerse un análisis que sea correspondiente con la calidad de vida que tienen los vecinos de La Cruz. Somos un cantón pobre, así lo dice el Estado de La Nación.

c)  Nosotros ocupamos que se nos fije una tarifa, somos conscientes de la situación de la crisis que estamos pasando, pero eso no significa que debemos llevar las cosas al doble.

d)  Las unidades de transportes que se usan no son de la mejor calidad, por lo menos hay dos unidades que no pueden mantener las ventanas abiertas, con el vibrar del motor del vehículo se caen, por el momento nos golpea el viento y la brisa, pero cuando venga el invierno nos va a golpear el agua, entonces de esa forma nosotros no podemos tener esas unidades.

e)  Otra cosa es el irrespeto de esta empresa a la Ley 7600. Los señores mayores, las mujeres embarazadas, los discapacitados tienen que viajar de pie porque los asientos de adelante están ocupados muchas veces por gente joven o por amigos de los conductores, de esa forma entonces hay un irrespeto a la Ley 7600, que no puede ser.

4.  Luis Alonso Pizarro Camacho, cédula Nº 5-309-950:

a)  Considera el aumento de los buses excesivo, el servicio de buses es pésimo, los chóferes pareciera que no tienen una educación porque irrespetan mucho a las personas mayores y no solamente a las personas mayores, si no que a veces pareciera que amanecen malhumorados y maltratan a las personas; muchas personas siempre llegan tarde a Liberia porque pasan tarde por La Cruz o pasan muy temprano por La Cruz, entonces muchas personas no saben cuál es el horario en sí de los buses.

5.  Viviana Arrieta Bonilla, cédula Nº 1-1228-913:

a)  Se queja porque no se cumplen los horarios señalados.

b)  Considera el incremento propuesto excesivo.

c)  Los buses no caminan del todo bien aseados. Si hablamos de un bus blanco a ese bus se le bajan las ventanas solas, en invierno uno prácticamente se moja.

6.  Karen Pizarro Camacho, cédula Nº 5-327-520:

a)  Considero que la tarifa es demasiado alta en muy poquito tiempo. Estoy disconforme porque he sido testigo de que no se está cumpliendo la Ley 7600 en cuanto a asientos preferenciales.

b)  Estoy inconforme porque también algunos buses son muy sucios.

7.  Irlanda Castro Ordóñez, cédula Nº 5-380-755:

a)  Realmente yo me quejo porque considero que es desproporcionado el aumento a la tarifa; estoy estudiando en la Universidad de Costa Rica, viajo de lunes a sábado y sería exagerado el monto que tendría que pagar y no cuento con los recursos para vivir en Liberia ni con beca y sí se brindara un buen servicio pues uno pensaría tal vez pagar un poco más, pero realmente yo veo todos los días como los buses a veces pasan 20 ó 15 minutos después de la hora, o a veces no pasan, o cuando pasan ya están completamente llenos y aun así el chofer quiere que uno se monte.

b)  Se queja también por el incumplimiento de los horarios establecidos.

8.  María Cerdas Córdoba, cédula de residencia Nº 1553958235:

a)  Considera que el incremento tarifario solicitado es demasiado alto.

b)  Además, me ha tocado ir a Liberia a veces, al hospital y a las citas, uno llega demasiado tarde, pierde a veces hasta las citas porque el bus va demasiado lento, parando a cada rato.

VIII.—Que la referida solicitud fue analizada por la Dirección de Servicios de Transportes, de la Autoridad Reguladora, produciéndose el oficio 618-DITRA-2009/13917, del 25 de mayo de 2009, que corre agregado al expediente.

IX.—Que en los procedimientos se han observado los plazos y las prescripciones de ley.

Considerando:

I.—Que del oficio 618-DITRA-2009/13917, que sirve de base para la presente resolución, conviene extraer lo siguiente:

A. ANÁLISIS TARIFARIO DE LA PETICIÓN

1.  Variables Operativas

 

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1.2.  Pasajeros movilizados (Demanda). La empresa en la presente solicitud considera una demanda neta de 24 765 pasajeros mensuales promedio en su cálculo tarifario; no obstante en el texto de su propuesta tarifaria señala una demanda promedio de 25 765 pasajeros (folio 08), que según indica se determinaron con base a las estadísticas del período comprendido  entre setiembre de 2007 a setiembre de 2008. Se presenta una inconsistencia en el dato de demanda utilizado por la empresa en su cálculo tarifario, que para nuestros resultados no produce ningún efecto.

La Autoridad Reguladora por su parte utiliza una demanda neta de 26 127 pasajeros promedio mensuales. La cual se determinó con base a las estadísticas reportadas por la empresa para el período comprendido de enero de 2008 a diciembre de 2008 (folio 78 del expediente RA-369). En este sentido, se mantiene el criterio de utilizar el dato de demanda mayor que tenga la ARESEP a su disposición.

1.3.  Carreras. Las carreras fueron autorizadas por medio del artículo 5.4 de la sesión ordinaria 18-2008, celebrada el 11 de marzo de 2008 (folios 61 a 66). De acuerdo con los horarios autorizados la ruta 521, tiene autorizadas un total de 424,67 carreras. Estas son las carreras que la empresa utilizó en su cálculo tarifario.

Según las estadísticas reportadas por la empresa para el año 2008 se efectuaron un promedio mensual de 502,25 carreras, es decir de realizaron más carreras que las autorizadas.

Para el análisis de las carreras se toma en cuenta el siguiente criterio:

§ Si la empresa reporta menos carreras que las autorizadas, se consideran solo las reportadas.

§ Si la empresa reporta más carreras que las autorizadas, se consideran solo las autorizadas.

Para el caso en análisis, respetando el criterio expuesto, las carreras utilizadas en el cálculo tarifario son las autorizadas que son 424,67 carreras, cuyo cálculo se detalla a continuación:

 

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Es necesario que el operador explique las razones por las cuales está realizando una mayor cantidad de carreras que las autorizadas por el Consejo de Transporte Público.

1.4.  Distancia. Se utiliza la distancia determinada por la Autoridad Reguladora para la ruta 521 (folios 83-84 del RA-369), que es la que se detalla a continuación:

                                                                    Distancia/carrera

Ruta Nº                  Descripción                               Km.

521        Liberia-La Cruz-Peñas Blancas                155

1.5.  Flota. La flota considerada en el cálculo tarifario son 7 unidades, que son las autorizadas por el Consejo de Transporte Público, según acuerdo de la de la Sesión Ordinaria 22-2009 del 27 de marzo del 2009, artículo 6-1-19, (folios 73 a 77). Seis de las unidades autorizadas tienen autorización para ser arrendadas.

Como parte del análisis, las placas del equipo de transporte con que cuenta la empresa operadora, fueron cotejadas con los listados de placas alteradas que remitió el Registro Nacional, no encontrándose ninguna anomalía con las placas asignadas a la ruta en estudio. A su vez se determinó que las placas en servicio, no forman parte del listado de placas con servicio de estudiantes, según la Base de Datos del Ministerio de Educación.

Acorde con la información proporcionada por el Registro Nacional en la dirección electrónica www.registronacional.go.cr; se verificó la propiedad de la flota. El resultado es que sólo una de las siete unidades está a nombre de la empresa. El resto están registradas a nombre de la empresa Transportes Norteños Barahona y Sánchez, con la cual existen contratos de arrendamiento (folios 49 a 52).

1.6.  Tipo de bus: Debido a que seis de las siete unidades autorizadas se encuentran arrendadas, se procedió a determinar el valor de la unidad en forma ponderada de la siguiente manera:

A.  Verificación de propiedad de las unidades:

1. Transportes Liberianos del Norte S. A. = 1 unidad

2. Transportes Norteños Barahona y Sánchez =   6 unidades

B.  Verificación contrato de arrendamiento= 6 unidades autorizadas por el CTP.

Valor del bus según modelo (interurbano medio) = $ 143.000.

C.  Comparar valor de contrato de arrendamento / Depreciación + Rentabilidad

729.809,14

Deprec. + Rentab. (x bus propio)

600.000,00

Contrato Arrendamiento x bus

 

D.  Cálculo del valor que reconoce la depreciación + rentabilidad para toda la FLOTA (7 unidades) = 729.809,14 * 7 (flota total)

5.108.663,99

Deprec+Rentab de la flota mensual

 

E.   Cálculo del valor a reconocer para toda la flota:

Valor contrato de arrendamiento para unidades arrendadas = 6 unidades = 6*¢600.000

Depreciación + rentabilidad para unidades propias = 1 unidad = 1*¢729.809,14

= Contrato Arrendamiento * Unidad arrendadas + (depreciación + rentabilidad)*Unidad propias = 3.600.000,00 + 729.809,14 = ¢4.329.809,14

4.329.809,14

(Contrat Arrend*unid arrend) + ((Deprec+Rentab) * unid propia)

 

F.   Función objetivo = encontrar un valor de bus tal que logre que la depreciación + rentabilidad de la FLOTA sea ¢4.329.809,14 cambiando el valor del bus interurbano medio, más el costo de la rampa de los dos buses que la tienen.

Valor del bus:

Bus Ponderado

$  71.992,69

 

Procedimiento de cálculo:

a)   Dentro del modelo tarifario se incluyen la información de toda la flota, establecida y autorizada según el acuerdo del CTP vigente; especificando el número de unidades que son propiedad del operador y el número de las que no (no aparecen registradas a nombre del operador en el Registro de la Propiedad), y si tiene autorización de arrendamiento.

b)   Dentro de la hoja denominada Estructura de Cálculo, se suman los valores de la depreciación y la rentabilidad (Celda I233) por vehículo por mes promedio, de acuerdo al resultado obtenido en la hoja Flota.

c)   Se incluye la información del monto de arrendamiento mensual por vehículo (Celda I234) según se indica en el contrato de arrendamiento aportado por el operador.

d)   El modelo calcula el monto total de inversión que se debe reconocer para toda la flota (Celda I236), multiplicando el valor de la depreciación más rentabilidad por el total de unidades reconocidas.

e)   Luego, el modelo calcula la “inversión real” realizada por la empresa, (Celda I237) considerando las unidades propias; a las cuáles se les considera el valor de depreciación más rentabilidad por vehículo por mes por la cantidad de unidades propias; y las unidades arrendadas, considerando el monto por arrendamiento para cada unidad.

Por medio de la función objetivo en la celda del monto total de la inversión (Celda I236) se calcula un valor del bus (en la hoja Datos de Entrada) tal que logre que la inversión que se reconoce en el modelo sea igual a la “inversión real” (Celda I237)

1.7.  Tipo de cambio, combustible y rentabilidad: Dichas variables se ajustaron al valor vigente el día de la audiencia, 18 de mayo de 2009: ¢577,42/$1 y ¢386/litro combustible (RRG-9654-2009 del 01 de abril de 2009, publicado en El Alcance Nº 114 de La Gaceta Nº 71 del 14/04/2009). Como rentabilidad se usa la tasa promedio activa del Sistema Financiero proporcionada por el Banco Central de Costa Rica: 21,93%.

2.  Resultado de aplicación estructura general de costos. El procedimiento aplicado para la determinación de la recomendación técnica es la siguiente:

a)   Se corre el modelo econométrico y se obtiene la tarifa correspondiente, si la variación propuesta no supera el IPC interanual, se mantiene el resultado del modelo.

b)   Caso contrario, se realiza el análisis complementario de mercado. Para mantener el resultado del modelo debe darse la mayor parte de lo siguiente:

i.    El IPK (Índice de pasajeros por kilómetro) sea normal o anormal por exceso de demanda.

ii.   Ocupación media no inferior al 70% para rutas del Área Metropolitana de San José e interurbanas largas y de un 50% para otras rutas (acuerdo 2 sesión Nº 3191 del 15 de abril de 1998).

iii.  Pasajeros por carrera normales.

iv.  Carreras y flota normales.

c)   Se realiza el análisis complementario de Tarifa Real. Para mantener el resultado del modelo econométrico, la curva tarifaria con ese resultado, debe:

i.    Estar cercana a la del Índice General, si no ha habido inversión significativa en los últimos tres años (plazo en el que se amortiza la mayor parte de la inversión).

ii.   Estar en el medio de las dos curvas, si la inversión se dio hace menos de tres años, o esta no ha sido significativa.

iii.  Estar cercana al Índice de Transportes, si la inversión ha sido en este año o ha sido significativa en los tres años anteriores.

d)   En el caso de que el resultado del modelo econométrico cumpla con la mayor parte del ítem b. y con el ítem c. y la variación no sea mayor al acumulado del IPC interanual de los años en lo que no ha pedido tarifa, se acepta dicho resultado y se termina el análisis.

e)   Caso contrario, se considera que la ruta se comporta en forma especial, o bien es atípica; en este último caso se trata de rutas en los que no se presenta una proporcionalidad razonable entre las distancias, carreras, flotas y demandas, mostrándose como una ruta no rentable en relación con la cantidad de inversión y la operación que realiza.

En ambos casos, se procede a realizar el Análisis Complementario de Costos, que es un análisis que mide la variación porcentual de los costos y la inversión considerados desde la última fijación específica (hecha con el modelo econométrico) hasta el momento de la nueva fijación.

f)   La decisión final se dará entre cualquiera de las tarifas de los análisis complementarios, considerando que el análisis de mercado contempla cuatro tarifas (máxima, media, mínima y mercado con inversión), que cumpla lo siguiente:

i.    Satisfaga el ítem c.

ii.   Se encuentre en su tarifa más alta dentro de las tarifas promedio del rango de km. por provincia.

iii.  La rentabilidad contable que genere según los últimos estados financieros recibidos sea próxima a la tasa de rentabilidad del modelo.

El resultado de la aplicación del modelo tarifario para la ruta 521, indica un incremento en la tarifa máxima vigente de un 57,42%, como producto de la aplicación de la estructura general de costos. Por su parte la tasa del IPC interanual de un 11,8% procede continuar con el análisis.

2.1.  Análisis de mercado:

 

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Comparando las principales variables operativas de la ruta 521, en relación con el mercado, se observa lo siguiente:

a)   El IPK (Índice de pasajeros por kilómetro) de la ruta es menor que el del mercado en un 53%, lo cual incrementa la posibilidad de errores por asimetría en esta variable.

b)   La ocupación media de 57,4 es menor al 70% para rutas interurbanas (acuerdo 2 sesión Nº 3191 del 15 de abril de 1998).

c)   Pasajeros por carrera son normales.

d)   Las carreras y la flota están levemente subestimadas.

2.2.  Análisis complementario de tarifa real. Este análisis muestra el comportamiento de la tarifa de la ruta 521 donde se incluyen las fijaciones generales, que se comparan con el comportamiento de los índices general (Índice de Precios al Consumidor) y de Transporte (como componente del IPC). Como se puede observar, de considerarse la opción de aumento que muestra el modelo de estructura general de costos de un 57,42% la línea tarifaria se presenta levemente por encima del índice de precios del transporte.

 

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Este comportamiento se puede considerar normal ya que es de esperar que la línea tarifaria alcance en algún momento el índice de transporte cuando existe una fuerte inversión de parte de la empresa. En este caso se presenta una inversión de cuatro unidades adicionales a las tres ya existentes, que constituye un incremento de un 133% en la flota autorizada.

Con el análisis realizado hasta aquí, se tiene que el resultado del modelo econométrico aunque sí cumple con el ítem c. no cumple con la mayor parte del ítem b., por lo que se procede a realizar el Análisis Complementario de Costos, que es un análisis que mide la variación porcentual de los costos y la inversión considerados desde la última fijación específica (hecha con el modelo econométrico) hasta el momento de la nueva fijación.

2.3.  Análisis Complementario de Costos. Se comparan las variables actuales del modelo con las variables utilizadas en la fijación nacional del año 2002 (RRG-2466-2002 del 01 de enero de 2002, publicada en La Gaceta Nº 39 del 25 febrero de 2002). Esta comparación se hace utilizando la fijación nacional del año 2002, debido a que esta fijación se valoró la situación particular de cada empresa, por lo que este proceder viene a suplir la ausencia de una fijación tarifaria individual para la ruta 521.

Mediante este instrumento, se analiza el comportamiento de los rubros de costo contemplados en el modelo convencional, tomando como punto de partida los parámetros usados en el modelo de la última fijación individual de la ruta, considerando las variaciones específicas en el precio de los insumos (combustible, salarios, llantas, etc.), y los cambios en las variables macroeconómicas, inflación y tipo de cambio que inciden directamente sobre los componentes de costo asociados a la inversión (depreciación, rentabilidad, repuestos y accesorios).

En el análisis complementario de costos, se puede observar las variaciones que se dan en los costos operativos y de inversión, desde la última fijación tarifaria individual en febrero  del año 2002 hasta la fecha probable de la resolución 27/05/2009 de la actual solicitud tarifaria, donde han transcurrido más de siete. Cabe mencionar, que dentro de ese período se le han otorgado a la empresa ajustes tarifarios en forma periódica por medio de las fijaciones tarifarias nacionales.  El resultado de este modelo es de un incremento de un 52,11%, donde tiene especial relevancia el crecimiento el costo de inversión, al presentar la flota autorizada un crecimiento de un 133%.

2.4.  Recomendación técnica sobre el análisis tarifario. Dados los resultados anteriores y continuando con el procedimiento indicado en el punto 2, la recomendación es modificar las tarifas vigentes aplicando el incremento que resulta de la herramienta complementaria de costos que es de un 52,11%. El gráfico de tarifa real quedaría de la siguiente forma:

 

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Cabe mencionar, que la tarifa máxima vigente de la ruta N° 521 la cual es de ¢790 es inferior a la tarifa promedio de las rutas de la provincia de Guanacaste que se ubican en el rango de 75 a 80 Km. por viaje cuya tarifa promedio es de ¢1.118.

B.  Evaluación de la calidad del servicio. En consulta con la base de datos de la empresa RITEVE S y C, S. A., (22 de abril de 2009, Decreto Ejecutivo Nº 30184-MOPT) y en comparación con la información suministrada por la empresa, sobre el estado mecánico de las unidades con que se brinda el servicio, se determinó que las siete unidades autorizadas para operar la ruta 521, a la fecha de la audiencia pública se reportan con la revisión técnica vigente y con un resultado favorable.

II.—Que sobre lo manifestado por los opositores, resumido en el resultando VIII, Leonor Morales Cueto, Diógenes Zepeda Mejía, Pedro Flores Flores, Luis Alonso Pizarro Camacho, Viviana Arrieta Bonilla, Karen Pizarro Camacho, Irlanda Castro Ordóñez y María Cerdas Córdoba, debe señalarse lo siguiente:

1.  En relación con lo indicado por los opositores sobre la propuesta de incremento tarifario, debe indicarse que al aprobarse un incremento tarifario menor para la ruta gestionante, se están considerando todas las observaciones señaladas.

2.  Con respecto a la calidad del servicio, de conformidad con lo establecido en las Leyes 3503, 7593 y 7969, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) es el órgano que tiene la competencia para conocer de todos aquellos asuntos relacionados con la definición de los términos y condiciones de las concesiones y permisos: establecimiento de itinerarios, horarios y paradas, flota con que se debe prestar el servicio, y cambio de rutas; que hacen propiamente a la prestación del servicio.

En ese sentido, esta Autoridad Reguladora trasladará a dicho ente rector, todas aquellas deficiencias, excesos o anomalías informadas por los usuarios y opositores, a fin de que se les brinde la debida consideración, y se tomen las acciones correctivas pertinentes.

Por otra parte, en cuanto a aquellos asuntos relacionados con el incumplimiento de los términos y condiciones asociados a las concesiones y permisos, como: itinerarios, carreras u horarios y paradas, cantidad, calidad e idoneidad de la flota autorizada, comportamiento y presentación de los choferes, esta Autoridad Reguladora investigará y dará seguimiento a todas aquellas deficiencias, excesos o anomalías, informadas por los usuarios y opositores (incumplimiento de horarios, maltratos a los usuarios, cumplimiento de la ley 7600, atención de quejas, calidad del servicio prestado, autobuses en servicios especiales, unidades no utilizadas en la ruta, en otras denuncias), procediendo en primera instancia a notificar y dar plazo a los operadores, para que den respuesta a cada uno de ellos y tome las acciones correctivas pertinentes. Se le solicitará a la empresa las explicaciones correspondientes.

Con respecto a las obligaciones de las empresas, según lo señala la ley 3503, artículos 16 a 20, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) a través del Consejo de Transporte Público, es el órgano con la obligación y competencia de conocer todos aquellos elementos que compongan propiamente la prestación del servicio y cumplimientos empresariales ante el ente concedente, por lo que no le corresponde a la Autoridad Reguladora velar por su cumplimiento y no contamos con información al día del análisis de la presente solicitud, que señale incumplimientos específicos de las rutas en análisis.

III.—Que de conformidad con los resultandos y considerandos que preceden y de acuerdo con el mérito de los autos, lo procedente es aprobar un incremento tarifario para la ruta 521 descrita como: Liberia-La Cruz-Peñas Blancas y viceversa, operada por la empresa Transportes Liberianos del Norte S. A., como se dispone. Por tanto:

Con fundamento en las facultades conferidas en la Ley 7593, los artículos 3°, siguientes y concordantes de la Ley 3503, el Decreto Ejecutivo 29732-MP, que es el Reglamento a la Ley 7593, y los artículos correspondientes de la Ley General de la Administración Pública,

EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:

I.—Fijar para la Ruta 521: Liberia-La Cruz-Peñas Blancas y viceversa, que opera Transportes Liberianos del Norte S. A.; concesionaria del servicio de transporte remunerado de personas modalidad autobús, las siguientes tarifas:

Ruta Nº 521: Liberia-La Cruz-Peñas Blancas y viceversa

Tarifa regular (¢)

Tarifa adulto mayor (¢)

Liberia-Peñas Blancas

1.200

900

Liberia-La Cruz

1.005

755

Liberia-Cuajiniquil

715

360

Liberia-Santa Rosa

555

280

Liberia-Potrerillos

425

0

Liberia-Irigaray

335

0

Liberia-Colorado

215

0

Tarifa Mínima

165

0

II.—Solicitar a la empresa Transportes Liberianos del Norte S. A., lo siguiente:

a)  Presentar la información técnica y contable que la Autoridad Reguladora le solicite, incluyendo los cuestionarios y encuestas que se le formulen, de acuerdo con el artículo 14 c) y el 24 de la Ley 7593; así como el artículo 17 d) de la Ley 3503.

b)  Remitir a este Ente Regulador, el reporte de quejas y denuncias, de acuerdo con la resolución RRG-7635-2007, del 30 de noviembre de 2007, publicada en La Gaceta Nº 245 del 20 de diciembre de 2007, así como instalar el buzón de quejas en las paradas terminales de la ruta.

c)  Mantener actualizado el expediente RA 369 de las ruta 5217 (Requisitos de Admisibilidad) con el detalle indicado en la resolución RRG-2196 del 10 de agosto del año 2000 publicado en La Gaceta Nº 160 del 22 de agosto del 2001.

d)  Explicar las razones (con copia al CTP) por las cuales se reportan estadísticas de carreras para el año 2008 mayores a las carreras que resultan de los horarios autorizados por el Consejo de Transporte Público.

e)  En un plazo máximo de diez días hábiles, se sirva dar respuesta a los opositores enviándola al expediente ET-39-2009 con copia al Consejo de Transporte Público (CTP), acerca de todos aquellos argumentos que éstos expusieron, relacionados con el incumplimiento de los términos y condiciones a que les obliga su condición de concesionario.

En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra esta resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación y el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse ante el Regulador General; a quien corresponde resolverlo; el de apelación y el de revisión, podrán interponerse a ante la Junta Directiva, a la que corresponde resolverlos.

El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir del siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.

Notifíquese y publíquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—1 vez.—(O. C. Nº 4186).—(Solicitud Nº 21353).—C-569500.—(45822).

Resolución RRG-9810-2009.—San José, a las trece horas y cincuenta minutos del veinticinco de mayo de dos mil nueve.

Solicitud de fijación tarifaria de generación de energía eléctrica mediante tecnología eólica para la venta al ICE por parte de la empresa Tila Wind S. A. Expediente ET-253-2008.

Resultando:

I.—Que la empresa Tila Wind S. A. cuenta con la concesión para prestar el servicio público de generación de energía eléctrica según el expediente OT-211-2007, la cual fue otorgada por la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos, mediante la resolución Nº 051-RJD-2008, del 20 de abril del 2008, para prestar el servicio de generación de electricidad y vender la energía resultante al Instituto Costarricense de Electricidad. Dicha concesión tiene vigencia hasta el 28 de abril del 2028.

II.—Que mediante el oficio TW-005-2008 del 05 de diciembre del 2008 y recibida por el ente regulador el día 05 de diciembre del año en curso, el señor Juan José Navarro Plaza, en su calidad de presidente de la empresa Tila Wind S. A. calidades que constan en el folio 261 del expediente, solicita la fijación tarifaria para la venta de electricidad al ICE en $0,1247 por kWh (ver folio 01 y siguientes).

III.—Que la empresa Tila Wind S. A. adjuntó las certificaciones de cumplimiento de las obligaciones en materia tributaria y el cumplimiento de las leyes laborales según lo establecido en el artículo 6, inciso c) de la Ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos (folios 253-273).

IV.—Que una vez revisada preliminarmente la información suministrada por la empresa como justificante del incremento tarifario solicitado, el Ente Regulador consideró conveniente solicitarle aclaración sobre algunos aspectos y la aportación de la información respectiva. Esta solicitud fue planteada mediante el oficio 925-DEN-2008, del 15 de diciembre del 2008 (folio 275-277).

V.—Que la empresa Tila Wind S. A. presentó la información requerida por medio de la nota fechada 12 de enero del 2008 (folio 283-479).

VI.—Que la empresa Tila Wind S. A. cumplió con todos los requisitos formales del caso, por lo cual se procedió a extender la respectiva admisibilidad formal, mediante el oficio 035-DEN-2009 del 21 de enero del 2008 (folio 416).

VII.—Que la convocatoria a audiencia pública fue publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 25 del día 05 de febrero del 2009 y en los periódicos La Prensa Libre el 30 de enero del 2009 y La Teja del 09 de febrero del 2009 (folio 491). Esta audiencia fue convocada para el día 02 de marzo del 2009, en el Auditorio Municipal de la Municipalidad de Tilarán, a las 17 horas (folios 483 y 491).

VIII.—Que la empresa Tila Wind S. A. presentó una nota fechada el 30 de enero del 2009 indicando que en los cálculos tarifarios para la energía eléctrica que pretenden vender al ICE se dejaron por fuera los impuestos sobre las ventas (13%) y los impuestos aduanales (1%), lo que representa cerca de $6 703 378 millones, por lo cual la tarifa solicitada debía ser de $0,1360/kWh (folios 487-490).

IX.—Que mediante la Resolución RRG-9524-2009, fechada 24 de febrero del 2009, se le solicitó a la empresa Tila Wind S. A. la presentación completa de su petición tarifaria, así como la suspensión de la audiencia respectiva, según lo publicado en los periódicos La Prensa Libre y La Teja del día 28 de febrero del año en curso (folio 934-936).

X.—Que la empresa Tila Wind S. A. presentó un oficio TW-003-2009 con el estudio tarifario el día 09 de marzo del 2009, siendo su petición tarifaria de $0,1445/kWh (folios 503-504).

XI.—Que la empresa Tila Wind S. A. cumplió con todos los requisitos formales del caso, por lo cual se procedió a extender la respectiva admisibilidad formal, mediante el oficio 187-DEN-2009 del 18 de marzo del 2009 (folio 940).

XII.—Que la convocatoria a audiencia pública fue publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 65 del día 02 de abril del 2009 y en los periódicos Al Día y la Prensa Libre del 26 de marzo del 2009 (folios 944). Esta audiencia fue convocada para el día 27 de abril del 2009, en el Salón de Actos del Colegio Nocturno Maurilio Alvarado Vargas, ubicado 100 metros este de la sucursal del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) en Tilarán, Guanacaste, por lo que la fecha máxima para resolver la presente solicitud vence el 27 de mayo del año en curso.

XIII.—Que mediante el oficio 844-DPU-2009 se adjunta el informe de instrucción (folios 963-965), en el cual se indica que para el presente trámite tarifario presentado por Tila Wind S. A. se presentó una posición por parte del Instituto Costarricense de Electricidad, el cual indica su anuencia y apoyo a la generación de energía eléctrica a partir del recurso eólico presenta una serie de ventajas, tanto a nivel económico como ambiental, que motivan el interés del ICE de promover los mecanismos necesarios que permitan su aprovechamiento en la generación de electricidad.

XIV.—Que se adjunta el acta 39-2009, según los folios 966-982, en el cual se transcribe la presentación realizada por la empresa Tila Wind S. A. y la Dirección de Servicios de Energía el día de la Audiencia Pública.

XV.—Que la petición tarifaria fue analizada por la Dirección de Servicios de Energía por medio del informe 329-DEN-2009 del 21 de mayo del 2009, que corre agregado a los autos.

XVI.—Que en los procedimientos se han observado los plazos y las prescripciones de ley.

Considerando:

I.—Que del informe 329-DEN-2009 del 21 de mayo del 2009, que sirve de base a esta resolución conviene extraer las siguientes conclusiones:

1.  De acuerdo con la información presentada y a la metodología empleada por la empresa solicitante, los rubros que justifican su petitoria son: ventas brutas por $10 657 409 millones equivalentes a 73 763 147 kWh vendidos, el activo fijo neto promedio: $51 087 388 millones, un capital de trabajo por $5 878 018 millones, una deuda a largo plazo de $30 652 433 millones y una rentabilidad sobre la base tarifaria de 9,31%, la empresa Tila Wind S. A. por lo cual solicitó a la Autoridad Reguladora una tarifa de $0,1445 por kWh generado.

2.  La empresa Tila Wind S. A. propone en su anexo 3 llevar a cabo una inversión en inversiones pre-operativas, inversiones en turbinas, inversiones en construcciones y capitalización de los intereses por un monto de $51 087 388 millones, de los cuales pretende financiar el 60% ($30 652 433 millones) a un plazo de 19 años y 2 años de gracia, a una tasa de interés compuesta por la tasa base definida por la US Dollar LIBOR a 6 meses (1,57% al 01 de mayo del 2009) más un spread para los primeros 2 años de la construcción del 2,5%, para una tasa de interés total de 4,07% según las condiciones establecidas en el folio 609-610 por el Banco Inter-American Development Bank.

Análisis de Mercado

3.  Entre las justificaciones que plantea la empresa Tila Wind S. A. está el otorgamiento de nuevos permisos de operación de proyectos eólicos en Costa Rica, además, se trata de un mecanismo innovador que permite reducir costos de generación de electricidad, promover la producción de energía a fuentes renovables más limpias, siendo la eólica adecuada por su factibilidad económica y de menor impacto ambiental.

4.  De acuerdo con lo expuesto en el expediente ET-253-2008, de llevarse a cabo la inversión en los 27 aerogeneradores UNISON U-50-750 kW y demás equipo necesario, la planta Tila Wind S. A. dispondrá de una capacidad de 20,25 MW, los cuales estarán disponibles para la venta al ICE.

Análisis de Inversiones.

5.  De acuerdo con el análisis realizado por la Autoridad Reguladora sobre la inversión (aerogeneradores) que plantea realizar la empresa Tila Wind S. A., en la solicitud tarifaria ($49 394 939 sin tomar en cuenta los $1 692 449 correspondiente a la capitalización de interés del financiamiento, folio 638), se determinó reconocer para efectos retributivos (tarifarios) la suma de $41 576 975 millones (no incluye el costo financiero), dado que muchas de las partidas incluidas en el monto solicitado no fueron justificadas debidamente, a saber comprobante de la compra de la finca, contrato de finca del proyecto, garantía ambiental, servicios técnicos de ingenieros, contrato de confecciones Tilarán, entre otras partidas.

6.  Es importante indicar que el monto de las turbinas UNISON U 50-750 kW IEC que adjunta la empresa según la factura proforma, corresponde a la compra de 28 torres, cuando lo correcto son 27, por lo cual afecta el monto por este rubro en las estimaciones de la inversión, gasto financiero y depreciación. Siendo el monto correcto 24 975 000 millones de euros o su equivalente en dólares a $33 838 627,5 millones, según el tipo de cambio $1,3549 / euro.

7.  La empresa Tila Wind S. A. no presentó prueba de haber cumplido con lo estipulado en los numerales 6.2 y 6.4 punto a) de la norma AR-NTGT “Calidad en el Servicio de Generación y Transmisión de Energía Eléctrica, tal y como se le solicitó en el oficio 925-DEN-2008, por lo que no se reconoció el rubro correspondiente al módulo de subestación. Asimismo, se consideró la modificación del monto presupuestado para la interconexión eléctrica de los aerogeneradores e instalación de monitoreo y control del proyecto. Adicionalmente se tomaron en cuenta los valores de administración del proyecto y contingencias, actualizados por la empresa según consta en el folio 638 del expediente de marras.

8.  Es importante indicar que los rubros que se excluyeron de la inversión total a realizar por la empresa Tila Wind S. A. se debió a que no aportó en la petitoria la razonabilidad o justificación respectiva de cada partida, aspecto que riñe con lo que indican los artículos 30 y 33 de la Ley 7593, en los cuales se establece que la empresa esta obligada en justificar cada partida incluida en su petición, así como cumplir los requisitos establecidos por el Ente Regulador para cada prestador de servicios.

Parámetros económicos y retribución al capital.

9.  Los parámetros económicos utilizados por ARESEP en el estudio tarifario presentado por la empresa Tila Wind S. A., según el expediente ET-253-2008, están estrechamente ligados al Programa Macroeconómico 2009-2010, así como, a las estimaciones del FMI, quien estima que para las economías emergentes la inflación va a ser moderada, aún cuando el riesgo inflacionario estará determinado por una eventual recuperación económica y que repercutiría en los precios de las materias primas y en las demandas salariales. En la actualidad el comportamiento del índice de precios al consumidor ha presentado una fuerte contracción (1,17%), con relación al comportamiento del primer cuatrimestre del año anterior (3,11%), lo que muestra indicios de desaceleración en los precios finales como resultado de la crisis económica que sufre el país y que a la postre se ha reflejado en un menor consumo.

10.  De acuerdo con el comportamiento de los precios internos, los cuales son medidos por el IPC, el Ente Regulador estima que para el 2009, la inflación será cercana al 9,0% con un rango de tolerancia de un punto porcentual hacia arriba y otro hacia abajo.

11.  En lo que respecta al tipo de cambio, el Ente Regulador proyecta que la depreciación del colón respecto al dólar será cercana al 10% para el 2009.

12.  En lo que respecta a la inflación externa (Índice de Precios al Consumidor de los Estados Unidos), las estimaciones del Fondo Monetario Internacional la inflación de los EEUU será del 1,4%.

13.  La tasa de rédito del desarrollo a considerar para la empresa Tila Wind S. A. es la relacionada con el Modelo de Valoración de Activos de Capital (CAPM por sus siglas en ingles). Corriendo el modelo CAPM, éste arroja una tasa de rentabilidad del 9,09%, el cual se considera adecuado tomando como base los parámetros financieros más actuales a la fecha de la audiencia pública y a información disponible, por lo cual se puede considerar como apropiada para la firma.

Análisis financiero.

14.  En cuanto a la base tarifaria, se realizaron los cálculos con base en las estimaciones de la ARESEP y la información aportada por la empresa. Para el cálculo de la depreciación se utiliza el método de depreciación de línea recta y la tasa neta de depreciación.

15.  No se consideraron ni retiros, ni revaluación de activos, dado que la empresa no realiza revaluación de activos.

16.  El capital de trabajo utilizado en el cálculo de la tarifa es de ¢196,44 millones.

17.  Se considera una base tarifaria de ¢9 338,83 millones para el período en estudio.

18.  La actualización de los índices macroeconómicos afectó el cálculo de la proyección de cada una de las partidas del estado de resultados.

19.  Se procedió a realizar modificaciones a las partidas del gasto por falta de información, justificaciones y en otros casos por que se consideraron gastos no tarifarios.

20.  En el caso del cálculo de los salarios se utilizó el Decreto Nº 34937-MTSS, publicado en La Gaceta Nº 242, del 15 de diciembre de 2008, que establece los salarios mínimos para el sector privado para el I semestre de 2009.

21.  Las modificaciones realizadas afectan a las partidas gastos, las cuales presentan los siguientes resultados para el periodo en estudio: costos de servicios públicos ¢11,24 millones, costos de mano de obra ¢43,50 millones, costos indirectos de fabricación ¢711,28 millones, gastos financieros ¢803,85 millones, canon ARESEP ¢1,67 millones y gastos por depreciación ¢1 193,01 millones.

22.  De los cálculos realizados se desprende que este servicio necesita una tarifa de $0,084 por kWh para cubrir sus costos propios y generar un rédito para el desarrollo del 9,09% para el periodo en estudio.

23.  Con base en la información suministrada y que consta en el expediente ET-253-2008, el análisis efectuado por la Dirección de Servicios de Energía y la información sobre costos y tarifas alternativas, se recomienda aprobar una tarifa de $0,084 por kWh o su equivalente en colones a ¢48,99/kWh vendido por la empresa Tila Wind, S. A. al ICE, de acuerdo con la concesión otorgada mediante la resolución  Nº 051-RJD-2008.

24.  En resumen, se recomienda aprobar una tarifa tope de venta de energía eléctrica de la empresa Tila Wind, S. A. al ICE de $0,084/kWh, por las siguientes razones: (a) Responde a los costos propios de la empresa; (b) Se calculó con una de las metodologías utilizadas para calcular tarifas de generación, por parte de la Autoridad Reguladora; (c) Le permite a la empresa una rentabilidad apropiada para la actividad que realiza; (d.) Es inferior al costo promedio pagado a los generadores eólicos (privados) durante el 2008 ($0,0835/kWh); (e) Es menor a lo que le cuesta al ICE generar energía eléctrica las plantas térmicas; (f) la tarifa es concordante con la tarifa promedio ($0,069/kWh) establecida en países de la región para este tipo de tecnología (eólica) y en condiciones similares; (g) Se establece como una tarifa tope, que le permite al ICE negociar con la empresa de acuerdo con sus necesidades y condiciones técnicas y financieras.

II.—Que de conformidad con los resultandos y considerandos que preceden y, de acuerdo con el mérito de los autos, lo procedente es fijar una tarifa tope de $0,084 por kWh o su equivalente en colones de ¢48,99/kWh a la empresa Tila Wind, S. A. para la venta de energía eléctrica al Instituto Costarricense de Electricidad, tal y como se dispone. Por tanto:

Con fundamento en las facultades conferidas en la Ley 7593 y la Ley 7969 y, en los correspondientes de la Ley General de la Administración Pública,

EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:

I.—Fijar una tarifa de $0,084 (cero coma cero ochenta y cuatro centavos de dólar) por kWh para la venta de energía eléctrica por parte de la empresa Tila Wind S. A. al Instituto Costarricense de Electricidad, la cual debe entenderse como tarifa tope, de tal forma que la empresa Tila Wind S. A. y el Instituto Costarricense de Electricidad, ICE pueden convenir una tarifa diferente, siempre que sea menor que la referida y que deberá liquidarse al tipo de cambio de venta vigente al momento de cada transacción.

II.—Indicarle a la empresa Tila Wind S. A. que deberá:

a)  Presentar los estados financieros (acorde a lo establecido en las Normas Internacionales de de Información Financiera) en forma trimestral (cortes a diciembre, marzo, junio y setiembre), sin demérito de que en el momento que la Autoridad Reguladora, considere necesario los estados financieros de algún otro mes en particular, así lo solicite.

b)  Presentar durante el último trimestre de cada año, los Estados Financieros (acorde a lo establecido en las Normas Internacionales de Información Financiera) con el Informe de los auditores externos o en su defecto, debe presentar solicitud de prórroga debidamente justificada. Estos deben presentarse con la misma nomenclatura que los trimestrales de tal forma que sean comparables.

III.—Indicar a la empresa Tila Wind S. A. que para la próxima solicitud tarifaria debe:

a)  Presentar el respectivo desglose de gastos operativos, de administración y financieros de la actividad, con el máximo de detalle posible, para cada uno de las cuentas de costos y gastos que se presentan en el Estado de Resultados de la petición tarifaria, esto para el año anterior a la presentación, el año en curso y un año de proyección.

b)  Incluir una explicación detallada y demostración clara de la metodología aplicada para cada uno de los gastos proyectados, que contemple políticas, criterios, parámetros, fuentes de información, bases y sus respectivos cálculos numéricos en Excel debidamente formulados.

c)  Registrar en un renglón separado el monto del canon por regulación, el gasto por depreciación y los gastos financieros.

d)  Hacer el cálculo de la revaluación para todos los activos de la actividad de generación.

IV.—La respectiva tarifa debe liquidarse al tipo de cambio de venta vigente al momento de cada transacción.

V.—Presentar una solicitud tarifaria una vez que el proyecto esté concluido y antes de que entre en operación.

VI.—Advertir a la empresa Tila Wind S. A. y el ICE, que al firmar el respectivo contrato de compra-venta de energía con el ICE, no debe incluir ninguna cláusula que indique expresamente el precio al cual se regirá la transacción. En su lugar, debe establecerse que “las tarifas se establecen de acuerdo con lo que determine la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, ARESEP”.

VII.—Indicarle a la empresa Tila Wind S. A. y al Instituto Costarricense de Electricidad, ICE, que el respectivo contrato que lleguen a firmar para la compra venta de energía, debe ser refrendado por la Autoridad Reguladora, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 7200.

En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra esta resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación y el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse ante el Regulador General; a quien corresponde resolverlo; el de apelación y el de revisión, podrán interponerse ante la Junta Directiva, a la que corresponde resolverlos.

El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir del siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.

Notifíquese y publíquese.—Fernando Herrero, Regulador General.—1 vez.—(O. C. Nº 4186).—(Solicitud Nº 21353).—C-234000.—(45823).

CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA

Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la propuesta planteada por la empresa Transportes San Gabriel de Aserrí S. A., para ajustar las tarifas de la ruta 157 descrita como San José-San Ignacio de Acosta y viceversa, y por corredor común las rutas 103, 110 BS, 123, 124, 124 BS, 125 y 194, tramitadas en el expediente ET-48-2009 y que se detallan de la siguiente manera:

DESCRIPCIÓN

Tarifas (en colones)

Incremento regular

Vigentes

Propuestas

Regular

Adulto

mayor

Regular

Adulto

mayor

Absoluto

(¢)

Porcentual

Ruta 157: SAN JOSÉ-SAN IGNACIO DE ACOSTA

Y VICEVEERSA

 

 

 

 

 

 

San José- San Ignacio

510

255

700

350

190

37,25%

San José- Vuelta de Jorco

435

-

595

-

160

36,78%

San José- Tarbaca

435

-

595

-

160

36,78%

Tarifa Minima

260

-

360

-

100

38,46%

CORREDOR COMÚN:

Se solicita adicionalmente, que se aumenten las tarifas por concepto de corredor común de las rutas: 103 descrita como: San José-San Andrés de León Cortés y viceversa; 110 BS descrita como: San José-Turrujal de Acosta y viceversa; 123 descrita como: San José-La Legua de Aserrí y viceversa; 124 descrita como: San José-San Gabriel de Aserrí (autobuses) y viceversa; 124 BS descrita como: San José-San Gabriel de Aserrí (busetas) y viceversa; 125 descrita como: San José-Frailes-Bustamante y viceversa; y 194 descrita como: Acosta-Vuelta de Jorco-Monte Redondoy viceversa, con incrementos que oscilan entre un 36,67% a un 38,89%.

El 17 de junio de 2009 a las dieciocho horas (6:00 p. m), se llevará a cabo la Audiencia Pública en el Salón Parroquial de la Iglesia de San Ignacio de Loyola, ubicado al frente de la Cruz Roja de San Ignacio de Acosta, San José.

Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en la Dirección de Protección al Usuario, situada en Sabana Sur, 400 metros oeste del edificio de la Contraloría General de la República, San José.

*La petición tarifaria, así como el detalle del pliego tarifario, se pueden consultar además en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr.

Todo aquel que tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia, por escrito o en forma oral, el día de la audiencia, momento en el cual deberá presentar cédula de identidad o documento de identificación aceptado en el país, y consignar el lugar exacto o el número de fax, para efectos de notificación por parte de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. En dicha audiencia, el interesado deberá exponer las razones de hecho y derecho que considere pertinentes

En el caso de las personas jurídicas la oposición o coadyuvancia deberá ser interpuesta por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.

Para información adicional, contactar con el Lic. Daniel Fernández Sánchez (Consejero del Usuario) al teléfono 2543-0528 o al correo electrónico consejero@aresep.go.cr.

Dirección de Protección al Usuario.—Laura Suárez Zamora.—1 vez.—(O. C. Nº 4189-2009).—(Solicitud Nº 21354).—C-61770.—(45956).

COMUNICA:

Que en la publicación de la convocatoria a la Audiencia Pública para conocer la solicitud tarifaria presentada por la empresa Transportes Norteños Barahona y Sánchez S. A., para ajustar las tarifas de la ruta 523 descrita como: Liberia-Cañas Dulces-Buena Vista y viceversa, publicada en los periódicos Al Día página 30 y en La Teja página 5 el día 26 de mayo del 2009; se señaló en su encabezado que se convoca a audiencia pública para rebajar las tarifas de la ruta 523 arriba descrita, cuando en realidad lo que se solicita es un aumento de las tarifas de la citada ruta, tal y como se desprende del cuadro contenido en dicha convocatoria, donde se detalla la solicitud de la empresa.

En lo demás, la convocatoria a audiencia pública citada anteriormente, se mantiene tal y como se publicó originalmente.

Dirección de Protección al Usuario.—Lic. Laura Suárez Zamora.—1 vez.—(O. C. Nº 4190).—C-15020.—(46181).

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

La Superintendencia de Telecomunicaciones hace saber que de conformidad con el expediente número SUTEL-OT-45-2009, ha sido admitida la solicitud de autorización presentada por la empresa TRANSDATELECOM S. A., el día 24 de abril del 2009 y ampliada el día 6 de mayo del 2009, para brindar servicios de transporte de datos, voz sobre IP, televisión IP y televisión por cable.

San José, 02 de junio del 2009.—George Miley Rojas, Presidente.—1 vez.—(46139).

La Superintendencia de Telecomunicaciones hace saber que de conformidad con el expediente número SUTEL-OT-51-2009, ha sido admitida la solicitud de autorización presentada por la empresa COMUNI-K-DOS S. A., el día 5 de mayo del 2009, para brindar servicios de llamadas internacionales VoIP (empresarial y hogar) y de llamadas internacionales prepago por medio de tarjetas telefónicas.

San José, 29 de mayo de 2009.—George Miley Rojas, Presidente.—1 vez.—(46243).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

DEPARTAMENTO DE RENTAS Y COBRANZAS

Acuerdo tomado en la Sesión Ordinaria Nº 214-2008 del 28-08-2008, en el artículo V, según Oficio SCM-2156-2008 del 28 de agosto del 2008. La Municipalidad de Heredia hace saber a quien interese que en el Cementerio Central existe un derecho a nombre del Sr. Rafael Mario Amador Smith, cédula Nº 3-097-162, quien falleció el 23 de enero del 2008, su hija presenta una nota con fecha de 20 de junio del 2007, firmada por dicho señor, donde se lo traspasa antes de fallecer como nueva arrendataria: Marcela Amador Samuells, cédula Nº 9-029-010. Un derecho ubicado en el Cementerio Central, lote Nº 70 bloque B, con una medida de 3 metros cuadrados para 2 nichos, según solicitud Nº 612-1195 recibo Nº 374-H y 5922, inscrito en el folio 52, libro 2, el cual fue adquirido el 14 de agosto del 2002. El mismo se encuentra a nombre de Rafael Mario Amador Smith (fallecido). Datos confirmados según constancia extendida por nuestro Departamento de Rentas y Cobranzas de fecha 3 de junio del 2008. Se emplaza por 30 días a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo para que se apersone a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de Heredia a  fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.

M.I.I. Ángela Aguilar Vargas, Jefa de Rentas de Cobranzas.—1 vez.—(45910).

AVISOS

CONVOCATORIAS

CONDOMINIO SANTA FE DE ESCAZÚ

Condominio Santa Fe de Escazú convoca a asamblea ordinaria el día 23 de junio del 2009 a las 7:00 p. m., en el rancho del condominio en primera convocatoria. De no estar representado como mínimo dos terceras partes del valor del condominio, se celebrará la Asamblea a las 7:30 p. m. en segunda convocatoria, cuyo quórum estará conformado por cualquier cantidad de propietarios presentes.

El orden del día de esta asamblea ordinaria será el siguiente:

1.  Elección de presidente y secretario de la asamblea.

2.  Presentación de la situación financiera 2008.

3.  Presentación del presupuesto 2009.

4.  Elección de junta administradora.

5.  Asuntos varios.

Raimond Brunner, Administrador.—1 vez.—(46713).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

KUPIA KUMI DEL TORTUGUERO SOCIEDAD ANÓNIMA

Kupia Kumi del Tortuguero Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-140237, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros de Actas: Asamblea de Socios número uno, Consejo de Administración número uno, Registro de Socios número uno y Contables: Diario número uno, Mayor número uno, Inventarios y Balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Limón, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Francisco Hernán Barth Villalobos, Notario.— (44551).

SAMARKANDA S. A.

Samarkanda S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cero veintidós mil novecientos setenta y dos, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros siguientes: Registro de Socios número uno, Mayor número uno, Diario número uno, e Inventario y Balances número uno. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso.—Rodolfo Salas Salas.—Nº 108397.—(44760).

MACRO COMERCIAL SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo, José Tayver Lukowiecky, mayor, casado una vez, master en administración, vecino de San José, Escazú, portador de la cédula de identidad número uno- quinientos setenta y nueve-trescientos treinta y siete, en mi condición de Gerente General con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa Macro Comercial Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- ciento cuarenta y un mil seiscientos noventa y dos, hago constar que hemos iniciado la reposición de los libros de Actas de Asamblea General y Actas de Junta Directiva, por extravío ante el Departamento de Legalización de Libros de la Dirección General de la Administración Tributaria de Heredia, por lo que se emplaza por ocho días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado que se considere afectado para que pueda manifestar su oposición. Publíquese.—Heredia, 25 de mayo del 2009.—José Tayver Lukowiecky, Gerente General.—Nº 108403.—(44761).

CENTRAL HELADERA DÍAZ S. A.

Central Heladera Díaz S. A., solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición del libro de Registro de Socios número 1. Quien se considere afectado dirigir su oposición al Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 13 de marzo del 2009.—Jorge Arturo Cañas Díaz.—Nº 108460.—(44762).

CONDOMINIO HORIZONTAL COLONIAL SANTA BÁRBARA

Marta Gutiérrez Linares, de nacionalidad cubana, pasaporte Nº B161495, en su condición de propietaria de la finca filial 4-37940-F-000; por haber vencido el nombramiento del administrador del Condominio Horizontal Colonial Santa Bárbara, cédula jurídica Nº 3-109-354265, y por haberse extraviado el libro de Actas de Asambleas de Propietarios, solicita al Departamento de Propiedad Horizontal del Registro Público la reposición de dicho libro.—Lic. Ana Cecilia Solís Ugalde, Notaria.—Nº 108475.—(44763).

TALLER INDUSTRIAL ARTOLA TIARSA SOCIEDAD ANÓNIMA

El Taller Industrial Artola Tiarsa Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-212949, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros Acta de Consejo de Administración Nº 1, y Actas de Asamblea de Socios Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Asdrúbal Vega Castillo, Notario.—Nº 108585.—(44764).

GANADERA LAS AGUJAS SOCIEDAD ANÓNIMA

Ganadera Las Agujas Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero tres uno cuatro cero uno, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: libro de Actas de Junta Directiva, libro de Registro de Accionistas, libro Mayor, el libro de Diario y el libro de Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho día hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Ingrid Gutiérrez Rojas, Notaria.—(44868).

AQUIROS ARAGÓN Y COMPAÑIA SOCIEDAD ANÓNIMA

Quirós Aragón y Compañía Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero uno tres cuatro cero seis, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: libro de Actas de Junta Directiva, libro de Registro de Accionistas, libro Mayor, libro de Diario y el libro de Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Ingrid Gutiérrez Rojas, Notaria.—(44869).

WIND TALES S. A.

Wind Tales S. A., cédula jurídica 3-101-371152, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: libro número uno Diario, libro número uno Mayor, libro número uno Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Es todo.—San José, veinte de mayo de dos mil nueve.—Mauricio Campos Brenes, Representante Legal.—(44919).

NORTH TRUST COMPANY S. A.

North Trust Company S. A., cédula jurídica 3-101-381532, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros contables: libro número uno de Mayor, libro número uno de Diario, libro número uno de Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Es todo.—San José, veinte de mayo de dos mil nueve.—Mauricio Campos Brenes, Representante Legal.—(44922).

PUNTA HERMOSA SOCIEDAD ANÓNIMA

Punta Hermosa Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-100966, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 1, Mayor Nº 1 Inventarios y Balances Nº 1 Actas de Consejo de Administración Nº 1 Actas de Asamblea de Socios Nº 1 y Registros de Socios Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Hacienda, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Laura Bonilla Herrero.—(44963).

TWIN ISLANDS S. A.

Twin Islands S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos mil ochocientos veinticuatro, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los tres libros legales de: Asambleas de Junta Directiva, Asamblea General y Registro de Accionistas y de los tres libros contables de Diario, Inventario y Balances, y Mayor. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José, en el término de ocho días, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Adriana Villalobos Brenes, Notaria.—(44993).

ESTERISOL SOCIEDAD ANÓNIMA

Esterisol Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-325941, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios y Actas de Registro de Socios, todos número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Eduardo Augusto Cordero Sibaja.—(45014).

DEPÓSITO MADERAS SAN LORENZO SOCIEDAD

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Depósito Maderas San Lorenzo, sociedad de responsabilidad Limitada, cuyo número cédula  jurídica es tres-ciento dos-veintitrés mil doscientos catorce; domiciliado en Heredia, avenidas seis y ocho, calle cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición por extravío de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios. Quien se considere afectado puede oponerse ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación de este aviso en el Diario oficial La Gaceta.—(45036).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

CHEMO CENTROAMÉRICANA S. A.

Chemo Centroamericana S. A., cédula jurídica N° 3-101-062338 solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro Mayor Nº 1, Libro de Diario Nº 1, Libro de Inventarios y Balances Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Álvaro López Jiménez, Notario.—Nº 108680.—(45104).

C.F.M. Y ASOCIADOS INTERNACIONALES S. A.

C.F.M. y Asociados Internacionales S. A., cédula jurídica 3-101-325449, anteriormente denominada Importadora de Suministros Médicos de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-325449, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios, todos ellos en primera renovación, siendo Libros número dos. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Edgar Montero Mejía, Notario.—Nº 108700.—(45105).

PLANETA DORADO SOCIEDAD ANÓNIMA

Planeta Dorado Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-setenta y seis mil quinientos ochenta y nueve, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición del libro número uno de Registro de Accionistas de la sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ente el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Carlos Eduardo Salgado García, Notario.—Nº 108925.—(45106).

JMC UNO SOCIEDAD ANÓNIMA

JMC Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cincuenta mil doscientos cincuenta y cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: un libro de Actas de Asamblea de Socios número dos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Ana Priscilla Sánchez Rodríguez, Notaria.—Nº 108977.—(45107)

AROMA DE CLAVEL SOCIEDAD DE

RESPONSABILIDAD LIMITADA

Aroma de Clavel Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-546013, hace del conocimiento público que por motivo de extravío, han solicitado la reposición de los libros legales de la sociedad, específicamente el de Actas de Asamblea de Socios, libro número uno y el Registro de Cuotistas, libro número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, de la Administración Tributaria de Cartago, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la última publicación de este aviso.—Lic. Noelia Camacho Starbird, Notaria.—(45288).

MAGO GOYANES SOCIEDAD ANÓNIMA

Mago Goyanes Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-setenta y siete mil quinientos sesenta y ocho, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Acta de Junta Directiva (un libro), Registro de Accionistas (un libro) Diario (un libro), Mayor (un libro), e Inventarios y Balances (un libro). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Juan Daniel Acosta Gurdian, Notario.—Nº 109015.—(45566).

EDITORIAL MUJERES S. A.

Editorial Mujeres S. A., cédula jurídica Nº 3-101-12370623, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro Diario Nº 2. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Linda M. del Pilar Berron Sañudo.—Nº 109065.—(45567).

CORPORACIÓN MULTICAR INTERNACIONAL

SOCIEDAD ANÓNIMA

Corporación Multicar Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-355295, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario 1, Mayor 1, Inventarios y Balances 1, Actas de Consejo de Administración 1, Actas de Asamblea de Socios 1, Registro de Socios 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. René Orellana Meléndez, Notario.—Nº 109066.—(45568).

RANCHO PLAYA JUNQUILLAL SOCIEDAD ANÓNIMA

Rancho Playa Junquillal Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento veinticinco mil trescientos treinta y tres, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Acta de Asamblea de Socios Nº 1, Registro de Socios Nº 1. Quien se considera afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Guanacaste, dentro de término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Andrés Lanza, Representante Legal.—Nº 109148.—(45569).

DON CHON SOCIEDAD ANÓNIMA

Don Chon Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y cinco mil cuatrocientos treinta y ocho, domiciliada en San José, calle trece, casa un mil noventa y cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los seis siguientes libros: Diario uno, Mayor uno, Inventarios y Balances uno, libro de Actas de Junta Directiva uno, libro de Actas de Asamblea General uno, y libro de Actas de Registro de Accionistas uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Luis Eduardo Leal Vega, Notario.—Nº 109171.—(45570).

GRUMO SOCIEDAD ANÓNIMA

Grumo Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-012019, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros número uno de Registro de Accionistas y de Actas de Asamblea General de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Rafael Ángel Morales Monge, Notario.—Nº 109186.—(45571).

INVERSIONES RÍO LINDO S. A.

Inversiones Río Lindo S. A., cédula jurídica Nº 3-101-059863, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Actas de Asamblea de Socios, número dos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de Puntarenas, dentro del término de ocho días hábiles, contados a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Wendy Meneses Orozco, Notaria.—Nº 109189.—(45572).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ÍCONOS ARTES GRÁFICAS DE ALAJUELA SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo, Francisco Ocampo Soto, cédula 2-0357-0911, vecino de Alajuela, 50 metros oeste de Cortel, apoderado generalísimo sin límite de suma de Íconos Artes Gráficas de Alajuela Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-162040, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas Consejo de Administración, Actas de Asambleas de Socios y Actas de Registro de Socios, todos Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Francisco Ocampo Soto, Apoderado Generalísimo.—(45838).

HOTEL Y CLUB PUNTA LEONA S .A.

Para efectos del artículo 689 del Código de Comercio, el Hotel y Club Punta Leona S. A., hace saber a quién interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá el título de la acción No. 00303 nombre de Gerardo Herrera Araya, cédula Nº 1-340-079. Cualquier persona interesada al respecto podrá oponerse durante un mes a partir de la última publicación de este aviso.—Boris Gordienko Echeverria, Secretario Junta Directiva.—(45876).

RAFAEL A. RODRÍGUEZ V. SOCIEDAD ANÓNIMA

Rafael A. Rodríguez V. Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-010973 solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 53, Mayor Nº 54, Inventarios y Balances Nº 55, Actas de Consejo de Administración Nº 56, Actas de Asambleas de Socios Nº 57 y Registro de Socios Nº 58. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—María Isabel Rodríguez Brenes, Representante Legal.—(45911).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Constitución de la sociedad anónima denominada Zaporozhie Sociedad Anónima. Capital social ¢10.000. Plazo 99 años. Representación judicial y extrajudicial: presidente y secretario.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Laura Priscila Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(44952).

Constitución de la sociedad anónima denominada Diyarbakir Sociedad Anónima. Capital social ¢10.000. Plazo 99 años. Representación judicial y extrajudicial: presidente y secretario.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Laura Priscila Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(44953).

Constitución de la sociedad anónima denominada Maquinchao Sociedad Anónima. Capital social ¢10.000. Plazo 99 años. Representación judicial y extrajudicial: presidente y secretario.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Laura Priscila Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(44954).

Constitución de la sociedad anónima denominada Tabatinga Sociedad Anónima. Capital social ¢10.000. Plazo 99 años. Representación judicial y extrajudicial: presidente y secretario.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Laura Priscila Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(44955).

Constitución de la sociedad anónima denominada Papa y Mamilila Sociedad Anónima. Capital social ¢10.000. Plazo 99 años. Representación judicial y extrajudicial: presidente y secretario.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Heidy Patricia Lizano Sánchez, Notaria.—1 vez.—(44956).

Constitución de la sociedad anónima denominada Papinano y Maminena Sociedad Anónima. Capital social ¢10.000. Plazo 99 años. Representación judicial y extrajudicial: presidente y secretario.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Heidy Patricia Lizano Sánchez, Notaria.—1 vez.—(44957).

Constitución de la sociedad anónima denominada Activo Tillaberi Sociedad Anónima. Capital social ¢10.000. Plazo 99 años. Representación judicial y extrajudicial: presidente y secretario.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Heidy Patricia Lizano Sánchez, Notaria.—1 vez.—(44958).

Constitución de la sociedad anónima denominada Activo Tamaske Sociedad Anónima. Capital social ¢10.000. Plazo 99 años. Representación judicial y extrajudicial: presidente y secretario.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Heidy Patricia Lizano Sánchez, Notaria.—1 vez.—(44959).

Por escritura 97 del tomo 30 de mi protocolo, otorgada a las 19:00 horas del 27 de mayo 2009, se constituyó la sociedad denominada D’ Morgan Transfers & Trips Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Plazo social: cien años. Presidente y tesorera con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Alajuela, 28 de mayo del 2009.—Lic. Ana Rosa Aguilar González, Notaria.—1 vez.—(44966).

Por escritura 98 del tomo 30 de mi protocolo, otorgada a las 19:30 horas del 27 de mayo 2009, se constituyó la sociedad denominada D’ Morgan Yorkies Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Plazo social: cien años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Alajuela, 28 de mayo del 2009.—Lic. Ana Rosa Aguilar González, Notaria.—1 vez.—(44967).

Mediante escritura número 99 de las 16:00 horas del 27 de mayo del 2009, ante la notaría del licenciado Luis Alberto Álvarez Muñoz, se protocoliza acta de la entidad Multiservicios del Norte Armo Sociedad Anónima.—Heredia, 29 de mayo del 2009.—Lic. Luis Alberto Álvarez Muñoz, Notario.—1 vez.—(44971).

Se constituye la firma de esta plaza The bikers from Cabuyal Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Presidente: Greivin Manuel Moreira Palmar. Agente residente: Marco Vinicio Araya Arroyo.—San José, veintiocho de mayo del año dos mil nueve.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—(44977).

Por escritura de las 11:00 horas, se constituye Cocasa Sociedad Anónima. Presidenta: Evelyn Marcela Muñoz Moya.—San José, 26 de mayo del 2009.—Lic. María Elena González Larrad, Notaria.—1 vez.—(44995).

Por escritura número treinta y cinco, otorgada ante esta notaría, a las catorce horas treinta minutos, del veinticinco de mayo del año dos mil nueve, se reformó la cláusula segunda y sétima de la sociedad Corporación D B S Guarana S. A.—Lic. Adriana Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—(44996).

Por escritura número ciento setenta y uno, otorgada ante este notario, el día veintiocho de mayo, a las ocho horas, del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima Petrotica Paseo Estudiantes Sociedad Anónima, plazo social: noventa y nueve años, capital social: mil doscientos colones, dividido en mil doscientas acciones de un colón cada una, representación judicial: presidente, secretario y tesorero de la junta directiva.—San José, veintiocho de mayo del año dos mil nueve.—Lic. Melvin Rudelman W., Notario.—1 vez.—(44997).

Por escritura número treinta y ocho, otorgada ante esta notaría, el día siete de marzo del año dos mil nueve, a las doce horas, se protocolizó el acta número uno de sesión de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Cristal Palace S. A., mediante la cual se modificó la cláusula primera de los estatutos sociales y se nombró nuevo presidente y secretario de la junta directiva y fiscal de la empresa.—San José, siete de marzo del año dos mil nueve.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—(45000).

Ante mi notaría, a las 16:00 horas, del 21 de mayo del 2009, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones Sajú S. A., cédula jurídica 3-101-569559. Se acepta la renuncia que de sus cargos hacen la presidenta María Vanessa Alfaro Alvarado y secretaria Ana María Barrantes Alfaro. Por el resto del período social se nombra como presidenta: Salomé Vázquez Vázquez, casada una vez, de oficios domésticos, vecina de Palmares, Colegio de Palmares 30 metros este, cédula de identidad número 2-522-095 y secretario: Julio Araya Quesada, ingeniero agrónomo, cédula de identidad número 1-846-312.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Ana Nuria Ramírez Ulate, Notaria.—1 vez.—(45005).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 20 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Olas Azules WBMB S. A. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: 99 años contados a partir de la fecha de constitución. El presidente y la secretaria son apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Victoria Medrano Guevara, Notaria.—1 vez.—(45013).

Por escritura otorgada el día de hoy, se protocolizaron acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Garesio Sociedad Anónima, por medio de los cuales se acordó modificar las cláusula primera y octava, se hacen nuevos nombramientos de Junta Directiva.—San José, 26 de mayo del 2009.—Lic. Paulo Antonio Doninelli Fernández, Notario.—1 vez.—(45017).

Ante mi notaría se constituyó el día de hoy la compañía denominada Osa Yoga S. A. Capital social: mil doscientos colones. Plazo:  cien años. A las 9:00 horas del 28 de mayo del dos mil nueve.—Lic. Miguel Córdoba Retana, Notario.—1 vez.—(45019).

Ante el infrascrito notario por escritura número, otorgada a las 8:00 horas del 22 de mayo del año 2009, se protocolizaron los acuerdos de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Comercializadora Interamericana de Seguros S. A., celebrada a las 17:00 horas del 30 de marzo de 2009 por las que se reforman las cláusulas primera (nombre) y tercera (objeto) del pacto constitutivo.—Alajuela, 22 de mayo del 2009.—Lic. Marco Lino López Castro, Notario.—1 vez.—(45020).

Ante el infrascrito notario por escritura número otorgada a las 10:00 horas del 23 de abril del año 2009, los señores Christophe Díaz (de nacionalidad francesa) y Rafael López Hernández convinieron en la constitución de una sociedad anónima regida por lo dispuesto en el Código de Comercio, la cual se denominará Pavones Immobillier S. A.—Alajuela, 22 de mayo del 2009.—Lic. Marco Lino López Castro, Notario.—1 vez.—(45021).

Ante el infrascrito notario por escritura número otorgada a las 9:00 horas del 22 de mayo del año 2009, se protocolizaron los acuerdos de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Inversiones Biaza de Santa Ana S. A., celebrada a las 19:00 horas del 25 de marzo de 2007 y a las 11:00 horas del 17 de setiembre de 2008 por las que se reforma la cláusula segunda (domicilio) del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Alajuela, 22 de mayo del 2009.—Lic. Marco Lino López Castro, Notario.—1 vez.—(45022).

Ante esta notaría otorgada a las diez horas treinta minutos del día veintiséis de mayo del dos mil nueve, se modificó la cláusula sexta de la sociedad Gigante del Pacífico L.F.B.A. Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2009.—Lic. Milton Rojas Zamora, Notario.—1 vez.—(45026).

Ante esta notaría otorgada a las diez horas cincuenta minutos del día veintiséis de mayo del dos mil nueve, se modificó la cláusula sexta de la sociedad Belmir International L.F.B.A. Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2009.—Lic. Milton Rojas Zamora, Notario.—1 vez.—(45028).

Por escritura otorgada a las ocho horas del día veintiocho de mayo del año dos mil nueve, se protocoliza el acta número uno de la asamblea general extraordinaria de accionistas; se reforman totalmente la cláusula octava del acta constitutiva de la empresa de esta plaza Nostrum de Montes de Oca Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno - trescientos cuatro mil novecientos cincuenta y seis.—San José, veintiocho de mayo del año dos mil nueve.—Lic. José Luis Ureña Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 108800.—(45329).

Por escritura otorgada a las nueve horas del veintisiete de mayo del año dos mil nueve, se constituye la empresa de esta plaza Producción de Eventos y Audiovisuales Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Producción de Eventos y Audiovisuales S. A. Capital social: diez mil colones exactos. Representación: presidente, secretario. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, a las ocho horas del veintiocho de mayo del año dos mil nueve.—Lic. José Luis Ureña Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 108801.—(45330).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del día veintiuno de mayo del dos mil nueve, se constituye sociedad anónima de acuerdo al Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, del 29 de mayo del año dos mil seis.—Heredia, 28 de mayo del 2009.—Lic. Óscar Alberto Arias Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 108804.—(45331).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, el día veintidós de mayo del año dos mil nueve, se constituyó El Chamarro de San Bernardo CF Sociedad Anónima con un capital social de diez mil colones. El presidente y secretario de la junta directiva serán apoderados generalísimos sin límite de suma de la sociedad actuando conjunta o separadamente. Es todo.—Bagaces, 25 de mayo del 2009.—Lic. Romell Alberto Chévez Ordóñez, Notario.—1 vez.—Nº 108806.—(45332).

Por escritura número ciento treinta-tres otorgada ante mí a las trece horas del quince de mayo del dos mil nueve, ante el suscrito notario, se constituye la sociedad M Más INT Mobiliario e Interiorismo S. A. Corresponde su representación: presidente, vicepresidente, secretario y tesorero.—San José, martes 26 de mayo de 2009.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—Nº 108807.—(45333).

La suscrita, Patricia Helena Castillo Monge, notaria pública con oficina abierta en San José, hago constar que al ser las diecinueve horas del veinte de mayo del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Servicios Administrativos a Bufetes S. A., cédula jurídica Nº 3-101-89448, de las catorce horas del diez de marzo del 2009, mediante la cual se reformó totalmente la cláusula sétima del pacto social y se nombró presidente, secretario, tesorero y fiscal por todo el pacto social.—San José, 27 de mayo del 2009.—Lic. Patricia Helena Castillo Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 108816.—(45334).

Por escritura autorizada ante esta notaría, a las catorce horas treinta minutos del veintiséis de mayo del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Boruca Camp & Expeditions Sociedad Anónima. Domiciliada en la ciudad de San José. Capital social: suscrito y pagado. Representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, el presidente y secretario de la junta directiva, señores André Martín Fischer y Franck Karl Marcel Chézière, respectivamente.—San José, 26 de mayo del 2009.—Lic. Paul Murillo Miranda, Notario.—1 vez.—Nº 108818.—(45335).

Mediante escritura número quince-doscientos ochenta y siete con fecha de las diecisiete horas del veintidós de enero del dos mil nueve. Otorgada ante el notario Hugo Rodríguez Coronado, Borisdane de Costa Rica Sociedad Anónima viene mediante asamblea general extraordinaria a realizar cambio de nombre o razón social a Costarican Finest Coffees Sociedad Anónima pudiendo abreviarse como Costarican Finest Coffees S. A. como nombre de fantasía. Presidente: Francisco Castro Barquero.—Lic. Wiston Morales Mayorga, Notario.—1 vez.—Nº 108819.—(45336).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del veintisiete de mayo del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Terranostra Rosado Lote Veintidós S. A., donde se nombra nuevo secretario y se modifica el domicilio social.—Lic. José Alberto Rivera Torrealba, Notario.—1 vez.—Nº 108820.—(45337).

Por escritura otorgada a las nueve horas del veintiséis de mayo del dos mil nueve, se constituyó Vicuña Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pagado. Plazo: cien años. Presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. José Alberto Rivera Torrealba, Notario.—1 vez.—Nº 108821.—(45338).

Mediante acta protocolizada en esta notaría a las 10:00 horas del 26 de mayo del 2009, se modifican cláusulas primera y segunda del pacto social y se cambia junta directiva de la sociedad Comercializadora Soto Guevara S. A. Notario autorizante: Rodolfo Arroyo Porras.—Lic. Rodolfo Arroyo Porras, Notario.—1 vez.—Nº 108822.—(45339).

Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría el 03 de abril del 2009, se constituyó la sociedad Kamppary Grup S. A. Domicilio: Tibás. Objeto: ejercicio del comercio en general. Plazo social: 99 años. Capital social: cien mil colones. Notario autorizante: Rodolfo Arroyo Porras.—Lic. Rodolfo Arroyo Porras, Notario.—1 vez.—Nº 108823.—(45340).

Hoy protocolicé los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Kenneth & Sulgrave Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta mil novecientos setenta y uno, mediante la cual se reformó la cláusula segunda referente al domicilio social, se revocan los nombramientos de toda la junta directiva, el fiscal y el agente residente y se nombran nuevos, por medio de escritura otorgada en la ciudad de San José a las quince horas treinta minutos del veintisiete de mayo del dos mil nueve, por el notario público Mauricio González Crespo.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—Nº 108824.—(45341).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Altos de Nunciatura Guititil Unidad Siete C Sociedad Anónima. Se acordó reformar cláusula de la administración, así mismo como nombrar nueva junta directiva. Es todo.—San José, veintisiete de mayo del 2009.—Lic. Rodrigo Maffioli Márquez, Notario.—1 vez.—Nº 108825.—(45342).

Por escritura otorgada a las 13:00 horas del 17 de marzo del 2008, se protocolizó el acta constitutiva de la Fundación para El Desarrollo de La Niñez Heredia. Domiciliada en San Pablo de Heredia. Presidente de la junta de fundadores con facultades de apoderado general.—Heredia, 01 de mayo del 2009.—Lic. Juan Carlos Gutiérrez González, Notario.—1 vez.—Nº 108827.—(45343).

Ante esta notaría por medio de escritura pública número 107 - III, de las 12:00 horas del 26 de mayo del 2009, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Red, White and Blue Holdings of Guanacaste Sociedad Anónima en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: primero: se removió al presidente, secretario, fiscal y tesorero. Segundo: se realizaron los siguientes nombramientos: presidenta: Gabriela Sankey. Secretaria: Marketa Kracikova y tesorero: Brian Scott Lhommedieu y fiscal: Alan John Tobin.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 108828.—(45344).

Ante esta notaría por medio de escritura pública número 106 - III, de las 11:00 horas del 26 de mayo del 2009, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Luxurious Properties Company of Costa Rica LLC Sociedad Anónima en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: Primero: se removió al presidente, secretario, fiscal y tesorero. Segundo: se realizaron los siguientes nombramientos: presidenta: Gabriela Sankey. Secretaria: Marketa Kracikova y tesorero: Brian Scott Lhommedieu y fiscal: Alan John Tobin.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 108829.—(45345).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del quince de abril de dos mil nueve, se protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Escazú Comercial Ramcub Sociedad Anónima. Se acuerda reformar las cláusulas segunda y undécima.—San José, cinco de mayo del dos mil nueve.—Lic. Arturo Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 108831.—(45346).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada cuya denominación social será conforme al Decreto número tres mil trescientos setenta y uno J, publicado en La Gaceta el catorce de junio del dos mil seis; domiciliada en Aguas Zarcas, San Carlos, Alajuela, ciento cincuenta metros al norte de la Y griega, carretera a Pital. Con un capital social de veinte mil colones. Gerente: Adoney Trejos Cascante. Escritura otorgada en Aguas Zarcas, San Carlos, a las quince horas del veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Óscar Eduardo Corrales Fernández, Notario.—1 vez.—Nº 108843.—(45351).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 7 de abril del 2009, se constituyó la sociedad Novedades C. C. G. S. A., siendo su presidenta Claudina Gutiérrez Cabalceta, cédula Nº 5-143-359. Capital social: cien mil colones. Domicilio: Unión de Cartago, Río Azul, residencial T. P. C. lote 206.—San José, 12 de mayo del 2009.—Lic. José Alberto Delgado Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 108844.—(45352).

Ana Yancy Venegas Jiménez y Marvin Roberto Cambronero Sánchez, constituyen empresa denominada Maquinaria C Y V Sociedad Anónima, representada por su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Escritura otorgada a las 16:00 horas del 26 de mayo del 2009.—Lic. Fredy Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 108846.—(45353).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Playa Hermosa Beach Club S. A., mediante la cual se reforma la cláusula décimoquinta de la administración, décimoctava del quórum para sesiones de junta directiva, vigésima de la representació, y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Escritura otorgada a las quince horas del veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. María Gabriela Bogantes González, Notaria.—1 vez.—Nº 108847.—(45354).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del dieciséis de mayo de dos mil nueve, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Cerro Catedral Limitada, mediante los cuales se reforma la cláusula sexta del pacto social.—Lic. Olga Quesada Alvarado, Notaria.—1 vez.—Nº 108849.—(45355).

Por escritura número ocho de las quince horas del día catorce de enero del dos mil nueve, María Gabriela Cerdas Soto, Ana Gabriela, Carolina y Silvia de apellidos Centeno Cerdas, constituyen la sociedad anónima denominada Cercen Compañía Sociedad Anónima. Presidenta: María Gabriela Cerdas Soto.—Dra. Alejandra Rojas Carballo, Notaria.—1 vez.—Nº 108851.—(45356).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó Caro Fotografía Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo: cien años. Domicilio: Carmona, distrito primero del cantón de Nandayure, provincia de Guanacaste, costado oeste del Banco Nacional. Presidente: Víctor Alberto Peñaloza.—Lic. Franklin Carrillo Cubero, Notario.—1 vez.—Nº 108854.—(45357).

El suscrito notario público hace constar que por escritura pública número quinientos treinta-tres otorgada ante esta notaría a las ocho horas del veintisiete de mayo del dos mil nueve, se modifica el domicilio social de la sociedad denominada Fomogo Sociedad Anónima. Domicilio social será en Guadalupe, barrio Minerva del cruce de Moravia-Guadalupe trescientos metros al este y cincuenta metros al norte, pudiendo no obstante establecer sucursales dentro y fuera del país. Es todo.—San José, nueve horas del veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Miguel Eduardo Cervantes Mora, Notario.—1 vez.—Nº 108855.—(45358).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del veintisiete de mayo del dos mil nueve, el suscrito notario protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Karbala de Oriente Sociedad Anónima mediante la cual se modifica la cláusula sexta del pacto social y se nombra nueva junta directiva.—San José, veintiocho de mayo del dos mil nueve.—Lic. Alberto Coto Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 108857.—(45359).

Por escritura otorgada a las 11:00 horas del día 27 de mayo del 2009, se constituyó Construacabados Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: cien mil colones.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Catalina Pujol Rueda, Notaria.—1 vez.—Nº 108860.—(45360).

Por escritura número tres-tres otorgada ante mi a las once horas treinta minutos del trece de mayo del dos mil nueve, ante el suscrito notario, se constituye la sociedad Hidden Bay Realty S. A. Corresponde su representación: presidente y al secretario.—San José, jueves 14 de mayo de 2009.—Lic. Manfred Fischel Robles, Notario.—1 vez.—Nº 108861.—(45361).

Por escritura número uno-once, otorgada ante mí, a las once horas, del ocho de mayo del dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Circuito S. A. por la que se reforma la cláusula sexta de los estatutos de la compañía. Asimismo se aprueba y acepta la renuncia presentada por el tesorero, vocal uno, vocal dos, vocal tres y vocal cuatro y el fiscal de la sociedad.—San José, 8 de mayo del 2009.—Lic. Glorielena Alvarado Orozco, Notaria.—1 vez.—Nº 108862.—(45362).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del día de hoy, se protocolizó acta de Lagotodos Sociedad Anónima, por la que se reforma la cláusula undécima, se nombran nuevos miembros de la junta directiva.—San José, veinticinco de mayo del dos mil nueve.—Lic. Glorielena Alvarado Orozco, Notaria.—1 vez.—Nº 108863.—(45363).

Por escritura número noventa y cuatro-cuatro, otorgada a las quince horas del veintiséis de mayo del dos mil nueve, ante la suscrita notaria, se reforma la cláusula segunda del domicilio del pacto constitutivo, se revocan miembros de la junta directiva, fiscal y agente residente y se hacen nuevos nombramientos y se da el otorgamiento de dos poderes generales por la sociedad de este domicilio, denominada: Corporación Moon Walker Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2009.—Lic. Ingrid Marcela Fallas Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 108864.—(45364).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del día veintiuno de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad La Guitarra de Lolo S. A. plazo: noventa y nueve años.—Lic. Johanna Quesada Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 108865.—(45365).

El suscrito notario hace constar con vista en la matriz que se modificaron las cláusulas segunda, quinta, sexta, del pacto constitutivo de la empresa YTB Guachipelín CR Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de mayo del dos mil nueve.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—Nº 108866.—(45366).

El suscrito notario hace constar con vista en la matriz que se modificaron las cláusulas segunda, sexta del pacto constitutivo de la empresa Aero Transportes Arro Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de mayo del dos mil nueve.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—Nº 108867.—(45367).

Mediante escritura otorgada ante las notarias Kattia Mena Abarca y Marlene Villalobos Vásquez, a las ocho horas, del veintiséis de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Rollos Printer Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, un capital social de un millón de colones y administrada por un presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintisiete de mayo del 2009.—Lic. Kattia Mena Abarca y Lic. Marlene Villalobos Vásquez, Notarias.—1 vez.—Nº 108868.—(45368).

Por escritura pública número 102, otorgada hoy, se constituyó una sociedad anónima que se denominará con su número de cédula jurídica. Plazo social: 100 años. Capital social: 160.000 colones. Representantes legales: presidente y secretario de la junta directiva. Domicilio social: costado norte de la plaza de deportes Sayo Guerrero, Carmona de Nandayure, Guanacaste, 25 de abril del 2009.—Lic. Víctor Julio Chavarría Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 108875.—(45369).

La suscrita notaria Angie Arce Acuña, con oficina en Cartago, residencial El Molino, del Registro Público la tercera casa mano izquierda, indica que en mi notaría se realizó una reforma al pacto social de la sociedad Ferretería El Potro S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-uno cero nueve uno seis ocho, con el fin de enterar a todos los interesados.—Cartago, veintiséis de mayo del dos mil nueve.—Lic. Angie Arce Acuña, Notaria.—1 vez.—Nº 108877.—(45370).

Mediante escritura número ciento veinticinco-cuarenta, otorgada a las once horas con cuarenta minutos, del veintiséis de mayo del año dos mil nueve, ante el notario William Méndez Rosales, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de la compañía Raíces y Tubérculos Favivi Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica: tres-ciento uno-trescientos quince mil trescientos treinta y cinco, domiciliada en Pital de San Carlos, Alajuela, ochocientos metros oeste del Banco Nacional.—San José, veintiséis de mayo del dos mil nueve.—Lic. William Méndez Rosales, Notario.—1 vez.—Nº 108675.—(45371).

Mediante escritura número ciento veintiséis-cuarenta, otorgada a las once horas con cuarenta minutos, del veintiséis de mayo del año dos mil nueve, ante el notario William Méndez Rosales, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de la compañía Empacadora de Tubérculos Vavaro Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica: tres-ciento uno-doscientos cincuenta y un mil cincuenta y seis, domiciliada en Pital de San Carlos, Alajuela, un kilómetro oeste del salón comunal.—San José, veintiséis de mayo del dos mil nueve.—Lic. William Méndez Rosales, Notario.—1 vez.—Nº 108676.—(45372).

En escritura otorgada en mi notaría hoy a las dieciséis horas se protocolizó en lo conducente el acta número uno, correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza, Tres-Ciento Uno-Quinientos Veintitrés Mil Doscientos Treinta S. A. mediante la cual se reforma el pacto constitutivo en lo referente a la administración. Se nombra nueva junta directiva por el plazo social.—San José, veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—Nº 108678.—(45373).

En escritura otorgada en mi notaría hoy, a las catorce horas, se protocolizó en lo conducente el acta número treinta y tres, correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza, Antonio Peña Chavarría e Hijos S.R.L. mediante la cual se reforma el pacto constitutivo en lo referente al plazo social.—San José, veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—Nº 108679.—(45374).

Ante la suscrita notaria pública, Emilia Ulloa Corrales, se constituyó hoy la sociedad La Pajuila Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse La Pajuila S. A., siendo este un nombre de fantasía. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Tres amigos de Abangares en Guanacaste, trescientos metros noroeste de la escuela. Capital social representado por veinte acciones comunes y nominativas de cinco mil colones cada una. Plazo será 100 años. Presidente: Alfonso Blanco Carranza.—Abangares, 18 de mayo del 2009.—Lic. Emilia Ulloa Corrales, Notaria.—1 vez.—Nº 108682.—(45375).

Ante mí Carlos Manuel Arroyo Rojas, se adiciona la cláusula décima primera de pacto de constitución de la sociedad Compañía Ganadera La Yaya Sociedad Anónima que se refiere a la reserva legal.—Ciudad Quesada, 27 de mayo del 2009.—Lic. Carlos Manuel Arroyo Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 108685.—(45376).

Ante esta notaría, se constituyó la empresa dominada Robles, Pereira & Asociados Sociedad Anónima mediante escritura otorgada en San José a las dieciocho horas del día veintiséis de mayo del año dos mil nueve.—San José, 26 de mayo del 2009.—Lic. Yanina Cordero Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 108688.—(45377).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy se constituyó la compañía Valores Moliserra Sociedad Anónima.—Heredia, 27 de mayo del 2009.—Lic. María Isabel Alfaro Portuguez, Notaria.—1 vez.—Nº 108689.—(45378).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy se constituyó la compañía Refricargo Sociedad Anónima.—Heredia, 27 de mayo del 2009.—Lic. María Isabel Alfaro Portuguez, Notaria.—1 vez.—Nº 108690.—(45379).

El suscrito notario hace constar que al ser las quince horas quince minutos de mayo del año dos mil nueve, mediante escritura trescientos cuarenta y uno, se protocolizó el acta de asamblea de la sociedad National Corrosion Control of Centro America S. A., cédula jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y siete mil setecientos treinta y uno, se nombra como secretario a Leodanys Torres González y tesorera a Julia Medina Medina.—San José, veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Juan Ernesto Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—Nº 108691.—(45380).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veintiséis de mayo del año dos mil nueve, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Inversiones Exjscha Sociedad Anónima, nombrándose como presidenta a la señora Shirley Chaves Aldi. Es todo.—San José, veintiséis de mayo del dos mil nueve.—Lic. Julissa Sánchez Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 108693.—(45381).

En escritura veinticuatro de la notaria Jéssica Salas Arroyo, a las dieciséis doce horas treinta minutos del día veinticinco de mayo del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad tres-ciento uno-cinco seis cinco seis cero cuatro s.a., mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta de los estatutos.—San José 25 de mayo del 2009.—Lic. Jéssica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 108694.—(45382).

Que por escritura número tres otorgada a las diecisiete horas del día veinte de mayo del año dos mil nueve, por el suscrito notario, se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo referente al domicilio y se nombró junta directiva de la compañía Pegasus del Oriente S. A.—San José, veinticinco de mayo del dos mil nueve.—Lic. Roberto Francisco León Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 108695.—(45383).

Por escritura de las 14:00 horas del 26 de mayo de 2009, se constituye la sociedad Servicios Especializados Lutece Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, 26 de mayo de 2009.—Lic. Marta Eugenia Esquivel Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 108696.—(45384).

Por escritura Nº 260 de las 10:00 horas del 26 de mayo del 2009, Geraldine Segura Quirós y Laura Albarracín Malone, constituyeron sociedad denominada Aero Equipos US Sociedad Anónima. Capital social ¢1.000.000,00. Presidente: Geraldine Segura Quirós.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 108697.—(45385).

Por escritura Nº 262 de las 12:00 horas del 26 de mayo del 2009, Álvaro Jiménez Monge y Augusto Trejos Molina, constituyeron sociedad denominada Aero Personal A P Sociedad Anónima. Capital social ¢1.000.000,00. Presidente: Álvaro Jiménez Monge.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 108698.—(45386).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 9:00 horas del 5 de mayo del 2009, la señora Carolina Gallegos Steinvorth y el señor Roberto Gallegos Pozuelo constituyen Agrícola Naveto Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 6 de mayo del 2009.—Lic. Óscar Guillermo Barrantes Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 108701.—(45387).

Que por acta de asamblea general extraordinaria de tres-ciento uno-quinientos setenta mil setecientos sociedad anónima, cédula jurídica número 3-101-570700, celebrada el día 27 de mayo del año dos mil nueve, se nombran nuevos miembros de junta directiva y fiscal, y se reforma las cláusulas segunda y octava. Es todo.—San Isidro, 27 de mayo del dos mil nueve.—Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario.—1 vez.—Nº 108705.—(45388).

Por escritura otorgada a las 11:00 horas del día de hoy, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Caja de Ande Seguros Sociedad Anónima por la cual se reforman las cláusulas primera, segunda, cuarta, sexta, octava, novena, décima, décimo segunda y décimo tercera de los estatutos sociales de los estatutos sobre el capital social, en particular modificando su razón social por la de Caja de Ande Seguros Sociedad Agencia de Seguros Sociedad Anónima, con la debida autorización de la Superintendencia de Pensiones con recargo de funciones de la Superintendencia General de Seguros.—San José, 27 de mayo del 2009.—Lic. Luis Paulino Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 108708.—(45389).

Ante esta notaría pública, se protocolizó en lo conducente acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de tres-ciento uno-quinientos once mil ciento setenta y uno s. a., mediante la cual se modificó las cláusulas segunda y décima de los estatutos, e integrándose nueva junta directiva.—San José, a las diez horas con treinta minutos del día veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Víctor Evelio Castro Retana, Notario.—1 vez.—Nº 108709.—(45390).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se constituyó Rift Valley Corporation S. A.—San Pablo de Heredia, 26 de mayo del 2009.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—Nº 108710.—(45391).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del veintisiete de mayo del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada con el mismo número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Capital: doce mil colones, totalmente suscrito y pagado. La representación la tendrá el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 108712.—(45392).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas con treinta minutos del veintisiete de mayo del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada con el mismo número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Capital: doce mil colones, totalmente suscrito y pagado. La representación la tendrá el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 108713.—(45393).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del veintisiete de mayo del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada con el mismo número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público, capital: doce mil colones, totalmente suscrito y pagado. La representación la tendrá el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 108714.—(45394).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veintisiete de mayo del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Grupo CPM Sociedad Anónima. Capital: doce mil colones, totalmente suscrito y pagado. La representación la tendrá el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 108715.—(45395).

Yo, María Cecilia Ramírez Gómez, notaria pública, hago constar que a tomo 21, folios 12, 13, 14, 15 frente y vueltos, escritura 29 de mi protocolo, he constituido la sociedad cuyo nombre corresponde al número de cédula jurídica con un capital social de diez mil colones, con plazo social de 100 años, presidente Emerson Gustavo Jarrín Calvache.—San José, 27 de enero del 2009.—Lic. María Cecilia Ramírez Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 108718.—(45396).

El suscrito Licenciado Hernán Paniagua Ramírez, notario público con oficina en Santa Bárbara de Heredia, 25 metros al sur de la escuela, carné de abogado 14793, hace constar que ante esta notaría, mediante escritura número ciento setenta, visible al folio 107 frente del tomo tercero de mi protocolo, a las 17 horas del 27-05-09, se constituye la sociedad denominada Rodyfer Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones, domiciliada en Santa Bárbara de Heredia, Chahuites, 400 metros oeste de la plaza de deportes.—Lic. Hernán Paniagua Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 108719.—(45397).

Por escritura otorgada a las trece horas del día de hoy se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Convertidora de Papel y Cartón Sociedad Anónima, en que se reformó el pacto social.—San José, veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Carlos Fernández Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 108720.—(45398).

En escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 15 de abril 2009, se protocolizó asiento número dos de asamblea general extraordinaria de la compañía ST Vidrios y Aluminios Ledezma & Sánchez S. A., por su medio, se nombra nueva secretaria por renuncia del anterior. Se modifica el poder, otorgándosele solo al presidente de la compañía. Presidente: Jeorlen Ledezma Mejías.—Lic. Eladio Ant. Picado Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 108722.—(45399).

Por medio de escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 4 de mayo del 2009, se constituyó la compañía Barak Dreams S. A. plazo 99 años, domicilio social: Santa Teresa, Cóbano, Puntarenas, 300 metros noroeste de la escuela. Capital social ¢12.000,00. Presidente: Barak Guttmann.—Lic. Eladio Ant. Picado Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 108723.—(45400).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad M.W.M. Inversiones Sociedad Anónima. Domicilio en San Ramón de Alajuela. Plazo: noventa años. Capital social: cien mil colones. Fecha de constitución: veintiséis de mayo del dos mil nueve.—Lic. Ana Luz Villalobos Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 108725.—(45401).

En San José mediante protocolización de actas de asambleas generales extraordinarias de Triple A S. A., de las once horas, treinta minutos del dieciséis de abril de dos mil nueve y cinco horas del treinta de enero de 2009, se modificó el domicilio social para que en adelante sea provincia San José, cantón primero San José, distrito ocho Mata Redonda, Rohrmoser, de Canal Siete ciento veinticinco metros al oeste, casa mano izquierda, portones de madera, dos pisos y la cláusula sexta para que en adelante sea incluido el puesto de tesorero dentro de la junta directiva.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Alonzo Gallardo Solís, Notario.—1 vez.—Nº 108726.—(45402).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 26 de mayo del 2009, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-quinientos cincuenta y cuatro mil setecientos veintisiete sociedad anónima, se nombran cargos de nueva junta directiva, y se modifica cláusula de administración. Es todo.—San José, veintiséis de mayo del dos mil nueve.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—Nº 108728.—(45403).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 26 de mayo del 2009, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-quinientos cincuenta y cuatro mil setecientos cinco sociedad anónima, se nombran cargos de nueva junta directiva, y se modifica cláusula de administración. Es todo.—San José, veintiséis de mayo del dos mil nueve.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—Nº 108729.—(45404).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 13:00 horas del 27 de mayo del 2009, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad H Q Constructores Asociados Sociedad Anónima, se nombra nueva junta directiva, y se modifica cláusula de administración, plazo, agente residente. Es todo.—San José, veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—Nº 108730.—(45405).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 21 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad denominada Bellifruta Sociedad Anónima. Domicilio social. Guanacaste, Nicoya, barrio Chorotega.—Veintiocho de mayo del dos mil nueve.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—Nº 108732.—(45406).

Por escritura otorgada ante el notario público Andrés Martínez Chaves, a las 9:00 horas del 27 de mayo del 2009, Daylon Steve Umaña Guzmán y Josué Quirós Batista, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada, la cual se denominará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Domiciliada en San José, Hatillo Tres, seiscientos metros oeste de la Pizza Hut de Plaza América, sobre paralela, casa número treinta y siete, esquinera de alameda. Se nombra gerente.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Andrés Martínez Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 108750.—(45407).

Por escritura otorgada a las quince horas del veintiocho de abril dos mil nueve, se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad denominada MB Solutions Integral Service, cédula jurídica Nº 3-101-553013.—San José, 29 de abril del 2009.—Lic. Guiselle Calvo Cascante, Notaria.—1 vez.—Nº 108759.—(45408).

Por escritura otorgada a las quince horas del veintiocho de abril dos mil nueve, se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad denominada MB Trust & Escrow Service, cédula jurídica Nº 3-101-54314153693.—San José, 29 de abril del 2009.—Lic. Guiselle Calvo Cascante, Notaria.—1 vez.—Nº 108761.—(45409).

Por escritura otorgada a las quince horas del veintiocho de abril dos mil nueve, se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad denominada MB Abogados Legal Service, cédula jurídica 3-101-553693.—San José, 29 de abril del 2009.—Lic. Guiselle Calvo Cascante, Notaria.—1 vez.—Nº 108763.—(45410).

En mi notaría, mediante escritura otorgada número setenta y dos, de las diez de horas del día veintisiete de mayo del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima Inversiones Fiduciarias de Buenos Aires. Presidenta: Florita Vásquez Calderón.—Lic. Jéssica Margot Barboza Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 108770.—(45411).

Por escritura otorgada ante mí, a las 12:00 horas del 20 de mayo del año 2009, se constituyó la sociedad denominada Rojalva AZ Sociedad Anónima. Con domicilio en Aguas Zarcas de San Carlos, Alajuela. Capital social: totalmente suscrito y pagado, mediante aportes. Presidente y tesorera apoderados generalísimos sin límite de suma. Objeto: el comercio, la industria, la ganadería, la prestación de servicios y cualquier fin lícito.—Lic. Freddy Pérez Barrientos, Notario.—1 vez.—Nº 108771.—(45412).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del veinte de mayo del dos mil nueve, Manuel Antonio Calvo Torres, Eida Vargas Quirós, Verónica Calvo Vargas y Alejandra Calvo Vargas, constituyen la entidad Calvo Vargas e Hijas Sociedad Anónima. Domiciliada en el Abanico de Peñas Blancas de San Ramón, Alajuela, doscientos cincuenta metros al este de la iglesia católica. Capital social: diez mil colones. Objeto: industria y comercio. Presidente: Manuel Antonio Calvo Torres.—Ciudad Quesada, veinte de mayo del dos mil nueve.—Lic. Cristian Miguel Vargas Araya, Notario.—1 vez.—Nº 108772.—(45413).

Por escritura treinta y seis-once, otorgada en Heredia, a las nueve horas del veintiséis de mayo del dos mil nueve, ante la notaria Ana Lorena Oviedo Campos, se constituye la sociedad denominada Inversiones Copeco Sociedad Anónima S. A. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—Lic. Ana Lorena Oviedo Campos, Notaria.—1 vez.—Nº 108774.—(45414).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 27 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad denominada Smart Tech Computer Pérez Zeledón Sociedad Anónima.—Alajuela, 27 de mayo del 2009.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—Nº 108776.—(45415).

Por escritura otorgada ante mí, a las 7:00 horas del 27 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad denominada Smart Group CR Sociedad Anónima.—Alajuela, 27 de mayo del 2009.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—Nº 108777.—(45416).

Por escritura otorgada ante mí, a las 7:30 horas del 27 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad denominada Smart Tech Computer San Ramón Sociedad Anónima.—Alajuela, 27 de mayo del 2009.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—Nº 108778.—(45417).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 14 de mayo de 2009, se constituye la sociedad Coastal Signatura Properties Sociedad Anónima que se traduce como Propiedades Tiempos Costeros S. A. que es nombre de fantasía. Con domicilio en Rohrmoser. Presidenta y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 14 de mayo de 2009.—Lic. Adilia Caravaca Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 108779.—(45418).

Protocolización de acuerdos de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Asesores de Finanzas, Seguros y Aspectos Legales S. A., celebrada a las nueve horas del dieciocho de mayo de dos mil nueve, por la cual se reforman las cláusulas segunda y sétima. Escritura otorgada a las dieciocho horas del veinte de mayo de dos mil nueve.—Lic. Luis Lacayo Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 108782.—(45419).

Protocolización de acuerdos de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Starbook Jam S. A., celebrada a las ocho horas del dieciocho de mayo de dos mil nueve, por la cual se reforman las cláusulas segunda y octava. Escritura otorgada a las dieciocho horas con treinta minutos del veinte de mayo de dos mil nueve.—Lic. Luis Lacayo Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 108783.—(45420).

Mediante escritura número ciento diecinueve de las diez horas del veintiséis de mayo del año dos mil nueve, se protocoliza acta en lo conducente de la asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza Instituto Latinoamericano para la Investigación y el Desarrollo del Liderazgo S. A., mediante la cual se modifica el pacto constitutivo en su cláusula segunda, se acuerda cambiar el nombre de la sociedad por Instituto para el Desarrollo del Liderazgo IDL S. A., asimismo se nombra nueva junta directiva.—San José, veintisiete de mayo del año dos mil nueve.—Lic. Edgar Gilberto Alfaro Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 108878.—(45421).

Ante esta notaría, han comparecido Geovanny Araya Miranda y Ángela Mena Madrigal, a constituir la sociedad denominada Creaciones Steep S. A. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Representación conjunta del presidente y secretario. Presidente: Geovanny Araya Miranda.—San José, 21 de mayo del 2009.—Lic. Luis Diego Araya González, Notario.—1 vez.—Nº 108879.—(45422).

En escritura número noventa y cinco, de las ocho horas del día veinticinco de mayo del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Condominio La Ladera Bloque CJK Lote Catorce NNN Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo de la sociedad, cambiándose su nombre por el de Condominio Monteran Bloque CJK Lote Cincuenta y Tres CCC Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2009.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 108881.—(45423).

En escritura número noventa y seis, de las nueve horas del día veinticinco de mayo del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Condominio La Ladera Bloque DLM Lote Ocho HHH Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo de la sociedad, cambiándose su nombre por el de Condominio Monteran Bloque DLM Lote Sesenta y Uno Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2009.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 108882.—(45424).

Por escritura otorgada, a las 12:00 horas del 27 de mayo del 2009, se protocoliza acta 12 de Inversiones Naranjo San José Noventa y Ocho Sociedad Anónima.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—1 vez.—Nº 108883.—(45425).

Por escritura otorgada, a las 13:00 horas del 27 de mayo del 2009, se protocoliza acta 56 de Transportes Naranjo San José Sociedad Anónima.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—1 vez.—Nº 108884.—(45426).

Ante mi notaría, a las 15:00 horas del 26 de febrero del 2009, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Futura Inversiones del Valle Xing Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas octava y décima cuarta del pacto constitutivo de la compañía, además se hizo el nombramiento de secretario, tesorero y fiscal.—San José, 27 de mayo de 2009.—Lic. Rolando de los Ángeles Araya Vindas, Notario.—1 vez.—Nº 108887.—(45427).

Ante mi notaría, a las 9:00 horas del 26 de febrero del 2009, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Corporación Vitome Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo de la compañía, además se hizo el nombramiento de nueva junta directiva.—San José, 27 de mayo de 2009.—Lic. Rolando de los Ángeles Araya Vindas, Notario.—1 vez.—Nº 108888.—(45428).

Por escritura otorgada el día veintisiete de mayo dos mil nueve, ante esta notaría, se constituye la sociedad anónima Grupo Dunsa G Y M Sociedad Anónima. Se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintiocho de mayo del dos mil nueve.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 108892.—(45429).

Por escritura otorgada ante la notaría de la licenciada María Isabel Rodríguez Herrera, a las diez horas del treinta y uno de marzo del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad La Rosa de Occidente Sociedad Anónima. El capital social fue suscrito y pagado. Se nombró junta directiva quedando como presidente: Rafael Ángel Elizondo Elizondo. Corresponderá al presidente la representación judicial y extrajudicial de la compañía y tendrá las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. María Isabel Rodríguez Herrera, Notaria.—1 vez.—Nº 108895.—(45430).

Estudios de Ingeniería Eléctrica- ESIN S. A., cédula jurídica Nº 3-101-524237, modifica cláusula sétima de su pacto constitutivo. Se nombra junta directiva, fiscal. Escritura otorgada a las 18:00 horas del 27 de mayo del 2009.—Lic. Alonso Alvarado Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 108896.—(45431).

En la notaría de Elena Murillo Agüero, se constituye Consumec Sociedad Anónima S. A. Escritura otorgada el 21-05-2009.—Lic. Elena Murillo Agüero, Notaria.—1 vez.—Nº 108897.—(45432).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las diecisiete horas y quince minutos del veintisiete de mayo del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas Recicladora Química Flexográfica Sociedad Anónima, en la que se nombra nueva junta directiva y se modifica cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad.—San José, veintiocho de mayo del año dos mil nueve.—Lic. Edgar Trejos Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 108899.—(45433).

Ante mí, Edgar Trejos Ramírez, notario público con oficina abierta en San José, comparecen Edy Jeovani Maldonado Pérez, pasaporte guatemalteco número cero cero cero dos siete seis siete cinco y Sabina Isabel Ponce González, guatemalteca, cédula de residencia permanente libre de condiciones número uno tres dos cero cero cero cero cinco uno ocho uno seis, para constituir la sociedad E Y S Fórmula Tica Sociedad Anónima, a las dieciocho horas y cinco minutos del veintisiete de mayo del dos mil nueve. Plazo: noventa y nueve años.—San José, veintiocho de mayo del año dos mil nueve.—Lic. Edgar Trejos Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 108900.—(45434).

El sucrito notario hace constar que por escritura otorgada el día de hoy, número cuatrocientos cuarenta y cinco-cinco; constituí la compañía denominada Alejos C & H Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Plazo: 99 años. Objeto social: comercio en general. Capital: suscrito y pagado. Representación legal: presidente y secretario, actuando conjuntamente.—San José, a las nueve horas del día veinte de mayo del dos mil nueve.—Lic. Johnny Alberto Sanabria Obando, Notario.—1 vez.—Nº 108901.—(45435).

Ante esta notaría, se procedió a constituir la sociedad denominada Comercializadora Klin Sociedad Anónima. Plazo: cien años. Objeto: agricultura, industria y comercio en general. Capital social: cien mil colones y cuya representante es Yeiry María Villalobos Ramírez.—San José, diecinueve horas del veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Wálter Solís Amen, Notario.—1 vez.—Nº 108903.—(45436).

Por escritura otorgada en mi notaría en esta ciudad, a las once horas del veinticinco de mayo del dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad Inversiones Sandinaguas Sociedad Anónima, mediante la cual se incrementa el capital social, renuncia el vicepresidente y se modifica el artículo sétimo del pacto social.—Lic. Enrique Araya Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 108904.—(45437).

Por escritura noventa y cuatro, se reformó la cláusula octava del pacto constitutivo de la firma de esta plaza El Robledal de San Miguel Sociedad Anónima, con cédula de personería jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y seis mil ochocientos veinte. Fecha de otorgamiento: veinticuatro de mayo del dos mil nueve. Lugar de otorgamiento: Santa Cruz, Guanacaste, Costa Rica.—Lic. Francisco Li González, Notario.—1 vez.—Nº 108905.—(45438).

El día de hoy, protocolicé acta constitutiva de la sociedad Inversiones Valverde VK Siete. Gerente general: Franklin Valverde.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Gabriela Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 108906.—(45439).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:20 horas del 27 de mayo del 2009, se protocoliza acta de asamblea de cuotistas de la sociedad Sueños del Trópico S&T Limitada, donde se reforma la cláusula sexta.—San José, 27 de mayo del 2009.—Lic. Mauricio Campos Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 108908.—(45440).

En esta notaría mediante escritura número cincuenta y seis, se constituyó la sociedad denominada Rojas Construcciones Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Plazo: 99 años. César Rojas González, presidente.—Turrialba, 23 de mayo del dos mil nueve.—Lic. Manuelita Meza Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 108912.—(45441).

En esta notaría mediante escritura número cincuenta y siete, se constituyó la sociedad denominada Construcciones Rojas de Orosi Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Plazo: 99 años. César Rojas González, presidente.—Turrialba, 23 de mayo del dos mil nueve.—Lic. Manuelita Meza Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 108913.—(45442).

Protocolización de asambleas ordinaria y extraordinarias de Asociación Conceptos Financieros Crown (Corona) de Costa Rica, se reforman artículos sétimo, décimo cuarto, décimo segundo, décimo octavo, sexto, quinto del acta constitutiva. Se elige nueva junta directiva y fiscal. Se actúa en co-notariado, Teresa Kennedy Rosell y Margarita Rojas Aguilar, en el protocolo de la primera.—Lic. Teresa Kennedy Rosell y Margarita Rojas Aguilar, Notarias.—1 vez.—Nº 108914.—(45443).

Protocolización de acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de la sociedad Importaciones de Partes Automotrices Repac Sociedad Anónima, cambió de junta directiva y aumentó de capital a treinta millones de colones. Escritura otorgada en San José, a las nueve horas del veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Álvaro Eduardo Mata Bustamante, Notario.—1 vez.—Nº 108923.—(45444).

El suscrito notario público hace constar que por escritura pública número trescientos-tres otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del seis de abril del dos mil nueve, la sociedad denominada Tecnologías Carem Sociedad Anónima, modifica la cláusula de la administración y se nombra al presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma a: Ronald Gerardo Fallas Morales, mayor, divorciado, cédula de identidad número nueve-cero ochenta y ocho-ciento ochenta y siete. Es todo.—San José, veintiséis de mayo del dos mil nueve.—Lic. Miguel Eduardo Cervantes Mora, Notario.—1 vez.—Nº 108931.—(45445).

La suscrita notaria Jenny Patricia Reyes Durán, protocoliza asamblea general extraordinaria, donde se realiza el aumento del capital social de la empresa Linda Fruta S. A., se cambia domicilio social y se cambia la junta directiva, como los apoderados de dicha empresa con cédula jurídica número tres-ciento uno-uno nueve ocho seis seis nueve.—San José, veintitrés de mayo del dos mil nueve.—Lic. Jenny Patricia Reyes Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 108937.—(45446).

Ante el suscrito notario Melvin de Jesús Reyes Durán, se constituyó la sociedad anónima denominada Vikas’ Place Sociedad Anónima. El domicilio social será la ciudad de San José, San Rafael Arriba Desamparados, condominio Alabama, número dieciséis A; y su capital social es diez mil colones.—San José, 23 de mayo del 2009.—Lic. Melvin de Jesús Reyes Durán, Notario.—1 vez.—Nº 108938.—(45447).

Mediante escritura 109-8, de las 14:00 horas del 21 mayo, protocolicé reforma de estatutos y nombramiento de subgerente de Caslago del Sur Sociedad Responsabilidad Limitada.—Huacas, 21 mayo del 2009.—Lic. Ricardo Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—Nº 108939.—(45448).

Por escritura otorgada ante mí, a 12:00 horas del 26 de mayo de 2009, se reforma cláusula octava de los estatutos de la sociedad Sponbill Twenty Eigth Sociedad Anónima. Presidente y secretario: representación judicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Conjunta o separadamente presidente: Andrew John (nombre) Yacobi (apellido). Secretaria: Lorayne Michelle (nombres), Yacobi (apellido).—Lic. José Manuel Boza Fernández, Notario.—1 vez.—Nº 108940.—(45449).

Ante esta notaría, a las once horas del seis de mayo del dos mil nueve, Alexis Rodríguez Quesada y Patricia Villalobos Quesada, constituyen la sociedad que se denominará en cuanto a la una razón social, los otorgantes solicitan que la mismas sean asignadas de oficio por el Registro de Persona Jurídicas de conformidad con lo que establece el Decreto Ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis, como nombre de fantasía. Nombran presidente al primero y secretaria a la segunda. Su objeto principal es el comercio en general. El domicilio social será en Tapezco de Alfaro Ruiz de Alajuela, cincuenta metros este y cincuenta norte de la Guardia Rural. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.—Lic. José Joaquín Arias Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 108943.—(45450).

Mediante escritura número doscientos sesenta y uno del tomo tres de mi protocolo, se constituyó María Azul Sociedad Anónima. Presidente y apoderado generalísimo sin límite de suma, Johnny Bustamante Cerdas.—San José, veinticinco de mayo de dos mil nueve.—Lic. Edgar Alberto García Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 108946.—(45451).

Ante mí, Hellen Cordero Mora, notaría pública con oficina abierta en Barreal de Heredia, residencial Casablanca, casa siete L, se constituye el día veintidós de mayo del dos mil nueve, a las catorce horas, la sociedad Central de Marcas Mayoreo S. A.—Lic. Hellen Cordero Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 108948.—(45452).

Los señores Rigoberto Rodríguez Chávez y Carlos Alberto Rodríguez Chávez, constituyen una sociedad anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente: José Alfonso Rodríguez Chávez. Domicilio: Alajuela, Laguna de Alfaro Ruiz, cuatrocientos metros sur de la plaza de deportes.—San José, veintidós de mayo del dos mil nueve.—Lic. Gabriel G. Valenciano Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 108952.—(45453).

Por escritura otorgada ante mí, al ser las nueve horas del cinco de mayo del dos mil nueve, se constituyó Desarrollos Automotrices y Afines Porras Barboza Sociedad Anónima. Presidente: Manuel Antonio Porras Vargas. Domicilio: San José, Granadilla, Curridabat. Capital doce mil colones.—Lic. Carlos Cubillo Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 108953.—(45454).

Mediante el acta número uno de libro de Actas de Asamblea, se modificó la cláusula segunda del domicilio del pacto constitutivo, la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombró la nueva junta directiva de la compañía Villalfa Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, veinte de mayo del año dos mil nueve.—Lic. Roy Alberto Ramírez Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 108957.—(45455).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Inversiones L A V Sociedad Anónima. Presidente: Víctor Calderón Arroyo. Dirección de notaria Calle Blancos frente al depósito El Guadalupano.—San José, 26 de mayo 2009.—Lic. Leyla Rita Calderón Campos, Notaria.—1 vez.—Nº 108958.—(45456).

Por escritura número ochenta y uno-cinco, otorgada ante esta notaría: David Arturo Campos Brenes y Fabián Fernández Faith, a las doce horas del día veintiséis de mayo de dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada Bazzoly Sociedad Anónima.—San José, veintiséis de mayo del dos mil nueve.—Lic. Fabián Fernández Faith, Notario.—1 vez.—Nº 108959.—(45457).

Ante mí, a las 17:00 horas del 19 de marzo del año 2009, se constituyó la sociedad Lifra LME S. A. Capital: suscrito y pagado y con un plazo de noventa y nueve años.—San José, 19 de mayo del 2009.—Lic. José Manuel Romero Mora, Notario.—1 vez.—Nº 108960.—(45458).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 12:00 horas del 25 de mayo del 2009, se constituyó Mervara Sociedad Anónima. Capital: doce mil colones. Domicilio: San José. Presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Roberto Villalobos Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 108962.—(45459).

David Fernando Chian Ruelas y Deyanira de los Ángeles Castro Saballos, constituyen Así Es Mi Tierra Sociedad Anónima. Con domicilio social en barrio Condega, Liberia, Guanacaste, de la Farmacia Lux, doscientos cincuenta metros al sur. Escritura N° 194, de las once horas del día once del mes de mayo del año 2009, otorgada ante la notaria Lidia Isabel Castro Segura, con oficina abierta en Liberia, Guanacaste.—Liberia, 18 del mes de mayo del año 2009.—Lic. Lidia Isabel Castro Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 108964.—(45460).

Por medio de la escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón a las doce horas del veintiséis de mayo del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía denominada We Kill Mold CR Sociedad Anónima, mediante la cual se tomaron los siguientes acuerdos: primero: se modificó la cláusula sexta del pacto social. Segundo: Se revocaron nombramientos del presidente y secretario de la junta directiva. Tercero: Se realizaron nuevos nombramientos de presidente y secretario en la junta directiva. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil nueve.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 108967.—(45461).

Por medio de la escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón, a las trece horas del veintiséis de mayo del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general, extraordinaria de socios de la compañía denominada Perfect Air CR Sociedad Anónima, mediante la cual, se tomaron los siguientes acuerdos: Primero; se modificó la cláusula sexta del pacto social. Segundo se revocaron nombramientos del presidente y secretario de la junta directiva. Tercero: se realizaron nuevos nombramientos de presidente y secretario en la junta directiva. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil nueve.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 108968.—(45462).

Por medio de la escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón, a las catorce horas del veintiséis de mayo del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía denominada CrapyGoil Sociedad Anónima, mediante la cual se tomaron los siguientes acuerdos: primero: se modificó la cláusula sexta del pacto social. Segundo: Se revocaron nombramientos del presidente y secretario de la junta directiva. Tercera: se realizaron nuevos nombramientos de presidente y secretario en la junta directiva. Cuarto: se agregó una cláusula décimo primera al pacto social. Quinto: se realizó nombramiento de agente residente para la sociedad. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil nueve.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 108969.—(45463).

Por escritura número noventa y uno otorgada ante mi notaría a las dieciocho horas del catorce de mayo del dos mil nueve en la ciudad de Siquirres, Limón. Los señores Saúl Enrique Barboza Méndez y Jairo Saúl Barboza Cordero constituyeron la sociedad denominada Sajai del Caribe BC Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Sajai del Caribe BC S. A., plazo noventa y nueve años.—Siquirres, Limón quince de mayo del dos mil nueve.—Lic. Francisco Amador Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 108970.—(45464).

Por medio de la escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón a las quince horas del veintiséis de mayo del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía denominada Minerba McGonagal Sociedad Anónima, mediante la cual se tomaron los siguientes acuerdos: primero: se modificó la cláusula sexta del pacto social. Segundo: se revocaron nombramientos del presidente y secretario de la junta directiva. Tercero: Se realizaron nuevos nombramientos de presidente y secretario en la junta directiva. Cuarto: se agregó una cláusula décimo primera al pacto social. Quinto: se realizó nombramiento de agente residente para la sociedad. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil nueve.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 108971.—(45465).

Por escritura otorgada ante mí a las doce horas del dieciocho de mayo del 2009, Allan Granados Castillo y otro constituyeron la S.A. Constructora Granados Solano S. A. Presidente Allan Granados Castillo.—Turrialba, 18 de mayo del 2009.—Lic. Andrea Carazo Campos, Notaria.—1 vez.—Nº 108972.—(45466).

Ante mi notaría, la sociedad Jenadiv S. A., reformó cláusula sexta de la administración y quinta del pacto social. Asimismo se reorganiza Junta Directiva.—Lic. Joe Martín Montoya Mora, Notario.—1 vez.—Nº 108973.—(45467).

Por escritura pública otorgada ante esta Notaría, se constituyó la sociedad Legatarios Alfriva S. A. Capital social: 10.000 colones.—Cartago, 22 de mayo de 2009.—Lic. Ana Catalina Brenes Loaiza, Notaria.—1 vez.—Nº 108974.—(45468).

La suscrita, Angioletta Alvarenga Venutolo, notaria pública con oficina abierta en Cartago, hace constar que en mi notaría a las nueve horas del trece de marzo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Las Brisas de Canacost Sociedad Anónima, representada por su presidenta Alba Quirós Agüero, cédula tres-doscientos ocho-cuatrocientos cincuenta y tres.—Cartago, veintisiete de mayo del 2009.—Lic. Angioletta Alvarenga Venutolo, Notaria.—1 vez.—Nº 108975.—(45469).

Por protocolización realizada a las trece horas del veinte mayo dos mil nueve, de Asamblea General Extraordinaria de Sing Kwan S. A., se nombra nueva junta directiva y fiscal, y se modifica cláusula sétima del pacto social.—Cartago, 27 mayo del 2009.—Lic. Carlos Luis Granados Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 108976.—(45470).

Mediante escritura otorgada ante esta misma notaría a las 9:00 horas del día 25 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad Rodalva de la Paz R.C.S. S. A. Capital social: diez mil colones. Presidente: Siu Lu de la Paz, secretaria: Carolina Montero de la Paz.—25 de mayo del dos mil nueve.—Lic. Vinicio Rojas Arias, Notario.—1 vez.—Nº 108978.—(45471).

El veintidós de mayo del dos mil nueve, se constituyó sociedad en la que se facultó al Registro para que le asignará como denominación social el número de cédula jurídica. Gerente: Kenneth Ortega Jaén. Capital social: cien mil colones.—Sarapiquí, veintidós de mayo del dos mil nueve.—Lic. Federico Alfaro Araya, Notario.—1 vez.—Nº 108979.—(45472).

El suscrito notario Gabriel Andrés Segura Corrales, publica el edicto de la constitución de la sociedad Taller Automotriz Rodolfo Brenes Garro Sociedad Anónima, constituida ante esta notaría en Cartago, a las dieciocho horas del veintiocho de mayo del dos mil nueve con domicilio Cartago, Tejar del Guarco. Plazo social: noventa y nueve años a partir de hoy. Capital social: diez mil colones.—Lic. Gabriel Segura Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 109243.—(45578)

Por escritura otorgada ante este notario, a las nueve horas del veintisiete de mayo del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Nola de Tamarindo S.A., mediante la cual se reforma la cláusula segunda de los estatutos sociales.—San José, veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—Nº 109242.—(45579).

Ante esta notaría, a las 12:15 horas del 29 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Transportes Gerizin Sociedad Anónima, con un capital social de 1.000.000 colones, por un plazo de noventa y nueve años, cuyo gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Luis Guillermo Mora Calderón, mediante la escritura número 309 del tomo 14 de mi protocolo.—Cartago, 29 de mayo del 2009.—Lic. Helen Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 109239.—(45580).

Ante esta notaría, a las 14:30 horas del 27 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Cat Trucking Sociedad de Responsabilidad Limitada, con un capital social de 100.000 colones, por un plazo de noventa y nueve años, cuya gerente con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma es la señora Roxana Araus Rojas, mediante la escritura número 301 del tomo 14 de mi protocolo.—Cartago, 27 de mayo del 2009.—Lic. Helen Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 109238.—(45581).

Ante esta notaría a las dieciséis horas del veintiocho de mayo del dos mil nueve, se reforman las cláusulas quinta y octava del pacto constitutivo de la sociedad Cigoto Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-uno nueve seis siete dos uno.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 109236.—(45582).

Ante mi notaría, a las nueve horas del día veinte de mayo del dos mil nueve, se cambia junta directiva de la sociedad denominada Fragmentos y Más Fragma Sociedad Anónima, presidente el señor Julio Prado López. Capital suscrito y pagado.—San José, a las trece horas del veinticinco de mayo del dos mil nueve.—Lic. Leonardo Díaz Rivel, Notario.—1 vez.—Nº 109235.—(45583).

Mediante escritura pública número treinta y ocho otorgada en Grecia, a las doce horas del veintiocho de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Ecológica Montecristo & CO Sociedad Anónima. Presidente, secretaria y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo: noventa y nueve años.—Grecia, 28 de mayo del 2009.—Lic. Enrique Alonso Vargas Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 109234.—(45584).

Por escritura otorgada ante la Licenciada Betsy Camacho Porras, a las ocho horas del veintinueve de mayo del dos mil nueve, se modifica la cláusula sétima de la sociedad cuyo nombre y cédula jurídica corresponden al número tres-ciento uno-quinientos doce mil seiscientos sesenta y cinco sociedad anónima.—Lic. Betsy Camacho Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 109232.—(45585).

Por escritura número noventa y cuatro-cuarenta y tres, otorgada ante el notario público Juvenal Sánchez Zúñiga, a las nueve horas del día veintinueve de mayo del dos mil nueve, se reforman las cláusulas primera, modificando el nombre de la sociedad para que en adelante sea Caenroda Mil Novecientos Veintidós Sociedad Anónima, cuarta y sexta de los estatutos y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la sociedad Grupo Inmobiliario Torijano Sociedad Anónima.—San José, 29 de mayo de 2009.—Lic. Juvenal Sánchez Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 109229.—(45586).

Por escritura número noventa y dos-cuarenta y tres, otorgada ante los notarios públicos Juvenal Sánchez Zúñiga y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del primero; a las nueve horas del día veintisiete de mayo del dos mil nueve, donde se modifica la cláusula segunda de los estatutos de la compañía y se nombra agente residente; de la compañía denominada Desarrollo Marítimo Aguamarina Número Quince S.R.L.—San José, 27 de mayo del 2009.—Lic. Jorge González Roesch, Conotario.—1 vez.—Nº 109228.—(45587).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó J&H Aduaneros Logísticos Sociedad Anónima. Presidente y tesorero ambos con facultades de apoderados generalísimos pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Flor Eugenia Castillo Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 109225.—(45588).

En mi notaria al ser las ocho horas del nueve de mayo del dos mil nueve, se constituyó Repuestos Luka Sociedad Anónima. Publíquese.—Lic. Celenia Godinez Prado, Notaria.—1 vez.—Nº 109224.—(45589)

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Ramica Alimentos Sociedad Anónima. Presidente y tesorero ambos con facultades de apoderados generalísimos pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Óscar Picado Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 109223.—(45590).

En mi notaría al ser las 12:00 horas del 25 de mayo del dos mil nueve, se modificaron estatutos de la Corporación Aletrans Sociedad Anónima. Publíquese.—Lic. Celenia Godinez Prado, Notaria.—1 vez.—Nº 109222.—(45591).

En mi notaría, al ser las 11:00 horas del 22 de mayo del dos mil nueve, se constituyó Repuestos Sueport and Mantenance Sociedad Anónima. Publíquese.—Lic. Celenia Godinez Prado, Notaria.—1 vez.—Nº 109221.—(45592).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de Inversiones Land Rocha* S S. A. Reformar totalmente cláusula segunda pacto constitutivo. Lic. Gabriela Muñoz Vargas, autorizada para protocolizar acta.—San José, veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Gabriela Muñoz Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 109220.—(45593).

Por escritura número sesenta y tres, del tomo número tres del protocolo de la notaria pública Lilliana Navarrete Porras, compareció el señor Guillermo Moss Sequeira en su calidad de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite, constituyó la sociedad Guifre Sociedad Anónima, con un capital de cien mil colones netos. Escritura otorgada en la ciudad de Limón, a las ocho horas del día veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Lilliana Navarrete Porras, Notario.—1 vez.—Nº 109216.—(45594).

Por escritura otorgada a las 16:00 horas del 26 de mayo del 2009, protocolicé acuerdos de la empresa Santa Elena Rojo Cinco S. A., reformando estatutos.—San José, 26 de mayo del 2009.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 109215.—(45595).

Ante esta notaría, al ser las ocho horas del veintinueve de mayo del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad   denominada tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y un mil quinientos cincuenta y nueve, sociedad anónima, donde se acordó transformar dicha sociedad a sociedad de responsabilidad limitada. Asimismo modificar el nombre a Randaufer LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Javier Francisco Chaverri Ross, Notario.—1 vez.—Nº 109210.—(45596).

Por escritura pública otorgada ante el notario Luis Fernando Castro Gómez, en San José, a las once horas del veintiocho de mayo del dos mil nueve, se constituyó Endless Sea Investments S.R.L, gerente general con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintiocho de mayo del dos mil nueve.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 109209.—(45597).

Por escritura otorgada ante mí, a las 14:00 horas del 13 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad J y C Excavaciones Sociedad Anónima, cuyos representantes legales son José Manuel Sandí Vega y Carlos Luis Sandí Vega, apoderados generalísimos sin límite de suma.—Limón, 28 de mayo del 2009.—Lic. María Isabel Araya Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 109207.—(45598).

Ante mi notaría, la sociedad Lubricentro Vargas Rodríguez Limón Sociedad Anónima, ha aumentado su capital, pasando de cien mil colones a cinco millones de colones según aporte de los socios Edwin y Kathia, ambos de apellidos Vargas Rodríguez.—Limón, trece de mayo del dos mil nueve.—Lic. Gerardo Mainieri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 109206.—(45599).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del doce de mayo del dos mil nueve, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía de esta plaza, Crédito de Costa Rica Sociedad Anónima, en que se reforman las cláusulas segunda, novena y decimotercera del pacto social, se nombra junta directiva y fiscal y agente residente.—Lic. Harry Castro Carranza, Notario.—1 vez.—Nº 109205.—(45600).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del once de mayo del dos mil nueve, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía de esta plaza Repex Sociedad Anónima en que se reforman las cláusulas segunda, octava y novena del pacto social, se nombra junta directiva y fiscal y agente residente.—Lic. Harry Castro Carranza, Notario.—1 vez.—Nº 109203.—(45601).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del once de mayo del dos mil nueve, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía de esta plaza, Residencial Los Cedros Sociedad Anónima, en que se reforma la cláusula novena del pacto social, se nombra junta directiva y fiscal y agente residente.—Lic. Harry Castro Carranza, Notario.—1 vez.—Nº 109202.—(45602).

Por escritura número cuarenta y dos-uno, otorgada ante el notario público Wálter Rodrigo Mora Morales, a las catorce horas del veinticinco de mayo del dos mil nueve, se reforma la cláusula sétima de la sociedad DI Amaro Gastronómica S. A..—San José, veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Wálter Mora Morales, Notario.—1 vez.—Nº 109201.—(45603).

Por este medio, hago constar que al ser las ocho horas del veintiséis de mayo de dos mil nueve, se constituye una sociedad que se denominará Novecientos Unlimited Sociedad Anónima, ante la notaria Kattia Bermúdez Montenegro, escritura sesenta y cinco visible folio cuarenta y ocho frente del tomo diez de su protocolo. Se nombra como presidente al señor Jorge Hernández Carrillo.—26 de mayo del 2009.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—Nº 109200.—(45604).

En asamblea general extraordinaria número uno de la empresa Inversiones A. West. Sociedad Anónima, celebrada el día veintinueve de mayo del año dos mil nueve, se realiza nombramiento de nuevos miembros de la junta directiva de la empresa Inversiones A. West S. A. notario público localizable al teléfono 2262-3573 ó 2237-0646.—Heredia, 29 de mayo del 2009.—Lic. Edwin Astúa Porras, Notario.—1 vez.—Nº 109199.—(45605).

Que por escritura otorgada ante el suscrito notario, en San José, a las nueve horas del día veintitrés de abril del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Corporación Naife Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, veintinueve de mayo del 2009.—Lic. Carlos Alberto Méndez Mora, Notario.—1 vez.—Nº 109198.—(45606).

Por escrituras números doscientos veintiuno y doscientos veintidós otorgadas ante mi notaría, a las trece y catorce horas del veintinueve de mayo del dos mil nueve, se constituyeron las sociedades denominadas Ecotelcom S. A. y Global Express Pay S. A., respectivamente. Ambas con capital social de un millón de colones.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Manuel Figueroa Loaiza, Notario.—1 vez.—Nº 109196.—(45607).

Por escritura otorgada el día 18 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad denominada Santa Catalina Médica S. A.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Cristian Cordero Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 109193.—(45608).

Por acta de asamblea general extraordinaria de Autotransportes Traecsa S. A., se nombra presidente, secretario, tesorero y fiscal y se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, veintidós de mayo de dos mil nueve.—Lic. Wendy Meneses Orozco, Notaria.—1 vez.—Nº 109191.—(45609).

En esta notaría a las once horas del dos de abril del dos mil nueve, mediante la escritura número sesenta y seis, del protocolo cincuenta del protocolo de la suscrita notaria, se protocolizó acta de la sociedad Los Dos Palmitos, en donde se modifica las cláusulas dos y sétima del pacto social constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—San José, veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Esther Valverde Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 109188.—(45610).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas treinta minutos del once de setiembre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad de este domicilio Oleohidráulica y Accesorios Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital suscrito y pagado.—San Ramón, veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. María Rebeca Montero Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 109187.—(45611).

El suscrito Juan Luis León Blanco abogado y notario hago constar que con fecha 28 de mayo del 2009, se constituyó sociedad Inversiones Ros-Carranza S. A., con capital social ¢10.000.00. Plazo social 99 años. Presienta Marta R. Carranza de Jácome. Teléfono 22-88-53-07.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Juan Luis León Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 109185.—(45612).

La compañía denominada Rana Pimienta S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-562898, hace nuevo nombramiento de junta directiva.—San José, veintiocho de mayo del dos mil nueve.—Lic. Eric Jiménez Trejos, Notario.—1 vez.—Nº 109184.—(45613)

La compañía denominada Cocodrilo del Nilo S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-562900, hace nuevo nombramiento de junta directiva.—San José, veintiocho de mayo del dos mil nueve.—Lic. Eric Jiménez Trejos, Notario.—1 vez.—Nº 109183.—(45614).

Por escritura número 127-3, otorgada a las 14:00 horas del 27 de mayo del 2009, ante esta notaría Diana Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Profundas Imágenes Marinas LS Ltda., donde se acuerda reformar la cláusula novena de los estatutos.—Puntarenas, 28 de mayo del 2009.—Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—Nº 109182.—(45615).

Se constituyen las firmas de esta plaza: Investimenti Internazionali Sociedad Anónima, Opzioni Commerciali Sociedad Anónima, Investitori Nel Bene Immobile Sociedad Anónima, Sviluppi Turistici Sociedad Anónima, Tortuga Canaleta Sociedad Anónima, Yarará Chica Sociedad Anónima, Yarará Cussu Sociedad Anónima, Yacaré Coroa Sociedad Anónima, Tortuga Sabanera Sociedad Anónima, Cocodrilo Siamés Sociedad Anónima, Tortuga Concha Blanda Sociedad Anónima, Cocodrilo Enano Sociedad Anónima, Catalejo Caleidoscopio Sociedad Anónima, Sexante de Colores Sociedad Anónima, presidente: Aarón Rodríguez Cruz, cédula de identidad número uno-uno uno seis siete-cero tres cuatro uno. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución. Agente residente: Eric Jiménez Trejos.—San José, veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Eric Jiménez Trejos, Notario.—1 vez.—Nº 109181.—(45616).

Por escritura otorgada a las dieciséis horas del diecinueve de mayo dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Compañía de Servicios Costeros Geonubo Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, pudiéndose abreviar en su aditamento S. A., su capital social es la suma de doce mil colones y corresponde la representación judicial y extrajudicial al presidente de la sociedad Merlin Leiva Madrigal, carné 15042.—Lic. Merlin Starleing Leiva Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 109180.—(45617).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las nueve horas treinta minutos del día veintinueve de mayo del dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Nueva CR S. A., donde se acuerda la disolución de la compañía.—San José, veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—Nº 109179.—(45618).

Por escritura número 125-3 otorgada a las 12:00 horas del 27 de mayo del 2009, ante esta notaria Diana Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Kobeba Samakeyah Ltda., donde se acuerda reformar las cláusulas novena y décima segunda de los estatutos.—Puntarenas, 28 de mayo del 2009.—Lic. Diana Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—Nº 109178.—(45619)

Por escritura número 126-3, otorgada a las 13:00 horas del 27 de mayo del 2009, ante esta notaria Diana Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Cálida Brisa de Mar LS Ltda., donde se acuerda reformar la cláusula novena de los estatutos.—Puntarenas, 28 de mayo del 2009.—Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—Nº 109177.—(45620).

Por escritura número 128-3 otorgada a las 15:00 horas del 27 de mayo del 2009, ante esta notaría Diana Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Strusky Kammun Ltda., donde se acuerda reformar la cláusula novena de los estatutos.—Puntarenas, 28 de mayo del 2009.—Lic. Diana Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—Nº 109176.—(45621).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 16:00 horas del día 15 de mayo del 2009, se constituyó la empresa denominada, Inversiones Muñoz y González Dos Mil Nueve S. A., domiciliada en el Coyol de Alajuela, Condominio Villa Lago, casa 210. Presidente: Marco Vinicio Muñoz Badilla, cédula número 1-1029-686.—Belén, Heredia, 28 de mayo del 2009.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 109175.—(45622).

El suscrito notario hace constar con vista en la matriz que se modificaron las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo de la empresa Cuarenta S. A. Se nombra nueva junta directiva.—San José, veintinueve de mayo del dos mil nueve.—1 vez.—Nº 109174.—(45623).

Se hace constar que mediante escritura otorgada ante el notario Carlos Gutiérrez Font se protocolizaron acuerdos de la empresa Desarrollos Turísticos Obeca S. A., mediante el cual se modificó la cláusula quinta.—San José, veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—Nº 109173.—(45624).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas treinta minutos del veintiséis de mayo del 2009, se constituye sociedad anónima que se denominará Grupo Barsa de Centroamérica Sociedad Anónima. Presidente Jonathan José Barth Solís, capital suscrito y pagado, domicilio Alajuela, objeto: comercio, industria, finanzas, agricultura, ganadería, prestación de servicios en general, plazo 99 años.—Lic. Lilibeth Gómez Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 109170.—(45625).

Protocolización de acta de la sociedad Consultores de San José M Y S Sociedad Anónima, mediante el cual se modifica la cláusula quinta y se aumenta el capital. Escritura otorgada a las veintiún horas del primero de agosto del dos mil ocho.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Jorge Eduardo Bustamante Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 109165.—(45626).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario de San José, a las 18.00 horas del 13 de mayo de 2009, se constituyó la empresa Construcciones y Canalizaciones Sociedad Anónima (CONCA. S. A.); domiciliada en San José, Capital suscrito y pagado por cien mil colones. Representada por presidente y secretaria, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 13 de mayo 2009.—Lic. Olman Segura Solano, Notario.—1 vez.—Nº 109164.—(45627).

Por escritura número ciento cincuenta y nueve, otorgada ante la notaria, Nelly Elizabeth Jiménez Rodríguez, a las quince horas del veinticuatro de mayo del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima denominada Body Light S. A., Presidenta Carmen Celia Medina Puertas. Capital: cien mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—San José, veintinueve de mayo de dos mil nueve.—Lic. Nelly Elizabeth Jiménez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 109163.—(45628).

Por escritura número ciento sesenta y uno, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de mayo del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Total Sky Lands Sociedad Anónima, se ha hecho cambio de secretario.—San José, veintinueve de mayo de dos mil nueve.—Lic. Nelly Elizabeth Jiménez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 109161.—(45629).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día 28 de mayo del 2009 a las 8:15 horas, la sociedad VLP Beige Three D Sociedad de Responsabilidad Limitada, donde se protocolizó acuerdos en que se modifican las cláusulas quinta y novena y eliminar la cláusula décimo segunda del pacto social.—28 de mayo del 2009.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 109159.—(45630).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día 28 de mayo del 2009 a las 8:30 horas, la sociedad VLP Chocolate Eight A Sociedad de Responsabilidad Limitada, donde se protocolizó acuerdos en que se modifica la cláusula novena del pacto social.—28 de mayo del 2009.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 109158.—(45631).

Por escritura otorgada ante esta notaría,el día 28 de mayo del 2009 a las 8:45 horas, la sociedad VLP Firebrick Eleven D Sociedad de Responsabilidad Limitada, donde se protocolizó acuerdos en que se modifica la cláusula novena del pacto social.—28 de mayo del 2009.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 109157.—(45632).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día 28 de mayo del 2009 a las 8:00 horas, la sociedad VLP Cerise Seven A Sociedad de Responsabilidad Limitada, donde se protocolizó acuerdos en que se modifica la cláusula novena del pacto social.—28 de mayo del 2009.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 109156.—(45633).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día 29 de abril del 2009, a las 10:00 horas se constituyó la sociedad Finca La Palma Uno Bosman Limitada. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 29 de abril del dos mil nueve.—Lic. Melania Calzada Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 109155.—(45634)

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del quince de mayo del dos mil nueve, Kenneth Garita Vindas y Siviany Garita Vindas, constituyeron diez sociedades anónimas y solicitaron que se le asigne como denominación social el número de cédula jurídica. Presidente: Kenneth Garita Vindas.—San José, veintinueve de mayo de dos mil nueve.—Lic. Mauricio Marín Sevilla, Notario.—1 vez.—Nº 109153.—(45635).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se modifican las cláusulas segunda y novena del pacto constitutivo de la sociedad Beach Area Properties S. A. Se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Melania Calzada Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 109154.—(45636).

José Eliécer, José Fernando, José Alberto y Rosibel, todos Ramírez Castro constituyen la sociedad domiciliada en Heredia denominada Fresh Market Sociedad Anónima, escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del veintiocho de mayo del 2009.—Lic. Kattia Gamboa Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 109152.—(45637).

Ante mi notaría por escritura de las dieciséis horas veinte minutos del veintiocho de mayo del dos mil nueve, Barry Clifford Minkin y Christina Verrastro, constituyen la sociedad Minkin & Verrastro S. A. capital social diez mil colones suscrito y pagado.—Santa Ana, 28 de mayo del 2009.—Lic. Sergio Fernando Jiménez Guevara, Notario.—1 vez.—Nº 109147.—(45638).

Zona Libre Golfito S. A., entidad con cédula de persona jurídica Nº 3-101-89012, comunica que mediante asamblea general extraordinaria celebrada al ser las 17:00 horas del 4 de marzo de 2009, se revocaron las cláusulas referentes al domicilio social y a la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Barva, 29 de mayo de 2009.—Lic. Leonel Antonio Cruz Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 109127.—(45639).

Ante la notaría del suscrito, al ser las quince horas del veintiocho de mayo del dos mil nueve, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Agrosoil Internacional S. A., en donde se modifican las cláusulas segunda y sexta y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—Heredia, al ser las siete horas treinta minutos del veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Roberto Villalobos Conejo, Notario.—1 vez.—Nº 109125.—(45640).

Por escritura de las dieciséis horas del día veintiocho de mayo del año dos mil nueve, número ciento noventa y ocho, tomo sétimo, se reformó la cláusula primera de la sociedad denominada ML Soluciones Ley de Tránsito.—Lic. Johnny Vargas Mejías, Notario.—1 vez.—Nº 109124.—(45641).

A las 15:00 horas del día 22 de mayo del 2009, ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima denominada Pietra Di Bismantova Sociedad Anónima. Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma, capital social diez mil colones.—San José, 28 de mayo del año 2009.—Lic. Randall Segura Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 109121.—(45642).

A las 10:00 horas del día 22 de mayo del 2009, ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima denominada Finca Los Toriles Sociedad Anónima. Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma, capital social diez mil colones.—San José, 28 de mayo del año 2009.—Lic. Randall Segura Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 109120.—(45643).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima denominada Hogares Homes Desarrollos Sociedad Anónima, nombrándose como apoderado generalísimo sin límite de suma al señor Gary Robert Garrett, portador del pasaporte de su país número cero cuatro siete tres uno uno seis nueve siete.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Shirley Sánchez Bustamante, Notaria.—1 vez.—Nº 109116.—(45644).

Ante esta notaría, se modificó la cláusula segunda, en cuanto al domicilio social de la sociedad Inversiones Meir Inter Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y siete mil novecientos treinta y uno.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Shirley Sánchez Bustamante, Notaria.—1 vez.—Nº 109115.—(45645).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las quince horas treinta minutos del veintiuno de mayo del dos mil nueve, se modificó la cláusula quinta referente al capital social de la empresa Comercializadora del Volcán Irazú Sociedad Anónima.—Cartago, veintiuno de mayo del dos mil nueve.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—Nº 109114.—(45646).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de la empresa denominada Residencia Turística Lento Atardecer Sociedad de Responsabilidad Limitada, en la cual se acuerda reformar la cláusula segunda, del domicilio, la cláusula sexta, de la administración, se nombra nuevo gerente.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Rafael Esquivel Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 109113.—(45647).

Por escritura número ciento uno-tres otorgada a las 11:00 horas del día 29 de mayo del año 2009, protocolicé una acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima: Villa Eden Sociedad Anónima, se modifica la cláusula sexta de la Administración, y se nombra nuevo presidente y tesorera.—San José, 29 de mayo del año dos mil nueve.—Lic. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—Nº 109112.—(45648).

Ante esta notaría, se modifica cláusula primera del pacto constitutivo, referente al domicilio social de la sociedad denominada Maucal Sociedad Anónima.—San José, 21 de enero del 2009.—Lic. Ana M. Chacón Novoa, Notaria.—1 vez.—Nº 109110.—(45649).

Ante esta notaria, se modifica cláusula primera del pacto constitutivo, referente al domicilio social de la sociedad denominada Alecal Sociedad Anónima.—San José, 21 de enero del 2009.—Lic. Ana M. Chacón Novoa, Notaria.—1 vez.—Nº 109109.—(45650).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas treinta minutos del veintiocho de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Cadena Gastronómica Roa Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones exactos.—San José, veinticinco de mayo del dos mil nueve.—Lic. Mariano Alfredo Solórzano Olivares, Notario.—1 vez.—Nº 109107.—(45651).

Por escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 11:00 horas del 7 de mayo del 2009 y de las 9:00 horas y 11:00 horas, ambas del 19 de mayo del 2009, se modificó el pacto social de la empresa M.A.R.H.E del Arroyo S. A., y se constituyeron las empresas Bendelzon S. A. y Espino Holding S. A., domiciliadas en San Rafael de Escazú y en San José, San Sebastián.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Gustavo Adolfo Montero Ureña, Notario.—1 vez.—Nº 109105.—(45652).

Por escritura número cuatro - uno, otorgada a las once horas del día veintiocho de mayo del año dos mil nueve, visible al folio uno frente del tomo cuarto del protocolo de la notaria pública Adriana Segura Balmaceda, se constituyó la sociedad Streaming International S. R. L. Es todo.—San José, veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Adriana Segura Balmaceda, Notaria.—1 vez.—Nº 109100.—(45653).

Por escritura doscientos treinta y tres otorgada ante mi notaría, a las catorce horas del veintiocho de mayo del dos mil nueve, Transportes Perecederos Espinoza J E Q S. A. reforma cláusula octava del pacto constitutivo.—Heredia, veintiocho de mayo del dos mil nueve.—Lic. Karen Ramos González, Notaria.—1 vez.—Nº 109099.—(45654).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos dieciséis de las diecinueve horas del veinte de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima Ospicasa Constructores y Asociados Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2009.—Lic. Denia Vargas Azofeifa, Notaria.—1 vez.—Nº 109097.—(45655).

Protocolización de acta de la compañía Dimedic Consultores S. A., según la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta, y se hacen nombramientos en la junta directiva y agente residente.—San José, 25 de mayo del dos mil nueve.—Lic. Vera Violeta Jiménez Roldán, Notaria.—1 vez.—Nº 109095.—(45656).

Por escritura número 9 de las 16 horas 15 minutos del día 23 de mayo del 2009, se constituye la persona jurídica denominada: Ganadera Wiger Sociedad Anónima, con capital social de cien mil colones. Presidente y secretario representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente. Objeto: comercio, industria, agricultura en general. Plazo social es de 99 años a partir de su constitución, protocolo tomo 19.—Lic. Célimo Fuentes Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 109094.—(45657).

La suscrita notaria Tatiana Martínez Salas, hace constar que ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora del Caribe C R Sociedad Anónima. Escritura pública otorgada en la ciudad de San José, a las ocho horas del veintinueve de mayo del dos mil nueve. Apoderados generalísimos sin límite de suma Alejandro Macías y Zeily Alvarado Rojas.—Lic. Tatiana Martínez Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 109093.—(45658).

Ante esta notaría a las diez horas del veinticinco de mayo del dos mil nueve, se constituye la sociedad de esta plaza denominada Grupo Popular Monta de Toros Súper Nova S.N. Sociedad Anónima, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Jesús Warner Díaz Díaz conocido como Walner Díaz Díaz.—Liberia, Guanacaste, veinticinco de mayo del dos mil nueve.—Lic. Doris Monestel Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 109092.—(45659).

Ante esta notaría a las diecisiete horas treinta minutos del catorce de mayo del dos mil nueve, se cambia la junta directiva de la sociedad de esta plaza denominada Sueños y Fantasías al Anochecer S.F.A. Sociedad Anónima, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Eric Paul Alexandre (nombre) Blau (apellido).—Liberia, Guanacaste, veinticinco de mayo del dos mil nueve.—Lic. Doris Monestel Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 109091.—(45660).

Por escritura otorgada en mi notaría el día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general de la compañía denominada Vía Dacia S. A., por renuncia de secretario y tesorero se hacen nuevos nombramientos. Presidente: Michael John Willams.—San José, a las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de marzo del dos mil nueve.—Lic. María del Rocío Murillo Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 109090.—(45661).

Por escritura otorgada en mi notaría el día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general de la compañía denominada Terra Galup de Cariari S. A. se revocan nombramientos y se hacen nuevos. Presidente: Michael John Williams.—San José, a las nueve horas del catorce de mayo del dos mil nueve.—Lic. María del Rocío Murillo Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 109089.—(45662).

Se constituyó la empresa denominada Poval S. A., ante esta notaría, mediante escritura número doscientos trece-siete de las 16:00 horas del veintiocho de mayo del dos mil nueve. Presidenta: Karen Porras Valenciano.—Lic. Oliver Alpízar Salas, Notario.—1 vez.—Nº 109088.—(45663).

Ante esta notaría a las 15:00 horas del 27 de mayo del 2009, mediante escritura número 488, se reforman la cláusula del domicilio del pacto constitutivo de la sociedad Importaciones Bedojim de Occidente Sociedad Anónima y se nombra presidente y tesorero.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Edwin R. Masís Quirós Notario.—1 vez.—Nº 109084.—(45664).

Ante esta notaria, a las 11:00 horas del 29 de mayo del 2009, mediante escritura número 490, se constituyó la sociedad (decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, emitido por el Registro de Personas Jurídicas) sociedad anónima; plazo social noventa y nueve años, capital social cien mil colones, representación judicial y extrajudicial a cargo del presidente.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Edwin R. Masís Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 109083.—(45665).

Mediante asamblea general extraordinaria de Estación de Servicio Santa Gertrudis S. R. L., celebrada en sus oficinas, a las 19:00 horas del día 01 de julio del 2008, renunciaron los dos gerentes y representantes legales de dicha sociedad: Ángel Marino Quesada Rodríguez y Doris María Porras Suárez. Así mismo se nombró a Henry Quesada Porras. Mediante escritura número: 55, visible al folio 25 vuelto, del tomo: 7, del notario Alfonso Bolaños Fernández, se protocolizó dicha acta. Firmo en la ciudad de Grecia, a las 10:00 horas del 28 de junio del 2009.—Lic. Alfonso Bolaños Fernández, Notario.—1 vez.—Nº 109082.—(45666).

Por escritura número cincuenta y tres otorgada ante la notaria Patricia Campos Villagra a las ocho horas del veintiséis de mayo del dos mil nueve. Los señores Douglas Humberto Marín Vargas y Carlos Eduardo Villalobos Sandoval, constituyen la sociedad Ecosustratos Agrícolas Internacionales Limitada, domiciliada Cartago, Dulce Nombre de Tres Ríos, cuatrocientos metros noreste del Centro de Capacitación de la Escuela Social Juan Veintitrés, con un capital social de diez mil colones totalmente suscrito y pagado. La representación judicial y extrajudicial le corresponderá al gerente general con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, Carlos Eduardo Villalobos Sandoval.—San José, veintiséis de mayo del dos mil nueve.—Lic. Patricia Campos Villagra, Notaria.—1 vez.—Nº 109080.—(45667).

Por escritura otorgada a las nueve horas del veintidós de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Refrigeración Juvarco Sociedad Anónima, representada por su presidente y secretaria.—Ciudad Quesada, 25 de mayo del 2009.—Lic. Jorge Arturo Hidalgo Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 109079.—(45668).

Por escritura otorgada a las diecinueve horas del veinte de marzo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada. Bon-Co-Zu Sociedad Anónima, representada por su presidente y secretario.—Ciudad Quesada, 25 de mayo del 2009.—Lic. Jorge Arturo Hidalgo Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 109078.—(45669).

Por medio de escritura otorgada en San José, a las 11:00 horas del 28 de mayo del 2009, ante los notarios públicos Alejandra Echeverría Alfaro y Carlos Alberto Echeverría Alfaro, se constituyó la sociedad Premier Specialties Limitada. Plazo: 99 años. Domicilio: San Pedro de Montes de Oca. Capital Social: ¢1.200.00. Gerente: Roger George Rich.—Lic. Alejandra Echeverría Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 109076.—(45670).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del día veintiséis de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Quinta Barva, Q.B.A. Sociedad Anónima. Plazo cien años, capital social diez mil colones.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—Nº 109075.—(45671).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del día veintiséis de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Finca Tori F.T.R.I. Sociedad Anónima. Plazo cien años, Capital social diez mil colones.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—Nº 109074.—(45672).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas treinta minutos del día veintiséis de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Casa SPI C.S.P.I. Sociedad Anónima. Plazo cien años, capital social diez mil colones.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—Nº 109073.—(45673).

Por escritura otorgada ante mí notaría el 21 de mayo de este año, se constituyeron las compañías Pejivalle Investments S. A. y Pejivalle Rivers Corp S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social cien mil colones.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Jorge Luis Fonseca Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 109072.—(45674).

Ante esta notaría se constituyó la empresa Tropical Garden M y M de Sarapiquí Sociedad Anónima, capital social diez mil colones, presidenta: Marta Iris Castro Gómez.—Río Frío, 27 de mayo del 2009.—Lic. Freddy Castillo Núñez, Notario.—1 vez.—Nº 109070.—(45675).

Por escritura otorgada ante mí, Doris Cecilia Vargas Vargas y Carlos Gamboa Mata, constituyen Gamboa y Vargas Sociedad Anónima pudiendo abreviarse Gamboa y Vargas S. A. Domicilio social: San Francisco de Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Juan Carlos Gamboa Barrantes.—Heredia, veintinueve de mayo del año dos mil nueve.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—Nº 109069.—(45676).

En mi notaría, se constituyó la empresa Representaciones Ugave Sociedad Anónima, capital social: 100.000 colones. Domicilio: Vázquez de Coronado. Presidenta: Xenia Ugalde Vega.—San José, 27 de mayo del 2009.—MBA. Alan Masís Angulo, Notario.—1 vez.—Nº 109068.—(45677).

Por escritura pública número ciento noventa y seis del tomo treinta y tres de mi protocolo celebrada ante mí, a las dieciséis horas del veintisiete de mayo del dos mil nueve, se reforma la cláusula sexta de la sociedad Centro Plástico Montebello Sociedad Anónima.—San José,  27 de mayo del 2009.—Lic. Abel Nicolás Chinchilla Mata, Notario.—1 vez.—Nº 109064.—(45678).

A efecto de publicación del edicto correspondiente, le informo que el día 19 de mayo del año 2009, comparecieron a esta notaría los señores Hugo Antonio Hernández Sánchez, cédula 1-330-066, Cynthia Hernández Calvo, cédula 1-787-504, para constituir la sociedad Herca Fam Sociedad Anónima. Dicha sociedad fue constituida a las 14:00 horas del día 19 de mayo del año 2009 por el notario Gerardo Quesada Monge, en escritura Nº 44-18 del tomo 18 de su protocolo.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—Nº 109062.—(45679).

Por escritura número ciento noventa y seis, otorgada ante mi notaría a las dieciocho horas del día trece de mayo del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima denominada: Quinkar Sociedad Anónima con un capital social de: cien mil colones. Plazo social: noventa y nueve años, domicilio social: Curime de Nicoya, Guanacaste, de la escuela cincuenta metros al norte.—Nicoya, 25 de mayo del 2009.—Lic. Kenia Pereira López, Notaria.—1 vez.—Nº 109061.—(45680).

Ante esta notaría al ser las doce horas del veintiocho de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Inversiones Jácamo Aguilar Sociedad Anónima. Mediante escritura número doscientos setenta y uno- seis del tomo sexto del protocolo del licenciado Luis Gerardo Brenes Solano, notario publico. Con un capital suscrito y pagado de diez mil colones. Presidenta: María Teodora Jacama Aguilar.—San José, veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1 vez.—Nº 109060.—(45681).

Ante esta notaría al ser las trece horas del veintiocho de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Inversiones y Representaciones Doña Teodora Sociedad Anónima. Mediante escritura número doscientos setenta y dos-seis del tomo sexto del protocolo del licenciado Luis Gerardo Brenes Solano, notario publico. Con un capital suscrito y pagado de diez mil colones. Presidenta: María Teodora Jacama Aguilar.—San José, veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1 vez.—Nº 109058.—(45682).

Ante esta notaría, el día de hoy se constituyó la sociedad denominada M & S Private Resort Sociedad Anónima. Es todo.—Puntarenas, ocho de mayo del dos mil nueve.—Lic. Mariano Núñez Quintana, Notario.—1 vez.—Nº 109056.—(45683).

A las once horas de hoy autoricé escritura por la que Bat-Integrated Business Services S. A. acordó cambiar su denominación por Bass Americas S. A.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Eduardo Alvarado Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 109053.—(45684).

He constituido la sociedad Farmacia Monge Sociedad Anónima con domicilio en el distrito Curridabat del cantón Curridabat de la provincia de San José, de Casa María Auxiliadora doscientos veinticinco metros sur, casa blanca a mano izquierda, con un capital de cien mil colones, con un plazo social de cincuenta años. Es todo.—Dado en Goicoechea, a las diez horas del catorce de mayo del dos mil nueve.—Lic. Carlos Manuel Villalobos Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 109052.—(45685).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad denominada Servicios Múltiples Roca Sociedad Anónima, capital un millón de colones sin céntimos, domicilio San José, plazo noventa y nueve años. Presidenta María de Rocío Carro Hernández.—San José, veintiocho de mayo de dos mil nueve.—Lic. Manuel Mairena Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 109051.—(45686).

El suscrito notario, hago constar que mediante escritura pública doscientos dieciocho ante mí, en connotariado con Oky Campos Rodríguez, en el protocolo de Campos Rodríguez misma otorgada a las 18:30 horas del veintisiete de mayo del 2009, Warner y Efrén Antonio ambos Vargas Delgado, han constituido la sociedad denominada Constructora We Palmares S. A. Capital social: cien mil colones; plazo social: noventa y nueve años. Domicilio: En la Cocaleca de Zaragoza de Palmares Alajuela, frente Jardín Guarias; presidente: El socio Warner Vargas Delgado, cédula 2-428-905.—Palmares, 27 de mayo del 2009.—Lic. Jorge Fabricio Fernández Mayorga, Notario.—1 vez.—Nº 109050.—(45687).

El día de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Yolima Limitada, cédula de persona jurídica Nº 3-102-079300 mediante la cual se nombraron se reforman estatutos en cuanto a domicilio, plazo, objeto y administración. Se ratifican nombramientos de gerentes por el todo el plazo social.—San José, 25 de mayo del 2009.—Lic. Luis Pal Hegedus, Notario.—1 vez.—Nº 109049.—(45688).

Que mediante escritura número ochenta y seis-siete, de las diez horas del veintisiete de mayo del año dos mil nueve, visible al folio cuarenta y ocho vuelto del tomo sétimo de la notaria pública Geanina Soto Chaves se constituyó la entidad jurídica El-Hamduli.Lah Sociedad Anónima. Plazo: Noventa y cinco años. Objeto: Comercio en general. Capital: Diez mil colones.—San José, veintinueve de marzo del año dos mil nueve.—Lic. Geanina Soto Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 109047.—(45689).

Por escritura otorgada ante esta notaría, los señores Robert Cambronero Bustos y Roberto Cambronero Campos constituyeron una sociedad anónima cuya denominación se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Capital social: diez mil colones. Representación: El presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio: San José, Hatillo Centro, de la Clínica Solón Núñez cincuenta metros sur, cien metros este, cincuenta metros sur y noventa metros este.—San José, veintiséis de mayo de dos mil nueve.—Lic. Marco Vinicio Escalante González, Notario.—1 vez.—Nº 109040.—(45690).

Por escritura autorizada en esta notaría a las 14:00 horas del 28 de mayo del año 2009, se aumentó el capital social de la sociedad Han-Shuo, S. A. Capital totalmente suscrito y pagado.—San José, 28 de marzo del 2009.—Lic. Marco Antonio Molina Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 109038.—(45691).

Por escritura otorgada en San José a las doce horas del veintiocho de mayo de dos mil nueve, se constituye la sociedad Servicios Marítimos de Costa Rica Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, con un capital social de diez mil colones. Presidente David Simón Corrales.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 109037.—(45692).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15 horas de hoy, se constituye la sociedad Apartamento Siete C Condominio Emperador. Capital social: 100.000.00 colones íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Carolina Herrero Madriz.—San José, 25 de mayo de 2009.—Lic. Ignacio Herrero Knöhr, Notario.—1 vez.—Nº 109035.—(45693).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Romezun S. A. Así consta en escritura otorgada en San Antonio de Belén, a las doce horas treinta minutos del veinte de mayo del dos mil nueve, ante la notaria Olga Morera Cháves.—San Antonio de Belén, 28 de mayo del 2009.—Lic. Olga Morera Cháves, Notaria.—1 vez.—Nº 109033.—(45694)

Por escritura de las 8:00 horas del 29 de mayo del 2009, otorgada ante esta notaría pública, se modifica la cláusula quinta del pacto social de Arte y Arquitectura Metropolitana S. A.—29 de mayo de 2009.—Lic. Griselda Araya Rivel, Notaria.—1 vez.—Nº 109028.—(45695).

Por escritura otorgada a las ocho horas del día cinco de mayo del dos mil nueve, ante esta notaría se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto social de la sociedad R Y A Mabelfa Sociedad Anónima.—San José, cinco de mayo del dos mil nueve.—Lic. Guillermo Sánchez Sava, Notario.—1 vez.—Nº 109026.—(45696).

Mediante escritura otorgada ante este notaría, a las ocho horas del veintisiete de mayo de 2009, se protocolizó el acta número uno de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad anónima denominada Inmobiliaria Marialia Sociedad Anónima, en la cual se modificaron las siguientes cláusulas: primera de la denominación social. Segunda del domicilio. Tercera de la administración. De igual forma, se hicieron nombramientos de junta directiva.—San José, 28 de mayo de 2009.—Lic. Diego Soto Solera, Notario.—1 vez.—Nº 109025.—(45697).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 12:00 horas del 11 de diciembre del 2008, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Distribuidora Irazú S. A., en la que se modifica cláusula del domicilio y se otorga poder generalísimo.—San José, 18 de mayo del 2009.—Lic. Ligia González Marten, Notaria.—1 vez.—Nº 109024.—(45698).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 11:00 horas del día veintisiete de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada DI. JE. VI. Internacional S. A. Capital social 100.000 colones. Domicilio: Desamparados.—San José, veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Ligia González Marten, Notaria.—1 vez.—Nº 109023.—(45699).

Hoy he protocolizado el acta número tres de Oasis Internacional S. A., en la cual se reforma la cláusula sétima de los estatutos.—San José, ocho de mayo del dos mil nueve.—Lic. Carlos Augusto Arias Cháves, Notario.—1 vez.—Nº 109021.—(45700).

Mediante escritura 95-8, de las 8:30 horas del 27 de abril protocolicé reforma de estatutos de Riachuelo Natural de la Montaña S.A.—Huacas, 27 abril del 2009.—Lic. Ricardo Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—Nº 109020.—(45701).

Mediante escritura 92-8 de las 8:00 horas del 27 de abril del 2009, protocolicé la reforma de estatutos de Playa Grande Wave S. R. L.—Huacas, 27 de abril del 2009.—Lic. Ricardo Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—Nº 109109.—(45702).

Mediante escritura 93-8 de las 8:10 horas del 27 de abril del 2009, protocolicé la reforma de estatutos de Ranas Verdes del Sur Sociedad Anónima.—Huacas, 27 de abril del 2009.—Lic. Ricardo Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—Nº 109018.—(45703).

Mediante escritura 94-8, de las 08:20 horas del 27 de abril protocolicé reforma de estatutos de Riders on the Storm Investments S.A.—Huacas, 27 abril del 2009.—Lic. Ricardo Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—Nº 109017.—(45704).

En escritura otorgada ante mí, hoy a las diez horas, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Euro Loft Dieciséis Superior, Sociedad Anónima, en la que se modificó su domicilio social, su objeto social, su capital social, su cláusula de administración y la de la vigilancia y se nombra nueva junta directiva y fiscal y el agente residente varía la dirección de su oficina.—San José, veintidós de abril del dos mil nueve.—Lic. Juan Carlos Céspedes Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 109014.—(45705).

Por protocolización de la 13:00 horas del 28 de mayo del 2009, se reformaron cláusula del pacto constitutivo de HR Link Services S. A., la segunda del domicilio y la octava de la administración, así como nombramiento de junta directiva y fiscal.—San osé, 29 de mayo del 2009.—Lic. María Virginia Méndez Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 109009.—(45706).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las doce horas del día veinte de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza la Butifice Sociedad Anónima. Presidente el señor Carlos Steve Aguilar Montero quien ostenta las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones, representado por diez acciones de mil colones cada una. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Ana Lucía Paniagua Campos, Notaria.—1 vez.—Nº 109007.—(45707).

Que mediante escritura de las diecisiete horas del veintiocho de mayo del dos mil nueve, se constituyó Ganadera Aida María S. A. Capital social doce mil colones.—Lic. Roxana Jara Tenorio, Notaria.—1 vez.—Nº 109003.—(45708).

Por escritura otorgada a las diez horas del día dos de marzo del dos mil nueve, ante esta notaría se reforma la totalidad del pacto social de la sociedad Nosara Dreams Sociedad Anónima.—San José, tres de marzo del dos mil nueve.—Lic. Ana Karine Niño Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 109002.—(45709).

Mediante escritura número 55-4 de la Notaria Reyna Liz Mairena Castillo, se constituyó la sociedad Cosméticos Especializados Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 25 de mayo del 2009.—Lic. Reyna Liz Mairena Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 109001.—(45710).

Por escritura otorgada a las quince horas del veintiocho de mayo del dos mil nueve, ante mi notaría, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria extraordinaria de accionistas de la sociedad Softpro P.D.S. Sociedad Anónima, en la que se nombra junta directiva, reforma la cláusula segunda y sétima del pacto constitutivo.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Martín Hernández Treviño, Notario.—1 vez.—Nº 109000.—(45711).

A las 14:00 horas del 26 de mayo de 2009, protocolicé actas de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de las sociedades Crystal Sands of the Pacific Limitada y Sands Development Group Limitada, celebradas en el distrito tercero, San Rafael, cantón segundo, Escazú, de la provincia de San José, Centro Corporativo Plaza Roble, Edificio El Patio, tercer piso, oficina número uno, a las diez horas del catorce de mayo del año dos mil nueve, y la segunda en el domicilio social de la compañía San José, San Pedro de Montes de Oca, trescientos metros al norte del Mall San Pedro, Edificio Lachner tercer piso, a las ocho horas del día catorce de mayo del año dos mil nueve, respectivamente, mediante las cuales se acuerda la fusión por absorción de ambas sociedades, siendo la sociedad prevaleciente Crystal Sands of the Pacific Limitada. La sociedad Crystal Sands of the Pacific Limitada reforma la cláusula quinta del capital y revoca poder generalísimo limitado a la suma de cincuenta mil dólares.—San José, 27 de mayo de 2009.—Lic. Fabiola Soler Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 108995.—(45712).

En mi notaría, mediante escritura número ciento sesenta y cinco, otorgada a las 8:00 horas del 26 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad Compañía Administradora de Servicios de Salud Golden Cross. Domicilio San José. Plazo 100 años. Capital doce mil colones. Presidente Felipe León Murillo.—San José, 26 de mayo del 2009.—Lic. Adolfo Espinoza Aguirre, Notario.—1 vez.—Nº 108994.—(45713).

Ante mí se constituyó Hellcar H.C. Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado, plazo: 99 años.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. José Ramón Sibaja Montero, Notario.—1 vez.—Nº 108985.—(45714).

Mediante escritura otorgada en esta notaría se constituyó la compañía STS Sistemas Técnicos de Seguridad de Costa Rica Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones.—Alajuela, 29 de mayo del 2009.—Lic. Isidro Rodríguez Gómez, Notario.—1 vez.—(45796).

Por escritura otorgada ante mí a las doce horas del veintinueve de mayo del dos mil nueve, protocolicé acta de Risos de Oro Sociedad Anónima, de las ocho horas del veintinueve de mayo del dos mil nueve, mediante las cuales se reformaron las cláusulas primera y cuarta.—Lic. Flory Gabriela Arrieta Hernández, Notaria.—1 vez.—(45800).

La suscrita notaria hace constar que hoy he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Super Hot Race S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos ochenta y tres mil setecientos ochenta y cinco, mediante la cual se modifica las cláusulas segunda y quinta del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 11 de mayo del 2009.—Lic. Annette Tapia Zumbado, Notaria.—1 vez.—(45827).

La suscrita notaria hace constar que hoy he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Tevere en Condocristal Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-doscientos veintisiete mil trescientos noventa y cuatro, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo y se nombra gerente.—San José, 17 de diciembre del 2008.—Lic. Annette Tapia Zumbado, Notaria.—1 vez.—(45828).

Por escritura otorgada el 28 de mayo del 2009 a las 08:00 horas, se constituyeron las siguientes sociedades anónimas denominadas Parque Aguamarina Seiscientos Tres A Sociedad Anónima, Parque Ónix Setecientos Siete A Sociedad Anónima. Plazo Social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial: presidente, secretario y tesorero, actuando individualmente con facultades de apoderados generalísimos limitados a la suma de doscientos mil dólares moneda de curso legal de los Estados Unidos de América.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—(45830).

Por escritura otorgada en mi notaría, en Alajuela a las ocho horas diez minutos del veintiocho de mayo del año dos mil nueve, se protocolizó acta número dos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Multiservicios Técnicos Apús S. A., cambiándose la denominación social a Aislamientos Térmicos de Centroamérica S. A., pudiendo abreviarse en ATECSA y cambiándose el domicilio social a Alajuela, El Coyol, cincuenta metros al este de Rancho Maba.—Lic. Enrique Montero Gamboa, Notario.—1 vez.—(45831).

Por escritura otorgada el 28 de mayo del 2009 a las 10:00 horas, se constituyó la sociedad limitada denominada Distribuidora Ráscala Limitada. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial: dos gerentes, actuando separadamente.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notario.—1 vez.—(45832).

Por escritura pública otorgada el día de hoy ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Immerlux S. A., con domicilio social en San José, capital social diez mil colones, plazo 99 años. Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 01 de junio del 2009.—Lic. Marcela Abellán Rosado, Notaria.—1 vez.—(45833).

Por escritura pública otorgada el día de hoy ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Luxbaum S. A., con domicilio social en San José, capital social diez mil colones, plazo: 99 años. Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 01 de junio del 2009.—Lic. Marcela Abellán Rosado, Notaria.—1 vez.—(45835).

En mi notaría a las 09:20 horas del 29 de mayo del año 2009, se constituyó la sociedad Asottac S. A. Presidente: Sergio Zamora Saborío. Se solicita la publicación de este edicto para lo que en derecho corresponda.—Alajuela, 29 de mayo del 2009.—Lic. Henry Núñez Arias, Notario.—1 vez.—(45839).

A las 15:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Productora La Corona de Pital, S. A., en virtud de la cual se reforma el pacto social constitutivo.—San José, 27 de mayo del 2009.—Lic. Luis Alberto Arias Naranjo, Notario.—1 vez.—(45861).

Por escritura otorgada a las 12:00 horas del 17 de abril del 2009, se constituyó la sociedad Wendy Little S. A., plazo 99 años. Y por escritura otorgada a las 10 horas del 22 de mayo, se constituyó la sociedad Total Mantenimiento S. A., plazo 99 años.—Lic. Ana Lucía Mora Badilla, Notaria.—1 vez.—(45891).

Mediante escritura número veintitrés, otorgada en Alajuela a las once horas del día primero de junio del año dos mil nueve, visible a folio veintiocho frente del tomo tres de mi protocolo, los señores Rafael Hernández Morales y Lilliam Jarquín Morales, constituyeron Secuservi Sociedad Anónima.—Alajuela, 01 de junio del 2009.—Lic. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria.—1 vez.—(45901).

Mediante escritura número veintidós, otorgada en Alajuela a las diez horas del día primero de junio del año dos mil nueve, visible a folio veintiséis frente del tomo tres de mi protocolo, los señores Alberto Veronesi y Davide Aufieri, constituyeron la sociedad anónima donde se faculta al Registro Público para que de acuerdo al Decreto Ejecutivo Nº 33171-J del catorce de junio del dos mil seis, se le asigne como razón social el mismo número de cédula jurídica.—Alajuela, 01 de junio del 2009.—Lic. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria.—1 vez.—(45902).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas del veintiocho de mayo del año dos mil nueve, se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo de la sociedad de esta plaza denominada tres-ciento dos-quinientos quince mil novecientos treinta y siete, sociedad de responsabilidad limitada.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Sylvia Montero Gamboa, Notaria.—1 vez.—(45903).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 12:30 horas del 16 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad Inversiones L y W del Valle Sociedad Anónima, domiciliada en Escazú. Presidente: Willy Minor Azofeifa Angulo. Capital social suscrito y pagado ¢10.000,00. Plazo 99 años.—San José, 22 de mayo del 2009.—Lic. Elizabeth Venegas Fernández, Notaria.—1 vez.—(45904).

Yo, Alejandro Sanabria Romero, Notario con oficina en San José, al tomo catorce de mi protocolo, escritura número sesenta y dos, protocolicé asamblea extraordinaria de socios de BT Infonet Central America S. A., modificándose el domicilio social. Es todo.—San José, 26 de mayo del 2009.—Lic. Alejandro Sanabria Romero, Notario.—1 vez.—(45905).

Yo, Alejandro Sanabria Romero, Notario con oficina en San José, al tomo catorce de mi protocolo, escritura número sesenta y cuatro, protocolicé asamblea extraordinaria de socios de Grupo Tecapro Soluciones Informáticas S. A., modificándose el domicilio social. Es todo.—San José, 26 de mayo del 2009.—Lic. Alejandro Sanabria Romero, Notario.—1 vez.—(45906).

Ante mí Viviana Marcela Sandí Segura se otorga escritura número ochenta y cinco, al ser las nueve horas del día veintinueve de mayo del dos mil nueve, en donde se constituyen diez sociedades anónimas. Plazo social: 99 años. Capital: 100.000,00 colones y la representación judicial y extrajudicial le corresponden al presidente de la compañía. Es todo.—San José, al ser las 10 horas del 29 de mayo del 2009.—Lic. Viviana Marcela Sandí Segura, Notaria.—1 vez.—(45920).

En mí notaría, a las diez horas del veintinueve de mayo del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea de Beatiful Days in Guanacaste S. A., por medio de la cual se modificó junta directiva y fiscal y la cláusula novena.—Lic. Edgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1 vez.—(45922).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 09 horas del día 01 de junio del 2009 se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada denominada Feñjova Sociedad de Responsabilidad Limitada, domiciliada en San Josecito de San Isidro de Heredia, 270 metros norte de la iglesia. Capital social 10.000 colones.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—(45923).

Que en la asamblea extraordinaria de la compañía Pelican Twenty Two S. A., celebrada a las 09:00 horas del día 27 de mayo del 2009, en su domicilio social, se acordó modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo y hacer nuevos nombramientos de la junta directiva, fiscal y agente residente.—Tamarindo, 28 de mayo del 2009.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—(45934).

Mediante escritura pública número ciento trece, otorgada a las once horas del primero de junio del dos mil nueve, la suscrita notaria, protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Almacenes Siman Sociedad Anónima, anteriormente denominada tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y nueve mil quinientos veintiséis sociedad anónima, en la cual se reformó la cláusula sexta.—San José, 01 de junio del 2009.—Lic. Sylvia Montero Gamboa, Notaria.—1 vez.—(45936).

En asamblea general extraordinaria de socios celebrada en su domicilio social modificó la cláusula quinta de la administración, en donde se le quita la representación judicial y extrajudicial al secretario y se le deja solamente al presidente, asimismo se nombra como nuevo presidenta a Ana María Lisarralde González, mediante escritura número ochenta y ocho, al ser las trece horas del veintinueve de mayo del dos mil nueve, ante la notaria Ailyn Blanco Coto. Es todo.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Ailyn Blanco Coto, Notaria.—1 vez.—(45939).

Ante la suscrita Notaria se protocolizó mediante escritura número treinta y tres un acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Materiales Compuestos de Metal MCM S. A., en la cual se reformaron los siguientes estatutos: nombramiento de nuevo presidente y cambio de domicilio.—San José, 01 de junio del 2009.—Lic. Guita Wonsover Miranda, Notaria.—1 vez.—(45940).

Por escritura otorgada en esta notaría a las trece horas del veintinueve de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Electro Calderón S. A. Capital social totalmente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: Sergio Calderón Guerrero.—Lic. Maryael Obregón Báez, Notaria.—1 vez.—(45941).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del día 01 de junio del 2009, se constituyó la sociedad denominada International Trading and Consulting Centroamerica Sociedad Anónima. Domicilio San José, Rohrmoser, del restaurante Isla Verde, 525 metros al norte.—San José, 02 de junio del 2009.—Lic. Karolina Soto Carballo, Notaria.—1 vez.—(45945).

Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria Pública de Alajuela, a las 17 horas del 01 de junio del 2009, se constituyó sociedad anónima de conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis, domicilio Alajuela, capital social diez mil colones, apoderados generalísimos sin límite de suma el presidente y secretario actuando conjunta o separadamente, plazo noventa y nueve años.—Alajuela, 01 de junio del 2009.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(45946).

Mediante escritura número cuarenta otorgada ante la Notaria Pública Nuria Rodríguez Vásquez, a las doce horas treinta minutos del día veintiocho de mayo del dos mil nueve, se protocoliza el acta número cinco del libro de actas de la sociedad Interacel de Costa Rica S. A., de esta plaza, con cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cincuenta y ocho mil cero cero cinco, en donde se nombra nueva junta directiva y fiscal de la sociedad dicha, y se modifica su cláusula segunda con respecto al domicilio.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Nuria Rodríguez Vásquez, Notaria.—1 vez.—(45949).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las nueve horas del primero de junio del dos mil nueve, protocolicé la asamblea general extraordinaria de accionistas de Corporación Fos de San José Sociedad Anónima, mediante la cual se otorga poder generalísimo.—San José, 02 de junio del 2009.—Lic. Kattia Quesada Céspedes, Notaria.—1 vez.—(45950).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las ocho horas del primero de junio del dos mil nueve, protocolicé la asamblea general extraordinaria de accionistas de Representaciones Cogs Sociedad Anónima, mediante la cual se otorga poder generalísimo.—San José, 02 de junio del 2009.—Lic. Kattia Quesada Céspedes, Notaria.—1 vez.—(45951).

Por escritura número 70-47, otorgada en esta notaría a las 11:00 horas del 26 de mayo del 2009, se constituye la sociedad denominada Agrícola Fuentes B de Bebedero Sociedad Anónima, con domicilio en Bebedero de Cañas, Guanacaste, del Bar La Pista 75 metros al sur. Presidente: Adán Fuentes Álvarez, cédula 5-125-087. Agente residente: Lic. Juan Carlos Sing Ávila. Capital social: ¢10.000,00.—Lic. Juan Carlos Sing Ávila, Notario.—1 vez.—Nº 109245.—(45959).

Hoy ante mi notaría, Erick Arias Rivera, Vivian Andrea Reyes Vindas y Glenda Peraza Madrigal, constituyen Gea Producciones Sociedad Anónima. Presidente: Erick Arias Rivera.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Juan Carlos Rojas Sandí, Notario.—1 vez.—Nº 109246.—(45960).

Por escritura pública número ochenta y tres protocolo diez que es protocolización de acuerdo de junta administrativa de la Fundación Tecnológica de Costa Rica, FUNDATEC, domiciliada en Cartago, Cartago, un kilómetro al sur de la Basílica de Los Ángeles, Campus del Instituto Tecnológico de Costa Rica, ITCR, contiguo al edificio de la Escuela de Química, cédula jurídica número tres-cero cero seis-cero ochenta y siete mil trescientos quince. Por estar vencido el plazo de nombramiento de los anteriores representantes del Instituto Tecnológico de Costa Rica, ITCR, ante dicha junta administrativa, y habiendo la Rectoría del ITCR, órgano competente para la designación de nuevos miembros, mediante oficio R-trescientos veinte-dos mil nueve de fecha cuatro de mayo del dos mil nueve, procedido a la designación respectiva, se integra a los señores Dagoberto Arias Aguilar, cédula número uno-seiscientos noventa y tres-cuatrocientos catorce, Hugo Navarro Serrano, cédula de identidad tres-doscientos sesenta y nueve-ochocientos catorce, Alexander Valerín Castro, cédula de identidad número cinco-doscientos ochenta y siete-ciento treinta y cuatro, como miembros directores de esa junta, representantes del Instituto Tecnológico de Costa Rica, por el período que va del veinticinco de mayo del dos mil nueve y hasta el día veinticuatro de mayo del dos mil doce, quienes por su orden, entran a ocupar los cargos de secretario, presidente y vicepresidente; el presidente es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado general sin límite de suma de acuerdo con el artículo mil doscientos cincuenta y cinco del Código Civil.—Veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Carlos José Vargas Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 109247.—(45961).

Por escritura autorizada en esta notaría, a las 18:00 horas del 26 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad Los Hijos de Aringo Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado de diez mil colones. Domicilio: Barrio Don Bosco, San José. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, 01 de junio del 2009.—Lic. Liliana Adela Jiménez Coto, Notaria.—1 vez.—Nº 109248.—(45962).

Por escritura pública de las trece horas del veintisiete de mayo del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Dipter Enterprises S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos veintiséis mil treinta y cinco, mediante la cual se reforma el domicilio, la administración y representación y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—San José 26 de mayo del 2009.—Lic. Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—Nº 109249.—(45963).

Por escritura número trescientos veintinueve de las once horas del veintinueve de mayo del dos mil nueve, de mi protocolo se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Oso Perezoso S. A., con cédula jurídica tres-ciento uno-ciento un mil cuatrocientos ochenta y uno, en la que se acuerda modificar la cláusula segunda domicilio social, y sexta nombrando nuevo presidente, secretario y tesorero.—Alajuela, al ser las trece horas del día veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Pablo Valerio Soto, Notario.—1 vez.—Nº 109250.—(45964).

Ante esta notaría se ha solicitado la inscripción de la sociedad De Todo Punto CR Sociedad Anónima, capital social diez mil colones.—San José, 18 de mayo del 2009.—Lic. Ingrid Tatiana  Valerín Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 109251.—(45965).

Mariano Andrés Torres y Gonzalo González Montoya, constituyen Towertel Costa Rica Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las diez horas del veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. José Manuel Ortiz Durman, Notario.—1 vez.—Nº 109252.—(45966).

La sociedad de esta plaza Arquitectura Virtual Sociedad Anónima, reforman la cláusula segunda y nombra nuevo secretario. Escritura otorgada en San José a las catorce horas del veintinueve de mayo del año dos mil nueve, ante el Notario Humberto Jarquín Anchía.—Lic. Humberto Jarquín Anchía, Notario.—1 vez.—Nº 109253.—(45967).

Ante esta notaría se constituyó Artvitro CR Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar con las dos últimas palabras S. A. Escritura otorgada en San José, San Isidro de Coronado, al ser once horas del día treinta de mayo del dos mil nueve. Domicilio social en San José, Vásquez de Coronado, San Pedro, contiguo a la escuela pública de San Pedro, casa color amarillo. Es todo.—San José, doce horas diez minutos del treinta de mayo del dos mil nueve.—Lic. Ana María Masís Bolaños, Notaria.—1 vez.—Nº 109258.—(45968).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 18 horas del 28 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad Hacienda Cedro Macho S. A.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Eleazar Duarte Briones, Notario.—1 vez.—Nº 109259.—(45969).

Por escritura pública número doce otorgada ante esta notaría a la nueve horas del día veintinueve de mayo del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Bienes Marbre Sociedad Anónima, presidenta Gabriela Montero Marin.—Lic. Carlos Luis Rojas Céspedes, Notario.—1 vez.—Nº 109260.—(45970).

Por escritura pública número once otorgada ante esta notaría a la ocho horas del día veintinueve de mayo del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Calymar Sociedad Anónima, presidenta Adriana Marín Brenes.—Lic. Carlos Luis Rojas Céspedes, Notario.—1 vez.—Nº 109261.—(45971).

Por escritura otorgada ante mí, Carlos Alberto Monge Morales, a las dieciséis horas del cuatro de mayo del dos mil nueve, se acuerda reformar la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad denominada Agropecuaria Corozalito Limitada, correspondiente al domicilio.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Carlos Alberto Monge Morales, Notario.—1 vez.—Nº 109263.—(45972).

Por escritura otorgada en Grecia a las 08:00 horas del 28 de abril del 2009, se constituyó la sociedad Compañía Constructora Lucho Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Capital social: diez mil colones. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Grecia, 29 de mayo del 2009.—Lic. Adrián Alfaro Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 109264.—(45973).

Ante esta notaría a las doce horas del día veintitrés de febrero del dos mil nueve, se protocoliza acta de la sociedad Inversiones Núñez y Cabezas S. A., mediante la cual se reforma la cláusula del objeto.—Upala 30 de mayo del 2009.—Lic. Carlos Luis Ramírez Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 109265.—(45974).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 del 29 de mayo del 2009, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de Corporación Financiera Sociedad Anónima, modificándose el domicilio, nombre, administración y nombramiento de junta directiva y nuevo agente residente. Es todo.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Gerardo Enrique Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 109268.—(45975).

Por escritura de las 12:00 horas de hoy, protocolicé acta de la compañía Land Network Sociedad Anónima, por la cual se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo, y se nombra junta directiva y fiscal.—Montes de Oca, 30 de mayo del 2009.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—Nº 109269.—(45976).

Ante esta notaría se constituyó Proades S. A. Objeto: consultoría, también comercio, industria y otros. Socios Alexandre Jean-Luc y Cedric Christophe Vidal. Presidente el primero. Domicilio: San Josecito de Alajuelita. Capital social: ciento veinte mil colones. Plazo social: 99 años.—Alajuelita, 05 de mayo del 2009.—Lic. Fernando Calderón Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 109272.—(45977).

Por escritura otorgada ante esta notaría Dennis Mora Ortega y Edgar Rodolfo Mata Morúa, constituyen la sociedad denominada RRZR Inmobiliaria Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de mayo dos mil nueve.—Lic. José Fabio Ramírez Carranza, Notario.—1 vez.—Nº 109273.—(45978).

Ante esta notaría se protocoliza acta de asamblea general de socios de Un Diamante y Tres Esmeraldas Sociedad Anónima, nombramiento de junta directiva, cambio de domicilio social, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Tamarindo, veinticinco de mayo del dos mil nueve.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 109274.—(45979).

Por escritura otorgada ante esta notaría en la ciudad de San José, a las quince horas treinta minutos del veintiocho de mayo de dos mil nueve, se protocolizó en lo literal el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Condo Civicus Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos setenta y seis mil doscientos cuarenta y nueve, mediante la cual se modificó la cláusula segunda de los estatutos de la sociedad relativa al domicilio social de la compañía.—San José, veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Fernando Salazar Portilla, Notario.—1 vez.—Nº 109278.—(45980).

Por escritura otorgada ante esta notaría en la ciudad de San José, a las catorce horas del veintiocho de mayo del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza LGAI Centro América y el Caribe Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-tres tres cinco nueve nueve nueve, en la cual se modificó la cláusula primera de los estatutos relativa a la razón social de la compañía, se modificó la cláusula segunda de los estatutos relativa al domicilio social, se nombra nuevo presidente y tesorero de la junta directiva y se revoca poder general.—San José, veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Fernando Salazar Portilla, Notario.—1 vez.—Nº 109279.—(45981).

Por escritura pública número ciento cuarenta y uno, otorgada en Grecia, se constituyó la sociedad denominada Rodríguez Vargas Hermanos Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Grecia, a las 19:00 horas del día 15 de abril del año 2009. Presidenta: María de los Ángeles Rodríguez Vargas.—Lic. José Guillermo Bolaños Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 109280.—(45982).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se constituyó la compañía que se denominará Picado Esquivel Limitada, con un capital social de diez mil colones. Corresponde al gerente la representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintidós de mayo del dos mil nueve.—Lic. Aldomar Ulate Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 109281.—(45983).

Por escritura número 57 del tomo 44 de mi protocolo otorgada a las 12:00 del 28 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad anónima denominada Marca Colectiva Zarcero S. A. Plazo social de 99 años. Capital social de ciento veinte mil colones. Domicilio: Alajuela, Alfaro Ruiz, Zarcero, diagonal a la iglesia católica de Santa Rosa. Presidente: Luis Alejandro Rodríguez González.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Carlos Enrique Corrales Solano, Notario.—1 vez.—Nº 109282.—(45984).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del veintisiete de mayo del año dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad Tres-Ciento Dos-Quinientos Setenta Mil Ciento Cincuenta y Uno Limitada, reformando su cláusula primera y nombrando nuevo gerente. Es todo.—Jacó, 27 de mayo del 2009.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 109283.—(45985).

Por escritura otorgada ante mi notaría en esta ciudad, a las catorce horas del diecinueve de enero del año dos mil nueve, Erick Alfaro Zúñiga y Zeanny Alfaro Zúñiga, constituyen Auto Pinturas del Sur Sociedad Anónima. Domicilio: Ciudad Neily, Corredores. Capital social: diez mil colones, íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años, a partir de esta fecha. Presidente: Erick Alfaro Zúñiga.—Ciudad Neily, a las 14 horas del 19 de enero del 2009.—Lic. Mainrald Hernández García, Notario.—1 vez.—Nº 109287.—(45986).

Se constituye la firma de esta plaza denominada Fundación Melissa Vargas Para El Arte, su fundador es Bellas Artes Meli S. A., cuya presidenta es Patricia María Uribe, portadora de la cédula número uno-siete uno dos-cuatro cinco cero.—San José, primero de junio del dos mil nueve.—Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 109288.—(45987).

Ante la suscrita notaría se constituyó la sociedad denominada DAIICHI Sociedad Anónima, otorgada a las diez horas del veintinueve de mayo del año dos mil mueve. Presidente. Pai Hsueh Lin. Capital social: diez mil colones. Domiciliada en Sabana Oeste de la Princesa Marina, cien metros al oeste y veinticinco metros al norte, casa a mano derecha dos plantas color café. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Yensi Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 109291.—(45988).

Marta Murillo Chávez y Milagro Jiménez Murillo, constituyen Online de Compras.Com Sociedad Anónima. Presidenta: Marta Murillo Chávez. Escritura otorgada en San José, a las diecisiete horas diez minutos del día veintidós de mayo del dos mil nueve.—San José, 25 de mayo del 2009.—Lic. Diana Araya Steinvorth, Notaria.—1 vez.—Nº 109295.—(45989).

Ante la Notaria Hellen Cordero Mora, se protocoliza acta número uno de asamblea general extraordinaria de fundadores de la Fundación Latinoamericana para el Desarrollo de la Comunidad Rural, el día veintinueve de mayo del dos mil nueve, en la cual se modifican las cláusulas primera y segunda del pacto constitutivo, referidas al nombre y al domicilio, y se asignan los cargos para la junta administrativa décima.—Heredia, 29 de mayo del 2009.—Lic. Hellen Cordero Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 109298.—(45990).

Luis Alberto Colmines y Pablo Hannibal Navarro Muñoz, constituyen Catalogue With Class Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Heredia, a las diez horas del día diecinueve de mayo del año dos mil nueve.—Heredia, 19 de mayo del 2009.—Lic. Rubén Rojas Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 109300.—(45991).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy protocolicé acta de asamblea general de accionistas de Lopemac Sociedad Anónima, mediante la cual se nombró como nueva presidenta a Cecilia López Mc Adam, cédula seis-cero cincuenta y seis-cero ochenta y seis.—San José, a las quince horas del treinta y uno de mayo del dos mil nueve.—Lic. Fanny Peña Sandí, Notaria.—1 vez.—Nº 109301.—(45992).

En mi notaría, mediante escritura otorgada a las 18:00 horas del 28 de mayo del año 2009, se constituyó la sociedad Sapaz Mabine S. A. Plazo noventa y nueve años. Objeto desarrollo de actividades agropecuarias e industriales y de servicios en general. Presidente: Albecht Blaser.—San Ramón, Alajuela, 28 de mayo del 2009.—Lic. Carolina Muñoz Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 109305.—(45993).

Por escritura número ochenta y nueve-noventa y ocho, otorgada ante mi notaría, se protocolizó el acta número dieciséis de la sociedad Infed S. A., en donde se modificó el pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva.—San José, 01 de junio del 2009.—Lic. José Aquiles Mata Porras, Notario.—1 vez.—Nº 109306.—(45994).

Por escritura número noventa-noventa y ocho, otorgada ante mi notaría, se protocolizó el acta número cuatro de la sociedad Leclos S. A., en donde se modificó el pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva.—San José, 01 de junio del 2009.—Lic. José Aquiles Mata Porras, Notario.—1 vez.—Nº 109307.—(45995).

Por escritura número noventa y uno-noventa y ocho, otorgada ante mi  notaría,  se  protocolizó el acta número dos de la sociedad Ultramar S. A., en donde se modificó el pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva.—San José, 01 de junio del 2009.—Lic. José Aquiles Mata Porras, Notario.—1 vez.—Nº 109308.—(45996).

Por escritura número noventa y dos-noventa y ocho, otorgada ante mi notaría, se protocolizó el acta número seis de la sociedad Inversiones Adipari S. A., en donde se modificó el pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva.—San José, 01 de junio del 2009.—Lic. José Aquiles Mata Porras, Notario.—1 vez.—Nº 109309.—(45997).

Por escritura otorgada a las ocho horas del primero de junio del año dos mil nueve, se constituye la empresa de esta plaza Rayma Hermanos Agüero Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Rayma Hermanos Agüero S. A. Capital social: cien mil colones exactos. Representación: presidente y secretaria. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, a las diez horas del 01 de junio del 2009.—Lic. José Luis Ureña Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 109310.—(45998).

Por escritura número noventa y tres-noventa y ocho, otorgada ante mi  notaría,  se  protocolizó  el  acta número dos de la sociedad Fedeauto S. A., en donde se modificó el pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva.—San José, 01 de junio del 2009.—Lic. José Aquiles Mata Porras, Notario.—1 vez.—Nº 109311.—(45999).

Por escritura número noventa y cinco-noventa y ocho, otorgada ante mi notaría, se protocolizó el acta número diez de la sociedad Ingrid María S. A., en donde se modificó el pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva.—San José, 01 de junio del 2009.—Lic. José Aquiles Mata Porras, Notario.—1 vez.—Nº 109312.—(46000).

Por escritura número noventa y cuatro-noventa y ocho, otorgada ante mi notaría, se protocolizó el acta número doce de la sociedad Ixtliton S. A., en donde se modificó el pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva.—San José, 01 de junio del 2009.—Lic. José Aquiles Mata Porras, Notario.—1 vez.—Nº 109313.—(46001).

Por escritura número ciento sesenta y tres-nueve, otorgada ante mi notaría, se protocolizó el acta número dos de la sociedad SGJM Ventures S. A., en donde se modificó el pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva.—San José, 01 de junio del 2009.—Lic. Aurea Morales Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 109314.—(46002).

Por escritura número ciento sesenta y dos-nueve, otorgada ante mi notaría, se protocolizó el acta número uno de la sociedad Inversiones Río Mosela S. A., en donde se modificó el pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva.—San José, 01 de junio del 2009.—Lic. Aurea Morales Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 109315.—(46003).

Por escritura otorgada ante mí, a las 14:00 horas del día de hoy, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Cable T.V. Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusula segunda, quinta y sexta del pacto social, se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Escazú, 29 de mayo del 2009.—Lic. Carmen Fernández Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 109322.—(46004).

Por escritura otorgada ante mí, a las 14:00 horas del día de hoy, se constituyó la compañía denominada Clubes Globales Sociedad Anónima, por 100 años, capital social suscrito y pagado.—San José, 01 de junio del 2009.—Lic. Carmen Fernández Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 109323.—(46005).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las veinte horas veinte minutos del día veintisiete de mayo del año dos mil nueve, la sociedad Los Altos de Subres Sociedad Anónima, reforma la cláusula número siete y revoca poder generalísimo.—San Marcos de Tarrazú, veintisiete de mayo del año dos mil nueve.—Lic. Hugo Alberto Corella Agüero, Notario.—1 vez.—Nº 109324.—(46006).

Por escritura Nº 235 de las 8:20 horas del 23 de mayo del 2009, Mario Alberto Bellavista Herrera y Giorgia Nella León Flores, constituyeron sociedad denominada Bellacuatre Sociedad Anónima, capital social ¢480.000,00. Plazo social: 99 años. Presidente: Mario Alberto Bellavista Herrera.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 109480.—(46421).

Ante mí, Ana Yancy Solórzano Solís Notaria Pública, se constituyó sociedad anónima por Guiselle Camacho Montes y Lía Montes Cordero. Su domicilio estará en La Unión de Tres Ríos, Cartago, Residencial Rioja, casa setenta y cuatro, con un plazo social de noventa y nueve años a partir del veintiuno de mayo del dos mil nueve, conformado por un capital social de diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente Guiselle Camacho Montes.—Cartago, a las trece horas del veintiuno de mayo del dos mil nueve.—Lic. Ana Yancy Solórzano Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 109481.—(46422).

Por escritura Nº 234 de las 8:00 horas del 23 de mayo del 2009, Óscar Bellavista Garrote y Mercedes Herrera Muñoz, constituyeron sociedad denominada Primobellavi Sociedad Anónima, capital social ¢480.000,00. Plazo social: 99 años. Presidente: Óscar Bellavista Garrote.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 109482.—(46423).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye la sociedad Palmas Afshin S. A. Domicilio San José, Pérez Zeledón, veinticinco metros al sur del puente sobre el Río San Isidro. Presidente: Jackie Acuña Ruiz.—San José, 29 de abril del 2009.—Lic. Royran Arias Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 109483.—(46424).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye la sociedad Montevar S Y J S. A. Domicilio San José, Pérez Zeledón, Palmares, un kilómetro al sur de la iglesia. Presidente: Jorge Alexander Valerio Montero.—San José, 29 de abril del 2009.—Lic. Royran Arias Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 109484.—(46425).

A las once horas del veintisiete de mayo del año dos mil nueve, Fan Wang Zhu y Jie Zhu, constituyen la sociedad Ron Jie Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa años.—Lic. Eric Badilla Córdoba, Notario.—1 vez.—Nº 109486.—(46426).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del día treinta de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Servicios de Construcción Sólidas Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones exactos. Domicilio: Cartago, La Unión. Presidente: José Daniel Muñoz Castro.—San José, dos de junio del dos mil nueve.—Lic. Luis Gonzalo Cortés Enríquez, Notario.—1 vez.—Nº 109487.—(46427).

Por escritura otorgada a las ocho horas del veinte de abril del dos mil nueve, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Sugar Cane Company Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula sétima del consejo de administración y se conforma nueva junta directiva.—Liberia, 01 de junio del 2009.—Lic. Juan Antonio Ulate Carballo, Notario.—1 vez.—Nº 109488.—(46428).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se constituye Camino a Varillal Sociedad Anónima, escritura otorgada en San José, a las 14:00 horas del 28 de mayo del dos mil nueve. Apoderados generalísimos: presidente y secretario. Plazo social noventa y nueve años, capital social íntegramente suscrito y pagado.— San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Marco Fallas del Valle, Notario.—1 vez.—Nº 109490.—(46429).

Ante esta notaría se constituyó la Asociación Nacional de Decoradores de Queques ANDEQ de Costa Rica, cuya presidenta es la señora Mariana Quirós Lara.—San José, 01 de junio del 2009.—Lic. Evelyn Guevara Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 109492.—(46430).

Ante la suscrita notaria, se constituye la sociedad Ocho de Diciembre F F J R Sociedad Anónima. Capital social: ocho mil colones exactos, representado por ocho acciones de mil colones cada una. Domicilio social: Pérez Zeledón, costado sur del Hospital Escalante Pradilla. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: José Francisco Monge Chinchilla.—01 de junio del 2009.—Lic. María Vita Monge Granados, Notaria.—1 vez.—Nº 109496.—(46431)

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del día 01 de junio del 2009, ante la notaría de la Licenciada Jeannette Salazar Araya, se reforma las cláusulas segunda y sexta y se nombra junta directiva y fiscal de la empresa denominada Simón André S. A.—San José, 01 de junio del 2009.—Lic. Jeannette Salazar Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 109497.—(46432).

Por escritura número 94-40, otorgada ante el suscrito a las 08:00 horas del 01 de junio del 2009, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Equitron S. A., en la cual se acordó la reforma de la cláusula novena bis de los estatutos sociales.—San José, 01 de junio del 2009.—Lic. Humberto Piedra Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 109498.—(46433).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas de hoy, se constituyó Inversiones Garita Hernández Sociedad Anónima; plazo 99 años, representantes presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos, domicilio Tres Ríos, objeto comercio; capital social doce millones de colones.—San José, 01 de junio del 2009.—Lic. Carlos Eduardo Quesada Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 109499.—(46434).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día veintisiete de mayo del año dos mil nueve, se protocolizó acta número diecisiete de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Soledad y Tristeza Sociedad Anónima, se modifica la cláusula cuarta del pacto social.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Marta Eugenia Benavides Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 109500.—(46435).

Los señores Terry Lee Steele y Carolina Rojas Conejo, constituyen la sociedad de responsabilidad limitada. Su denominación social es el número de cédula jurídica asignado por el Registro Sección Personas Jurídicas. Escritura número noventa y tres-uno de las nueve horas del diez de mayo del dos mil nueve ante el notario Lic. Rolando Eliécer Gómez Alpízar.—Lic. Rolando Eliécer Gómez Alpízar, Notario.—1 vez.—Nº 109501.—(46436).

Por escritura número setenta y dos, otorgada a las catorce horas del día primero de junio del año dos mil nueve, visible al folio ciento doce frente del tomo sexto del protocolo del Notario Público Alejandro Rodríguez Castro, se nombra nuevo presidente, secretario y agente residente de la empresa Café Olé Inc. Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 01 de junio del 2009.—Lic. Alejandro Rodríguez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 109502.—(46437).

Por escritura otorgada a las 15:00 horas del 01 de junio del 2009 ante esta notaría se constituyó sociedad anónima, así su número de cédula jurídica asignado, con su aditamento, se tendrá para efecto legal como la denominación social de la empresa, conforme a lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J.—San José, 01 de junio del 2009.—Lic. Alejandra Solano Madrigal, Notaria.—1vez.—Nº 109503.—(46438).

Por escritura otorgada a las 14:00 horas del 01 de junio del 2009 ante esta notaría se constituyó sociedad anónima, así su número de cédula jurídica asignado, con su aditamento, se tendrá para efecto legal como la denominación social de la empresa, conforme a lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J.—San José, 01 de junio del 2009.—Lic. Alejandra Solano Madrigal, Notaria.—1vez.—Nº 109504—(46439).

Por escritura otorgada a las 14:30 horas del 01 de junio del 2009 ante esta notaría se constituyó sociedad anónima, así su número de cédula jurídica asignado, con su aditamento, se tendrá para efecto legal como la denominación social de la empresa, conforme a lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J.—San José, 01 de junio del 2009.—Lic. Alejandra Solano Madrigal, Notaria.—1vez.—Nº 109505—(46440).

Por escritura otorgada ante la Notaria Ana L. Oviedo Campos, a las 12:00 horas del día 01 de junio del 2009, se reforma la cláusula cuarta del pacto social, de la sociedad Ecoquintas y Paisajes de Malpais Mts Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Heredia, 02 de junio del 2009.—Lic. Ana Lorena Oviedo Campos, Notaria.—1 vez.—Nº 109509.—(46441).

Yo, Sergio Rodríguez Garita, Notario hago del conocimiento público que el señor Carlos Agüero Fallas y Ronald Muñoz Castellón, constituyeron la sociedad Mantenimiento y Enfibrado de Tanques Sociedad Anónima, con domicilio en San José, San José, Catedral, Barrio Francisco Peralta, de Casa Italia, ciento setenta y cinco metros al sur, capital social es la suma de cien mil colones, plazo social es de noventa y nueve años.—02 de junio del 2009.—Lic. Sergio Rodríguez Garita, Notario.—1 vez.—Nº 109512.—(46442).

Ante mí, Luis Alberto Campos Flores, Notario Público se constituye la sociedad Remodelaciones y Construcciones RECON Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Presidente y secretario apoderados generalísimos. Escritura otorgada en San José, a las quince horas del veintidós de mayo del dos mil nueve.—Lic. Luis Alberto Campos Flores, Notario.—1 vez.—Nº 109514.—(46443).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 7 de mayo del 2009, se constituye la sociedad Bufitico Sociedad Anónima.—San José, 07 de mayo del 2009.—Lic. Guillermo Sánchez Sava, Notario.—1 vez.—Nº 109520.—(46444).

En mi notaría, al ser las catorce horas del veintiocho de mayo del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Pinelevid Sociedad Anónima.—Lic. Irene Rodas Seas, Notaria.—1 vez.—Nº 109521.—(46445).

Por escritura otorgada ante mí, hoy a las 10:00 horas se constituyó la sociedad de esta plaza Livingston Productions CR Sociedad Anónima, sin traducción al idioma español por ser un nombre de fantasía, pudiendo abreviarse Livingston Productions CR S. A. Domicilio: Heredia, San Pablo, setecientos metros este de las Residencias Estudiantiles de la Universidad Nacional, apartamentos contiguo al Súper Marino. Capital: diez mil colones representado diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, íntegramente suscrito y pagado. Objeto: tendrá como objeto principal el ejercicio del comercio, la industria, la agricultura en general.—Heredia, 01 de junio del 2009.—Lic. Erika Guido Díaz, Notaria.—1 vez.—Nº 109523.—(46446).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Grupo Izkalá S. A. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. El objeto es el comercio en general.—San José, 01 de junio del 2009.—Lic. Kattia Alvarado Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 109524.—(46447).

Que mediante cata número uno del libro de asamblea de socios, protocolizada en la escritura número noventa y ocho-uno del 30 de marzo del dos mil nueve, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad denominada Corporación Inmobiliaria del Nuevo Norte Sociedad Anónima, quedando la representación judicial y extrajudicial conjunta e individualmente en el presidente y secretario de la sociedad.—Playas del Coco, 30 de marzo del 2009.—Lic. Carol Tatiana Hernández Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 109525.—(46448).

Ante la notaria de Jacqueline Villalobos Durán, se protocolizó acta de la sociedad anónima 3-101-518312 sociedad anónima, donde se modificó la cláusula tercera del estatuto de la sociedad. Otorgada en la ciudad de San José, escritura número 142 de las 13:00 horas del 01 de junio del 2009.—Lic. Jacqueline Villalobos Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 109526.—(46449).

Que mediante acta número uno del libro de asamblea de socios, protocolizada en la escritura número noventa y nueve-uno del 02 de abril del dos mil nueve, se disuelve la sociedad Distribuidora L.G.L. del Norte Sociedad Anónima. Se nombra liquidador de bienes.—Playas del Coco, 02 de abril del 2009.—Lic. Carol Tatiana Hernández Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 109527.—(46450).

Por escritura otorgada ante esta notaría y en esta ciudad a las once horas del día primero de junio del año dos mil nueve, Corrugados de Costa Rica S. A. (Cocorisa S. A.), reforma la cláusula quinta y se aumenta el capital social.—Lic. Pablo Matamoros Arosemena, Notario.—1 vez.—Nº 109531.—(46451).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, en San José a las once horas del veintiocho de mayo del dos mil nueve, se constituyó una sociedad cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Plazo social: cien años. Capital social: suscrito y pagado de veinte mil colones. Representada por el presidente de la junta directiva con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma; con poder de sustitución, renovación y de otorgar poderes.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. María Lourdes Montes de Oca Carboni, Notaria.—1 vez.—Nº 109532.—(46452).

Por escritura número noventa y cinco del tomo doce, otorgada en esta fecha ante esta notaría, se constituyó la sociedad Consultora Ginsa Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2009.—Lic. Wálter Corrales Granados, Notario.—1 vez.—Nº 109533.—(46453).

En mi notaría el 21 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad Villas Montaña de Barbacoas S. A. Capital social 100.000 colones. Presidente y apoderado Jon Mark Kilby.—Lic. Luis Charpentier Acuña, Notario.—1 vez.—Nº 109534.—(46454).

En mi notaría el 21 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad Colina de Guanacaste S. A. Capital social 100.000 colones. Presidente y apoderado George William Bruce.—Lic. Luis Charpentier Acuña, Notario.—1 vez.—Nº 109535.—(46455).

Por escritura otorgada ante mí a las 10:00 horas del primero de junio del 2009, se constituyó la compañía denominada Inversiones Walsil Sociedad de Responsabilidad Limitada, con capital social de cuatro mil colones.—Ciudad Quesada, 01 de junio del 2009.—Lic. Raúl Hidalgo Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 109540.—(46456).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 29 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad Bienes Ro. y Ter. S. A., cuyo capital social se encuentra totalmente suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 01 de junio del 2009.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 109542.—(46457).

Mediante escritura número veintidós, otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del primero de junio del dos mil nueve Financiera Desyfin S. A., reformó cláusula quinta de sus estatutos.—San José, 01 de junio del 2009.—Lic. Mario Valladares Guilá, Notario.—1 vez.—Nº 109545.—(46458).

Que por escritura otorgada ante esta notaría a las 13:00 horas del 29 de mayo del año 2009, se constituyó la sociedad anónima Delimex Sociedad Anónima. Presidente: Juan Carlos Quirós Ramírez.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Pablo Fernando Ramos Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 109546.—(46459).

Que por escritura pública otorgada ante esta notaría en la ciudad de San José, a las diez horas veintiocho minutos del día veinticinco de mayo del dos mil nueve, se procedió a constituir la sociedad anónima denominada Mauwii Sociedad Anónima, cuyo capital social es la suma de diez mil dólares moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y el domicilio es en la ciudad de San José, Zapote, de las torres de Radio Columbia, cincuenta metros al oeste y ciento veinticinco metros al sur. Es todo.—San José, 25 de mayo del 2009.—Lic. Carlos Armando Briceño Obando, Notario.—1 vez.—Nº 109547.—(46460).

Que por escritura pública otorgada ante esta notaría en la ciudad de San José, a las once horas cincuenta y ocho minutos del veintiséis de mayo del dos mil nueve, se procedió a protocolizar acta general de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad anónima denominada H. L. Inversiones Hoteleras del Pacífico Sociedad Anónima, en la que se modifica junta directiva.—San José, 26 de mayo del 2009.—Lic. Carlos Armando Briceño Obando, Notario.—1 vez.—Nº 109548.—(46461).

Que por escritura pública otorgada ante esta notaría en la ciudad de San José, a las diez horas del veintiséis de mayo del dos mil nueve, se procedió a protocolizar acta general de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad anónima denominada J.V.L. Servicios Alimenticios del Pacífico Sociedad Anónima, en la que se modifica junta directiva y se modifica la cláusula segunda del domicilio.—San José, 26 de mayo del 2009.—Lic. Carlos Armando Briceño Obando, Notario.—1 vez.—Nº 109550.—(46462).

Ante esta notaría por escritura número diez del tomo quinto, se modifica la junta directiva y el domicilio del pacto social y se procede a un nuevo nombramiento de la sociedad Albaca Sociedad Anónima.—San José, junio del 2009.—Lic. Priscilla Sánchez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 109557.—(46463).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas cincuenta minutos del tres de febrero del año dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Plaza Local Manzana B Tres Sociedad Anónima.—Lic. Paola Colombo Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 109561.—(46464).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas cuarenta minutos del nueve de febrero del año dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Plaza Localuvas del Viñedo B Dos Sociedad Anónima.—Lic. Paola Colombo Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 109562.—(46465).

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE MORA

Por este medio la Corporación Municipal del Cantón de Mora le transcribe acuerdo tomado en la sesión ordinaria Nº 53-2008-2010, celebrada el 04 de mayo del 2009, que textualmente dice:

Artículo quince: Se acuerda publicar en el Diario Oficial La Gaceta, fe de erratas al artículo 10 del Reglamento para el pago de disponibilidad, de dedicación exclusiva y prohibición en la Municipalidad de Mora, de la siguiente manera: “En La Gaceta N° 70 del trece de abril del 2009, se publicó el Reglamento para el pago de disponibilidad, de dedicación exclusiva y prohibición en la Municipalidad de Mora, aprobado definitivamente por el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria N° 40-2008-2010, celebrada el 03 de febrero del 2009, el cual contiene errores de redacción que se hace necesario corregir. Lo anterior de la siguiente manera:

En el artículo 10:

Donde dice:

“Artículo 10.—Compensación económica de la prohibición: La Municipalidad de San José, pagará a aquellos servidores afectos a este régimen, el porcentaje que establezca la ley correspondiente”.

Debe leerse correctamente:

“Artículo 10.—Compensación económica de la prohibición: La Municipalidad de Mora, pagará a aquellos servidores afectos a este régimen, el porcentaje que establezca la ley correspondiente”.

III.—Fundamentos de Derecho: Fundamento la presente moción, en la normativa dispuesta por los artículos 17 inciso a), 44 y 45 del Código Municipal y Ley General de la Administración Pública, N° 6227.

IV. Petitoria: En virtud de las consideraciones expuestas, solicito a ese honorable Concejo Municipal acoger en todos sus extremos la presente moción, dispensando del trámite de dictamen y declarando el acuerdo como definitivamente aprobado. El Concejo acuerda aprobar esta moción en todas sus partes. Acuerdo definitivo.

Ciudad Colón, 13 de mayo del 2009.—Rosaura Cascante Cascante, Secretaria Municipal.—1 vez.—(46715).