LA GACETA Nº 110 DEL 09 DE JUNIO DEL 2009

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 35241-MAG

Nº 35286-S

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y GRACIA

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

LICITACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

EDUCACIÓN PÚBLICA

PODER JUDICIAL

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

BANCO DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL

MUNICIPALIDADES

AVISOS

ADJUDICACIONES

PODER LEGISLATIVO

PODER JUDICIAL

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

INSTITUTO DEL CAFÉ DE COSTA RICA

COMISIÓN NACIONAL DE PRÉSTAMOS PARA EDUCACIÓN

MUNICIPALIDADES

VARIACIÓN DE PARÁMETROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

FE DE ERRATAS

SEGURIDAD PÚBLICA

BANCO DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

MUNICIPALIDADES

REGLAMENTOS

JUSTICIA Y GRACIA

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

MUNICIPALIDADES

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD NACIONAL

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

REGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE BELÉN

CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO

DE COLORADO DE ABANGARES

CONCEJO MUNICIPAL DE CÓBANO

MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

FE DE ERRATAS

AVISOS

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 35241-MAG

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3), 8), 18) y 20) y 146) de la Constitución Política y los artículos 25, 27.1, 28.2b de la Ley 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública, la Ley Nº 7138 del 16 de noviembre de 1989, la Ley Nº 7384 del 16 de marzo de 1994, Ley de Creación del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura y la Ley Nº 8436 del 10 de febrero de 2005, Ley de Pesca y Acuicultura, publicada en La Gaceta Nº 78 del 25 de abril del 2005.

Considerando:

I.—Que el artículo 60 de la Ley Nº 7138 de 16 de noviembre de 1989, establece la potestad del Poder Ejecutivo de remunerar las dietas de los miembros de la Juntas Directivas, de las Instituciones Autónomas y demás Junta Directivas nombradas por el Poder Ejecutivo, de conformidad con el índice de inflación que determine el Banco Central de Costa Rica.

II.—Que según las disposiciones normativas aplicables, en relación con los montos de variación acumulada correspondiente a los índices de inflación a diciembre de 2008, suministrados por la Sección de Estadísticas del Banco Central de Costa Rica, el monto de la dieta para el año 2009, debe fijarse en la suma de ¢37.095,00 (treinta y siete mil noventa y cinco colones exactos), suma que incluye la inflación del período 2007 y del 2008.

III.—Que el INCOPESCA cuanta con los recursos presupuestarios necesarios y aprobados, para atender dicho pago. Por tanto,

Decretan:

Fijación del monto de las dietas para miembros

de la Junta Directiva de INCOPESCA

Artículo 1º—Se fija como monto de las dietas para los miembros de la Junta Directiva del Instituto Costarricense de la Pesca y Acuicultura (INCOPESCA), por concepto de su asistencia a las sesiones correspondientes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 7384, por cada dieta la suma de ¢37.095,00 (treinta y siete mil noventa y cinco colones exactos).

Artículo 2º—Solamente tendrán derecho al pago de la dieta, los miembros que asistan puntualmente a las sesiones respectivas y los miembros suplentes, cuando asuman el puesto por ausencia o causa legal que así lo determine, de alguno de los miembros propietarios de la Junta Directiva.

Artículo 3º—Se derogan los Decretos Ejecutivos Nº 34208-MAG, publicado en el Alcance Nº 40-A de La Gaceta Nº 246 del 21 de diciembre del 2007 y el Nº 34402-MAG, publicado La Gaceta Nº 70 del 10 de abril del 2008.

Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los tres días del mes de marzo del 2009.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Agricultura y Ganadería, Javier Flores Galarza.—1 vez.—(D35241-46380).

Nº 35286-S

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE SALUD

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 27 párrafo primero de la Ley General de la Administración Pública; 1, 2, 4, 7, 10, 104, 105, 117, 367 y concordantes de la Ley Nº 5395 del 30 de octubre de 1973 Ley General de Salud; 1 y 2 de la Ley Nº 5412 de 8 de noviembre de 1973 Ley Orgánica del Ministerio de Salud.

Considerando:

I.—Que de conformidad con el artículo 1 de la Ley General de Salud, la salud de la población es un bien de interés público tutelado por el Estado.

II.—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 35217-MP-S de 28 de abril de 2009, publicado en el Alcance Nº 17 a La Gaceta Nº 82 de 29 de abril de 2009, el Poder Ejecutivo decretó emergencia sanitaria nacional la atención de la epidemia humana de influenza porcina, actualmente denominada influenza pandémica tipo A H1N1. Por ende, las autoridades públicas y la población en general están en la obligación de cumplir las disposiciones que, de carácter general o particular, dicten las autoridades de salud, para extinguir o evitar la propagación de la epidemia.

III.—Que el artículo 4 de la Ley General de Salud establece que toda persona natural o jurídica, queda sujeta a los mandatos de esta ley y de las órdenes generales y particulares, ordinarias y de emergencia que dicten las autoridades de salud en el ejercicio de sus competencias orgánicas.

IV.—Que a nivel mundial se ha decretado el nivel 5 de alerta pandémica ante la aparición de un nuevo virus influenza derivado de una cepa porcina que ha provocado casos en diversos países del mundo, con circulación sostenida en países de Norteamérica. Por ello, fue necesario implementar medidas urgentes de contención y mitigación para evitar la circulación autóctona en el país.

V.—Que el tratamiento o la profilaxis para dicha enfermedad queda a criterio médico, y solo puede ser administrado a los casos probables y confirmados, dado que su consumo sin justificación médica puede ocasionar resistencia al mismo, lo que agravaría aún más la situación de la emergencia sanitaria. Por tanto,

Decretan:

Venta controlada de los medicamentos que utilicen

principios activos como el Oseltamivir y Zanamivir

Artículo 1º—Los medicamentos que utilicen principios activos como el oseltamivir y el zanamivir, utilizados en el tratamiento antiviral contra la Influenza Pandémica tipo A H1N1, sólo podrán ser adquiridos por el Ministerio de Salud y la Caja Costarricense de Seguro Social y despachados en sus establecimientos de salud, tales como Hospitales, Clínicas y EBAIS. Asimismo, la Caja Costarricense de Seguro Social podría vender en forma controlada dichos medicamentos a establecimientos de salud privados, siguiendo los protocolos previamente establecidos para dicho fin.

 Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los trece días del mes de mayo del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Salud, María Luisa Ávila Agüero.—1 vez.—(Solicitud Nº 22918).—(O. C. Nº 93056-Salud).—C-36020.—(D35286-45899).

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Nº 706-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47, inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Nº 6227, Ley Nº 8691 Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2009, publicado en La Gaceta Nº 253 del 31 de diciembre del 2008.

Considerando:

Que el Secretario General de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD), cursó formal Invitación a la Ministra, para que participe en la 12th sesión de la Comisión de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo de las Naciones Unidas que se realizará en Ginebra, Suiza, durante los días del 25 al 26 de mayo del 2009.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a la Doctora Eugenia María Flores Vindas, cédula de identidad número cuatro-cero nueve dos-dos tres cuatro, Ministra de Ciencia y Tecnología, para que viaje a Ginebra, Suiza, del 22 al 27 de mayo del 2009. Por razón de itinerario y transbordos, el viaje se realizará del 22 al 27 de mayo.

Artículo 2º—El Ministerio de Ciencia y Tecnología cubrirá lo correspondiente a tiquete aéreo en clase ejecutiva, hospedaje, viáticos, gastos menores, transporte interno, impuestos, tributos o cánones que la señora Ministra deba pagar por la utilización de las terminales aéreas durante su estadía en Ginebra, por medio de la Subpartida 10504 del Programa 893000, con cargo a la Subpartida 10503 de ese mismo programa.

Se adelantará la suma de dos mil dólares americanos ($2.000,00), sujetos a liquidación.

Artículo 3º—Durante la ausencia de la señora Ministra de Ciencia y Tecnología, se nombra Ministro a. í. de Ciencia y Tecnología al señor MSc. Carlos Cascante Duarte.

Artículo 4º—Rige a partir de las 17:20 horas del 22 de mayo del 2009 y hasta las 15:05 horas del 27 de mayo del 2009.

Dado en la Presidencia de la República, el día trece de mayo del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(O. C. Nº 93406-Ciencia y Tecnología).—(Solicitud Nº 28).—C-25520.—(45885).

Nº 710-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 139 de la Constitución Política, así como lo dispuesto en la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República; el artículo 47, inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, y artículos 7, 29, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.

Considerando:

1º—Que la Presidencia Pro-Témpore del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA) ha convocado a Cumbre Extraordinaria de Presidentes y Jefes de Estado de los países miembros del SICA, a celebrarse en Managua, Nicaragua el día 20 de mayo del 2009.

2º—Que en el contexto de la convocatoria de la Cumbre Extraordinaria de Presidentes y Jefes de Estado de los países miembros del SICA, tendrá lugar una Reunión Preparatoria Ministerial y una Reunión Intersectorial de Ministros de Relaciones Exteriores y Comercio, para considerar conjuntamente los aspectos de la agenda que son de competencia conjunta, mismas que tendrán lugar en Managua, Nicaragua el día 19 de mayo del 2009.

3º—Que el señor Presidente de la República ha solicitado al señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto que lo represente en la Cumbre Extraordinaria de Presidentes y Jefes de Estado de los países miembros del SICA, a celebrarse en Managua, Nicaragua el día 20 de mayo del 2009.

4º—En virtud de lo anterior, es necesario que el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, viaje para participar de la Reunión Preparatoria Ministerial, de la Reunión Intersectorial de Ministros de Relaciones Exteriores y Comercio, y de la Cumbre Extraordinaria de Presidentes y Jefes de Estado de los países miembros del SICA, que tendrán lugar en Managua, Nicaragua del 19 al 20 de mayo del 2009. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, cédula Nº 8-068-578, para que participe de la Reunión Preparatoria Ministerial, la Reunión Intersectorial de Ministros de Relaciones Exteriores y Comercio, y en la Cumbre Extraordinaria de Presidentes y Jefes de Estado de los países miembros del SICA, que tendrán lugar en Managua, Nicaragua del 19 al 20 de mayo del 2009.

Artículo 2º—Los gastos de hospedaje correrán por cuenta de la Presidencia Pro-Témpore del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA). Los pasajes aéreos, y viáticos, así como los tributos o tarifas que deba pagar en las terminales de transporte, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 079-Despacho del Ministro, subpartida 1.05.03 Transporte en el exterior, y Programa 079-Despacho del Ministro, subpartida 1.05.04 Viáticos en el exterior. Se le autoriza la suma de US$193,00 diarios en Nicaragua, para un total de US$386,00. Todo sujeto a liquidación. Se le autoriza al señor Ministro realizar llamadas internacionales.

Artículo 3º—Durante la ausencia del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, se nombra como Ministro a. í. al señor Édgar Ugalde Álvarez, Viceministro de Relaciones Exteriores y Culto.

Artículo 4º—Rige de las 06:00 horas del 19 de mayo, a las 21:00 horas del 20 de mayo del 2009.

Dado en la Presidencia de la República, a los trece días de mes de mayo del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(O. C. Nº 93569-Relaciones Exteriores).—(Solicitud Nº 40853).—C-34520.—(45886).

Nº 711-P.—San José, 15 de mayo del 2009.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

De conformidad con lo que establece el artículo 139 de la Constitución Política y el artículo 26, inciso e) de la Ley General de la Administración Pública y el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Amparo Pacheco Oreamuno, Ministra de Comercio Exterior a. í., portadora de la cédula de identidad Nº 9-049-265, para que viaje en Delegación Oficial a Nicaragua, partiendo a las 06:25 horas del 18 de mayo y regresando a las 09:50 horas del 20 de mayo del presente año. Ello con el objeto de participar en la reunión de Viceministros y Ministros de Integración Económica Centroamericana y en la reunión Intersectorial del Consejo de Ministros de Integración Económica Centroamericana, a realizarse en Managua, Nicaragua del 18 al 19 de mayo del 2009. La señora Ministra a. í. retorna a Costa Rica hasta el 20 de mayo del 2009, por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.

Artículo 2º—Los gastos de viaje de la señora Ministra a. í. por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del programa 792, el adelanto por ese concepto asciende a $309,12 (trescientos nueve con 12/100 dólares), sujeto a liquidación. El transporte aéreo de ida y de regreso será cubierto con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior; así como para que se le aplique diferencia de hospedaje, en el evento de que proceda, según el artículo 41 del Reglamento de Gastos de Viaje para Funcionarios Públicos.

Artículo 3º—En tanto dure la ausencia se le encarga la atención de la cartera al señor Rodrigo Arias Sánchez, Ministro del Ministerio de la Presidencia, a partir de las 06:25 horas del 18 de mayo y hasta las 12:50 horas del 19 de mayo del 2009, fecha y hora en que retorna a Costa Rica el señor Marco Vinicio Ruiz, Ministro de Comercio Exterior.

Artículo 4º—Rige desde las 06:25 horas del 18 de mayo y hasta las 12:50 horas del 19 de mayo del 2009.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los quince días del mes de mayo del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(O. C. Nº 93031-Comercio Exterior).—(Solicitud Nº 27814).—C-36770.—(45888).

Nº 712-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

En uso de las facultades que le confieren los artículos 139, inciso 3) de la Constitución Política, artículo 39 de la Ley General de Policía Nº 7410 del 26 de mayo de 1994 y sus reformas y artículos 56, 168 y 169 del Decreto Ejecutivo Nº 32177-SP: Reglamento de Organización del Ministerio de Seguridad Pública, publicado en el Alcance Nº 1 a La Gaceta Nº 6 del 10 de enero del 2005 y sus reformas.

Considerando:

1º—Que el artículo 139, inciso 3) de la Constitución Política establece como deber y atribución exclusiva del Presidente de la República, ejercer el mando supremo de la Fuerza Pública.

2º—Que el numeral 39 de la Ley General de Policía, establece que el Presidente de la República podrá organizar y convocar, con carácter transitorio a la Reserva de las Fuerzas de Policía, como cuerpo auxiliar extraordinario ad honorem, para atender estados de emergencia o situaciones excepcionales, así como colaborar con los Cuerpos Policiales Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública en la vigilancia de eventos deportivos, culturales y de seguridad ciudadana en todo el territorio nacional actuando siempre bajo la subordinación en grado inmediato del Ministro(a) de Seguridad Pública.

3º—Que de conformidad con los numerales 56 y 168 del Reglamento de Organización del Ministerio de Seguridad Pública, la Reserva de las Fuerzas de Policía estará adscrita al Ministerio de Seguridad Pública, cuando sea convocada con carácter temporal. De igual manera, el numeral 169 del mismo cuerpo reglamentario dispone que cuando la Reserva haya sido convocada de conformidad con lo establecido en la Ley General de Policía, tendrá en esas circunstancias y dentro de ese marco de competencias, entre otras, las siguientes funciones: coordinar con la Fuerza Pública las labores de prevención, vigilancia y protección en todo el territorio nacional, para preservar la seguridad de los habitantes, sus bienes y libertades constitucionales; velar por el cumplimiento de la normativa ambiental, ejerciendo las labores de vigilancia, protección y conservación del ambiente y denunciando ante los órganos administrativos y judiciales competentes aquellos actos y omisiones que contravengan esta normativa y aquellas otras que se deriven del ordenamiento jurídico de conformidad con su competencia.

4º—Que la Ministra de Seguridad Pública ha solicitado al Presidente de la República convocar a la Reserva de la Fuerza Pública a partir de las cero horas del quince de mayo del dos mil nueve, hasta las veinticuatro horas del quince de agosto del dos mil nueve, para colaborar con los cuerpos de policía durante el desarrollo de actividades propias de su competencia, en relación, entre otros, con los siguientes eventos: atención de inundaciones por la llegada de la época lluviosa, vacaciones de medio período, romería en celebración del día dos de agosto, celebración del día de la Madre, atención de emergencias a nivel nacional colaborando con los cuerpos policiales, comunidades, municipalidades, comités de emergencia y organizaciones de servicio público para la atención de dichos eventos, resguardo de los recursos forestales del país, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo Nº 30494-MINAE-MOPT-SP del 5 de junio del 2002, así como para reforzar las labores de vigilancia y seguridad ciudadana en todo el territorio nacional como apoyo a la labor que realiza la Fuerza Pública.

5º—Que en cumplimiento del numeral 8, inciso j) de la Ley General de Policía y ante los daños y amenazas que por el fuerte invierno durante los últimos años han ocasionado severos fenómenos atmosféricos, inundaciones y demás situaciones de peligro y emergencia, se requiere prestar colaboración a los cuerpos policiales del país y auxiliar a las comunidades, municipalidades, comités y organizaciones de servicio público para la atención de dichos eventos.

6º—Que las citadas situaciones exigen ineludiblemente el reforzamiento de las Fuerzas de Policía que ordinariamente velan por el orden y la seguridad del país. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Convocar conforme lo solicitado por la Ministra de Seguridad Pública y con carácter de transitorio a la Reserva de las Fuerzas de Policía, como cuerpo auxiliar extraordinario, con carácter ad hororem, para atender y coordinar con las autoridades de policía, las labores de vigilancia y protección de la seguridad pública, de sus ciudadanos y sus bienes, y cooperar para el mantenimiento de la tranquilidad y el orden público durante la realización de actividades y con motivo del desarrollo de actividades propias de su competencia, en relación, entre otros, con los siguientes eventos: atención de inundaciones por la llegada de la época lluviosa, vacaciones de medio período, romería en celebración del día dos de agosto, celebración del día de la Madre, atención de emergencias a nivel nacional colaborando con los cuerpos policiales, comunidades, municipalidades, comités de emergencia y organizaciones de servicio público para la atención de dichos eventos, resguardo de los recursos forestales del país, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo Nº 30494-MINAE-MOPT-SP del 5 de junio del 2002, así como para reforzar las labores de vigilancia y seguridad ciudadana en todo el territorio nacional como apoyo a la labor que realiza la Fuerza Pública.

Artículo 2º—Los efectivos convocados mediante este acto quedarán subordinados a la Ministra de Seguridad Pública, quien dispondrá de todo lo pertinente para tal efecto, de conformidad con la normativa jurídica vigente.

Artículo 3º—La presente convocatoria será para el período comprendido entre las cero horas del quince de mayo del dos mil nueve, hasta las veinticuatro horas del quince de agosto del dos mil nueve.

Artículo 4º—Rige a partir del 15 de mayo del 2009.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las trece horas del doce de mayo del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(O. C. Nº 93772-Seguridad Pública).—(Solicitud Nº 30404).—C-71270.—(45889).

713-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política inciso 1. Así como lo dispuesto en el artículo 47 inciso 3) de la Ley N° 6227 o Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978, en la Ley No. 8691 Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2009, publicada en el Alcance No. 56 a La Gaceta Nº  253 del 31 de diciembre del 2008 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República reformado mediante Resolución R-CO-71-2006 publicada en La Gaceta Nº 184 del 26 de setiembre del 2006.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Guillermo Zúñiga Chaves, Ministro de Hacienda, con cédula de identidad número cuatro-cien-doscientos sesenta y tres, para que participe en el Consejo de Ministros de Hacienda de Centroamérica, Panamá y República Dominicana (COSEFIN) , a celebrarse en Managua-Nicaragua, del 18 de mayo del 2009 al 20 de mayo del 2009.

Artículo 2º—Todos los gastos por concepto de estadía, manutención y otros gastos, e impuestos o cánones transporte de taxis, seguro de vida, que se deban pagar en las terminales de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10504 y los gastos por concepto de tiquete aéreo, serán cubiertos por la subpartida 10503, internet serán cubiertos con recursos de la subpartida 10204 del programa 132 Administración Superior del título 206 Ministerio de Hacienda.

Artículo 3º—En tanto dure la ausencia del señor Guillermo Zúñiga Chaves, se nombra Ministra a. í. del 18 de mayo del 2009 de las 3:00 p. m. al 20 de mayo del 2009 a las 9:30 a. m. a la señora Jenny Phillips Aguilar, Viceministra de Ingresos, cédula número uno-quinientos ochenta y nueve- seiscientos cuatro.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 18 de mayo del 2009 de las 3:00 p. m. al 20 de mayo del 2009 a las 9:30 a. m.

Dado en la Presidencia de la República, a los dieciocho días del mes de mayo del 2009.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 44341-Hacienda-Administración Superior).—C-24770.—(46564).

714-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política (inciso 1). Así como lo dispuesto en el artículo 47 inciso 3 de la Ley Nº 6227 o Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978, en la Ley Nº 8691 Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2009, publicada en el Alcance Nº 56 a La Gaceta Nº 253 del 31 de diciembre del 2008 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República reformado mediante Resolución R-CO-71-2006 publicada en La Gaceta Nº 184 del 26 de setiembre del 2006.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Guillermo Zúñiga Chaves, Ministro de Hacienda, con cédula de identidad número cuatro-cien-doscientos sesenta y tres, para que participe en la Conferencia Inaugural de la XXXII Reunión de Consejo Superior de FLACSO, a celebrarse en Panamá, del 27 de mayo del 2009 al 29 de mayo del 2009.

Artículo 2º—Todos los gastos por concepto de estadía, manutención y otros gastos, e impuestos o cánones transporte de taxis, seguro de vida, que se deban pagar en las terminales de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10504 y los gastos por concepto de tiquete aéreo, serán cubiertos por la subpartida 10503, internet serán cubiertos con recursos de la subpartida 10204 del programa 132 Administración Superior, del título 206 Ministerio de Hacienda.

Artículo 3º—En tanto dure la ausencia del señor Guillermo Zúñiga Chaves, se nombra Ministro a. í. del 27 de mayo del 2009 de las 2:00 p. m. al 29 de mayo del 2009 a las 12:00 m. d. a la señora Jenny Phillips Aguilar, Viceministra de Ingresos, cédula número uno-quinientos ochenta y nueve-seiscientos cuatro.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 27 de mayo del 2009 de las 2:00 p. m. al 29 de mayo del 2009 a las 12:00 m. d.

Dado en la Presidencia de la República, a los veintiséis días del mes de mayo del año 2009.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 40344- Hacienda-Administración Superior).—C-24770.—(46565).

Nº 715-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 139 de la Constitución Política, artículo 4, inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública.

Considerando:

Único.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 683-P, de fecha 30 de marzo del 2009, publicado en La Gacela Nº 82 del 29 de abril del 2009, se autorizó a la señora Janina del Vecchio Ugalde, cédula 1-337-250, Ministra de Gobernación, Policía y Seguridad Pública, para que realice una visita oficial a la República Popular de China, del 8 de mayo a las nueve horas con cincuenta minutos al 18 de mayo del 2009, a las diez horas con cuarenta minutos. No obstante, el viaje no se materializó. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Dejar sin efecto el Acuerdo Ejecutivo Nº 683-P, de fecha 30 de marzo del 2009, publicado en La Gaceta Nº 82 del 29 de abril del 2009, mediante el cual se autorizó a la señora Janina del Vecchio Ugalde, cédula Nº 1-337-250, Ministra de Gobernación, Policía y Seguridad Pública, para que realizará una visita oficial a la República Popular de China, del 8 de mayo del 2009, a las diez hora con cuarenta minutos.

Artículo 2º—Rige a partir del 8 de mayo del 2009.

Dado en la presidencia de la República.—San José, a los veinticinco días del mes de mayo del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(O. C Nº  93003-Seg. Pub.).—(Solicitud Nº 30413).—C-21020.—(46568).

716-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 139, inciso 1) de la Constitución Política y artículo 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública y artículos 3 inciso 1) y 13 inciso 2) de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo y en el Artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que se ha recibido invitación por parte de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), de la cual Costa Rica es Estado Miembro, para participar en la 98 Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo que se celebrará del 2 de junio al 19 de junio de 2009 en la ciudad de Ginebra, Suiza.

2º—Que esta actividad promovida por la OIT, de la cual Costa Rica es Estado Miembro, es de interés para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por ser éste la dependencia gubernamental que se ocupa de las cuestiones de trabajo.

3º—Que durante la 98 Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo se realiza, entre otras funciones, la elaboración y adopción de normas internacionales así como la supervisión de la aplicación de convenios y recomendaciones de los convenios en el plano nacional.

4º—Que la participación del señor Francisco Morales Hernández, durante la 98 Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, corresponde a sus funciones como Ministro de Trabajo y Seguridad Social. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Francisco Morales Hernández, cédula 2-205-275, Ministro de Trabajo y Seguridad Social, para que viaje a la ciudad de Ginebra, Suiza, del 31 de mayo al 14 de junio del 2009, en calidad de Jefe de la Delegación Oficial de Costa Rica en la 98 Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Artículo 2º—Los gastos del Señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, por concepto de hospedaje y tiquete aéreo serán cubiertos por las subpartidas 105.03 y 105.04 del Programa 729.00 a saber de la siguiente forma: Por concepto de transporte aéreo, la suma de $1.890.00( Un mil ochocientos noventa dólares sin centavos) de la partida 105.3 y por concepto de viáticos al exterior, la suma de $5.677.52 (cinco mil seiscientos setenta y siete dólares, con cincuenta y dos centavos), de la partida 105.04. Asimismo por la subpartida 105.04, se cubrirán los gastos por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deba pagar en las terminales de transporte o cualquier erogación que por concepto de penalización deba girarse, por cambios imprevistos y debidamente justificados en los tiquetes aéreos.

Artículo 3º—Que durante los días del 31 de mayo al 14 de junio del 2009, ambas fechas inclusive, en que se autoriza la participación del señor Ministro Morales Hernández, Ministro de Trabajo y Seguridad Social, en la actividad denominada 98 Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo, que se celebrará en la Ciudad de Ginebra, Suiza, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Durante la ausencia del señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, se nombrará como Ministro a. í. al señor Álvaro González Alfaro, número de cédula 2-283-516, Viceministro de Trabajo del Área Social.

Artículo 5º—Rige a partir de las 17:00 horas del 31 de mayo de 2009 y hasta las 15:00 horas del 14 de junio de 2009.

Dado en la Presidencia de la República, a los dieciocho días del mes de mayo de dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(O. C Nº 93154-Trabajo).—(Solicitud Nº 07542).—C-66040.—(46567).

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

Nº 588-PE

EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política, artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que el Grupo de Acción Financiera del Caribe invita a la celebración de la Vigésimo Novena Reunión Plenaria y al Foro para Jefes de Unidades de Inteligencia Financiera. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Robert Quirós Benavides, cédula número uno-ochocientos treinta y dos-cuatrocientos noventa y seis, funcionario del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), para que participe en la Vigésimo Novena Reunión Plenaria y en el Foro para Jefes de Unidades de Inteligencia Financiera del Grupo de Acción Financiera del Caribe, a llevarse a cabo en Puerto España, en la República de Trinidad y Tobago, del 4 al 8 de mayo del 2009. La salida de dicho funcionario se efectuará el día 3 de mayo y su regreso será el 9 de mayo del 2009.

Artículo 2º—Los gastos de transporte, alimentación y hospedaje del funcionario serán cubiertos por el Instituto Costarricense sobre Drogas. El funcionario devengará el cien por ciento de su salario, durante la estadía fuera del territorio nacional, que corre del 3 al 9 de mayo del 2009.

Artículo 3º—Rige a partir del 3 al 9 de mayo del 2009.

Dado en la Presidencia de la República, a los trece días del mes de abril del dos mil nueve.

Rodrigo Arias Sánchez, Ministro de la Presidencia.—1 vez.—(O. C. Nº 102-2009).—C-21020.—(45924).

Nº 605-PE

EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política y el artículo 28 párrafo 1. 2., inciso a) de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor José Rafael Torres Castro, cédula Nº 5-212-380, Viceministro de la Presidencia en Asuntos de Seguridad para que viaje a la ciudad de Chicago, Estados Unidos de América, con el fin de participar en el evento denominado “Policing Gangs: An Internacional Summit for Police Executive”. La salida de dicho funcionario se efectuará el día 27 de mayo del 2009 y su regreso el día 29 de mayo del 2009.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos y transporte serán cubiertos por la OrganizaciónThe Police Executive Research Forum (PERF) de Chicago.

Artículo 3º—Rige a partir del 27 de mayo y hasta el 29 de mayo del 2009.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil nueve.

Rodrigo Arias Sánchez, Ministro de la Presidencia.—1 vez.—(O.C. 93038).—(Solicitud Nº 067-Ministerio de la Presidencia.).—C-15770.—(46562).

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Nº DGM 48-2009

LA MINISTRA DE GOBERNACION Y POLICÍA

Y SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1º, 2º, 7º, 31, 34 y 36 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República mediante resolución R-CO-1-2007, de las 15 horas del 25 de abril de 2008, así como lo dispuesto en la Ley Nº 8691 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2009.

Considerando:

1º—Que con ocasión de la implementación del Sistema SISPAS, proceso de otorgamiento de pasaportes para ciudadanos costarricenses desde el exterior se ha programado un viaje hasta el Consulado de Costa Rica en Nueva York, Estados Unidos de América, para instalación, pruebas y Plan Piloto de la captura de fotografía y huellas dactilares así como la firma de los usuarios costarricenses que residen en dicho lugar y que requieren del pasaporte vigente, lo cual reviste especial interés para el Ministerio de Gobernación y Policía.

2º—Que para efectos de ejecutar la referida implementación se ha designado por parte de la Dirección General de Migración y Extranjería al Ingeniero Anthony Morera Vásquez, cédula Nº 1-0946-0089, quien viajará con la finalidad de coadyuvar en el respectivo proceso hasta la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, que se realizará del 06 al 12 de junio de 2009 ambas fechas inclusive. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Anthony Morera Vásquez, cédula Nº 1-0946-0089, de la Gestión de Tecnología de Información de la Dirección General de Migración y Extranjería, Órgano del Ministerio de Gobernación y Policía, para que realice el viaje supracitado en el Considerando Primero del presente Acuerdo hasta la ciudad de Nueva Cork, Estados Unidos de América, que se realizará del 06 al 12 de junio de 2009 ambas fechas inclusive.

Artículo 2º—Los gastos del señor Anthony Morera Vásquez por concepto de viáticos en el exterior tiquetes aéreos, gastos de hospedaje, alimentación, impuestos y otros gastos menores por un monto de $273,00 diarios (doscientos setenta y tres dólares) que serán cubiertos con recursos del Programa 054-01 de la Dirección General de Migración y Extranjería. Asimismo se reconocerán gastos por uso de Internet, transporte, ida y regreso aeropuerto, hotel aeropuerto, los que serán cubiertos por el Programa 054-01 de la Dirección General de Migración y Extranjería.

Artículo 3º—Que durante los días 06 de junio al 12 de junio, ambos inclusive del año 2009, se autoriza la participación del señor Anthony Morera Vásquez, en la actividad a la que se refiere este acuerdo, devengando el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige del 05 de junio al 13 de junio ambos del año 2009.

Dado en el Ministerio de Gobernación y Policía, a los 15 días del mes de mayo del 2009.

Janina Del Vecchio Ugalde, Ministra de Gobernación y Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—(O. C. Nº 94769).—(Solicitud Nº 18325).—C-33750.—(46197).

Nº DGM 49-2009

LA MINISTRA DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Y SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1º, 2º, 7º, 31, 34 y 36 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República mediante resolución R-CO-1-2007, de las 15 horas del 25 de abril de 2008, así como lo dispuesto en la Ley Nº 8691 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2009.

Considerando:

1º—Que con ocasión de la implementación del Sistema SISPAS, proceso de otorgamiento de pasaportes para ciudadanos costarricenses desde el exterior se ha programado un viaje hasta el Consulado de Costa Rica en Nueva York, Estados Unidos de América para instalación, pruebas y Plan Piloto de la captura de fotografía y huellas dactilares así como la firma de los usuarios costarricenses que residen en dicho lugar y que requieren del pasaporte vigente, lo cual reviste especial interés para el Ministerio de Gobernación y Policía.

2º—Que para efectos de ejecutar la referida implementación se ha designado por parte de la Dirección General de Migración y Extranjería al Ingeniero Harold Alfaro Castillo, cédula Nº 2-0442-0226, quien viajará con la finalidad de coadyuvar en el respectivo proceso hasta la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, que se realizará del 06 al 12 de junio de 2009 ambas fechas inclusive. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Harold Alfaro Castillo, cédula Nº 2-0442-0226, de la Gestión de Tecnología de Información de la Dirección General de Migración y Extranjería, Órgano del Ministerio de Gobernación y Policía para que realice el viaje supracitado en el Considerando Primero del presente Acuerdo hasta la ciudad de Nueva Cork, Estados Unidos de América, que se realizará del 06 al 12 de junio de 2009 ambas fechas inclusive.

Artículo 2º—Los gastos del señor Harold Alfaro Castillo por concepto de viáticos en el exterior, tiquetes aéreos, gastos de hospedaje, alimentación, impuestos y otros gastos menores por un monto de $273,00 diarios (doscientos setenta y tres dólares) que serán cubiertos con recursos del Programa 054-01 de la Dirección General de Migración y Extranjería. Asimismo se reconocerán gastos por uso de Internet, transporte, ida y regreso aeropuerto hotel aeropuerto, los que serán cubiertos por el Programa 054-01 de la Dirección General de Migración y Extranjería.

Artículo 3º—Que durante los días 06 de junio al 12 de junio, ambos inclusive del año 2009, se autoriza la participación del señor Harold Alfaro Castillo en la actividad a la que se refiere este acuerdo, devengando el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige del 05 al 13 de junio ambos del año 2009.

Dado en el Ministerio de Gobernación y Policía, a los 15 días del mes de mayo del 2009.

Janina Del Vecchio Ugalde, Ministra de Gobernación y Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—(O. C. Nº 94769).—(Solicitud Nº 18325).—C-33750.—(46199).

MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

045-09-MEIC

EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 25, 27 y 28 de la “Ley General de la Administración Pública” Ley Nº 6227 del 02 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la “Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2009” Ley Nº 8691 del 10 de diciembre del 2008; la “Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública” Ley Nº 6362 del 03 de setiembre de 1979 y los artículos 7, 31 y 34 del “Reglamento de Gastos de Viaje y Transportes de la Contraloría General de la República”, reformado mediante la Resolución R-CO-19-2008, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 92 del 14 de mayo del 2008.

Considerando:

I.—Que el Codex Alimentarius, es el ente de referencia mundial en materia de alimentos, en donde se aprueban las normas con el propósito de garantizar la seguridad y protección de los consumidores y procurar la equidad en el comercio internacional de alimentos.

II.—Que es de interés para el Ministerio de Economía, Industria y Comercio participar en la “32ª Sesión de la Comisión del Codex Alimentarius, la cual se realizará en Roma, Italia del día 29 de junio al 4 de julio de 2009, ambos días inclusive. Además participar en la reunión previa de coordinación de los países de América Latina y el Caribe, a efecto de consensuar posiciones regionales.

III.—Que el objetivo de la participación en la “32ª Sesión de la Comisión del Codex Alimentarius, es impulsar y apoyar la aprobación de normas que favorezcan el comercio internacional de nuestros productos y evitar que se adopten normas que perjudiquen los intereses comerciales del país, lo cual sería posible lograr solo a través de una participación presencial en dicha Sesión. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Orlando Muñoz Hernández, portador de la cédula de identidad número 5-191-265, Jefe del Departamento de Reglamentación Técnica de la Dirección de Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, para que viaje en calidad de representante del país a la ciudad de Roma, Italia los días del 26 de junio al 05 de julio del dos mil nueve y participe en calidad de Delegado Oficial en la “32ª Sesión de la Comisión del Codex Alimentarius, así como en una reunión previa a realizarse el día 28 de junio de 2009.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, hospedaje y alimentación, así como cualquier otro gasto necesario, serán cubiertos por el Programa 218 “Gestión de Reglamentación Técnica”, del Ministerio de Economía, Industria y Comercio. Correspondiéndole un total en viáticos de US $ 2.921.00 (dos mil novecientos veinte y un dólares con cero centavos).

Artículo 3º—El funcionario devengará el 100% de su salario, durante su ausencia.

Artículo 4º—Rige a partir del día 26 de junio del dos mil nueve y hasta su regreso el día 5 de julio del mismo año.

Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, en la ciudad de San José, al ser los veintiocho días del mes de mayo del año dos mil nueve.

Publíquese.—Eduardo Sibaja Arias, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—(OC Nº 97173-Solicitud Nº 27055).—C-41270.—(46225).

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

MOPT 075

LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Con fundamento en lo dispuesto en artículo 28 inciso 1 de la Ley N° 6227 o Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978, así como lo dispuesto en la Ley N° 8627 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, la Ley N° 6362 y en el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—La importancia que tiene la participación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes como miembro de la COMITRAN a nivel centroamericano, obedece a la necesidad de diseñar y aplicar políticas comunes en el Sector Transportes.

II.—Que la SIECA a través de fondos de la Unión Europea, desarrolló el Proyecto Diseño y Aplicación de Políticas Comunes Centroamericanas (ADAPCCA) y llevará a cabo la Reunión Técnica Final para discusión de Conclusiones y Recomendaciones del “Plan de Modernización del Sistema Institucional y Empresarial del Transporte Terrestre en Centroamérica”, la cual se realizará entre los días del 27 y 29 de mayo del 2009 en Ciudad de Guatemala, Guatemala.

III.— Que la participación del Lic. Rafael Chan Jaén y del ingeniero Carlos Contreras Montoya, responde a las funciones encomendadas como Director Titular de CODITRANS por Costa Rica, y Contraparte Técnica respectivamente.

Que el Proyecto “Diseño y Aplicación de Políticas Comunes Centroamericanas” (ADAPCCA-ALA/2004/016-839), asumirá los gastos por concepto de pasajes aéreos, hospedaje y complementos de viáticos para los funcionarios citados. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al licenciado Rafael Chan Jaén, cédula 5-134-539, en calidad de Director General de la División de Transportes y Director Titular de CODITRANS y al Ing. Carlos Contreras Montoya, cédula 1-499-613, en calidad de Director Alterno de CODITRANS y Contraparte Técnica, para que participen en la Reunión Técnica Final para discusión de Conclusiones y Recomendaciones del Plan de Modernización del Sistema Institucional y Empresarial del Transporte Terrestre en Centroamérica, la cual se realizará entre los días del 27 y 29 de mayo del 2009 en Ciudad de Guatemala, Guatemala.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de tiquete aéreo y viáticos al exterior serán cubiertos por la Secretaría del Tratado de Integración Económica Centroamericana (SIECA) dentro del Proyecto “Diseño y Aplicación de Políticas Comunes Centroamericanas” (ADAPCCA-ALA/2004/016-839). El Programa 331, subpartida 1.05.03, cubrirá los gastos por concepto de impuestos por uso de terminal aérea en Costa Rica y Guatemala, por un monto de $26 y $3 respectivamente y taxi aeropuerto-hotel-aeropuerto $50.

Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la participación del licenciado Rafael Chan Jaén y del ingeniero Carlos Contreras Montoya, del 27 al 29 de mayo del 2009, en ciudad Guatemala, Guatemala, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 27 de mayo del 2009.

Dado en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a los 25 días del mes de mayo del 2009

Karla González Carvajal, Ministra de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—(OP Nº 96221-Solicitud Nº 12063).—C-39020.—(46221).

MOPT 078

LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Con fundamento en lo dispuesto en la Ley General de la Administración Pública, Ley 6227 y en la Ley N° 8691 del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, para el ejercicio económico del 2009 y el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos.

Considerando:

I.—Que los Jefes de Estado y de Gobierno de la Región Mesoamericana, reunidos en ocasión de la X Cumbre del Mecanismo de Diálogo y Concertación de Tuxtla, que se llevó a cabo en Villahermosa, México, el 29 de junio del 2008, instruyeron a las entidades competentes de sus países a planificar y desarrollar un proyecto sobre Transporte Marítimo de Corta Distancia en esta región, en el marco del Proyecto Mesoamérica (antes Plan Puebla-Panamá).

II.—Que para dar seguimiento a dicha instrucción de los Jefes de Estado y de Gobierno de la Región Mesoamericana, la Autoridad Marítima de Panamá, junto con la Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo (COCATRAM), con el apoyo del gobierno de la República de Panamá están organizando el segundo Taller para la Planificación del Desarrollo de los componentes del Proyecto mencionado, que se llevará a cabo en la República de Nicaragua, los días jueves 21 y viernes 22 de mayo del 2009.

III.—Que a dicho taller se ha invitado también a los Directores Generales de Aduanas de cada país del Área Mesoamericana, con el fin de elaborar un diagnóstico de los obstáculos existentes por las diferentes regulaciones aduaneras en la región y definir acciones concretas para eliminar las barreras, así como crear las condiciones que garanticen la eficiencia y competitividad.

IV.—Que las invitaciones para dicho Taller están siendo cursadas por el señor Javier Bonagas D, Comisionado Presidencial por Panamá del Proyecto Mesoamérica, quien ha extendido invitación para este taller al Dr. Héctor Arce Cavallini, Director General de la División Marítima Portuaria del MOPT, en razón de su cargo y competencias.

V.—Que es de interés para el Ministerio de Obras Públicas y Transportes la participación de su representante en esta actividad. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al doctor Héctor Arce Cavallini, Director General de la División Marítima Portuaria del MOPT, para que participe en el Taller para la Planificación del Desarrollo de los componentes del Proyecto de Transporte Marítimo de Corta Distancia en la Región Mesoamérica (antes Plan Puebla-Panamá), organizado por la Autoridad Marítima de Panamá, junto con la Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo (COCATRAM), con el apoyo del gobierno de la República de Panamá, que se llevará a cabo en la República de Nicaragua, los días 21 y 22 de mayo del 2009.

Artículo 2º—Los gastos de participación del funcionario por concepto de transporte aéreo, hospedaje, alimentación y transporte interno en Nicaragua durante los días del taller serán cubiertos por los organizadores de la actividad.

Artículo 3º—Los gastos del funcionario por concepto de viáticos, $104,12, serán cubiertos con recursos del Programa 328, “Puertos y Regulación Marítima”, con cargo a la subpartida 1.05.04, Área 01, Actividad 01. Los gastos por concepto de impuestos por uso de terminal aérea en Costa Rica, $26,00, tarjeta de turismo en Nicaragua, $5,00 y traslados del funcionario en Costa Rica al aeropuerto y viceversa, $60,00, serán cubiertos por el Programa 328, “Puertos y Regulación Marítima”, con cargo a la subpartida 1.05.03, Área 01, Actividad 01.

Artículo 4º—Que durante los días en que se autoriza la ausencia del funcionario para participar en la actividad indicada en el artículo 1º, devengará el 100% de su salario.

Artículo 5º—Rige del 20 al 23 de mayo del 2009, ambos días inclusive.

Dado en el Despacho de la Ministra de Obras Públicas y Transportes, a los catorce días del  mes de mayo del dos mil nueve.

Karla González Carvajal, Ministra de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—(OP Nº 96221-Solicitud Nº 12061).—C-52520.—(46223).

MOPT 079

LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Con fundamento en lo dispuesto en la Ley General de la Administración Pública, Ley 6227 y en la Ley N° 8691 del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, para el ejercicio económico del 2009.

Considerando:

I.—Que Puertos del Estado de España, la Autoridad Portuaria de Santander, la Comisión Interamericana de Puertos de la OEA, con el apoyo académico de las Universidades de Cantabria e Internacional Menéndez Pelayo, organiza el X Curso Iberoamericano de Tecnología, Operaciones y Gestión Ambiental en Puertos, que tienen como objetivo contribuir a satisfacer las necesidades de fuerza laboral altamente cualificada que el sector portuario requiere.

II.—Que la participación en el X Curso Iberoamericano de Tecnología, Operaciones y Gestión Ambiental en Puertos, es de especial interés para el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, debido a que el curso proporciona una formación técnica, especializada y actualizada en el área de la Ingeniería Portuaria y Gestión Ambiental.

III.—Que la participación del Ing. Fabricio Mora Vargas, funcionario de la Dirección de Infraestructura de la División Marítimo Portuaria, está directamente relacionada con las funciones que el mismo desempeña en su cargo. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al ingeniero Fabricio Mora Vargas, cédula 1-1054-0424, funcionario de la Dirección de Infraestructura de la División Marítimo Portuaria del MOPT, para que participe en el “X Curso Iberoamericano de Tecnología, Operaciones y Gestión Ambiental en Puertos”, que se llevará a cabo en Santander, España, del 18 de mayo al 12 de junio del 2009.

Artículo 2º—Los gastos de participación del funcionario por concepto de transporte aéreo, hospedaje, formación, viajes de prácticas y la manutención, en régimen de pensión completa serán cubiertos por Puertos del Estado de España y la Autoridad Portuaria de Santander.

Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la ausencia del funcionario para participar en la actividad indicada en el Artículo 1°, devengará el 100% de su salario:

Artículo 4º—Rige a partir del 18 de mayo al 12 de junio de 2009 inclusive.

Dado en el Despacho de la Ministra de Obras Públicas y Transportes, a los quince días del mes de mayo del dos mil nueve.

Karla González Carvajal, Ministra de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—(OP Nº 96221-Solicitud Nº 12061).—C-37500.—(46224).

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Nº MEP-078-09

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1º y 2 de la Ley Nº 6693 del 27 de noviembre de 1981 y de los artículos 2, 3, 4 y 5 del Reglamento General del CONESUP Nº 29631-MEP del 18 de junio del 2001.

Considerando:

Único: Mediante oficio DM-081-09 de fecha 06 de febrero del 2009, el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) decidió designar a la señora Raquel Barrientos Cordero, cédula 1-1064-0393 como representante alterno de MIDEPLAN ante el Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada. Por tanto,

ACUERDAN

Artículo 1º—Dése por nombrada la señora Raquel Barrientos Cordero, cédula de identidad Nº 1-1064-0393, mayor, casada, estadística, vecina de Santa Ana, como Representante Alterno del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) ante el Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP).

Artículo 2º—El presente acuerdo rige a partir del 6 de febrero del 2009 hasta el 6 de febrero del 2011.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los dieciocho días del mes de mayo del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo.—1 vez.—(O. C. Nº 93153).—(Solicitud Nº 13850).—C-16520.—(46614).

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

Nº MCJ/CCPC/006/09

LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD

Con fundamento en el artículo 28, inciso 1) de la Ley Nº 6227 o Ley General de Administración Pública, del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8490 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República; el artículo 9º de la Directriz Nº 7 del 29 de noviembre de 1991 y el artículo 40 de Estatuto del Servicio Civil.

Considerando:

1º—Que la señora Laura Molina Valverde, ha sido invitada para participar en el “Taller de Planeamiento Ejecutivo del Programa DOCTV IB II”, que organiza la Conferencia de Autoridades Audiovisuales y Cinematográficas de Iberoamérica (CAACI).

2º—Que la participación de la señora Laura Molina, en el “Taller de Planeamiento Ejecutivo del Programa DOCTV IB II”, responde a las funciones que realiza como Directora General del Centro Costarricense de Producción Cinematográfica. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a Laura Molina Valverde, cédula Nº 1-506-166, Directora del Centro Costarricense de Producción Cinematográfica, para que participe en el Seminario “Taller de Planeamiento Ejecutivo del Programa DOCTV IB II”, que se realizará del 27 al 29 de abril, 2009, en Buenos Aires, Argentina.

Artículo 2º—El Centro Costarricense de Producción Cinematográfica cubrirá del Presupuesto Ordinario del año dos mil nueve, Subpartida 1.05.04 Viáticos en el Exterior: Día 26/04/09. Cena, por un monto de treinta dólares treinta y seis centavos. Día 30/04/09. Almuerzo, por un monto de treinta dólares treinta y seis centavos. Los organizadores del evento cubrirán el cien por ciento de los gastos de transporte internacional y hospedaje, y los gastos de alimentación restantes.

Artículo 3º—Que durante los días del 26 al 30 de abril del año dos mil nueve, en que se autoriza la participación de la señora Molina Valverde en este Taller, devengará el 100 % de su salario.

Artículo 4º—Rige del 26 al 30 de abril, 2009.

Dado en el Ministerio de Cultura y Juventud, el día 21 de abril del año dos mil nieve.

Laura Pacheco Oreamuno, Ministra de Cultura y Juventud a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 1512).—(Solicitud Nº 29100).—C-27020.—(46186).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

Nº 340-2009

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley 6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley Nº 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo Nº 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y,

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 225-98 de fecha 18 de agosto de 1998, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 189 del 29 de setiembre de 1998; modificado por el Acuerdo Ejecutivo Nº 108-2003 de fecha 06 de febrero de 2003, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 78 del 24 de abril de 2003; y por el Acuerdo Ejecutivo Nº 451-2003 de fecha 23 de mayo de 2003, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 122 del 26 de junio de 2003; a la empresa Magnéticos Toroid de Costa Rica S. A., cédula jurídica número 3-101-208691, se le otorgaron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

II.—Que mediante documentos presentados los días 27 de marzo y 5 de mayo de 2009, en la Gerencia de Operaciones de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Magnéticos Toroid de Costa Rica S. A., solicitó la disminución del nivel mínimo total de empleo.

III.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la sesión Nº 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa Magnéticos Toroid de Costa Rica S. A., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER Nº 46-2009 de fecha 5 de mayo de 2009, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley Nº 7210, sus reformas y su Reglamento.

IV.—Que en relación con las disminuciones de los niveles de empleo e inversión, el entonces Ministro de Comercio Exterior, mediante el Oficio DM-911-1 de 26 de setiembre de 2001, señaló lo siguiente:

“(…) No obstante lo anterior, al ser ésta una institución con una misión y vocación clara de servicio a la exportación, sin dejar de lado claro está, su función de supervisión y control, PROCOMER no puede dejar de considerar factores dinámicos, cambiantes propios del entorno y realidad empresarial.  Es así como también debemos considerar que en muchas ocasiones las empresas beneficiarias del régimen o bien su casa matriz se ven enfrentadas a graves problemas en la comercialización de sus bienes, a crisis financieras internas inclusive problemas de índole macroeconómicos  en sus países  y hasta a situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, circunstancias todas que las podrían obligar a disponer cambios inmediatos en sus políticas de mercado.

Ha sido el afán del Ministerio atender y tratar de ayudar a solventar de la forma más objetiva posible estas situaciones, no sólo teniendo en consideración la posición de las empresas, sino el resguardo sobre todo de intereses de orden general, al valorar el impacto que supone una modificación considerable en los niveles de inversión y empleo frente al cierre definitivo de la empresa. (…)”

V.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto;

ACUERDAN:

1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo Nº 225-98 de fecha 18 de agosto de 1998, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 189 del 29 de setiembre de 1998 y sus reformas, para que en el futuro la cláusula sexta, se lea de la siguiente manera:

“6.   La beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel mínimo de empleo de 10 trabajadores, a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo. Asimismo, se obliga a realizar y mantener una inversión mínima total de al menos US $40,000.00 (cuarenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América).

        PROCOMER vigilará el cumplimiento del nivel de inversión mínimo total de la beneficiaria, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas.  Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una obligación a cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con el nivel mínimo de inversión anteriormente señalado.”

2º—En todo lo que no ha sido expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo Nº 225-98 de fecha 18 de agosto de 1998, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 189 del 29 de setiembre de 1998 y sus reformas.

3º—Rige a partir de su notificación.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los trece días del mes de mayo del año dos mil nueve.

Comuníquese y Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Comercio Exterior a. í., Amparo Pacheco Oreamuno.—1 vez.—(45850).

Nº 367-2009

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; Ley 6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N ° 253-2006 de fecha 20 de octubre de 2006, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 234 del 06 de diciembre de 2006; modificado por el Acuerdo Ejecutivo N ° 321-2006 de fecha 15 de diciembre de 2006, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 28 del 8 de febrero de 2007; a la empresa Diseños Rey Champion S. A., cédula jurídica Nº 3-101-443529, se le otorgaron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

II.—Que mediante documento presentado el día 7 de mayo de 2009, en la Gerencia de Operaciones de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Diseños Rey Champion S. A., solicitó el traslado de parque industrial.

III.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al acuerdo adoptado por la junta directiva de la citada Promotora en la sesión Nº 177-2006, del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa Diseños Rey Champion S. A., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER 49-2009 de fecha 11 de mayo de 2009, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley Nº 7210, sus reformas y su Reglamento.

IV.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto,

ACUERDAN:

1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo 253-2006 de fecha 20 de octubre de 2006, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 234 del 6 de diciembre de 2006 y sus reformas, para que en el futuro la cláusula tercera, se lea de la siguiente manera:

“3.   La beneficiaria operará en el Parque Industrial denominado Zona Franca Metropolitana, ubicado en la provincia de Heredia.”

2º—En todo lo que no ha sido expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo 253-2006 de fecha 20 de octubre de 2006, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 234 del 6 de diciembre de 2006 y sus reformas.

3º—Rige a partir de su notificación.

Comuníquese y publíquese.

 Dado en la Presidencia de la República, San José, a los quince días del mes de mayo del año dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Comercio Exterior a. í., Amparo Pacheco Oreamuno.—1 vez.—(45817).

MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Nº 013-2009-MICIT

EL MINISTRO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política; lo dispuesto en la Ley Nº 8691 del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2009 y 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República, y el artículo 28 de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública.

Considerando:

1º—Que el señor Carlos Bonilla Cortés, es funcionario de la Dirección de Innovación del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

2º—Que la Secretaría General Iberoamericana (SEGIB) y la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI), cursó formal invitación para que se asista a diversas actividades a realizarse durante los días del 2 al 6 de junio del 2009. Por razón de itinerario y transbordos, el viaje se realizará del 2 al 7 de junio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—La señora Ministra de Ciencia y Tecnología, designa al señor Carlos Bonilla, cédula de identidad Nº 1-1068-0862, en su calidad de Director de Innovación, para que asista al 3er Foro Iberoamericano de Responsables de Educación Superior, Ciencia e Innovación, que se llevará a cabo en Buenos Aires-Argentina, los días del 3 al 5 de junio del 2009.

Artículo 2º—Los gastos del señor Bonilla. El Organismo auspiciador cubrirá los gastos de hospedaje y desayuno durante los días de la actividad. El Ministerio de Ciencia y Tecnología cubrirá lo correspondiente a tiquete aéreo en clase económica, hospedaje del día 2 y 6 de junio y lo que le corresponda en viáticos, gastos menores, transporte interno, impuestos, tributos o cánones que el señor Bonilla deba pagar por la utilización de las terminales aéreas durante su estadía en Buenos Aires-Argentina. Se adelantará la suma de setecientos cincuenta dólares americanos ($750,00), sujetos a liquidación.

Artículo 3º—Que durante los días del 2 al 7 de junio, que se autoriza la participación del señor Bonilla en la actividad antes indicada, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del día 2 de junio del 2009, hasta su regreso el día 7 de junio del 2009.

Dado en el Ministerio de Ciencia y Tecnología, el día veintiséis de mayo del dos mil nueve.

Publíquese.—MSc. Carlos Cascante Duarte, Ministro de Ciencia y Tecnología a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 93406).—(Solicitud Nº 29140).—C-24020.—(45912).

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS

REGISTRO DE AGROQUÍMICOS

EDICTOS

Nº DIA-R-E-457-2009.—El señor German Quintero Ovalles, portador del pasaporte Nº 5450951, en su calidad de representante legal de la compañía Insecticidas Internacionales S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del producto insecticida de nombre comercial Cebicid 80 WP, compuesto a base de Carbaryl. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y Ley Nº 8702 Trámite de Solicitudes de Registro de Agroquímicos. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 27 de mayo del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(45765).

Nº DIA-R-E-451-2009.—El señor Farid Silman Carranza, portador de la cédula Nº 8-067-028, en su calidad de representante legal de la compañía Asesoría Agroindustrial S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del producto fungicida de nombre comercial AA Procloraz 45 EC, compuesto a base de Procloraz. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y Ley Nº 8702 Trámite de Solicitudes de Registro de Agroquímicos. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 26 de mayo del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(45766).

Nº DIA-R-E-450-2009.—El señor Farid Silman Carranza, portador de la cédula de identidad Nº 8-067-028, en su calidad de representante legal de la Compañía Asesoría Agroindustrial S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del producto herbicida de nombre comercial Sinmosa 20 SL, compuesto a base de Paraquat. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y Ley Nº 8702 Trámite de Solicitudes de Registro de Agroquímicos. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 26 de mayo del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(45767).

Nº DIA-R-E-449-2009.—El señor Farid Silman Carranza, portador de la cédula de identidad Nº 8-067-028, en su calidad de representante legal de la Compañía Asesoría Agroindustrial S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del producto herbicida de nombre comercial Glister 36 SL, compuesto a base de Glifosato. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y Ley Nº 8702 trámite de solicitudes de Registro de Agroquímicos. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 26 de mayo del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(45768).

Nº DIA-R-E-448-2009.—El señor Farid Silman Carranza, portador de la cédula de identidad Nº 8-067-028, en su calidad de representante legal de la Compañía Asesoría Agroindustrial S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del producto fungicida de nombre comercial Chemozole 25 EC, compuesto a base de Tebuconazole. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y Ley Nº 8702 Trámite de Solicitudes de Registro de Agroquímicos. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 26 de mayo del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(45769).

Nº DIA-R-E-342-2009.—El señor Eduardo Dada Hutt, portador de la cédula Nº 8-062-594, en su calidad de representante legal de la compañía Indagro S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del producto insecticida de nombre comercial Omitox Fuego 3 GB, compuesto a base de Octaborato de Sodio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y Ley Nº 8702 Trámite de Solicitudes de Registro de Agroquímicos. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 30 de abril del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(45808).

DIA-R-E-467-2009.—El señor Ricardo Vargas Aguilar, portador de la cédula número 3-304-085, en su calidad de representante legal de la compañía Ricardo Vargas Aguilar, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del producto Insecticida- Acaricida de nombre comercial ABAMECTINA 1.8 EC compuesto a base de Abamectina. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y Ley 8702 Trámite de solicitudes de Registro de Agroquímicos. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 11:20 horas del 28 de mayo del 2009.—Ing.Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(46227).

DIA-R-E-466-2009.—El señor Ricardo Vargas Aguilar, portador de la cédula número 3-304-085, en su calidad de representante legal de la compañía Ricardo Vargas Aguilar, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del producto insecticida de nombre comercial TRIPZELL 20 SC compuesto a base de Fipronil. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y Ley 8702 Trámite de solicitudes de Registro de Agroquímicos. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 11:17 horas del 28 de mayo del 2009.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(46228).

DIA-R-E-469-2009.—El señor Ricardo Vargas Aguilar, portador de la cédula número 3-304-085, en su calidad de representante legal de la compañía Ricardo Vargas Aguilar, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del producto insecticida de nombre comercial CIROMAZELL 75 WP compuesto a base de Ciromazina. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y Ley 8702 Trámite de solicitudes de Registro de Agroquímicos. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 11:53 horas del 28 de mayo del 2009.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(46229).

DIA-R-E-468-2009.—El señor Ricardo Vargas Aguilar, portador de la cédula número 3-304-085, en su calidad de representante legal de la compañía Ricardo Vargas Aguilar, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del producto herbicida de nombre comercial CLETOZELL 12 EC compuesto a base de Clethodim. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y Ley 8702 Trámite de solicitudes de Registro de Agroquímicos. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 11:40 horas del 28 de mayo del 2009.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(46230).

DIA-R-E-340-2009.—El señor Ricardo Vargas Aguilar, portador de la cédula número 3-304-085, en su calidad de representante legal de la compañía Ricardo Vargas Aguilar, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del producto fungicida de nombre comercial TEBUTRIAZELL 30 EC, compuesto a base de Tebuconazol + Triadimenol. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y Ley 8702 Trámite de Solicitudes de Registro de Agroquímicos. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 12:10 horas del 29 de abril del 2009.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(46231).

DIA-R-E-459-2009.—El señor Ricardo Vargas Aguilar, portador de la cédula número 3-304-085, en su calidad de representante legal de la compañía Ricardo Vargas Aguilar, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del producto herbicida de nombre comercial METSULFOZELL 60 WP compuesto a base de Metsulfuron Metil. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y Ley 8702 Trámite de Solicitudes de Registro de Agroquímicos. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 9:10 horas del 28 de mayo del 2009.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(46232).

DIA-R-E-360-2009.—El señor Bernardo Morsinsk Schaefer, portador de la cédula de identidad Nº 1-0441-0980, en su calidad de Representante Legal de la compañía Abonos del Pacífico S. A. (ABOPAC), cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del producto Herbicida de nombre comercial Abopac Terbutrina 80 WG, compuesto a base de Terbutrina. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y Ley 8702 trámite de solicitudes de registro de agroquímicos. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 6 de mayo del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(46566).

DIA-R-E-447-2009.—El señor Rodrigo Gutiérrez Céspedes, portador de la cédula de identidad número 9-044-935 en su calidad de representante legal de la compañía Nufarm Americas Inc., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita la inscripción del producto herbicida de nombre comercial Toram 101 30.4 SL compuesto a base de 2,4-D+PICLORAM. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y Ley 8702 Trámite de solicitudes de Registro de Agroquímicos. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 26 de mayo del 2009.—Departamento de Insumos Agrícolas.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(46646).

DIA-R-E-332-2009.—El señor Rodrigo Gutiérrez Céspedes portador de la cédula número 9-044-935 en su calidad de representante legal de la compañía Nufarm Americas Inc. S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita la inscripción del producto herbicida de nombre comercial Purestand 60 WG, compuesto a base de Metsulfuron Metil. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y Ley 8702 trámite de solicitudes de registro de agroquímicos. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 29 de abril del 2009.—Departamento de Insumos Agrícolas.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(46648).

DIA-R-E-330-2009.—El señor Rodrigo Gutiérrez Céspedes, portador de la cédula número 9-044-935 en su calidad de representante legal de la compañía Nufarm Americas, Inc., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita la inscripción del producto fungicida de nombre comercial Champion 37,5 WG, compuesto a base de Hidróxido de Cobre. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y Ley 8702 trámite de solicitudes de registro de agroquímicos. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 29 de abril del 2009.—Departamento de Insumos Agrícolas.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(46649).

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS

Oscar Alpízar, con cédula de identidad Nº 2-313-072, vecino de San José, en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Corporación Rivas Internacional Xochitl S. A., con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Autocox. Fabricado por: Laboratorio Eimeria S. A. de C. V., con los siguientes principios activos: cada 100 ml contienen: eimeria acervulina, eimeria máxima, eimeria proecox, eimeria tenella y las siguientes indicaciones terapéuticas: para la prevención de la coccidiosis en pollos de engorde. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 27 de mayo del 2009.—Departamento Registro y Control de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1 vez.—(46138).

El señor Rafael Herrera Herrera, con número de cédula 4-103-1358, vecino de Heredia, en calidad de representante legal de la compañía Droguería Herrera y Elizondo, con domicilio en Heredia, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Iverwell pasta oral, fabricado por Laboratorio Wellco, Guatemala, con los siguientes principios activos: cada ml contienen: Ivermectina 12 mg, Prazicuantel 150 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas: antiparasitario de uso en equinos, con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 27 de mayo del 2009.—Departamento Registro y Control de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1 vez.—(46190).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL

DEPARTAMENTO DE GEODESIA Y TOPOGRAFÍA

AVISO N ° 2009-013

ZONA MARÍTIMA TERRESTRE

Amojonamiento de zona pública en un sector

costero entre Estero Paquera y Playa Cuchillo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 del Reglamento de la Ley N° 6043 Sobre la Zona Marítimo Terrestre del 2 de marzo de 1977, el Instituto Geográfico Nacional comunica que entre el 17 de abril y el 26 de junio de 2008 demarcó la zona pública en un sector costero entre estero Paquera y Playa Cuchillo, distrito 05 Paquera, cantón 01 Puntarenas, provincia de Puntarenas, entre las coordenadas Lambert aproximadas del Mapa MBCR-1/50.000 Hoja Tambo 3245 III, además se incluyen las coordenadas aproximadas en el nuevo sistema de proyección cartográfico CRTM05:

1086829 N - 400706 E y 1086958 N - 400881 E (CRTM05)

201370 N - 437050 E y 201500 N - 437225 E (LAMBERT)

(9 mojones, enumerados del 395 al 403)

Los datos técnicos oficiales del trabajo han quedado registrados con los números 26B-3 y 26B-4 en el Registro de la Zona Marítimo Terrestre del IGN.—San José, 29 de mayo del 2009.—MSc. Max Lobo Hernández, Director General.—1 vez.—(45849).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversifica en Ciencias, inscrito en el tomo 2, folio 200, título Nº 4469, emitido por el Liceo Monseñor Rubén Odio, en el año mil novecientos ochenta y ocho, a nombre de Quesada Tijerino Juan Carlos. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, ocho de mayo del dos mil nueve.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—Nº 108677.—(45051).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 3, folio 17, título Nº 3003, y del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Contabilidad, inscrito en el tomo 1, folio 442, asiento Nº 6706, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Heredia, en el año dos mil uno, a nombre de Duarte Sanabria Alejandro Alberto. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los doce días del mes de mayo del dos mil nueve.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Jefe.—Nº 109213.—(45555).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 94, título Nº 622, emitido por el Liceo de Aserrí, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Saborío Moreno Carla. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintisiete días del mes de abril del dos mil nueve.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—Nº 108992.—(45556).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 141, título 1647, emitido por el Liceo del Sur, en el año mil novecientos ochenta y ocho, a nombre de Ledezma Castro Kathia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 7 de noviembre del 2008.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(45829).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Área de Ciencias”, inscrito en el tomo 1, folio 25, título 491, emitido por el Liceo Justo A. Facio, en el año mil novecientos setenta y ocho, a nombre de Abarca Acevedo Fidel Ángel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 19 de mayo del 2009.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(45841).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 62, título 166, emitido por el Colegio Técnico Industrial Puerto Jiménez, en el año dos mil siete, a nombre de Jiménez Jara Reynor Antonio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 21 de mayo del 2009.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(45879).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 184, título 1345 emitido por el Colegio Nocturno Pbro. Enrique Menzel, en el año dos mil cuatro, a nombre de Pérez Alvarado Jeimy. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 1º de junio del 2009.—MSc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora Departamento de Evaluación de la Calidad.—(45929).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Técnica” Modalidad Industrial, Especialidad Mecánica General, inscrito en el tomo 1, folio 13, título Nº 189 y del Título de Técnico Medio en Mecánica General, inscrito en el tomo 1, folio 15, título Nº 190, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Limón, en el año mil novecientos setenta y nueve, a nombre de Porras On Eric Paul. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veinticinco de mayo del dos mil nueve.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—M.Sc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—(45948).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 87, título Nº 702, emitido por el Colegio Nocturno de Limón, en el año dos mil, a nombre de Crawford Wright Shahury Yoshira. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—M.Sc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—(46135).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 69, asiento Nº 430, emitido por el Colegio Nocturno José Martí, en el año mil novecientos sesenta y siete, a nombre de Mondragón López Carlos Alberto. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 2 de junio del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—Msc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—(46194).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 138, título Nº 1794, emitido por el Colegio Calazans Diurno, en el año dos mil cinco, a nombre de Muñoz Martín Viviana. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 28 de mayo del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—Msc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(46210).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 16, título 110, emitido por el Colegio Técnico Profesional La Suiza, en el año mil novecientos noventa y uno, a nombre de Pereira Rojas Óscar Gerardo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiocho días del mes de mayo del dos mil nueve.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Departamento de Evaluación de la Calidad.—(46244).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 25, título 543, emitido por el Colegio Internacional SEK-Costa Rica, en el año dos mil cuatro, a nombre de Hernández Guillén José Rodolfo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dos días del mes de junio del dos mil nueve.—MSc. Guísela Céspedes Lobo, Asesora Departamento de Evaluación de la Calidad.—(46245).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 42, título 316, emitido por el Colegio Seráfico San Francisco, en el año mil novecientos noventa y cinco, a nombre de Montero Quirós Mauricio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 21 de mayo del 2009.—Msc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—Nº 109720.—(46330).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo I, folio 85, título Nº 1056, emitido por el Liceo Luis Dobles Segreda, en el año mil novecientos ochenta y uno, a nombre de Teme Álvarez Leila Zara. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 2 de junio del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—(46361).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 4, folio 80, título Nº 481, emitido por el Colegio Bagaces, en el año dos mil cuatro, a nombre de Álvarez Solera Jonathan José. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 3 de junio del 2009.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(46619).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 17, título Nº 149, emitido por el Colegio Latino, en el año dos mil cuatro, a nombre de Montenegro Samudio Marvin Antony. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellido cuyo nombres y apellidos correctos son: Arias Montenegro Marvin Antony. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 2 de junio del 2009.—MSc. Guisella Céspedes Lobo, Asesora.—(46622).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 147, título 1156, emitido por el Colegio Monterrey, en el año dos mil uno, a nombre de Fonseca Fernández Jorge Enrique. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 8 de mayo del 2009.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(46635).

CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO

PARA LA EDUCACIÓN TÉCNICA-

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Profesorado en Contabilidad, inscrito en el tomo 1, folio 2, asiento Nº 20, este título fue emitido por el Centro de Investigación y Perfeccionamiento para la Educación Técnica, el 5 de agosto de 1983, a nombre de Carlos Alberto Mondragón López, con cédula Nº 6-062-336. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Alajuela, 12 de mayo del 2009.—Dirección Ejecutiva.—Lic. Jairo Bonilla Alfaro, Director Ejecutivo a. í.—(46193).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

En sesión celebrada en San José a las nueve horas del 6 de mayo del 2009, se acordó conceder Traspaso de Pensión de Gracia, mediante la resolución JNPTA-452-2009, a la señora Rodríguez Rivera Digna, mayor, viuda, cédula de identidad 4-041-4113, vecina de Heredia; por un monto de ochenta mil seiscientos once colones con cero céntimos (¢80.611,00), con un rige a partir 15 de julio del 2008. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—Lic. Róger Porras Rojas.—1 vez.—(46572).

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada Unión Nacional de Trabajadores de Obras Públicas y Transportes, siglas UNATROPYT, acordada en asamblea celebrada el día 31 de enero del 2009. Expediente S-O016. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta el artículo 8 del Estatuto.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(46561).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Cambio de nombre Nº 60463

Que Fernando Mora Rojas, cédula Nº 1-269-114, en calidad de representante legal de AB Mauri Technology PTY Limited, solicita a este Registro se anote la inscripción del cambio de nombre de BURNS PHILIP TECHNOLOGY PTY LIMITED por el de AB MAURI TECHNOLOGY PTY LIMITED, presentada el día 20 de mayo del 2009 bajo expediente Nº 60463. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2004-0005906 MAURI en clase 29 marca Mixto y 2004-0006230 MAURI en clase 30 marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—Oficina de Marcas y Otros Signos Distintivos.—Karolina Rojas Delgado.—1 vez.—Nº 109554.—(46358).

Cambio de Nombre Nº 59820

Que Francisco Guzmán Ortiz, en calidad de representante legal de Gruppo Cimbali S.p.A., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de CIMBALI S.P.A. por el de GRUPPO CIMBALI S.p.A., presentada el día 21 de abril del 2009 bajo expediente 59820. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1998-0006444 Registro Nº 113664 LA CIMBALI en clase 11 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de abril del 2009.—Katherin Jiménez Tenorio.—1 vez.—Nº 109670.—(46359).

Cambio de nombre Nº 60214

Que Giselle Reuben Hatounian, cédula Nº1-1055-703 en calidad de representante legal de Ronson Incorporated Limited, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Ronson PLC por el de Ronson Incorporated Limited, presentada el día 5 de mayo de 2009 bajo expediente 60214. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1997-0004065 Registro Nº 111766 RONSON en clase 34 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de mayo del 2009.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—1 vez.—(46617).

Cambio de nombre Nº 684

Que Guiselle Reuben Hatounian, cédula Nº 1-1055-703, en calidad de apoderada especial de Universidad U Latina Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-177510, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Zender Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-177510 por el de Universidad U Latina Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-177510, presentada el día 5 de junio de 2008 bajo expediente 684. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1994-0005705 Registro Nº 90916 ILAFORI en clase 49 marca denominativa y 1999-0009432 Registro Nº 122042 ILAFORI en clase 41 marca mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. a efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 2 de marzo del 2009.—José Fabio Gamboa Godínez, Registradoro.—1 vez.—(46618).

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada Asociación de Reciclado de Fila Manigordo, con domicilio en la provincia de Puntarenas, Río Claro. Sus fines, entre otros están: velar por el mejoramiento social, cultural, educativo, organizativo y productivo de sus asociados. Su presidenta, Odilí Zúñiga Martínez, es la representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus reformas, Nº 218 del 8 de agosto de 1939 y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite. Tomo: 2009, asiento 00330, adicional: 2009-97206.—Curridabat, veinticuatro de abril del dos mil nueve.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 109302.—(46108).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Campesinos Senderos de Osa, con domicilio en la provincia de Puntarenas, en Guadalupe de La Palma de Puerto Jiménez, cuatrocientos metros al sur de la escuela, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: proteger los senderos y en general los recursos naturales de la península de Osa. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente Luis Alberto Angulo Angulo. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomos: 577 y 2009, asientos: 3548 y 113271.—Curridabat, ocho de mayo del dos mil nueve.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 109331.—(46109).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Alto Varas de Turrialba, con domicilio en la provincia de Cartago. Cuyos fines principales, entre otros, son los siguientes: administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto, de conformidad con las disposiciones y reglamentos que al respecto emite el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados que serán de acatamiento obligatorio. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente Jaime Salazar Sánchez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2009, asiento 86182).—Curridabat, siete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 109335.—(46110).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario del Futuro de La Tigra de San Carlos de Alajuela, con domicilio en la provincia de Alajuela, San Carlos. Sus fines, entre otros, están: administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto. Su presidente Rolando Eduardo González Mejía, es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus reformas, Nº 218 del 8 de agosto de 1939 y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite. Tomo: 578, asiento 27951.—Curridabat, veinte de mayo del dos mil nueve.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 109357.—(46111).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma estatutos de la entidad denominada Asociación Madre María Magdalena de Jesús Figueroa. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2009, asiento: 120053.—Curridabat, veintiuno de mayo del dos mil nueve.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 109380.—(46112).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Vecinos de Pacífica Estates de Playa Hermosa, con domicilio en la provincia de Puntarenas. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: construcción de una calle privada y de una caseta de vigilancia en beneficio de los vecinos asociados. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente Lonny Allen Mead. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 577, asiento: 70906, adicionales 2009-41924 y 2009-123055.—Curridabat veinte de mayo del dos mil nueve.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(46150).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Fútbol Asociado, con domicilio en la provincia San José, trescientos metros al sur del Costa Rica Tenis Club; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: organización, promoción del fútbol aficionado de acuerdo con sus propios reglamentos. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, conforme al artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Luis Javier Zúñiga Álvarez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas), y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomos: 577 y 2009 asientos: 92903 y 74672.—Curridabat, 26 de marzo del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 109508.—(46353).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Damas Activas de Bataan, con domicilio en la provincia de Limón. Cuyos fines entre otros serán los siguientes: gestionar y apoyar la creación de servicios sociales y comunales. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es la presidenta Catalina Valencia Valencia. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas), y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 578, asiento 13450 y tomo 2009, asiento 31908).—Curridabat, 13 de febrero del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 109515.—(46354).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma al estatuto de la Asociación Cámara de Insumos Agropecuarios de Costa Rica. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939 y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2009, asiento: 36457.—Curridabat, 27 de abril del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 109522.—(46355).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Laringectomizados de Costa Rica con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines entre otros serán los siguientes: desarrollar actividades tendientes al mejoramiento de la calidad de vida de sus asociados y sus familias en forma integral, salud física, emocional y social, así como en el ámbito cultural, espiritual y económico. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente Bernardo Coronado Montoya. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas) y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 577, asiento 45401, tomo 2009, asiento 310, tomo 2009, Asiento 66154 y tomo 2009, asiento 104290).—Curridabat, 18 de mayo del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 109544.—(46356).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Alákölpa Kanéwak, (Mujeres Trabajadoras) con domicilio en la provincia de Limón, Talamanca. Sus fines, entre otros están: promover en las mujeres trabajadoras de Talamanca, el debate y la reflexión acerca de la cultura indígena, su medio ambiente y la producción sostenible y amigable con el ambiente. Su presidenta Noemy Blanco Salazar, es la representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite; tomo: 2009, asiento 35986.—Curridabat, 24 de abril del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 109580.—(46357).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Cristiana Poder Para Animar, con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Realizar todo tipo de actividades tendientes a la propagación de la fe cristiana con base en las doctrinas de Jesucristo. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidenta: Sonia María Soto Ocaña. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2009 Asiento: 23752, Adicional Tomo: 2009 Asiento: 57474).—Curridabat, 20 de abril del 2009.—Lic. Grace Lu Scott Lobo, Directora a. í.—1 vez.—(46675).

REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La señora María del Milagro Chaves Desanti, cédula 1-626-794, mayor, abogada, vecina de Santa Ana, en su condición de apoderada especial de Bridgestone/Firestone North American Tire LLC, de E. U. A., solicita la patente de invención denominada MANDRILES Y SU USO EN EL PROCESADO DE ESTRUCTURAS TOROIDALES. Un mandril y un sistema de mandriles, y un método para procesar una estructura toroidal tal como una carcasa de neumático. La carcasa incluye una circunferencia interena y extremos ahusados. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es B29D 30/24, cuyos inventores son Amir Serdarevic, John Kaiser, William Lutes. La solicitud correspondiente lleva el número 10774, y fue presentada a las 9:11:08 del 7 de mayo de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 8 de mayo de 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—Nº 108734.—(45163).

La señora María del Milagro Chaves Desanti, mayor, abogada, cédula de identidad número 1-626-794, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Bridgestone Firestone North American Tire LLC, de Estados Unidos de América, solicita la Patente de Invención denominada NEUMÁTICO INCLUYENDO REBAJES CÓNCAVOS EN UNA BANDA DE RODADURA CIRCUNFERENCIAL. Se facilita un neumático (100) que tiene un plano ecuatorial y una banda de rodadura circunferencial (110). La banda de rodadura (110) incluye al menos un rebaje (140) definido por al menos una superficie cóncava que tiene una pluralidad de entalladuras de agarre (160) formadas en ella. Opcionalmente, al menos única superficie cóncava (145) puede incluir uno o más canales dispuestos en ella. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es B60C 11/13, cuyos inventores son Francis Byrne y Keith Dumigan. La solicitud correspondiente lleva el número 10773, y fue presentada a las 09:11:00 del 07 de mayo de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 8 de mayo del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—Nº 108735.—(45164).

El señora María del Milagro Chaves Desanti, mayor, abogada, cédula de identidad número 1-626-794, vecina de San José, en su condición de apoderada especial del señor Gerhard Figl de Austria, solicita la patente de invención denominada MOTOR DE COMBUSTIÓN INTERNA. La invención se relaciona con un motor de combustión interna comprendiendo al menos un cilindro (1) de émbolo, comprendiendo una caja (3) que encierra inyectores (2) gemelos de gas y posee dos aberturas (4) de admisión para el suministro separado de gas de hidrógeno y gas de oxígeno a la cámara (5) de combustión del cilindro de émbolo, comprendiendo dos válvulas (6) de admisión eléctricas, controlados por tiempo y por presión. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen, y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es F02F 1/18, cuyo inventor es Gerhard Figl. La solicitud correspondiente lleva el número 10565, y fue presentada a las 8:21:30 del 16 de enero de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y urja vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de abril del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—Nº 108736.—(45165).

La señora María del Milagro Chaves Desanti, mayor, abogada, cédula de identidad número 1-626-794, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Mitsubishi Tanabe Pharma Corporation de Japón. solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE 1-(-D-GLUCOPIRANOSIL)-3-(4-CICLOPROPILFENILMETIL)-4-HALOGENO INDOL Y USO DE LOS MISMOS COMO INHIBIDORES DE LOS TRANSPORTADORES DE GLUCOSA DEPENDIENTES DE SODIO. Nuevos derivados de indol de la fórmula (I) o una de sus sales farmacéuticamente aceptables: en donde R1 es flúor o cloro, y R2 es hidrógeno o flúor, que son inhibidores de SGLT y son de utilidad para el tratamiento o la prevención de la diabetes y condiciones relacionadas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es C07H 19/04, cuyo (s) inventores son Sumihiro Nomura, Shigeki Sakamaki. La solicitud correspondiente lleva el número 10583, y fue presentada a las 11:33:00 del 26 de enero de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de abril del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—Nº 108737.—(45166).

El señor Jorge Tristán Trelles, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-392-470, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de United States Gypsum Company, de Estados Unidos de América, solicita la patente de invención denominada CUCHILLO PARA ENCINTADO DE PANELES DE YESO CON MARTILLO POLIMÉRICO. Una herramienta incluye una cuchilla con un extremo de trabajo y un extremo de manija opuesto al extremo de trabajo, una manija fija al extremo de manija y que tiene un extremo de cuchilla y un extremo de martillo, un martillo fijo al extremo de martillo y que tiene un cuerpo hecho de un material polimérico relativamente duro y ligero. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es B25D 1/02, cuyos inventores son Aaron Charles Rosso, Matthew E. Myers y Scott Fong. La solicitud correspondiente lleva el número 10631, y fue presentada a las 09:10:00 del 25 de febrero de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y urja vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de abril del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—Nº 108746.—(45167).

El señor Jorge Tristán Trelles,  mayor, abogado, cédula de identidad número 1-392-470, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Purdue Pharma L.P., de Estados Unidos de América, solicita la Patente de Invención denominada FORMAS FARMACÉUTICAS DE DOSIFICACIÓN ORAL RESISTENTE A INTERFERENCIAS COMPRENDEN UN ANALGÉSICO OPIOIDE. La presente invención se refiere a formas de dosificación farmacéutica, por ejemplo a una forma de dosificación no manipulable que incluye un analgésico opioide y procesos de elaboración usos y métodos de tratamiento de la misma. La memoria descriptiva, reivindicaciones resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es A61K 31/485, cuyos inventores son Richard Owen Mannion, Edward Patrick O’donnell, William Henry McKenna y Haiyong Hugh Huang. La solicitud correspondiente lleva el numero 10691 y fue presentada a las 09:13:00 del 25 de marzo de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y urja vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 5 de mayo del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—Nº 108733.—(45168).

La señora Kristel Faith Neurohr, cédula 1-11443-447, mayor, soltera, abogada, vecina de Santa Ana, en su condición de apoderada especial de Abbott Laboratories, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada PROTEÍNAS DE UNIÓN A IL-12/P40. Proteínas de unión a IL-12p40, en particular anticuerpos que se unen a la interleuquina-12 humana (hIL-12) y/o IL-23 humana (hIL-23). Específicamente la invención se relaciona con anticuerpos que son quiméricos, con injertos de CDR y anticuerpos humanizados. La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C07K 14/715, cuyos inventores son Lacy, Susan E., Fung, Emma, Belk, Jonathan P., Dixon Richard W., Roguska Michael, Hinton Paul, R., Kumar Shankar. La solicitud correspondiente lleva el número 9599, y fue presentada a las 08:43:36 del 18 de diciembre de 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los  tres meses siguiente a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 4 de mayo de 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(45176).

La señora Kristel Faith Neurohr, cédula 1-1143-447, mayor, soltera, abogada, vecina de Santa Ana, en su condición de apoderada especial de Central Castilla S. A., de Colombia, Intercontinental Sugar USA LLC., de E. U. A., solicita la Patente de Invención denominada AZÚCAR ENTERA. Un azúcar entera que contiene sacarosa e ingredientes adicionales a partir de la caña de azúcar, que no se encuentran en azúcares convencionales, crudos, blancos refinados o amorfos. Se revelan los procesos para fabricar el azúcar entera. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C13J 1/08, cuyos inventores son Quintero Balcazar, Bernardo, Posso Trujillo, Vivian, Alexandra, Argüello Gamboa, Gabriel, Cárdenas Hernando, Benítez Bueno, Humberto Francisco. La solicitud correspondiente lleva el número 10031, y fue presentada a las 07:49:23 del 30 de mayo de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de abril de 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(45177).

El señor Manuel Enrique Lizano Pacheco, mayor, casado, abogado, cédula de identidad número 1-833-413, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Takeda Pharmaceutical Company Limited de Japón, solicita la Patente de Invención denominada USO DE 2-6-(3-AMINO-PIPERIDIN-1-IL)-3-METIL-2,4-DIOXO-3,4-DIHIDRO-2H-PIRIMIDIN-1-ILMETIL-4-FLUORO-BENZONITRILO. Se proporcionan composiciones farmacéuticas que comprenden 2-[6-(3-amino-piperidin-l-il)-3-metil-2,4-dioxo-3,4-dihidro-2H-pirimidin-l-ilmetil]-4-fluoro-benzonitrilo y sales farmacéuticamente aceptables del mismo, así como también kits y artículos de fabricación que comprenden las composiciones farmacéuticas, así como también los métodos para utilizar las composiciones farmacéuticas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es A61K 31/513, cuyos inventores son Ronald J. Christopher, Atsushi Ogawa y Paul Covington. La solicitud correspondiente lleva el número 10711, y fue presentada a las 13:13:30 del 13 de abril de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 4 de mayo del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge. Registradora.—(45178).

El señor José Antonio Muñoz Fonseca, mayor, casado, abogado, cédula de identidad número 1-433-939, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Abbott Laboratories, de Estados Unidos de América, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE AZAADAMANTANO Y MÉTODOS DE USO DE LOS MISMOS. Compuestos que son derivados de azaadamantano, particularmente derivados de azaadamantano sustituidos con éter o amina, y sales y prodrogas de estos, composiciones que comprenden estos compuestos, métodos para usar estos compuestos y composiciones, procesos para preparar estos compuestos, e intermediarios obtenidos durante estos procesos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es C07D 451/14, cuyos inventores son Schrimpf Michael R, Nersesian Diana L, Sippy Kevin B, Ji Jianguo, Li Tao, Scanio Marc, Shi Lei, Lee Chih-Hund, Bunnelle William H, Zhang Geoff G.Z., Brackemeyer, Paul J, Chen Shuang y Henry Rodger F. La solicitud correspondiente lleva el número 10743, y fue presentada a las 09:42:00 del 23 de abril de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 24 de abril del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(45179).

El señor Manuel Enrique Lizano Pacheco, cédula 1-833-413, mayor, casado una vez, abogado, vecino de Santa Ana, en su condición de apoderado especial de Takeda San Diego Inc., de E. U. A., solicita la Patente de Invención denominada INHIBIDORES DE CINASA. Se proporcionan compuestos para uso con las cinasas que comprenden un compuesto seleccionado del grupo que consiste de la fórmula (I) en donde las variables son como se definen en la presente. También se proporcionan composiciones farmacéuticas, kits y artículos para manufactura que comprenden tales compuestos; métodos e intermediarios útiles para hacer los compuestos; y métodos de uso de los compuestos.  La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C07D 213/61, cuyos inventores son Dong, Qing, Paraselli Bheema, Stafford, Jeffrey, Alan, Wallace, Michael, B., Wijesekera, Hasanthi, Brown, Jason W. La solicitud correspondiente lleva el número 10780, y fue presentada a las 08:42:17 del 8 de mayo de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 11 de mayo de 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(45180).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Édgar Zürcher Gurdián, mayor, divorciado, abogado, cédula de identidad número 1-532-390, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de WYETH, de Estados Unidos de América, solicita la Patente de Invención denominada MEDIOS DISEÑADO RACIONALMENTE PARA CULTIVO CELULAR. Esta invención se relaciona con métodos para diseñar racionalmente medios de cultivo celular para uso en cultivos celulares, por ejemplo, cultivos celulares empleados en producción de polipéptido; medios de cultivo celular diseñados con los métodos descritos; métodos para producir un polipéptido de interés, por ejemplo, un anticuerpo, utilizando tales medios; polipéptidos producidos utilizando los métodos y medios descritos aquí; y composiciones farmacéuticas que contienen tales polipéptidos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es C12N 5/00 cuyos inventores son Luan Yen-Tung, Wang Wenge, Nolan Ryan y Drapeau Denis. La solicitud correspondiente lleva el número 10781 y fue presentada a las 13:17:05 del 8 de mayo de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 11 de mayo del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(46166).

El señor Édgar Zürcher Gurdián, cédula 1-532-390, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Dyax Corp., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada TERAPIA DE COMBINACIÓN EN SECUENCIA. Se divulgan nuevos métodos de tratamiento de trastornos relacionados con la angiogénesis. Los trastornos relacionados con la angiogénesis se tratan por la administración de un agente de unión al ectodominio Tiel y de una gente antagonista de VEGF. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,  la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A61K 38/00, cuyos inventores son Jain, Rakesh K., Wood, Clive R., Dransfield, Daniel T., Arulanandam, Antonio. La solicitud correspondiente lleva el número 10798 y fue presentada a las 12:59:00 del 15 de mayo de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.  Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 19 de mayo de 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(46167).

El señor Édgar Zürcher Gurdián, mayor, divorciado, abogado, cédula de identidad número 1-532-390, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Takeda Pharmaceutical Company Limited, de Japón, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE METASTINA Y SUS USOS. La presente invención provee derivados estables de metastina con excelentes actividades biológicas (actividad supresora de metástasis de cáncer, actividad supresora de crecimiento de cáncer, actividad estimuladora de secreción de hormona gonadotrófica, actividad estimuladora de secreción de hormonas sexuales, etc.) La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es C07K 14/47 cuyos inventores son Asami Taiji y Nishizawa Naoki. La solicitud correspondiente lleva el número 10799 y fue presentada a las 13:00:00 del 15 de mayo de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de mayo del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(46168).

El señor José Fernando Carter Vargas, cédula 1-497-461, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Bayer Cropscience A.G, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada COMBINACIONES DE HERBICIDAS CON SULFONILUREAS ESPECIALES. Las combinaciones herbicidas con un cierto contenido de componentes (A) y (B) tienen efectos herbicidas mejorados: (A) uno o varios herbicidas tomados del conjunto formado por los compuestos de la fórmula (I) y sus sales, y (B) uno o varios herbicidas tomados del conjunto formado por los compuestos de la fórmula (IL) y sus sales y ésteres. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A01N 47/36, cuyos inventores son Marceles, Víctor, Eadie, AI, Bickers, Udo. La solicitud correspondiente lleva el número 10792 y fue presentada a las 14:59:19 del 12 de mayo de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 19 de mayo de 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(46170).

El señor Mauricio Bonilla Robert, mayor, casado una vez, abogado, cédula de identidad Nº 1-903-770, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Acrílicos Sablón Sociedad Anónima de capital variable de México, solicita el Modelo Industrial denominado CAJA PARA ARTÍCULOS ESCOLARES.

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La invención se refiere a un contenedor para artículos escolares de forma esencialmente de prisma rectangular con esquinas y aristas redondeadas, cuya base es una de las caras de mayor dimensión, y que incluye en su interior una charola esencialmente rectangular con aristas y esquinas redondeadas que se adapta al interior del contenedor. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Novena Edición es 03-01 cuyo inventor es Ignacio Torre Sierra. La solicitud correspondiente lleva el Nº 10487, y fue presentada a las 12:44:28 del 10 de diciembre de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 02 de abril del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—Nº 109656.—(46360).

REGISTRO NACIONAL DE DERECHOS DE AUTOR Y CONEXOS

Carlos Manuel Campos Méndez, quien es mayor de edad, casado, diseñador gráfico, vecino de San José, Sabanilla, portador de la cédula de identidad número uno-cuatrocientos noventa y nueve-trescientos treinta, solicita la inscripción a su favor de los derechos patrimoniales y morales sobre la obra artística individual no inédita titulada CORAZÓN ALIANZA PATRIÓTICA. La obra consiste en un diseño de un corazón estilizado con franjas diagonales verdes en los extremos y una franja roja en el centro, separadas por espacios blancos. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los treinta días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos. Expediente Nº 6004.—Curridabat, 20 de mayo del 2009.—Carmen V. Valverde Chacón, Registradora.—1 vez.—Nº 109266.—(46107).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS

SOLICITUD DE EXPLOTACIÓN DE TAJO

EDICTO

En expediente Nº 2699 el señor José Manuel Quirce Lacayo, mayor, casado una vez, ingeniero industrial, cédula Nº 1-324-457, apoderado generalísimo de Montemármol Internacional S. A., cédula jurídica Nº 3-101-155328, solicita concesión de explotación de materiales en tajo, ubicado en propiedad de Instaladores de Mármol y Granito S. R. L., cédula jurídica Nº 3-102-189508, de la cual se aporta autorización para uso de la propiedad para las labores relacionadas con la explotación.

Localización geográfica:

Sito en: Puerto Moreno, distrito: 04 Quebrada Honda, cantón: 02 Nicoya, provincia: 05 Guanacaste.

Hoja cartográfica:

Hoja Abangares, escala 1:50.000 del I.G.N.

Localización cartográfica:

Entre coordenadas generales: 242888.2200 - 242988.6936 norte, 399485.2901 - 399634.7070 este.

Área solicitada:

9932.23 m2, según consta en plano aportado al folio 110.

Derrotero:

Coordenadas del vértice Nº 1 242988.6936 norte, 399514.0459 este.

               Línea                           Acimut                  Distancia (metros)

                 1-2                           102º 56.6’                           49.43

                 2-3                           107º 24.6’                           59.43

                 3-4                           110º 51.8’                           10.23

                 4-5                           174º 46.1’                           68.26

                 5-6                           279º 55.8’                          151.69

                 6-7                           012º 02.5’                            4.75

                 7-8                           020º 17.7’                           19.35

                 8-1                           022º 13.6’                           55.66

Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 19 de mayo del 2008, área y derrotero aportados el 14 de mayo del 2009.

Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José, a las doce horas diecinueve minutos del veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Registro Nacional Minero.—Lic. Cynthia Cavallini Chinchilla.—Nº 109059.—(45563). 2 v. 2.

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Expediente 3981P.—Administradora Amira S. A., solicita concesión de 0.25 libros por segundo del pozo artesanal, efectuando la captación en finca de su propiedad en Santa Ana, Santa Ana San José, para uso agropecuario riego y piscina-doméstica. Coordenadas 212.650 / 516.820 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de mayo de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 108769.—(45052).

Expediente 6809P.—Amplia Vista S. A., solicita concesión de: 0,10 litros por segundo del pozo AB-1436, efectuando la captación en finca de su propiedad en Escazú, Escazú, San José, para uso consumo humano -doméstico. Coordenadas 208.200 / 521.500 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de mayo de 2009.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 108826.—(45053).

Expediente Nº 13405A.—Sueños y Realidades del Sur S. A., solicita concesión de: 0.05 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso doméstico-consumo humano. Coordenadas: 347.990 / 494.080, hoja Repunta. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 6 de mayo del 2009.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 108984.—(45557).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Expediente Nº 10277-99.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las siete horas cuarenta minutos del doce de setiembre del dos mil seis. Nelly Jiménez Jiménez, mayor, soltera, secretaria, cédula de identidad número uno-seiscientos ochenta y cuatro-doscientos noventa y nueve, vecina de San José; tendente a la rectificación del asiento de nacimiento de su hijo Kevin Miguel Valenzuela Jiménez, que lleva el número trescientos noventa y uno, folio ciento noventa y seis, tomo mil seiscientos treinta y seis, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos, en el sentido que el mismo es hijo de “Nelly Jiménez Jiménez, costarricense”. Se confiere audiencia por ocho días al señor Juan Luis Valenzuela Martínez, con el propósito que se pronuncie en relación con la presente gestión, a partir de su primera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Publíquese este edicto por tres veces en el mismo Diario, conforme lo establece el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil y se previene a las partes interesadas, para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—(46388).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Silvia María Solano Jara, ratificadas por Hannia Yazmín Chacón Calderón, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 2656-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas del veintiuno de setiembre del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 17380-2007. Resultando: 1.-..., 2.-..., 3.-... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquense el asiento de nacimiento de Hannia Yazmín, el asiento de nacimiento de Silvia Priscilla y el asiento de nacimiento de Jean Paúl todos de apellidos Chacón Calderón... en el sentido que los apellidos de la madre de los mismos son “Solano Jara” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(45816).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Elena Castro Jiménez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 0628-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas diez minutos del trece de mayo del dos mil nueve. Expediente Nº 3210-09. Resultando: 1º—…, 2º—… Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Elena Esmeralda Castro Jiménez… en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre… son “Yaneth Violeta de la Trinidad Quirós García”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—Nº 109373.—(46115).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Alba Luz Sotelo Zamora, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 631-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas y cincuenta y tres minutos del trece de mayo del dos mil nueve. Ocurso. Expediente Nº 43466-08. Resultando: 1.-..., 2.-..., 3.-... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Jesús Andrés Coto Sotela..., en el sentido que el primer apellido de la madre de la persona ahí inscrita es “Sotelo” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—Nº 109454.—(46364).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Yuri del Carmen Almanza, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 584-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas y treinta minutos del siete de mayo del dos mil nueve. Ocurso. Expediente Nº 31826-08. Resultando: 1.-..., 2.-... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Carlos Luis Porras Duarte con Yuri del Carmen Almanza, no indica otro apellido..., en el sentido que el nombre y el apellido de la madre de la cónyuge son “Melania Almanza, no indica otro apellido” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—Nº 109606.—(46365).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Marta Marilyn Cambronero Cambronero, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 0688-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas quince minutos del diecinueve de mayo del dos mil nueve. Expediente Nº 12517-09. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—...; Considerando: I.—Hechos probados... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo...; Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Marco Antonio Vargas Hernández... en el sentido que el nombre, apellidos y la nacionalidad de la madre... son “Marta Marilyn Cambronero Cambronero, costarricense”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(46389).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Bigxuan Zhou Liang, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 678-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas del diecinueve de mayo del dos mil nueve.—Ocurso. Expediente Nº 38201-2008. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Bingxuan Zhou no indica otro apellido con Runai Zhou no indica otro apellido, en el sentido que los apellidos del cónyuge son “Zhou Liang, hijo de Zhaoyi Zhou y Guilan Liang, no indican segundo apellido”. Se deniega en cuanto al otro extremo de la petitoria, es procedente hacer constar al margen del precitado asiento de matrimonio, que el cónyuge actualmente es portador de la cédula de identidad número “ocho-cero ochenta y nueve-setecientos veinte”.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. i.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(46623).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Catherine Berenice Lara Zapata, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 750-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y cuarenta y tres minutos del veintiuno de mayo del dos mil nueve. Ocurso. Expediente Nº 6481-09. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Mónica de los Ángeles Picado Lara..., en el sentido que el nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “Catherine Berenice” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(46672).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Rosebeth Díaz Sevilla, mayor, soltera, cajera, nicaragüense, cédula de residencia Nº 155800201522, vecina de San José, expediente Nº 429-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 22 de abril del 2009.—Lic. Erick Guzmán Vargas, Director General a. í.—1 vez.—(45794).

Hader Albeiro Calle Castro, mayor, soltero, comerciante, colombiano, cédula de residencia 117000227826, vecino de San José, expediente 492-2008. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, once de mayo de dos mil nueve.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(46056).

Yuan Ju Liao Chen, mayor, soltera, maestra, china, cédula de residencia 115800034829, vecina de Alajuela, expediente 2147-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, veintidós de abril de dos mil nueve.—Lic. Erick Guzmán Vargas, Director General a. í.—1 vez.—(46121).

Hsiao Ling Liao Chen conocida como Mónica Lio Chen, mayor, soltera, estudiante, china, cédula de residencia 115800034615, vecina de Alajuela, expediente 3194-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, veintidós de abril de dos mil nueve.—Lic. Erick Guzmán Vargas, Director General a. í.—1 vez.—(46122).

Jorge Eliécer Chamorro Benitez, mayor, soltero, técnico electromecánico, colombiano, cédula de residencia 117000475923, vecino de Heredia, expediente 3148-2008. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 23 de mayo del 2009.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(46647).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN DE GESTIÓN REGIONAL Y RED

DE SERVICIOS DE SALUD CENTRAL NORTE

ÁREA DE SALUD DE POÁS

I Modificación al Programa de Adquisiciones 2009

En cumplimiento con la Ley de Contratación Administrativa y su reglamento, se informa la I Modificación al Programa de Adquisiciones 2009 correspondiente a nuestra unidad, se encuentra publicado en la página Web de la CCSS. Vea detalle en http://www.ccss.sa.cr., Alajuela, Área de Salud de Poás 02 de junio del 2009. Dr. Gilberth Arias Núñez, Director General y Annia María Segura Ugalde, Administradora. En caso de alguna consulta favor comunicarse al teléfono: 2448-50-00. Ext. 105-221 con Lic. Mabel Quesada Porras, Encargada de Contratación Administrativa.

Dr. Gilberth Arias Núñez, Director General.—Annia María Segura Ugalde, Administradora.—1 vez.—(47184).

LICITACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO DE TRANSPORTE PÚBLICO

LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000001-00100

Contratación de servicios de seguridad y vigilancia para

las oficinas del Consejo de Transporte Público

La Proveeduría de este Consejo recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día jueves dos de julio del 2009, para la contratación de los servicios de seguridad y vigilancia de esta Institución. El interesado tiene el cartel a su disposición en el sistema de CompraRed en forma gratuita, en la dirección www.hacienda.go.cr de Internet a partir de esta fecha o podrá obtenerlo en la recepción de la Proveeduría Institucional, puede traer disquete, la recepción se encuentra ubicada en el Departamento de Proveeduría del Consejo de Transporte Público (CTP), sita detrás del Ministerio de Seguridad Pública, Urbanización Gargollo Cooper o “Y Griega de Mc Donal`s del Parque La Paz 100 metros norte, 100 metros este y 25 metros.

San José, 03 de junio del 2009.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Xinia Murillo Mora.—1 vez.—(O. C. Nº 1397).—(Solicitud Nº 06703).—C-12770.—(47175).

EDUCACIÓN PÚBLICA

CONSEJO NACIONAL DE REHABILITACIÓN

Y EDUCACIÓN ESPECIAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000003-99999

Compra de vehículos tipo microbús y rampas

electrohidráulicas para el CNREE

El Área de Bienes y Servicios del Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial, les invita a participar en la Licitación Pública 2009LN-000003-99999 “Compra de vehículos tipo microbús y rampas electrohidráulicas para y el CNREE”, para la cual se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del 30 de junio del 2009.

El cartel de la contratación a disposición de los interesados en el Sistema CompraRed en la dirección https://www.hacienda.go.cr, o puede ser solicitado al 2562-3155.

San José, 04 de junio del 2009.—Área de Bienes y Servicios.—Lic. Jorge Sánchez Morales, Proveedor Institucional.—1 vez.—(47176).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados a participar en los siguientes procedimientos de:

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000051-PROV

Contratación de servicios de mantenimiento preventivo y correctivo

de los ascensores marca Schindler del edificio de los Tribunales

de Justicia del I Circuito Judicial de San José

Fecha y hora de apertura: 01 de julio del 2009, a las 09:30 horas.

————

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000064-PROV

Contratación de servicios de mantenimiento preventivo y correctivo

de los equipos de aire acondicionado instalados en los Tribunales

de Justicia de Nicoya y otros despachos judiciales

Fecha y hora de apertura: 01 de julio del 2009, a las 11:00 horas.

Los respectivos carteles se pueden obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados deben dirigirse al Proceso de Adquisiciones del Departamento de Proveeduría; sita en el 3º piso del edificio Anexo B, ubicado en la esquina formada entre calle 15 avenida 6, San José; o bien, obtenerlos a través de Internet en la dirección http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la dirección jzuniga@poder-judicial.go.cr. En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a los teléfonos 2295-3623/3295.

San José, 04 de junio del 2009.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(47206).

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-0BCCR

Adquisición de equipo de comunicación

para el Banco Central de Costa Rica

El Departamento de Proveeduría del Banco Central de Costa Rica (BCCR) recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del día 13 de julio del 2009, según reloj marcador de la Proveeduría, para la “Adquisición de equipos de comunicación para el Banco Central de Costa Rica”.

Los interesados pueden retirar el cartel en el Departamento de Proveeduría de este Banco, edificio principal, avenida central y primera, calles 2 y 4, en el siguiente horario: de lunes a viernes de 9:15 a. m., a 12:00 m. d. y de 1:00 p. m. a 4:00 p. m.

El cartel estará disponible en forma gratuita, en las siguientes direcciones http://www.bccr.fi.cr/documentos/proveeduria/publicacionesproveeduria.asp y https://www.hacienda.go.cr/comprared a partir del día hábil siguiente de la fecha de su publicación. Los interesados en participar y que adquieran el cartel por ese medio deberán consignar la información que se solicita al accesar el cartel; el incumplimiento de este requisito exonera al BCCR la no comunicación de posibles Fe de Erratas que se puedan generar en el concurso.

San José, 03 de junio del 2009.—Departamento de Proveeduría.—Rolando Protti B., Director.—1 vez.—(O. C. Nº 10249).—C-15020.—(47063).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000010-BCCR

Adquisición de timbres de varios tipos

El Departamento de Proveeduría del Banco Central de Costa Rica (BCCR) recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del día 06 de julio del 2009, según reloj marcador de la Proveeduría, para la “Adquisición de timbres de varios tipos”.

Los interesados pueden retirar el cartel en el Departamento de Proveeduría de este Banco, edificio principal, avenidas central y primera, calles 2 y 4, en el siguiente horario: de lunes a viernes de 9:15 a. m. a 12:00 m. d. y de 1:00 p. m. a 4:00 p. m.

El cartel estará disponible en forma gratuita, en la siguiente dirección http://www.bccr.fi.cr/documentos/proveeduria/publicacionesproveeduria.asp a partir del día hábil siguiente de la fecha de su publicación. Los interesados en participar y que adquieran el cartel por ese medio deberán consignar la información que se solicita al accesar el cartel; el incumplimiento de este requisito exonera al BCCR la no comunicación de posibles Fe de Erratas que se puedan generar en el concurso.

San José, 02 de junio del 2009.—Departamento de Proveeduría.—Rolando Protti B., Director.—1 vez.—(O. C. Nº 10249).—C-15020.—(47073).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2009LN-000017-01

Compra e instalación de unidades de potencia ininterrumpible

(U.P.S.) de 10 KVA monofásicas paralelables, 20 KVA

y 30 KVA trifásicas paralelables, con entregas por

demanda para un periodo de cuatro años,

para oficinas del Banco Nacional

La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito, a las 10:00 horas del 30 de junio del 2009, para la “Compra e instalación de unidades de potencia ininterrumpible (U.P.S.) de 10 KVA monofásicas paralelables, 20 KVA y 30 KVA trifásicas paralelables, con entregas por demanda para un periodo de cuatro años, para oficinas del Banco Nacional”.

El cartel puede ser retirado en la Oficina de Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección de Bienes del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca, previo pago de la suma de ¢2.000,00 (dos mil colones con 00/100).

La Uruca, San José, 09 de junio del 2009.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—(O. C. Nº 001-2009).—(Solicitud Nº 82-2009).—C-12770.—(47088).

BANCO DE COSTA RICA

OFICINA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-005002-01

Contratación de servicios técnicos especializados para el análisis,

desarrollo y mantenimiento de los Sistemas

de las Sociedades BCR

El Banco de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito hasta las diez horas con treinta minutos (10:30 a. m.) del 22 de junio del 2009, para la licitación en referencia.

Los interesados pueden retirar el cartel de licitación que incluye las especificaciones y condiciones generales en la Oficina de Contratación Administrativa del Banco de Costa Rica, ubicada en el tercer piso de Oficinas Centrales, con un horario de 9:00 a. m. a 3:00 p. m.

San José, 04 de junio del 2009.—Área de Licitaciones.—Francis Hernández M.—1 vez.—C-11270.—(47217).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS

SUBGERENCIA DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN

Y COMUNICACIONES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000002-1150

Compra de equipo de cómputo para

Plan Nacional de Infraestructura

Se informa a los interesados que está disponible el cartel de la Licitación Abreviada Nº 2009LA-000002-1150, por concepto de equipo de cómputo para Plan Nacional de Infraestructura, con apertura de ofertas para el 07 de julio del 2009, a las 9:00 a. m. Valor del cartel ¢1.000. Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 04 de junio del 2009.—Subárea de Gestión de Compras.—MBA. Lydia Durán Jiménez, Jefa.—1 vez.—(47053).

HOSPITAL MÉXICO

ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA

DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

El Hospital México promueve el estudio de mercado para la determinación de existencias de potenciales oferentes para la adquisición de:

1.  Cuchillas fresas y difusores.

2.  Kit completo para ventriculostomia.

3.  Drenaje externo y monitoreo Becker completo.

4.  Catéter ventricular estéril.

5.  Unidades de catéter peritoneal estéril.

6.  Set sistema de catéter lumboperitoneal.

7.  Set completo válvula Delta para hidrocefalea nivel 1.0.

8.  Set completo válvula Delta para hidrocefalea nivel 1.5.

9.  Set completo válvula Delta para hidrocefalea nivel 2.0.

10.     Tijeras metezenbaum, betzenabaum Curvas blunt, tijeras deam, tijeras de blefaroplastía, separador de rama tipo Smith, Pinza de sagital wolford, movilizador, pinza mosquito, porta agujas, abrebocas, retractor o separador de labio, retractor de mejillas o baja lenguas, separador de mejillas o baja lenguas, rectractor de cuerpo mandibular, Retracto obwegeser, retractar maleable de tessier, retractor de cóndilo, elevador de periostotomo, elevador- de periostotomo, retractor de rama, retractor aufricht, elevador de malar, elevador de Septem, cortadora de alambre Obwegeser, Osteotomos, Empacador de gasa.

11.     Brocas para el taladro Osteon Hall, Brocas para el taladro Surgaitome II, Regulador de Nitrógeno simple, Regulador de nitrógeno doble.

12.     Brocas para taladro Anspach.

13.     Adaptador para pieza de mano para microdebridar Medtronic.

14.     Esponjas de VAC y recolectores Canester.

No omito manifestarles que las especificaciones de todos los ítems se encuentran disponibles a partir de esta fecha en la fotocopiadora pública de este nosocomio, deben referirse al estudio de mercado de junio 2009.

Cinco días posterior a esta publicación se recibirán las cotizaciones en la recepción de la Subárea de Contratación Administrativa de este nosocomio, con la información pertinente (Precios actuales, garantías, stock de repuestos, entre otros datos que se consideren importantes), para cada uno de los ítems mencionados, por lo que les solicitamos rotular de la siguiente forma “Estudio de mercado, Hospital México”, Descripción del insumo y nombre de la empresa que cotiza”.

Es importante que se indique en dicho estudio si su empresa es Distribuidor Exclusivo para Costa Rica y aporte a la cotización el Certificado de Exclusividad firmado por el Representante legal de la Casa Matriz.

San José, 02 de junio del 2009.—Subárea de Adquisiciones.—Lic. Jacqueline Villalobos, Jefa.—1 vez.—(47156).

HOSPITAL WILLIAM ALLEN T

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000001-2307

Suministro de gas GLP

La Subárea de Contratación de Bienes y Servicios del Hospital William Allen T, de Turrialba, con autorización de la Dirección Médica y Administración, les invita a participar en el siguiente concurso:

Licitación Abreviada Nº 2009LA-000001-2307, por el “Suministro de gas GLP”, para el Hospital William Allen T.

Fecha y hora máxima de recepción y apertura de ofertas: 25 de junio del 2009.

Hora de apertura: 10:00 horas.

El cartel de especificaciones de este concurso se encuentra a la venta en la Subárea de Contratación Administrativa del Hospital William Allen de Turrialba, ubicado calle al Cattie, frente a entrada principal Colegio Dr. Clodomiro Picado T. Turrialba.

Valor del cartel ¢500,00 (quinientos colones).

Turrialba, 02 de junio del 2009.—Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Orlando Céspedes Campos, Jefe.—1 vez.—(47169).

INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-01

Contratación de servicios de seguridad para

las instalaciones del IFAM

Se avisa a todos los interesados que en la oficina de la Sección de Proveeduría del IFAM, sita en San Vicente de Moravia, provincia de San José, del antiguo Colegio Lincoln, 200 oeste, 100 sur y 200 oeste, se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del 14 de julio del 2009, para participar en la Licitación Pública Nº 2009LN-000001-01 “Contratación de Servicios de Seguridad para las instalaciones del IFAM”.

El cartel que contiene las especificaciones legales, técnicas y administrativas, podrá retirarse en la dirección indicada, previo pago de ¢500,00 (quinientos colones exactos).

Moravia, 03 de junio del 2009.—Lic. Inés Vázquez Sánchez, Jefa, Sección Proveeduría.—1 vez.—(47196).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE POÁS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000002-ASISTA

Contratación para suministro, acarreo, colocación y acabado final

con mezcla asfáltica en caliente para carpetas de 4 cm

en proyectos de la Municipalidad de Poás

La suscrita Secretaria del Concejo Municipal, Roxana Chinchilla Fallas, hace constar que en la sesión ordinaria Nº 162 celebrada el 01 de junio del 2009, el Concejo Municipal de Poás, tomó el Acuerdo Nº 4883-06-2009 para sacar a Licitación Pública Nº 2009LN-000002-ASISTA, “Contratación para suministro, acarreo, colocación y acabado final con mezcla asfáltica en caliente para carpetas de 4 cm en proyectos de la Municipalidad de Poás”, para proyectos Calle San José, Calle Guapinol, Calle Barrio Santa Cecilia, Calle Zamora, Calle Cabuyal, Calle Churruca, Calle Guatuza-Santa Rosa, Calle Santa Rosa-Ratoncillal, Calle Ratoncillal-Churruca, Calle Liles, Calle El Embalse-Carrillos, Calle Real-Carrillos, entrada Calle El Tigre. El cartel de Licitación tendrá un costo de ¢5.000,00 y puede retirarlo con el encargado de la Proveeduría en la Municipalidad de Poás en horas de oficina (7:00 a. m. a 4:00 p. m.). La recepción de ofertas se hará hasta las 10:00 horas del 01 de julio del 2009. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.

San Pedro de Poás, 02 del junio del 2009.—Roxana Chinchilla Fallas, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(47190).

MUNICIPALIDAD DE NARANJO

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-PM

Construcción edificio para la Biblioteca Pública de Naranjo

La Proveeduría de la Municipalidad de Naranjo recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 30 de junio del 2009, para realizar trabajos de construcción del edificio para la Biblioteca Pública de Naranjo.

El cartel de licitación se puede obtener a partir de esta publicación en la Proveeduría Institucional de esta Municipalidad, ubicada en Naranjo centro, costado norte del templo católico.

Naranjo, 04 de junio del 2009.—Proveeduría Institucional.—Olger Alpízar Villalobos.—1 vez.—(47200).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA000017-02

Suministro de cabezal

La Dirección de Suministros de Recope, invita a participar en la Licitación Abreviada 2009LA000017-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el primer piso de las Oficinas Centrales de Recope, sita en Urbanización Tournón Norte, hasta las 10:00 horas del día 29 de junio del 2009.

El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo está disponible, en la página WEB de Recope, www.recope.com.

San José, 02 de junio del 2009.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 5-0019).—C-9020.—(47195).

ADJUDICACIONES

PODER LEGISLATIVO

ASAMBLEA LEGISLATIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000001-01

Adquisición de muebles para varias oficinas

Se avisa a todos los interesados en la referida licitación que mediante oficio DE-1287-05-2009, con fecha 29 de mayo del 2009 se acordó:

1.  Declarar infructuosa la adjudicación para la Licitación Abreviada Nº 2009LA-000001-01 “Adquisición de Muebles para varias oficinas”

El expediente está disponible en la Proveeduría Institucional, para cualquier consulta.

San José, 03 de junio del 2009.—Departamento de Proveeduría.—MBA. Melvin Laines Castro, Director.—1 vez.—(O. C. Nº 29001).—(Solicitud Nº 06339).—C-8270.—(47198).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

Se comunica a todos los interesados que el Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión 58-09, celebrada el día 02 de junio de 2009, dispuso adjudicar los siguientes procedimientos:

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000005-PROV

Compra de útiles y materiales, bajo la modalidad

de entrega según demanda

A: Distribuidora Ramírez y Castillo S. A., cédula jurídica Nº 3-101-080638-37:

El suministro de los artículos del bloque Nº 1, según los precios unitarios que se detallan para cada línea: Nº 1 $1.09; Nº 2 $ 0.55.

El suministro de los artículos del bloque Nº 3, con excepción de la líneas 14, según los precios unitarios que se detallan para cada línea:

Nº 1 $1.45; Nº 2 $1.48; Nº 3 $2.63, Nº 4 $5.86; Nº 5 $0.21; Nº 6 $ 0.25; Nº 7 $0.42; Nº 8 $3.35; Nº 9 $2.82; Nº 10 $1.04; Nº 11 $0.30; Nº 12 $0.04; Nº 13 $0.06; Nº 15 $ 0.07.

A: Móviles de Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-082035:

El suministro de los artículos del bloque Nº 2, con excepción de las líneas 7 y 9, según los precios unitarios que se detallan para cada línea:

Nº 1 ¢11.435,00; Nº 2 ¢3.100,00; Nº 3 ¢3.125,00; Nº 4 ¢10.295,00; Nº 5 ¢545,00; Nº 6 ¢2.750,00; Nº 8 ¢155,00; Nº 10 ¢390,00; Nº 11 ¢345,00; Nº 12 ¢775,00; Nº 13 ¢355,00; Nº 14 ¢365,00; Nº 15 ¢950,00; Nº 16 ¢110,00; Nº 17 ¢405,00; Nº 18 ¢305,00; Nº 19 ¢1.265,00; Nº 20 ¢645,00; Nº 21 ¢505,00; Nº 22 ¢525,00; Nº 23 ¢225; Nº 24 ¢1.040,00; Nº 25 ¢1.040,00; Nº 26 ¢740,00; Nº 27 ¢1.010,00; Nº 28 ¢3.050,00; Nº 29 ¢2.065,00; Nº 30 ¢7.500,00; Nº 31 ¢2.250,00.

El suministro de los artículos del bloque Nº 4, según los precios unitarios que se detallan para cada línea: Nº 1 ¢2.940,00; Nº  ¢4.620,00; Nº 3 ¢1.800,00.

Demás características y condiciones según cartel.

Las líneas Nos. 7 y 9 del bloque Nº 2 y 14 del bloque Nº 3, se declaran desiertas.

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LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000025-PROV

Contratación de servicios de limpieza para los despachos

judiciales de Cóbano y San Mateo

A: AMSA de San Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-151332.

Los servicios de limpieza para los despachos judiciales de Cóbano y San Mateo.

Precio anual ¢2.670.264,00.

Demás características y condiciones según cartel.

Al propio tiempo, se dispuso declarar infructuosa la licitación que se dirá:

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000046-PROV

Alquiler de local para alojar al Tribunal de Trabajo

y Menor Cuantía de Heredia

San José, 03 de junio del 2009.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(46770).

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000005-BCCR

Adquisición de un sistema de videoconferencias

para la junta directiva del BCCR

El Departamento de Proveeduría del Banco Central de Costa Rica, informa a los interesados en esta licitación que, mediante Acta de Adjudicación Nº 708-2009, se acordó adjudicar el presente concurso a la empresa Sonivision S. A., por un monto total de $28.580,23.

San José, 02 de junio del 2009.—Departamento de Proveeduría.—Rolando Protti B., Director.—1 vez.—(O. C. Nº 10249).—C-8270.—(47071).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000019-2104

Adquisición de sets de circulación extracorporea

Empresa adjudicada: Importmed S. A.

Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 03 de junio del 2009.—Subárea de Adquisiciones.—Lic. Jacqueline Villalobos Hdez., Coordinadora.—1 vez.—(47152).

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000008-2104

Adquisición de remodelación, adecuación y dejar en completo

funcionamiento el sistema actual de almacenamiento y trasiego

de combustible, bunker y diesel del hospital

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital México comunica a los interesados en el presente concurso, el resultado del mismo.

Se declara este concurso desierto.

Lo anterior según nota del 02 de junio del 2009, emitida por el Dr. Douglas Montero Chacón, Director General del Hospital México.

Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 03 de junio del 2009.—Lic. Jacqueline Villalobos H., Coordinadora.—1 vez.—(47159).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LI-000045-PROV

Servicios de seguridad y vigilancia en instalaciones

ICE en todo el país, según demanda

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la junta de adquisiciones en la sesión 108 del 28 de mayo del 2009, acordó adjudicar la Licitación Pública Nº 2008LI-000045-PROV de la siguiente manera:

1.  J.W. Investigaciones S. A.—(Oferta Nº 2).

 

Partida

Región

Descripción

1

Central

Servicio de seguridad y vigilancia para

instalaciones en San José y Cartago

2

Norte, Pacífico Central

Servicio de Seguridad y Vigilancia para las

instalaciones de Alajuela, Heredia y Puntarenas

3

Sur

Servicio de seguridad y vigilancia para las

instalaciones de Puntarenas y San José

5

Atlántica

Servicio de seguridad y vigilancia para

las instalaciones de Limón

 

Tiempo de inicio y duración del contrato. El servicio de seguridad iniciará 30 días posteriores a la notificación de la orden de servicio. Tendrá una vigencia inicial de un año, prorrogable automáticamente por periodos iguales adicionales a partir de su vencimiento, con un máximo de tres prórrogas hasta completar cuatro años.

Tiempo de entrega: Se definen los siguientes rangos de respuesta para prestación del servicio:

 

Para servicios de carácter regular

Ocho días hábiles a partir de recibida la orden

de pedido, por parte del administrador

del contrato

Para servicios de carácter prioritario

Tres días hábiles a partir de recibida la orden

de pedido, por parte del administrador

del contrato

Para servicios de carácter de emergencia

Un día hábil a partir de recibida la orden

de pedido, por parte del administrador

del contrato

 

Lugar de entrega: La prestación del servicio de las partidas 1, 2, 3 y 5, se efectuará en todos los lugares que el ICE requiera, ubicados en las diferentes regiones (Zona Central y Norte, Pacífico Central, Zona Sur y Atlántica) esto según el detalle del punto 31 del cartel de esta licitación.

Forma de pago: A los 30 días naturales por mes vencido, contra presentación de facturas, previa aprobación del administrador del contrato.

Garantía de cumplimiento: Será de ¢20.000.000 para las cuatro partidas y con una vigencia de 14 meses, contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación. No obstante, el contratista se compromete a mantener vigente esta garantía durante toda la duración del presente contrato.

2   Seguridad y Vigilancia SEVIN Ltda.—(Oferta Nº 3).

 

Partida

Región

Descripción

4

Chorotega

Servicio de seguridad y vigilancia en la Región Chorotega

 

Tiempo de inicio y duración del contrato: El servicio de seguridad iniciará 30 días posteriores a la notificación de la orden de servicio. Tendrá una vigencia inicial de un año, prorrogable automáticamente por periodos iguales adicionales a partir de su vencimiento, con un máximo de tres prórrogas hasta completar cuatro años.

Tiempo de entrega:

 

Para servicios de carácter regular

Ocho días hábiles a partir de recibida

la orden de pedido, por parte del

administrador del contrato

Para servicios de carácter prioritario

Tres días hábiles a partir de recibida

la orden de pedido, por parte del

administrador del contrato

Para servicios emergencia de carácter

de emergencia

Un día hábil a partir de recibida

la orden de pedido, por parte del

administrador del contrato

 

Lugar de entrega: La prestación del servicio de la partida 4 se efectuará en todos los lugares que el ICE requiera, ubicados en la Región Chorotega, según el detalle del punto 31 del cartel de esta licitación.

Forma de pago: A los 30 días naturales por mes vencido, contra presentación de facturas previa aprobación del Administrador del Contrato.

Garantía de cumplimiento: Será de ¢5.000.000 con una vigencia de 14 meses contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación. No obstante, el contratista se compromete a mantener vigente esta garantía durante toda la duración del presente contrato.

Todo de conformidad con la recomendación de la Dirección Administrativa de Proveeduría, de la Dirección Protección y Seguridad Institucional y el pronunciamiento de la Dirección de Contratación Administrativa de la División Jurídica Institucional, así como con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de las ofertas adjudicadas, cuyos documentos originales quedarán debidamente archivados en el expediente de esta licitación. Acuerdo firme.

Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de las ofertas adjudicadas.

NOTA:   Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada, certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada o poder consularizado según corresponda, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales.

San José, 4 de junio del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Marita Arias Herrera, Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 342050).—C-88250.—(47042).

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000014-PROV

Adquisición de martillos hidráulicos-mecánicos

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la Subgerencia Sector Electricidad, mediante nota 0510-0833-2009 del 27 de mayo del 2009, acordó adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2009LA-000014-PROV de la siguiente manera:

A: Inversiones Geo Chem Dos Mil S. A.—(Oferta 5).

Partida única (artículos 1, 2 y 3): Martillos para perforación y capacitación. Monto total adjudicado: 177.849,60 USD.

Plazo de entrega: 149 días hábiles a partir de la notificación de la orden de compra.

Modalidad de pago: Crédito documentario.

Forma de pago: 40% contra presentación de los documentos de embarque y 60% restante contra el recibido conforme del suministro por parte del ICE.

Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de las ofertas adjudicadas.

NOTA:   Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada, certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada o poder consularizado según corresponda, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada ¢1.000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).

San José, 4 de junio del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Marita Arias Herrera, Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 342050).—C-25520.—(47043).

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000035-PROV

Adquisición de equipo de soldadura de tubo capilar

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la UEN Servicios y Proyectos Asociados, mediante nota 4010-413-2009 del 28 de mayo del 2009, acordó adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2009LA-000035-PROV de la siguiente manera:

A: Tecnosagot S. A., cédula jurídica 3-101-077573.—(Oferta Nº 3).

El suministro de lo siguiente:

Artículo 1: 1 c/u Fuente de poder para soldadura orbital tipo TIG o MIG Tube Master 514A.

Artículo 2: 1 c/u Cabezal de soldadura orbital para tubo capilar de 6,35 mm, C-10 modelo 819-A.

Artículo 3: 1 c/u Cortadora portable para tubo capilar de 6 mm hasta 28 mm de diámetro como mínimo, TRITOOL modelo 301SP.

Artículo 4: 1 c/u Computadora portátil para trabajo de campo GETAC M230N Fully Rugged Laptop.

Todo por un monto de 41.583,40 USD.

Impuesto de ventas (13%) 5.405,84 USD.

Total: 46.989,24 USD.

Incluye además, un curso de capacitación sobre operación y programación del equipo de soldadura orbital por un monto de 9.000,00 USD.

La forma de pago será 100% mediante giro a treinta días, contra el recibo conforme de los equipos.

La entrega de los equipos se realizará en un plazo de 80 días hábiles contados a partir de la notificación de la orden de compra.

Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de las ofertas adjudicadas.

NOTA:   Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada, certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada o poder consularizado según corresponda, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada ¢1.000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).

San José, 4 de junio del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Marita Arias Herrera, Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 342050).—C-30020.—(47044).

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000039-PROV

Adquisición alambre redondo y capilar de acero inoxidable

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la UEN Servicios y Proyectos Asociados, mediante nota 4010-400-2009 del 25 de mayo del 2009, acordó adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2009LA-000039-PROV de la siguiente manera:

A: Tecnosagot S. A., cédula jurídica 3-101-187068.—(Oferta Nº 6).

El suministro de lo siguiente:

Partida 1: 11 c/u carretes de alambre redondo de acero inoxidable 316 de 2,34 mm (carretes de 3 049 metros de largo continuo).

Monto: 12.606,00.

13% Impuesto de ventas: 1.638,78.

Total: 14.244,78 USD.

A: Industrial Fire and Rescue Equipment S. A., cédula jurídica 3-101-187068.—(Oferta Nº 5).

El suministro de lo siguiente:

Partida 2: 11 c/u carretes de capilar de acero inoxidable 316L de 3,17 mm (carretes de 1 500 metros), marca Rathgibson.

Monto: 65.037,28.

13 % Impuesto de ventas: 8.454,85.

Total: 73.492,13 USD.

La forma de pago será 100% mediante giro a treinta días, contra el recibo conforme del suministro.

El tiempo de entrega será de 120 días hábiles contados a  partir de la notificación de la orden de compra.

Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de las ofertas adjudicadas.

NOTA:   Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada, certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada o poder consularizado según corresponda, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada ¢1.000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).

San José, 4 de junio del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Marita Arias Herrera, Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 342050).—C-30020.—(47045).

INSTITUTO DEL CAFÉ DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000001-01

La administración del Instituto del Café de Costa Rica informa el acto de adjudicación de la Licitación Pública 2009LN-000001-01, compra de Híbridos F1, en los siguientes términos:

 

Ítem 1

Adjudicatario

Precio

unitario

Precio

total

3.000.000 plantas, con compras

anuales de 1.000.000 de plantas

en los meses de mayo a julio de

cada año (2010, 2011 y 2012)

Agribiotecnología

de Costa Rica S. A.

$0.70

$700.000

Ítem 2

Adjudicatario

Precio

unitario

Precio

total

35.000 plantas, entrega inmediata,

entre los meses de mayo y julio

del año 2009

Café Total S. A.

¢450

¢15.750.000

 

Por encontrarse en la presente licitación una única oferta por cada ítem, la firmeza de la adjudicación es inmediata, una vez sea publicado el presente aviso.

Junta Directiva.—Guido Vargas Artavia, Presidente.—1 vez.—(47229).

COMISIÓN NACIONAL DE PRÉSTAMOS PARA EDUCACIÓN

COMPRA DIRECTA Nº 64/05/2009

Adquisición, instalación y configuración de cinco discos

tecnología Fibra Canal (Fibre Channel)

La Comisión Nacional de Préstamos para Educación, mediante la Sección Administrativa comunica a los interesados que el concurso “Adquisición, instalación y configuración de cinco discos tecnología Fibra Canal (Fibre Channel)”, fue adjudicado el día 04 de junio del 2009 a la empresa Control Electrónico S. A., por un monto de $7.345,00 (siete mil trescientos cuarenta y cinco dólares exactos).

Sección Administrativa.—Lic. Roger Granados Ugalde, Jefe.—1 vez.—(47192).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE POÁS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-ASISTA

Contratación de los servicios de recolección, transporte y disposición

final de los desechos sólidos ordinarios en el cantón de Poás,

de los distritos de San Pedro, San Juan, San Rafael,

Carrillos y parte de Sabana Redonda

La suscrita Secretaria del Concejo Municipal, Roxana Chinchilla Fallas, hace constar que en la sesión ordinaria Nº 162 celebrada el 01 de junio del 2009, el Concejo Municipal de Poás, tomó el Acuerdo Nº 4884-06-2009 en forma unánime y definitivamente aprobado, adjudicar a la empresa Desechos Clasificados DECLASA Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos sesenta y cuatro mil setecientos ochenta y seis, la Licitación Pública 2009LN-000001-ASISTA por un monto de ¢26.000.00 (veintiséis mil colones) por tonelada métrica recolectada, transportada y dispuesta de los desechos sólidos ordinarios en el cantón de Poás, de los distritos de San Pedro, San Juan, San Rafael, Carrillos y parte de Sabana Redonda, por un periodo de un año. Lo anterior en acatamiento a la Resolución Nº R-DCA-204-2009 de la Contraloría General de la República, así como el Oficio Nº A.L. 0030-2009 de la Asesoría Legal de esta Municipalidad. Publíquese Diario Oficial La Gaceta.

San Pedro de Poás, 02 de junio del 2009.—Roxana Chinchilla F., Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(47191).

VARIACIÓN DE PARÁMETROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE LOGÍSTICA

DIRECCIÓN DE APROVISIONAMIENTO DE BIENES Y SERVICIOS

SUBÁREA REGISTRO INSTITUCIONAL DE PROVEEDORES

A todos los proveedores y representantes de casas extranjeras, se les comunica:

1.  Que han sido avaladas por el ente autorizado las siguientes fichas técnicas; las mismas rigen a partir de su publicación en el Diario Oficial:

 

Código

Descripción medicamento

Versión CFT

1-10-113792

Estrptoquinasa UI Inyectable 1.500.000 UI Inyectable. Polvo Liofilizado.

47001

1-10-09-4230

Manitol al 25% (250 mg / mL) Solución Inyectable.

39404

1-10-14-0685

Álendronato (como sal monosódica trihidratada) equivalente a 70 mg de Ácido alendrónico. Tabletas.

26904

1-10-17-1194

Morfina Sulfato 20 mg Acción inmediata. Tabletas ranuradas o tabletas ranuradas con film.

40703

1-10-41-3825

Filgrastim 300 ug / mL

15504

1-10-41-3920

Fluorouracilo 500 mg. Solución Inyectable.

02702

1-10-46-2675

Peróxido de Benzoilo al 5% (50 MG / GRAMO). Gel.

42801

1-10-50-6315

Beclometasona dipropinato 50 ug / dosis.

12805

 

Según el oficio Nº AMTC-1593-05-2009 del Área de Medicamentos y Terapéutica Clínica, se indica que en cuanto las fichas técnicas sean publicadas estas serán las vigentes, por cuanto no afecta a ningún oferente registrado.

Las variaciones a las fichas técnicas, se encuentran disponibles en el Edificio Jenaro Valverde, piso 11, calles 5 y 7, avenidas 2 y 4 (Edificio anexo a la CCSS), o en la siguiente dirección electrónica: www.ccss.sa.cr, según la siguiente ruta: Publicaciones, Medicamentos, Fichas Técnicas de Medicamentos, Fichas Almacenables.

San José, 28 de mayo del 2009.—Área Planificación de Bienes y Servicios.—Ing. Marco V. Castro Hernández, Responsable.—Lic. Marlon Barquero Castillo, Jefe.—1 vez.—(U. P. 1147).—C-28520.—(45937).

FE DE ERRATAS

SEGURIDAD PÚBLICA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000035-09003

Construcción primera etapa de edificio para la

Delegación Policial Cantonal en Cartago

del Ministerio de Seguridad Pública

La Proveeduría Institucional informa a los interesados en la Licitación Pública 2009LN-000035-09003 promovido a favor del Ministerio de Seguridad Pública, que se rechaza de plano por inadmisible el recurso de objeción interpuesto por la empresa A.P. Constructora S. A., contra el Cartel de Licitación.

Así mismo se informa a los interesados, que la nueva fecha de apertura para la licitación indicada será el 17 de junio de 2009 a las 10:00 horas.

Todo lo anterior en apego a lo establecido en la legislación vigente.

San José, 02 de junio del 2009.—Bach. José Ramírez Pérez, Proveedor Institucional.—1 vez.—(OP Nº 93772).—(Solicitud N° 30415).—C-12020.—(46598).

BANCO DE COSTA RICA

OFICINA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-004994-01

(Aclaración Nº 3)

Adquisición de sofware de correlación y de duplicación de eventos

Se informa a los interesados en la licitación en referencia la siguiente aclaración al cartel:

1-  Con respecto a los valores indicados en los puntos 24.3.1 y 24.3.2. se aclara que se permite una variación de un +/- 5% en los valores requeridos; ya que se considera que la temperatura en el ambiente de donde irá el servidor, no sube de 25 grados; pero para esta contratación se tomaron valores extremos, no se pretende que el servidor esté funcionando constantemente a una temperatura de 40 grados. Lo anterior es solo para casos extremos a los que se pretende que nunca se llegue.

Las demás condiciones se mantienen invariables.

San José, 04 de junio del 2009.—Área de Licitaciones.—Rodrigo Aguilar S.—1 vez.—(O. C. Nº 058243).—(Solicitud Nº 28326).—C-12020.—(47197).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS

DIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN PROYECTOS ESPECIALES

SUBÁREA GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y LOGÍSTICA

LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000001-4403

Suministro y distribución de útiles y materiales de oficina

de la Dirección de Administración de Proyectos

Especiales y sus Unidades Ejecutoras

Se comunica a los interesados que la apertura de oferta del concurso Licitación Pública 2009LN-000001-4403 por “Suministro y distribución de útiles y materiales de oficina de la Dirección de Administración de Proyectos Especiales y sus Unidades Ejecutoras”, se traslada para el día 30 de junio del 2009 a las 9:30 a. m.

San José, 04 de junio del 2009.—Lic. Helen Noelia Godfrey Leal, Jefa.—1 vez.—(47150).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE PÉREZ ZELEDÓN

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2009LN-000002-SPM

Contratación de los servicios de vigilancia y seguridad en las

instalaciones del mercado municipal y terminal de buses

El Subproceso de Proveeduría de la Municipalidad de Pérez Zeledón, comunica que la fecha de recepción de ofertas para la Licitación Pública Nacional 2009LN-000002-SPM, cuyo objeto es la “Contratación de los servicios de vigilancia y seguridad en las instalaciones del mercado municipal y terminal de buses”, se prorroga para las 10:00 horas del día jueves 02 de julio del 2009 en la Oficina de la Proveeduría Municipal de Pérez Zeledón. El costo del cartel es de ¢2.000,00 y podrá ser cancelado mediante depósito a la cuenta corriente número 100-01-010-000571-8 del Banco Nacional o en las cajas recaudadoras de la Municipalidad y presentar el comprobante respectivo en la oficina de la Proveeduría para su retiro. Esta publicación deja sin efecto lo establecido en La Gaceta Nº 106 del presente año donde se estableció la fecha inicial de recepción de ofertas. Más información al teléfono 2771-0390, extensión 108 con el suscrito.

San Isidro de El General, 03 de junio del 2009.—Proveeduría.—Lic. Rafael Navarro Mora, Proveedor Municipal.—1 vez.—(47188).

REGLAMENTOS

JUSTICIA Y GRACIA

PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

REFORMA AL REGLAMENTO PARA IMPLEMENTAR LA MODALIDAD DEL

TELETRABAJO EN LA PROCURADURÍA GENERAL

DE LA REPÚBLICA

Los Procuradores Generales acuerdan:

Único.—Reformar el artículo 7, del “Reglamento para Implementar la Modalidad del Teletrabajo en la Procuraduría General de la República”, publicado en La Gaceta N° 58 del martes 24 de marzo de 2009, el cual deberá leerse de la siguiente forma:

“Artículo 7º—Durante el plan piloto de Teletrabajo, las actividades consideradas teletrabajables son aquellas realizadas por los Procuradores, sin perjuicio de que en su desarrollo, a juicio de la jerarquía, se puedan ir incorporando otro tipo de funcionarios, siempre que sus funciones se encuentren dentro de lo dispuesto en el artículo 5”.

Dado en la Procuraduría General de la República, San José, 15 de mayo del 2009.

Lic. Ana Lorena Brenes Esquivel, Procuradora General de la República.—Lic. Farid Beirute Brenes, Procurador General Adjunto.—1 vez.—(O. C. 93035).—(Solicitud Nº 2041).—C-12020.—(45846).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

PROYECTO DE REGLAMENTO DE CONTAMINACIÓN

VISUAL Y PROTECCIÓN DEL PAISAJE

El Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, somete a conocimiento público el proyecto de Reglamento de Contaminación Visual y Protección del Paisaje, el cual está disponible en versión digital en el sitio web: http//www.digeca.minae.go.cr.

Para lo cual se otorga un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este aviso, para presentar ante el Departamento de Asesoría Jurídica del MINAET, y/o a la dirección electrónica: digeca@minae.go.cr o al fax: 2258-2820, las observaciones con la respectiva justificación técnica, científica o legal. El texto de este Reglamento se encuentra en las Oficinas del Departamento de Asesoría Jurídica del MINAET.

Lorena Polanco Morales, Responsable.—1 vez.—(O. P. Nº 95871).—(Solicitud Nº 22070).—C-11270.—(45933).

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero en el artículo 17 del acta de la sesión Nº 782-2009, celebrada el 27 de mayo del 2009,

considerando que:

1-  el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, mediante artículo 10 del acta de la sesión Nº 777-2009, celebrada el 13 de febrero del 2009, aprobó el “Reglamento de Gestión de Riesgos” (publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 41 del 27 de febrero del 2009),

2-  se han atendido múltiples consultas del medio sobre la forma correcta de aplicar la metodología de cálculo de los indicadores establecidos en el Capítulo III del “Reglamento de Gestión de Riesgos”,

3-  la extensión del plazo de entrada en vigencia de este reglamento le permitirá a los funcionarios de la Superintendencia General de Valores desarrollar talleres de capacitación al medio, con el propósito de clarificar dudas sobre las metodologías de cálculo de los indicadores establecido en el reglamento, lo cual favorecerá el grado de cumplimiento con lo dispuesto en dicha normativa,

4-  se han recibido múltiples solicitudes de parte de las entidades reguladas solicitando extender el plazo de entrada en vigencia del Capítulo III del “Reglamento de Gestión de Riesgos” con el fin de adecuar sus sistemas y procedimientos, así como para contratar al personal requerido y capacitarlo,

5-  se estima que existen razones de interés público de conformidad con el artículo 361 de la Ley General de la Administración Pública para eximir esta modificación reglamentaria del trámite de consulta,

6-  en virtud de la aplicación del artículo 142 de la Ley General de la Administración Pública, se estima que la vigencia de esta modificación debe ser a partir del 29 de mayo del 2009,

resolvió:

modificar la entrada en vigencia del capítulo III del “Reglamento de Gestión de Riesgos”, para cuyo efecto, el artículo 25 y el párrafo segundo del Transitorio I, se leerán como se copia a continuación:

“Artículo 25.—Derogatorias: A partir del 3 de agosto del 2009, se derogan las disposiciones establecidas en la siguiente normativa:

a.   Reglamento sobre normativa prudencial aplicable a los puestos de bolsa. Aprobado por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, mediante el artículo 8, acta Nº 387-2003, en la sesión del 12 de agosto del 2003, y publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 169 del 3 de setiembre del 2003.

b.  El Capítulo III del Título I del Reglamento general sobre sociedades administradoras y fondos de inversión. Aprobado por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, mediante artículo 17 del acta de la sesión Nº 762-2008, celebrada el 19 de diciembre del 2008, y publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 10 del 15 de enero del 2009.

c.   Párrafo segundo, del artículo 24, del Reglamento de Custodia. Aprobado por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, mediante artículo 13 del acta de la sesión Nº 593-2006, celebrada el 27 de julio del 2006, y publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 156 del 15 de agosto del 2006.

Transitorio I

(...)

A partir del 3 de agosto del 2009, las entidades deben cumplir con lo establecido en el Capítulo III. En el caso de sociedades administradoras de fondos de inversión, adicionalmente deben cumplir con el límite al endeudamiento establecido en el artículo 19 de este Reglamento.

(…)”

Las modificaciones precedentes rigen a partir del 29 de mayo del 2009.

Lic. Jorge Monge Bonilla, Secretario General.—1 vez.—(O. C. Nº 10192).—C-40520.—(46321).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE UPALA

REGLAMENTO SOBRE ORGANIZACIÓN, Y FUNCIONAMIENTO

DEL COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES

Y RECREACIÓN DE UPALA

El Concejo Municipal de Upala, con fundamento en el Título I, artículo 4, Título III, artículo 13, del Código Municipal.

Y considerando que:

1)  En el cantón de Upala se ha integrado el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Upala.

2)  El artículo 169, del Código Municipal. Ley Nº 7794 del 30 de abril de 1998, publicado en La Gaceta Nº 94 del 18 de mayo de 1998, establece que:

“El comité cantonal funcionará con el reglamento que dicte la respectiva municipalidad, el cual deberá considerar, además, las normas para regular el funcionamiento de los comités comunales y la administración de las instalaciones deportivas municipales”.

Por tanto acuerda:

Emitir el presente reglamento sobre organización, funcionamiento y elección de miembros del Comité Cantonal de deportes y recreación de Upala.

CAPÍTULO I

Constitución y fines

Artículo 1º—El Comité Cantonal de Deportes y Recreación, es un órgano adscrito a la Municipalidad de Upala, de carácter técnico, Deportivo, Recreativo y administrativo, dirigidos a promover la actividad física y la recreación para la salud física y mental; así como a fomentar el deporte competitivo en el Cantón en coordinación con el Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación, según lo dispuesto en la Ley Nº 7800 del ICODER.

Artículo 2º—El Comité Cantonal de Deportes y Recreación tendrá personería jurídica instrumental para lograr sus fines y funciones y así promover la salud física y mental, la prevención social, la recreación y el deporte competitivo de los habitantes de su jurisdicción por medio de la Actividad Física, el Deporte y la Recreación, también para construir, administrar y mantener las instalaciones deportivas de su propiedad o bien todas aquellas otorgadas en administración bajo convenio. La Certificación de Personería Jurídica será extendida por la Municipalidad, bajo las condiciones y políticas que definan el Concejo Municipal.

Artículo 3º—El Comité Cantonal de Deportes y Recreación estará estructurado por:

a)  La Junta Directiva

b)  Los Comités Comunales de Deporte y Recreación adscritos al Comité Cantonal

c)  Las Comisiones Permanentes y Temporales.

d)  Las Asociaciones Deportivas y Recreativas reconocidas y afiliadas.

e)  Fiscalía.

Artículo 4º—La Municipalidad informará a las organizaciones deportivas recreativas y comunales para que en treinta días naturales antes del nombramiento del comité cantonal de deportes para que en la convocatoria y apertura de la recepción de propuestas se respeten los principios de igualdad y equidad de género para los nombramientos que se harán de la siguiente forma:

a)  Dos miembros de nombramiento directo del Concejo Municipal

b)  Dos miembros de las organizaciones deportivas y recreativas del cantón

c)  Un miembro de las organizaciones comunales restantes.

Artículo 5º—Diez días después de ejecutado el nuevo nombramiento del Comité Cantonal de Deportes y Recreación, el Concejo Municipal hará una sesión extraordinaria donde recibirá los informes del Comité saliente y juramentará a los miembros del Comité entrante.

Artículo 6º—El ICODER y la Municipalidad dentro del marco que le señala la ley, brindarán al Comité Cantonal toda la colaboración en materia de: gestión del servicio deportivo-recreativo municipal, gestión de instalaciones y áreas físicas para la práctica de la actividad física, el deporte y la recreación en el ámbito comunitario, sus funciones esenciales y las formas administrativas para el manejo de fondos públicos.

Artículo 7º—El Comité Cantonal de Deportes y Recreación deberá presentar ante el Concejo Municipal, en la primer semana del mes de julio de cada año, su programa anual de trabajo, con su respectivo presupuesto, (actividades, obras e inversión), Además deberán presentar un informe de los resultados de la gestión correspondiente al año anterior.

CAPÍTULO II

Elección de los miembros del comité cantonal

de deportes y recreación

Artículo 8º—Definiciones. Para efectos de este reglamento, se emiten las siguientes definiciones:

Organizaciones deportivas y recreativas. Entiéndase por organizaciones deportivas y recreativas aquellas asociaciones deportivas que se encuentran debidamente inscritas y vigentes ante el Registro de Asociaciones Deportivas del Instituto Costarricense del Deporte y/o el Registro Público, cuya sede y radio de acción sea el cantón de Upala y los Comités Comunales de Deportes Distritales.

Organizaciones comunales: Se entenderá por organizaciones comunales, las asociaciones de desarrollo integral, las asociaciones de desarrollo específico y asociaciones de bien social, que tengan su radio de acción en el cantón de Upala, y posean cédula jurídica y personería jurídica al día, lo cual debe ser certificado por abogado.

Comisión observadora: Comisión conformada por el Presidente(a) Municipal, o a quien éste designe para el acto, quien la presidirá; el Alcalde Municipal o a quien éste designe para el acto; el Jefe del Departamento Legal y otro miembro del Concejo Municipal, o a quien éste designe para el acto, y el presidente del Comité Cantonal de Deportes y Recreación, o quién éste designe para el acto, con la finalidad de fiscalizar la asamblea de organizaciones deportivas y recreativas y organizaciones comunales.

Artículo 9º—De los requisitos para ser miembro del comité cantonal de deportes y recreación. Para ser miembro del Comité Cantonal de Deportes, debe poseer los siguientes requisitos:

a)  Residentes en el Cantón de Upala.

b)  Estar inscrito en el padrón electoral del Cantón de Upala en los últimos cuatro años.

c)  Pertenecer o haber pertenecido a alguna organización deportiva o recreativa en los últimos cuatro años, sea como asociado o miembro de su junta directiva.

d)  No estar inhabilitado por sentencia judicial firme para ejercer cargos públicos de esta índole.

e)  No ser Regidor, el alcalde, alcalde suplente, Tesorero, Auditor, Contador, sus cónyuges o pariente de éstos hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad.

f)   Fotocopia de la cédula de identidad del aspirante.

Artículo 10.—Elección de los representantes de las organizaciones deportivas y recreativas. El Concejo Municipal de Upala, mediante acuerdo simple ordenará a la secretaría del concejo, cursar invitación a las organizaciones deportivas y recreativas del cantón, para que en fecha indicada, asistan a asamblea con la finalidad de conformar dos ternas, con los nombres y calidades de las personas que dichas agrupaciones consideran las más idóneas para la integración del comité cantonal de deportes y recreación de Upala.

Artículo 11.—Selección y nombramiento. El Concejo Municipal, dentro de las ternas recibidas procederá a seleccionar mediante votación secreta a los miembros que considere idóneos (Una votación y un miembro por cada terna). Resultarán electos los miembros de las ternas que obtenga mayoría simple de votos de los regidores propietarios los cuales votarán por el postulante de su predilección, y en caso de empate entre dos o más postulantes, se realizará nuevamente la elección con los que resultaron empatados, en caso de mantenerse el empate, se resolverá por la suerte (Lanzamiento de moneda).

Artículo 12.—Elección del representante de las organizaciones comunales. El Concejo Municipal de Upala, mediante acuerdo simple ordenará a su secretaría, cursar invitación a las organizaciones comunales, excepto las deportivas y recreativas del cantón, para que en fecha indicada, asistan a asamblea con la finalidad de conformar una terna, con los nombres y calidades de las personas que dichas agrupaciones consideran las más idóneas para la integración del comité cantonal de deportes y recreación de Upala, para la posterior elección por parte del Concejo Municipal.

Artículo 13.—Selección y nombramiento. Resultará electo el miembro de la terna que obtenga mayoría simple de votos de los regidores propietarios los cuales votarán por el postulante de su predilección, en caso de empate entre dos o más postulantes, se realizará nuevamente la elección con los que resultaron empatados, en caso de mantenerse el empate, se resolverá por la suerte (Lanzamiento de moneda).

Artículo 14.—Elección de los representantes del Concejo Municipal. El Concejo Municipal, debe elegir a sus representantes ante el Comité Cantonal de Deportes y recreación de Upala, a más tardar, el 30 de noviembre de cada dos años. Los candidatos podrán ser propuestos por los concejales en sesión ordinaria o extraordinaria, según indique el presidente municipal. Por cada puesto resultará electo el candidato que obtenga mayoría simple de votos de los regidores propietarios los cuales votarán por el postulante de su predilección de la nómina que se conforme, en caso de empate entre dos o más postulantes, se realizará nuevamente la elección con los que resultaron empatados, en caso de mantenerse el empate, se resolverá por la suerte (Lanzamiento de moneda).

Artículo 15.—En caso de renuncia o abandono de funciones de acuerdo a lo previsto en el artículo 28 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Comité Cantonal de Deportes, el Concejo, dentro de las ternas presentadas, elegirá y nombrará al miembro faltante.

Artículo 16.—De la juramentación de los miembros del comité cantonal de deportes. El comité cantonal de deportes y recreación, en pleno será juramentado por el concejo municipal, en la primera quincena del mes de diciembre de cada dos años, y asumirán sus cargos, a partir del primero de enero del año siguiente.

Artículo 17.—Vigencia. Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

CAPÍTULO III

De la junta directiva

Artículo 18.—La Junta Directiva del Comité Cantonal de Deportes y Recreación es la autoridad máxima de este organismo y es la encargada de su gobierno, dirección y administración en coordinación con las políticas del Concejo Municipal.

Artículo 19.—La Junta Directiva del Comité Cantonal de Deportes y Recreación no devengaran dietas ni remuneración alguna serán nombrados en la primera semana del mes de de Enero que finaliza la gestión del Comité Cantonal vigente. Estará integrada por cinco miembros que durarán en sus cargos dos años, pudiendo ser reelectos, y deberán ser mayores de edad.

Artículo 20.—Son funciones de la Junta Directiva:

Para lograr sus fines, el Comité Cantonal debe cumplir con las siguientes funciones:

a)  Aprobar los reglamentos internos que promulgue el comité para la organización y funcionamiento interno de sus dependencias, así como las reformas que se promulguen a éstos posteriormente, y ejecutar aquellos que para estos fines emita la Municipalidad, acorde con el artículo 169 del Código Municipal.

b)  Resolver los conflictos que pudieran presentarse con motivo de la aplicación, interpretación, e integración de sus reglamentos y resoluciones emitidas, en organización de campeonatos comunales, distritales o cantorales de cualquier disciplina deportiva, avalados por el comité como máxima autoridad deportiva del cantón.

c)  Dirigir y fiscalizar la elección de los miembros de los comités comunales y órganos subalternos de acuerdo a las disposiciones del presente Reglamento.

d)  Juramentar a las personas electas en los comités comunales, previo a la toma de posesión de sus cargos.

e)  Dar seguimiento y soporte a la labor de los comités comunales y subcomités de forma que se garantice la adecuada promoción y desarrollo del deporte y recreación en cada uno de los distritos.

f)   Aprobar las tarifas para derechos de alquiler e ingresos a las instalaciones deportivas y recreativas bajo su administración.

g)  Confeccionar el plan anual de actividades, obras e inversiones, y su presupuesto ordinario, y someterlo ante el Concejo Municipal, para su análisis y aprobación, a más tardar en la primera semana del mes de Julio de cada año.

h)  Contratar las construcciones de infraestructura deportiva y servicios, previo estudio en coordinación con otras Instituciones cuando así se requiera, acorde con la Ley y el Reglamento de Contratación Administrativa.

i)   Gestionar la consecución de recursos económicos, materiales y humanos.

j)   Capacitar a los colaboradores de los distritos del Cantón para integrarlos en la organización deportiva comunal.

k)  Divulgar e informar sobre las actividades deportivas y recreativas desarrolladas en el cantón.

l)   Preparar informe de labores semestrales, con corte al 30 de Junio y 31 de diciembre de cada año y presentarlo ante el Concejo a más tardar 30 días naturales posteriores a su emisión.

m) Nombrar, sancionar y cesar a los jerarcas, y cualquier otro funcionario que nombre el comité, garantizando el debido proceso, de acuerdo con leyes y reglamentos laborales vigentes.

n)  Conocer y aprobar mensualmente los Estados Financieros del Comité Cantonal, aportados por el Contador.

o)  Elaborar el presupuesto ordinario y los extraordinarios, y someterlos ante el Concejo Municipal para su aprobación definitiva.

p)  Aprobar en cada sesión los gastos económicos que demanden sus actividades, según la normativa que al respecto establezca el comité.

q)  Promover la definición de acciones concretas para desarrollar las divisiones menores de todas las disciplinas deportivas que se establezcan en el cantón.

r)   Promover en escuelas y colegios la práctica de actividad física, el deporte y la recreación para la saludad y una mejor calidad de vida.

s)  Brindar apoyo a las Asociaciones y Federaciones Deportivas y Recreativas, legalmente constituidas en el cantón, promoviendo la Capacitación y otras modalidades relacionadas con el servicio deportivo-recreativo municipal.

t)   Conocer y pronunciarse sobre las renuncias o pérdida de credencial, de los miembros integrantes de los Comités Comunales de Deporte y Recreación, cerciorándose que dicha renuncia siguió el debido proceso y de ser así proceder a convocar a una asamblea de vecinos para que elijan el nuevo integrante que finalice el periodo vigente tipificado en el reglamento.

u)  Programar cuando se amerite una ceremonia de premiación, para reconocer y galardonar a los mejores exponentes de las diversas disciplinas y dirigentes comunales que han logrado con su talento, esfuerzo, disciplina y trabajo concretar y alcanzar metas importantes en prestigio del cantón que representan.

v)  Podrá celebrar toda clase de actos, contratos y convenios con organismos, entidades y personas físicas, públicas y privadas previa autorización del Concejo Municipal.

Artículo 21.—Los miembros de la Junta Directiva no podrán

a)  Suscribir contratos, ni convenios con el órgano del cual forman parte.

b)  Intervenir en la discusión y votación de los asuntos en que tengan ellos interés directo su cónyuge o alguno de sus parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o primer grado de afinidad.

CAPÍTULO IV

Funciones de los miembros de la junta directiva

Artículo 22.—Son Funciones del Presidente:

a)  Representar al Comité Cantonal de Deportes y Recreación en los actos oficiales.

b)  Presidir las sesiones de Junta Directiva.

c)  Convocar a sesiones extraordinarias, conforme las disposiciones contenidas en el Reglamento.

d)  Representar judicial y extrajudicialmente al Comité Cantonal de Deportes.

e)  Velar por el cumplimiento de las obligaciones y objetivos del Comité.

f)   Suscribir todos los contratos o convenios que celebre el Comité.

g)  Coordinar el personal administrativo e integrar las Comisiones temporales y permanentes según sea el caso.

h)  Preparar junto con el secretario la agenda de reuniones, asambleas, así como los informes que deben ir a la Municipalidad.

i)   Firmar en conjunto con el secretario las actas aprobadas y asentadas en el Libro original.

j)   Firmar conjuntamente con el Tesorero los cheques contra las cuentas del Comité.

k)  Efectuar junto con el Tesorero, arqueos mensuales de caja chica y el libro de tesorería, dejar constancia de ello en el libro de actas.

l)   Supervisar las diferentes comisiones y asistir a reuniones cuando lo considere oportuno con voz pero sin voto.

m) Juramentar a los miembros de los Comités Comunales y de las Comisiones.

Artículo 23.—Son Funciones del Vicepresidente

a)  Sustituir al presidente en ausencia de éste con los mismos deberes y atribuciones.

b)  Encargarse de las relaciones públicas del Comité.

c)  Coordinar y agilizar el nombramiento de los Comités Comunales de Deporte y Recreación y de las Comisiones permanentes y temporales, dentro de la Junta Directiva.

d)  Firmará con el presidente las órdenes de pago.

Artículo 24.—Son Funciones del Secretario

a)  Levantar las actas, síntesis, extractos de las sesiones o reuniones.

b)  Firmar conjuntamente con el presidente las actas de las sesiones.

c)  Redactar y firmar la correspondencia y demás comunicaciones según los acuerdos tomados por el Comité Cantonal, salvo que el acuerdo indique que debe ir también firmada por el presidente.

d)  Enterar durante las sesiones de toda la correspondencia enviada y recibida.

e)  Firmar con el presidente los carné extendidos por la Junta Directiva a los diferentes organismos, personas y atletas.

f)   Archivar toda la documentación.

g)  Emitir y firmar las certificaciones extendidas por la Junta Directiva.

h)  Asesorar a los secretarios de todas las organizaciones y entidades adscritas al Comité Cantonal.

i)   Revisar periódicamente los libros de actas de los Comités Comunales y de las Comisiones permanentes y temporales.

j)   Elaborar junto al presidente la agenda de sesiones, reuniones y asambleas, así como los informes a la Municipalidad.

Artículo 25.—Son Funciones del Tesorero

a)  Custodiar y responder por los dineros del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

b)  Fiscalizar y recaudar los ingresos económicos, ordinarios y extraordinarios para que los mismos ingresen a la cuenta corriente.

c)  Llevar los libros de tesorería al día y vigilar porque la contabilidad se encuentre correcta y al día.

d)  Controlar las cuotas, participaciones, donaciones y demás tipos de ingresos a los fondos del Comité y en todos lo casos extender un recibo correspondiente.

e)  Expedir los cheques y autorizarlos con su firma conjuntamente con el presidente.

f)   Hacer las recomendaciones que estime pertinentes a fin de que el empleo de los fondos se realice de la mejor forma posible dentro del marco del presupuesto autorizado.

g)  Elaborar los proyectos del presupuesto anual que debe aprobar el Concejo Municipal; Preparar y autorizar trimestralmente con su firma el informe económico que debe presentar a la Junta Directiva y debe incluirse en el acta.

h)  Revisión de la Caja Chica de acuerdo al monto autorizado por Junta Directiva.

i)   Asesorar a los Tesoreros de las entidades adscritas al Comité.

k)  Revisar periódicamente los libros de tesorería de los Comités Comunales de Deporte y Recreación y de las Comisiones Permanentes y Temporales.

l)   Controlar bajo inventario todos los activos y patrimonio del Comité Cantonal.

m) Realizar las compras de materiales deportivos, o de oficina que sean requeridos y necesarios, para el Comité Cantonal.

Artículo 26.—Son Funciones del Vocal

a)  Llenar las funciones del vicepresidente, tesorero y secretario en las ausencias de ellos con los mismos deberes y atribuciones.

b)  Estudiar y proponer las modificaciones tendientes a mejorar la eficiencia y eficacia de la organización administrativa del Comité Cantonal.

c)  Sugerir y ejecutar, en caso de ser aprobadas, las medidas tendientes a coordinar los distintos órganos del Comité Cantonal y de este con otros organismos.

d)  Tramitar todos aquellos asuntos para su debido análisis o ejecución le sean encomendados.

CAPÍTULO V

De la fiscalía

Artículo 27.—Nombramiento del fiscal. El Concejo Municipal nombrará un fiscal que realizará las labores de dicho puesto, atinentes al funcionamiento del Comité y podrá ser removido de su cargo, cuando el concejo lo estimen conveniente, por simple mayoría de votos presentes.

Artículo 28.—Son Funciones del Fiscal

a)  Asistir a sesiones del Comité con voz pero sin voto.

b)  Velar por el fiel cumplimiento de los acuerdos dictados por el Comité Cantonal y organismos superiores.

c)  Tramitar las denuncias y levantar las informaciones que le sean encomendadas.

d)  Velar por el fiel cumplimiento de los procedimientos, reglamentos y leyes que con relación a la adquisición de bienes o servicios, o la suscripción de convenios o contratos, deba acatar el Comité Cantonal.

Artículo 29.—El fiscal durará en su cargo dos años, pudiendo ser reelecto y su cargo será ad honores.

CAPÍTULO VI

De las sesiones

Artículo 30.—El Comité Cantonal de Deportes y Recreación, deberá sesionar ordinariamente como mínimo una vez por semana. Las sesiones serán públicas y abiertas, salvo caso que por acuerdo previo de junta directiva, para tratar asuntos especiales se acuerde sesionar en forma privada.

Artículo 31.—En la primera sesión posterior a su nombramiento, el Comité Cantonal de Deportes y Recreación, mediante votación secreta, conformará el directorio, que de inmediato asumirán sus funciones que desempeñarán por espacio de dos años. Una vez electa la junta directiva, se leerán las funciones que a cada uno de los miembros de confiere este Reglamento.

Artículo 32.—La Junta Directiva podrá reunirse en sesión extraordinaria cuando sean convocados por el presidente o conjuntamente por tres de sus miembros, La convocatoria debe hacerse por escrito con veinticuatro horas antes, con señalamiento del objeto de la sesión. En las sesiones extraordinarias únicamente se conocerá lo incluido en la convocatoria.

Artículo 33.—Para que las sesiones tengan validez deberán iniciarse a más tardar quince (15) minutos después de la hora señalada. En los casos de falta de quórum, se hará constar la asistencia de los presentes para efectos de computar la ausencia de los restantes miembros.

Artículo 34.—El quórum para sesionar está integrado por tres miembros. Los acuerdos se tomarán por simple mayoría de votos presentes salvo cuando se estipule en este reglamento un número mayor de votos, en caso de empate en una votación, el asunto se someterá a una segunda votación, en la siguiente sesión ordinaria del comité.

Artículo 35.—Todo miembro deberá comunicar por escrito, cuando procedan las razones de su inasistencia a las sesiones, a más tardar en la sesión siguiente de su ausencia. De no hacerlo, una ausencia será considerada injustificada y sancionable.

Artículo 36.—Son causales de destitución de los miembros del Comité cantonal de deportes y Recreación:

a)  Inasistencia a tres sesiones consecutivas sin justificación.

b)  Ausencias injustificadas y alternas a cinco sesiones, durante un año.

c)  Por violación evidente a las leyes y reglamentos que rigen la materia.

d)  Por inhabilitación judicial.

e)  Por renuncia voluntaria hecha por escrito.

f)   Por pérdida de confianza ante el Concejo Municipal, el acuerdo debe ser justificado por dos terceras partes del total de sus miembros.

g)  Por asistir en estado de embriaguez o bajo cualquier otra condición análoga.

Artículo 37.—Cuando se produzca alguna de las causales del artículo anterior, que afecte a un miembro del comité cantonal de Deportes y Recreación, la Junta Directiva comunicará por escrito al Concejo Municipal fundamentando los hechos. El Concejo tomará las acciones administrativas que correspondan a efecto de proceder a tramitar la destitución y nombramiento del nuevo miembro conforme lo señala este Reglamento.

Artículo 38.—Cuando se produzca alguna de las causales de artículo tras anterior que afecte a un miembro del Comité Cantonal de Deporte y Recreación, éste comunicará al superior jerárquico quien deberá conocer y pronunciarse sobre la(s) renuncia(s) o pérdida de credencial, de los miembros salientes, cerciorándose que dicha renuncia siguió el debido proceso y de ser así proceder a nombrar mediante las ternas elaboradas.

Artículo 39.—El Comité Cantonal conocerá en sus sesiones los proyectos, planes, estudio y conflictos los cuales recibirán por escrito. Las mociones que provienen de un particular, deben ser acogidas por un miembro para ser presentadas en sesión. Las mociones de orden tienen prioridad para su discusión y son aquellas que tiene por objeto:

a)  Levantar la sesión, alterar el orden del día.

b)  Dispensar algún trámite.

c)  Posponer el conocimiento de un asunto, o que se pase a comisión.

d)  Para darse por agotada la discusión de un asunto.

e)  Solicitar que se conozca un asunto en sesión privada.

CAPÍTULO VII

De los recursos

Artículo 40.—Las resoluciones que tomen los organismos en las sesiones se denomina;

a)  ACUERDOS Y FALLOS: Son fallos los que resuelven cualquier controversia que se presente, serán acuerdos todos los demás

b)  Los acuerdos tendrán solamente los recursos de revisión y de revocatoria. La revisión podrá pedirse por una sola vez, únicamente por un miembro directivo, siempre que sea presentada antes de la aprobación del acta. Los acuerdos administrativos siempre serán firmes, salvo que las dos terceras partes del total de directivos, soliciten revocatoria del mismo, siguiendo el procedimiento señalado.

c)  Contra los fallos se darán los recursos de revisión y apelación. La revisión se puede solicitar por cualquiera de los miembros del organismo que los ha dictado antes de aprobarse el acta en que consta el fallo. El recurso de apelación, que se presentará por escrito en el organismo inmediato superior que dictó la resolución, deberá plantearla la persona o entidad que tenga interés, aunque sean extrañas al punto debatido cuando la resolución les ocasione perjuicios, indicando las violaciones habidas y aportando las pruebas respectivas antes de los ocho (8) días naturales siguientes a la fecha en que fuera notificado el fallo recurrido, o en que quedó aprobada el acta, el organismo respectivo admitirá el recurso si está en tiempo y forma, y solicitará los antecedentes al organismo involucrado.

d)  La revocatoria podrá pedirse por solo una vez, únicamente por un miembro directivo y tendrá hasta ocho (8) días naturales después de la aprobación del acta. Ningún acuerdo o fallo que haya sido resuelto revocado o apelado cobrará vigencia mientras no haya sido resuelto el caso en el comité respectivo.

Artículo 41.—Las violaciones a los reglamentos, leyes y decretos pueden ser apelados ante el organismo que los dictó, conforme al presente reglamento de apelaciones de la Municipalidad, o Leyes vigentes.

Artículo 42.—Para que un acuerdo o fallo quede en firme se requiere, la votación favorable y así expresado de las dos terceras partes del total de los miembros del organismo o por mayoría simple de los presentes al aprobar el acta. Se requiere igual cantidad de votos con los que fue aprobado para modificar o revocar cualquier acuerdo o fallo.

Artículo 43.—Habrá una sola clase de votación, nominal, con la cual cada directivo expresará su voto.

Artículo 44.—El presidente concederá la palabra en el orden que se solicite, salvo moción de orden, en tal caso podrán hacer uso de ella, el proponente y cualquier otro miembro que la apoye y dos que se opongan, la presidencia observará el orden en que se pidió la palabra dada a un miembro del Comité y no podrá ser interrumpida, a menos que este lo permita para efecto de una intervención breve sobre el tema y debería ser aprobada por el presidente. Queda absolutamente prohibido en las discusiones apartarse del tema.

CAPÍTULO VIII

Del procedimiento para la pérdida de credenciales

Artículo 45.—Para la suspensión y/o cancelación de la credencial de un miembro del comité, cuando a juicio de la junta directiva, fiscal, o Concejo Municipal, pudiese haber incurrido en cualquiera de los supuestos del artículo 28 de este reglamento, deberá seguirse el siguiente procedimiento:

El presidente del comité nombrará una comisión instructora, integrada por tres miembros del comité, o de la comunidad, o del Concejo Municipal, o mixta, de reconocida solvencia moral, o bien podrán ser elegidos dentro de los órganos auxiliares que dependen del comité, a fin de que realicen la investigación pertinente y rindan informe y recomendación a la Junta Directiva, dentro de los cuarenta (40) días siguientes a su instalación.

La comisión dará traslado de los cargos al interesado, con indicación de la prueba existente, otorgándole un término de cinco días hábiles que se inician al día siguiente de la notificación, a fin de que comparezca en forma personal a audiencia oral y privada en las instalaciones del comité cantonal de deportes, indicándole claramente que podrá asistir acompañado de un abogado o asesor, y presentar los desagravios en esa misma sesión en forma oral y escrita, así como ofrecer la prueba de descargo, la que será evacuada en esa misma audiencia.

La comisión tendrá cinco días hábiles luego de verificada la audiencia, para resolver y rendir la recomendación a la Junta Directiva. Dentro de ese plazo podrá la comisión solicitar prueba documental o testimonial para la averiguación real de los hechos si lo estima pertinente, en calidad de prueba para mejor resolver, ya sea de oficio, o a instancia de parte. Si ello fuese necesario, el plazo para resolver será de cinco días hábiles contados a partir del siguiente a aquel que reciban dichas pruebas.

El resultado de la investigación será trasladado a la junta directiva y éste órgano resolverá en la primera sesión ordinaria siguiente el recibo del informe rendido por mayoría simple lo que en definitiva corresponda. 

Durante el debate y la votación del informe, no podrá estar presente en el mismo salón el afectado.

Estas resoluciones tienen carácter de acto final del procedimiento. El acuerdo de la Junta Directiva deberá ser notificado al interesado, en el lugar que hubiese señalado para recibir notificaciones.

Artículo 46.—La resolución de la Junta Directiva podrá ser recurrida por el interesado dentro de los cinco días siguientes a su notificación, cuando de ella devenga falla condenatoria en su contra, para tal evento, son admisibles únicamente los recursos de reconsideración y de apelación en subsidio. Dichos recursos deberán ser presentados ante la junta directiva, quien resolverá los recursos interpuestos y de ser necesario, elevará las apelaciones ante su ente superior, el Concejo Municipal, citando y emplazando a las partes, a fin de que acudan ante ese superior en defensa de sus posiciones dentro del plazo de ocho días hábiles. Toda sanción dictada por el acuerdo a este capítulo deberá ser notificada al Concejo Municipal, si el procedimiento seguido ordenare la pérdida de credencial, el Concejo nombrará a la mayor brevedad el remplazo del miembro, o solicitará al sector social correspondiente que proceda al nombramiento de su representante, conforme lo estipulado en este Reglamento.

CAPÍTULO IX

De las actas

Artículo 47.—Deberán llevar un libro de actas al día con sus hojas foliadas, y selladas por la unidad de auditoría interna de la Municipalidad de Upala, donde conste en forma detallada y cronológica las actas, acuerdos, fallos y demás incidencias de Junta Directiva, además de un Libro de Tesorería de tres columnas debidamente foliado, sellado por la auditoría interna de la Municipalidad de Upala, y al día donde consten los movimientos de ingresos y egresos de la organización.

Artículo 48.—Las actas aprobadas, deberán llevar obligatoriamente las firmas del Presidente y Secretario.

Artículo 49.—El Comité Cantonal de Deportes y Recreación entregará debidamente sellado y foliado los libros en blanco antes de ser utilizados por cada organismo. El Comité Cantonal de Deportes y Recreación podrá solicitar en cualquier momento estos libros a las entidades reconocidas con la finalidad de verificar que están en perfecto estado y debidamente al día. Debiendo hacer constar en memorial razonado sus observaciones.

CAPÍTULO X

Comisiones de trabajo

Artículo 50.—Todas las Comisiones de Trabajo y Comisiones Especificas nombradas por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación estarán integradas por un mínimo de tres personas que gocen de una excelente reputación en el ejercicio como ciudadano en la comunidad.

Artículo 51.—Cada Comisión debe elaborar y ejecutar su plan de trabajo, mismos que previamente debe ser aprobado por el Comité Cantonal de Deporte quien le brindará para su funcionamiento el soporte administrativo y económico en la medida de sus posibilidades.

Artículo 52.—Quedan obligados los miembros de estas comisiones a brindar un informe mensual escrito ante el Comité Cantonal de Deporte y Recreación.

Artículo 53.—Las Comisiones como órganos subalternos, deben guiarse por lineamientos generales, reglamentos leyes y decretos que regulan el funcionamiento del Comité Cantonal.

Artículo 54.—El Comité Cantonal de Deportes y Recreación implementará las comisiones que considere oportunas.

CAPÍTULO XI

Instalaciones deportivas

Artículo 51.—Por encargo de la Municipalidad, el comité cantonal de Deportes y Recreación será el encargado de velar por la construcción, administración y mantenimiento de los campos deportivos propiedad municipal, así mismo queda autorizado para delegar dichas funciones, en los Comités Comunales o juntas administradoras, quienes deberán darle participación a todos los grupos que representen esa comunidad o al Cantón en torneos, campeonatos, cursos, talleres y todos los servicios que sean coordinados por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación. Privilegio especial tendrán las organizaciones de liga menor cuyo requisito, que no les cobren a los niños y niñas, para quienes los administradores, deben fijar las horas de las mañanas como una forma de impulsar el deporte y la recreación. La programación será respetada y se harán ajustes periódicamente según las necesidades.

Artículo 52.—El Comité Cantonal de Deportes propondrá clasificación de las instalaciones en categorías, de acuerdo con la infraestructura con que cuenta cada una, así mismo ordenará a los usuarios de acuerdo al tipo de actividad que realicen a definir las tarifas por derecho de uso de las instalaciones y el período que abarca dicha cuota. Las tarifas son de uso máximo, obligatorio y no podrán ser alteradas sin previa autorización del Comité Cantonal. Para entrenamientos se cobrará un 50% de la tarifa señalada, los equipos de Liga Menor de la localidad negociarán la cuota por el uso de las instalaciones, esta podrá ser en dinero o en especias. En todo caso el entrenamiento deberá estar bajo la dirección de un monitor o entrenador.

Artículo 53.—En las instalaciones deportivas tendrán prioridad los grupos de la comunidad reconocidos por el Comité Cantonal. Las actividades organizadas por el Comité Cantonal y el Comité Comunal estarán exentas del pago de tarifas. Los campeonatos o competencias organizadas por organismos nacionales deberán incluirse dentro de la programación anual de uso de instalaciones. Las competencias aficionadas tendrán preferencia sobre las no aficionadas o profesionales.

Artículo 54.—No será permitido dentro de las instalaciones deportivas o recreativas:

a)  El expendio o venta de bebidas alcohólicas (Ley 5817 del 15/10/65)

b)  La publicidad de bebidas alcohólicas o tabaco.

c)  La utilización de calzado inadecuado para la instalación utilizada.

Artículo 55.—Todo evento o actividad no deportiva o recreativa tales como ferias, bingos, fiestas, reuniones que se realicen en una instalación deportiva, debe contar con el respectivo aval del Comité Cantonal de Deportes y Recreación, quien podrá concederlo con la garantía que la instalación quedará en perfectas condiciones después del evento, La Municipalidad no brindará su beneplácito si no se cuenta con este permiso previo.

Artículo 56.—La colocación de rótulos en las instalaciones deportivas debe estar autorizado por el Comité Cantonal quien brindará su permiso previa gestiones legales ante la Municipalidad.

Artículo 57.—Los Comités Comunales deben participar en el mantenimiento de las instalaciones deportivas locales permanentemente.

Artículo 58.—Para proceder al cierre de una instalación deportiva o recreativa será necesario contar con el visto bueno del Comité Cantonal de Deportes y Recreación quien se extralimite en esas facultades será(n) destituido(s) del cargo.

Artículo 59.—Las cuotas por alquiler de instalaciones serán reguladas y aprobadas por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación. Todos los ingresos que deparen las instalaciones deben destinarse para la administración y mantenimiento de las mismas. Los miembros del Comité Cantonal de Deportes y Recreación, así como del Concejo Municipal, están exentos del pago de cuotas de ingreso en cualquier actividad que realice alguno de sus afiliados, ya que estos por su investidura estarán presentes en funciones de fiscalizar y colaborar en dichas actividades.

Artículo 60.—Todas las instalaciones deportivas de instituciones educativas, sean gimnasios, plaza de deportes, estadios, pistas de atletismo, piscinas y otras que hayan sido construidas con fondos públicos o por dependencias gubernamentales, deberán ser puestas al servicio de las respectivas comunidades del cantón en horario no lectivo así como en el período de vacaciones.

La administración de dichas instalaciones se le encargará a un Comité Administrador que estará integrado por tres miembros:

a)  El Director o su representante.

b)  Un representante del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de la terna que propondrá el presidente.

c)  Un representante del Concejo Municipal.

Este Comité Administrador coordinará con los centros educativos el uso de las instalaciones no pudiendo programar actividades extraescolares en horario de 7:00 a. m a las 17:00 horas

Artículo 61.—Toda instalación deportiva y recreativa de carácter público (entidades de Gobierno Central) construidas con el financiamiento estatal, contará con una Junta Administrativa, integrada por cinco miembros en representación de:

a)  Uno en representación del ICODER.

b)  Dos del Concejo Municipal.

c)  Dos en representación del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

CAPÍTULO XII

Finanzas

Artículo 62.—El año económico del Comité Cantonal de Deportes y Recreación empieza el primero de enero de cada año.

Artículo 63.—La Municipalidad de Upala, deberá asignarle como mínimo un tres por ciento (3%) de los ingresos ordinarios anuales municipales al Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

Artículo 64.—El presupuesto del comité cantonal se hará con fundamento en un diagnóstico del cual se derivará el plan presupuesto que viene a convertirse en el plan a desarrollar durante el año venidero. El presupuesto se estructurará conforme a las normas diseñadas al efecto por la Contraloría General de la República, esto es por programas, actividades, y proyectos, y clasificados por el objeto del gasto, así el documento de presupuesto lo conformarán, el plan presupuesto, los ingresos, los egresos y la relación salarial. Los gastos presupuestarios, no deben exceder los ingresos estimados.

Artículo 65.—El presupuesto del comité debe ser consecuente con las políticas que dicte el Concejo Municipal, así deberá reflejar las necesidades de las Asociaciones, comités comunales, juegos nacionales, juegos regionales, juegos comunales, en procesos deportivos ( Escuelas deportivas ) o cualquier otra política que dicte el ente superior.

Artículo 66.—El comité cantonal de deportes, debe respetar y promover el principio de equidad a la hora de asignar recursos a las diferentes actividades y organizaciones afiliadas, tales como asociaciones deportivas, comités comunales, juegos comunales, juegos regionales, juegos nacionales entre otros.

Artículo 67.—Los recursos del comité cantonal, solamente podrán invertirse en obras de interés deportivo y recreativo que se desarrollen dentro de los límites de su Cantón, así como en capacitaciones, promoción y participación de atletas, entrenadores árbitros y dirigentes, quienes deben retribuir la inversión mediante capacitación y entrenamiento.

Artículo 68.—Todo directivo, funcionario, empleado, entrenador, delegado del comité cantonal y sus diferentes órganos encargados de recibir, custodiar o pagar bienes, implementos deportivos, o valores del deporte, o cuyas atribuciones permitan o exijan su tenencia, será responsables de ellos y de cualquier pérdida o daño que experimentes, debiendo pagar de su propio peculio, los bienes o valores o implementos perdidos o dañados, salvo por el deterioro normal de su uso.

Artículo 69.—Queda terminantemente prohibido el préstamo personal de dineros provenientes de los ingresos de las actividades deportivas o recreativas, de ser incumplido esta disposición, los infractores perderán su credencial del cargo que ocupaban, además reintegrar el dinero por parte de los responsables.

Artículo 70.—El Comité Cantonal de Deportes y Recreación y sus órganos operativos, podrán invertir fondos en terrenos y propiedades públicas que estén bajo su administración por convenio aunque no le pertenezcan a la Municipalidad.

CAPÌTULO XIII

De los comités comunales de deporte y recreación

Artículo 71.—El Comité Cantonal de Deportes y Recreación debe convocar a una asamblea de vecinos para nombrar a los miembros de los Comités Distritales. Dichos nombramientos rigen por un periodo de dos años, iniciándose treinta (30) días después del nombramiento de la Junta Directiva del Comité Cantonal de Deportes y Recreación. En su primera sesión definen la conformación de los puestos en el directorio.

Artículo 72.—Los Comités Distritales estarán integrados por cinco miembros de la comunidad, que tengan motivación, interés y afición por la actividad física, el deporte, la recreación, mayores de dieciocho años (18), dispuestos a desempeñar el cargo y que no tengan impedimentos tipificados en el artículo 167 del Código Municipal Los síndicos si pueden formar parte de estos comités.

Artículo 73.—El nombramiento del Comité Distrital de Deporte y Recreación se llevará a cabo mediante Asamblea Publica de vecinos, convocada y presidida por el personero del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

Artículo 74.—El Comité Distrital (comunal) saliente en coordinación con el Comité Cantonal fijará fecha y lugar para que se realice la Asamblea.

Artículo 75.—La convocatoria se hará con un plazo no menor a 30 día naturales y mediante avisos que se colocarán en sitios públicos y negocios más destacados de la comunidad.

Artículo 76.—El quórum de la misma debe estar constituido por un número no menor de quince (15) personas presentes, a la hora de la Primera Convocatoria. Se procederá con la segunda convocatoria con la asistencia que se cuente y que no podrá ser menor a los puestos de elección.

Artículo 77.—Los designados como miembros del Comité Distrital de Deporte y Recreación se reunirán posteriormente y de su seno se integrará el Directorio con su respectivo cargo. Serán juramentados por el delegado del Comité Cantonal de Deportes y Recreación presente.

Artículo 78.—El delegado del Comité Cantonal de Deportes y Recreación en esta Asamblea será el encargado de presidir, así como verificar el quórum y de levantar la lista de asistencia correspondiente.

Artículo 79.—No podrá iniciar una Asamblea Pública de vecinos si no está presente el delegado nombrado para tal acto del Comité Cantonal de Deportes y Recreación. En caso de ausencia los vecinos levantarán un acta notificando lo ocurrido y así lo informarán al Comité Cantonal de Deportes y Recreación con copia a la Municipalidad local... El Comité Cantonal de Deportes y Recreación debe resolver en un plazo de ocho días naturales la nueva convocatoria. El Delegado designado por el Comité Cantonal de Deportes debe justificar por escrito, las razones de su inasistencia y de no ser su conducta apropiada se le relevará del acto en mención y se procederá por aparte a la apertura de un proceso administrativo que de no serle favorable puede ser causal de pérdida de credencial y por ende relevado de su cargo en el Comité Cantonal.

Artículo 80.—En ausencia de nombramiento, o bien por alguna circunstancia especial de legitimidad o legalidad de funcionamiento del Comité Cantonal de Deportes y Recreación, es facultad de la Municipalidad resolver y asumir estas obligaciones que no vayan en contraposición del presente Reglamento, de las Leyes o Decretos vigentes.

Artículo 81.—El Comité Comunal, debe reunirse una vez por mes en sesión ordinaria y extraordinaria cuando la convoque el presidente o tres de sus miembros. La convocatoria debe hacerse por escrito con cuarenta y ocho horas antes, con señalamiento del objeto de la sesión. En las sesiones extraordinarias únicamente se conocerá lo incluido en la convocatoria.

Artículo 82.—Para que las sesiones tengan validez deberán iniciarse a más tardar treinta (30) minutos después de la hora señalada. En los casos de falta de quórum, se hará constar la asistencia de los presentes para efectos de computar la ausencia de los restantes miembros.

Artículo 83.—El quórum para sesionar está integrado por tres miembros. Los acuerdos se tomarán por simple mayoría de votos presentes salvo cuando se estipule en este reglamento un número mayor de votos, en caso de empate en una votación, el presidente tendrá voto calificado (doble).

Artículo 84.—Los miembros de Junta Directiva del Comité Cantonal de Deportes y recreación no podrán formar parte de los Comités Comunales avalados y reconocidos.

Artículo 85.—Son funciones del Comité Distrital de Deporte y Recreación:

a)  Fomentar la práctica de la actividad física el deporte y la recreación para la salud, la calidad de vida de la población y la mejora de la capacidades individuales de los participantes.

b)  Regular la actividad deportiva y recreativa de la comunidad.

c)  Colaborar con las Juntas administradoras de Instalaciones deportivas en la medida de sus posibilidades con la administración y mantenimiento de las instalaciones.

d)  Participar en forma activa en actividades programadas y organizadas por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

e)  Elaborar, ejecutar y remitir el plan anual de trabajo ante el Comité Cantonal de Deportes y Recreación, para su conocimiento y aprobación en las fechas establecidas.

f)   Elaborar y entregar informes semestrales de su gestión ante el Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

g)  Promover comisiones especificas para un mejor desarrollo y representación comunal.

h)  Todo trámite que realicen los Comités Comunales ante las autoridades gubernamentales debe llevar el visto bueno del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

i)   Divulgar e informar en su comunidad con copia al Comité Cantonal de Deportes y Recreación sobre el desarrollo de sus actividades.

j)   Tramitar y solicitar el aval ante el Comité Cantonal de Deportes y Recreación los permisos para la celebración de festejos o turnos en las instalaciones deportivas del cantón, conforme a la Ley 7800, siempre que rindan garantía satisfactoria que la instalación quedará en las condiciones originales o mejoradas.

k)  Someter ante el Comité Cantonal de Deporte y Recreación el monto de las tarifas y servicios por los derechos de alquiler de las instalaciones deportivas bajo su administración.

Artículo 86.—Todo miembro deberá comunicar por escrito, cuando procedan las razones de su inasistencia a las sesiones, a más tardar en la sesión siguiente de su ausencia. De no hacerlo, la ausencia será considerada injustificada y sancionable.

Artículo 87.—Son causales de destitución de miembros de Comités Distrital (comunal), las que se encuentran establecidas en el artículo treinta y seis de esté Reglamento.

CAPÍTULO XIV

Disposiciones generales

Artículo 88.—Las actividades deportivas y recreativas del Cantón estarán a cargo del Comité Cantonal de Deportes y Recreación y por delegación de este en los Comités Distritales.

Artículo 89.—El Comité Cantonal de Deportes y Recreación tendrá personería jurídica instrumental, únicamente para el cumplimiento de los fines que la ley y este reglamento le otorguen, la personería jurídica será extendida por la secretaría del Concejo Municipal. Los Comités Distritales (comunales) dependerán jurídicamente de la personería del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

Artículo 90.—Toda organización deportiva y recreativa de la comunidad puede recurrir al Comité Cantonal de Deportes y Recreación para su reconocimiento y afiliación y gozar de todos los beneficios en proyectos y programas que el mismo ofrece.

Artículo 91.—El Comité Cantonal de Deportes y Recreación deberá comunicar al ICODER y al Concejo Municipal los nombramientos de los Comités Distritales (comunales), las Juntas Administrativas de Instalaciones y Comités Administradores de instalaciones de centros educativos.

Artículo 92.—En los casos que no expresen directamente, los organismos y sus miembros podrán aplicar por analogía las disposiciones de este reglamento que les atañen a otros organismos.

Artículo 93.—Los casos y necesidades no contemplados en este reglamento serán resueltos conforme al sano criterio de los miembros del Comité Cantonal de Deporte y Recreación, su resolución deberá ser aprobada por el Concejo Municipal y comunicarse para su debida incorporación al Reglamento.

Artículo 94.—Toda modificación y ajuste que se deba realizar, que no se encuentre estipulado en el presente reglamento, quedará sujeto a aplicación de acuerdo a lo estipulado mediante el Código Municipal vigente y cualquier reforma que fuese implementada en el mismo.

Artículo 95.—En caso de reformas, modificaciones y enmiendas al presente reglamento, las mismas deben ser elevadas por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación ante el Concejo Municipal para que este ente lo acoja y le brinde el trámite de aprobación y proceda a su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Artículo 96.—De no aportar las organizaciones deportivas, recreativas y organizaciones comunales sus miembros ante el Concejo Municipal, el Concejo tendrá la potestad de elegir y llenar las vacantes con las personas que muestren interés y cumplan los requisitos correspondientes.

Artículo 97.—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Publíquese.—Juan Bosco Acevedo Hurtado, Alcalde Municipal.—1 vez.—(46684).

MUNICIPALIDAD DE LA UNIÓN

Una vez transcurrido el plazo de consulta pública al Reglamento a los artículos 75 y 76 para el Cobro de Precios y Multas por omisión en los deberes de los propietarios de inmuebles para el cantón de La Unión, y al no haberse presentado ninguna oposición al mismo, se informa que dicho Reglamento entrará a regir quince días hábiles a partir de su publicación. Acuerdo aprobado en firme y por unanimidad en la sesión extraordinaria Nº 239 celebrada el martes 26 de mayo del 2009.

Tres Ríos, La Unión, 29 de mayo del 2009.—Ana Eugenia Ramírez Ruiz, Secretaria.—1 vez.—Nº 109556.—(46366).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

AVISOS

El Banco Nacional de Costa Rica comunica a las entidades acreedoras supervisadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras, que para acogerse a lo dispuesto en los incisos c) y d) del artículo 4 del Reglamento sobre la distribución de utilidades por la venta de bienes adjudicados (Artículo 1 de la Ley 4631), en un plazo no mayor a 10 días hábiles, deberán presentar a través de sus Representantes Legales formal solicitud ante la oficina del Banco Nacional de Costa Rica, localizada en la Dirección de Recursos Materiales, La Uruca, frente a la Mercedes Benz, y adjuntar una certificación de un contador público autorizado sobre el estado de la(s) obligación(es) y el saldo adeudado por el señor Rafael Vásquez Vargas, cédula de identidad 2-0114-0352.—Lic. Erick Leitón Mora, Jefe de Contrataciones.—1 vez.—(OP Nº  001-2009-Solicitud Nº 0078-2009).—C-8270.—(46226).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

CENTRO DE SERVICIOS FINANCIEROS MORAVIA

AVISOS

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal de este domicilio, hace constar del conocimiento público el extravío de los siguientes certificados de ahorro a plazo en colones normales:

Número del certificado             Monto del                  Fecha de

                                                    certificado               vencimiento

16105660210478883               ¢5.000.000,00                 22/04/2010

16105660210478860               ¢5.000.000,00                 22/10/2009

16105660210474491               ¢5.000.000,00                 16/03/2010

16105660210391567               ¢5.000.000,00                 06/11/2009

Cupones

16105660210478883               ¢132.500,00 (4)              22/04/2010

16105660210478860               ¢125.000,00 (2)              22/10/2009

16105660210474491              ¢ 138.750,00 (4)              16/03/2010

16105660210391567                ¢ 86.625,00 (2)              06/11/2009

Emitidos a la orden de: Enrique Ramón Solano Rivera, cédula Nº 01-0239-0162.

Lo anterior para efectos de los artículos Nº 708 y 709 del Código de Comercio.

San José, 26 de mayo del 2009.—Plataforma de Servicios.—Lic. Marco Oviedo Castillo, Subgerente.—(45834).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

ÁREA DE INVESTIGACIÓN

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Andrés Felipe Sevilla Gaitán, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 21 de mayo del 2009.—Área De Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 108926.—(45056).

Elizabeth León Rodríguez ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 21 de mayo del dos mil nueve.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 108928.—(45057).

Mariana Fernández Sequeira, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, veinte de mayo del dos mil nueve.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 108961.—(45058).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

ORI-1362-2009.—Rodríguez Araya Roxana, costarricense, cédula de identidad Nº 2-425-589, ha solicitado reposición de los títulos de Notario Público, Bachiller en Derecho y Licenciada en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante la Oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 19 de mayo del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112916).—C-16340.—(45724).

ORI-1363-2009.—Villalobos Rodríguez María de los Ángeles, costarricense, cédula de identidad Nº 1-569-964, ha solicitado reposición de los títulos de Notario Público y Licenciada en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante la Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 19 de mayo del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112916).—C-16340.—(45725).

ORI-1368-2009.—Lazo Valladares Ángel Antonio, costarricense, cédula de identidad Nº 1-829-307, ha solicitado reposición del título de Especialista en Anatomía Patología. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante la Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 19 de mayo del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O.C. Nº 112916).—C-16340.—(45726).

ORI-1369-2009.—Pacheco Carranza Ana Gabriela, costarricense, cédula de identidad Nº 1-530-835, ha solicitado reposición del título de Bachiller en Ciencias de la Educación Primaria. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante la Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 19 de mayo del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112916).—C-16340.—(45727).

ORI-1454-2009.—Sibaja Villegas Evelyn María, costarricense, cédula de identidad Nº 1-1134-089, ha solicitado reposición del título de Bachillerato en Ciencias de la Educación Preescolar. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante la Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 19 de mayo del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112916).—C-16340.—(45728).

ORI-1422-2009.—Guerén Catepillán Pablo Andrés, R-077-2009 chileno, residente temporal 115200025003, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Comunicación Social, Periodista, Universidad Diego Portales, Chile. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante la Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 13 de mayo del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112916).—C-16340.—(45729).

ORI-1429-2009.—Hasbun Chavarría Yamil, R-075-2009, costarricense, cédula de identidad Nº 1-1125-0947, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Ciencias en Ingeniería, Universidad de Aalborg, Dinamarca. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante la Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 13 de mayo del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112916).—C-16340.—(45730).

ORI-1367-2009.—Hernández Jiménez Marcela, R-072-2009, costarricense, cédula de identidad Nº 1-1011-0289, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Ciencias, Física, Universidad Estatal de Campinas, Brasil. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante la Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 11 de mayo del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112916).—C-16340.—(45731).

ORI-1428-2009.—Miranda Symes Sandra Olivia, R-076-2009, mexicana, pasaporte 03210023811, ha solicitado reconocimiento del diploma de Médico Cirujano, Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla, México. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante la Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 13 de mayo del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112916).—C-16340.—(45732).

ORI-1349-2009.—Steinkoler Speevak Randi, R-069-2009, costarricense, cédula de identidad Nº 1-1149-0155, ha solicitado reconocimiento del diploma de Máster en Música con énfases en Musicoterapia, Universidad del Estado de Florida, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante la Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 11 de mayo del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112916).—C-16340.—(45733).

ORI-1379-2009.—Vargas Ovejero Hernán Alfonso, R-073-2009, colombiano, residente permanente 117001107209, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero en Transportes y Vías, Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante la Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 11 de mayo del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112916).—C-16340.—(45734).

ORI-1360-2009.—Zepeda Seoane Carlos Francisco, R-070-2009, mexicano, pasaporte Nº 08903374392, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Civil, Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, México. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante la Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 11 de mayo del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112916).—C-16340.—(45735).

ORI-1426-2009.—Giralt Apéstegui Luis Diego, R-074-2009, costarricense, cédula de identidad Nº 1-1013-0160, ha solicitado reconocimiento del diploma de Magister en Rehabilitación Oral, Universidad Finis Terrae, Chile. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante la Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 13 de mayo del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112916).—C-16340.—(45736).

ORI-1384-2009.—Castro Calderón Mario Alberto, R-080-2009, costarricense, cédula de identidad Nº 1-0907-0456, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Arquitectura, La Fundación Universidad de las Américas, México. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante la Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 12 de mayo del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112916).—C-16340.—(45737).

ORI-1365-2009.—Agüero Valverde Jonathan, R-071-2009, costarricense, cédula de identidad Nº 1-0932-0059, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Filosofía, Ingeniería Civil, La Universidad Estatal de Pennsylvania, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante la Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 11 de mayo del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112916).—C-16340.—(45738).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Mauricio Ernesto Lara Ramos ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 29 de mayo del 2009.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(47211).

UNIVERSIDAD NACIONAL

VICERRECTORÍA ACADÉMICA

PROGRAMA DE GRADUACIÓN

REPOSICIÓN DE TÍTULO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional, se ha presentado solicitud de reposición de diploma por robo, correspondiente al Título de Bachillerato en Economía, grado académico: bachillerato, registrado en el libro de títulos bajo el tomo 23, folio 41, asiento 648, a nombre de Carolina Vannessa Morales Calderón, con fecha 11 de mayo del 2007, cédula de identidad Nº 04-0185-0824. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.

Heredia, 27 de mayo del 2009.—Departamento de Registro.—MAE. Marvin Sánchez Hernández, Director.—(45809).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA VIDA ESTUDIANTIL

Y SERVICIOS ACADÉMICOS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

El Comité Institucional para el Reconocimiento y Equiparación de Títulos y Grados (CIRE), en uso de sus facultades estipuladas en el Reglamento para el Reconocimiento y Equiparación de Grados y Títulos, y el artículo Nº 6 de la Ley Orgánica, del Instituto Tecnológico de Costa Rica, en sesión Nº 03-2009, artículo 11 del 13 de mayo del 2009, ante la solicitud del señor Diego Fernando Rey Becerra, pasaporte colombiano Nº CC80168576,

Acuerda:

1.  Reconocer el título de Ingeniero Electrónico, otorgado por Pontificia Universidad Javeriana, Bogotá, Colombia, al señor Diego Fernando Rey Becerra, pasaporte colombiano Nº CC80168576.

2.  No reconocer el grado académico, debido a que no viene explícito en el Diploma.

3.  Equiparar el título de Ingeniero Electrónico, otorgado por la Pontificia Universidad Javeriana, Bogotá, Colombia, por el de Ingeniero en Electrónica, que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.

4.  Equiparar los estudios realizados por el señor Diego Fernando Rey Becerra, pasaporte colombiano Nº CC80168576, al grado académico de Licenciatura que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica, puesto que el valor académico de los estudios realizados así como la profundidad y amplitud de estos conocimientos y habilidades obtenidas durante los estudios corresponden a los exigidos por las instituciones de educación superior universitaria costarricense para conceder dicho grado.

Acuerdo firme.

Cartago, 21 de mayo del 2009.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA. William Vives Brenes, Director.—(O. C. Nº 0587).—(Solicitud Nº 30850).—C-21020.—(45751).

CIRE, acuerda:

El Comité Institucional para el Reconocimiento y Equiparación de Títulos y Grados (CIRE), en uso de sus facultades estipuladas en el Reglamento para el Reconocimiento y Equiparación de Grados y Títulos, y el artículo Nº 6 de la Ley Orgánica, del Instituto Tecnológico de Costa Rica, en sesión Nº 03-2009, artículo 7º, del 13 de mayo del 2009, ante la solicitud del señor Adolfo Alfaro Cordero, cédula de identidad Nº 401850847,

Acuerda:

1.  Reconocer el título de Ingeniero Agrónomo, otorgado por la Escuela Agrícola Panamericana Zamorano, Tegucigalpa, Honduras, al señor Adolfo Alfaro Cordero, cédula de identidad Nº 401850847.

2.  Reconocer el grado académico de Licenciatura.

3.  Equiparar el título de Ingeniero Agrónomo, otorgado por la Escuela Agrícola Panamericana Zamorano, Tegucigalpa, Honduras, por el de Ingeniero Agrónomo que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.

4.  Equiparar el grado académico de Licenciatura al de Licenciatura, que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.

Acuerdo firme.

Cartago, 25 de mayo del 2009.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA. William Vives Brenes, Director.—(O. C. Nº 0587).—(Solicitud Nº 30850).—C-18020.—(45752).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

CONSEJO DIRECTIVO

Considerando:

La Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, regula la expropiación forzosa por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, incluyendo servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.

En dicho marco legal-institucional, en pos del desarrollo nacional y del consumo doméstico de electricidad que urgen los costarricenses, el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) necesita establecer, dentro del derecho de servidumbre de la línea de transmisión denominada SIEPAC (Tramo Palmar Norte-Río Claro) un sitio de torre sobre la finca inscrita en el Registro Público, Folio Real 035269-000, ubicada en el distrito 03, Guaycará, del cantón 07, Golfito, de la provincia de Puntarenas y como adición al gravamen de servidumbre de paso de líneas eléctricas y de personas, mediante contrato público de fecha 5 de noviembre del 2004 ante el licenciado Carlos Mauricio Sierra Sánchez.

Ø Según Registro Público, esa finca es terreno de agricultura con pastos y montaña, tacotales, tiene una cabida de 643.114 metros con 95 decímetros cuadrados y linda así: norte, Rafael Durán Vega y Evelio Chacón Quirós; sur, Ronaldo Oviedo Juárez; este, Evelio Chacón Quirós y Gabriel Fortunato Morales Granados y oeste, calle pública de 20 metros de ancho. Se identifica en la materialidad por medio del plano inscrito en el Catastro Nacional bajo el número P-1033551-2005.

Ø El dueño de la propiedad es la empresa Valle del Lobo de Guaycará S. A., cédula jurídica 3-101-501215.

Ø Que a solicitud de la Empresa Propietaria de la Red S. A., se valoró la instalación del sitio de torre, en la suma de ¢175.000,00 (ciento setenta y cinco mil colones exactos), según avalúo número 252-2009.

Ø A tenor de los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y técnicamente demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de constituir este derecho de servidumbre, por lo que con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, procede decretar la expropiación correspondiente.

Por tanto,

Primero.—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢175.000,00 (ciento setenta y cinco mil colones exactos).

Segundo.—De no ser aceptado por la Empresa propietaria, el respectivo avalúo, constitúyase, sobre la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de servidumbre, el cual se describe así:

El Instituto Costarricense de Electricidad instalará, dentro del derecho de servidumbre de líneas eléctricas ya constituido, un sitio de torre en la propiedad de la empresa Valle del Lobo de Guaycará S. A. El sitio de torre identificado con el número 99, se ubicará a una distancia aproximada al lindero noroeste de de 315,21 metros. El lugar está ocupado por un área de charral y bosque secundario.

Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la torre, antes deberá consultársele al ICE. La Empresa propietaria deberá permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra. Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, citada.

Tercero.—Continúese con los trámites de rigor.

Cuarto.—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5871 celebrada el 30 de abril del 2009.

Quinto.—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 1 de junio de 2009.—Lic. Víctor Julio Cerdas Fallas, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(46126).

Considerando:

La Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, regula la expropiación forzosa por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, incluyendo servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.

En dicho marco legal-institucional, en pos del desarrollo nacional y del consumo doméstico de electricidad que urgen los costarricenses, el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) necesita establecer, dentro del derecho de servidumbre de la línea de transmisión denominada SIEPAC (Tramo Peñas Blancas-Cañas) un sitio de torre sobre la finca sin inscribir, ubicada en el distrito 01, La Cruz, del cantón 10, La Cruz, de la provincia de Guanacaste y como adición al gravamen de servidumbre de paso de líneas eléctricas y de personas, suscrito mediante contrato privado del 4 de noviembre del 2004, ante el notario Carlos Mauricio Sierra Sánchez.

Ø Se identifica en la materialidad por medio del plano inscrito en el Catastro Nacional bajo el número G-46464-1959.

Ø El dueño de la propiedad es el señor Carlos Cabrera Zúñiga, cédula de identidad 5-140-331.

Ø Que a solicitud de la Empresa Propietaria de la Red S. A., se valoró la instalación del sitio de torre, en la suma de ¢200.000,00 (doscientos mil colones), según avalúo número 227-2009.

A tenor de los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y técnicamente demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de constituir este derecho de servidumbre, por lo que con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, procede decretar la expropiación correspondiente. Por tanto,

Primero.—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢200.000,00 (doscientos mil colones sin céntimos).

Segundo.—De no ser aceptado por los propietarios, el respectivo avalúo, constitúyase, sobre la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de servidumbre, el cual se describe así:

El Instituto Costarricense de Electricidad instalará, dentro del derecho de servidumbre de líneas eléctricas ya constituido, un sitio de torre en la propiedad de Carlos Cabrera Zúñiga. El sitio de torre identificado con el número 23, se ubicará a una distancia aproximada al lindero norte de 291,69 metros. El lugar está ocupado por potreros con algunos sectores de bosque.

Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la torre, antes deberá consultársele al ICE. El propietario deberá permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra. Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, citada.

Tercero.—Continúese con los trámites de rigor.

Cuarto.—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5871 celebrada el 30 de abril del 2009.

Quinto.—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 1 de junio de 2009.—Lic. Víctor Julio Cerdas Fallas, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(46127).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AVISOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Se le comunica a Carmen García Aguinaga que por resolución de la Representación Legal de esta Oficina Local, de las 16:57 horas del 22 de febrero de 2009, se dio inicio de proceso especial de protección, en sede administrativa, ordenando su ingreso en el albergue institucional de Vargas Araya, “De ser necesario por conveniencia institucional, se le puede trasladar a la alternativa de protección que más se ajuste a su perfil o domicilio, dando aviso por escrito a los padres de esa nueva ubicación por simple oficio …Dicha medida no podrá exceder de seis meses. II. Procédase al acompañamiento psicológico de dicha joven ante el Organismo de Investigación Judicial para que plantee formal denuncia por abuso sexual. III. Trasladar este expediente a la Oficina Local de San José Oeste para que se continúe con la atención psico-socio legal, se brinde el seguimiento, profundizando en la dinámica socio familiar en que se desarrolla María Carolina. IV. Remítase copia de esta situación a la Oficina Local de Talamanca para que le brinde seguimiento a la situación de las personas menores hermanas de María Carolina que permanecen en esa comunidad. V. Comuníquese esta medida al juez competente… Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, en días y horas hábiles, ubicada en San José, avenidas 8 y 10, calle 14. Deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 11 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales y el contenido del Voto Nº 11302-2002, de 15:41 horas de 27 de noviembre de 2002, de la Sala Constitucional. Se le hace saber, además, que contra esta resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia).—Oficina Local de San José Oeste.—Lic. Rafael A. Barrientos Ávila, Representante Legal.—(O. C. Nº 30082).—(Solicitud Nº 29016).—C-18870.—(45740).

A George Reolid Esteves, se le comunica la resolución de las 9:10 horas del 27 de mayo del 2009 que resolvió entre otros, abrigo temporal hasta por 6 meses de sus hijos Franciny Gabriela, Karina Soledad y Franklin Eduardo, todos Reolid Picado, en una alternativa de protección institucional o privada. En contra de dicha resolución solo procede el recurso de apelación, presentado verbalmente o por escrito en las siguientes 48 horas a la publicación del tercer edicto, ante quien emitió esta resolución y quien elevará a la Presidencia Ejecutiva de la entidad en San José, señalando lugar para notificaciones o fax. 112-7-07.—Oficina Local de Guadalupe.—Lic. Gerardo Sánchez Rodríguez, Representante Legal.—(O. C. Nº 30082).—(Solicitud Nº 29016).—C-9690.—(45741).

Se comunica a quien interese, de la resolución de las catorce horas del día veintiséis de mayo de dos mil nueve, que ubica a la persona menor de edad Rosa Ángela Carrillo Romero, al lado de su padre biológico, señor Ismael Mora Chacón. Esta medida es hasta por seis meses. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el superior en grado, dentro de un plazo de 48 horas después de notificada. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas.—Oficina Local de Guadalupe, 26 de mayo de 2009.—Lic. Roberto Marín A., Representante Legal.—(O. C. Nº 30082).—(Solicitud Nº 29016).—C-7140.—(45742).

A Víctor Manuel Sojo Fallas, se le comunica la resolución de las catorce horas del quince de mayo del dos mil nueve, en la cual se dicta medida de protección de abrigo temporal a favor de la joven Pamela Sojo Arias en el albergue del Patronato Nacional de la Infancia, contra esta resolución se puede aplicar recurso de apelación dentro de las cuarenta y ocho horas a partir de la tercera publicación de este edicto ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución en San José, señalando lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional, doscientos cincuenta metros sur de la casa de Matute Gómez, en horas laborales de las siete horas treinta minutos a las dieciséis horas. El cual podrá ser interpuesto en forma verbal o escrita. Expediente Nº 142 00 16 95, tomo IV.—Oficina Local de Puriscal.—M.Sc. Patricia M. Mesén Arroyo, Representante Legal.—(O. C. Nº 30082).—(Solicitud Nº 29016).—C-7650.—(45743).

Al señor Josué García Gutiérrez, calidades y domicilio desconocidos por esta Oficina, se le notifica la resolución administrativa dictada a las diez horas cuarenta minutos del veintidós de mayo de dos mil ocho, de abrigo temporal por el plazo de seis meses prorrogables judicialmente, que ubica a la niña Junileit García Moreira en un albergue institucional y se remite su situación al Área Psicosocial para la intervención que corresponde. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante esta Oficina Local, en forma verbal o escrita; Oficina que lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en Barrio Luján, San José, antigua Dos Pinos o de Matute Gómez, trescientos metros al sur, deben señalar medio para notificaciones. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada.—Oficina Local de Heredia Norte.—Ana Julieta Hernandez Issa El Khoury, Representante Legal.—(O. C. Nº 30082).—(Solicitud Nº 29016).—C-7650.—(45744).

REGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE BELÉN

La suscrita Secretaría del Concejo Municipal de Belén, le notifica el acuerdo tomado, en la sesión ordinaria Nº 29-2009, artículo 26, celebrada el diecinueve de mayo del dos mil nueve: excluir de la lista de notificadores de la Municipalidad de Belén al señor Mario López Salazar, cédula de identidad 7-058-266.

Belén, 01 de junio del 2009.—Ana Patricia Murillo Delgado, Secretaria.—1 vez.—(O. C. Nº 25518).—C-5250.—(46637).

CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO

DE COLORADO DE ABANGARES

El Concejo Municipal de Distrito de Colorado de Abangares, comunica que acatando lo dispuesto en la ley Nº 8173, según el artículo 7 de la misma; publicada el 10 de enero del 2002, en el diario oficial La Gaceta Nº 7, Alcance Nº 2-A; acordó en acta ordinaria 22-2009, capítulo V, artículo 2, celebrado el día lunes 01 de junio del 2009; por unanimidad y definitivamente; “Nombrar a la señora Yesenia Martínez Quesada, mayor, casada una vez, con cédula de identidad: 03-0329-0918; vecina de Colorado Centro; como Intendenta Municipal Interina del Concejo Municipal de Distrito de Colorado, en sustitución del señor Juan Luis Matarrita Gómez, mayor, casado una vez, taxista, con cédula de identidad: 05-0194-0554, vecino de San Buenaventura de Colorado; por un periodo de 30 días hábiles a partir del 02 de jumo del 2009 hasta el 02 de julio del 2009.

Colorado de Abangares, 2 de junio del 2009.—Francisco Javier González Pulido, Secretario Municipal.—1 vez.—(44626).

El Concejo Municipal de Distrito de Colorado de Abangares, comunica que en acta número 15-2009, capítulo I, artículo 5, de la sesión ordinaria celebrada el día trece de abril del año dos mil nueve, acordó definitivamente en firme y por unanimidad: nombrar al señor Roberto Chévez Palacios, con cédula: 05-0154-0686, notificador del Concejo Municipal de Distrito de Colorado. Rige a partir de su publicación.

Colorado de Abangares, 2 de junio del 2009.—Francisco Javier González Pulido, Secretario Municipal.—1 vez.—(46630).

CONCEJO MUNICIPAL DE CÓBANO

DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

Edicto 009-2009.—Jiménez Espinoza Maikol con cédula de identidad Nº 6-0351-0123, con base en el artículo 38 de la Ley Sobre la Zona Marítima Terrestre, Nº 6043 del 2 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una parcela de terreno sita en Manzanillo de Cóbano, distrito once: Cóbano, cantón primero: Puntarenas, provincia sexta: Puntarenas. Mide: 616,2 . Es terreno para dedicarlo al uso de zona facilidades turísticas, que colinda: norte, Concejo Municipal de Cóbano; sur, Concejo Municipal de Cóbano: este, calle pública y oeste, zona pública. La presente publicación se realizará de acuerdo con el Plan Regulador (Manzanillo) aprobado para dicho sector costero. Se conceden treinta días hábiles, a partir de esta única publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad, en papel fiscal de veinticinco colones y los timbres correspondientes en dos tantos.

Cóbano, 4 de mayo de 2009.—Alcides Fernández Elizondo, Coordinador a. í.—1 vez.—(45947).

MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ

El Departamento de Administración Tributaria de la Municipalidad de Pococí, informa que en acatamiento de lo dispuesto en los artículos 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y 30 de la Ley de Impuestos Municipales del Cantón de Pococí, Nº 8582, ha dictado la Resolución Administrativa Nº AT-0409-496-RE de las 8:36 horas del 24 de abril del 2009, que en su parte resolutiva dispone. “Se establece para los tributos municipales pagados fuera de término, una tasa de interés del 16,50% anual, que regirá por seis meses a partir de su publicación en el Diario Oficial”.

Departamento de Administración Tributaria.—Lic. Solón Armando Murillo Cruz, Administrador Tributario.—1 vez.—(46662).

AVISOS

CONVOCATORIAS

PAN-AMERICAN SCHOOL S. A.

Se convoca a los socios de Pan-American School S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-128631 a la asamblea general extraordinaria que tendrá lugar el día 17 de junio del 2009, en las instalaciones de la compañía, sita 300 metros al sur de la fábrica Panasonic, San Antonio de Belén. La asamblea se celebrará en primera convocatoria, a las 18:00 horas de la fecha indicada. Si no se presentare el quórum previsto por los estatutos de la sociedad y la ley, la asamblea se celebrará en segunda convocatoria, a las 19:00 horas del día indicado, en el mismo sitio, con los accionistas presentes. El siguiente y único punto conforma la agenda del día:

1.     Reforma a la cláusula cuarta del pacto social: El capital social.

3 de junio del 2009.—Francis Durman Esquivel, Presidente.—1 vez.—(47177).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

CHEMO CENTROAMÉRICANA S. A.

Chemo Centroamericana S. A., cédula jurídica 3-101-062338 solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro Mayor Nº 1, Libro de Diario Nº 1, Libro de Inventarios y Balances Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Álvaro López Jiménez, Notario.—Nº 108680.—(45104).

C.F.M. Y ASOCIADOS INTERNACIONALES S. A.

C.F.M. y Asociados Internacionales S. A., cédula jurídica 3-101-325449, anteriormente denominada Importadora de Suministros Médicos de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-325449, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios, todos ellos en primera renovación, siendo Libros número dos. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Edgar Montero Mejía, Notario.—Nº 108700.—(45105).

PLANETA DORADO SOCIEDAD ANÓNIMA

Planeta Dorado Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-setenta y seis mil quinientos ochenta y nueve, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición del libro número uno de Registro de Accionistas de la sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ente el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Carlos Eduardo Salgado García, Notario.—Nº 108925.—(45106).

JMC UNO SOCIEDAD ANÓNIMA

JMC Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cincuenta mil doscientos cincuenta y cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: un libro de Actas de Asamblea de Socios número dos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Ana Priscilla Sánchez Rodríguez, Notaria.—Nº 108977.—(45107)

AROMA DE CLAVEL SOCIEDAD DE

RESPONSABILIDAD LIMITADA

Aroma de Clavel Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-546013, hace del conocimiento público que por motivo de extravío, han solicitado la reposición de los libros legales de la sociedad, específicamente el de Actas de Asamblea de Socios, libro número uno y el Registro de Cuotistas, libro número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, de la Administración Tributaria de Cartago, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la última publicación de este aviso.—Lic. Noelia Camacho Starbird, Notaria.—(45288).

MAGO GOYANES SOCIEDAD ANÓNIMA

Mago Goyanes Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-setenta y siete mil quinientos sesenta y ocho, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Acta de Junta Directiva (un libro), Registro de Accionistas (un libro) Diario (un libro), Mayor (un libro), e Inventarios y Balances (un libro). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Juan Daniel Acosta Gurdian, Notario.—Nº 109015.—(45566).

EDITORIAL MUJERES S. A.

Editorial Mujeres S. A., cédula jurídica Nº 3-101-12370623, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro Diario Nº 2. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Linda M. del Pilar Berron Sañudo.—Nº 109065.—(45567).

CORPORACIÓN MULTICAR INTERNACIONAL

SOCIEDAD ANÓNIMA

Corporación Multicar Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-355295, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario 1, Mayor 1, Inventarios y Balances 1, Actas de Consejo de Administración 1, Actas de Asamblea de Socios 1, Registro de Socios 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. René Orellana Meléndez, Notario.—Nº 109066.—(45568).

RANCHO PLAYA JUNQUILLAL SOCIEDAD ANÓNIMA

Rancho Playa Junquillal Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento veinticinco mil trescientos treinta y tres, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Acta de Asamblea de Socios Nº 1, Registro de Socios Nº 1. Quien se considera afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Guanacaste, dentro de término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Andrés Lanza, Representante Legal.—Nº 109148.—(45569).

DON CHON SOCIEDAD ANÓNIMA

Don Chon Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y cinco mil cuatrocientos treinta y ocho, domiciliada en San José, calle trece, casa un mil noventa y cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los seis siguientes libros: Diario uno, Mayor uno, Inventarios y Balances uno, libro de Actas de Junta Directiva uno, libro de Actas de Asamblea General uno, y libro de Actas de Registro de Accionistas uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Luis Eduardo Leal Vega, Notario.—Nº 109171.—(45570).

GRUMO SOCIEDAD ANÓNIMA

Grumo Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-012019, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros número uno de Registro de Accionistas y de Actas de Asamblea General de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Rafael Ángel Morales Monge, Notario.—Nº 109186.—(45571).

INVERSIONES RÍO LINDO S. A.

Inversiones Río Lindo S. A., cédula jurídica Nº 3-101-059863, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Actas de Asamblea de Socios, número dos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de Puntarenas, dentro del término de ocho días hábiles, contados a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Wendy Meneses Orozco, Notaria.—Nº 109189.—(45572).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

ÍCONOS ARTES GRÁFICAS DE ALAJUELA SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo, Francisco Ocampo Soto, cédula 2-0357-0911, vecino de Alajuela, 50 metros oeste de Cortel, apoderado generalísimo sin límite de suma de Íconos Artes Gráficas de Alajuela Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-162040, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas Consejo de Administración, Actas de Asambleas de Socios y Actas de Registro de Socios, todos Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Francisco Ocampo Soto, Apoderado Generalísimo.—(45838).

HOTEL Y CLUB PUNTA LEONA S .A.

Para efectos del artículo 689 del Código de Comercio, el Hotel y Club Punta Leona S. A., hace saber a quién interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá el título de la acción No. 00303 nombre de Gerardo Herrera Araya, cédula Nº 1-340-079. Cualquier persona interesada al respecto podrá oponerse durante un mes a partir de la última publicación de este aviso.—Boris Gordienko Echeverria, Secretario Junta Directiva.—(45876).

RAFAEL A. RODRÍGUEZ V. SOCIEDAD ANÓNIMA

Rafael A. Rodríguez V. Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-010973 solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 53, Mayor Nº 54, Inventarios y Balances Nº 55, Actas de Consejo de Administración Nº 56, Actas de Asambleas de Socios Nº 57 y Registro de Socios Nº 58. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—María Isabel Rodríguez Brenes, Representante Legal.—(45911).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

DESARROLLOS TERRAFORTE SOCIEDAD ANÓNIMA

Desarrollos Terraforte Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-269-149, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Asamblea de Socios Nº 1, Actas de Consejo de Administración Nº 1, Registro de Socios Nº 1, Diario Nº 1, Mayor Nº 1 Inventarios y Balances Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Jorge Ulloa Maduro, Notario.—(45811).

Isabel Pizarro Vallejo, cédula Nº 9-074-493, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro Diario número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) de la Administración Tributaria de Puntarenas, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Puntarenas, 1 de junio del 2009.—Isabel Pizarro Vallejo, Solicitante.—(45820).

Yo, Mario Guzmán Naranjo, cédula Nº 1-524-995, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de tres libros, Diario Nº 1, Mayor Nº 1, Inventarios y Balances Nº 1. Quien se considere afectado  puede manifestar su oposición ante  Aérea de información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Mario Guzmán Naranjo.—Nº 109011.—(45837).

COMPAÑÍA GANADERA Y AGRÍCOLA EL MAMEY S. A.

Compañía Ganadera y Agrícola El Mamey S. A., cédula jurídica tres-ciento-cero treinta y mil ochocientos ochenta y seis, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: Asamblea General, Junta Directiva, Registro de Accionistas, Diario, Mayor, Inventarios y Balances de dicha sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—San José, veintidós de mayo de dos mil nueve.—Bernal Monge Herrera.—(45952).

CONSTRUCTORA S Y B S. A.

Constructora S y B S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento tres mil quinientos veintiocho, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro: Asamblea General de dicha sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—San José, veinticinco de mayo de dos mil nueve.—Luis Roberto Sáenz Torres.—(45953).

PROPIEDADES ÁLAMO SOCIEDAD ANÓNIMA

Propiedades Álamo Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-120872-21, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Tatiana Zeledón Castro.—(45957).

DESARROLLO LA COSTA S. A.

Desarrollo La Costa S. A., comunica a los interesados y público en general que por haberse extraviado la acción común número 1915, correspondiente a la semana fija Nº 28, propiedad del señor González Aburto Jorge, portador de la cédula de residencia Nº 155801730813, se procederá a su reposición dentro del término de ley. Cualquier interesado deberá hacer valer sus derechos dentro de este plazo.—San José.—Arturo Ulate Vargas, Jefe Departamento Servicio al Cliente.—(46052).

CORPORACIÓN OVIEDO ÁLVAREZ SOCIEDAD ANÓNIMA

Corporación Oviedo Álvarez Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta mil quinientos noventa y tres, solicita a la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de Registro de Accionistas número uno, Junta Directiva número uno, Inventarios y Balances número uno, Diario número uno y Mayor número uno, de dicha sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información al Contribuyente, Administración Regional de San José, el en término de ocho días hábiles contados a partir de la ultima publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Juan Carlos Gutiérrez Morales, Notario.—Nº 109391.—(46117).

INDUSTRIAS DE SALSAS Y PIMIENTAS

LA ÚNICA SOCIEDAD ANÓNIMA

Industrias de Salsas y Pimientas La Única Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero cuarenta y seis mil seiscientos tres-trece, solicita a la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de Registro de Accionistas número uno, Junta Directiva número uno, Inventarlos y Balances número uno, Diario número uno y Mayor número uno, de dicha sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información al Contribuyente, Administración Regional de San José, el en término de ocho días hábiles contados a partir de la ultima publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Juan Carlos Gutiérrez Morales, Notario.—Nº 109392.—(46118).

GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA

De conformidad con los artículos 708, 709 y 710 del Código de Comercio, el Sr. Luis Alberto Ramírez Camacho, cédula 400890712, solicita la reposición del certificados de depósito a plazo número 118 305 2000061057 por $2.083,46 y su respectivo cupón.—Heredia, 1 de junio del 2009.—Servicios Financieros.—Kattia Yannarella Montero, Encargada.—(46124).

LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A.

Para los efectos del artículo 689 Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:

                    Certificado Nº            Acciones                    Serie

                            9095                         400                            J

                            9094                         400                            J

Nombre del accionista: Teljos S. A. Folio Nº 6283.—27 de mayo del 2009.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(46153).

Para los efectos del artículo 689 Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:

                    Certificado Nº            Acciones                    Serie

                          006740                       400                            J

Nombre del accionista: Rubinstein Erich Telma. Folio Nº 5163.—27 de mayo del 2009.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(46154).

MORLOP SUPPLY SOCIEDAD ANÓNIMA

Morlop Supply Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-545070, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Uno Actas de Consejo de Administración, Uno Actas de Asamblea de Socios, Uno Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—(46233).

PRODUCTOS MILENIO DE COSTA RICA S. A.

Productos Milenio de Costa Rica S. A., cédula Nº 3-101-197683. Solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro Asamblea General de Socios Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—02 de junio del 2009.—Luis Omar Ardila Medina.—Nº 109432.—(46367).

FINCA EL RINCONCITO DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA

Finca El Rinconcito del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-433101, solicita, ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas Registro de socios uno, Actas Asamblea de Socios uno, Actas de Consejo de Administración uno, Diario uno, Mayor uno e Inventario y Balances uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San Isidro de El General, Pérez Zeledón, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Julieta Elizondo Calderón, Notaria.—Nº 109446.—(46368).

S J MERCADEO INTEGRADO SOCIEDAD ANÓNIMA

S J Mercadeo Integrado Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-154184, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: (Junta Directiva 1, Asamblea General 1, Inventario y Balances 1, Diario 1, Mayor 1, Registro de Accionistas 1). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Marco Fallas del Valle, Notario.—Nº 109491.—(46369).

LAS PALMAS DORADAS DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

Las Palmas Doradas de Costa Rica Sociedad Anónima con cédula jurídica número tres ciento uno trece cuarenta y seis cincuenta y ocho. Solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: libro de Diario uno, libro Mayor uno, libro de Balances e Inventarios uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lilliam Vega Umaña, Representante Legal.—Nº 109510.—(46370).

ERSOFLOR S. A.

Ersoflor S. A., cédula Jurídica Nº 3-101-089864, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los libros Nº 1 de Diario, Nº 1 de Mayor, Nº 1 Inventarios y Balances, Nº 1 de Actas Junta Directiva, Nº 1 Actas de Asambleas Generales y Nº 1 del Registro de Accionistas, todos los anteriores corresponden a reposición de los mismos de la compañía. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Recaudación y Gestión de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días, a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Norma Sotela Leiva, Notaria.—Nº 109635.—(46371).

FORJA Y DISEÑO LTDA.

Forja y Diseño Ltda., cédula jurídica Nº 3-102-331324, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los libros de Nº 1 de Diario, Nº 1 de Mayor, Nº 1 Inventarios y Balances, todos los anteriores corresponden a reposición de los mismos de la compañía. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Recaudación y Gestión de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días, a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Norma Sotela Leiva, Notaria.—Nº 109636.—(46372).

LA MANO SIEMPRE AMIGA SOCIEDAD ANÓNIMA

La Mano Siempre Amiga Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-345603, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: libro primero de Actas de Consejo de Administración, libro primero de Actas de Asamblea de Socios, libro primero de Registro de Socios, libro primero del Diario, libro primero Mayor y libro primero de Balance e Inventario. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Óscar Segura Navarro, Notario.—Nº 109668.—(46373).

ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA DEL ACUEDUCTO

DE SANTA ROSA DEL DISTRITO DE RÍO NUEVO

DEL CANTÓN DE PÉREZ ZELEDÓN

Yo Juan Rafael Zúñiga Arias, cédula de identidad número uno- seiscientos cuarenta y nueve-quinientos cincuenta y nueve en mi calidad de presidente y representante legal de la Asociación Administradora del Acueducto de Santa Rosa del distrito de Río Nuevo del cantón de Pérez Zeledón, cédula jurídica número tres-cero cero dos-doscientos once mil trescientos tres, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los libros Actas de Junta Directiva número uno y libro de Registro de Asociados número uno los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—28 de mayo del 2009.—Juan Rafael Zúñiga Arias, Presidente y Representante Legal.—1 vez.—Nº 109485.—(46374).

OFICENTRO SANTA CLARA S. A.

Oficentro Santa Clara S. A., cédula jurídica Nº 3-101-498842, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del libro siguiente: Actas de Asamblea de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Mario Madriz Castro, Presidente.—(46563).

HERMANAS ALFARO LTDA.

Hermanas Alfaro Ltda., cédula jurídica Nº 3-102-010263-14, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Diario (D), Mayor (MY) Inventarios y Balances (IB), Actas de Asamblea de Socios (AAS) y Registro de Socios (RS) todos con el Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del termino de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—(46615).

PROMOTORA METROPOLITANA DE BIENES

SOCIEDAD ANÓNIMA

Promotora Metropolitana de Bienes Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-048315, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 1, Mayor Nº 1 e Inventarios y Balances Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Alberto Monge Mayorga.—(46664).

C & M AVIACIÓN SOCIEDAD CIVIL

C & M Aviación Sociedad Civil, cédula de persona jurídica número tres-ciento seis-cuatrocientos veinticuatro mil novecientos noventa y seis, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: Actas de Asamblea de Socios, numero uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Cristhian Geovanny Barrientos Castillo, Apoderado Generalísimo.—Nº 109334.—(46667).

MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO

La señora Victoria Espinoza Mairena, cédula 2-0307-0801, ha solicitado a MUCAP la reposición del títulos valor Nº 453290 por un monto de ¢ 4.000.000,00, el cual fue emitido a su orden el día 28 de mayo del 2009. Se emplaza a los interesados a manifestarse dentro del plazo de 15 días naturales posterior a la última publicación.—Cartago, 02 de junio del 2009.—Agencia La Soledad.—Lic. Nelson Hernández Galdamez, Jefe.—(46673).

PUBLICACIÓN DE una VEZ

COLEGIO CIRUJANOS DENTISTAS DE COSTA RICA

La Junta Directiva del Colegio Cirujanos Dentistas de Costa Rica en sesión Nº 1424 celebrada el día 10 de marzo 2009, tomó el siguiente acuerdo que literalmente expresa:

Por unanimidad se acuerda proceder a la suspensión de los siguientes odontólogos:

ÁLVAREZ MARTÍNEZ LAURA                                 ORTEGA ELIZONDO SARA

ARAYA VALVERDE LIZETH                                    PALMA PÉREZ EDAISY

CHINCHILLA HERRERZ ROBERTO                       QUIRÓS CORDERP JUAN PABLO

CONEJO SANDERS ALLAN                                      RODRÍGUEZ PIEDRA GILBERTH

DÍAZ PRUDENCIO FLOR CRISTINA                      SÁNCHEZ JIMÉNEZ LORELLY

GONZÁLEZ FERNÁNDEZ TATIANA                      SLOOTEN VOS MIGUEL

GONZÁLEZ ROJAS MELISA                                      SMITH GUTIÉRREZ DENIA ROSA

GUTIÉRREZ GÓMEZ HUGO                                       SOLÍS CALVO GABRIELA

JIMÉNEZ MACAYA SOL                                              TRAURMAN PETERS GLENN

KLEIMAN WIEN MICHAEL                                      VARGAS GONZÁLEZ ELEOMAR

MONTIEL CORRALES REBECA                              VILLALOBOS CARVAJAL CARLOS

La Junta Directiva del Colegio de Cirujanos Dentistas de Costa Rica en sesión Nº 1428 celebrada el día 28 de abril 2009, tomó el siguiente acuerdo que literalmente expresa: Por unanimidad se acuerda proceder a la suspensión de los siguientes odontólogos que tienen más de diez cuotas pendientes de pago:

CÉSPEDES HERRERA ALEJANDRO                     RODRÍGUEZ VILLEGAS CARLOS

DITTEL JIMÉNEZ JOSÉ FRANCISCO                       EDUARDO

GRANADOS VILLEGAS ISABEL                            SOTO RUIZ ROLANDO

CRISTINA                                                                           TAPIA PADILLA FRANCISCO

LIZANO SOTO ANA MERCEDES                            VACA BOHORQUEZ LIBIA PATRICIA

MORIS GONZÁLEZ CRISTINA                                  ZÚÑIGA ARIAS NELSON

La Junta Directiva del Colegio Cirujanos Dentistas de Costa Rica en sesión Nº 1429 celebrada el día 12 de mayo 2009, tomó el siguiente acuerdo que literalmente expresa: Por unanimidad se acuerda proceder a la suspensión de los siguientes odontólogos:

BRADDOCK STRADTMAN HENRY                       MORALES ERAS SILVIA ELENA

CHINCHILLA HERRERA ANASTASIO                 MORERA PÉREZ TANIA

CORRALES SOLÍS EDGARDO                                 QUESADA VILLALOBOS FABIÁN

DELGADO MADRIGAL ÓSCAR                              RODRÍGUEZ VALVERDE JUAN DIEGO

DÍAZ GARCÍA ALICIA                                                 RUIZ CUBERO JORGE

DURÁN SALAS SILVIA ILEANA                             SOLANO JIMÉNEZ KARINA

FAJARDO UGALDE ELVIA                                       SUÁREZ SANTOS RAFAEL

JIMÉNEZ MORALES KAROL JAZMIN                   THOMAS ARIAS JERALDINE

MATA MORA RODRIGO                                             VALENCIANO AGUILAR

                                                                                                  MARÍA ANTONIETA

MITCHELL RILEY PETE EMER                               VEGA COREA ANA GABRIELA

La Junta Directiva del Colegio Cirujanos Dentistas de Costa Rica en sesión Nº 1422 celebrada el día 10 de febrero 2009, tomó el siguiente acuerdo que literalmente expresa:

Por unanimidad se acuerda proceder al levantamiento de suspensión de los siguientes odontólogos:

CARTÍN ESTRADA CARLOS ANÍBAL                  MATA SANDÍ LUIS GERARDO

CAMBRONERO PÉREZ CINTHYA                          VARGAS FERNÁNDEZ MAURICIO

GONZÁLEZ MORERA YENDRY

HERRERA VARGAS LUIS BISMARK

La Junta Directiva del Colegio Cirujanos Dentistas de Costa Rica en sesión Nº 1423 celebrada el día 24 de febrero 2009, tomó el siguiente acuerdo que literalmente expresa:

Por unanimidad se acuerda proceder al levantamiento de suspensión de los siguientes odontólogos:

ARIAS CHAVARRÍA FERNANDO                           MARTÍNEZ BARRIOS JENNIFER

CUBILLO JIMÉNEZ CYNTHIA CECILIA               MORALES MARTELL

                                                                                                JUAN FRANCISCO

FALLAS BADILLA LUCY VERÓNICA                  RATTNER AYALA KATHERINE

LANZA CONTRERAS CRISTIAN                              ROSALES MENJIVAR VLADIMIR

La Junta Directiva del Colegio Cirujanos Dentistas de Costa Rica en sesión Nº 1426 celebrada el día 24 de marzo 2009, tomó el siguiente acuerdo que literalmente expresa:

Por unanimidad se acuerda proceder al levantamiento de suspensión de los siguientes odontólogos:

CHINCHILLA HERRERA ROBERTO                      REYES CARMONA JESSIE FABIOLA

GONZÁLEZ FERNÁNDEZ TATIANA                      SALAS BRENES LUIS ROBERTO

HERNÁNDEZ SIMONI JUAN PABLO                    SÁNCHEZ JÍMÉNEZ LORELLY

JIMÉNEZ ROJAS JAVIER                                              SÁNCHEZ SIBAJA XINIA MARÍA

PADILLA HUETE JORGE

La Junta Directiva del Colegio Cirujanos Dentistas de Costa Rica en sesión Nº 1428 celebrada el día 28 de abril 2009, tomó el siguiente acuerdo que literalmente expresa: Por unanimidad se acuerda proceder al levantamiento de suspensión de los siguientes odontólogos:

ACUÑA ARCE FANNY

DÍAZ MEDIA RUTH

MURILLO BENAVIDES GABRIELA

ZAMORA TREJOS JORGE ALEXANDER

ZÚÑIGA FERNÁNDEZ KAROL

La Junta Directiva del Colegio Cirujanos Dentistas de Costa Rica en sesión Nº 1429 celebrada el día 12 de mayo 2009, tomó el siguiente acuerdo que literalmente expresa: Por unanimidad se acuerda proceder al levantamiento de suspensión de los siguientes odontólogos:

ÁLVAREZ MARTÍNEZ LAURA

ASCH HANSEN TANNIA

DAVALOS MORALES HERNÁN

DELGADO LÓPEZ-CALLEJA LOURDES

GAMBOA CANTILLO TANIA

KLEIMAN WIEN MICHAEL

MORALES SOTO ADRIANA

Dr. Ottón Fernández López, Fiscal General.—1 vez.—(45251).

Se realiza la publicación de cambio reformas al pacto social de la sociedad Árbol de Cenizas Sociedad Anónima y nombramientos.—San José, 1º de junio del 2009.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(45955).

Ante esta notaría por escritura número doscientos sesenta y ocho del tomo segundo, se constituyó la sociedad denominada Ibtada S. A., con un capital social de cien mil colones.—Cartago, 25 de mayo del 2009.—Lic. Federico Calvo Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 109325.—(46007).

Por escritura número 62 de las 17 horas 15 minutos del 20 de mayo del año 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Super Transmisiones S. A., en la cual se reforma la cláusula segunda de domicilio y se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Juan Miguel Vásquez Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 109327.—(46008).

Por escritura otorgada el día veintinueve de mayo del dos mil nueve, ante esta notaría, se constituye la sociedad anónima Fiduciaria G Y G de San Rafael Sociedad Anónima, se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 1º de junio del dos mil nueve.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 109330.—(46009).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad Proyectos La Corteza Sociedad Anónima. Representada por su presidente Luis Ángel Acuña Mejías y su secretaria Jeimy Vanessa Jiménez Araya, como apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social de un millón de colones y plazo social de noventa y nueve años.—Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Eduardo Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 109332.—(46010).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del día veintiocho de mayo del dos mil nueve, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria y ordinaria de accionistas de Vareche S. A., mediante el cual se reforma la cláusula segunda del domicilio y sétima de la administración.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Ana Lucía Truque Morales, Notaria.—1 vez.—Nº 10933.—(46011).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del día 27 de mayo del 2009, se constituyó la compañía denominada Servicios Económicos, Asesorías Contabilidad SEAC Sociedad Anónima, domiciliada en La Fortuna de San Carlos, Alajuela. Misma fecha.—Lic. Manuel Jones Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 109336.—(46012).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 21 de mayo del 2009, Mauren Jiménez Chacón y Greivin Rodríguez Chaves, constituyeron sociedad, nombre con el número de cédula jurídica.—Lic. Gustavo Acuña Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 109337.—(46013).

Los señores Fernando Chacon Thomas y Victor Fernando Chacon Guzmán, constituyen la sociedad El Pescado Azul de Cuajiniquil Sociedad Anónima, domicilio Cuajiniquil de La Cruz, Guanacaste, costado este de la plaza de futbol. Presidente: Fernando Chacon Thomas.—La Cruz, Guanacaste, 29 de mayo del 2009.—Lic. Luis Ángel Salazar Ureña, Notario.—1 vez.—Nº 109340.—(46014).

Por escritura de las 8:00 horas del 27 de mayo del año 2009, se constituye la sociedad denominada N G B Dos Sociedad Anónima se nombra presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—1 vez.—Nº 109349.—(46015).

Por escritura otorgada por la suscrita Dafne Lizette Blanco Varela a las doce horas del veintiuno de mayo del dos mil nueve, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía Lomas de Valladolid Treinta y Dos Sociedad Anónima, por lo que se reforma la cláusula segunda y undécima del pacto social.—San José, veintiuno de mayo del dos mil nueve.—Lic. Dafne Lizette Blanco Varela, Notaria.—1 vez.—Nº 109352.—(46016).

En San José, ante esta notaría a las catorce horas del veintiocho de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza que se denominará Casa Club Vista de Oro S. A. Capital social suscrito y pagado: diez mil colones exactos.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—Nº 109353.—(46017).

En esta notaría, a las doce horas del veintisiete de mayo de dos mil nueve, mediante escritura número ciento trece, se constituyó la compañía cuya denominación será su número de cédula de persona jurídica asignada por el Registro Nacional más las palabras sociedad anónima. Domicilio: Fortuna, San Carlos, Alajuela, dos kilómetros al este del templo católico. Objeto: la ganadería, el comercio, la industria, el turismo y bienes raíces. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Representado por diez acciones comunes y nominativas de un mil colones cada una. Presidente: Cristian Ramón Cruz Salazar, cédula número dos-quinientos dieciocho-quinientos cuarenta y cinco, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Luis Gerardo Valenciano Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 109356.—(46018).

Se hace saber que en mi notaría a las quince horas del veintinueve de mayo del dos mil nueve, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad denominada Importaciones Alfaro Flores Sociedad Anónima.—29 de mayo del 2009.—Lic. Silvia Alvarado Quijano, Notaria.—1 vez.—Nº 109358.—(46019)

Por escritura otorgada ante esta notaría tres-ciento uno-quinientos cincuenta y siete mil novecientos noventa y ocho s. a., reforma la cláusula 8ª del pacto constitutivo, nombra nueva junta directiva y fiscal. Escritura otorgada a las 16:30 horas del 26 de mayo del 2009.—Lic. Enilda Gutiérrez Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 109359.—(46020).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza Comercializadora Mumas S. A.—Cartago, 27 de marzo del 2009.—Lic. Arnulfo Carmona Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 109362.—(46021).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario se constituyó la sociedad Transportes de Carga Alto de las Palomas Ltda. Capital debidamente suscrito y pagado.—San José, 1º de junio del 2009.—Lic. Leonardo Ugalde Cajiao, Notario.—1 vez.—Nº 109366.—(46022)

Ante esta notaría al ser las 9:00 horas del 1º de junio del 2009, se constituyó Inversiones joed Sociedad Anónima.—Heredia, 1º de junio del 2009.—Lic. Yendri Patricia Rojas Pérez, Notaria.—1 vez.—Nº 109371.—(46023).

Que en la asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Ebbtide Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos noventa y seis mil quinientos cuarenta, celebrada a las diecinueve horas del día seis de mayo del año dos mil nueve, en el domicilio social de la sociedad, cuya Acta ha sido protocolizada por el Suscrito Notario según consta en la escritura dieciocho-cinco, visible al folio diecisiete frente del tomo quinto del protocolo del Suscrito Notario, se modifica la cláusula segunda del Pacto Constitutivo de la sociedad, las cuales en adelante deberán leerse así segunda: tendrá su domicilio en Playa Dominical, distrito cuarto Bahía Ballena, cantón quinto Osa, provincia de Puntarenas, frente a la iglesia católica, no obstante podrá establecer agencias o sucursales en cualquier lugar dentro o fuera del país. Es todo.—Dominical de Osa, Puntarenas al ser las trece horas quince minutos del veinte de mayo del dos mil nueve.—Lic. José Miguel León Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 109372.—(46024).

Mediante escritura número treinta y ocho otorgada ante esta notaría, visible al folio veinte frente del tomo sexto del protocolo, se protocolizó asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Villas de Playa Tortuguero S. A., celebrada en su domicilio social a las dieciocho horas del cuatro de mayo del dos mil nueve, en segunda convocatoria, en donde se acordó aumentar el capital social por el aporte del señor Ricardo José Nieves Carrascosa en la suma de seis millones de colones adicionales al capital existente representado por seiscientas acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una y por lo tanto se reforma la cláusula  quinta de dicha sociedad.—Lic. Georgina Castillo Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 109375.—(46025).

Ante la suscrita notaria, a las 12:00 horas del 23 mayo del 2009, se constituyó la sociedad Corporación Andaluz Jaén S. A. Capital social: 100 mil colones, representado por 10 acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Objeto: comercio, industria, turismo, ganadería, agricultura, transporte, representación de compañías nacionales o extranjeras y cualquier otro fin lícito. Domicilio: San José, Barrio Naciones Unidas, 100 metros norte de la entrada al Colegio Seminario. Plazo social: 99 años. Presidente: Jorge Alberto Anchietta Minero con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Georgina Castillo Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 109376.—(46026).

Edwin Arroyo Esquivel, mayor, casado una vez, empresario, cédula tres-trescientos veintiséis-cero setenta, vecino de Naranjo, Urbanización Las Tres Marías casa número cuatro, constituye sociedad anónima denominada Compañía Constructora en Estructuras Metálicas y de Concreto Sociedad Anónima, con domicilio igual al de su apoderado.—Naranjo cinco de mayo del dos mil nueve.—Lic. Melisa Navarro Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 109377.—(46027).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye: Clínica de Especialidades Médicas San Benito. Objeto: servicios médicos, industria, agricultura, ganadería y comercio en general.—Heredia, primero de junio de 2009.—Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario.—1 vez.—Nº 109378.—(46028).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó sociedad cuya denominación será el número de cédula jurídica que se le asigne por parte del Registro Mercantil. Objeto: industria, agricultura, ganadería y comercio en general. Capital social, íntegramente suscrito y pagado. Heredia, 1 de junio de 2009.—Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario.—1 vez.—Nº 109379.—(46029).

Ante esta notaría, por escritura de las diez horas con cuarenta minutos del día dieciocho de mayo de dos mil nueve, se constituyó la sociedad Siete Colores Sico Sociedad Anónima, presidenta: Beatriz Rivera Vargas.—San José, primero de junio de dos mil nueve.—Lic. María Lucrecia Quesada Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 109381.—(46030).

Por escritura otorgada a las dieciocho horas del veintiuno de mayo del dos mil nueve, ante esta notaría, German Alfaro Salas y Patricia Quintanilla Bandiinn constituyen una sociedad de responsabilidad limitada cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del año dos mil seis. Objeto el comercio en el sentido más general Capital: totalmente suscrito y pagado. Gerente: Germán Alfaro Salas.—Heredia trece de abril del dos mil nueve.—Lic. Xitlali Espinoza Guzmán, Notaria.—1 vez.—Nº 109382.—(46031).

Rome Holdings Co. De Costa Rica S. A., modifica cláusula sexta del pacto constitutivo.—Otorgada: 12:00 horas del 31 de mayo del 2009.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 109384.—(46032).

En escritura número doscientos setenta y cinco, otorgada en esta Notaría, a las ocho horas del primero de junio del dos mil nueve, se protocolizó acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios, de la compañía Cenfotec, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cinco mil ciento treinta y uno; en la que se modifican las cláusulas segunda y cuarta del pacto social.—San José, primero de junio del dos mil nueve.—Lic. Carmen María Bergueiro Pereira, Notaria.—1 vez.—Nº 109387.—(46033).

Por escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 7:00 horas del 21 de mayo 2009, se constituyó la sociedad anónima Inversiones Glen Docherty, S. A., y a las 17:00, 18:00, 19:00, 20:00, 21:00, 22:00 y 23:00 horas del 27 de mayo 2009, protocolicé respectivamente: 1) Acta de asamblea de socios de Grecca Trading S. A., que reforma su capital social, 2) Acta de asamblea de socios de Epsilon Trading, S. A., que reforma su capital social, 3) Acta de asamblea de socios de Black Ironwood, S. A., que reforma su cláusula Nº 6 del pacto social, 4) Acta de asamblea de socios de Finca Miraculosa S. A., que se transforma en una compañía limitada y se transcribe todo el pacto social, 5) Acta de asamblea de socios de Missing Hat S. A., que se transforma en una compañía limitada y se transcribe todo el pacto social, y 6) Acta de asamblea de socios de Sunsurf, S. A., que se transforma en una compañía limitada y se transcribe todo el pacto social.—San José, 29 de mayo 2009.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 109388.—(46034)

En esta notaría a las 10:00 horas del 16 de marzo del 2009, protocolicé asamblea de Orgiv de Occidente S. A., para cambio de presidente, secretario y fiscal.—San Ramón, 18 de mayo del 2009.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 109393.—(46035).

En esta notaría César Méndez Hernández y Rafael Chassoul Monge, constituyen sociedad según Decreto Ejecutivo 33171-J S. A., presidente Cesar, capital social 10 mil colones.—San Ramón, 8 de mayo del 2009.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 109395.—(46036).

En esta notaría César Méndez Hernández y Rafael Chassoul Monge, constituyen sociedad según Decreto Ejecutivo 33171-J S. A., presidente César, capital social 10 mil colones.—San Ramón, 8 de mayo del 2009.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 109396.—(46037).

Mediante escritura número veinticuatro de las ocho y diez minutos del veintinueve de mayo, se constituyó sociedad anónima, se denominará, conforme al Decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J; se autoriza al Registro Público de la Propiedad para que como denominación social se indique el número de cédula de persona jurídica que dicha institución de oficio le asigne en el momento de la inscripción, así como su aditamento, pudiendo abreviarse este como s. a, capital social diez mil colones. Presidente Jorge Luis Ibarra Ureña.—Lic. Maureen Catalina Bustos Jimenez, Notaria.—1 vez.—Nº 109398.—(46038).

Se hace constar que por escritura número treinta y cuatro de las once horas del primero del mes de junio del dos mil nueve, en el tomo quinto del protocolo de la notaria Kathya Navarro López, se constituyó la sociedad Corporación Méndez Quiel M&Q Sociedad Anónima, cuyo capital es de ¢100.000.00, domiciliada en San José. Representante: Presidente y secretario.—San José, 1º de junio del 2009.—Lic. Kathya Navarro López, Notaria.—1 vez.—Nº 109399.—(46039).

Ante esta notaría por escritura de las diecisiete horas del veintinueve de mayo del dos mil nueve, se modifica la cláusula sétima de la sociedad Siozzano S. A.—San José, 1º de junio del dos mil nueve.—Lic. Milton Rojas Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 109401.—(46040).

Ante mi notaría, procedo a protocolizar acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios número uno, de la sociedad Don Donato Carvajal Chaves S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos veintidós mil ochocientos setenta y ocho, en la cual se revocan los cargos de sus miembros de la junta directiva y se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo, para que en adelante se lea así: La sociedad será administrada por una junta directiva integrada por un presidente, un tesorero y una secretaria. La representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma le corresponderá al presidente en forma exclusiva.—Atenas veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Jorge Prado Salas, Notario.—1 vez.—Nº 109402.—(46041).

Mediante escritura pública número seis del protocolo número dieciséis de la notaria Hellen Alfaro Alfaro, otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del veintiocho de mayo dos mil nueve, se nombró nueva junta directiva y fiscal de Inversiones Comerciales Rodríguez y Stoffels Sociedad Anónima.—Sarchí Norte, veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Hellen Alfaro Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 109405.—(46042).

Mediante escritura pública número cinco del protocolo número dieciséis de la Notaria Hellen Alfaro Alfaro, otorgada a las dieciséis horas del día veintiocho de mayo dos mil nueve, se nombró nuevo tesorero para la junta directiva de Urbanizadora Tierra San Miguel Sociedad Anónima.—Sarchí Norte, veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Hellen Alfaro Alfaro, Notaria.—1 vez.— Nº 109406.—(46043).

Por escritura otorgada en mi notaría en esta ciudad, a las trece horas de hoy se constituyó la sociedad Trafimex Logóstica Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, Curridabat, veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Rodolfo Acosta Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 109408.—(46044).

Por esta escritura otorgada en esta notaría en San José, a las nueve horas del día veintiocho de mayo del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Dot Gi Sociedad Anónima. Se reforma cláusula segunda y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Juan Antonio Madriz Arce y Carlos Morales Fallas, Notarios.—1 vez.—Nº 109411.—(46045).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy protocolicé el acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Corporación Olivas Dos Inc Sociedad Anónima, en las que se les reforma la cláusula segunda y sexta de los estatutos de la sociedad.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Paul Portuguez Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 109412.—(46046).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas del 25 de mayo de 2009, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la Asociación Pro Mejora y de Vecinos del Residencial Bilbao, celebrada a las 18:00 horas del día 9 de mayo de 2009.—Lic. Patricia Cordero Cajiao, Notaria.—1 vez.—Nº 109413.—(46047).

Mediante escritura pública número cincuenta y seis otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 1º de junio del dos mil nueve, se protocoliza acta de la sociedad Arte y Diseño FA E S. A., donde se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo.—Lic. Marlon Sánchez Cortes, Notario.—1 vez.—Nº 109414.—(46048).

Mediante escritura otorgada ante mí, el día de hoy Aisling Elizabeth French y Brian Edward French, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada que se denominará por su número de cédula jurídica con el aditamento S.R.L. Capital social cien mil colones. Representada por dos gerentes apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio San Isidro de Heredia. Plazo social 99 años.—San José, 13 de mayo de 2009.—Lic. Miguel Antonio Arias Maduro, Notario.—1 vez.—Nº 109416.—(46049).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 9:00 horas del día 25 de mayo del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Seguridad Osley S. A., por la que se varían las cláusulas primera y cuarta del pacto constitutivo y se hacen nombramientos.—San José, 26 de mayo del 2009.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(46053).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 8:00 horas del día 25 de mayo del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Diez Don Fernando S. A., por la que se varía la cláusula de la administración y nombra nueva junta directiva.—San José, 26 de mayo del 2009.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(46054).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se constituyen las sociedades Grupo Gutslon Sociedad Anónima y Grupo Siljualuc Sociedad Anónima. Presidente: Marco Antonio Gutiérrez Rojas. Domicilio: Heredia.—Heredia, 01 de junio del dos mil nueve.—Lic. Randall Segura Ulate, Notario.—1 vez.—(46055).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas y treinta minutos del veintiuno de mayo del dos mil nueve, se modifican las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo, y se nombra nuevo tesorero y fiscal, en la sociedad denominada Hacujosi Sociedad Anónima. Presidente: Iván Ramón Rodríguez Esquivel.—Alajuela, 25 de mayo del 2009.—Lic. Gabriela Rodríguez Sánchez, Notaria.—1 vez.—(46059).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad anónima denominada Transportes Miramar A & L Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años a partir del treinta de mayo de 2009. Objeto: transporte de materiales de construcción. Pudiendo dedicarse también a la industria, ganadería, agricultura, porcicultura y comercio en general. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Heredia, dos de junio del dos mil nueve.—Lic. Elizabeth Víquez Matamoros, Notaria.—1 vez.—(46120).

Por escritura otorgada a la 17:00 horas del 27 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad Joly & Asociados Sociedad Anónima. Domicilio social: la ciudad de San José, Aserrí, del costado noroeste de la iglesia católica, cuatrocientos metros al este y trescientos al sur, urbanización Piamonte, casa número cincuenta y tres. Capital: doce mil colones, producción, industria y comercio en general.—San José, 27 de mayo del 2009.—Lic. Johnny Vargas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 109417.—(46128).

La suscrita notaria Tatiana Martínez Salas, hace constar que ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Macias Inmomacsa S. A., por escritura pública otorgada en la ciudad de San José, a las ocho horas treinta minutos del veintinueve de mayo del dos mil nueve. Apoderado generalísimo sin límite de suma Alejandro Macias.—Lic. Tatiana Martínez Salas, Notaria.—1 vez.—(46134).

Mediante escritura número veintiuno, otorgada a las quince horas del día veintiocho de mayo del dos mil nueve, visible al folio veinticinco frente del tomo tres de mi protocolo, se reforman los estatutos y se nombra junta directiva de Tropical Goods Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos veintinueve mil setecientos.—Alajuela, primero de junio del dos mil nueve.—Lic. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria.—1 vez.—(46136).

Ante mí, Héctor Rolando Vargas Sánchez, notario público con oficina en Heredia en escritura otorgada a las ocho horas del dos de junio del dos mil nueve, se modificó la cláusula de la administración de la empresa Soluciones e Inversiones Arquitectónicas Marpo S. A.—2 de junio del 2009.—Lic. Héctor Rolando Vargas Sánchez, Notario.—1 vez.—(46137).

Por medio de la escritura número doscientos setenta y tres, otorgada a las quince horas del día veintiocho de mayo del dos mil nueve, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Johns Ride Sociedad Anónima, por la cual se modifica la cláusula segunda relativa al domicilio y se revocan los nombramientos de los miembros de la junta directiva y del fiscal y se nombran nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(46140).

Por medio de la escritura número doscientos cincuenta y siete, otorgada a las catorce horas del día veintidós de mayo del dos mil nueve, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Villa Hampden Tucanes Lea Uno S. A., por la cual se modifica la cláusula segunda del domicilio, la novena de la administración y representación, y se revocan los nombramientos de los miembros de la junta directiva y se nombran nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(46141).

Por medio de la escritura número doscientos cuarenta y seis, otorgada a las diez horas del día veintiuno de mayo del dos mil nueve, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Junquimar Holdings Limitada, por la cual se modifica la cláusula tercera del domicilio, la sexta de la administración y representación, y se revocan los nombramientos del gerente y se nombran nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(46142).

Por medio de la escritura número doscientos dos, otorgada a las trece horas del día cuatro de mayo del dos mil nueve, ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada Unidad Dieciséis B de Dolce Vita Limitada. Capital social: cien mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Gerente: el señor David Berman.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(46143).

Por medio de la escritura número doscientos sesenta, otorgada a las dieciséis horas del día veinticinco de mayo del dos mil nueve, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Wendy Loves Costa Rica Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Presidenta: la señora Wendy Aguirre López.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(46144).

Por escritura otorgada ante nosotros en Alajuela, a las once horas del veintisiete de mayo de este año, se constituyó Corporación Dabe Sociedad Anónima. Domicilio: ciudad de Alajuela. Plazo: noventa y nueve años. Fines: industria y comercio en general. Capital: doce mil colones suscrito y pagado totalmente. Presidente, secretario, tesorero apoderados actuando conjuntamente.—Alajuela, 01 de junio del dos mil nueve.—Lic. Mario Morales Villalobos y Lic. Marlene Mora Montero, Notarios.—1 vez.—(46148).

Por la escritura número ciento ochenta y cuatro, otorgada ante esta notaría a las nueve horas del dos de junio del dos mil nueve, se reformó la cláusula novena del pacto constitutivo de la sociedad anónima denominada Apartamento Los Bambúes, cédula jurídica número tres - ciento uno - quinientos setenta y tres mil cuatrocientos sesenta y cuatro.—San José, 2 de jumo del 2009.—Lic. Maricé Porras Zamora, Notaria.—1 vez.—(46152).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima: tres- ciento dos- cinco uno nueve uno uno ocho sociedad de responsabilidad limitada, por la que se nombra nuevo gerente y se reforma el domicilio social de la sociedad.—San José, siete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Luis Diego Castillo Guzmán, Notario.—1 vez.—(46176).

Mediante escritura pública, se constituyó ante esta notaría la compañía denominada, Parioli Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones.—Alajuela, 29 de mayo del 2009.—Lic. Isidro Rodríguez Gómez, Notario.—1 vez.—(46220).

A las once horas del día veintinueve de mayo del dos mil nueve, protocolicé acta del libro de asamblea general de socios de la compañía Claudia de Las Colinas Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y tres mil quinientos cuarenta y tres, donde se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Lic. Luis Miguel Carballo Pérez, Notario.—1 vez.—(46222).

Mediante la escritura número ciento noventa y siete-uno otorgada el primero de junio de dos mil nueve, a las doce horas con quince minutos, en el tomo primero del protocolo del notario Wálter Gerardo Gómez Rodríguez, se reforma el pacto constitutivo de la sociedad denominada Roysi S. A., en la cual se reforman las siguientes cláusulas: primera: Se cambia junta directiva y fiscal. Segunda: se cambia razón social, para en lo sucesivo denominarse R Y G Servicios Empresariales S. A.Lic. Wálter Gerardo Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(46234).

Por escritura número noventa y cinco-cuarenta y tres, otorgada ante los notarios públicos Juvenal Sánchez Zúñiga, Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo del primero, a las diez horas del día dos de junio del año dos mil nueve, se reforma la cláusula segunda, se nombra agente residente y se revoca poder general de la sociedad Bruin Properties of Guanacaste BPG Ltda.—San José, 02 de junio del 2009.—Lic. Juvenal Sánchez Zúñiga, Notario.—1 vez.—(46237).

Por escritura otorgada a las diez horas del siete de mayo del dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada Enlaces Empresariales de Centroamérica Sociedad Anónima, con presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 7 de mayo del 2009.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(46238).

Por escritura otorgada ante mi notaría, se constituyó Andhi Sociedad Anónima; domicilio San José; capital suscrito y pagado; plazo cinco años renovables; objeto comercio en general; presidente apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 2 de junio del 2009.—Lic. Luis Enrique Moya Salgado, Notario.—1 vez.—(46240).

Ante mí Alfredo Esteban Cortes Vílchez, notario público se acuerda reformar las cláusulas primera y sétima del pacto constitutivo de la sociedad Instituto Pedagógico Vasconcelos Sociedad Anónima para que en adelante se lea en su cláusula primera, para que en adelante se lea así: la sociedad se denominará con el nombre de Complejo Educativo Villa Heredia CEVH Sociedad Anónima, nombre que es de fantasía, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras por S. A. Otorgada en Heredia, a las catorce horas del dos de junio del año dos mil nueve. Es todo.—Heredia dos de junio de dos mil nueve.—Lic. Alfredo Esteban Cortes Vílchez, Notario.—1 vez.—(46322).

Ante mí, Alfredo Esteban Cortes Vílchez, notario público se constituyó Café Gourmet Rojas Martínez M Y M Sociedad Anónima, cuya presidenta es María Isabel Rojas Martínez, con un total de capital social por la suma de diez mil colones, Domicilio: su domicilio social será en cantón Heredia, distrito Central de la provincia de Heredia, doscientos este de la Escuela Rafael Moya Murillo. Plazo social: noventa y nueve años. Otorgada en Heredia, a las quince horas del dos de junio de dos mil nueve. Es todo.—Heredia, dos de junio de dos mil nueve.—Lic. Alfredo Esteban Cortes Vílchez, Notario.—1 vez.—(46323).

Ante mi notaría se constituyó a las ocho horas del día veintinueve de mayo del año dos mil nueve, la compañía denominada Alfa Roma Sociedad Anónima con un capital social de diez mil colones. Presidente: Mario Arnoldo Palacios, domicilio en San José, La Aurora de Alajuelita, Residencial Villas del Horizonte, casa número ciento veintiséis. Plazo social: noventa y nueve años.—29 de mayo del 2009.—Lic. Guiselle Chacón Araya, Notaria.—1 vez.—(46324).

Ante esta notaría en el día de hoy a las 14:00 horas, se constituyó la empresa denominada: Soluciones Solares Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Soluciones Solares S. A., que es nombre de fantasía. Con un capital social de ¢10.000,00 debidamente suscrito y pagado; y cuyo presidente es el señor Peng Hsien Tsai - Lee. Dado conforme en San José, 22 de mayo del 2009.—Lic. Antonio Barboza Rodríguez, Notario.—1 vez.—(46363).

El suscrito notario hace constar que en fecha primero de junio del dos mil nueve, se protocolizó el acta de la sociedad Depósito de Maderas San Miguel S. A., en la cual se modifica la cláusula primera del pacto constitutivo.—San José, primero de junio del dos mil nueve.—Lic. Ronny Esteban Retana Moreira, Notario.—1 vez.—(46378).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 16:00 horas del 2 de junio del 2009, se protocolizó acta de asamblea de socios de tres-ciento uno-quinientos cuarenta y nueve mil veintinueve sociedad anónima, mediante la cual se reformaron cláusulas primera, tercera y novena y se nombró nueva junta directiva.—San José, 03 de junio del 2009.—Lic. José Alejandro Martínez Castro, Notario.—1 vez.—(46383).

Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Hiades Villa Ciento Ochenta y Ocho Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula sexta de la administración, se conoció de revocación de cargos y se realizaron nuevos nombramientos. Escritura sesenta y uno, otorgada en San José a las diez horas del dos de junio del dos mil nueve.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—(46387).

Por escritura otorgada el día de hoy, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Havelis Investments Sociedad Anónima, por medio de los cuales se acordó modificar la cláusula octava, se revocaron nombramientos de junta directiva y se hacen nuevos nombramientos.—San José, 02 de junio del 2009.—Lic. Pablo Enrique Guier Acosta, Notario.—1 vez.—(46390).

Por escritura otorgada ante mí, número doscientos setenta y nueve, de las diecisiete horas del día veintiocho de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Kanata Sociedad Anónima. Domiciliada en San Pablo de Heredia, Urbanización María Auxiliadora. Objeto: El ejercicio del comercio en todas sus formas, la industria, la ganadería, la agricultura, y en general toda actividad lucrativa. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: José Rafael Bolaños Sequeira. Capital social: Un millón de colones representado por cien acciones, comunes y nominativas de diez mil colones cada una, suscritas y pagadas.—Lic. Ana Lucía Campos Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 109424.—(46391).

Ante la notaría del Lic. Audrys Esquivel Jiménez, se otorgó la escritura número ciento noventa y ocho del tomo veintiuno, se protocolizó acta de la sociedad Grupo Qurundu de Santa Ana S. A.—Santa Ana, veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 109425.—(46392).

Ante la notaría del Lic. Audrys Esquivel Jiménez, se otorgó la escritura número doscientos dos del tomo veintiuno, se constituyó la fundación: Fundación del Nuevo Pensamiento del Cristo Unificado, Saint Germain y el Yo Soy El Que Yo Soy.—Santa Ana, treinta de  mayo del dos mil nueve.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 109426.—(46393).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:30 horas del 14 de mayo del 2009, he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la entidad Seguros Chacor Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula primera del estatuto social, modificándose su razón social.—Lic. Jorge Mario Murillo Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 109427.—(46394).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del 14 de mayo del 2009, he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la entidad Seguros Elizondo Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula primera del estatuto social, modificándose su razón social.—Lic. Jorge Mario Murillo Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 109428.—(46395).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:15 horas del 14 de mayo del 2009, he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la entidad Seguros Cedesa de San Carlos Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula primera del estatuto social, modificándose su razón social.—Lic. Jorge Mario Murillo Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 109429.—(46396).

El suscrito notario hago saber que el día dos de noviembre del dos mil ocho, Kendall y Joseph Adanis Villalobos, Eliécer Adanis Hernández, y Jéssica Arce Delgado, han constituido una sociedad anónima cuya razón social será el número de cédula que se le asigne, estará domiciliada en Heredia, San Francisco, Urbanización Monterrosa, casa número ciento ochenta y siete, por un plazo de 99 años. Se dedicará principalmente a la construcción de estructuras metálicas e importación de vehículos y otros bienes; y administrar fideicomisos.—Cartago, 05 de noviembre del 2008.—Lic. Yorhanny Campos Piedra, Notario.—1 vez.—Nº 109431.—(46397).

Por escritura otorgada en esta notaría a las trece horas diez minutos del día veintinueve de mayo del presente año, se constituyó la sociedad denominada Citadium Sociedad Anónima. Con domicilio en San José, Paseo Colón, Edificio Torre Mercedes, noveno piso, oficina Weinstok Abogados. Capital social: diez mil colones.—San José, primero de junio del año dos mil nueve.—Lic. Natasha Donoso Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 109435.—(46398).

Por escritura número doscientos setenta y seis-cuarenta y uno otorgada a las quince horas treinta y un minutos del veintinueve de Mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Candamaria Sociedad Anónima. Corresponde al presidente y tesorero la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San Isidro de El General, 30 de mayo del 2009.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 109437.—(46399).

Por escritura número doscientos setenta y siete-cuarenta y uno otorgada a las quince horas cuarenta y ocho minutos del veintinueve de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Guaicaipuro Sociedad Anónima. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de El General, 30 de mayo del 2009.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 109438.—(46400).

Por escritura número doscientos veintisiete-tres otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del veintisiete de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad K& V In The Paradise Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente: Kenneth Henry Layell.—San José, veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Sindy Priscilla González Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 109442.—(46401).

Por escritura número doscientos treinta-tres, otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veintinueve de mayo del dos mil nueve, se nombra nueva junta directiva de la sociedad Villa Verde Dos-Termini S.A. 3-101-496060.—Lic. Sindy Priscilla González Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 109443.—(46402).

Escritura 212- Tomo 10, esta notaría, 22 de mayo del 2009, se constituyó, se solicita al Registro Público Sección Mercantil, que se indique como denominación social el número de cédula jurídica que respectivamente le corresponda, al inscribir la sociedad, con el respectivo aditamento Sociedad Anónima, domiciliada en Villa Ligia, Pérez Zeledón, provincia de San José, exactamente mil seiscientos metros sur de la escuela. Capital social: 10.000,00 colones, representado por 10 acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San Isidro, Pérez Zeledón, al ser las 18 horas del día 21 de mayo del 2009.—Lic. Nelson Quirós Naranjo, Notario.—1 vez.—Nº 109445.—(46403).

Que por escritura número 71, visible a folio 80 frente, se modificó las cláusulas sexta y sétima del pacto social y nombró gerente y gerente operativa, de Our New Land SRL. Visible en el tomo XII del protocolo del notario público Lic. Eduardo Abarca Vargas.—Uvita de Osa, a las 09:00 horas del 29 de mayo del año 2009.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 109450.—(46404).

Gicenia Ugalde Rojas, cédula número uno-ochocientos sesenta y dos-cuatrocientos veinticuatro, y María Elena Rojas Herrera, mayor, con cédula de identidad número dos-doscientos setenta y nueve-ciento cuarenta y siete, Víctor Hugo Ugalde Matamoros, cédula dos-doscientos sesenta y nueve-ochocientos tres, constituyen la sociedad denominada Inversiones Tía Gis Sociedad Anónima, ante la notaria María del Milagro Ugalde Víquez, a las dieciséis horas del veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 109452.—(46405).

Ante mí, Rafael Salazar Fonseca, notario con oficina en esta ciudad, el día de hoy se constituyó la sociedad Constructora El Sol del Norte Sociedad Anónima. Capital social: doce mil colones. Presidente: Manuel Francisco Brenes Salas.—Barva de Heredia, primero de junio del año dos mil nueve.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 109453.—(46406).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas treinta minutos del veintiséis de mayo del dos mil nueve, se constituyó la entidad que se denominará Campo Santo Silencio y Paz Sociedad Anónima, con domicilio en San Pedro de Barva de Heredia, setenta y cinco metros al oeste de la iglesia católica; con un plazo de noventa y nueve años a partir de su constitución y capital social de diez mil colones. El presidente de la compañía, ostentará la representación de la misma con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—Lic. Randall Segura Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 109459.—(46407).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 13:30 horas del 15 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad Desarrollos e Ingeniería Proyección Industrial Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar DINPRI S. A. Presidenta: Ana Isabel Vargas Cárdenas. Presidenta, secretaria y tesorero, ostentan la representación judicial y extrajudicial. Plazo: noventa y nueve años a partir de su constitución.—Nicoya, 18 de mayo del 2009.—Lic. Manuel Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 109460.—(46408).

Ante esta notaría comparecieron Zhenyang Liang Chen, cédula ocho-cero ochenta-quinientos sesenta, y Annia Lucrecia Varela Mena, cédula uno-ochocientos sesenta y dos-cero setenta y cinco, para constituir la sociedad denominada Distribuidora Charlie L Z Sociedad Anónima, con un plazo de noventa y nueve años y con objeto de comercio.—Nicoya, veintidós de mayo del dos mil nueve.—Lic. Iveth Orozco García, Notaria.—1 vez.—Nº 109461.—(46409).

Ante esta notaría comparecieron Ademar Suárez Sánchez cédula uno-ochocientos uno-quinientos treinta y tres, y Ana Corrales Gamboa, cédula tres-trescientos veinticuatro-novecientos cincuenta y nueve, para constituir la sociedad denominada A S Topografía Sociedad Anónima y Distribuidora Charlie L Z Sociedad Anónima, con un plazo de noventa y nueve años y con objeto de comercio.—Nicoya, veintidós de mayo del dos mil nueve.—Lic. Iveth Orozco García, Notaria.—1 vez.—Nº 109462.—(46410).

Por escritura número doscientos treinta y cinco otorgada ante esta notaría se constituyó la sociedad Inversiones Calderón Rojas Sociedad Anónima. Al presidente y secretario le corresponde la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma. Presidente: Juan Carlos Calderón Rojas, cédula de identidad número tres-trescientos veintisiete-setecientos trece, y secretaria: Estefanny Calderón Brenes, cédula de identidad número tres-cuatrocientos cuarenta y tres-setecientos cuarenta y siete. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio fiscal: en Guadalupe, Cartago, veinticinco metros oeste de la Taberna Nueva York.—Cartago, 28 de mayo del 2009.—Lic. Felicia Calvo Hidalgo, Notaria.—1 vez.—Nº 109463.—(46411).

Por escritura número 078-47 del tomo 47 del protocolo del notario Casimiro Vargas Mora, otorgada en esta ciudad a las 16:00 horas del 29 mayo del 2009, se constituye una sociedad de responsabilidad limitada, cuya denominación social lo será de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J, publicado en La Gaceta número 114 del 14 de junio del 2006.—San Isidro de El General, 01 de junio del 2009.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 109464.—(46412).

Por escritura número 103-04 del tomo 04 del protocolo de la notaria pública Ana Lorena Borges Montero, otorgada en esta ciudad a las 15:30 horas del 08 de diciembre el 2008, la sociedad costarricense denominada 3-102-504445 s.r.l., con cédula jurídica número tres-ciento dos-quinientos cuatro mil cuatrocientos cuarenta y cinco, modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, 01 de junio del 2009.—Lic. Ana Lorena Borges Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 109465.—(46413).

Los suscritos, Paulo Sáenz Zúñiga y Anais Zúñiga Vega, notifican que han constituido la entidad Quick Services Coronado S. A. Domiciliada en San José, Coronado, con un capital de diez mil colones. Administración de empresa de venta de suministros para mascotas. Sociedad constituida en San José, a las 19 horas del 01 de junio del 2009.—Lic. Edgar Montero Mejía, Notario.—1 vez.—Nº 109466.—(46414).

Por escritura ciento noventa y dos, otorgada a las veinte horas con diez minutos del día cuatro de abril del dos mil nueve, Douglas Ricardo Rojas Campos, Ricardo Ramírez Villalobos y Derwin José Orozco Barrantes constituyeron la sociedad mercantil denominada Ministerios Para La Enseñanza Bíblica Sociedad Anónima y que es nombre de fantasía. Duración: noventa y nueve años. Presidente: Douglas Ricardo Rojas Campos. Domicilio: San Ramón de Alajuela. Sita de la esquina suroeste del parque setenta y cinco metros al sur.—Lic. David Ricardo Hernández Orozco, Notario.—1 vez.—Nº 109467.—(46415).

Por escritura ciento noventa y ocho, otorgada a las dieciocho horas del día primero de junio del dos mil nueve, Jonny Villegas Rodríguez conocido como Johnny Villegas González y Rebeca Mercedes Herrera Villegas constituyeron la sociedad mercantil denominada Grupo Corporativo Familiar de Occidente Villegas Rodríguez Sociedad Anónima y que es nombre de fantasía. Duración: noventa y nueve años. Presidente: Jonny Villegas Rodríguez conocido como Johnny Villegas González. Domicilio: San Ramón de Alajuela. Sita Piedades Norte, La Esperanza, ochocientos metros al norte de la escuela.—Lic. David Ricardo Hernández Orozco, Notario.—1 vez.—Nº 109468.—(46416).

Ante la notaría de la suscrita, Marcela Padilla Valverde, en La Aurora de Heredia, mediante la escritura número ciento cincuenta y uno otorgada a las once horas del día veintinueve de mayo del dos mil nueve, las señoras Ingri Tauil Scot, portadora del pasaporte venezolano número D cero seis tres nueve seis siete ocho y Fedora Leonetti Alemán, portadora de la cédula de residencia costarricense número uno ocho seis dos cero cero cero tres dos cuatro uno seis, constituyen la compañía Veneventos Sociedad Anónima, con domicilio en San Rafael de Escazú. Plazo: 99 años y capital social de doce mil colones. Es todo.—Heredia, veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Marcela Padilla Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 109472.—(46417).

Por escritura Nº 284 de las 10:00 horas del 29 de mayo del 2009, María Cristina Chacón Sánchez y Augusto Trejos Molina, constituyeron sociedad denominada Inversiones Almazzera Sociedad Anónima. Capital social: ¢1.000.000,00. Plazo social: 99 años. Presidenta: María Cristina Chacón Sánchez.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 109475.—(46418).

Por escritura Nº 256 de las 8:30 horas del 25 de mayo del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Tecnología y Motobombas Sociedad Anónima, donde se modificó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 109477.—(46419).

Por escritura Nº 278 de las 11:00 horas del 27 de mayo del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Sistemas Pod de Costa Rica Sociedad Anónima, donde se reformó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 109479.—(46420).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas treinta minutos del tres de febrero del año dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Plaza Local Naranjas del Prado B Uno Sociedad Anónima.—Lic. Paola Colombo Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 109563.—(46466).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas veinte minutos del tres de febrero del año dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Plaza Local Frambueza F Uno Sociedad Anónima.—Lic. Paola Colombo Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 109564.—(46467).

Ante el notario Fernando Mena Alvarado, con oficina en la ciudad de Grecia centro, Alajuela, ciento veinticinco metros norte de Perimercados, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada Inversiones Jara Rojas de Naranjo Sociedad de Responsabilidad Limitada. El domicilio social será en Cirri de Naranjo, Alajuela, del cruce a San Ramón, 400 oeste, el plazo social es de 99 años a partir del 23-04-2009, su objeto será el comercio en el sentido más amplio la industria. Gerente: Claudio Antonio Jara Huertas, cédula 2-325-137.—Grecia, 01 de junio del 2009.—Lic. Fernando Mena Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 109566.—(46468).

Es escritura Nº 19 del 18 de mayo del 2009, se protocoliza acta Nº 20 de la sociedad Rara Avis S. A., nombra como agente residente a la Lic. Shirley Duarte Duarte con lugar para oír notificaciones en Sabanilla de Montes de Oca, Urbanización Málaga, casa 60-D.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Shirley Duarte Duarte, Notaria.—1 vez.—Nº 109567.—(46469).

Mediante escritura número veintiocho otorgada ante esta notaria, a las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos del día primero de junio del dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria número uno de la sociedad A.P. Constructora Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula quinta del pacto social.—Lic. Daniella Segnini Díaz, Notaria.—1 vez.—Nº 109568.—(46470).

El suscrito Notario hace constar que hoy he protocolizado, el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Ojos de la Montaña Viviente S. A., mediante la cual se modificó la cláusula primera del pacto constitutivo.—San José, 30 de mayo del 2009.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—Nº 109569.—(46471).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos del veintiocho de mayo del año dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada Desarrollos Inmobiliarios Arrecife Cristalino Sociedad Anónima.—Lic. Paola Colombo Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 109572.—(46472).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veintiocho de mayo del año dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada Desarrollos Inmobiliarios Corales de Playa Carmen Sociedad Anónima.—Lic. Paola Colombo Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 109573.—(46473).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas treinta minutos del veintiocho de mayo del año dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada Restaurante y Bar Tropicana de Jacó Sociedad Anónima.—Lic. Paola Colombo Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 109574.—(46474).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del veintiocho de mayo del año dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada Desarrollos Inmobiliarios Perlas de Jacó Sociedad Anónima.—Lic. Paola Colombo Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 109575.—(46475).

Mediante escritura número doscientos dieciséis-dos, de las quince horas treinta minutos del veintiséis de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Valores Sejova Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—Nº 109589.—(46477).

Mediante escritura número doscientos treinta y dos-trece, de las diez horas treinta minutos del doce de febrero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Valle de Ostiglia Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, 02 de junio del 2009.—Lic. Juan Carlos Segares Lutz, Notario.—1 vez.—Nº 109590.—(46478).

Mediante escritura número doscientos quince-dos, de las quince horas del veintiséis de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Q Cinco Beige Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—Nº 109591.—(46479).

Mediante escritura número doscientos treinta y uno-trece, de las diez horas del doce de febrero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Vistas de Amalffi Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, 02 de junio del 2009.—Lic. Juan Carlos Segares Lutz, Notario.—1 vez.—Nº 109592.—(46480).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria a las 16:15 horas del 29 de mayo del 2009, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Naturaleza del Aniz Sociedad Anónima, donde se modifica la cláusula segunda del domicilio social. Se revoca el nombramiento del presidente, secretario, tesorero y fiscal y se hacen los nuevos nombramientos.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Rebeca Linox Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 109594.—(46481).

Por escritura otorgada a las nueve horas del 29 de mayo del 2009, se constituyó la Fundación Padres por Siempre. Domicilio: San José. Plazo: perpetuo. Patrimonio: cien mil colones, depositados en los miembros directores de la fundación. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, con la representación judicial y extrajudicial.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Rebeca Linox Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 109596.—(46482).

Por escritura otorgada en esta notaría a las nueve horas del dos de junio  del  dos  mil  nueve,  se  constituyó  Travel Bussines Corporation S. A., capital íntegramente suscrito y pagado.—Alajuela, 02 de junio del 2009.—Lic. José Mario Rojas Ocampo, Notario.—1 vez.—Nº 109597.—(46483).

Por escritura otorgada en esta notaría a las dieciséis horas del veintiuno de abril del dos mil nueve, se constituyó Asesores Corporativos ASECOR S. A., capital íntegramente suscrito y pagado.—Alajuela, 28 de mayo del 2009.—Lic. José Mario Rojas Ocampo, Notario.—1 vez.—Nº 109598.—(46484).

Por escritura otorgada en esta notaría a las nueve horas del veintinueve de mayo del dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad denominada Peluca Internacional PLC S. A., donde se reorganiza junta directiva.—Alajuela, 28 de mayo del 2009.—Lic. José Mario Rojas Ocampo, Notario.—1 vez.—Nº 109599.—(46485).

Por escritura de mi notaría de las 18:00 horas del 20 de mayo del dos mil nueve, tomo octavo, folio 108 frente, escritura 140, se modificó cláusula  octava  de  la  administración  de  la  sociedad Varmen Esparza S. A., cédula jurídica 3-101-312895.—Esparza, 28 de mayo del 2009.—Lic. Óscar E. Benavides Segura, Notario.—1 vez.—Nº 109600.—(46486).

Por escritura de mi notaría de las ocho horas del dieciocho de mayo del dos mil nueve, tomo octavo, folio 103 vuelto, escritura 138, se constituyó la sociedad cuyo nombre es su número de cédula jurídica. Domicilio Curridabat, San Pedro, duración noventa y nueve años, capital suscrito y pagado. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Esparza, 28 de mayo del 2009.—Lic. Óscar E. Benavides Segura, Notario.—1 vez.—Nº 109601.—(46487).

Por escritura de mi notaría de las 13:00 horas del 20 de mayo del dos mil nueve, tomo octavo, folio 105 vuelto, escritura 139, se constituyeron seis sociedades anónimas cuyo nombre es su número de cédula jurídica. Domicilio Esparza, Puntarenas, duración noventa y nueve años, capital suscrito y pagado. Presidente y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Esparza, 28 de mayo del 2009.—Lic. Óscar E. Benavides Segura, Notario.—1 vez.—Nº 109602.—(46488).

Por escritura otorgada ante los suscritos notarios en San José, a las 17:00 horas del 28 de mayo del 2009, Sheung Kai Chan Chow, conocida como Laura; Ban Dui Lean Ho, conocido como William; y Lisa Lean Chan, constituyen Yan Kong Limitada, pudiendo abreviarse Yan Kog Ltda., que es nombre de fantasía. Gerentes los socios Sheung Kai Chan Chow y Ban Dui Lean Ho. Subgerente la socia Lisa Lean Chan.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Rosa Berenzon Nowalski y Hermann Kuhlmann Solís, Notarios.—1 vez.—Nº 109603.—(46489).

Barbara Kreupeling y otro, constituyen Coast to Coast Real Estates S. A. Presidenta Barbara Kreupeling. Escritura otorgada en Santo Domingo de Heredia, a las quince horas del día veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Marta María Elizondo Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 109605.—(46490).

FE DE ERRATAS

AVISOS

SEGURIDAD Y VIGILANCIA LAS SENDAS S. A

Seguridad y Vigilancia Las Sendas S. A., cédula jurídica número 3-101-342179, que mediante publicación efectuado los días 12-13-14 de abril del 2009 en el DiarioOficial La Gaceta, se consignó Sendas S. A., siendo el nombre correcto Seguridad y Vigilancia Las Sendas S. A., con cédula jurídica número 3-101-342179 para el trámite de los libros según edicto, Nº 1 Libro de actas. Asamblea general, Nº 1 Registro de Accionistas, Nº 1 Junta Directiva, quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información, y Asistencia al Contribuyente de la  Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Efraín González Morales, Presidente.—1 vez.—(46677).