MINISTERIO
DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
MINISTERIO
DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
MINISTERIO
DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
MINISTERIO
DE EDUCACIÓN PÚBLICA
MINISTERIO
DE CULTURA Y JUVENTUD
MINISTERIO
DE COMERCIO EXTERIOR
MINISTERIO
DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
AMBIENTE,
ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES
MODIFICACIONES A LOS
PROGRAMAS
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
DE FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
INSTITUTO
DEL CAFÉ DE COSTA RICA
COMISIÓN
NACIONAL DE PRÉSTAMOS PARA EDUCACIÓN
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
AMBIENTE,
ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
INSTITUTO
TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
PATRONATO
NACIONAL DE LA INFANCIA
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
En uso de las facultades
conferidas por los artículos 140, incisos 3), 8), 18) y 20) y 146) de
Considerando:
I.—Que el artículo 60 de
II.—Que
según las disposiciones normativas aplicables, en relación con los montos de
variación acumulada correspondiente a los índices de inflación a diciembre de
2008, suministrados por
III.—Que
el INCOPESCA cuanta con los recursos presupuestarios necesarios y aprobados,
para atender dicho pago. Por tanto,
Decretan:
Fijación del monto de las
dietas para miembros
de
Artículo 1º—Se fija como
monto de las dietas para los miembros de
Artículo 2º—Solamente tendrán
derecho al pago de la dieta, los miembros que asistan puntualmente a las
sesiones respectivas y los miembros suplentes, cuando asuman el puesto por
ausencia o causa legal que así lo determine, de alguno de los miembros
propietarios de
Artículo 3º—Se derogan los
Decretos Ejecutivos Nº 34208-MAG, publicado en el Alcance Nº 40-A de
Artículo 4º—Rige a partir de
su publicación.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Agricultura y Ganadería, Javier Flores
Galarza.—1 vez.—(D35241-46380).
EL PRESIDENTE DE
Y
En uso de las
facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
I.—Que de conformidad con el artículo 1 de
II.—Que
mediante Decreto Ejecutivo Nº 35217-MP-S de 28 de abril de 2009, publicado en
el Alcance Nº
III.—Que
el artículo 4 de
IV.—Que
a nivel mundial se ha decretado el nivel 5 de alerta pandémica ante la
aparición de un nuevo virus influenza derivado de una cepa porcina que ha
provocado casos en diversos países del mundo, con circulación sostenida en
países de Norteamérica. Por ello, fue necesario implementar medidas urgentes de
contención y mitigación para evitar la circulación autóctona en el país.
V.—Que el tratamiento o la profilaxis para dicha
enfermedad queda a criterio médico, y solo puede ser administrado a los casos
probables y confirmados, dado que su consumo sin justificación médica puede
ocasionar resistencia al mismo, lo que agravaría aún más la situación de la
emergencia sanitaria. Por tanto,
Decretan:
Venta controlada de los
medicamentos que utilicen
principios activos como el Oseltamivir
y Zanamivir
Artículo 1º—Los
medicamentos que utilicen principios activos como el oseltamivir
y el zanamivir, utilizados en el tratamiento
antiviral contra
Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—
Nº 706-P
EL PRESIDENTE DE
Con fundamento en lo
dispuesto en el artículo 139 de
Considerando:
Que el Secretario
General de
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a
Artículo 2º—El Ministerio de
Ciencia y Tecnología cubrirá lo correspondiente a tiquete aéreo en clase
ejecutiva, hospedaje, viáticos, gastos menores, transporte interno, impuestos,
tributos o cánones que la señora Ministra deba pagar por la utilización de las
terminales aéreas durante su estadía en Ginebra, por medio de
Se adelantará la suma de dos
mil dólares americanos ($2.000,00), sujetos a liquidación.
Artículo 3º—Durante la
ausencia de la señora Ministra de Ciencia y Tecnología, se nombra Ministro a.
í. de Ciencia y Tecnología al señor MSc. Carlos
Cascante Duarte.
Artículo 4º—Rige a partir de
las 17:20 horas del 22 de mayo del 2009 y hasta las 15:05 horas del 27 de mayo
del 2009.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(O. C.
Nº 93406-Ciencia y Tecnología).—(Solicitud Nº
28).—C-25520.—(45885).
Nº 710-P
EL PRESIDENTE DE
Con fundamento en las
atribuciones conferidas por el artículo 139 de
Considerando:
1º—Que
2º—Que en el contexto de la
convocatoria de
3º—Que el señor Presidente de
4º—En virtud de lo anterior,
es necesario que el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, viaje para
participar de
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar
al señor Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto, cédula Nº 8-068-578, para que participe de
Artículo 2º—Los gastos de
hospedaje correrán por cuenta de
Artículo 3º—Durante la
ausencia del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, se nombra como
Ministro a. í. al señor Édgar Ugalde Álvarez,
Viceministro de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 4º—Rige de las 06:00
horas del 19 de mayo, a las 21:00 horas del 20 de mayo del 2009.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(O. C.
Nº 93569-Relaciones Exteriores).—(Solicitud Nº
40853).—C-34520.—(45886).
Nº 711-P.—San José, 15 de mayo del 2009.
EL PRESIDENTE DE
De conformidad con lo
que establece el artículo 139 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
la señora Amparo Pacheco Oreamuno, Ministra de Comercio Exterior a. í.,
portadora de la cédula de identidad Nº 9-049-265, para que viaje en Delegación
Oficial a Nicaragua, partiendo a las 06:25 horas del 18 de mayo y regresando a
las 09:50 horas del 20 de mayo del presente año. Ello con el objeto de
participar en la reunión de Viceministros y Ministros de Integración Económica
Centroamericana y en la reunión Intersectorial del Consejo de Ministros de
Integración Económica Centroamericana, a realizarse en Managua, Nicaragua del
18 al 19 de mayo del 2009. La señora Ministra a. í. retorna a Costa Rica hasta
el 20 de mayo del 2009, por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y
hacia el lugar de destino.
Artículo 2º—Los gastos de
viaje de la señora Ministra a. í. por concepto de impuestos, tributos o cánones
que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y
hospedaje serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503
y 10504 del programa 792, el adelanto por ese concepto asciende a $309,12
(trescientos nueve con 12/100 dólares), sujeto a liquidación. El transporte
aéreo de ida y de regreso será cubierto con recursos de la subpartida 10503 del
mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado
y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior;
así como para que se le aplique diferencia de hospedaje, en el evento de que
proceda, según el artículo 41 del Reglamento de Gastos de Viaje para
Funcionarios Públicos.
Artículo 3º—En tanto dure la
ausencia se le encarga la atención de la cartera al señor Rodrigo Arias Sánchez,
Ministro del Ministerio de
Artículo 4º—Rige desde las
06:25 horas del 18 de mayo y hasta las 12:50 horas del 19 de mayo del 2009.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(O. C. Nº 93031-Comercio Exterior).—(Solicitud
Nº 27814).—C-36770.—(45888).
Nº 712-P
EL PRESIDENTE DE
En uso de las
facultades que le confieren los artículos 139, inciso 3) de
Considerando:
1º—Que el artículo 139,
inciso 3) de
2º—Que el numeral 39 de
3º—Que de conformidad con los
numerales 56 y 168 del Reglamento de Organización del Ministerio de Seguridad
Pública,
4º—Que
5º—Que en cumplimiento del
numeral 8, inciso j) de
6º—Que las citadas
situaciones exigen ineludiblemente el reforzamiento de las Fuerzas de Policía
que ordinariamente velan por el orden y la seguridad del país. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Convocar
conforme lo solicitado por
Artículo 2º—Los efectivos
convocados mediante este acto quedarán subordinados a
Artículo 3º—La presente
convocatoria será para el período comprendido entre las cero horas del quince
de mayo del dos mil nueve, hasta las veinticuatro horas del quince de agosto
del dos mil nueve.
Artículo 4º—Rige a partir del
15 de mayo del 2009.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(O. C.
Nº 93772-Seguridad Pública).—(Solicitud Nº
30404).—C-71270.—(45889).
N° 713-P
EL PRESIDENTE DE
Con fundamento en lo
dispuesto en el artículo 139 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar
al señor Guillermo Zúñiga Chaves, Ministro de Hacienda, con cédula de identidad
número cuatro-cien-doscientos sesenta y tres, para que participe en el Consejo
de Ministros de Hacienda de Centroamérica, Panamá y República Dominicana
(COSEFIN) , a celebrarse en Managua-Nicaragua, del 18 de mayo del 2009 al 20 de
mayo del 2009.
Artículo 2º—Todos los gastos
por concepto de estadía, manutención y otros gastos, e impuestos o cánones
transporte de taxis, seguro de vida, que se deban pagar en las terminales de
transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10504 y los
gastos por concepto de tiquete aéreo, serán cubiertos por la subpartida 10503, internet serán cubiertos con recursos de la subpartida
10204 del programa 132 Administración Superior del título 206 Ministerio de
Hacienda.
Artículo 3º—En tanto dure la ausencia
del señor Guillermo Zúñiga Chaves, se nombra Ministra a. í. del 18 de mayo del
2009 de las 3:00 p. m. al 20 de mayo del
Artículo 4º—El presente
acuerdo rige a partir del 18 de mayo del 2009 de las 3:00 p. m. al 20 de mayo
del
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 44341-Hacienda-Administración
Superior).—C-24770.—(46564).
N° 714-P
EL PRESIDENTE DE
Con fundamento en lo
dispuesto en el artículo 139 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar
al señor Guillermo Zúñiga Chaves, Ministro de Hacienda, con cédula de identidad
número cuatro-cien-doscientos sesenta y tres, para que participe en
Artículo 2º—Todos los gastos
por concepto de estadía, manutención y otros gastos, e impuestos o cánones
transporte de taxis, seguro de vida, que se deban pagar en las terminales de
transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10504 y los
gastos por concepto de tiquete aéreo, serán cubiertos por la subpartida 10503, internet serán cubiertos con recursos de la subpartida
10204 del programa 132 Administración Superior, del título 206 Ministerio de
Hacienda.
Artículo 3º—En tanto dure la
ausencia del señor Guillermo Zúñiga Chaves, se nombra Ministro a. í. del 27 de
mayo del 2009 de las 2:00 p. m. al 29 de mayo del
Artículo 4º—El presente
acuerdo rige a partir del 27 de mayo del 2009 de las 2:00 p. m. al 29 de mayo
del
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 40344- Hacienda-Administración
Superior).—C-24770.—(46565).
Nº 715-P
EL PRESIDENTE DE
Con fundamento en las
atribuciones conferidas por el artículo 139 de
Considerando:
Único.—Que mediante
Acuerdo Ejecutivo Nº 683-P, de fecha 30 de marzo del 2009, publicado en
ACUERDA:
Artículo 1º—Dejar sin
efecto el Acuerdo Ejecutivo Nº 683-P, de fecha 30 de marzo del 2009, publicado
en
Artículo 2º—Rige a partir del
8 de mayo del 2009.
Dado en la presidencia
de
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(O. C Nº
93003-Seg. Pub.).—(Solicitud Nº 30413).—C-21020.—(46568).
716-P
EL PRESIDENTE DE
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 139, inciso 1) de
Considerando:
1º—Que se ha recibido
invitación por parte de
2º—Que esta actividad
promovida por
3º—Que durante la 98 Reunión
de
4º—Que la participación del
señor Francisco Morales Hernández, durante la 98 Reunión de
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar
al señor Francisco Morales Hernández, cédula 2-205-275, Ministro de Trabajo y
Seguridad Social, para que viaje a la ciudad de Ginebra, Suiza, del 31 de mayo
al 14 de junio del 2009, en calidad de Jefe de
Artículo 2º—Los gastos del
Señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, por concepto de hospedaje y
tiquete aéreo serán cubiertos por las subpartidas 105.03 y 105.04 del Programa
Artículo 3º—Que durante los
días del 31 de mayo al 14 de junio del 2009, ambas fechas inclusive, en que se
autoriza la participación del señor Ministro Morales Hernández, Ministro de
Trabajo y Seguridad Social, en la actividad denominada 98 Reunión de
Artículo 4º—Durante la
ausencia del señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, se nombrará como
Ministro a. í. al señor Álvaro González Alfaro, número de cédula 2-283-516,
Viceministro de Trabajo del Área Social.
Artículo 5º—Rige a partir de
las 17:00 horas del 31 de mayo de 2009 y hasta las 15:00 horas del 14 de junio
de 2009.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(O. C
Nº 93154-Trabajo).—(Solicitud Nº
07542).—C-66040.—(46567).
Nº 588-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en el
artículo 141 de
Considerando:
1º—Que el Grupo de
Acción Financiera del Caribe invita a la celebración de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Robert Quirós Benavides, cédula número uno-ochocientos treinta y
dos-cuatrocientos noventa y seis, funcionario del Instituto Costarricense sobre
Drogas (ICD), para que participe en
Artículo 2º—Los gastos de
transporte, alimentación y hospedaje del funcionario serán cubiertos por el Instituto
Costarricense sobre Drogas. El funcionario devengará el cien por ciento de su
salario, durante la estadía fuera del territorio nacional, que corre del 3 al 9
de mayo del 2009.
Artículo 3º—Rige a partir del
3 al 9 de mayo del 2009.
Dado en
Rodrigo Arias Sánchez, Ministro de
Nº 605-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en el
artículo 141 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor José Rafael Torres Castro, cédula Nº 5-212-380, Viceministro de
Artículo 2º—Los gastos por
concepto de viáticos y transporte serán cubiertos por
Artículo 3º—Rige a partir del
27 de mayo y hasta el 29 de mayo del 2009.
Dado en
Rodrigo Arias Sánchez,
Ministro de
Nº DGM 48-2009
Y SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 1º, 2º, 7º, 31, 34 y 36 del Reglamento de Gastos de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por
Considerando:
1º—Que con ocasión de
la implementación del Sistema SISPAS, proceso de otorgamiento de pasaportes
para ciudadanos costarricenses desde el exterior se ha programado un viaje
hasta el Consulado de Costa Rica en Nueva York, Estados Unidos de América, para
instalación, pruebas y Plan Piloto de la captura de fotografía y huellas
dactilares así como la firma de los usuarios costarricenses que residen en
dicho lugar y que requieren del pasaporte vigente, lo cual reviste especial interés
para el Ministerio de Gobernación y Policía.
2º—Que para efectos de
ejecutar la referida implementación se ha designado por parte de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Anthony Morera Vásquez, cédula Nº 1-0946-0089, de
Artículo 2º—Los gastos del
señor Anthony Morera Vásquez por concepto de viáticos en el exterior tiquetes aéreos,
gastos de hospedaje, alimentación, impuestos y otros gastos menores por un
monto de $273,00 diarios (doscientos setenta y tres dólares) que serán
cubiertos con recursos del Programa 054-01 de
Artículo 3º—Que durante los
días 06 de junio al 12 de junio, ambos inclusive del año 2009, se autoriza la
participación del señor Anthony Morera Vásquez, en la actividad a la que se
refiere este acuerdo, devengando el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 05 de
junio al 13 de junio ambos del año 2009.
Dado en el Ministerio
de Gobernación y Policía, a los 15 días del mes de mayo del 2009.
Janina Del Vecchio
Ugalde, Ministra de Gobernación y Policía y Seguridad Pública.—1
vez.—(O. C. Nº 94769).—(Solicitud Nº 18325).—C-33750.—(46197).
Nº DGM 49-2009
Y SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 1º, 2º, 7º, 31, 34 y 36 del Reglamento de Gastos de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por
Considerando:
1º—Que con ocasión de
la implementación del Sistema SISPAS, proceso de otorgamiento de pasaportes
para ciudadanos costarricenses desde el exterior se ha programado un viaje
hasta el Consulado de Costa Rica en Nueva York, Estados Unidos de América para
instalación, pruebas y Plan Piloto de la captura de fotografía y huellas
dactilares así como la firma de los usuarios costarricenses que residen en
dicho lugar y que requieren del pasaporte vigente, lo cual reviste especial
interés para el Ministerio de Gobernación y Policía.
2º—Que para efectos de
ejecutar la referida implementación se ha designado por parte de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Harold Alfaro Castillo, cédula Nº 2-0442-0226, de
Artículo 2º—Los gastos del
señor Harold Alfaro Castillo por concepto de viáticos en el exterior, tiquetes
aéreos, gastos de hospedaje, alimentación, impuestos y otros gastos menores por
un monto de $273,00 diarios (doscientos setenta y tres dólares) que serán
cubiertos con recursos del Programa 054-01 de
Artículo 3º—Que durante los
días 06 de junio al 12 de junio, ambos inclusive del año 2009, se autoriza la
participación del señor Harold Alfaro Castillo en la actividad a la que se
refiere este acuerdo, devengando el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 05 al 13
de junio ambos del año 2009.
Dado en el Ministerio
de Gobernación y Policía, a los 15 días del mes de mayo del 2009.
Janina Del Vecchio
Ugalde, Ministra de Gobernación y Policía y Seguridad Pública.—1
vez.—(O. C. Nº 94769).—(Solicitud Nº 18325).—C-33750.—(46199).
N° 045-09-MEIC
EL MINISTRO DE ECONOMÍA,
INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 25, 27 y 28 de la “Ley General de
Considerando:
I.—Que el Codex Alimentarius, es
el ente de referencia mundial en materia de alimentos, en donde se aprueban las
normas con el propósito de garantizar la seguridad y protección de los
consumidores y procurar la equidad en el comercio internacional de alimentos.
II.—Que
es de interés para el Ministerio de Economía, Industria y Comercio participar
en la “32ª Sesión de
III.—Que
el objetivo de la participación en la “32ª Sesión de
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al
señor Orlando Muñoz Hernández, portador de la cédula de identidad número
5-191-265, Jefe del Departamento de Reglamentación Técnica de
Artículo 2º—Los gastos por
concepto de transporte aéreo, hospedaje y alimentación, así como cualquier otro
gasto necesario, serán cubiertos por el Programa 218 “Gestión de Reglamentación
Técnica”, del Ministerio de Economía, Industria y Comercio. Correspondiéndole
un total en viáticos de US $ 2.921.00 (dos mil novecientos veinte y un dólares
con cero centavos).
Artículo 3º—El funcionario
devengará el 100% de su salario, durante su ausencia.
Artículo 4º—Rige a partir del
día 26 de junio del dos mil nueve y hasta su regreso el día 5 de julio del
mismo año.
Dado en el Ministerio
de Economía, Industria y Comercio, en la ciudad de San José, al ser los
veintiocho días del mes de mayo del año dos mil nueve.
Publíquese.—Eduardo Sibaja Arias, Ministro de Economía, Industria y
Comercio.—1 vez.—(OC Nº 97173-Solicitud Nº 27055).—C-41270.—(46225).
MOPT N°
075
Con fundamento en lo
dispuesto en artículo 28 inciso 1 de
Considerando:
I.—La importancia que tiene la participación del
Ministerio de Obras Públicas y Transportes como miembro de
II.—Que
III.—
Que la participación del Lic. Rafael Chan Jaén y del ingeniero Carlos Contreras
Montoya, responde a las funciones encomendadas como Director Titular de CODITRANS por
Costa Rica, y Contraparte Técnica respectivamente.
Que el Proyecto “Diseño y Aplicación
de Políticas Comunes Centroamericanas” (ADAPCCA-ALA/2004/016-839), asumirá los
gastos por concepto de pasajes aéreos, hospedaje y complementos de viáticos
para los funcionarios citados. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
licenciado Rafael Chan Jaén, cédula 5-134-539, en calidad de Director General
de
Artículo 2º—Los gastos por
concepto de tiquete aéreo y viáticos al exterior serán cubiertos por
Artículo 3º—Que durante los
días en que se autoriza la participación del licenciado Rafael Chan Jaén y del
ingeniero Carlos Contreras Montoya, del 27 al 29 de mayo del 2009, en ciudad
Guatemala, Guatemala, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del
27 de mayo del 2009.
Dado en el Ministerio
de Obras Públicas y Transportes, a los 25 días del mes de mayo del 2009
Karla González
Carvajal, Ministra de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—(OP
Nº 96221-Solicitud Nº 12063).—C-39020.—(46221).
MOPT N° 078
Con fundamento en lo
dispuesto en
Considerando:
I.—Que los Jefes de Estado y de Gobierno de
II.—Que
para dar seguimiento a dicha instrucción de los Jefes de Estado y de Gobierno
de
III.—Que
a dicho taller se ha invitado también a los Directores Generales de Aduanas de
cada país del Área Mesoamericana, con el fin de elaborar un diagnóstico de los
obstáculos existentes por las diferentes regulaciones aduaneras en la región y
definir acciones concretas para eliminar las barreras, así como crear las
condiciones que garanticen la eficiencia y competitividad.
IV.—Que las invitaciones para
dicho Taller están siendo cursadas por el señor Javier Bonagas
D, Comisionado Presidencial por Panamá del Proyecto Mesoamérica,
quien ha extendido invitación para este taller al Dr. Héctor Arce Cavallini, Director General de
V.—Que es de interés para el Ministerio de Obras Públicas
y Transportes la participación de su representante en esta actividad. Por
tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar
al doctor Héctor Arce Cavallini, Director General de
Artículo 2º—Los gastos de
participación del funcionario por concepto de transporte aéreo, hospedaje,
alimentación y transporte interno en Nicaragua durante los días del taller
serán cubiertos por los organizadores de la actividad.
Artículo 3º—Los gastos del
funcionario por concepto de viáticos, $104,12, serán cubiertos con recursos del
Programa 328, “Puertos y Regulación Marítima”, con cargo a la subpartida
1.05.04, Área 01, Actividad 01. Los gastos por concepto de impuestos por uso de
terminal aérea en Costa Rica, $26,00, tarjeta de turismo en Nicaragua, $5,00 y
traslados del funcionario en Costa Rica al aeropuerto y viceversa, $60,00,
serán cubiertos por el Programa 328, “Puertos y Regulación Marítima”, con cargo
a la subpartida 1.05.03, Área 01, Actividad 01.
Artículo 4º—Que durante los
días en que se autoriza la ausencia del funcionario para participar en la
actividad indicada en el artículo 1º, devengará el 100% de su salario.
Artículo 5º—Rige del 20 al 23
de mayo del 2009, ambos días inclusive.
Dado en el Despacho de
Karla González
Carvajal, Ministra de Obras Públicas y Transportes.—1
vez.—(OP Nº 96221-Solicitud Nº 12061).—C-52520.—(46223).
MOPT N° 079
Con fundamento en lo
dispuesto en
Considerando:
I.—Que Puertos del Estado de España,
II.—Que
la participación en el X Curso Iberoamericano de Tecnología, Operaciones y Gestión
Ambiental en Puertos, es de especial interés para el Ministerio de Obras
Públicas y Transportes, debido a que el curso proporciona una formación
técnica, especializada y actualizada en el área de
III.—Que
la participación del Ing. Fabricio Mora Vargas, funcionario de
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar
al ingeniero Fabricio Mora Vargas, cédula 1-1054-0424, funcionario de
Artículo 2º—Los gastos de
participación del funcionario por concepto de transporte aéreo, hospedaje,
formación, viajes de prácticas y la manutención, en régimen de pensión completa
serán cubiertos por Puertos del Estado de España y
Artículo 3º—Que durante los
días en que se autoriza la ausencia del funcionario para participar en la
actividad indicada en el Artículo 1°, devengará el 100% de su salario:
Artículo 4º—Rige a partir del
18 de mayo al 12 de junio de 2009 inclusive.
Dado en el Despacho de
Karla González
Carvajal, Ministra de Obras Públicas y Transportes.—1
vez.—(OP Nº 96221-Solicitud Nº 12061).—C-37500.—(46224).
Nº MEP-078-09
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
En ejercicio de sus
atribuciones constitucionales y de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 1º y 2 de
Considerando:
Único: Mediante oficio DM-081-09 de fecha 06 de febrero del
2009, el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN)
decidió designar a la señora Raquel Barrientos Cordero, cédula 1-1064-0393 como
representante alterno de MIDEPLAN ante el Consejo Nacional de Enseñanza
Superior Universitaria Privada. Por tanto,
ACUERDAN
Artículo 1º—Dése por nombrada la señora Raquel Barrientos Cordero,
cédula de identidad Nº 1-1064-0393, mayor, casada, estadística, vecina de Santa
Ana, como Representante Alterno del Ministerio de Planificación Nacional y
Política Económica (MIDEPLAN) ante el Consejo Nacional de Enseñanza Superior
Universitaria Privada (CONESUP).
Artículo 2º—El presente
acuerdo rige a partir del 6 de febrero del 2009 hasta el 6 de febrero del 2011.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo.—1 vez.—(O. C. Nº 93153).—(Solicitud Nº
13850).—C-16520.—(46614).
Nº MCJ/CCPC/006/09
Con fundamento en el
artículo 28, inciso 1) de
Considerando:
1º—Que la señora Laura
Molina Valverde, ha sido invitada para participar en el “Taller de Planeamiento
Ejecutivo del Programa DOCTV IB II”, que organiza
2º—Que la participación de la
señora Laura Molina, en el “Taller de Planeamiento Ejecutivo del Programa DOCTV
IB II”, responde a las funciones que realiza como Directora General del Centro
Costarricense de Producción Cinematográfica. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
Laura Molina Valverde, cédula Nº 1-506-166, Directora del Centro Costarricense
de Producción Cinematográfica, para que participe en el Seminario “Taller de
Planeamiento Ejecutivo del Programa DOCTV IB II”, que se realizará del 27 al 29
de abril, 2009, en Buenos Aires, Argentina.
Artículo 2º—El Centro Costarricense
de Producción Cinematográfica cubrirá del Presupuesto Ordinario del año dos mil
nueve, Subpartida 1.05.04 Viáticos en el Exterior: Día 26/04/09. Cena, por un
monto de treinta dólares treinta y seis centavos. Día 30/04/09. Almuerzo, por
un monto de treinta dólares treinta y seis centavos. Los organizadores del
evento cubrirán el cien por ciento de los gastos de transporte internacional y
hospedaje, y los gastos de alimentación restantes.
Artículo 3º—Que durante los
días del 26 al 30 de abril del año dos mil nueve, en que se autoriza la
participación de la señora Molina Valverde en este Taller, devengará el 100 %
de su salario.
Artículo 4º—Rige del 26 al 30
de abril, 2009.
Dado en el Ministerio
de Cultura y Juventud, el día 21 de abril del año dos mil nieve.
Laura Pacheco Oreamuno,
Ministra de Cultura y Juventud a. í.—1 vez.—(O. C. Nº
1512).—(Solicitud Nº 29100).—C-27020.—(46186).
Nº 340-2009
EL PRESIDENTE DE
Y
Con fundamento en los
artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo
Ejecutivo Nº 225-98 de fecha 18 de agosto de 1998, publicado en el Diario
Oficial
II.—Que
mediante documentos presentados los días 27 de marzo y 5 de mayo de 2009, en
III.—Que la instancia interna
de
IV.—Que
en relación con las disminuciones de los niveles de empleo e inversión, el
entonces Ministro de Comercio Exterior, mediante el Oficio DM-911-1 de 26 de
setiembre de 2001, señaló lo siguiente:
“(…) No obstante lo anterior, al ser
ésta una institución con una misión y vocación clara de servicio a la
exportación, sin dejar de lado claro está, su función de supervisión y control,
PROCOMER no puede dejar de considerar factores dinámicos, cambiantes propios
del entorno y realidad empresarial. Es
así como también debemos considerar que en muchas ocasiones las empresas
beneficiarias del régimen o bien su casa matriz se ven enfrentadas a graves
problemas en la comercialización de sus bienes, a crisis financieras internas
inclusive problemas de índole macroeconómicos
en sus países y hasta a
situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, circunstancias todas que las
podrían obligar a disponer cambios inmediatos en sus políticas de mercado.
Ha sido el afán del Ministerio atender
y tratar de ayudar a solventar de la forma más objetiva posible estas situaciones,
no sólo teniendo en consideración la posición de las empresas, sino el
resguardo sobre todo de intereses de orden general, al valorar el impacto que
supone una modificación considerable en los niveles de inversión y empleo
frente al cierre definitivo de la empresa. (…)”
V.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por
tanto;
ACUERDAN:
1º—Modificar el Acuerdo
Ejecutivo Nº 225-98 de fecha 18 de agosto de 1998, publicado
en el Diario Oficial
“6. La beneficiaria se obliga a realizar y
mantener un nivel mínimo de empleo de 10 trabajadores, a partir de la
notificación del presente Acuerdo Ejecutivo. Asimismo, se obliga a realizar y
mantener una inversión mínima total de al menos US $40,000.00 (cuarenta mil
dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América).
PROCOMER vigilará el cumplimiento del
nivel de inversión mínimo total de la beneficiaria, de conformidad con los
criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a
2º—En todo lo que no ha
sido expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo
Nº 225-98 de fecha 18 de agosto de 1998, publicado en el Diario Oficial
3º—Rige a partir de su
notificación.
Dado en
Comuníquese y
Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—
Nº 367-2009
EL PRESIDENTE DE
Y
Con fundamento en los
artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo
Ejecutivo N ° 253-2006 de fecha 20 de octubre de 2006, publicado en el Diario
Oficial
II.—Que
mediante documento presentado el día 7 de mayo de 2009, en
III.—Que la instancia interna
de
IV.—Que
se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto,
ACUERDAN:
1º—Modificar el Acuerdo
Ejecutivo N° 253-2006 de fecha 20 de octubre de 2006,
publicado en el Diario Oficial
“3. La beneficiaria operará en el Parque
Industrial denominado Zona Franca Metropolitana, ubicado en la provincia de
Heredia.”
2º—En todo lo que no ha
sido expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo N° 253-2006 de fecha 20 de octubre de 2006, publicado en el
Diario Oficial
3º—Rige a partir de su notificación.
Comuníquese y
publíquese.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—
Nº 013-2009-MICIT
EL MINISTRO DE CIENCIA Y
TECNOLOGÍA
Con fundamento en el
artículo 141 de
Considerando:
1º—Que el señor Carlos
Bonilla Cortés, es funcionario de
2º—Que
ACUERDA:
Artículo 1º—La señora
Ministra de Ciencia y Tecnología, designa al señor Carlos Bonilla, cédula de
identidad Nº 1-1068-0862, en su calidad de Director de Innovación, para que
asista al 3er Foro Iberoamericano de Responsables de Educación Superior,
Ciencia e Innovación, que se llevará a cabo en Buenos Aires-Argentina, los días
del 3 al 5 de junio del 2009.
Artículo 2º—Los gastos del
señor Bonilla. El Organismo auspiciador cubrirá los gastos de hospedaje y
desayuno durante los días de la actividad. El Ministerio de Ciencia y
Tecnología cubrirá lo correspondiente a tiquete aéreo en clase económica,
hospedaje del día 2 y 6 de junio y lo que le corresponda en viáticos, gastos
menores, transporte interno, impuestos, tributos o cánones que el señor Bonilla
deba pagar por la utilización de las terminales aéreas durante su estadía en
Buenos Aires-Argentina. Se adelantará la suma de setecientos cincuenta dólares
americanos ($750,00), sujetos a liquidación.
Artículo 3º—Que durante los
días del 2 al 7 de junio, que se autoriza la participación del señor Bonilla en
la actividad antes indicada, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del
día 2 de junio del 2009, hasta su regreso el día 7 de junio del 2009.
Dado en el Ministerio
de Ciencia y Tecnología, el día veintiséis de mayo del dos mil nueve.
Publíquese.—MSc. Carlos Cascante Duarte,
Ministro de Ciencia y Tecnología a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 93406).—(Solicitud Nº
29140).—C-24020.—(45912).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL
ESTADO
DEPARTAMENTO DE INSUMOS
AGRÍCOLAS
REGISTRO DE AGROQUÍMICOS
EDICTOS
Nº DIA-R-E-457-2009.—El señor German Quintero Ovalles, portador del pasaporte Nº 5450951, en su calidad
de representante legal de la compañía Insecticidas Internacionales S. A., cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción
del producto insecticida de nombre comercial Cebicid
80 WP, compuesto a base de Carbaryl. Conforme a lo
que establece
Nº
DIA-R-E-451-2009.—El señor Farid Silman Carranza,
portador de la cédula Nº 8-067-028, en su calidad de representante legal de la
compañía Asesoría Agroindustrial S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en
la ciudad de San José, solicita la inscripción del producto fungicida de nombre
comercial AA Procloraz 45 EC, compuesto a base de Procloraz. Conforme a lo que establece
Nº
DIA-R-E-450-2009.—El señor Farid Silman Carranza,
portador de la cédula de identidad Nº 8-067-028, en su calidad de representante
legal de
Nº
DIA-R-E-449-2009.—El señor Farid Silman Carranza,
portador de la cédula de identidad Nº 8-067-028, en su calidad de representante
legal de
Nº
DIA-R-E-448-2009.—El señor Farid Silman Carranza,
portador de la cédula de identidad Nº 8-067-028, en su calidad de representante
legal de
Nº DIA-R-E-342-2009.—El señor Eduardo Dada Hutt,
portador de la cédula Nº 8-062-594, en su calidad de representante legal de la
compañía Indagro S. A., cuyo domicilio fiscal se
encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del producto insecticida
de nombre comercial Omitox Fuego 3 GB, compuesto a
base de Octaborato de Sodio. Conforme a lo que
establece
DIA-R-E-467-2009.—El
señor Ricardo Vargas Aguilar, portador de la cédula número 3-304-085, en su
calidad de representante legal de la compañía Ricardo Vargas Aguilar, cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción
del producto Insecticida- Acaricida de nombre
comercial ABAMECTINA 1.8 EC compuesto a base de Abamectina.
Conforme a lo que establece
DIA-R-E-466-2009.—El
señor Ricardo Vargas Aguilar, portador de la cédula número 3-304-085, en su
calidad de representante legal de la compañía Ricardo Vargas Aguilar, cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción
del producto insecticida de nombre comercial TRIPZELL 20 SC compuesto a
base de Fipronil. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-469-2009.—El
señor Ricardo Vargas Aguilar, portador de la cédula número 3-304-085, en su
calidad de representante legal de la compañía Ricardo Vargas Aguilar, cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción
del producto insecticida de nombre comercial CIROMAZELL 75 WP compuesto
a base de Ciromazina. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-468-2009.—El
señor Ricardo Vargas Aguilar, portador de la cédula número 3-304-085, en su
calidad de representante legal de la compañía Ricardo Vargas Aguilar, cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción
del producto herbicida de nombre comercial CLETOZELL 12 EC compuesto a
base de Clethodim. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-340-2009.—El
señor Ricardo Vargas Aguilar, portador de la cédula número 3-304-085, en su
calidad de representante legal de la compañía Ricardo Vargas Aguilar, cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción
del producto fungicida de nombre comercial TEBUTRIAZELL 30 EC, compuesto
a base de Tebuconazol + Triadimenol.
Conforme a lo que establece
DIA-R-E-459-2009.—El
señor Ricardo Vargas Aguilar, portador de la cédula número 3-304-085, en su
calidad de representante legal de la compañía Ricardo Vargas Aguilar, cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción
del producto herbicida de nombre comercial METSULFOZELL 60 WP compuesto
a base de Metsulfuron Metil. Conforme a lo que
establece
DIA-R-E-360-2009.—El
señor Bernardo Morsinsk Schaefer,
portador de la cédula de identidad Nº 1-0441-0980, en su calidad de
Representante Legal de la compañía Abonos del Pacífico S. A. (ABOPAC), cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción
del producto Herbicida de nombre comercial Abopac Terbutrina 80 WG, compuesto a base de Terbutrina.
Conforme a lo que establece
DIA-R-E-447-2009.—El
señor Rodrigo Gutiérrez Céspedes, portador de la cédula de identidad número
9-044-935 en su calidad de representante legal de la compañía Nufarm Americas Inc., cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita la inscripción
del producto herbicida de nombre comercial Toram 101
30.4 SL compuesto a base de 2,4-D+PICLORAM. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-332-2009.—El
señor Rodrigo Gutiérrez Céspedes portador de la cédula número 9-044-935 en su
calidad de representante legal de la compañía Nufarm Americas Inc. S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en
la ciudad de Heredia, solicita la inscripción del producto herbicida de nombre
comercial Purestand 60 WG, compuesto a base de Metsulfuron Metil. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-330-2009.—El
señor Rodrigo Gutiérrez Céspedes, portador de la cédula número 9-044-935 en su
calidad de representante legal de la compañía Nufarm Americas, Inc., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la
ciudad de Heredia, solicita la inscripción del producto fungicida de nombre
comercial Champion 37,5 WG, compuesto a base de Hidróxido de Cobre. Conforme a
lo que establece
SERVICIO NACIONAL DE SALUD
ANIMAL
DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS
VETERINARIOS
Oscar Alpízar, con cédula de identidad Nº 2-313-072, vecino de
San José, en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería
Corporación Rivas Internacional Xochitl S. A., con
domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento
veterinario del grupo 3: Autocox. Fabricado por:
Laboratorio Eimeria S. A. de C. V., con los
siguientes principios activos: cada 100 ml contienen: eimeria
acervulina, eimeria máxima,
eimeria proecox, eimeria tenella y las siguientes
indicaciones terapéuticas: para la prevención de la coccidiosis
en pollos de engorde. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento
de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con
derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del
término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la
publicación de este edicto, en el Diario Oficial
El señor Rafael
Herrera Herrera, con número de cédula 4-103-1358,
vecino de Heredia, en calidad de representante legal de la compañía Droguería
Herrera y Elizondo, con domicilio en Heredia, solicita el registro del
siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Iverwell
pasta oral, fabricado por Laboratorio Wellco,
Guatemala, con los siguientes principios activos: cada ml contienen: Ivermectina
12 mg, Prazicuantel 150 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas:
antiparasitario de uso en equinos, con base en el Decreto Ejecutivo Nº
28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se
cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este
Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día
siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial
INSTITUTO GEOGRÁFICO
NACIONAL
DEPARTAMENTO DE GEODESIA Y
TOPOGRAFÍA
AVISO N ° 2009-013
ZONA MARÍTIMA TERRESTRE
Amojonamiento de zona
pública en un sector
costero entre Estero Paquera y Playa
Cuchillo
De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 63 del Reglamento de
1086829 N - 400706 E y 1086958 N - 400881 E (CRTM05)
201370
N - 437050 E y 201500 N - 437225 E (LAMBERT)
(9 mojones, enumerados del 395 al 403)
Los datos técnicos
oficiales del trabajo han quedado registrados con los números 26B-3 y 26B-4 en
el Registro de
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y
EVALUACIÓN DE
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de
Estudios de Educación Diversifica en Ciencias, inscrito en el tomo 2, folio
200, título Nº 4469, emitido por el Liceo Monseñor Rubén Odio, en el año mil
novecientos ochenta y ocho, a nombre de Quesada Tijerino
Juan Carlos. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 3, folio 17, título Nº 3003, y del Título
de Técnico Medio en
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 94, título Nº 622, emitido por el Liceo de Aserrí, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre
de Saborío Moreno Carla. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante esta Dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios
de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras,
inscrito en el tomo 1, folio 141, título N° 1647,
emitido por el Liceo del Sur, en el año mil novecientos ochenta y ocho, a
nombre de Ledezma Castro Kathia. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de
Estudios de Educación Diversificada, “Área de Ciencias”, inscrito en el tomo 1,
folio 25, título N° 491, emitido por el Liceo Justo
A. Facio, en el año mil novecientos setenta y ocho, a
nombre de Abarca Acevedo Fidel Ángel. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 62, título N°
166, emitido por el Colegio Técnico Industrial Puerto Jiménez, en el año dos
mil siete, a nombre de Jiménez Jara Reynor Antonio.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 184, título N° 1345 emitido por el Colegio Nocturno Pbro. Enrique
Menzel, en el año dos mil cuatro, a nombre de Pérez Alvarado Jeimy. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de
Estudios de Educación Diversificada, “Rama Técnica” Modalidad Industrial,
Especialidad Mecánica General, inscrito en el tomo 1, folio 13, título Nº 189 y
del Título de Técnico Medio en Mecánica General, inscrito en el tomo 1, folio
15, título Nº 190, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico
Profesional de Limón, en el año mil novecientos setenta y nueve, a nombre de
Porras On Eric Paul. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 87, título Nº 702, emitido por el
Colegio Nocturno de Limón, en el año dos mil, a nombre de Crawford Wright Shahury Yoshira. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Ciencias
y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 69, asiento Nº 430, emitido por el
Colegio Nocturno José Martí, en el año mil novecientos sesenta y siete, a
nombre de Mondragón López Carlos Alberto. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 138, título Nº 1794, emitido por
el Colegio Calazans Diurno, en el año dos mil cinco,
a nombre de Muñoz Martín Viviana. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 16, título N°
110, emitido por el Colegio Técnico Profesional
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 25, título N°
543, emitido por el Colegio Internacional SEK-Costa Rica, en el año dos mil
cuatro, a nombre de Hernández Guillén José Rodolfo. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 42, título N°
316, emitido por el Colegio Seráfico San Francisco, en el año mil novecientos
noventa y cinco, a nombre de Montero Quirós Mauricio. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de
Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” modalidad de Ciencias y
Letras, inscrito en el tomo I, folio 85, título Nº 1056, emitido por el Liceo
Luis Dobles Segreda, en el año mil novecientos
ochenta y uno, a nombre de Teme Álvarez Leila Zara. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 4, folio 80, título Nº 481, emitido por el
Colegio Bagaces, en el año dos mil cuatro, a nombre de Álvarez Solera Jonathan
José. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 17, título Nº 149, emitido por el Colegio
Latino, en el año dos mil cuatro, a nombre de Montenegro Samudio
Marvin Antony. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de
apellido cuyo nombres y apellidos correctos son: Arias
Montenegro Marvin Antony. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 147, título N°
1156, emitido por el Colegio Monterrey, en el año dos mil uno, a nombre de
Fonseca Fernández Jorge Enrique. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y
PERFECCIONAMIENTO
PARA
UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Título de Profesorado en
Contabilidad, inscrito en el tomo 1, folio 2, asiento Nº 20, este título fue
emitido por el Centro de Investigación y Perfeccionamiento para
DIRECCIÓN NACIONAL DE
PENSIONES
En sesión celebrada en
San José a las nueve horas del 6 de mayo del 2009, se acordó conceder Traspaso
de Pensión de Gracia, mediante la resolución JNPTA-452-
DEPARTAMENTO DE
ORGANIZACIONES SOCIALES
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
este registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir
a su Estatuto Social de la organización social denominada Unión Nacional de
Trabajadores de Obras Públicas y Transportes, siglas UNATROPYT, acordada en
asamblea celebrada el día 31 de enero del 2009. Expediente S-O016. En
cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
Cambio de nombre Nº 60463
Que Fernando Mora
Rojas, cédula Nº 1-269-114, en calidad de representante legal de AB Mauri Technology PTY Limited, solicita a este Registro se anote la inscripción
del cambio de nombre de BURNS PHILIP TECHNOLOGY PTY LIMITED por el de AB MAURI
TECHNOLOGY PTY LIMITED, presentada el día 20 de mayo del 2009 bajo expediente
Nº 60463. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2004-0005906 MAURI
en clase 29 marca Mixto y 2004-0006230 MAURI en clase 30 marca
Denominativa. Publicar en
Cambio de Nombre Nº 59820
Que Francisco Guzmán
Ortiz, en calidad de representante legal de Gruppo Cimbali S.p.A., solicita a este
Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de CIMBALI S.P.A. por el de GRUPPO CIMBALI S.p.A.,
presentada el día 21 de abril del 2009 bajo expediente 59820. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 1998-0006444 Registro Nº 113664
Cambio de nombre Nº 60214
Que Giselle Reuben Hatounian, cédula Nº1-1055-703 en
calidad de representante legal de Ronson Incorporated Limited, solicita a
este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Ronson PLC por el de Ronson Incorporated Limited, presentada
el día 5 de mayo de 2009 bajo expediente 60214. El nuevo nombre afecta a las
siguientes marcas: 1997-0004065 Registro Nº 111766 RONSON en clase 34
marca denominativa. Publicar en
Cambio de nombre Nº 684
Que Guiselle
Reuben Hatounian, cédula Nº 1-1055-703, en calidad de
apoderada especial de Universidad U Latina Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-177510, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de
nombre de Zender Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-177510 por el de
Universidad U Latina Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-177510,
presentada el día 5 de junio de 2008 bajo expediente 684. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 1994-0005705 Registro Nº 90916 ILAFORI
en clase 49 marca denominativa y 1999-0009432 Registro Nº 122042 ILAFORI
en clase 41 marca mixto. Publicar en
DIRECCIÓN DE PERSONAS
JURÍDICAS
AVISOS
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción, el
estatuto de la entidad denominada Asociación de Reciclado de Fila Manigordo,
con domicilio en la provincia de Puntarenas, Río Claro. Sus fines, entre otros
están: velar por el mejoramiento social, cultural, educativo, organizativo y
productivo de sus asociados. Su presidenta, Odilí
Zúñiga Martínez, es la representante judicial y extrajudicial con facultades de
apoderada generalísima sin límite de suma y demás limitaciones del estatuto.
Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas
en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción
el estatuto de la entidad denominada Asociación de Campesinos Senderos de Osa,
con domicilio en la provincia de Puntarenas, en Guadalupe de
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Administradora del
Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Alto Varas de Turrialba, con domicilio
en la provincia de Cartago. Cuyos fines principales, entre otros, son los
siguientes: administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en
buenas condiciones el acueducto, de conformidad con las disposiciones y
reglamentos que al respecto emite el Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados que serán de acatamiento obligatorio. Cuyo representante
judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el
estatuto lo es el presidente Jaime Salazar Sánchez. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción, el estatuto de la entidad denominada Asociación Administradora del
Acueducto y Alcantarillado Sanitario del Futuro de
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción la reforma estatutos de la entidad denominada Asociación Madre
María Magdalena de Jesús Figueroa. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro
de las prescripciones establecidas en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Vecinos de
Pacífica Estates de Playa Hermosa, con domicilio en
la provincia de Puntarenas. Cuyos fines principales entre otros son los
siguientes: construcción de una calle privada y de una caseta de vigilancia en
beneficio de los vecinos asociados. Cuyo representante judicial y extrajudicial
de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y
con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente Lonny Allen Mead. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Fútbol Asociado,
con domicilio en la provincia San José, trescientos metros al sur del Costa
Rica Tenis Club; cuyos fines principales entre otros son los siguientes:
organización, promoción del fútbol aficionado de acuerdo con sus propios
reglamentos. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, conforme al artículo
mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil y con las limitaciones establecidas
en el estatuto lo es el presidente: Luis Javier Zúñiga Álvarez. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Damas Activas de
Bataan, con domicilio en la provincia de Limón. Cuyos
fines entre otros serán los siguientes: gestionar y apoyar la creación de
servicios sociales y comunales. Cuya representante judicial y extrajudicial de
la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con
las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es la presidenta Catalina Valencia Valencia. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción la reforma al estatuto de
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Laringectomizados de Costa Rica con domicilio en la
provincia de San José. Cuyos fines entre otros serán los siguientes:
desarrollar actividades tendientes al mejoramiento de la calidad de vida de sus
asociados y sus familias en forma integral, salud física, emocional y social,
así como en el ámbito cultural, espiritual y económico. Cuyo representante
judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el
presidente Bernardo Coronado Montoya. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción,
el estatuto de la entidad denominada: Asociación Alákölpa
Kanéwak, (Mujeres Trabajadoras) con domicilio en la
provincia de Limón, Talamanca. Sus fines, entre otros están: promover en las
mujeres trabajadoras de Talamanca, el debate y la reflexión acerca de la
cultura indígena, su medio ambiente y la producción sostenible y amigable con
el ambiente. Su presidenta Noemy Blanco Salazar, es
la representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderada
generalísima sin límite de suma y demás limitaciones del estatuto. Por
encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Cristiana Poder
Para Animar, con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales
entre otros son los siguientes: Realizar todo tipo de actividades tendientes a
la propagación de la fe cristiana con base en las doctrinas de Jesucristo. Cuya
representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de
apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas
en el estatuto lo es el presidenta: Sonia María Soto
Ocaña. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas
en
REGISTRO DE PATENTES DE
INVENCIÓN
AVISOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
La señora María del
Milagro Chaves Desanti, cédula 1-626-794, mayor, abogada, vecina de Santa Ana,
en su condición de apoderada especial de Bridgestone/Firestone
North American Tire LLC, de E. U. A., solicita la patente de invención
denominada MANDRILES Y SU USO EN EL
PROCESADO DE ESTRUCTURAS TOROIDALES.
Un mandril y un sistema de mandriles, y un método para procesar una estructura
toroidal tal como una carcasa de neumático. La carcasa incluye una
circunferencia interena y extremos ahusados. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
La señora María del
Milagro Chaves Desanti, mayor, abogada, cédula de identidad número 1-626-794,
vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Bridgestone Firestone North American Tire LLC, de Estados
Unidos de América, solicita
El señora María del
Milagro Chaves Desanti, mayor, abogada, cédula de identidad número 1-626-794,
vecina de San José, en su condición de apoderada especial del señor Gerhard Figl de Austria, solicita la patente de invención
denominada MOTOR DE COMBUSTIÓN INTERNA.
La invención se relaciona con un motor de combustión interna comprendiendo al
menos un cilindro (1) de émbolo, comprendiendo una caja (3) que encierra
inyectores (2) gemelos de gas y posee dos aberturas (4) de admisión para el
suministro separado de gas de hidrógeno y gas de oxígeno a la cámara (5) de
combustión del cilindro de émbolo, comprendiendo dos válvulas (6) de admisión
eléctricas, controlados por tiempo y por presión. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen, y diseños quedan depositados,
La señora María del
Milagro Chaves Desanti, mayor, abogada, cédula de identidad número 1-626-794,
vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Mitsubishi Tanabe Pharma Corporation de Japón. solicita
El señor Jorge Tristán
Trelles, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-392-470, vecino de San
José, en su condición de apoderado especial de United
States Gypsum Company, de Estados Unidos de América, solicita la patente
de invención denominada CUCHILLO PARA
ENCINTADO DE PANELES DE YESO CON MARTILLO POLIMÉRICO. Una
herramienta incluye una cuchilla con un extremo de trabajo y un extremo de
manija opuesto al extremo de trabajo, una manija fija al extremo de manija y
que tiene un extremo de cuchilla y un extremo de martillo, un martillo fijo al
extremo de martillo y que tiene un cuerpo hecho de un material polimérico
relativamente duro y ligero. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen
y diseños quedan depositados,
El señor Jorge Tristán
Trelles, mayor, abogado, cédula de
identidad número 1-392-470, vecino de San José, en su condición de apoderado
especial de Purdue Pharma L.P.,
de Estados Unidos de América, solicita
La señora Kristel Faith Neurohr,
cédula 1-11443-447, mayor, soltera, abogada, vecina de Santa Ana, en su
condición de apoderada especial de Abbott Laboratories,
de E.U.A., solicita
La señora Kristel Faith Neurohr,
cédula 1-1143-447, mayor, soltera, abogada, vecina de Santa Ana, en su
condición de apoderada especial de Central Castilla S. A., de Colombia,
Intercontinental Sugar USA LLC., de E. U. A.,
solicita
El señor Manuel
Enrique Lizano Pacheco, mayor, casado, abogado, cédula de identidad número
1-833-413, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Takeda Pharmaceutical Company Limited de Japón,
solicita
El señor José Antonio
Muñoz Fonseca, mayor, casado, abogado, cédula de identidad número 1-433-939,
vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Abbott Laboratories, de Estados Unidos de América, solicita
El señor Manuel
Enrique Lizano Pacheco, cédula 1-833-413, mayor, casado una vez, abogado,
vecino de Santa Ana, en su condición de apoderado especial de Takeda San Diego Inc., de E. U. A., solicita
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
El señor Édgar Zürcher Gurdián,
mayor, divorciado, abogado, cédula de identidad número 1-532-390, vecino de San
José, en su condición de apoderado especial de WYETH, de Estados Unidos de
América, solicita
El señor Édgar Zürcher Gurdián,
cédula 1-532-390, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, en su condición
de apoderado especial de Dyax Corp., de E.U.A., solicita
El señor Édgar Zürcher Gurdián,
mayor, divorciado, abogado, cédula de identidad número 1-532-390, vecino de San
José, en su condición de apoderado especial de Takeda
Pharmaceutical Company Limited, de Japón, solicita
El señor José Fernando
Carter Vargas, cédula 1-497-461, mayor, divorciado, abogado, vecino de San
José, en su condición de apoderado especial de Bayer Cropscience
A.G, de R.F. Alemania,
solicita
El señor Mauricio Bonilla Robert, mayor, casado una vez, abogado, cédula de identidad Nº 1-903-770, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Acrílicos Sablón Sociedad Anónima de capital variable de México, solicita el Modelo Industrial denominado CAJA PARA ARTÍCULOS ESCOLARES.
Para ver imagen
solo en
La invención se refiere a un contenedor
para artículos escolares de forma esencialmente de prisma rectangular con
esquinas y aristas redondeadas, cuya base es una de las caras de mayor
dimensión, y que incluye en su interior una charola esencialmente rectangular
con aristas y esquinas redondeadas que se adapta al interior del contenedor. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
REGISTRO NACIONAL DE DERECHOS DE AUTOR Y CONEXOS
Carlos Manuel Campos
Méndez, quien es mayor de edad, casado, diseñador gráfico, vecino de San José,
Sabanilla, portador de la cédula de identidad número uno-cuatrocientos noventa
y nueve-trescientos treinta, solicita la inscripción a su favor de los derechos
patrimoniales y morales sobre la obra artística individual no inédita titulada CORAZÓN ALIANZA PATRIÓTICA. La obra consiste en un diseño de un corazón
estilizado con franjas diagonales verdes en los extremos y una franja roja en
el centro, separadas por espacios blancos. Publíquese por una sola vez en el
Diario Oficial
DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y
MINAS
SOLICITUD DE EXPLOTACIÓN DE
TAJO
EDICTO
En expediente Nº 2699
el señor José Manuel Quirce Lacayo, mayor, casado una
vez, ingeniero industrial, cédula Nº 1-324-457, apoderado generalísimo de Montemármol Internacional S. A., cédula jurídica Nº
3-101-155328, solicita concesión de explotación de materiales en tajo, ubicado
en propiedad de Instaladores de Mármol y Granito S. R. L., cédula jurídica Nº
3-102-189508, de la cual se aporta autorización para uso de la propiedad para
las labores relacionadas con la explotación.
Localización geográfica:
Sito en: Puerto Moreno,
distrito: 04 Quebrada Honda, cantón: 02 Nicoya, provincia: 05 Guanacaste.
Hoja cartográfica:
Hoja Abangares, escala
1:50.000 del I.G.N.
Localización cartográfica:
Entre coordenadas
generales: 242888.2200 - 242988.6936 norte, 399485.2901 - 399634.7070 este.
Área solicitada:
Derrotero:
Coordenadas del vértice
Nº 1 242988.6936 norte, 399514.0459 este.
Línea Acimut Distancia
(metros)
1-2 102º
2-3 107º
3-4 110º
4-5 174º
5-6 279º
6-7 012º
7-8 020º
8-1 022º
Edicto basado en la
solicitud inicial aportada el 19 de mayo del 2008, área y derrotero aportados
el 14 de mayo del 2009.
Con
quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación,
cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este
Registro Nacional Minero.—San José, a las doce horas
diecinueve minutos del veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Registro Nacional
Minero.—Lic. Cynthia Cavallini
Chinchilla.—Nº 109059.—(45563). 2 v. 2.
INSTITUTO METEOROLÓGICO
NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Expediente 3981P.—Administradora Amira S. A., solicita concesión de 0.25
libros por segundo del pozo artesanal, efectuando la captación en finca de su
propiedad en Santa Ana, Santa Ana San José, para uso agropecuario riego y
piscina-doméstica. Coordenadas 212.650 / 516.820 hoja Abra. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 26 de mayo de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M.
Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 108769.—(45052).
Expediente 6809P.—Amplia Vista S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº 13405A.—Sueños y Realidades del Sur S. A., solicita concesión de:
Registro
Civil-Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Expediente Nº 10277-99.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las siete horas cuarenta minutos del doce de setiembre
del dos mil seis. Nelly Jiménez Jiménez, mayor,
soltera, secretaria, cédula de identidad número uno-seiscientos ochenta y cuatro-doscientos
noventa y nueve, vecina de San José; tendente a la rectificación del asiento de
nacimiento de su hijo Kevin Miguel Valenzuela Jiménez, que lleva el número
trescientos noventa y uno, folio ciento noventa y seis, tomo mil seiscientos
treinta y seis, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos, en el
sentido que el mismo es hijo de “Nelly Jiménez Jiménez,
costarricense”. Se confiere audiencia por ocho días al señor Juan Luis
Valenzuela Martínez, con el propósito que se pronuncie en relación con la
presente gestión, a partir de su primera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
Se hace saber que este
Registro en diligencias de ocurso incoadas por Silvia
María Solano Jara, ratificadas por Hannia Yazmín
Chacón Calderón, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
resolución Nº 2656-2007.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas del veintiuno de
setiembre del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº
17380-2007. Resultando: 1.-..., 2.-..., 3.-... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:...,
III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquense el asiento de nacimiento de Hannia Yazmín, el asiento de nacimiento de Silvia Priscilla y el asiento de nacimiento de Jean Paúl todos de
apellidos Chacón Calderón... en el sentido que los apellidos de la madre de los
mismos son “Solano Jara” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles,
Directora General.—M.Sc.
Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(45816).
Se hace saber que este
Registro en diligencias de ocurso incoadas por Elena
Castro Jiménez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución
Nº 0628-09.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas diez minutos del
trece de mayo del dos mil nueve. Expediente Nº 3210-09. Resultando: 1º—…, 2º—…
Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no
probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Procédase a rectificar el asiento
de nacimiento de Elena Esmeralda Castro Jiménez… en el sentido que el nombre y
los apellidos de la madre… son “Yaneth Violeta de
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Alba Luz Sotelo Zamora, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 631-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas y cincuenta y tres minutos del trece de mayo del dos mil nueve. Ocurso. Expediente Nº 43466-08. Resultando: 1.-..., 2.-..., 3.-... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Jesús Andrés Coto Sotela..., en el sentido que el primer apellido de la madre de la persona ahí inscrita es “Sotelo” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—Nº 109454.—(46364).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Yuri del Carmen Almanza, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 584-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas y treinta minutos del siete de mayo del dos mil nueve. Ocurso. Expediente Nº 31826-08. Resultando: 1.-..., 2.-... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Carlos Luis Porras Duarte con Yuri del Carmen Almanza, no indica otro apellido..., en el sentido que el nombre y el apellido de la madre de la cónyuge son “Melania Almanza, no indica otro apellido” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—Nº 109606.—(46365).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Marta Marilyn Cambronero Cambronero, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 0688-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas quince minutos del diecinueve de mayo del dos mil nueve. Expediente Nº 12517-09. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—...; Considerando: I.—Hechos probados... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo...; Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Marco Antonio Vargas Hernández... en el sentido que el nombre, apellidos y la nacionalidad de la madre... son “Marta Marilyn Cambronero Cambronero, costarricense”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(46389).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Bigxuan Zhou Liang, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 678-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas del diecinueve de mayo del dos mil nueve.—Ocurso. Expediente Nº 38201-2008. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Bingxuan Zhou no indica otro apellido con Runai Zhou no indica otro apellido, en el sentido que los apellidos del cónyuge son “Zhou Liang, hijo de Zhaoyi Zhou y Guilan Liang, no indican segundo apellido”. Se deniega en cuanto al otro extremo de la petitoria, es procedente hacer constar al margen del precitado asiento de matrimonio, que el cónyuge actualmente es portador de la cédula de identidad número “ocho-cero ochenta y nueve-setecientos veinte”.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. i.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(46623).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Catherine Berenice Lara Zapata, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 750-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y cuarenta y tres minutos del veintiuno de mayo del dos mil nueve. Ocurso. Expediente Nº 6481-09. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Mónica de los Ángeles Picado Lara..., en el sentido que el nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “Catherine Berenice” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(46672).
SECCIÓN DE OPCIONES Y
NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de
naturalización
Rosebeth Díaz Sevilla, mayor, soltera, cajera, nicaragüense,
cédula de residencia Nº 155800201522, vecina de San José, expediente Nº
429-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo
con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
Hader
Albeiro Calle Castro, mayor, soltero, comerciante,
colombiano, cédula de residencia 117000227826, vecino de San José, expediente
492-2008. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo
con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
Yuan Ju Liao Chen,
mayor, soltera, maestra, china, cédula de residencia
115800034829, vecina de Alajuela, expediente 2147-2007. Se ha presentado a este
Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos
11 y 12 de
Hsiao
Ling Liao Chen conocida como Mónica Lio Chen, mayor,
soltera, estudiante, china, cédula de residencia 115800034615, vecina de
Alajuela, expediente 3194-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar
información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
Jorge Eliécer Chamorro
Benitez, mayor, soltero, técnico electromecánico,
colombiano, cédula de residencia 117000475923, vecino de Heredia, expediente
3148-2008. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo
con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
DIRECCIÓN DE GESTIÓN REGIONAL Y RED
DE SERVICIOS DE SALUD CENTRAL NORTE
ÁREA DE SALUD DE POÁS
I Modificación al Programa de
Adquisiciones 2009
En cumplimiento
con
Dr. Gilberth Arias Núñez, Director General.—Annia María Segura Ugalde, Administradora.—1 vez.—(47184).
CONSEJO DE TRANSPORTE PÚBLICO
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000001-00100
Contratación de servicios de seguridad y
vigilancia para
las oficinas del Consejo
de Transporte Público
San José, 03 de
junio del 2009.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Xinia Murillo Mora.—1 vez.—(O. C. Nº
1397).—(Solicitud Nº 06703).—C-12770.—(47175).
CONSEJO NACIONAL DE REHABILITACIÓN
Y EDUCACIÓN ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000003-99999
Compra de vehículos tipo microbús y
rampas
electrohidráulicas
para el CNREE
El
Área de Bienes y Servicios del Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación
Especial, les invita a participar en
El cartel de la contratación a disposición de los interesados en el Sistema CompraRed en la dirección https://www.hacienda.go.cr, o puede ser solicitado al 2562-3155.
San José, 04 de
junio del 2009.—Área de Bienes y Servicios.—Lic. Jorge Sánchez Morales, Proveedor
Institucional.—1 vez.—(47176).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados a participar en los siguientes procedimientos de:
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000051-PROV
Contratación de servicios de
mantenimiento preventivo y correctivo
de los ascensores marca
Schindler del edificio de los Tribunales
de Justicia del I Circuito Judicial de San José
Fecha y hora de
apertura: 01 de julio del
————
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000064-PROV
Contratación de servicios de
mantenimiento preventivo y correctivo
de los equipos de aire
acondicionado instalados en los Tribunales
de Justicia de Nicoya y
otros despachos judiciales
Fecha y hora de
apertura: 01 de julio del
Los respectivos carteles se pueden obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados deben dirigirse al Proceso de Adquisiciones del Departamento de Proveeduría; sita en el 3º piso del edificio Anexo B, ubicado en la esquina formada entre calle 15 avenida 6, San José; o bien, obtenerlos a través de Internet en la dirección http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la dirección jzuniga@poder-judicial.go.cr. En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a los teléfonos 2295-3623/3295.
San José, 04 de junio del 2009.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(47206).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-0BCCR
Adquisición de equipo de comunicación
para el Banco Central de
Costa Rica
El Departamento
de Proveeduría del Banco Central de Costa Rica (BCCR) recibirá ofertas por
escrito hasta las 10:00 horas del día 13 de julio del 2009, según reloj
marcador de
Los interesados pueden retirar el cartel en el Departamento de Proveeduría de este Banco, edificio principal, avenida central y primera, calles 2 y 4, en el siguiente horario: de lunes a viernes de 9:15 a. m., a 12:00 m. d. y de 1:00 p. m. a 4:00 p. m.
El cartel estará disponible en forma gratuita, en las siguientes direcciones http://www.bccr.fi.cr/documentos/proveeduria/publicacionesproveeduria.asp y https://www.hacienda.go.cr/comprared a partir del día hábil siguiente de la fecha de su publicación. Los interesados en participar y que adquieran el cartel por ese medio deberán consignar la información que se solicita al accesar el cartel; el incumplimiento de este requisito exonera al BCCR la no comunicación de posibles Fe de Erratas que se puedan generar en el concurso.
San José, 03 de junio del 2009.—Departamento de Proveeduría.—Rolando Protti B., Director.—1 vez.—(O. C. Nº 10249).—C-15020.—(47063).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000010-BCCR
Adquisición de timbres de varios tipos
El Departamento
de Proveeduría del Banco Central de Costa Rica (BCCR) recibirá ofertas por
escrito hasta las 10:00 horas del día 06 de julio del 2009, según reloj
marcador de
Los interesados pueden retirar el cartel en el Departamento de Proveeduría de este Banco, edificio principal, avenidas central y primera, calles 2 y 4, en el siguiente horario: de lunes a viernes de 9:15 a. m. a 12:00 m. d. y de 1:00 p. m. a 4:00 p. m.
El cartel estará disponible en forma gratuita, en la siguiente dirección http://www.bccr.fi.cr/documentos/proveeduria/publicacionesproveeduria.asp a partir del día hábil siguiente de la fecha de su publicación. Los interesados en participar y que adquieran el cartel por ese medio deberán consignar la información que se solicita al accesar el cartel; el incumplimiento de este requisito exonera al BCCR la no comunicación de posibles Fe de Erratas que se puedan generar en el concurso.
San José, 02 de junio del 2009.—Departamento de Proveeduría.—Rolando Protti B., Director.—1 vez.—(O. C. Nº 10249).—C-15020.—(47073).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2009LN-000017-01
Compra e instalación de unidades de
potencia ininterrumpible
(U.P.S.) de 10 KVA monofásicas
paralelables, 20 KVA
y 30 KVA trifásicas paralelables, con entregas por
demanda para un periodo
de cuatro años,
para oficinas del Banco
Nacional
El cartel puede ser retirado en
OFICINA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-005002-01
Contratación de servicios técnicos
especializados para el análisis,
desarrollo y
mantenimiento de los Sistemas
de las Sociedades BCR
El Banco de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito hasta las diez horas con treinta minutos (10:30 a. m.) del 22 de junio del 2009, para la licitación en referencia.
Los interesados pueden retirar el
cartel de licitación que incluye las especificaciones y condiciones generales
en
San José, 04 de junio del 2009.—Área de Licitaciones.—Francis Hernández M.—1 vez.—C-11270.—(47217).
GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS
SUBGERENCIA DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN
Y COMUNICACIONES
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000002-1150
Compra de equipo de cómputo para
Plan Nacional de Infraestructura
Se informa a los
interesados que está disponible el cartel de
San José, 04 de junio del 2009.—Subárea de Gestión de Compras.—MBA. Lydia Durán Jiménez, Jefa.—1 vez.—(47053).
HOSPITAL MÉXICO
ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA
DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
El Hospital México promueve el estudio de mercado para la determinación de existencias de potenciales oferentes para la adquisición de:
1. Cuchillas fresas y difusores.
2. Kit completo para ventriculostomia.
3. Drenaje externo y monitoreo Becker completo.
4. Catéter ventricular estéril.
5. Unidades de catéter peritoneal estéril.
6. Set sistema de catéter lumboperitoneal.
7. Set completo válvula Delta para hidrocefalea nivel 1.0.
8. Set completo válvula Delta para hidrocefalea nivel 1.5.
9. Set completo válvula Delta para hidrocefalea nivel 2.0.
10. Tijeras metezenbaum, betzenabaum Curvas blunt, tijeras deam, tijeras de blefaroplastía, separador de rama tipo Smith, Pinza de sagital wolford, movilizador, pinza mosquito, porta agujas, abrebocas, retractor o separador de labio, retractor de mejillas o baja lenguas, separador de mejillas o baja lenguas, rectractor de cuerpo mandibular, Retracto obwegeser, retractar maleable de tessier, retractor de cóndilo, elevador de periostotomo, elevador- de periostotomo, retractor de rama, retractor aufricht, elevador de malar, elevador de Septem, cortadora de alambre Obwegeser, Osteotomos, Empacador de gasa.
11. Brocas para el taladro Osteon Hall, Brocas para el taladro Surgaitome II, Regulador de Nitrógeno simple, Regulador de nitrógeno doble.
12. Brocas para taladro Anspach.
13. Adaptador para pieza de mano para microdebridar Medtronic.
14. Esponjas de VAC y recolectores Canester.
No omito manifestarles que las especificaciones de todos los ítems se encuentran disponibles a partir de esta fecha en la fotocopiadora pública de este nosocomio, deben referirse al estudio de mercado de junio 2009.
Cinco
días posterior a esta publicación se recibirán las cotizaciones en la recepción
de
Es importante que se indique en
dicho estudio si su empresa es Distribuidor Exclusivo para Costa Rica y aporte
a la cotización el Certificado de Exclusividad firmado por el Representante
legal de
San José, 02 de
junio del 2009.—Subárea de Adquisiciones.—Lic. Jacqueline Villalobos, Jefa.—1
vez.—(47156).
HOSPITAL WILLIAM ALLEN T
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000001-2307
Suministro de gas GLP
Licitación Abreviada Nº 2009LA-000001-2307, por el “Suministro de gas GLP”, para el Hospital William Allen T.
Fecha y hora máxima de recepción y apertura de ofertas: 25 de junio del 2009.
Hora de apertura: 10:00 horas.
El cartel de
especificaciones de este concurso se encuentra a la venta en
Valor del cartel ¢500,00 (quinientos colones).
Turrialba, 02 de junio del 2009.—Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Orlando Céspedes Campos, Jefe.—1 vez.—(47169).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-01
Contratación de servicios de seguridad
para
las instalaciones del
IFAM
Se avisa a todos
los interesados que en la oficina de
El cartel que contiene las especificaciones legales, técnicas y administrativas, podrá retirarse en la dirección indicada, previo pago de ¢500,00 (quinientos colones exactos).
Moravia, 03 de junio del 2009.—Lic. Inés Vázquez Sánchez, Jefa, Sección Proveeduría.—1 vez.—(47196).
MUNICIPALIDAD DE POÁS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000002-ASISTA
Contratación para suministro, acarreo,
colocación y acabado final
con mezcla asfáltica en
caliente para carpetas de
en proyectos de
La suscrita
Secretaria del Concejo Municipal, Roxana Chinchilla Fallas, hace constar que en
la sesión ordinaria Nº 162 celebrada el 01 de junio del 2009, el Concejo
Municipal de Poás, tomó el Acuerdo Nº 4883-06-2009
para sacar a Licitación Pública Nº 2009LN-000002-ASISTA, “Contratación para
suministro, acarreo, colocación y acabado final con mezcla asfáltica en
caliente para carpetas de
San Pedro de Poás, 02 del junio del 2009.—Roxana Chinchilla Fallas, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(47190).
MUNICIPALIDAD DE NARANJO
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-PM
Construcción edificio para
El cartel de licitación se puede
obtener a partir de esta publicación en
Naranjo, 04 de junio del 2009.—Proveeduría Institucional.—Olger Alpízar Villalobos.—1 vez.—(47200).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S.
A.
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2009LA000017-02
Suministro de cabezal
El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo está disponible, en la página WEB de Recope, www.recope.com.
San José, 02 de
junio del 2009.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1
vez.—(O. C. Nº 5-0019).—C-9020.—(47195).
ASAMBLEA LEGISLATIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000001-01
Adquisición de muebles para varias
oficinas
Se avisa a todos los interesados en la referida licitación que mediante oficio DE-1287-05-2009, con fecha 29 de mayo del 2009 se acordó:
1. Declarar infructuosa la adjudicación para
El expediente
está disponible en
San José, 03 de
junio del 2009.—Departamento de Proveeduría.—MBA. Melvin Laines Castro, Director.—1
vez.—(O. C. Nº 29001).—(Solicitud Nº 06339).—C-8270.—(47198).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
Se comunica a todos los interesados que el Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión 58-09, celebrada el día 02 de junio de 2009, dispuso adjudicar los siguientes procedimientos:
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000005-PROV
Compra de útiles y materiales, bajo la
modalidad
de entrega según demanda
A: Distribuidora Ramírez y Castillo S. A., cédula jurídica Nº 3-101-080638-37:
El suministro de los artículos del bloque Nº 1, según los precios unitarios que se detallan para cada línea: Nº 1 $1.09; Nº 2 $ 0.55.
El suministro de los artículos del bloque Nº 3, con excepción de la líneas 14, según los precios unitarios que se detallan para cada línea:
Nº 1 $1.45; Nº 2 $1.48; Nº 3 $2.63,
Nº 4 $5.86; Nº 5 $0.21; Nº 6 $ 0.25; Nº 7 $0.42; Nº 8 $3.35; Nº 9 $2.82; Nº 10
$1.04; Nº 11 $0.30; Nº 12 $0.04; Nº 13 $0.06; Nº 15 $ 0.07.
A: Móviles de Costa Rica S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-082035:
El suministro de los artículos del bloque Nº 2, con excepción de las líneas 7 y 9, según los precios unitarios que se detallan para cada línea:
Nº 1 ¢11.435,00; Nº 2 ¢3.100,00; Nº
3 ¢3.125,00; Nº 4 ¢10.295,00; Nº 5 ¢545,00; Nº 6 ¢2.750,00; Nº 8 ¢155,00; Nº 10
¢390,00; Nº 11 ¢345,00; Nº 12 ¢775,00; Nº 13 ¢355,00; Nº 14 ¢365,00; Nº 15
¢950,00; Nº 16 ¢110,00; Nº 17 ¢405,00; Nº 18 ¢305,00; Nº 19 ¢1.265,00; Nº 20
¢645,00; Nº 21 ¢505,00; Nº 22 ¢525,00; Nº 23 ¢225; Nº 24 ¢1.040,00; Nº 25
¢1.040,00; Nº 26 ¢740,00; Nº 27 ¢1.010,00; Nº 28 ¢3.050,00; Nº 29 ¢2.065,00; Nº
30 ¢7.500,00; Nº 31 ¢2.250,00.
El suministro de los artículos del bloque Nº 4, según los precios unitarios que se detallan para cada línea: Nº 1 ¢2.940,00; Nº ¢4.620,00; Nº 3 ¢1.800,00.
Demás características y condiciones según cartel.
Las líneas Nos. 7 y 9 del bloque Nº 2 y 14 del bloque Nº 3, se declaran desiertas.
————
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000025-PROV
Contratación de servicios de limpieza
para los despachos
judiciales de Cóbano y San Mateo
A: AMSA de San Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-151332.
Los servicios de limpieza para los despachos judiciales de Cóbano y San Mateo.
Precio anual ¢2.670.264,00.
Demás características y condiciones según cartel.
Al propio tiempo, se dispuso declarar infructuosa la licitación que se dirá:
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000046-PROV
Alquiler de local para alojar al
Tribunal de Trabajo
y Menor Cuantía de
Heredia
San José, 03 de junio del 2009.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(46770).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000005-BCCR
Adquisición de un sistema de
videoconferencias
para la junta directiva
del BCCR
El Departamento de Proveeduría del Banco Central de Costa Rica, informa a los interesados en esta licitación que, mediante Acta de Adjudicación Nº 708-2009, se acordó adjudicar el presente concurso a la empresa Sonivision S. A., por un monto total de $28.580,23.
San José, 02 de junio del 2009.—Departamento de Proveeduría.—Rolando Protti B., Director.—1 vez.—(O. C. Nº 10249).—C-8270.—(47071).
HOSPITAL MÉXICO
SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000019-2104
Adquisición de sets de circulación extracorporea
Empresa adjudicada: Importmed S. A.
Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 03 de junio del 2009.—Subárea de Adquisiciones.—Lic. Jacqueline Villalobos Hdez., Coordinadora.—1 vez.—(47152).
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000008-2104
Adquisición de remodelación, adecuación
y dejar en completo
funcionamiento el
sistema actual de almacenamiento y trasiego
de combustible, bunker y
diesel del hospital
Se declara este concurso desierto.
Lo anterior según nota del 02 de junio del 2009, emitida por el Dr. Douglas Montero Chacón, Director General del Hospital México.
Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 03 de junio del 2009.—Lic. Jacqueline Villalobos H., Coordinadora.—1 vez.—(47159).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LI-000045-PROV
Servicios de seguridad y vigilancia en
instalaciones
ICE en todo el país, según demanda
El Instituto
Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba
mencionada, que la junta de adquisiciones en la sesión 108 del 28 de mayo del
2009, acordó adjudicar
1. J.W.
Investigaciones S. A.—(Oferta Nº 2).
Partida |
Región |
Descripción |
1 |
Central |
Servicio de
seguridad y vigilancia para instalaciones en San José y Cartago |
2 |
Norte, Pacífico Central |
Servicio de
Seguridad y Vigilancia para las instalaciones de Alajuela, Heredia y Puntarenas |
3 |
Sur |
Servicio de
seguridad y vigilancia para las instalaciones de Puntarenas y San José |
5 |
Atlántica |
Servicio de
seguridad y vigilancia para las instalaciones de Limón |
Tiempo de inicio y duración del contrato. El servicio de seguridad iniciará 30 días posteriores a la notificación de la orden de servicio. Tendrá una vigencia inicial de un año, prorrogable automáticamente por periodos iguales adicionales a partir de su vencimiento, con un máximo de tres prórrogas hasta completar cuatro años.
Tiempo de entrega: Se definen los siguientes rangos de respuesta para prestación del servicio:
Para servicios de carácter regular |
Ocho días hábiles a partir
de recibida la orden de pedido, por parte del
administrador del contrato |
Para servicios de carácter prioritario |
Tres días hábiles a partir
de recibida la orden de pedido, por parte del administrador del contrato |
Para servicios de carácter de emergencia |
Un día hábil a partir de
recibida la orden de pedido, por parte del
administrador del contrato |
Lugar de entrega: La prestación del servicio de las partidas 1, 2, 3 y 5, se efectuará en todos los lugares que el ICE requiera, ubicados en las diferentes regiones (Zona Central y Norte, Pacífico Central, Zona Sur y Atlántica) esto según el detalle del punto 31 del cartel de esta licitación.
Forma de pago: A los 30 días naturales por mes vencido, contra presentación de facturas, previa aprobación del administrador del contrato.
Garantía de cumplimiento: Será de ¢20.000.000 para las cuatro partidas y con una vigencia de 14 meses, contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación. No obstante, el contratista se compromete a mantener vigente esta garantía durante toda la duración del presente contrato.
2 Seguridad y Vigilancia SEVIN Ltda.—(Oferta Nº 3).
Partida |
Región |
Descripción |
4 |
Chorotega |
Servicio de seguridad y vigilancia en la Región Chorotega |
Tiempo de inicio y duración del contrato: El servicio de seguridad iniciará 30 días posteriores a la notificación de la orden de servicio. Tendrá una vigencia inicial de un año, prorrogable automáticamente por periodos iguales adicionales a partir de su vencimiento, con un máximo de tres prórrogas hasta completar cuatro años.
Tiempo de entrega:
Para servicios de carácter regular |
Ocho días
hábiles a partir de recibida la orden de
pedido, por parte del administrador del contrato |
Para servicios de carácter prioritario |
Tres días
hábiles a partir de recibida la orden de
pedido, por parte del administrador del contrato |
Para servicios emergencia
de carácter de emergencia |
Un día
hábil a partir de recibida la orden de
pedido, por parte del administrador del contrato |
Lugar de entrega:
La prestación del servicio de la partida 4 se efectuará en todos los lugares
que el ICE requiera, ubicados en
Forma de pago: A los 30 días naturales por mes vencido, contra presentación de facturas previa aprobación del Administrador del Contrato.
Garantía de cumplimiento: Será de ¢5.000.000 con una vigencia de 14 meses contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación. No obstante, el contratista se compromete a mantener vigente esta garantía durante toda la duración del presente contrato.
Todo de conformidad con la
recomendación de
Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de las ofertas adjudicadas.
NOTA: Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada, certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada o poder consularizado según corresponda, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales.
San José, 4 de junio del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Marita Arias Herrera, Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 342050).—C-88250.—(47042).
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000014-PROV
Adquisición de martillos
hidráulicos-mecánicos
El Instituto
Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba
mencionada, que
A: Inversiones Geo Chem Dos Mil S.
A.—(Oferta 5).
Partida única (artículos 1, 2 y 3): Martillos para perforación y capacitación. Monto total adjudicado: 177.849,60 USD.
Plazo de entrega: 149 días hábiles a partir de la notificación de la orden de compra.
Modalidad de pago: Crédito documentario.
Forma de pago: 40% contra presentación de los documentos de embarque y 60% restante contra el recibido conforme del suministro por parte del ICE.
Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de las ofertas adjudicadas.
NOTA: Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada, certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada o poder consularizado según corresponda, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada ¢1.000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).
San José, 4 de junio del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Marita Arias Herrera, Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 342050).—C-25520.—(47043).
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000035-PROV
Adquisición de equipo de soldadura de
tubo capilar
El Instituto
Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba
mencionada, que
A: Tecnosagot S. A., cédula
jurídica 3-101-077573.—(Oferta Nº 3).
El suministro de lo siguiente:
Artículo 1: 1 c/u Fuente de poder para soldadura orbital tipo TIG o MIG Tube Master 514A.
Artículo 2: 1 c/u Cabezal de
soldadura orbital para tubo capilar de
Artículo 3: 1 c/u Cortadora portable para tubo capilar de
Artículo 4: 1 c/u Computadora portátil para trabajo de campo GETAC M230N Fully Rugged Laptop.
Todo por un monto de 41.583,40 USD.
Impuesto de ventas (13%) 5.405,84 USD.
Total: 46.989,24 USD.
Incluye además, un curso de capacitación sobre operación y programación del equipo de soldadura orbital por un monto de 9.000,00 USD.
La forma de pago será 100% mediante giro a treinta días, contra el recibo conforme de los equipos.
La entrega de los equipos se realizará en un plazo de 80 días hábiles contados a partir de la notificación de la orden de compra.
Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de las ofertas adjudicadas.
NOTA: Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada, certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada o poder consularizado según corresponda, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada ¢1.000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).
San José, 4 de junio del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Marita Arias Herrera, Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 342050).—C-30020.—(47044).
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000039-PROV
Adquisición alambre redondo y capilar de
acero inoxidable
El Instituto
Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba
mencionada, que
A: Tecnosagot S. A., cédula jurídica
3-101-187068.—(Oferta Nº 6).
El suministro de lo siguiente:
Partida 1: 11 c/u
carretes de alambre redondo de acero inoxidable 316 de
Monto: 12.606,00.
13% Impuesto de ventas: 1.638,78.
Total: 14.244,78 USD.
A:
Industrial Fire and Rescue Equipment S. A., cédula
jurídica 3-101-187068.—(Oferta Nº 5).
El suministro de lo siguiente:
Partida 2: 11 c/u
carretes de capilar de acero inoxidable 316L de
Monto: 65.037,28.
13 % Impuesto de ventas: 8.454,85.
Total: 73.492,13 USD.
La forma de pago será 100% mediante giro a treinta días, contra el recibo conforme del suministro.
El tiempo de entrega será de 120 días hábiles contados a partir de la notificación de la orden de compra.
Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de las ofertas adjudicadas.
NOTA: Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada, certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada o poder consularizado según corresponda, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada ¢1.000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).
San José, 4 de junio del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Marita Arias Herrera, Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 342050).—C-30020.—(47045).
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000001-01
La administración
del Instituto del Café de Costa Rica informa el acto de adjudicación de
Ítem 1 |
Adjudicatario |
Precio unitario |
Precio total |
3.000.000
plantas, con compras anuales de
1.000.000 de plantas en los
meses de mayo a julio de cada año (2010, 2011 y 2012) |
Agribiotecnología de Costa Rica S. A. |
$0.70 |
$700.000 |
Ítem 2 |
Adjudicatario |
Precio unitario |
Precio total |
35.000
plantas, entrega inmediata, entre los
meses de mayo y julio del año 2009 |
Café Total S. A. |
¢450 |
¢15.750.000 |
Por encontrarse en la presente licitación una única oferta por cada ítem, la firmeza de la adjudicación es inmediata, una vez sea publicado el presente aviso.
Junta Directiva.—Guido Vargas Artavia,
Presidente.—1 vez.—(47229).
COMPRA DIRECTA Nº 64/05/2009
Adquisición, instalación y configuración
de cinco discos
tecnología Fibra Canal (Fibre Channel)
Sección Administrativa.—Lic. Roger Granados Ugalde, Jefe.—1 vez.—(47192).
MUNICIPALIDAD DE POÁS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-ASISTA
Contratación de los servicios de
recolección, transporte y disposición
final de los desechos
sólidos ordinarios en el cantón de Poás,
de los distritos de San Pedro,
San Juan, San Rafael,
Carrillos y parte de Sabana Redonda
La suscrita
Secretaria del Concejo Municipal, Roxana Chinchilla Fallas, hace constar que en
la sesión ordinaria Nº 162 celebrada el 01 de junio del 2009, el Concejo
Municipal de Poás, tomó el Acuerdo Nº 4884-06-2009 en
forma unánime y definitivamente aprobado, adjudicar a la empresa Desechos
Clasificados DECLASA Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento
uno-doscientos sesenta y cuatro mil setecientos ochenta y seis,
San Pedro de Poás, 02 de junio del 2009.—Roxana Chinchilla F., Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(47191).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
DIRECCIÓN DE
APROVISIONAMIENTO DE BIENES Y SERVICIOS
SUBÁREA REGISTRO
INSTITUCIONAL DE PROVEEDORES
A todos los proveedores
y representantes de casas extranjeras, se les comunica:
1. Que han sido avaladas por el ente autorizado las siguientes fichas
técnicas; las mismas rigen a partir de su publicación en el Diario Oficial:
Código |
Descripción medicamento |
Versión CFT |
1-10-113792 |
Estrptoquinasa UI Inyectable 1.500.000 UI Inyectable. Polvo Liofilizado. |
47001 |
1-10-09-4230 |
Manitol al 25% (250 mg / mL) Solución Inyectable. |
39404 |
1-10-14-0685 |
Álendronato (como sal monosódica trihidratada) equivalente a 70 mg de Ácido alendrónico. Tabletas. |
26904 |
1-10-17-1194 |
Morfina Sulfato 20 mg Acción inmediata. Tabletas ranuradas o tabletas ranuradas con film. |
40703 |
1-10-41-3825 |
Filgrastim 300 ug / mL |
15504 |
1-10-41-3920 |
Fluorouracilo 500 mg. Solución Inyectable. |
02702 |
1-10-46-2675 |
Peróxido de Benzoilo al 5% (50 MG / GRAMO). Gel. |
42801 |
1-10-50-6315 |
Beclometasona dipropinato 50 ug / dosis. |
12805 |
Según el oficio Nº
AMTC-1593-05-2009 del Área de Medicamentos y Terapéutica Clínica, se indica que
en cuanto las fichas técnicas sean publicadas estas serán las vigentes, por
cuanto no afecta a ningún oferente registrado.
Las variaciones a las fichas técnicas,
se encuentran disponibles en el Edificio Jenaro Valverde, piso 11, calles 5 y
7, avenidas 2 y 4 (Edificio anexo a
San José, 28 de mayo
del 2009.—Área Planificación de Bienes y
Servicios.—Ing. Marco V. Castro Hernández, Responsable.—Lic. Marlon Barquero
Castillo, Jefe.—1 vez.—(U. P. 1147).—C-28520.—(45937).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2009LN-000035-09003
Construcción primera etapa de edificio
para la
Delegación Policial Cantonal en Cartago
del Ministerio de Seguridad Pública
Así mismo se
informa a los interesados, que la nueva fecha de apertura para la licitación
indicada será el 17 de junio de
Todo lo anterior en apego a lo establecido en la legislación vigente.
San José, 02 de
junio del 2009.—Bach. José Ramírez Pérez, Proveedor Institucional.—1
vez.—(OP Nº 93772).—(Solicitud N° 30415).—C-12020.—(46598).
OFICINA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-004994-01
(Aclaración Nº 3)
Adquisición de sofware de correlación y de duplicación de eventos
Se informa a los interesados en la licitación en referencia la siguiente aclaración al cartel:
1- Con respecto a los valores indicados en los puntos 24.3.1 y 24.3.2. se aclara que se permite una variación de un +/- 5% en los valores requeridos; ya que se considera que la temperatura en el ambiente de donde irá el servidor, no sube de 25 grados; pero para esta contratación se tomaron valores extremos, no se pretende que el servidor esté funcionando constantemente a una temperatura de 40 grados. Lo anterior es solo para casos extremos a los que se pretende que nunca se llegue.
Las demás condiciones se mantienen invariables.
San José, 04 de junio del 2009.—Área de Licitaciones.—Rodrigo Aguilar S.—1 vez.—(O. C. Nº 058243).—(Solicitud Nº 28326).—C-12020.—(47197).
GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS
DIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN PROYECTOS ESPECIALES
SUBÁREA GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y LOGÍSTICA
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000001-4403
Suministro y distribución de útiles y
materiales de oficina
de
Especiales y sus Unidades Ejecutoras
Se comunica a los
interesados que la apertura de oferta del concurso Licitación Pública
2009LN-000001-4403 por “Suministro y distribución de útiles y materiales de
oficina de
San José, 04 de junio del 2009.—Lic. Helen Noelia Godfrey Leal, Jefa.—1 vez.—(47150).
MUNICIPALIDAD DE PÉREZ ZELEDÓN
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2009LN-000002-SPM
Contratación de los servicios de
vigilancia y seguridad en las
instalaciones del
mercado municipal y terminal de buses
El Subproceso de
Proveeduría de
San Isidro de El General, 03 de junio del 2009.—Proveeduría.—Lic. Rafael Navarro Mora, Proveedor Municipal.—1 vez.—(47188).
PROCURADURÍA GENERAL DE
REFORMA AL
REGLAMENTO PARA IMPLEMENTAR
TELETRABAJO EN
DE
Los
Procuradores Generales acuerdan:
Único.—Reformar el artículo 7, del “Reglamento para Implementar
“Artículo
7º—Durante el plan piloto de Teletrabajo, las actividades consideradas teletrabajables son aquellas realizadas por los
Procuradores, sin perjuicio de que en su desarrollo, a juicio de la jerarquía,
se puedan ir incorporando otro tipo de funcionarios, siempre que sus funciones
se encuentren dentro de lo dispuesto en el artículo
Dado en
Lic. Ana Lorena
Brenes Esquivel, Procuradora General de
PROYECTO DE REGLAMENTO DE CONTAMINACIÓN
VISUAL Y PROTECCIÓN DEL PAISAJE
El Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, somete a conocimiento público el proyecto de Reglamento de Contaminación Visual y Protección del Paisaje, el cual está disponible en versión digital en el sitio web: http//www.digeca.minae.go.cr.
Para lo cual se otorga un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este aviso, para presentar ante el Departamento de Asesoría Jurídica del MINAET, y/o a la dirección electrónica: digeca@minae.go.cr o al fax: 2258-2820, las observaciones con la respectiva justificación técnica, científica o legal. El texto de este Reglamento se encuentra en las Oficinas del Departamento de Asesoría Jurídica del MINAET.
Lorena Polanco
Morales, Responsable.—1 vez.—(O. P. Nº 95871).—(Solicitud Nº
22070).—C-11270.—(45933).
El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero en el artículo 17 del acta de la sesión Nº 782-2009, celebrada el 27 de mayo del 2009,
considerando que:
1- el Consejo Nacional
de Supervisión del Sistema Financiero, mediante artículo 10 del acta de la
sesión Nº 777-2009, celebrada el 13 de febrero del 2009, aprobó el “Reglamento
de Gestión de Riesgos” (publicado en el Diario Oficial
2- se han atendido múltiples consultas del medio sobre la forma correcta de aplicar la metodología de cálculo de los indicadores establecidos en el Capítulo III del “Reglamento de Gestión de Riesgos”,
3- la extensión
del plazo de entrada en vigencia de este reglamento le permitirá a los
funcionarios de
4- se han recibido múltiples solicitudes de parte de las entidades reguladas solicitando extender el plazo de entrada en vigencia del Capítulo III del “Reglamento de Gestión de Riesgos” con el fin de adecuar sus sistemas y procedimientos, así como para contratar al personal requerido y capacitarlo,
5- se estima que
existen razones de interés público de conformidad con el artículo 361 de
6- en virtud de
la aplicación del artículo 142 de
resolvió:
modificar la entrada en vigencia del capítulo III del “Reglamento de Gestión de Riesgos”, para cuyo efecto, el artículo 25 y el párrafo segundo del Transitorio I, se leerán como se copia a continuación:
“Artículo 25.—Derogatorias: A partir del 3 de agosto del 2009, se derogan las disposiciones establecidas en la siguiente normativa:
a. Reglamento sobre
normativa prudencial aplicable a los puestos de bolsa. Aprobado por el Consejo
Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, mediante el artículo 8, acta Nº
387-2003, en la sesión del 12 de agosto del 2003, y publicado en el Diario
Oficial
b. El Capítulo
III del Título I del Reglamento general sobre sociedades administradoras y
fondos de inversión. Aprobado por el Consejo Nacional de Supervisión del
Sistema Financiero, mediante artículo 17 del acta de la sesión Nº 762-2008,
celebrada el 19 de diciembre del 2008, y publicado en el Diario Oficial
c. Párrafo
segundo, del artículo 24, del Reglamento de Custodia. Aprobado por el Consejo
Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, mediante artículo 13 del acta
de la sesión Nº 593-2006, celebrada el 27 de julio del 2006, y publicado en el
Diario Oficial
Transitorio I
(...)
A partir del 3 de agosto del 2009, las entidades deben cumplir con lo establecido en el Capítulo III. En el caso de sociedades administradoras de fondos de inversión, adicionalmente deben cumplir con el límite al endeudamiento establecido en el artículo 19 de este Reglamento.
(…)”
Las modificaciones precedentes rigen a partir del 29 de mayo del 2009.
Lic. Jorge Monge Bonilla, Secretario General.—1
vez.—(O. C. Nº 10192).—C-40520.—(46321).
MUNICIPALIDAD DE UPALA
REGLAMENTO SOBRE ORGANIZACIÓN, Y FUNCIONAMIENTO
DEL COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES
Y RECREACIÓN DE UPALA
El Concejo Municipal de Upala, con fundamento en el Título I, artículo 4, Título III, artículo 13, del Código Municipal.
Y considerando
que:
1) En el cantón de Upala se ha integrado el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Upala.
2) El artículo 169, del Código
Municipal. Ley Nº 7794 del 30 de abril de 1998, publicado en
“El comité cantonal funcionará con el reglamento que dicte la respectiva municipalidad, el cual deberá considerar, además, las normas para regular el funcionamiento de los comités comunales y la administración de las instalaciones deportivas municipales”.
Por tanto
acuerda:
Emitir el presente reglamento sobre organización, funcionamiento y elección de miembros del Comité Cantonal de deportes y recreación de Upala.
CAPÍTULO I
Constitución y fines
Artículo 1º—El
Comité Cantonal de Deportes y Recreación, es un órgano adscrito a
Artículo 2º—El Comité Cantonal de
Deportes y Recreación tendrá personería jurídica instrumental para lograr sus
fines y funciones y así promover la salud física y mental, la prevención
social, la recreación y el deporte competitivo de los habitantes de su
jurisdicción por medio de
Artículo 3º—El Comité Cantonal de Deportes y Recreación estará estructurado por:
a)
b) Los Comités Comunales de Deporte y Recreación adscritos al Comité Cantonal
c) Las Comisiones Permanentes y Temporales.
d) Las Asociaciones Deportivas y Recreativas reconocidas y afiliadas.
e) Fiscalía.
Artículo 4º—
a) Dos miembros de nombramiento directo del Concejo Municipal
b) Dos miembros de las organizaciones deportivas y recreativas del cantón
c) Un miembro de las organizaciones comunales restantes.
Artículo 5º—Diez días después de ejecutado el nuevo nombramiento del Comité Cantonal de Deportes y Recreación, el Concejo Municipal hará una sesión extraordinaria donde recibirá los informes del Comité saliente y juramentará a los miembros del Comité entrante.
Artículo 6º—El ICODER y
Artículo 7º—El Comité Cantonal de Deportes y Recreación deberá presentar ante el Concejo Municipal, en la primer semana del mes de julio de cada año, su programa anual de trabajo, con su respectivo presupuesto, (actividades, obras e inversión), Además deberán presentar un informe de los resultados de la gestión correspondiente al año anterior.
CAPÍTULO II
Elección de los miembros del comité
cantonal
de deportes y recreación
Artículo 8º—Definiciones. Para efectos de este reglamento, se emiten las siguientes definiciones:
Organizaciones deportivas y recreativas. Entiéndase por organizaciones deportivas y recreativas aquellas asociaciones deportivas que se encuentran debidamente inscritas y vigentes ante el Registro de Asociaciones Deportivas del Instituto Costarricense del Deporte y/o el Registro Público, cuya sede y radio de acción sea el cantón de Upala y los Comités Comunales de Deportes Distritales.
Organizaciones comunales: Se entenderá por organizaciones comunales, las asociaciones de desarrollo integral, las asociaciones de desarrollo específico y asociaciones de bien social, que tengan su radio de acción en el cantón de Upala, y posean cédula jurídica y personería jurídica al día, lo cual debe ser certificado por abogado.
Comisión observadora: Comisión conformada por el Presidente(a) Municipal, o a quien éste designe para el acto, quien la presidirá; el Alcalde Municipal o a quien éste designe para el acto; el Jefe del Departamento Legal y otro miembro del Concejo Municipal, o a quien éste designe para el acto, y el presidente del Comité Cantonal de Deportes y Recreación, o quién éste designe para el acto, con la finalidad de fiscalizar la asamblea de organizaciones deportivas y recreativas y organizaciones comunales.
Artículo 9º—De los requisitos para ser miembro del comité cantonal de deportes y recreación. Para ser miembro del Comité Cantonal de Deportes, debe poseer los siguientes requisitos:
a) Residentes en el Cantón de Upala.
b) Estar inscrito en el padrón electoral del Cantón de Upala en los últimos cuatro años.
c) Pertenecer o haber pertenecido a alguna organización deportiva o recreativa en los últimos cuatro años, sea como asociado o miembro de su junta directiva.
d) No estar inhabilitado por sentencia judicial firme para ejercer cargos públicos de esta índole.
e) No ser Regidor, el alcalde, alcalde suplente, Tesorero, Auditor, Contador, sus cónyuges o pariente de éstos hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad.
f) Fotocopia de la cédula de identidad del aspirante.
Artículo 10.—Elección de los representantes de las organizaciones deportivas y recreativas. El Concejo Municipal de Upala, mediante acuerdo simple ordenará a la secretaría del concejo, cursar invitación a las organizaciones deportivas y recreativas del cantón, para que en fecha indicada, asistan a asamblea con la finalidad de conformar dos ternas, con los nombres y calidades de las personas que dichas agrupaciones consideran las más idóneas para la integración del comité cantonal de deportes y recreación de Upala.
Artículo 11.—Selección y nombramiento. El Concejo Municipal, dentro de las ternas recibidas procederá a seleccionar mediante votación secreta a los miembros que considere idóneos (Una votación y un miembro por cada terna). Resultarán electos los miembros de las ternas que obtenga mayoría simple de votos de los regidores propietarios los cuales votarán por el postulante de su predilección, y en caso de empate entre dos o más postulantes, se realizará nuevamente la elección con los que resultaron empatados, en caso de mantenerse el empate, se resolverá por la suerte (Lanzamiento de moneda).
Artículo 12.—Elección del representante de las organizaciones comunales. El Concejo Municipal de Upala, mediante acuerdo simple ordenará a su secretaría, cursar invitación a las organizaciones comunales, excepto las deportivas y recreativas del cantón, para que en fecha indicada, asistan a asamblea con la finalidad de conformar una terna, con los nombres y calidades de las personas que dichas agrupaciones consideran las más idóneas para la integración del comité cantonal de deportes y recreación de Upala, para la posterior elección por parte del Concejo Municipal.
Artículo 13.—Selección y nombramiento. Resultará electo el miembro de la terna que obtenga mayoría simple de votos de los regidores propietarios los cuales votarán por el postulante de su predilección, en caso de empate entre dos o más postulantes, se realizará nuevamente la elección con los que resultaron empatados, en caso de mantenerse el empate, se resolverá por la suerte (Lanzamiento de moneda).
Artículo 14.—Elección de los representantes del Concejo Municipal. El Concejo Municipal, debe elegir a sus representantes ante el Comité Cantonal de Deportes y recreación de Upala, a más tardar, el 30 de noviembre de cada dos años. Los candidatos podrán ser propuestos por los concejales en sesión ordinaria o extraordinaria, según indique el presidente municipal. Por cada puesto resultará electo el candidato que obtenga mayoría simple de votos de los regidores propietarios los cuales votarán por el postulante de su predilección de la nómina que se conforme, en caso de empate entre dos o más postulantes, se realizará nuevamente la elección con los que resultaron empatados, en caso de mantenerse el empate, se resolverá por la suerte (Lanzamiento de moneda).
Artículo 15.—En caso de renuncia o abandono de funciones de acuerdo a lo previsto en el artículo 28 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Comité Cantonal de Deportes, el Concejo, dentro de las ternas presentadas, elegirá y nombrará al miembro faltante.
Artículo 16.—De la juramentación de los miembros del comité cantonal de deportes. El comité cantonal de deportes y recreación, en pleno será juramentado por el concejo municipal, en la primera quincena del mes de diciembre de cada dos años, y asumirán sus cargos, a partir del primero de enero del año siguiente.
Artículo 17.—Vigencia.
Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial
CAPÍTULO III
De la junta directiva
Artículo 18.—
Artículo 19.—
Artículo 20.—Son
funciones de
Para lograr sus fines, el Comité Cantonal debe cumplir con las siguientes funciones:
a) Aprobar los reglamentos internos que promulgue
el comité para la organización y funcionamiento interno de sus dependencias,
así como las reformas que se promulguen a éstos posteriormente, y ejecutar
aquellos que para estos fines emita
b) Resolver los conflictos que pudieran presentarse con motivo de la aplicación, interpretación, e integración de sus reglamentos y resoluciones emitidas, en organización de campeonatos comunales, distritales o cantorales de cualquier disciplina deportiva, avalados por el comité como máxima autoridad deportiva del cantón.
c) Dirigir y fiscalizar la elección de los miembros de los comités comunales y órganos subalternos de acuerdo a las disposiciones del presente Reglamento.
d) Juramentar a las personas electas en los comités comunales, previo a la toma de posesión de sus cargos.
e) Dar seguimiento y soporte a la labor de los comités comunales y subcomités de forma que se garantice la adecuada promoción y desarrollo del deporte y recreación en cada uno de los distritos.
f) Aprobar las tarifas para derechos de alquiler e ingresos a las instalaciones deportivas y recreativas bajo su administración.
g) Confeccionar el plan anual de actividades, obras e inversiones, y su presupuesto ordinario, y someterlo ante el Concejo Municipal, para su análisis y aprobación, a más tardar en la primera semana del mes de Julio de cada año.
h) Contratar las construcciones
de infraestructura deportiva y servicios, previo estudio en coordinación con
otras Instituciones cuando así se requiera, acorde con
i) Gestionar la consecución de recursos económicos, materiales y humanos.
j) Capacitar a los colaboradores de los distritos del Cantón para integrarlos en la organización deportiva comunal.
k) Divulgar e informar sobre las actividades deportivas y recreativas desarrolladas en el cantón.
l) Preparar informe de labores semestrales, con corte al 30 de Junio y 31 de diciembre de cada año y presentarlo ante el Concejo a más tardar 30 días naturales posteriores a su emisión.
m) Nombrar, sancionar y cesar a los jerarcas, y cualquier otro funcionario que nombre el comité, garantizando el debido proceso, de acuerdo con leyes y reglamentos laborales vigentes.
n) Conocer y aprobar mensualmente los Estados Financieros del Comité Cantonal, aportados por el Contador.
o) Elaborar el presupuesto ordinario y los extraordinarios, y someterlos ante el Concejo Municipal para su aprobación definitiva.
p) Aprobar en cada sesión los gastos económicos que demanden sus actividades, según la normativa que al respecto establezca el comité.
q) Promover la definición de acciones concretas para desarrollar las divisiones menores de todas las disciplinas deportivas que se establezcan en el cantón.
r) Promover en escuelas y colegios la práctica de actividad física, el deporte y la recreación para la saludad y una mejor calidad de vida.
s) Brindar apoyo a las
Asociaciones y Federaciones Deportivas y Recreativas, legalmente constituidas
en el cantón, promoviendo
t) Conocer y pronunciarse sobre las renuncias o pérdida de credencial, de los miembros integrantes de los Comités Comunales de Deporte y Recreación, cerciorándose que dicha renuncia siguió el debido proceso y de ser así proceder a convocar a una asamblea de vecinos para que elijan el nuevo integrante que finalice el periodo vigente tipificado en el reglamento.
u) Programar cuando se amerite una ceremonia de premiación, para reconocer y galardonar a los mejores exponentes de las diversas disciplinas y dirigentes comunales que han logrado con su talento, esfuerzo, disciplina y trabajo concretar y alcanzar metas importantes en prestigio del cantón que representan.
v) Podrá celebrar toda clase de actos, contratos y convenios con organismos, entidades y personas físicas, públicas y privadas previa autorización del Concejo Municipal.
Artículo 21.—Los miembros de
a) Suscribir contratos, ni convenios con el órgano del cual forman parte.
b) Intervenir en la discusión y votación de los asuntos en que tengan ellos interés directo su cónyuge o alguno de sus parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o primer grado de afinidad.
CAPÍTULO IV
Funciones de los miembros de la junta
directiva
Artículo 22.—Son Funciones del Presidente:
a) Representar al Comité Cantonal de Deportes y Recreación en los actos oficiales.
b) Presidir las sesiones de Junta Directiva.
c) Convocar a sesiones extraordinarias, conforme las disposiciones contenidas en el Reglamento.
d) Representar judicial y extrajudicialmente al Comité Cantonal de Deportes.
e) Velar por el cumplimiento de las obligaciones y objetivos del Comité.
f) Suscribir todos los contratos o convenios que celebre el Comité.
g) Coordinar el personal administrativo e integrar las Comisiones temporales y permanentes según sea el caso.
h) Preparar junto con el
secretario la agenda de reuniones, asambleas, así como los informes que deben
ir a
i) Firmar en conjunto con el secretario las actas aprobadas y asentadas en el Libro original.
j) Firmar conjuntamente con el Tesorero los cheques contra las cuentas del Comité.
k) Efectuar junto con el Tesorero, arqueos mensuales de caja chica y el libro de tesorería, dejar constancia de ello en el libro de actas.
l) Supervisar las diferentes comisiones y asistir a reuniones cuando lo considere oportuno con voz pero sin voto.
m) Juramentar a los miembros de los Comités Comunales y de las Comisiones.
Artículo 23.—Son Funciones del Vicepresidente
a) Sustituir al presidente en ausencia de éste con los mismos deberes y atribuciones.
b) Encargarse de las relaciones públicas del Comité.
c) Coordinar y agilizar el
nombramiento de los Comités Comunales de Deporte y Recreación y de las
Comisiones permanentes y temporales, dentro de
d) Firmará con el presidente las órdenes de pago.
Artículo 24.—Son Funciones del Secretario
a) Levantar las actas, síntesis, extractos de las sesiones o reuniones.
b) Firmar conjuntamente con el presidente las actas de las sesiones.
c) Redactar y firmar la correspondencia y demás comunicaciones según los acuerdos tomados por el Comité Cantonal, salvo que el acuerdo indique que debe ir también firmada por el presidente.
d) Enterar durante las sesiones de toda la correspondencia enviada y recibida.
e) Firmar con el presidente los
carné extendidos por
f) Archivar toda la documentación.
g) Emitir y firmar las
certificaciones extendidas por
h) Asesorar a los secretarios de todas las organizaciones y entidades adscritas al Comité Cantonal.
i) Revisar periódicamente los libros de actas de los Comités Comunales y de las Comisiones permanentes y temporales.
j) Elaborar junto al presidente la
agenda de sesiones, reuniones y asambleas, así como los informes a
Artículo 25.—Son Funciones del Tesorero
a) Custodiar y responder por los dineros del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.
b) Fiscalizar y recaudar los ingresos económicos, ordinarios y extraordinarios para que los mismos ingresen a la cuenta corriente.
c) Llevar los libros de tesorería al día y vigilar porque la contabilidad se encuentre correcta y al día.
d) Controlar las cuotas, participaciones, donaciones y demás tipos de ingresos a los fondos del Comité y en todos lo casos extender un recibo correspondiente.
e) Expedir los cheques y autorizarlos con su firma conjuntamente con el presidente.
f) Hacer las recomendaciones que estime pertinentes a fin de que el empleo de los fondos se realice de la mejor forma posible dentro del marco del presupuesto autorizado.
g) Elaborar los proyectos del
presupuesto anual que debe aprobar el Concejo Municipal; Preparar y autorizar
trimestralmente con su firma el informe económico que debe presentar a
h) Revisión de
i) Asesorar a los Tesoreros de las entidades adscritas al Comité.
k) Revisar periódicamente los libros de tesorería de los Comités Comunales de Deporte y Recreación y de las Comisiones Permanentes y Temporales.
l) Controlar bajo inventario todos los activos y patrimonio del Comité Cantonal.
m) Realizar las compras de materiales deportivos, o de oficina que sean requeridos y necesarios, para el Comité Cantonal.
Artículo 26.—Son Funciones del Vocal
a) Llenar las funciones del vicepresidente, tesorero y secretario en las ausencias de ellos con los mismos deberes y atribuciones.
b) Estudiar y proponer las modificaciones tendientes a mejorar la eficiencia y eficacia de la organización administrativa del Comité Cantonal.
c) Sugerir y ejecutar, en caso de ser aprobadas, las medidas tendientes a coordinar los distintos órganos del Comité Cantonal y de este con otros organismos.
d) Tramitar todos aquellos asuntos para su debido análisis o ejecución le sean encomendados.
CAPÍTULO V
De la fiscalía
Artículo 27.—Nombramiento del fiscal. El Concejo Municipal nombrará un fiscal que realizará las labores de dicho puesto, atinentes al funcionamiento del Comité y podrá ser removido de su cargo, cuando el concejo lo estimen conveniente, por simple mayoría de votos presentes.
Artículo 28.—Son Funciones del Fiscal
a) Asistir a sesiones del Comité con voz pero sin voto.
b) Velar por el fiel cumplimiento de los acuerdos dictados por el Comité Cantonal y organismos superiores.
c) Tramitar las denuncias y levantar las informaciones que le sean encomendadas.
d) Velar por el fiel cumplimiento de los procedimientos, reglamentos y leyes que con relación a la adquisición de bienes o servicios, o la suscripción de convenios o contratos, deba acatar el Comité Cantonal.
Artículo 29.—El fiscal durará en su cargo dos años, pudiendo ser reelecto y su cargo será ad honores.
CAPÍTULO VI
De las sesiones
Artículo 30.—El Comité Cantonal de Deportes y Recreación, deberá sesionar ordinariamente como mínimo una vez por semana. Las sesiones serán públicas y abiertas, salvo caso que por acuerdo previo de junta directiva, para tratar asuntos especiales se acuerde sesionar en forma privada.
Artículo 31.—En la primera sesión posterior a su nombramiento, el Comité Cantonal de Deportes y Recreación, mediante votación secreta, conformará el directorio, que de inmediato asumirán sus funciones que desempeñarán por espacio de dos años. Una vez electa la junta directiva, se leerán las funciones que a cada uno de los miembros de confiere este Reglamento.
Artículo 32.—
Artículo 33.—Para que las sesiones tengan validez deberán iniciarse a más tardar quince (15) minutos después de la hora señalada. En los casos de falta de quórum, se hará constar la asistencia de los presentes para efectos de computar la ausencia de los restantes miembros.
Artículo 34.—El quórum para sesionar está integrado por tres miembros. Los acuerdos se tomarán por simple mayoría de votos presentes salvo cuando se estipule en este reglamento un número mayor de votos, en caso de empate en una votación, el asunto se someterá a una segunda votación, en la siguiente sesión ordinaria del comité.
Artículo 35.—Todo miembro deberá comunicar por escrito, cuando procedan las razones de su inasistencia a las sesiones, a más tardar en la sesión siguiente de su ausencia. De no hacerlo, una ausencia será considerada injustificada y sancionable.
Artículo 36.—Son causales de destitución de los miembros del Comité cantonal de deportes y Recreación:
a) Inasistencia a tres sesiones consecutivas sin justificación.
b) Ausencias injustificadas y alternas a cinco sesiones, durante un año.
c) Por violación evidente a las leyes y reglamentos que rigen la materia.
d) Por inhabilitación judicial.
e) Por renuncia voluntaria hecha por escrito.
f) Por pérdida de confianza ante el Concejo Municipal, el acuerdo debe ser justificado por dos terceras partes del total de sus miembros.
g) Por asistir en estado de embriaguez o bajo cualquier otra condición análoga.
Artículo
37.—Cuando se produzca alguna de las causales del artículo anterior, que afecte
a un miembro del comité cantonal de Deportes y Recreación,
Artículo 38.—Cuando se produzca alguna de las causales de artículo tras anterior que afecte a un miembro del Comité Cantonal de Deporte y Recreación, éste comunicará al superior jerárquico quien deberá conocer y pronunciarse sobre la(s) renuncia(s) o pérdida de credencial, de los miembros salientes, cerciorándose que dicha renuncia siguió el debido proceso y de ser así proceder a nombrar mediante las ternas elaboradas.
Artículo 39.—El Comité Cantonal conocerá en sus sesiones los proyectos, planes, estudio y conflictos los cuales recibirán por escrito. Las mociones que provienen de un particular, deben ser acogidas por un miembro para ser presentadas en sesión. Las mociones de orden tienen prioridad para su discusión y son aquellas que tiene por objeto:
a) Levantar la sesión, alterar el orden del día.
b) Dispensar algún trámite.
c) Posponer el conocimiento de un asunto, o que se pase a comisión.
d) Para darse por agotada la discusión de un asunto.
e) Solicitar que se conozca un asunto en sesión privada.
CAPÍTULO VII
De los recursos
Artículo 40.—Las resoluciones que tomen los organismos en las sesiones se denomina;
a) ACUERDOS Y FALLOS: Son fallos los que resuelven cualquier controversia que se presente, serán acuerdos todos los demás
b) Los acuerdos tendrán solamente los recursos de revisión y de revocatoria. La revisión podrá pedirse por una sola vez, únicamente por un miembro directivo, siempre que sea presentada antes de la aprobación del acta. Los acuerdos administrativos siempre serán firmes, salvo que las dos terceras partes del total de directivos, soliciten revocatoria del mismo, siguiendo el procedimiento señalado.
c) Contra los fallos se darán los recursos de revisión y apelación. La revisión se puede solicitar por cualquiera de los miembros del organismo que los ha dictado antes de aprobarse el acta en que consta el fallo. El recurso de apelación, que se presentará por escrito en el organismo inmediato superior que dictó la resolución, deberá plantearla la persona o entidad que tenga interés, aunque sean extrañas al punto debatido cuando la resolución les ocasione perjuicios, indicando las violaciones habidas y aportando las pruebas respectivas antes de los ocho (8) días naturales siguientes a la fecha en que fuera notificado el fallo recurrido, o en que quedó aprobada el acta, el organismo respectivo admitirá el recurso si está en tiempo y forma, y solicitará los antecedentes al organismo involucrado.
d) La revocatoria podrá pedirse por solo una vez, únicamente por un miembro directivo y tendrá hasta ocho (8) días naturales después de la aprobación del acta. Ningún acuerdo o fallo que haya sido resuelto revocado o apelado cobrará vigencia mientras no haya sido resuelto el caso en el comité respectivo.
Artículo 41.—Las violaciones a los reglamentos, leyes y decretos pueden
ser apelados ante el organismo que los dictó, conforme al presente reglamento
de apelaciones de
Artículo 42.—Para que un acuerdo o fallo quede en firme se requiere, la votación favorable y así expresado de las dos terceras partes del total de los miembros del organismo o por mayoría simple de los presentes al aprobar el acta. Se requiere igual cantidad de votos con los que fue aprobado para modificar o revocar cualquier acuerdo o fallo.
Artículo 43.—Habrá una sola clase de votación, nominal, con la cual cada directivo expresará su voto.
Artículo 44.—El presidente concederá la palabra en el orden que se solicite, salvo moción de orden, en tal caso podrán hacer uso de ella, el proponente y cualquier otro miembro que la apoye y dos que se opongan, la presidencia observará el orden en que se pidió la palabra dada a un miembro del Comité y no podrá ser interrumpida, a menos que este lo permita para efecto de una intervención breve sobre el tema y debería ser aprobada por el presidente. Queda absolutamente prohibido en las discusiones apartarse del tema.
CAPÍTULO VIII
Del procedimiento para la pérdida de
credenciales
Artículo 45.—Para la suspensión y/o cancelación de la credencial de un miembro del comité, cuando a juicio de la junta directiva, fiscal, o Concejo Municipal, pudiese haber incurrido en cualquiera de los supuestos del artículo 28 de este reglamento, deberá seguirse el siguiente procedimiento:
El
presidente del comité nombrará una comisión instructora, integrada por tres
miembros del comité, o de la comunidad, o del Concejo Municipal, o mixta, de
reconocida solvencia moral, o bien podrán ser elegidos dentro de los órganos
auxiliares que dependen del comité, a fin de que realicen la investigación
pertinente y rindan informe y recomendación a
La comisión dará traslado de los cargos al interesado, con indicación de la prueba existente, otorgándole un término de cinco días hábiles que se inician al día siguiente de la notificación, a fin de que comparezca en forma personal a audiencia oral y privada en las instalaciones del comité cantonal de deportes, indicándole claramente que podrá asistir acompañado de un abogado o asesor, y presentar los desagravios en esa misma sesión en forma oral y escrita, así como ofrecer la prueba de descargo, la que será evacuada en esa misma audiencia.
La
comisión tendrá cinco días hábiles luego de verificada la audiencia, para
resolver y rendir la recomendación a
El resultado de la investigación será trasladado a la junta directiva y éste órgano resolverá en la primera sesión ordinaria siguiente el recibo del informe rendido por mayoría simple lo que en definitiva corresponda.
Durante el debate y la votación del informe, no podrá estar presente en el mismo salón el afectado.
Estas
resoluciones tienen carácter de acto final del procedimiento. El acuerdo de
Artículo 46.—La
resolución de
CAPÍTULO IX
De las actas
Artículo 47.—Deberán llevar un libro de actas al día con sus hojas
foliadas, y selladas por la unidad de auditoría interna de
Artículo 48.—Las actas aprobadas, deberán llevar obligatoriamente las firmas del Presidente y Secretario.
Artículo 49.—El Comité Cantonal de Deportes y Recreación entregará debidamente sellado y foliado los libros en blanco antes de ser utilizados por cada organismo. El Comité Cantonal de Deportes y Recreación podrá solicitar en cualquier momento estos libros a las entidades reconocidas con la finalidad de verificar que están en perfecto estado y debidamente al día. Debiendo hacer constar en memorial razonado sus observaciones.
CAPÍTULO X
Comisiones de trabajo
Artículo 50.—Todas las Comisiones de Trabajo y Comisiones Especificas nombradas por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación estarán integradas por un mínimo de tres personas que gocen de una excelente reputación en el ejercicio como ciudadano en la comunidad.
Artículo 51.—Cada Comisión debe elaborar y ejecutar su plan de trabajo, mismos que previamente debe ser aprobado por el Comité Cantonal de Deporte quien le brindará para su funcionamiento el soporte administrativo y económico en la medida de sus posibilidades.
Artículo 52.—Quedan obligados los miembros de estas comisiones a brindar un informe mensual escrito ante el Comité Cantonal de Deporte y Recreación.
Artículo 53.—Las Comisiones como órganos subalternos, deben guiarse por lineamientos generales, reglamentos leyes y decretos que regulan el funcionamiento del Comité Cantonal.
Artículo 54.—El Comité Cantonal de Deportes y Recreación implementará las comisiones que considere oportunas.
CAPÍTULO XI
Instalaciones deportivas
Artículo 51.—Por
encargo de
Artículo 52.—El Comité Cantonal de Deportes propondrá clasificación de las instalaciones en categorías, de acuerdo con la infraestructura con que cuenta cada una, así mismo ordenará a los usuarios de acuerdo al tipo de actividad que realicen a definir las tarifas por derecho de uso de las instalaciones y el período que abarca dicha cuota. Las tarifas son de uso máximo, obligatorio y no podrán ser alteradas sin previa autorización del Comité Cantonal. Para entrenamientos se cobrará un 50% de la tarifa señalada, los equipos de Liga Menor de la localidad negociarán la cuota por el uso de las instalaciones, esta podrá ser en dinero o en especias. En todo caso el entrenamiento deberá estar bajo la dirección de un monitor o entrenador.
Artículo 53.—En las instalaciones deportivas tendrán prioridad los grupos de la comunidad reconocidos por el Comité Cantonal. Las actividades organizadas por el Comité Cantonal y el Comité Comunal estarán exentas del pago de tarifas. Los campeonatos o competencias organizadas por organismos nacionales deberán incluirse dentro de la programación anual de uso de instalaciones. Las competencias aficionadas tendrán preferencia sobre las no aficionadas o profesionales.
Artículo 54.—No será permitido dentro de las instalaciones deportivas o recreativas:
a) El expendio o venta de bebidas alcohólicas (Ley 5817 del 15/10/65)
b) La publicidad de bebidas alcohólicas o tabaco.
c) La utilización de calzado inadecuado para la instalación utilizada.
Artículo 55.—Todo evento o actividad no deportiva o recreativa tales
como ferias, bingos, fiestas, reuniones que se realicen en una instalación
deportiva, debe contar con el respectivo aval del Comité Cantonal de Deportes y
Recreación, quien podrá concederlo con la garantía que la instalación quedará
en perfectas condiciones después del evento,
Artículo 56.—La
colocación de rótulos en las instalaciones deportivas debe estar autorizado por
el Comité Cantonal quien brindará su permiso previa gestiones legales ante
Artículo 57.—Los Comités Comunales deben participar en el mantenimiento de las instalaciones deportivas locales permanentemente.
Artículo 58.—Para proceder al cierre de una instalación deportiva o recreativa será necesario contar con el visto bueno del Comité Cantonal de Deportes y Recreación quien se extralimite en esas facultades será(n) destituido(s) del cargo.
Artículo 59.—Las cuotas por alquiler de instalaciones serán reguladas y aprobadas por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación. Todos los ingresos que deparen las instalaciones deben destinarse para la administración y mantenimiento de las mismas. Los miembros del Comité Cantonal de Deportes y Recreación, así como del Concejo Municipal, están exentos del pago de cuotas de ingreso en cualquier actividad que realice alguno de sus afiliados, ya que estos por su investidura estarán presentes en funciones de fiscalizar y colaborar en dichas actividades.
Artículo 60.—Todas las instalaciones deportivas de instituciones educativas, sean gimnasios, plaza de deportes, estadios, pistas de atletismo, piscinas y otras que hayan sido construidas con fondos públicos o por dependencias gubernamentales, deberán ser puestas al servicio de las respectivas comunidades del cantón en horario no lectivo así como en el período de vacaciones.
La administración de dichas instalaciones se le encargará a un Comité Administrador que estará integrado por tres miembros:
a) El Director o su representante.
b) Un representante del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de la terna que propondrá el presidente.
c) Un representante del Concejo Municipal.
Este Comité Administrador coordinará con los centros educativos el uso de las instalaciones no pudiendo programar actividades extraescolares en horario de 7:00 a. m a las 17:00 horas
Artículo 61.—Toda instalación deportiva y recreativa de carácter público (entidades de Gobierno Central) construidas con el financiamiento estatal, contará con una Junta Administrativa, integrada por cinco miembros en representación de:
a) Uno en representación del ICODER.
b) Dos del Concejo Municipal.
c) Dos en representación del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.
CAPÍTULO XII
Finanzas
Artículo 62.—El año económico del Comité Cantonal de Deportes y Recreación empieza el primero de enero de cada año.
Artículo 63.—
Artículo 64.—El
presupuesto del comité cantonal se hará con fundamento en un diagnóstico del cual
se derivará el plan presupuesto que viene a convertirse en el plan a
desarrollar durante el año venidero. El presupuesto se estructurará conforme a
las normas diseñadas al efecto por
Artículo 65.—El presupuesto del comité debe ser consecuente con las políticas que dicte el Concejo Municipal, así deberá reflejar las necesidades de las Asociaciones, comités comunales, juegos nacionales, juegos regionales, juegos comunales, en procesos deportivos ( Escuelas deportivas ) o cualquier otra política que dicte el ente superior.
Artículo 66.—El comité cantonal de deportes, debe respetar y promover el principio de equidad a la hora de asignar recursos a las diferentes actividades y organizaciones afiliadas, tales como asociaciones deportivas, comités comunales, juegos comunales, juegos regionales, juegos nacionales entre otros.
Artículo 67.—Los recursos del comité cantonal, solamente podrán invertirse en obras de interés deportivo y recreativo que se desarrollen dentro de los límites de su Cantón, así como en capacitaciones, promoción y participación de atletas, entrenadores árbitros y dirigentes, quienes deben retribuir la inversión mediante capacitación y entrenamiento.
Artículo 68.—Todo directivo, funcionario, empleado, entrenador, delegado del comité cantonal y sus diferentes órganos encargados de recibir, custodiar o pagar bienes, implementos deportivos, o valores del deporte, o cuyas atribuciones permitan o exijan su tenencia, será responsables de ellos y de cualquier pérdida o daño que experimentes, debiendo pagar de su propio peculio, los bienes o valores o implementos perdidos o dañados, salvo por el deterioro normal de su uso.
Artículo 69.—Queda terminantemente prohibido el préstamo personal de dineros provenientes de los ingresos de las actividades deportivas o recreativas, de ser incumplido esta disposición, los infractores perderán su credencial del cargo que ocupaban, además reintegrar el dinero por parte de los responsables.
Artículo 70.—El
Comité Cantonal de Deportes y Recreación y sus órganos operativos, podrán
invertir fondos en terrenos y propiedades públicas que estén bajo su
administración por convenio aunque no le pertenezcan a
CAPÌTULO XIII
De los comités comunales de deporte y
recreación
Artículo 71.—El Comité Cantonal de Deportes y Recreación debe convocar
a una asamblea de vecinos para nombrar a los miembros de los Comités
Distritales. Dichos nombramientos rigen por un periodo de dos años, iniciándose
treinta (30) días después del nombramiento de
Artículo 72.—Los Comités Distritales estarán integrados por cinco miembros de la comunidad, que tengan motivación, interés y afición por la actividad física, el deporte, la recreación, mayores de dieciocho años (18), dispuestos a desempeñar el cargo y que no tengan impedimentos tipificados en el artículo 167 del Código Municipal Los síndicos si pueden formar parte de estos comités.
Artículo 73.—El nombramiento del Comité Distrital de Deporte y Recreación se llevará a cabo mediante Asamblea Publica de vecinos, convocada y presidida por el personero del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.
Artículo 74.—El
Comité Distrital (comunal) saliente en coordinación con el Comité Cantonal
fijará fecha y lugar para que se realice
Artículo 75.—La convocatoria se hará con un plazo no menor a 30 día naturales y mediante avisos que se colocarán en sitios públicos y negocios más destacados de la comunidad.
Artículo 76.—El
quórum de la misma debe estar constituido por un número no menor de quince (15)
personas presentes, a la hora de
Artículo 77.—Los designados como miembros del Comité Distrital de Deporte y Recreación se reunirán posteriormente y de su seno se integrará el Directorio con su respectivo cargo. Serán juramentados por el delegado del Comité Cantonal de Deportes y Recreación presente.
Artículo 78.—El delegado del Comité Cantonal de Deportes y Recreación en esta Asamblea será el encargado de presidir, así como verificar el quórum y de levantar la lista de asistencia correspondiente.
Artículo 79.—No
podrá iniciar una Asamblea Pública de vecinos si no está presente el delegado
nombrado para tal acto del Comité Cantonal de Deportes y Recreación. En caso de
ausencia los vecinos levantarán un acta notificando lo ocurrido y así lo
informarán al Comité Cantonal de Deportes y Recreación con copia a
Artículo 80.—En
ausencia de nombramiento, o bien por alguna circunstancia especial de
legitimidad o legalidad de funcionamiento del Comité Cantonal de Deportes y
Recreación, es facultad de
Artículo 81.—El Comité Comunal, debe reunirse una vez por mes en sesión ordinaria y extraordinaria cuando la convoque el presidente o tres de sus miembros. La convocatoria debe hacerse por escrito con cuarenta y ocho horas antes, con señalamiento del objeto de la sesión. En las sesiones extraordinarias únicamente se conocerá lo incluido en la convocatoria.
Artículo 82.—Para que las sesiones tengan validez deberán iniciarse a más tardar treinta (30) minutos después de la hora señalada. En los casos de falta de quórum, se hará constar la asistencia de los presentes para efectos de computar la ausencia de los restantes miembros.
Artículo 83.—El quórum para sesionar está integrado por tres miembros. Los acuerdos se tomarán por simple mayoría de votos presentes salvo cuando se estipule en este reglamento un número mayor de votos, en caso de empate en una votación, el presidente tendrá voto calificado (doble).
Artículo 84.—Los miembros de Junta Directiva del Comité Cantonal de Deportes y recreación no podrán formar parte de los Comités Comunales avalados y reconocidos.
Artículo 85.—Son funciones del Comité Distrital de Deporte y Recreación:
a) Fomentar la práctica de la actividad física el deporte y la recreación para la salud, la calidad de vida de la población y la mejora de la capacidades individuales de los participantes.
b) Regular la actividad deportiva y recreativa de la comunidad.
c) Colaborar con las Juntas administradoras de Instalaciones deportivas en la medida de sus posibilidades con la administración y mantenimiento de las instalaciones.
d) Participar en forma activa en actividades programadas y organizadas por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación.
e) Elaborar, ejecutar y remitir el plan anual de trabajo ante el Comité Cantonal de Deportes y Recreación, para su conocimiento y aprobación en las fechas establecidas.
f) Elaborar y entregar informes semestrales de su gestión ante el Comité Cantonal de Deportes y Recreación.
g) Promover comisiones especificas para un mejor desarrollo y representación comunal.
h) Todo trámite que realicen los Comités Comunales ante las autoridades gubernamentales debe llevar el visto bueno del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.
i) Divulgar e informar en su comunidad con copia al Comité Cantonal de Deportes y Recreación sobre el desarrollo de sus actividades.
j) Tramitar y solicitar el aval
ante el Comité Cantonal de Deportes y Recreación los permisos para la
celebración de festejos o turnos en las instalaciones deportivas del cantón,
conforme a
k) Someter ante el Comité Cantonal de Deporte y Recreación el monto de las tarifas y servicios por los derechos de alquiler de las instalaciones deportivas bajo su administración.
Artículo 86.—Todo miembro deberá comunicar por escrito, cuando procedan las razones de su inasistencia a las sesiones, a más tardar en la sesión siguiente de su ausencia. De no hacerlo, la ausencia será considerada injustificada y sancionable.
Artículo 87.—Son causales de destitución de miembros de Comités Distrital (comunal), las que se encuentran establecidas en el artículo treinta y seis de esté Reglamento.
CAPÍTULO XIV
Disposiciones generales
Artículo 88.—Las actividades deportivas y recreativas del Cantón estarán a cargo del Comité Cantonal de Deportes y Recreación y por delegación de este en los Comités Distritales.
Artículo 89.—El Comité Cantonal de Deportes y Recreación tendrá personería jurídica instrumental, únicamente para el cumplimiento de los fines que la ley y este reglamento le otorguen, la personería jurídica será extendida por la secretaría del Concejo Municipal. Los Comités Distritales (comunales) dependerán jurídicamente de la personería del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.
Artículo 90.—Toda organización deportiva y recreativa de la comunidad puede recurrir al Comité Cantonal de Deportes y Recreación para su reconocimiento y afiliación y gozar de todos los beneficios en proyectos y programas que el mismo ofrece.
Artículo 91.—El Comité Cantonal de Deportes y Recreación deberá comunicar al ICODER y al Concejo Municipal los nombramientos de los Comités Distritales (comunales), las Juntas Administrativas de Instalaciones y Comités Administradores de instalaciones de centros educativos.
Artículo 92.—En los casos que no expresen directamente, los organismos y sus miembros podrán aplicar por analogía las disposiciones de este reglamento que les atañen a otros organismos.
Artículo 93.—Los casos y necesidades no contemplados en este reglamento serán resueltos conforme al sano criterio de los miembros del Comité Cantonal de Deporte y Recreación, su resolución deberá ser aprobada por el Concejo Municipal y comunicarse para su debida incorporación al Reglamento.
Artículo 94.—Toda modificación y ajuste que se deba realizar, que no se encuentre estipulado en el presente reglamento, quedará sujeto a aplicación de acuerdo a lo estipulado mediante el Código Municipal vigente y cualquier reforma que fuese implementada en el mismo.
Artículo 95.—En caso de reformas,
modificaciones y enmiendas al presente reglamento, las mismas deben ser
elevadas por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación ante el Concejo
Municipal para que este ente lo acoja y le brinde el trámite de aprobación y
proceda a su publicación en el Diario Oficial
Artículo 96.—De no aportar las organizaciones deportivas, recreativas y organizaciones comunales sus miembros ante el Concejo Municipal, el Concejo tendrá la potestad de elegir y llenar las vacantes con las personas que muestren interés y cumplan los requisitos correspondientes.
Artículo 97.—Rige
a partir de su publicación en el Diario Oficial
Publíquese.—Juan Bosco Acevedo Hurtado, Alcalde Municipal.—1 vez.—(46684).
MUNICIPALIDAD DE
Una vez transcurrido
el plazo de consulta pública al Reglamento a los artículos 75 y 76 para el
Cobro de Precios y Multas por omisión en los deberes de los propietarios de
inmuebles para el cantón de
Tres Ríos,
AVISOS
El Banco Nacional de
Costa Rica comunica a las entidades acreedoras supervisadas por
CENTRO DE SERVICIOS
FINANCIEROS MORAVIA
AVISOS
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
El Banco Popular y de
Desarrollo Comunal de este domicilio, hace constar del conocimiento público el
extravío de los siguientes certificados de ahorro a plazo en colones normales:
Número
del certificado Monto del Fecha de
certificado vencimiento
16105660210478883 ¢5.000.000,00 22/04/2010
16105660210478860 ¢5.000.000,00 22/10/2009
16105660210474491 ¢5.000.000,00 16/03/2010
16105660210391567 ¢5.000.000,00 06/11/2009
Cupones
16105660210478883 ¢132.500,00 (4) 22/04/2010
16105660210478860 ¢125.000,00 (2) 22/10/2009
16105660210474491 ¢ 138.750,00 (4) 16/03/2010
16105660210391567 ¢ 86.625,00 (2) 06/11/2009
Emitidos a la orden de:
Enrique Ramón Solano Rivera, cédula Nº 01-0239-0162.
Lo anterior para
efectos de los artículos Nº 708 y 709 del Código de Comercio.
San José, 26 de mayo
del 2009.—Plataforma de Servicios.—Lic. Marco Oviedo
Castillo, Subgerente.—(45834).
ÁREA DE INVESTIGACIÓN
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Andrés Felipe Sevilla
Gaitán, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de
Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la
vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al
señor Decano de
Elizabeth
León Rodríguez ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de
Licenciatura en derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la
vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al
señor Decano de
Mariana
Fernández Sequeira, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de
Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la
vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al
señor Decano de
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
ORI-1362-2009.—Rodríguez Araya Roxana, costarricense, cédula de identidad
Nº 2-425-
ORI-1363-2009.—Villalobos Rodríguez María de los Ángeles, costarricense,
cédula de identidad Nº 1-569-
ORI-1368-2009.—Lazo Valladares Ángel Antonio, costarricense, cédula de
identidad Nº 1-829-
ORI-1369-2009.—Pacheco Carranza Ana Gabriela, costarricense, cédula de
identidad Nº 1-530-
ORI-1454-2009.—Sibaja Villegas Evelyn María, costarricense, cédula de
identidad Nº 1-1134-
ORI-1422-2009.—Guerén Catepillán
Pablo Andrés, R-077-2009 chileno, residente temporal
ORI-1429-2009.—Hasbun Chavarría Yamil, R-075-2009, costarricense, cédula de identidad Nº
1-1125-
ORI-1367-2009.—Hernández Jiménez Marcela, R-072-2009, costarricense,
cédula de identidad Nº 1-1011-
ORI-1428-2009.—Miranda Symes Sandra Olivia,
R-076-2009, mexicana, pasaporte
ORI-1349-2009.—Steinkoler Speevak
Randi, R-069-2009, costarricense, cédula de identidad
Nº 1-1149-
ORI-1379-2009.—Vargas Ovejero Hernán Alfonso, R-073-2009, colombiano, residente
permanente
ORI-1360-2009.—Zepeda Seoane Carlos Francisco, R-070-2009, mexicano,
pasaporte Nº
ORI-1426-2009.—Giralt Apéstegui
Luis Diego, R-074-2009, costarricense, cédula de identidad Nº 1-1013-
ORI-1384-2009.—Castro Calderón Mario Alberto, R-080-2009, costarricense,
cédula de identidad Nº 1-0907-
ORI-1365-2009.—Agüero Valverde Jonathan, R-071-2009, costarricense,
cédula de identidad Nº 1-0932-
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Mauricio Ernesto
Lara Ramos ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de
Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la
vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al
señor Decano de
VICERRECTORÍA ACADÉMICA
PROGRAMA DE GRADUACIÓN
REPOSICIÓN DE TÍTULO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante el
Departamento de Registro de
Heredia, 27 de mayo del 2009.—Departamento de Registro.—MAE. Marvin Sánchez Hernández, Director.—(45809).
VICERRECTORÍA VIDA
ESTUDIANTIL
Y SERVICIOS ACADÉMICOS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
El Comité Institucional
para el Reconocimiento y Equiparación de Títulos y Grados (CIRE), en uso de sus
facultades estipuladas en el Reglamento para el Reconocimiento y Equiparación
de Grados y Títulos, y el artículo Nº 6 de
Acuerda:
1. Reconocer el título de Ingeniero Electrónico,
otorgado por Pontificia Universidad Javeriana, Bogotá, Colombia, al señor Diego
Fernando Rey Becerra, pasaporte colombiano Nº CC80168576.
2. No reconocer el grado
académico, debido a que no viene explícito en el Diploma.
3. Equiparar el título de
Ingeniero Electrónico, otorgado por
4. Equiparar los estudios
realizados por el señor Diego Fernando Rey Becerra, pasaporte colombiano Nº
CC80168576, al grado académico de Licenciatura que otorga el Instituto
Tecnológico de Costa Rica, puesto que el valor académico de los estudios
realizados así como la profundidad y amplitud de estos conocimientos y
habilidades obtenidas durante los estudios corresponden a los exigidos por las
instituciones de educación superior universitaria costarricense para conceder
dicho grado.
Acuerdo firme.
Cartago, 21 de mayo del
2009.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA. William Vives
Brenes, Director.—(O. C. Nº 0587).—(Solicitud Nº 30850).—C-21020.—(45751).
CIRE, acuerda:
El Comité Institucional
para el Reconocimiento y Equiparación de Títulos y Grados (CIRE), en uso de sus
facultades estipuladas en el Reglamento para el Reconocimiento y Equiparación
de Grados y Títulos, y el artículo Nº 6 de
Acuerda:
1. Reconocer el título de Ingeniero Agrónomo,
otorgado por
2. Reconocer el grado académico de
Licenciatura.
3. Equiparar el título de
Ingeniero Agrónomo, otorgado por
4. Equiparar el grado académico de
Licenciatura al de Licenciatura, que otorga el Instituto Tecnológico de Costa
Rica.
Acuerdo firme.
Cartago, 25 de mayo del
2009.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA. William Vives
Brenes, Director.—(O. C. Nº 0587).—(Solicitud Nº 30850).—C-18020.—(45752).
CONSEJO DIRECTIVO
Considerando:
En dicho marco legal-institucional, en pos del desarrollo nacional y del consumo doméstico de electricidad que urgen los costarricenses, el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) necesita establecer, dentro del derecho de servidumbre de la línea de transmisión denominada SIEPAC (Tramo Palmar Norte-Río Claro) un sitio de torre sobre la finca inscrita en el Registro Público, Folio Real 035269-000, ubicada en el distrito 03, Guaycará, del cantón 07, Golfito, de la provincia de Puntarenas y como adición al gravamen de servidumbre de paso de líneas eléctricas y de personas, mediante contrato público de fecha 5 de noviembre del 2004 ante el licenciado Carlos Mauricio Sierra Sánchez.
Ø Según Registro
Público, esa finca es terreno de agricultura con pastos y montaña, tacotales,
tiene una cabida de
Ø El dueño de la propiedad es la empresa Valle del Lobo de Guaycará S. A., cédula jurídica 3-101-501215.
Ø Que
a solicitud de
Ø A
tenor de los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de
Electricidad, está suficientemente probada y técnicamente demostrada la
utilidad pública, así como la urgencia de constituir este derecho de
servidumbre, por lo que con base en el artículo 45 de
Por
tanto,
Primero.—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢175.000,00 (ciento setenta y cinco mil colones exactos).
Segundo.—De
no ser aceptado por
El Instituto
Costarricense de Electricidad instalará, dentro del derecho de servidumbre de
líneas eléctricas ya constituido, un sitio de torre en la propiedad de la
empresa Valle del Lobo de Guaycará S. A. El sitio de
torre identificado con el número 99, se ubicará a una distancia aproximada al
lindero noroeste de de
Por razones de
seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la torre,
antes deberá consultársele al ICE.
Tercero.—Continúese con los trámites de rigor.
Cuarto.—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5871 celebrada el 30 de abril del 2009.
Quinto.—Publíquese en el Diario Oficial.
San José, 1 de junio de 2009.—Lic. Víctor Julio Cerdas Fallas, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(46126).
Considerando:
En dicho marco
legal-institucional, en pos del desarrollo nacional y del consumo doméstico de
electricidad que urgen los costarricenses, el Instituto Costarricense de
Electricidad (ICE) necesita establecer, dentro del derecho de servidumbre de la
línea de transmisión denominada SIEPAC (Tramo Peñas Blancas-Cañas) un sitio de
torre sobre la finca sin inscribir, ubicada en el distrito 01,
Ø Se identifica en la materialidad por medio del plano inscrito en el Catastro Nacional bajo el número G-46464-1959.
Ø El dueño de la propiedad es el señor Carlos Cabrera Zúñiga, cédula de identidad 5-140-331.
Ø Que
a solicitud de
A tenor de los
estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad,
está suficientemente probada y técnicamente demostrada la utilidad pública, así
como la urgencia de constituir este derecho de servidumbre, por lo que con base
en el artículo 45 de
Primero.—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢200.000,00 (doscientos mil colones sin céntimos).
Segundo.—De no ser aceptado por los propietarios, el respectivo avalúo, constitúyase, sobre la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de servidumbre, el cual se describe así:
El Instituto
Costarricense de Electricidad instalará, dentro del derecho de servidumbre de
líneas eléctricas ya constituido, un sitio de torre en la propiedad de Carlos
Cabrera Zúñiga. El sitio de torre identificado con el número 23, se ubicará a
una distancia aproximada al lindero norte de
Por razones de
seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la torre,
antes deberá consultársele al ICE. El propietario deberá permitir el acceso a
funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra. Todo con
fundamento en
Tercero.—Continúese con los trámites de rigor.
Cuarto.—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5871 celebrada el 30 de abril del 2009.
Quinto.—Publíquese en el Diario Oficial.
San José, 1 de junio de 2009.—Lic. Víctor Julio Cerdas Fallas, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(46127).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Se le comunica a Carmen
García Aguinaga que por resolución de
A
George Reolid Esteves, se
le comunica la resolución de las 9:10 horas del 27 de mayo del 2009 que
resolvió entre otros, abrigo temporal hasta por 6 meses de sus hijos Franciny Gabriela, Karina Soledad y Franklin Eduardo, todos
Reolid Picado, en una alternativa de protección
institucional o privada. En contra de dicha resolución solo procede el recurso
de apelación, presentado verbalmente o por escrito en las siguientes 48 horas a
la publicación del tercer edicto, ante quien emitió esta resolución y quien
elevará a
Se
comunica a quien interese, de la resolución de las catorce horas del día
veintiséis de mayo de dos mil nueve, que ubica a la persona menor de edad Rosa Ángela
Carrillo Romero, al lado de su padre biológico, señor Ismael Mora Chacón. Esta
medida es hasta por seis meses. En contra de la presente resolución procede el
recurso de apelación para ante el superior en grado, dentro de un plazo de 48
horas después de notificada. Deberá además señalar lugar o medio electrónico
para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si
el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las
resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de
24 horas después de dictadas.—Oficina Local de
Guadalupe, 26 de mayo de 2009.—Lic. Roberto Marín A., Representante Legal.—(O. C. Nº 30082).—(Solicitud Nº
29016).—C-7140.—(45742).
A
Víctor Manuel Sojo Fallas, se le comunica la resolución de las catorce horas
del quince de mayo del dos mil nueve, en la cual se dicta medida de protección
de abrigo temporal a favor de la joven Pamela Sojo Arias en el albergue del
Patronato Nacional de
Al
señor Josué García Gutiérrez, calidades y domicilio desconocidos por esta
Oficina, se le notifica la resolución administrativa dictada a las diez horas
cuarenta minutos del veintidós de mayo de dos mil ocho, de abrigo temporal por
el plazo de seis meses prorrogables judicialmente, que ubica a la niña Junileit García Moreira en un albergue institucional y se
remite su situación al Área Psicosocial para la intervención que corresponde.
Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación
de este edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante
esta Oficina Local, en forma verbal o escrita; Oficina que lo elevará ante
La suscrita
Secretaría del Concejo Municipal de Belén, le notifica el acuerdo tomado, en la
sesión ordinaria Nº 29-2009, artículo 26, celebrada el diecinueve de mayo del
dos mil nueve: excluir de la lista de notificadores
de
Belén, 01 de
junio del 2009.—Ana Patricia Murillo Delgado,
Secretaria.—1 vez.—(O. C. Nº
25518).—C-5250.—(46637).
El Concejo
Municipal de Distrito de Colorado de Abangares, comunica que acatando lo
dispuesto en la ley Nº 8173, según el artículo 7 de la misma; publicada el 10
de enero del 2002, en el diario oficial
Colorado de Abangares, 2 de junio del 2009.—Francisco Javier González Pulido, Secretario Municipal.—1 vez.—(44626).
El Concejo Municipal de Distrito de Colorado de Abangares, comunica que en acta número 15-2009, capítulo I, artículo 5, de la sesión ordinaria celebrada el día trece de abril del año dos mil nueve, acordó definitivamente en firme y por unanimidad: nombrar al señor Roberto Chévez Palacios, con cédula: 05-0154-0686, notificador del Concejo Municipal de Distrito de Colorado. Rige a partir de su publicación.
Colorado de Abangares, 2 de junio del 2009.—Francisco Javier González Pulido, Secretario Municipal.—1 vez.—(46630).
DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
Edicto 009-2009.—Jiménez Espinoza Maikol con
cédula de identidad Nº 6-0351-0123, con base en el artículo 38 de
Cóbano, 4 de mayo de 2009.—Alcides Fernández Elizondo, Coordinador a. í.—1 vez.—(45947).
El Departamento
de Administración Tributaria de
Departamento de Administración Tributaria.—Lic. Solón Armando Murillo Cruz, Administrador Tributario.—1 vez.—(46662).
PAN-AMERICAN SCHOOL S. A.
Se convoca a los
socios de Pan-American School S. A., cédula de
persona jurídica Nº 3-101-
1. Reforma a la cláusula cuarta del pacto social: El capital social.
3 de junio del 2009.—Francis Durman Esquivel, Presidente.—1 vez.—(47177).
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
CHEMO CENTROAMÉRICANA S. A.
Chemo Centroamericana S. A., cédula jurídica N° 3-101-062338 solicita ante
C.F.M. Y ASOCIADOS INTERNACIONALES S. A.
C.F.M. y Asociados Internacionales S. A., cédula jurídica
3-101-325449, anteriormente denominada Importadora de Suministros Médicos de
Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-325449, solicita ante
PLANETA DORADO
SOCIEDAD ANÓNIMA
Planeta Dorado Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-setenta y seis mil quinientos ochenta
y nueve, solicita ante
JMC UNO SOCIEDAD
ANÓNIMA
JMC Uno Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cincuenta mil doscientos
cincuenta y cinco, solicita ante
AROMA DE CLAVEL
SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA
Aroma de Clavel
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-546013, hace del
conocimiento público que por motivo de extravío, han solicitado la reposición
de los libros legales de la sociedad, específicamente el de Actas de Asamblea
de Socios, libro número uno y el Registro de Cuotistas,
libro número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición
ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, de
MAGO GOYANES SOCIEDAD
ANÓNIMA
Mago Goyanes Sociedad
Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-setenta y siete mil
quinientos sesenta y ocho, solicita ante
EDITORIAL MUJERES S. A.
Editorial Mujeres S.
A., cédula jurídica Nº 3-101-12370623, solicita ante
CORPORACIÓN MULTICAR
INTERNACIONAL
SOCIEDAD ANÓNIMA
Corporación Multicar Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-355295, solicita ante
RANCHO PLAYA
JUNQUILLAL SOCIEDAD ANÓNIMA
Rancho Playa Junquillal Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-ciento veinticinco mil trescientos treinta y tres, solicita
ante
DON CHON SOCIEDAD ANÓNIMA
Don Chon
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento
cincuenta y cinco mil cuatrocientos treinta y ocho, domiciliada en San José,
calle trece, casa un mil noventa y cinco, solicita ante
GRUMO SOCIEDAD ANÓNIMA
Grumo Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-012019, solicita ante
INVERSIONES RÍO LINDO
S. A.
Inversiones Río Lindo
S. A., cédula jurídica Nº 3-101-059863, solicita ante
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
ÍCONOS
ARTES GRÁFICAS DE ALAJUELA SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, Francisco
Ocampo Soto, cédula 2-0357-0911, vecino de Alajuela,
HOTEL Y CLUB PUNTA LEONA S .A.
Para efectos del artículo 689 del Código de Comercio, el Hotel y Club Punta Leona S. A., hace saber a quién interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá el título de la acción No. 00303 nombre de Gerardo Herrera Araya, cédula Nº 1-340-079. Cualquier persona interesada al respecto podrá oponerse durante un mes a partir de la última publicación de este aviso.—Boris Gordienko Echeverria, Secretario Junta Directiva.—(45876).
RAFAEL A. RODRÍGUEZ V. SOCIEDAD ANÓNIMA
Rafael A.
Rodríguez V. Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-010973 solicita ante
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
DESARROLLOS TERRAFORTE SOCIEDAD ANÓNIMA
Desarrollos Terraforte Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-269-149, solicita ante
Isabel Pizarro
Vallejo, cédula Nº 9-074-493, solicita ante
Yo, Mario
Guzmán Naranjo, cédula Nº 1-524-995, solicita ante
COMPAÑÍA GANADERA Y AGRÍCOLA EL MAMEY S. A.
Compañía Ganadera
y Agrícola El Mamey S. A., cédula jurídica tres-ciento-cero treinta y mil
ochocientos ochenta y seis, solicita ante
CONSTRUCTORA S Y B S. A.
Constructora S y
B S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento tres mil quinientos veintiocho,
solicita ante
PROPIEDADES ÁLAMO SOCIEDAD ANÓNIMA
Propiedades Álamo
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-120872-21, solicita ante
DESARROLLO
Desarrollo
CORPORACIÓN OVIEDO ÁLVAREZ SOCIEDAD ANÓNIMA
Corporación
Oviedo Álvarez Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-cero ochenta mil quinientos noventa y tres, solicita a
INDUSTRIAS DE SALSAS Y PIMIENTAS
LA ÚNICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Industrias de
Salsas y Pimientas La Única Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cero cuarenta y seis mil seiscientos tres-trece, solicita a
GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA
De conformidad con los artículos 708, 709 y 710 del Código de Comercio, el Sr. Luis Alberto Ramírez Camacho, cédula 400890712, solicita la reposición del certificados de depósito a plazo número 118 305 2000061057 por $2.083,46 y su respectivo cupón.—Heredia, 1 de junio del 2009.—Servicios Financieros.—Kattia Yannarella Montero, Encargada.—(46124).
LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A.
Para los efectos del artículo 689 Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:
Certificado
Nº Acciones Serie
9095 400 J
9094 400 J
Nombre del accionista: Teljos S. A. Folio Nº 6283.—27 de mayo del 2009.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(46153).
Para los efectos del artículo 689 Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:
Certificado
Nº Acciones Serie
006740 400 J
Nombre del accionista: Rubinstein Erich Telma.
Folio Nº 5163.—27 de mayo del 2009.—Norma Naranjo M.,
Gerente de Accionistas.—(46154).
MORLOP SUPPLY SOCIEDAD ANÓNIMA
Morlop Supply Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-545070, solicita ante
PRODUCTOS MILENIO DE COSTA RICA S. A.
Productos Milenio
de Costa Rica S. A., cédula Nº 3-101-197683. Solicita ante
FINCA EL RINCONCITO DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA
Finca El
Rinconcito del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-433101, solicita,
ante
S J MERCADEO INTEGRADO SOCIEDAD ANÓNIMA
S J Mercadeo
Integrado Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-154184, solicita ante
LAS PALMAS DORADAS DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Las Palmas
Doradas de Costa Rica Sociedad Anónima con cédula jurídica número tres ciento
uno trece cuarenta y seis cincuenta y ocho. Solicita ante
ERSOFLOR S. A.
Ersoflor S. A., cédula Jurídica Nº 3-101-089864, solicita
ante
FORJA Y DISEÑO LTDA.
Forja y Diseño
Ltda., cédula jurídica Nº 3-102-331324, solicita ante
ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA DEL ACUEDUCTO
DE SANTA ROSA DEL DISTRITO DE RÍO NUEVO
DEL CANTÓN DE PÉREZ ZELEDÓN
Yo Juan Rafael
Zúñiga Arias, cédula de identidad número uno- seiscientos cuarenta y
nueve-quinientos cincuenta y nueve en mi calidad de presidente y representante
legal de
OFICENTRO SANTA CLARA S. A.
Oficentro Santa Clara S. A., cédula jurídica Nº
3-101-498842, solicita ante
HERMANAS ALFARO LTDA.
Hermanas Alfaro
Ltda., cédula jurídica Nº 3-102-010263-14, solicita ante
PROMOTORA METROPOLITANA DE BIENES
SOCIEDAD ANÓNIMA
Promotora
Metropolitana de Bienes Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-048315,
solicita ante
C & M AVIACIÓN SOCIEDAD CIVIL
C & M
Aviación Sociedad Civil, cédula de persona jurídica número tres-ciento
seis-cuatrocientos veinticuatro mil novecientos noventa y seis, solicita ante
MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO
La señora
Victoria Espinoza Mairena, cédula 2-0307-
PUBLICACIÓN DE una VEZ
COLEGIO CIRUJANOS DENTISTAS DE COSTA RICA
Por unanimidad se acuerda proceder a la suspensión de los siguientes odontólogos:
ÁLVAREZ MARTÍNEZ LAURA ORTEGA ELIZONDO
SARA
ARAYA VALVERDE LIZETH PALMA
PÉREZ EDAISY
CHINCHILLA HERRERZ ROBERTO QUIRÓS CORDERP JUAN PABLO
CONEJO SANDERS ALLAN RODRÍGUEZ
PIEDRA GILBERTH
DÍAZ PRUDENCIO FLOR CRISTINA SÁNCHEZ JIMÉNEZ LORELLY
GONZÁLEZ FERNÁNDEZ TATIANA SLOOTEN VOS MIGUEL
GONZÁLEZ ROJAS MELISA SMITH
GUTIÉRREZ DENIA ROSA
GUTIÉRREZ GÓMEZ HUGO SOLÍS
CALVO GABRIELA
JIMÉNEZ MACAYA SOL TRAURMAN
PETERS GLENN
KLEIMAN WIEN MICHAEL VARGAS
GONZÁLEZ ELEOMAR
MONTIEL CORRALES REBECA VILLALOBOS
CARVAJAL CARLOS
CÉSPEDES HERRERA ALEJANDRO RODRÍGUEZ VILLEGAS CARLOS
DITTEL JIMÉNEZ JOSÉ FRANCISCO EDUARDO
GRANADOS VILLEGAS ISABEL SOTO RUIZ ROLANDO
CRISTINA TAPIA
PADILLA FRANCISCO
LIZANO SOTO ANA MERCEDES VACA BOHORQUEZ LIBIA PATRICIA
MORIS GONZÁLEZ CRISTINA ZÚÑIGA
ARIAS NELSON
BRADDOCK STRADTMAN HENRY MORALES ERAS SILVIA ELENA
CHINCHILLA HERRERA ANASTASIO MORERA PÉREZ TANIA
CORRALES SOLÍS EDGARDO QUESADA
VILLALOBOS FABIÁN
DELGADO MADRIGAL ÓSCAR RODRÍGUEZ
VALVERDE JUAN DIEGO
DÍAZ GARCÍA ALICIA RUIZ
CUBERO JORGE
DURÁN SALAS SILVIA
ILEANA SOLANO
JIMÉNEZ KARINA
FAJARDO UGALDE ELVIA SUÁREZ
SANTOS RAFAEL
JIMÉNEZ MORALES
KAROL JAZMIN THOMAS
ARIAS JERALDINE
MATA MORA RODRIGO VALENCIANO
AGUILAR
MARÍA
ANTONIETA
MITCHELL RILEY PETE EMER VEGA COREA ANA GABRIELA
Por unanimidad se acuerda proceder al levantamiento de suspensión de los siguientes odontólogos:
CARTÍN ESTRADA CARLOS ANÍBAL MATA SANDÍ LUIS GERARDO
CAMBRONERO PÉREZ CINTHYA VARGAS FERNÁNDEZ MAURICIO
GONZÁLEZ MORERA YENDRY
HERRERA VARGAS LUIS BISMARK
Por unanimidad se acuerda proceder al levantamiento de suspensión de los siguientes odontólogos:
ARIAS CHAVARRÍA FERNANDO MARTÍNEZ BARRIOS
JENNIFER
CUBILLO JIMÉNEZ CYNTHIA CECILIA MORALES MARTELL
JUAN
FRANCISCO
FALLAS BADILLA LUCY VERÓNICA RATTNER AYALA KATHERINE
LANZA CONTRERAS CRISTIAN ROSALES MENJIVAR VLADIMIR
Por unanimidad se acuerda proceder al levantamiento de suspensión de los siguientes odontólogos:
CHINCHILLA HERRERA ROBERTO REYES CARMONA JESSIE
FABIOLA
GONZÁLEZ FERNÁNDEZ TATIANA SALAS BRENES LUIS ROBERTO
HERNÁNDEZ SIMONI JUAN PABLO SÁNCHEZ JÍMÉNEZ LORELLY
JIMÉNEZ ROJAS JAVIER SÁNCHEZ
SIBAJA XINIA MARÍA
PADILLA HUETE JORGE
ACUÑA ARCE FANNY
DÍAZ MEDIA RUTH
MURILLO BENAVIDES GABRIELA
ZAMORA TREJOS JORGE ALEXANDER
ZÚÑIGA FERNÁNDEZ KAROL
ÁLVAREZ MARTÍNEZ LAURA
ASCH HANSEN TANNIA
DAVALOS MORALES HERNÁN
DELGADO LÓPEZ-CALLEJA LOURDES
GAMBOA CANTILLO TANIA
KLEIMAN WIEN MICHAEL
MORALES SOTO ADRIANA
Dr. Ottón Fernández López, Fiscal General.—1 vez.—(45251).
Se realiza la publicación de cambio reformas al pacto social de la sociedad Árbol de Cenizas Sociedad Anónima y nombramientos.—San José, 1º de junio del 2009.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(45955).
Ante esta notaría por escritura número doscientos sesenta y ocho del tomo segundo, se constituyó la sociedad denominada Ibtada S. A., con un capital social de cien mil colones.—Cartago, 25 de mayo del 2009.—Lic. Federico Calvo Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 109325.—(46007).
Por escritura número 62 de las 17 horas 15 minutos del 20 de mayo del año 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Super Transmisiones S. A., en la cual se reforma la cláusula segunda de domicilio y se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Juan Miguel Vásquez Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 109327.—(46008).
Por escritura otorgada el día veintinueve de mayo del dos mil nueve, ante esta notaría, se constituye la sociedad anónima Fiduciaria G Y G de San Rafael Sociedad Anónima, se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 1º de junio del dos mil nueve.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 109330.—(46009).
Por
escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad Proyectos
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del día veintiocho de mayo del dos mil nueve, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria y ordinaria de accionistas de Vareche S. A., mediante el cual se reforma la cláusula segunda del domicilio y sétima de la administración.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Ana Lucía Truque Morales, Notaria.—1 vez.—Nº 10933.—(46011).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del día 27 de mayo del
2009, se constituyó la compañía denominada Servicios Económicos,
Asesorías Contabilidad SEAC Sociedad Anónima, domiciliada en
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 21 de mayo del 2009, Mauren Jiménez Chacón y Greivin Rodríguez Chaves, constituyeron sociedad, nombre con el número de cédula jurídica.—Lic. Gustavo Acuña Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 109337.—(46013).
Los
señores Fernando Chacon Thomas y Victor Fernando
Chacon Guzmán, constituyen la sociedad El Pescado Azul de Cuajiniquil Sociedad Anónima, domicilio Cuajiniquil de
Por escritura de las 8:00 horas del 27 de mayo del año 2009, se constituye la sociedad denominada N G B Dos Sociedad Anónima se nombra presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—1 vez.—Nº 109349.—(46015).
Por escritura otorgada por la suscrita Dafne Lizette Blanco Varela a las doce horas del veintiuno de mayo del dos mil nueve, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía Lomas de Valladolid Treinta y Dos Sociedad Anónima, por lo que se reforma la cláusula segunda y undécima del pacto social.—San José, veintiuno de mayo del dos mil nueve.—Lic. Dafne Lizette Blanco Varela, Notaria.—1 vez.—Nº 109352.—(46016).
En San José, ante esta notaría a las catorce horas del veintiocho de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza que se denominará Casa Club Vista de Oro S. A. Capital social suscrito y pagado: diez mil colones exactos.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—Nº 109353.—(46017).
En esta notaría, a las doce horas del veintisiete de mayo de dos mil nueve, mediante escritura número ciento trece, se constituyó la compañía cuya denominación será su número de cédula de persona jurídica asignada por el Registro Nacional más las palabras sociedad anónima. Domicilio: Fortuna, San Carlos, Alajuela, dos kilómetros al este del templo católico. Objeto: la ganadería, el comercio, la industria, el turismo y bienes raíces. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Representado por diez acciones comunes y nominativas de un mil colones cada una. Presidente: Cristian Ramón Cruz Salazar, cédula número dos-quinientos dieciocho-quinientos cuarenta y cinco, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Luis Gerardo Valenciano Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 109356.—(46018).
Se hace saber que en mi notaría a las quince horas del veintinueve de mayo del dos mil nueve, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad denominada Importaciones Alfaro Flores Sociedad Anónima.—29 de mayo del 2009.—Lic. Silvia Alvarado Quijano, Notaria.—1 vez.—Nº 109358.—(46019)
Por escritura otorgada ante esta notaría tres-ciento uno-quinientos cincuenta y siete mil novecientos noventa y ocho s. a., reforma la cláusula 8ª del pacto constitutivo, nombra nueva junta directiva y fiscal. Escritura otorgada a las 16:30 horas del 26 de mayo del 2009.—Lic. Enilda Gutiérrez Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 109359.—(46020).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza Comercializadora Mumas S. A.—Cartago, 27 de marzo del 2009.—Lic. Arnulfo Carmona Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 109362.—(46021).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario se constituyó la sociedad Transportes de Carga Alto de las Palomas Ltda. Capital debidamente suscrito y pagado.—San José, 1º de junio del 2009.—Lic. Leonardo Ugalde Cajiao, Notario.—1 vez.—Nº 109366.—(46022)
Ante esta notaría al ser las 9:00 horas del 1º de junio del 2009, se constituyó Inversiones joed Sociedad Anónima.—Heredia, 1º de junio del 2009.—Lic. Yendri Patricia Rojas Pérez, Notaria.—1 vez.—Nº 109371.—(46023).
Que en la asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Ebbtide Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos noventa y seis mil quinientos cuarenta, celebrada a las diecinueve horas del día seis de mayo del año dos mil nueve, en el domicilio social de la sociedad, cuya Acta ha sido protocolizada por el Suscrito Notario según consta en la escritura dieciocho-cinco, visible al folio diecisiete frente del tomo quinto del protocolo del Suscrito Notario, se modifica la cláusula segunda del Pacto Constitutivo de la sociedad, las cuales en adelante deberán leerse así segunda: tendrá su domicilio en Playa Dominical, distrito cuarto Bahía Ballena, cantón quinto Osa, provincia de Puntarenas, frente a la iglesia católica, no obstante podrá establecer agencias o sucursales en cualquier lugar dentro o fuera del país. Es todo.—Dominical de Osa, Puntarenas al ser las trece horas quince minutos del veinte de mayo del dos mil nueve.—Lic. José Miguel León Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 109372.—(46024).
Mediante escritura número treinta y ocho otorgada ante esta notaría, visible al folio veinte frente del tomo sexto del protocolo, se protocolizó asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Villas de Playa Tortuguero S. A., celebrada en su domicilio social a las dieciocho horas del cuatro de mayo del dos mil nueve, en segunda convocatoria, en donde se acordó aumentar el capital social por el aporte del señor Ricardo José Nieves Carrascosa en la suma de seis millones de colones adicionales al capital existente representado por seiscientas acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una y por lo tanto se reforma la cláusula quinta de dicha sociedad.—Lic. Georgina Castillo Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 109375.—(46025).
Ante
la suscrita notaria, a las 12:00 horas del 23 mayo del 2009, se constituyó la
sociedad Corporación Andaluz Jaén S. A. Capital social: 100 mil colones,
representado por 10 acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada
una. Objeto: comercio, industria, turismo, ganadería, agricultura, transporte,
representación de compañías nacionales o extranjeras y cualquier otro fin
lícito. Domicilio: San José, Barrio Naciones Unidas,
Edwin Arroyo Esquivel, mayor, casado una vez, empresario, cédula tres-trescientos veintiséis-cero setenta, vecino de Naranjo, Urbanización Las Tres Marías casa número cuatro, constituye sociedad anónima denominada Compañía Constructora en Estructuras Metálicas y de Concreto Sociedad Anónima, con domicilio igual al de su apoderado.—Naranjo cinco de mayo del dos mil nueve.—Lic. Melisa Navarro Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 109377.—(46027).
Por escritura otorgada ante mí, se constituye: Clínica de Especialidades Médicas San Benito. Objeto: servicios médicos, industria, agricultura, ganadería y comercio en general.—Heredia, primero de junio de 2009.—Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario.—1 vez.—Nº 109378.—(46028).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó sociedad cuya denominación será el número de cédula jurídica que se le asigne por parte del Registro Mercantil. Objeto: industria, agricultura, ganadería y comercio en general. Capital social, íntegramente suscrito y pagado. Heredia, 1 de junio de 2009.—Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario.—1 vez.—Nº 109379.—(46029).
Ante esta notaría, por escritura de las diez horas con cuarenta minutos del día dieciocho de mayo de dos mil nueve, se constituyó la sociedad Siete Colores Sico Sociedad Anónima, presidenta: Beatriz Rivera Vargas.—San José, primero de junio de dos mil nueve.—Lic. María Lucrecia Quesada Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 109381.—(46030).
Por
escritura otorgada a las dieciocho horas del veintiuno de mayo del dos mil
nueve, ante esta notaría, German Alfaro Salas y
Patricia Quintanilla Bandiinn constituyen una
sociedad de responsabilidad limitada cuya denominación social se hace de
conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número
treinta y tres mil ciento setenta y uno-J publicado en
Rome Holdings Co. De Costa Rica S. A., modifica cláusula sexta del pacto constitutivo.—Otorgada: 12:00 horas del 31 de mayo del 2009.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 109384.—(46032).
En escritura número doscientos setenta y cinco, otorgada en esta Notaría, a las ocho horas del primero de junio del dos mil nueve, se protocolizó acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios, de la compañía Cenfotec, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cinco mil ciento treinta y uno; en la que se modifican las cláusulas segunda y cuarta del pacto social.—San José, primero de junio del dos mil nueve.—Lic. Carmen María Bergueiro Pereira, Notaria.—1 vez.—Nº 109387.—(46033).
Por escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 7:00 horas del 21 de mayo 2009, se constituyó la sociedad anónima Inversiones Glen Docherty, S. A., y a las 17:00, 18:00, 19:00, 20:00, 21:00, 22:00 y 23:00 horas del 27 de mayo 2009, protocolicé respectivamente: 1) Acta de asamblea de socios de Grecca Trading S. A., que reforma su capital social, 2) Acta de asamblea de socios de Epsilon Trading, S. A., que reforma su capital social, 3) Acta de asamblea de socios de Black Ironwood, S. A., que reforma su cláusula Nº 6 del pacto social, 4) Acta de asamblea de socios de Finca Miraculosa S. A., que se transforma en una compañía limitada y se transcribe todo el pacto social, 5) Acta de asamblea de socios de Missing Hat S. A., que se transforma en una compañía limitada y se transcribe todo el pacto social, y 6) Acta de asamblea de socios de Sunsurf, S. A., que se transforma en una compañía limitada y se transcribe todo el pacto social.—San José, 29 de mayo 2009.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 109388.—(46034)
En esta notaría a las 10:00 horas del 16 de marzo del 2009, protocolicé asamblea de Orgiv de Occidente S. A., para cambio de presidente, secretario y fiscal.—San Ramón, 18 de mayo del 2009.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 109393.—(46035).
En esta notaría César Méndez Hernández y Rafael Chassoul Monge, constituyen sociedad según Decreto Ejecutivo 33171-J S. A., presidente Cesar, capital social 10 mil colones.—San Ramón, 8 de mayo del 2009.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 109395.—(46036).
En esta notaría César Méndez Hernández y Rafael Chassoul Monge, constituyen sociedad según Decreto Ejecutivo 33171-J S. A., presidente César, capital social 10 mil colones.—San Ramón, 8 de mayo del 2009.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 109396.—(46037).
Mediante
escritura número veinticuatro de las ocho y diez minutos del veintinueve de
mayo, se constituyó sociedad anónima, se denominará, conforme al Decreto
treinta y tres mil ciento setenta y uno-J; se autoriza al Registro Público de
Se hace constar que por escritura número treinta y cuatro de las once horas del primero del mes de junio del dos mil nueve, en el tomo quinto del protocolo de la notaria Kathya Navarro López, se constituyó la sociedad Corporación Méndez Quiel M&Q Sociedad Anónima, cuyo capital es de ¢100.000.00, domiciliada en San José. Representante: Presidente y secretario.—San José, 1º de junio del 2009.—Lic. Kathya Navarro López, Notaria.—1 vez.—Nº 109399.—(46039).
Ante esta notaría por escritura de las diecisiete horas del veintinueve de mayo del dos mil nueve, se modifica la cláusula sétima de la sociedad Siozzano S. A.—San José, 1º de junio del dos mil nueve.—Lic. Milton Rojas Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 109401.—(46040).
Ante mi notaría, procedo a protocolizar acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios número uno, de la sociedad Don Donato Carvajal Chaves S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos veintidós mil ochocientos setenta y ocho, en la cual se revocan los cargos de sus miembros de la junta directiva y se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo, para que en adelante se lea así: La sociedad será administrada por una junta directiva integrada por un presidente, un tesorero y una secretaria. La representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma le corresponderá al presidente en forma exclusiva.—Atenas veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Jorge Prado Salas, Notario.—1 vez.—Nº 109402.—(46041).
Mediante escritura pública número seis del protocolo número dieciséis de la notaria Hellen Alfaro Alfaro, otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del veintiocho de mayo dos mil nueve, se nombró nueva junta directiva y fiscal de Inversiones Comerciales Rodríguez y Stoffels Sociedad Anónima.—Sarchí Norte, veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Hellen Alfaro Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 109405.—(46042).
Mediante
escritura pública número cinco del protocolo número dieciséis de
Por escritura otorgada en mi notaría en esta ciudad, a las trece horas de hoy se constituyó la sociedad Trafimex Logóstica Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, Curridabat, veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Rodolfo Acosta Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 109408.—(46044).
Por esta escritura otorgada en esta notaría en San José, a las nueve horas del día veintiocho de mayo del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Dot Gi Sociedad Anónima. Se reforma cláusula segunda y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Juan Antonio Madriz Arce y Carlos Morales Fallas, Notarios.—1 vez.—Nº 109411.—(46045).
El suscrito notario hace constar que el día de hoy protocolicé el acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Corporación Olivas Dos Inc Sociedad Anónima, en las que se les reforma la cláusula segunda y sexta de los estatutos de la sociedad.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Paul Portuguez Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 109412.—(46046).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas del 25 de mayo de 2009,
se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de
Mediante escritura pública número cincuenta y seis otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 1º de junio del dos mil nueve, se protocoliza acta de la sociedad Arte y Diseño FA E S. A., donde se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo.—Lic. Marlon Sánchez Cortes, Notario.—1 vez.—Nº 109414.—(46048).
Mediante escritura otorgada ante mí, el día de hoy Aisling Elizabeth French y Brian Edward French, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada que se denominará por su número de cédula jurídica con el aditamento S.R.L. Capital social cien mil colones. Representada por dos gerentes apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio San Isidro de Heredia. Plazo social 99 años.—San José, 13 de mayo de 2009.—Lic. Miguel Antonio Arias Maduro, Notario.—1 vez.—Nº 109416.—(46049).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 9:00 horas del día 25 de mayo del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Seguridad Osley S. A., por la que se varían las cláusulas primera y cuarta del pacto constitutivo y se hacen nombramientos.—San José, 26 de mayo del 2009.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(46053).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 8:00 horas del día 25 de mayo del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Diez Don Fernando S. A., por la que se varía la cláusula de la administración y nombra nueva junta directiva.—San José, 26 de mayo del 2009.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(46054).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se constituyen las sociedades Grupo Gutslon Sociedad Anónima y Grupo Siljualuc Sociedad Anónima. Presidente: Marco Antonio Gutiérrez Rojas. Domicilio: Heredia.—Heredia, 01 de junio del dos mil nueve.—Lic. Randall Segura Ulate, Notario.—1 vez.—(46055).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas y treinta minutos del veintiuno de mayo del dos mil nueve, se modifican las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo, y se nombra nuevo tesorero y fiscal, en la sociedad denominada Hacujosi Sociedad Anónima. Presidente: Iván Ramón Rodríguez Esquivel.—Alajuela, 25 de mayo del 2009.—Lic. Gabriela Rodríguez Sánchez, Notaria.—1 vez.—(46059).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad anónima denominada Transportes Miramar A & L Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años a partir del treinta de mayo de 2009. Objeto: transporte de materiales de construcción. Pudiendo dedicarse también a la industria, ganadería, agricultura, porcicultura y comercio en general. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Heredia, dos de junio del dos mil nueve.—Lic. Elizabeth Víquez Matamoros, Notaria.—1 vez.—(46120).
Por escritura otorgada a la 17:00 horas del 27 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad Joly & Asociados Sociedad Anónima. Domicilio social: la ciudad de San José, Aserrí, del costado noroeste de la iglesia católica, cuatrocientos metros al este y trescientos al sur, urbanización Piamonte, casa número cincuenta y tres. Capital: doce mil colones, producción, industria y comercio en general.—San José, 27 de mayo del 2009.—Lic. Johnny Vargas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 109417.—(46128).
La suscrita notaria Tatiana Martínez Salas, hace constar que ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Macias Inmomacsa S. A., por escritura pública otorgada en la ciudad de San José, a las ocho horas treinta minutos del veintinueve de mayo del dos mil nueve. Apoderado generalísimo sin límite de suma Alejandro Macias.—Lic. Tatiana Martínez Salas, Notaria.—1 vez.—(46134).
Mediante escritura número veintiuno, otorgada a las quince horas del día veintiocho de mayo del dos mil nueve, visible al folio veinticinco frente del tomo tres de mi protocolo, se reforman los estatutos y se nombra junta directiva de Tropical Goods Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos veintinueve mil setecientos.—Alajuela, primero de junio del dos mil nueve.—Lic. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria.—1 vez.—(46136).
Ante mí, Héctor Rolando Vargas Sánchez, notario público con oficina en Heredia en escritura otorgada a las ocho horas del dos de junio del dos mil nueve, se modificó la cláusula de la administración de la empresa Soluciones e Inversiones Arquitectónicas Marpo S. A.—2 de junio del 2009.—Lic. Héctor Rolando Vargas Sánchez, Notario.—1 vez.—(46137).
Por medio de la escritura número doscientos setenta y tres, otorgada a las quince horas del día veintiocho de mayo del dos mil nueve, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Johns Ride Sociedad Anónima, por la cual se modifica la cláusula segunda relativa al domicilio y se revocan los nombramientos de los miembros de la junta directiva y del fiscal y se nombran nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(46140).
Por medio de la escritura número doscientos cincuenta y siete, otorgada a las catorce horas del día veintidós de mayo del dos mil nueve, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Villa Hampden Tucanes Lea Uno S. A., por la cual se modifica la cláusula segunda del domicilio, la novena de la administración y representación, y se revocan los nombramientos de los miembros de la junta directiva y se nombran nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(46141).
Por medio de la escritura número doscientos cuarenta y seis, otorgada a las diez horas del día veintiuno de mayo del dos mil nueve, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Junquimar Holdings Limitada, por la cual se modifica la cláusula tercera del domicilio, la sexta de la administración y representación, y se revocan los nombramientos del gerente y se nombran nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(46142).
Por medio de la escritura número doscientos dos, otorgada a las trece horas del día cuatro de mayo del dos mil nueve, ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada Unidad Dieciséis B de Dolce Vita Limitada. Capital social: cien mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Gerente: el señor David Berman.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(46143).
Por medio de la escritura número doscientos sesenta, otorgada a las dieciséis horas del día veinticinco de mayo del dos mil nueve, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Wendy Loves Costa Rica Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Presidenta: la señora Wendy Aguirre López.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(46144).
Por escritura otorgada ante nosotros en Alajuela, a las once horas del veintisiete de mayo de este año, se constituyó Corporación Dabe Sociedad Anónima. Domicilio: ciudad de Alajuela. Plazo: noventa y nueve años. Fines: industria y comercio en general. Capital: doce mil colones suscrito y pagado totalmente. Presidente, secretario, tesorero apoderados actuando conjuntamente.—Alajuela, 01 de junio del dos mil nueve.—Lic. Mario Morales Villalobos y Lic. Marlene Mora Montero, Notarios.—1 vez.—(46148).
Por la escritura número ciento ochenta y cuatro, otorgada ante esta notaría a las nueve horas del dos de junio del dos mil nueve, se reformó la cláusula novena del pacto constitutivo de la sociedad anónima denominada Apartamento Los Bambúes, cédula jurídica número tres - ciento uno - quinientos setenta y tres mil cuatrocientos sesenta y cuatro.—San José, 2 de jumo del 2009.—Lic. Maricé Porras Zamora, Notaria.—1 vez.—(46152).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima: tres- ciento dos- cinco uno nueve uno uno ocho sociedad de responsabilidad limitada, por la que se nombra nuevo gerente y se reforma el domicilio social de la sociedad.—San José, siete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Luis Diego Castillo Guzmán, Notario.—1 vez.—(46176).
Mediante escritura pública, se constituyó ante esta notaría la compañía denominada, Parioli Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones.—Alajuela, 29 de mayo del 2009.—Lic. Isidro Rodríguez Gómez, Notario.—1 vez.—(46220).
A las once horas del día veintinueve de mayo del dos mil nueve, protocolicé acta del libro de asamblea general de socios de la compañía Claudia de Las Colinas Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y tres mil quinientos cuarenta y tres, donde se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Lic. Luis Miguel Carballo Pérez, Notario.—1 vez.—(46222).
Mediante la escritura número ciento noventa y siete-uno otorgada el primero de junio de dos mil nueve, a las doce horas con quince minutos, en el tomo primero del protocolo del notario Wálter Gerardo Gómez Rodríguez, se reforma el pacto constitutivo de la sociedad denominada Roysi S. A., en la cual se reforman las siguientes cláusulas: primera: Se cambia junta directiva y fiscal. Segunda: se cambia razón social, para en lo sucesivo denominarse R Y G Servicios Empresariales S. A.—Lic. Wálter Gerardo Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(46234).
Por escritura número noventa y cinco-cuarenta y tres, otorgada ante los notarios públicos Juvenal Sánchez Zúñiga, Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo del primero, a las diez horas del día dos de junio del año dos mil nueve, se reforma la cláusula segunda, se nombra agente residente y se revoca poder general de la sociedad Bruin Properties of Guanacaste BPG Ltda.—San José, 02 de junio del 2009.—Lic. Juvenal Sánchez Zúñiga, Notario.—1 vez.—(46237).
Por escritura otorgada a las diez horas del siete de mayo del dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada Enlaces Empresariales de Centroamérica Sociedad Anónima, con presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 7 de mayo del 2009.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(46238).
Por escritura otorgada ante mi notaría, se constituyó Andhi Sociedad Anónima; domicilio San José; capital suscrito y pagado; plazo cinco años renovables; objeto comercio en general; presidente apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 2 de junio del 2009.—Lic. Luis Enrique Moya Salgado, Notario.—1 vez.—(46240).
Ante mí Alfredo Esteban Cortes Vílchez, notario público se acuerda reformar las cláusulas primera y sétima del pacto constitutivo de la sociedad Instituto Pedagógico Vasconcelos Sociedad Anónima para que en adelante se lea en su cláusula primera, para que en adelante se lea así: la sociedad se denominará con el nombre de Complejo Educativo Villa Heredia CEVH Sociedad Anónima, nombre que es de fantasía, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras por S. A. Otorgada en Heredia, a las catorce horas del dos de junio del año dos mil nueve. Es todo.—Heredia dos de junio de dos mil nueve.—Lic. Alfredo Esteban Cortes Vílchez, Notario.—1 vez.—(46322).
Ante
mí, Alfredo Esteban Cortes Vílchez, notario público se constituyó Café
Gourmet Rojas Martínez M Y M Sociedad Anónima, cuya presidenta es María
Isabel Rojas Martínez, con un total de capital social por la suma de diez mil
colones, Domicilio: su domicilio social será en cantón Heredia, distrito
Central de la provincia de Heredia, doscientos este de
Ante
mi notaría se constituyó a las ocho horas del día veintinueve de mayo del año
dos mil nueve, la compañía denominada Alfa Roma Sociedad Anónima con un
capital social de diez mil colones. Presidente: Mario Arnoldo Palacios,
domicilio en San José,
Ante esta notaría en el día de hoy a las 14:00 horas, se constituyó la empresa denominada: Soluciones Solares Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Soluciones Solares S. A., que es nombre de fantasía. Con un capital social de ¢10.000,00 debidamente suscrito y pagado; y cuyo presidente es el señor Peng Hsien Tsai - Lee. Dado conforme en San José, 22 de mayo del 2009.—Lic. Antonio Barboza Rodríguez, Notario.—1 vez.—(46363).
El suscrito notario hace constar que en fecha primero de junio del dos mil nueve, se protocolizó el acta de la sociedad Depósito de Maderas San Miguel S. A., en la cual se modifica la cláusula primera del pacto constitutivo.—San José, primero de junio del dos mil nueve.—Lic. Ronny Esteban Retana Moreira, Notario.—1 vez.—(46378).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 16:00 horas del 2 de junio del 2009, se protocolizó acta de asamblea de socios de tres-ciento uno-quinientos cuarenta y nueve mil veintinueve sociedad anónima, mediante la cual se reformaron cláusulas primera, tercera y novena y se nombró nueva junta directiva.—San José, 03 de junio del 2009.—Lic. José Alejandro Martínez Castro, Notario.—1 vez.—(46383).
Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Hiades Villa Ciento Ochenta y Ocho Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula sexta de la administración, se conoció de revocación de cargos y se realizaron nuevos nombramientos. Escritura sesenta y uno, otorgada en San José a las diez horas del dos de junio del dos mil nueve.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—(46387).
Por escritura otorgada el día de hoy, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Havelis Investments Sociedad Anónima, por medio de los cuales se acordó modificar la cláusula octava, se revocaron nombramientos de junta directiva y se hacen nuevos nombramientos.—San José, 02 de junio del 2009.—Lic. Pablo Enrique Guier Acosta, Notario.—1 vez.—(46390).
Por escritura otorgada ante mí, número doscientos setenta y nueve, de las diecisiete horas del día veintiocho de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Kanata Sociedad Anónima. Domiciliada en San Pablo de Heredia, Urbanización María Auxiliadora. Objeto: El ejercicio del comercio en todas sus formas, la industria, la ganadería, la agricultura, y en general toda actividad lucrativa. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: José Rafael Bolaños Sequeira. Capital social: Un millón de colones representado por cien acciones, comunes y nominativas de diez mil colones cada una, suscritas y pagadas.—Lic. Ana Lucía Campos Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 109424.—(46391).
Ante la notaría del Lic. Audrys Esquivel Jiménez, se otorgó la escritura número ciento noventa y ocho del tomo veintiuno, se protocolizó acta de la sociedad Grupo Qurundu de Santa Ana S. A.—Santa Ana, veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 109425.—(46392).
Ante la notaría del Lic. Audrys Esquivel Jiménez, se otorgó la escritura número doscientos dos del tomo veintiuno, se constituyó la fundación: Fundación del Nuevo Pensamiento del Cristo Unificado, Saint Germain y el Yo Soy El Que Yo Soy.—Santa Ana, treinta de mayo del dos mil nueve.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 109426.—(46393).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:30 horas del 14 de mayo del 2009, he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la entidad Seguros Chacor Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula primera del estatuto social, modificándose su razón social.—Lic. Jorge Mario Murillo Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 109427.—(46394).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del 14 de mayo del 2009, he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la entidad Seguros Elizondo Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula primera del estatuto social, modificándose su razón social.—Lic. Jorge Mario Murillo Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 109428.—(46395).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:15 horas del 14 de mayo del 2009, he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la entidad Seguros Cedesa de San Carlos Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula primera del estatuto social, modificándose su razón social.—Lic. Jorge Mario Murillo Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 109429.—(46396).
El suscrito notario hago saber que el día dos de noviembre del dos mil ocho, Kendall y Joseph Adanis Villalobos, Eliécer Adanis Hernández, y Jéssica Arce Delgado, han constituido una sociedad anónima cuya razón social será el número de cédula que se le asigne, estará domiciliada en Heredia, San Francisco, Urbanización Monterrosa, casa número ciento ochenta y siete, por un plazo de 99 años. Se dedicará principalmente a la construcción de estructuras metálicas e importación de vehículos y otros bienes; y administrar fideicomisos.—Cartago, 05 de noviembre del 2008.—Lic. Yorhanny Campos Piedra, Notario.—1 vez.—Nº 109431.—(46397).
Por escritura otorgada en esta notaría a las trece horas diez minutos del día veintinueve de mayo del presente año, se constituyó la sociedad denominada Citadium Sociedad Anónima. Con domicilio en San José, Paseo Colón, Edificio Torre Mercedes, noveno piso, oficina Weinstok Abogados. Capital social: diez mil colones.—San José, primero de junio del año dos mil nueve.—Lic. Natasha Donoso Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 109435.—(46398).
Por escritura número doscientos setenta y seis-cuarenta y uno otorgada a las quince horas treinta y un minutos del veintinueve de Mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Candamaria Sociedad Anónima. Corresponde al presidente y tesorero la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San Isidro de El General, 30 de mayo del 2009.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 109437.—(46399).
Por escritura número doscientos setenta y siete-cuarenta y uno otorgada a las quince horas cuarenta y ocho minutos del veintinueve de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Guaicaipuro Sociedad Anónima. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de El General, 30 de mayo del 2009.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 109438.—(46400).
Por escritura número doscientos veintisiete-tres otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del veintisiete de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad K& V In The Paradise Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente: Kenneth Henry Layell.—San José, veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Sindy Priscilla González Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 109442.—(46401).
Por escritura número doscientos treinta-tres, otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veintinueve de mayo del dos mil nueve, se nombra nueva junta directiva de la sociedad Villa Verde Dos-Termini S.A. 3-101-496060.—Lic. Sindy Priscilla González Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 109443.—(46402).
Escritura 212- Tomo 10, esta notaría, 22 de mayo del 2009, se constituyó, se solicita al Registro Público Sección Mercantil, que se indique como denominación social el número de cédula jurídica que respectivamente le corresponda, al inscribir la sociedad, con el respectivo aditamento Sociedad Anónima, domiciliada en Villa Ligia, Pérez Zeledón, provincia de San José, exactamente mil seiscientos metros sur de la escuela. Capital social: 10.000,00 colones, representado por 10 acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San Isidro, Pérez Zeledón, al ser las 18 horas del día 21 de mayo del 2009.—Lic. Nelson Quirós Naranjo, Notario.—1 vez.—Nº 109445.—(46403).
Que por escritura número 71, visible a folio 80 frente, se modificó las cláusulas sexta y sétima del pacto social y nombró gerente y gerente operativa, de Our New Land SRL. Visible en el tomo XII del protocolo del notario público Lic. Eduardo Abarca Vargas.—Uvita de Osa, a las 09:00 horas del 29 de mayo del año 2009.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 109450.—(46404).
Gicenia Ugalde Rojas, cédula número uno-ochocientos sesenta y dos-cuatrocientos veinticuatro, y María Elena Rojas Herrera, mayor, con cédula de identidad número dos-doscientos setenta y nueve-ciento cuarenta y siete, Víctor Hugo Ugalde Matamoros, cédula dos-doscientos sesenta y nueve-ochocientos tres, constituyen la sociedad denominada Inversiones Tía Gis Sociedad Anónima, ante la notaria María del Milagro Ugalde Víquez, a las dieciséis horas del veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 109452.—(46405).
Ante mí, Rafael Salazar Fonseca, notario con oficina en esta ciudad, el día de hoy se constituyó la sociedad Constructora El Sol del Norte Sociedad Anónima. Capital social: doce mil colones. Presidente: Manuel Francisco Brenes Salas.—Barva de Heredia, primero de junio del año dos mil nueve.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 109453.—(46406).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas treinta minutos del veintiséis de mayo del dos mil nueve, se constituyó la entidad que se denominará Campo Santo Silencio y Paz Sociedad Anónima, con domicilio en San Pedro de Barva de Heredia, setenta y cinco metros al oeste de la iglesia católica; con un plazo de noventa y nueve años a partir de su constitución y capital social de diez mil colones. El presidente de la compañía, ostentará la representación de la misma con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—Lic. Randall Segura Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 109459.—(46407).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las 13:30 horas del 15 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad Desarrollos e Ingeniería Proyección Industrial Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar DINPRI S. A. Presidenta: Ana Isabel Vargas Cárdenas. Presidenta, secretaria y tesorero, ostentan la representación judicial y extrajudicial. Plazo: noventa y nueve años a partir de su constitución.—Nicoya, 18 de mayo del 2009.—Lic. Manuel Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 109460.—(46408).
Ante esta notaría comparecieron Zhenyang Liang Chen, cédula ocho-cero ochenta-quinientos sesenta, y Annia Lucrecia Varela Mena, cédula uno-ochocientos sesenta y dos-cero setenta y cinco, para constituir la sociedad denominada Distribuidora Charlie L Z Sociedad Anónima, con un plazo de noventa y nueve años y con objeto de comercio.—Nicoya, veintidós de mayo del dos mil nueve.—Lic. Iveth Orozco García, Notaria.—1 vez.—Nº 109461.—(46409).
Ante esta notaría comparecieron Ademar Suárez Sánchez cédula uno-ochocientos uno-quinientos treinta y tres, y Ana Corrales Gamboa, cédula tres-trescientos veinticuatro-novecientos cincuenta y nueve, para constituir la sociedad denominada A S Topografía Sociedad Anónima y Distribuidora Charlie L Z Sociedad Anónima, con un plazo de noventa y nueve años y con objeto de comercio.—Nicoya, veintidós de mayo del dos mil nueve.—Lic. Iveth Orozco García, Notaria.—1 vez.—Nº 109462.—(46410).
Por
escritura número doscientos treinta y cinco otorgada ante esta notaría se
constituyó la sociedad Inversiones Calderón Rojas Sociedad Anónima. Al
presidente y secretario le corresponde la representación judicial y
extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de
suma. Presidente: Juan Carlos Calderón Rojas, cédula de identidad número
tres-trescientos veintisiete-setecientos trece, y secretaria: Estefanny Calderón Brenes, cédula de identidad número
tres-cuatrocientos cuarenta y tres-setecientos cuarenta y siete. Plazo social:
noventa y nueve años. Domicilio fiscal: en Guadalupe, Cartago, veinticinco
metros oeste de
Por
escritura número 078-47 del tomo 47 del protocolo del notario Casimiro Vargas
Mora, otorgada en esta ciudad a las 16:00 horas del 29 mayo del 2009, se
constituye una sociedad de responsabilidad limitada, cuya denominación social
lo será de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto
Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J, publicado
en
Por escritura número 103-04 del tomo 04 del protocolo de la notaria pública Ana Lorena Borges Montero, otorgada en esta ciudad a las 15:30 horas del 08 de diciembre el 2008, la sociedad costarricense denominada 3-102-504445 s.r.l., con cédula jurídica número tres-ciento dos-quinientos cuatro mil cuatrocientos cuarenta y cinco, modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, 01 de junio del 2009.—Lic. Ana Lorena Borges Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 109465.—(46413).
Los suscritos, Paulo Sáenz Zúñiga y Anais Zúñiga Vega, notifican que han constituido la entidad Quick Services Coronado S. A. Domiciliada en San José, Coronado, con un capital de diez mil colones. Administración de empresa de venta de suministros para mascotas. Sociedad constituida en San José, a las 19 horas del 01 de junio del 2009.—Lic. Edgar Montero Mejía, Notario.—1 vez.—Nº 109466.—(46414).
Por
escritura ciento noventa y dos, otorgada a las veinte horas con diez minutos
del día cuatro de abril del dos mil nueve, Douglas Ricardo Rojas Campos,
Ricardo Ramírez Villalobos y Derwin José Orozco
Barrantes constituyeron la sociedad mercantil denominada Ministerios Para
Por
escritura ciento noventa y ocho, otorgada a las dieciocho horas del día primero
de junio del dos mil nueve, Jonny Villegas Rodríguez
conocido como Johnny Villegas González y Rebeca Mercedes Herrera Villegas
constituyeron la sociedad mercantil denominada Grupo Corporativo Familiar de
Occidente Villegas Rodríguez Sociedad Anónima y que es nombre de
fantasía. Duración: noventa y nueve años. Presidente: Jonny
Villegas Rodríguez conocido como Johnny Villegas González. Domicilio: San Ramón
de Alajuela. Sita Piedades Norte,
Ante
la notaría de la suscrita, Marcela Padilla Valverde, en
Por escritura Nº 284 de las 10:00 horas del 29 de mayo del 2009, María Cristina Chacón Sánchez y Augusto Trejos Molina, constituyeron sociedad denominada Inversiones Almazzera Sociedad Anónima. Capital social: ¢1.000.000,00. Plazo social: 99 años. Presidenta: María Cristina Chacón Sánchez.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 109475.—(46418).
Por escritura Nº 256 de las 8:30 horas del 25 de mayo del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Tecnología y Motobombas Sociedad Anónima, donde se modificó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 109477.—(46419).
Por escritura Nº 278 de las 11:00 horas del 27 de mayo del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Sistemas Pod de Costa Rica Sociedad Anónima, donde se reformó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 109479.—(46420).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas treinta minutos del tres de febrero del año dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Plaza Local Naranjas del Prado B Uno Sociedad Anónima.—Lic. Paola Colombo Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 109563.—(46466).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas veinte minutos del tres de febrero del año dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Plaza Local Frambueza F Uno Sociedad Anónima.—Lic. Paola Colombo Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 109564.—(46467).
Ante el notario Fernando Mena Alvarado, con oficina en la ciudad de Grecia centro, Alajuela, ciento veinticinco metros norte de Perimercados, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada Inversiones Jara Rojas de Naranjo Sociedad de Responsabilidad Limitada. El domicilio social será en Cirri de Naranjo, Alajuela, del cruce a San Ramón, 400 oeste, el plazo social es de 99 años a partir del 23-04-2009, su objeto será el comercio en el sentido más amplio la industria. Gerente: Claudio Antonio Jara Huertas, cédula 2-325-137.—Grecia, 01 de junio del 2009.—Lic. Fernando Mena Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 109566.—(46468).
Es
escritura Nº 19 del 18 de mayo del 2009, se protocoliza acta Nº 20 de la
sociedad Rara Avis S. A., nombra como agente residente a
Mediante escritura número veintiocho otorgada ante esta notaria, a las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos del día primero de junio del dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria número uno de la sociedad A.P. Constructora Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula quinta del pacto social.—Lic. Daniella Segnini Díaz, Notaria.—1 vez.—Nº 109568.—(46470).
El
suscrito Notario hace constar que hoy he protocolizado, el acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad Ojos de
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos del veintiocho de mayo del año dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada Desarrollos Inmobiliarios Arrecife Cristalino Sociedad Anónima.—Lic. Paola Colombo Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 109572.—(46472).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veintiocho de mayo del año dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada Desarrollos Inmobiliarios Corales de Playa Carmen Sociedad Anónima.—Lic. Paola Colombo Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 109573.—(46473).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas treinta minutos del veintiocho de mayo del año dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada Restaurante y Bar Tropicana de Jacó Sociedad Anónima.—Lic. Paola Colombo Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 109574.—(46474).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del veintiocho de mayo del año dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada Desarrollos Inmobiliarios Perlas de Jacó Sociedad Anónima.—Lic. Paola Colombo Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 109575.—(46475).
Mediante escritura número doscientos dieciséis-dos, de las quince horas treinta minutos del veintiséis de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Valores Sejova Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—Nº 109589.—(46477).
Mediante escritura número doscientos treinta y dos-trece, de las diez horas treinta minutos del doce de febrero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Valle de Ostiglia Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, 02 de junio del 2009.—Lic. Juan Carlos Segares Lutz, Notario.—1 vez.—Nº 109590.—(46478).
Mediante escritura número doscientos quince-dos, de las quince horas del veintiséis de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Q Cinco Beige Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—Nº 109591.—(46479).
Mediante escritura número doscientos treinta y uno-trece, de las diez horas del doce de febrero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Vistas de Amalffi Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, 02 de junio del 2009.—Lic. Juan Carlos Segares Lutz, Notario.—1 vez.—Nº 109592.—(46480).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria a las 16:15 horas del 29 de mayo del 2009, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Naturaleza del Aniz Sociedad Anónima, donde se modifica la cláusula segunda del domicilio social. Se revoca el nombramiento del presidente, secretario, tesorero y fiscal y se hacen los nuevos nombramientos.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Rebeca Linox Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 109594.—(46481).
Por
escritura otorgada a las nueve horas del 29 de mayo del 2009, se constituyó
Por escritura otorgada en esta notaría a las nueve horas del dos de junio del dos mil nueve, se constituyó Travel Bussines Corporation S. A., capital íntegramente suscrito y pagado.—Alajuela, 02 de junio del 2009.—Lic. José Mario Rojas Ocampo, Notario.—1 vez.—Nº 109597.—(46483).
Por escritura otorgada en esta notaría a las dieciséis horas del veintiuno de abril del dos mil nueve, se constituyó Asesores Corporativos ASECOR S. A., capital íntegramente suscrito y pagado.—Alajuela, 28 de mayo del 2009.—Lic. José Mario Rojas Ocampo, Notario.—1 vez.—Nº 109598.—(46484).
Por escritura otorgada en esta notaría a las nueve horas del veintinueve de mayo del dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad denominada Peluca Internacional PLC S. A., donde se reorganiza junta directiva.—Alajuela, 28 de mayo del 2009.—Lic. José Mario Rojas Ocampo, Notario.—1 vez.—Nº 109599.—(46485).
Por escritura de mi notaría de las 18:00 horas del 20 de mayo del dos mil nueve, tomo octavo, folio 108 frente, escritura 140, se modificó cláusula octava de la administración de la sociedad Varmen Esparza S. A., cédula jurídica 3-101-312895.—Esparza, 28 de mayo del 2009.—Lic. Óscar E. Benavides Segura, Notario.—1 vez.—Nº 109600.—(46486).
Por escritura de mi notaría de las ocho horas del dieciocho de mayo del dos mil nueve, tomo octavo, folio 103 vuelto, escritura 138, se constituyó la sociedad cuyo nombre es su número de cédula jurídica. Domicilio Curridabat, San Pedro, duración noventa y nueve años, capital suscrito y pagado. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Esparza, 28 de mayo del 2009.—Lic. Óscar E. Benavides Segura, Notario.—1 vez.—Nº 109601.—(46487).
Por escritura de mi notaría de las 13:00 horas del 20 de mayo del dos mil nueve, tomo octavo, folio 105 vuelto, escritura 139, se constituyeron seis sociedades anónimas cuyo nombre es su número de cédula jurídica. Domicilio Esparza, Puntarenas, duración noventa y nueve años, capital suscrito y pagado. Presidente y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Esparza, 28 de mayo del 2009.—Lic. Óscar E. Benavides Segura, Notario.—1 vez.—Nº 109602.—(46488).
Por escritura otorgada ante los suscritos notarios en San José, a las 17:00 horas del 28 de mayo del 2009, Sheung Kai Chan Chow, conocida como Laura; Ban Dui Lean Ho, conocido como William; y Lisa Lean Chan, constituyen Yan Kong Limitada, pudiendo abreviarse Yan Kog Ltda., que es nombre de fantasía. Gerentes los socios Sheung Kai Chan Chow y Ban Dui Lean Ho. Subgerente la socia Lisa Lean Chan.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Rosa Berenzon Nowalski y Hermann Kuhlmann Solís, Notarios.—1 vez.—Nº 109603.—(46489).
Barbara Kreupeling y otro, constituyen Coast to Coast Real Estates S. A. Presidenta Barbara Kreupeling. Escritura otorgada en Santo Domingo de Heredia, a las quince horas del día veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Marta María Elizondo Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 109605.—(46490).
SEGURIDAD Y VIGILANCIA LAS SENDAS S. A
Seguridad y
Vigilancia Las Sendas S. A., cédula jurídica número 3-101-342179, que mediante
publicación efectuado los días 12-13-14 de abril del 2009 en el DiarioOficial