MINISTERIO
DE CULTURA Y JUVENTUD
MINISTERIO
DE JUSTICIA Y GRACIA
MINISTERIO
DE COMERCIO EXTERIOR
MINISTERIO
DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
MINISTERIO
DE CULTURA Y JUVENTUD
AMBIENTE,
ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
MODIFICACIONES
A LOS PROGRAMAS
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
DE DESARROLLO AGRARIO
INSTITUTO
MIXTO DE AYUDA SOCIAL
MUNICIPALIDAD
DE SANTA BÁRBARA
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
UNIVERSIDAD
ESTATAL A DISTANCIA
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
PATRONATO
NACIONAL DE LA INFANCIA
COMISIÓN
NACIONAL DE PRÉSTAMOS PARA EDUCACIÓN
INSTITUTO
NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
ENTE
COSTARRICENSE DE ACREDITACIÓN
MUNICIPALIDAD
DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
INSTITUTO
DE DESARROLLO AGRARIO
Nº 07-09-10
DE
En uso de las
facultades que le confieren los artículos 65, 67, 84, 85 y 86 del Reglamento de
ACUERDA:
Modifíquese los
acuerdos Nº 03-09-10 y Nº 05-09-10 leídos en
Comisión Permanente de Asuntos
Agropecuarios
y Recursos Naturales
Araya Monge Luis Carlos
Agüero Acuña Ovidio
Alfaro Salas Sergio
Fonseca Chavarría Saturnino
Echandi Meza José Manuel
González Barrantes Gladys
Quirós Conejo Salvador
Rojas Rodríguez Marvin
Salazar Rojas José Joaquín
Comisión Permanente de Asuntos
Económicos
Arguedas Maklouff Evita
Ballestero Vargas Maureen
Ocampo Bolaños José Ángel
Pérez González Olivier
Pérez Vargas Carlos Luis
Sánchez Sibaja Jorge Eduardo
Solís Bolaños Ronald
von Herold Duarte Edine
Zamora Chaves Leda
Comisión Permanente Especial de
Nombramientos
Gutiérrez Gómez Carlos Manuel
Chacón Echeverría Ana Helena
Méndez Zamora Jorge
Nicolás Alvarado Xinia
Pérez Vargas Carlos
Quesada Hidalgo Sandra
Zamora Chaves Leda
Comisión Permanente Especial de Asuntos
Municipales
y Desarrollo Local
Participativo
Agüero Acuña Ovidio
Jérez Rojas Gilberto
Salazar Rojas José Joaquín
Núñez Calvo Óscar Eduardo.
Ocampo Bolaños José Ángel
Salom Echeverría Alberto
Venegas Porras Bienvenido.
Publíquese
Asamblea Legislativa.—San José, a los veintinueve días del mes de mayo del dos mil nueve.—Maureen Ballestero Vargas, Presidenta.—1 vez.—(O. C. Nº 29016).—C-42750.—(47194).
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
En ejercicio de
las facultades otorgadas en los Artículos 140, incisos 3), 8), 18) y 20) y 146
de
Considerando:
Primero.—Que
mediante Decreto N° 19400-MAG del 29 de noviembre de
1989, publicado en
Segundo.—Que
en atención a lo anteriormente establecido mediante Decreto Ejecutivo Nº 19940
del 14 de agosto de 1990, “Reglamento Registro Genealógico de Caballos Pura
Raza Española”, publicado en
Tercero.—Que el Ministerio de
Agricultura y Ganadería, mediante Resolución Nº 22-2006, dictada en San José, a
las ocho horas del tres de mayo del dos mil seis, declaró sin lugar una
solicitud y gestión presentada por
Cuarto.—Que
Quinto.—Que no obstante lo
anterior, se considera necesario modificar el Decreto N°
19940 del 14 de agosto de 1990, “Reglamento Registro Genealógico de Caballos
Pura Raza Española”, a los efectos de establecer claramente que dicha
Asociación está facultada para llevar igualmente el Registro Genealógico de
Caballos y Yeguas encastados y purificados con Sangre Española, el cual se
regirá de conformidad con lo dispuesto por el “Reglamento para el
Funcionamiento del Registro Genealógico de Caballos y Yeguas Encastados con
Sangre Española”, autorizado por el SENASA mediante
Decretan:
La siguiente:
“Modificación
al Artículo Primero del Reglamento
Registro Genealógico de
Caballos Pura
Raza Española Nº 19940
del 14
de agosto de
Primero.—Modifíquese el artículo primero del Decreto Ejecutivo Nº
19940 del 14 de agosto de 1990, “Reglamento Registro Genealógico de Caballos
Pura Raza Española”, publicado en
“Artículo
1º—
Segundo.—Quedan a salvo aquellas autorizaciones que se hubieren otorgado con anterioridad para registrar encastes específicos con sangre española y que son llevados por su correspondiente Asociación.
Tercero.—Rige a partir de su publicación.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Agricultura y Ganadería, Javier Flores Galarza.—1 vez.—(O. C. Nº 93135-SENASA-MAG).—(Solicitud Nº 17853).—C-70520.—(D35215-47577).
EL PRESIDENTE DE
Y
Con fundamento en las
atribuciones y facultades conferidas por los artículos 11, 140 incisos 3) y 18)
y artículo 146 de
Considerando:
1º—Que
2º—Que el país necesita contar con un sistema que garantice la calidad de los bienes y servicios, por lo cual la labor encomendada al ECA reviste trascendental importancia para la comunidad nacional que se beneficiará del respaldo y confianza que produzcan los informes, certificaciones y actas de inspección expedidas por los entes acreditados, facilitando la circulación de los productos, bienes y servicios en el ámbito nacional e internacional.
3º—Que el artículo 24, inciso i)
de
4º—Que el artículo 19 inciso f)
del Decreto Ejecutivo 33963-MICIT “Reglamento de Estructura Interna y
Funcionamiento del Ente Costarricense de Acreditación”; establece como parte de
las funciones asignadas a
5º—Que el artículo 22 del Decreto
Ejecutivo 33963-MICIT “Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento del
Ente Costarricense de Acreditación”; establece la conformación del Comité
Ejecutivo, cuya finalidad dentro de la estructura organizativa del ECA es “servir
de apoyo a las labores y actividades de
6º—Que el artículo 23) inciso f)
del Decreto Ejecutivo 33963-MICIT “Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento
del Ente Costarricense de Acreditación”; establece que son funciones del Comité
Ejecutivo, “…Todas las que le asigne
7º—Que el incremento en la
demanda de los servicios de entes acreditados, en razón del vencimiento del
plazo establecido en el transitorio II, párrafo quinto a
8º—Que
9º—Que a efectos de implementar correctamente los cambios enunciados en el apartado anterior, el ECA debe cumplir - para todos los efectos legales y de validez del acto administrativo - con la debida notificación a las partes de las modificaciones que eventualmente pudieran afectar los procedimientos indicados; lo anterior en cumplimiento del debido proceso.
10.—Que en cumplimiento a lo
preceptuado en los artículos 134, 136 inciso e) y 362 de
Decretan:
Artículo
1º—Modifíquese el artículo 22) párrafo primero del Decreto Ejecutivo Número
33963-MICIT “Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento del Ente
Costarricense de Acreditación”, del 31 de julio del 2007, publicado en
“Artículo
22.—Del Comité Ejecutivo.
Artículo
2º—Modifíquese al artículo 23) del Decreto Ejecutivo Número 33963-MICIT
“Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento del Ente Costarricense de
Acreditación”, del 31 de julio del 2007, publicado en
“Artículo
23.—De las funciones del Comité Ejecutivo: Son
funciones del Comité Ejecutivo:
a) Dar seguimiento a la adecuada ejecución del
plan anual de trabajo y el presupuesto anual del ECA.
b) Autorizar los permisos de
salida del país y disfrute de periodo de vacaciones de
c) Revisar y proponer a
d) Conocer y analizar los
recursos de apelación que se eleven a conocimiento de
e) Colaborar con
f) Dar recomendaciones, hacer
observaciones, presentar propuestas diversas a
g) Elaborar propuestas de
modificación, adición, sustitución y/o derogación de artículos del Reglamento de
Estructura Interna y Funcionamiento del ECA, y presentar las mismas ante
h) Con fundamento en las
políticas generales y los planes estratégicos establecidos por
i) Apoyar a la gerencia en el
análisis técnico y administrativo de situaciones que requieran la participación
de directivos y en los cuales la gerencia no pueda tomar las decisiones
finales, en aras de permitir una gestión fluida y transparente. Dicho apoyo
incluye la búsqueda de soluciones conjuntas para la resolución de problemas de
índole técnico, operativo y político.
j) Adoptar acuerdos propios
de su función que no sean competencia de los otros órganos que componen el
Ente.
k) Todas las que le asigne
Artículo 3º—En lo omitido, el Reglamento se mantiene invariable.
Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
ÓSCAR ARIAS
SÁNCHEZ.—
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en
las atribuciones que les confieren los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
1º—Que mediante
2º—Que mediante oficio DM-119-09
de 16 de febrero del 2009 el Ministro Rector del Sector Productivo, solicita
ampliar el gasto presupuestario máximo al Servicio Fitosanitario del Estado
(SFE) en la suma de ¢2.844.028.956,00 (dos mil ochocientos cuarenta y cuatro
millones veintiocho mil novecientos cincuenta y seis colones exactos), con el
propósito de atender diversos compromisos que debe cumplir de conformidad con
3º—Que los recursos se originan en ingresos tributarios por un monto de ¢2.264.765.979,00 (dos mil doscientos sesenta y cuatro millones setecientos sesenta y cinco mil novecientos setenta y nueve colones exactos), los cuales se destinarán a atender diversos procesos de contratación, compromisos no devengados, implementar el sistema INTEGRA, dotar de equipo de laboratorio y tecnológico, destinar recursos para atender la plaga Globodera Pallida y Globodera Rostochiensis, gestionar dos auditorías externas, etc.
4º—Que ingresos no tributarios por la suma de ¢261.725.764,00 (doscientos sesenta y un millones setecientos veinticinco mil setecientos sesenta y cuatro colones exactos) se destinarán a edificios, otras construcciones, adiciones y mejoras, y a transferencias corrientes a organismos internacionales.
5º—Que el Servicio Fitosanitario del Estado recibirá recursos provenientes de transferencias corrientes por la suma de ¢206.640.000,00 (doscientos seis millones seiscientos cuarenta mil colones exactos), los cuales servirán para iniciar la construcción del proyecto de edificaciones y facilidades complementarias, en el edificio anexo del Ministerio de Agricultura y Ganadería.
6º—Que con los recursos provenientes del superávit libre por un monto de ¢98.587.988,00 (noventa y ocho millones quinientos ochenta y siete mil novecientos ochenta y ocho colones exactos) se cubrirán necesidades relacionadas con el edificio que albergará al Servicio Fitosanitario del Estado.
7º—Que mediante el Decreto
Ejecutivo Nº 32452-H, publicado en
8º—Que el artículo 7° del Decreto supra citado dispone que los recursos provenientes de superávit libre, se pueden utilizar en períodos subsiguientes para financiar gastos corrientes siempre que se refieran a actividades ordinarias de la entidad, con los cuales se atienda el interés de la colectividad, el servicio público y los fines institucionales, siempre que no tengan un carácter permanente o generen una obligación que requiera financiarse a través del tiempo, tal y como sucede en el presente caso.
9º—Que mediante el Decreto
Ejecutivo Nº 34404-H, publicado en
10.—Que
mediante el Decreto Ejecutivo Nº 35063-H, publicado en
11.—Que del monto de
¢2.844.028.956,00 (dos mil ochocientos cuarenta y cuatro millones veintiocho
mil novecientos cincuenta y seis colones exactos) solicitado, se debe rebajar
la suma de ¢12.309.225,00 (doce millones trescientos nueve mil doscientos
veinticinco colones exactos), por corresponder a las Contribuciones Patronales
al Desarrollo y
12.—Que por lo anterior, resulta necesario aumentar el gasto presupuestario máximo fijado al Servicio Fitosanitario del Estado para el año 2009, incrementándolo en la suma de ¢2.831.719.731,00 (dos mil ochocientos treinta y un millones setecientos diecinueve mil setecientos treinta y un colones exactos). Por tanto;
Decretan:
Artículo 1º—Modifícase para el Servicio Fitosanitario del Estado, el
gasto presupuestario máximo del 2009, establecido en el Decreto Ejecutivo Nº
35063-H, publicado en
Artículo 2º—Es responsabilidad de
la administración activa del Servicio Fitosanitario del Estado, el cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 6 de
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación en el diario oficial.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Hacienda, Guillermo E. Zúñiga Chaves.—1 vez.—(O. C. Nº 98114).—(Solicitud Nº 27873).—C-74270.—(D35289-47636).
Nº 039-C.—San José, 17 de abril del 2009.
EL PRESIDENTE DE
Y
Con fundamento en
los artículos 140 inciso 20), 146 de
Considerando:
1º—Que la señorita Silvia Eugenia Arias Penón, cédula de identidad Nº 1-924-701, fue nombrada Asesora Ad Honórem del Despacho Ministerial, mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 093-C del 8 de noviembre del 2007.
2º—Que mediante nota de fecha 26 de enero del 2009, la señorita Silvia Eugenia Arias Penón, renunció a ese cargo en esta Cartera Ministerial. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Agradecer los valiosos servicios prestados por la señorita Silvia Eugenia Arias Penón, cédula de identidad Nº 1-924-701, como Asesora Ad Honórem del Despacho Ministerial.
Artículo 2º—Rige a partir del 26 de enero del 2009.
FRANCISCO ANTONIO
PACHECO FERNÁNDEZ.—
N° 045
Con fundamento en
el artículo 140 de
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar al Lic. Luis Jiménez Sancho, Juez del Tribunal Registral
Administrativo, con cédula de identidad 4-132-976 y a
Artículo 2º—El Tribunal Registral
Administrativo cubrirá los gastos por concepto de inscripción por un total
$300,00, de transporte por la suma de $1.307,00 para cada funcionario y un
adelanto de viáticos por la suma de $3.278,00 al Sr. Jiménez Sancho y $2.783,00
a
Artículo 3º—Rige del 16 al 28 de abril del 2009.
Dado en el
Despacho de
Dra. Viviana Martín, Ministra de Justicia.—1 vez.—(O. C. Nº 19-2009).—(Solicitud Nº 10022).—C-15770.—(47223).
N° 828-2008
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en
los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
I.—Que mediante
Acuerdo Ejecutivo número 131-2006 de fecha 13 de junio del 2006, publicado en
el Diario Oficial
II.—Que
mediante documentos presentados los días 10 y 27 de noviembre del 2008, en
III.—Que en relación con las disminuciones de los niveles de empleo e inversión, el Ministro de Comercio Exterior, mediante el Oficio DM-911-1 de 26 de setiembre del 2001, señaló lo siguiente:
“(…)
No obstante lo anterior, al ser ésta una institución con una misión y vocación
clara de servicio a la exportación, sin dejar de lado claro está, su función de
supervisión y control, PROCOMER no puede dejar de considerar factores
dinámicos, cambiantes propios del entorno y realidad empresarial. Es así como
también debemos considerar que en muchas ocasiones las empresas beneficiarias
del régimen o bien su casa matriz se ven enfrentadas a graves problemas en la
comercialización de sus bienes, a crisis financieras internas inclusive
problemas de índole macroeconómicos en sus países y hasta a situaciones de caso
fortuito o fuerza mayor, circunstancias todas que las podrían obligar a
disponer cambios inmediatos en sus políticas de mercado.
Ha
sido el afán del Ministerio atender y tratar de ayudar a solventar de la forma
más objetiva posible estas situaciones, no sólo teniendo en consideración la
posición de las empresas, sino el resguardo sobre todo de intereses de orden
general, al valorar el impacto que supone una modificación considerable en los
niveles de inversión y empleo frente al cierre definitivo de la empresa. (…)”
IV.—Que la
instancia interna de
V.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto:
ACUERDAN:
1º—Modificar el
Acuerdo Ejecutivo número 131-2006 de fecha 13 de junio del 2006, publicado en
el Diario Oficial
“6. La administradora se obliga a realizar y
mantener un nivel de empleo en etapa preoperativa y
un nivel mínimo total de empleo de 01 trabajador, a más tardar el 30 de junio
del 2006. Asimismo, se obliga a realizar y mantener una inversión nueva inicial
en activos fijos de al menos US $150,000.00 (ciento cincuenta mil dólares,
moneda de curso legal de los Estados Unidos de América) a más tardar el 9 de
agosto del 2006, así como a realizar y mantener una inversión mínima total de
US $150,000.00 (ciento cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los
Estados Unidos de América), a partir del día en que se notifique el presente
Acuerdo Ejecutivo. Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga a mantener un
porcentaje mínimo de valor agregado nacional de 98.11%.
PROCOMER
vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión nueva inicial en activos
fijos y la mínima total de la beneficiaria, de conformidad con los parámetros
establecidos en el Reglamento a
2º—En todo lo que
no ha sido expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo
Ejecutivo número 131-2006 de fecha 13 de junio del 2006, publicado en el Diario
Oficial
3º—Rige a partir de su notificación.
Comuníquese y Publíquese.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(47248).
N° 277-2009
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en
los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
I.—Que mediante
Acuerdo Ejecutivo N° 408-2000 de fecha 13 de
diciembre de 2000, publicado en el Diario Oficial
II.—Que
mediante documento presentado el día 2 de abril de 2009, en
III.—Que la instancia interna de
IV.—Que en virtud de las reformas legales y reglamentarias que han operado con posterioridad al otorgamiento del Régimen de Zonas Francas a la empresa, se hace necesario adecuar en lo conducente el Acuerdo Ejecutivo original.
V.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto:
ACUERDAN:
1º—Modificar el
Acuerdo Ejecutivo N° 408-2000 de fecha 13 de
diciembre de 2000, publicado en el Diario Oficial
“2 La actividad de la beneficiaria consistirá
en brindar servicios logísticos de centro de recibo, consolidación,
distribución, bodegaje e inventario de mercancías pertenecientes a otras
empresas, el recibo y conservación de dichas mercancías lo realizará sin
adquirir la propiedad de las mismas, manteniéndolas en consignación para ser
enviadas a su destino final, tanto en el exterior (Estados Unidos, Europa,
Sudamérica, Canadá, Centroamérica y otros mercados) como en el mercado
costarricense, debiendo, como parte del servicio, firmar la documentación de
estilo para que la exportación se realice –en el caso de envíos a otros países
– o el internamiento se logre en el caso de destinos finales en el territorio
costarricense, de modo que el importador costarricense nacionalice dichas mercancías,
pagando los impuestos aduaneros respectivos, todo de conformidad con el
artículo 22 de
“5. De conformidad con lo dispuesto por el
artículo 20 inciso g) de
Dicha
beneficiaria sólo podrá introducir sus servicios al mercado local, observando
rigurosamente los requisitos establecidos al efecto por el artículo 22 de
“6. La beneficiaria se obliga a realizar y
mantener un nivel mínimo total de empleo de 14 trabajadores, a más tardar 01 de
julio de 2009. Asimismo, se obliga a
realizar una inversión nueva inicial en
activos fijos de al menos US$150.000,00 (ciento cincuenta mil dólares, moneda
de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 01 de agosto
de 2002, así como realizar y mantener una inversión mínima total de US$213.000,00
(doscientos trece mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de
América), a más tardar el 01 de julio de 2009.
PROCOMER
vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión nueva inicial en activos
fijos y la mínima total de la beneficiaria, de conformidad con los criterios y
parámetros establecidos por el Reglamento a
“7. Una vez suscrito el Contrato de
Operaciones, la empresa se obliga a pagar el canon mensual por derecho de uso
del Régimen de Zonas Francas. La fecha prevista para el inicio de las
operaciones productivas es el 01 de agosto de 2001. En caso de que por cualquier circunstancia la
beneficiaria no inicie dicha etapa de producción en la fecha antes señalada,
continuará pagando el referido canon, para lo cual
Para
efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a Procomer
de las ventas mensuales realizadas. El
incumplimiento de esta obligación provocará el cobro retroactivo del canon,
para lo cual PROCOMER tomará como referencia para su cálculo, las proyecciones
de ventas consignadas en su respectiva solicitud.”
“8 La beneficiaria se obliga a cumplir con las
regulaciones ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente, Energía y
Telecomunicaciones (MINAET) y
“9. La beneficiaria se obliga a presentar ante
PROCOMER un informe anual de operaciones, en los formularios y conforme a las
condiciones que PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses siguientes al
cierre del año fiscal. Asimismo, la
beneficiaria estará obligada a suministrar a PROCOMER y, en su caso, al
Ministerio de Hacienda, toda la información y las facilidades requeridas para
la supervisión y control del uso del Régimen de Zonas Francas y de los
incentivos recibidos. Además, deberá
permitir que funcionarios de la citada Promotora ingresen a sus instalaciones,
en el momento que lo consideren oportuno, y sin previo aviso, para verificar el
cumplimiento de las obligaciones de
2º—En todo lo que
no ha sido expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo
Ejecutivo número 408-2000 de fecha 13 de diciembre de 2000, publicado en el
Diario Oficial
3º—Rige a partir de su notificación.
Comuníquese y publíquese.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(47060).
Nº 336-2009
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en
los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
I.—Que mediante
Acuerdo Ejecutivo número 038-91 de fecha 24 de abril de 1991, publicado en el
Diario Oficial
II.—Que
mediante documentos presentados los días 17, 27 y 29 de abril de 2009, ante
III.—Que de conformidad con el artículo
53 inciso a) del Reglamento a
IV.—Que la instancia interna de
V.—Que la empresa Grupo de Contratación Internacional I.C.G. S. A., rindió en su oportunidad el depósito de garantía, el cual se encuentra vigente a la fecha.
VI.—Que se ha cumplido con el procedimiento de Ley. Por tanto:
ACUERDAN:
1º—Aceptar la renuncia al Régimen de Zonas Francas presentada por la empresa Grupo de Contratación Internacional I.C.G. S. A.
2º—Se otorga a la empresa Grupo de Contratación Internacional I.C.G. S. A., el plazo de quince días hábiles a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, para que proceda a la liquidación de sus operaciones dentro del Régimen de Zonas Francas. Una vez transcurrido dicho plazo, los bienes que no hayan salido de sus instalaciones, conforme a los procedimientos aplicables, se considerarán en estado de abandono a favor del Fisco.
3º—Rige a partir del 30 de abril del 2009.
Comuníquese y publíquese.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(47165).
Nº 000385.—San José, a las 10:46 horas del día 14 del mes de mayo del dos mil nueve.
Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Ampliación del Aeropuerto Internacional Daniel Oduber Quirós”.
Resultando:
1º—Mediante
oficio N° DABI 2009-0752 de 20 de abril del 2009,
remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de
2º—Del referido inmueble es de
impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a
3º—Constan en el expediente
administrativo número
a) Plano Catastrado N°
G-47225-92, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado
proyecto se requiere del citado inmueble un área total de
b) Estudio sobre la inscripción del inmueble.
c) Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar.
4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,
Considerando:
De conformidad
con las disposiciones contenidas en
En ese sentido
De conformidad con las
disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los
artículos 11, 129 y 140 de
a) Inscripción al Registro Público de
b) Naturaleza: terreno de potrero.
c) Ubicación: Situado en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia de la provincia de Guanacaste. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° G-47225-92.
d) Propiedad: Ceibo S. A., cédula jurídica N° 3-101-196642, representada por Manuel Girón García, cédula N° 1-110-8240.
e) De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de
Además, conforme
a lo establecido por el artículo 20 de
Procedan las dependencias
administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento
que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por
EL PRESIDENTE DE
Y
RESUELVEN:
1º—Declarar de
interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de
2º—Ordénese mandamiento
provisional de anotación ante el Registro Público de
3º—Procedan las dependencias
administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al
efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia
de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por
Notifíquese y
publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—
Nº D.M. 064-2009.—San José, a las nueve horas del día catorce de mayo del dos mil nueve.—Reelección de la señora Lina Barrantes Castegnaro, cédula de identidad Nº 1-573-191, como Directora Ejecutiva del Teatro Popular Melico Salazar.
Resultando:
1º—Que
Considerando:
Único.—Que por Resolución Administrativa Nº D.M.
057-2008 de las doce horas veinte minutos del 14 de marzo del 2008, se nombró a
la señora Lina Barrantes Castegnaro, cédula de identidad Nº 1-573-191,
Directora Ejecutiva del Teatro Popular Melico Salazar
a partir del 17 de marzo del 2008 y hasta el 17 de marzo del 2009. Por
tanto:
Artículo 1º—Reelegir a la señora Lina Barrantes Castegnaro, cédula de identidad Nº 1-573-191, como Directora del Teatro Popular Melico Salazar.
Artículo 2º—Rige a partir del 18 de marzo del 2009 y hasta el 8 de mayo del 2010.
María Elena Carballo Castegnaro, Ministra de Cultura y Juventud.—1 vez.—(47120).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS
REGISTRO DE AGROQUÍMICOS
EDICTOS
DIA-R-E-512-2009.—El
señor Leonardo Sáenz López, cédula Nº 2-352-054, en calidad de representante
legal de la compañía Corporación de Desarrollo Orgánico Brantley
S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita
inscripción del mejorador de suelo de nombre comercial Ecobiosa
Plus, compuesto a base de microorganismos. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-397-2009.—La
señora María Gabriela Díaz Larralde, cédula
6-0255-0646, en calidad de representante legal de la compañía Ecofertiliza S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en
la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre
comercial Fossil Shell compuesto a base de Silice-Magnesio-Calcio-Hierro-Potasio-Aluminio-Sodio-Titanio.
Conforme a lo que establece
DIA-R-E-396-2009.—La
señora María Gabriela Díaz Larralde, cédula
6-0255-0646 en calidad de representante legal de la compañía Ecofertiliza S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en
la ciudad San José, solicita la inscripción del fertilizante de nombre
comercial Starlite compuesto a base de
Potasio-Magnesio-Ácido Húmico-Ácido Fúlvico. Conforme
a lo que establece
DIA-R-E-454-2009.—El señor Annette Rosenow Berger, portador de la cédula de identidad número
1-447-989, en su calidad de Representante Legal de la compañía Bayer S. A.,
cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita la
inscripción del producto Insecticida de nombre comercial Decis
10 EC compuesto a base de Deltametrina. Conforme a lo
que establece
DIA-R-E-414-2009.—El
señor Miguel Obregón Gómez, cédula 6-0167-0627, en calidad de Representante
Legal de la compañía Asesoramiento Fitosanitario Laboratorio Dr. Obregón S. A.,
cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita
inscripción del Biofertilizante de nombre comercial Bioprotection TR, compuesto a base de Trichoderma
asperellum. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-413-2009.—La
señora Cinthia Valverde Gómez, cédula 2-0483-0681, en calidad de Representante
Legal de la compañía Agrofertilizantes Nerkin S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la
ciudad de Los Chiles, solicita inscripción del Bioestimulante
de nombre comercial Nitro-Eco, compuesto a base de
Polisacáridos-Aminoácidos-Extracto de Algas. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-412-2009.—La
señora Cinthia Valverde Gómez, cédula 2-0483-0681 en calidad de representante
legal de la compañía Agrofertilizantes Nerkin S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la
ciudad de Los Chiles, solicita la inscripción del Bioestimulante
de nombre comercial Trico-Eco compuesto a base de Tricoderma viride. Conforme a lo
que estable
DIA-R-E-411-2009.—La
señora Cinthia Valverde Gómez, cédula 2-0483-0681 en calidad de representante
legal de la compañía Agrofertilizantes Nerkin S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la
ciudad de Los Chiles, solicita inscripción del Bioestimulante
de nombre comercial Atra-Kin
compuesto a base de Polisacaridos-Aminoácidos-Extracto
de Algas. Conforme a lo que estable
DIA-R-E-399-2009.—El
señor Óscar Víquez Quesada, cédula 2-328-085 en
calidad de representante legal de la compañía Ecoinsumos
S.A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad
de Alajuela, solicita inscripción del Fertilizante Líquido de nombre comercial
Surco Potasio Húmico compuesto a base de
Potasio-Azufre-Zinc-Ácidos Húmicos y Fúlvicos. Conforme a lo que estable
DIA-R-E-479-2009.—El
señor Ricardo Fournier Vargas, portador de la cédula
o pasaporte número 1-454-720, en su calidad de Representante Legal de la
compañía Agrosuperior S. A., cuyo domicilio fiscal se
encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del producto
Fungicida de nombre comercial Manteno Aceite 42 SC
compuesto a base de Mancozeb. Conforme a lo que
establece
DIA-R-E-443-2009.—El señor Ricardo Fournier
Vargas, portador de la cédula de identidad número 1-454-720 en su calidad de
Representante Legal de la compañía Agrosuperior S. A.
cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la
inscripción del producto Fungicida de nombre comercial Carbendazim
90-99 TC compuesto a base de Carbendazina. Conforme a
lo que establece
Nº
DIA-R-E-482-2009.—El señor Eduardo Vivero Agüero, portador de la cédula Nº
1-665-002 en su calidad de representante legal de la compañía Servicio Agrícola
Cartaginés S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago,
solicita la inscripción del producto herbicida de nombre comercial Claron 18 EC compuesto a base de Cyhalofop
Butyl. Conforme a lo que establece
Nº DIA-R-E-483-2009.—El
señor Eduardo Vivero Agüero, portador de la cédula Nº 1-665-002 en su calidad
de representante legal de la compañía Servicio Agrícola Cartaginés S. A., cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción
del producto herbicida de nombre comercial Ectran 40
SC compuesto a base de Bispiribac de Sodio. Conforme
a lo que establece
DIA-R-E-481-2009.—El
señor Eduardo Vivero Agüero, portador de la cédula Nº 1-665-002 en su candad de
representante legal de la compañía Servicio Agrícola Cartaginés S. A., cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción
del producto herbicida de nombre comercial Seracsa Glifosato 35.6 SL compuesto a base de Glifosato.
Conforme a lo que establece
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 184, título N° 1345 emitido por el Colegio Nocturno Pbro. Enrique
Menzel, en el año dos mil cuatro, a nombre de Pérez Alvarado Jeimy. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de
Estudios de Educación Diversificada, “Rama Técnica” Modalidad Industrial,
Especialidad Mecánica General, inscrito en el tomo 1, folio 13, título Nº 189 y
del Título de Técnico Medio en Mecánica General, inscrito en el tomo 1, folio
15, título Nº 190, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico
Profesional de Limón, en el año mil novecientos setenta y nueve, a nombre de
Porras On Eric Paul. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 87, título Nº 702, emitido por el
Colegio Nocturno de Limón, en el año dos mil, a nombre de Crawford Wright Shahury Yoshira. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Ciencias
y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 69, asiento Nº 430, emitido por el
Colegio Nocturno José Martí, en el año mil novecientos sesenta y siete, a
nombre de Mondragón López Carlos Alberto. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 138, título Nº 1794, emitido por
el Colegio Calazans Diurno, en el año dos mil cinco,
a nombre de Muñoz Martín Viviana. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 16, título N°
110, emitido por el Colegio Técnico Profesional
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 25, título N°
543, emitido por el Colegio Internacional SEK-Costa Rica, en el año dos mil
cuatro, a nombre de Hernández Guillén José Rodolfo. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 42, título N°
316, emitido por el Colegio Seráfico San Francisco, en el año mil novecientos
noventa y cinco, a nombre de Montero Quirós Mauricio. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de
Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” modalidad de Ciencias y
Letras, inscrito en el tomo I, folio 85, título Nº 1056, emitido por el Liceo
Luis Dobles Segreda, en el año mil novecientos
ochenta y uno, a nombre de Teme Álvarez Leila Zara. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 4, folio 80, título Nº 481, emitido por el
Colegio Bagaces, en el año dos mil cuatro, a nombre de Álvarez Solera Jonathan
José. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 17, título Nº 149, emitido por el
Colegio Latino, en el año dos mil cuatro, a nombre de Montenegro Samudio Marvin Antony. Se solicita la reposición del título
indicado por cambio de apellido cuyo nombres y
apellidos correctos son: Arias Montenegro Marvin Antony. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles
a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 147, título N°
1156, emitido por el Colegio Monterrey, en el año dos mil uno, a nombre de
Fonseca Fernández Jorge Enrique. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de
Estudios de Educación Diversificada, Rama Académica Modalidad en Letras,
inscrito en el tomo 1, folio 223, título N° 1515,
emitido por el Colegio Nocturno Miguel Obregón Lizano, en el año mil
novecientos ochenta y seis, a nombre de Carlo Fco.
Vega Alvarado. Se solicita la reposición del título indicado por corrección del
nombre, cuyo nombre correcto es: Carlos Francisco Vega Alvarado. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 24, titulo N°
79, emitido por el Liceo Nocturno Juan Santamaría, en el año mil novecientos
noventa y dos, a nombre de Sibaja Miranda Hilda. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 20, título Nº 94, emitido por el
Colegio Diurno de Río Frío, en el año mil novecientos noventa y tres, a nombre
de Ruiz Carazo Roy Gerardo. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 56, título Nº 974, emitido por el Liceo de
Puriscal, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Guzmán Vargas
David. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 20, título Nº 205,
emitido por el Colegio Nocturno Miguel Obregón, en el año mil novecientos
noventa y dos, a nombre de Herrera Madrigal Marco Vinicio. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 177, título Nº 1979, emitido por
el Liceo Mauro Fernández Acuña, en el año mil novecientos noventa y nueve, a
nombre de Venegas González David. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 149, Título N°
1263, emitido por el Liceo Diurno de Esparza, en el año dos mil uno, a nombre
de Molina Herrera Blanca Natalia. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original y por corrección del nombre, cuyo nombre y
apellidos correctos son: Molina Herrera Natalia. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa Agrícola de Producción Láctea R. L., siglas Lacticoop R. L. acordada en asamblea celebrada el 30 de setiembre 2008. Resolución 1295-CO.
En
cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de
Consejo de Administración
Presidente |
Javier F. Víquez Vega |
Vicepresidente |
Luis Barrantes Rodríguez |
Secretario |
Carlos Aguilar Martínez |
Vocal |
Isaías Rojas González |
Vocal |
Daniel Villalobos Quesada |
Suplente |
Elizabeth Fonseca Rojas |
Suplente |
Gerardo Rodríguez Soto |
Gerente: Wilmer Rodríguez Soto.
San José, 26 de mayo del 2009.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(47142).
REGISTRO
NACIONAL
REGISTRO DE
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Cambio de nombre
Nº 798
Que Manuel E.
Peralta Volio, cédula 9-012-480, en calidad de
apoderado especial de Haws Corporation, solicita a
este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Haws Drinking Faucet
Company por el de Haws
Corporation, presentada el día 10 de febrero de 2009 bajo expediente 798. El
nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2008-0012459 AXION MSR
MEDICALLY SUPERIOR RESPONSE en clase 11 Marca Denominativa. Publicar en
Cambio de nombre Nº 981
Que Manuel E.
Peralta Volio, cédula Nº 9-012-480, en calidad de
apoderado especial de Mikasa Corporation, solicita a
este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Myojyo Rubber Industry
Co. Ltda. por el de Mikasa
Corporation, presentada el día 19 de febrero de 2009 bajo expediente 981. El
nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-4781728 Registro Nº 47817 MIKASA
en clase 28 marca denominativa. Publicar en
Cambio de nombre Nº 992
Que Gonzalo
Velásquez Martínez, cédula de residencia 159100042834, en calidad de
representante legal de Challenger S. A., solicita a este Registro se anote la
inscripción de cambio de nombre de Inelso Ltda. por el de Challenger S. A., presentada el día 19 de febrero
de 2009 bajo expediente 992. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
1997-0009033 Registro Nº 109016 CHALLENGER en clase 20 Marca
Denominativa. Publicar en
Cambio de nombre Nº 59218
Que Rena Ware
International Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio
de nombre de RENAWARE DISTRIBUTORS INC. por
el de RENA WARE INTERNATIONAL INC., presentada el día 25 de marzo de
2008 bajo expediente 59218. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
1900-5171421 Registro Nº 51714 RENA-WARE en clase 21 marca Mixto. Publicar en
DIRECCIÓN DE PERSONAS
JURÍDICAS
AVISOS
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Instituto
Latinoamericano de Salud y Desarrollo- Macondo. Con domicilio en Montes de Oca,
provincia de San José, sus fines, entre otros están: promover el desarrollo
humano a través de construcción de la ciudadanía vinculada al derecho a la
salud. Su presidenta Marta Trejos Montero es la representante judicial y
extrajudicial de
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción la reforma del estatuto de
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Administradora del
Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Pacuar Abajo,
con domicilio en la provincia de San José, en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Costarricense de
Criadores de Mariposas, con domicilio en la provincia de Heredia, San Antonio de
Belén. Sus fines, entre otros están: Promover la producción y subproducción de pupas de mariposas. Su presidente Luis
Eduardo Salas Arce, es el representante judicial y extrajudicial con facultades
de apoderado generalísimo sin límite de suma, y demás limitaciones del
estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones
establecidas en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción la reforma al estatuto de
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción la reforma al estatuto de
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción la reforma de
REGISTRO DE PATENTES DE
INVENCIÓN
AVISOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
El señor Édgar Zürcher Gurdián,
mayor, divorciado, abogado, cédula de identidad número 1-532-390, vecino de San
José, en su condición de apoderado especial de WYETH, de Estados Unidos de
América, solicita
El señor Édgar Zürcher Gurdián,
cédula 1-532-390, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, en su
condición de apoderado especial de Dyax Corp., de E.U.A., solicita
El señor Édgar Zürcher Gurdián,
mayor, divorciado, abogado, cédula de identidad número 1-532-390, vecino de San
José, en su condición de apoderado especial de Takeda
Pharmaceutical Company Limited, de Japón, solicita
El señor José Fernando
Carter Vargas, cédula 1-497-461, mayor, divorciado, abogado, vecino de San
José, en su condición de apoderado especial de Bayer Cropscience
A.G, de R.F. Alemania,
solicita
El señor Mauricio Bonilla Robert, mayor, casado una vez, abogado, cédula de identidad Nº 1-903-770, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Acrílicos Sablón Sociedad Anónima de capital variable de México, solicita el Modelo Industrial denominado CAJA PARA ARTÍCULOS ESCOLARES.
Para ver imagen solo en
La invención se refiere a un contenedor
para artículos escolares de forma esencialmente de prisma rectangular con
esquinas y aristas redondeadas, cuya base es una de las caras de mayor
dimensión, y que incluye en su interior una charola esencialmente rectangular
con aristas y esquinas redondeadas que se adapta al interior del contenedor. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
El señor Manuel
E. Peralta Volio, mayor, casado, abogado, cédula de
identidad número 9-012-480, vecino de San José, en su condición de apoderado
especial de Novartis AG de Suiza, solicita
El Registro de
INSTITUTO METEOROLÓGICO
NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Expediente Nº 13423A.—S.U.A Pequeños Productores
Agropecuarios de Guayabo, solicita concesión de:
Expediente Nº 1872A.—Inversiones Colorado S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº 13423P.—Creypa S. A., solicita concesión
de:
Expediente Nº 12497A.—Banco Improsa S. A., solicita
concesión de:
Expediente Nº 6571P.—Aravar S. A., solicita concesión
de:
Expediente Nº 9070P.—Desamvillas S. A., solicita
concesión de:
Expediente Nº 8643A.—Kiwi Tropical S. A., solicita concesión de:
Exp. 9247A.—Distribuidora Katy S. A.,
solicita concesión de:
Exp. 9081P.—Beneficiadora San Miguel Ltd.,
solicita concesión de:
Exp. 9108P.—Guillermo, Chacón Jiménez, solicita concesión de:
Expediente Nº 6410A.—Orluvica S. A., solicita concesión
de:
Expediente Nº 13425P.—Inmobifamiliar S.R. Alcazar S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº 13424P.—Inmobifamiliar S.R. Alcazar S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº 3177A.—Agropecuaria
Expediente Nº 8649P.—Horacio Villegas Villalobos, solicita concesión de:
Expediente Nº 3566A.—Carmen Zaira y Hermanos Cubero Valverde, solicitan
concesión de:
Exp. 6839P.—Linka del Este S. A. solicita concesión de:
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Exp. Nº 8280A.—Rancho Cimarrón S. A., solicita concesión de
DIRECCIÓN NACIONAL DE
NOTARIADO
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Registro
Civil-Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Expediente Nº 10277-99.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las siete horas cuarenta minutos del doce de setiembre del dos mil
seis. Nelly Jiménez Jiménez, mayor, soltera,
secretaria, cédula de identidad número uno-seiscientos ochenta y
cuatro-doscientos noventa y nueve, vecina de San José; tendente a la
rectificación del asiento de nacimiento de su hijo Kevin Miguel Valenzuela
Jiménez, que lleva el número trescientos noventa y uno, folio ciento noventa y
seis, tomo mil seiscientos treinta y seis, de la provincia de San José, Sección
de Nacimientos, en el sentido que el mismo es hijo de “Nelly Jiménez Jiménez, costarricense”. Se confiere audiencia por ocho
días al señor Juan Luis Valenzuela Martínez, con el propósito que se pronuncie
en relación con la presente gestión, a partir de su primera publicación en el
Diario Oficial
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Expediente Nº 25376-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las ocho horas diez minutos del trece de mayo del dos
mil nueve. Agustina Atencio Almengor,
casada, costarricense, cédula de identidad número ocho-cero cincuenta y
seis-novecientos cincuenta y nueve, vecina de Belén, Santa Cruz, Guanacaste;
solicita la rectificación de su asiento de naturalización... en el sentido que
la fecha de nacimiento de la persona ahí inscrita es “veintinueve de agosto de
mil novecientos treinta y nueve”. Conforme lo señala el artículo 66 de
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ana Gilda Sánchez Redondo, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 629-09. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y treinta y tres minutos del trece de mayo del dos mil nueve. Ocurso. Exp. Nº 489-09. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de Jorge Eduardo y Eileen Larissa ambos de apellidos Valverde Redondo..., en el sentido que los apellidos de la madre de las personas ahí inscritas son “Sánchez Redondo” y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(47163).
DIRECCIÓN DESARROLLO SERVICIOS DE SALUD
PRESUPUESTO COMPRAS AÑO 2009
De conformidad
con el artículo 7, incisos 1), 2) y 3) del Reglamento General de Contratación
Administrativa, les solicito publicar que el programa de compras de
San José, 02 de junio del 2009.—Dr. José Miguel Rojas Hidalgo, Director.—1 vez.—(47039).
TEATRO POPULAR MÉLICO SALAZAR
TALLER NACIONAL DE DANZA
Modificación al plan de compras 2009
Se avisa a todos
los potenciales oferentes que con el fin de cumplir con lo que establece el
artículo 6 de
San José, 04 de junio del 2009.—Proveeduría Institucional.—Lic. Marta Fernández Ortiz, Proveedora.—1 vez.—(48096).
PROGRAMA INTEGRAL DE MERCADEO
AGROPECURIO
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000005-07
Reparación de algunos tramos de tuberías
pertenecientes
al sistema de
refrigeración de REFRINA
Las ofertas para dicho concurso se recibirán hasta las 10:00 horas el 23 de junio del 2009, Cualquier consulta o información adicional puede solicitarse al Tel: 2239-12-33, ext. 222 ó 258 con personal de Proveeduría.
Barreal de Heredia, 08 de junio del 2009.—Proveeduría.—Lic. Ronald Miranda V.—1 vez.—(48185).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados a participar en los siguientes procedimientos de:
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000010-PROV
Contratación de servicios de vigilancia
en
en San Joaquín de
Flores, Heredia
Fecha y hora de
apertura: 02 de julio del
————
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000084-PROV
Contratación de servicios de vigilancia
para el edificio
de los Tribunales de
Justicia de Grecia
Fecha y hora de
apertura: 02 de julio del
————
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000085-PROV
Alquiler de local para ubicar
y Psicología de Aguirre
y Parrita
Fecha y hora de
apertura: 02 de julio del
Los respectivos carteles se pueden obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello los interesados deben dirigirse al Proceso de Adquisiciones del Departamento de Proveeduría; sita en el 3º piso del edificio Anexo B, ubicado en la esquina formada entre calle 15 avenida 6, San José; o bien, obtenerlos a través de internet, en la dirección htttp://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la dirección dgomez@poder-judicial.go.cr o balpizar@poder-judicial.go.cr. En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a los teléfonos 2295-3136/3623/3295.
San José, 8 de junio del 2009.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa a. í.—1 vez.—(48191).
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
SUBÁREA DE CARTELES
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000042-1142
Guantes para cirugía estériles
Se informa a los
interesados que está disponible el cartel de
Apertura de ofertas: 9 de julio
del
Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 8 de junio del 2009.—Lic. Lisbeth Gattjens Barrantes, Jefa a. í.—1 vez.—(U. P. Nº 1142).—C-10750.—(48167).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000003-01
Precalificación de servicios
profesionales especializados
en topografía y
agrimensura
Las ofertas deben
de presentarse hasta las 14:00 horas del día 9 julio del 2009 en
Para participar debe adquirirse y
cancelarse el costo del cartel por un monto de ¢1.000,00 (mil colones netos),
en el Área de Tesorería II piso del módulo b. El original y copia del recibo
extendido por el IDA, debe de presentarse en
Área de Contratación Administrativa.—Rafael Fernández Bolaños, Jefe.—1 vez.—(48202).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000002-IMAS
Contratación de servicios de seguridad y
vigilancia
El Instituto
Mixto de Ayuda Social (IMAS), recibirá ofertas hasta las diez horas del día
treinta de junio del 2009, para la licitación en referencia, previo pago de mil
colones (¢1.000,00), en
San José, 08 de junio del 2009.—MBA. Ramón Alvarado G., Proveedor General.—1 vez.—(48222).
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA000037-99999
Contratación serv.
atención a habitantes de la calle con
problemas de adicción o
sin ellos que asisten al centro
de dormitorio y de
atención primaria en los
meses de agosto
El Departamento de Recursos Materiales y Servicios, Área de Licitaciones, ubicado en el sótano del Edificio Municipal “José Figueres Ferrer”, avenida 10, comunica a los interesados en el presente concurso, que el cartel estará a su disposición a partir de la presente publicación.
Licitación abreviada:
Licitación Abreviada |
Objeto contractual |
Fecha |
Hora |
2009LA000037-9999 |
Contratación serv. atención a habitantes de la calle con problemas de adicción o sin ellos que asisten al centro
de dormitorio y de atención primaria en los meses de agosto |
15 de julio 9 |
9:00 a. m |
San José, 8 de junio del 2009.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 1212-11).—(Solicitud Nº 4302).—C-12750.—(48108).
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000002-CL
Recarpeteo
de dos caminos en Santa Bárbara
Santa Bárbara, 02 de junio del 2009.—Proveeduría.—Bach. Cynthia Salas Chavarría, Proveedora Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 8205).—C-12770.—(48063).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000003-CL
Instalación de tubería de PVC en calle
central
de Santa Bárbara de
Heredia
Santa Bárbara, 02 de junio del 2009.—Proveeduría.—Bach. Cynthia Salas Chavarría, Proveedora Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 8205).—C-13520.—(48064).
POPULAR VALORES, PUESTO DE BOLSA S. A.
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2009CD-000014-01
Contratación de los servicios del
profesional externo para el
Comité de Riesgo de Popular Valores, Puesto de Bolsa S.
A
Popular Valores,
Puesto de Bolsa S. A., invita a los potenciales oferentes a participar en
San José, 08 de junio del 2009.—Servicios Administrativos.—Lic. Ricardo Hernández Agüero, Jefe.—1 vez.—(48077).
CONSEJO TÉCNICO DE ASISTENCIA MÉDICO
SOCIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000008-UPIMS
(Infructuosa)
Mitigación de efectos indeseables para
la salud pública
y el ambiente en el
relleno sanitario Río Azul
Se avisa a los interesados en la licitación arriba indicada que por resolución Nº 36-2009 de las 14:30 horas del 04 de junio del 2009, se declara infructuosa por no recibirse ofertas para el concurso.
San José, 04 de junio del 2009.—Unidad de Bienes y Servicios.— Proveeduría Institucional.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—(O. C. Nº 93056).—(Solicitud Nº 4352).—C-8270.—(48068).
COLEGIO UNIVERSITARIO DE LIMÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-01
Servicio de vigilancia
El Proceso de
Contratación Administrativa del Colegio Universitario de Limón CUNLIMÓN hace
del conocimiento de todos los interesados en
Empresa Seguridad y Vigilancia Sevin Limitada, por un monto de ¢63.600.000,00 (sesenta y tres mil seiscientos millones de colones exactos).
Dudas o consultas al 2798-1349, extensión 103.
3 de junio del 2009.—Nancy Hewitt Hines, Proveeduría-Bodega.—1 vez.—Nº 110729.—(48247).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000013-1142
Sistema de drenaje toráxico
El ítem único de este concurso se adjudicó a la empresa Pharmed de Costa Rica S. A., por un monto total de USD $139.250,00 (ciento treinta nueve mil doscientos cincuenta dólares exactos). Vea detalles y mayor información en la página web http://www.ccss.sa.cr.
San José, 5 de junio del 2009.—Subárea de Adjudicaciones.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—(U. P. Nº 1142).—C-9770.—(48168).
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000022-1142
Bolsa plástica abierta para drenaje
El ítem único de este concurso se adjudicó a la empresa Central América Pharma Supply S. A., por un monto total de USD $138.300,00 (ciento treinta y ocho mil trescientos dólares exactos). Vea detalles y mayor información en la página web http://www.ccss.sa.cr.
San José, 5 de junio del 2009.—Subárea de Adjudicaciones.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—(U. P. Nº 1142).—C-9770.—(48169).
HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000002-2101
(Notificación declaratoria de desierta)
Concepto de Amifostina
500 mg, frasco con polvo
liofilizado para
inyección intravenosa
Se declara desierto el presente concurso.
Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr o en el expediente de Licitación.
San José, 08 de junio del 2009.—Subárea de Contratación Administrativa.—Bach. Jennifer Rivera Casanova, Coordinadora a. í.—1 vez.—(48206).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000018-1142 (Infructuoso)
Cal sodada
para absorción de CO2
El ítem único de este concurso se declaró infructuoso. Vea detalles y mayor información en la página Webb http://www.ccss.sa.cr
San José, 08 de junio del 2009.—Subárea de Adjudicaciones.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—(U. P. Nº 1142).—C-7520.—(48225).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2009LN-000002-PRI
Servicios de limpieza de
El Instituto
Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, cédula jurídica 4-000-042138,
comunica que mediante Acuerdo de Junta Directiva Nº 2009-247 del 26 de mayo del
2009, se adjudica
Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.
San José, 08 de junio del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—(O. C. Nº 2009-029).—C-9770.—(48106).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
DIRECCIÓN DE APROVISIONAMIENTO DE BIENES Y SERVICIOS
ÁREA PLANIFICACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
SUBÁREA REGISTRO INSTITUCIONAL DE PROVEEDORES
A todos los proveedores y representantes de casas extranjeras se les comunica:
1. Que han sido avaladas por el Ente autorizado las siguientes fichas técnicas; las mismas rigen a partir de su publicación en el Diario Oficial:
Código |
Descripción medicamento |
Versión CFT |
1-10-17-1160 |
Metilfenidato clorhidrato 10 mg. Tabletas ranuradas |
40403 |
1-10-29-0765 |
Fluoxetina (como clorhidrato) 20mg. Cápsulas |
37002 |
1-10-32-1180 |
Metoclopramida base 10 mg. (Como
Clorhidrato de metoclorpramida). Tabletas |
29502 |
1-10-41-4950 |
Epirubicina Clorhidrato 50 mg. Polvo liofilizado. Inyectable |
14503 |
1-10-45-7010 |
Fluerometolona al 0,1% (1mg/mL)
Suspensión estéril uso oftálmico |
46203 |
1-10-47-2697 |
Tioconazol 100 mg. Tabletas vaginales o Supositorios vaginales |
39004 |
Las variaciones a
las fichas técnicas, se encuentran disponibles en el Edificio Jenaro Valverde,
piso 11, calles 5 y 7, avenidas 2 y 4 (Edificio anexo a
2. El Comité Central de Farmacoterapia en acuerdo, CCF-1356-06-09 (Sesión 2009-20) acordó ampliar la presentación a Miconazol nitrato 400 mg. Tabletas vaginales o Supositorios vaginales (en forma de óvulos).
Quedando así:
Código 1-10-47-2697:
Tioconazol 100 mg. Tabletas vaginales o Supositorios vaginales (en forma de óvulos) o
Miconazol nitrato 200 mg. Tabletas vaginales o Supositorios vaginales (en forma de óvulos) o
Miconazol Nitrato 1200 mg. Tabletas vaginales o Supositorio vaginal (en forma de óvulo) o
Miconazol nitrato 400 mg. Tabletas vaginales o Supositorios vaginales (en forma de óvulos).
San José, 4 de junio del 2009.—Ing. Marco V. Castro Hernández, Responsable.—Lic. Marlon Barquero Castillo, Jefe.—1 vez.—(OC 1147).—C-24500.—(47671).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2008LN-000024-01 (Aviso)
Selección de profesionales que brinden
sus
servicios como notarios
externos
Se comunica que,
en atención a una revisión de oficio de la convocatoria publicada en
Grupo 3: Li Tacsan Carlo Martín, cédula 1-719-749.
Grupo 5: Mondol Cerdas Fernando, cédula 1-776-020.
Grupo 7: Castro Mora Carlos Eduardo, cédula 1-577-367.
Ocampo Zamora Fabián, cédula 4-080-535.
Grupo 10: Arias Chaves Flora María, cédula 1-708-981.
Aguilar Sandí Evelyn Priscilla, cédula 1-846-474.
Grupo 11: Araya González Luis Diego, cédula 1-868-840.
Alfaro Araya Federico, cédula 1-692-053.
Rojas Venegas Kathya, cédula 1-736-785.
Grupo 12: Robles Villalobos Alexis, cédula 2-440-431.
Grupo 14: Chen Mok Luis, cédula 6-188-678.
Charpentier Acuña Luis, cédula 1-741-557.
Grupo 16: Salazar Salazar Ingrid Violeta, cédula 1-917-952.
Jiménez Cordero Jorge Alberto, cédula 1-571-378.
Grupo 19: Navarro Blanco Dunia, cédula 1-854-231.
De igual forma, se indica a quienes integran el grupo 21, que el sorteo se subdividirá en dos subgrupos, de la siguiente forma:
Grupo 21 A: Bolaños Alpízar, Gerardo, cédula 2-242-435.
André Tinoco y Asociados, S. A., cédula 3-101-171153.
Grupo 21 B: Montealegre Mata, Guillermo, cédula 1-314-351
Ortega Ayón, Rafael Antonio, cédula 1-425-800.
En todos los demás aspectos, se mantiene la convocatoria al sorteo.
PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000014-PCAD
(Prórroga Nº 2)
Compra de equipo de seguridad
Se comunica a los interesados que la fecha de apertura de ofertas de este concurso se traslada de oficio, para las 10:00 horas del día 25 de junio del año 2009.
San José, 08 de mayo del 2009.—Subproceso de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Coordinadora.—1 vez.—(48223).
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000002-99999
(Adendum Nº 3)
Adquisición de sistema en línea de
impresión digital a color de alto
volumen, para la producción bajo demanda de libros y folletos
1) Ampliar la fecha de vigencia de la oferta y de la garantía de participación, estableciéndose la nueva vigencia para el 28 de agosto del 2009.
2) Se prorroga el día de apertura
y recepción de ofertas, para el viernes 19 de junio del
3) Todas las demás condiciones permanecen invariables.
Sabanilla, 08 de junio del 2009.—Oficina de Contratación y Suministros.—M.B.A. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—(48082).
DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS
DE SALUD CENTRAL SUR
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000002-2399
Arrendamiento de inmueble para ubicar
dos Sedes
de EBAIS del Área de
Salud Acosta
A los interesados
en el presente concurso se les comunica que por error material en el Diario
Oficial
Más información en www.ccss.sa.cr
San José, 05 de junio del 2009.—Dra. Hilda Oreamuno Ramos, Directora Regional.—1 vez.—(48101).
ÁREA DE INVESTIGACIÓN
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Mauricio Ernesto Lara
Ramos ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura
en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y
costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor
Decano de
VICERRECTORÍA ACADÉMICA
PROGRAMA DE GRADUACIÓN
REPOSICIÓN DE TÍTULO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante el Departamento de
Registro de
Heredia, 27 de mayo
del 2009.—Departamento de Registro.—MAE. Marvin
Sánchez Hernández, Director.—(45809).
CONSEJO DIRECTIVO
Considerando:
En esas condiciones, el
Instituto Costarricense de Electricidad necesita constituir un derecho de
servidumbre y un sitio de torre, necesarios para el paso de la línea de
transmisión denominada SIEPAC (tramo Parrita-Palmar Norte), situada en el
distrito 01 San Isidro de El General, del cantón 19 Pérez Zeledón, de la
provincia de San José, localizada en Ojo de Agua, Pérez Zeledón, de la escuela
de la localidad
Este inmueble, presenta un
área de cuarenta y seis mil trescientos diecisiete metros con setenta y nueve
decímetros cuadrados, cuya naturaleza es para la agricultura. Dicho inmueble,
linda: al norte, con Junior Barrantes Mora; al sur, con lote 6; al este, Ronny
Rivera Padilla, y al oeste, con calle pública, con plano catastrado número
SJ-1015770-2005, finca número 1-250745-000, propiedad de Wielkopolska
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-429839.
Que a solicitud de
De acuerdo con los estudios
técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está
suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la urgencia
de constituir esta servidumbre, por lo que con base en el artículo 45 de
1º—Apruébense las
presentes diligencias en la suma de ¢330 010,50 (trescientos treinta mil diez
colones con cincuenta céntimos) y comuníquese.
2º—De no ser aceptado por el
propietario, el respectivo avalúo, constitúyase sobre la finca anteriormente
mencionada y descrita, un derecho de servidumbre, el cual se describe así:
El Instituto
Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de paso sobre la propiedad
de Wielkopolska S. A.; esta se describe como una
franja de terreno con una longitud total sobre la línea de centro de
Los propietarios deberán
limitar el uso de esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de
habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas o
agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban
quemarse periódicamente. No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de
vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a
cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en
condiciones de carga máxima o contingencia. Movimientos de tierra, que por su
acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de
materiales inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos
que se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos.
Por razones de seguridad, en
el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá
consultársele al ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de
la construcción y mantenimiento de la obra.
Todo con fundamento en
3º—La constitución de derecho
de servidumbre descrito se establecerá en favor de la finca del partido de
Puntarenas, inscrita en el Registro Público, Folio Mecanizado ciento diecinueve
mil cuatrocientos cuarenta y dos-cero cero cero, que
es terreno de repastos, sito en el distrito primero del cantón noveno de la
provincia de Puntarenas; mide cincuenta mil setenta y ocho metros con cuarenta
decímetros cuadrados, y linda al norte, y este con calle pública; al sur y
oeste con la sucesión de Ana María Solís Barboza,
tiene el plano catastrado número P-quinientos diez mil ochocientos sesenta y
uno-mil novecientos noventa y ocho.
4º—Continúese con los
trámites de rigor.
5º—Se declara firme el
presente acuerdo, tomado en sesión número 5867, celebrada el 26 de marzo de
2009.
6º—Publíquese en el Diario
Oficial.
San José, 01 de junio
2009.—Lic. Andrea Campos Villalobos, Apoderada General
Judicial.—1 vez.—(O. C. Nº 342561).—C-56270.—(47064).
Considerando:
En esas condiciones, el
Instituto Costarricense de Electricidad necesita constituir un derecho de
servidumbre y un sitio de torre, necesarios para el paso de la línea de
transmisión denominada SIEPAC (tramo Parrita-Palmar Norte), situada en el
distrito 01 San Isidro de El General, del cantón 19 Pérez Zeledón, de la
provincia de San José, localizada en Ojo de Agua, Pérez Zeledón, de la escuela
de la localidad
Este inmueble, presenta un
área de trece mil ciento noventa y un metros con setenta y dos decímetros
cuadrados, cuya naturaleza es para la agricultura. Dicho inmueble, linda: al
norte, con Resto de Wielkopolska S.A.;
al sur, con Resto de Wielkopolska S. A.; al este, Runin Monge Zúñiga y al oeste, con calle pública, con plano
catastrado número SJ-1285896-2008, finca número 1-598065-000, propiedad de Wielkopoiska Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-429839.
Que a solicitud de
De acuerdo con los estudios
técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está
suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la urgencia
de constituir esta servidumbre, por lo que con base en el artículo 45 de
1º—Apruébense las presentes
diligencias en la suma de ¢4.209.933,85 (cuatro millones doscientos nueve mil
novecientos treinta y tres colones con ochenta y cinco céntimos) y comuníquese.
2º—De no ser aceptado por el
propietario, el respectivo avalúo, constitúyase sobre la finca anteriormente
mencionada y descrita, un derecho de servidumbre, el cual se describe así:
El Instituto
Costarricense de Electricidad establecerá sobre la propiedad un derecho de paso
sobre una franja de terreno; la longitud total sobre la línea de centro es de
Los propietarios deberán
limitar el uso de esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de
habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas o
agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse
periódicamente. No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de
vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a
cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en
condiciones de carga máxima o contingencia. Movimientos de tierra, que por su
acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de
materiales inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos
que se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos.
Por razones de seguridad, en
el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá
consultársele al ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de
la construcción y mantenimiento de la obra.
Todo con fundamento en
3º—La constitución de derecho
de servidumbre descrito se establecerá en favor de la finca del partido de Puntarenas,
inscrita en el Registro Público, Folio Mecanizado ciento diecinueve mil
cuatrocientos cuarenta y dos-cero cero cero, que es
terreno de repastos, sito en el distrito primero del cantón noveno de la
provincia de Puntarenas; mide cincuenta mil setenta y ocho metros con cuarenta
decímetros cuadrados y linda al norte y este con calle pública; al sur y oeste
con la sucesión de Ana María Solís Barboza, tiene el
plano catastrado número P-quinientos diez mil ochocientos sesenta y uno-mil
novecientos noventa y ocho.
4º—Continúese con los
trámites de rigor.
5º—Se declara firme el
presente acuerdo, tomado en sesión número 5867, celebrada el 26 de marzo de
2009.
6º—Publíquese en el Diario
Oficial.
San José, 1 de junio,
2009.—Lic. Andrea Campos Villalobos, Apoderada General
Judicial.—1 vez.—(O. C. Nº 342561).—C-58595.—(47065).
Considerando:
En esas condiciones, el
Instituto Costarricense de Electricidad necesita constituir un derecho de
servidumbre, necesario para el paso de la línea de transmisión denominada
SIEPAC (tramo Parrita-Palmar Norte), situada en el distrito 1º San Isidro de El
General, del cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José, localizada
en Ojo de Agua, Pérez Zeledón, de la escuela de la localidad
Este inmueble, presenta un
área de trece mil, doscientos veinte metros con noventa y cinco decímetros
cuadrados, cuya naturaleza es para la agricultura. Dicho inmueble, linda: al
norte, con resto de Wielkopolska S. A.; al sur, con
resto de Wielkopolska S. A.; al este, Runin Monge Zúñiga, y al oeste, con calle pública, con
plano catastrado número SJ-1286059-2008, finca número 1-598067-000, propiedad
de Wielkopolska Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-429839.
Que a solicitud de
De acuerdo con los estudios
técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está
suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la urgencia
de constituir esta servidumbre, por lo que con base en el artículo 45 de
1º—Apruébense las presentes
diligencias en la suma de ¢ 4 720 676,30 (cuatro millones setecientos veinte
seiscientos setenta y seis y treinta céntimos) y comuníquese.
2º—De no ser aceptado por el
propietario, el respectivo avalúo, constitúyase sobre la finca anteriormente
mencionada y descrita, un derecho de servidumbre, el cual se describe así:
El Instituto
Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de paso sobre la propiedad
de Wielkopolska S. A.; esta se describe como una
franja de terreno con una longitud total sobre la línea de centro de
Los propietarios deberán
limitar el uso de esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de
habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas o
agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban
quemarse periódicamente. No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de
vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a
cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en
condiciones de carga máxima o contingencia. Movimientos de tierra, que por su
acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de
materiales inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos
que se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos.
Por razones de seguridad, en
el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá
consultársele al ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de
la construcción y mantenimiento de la obra.
Todo con fundamento en
3º—La constitución de derecho
de servidumbre descrito se establecerá en favor de la finca del partido de Puntarenas,
inscrita en el Registro Público, Folio Mecanizado ciento diecinueve mil
cuatrocientos cuarenta y dos-cero cero cero, que es
terreno de repastos, sito en el distrito primero del cantón noveno de la
provincia de Puntarenas; mide cincuenta mil setenta y ocho metros con cuarenta
decímetros cuadrados, y linda: al norte y este, con calle pública; al sur y al
oeste, con la sucesión de Ana María Solís Barboza,
tiene el plano catastrado número P-quinientos diez mil ochocientos sesenta y
uno-mil novecientos noventa y ocho.
4º—Continúese con los
trámites de rigor.
5º—Se declara firme el
presente acuerdo, tomado en sesión número 5867, celebrada el 26 de marzo de
2009.
6º—Publíquese en el Diario
Oficial.
San José, 1º de junio,
2009.—Lic. Andrea Campos Villalobos, Apoderada General
Judicial.—1 vez.—(O. C. Nº 342561).—C-57020.—(47066).
Considerando:
En esas condiciones, el
Instituto Costarricense de Electricidad necesita constituir un derecho de
servidumbre, necesario para el paso de la línea de transmisión denominada
SIEPAC (tramo Parrita-Palmar Norte), situada en el distrito 01 San Isidro de El
General, del cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José, localizada
en Ojo de Agua, Pérez Zeledón, de la escuela de la localidad
Este inmueble, presenta un
área de dieciocho mil novecientos ocho metros con ochenta y cuatro decímetros
cuadrados, cuya naturaleza es para la agricultura. Dicho inmueble, linda: al norte,
con resto de Wielkopolska S. A.; al sur, con resto de
Wielkopolska S. A.; al este, Runin
Monge Zúñiga, y al oeste, con calle pública, con plano catastrado número
SJ-1285895-2008, finca número 1-598064-000, propiedad de Wielkopolska
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-429839.
Que a solicitud de
De acuerdo con los estudios
técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está
suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la urgencia
de constituir esta servidumbre, por lo que con base en el artículo 45 de
1º—Apruébense las presentes
diligencias en la suma de ¢5 346 881, 50 (cinco millones trescientos cuarenta y
seis mil ochocientos ochenta y uno y cincuenta céntimos) y comuníquese.
2º—De no ser aceptado por el
propietario, el respectivo avalúo, constitúyase sobre la finca anteriormente
mencionada y descrita, un derecho de servidumbre, el cual se describe así:
El Instituto
Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de paso sobre una franja
de terreno; la longitud total sobre la línea de centro es de
Los propietarios deberán
limitar el uso de esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de
habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas o
agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban
quemarse periódicamente. No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de
vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a
cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en
condiciones de carga máxima o contingencia. Movimientos de tierra, que por su
acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de
materiales inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos
que se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos.
Por razones de seguridad, en
el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá
consultársele al ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de
la construcción y mantenimiento de la obra.
Todo con fundamento en
3º—La constitución de derecho
de servidumbre descrito se establecerá en favor de la finca del partido de
Puntarenas, inscrita en el Registro Público, Folio Mecanizado ciento diecinueve
mil cuatrocientos cuarenta y dos-cero cero cero, que
es terreno de repastos, sito en el distrito primero del cantón noveno de la
provincia de Puntarenas; mide cincuenta mil setenta y ocho metros con cuarenta
decímetros cuadrados, y linda al norte y este, con calle pública, al sur y
oeste, con la sucesión de Ana María Solís Barboza,
tiene el plano catastrado número P-quinientos diez mil ochocientos sesenta y
uno-mil novecientos noventa y ocho.
4º—Continúese con los
trámites de rigor.
5º—Se declara firme el
presente acuerdo, tomado en sesión número 5867, celebrada el 26 de marzo de
2009.
6º—Publíquese en el Diario
Oficial.
San José, 01 de junio
2009.—Lic. Andrea Campos Villalobos, Apoderada General
Judicial.—1 vez.—(O. C. Nº 342561).—C-57770.—(47067).
Considerando:
En esas condiciones, el
Instituto Costarricense de Electricidad necesita constituir un derecho de
servidumbre, necesario para el paso de la línea de transmisión denominada
SIEPAC (tramo Parrita-Palmar Norte), situada en el distrito 01 San Isidro de El
General, del cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José, localizada
en Ojo de Agua, Pérez Zeledón, de la escuela de la localidad
Este inmueble, presenta un
área de dieciocho mil seiscientos catorce metros con veintisiete decímetros
cuadrados, cuya naturaleza es para la agricultura. Dicho inmueble, linda: al
norte, con resto de Wielkopolska S.A.;
al sur, con resto de Wielkopolska S. A.; al este, Runin Monge Zúñiga y al oeste, con calle pública, con plano
catastrado número SJ-1286062-2008, finca número 1-598069-000, propiedad de Wielkopolska Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-429839.
Que a solicitud de
De acuerdo con las estudios
técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está
suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la urgencia
de constituir esta servidumbre, por lo que con base en el artículo 45 de
1º—Apruébense las
presentes diligencias en la suma de ¢5.895.465,10 (cinco millones ochocientos
noventa y cinco mil cuatrocientos sesenta y cinco colones con diez céntimos) y
comuníquese.
2º—De no ser aceptado por el
propietario, el respectivo avalúo, constitúyase sobre la finca anteriormente mencionada
y descrita, un derecho de servidumbre, el cual se describe así:
El Instituto
Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de sobre la propiedad de Wielkopolska S. A.; esta se describe como una franja de
terreno con una longitud total sobre la línea de centro de
Los propietarios deberán
limitar el uso de esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de
habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias,
la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse
periódicamente. No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de
vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a
cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en
condiciones de carga máxima o contingencia. Movimientos de tierra, que por su
acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de
materiales inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos
que se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos.
Por razones de seguridad, en
el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá
consultársele al ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de
la construcción y mantenimiento de la obra.
Todo con fundamento en
3º—La constitución de derecho
de servidumbre descrito se establecerá en favor de la finca del partido de
Puntarenas, inscrita en el Registro Público, Folio Mecanizado ciento diecinueve
mil cuatrocientos cuarenta y dos-cero cero cero, que
es terreno de repastos, sito en el distrito primero del cantón noveno de la
provincia de Puntarenas; mide cincuenta mil setenta y ocho metros con cuarenta
decímetros cuadrados y linda al norte y este, con calle pública, al sur y
oeste, con la sucesión de Ana María Solís Barboza,
tiene el plano catastrado número P-quinientos diez mil ochocientos sesenta y
uno-mil novecientos noventa y ocho.
4º—Continúese con los
trámites de rigor.
5º—Se declara firme el
presente acuerdo, tomado en sesión número 5867, celebrada el 26 de marzo de
2009.
6º—Publíquese en el Diario
Oficial.
San José, 1 de junio,
2009.—Lic. Andrea Campos Villalobos, Apoderada General
Judicial.—1 vez.—(O. C. Nº 342561).—C-58520.—(47068).
Considerando:
En esas condiciones, el
Instituto Costarricense de Electricidad necesita constituir un derecho de
servidumbre, necesario para el paso de la línea de transmisión denominada
SIEPAC (tramo Parrita-Palmar Norte), situada en el distrito 1º San Isidro de El
General, del cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José, localizada
en Ojo de Agua, Pérez Zeledón, de la escuela de la localidad
Este inmueble, presenta un
área de siete mil quinientos catorce metros con veintitrés decímetros
cuadrados, cuya naturaleza es para la agricultura. Dicho inmueble, linda: al
norte, con resto de Wielkopolska S.A.;
al sur, con resto de Wielkopolska S. A.; al este, Runin Monge Zúñiga, y al oeste, con calle pública, con
plano catastrado número SJ-1286061-2008, finca número 1-598068-000, propiedad
de Wielkopolska Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-429839.
Que a
solicitud de
De acuerdo con los estudios
técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está
suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la urgencia
de constituir esta servidumbre, por lo que con base en el artículo 45 de
1º—Apruébense las
presentes diligencias en la suma de ¢ 5 952 627,00 (cinco millones novecientos
cincuenta y dos mil seiscientos veintisiete colones), y comuníquese.
2º—De no ser aceptado por el
propietario, el respectivo avalúo, constitúyase sobre la finca anteriormente
mencionada y descrita, un derecho de servidumbre, el cual se describe así:
El Instituto
Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de paso sobre la propiedad
de Wielkopolska S. A.; esta se describe como una
franja de terreno con una longitud total sobre la línea de centro de
Los propietarios deberán
limitar el uso de esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de
habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas o
agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban
quemarse periódicamente. No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de
vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a
cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en
condiciones de carga máxima o contingencia. Movimientos de tierra, que por su
acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de
materiales inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos
que se aproximen a cinco metros de tos cables conductores más bajos.
Por razones de seguridad, en
el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá
consultársele al ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de
la construcción y mantenimiento de la obra.
Todo con fundamento en
3º—La constitución de derecho
de servidumbre descrito se establecerá en favor de la finca del partido de
Puntarenas, inscrita en el Registro Público, Folio Mecanizado ciento diecinueve
mil cuatrocientos cuarenta y dos-cero cero cero, que
es terreno de repastos, sito en el distrito primero del cantón noveno de la
provincia de Puntarenas; mide cincuenta mil setenta y ocho metros con cuarenta
decímetros cuadrados, y linda al norte y este, con calle pública, al sur y
oeste, con la sucesión de Ana María Solís Barboza,
tiene el plano catastrado número P-quinientos diez mil ochocientos sesenta y
uno-mil novecientos noventa y ocho.
4º—Continúese con los
trámites de rigor.
5º—Se declara firme el
presente acuerdo, tomado en sesión número 5867, celebrada el 26 de marzo de
2009.
6º—Publíquese en el Diario
Oficial.
San José, 1º de junio,
2009.—Lic. Andrea Campos Villalobos, Apoderada General
Judicial.—1 vez.—(O. C. Nº 342561).—C-57770.—(47069).
Considerando:
En esas condiciones, el Instituto
Costarricense de Electricidad necesita constituir un derecho de servidumbre y
un sitio de torre, necesarios para el paso de la línea de transmisión
denominada SIEPAC (tramo Parrita-Palmar Norte), situada en el distrito 01 San
Isidro de El General del cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José,
localizada en Ojo de Agua, Pérez Zeledón, de la escuela de la localidad
Este inmueble, presenta un
área de trece mil trescientos treinta y tres metros con veinticuatro decímetros
cuadrados, cuya naturaleza es para la agricultura. Dicho inmueble, linda: al
norte, con resto de Wielkopolska S. A.; al sur, con
resto de Wielkopolska S. A.; al este, Runin Monge Zúñiga, y al oeste, con calle pública, con
plano catastrado número SJ-1285897-2008, finca número 1-598066-000, propiedad
de Wielkopolska Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-429839.
Que a solicitud de
De acuerdo con los estudios
técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está
suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la urgencia
de constituir esta servidumbre, por lo que con base en el artículo 45 de
1º—Apruébense las
presentes diligencias en la suma de ¢7 410 988,05 (siete millones cuatrocientos
diez mil novecientos ochenta y ocho colones con cinco céntimos) y comuníquese.
2º—De no ser aceptado por el
propietario, el respectivo avalúo, constitúyase sobre la finca anteriormente
mencionada y descrita, un derecho de servidumbre, el cual se describe así:
El Instituto
Costarricense de Electricidad establecerán un derecho de paso y un sitio de
torre sobre la propiedad de Wielkopolska S. A.; esta
se describe como una franja de terreno con una longitud total sobre la línea de
centro de
Se establecerá un sitio de
torre el cual se ubicará aproximadamente a
Los propietarios deberán
limitar el uso de esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de
habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas o
agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban
quemarse periódicamente. No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de
vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a
cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en
condiciones de carga máxima o contingencia. Movimientos de tierra, que por su
acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de
materiales inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos
que se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos.
Por razones de seguridad, en
el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá
consultársele al ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de
la construcción y mantenimiento de la obra.
Todo con fundamento en
3º—La constitución de derecho
de servidumbre descrito se establecerá en favor de la finca del partido de Puntarenas,
inscrita en el Registro Público, Folio Mecanizado ciento diecinueve mil
cuatrocientos cuarenta y dos-cero cero cero, que es
terreno de repastos, sito en el distrito primero del cantón noveno de la
provincia de Puntarenas; mide cincuenta mil setenta y ocho metros con cuarenta
decímetros cuadrados, y linda al norte y este, con calle pública, al sur y
oeste, con la sucesión de Ana María Solís Barboza,
tiene el plano catastrado número P-quinientos diez mil ochocientos sesenta y
uno-mil novecientos noventa y ocho.
4º—Continúese con los
trámites de rigor.
5º—Se declara firme el
presente acuerdo, tomado en sesión número 5867, celebrada el 26 de marzo de
2009.
6º—Publíquese en el Diario
Oficial.
San José, 01 de junio
2009.—Lic. Andrea Campos Villalobos, Apoderada General
Judicial.—1 vez.—(O. C. Nº 342561).—C-57770.—(47070).
Considerando:
En esas condiciones, el
Instituto Costarricense de Electricidad necesita adquirir un terreno,
establecer tres servidumbres de paso y dos sitios de torre, necesarios para la
construcción del Proyecto Geotérmico Las Pailas, necesita expropiar una porción
de terreno con un área de 5ha
Que a solicitud de
De acuerdo con los estudios
técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está
suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la urgencia
de adquirir este terreno, constituir estas servidumbres y sitios de torre, por
lo que con base en el artículo 45 de
1º—Apruébense las
presentes diligencias por la suma de ¢37.925.499,40.
2º—De no ser aceptado por el
propietario, el respectivo avalúo, exprópiese sobre la finca antes descrita una
porción de terreno y constitúyase tres servidumbres, que se describen así:
El lote por segregar se
localiza a
El Instituto
Costarricense de Electricidad para garantizarse un acceso seguro y explícito al
lote necesita constituir tres servidumbres: La primera denominada servidumbre
12, es servidumbre de paso para la línea de transmisión eléctrica de alta
tensión, camino de acceso y tubería, se inicia en el lindero sur de la
propiedad y recorre el inmueble con dirección norte a sur, pasando por una zona
de bosque, tiene un ancho total de
Limitaciones: El
propietario deberá limitar el uso de esta franja, no se permitirá la
construcción de casas de habitación, oficinas, comercios,
instalaciones-educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de
azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente. No podrán
sembrarse cultivos anegados, permanencia de vegetación (árboles o cultivos),
que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de los cables
conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga
máxima o contingencia. Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven,
o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables
o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a
cinco metros de los cables conductores más bajos. Por razones de seguridad, en
el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá
consultársele al ICE. Deberá permitir el acceso a funcionarios encargados de la
construcción y mantenimiento de la obra. Todo con fundamento en
3º—El resto que se
reserva el propietario se describe así: Finca número 059386-000, del partido de
Guanacaste, terreno de repasto, bosque en conservación y reforestación, situada
en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, con una superficie de
4º—Las servidumbres descritas
se establecerán en favor de la finca del partido de Guanacaste, inscrita en el
Registro Público, número ciento cincuenta y nueve mil trescientos sesenta y
nueve-cero cero cero, terreno para potrero, sita en
el distrito quinto, del cantón primero de la provincia de Guanacaste. Mide
ochenta y cinco mil treinta y tres metros con cuarenta y tres decímetros
cuadrados y linda así: norte, calle pública y María de Los Ángeles Campos
Moreno; al sur, Río Colorado; al este, María de Los Ángeles Campos Moreno, y al
oeste, Carlos Victoriano Jiménez y Felipa de
5º—Continúese con los
trámites de rigor.
6º—Se declara firme el
presente acuerdo, tomado en sesión número 5865 del diez de marzo del dos mil
nueve.
7º—Publíquese en el Diario
Oficial.
San José, 4 de junio de
2009.—Lic. Andrea Campos Villalobos, Apoderada General
Judicial.—1 vez.—(O.C. Nº
342561).—C-85520.—(47235).
Considerando:
En esas condiciones, el
Instituto Costarricense de Electricidad necesita adquirir un terreno,
establecer una servidumbre de paso de tuberías y un sitio de torre, necesarios
para la construcción del Proyecto Geotérmico Las Pailas, necesita expropiar una
porción de terreno con un área de 5ha
Que a solicitud de
De acuerdo con los estudios
técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está
suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la urgencia
de adquirir este terreno, constituir esta servidumbre y el sitio de torre, por
lo que con base en el artículo 45 de
1º—Apruébense las
presentes diligencias por la suma de ¢35.422. 225,20.
2º—De no ser aceptado por el
propietario, el respectivo avalúo, exprópiese sobre la finca antes descrita una
porción de terreno y constitúyase una servidumbre de paso, que se describen
así:
El lote por segregar se
localiza a
El Instituto
Costarricense de Electricidad para garantizarse el paso de tuberías y la línea
de transmisión entre éste lote y el terreno propiedad del ICE donde se ubicará
la casa de máquinas, denominada servidumbre N° 9a,
esta franja de terreno se inicia en el extremo norte del terreno que se
segregará, recorre la finca madre con dirección de sur a norte, pasando por un
sector de repasto, hasta llegar a la colindancia en el Río Colorado; tiene un
ancho total de
Limitaciones: El
propietario deberá limitar el uso de esta franja, no se permitirá la
construcción de casas de habitación, oficinas, comercios, instalaciones
educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos
similares que deban quemarse periódicamente. No podrán sembrarse cultivos
anegados, permanencia de vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo
final se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando
estos se encuentren en condiciones de carga máxima o contingencia. Movimientos
de tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del
suelo, almacenamiento de materiales inflamables o explosivos, acumulación de
materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de los cables
conductores más bajos. Por razones de seguridad en el caso de realizar
excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele al ICE.
Deberá permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y
mantenimiento de la obra. Todo con fundamento en
3º—El resto que se
reserva el propietario se describe así: Finca número 059386-000, del partido de
Guanacaste, terreno de repasto, bosque en conservación y reforestación, situada
en el Distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, con una superficie de
4º—La servidumbre descrita se
establecerá en favor de la finca del partido de Guanacaste, inscrita en el
Registro Público, número ciento cincuenta y nueve mil trescientos sesenta y
nueve-cero cero cero, terreno para potrero, sita en
el distrito quinto, del cantón primero de la provincia de Guanacaste. Mide:
ochenta y cinco mil treinta y tres metros con cuarenta y tres decímetros
cuadrados y linda así: norte, calle pública y María de Los Ángeles Campos
Moreno; al sur, Río Colorado; al este, María de Los Ángeles Campos Moreno, y al
oeste, Carlos Victoriano Jiménez y Felipa de
5º—Continúese con los
trámites de rigor.
6º—Se declara firme el
presente acuerdo, tomado en sesión número 5865 del diez de marzo del dos mil
nueve.
7º—Publíquese en el Diario
Oficial.
San José, 4 de junio.—Lic. Andrea Campos Villalobos, Apoderada General Judicial.—1 vez.—(O.C. Nº
342561).—C-69770.—(47238).
Presidencia Ejecutiva.—San José, a las catorce horas del dieciséis de marzo de
dos mil nueve.
Resultando:
1º—Que el artículo 211
de
2º—Que de conformidad con el
artículo 63 del Reglamento Autónomo de Trabajo, los servidores del Patronato
Nacional de
3º—Que asimismo, el artículo
68 del citado Reglamento Autónomo establece que, una vez enterado el Presidente
Ejecutivo de la posible comisión de una falta, dispondrá de inmediato, mediante
providencia, una investigación sumaria y de sus resultados se determinará si
existe mérito para establecer un procedimiento administrativo, de conformidad
con lo establecido en dicho reglamento y en
Considerando:
Único.—Que a fin de
ejercer la potestad sancionatoria que compete a esta
Presidencia Ejecutiva, se hace necesario designar a un profesional en Derecho
de
SE RESUELVE:
Designar a
El Consejo Directivo de
CONAPE, reunido en sesión N° 20-5-2009, de fecha 19
de mayo del 2009, comunica lo siguiente:
Artículo 14:
Nombrar a
Lic. Róger Granados Ugalde, Jefe de Sección Administrativa.—1 vez.—(47193).
El Instituto Nacional
de Estadística y Censos, avisa que el Índice de Precios al Consumidor (IPC),
Base Julio 2006 correspondiente a mayo 2009 es de 131,305, el cual muestra una
variación porcentual mensual de -0,12 y
una variación porcentual acumulada del primero de junio del 2008 al treinta y
uno de mayo de 2009 (12 meses) de 9,52. Esta oficialización se hace con base en
estudios realizados en el Instituto Nacional de Estadística y Censos.—San José,
a los dos días de junio de dos mil nueve.—Jaime Vaglio
Muñoz, Gerente.—1 vez.—(O. C. Nº 2681).—C-7520.—(47228).
El Ente Costarricense
de Acreditación ECA, en cumplimiento de la obligación establecida en el
artículo 12 del Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento, Decreto
Ejecutivo número 33963-MICIT, da a conocer el otorgamiento de las siguientes
acreditaciones:
1. Área: Laboratorios de Ensayos y Calibración
OEC acreditado contra
Nº de Acreditación |
Organismo de Evaluación de la Conformidad OEC |
Alcance de la acreditación |
Fecha de vigencia |
Dirección, correo postal, e-mail, teléfono y fax |
LE-038 VIGENTE |
Laboratorio del Centro de Investigaciones en Nutrición Animal CINA-UCR |
Alcance de Acreditación de Ensayos Nº LE-038 Reducción de alcance. Ver alcance de acreditación en www.eca.or.cr |
12 febrero 2007 al 12 febrero 2010 (transición 12 febrero 2007) |
Dirección: Ciudad de Teléfonos: 2207-3081 / 2207-3087 Fax: 2234-2415 |
|
|
|
|
|
San José, 2 de junio del 2009.—Lic. Maritza Madriz P., Gerente General.—1
vez.—(47166).
INSTITUTO
DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA (INTECO)
Somete a consulta pública
los siguientes proyectos de norma:
PN INTE 03-01-05-09, “Accesibilidad de las personas al medio físico. — Edificios, espacios
urbanos y rurales, señalización accesible”.
PN INTE 08-02-01-09, “Miel (Apis mellifera)
para consumo directo— Requisitos”:
PN INTE 08-02-02-09, “Miel (Apis mellifera)
para uso industrial— Requisitos”:
PN INTE ISO IEC
27002:2009, “Tecnologías de la información — Código de prácticas para la
gestión de seguridad de la información”.
PN INTE 06-08-05-09, “Especificaciones de morteros para juntas de cemento hidráulico para
colocar recubrimientos cerámico”.
PN INTE 16-11-02-09, “Norma para la instalación de tubería prefabricada de concreto,
utilizada para la conducción de aguas residuales, aguas pluviales y
alcantarillado sanitario”.
PN INTE 15-02-02-09, “Plásticos — Películas de polietileno de baja densidad para empaques
de alimentos”.
PN INTE 06-02-07-09, “Determinación de tiempo de fraguado de mezclas de
concreto por medio de su resistencia a la penetración
Se recibirán
observaciones al anterior proyecto de norma hasta el 17 de agosto 2009. Para
mayor información, comuníquese con
Carlos E. Rodríguez,
Director Ejecutivo.—1 vez.—(47214).
El Concejo Municipal en
sesión ordinaria correspondiente al día viernes veintidós de mayo año dos mil
nueve, inciso 4), artículo IV, acta Nº 24-2009 emite en acuerdo definitivo y en
firme la aprobación del siguiente traspaso de Patente de Licores:
El Concejo acuerda la
aprobación definitiva y en firme de expediente que presenta
Upala, 01 de junio del
2009.—Thomás Alemán Solano,
Secretario del Concejo.—1 vez.—(47267).
6.- El Concejo
conoce y acuerda convocar a la audiencia pública que estipula
La audiencia pública tendrá como agenda los siguientes puntos:
1. Palabras del señor Alcalde Municipal,
Licenciado Raúl Isidro Bolaños Arce y del Coordinador de
2. Presentación del Proyecto Plan
Regulador del Cantón de Santo Domingo por parte de
3. Espacio de Consultas y Respuestas con respecto a la presentación.
4. Recibo de observaciones por escrito.
5. Clausura.
Con base en lo
que establece el artículo 17 de
Sesión número 111-2009 de fecha 01 de junio del 2009, artículo IV inciso 6.
Santo Domingo de Heredia, 04 de junio del 2009.—Gabriela Vargas Aguilar, Secretaria Municipal.—1 vez.—(48099).
Acuerdo del Concejo
Municipal de Liberia, artículo segundo, capítulo segundo, sesión ordinaria Nº
21-2009, celebrada el 25 de mayo del 2009, que dice:
Acuerdo: El Concejo
Municipal de Liberia, acuerda: Informarle al Tribunal Supremo de Elecciones que
se eligió al Regidor Hernán Rivas Baldioceda, como
vicepresidente del Concejo Municipal de Liberia, en la sesión ordinaria
realizada hoy 25 de mayo del 2009. Lo anterior a raíz de la renuncia al cargo
de la vicepresidencia del concejo, de
Definitivamente
aprobado por 6 votos positivos presentes.
Liberia, 26 de mayo del
2009.—Lic. Laura Pasos Pastrana, Secretaria del
Concejo.—1 vez.—(47117).
TARJETA LÁSER DE COSTA RICA
S. A.
Yo, Guillermo Chaves Fallas, mayor, casado una vez, administrador de
empresas, vecino de Paraíso de Cartago, doscientos metros al norte, cien al
este, veinticinco al norte del Restaurante Continental, portador de la cédula
de identidad número tres-doscientos setenta y ocho-ciento veinticinco, en mi
calidad de presidente de la sociedad Tarjeta Láser de Costa Rica S. A., convoco
a la asamblea general extraordinaria de accionistas a celebrarse en el
domicilio social situado en San José, calle veintiuno, avenidas seis y ocho,
número seiscientos treinta, a las nueve horas del lunes veintinueve de junio
del año dos mil nueve, para conocer de los siguientes puntos: 1) Nombramiento
de Gerentes y/o consultores dedicados a promover proyectos y sus aplicaciones,
gestionar la tecnología del producto y las exigencias del mercado 2) Definir
roles y compensación de los consultores: 3.) Aprobación de reglamentos internos
de ejecución de los proyectos, información quincenal al presidente (a
EMPRESA AGRÍCOLA
A solicitud de la
accionista Hermanos Rojas Cruz S. A., se convoca a los socios de Empresa
Agrícola
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
DESARROLLOS TERRAFORTE
SOCIEDAD ANÓNIMA
Desarrollos Terraforte Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-269-149, solicita ante
Isabel
Pizarro Vallejo, cédula Nº 9-074-493, solicita ante
Yo, Mario
Guzmán Naranjo, cédula Nº 1-524-995, solicita ante
COMPAÑÍA GANADERA Y
AGRÍCOLA EL MAMEY S. A.
Compañía Ganadera y
Agrícola El Mamey S. A., cédula jurídica tres-ciento-cero treinta y mil
ochocientos ochenta y seis, solicita ante
CONSTRUCTORA S Y B S.
A.
Constructora
S y B S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento tres mil quinientos veintiocho,
solicita ante
PROPIEDADES ÁLAMO
SOCIEDAD ANÓNIMA
Propiedades Álamo
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-120872-21, solicita ante
DESARROLLO
Desarrollo
CORPORACIÓN OVIEDO
ÁLVAREZ SOCIEDAD ANÓNIMA
Corporación Oviedo Álvarez
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero
ochenta mil quinientos noventa y tres, solicita a
INDUSTRIAS DE SALSAS Y
PIMIENTAS
LA ÚNICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Industrias de Salsas y
Pimientas La Única Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cero cuarenta y seis mil seiscientos tres-trece, solicita a
GRUPO MUTUAL
ALAJUELA-LA VIVIENDA
De
conformidad con los artículos 708, 709 y 710 del Código de Comercio, el Sr.
Luis Alberto Ramírez Camacho, cédula 400890712, solicita la reposición del certificados
de depósito a plazo número 118 305 2000061057 por $2.083,46 y su respectivo
cupón.—Heredia, 1 de junio del 2009.—Servicios Financieros.—Kattia
Yannarella Montero, Encargada.—(46124).
LÍNEAS AÉREAS
COSTARRICENSES S. A.
Para los efectos del
artículo 689 Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA),
hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario,
repondrá los siguientes certificados de acciones:
Certificado Nº Acciones Serie
9095 400 J
9094 400 J
Nombre del accionista: Teljos S. A. Folio Nº 6283.—27 de
mayo del 2009.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(46153).
Para los
efectos del artículo 689 Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A.
(LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al
propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:
Certificado Nº Acciones Serie
006740 400 J
Nombre
del accionista: Rubinstein Erich Telma. Folio Nº 5163.—27
de mayo del 2009.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(46154).
MORLOP SUPPLY SOCIEDAD
ANÓNIMA
Morlop Supply Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-545070, solicita ante
PRODUCTOS MILENIO DE
COSTA RICA S. A.
Productos Milenio de
Costa Rica S. A., cédula Nº 3-101-197683. Solicita ante
FINCA EL RINCONCITO
DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA
Finca El Rinconcito del
Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-433101, solicita, ante
S J MERCADEO INTEGRADO
SOCIEDAD ANÓNIMA
S J Mercadeo Integrado
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-154184, solicita ante
LAS PALMAS DORADAS DE
COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Las Palmas Doradas de
Costa Rica Sociedad Anónima con cédula jurídica número tres ciento uno trece
cuarenta y seis cincuenta y ocho. Solicita ante
ERSOFLOR S. A.
Ersoflor S. A., cédula Jurídica Nº 3-101-089864, solicita ante
FORJA Y DISEÑO LTDA.
Forja y Diseño Ltda.,
cédula jurídica Nº 3-102-331324, solicita ante
ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA
DEL ACUEDUCTO
DE SANTA ROSA DEL DISTRITO DE RÍO NUEVO
DEL CANTÓN DE PÉREZ ZELEDÓN
Yo Juan Rafael Zúñiga
Arias, cédula de identidad número uno- seiscientos cuarenta y nueve-quinientos
cincuenta y nueve en mi calidad de presidente y representante legal de
OFICENTRO SANTA CLARA
S. A.
Oficentro Santa Clara S. A., cédula jurídica Nº 3-101-498842,
solicita ante
HERMANAS ALFARO LTDA.
Hermanas Alfaro Ltda.,
cédula jurídica Nº 3-102-010263-14, solicita ante
PROMOTORA METROPOLITANA
DE BIENES
SOCIEDAD ANÓNIMA
Promotora Metropolitana
de Bienes Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-048315, solicita ante
C & M AVIACIÓN
SOCIEDAD CIVIL
C & M Aviación
Sociedad Civil, cédula de persona jurídica número tres-ciento
seis-cuatrocientos veinticuatro mil novecientos noventa y seis, solicita ante
MUTUAL CARTAGO DE
AHORRO Y PRÉSTAMO
La señora Victoria
Espinoza Mairena, cédula 2-0307-
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ROCASOL CALIZA SOCIEDAD
ANÓNIMA
Rocasol Caliza Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-
ciento uno-cuatrocientos noventa mil novecientos treinta y cuatro, solicita
SERVICIOS MECÁNICOS
JIMÉNEZ Y ALVARADO
Servicios Mecánicos
Jiménez y Alvarado, cedula jurídica 3-101-132990, solicita ante
COMPAÑÍA PERSONALIZADA
DE ÓPTICA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Compañía Personalizada
de Óptica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-377765, solicita ante
MARINA Y VILLAS DE
PUNTA UVA S. A.
Marina y Villas de Punta
Uva S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-noventa y cuatro
mil quinientos noventa y tres, solicita ante
QM INGENIERÍA SOCIEDAD
ANÓNIMA
QM Ingeniería Sociedad
Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento diez mil ciento
ochenta, solicita ante
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
INVERSIONES GAFALLAS G.F SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones Gafallas G.F Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-481292, solicita ante
MUTUAL CARTAGO DE
AHORRO Y PRÉSTAMO
MUCAP comunica que el
derechohabiente de los títulos valores:
Nº 446565 por un valor de ¢123.000.000,00 y sus respectivos cupones de
intereses (numerados del 03 al 11), por un monto de ¢1.691.250,00 cada uno: Nº
446564 por un valor de ¢123.000.000,00 y sus respectivos cupones de intereses
(numerados del 03 al 11), por un monto de ¢1.691.250,00 cada uno: Nº 446562 por
un valor de ¢123.000.000,00 y sus respectivos cupones de intereses (numerados
del 03 al 11), por un monto de ¢1.691.250,00 cada uno, ha solicitado la
reposición de los mismos, los cuales fueron emitidos a su orden el día 02 de
marzo del año en curso, respectivamente. Se emplaza a los interesados a
manifestarse dentro del plazo de quince días naturales posterior a la última
publicación.—Cartago, 03 de junio del 2009.—Agencia
Cartago Centro.—Lic. Enrique Martínez Solano, Jefe.—(47201).
COOPERATIVA DE VIVIENDA
LAS CABAÑAS
El señor Ing. Álvaro
López González, de nacionalidad costarricense con cédula Nº 4-0050-0927, vecino
de Santa Ana, Cooperativa de Vivienda Las Cabañas, casa Nº 2, informa que es
propietario de una acción común nominativa por ¢20.000,00 cada una de
COLEGIO DE
PROFESIONALES EN
INFORMÁTICA Y COMPUTACIÓN
Aviso no localización de colegiados, Colegio de Profesionales
en Informática y Computación, de conformidad con los artículos 4º, inciso a),
9º, inciso f) y 11 de
Carné |
Nombre |
Cédula |
467 |
CASTILLO BARQUERO RICARDO A |
1-0914-0432 |
662 |
RUIZ SANTAMARÍA GUSTAVO |
2-0501-0665 |
702 |
LORENZO JARA JUAN CARLOS |
1-0545-0774 |
799 |
SÁNCHEZ CHACÓN DAGOBERTO |
4-0136-0082 |
878 |
CHACÓN JIMÉNEZ CARLOS EDUARDO |
1-0890-0397 |
891 |
PALACIO MEJÍA JESÚS ENRIQUE |
8-0078-0356 |
1433 |
NAVARRO ALVAREZ VÍCTOR JULIO |
1-0437-0370 |
1692 |
BOJORGE BADILLA JOSÉ GABRIEL |
5-0286-0239 |
1860 |
BRAVO DURÁN RÓNALD FRANCISCO |
1-0780-0082 |
2937 |
HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ VICTORIA |
1-0778-0973 |
3082 |
LÓPEZ BARRANTES EDUARDO |
1-0117-8381 |
3476 |
ACEVEDO VARGAS PAOLA VIVIANA |
1-1172-0657 |
3534 |
FERNANDEZ SOLÍS MANFRED |
6-0311-0563 |
4190 |
MARTÍNEZ MORA MARTÍN |
1-1163-0340 |
Lic. Marlon
Esquivel Díaz, Presidente.—Lic. Natalia Rojas Canales,
Secretaria a.í.—(47227).
SUPER ACCESORIOS DE
CENTROAMÉRICA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Super Accesorios de Centroamérica Sociedad Anónima, cédula
jurídica Nº 3-101-067644, solicita ante
INMOBILIARIA ANDIPA
DEL OESTE SOCIEDAD ANÓNIMA
Inmobiliaria Andipa del Oeste Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-294553, solicita ante
Raúl
Miranda Delgado, cédula Nº 5-147-1130, solicita ante
AH W P MEDIA SOCIEDAD
ANÓNIMA
H W P Media Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-379748, solicita a
AÁNCORA DEL CORSARIO
DORADO SOCIEDAD ANÓNIMA
Áncora del Corsario
Dorado Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-436160, solicita ante
QUINTA SOTO MORA S. A.
Quinta Soto Mora S. A.,
cédula número 3-101-347389, solicita ante
UNIVERSIDAD DE
IBEROAMÉRICA
Departamento de
Registro de
PUBLICACIÓN DE una VEZ
ASOCIACIÓN IGLESIA DE DIOS EN
CRISTO
Yo Víctor Ramón Cordero
Contreras cédula Nº 8-082-977 en mi calidad de presidente y representante legal
de
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Por escritura otorgada
ante mi notaría, a las diecisiete horas del diecisiete de abril del dos mil
nueve, se constituyó la sociedad de actividades profesionales denominada Despacho
Muñoz y Asociados. Domicilio: San José. Presidente y apoderado generalísimo
sin límite de suma: Fernando Muñoz Fernández. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 22 de abril del 2009.—Lic. Mylene
Arroyo Sánchez, Notaria.—Nº 110034.—(47020).
PUBLICACIÓN DE una VEZ
La sociedad de esta plaza Irmentis S. A., modifica las cláusulas 2 y 7 de su pacto constitutivo.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Sergio Quesada González, Notario.—1 vez.—Nº 109676.—(46529).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 11 de mayo del 2009, se constituyó Costa Patrick Investments Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social: 99 años.—San José, 2 de junio del 2009.—Lic. Armando Moreno Arroyo, Notario.—1 vez.—(46628).
Ante la notaría de los licenciados Eduardo Lobo Madrigal y Ruth Mary Salas Cedeño en San José, se constituyó la sociedad de esta plaza Alianza Técnica de Rectificación A. T. R. Sociedad Anónima Socios. Capital social: diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Objeto: ejercicio amplio del comercio. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio social: San José, Coronado. Escritura número cincuenta y siete-cuatro, visible a folio ciento setenta y tres frente del tomo primero cuarto del licenciado Eduardo Lobo Madrigal en conotariado con la licenciada Ruth Mary Salas Cedeño.—Mayo del dos mil siete.—Lic. Ruth Mary Salas Cedeño, Notaria.—1 vez.—(46636).
Ante esta notaría a las 15:00 horas del día de hoy se constituyó la sociedad Familia Rivera Soto S. A. Presidente: José Luis Rivera Ruiz. Domicilio social: El Roble de Alajuela, Urbanización Los Naranjos, casa seis M.—Alajuela, 07 de mayo del 2009.—Lic. Marjorie Arroyo Ocampo, Notaria.—1 vez.—(46652).
Ante mí, Rafael Salazar Fonseca, notario con oficina en esta ciudad, se constituyó la sociedad Golden Enterprise Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Presidente: Lin Chang Tsai-Yun.—Barva de Heredia, dos de junio del dos mil nueve.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 109752.—(46851).
Mediante escritura autorizada por la suscrita notaria, a las nueve horas de hoy protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad DCF Inmuebles e Inmuebles e Inversiones del Guanacaste S. A., por la cual se reforma la cláusula quinta del capital social y sexta de la administración, vigilancia y representación, de los estatutos.—San José, 27 de mayo de 2009.—Lic. Jéssica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 109753.—(46852).
En asamblea general extraordinaria de accionistas de Foinza Diez Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos siete mil trescientos noventa y cinco, domiciliada en San José, de fecha primero de junio, dos mil nueve a las nueve horas, se acuerda reformar la estipulación sétima, en lo que respecta a la representación. Escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del 2 de junio.—Lic. Kattia Gamboa Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 109754.—(46853).
En asamblea general extraordinaria de accionistas de Primero en Tiempo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta y ocho mil seiscientos diecinueve, domiciliada en San José, de fecha veintiocho de abril, dos mil nueve a las nueve horas, se acuerda reformar la estipulación segunda y sétima, en lo que respecta al domicilio social y la representación. Escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del dos de junio del dos mil nueve.—Lic. Kattia Gamboa Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 109755.—(46854)
Por escritura otorgada ante la notaria Andrea Fernández Bonilla a las 17:00 horas del 3 de noviembre del 2008, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Realización Encantadora S. A., en donde se reforma la cláusula segunda y sétima, del pacto constitutivo y se nombra presidente, secretario, tesorero, fiscal y agente residente.—Lic. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 109756.—(46855).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas en que se reforman las cláusulas segunda, quinta y sexta de los estatutos constitutivos y se nombra junta directiva y fiscal, de Agropecuaria Aguas Claras Sociedad Anónima.—San José, 12 de mayo del 2009.—Lic. Mauricio Martínez Parada, Notario.—1 vez.—Nº 109757.—(46856).
Por escritura otorgada en mi notaría en el día de hoy, se constituyó la firma Inversiones Diversas Unión y Fuerza S. A. Plazo 99 años. Capital totalmente suscrito y pagado.—San José, 1 de junio del 2009.—Lic. César Fallas Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 109758.—(46857).
Ante mí, Grace Marie Robinson Arias, notaria pública de Siquirres, provincia de Limón, se constituyó Movimiento de Tierras Robles & Santana Sociedad Anónima, nombramientos: Presidente: Carlos Antonio Robles Umaña y tesorera: María Auxiliadora Santana Hidalgo, ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Domicilio social: provincia de Limón, cantón de Siquirres, Barrio Las Brisas, setenta y cinco metros al este de la escuela.—Siquirres, 29 de mayo del 2009.—Lic. Grace Marie Robinson Arias, Notaria.—1 vez.—Nº 109760.—(46858).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 26 de mayo del 2009, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Hotel Don Goyo Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-2111688, nombrándose creándose el puesto de vicepresidente y modificando la cláusula octava de la administración.—San José, 2 de junio del 2009.—Lic. Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 109761.—(46859).
Por escritura de las 14:00 horas de hoy, se constituyó la sociedad denominada Full Cell Energy Cen S. A. Capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Bernal Chavarría Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 109763.—(46860).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria a las quince horas de hoy se constituyó la sociedad Distribuidora de Hielo Los Alpes Sociedad Anónima, con domicilio en San Francisco de Guadalupe, un plazo de cien años y como objeto todas las ramas del comercio, la industria, la agricultura y la ganadería.—San José, primero de junio del año dos mil nueve.—Lic. Aymará Fernández Madrid, Notaria.—1 vez.—Nº 109765.—(46861).
Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las 10:00 horas del 2 de junio del 2009, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Costa Esterillos Estates Ortiga Doscientos Treinta y Cuatro Sociedad Anónima, se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero de la junta directiva y fiscal.—San José, 2 de junio del 2009.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—Nº 109769.—(46862).
Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las 10:46 horas del 2 de junio del 2009,se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Costa Esterillos Estates Cassiopea Doscientos Treinta y Cinco Sociedad Anónima, se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero de la junta directiva y fiscal.—San José, 2 de junio del 2009.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—Nº 109770.—(46863).
Ante
esta notaría, en escritura número 184-4, con fecha del 1º de junio del
Por protocolización de las 11:00 horas del 2 de junio del 2009, se reformó cláusula primera, del pacto constitutivo de Consultores Jurídicos Empresariales y de Seguros S. A., para que de ahora en adelante su denominación social sea M&O Consultores Jurídicos Empresariales S. A.—San José, 2 de junio del 2009.—Lic. Mónica Zumbado Fallas, Notaria.—1 vez.—Nº 109774.—(46865).
Mediante escritura otorgada el día de hoy procedí a protocolizar en forma literal acta de asamblea general extraordinaria de Protección Total Siglo Veintiuno S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y seis mil novecientos treinta y siete, mediante la cual se reforman las cláusulas primera y tercera de los estatutos, relacionadas, la primera con el nombre y la tercera con el objeto social.—San José, 2 de junio de 2009.—Lic. Omar Zúñiga Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 109775.—(46866).
A las 9:00 horas del 28 de mayo del 2009, se reformó cláusula sétima del pacto social referente a junta directiva y representación en la sociedad denominada Excavaciones Maar JB Y A S. A.—Lic. Ademar Soto Alpízar, Notario.—1 vez.—Nº 109777.—(46867).
Por escritura número sesenta y tres, otorgada en San José, a las dieciséis horas del veintidós de mayo del año dos mil nueve, se constituyó la firma Discomer Sociedad Anónima, domiciliada en Lomas del Sol Tilarán Guanacaste, casa catorce E, capital suscrito y cancelado, presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma, efectuada ante el notario: Lic. Helmuth Ajun Murillo.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Helmuth Ajun Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 109778.—(46868).
Por escritura otorgada por el notario Lic. Felipe Gómez Rodríguez, a las 15:00 horas del 25 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad Distribuidora Bovar Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Distribuidora Bovar S. A. Presidente: con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, el señor: Freddy Bolaños Alfaro. Capital: suscrito y pago en su totalidad. Firmo en la ciudad de Grecia, el día 2 de junio del dos mil nueve.—Lic. Felipe Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 109779.—(46869).
A las 09:00 horas del veintinueve de mayo del año en curso, se constituyó la sociedad cuyo nombre es su cédula jurídica s. a., presidente: Heylmuth Jiménez Barboza. Capital, diez mil colones. A las 11:00 horas del veintinueve de mayo del año en curso, se constituyó la sociedad cuyo nombre es su cédula jurídica s. a., Presidente: Heylmuth Jiménez Barboza. Capital, diez mil colones. A las 12:00 del 29 de mayo del año en curso se constituyó la sociedad cuyo nombre es su cédula jurídica s. a., Presidenta: Lineth Vanesa Jiménez Marín. Capital, diez mil colones.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Kattia Mena Abarca, Notaria.—1 vez.—Nº 109790.—(46874).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 12 de mayo del 2009, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y tres mil novecientos treinta y tres sociedad anónima, se nombra nueva junta directiva y se modifica cláusula de administración. Es todo.—San José, doce de mayo del dos mil nueve.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—Nº 109795.—(46875).
Ante esta notaría, se constituyó la entidad jurídica con nombre de fantasía Cappers Unlimited Incorporated Sociedad Anónima, al ser las dieciséis horas del día primero del mes de junio, del dos mil nueve.—Lic. Patricia Benavides Chaverri, Notaria.—1 vez.—Nº 109797.—(46876).
Por
escritura pública otorgada ante los notarios Danilo Cerdas Brenes y Renato
Ortiz Álvarez a las 17:00 del 24 de mayo del 2009, se protocolizaron acuerdos
de asamblea de asociados de
A las quince horas del treinta y uno de mayo de dos mil nueve, en mi notaría se constituyó sociedad de esta plaza cuya denominación social los socios facultan al Registro Público para consignarle el número de cédula jurídica que este le asigne de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del decreto número tres tres uno siete uno-J. Se elige junta directiva y fiscal. Plazo noventa y nueve años.—Cartago, treinta y uno de mayo del dos mil nueve.—Lic. Óscar Vargas Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 109816.—(46884).
Ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Protección Personalizada de Seguridad Vindas y Avendaño Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Carlos E. Vargas Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 109817.—(46885).
Ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Internacionales del Norte de Tres Ríos Manjagari Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Carlos E. Vargas Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 109818.—(46886).
En mi notaría, el 25-05-2009, se constituyó Inversiones Doña Lila S. A. Plazo social. 99 años. Capital social: Diez acciones de mil colones cada una. Tienen la representación judicial y extrajudicial de la presidenta y secretario, en su orden: Mayra Vindas Ureña y Johnny Marchena Barahona, ambos apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Es todo.—Palmares, Pérez Zeledón, 27 de mayo de 2009.—Lic. Lianeth Esquivel Sanabria, Notaria.—1 vez.—Nº 109821.—(46887).
El suscrito notario hace constar con vista en la matriz que se modificaron las cláusulas segunda, quinta y sétima del pacto constitutivo de la empresa Inversiones Aduaneras Eduma S. A., se nombra nueva junta directiva.—San José, dos de junio del dos mil nueve.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—Nº 109822.—(46888).
Por escritura autorizada por mí a las 11:00 horas del 2 de junio de 2009, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Laracruz del Sol S. A., mediante la cual se reformó la cláusula sétima de la escritura constitutiva de la sociedad.—San José, 2 de junio de 2009.—Lic. Danilo Chaverri Soto, Notario.—1 vez.—Nº 109823.—(46889).
Hoy he protocolizado la asamblea general de la empresa Manufacturas de Papel de Centro América MANPA S. A., en la que se modifica la cláusula 6 y se nombra nueva directiva y gerente general.—San José, 2 de junio del 2009.—Lic. Arturo Blanco Páez, Notario.—1 vez.—Nº 109824.—(46890).
Por escritura autorizada por mí a las 11:30 horas del 2 de junio de 2009, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Francma Golden S. A., mediante la cual se reformó la cláusula sétima de la escritura constitutiva de la sociedad.—San José, 2 de junio de 2009.—Lic. Danilo Chaverri Soto, Notario.—1 vez.—Nº 109825.—(46891).
Por
escritura de las 16:00 horas del 26 de mayo del 2009, se constituye Contabilidades
Mar S. A., domiciliada en Heredia, Santo Domingo, de
Por escritura otorgada ante esta notaría, Nº 13 de las 21 horas de 7 de mayo de 2009, se reformó la cláusula quinta de la sociedad 3-101-520733 s. a. con igual cédula jurídica para que las acciones sean firmadas por el presidente únicamente.—San José, 7 de mayo del 2009.—Lic. Edwin D. Leiva Jara, Notario.—1 vez.—Nº 109829.—(46893).
En
esta notaría a las 15:00 horas del 22 de mayo del 2009, se constituyó una
sociedad anónima de conformidad con el decreto 33171-J publicado en
Por escritura otorgada ante mí, hoy a las 10:00 horas Roberto García Ulloa y Marjorie Umaña Acevedo constituyen Inversiones Masecha S. A.—Santo Domingo de Heredia, 01 de junio del 2009.—Lic. Helberto Moreira González, Notario.—1 vez.—Nº 109835.—(46895).
Christopher Mauricio y Adrián Bernardo ambos de apellidos Gamboa Luna constituyen la sociedad anónima denominada J y C Island Investment en San José a las dieciocho horas del primero de junio del dos mil nueve. Su domicilio social, provincia: San José, cantón: Goicoechea, distrito: Ipís, del Palí cien metros oeste, veinticinco metros sur y veinticinco metros oeste, casa c-cuatro.—Lic. Allan Rodolfo Monge Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 109836.—(46896).
Óscar Bonilla Bolaños, Miguel Bolaños Sequeira, Juan Anchía Rodríguez, Enrique Cordero Quirós, Eduardo Páez Campos, Ronny González Mora, y Robert Laurent Sanabria, constituyen la sociedad denominada U P A V de Costa Rica Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse U P A V de Costa Rica S. A. Domicilio social Heredia San Francisco Condominio Rosedal número dos, número veintiuno. Capital social es la suma de catorce mil colones exactos. Escritura otorgada en la ciudad de Heredia, a las dieciocho horas del veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Lourdes Vindas Carballo, Notaria.—1 vez.—Nº 109837.—(46897).
Manuel Enrique Rojas Fernández y Manuel Enrique Rojas Montero, constituyen sociedad anónima con número de cédula jurídica. Domicilio social: Heredia, Urbanización Santa Inés, frente a la plaza de deportes. Capital social es la suma de diez mil colones exactos. Escritura otorgada en la ciudad de Heredia, a las diecisiete horas del dos de junio del dos mil nueve.—Lic. Lourdes Vindas Carballo, Notaria.—1 vez.—Nº 109839.—(46898).
En esta notaría, mediante escritura número doscientos dos se protocolizó el acta número tres de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Representaciones G.A.& Compañía Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo. Calle Blancos a las ocho horas del primero, de junio del dos mil nueve.—Lic. María Lucrecia Loaiza Chinchilla, Notaria.—1 vez.—Nº 109840.—(46899).
La notaria, que suscribe hace constar que mediante escritura otorgada el 25 de mayo del 2009, Aluminios Compuestos de Costa Rica S. A., modifica las cláusula 2 del domicilio social y 8 de la administración y sustituye agente residente.—San José, 3 de junio del 2009.—Lic. Stella Santamaría Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 109841.—(46900).
Por escritura número doscientos cuarenta otorgada a las doce horas del día veintisiete de mayo del dos mil nueve; los señores Richard Alan Levy y Carlos Humberto Cáceres, constituyeron la sociedad Hotel Villas Hermosa Heights S. A. Capital social: cien mil colones. Mediante escritura número doscientos veintiocho se modificó la cláusula primera y la cuarta del pacto constitutivo de la sociedad denominada Inversiones Ridgely S. A.—Lic. Glenda Rodríguez Carmona, Notaria.—1 vez.—Nº 109919.—(46951).
El veintisiete de mayo del dos mil nueve, se constituyó sociedad en la que se facultó al Registro para que le asignara como denominación social el número de cédula jurídica. Presidente: Jonathan Gerardo Aguirre Alfaro. Capital social: cien mil colones.—Sarapiquí, veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Federico Alfaro Araya, Notario.—1 vez.—Nº 109923.—(46952).
Que en la asamblea extraordinaria de la compañía Horizon Mountain Investments Limitada, celebrada a las 14:00 horas del día 28 de mayo del 2009, en la ciudad de Santa Cruz, Guanacaste se acordó reformar la cláusula octava del pacto constitutivo de la administración.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—Nº 109924.—(46953).
Que por escritura número ciento veintiocho-ocho otorgada ante esta notaría a las nueve horas del tres de junio dos mil nueve, se adiciona escritura número setenta y seis-ocho otorgada ante esta notaría el veinte de junio del dos mil ocho y se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Marina de Herradura S. A., mediante la cual se reforma la cláusula quinta del capital social.—San José, tres de junio del dos mil nueve.—Lic. Catalina Soto Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 109926.—(46954).
Mediante escritura número ciento ochenta y ocho, de las 15:00 horas del veinte de abril del año dos mil nueve, ante el suscrito notario se constituyó la sociedad Producciones Creativas Boggart.—San José, 21 de abril del 2009.—Lic. Sergio Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 109927.—(46955).
Mediante escritura número ciento noventa y uno, de las 09:00 horas del dos de junio del dos mil nueve, ante el suscrito notario se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad L & R Consultores en Sistemas Consist S. A., en la cual se reforma la cláusula primera de los estatutos sociales sobre domicilio y el nombramiento de nueva junta directiva.—San José, 02 de junio del 2009.—Lic. Sergio Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 109928.—(46956).
Por escritura número doscientos sesenta y cuatro, se constituyó la firma de esta plaza J.C.M.E. del Atlántico Sociedad Anónima. Domiciliada en Coronado, San José, Costa Rica. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Presidente: Juan Carlos Moya Elizondo. Fecha de otorgamiento: primero de mayo del dos mil nueve. Lugar de otorgamiento: San José, Costa Rica.—Lic. Christian García Morales, Notario.—1 vez.—Nº 109979.—(46988).
Por escritura otorgada en esta notaría, se constituyó Grupo Empresarial Esquimo Sociedad Anónima. Capital social doce mil colones. Domicilio Zent Nuevo Matina de Limón.—Lic. Lilliana Valverde Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 109981.—(46989).
Por escritura otorgada en esta ciudad, ante mí, a las 8 horas de hoy se constituyó Taller Mecánico MA.FE. S. A., MFS, Sociedad Anónima, por 99 años a partir de hoy. Objeto: principal la asesoría, mantenimiento y reparación de vehículos automotores, así como el comercio, la agricultura, la industria, ganadería. Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 23 de marzo del 2009.—Lic. Gilberth Quirós Castro, Notario.—1 vez.—Nº 109984.—(46990).
En mi notaría pública se constituyó la sociedad Servicio Atención de Pacientes a Domicilio SAPDO, S. A., y su representante legal es Johnny Morales Vincenti, cédula 1-589-525.—San José, 02 de junio del 2009.—Dra. Roxana Sánchez Boza, Notaria.—1 vez.—Nº 109986.—(46991).
Mediante asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Alefiore Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y nueve mil ciento sesenta y tres, celebrada en su domicilio social, a las nueve horas del día veintisiete de mayo del dos mil nueve, se han reformado las cláusulas segunda y décimo primera del pacto social, además se nombró presidente y secretario de la junta directiva.—Cartago, 03 de junio del 2009.—Lic. Jorge Enrique Monge Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 109988.—(46992).
Mediante acta número 4 de la asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Condominio Hacienda Gregal Lote Quince J L H S. A., corrige el nombre y número de cédula del presidente, se reforma la cláusula segunda y cláusula cuarta del pacto constitutivo. Es todo.—San José, 27 de mayo del 2009.—Lic. Mario Alberto Piña Líos, Notario.—1 vez.—Nº 109990.—(46993).
Por medio de escritura otorgada en San José, a las 14:00 horas del 27 de mayo del 2009, ante la notaria pública Alejandra Echeverría Alfaro, se constituyó la sociedad Eloy Agua Costa Rica Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Domicilio: Escazú. Capital social: ¢12.000,00. Presidente. Yves M R Deweer.—Lic. Alejandra Echeverría Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 109996.—(46994).
Por escritura número cuarenta y cuatro-treinta y nueve del tomo treinta y nueve de mi protocolo, otorgada a las nueve horas con treinta minutos del tres de junio del año dos mil nueve, protocolicé la asamblea general extraordinaria de accionistas de Inmobiliaria El Otoño Florido Sociedad Anónima, en la cual se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo referente a la administración.—San Rafael de Heredia, 03 de junio del 2009.—Lic. Manuel Francisco Camacho Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 110001.—(46998).
Por escritura número cuarenta y tres-treinta y nueve del tomo treinta y nueve de mi protocolo, otorgada a las nueve horas con quince minutos del tres de junio del año dos mil nueve, protocolicé la asamblea general extraordinaria de accionistas de Carmel Ladies Shoes Sociedad Anónima, en la cual se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo referente a la administración.—San Rafael de Heredia, 03 de junio del 2009.—Lic. Manuel Francisco Camacho Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 110002.—(46999).
Por
escritura otorgada a las quince horas treinta minutos del veintiocho de mayo
del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Tours Papagayo J y N
Sociedad Anónima, con domicilio en
Por escritura otorgada bajo mi notaría, de las trece horas del veintiséis de mayo del dos mil nueve, se constituye la sociedad Suplidora Alfaro y Ramírez Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 03 de junio del 2009.—Lic. Ana Gabriela Massey Machado, Notaria.—1 vez.—Nº 110004.—(47001).
Ante
esta notaría, en escritura número 187-4 con fecha 02 de junio del
Ante
esta notaría, en escritura número 186-4 con fecha 02 de junio del
Ante
esta notaría, en escritura número 185-4 con fecha 02 de junio del
Por
medio de escritura otorgada ante la suscrita Notaria Pública en San Isidro de
Pérez Zeledón, a las catorce horas con quince minutos del día veintinueve de
mayo del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general
extraordinaria de socios de
Por
escritura autorizada a esta notaría, a las 13:00 horas del 27 de mayo del año
2009, se constituyó la sociedad Cuca´s de
Costa Rica Sociedad Anónima. Domicilio:
Por
escritura autorizada a esta notaría, a las 13:15 horas del 27 de mayo del año
2009, se constituyó la sociedad Gringo Bob´s
Sociedad Anónima. Domicilio:
Leonel Cabrera Zúñiga y otro constituyen Marle de Piedra Negra Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Santa Ana, a las 14:30 horas del 02 de junio del 2009.—Lic. Maritza Quintanilla Jiménez, Notaria, 1 vez.—Nº 110012.—(47008)
En mi
notaría mediante escritura de las nueve horas treinta minutos del quince de
diciembre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Matrimonios Civiles
Sociedad Anónima, domiciliada en San José, veinticinco metros norte de la
esquina noreste de
Por escritura otorgada a las once horas del tres de junio del dos mil nueve, por el Notario Diego Soto Solera, se realizó aumento de capital social por doscientos dos millones trescientos sesenta y nueve mil setecientos sesenta y siete colones de la sociedad Financiera Acobo S. A., y se modifica la cláusula quinta del pacto social.—Lic. Diego Soto Solera, Notario.—1 vez.—Nº 110021.—(47010).
Por escritura otorgada a las once horas del tres de junio del dos mil nueve, por el Notario Diego Soto Solera, se realizó aumento de capital social por mil quinientos cuarenta y seis millones ochocientos ochenta y dos mil cuarenta y cuatro colones de la sociedad Financiera Acobo S. A., y se modifica la cláusula quinta del pacto social.—Lic. Diego Soto Solera, Notario.—1 vez.—Nº 110022.—(47011).
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de Finca Liefan S. A. Se modifican las cláusulas sétima, octava y décimo segunda. Y se nombra secretario, tesorero, fiscal y agente residente.—San José, a las catorce horas del veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Mayra Zamora Espinoza, Notaria.—1 vez.—Nº 110025.—(47012).
En mi
notaría, a las ocho horas del dos de junio del dos mil nueve, protocolicé acta
de asamblea de Condominio
Ante esta notaría a las 09:00 horas del 03 de junio del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada por Cargen S. A. Se nombra nueva presidenta Jenny Rodríguez Castillo, con facultades de apoderada generalísima, así mismo se nombra tesorero y fiscal.—Cartago, 03 de junio del 2009.—Lic. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 110028.—(47014).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad De Nidaros Sociedad Anónima. Presidente y tesorero con facultades. Capital social diez mil colones.—San José, 02 de junio del 2009.—Lic. Joel Valverde Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 110029.—(47015).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad Comercializadora B y P Sociedad Anónima. Presidente y tesorero con facultades. Capital social diez mil colones.—San José, 02 de junio del 2009.—Lic. Joel Valverde Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 110030.—(47016).
Ante esta notaría comparecieron los señores Henry Obando Obando y Christian Cascante Vásquez y dicen: Que comparecen ante esta notaría con el propósito de constituir una sociedad anónima, la cual se regirá por el Código de Comercio y por las siguientes cláusulas: Primera: del nombre, la sociedad se denominará Dalan del Caribe Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Dalan del Caribe S. A. Segunda: del domicilio, el domicilio social será exactamente Bataan de Matina de Limón, exactamente contiguo al Cencinai, el capital social es de doscientos mil colones. Es todo.—Limón, quince horas del 01 de junio del 2009.—Lic. Elvis Eduardo Lawson Villafuerte, Notario.—1 vez.—Nº 110031.—(47017).
Mediante escritura pública número ciento cincuenta y tres-dos, otorgada ante esta notaría a las trece horas treinta minutos del día primero de junio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Ganadera El Consorcio Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente: Francisco Alberto Mairena Gutiérrez.—Lic. Róger Bravo Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 110032.—(47018).
Mediante escritura pública número ciento cincuenta y cuatro-dos, otorgada ante esta notaría a las trece horas cuarenta y cinco minutos del día primero de junio del año dos mil nueve, se protocolizó el acta número dos de la sociedad CR India Over Seas Bank Sociedad Anónima, en donde se nombra presidente y tesorero, y se reforma la cláusula sétima del estatuto original.—Lic. Róger Bravo Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 110033.—(47019).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad Zen Salón y Nail Spa Sociedad Anónima.—San José, 03 de junio del 2009.—Lic. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 110035.—(47021).
Ante mí, María de los Ángeles Solano Mora, notaria pública con oficina en Coronado, se constituyó a las ocho horas del dos de mayo del año dos mil nueve, la sociedad anónima Inversiones Mejías Morera. El plazo social será de noventa y nueve años. El capital social será la suma de diez mil colones exactos. El presidente es Ólger Axel, mayor, casado una vez, ingeniero en sistemas, con cédula número dos-quinientos sesenta y cuatro-cuatrocientos seis.—Coronado, 2 de mayo del 2009.—Lic. María de los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 110036.—(47022).
Mediante escritura número ciento setenta y cuatro de las catorce horas del primero de junio del año dos mil nueve, formalizada ante esta notaría, se constituye sociedad limitada bajo el nombre de Puntos Naranja Ltda.—1 vez.—Nº 110037.—(47023).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veintisiete de mayo del dos mil nueve, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía de esta plaza D.E. Langostinos del Pacífico Sociedad Anónima, en que se reforma la cláusula primera del pacto social.—Lic. Harry Castro Carranza, Notario.—1 vez.—Nº 110038.—(47024).
Mediante
escritura otorgada ante mí, al ser las diez horas del doce de mayo del dos mil
nueve, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad Servicios
Privados
Ante mí se constituyó una sociedad anónima que llevará por nombre su número de cédula jurídica, con domicilio en Guápiles, Pococí, Limón, con capital totalmente suscrito y pagado. La representación judicial y extrajudicial le corresponde al presidente y secretario de forma conjunta o separada. Presidente: Rayford Sánchez Loría.—Guápiles, 01 de junio del 2009.—Lic. Juan Carlos Radulovich Quijano, Notario.—1 vez.—Nº 110040.—(47026).
Ante esta notaría a las 10:00 horas del 02 de junio del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada por Industrias Fat Sociedad Anónima. Se reforma parcialmente el pacto constitutivo, y nombra nuevo vicepresidente, secretaria, tesorero y fiscal.—Cartago, 02 de junio del 2009.—Lic. Helen Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 110041.—(47027).
Ante esta notaría a las 10:15 horas del 02 de junio del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada por Comercializadora Deligil Sociedad Anónima. Se reforma parcialmente el pacto constitutivo, y nombra nuevo vicepresidente, secretaria, tesorero y fiscal.—Cartago, 02 de junio del 2009.—Lic. Helen Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 110042.—(47028).
Mediante escritura número 107 de las 14:00 horas del 02 de junio del 2009, ante la notaría del Licenciado Luis Alberto Álvarez Muñoz, se constituye sociedad anónima de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº 33171-J.—Heredia, 03 de junio del 2009.—Lic. Luis Alberto Álvarez Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 110043.—(47029).
Mediante escritura número ciento cuarenta otorgada ante mí, a las nueve horas del diecisiete de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada S Y Q Comercial Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Es todo.—Lic. Luis Alberto Álvarez Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 110044.—(47030).
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:30 horas del 28 de mayo de 2009, se constituyó la compañía denominada Compañía Consejobien Sociedad Anónima. Con capital social de diez mil colones.—San José, 3 de junio del 2009.—Lic. Arnoldo Parini Guevara, Notario.—1 vez.—(47032).
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:15 horas del 28 de mayo del 2009, se constituyó la compañía denominada Corporación Astuviva Sociedad Anónima. Con capital social de diez mil colones.—San José, 3 de junio de 2009.—Lic. Arnoldo Parini Guevara, Notario.—1 vez.—(47033).
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 28 de mayo de 2009, se constituyó la compañía denominada Inversiones Salujuventud Sociedad Anónima. Con capital social de diez mil colones.—San José, 3 de junio de 2009.—Lic. Arnoldo Parini Guevara, Notario.—1 vez.—(47034).
Protocolización de Grupo Autovital de Costa Rica S. A. en la que se reforma la cláusula sexta del pacto social. Escritura otorgada a las 9:00 horas del 1º de junio de 2009.—Lic. Arnoldo Parini Guevara, Notario.—1 vez.—(47035).
Protocolización de Grupo Inmobiliario Ángel Protector S. A. en la que se reforma la cláusula sexta del pacto social. Escritura otorgada a las 10:00 horas del 1 de junio de 2009.—Lic. Arnoldo Parini Guevara, Notario.—1 vez.—(47037).
En escritura número ciento doce-dos de las dieciocho horas del día veintiocho de mayo del dos mil nueve, otorgada ante la notaria Ana Marcela Bonilla Castro, se constituyó la sociedad anónima Corporación Onyx de Centroamérica S. A.—San José, dos de junio del dos mil nueve.—Lic. Ana Marcela Bonilla Castro, Notaria.—1 vez.—(47038).
Se hace
constar que mediante escritura número ciento nueve ante este notaría, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
empresa
Ante esta notaría con fecha diecisiete de abril del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima denominada Sueños del Mirador Sociedad Anónima, con domicilio en San José, Paseo Colón. Cuyo capital social fue íntegramente suscrito y pagado por los socios constituyentes. Es todo.—San José, dieciocho de abril del dos mil nueve.—Lic. Juan Carlos Ayala Montero, Notario.—1 vez.—(47051).
Por escritura otorgada en Cartago, a las quince horas del veinte de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Estrategia, Negocios & Consultorías E.N.C S. A. Domiciliada en la ciudad de Cartago. Con un plazo de noventa y nueve años. Capital social: de diez mil colones. Presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, veinte de mayo del dos mil nueve.—Lic. Adrián Masís Mata, Notario.—1 vez.—Nº 110045.—(47058).
Por escritura ciento noventa y ocho-diez, celebrada en el tomo décimo del protocolo del suscrito notario José Joaquín Herrera Arias, a las ocho horas del tres de junio del dos mil nueve, se protocolizó la constitución de la sociedad denominada Inmobiliaria Cerro Verde Sociedad Anónima, en la que se nombra junta directiva. Asimismo se solicita la cédula jurídica.—Lic. José Joaquín Herrera Arias, Notario.—1 vez.—(47061).
El suscrito notario José Joaquín Herrera Arias, hago constar y doy fe de que mediante la escritura número ciento noventa y uno-diez, ante el suscrito notario a las dieciséis horas con treinta minutos del veinte de mayo del dos mil nueve, se protocolizó el aumento de capital de la sociedad anónima denominada Bolvi Sociedad Anónima, a la suma de cien millones de colones. Es todo.—Carrillos de Poás, tres de junio del dos mil nueve.—Lic. José Joaquín Herrera Arias, Notario.—1 vez.—(47062).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día cuatro de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Crocodile Condominium Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. El presidente tiene la representación judicial y extrajudicial.—San José, cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Dunnia Monge Torres, Notaria.—1 vez.—(47081).
Ante mi notaría, a las doce horas del cuatro de junio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Chocolatería y Confitería Chocolatitos Limitada, domiciliada en Escazú. Gerente Damián Alfredo Mora Jiménez.—San José, cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Paola Barrantes Gamboa, Notaria.—1 vez.—(47168).
Ante la suscrita notaria pública se protocolizó mediante escritura número treinta y ocho-uno, un acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Constructora de Aluminios y Metales ACM S. A., en la cual se reforman los siguientes estatutos: Sustitución del presidente y cambio de domicilio social.—San José, 04 de junio del 2009.—Lic. Guita Wonsover Miranda, Notaria.—1 vez.—(47185).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad de esta plaza F & K & P Triángulo Perfecto Investments S. A. Capital suscrito y pagado por sus socios.—Alajuela, 04 de junio del 2009.—Lic. Carlos Luis Sanabria Porras, Notario.—1 vez.—(47210).
Por
escritura otorgada a las quince horas del tres de junio del dos mil nueve, ante
esta notaría, los señores José Antonio Meza Bou,
cédula dos-trescientos sesenta y tres-quinientos cincuenta y uno y María Catalina Meza Peralta, cédula uno-mil doscientos setenta y
ocho-ochocientos, constituyen una sociedad Anónima cuya denominación social se
hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo
número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J publicado en
Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las nueve horas treinta minutos del día catorce de mayo del año dos mil nueve, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Coastal Prowler Corp. of Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 4 de junio de 2009.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—(47218).
Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las ocho horas del día veintisiete de marzo del año dos mil nueve, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Janice A Wells Sociedad Anónima.—San José, 4 de junio de 2009.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—(47219).
Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las diecisiete horas del día primero de abril del año dos mil nueve, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Marathon LJ&RK Corporation M.LJ&RK.C. Sociedad Anónima.—San José, 4 de junio de 2009.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—(47220).
Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las nueve horas treinta minutos del día tres de junio del año dos mil nueve, se modifican las cláusulas primera y sexta del pacto constitutivo de la sociedad Progress Devel Sociedad Anónima.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Milton Rojas Zamora, Notario.—1 vez.—(47221).
Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a la doce horas del día cuatro de junio del dos mil nueve, se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Segnitia Maris Sociedad Anónima.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Milton Rojas Zamora, Notario.—1 vez.—(47222).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del primero de junio del dos mil nueve, se modificó la cláusula B-) y D-) del pacto constitutivo de la sociedad denominada Data Tell Tres Mil de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Mariela Briceño Nelson, Notaria.—1 vez.—(47224).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del tres de junio del dos mil nueve, se modificó la cláusula segunda, plazo social del pacto social de la sociedad denominada Comunicaciones Salgado Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-131502.—San José, 3 de junio del 2009.—Lic. Mario Alberto Umaña Mora, Notario.—1 vez.—(47225).
Por escritura otorgada en conotariado ante la notaría de la notaria pública Laura Castro Conejo, a las 18:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Estratégicas Capernaún Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pagado. Presidente: Alfredo Mora Rojas.—San José, 9 de mayo del 2009.—Lic. Laura Castro Conejo y Lic. Mónica Romero Piedra, Notarias.—1 vez.—(47226).
Por escritura otorgada en mi notaría, en Alajuela a las diez horas treinta minutos del cuatro de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Inversiones JMB-R de los Ángeles Limitada, con domicilio social en Alajuela, El Coyol, Urbanización Lomas Dos Mil, casa dieciséis j. Capital social: diez mil colones representados por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad.—Lic. Enrique Montero Gamboa, Notario.—1 vez.—(47253).
A las doce horas del día dos de junio de dos mil nueve, protocolice acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Grescodusan Global S. A., celebrada en su domicilio social, a las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos del día dieciocho de mayo de dos mil nueve, mediante la cual se reforma la cláusula sexta de la administración, del pacto constitutivo.—San José, 4 de junio de 2009.—Lic. Gueneth Williams Mullins, Notario.—1 vez.—(47257).
A las
catorce horas del día dos de junio de dos mil nueve, protocolice acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Tamarindo
Buena Compañía S. A., celebrada en su domicilio social, a las dieciséis
horas treinta minutos del día dieciocho de mayo de dos mil nueve, mediante la
cual se reforma la cláusula octava de
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del cuatro de junio del dos mil nueve protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Villa Nuser PGCC AO Cuarenta y Cuatro Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y siete mil trescientos veintitrés, de las ocho horas del dos de junio de dos mil nueve, mediante la cual se reforma la cláusula segunda de los estatutos y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—(47260).
A las nueve horas del día dos de junio de dos mil nueve, protocolice acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Rooting in Paradise Limitada, celebrada en su domicilio social, a las diez horas del día diecinueve de mayo de dos mil nueve, mediante la cual se reforma la cláusula octava de la administración, del pacto constitutivo.—San José, 4 de junio de 2009.—Lic. Gueneth Williams Mullins, Notario.—1 vez.—(47261).
A las dieciséis horas del día dos de junio de dos mil nueve, protocolice acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Park Falls S. A., celebrada en su domicilio social, a las quince horas del día dieciocho de mayo de dos mil nueve, mediante la cual se reforma la cláusula sexta de la administración del pacto constitutivo.—San José, 4 de junio de 2009.—Lic. Gueneth Williams Mullins, Notario.—1 vez.—(47262).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del trece de mayo del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Century City Enterprises Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-trescientos setenta mil trescientos treinta y uno, de las ocho horas del seis de mayo del dos mil nueve, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta de los estatutos y se nombra nuevo gerente.—Lic. Ricardo Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—(47263).
A las quince horas del día cuatro de junio de dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Moving to Costa Rica Limitada, celebrada en su domicilio social, a las doce horas treinta minutos del día diecinueve de mayo de dos mil nueve, mediante la cual se reforma la cláusula sétima: de la administración, del pacto constitutivo.—San José, 4 de junio de 2009.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—(47264).
A las
diez horas del día dos de junio de dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad Surftaco
S. A., celebrada en su domicilio social, a las ocho horas del día
diecinueve de mayo de dos mil nueve, mediante la cual se reforma la cláusula
sexta: de
Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria totalitaria de accionistas de Transportes Nacionales Granados Sociedad Anónima. Presidente: José Israel Granados Madrigal. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez acciones de mil colones cada una.—Buenos Aires de Puntarenas, 29 de mayo del 2009.—Lic. Alejandra González Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 110050.—(47333).
Escritura
otorgada ante el notario Efrén Mora Picado, se constituyó Jess
S M Sociedad Anónima, a las once horas del veintiséis de mayo del dos mil
nueve, constituyó un capital social de diez mil colones. Plazo: noventa y nueve
años. Domiciliada: cien metros sureste de la iglesia católica de
Al
ser las dieciséis horas del tres de junio del año dos mil nueve, se protocolizó
el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de sociedad
denominada Shangri
Michel (nombre) Serpuit (apellido), y Floribel Mena Chaves, constituyen El Chef Michel Sociedad de Responsabilidad Limitada, en San Pedro de Poás, Alajuela, el primero de junio del dos mil nueve.—Lic. Aura Céspedes Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 110055.—(47336).
Escritura otorgada, a las 13:00 horas del 02 de junio del 2009, se constituyó Kingsdomsoft Sociedad Anónima. Domicilio social: San José.—San José, 03 de junio del 2009.—Lic. Gerardo Enrique Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 110061.—(47337).
Randall Fonseca Fernández y Ana Lucía Cerdas Monge constituyen sociedad anónima denominada Diprobe S. A. Escritura otorgada en la ciudad de Cartago ante el notario público Sandro Monge Campos. Al ser las ocho horas del día primero de junio del año dos mil nueve.—Cartago, 04 de junio del año 2009.—Lic. Sandro Monge Campos, Notario.—1 vez.—Nº 110066.—(47338).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 1 de junio del 2009, se constituyó sociedad limitada de conformidad con el artículo 2 del Decreto 33171-J. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 02 de junio del 2009.—Lic. Alex Thompson Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 110070.—(47339).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas del 1 de junio del 2009, se modificó cláusula segunda y se nombró agente residente de la compañía Ultraview Centroamérica S. A.—San José, 02 de junio del 2009.—Lic. Alex Thompson Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 110071.—(47340).
Ante
esta notaría se protocolizaron los acuerdos tomados en la asamblea general
extraordinaria de la sociedad Internacional de Seguros Sociedad Anónima,
previa autorización de
Por escritura otorgada en mi notaría a las 18 horas del día 2 de junio del año 2009, se cambió razón social, se sustituyó al presidente y modificó la cláusula de la administración de 547.258 S. A.—San José, 04 de junio del 2009.—Lic. Ronald Rodríguez Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 110078.—(47342).
Por escritura otorgada en mi notaría a las 17 horas del día 3 de junio del año 2009, se cambió razón social, se sustituyó al presidente y modificó la cláusula del domicilio de Ónix Compañía Promotora de Ventas S. A.—San José, 04 de junio del 2009.—Lic. Ronald Rodríguez Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 110077.—(47343).
Por escritura otorgada a las doce horas del día tres de junio del presente año, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Tres-Ciento Uno-Cinco Dos Nueve Siete Nueve Siete Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula primera y se nombra presidente de la junta directiva.—San José, tres de junio del año dos mil nueve.—Lic. José Pablo Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 110080.—(47344).
Por escritura otorgada a las 12:00 del seis de mayo del 2009 protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Guanacacho S. A., cédala jurídica número 3-101-384.771, por los cuales se modifican las cláusulas sétima y décima del estatuto y se nombran fiscal y agente residente.—San José, 13 de mayo del 2009.—Lic. Ramón Nonato Méndez Salas, Notario.—1 vez.—Nº 110081.—(47345).
Ante mí, Carlos Manuel Arroyo Rojas se reforma la cláusula quinta del pacto de constitución que se refiere al capital social de la sociedad Inversiones Esquivel Araya Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, 02 de junio del 2009.—Lic. Carlos Manuel Arroyo Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 110082.—(47346).
Por escritura otorgada el día de hoy a las 10 horas, protocolicé acta de la sociedad A.C.S. Group Architecture, Construction & Services, S. A., en donde se modifica la cláusula quinta del pacto social, aumentando su capital.—San José, 02 de junio del 2009.—Lic. Ricardo Adolfo Vargas Villegas, Notario.—1 vez.—Nº 110083.—(47347).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:30 horas del 3 de junio del 2009, se nombra nueva junta directiva y fiscal de la sociedad V & B El Tururum de San Luis S. A.—Ciudad Quesada, 03 de junio del 2009.—Lic. Hugo Alberto Loaiza Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 110084.—(47348).
Mediante escritura número doscientos sesenta y uno del tomo doce de la notaria Aixa Quesada Gutiérrez, se constituyó la sociedad Contenedores C&S Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Domicilio social en la provincia de Alajuela, cantón primero Alajuela, distrito tres San José. Presidente Henry Castro Lobo.—San José, 02 de junio del 2009.—Lic. Aixa Quesada Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 110086.—(47349).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del día 13 de abril del 2009, se constituyó la sociedad anónima denominada Taller y Montajes Industriales Veym S. A. Plazo social: 99 años. Capital: suscrito y pagado de cien mil colones, junta directiva nombrada: Presidente: Víctor López Hernández.—Lic. Luis Orlando Chaves Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 110087.—(47350).
Keyco Chango González y Viviana Alvarado García, constituyen Desarrollos Rede M y B Sociedad Anónima. Mediante escritura otorgada en San José, ante mi notaría, a las dieciséis horas del primero de junio del dos mil nueve.—Lic. Edwin Bogantes Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 110091.—(47351).
Ante mí, Ana Gabriela Peña Valle, a las nueve horas diez minutos del veintidós febrero dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, cuya denominación social será el número de cédula jurídica asignada por el Registro Público.—San José, tres junio del dos mil nueve.—Lic. Ana Gabriela Peña Valle, Notaria.—1 vez.—Nº 110092.—(47352).
Ante mí, Ana Gabriela Peña Valle, a las nueve horas del veintidós febrero dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, cuya denominación social será el número de cédula jurídica asignada por el Registro Público.—San José, tres junio del dos mil nueve.—Lic. Ana Gabriela Peña Valle, Notaria.—1 vez.—Nº 110094.—(47353).
Ante mí, Ana Gabriela Peña Valle, a las nueve horas cinco minutos del veintidós febrero dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, cuya denominación social será el número de cédula jurídica asignada por el Registro Público.—San José, tres junio del dos mil nueve.—Lic. Ana Gabriela Peña Valle, Notaria.—1 vez.—Nº 110095.—(47354).
Por
escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del primero de junio de dos
mil nueve, se protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas,
de la sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Quinientos Cuarenta y Nueve Mil
Doscientos Uno Sociedad Anónima. Se acuerda reformar la cláusula primera,
del nombre de ahora en adelante se denominará:
El
suscrito notario público hace constar que mediante la escritura número sesenta
y dos-veinticinco, otorgada en mi notaría a las doce horas del dieciséis de
abril del año dos mil nueve, se modificó la cláusula octava de la persona
jurídica El Árbol de Piedra De
Que por acta de asamblea general extraordinaria de Inversiones y Transportes Tres B Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-142855, celebrada el día 28 de mayo del año dos mil nueve, se nombran nuevos miembros de junta directiva. Es todo.—San Isidro, 03 de junio del año 2009.—Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario.—1 vez.—Nº 110099.—(47357).
Mediante escritura autorizada por el suscrito notario a las diez horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria extraordinaria de cuotistas de la sociedad Brilliant Horizon Promotions Sociedad de Responsabilidad Limitada, por la cual se reforma la cláusula sexta de los estatutos.—San José, 12 de mayo del 2009.—Lic. Arnoldo López Echandi, Notario.—1 vez.—Nº 1100101.—(47358).
El
día de hoy he protocolizado acta constitutiva de la entidad Comercializadora
de Tubérculos Sarapiquí Sociedad de
Responsabilidad Limitada. Domiciliada en Hacienda
El
día de hoy he protocolizado acta constitutiva de la entidad Exportadora de
Tubérculos Yoma Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Domiciliada en Hacienda
El día de hoy he protocolizado acta constitutiva de la entidad Agrícola Aladino Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domiciliada en Aguas Zarcas, San Carlos, Alajuela, ciento veinticinco sur de Bar y Restaurante Francis. Gerente: Arnoldo Guzmán Rojas.—Puerto Viejo, Sarapiquí, primero de junio del dos mil nueve.—Lic. Gabriela Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 110106.—(47361).
Por
escritura otorgada hoy ante mi notaría, a las quince horas del treinta y uno de
marzo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Propiedades de
Por escritura ciento cincuenta y nueve-dos, de las dieciséis horas del veintinueve de mayo del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Desarrollo y Construcciones Centroamericanas Sociedad Anónima. Se reforma cláusula segunda y sexta, se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Aníbal Granados Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 110110.—(47363).
Por escritura número 011-05 del tomo 05 del protocolo del notario público Ana Lorena Borges Montero, otorgada en esta ciudad a las 14:00 horas del 03 de junio del 2009, la sociedad costarricense denominada 3-102-571075 S.RL., con cédula jurídica número tres-ciento dos-quinientos setenta y un mil setenta y cinco, modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, 03 de junio del 2009.—Lic. Ana Lorena Borges, Notaria.—1 vez.—Nº 110111.—(47364).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad Consorcio Topográfico Cedral Sociedad Anónima.—San José, dos de junio del dos mil nueve.—Lic. Alberto Jiménez Picado, Notario.—1 vez.—Nº 110113.—(47365).
Por asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la entidad Surgicare Medical de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta mil ciento cuatro, celebrada a las trece horas del dos de junio del año dos mil nueve, protocolizada por el suscrito notario, se destituye al fiscal y en su lugar se nombra a Peggy Lorena Salazar Lobo.—San José, 03 de junio del 2009.—Lic. Guillermo Guerrero Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 110115.—(47366).
Allen José León Ramírez, con la cédula número dos-quinientos cuatro-ochocientos ochenta y nueve, Biviana Rojas González, con la cédula número uno-novecientos noventa y cuatro-ciento treinta y tres, Andrés León Ramírez, con la cédula número dos-quinientos cuarenta-cuatrocientos treinta y siete, y Domingo León Jiménez, con la cédula número dos-doscientos noventa y uno-mil ciento noventa y seis, que constituyen Transportes Refrigerados León Rojas Sociedad Anónima. Otorgada a las nueve horas del tres de junio del dos mil nueve.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 110117.—(47367).
Por escritura otorgada hoy ante mí, Distribuidora Piedaes S. A., reforma cláusula de la administración y nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. María de los A. Calderón Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 110119.—(47368).
Por escritura otorgada hoy ante mí, Hojalatería Blas Sibaja Hermanos S. A., reforma cláusula de la administración y nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. María de los A. Calderón Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 110120.—(47369).
Por escritura otorgada hoy ante mí, Techos y Sistemas Sibaja S. A., reforma cláusula de la administración y nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. María de los A. Calderón Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 110121.—(47370).
Por escritura otorgada hoy ante mí, Instalaciones Estructurales Blas Sibaja Hermanos S. A., reforma cláusula de la administración y nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. María de los A. Calderón Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 110122.—(47371).
Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00 horas del 08 de setiembre del 2008, se constituye la sociedad denominada Mis Cuatro Estrellas M.A.P.A. S. A.—Lic. Lilliam Soto Hines, Notaria.—1 vez.—Nº 110123.—(47372).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas treinta minutos del día primero de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Galactical Nature Sociedad Anónima, que en español se leerá Naturaleza Galáctica Sociedad Anónima. Plazo cien años, capital social diez mil colones.—San José, 1º de junio del 2009.—Lic. Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—Nº 110250.—(47435).
Óscar Mario Valverde Godínez y Róger Carlos Cruz Salas, constituyen la sociedad anónima denominada Osva Sport Sociedad Anónima.—San José, veinticinco de mayo del dos mil nueve.—Lic. Bernal Castillo Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 110253.—(47436).
Óscar Mario Valverde Godínez y Róger Carlos Cruz Salas, constituyen la sociedad anónima denominada Vagoce Investment Sociedad Anónima.—San José, veinticinco de mayo del dos mil nueve.—Lic. Bernal Castillo Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 110254.—(47437).
Por
escritura número 181 otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 2 de
junio del 2009, la compañía Probeta Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número 3-101-090636, modifica las cláusulas “Segunda: Del domicilio:”
y la cláusula “Novena: de
Por
escritura número 180 otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 2 de
junio del 2009, la compañía Alimentos Alva Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número 3-101-031128, modifica las cláusulas “Segunda: Del
domicilio:” y la cláusula “Sétima: de
Por
escrituras números ciento setenta y uno, ciento setenta y dos, y ciento setenta
y tres respectivamente, otorgada ante la notaria Kembly
Mora Salas, respectivamente a las 17:00 horas del 1º de junio de
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:30 horas del 28 de mayo del 2009 se constituyó la sociedad denominada seis cuatro nueve nueve cinco siete cero seis nueve sociedad anónima. Presidente: Álvaro Picado Arguedas, cédula 4-129-505.—Barva, 3 de junio del 2009.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—Nº 110260.—(47441).
Mediante escritura pública otorgada a las 17:00 horas del día primero de junio del 2009 ante la notaria pública Mónica Miranda Villalta, Marco Tulio Murillo Solano y Xinia Lucrecia Segura Araya, constituyen Soluciones M Y L Flores Sociedad Anónima. Se nombra en el acto junta directiva, fiscal y agente residente.—Barva de Heredia, 3 de junio del 2009.—Lic. Mónica Miranda Villalta, Notaria.—1 vez.—Nº 110261.—(47442).
Ante esta notaría se constituye la sociedad de esta plaza denominada Compupalm Sociedad Anónima, a las nueve horas del cuatro de junio del dos mil nueve, siendo su presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma el señor Víctor Daniel Cerdas Castillo y Maynor Daring Méndez Acosta respectivamente, ante el notario Mauricio Bolaños Delgado.—San José, cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Mauricio Bolaños Delgado, Notario.—1 vez.—Nº 110263.—(47443).
El suscrito Mario Alberto Solano Rodriguez, en mi condición de notario público hago constar
y doy fe que en el protocolo primero en escritura número treinta y uno, se
constituyó la sociedad denominada Constructora Florian
B.S.D. Sociedad Anónima, domiciliada en San José
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN
EDICTO DE NOTIFICACIÓN DEL ÁREA DE GESTIÓN
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE CARTAGO
GATC-136-2009.—Por desconocerse el domicilio fiscal actual y habiéndose agotado las formas de localización posibles, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículos 150, 137 y 81 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, en adelante Código Tributario, se procede a notificar por edicto los saldos deudores de la contribuyente que a continuación se indican:
Nº
Doc. Contribuyente Cédula Impuesto Documento Periodo Monto ¢
SA-03-IPI-015-08 Excavaciones Ochomogo
S. A. 3-101-211694 Renta y Retenciones Sanción 2001 1.444.468,00 (*)
(*) Más los recargos de ley.
Contra la presente resolución puede interponerse recurso de revocatoria y apelación para ante el Tribunal Fiscal Administrativo, establecido en el artículo 150 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, dentro de los tres días hábiles siguientes a su publicación y, se le advierte que para futuras notificaciones debe señalar lugar para recibirlas.—Lic. Francisco Fonseca Montero, Director General de Tributación.—Lic. Marta I. Quirós Garita, Gerente.—1 vez.—(Solicitud Nº 21082).—C-15020.—(48039).
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA DE PROVEEDURÍA
PRIMERA INTIMACIÓN EN SEDE ADMINISTRATIVA
NOTA CONSECUTIVA
Nº 5225-1146-2009
En
Considerando:
1º—Que por
ignorarse el domicilio actual de la empresa Importadora Comercial Delmo S. A., a través del Periódico Oficial
2º—Que dichas resoluciones fueron
publicadas según establece
3º—Dentro de lo dispuesto por la resolución final en el Por tanto se estableció. “Autorizar la emisión del respectivo certificado para cada expediente”. Certificado de un crédito líquido con carácter de título ejecutivo por un monto de $1.155,84 (mil ciento cincuenta y cinco con 84/100).
4º—Que el artículo 150 de
Artículo
150.—
“1. La ejecución administrativa
no podrá ser anterior a la debida comunicación del acto principal, so pena de
responsabilidad.
2. Deberá
hacerse preceder de dos intimaciones consecutivas, salvo caso de urgencia.
3. Las
intimaciones contendrán un requerimiento de cumplir, una clara definición y
conminación del medio coercitivo aplicable que no podrá ser más de uno y un
plazo prudencial para cumplir.
4. Las
intimaciones podrán disponerse con el acto principal o separadamente.
5. Cuando sea
posible elegir entre diversos medios coercitivos, el servidor competente deberá
escoger el menos oneroso o perjudicial de entre los que sean suficientes al
efecto.
6. Los medios
coercitivos serán aplicables uno por uno a la vez, pero podrán variarse ante la
rebeldía del administrado si el medio anterior no ha sufrido efecto.”
5º—Que el inciso
2) del artículo 150 de la ley citada anteriormente, establece que la ejecución
administrativa del acto principal, una vez debidamente notificado, debe hacerse
preceder de dos intimaciones consecutivas, salvo caso de urgencia. Por
tanto:
En virtud de lo expuesto en la parte
considerativa de la presente resolución, así como de las normas legales citadas
y estando firme el acto de resolución final de
NOTA CONSECUTIVA
Nº 5225-1144-2009
En
Considerando:
1º—Que por
ignorarse el domicilio actual de la empresa Klimaire
S. A., a través del Diario Oficial
2º—Que dichas resoluciones fueron
publicadas según establece
3º—Dentro de lo dispuesto por la resolución final en el Por tanto se estableció. “Autorizar la emisión del respectivo certificado para cada expediente”. Certificado de un crédito líquido con carácter de título ejecutivo por un monto de ($1.261,50 - PA-084-07 - Licitación Restringida 55-03-T), ($2.815,00 - PA-103-07 - Licitación por Registro 43-02-T), y ($31.002,38 - PA-059-07 Licitación Pública 7176).
4º—Que el artículo 150 de
Artículo
150.—
“1. La ejecución
administrativa no podrá ser anterior a la debida comunicación del acto principal,
so pena de responsabilidad.
2. Deberá
hacerse preceder de dos intimaciones consecutivas, salvo caso de urgencia.
3. Las
intimaciones contendrán un requerimiento de cumplir, una clara definición y
conminación del medio coercitivo aplicable que no podrá ser más de uno, y un
plazo prudencial para cumplir.
4. Las
intimaciones podrán disponerse con el acto principal o separadamente.
5. Cuando sea
posible elegir entre diversos medios coercitivos, el servidor competente deberá
escoger el menos oneroso o perjudicial de entre los que sean suficientes al
efecto.
6. Los medios
coercitivos serán aplicables uno por uno a la vez, pero podrán variarse ante la
rebeldía del administrado si el medio anterior no ha sufrido efecto.”
5º—Que el inciso
2) del artículo 150 de
En virtud de lo
expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, así como de las
normas legales citadas y estando firme el acto de resolución final de
REGIÓN HUETAR NORTE
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Al señor: Jorge Luis
Murillo Ulate, cédula de identidad Nº 2-325-817, se
le hace saber que, se ha dictado la resolución administrativa de las 11:00
horas del día 15 de abril del 2009, en diligencias de apertura del
procedimiento de Revocatoria de
A los
señores: Carlos Luis Varela Pérez, cédula de identidad Nº 2-307-841 y Leda
María Boza Escalante, cédula de identidad Nº 2-320-209, se le hace saber que,
se ha dictado la resolución administrativa de las 13 horas del día 15 de abril
del 2009, en diligencias de apertura del procedimiento de Revocatoria de
A la
señora: Lorena Miranda Cortes, cédula de identidad Nº 2-456-951, se le hace
saber que, se ha dictado la resolución administrativa de las 14 horas del día
15 de abril del 2009, en diligencias de apertura del procedimiento de
Revocatoria de
A los
señores: Joaquín Mena Chamorro, cédula de identidad
2-487-601 y Gerardo Duarte Alemán, cédula de identidad 2-403-305, se le hace
saber que, se ha dictado la resolución administrativa de las 9 horas del día 4
de febrero del 2009, en diligencias de apertura del procedimiento de
Revocatoria de
A los
señores: Pablo Aguirre Mayorga, cédula de residencia 270-1306827194 y
Auxiliadora Flores Hurtado, cédula de residencia 270-15113208530, se le hace
saber que, se ha dictado la resolución administrativa de las 16 horas del día 4
de febrero del 2009, en diligencias de apertura del procedimiento de
Revocatoria de
A la
señora: Zoraida Congrio Sequeiro, cédula de identidad 9-079-234, se le hace
saber que, se ha dictado la resolución administrativa de las 15 horas del día
15 de abril del 2009, en diligencias de apertura del procedimiento de
Revocatoria de
A los
señores: Luis Alonso Sánchez Soto, cédula 9-073-522 y María Elena Villalobos
Chacón, cédula 2-418-915, se le hace saber que, se ha dictado la resolución
administrativa de las 16 horas del día 15 de abril del 2009, en diligencias de
apertura del procedimiento de Revocatoria de
A los
señores: Juan Bautista Chaves Soto, cédula 6-122-323
e Ivette Gutiérrez Badilla,
cédula 6-181-029, se le hace saber que, se ha dictado la resolución administrativa
de las 17 horas del día 15 de abril del 2009, en diligencias de apertura del
procedimiento de Revocatoria de
A los
señores: José Andrés Sánchez Aparicio, cédula de identidad 6-135-453 y Rosibel Guerrero Cárdenas, cédula de identidad 6-181-841,
se le hace saber que, se ha dictado la resolución administrativa de las 18
horas del día 15 de abril del 2009, en diligencias de apertura del
procedimiento de Revocatoria de