MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
AMBIENTE,
ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS
AMBIENTE, ENERGÍA Y TECOMUNICACIONES
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2009LA-004990-01
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA
CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO
INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO
DE
En sesión ordinaria Nº
17 celebrada el 27 de mayo de 2009
ACUERDA:
Permutar a
Y en
Publíquese
San José, a los
veintiocho días del mes de mayo de 2009.—Maureen
Ballestero Vargas, Presidenta.—1 vez.—(O. C. Nº 29016).—C-11250.—(47591).
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en las
atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
1º—Que mediante
2º—Que en el oficio Nº
DM-1475-08 de 12 de diciembre del 2008, el Director General del Museo Dr.
Rafael Ángel Calderón Guardia solicitó incrementar el gasto presupuestario
máximo del 2009, por un monto de ¢4.114.286,28 (cuatro millones ciento catorce
mil doscientos ochenta y seis colones con veintiocho céntimos), proveniente de
transferencias del Ministerio de Cultura y Juventud incluidas en
3º—Que mediante el Decreto
Ejecutivo Nº 34404-H, publicado en
4º—Que en el oficio
STAP-0684-08 de 7 de abril del 2008, se comunicó al Museo Dr. Rafael Ángel
Calderón Guardia el gasto presupuestario máximo fijado para el año 2009.
5º—Que posteriormente se
modificó el gasto presupuestario máximo, producto de un ajuste a la base de
cálculo al incorporarse gastos permanentes de la gestión institucional, el cual
fue comunicado mediante oficio STAP-0105-09 de 4 de enero de 2009, por un monto
de ¢109.676.636,31 (ciento nueve millones seiscientos setenta y seis mil
seiscientos treinta y seis colones con treinta y un céntimos).
6º—Que el Museo Dr. Rafael
Ángel Calderón Guardia inicialmente planteó la solicitud de incremento del
gasto presupuestario máximo del 2009 por un monto de ¢4.114.286,28, partiendo
del gasto presupuestario que le fue comunicado mediante el oficio STAP-0684-08;
sin embargo, considerando el gasto presupuestario máximo fijado para el año
2009, comunicado en el oficio STAP-0105-09 aludido, la entidad presenta un
exceso únicamente de ¢1.577.649,69 (un millón quinientos setenta y siete mil
seiscientos cuarenta y nueve colones con sesenta y nueve céntimos), siendo este
el monto por el cual procede la presente ampliación.
7º—Que
8º—Que por lo anterior
resulta necesario modificar el gasto presupuestario máximo fijado al Museo Dr.
Rafael Ángel Calderón Guardia para el año 2009, incrementándolo en la suma de
¢1.577.649,69 (un millón quinientos setenta y siete mil seiscientos cuarenta y
nueve colones con sesenta y nueve céntimos). Por tanto;
Decretan:
Artículo 1º—Modificase
para el Museo Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, el gasto presupuestario máximo
fijado para el año 2009, establecido en el Decreto Ejecutivo Nº 34404-H,
publicado en
Artículo 2º—Rige a partir de
su publicación.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Hacienda, Guillermo Zúñiga Chaves.—1
vez.—(D35272-48084).
Nº 025-C.—San José, 11 de marzo del 2009
EL PRESIDENTE DE
Y
Con fundamento en
los artículos 140 inciso 20), 146 de
Considerando:
1º—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 059-C del 9 de julio del 2008, se declaró de Interés Cultural el Primer Encuentro Mundial por los Bosques, denominado “Chico Méndes”.
2º—Que por motivos de cambios en las fechas del evento, dicho Encuentro Mundial se realizará del 22 al 25 de setiembre del 2009. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Modifíquese el artículo 1 del Acuerdo Ejecutivo Nº 059-C del 9 de julio del 2008, para que se lea de la siguiente manera:
“Artículo
1º—Declarar de Interés Cultural el Primer Encuentro Mundial por los Bosques,
denominado “Chico Méndes”, que se llevará a cabo en Costa Rica, del 20 al 22 de
abril del
Artículo 2º—Rige a partir del 11 de marzo del 2009.
ÓSCAR ARIAS
SÁNCHEZ.—
Nº 051-C.— San José, 14 de mayo del 2009
Nº 051-C.—San
José, 14 de mayo del 2009
EL PRESIDENTE DE
Y
Con fundamento en los
artículos 140 inciso 20), 146 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Reelegir al
señor Jimmy Ortiz Chinchilla, cédula de identidad Nº 1-554-183, como Director
del Taller Nacional de Danza.
Artículo 2º—Rige a partir del
9 de mayo del 2009 y hasta el 8 de mayo del 2010.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—
Nº 343-2009
EL PRESIDENTE DE
Y
Con fundamento en los
artículos 140, incisos 3) y 18), y 146 de
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo
Ejecutivo Nº 316-2001 de fecha 30 de octubre de 2001, publicado en el Diario
Oficial
II.—Que
mediante documentos presentados el día 6 de mayo del 2009, en
III.—Que la instancia interna
de
IV.—Que
en relación con las disminuciones de los niveles de empleo e inversión, el
Ministro de Comercio Exterior, mediante el oficio Nº DM-911-1 de 26 de
setiembre del 2001, señaló lo siguiente:
“(…) No obstante lo anterior, al ser
ésta una institución con una misión y vocación clara de servicio a la
exportación, sin dejar de lado claro está, su función de supervisión y control,
PROCOMER no puede dejar de considerar factores dinámicos, cambiantes propios
del entorno y realidad empresarial. Es así como también debemos considerar que
en muchas ocasiones las empresas beneficiarias del régimen o bien su casa
matriz se ven enfrentadas a graves problemas en la comercialización de sus bienes,
a crisis financieras internas inclusive problemas de índole macroeconómicos en
sus países y hasta a situaciones de caso fortuito o fuerza mayor,
circunstancias todas que las podrían obligar a disponer cambios inmediatos en
sus políticas de mercado.
Ha sido el afán del Ministerio atender
y tratar de ayudar a solventar de la forma más objetiva posible estas
situaciones, no sólo teniendo en consideración la posición de las empresas,
sino el resguardo sobre todo de intereses de orden general, al valorar el
impacto que supone una modificación considerable en los niveles de inversión y
empleo frente al cierre definitivo de la empresa. (…)”
V.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por
tanto:
ACUERDAN:
1º—Modificar el Acuerdo
Ejecutivo Nº 316-2001 de fecha 30 de octubre del 2001, publicado
en el Diario Oficial
“6. La beneficiaria se obliga a realizar y mantener
un nivel de empleo de 06 trabajadores, a partir de la notificación del presente
Acuerdo Ejecutivo. Asimismo, se obliga a realizar una inversión nueva inicial
en activos fijos de al menos $2.000.000,00 (dos millones de dólares, moneda de
curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 1º de junio del
2003, así como a realizar y mantener una inversión mínima total de
$3.233.000,00 (tres millones doscientos treinta y tres mil dólares, moneda de
curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 1º de junio del
2004. Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje
mínimo de valor agregado nacional de 8.86%.
PROCOMER
vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión nueva inicial en activos fijos
y la mínima total de la beneficiaria, de conformidad con los criterios y
parámetros establecidos en el Reglamento a
2º—En todo lo que no ha
sido expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo
Nº 316-2001 de fecha 30 de octubre del 2001, publicado en el Diario Oficial
3º—Rige a partir de su
notificación.
Comuníquese y publíquese.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—
DIRECCIÓN NACIONAL DE
DESARROLLO
DE
AVISO
El Registro Público de
Asociaciones de Desarrollo de
SERVICIO FITOSANITARIO DEL
ESTADO
DEPARTAMENTO DE INSUMOS
AGRÍCOLAS
REGISTRO DE AGROQUÍMICOS
EDICTOS
DIA-R-E-531-2009.—El
señor Ricardo Vargas Aguilar, portador de la cédula número 3-304-085, en su
calidad de Representante Legal de la compañía Ricardo Vargas Aguilar, cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción
del producto Fungicida de nombre comercial Zell Dimetomorf MZ 69 WP compuesto a
base de Mancozeb-Dimetomorf. Conforme a lo que establece
Nº DIA-R-E-484-2009.—El
señor Eduardo Vivero Agüero, portador de la cédula 1-665-002, en su calidad de
representante legal de la compañía Servicio Agrícola Cartaginés S. A., cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción
del producto Regulador de Crecimiento de nombre comercial Seracsa Ácido
Giberélico 4 SL, compuesto a base de Ácido Giberélico. Conforme a lo que
establece
Nº
DIA-R-E-480-2009.—El señor Eduardo Vivero Agüero, portador de la cédula Nº
1-665-002 en su calidad de representante legal de la compañía Servicio Agrícola
Cartaginés S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago,
solicita la inscripción del producto fungicida de nombre comercial Gardner 25
EC compuesto a base de Difeconazole. Conforme a lo que establece
CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL
Nº 41-2009.—Ministerio de Obras Públicas y Transportes.—Consejo Técnico de Aviación Civil.—San José, a las 11:00 horas del día 25 de mayo del dos mil nueve.
Se conoce solicitud de Certificado de Explotación para brindar servicios de vuelos regulares internacionales de pasajeros, carga y correo, en la ruta: Orlando, Florida, Estados Unidos de América-San José, Costa Rica y viceversa, presentada el día 10 de diciembre de 2008 por la empresa Jetblue Airways Corporation, cédula jurídica 3-012-557794, representada por la señora Alina Nassar Jorge, con fundamento en los siguientes resultandos:
Resultando:
Primero.—Mediante escrito presentado ante la secretaría del Consejo Técnico el 10 de diciembre de 2008, la señora Alina Nassar Jorge, en calidad de Apoderada Generalísima de la compañía JetBlue Airways Corporation, solicitó para su representada, Certificado de Explotación para brindar servicios de Vuelos regulares internacionales de pasajeros, carga y correo, para operar la ruta: Orlando, Florida, Estados Unidos de América-San José, Costa Rica y viceversa. En este mismo escrito la señora Nassar solicitó se le conceda a su representada un primer permiso provisional para operar las rutas indicadas a partir del 26 de marzo de 2009, además solicitó se convoque a la audiencia pública de Ley.
Segundo.—Mediante
oficio DGAC-TA-09 52 de fecha 12 de febrero de 2009,
“(…) Considerando que la solicitud de certificado de explotación presentada por la compañía Jet Blue Airways Corporation, satisface los conceptos establecidos en el Convenio Bilateral de Transporte Aéreo vigente entre Costa Rica y los Estados Unidos de América (Ley No. 7857), e independientemente de los aspectos legales y técnicos de la gestión se recomienda:
1) Otorgar a la compañía Jetblue Airways Corporation, un certificado de explotación para ofrecer servicios en la modalidad de vuelos regulares internacionales de pasajeros, carga y correo, bajo las siguientes especificaciones:
a) Ruta: Orlando, Florida-San José, Costa Rica y viceversa.
b) Derechos de tráfico: tercera y cuarta libertad en cada una de las rutas.
c) Frecuencia: un vuelo diario.
Dicha frecuencia podrá ser modificada de conformidad con lo indicado en el artículo 11 inciso 2 del Convenio Bilateral de transporte aéreo vigente entre Costa Rica y los Estados Unidos de América, previa aprobación del CETAC.
d) Tarifas: Las tarifas a aplicar en los servicios deben encontrarse debidamente registradas ante el CETAC, de conformidad con lo establecido en el Artículo 12 del Convenio.
e) Itinerarios: Los itinerarios en que se ofrecerá el servicio deben estar autorizados por el CETAC.
f) Equipo de vuelo: Airbus A-319, A-320, A-321, Boeing B-757, Embraer ERJ 190-100 IGW. Cualquier modificación del equipo será posible en el tanto se encuentre incorporado en el certificado de operador aéreo.
g) La empresa deberá contar en Costa Rica con una oficina y línea telefónica para la atención de quejas o reclamos de los pasajeros en caso de existir alguna anomalía en la prestación de los servicios.
h) Otorgar el certificado de explotación por el plazo establecido en la legislación vigente.
2) Otorgar a la compañía Jetblue Airways Corporation, un permiso provisional de operación a partir del 26 de marzo del 2009, con el propósito de que inicie la prestación de los servicios en la ruta indicada.
3) Solicitar un bono de garantía de acuerdo con el decreto vigente.”
Tercero.—Mediante oficio AIR 077/09 Jef de fecha 12 de febrero de 2009, las Unidades de Aeronavegabilidad y Operaciones Aeronáuticas indicaron que revisada la documentación técnica presentada por la empresa Jetblue para la obtención del Certificado de Operador Aéreo Extranjero, de acuerdo al RAC 119.70, la misma fue analizada y aceptada de conformidad con lo establecido en el procedimiento DGAC-GEN-01, por lo que recomendaron otorgar el Certificado de Explotación y por ende el COA-E correspondiente.
Cuarto.—
Quinto.—Mediante artículo
duodécimo de la sesión ordinaria 13-2009 celebrada por el Consejo Técnico de
Aviación Civil el día 9 de marzo de 2009, se acordó: “(…) se eleva a audiencia
pública la solicitud de la compañía Jet Blue Airways Corporation, para brindar
los servicios de vuelos regulares internacionales de pasajeros, carga y correo
en la ruta Orlando, Florida, Estados Unidos de América-San José, Costa Rica y
viceversa y se le otorga un primer permiso provisional de operación por un
período de tres meses a partir del 26 de marzo del
Sexto.—De conformidad con edicto
publicado en
Sétimo.—Que al dictado de esta resolución se han observado las normas y procedimientos de ley.
Considerando:
Sobre
los hechos:
Que para efectos
del dictado de esta resolución se tienen por ciertos los resultándoos
anteriores por constar así en el expediente administrativo que al efecto lleva
Sobre
el fondo del asunto:
I.—Que de acuerdo con lo dispuesto con el artículo 10 de
Asimismo, el artículo 143 de
II.—Que realizado el
procedimiento de certificación legal que establece
Cabe indicar que la empresa Jet
Blue Airways Corporation es poseedora del Certificado de Operador Aéreo Nº
YNA176J, otorgado el 03 de febrero de 2000, por
III.—En cuanto a la audiencia pública, la misma se celebró el día 7 de mayo del 2009, sin que se presentaran oposiciones a la misma.
Con fundamento en los hechos descritos y citas de ley. Por tanto,
EL CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL
RESUELVE:
Otorgar a la empresa denominada, Jetblue Airways Corporation, cédula jurídica 3-012-557794 representada por la señora Alina Nassar Jorge, certificado de explotación, bajo los siguientes términos:
Servicios a brindar: Vuelos regulares internacionales de pasajeros, carga y correo RUTA: Orlando, Florida, Estados Unidos de América-San José, Costa Rica y viceversa.
Derechos de trafico: Tercera y cuarta libertad del aire, en cada una de las rutas.
Frecuencia: Un vuelo diario. La frecuencia podrá ser modificada de conformidad con lo establecido en el artículo 11 inciso 2 del Convenio Bilateral de transporte aéreo vigente entre Costa Rica y los Estados Unidos de América, previa aprobación del Consejo Técnico de Aviación Civil.
Tarifas: La empresa deberá someter al registro del Consejo Técnico de Aviación Civil, las tarifas que aplicará con fundamento en lo establecido en el artículo 12 del Convenio Bilateral de Transporte Aéreo vigente.
Itinerarios: Los
itinerarios deberán ser sometidos a la aprobación del Consejo Técnico de
Aviación Civil de conformidad con lo establecido en los artículos 175 y 176 de
Equipo: Aeronaves del tipo A319, A320, A321, Boeing B-757, Embraer ERJ 190-100 IGW. Cualquier modificación del equipo será posible en el tanto se encuentre incorporado en el certificado de operador aéreo.
Vigencia: La vigencia del certificado de explotación será de 15 años, contados a partir de su expedición.
Consideraciones Técnicas:
La empresa deberá contar con la
organización adecuada, el método de control, la vigilancia de las operaciones
el programa de instrucción y de mantenimiento, acordes con la naturaleza y
amplitud de las especificaciones de operación. Lo anterior será aplicable a
cualquier servicio relacionado con la seguridad del vuelo; su validez y
eficacia dependerán del resultado de las inspecciones técnicas de Programa de
Vigilancia de
Además se someterá a un proceso permanente de vigilancia con la finalidad de demostrar que cumple los requisitos para efectuar en forma segura y adecuada las operaciones del servicio aprobado.
Cumplimiento de las Leyes:
La concesionaria se obliga
expresamente al estricto cumplimiento de las disposiciones contenidas en
Otras Obligaciones:
La empresa deberá cumplir con las
obligaciones que adquiera con
Mensualmente deberá enviar la información estadística del tráfico de pasajeros y carga movilizados desde y hacia Costa Rica.
Deberá rendir una garantía de
cumplimiento de las obligaciones pecuniarias contraídas con el Consejo Técnico
de Aviación Civil, por servicios aeronáuticos o por el uso de instalaciones
aeroportuarias, según el equivalente a tres meses de operaciones en el término
de 15 días hábiles siguientes al otorgamiento de este certificado de
explotación y de acuerdo con el procedimiento recomendado por el Departamento
Financiero de
Además deberá contar en Costa Rica con una oficina y línea telefónica, para la atención de quejas o reclamos de los pasajeros en caso de existir alguna anomalía en la prestación de los servicios.
Asimismo, deberá garantizar la
seguridad, eficiencia y continuidad del servicio concesionado, so pena de
cancelar las concesiones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13,
14 y 15 de
La concesionaria deberá suscribir y mantener vigente durante su concesión los contratos de seguros que garanticen los daños y perjuicios a la carga y a las personas o bienes de terceros en la superficie.
Para la expedición de la presente resolución se han seguido todas las disposiciones de Remítase al Poder Ejecutivo para su aprobación.
Notifíquese, publíquese e inscríbase en el Registro Aeronáutico.
Aprobado por el Consejo Técnico de Aviación Civil, mediante artículo noveno de la sesión ordinaria Nº 28-2009, celebrada el 25 de mayo del 2009.
José Guillermo Rojas Chaves, Vicepresidente.—1 vez.—(O. C. Nº 20501).—(Solicitud Nº 15692).—C-129020.—(48044).
DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL
AVISOS:
Que el señor
William Quesada Carvajal, mayor, casado, ingeniero agrónomo, vecino de
Guápiles, Limón, cédula de identidad número uno-trescientos setenta y
cuatro-cero setenta y uno, en su calidad de apoderado generalísimo de la
empresa Aero Fumigación Centroamericana Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-diez mil quinientos cinco, presentó una solicitud de
renovación del certificado de explotación de su representada, para continuar
ofreciendo los servicios de aviación agrícola remunerada con aeronaves de ala
fija. Todo lo anterior conforme a
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y
EVALUACIÓN DE
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de
Estudios de Educación Diversificada, Rama Académica Modalidad en Letras,
inscrito en el tomo 1, folio 223, título N° 1515, emitido por el Colegio
Nocturno Miguel Obregón Lizano, en el año mil novecientos ochenta y seis, a
nombre de Carlo Fco. Vega Alvarado. Se solicita la reposición del título
indicado por corrección del nombre, cuyo nombre correcto es: Carlos Francisco
Vega Alvarado. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante
este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 24, titulo N° 79,
emitido por el Liceo Nocturno Juan Santamaría, en el año mil novecientos
noventa y dos, a nombre de Sibaja Miranda Hilda. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 20, título Nº 94,
emitido por el Colegio Diurno de Río Frío, en el año mil novecientos noventa y
tres, a nombre de Ruiz Carazo Roy Gerardo. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 56, título Nº 974,
emitido por el Liceo de Puriscal, en el año mil novecientos noventa y ocho, a
nombre de Guzmán Vargas David. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 20, título Nº 205, emitido por el
Colegio Nocturno Miguel Obregón, en el año mil novecientos noventa y dos, a
nombre de Herrera Madrigal Marco Vinicio. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 177, título Nº 1979,
emitido por el Liceo Mauro Fernández Acuña, en el año mil novecientos noventa y
nueve, a nombre de Venegas González David. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 149, Título N° 1263,
emitido por el Liceo Diurno de Esparza, en el año dos mil uno, a nombre de
Molina Herrera Blanca Natalia. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original y por corrección del nombre, cuyo nombre y apellidos
correctos son: Molina Herrera Natalia. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión
de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad Ciencias y
Letras, inscrito en el tomo 1, folio 282, título N° 767, emitido por el Liceo
Ing. Manuel Benavides, en el año mil novecientos ochenta y seis, a nombre de
García Segura Hans Arturo. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 25, título N° 315,
emitido por el Liceo Santa Cruz Clímaco A. Pérez, en el año mil novecientos
noventa y dos, a nombre de Contreras López Ana Yancy. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 103, título Nº 286,
emitido por el Liceo Nocturno Maurilio Alvarado Vargas, en el año dos mil seis,
a nombre de Umaña Jiménez Gaudy. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
DEPARTAMENTO DE
ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social se
ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa
Agrícola de Producción Láctea R. L., siglas Lacticoop R. L. acordada en
asamblea celebrada el 30 de setiembre 2008. Resolución 1295-CO.
En
cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de
Consejo de
Administración
Presidente |
Javier F. Víquez Vega |
Vicepresidente |
Luis Barrantes Rodríguez |
Secretario |
Carlos Aguilar Martínez |
Vocal |
Isaías Rojas González |
Vocal |
Daniel Villalobos Quesada |
Suplente |
Elizabeth Fonseca Rojas |
Suplente |
Gerardo Rodríguez Soto |
Gerente: Wilmer Rodríguez
Soto.
San José, 26 de mayo
del 2009.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(47142).
REGISTRO NACIONAL
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
AVISOS
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción la reforma de
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción la reforma del estatuto de
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Vecinos Calle
Génesis de Damas de Desamparados, con domicilio en la provincia de San José;
cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Lograr el mejoramiento
integral de sus asociados. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la
asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con
las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Alexander
Solís Abarca. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Cristiana
Esperanza y Vida, con domicilio en la provincia de Guanacaste. Cuyos fines
principales entre otros son los siguientes: la propagación de la fe cristiana
con base en la doctrina de Jesucristo, adoctrinar y discipular a sus miembros
en las enseñanzas bíblicas. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la
asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con
las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Benjamín
Torres Torres. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación para el
Desarrollo Sostenible de Costa Rica ADESOS, con domicilio en la provincia de San
José. Cuyo fines principales entre otros será: El estudio, la promoción del
diseño y la construcción de obras en forma sostenible, mediante la búsqueda o
generación propia y/o adaptación de estudios, métodos de acreditación y
certificación, ya sea de los mismos sistemas y/o técnicas de construcción, así
como de los productos que se dedican a esa actividad; que coadyuven en alguna
forma, a lograr una sana utilización sostenible de los recursos financieros,
humanos, tecnológicos y naturales en la construcción, y de esa forma contribuir
al bienestar social, la preservación del planeta a nivel local y global. Cuyo
representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas
en el estatuto, lo es el presidente Abel Salazar Vargas. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en
REGISTRO DE PATENTES DE
INVENCIÓN
AVISOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
El señor Manuel E.
Peralta Volio, mayor, casado, abogado, cédula de identidad número 9-012-480,
vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Novartis AG de
Suiza, solicita
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
El señor Luis
Diego Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula Nº 1-669-228, vecino de San
José, en su condición de apoderado especial de Plexxikon Inc., de Estados
Unidos de América, solicita
DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS
SOLICITUD DE EXPLOTACIÓN DE TAJO
En expediente Nº
2700 los señores Álvaro Arias González, mayor, casado una vez, comerciante,
vecino de San Antonio, Coronado, San José, cédula Nº 5-185-812 y Jairo Arias
González, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de
Localización
geográfica:
Sito en:
Hoja
cartográfica:
Hoja Monterrey, escala 1:50.000 del I.G.N.
Localización
cartográfica:
Entre coordenadas generales: 281693.2874 282040.4367 Norte,
455638.7212 - 455864.4992 Este.
Área
solicitada:
Derrotero:
Coordenadas del vértice Nº 1 282007.3827 Norte, 455639.0215 Este.
Línea |
Acimut |
Distancia(mts) |
1 - 2 |
358° |
8.60 |
2-3 |
031° |
28.72 |
3-4 |
132° |
30.91 |
4-5 |
103° |
45.02 |
5-6 |
060° |
29.63 |
6-7 |
136° |
149.73 |
7-8 |
179° |
68.29 |
8-9 |
205° |
7.59 |
9-10 |
182° |
12.31 |
10-11 |
193° |
12.15 |
11-12 |
160° |
24.72 |
12-13 |
123° |
16.13 |
13-14 |
204° |
14.26 |
14-15 |
200° |
25.55 |
15-16 |
199° |
59.93 |
16-17 |
270° |
49.36 |
17-18 |
315° |
76.04 |
18-19 |
014° |
43.89 |
19-20 |
000° |
15.57 |
20-21 |
285° |
33.57 |
21-22 |
011° |
54.51 |
22-23 |
000° |
15.02 |
23-24 |
016° |
47.42 |
24-25 |
332° |
48.30 |
25-26 |
298° |
55.10 |
26-27 |
017° |
3.23 |
27-1 |
294° |
23.16 |
Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 11 de setiembre del 2008, área y derrotero aportados el 23 de enero del 2009. Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José, 2 de junio del 2009.—Lic. Cynthia Cavallini Chinchilla, Registro Nacional Minero.—Nº 110255.—(47632).
2 v. 1. Alt.
INSTITUTO METEOROLÓGICO
NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Expediente Nº 13423A.—S.U.A Pequeños Productores Agropecuarios de Guayabo,
solicita concesión de:
Expediente
Nº 1872A.—Inversiones Colorado S. A., solicita
concesión de:
Expediente
Nº 13423P.—Creypa S. A., solicita concesión de:
Expediente
Nº 12497A.—Banco Improsa S. A., solicita concesión de:
Expediente
Nº 6571P.—Aravar S. A., solicita concesión de:
Expediente
Nº 9070P.—Desamvillas S. A., solicita concesión de:
Expediente
Nº 8643A.—Kiwi Tropical S. A., solicita concesión de:
Exp.
9247A.—Distribuidora Katy S. A., solicita concesión
de:
Exp.
9081P.—Beneficiadora San Miguel Ltd., solicita
concesión de:
Exp.
9108P.—Guillermo, Chacón Jiménez, solicita concesión
de:
Expediente
Nº 6410A.—Orluvica S. A., solicita concesión de:
Expediente
Nº 13425P.—Inmobifamiliar S.R. Alcazar S. A., solicita
concesión de:
Expediente
Nº 13424P.—Inmobifamiliar S.R. Alcazar S. A., solicita
concesión de:
Expediente
Nº 3177A.—Agropecuaria
Expediente
Nº 8649P.—Horacio Villegas Villalobos, solicita
concesión de:
Expediente
Nº 3566A.—Carmen Zaira y Hermanos Cubero Valverde,
solicitan concesión de:
Exp.
6839P.—Linka del Este S. A. solicita concesión de:
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Exp. Nº 8280A.—Rancho Cimarrón S. A., solicita concesión de
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Exp. 9110P.—Disol S. A., solicita concesión de:
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES
Y COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLES
EDICTOS
Nº
094-PTDH-2009-DGTCC.—San José, a los ocho días del mes mayo del año dos mil
nueve, se tiene por presentada la solicitud por parte del señor Claudio
González Hidalgo, mayor, casado una vez, empresario, cédula de identidad número
2-248-467 y vecino de Ciudad Quesada, Alajuela, en su condición de apoderado
generalísimo de la sociedad denominada Tecno Transportes Gonva Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-539801, solicita autorización para la entrada en
operación de un equipo cisterna para el transporte de producto limpio,
específicamente gasolina súper, gasolina regular, diesel y kerosene, el cual
prestará el servicio desde el plantel de RECOPE en
DIRECCIÓN NACIONAL DE
NOTARIADO
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
Ante esta Dirección, se ha presentado solicitud de inscripción y habilitación como notario de Fernando Calderón Márquez, carné Nº 17218, cédula Nº 109440905, expediente Nº 09-000316-0624-NO, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de este lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación.—San José, 29 de abril del 2009.—Lic. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, Director.—1 vez.—(47665).
Nº 2491-M-2009.—San José, a las quince horas del veintiocho de mayo de dos mil nueve. (Expediente Nº 147-S-2008).
Diligencias de cancelación de
credencial de síndico propietario y Regidor suplente de
Resultando:
1º—Mediante
oficio Alcalde N° 460-08 de fecha 14 de mayo del 2008, remitido vía fax a
2º—Por auto de las 7:25 horas del 4 de setiembre del 2008, se previno al Concejo Municipal de Valverde Vega que informara el cargo de elección popular ostentado por el señor Mauricio Antonio Vargas Salazar (folio15).
3º—Mediante oficio SMVV-00325-2008 de fecha 22 de setiembre del 2008, el Secretario Municipal, señor Emiliano Castro Alfaro dio contestación a la prevención formulada. (Folio 17).
4º—En resolución de las 10:45
horas del 10 de octubre de 2008, se previno a
5º—Mediante documento remitido vía fax, el señor Castro Alfaro, brinda respuesta al requerimiento formulado (folio 24,25).
6º—Por resolución de las 14:30 horas del 4 de noviembre del 2008, este Tribunal dio audiencia al señor Mauricio Antonio Vargas Salazar para que en el plazo de ocho días justificara sus ausencias o manifestara lo que considerara más conveniente a sus intereses (folio 26).
7º—En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.
Redacta el Magistrado Casafont Odor, y;
Considerando:
I.—Hechos
probados: Para la resolución del presente asunto se tienen como debidamente
demostrados los siguientes hechos: a) que el señor Martín Emerio Mora Araya fue
electo Síndico propietario del distrito de San Pedro, Cantón Valverde Vega,
Provincia de Alajuela (ver resolución de Declaratoria de Elección de Síndicos
propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de
Distrito correspondientes a los distritos del Cantón de Valverde Vega de
II.—De la improcedente cancelación de credencial del Síndico municipal: Este Tribunal ha indicado, en numerosas oportunidades, que si bien es cierto el artículo 58 del Código Municipal dispone que a los síndicos les resultan aplicables las mismas disposiciones del Título III de ese cuerpo legal respecto de los requisitos, impedimentos, prohibiciones, reposición, juramentación y toma de posesión del cargo de los regidores, dicho numeral no contempla el abandono de la función como causa para cancelar la credencial de síndico municipal.
En efecto, el artículo supra mencionado es taxativo con relación a las disposiciones que pueden resultar aplicables a los síndicos municipales y ninguna de ellas contempla la cancelación de la credencial de síndico ante inasistencia a las sesiones del Concejo por más de dos meses. Estos funcionarios, en consecuencia, no son susceptibles de cancelación de credenciales por no concurrir a las sesiones del Concejo Municipal, como sí lo son los regidores y sus suplentes conforme el artículo 26 inciso a) del Código Municipal, lo que obliga a declarar sin lugar la gestión planteada.
III.—Sobre la ausencia a sesiones
municipales como causal de cancelación de la credencial de Regidor: El Código
Municipal (Ley Nº 7794 del 30 de abril de 1998, publicada en el Diario Oficial
IV.—Sobre el procedimiento de sustitución del Regidor suplente Mauricio Antonio Vargas Salazar.
Al cancelarse la credencial del
señor Mauricio Antonio Vargas Salazar se produce entre los regidores suplentes
de
Se declara sin
lugar la gestión incoada por el Alcalde y el Presidente de
Registro
Civil-Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Expediente Nº 25376-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las ocho horas diez minutos del trece de mayo del dos
mil nueve. Agustina Atencio Almengor, casada, costarricense, cédula de
identidad número ocho-cero cincuenta y seis-novecientos cincuenta y nueve,
vecina de Belén, Santa Cruz, Guanacaste; solicita la rectificación de su
asiento de naturalización... en el sentido que la fecha de nacimiento de la persona
ahí inscrita es “veintinueve de agosto de mil novecientos treinta y nueve”.
Conforme lo señala el artículo 66 de
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por José Luis Mena Obando, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2330-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas y cinco minutos del siete de agosto del dos mil siete. Exp. Nº4813-07. Resultando: 1º—...; 2º—...; Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados. III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de José Luis Mena Obando... en el sentido que el primer apellido de la madre, consecuentemente el segundo apellido de la persona ahí inscrita son “Barrantes” y “Barrantes” respectivamente.—Lic. Marisol Castro Dobles. Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(47564).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Xinia Santamaría Pérez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1148-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas y dos minutos del dos de junio del dos mil ocho. Ocurso. Exp. N° 10333-08. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquense los asientos de nacimiento de Randoll Gómez Pérez, Róger Steven y Azael ambos de apellidos Morales Gómez..., en el sentido que los apellidos de la madre de las personas ahí inscritas son “Santamaría Pérez” y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 110057.—(47633).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Marlene del Socorro Zamora, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 680-09. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas y trece minutos del diecinueve de mayo del dos mil nueve. Ocurso. Exp. Nº 4742-09. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Fernando José Espinoza Zamora..., en el sentido que el nombre y el apellido de la madre de la persona ahí inscrita son “Marlene del Socorro Zamora, no indica segundo apellido” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—Nº 110426.—(47833).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Alberto De Armas
Pereira, mayor, casado, mecánico, cubano, cédula de residencia
315-172855-004538, vecino de Cartago, expediente 1210-2008. Se ha presentado a este
Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos
11 y 12 de
Aura
Lyla Flores Flores conocida como Aura Lyla Flores Parrilla, mayor, casada,
comerciante, nicaragüense, cédula de residencia 155803770329, vecina de San
José, expediente 2328-2008. Se ha presentado a este Registro a levantar
información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
Xida
Yu Luo conocido como Johan Yee Liu, mayor, soltero, gerente de ventas, chino,
cédula de residencia 115600219330, vecino de San José, expediente 546-2008. Se
ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo
dispuesto por los artículos 11 y 12 de
UNIDAD ESPECIAL DE INTERVENCIÓN
MODIFICACIÓN AL PLAN DE COMPRAS 2009 DE
ESPECIAL DE INTERVENCIÓN
ID_Ministerio |
ID_Programa |
ID_Subprograma |
CODMERC |
Desc_Genérica |
UNIMED |
Tipo_Fuente |
Periodo |
Cantidad |
Monto ¢ |
1.1.1.1.202.000 |
042 |
00 |
50199-900-000402 |
Dispensador para bebidas |
Unidad |
280 |
II |
2 |
200.000,00 |
1.1.1.1.202.000 |
042 |
00 |
50102-005-001300 |
Cuadraciclo |
Unidad |
280 |
II |
1 |
5.000.000,00 |
1.1.1.1.202.000 |
042 |
00 |
50104-900-000260 |
Estantería con puertas |
Unidad |
280 |
II |
1 |
3.000.000,00 |
1.1.1.1.202.000 |
042 |
00 |
50104900-000280 |
Estantería metálica pesada (Rack) |
Unidad |
280 |
II |
5 |
950.000,00 |
1.1.1.1.202.000 |
042 |
00 |
50105-090-000004 |
Microcomputador Pentium IV |
Unidad |
280 |
II |
3 |
3.500.000,00 |
1.1.1.1.202.000 |
042 |
00 |
50105-090-005300 |
Microcomputador portátil |
Unidad |
280 |
II |
3 |
3.500.000,00 |
San José, 8 de junio del 2009.—División Recursos Materiales y Presupuesto.—MBA. Ana Sofía Vindas Villalobos, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 95848).—(Solicitud Nº 17886).—C-30020.—(48586).
CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y CONSERVACIÓN
DEL PATRIMONIO CULTURAL
MODIFICACIÓN AL PLAN DE COMPRAS AÑO 2009
PROGRAMA 751: CENTRO DE INVESTIGACIÓN
Y CONSERVACIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL
ID Ministerio |
ID Programa |
CODMERC |
Descrip-AMP |
UNIDMED |
Tipo fuente |
Periodo |
Cantidad |
Monto |
0213 |
75100 |
50199-010-000239 |
Extintor para vehículo |
Unidad |
01 |
I, II, III, IV |
4 |
50.000,00 |
0213 |
75100 |
29906-040-000001 |
Chaleco reflectivo de material sintético |
Unidad |
01 |
I, II, III, IV |
4 |
20.000,00 |
0213 |
75100 |
50106-001-000001 |
Botiquín |
Unidad |
01 |
I, II, III, IV |
4 |
20.000,00 |
0213 |
75100 |
20402-120-000020 |
Cable para batería de vehículos (lagartos) |
Unidad |
01 |
I, II, III, IV |
4 |
20.000,00 |
Sandra Quirós Bonilla.—1 vez.—(O. C. Nº 93026).—(Solicitud Nº 17070).—C-20240.—(48555).
MUSEO HISTÓRICO DR. RAFAEL ÁNGEL
CALDERÓN GUARDIA
MODIFICACIÓN PLAN ANUAL DE COMPRAS
PARA EL AÑO 2009
De conformidad
con las modificaciones a
San José, 28 de mayo del 2009.—Luis Rafael Núñez Bohórquez, Director.—1 vez.—(48661).
SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE
CONSERVACIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000109-00400
Contratación del servicio de venta de
tiquetes y cobro de tarifas
de admisión para el
Parque Nacional Manuel Antonio
El Sistema
Nacional de Áreas de Conservación, a través de
El interesado tiene el cartel a
disposición en el Sistema Compra Red en forma gratuita, en la dirección
https:www.hacienda.go.cr/comprared; a partir del siguiente día hábil de la
presente publicación, u obtener el cartel para ser fotocopiado, en
Lic. Marietta Tencio Olivas, Proveedora Institucional.—1 vez.—(O. C. Nº 90002).—(Solicitud Nº 37552).—C-12020.—(48282).
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
ÁREA ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000008-503
Contratación de una empresa que realice
el lavado de
impermeabilización de
muros exteriores de
concreto expuesto,
sellado y reparación
de filtraciones,
reparación y limpieza
de canoas de PVC de
Los interesados podrán retirar el
respectivo cartel en
San José, 09 de junio del 2009.—Unidad de Servicios de Proveeduría.—Ing. Ronald Gustavo Monge Salazar, Jefe.—1 vez.—(48638).
OFICINA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-004999-01
Servicio de mantenimiento preventivo,
correctivo
y de emergencia para 148 plantas eléctricas
El Banco de Costa
Rica, informa que recibirá ofertas hasta las 10:30 a. m. (diez horas con
treinta minutos) del 26 de junio del 2009, para la licitación en referencia,
que deberán ser depositadas en el buzón de
El cartel de la contratación que incluye las especificaciones y condiciones generales, lo pueden retirar en la misma oficina con un horario de 09:00 a. m. a 02:00 p. m.
San José, 08 de junio del 2009.—Área de Licitaciones.—Rodrigo Aguilar S.—1 vez.—(O. C. Nº 58243).—(Solicitud Nº 28333).—C-9770.—(48579).
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LA-000002-CNR
Contratación de servicios de limpieza y
aseo en
Interuniversitaria de Alajuela
El Consejo Nacional de Rectores avisa a los interesados que se recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del 22 de junio de 2009 para la contratación de servicios de limpieza y aseo para la sede Interuniversitaria de Alajuela.
Para retirar el cartel con los términos de referencia puede ingresar a la dirección:
http://www.conare.ac.cr/transparencia/Proveeduria/contrataciones/
o bien solicitarlo al correo electrónico jchaves@conare.ac.cr.
Pavas, 4 de junio del 2009.—Lic. Jonathan Chaves Sandoval, Proveeduría.—1 vez.—(48612).
GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS
DIRECCIÓN DE ARQUITECTURA E INGENIERÍA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-4402
Reforzamiento estructural y
reconstrucción de los sistemas
electromecánicos del
Hospital de Ciudad Neily
Apertura ofertas: 10:00 (diez) horas del día 07 de agosto del 2009.
Visita al sitio: 13:00 (trece) horas del 25 de junio del 2009.
Proyecto: Reforzamiento estructural y reconstrucción de los sistemas electromecánicos del Hospital de Ciudad Neily.
Retiro cartel: Dirección de Arquitectura e Ingeniería, edificio Torrejón, sita en avenida primera, calles 3 y 5, San José.
Costo ¢300,00. Horario: de 08:00 a 12:00 horas.
San José, 09 de junio del 2009.—Subárea Gestión Administrativa y Logística.—Lic. Ana Lorena Cruz Herrera, Jefa.—1 vez.—(48594).
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000006-01
Contratación de servicios de aseo y
limpieza
para algunas áreas de la
sede central
El Proceso de
Adquisiciones de
San José, 05 de junio del 2009.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—(O. C. Nº 20013).—(Solicitud Nº 28219).—C-10520.—(48630).
BN VALORES, PUESTO DE BOLSA S. A.
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000001-CL
Contratación de servicios de seguridad y
vigilancia
para BN Valores, Puesto
de Bolsa S. A.
BN Valores,
Puesto de Bolsa S. A., les invita a participar en la licitación para la
contratación de servicios de seguridad y vigilancia para BN Valores, Puesto de
Bolsa S. A. La fecha y hora máxima para recibir ofertas será el día 22 de junio
del
El pliego de condiciones en electrónico lo pueden acceder directamente en la página de BN Valores, Puesto de Bolsa S. A. www.bnvalores.com/Proveeduría/Licitación Abreviada 2009LA-000001-CL. También lo pueden solicitar por correo electrónico a la dirección mrojasso@bncr.fi.cr, atención Maureen Rojas. Teléfono 2287-4594.
San José, 8 junio del 2009.—Lic. Samuel Araya Retana, Gerente Administrativo.—1 vez.—(48184).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-004979-01
Adquisición de un flujo de proceso de
crédito dirigido
a personas físicas
desarrollado en Bizagi
El Banco de Costa
Rica comunica a los interesados en la licitación en referencia que
• Primera etapa 85 días hábiles.
• Segunda etapa 66 días hábiles.
• Tercera etapa 30 días hábiles.
Oficina de Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar S., Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 58243).—(Solicitud Nº 28332).—C-10520.—(48578).
OFICINA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Remodelación oficina del BCR en Flamingo
El Banco de Costa Rica informa que,
Empresa |
Xisa Construcciones S. A |
Remodelación general |
¢156.809.000.00 |
Imprevisto de diseño |
¢5.200.000.00 |
Total |
¢162.009.000.00 |
Plazo de entrega de la obra |
75 Días naturales |
Garantía |
3 años |
Adicionalmente se recomienda contratar el mantenimiento del equipo de aire acondicionado por un año, en visitas trimestrales por un monto de ¢600.000,00 por visita, para un total anual de ¢2.400.000,00; el cual regirá durante el período de garantía.
El plazo de entrega rige a partir
de la orden de inicio de
Área de Licitaciones.—Rodrigo Aguilar Solórzano.—1 vez.—(O. C. Nº 58243).—(Solicitud Nº 28331).—C-15020.—(48615).
DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS
DE SALUD HUETAR ATLÁNTICA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2008LN-000003-2699
Contratación de servicios por terceros
para limpieza
en el Área de Salud de
Cariari
Unidad Regional de Contratación Administrativa.—Lic. Vilma Powell Pritchard, Coordinadora.—1 vez.—(48523).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000019-PROV
Adquisición de mangueras acoples y
válvulas
para el P. H. Reventazón
El Instituto Costarricense
de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que
A:
Atlas Marketing Inc.—(Oferta Nº 2).
El suministro de lo siguiente:
A:
Central de Mangueras S. A., cédula jurídica Nº 3-101-033770-15.—(Oferta Nº 4)
El suministro de lo siguiente:
Monto: 54 166.00 USD
13 % Impuesto de ventas: 7 041.58 USD
Total: 61 207.58 USD
A:
Mangueras y Fitinerías S. A, cédula jurídica 3-101-1005541-19.—(Oferta
Nº 10),
El suministro de lo siguiente:
Partida 2: Acoples
Monto: 2 379.00 USD
13 % Impuesto de ventas: 309.27 USD
Total: 2 688.27 USD
La forma de pago será 100% mediante giro a treinta días, contra el recibo conforme del suministro.
El tiempo de entrega será de 55 días hábiles contados a partir de la notificación de la orden de compra.
Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de las ofertas adjudicadas.
NOTA: Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada, certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada o poder consularizado según corresponda, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢ 2,50 por cada ¢1 000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).
San José, 9 de junio de 2009.—Lic. Marita Arias Herrera, Licitaciones-Dirección de Proveeduría.—1 vez.—(O. S. Nº 342050).—C-30020.—(48573).
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000036-PROV
Adquisición de agregados para el P.T.
Garabito
El Instituto
Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba
mencionada, que
A:
Ingeniería
El suministro de lo siguiente:
Partida 1:
Partida 2:
Partida 3:
Total adjudicado 75 121 266.00 CRC
La forma de pago será 100% mediante giro a treinta días, contra el recibo conforme del suministro y presentación de facturas aprobadas por el encargado de recibo.
La entrega del material se realizará en entregas parciales iniciando en los cinco días hábiles posteriores a la notificación de la orden de compra.
Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de las ofertas adjudicadas.
NOTA: Presentar garantía de cumplimiento, certificación C.C.S.S. actualizada, certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada ¢1000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).
San José, 08 de junio del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Marita Arias Herrera, Licitaciones.—1 vez.—(OS Nº 342050).—C-26250.—(48575).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000015-01
Contratación de software con contenidos
material
didáctico interactivo
para educación virtual
Adjudicar las
líneas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18 y
San José, 05 de junio del 2009.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—(O. C. Nº 20013).—(Solicitud Nº 28218).—C-10520.—(48629).
MUNICIPALIDAD DE OROTINA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000001-01
Iluminación de seis canchas de deportes
de distintos
distritos del cantón de
Orotina
El Concejo
Municipal en acuerdo 201, tomado en el acta de la sesión ordinaria 256 del 28
de mayo del 2009, acordó declarar infructuosa
Orotina, 08 de junio del 2009.—Lic. Jairo Emilio Guzmán Soto, Proveedor Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 19024).—C-4780.—(48314).
El Instituto
Tecnológico de Costa Rica, por medio del Departamento de Aprovisionamiento, de
conformidad con el artículo 108 de
3 de junio del 2009.—Departamento de Aprovisionamiento.—Lic. Walter Sequeira Fallas, Director.—1 vez.—(O. C. Nº 90587).—(Solicitud Nº 14457).—C-10880.—(47199).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000035-09003
Construcción primera etapa de edificio
para la delegación policial
cantonal en Cartago del
Ministerio de Seguridad Pública
1. Se modifica el aparte 22.3, cuyo texto dirá:
Es obligación del oferente asignar un profesional residente debidamente inscrito ante el CFIA, como director de proyecto y responsable de toda la ejecución de la obra, el cual deberá tener al menos seis años de incorporado al Colegio Profesional respectivo, poseer la experiencia necesaria y conocimientos comprobados en la ejecución de proyectos, por tal razón debe acreditar su experiencia. Debe aportar la certificación indicada en el punto 6.6 del presente pliego de condiciones. Así mismo, el oferente debe presentar, en la reunión de pre-inicio, una programación de las visitas a la obra constructiva para los profesionales en distintas áreas que deben dirigir y supervisar las diferentes actividades del proyecto, considerando un tiempo mínimo de dos horas o más, si así se requiere, estar en el proyecto”.
Así mismo, se
informa a los interesados, que la nueva fecha de apertura para la licitación
indicada será el 23 de junio del
Todo lo demás del cartel permanece invariable.
Todo lo anterior en apego a lo establecido en la legislación vigente.
San José, 09 de junio del 2009.—Proveeduría Institucional.—Bach. José Ramírez Pérez, Proveedor Institucional.—1 vez.—(O. P. Nº 93772).—(Solicitud Nº 30423).—C-24770.—(48658).
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000006-0DI00
Diseño y construcción de puente peatonal
sobre
Nacional Nº 1, inmediaciones de
Se comunica a las empresas interesadas en participar en la licitación en referencia, que debido a la presentación de recurso de objeción en contra del cartel, el plazo para la recepción de ofertas queda en suspenso hasta nuevo aviso.
San José, 8 de junio del 2009.—Proveeduría.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 01-2009).—(Solicitud Nº 30210).—C-9020.—(48551).
PATRONATO DE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES
Y ADQUISICIÓN DE BIENES
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000028-99999
Compra de concentrado para peces y aves
para
el Departamento de
Agroindustriales
Se avisa a todos aquellos interesados en participar en esta Licitación Pública que la misma pertenece al Programa de Patronato de Construcciones, Instalaciones y Adquisición de Bienes, de Ministerio de Justicia.
Por error material se consignó Licitación Abreviada, cuando lo correcto es Licitación Pública.
San José, 09 de junio del 2009.—Proveeduría Institucional.—Lic. Manuel Fernández Rodríguez, Proveedor Institucional.—1 vez.—(O. C. Nº 803).—(Solicitud Nº 39918).—C-13520.—(48574).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2009LN-000007-01
(Prórroga Nº 4)
Compra de impresoras láser
monocromáticas, con entregas
por demanda para un
período de cuatro años
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000003-PCAD
(Prórroga Nº 2)
Contratación de servicios para el
suministro y distribución
de formularios, útiles y
materiales de oficina
(consumo por demanda)
Se les comunica a
los interesados se prorroga de oficio la fecha y hora para la apertura de
ofertas de este concurso, se traslada para el día 29 de junio del
Todas las demás condiciones y requisitos permanecen invariables.
San José, 8 de junio del 2009.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(48550).
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000033-1142 (Aviso Nº 1)
Equipos de ultrasonido
Se les informa a todos los interesados, que deben de retirar el nuevo pliego cartelario, vigente para este concurso, modificado en los puntos 4.8.3, 4.8.4 del formulario de condiciones contractuales específicas, y en la tabla uno del formulario de especificaciones técnicas del ítem uno, tabla 1 transductor, frecuencis, Hospital Nacional de Niños en la fotocopiadora ubicada en el piso comercial del edificio anexo.
Ver detalle en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 08 de junio del 2009.—Subárea de Carteles.—Lic. Lisbeth Gatjens Barrantes, Jefa a. í.—1 vez.—(U P Nº 1142).—C-10520.—(48576).
HOSPITAL NACIONAL DE NIÑOS
DR. CARLOS SÁENZ HERRERA
CENTRO CIENCIAS MÉDICAS CCSS
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
El Área de
Gestión de Bienes y Servicios, debidamente autorizada, comunica a todos los
interesados en participar en los Procedimientos de compra de contratación
administrativa que realiza esta Área de Gestión, que a partir del 16 de junio
del 2009, aplica las Condiciones Generales publicadas en
San José, 03 de junio del 2009.—Subárea de Planificación.—Lic. Leticia M. Vásquez A., Coordinadora.—1 vez.—(48599).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000002-01
Adquisición, desarrollo a la medida,
adaptación, instalación,
migración de datos y
puesta en funcionamiento del
Sistema Integrado Financiero Administrativo
Se comunica a los
interesados que con respecto al detalle del punto uno del cartel denominado:
“Invitación a concursar y apertura,” que debe de ignorarse el costo del cartel
y el día y hora de la apertura de las ofertas y procederse de conformidad a la
publicación hecha en
Rafael Fernández Bolaños, Jefe Área de Contratación y Suministros.—1 vez.—(48526).
MUNICIPALIDAD DE BELÉN
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000008-01
Contratación de servicios de consultoría
para diseño de anteproyecto
de un edificio para
Se comunica a los interesados en
participar en la referida Licitación Abreviada 2009LA-000008-01, que se
prorroga la fecha de apertura de ofertas para las 10:00 a. m. del miércoles 24
de junio del 2009. Lo anterior por estar analizando aspectos de fondo con
respecto a las especificaciones técnicas. Una vez resueltas estas aclaraciones,
serán publicadas en el Diario Oficial
San Antonio de Belén, Heredia, 08 de junio del 2008.—Unidad de Bienes y Servicios.—Marcos Porras Quesada, Coordinador.—1 vez.—(O.C. Nº 25484).—C-9020.—(48631).
BN VALORES, PUESTO DE BOLSA S. A.
REGLAMENTO PARA EL PAGO DE
KILOMETRAJE A FUNCIONARIOS
CAPÍTULO PRIMERO
Disposiciones generales
Artículo 1º—El presente Reglamento regula las disposiciones relacionadas con el pago de kilometraje por el uso de vehículos propiedad de funcionarios de BN Valores, cuando sean utilizados dentro del territorio nacional para la realización y cumplimiento de actividades y funciones relacionadas con su trabajo cuando corresponda.
Artículo 2º—Definiciones: Para los efectos del presente Reglamento, se entiende por:
a) Reglamento: El presente Reglamento.
b) BN Valores: BN Valores, Puesto de Bolsa S. A.
c) Propietario: Funcionario de BN Valores dueño del vehículo, que será objeto de contratación.
d) Tarifa: Entiéndase por
ésta la tarifa fijada por
e) Formulario o contrato de
“Solicitud de aprobación para pago de Kilometraje”: Documento de
presentación obligatoria por medio del cual el “propietario” solicita el pago
de kilometraje y se convenga el pago por uso de su vehículo, según lo autoriza
el artículo
f) Formulario de
“Autorización de viaje con vehículo particular”: Es aquel documento o
boleta por medio de la cual se autoriza una gira con vehículo particular, el
cual debe estar inscrito mediante la aprobación de
g) Formulario de liquidación de gastos de kilometraje: Es aquel documento en el cual el funcionario autorizado para que se le pague kilometraje informará a BN Valores sobre los viajes de trabajo realizados.
h) Departamento administrativo: Dependencia interna de BN Valores, que tiene la responsabilidad de vigilar la debida ejecución de este reglamento.
Artículo 3º—Podrá
contratarse el arrendamiento de vehículos propiedad de los funcionarios de BN
Valores, conforme con los términos del presente Reglamento, cuando en el
ejercicio de sus funciones los funcionarios debidamente autorizados deban
desplazarse por el territorio nacional, y no se cuente con vehículos oficiales
para su uso. En estos casos procederá el reintegro por pago de kilometraje. Por
ningún motivo se autorizará el pago de kilometraje con ocasión de trámites de
tipo personal tales como y sin limitarse a ellos: la asistencia al trabajo, el
traslado a sesiones de
Artículo 4º—Bajo ninguna circunstancia, la remuneración o facilidad que pueda representar el pago de kilometraje, será considerado como beneficio, mejora salarial, o salario en especie, ni dará lugar a derechos adquiridos a favor del funcionario arrendante, lo cual quedará expresamente establecido en la “Solicitud de Aprobación de pago de kilometraje”.
CAPÍTULO SEGUNDO
Solicitud de aprobación de pago de
kilometraje
Artículo 5º—Para
la aprobación de pago de kilometraje, el propietario del vehículo deberá llenar
el formulario denominado “Solicitud autorización de pago de Kilometraje”, y
buscar la autorización de
Corresponderá al Departamento Administrativo verificar el cumplimiento de los requisitos solicitados en el formulario o contrato “Solicitud de aprobación de pago de Kilometraje”.
Artículo 6º—El formulario o contrato “Solicitud de aprobación de pago de Kilometraje” se podrá presentar siempre y cuando el propietario cumpla al menos, con los siguientes requisitos:
Una declaración jurada del funcionario que acredite que:
a) Que el vehículo sea de su propiedad y este
debidamente inscrito en el Registro Público de
b) Que se encuentre al día en el pago de los derechos de circulación y que el vehículo cuente con el marchamo.
c) Que su licencia para conducir se encuentre vigente y presentar copia de este documento.
d) Que el vehículo del funcionario esté en perfectas condiciones de funcionamiento.
e) El vehículo deberá ser adecuado a la clase de trabajo a que se va a destinar.
f) Que el modelo del vehículo no sobrepase los diez años de uso.
g) Que el odómetro del vehículo funcione perfectamente.
h) El vehículo deberá contar con
pólizas del Instituto Nacional de Seguros, cuyas coberturas respondan
razonablemente, a juicio de
i) El vehículo deberá tener la “Revisión técnica vehicular” vigente para el año calendario en curso, exigida por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT).
j) Que el vehículo será conducido únicamente por el Funcionario propietario.
Artículo 7º—Una vez revisada la “Solicitud de aprobación de pago de Kilometraje” por parte del Departamento Administrativo, se le comunicará al solicitante la decisión adoptada.
Será facultad exclusiva del Gerente General o del Gerente Administrativo, contra el expediente administrativo levantado al efecto, proceder con la firma de la autorización del formulario-contrato “Solicitud de aprobación de pago de Kilometraje”. BN Valores procederá con la implementación de la solicitud, una vez que haya sido debidamente firmada y el expediente respectivo se encuentre completo.
En caso de aprobarse la “Solicitud de aprobación de pago de Kilometraje”, esta tendrá una vigencia de un año, prorrogable en forma anual de manera indefinida previa presentación y verificación de los requisitos establecidos en este artículo.
Será causal de terminación del formulario-contrato, el incumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 6 anterior, así como también se entenderá por finalizado en caso de renuncia, despido, jubilación del funcionario. Para los permisos con o sin goce de salario del funcionario, el contrato se suspenderá temporalmente durante el plazo del permiso.
Para los documentos solicitados en los incisos a, b, c y d de artículo 6, el propietario deberá aportar fotocopia certificada o confrontadas con los originales de los mismos, que pasarán a integrarse al expediente respectivo que al efecto llevará el Departamento Administrativo.
De la misma forma, en caso de vencimiento o variación de los documentos indicados en los incisos a, b, c y d indicados, es responsabilidad del propietario su actualización. Para ello dispondrá de 10 días hábiles, contados a partir del vencimiento de los documentos, para presentarlos ante el Departamento Administrativo.
CAPÍTULO TERCERO
Registro de documentos
Artículo 8º—
8.1. El Departamento Administrativo, llevará un registro o expediente administrativo de cada funcionario autorizado para el pago de kilometraje, en el que se incluirán los siguientes documentos:
a) Solicitud de autorización de pago de kilometraje.
b) Certificación de Propiedad del vehículo.
c) Copia de la boleta que emite RITEVE.
d) Los formularios de “Autorizaciones de viaje con vehículo particular”:
e) Informe mensual de pago de kilometraje a funcionarios de BN Valores.
f) Los formularios de “Liquidación de gastos por kilometraje recorrido”.
g) Copia de la licencia vigente.
h) Copia de las pólizas y de los recibos de pago y renovación.
i) Copia del último recibo de pago de derecho de circulación.
j) Cualquier otro documento que BN Valores considere necesario o conveniente.
k) Un registro de kilometraje por vehículo, así como de los pagos realizados a cada uno.
Periódicamente se deben elaborar reportes para medir el consumo en este rubro, indicando la consecuente retribución obtenida por la visita en los casos que sea posible.
8.2. Le corresponde a
CAPÍTULO CUARTO
Procedimiento de pago de kilometraje
Artículo 9º—Para el pago de kilometraje, antes de cada programación de giras, el propietario deberá llenar la fórmula denominado “Autorización de viaje con vehículo particular” y obtener al menos con un día de anticipación, el visto bueno del Gerente de Área correspondiente el cual con su otorgamiento, hará constar que no existe vehículo oficial disponible para la realización del servicio. Posteriormente someterá dicho formulario al trámite de aprobación.
El propietario deberá reportar mediante formulario, que para el efecto se confeccionará, la siguiente información mínima:
a) Autorización del jefe.
b) Hora de salida.
c) Lugares a visitar.
d) Kilometraje que marca el odómetro al iniciar la gira.
e) Hora de llegada.
f) Kilometraje que marca el odómetro al concluir la gira.
g) Departamento.
h) Número de placa del vehículo.
i) Motivo del viaje.
j) Nombre, firma y número de cédula.
k) Firma del jefe que autorizó el viaje.
El viaje efectuado sin el cumplimiento de los requisitos establecidos, será por cuenta y riesgo del propietario, y este, en ningún caso podrá reclamar el reconocimiento de pago por kilometraje recorrido.
En el evento que no proceda el pago el funcionario que así lo apruebe, será responsable solidario con el funcionario que incurrió en el gasto por el perjuicio que le cause a BN Valores. Ambos funcionarios serán responsables y deberán reintegrar a BN Valores los montos pagados por dicho concepto.
En el caso de que no se haya liquidado el gasto de kilometraje de la gira anterior, no será posible autorizar más giras para el mismo funcionario, hasta tanto no realice la liquidación correspondiente.
Artículo 10.—Conforme
con los procedimientos administrativos y los previstos en este Reglamento, BN
Valores, a título de contraprestación, reconocerá a los funcionarios el
kilometraje recorrido en cada viaje. Para calcular las sumas correspondientes
se utilizará en cuanto a montos, las tarifas vigentes aprobadas por
Artículo 11.—No existirá obligación para BN Valores de garantizar un mínimo de kilómetros por recorrer y remunerar, de manera que sólo se reconocerán aquellos que hayan sido efectivamente recorridos, se encuentren debidamente justificados y documentados y se ajusten a las tablas vigentes.
Artículo 12.—Sólo se aceptarán distancias mayores a las establecidas por las tablas cuando se demuestre fehacientemente que la variación obedeció a desvíos ordenados por la autoridad competente, cierres de carreteras u otras causa análogas ajenas a los funcionarios; en cuyo caso, se deberá anotar la justificación correspondiente en el formulario de “Liquidación de gastos de kilometraje”.
Artículo 13.—Los gastos en que incurra el propietario al hacer uso del vehículo, como por ejemplo, el pago de lubricantes, combustibles, materiales, mantenimiento, reparaciones, repuestos, derechos de circulación, infracciones de tránsito, seguro obligatorio y otros seguros, así como el pago del deducible en caso de accidentes, gastos legales y otros no cubiertos por las pólizas, correrán por cuenta del propietario del vehículo.
Artículo 14.—Para determinar el recorrido del viaje, el funcionario del Departamento Administrativo, tomará en cuenta únicamente la cantidad de kilómetros desde las instalaciones de BN Valores donde se origina el viaje, hasta el lugar de destino y viceversa por la ruta más corta y adecuada.
Cuando el funcionario deba desplazarse a cualquier zona cercana a su residencia y retorne directamente a ella, se reconocerá el kilometraje entre su residencia y el lugar de destino y viceversa.
No obstante lo indicado en el párrafo anterior, no procederá el pago de kilometraje, cuando el desplazamiento se deba efectuar a un punto intermedio ubicado entre su residencia y su sede de trabajo.
Cuando el funcionario deba trasladarse para impartir un curso, sólo se reconocerá el kilometraje de ida y regreso para iniciar y finalizar el curso. El kilometraje intermedio sólo se reconocerá en casos muy calificados y previa autorización de la jefatura respectiva, circunstancias que deberán anotarse en el espacio de observaciones del formulario denominado “Autorización de viaje con vehículo particular”.
Para el correcto cómputo de kilometraje recorrido, a efecto de su autorización, el superior tomará en cuenta lo siguiente:
a. La lectura del odómetro (será el primer medio de determinación del kilometraje recorrido).
b. En caso de variar la ruta autorizada, solo se aceptaran mayores distancias cuando se demuestre de manera fehaciente que se debió a cierre de carreteras, desvíos ordenados por autoridad competente u otras causas análogas ajenas al control del funcionario, anotando la justificación en el espacio de observaciones del formulario. Para el cálculo de estas distancias se deberá utilizar la tabla oficial de distancias establecida por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes.
Artículo 15.—Para hacer efectivo el cobro de las sumas por kilometraje
recorrido, el propietario deberá llenar el formulario denominado “Liquidación
de gastos por kilometraje recorrido” y obtener el visto bueno de
Este formulario constituye la solicitud de pago por el uso del vehículo. Debe ser presentado ante el superior inmediato para su autorización y trámite subsiguientes, dentro de los cinco días hábiles inmediatos siguientes a la finalización de la programación de los viajes. Posteriormente, deberá remitirse al Departamento Administrativo para su pago, el cual estará obligado a verificar el cumplimiento de todos los requisitos y no tramitará aquellas solicitudes que se encuentren incompletas.
Si el formulario no se presenta dentro del plazo establecido, las programaciones de viajes siguientes no se podrán realizar, y ese incumplimiento será suficiente para que BN Valores no reconozca el pago, excepto en casos de fuerza mayor.
La programación de viajes no podrá exceder un mes calendario y el pago de las mismas se realizará una vez concluida dicha programación.
CAPÍTULO QUINTO
De los propietarios
Artículo 16.—El propietario conducirá el vehículo por su cuenta y riesgo y asumirá la responsabilidad civil y penal que se pudiere originar en accidentes en que intervenga; consecuentemente. BN Valores no asumirá ni aceptará responsabilidad alguna por los daños causados al vehículo, a terceras personas o sus bienes en caso de accidente y únicamente asumirá la responsabilidad de indemnizar a sus funcionarios por concepto de Riegos Profesionales tal y como lo establece y lo otorga el INS. La disposición anterior deberá constar expresamente en el formulario-contrato “Solicitud de autorización de pago de kilometraje”.
Artículo 17.—Se establecen las siguientes prohibiciones para los funcionarios autorizados para el pago de kilometraje:
a) En el desempeño de sus funciones no podrán llevar a cabo otras actividades que no sean acordes con el objetivo del viaje.
b) No podrán iniciar una nueva programación de viaje sin antes haber efectuado la liquidación de la programación anterior.
c) No podrán apartarse de la ruta establecida, salvo razones que lo justifiquen, pues en caso contrario no se reconocerá el pago de kilometraje.
d) No podrán llevar acompañantes en las giras excepto si son funcionarios de BN Valores. BN Valores no se hace responsable por ellos.
Artículo 18.—El propietario deberá dar preferencia a las necesidades de BN Valores. El propietario del vehículo deberá acceder cuando a solicitud de BN Valores se requiera que en un mismo viaje se transportarse a otros funcionarios del Puesto, siempre y cuando no excedan en número el cupo autorizado del vehículo.
CAPÍTULO SEXTO
Disposiciones finales
Artículo 19.—BN
Valores podrá rescindir unilateralmente y sin responsabilidad de su parte
Artículo 20.—Toda
modificación al presente Reglamento es potestad exclusiva de BN Valores y para
su aplicación deberá obtenerse la aprobación de
Artículo 21.—Rige
a partir de su publicación en el Diario Oficial
Dado en BN Valores, San José, a los tres días del mes de junio del dos mil nueve.
Samuel Araya, Gerente Administrativo.—1 vez.—(48055).
COLEGIO DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA
RICA
NORMA DE DELEGADOS
Artículo I.—De los delegados:
1. El Delegado es un miembro del Colegio de
Médicos y Cirujanos de Costa Rica, que en esta Norma se conocerá únicamente por
Colegio, que por haberse distinguido por su capacidad e interés hacia los
problemas de orden médico y los que atañen al Colegio, colabora directamente
con
2. El cargo de Delegado es de confianza, no se trata de ninguna función laboral, por lo que no se crea un vínculo jurídico laboral con el Colegio.
3. El Delegado se elige según las
regiones establecidas por el Plan Nacional de Desarrollo de
4. El Delegado deberá estar al día en el pago en sus cuotas de colegiatura al momento de nombramiento y durante todo su periodo.
5. Cuando
6. Es deber de
Artículo II.—Nombramiento de los delegados:
1. Los Delegados serán nombrados por periodos de dos años.
2. La elección se hará por mitades en febrero de cada año, pudiendo ser nombrados nuevamente por periodos iguales.
3.
a) En noviembre de cada año,
b) Los médicos de la zona que
representará el Delegado que se va a nombrar, enviarán una terna con un número
de 3 postulantes como máximo, a
c) En caso de no existir terna
d) El Delegado recibirá el pago
de viáticos para hacerle frente a sus obligaciones de desplazamiento de acuerdo
con el reglamento de
Artículo III.—Del ámbito de acción de los delegados:
1. El Delegado será el contacto de
2.
3. Cuando
4.
Artículo IV.—De las reuniones a que asisten los delegados:
1. El Delegado será convocado a las reuniones por medio idóneo al menos con ocho días de anticipación al día de la reunión.
2. Las reuniones de los delegados
se efectuarán una vez al mes o en sesión extraordinaria cuando
3. Las reuniones serán dirigidas
por el Fiscal de
Artículo V.—De los deberes y obligaciones de los delegados
1. Tener conocimiento acerca de la legislación vigente que regula el ejercicio médico profesional para efecto de cumplir en la mejor forma sus funciones.
2. Tramitar ante
3. Asistir a las reuniones a que sean convocados en su carácter de Delegado del Colegio, así como promover la asistencia de los agremiados a las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias y otras actividades programadas por el Colegio.
4. Promover la asistencia a todas aquellas reuniones locales donde se ventilen aspectos que mejorarán las relaciones de los colegiados entre si y de éstos con las instituciones.
5. Colaborar en la medida de las
posibilidades, en la recolección de información que sea solicitada por
6. Rendir informe sobre asuntos
que favorezca la unidad de los miembros de la profesión médica así como
cualquier asunto o aspecto que
7. Difundir directrices y
lineamientos de
8. Informar a
9. Vigilar e informar por el adecuado ejercicio de la medicina en sus lugares de trabajo.
10. Organizar actividades sociales y culturales que mejoren la comunicación e imagen del médico así como las relaciones entre los afiliados.
11. Organizar eventos
científicos y educativos como foros, seminarios y otros con
Artículo VI.—Del cese del nombramiento del delegado:
El Delegado podrá ser cesado en sus funciones:
1. Si su rendimiento y colaboración no se ajustan
a lo esperado a juicio de
2. Si es suspendido o inhabilitado en el ejercicio profesional.
3. Si por negligencia incumple
alguna función delegada por
4. Si presenta renuncia expresa
ante
5. Si presenta más de tres ausencias injustificadas.
En caso de que un
Delegado sea cesado en su nombramiento o no pueda seguir desempeñando el cargo,
Artículo VII.—De la relación institucional con el Colegio de Médicos y Cirujanos:
1. El Delegado será juramentado en sesión especial convocada para tal efecto, en ese acto firmará un documento en el cual hará constar que acepta el cargo, que conoce la presente normativa, las características de su función y el compromiso de cumplirlo fielmente.
2. El Delegado desde el momento
en que acepta el cargo, queda sujeto a las disposiciones de la presente Norma y
a las que dicte
Artículo VIII.—Vigencia:
La presente Norma
rige desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial
Dr. Roulan Jiménez Chavarría, Presidente.—Dra. Julia Fernández Monge, Secretaria.—1 vez.—(47593).
considerando que:
a. Es preciso mejorar el control monetario con el propósito de promover el cumplimiento de la meta de inflación de mediano y largo plazo y la corrección del desequilibrio externo.
b. De acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 117 de
c. Se analizaron las observaciones del medio en relación con la modificación del literal E del Título VI de las Regulaciones de Política Monetaria, referente a la composición de la reserva de liquidez.
dispuso:
Modificar el
literal E del Título VI de las Regulaciones de Política Monetaria, referente a
las Disposiciones sobre
E. La reserva de liquidez para operaciones denominadas en moneda nacional debe mantenerse, en un cien por ciento, en instrumentos financieros del Banco Central de Costa Rica.
La reserva de liquidez para operaciones denominadas en moneda extranjera debe mantenerse en títulos del Gobierno Central y en títulos e instrumentos de depósito del Sistema Bancario Nacional, incluido el Banco Central de Costa Rica. Para su administración deberá tenerse en cuenta lo siguiente:
1. Las entidades cuya reserva de liquidez en moneda extranjera sea igual o inferior a EUA$10.000 no podrán mantener depositados en un solo banco comercial más del 50% de los recursos de la reserva.
2. Las entidades cuya reserva de liquidez en moneda extranjera sea superior a EUA$10.000 no podrán mantener depositados en un solo banco comercial más del 25% de los recursos de la reserva.
3. La reserva de liquidez en moneda extranjera podrá ser mantenida en su totalidad en títulos del Gobierno o del Banco Central de Costa Rica.
Transitorio
En diciembre del 2009 los intermediarios financieros deberán mantener la totalidad de la reserva de liquidez en moneda nacional en instrumentos financieros del Banco Central de Costa Rica.
La aplicación de esta medida será gradual, de manera que como mínimo, y para el promedio mensual, la reserva de liquidez en moneda nacional mantenida en instrumentos financieros del Banco Central de Costa Rica se ajuste en 2,5 puntos porcentuales por mes calendario hasta llegar al 15% de la totalidad de las captaciones de recursos y aportes de trabajadores o asociados de las entidades sujetas a este requisito. La gradualidad es la siguiente:
Julio del 2009 2,5%
Agosto del 2009 5,0%
Setiembre del 2009 7,5%
Octubre del 2009 10,0%
Noviembre del 2009 12,5%
Diciembre del 2009 15,0%
En este período
cada intermediario financiero sujeto a reserva de liquidez deberá enviar a
Lic. Jorge Monge Bonilla, Secretario General.—1 vez.—(O. C. Nº 10192).—C-41270.—(48076).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Órgano Director del
Procedimiento Ordinario Administrativo contra la empresa Cosmos Tours S. A.
Propietaria de
Órgano Director
del Procedimiento ordinario administrativo contra la empresa Jade Tur Agencia
de Viajes S. A. Propietaria de
Resolución RRG-9823-2009.—San José, a las catorce horas con quince minutos del dos de junio del dos mil nueve.
Ajuste extraordinario de oficio de los precios de los combustibles derivados de los hidrocarburos. Expediente Nº ET-052-2009.
Resultando:
I.—Que el 11 de noviembre del 2008, mediante resolución
RRG-9233-2008 de las diez horas con veinte minutos, publicada en el Diario
Oficial
II.—Que
el 13 de mayo del 2009, mediante oficio 289-DEN 2009,
III.—Que
el 13 de mayo del 2009, el Regulador General mediante el oficio 140-RG-2009
ordena al Archivo Central de esta Autoridad Reguladora la apertura de oficio
del respectivo expediente, generándose el expediente Nº ET-052-2009, y le
remite a
IV.—Que el 15 de mayo del 2009, se publicó en los diarios de circulación nacional Prensa Libre y Diario Extra, la invitación a los ciudadanos para presentar sus posiciones. (Folios 24 y 25).
V.—Que el 16 de mayo del 2009, se publicó en el diario de circulación nacional Al Día, la invitación a los ciudadanos para presentar sus posiciones. (Folio 28).
VI.—Que
el 20 de mayo del 2009, se publicó en
VII.—Que
el 27 de mayo del
1. Refinadora
Costarricense de Petróleo. Representada por el señor José León Desanti Montero,
presidente, cédula de identidad Nº 7-039-947. (Folios
§ Que
§ Que se calcule K de
manera absoluta y por producto y se obtenga como suma de los costos tarifarios
en que se incurra para su disposición para el consumo final. Además que se
permitirá corregir los errores de la metodología aprobada y, de esta forma, no
se arrastren las consecuencias de estos en cada fijación de precios que deba de
realizar
§ Definir los límites inferior y superior de la banda de precios en colones para la venta de los productos IFO-380, AV-GAS y Jet-Fuel utilizando un tipo de cambio de ¢577,93/$.
VIII.—El artículo 30 de
IX.—Que
en oficio 342-DEN-2009 de
X.—Que en los plazos y procedimientos se han observado las prescripciones de ley.
Considerando:
I.—Que del oficio 342-DEN-2009, que sirve de base para la presente resolución, conviene extraer lo siguiente:
1. El cálculo del precio de cada uno de los
combustibles se hizo a la fecha de corte del segundo viernes de mayo del 2009;
los nuevos precios están sustentados en el promedio de los últimos 15 días de
los precios FOB internacionales de los derivados del petróleo correspondiente al
período de cálculo comprendido entre el 23 de abril y el 7 de mayo del 2009, y
en el precio del colón con respecto al dólar a la fecha de corte citada. Sobre
el resultado de este valor se suman los costos internos, de manera que el
ajuste por producto se calcula sobre los precios vigentes en plantel sin
impuesto, fijados en resolución RRG-9786-2009, publicada en
IMPUESTO UNICO A APLICAR POR TIPO DE COMBUSTIBLE |
|
PRODUCTO |
IMPUESTO UNICO (¢/litro) |
Gasolina Súper |
188,75 |
Gasolina regular |
180,50 |
Diésel 0,05% S |
106,50 |
Diésel 0,50% S |
106,50 |
Keroseno |
52,00 |
Búnker |
18,00 |
Asfalto |
36,25 |
Diésel Pesado (Gasóleo) |
34,75 |
Emulsión Asfáltica |
26,75 |
L.P.G. |
36,25 |
Av-Gas |
180,50 |
Jet A-1 General |
108,00 |
Nafta Liviana |
25,50 |
Nafta Pesada |
25,50 |
2. De acuerdo con la
resolución RRG-9233-2008, del Modelo tarifario para fijar el precio de los combustibles
derivados de los hidrocarburos en planteles de distribución y al consumidor
final, publicada en
3. En la tabla siguiente se muestran las variables consideradas en el cálculo de los precios de cada uno de los combustibles, el precio plantel resultante y el resultado porcentual del ajuste con el impuesto único incluido:
PRODUCTO |
Precio FOB actual |
Tipo cambio actual |
Margen K=25,653% |
Rezago Tarifario |
Precio Plantel (sin imp.) |
Variación de precio (con imp.) |
$ / bbl |
¢ / $ |
¢ / litro |
¢ / litro |
¢ / litro |
% |
|
Gasolina súper |
62,662 |
577,93 |
58,43 |
(24,38) |
261,835 |
9,880% |
Gasolina Plus 91 |
60,045 |
577,93 |
55,99 |
(24,22) |
250,042 |
9,519% |
Diésel 500 (0,05% S) |
57,625 |
577,93 |
53,74 |
(11,20) |
252,008 |
14,770% |
Diésel Térmico (0,50% S) |
55,863 |
577,93 |
52,09 |
(11,20) |
243,957 |
12,974% |
Keroseno |
57,244 |
577,93 |
53,38 |
- |
261,468 |
13,700% |
Búnker |
46,745 |
577,93 |
43,59 |
(1,41) |
212,104 |
26,281% |
IFO 380 |
47,159 |
577,93 |
43,98 |
- |
215,403 |
23,112% |
Asfaltos |
42,716 |
577,93 |
40,14 |
36,55 |
233,152 |
4,084% |
Diesel pesado |
51,781 |
577,93 |
48,29 |
- |
236,514 |
18,260% |
Emulsión Asfáltica |
28,132 |
577,93 |
26,40 |
- |
129,330 |
7,124% |
L.P.G. |
30,127 |
577,93 |
28,09 |
(17,47) |
120,136 |
5,600% |
Av-Gas |
111,334 |
577,93 |
103,82 |
- |
508,527 |
6,920% |
Jet A-1 general |
57,244 |
577,93 |
53,38 |
(33,42) |
228,048 |
12,663% |
Nafta Liviana |
56,755 |
577,93 |
52,92 |
- |
259,232 |
14,374% |
Nafta Pesada |
57,175 |
577,93 |
53,32 |
- |
261,151 |
14,278% |
4.- En
5. Utilizando la
metodología aprobada por
6. Con el precio internacional del combustible reconocido en el presente estudio extraordinario, RECOPE requiere de un margen de 25,653% para mantener sus ingresos de ¢139,4 mil millones tal como se muestra en el siguiente cuadro.
PRODUCTOS |
VENTAS |
K absolutas Margen 25,653% |
INGRESOS |
en litros |
¢ / litro |
¢ |
|
Gasolina Súper |
326 652 806 |
58,43 |
19 087 209 119 |
Gasolina Plus 91 |
570 836 686 |
55,99 |
31 962 483 078 |
Diesel |
1 119 801 554 |
53,74 |
60 173 294 488 |
Keroseno |
3 166 434 |
53,38 |
169 025 475 |
Búnker |
141 962 426 |
43,59 |
6 188 143 290 |
Asfalto |
59 726 868 |
40,14 |
2 397 309 245 |
Diesel pesado |
7 725 817 |
48,29 |
373 049 657 |
Emulsión Asfáltica |
7 619 156 |
26,40 |
201 175 572 |
LPG |
189 551 908 |
28,09 |
5 325 198 912 |
Av-gas |
2 908 299 |
103,82 |
301 938 611 |
Jet Fuel general |
185 757 195 |
53,38 |
9 915 791 866 |
Nafta Pesada |
273 437 |
53,32 |
14 578 584 |
IFO-380-nacional |
74 047 087 |
43,98 |
3 256 299 565 |
TOTAL |
2 690 029 674 |
|
139 365 497 461 |
7. Las desviaciones estándar, los componentes para establecer la banda de precio para el combustible que vende RECOPE en puertos y aeropuertos y el rango de variación de los precios se detallan a continuación.
PRODUCTO |
Desviación estándar |
PRi |
TCV |
Ki |
Di |
CONSUMIDOR FINAL |
|
LÍMITE INFERIOR |
LÍMITE SUPERIOR |
||||||
¢ / lit. |
¢ / lit. |
¢ / $ |
¢ / lit. |
¢ / lit. |
¢ / lit. |
¢ / lit. |
|
IFO-380 |
99,80 |
171,43 |
577,93 |
43,98 |
0,00 |
115,61 |
315,20 |
AV - GAS |
138,59 |
404,71 |
577,93 |
103,82 |
0,00 |
369,93 |
647,12 |
JET FUEL |
161,41 |
208,09 |
577,93 |
53,38 |
-33,42 |
66,64 |
389,45 |
8. De este análisis
se determina que debería aplicarse un ajuste sobre los precios vigentes de
todos los productos que expende
II.—Que respecto a los argumentos citados en la oposición a que se refiere el resultando VII de esta resolución debe indicarse lo siguiente:
1. Refinadora
Costarricense de Petróleo. Representada por el señor José León Desanti Montero,
presidente, cédula de identidad Nº 7-039-947; folios
La respuesta
al recurso de revocatoria con apelación en subsidio presentado por RECOPE
contra
En cuanto al
cálculo del su margen de operación se le reitera a RECOPE lo que se le ha dicho
en sus anteriores participaciones en el proceso de participación ciudadana. En
En el
presente estudio se utilizan los ingresos de operación establecidos en
Como los precios internacionales utilizados en el presente estudio, son diferentes a los utilizados en el estudio ordinario de precios dicho, se debe proceder a ajustar el margen de operación porcentual para mantener los ingresos establecidos.
Aunque en primera instancia, pareciera que efectivamente la metodología establece subsidios entre productos, esto depende de la óptica con que se mire, al ser el margen de operación de RECOPE un porcentaje sobre los precios internacionales, contribuirán con mayor ingreso para cubrir costos, los combustibles que tienen un mayor valor en el mercado internacional. El caso contrario, se presentaría si el margen fuera absoluto y no relativo, ya que el margen absoluto pesaría más sobre los combustibles que tienen un menor precio en el mercado internacional.
Se debe entender, que el Ente Regulador estableció un margen de operación porcentual y no absoluto, por tanto, el margen promedio absoluto definido en el estudio ordinario variará también, conforme varíe el precio internacional y se modifique el margen de operación porcentual que se asocia con los ingresos aprobados.
En cuanto al
cálculo de la banda de precios de los combustibles que vende RECOPE en puertos
y aeropuertos, los datos utilizados por
Por lo tanto, lo solicitado por RECOPE en su posición no es procedente.
III.—Que de
conformidad con los resultados y considerandos anteriores así como el mérito de
los autos, lo procedente es ajustar el precio de los combustibles derivados de
los hidrocarburos que vende
Al tenor de las potestades
conferidas en
EL REGULADOR GENERAL,
RESUELVE:
I.—Fijar el precio
de los combustibles en los planteles de
PRECIOS PLANTEL RECOPE (colones por litro) |
||
PRODUCTOS |
Precio sin impuesto |
Precio
con impuesto |
Gasolina súper (1) |
261,835 |
450,585 |
Gasolina Plus 91 (1) |
250,042 |
430,542 |
Diésel 500 (0,05% S) (1) |
252,008 |
358,508 |
Diésel Térmico (0,50% S) (1) |
243,957 |
350,457 |
Keroseno (1) |
261,468 |
313,468 |
Búnker (2) |
212,104 |
230,104 |
IFO 380 (2) |
215,403 |
215,403 |
Asfalto AC-20, AC-30, PG-70 (2) |
233,152 |
269,402 |
Diésel pesado (2) |
236,514 |
271,264 |
Emulsión asfáltica (2) |
129,330 |
156,080 |
L.P.G. |
120,136 |
156,386 |
Av-Gas (1) |
508,527 |
689,027 |
Jet A-1 general (1) |
228,048 |
336,048 |
Nafta Liviana (1) |
259,232 |
284,732 |
Nafta Pesada (1) |
261,151 |
286,651 |
(1) Para efecto del pago correspondiente
del flete por el cliente, se considera la fórmula establecida mediante
resolución RRG-8561-2008, publicada en (2) Para efecto del pago correspondiente del flete por el cliente, se considera la fórmula establecida en resolución RRG-8819-2008 del 12 de setiembre del 2008. |
II.—Fijar el precio de los combustibles que se venden al consumidor final en estación de servicio con punto fijo, de acuerdo con el siguiente detalle:
PRECIOS CONSUMIDOR FINAL
EN ESTACIONES DE SERVICIO (colones por litro) |
||
PRODUCTOS |
Precio Plantel sin impuesto |
Precio con impuesto (3) |
Gasolina súper (1) |
261,835 |
492,00 |
Gasolina Plus 91 (1) |
250,042 |
472,00 |
Diésel 500 (0,05% S) (1) |
252,008 |
400,00 |
Keroseno (1) |
261,468 |
355,00 |
Av-Gas (2) |
508,527 |
703,00 |
Jet A-1 general (2) |
228,048 |
350,00 |
(1) El precio final contempla un margen de
comercialización de ¢35,966 / litro y flete promedio de ¢5,902/litro, para
estaciones de servicio terrestres y marinas. (2) El precio final para las estaciones aéreas
contempla un margen de comercialización total promedio (con transporte incluido) de
¢14,1332 / litro. (3) Redondeado al colón más próximo. |
III.—Fijar el precio del Gas Licuado del Petróleo (LPG) para carburación de vehículos al consumidor final en estaciones de servicio con punto fijo, de acuerdo con el siguiente cuadro:
PRECIOS CONSUMIDOR FINAL
LPG EN ESTACIONES DE SERVICIO (colones por litro) |
||
PRODUCTO |
Precio Envasador
con impuesto |
Precio
con impuesto * |
L.P.G. (1) |
201,411 |
237,00 |
(1) El precio del gas licuado del petróleo (LPG)
incluye un margen de comercialización de ¢35,758 / litro. Transporte incluido
en precio del envasador. * Precios máximos de venta según resolución
RRG-5314-2006, publicada en |
IV.—Fijar los
precios a
PRECIOS A (colones por litro) |
|
PRODUCTOS |
Precio Plantel sin impuesto |
Gasolina Plus 91 |
250,042 |
Diesel 500 (0,05% S) |
252,008 |
(1) Según lo dispuesto en el artículo 45 de |
V.—Fijar los precios de los combustibles que venden al consumidor final, los distribuidores de combustibles que operan sin punto fijo de venta, de acuerdo con el detalle siguiente:
PRECIOS DEL DISTRIBUIDOR
DE COMBUSTIBLES SIN PUNTO FIJO A CONSUMIDOR FINAL (colones por litro) |
||
PRODUCTOS |
Precio Plantel sin impuesto |
Precio con impuesto |
Gasolina súper (1) |
261,835 |
454,331 |
Gasolina Plus 91 (1) |
250,042 |
434,288 |
Diésel 500 (0,05% S) (1) |
252,008 |
362,254 |
Keroseno (1) |
261,468 |
317,214 |
Búnker (1) |
212,104 |
233,850 |
Asfaltos AC-20, AC-30, PG-70 (1) |
233,152 |
273,148 |
Diésel pesado (1) |
236,514 |
275,010 |
Emulsión (1) |
129,330 |
159,826 |
Nafta Liviana (1) |
259,232 |
288,478 |
Nafta Pesada (1) |
261,151 |
290,397 |
(1) Incluye
un margen total de ¢3,746 colones por litro. Se excluyen el IFO 380, Gas Licuado del Petróleo,
Av-Gas y Jet A-1 General de acuerdo con lo dispuesto en Decreto Nº
31502-MINAE-S, publicado en |
VI.—Fijar los precios del Gas Licuado del Petróleo en la cadena de comercialización hasta el consumidor final, de acuerdo con el siguiente detalle:
PRECIO DE GAS LICUADO DE
PETROLEO POR TIPO DE ENVASE Y POR CADENA DE
DISTRIBUCION (en colones por litro y cilindros) incluye impuesto único (1) |
|||
TIPOS DE ENVASE |
PRECIO A FACTURAR POR EL ENVASADOR (2) |
PRECIO A FACTURAR POR DISTRIBUIDOR Y AGENCIAS (3) |
PRECIO A FACTURAR POR DETALLISTAS (4) |
TANQUES FIJOS (por litro) |
201,411 |
(*) |
(*) |
CILINDRO DE |
1 732,00 |
2 073,00 |
2 465,00 |
CILINDRO DE |
3 463,00 |
4 145,00 |
4 929,00 |
CILINDRO DE |
4 329,00 |
5 182,00 |
6 162,00 |
CILINDRO DE |
6 927,00 |
8 291,00 |
9 859,00 |
CILINDRO DE |
17 317,00 |
20 728,00 |
24 649,00 |
(*) No se
comercializa en esos puntos de ventas.
(1) Sobre el margen
absoluto por litro, se puede hacer un descuento máximo de un 13% por litro
vendido de GLP, según resoluciones RRG-1907-2001, publicada en
(2) Incluye un
margen de comercialización de ¢45,025/litro.
(3) Incluye un
margen de comercialización de ¢39,660/litro.
(4) Incluye un
margen de comercialización de ¢45,606/litro.
VII.—Fijar el rango de variación de los precios a los que vende RECOPE en puertos y aeropuertos como sigue:
PRODUCTO |
Desviación estándar |
PRi |
TCV |
Ki |
Di |
PRECIO AL CONSUMIDOR FINAL |
|
LÍMITE INFERIOR |
LÍMITE SUPERIOR |
||||||
¢ / lit. |
¢ / lit. |
¢ / $ |
¢ / lit. |
¢ / lit. |
¢ / lit. |
¢ / lit. |
|
IFO-380 |
99,80 |
171,43 |
577,93 |
43,98 |
0,00 |
115,61 |
315,20 |
AV - GAS |
138,59 |
404,71 |
577,93 |
103,82 |
0,00 |
369,93 |
647,12 |
JET FUEL |
161,41 |
208,09 |
577,93 |
53,38 |
-33,42 |
66,64 |
389,45 |
En cumplimiento de
lo que ordena el artículo 245 de
El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir del día siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 3º, inciso c) de
Notifíquese y publíquese.—Fernando
Herrero Acosta, Regulador General.—1 vez.—(O. C. Nº 4193).—(Solicitud Nº
21356).—C-344750.—(47527).
CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA
Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la propuesta planteada por la empresa Busetas Heredianas S. A., para ajustar la tarifa de la ruta 400 BS descrita como Heredia – San José por pista y viceversa, tramitadas en el expediente ET-49-2009 y que se detallan de la siguiente manera:
Descripción |
Tarifas (en colones) |
Incremento Regular |
||||
Vigentes |
Propuestas |
|||||
Regular |
Adulto Mayor |
Regular |
Adulto Mayor |
Absoluto (¢) |
Porcentual |
|
Ruta 400 BS: Heredia – San José por pista y viceversa |
|
|
|
|
|
|
Heredia – San José por pista |
390 |
0 |
435 |
0 |
45 |
11,54% |
El 22 de junio de
Se hace saber a los interesados
que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en
Todo aquel que tenga interés
legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia, por escrito o en forma
oral, el día de la audiencia, momento en el cual deberá presentar cédula de
identidad o documento de identificación aceptado en el país, y consignar el
lugar exacto o el número de fax, para efectos de notificación por parte de
En el caso de las personas jurídicas la oposición o coadyuvancia deberá ser interpuesta por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.
Para información adicional, contactar con el Lic. Daniel Fernández Sánchez (Consejero del Usuario) al teléfono 2543-0528 o al correo electrónico consejero@aresep.go.cr.
Dirección de Protección al Usuario.—Laura Suárez Zamora.—1 vez.—(O. C. Nº
4194-2009).—(Solicitud Nº 21357).—C-35000.—(47663).
LOTERÍA POPULAR
Sorteo Nº 5435 del martes 3 de febrero
del 2009
Los que firmamos
hacemos constar que hoy martes 3 de febrero del
Primer premio: Serie 493 Nº 38 con ¢25.000.000
Nº 38 de las demás series con ¢67.000
Segundo premio: Serie 878 Nº 91 con ¢9.000.000
Nº 91 de las demás series con ¢22.000
Tercer premio: Serie 092 Nº 81 con ¢4.500.000
Nº 81 de las demás series con ¢12.000
Gustavo Adolfo Barrantes Morales, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Jorge Gómez Mc Carthy, Representante de Gerencia.—1 vez.—(O. C. Nº 11627).—C-18760.—(48133).
Sorteo Nº 5436 del viernes 6 de febrero
del 2009
Los que firmamos
hacemos constar que hoy viernes 6 de febrero del
Primer premio: Serie 969 Nº 91 con ¢25.000.000
Nº 91 de las demás series con ¢67.000
Segundo premio: Serie 537 Nº 03 con ¢9.000.000
Nº 03 de las demás series con ¢22.000
Tercer premio: Serie 969 Nº 06 con ¢4.500.000
Nº 06 de las demás series con ¢12.000
Gustavo Adolfo Barrantes Morales, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección de Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Jorge Gómez Mc Carthuy, Representante de Gerencia.—1 vez.—(O. C. Nº 11627).—C-18760.—(48134).
Sorteo Nº 5437 del martes 10 de febrero
del 2009
Los que firmamos
hacemos constar que hoy martes 10 de febrero del
Primer premio: Serie 147 Nº 68 con ¢25.000.000
Nº 68 de las demás series con ¢67.000
Segundo premio: Serie 822 Nº 09 con ¢9.000.000
Nº 09 de las demás series con ¢22.000
Tercer premio: Serie 703 Nº 57 con ¢4.500.000
Nº 57 de las demás series con ¢12.000
José Bernal Rodríguez Marín, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Francisco Ibarra Arana, Subgerente.—1 vez.—(O. C. Nº 11627).—C-18760.—(48135).
Sorteo Nº 5441 del martes 24 de febrero
del 2009
Los que firmamos
hacemos constar que hoy martes 24 de febrero del
Primer premio: Serie 043 Nº 46 con ¢25.000.000
Nº 46 de las demás series con ¢67.000
Segundo premio: Serie 993 Nº 44 con ¢9.000.000
Nº 44 de las demás series con ¢22.000
Tercer premio: Serie 368 Nº 32 con ¢4.500.000
Nº 32 de las demás series con ¢12.000
Gustavo Adolfo
Barrantes Morales, Juez Contravencional.—Shirley
Chavarría Matheau, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora
Interna.—Rafael Oviedo Chacón, Representante de
Sorteo Nº 5442 del viernes 27 de febrero
del 2009
Los que firmamos
hacemos constar que hoy viernes 27 de febrero del
Primer premio: Serie 819 Nº 24 con ¢30.000.000
Nº 24 de las demás series con ¢80.000
Segundo premio: Serie 788 Nº 87 con ¢11.000.000
Nº 87 de las demás series con ¢27.000
Tercer premio: Serie 042 Nº 68 con ¢5.000.000
Nº 68 de las demás series con ¢15.000
Gustavo Adolfo
Barrantes Morales, Juez Contravencional.—Shirley
Chavarría Matheau, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora
Interna.—Rafael Oviedo Chacón, Representante de
LOTERÍA POPULAR
Sorteo Nº 5443 del martes 3 de marzo del
2009
Los que firmamos
hacemos constar que hoy martes 3 de marzo del
Primer premio: Serie 046 Nº 77 con ¢25.000.000
Nº 77 de las demás series con ¢67.000
Segundo premio: Serie 906 Nº 88 con ¢9.000.000
Nº 88 de las demás series con ¢22.000
Tercer premio: Serie 746 Nº 28 con ¢4.500.000
Nº 28 de las demás series con ¢12.000
José Bernal Rodríguez Marín, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Francisco Ibarra Arana, Subgerente.—1 vez.—(O. C. Nº 12126).—C-19550.—(48141).
LOTERÍA POPULAR
Sorteo Nº 5447 del martes 17 de marzo
del 2009
Los que firmamos
hacemos constar que hoy martes 17 de marzo del
Primer premio: Serie 992 Nº 77 con ¢25.000.000
Nº 77 de las demás series con ¢67.000
Segundo premio: Serie 938 Nº 63 con ¢9.000.000
Nº 63 de las demás series con ¢2.000
Tercer premio: Serie 227 Nº 84 con ¢4.500.000
Nº 84 de las demás series con ¢12.000
Gustavo Adolfo
Barrantes Morales, Juez Contravencional.—Rodrigo
Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora
Interna.—Milton Vargas Mora, Representante de
Sorteo Nº 5448 del viernes 20 de marzo
del 2009
Los que firmamos
hacemos constar que hoy viernes 20 de marzo del
Primer premio: Serie 642 Nº 31 con ¢25.000.000
Nº 31 de las demás series con ¢67.000
Segundo premio: Serie 164 Nº 11 con ¢9.000.000
Nº 11 de las demás series con ¢22.000
Tercer premio: Serie 410 Nº 34 con ¢4.500.000
Nº 34 de las demás series con ¢12.000
Gustavo Adolfo Barrantes Morales, Juez Contravencional.—Shirley Chavarría Mathieu, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Milton Vargas Mora, Representante de Gerencia.—1 vez.—(O. C. Nº 12126).—C-19550.—(48146).
Sorteo Nº 5449 del martes 24 de marzo
del 2009
Los que firmamos
hacemos constar que hoy martes 24 de marzo del
Primer premio: Serie 945 Nº 81 con ¢25.000.000
Nº 81 de las demás series con ¢67.000
Segundo premio: Serie 771 Nº 18 con ¢9.000.000
Nº 18 de las demás series con ¢22.000
Tercer premio: Serie 643 Nº 36 con ¢4.500.000
Nº 36 de las demás series con ¢12.000
José Bernal Rodríguez Marín, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Francisco Ibarra Arana, Subgerente.—1 vez.—(O. C. Nº 12126).—C-19550.—(48147).
SISTEMA NACIONAL DE RADIO Y TELEVISIÓN
S. A.
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO Nº 02-2009
Código |
Concepto |
Monto |
Trimestres |
||
2 |
00 |
00 |
Materiales y suministros |
3.707.000,00 |
I, II, III y IV |
2 |
03 |
00 |
Mat. y prod. de uso en la const. |
2.800.000,00 |
I, II, III y IV |
2 |
03 |
04 |
Materiales y Prod. Eléct. Telef. y Cómp. |
2.800.000,00 |
I, II, III y IV |
2 |
04 |
00 |
Herramientas, Repuestos y Accesorios |
907.000,00 |
I, II, III y IV |
2 |
04 |
01 |
Herramientas e Instrumentos |
907.000,00 |
I, II, III y IV |
5 |
00 |
00 |
Bienes duraderos |
242.192.716,06 |
I, II, III y IV |
5 |
01 |
00 |
Maquinaria, Equipo y Mobiliario |
242.192.716,06 |
I, II, III y IV |
5 |
01 |
01 |
Maquinaria, equipo para la producción |
625.000,00 |
I, II, III y IV |
5 |
01 |
02 |
Equipo de Transporte |
2.500.000,00 |
I, II, III y IV |
5 |
01 |
03 |
Equipo de Comunicación |
183.419.098,06 |
I, II, III y IV |
5 |
01 |
04 |
Equipo y Mobiliario de Oficina |
27.673.618,00 |
I, II, III y IV |
5 |
01 |
05 |
Equipo y Programas de Cómputo |
22.640.000,00 |
I, II, III y IV |
5 |
01 |
06 |
Equipo Sanitario de Laboratorio e Investigación |
140.000,00 |
I, II, III y IV |
5 |
01 |
99 |
Maquinaria y Equipo Diverso |
5.195.000,00 |
I, II, III y IV |
|
|
|
TOTAL |
245.899.716,06 |
|
Yorleny Vargas, Jefa Departamento Financiero.—1 vez.—(47523).
Nº 008-09.—Para los fines
consiguientes el Departamento de Patentes de
San Pedro de Montes de Oca, 5 de mayo del 2009.—Melania S. Solano Coto.—Johnny Walsh Agüero, Jefe de Patentes.—1 vez.—Nº 110479.—(47834).
APROBACIÓN DE ZONAS HOMOGÉNEAS
Se comunica a los vecinos del cantón que en
la sesión extraordinaria Nº 29-2009, celebrada en el salón de Sesiones
Municipal a las diez horas con trece minutos del día 14 de mayo del 2009,
mediante al acuerdo Nº 799-09, adoptado por el Concejo Municipal de Barva y por
unanimidad aprobó lo siguiente: aprobar la publicación en el Diario Oficial
MAPA DE VALORES DE TERRENOS POR ZONAS HOMOGÉNEAS |
||||||||||||
|
||||||||||||
CÓDIGO DE ZONA |
402-01-U01 |
402-01-U2 |
402-01-U03 |
402-01-U04 |
402-01-R05 |
402-01-U05 |
402-01-U06 |
402-01-U07 |
402-01-U08 |
402-01-U09 |
402-01-U10 |
402-01-U11 |
NOMBRE |
CENTRO DE BARVA |
CALLE 1 |
RESIDENCIAL ESTE |
LA GRUTA |
UNIVERSIDAD NACIONAL |
CALLE CENTRAL |
COMERCIO OESTE |
RESIDENCIAL CENTRO OESTE |
EL CALVARIO- DON ABRAHAM |
SAN BARTOLOMÉ |
JUAN PABLO II- URBANIZACIÓN SAN ROQUE |
|
COLOR |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
VALOR (¢/m²) |
130000,00 |
80000,00 |
65000,00 |
80000,00 |
5500,00 |
35000,00 |
105000,00 |
95000,00 |
60000,00 |
55000,00 |
60000,00 |
40000,00 |
ÁREA (m²) |
180,00 |
170,00 |
170,00 |
160,00 |
50000,00 |
320,00 |
170,00 |
190,00 |
290,00 |
170,00 |
310,00 |
120,00 |
FRENTE (m) |
8,00 |
6,00 |
9,00 |
11,00 |
340,00 |
40,00 |
7,00 |
9,00 |
9,00 |
9,00 |
10,00 |
6,00 |
REGULARIDAD |
1 |
1 |
1 |
1 |
0,75 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
TIPO DE VÍA |
1 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
2 |
3 |
4 |
4 |
4 |
4 |
PENDIENTE |
0 |
0 |
0 |
0 |
15 |
5 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
SERVICIOS 1 |
4 |
4 |
4 |
4 |
|
1 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
SERVICIOS 2 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
11 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
NIVEL |
0 |
0 |
0 |
0 |
|
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
UBICACIÓN |
5 |
5 |
5 |
5 |
|
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
TIPO DE RESIDENCIAL |
|
VC03 |
VC03 |
VC04 |
|
VC01 |
|
|
VC03 |
VC02 |
VC03 |
VC02 |
TIPO DE COMERCIO |
CO3 |
|
|
|
|
|
CO2 |
CO1 |
|
|
|
|
TIPO INDUSTRIAL |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
HIDROLOGÍA |
|
|
|
|
3 |
|
|
|
|
|
|
|
CAP. USO DE LAS TIERRAS |
|
|
|
|
IV |
|
|
|
|
|
|
|
MAPA DE VALORES DE TERRENOS POR ZONAS HOMOGÉNEAS |
||||||||||||
|
||||||||||||
CÓDIGO DE ZONA |
402-02-U01 |
402-02-U2 |
402-02-R03 |
402-02-U03 |
402-02-R04 |
402-02-U04 |
402-02-R05 |
402-02-U05 |
402-01-U06 |
402-02-U07 |
402-02-R08 |
402-02-U08 |
NOMBRE |
DOÑA ELENA |
CENTRO DE COMERCIO SAN PEDRO |
PERIFERIA DE SAN PEDRO |
LA MÁQUINA |
EL MIRADOR- LOS ESPINOS- AMADA |
PUENTE SALAS- VISTA LLANA |
LAS TRES MARÍAS |
ROBLE ALTO-PASO LLANO- SAN MIGUEL |
||||
COLOR |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
VALOR (¢/m²) |
80000,00 |
70000,00 |
10000,00 |
45000,00 |
8000,00 |
37000,00 |
9000,00 |
30000,00 |
55000,00 |
55000,00 |
5500,00 |
23000,00 |
ÁREA (m²) |
180,00 |
350,00 |
7000,00 |
150,00 |
6500,00 |
160,00 |
8500,00 |
180,00 |
160,00 |
460,00 |
10000,00 |
210,00 |
FRENTE (m) |
8,00 |
18,00 |
70,00 |
8,00 |
40,00 |
9,00 |
40,00 |
9,00 |
8,00 |
13,00 |
50,00 |
7,00 |
REGULARIDAD |
1 |
1 |
0,9 |
1 |
0,9 |
1 |
0,85 |
1 |
1 |
1 |
0,8 |
1 |
TIPO DE VÍA |
4 |
2 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
PENDIENTE |
0 |
0 |
15 |
5 |
15 |
5 |
30 |
5 |
5 |
0 |
30 |
5 |
SERVICIOS 1 |
4 |
4 |
|
2 |
|
2 |
|
2 |
4 |
4 |
|
1 |
SERVICIOS 2 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
9 |
16 |
16 |
16 |
9 |
16 |
NIVEL |
0 |
0 |
|
0 |
|
0 |
|
0 |
0 |
0 |
|
0 |
UBICACIÓN |
5 |
5 |
|
5 |
|
5 |
|
5 |
5 |
5 |
|
5 |
TIPO DE RESIDENCIAL |
VC05 |
|
|
VC02 |
|
VC02 |
|
VC01 |
VC03 |
VC05 |
|
VC01 |
TIPO DE COMERCIO |
|
CO1 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
TIPO INDUSTRIAL |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
HIDROLOGÍA |
|
|
3 |
|
3 |
|
3 |
|
|
|
4 |
|
CAP. USO DE LAS TIERRAS |
|
|
IV |
|
IV |
|
IV |
|
|
|
IV |
|
MAPA DE VALORES DE TERRENOS POR ZONAS HOMOGÉNEAS |
|||||||||||
|
|||||||||||
CÓDIGO DE ZONA |
402-03-U01 |
402-03-R02 |
402-03-U02 |
402-01-U03 |
402-03-R04 |
402-03-U04 |
402-03-R05 |
402-03-U05 |
402-03-R06 |
402-03-R07 |
402-03-U07 |
NOMBRE |
SANTA PAULA-MONTE CARLO- MONTE HIEDRA |
SAN PABLO SUROESTE |
BENEFICIO |
SAN PABLO CENTRO URBANO |
BOSQUE DE HOJA - BUENA VISTA |
BUENA VISTA CENTRO |
MONTECITO MARÍN CAÑA |
||||
COLOR |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
VALOR (¢/m²) |
80000,00 |
7000,00 |
30000,00 |
60000,00 |
13000,00 |
53000,00 |
9000,00 |
35000,00 |
50000,00 |
13000,00 |
40000,00 |
ÁREA (m²) |
170,00 |
7000,00 |
150,00 |
580,00 |
8500,00 |
120,00 |
9000,00 |
170,00 |
120,00 |
15000,00 |
430,00 |
FRENTE (m) |
8,00 |
70,00 |
8,00 |
15,00 |
45,00 |
6,00 |
90,00 |
8,00 |
6,00 |
110,00 |
15,00 |
REGULARIDAD |
1 |
0,9 |
1 |
1 |
0,9 |
1 |
0,85 |
1 |
1 |
0,85 |
1 |
TIPO DE VÍA |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
PENDIENTE |
0 |
15 |
0 |
0 |
15 |
5 |
15 |
0 |
5 |
15 |
5 |
SERVICIOS 1 |
4 |
|
2 |
4 |
|
4 |
|
1 |
4 |
|
2 |
SERVICIOS 2 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
11 |
16 |
16 |
11 |
16 |
NIVEL |
0 |
|
0 |
0 |
|
0 |
|
0 |
0 |
|
0 |
UBICACIÓN |
5 |
|
5 |
5 |
|
5 |
|
5 |
5 |
|
5 |
TIPO DE RESIDENCIAL |
VC04 |
|
VC01 |
VC05 |
|
VC02 |
|
VC01 |
VC02 |
|
VC03 |
TIPO DE COMERCIO |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
TIPO INDUSTRIAL |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
HIDROLOGÍA |
|
3 |
|
|
3 |
|
3 |
|
|
3 |
|
CAP. USO DE LAS TIERRAS |
|
IV |
|
|
IV |
|
IV |
|
|
IV |
|
MAPA DE VALORES DE TERRENOS POR ZONAS HOMOGÉNEAS |
|||||||||||
|
|||||||||||
CÓDIGO DE ZONA |
402-04-U01 |
402-04-U02 |
402-04-U03 |
402-04-U04 |
402-04-U05 |
402-04-R06 |
402-04-U06 |
402-04-U07 |
402-04-U08 |
402-04-R09 |
402-04-U09 |
NOMBRE |
PUENTE DE PIEDRA |
SANTANDER |
EL CALVARIO- DON ABRAHAM |
JUAN PABLO II- URBANIZACIÓN SAN ROQUE |
BELLO HIGUERÓN- AMARANTO |
SAN ROQUE CENTRO- CALLE CIPRESES-GENEZARETH |
URBANIZACIÓN LA PLANTACIÓN |
URBANIZACIÓN EL PÓRTICO |
SAN ROQUE - RÍO SEGUNDO |
||
COLOR |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
VALOR (¢/m²) |
100000,00 |
75000,00 |
55000,00 |
40000,00 |
85000,00 |
20000,00 |
60000,00 |
75000,00 |
85000,00 |
12000,00 |
20000,00 |
ÁREA (m²) |
220,00 |
160,00 |
170,00 |
120,00 |
180,00 |
8000,00 |
160,00 |
160,00 |
160,00 |
15000,00 |
3200,00 |
FRENTE (m) |
10,00 |
8,00 |
9,00 |
6,00 |
9,00 |
50,00 |
8,00 |
8,00 |
8,00 |
60,00 |
48,00 |
REGULARIDAD |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
0,9 |
1 |
1 |
1 |
0,9 |
0,95 |
TIPO DE VÍA |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
PENDIENTE |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
15 |
0 |
0 |
0 |
15 |
10 |
SERVICIOS 1 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
|
4 |
4 |
4 |
|
2 |
SERVICIOS 2 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
NIVEL |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
|
0 |
0 |
0 |
|
0 |
UBICACIÓN |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
|
5 |
5 |
5 |
|
5 |
TIPO DE RESIDENCIAL |
VC05 |
VC03 |
VC02 |
VC02 |
VC03 |
|
VC02 |
VC03 |
VC04 |
|
VC01 |
TIPO DE COMERCIO |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
TIPO INDUSTRIAL |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
HIDROLOGÍA |
|
|
|
|
|
2 |
|
|
|
2 |
|
CAP. USO DE LAS TIERRAS |
|
|
|
|
|
IV |
|
|
|
IV |
|
MAPA DE VALORES DE TERRENOS POR ZONAS HOMOGÉNEAS |
|||||||||||
|
|||||||||||
CÓDIGO DE ZONA |
402-05-U01 |
402-05-U02 |
402-05-U03 |
402-05-R04 |
402-05-U04 |
402-05-U05 |
402-05-R06 |
402-05-U06 |
402-05-R07 |
402-05-U07 |
402-05-U08 |
NOMBRE |
COMERCIO A HEREDIA |
MALINCHE REAL |
SANTA LUCÍA-JARDÍNES DEL BENEFICIO-VILLA ESMERALDA- VÍLCHEZ |
UNIVERSIDAD NACIONAL |
GETSEMANÍ NORTE |
RESIDENCIAL ESTE- GETSEMANÍ |
PEDREGAL- DOÑA IRIS |
TIERRA PROMETIDA-EL PALMAR |
|||
COLOR |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
VALOR (¢/m²) |
115000,00 |
90000,00 |
80000,00 |
5500,00 |
35000,00 |
40000,00 |
12000,00 |
38000,00 |
15000,00 |
55000,00 |
60000,00 |
ÁREA (m²) |
320,00 |
170,00 |
160,00 |
50000,00 |
320,00 |
350,00 |
7000,00 |
150,00 |
7000,00 |
190,00 |
160,00 |
FRENTE (m) |
10,00 |
9,00 |
8,00 |
340,00 |
40,00 |
7,00 |
70,00 |
6,00 |
60,00 |
9,00 |
7,00 |
REGULARIDAD |
1 |
1 |
1 |
0,75 |
1 |
1 |
0,9 |
1 |
0,9 |
1 |
1 |
TIPO DE VÍA |
2 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
5 |
4 |
4 |
PENDIENTE |
0 |
0 |
0 |
15 |
5 |
0 |
15 |
5 |
15 |
0 |
0 |
SERVICIOS 1 |
4 |
4 |
4 |
|
1 |
2 |
|
4 |
|
2 |
4 |
SERVICIOS 2 |
16 |
16 |
16 |
16 |
11 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
NIVEL |
0 |
0 |
0 |
|
0 |
0 |
|
0 |
|
0 |
0 |
UBICACIÓN |
5 |
5 |
5 |
|
5 |
5 |
|
5 |
|
5 |
5 |
TIPO DE RESIDENCIAL |
|
VC04 |
VC03 |
|
VC01 |
VC03 |
|
VC01 |
|
VC02 |
VC02 |
TIPO DE COMERCIO |
CO3 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
TIPO INDUSTRIAL |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
HIDROLOGÍA |
|
|
|
3 |
|
|
2 |
|
2 |
|
|
CAP. USO DE LAS TIERRAS |
|
|
|
IV |
|
|
IV |
|
IV |
|
|
MAPA DE VALORES DE TERRENOS POR ZONAS HOMOGÉNEAS |
||||||||||
|
||||||||||
CÓDIGO DE ZONA |
402-06-U01 |
402-06-U02 |
402-06-R03 |
402-06-U03 |
402-06-R04 |
402-06-U04 |
402-06-R05 |
402-06-U05 |
402-06-R06 |
402-06-U06 |
NOMBRE |
MONTE ALTO |
SAN JOSÉ DE LA MONTAÑA CENTRO |
CALLE LLANO |
CALLE ZAPATA- DOÑA BLANCA- CALLE GALLITO- BARBAS DE VIEJO |
EL MIRADOR- LOS ESPINOS- AMADA |
ROBLE ALTO- PASO LLANO- SAN MIGUEL |
||||
COLOR |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
VALOR (¢/m²) |
70000,00 |
65000,00 |
8000,00 |
35000,00 |
5000,00 |
40000,00 |
9000,00 |
30000,00 |
5500,00 |
23000,00 |
ÁREA (m²) |
550,00 |
130,00 |
7000,00 |
250,00 |
12500,00 |
160,00 |
8500,00 |
180,00 |
10000,00 |
210,00 |
FRENTE (m) |
13,00 |
7,00 |
50,00 |
8,00 |
60,00 |
8,00 |
40,00 |
9,00 |
50,00 |
7,00 |
REGULARIDAD |
1 |
1 |
0,9 |
1 |
0,9 |
1 |
0,85 |
1 |
0,8 |
1 |
TIPO DE VÍA |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
PENDIENTE |
0 |
0 |
15 |
0 |
15 |
0 |
30 |
5 |
30 |
5 |
SERVICIOS 1 |
4 |
2 |
|
4 |
|
2 |
|
2 |
|
1 |
SERVICIOS 2 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
9 |
16 |
9 |
16 |
NIVEL |
0 |
0 |
|
0 |
|
0 |
|
0 |
|
0 |
UBICACIÓN |
5 |
5 |
|
5 |
|
5 |
|
5 |
|
5 |
TIPO DE RESIDENCIAL |
VC05 |
VC03 |
|
VC03 |
|
VC03 |
|
VC01 |
|
VC01 |
TIPO DE COMERCIO |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
TIPO INDUSTRIAL |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
HIDROLOGÍA |
|
|
3 |
|
3 |
|
3 |
|
4 |
|
CAP. USO DE LAS TIERRAS |
|
|
IV |
|
IV |
|
IV |
|
IV |
|
MAPA DE VALORES DE TERRENOS POR ZONAS HOMOGÉNEAS |
|||||||||
|
|||||||||
CÓDIGO DE ZONA |
402-06-R07 |
402-06-U07 |
402-06-R08 |
402-06-U08 |
402-06-R09 |
402-06-U09 |
402-06-U10 |
402-06-R11 |
402-06-U11 |
NOMBRE |
MONTECITO- MARÍN CAÑA |
|
CIPRESAL-PASO LLANO |
MONTE LAGOS - LA SUIZA |
ZONA DE RESERVA BARVA |
||||
COLOR |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
VALOR (¢/m²) |
13000,00 |
40000,00 |
3500,00 |
18000,00 |
7000,00 |
18000,00 |
12000,00 |
1500,00 |
4000,00 |
ÁREA (m²) |
15000,00 |
430,00 |
7000,00 |
580,00 |
17000,00 |
1300,00 |
7500,00 |
16000,00 |
920,00 |
FRENTE (m) |
110,00 |
15,00 |
80,00 |
14,00 |
50,00 |
24,00 |
76,00 |
50,00 |
22,00 |
REGULARIDAD |
0,85 |
1 |
0,85 |
1 |
0,85 |
1 |
0,9 |
0,8 |
1 |
TIPO DE VÍA |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
6 |
4 |
PENDIENTE |
15 |
5 |
45 |
10 |
30 |
10 |
25 |
45 |
10 |
SERVICIOS 1 |
|
2 |
|
2 |
|
2 |
1 |
|
1 |
SERVICIOS 2 |
11 |
16 |
9 |
16 |
11 |
16 |
16 |
9 |
9 |
NIVEL |
|
0 |
|
0 |
|
0 |
0 |
|
0 |
UBICACIÓN |
|
5 |
|
5 |
|
5 |
5 |
|
5 |
TIPO DE RESIDENCIAL |
|
VC03 |
|
VC02 |
|
VC05 |
VC07 |
|
VC01 |
TIPO DE COMERCIO |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
TIPO INDUSTRIAL |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
HIDROLOGÍA |
3 |
|
4 |
|
3 |
|
|
4 |
|
CAP. USO DE LAS TIERRAS |
IV |
|
VII |
|
IV |
|
|
VIII |
|
El Departamento
de Catastro y Valoración de
Lic. Yesael Molina Vargas, Proveedora Municipal.—Departamento de Catastro y Valoración.—Ing. Luis Fernando Rodríguez Salas, Jefe a. í.—1 vez.—(46661 Adición 47557).
De conformidad
con el numeral 53 de
Acuerdo
Nº 1: El Concejo Municipal en forma unánime aprueba ratificar el acuerdo Nº 17
de la sesión ordinaria Nº 147 de marzo 2009,
sobre la creación de
Marco Antonio Jiménez Muñoz, Secretario Municipal.—1 vez.—(47645).
De conformidad
con el numeral 53 de
Acuerdo
Nº 16: El Concejo Municipal en forma unánime aprueba autorizar A GESTIONAR al Despacho de la zona marítima
terrestre, para que solicite la desinscripción de los planos catastrados de las
parcelas de
La autorización respectiva debe ajustarse al bloque de legalidad pertinente y las acciones administrativas deben implementarse previa articulación de la información necesaria para esos efectos y así informar al Concejo Municipal.
Marco Antonio Jiménez Muñoz, Secretario Municipal.—1 vez.—(47649).
ZONA MARÍTIMA TERRESTRE
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Al ser las 11
horas 30 minutos, del 26 de mayo de 2009, se resuelve, para los efectos
administrativos y legales, en
1º—Que
en observancia del Informe DEFOE-17-2004
de
2º—Que
hartamente ha indicado
Este Despacho, resuelve en forma de resolución administrativa, ordenar los expedientes administrativos de concesiones, solicitudes de concesión y prórrogas, en la zona marítima terrestre del cantón de Nicoya, en forma cronológica, siendo que para ello, los folios de cada uno de los expedientes citados, tendrán una nueva foliatura, misma que contendrá el sello de la foliatura y el sello del despacho, en cada página utilizada, de los expedientes administrativos, en la parte inferior izquierda y en dicho contexto se tendrá como una refoliatura, a efectos de que se proceda conforme a derecho, siendo designados para el trabajo respectivo, a los funcionarios Rodrigo Acuña Obando, Gabriela Rivel Villalobos.
Para los efectos legales
pertinentes, el acto administrativo dispuesto en la presente resolución, se
comunicará a los Despachos de Concesiones del Instituto Costarricense de
Turismo y a
Publíquese en el Diario Oficial
Lic. Juan Carlos Oviedo Quesada, Coordinador a. í.—1 vez.—(47647).
El Concejo
Municipal de Hojancha comunica que por acuerdo N° 1 de la sesión ordinaria
número 161-2009, celebrada el 1º de junio del 2009: Retomando el oficio N°
11796 de
Recolección y
tratamiento de basura Tasa
trimestral (en colones)
Tipo de usuario
Residencial - Público 4.030,00
Comercial - industrial 10.075,00
Aseo de vías y sitios públicos
Por metro lineal 136,00
Dichas tasas entrarán a regir treinta días después de su publicación (Art. 74, Código Municipal). Aprobado por unanimidad, acuerdo firme.
Hojancha, Guanacaste, 2 de junio del 2009.—Marielos Rodríguez Paniagua, Secretaria Municipal.—1 vez.—(47526).
DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
EDICTO
Nº 003-2009.—Diex de Santa Teresa S. A., con cédula jurídica número
3-101-355172, con base en el artículo número 38 de
Cóbano, 6 de marzo del 2009.—Alcides Fernández Elizondo, Coordinador a. í.—1 vez.—Nº 110651.—(47835).
PRIME HOLDING S. A
Prime Holding S. A., cédula jurídica convoca a sus accionistas a asamblea general ordinaria y extraordinaria que se celebrará en primera convocatoria a las 18:00 horas del 20 de julio del 2009 en su domicilio social en Pozos de Santa Ana, San José, Costa Rica, del Centro Empresarial Fórum dos, ciento cincuenta metros sur y cincuenta metros oeste.
El orden del día es conocer, discutir, aprobar o improbar:
• Aumento de capital social mediante aporte en efectivo.
• Reforma completa a los estatutos sociales.
• Creación de acciones preferentes e intercambio de acciones preferentes por cierto número de acciones comunes.
• Aprobación de traspasos de acciones.
• Nombramiento de nuevo fiscal.
• Asuntos varios.
De no haber quórum en primera convocatoria se convoca a segunda convocatoria que se verificará una hora después, en el mismo lugar y con el mismo objeto.—San José, 01 de junio del 2009.—Junta Directiva.—Jorge Armando Hernández Betancourt, Presidente.—1 vez.—(48650).
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
ROCASOL CALIZA SOCIEDAD
ANÓNIMA
Rocasol Caliza Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno-cuatrocientos noventa mil
novecientos treinta y cuatro, solicita
SERVICIOS MECÁNICOS JIMÉNEZ Y
ALVARADO
Servicios Mecánicos
Jiménez y Alvarado, cedula jurídica 3-101-132990, solicita ante
COMPAÑÍA PERSONALIZADA DE
ÓPTICA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Compañía Personalizada
de Óptica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-377765, solicita ante
MARINA Y VILLAS DE PUNTA UVA
S. A.
Marina y Villas de
Punta Uva S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-noventa y
cuatro mil quinientos noventa y tres, solicita ante
QM INGENIERÍA SOCIEDAD
ANÓNIMA
QM Ingeniería Sociedad
Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento diez mil ciento
ochenta, solicita ante
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
INVERSIONES GAFALLAS G.F
SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones Gafallas
G.F Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-481292, solicita ante
MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y
PRÉSTAMO
MUCAP comunica que el
derechohabiente de los títulos valores:
Nº 446565 por un valor de ¢123.000.000,00 y sus respectivos cupones de
intereses (numerados del 03 al 11), por un monto de ¢1.691.250,00 cada uno: Nº
446564 por un valor de ¢123.000.000,00 y sus respectivos cupones de intereses
(numerados del 03 al 11), por un monto de ¢1.691.250,00 cada uno: Nº 446562 por
un valor de ¢123.000.000,00 y sus respectivos cupones de intereses (numerados
del 03 al 11), por un monto de ¢1.691.250,00 cada uno, ha solicitado la
reposición de los mismos, los cuales fueron emitidos a su orden el día 02 de
marzo del año en curso, respectivamente. Se emplaza a los interesados a
manifestarse dentro del plazo de quince días naturales posterior a la última
publicación.—Cartago, 03 de junio del 2009.—Agencia
Cartago Centro.—Lic. Enrique Martínez Solano, Jefe.—(47201).
COOPERATIVA DE VIVIENDA LAS
CABAÑAS
El señor Ing. Álvaro
López González, de nacionalidad costarricense con cédula Nº 4-0050-0927, vecino
de Santa Ana, Cooperativa de Vivienda Las Cabañas, casa Nº 2, informa que es
propietario de una acción común nominativa por ¢20.000,00 cada una de
COLEGIO DE PROFESIONALES EN
INFORMÁTICA Y COMPUTACIÓN
Aviso no localización de colegiados, Colegio de
Profesionales en Informática y Computación, de conformidad con los artículos
4º, inciso a), 9º, inciso f) y 11 de
Carné |
Nombre |
Cédula |
467 |
CASTILLO BARQUERO RICARDO A |
1-0914-0432 |
662 |
RUIZ SANTAMARÍA GUSTAVO |
2-0501-0665 |
702 |
LORENZO JARA JUAN CARLOS |
1-0545-0774 |
799 |
SÁNCHEZ CHACÓN DAGOBERTO |
4-0136-0082 |
878 |
CHACÓN JIMÉNEZ CARLOS EDUARDO |
1-0890-0397 |
891 |
PALACIO MEJÍA JESÚS ENRIQUE |
8-0078-0356 |
1433 |
NAVARRO ALVAREZ VÍCTOR JULIO |
1-0437-0370 |
1692 |
BOJORGE BADILLA JOSÉ GABRIEL |
5-0286-0239 |
1860 |
BRAVO DURÁN RÓNALD FRANCISCO |
1-0780-0082 |
2937 |
HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ VICTORIA |
1-0778-0973 |
3082 |
LÓPEZ BARRANTES EDUARDO |
1-0117-8381 |
3476 |
ACEVEDO VARGAS PAOLA VIVIANA |
1-1172-0657 |
3534 |
FERNANDEZ SOLÍS MANFRED |
6-0311-0563 |
4190 |
MARTÍNEZ MORA MARTÍN |
1-1163-0340 |
Lic. Marlon
Esquivel Díaz, Presidente.—Lic. Natalia Rojas Canales,
Secretaria a.í.—(47227).
SUPER ACCESORIOS DE
CENTROAMÉRICA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Super Accesorios de
Centroamérica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-067644, solicita ante
INMOBILIARIA ANDIPA DEL OESTE
SOCIEDAD ANÓNIMA
Inmobiliaria Andipa del
Oeste Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-294553, solicita ante
Raúl
Miranda Delgado, cédula Nº 5-147-1130, solicita ante
AH W P MEDIA SOCIEDAD ANÓNIMA
H W P Media Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-379748, solicita a
AÁNCORA DEL CORSARIO DORADO
SOCIEDAD ANÓNIMA
Áncora del Corsario
Dorado Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-436160, solicita ante
QUINTA SOTO MORA S. A.
Quinta Soto Mora S. A.,
cédula número 3-101-347389, solicita ante
UNIVERSIDAD DE IBEROAMÉRICA
Departamento de Registro
de
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
COMPAÑÍA DE REFORESTACIÓN GERMANO
COSTARRICENSE DE GUANACASTE
SOCIEDAD ANÓNIMA
Compañía de
Reforestación Germano Costarricense de Guanacaste Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno- ciento sesenta y un mil novecientos
treinta y siete, solicita ante
HIELO EN ESCAMA MENOS CERO
DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA
Hielo en Escama
Menos Cero del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-trescientos treinta y siete mil seiscientos setenta y nueve, solicita ante
KING PALM TREE SOCIEDAD ANÓNIMA
La sociedad King
Palm Tree Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos
ochenta y cuatro mil setecientos noventa y tres, solicita ante
ADUANERA LAS CUMBRES S. A.
Aduanera Las
Cumbres S. A., cédula jurídica numero tres-ciento uno-cero cuatro tres ocho
cero cinco, anteriormente denominada Agentes Nacionales Sociedad Anónima
(ANASA), cédula jurídica número tres- ciento uno-cero cuatro tres ocho cero
cinco, solicita ante
NÚCLEO INTEGRADO DE COSTA RICA S. A.
Núcleo Integrado
de Costa Rica S. A., cédula jurídica número 3-101-239404, solicita ante
COMPAÑÍA DE BIENES Y RAÍCES CAPITAL CBRC S. A.
Compañía de
Bienes y Raíces Capital CBRC S. A., cédula jurídica número 3-101-343523,
solicita ante
LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES SOCIEDAD ANÓNIMA
Para los efectos del artículo 689 del Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses Sociedad Anónima (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:
Certificado número Cantidad de Acciones Serie
732 120 E
1276 50 E
1276 50 E
1305 9 E
1317 20 E
153 109 F
1225 85 F
1201 9 G
248 69 G
1200 5 G
208 26 H
3914 758 J
899 400 B
357 80 D
1985 65 D
Accionista: Calvo Arguedas Marco Antonio
Folio: 620
San José, 20 de enero del 2009.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(47592).
REFAMA INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA
Refama
Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-117833, solicita ante
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Por escritura otorgada
ante mi notaría, a las diecisiete horas del diecisiete de abril del dos mil
nueve, se constituyó la sociedad de actividades profesionales denominada Despacho
Muñoz y Asociados. Domicilio: San José. Presidente y apoderado generalísimo
sin límite de suma: Fernando Muñoz Fernández. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 22 de abril del 2009.—Lic. Mylene Arroyo
Sánchez, Notaria.—Nº 110034.—(47020).
PUBLICACIÓN DE una VEZ
Por escritura otorgada en Cartago, se reformaron las cláusulas segunda, sexta y décima primera del pacto social de la sociedad Naturaleza del Altramuz. Nombramiento nueva junta directiva.—Lic. Jorge Eduardo Brenes Garro, Notario.—1 vez.—Nº 110129.—(47373).
Wendy Madrigal López y Ligia Valverde Salas constituyen Sociedad Anónima, solicitando se incluya en la razón social el número de cédula jurídica. Plazo noventa y nueve años. Escritura otorgada a las 8:00 horas del día dos de junio del dos mil nueve. Presidenta: Wendy Madrigal López.—San José, veintiocho de mayo del dos mil nueve.—Lic. Jimmy León Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 110130.—(47374).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas, treinta minutos del tres de junio del año dos mil nueve, se constituyó una sociedad anónima de conformidad con el Decreto Ejecutivo número trescientos treinta y un mil setecientos diecisiete-J del catorce de junio del año dos mil seis, que faculta al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional para que como denominación de la presente sociedad establezca el número de cédula jurídica que le sea asignado al momento de su inscripción.—San José, 3 de junio de 2009.—Lic. Wady Alonso Espinoza Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 110132.—(47375).
Mediante escritura pública cuarenta-dos, otorgada en Bijagua, a las diez horas del veintiuno de mayo del año dos mil nueve, se constituye la sociedad Maseis N & S de Bijagua Sociedad Anónima. Cuyo domicilio social es en Guanacaste, Upala, Bijagua de la entrada principal del Ebais, cincuenta metros oeste. La representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite, corresponde a su presidente y secretaria.—Bijagua, 21 de mayo del 2009.—Lic. Nuria F. Solís Sáenz, Notaria.—1 vez.—Nº 110133.—(47376).
Por escritura número sesenta y uno, se constituye la sociedad anónima denominada Victoria Consultting S. A. Constituida el veinticinco de mayo del dos mil nueve. Representación social corresponde al presidente.—San José, tres de junio del año dos mil nueve.—Lic. Derroy Jeiner Navas Beita, Notario.—1 vez.—Nº 110135.—(47377).
Mediante escritura otorgada ante los notarios Carlos Gutiérrez Font y Gonzalo Vargas Acosta, de las 17 horas, 30 minutos del día 28 de mayo del año 2009, se protocolizaron acuerdos de la empresa 3-101-548371, mediante el cual se modifican las cláusulas primera y segunda.—San José, 4 de junio del año 2009.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—Nº 110137.—(47378).
Por escrituras de las 14:00 horas del día de hoy, se constituyó en mi notaría, una sociedad de responsabilidad limitada, cuya denominación social será el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público, de conformidad con el Decreto Nº 33171-J. Se nombra gerente y subgerente.—San José, 3 de junio del 2009.—Lic. Edgar Nassar Guier, Notario.—1 vez.—Nº 110140.—(47379).
Por
escritura otorgada ante esta notaría el día 3 de junio del
Por escritura
otorgada ante esta notaría, el día 1º de mayo del
Por
escritura otorgada ante esta notaría, el día 2 de junio del
Mediante acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad L.A.F.C. Grupo Sociedad Anónima, anteriormente denominada Lafise S.F.I. Sociedad de Fondos de Inversión Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cinco mil ochocientos uno, protocolizada ante los notarios públicos Juan Manuel Jiménez Ruiz y David Arturo Campos Brenes en escritura pública número sesenta y siete-seis, de las quince horas del quince de abril del dos mil nueve, se acuerda por convenir a los intereses de los accionistas, proceder con la disolución y por consiguiente la liquidación de la sociedad L.A.F.C. Grupo S. A.—San José, cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Juan Manuel Jiménez Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 110145.—(47383).
Por escritura número cincuenta-doce, otorgada ante mí, el día de hoy en conotariado con Marianela Sáenz Alfaro, he protocolizado acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Corporación Lafise Controladora S. A., según la cual se modifica el pacto constitutivo en su cláusula quinta. Es todo.—2 de junio de 2009.—Lic. Juan Manuel Jiménez Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 110147.—(47384).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 15:00 horas del 1º de junio del 2009, se constituyó la sociedad denominada Tata Motors de Centroamérica S. A. Domicilio: San José. Plazo: 100 años. Objeto: comercio, industria, agricultura. Representación: presidente.—San José, 3 de junio del 2009.—Lic. Luis Lapeira González, Notario.—1 vez.—Nº 110152.—(47385).
Por escritura otorgada hoy ante mí, los señores Zaf Baig, Garry William Gates y Wali Rainer constituyeron la sociedad denominada IBP Energy Resources Inc Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Su representante legal será el presidente de la junta directiva, con facultad de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Heredia, tres de junio del dos mil nueve.—Lic. José Enrique Sánchez García, Notario.—1 vez.—Nº 110153.—(47386).
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 4 de junio de 2009, se constituyó la compañía denominada Ensambladora Décor Portones Sociedad Anónima. Con capital social de diez mil colones.—San José, 4 de junio de 2009.—Lic. Raúl Hidalgo Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 110155.—(47387).
La suscrita notaría pública Xinia Patricia Aguilar Picado, doy fe que el día veintiuno de mayo del dos mil nueve, se reformó la junta directiva de la sociedad Distribuidora Herma Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-dos uno tres dos siete dos, en escritura pública cuatrocientos sesenta y ocho, visible al folio ciento ochenta y siete frente del tomo once. Apoderados generalísimos sin límite de suma, presidente Mauricio Isaza Rico. Secretario: Iván Alonso Aristizabal Gómez. Capital: suscrito y pagado. Es todo.—Firmo en Heredia, el tres de junio del dos mil nueve.—Lic. Xinia Patricia Aguilar Picado, Notaria.—1 vez.—Nº 110156.—(47388).
Se constituye sociedad denominada Fernández Solano y Asociados Sociedad Anónima. Con domicilio en San José, avenida uno calles veinticinco y veintisiete número dos cinco cinco dos. Capital: diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo: 99 años. Escritura otorgada en San José, a las diez horas, treinta minutos del tres de junio del dos mil nueve.—Lic. María Gabriela Zeledón Ching, Notaria.—1 vez.—Nº 110158.—(47389).
El suscrito notario hago constar, que en el tomo cuatro, escrituras trescientos sesenta y nueve y trescientos cincuenta y dos del protocolo del licenciado Carlos Luis Guerrero Salazar, se están constituyendo dos sociedades anónimas: que llevarán como nombre, Inversiones Arrendo S. A. y Alpa S. A. Es todo.—Santa Ana, 2 de junio de 2009.—Lic. Dagoberto Madrigal Mesén, Notario.—1 vez.—Nº 110160.—(47390).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del veintinueve de mayo del dos mil nueve, se aprueba un aumento del capital social por la suma de ciento cuarenta y dos millones de colones de la sociedad Maxi Repuestos Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos cuarenta y nueve mil seiscientos cuarenta y ocho.—San José, veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, Notario.—1 vez.—Nº 110162.—(47391).
Por escritura de las quince horas, hoy protocolicé acta asamblea general de socios, de las doce horas de hoy Bosquejo Pintoresco S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos dos mil cincuenta y nueve, reforma estatutos, así: cláusula: domicilio: San José, Carmen, calle tres, avenida uno, edificio Manuel E. Vázquez, segundo piso, y Administración: junta directiva: presidente, secretario y tesorero, por todo el plazo social, apoderados generalísimos individualmente, salvo para vender, ceder, hipotecar o gravar bienes autorización asamblea socios, y cheques con dos firmas.—San José, mayo veinticinco de dos mil nueve.—Lic. Fernando Chacón Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 110163.—(47392).
Autos
Mediante asamblea extraordinaria celebrada el día 1º de junio del 2009, la sociedad Flecha y Pez Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica numero tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil ochocientos treinta y dos, modifica su razón social a Toro y Pez Sociedad Anónima. Publíquese.—Lic. José German Zamora Leal, Notario.—1 vez.—Nº 110165.—(47394).
Por escritura otorgada a las quince horas del día veintinueve de mayo del dos mil nueve, se constituyó E Dos A Hermanos Sociedad Anónima. Con domicilio en Cartago. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—San José, primero de junio del dos mil nueve.—Lic. Alberto Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 110166.—(47395).
Al ser las 11:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad anónima Transportes y Construcciones Sarapiquí S. A. Capital social: un millón de colones cancelado en dinero efectivo. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pero con limitaciones para gravar o enajenar. Domicilio: Horquetas.—Río Frío, veintiocho de mayo del dos mil nueve.—Lic. German Vega Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 110167.—(47396).
Ante esta notaría se constituye Helca Supplies Store Sociedad Anónima. Su domicilio será en San José, Hatillo Cuatro, calle República de Chile, casa número cincuenta y nueve. Plazo social: cien años a partir del tres de junio del dos mil nueve. Capital social: cien mil colones. Presidente: Henry José Lacayo Briceño, cédula de residencia número uno cinco cinco ocho cero tres cinco cuatro uno uno tres cero.—San José, 3 de junio del 2009.—Lic. Lissette S. Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 110168.—(47397).
Ante mi notaría, el día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Electrónica y Computación Elcom. S. A., donde se reforma la cláusula octava de la junta directiva, apoderado generalísimo: presidente de los estatutos.—San José, 3 de junio de 2009.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 110170.—(47398).
Ante esta notaría, comparece el señor Juan Pablo Mora Jiménez, cédula de identidad número 1-1067-578 y dice: que se ha modificado la totalidad de la junta directiva de la sociedad LC y C Compucel S. A., cédula jurídica número 3-101-254866, además de la cláusula octava, en lo referente a la representación, la que ahora será ejercida por el presidente y el secretario. Es todo.—San José, 4 de junio del dos mil ocho.—Lic. Asdrúbal Vega Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 110174.—(47399).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Parabrisas y Empaques Pilar Sociedad Anónima, al ser las quince horas del quince de mayo del dos mil nueve.—San José, 15 de mayo del 2009.—Lic. Jorge Luis Corrales Fallas, Notario.—1 vez.—Nº 110179.—(47400).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas del día tres de junio de dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos treinta mil quinientos ochenta y cuatro s. a. Donde se acuerda reformar las cláusulas sexta y primera del pacto constitutivo y se recovan y hacen nombramientos.—San José, 4 de junio de 2009.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—Nº 110184.—(47401).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas del día tres de junio de dos mil nueve, Patrick Vincent Hundley y Luis Fernando Calvo Duarte, constituyen ciento ochenta y ocho Sociedades de Responsabilidad Limitada denominadas: Diamante del Sol Uno, Limitada; Diamante del Sol Dos, Limitada Diamante del Sol Tres, Limitada Diamante del Sol Cuatro, Limitada, Diamante del Sol Cinco Limitada, Diamante del Sol Seis Limitada, Diamante del Sol Siete Limitada, Diamante del Sol Ocho Limitada, Diamante del Sol Nueve Limitada, Diamante del Sol Diez Limitada. Diamante del Sol Once Limitada, Diamante del Sol Doce Limitada, Diamante del Sol Trece Limitada, Diamante del Sol Catorce Limitada, Diamante del Sol Quince Limitada, Diamante del Sol Dieciséis Limitada, Diamante del Sol Diecisiete Limitada, Diamante del Sol Dieciocho Limitada Diamante del Sol Diecinueve Limitada, Diamante del Sol Veinte Limitada, Diamante del Sol Veintiuno Limitada, Diamante del Sol Veintidós Limitada, Diamante del Sol Veintitrés Limitada, Diamante del Sol Veinticuatro Limitada, Diamante del Sol Veinticinco Limitada, Diamante del Sol Veintiséis Limitada, Diamante del Sol Veintisiete Limitada, Diamante del Sol Veintiocho Limitada, Diamante del Sol Veintinueve Limitada, Diamante del Sol Treinta Limitada, Diamante del Sol Treinta y Uno Limitada, Diamante del Sol Treinta y Dos Limitada, Diamante del Sol Treinta y Tres Limitada, Diamante del Sol Treinta y Cuatro Limitada, Diamante del Sol Treinta y Cinco Limitada, Diamante del Sol Treinta y Seis Limitada, Diamante del Sol Treinta y Siete Limitada, Diamante del Sol Treinta y Ocho Limitada Diamante del Sol Treinta y Nueve Limitada Diamante del Sol Cuarenta Limitada, Diamante del Sol Cuarenta y Uno Limitada, Diamante del Sol Cuarenta y Dos Limitada Diamante del Sol Cuarenta y Tres Limitada Diamante del Sol Cuarenta y Cuatro Limitada Diamante del Sol Cuarenta y Cinco Limitada Diamante del Sol Cuarenta y Seis Limitada Diamante del Sol Cuarenta y Siete Limitada, Diamante del Sol Cuarenta y Ocho Limitada, Diamante del Sol Cuarenta y Nueve Limitada, Diamante del Sol Cincuenta Limitada, Diamante del Sol Cincuenta y Uno Limitada, Diamante del Sol Cincuenta y Dos Limitada, Diamante del Sol Cincuenta y Tres Limitada, Diamante del Sol Cincuenta y Cuatro Limitada, Diamante del Sol Cincuenta y Cinco Limitada, Diamante del Sol Cincuenta y Seis Limitada, Diamante del Sol Cincuenta y Siete Limitada, Diamante del Sol Cincuenta y Ocho Limitada Diamante del Sol Cincuenta y Nueve Limitada, Diamante del Sol Sesenta Limitada, Diamante del Sol Sesenta y Uno Limitada, Diamante del Sol Sesenta y Dos Limitada, Diamante del Sol Sesenta y Tres Limitada, Diamante del Sol Sesenta y Cuatro Limitada, Diamante del Sol Sesenta y Cinco Limitada, Diamante del Sol Sesenta y Seis Limitada, Diamante del Sol Sesenta y Siete Limitada, Diamante del Sol Sesenta y Ocho Limitada, Diamante del Sol Sesenta y Nueve Limitada, Diamante del Sol Setenta Limitada Diamante del Sol Setenta y Uno Limitada, Diamante del Sol Setenta y Dos Limitada, Diamante del Sol Setenta y Tres Limitada, Diamante del Sol Setenta y Cuatro Limitada, Diamante del Sol Setenta y Cinco Limitada, Diamante del Sol Setenta y Seis Limitada, Diamante del Sol Setenta y Siete Limitada, Diamante del Sol Setenta y Ocho Limitada, Diamante del Sol Setenta y Nueve Limitada, Diamante del Sol Ochenta Limitada, Diamante del Sol Ochenta y Uno Limitada, Diamante del Sol Ochenta y Dos Limitada, Diamante del Sol Ochenta y Tres Limitada, Diamante del Sol Ochenta y Cuatro Limitada, Diamante del Sol Ochenta y Cinco Limitada, Diamante del Sol Ochenta y Seis Limitada, Diamante del Sol Ochenta y Siete Limitada, Diamante del Sol Ochenta y Ocho Limitada, Diamante del Sol Ochenta y Nueve Limitada. Diamante del Sol Noventa Limitada, Diamante del Sol Noventa y Uno Limitada, Diamante del Sol Noventa y Dos Limitada. Diamante del Sol Noventa y Tres Limitada, Diamante del Sol Noventa y Cuatro Limitada Diamante del Sol Noventa y Cinco Limitada, Diamante del Sol Noventa y Seis Limitada, Diamante del Sol Noventa y Siete Limitada, Diamante del Sol Noventa y Ocho Limitada, Diamante del Sol Noventa y Nueve Limitada, Diamante del Sol Cien Limitada, Diamante del Sol Ciento Uno Limitada Diamante del Sol Ciento Dos Limitada, Diamante del Sol Ciento Tres Limitada, Diamante del Sol Ciento Cuatro Limitada, Diamante del Sol Ciento Cinco Limitada, Diamante del Sol Ciento Seis Limitada, Diamante del Sol Ciento Siete Limitada, Diamante del Sol Ciento Ocho Limitada, Diamante del Sol Ciento Nueve Limitada, Diamante del Sol Ciento Diez Limitada, Diamante del Sol Ciento Once Limitada Diamante del Sol Ciento Doce Limitada, Diamante del Sol Ciento Trece Limitada Diamante del Sol Ciento Catorce Limitada, Diamante del Sol Ciento Quince Limitada, Diamante del Sol Ciento Dieciséis Limitada Diamante del Sol Ciento Diecisiete Limitada, Diamante del Sol Ciento Dieciocho Limitada Diamante del Sol Ciento Diecinueve Limitada, Diamante del Sol Ciento Veinte Limitada Diamante del Sol Ciento Veintiuno Limitada, Diamante del Sol Ciento Veintidós Limitada, Diamante del Sol Ciento Veintitrés Limitada, Diamante del Sol Cieno Veinticuatro Limitada, Diamante del Sol Ciento Veinticinco Limitada, Diamante del Sol Ciento Veintiséis Limitada Diamante del Sol Ciento Veintisiete Limitada Diamante del Sol Ciento Veintiocho Limitada Diamante del Sol Ciento Veintinueve Limitada Diamante del Sol Ciento Treinta Limitada, Diamante del Sol Ciento Treinta y Uno Limitada Diamante del Sol Ciento Treinta y Dos Limitada Diamante del Sol Ciento Treinta y Tres Limitada Diamante del Sol Ciento Treinta y Cuatro Limitada Diamante del Sol Ciento Treinta y Cinco Limitada, Diamante del Sol Ciento Treinta y Seis Limitada, Diamante del Sol Ciento Treinta y Siete Limitada, Diamante del Sol Ciento Treinta y Ocho Limitada Diamante del Sol Ciento Treinta y Nueve Limitada Diamante del Sol Ciento Cuarenta Limitada, Diamante del Sol Ciento Cuarenta y Uno Limitada Diamante del Sol Ciento Cuarenta y Dos Limitada Diamante del Sol Ciento Cuarenta y Tres Limitada, Diamante del Sol Ciento Cuarenta y Cuatro Limitada, Diamante del Sol Ciento Cuarenta y Cinco Limitada Diamante del Sol Ciento Cuarenta y Seis Limitada Diamante del Sol Ciento Cuarenta y Siete Limitada Diamante del Sol Ciento Cuarenta y Ocho Limitada Diamante del Sol Ciento Cuarenta y Nueve Limitada Diamante del Sol Ciento Cincuenta Limitada Diamante del Sol Ciento Cincuenta y Uno Limitada Diamante del Sol Ciento Cincuenta y Dos Limitada Diamante del Sol Ciento Cincuenta y Tres Limitada, Diamante del Sol Ciento Cincuenta y Cuatro Limitada, Diamante del Sol Ciento Cincuenta y Cinco Limitada, Diamante del Sol Ciento Cincuenta y Seis Limitada, Diamante del Sol Ciento Cincuenta y Siete Limitada, Diamante del Sol Ciento Cincuenta y Ocho Limitada, Diamante del Sol Ciento Cincuenta y Nueve Limitada, Diamante del Sol Ciento Sesenta Limitada, Diamante del Sol Ciento Sesenta y Uno Limitada, Diamante del Sol Ciento Sesenta y Dos Limitada, Diamante del Sol Ciento Sesenta y Tres Limitada, Diamante del Sol Ciento Sesenta y Cuatro Limitada, Diamante del Sol Ciento Sesenta y Cinco Limitada Diamante del Sol Ciento Sesenta y Seis Limitada, Diamante del Sol Ciento Sesenta y Siete Limitada Diamante del Sol Ciento Sesenta y Ocho Limitada, Diamante del Sol Ciento Sesenta y Nueve Limitada, Diamante del Sol Ciento Setenta Limitada, Diamante del Sol Ciento Setenta y Uno Limitada, Diamante del Sol Ciento Setenta y Dos Limitada, Diamante del Sol Ciento Setenta y Tres Limitada Diamante del Sol Ciento Setenta y Cuatro Limitada, Diamante del Sol Ciento Setenta y Cinco Limitada, Diamante del Sol Ciento Setenta y Seis Limitada, Diamante del Sol Ciento Setenta y Siete Limitada, Diamante del Sol Ciento Setenta y Ocho Limitada, Diamante del Sol Ciento Setenta y Nueve Limitada, Diamante del Sol Ciento Ochenta Limitada, Diamante del Sol Ciento Ochenta y Uno Limitada, Diamante del Sol Ciento Ochenta y Dos Limitada, Diamante del Sol Ciento Ochenta y Tres Limitada, Diamante del Sol Ciento Ochenta y Cuatro Limitada, Diamante del Sol Ciento Ochenta y Cinco Limitada, Diamante del Sol Ciento Ochenta y Seis, Limitada Diamante del Sol Ciento Ochenta y Siete Limitada y Diamante del Sol Ciento Ochenta y Ocho, Limitada.—San José, 3 de junio de 2009.—Lic. Rafael Manzanares Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 110185.—(47402).
Por escritura otorgada a las 11:00 horas del 4 de mayo del 2009, se modificó cláusula segunda y cláusula décima tercera, de Villa Paz Sociedad Anónima.—San José, 3 de junio del 2009.—Lic. Heika Castro Conejo, Notaria.—1 vez.—Nº 110186.—(47403).
Que por escritura otorgada ante esta notaría a las 08:00 horas del 4 de junio del 2009, se celebro asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Arícola Punto Verde S. A. mediante la cual se aumenta el plazo social a 100 años, hasta el día 19 de agosto del dos mil noventa y nueve.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Pablo Fernando Ramos Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 110187.—(47404).
Ante esta notaría, a las quince horas cuarenta minutos del veintinueve de mayo del dos mil nueve, se apersonaron las señoras Ivannia Madrigal Alvarado y Martha Vega Segura, a constituir una sociedad anónima que se denominará Inversiones Creativa Sociedad Anónima.—Lic. Mónica Romero Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 110191.—(47405).
La suscrita notaria pública Xinia Arias Naranjo, hace constar y doy fe que ante esta notaría, se modificó el pacto constitutivo de la siguiente sociedad anónima Pargo Rojo del Sur S. A., con domicilio en Ojochal, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros al este del Hotel Villas Gaía.—14 de mayo de 2009.—Lic. Xinia Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—Nº 110193.—(47406).
La suscrita notaria pública Xinia Arias Naranjo hace constar y doy fe que ante esta notaría, se modificó el pacto constitutivo de la siguiente sociedad anónima The White Pearl S. A., con domicilio en Ojochal, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros al este del Hotel Villas Gaía.—1 de junio de 2009.—Lic. Xinia Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—Nº 110194.—(47407).
En escritura número cien, de las trece horas del día veintinueve de mayo del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y un mil setenta y dos sociedad anónima mediante la cual se reforman las cláusulas sétima y octava del pacto constitutivo de la sociedad y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Felipe Terán Jiménez.—San José, 3 de junio del 2009.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 110197.—(47408).
En escritura número noventa y nueve, de las doce horas del día veintinueve de mayo del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y un mil setenta sociedad anónima mediante la cual se reforman las cláusulas sétima y octava del pacto constitutivo de la sociedad y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Felipe Terán Jiménez.—San José, 3 de junio del 2009.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 110198.—(47409).
Mediante
escritura número 233-10, otorgada en mi notaría, a las 12:00 horas del 29 de
mayo del 2009, se constituyó
Por escritura pública de las trece horas del once de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada Camp New Industries Limitada, con domicilio social en San José. Plazo social: cien años. Capital social: cien mil colones. Representación: le corresponde al Gerente. Es todo.—San José, 11 de mayo del 2009.—Lic. Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—Nº 110204.—(47411).
Por escritura pública de las once horas del primero de junio del dos mil nueve, se constituyeron las sociedades anónimas Urimijal Sociedad Anónima, Mijaluri del Este Sociedad Anónima y Dragones y Unicornios Sociedad Anónima, con domicilio social en San José. Plazo social: cien años. Capital social: diez mil colones. Representación: le corresponde al presidente y secretario actuando conjuntamente. Es todo.—San José, 2 de junio del 2009.—Lic. Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—Nº 110205.—(47412).
Por escritura pública de las once horas del once de mayo del dos mil nueve y otorgada ante el notario público Abraham Stern Feterman, se constituyeron las sociedades anónimas Sueños Urbanos de Guanacaste S. A., Established Since S. A., Frenesí Grupo Inversor S. A. y Despertares Inmobiliarios S. A., con domicilio social en San José. Plazo social: cien años. Capital social: de diez mil colones. Representación: le corresponde al presidente y secretario actuando conjuntamente o separadamente. Es todo.—San José, 11 de mayo del 2009.—Lic. Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—Nº 110207.—(47413).
Ante
esta notaría, se constituyó
Ante esta notaría, por escritura otorgada en Cartago el día tres de junio del dos mil nueve, se constituye Comercializadora Internacional M y R Sociedad Anónima.—Cartago, 3 de junio del 2009.—Lic. Laura Gómez Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 110216.—(47415).
Se
constituye sociedad denominada Inversiones Cinco Estaciones del Dos Mil
Nueve Sociedad Anónima, con domicilio en Sabanilla de Montes
de Oca, de
Se
constituye sociedad denominada Desarrollos Cuatro Amigos de Enero del Cero
Nueve Sociedad Anónima, con domicilio en Sabanilla de Montes de Oca, de
Federico Richmond Solís y Mauricio Vega Sánchez constituyen Sociedad Anónima, Cristales y Ventanería S. A. Otorgada: 10:00 horas del 03-6-2009.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 110223.—(47418).
Se
constituye sociedad denominada Industrias Seis Lunas de Junio del Cero Nueve
Sociedad Anónima, con domicilio en Sabanilla de Montes de Oca, de
El suscrito notario público informa que el día 18 de mayo del 2009 se constituyó la sociedad denominada Anesped Atención de Anestesia Pediátrica Sociedad Anónima. Capital social: 12 mil colones.—Heredia, 3 de junio del 2009.—Lic. Carlos Delgado Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 110225.—(47420).
Ante mí notaría, se constituyó Ser Vip Sociedad Anónima en escritura número sesenta y dos-noventa y ocho, a las ocho horas del catorce de mayo del dos mil nueve, con domicilio social en San José, Escazú, del centro comercial Paco, ochocientos metros suroeste, Hacienda el Poro, casa número 9, con un capital social de cien mil dólares totalmente suscrito y pagado.—San José, 4 de junio 2009.—Lic. José Aquiles Mata Porras, Notario.—1 vez.—Nº 110227.—(47421).
Por escrituras otorgadas a las 08:00, 08:30 y 09:00 horas del dos de junio del dos mil nueve, respectivamente, se constituyen las empresas Mamut Tecnologías S. A. y B-FIT Sports & Adventores S. A. y protocolicé acuerdos de la empresa Transacciones Roseau A G S. A., reformando estatutos.—San José, 2 de junio del 2009.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 110232.—(47422).
Por escritura otorgada ante mí, a las 18:00 horas del 31 de mayo del 2009, protocolicé acta número 4 de asamblea general extraordinaria de Inversiones Dieciocho de Diciembre S. A. en la cual se reformó las cláusulas quinta, sexta, sétima, octava, se nombra junta directiva y se elimina agente residente.—San José, 31 de mayo del 2009.—Lic. Allan Valverde Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 110234.—(47423).
Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del 31 de mayo del 2009, protocolicé acta número 7 de asamblea general extraordinaria de Hacienda Las Cuatro Marías S. A. en la cual se reformó las cláusula quinta, sexta, sétima, octava, se nombra junta directiva y se elimina agente residente.—San José, 31 de mayo del 2009.—Lic. Allan Valverde Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 110235.—(47424).
Mediante escritura número ochenta y dos, otorgada en San José a las once horas del cinco de mayo del dos mil nueve, se constituye la sociedad de esta plaza denominada Transportes Axval S. A. Capital totalmente suscrito en cien mil colones exactos.—San José, 26 de mayo del 2009.—Lic. Ana Patricia Calderón Zapata, Notaria.—1 vez.—Nº 110236.—(47425).
Ante la notaría de Jacqueline Villalobos Durán, se constituyó la sociedad anónima Proyectos y Negocios Pryne S. A., domiciliada en San José. Plazo social: 99 años. Presidente con facultades apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: cien mil colones, suscrito y pagado. Otorgada en la cuidad de San José, escritura número 144 de las 10:00 horas del 3 de junio de 2009.—San José, 3 de junio de 2009.—Lic. Jacqueline Villalobos Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 110237.—(47426).
Carmen Grillo Espinoza, Carlos Enrique Rodríguez Vega y Maribel Rodríguez Grillo, constituyen Inversiones Rofam Cuarenta y Cinco Sociedad Anónima. Presidenta, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: diez mil.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Alexander Granados Loaiza, Notario.—1 vez.—Nº 110238.—(47427).
Por escritura número ocho-trece, otorgada ante los notarios públicos Maricela Salazar Medina, Randall Barquero León, Shirley Durán Alpízar, y Mario Quesada Bianchini, a las dieciséis horas treinta minutos del dos de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Credix World Sociedad Anónima.—San José, 3 de junio del 2009.—Lic. Randall Barquero León, Notario.—1 vez.—Nº 110240.—(47428).
Ana María de Medardi Quirós y Jorge Alexander Quirós Azofeifa constituyen M y P Construcciones Sociedad Anónima. Capital social: 10 mil colones. Domicilio social: San José, avenida diez bis, calle veintitrés bis, casa veintitrés-ochenta y cinco, todo mediante escritura otorgada en San José al ser las 07:00 horas del 20 de marzo del 2009, ante la notaria pública Laura Castro Conejo. Protocolo tomo tercero.—Lic. Laura Castro Conejo, Notaria.—1 vez.—Nº 110243.—(47429).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 09:00 horas de hoy, se protocoliza acta de la compañía de esta plaza, Propiedades Hexágono S.A., reformando cláusula quinta del pacto social.—San José, 25 de mayo de 2009.—Lic. José Rafael Echeverría Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 110244.—(47430).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:00 horas de hoy, se protocoliza acta de la compañía de esta plaza, Grupo Mile S. A., reformando cláusula quinta del pacto social.—San José, 26 de mayo de 2009.—Lic. José Rafael Echeverría Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 110245.—(47431).
Mediante escrituras otorgada, ante mí a las doce, trece y catorce horas del veinticuatro de mayo del dos mil nueve, se protocolizaron actas de asamblea general de socios de Corporación Global del Servicios GDS S. A. Seguridad Camarias S. A. donde modifica el domicilio social y Seguridad y Vigilancia Global S. A. en donde se modifica el nombre.—San José, 24 de mayo del 2009.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—Nº 110246.—(47432).
Los señores Gabriela Muñoz Vidal, portadora de la cédula 1-1022-354 y Diego Alonso Rojas Rodríguez portador de la cédula número 1-990-483, por escritura 4 del tomo 4 del suscrito notario han convenido en constituir sociedad anónima, solicitando como nombre la respectiva cédula jurídica.—Lic. Richard Dean Hamm Royes, Notario.—1 vez.—Nº 110247.—(47433).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día primero de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Hedospirit Sociedad Anónima. Plazo: cien años. Capital social: diez mil colones.—Lic. Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—Nº 110249.—(47434).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las catorce horas con treinta minutos del dos de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Maheka Sociedad Anónima, domiciliada en Santa Rosa de Pocosol, San Carlos, Alajuela, entrada principal, costado norte de Importadora Monge. Presidente y la secretaria actuando conjuntamente con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma. Plazo: Noventa y nueve años. Capital social: Íntegramente suscrito y pagado.—Ciudad Quesada, dos de junio del dos mil nueve.—Lic. Víctor Emilio Rojas Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 110266.—(47445).
Mediante escritura otorgada ante mí a las 8:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Las Delicias de Chilango Sociedad Anónima, con un capital social de doce mil colones. El objeto de la sociedad será el comercio en general, y su plazo social será de cien años.—San José, 3 de junio del 2009.—Lic. Rodrigo Maffioli Márquez, Notario.—1 vez.—Nº 110270.—(47446).
Ante mí, se constituyó la sociedad denominada Ostrich Investments Sociedad Anónima. Plazo: cien años. Capital: diez mil colones. Domicilio: San José, Costa Rica. Representación judicial y extrajudicial: Presidente. Es todo.—San José, tres de junio del año dos mil nueve.—Lic. Rodrigo Maffioli Márquez, Notario.—1 vez.—Nº 110271.—(47447).
Hoy protocolicé los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Cielo Vista del Océano Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y ocho mil cincuenta y uno, mediante la cual se reformaron las cláusulas quinta referente a la administración, primera solamente en relación al domicilio, y cuarta referente al capital, se adicionaron tres nuevas cláusulas, se revocan los nombramientos de toda la junta directiva y se nombran nuevos, por medio de escritura otorgada en la ciudad de San José a las catorce horas del tres de junio del dos mil nueve, por el notario público Rodrigo Maffioli Márquez.—Lic. Rodrigo Maffioli Márquez, Notario.—1 vez.—Nº 110272.—(47448).
En
escritura otorgada ante Jorge Ross Araya, a las 9:30 horas del 17 de noviembre
del
Por escritura otorgada ante esta misma notaría a las 11:00 horas del 3 de junio del 2009, se protocolizó el acta número 4 de asamblea general extraordinaria de Arresco HFL S. A., en la cual se reforma la cláusula novena y se aumenta el capital social.—San José, 3 de junio del 2009.—Lic. Manuel Jones Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 110277.—(47450).
Por escritura pública número ciento cincuenta y cinco-cuatro, otorgada ante esta notaría a las diez horas con treinta minutos del día tres de junio de dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada Medios de Pago del Istmo Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos dos mil ochocientos noventa y cuatro, en la cual se acordó disolver la sociedad e iniciar el trámite de liquidación correspondiente. Es todo.—San José, cuatro de junio de dos mil nueve.—Lic. Arturo Barzuna Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 110279.—(47451).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecinueve horas del día veintidós de mayo del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la compañía Línea Emezeta Sociedad Anónima. Presidenta: Alejandra Venegas Solano.—Lic. Juan Sánchez Cascante, Notario.—1 vez.—Nº 110281.—(47452).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día veintidós de mayo del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la compañía tres ciento uno cincuenta y uno cero uno cincuenta y nueve sociedad anónima, según la cual se modificó la cláusula octava del pacto social. Presidenta: Alejandra Venegas Solano.—Lic. Juan Sánchez Cascante, Notario.—1 vez.—Nº 110282.—(47453).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del día veintidós de mayo del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la compañía Corriente del Saguenay Sociedad Anónima. Presidenta: Alejandra Venegas Solano.—Lic. Juan Sánchez Cascante, Notario.—1 vez.—Nº 110283.—(47454).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del día veintidós de mayo del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la compañía tres ciento uno cincuenta y uno cero cuatro diecisiete sociedad anónima, según la cual se modificó la cláusula octava del pacto social. Presidenta: Alejandra Venegas Solano.—Lic. Juan Sánchez Cascante, Notario.—1 vez.—Nº 110284.—(47455).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del día veintidós de mayo del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la compañía Onces Panounidos Sociedad Anónima. Presidenta: Alejandra Venegas Solano.—Lic. Juan Sánchez Cascante, Notario.—1 vez.—Nº 110285.—(47456).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del día veintidós de mayo del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la compañía tres ciento uno cincuenta y uno trece sesenta y tres sociedad anónima, según la cual se modificó la cláusula octava del pacto social. Presidenta: Alejandra Venegas Solano.—Lic. Juan Sánchez Cascante, Notario.—1 vez.—Nº 110286.—(47457).
Ante esta notaría, por escritura número doscientos tres-cuatro, otorgada en la ciudad de Cartago, a las ocho horas, del veintinueve de mayo de dos mil nueve, hago constar que se constituyó la sociedad denominada Servicios de Logística y Calidad Villa y Solís S. A., su presidente es Adolfo Villalobos Conejo, Plazo: noventa y nueve, a las quince horas con quince minutos del treinta de mayo del dos mil nueve.—Lic. Xochitl Camacho M., Notaria.—1 vez.—Nº 110287.—(47458).
Por escritura número ciento treinta y uno, otorgada en esta notaría las 12:00 horas del 30 de abril del 2009 se constituyó: Inversiones Jorva & Katse S. A. Plazo: Noventa y nueve años. Domicilio: San José, Monterrey de Montes de Oca, cien metros oeste de Perimercados. Capital social cien mil colones. Presidente y tesorera con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. María Lorena Montero Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 110288.—(47459).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del veintiuno de mayo, se procede a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Addis Dos Mil Tres Sociedad Anónima.—San Pedro de Montes de Oca, tres de junio del dos mil nueve.—Lic. Juan José Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 110290.—(47460).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del dos de junio, se procede a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Inversiones Simental Da Batatais Indabaya S. A.—San Pedro de Montes de Oca, tres de junio del dos mil nueve.—Lic. Juan José Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 110291.—(47461).
Modificación de la cláusula del capital y la representación de la sociedad Café Trini Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José al ser las nueve horas del día diecinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Juan Edgar Fallas García, Notario.—1 vez.—Nº 110293.—(47462).
El suscrito notario hace constar que en escritura otorgada ante esta notaría a las trece horas del día dos de junio del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Tele Atlas Titán mediante la cual se modifican las cláusulas sexta y octava del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—San José, 2 de junio del 2009.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 110295.—(47463).
Ante esta notaría la sociedad Vip Sunrise T S. A. reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo y nombra agente residente.—San José, cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Esteban Esquivel Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 110296.—(47464).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del 4 de junio del 2009, se reforman los estatutos sociales de la sociedad Continental Marítima CMCR Sociedad Anónima. Se reforma el domicilio social, la administración y se corrige nombre y cédula del presidente.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—Nº 110298.—(47465).
Ante mí, Héctor Rolando Vargas Sánchez, notario público con oficina en Heredia en escritura otorgada a las ocho horas, del cuatro de junio del año dos mil nueve, se constituyó la empresa Grupo Empresarial Dipa Dos Mil Nueve S. A., su capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado.—4 de junio del 2009.—Lic. Héctor Rolando Vargas Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 110300.—(47466).
Ante la suscrita notaria Jenny Reyes Durán, se constituyó la sociedad anónima denominada Administración Remanzo Sociedad Anónima. El domicilio social será la ciudad de San José, Santa Ana, Brasil, Condominios Remanzo de Mallorca y su capital social es diez mil colones.—San José, tres de junio del dos mil nueve.—Lic. Jenny Reyes Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 110301.—(47467).
Que por escritura número veinte, de las dieciséis horas del tres de junio del año dos mil nueve, visible al folio diez frente del tomo trece de mi protocolo, modifiqué la cláusula sexta: de la administración, de la sociedad denominada Las Palomas Azules Limitada, cedula jurídica numero tres-ciento dos-quinientos once mil seiscientos nueve. Es todo.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Edgar Omar Belloso Montoya, Notario.—1 vez.—Nº 110306.—(47468).
En la notaría del licenciado Warren Alberto Flores Castillo, protocolo siete, escritura: ciento noventa y ocho, folio setenta y nueve vuelto, del ocho de mayo del presente año, se constituye Perla Fina Importaciones E.I.R.L. Gerente: Luvin Perlaza García, residencia: Uno uno siete cero cero uno cero cero cinco ocho cero cinco. Es todo.—San José dos de junio del dos mil nueve.—Lic. Warren Alberto Flores Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 110308.—(47469).
Por escritura otorgada en San José a las nueve horas del tres de junio de dos mil nueve, se modifica la sociedad Señorío de Torralba Sociedad de Responsabilidad Limitada con un plazo social de noventa y nueve años, con un capital social de treinta mil colones. Presidente Joaquín Jesús Borderias Banzo.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 110309.—(47470).
Por escritura número ciento ochenta y uno del tomo segundo del protocolo del notario Max Alonso Víquez García, se ha constituido Logística Aduanera JH Sociedad Anónima. Plazo social cien años. El presidente y el secretario son apoderados generalísimos sin límite de suma, Presidente: Jorge Adolfo Hidalgo Valerio, cédula cuatro-ciento sesenta y siete-novecientos veintinueve. Secretario: Jorge Hidalgo Víquez, cédula cuatro-cero noventa y seis-doscientos veintiuno.—San Lorenzo de Flores, Heredia, tres de junio del dos mil nueve.—Lic. Max Alonso Víquez García, Notario.—1 vez.—Nº 110310.—(47471).
En mi notaría a las once horas del tres de junio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada H & R Human Resources Consulting Service Sociedad Anónima, con un capital social de cincuenta mil colones, cuyo domicilio es en la provincia de San José, Sabana Oeste, en C.R. Consultores, del Balcón Verde cincuenta metros al oeste.—San José, 3 de junio del año 2009.—Lic. Eduardo Araya Vega, Notario.—1 vez.—Nº 110311.—(47472).
Mediante escritura número noventa y dos otorgada en esta notaría a las once horas del veintisiete de mayo del dos mil ocho, la firma Koalala Sociedad Anónima, modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo en cuanto a la administración, y se eligió nueva junta directiva. Presidente Carlos Alberto Barragán Corra, y vicepresidente: Alexander Barrera Faerrón.—San José, tres de junio del dos mil nueve.—Lic. Angélica Cordero Robles, Notaria.—1 vez.—Nº 110312.—(47473).
En mi
notaría a las nueve horas del dos de junio del dos mil nueve, se constituyó la
sociedad denominada Rojipa Agroindustrial Sociedad Anónima, con un
capital de un millón de colones, cuyo domicilio social es en provincia de San
José, cantón Tibás, distrito San Juan, contiguo a
En mi
notaría, a las ocho horas treinta minutos del dos de junio del dos mil nueve,
se constituyó la sociedad denominada Procesados Agroindustriales Carova
Sociedad Anónima, con un capital de un millón de colones, cuyo domicilio
social es en la provincia de San José, cantón Tibás, distrito San Juan,
contiguo a
En mi
notaría, a las siete horas del dos de junio del dos mil nueve, se constituyó la
sociedad denominada Fernuero Agroindustrial Sociedad Anónima, con un
capital de un millón de colones, cuyo domicilio social es en la provincia de
San José, cantón Tibás, distrito San Juan, contiguo a
En mi
notaría, a las siete horas del dos de junio del dos mil nueve, se constituyó la
sociedad denominada Agroindustrial Melinda Sociedad Anónima, con un
capital de un millón de colones, cuyo domicilio social es en provincia de San
José, cantón Tibás, distrito San Juan, contiguo a
Por escritura número 118 de las 9:00 horas del día 30 de abril del 2009, se protocoliza acta de asamblea general de la sociedad tres ciento uno cuatrocientos setenta y dos mil doscientos noventa y dos s. a., modificando cláusulas segunda, sétima, y la junta directiva. Presidente Guido Laboranti Marchini.—San José, cuatro de abril del dos mil nueve.—Lic. Raquel González Soro, Notaria.—1 vez.—Nº 110317.—(47478).
Por escritura número 41 de las 15:00 horas del día 11 de mayo del 2009, Loriana Segura Mora y Jorge Mena Rojas, constituyen S.M. Empresa de Servicios Múltiples S. A. Capital diez mil colones, presidenta Loriana Segura Mora, domicilio San José, Barrio Escalante, de Intensa, cincuenta metros al sur y diez este.—San José, doce de mayo del año dos mil nueve.—Lic. Francisco Javier Vargas Solano, Notario.—1 vez.—Nº 110318.—(47479).
Por escritura de las 10:00 horas del 19 de mayo del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Instituto de Capacitación Técnica INCATE S. A. Se modifica la cláusula sétima y se nombra presidenta y secretaria. Presidenta: Marcela Monge Corrales.—San José, 19 de mayo del 2009.—Lic. Magally Herrera Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 110319.—(47480).
Por escritura de las 10:00 horas de hoy, se constituyó la compañía Melmonfa S. A. Domicilio: San Pablo de Heredia. Plazo: 99 años. Apoderado: Presidente.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Jorge L. Jiménez Monge, Notario.—1 vez.—Nº 110320.—(47481).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, el día de hoy, se realizó cambio de domicilio y cambio de junta directiva de la sociedad Asososca Sociedad Anónima.—San José, primero de junio del dos mil nueve.—Lic. María Lorna Ballestero Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 110321.—(47482).
Hoy se protocolizó, ante esta notaría, acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza Encarmo Sociedad Anónima, en donde se reforman las cláusulas primera y quinta del pacto social y se nombra nueva junta directiva.—San José, dos de junio del dos mil nueve.—Lic. María Gabriela Mora Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 110322.—(47483).
Ante la notaría del Licenciado Piero Vignoli Chessler, se modificaron las cláusulas segunda y novena del pacto constitutivo de la sociedad denominada Dimensiones Cercanas ZDG Sociedad Anónima.—San José, 3 de junio del 2009.—Lic. Piero Vignoli Chessler, Notario.—1 vez.—Nº 110323.—(47484).
Ante la notaría de los Licenciados Piero Vignoli Chessler y Alejandro Castro Carvajal, se modificaron las cláusulas segunda y novena del pacto constitutivo de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos treinta y dos mil novecientos veintinueve sociedad anónima.—San José, 3 de junio del 2009.—Lic. Piero Vignoli Chessler, Notario.—1 vez.—Nº 110324.—(47485).
Ante esta notaría, por escritura otorgada, a las ocho horas del día primero de junio del año dos mil nueve, se modifica la cláusula segunda de la empresa 3-101-491969 sociedad anónima.—San José, primero de junio del año dos mil nueve.—Lic. Ricardo Javier Hidalgo Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 110325.—(47486).
Por escritura otorgada ante mi notaría, se constituyen las sociedades Belk de Costa Rica S. A., y Grupo Engracia Ltda.—Alajuela, 2 de junio del 2009.—Lic. Miguel Jiménez Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 110328.—(47488).
En escritura número ochenta y seis-siete, de las 15:00 horas del día 2 de junio del año 2009, se realizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Inversiones San Petersburgo S. A., cédula jurídica 3-101-296306, se modificó la cláusula quinta, la cual debe leerse así: “El capital social lo es la suma de cien mil colones exactos, representado por cien acciones nominativas de mil colones cada una, totalmente suscritas y pagadas por medio de las letras de cambio número 001, y 002, letras que se encuentran debidamente firmadas, endosadas y a la vista, de lo cual el suscrito notario da fe. Las acciones serán firmadas por el presidente y el secretario de la junta directiva. Se modificó la cláusula sexta, la cual debe de leerse así: “Los negocios serán administrados por una junta directiva formada por cuatro miembros que serán presidente, secretario, tesorero y vocal uno. Corresponde al presidente y al tesorero, actuando conjunta o separadamente, la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con las facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma que indica el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil. Podrán además otorgar nuevos poderes, delegar sus poderes en forma total y parcial, sustituir su mandato en todo o en parte, revocar sustituciones, y hacer otras de nuevo, siempre sin perder por ello su representación. Sin embargo para disponer de los activos de la empresa, deberán contar con autorización previa y expresa de la asamblea general de accionistas. Tendrán además las facultades de abrir y firmar contra las cuentas corrientes o de abonos en colones, dólares, o en cualquier otra moneda, dentro del Sistema Bancario Nacional o dentro de la banca privada, y autorizar a terceras personas para firmar contra las ya existentes, o bien en las que se llegaren a crear a nombre de la compañía, por igual podrán designar gerentes, apoderados y representantes con las denominaciones, poderes y remuneraciones que estimen convenientes, pudiendo revocar dichos nombramientos.—Lic. Óscar Mora Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 110332.—(47489).
Por escritura otorgada a las 10:30 horas del 3 de junio del 2009, se protocoliza acta 5 de Transportes Rojas Rojas de Naranjo Sociedad Anónima.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—1 vez.—Nº 110334.—(47490).
En esta notaría, a las 10:00 horas del 16 de marzo del 2009, protocolicé asamblea de Orgiv de Occidente S. A., para cambio de presidente, tesorero y fiscal.—San Ramón, 17 de marzo del 2009.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 110336.—(47491).
Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría, a las diez horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Expansiones Forestales S. A., celebrada en San José, a las dieciocho horas del tres de junio en curso, mediante la cual fue aumentado el capital social reformándose la cláusula quinta del pacto social, y se tomó otro acuerdo.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Luis Diego Acuña Delcore, Notario.—1 vez.—Nº 110337.—(47492).
Ante
mí, Yesenia Arce Gómez, notaria pública de Escazú, San José, se constituyó la
siguiente sociedad:
Por escritura número noventa y siete - cuarenta y tres, otorgada ante los notarios públicos Juvenal Sánchez Zúñiga, Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo del primero, a las nueve horas treinta minutos del día tres de junio del año dos mil nueve, se reforman las cláusulas primera, modificando el nombre de la sociedad para que en adelante sea Inmobiliaria del Sol IDS Sociedad Anónima, segunda, cuarta, quinta y sexta de los estatutos y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la sociedad Grupo Inmobiliario Murphy Sociedad Anónima.—San José, 3 de junio del 2009.—Lic. Juvenal Sánchez Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 110340.—(47494).
Se hace constar que ante la notaría de Carlos Antillón Morera, mediante escritura número doscientos veintisiete, otorgada a las quince horas del veinticuatro de abril del año dos mil nueve, se constituye la siguiente compañía Inversiones Sandylor Sociedad Anónima. Por las socias Sandra Lorena Guadamuz Salas y Andrea Aguilar Guadamuz. Plazo noventa y nueve años.—San José, veinticinco de abril del año dos mil nueve.—Lic. Carlos Antillón Morera, Notario.—1 vez.—Nº 110342.—(47495).
Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría, a las 18:00 horas del día 3 de junio del 2009, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada: Touche Europea Sociedad Anónima, en la cual se acuerda reformar el artículo primero del pacto social y actualizar las calidades del fiscal.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Marco Vinicio Coll Argüello, Notario.—1 vez.—Nº 110343.—(47496).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Gaser Sociedad Anónima, por un plazo de noventa y nueve años, domiciliada en San José y cuyo apoderado generalísimo lo es el señor Yoser Fonseca Umaña.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Noilly Vargas Vásquez, Notaria.—1 vez.—Nº 110344.—(47497).
Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 14 de mayo del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Xiltal S. A.—Lic. Eugenio Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 110348.—(47498).
Por escritura número noventa-nueve de mi protocolo nueve, otorgada a las quince horas quince minutos del dos de junio del dos mil nueve, se reformó la cláusula del capital social de la sociedad Banco Cathay de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos dieciséis mil cuatrocientos noventa y dos.—San José, cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Alejandro Goicuria Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 110349.—(47499).
Por
escritura pública otorgada, a las diez horas del día veinte de marzo del año
dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima conforme Decreto número tres
tres uno siete uno -J, domiciliada en San José,
Por escritura pública otorgada, a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del día diecinueve de marzo del año dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima conforme Decreto número tres tres uno siete uno -J, domiciliada en Alajuela, dos kilómetros al oeste de la escuela de Ciruelas. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Presidente, con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Lic. Yelba Rojas Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 110354.—(47501).
Por escritura pública otorgada, a las ocho horas del día veinte de marzo del año dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima conforme Decreto número tres tres uno siete uno -J, domiciliada en Cartago, Tejar del Guarco, Residencial Catalinas, casa número treinta y tres A. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Presidente, con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Lic. Yelba Rojas Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 110356.—(47502).
Por escritura pública otorgada, a las nueve horas del día veinte de marzo del año dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima conforme Decreto número tres tres uno siete uno-J, domiciliada en Heredia, San Roque de Barva, Urbanización San Roque, casa número ciento nueve. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Presidente, con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Lic. Yelba Rojas Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 110357.—(47503).
Por
escritura pública otorgada, a las diez horas treinta minutos del día diecinueve
de marzo del año dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima conforme
Decreto número tres tres uno siete uno -J, domiciliada en Santa Rosa de Santo
Domingo de Heredia, Urbanización
Por escritura pública otorgada, a las once horas del día diecinueve de marzo del año dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima conforme Decreto número tres tres uno siete uno -J, domiciliada en Puntarenas, Urbanización Las Palmas, casa número mil cuatrocientos quince. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Presidente, con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Lic. Yelba Rojas Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 110360.—(47505).
Por escritura pública otorgada, a las catorce horas del día diecinueve de marzo del año dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima conforme Decreto número tres tres uno siete uno -J, domiciliada en San José, San Miguel de Desamparados, del Depósito Mi Casita cien metros al sur, cuatrocientos metros al oeste, veinticinco metros al sur. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Presidente, con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Lic. Yelba Rojas Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 110361.—(47506).
Por escritura pública otorgada a las doce horas del día diecinueve de marzo del año dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima conforme Decreto número tres tres uno siete uno -J, domiciliada en San José, Guadalupe, de Lonatica quinientos metros al sur, trescientos metros al este, Urbanización Itabos, casa número trescientos cuarenta y nueve. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Presidente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Lic. Yelba Rojas Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 110362.—(47507).
Por
escritura pública otorgada a las trece horas del día diecinueve de marzo del
año dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima conforme Decreto número
tres tres uno siete uno -J, domiciliada en San José,
Por escrituras otorgadas hoy ante mí, en esta ciudad, a las 13:30 horas del 2 de junio y a las 8:30 horas de hoy, se protocolizaron actas de Marmolería Manuel Villalta B. Sucesores Ltda., y Proyectos Cordillera Grupo Vivas Sociedad Anónima, respectivamente, en las que se reforman estatutos.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—Nº 110364.—(47509).
Por escritura pública otorgada a las trece horas treinta minutos del día diecinueve de marzo del año dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima conforme Decreto número tres tres uno siete uno -J, domiciliada en San José, Ipís de Guadalupe, del cruce de Coronado cuatrocientos metros al noreste, doscientos metros al sur, setenta y cinco metros al este. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Presidente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Lic. Yelba Rojas Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 110365.—(47510).
Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad a las 10:00 horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea de El Azul Sociedad Anónima, en la que se reforman estatutos.—San José, 3 de junio del 2009.—Lic. Irene Lobo Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 110366.—(47511).
Por escritura pública otorgada a las catorce horas treinta minutos del día diecinueve de marzo del año dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima conforme Decreto número tres tres uno siete uno -J, domiciliada en San José, San Felipe de Alajuelita, de la escuela cuatrocientos metros al oeste, cien metros al sur, casa número cincuenta y cinco. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Presidente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Lic. Yelba Rojas Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 110367.—(47512).
Por escritura
pública otorgada a las diez horas quince minutos del día diecinueve de marzo
del año dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima conforme Decreto
número tres tres uno siete uno -J, domiciliada en San José, Moravia, de
Ante mi notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Inversiones OAL Sociedad Anónima, a las 8:00 horas del día cuatro de junio del dos mil nueve, donde se reforman las cláusulas segunda y novena del pacto constitutivo y se nombra presidente.—Lic. Elena Mayela Arias Varela, Notaria.—1 vez.—Nº 110369.—(47514).
Por escritura pública otorgada a las diez horas del día diecinueve de marzo del año dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima conforme Decreto número tres tres uno siete uno -J, domiciliada en Cartago, Tejar del Guarco, del Bar Reno City cincuenta metros al este. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Presidente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Lic. Yelba Rojas Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 110370.—(47515).
Por escritura pública otorgada a las ocho horas treinta minutos del día diecinueve de marzo del dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima conforme Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J, domiciliada en Alajuela, Turrúcares, quinientos metros al oeste del Banco Nacional, casa número M-uno. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Presidente, con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Lic. Yelba Rojas Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 110372.—(47516).
Por escritura pública otorgada a las nueve horas del día diecinueve de marzo del dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima conforme Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J, domiciliada en San José, Rincón Grande de Pavas, del Súper Lomas, seiscientos metros al norte. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Presidente, con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Lic. Yelba Rojas Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 110373.—(47517).
El suscrito notario, German Hernández Zamora hace constar que ante esta notaría, se ha constituido la sociedad Costa Rican Security Service Sociedad Anónima, cuya presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, son los señores Richard Alonso Peñaranda Guerrero, cédula 1-816-393 y Elizabeth Vargas Castro, cédula 2-488-568, con domicilio en Alajuela, cantón central, distrito décimo. En Alajuela, a las quince horas del cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. German Gerardo Hernández Zamora, Notario.—1 vez.—(47524).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas del día tres de junio del dos mil nueve, se realizó el nombramiento de junta directiva y cambio de domicilio fiscal de la sociedad Corporación Holos de Costa Rica S. A.—Alajuela, cinco de junio del dos mil nueve.—Lic. Carlos Luis Sanabria Porras, Notario.—1 vez.—(47528).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 11:00 horas del día 4 de junio del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Tosgarama S.A., por la que se varían las cláusulas y se hacen nombramientos.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(47534).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 11:15 horas del día 4 de junio del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Millassan S. A., por la que se varían las cláusulas y se hacen nombramientos.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(47536).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 11:30 horas del día 4 de junio del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Inversiones Rodríguez Fairen S. A., por la que se varían las cláusulas y se hacen nombramientos.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(47538).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 11:45 horas del día 4 de junio del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Inversiones Rodríguez S. A., por la que se varían las cláusulas y se hacen nombramientos.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(47539).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 12:00 horas del día 4 de junio del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Maragatos S.A., por la que se varían las cláusulas y se hacen nombramientos.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(47541).
Ante mi notaría, a las catorce horas del dos de junio del dos mil nueve, se cambió la junta directiva de la sociedad Guías Inmobiliarios Barrio Viejo del Mercader MR Sociedad Anónima, siendo el nuevo presidente el señor Ólger Martín Díaz Chavarría.—San José, dos de junio del dos mil nueve.—Lic. Juan Carlos Castillo Quirós, Notario.—1 vez.—(47551).
Por
escritura pública otorgada a las nueve horas treinta minutos del día diecinueve
de marzo del dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima conforme Decreto
Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J, domiciliada en Cartago,
Por
escritura pública otorgada a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del día
diecinueve de marzo del dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima
conforme Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J, domiciliada en
Cartago, Oreamuno, Cot, del Palí trescientos metros al este, veinticinco metros
sur y ciento setenta y cinco metros al este. Capital social: diez mil colones,
totalmente suscrito y pagado. Presidente, con la representación judicial y
extrajudicial de la sociedad.—Lic. Yelba Rojas
Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 110375.—(47554).
Por escritura otorgada a las doce horas del primero de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Hacienda Los Abedules Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse su aditamento a S. A. Su capital social es la suma de diez mil colones, corresponde la representación judicial y extrajudicial al presidente y secretario de la sociedad.—San José, 5 de junio del 2009.—Lic. Alejandro Goicuría Jiménez, Notario.—1 vez.—(47555).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 18:00 horas del día 14 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad denominada Vásquez Drexler Sociedad Anónima. Capital social: enteramente suscrito y pagado. Domicilio: Alajuela. Representación: presidente y secretario.—Alajuela, 31 de mayo del 2009.—Lic. Carlos Luis Jiménez Vásquez, Notario.—1 vez.—(47566).
Por escritura otorgada a las 9:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la entidad denominada Gentra de Costa Rica S. A., por medio de la cual se reforma el pacto social y se nombran nuevo tesorero y fiscal.—San José, 5 de junio del 2009.—Lic. Javier Camacho Granados, Notario.—1 vez.—(47568).
Por escritura otorgada el día de hoy, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza 3-101-453046 sociedad anónima, por medio de los cuales se acordó modificar la cláusula primera, se revocaron nombramientos de junta directiva y se hacen nuevos nombramientos y se nombra fiscal.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. José Pablo Arauz Villarreal, Notario.—1 vez.—(47585).
El suscrito notario hace constar que ante su notaría se constituyó la sociedad Gutsol S. A.—San José, 5 de junio del 2009.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—(47588).
Por
escritura 93-1, de las 15:00 horas del 20 de abril del 2009 del tomo 6 del
protocolo de
Por
escritura 92-1, de las 14:00 horas del 20 de abril del 2009 del tomo 6 del
protocolo de
Que por escritura otorgada ante mí, se constituyó la siguiente sociedad Inversiones Rogerosa R & V Sociedad Anónima, domiciliada en Grecia, Alajuela.—Sarchí, 4 de junio del 2009.—Lic. Josué Campos Madrigal, Notario.—1 vez.—(47648).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 22 de mayo del 2009, se procedió a protocolizar acta de asamblea de socios de la compañía Golden Abisinia S. A., donde se acordó reformar las cláusulas Nos. 2 y 6 del pacto social.—San José, 27 de mayo del 2009.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—(47650).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 14:00 horas del 25 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad denominada Kurgarini Inc. S. A., capital social suscrito y pagado y con un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución. Es todo.—San José, 25 de mayo del 2009.—Lic. José Abundio Gutiérrez Antonini, Notario.—1 vez.—(47666).
Mediante escritura número 60 de las 19:30 horas del 17 de abril del 2009, ante la notaría del licenciado Luis Alberto Álvarez Muñoz, se constituyó la entidad Rehabilita Clínica de Terapia Física y Rehabilitación Sociedad Anónima, domicilio social: San José. Capital social: doce mil colones.—Heredia, 2 de junio del 2009.—Lic. Luis Alberto Álvarez Muñoz, Notario.—1 vez.—(47680).
Por escritura número ciento uno-cuatro, de las diez horas el día cuatro de junio del dos mil nueve. Otorgada ante la licenciada Daniela Leitón Castillo, los señores Juan Carlos Berrocal Fernández y Kattia Cerdas Ruiz constituyen la sociedad anónima denominada Centro de Consultoría Berrocal S. A.—Alajuela, al ser las diez horas cuarenta minutos del día cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—(47684).
Ante mí, a esta hora y fecha, se modificó la cláusula sexta de la administración de la sociedad Salmos Espirituales del Valle de Grecia Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuatro mil setecientos ocho, la cual será administrada por una junta de tres miembros presidente, secretario y tesorero todos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Asumiendo todos la representación judicial y extrajudicial de la compañía. 11:00 horas del 1 de junio 2009.—Lic. Flory Yadira Alfaro Retana, Notaria.—1 vez.—(47687).
Ante mí, a esta hora y fecha se modificó la cláusula sétima de la administración de la sociedad Ilas Inversiones e Hijos Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta y dos mil setecientos cincuenta y tres, la cual será administrada por una junta de tres miembros: presidente, secretario y tesorero. El presidente tendrá facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente, asumiendo la representación judicial y extrajudicial de la compañía. El secretario y el tesorero tendrán iguales facultades que el presidente actuando conjuntamente en sustitución del presidente por fallecimiento o declaratoria de insania.—12:00 horas del 1º de junio del 2009.—Lic. Flory Yadira Alfaro Retana, Notaria.—1 vez.—(47689).
Por escritura otorgada ante este notario público, a las 11:00 horas del 16 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad Inversiones Familiares Porras & Espinoza I.F.P.E. Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo: 99 años. Domicilio: Alajuela. Presidente: Orlando Porras Araya.—San José, 16 de mayo del 2009.—Lic. Leonidas Vargas Fallas, Notario.—1 vez.—(47690).
Los señores de nombres Feng Cheng, apellidos Yang Liu y Luis Gerardo González Mora constituyen una sociedad anónima de conformidad con lo establecido en los artículos dos y tres del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Escritura otorgada al ser las diecisiete horas del día tres de junio del dos mil nueve. Señor Feng Cheng Yang Liu, presidente.—Lic. Julio Antonio Morúa Martínez, Notario.—1 vez.—(47693).
Mediante escritura número ciento noventa y dos, de las 12:00 horas del cuatro de junio del dos mil nueve, ante el suscrito notario se protocolizó la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Bergen S. A., en la cual se reforma la cláusula quinta de los estatutos sociales sobre el capital social.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Sergio Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—(47694).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas quince minutos del día cinco de junio del dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Garza Real de los Manglares GRM Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y ocho mil doscientos setenta y cuatro. Donde se acuerda revocar nombramiento de junta directiva y fiscal y reformar la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, cinco de junio del dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(47707).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas diez minutos del día cinco de junio del dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Flamenco Rosa Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y seis ciento noventa y ocho. Donde se acuerda revocar nombramiento de junta directiva y fiscal y reformar la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, cinco de junio del dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(47708).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas cinco minutos del día cinco de junio del dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Green Life Confort Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y cuatro mil sesenta y siete. Donde se acuerda revocar nombramiento de junta directiva y fiscal y reformar la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, cinco de junio del dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(47710).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas del día cinco de junio del dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Green Turtle Resort Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y cinco mil doscientos treinta y dos. Donde se acuerda revocar nombramiento de junta directiva y fiscal y reformar la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, cinco de junio del dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(47711).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas cincuenta y cinco minutos del día cinco de junio del dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Sala Coco Nefertiti Estética VIP Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta mil novecientos cincuenta y seis. Donde se acuerda revocar nombramiento de junta directiva y fiscal y reformar la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, cinco de junio del dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(47712).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas cincuenta minutos del día cinco de junio del dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Ocean View Residences Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos un mil setecientos dos. Donde se acuerda revocar nombramiento de junta directiva y fiscal y reformar la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, cinco de junio del dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(47713).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas cuarenta minutos del día cinco de junio del dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada El Ranquito Restoran Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y seis mil novecientos veinticinco. Donde se acuerda revocar nombramiento de junta directiva y fiscal y reformar la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, cinco de junio del dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(47714).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas treinta minutos del día cinco de junio del dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Casa del Mar del Coco Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos un mil setecientos cuarenta y cuatro. Donde se acuerda revocar nombramiento de junta directiva y fiscal y reformar la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, cinco de junio del dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(47715).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas veinte minutos del día cinco de junio del dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Aquamarine Club House Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y siete mil doscientos diecinueve. Donde se acuerda revocar nombramiento de junta directiva y fiscal y reformar la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, cinco de junio del dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(47716).
Ante mi notaría, a las 12:00 horas del 2 de junio del año 2009, se constituyó: Fernández Monestel y Asociados Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 2 de junio del 2009.—Lic. Randall Camacho Monge, Notario.—1 vez.—Nº 110377.—(47843).
Astrid Binns Rodríguez, notaria pública, domiciliada en Turrialba, aviso, por medio de escritura número ciento sesenta, otorgada a las catorce horas del cuatro de junio del dos mil nueve, visible a folio ciento dos frente y vuelto, ciento tres frente y vuelto, ciento cuatro frente y vuelto del tomo diecisiete del protocolo de la suscrita notaria, se constituye la sociedad Inmobiliaria Rolamu S. A., representada por el presidente y cuyo capital social es de un millón de colones.—Turrialba, cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Astrid Binns Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 110378.—(47844).
Ante mí, licenciado Anthony Fernández Pacheco, por acta protocolizada en esta notaría mediante la escritura número doscientos veintidós del tomo noveno de mi protocolo, de las ocho horas del cuatro de junio del dos mil nueve, la compañía Reforestadora Industrial del Norte S. A., con domicilio en Buenos Aires de Palmares, Alajuela, modifica las cláusulas quinta y sétima de su pacto constitutivo.—Lic. Anthony Fernández Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 110380.—(47845).
El suscrito notario público Jorge Moncrieffé Santana, hace constar que ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada: Corporación Cuatro J Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, al ser las once horas treinta minuto del día tres de junio del dos mil nueve; escritura número veinticuatro, visible al folio veinte frente a veintiuno vuelto del tomo cuatro de mi protocolo.—Lic. Jorge Moncrieffé Santana, Notario.—1 vez.—Nº 110381.—(47846).
Por escritura otorgada a las siete horas treinta minutos del cuatro de junio de dos mil nueve, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Brialmar Descuentos Limitada. Gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 5 de junio del 2009.—Lic. Orlando Baltodano Valdelomar, Notario.—1 vez.—Nº 110382.—(47847).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 3 de junio del 2009, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: la segunda: del domicilio. La quinta: del capital social. La novena: del concejo de administración o junta directiva. Se hacen nuevos nombramientos de junta directiva y fiscal, en la mercantil Grandes Torres S. A.—San José, 3 de junio del 2009.—Lic. Melina Cortés Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 110389.—(47848).
Bufete Serrano y Asociados, escritura otorgada en esta notaría, a las 15:30 horas del 22-05-2009, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Inmobiliaria El León S. A. presidente German León Salgado.—Lic. José Rodrigo Serrano Masís, Notario.—1 vez.—Nº 110391.—(47849).
Bufete Serrano y Asociados, escritura otorgada en esta notaría, a las 15:30 horas del 29-05-2009 protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Viva Tranquilo V. T. S. A. reforma cláusula novena, nombra presidente, Jorge Ruchnor Masís c. c. Jorge Bucknor Masís.—Lic. José Rodrigo Serrano Masís, Notario.—1 vez.—Nº 110392.—(47850).
Se
constituye la firma de esta plaza Servicios de Informática a
Se constituyen las firmas de esta plaza Lo que Hice en el Número Ocho Sociedad Anónima; Lo que También Haré en el Número Nueve Sociedad Anónima. Capital social: de cien mil colones. Presidente: Daniel Aguilar González. Agente residente: Arturo Terán París.—San José, cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Arturo Terán París, Notario.—1 vez.—Nº 110394.—(47852).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del día 28 de mayo 2009, se protocoliza acta de la sociedad denominada Autumn Blooming Cherry Sociedad Anónima. Se reforma cláusula octava de los estatutos. Se nombra nuevos miembros de la junta directiva y fiscal.—Lic. Iván Granados Fischel, Notario.—1 vez.—Nº 110397.—(47853).
Por escritura número doscientos cuarenta y dos-cinco del tres de junio del 2009, se modificó la cláusula tercera del pacto constitutivo de Costa Rica Pacific Breeze Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de junio del 2009.—Lic. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—1 vez.—Nº 110399.—(47854).
Por
escritura otorgada el 4 de junio del
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 13:00 horas del 3 de junio del 2009, se protocolizó acta mediante la cual se modificó la cláusula octava del pacto social de Agrícola Madeli de Pococí Sociedad Anónima.—25 de setiembre del 2007.—Lic. Iris Mora Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 110401.—(47856).
Asamblea general extraordinaria de accionistas de Representaciones El Coral M & L S. A., celebrada en su domicilio a las 19:00 horas del 15 de enero del 2008, en su domicilio. Se modifica cláusula sétima pacto constitutivo, en el sentido que le corresponderá exclusivamente, a la presidenta Iris Loría Fallas, la representación judicial y extrajudicial en calidad de apoderada generalísima sin límite de suma de la compañía.—Lic. Lilliam Barrantes Sáenz, Notaria.—1 vez.—Nº 110403.—(47857).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las 17:00 horas del 28 de mayo del 2009,
se constituyó la sociedad Inmobiliaria Mariangela S. A., nombrándose
agente residente, fondo de reserva legal, junta directiva y capital social,
domiciliada en San Miguel de Desamparados, El Llano,
Por escritura N° 4 de las 8:30 horas del 3 de junio del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Cava Sociedad Anónima, donde se modificó el pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 110405.—(47859).
Por escritura N° 236 de las 8:45 horas del 23 de mayo del 2009, Óscar Bellavita Garrote y Giuliana Bellavita León constituyeron sociedad denominada Nonalomaz Sociedad Anónima, capital social ¢480.000.00. Plazo social 99 años. Presidente: Óscar Bellavita Garrote.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 110406.—(47860).
Por escritura N° 251 de las 12:00 horas del 23 de mayo del 2009, Pedro José Pereira Nietzen y Francisco Guillermo Pereira Nietzen constituyeron sociedad denominada Seteforest Sociedad Anónima, capital social ¢480.000.00. Plazo social 99 años. Presidente: Pedro José Pereira Nietzen.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 110407.—(47861).
Por escritura N° 252 de las 12:15 horas del 23 de mayo del 2009, Rocío Mora Delgado e Irving Perera Ramírez, constituyeron sociedad denominada Decaunfore Sociedad Anónima, capital social ¢480.000.00. Plazo social 99 años. Presidente: Rocío Mora Delgado.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 110408.—(47862).
Por escritura N° 253 de las 12:25 horas del 23 de mayo del 2009, Mario Alexis Guzmán Madrigal y María de Los Ángeles Benavides Alvarado, constituyeron sociedad denominada Lomaunseis Sociedad Anónima, capital social ¢480.000.00. Plazo social 99 años. Presidente: Mario Alexis Guzmán Madrigal.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 110409.—(47863).
Por escritura N° 254 de las 12:40 horas del 23 de mayo del 2009. José Manuel Boschini Figueroa y Mariana Boschini Páez, constituyeron sociedad denominada Dezoctofore Sociedad Anónima, capital social ¢480.000.00. Plazo social 99 años. Presidente: José Manuel Boschini Figueroa.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 110410.—(47864).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas de hoy, se constituyó Energías Eme Siglo Veintiuno S. A. capital suscrito y pagado; objeto comercio en general.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Eugenio Francisco Jiménez Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 110411.—(47865).
Ante esta notaría pública se constituye sociedad anónima denominada Rijiga Consultores S. A. capital social diez mil colones, se nombra junta directiva.—San José, quince de mayo del dos mil nueve.—Lic. Sergio Eduardo Víquez Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 110412.—(47866).
Mediante escritura número 244 del tomo 10 de mi protocolo se protocolizó, acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Open Shores Investments S. A.—Guadalupe, 4 de junio del 2009.—Lic. Ramón Gerardo Solís Camacho, Notario.—1 vez.—Nº 110413.—(47867).
Multiseguros CR Costarricenses S. A., protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios, por la que se cambia razón social y cláusula del objeto social. Escritura otorgada en San José, a las 9:00 horas del día 4 de junio del 2009.—Lic. Juan Ignacio Mata Centeno, Notario.—1 vez.—Nº 110414.—(47868).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del 21 de mayo del 2009, se constituye la sociedad que se denominará Grupo Dimaco Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2009.—Lic. Eduardo Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 110416.—(47869).
Por asamblea extraordinaria de socios de la firma Acalifa Tropical Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio a las 18:00 horas del 12 de mayo del 2009, se modificó la cláusula de la representación y domicilio.—Cartago, 4 de junio del 2009.—Lic. Carlos Eduardo Mata Ortega, Notario.—1 vez.—Nº 110417.—(47870).
Por asamblea extraordinaria de socios de la firma Edificio Metrópoli Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio a las 19:00 horas del 13 de mayo del 2009, se modificó la cláusula de la representación y domicilio.—Cartago, 4 de junio del 2009.—Lic. Carlos Eduardo Mata Ortega, Notario.—1 vez.—Nº 110418.—(47871).
Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de L. S & S Compañía Constructora S. A., cédula jurídica 3-101-034276, mediante la cual se reformó la cláusula quinta de los estatutos.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Anabelle Porras Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 110419.—(47872).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del tres de junio del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la entidad denominada tres-ciento uno-quinientos diecisiete mil novecientos veintinueve sociedad anónima, con domicilio en Heredia, San Francisco condominios Bosques de Altamira, número catorce. Acuerdo primero, se modifica la cláusula segunda del pacto social. Se cambia domicilio social.—Lic. Randall Segura Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 110422.—(47873).
Ante la suscrita notaria, se constituye la sociedad Desarrollos Agrícolas J N M Vallejos del Sur Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones exactos, representado por diez acciones de mil colones cada una. Domicilio social: Sierpe de Osa, Puntarenas, seiscientos metros sur del restaurante Ecomanglares. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Walter Ricardo Vallejos Cerdas.—Primero de junio del dos mil nueve.—Lic. María Vita Monge Granados, Notaria.—1 vez.—Nº 110423.—(47874).
El día 15 de mayo del año 2009, comparecieron a esta notaría los señores Erika Solís Acosta, cédula 1-866-921, Minor Solís Acosta, cédula 1-586-704, Carlos Eduardo Solís Acosta, cédula 1-524-080, Bethzaida Solís Acosta, cédula 1-586-703 y Johnny Solís Acosta, cédula 5-216-711 para constituir la sociedad anónima Hermanos Solís Acosta Sociedad Anónima. Dicha sociedad fue constituida a las 15:00 horas del día 15 de mayo del año 2009 por el notario Gerardo Quesada Monge, en escritura número 36-18 del tomo 18 de su protocolo.—San José, 5 de junio del 2009.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—Nº 110424.—(47875).
El día 15 de mayo del año 2009, comparecieron a esta notaría los señores Erika Solís Acosta, cédula 1-866-921 y Minor Solís Acosta, cédula 1-586-704, para constituir la sociedad anónima Karol y Sofía Dos Mil Nueve Sociedad Anónima. Dicha sociedad fue constituida a las 16:00 horas del día 15 de mayo del año 2009 por el notario Gerardo Quesada Monge, en escritura número 3718 del tomo 18 de su protocolo.—San José, 5 de junio del 2009.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—Nº 110425.—(47876).
Por escritura otorgada a las diez horas del dos de junio del dos mil nueve, se constituyeron ocho sociedades anónimas cuya denominación social será: Turismo Para Motos Sociedad Anónima y las restantes siete sociedades se denominarán de acuerdo a la cédula jurídica que se les asigne en el Registro Público.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1 vez.—Nº 110430.—(47877).
Carlos Alberto Algandona Castañeda y Yeudy Sulem Araya Herrera constituyen la sociedad anónima denominada Grupo Médico Algara del Roble S. A., con un capital social de cien mil colones, acciones comunes y nominativas con un valor de diez mil colones cada acción, plazo social noventa y nueve años, presidente y secretario ostentan la representación de la sociedad como apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente y sustituir en todo o en parte sus poderes, así consta mediante escritura número ciento veintitrés-seis del tomo sexto del protocolo del notario público licenciado Oscar Arroyo Ledezma.—Puntarenas, cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Oscar Arroyo Ledezma, Notario.—1 vez.—Nº 110431.—(47878).
Saúl Antonio Vargas Rojas y otros Herrera constituyen la sociedad anónima denominada Ianka del Reino Unido Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones, acciones comunes y nominativas con un valor de diez mil colones cada acción, plazo social noventa y nueve años, presidente y secretario ostentan la representación de la sociedad como apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente y sustituir en todo o en parte sus poderes.—Puntarenas, cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Norma Aguirre Cayasso, Notaria.—1 vez.—Nº 110432.—(47879).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas y 30 minutos del día 3 de junio del dos mil nueve, se constituye la sociedad Inversiones Los Nueve J. A. de Atenas Sociedad Anónima. Plazo social 99 años. Capital social totalmente suscrito y pagado. Presidenta Zaira María Jiménez Alvarado.—Lic. Rosa María Artavia Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 110433.—(47880).
Por escritura otorgada ante mi notaría al ser las siete horas diez minutos del día dos de junio del año dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada Inversiones Alcázar Sociedad Anónima.—Lic. Ana Isabel Barrantes Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 110440.—(47881).
Por escritura otorgada ante mi notaría al ser las siete horas del día veintiocho de mayo del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Transportes Barahona e Hijo Sociedad Anónima.—Lic. Ana Isabel Barrantes Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 110441.—(47882).
Mediante escritura número ciento cuatro, otorgada a las dieciséis horas y cuarenta y cinco minutos del día cuatro de junio del año dos mil nueve, visible al folio noventa y siete frente del tomo cuarto de mi protocolo, se reformó las cláusulas quinta y segunda y nombró nueva junta directiva de la sociedad Inversiones Lucijos Sociedad Anónima. Es todo.—San José, cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—Nº 110447.—(47883).
Mediante escritura número ciento tres, otorgada a las dieciséis horas y treinta minutos del día cuatro de junio del año dos mil nueve, visible al folio noventa y seis vuelto del tomo cuarto de mi protocolo, se reformó cláusula quinta y nombró nueva junta directiva de la sociedad Buenas Piedras Sociedad Anónima. Es todo.—San José, cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—Nº 110449.—(47884).
Mediante escritura número ciento cinco, otorgada a las diecisiete horas del día cuatro de junio del año dos mil nueve, visible al folio noventa y ocho frente del tomo cuarto de mi protocolo, se nombró nuevo fiscal y agente residente de la sociedad Para Niños Sociedad Anónima. Es todo.—San José, cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—Nº 110450.—(47885).
Ante esta notaría comparecieron los señores Luis Felipe Corea Toruño, cédula de identidad número seis-ciento noventa y tres-doscientos sesenta y dos y Rosa Irene Sánchez Álvarez, cédula de identidad número siete-ciento treinta y ocho-quinientos setenta y ocho, para constituir la empresa Drenajes y Soldaduras del Cantón de Matina Sociedad Anónima; la cual tendrá un plazo social de noventa y nueve años, el domicilio social es Batán, Batán, barrio María Agüero, de la esquina noroeste del Residencial de Bandeco, casa prefabricada color blanca. Corresponderá al presidente y al secretario la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quienes ostentarán poder generalísimo sin límite de suma. El capital social constituido es de veinte mil colones representado en diez acciones comunes y nominales de dos mil colones cada una. Es todo.—Batán, dos de junio del dos mil nueve.—Lic. Minor Alemán Torres, Notario.—1 vez.—Nº 110455.—(47886).
Ante esta notaría comparecieron los señores: Gustavo Jiménez Machado, cédula de identidad número uno-uno cero dos cuatro-dos tres dos e Hilda Melissa Viales Rojas, cédula de identidad número siete-ciento cincuenta y cinco-ciento noventa y cuatro, para constituir la empresa Microtecnología Sociedad Anónima; la cual tendrá un plazo social de noventa y nueve años, el domicilio social será la ciudad de Batán, distrito segundo Batan, cantón quinto de Matina, provincia de Limón, barrio Costa Rica, costado suroeste del Cen Cinai. Corresponderá al presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quien ostentará poder generalísimo sin límite de suma. El capital social constituido es de veinte mil colones representado en diez acciones comunes y nominales de dos mil colones cada una. Es todo.—Batán, dos de junio del dos mil nueve.—Lic. Minor Alemán Torres, Notario.—1 vez.—Nº 110456.—(47887).
El suscrito José Duarte Sibaja, abogado, cédula: uno-quinientos seis-ciento seis, carné: uno seis tres cero nueve, solicita publicar el edicto de la constitución de la sociedad Inversiones Cardama Caribe Sociedad Anónima, otorgada en San José a las nueve horas del tres de junio de dos mil nueve, bajo la escritura número veintitrés-dos visible al folio veinticinco vuelto del tomo segundo de mi protocolo.—San José, cinco de junio de dos mil nueve.—Lic. José Duarte Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 110458.—(47888).
Luisa Alejandra Álvarez Arguedas y Ana Isabel Arguedas Guido constituyen Grupo Arfima Sociedad Anónima. Presidenta: Luisa Alejandra Álvarez Arguedas. Escritura otorgada en San José, a las doce horas del veintinueve de mayo del año dos mil nueve. Domiciliada en San José, Rohrmoser, del Centro Comercial El Triángulo, un kilómetro al norte Condominio Castilla, casa treinta y uno.—Lic. María Eugenia Hidalgo Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 110459.—(47889).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad Greenbridge Development Group S. A., cuyo plazo es de noventa y nueve años a partir del dos de junio del dos mil nueve, cuyo capital social es de noventa y seis mil colones, representado por noventa y seis acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, domiciliada en San José, Escazú, calle Jaboncillo, Condominios Lomas de Escazú número diez, presidente, vicepresidente y secretario son apoderados generales cuando actúen individualmente y generalísimos sin límite de suma cuando actúen conjuntamente.—San José, 3 de junio del 2009.—Lic. Guillermo Hernández Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 110461.—(47890).
Por escritura otorgada ante mí a las 9:30 horas del 26 de mayo de 2009, se constituyó la sociedad: Solcotec S. A. domicilio: San Ramón, Alajuela. Capital: totalmente suscrito. Plazo. 99 años. Presidente: Juan Elías Quesada Ugalde. Tesorera: Ingrid Arroyo Jiménez.—San Ramón, lº de junio del 2009.—Lic. Ólger Mario Castro Castro, Notario.—1 vez.—Nº 110462.—(47891).
Por escritura otorgada ante mí a las 14:00 horas del 3 de junio de 2009; se constituyó la sociedad: RQM Constructora S. A. domicilio: San Ramón, Alajuela. Capital: totalmente suscrito. Plazo. 99 años. Presidente: Rogni Quesada Mora.—San Ramón, 4 de junio del 2009.—Lic. José Enrique Jiménez Bogantes, Notario.—1 vez.—Nº 110463.—(47892).
En mi notaría a las quince horas del tres de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Internacional de Baterías Automotrices Industriales Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, con un capital social de diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, cuyo domicilio social será en San José, Desamparados, San Rafael Arriba, de la cárcel de mujeres de El Buen Pastor, doscientos metros norte y ciento cincuenta oeste, Condominio de Bodegas Solano, bodega número nueve, por un plazo social de noventa y nueve años.—San José, 3 de junio del 2009.—Lic. Rocío Quirós Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 110464.—(47893).
En San José a las veinte horas del cuatro de junio del año dos mil nueve, se constituye la sociedad Inversiones Achita Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital totalmente suscrito y pagado. Plazo de noventa y nueve años, domiciliada en provincia de San José, cantón Central de San José, distrito Mata Redonda, Rohrmoser de Canal Siete, ciento cincuenta metros al oeste, casa dos pisos mano derecha portones de madera.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Álvaro Gallardo Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 110468.—(47894).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Jukemar del Norte Sociedad Anónima, plazo social de noventa y nueve años, capital social diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Representada por su presidente Juan Pablo Meneses López.—Ciudad Quesada, San Carlos, veinticinco de mayo del dos mil nueve.—Lic. Zoraida Zúñiga Eduarte, Notaria.—1 vez.—Nº 110470.—(47895).
Por escritura otorgada el día veintinueve de setiembre del dos mil ocho, ante esta notaría, se constituye la sociedad anónima Romo Consultores Dos Mil Sociedad Anónima, se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, cinco de junio del dos mil nueve.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 110471.—(47896).
En escritura número ciento tres, de las dieciséis horas del día tres de junio del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Condominio Hacienda Gregal Lote Ochenta y Nueve WMD Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad, y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Gustavo Adolfo Rodríguez Orellana.—San José, 3 de junio del 2009.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 110472.—(47897).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, Paola Fonseca Rojas, carné Nº 15578,
escritura otorgada en la cuidad de Grecia, a las 15:45 horas del 28 de mayo del
2009, se constituyó la sociedad denominada Corporación e Inversiones J. A.
M. L. de Grecia para Costa Rica Sociedad Anónima, de la cual su domicilio
será Los Ángeles de Grecia, distrito Bolívar, Alajuela, quinientos metros al
norte de
Constitución
de sociedad, Luis Alberto Rodríguez Jiménez, cédula Nº 2-454-621 y Gertrudis de
los Ángeles Salazar Zúñiga, cédula Nº 7-123-878, constituyen sociedad anónima
con denominación social que será el número de cédula de persona jurídica que
asigne el Registro Nacional de oficio a la empresa. Domicilio: Limón centro,
Valle de
Por escritura otorgada ante mí, a las 09:30 horas del 3 de junio del 2009, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Hacienda Rosamor S. A., mediante la cual se reformara la cláusula cuarta del pacto constitutivo.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Adriana Pacheco Madrigal, Notaria.—1 vez.—Nº 110482.—(47900).
Por escritura otorgada ante mí, a las 09:00 horas del 3 de junio del 2009, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Villa Noba S. A., mediante la cual se reformará la cláusula cuarta del pacto constitutivo.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Adriana Pacheco Madrigal, Notaria.—1 vez.—Nº 110483.—(47901).
Por escritura otorgada ante mí en San José, a las diecinueve horas de hoy, los señores Luis Federico Monge Rojas y Alejandra Fernández Sánchez, constituyen Soluciones Químicas Integrales F Y A Limitada. Domicilio: Mercedes de Montes de Oca. Gerentes: ambos constituyentes.—San José, 1º de junio del 2009.—Lic. Harvey Alvarado Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 110484.—(47902).
La suscrita notaria, hace del conocimiento público que se constituye la sociedad denominada Ujute Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones, como objeto tiene el comercio en general, y como presidente José Mariano Espinoza Chávez.—Lic. Lolita Arias Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 110487.—(47903).
Por escritura otorgada a las diecisiete horas del día cuatro de junio del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Life Forestry Costa Rica Sociedad Anónima, en la cual se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, 5 de junio del 2009.—Lic. Alberto Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 110488.—(47904).
Hoy los señores Dennis Chincgilla Mora y Cristina de San Román Aguilar, constituyen una empresa mediante Decreto Ejecutivo. Acuerdo 33171-J. Domicilio: Montes de Oca. Capital: 10.000.00. Apoderados: presidente y secretario.—San José, 3 de junio del 2009.—Lic. Arturo Blanco Páez, Notario.—1 vez.—Nº 110490.—(47905).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas quince minutos del día veinte de mayo del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada casa Grupo Editorial Centroamericano S. A., mediante la cual se modificó la cláusula sexta del pacto social constitutivo.—Lic. Daniel Befeler Scharf, Notario.—1 vez.—Nº 110491.—(47906).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos del día veinte de mayo del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada casa Inversiones Permanentes Impersa S. A., mediante la cual se modificó la cláusula quinta del pacto social constitutivo.—Lic. Daniel Befeler Scharf, Notario.—1 vez.—Nº 110493.—(47907).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas cuarenta y cinco
minutos del día veinte de mayo del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Periódico
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día veinte de mayo del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada casa Diarios de Centroamérica S. A., mediante la cual se modificó la cláusula sexta del pacto social constitutivo.—Lic. Daniel Befeler Scharf, Notario.—1 vez.—Nº 110495.—(47909).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas quince minutos del día veinte de mayo del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Gironte S. A., mediante la cual se modificó la cláusula sexta del pacto social constitutivo.—Lic. Daniel Befeler Scharf, Notario.—1 vez.—Nº 110496.—(47910).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día veinte de mayo del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada casa Distribuidora de Periódicos S. A., mediante la cual se modificó la cláusula quinta del pacto social constitutivo.—Lic. Daniel Befeler Scharf, Notario.—1 vez.—Nº 110497.—(47911).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del día veinte de mayo del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Casa Editora de Noticias S. A., mediante la cual se modificó la cláusula sexta del pacto social constitutivo.—Lic. Daniel Befeler Scharf, Notario.—1 vez.—Nº 110498.—(47912).
En esta notaría, mediante escritura de las 10:00 horas del 13 de noviembre del 2008, Grettel Sánchez Solano y Dennis Cordero Vargas, constituyeron sociedad anónima con número de cédula de persona jurídica como denominación social. Presidente con facultades independientes de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Kadir Cortés Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 110500.—(47913).
Por escritura doscientos catorce-cincuenta y seis, otorgada en San Juan Norte, Cartago, a las dieciséis horas del veintiuno de mayo del dos mil nueve, visible al folio ciento setenta y uno vuelto, del tomo cincuenta y seis del notario Olman Alberto Rivera Valverde, Juan Carlos Picado Mora y Francisco Picado Venegas, constituyen Celicsa Sociedad Anónima.—Lic. Olman Alberto Rivera Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 110501.—(47914).
Mediante escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del 15 de mayo del 2009, se constituye la sociedad NC & MC Publicidad Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Representación: el presidente.—San José, tres de junio del dos mil nueve.—Lic. Mariana Berrocal Durban, Notaria.—1 vez.—Nº 110502.—(47915).
Por asamblea de socios las sociedades, tres-ciento uno-quinientos cincuenta mil seiscientos veintiuno s. a., modifican la cláusula undécima.—San José, 5 de junio del 2009.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—Nº 110505.—(47916).
Por escritura otorgada hoy ante mí, Cristiam Calderón Espinoza, cédula Nº 1-1055-831; Gustavo Vargas Rivas, cédula Nº 6-317-596; Geovanny Aguilar Villalta, cédula Nº 3-320-; Jefry Acuña Chacón, cédula Nº 6-316-103 y William Villalobos Cortés, cédula Nº 5-213-545, constituyen la sociedad Servicios Profesionales Parrita Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse SERVIPROPA S. A., nombre de fantasía. Su domicilio será en Parrita de Puntarenas, del Invu cien metros al oste y ciento setenta y cinco al sur, casa color rosado, distrito Parrita, cantón Parrita, provincia de Puntarenas. Capital social: treinta mil colones. Plazo social: noventa y nueve años a partir de hoy. La representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimo sin límite de suma, la tendrán el presidente y el secretario.—Esparza, 3 de junio del 2009.—Lic. Rafael Elpidio Porras Venegas, Notario.—1 vez.—Nº 110506.—(47917).
Por escritura otorgada ante la notaria Ariana Castro Vindas, en Barranca, a las 08:00 horas del 3 de junio del 2009, los señores Mauricio Alvarado Abarca, Geovanny Bonilla Chen y Daniel Ulises Rodríguez Carmona, constituyen una sociedad anónima cuya denominación será el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público, con un plazo social de 100 años y un capital social de ¢4.000.000,00.—Lic. Ariana Castro Vindas, Notaria.—1 vez.—Nº 110507.—(47918).
El
suscrito notario mediante escritura otorgada a las 08:00 horas del 1º de junio
del 2009, protocolicé acta de reunión extraordinaria de socios de la sociedad
de domicilio Quepos, Puntarenas,
Por escritura otorgada en mi notaría el día de hoy, se constituye Finca El Potrerito Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: Guanacaste, Tilarán. Objeto: el comercio en general. Apoderado generalísimo: presidente.—San José, 2 de junio del 2009.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 110510.—(47920).
Por escritura ante mí, hoy se constituyeron las sociedades de responsabilidad limitada mercantil, Raus y Compañía Limitada; SCRN- Servicios Comerciales Raus y Nera Limitada; SSL Sacar & Sage Limitada; TC-Timoteo Compañía Limitada; Instituto Arimatea Limitada, y Estudio Comercial Centroamericano Erastos Limitada. Objeto: comercio en general. Plazo social: 100 años. Domicilio: Montes de Oca, San José, Costa Rica. Gerente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 1º de junio del 2009.—Lic. Sergio Sánchez Bagnarello, Notario.—1 vez.—Nº 110514.—(47921).
Por
escritura otorgada a las quince horas del primero de junio del dos mil nueve,
ante esta notaría, Julio Perdomo Pérez y María Eugenia Salas Quesada,
constituyen una sociedad de responsabilidad limitada, cuya denominación social
se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto
Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en
Por
escritura otorgada a las quince horas treinta minutos del primero de junio del
dos mil nueve, ante esta notaría, German Alfaro Salas y Patricia Quintanilla
Bandiinn, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada, cuya
denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos
del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J,
publicado en
Gioconda Elizondo Navarro, notaria pública con oficina en San José, hace constar que por escritura otorgada al ser las diez horas con treinta minutos del 3 de junio del 2009, se constituyó la sociedad, la cual se denomina Global Dibeco S. A., cuyo capital es la suma de ¢100.000,00 exactos, cuyo presidente es Napoleón Christian Saca.—San José.—Lic. Gioconda Elizondo Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 110517.—(47924).
Por esta escritura otorgada en esta notaría en San José, a las ocho horas del día cuatro de junio del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Gasthof Corporation Sociedad Anónima. Se reforma cláusula primera.—San José, cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 110518.—(47925).
Por escritura número doscientos cincuenta y dos, de las diez horas del primero de junio del dos mil nueve, del protocolo seis del Lic. Edwin Gerardo Zúñiga Saavedra, se constituyó la sociedad Grupo A.P.A. Sociedad Anónima. Domiciliada: en San José. Capital social: doscientos mil colones.—San José, primero de junio del dos mil nueve.—Lic. Edwin Gerardo Zúñiga Saavedra, Notario.—1 vez.—Nº 110520.—(47926).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la constitución de la sociedad limitada, compuesta Hada Saborío Ortiz, Loana Andrea Mattey Saborío, Jorge Arturo Martínez Marín y Rudi Alberto Saborío Ortiz, constituyen sociedad será Servicios A D A Saborío Ortiz S. A. Constituida en San José, a las quince del día veintiocho de mayo del dos mil nueve. Bufete Sigifredo Delgado Mora, ubicada en San José, Guadalupe, Barrio Santa Cecilia, cien oeste de las bodegas del Más por Menos, cincuenta sur.—Lic. Sigifredo Delgado Mora, Notario.—1 vez.—Nº 110521.—(47927).
Ante mí, Yeudi Aguirre Aguirre, notario público, se ha constituido una sociedad anónima denominada CIA Fruta de Oro Vigil S. A., cuyo representante con calidades de apoderado generalísimo sin límite de suma es: Luis Olmedo Vigil Martínez, en su orden de presidente. Escritura número 18, tomo cuatro, otorgada a las quince horas del día cuatro de junio del dos mil nueve.—Ciudad Neily, 4 de junio del 2009.—Lic. Yeudi Aguirre Aguirre, Notario.—1 vez.—Nº 110522.—(47928).
Ante mí, Yeudi Aguirre Aguirre, notario público, se ha constituido una sociedad anónima denominada Grupo Pacro Corporación Limitada, cuyo representante con calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma es: Ana Luisa Pacheco Rojas, en su condición de gerente. Escritura número 14, tomo cuatro, otorgada al ser las dieciséis horas treinta minutos del día veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Ciudad Neily, 4 de junio del 2009.—Lic. Yeudi Aguirre Aguirre, Notario.—1 vez.—Nº 110523.—(47929).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del veintisiete de mayo del dos mil nueve, se reforma pacto social, se nombra agente residente, se revoca nombramiento de directivos y fiscal, y se nombran nuevos en la sociedad Inversiones Faz Sociedad Anónima.—Ciudad Neily, 27 de mayo del 2009.—Lic. Alfredo López Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 110524.—(47930).
Hoy día se ha constituido la sociedad cuya razón social es UP Front Management Sociedad Anónima, su domicilio social es en la provincia de San José, cantón noveno Santa Ana, distrito cuarto Uruca, Residencial Río Oro. El presidente es su representante judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y su capital social es de un millón de colones, ciudad de Alajuela, Zona Franca SARET, Edificio A-Ocho, doce horas de hoy cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Jorge Arturo Guardia Víquez, Notario.—1 vez.—Nº 110525.—(47931).
Hoy día
se ha constituido la fundación cuya razón social es Fundación Ave Fénix,
su domicilio social es en la provincia de San José, cantón noveno Santa Ana,
distrito cuarto Uruca. Su principal objetivo de bienestar social es el
desarrollo de programas de cooperación, basados en una visión social que
fomenten el apoyo económico de los discapacitados, canalizando la cooperación
de agencias internacionales, empresas privadas, instituciones estatales, y
particulares que apoyen la rehabilitación, formación y reinserción de estas
personas a la sociedad y al mercado laboral de manera que se promueva una
mejora en la calidad de vida de las personas con estas discapacidades y sus
comunidades. El presidente es su representante judicial y extrajudicial, con
facultades de apoderado general sin límite de suma. La administración y
dirección de la fundación estará a cargo de una Junta Administrativa, integrada
por cinco miembros directores. La fiscalización que por ley ejercer
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 27 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad denominada Catai Pacific Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado. Plazo: 99 años.—San José, 5 de junio del 2009.—Lic. Ingrid Reischfleger Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 110528.—(47933).
Ante esta notaría, mediante escritura pública número veintisiete-uno, otorgada al ser las dieciocho horas quince minutos del día veintinueve de mayo del dos mil nueve, los señores Luis Diego Calderón Quirós, Juan José Calderón Tencio y Marvin Rodrigo Durán Tencio, constituyeron una sociedad anónima que se denominará Calderón & Durán S. A., con un capital social de novecientos mil colones, correspondiendo a su presidente la representación judicial y extrajudicial sin limitación de suma. Es todo.—San José, 5 de junio del 2009.—Lic. Adrián Montero Granados, Notario.—1 vez.—Nº 110529.—(47934).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diez horas quince minutos del día cuatro de junio del dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Estrellas de Agua Rey EAR Ltda., donde se acuerda reformar las cláusulas primera y novena del pacto social, se acuerda adicionar la cláusula décima segunda, se revocan y hacen nombramientos, y se acuerda otorgar poder generalísimo.—San José, cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—Nº 110530.—(47935).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas del día cuatro de junio del dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Burbujas de Plomo BPB Ltda., donde se acuerda reformar la cláusula primera del pacto constitutivo, y se otorga poder generalísimo.—San José, cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—Nº 110531.—(47936).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas del día cuatro de junio del dos mil nueve, Larp Associates S. A., y Yellow Innovative Lands S. A., constituyen una sociedad anónima denominada RLA Power S. A.—San José, cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Jacobo Alter Montvelisky, Notario.—1 vez.—Nº 110532.—(47937).
Por escritura doscientos ochenta y cinco, otorgada ante el notario Eric Rodríguez Steller, se revocan los nombramientos de junta directiva y de la fiscal, y se modifica el domicilio de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos cuarenta y seis mil ochocientos dieciocho sociedad anónima. Siendo los actuales los siguientes: Presidenta: Irene María Rojas Rojas. Secretario: Genaro Enrique Ruiz Chacón. Tesorera: María Francisca Rojas Rojas. Fiscal: Dellanira Rojas Rojas. Domicilio: San José, Montes de Oca, San Pedro, cien metros este y veinticinco metros norte del Súper Tacho.—San José, cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Eric Rodríguez Steller, Notario.—1 vez.—Nº 110533.—(47938).
Por escritura otorgada ante mí, tres-ciento uno-quinientos veintinueve mil seiscientos cincuenta y cuatro s. a., nombra presidente.—Heredia, 4 de junio del 2009.—Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario.—1 vez.—Nº 110534.—(47939).
Ante la notaría del suscrito, al ser las ocho horas del cinco de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Katiflorcon S. A., con un capital social de diez mil colones, empresa domiciliada en San José, Gravillas de Desamparados. Es todo.—Heredia, al ser las ocho horas treinta minutos del cinco de junio del dos mil nueve.—Lic. Roberto Villalobos Conejo, Notario.—1 vez.—Nº 110537.—(47940).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas treinta minutos del veintinueve de mayo del año dos mil ocho, la sociedad Cable Televisión Doble R Sociedad Anónima. Reforma cláusulas del pacto constitutivo. Segundo: domicilio social. Sexto: cambio se revoca nombramiento y se nombra nueva junta directiva.—San José, 04 de junio del 2009.—Lic. Carlos Manuel Venegas Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 110552.—(47950).
La suscrita notaria Erika Rojas Quesada, constituyó sociedad anónima bajo el nombre Info Cliente S. A., cuyo presidente es el señor Julio Blanco Oviedo y vicepresidente César Blanco Peraza, ambos apoderados generalísimos sin límite de suma, mediante escritura número ciento treinta y uno, visible al folio setenta y nueve vuelto del protocolo primero.—San José, 05 de junio del 2009.—Lic. Erika Rojas Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 110553.—(47951).
Por escritura otorgada ante el notario Jessie Murillo Moya, a las dieciocho horas treinta minutos del cuatro de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Casaquilibrio Salud Integral Sociedad Anónima.—04 de junio del 2009.—Lic. Jessie Murillo Moya, Notario.—1 vez.—Nº 110554.—(47952).
Mediante escritura pública número ciento treinta y nueve otorgada a las ocho horas del cuatro de junio del dos mil nueve, se ha constituido la sociedad anónima denominada Caprichos del Ocaso Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras en “S. A.”, que es un nombre de fantasía, con domicilio en la ciudad de San José. Objeto el comercio en general, representada por el presidente.—San José, 04 de junio del 2009.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 110555.—(47953).
Mediante escritura pública número ciento treinta y cuatro, otorgada a las doce horas del veintinueve de mayo del año dos mil nueve, protocolizo los acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía de esta plaza denominada, Puerta del Sol Once Sur Limitada, mediante la cual se procede a reformar la cláusula sexta, y se nombra apoderado.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 110556.—(47954).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del día de hoy, se constituyó la compañía de esta plaza denominada Jimenaca Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2009.—Lic. María Vanessa Castro Jaramillo, Notaria.—1 vez.—Nº 110557.—(47955).
Por escritura número cuarenta y uno-doce, otorgada ante los notarios Katherin Brenes Bonilla y Juan Manuel Jiménez Ruiz a las nueve horas del treinta de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada G y M Salud Asociados Sociedad Anónima, la representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y vocal, en forma conjunta o separadamente. Capital social: diez mil colones.—San José, 5 junio de 2009.—Lic. Juan Manuel Jiménez Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 110670.—(48001).
Por escritura número cuarenta y uno-doce, otorgada ante los notarios Mariana Berrocal Durban y Juan Manuel Jiménez Ruiz a las dieciocho horas del primero de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Margreca MGC S. A., la representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente, en forma individual. Capital social: diez mil colones.—San José, 5 junio de 2009.—Lic. Juan Manuel Jiménez Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 110671.—(48002).
Por
escritura número ciento cincuenta y nueve, otorgada en Amber Abogados, se
cambió el domicilio de Pradera
Por escritura número ciento cincuenta y ocho, otorgada en Amber Abogados, se cambió el domicilio de Campo Fresco Sociedad Anónima, siendo el nuevo, Costa Rica, San José, Pérez Zeledón, Barú, Desarrollo Cascada Azul, casa número ocho. Se revocó el nombramiento del agente residente sin nombrar uno nuevo.—San Isidro, 3 junio 2009.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 110673.—(48004).
Por escritura número ciento cincuenta y siete, otorgada en Amber Abogados, se cambió el domicilio de Pairo-Huanel Sociedad Anónima, siendo el nuevo, Costa Rica, San José, Pérez Zeledón, Barú, Desarrollo Cascada Azul, casa número ocho. Se revocó el nombramiento del agente residente sin nombrar uno nuevo.—San Isidro, 3 junio 2009.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 110674.—(48005).
Por escritura número ciento cincuenta y seis, otorgada en Amber Abogados, se cambió el domicilio de Valle El Sendero Sociedad Anónima, siendo el nuevo, Costa Rica, San José, Pérez Zeledón, Barú, Desarrollo Cascada Azul, casa número ocho. Se revocó el nombramiento del agente residente sin nombrar uno nuevo.—San Isidro, 3 de junio del 2009.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 110675.—(48006).
Ante esta Notaría, se protocolizó acta de Lee J J Hilton Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-441870 y nombró nueva junta directiva, quedando la representación judicial y extrajudicial únicamente en su presidente Whilieli Agatha Jones Henry.—San José, 5 de junio de 2009.—Lic. Ana María Avendaño Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 110676.—(48007).
Por
escritura número ciento cincuenta y ocho, otorgada en Amber Abogados, se cambió
el domicilio de Bahía
Por escritura número ciento cuarenta y dos, otorgada en Amber Abogados, se cambió el domicilio de Selva Ensueño Sociedad Anónima, siendo el nuevo, Costa Rica, San José, Pérez Zeledón, Barú, Desarrollo Cascada Azul, casa número ocho. Se revocó el nombramiento del agente residente sin nombrar uno nuevo.—San Isidro, 3 de junio del 2009.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 110678.—(48009).
Por escritura número ciento cuarenta y tres, otorgada en Amber Abogados, se cambió el domicilio de Laguna El Manantial Sociedad Anónima, siendo el nuevo, Costa Rica, San José, Pérez Zeledón, Barú, Desarrollo Cascada Azul, casa número ocho. Se revocó el nombramiento del agente residente sin nombrar uno nuevo.—San Isidro, 3 de junio del 2009.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 110679.—(48010).
Por escritura número ciento cuarenta y cuatro, otorgada en Amber Abogados, se cambió el domicilio de Aliwenko Sociedad Anónima, siendo el nuevo, Costa Rica, San José, Pérez Zeledón, Barú, Desarrollo Cascada Azul, casa número ocho. Se revocó el nombramiento del agente residente sin nombrar uno nuevo.—San Isidro, 3 junio 2009.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 110681.—(48011).
Por escritura número ciento cuarenta y cinco, otorgada en Amber Abogados, se cambió el domicilio de Bosque Ilusión Sociedad Anónima, siendo el nuevo, Costa Rica, San José, Pérez Zeledón, Barú, Desarrollo Cascada Azul, casa número ocho. Se revocó el nombramiento del agente residente sin nombrar uno nuevo.—San Isidro, 3 junio 2009.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 110683.—(48012).
Por escritura número ciento cuarenta y uno, otorgada en Amber Abogados, se cambió el domicilio de Tiempo Celeste Sociedad Anónima, siendo el nuevo, Costa Rica, San José, Pérez Zeledón, Barú, Desarrollo Cascada Azul, casa número ocho. Se revocó el nombramiento del agente residente sin nombrar uno nuevo.—San Isidro, 3 junio 2009.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 110685.—(48013).
Por escritura número ciento treinta y seis, otorgada en Amber Abogados, se cambió el domicilio de Costa Fantasía Sociedad Anónima, siendo el nuevo, Costa Rica, San José, Pérez Zeledón, Barú, Desarrollo Cascada Azul, casa número ocho. Se revocó el nombramiento del agente residente sin nombrar uno nuevo.—San Isidro, 3 junio 2009.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 110686.—(48014).
Por escritura número ciento treinta y siete, otorgada en Amber Abogados, se cambió el domicilio de Paraíso Selva El Ensueño Sociedad Anónima, siendo el nuevo, Costa Rica, San José, Pérez Zeledón, Barú, Desarrollo Cascada Azul, casa número ocho. Se revocó el nombramiento del agente residente sin nombrar uno nuevo.—San Isidro, 3 junio 2009.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 110687.—(48015).
Por escritura número ciento treinta y ocho, otorgada en Amber Abogados, se cambió el domicilio de Jungla Paraíso Sociedad Anónima, siendo el nuevo, Costa Rica, San José, Pérez Zeledón, Barú, Desarrollo Cascada Azul, casa número ocho. Se revocó el nombramiento del agente residente sin nombrar uno nuevo.—San Isidro, 3 de junio del 2009.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 110688.—(48016).
Por escritura número ciento treinta y nueve, otorgada en Amber Abogados, se cambió el domicilio de Estella Radiante de Paraíso Sociedad Anónima, siendo el nuevo, Costa Rica, San José, Pérez Zeledón, Barú, Desarrollo Cascada Azul, casa número ocho. Se revocó el nombramiento del agente residente sin nombrar uno nuevo.—San Isidro, 3 de junio del 2009.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 110689.—(48017).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario en San José, a las 10:00 horas del 5 de junio de 2009, se protocolizó acta de asamblea general de Union Freight International UFI S. A., mediante la cual se adiciona una nueva cláusula, y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 5 de junio del 2009.—Lic. Pánfilo Ramírez Obando, Notario.—1 vez.—Nº 110690.—(48018).
Por escritura número ciento cuarenta, otorgada en Amber Abogados, se cambió el domicilio de Lougkoyam Sociedad Anónima, siendo el nuevo, Costa Rica, San José, Pérez Zeledón, Barú, Desarrollo Cascada Azul, casa número ocho. Se revocó el nombramiento del agente residente sin nombrar uno nuevo.—San Isidro, 3 de junio del 2009.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 110691.—(48019).
Por escritura número ciento treinta y tres, otorgada en Amber Abogados, se cambió el domicilio de Alonkura Sociedad Anónima, siendo el nuevo, Costa Rica, San José, Pérez Zeledón, Barú, Desarrollo Cascada Azul, casa número ocho. Se revocó el nombramiento del agente residente sin nombrar uno nuevo.—San Isidro, 3 de junio del 2009.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 110692.—(48020).
Por escritura número ciento treinta y cuatro, otorgada en Amber Abogados, se cambió el domicilio de Sweet Dreams Sociedad Anónima, siendo el nuevo, Costa Rica, San José, Pérez Zeledón, Barú, Desarrollo Cascada Azul, casa número ocho. Se revocó el nombramiento del agente residente sin nombrar uno nuevo.—San Isidro, 3 junio 2009.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 110693.—(48021).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las dieciséis horas treinta minutos del cuatro de junio de dos mil nueve, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Servicios Técnicos Sociedad Anónima, mediante los cuales se aumenta el capital y se reforma la cláusula quinta del pacto social.—Lic. Olga Quesada Alvarado, Notaria.—1 vez.—Nº 110694.—(48022).
Por escritura número ciento treinta y cinco, otorgada en Amber Abogados, se cambió el domicilio de Silver Butterfly, siendo el nuevo, Costa Rica, San José, Pérez Zeledón, Barú, Desarrollo Cascada Azul, casa número ocho. Se revocó el nombramiento del agente residente sin nombrar uno nuevo.—San Isidro, 3 junio 2009.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 110695.—(48023).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las dieciséis horas del cuatro de junio de dos mil nueve, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Equigas de Costa Rica Sociedad Anónima, mediante los cuales se reforma la cláusula quinta del pacto social.—Lic. Olga Quesada Alvarado, Notaria.—1 vez.—Nº 110696.—(48024).
Por escritura número ciento cincuenta y uno, otorgada en Amber Abogados, se cambió el domicilio de Cima Altos de Jade Sociedad Anónima, siendo el nuevo, Costa Rica, San José, Pérez Zeledón, Barú, Desarrollo Cascada Azul, casa número ocho. Se revocó el nombramiento del agente residente sin nombrar uno nuevo.—San Isidro, 3 junio 2009.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 110697.—(48025).
Por escritura número ciento treinta y dos, otorgada en Amber Abogados, se cambió el domicilio de Milla Veloz Sociedad Anónima, siendo el nuevo, Costa Rica, San José, Pérez Zeledón, Barú, Desarrollo Cascada Azul, casa número ocho. Se revocó el nombramiento del agente residente sin nombrar uno nuevo.—San Isidro, 3 junio 2009.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 110698.—(48026).
Por escritura número ciento treinta y uno, otorgada en Amber Abogados, se cambió el domicilio de Fressia Fantasy Sociedad Anónima, siendo el nuevo, Costa Rica, San José, Pérez Zeledón, Barú, Desarrollo Cascada Azul, casa número ocho. Se revocó el nombramiento del agente residente sin nombrar uno nuevo.—San Isidro, 3 junio 2009.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 110699.—(48027).
Por escritura número ciento treinta, otorgada en Amber Abogados, se cambió el domicilio de Imperio Glorioso Sociedad Anónima, siendo el nuevo, Costa Rica, San José, Pérez Zeledón, Barú, Desarrollo Cascada Azul, casa número ocho. Se revocó el nombramiento del agente residente sin nombrar uno nuevo.—San Isidro, 3 junio 2009.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 110700.—(48028).
Por escritura número ciento veintisiete, otorgada en Amber Abogados, se cambió el domicilio de Cost Axxis Sociedad Anónima, siendo el nuevo, Costa Rica, San José, Pérez Zeledón, Barú, Desarrollo Cascada Azul, casa número ocho. Se revocó el nombramiento del agente residente sin nombrar uno nuevo.—San Isidro, 3 junio 2009.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 110701.—(48029).
Por escritura número ciento veintiocho, otorgada en Amber Abogados, se cambió el domicilio de Rainbow Vibrant Sociedad Anónima, siendo el nuevo, Costa Rica, San José, Pérez Zeledón, Barú, Desarrollo Cascada Azul, casa número ocho. Se revocó el nombramiento del agente residente sin nombrar uno nuevo.—San Isidro, 3 junio 2009.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 110702.—(48030).
Por escritura número ciento veintinueve, otorgada en Amber Abogados, se cambió el domicilio de Rosh Hashana Sociedad Anónima, siendo el nuevo, Costa Rica, San José, Pérez Zeledón, Barú, Desarrollo Cascada Azul, casa número ocho. Se revocó el nombramiento del agente residente sin nombrar uno nuevo.—San Isidro, 3 junio 2009.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 110704.—(48031).
Por escritura número ciento veintiséis, otorgada en Amber Abogados, se cambió el domicilio de Rayen Quillen Sociedad Anónima, siendo el nuevo, Costa Rica, San José, Pérez Zeledón, Barú, Desarrollo Cascada Azul, casa número ocho. Se revocó el nombramiento del agente residente sin nombrar uno nuevo.—San Isidro, 3 junio 2009.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 110705.—(48032).
Por escritura número ciento veinticinco, otorgada en Amber Abogados, se cambió el domicilio de Jardines Mambo Sociedad Anónima, siendo el nuevo, Costa Rica, San José, Pérez Zeledón, Barú, Desarrollo Cascada Azul, casa número ocho. Se revocó el nombramiento del agente residente sin nombrar uno nuevo.—San Isidro, 3 junio 2009.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 110708.—(48033).
Por escritura número ciento veinticuatro, otorgada en Amber Abogados, se cambió el domicilio de Heart of Gentile Flower Sociedad Anónima, siendo el nuevo, Costa Rica, San José, Pérez Zeledón, Barú, Desarrollo Cascada Azul, casa número ocho. Se revocó el nombramiento del agente residente sin nombrar uno nuevo.—San Isidro, 3 junio 2009.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 110709.—(48034).
Por escritura número ciento veintitrés, otorgada en Amber Abogados, se cambió el domicilio de Osterode Sociedad Anónima, siendo el nuevo, Costa Rica, San José, Pérez Zeledón, Barú, Desarrollo Cascada Azul, casa número ocho. Se revocó el nombramiento del agente residente sin nombrar uno nuevo.—San Isidro, 3 junio 2009.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 110710.—(48035).
Por escritura número ciento veintidós, otorgada en Amber Abogados, se cambió el domicilio de Orionis Sociedad Anónima, siendo el nuevo, Costa Rica, San José, Pérez Zeledón, Barú, Desarrollo Cascada Azul, casa número ocho. Se revocó el nombramiento del agente residente sin nombrar uno nuevo.—San Isidro, 3 junio 2009.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 110711.—(48036).
Por escritura otorgada ante esta Notaría al ser las dieciséis horas del catorce de mayo del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada El Silencio Café de Costa Rica Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones, moneda del curso legal de Costa Rica totalmente suscrito y pagado. Distrito de Jacó, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—Nº 110712.—(48037).
Ante esta notaría, por escritura número ciento seis-cuatro, otorgada a las veinte horas del veinticinco de mayo del dos mil nueve, se constituyeron Le Mouffetard Sociedad Anónima y Le Goff Sociedad Anónima. Capital social: doce mil colones. Plazo: cien años.—Lic. Rosa María Escudé Suárez, Notaria.—1 vez.—(48054).
Por escritura número ciento diecinueve-cuatro, de las dieciocho horas cuarenta y cinco minutos del cinco de junio del dos mil nueve, se protocoliza acuerdo que reforma las cláusulas segunda y sexta, se nombra junta directiva y agente residente de Bienes Raíces D Y H del Norte S. A.—Liberia, cinco de junio del dos mil nueve.—Lic. Rosa María Escudé Suárez, Notaria.—1 vez.—(48056).
Por escritura número doscientos treinta y siete, otorgada ante esta notaría, a las 10:30 horas del 6 de junio del 2009, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada que su razón social será el número de cédula jurídica (art. 3 del Decreto 33171-J del 14 de junio del 2006). Plazo: 50 años.—Lic. Ana E. Vicente Sotela, Notaria.—1 vez.—(48057).
Por escritura otorgada ante esta notaría el 5 de junio del 2009, se reformó cláusula segunda del pacto constitutivo de Vistas del Este Sociedad Anónima.—Lic. Ana Vicente Sotela, Notaria.—1 vez.—(48059).
Por escritura otorgada ante esta notaría en la ciudad de Heredia, a las catorce horas y treinta minutos del cinco de junio del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad 3-101-521947 s. a., cédula jurídica número 3-101-521947, en la cual se reformó el acta constitutiva y nombró nueva secretaria.—Cinco de junio del dos mil nueve.—Lic. Maira Torres López, Notaria.—1 vez.—(48060).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 8 de junio del año 2009, se constituye la sociedad Alakol Amap Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Presidenta: Ana Isabel González Cordero, conocida como Anny González Cordero.—San José, a las 8:00 horas del 8 de junio año 2009.—Lic. Angélica Cordero Robles, Notaria.—1 vez.—(48062).
Por
escritura número 202, otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del 5 de
junio del 2009, se constituyó la sociedad denominada Soluciones
Farmacéuticas R.G.K. Sociedad Anónima, con domicilio social en la
provincia de San José, cantón primero San José, distrito octavo Mata Redonda,
Sabana Sur, de
Se constituye la denominada Megler Inversiones Sociedad Anónima, otorgada a las 17:30 horas del 26 de mayo del 2009, notario Carlos Luis Sanabria Porras, visible al folio 19 frente del tomo once de mi protocolo. Escritura Nº 29-9.—Alajuela, 05 de junio del 2009.—Lic. Carlos Luis Sanabria Porras, Notario.—1 vez.—(48074).
Soluciones Arpo Soledad Anónima, se hace cesión de acciones a las 9:00 horas del 8 de junio del 2009, escritura número 249, tomo 7.—Alajuela, 08 de junio del 2009.—Lic. Pablo Rodríguez Solano, Notario.—1 vez.—(48075).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del día cinco de junio del dos mil nueve, se protocoliza el acta número dos de asamblea general extraordinaria de la empresa Inversiones Eumari Sociedad Anónima, modificando el pacto social de la misma.—Lic. Lency Jhannory Salas Araya, Notaria.—1 vez.—(48080).
Por escritura otorgada de las 12:00 horas del 05 de junio del 2009, la compañía Markers Group Incorporated Sociedad Anónima, reforma cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo y reorganiza junta directiva. Por escritura otorgada de las 12:10 horas del 05 de junio del 2009, la compañía Markers Group Sociedad de Responsabilidad Limitada, reforma cláusula tercera del pacto constitutivo y nombra nuevos gerente y subgerente.—San José, 05 de junio del 2009.—Lic. Enrique Cano Chaves y Marco Antonio Sánchez Pereira, Notarios.—1 vez.—(48081).
Mediante escritura cincuenta y seis del tomo uno de mi protocolo, protocolicé acta de asamblea de socios en la cual se reformaron las cláusulas tercera, quinta y sexta del pacto constitutivo de Inmobiliaria llanca Sociedad Anónima y se nombra vicepresidente de junta directiva y fiscal de la sociedad.—Dra. Eugenia María Valerio Ellis, Notaria.—1 vez.—(48083).
Ante
esta notaría, a las 09:00 horas del 19 de mayo del 2009, en la sociedad Guía
Virtual Costarricense S. A., cambio el nombre a Compu Meza S. A.,
cambio de domicilio a Alajuela, Urbanización Meza, casa número
Yo, Lic. Sonia María Saborío Flores, abogada y notaria pública, hago constar que por escritura otorgada a las 09:00 horas del 5 de junio del 2009, se constituyó la sociedad Esthetic Travel Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio en general, agricultura, industria.—Limón, 5 de junio del 2009.—Lic. Sonia María Saborío Flores, Notaria.—1 vez.—(48119).
Por escritura número ciento setenta y cuatro, otorgada ante esta notaría el día ocho de junio del dos mil nueve, a las once horas con treinta minutos, se protocolizó el acta número uno de sesión de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y seis mil quinientos seis s. a., mediante la cual se modificó la cláusula quinta de los estatutos sociales y se nombró nueva junta directiva, fiscal y agente residente de la empresa.—San José, ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—1 vez.—(48123).
Tranxit Sociedad Anónima, portadora de la cédula jurídica número tres-ciento uno-tres tres seis seis tres cuatro, se cambia junta directiva y fiscal. Escritura número 278, otorgada a las nueve horas treinta minutos del ocho de junio del dos mil nueve, del tomo quinto.—Lic. David A. Garita Madrigal, Notario.—1 vez.—(48124).
Ante esta notaría en conotariado ante Armando Moreno Arroyo y Luis Octavio Pérez Baires, por escritura número ciento setenta y cinco-uno, otorgada a las diez horas del ocho de junio, se constituye la sociedad de esta plaza denominada E-volution Marketing Sociedad de Responsabilidad de Limitada. Capital: suscrito y pagado. Dos gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—San José, 8 de junio del 2009.—Lic. Luis Octavio Pérez Baires, Notario.—1 vez.—(48126).
Por escritura número cincuenta y tres, otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día veintinueve de mayo del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Las Nubes Saint Aromas S. A., mediante la cual se transformó la empresa de sociedad anónima a limitada y se nombró nuevo gerente y agente residente.—San José, veintinueve de mayo del año dos mil nueve.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(48132).
Por escritura número cincuenta y cuatro, otorgada ante esta notaría a las quince horas del día veintinueve de mayo del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Las Nubes Room of Trunks S. A., mediante la cual se transformó la empresa de sociedad anónima a limitada y se nombró nuevo gerente y agente residente.—San José, veintinueve de mayo del año dos mil nueve.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(48150).
Por escritura número cincuenta y ocho, otorgada ante esta notaría a las ocho horas del día cuatro de junio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada cuya denominación social es el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Plazo social: cien años. Capital social: cien mil colones, dividido en cien cuotas nominativas de mil colones cada una. Representación judicial: gerente y subgerente.—San José, cuatro de junio del año dos mil nueve.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(48151).
Por escritura número cincuenta y nueve, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas treinta minutos del día cuatro de junio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada cuya denominación social es el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Plazo social: cien años. Capital social: cien mil colones, dividido en cien cuotas nominativas de mil colones cada una. Representación judicial: gerente y subgerente.—San José, cuatro de junio del año dos mil nueve.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(48152).
Por escritura número sesenta, otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día cuatro de junio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada cuya denominación social es el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Plazo social: cien años. Capital social: cien mil colones, dividido en cien cuotas nominativas de mil colones cada una. Representación judicial: gerente y subgerente.—San José, cuatro de junio del año dos mil nueve.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(48153).
Por escritura número sesenta y uno, otorgada ante esta notaría a las nueve horas treinta minutos del día cuatro de junio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada cuya denominación social es el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Plazo social: cien años. Capital social: cien mil colones, dividido en cien cuotas nominativas de mil colones cada una. Representación judicial: gerente y subgerente.—San José, cuatro de junio del año dos mil nueve.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(48154).
Por escritura número sesenta y seis, otorgada ante esta notaría a las doce horas del día cuatro de junio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada cuya denominación social es el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Plazo social: cien años. Capital social: cien mil colones, dividido en cien cuotas nominativas de mil colones cada una. Representación judicial: gerente y subgerente.—San José, cuatro de junio del año dos mil nueve.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(48155).
Por escritura número sesenta y siete, otorgada ante esta notaría a las doce horas treinta minutos del día cuatro de junio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada cuya denominación social es el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Plazo social: cien años. Capital social: cien mil colones, dividido en cien cuotas nominativas de mil colones cada una. Representación judicial: gerente y subgerente.—San José, cuatro de junio del año dos mil nueve.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(48156).
Por escritura número sesenta y ocho, otorgada ante esta notaría a las trece horas del día cuatro de junio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada cuya denominación social es el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Plazo social: cien años. Capital social: cien mil colones, dividido en cien cuotas nominativas de mil colones cada una. Representación judicial: gerente y subgerente.—San José, cuatro de junio del año dos mil nueve.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(48157).
Por escritura número sesenta y nueve, otorgada ante esta notaría a las trece horas treinta minutos del día cuatro de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada cuya denominación social es el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Plazo social: cien años. Capital social: cien mil colones, dividido cien cuotas nominativas de mil colones cada una. Representación judicial: gerente y subgerente.—San José, cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(48158).
Por escritura número sesenta y dos, otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día cuatro de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada cuya denominación social es el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Plazo social: cien años. Capital social: cien mil colones, dividido en cien cuotas nominativas de mil colones cada una. Representación judicial: gerente y subgerente.—San José, cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(48159).
Por escritura número sesenta y tres, otorgada ante esta notaría, a las diez horas treinta minutos del día cuatro de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada cuya denominación social es el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Plazo social: cien años. Capital social: cien mil colones, dividido en cien cuotas nominativas de mil colones cada una. Representación judicial: gerente y subgerente.—San José, cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(48160).
Por escritura número sesenta y cuatro, otorgada ante esta notaría a las once horas del día cuatro de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada cuya denominación social es el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Plazo social: cien años. Capital social: cien mil colones, dividido en cien cuotas nominativas de mil colones cada una. Representación judicial: gerente y subgerente.—San José, cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(48161).
Por escritura número sesenta y cinco, otorgada ante esta notaría a las once horas treinta minutos del día cuatro de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada cuya denominación social es el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Plazo social: cien años. Capital social: cien mil colones, dividido en cien cuotas nominativas de mil colones cada una. Representación judicial: gerente y subgerente.—San José, cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(48162).
Por escritura número setenta otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día cuatro de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada cuya denominación social es el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Plazo social: cien años. Capital social: cien mil colones, dividido en cien cuotas nominativas de mil colones cada una. Representación judicial: gerente y subgerente.—San José, cuatro de junio del año dos mil nueve.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(48163).
Por escritura número setenta y uno, otorgada ante esta notaría, a las catorce horas treinta minutos del día cuatro de junio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada cuya denominación social es el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Plazo social: cien años. Capital social: cien mil colones, dividido en cien cuotas nominativas de mil colones cada una. Representación judicial: gerente y subgerente.—San José, cuatro de junio del año dos mil nueve.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(48164).
Por escritura número setenta y dos, otorgada ante esta notaría, a las quince horas del día cuatro de junio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada cuya denominación social es el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Plazo social: cien años. Capital social: cien mil colones, dividido en cien cuotas nominativas de mil colones cada una. Representación judicial: gerente y subgerente.—San José, cuatro de junio del año dos mil nueve.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(48165).
Ante
mí, Zaida Valderrama Rodríguez, notaria pública de Alajuela, a las 16:00 horas
del 5 de junio del 2009, se modificó las cláusulas quinta y sexta y se nombró
nueva junta directiva de la empresa
Escritura
otorgada a las 16:00 horas del 4 de junio del 2009 se constituyó
Escritura otorgada a las dieciséis horas treinta y cinco minutos del 5 de junio del 2009, se constituyó sociedad anónima que utilizará como denominación social su número de cédula jurídica, según decreto ejecutivo número 33171-J, en relación con el artículo 103 del Código de Comercio. Plazo social: cien años. Capital social: totalmente suscrito y pagado por medio de letras de cambio. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, con la representación judicial y extrajudicial.—San José, 05 de junio del año 2009.—Lic. Rebeca Linox Chacón, Notaria.—1 vez.—(48173).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del cuatro de junio del dos mil nueve, protocolicé el acta número ocho de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Terraflas S. A., en la que se adiciona la décimo segunda del pacto social.—San José, ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, Notario.—1 vez.—(48186).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del veinticinco de marzo del dos mil nueve, protocolicé el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de a sociedad denominada Intensa Escritura S. A., en la que se reforma la cláusula sexta del pacto social. Se nombra junta directiva.—San José, ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Alfredo Pizarro Campos, Notario.—1 vez.—(48187).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas del veinticinco de marzo del dos mil nueve, protocolicé el acta número cuatro de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Servicios de Alergia S. A., en la que se reforman las cláusulas segunda, quinta y sétima del pacto social. Se nombra junta directiva y fiscal.—San José, ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Alfredo Pizarro Campos, Notario.—1 vez.—(48188).
Por
escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Desarrollos
Urbanísticos
Por escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Constructora San Carlos del Este CSCE S. A., constituyen Anderes Veintisiete A Sociedad Anónima pudiendo abreviarse Anderes Veintisiete A S. A. Domicilio social: San Joaquín de Flores, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—Heredia, ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(48193).
Por escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Constructora San Carlos del Este CSCE S. A., constituyen Anderes Catorce C Sociedad Anónima pudiendo abreviarse Anderes Catorce C S. A. Domicilio social: San Joaquín de Flores, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—Heredia, ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(48194).
Por escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Constructora San Carlos del Este CSCE S. A., constituyen Anderes Ocho D Sociedad Anónima pudiendo abreviarse Anderes Ocho D S. A. Domicilio social: San Joaquín de Flores, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—Heredia, ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(48198).
Por escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Constructora San Carlos del Este CSCE S. A., constituyen Anderes Once B Sociedad Anónima pudiendo abreviarse Anderes Once B S. A. Domicilio social: San Joaquín de Flores, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: Comercio. Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—Heredia, ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(48199).
Por escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Constructora San Carlos del Este CSCE S. A., constituyen Anderes Seis D Sociedad Anónima pudiendo abreviarse Anderes Seis D S. A. Domicilio social: San Joaquín de Flores, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—Heredia, ocho de junio del año dos mil nueve.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(48200).
Por escritura otorgada ante mí, Natalia María Bustamante Sáenz y María Fernanda Bustamante Sáenz, constituyen Cávalo Marinho Sociedad Anónima pudiendo abreviarse Cávalo Marinho S. A. Domicilio social: Escazú, San José. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio. Presidenta: Natalia María Bustamante Sáenz.—Heredia, ocho de junio del año dos mil nueve.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(48201).
REGISTRO NACIONAL
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se hace saber a:
1): Carlos Solano Palavicinio, cédula 2-430-505, como propietario registral de
la finca de Alajuela 266719. 2) Finca Carma S. A., cédula jurídica
3-101-403939, representada por Carlos Luis Solano Palavicinio en carácter de
adquirente de la finca de Alajuela 266719 mediante el documento 574-15938, que
en este Registro se han iniciado diligencias administrativas de oficio donde se
investiga un supuesto error registral del documento 574-15938, que involucra la
finca Alajuela 266719. Por lo que mediante resolución de las 13:00 horas del
25/2/2009 se ordenó anotar advertencia administrativa sobre la finca de previa
cita. Debido a lo anterior y con el objeto de cumplir con el principio
constitucional del debido proceso, por resolución de las 13:00 horas del 27/2/2009
se confirió audiencia a los posibles interesados, sin embargo por haber sido
devuelto al remitente el certificado de correos dirigido al señor Carlos Solano
Palavicinio, en el doble carácter dicho, se le confiere audiencia por el
término de quince días contados a partir del día siguiente de la publicación
del tercer edicto en el Diario Oficial
Se hace saber a:
1): Óscar Herrera Martínez, cédula 7-115-723, en su calidad de apoderado
especial en el documento de compraventa presentado a este Registro bajo las
citas tomo 577, asiento 71048, y, 2) Gerardo Venegas Arroyo, cédula 2-299-767,
en calidad de notario autorizante del documento en el cual supuestamente bufete
Yamo Limitada le concede poder especial al señor Oscar Herrera Martínez; que en
este Registro se iniciaron Diligencias Administrativas a instancia de Álvaro
Yannarella Montero, cédula de identidad 4-095-686, por la supuesta comisión de
un fraude extrarregistral en la finca del Partido de Guanacaste matrícula
24881, derechos 001 y 002. En virtud de lo anterior, esta Asesoría mediante
resolución de las 12:25 horas del 7 de noviembre del 2008, ordenó consignar
Advertencia Administrativa sobre los mencionados derechos en esa finca. Con el
objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por
resolución de las 8:00 horas del 22 de mayo del 2009, se autorizó la
publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a
las personas mencionadas, por el término de quince días contados a partir del
día siguiente de la última publicación del edicto en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Instituto
Costarricense de Turismo. Órgano Director. Acto de apertura del procedimiento ordinario
administrativo seguido contra la empresa Grupo Sol Poniente GSP S. A.,
propietaria de
Resultando:
1º—Que por
resolución de
2º—Que la empresa Grupo Sol
Poniente GSP S. A., cédula jurídica Nº 3-101-306433, fue declarada turística
según resolución de
3º—Que según oficio DGA-1119-2009 del 04 de marzo del 2009, el señor Marcos Castro Retana, Supervisor del Departamento de Gestión y Asesoría Turística, informa sobre la inspección de la empresa.
Considerando:
I.—Que al Instituto Costarricense de Turismo, según disposiciones expresas contenidas en el Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, Decreto Ejecutivo Nº 25226-MEIC-TUR del 15 de marzo de 1996 y sus reformas, le compete conocer y resolver todo lo relacionado con la aplicación del mencionado Reglamento.
II.—Que de conformidad con el artículo 11 inciso b), del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, el ICT tiene la obligación de ejercer control y vigilancia sobre las empresas declaradas, efectuando inspecciones periódicas.
III.—Que el artículo 13, incisos a), d) e i) respectivamente del mismo Reglamento, establece que a las empresas declaradas turísticas se les exige “cumplir con lo que dispone este Reglamento, la legislación vigente y demás normas o disposiciones especiales que regulen su funcionamiento”, “informar al Instituto de cualquier modificación en la planta física, instalaciones o servicios que puedan provocar un cambio en cuanto al tipo, categoría o características principales del establecimiento” y “reportar cualquier cambio de propietario, administradores, accionistas, gerente, domicilio, razón social, nombre comercial u otro cambio en la operación de la empresa”.
IV.—Que según informe de inspección DGA-1119-2009 del 04 de marzo del 2009, el señor Marcos Castro Retana, Supervisor del Departamento de Gestión y Asesoría Turística, informa que el día 26 de febrero del 2009, realizó una inspección a la empresa de centro de diversión nocturna denominada Discoteque 360 Terramall, propiedad de la sociedad Grupo Sol Poniente GSP. S. A., cédula jurídica Nº 3-101-306433, ubicado en el Mall Terramall, Tres Ríos, Cartago, con el propósito de verificar sus operaciones, no obstante informa que la misma no fue posible realizarla por cuanto la empresa no se encuentra en operación. Que según oficio DGA-1138-2009, se le notifica a la empresa la situación anterior y se le otorga un plazo de diez días hábiles para que se refieran al respecto. Que al día de hoy el plazo se encuentra vencido y no consta en el expediente administrativo que se haya dado respuesta.
V.—Que en el caso concreto que
nos ocupa, existen indicios que la empresa Grupo Sol Poniente GSP S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-306433, propietaria de
De conformidad
con lo expuesto, artículo 13 incisos a), d), i) y j) y Artículo 16 ambos del
Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas y con fundamento en los
artículos 214 y siguientes de
Se previene según lo dispuesto en
los artículos 218, 309 y 312 inciso 2), de
Se previene al apoderado de la empresa referida, que en su primer escrito deberá indicar el medio, sea este Fax o correo electrónico para recibir notificaciones presentes y futuras, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere quedará notificado de las resoluciones posteriores en el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas las mismas.
Con base en los artículos 217 y
272 de
Contra la presente resolución
procederán los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán
presentarse, ante este Órgano Director, en el plazo de veinticuatro horas a
partir de esta notificación. El recurso de revocatoria será resuelto por el
Órgano Director y el de Apelación por