LA GACETA Nº 115 DEL 16 DE JUNIO DEL 2009

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 35258-MAG

Nº 35278-S

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

HACIENDA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y GRACIA

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

PODER JUDICIAL

AVISOS

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

SEGURIDAD PÚBLICA

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

LICITACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

JUSTICIA Y GRACIA

PODER JUDICIAL

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

INSTITUTO COSTARRICENSE DE FERROCARRILES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000003-01

JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA

ADJUDICACIONES

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDADES

FE DE ERRATAS

SEGURIDAD PÚBLICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

COMISIÓN NACIONAL DE PRÉSTAMOS PARA LA EDUCACIÓN

REGLAMENTOS

CULTURA Y JUVENTUD

BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA

REMATES

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

MUNICIPALIDAD DE CARRILLO

MUNICIPALIDAD DE PARRITA

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

PODER LEGISLATIVO

JUSTICIA Y GRACIA

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

MUNICIPALIDADES

AVISOS

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

AVISOS

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 35258-MAG

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

En uso de las facultades que les confiere el artículo 140, inciso 3), 8), 18) y 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25, 27.1, 28.2b de la Ley Nº 6227 de 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública; y la Ley Nº 7221 de 6 de abril de 1991, Ley Orgánica del Colegio de Ingenieros Agrónomos de Costa Rica.

Considerando:

1º—Que el artículo 33, inciso i) de la Ley Orgánica del Colegio de Ingenieros Agrónomos de Costa Rica, Nº 7221, señala que es facultad de la Asamblea General “acordar y elevar al Poder Ejecutivo de la República, la promulgación de las tarifas de honorarios que deben regir el cobro de los servicios de los miembros de este Colegio”.

2º—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 34083-MAG del 23 de julio del 2007, publicado en La Gaceta Nº 226 del 23 de noviembre del 2007, se estableció en un monto mínimo de ¢11.000,00 (once mil colones netos) el valor de la hora profesional que los miembros de dicho Colegio deberán cobrar por la prestación de servicios privados en Ciencias Agropecuarias y Forestales, monto éste que a la fecha no ha sido modificado o ajustado.

3º—Que en sesión Nº 136 del 31 de enero del 2009, la Asamblea General del Colegio de Ingenieros Agrónomos acordó actualizar el valor de la hora profesional señalada y establecerla en ¢17.500,00 (diecisiete mil quinientos colones netos). Por tanto;

Decretan:

Modificación al artículo 6 del Decreto

Ejecutivo Nº 24398-MAG

Artículo 1º—Modifíquese el artículo 6 del Decreto Nº 24398-MAG del 22 de mayo de 1995, publicado en La Gaceta Nº 129 del 7 de julio de 1995 para que en adelante se lea de la siguiente forma:

“Artículo 6º—Se establece en un monto mínimo de ¢17.500,00 (diecisiete mil quinientos colones netos) el valor de la hora profesional, que los miembros del Colegio de Ingenieros Agrónomos de Costa Rica deberán cobrar por la prestación de servicios privados en Ciencias Agropecuarias y Forestales.

El cobro de esa tarifa se aplicará bajo las siguientes condiciones:

a)     Cuando el profesional convenga con su cliente el cobro de honorarios por hora, por realizar estudios, evacuar consultas, brindar asesoría técnica ocasional o continua, etc.

b)     No estarán sujetos a este cobro, los profesionales que presten servicios a sus clientes por un sueldo fijo.

c)     El profesional no podrá cobrar menor suma por hora laborada que la establecida. Como excepción, el profesional no estará obligado a cobrar sus servicios si los realizare en forma global y de manera expresa o cuando se trate de ascendientes, descendientes o parientes colaterales, consanguíneos o afines hasta tercer grado, o si el cliente fuere otro miembro del Colegio.

d)     Esta tarifa no incluye viáticos, transporte y otros gastos en que incurra el colegiado al prestar el servicio.”

Artículo 2º—Se deroga el Decreto Ejecutivo Nº 34083-MAG del 23 de julio del 2007, publicado en La Gaceta Nº 226 del 23 de noviembre del 2007.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los dieciséis días del mes de febrero del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Agricultura y Ganadería, Javier Flores Galarza.—1 vez.—(D35258-49047).

Nº 35278-S

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE SALUD

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 27 y 28 de la Ley Nº 6227 de 2 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”; 1 y 2 de la Ley Nº 5395 de 30 de octubre de 1973 “Ley General de Salud”.

Considerando:

1º—Que  los días 22 al 25 de noviembre del 2009 la Asociación Centroamericana y del Caribe de Parasitología y Medicina Tropical realizará el XI Congreso de la Asociación Centroamericana y del Caribe de Parasitología y Medicina Tropical.

2º—Que las actividades que se realizarán durante la actividad indicada, se consideran de importancia para el país en materia de salud, toda vez que reunirán a Profesionales de las Ciencias de la Salud, tanto del sector público como del sector privado del país, así como expertos internacionales.

3º—Que los organizadores del evento han solicitado al Ministerio de Salud la declaratoria de interés público y nacional de las actividades citadas. Por tanto,

Decretan:

Declaratoria de interés público y nacional del XI Congreso

de la Asociación Centroamericana y del Caribe de Parasitología y Medicina Tropical

Artículo 1º—Se declara de interés público y nacional, el XI Congreso de la Asociación Centroamericana y del Caribe de Parasitología y Medicina Tropical, que tendrá lugar en nuestro país, del 22 al 25 de noviembre del 2009.

Artículo 2º—Las dependencias del sector público y del sector privado, dentro del marco legal respectivo, podrán contribuir con recursos económicos, en la medida de sus posibilidades y perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos, para la exitosa realización de las actividades indicadas.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los siete días del mes de mayo del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Salud, Dra. María Luisa Ávila Agüero.—1 vez.—(D35278-48625).

Para ver imagen del Decreto Nº 35291 solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los 29 días del mes de mayo del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Hacienda, Guillermo E. Zúñiga Chaves.—1 vez.—(O. C. Nº Varias).—(Solicitud Nº Varias).—C-946675.—(D35291-49175).

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Nº 701-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones y facultades constitucionales y legales señaladas en el artículo 139 inciso 1) de la Constitución Política de la República de Costa Rica y el artículo 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, 6227 del dos de mayo de mil novecientos setenta y ocho.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a la doctora Viviana Martín Salazar, Ministra de Justicia, con cédula de identidad Nº 1-631-758, para que participe en la “Cumbre Global de Mujeres”, a celebrarse en Santiago de Chile del 14 al 16 de mayo del 2009. Dicha Actividad está patrocinada en parte por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).

Artículo 2º—Los gastos por concepto de pasaje aéreo, impuestos de salida e inscripción, serán cubiertos por el Programa de las Naciones para el Desarrollo (PNUD).

Artículo 3º—Los gastos por concepto de hospedaje, alimentación (desayuno, almuerzo y cena, según corresponda) y otros gastos (transporte), serán cubiertos por el programa 779, Actividad Central del Ministerio de Justicia, del 13 al 16 de mayo del 2009, los cuales serían por un monto de $.557,04 (quinientos cincuenta y siete dólares con cero cuatro centavos), los gastos de los días 17 y 18 de mayo serán cubiertos por la Dra. Viviana Martín.

Artículo 4º—Durante la ausencia de la señora Ministra de Justicia se nombra al señor Fernando Ferraro Castro como Ministro a. í. del Ministerio de Justicia, cédula de identidad Nº 1-730-386, del 13 al 18 de mayo del 2009.

Artículo 5º—Rige a partir de las 3:45 p. m. del 13 de mayo y hasta la 1:30 p. m. del 18 de mayo del 2009.

Dado en la Presidencia de la República, a los 6 días del mes de mayo del 2009.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(O. P. Nº 93645).—(Solicitud Nº 27447).—C-25520.—(48595).

Nº 707-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones y facultades constitucionales y legales señaladas en el artículo 139 inciso 1) de la Constitución Política de la República de Costa Rica y el artículo 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Nº 6227 del dos de mayo de mil novecientos setenta y ocho y el artículo 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a la doctora Viviana Martín Salazar, Ministra de Justicia, con cédula de identidad N° 1-631-758, para que participe en el “Tercer Congreso Internacional de Ministros de Justicia”, a celebrarse en la Comunidad de Saint Egidio, Roma, Italia, del 25 al 26 de mayo del 2009.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de pasaje aéreo, alimentación (desayuno, almuerzo y cena según corresponda) y otros gastos, serán cubiertos por el programa 779, Actividad Central del Ministerio de Justicia, del 25 al 26 de mayo del 2009, los cuales serán por un monto de $.264,88.

Artículo 3º—Los gastos por concepto de hospedaje, serán cubiertos por los organizadores del evento.

Artículo 4º—Además se autoriza a la Dra. Viviana Martín para que disfrute de sus vacaciones del 27 al 29 de mayo del 2009, lo anterior según dictamen de la Procuraduría General de la República Nº C475-2006 del 28 de noviembre del 2006 dispone en lo conducente que «[…] a no dudarlo, tanto los ministros como viceministros tienen derecho a las vacaciones anuales remuneradas al tenor del mencionado numeral 59 constitucional [...] y artículos 24 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, 7 literal d) del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, entre otros».

Artículo 5º—Los gastos del 27 al 31 de mayo, serán asumidos en forma personal por la Dra. Viviana Martín y no implicarán ningún costo para los recursos del erario.

Artículo 6º—Durante la ausencia de la señora Ministra de Justicia se nombra al señor Fernando Ferraro Castro como Ministro a. í. del Ministerio de Justicia, cédula de identidad Nº 1-730-386, del 24 al 31 de mayo del 2009.

Artículo 7º—Rige a partir de las 8:00 a. m. del 24 de mayo y hasta las 21:00 horas del 31 de mayo del 2009.

Dado en la Presidencia de la República a los doce días del mes de mayo del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(O. P. Nº 93645).—(Solicitud Nº 27447).—C-25520.—(48593).

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Nº 073-MOPT

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

ACUERDAN:

Artículo 1º—De conformidad con lo dispuesto por la Ley 7495 del 3 de mayo de 1995, reformada mediante Ley Nº 7757 del 10 de marzo de 1998, publicada en La Gaceta Nº 72 del 15 de abril de 1998, expropiar a Carmen María Chaves Gutiérrez, cédula Nº 1-282-213 y Virginia Salazar Gutiérrez, cédula Nº 1-515-493 el bien inmueble sin inscribir, de conformidad con el plano catastrado Nº SJ-1124452-2007, situado en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San José, de la provincia de San José, un área de terreno equivalente a 137,65 metros cuadrados, según plano catastrado Nº SJ-1124452-2007. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado: “Mejoramiento de la Ruta Nº 3, Intersección Pozuelo”.

Artículo 2º—Dicha expropiación se requiere para la ejecución del citado Proyecto de Obra Pública, conforme las disposiciones legales citadas y la Declaratoria de interés público contenida en la Resolución Administrativa Nº 202 del 5 de marzo del 2009, publicada en La Gaceta Nº 60 del 26 de marzo del 2009.

Artículo 3º—La estimación del bien inmueble es de ¢.37.612.900,00 (treinta y siete millones seiscientos doce mil novecientos colones con 00/100), que corresponde al total de la suma a pagar de conformidad con el Avalúo Administrativo Nº 2009-44 de fecha 9 de marzo del 2009 del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, el cual no fue aceptado por las citadas propietarias, según oficio sin número de fecha 21 de abril del 2009, por lo que procede la confección del presente Acuerdo Expropiatorio, según lo estipulado en el artículo 28 inciso a) de la Ley de Expropiaciones Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas.

Artículo 4º—Comisionar y autorizar a la Procuraduría General de la República a efecto de que proceda a interponer el proceso especial de justiprecio hasta su final ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, incluyendo la protocolización e inscripción registral del terreno expropiado, conforme lo establecido en la Ley de Expropiaciones Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas.

Artículo 5º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las 10:52 horas del día 14 del mes de mayo del 2009.

Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(O. C. Nº 01-2009).—(Solicitud Nº 30209).—C-27020.—(48569).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

Nº 222-2009

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146) de la Constitución Política, 28, párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, la Ley de Régimen de Zonas Francas número 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica número 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo número 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas,

Considerando:

1º—Que Parque Industrial Zona Franca Alajuela, S. A., cédula jurídica 3-101-035225, es una empresa beneficiaria del Régimen de Zonas Francas, cuya actividad es la administración de la Zona Franca Alajuela. El Régimen le fue otorgado mediante Acuerdo Ejecutivo número 014-92, de fecha 13 de febrero del año 1992, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 55 del 18 de marzo de 1992 y sus reformas.

2º—Que de conformidad con los oficios GG-108-04 del 21 de abril de 2004; GG-184-05 del 05 de mayo de 2005; GG-130-06 del 31 de marzo de 2006; GG-324-07 de 05 de julio de 2007, remitidos por el Gerente General de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (en adelante PROCOMER) y el GO-3627-07 del 16 de noviembre de 2007 por el Gerente de Operaciones de PROCOMER al Despacho del Ministro de Comercio Exterior, se le inició un Procedimiento Administrativo a la empresa Parque Industrial Zona Franca Alajuela S. A., cédula jurídica Nº 3-101-035225, por supuestos incumplimientos al Régimen de Zonas Francas.

3º—Que en la tramitación del procedimiento referido en el Considerando anterior la empresa aceptó la existencia de los incumplimientos que le fueron atribuidos y manifestó expresamente que no estaba operando ni tenía ninguna relación, ni interés de continuar como beneficiaria del Régimen de Zonas Francas.

4º—Que el Ministro de Comercio Exterior, mediante resolución DMR-00086-08, de las ocho horas del tres de setiembre de 2008, debidamente notificada a la empresa el día 02 de octubre de ese mismo año, resolvió revocar el Régimen de Zona Franca a la empresa Parque Industrial Zona Franca Alajuela S. A., con fundamento en los artículos 19, 32 y 33 de la Ley número 7210 y sus reformas.

5º—Que la resolución antes citada fue impugnada en forma parcial por la empresa, específicamente en cuanto al señalamiento formulado para que PROCOMER iniciara el procedimiento correspondiente a fin de que otra empresa asumiera la administración del indicado Parque.

6º—Que mediante resolución DMR-00102-08 de las nueve horas treinta minutos del veintiocho de octubre del año dos mil ocho, notificada a la empresa el día treinta y uno de ese mismo mes, se declaró sin lugar el recurso de reconsideración interpuesto por la empresa, confirmándose en todos sus extremos la resolución DMR-00086-08 citada en el considerando cuatro anterior.

7º—Que se ha cumplido con los procedimientos de Ley.

Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Revocar, sin responsabilidad alguna para el Estado, el Régimen de Zonas Francas otorgado a la empresa Parque Industrial Zona Franca Alajuela S. A. cédula jurídica 3-101-035225, otorgado mediante Acuerdo Ejecutivo número 014-92, de fecha 13 de febrero del año 1992, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 55 del 18 de marzo de 1992 y sus reformas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 19, 32 y 33 de la Ley de Régimen de Zonas Francas.

Artículo 2º—Otorgar a la empresa Parque Industrial Zona Franca Alajuela S. A., el plazo de quince días contados a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, para proceder a la liquidación de sus operaciones dentro del Régimen de Zona Franca. En el momento en que la empresa demuestre que ha cumplido con la obligación aquí establecida, PROCOMER le devolverá el depósito de garantía, una vez realizados los descuentos correspondientes, en caso de que proceda, de conformidad con el artículo 4 inciso h) de la Ley número 7210 y sus reformas.

Artículo 3º—Rige a partir de su comunicación.

Comuníquese y publíquese.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los doce días del mes de marzo del año dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(O. C. Nº 93031).—(Solicitud Nº 27820).—C-54170.—(49653).

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD

AVISO

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar: que la Asociación de Desarrollo Integral de Zagala Vieja de Miramar, Montes de Oro de Puntarenas, por medio de su representante: José Heriberto Pérez Retana, cédula Nº 601730500, ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, 5 de junio del 2009.—Departamento de Registro.—Lic. Yamileth Camacho Marín, Jefa.—1 vez.—Nº 110797.—(48371).

HACIENDA

DIRECCION GENERAL DE CONTROL FISCAL

EDICTO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La Dirección de la Policía de Control Fiscal, comunica el extravío del Libro de Novedades del Consejo Asesor, en fecha diez de febrero del dos mil nueve. Se presentó ante el Juzgado Contravencional del Primer Circuito Judicial de San José, la denuncia correspondiente. Esta Dirección se exime de toda responsabilidad por el mal uso.—San José, 28 de abril del 2009.—Lic. Rigoberto Rodríguez Sojo, Director.—1 vez.—(Solicitud Nº 05255.Invest.Fiscal).—C-6770.—(48669).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS

REGISTRO DE AGROQUÍMICOS

EDICTOS

DIA-R-E-501-2009.—Gustavo Meléndez Calderón, portador de la cédula o pasaporte Nº 1-693-956, en su calidad de representante legal de la compañía Viva S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del producto herbicida de nombre comercial DVA Ametrina 80 WG, compuesto a base de ametrina. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y Ley 8702 Trámite de Solicitudes de Registro de Agroquímicos. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 29 de mayo del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(48563).

DIA-R-E-500-2009.—Gustavo Meléndez Calderón, portador de la cédula o pasaporte Nº 1-693-956, en su calidad de representante legal de la compañía Viva S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del producto herbicida de nombre comercial DVA Terbutrina 50 SC, compuesto a base de terbutrina. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y Ley 8702 Trámite de Solicitudes de Registro de Agroquímicos. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 29 de mayo del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(48564).

El señor Geovanny Paniagua Jiménez con número de cédula 5-267-092, vecino de Heredia, en calidad de representante legal de la Compañía Droguería Nativet con domicilio en Heredia, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Ciper-Veex 10%. Fabricado por: Laboratorio Reveex de Venezuela, con los siguientes principios activos: cada 100 ml contienen: Cipermetrina 10 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: aves: tratamiento de ácaros y piojos, bovinos, ovinos y porcinos: control de moscas, mosquitos y garrapatas. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 21 de mayo del 2009.—Departamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios, Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1 vez.—(48622).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

Nº 004-2009.—San José, 2 de junio de 2009

Con fundamento en lo que establece el artículo 140, inciso 2) de la Constitución Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.

ACUERDA:

Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de Servicio Civil, a los siguientes funcionarios:

Nombre                             Cédula     Nº puesto           Clase puesto

José Rafael Segura Vargas 1-1063-0373      500632          Prof. Serv. Civil 2

Noily Azofeifa Chinchilla 1-0453-0102      013505          Oficinista 3

David Agüero Azofeifa    1-0980-0241      029088          Porf. Serv. Civil 1-A

Artículo 2º—Rige a partir del 01 de febrero de 2009, 16 de febrero del 2009 y 4 de mayo del 2009, respectivamente.

Publíquese.—Dirección Ejecutiva.—Ing. Alejandro Molina Solís, Director Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 01-2009).—(Solicitud Nº 30209).—C-18770.—(48552).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 282, título N° 767, emitido por el Liceo Ing. Manuel Benavides, en el año mil novecientos ochenta y seis, a nombre de García Segura Hans Arturo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 3 de abril del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(47578).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 25, título N° 315, emitido por el Liceo Santa Cruz Clímaco A. Pérez, en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Contreras López Ana Yancy. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 5 de junio del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—Msc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—(47686).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 103, título Nº 286, emitido por el Liceo Nocturno Maurilio Alvarado Vargas, en el año dos mil seis, a nombre de Umaña Jiménez  Gaudy. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 23 de febrero del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—Msc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—Nº 110526.—(47831).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios Diversificada “Rama Académica” Modalidad en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 33, título N° 89, emitido por el Liceo Experimental Bilingüe La Cruz, en el año mil novecientos setenta y siete, a nombre de Diner Heriberto Corea Obregón. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y por cambio de apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son: Diner Heriberto Tinoco Corea. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 29 de julio del 2009.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—(47658).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Titulo de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 39, título N° 148, emitido por el Colegio San Martín, en el año dos mil ocho, a nombre de Castro Campos María Rosa. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 5 de junio del 2009.—MSc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—(47660).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Técnico Medio en Ciencias Agropecuarias en Producción Pecuaria, inscrito en el tomo 1, folio 28, título N° 352, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Nicoya, en el año dos mil siete, a nombre de Campos Espinoza Randy Mauricio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 14 de abril del 2009.—MSc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—(47669).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 130, Título Nº 1126, emitido por el Colegio Técnico Profesional Padre Roberto Evans Saunders Siquirres, en el año dos mil uno, a nombre de Díaz Corrales Yirlany. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 05 de mayo del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(48087).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio 53, título Nº 638, emitido por el Liceo Nocturno de Desamparados, en el año mil novecientos setenta y nueve, a nombre de Jiménez Jiménez Blanca Flor. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 4 de junio del 2009.—MSc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—(48251).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 40, asiento Nº 381, emitido por el Liceo Nuevo de Limón, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de Mora Bustos Rigoberto. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 4 de junio del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—(48542).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 10, título Nº 49, emitido por el Liceo Nocturno de Ciudad Colón, en el año mil novecientos noventa y uno, a nombre de López López Yesenia de los Ángeles. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, nueve de junio del dos mil nueve.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—M.Sc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—(48602).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 15, título Nº 88, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Osa, en el año mil novecientos noventa y uno, a nombre de Morales Rosales Milton. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintisiete de mayo del dos mil nueve.— Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—(48617).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 6, título Nº 1490, emitido por el Liceo Miguel Araya Venegas, en el año dos mil cinco, a nombre de Monge Segura Edgar Esteban. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 14 de abril del 2009.—Departamento de Evaluación de Calidad.—MSc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—Nº 111048.—(48791).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada Asociación Campesina de Guácimo, siglas ASCAG, acordada en asamblea celebrada el día 18 de enero del 2009. Expediente S-C156. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos 14, 17, 18, 20, 22 y 24 del Estatuto.—San José, 24 de abril del 2009.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—Exento.—(48683).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Profesionales en Trabajo Social del Patronato Nacional de la Infancia, con domicilio en la provincia de San José, Cantón Central. Sus fines, entre otros están: Ser una organización líder, que participe activamente en el proceso de desarrollo profesional. Su presidenta Lucy Fonseca Marenco, es la representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite; tomo: 2009, asiento 106112, adicional 2009-134388.—Curridabat, 2 de junio del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 110849.—(48367).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Cristiana Catedral de Vida, con domicilio en la provincia de San José, Desamparados, distrito Damas, doscientos metros antes de la entrada de la Villa Olímpica en la Iglesia Catedral de Vida; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Llevar el mensaje de salvación de Nuestro Señor Jesucristo a todas las personas tal como él lo establece en su palabra. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Roberto Luis Chaverri Rosales. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomos: 577 y 2009, asientos: 75298 y 85753.—Curridabat, ocho de mayo del dos mil nueve.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 110883.—(48368).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Mujeres Agroecológicas de Occidente, con domicilio en la provincia de Alajuela, cantón central distrito centro segunda planta del edificio frente entrada principal de la etapa Básica de Música de la Universidad de Costa Rica; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Fomentar y capacitar en el uso de tecnologías amigables con el ambiente, de la agricultura sostenible y producción orgánica. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Roxana María Vásquez Ramírez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomos: 2009 y 2009, Asientos: 62208 y 106733.—Curridabat, 8 de mayo del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 110928.—(48782).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma al estatuto de la Asociación Bautista Misionera del Invu Las Cañas Alajuela. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939 y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2009 Asiento: 127334.—Curridabat, 1 junio del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 110993.—(48783).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Atlética Pedestre de Coronado, con domicilio en la provincia de San José, Coronado. Sus fines, entre otros están: la dirección, coordinación, organización, supervisión, promoción y todo lo relacionado con el atletismo en todas sus categorías. Su presidente Roberto Cordero Umaña, es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939 y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite. Tomo: 2009, asiento 94470.—Curridabat, 13 de mayo del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 111008.—(48784).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Familiares de Víctimas de Homicidio, con domicilio en la provincia de San José, cantón Central, en Zapote. Sus fines, entre otros están: Promover y actualizar los valores permanentes de los familiares de las víctimas de homicidio. Su presidenta Nancy Madrigal Castro, es la representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite. Tomo: 2009, asiento 128632.—Curridabat, 01 de mayo del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 111065.—(48785).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Nuevo Colón, distrito Sardinal, cantón Carrillo, provincia de Guanacaste, con domicilio en la provincia de Guanacaste. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto, de conformidad con las disposiciones y reglamentos que al respecto emite el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados que serán de acatamiento obligatorio. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente Luis Enrique Bustos Obando. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 576, asiento 80139 y adicional tomo 2009, asiento 48395.—Curridabat, 07 de mayo del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 111154.—(48786).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada Asociación Cristiana La Victoria del Rey Jesús. Con domicilio en Cantón de Jiménez, provincia de Cartago. Sus fines, entre otros están: Propagación de la fe cristiana con base en la doctrina de Jesucristo, enseñanza de una vida moral elevada basada en las sagradas escrituras. Su presidente Nelson Martín Méndez Montero es el representante judicial y extrajudicial de la asociación con carácter de apoderado generalísimo sin límite de suma, conforme a las atribuciones del artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil. Sin embargo tratándose de vender, hipotecar y de cualquier otro modo enajenar los bienes de la asociación, deberá contar con el acuerdo previo de la asamblea general y las excepciones contempladas en el artículo trece inciso c) del estatuto para cualquier gestión mayor a los trescientos mil colones. El vicepresidente sustituirá al presidente en sus ausencias temporales, con iguales atribuciones y obligaciones. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite; Tomo: 2009 Asiento 034255.—Curridabat, 26 de marzo del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 111198.—(48787).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Cámara de Porteo Fenapo, con domicilio en la provincia de Alajuela. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: El desarrollo biosicosocial de sus miembros, promover, organizar y brindar el servicio de transporte privado de personas a nivel nacional con el desarrollo de programas de concientización social del papel preponderante que desarrolla la figura del porteador en la actual coyuntura económica. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es la Presidenta Yuribeth Méndez Castro. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2009 Asiento 74518 y Adicionales Tomo 2009 Asiento 109165 y Tomo 2009 Asiento 126685).—Curridabat, 22 de mayo del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 111259.—(48788).

REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula Nº 1-669-228, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Plexxikon Inc., de Estados Unidos de América, solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS QUE MODULAN ACTIVIDAD C-FMS Y/O C-KIT Y USOS PARA ELLO. Compuestos activos sobre las proteínas tirosina cinasas receptoras c-kit y/o c-fms se proporcionan con este documento. También se proporcionan con este documento composiciones útiles para el tratamiento de enfermedades o padecimientos mediados por c-kit y/o enfermedades o padecimientos mediados por c-fms y métodos para el uso de las mismas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es C07D 471/04 cuyos inventores son, Zhang Chao, Zhang Jiazhong, Ibrahim Prabha N, Artis Dean R, Bremer Ryan, Wu Guoxian, Zhu Hongyao y Nespi Marika. La solicitud correspondiente lleva el número 10817 fue presentada a las 11:36:00 del 21 de mayo de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de mayo del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—Nº 110161.—(47626).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Federico Rucavado Luque, mayor, casado, abogado, cédula Nº 1-839-188, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de SGX Pharmaceuticals, Inc., de Estados Unidos de América, solicita la Patente de Invención denominada TRIAZOLES BICÍCLICOS COMO MODULADORES DE LA PROTEÍNA CINASA. Se ha descubierto que los compuestos triazole bicíclicos de la presente divulgación se podrían utilizar para modular la actividad de la cinasa y para tratar enfermedades mediadas por la actividad de la misma. En particular, los compuestos de la presente divulgación pueden utilizarse para modular o inhibir las tirosina cinasas o ambas, inclusive el MET. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición C07D 487/04, cuyos inventores son Pierre-Yves Bounaud, Elizabeth Anne Jefferson y Christopher Ronald Smith. La solicitud correspondiente lleva el número 10803 y fue presentada a las 08:55:00 del 19 de mayo del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de mayo del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—Nº 111069.—(48778).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS

SOLICITUD DE EXPLOTACIÓN DE TAJO

En expediente Nº 2700 los señores Álvaro Arias González, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de San Antonio, Coronado, San José, cédula Nº 5-185-812 y Jairo Arias González, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de La Esperanza, Venado, San Carlos, Alajuela, cédula Nº 5-257-318, solicitan concesión de explotación de materiales en tajo Los Arias.

Localización geográfica:

Sito en: La Esperanza, distrito: 10 Venado, cantón: 10 San Carlos, provincia: 02 Alajuela.

Hoja cartográfica:

Hoja Monterrey, escala 1:50.000 del I.G.N.

Localización cartográfica:

Entre coordenadas generales:     281693.2874 282040.4367 Norte,

                                                   455638.7212 - 455864.4992 Este.

Área solicitada:

3 ha 7532.29 m², según consta en plano aportado al folio 29.

Derrotero:

Coordenadas del vértice Nº 1 282007.3827 Norte, 455639.0215 Este.

 

Línea

Acimut

Distancia(mts)

1 - 2

358°  00’

8.60

2-3

031° 37’

28.72

3-4

132° 33’

30.91

4-5

103° 32’

45.02

5-6

060° 16’

29.63

6-7

136° 39’

149.73

7-8

179° 35’

68.29

8-9

205° 36’

7.59

9-10

182° 53’

12.31

10-11

193° 35’

12.15

11-12

160° 06’

24.72

12-13

123° 00’

16.13

13-14

204° 44’

14.26

14-15

200° 05’

25.55

15-16

199° 03’

59.93

16-17

270° 00’

49.36

17-18

315° 47’

76.04

18-19

014° 09’

43.89

19-20

000° 06’

15.57

20-21

285° 59’

33.57

21-22

011° 00’

54.51

22-23

000° 30’

15.02

23-24

016° 21’

47.42

24-25

332° 12’

48.30

25-26

298° 20’

55.10

26-27

017° 11’

3.23

27-1

294° 24’

23.16

 

Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 11 de setiembre del 2008, área y derrotero aportados el 23 de enero del 2009. Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José, 2 de junio del 2009.—Lic. Cynthia Cavallini Chinchilla, Registro Nacional Minero.—Nº 110255.—(47632).

2 v. 2.

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. 9110P.—Disol S. A., solicita concesión de: 0,1 litro por segundo del pozo IS-477, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Nicolás, Cartago, Cartago, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 209.150 / 542.125 hoja Istarú. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 3 de junio del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(47653).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Expediente Nº 13437A.—Cafetalera de Tierras Ticas S. A., solicita concesión de: 70 litros por segundo del Río Caraigres, efectuando la captación en finca de Caficultura G.T. S.A. y Finan Café S.A.A en Monterrey (Aserrí), Aserrí, San José, para uso agroindustrial-beneficio y agropecuario-riego. Coordenadas 193.176 / 524.155 hoja Caraigres. Predios inferiores: Víctor Manuel Chacón Padilla, Ricardo Castro Cordero, Miguel Castro Méndez, Claudio Castro Méndez, Gerardo Castro Méndez. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 05 de junio del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(48069).

Expediente 8475A.—Agrícola Chuz S.R.L. solicita concesión de 3 litros por segundo del río Balsa, efectuando la captación en finca de su propiedad en Ángeles, San Ramón, Alajuela, para uso Agropecuario riego. Coordenadas 239.450 / 481.880 hoja Quesada. Predios inferiores Roberto Marín Sánchez. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de junio del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(48214).

Expediente Nº 9061A.—Inversiones Bajique de Sabanilla Ltda., solicita concesión de: 0,15 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Rodríguez, Valverde Vega, Alajuela, para uso agropecuario, riego y consumo humano-doméstico. Coordenadas 232.150/497.300 hoja Naranjo. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 2 de junio de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(48304).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. Nº 8656A.—Edeman Espinoza Miranda, solicita concesión de 0,15 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Chomes, Puntarenas, Puntarenas, para uso agropecuario, abrevadero, consumo humano-doméstico. Coordenadas 235.900 / 438.300 Hoja Chapernal. Predios inferiores. No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de mayo del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 110811.—(48372).

Exp. Nº 3746A.—María Ninfa Chaves Salazar, solicita concesión de 0,02 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Ovidio Salas Vallestero en Cirri Sur, Naranjo, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 240.000 / 494.400 Hoja Quesada. Predios inferiores: Ovidio Salas Vallestero. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de mayo del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 110861.—(48373).

Exp. 4141P.—Sociedad Inmueble J. R. S. A, solicita concesión de: 0,5 litros por segundo del pozo BA-231, efectuando la captación en finca de su propiedad en Alajuela, Alajuela, para uso comercial, lavado de vehículos y consumo humano-doméstico. Coordenadas 222.120 / 512.270 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de junio del 2009.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón. Jefe.—(48538).

Expediente Nº 13386P.—Secret Getaway S. A., solicita concesión de: 1 litro por segundo del pozo GA-125, efectuando la captación en finca de su propiedad en Nosara, Nicoya, Guanacaste, para uso consumo humano. Coordenadas 218.755 / 353.260 hoja Garza; 1 litro por segundo del pozo AG-126, efectuando la captación en finca de su propiedad en Nosara, Nicoya, Guanacaste, para uso consumo humano. Coordenadas 218.600 / 352.760 hoja Garza. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de abril del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(48663).

Expediente Nº 13434P.—Arleneina S. A., solicita concesión de: 0.4 litros por segundo del Pozo RG-210, efectuando la captación en finca de su propiedad en Jesús (Atenas), Atenas, Alajuela, para uso consumo humano y doméstico. Coordenadas 217.650/490.850 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 03 de junio del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 110953.—(48793).

FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL

Ante la Oficina Regional San José Occidental del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO), se han presentado solicitudes de ingreso al Pago de Servicios Ambientales sobre inmuebles sin inscribir en el Registro Nacional y sobre los que a sus poseedores se les pagaría por los servicios ambientales brindados por el bosque existente en dichos inmuebles, según el siguiente detalle:

Solicitante

Presolicitud

Ubicación

geográfica

N° de plano

Área bajo

PSA

Julieta Espinoza

Carmona

SJ0102389

Caserío: Tigra

Distrito: Tigra

Cantón: San Carlos

Provincia: Alajuela

A-13093-1976

18 Hect.

 

De conformidad con el Reglamento a la Ley Forestal, Decreto Ejecutivo Número 25721-MINAE y sus reformas, se concede un plazo de 10 días hábiles posteriores a la segunda publicación de éste edicto, para oír oposiciones. Toda oposición debe ser fundada y formularse por escrito ante la Oficina Regional de San José Occidental y deberá acompañar los argumentos y pruebas en que se fundamente la oposición. El expediente con la ubicación, plano catastrado y otros, podrán consultarse en la Oficina Regional, sita San José, avenida 7, calles 3 y 5, oficinas del en horario de 7:00 a. m. a 3:00 p. m.—Guillermo Rojas Valverde.—(Solicitud Nº 35502).—C-58520.—(47682).

2 v. 2

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

Se informa a los potenciales oferentes que la Proveeduría Institucional del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, está ubicada en San José, Radiográfica Costarricense S. A. (RACSA), 300 metros norte, edificio Padilla, costado norte, Av. 11- Calle 1, teléfono 2256-0917 Ext. 121 ó 240 Fax. 2256-0036. Correo electrónico: proveeduria@sinac.go.cr

Horario de atención

Público en general: lunes a viernes: 7:00 a 15:00 horas

Recepción de garantías: lunes a viernes: 8:00 a 12:00 horas

Consulta de expedientes: lunes a viernes: 7:00 a 14:00 horas

Recepción de mercadería: lunes y miércoles: 7:00 a 13:30 horas.

Lic. Marietta Tencio Olivas, Proveedora Institucional.—1 vez.—(O. C. Nº 90002).—(Solicitud Nº 37553).—C-10520.—(48682).

PODER JUDICIAL

AVISOS

DIRECCION NACIONAL DE NOTARIADO

Ante esta Dirección, se ha presentado solicitud de inscripción y habilitación como notario de Andrés Alberto Jiménez Vega, carné 17606, cédula: 111090557, expediente Nº 09-000718-0624-NO, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta este lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación.—San José, 1º de junio del 2009.—Lic. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, Director.—(48529).

Ante esta Dirección, se ha presentado solicitud de inscripción y habilitación como notaria de Helen Adriana Solano Morales, carné 16388, cédula: 110630563, expediente Nº 09-000707-0624-NO, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta ésta lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación.—San José, 1º de junio del 2009.—Lic. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, Director.—1 vez.—(48536).

Ante esta Dirección, se ha presentado solicitud de inscripción y habilitación como notario publico de Geovanny Cordero Jiménez, carné 17630, cédula 900810826, expediente Nº 09-001338-0624-NO, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta este lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación.—San José, 09 de junio del 2009.—Lic. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, Director.—1 vez.—Nº 111190.—(48790).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil – Departamento Civil

OFICINA ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Romelia Felícitas Durán Morera, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 782-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas y treinta y ocho minutos del veintidós de mayo del dos mil nueve. Ocurso. Exp. Nº 8514-09. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de matrimonio de Olivier Alfaro Barrantes con Romelia Felícitas Morales Durán..., en el sentido que los apellidos de la cónyuge son “Durán Morera, hija de María Durán Morera, costarricense”, asimismo el número de cédula de la misma es “dos- trescientos dieciocho-cero cincuenta y cuatro” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(48545).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Sara María Galo Hurtecho, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 854-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y cuarenta minutos del veintisiete de mayo del dos mil nueve. Ocurso. Expediente Nº 9331-09. Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Sara María Galo Hurtecho... en el sentido que los apellidos de la persona ahí inscrita son “Urtecho Urtecho, hija de María Aura Urtecho, no indica segundo apellido” y defunción de María Galo Hurtecho... en el sentido que el nombre y los apellidos de la persona ahí inscrita es “María Aura Urtecho, no indica segundo apellido, hija de Paz Urtecho, no indica segundo apellido, ni nacionalidad y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—Nº 111099.—(48794).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Kimberly María Murillo Movellán, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 721-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cuarenta minutos del veinte de mayo del dos mil nueve. Expediente Nº 1454-09. Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Kimberly María Murillo Movellán... en el sentido que los apellidos del padre de la persona ahí inscrita son “Chaverri Murillo”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—Nº 111118.—(48795).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ri-Xu Zheng conocido como Cheang Iat Hoi, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 778-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cinco minutos del veintidós de mayo del dos mil nueve. Expediente Nº 37303-08. Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Iat Hoi Cheang, no indica otro apellido con Yamileth Auxiliadora Conejo Aguilar... en el sentido que el nombre y el apellido del cónyuge son “Ri-Xu Zheng, no indica segundo apellido” hijo de “Qing-Man Zheng, no indica segundo apellido” y “Yu-Hua Chen, no indica segundo apellido” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—Nº 111119.—(48796).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIÓN

Avisos de solicitud de naturalización

Solange Cristiane Colepicolo Zolesi conocida como Solange Cristiane Colepicolo de Monge, mayor, divorciada, enfermera, brasileña, cédula de residencia 415-95386-230, vecina de Cartago, expediente 5108-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 26 de mayo del 2009.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(48541).

Sulma Lorena Álvarez Molina, conocida como Sulma Lorena Molina Álvarez, mayor, casada, comerciante, salvadoreña, cédula de residencia 122200059835, vecina de San José, expediente 190-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, veintidós de abril de dos mil nueve.—Lic. Erick Guzmán Vargas, Director General a. í.—1 vez.—(48603).

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

AVISOS

La Contraloría General de la República, informa:

AUDIENCIA A LAS EMPRESAS REGULADAS POR LA AUTORIDAD

REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS (ARESEP) Y POR

LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES (SUTEL)

Este Órgano Contralor ha recibido tanto de ARESEP como de la SUTEL, para su trámite de aprobación, los proyectos de cánones de regulación correspondientes al año 2010. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo Nº 82 de la Ley Nº 7593 de 9 de agosto de 1996 y sus reformas, se concede un plazo de diez días hábiles, a partir de la fecha de esta publicación en el Diario Oficial La Gaceta, para que las empresas reguladas remitan, en forma escrita, las observaciones que tengan a bien formular sobre dichos proyectos, al Lic. Allan Roberto Ugalde Rojas, Gerente del Área de Servicios Económicos para el Desarrollo de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de esta Contraloría General, para su respectivo estudio, así como la indicación de un número de fax o en defecto de lo anterior, la indicación de lugar físico que deberá estar ubicado dentro del cantón Central de San José; para recibir notificaciones.

La documentación completa de los citados proyectos podrá ser consultada y reproducida en las oficinas de la Unidad de Publicaciones de la Contraloría General de la República, de lunes a viernes entre las 08:00 y las 14:00 horas.

San José, 01 de junio del 2009.—Rocío Aguilar Montoya, Contralora General de la República.—1 vez.—(O. C. Nº 90307).—C-18770.—(49753).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

SEGURIDAD PÚBLICA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

Plan anual de adquisiciones 2009

La Proveeduría Institucional les informa a todos los interesados que a partir de esta fecha se ha realizado una modificación al plan anual de adquisiciones del Ministerio de Seguridad Pública y Gobernación correspondiente al siguiente programa presupuestario 090-02 Escuela Nacional de Policía, el cual se encuentra a su disposición en la dirección electrónica www.hacienda.go.cr. En el link de COMPRARED.

San José, 03 de junio del 2009.—Bach. José Ramírez Pérez, Proveedor Institucional.—1 vez.—(O. C. Nº 95888).—(Solicitud Nº 30417).—C-97520.—(49685).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

Modificación de programa anual de adquisiciones 2009

De conformidad con lo estipulado en el artículo Nº 6 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo Nº 7 del Reglamento General de Contratación Administrativa, se informa a todos los interesados que durante el período 2009, se contratará lo siguiente: (*) Monto por 48 meses.

Descripción

Monto equivalente

según vigencia

del contrato ¢

Cuatrimestre

Vigencia

del contrato

Precalificación de Profesionales en derecho elegibles para fungir

como Órgano Director*

352.999.999,00

II al III

48 meses

Instalación de principios para mejorar

los procesos de ejecución estratégica

de la organización*

316.000.000,00

II al III

48 meses

Precalificación de empresas constructoras para remodelaciones

y construcciones*

1.098.000.000,00

II al III

48 meses

 

San José, 11 de junio del 2009.—Lic. Yesenia Quirós Angulo, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 18787).—C-38270.—(49688).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL SAN RAFAEL DE ALAJUELA

Modificación plan anual de adquisiciones 2009

El Hospital San Rafael de Alajuela les informa a todos los interesados, que se realizó la siguiente modificación al plan anual de adquisiciones 2009:

En la cuenta 2320 “Equipo médico y de laboratorio” se incluye Tanque de Compresas Calientes por un monto de ¢630.000.00. Periodo de inicio III Trimestre.

Alajuela, 05 de junio del 2009.—Dirección.—Dr. Francisco Pérez Gutiérrez, Director Médico.—1 vez.—(49615).

LICITACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000047-08900

Compra e instalación de sistema de solución eléctrica

módulo B complejo policial Juan Rafael Mora Porras

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Seguridad Pública comunica a todos los interesados que estará recibiendo ofertas hasta las 10:00 horas del día 15 de julio del 2009, para la compra e instalación de sistema de solución eléctrica módulo B complejo policial Juan Rafael Mora Porras. El correspondiente cartel está disponible gratuitamente a partir de esta fecha en el sistema de compras gubernamentales CompraRed en la dirección: www.hacienda.go.cr/comprared o bien en la recepción de la Proveeduría Institucional ubicada en barrio Córdoba, frente al Liceo Castro Madriz previa presentación de disquete o memoria USB.

San José, 11 de junio del 2009.—Bach. José Ramírez Pérez, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 30425).—(O. C. Nº 93003).—C-13520.—(49718).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL

LICITACIÓN PÚBLICA 2009 LN-000001-99999

Mejoramiento franjas de seguridad de pista, calle de rodajes, aguas

pluviales y calle perimetral, Aerop. Daniel Oduber Quirós

El Consejo Técnico de Aviación Civil y la Dirección General de Aviación Civil a través de la Proveeduría Institucional recibirá ofertas en sobre cerrado, hasta las 10:30 horas del día 13 de julio del 2009,

Las bases de esta Licitación podrán ser adquiridas en la Proveeduría Institucional de la Dirección General de Aviación Civil, sita en la Uruca, San José, contiguo a la Dirección General de Migración y Extranjería, el valor de las copias lo asumirá el interesado o podrán obtenerlas a través del sistema de compras gubernamentales compr@red, en la dirección https://www.hacíenda.go.cr/comprared.

El cartel se complementa con 28 laminas del proyecto, las cuales podrán ser adquiridas por cuenta del oferente en Jiménez y Tanzi; ubicado en San José, 50 metros norte de Radiográfica Costarricense, frente al edificio Numar.

La visita al sitio se realizará el día 23 de junio del 2009, a las 11:00 a. m. dicha visita será única y oficial; lugar de la reunión: Administración del Aeropuerto Internacional Daniel Oduber Quirós.

Esta visita no es de carácter obligatorio y queda bajo la responsabilidad y riesgo del propio oferente asistir o no, y resguardar a la Administración de futuros reclamos por una cotización en que no hayan considerado detalles que solo pueden ser apreciados en la visita.

San José, 05 de junio del 2009.—Lic. José Alberto Cascante Torres, Proveedor Institucional.—1 vez.—(O. C. Nº 20424).—(Solicitud Nº 4933).—C-21770.—(49635).

JUSTICIA Y GRACIA

LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000046-78300

Compra de pan para el CAI Liberia

Programa 78300

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Justicia, recibirá ofertas hasta las 11:00 horas del día 08 de julio del 2009, para la licitación supracitada.

El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema Comprared en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet, a partir de esta notificación o podrá obtenerlo en la Proveeduría Institucional del Ministerio de Justicia, ubicada en San José, calle primera, avenidas 12 y 14, 50 metros norte de la Clínica Bíblica, frente a las instalaciones del Centro Educativo Marcelino García Flamenco.

San José, 10 de junio del 2009.—Lic. Manuel Fernández Rodríguez, Proveedor Institucional.—1 vez.—(O. P. Nº 97099).—(Solicitud Nº 16650).—C-15770.—(49638).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados a participar en el siguiente procedimiento de:

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000074-PROV

Alquiler de local para ubicar al Juzgado Contravencional

de Santo Domingo de Heredia

Fecha y hora de apertura: 07 de julio de 2009, a las 10:00 horas.

Los respectivos carteles se pueden obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados deben dirigirse al Proceso de Adquisiciones del Departamento de Proveeduría, sita en el 3º piso del edificio Anexo B, ubicado en la esquina formada entre calle 15 avenida 6, San José; o bien, obtenerlos a través de Internet, en la dirección htttp://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la dirección balpizar@poder-judicial.go.cr. En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a los teléfonos 2295-3136/ 3623 / 3295.

San José, 11 de junio del 2009.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa a. í.—1 vez.—(49717).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-709024-UL

(2009LA-709024-UL)

Adquisición de sellos varios tamaños

El Instituto Nacional de Seguros recibirá ofertas por escrito hasta las 9:00 horas del 30 de junio del 2009, para la contratación de “Adquisición de sellos varios tamaños”.

Los interesados pueden pasar a retirar el pliego de condiciones, sin costo alguno, en el Departamento Proveeduría, ubicado en el octavo piso del edificio de oficinas centrales.

San José, 11 de junio del 2009.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Yesenia Quirós Angulo, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 18787).—C-10520.—(49687).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS

DE SALUD CENTRAL SUR

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000003-2399

Contratación de servicio de vigilancia para sede equipo

administrativo, sede Ebais Paracito, sede Ebais San

Vicente y antiguo edificio Coope Santa Rosa

del Área de Salud Moravia

La Oficina de Compras de la Dirección Regional de Servicios de Salud Central Sur, recibirá ofertas por escrito, hasta las 10:30 a. m. del día viernes 10 de julio 2009, para la contratación de servicios de vigilancia para sede equipo administrativo, sede Ebais Paracito, sede Ebais San Vicente y antiguo edificio Coope Santa Rosa del Área de Salud de Moravia. Más información en www.ccss.sa.cr.

San José, 10 de junio del 2009.—Dra. Hilda Oreamuno Ramos, Directora Regional.—1 vez.—(49588).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

DIRECCIÓN PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000028-PRI

Desconexión de servicios fraudulentos y reconexión de servicios

en la Cantonal de Puntarenas, Región Pacífico Central

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del día 02 de julio del 2009, para la “Desconexión de servicios fraudulentos y reconexión de servicios en la cantonal de Puntarenas, Región Pacífico Central”.

Los documentos que conforman el cartel, pueden ser retirados en la Proveeduría del AyA, sita en el módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA, ubicado en Pavas, previa cancelación de ¢500,00.

San José, 10 de junio del 2009.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—(O. C. Nº 2009-29).—C-12770.—(49682).

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2009LN-000011-PRI

Compra de vehículos

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del día 14 de julio del 2009, para la “Compra de vehículos”.

Los documentos que conforman el cartel, pueden ser retirados en la Proveeduría del AyA sita en el módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA, ubicado en Pavas, previa cancelación de ¢500,00.

San José, 11 de junio del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—(O. C. Nº 2009-29).—C-10520.—(49684).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE FERROCARRILES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000003-01

Remodelación de la estación de autoconsumo de combustible

del INCOFER en el taller Siquirres

El Departamento de Proveeduría del Instituto Costarricense de Ferrocarriles, recibirá ofertas para la licitación indicada, hasta las 14:00 horas del día 03 de julio del 2009.

Los interesados podrán retirar el cartel con las condiciones generales, en la Proveeduría; previo pago de la suma de ¢500,00 en la Tesorería del INCOFER.

San José, 11 de junio del 2009.—Departamento de Proveeduría.—Marta E. Navarro Sandoval.—1 vez.—(O. C. Nº 9329).—(Solicitud Nº 9838).—C-6770.—(49679).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000002-01

Compra de 2.650 metros cúbicos de piedra tipo

balasto para la vía férrea

El Departamento de Proveeduría del Instituto Costarricense de Ferrocarriles, recibirá ofertas para la licitación indicada, hasta las 10:00 horas del día 03 de julio del 2009.

Los interesados podrán retirar el cartel con las condiciones generales, en la Proveeduría; previo pago de la suma de ¢500,00 en la Tesorería del INCOFER.

San José, 11 de junio del 2009.—Departamento de Proveeduría.—Marta E. Navarro Sandoval.—1 vez.—(O. C. Nº 9329).—(Solicitud Nº 09837).—C-6770.—(49681).

JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA

ADMINISTRACIÓN PORTUARIA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000002-01

Invitación a participar en:

Licitación Pública Nº

Descripción

Fecha y hora

de apertura

2009LN-000002-01

Iluminación de Zona Portuaria Limón

16 de julio del 2009, a las 10:00 horas

 

Los carteles con las especificaciones técnicas, están disponibles en la Proveeduría Portuaria en Limón, sita contiguo a la Sucursal del Banco de Costa Rica, por el Boulevard, y en las Oficinas Administrativas en San José, ubicadas 200 metros sur y 25 oeste de la Gran Terminal de Buses del Caribe.

Limón, junio del 2009.—Lic. Walter Anderson Salomons, Proveedor.—1 vez.—(O. C. Nº 8).—(Solicitud Nº 49679).—C-15770.—(49750).

ADJUDICACIONES

EDUCACIÓN PÚBLICA

CONSEJO NACIONAL DE REHABILITACION

Y EDUCACION ESPECIAL

LICITACION PÚBLICA 2009LN-000001-99999

Compra de equipo diverso

El Área de Bienes y Servicios del Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial, informa a los interesados en la Licitación Pública 2009LN-000001-99999, “Compra de equipo diverso”, que mediante Resolución RBS-0117-2009, de las once horas del 09 de junio del 2009, se acordó adjudicar de la siguiente manera:

Línea 12, adjudicada a Nelson Carazo Guillén, cédula 8-0039-0701, por un monto total de ¢880.700,00.

Líneas 1, 7, 8, 9, 10, 11, 15 y 17, adjudicada a Distribuidora Comercial Triple A S. A., cédula 3-101-227277, un monto total de ¢27.200.550,00.

Líneas 2, 3, 4, 5, 6, 13, 14 adjudicada a Electro Centro González S. A., cédula 3-101-033130, un monto total de ¢32.321.736,00.

Línea 16, adjudicada a Productos de Uretano S. A., cédula 3-101-013498, por un monto de ¢3.725.000,00.

La línea 18 se declara infructuosa.

La resolución de la contratación esta a disposición de los interesados en el Sistema CompraRed en la dirección https://www.hacienda.go.cr, o puede ser solicitada al 2562-3155.

San José, 09 de junio del 2009.—Lic. Jorge Sánchez Morales, Proveedor Institucional.—1 vez.—(49637).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000016-85001

Contratación de servicios de limpieza para varias oficinas

regionales del Tribunal Supremo de Elecciones

La Proveeduría del Tribunal Supremo de Elecciones comunica por este medio, que en el artículo segundo de la sesión ordinaria Nº 056-2009 celebrada el 9 de junio del año en curso y comunicado en oficio Nº STSE-1842-2009, el Tribunal Supremo de Elecciones dispuso adjudicar el concurso de referencia de la siguiente manera:

A la empresa Servicios Múltiples Especiales S. A., (SERMULES) de acuerdo con el siguiente detalle:

Ítem

Descripción

Precio unitario

por mes ¢

Precio total

x 24 meses ¢

1

Por los servicios de aseo y limpieza, según se detalla en el pliego de condiciones, para la sede regional del Tribunal Supremo de Elecciones en Alajuela, y demás especificaciones, y detalles de la oferta

351.000,00

8.424.000,00

2

Por los servicios de aseo y limpieza, según se detalla en el pliego de condiciones, para la sede regional del Tribunal Supremo de Elecciones en Cartago, y demás especificaciones, y detalles de la oferta

350.500,00

8.412.000,00

3

Por los servicios de aseo y limpieza, según se detalla en el pliego de condiciones, para la sede regional del Tribunal Supremo de Elecciones en Heredia, y demás especificaciones, y detalles de la oferta

355.000,00

8.520.000,00

5

Por los servicios de aseo y limpieza, según se detalla en el pliego de condiciones, para la sede regional del Tribunal Supremo de Elecciones en Pococí, y demás especificaciones, y detalles de la oferta

377.000,00

9.048.000,00

6

Por los servicios de aseo y limpieza, según se detalla en el pliego de condiciones, para la sede regional del Tribunal Supremo de Elecciones en Limón, y demás especificaciones y detalles de oferta

367.500,00

8.820.000,00

 

 

TOTAL

43.224.000,00

 

En virtud de que no se recibieron ofertas elegibles para la sede de Corredores, se declara infructuosa la línea 4.

Todo sujeto a las demás condiciones y especificaciones del cartel y la oferta.

San José, 11 de junio del 2009.—Lic. Allan Herrera Herrera, Proveedor a. í.—1 vez.—(O P Nº 93148).—(Solicitud Nº 911-2009).—C-35020.—(49640).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE LOGÍSTICA

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000002-1142

Procesadoras placas RX

Los ítemes uno, dos, tres y cuatro de este concurso se adjudicó a la empresa Electrónica Industrial y Médica S. A., por un monto total de €217.454,34 (doscientos diecisiete mil cuatrocientos cincuenta y cuatro con treinta y cuatro euros exactos). “Vea detalles y mayor información en la página Webb http://www.ccss.sa.cr.

San José, 11 de junio del 2009.—Subárea de Adjudicaciones.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 1142).—(Solicitud Nº 2112).—C-9020.—(49658).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000056-PROV

Contratación de servicios de construcción de Líneas de Distribución

Eléctrica Sectores de Osa (Fórmula BCR-06-082008)

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la UEN Servicio al Cliente Electricidad, mediante oficio 1070-0102-2009 del 04 de junio del 2009, acordó adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2009LA-000056-PROV de la siguiente manera:

A: Carlos Brenes Brenes.—(Oferta Nº 4).

Fórmula BCR-06-08 Sectores de Osa.

 

Total Fórmula

BCR-06-08

$ 118 712,35

Tiempo de entrega

del servicio

90 días naturales a partir de la fecha de notificación de inicio

del servicio.

Modalidad y forma de pago:

Los pagos se harán en dos tractos por avances de obras:

A-  El primer tracto, cuando la postería y los anclajes correspondientes estén debidamente instalados, aplomados y recibidos por el ingeniero inspector del ICE.

B-  Segundo tracto, una vez realizada la recepción definitiva la(s) obra(s), basados en la cantidad y los precios unitarios cotizados en los montajes normalizados de construcción facturados e instalados  de acuerdo por cada obra. Con respecto al conductor a instalar, se considerará como longitud real, lo indicado en los planos de construcción. En caso de discrepancia entre el contratista y el ICE, respecto a la longitud real del conductor a pagar, se realizarán mediciones de verificación, directa mente en la obra, asumiendo cada parte de los costos en que se incurra por tal efecto.

 

Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta adjudicada.

NOTA:   Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada, la personería jurídica y certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada o poder consularizado según corresponda, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada ¢1.000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).

San José, 11 de junio del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Marita Arias Herrera, Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 342050).—C-30020.—(49678).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO ADQUISICIONES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-01

Contratación de servicios de ampliación y remodelación

del edificio de la Unidad Servicio al Usuario

La Junta Directiva, en sesión Nº 4391, artículo V, celebrada el 08 de junio del 2009, acuerda adjudicar la licitación en referencia en los siguientes términos:

    Adjudicar las líneas 1, 2, 3 y 4 a la oferta 6 de la empresa Edificaciones y Pinturas de Costa Rica S. A., por un monto de ¢227.000.000,00, sin impuestos de importación, por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofertar con un monto razonable.

San José, 10 de junio del 2009.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—(Solicitud Nº 28220).—(O. C. Nº 20013).—C-11270.—(49725).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000004-01

Contratación de ampliación del sistema

de almacenamiento SAN del INA

La Junta Directiva, en sesión Nº 4391, artículo V, celebrada el 08 de junio del 2009, acuerda adjudicar la licitación en referencia en los siguientes términos:

    Adjudicar la línea única a la oferta única de la empresa Sonda Tecnologías de Información de Costa Rica S. A., por un monto de $466.720,61 por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable.

San José, 10 de junio del 2009.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—(Solicitud Nº 28220).—(O. C. Nº 20013).—C-9020.—(49727).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000014-01

Contratación de abastecimiento de servicios

aduanales, según demanda

La Comisión Local Central de Adquisiciones, en sesión Nº 14-2009, artículo IV, celebrada el 10 de mayo del 2009, acuerda adjudicar la licitación en referencia en los siguientes términos:

    Adjudicar la línea 1 (única) a la oferta 1 de la empresa Dinámica Agencia Aduanal S. A., por un monto estimado de ¢18.000.000,00 el cual será por un año, el cual se podrá prorrogarse año a año por tres años más, para un total de cuatro años, según demanda, por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable.

San José, 11 de junio del 2009.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—(Solicitud Nº 28221).—(O. C. Nº 20013).—C-12020.—(49737).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000003-PROV

Adquisición de llantas de diferentes tipos con entrega según demanda

Se comunica a los interesados del presente concurso, que por acuerdo Nº 2, artículo IV, sesión ordinaria 162, celebrada por la Corporación Municipal del cantón central de San José, el día 2 de junio del 2009, se adjudica según detalle:

Importadora Automanía de Cartago S. A.

Ítem

Aro

Dimensión de llanta

Tipo de banda

Rango de

Utilización de

la llanta

Precio unitario

4

10

3.5-10 *

Carretera

B ( 4 PR )

Motoneta

¢9.970,00

5

10

6.50-10

Industrial

E ( 10 PR )

Montacarga

36.000,00

7

12

7.00-12

Industrial

G ( 14 PR )

Montacarga

60.082,00

8

13

185/70R13 tubular

Carretera

B ( 4 PR )

Sedán

20.000,00

9

14

175/65R14 tubular

Carretera

B ( 4 PR )

Sedán

26.500,00

10

14

185/65R14 tubular

Carretera

B ( 4 PR )

Sedán

27.500,00

11

14

205R14 tubular

Carretera

D ( 8 PR )

Pick up/Microbús

39.225,00

14

15

7.00-15 *

Doble propósito

E ( 10 PR )

Camión

46.500,00

18

15

195/60R15

Carretera

B ( 4 PR )

Sedán

35.000,00

21

16

6.50-16 *

Doble propósito

E ( 10 PR )

Camión

54.000,00

22

16

7.00-16 *

Doble propósito

E ( 10 PR )

Camión

54.000,00

23

16

7.50-16 *

Doble propósito

G ( 14 PR )

Camión

60.400,00

24

16

11L–16 *

Tipo anillos

E ( 10 PR )

Retroexcavador

105.000,00

25

16

205R16 tubular

Carretera

D ( 8 PR )

Pick up

63.000,00

28

16,5

12-16.5 tubular

Industrial

E ( 10 PR )

Minicargador/

77.000,00

Retroexcavador

37

18

120/80-18 *

Todo terreno

B ( 4 PR )

Motocicleta

135.000,00

40

20

10.5-20 tubular

Industrial

E ( 10 PR )

Retroexcavador

185.000,00

45

21

90/90-21 *

Todo terreno

B ( 4 PR )

Motocicleta

195.000,00

46

22,5

11R22.5 tubular

Doble propósito

H ( 16 PR )

Vagoneta/

185.000,00

Recolector

47

22,5

11R22.5 tubular

Tracción

H ( 16 PR )

Vagoneta/

160.000,00

Recolector

50

22,5

295/75R22.5 tubular

Tracción

G ( 14 PR )

Camión

190.000,00

53

24

12,00R24*

Doble propósito

L ( 20 PR )

Vagoneta/

284.000,00

Recolector

56

24

16,9R24*

R - 4

E ( 10 PR )

Retroexcavador

260.000,00

57

24

19,5L -24 tubular

R - 4

E ( 10 PR )

Retroexcavador

401.020,00

 

Plazo de entrega: entregas parciales de acuerdo a las necesidades de la Municipalidad.

Forma de pago: pagos parciales de acuerdo a las entregas parciales solicitadas por la municipalidad, 30 días naturales después de la recepción definitiva del objeto de compra.

Grupo Q Productos Automotrices S. A.

 

Ítem

Aro

Dimensión de llanta

Tipo de banda

Rango de

Utilización de

la llanta

Precio unitario

15

15

7.50-15 *

Doble propósito

F ( 12 PR )

Camión

$272,00

16

15

10.00R15 *

Doble propósito

G ( 14 PR )

Carreta

$480,00

27

16,5

10-16.5 tubular

Industrial

D ( 8 PR )

Minicargador

$460,00

30

17,5

215/75R17.5 tubular

Doble propósito

F ( 12 PR )

Camión

$289,00

31

17,5

215/75R17.5 tubular

Tracción

F ( 12 PR )

Camión

$310,00

32

17,5

225/75R17.5 tubular

Doble propósito

F ( 12 PR )

Camión

$314,00

33

17,5

225/75R17.5 tubular

Tracción

F ( 12 PR )

Camión

$324,00

38

18

12.5/80R18 tubular

I-3

F ( 12 PR )

Retroexcavador

$948,00

39

18

335/80R18 tubular

I-3

F ( 12 PR )

Retroexcavador

$948,00

41

20

11.00R20 *

Doble propósito

H ( 16 PR )

Vagoneta

$450,00

42

20

11.00R20 *

Tracción

H ( 16 PR )

Vagoneta

$523,00

43

20

14.5-20 tubular

Industrial

G ( 14 PR )

Autohormigonera

$600,00

48

22,5

275/80R22.5 tubular

Doble propósito

H ( 16 PR )

Camión

$602,00

49

22,5

275/80R22.5 tubular

Tracción

H ( 16 PR )

Camión

$653,00

51

22,5

315/80R22.5 tubular

Doble propósito

L ( 20 PR )

Recolector

$829,00

52

22,5

315/80R22.5 tubular

Tracción

L ( 20 PR )

Recolector

$847,00

54

24

12,00R24*

Tracción

L ( 20 PR )

Vagoneta/

Recolector

$1.010,00

55

24

14,00R24*

G - 2

H ( 16 PR )

Niveladora

$1.900,00

58

25

17,5 - 25 tubular

L - 3

H ( 16 PR )

Cargador

$2.267.00

 

Plazo de entrega: entregas parciales de acuerdo a las necesidades de la Municipalidad.

Forma de pago: pagos parciales de acuerdo a las entregas parciales solicitadas por la municipalidad, 30 días naturales después de la recepción definitiva del objeto de compra.

Se declaran infructuosos los ítems Nos. 1, 2, 3, 6, 12, 13, 17, 19, 20, 26, 29, 34, 35, 36 y 44  por no haber sido ofertados y  otros por no cumplir con los requisitos establecidos en las condiciones técnicas.

San José, 10 de junio de 2009.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 121211).—(Solicitud Nº 4304).—C-162500.—(49707).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000013-PROV

Demolición y construcción de 8060 m2 losas cortas

de concreto hidráulico de alta resistencia, en la avenida 10,

entre calle 8 a calle 11

Se comunica a los interesados del presente concurso, que por Acuerdo Nº 4, artículo IV, sesión ordinaria 162, celebrada por la Corporación Municipal del Cantón Central de San José, el día 2 de junio 2009, se adjudica según detalle:

Cemex Costa Rica S. A.

Demolición y construcción de 8060 m2 losas cortas de concreto hidráulico de alta resistencia, en la avenida 10, entre calle 8 a calle 11

Precio total ofertado                         $853.544,70

Descuento 2.5%                                 $21.338,62

Monto total oferta:                          $832.206,08

Total adjudicado:                              $832.206,08

Plazo de entrega: 59 días hábiles después de recibida la orden de inicio.

La forma de pago será:

25% del monto contratado, previa inspección de 2015 m2 de losa colocados, contra entrega de facturas debidamente autorizadas por el Almacén Municipal y deben estar autorizadas por el Ministerio de Hacienda.

25% del monto contratado, previa inspección de 2015 m2 de losa colocados, contra entrega de facturas debidamente autorizadas por el Almacén Municipal y deben estar autorizadas por el Ministerio de Hacienda.

25% del monto contratado, previa inspección de 2015 m2 de losa colocados, contra entrega de facturas debidamente autorizadas por el Almacén Municipal y deben estar autorizadas por el Ministerio de Hacienda.

25% del monto contratado, al finalizar la obra, contra entrega de facturas debidamente autorizadas por el Almacén Municipal y deben estar autorizadas por el Ministerio de Hacienda.

San José, 10 de junio del 2009.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 121211).—(Solicitud Nº 4305).—C-28520.—(49708).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000014-PROV

Demolición y construcción de 3 100 m2 de losas cortas

de concreto hidráulico, base estabilizada BE-35 de 20 cm y 1 000 m de cordón y caño

(distrito merced), en avenida 3, entre calle 2 a calle 10

Se comunica a los interesados del presente concurso, que por acuerdo Nº 4, artículo IV, sesión ordinaria 162, celebrada por la Corporación Municipal del cantón central de San José, el día 2 de junio 2009, se adjudica según detalle:

Cemex Costa Rica S. A.

Demolición y construcción de 3 100 m2 de losas cortas de concreto hidráulico,  base estabilizada BE-35 de 20 cm y 1 000 m de cordón y caño (distrito merced), en avenida 3, entre calle 2 a calle 10

Precio total ofertado                           $339.758,80

Total adjudicado:                                $339.758,80

Plazo de entrega: 44 días hábiles (61 días naturales) después de recibida la orden de inicio.

Forma de pago: La forma de pago será: 

25% del monto contratado, previa inspección de 1 000 m2 de losa colocados, contra entrega de facturas debidamente autorizadas por el Almacén Municipal y deben estar autorizadas por el Ministerio de Hacienda.

25% del monto contratado, previa inspección de 1 000 m2  de losa colocados, contra entrega de facturas debidamente autorizadas por el Almacén Municipal y deben estar autorizadas por el Ministerio de Hacienda.

25% del monto contratado, previa inspección de 1 000 m² de losa colocados, contra entrega de facturas debidamente autorizadas por el Almacén Municipal y deben estar autorizadas por el Ministerio de Hacienda.

25% del monto contratado, al finalizar la obra, contra entrega de facturas debidamente autorizadas por el Almacén Municipal y deben estar autorizadas por el Ministerio de Hacienda.

San José, 10 de junio de 2009.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 121211).—(Solicitud Nº 4306).—C-28520.—(49709).

MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ

PROCESO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000006-01

Adquisición de camión recolector compactador,

vagoneta y cargador compacto

Se comunica a los potenciales oferentes, cuya invitación a participar se publicó en el Diario Oficial La Gaceta Nº 25 del cinco de febrero del dos mil nueve, que mediante resolución DAME 0054-2009, se concluye:

Según el artículo Nº 29 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo Nº 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se procede a declarar desierto el Renglón Nº 2 de la Licitación Pública Nº 2009LN-000006-01, por razones de protección al interés público. Además, según el artículo Nº 30 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo Nº 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se procede a declarar infructuoso el Renglón Nº 1 de la Licitación Pública Nº 2009LN-000006-01, para iniciar un nuevo proceso de contratación administrativa.

El expediente se encuentra a la disposición para revisión total de la resolución citada, así como el resto de los documentos que lo componen en el siguiente horario: de lunes a viernes de 07:30 de la mañana a las 16:00 horas, en las Oficinas de la Proveeduría Municipal, ubicada en el Edificio Anexo del Palacio Municipal (Antiguo Centro de Salud).

Cira Castro Myrie, Proveeduría.—1 vez.—(O. C. Nº 30937).—(Solicitud Nº 3980).—C-13520.—(49741).

MUNICIPALIDAD DE POÁS

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000003-ASISTA

Producción de 870 TM de mezcla asfáltica en caliente para retirar

en boca de planta, con aporte de asfalto AC-30 municipal

La suscrita Secretaria del Concejo Municipal, Roxana Chinchilla Fallas, hace constar que en la sesión ordinaria Nº 163 celebrada el 08 de Junio del 2009, el Concejo Municipal de Poás, tomo el Acuerdo Nº 4901-06-2009 en forma unánime y definitivamente aprobado, adjudicar la Licitación Abreviada 2009LA-000003-ASISTA “Producción de 870 TM de mezcla asfáltica en caliente para retirar en boca de planta, con aporte de asfalto AC-30 municipal”, a la empresa Constructora Meco S. A., por un monto total de ¢16.938.900,00. Publíquese Diario Oficial La Gaceta.

San Pedro de Poás, 09 de junio del 2009.—Roxana Chinchilla Fallas, Secretaria.—1 vez.—(49677).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE CARRILLO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000002-01

Reconstrucción del parque de Belén, Carrillo, Guanacaste

Acatando lo dispuesto por el Concejo Municipal de Carrillo me permito transcribirles el texto del acuerdo Nº 8, que se consigna en el acta de la sesión ordinaria Nº 21-2009 celebrada el día 26 de mayo del año en curso, el mismo literalmente dice:

“Siendo que de la Comisión Institucional de Recomendaciones y Adjudicaciones se nos han remitido los Considerandos y Recomendación para que este Concejo Municipal proceda a la adjudicación de la Licitación Pública número 2009LA-000002-01 para la “reconstrucción del parque de Belén” según detalle a continuación:

Considerando:

a)  Que se invitó a este proceso a las empresas mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta número 49 del 11 de marzo de 2009.

b)  Que presentaron oferta las empresas Presbere (COPRESA) por un monto de doscientos setenta y dos millones cincuenta y dos mil setecientos veinticinco colones exactos, Constructora y Consultora Gutiérrez y Asociados S. A., por un monto de doscientos sesenta y ocho millones ciento ochenta mil colones exactos, Constructora Atico S. A., por un monto de doscientos veinticinco millones quinientos cincuenta y dos mil seiscientos veintiséis colones con sesenta y nueve céntimos, y la empresa Edificaciones Coloniales Rocha S. A., que ofertó por la suma de doscientos treinta y dos millones cinco mil seiscientos ochenta y dos colones exactos.

RECOMENDACIÓN QUE SE SUGIERE: Que en sesión de trabajo de comisión efectuada en la Sala de Sesiones el día lunes 25 de mayo de 2009, en presencia del señor Alcalde Municipal, el licenciado Fernando Acevedo Angulo de la Dirección Jurídica, licenciado Maycol Novoa Arceyú, Jefe Departamento de Proveeduría y licenciado Cristian Medina Osorio, Director Financiero Administrativo, ausente la sindica Ana Quintero quien por situaciones personales no se pudo presentar. Así las cosas, se procedió a analizar el expediente correspondiente con las propuestas determinadas como elegibles, este último aspecto tomando en cuenta que la empresa ATICO S. A., no cumple con el bloque de legalidad al no encontrarse como patrono ante la seguridad social, por ende incumple con el numeral 74 de la Ley Orgánica de la Caja Costarricense de Seguro Social al tenor de nuestra legislación no puede dicha empresa contratar con la administración pública. En el caso de la empresa Presbere (COPRESA) su oferta es inelegible por cuanto incumplió con lo prevenido por la Comisión en oficio IM-POC-000-09, donde se le solicitó a dicha empresa que indicase sus intenciones de ajustar su propuesta económica al presupuesto existente, siendo que al ser omiso en este aparte se tiene como inelegible su propuesta económica, por ende las dos ofertas tanto Constructora y Consultora Gutiérrez y Asociados S. A., y la empresa Edificaciones Coloniales Rocha S. A., por un monto de doscientos treinta y dos millones cinco mil seiscientos ochenta y dos colones exactos, sustenta este análisis en vista de que ambas ofertas elegibles presentan puntajes similares, siendo que es criterio considerar el principio de una sana administración y de la hacienda municipal, rotación de proveedores, principio de eficiencia y eficacia, para proceder con esta recomendación. Lo anterior, por cuanto la empresa Gutiérrez y Asociados posee adjudicadas tres obras en este municipio a saber: Desfogue pluvial barrio Las Palomas en Playas del Coco, cementerio de Playas del Coco, y cordón y caño en el distrito de Belén, siendo que si bien en cierto la empresa Gutiérrez y Asociados a petición de este municipio procedió a rebajar su precio, éste sigue siendo superior al precio ofertado por la empresa Edificaciones Coloniales Rocha S. A., por lo que bajo los aspectos supra enunciados se mantiene en firme recomendar la adjudicación de la Licitación Pública número 2009LA-000002-01 a favor de la empresa Edificaciones Coloniales Rocha S. A., por el monto de doscientos treinta y dos millones cinco mil seiscientos ochenta y dos colones exactos. Debe tenerse presente que la empresa Constructora Gutiérrez y Asociados S. A., ajustó su precio en la suma de doscientos treinta y dos millones ciento setenta y cinco mil colones exactos, así las cosas es notorio que aún sigue siendo su precio superior con relación al de la empresa recomendada por esta Comisión. Debe conocer el Concejo Municipal que las notas de calificación obtenidas según el sistema de evaluación son las siguientes: Consultora y Constructora Gutiérrez y Asociados S. A., nota 84.5 y la empresa Edificaciones Coloniales Rocha S. A., nota 82.

Por tanto: en atención al estudio realizado por la Comisión de Adjudicaciones y a la sugerencia emitida, este Concejo Municipal con cuatro votos a favor dispone: adjudicar la Licitación Pública número 2009LA-000002-01 “Reconstrucción Parque de Belén” a la empresa Edificaciones Coloniales Rocha S. A., por el monto de ¢232.005.682,00 (doscientos treinta y dos millones cinco mil seiscientos ochenta y dos colones exactos). Quedando debidamente autorizados el señor Alcalde, Tesorera y Proveeduría Municipales a continuar con el proceso licitatorio hasta su finalización y a efectuar los pagos conforme se indica en el citado cartel. La regidora Vega Obando manifiesta que vota negativo porque no consta en el estudio realizado -ni en ninguna parte del expediente- la firma del arquitecto Celso Cortés Sandoval, que es a quien le corresponde en última instancia supervisar la obra que se estará realizando. Acuerdo definitivamente aprobado. Mayela Canales Líos, Secretaria Concejo Municipal. (Sic).

Filadelfia, 3 de junio de 2009.—Departamento de Proveeduría Municipal.—Antonio Montero Céspedes, Proveedor Titular Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 9808).—C-72770.—(49634).

FE DE ERRATAS

SEGURIDAD PÚBLICA

LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000031-09003

(Modificaciones al cartel)

Compra de equipo informático

La Proveeduría Institucional de este Ministerio comunica a todos los interesados en la contratación arriba indicada que se están realizando las siguientes modificaciones al cartel de licitación:

1. En el aparte 21 Metodología de Evaluación se realizan las siguientes modificaciones:

Donde dice:

 

 

Criterio

Porcentaje

Precio

80%

Plazo de entrega

10%

Experiencia de la empresa

10%

Total

100%

 

Debe leerse:

Criterio

Porcentaje

 

Computadoras

impresoras UPS

Software

Plotter

Precio

65

80

75

Plazo de entrega

10

10

10

Experiencia de la empresa

10

10

10

Certificaciones

10

0

0

Garantía de repuestos

5

0

5

TOTAL

100%

100%

100%

 

Modificar el punto 21.1 cuyo texto deberá leerse de la siguiente manera:

21.1 (Precio)

Para determinar el puntaje correspondiente en el factor precio se aplicará la siguiente fórmula:

Computadoras, impresoras y UPS

Factor Precio =

Oferta de Menor Precio x 65

Precio de Oferta a Evaluar

Software

Factor Precio =

Oferta de menor precio x 80

Precio de oferta a evaluar

Plotter

Factor Precio =

Oferta de menor precio x 75

Precio de oferta a evaluar

 

Agregar los puntos 21.4 y 21.5 cuyos textos dirán:

21.4 (Certificaciones)

Se otorgará un puntaje por cada una de las siguientes Certificaciones que el oferente aporte, las cuales deberán adjuntarse en un apéndice dedicado exclusivamente para este efecto dentro de la oferta, y debidamente numeradas. En caso de no adjuntar documentos originales, el oferente deberá aportar copias debidamente certificadas. La valoración se acreditará según el siguiente detalle:

A. Certificaciones de cumplimiento de normas de seguridad y calidad (2.5 puntos cada una / Total 5 puntos): Se otorgará 2.5 puntos por cada una de las siguientes certificaciones que el oferente aporte:

w  Certificado de su sistema de gestión de calidad, referente a la empresa, vigente a la apertura de las ofertas, según normas ISO 9001 o ISO 9002 (versión 1994), según corresponda; o bien de la norma ISO 9001-2000.

w  Certificado referente a la planta de procedencia del producto ofrecido. Para tal efecto el oferente deberá aportar Declaración Jurada, expresando claramente que el equipo de la marca y modelo ofrecido procede de la planta certificada.

El Ministerio de Seguridad Pública se reserva el derecho de verificar esta información.

B. Certificación de UL (5 puntos): Se otorgará 5 puntos a los oferentes que aporten certificado de cumplimiento de pruebas del producto, vigente a la fecha de apertura de las ofertas, otorgado por UL (Underwriters Laboratories Inc.), indicando claramente la marca y el modelo del equipo que se está certificando. Se deberá presentar una certificación por cada marca y modelo de equipo ofrecido. El Ministerio de Seguridad Pública se reserva el derecho de verificar esta información.

21.5 (Garantía de repuestos)

Se otorgará 5 puntos a los oferentes que aporten certificación emitida por el fabricante que garantice a la Administración el suministro de repuestos para los equipos ofertados, por un plazo mínimo de 5 años.

2. En el aparte 20 Especificaciones Técnicas del Objeto Contractual, línea 1 (microcomputadora de escritorio), se MODIFICAN los puntos 9, 10, 30 y 47, cuyos textos deberán leerse de la siguiente manera:

Punto 9: Al menos 1 ranura de expansión PCI.

Punto 10: Al menos 1 ranura de expansión PCI Express 16x o superior.

Punto 30: Debe incluirse los manuales respectivos del microcomputador en idioma español. Entiéndase que los mismos pueden presentarse por medios escritos, magnéticos u ópticos.

Punto 47: Garantía mínima de 2 años la cual debe estar debidamente certificada por el fabricante.

3. En el aparte 20 Especificaciones Técnicas del Objeto Contractual, línea 2 (impresora matriz de puntos):

Se ELIMINAN las líneas:

Ø  De 100 a 420 mm (FX-2190)

Ø  De 101,6 a 406,4 mm (FX-2190)

Se MODIFICA el párrafo Consumo, cuyo texto deberá leerse de la siguiente manera:

“El oferente deberá indicar el consumo de la impresora ofertada.”

4. En el aparte 20 Especificaciones Técnicas del Objeto Contractual, línea 7 (computadora de escritorio para diseño gráfico, tecnología Macintosh), se MODIFICAN los párrafos procesamiento, memoria, tarjeta gráfica y monitor, almacenamiento y periféricos y sonido, cuyos textos deberán leerse de la siguiente manera:

Procesamiento

Ø  Microarquitectura Intel de última generación.

Ø  Un procesador Xeon 3500 de Intel de núcleo cuádruple a 2.93 GHz.

Ø  8 MB de caché de nivel 3 completamente compartida.

Ø  Controlador de memoria integrado.

Memoria

Ø  4 Giga Bytes en módulos SDRAM ECC DDR3 a 1.066 MHz.

Ø  Con 4 ranuras de memoria con capacidad para un máximo de 8 GB de memoria principal usando módulos DIMM de 1 ó 2 GB.

Tarjeta Gráfica y Monitor

Ø  Ranura gráfica PCI Express 2.0 de ancho doble con 16 canales para Radeon HD 4870 de ATI con 512 MB de memoria GDDR5, PCI Express 2.0, un puerto Mini Display Port y un DVI de doble canal.

Ø  Adaptador de DVI.

Ø  Conexión de dos monitores en las modalidades de escritorio ampliado y video en modo espejo.

Almacenamiento

Ø  Cuatro bahías para discos duros de 3.5 pulgadas de conexión directa y sin cables con canales Serial ATA independientes de 3 Gb/s; con cuatro soportes para discos internos.

Ø  Bahía de disco duro Nº 1: Serial ATA de 640 GB a 3 Gb/s, 7.200 rpm y caché de 16 MB.

Ø  Bahía Nº 2: SuperDrive a 18 velocidades compatible con doble capa (DVD±RDL, DVD±RW y CD-RW).

Ø  Una bahía para unidades ópticas libre para instalar una segunda unidad.

Periféricos y Sonidos

En el punto donde dice:

“Dos puertos FireWire 800 (uno en el frontal y otro en la trasera)”

Debe leerse:

“Cuatro puertos FireWire 800 (dos en el frontal y dos en la trasera)”

5. Se eliminan los puntos 18.1 y 18.2 del aparte requisitos de admisibilidad.

6. Se elimina totalmente el aparte 19 elegibilidad financiera.

7. La nueva fecha para recibir ofertas será el día 22 de junio del 2009 a las 10:00 horas.

Todo lo demás del cartel permanece invariable.

San José, 09 de junio del 2009.—Bach. José Ramírez Pérez, Proveedor Institucional.—1 vez.—(O. C. Nº 93772).—(Solicitud Nº 30424).—C-110000.—(49686).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000042-2104

Por la adquisición de conejos policlonales, anti proteína, solución

de rescate, tris buffer, ratón monoclonal, BCL-1 Cyclin CL,

ratón monoclonal anti Citoqueratina 7 y 20

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital México comunica a los interesados en el presente concurso, la modificación a la adjudicación respecto a publicación de Diario Oficial La Gaceta Nº 109, del lunes 08 de junio del 2009.

Léase correctamente: ítemes Nº 07, 12, 22, 59, 65, 107, 113, 114, 115 y 116: Se declaran infructuosos y se volverán a publicar. Agregúese el ítem Nº 62, que por error material se le adjudicó a la empresa Makol, O.C.R., S. A., quienes no participaron en este ítem.

Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 10 de junio del 2009.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Jacqueline Villalobos Hernández, Coordinadora.—1 vez.—(49674).

DIRECCIÓN DE SERVICIOS INSTITUCIONALES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-1161

Compra de vehículos

Para la Licitación Pública Nº 2009LN-000001-1161 “Compra de Vehículos”, se modifican las dimensiones establecidos en el Ítem Nº 5, de la descripción general, punto 10, léase de la siguiente manera:

Largo total: 5.20 metros (margen de tolerancia +- 10%)

Ancho total: 1.80 metros (margen de tolerancia +- 10%)

Altura total: 2.20 metros (margen de tolerancia +- 10%)

Se prorroga la fecha de apertura al día viernes 26 de junio del 2009 a las 11:00 horas.

Lic. Arístides Guerrero Rodríguez.—1 vez.—(49736).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Nº 2009LI-000004-PROV

(Adición)

Adquisición de transformadores de potencia de reserva

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación antes mencionada que se debe adicionar al cartel en lo concerniente a la responsabilidad del contratista lo siguiente:

Límite de responsabilidad del contratista. …Sin perjuicio de cualesquiera otras responsabilidades originadas en esta licitación, el Contratista será responsable por los daños directos que sean ocasionados por, o que resulten directa y exclusivamente de la negligencia, imprudencia, impericia o dolo del contratista, sus empleados, subcontratistas o agentes, durante la ejecución de este contrato, o que surjan de, o como consecuencia del cumplimiento inadecuado de sus obligaciones bajo este contrato. Hasta donde lo permita el ordenamiento jurídico costarricense aplicable, la responsabilidad del contratista por daños y perjuicios en virtud del presente contrato no excederá en ningún caso el Precio del Contrato, que el ICE haya pagado; y bajo ninguna circunstancia la responsabilidad del contratista comprenderá daños indirectos o consecuenciales.

Fecha de apertura de ofertas: A las 10:00 horas del día 23 de junio del 2009.

San José, 11 de junio del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Luis Fernando Araya Montero, Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 342050).—C-16520.—(49680).

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

A los interesados a participar en las siguientes Licitaciones: Licitación Abreviada Nº 2009LA-000029-02, Licitación Abreviada Nº 2009LA-000030-02 Licitación Abreviada Nº 2009LA-000031-02, Licitación Abreviada Nº 2009LA-000032-02 Licitación Abreviada Nº 2009LA-000033-02, Licitación Abreviada Nº 2009LA-000034-02 Licitación Abreviada Nº 2009LA-000035-02, Licitación Abreviada Nº 2009LA-000036-02 Licitación Abreviada Nº 2009LA-000037-02, Licitación Abreviada Nº 2009LA-000038-02 Licitación Abreviada Nº 2009LA-000039-02, cuya invitación salió publicada en La Gaceta Nº 106 del día jueves 3 de junio del 2009, se les comunica que en el Anexo Nº 1 “Tabla de pagos y desglose de precios unitarios”, el reglón de pago Nº 18 “Acceso y cerramiento perimetral” se deberá sustituir por  2 extinguidores tipo A, B y C, y 2 extinguidores tipo CO2.  Además se aclara que la resistencia del concreto estructural es: 245 Kg/cm2 para vigas, columnas y cimentaciones y 210 Kg/cm2 para relleno de columnas integrales. Para todas las paredes de mampostería se debe cotizar bloques de concreto de 15x20x40cm. Las demás condiciones del cartel continúan invariables incluyendo fecha y hora de recepción de ofertas.

Área de Contratación y Suministros.—Rafael Fernández Bolaños.—1 vez.—(49662).

COMISIÓN NACIONAL DE PRÉSTAMOS PARA LA EDUCACIÓN

COMPRA DIRECTA Nº 2009CD-640509-01

Se  informa  a  los  interesados  que  la  Contratación  Directa  Nº 64/05/2009, publicada   en   La Gaceta Nº 103  del  29  de  mayo  de  2009, el número de procedimiento debe leerse correctamente 2009CD-640509-01.

Sección Administrativa.—Lic. Roger Granados Ugalde, Jefe.—1 vez.—(49057).

REGLAMENTOS

CULTURA Y JUVENTUD

TEATRO POPULAR MÉLICO SALAZAR

La Junta Directiva del Teatro Popular Mélico Salazar reunida en sesión ordinaria Nº 581 del 9 de febrero del 2009, con fundamento en el artículo 6, inciso d), de la Ley Nº 7023, Ley de Creación del Teatro Popular Mélico Salazar, aprobó por Acuerdo Nº 14 ratificado en la sesión ordinaria Nº 584 celebrada el 23 de febrero del 2009, dictar el presente Reglamento de gastos de representación para la Dirección Ejecutiva y las Direcciones Generales de los programas artístico-culturales de la institución, y

Considerando:

I.—Que es indispensable en el Teatro Popular Mélico Salazar y sus programas, disponer de un Reglamento que establezca normas claras y responsabilidades definidas en el manejo de los fondos públicos que se ponen a disposición de determinados funcionarios por concepto de gastos de representación, que son indispensables para el cumplimiento de los objetivos de nuestra institución y para el desarrollo de las actividades artístico-culturales que se ejecutan.

II.—Que las disposiciones que emita el Teatro Popular Mélico Salazar deben estar apegadas al marco de legalidad, que se deriva del artículo 11 de nuestra Carta Magna y de la Ley General de la Administración Pública-Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.

III.—Que el Teatro Popular Mélico Salazar, ampara cinco programas que desarrollan actividades artístico-culturales y que administran sus propios recursos económicos, a saber: Compañía Nacional de Danza-Decreto Ejecutivo Nº 30421-C del 6 de mayo de 2002, Compañía Nacional de Teatro-Decreto Ejecutivo Nº 27990-C del 7 de julio de 1999, Taller Nacional de Danza-Decreto Ejecutivo Nº 27989-C del 6 de julio de 1999, Taller Nacional de Teatro-Decreto Ejecutivo Nº 27992-C del 8 de julio de 1999, Programa Nacional para el Desarrollo de las Artes Escénicas Decreto Ejecutivo Nº 33925-C del 9 de agosto de 2007; por lo que los Directores Generales de los mismos y el Director Ejecutivo de la institución, deben tener acceso al rubro gastos de representación para el adecuado cumplimiento de sus funciones.

IV.—Que el Teatro Popular Mélico Salazar debe regirse por la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos-Ley Nº 8131 del 4 de setiembre de 2001 y su Reglamento-Decreto Ejecutivo Nº 30058-H-MP-PLAN del 19 de diciembre de 2001, la Ley de Contratación Administrativa-Ley Nº 7494 del 24 de abril de 1995 y su Reglamento-Decreto Ejecutivo Nº 33411 del 27 de setiembre de 2006, la Ley General de Control Interno-Ley Nº 8292 del 31 de julio de 2002, el Manual de normas generales de control interno para la Contraloría General de la República y las entidades y órganos sujetos a su fiscalización-Resolución del Despacho del Contralor General de las 8:00 horas del 27 de mayo de 2001, el Reglamento para el funcionamiento de la Caja Única del Estado-Decreto Ejecutivo Nº 33950-H del 26 de julio de 2007, el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República-Resolución R-CO-1-2007 de las 15 horas del 22 de enero de 2007, Reglamento General del Fondo Cajas Chicas-Decreto Ejecutivo Nº 32874-H del 10 de noviembre de 2005, los lineamientos emitidos por la Tesorería Nacional y cualquier otra norma que regule la administración de los fondos públicos por parte de las instituciones del Estado. Por tanto,

Promulga:

El presente,

Reglamento de Gastos de Representación para el Director Ejecutivo

del Teatro Popular Mélico Salazar y los Directores Generales

de los programas artístico culturales que alberga

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º—Objetivo: El presente reglamento tiene por objeto establecer las regulaciones para el reconocimiento de gastos de representación para el Director Ejecutivo del Teatro Popular Mélico Salazar (en adelante denominado el TPMS) y los Directores Generales de sus programas artístico culturales.

Artículo 2º—Definición: Se entiende por gastos de representación, los montos que se giran a los funcionarios citados en el artículo anterior, para sufragar los gastos en que incurran los funcionarios citados en el artículo anterior, con motivo de la atención oficial a personas físicas o a representantes de entidades jurídicas ajenas a la institución; cuya atención implicará un beneficio para la consecución de los objetivos, fines y actividades del Teatro Popular Mélico Salazar y/o sus programas artístico culturales.

Quedan excluidos todos los gastos en que incurran los funcionarios autorizados, en su carácter personal o condición particular.

CAPÍTULO II

De los gastos de representación institucionales

Artículo 3º—Funcionarios autorizados: Están autorizados para incurrir en gastos de representación, los siguientes funcionarios:

a)  El Director Ejecutivo del Teatro Popular Mélico Salazar.

b)  El Director General y Artístico de la Compañía Nacional de Teatro-CNT.

c)  El Director General y Artístico de la Compañía Nacional de Danza-CND.

d)  El Director General y Pedagógico del Taller Nacional de Danza-TND.

e)  El Director General y Pedagógico del Taller Nacional de Teatro-TNT.

f)   El Director General del Programa Nacional para el desarrollo de las Artes Escénicas-PROARTES.

Artículo 4º—Posibilidad de delegación: Cuando por cualquier causa debidamente justificada, los funcionarios autorizados se encuentren imposibilitados para llevar a cabo la misión encomendada, podrán delegar la facultad en algún funcionario del TPMS, bajo su responsabilidad y respetando lo dispuesto por el presente reglamento.

Artículo 5º—Disponibilidad presupuestaria: Los gastos de representación no podrán exceder la suma presupuestada en el período correspondiente. No se autorizará ningún egreso por concepto de gastos de representación sin el visto bueno del Departamento Financiero-Contable, en el cual se haga constar la existencia de contenido presupuestario para tal efecto.

Artículo 6º—Tope máximo mensual: Durante el último mes del año, la Junta Directiva del TPMS definirá el tope máximo mensual sujeto a liquidación, que se cancelará por concepto de gastos de representación durante el año siguiente.

Dicho monto lo establecerá la Junta Directiva utilizando criterios de razonabilidad y proporcionalidad. Si las condiciones económicas del país varían repentinamente, podrán variar dicho monto en el transcurso del año, amparándose en dicha situación.

Artículo 7º—Fiscalización: Corresponde al Departamento Financiero Contable y a la Auditoría Interna del TPMS la fiscalización constante sobre el uso que hagan los funcionarios autorizados por el presente reglamento, de los gastos de representación concedidos.

CAPÍTULO III

Del procedimiento de liquidación

Artículo 8º—Procedimiento: Dentro de los primeros siete días hábiles siguientes al cierre del mes en que se produjo el gasto, se deberá presentar la liquidación de gastos.

Para esto, se deberán presentar facturas originales timbradas o autorizadas mediante oficio de la Dirección General de Tributación Directa, acompañadas de una justificación que deberá indicar:

a)  Cargo y nombre de las personas físicas o representantes de entidades jurídicas atendidos, y organización a la que pertenecen.

b)  Motivo de la atención (derivado del interés institucional).

c)  Clase o tipo de atención.

d)  Nombre, número de cédula y firma del funcionario responsable.

Para este procedimiento, el Departamento Financiero Contable del TPMS, facilitará las matrices y formularios correspondientes.

Artículo 9º—Requisitos de las facturas: Las facturas para la liquidación de gastos de representación deberán contener al menos la siguiente información:

a)  Nombre de establecimiento que brindó el servicio.

b)  Tipo de servicio brindado con el detalle de los conceptos consumidos.

c)  Nombre del cliente a cuyo cargo se brindó el servicio.

d)  Monto y sello cancelado.

El Departamento Financiero Contable no tramitará facturas que contengan únicamente la leyenda “Gastos de representación” en el concepto de la factura.

Bajo ninguna circunstancia se tramitarán facturas cuyas cifras no estén claras, que contengan tachaduras o borrones, sin membrete del local que la emitió o que contengan cualquier detalle que haga dudar de su legitimidad.

Artículo 10.—Facultades de verificación: El Departamento Financiero Contable del TPMS queda facultado para verificar cualquier dato relacionado con el gasto de representación que esté en trámite de pago. Igualmente, no tramitará ni realizará ningún pago cuando se incumplan los requisitos o los procedimientos señalados en este Reglamento.

CAPÍTULO IV

De los gastos de representación en el exterior del país

Artículo 11.—Gastos en el exterior: Únicamente, el Director Ejecutivo del TPMS podrá dispones de gastos de representación en el exterior del país, con fundamento en lo señalado en el Capítulo V del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, Resolución R-CO-1-2007 de las 15 horas del 22 de enero de 2007 emitida por la Contraloría de la República.

Artículo 12.—Reintegro: En el supuesto en que la suma autorizada en el acuerdo de viaje sea mayor a los gastos efectuados en el exterior, el funcionario deberá reintegrar las sumas no gastadas al realizar la liquidación correspondiente, según lo dispuesto por el capítulo anterior.

CAPÍTULO V

Disposiciones finales

Artículo 13.—Régimen disciplinario: Por el incumplimiento de las obligaciones y deberes establecidos en el presente reglamento se aplicará el régimen disciplinario y sancionatorio establecido en el Reglamento Autónomo de Servicio del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes (ahora de Cultura y Juventud)-Decreto Ejecutivo Nº 33270-C del 2 de junio de 2006, artículo 14 incisos 1, 4, 11, 14, 30, 31, 33, 34, artículo 15 incisos 1, 3, 4, 6, 7, 10, artículo 17 incisos 33, 34, 38, 39, 44, 47, 48, 49, 50, 54, 55, 59, 60 y artículos 18, 119, 120, 121, 122, 123, 124, 125 y 126.

Se aplicará también lo dispuesto por la Ley General de Control Interno-Ley Nº 8292 del 31 de julio de 2002, artículos 8, 9, 10, 39, 41, 42 y 43, así como lo dispuesto por el Reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos de la Contraloría General de la República-Resolución R-CO-1-2007 de las 15:00 horas del 22 de enero de 2007 y la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, Ley Nº 8131 del 4 de setiembre de 2001 y su Reglamento-Decreto Ejecutivo Nº 30058-H-MP-PLAN del 19 de diciembre de 2001.

Lo anterior, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que se deriven de las conductas anómalas cometidas por los funcionarios involucrados.

Artículo 14.—Normativa supletoria: Los casos no previstos en este reglamento se resolverán de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos-Ley Nº 8131 del 4 de setiembre de 2001 y su Reglamento-Decreto Ejecutivo Nº 30058-H-MP-PLAN del 19 de diciembre de 2001, la Ley de Contratación Administrativa-Ley Nº 7494 del 24 de abril de 1995 y su Reglamento-Decreto Ejecutivo Nº 33411 del 27 de setiembre de 2006, la Ley General de Control Interno-Ley Nº 8292 del 31 de julio de 2002, el Manual de normas generales de control interno para la Contraloría General de la República y las entidades y órganos sujetos a su fiscalización-Resolución del Despacho del Contralor General de las 8 horas del 27 de mayo de 2001, el Reglamento para el funcionamiento de la Caja Única del Estado-Decreto Ejecutivo Nº 33950-H del 26 de julio de 2007, el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República-Resolución R-CO-1-2007 de las 15 horas del 22 de enero de 2007, Reglamento General del Fondo Cajas Chicas-Decreto Ejecutivo Nº 32874-H del 10 de noviembre de 2005, los lineamientos emitidos por la Tesorería Nacional y cualquier otra norma que regule la administración de los fondos públicos por parte de las instituciones del Estado.

Artículo 15.—Modificaciones: Este Reglamento podrá ser modificado únicamente por acuerdo firme de la Junta Directiva del Teatro Popular Mélico Salazar.

Artículo 16.—Derogatorias: Este Reglamento deroga cualquier disposición normativa de anterior promulgación, de igual o inferior rango que se le oponga.

Artículo 17.—Vigencia: Este Reglamento entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en el Teatro Popular Mélico Salazar, San José, 24 de febrero del 2009.

Laura Pacheco Oreamuno, Presidenta Junta Directiva.—1 vez.—(48092).

BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA

La Junta Directiva del Banco Hipotecario de la Vivienda, en su sesión 37-2009, artículo 6º, del 18 de mayo del 2009, tomó el acuerdo Nº 5, que indica lo siguiente:

“ACUERDO Nº 5:

Considerando:

Primero.—Que en La Gaceta Nº 28 del 10 de febrero de 2009 se publicó la Ley Nº 8693 del 19 de diciembre del 2008 denominada “Condonación de las deudas de los fideicomisos del Banco Hipotecario de la Vivienda correspondientes a operaciones de las disueltas Comisión Especial de Vivienda, Coovivienda R. L., Viviendacoop R. L. y Mutual Guanacaste de Ahorro y Préstamo”.

Segundo.—Que el artículo 2 de dicha legislación le concede potestades al Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI) para aplicar una condonación de créditos hipotecarios de forma optativa, mediante el procedimiento sustancial y procedimental ahí establecido y el complementario que se establezca mediante la emisión de un reglamento de parte del BANHVI.

Tercero.—Que es interés del BANHVI establecer las respectivas normas reglamentarias que eventualmente permitan la aplicación de estas condonaciones de créditos hipotecarios con el propósito de liberar de estas deudas a familias que no las puedan atender por encontrarse en condiciones de pobreza.

Cuarto.—Que de acuerdo con el articulo citado y con el artículo 26 inciso d) de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, corresponde a la Junta Directiva del BANHVI emitir los reglamentos que regirán el funcionamiento del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda. Por tanto,

De acuerdo con los motivos expuestos y la normativa citada, se aprueba y emite el siguiente:

REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 2 DE

LA LEY NÚMERO 8693 DEL 19 DE DICIEMBRE DEL 2008,

PUBLICADA EN LA GACETA Nº 28 DEL 10 DE FEBRERO

DEL 2009 (CONDONACIÓN OPTATIVA DE

CRÉDITOS HIPOTECARIOS)

Artículo 1º—Alcances y naturaleza del trámite: La condonación de créditos hipotecarios prevista en la Ley Nº 8693 de 19 de diciembre del 2008 es una facultad discrecional del BANHVI y que como regla general, requiere de una manifestación de parte de cada interesado expresando su intención de acogerse a este beneficio, no correspondiendo a un procedimiento que se aplique de oficio.

Los deudores hipotecarios que podrán beneficiarse de la condonación optativa establecida en el Artículo 2 de la Ley Nº 8693 son aquellas personas físicas cuyas operaciones de crédito pertenecen a las carteras de los siguientes fideicomisos:

a)  Fideicomiso número 010-99 del disuelto Consorcio Cooperativo de Vivienda Fedecrédito R. L., conocido como Coovivienda R. L., hoy administrado por la Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo. De este fideicomiso se exceptúan las operaciones del proyecto de vivienda Don Federico.

b)  Fideicomisos números 004-99, 008-2002 y 009-2002 del disuelto Consorcio Cooperativo de Vivienda Fedecrédito R. L., conocido como Coovivienda R. L., hoy administrado por Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo.

c)  Fideicomiso número 007-2002 del disuelto Consorcio Cooperativo de Vivienda Fedecrédito R. L., conocido como Coovivienda R. L., hoy administrado por Banca Promérica S. A.

d)  Fideicomiso número 010-2002 de la disuelta Mutual Guanacaste de Ahorro y Préstamo, hoy administrado por Banca Promérica S. A.

e)  Fideicomiso (sin número) de la disuelta Empresa Cooperativa de Construcción y Vivienda (Viviendacoop R. L.), hoy administrado por la Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo.

Quedan excluidas de la aplicación de esta normativa las operaciones de crédito, de cualquier tipo, en que figuren como deudores o como propietarios del inmueble que garantiza la deuda, cualquier tipo de persona jurídica, con o sin fines de lucro.

Artículo 2º—Inicio del trámite: La condonación optativa y discrecional a que estas normas se refieren podrá ser realizada únicamente ante la presentación de solicitud formal del deudor hipotecario ante el Fiduciario correspondiente, personalmente o por medio de un representante que exhiba una autorización del interesado acompañada de fotocopia de la cédula de identidad o autenticada por un abogado, en ambos casos en papel simple y sin necesidad de otras formalidades especiales.

En caso de que el deudor hipotecario haya fallecido o se encuentre en imposibilidad física o mental para formular y presentar su solicitud o si no desea hacerlo sin justificación alguna, el trámite lo podrá hacer cualquier persona mayor de edad que forme parte del grupo familiar original y que habite en el inmueble que soporte el gravamen hipotecario a condonar.

Artículo 3º—Suspensión de cobros y consecuencias por la no aprobación de la solicitud: Por presentada la solicitud, el Fiduciario administrador del crédito procederá a suspender en forma temporal y mientras se realiza el análisis correspondiente, cualquier proceso de cobro administrativo o judicial que se encuentre en trámite respecto de la operación que se solicita condonar. No obstante, en caso de que la solicitud no llegue a ser aprobada, será responsabilidad del interesado mantener al día los pagos de la respectiva operación, incluyendo cualquier cuota y/o recargo que hubiere dejado de pagar durante el tiempo en que se tramitó su solicitud.

Se dará atención especial y prioritaria a los casos previstos en la legislación que se reglamenta.

Artículo 4º—Requisitos y condiciones mínimas: Para la aprobación de la condonación deberá verificarse el cumplimiento de los siguientes requisitos mínimos:

a)  Los deudores, parte o la totalidad del núcleo familiar original, deben mantenerse habitando los respectivos inmuebles.

b)  Se requerirá un puntaje máximo a la fecha de la condonación de 500 puntos de conformidad con la Ficha de Información Social (FIS) del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS).

c)  Los inmuebles que garantizan las operaciones condonadas deben presentar afectación al régimen de Patrimonio Familiar.

d)  Las personas menores de edad de la familia beneficiada deben encontrarse matriculadas y estudiando en cualquier institución educativa, con excepción de las personas menores de edad con algún tipo de discapacidad que no tengan acceso a un centro educativo.

e)  El deudor no debe haber traspasado la propiedad a personas que no forman parte del núcleo familiar y sin la autorización prevista en el artículo 169 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda.

f)   El deudor no debe haber impuesto otras hipotecas sobre la propiedad sin que medie la autorización prevista en el artículo 169 citado.

g)  En el caso de operaciones que se encuentren en proceso de cobro judicial la condonación podrá autorizarse si el inmueble fue adjudicado por el Fiduciario administrador del crédito y la propiedad no se ha inscrito en el Registro Público a nombre del mismo. No se aplicará ningún tipo de condonación si el remate, aún no estando firme, ha dado como resultado la adjudicación del inmueble de parte de un tercero, del mismo deudor o de uno de los miembros de su grupo familiar.

h)  La deuda que se pretende condonar debe haberse formalizado con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley que ahora se reglamenta.

i)   Las propiedades que garantizan los créditos que se pretende condonar no deben soportar embargos, embargos preventivos, anotaciones de demandas de cualquier tipo, ni reflejar registralmente que son objeto de litigio, de contención o de inmovilización de cualquier tipo. En caso de presentarse tal circunstancia, deberán eliminarse de parte del interesado, esas contenciones.

j)   Las propiedades que garantizan los créditos que se pretende condonar no deben contener anotaciones de ningún tipo o documentos ya inscritos, que reflejen la voluntad del grupo familiar o de parte del mismo, de enajenar total o parcialmente el inmueble o su usufructo, a favor de sujetos ajenos al mismo.

k)  En aquellos casos en que, habiendo fallecido el deudor, se tenga noticia de encontrarse en curso un proceso sucesorio de cualquier tipo, deberán figurar como interesados, uno o varios de los miembros restantes del grupo familiar que habiten el inmueble.

l)   No se aplicarán estas disposiciones a aquellos interesados o solicitantes a quienes se demuestre que han violentado o estén violentando las obligaciones y prohibiciones establecidas en el artículo 169 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda.

Lo dispuesto en los incisos i) y j) anteriores, no es aplicable en los casos en que el BANHVI o el respectivo Fiduciario figuren como parte demandante.

Artículo 5º—Estudios socio económicos y costos: Los estudios socio económicos necesarios para determinar el puntaje de cada familia en la Ficha de Información Social (FIS) serán realizados por la empresa o entidad contratada por el Fiduciario administrador del crédito, previa autorización del BANHVI y con cargo al respectivo fondo fideicometido. El Fiduciario suscribirá un contrato formal con la empresa contratante y el IMAS, el cual supervisará el proceso de la elaboración y digitación de la FIS.

Mediante los procedimientos internos propios de la administración de estas operaciones, se establecerán las tarifas que el BANHVI cancelará a sus Fiduciarios por los trámites ahora reglamentados, lo mismo que los honorarios que estos Fiduciarios cancelarán a los notarios y abogados.

Artículo 6º—Potestad de aprobación: La aprobación para la condonación de operaciones de crédito de los Fideicomisos del BANHVI es potestad discrecional de la Junta Directiva del BANHVI a partir de las propuestas que sean remitidas por los Fiduciarios y avaladas por la Gerencia General de esta Entidad.

Artículo 7º—Trámite registral de condonación: La cancelación de los gravámenes hipotecarios de las operaciones condonadas se llevará a cabo mediante el procedimiento que acuerde el BANHVI con el Registro Público de la Propiedad Inmueble, el cual se comunicará a los Fiduciarios por los medios usuales.

Si los inmuebles que garantizan las operaciones condonadas no se encuentran afectados al régimen de patrimonio familiar, se deberá confeccionar una escritura para imponer dicho régimen y cancelar en ese mismo acto el gravamen hipotecario. La afectación deberá hacerse conforme a los términos del Código de Familia. Los gastos de esta escritura serán asumidos por la familia beneficiada del proceso de condonación, de acuerdo con los respectivos aranceles.

Artículo 8º—Consecuencias de la condonación: La condonación de una operación de crédito hipotecario implicará la obligación del BANHVI y del Fiduciario de solicitar el archivo de cualquier proceso de cobro judicial o administrativo, así como de tramitar la solicitud ante el Registro Público para la cancelación de los asientos hipotecarios, salvo los casos en que deba confeccionarse una escritura según lo previsto en el artículo anterior.

Artículo 9º—Plazo máximo de presentación de solicitudes: Las solicitudes de condonación de operaciones deberán presentarse ante el Fiduciario a más tardar el 10 de febrero del 2010, previendo el tiempo requerido para la realización del estudio socioeconómico de las familias que solicitan la condonación, la verificación de los requisitos establecidos y el trámite para su aprobación o rechazo.

Artículo 10.—Vigencia de la normativa: Este reglamento rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta y por el mismo período de vigencia de la Ley que reglamenta.

Acuerdo por Mayoría. Publíquese.”

David López Pacheco, Secretario Junta Directiva.—1 vez.—(O. C. Nº 19480).—C-141750.—(48577).

REMATES

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

DEPARTAMENTO PROVEEDURÍA

REMATE 2009-06

Venta de chatarra

Invitación a participar: El remate será realizado a las 10:00 horas del día 2 de julio de 2009, en el Auditorio de planta baja del edificio de Oficinas Centrales del Instituto, según el siguiente detalle:

Renglón único:    Lote de chatarra de hierro.

                            Precio base por kilogramo ¢17,00.

NOTAS IMPORTANTES:

-    Se indica que la cantidad total mínima aproximada de chatarra es de 6000 kilogramos, se aclara que estos materiales provienen de mobiliario clasificado como dañado sin reparación, por tanto, el Adjudicatario deberá desarmar las piezas para obtener el material descrito y deberá retirar tanto el hierro, como los demás componentes que forman parte del mobiliario.

-    Se estipula un precio base unitario por kilogramo.

-    Para determinar el monto total a cancelar (según el precio por kilo adjudicado) del hierro, el adjudicatario deberá aportar el equipo de pesaje respectivo. Las operaciones de pesaje se realizarán en los predios del Almacén de Existencias del INS.

-    Antes de iniciar las operaciones de pesaje, un funcionario del INS verificará la calibración del equipo brindado por el adjudicatario.

-    Para la venta de dicho material, el Instituto no financia el costo de los mismos.

VISITAS DE INSPECCIÓN:

Los interesados podrán inspeccionar el material, en las instalaciones del Almacén de Existencias, ubicado en San Lorenzo de Desamparados, de Pali Fátima 50 norte y 300 oeste, previa coordinación con los señores Fabián Cordero o Mario Camacho, en el teléfono 2287-6000, ext. 2766, 2721 ó 2735, los días 29, 30 de junio y 01 de julio del 2009. El horario de atención establecido es de 9:30 a. m., a 3:00 p. m.

Lo anterior constituye un resumen del cartel el cual pueden adquirir sin costo alguno en el Departamento de Proveeduría, ubicado en el octavo piso de Oficinas Centrales, también puede ser descargado en la página principal del INS.

San José, 11 de junio del 2009.—Lic. Yesenia Quirós Angulo, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 18787).—C-32270.—(49690).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL NACIONAL DE NIÑOS

“DR. CARLOS SÁENZ HERRERA”

CENTRO CIENCIAS MÉDICAS CCSS

El Área de Gestión de Bienes y Servicios del Hospital Nacional de Niños “Dr. Carlos Sáenz Herrera” informa a todos los interesados a participar, que el día 30 de junio, 2009 a las 14:00 horas, en el Área Gestión de Bienes y Servicios de este centro hospitalario, se procederá a rematar al mejor postor, libre de todo gravamen y/o tributo por pagar lo siguiente:

Cantidad     Descripción del artículo             Fecha y hora de remate

356 ud.    Envases plásticos color blanco de 20 litros

                con tapa o sin tapa (pichingas)            26/06/2009 14:00 horas

El precio base del bien mencionado es de ¢ 200,00 cada unidad, según el avaluó realizado por el Coordinador de la Subárea de Almacenamiento y Distribución del H.N.N. Dichos bienes podrán ser examinados y revisados por cualquier interesado, para lo cual podrán consultar directamente con el Coordinador de la Subárea de Almacenamiento y Distribución Lic. Óscar Sandí M., al teléfono 2222-0122, ext. 4320, en horario de 8:00 a.m. a 3:00 p.m., a partir del día hábil siguiente a la presente publicación.

San José, 8 de junio del 2009.—Área Gestión de Bienes y Servicios.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Yajaira Quesada G., Coordinadora a. í.—1 vez.—(48598).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

La Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica en el artículo 9º del acta de la sesión 5425-2009, celebrada el 3 de junio del 2009,

considerando que:

a.   El artículo 14 de la Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo, Ley 8634, señala que el Banco Central de Costa Rica nombrará dos personas que representarán a los bancos públicos, para que formen parte del Consejo Asesor Mixto del Sistema de Banca para el Desarrollo, que éstos permanecerán en sus cargos por un periodo de dos años y que, al elegir a los representantes del periodo siguiente, el Banco Central garantizará la alternabilidad de la representación de los bancos públicos.

b.  El transitorio VI de la referida Ley indica que sólo el primer periodo de la composición del Consejo Asesor Mixto una de las representaciones de los bancos públicos durará en el cargo tres años y que la designación de cuál representante estará en dicho periodo, será competencia exclusiva del Banco Central de Costa Rica.

c.   El Lic. Marco Vargas D., Vicepresidente del Consejo Rector del Sistema de Banca para el Desarrollo, en su carta CR/SBD-085-09 del 31 de marzo del 2009, solicita que se nombren dos representantes de los bancos comerciales del Estado para que integren el referido Consejo Asesor Mixto.

d.  En oficio SDG-060-2009 del 20 de abril del 2009, la Secretaría General del Banco Central de Costa Rica solicitó al Banco Nacional de Costa Rica, al Banco de Costa Rica y al Banco Crédito Agrícola de Cartago que, de común acuerdo, designaran a dos personas que serían los representantes de los bancos públicos.

e.   En carta SJDC-100/2009 del 13 de mayo del 2009, en respuesta al oficio detallado en el considerando anterior, el Banco Nacional de Costa Rica, el Banco de Costa Rica y el Banco Crédito Agrícola de Cartago proponen, de común acuerdo, a los señores Ricardo Valenciano Ramírez como representante de Bancrédito y a Víctor Acosta Muñoz por parte del Banco Nacional de Costa Rica, como representantes de los bancos públicos, para que integren el referido Consejo Asesor.

f.   Mediante correo electrónico del 13 de mayo del 2009, la Secretaria de la Junta Directiva General del Bancrédito, Ma. Eugenia Arce A. ratifica que, la decisión es de consenso con los demás bancos estatales, tal y como se solicitó en el oficio DGS-060-2009.

g.   En el oficio SJDG-112/2009 del 21 de mayo del 2009, la Secretaria de la Junta Directiva General del Bancrédito, Ma. Eugenia Arce A., propone a los miembros de la Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica que por consenso con los demás bancos estatales, el señor Valenciano ocupe el puesto por dos años y el señor Acosta lo haga por tres años, en atención al transitorio VI de la referida Ley.

dispuso en firme:

nombrar, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo, Ley 8634, al señor Víctor Acosta Muñoz, representante del Banco Nacional de Costa Rica por un periodo de 3 años y al señor Ricardo Valenciano Ramírez, representante del Banco Crédito Agrícola de Cartago por un periodo de 2 años, ambos a partir del 4 de junio del 2009, para que ocupen el cargo de representantes de los bancos comerciales públicos en el Consejo Asesor Mixto del Sistema de Banca para el Desarrollo.

Lic. Jorge Monge Bonilla, Secretario General.—1 vez.—(O. C. Nº 10192).—C-41270.—(48675).

La Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica en los numerales 1 y 2, artículo 6º del acta de la sesión 5425-2009, celebrada el 3 de junio del 2009,

considerando que:

a.   mediante artículo 6, de la sesión 5390-2008, celebrada el 3 de setiembre del 2008, la Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica aprobó el documento denominado Plan para la Puesta en Funcionamiento del MONEX en Central Directo (primera etapa), el cual tenía por objetivo abrir un canal de acceso al Mercado de Monedas Extranjeras (Monex) por medio del portal Web de Central Directo, para un máximo de 500 participantes durante la primera etapa del Proyecto de Integración del Monex, los cuales sería seleccionados con la realización de una única subasta pública,

b.  conforme con el Plan para la Puesta en Funcionamiento del MONEX en Central Directo (primera etapa), la adjudicación en la subasta de los 500 cupos otorga al participante el permiso de realizar negociaciones de divisas en el Monex por medio de Central Directo, desde la fecha de su suscripción al servicio Monex-Central Directo y durante el periodo que comprenda la primera etapa del Proyecto de Integración del Monex.

En todo caso, se entiende que dicho permiso se concede única y exclusivamente para la negociación de compras o ventas de divisas que en ningún momento constituyan o provengan de operaciones de intermediación cambiaria, tal y como lo dispone el “Reglamento de Central Directo”,

c.   de acuerdo con el numeral 3.7 del Procedimiento para la subasta de los 500 cupos que darán permiso para participar en el servicio Monex-Central Directo, emitido por la Gerencia del Banco Central de Costa Rica mediante resolución G/Nº 494-2008, del 27 de noviembre del 2008, la primera etapa del Proyecto de Integración del Monex fue inicialmente establecida del 19 de enero al 31 de mayo del 2009, no obstante, debido a que se requirió ampliar el proceso de pruebas de la nueva plataforma tecnológica en la que funcionará el servicio Monex-Central Directo durante la segunda etapa del Proyecto de Integración del Monex, la puesta en funcionamiento de dicha etapa se reprogramó para el 3 de agosto del 2009,

d.  no se adjudicaron los 500 cupos disponibles, razón por la cual la Gerencia del Banco Central de Costa Rica, mediante el comunicado de Gerencia G/Nº 001, del 20 de enero del 2009, dispuso abrir el acceso a nuevos participantes al servicio Monex-Central Directo, ello conforme con la posibilidad que dejó prevista el numeral 5.2, inciso b, del Procedimiento para la subasta de los 500 cupos que darán permiso para participar en el servicio Monex-Central Directo. De acuerdo con el referido numeral, y en virtud de los resultados de la subasta de los 500 cupos que se llevó a cabo el 16 de enero del 2009, el precio de ingreso al servicio para los nuevos participantes se fijó en ¢250.000,00 (doscientos cincuenta mil colones con 00/100),

e.   el Directorio del Banco Central de Costa Rica considera que la integración del Monex es una medida necesaria para procurar un funcionamiento más eficiente del mercado global de cambios y de la formación de los precios, de manera que las cotizaciones del Monex reflejen los fundamentales del mercado cambiario y de la economía en general,

f.   al 21 de mayo del 2009 se mantenían 167 participantes suscritos al servicio Monex-Central Directo, existiendo por tanto una buena cantidad de espacios disponibles para las físicas y jurídicas que decidan suscribirse a dicho servicio,

resolvió, en firme:

1.  Ampliar la primera etapa del Proyecto de Integración del Monex hasta el 31 de julio del 2009, de manera que los participantes actuales del servicio Monex-Central Directo se mantengan operando en ese servicio en las mismas condiciones en que lo han hecho desde el 19 de enero del 2009.

2.  Dejar abierto el acceso a nuevos participantes hasta completar el máximo de 500 cupos establecido para la primera etapa del Proyecto de Integración del Monex, al mismo precio de ¢250.000,00 (doscientos cincuenta mil colones con 00/100) anunciado mediante el comunicado de Gerencia G/Nº 001, del 20 de enero del 2009.

Lic. Jorge Monge Bonilla, Secretario General.—1 vez.—(O. C. Nº 10192).—C-41270.—(48676).

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

PUNTO COMERCIAL LOS ÁNGELES

EDICTO

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Para dar cumplimiento con lo que estipula nuestro Código de Comercio, la señora Lilliam Rebeca Guzmán Víquez; cédula 01-01194-0032, ha solicitado la reposición del certificado de depósito a plazo Nº 205 301 2057492, por la suma de $3.322,18 (tres mil trescientos veintidós con 18), con vencimiento el día 01-06-2009, y su respectivo cupón de intereses, por un monto de $19,95.

Cartago 28 de enero del 2009.—Randall Castro Vega.—Nº 110376.—(47644).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

ÁREA DE INVESTIGACIÓN

EDICTO

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

José Alberto Martín Rodríguez Álvarez ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 8 de junio del 2009.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(49043).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

REPOSICIÓN DE TÍTULO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, se ha presentado la Ing. Carolina Cascante Carvajal, cédula de identidad Nº 205590767, carné de estudiante Nº 9920560, a solicitar reposición de su título de Ingeniera Forestal, Grado Académico: Bachillerato Universitario, según consta en el Libro Oficial de Graduados tomo 3, acta Nº 147, página 165, registro Nº FO2004001. Graduación efectuada el 22 de abril de 2004, debido a su pérdida durante un incendio. Se publica este edicto para recibir oposiciones a esta reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de esta publicación.

Cartago, 4 de junio de 2009.—Departamento de Admisión y Registro.—Máster William Vives Brenes, Director.—(O. C. Nº 90587).—(Solicitud Nº 30854).—C-38780.—(48592).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

Entrada en vigencia de las “Condiciones generales para la contratación administrativo institucional de bienes y servicios desarrollada por todas las unidades desconcentradas y no desconcentradas de la Caja Costarricense de Seguro Social”.

La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, en el artículo 10º, Acuerdo tercero de la sesión Nº 8353, celebrada el 4 de junio del año 2009, adoptó la resolución que literalmente dice:

“Artículo 10

3)     En vista de que esta Junta Directiva, de acuerdo con lo referido por el señor Gerente de Logística, ha tenido conocimiento de que se han recibido solicitudes de organizaciones que representan a proveedores institucionales, tendientes a contar con un prórroga para la entrada en vigencia de las “Condiciones generales para la contratación administrativo institucional de bienes y servicios desarrollada por todas las unidades desconcentradas y no desconcentradas de la Caja Costarricense de Seguro Social, con el objeto de que se aclaren algunas inquietudes suscitadas en relación con la aplicación del referido documento, la Junta Directiva, con el propósito de que se realicen los estudios correspondientes al efecto, acuerda que las citadas “Condiciones generales para la contratación administrativo institucional de bienes y servicios desarrollada por todas las unidades desconcentradas y no desconcentradas de la Caja Costarricense de Seguro Social, que fueron aprobadas en el artículo 6º de la sesión Nº 8335, celebrada el 26 de marzo del año 2009, entren a regir a partir del 16 de agosto del año en curso.

        Quedan así modificados, únicamente en cuanto a la vigencia, los términos de lo resuelto en el artículo 6º de la citada sesión Nº 8335. Acuerdo firme”.

Junta Directiva.—Emma C. Zúñiga Valverde.—Secretaria.—1 vez.—(O. C. Nº 1115).—(Solicitud Nº 2112).—C-21020.—(49628).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Órgano Director del Procedimiento Ordinario Administrativo contra la empresa Cosmos Tours S. A. Propietaria de la Agencia de Viajes Cosmos Tours. San José, a las diez horas del diecinueve de mayo del dos mil nueve. Comunica que con base en el oficio DGA-1980-09, la Gerencia General de este instituto, según resolución G-864-2009 del 22 de abril del 2009, motiva la presente resolución de acto final del procedimiento seguido contra la empresa Cosmos Tours S. A., cédula jurídica Nº 3-101-042631, propietaria de la Agencia de Viajes Cosmos Tours, resolviendo dar por cancelada la Declaratoria Turística concedida a la citada empresa, por haber infringido el artículo 13, incisos a), d), i) y j) del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, al no cumplir con lo dispuesto en esa normativa vigente que regula su funcionamiento y al no tener la empresa en operación. Contra esa resolución proceden los Recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán interponerse en el plazo de tres días posteriores a la tercera publicación, ante la Gerencia General de esta institución. El Recurso de revocatoria será resuelto por la Gerencia de este instituto y el de apelación por la Junta Directiva.—Lic. Pablo Valverde Madrigal, Órgano Director del Procedimiento.—(O. C. Nº 12245).—(Solicitud Nº 12907).—C-51320.—(47518).

Órgano Director del Procedimiento ordinario administrativo contra la empresa Jade Tur Agencia de Viajes S. A. Propietaria de la Agencia de Viajes Receptiva Jade Tur. San José, a las nueve horas del diecinueve de mayo del dos mil nueve. Comunica que con base en el oficio DGA-1976-09, la Gerencia General de este instituto, según resolución G-863-2009 del 22 de abril del 2009, motiva la presente resolución de acto final del procedimiento seguido contra la empresa Jade Tur Agencia de Viajes S.A., cédula jurídica Nº 3-101-135563, propietaria de la Agencia de Viajes Receptiva Jade Tur, resolviendo dar por cancelada la Declaratoria Turística concedida a la citada empresa, por haber infringido el artículo 13, incisos a), d), i) y j) del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, al no cumplir con lo dispuesto en esa normativa vigente que regula su funcionamiento y al no encontrarse la empresa en operación. Contra esa resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán interponerse en el plazo de tres días posteriores a la tercera publicación, ante la Gerencia General de esta institución. El Recurso de revocatoria será resuelto por la Gerencia de este instituto y el de apelación por la Junta Directiva.—Lic. Pablo Valverde Madrigal, Órgano Director del Procedimiento.—(O. C. Nº 12245).—(Solicitud Nº 12907).—C-53457.—(47519).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AVISOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Al señor Juan Luis Romans Williams, con domicilio desconocido. Que en este despacho se tramita diligencias de asentamiento para salida del país de la niña Sharon Estefany Romans Vásquez, promovidas por la señora Jeannina Vásquez Rodríguez. La causa es visitar New York a sus familiares, conocer la cultura estadounidense, aprender más el idioma inglés. El tiempo que permanecerá fuera de Costa Rica es del veinte de junio al veinte de setiembre del presente año. De previo a recomendar la salida del país del niño, se le comunica al progenitor y a quienes se consideren con derecho o tengan interés, que cuentan con ocho días a partir de la última publicación para que manifiesten su oposición o asentamiento, en forma verbal o escrita ante esta Oficina Local del PANI en Heredia Sur, conforme al artículo 3 del Reglamento para las Salidas del País de Personas Menores de Edad y la tercera publicación en un diario de circulación nacional a costo de la parte interesada. Contra la presente resolución procede el recurso de revocatoria ante este despacho y apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la identidad, dicho recurso podrá interponerse dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a la tercera publicación del edicto de Ley. Publíquese tres veces.—Oficina Local de Heredia Sur.—Lic. Marcela Ramírez Ulate, Representante Legal.—Nº 110800.—(48375).

Se comunica al señor James Alberto Castillo San Lee, cédula uno-novecientos sesenta y nueve-setecientos cinco, resolución de las diez horas veinticinco minutos del dos de junio del dos mil nueve, mediante la cual se le confiere traslado por ocho días a fin de que manifieste su oposición o conformidad con la solicitud de autorización de permiso de salida del país que la señora Zolangie Zúñiga Chacón planteó ante el Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Orotina, a favor de su hijo Joseph Castillo Zúñiga para ir de vacaciones a Estados Unidos, California, del 27 de junio y hasta el 28 de julio, ambos del 2009. Para la audiencia oral y privada se señalan las nueve horas del 18 de junio del 2009, en la cual se recibirá la manifestación de los progenitores y se escuchará a la persona menor de edad sin presencia de las partes ni abogados. Exp. Nº 631-00096-2004.—Oficina Local de Orotina.—Lic. Eileen Flores Villarreal, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—Nº 110859.—(48376).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

Acuerdo tomado en la sesión ordinaria Nº 278-2009 del 11-05-2009, en el artículo V. Según Oficio SCM-1083-2009 del 15-05-2009

La Municipalidad de Heredia hace saber a quien interese que en el cementerio Barreal existe un derecho a nombre de Juan Cerdas Jiménez, cédula Nº 1-519-127, quien falleció el 08-06-1994, sus dos hijos solicitan que se actualice el mismo, quedando de la siguiente manera:

Arrendataria: Lilia Cerdas Arguedas, cédula Nº 4-063-941 Beneficiario: Juan Pedro Cerdas Arguedas, cédula Nº 4-076-717.

Un derecho ubicado en el cementerio Barreal, lote Nº 68, bloque A, con una medida de 6 metros cuadrados para 4 nichos, inscrito en el folio 6, libro 1. El mismo se encuentra a nombre de Juan Cerdas Jiménez, (fallecido). Datos confirmados según constancia extendida por nuestro Departamento de Rentas y Cobranzas de fecha 1º de abril del 2009.

Se emplaza por treinta días a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo para que se apersone a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente. Publíquese.

Lic. Hellen Bonilla Gutiérrez, Jefa de Rentas y Cobranzas.—1 vez.—(48626).

MUNICIPALIDAD DE CARRILLO

DEPARTAMENTO DE LA ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

El Departamento de la Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Carrillo, comunica que la sociedad Constructora y Consultora Rocha Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-392598, representada por el señor Danny Alonso Rodríguez Morales, cédula de identidad número 5-230-706, mayor, casado, ingeniero civil, vecino de Liberia. Con base en la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre número 6043 del 2 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo número 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión un lote de terreno localizado en Playas del Coco, distrito Sardinal, cantón Carrillo, provincia Guanacaste, que mide novecientos setenta y siete metros cuadrados, y es terreno para darle un uso habitacional. Según el Plan Regulador vigente para la zona; los linderos son: al norte, zona restringida (Café de Playa); al sur, zona restringida (Diseño S.D.E. S. A.); al este, calle pública; al oeste, zona pública inalienable. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que el área, uso y frente al mar quedan sujetas a las disposiciones del Plan Regulador aprobado para la zona y disposiciones del MINAE. Se conceden treinta días hábiles contados a partir de esta publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad en papel sellado y con los timbres correspondientes, a dos tantos, además deberá identificarse debidamente el opositor.

Filadelfia, 3 de junio del 2009.—José Francisco Canales Canales, Encargado.—1 vez.—Nº 110807.—(48378).

MUNICIPALIDAD DE PARRITA

DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

EDICTO

Guido Prado Rojas, mayor, casado una vez, comerciante, costarricense, vecino de Tibás, San José, 100 oeste de la Clínica Jorge Volio, cédula de identidad numero 1-600-807. Con base en la ley sobre la zona marítimo terrestre N° 6043 del 02 de marzo de 1977 y decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una parcela de terreno localizada en Playa Isla Palo Seco, distrito Parrita, cantón Parrita, provincia de Puntarenas. Mide: 2 054,44 m2 de conformidad al plano de catastro P-131410-2009, es terreno para darle el uso residencial recreativo, de conformidad al Plan Regulador aprobado. Linderos: norte, zona de protección al manglar; sur, calle pública 14 metros; este, Municipalidad de Parrita, y al oeste, Municipalidad de Parrita. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que las disposiciones del plan regulador aprobado en este sector de playa, afecten el uso actual de la parcela, ubicada entre los mojones frente a costa 915 y 915 A del Instituto Geográfico Nacional.

Parrita, 18 de mayo del 2009.—Marvin Mora Chinchilla, Jefe de Departamento.—1 vez.—Nº 111234.—(48802).

AVISOS

CONVOCATORIAS

INVERCREDIT ALTO NILO SOCIEDAD ANÓNIMA

Se convoca a los accionistas de Invercredit Alto Nilo Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta y dos mil seiscientos cuarenta y dos, a asamblea general ordinaria de socios, a celebrarse en el domicilio de la sociedad en la provincia de San José, San Pedro de Montes de Oca, Barrio Los Yoses, costado norte de la Iglesia Fátima número veinte cuarenta y uno, el día veintiuno de julio del dos mil nueve, a las ocho horas. Orden del día: 1) Distribución de las utilidades de la sociedad. 2) Asuntos varios que se considere necesario incluir en la agenda. Si una hora después no hay el quórum de ley se sesionará en segunda convocatoria con los accionistas presentes.—Cóbano de Puntarenas, ocho de junio del dos mil nueve.—Franck Marc Xavier Sautet, Secretario.—1 vez.—Nº 111394.—(49494).

SONRISA DEL SOL S. A.

Convocatoria a asamblea general extraordinaria de socios de Sonrisa del Sol S. A. El presidente de la sociedad Sonrisa del Sol S. A. Domiciliada en Manuel Antonio Quepos, convoca a los accionistas de la compañía a asamblea general extraordinaria a celebrarse el día 20 de julio del año 2009, a las 10:00 a. m., en  primera  convocatoria  y  a las  10:30  a. m., en segunda convocatoria en el Hotel Costa Verde Inn en Escazú.

San José, 8 de junio del 2009.—David Root, Presidente.—1 vez.—(49689).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

COMPAÑÍA DE REFORESTACIÓN GERMANO

COSTARRICENSE DE GUANACASTE

SOCIEDAD ANÓNIMA

Compañía de Reforestación Germano Costarricense de Guanacaste Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- ciento sesenta y un mil novecientos treinta y siete, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición de los libros de Actas de Asamblea de Socios y se repone Libro Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 7 de mayo del 2009.—Alfons Ciolek.—(47569).

HIELO EN ESCAMA MENOS CERO

DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA

Hielo en Escama Menos Cero del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y siete mil seiscientos setenta y nueve, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Libro número Uno de: Inventarios y Balances, Diario y Mayor. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Zona Sur, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Luis León Portela López.—Nº 110089.—(47570).

KING PALM TREE SOCIEDAD ANÓNIMA

La sociedad King Palm Tree Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y cuatro mil setecientos noventa y tres, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros Actas Asamblea de Socios, Libro de Registro de Socios, Libros Actas Consejo de Administración, Libro Diario, Libro Mayor y Libro Inventario y Balances todos por reponer número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de mayo del 2009.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias.—  110154.—(47571).

ADUANERA LAS CUMBRES S. A.

Aduanera Las Cumbres S. A., cédula jurídica numero tres-ciento uno-cero cuatro tres ocho cero cinco, anteriormente denominada Agentes Nacionales Sociedad Anónima (ANASA), cédula jurídica número tres- ciento uno-cero cuatro tres ocho cero cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de Libros Diario, Mayor, Inventarios y Balance, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios, todos por reponer número Uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Lissett Yorlene Guido Peña, Notaria.—Nº 110330.—(47572).

NÚCLEO INTEGRADO DE COSTA RICA S. A.

Núcleo Integrado de Costa Rica S. A., cédula jurídica número 3-101-239404, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición de los libros de Actas de Asambleas Generales de Accionistas y Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Alberto Víquez Garro, Apoderado.—(47586).

COMPAÑÍA DE BIENES Y RAÍCES CAPITAL CBRC S. A.

Compañía de Bienes y Raíces Capital CBRC S. A., cédula jurídica número 3-101-343523, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición de los libros de Actas de Asambleas Generales de Accionistas, Mayor, Diario, Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Alberto Víquez Garro, Apoderado.—(47587).

LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES SOCIEDAD ANÓNIMA

Para los efectos del artículo 689 del Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses Sociedad Anónima (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:

Certificado número                Cantidad de Acciones             Serie

              732                                              120                                  E

              1276                                              50                                  E

              1276                                              50                                  E

              1305                                                9                                  E

              1317                                              20                                  E

              153                                              109                                  F

              1225                                              85                                  F

              1201                                                9                                 G

              248                                                69                                 G

              1200                                                5                                 G

              208                                                26                                 H

              3914                                            758                                  J

              899                                              400                                 B

              357                                                80                                 D

              1985                                              65                                 D

Accionista: Calvo Arguedas Marco Antonio

Folio: 620

San José, 20 de enero del 2009.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(47592).

REFAMA INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

Refama Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-117833, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Inventarios y Balances número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Remy Espinoza C.—(47717).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ALKEMY COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

Alkemy Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos veintidós mil trescientos setenta y ocho, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición de los libros siguientes: Un libro de Actas de Junta Directiva, Un libro de Actas de Asamblea General de Socios y un libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de información y asistencia del Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días días contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Adriana García Castro.—(47657).

MONTISEL DE COSTA RICA S. A.

Montisel de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-019598, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Registro de Socios Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Mario Guardia Oreamuno, Presidente.—(48090).

APÍCOLA EL RODEO SOCIEDAD ANÓNIMA

Apícola El Rodeo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero cinco ocho cero dos uno, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de actas de Junta Directiva, Libro de Registro de Accionistas, Libro de Actas de Asamblea General, Libro Mayor, Libro de Diario y el Libro de Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Ingrid Gutiérrez Rojas, Notaria.—(48093).

ELECTRÓNICA INTERNACIONAL E I SOCIEDAD ANÓNIMA

Electrónica internacional E I Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-193175, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros: (actas de registro de socios, número 1). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Edwin León Jiménez.—(48226).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

BT LATAM COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

BT Latam Costa Rica Sociedad Anónima, jurídica 3-101-144651, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: de Asamblea de Socios 1, Registro de Socios 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. René Orellana Meléndez, Notario.—Nº 110739.—(48380).

INVERSIONES LILY H & V SOCIEDAD ANÓNIMA

Inversiones Lily H & V Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno - trescientos sesenta y dos mil doscientos ochenta y siete, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Actas de Junta Directiva número uno, libro de Actas de Asamblea de Socios número uno y el libro de Registro de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Daniel Peyer.—Nº 110750.—(48381).

LIQUID PRODUCTIONS LP SOCIEDAD ANÓNIMA

Liquid Productions LP Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-370130, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Asamblea de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. María Lucía Alvarado Fischel, Notaria.—(48528).

BIOBOTÁNICA JALA SOCIEDAD ANÓNIMA

Biobotánica Jala Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y siete mil cuatrocientos noventa y cuatro, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: Registro de Accionistas, número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Yamileth Cantillano Cruz, Notaria.—(48537).

ALVALEÓN DE SAN JOSÉ SOCIEDAD ANÓNIMA

Alvaleón de San José, Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-104659, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Inventarios y Balances Nº 1, Diario Nº 1 y Mayor Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días a partir de la publicación de este aviso.—Ronald Enrique Alvarado Brenes, Vicepresidente.—(48540).

COMPAÑÍA GLORI DEL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA

Compañía Glori del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-304951, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Inventarios y Balances Nº 1, Diario Nº 1 y Mayor Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días a partir de la publicación de este aviso.—Rónald Enrique Alvarado Brenes, Secretario Apoderado Generalísimo.—(48543).

GRUPO ESDA DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

Grupo Esda del Este Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-076614, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Inventarios y Balances Nº 1, Diario Nº 1 y Mayor Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días a partir de la publicación de este aviso.—Rónald Enrique Alvarado Brenes, Presidente.—(48544).

DOCE MIL UNO SOCIEDAD ANÓNIMA

Doce Mil Uno Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta y ocho mil cero setenta y tres; solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros Actas Registro de Accionistas (1), Actas Asamblea General de Socios (1), Actas Junta Directiva (1), así como los Contables: de Mayor (1), Diario (1) e Inventarios y Balances (1). Quien se considere afectado puede oponerse ante la Sección de Legalización de Libros de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José. 26 de mayo del 2009.—Salomón Lang Grytun y Herman Lang Grytun.—(48548).

MULTIFERIA DE COSTA RICA S. A.

Multiferia de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-095026, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros Actas de Consejo de Administración, Acta de Asambleas de Socios, Registro de Socios, Diario, Mayor, Inventario y Balances, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Ruth del Carmen Gutiérrez Castro, Presidenta.—(48572).

COMPAÑÍA INTERNACIONAL FORMOSA SOCIEDAD ANÓNIMA

Compañía Internacional Formosa Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-309801, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: 1-Diario, 1-Inventario y Balance, 1-Mayor, 1-Actas Asamblea de Socios, 1-Actas Consejo Administrativo, 1-Actas Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lin Chia Wei, Representante Legal.—(48601).

ILECU DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

Ilecu de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-188692, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Actas de Asamblea de Socios, Actas de Registro de Accionistas, Actas de Junta Directiva, Mayor, Diario, y de Inventarios y Balances, se repone de todos los libros el Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Legalización de Libros, Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 25 de mayo del 2009.—Luis Enrique Cabrera Umeres, Presidente.—Nº 110963.—(48806).

DURGAIT SOCIEDAD ANÓNIMA

Durgait Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero uno tres seis cinco cuatro, anteriormente denominada Agencia de Aduanas Durgait Sociedad Anónima solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Asamblea General Nº 2, Actas de Junta Directiva Nº 1, Registro de Accionistas Nº 1, Diario Nº 5, Mayor Nº 4, Inventarios y Balances Nº 2, los cuales fueron extraviados. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—Nº 111095.—(48807).

ALMACENES SERVIBÁSICOS DE COSTA RICA

SOCIEDAD ANÓNIMA

Almacenes Servibásicos de Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cincuenta y cinco mil novecientos ochenta y uno, domiciliada en Heredia, San Rafael, de la iglesia de la localidad doscientos metros este y cien metros al norte, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros: Diario número uno, Mayor número uno, Inventarios y Balances número uno, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de socios número uno, Registro de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Yesenia Villalobos Leitón, Notaria.—Nº 111279.—(48808).

PUBLICACIÓN DE una VEZ

ASOCIACIÓN DE ABOGADOS DE LA ZONA SUR

Yo, Luis Alberto Canales Cortés, cédula de identidad número 6-0124-0575 en mi calidad de presidente y representante legal de la Asociación de Abogados de la Zona Sur, cédula jurídica tres-cero cero dos-doscientos veintinueve mil quinientos cincuenta y cuatro, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Registro de Asociados, todos tomo uno, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, 27 de mayo del 2009.—Lic. Luis Canales Cortés, Presidente.—1 vez.—Nº 110775.—(48382).

Protección Total Siglo Veintiuno S. A., cédula jurídica número 3-101-336937, hace saber a sus clientes, proveedores y público en general, que en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 19, 22 y transitorio V de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros, y debidamente autorizada por la Superintendencia de Pensiones mediante resolución número SGS-R-100-2009, de las 17 horas del primero de junio de 2009, procedió a reformar las cláusulas 1 y 3 de sus estatutos, la primera en cuanto al nombre y la tercera respecto al objeto, pasando a llamarse Agencia de Seguros Protección Total Siglo Veintiuno S. A., cuyo objeto social exclusivo es la intermediación de seguros.—San José, 8 de junio del 2009.—Álvaro Emilio Vindas López.—1 vez.—(48619).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Por escritura otorgada ante mi notaría, el día de hoy, se protocoliza acta de asamblea de socios de TPE S. A., en la cual se disminuye el capital social y se reforma la cláusula quinta.—Alajuela, 20 de mayo del 2009.—Lic. Miguel Jiménez Calderón, Notario.—Nº 110327.—(47487).

PUBLICACIÓN DE una VEZ

Bufete Serrano y Asociados, escritura otorgada en esta notaría, a las 15:30 horas del 03-06-2009, protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Corporación Mair S. A., nombra secretario y fiscal, presidente, Mairad Murillo Mora.—Lic. José Rodrigo Serrano Masís, Notario.—1 vez.—Nº 110740.—(48403).

Por escritura número trescientos dos - treinta y ocho, otorgada hoy ante mí, se constituye sociedad anónima. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años. Representación judicial y extrajudicial: presidente y secretario.—San José, veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Patricia Lara Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 110741.—(48404).

Por escritura número trescientos - treinta y ocho, otorgada hoy ante mí, se constituye sociedad anónima. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años. Representación judicial y extrajudicial: presidente y secretario.—San José, veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Patricia Lara Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 110742.—(48405).

Por escritura número trescientos uno - treinta y ocho, otorgada hoy ante mí, se constituye sociedad anónima. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años. Representación judicial y extrajudicial: presidente y secretario.—San José, veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Patricia Lara Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 110743.—(48406).

Por escritura número trescientos tres - treinta y ocho, otorgada hoy ante mí, se constituye sociedad anónima. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años. Representación judicial y extrajudicial: presidente y secretario.—San José, veintiocho de mayo del dos mil nueve.—Lic. Patricia Lara Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 110744.—(48407).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario en San José, a las 9:00 horas de hoy, he procedido a protocolizar el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de 3-102-522157 s.r.l., celebrada en San José, a las 11:00 horas del 26 de mayo del 2009, mediante la cual se acordó reformar la cláusula sétima del pacto social y nombrar nuevos gerente y subgerente.—San José, 5 de junio del 2009.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—Nº 110748.—(48408).

En mi notaría, mediante escritura otorgada a las 16:30 horas del 01 de junio del año 2009, se reformó la cláusula octava de los estatutos sociales de la sociedad Pioneros de Occidente por el Deporte y la Recreación Poder S. A., en el sentido de establecer el correo electrónico como medio para recibir notificaciones, y como medio alternativo el correo certificado.—San Ramón, Alajuela, 6 de junio del año 2009.—Lic. Carolina Muñoz Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 110749.—(48409).

Por escritura otorgada, en la ciudad de San José a las 8:00 horas del 5 de junio del 2009, protocolizo acta de asamblea extraordinaria de socios de Zeptrex Holdings LLC Ltda., mediante la cual se reforman las cláusulas uno, dos y cinco, siendo su nueva razón social Services of Pica Flora Ridge Residents Limitada.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 110752.—(48410).

Por escritura pública número veintitrés, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día cuatro de junio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Madriz y Asociados Sociedad Anónima, presidenta Karen María Madriz Mena.—Lic. Carlos Luis Rojas Céspedes, Notario.—1 vez.—Nº 110753.—(48411).

Por escritura pública número once, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día veintinueve de mayo del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Bienes Calymar Sociedad Anónima, presidenta Adriana Marín Brenes.—Lic. Carlos Luis Rojas Céspedes, Notario.—1 vez.—Nº 110754.—(48412).

Ante esta notaría, por escritura otorgada, a las nueve horas del día primero de junio del año dos mil nueve, se modifica el capital social de la empresa Súper Servicio Sociedad Anónima.—San José, primero de junio del año dos mil nueve.—Lic. Ricardo Javier Hidalgo Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 110755.—(48413).

Por escritura otorgada, el día de hoy, se modifica cláusula segunda del domicilio, sexta de la representación y se nombra junta directiva de la sociedad Easton Commerce Sociedad Anónima.—San José, 5 de junio del 2009.—Lic. Frank Herrera Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 110758.—(48414).

Mediante escritura Nº 151-11 de las 14:00 horas del 28 de mayo del 2008, otorgada ante esta misma notaría, se constituye Travel City S. A. Se nombra junta directiva y fiscal. Plazo social: 99 años. Capital social: cien mil colones. Presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Presidente Franklin Hernández Castro, vicepresidente: Sammy Alberto Castillo Solano.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº 110759.—(48415).

Por escritura otorgada, a las diez horas quince minutos del día cinco de junio del dos mil nueve, ante esta notaría, se reforma la cláusula sexta del pacto social de la sociedad Dunroamin SRL.—San José, cinco de junio del dos mil nueve.—Lic. José Arturo Leitón Salas, Notario.—1 vez.—Nº 110760.—(48416).

Por escritura otorgada, a las diez horas del día cinco de junio del dos mil nueve, ante esta notaría, se reforma la cláusula octava y novena del pacto social de la sociedad Pangborn Macarthur and Associates Sociedad Anónima.—San José, cinco de junio del dos mil nueve.—Lic. José Arturo Leitón Salas, Notario.—1 vez.—Nº 110761.—(48417).

Por escritura otorgada, a las diez horas treinta minutos del día cinco de junio del dos mil nueve, ante esta notaría, se reforma la cláusula sexta del pacto social de la sociedad The Last Resort T L R SRL.—San José, cinco de junio del dos mil nueve.—Lic. José Arturo Leitón Salas, Notario.—1 vez.—Nº 110762.—(48418).

Eduardo Cruickshank Smith, Jeannette Edwards Van Browne y Jermaine Cruickshank Edwards, constituyen Luson Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Limón a las once horas del veintitrés de abril del dos mil nueve. Capital social diez mil colones.—Lic. Eduardo Cruickshank Smith, Notario.—1 vez.—Nº 110764.—(48419).

Ante mi notaría, se constituyó sociedad anónima denominada Monstruos de Pital S. A. Escritura otorgada en Naranjo, a las nueve horas del diecinueve de mayo del año dos mil nueve.—Lic. Katia Ledezma Padilla, Notaria.—1 vez.—Nº 110766.—(48420).

Mediante escritura pública ciento quince, otorgada a las once horas del tres de junio de dos mil nueve, la suscrita notaria, protocolizó la constitución de la sociedad Proyectos Técnicos y Telecomunicaciones Sociedad Anónima.—San José, ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Sylvia Montero Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 110768.—(48422).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del dos de junio del año dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad tres - ciento dos -quinientos setenta mil cincuenta y tres limitada, cédula jurídica número tres - ciento dos - quinientos setenta mil cincuenta y tres, reformando sus cláusulas primera y sétima, cambiando el nombre a Familia Brenes Picado P.B., y se nombran gerentes. Es todo.—Jacó, 3 de junio del 2009.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 110769.—(48423).

Mediante escritura pública ciento dieciséis, otorgada a las once horas del cuatro de junio de dos mil nueve, la suscrita notaria, protocolizó la constitución de la sociedad Credisiman Sociedad Anónima.—San José, ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Sylvia Montero Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 110770.—(48424).

Los señores Jorge Arturo Mora Sánchez y Ronald Sáenz Borbón, constituyen la sociedad denominada Servicios Funerarios Paz y Bien Sociedad Anónima.—San José, tres de junio del año dos mil nueve.—Lic. Adriana Chavarría Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 110771.—(48425).

Ante el notario: Fernando Mena Alvarado, notario público con oficina en la ciudad de Grecia, Alajuela, 125 metros norte de Perimercados, se procedió a protocolizar el acta de la sociedad denominada: Transportes M Y S Sociedad Anónima, con domicilio en Santa Gertrudis Norte de Grecia, Alajuela, frente a la escuela, reformándose la cláusula novena, y se nombra nueva junta directiva.—Grecia, cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Fernando Mena Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 110772.—(48426).

Hago constar que ante mi notaría, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la entidad denominada Vecinos del Residencial La Amada S. A., mediante la cual se acuerda reformar la cláusula décima segunda del pacto social, se procede al nombramiento de nueva junta directiva y se suprime registralmente la cláusula décima octava del pacto inaugural.—Lic. Mauricio Vargas Salas, Notario.—1 vez.—Nº 110773.—(48427).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se protocoliza acta de la compañía Instituto Centroamericano para la Educación Audiovisual (ICEA) Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula sexta y se elimina la cláusula sétima de los estatutos sociales, se deja sin efecto el nombramiento de agente residente; se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, siete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Carlos Enrique Anclada Soler, Notario.—1 vez.—Nº 110774.—(48428).

Ante esta notaría, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios, de la compañía denominada Agencia de Viajes Turísticos Atlántico Sociedad Anónima.—Guápiles, Pococí, seis de junio del dos mil nueve.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—Nº 110776.—(48429).

Se constituye la empresa Vigilancia R M B R Sociedad Anónima, se nombra al señor Héctor Manuel Barquero Rosales, apoderado generalísimo sin límite de suma, otorgada en Siquirres, al ser las doce horas del primero de junio del dos mil nueve, ante el notario Carlos Eduardo Solano Serrano. Representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.—Lic. Carlos Eduardo Solano Serrano, Notario.—1 vez.—Nº 110777.—(48430).

Por escritura otorgada en mi notaría, en la ciudad de San José, a las diecinueve horas del día cinco de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Juya de M & A Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado. Plazo social noventa y nueve años contados a partir del momento de su constitución.—San José, ocho de junio de dos mil nueve.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 110779.—(48431).

Por escritura otorgada ante mí, en esta ciudad a las 14:00 horas del 5 de junio del 2009, se constituyó la sociedad Visit CR Go Jaf Sociedad Anónima. Domicilio: San Juan de Tibás. Capital: cien mil colones suscrito y pagado. Presidenta: Sofía Alejandra Molina Aguilar.—San José, 5 de junio del 2009.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—Nº 110780.—(48432).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del seis de junio del dos mil nueve, las señoras: Claudia Carmen Lee Urbina y Sendry Hernández Rojas constituyeron sociedad anónima, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en La Gaceta número: Ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis. Presidente: Miguel Ángel Chaves González, capital social diez mil colones netos.—Lic. Sergio Bravo Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 110784.—(48433).

Ante esta notaría comparecieron los señores Alexander Aguirre Torres, Enrique Copeland Langlin, los dos en calidad de socios fundadores de esta empresa, Orlando Ulises López Alvarado, y Bibiana Angélica Morais Araya, los dos últimos comparecen únicamente para aceptar los cargos de secretaria y fiscal respectivamente, por lo que no tienen calidad de socios para constituir la Sociedad denominada Coopeland Veintiocho Millas Sociedad Anónima, la cual tendrá un plazo social de noventa y nueve años, el domicilio es: Veintiocho Millas de Batán de Matina, de Limón, doscientos metros al norte de la pulpería Gil, siendo el socio Alexander Aguirre Torres, su representante judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. El capital social será de cien mil colones representados por veinte acciones de cinco mil colones cada una. Es todo.—Batán, seis de junio del dos mil nueve.—Lic. Óscar Guerrero Alemán, Notario.—1 vez.—Nº 110786.—(48434).

Por escritura otorgada ante el suscrito, se constituyó la sociedad Pollinzas del Sur Sociedad Anónima.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. William Chaves Villalta, Notario.—1 vez.—Nº 110788.—(48435).

Por escritura otorgada ante mí a las doce horas y cuarenta minutos del veintiséis de mayo del dos mil nueve, se reformó la cláusula cuarta de la sociedad denominada Herramientas Médicas Sociedad Anónima.—San José, veintiséis de mayo de dos mil nueve.—Lic. Giulio Sansonetti Hautala, Notario.—1 vez.—Nº 110789.—(48436).

Por escritura otorgada ante mí a las doce horas y treinta minutos del veintiséis de mayo del dos mil nueve, se reformó la cláusula primera de la sociedad denominada Establishment Biotech Sociedad Anónima.—San José, veintiséis de mayo de dos mil nueve.—Lic. Giulio Sansonetti Hautala, Notario.—1 vez.—Nº 110790.—(48437).

Por escritura otorgada ante la notaria pública Ana Victoria Arguedas Delgado, a las 16:00 horas del 7 de junio del 2009, Biswajeet Kumar Singh y Carolina González Víquez constituyen Green West PVT Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Escazú, Guachipelín, ochocientos metros al sur de Multiplaza. Se nombra presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, 7 de junio del 2009.—Lic. Ana Victoria Arguedas Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 110792.—(48438).

Carmen Umaña Valverde y Kaen Patricia Vargas Hernández, constituyen Representaciones Il Fiore Pcays Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, capital social diez mil.—San José, 8 de junio del 2009.—Lic. Alexander Granados Loaiza, Notario.—1 vez.—Nº 110794.—(48439).

Por escritura de las 11:00 horas del 3 de junio del 2009, se modificó la cláusula primera del pacto constitutivo de la empresa La Bella y la Bestia S. A.Lic. Edwin Angulo Gatgens, Notario.—1 vez.—Nº 110798.—(48440).

Por escritura otorgada ante mí, a las 16:10 horas del 5 de junio del 2009, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Balcones Acaule U.N.L.B. A Siete S. A. Se nombra nueva junta directiva y agente residente. Se reforma cláusula segunda de los estatutos.—San José, 5 de junio del 2009.—Lic. Manrique Rojas Ibarra, Notario.—1 vez.—Nº 110801.—(48441).

Por escritura otorgada ante mí, a las 16:10 horas del 5 de junio del 2009, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Balcones Aguachi H.G.C.N.C. Uno S. A. Se nombra nueva Junta Directiva y Agente Residente. Se reforma cláusula segunda de los estatutos.—San José, 5 de junio del 2009.—Lic. Manrique Rojas Ibarra, Notario.—1 vez.—Nº 110802.—(48442).

Ante mi notaría por escritura número cuatro-dieciséis, se constituyó sociedad cuya denominación será la que se le asigne como número de cédula jurídica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, Nº 33171-J; domiciliada en distrito primero: Nicoya; cantón segundo: Nicoya, provincia de Guanacaste, Barrio El Carmen, doscientos metros al este de los Tribunales de Justicia. Con un capital social de diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Con un plazo de noventa y nueve años. Su objeto será el turismo, comercio, industria, urbanización, así como la prestación de todo tipo de servicios lícitos en general. La representación judicial y extrajudicial corresponderá únicamente al presidente: Billy Wayne (nombres) Hall y secretaria Paula Boswell (nombres) Hall, ambos con las facultades del 1253 del Código Civil, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Nicoya, veintiséis de mayo del dos mil nueve.—Lic. Marjorie Vargas Sequeira, Notaria.—1 vez.—Nº 110806.—(48443).

Mediante escritura número ciento cincuenta y seis, otorgada a las catorce horas del cinco de junio del dos mil nueve, ante la notaria Melania Campos Lara, se constituyó la sociedad denominada Amnet Cable C.R. S. A., con un plazo social de noventa y nueve años y un capital social de diez mil dólares, representado por diez mil acciones comunes y nominativas de un dólar cada una.—San José, cinco de junio de dos mil nueve.—Lic. Melania Campos Lara, notaria.—1 vez.—Nº 110808.—(48444).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del cinco de junio del dos mil nueve, se constituye la sociedad Outsource Centro América Sociedad Anónima.—San José, ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 110809.—(48445).

Por escritura de las nueve horas de hoy, ante la notaría de Ernesto Vargas Ramírez y Miguel Ángel Rojas Pacheco, se reformó el pacto social de la empresa Joba Estructuras Metálicas Sociedad Anónima. Mediante la cual se reforma el capital social aumentándose a cinco millones quinientos mil colones. Domicilio San José.—San José, cinco de junio del dos mil nueve.—Lic. Miguel Ángel Rojas Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 110810.—(48446).

Por medio de escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 26 de marzo del 2009, se constituyó la compañía Rincón del Paraíso S. A. Plazo 99 años, Domicilio social: Las Delicias de Cóbano de Puntarenas, 100 m este de la plaza de fútbol. Capital social ¢10.000,00. Presidente: Célimo Cruz Sibaja.—San José, 22 de mayo del 2009.—Lic. Eladio Ant. Picado Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 110812.—(48447).

Por escritura pública otorgada a las nueve horas del seis de junio del año dos mil nueve, de protocolización de piezas, se modifica el capital social de la sociedad denominada CCD. Ortodoncia. Com S. A. Capital suscrito y pagado. Presidente: Carlos Manuel Castro Domínguez.—Lic. Rodrigo Arauz Figueroa, Notario.—1 vez.—Nº 110816.—(48448).

Anton Macakovic y Papic Aleksandar constituyen la sociedad denominada Wole Sale One S. A. (Detallista Numero Uno), escritura 178 otorgada en San José, a las 17:00 horas del 4 de junio del dos mil nueve.—Lic. Roberto Pochet Torres, Notario.—1 vez.—Nº 110817.—(48449).

Ante esta notaría, licenciado Adonis Bonilla Hernández, se constituyó la empresa J.&.M Consultores Asesores Sociedad Anónima, con domicilio en Heredia, San Rafael, por el plazo social de noventa y nueve años, siendo presidenta con facultades apoderada generalísima sin límite de suma Yéssica Hernández Delgado.—Lic. Adonis Bonilla Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 110818.—(48450).

Por escritura de las 8:00 horas del 2 de junio de 2009, se protocolizó actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Macrilago Dos B S. A. Se reforman las cláusulas primera y cuarta y junta directiva y fiscal. Se denominará Mundo Hablado Virtual Sociedad Anónima. Presidenta María Del Carmen Siccardi.—San José, 2 de junio del 2009.—Lic. Eladio González Solís, Notario.—1 vez.—Nº 110819.—(48451).

Luis Miguel Morales Aguilar, cédula 2-617-235, y Jonathan Moreira Arce, cédula 4-192-704, constituyen la sociedad Rayuela Estudio Visual S. A. Capital social de ¢10.000,00. Escritura otorgada a las 8:00 horas del seis de junio del 2009.—Lic. Alonso Alvarado Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 110821.—(48452).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del quince de junio de este año, Óscar Abarca Córdoba y Lisbeth Padilla Alvarado constituyen Osbac S. R., siendo gerente el primero y con domicilio en Horquetas de Sarapiquí.—San José, 8 de junio del 2009.—Lic. Santiago Mora Suárez, Notario.—1 vez.—Nº 110822.—(48453).

Ante esta notaría, por escritura número sesenta del tomo primero de mi protocolo, otorgada a las diez horas treinta minutos del siete de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Nicodo S.R.L, con un capital social de seis mil colones.—Cartago, 7 de junio del 2009.—Lic. Bernal Enrique Chinchilla Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 110824.—(48454).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas quince minutos del dos de junio del dos mil nueve, se ha constituido la sociedad denominada Inversiones Darysol Sociedad Anónima. Presidente: Dayrion Ernesto Mendoza Peñatez. Domicilio Social: La Cruz, Guanacaste, del parque cincuenta metros al este en Bufete Aguilar & Reyes. Plazo social: Noventa y nueve años.—La Cruz, Guanacaste, tres de junio del dos mil nueve.—Lic. Marlon Aguilar Carrillo, Notario.—1 vez.—Nº 110826.—(48455).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 7:00 horas del día 5 de junio del 2009, se constituyó la empresa denominada Altos Colonial Villa Real S. A., domiciliada en Pozos, Santa Ana, San José, residencial Villareal, casa 14-S, presidente Ronald Johanning Quesada, cedula numero 1-495-597.—Belén, Heredia, 5 de junio del 2009.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 110828.—(48456).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del día 5 de junio del 2009, se constituyó la empresa denominada, Inversiones Lujav S. A., domiciliada en Santo Domingo de Heredia, Residencial Quizarco, casa número 15-C, presidenta Ana Lucía Johanning Solís, cédula número 3-430-334.—Belén, Heredia, 5 de junio del 2009.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 110829.—(48457).

La sociedad Warozamaca Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos catorce mil ciento treinta y cuatro, informa a todos los interesados y socios: que se reformó la cláusula novena, del acta constitutiva, mediante la última asamblea realizada el pasado veintiuno de diciembre del año dos mil ocho.—Lic. Adriana Astúa Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 110830.—(48458).

Ante mí, los señores José Pablo Arce Piñar y Felipe Esquivel Delgado, vienen a constituir las siguientes sociedades Copper Conector Sociedad Anónima, Cake Fight Sociedad Anónima, Wildcat Cave Sociedad Anónima, Get On Your Boots Sociedad Anónima y The Unforgettable Fire Sociedad Anónima. Plazo: cien años. Capital: doce mil colones. Domicilio: San José, Costa Rica. Presidente: José Pablo Arce Piñar. Es todo.—San José, ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Rodrigo Maffioli Marquezo, Notario.—1 vez.—Nº 110832.—(48459).

Ante esta notaría se constituyeron las sociedades O P M Desarrolladora de Capital Consultoría y Administración y A!R Company visibles en respectivamente en las escrituras números noventa y siete y ciento cuatro, del tomo tres del protocolo de la notaria Andrea Ruiz Castillo, constituidas en San José, el 29 de mayo y el 4 de junio del presente año.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 110834.—(48460).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día tres de junio del año dos mil nueve, se protocoliza acta de la sociedad Inversiones Ixis Holding Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-trescientos noventa mil ciento diecinueve. Se modifica domicilio social y se nombra gerente. San José.—Lic. Juan Carlos Vega Montoya, Notario.—1 vez.—Nº 110838.—(48461).

Se constituye sociedad anónima, entre los señores Mauricio González Castro y Dunia Sirias Elizondo. Mediante escritura pública 184 de las 8:00 horas del 21 de mayo del 2009.—Lic. Javier Solís Ordeñana, Notario.—1 vez.—Nº 110840.—(48462).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 13:06 horas del 3 de junio del 2009, se reforman la segunda y quinta de la denominada Tajo La Cathe S. A., cédula jurídica 3-101-209230, con domicilio en barrio La Estación, Paraíso de Cartago.—Lic. Salvador Brenes Coto, Notario.—1 vez.—Nº 110842.—(48463).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 27 de mayo del 2009 se constituyó Inversiones Dulzum Limitada. Capital social: ¢100.000,00. Gerente: Mariano Zúñiga Caamaño.—Lic. Ignacio Herrero Knöhr, Notario.—1 vez.—Nº 110843.—(48464).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 22 de mayo del 2009 se constituyó Inversiones Sozuga Limitada. Capital social: ¢10.000,00. Gerente: Eduardo Zúñiga Caamaño.—Lic. Ignacio Herrero Knöhr, Notario.—1 vez.—Nº 110844.—(48465).

Por escritura otorgada en esta notaría el día 8 de junio del 2009 a las 10:00 horas, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Helping You Grow Stronger Inc. Hugs Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-442648 en la cual se modifica la cláusula segunda de los estatutos de la sociedad. Presidenta: Mariela Fernández Castro.—Palmares de Alajuela, 8 de junio del 2009.—Lic. Rosibel Quesada Vásquez, Notaria.—1 vez.—Nº 110847.—(48466).

Por escritura otorgada en esta notaría el día 8 de junio del 2009 a las 10:30 horas, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad con cédula jurídica y aditamento número tres-ciento uno-cincuenta setenta setenta y ocho s. a.; en la cual se modifica la cláusula segunda de los estatutos de la sociedad. Presidenta: Mariela Fernández Castro.—Palmares de Alajuela, 8 de junio del 2009.—Lic. Rosibel Quesada Vásquez, Notaria.—1 vez.—Nº 110848.—(48467).

Por escritura otorgada en esta notaría el día 8 de junio del 2009 a las 9:00 horas, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada con cédula jurídica y aditamento 3-101-507508 s. a., en la cual se modifica la cláusula segunda de los estatutos de la sociedad. Presidenta: Mariela Fernández Castro.—Palmares de Alajuela 8 de junio del 2009.—Lic. Rosibel Quesada Vásquez, Notaria.—1 vez.—Nº 110850.—(48468).

Por escritura otorgada en esta notaría el día 8 de junio del 2009 a las 9:30 horas, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada A Little Light Inc LLC Limitada, con cédula jurídica Nº 3-102-44315, en la cual se modifica la cláusula segunda de los estatutos de la sociedad. Presidenta: Mariela Fernández Castro.—Palmares de Alajuela, 8 de junio del 2009.—Lic. Rosibel Quesada Vásquez, Notaria.—1 vez.—Nº 110851.—(48469).

Por escritura de las dieciséis horas del cinco de junio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Fisiosalud Sociedad Anónima. Capital diez mil colones dividido en diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente y Vicepresidente ostentan la representación judicial y extrajudicial, actuando conjunta o separadamente.—Lic. Erick Ramírez Barahona, Notario.—1 vez.—Nº 110853.—(48470).

Por escritura de las quince horas del cinco de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Bufete Paniagua Acuña L.A.P. Sociedad Anónima. Capital: cien mil colones dividido en diez acciones comunes y nominativas de cien mil colones cada una. Presidente y secretario ostentan la representación judicial y extrajudicial, actuando conjunta o separadamente.—Lic. Erick Ramírez Barahona, Notario.—1 vez.—Nº 110854.—(48471).

Por escritura treinta y siete-once, otorgada en Heredia, a las doce horas treinta minutos del veinte de mayo del dos mil nueve ante la notaria Ana Lorena Oviedo Campos, se constituye la sociedad denominada Jackets Dos Mil Uno Sociedad Anónima S. A. Capital íntegramente suscrito y pagado.—Lic. Ana Lorena Oviedo Campos, Notaria.—1 vez.—Nº 110855.—(48472).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 11 de marzo del 2009, se constituyó The Rock Constructions of South Sociedad Anónima. Domicilio social en San José, Pérez Zeledón, cuatrocientos metros este del aeropuerto, capital social: diez mil colones, totalmente suscrito y pagado. Presidente: Luis Ángel Pérez Quesada, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 11 de marzo del 2009.—Lic. María Gabriela Ulloa Raabe, Notaria.—1 vez.—Nº 110856.—(48473).

Yo, María Gabriela Ulloa Raabe, notaria pública con oficina en San José, he protocolizado acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de Macadamia Hills de Costa Rica S. A., donde se nombra apoderada generalísima limitada a la suma de doscientos mil dólares a la señora Marcela Carmona Aguilar. Escritura otorgada en San José a las catorce horas del cuatro de junio del dos mil nueve.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. María Gabriela Ulloa Raabe, Notaria.—1 vez.—Nº 110857.—(48474).

Yo, María Gabriela Ulloa Raabe, notaria pública con oficina en San José, he protocolizado acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de Macadamia Hills S. A., donde se nombra apoderada generalísima limitada a la suma de doscientos mil dólares a la señora Marcela Carmona Aguilar. Escritura otorgada en San José a las trece horas del cuatro de junio del dos mil nueve.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. María Gabriela Ulloa Raabe, Notaria.—1 vez.—Nº 110858.—(48475).

Se hace saber que en mi notaría a las veinte horas del tres de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Tax and Business Adviser Sociedad Anónima, siendo su domicilio social en la provincia de San José, San Francisco de Dos Ríos, de la Iglesia Católica, doscientos metros al sur y doscientos setenta y cinco metros al oeste, con un capital social de diez mil colones.—Tres de junio del dos mil nueve.—Lic.  Silvia Alvarado Quijano, Notaria.—1 vez.—Nº 110860.—(48476).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las ocho horas de hoy, se constituyó la sociedad Comercializadora Lemas Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Llorente de Tibás.—San José, cinco de junio del dos mil nueve.—Lic. Damaris Angulo Campos, Notaria.—1 vez.—Nº 110862.—(48477).

Mediante acta número uno, se modificó el domicilio y se nombró la nueva junta directiva de la compañía Importadora Toque de Clase Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, San Carlos, veinticinco de mayo del dos mil nueve.—Lic. Jorge Arturo Hidalgo Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 110864.—(48478).

Las suscritas Susanne Miranda Madrigal e Ivannia Miranda Madrigal, constituyen sociedad denominada de oficio por el Registro de Personas Jurídicas, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis S. A.—San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Hilda Marta Alpízar Castrillo, Notaria.—1 vez.—Nº 110865.—(48479).

El suscrito notario he protocolizado acta de la sociedad Fruta de Pasión Sociedad Anónima, en la cual se modifica el domicilio social.—Lic. Carlos R. Salas Arce, Notario.—1 vez.—Nº 110866.—(48480).

Las suscritas Yenory Vindas Sarmiento y Tatiana Vargas Vindas constituyen sociedad denominada Galerías de Moda Glasé S. A.San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Hilda Marta Alpízar Castrillo, Notaria.—1 vez.—Nº 110867.—(48481).

Las suscritas Tatiana Vargas Vindas y Yenory Vindas Sarmiento constituyen sociedad denominada Galerías Dentales S. A.San José, 29 de mayo del 2009.—Lic. Hilda Marta Alpízar Castrillo, Notaria.—1 vez.—Nº 110868.—(48482).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas, del día ocho de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Natures Number One Sociedad Anónima, capital social suscrito y pagado, presidente: Mauricio Soto Mora, plazo: noventa y nueve años.—San José, lunes 8 de junio del 2009.—Lic. Paola Colombo Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 110869.—(48483).

Por medio de la escritura número trescientos treinta y uno, del tomo quinto de mi protocolo, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Symsa Exotic Fruits 6 Vegetables S. A., mediante la cual se llevó a cabo el cambio de secretario de la junta directiva, asimismo se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Paola Colombo Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 110870.—(48484).

La suscrita notaria pública Xinia Patricia Aguilar Picado, doy fe que el día cinco de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad cuyo nombre será el número de cédula que le asigne el Registro Público, cuyo apoderado generalísimo sin límite de suma es el presidente Huberth Fernández Aguilar, cédula de identidad número uno-cinco ocho seis-ocho seis cero. Capital suscrito y pagado. Es todo. Firmo en Heredia el ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Xinia Patricia Aguilar Picado, Notaria.—1 vez.—Nº 110871.—(48485).

En esta notaría se constituye, bajo la escritura número veintisiete con fecha veintisiete de mayo del dos mil nueve, la sociedad denominada Corporación Ferrod Industrial Sociedad Anónima, presidente y vicepresidente poseen poder generalísimo sin límite de suma, domicilio en Cartago.—San José, veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Ronald Rodolfo López Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 110872.—(48486).

En esta notaría se constituye, bajo la escritura número treinta con fecha cuatro de junio del dos mil nueve, la sociedad denominada Corporación Iledtech Limitada, dos gerentes poseen poder generalísimo sin límite de suma, domicilio en San José.—Cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Ronald Rodolfo López Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 110873.—(48487).

En escritura pública otorgada ante mí el día cinco de junio del dos mil nueve, se modificó la junta directiva en la figura del fiscal y se aumentó el capital social de la empresa, correspondiente a la sociedad Grupo Condeco V A C Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-tres siete nueve seis cero siete.—Cartago, ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Carlos Alberto Hernández Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 110874.—(48488).

En escritura pública otorgada ante mí, el día ocho de agosto del dos mil siete, se constituyó la sociedad Tecnología y Café Tecnycafé S. A. Domiciliada en la ciudad de San José, San Francisco de Dos Ríos, Residencial La Cabaña, casa catorce F, de la Soda Isabel, trescientos metros oeste y ciento cincuenta metros al sur, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, es Carlos Alberto Ovares Segura.—Cartago, seis de junio del dos mil nueve.—Lic. Carlos Alberto Hernández Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 110875.—(48489).

Por escritura número setenta y siete-cuatro, otorgada en esta notaría, a las 11:00 horas del 5 de junio del 2009, se constituyó sociedad anónima cuya denominación será asignada por el Registro Público y corresponderá  al número de cédula de persona jurídica que se le asigne, según lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo Nº 33171-J, artículo 2. Capital social: 100.000,00 colones. Domicilio social: San José, avenida 10, calle 21, casa 885. Presidente y secretario con la representación judicial y extrajudicial, artículo 1253 del Código Civil.—Lic. Kathia Valverde Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 110877.—(48490).

Fabio Quirós Martínez, Rosibel Hernández Arrieta, por sí y en representación de los menores Fabiana Quirós Hernández y José Fabio Quirós Hernández, María Gabriela Quirós Hernández y Andrea Quirós Hernández, constituyen la sociedad denominada Quirós y Hernández de Pococí Sociedad Anónima. Escritura otorgada al ser las 17:00 horas del 6 de mayo del 2009. Escritura número 392 visible al folio 184 del tomo 4 del protocolo de la notaria Teresita Chaves Castillo.—Lic. Teresita Chaves Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 110879.—(48491).

Por escritura pública número doscientos sesenta y dos-seis, otorgada por la suscrita notaria a las diecisiete horas del día cinco de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Excursiones J R & S G. Sociedad Anónima, con domicilio social doscientos metros este y cincuenta metros norte de la Clínica de Miramar, distrito primero Miramar, cantón cuarto Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma: presidente y tesorero.—Lic. Yesenia Villalobos Leitón, Notaria.—1 vez.—Nº 110882.—(48492).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 4 de junio del 2009 se reforma cláusula octava de los estatutos de la sociedad Manta Ray One Sociedad Anónima. Presidente y secretario: representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, conjunta o separadamente. Presidente: Eduardo Muñoz Reyes, secretaria: Ana Isabel Vieira Vélez.—Lic. José Manuel Boza Fernández, Notario.—1 vez.—Nº 110884.—(48493).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la sociedad denominada Loremay Sociedad Anónima. Presidente: Minor Eduardo Obregón Huertas. Capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, seis de junio del dos mil nueve.—Lic. Ángel López Miranda, Notario.—1 vez.—Nº 110886.—(48494).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Fortuna Primera S. A. Domicilio social: Naranjo, Alajuela. Objeto: inversión en bienes raíces. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: doce mil colones. Representación judicial y extrajudicial: presidente y secretaria.—Naranjo, quince de abril del dos mil nueve.—Lic. Kattia Vanessa Umaña Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 110887.—(48495).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Domicilio social: Naranjo, Alajuela. Objeto: el comercio en general. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Representación judicial y extrajudicial: gerentes.—Naranjo, siete de abril del dos mil siete.—Lic. Kattia Vanessa Umaña Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 110888.—(48496).

Por escritura número ciento ochenta y siete, de las diecinueve horas del seis de marzo del dos mil nueve, otorgada ante esta notaría, se constituye la sociedad denominada Barrangutie Mayai Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado.—Tres Ríos, seis de marzo del dos mil nueve.—Lic. María Eugenia Vargas Arrieta, Notaria.—1 vez.—Nº 110889.—(48497).

Por escritura número ciento cincuenta y cuatro, de las once horas del día veintiocho de marzo del dos mil nueve, se constituyen las sociedades denominadas PIE Promotores Inmobiliarios Especializados Sociedad Anónima y SIE Servicios Inmobiliarios Especializados Sociedad Anónima, capital social suscrito y pagado.—Ciudad de Heredia, 8 de junio del 2009.—Lic. Octavio Mora Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 110890.—(48498).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de la sociedad denominada Kaliyuga Sociedad Anónima donde se modifica la cláusula octava de la administración.—Lic. María del Rocío Montes de Oca Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 110891.—(48499).

Hoy día he constituido sociedad cuya razón social es Condovilla Sueños Presidenciales del Flamingo Limitada, con domicilio en Desamparados, San José, capital social: cien mil colones, gerente uno y gerente dos con representación judicial y extrajudicial.—Desamparados, San José, ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—Nº 110892.—(48500).

Sigifredo Pasos Álvarez, cédula número cinco-cero doscientos veintidós-cero seiscientos seis; María Ángela Martínez Delgado, cédula número cinco-cero doscientos sesenta y seis-cero trescientos dieciséis, y Diego Alonso Pasos Martínez, cédula número cinco-cero trescientos setenta y siete-cero cuatrocientos cuarenta y uno, constituyen la sociedad Agrocomercial Bagaces Sociedad Anónima. Domiciliada: en Bagaces, Guanacaste, del Banco de Costa Rica, cien metros al sur y cincuenta al este. Escritura suscrita ante la notaria Olga Matarrita Rojas, a las quince horas del cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Olga Matarrita Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 110893.—(48501).

Andre Miller, de único apellido en razón de su nacionalidad canadiense, cédula de residente permanente número uno uno dos cuatro cero cero cero siete ocho nueve dos uno, de nacionalidad canadiense, y Keroack Monique, de único apellido en razón de nacionalidad canadiense, cédula de residente permanente número uno uno dos cuatro cero cero cero siete cinco cero dos nueve, de nacionalidad canadiense, han constituido una sociedad que se denominará Pico Pico Sociedad Anónima. Domiciliada: en Liberia, Guanacaste, Barrio El Malinche, detrás de Hotel El Sitio. Suscrita ante la notaria Olga Matarrita Rojas, a las catorce horas del cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Olga Matarrita Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 110894.—(48502).

Por escritura otorgada a las trece horas del día cuatro de abril del dos mil nueve, ante la notaria Sandra Víquez Blanco, se constituyó la sociedad denominada Servicios Multidisciplinarios en Ingeniería Civil SERVIMUC Sociedad Anónima, su objetivo será la prestación de servicios profesionales en ingeniería civil y todo lo relacionado con ella y su presidente tendrá facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 8 de junio del 2009.—Lic. Sandra Víquez Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 110895.—(48503).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyeron las sociedades Tdoblejmarketing S. A., Serli Alimentos S. A., y Multiservicios Miresqui. Presidente: apoderado generalísimo, capital social: $1.000, 10.000.000 cls y 100.00 cls respectivamente.—San José, 2 de junio del 2009.—Lic. Lucía Odio Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 110898.—(48504).

Por escritura 504 del tomo 11 de mi protocolo, se cambia junta directiva y domicilio social de Inversiones Nivik Dos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno- cuatrocientos setenta y tres mil seiscientos treinta.—Otorgada al ser las 12 horas del 4 de junio del dos mil nueve.—Lic. Silvia Elena Suárez Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 110899.—(48505).

Por escritura 503 del tomo 11 de mi protocolo, se cambia junta directiva y representación de KM Moraqui Sociedad Anónima cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos ochenta y cuatro mil novecientos sesenta y cinco.—Otorgada al ser las 12 horas del 3 de junio del dos mil nueve.—Lic. Silvia Elena Suárez Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 110900.—(48506).

Por escritura 471 del tomo 11 de mi protocolo se cambia junta directiva y representación de Agropecuaria Kimor JPR Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cincuenta y siete mil ochocientos setenta y cuatro, otorgada al ser las 12 horas del 26 de mayo del dos mil nueve.—Lic. Silvia Elena Suárez Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 110902.—(48507).

Ante esta notaría a las dieciséis horas cincuenta minutos del veinte de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima denominada Corporación JTI S. A., con un capital social de cien mil colones y con domicilio social en Alajuela centro.—Alajuela, al ser once horas treinta minutos del día ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Vinicio Villegas Arroyo, Notario.—1 vez.—Nº 110903.—(48508).

Ante esta notaría a las diez horas veinte minutos del veintiuno de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima denominada Centro Cultural de Idiomas de Grecia S. A., con un capital social de cien mil colones y con domicilio social en Alajuela centro.—Alajuela, al ser once horas treinta minutos del día ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Vinicio Villegas Arroyo, Notario.—1 vez.—Nº 110904.—(48509).

Por escritura número 206-1 de las 8:00 horas del 8 de junio del 2009 se modifican las cláusulas tercera y octava, del pacto constitutivo de Inversiones Gatoazul J.K. Sociedad Anónima.San Antonio de Desamparados, 8 de junio del 2009.—Lic. Paula Medrano Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 110905.—(48510).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del seis de junio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima Pacific Group Sociedad Anónima. Nombrándose como presidente a José Humberto Zúñiga Jiménez. Es todo.—San José, ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1 vez.—Nº 110907.—(48511).

El suscrito notario Víctor Solís Castillo hace constar que en esta notaría, se constituyeron: Bobino del Sur Sociedad Anónima, Sol Sombra y Gracia Costa Rica Sociedad Anónima, Sun Shade & Fun International Sociedad Anónima. Es todo.—Palmar Norte, Osa, Puntarenas, al ser quince horas treinta minutos del día veintiocho de mayo del dos mil nueve.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 110909.—(48512).

Por escritura otorgada ante los notarios Carlos Luis Mellado Soto y Ariana Castro Vindas, en Esparza, a las 16:00 horas del 5 de junio del 2009, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Corporación Immaesa S. A., donde se aumenta capital social a la suma de veinticuatro millones de colones.—5 de junio de 2009.—Lic. Carlos Luis Mellado Soto, Notario.—1 vez.—Nº 110914.—(48513).

Por escritura otorgada hoy, ante mí, se constituyó Mundanzas de Gicenia y Tio Qüi Qúi S. A., para dedicarse por noventa y nueve años a partir de su constitución, al comercio, la industria, el turismo, la agricultura y la ganadería. Capital social: totalmente suscrito y pagado. El presidente y secretario son apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjuntamente.—Alajuela, cinco de junio del dos mil nueve.—Lic. Marco Tulio Araya Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 110915.—(48514).

Por escritura otorgada ante la Licenciada Betsy Camacho Porras, a las nueve horas del cinco de junio del dos mil nueve, se modifica la cláusula primera y cuarta de la sociedad denominada San San Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento once mil veintitrés.—Lic. Betsy Camacho Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 110917.—(48515).

Por protocolización de acta de la sociedad Tico Cash Sociedad Anónima, ante esta notaría a las trece horas quince minutos del cuatro de junio del dos mil nueve. Se modifica la cláusula quinta de aumento de capital. Se modifica la cláusula sétima de la junta directiva donde se acepta la renuncia del tesorero y se hace un nuevo nombramiento.—San José, 18 de mayo del 2009.—Lic. Helen Duarte Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 110920.—(48516).

Por protocolización de acta de la sociedad Tech And Gadget Advisors Sociedad Anónima, ante esta notaría a las trece horas veinte minutos del cuatro de junio del dos mil nueve. Se modifica la cláusula quinta de aumento de capital. Se modifica la cláusula sétima de la junta directiva donde se acepta la renuncia del tesorero y se hace un nuevo nombramiento.—San José, 18 de mayo del 2009.—Lic. Helen Duarte Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 110922.—(48517).

Por escritura otorgada ante esta notaría en San José, a las nueve horas del cinco de junio del dos mil nueve, se constituyó por Aholeab Toledano Cohen la sociedad de esta plaza denominada Inmobiliaria Regency A.N.S S. A.—San José, 5 de junio del 2009.—Lic. Helen Duarte Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 110923.—(48518).

Por escritura otorgada ante esta notaria en San José, a las nueve horas cinco minutos del cinco de junio del dos mil nueve, se constituyó por Aholeab Toledano Cohen la sociedad de esta plaza denominada Corporación Regency NT Dieciocho S. A.—San José, 5 de junio del 2009.—Lic. Helen Duarte Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 110924.—(48519).

Por protocolización de acta de la sociedad Inversiones Trailhead Sociedad Anónima, ante esta notaría a las quince horas del dieciocho de mayo del dos mil nueve. Se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, 18 de mayo del 2009.—Lic. Helen Duarte Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 110925.—(48520).

Por protocolización de acta de la sociedad Panda Dynasty Sociedad Anónima ante esta notaría a las once horas del veintiocho de mayo del dos mil nueve. Se modifica la cláusula sétima de los estatutos y se hace nuevo nombramiento de presidente.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Helen Duarte Gamboa, Notario.—1 vez.—Nº 110926.—(48521).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas cuarenta minutos del ocho de junio del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad All At Sea Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos veintiocho mil ochocientos seis, de las once horas treinta minutos del ocho de junio del dos mil nueve, mediante la cual se reforma la cláusula segunda de los estatutos y se nombra nuevo gerente.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—(48524).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas treinta minutos del ocho de junio del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Easier Than You Think Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos doce mil setecientos veintitrés, de las once horas del ocho de junio del dos mil nueve, mediante la cual se reforma la cláusula segunda de los estatutos y se nombra nuevo gerente.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—(48525).

Por escritura número ochenta y siete, otorgada ante mi notaría, se constituyó la sociedad Inversiones Cubero y Calvo Sociedad Anónima, su domicilio será en San Juan de Rodríguez de Valverde Vega, Alajuela, cincuenta metros norte de la escuela Peters, plazo social es de noventa y nueve años, capital social de quince mil colones, presidenta: Lorena María Calvo Camacho.—Sarchí Norte, 12 de mayo de 2009.—Lic. Guillermo Vargas Torrentes, Notario.—1 vez.—(48531).

Que por medio de la escritura número 61, de la fecha 26 de mayo del 2009, se protocolizó la asamblea extraordinaria de la compañía Green River Rider S. A., celebrada en su domicilio social, se acordó modificar la cláusula segunda y hacer nuevos nombramientos de la junta directiva y fiscal.—Tamarindo, 26 de mayo del 2009.—Lic. Gabriel Chávez Ledezma, Notario.—1 vez.—(48532).

Que por medio de la escritura número 81, de la fecha 5 de junio del 2009, se protocolizó la asamblea extraordinaria de la compañía White River Crown Sociedad Anónima, celebrada a las 9:00 horas del 1º de junio del año 2009, en su domicilio social, se acordó modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo y hacer nuevos nombramientos de la junta directiva y fiscal.—Tamarindo, 5 de junio del 2009.—Lic. Paúl Oporta Romero, Notario.—1 vez.—(48533).

Que por medio de lo escritura número 73, de la fecha 2 de junio del 2009, se protocolizó la asamblea extraordinaria de la compañía Mediterráneo de Tamarindo S. A., celebrada a las 10:00 horas del 2 de junio del año 2009, en su domicilio social, se acordó modificar las cláusulas segunda y décima del pacto constitutivo y hacer nuevos nombramientos de la junta directiva y fiscal.—Tamarindo, 3 de junio del 2009.—Lic. Paúl Oporta Romero, Notario.—1 vez.—(48534).

Que por medio de la escritura número 71, de la fecha 2 de junio del 2009, se protocolizó la asamblea extraordinaria de la compañía La Dolce Vita del Pacífico Norte S. A., celebrada a las 10:00 horas del 1º de junio del año 2009, en su domicilio social, se acordó modificar las cláusulas segunda y décima del pacto constitutivo y hacer nuevos nombramientos de la junta directiva y fiscal.—Tamarindo, 3 de junio del 2009.—Lic. Paúl Oporta Romero, Notario.—1 vez.—(48535).

Por escritura número setenta y uno-uno, otorgada en Alajuela, a las diez horas treinta minutos del dos de abril del dos mil nueve, ante la suscrita notaria, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada: Na Lakalu Furnitures S. A., cédula jurídica 3-101-477443, en donde se reforma la cláusula novena en cuanto a la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, siendo que tanto el presidente como secretaria y tesorera sean apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta y separadamente.—Alajuela, 6 de junio del 2009.—Lic. Catalina Rojas Ramírez, Notaria.—1 vez.—(48549).

Hoy ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Nazareth Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de San José.—San José, veintidós de abril del 2009.—Lic. Gustavo Adolfo Sauma Fernández, Notario.—1 vez.—(48554).

Por escritura número noventa y nueve otorgada en mi notaría, a las diez horas del 4 de junio del 2009, protocolicé en lo conducente acuerdos de Acta número dos de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Tree Of Life Learning Center S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos veintiocho mil setecientos, en la que se modifica el apartado segundo de la escritura constitutiva, en lo pertinente al domicilio social.—San José, a las once horas del cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Henry Ramírez Quesada, Notario.—1 vez.—(48556).

Por escritura número noventa y ocho otorgada en mi notaría, a las nueve horas con treinta minutos del 4 de junio del 2009, protocolicé en lo conducente acuerdos de acta número cinco de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Evolucorp S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y siete mil cuarenta y dos, en la que se modifica el apartado segundo de la escritura constitutiva, en lo pertinente al domicilio social.—San José, a las doce horas del cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Henry Ramírez Quesada, Notario.—1 vez.—(48558).

Por medio de escritura número ciento uno, protocolicé acta de Cootilarán Comercial S. A., donde se nombra nuevo secretario, tesorero, fiscal y gerente.—San José, 9 de junio del 2009.—Lic. Annemarie Guevara Guth, Notario.—1 vez.—(48560).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario el día 9 de junio del 2009, se constituyó la sociedad Vallas Publicitarias IP Sociedad Anónima, con domicilio en San José, Moravia, San Vicente, residencial Altamoravia, casa quince-H. Representación: presidente, secretario y tesorero. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 9 de junio del 2009.—Lic. Manuel Barboza Arce, Notario.—1 vez.—(48561).

Por escritura Nº 267 de las 13 horas del 5-06-2009, en protocolo 1, se constituyó la sociedad denominada Roca de Occidente A B X S. A., Notaria María Teresa Núñez Torres.—San José, 9 de junio del dos mil nueve.—Lic. Edmundo Arias Rosales, Notario.—1 vez.—(48565).

Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas, hago constar que el día cinco de junio del dos mil nueve a las diez horas, en la ciudad de la Atenas, se realizó la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Corteza Rosada de Atenas Sociedad Anónima, en la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo.—Atenas, nueve de junio del dos mil nueve.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(48567).

Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada R.R. & G.G. Treinta y Tres Limitada, a las once horas del ocho de junio del dos mil nueve. Gerente uno y gerente dos con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quienes tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Atenas, ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(48568).

Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas hago constar que el día cinco de junio del dos mil nueve a las doce horas, en la ciudad de la Atenas, se realizó la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Villa Vainilla de Atenas Sociedad Anónima en la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Atenas, nueve de junio del dos mil nueve.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(48570).

Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada B.H. & J.H. Atenas Limitada, a las nueve horas del ocho de junio del dos mil nueve. Gerente uno y gerente dos con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quienes tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Atenas, ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(48571).

Ante esta notaría, otorgada a las doce horas del día tres de junio de dos mil nueve, se modificó la cláusula de la administración de la sociedad tres-ciento uno-cuatro nueve cinco seis dos cero sociedad anónima.—San José, tres de junio del dos mil nueve.—Lic. Milton Rojas Zamora, Notario.—1 vez.—(48596).

Ante esta notaría, otorgada a las trece horas veinte minutos del día ocho de junio de dos mil nueve, se modificó la cláusula de la representación de la sociedad Matiz de Acuarela Veintidós Sociedad Anónima.—San José, ocho de junio de dos mil nueve.—Lic. Milton Rojas Zamora, Notario.—1 vez.—(48597).

Mediante escritura número ciento dieciocho, otorgada a las ocho horas treinta minutos del nueve de junio del año dos mil nueve, visible a folio ciento veinticuatro frente del tomo tres del protocolo de la suscrita notaria, se constituyó la sociedad Invervolution X Sociedad de Responsabilidad Limitada. Es todo.—San Antonio de Belén, Heredia, a las nueve horas treinta minutos del nueve de junio del dos mil nueve.—Lic. Andrea Cordero Montero, Notaria.—1 vez.—(48604).

Ante esta notaría, se constituyó sociedad anónima que se denominará Sistemas Recargables de Inyección de Costa Rica S. A. Dicha sociedad fue constituida a las 13:30 horas del 12 de mayo del 2009, ante el notario público Miguel Maklouf Coto en escritura número 14-18 del torno 18.—San José, 15 de mayo del 2009.—Lic. Miguel Maklouf Coto, Notario.—1 vez.—(48606).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 17:00 horas del día 31 de mayo de 2009, se constituyó la sociedad anónima denominada: Ganadera La Flora SJ Caribe Sociedad Anónima, presidente: Jorge Chaverri Oller, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente. Capital social: diez mil colones, sucrito y pagado.—San José, 31 de mayo de dos mil nueve.—Lic. Hernán Ricardo Zamora Rojas, Notario.—1 vez.—(48607).

En escritura número ciento catorce-dos de la notaria Ana Marcela Bonilla Castro, a las ocho horas del nueve de junio del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Grupo Imcodi Sociedad Anónima, mediante la cual se nombra presidente, secretario y tesorero. Asimismo se reforman las cláusulas segunda y octava.—San José 9 de junio del 2009.—Lic. Ana Marcela Bonilla Castro, Notaria.—1 vez.—(48608).

En escritura número ciento tres-dos de la notaria Ana Marcela Bonilla Castro, a las dieciséis horas del veintiuno de abril del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones Iglesias Acevedo Sociedad Anónima, mediante la cual se nombra presidente, tesorero y agente residente. Asimismo se reforman las cláusulas segunda, octava y quinta y se otorga poder especial.—San José 8 de junio del 2009.—Lic. Ana Marcela Bonilla Castro, Notaria.—1 vez.—(48609).

Por escritura 21-32, otorgada ante el notario Óscar Julio Bastos Matamoros, a las 7:00 horas del 19-03-2009, debidamente autorizado para protocolizar la presente acta de asamblea general extraordinaria, procedo a protocolizar el acta número doce, la cual dice: acta número doce: asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza, denominada Centro Educativo Bosque Verde S.C. S. A., celebrada en su domicilio social, sita en Ciudad Quesada, barrio El Carmen, cincuenta metros al norte de la plaza del barrio El Carmen, en la casa del señor Manuel Emilio Hidalgo Orozco, se nombra la junta directiva de la siguiente manera: presidente, en la persona de Manuel Emilio Hidalgo Orozco, cédula número dos-cero tres uno seis-cero seis uno dos, quien es mayor, casado una vez, ingeniero, vecino de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, cincuenta metros al norte de la plaza del barrio de El Carmen y a la secretaria, en la persona de María Cecilia Arroyo Bolaños, cédula dos-tres uno dos-cinco cero tres, mayor, casada una vez, licenciada en trabajo social, vecina de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, cincuenta metros al norte de la plaza del barrio de El Carmen. Además se procede a nombrar como tesorera: a Ana Elena Hidalgo Arroyo, mayor, soltera, egresada de la carrera de ingeniería civil, vecina de Lourdes, San Pedro, San José, de los condominios Los Laureles, veinticinco metros sureste, apartamento del fondo mano izquierda, cédula dos-seis cero dos-seis ocho dos, los ratificados y nombrados se encuentran presentes en este acto, salvo el nombrado como tesorero quien por mandato de la asamblea se le llama telefónicamente y acepta dicho cargo y entran todos en posesión de los mismos a partir de este momento. Se procede a conocer la carta de renuncia del señor fiscal, Hernán Hidalgo Orozco, mayor, casado dos veces, abogado, vecino de La Palmera de San Carlos, Alajuela, cincuenta metros al este del Acueducto Rural, cédula número dos-tres tres dos-cinco tres tres, la cual se acepta y se procede agradeciéndole su labor durante el periodo que han fungido en sus cargos y en su lugar nombrar y ratificar como fiscal al señor Rónald Carrillo Castro, quien es mayor, casado una vez, economista, vecino de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, de la casa del obispo cuatrocientos metros norte, cédula de identidad dos-cuatro tres cero-cero ocho cuatro, se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo para que en su lugar se lea así: Cláusula octava: Octavo: los socios de la compañía celebran una asamblea anual ordinaria, dentro de los tres meses siguientes a la clausura del ejercicio económico. Extraordinariamente se reunirán cuando sean convocadas por el presidente del consejo de administración y en la asamblea se conocerán los puntos enunciados en las convocatorias respectivamente. En el caso de modificar, cambiar, alterar, derogar, o de cualquier otro modo cambiar el pacto constitutivo, se requiere de las tres cuartas partes de la totalidad del capital social suscrito y pagado, la convocatoria para las ordinarias y extraordinarias, se harán mediante un aviso en La Gaceta o en un diario de circulación nacional, ocho días mínimo antes de la celebración de la asamblea. El presidente y el secretario del consejo de administración lo serán también de las asambleas de socios y a falta de ellos, aquellos que los socios elijan. Se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo para en lo sucesivo se lea así: Artículo sexto: Los negocios sociales serán administrados por un consejo de administración o junta directiva compuesta por tres miembros, accionistas o no que serán presidente, secretario y tesorero, quienes duran en su cargo, por todo el plazo social y para remover, cesar, quitarlos, suspender o de cualquier otra forma dejar sin efecto los nombramientos a los cargos de junta directiva, se requiere de las tres cuartas partes de la totalidad del capital social suscrito y pagado. Corresponde al presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con las atribuciones de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente, conforme lo establece el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil y además podrá sustituir su poder en todo o en parte, reservándose o no su ejercicio, revocar sustituciones y hacer otras de nuevo. Tanto el presidente como el secretario, quedan debidamente facultados para otorgar cualquier clase de poderes a funcionarios de la sociedad, siempre y cuando no se haga uso del mandato en beneficio propio.—Ciudad Quesada, 2 de junio del 2009.—Lic. Óscar Julio Bastos Matamoros, Notario.—1 vez.—(48610).

Por escritura otorgada en esta notaría a las 15 horas del 4 de los corrientes, protocolicé acta de asamblea general mediante la cual se modifican los artículos 1 y 5 del pacto social de la empresa Condominio El Viñedo Número Ocho Chablis S. A.—Alajuela, 8 de junio del 2009.—Lic. José Arturo Fernández Ardón, Notario.—1 vez.—(48613).

El día de hoy se constituyó la sociedad denominada Seven Art Films Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Coronado, residencial La Cornelio, casa número cincuenta y dos. Capital social: cien mil colones. Objeto: el comercio en general, la importación, la exportación, la venta de servicios de medicina en general, la agricultura, industria, ganadería en general y la educación. Plazo social: noventa y nueve años a partir de hoy.—San José, doce horas de1 día cinco de junio del dos mil nueve.—Lic. Jazmín Sánchez Salas, Notaria.—1 vez.—(48618).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas con cuarenta minutos del cinco de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad: Poco Siesta Mountain Lodge Limitada. Se designa gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—(48620).

Mediante escritura otorgada ante mí a las doce horas del nueve de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Tundra Dos Sociedad Anónima. Plazo social cien años, capital social mil colones.—San José, nueve de junio del dos mil nueve.—Lic. Lucía Odio Rojas, Notaria.—1 vez.—(48621).

En mi notaría a las diez horas del nueve de junio de dos mil nueve, se constituyó la sociedad Alimentos Kanguro Hbr Sociedad Anónima. Presidente Henry Sebastiann (nombre) Hirsch (apellido) secretario. Rodrigo Vega Moreno, tesorero: Bart (nombre) Ten Kate (apellido), capital social cien mil colones. Domicilio social provincia de San José, cantón Central, distrito Hospital, Paseo Colón, de la Sala Garbo cincuenta metros al este. Escritura número veinticinco del tomo dieciocho del protocolo del co-notario Fernando Campos González.—San José a las once horas del nueve de junio del dos mil nueve.—Lic. Juan José Mena Hernández, Notario.—1 vez.—(48623).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 16:00 horas del 5 de junio de 2009, se protocolizan acuerdos de asamblea de accionistas de BCT Arrendadora S. A., según la cual se nombran fiscal y secretario.—San José, 9 de junio de 2009.—Lic. Carolina Villalobos Sancho, Notaria.—1 vez.—(48627).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las once horas del nueve de junio del 2009, se constituyó una sociedad anónima que tendrá como denominación social el número de cédula jurídica, conforme a las disposiciones del Decreto N° 33171-J, publicado en La Gaceta N° 114 del 14 de junio del 2006. Sociedad que constituyen los señores Marco Tulio Solano Rojas y Marco Tulio Solano Ruiz. Capital: diez mil colones. Domicilio: San José, Alajuelita. Presidente: Marco Tulio Solano Rojas.—San José, nueve de junio del dos mil nueve.—Lic. Giovanni Santiago Paniagua Umaña, Notario.—1 vez.—(48656).

Por escritura Nº 86 de las 19:30 del 09-06-2009, en protocolo 20, se constituyó la sociedad denominada Some Mer Corporación S. A.—San José, 10 de junio del 2009.—Lic. Edmundo Arias Rosales, Notario.—1 vez.—(48678).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se constituye una sociedad anónima cuyo nombre será igual al número de la cédula jurídica. Presidente: José Alberto Bolaños Rivera. Domicilio: Heredia.—Lic. Marco Antonio Gutiérrez Rojas, Notario.—1 vez.—(48805).

Ante esta notaría, en el tomo veintidós, en la escritura número cincuenta y cinco, al ser las dieciséis horas, del día ocho de mayo del dos mil nueve, se reformó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad denominada Rocaflor S. A.—San José, 08 de junio del 2009.—Lic. Jorge Henry Vega Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 110927.—(48809).

Se hace del conocimiento público que ante mí, por escritura pública número 40 otorgada en San José a las 13:00 horas del 4 de junio del año 2009; se constituyó la sociedad denominada Soporte Logístico EV & ML Sociedad Anónima. Se nombra junta directiva y fiscal. Presidenta: Eida María Vargas Jiménez, secretario: Freddy Hurtado Gorgona. La presidenta es apoderada generalísima sin límite de suma. Capital social cien mil colones exactos.—Lic. Saddy Guzmán Obando, Notaria.—1 vez.—Nº 110929.—(48810).

Por escritura otorgada ante mí se constituyó Mepsa de Costa Rica S. A. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: de noventa y nueve años. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar de forma conjunta y separadamente. El objeto el comercio en general, la industria, agricultura, ganadería y bienes raíces.—Paso Canoas, cinco de junio del dos mil nueve.—Lic. Onix Abarca Morales, Notario.—1 vez.—Nº 110933.—(48811).

Ante mí, Roy Harold Elizondo Durán, notario público, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, Corporación El Sol de Oro Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domiciliada: en la ciudad de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, Barrio San Luis, contiguo a la Fábrica de Hielo Hiljo, con un plazo social de noventa y nueve años a partir del veintisiete de mayo del dos mil nueve, conformado por un capital social de veinte mil colones, representado por veinte cuotas comunes y nominativas de mil colones cada una. Gerente: José Alberto Ramírez Cruz.—Pérez Zeledón, veintiocho de mayo del dos mil nueve.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Notario.—1 vez.—Nº 110934.—(48812).

Ante mi notaría, al ser las diecisiete horas del veintinueve de mayo, mediante escritura número setenta y cinco-ocho, visible a folio cuarenta y tres frente del tomo ocho de mi protocolo, se constituyó la sociedad Agri Vicmar S. A., y se nombra junta directiva. Presidente: Luis Fernando Chaves González. Capital social: 10.000,00 colones. Plazo: 99 años.—San Isidro de El General de Pérez Zeledón, cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Emilio Díaz Balmaceda, Notario.—1 vez.—Nº 110935.—(48813).

Que por escritura número 83, visible a folio 89 vuelto, se modificó la cláusula sexta del pacto social, y nombró nuevo gerente y gerente operativo, de Los Pargos Ñangueros del Manglar SRL. Visible en el tomo XII del protocolo del notario público Lic. Eduardo Abarca Vargas.—Uvita de Osa, a las 09:00 horas del 8 de junio del 2009.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 110937.—(48814).

Al ser las diez horas del día veintiocho de mayo del dos mil nueve, mediante escritura otorgada ante esta notaría, se protocoliza el acta número tres, de asamblea general extraordinaria de Rivas Trading Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos tres mil doscientos trece, en la que se modifica la cláusula décima cuarta, donde el secretario, el señor Jorge Luis Zúñiga Elizondo, renuncia a su cargo, y a su vez se nombra a Kevin Umaña Navarro como secretario; asimismo se reforma la cláusula octava quedando la representación judicial y extrajudicial únicamente al presidente, y la cláusula décima donde se prescinde del nombramiento del agente residente.—Pérez Zeledón, cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 110938.—(48815).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las diez horas treinta minutos del 5 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad Grupo Loukmat S. A.San José, 8 de junio del 2009.—Lic. Eleazar Duarte Briones, Notario.—1 vez.—Nº 110940.—(48816).

Ante mí, Juan Diego Arias Rojas, notario público con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad anónima denominada Ventas Institucionales Sociedad Anónima, a las once horas del día ocho de junio del dos mil nueve. Presidente y secretario, con la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Atenas, 8 de junio del 2009.—Lic. Juan Diego Arias Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 110941.—(48817).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 12:00 horas del día de hoy, se constituye la compañía denominada Inversiones Inmobiliarias Delfer de Moravia Sociedad Anónima, con domicilio en San Isidro, Heredia. Objeto: toda clase de actividades comerciales, pecuarias, industriales y turísticas. Plazo: cincuenta años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente con la representación judicial y extrajudicial.—San José, 6 de junio del 2009.—Lic. Luis Paulino Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 110942.—(48818).

Por escritura otorgada ante mí, a las 16:10 horas del 4 de junio del 2009, se constituyó la sociedad denominada Catorce de Febrero Finca La Ponderosa S. A. Cuyo capital se encuentra suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 5 de junio del 2009.—Lic. Hugo Alberto Loaiza Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 110943.—(48819).

Por escritura otorgada ante mí, a las 16:15 horas del 4 de junio del 2009, se constituyó la sociedad denominada Catorce de Febrero Transportes La Ponderosa S. A. Cuyo capital se encuentra suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 5 de junio del 2009.—Lic. Hugo Alberto Loaiza Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 110944.—(48820).

Ante esta notaría, el día cuatro de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Conefra Paqui S. A. Capital social: cien mil colones. Domicilio: San Ramón de Alajuela. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Gerardo Conejo Quirós. Notario cartulante y agente residente: Didier Solórzano Ruiz.—Lic. Didier Solórzano Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 110946.—(48821).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 15:00 horas del 13 de mayo del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada H & J Food Services S. A., en virtud de la cual se reformó las cláusulas primera y segunda del pacto constitutivo, y se nombra nueva junta directiva.—San Isidro de Heredia, 2 de junio del 2009.—Lic. Kattya Mora Sequeira, Notaria.—1 vez.—Nº 110947.—(48822).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del dos de junio del dos mil nueve, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad anónima denominada Tamarindo Los Sueños Moín Sociedad Anónima. Se modifica cláusulas segunda y novena del pacto constitutivo, cambió de junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Mónica Cuellar González, Notaria.—1 vez.—Nº 110948.—(48823).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veintiocho de mayo del dos mil nueve, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad anónima denominada Divon Global Relocation Services Sociedad Anónima. Se modifica cláusula sétima del pacto constitutivo, cambió de junta directiva y fiscal.—San José, ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Mónica Cuellar González, Notaria.—1 vez.—Nº 110949.—(48824).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:38 horas del 27 de abril del 2009, se constituyó la sociedad T Y T Kotobuki Sociedad Anónima.—San José, 28 de abril del 2009.—Lic. Gustavo A. Infante Meléndez, Notario.—1 vez.—Nº 110955.—(48825).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:30 horas del 27 de abril del 2009, se constituyó la sociedad K Y K. Kyushu Sociedad Anónima.—San José, 28 de abril del 2009.—Lic. Gustavo A. Infante Meléndez, Notario.—1 vez.—Nº 110957.—(48826).

Por escritura otorgada a las quince horas cinco minutos del día ocho de junio del presente año, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Natural Sounds Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo de la sociedad.—San José, ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Kattya Marcela Mejías Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº 110959.—(48827).

Por escritura de las 16:00 horas de hoy, fue constituida la compañía Kokyana Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Tibás, Colima. Objeto: el comercio, industria, agricultura y ganadería. Plazo: cien años. Capital: cien mil colones, suscrito y pagado. Presidente y secretario con amplias facultades.—Montes de Oca, 8 de junio del 2009.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—Nº 110960.—(48828).

Mediante escritura pública número ochenta y nueve, otorgada a las ocho horas del ocho de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Photo Factory Sociedad Anónima, cuyo domicilio social es en San José, Zapote, de las instalaciones de la Escuela de Arquitectura de la Universidad Veritas, cien metros al sur y veinticinco oeste. La representación legal con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, corresponde al presidente.—San José, 8 de junio del 2009.—Lic. Marian L. Brenes Aguirre, Notaria.—1 vez.—Nº 110962.—(48829).

Por escritura número noventa y dos, de las trece horas treinta minutos del día miércoles primero de abril del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Inversiones Cereza Negra Alemave S. A. Capital social: diez mil colones, totalmente suscrito y pagado. Presidenta y tesorero, apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, primero de abril del dos mil nueve.—Lic. Edwin Ortiz Mena, Notario.—1 vez.—Nº 110966.—(48830).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del quince de mayo del dos mil nueve, se procedió a protocolizar asamblea general extraordinaria de socios de la empresa denominada Bodegas La Llanura Sociedad Anónima, mediante la cual se procedió a modificar la cláusula sexta del pacto social de constitución y se hacen nuevos nombramientos en la junta directiva. Es todo.—San José, quince de mayo del dos mil nueve.—Lic. Silvia Patricia Cordero Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 110967.—(48831).

Ante esta notaría, los señores Misael Blanco Brenes, cédula de identidad Nº 2-0131-0719 y Antonia Castro Matamoros, cédula de identidad Nº 2-0163-0504, han comparecido para constituir la empresa Blanco Castro de Valle Azul Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las dieciséis horas del día cuatro de junio del dos mil nueve. Sergio Blanco Castro, ejerce la presidencia. Agente residente el suscrito notario.—Lic. Gerardo Humberto Mora Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 110968.—(48832).

Por escritura otorgada a las dieciséis horas del cinco de junio del dos mil nueve, ante mi notaría, se constituyó la sociedad anónima Confecciones Mayeyro Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, cantón Central San José, Barrio Aranjuez, de la Iglesia Santa Teresita, cien oeste, y setenta y cinco norte, frente a la Universidad Hispanoamérica. Plazo social: cien años. Capital social: diez mil colones.—San José, cinco  de junio del dos mil nueve.—Lic. Martín Hernández Treviño, Notario.—1 vez.—Nº 110969.—(48833).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del veintiséis de mayo del dos mil nueve, se acordó la disolución y liquidación de la sociedad denominada Seo Expert Reports S. A.—San José, 2 de junio del 2009.—Lic. Agustín Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—Nº 110971.—(48834).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del veintiséis de mayo del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza Nikelar BBB Sociedad Anónima, en la cual se modifica la cláusula primera del pacto constitutivo.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Agustín Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—Nº 110972.—(48835).

Por escritura 126 del tomo 3 de mi protocolo, otorgada a las 16:10 horas del día 5 de junio del 2009, se constituyó la sociedad denominada Servicios Multimodales del Oriente Limitada. Capital social: cien mil colones. Plazo social: cien años. Gerente y subgerente, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 9 de junio del 2009.—Lic. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—Nº 110974.—(48836).

Mediante escritura pública número diez, otorgada ante esta notaría, a las quince horas del nueve de junio del dos mil nueve, se protocoliza acta de la sociedad Tomografía Óptica S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta y nueve mil trescientos noventa y uno, en la que por renuncia del secretario de la junta directiva, se procede al nombramiento del nuevo secretario de la junta directiva, señor Felipe Centeno Rodríguez, cédula número uno-novecientos setenta y cuatro-ochocientos diecisiete.—San José, nueve de junio del dos mil nueve.—Lic. Agustín Nicolás Tijerino Sandoval, Notario.—1 vez.—Nº 110975.—(48837).

Que por escritura otorgada bajo la 230-12, se constituyó la empresa Inversiones Alfa Zulu S. A., otorgada en esta notaría. Capital social: diez mil colones netos.—San José, ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Andrés González López, Notario.—1 vez.—Nº 110978.—(48838).

Mediante escritura otorgada en la ciudad de San José, a las once horas del ocho de junio del dos mil nueve, se protocolizó acta de tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y cuatro mil doscientos sesenta y siete sociedad anónima, por la que se sustituyen presidente y secretario, y se revoca poder generalísimo.—San José, 9 de junio del 2009.—Lic. Flavio Tapia Insuasti, Notario.—1 vez.—Nº 110979.—(48839).

Se ha constituido la empresa Ganadería Ghalenio Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las dieciséis treinta horas del diecinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Tatyana Brenes Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 110980.—(48840).

Ante mi notaría, mediante escritura número 86-42, visible al folio 163 vuelto del tomo 42 de mi protocolo, se constituyó la empresa denominada Quietud en Movimiento S.R.L., con un capital social de cien mil colones, representado por 100 cuotas sociales de un mil colones cada una; representada por gerente y subgerente, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, salvo para vender acciones o cuotas o bienes inmuebles. Duración: 99 años contados a partir del día 8 de junio del 2009.—San José, 9 de junio del 2009.—Lic. Carlos Eduardo Castro Mora, Notario.—1 vez.—Nº 110984.—(48841).

Por escritura ciento doce, otorgada ante esta notaría, a las quince horas del diez de febrero del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de Servicentro La Gran Vía SLGV Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco dos uno cero ocho cero, y se modifica el pacto constitutivo en cuanto a la representación.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintiocho de febrero del dos mil nueve.—Lic. Lizeth Mata Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 110985.—(48842).

Por escritura número uno-cuarenta y dos, otorgada a las siete horas del cuatro de junio del dos mil nueve, se protocolizó la sociedad denominada Botoy Sociedad Anónima. Corresponde al presidente, vicepresidente, secretario y tesorero, la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San Isidro de El General, 8 de junio del 2009.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 110986.—(48843).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye la sociedad Melapri Ureña S. A. Domicilio: San José, Pérez Zeledón, General Viejo, contiguo a Pulpería Surtidor El General. Presidente: Gustavo Adolfo Ureña Castro.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Royran Arias Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 110987.—(48844).

Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Trajanos Sipio Sociedad Anónima, en la que se modificó la cláusula primera del pacto constitutivo.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Édgar Cervantes Gamboa, Notario.—1 vez.—Nº 110989.—(48845).

Ante el suscrito notario se constituyó la sociedad de esta plaza V. K.T. Sociedad Anónima capital totalmente suscrito y pago.—Alajuela, veintiséis de mayo del dos mil nueve.—Lic. Johnny Ramírez Sánchez Notario.—1 vez.—Nº 110991.—(48846).

Lucía Argüello Guillén, Milagro Monterrey Alvares y Katherine Thomas Navarro, constituyen sociedad anónima, así su número de cédula jurídica asignado con su aditamento se tendrá para efecto legal como su denominación social, conforme con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J.—Alajuela, 16 de mayo del 2009.—Lic. Roxana Figueroa Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 110992.—(48847).

Ante mi notaría, se han presentado los señores Alexis Francisco Sandoval Vásquez y José Fulvio Sandoval Vásquez a constituir una sociedad anónima denominada Corporación Villa Damil S. A. escritura otorgada a las once horas del 5 de junio del 2009.—Lic. Fernando González Medina, Notario.—1 vez.—Nº 110994.—(48848).

En mi notaría a las trece horas del cuatro de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad limitada denominada Visit Costa Rica Hotels Limitada.—San José, 8 de junio del 2009.—Lic. Mario A. Arias Agüero, Notario.—1 vez.—Nº 110997.—(48849).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas y treinta minutos del día tres de junio del año en curso, se constituye la sociedad denominada Inversiones Crisales S. A., pudiendo abreviarse en su aditamento S. A.—San José, a las diez horas del ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Jorge Arturo Arce Lara, Notario.—1 vez.—Nº 110998.—(48850).

Por escritura número 239 otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad Comercial La Huerta Sociedad Anónima. A1 presidente y secretario les corresponde la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma. Presidente: Adrián Collado Sobrado, mayor, casado una vez, médico veterinario, cédula de identidad número uno-cuatrocientos catorce-setecientos noventa y cuatro y secretario: Adrián Collado Piedra, mayor, soltero, estudiante, cédula de identidad número uno-ochocientos noventa y dos-setecientos noventa y uno, plazo social: noventa y nueve años, capital social doce mil colones exactos.—Cartago, 4 de junio del 2009.—Lic. Felicia Calvo Hidalgo, Notaria.—1 vez.—Nº 111001.—(48851).

Por escritura ciento sesenta y tres-dos, de las catorce horas del día cuatro de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Joyas y Detelles J. D. Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Aníbal Granados Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 111003.—(48852).

Personal for Marketing Open Frontiers Sociedad Anónima, reforma cláusula sexta de estatutos y nombra gerente. Escritura otorgada ante la notaria Maribel Hernández González a las 10:00 horas del 22 de mayo del 2009.—San José, 22 de mayo del 2009.—Lic. Maribel Hernández González, Notaria.—1 vez.—Nº 111004.—(48853).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Benaleman Servicios Múltiples Sociedad Anónima, capital social cien mil colones, totalmente suscrito y pagado, se nombra junta directiva y agente residente. Plazo social noventa y nueve años.—San Pablo de Heredia, 3 de junio del 2009.—Lic. Luis Fernando Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 111005.—(48854).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Servicios de Seguridad Sierra Charlie Chacón Sociedad Anónima, capital social cien mil colones, totalmente suscrito y pagado. Se nombra junta directiva y agente residente. Plazo social noventa y nueve años.—San Pablo de Heredia, 3 de junio del 2009.—Lic. Luis Fernando Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 111006.—(48855).

Ante esta notaría, al ser las once horas del siete de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Corporación y Distribución Continental de Centroamérica Sociedad Anónima. Mediante escritura número doscientos setenta y siete-seis del tomo sexto del protocolo del licenciado Luis Gerardo Brenes Solano, notario público con un capital suscrito y pagado. Presidente: Víctor Villegas Pérez.—San José, nueve de junio del dos mil nueve.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1 vez.—Nº 111010.—(48856).

Ante esta notaría al ser las doce horas del siete de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Corporación de Multi Servicios Centroamericanos COMUCEN Sociedad Anónima. Mediante escritura número doscientos setenta y ocho-seis del tomo sexto del protocolo del licenciado Luis Gerardo Brenes Solano, notario público, con un capital suscrito y pagado de diez mil colones. Presidente: Ricardo Ortega Ortega.—San José, nueve de junio del dos mil nueve.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1 vez.—Nº 111011.—(48857).

Por escritura número treinta del tomo cinco otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día cuatro de junio del dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada Arenas del Limbo Sociedad Anónima, con plazo social de noventa y nueve años, capital social de sesenta mil colones; presidente: Carlos Alberto Castillo Vargas, cédula número siete-cero noventa y cinco-ochocientos cincuenta y tres, tesorera: Elizabeth Agüero Acuña, cédula número uno-trescientos treinta y cuatro-cero treinta y nueve, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Guápiles, cuatro de junio de dos mil nueve.—Lic. José Fco. Fallas González, Notario.—1 vez.—Nº 111013.—(48858).

En mi notaría a las 10:00 horas del 2 de junio del 2009, se protocolizó el acta de acuerdos de la sociedad Every Breath You Take S.A. nombramiento de nueva junta directiva. Modificación de la cláusula vigésima.—Lic. Irina Yurievna Verjova, Notaria.—1 vez.—Nº 111014.—(48859).

Ante mí, Irina Yurievna Verjova, notaria pública, a las 12:00 horas del 2 de junio de 2009, se constituyó la sociedad Sistemas Mantarayas Limitada.—Lic. Irina Yurievna Verjova, Notaria.—1 vez.—Nº 111015.—(48860).

Se deja constancia que en esta notaría plaza tres-ciento dos quinientos tres mil cuatrocientos tres sociedad de responsabilidad limitada el día veintinueve de mayo del dos mil nueve, mediante escritura otorgada a las once horas cuarenta y cinco minutos, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la cual se nombra nuevo gerente Carlos Manuel Aguilar González.—Lic. Vanesa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 111016.—(48861).

Se deja constancia que en esta notaría plaza tres-ciento dos- quinientos tres mil novecientos ochenta y dos sociedad de responsabilidad limitada, el día catorce de mayo del dos mil nueve, mediante escritura otorgada a las doce horas, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la cual se nombra nuevo gerente Carlos Manuel Aguilar González.—Lic. Vanesa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 111017.—(48862).

Se deja constancia que en esta notaría plaza tres-ciento dos- quinientos ocho mil trescientos setenta y nueve sociedad de responsabilidad limitada, el día catorce de mayo del dos mil nueve, mediante escritura otorgada a las once horas, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la cual se nombra nuevo gerente Carlos Manuel Aguilar González.—Lic. Vanesa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 111018.—(48863).

Ante esta notaría, se constituyó 1a sociedad Odontomédica Depot Sociedad Anónima. Plazo social: cien años, capital social totalmente suscrito y pagado.—San José, ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Federico Webb Choiseul, Notario.—1 vez.—Nº 111019.—(48864).

Se deja constancia que en esta notaría plaza tres-ciento dos cuatrocientos noventa y tres mil trescientos sesenta y dos sociedad de responsabilidad limitada, el día catorce de mayo del dos mil nueve, mediante escritura otorgada a las trece horas, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la cual se nombra nuevo gerente Carlos Manuel Aguilar González.—Lic. Vanesa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 111020.—(48865).

José Filander Alpízar Chaverri y Elizabeth Conejo Araya, constituyen la sociedad anónima denominada Inversiones Alvisa A & V S. A., escritura otorgada en Grecia, a las 16.00 horas del día 5 de junio del 2009.—Lic. Wálter Cambronero Miranda, Notario.—1 vez.—Nº 111021.—(48866).

Se deja constancia que en esta notaría plaza tres-ciento dos quinientos cuatro mil ochocientos ochenta y siete sociedad de responsabilidad limitada, el día catorce de mayo del dos mil nueve, mediante escritura otorgada a las trece horas treinta minutos, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la cual se nombra nuevo gerente: Carlos Manuel Aguilar González.—Lic. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 111022.—(48867).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó sociedad denominada Los Guayacanes del Oeste Yit S. A., domicilio social: será en el cantón tercero de Santa Cruz, provincia de Guanacaste, cincuenta metros este y setenta cinco sur de Ferretería Jiménez. Plazo social: 99 años. Objeto: el desarrollo, promoción y venta o arrendamiento mueble e inmueble, la agricultura, ganadería, minería, vivienda, la industria, turismo y el comercio en general.—San José, ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Rogelio González Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 111023.—(48868).

Se deja constancia que en esta notaría plaza tres-ciento dos quinientos cuatro mil ochocientos sesenta y seis sociedad de responsabilidad limitada, el día catorce de mayo del dos mil nueve, mediante escritura otorgada a las catorce horas, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la cual se nombra nuevo gerente Carlos Manuel Aguilar González.—Lic. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 111024.—(48869).

Se deja constancia que en esta notaría plaza tres-ciento dos cuatrocientos noventa y seis mil quinientos ochenta y cinco sociedad de responsabilidad limitada, el día veintiocho de mayo del dos mil nueve, mediante escritura otorgada a las once horas protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la cual se nombra nuevo gerente Carlos Manuel Aguilar González.—Lic. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 111025.—(48870).

Se deja constancia que en esta notaría plaza tres-ciento dos, cuatrocientos noventa y siete mil ochocientos quince sociedad de responsabilidad limitad,a el día veintiocho de mayo del dos mil nueve, mediante escritura otorgada a las diez horas cuarenta y cinco minutos protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la cual se nombra nuevo gerente Carlos Manuel Aguilar González.—Lic. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 111027.—(48871).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del día cuatro de junio del dos mil nueve, se acuerda la disolución de la sociedad Red-Winged Blackbird Group Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-424345.—San José, nueve de junio del dos mil nueve.—Lic. Dunia Monge Torres, Notaria.—1 vez.—Nº 111028.—(48872).

Se deja constancia que en esta notaría plaza tres-ciento dos cuatrocientos noventa y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y dos sociedad de responsabilidad limitada, el día veintiocho de mayo del dos mil nueve, mediante escritura otorgada a las diez horas treinta minutos protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la cual se nombra nuevo gerente Carlos Manuel Aguilar González.—Lic. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 111029.—(48873).

Se deja constancia que en esta notaría plaza tres-ciento dos quinientos cuatro mil trescientos cincuenta y nueve sociedad de responsabilidad limitad,a el día veintinueve de mayo del dos mil nueve, mediante escritura otorgada a las doce horas protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la cual se nombra nuevo gerente Carlos Manuel Aguilar González.—Lic. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 111030.—(48874).

Por escritura pública otorgada a las ocho horas del seis de setiembre del año dos mil seis, de protocolización de piezas: reforma de estatutos de la sociedad denominada Cayte S. A. Presidente: Carlos Manuel Castro Domínguez.—Lic. Salvador Arauz Figueroa, Notario.—1 vez.—Nº 111031.—(48875).

Por escritura número cuarenta y ocho se nombra secretario y tesorero de la sociedad denominada Kaps Place Sociedad Anónima.—San José, seis de junio del dos mil nueve.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—Nº 111032.—(48876).

Mediante escritura número doscientos cincuenta y tres de esta notaría Sinergia Natural Sociedad Anónima aumenta su capital social en la suma de veinticinco millones de colones.—San José, cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Lourdes Rojas Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 111033.—(48877).

Por escritura otorgada en mi notaría, en la ciudad de San José, a las quince horas del día cinco de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Ciren G & L Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado. Plazo social noventa y nueve años contados a partir del momento de su constitución.—San José, ocho de junio de dos mil nueve.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 111038.—(48878).

Mediante escritura de las dieciséis horas del veintiocho de mayo del dos mil nueve, protocolicé acuerdos de asamblea extraordinaria de la sociedad Corporación Sikuresa Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula de administración.—San José, 3 de junio del 2009.—Lic. Jorge M. Ulloa Maduro, Notario.—1 vez.—Nº 111040.—(48879).

Constitución de sociedad, Dionisio Obando Chévez, 5-235-305 y Emérita Cordero Azofeifa, cédula 6-079-509, constituyen sociedad anónima con denominación social que será el número de cédula de persona jurídica que asigne el Registro Nacional de oficio a la empresa. Domicilio: Limón, centro, Valle de La Estrella, Las Nubes, de la escuela doscientos metros al este. Siendo el apoderado generalísimo sin límite de suma, el presidente. Escritura 6, visible al folio 03 vuelto del tomo 36 del notario Juan José Picado Herrera. Otorgada en Limón centro, a las 11:15 horas del 21 de mayo del 2009.—Lic. Juan José Picado Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 111042.—(48880).

Por escritura autorizada por el suscrito notario en San José, a las nueve horas del ocho de junio del 2009, protocolicé actas de asambleas de Inversiones Cataluña INCASA S. A. y de Servicios de Carga Nacionales SERCANSA S. A. mediante las cuales se acuerda la fusión de ambas sociedades por absorción, prevaleciendo la última. Para los efectos legales correspondientes se publica el presente aviso.—San José, 8 de junio del 2009.—Lic. Marco A. Jiménez Carmiol, Notario.—1 vez.—Nº 111043.—(48881).

Por escritura número trescientos setenta y uno, otorgada ante este notario a las diez horas del ocho de junio del dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima denominada: Balle de Jiménez Sociedad Anónima.—San José, ocho de junio de dos mil nueve.—Lic. Juan Ernesto Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—Nº 111044.—(48882).

Por escritura pública otorgada en Ciudad Colón, a las 19:00 horas del 8 de junio del 2009, se constituyó: Finca L.F.  C.  H E R N Desarrollos Sociedad Anónima. Plazo 99 años. Capital social 100 mil colones. El presidente con la representación judicial y extrajudicial y con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Ciudad Colón, Mora, a las 7:00 horas del día 9 de junio del 2009.—Lic. José Aurelio Aguilar Sandí, Notario.—1 vez.—Nº 111046.—(48884).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en San José a las ocho horas del primero de junio del dos mil nueve, se constituyó por parte de Mauricio Carranza Delgado y Mario Roberto Bolaños Carranza la sociedad denominada Estudio Zen S. A.San José, 9 de junio del 2009.—Lic. Cristian Villegas Coronas, Notario.—1 vez.—Nº 111047.—(48885).

Por escritura pública otorgada, ante el suscrito notario, a las diecisiete horas del veintitrés de mayo del dos mil nueve, se constituye la sociedad Palm Tree School Sociedad Anónima. Capital social de diez mil colones, enteramente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: Guanacaste. Actividad: el comercio, la industria, el turismo, la ganadería, la agricultura y la prestación de toda clase de servicios, específicamente la prestación de servicios de cuido, enseñanza y educación de niños y adolescentes.—Lic. Jorge Antonio Fournier Estrada, Notario.—1 vez.—Nº 111049.—(48886).

Por escritura otorgada, ante mi notaría, a las catorce horas del ocho de junio del dos mil nueve, Marcela Gen Murillo, cédula 6-316-260 y Ariel Portuguez Barrantes, cédula 6-345-126, constituyen la sociedad denominada B & G Pacific Investors Sociedad Anónima, con domicilio en el Cocal, frente al costado este de la plaza de fútbol, distrito primero, cantón primero, de la provincia de Puntarenas. La representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, la tendrá el socio y presidente de la sociedad, señor Ariel Portuguez Barrantes.—Lic. German Eduardo Contreras Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 111056.—(48887).

Por escritura otorgada ante mí, en esta ciudad a las 8:30 horas de hoy, se protocolizó acta de Visit CR Lodging Sociedad Anónima S. A., en la que se reforman estatutos.—San José, 8 de junio del 2009.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—Nº 111068.—(48888).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 4 de junio del 2009, se constituyó la compañía denominada Décor Portones del Norte Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Raúl Hidalgo Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 111073.—(48889).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima denominada Compañía de Seguridad M.I. Procisa S. A. Capital social: diez mil colones íntegramente suscrito y pagado. Representación a cargo del presidente y vicepresidente.—Ciudad Quesada, cuatro de junio del año dos mil nueve.—Lic. Sheila Elena Chaves Berrocal, Notaria.—1 vez.—Nº 111074.—(48890).

Por escritura pública número treinta y dos, de las once horas del veinte de mayo del año dos mil nueve, visible al folio ciento uno vuelto del tomo trece, otorgada ante la notaría, se reformaron las cláusulas segunda y sétima del pacto social y se acordó reestructurar la junta directiva de la sociedad: Bufete Varela y Asociados S. A.San José, cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Ligia Mayela Arce Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 111076.—(48891).

Ante la notaría de Jacqueline Villalobos Durán, se constituyó sociedad con su denominación social el número de cédula jurídica, de conformidad con el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J, domiciliada en San José, plazo social 99 años, presidente con facultades apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social diez mil colones, suscrito y pagado. Otorgada en la cuidad de San José, escritura número 154 de las 9:25 horas del 4 de junio del 2009.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Jacqueline Villalobos Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 111077.—(48892).

Por escritura otorgada, en mi notaría, a las 8:00 horas del 8 de junio del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Ejecutivos de Uvita S. A., en virtud de la cual se reformó la cláusula sétima del pacto social y se nombró nuevo presidente y secretario.—San Juan de Tibás, 8 de junio del 2009.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 111078.—(48893).

Ante la notaría de Jacqueline Villalobos Durán, se constituyó sociedad con su denominación social el número de cédula jurídica, de conformidad con el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J, domiciliada en San José, plazo social 99 años, presidente con facultades apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social diez mil colones, suscrito y pagado. Otorgada en la cuidad de San José, escritura número 151 de las 9:10 horas del 4 de junio del 2009.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Jacqueline Villalobos Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 111079.—(48894).

Por escritura otorgada, en mi notaría, a las 8:00 horas del 2 de junio del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Villa Cri Cri S. A., en virtud de la cual se reformó la cláusula octava del pacto social y se nombró nuevo presidente y secretario.—San Juan de Tibás, 3 de junio del 2009.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 111080.—(48895).

Ante la notaría de Jacqueline Villalobos Durán, se constituyó sociedad con su denominación social el número de cédula jurídica, de conformidad con el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J, domiciliada en San José, plazo social 99 años, presidente con facultades apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social diez mil colones, suscrito y pagado. Otorgada en la cuidad de San José, escritura número 153 de las 9:20 horas del 4 de junio del 2009.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Jacqueline Villalobos Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 111081.—(48896).

Ante la notaría de Jacqueline Villalobos Durán, se constituyó sociedad con su denominación social el número de cédula jurídica, de conformidad con el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J, domiciliada en San José, plazo social 99 años, presidente con facultades apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social diez mil colones, suscrito y pagado. Otorgada en la cuidad de San José, escritura número 152 de las 9:15 horas del 4 de junio del 2009.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Jacqueline Villalobos Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 111082.—(48897).

Por escritura número ciento treinta y cinco otorgada, a las doce horas con quince minutos del seis de junio del 2009, según consta en el tomo primero del protocolo del notario Edwin Gerardo Martínez Rodríguez, se constituyó la sociedad Transportes Dimarco S. A. En la que es presidente el señor José Hipólito Dimarco Suárez.—Úpala, Alajuela, ocho de junio del dos mi nueve.—Lic. Edwin Gerardo Martínez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 111083.—(48898).

Ante la notaría de Jacqueline Villalobos Durán, se constituyó sociedad con su denominación social el número de cédula jurídica, de conformidad con el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J, domiciliada en San José, plazo social 99 años, presidente con facultades apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social diez mil colones, suscrito y pagado. Otorgada en la cuidad de San José, escritura número 147 de las 8:20 horas del 4 de junio del 2009.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Jacqueline Villalobos Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 111084.—(48899).

Ante esta notaría, a las 15:00 horas del ocho de junio del dos mil nueve, mediante escritura 245-1-2008 del tomo 1, se constituyó la sociedad Los Lagos de Chachagua S. A. Presidente: Marcony Carranza Méndez. Capital social: diez mil colones. Plazo: 99 años.—Lic. Rafael Ángel Rodríguez Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 111085.—(48900).

Ante la notaría de Jacqueline Villalobos Durán, se constituyó sociedad con su denominación social el número de cédula jurídica, de conformidad con el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J, domiciliada en San José, plazo social 99 años, presidente con facultades apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social diez mil colones, suscrito y pagado. Otorgada en la cuidad de San José, escritura número 145 de las 8:00 horas del 4 de junio del 2009.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Jacqueline Villalobos Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 111086.—(48901).

Ante la notaría de Jacqueline Villalobos Durán, se constituyó sociedad con su denominación social el número de cédula jurídica, de conformidad con el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J, domiciliada en San José, plazo social 99 años, presidente con facultades apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social diez mil colones, suscrito y pagado. Otorgada en la cuidad de San José, escritura número 146 de las 8:10 horas del 4 de junio del 2009.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Jacqueline Villalobos Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 111087.—(48902).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad M&M Sweet Services S. A., cuya representación judicial y extrajudicial, como apoderadas generalísimas sin límite de suma en forma conjunta son Marta Soto Mora y Lilliam Magaly Morales Loaiza, como presidenta y secretaria respectivamente.—Mora, San José, 5 de junio del 2009.—Lic. Ana María Avendaño Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 111088.—(48903).

Ante la notaría de Jacqueline Villalobos Durán, se constituyó sociedad con su denominación social el número de cédula jurídica, de conformidad con el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J, domiciliada en San José, plazo social 99 años, presidente con facultades apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social diez mil colones, suscrito y pagado. Otorgada en la cuidad de San José, escritura número 150 de las 9:00 horas del 4 de junio del 2009.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Jacqueline Villalobos Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 111089.—(48904).

Ante la notaría de Jacqueline Villalobos Durán, se constituyó sociedad con su denominación social el número de cédula jurídica, de conformidad con el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J, domiciliada en San José, plazo social 99 años, presidente con facultades apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social diez mil colones, suscrito y pagado. Otorgada en la cuidad de San José, escritura número 149 de las 8:40 horas del 4 de junio del 2009.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Jacqueline Villalobos Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 111090.—(48905).

Ante la notaría de Jacqueline Villalobos Durán, se constituyó sociedad con su denominación social el número de cédula jurídica, de conformidad con el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J, domiciliada en San José, plazo social 99 años, presidente con facultades apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social diez mil colones, suscrito y pagado. Otorgada en la cuidad de San José, escritura número 148 de las 8:30 horas del 4 de junio del 2009.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Jacqueline Villalobos Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 111091.—(48906).

Gerardo Alonso Azofeifa Ulate, Elmer León Núñez, Marlon Ramírez Chaves, Marvin Javier Alguera Ordeñana, constituyen la sociedad Grupo Candela A & U Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Puntarenas Centro, a las ocho horas del día cinco de junio del año dos mil nueve.—Lic. Ricaurter Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 111092.—(48907).

Ante esta notaría, se reformó el pacto constitutivo de la sociedad Descanso Sociedad Anónima, en referencia a su cláusula tercera en atención al plazo social de dicha sociedad.—San José, trece horas del veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Lic. Víctor Hugo Maffioli Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 111093.—(48908).

Por escritura número doscientos diecinueve otorgada ante esta notaría, a las once horas del dos de junio del dos mil nueve, comparecieron los señores Juan José Viales Villalobos en calidad de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y Dunia Ramos Martínez, a constituir la sociedad de nombre Total Fitness Centre Sociedad Anónima. Es todo.—San José, cinco de junio del dos mil nueve.—Lic. Rebeca González Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 111094.—(48909).

Mediante escritura del día de hoy, se protocolizó acta de la sociedad de esta plaza denominada Xamag Agencia de Seguros S. A., mediante la cual se reforma el pacto social en la cláusula primera de la denominación, cláusula segunda del domicilio, cláusula tercera del objeto.—San José, nueve de junio del dos mil nueve.—Lic. Agnes Fajardo Jirón, Notaria.—1 vez.—Nº 111098.—(48910).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del día tres de junio del año dos mil nueve, se protocolizó el acta de la sociedad Rimarcis Sociedad Anónima. Se reforman las cláusulas segunda y sétima.—San José, tres de junio del año dos mil nueve.—Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario.—1 vez.—Nº 111100.—(48911).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas treinta minutos del día tres de junio del año dos mil nueve, se protocolizó el acta de la sociedad Richemont Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula segunda.—San José, tres de junio del año dos mil nueve.—Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario.—1 vez.—Nº 111101.—(48912).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del día ocho de junio del año dos mil nueve, se constituye la sociedad de este domicilio Costa Rica Medical Travel & Planning Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Representación: presidente, secretario y tesorero.—Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario.—1 vez.—Nº 111102.—(48913).

Por escritura otorgada, ante mi notaría, a las 15:00 horas del 29 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad Servicios Múltiples Hnos. Barahona Alvarado Sociedad Anónima. Capital social debidamente suscrito y pagado. Plazo 99 años.—Cañas, Guanacaste, 30 de mayo del 2009.—Lic. Ester Solano Jerez, Notario.—1 vez.—Nº 111103.—(48914).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad T. O. C. Transporte Oceánico Consolidado Sociedad Anónima; nombra como apoderada generalísima sin limitación de suma a: Norma Aguilar Morales, cédula número: 1-0502-0970. Escritura otorgada en San José a las 12:00 horas del 07 de mayo del 2009.—Lic. Ricardo Jirón Medina, Notario.—1 vez.—Nº 111104.—(48915).

Ante mí, Gregorio Alberto Avendaño Guzmán, carné de agremiado número once mil ochocientos noventa y seis, con notaría abierta en la provincia de San José, cantón Tibás, distrito Cinco Esquinas, teléfono número: ocho ocho seis seis - seis uno cuatro uno, al ser las trece horas exactas, del día lunes ocho, del mes de junio, del año dos mil nueve, comparecieron: Wei Yang y Xing Deng, ambos de un solo apellido en razón de su nacionalidad la cual es china, para disolver la sociedad anónima de esta plaza denominada Importadora Xing Wei, en su condición de únicos socios accionistas, emplazando por el término de ley, a cualquier interesado a manifestar oposición ante esta notaría, lo anterior bajo escritura número: setenta y cinco, del tomo tercero de mi protocolo.—Lic. Gregorio Alberto Avendaño Guzmán, Notario.—1 vez.—Nº 111109.—(48916).

Ante mí, Gregorio Alberto Avendaño Guzmán, carné de agremiado número once mil ochocientos noventa y seis, con notaría abierta en la provincia de San José, cantón Tibás, distrito Cinco Esquinas, teléfono número: ocho ocho seis seis - seis uno cuatro uno, al ser las quince horas exactas, del día lunes ocho, del mes de junio, del año dos mil nueve, comparecieron: Wenlin Oú, Weili Zhang, Whenzhong Oú, Wei Yang y Xing Deng, todos de un solo apellido en razón de su nacionalidad la cual es china, para disolver la sociedad anónima de esta plaza denominada Importadora Tina Sociedad Anónima, en su condición de únicos socios accionistas, emplazando por el termino de ley a cualquier interesado a manifestar oposición ante esta notaría, lo anterior bajo escritura número: setenta y seis, iniciada a folio número: ciento diecinueve frente; y finalizada a folio número: ciento veinte vuelto del tomo tercero de mi protocolo.—Lic. Gregorio Alberto Avendaño Guzmán, Notario.—1 vez.—Nº 111110.—(48917).

Por escrituras otorgadas, ante esta notaría pública, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada Innominada y Constructora Naval Monarca SRL. Capital suscrito y pagado.—San José, 9 de junio del 2009.—MSc. Rodney Montalbán Rivera, Notario.—1 vez.—Nº 111114.—(48918).

Por escritura otorgada, a las 14:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Río de Sueños S. A., por la cual se modificó la cláusula VI de los estatutos sociales, y se elige nuevo secretario de junta directiva.—San José, 5 de junio del 2009.—Lic. Javier Francisco Aguilar Villa, Notario.—1 vez.—Nº 111116.—(48919).

Por escritura otorgada, a las 15:00 horas del 5 de junio del 2009, se protocolizó acta de la asamblea de socios de la sociedad Memito y Las Olas S. A., donde se modificó la cláusula segunda de los estatutos.—San José, 8 de junio del 2009.—Lic. Javier Francisco Aguilar Villa, Notario.—1 vez.—Nº 111117.—(48920).

La suscrita notaria, hace constar que con vista en la matriz, escritura número doscientos setenta y dos visible al folio ciento treinta y ocho frente del tomo dos de mi protocolo, la constitución de la compañía Prowax de Centroamérica Sociedad Anónima. Es todo, al ser nueve horas del veintiséis de mayo del dos mil nueve.—Lic. Zarella Obando Retana, Notaria.—1 vez.—Nº 111120.—(48921).

La suscrita notaria da fe, que la constitución de la sociedad que se denominará de conformidad con el Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno - J, publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del año dos mil seis, que consta en la escritura número cuatrocientos veinticuatro visible al folio ciento setenta y siete vuelto del tomo treinta y dos de mi protocolo del día dieciocho de mayo del dos mil nueve. Es todo, al ser las siete horas del día veinte de mayo del dos mil nueve.—Lic. Irene Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 111122.—(48922).

Por escritura pública número 213 bis de las 16:00 horas del 30 de mayo del año 2009, ante el notario Giovanni Portuguez Barquero, se constituyó la empresa denominada Aldefur Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Domicilio: San José, San Pedro de Montes de Oca, plazo 100 años a partir de la constitución. Objeto: comercio y otros. Capital social: 10.000 colones. Administración: Un gerente apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, 8 de junio del año 2009.—Lic. Giovanni Portuguez Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 111123.—(48923).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas con treinta minutos del ocho de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Der Blaue Reiter Sociedad Anónima. Presidente del Consejo de Administración: Bernal Eduardo Herrera Madrigal.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 111131.—(48924).

Por escritura pública número sesenta y ocho, otorgada a las quince horas del ocho de junio de dos mil nueve, ante el notario Jorge Manuel Chacón Mora, se procedió a realizar un aumento de capital, reformar la cláusula quinta del pacto constitutivo así mismo se reforma la cláusula novena del pacto referente a la administración y se designó nuevo tesorero de la junta directiva de la sociedad de esta plaza Venfor S. A., referente al domicilio.—San José, 8 de junio del 2009.—Lic. Jorge Manuel Chacón Mora, Notario.—1 vez.—Nº 111132.—(48925).

Por medio de escritura número trescientos ocho, del tomo cuarto del protocolo de la notaria Maricruz Sánchez Carro, se constituyó la sociedad Jacó-Condo Cinco Nueve Cero Dos Sociedad de Responsabilidad Limitada. Cuyos representantes son: German Daniel Yepez Carias y Adriana Velásquez. Dicha sociedad tiene un capital social de diez mil colones y un plazo social de cien años.—Alajuela, cuatro de junio del dos mil nueve.—Lic. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—Nº 111133.—(48926).

Ante esta notaría, a las diez horas del día ocho de junio del dos mil nueve, se modificó la cláusula segunda del pacto social y se nombra junta directiva, de la sociedad Servicios de Comida Saludable S. A. Figurando como apoderada generalísima la señora Laura Monge Badilla.—Colón, ocho de junio de 2009.—Lic. Milena Acuña Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 111136.—(48927).

Protocolización de acuerdos adoptados en asamblea general de accionistas de la empresa Inversiones Costaser Dos S. A., se modifica cláusulas segunda y novena; a la vez se nombra nuevo secretario de la junta directiva y agente residente. Escritura autorizada en San José, a las 9:00 horas del 8 de junio de 2009 por el notario Mark Beckford Douglas.—Lic. Mark Beckford Douglas, Notario.—1 vez.—Nº 111140.—(48928).

Protocolización de acta de la compañía Squeez IT Gestores Hoteleros S. A., según la cual se reforman las cláusulas segunda y tercera.—San José, 28 de mayo del dos mil nueve.—Lic. Vera Violeta Jiménez Roldán, Notaria.—1 vez.—Nº 111141.—(48929).

En mi notaría a las trece horas con treinta minutos del dieciséis de abril de dos mil nueve, se constituyó Constructora Nuevo Muelle Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domiciliada en Alajuela, San Carlos, Aguas Zarcas, trescientos metros al norte del Banco de Costa Rica. Plazo social: por noventa y nueve años.—Lic. Margarita Madrigal Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 111144.—(48930).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se reformaron las cláusulas primera, segunda, se nombró nuevo presidente, secretario y tesorero y se revocó poder generalísimo, de la sociedad Planificación y Control de Restaurantes de Escazú S. A.Lic. Francisco Muñoz Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 111145.—(48931).

Por escritura número treinta y siete, otorgada ante esta notaría el día tres de junio del año dos mil nueve, a las once horas, se constituyó la sociedad Callington Inc S. A. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: mil doscientos colones.—Lic. Adriana Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 111147.—(48932).

Por escritura número ciento setenta y dos, otorgada ante este notario el día ocho de junio a las diez horas, veinte minutos del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima Okinave Inc Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: mil doscientos colones, dividido en mil doscientas acciones de un colón cada una. Representación judicial: presidente y secretario de la junta directiva.—San José, ocho de junio del año dos mil nueve.—Lic. Melvin Rudelman W., Notario.—1 vez.—Nº 111148.—(48933).

Por escritura número ciento setenta y tres, otorgada ante este notario el día ocho de junio a las once horas del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima Bebaday Inc Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: mil doscientos colones, dividido en mil doscientas acciones de un colón cada una. Representación judicial: presidente y secretario de la junta directiva.—San José, ocho de junio del año dos mil nueve.—Lic. Melvin Rudelman W., Notario.—1 vez.—Nº 111149.—(48934).

El suscrito notario público, hago constar que por escritura del 4 de junio del año 2009, se procedió a constituir la empresa A P C Asesorías S. A. Presidente: Guillermo Alvarado Chacón.—San José, 9 de junio del 2009.—Lic. Juan Antonio Madriz Arce, Notario.—1 vez.—Nº 111150.—(48935).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Respuesta Armada Inc Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 13:00 horas del 8 de mayo de 2009, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo sobre la administración. Se adiciona una cláusula décimo primera bis sobre el agente residente.—Lic. Leonardo Salazar Villalta y Pablo Pacheco Soto, Notarios.—1 vez.—Nº 111152.—(48936).

Por escritura número ciento cincuenta y cinco, otorgada ante mí, a las nueve horas del nueve de junio del dos mil nueve, se constituyó la siguiente sociedad: Inversiones J. L. U. S. Sagari Sociedad Anónima. Presidente y secretario, con plenas facultades. Domicilio en San José, Lourdes de Montes de Oca. Capital: íntegramente suscrito y pagado mediante letras de cambio.—San José, nueve de junio del dos mil nueve.—Lic. Juan José Quirós Meléndez, Notario.—1 vez.—Nº 111155.—(48937).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, la sociedad denominada Procesadora de Vegetales PROVESA de Heredia Sociedad Anónima, modifica su junta directiva.—San José, 8 de junio de 2009.—Lic. Ronald Ramírez Garita, Notario.—1 vez.—Nº 111156.—(48938).

Por medio de escritura otorgada en San José, a las 12:00 horas del 6 de junio del 2009, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la empresa denominada tres ciento dos quinientos veintidós mil cuatrocientos noventa limitada, mediante la cual se reformó la cláusula sexta.—San José, 6 de junio del año 2009.—Lic. Óscar Mata Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 111157.—(48939).

Por medio de escritura otorgada a las once horas del día 13 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad Tangamandapio S.R.L. Domicilio: provincia de San José, cantón Montes de Oca, distrito Lourdes, del Palí trescientos metros oeste.—Lic. Luis Franklin Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 111158.—(48940).

Por medio de escritura otorgada a las trece horas del día 13 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad Lavandería San Pedro S.R.L. Domicilio: provincia de San José, cantón Montes de Oca, distrito Lourdes, del Palí trescientos metros oeste.—Lic. Luis Franklin Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 111159.—(48941).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veintisiete de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad El Mercasport-MKS S. A. Capital: ciento cuarenta mil colones.—San José, veintiocho de mayo del año dos mil nueve.—Lic. Yorleny Murillo Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 111161.—(48942).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del cinco de mayo del dos mil nueve, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y cinco mil novecientos nueve s. a., mediante los cuales se reforma la cláusula sétima del pacto social, reformando la administración.—San José, cinco de mayo del año dos mil nueve.—Lic. Susana Patricia Chaves Sell, Notaria.—1 vez.—Nº 111162.—(48943).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del veintisiete de octubre del dos mil ocho, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento dos-quinientos cinco mil cuatrocientos sesenta y cuatro ltda., mediante los cuales se reforma la cláusula sétima del pacto social, reformando la administración.—San José, primero de junio del dos mil nueve.—Lic. Vinicio Zamora Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 111163.—(48944).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye la compañía sin denominación social, según Decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, en donde se autoriza expresamente al Registro Público de la Propiedad para que como denominación social se indique el número de cédula de persona jurídica que dicha institución de oficio le asigne en el momento de su inscripción. Su plazo social es de cien años. Su capital se encuentra totalmente suscrito y pagado. Los dos gerentes serán los representantes legales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 8 de junio del dos mil nueve.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—Nº 111165.—(48945).

Por escritura otorgada ante mí el día de hoy, se constituyó sociedad anónima la cual se nombrará según su número de cédula jurídica al momento de inscribirse. Capital social: totalmente suscrito y pagado; acciones comunes y nominativas. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio en Heredia, La Aurora. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, ocho de junio del año dos mil nueve.—Lic. Clay Neil Bodden, Notario.—1 vez.—Nº 111167.—(48946).

Por escritura otorgada ante mí el día de hoy, se constituyó sociedad anónima la cual se nombrará según su número de cédula jurídica al momento de inscribirse. Capital social: totalmente suscrito y pagado; acciones comunes y nominativas. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio en San José, Desamparados. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, ocho de junio del año dos mil nueve.—Lic. Clay Neil Bodden, Notario.—1 vez.—Nº 111168.—(48947).

En la ciudad de Santa Ana, San José, a las once horas del día ocho de junio del año dos mil nueve, se constituyó sociedad anónima, cuyo nombre Halil Eralp Sociedad Anónima. Con un capital social de diez mil colones. Yo, Saly Madrigal Saborío notaria pública, hago constar que están representados en diez acciones de mil calones cada una. Conformada por una junta directiva de tres miembros: presidente, secretario, tesorero y un fiscal. El presidente es representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, nombrado por todo el plazo social.—Lic. Saly Madrigal Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 111170.—(48948).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las ocho horas del cuatro de junio de dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de K Y C Consultores Dos Mil Nueve Sociedad Anónima, se reforman las cláusulas segunda y novena de los estatutos. Se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 4 de junio de 2009.—Lic. Ana Victoria Mora Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 111171.—(48949).

Por escritura otorgada por el suscrito notario, a las 12:00 horas del 5 de junio del 2009, se constituyó la sociedad anónima denominada Nenita Delicias Caseras S. A. Con un capital social de 100.000,00 colones y domicilio en San José.—Lic. José Andrés Esquivel Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 111173.—(48950).

Por escritura otorgada por el suscrito notario, a las 8:00 horas del 9 de junio del 2009, se reformó la sociedad anónima denominada Inversiones Herbosa Inc S. A., modificándose domicilio, cláusula de administración y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—Lic. José Andrés Esquivel Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 111174.—(48951).

Por escritura otorgada ante mí, se reformó estatutos de Proyectos Guácima BRS S. A., asimismo se constituyen las sociedades Codevelarro S. A.; Jashirkafer S. A., Yecrija S. A.San José, 8 de junio del 2009.—Lic. Sarita Castillo Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 111175.—(48952).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 10:45 horas del 4 de junio del 2009, se constituyó la denominada Dental Alliance S.A. Con domicilio en Guadalupe, Cartago. Capital social: diez mil colones. Representada judicial y extrajudicialmente por su presidenta y secretario, Jennifer Díaz Briceño y Luis Fernando Díaz Alvarado, con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Cervantes, 8 de junio del 2009.—Lic. Salvador Brenes Coto, Notario.—1 vez.—Nº 111177.—(48953).

Por escritura pública otorgada ante este notario, a las 9:00 horas del 3 de mayo de 2009, se constituyó una sociedad anónima denominada Quintas Los Once S. A. Presidente: Carlos Morales Araya. Plazo social: 99 años.—San José, 8 de junio del 2009.—Lic. Luis Fernando León Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 111179.—(48954).

Ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza, La Casa de Estrellita Sociedad Anónima. Presidente: Adrián Castro Chinchilla, el 10 de mayo del 2009.—Lic. Henry Ml. Palomo Palavicini, Notario.—1 vez.—Nº 111180.—(48955).

Ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza, Aire Estudio Sociedad Anónima. Presidenta: Ingrid Ocampo Soto. El 6 de junio del 2009.—Lic. Henry Ml. Palomo Palavicini, Notario.—1 vez.—Nº 111181.—(48956).

Por escritura autorizada a las 14:30 horas del 5 de junio de 2009, se modificó la cláusula undécima del pacto constitutivo de Primetech Corporation Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-511662.—San José, 5 de junio de 2009.—Lic. Carlos Manuel Valverde Retana, Notario.—1 vez.—Nº 111182.—(48957).

Que al ser las nueve horas del cuatro de junio del año dos mil nueve, se otorgó en la notaría del Licenciado David Robles Rivera, la escritura número sesenta y seis del tomo sexto de su protocolo; donde se constituyó la compañía Remodelaciones Familia Calvo Sociedad Anónima. Con domicilio social en San José. Capital social de doce mil colones exactos; y plazo social de noventa y nueve años. Se nombra a los miembros de la junta directiva y fiscal. Es todo.—San Francisco de Dos Ríos, cuatro de junio del año dos mil nueve.—Lic. David Robles Rivera, Notario.—1 vez.—Nº 111184.—(48958).

Por escritura número ciento noventa y tres, otorgada ante el notario público Ricardo Perera Salazar, a las ocho horas del cinco de mayo del año dos mil nueve, se modifica la cláusula tercera del pacto constitutivo de la sociedad de esta plaza Corporación Interdisciplinaria Universal de Servicios Sociedad Anónima, la cual de ahora en adelante dirá: Corresponde únicamente al presidente la representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de acuerdo al artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil. El poder incluye la potestad de sustituir total y parcialmente revocar sustituciones y otorgar otras de nuevo.—Lic. Ricardo Perera Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 111187.—(48959).

Irma Yojaidy Pineda Solís y María Priscila Bermúdez Meneses, constituyen la sociedad Importaciones Mensoli S.R.L. Domicilio: Pavas, San José, a partir del 12 de mayo del 2009. Capital social: ¢10.000,00. Representación: gerente y subgerente.—San José, 1º de mayo del 2009.—Lic. José Joaquín Arias Segura, Notario.—1 vez.—Nº 111188.—(48960).

Rodrigo Ureña Villalobos y Soledad Solano Céspedes, constituyen la sociedad Taller de Servicio El Salto S.R.L. Domicio: Liberia, Guanacaste a partir del 8 de junio del dos mil nueve. Capital social: ¢10.000,00. Representación: gerente.—San José, 8 de junio del 2009.—Lic. José Joaquín Arias Segura, Notario.—1 vez.—Nº 111189.—(48961).

Por escritura otorgada ante mí, Edwin Chacón Bolaños, se constituyó la sociedad Precisión Automotriz del Este Sociedad Anónima. Presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, seis de mayo del dos mil nueve.—Lic. Edwin Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 111193.—(48962).

Mediante escritura número 65 de las 12:00 horas del 22 de abril del 2009, otorgada ante la notaría del Lic. Luis Alberto Álvarez Muñoz, se constituyó la sociedad Inversiones El Monte S & M Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado. Domicilio social en Sarapiquí, Heredia.—Heredia, 8 de junio del dos mil nueve.—Lic. Luis Alberto Álvarez Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 111194.—(48963).

Mediante escritura número 58 de las 16:00 horas del 16 de abril del 2009, otorgada ante la notaría del Lic. Luis Alberto Álvarez Muñoz, se constituyó la sociedad Centro de Negocios Iguazu C.N.I Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado. Domicilio social en Heredia.—Heredia, 8 de junio del dos mil nueve.—Lic. Luis Alberto Álvarez Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 111195.—(48964).

Ante mí, Kathya Maritza Pérez González, notaria pública de Siquirres, se constituyó Inversiones Marley Sociedad Anónima. En Siquirres, a las doce horas del ocho de junio del dos mil nueve.—Siquirres, 8 de junio del 2009.—Lic. Kathya Maritza Pérez González, Notaria.—1 vez.—Nº 111196.—(48965).

Por escritura otorgada ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Constructora Phines Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones. Presidente: Dennis Ricardo Brown Pinnock.—San José, primero de junio del dos mil nueve.—Lic. Fabio Solórzano Rojas.—1 vez.—Nº 111197.—(48966).

Que mediante asamblea extraordinaria de la sociedad 3-101-526719, Sociedad Anónima, celebrada en el domicilio social de la sociedad, San José, Escazú del banco Scotiabank, cien metros al este a las 13:00 horas del 15 de diciembre del 2008, se cambia en pleno la junta directiva de la sociedad 3-101-526719 Sociedad Anónima.—San José, 4 de junio del 2009.—Lic. German Ortiz Castro, Notario.—1 vez.—Nº 111200.—(48967).

Ante esta notaría se constituye sociedad Informática Logos Sociedad Anónima, domiciliada en San José, capital social cien mil colones, representación legal y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma le corresponde al presidente. San José ocho de junio del dos mil nueve.—San José, 5 de junio del 2009.—Lic. Tamara Montecinos Ahumada, Notaria.—1 vez.—Nº 111201.—(48968).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día veintisiete de mayo del dos mil nueve, se ha constituido la sociedad denominada Importaciones de Suministros Ópticos Ituros del Caribe S. A. Domicilio: en la ciudad de Limón. Plazo 99 años. Objeto: importación de suministros ópticos. Presidente: Ibrahin lturriaga Ros; con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Limón, 1º de junio del dos mil nueve.—Lic. Sonia María Conejo Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 111202.—(48969).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas del ocho de junio del año dos mil nueve, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad tres- ciento uno- quinientos sesenta y un mil novecientos veintisiete sociedad anónima, donde se acuerda reformar la cláusula del pacto social, se conocen renuncia y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, ocho de junio del año dos mil nueve.—Lic. Ligia María González Leiva, Notaria.—1 vez.—Nº 111203.—(48970).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del veintitrés de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Asesorías Finkomer de Costa Rica Asefin Sociedad Anónima. Sociedad con plazo social de noventa y nueve años y capital social de doce mil colones.—San José, ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. José Joaquín  Soto Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 111205.—(48971).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del veinticinco de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Grupo Mendoza Gómez e Hijos, Sociedad Anónima. Sociedad con plazo social de noventa y nueve años y capital social de doce mil colones.—San José, ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Carolina Soto Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 111206.—(48972).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Jeydel Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar Jeydel S. A. Su domicilio será: Santa Cecilia, Los Mogos, Sierpe, Osa, Puntarenas, contiguo a Soda El Tucán. Plazo será de cien años. Presidenta: Jenny Tatiana Arauz Porras.—San José, nueve de junio del dos mil nueve.—Lic. Leda Carvajal Oviedo, Notaria.—1 vez.—Nº 111207.—(48973).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizan acuerdos firmes de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Transportes Hidalgo y Peralta Sociedad Anónima, mediante el cual se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo denominándose la sociedad en adelante Transportes Hidalgo Morales Sociedad Anónima.—Lic. Luis Orlando Chaves Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 111208.—(48974).

He constituido las empresas Freedom Ventures S. A., Hurricane Holding S. A., Thunder Holdings, Fellowship Ventures S. A., y Fairwind Ventures S. A., todas con domicilio social en San José, Paseo Colón, representación en la figura de todo los miembros de la junta directiva actuando en conjunto dos de ellos, plazo 99 años, capital social diez mil colones.—San José, 9 de junio del 2009.—Lic. Jurgen Kinderson Roldán, Notario.—1 vez.—Nº 111211.—(48975).

Mediante escritura pública número ciento cincuenta y cinco-veintiocho, otorgada en mi notaría, a las ocho horas con treinta minutos del día ocho de junio del dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad Grupo Luvisa & Asociadas Sociedad Anónima S. A., mediante la cual se reforma la cláusula octava de los estatutos.—Ciudad Quesada, ocho de junio del año dos mil nueve.—Lic. Ronald Córdoba Artavia, Notario.—1 vez.—Nº 111212.—(48976).

Por escritura otorgada en San José ante esta notaría, de las diecinueve horas del veintisiete de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Murdoch y Asociados Sociedad Anónima, con domicilio en San José, teniendo el presidente y secretario facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando en forma conjunta o separada.—San José, veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Cristian Villegas Coronas, Notario.—1 vez.—Nº 111218.—(48977).

Ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Sueños de Jengibre y Trigo Mart & Cam Sociedad Anónima, donde se modificó la junta directiva, por escritura otorgada a las once horas treinta minutos del nueve de junio del dos mil nueve. Representantes legales: María Eugenia Martínez Salas, Gustavo Alberto Campos Martínez y Nathalie Campos Martínez.—Lic. Depsy Espinoza Fuentes, Notaria.—1 vez.—Nº 111219.—(48978).

Por escritura otorgada en San José ante esta notaría, de las dieciocho horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Xolet Sociedad Anónima, con domicilio en San José, teniendo el presidente facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Cristian Villegas Coronas, Notario.—1 vez.—Nº 111220.—(48979).

Por escritura otorgada en San José ante esta notaría, de las dieciocho horas treinta minutos del veintisiete de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Horse With No Name Sociedad Anónima, con domicilio en San José, teniendo el presidente facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Cristian Villegas Coronas, Notario.—1 vez.—Nº 111221.—(48980).

Ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Grupo R Y M Inversión Dinámica Rogyma Sociedad Anónima, donde se aumentó el capital social y se modificó la junta directiva, por escritura otorgada a las doce horas del nueve de junio del dos ml nueve. Representantes legales María Eugenia Martínez Salas, Gustavo Alberto Campos Martínez y Nathalie Campos Martínez.—Lic. Depsy Espinoza Fuentes, Notaria.—1 vez.—Nº 111222.—(48981).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del ocho de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Sijosa Sociedad Anónima. Presidenta: Elieth Marcela Leiva Robles.—San José, ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—Nº 111223.—(48982).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 3 de junio del 2009, mediante la escritura número 80, se protocolizaron los acuerdos de Properties O.F.O. And Family Limitada, se modifica la cláusula sétima y se nombran nuevos gerentes.—San José, 3 de junio del 2009.—Lic. Sylvia Muñoz García, Notaria.—1 vez.—Nº 111224.—(48983).

Por escritura otorgada ante la notaria pública Mariela Solano Obando, a las 12:00 horas del día 4 de junio del 2009, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la compañía Las Nubes Paradise Center C.O.R.P., donde se acuerda reformar las cláusulas segunda y quinta del pacto social, relativas al domicilio y la administración de la compañía.—San José, 5 de junio del 2009.—Lic. Mariela Solano Obando, Notaria.—1 vez.—Nº 111226.—(48984).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 1º de junio de 2009, se constituyó la compañía denominada Grupo Veinticuatro Sesenta y Uno Sociedad Anónima, con capital social de cien mil colones.—Ciudad Quesada, San Carlos, 2 de junio del 2009.—Lic. Bayardo Ávalos Sequeira, Notario.—1 vez.—Nº 111227.—(48985).

El suscrito Erick Castro García, mayor, soltero, diseñador, cédula de identidad número uno-mil ciento cuarenta-cuatrocientos treinta y cuatro, vecino de Desamparados, San Miguel, quinientos metros sur de Maxibodega, en su calidad de presidente y representante judicial y extrajudicial de la sociedad Diseños y Comunicaciones Evi Signs Sociedad Anónima, mismo que tiene las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, solicita al Registra Público, Sección Personas Jurídicas que se publique el edicto correspondiente, a dicha sociedad. El nombramiento del apoderado generalísimo se realiza por todo el plazo social.—San José, cinco de junio del año dos mil nueve.—Lic. Christian Álvarez Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 111228.—(48986).

Por escritura otorgada por el notario Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Fernández, a las 8:00 horas del 6 de junio del 2009, se constituyó la sociedad Alpamesa Sociedad Anónima. Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, los señores: Alex Ilama Granados y Patricia Villalobos Molina. Capital: suscrito y pago en su totalidad. Firmo en la ciudad de Grecia, el 8 de junio del 2009.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Fernández, Notario.—1 vez.—Nº 111230.—(48987).

Por escritura otorgada a las dieciocho horas de hoy, en mi Notaría, se constituyó la compañía Zavala Jiménez S. A. El plazo social será de noventa y nueve años a partir de hoy. El capital social es la suma de ciento veinte mil colones. Corresponde al Presidente la representación judicial y extrajudicial de la compañía, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente Tyrone Zavala Ortega.—Grecia, 3 de junio de 2009.—Lic. José Javier Vega Araya, Notario.—1 vez.—Nº 111232.—(48988).

Mediante escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 15:00 horas del día 6 de junio del 2009, se constituyó la sociedad Majo López Molina S. A. Capital social: Diez mil colones. Presidente: Mario López Moreno, Secretario: Óscar López Molina.—8 de junio del dos mil nueve.—Lic. Vinicio Rojas Arias, Notario.—1 vez.—Nº 111233.—(48989).

Por escritura otorgada ante ésta notaría a las 17:50 horas del 8 de junio del 2009, se protocoliza acta de asamblea de cuotistas de la sociedad Tobruk Inversiones Limitada donde se reforma la cláusula segunda.—San José, 8 de junio del 2009.—Lic. Mauricio Campos Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 111237.—(48990).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 08:00 horas del 9 de junio del presente año, se constituyó la sociedad denominada Virtus One S. A. Capital social: cien mil colones.—San José, 9 de junio del 2009.—Lic. Manuel Rey González, Notario.—1 vez.—Nº 111238.—(48991).

Por escritura otorgada en Cartago, a las doce horas del cinco de junio del 2009, se constituyó la sociedad denominada Compañía Constructora Cosaca S. A. Plazo: noventa y nueve años, presidente: Manuel de Jesús Salas Araya.—Cartago, nueve de junio del 2009.—Lic. Laura Cordero Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 111240.—(48992).

Por escritura otorgada en Cartago, a las diez horas del nueve de junio del 2009, se constituyó la sociedad denominada Casa Apatita Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años, presidente: Manuel Alonso Salas Brenes.—Cartago, nueve de junio del 2009.—Lic. Laura Cordero Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 111241.—(48993).

Ante esta notaría, por escritura otorgada, a las once horas treinta minutos del día ocho de junio de dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Baxter Productos Médicos Ltda. Donde se acuerda modificar la cláusula sexta de los estatutos, se acuerda ratificar un nombramiento y se acuerda nombrar gerente dos.—San José, ocho de junio de dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—Nº 111242.—(48994).

Por escritura otorgada en San José, a las 09:00 horas del 6 de junio del 2009, se constituyó de acuerdo al Decreto Ejecutivo 33171-J del 29 de mayo del 2006, sociedad anónima, presidente Kenneth Ulloa Urbina.—Lic. Alejandra Fallas Valerio, Notaria.—1 vez.—Nº 111244.—(48995).

Por escritura 115, tomo 6, de esta notaría, el 8 de junio del 2009, se constituyó Baldis”Society S. A., domiciliada en Pavas, San José, de la Embajada Americana setecientos metros al norte, Condominios Monte Galán, apartamento dieciséis, capital social 10.000 colones, representado por 10 acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límites de suma. Es todo.—San Isidro, Pérez Zeledón, al ser las 15:30 horas del día 8 de junio del 2009.—Lic. Virgita Gamboa Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 111245.—(48996).

Por escritura otorgada a las 16:00 horas de hoy, ante mí, se constituyó Propiedades Lotzva Sociedad Anónima, con domicilio en Barva de Heredia. Capital íntegramente suscrito y pagado. Presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos, sin limitación de suma.—San José, ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Édgar Díaz  Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 111246.—(48997).

Ante  esta notaría comparecieron los señores Gerardo Mora Badilla y Adela Badilla Arias y dicen: Que comparecen ante esta notaría con el propósito de constituir una sociedad anónima, la cual se regirá por el Código de Comercio y por las siguientes cláusulas: primera: del nombre: la sociedad se denominará Inversiones Mora Badilla del Caribe Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Inversiones Mora Badilla del Caribe S. A., segunda: del domicilio: el domicilio social será exactamente en Las Brisas de Pueblo Nuevo de Limón, el capital social es de cien mil colones. Es todo.—Matina de Limón, quince horas del siete de junio del dos mil nueve.—Lic. Elvis Eduardo Lawson V., Notario.—1 vez.—Nº 111247.—(48998).

Ante  esta notaría comparecieron los señores Orlando Chávez Calderón y Gloria Lara Camacho y dicen: Que comparecen ante esta notaría con el propósito de constituir una sociedad anónima, la cual se regirá por el Código de Comercio y por las siguientes cláusulas: primera: del nombre: la sociedad se denominará Monte Gabaon de Siquirres Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Monte Gabaon de Siquirres S. A., segunda: del domicilio: el domicilio social será exactamente en Carmen de Siquirres de Limón, el capital social es de un millón de colones. Es todo.—Matina de Limón, quince horas del siete de junio del dos mil nueve.—Lic. Elvis Eduardo Lawson V., Notario.—1 vez.—Nº 111248.—(48999).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del ocho de junio del dos mil nueve, Jairo Uriel Aragón Prado, cédula número ocho-cero ochenta y tres-ciento noventa y nueve; Ingrid Auxiliadora Loría Villegas, cédula número uno- ochocientos ochenta y ocho- novecientos veinticuatro, ambos vecinos de Guachipelín de Escazú, de Pavicen, cincuenta metros al norte, constituyen la sociedad denominada Autoinversiones Dinámicas de Pozos Sociedad Anónima, como nombre de fantasía. Domicilio social, provincia de San José, cantón central, distrito Catedral, propiamente en Barrio San Cayetano, del parquecito ciento veinticinco metros al norte. Capital social: cien mil colones.—Lic. Juan Luis Calvo Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 111250.—(49000).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del ocho de junio del dos mil nueve, Jairo Uriel Aragón Prado, cédula número ocho-cero ochenta y tres-ciento noventa y nueve; Ingrid Auxiliadora Loria Villegas, cédula número uno-ochocientos ochenta y ocho-novecientos veinticuatro, ambos vecinos de Guachipelín de Escazú, de Pavicen, cincuenta metros al norte, constituyen la sociedad denominada Motores Dinámicos de Pozos Sociedad Anónima, como nombre de fantasía. Domicilio social: provincia de San José, cantón Central, distrito Catedral, propiamente en Barrio San Cayetano, del parquecito, ciento veinticinco metros al norte. Capital social: cien mil colones.—Lic. Juan Luis Calvo Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 111251.—(49001).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 15 horas del 03 de junio del 2009, se constituyó Inversiones Sant Cugat I. S. C. Limitada, domicilio Heredia, plazo social 50 años, capital social íntegramente suscrito y pagado.— Heredia, 04 de junio del 2009.—Lic. Óscar Rosabal Lizano, Notario.—1 vez.—Nº 111252.—(49002).

Mediante escritura número seis de las catorce horas del cinco de junio del año dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Autodeco Internacional Sociedad Anónima, cuya cédula jurídica es tres-ciento uno-doscientos treinta y cinco mil cuatrocientos setenta y seis, mediante la cual se modificaron las cláusula segunda, quinta y sexta. Se publica el presente edicto para efectos de ley.—Lic. Rodrigo Montenegro Fernández, Notario.—1 vez.—Nº 111253.—(49003).

Por escritura otorgada ante mí, a las dies horas del ocho de junio del dos mil nueve, Jairo Uriel Aragón Prado, cédula número ocho-cero ochenta y tres-ciento noventa y nueve; Ingrid Auxiliadora Loria Villegas, cédula número uno-ochocientos ochenta y ocho-novecientos veinticuatro, ambos vecinos de Guachipelín de Escazú, de Pavicen, cincuenta metros al norte, constituyen la sociedad denominada Negocios Dinámicos de Pozos Sociedad Anónima, como nombre de fantasía. Domicilio social: provincia de San José, cantón Central, distrito Catedral, propiamente en Barrio San Cayetano, del parquecito ciento veinticinco metros al norte. Capital social: cien mil colones.—Lic. Juan Luis Calvo Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 111254.—(49004).

Mediante escritura número cinco de las trece horas del cinco de junio del año dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Media Fela Sociedad Anónima, cuya cédula jurídica es tres-ciento uno-quinientos veinticinco mil seiscientos treinta y cuatro, mediante la cual se modificaron las cláusula segunda y sexta. Se publica el presente edicto para efectos de ley.—Lic. Rodrigo Montenegro Fernández, Notario.—1 vez.—Nº 111255.—(49005).

En escritura Nº 19 otorgada en esta notaría, a las 08:00 horas del día 18 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad Proyectos Morera y Céspedes Sociedad Anónima. Domicilio social: Lomas de Tepellac de Mataplano, Carmen, Guadalupe, San José. Presidenta: Yahaira Patricia Morera Céspedes, cédula 1-1153-0065. Capital social: ¢10.000,00.—San José, 18 de mayo del 2009.—Lic. Antonio Chávez Olivares, Notario.—1 vez.—Nº 111256.—(49006).

Mediante escritura número tres de las doce horas treinta minutos del cinco de junio del año dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de ILD Inversiones Lafe Diego Sociedad Anónima, cuya cédula jurídica es tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil quinientos cincuenta y uno, mediante la cual se modificaron las cláusula segunda, quinta y décimo segunda. Se publica el presente edicto para efectos de ley.—Lic. Rodrigo Montenegro Fernández, Notario.—1 vez.—Nº 111257.—(49007).

Mediante escritura número dos de las doce horas del cinco de junio del año dos mil nueve se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Full Extras Sociedad Anónima, cuya cédula jurídica es tres-ciento uno-cuatrocientos veintidós mil ochocientos cincuenta y uno y uno, mediante la cual se modificaron las cláusula segunda, sexta y novena de los estatutos. Se publica el presente edicto para efectos de ley.—Lic. Rodrigo Montenegro Fernández, Notario.—1 vez.—Nº 111258.—(49008).

Mediante escritura número cuatro de las trece horas del cinco de junio del año dos mil nueve se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Grupo Interdiciplinario Konsens Sociedad Anónima, cuya cédula jurídica es tres-ciento uno-cuatrocientos veintidós mil ochocientos cincuenta y uno, mediante la cual se modificaron las cláusulas segunda y sexta. Se publica el presente edicto para efectos de ley.—Lic. Rodrigo Montenegro Fernández, Notario.—1 vez.—Nº 111260.—(49009).

Se hace constar que por escritura número treinta y siete de las dieciocho horas del siete del mes de junio del dos mil nueve, en el tomo quinto del protocolo de la notaria Kathya Navarro López, se constituyó la sociedad Products of my Country Promyco Sociedad Anónima, cuyo capital es de ¢120.000,00, domiciliada en San José. Representantes: presidente, secretario y tesorero.—San José, 09 de junio del 2009.—Lic. Kathya Navarro López, Notaria.—1 vez.—Nº 111261.—(49010).

Por escrituras a- de las 8:00 horas del 09 de junio del 2009, protocolicé acta de sociedad Brand Quality S. A., donde se cambia cláusula quinta del estatuto social y b- de las 9:00 horas del 09 de junio, protocolicé acta de Penumbra PMA Internacional S. A., donde se cláusulas sexta y sétima del estatuto social y c- de las 10:00 horas del 09 de junio del 2009, protocolicé acta de la sociedad Asesoría Promocional y de Mercadeo Servimas S. A., donde se cambia cláusula cuarta del estatuto social.—Lic. Patricia Araya Serrano, Notaria.—1 vez.—Nº 111262.—(49011).

Que por escritura pública número doscientos veintinueve, visible al folio ciento cuarenta frente, del tomo veintidós, otorgada a las catorce horas del ocho de junio del dos mi nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Seguridad Personalidad Sidney García Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones.—Lic. Juan Carlos Gutiérrez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 111263.—(49012).

Mediante escritura otorgada ante este notario Juan Antonio Casafont Álvarez, otorgada a las 08:00 del ocho de junio del 2009, se constituyen diez sociedades anónimas denominadas SD Consotium Costa Rica, Pure Travel Costa Rica, Green Enterprises GTE, Green Horizons GTE, GTE Deep Blue Investments, Sonar Rance Solutions, Green GTE Dreams Corp, New Awakening Solutions, Coastal Line Properties GTE, Make It Simple GTE, todas Sociedades Anónimas. Todas con domicilio en Playas del Coco, Sardinal, Carrillo, Guanacaste, Centro Comercial Plaza Colonial, oficina número cuatro. Se nombra junta directiva.—Playas del Coco, Guanacaste, 08 de junio del 2009.—Lic. Juan Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 111264.—(49013).

El suscrito notario público Franklin Aguilera Amador, hago constar que mediante asamblea general de socios de la sociedad Tapia y Compañía Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y seis mil setecientos cuarenta y seis, del día ocho de junio del dos mil nueve, se cambió la cláusula sétima del pacto constitutivo.—San José, 09 de junio del 2009.—Lic. Franklin Aguilera Amador, Notario.—1 vez.—Nº 111265.—(49014).

Por escritura otorgada ante mí Jorge Walter Ruiz González, se cambia junta directiva y agente residente de Quinta Los Delfines Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-447153.—Lic. Jorge Walter Ruiz González, Notario.—1 vez.—Nº 111266.—(49015).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó una acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de tres-ciento dos-cuatrocientos sesenta mil-cuatrocientos quince, Ltd., mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, a las 10:20 horas del 7 de junio del 2009.—Lic. Carlos Alfredo Umaña Balser, Notario.—1 vez.—Nº 111268.—(49017).

Protocolización de asamblea general ordinaria extraordinaria de accionistas de la sociedad Santa Elenagris Cuatro Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-399094, mediante la cual se reforman del pacto social la cláusula segunda del domicilio y la cláusula vigésima de la administración, se nombra nueva junta directiva y fiscal. Escritura otorgada a las once horas treinta minutos del ocho de junio del dos mil nueve.—Lic. María Gabriela Bogantes González, Notaria.—1 vez.—Nº 111269.—(49018).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 14:00 horas del día 8 de junio del 2009, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Pura Nutri Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital suscrito y pagado. Domicilio la ciudad de San José.—San José, 8 de junio del 2009.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—Nº 111270.—(49019).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas con treinta minutos del treinta de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza Transportes Rurales AC S. A. Capital social: suscrito y pagado. Presidente: Iván Arce Mata.—Lic. Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 111272.—(49020).

Por escritura otorgada a las once horas treinta minutos del dos de junio del dos mil nueve, se constituye la sociedad Diver City Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—Nº 111274.—(49021).

Por escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del dos de junio del dos mil nueve, se constituye la sociedad Nichos Alternative Media Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—Nº 111275.—(49022).

Por escrituras de las 15:00 y 15:30 horas del 4 de junio se protocolizan actas de asamblea de las sociedades Sankt Peterburg Targovlie Partners Limitada y Chazzaluna of Hermosa Palms Limitada, por escrituras de las 10:00 y 11:00 horas del 8 de junio se constituyen Aitalot Sociedad Anónima y Escalay Sociedad Anónima, por escritura de las 08:00 horas del 9 de junio se protocoliza acta de asamblea de la sociedad Mantogay Palo Seco Properties Limitada todas las anteriores del 2009. Es todo.—Jacó, 9 de junio del 2009.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 111276.—(49023).

Por escritura otorgada a las once horas del dos de junio del dos mil nueve, se constituyó una sociedad anónima conforme al Decreto número treinta y tres-mil ciento setenta y uno-J, a la cual el Registro Público le asignará como denominación social el número de cédula jurídica. Capital suscrito y pagado.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—Nº 111277.—(49024).

La suscrita notaria Kattya Arias Arroyo, hace constar que el día 6 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad denominada YVon Informatic Solutions para Costa Rica E.I.R.L., cuya representante legal es Yerlin Ordóñez Núñez, con un capital social de 10.000 colones, con domicilio social en la ciudad de Alajuela.—Heredia, 4 de junio del 2009.—Lic. Kattya Arias Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 111280.—(49025).

La suscrita notaria Kattya Arias Arroyo, hace constar que el día 6 de mayo del 2009, se constituyó la sociedad denominada TI Soluciones para Costa Rica E.I.R.L., cuyo representante legal es William Ramírez Martínez, con un capital social de 10.000 colones, con domicilio social en la ciudad de Alajuela.—Heredia, 4 de junio del 2009.—Lic. Kattya Arias Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 111281.—(49026).

Ante mí, Luis Alberto Campos Flores, notario público con oficina en San José, Desamparados, de las oficinas de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz, cincuenta metros al sur, se constituye la sociedad denominada Medical Logistic Medlo Sociedad Anónima, que se traduce al español como Logística Médica Medlo Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio: Santa Ana. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas primero de junio del dos mil nueve.—Lic. Luis Alberto Campos Flores, Notario.—1 vez.—Nº 111282.—(49027).

Ante mí, Luis Alberto Campos Flores, notario público con oficina en San José, Desamparados, de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz, cincuenta metros al sur, se constituye la sociedad anónima que se denominará de conformidad con lo dispuesto en los artículo dos y tres del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Domicilio: Santa Ana. Escritura otorgada en San José, a las 10:15 horas del 9 de junio del 2009.—Lic. Luis Alberto Campos Flores, Notario.—1 vez.—Nº 111283.—(49028).

Ante mí, Luis Alberto Campos Flores, notario público con oficina en San José, Desamparados, de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz, cincuenta metros al sur, se constituye la sociedad anónima que se denominará de conformidad con lo dispuesto en los artículos dos y tres del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta uno-J. Domicilio: Santa Ana. Escritura otorgada en San José, a las 10:00 horas del 9 de junio del 2009.—Lic. Luis Alberto Campos Flores, Notario.—1 vez.—Nº 111284.—(49029).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 8:00 horas del día de hoy, se constituyó la entidad de este domicilio, denominada Seguridad Privada La Luz S. A. Capital íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Rodney Alfaro Tijera.—San José, 5 de junio del 2009.—Lic. Javier Camacho Granados, Notario.—1 vez.—(49040).

Por escritura otorgada ante esta notaria a las 8:00 del 9 de junio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima denomina Río Tranquilo Creación Sociedad Anónima.—San José, 9 de junio del 2009.—Lic. Andrés Mora Carli, Notario.—1 vez.—(49044).

Por escritura otorgada en Panamá a las quince horas del día veintinueve de mayo de dos mil nueve, ante el notario Juan José Nassar Güell, escritura número doscientos ochenta y tres del tomo tercero, visible al folio ciento setenta y siete vuelto, los señores Humberto José Bosco Urroz Saballos y Hercilia Molina Coronado, constituyen Evolusoft Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 9 de junio del 2009.—Lic. Juan José Nassar Güell, Notario.—1 vez.—(49045).

Ante la licenciada Karla Johanna Campos Ramírez, se constituyeron dos sociedades anónimas que se denominarán según el número de cédula jurídica que de oficio establezca el Registro Publico. Presidente: Ronald Vincent Miller, apoderado generalísimo sin límite de suma, capital social: Seis mil colones. Plazo: Noventa y nueve años para ambas sociedades.—Lic. Karla Johanna Campos Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 111285.—(49048).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó sociedad anónima bajo la modalidad de cédula jurídica por nombre.—San José, veintisiete de mayo del año dos mil nueve.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—(49049).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó sociedad anónima bajo la modalidad de cédula jurídica por nombre.—San José, veintisiete de mayo del año dos mil nueve.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—(49050).

Por escritura número 208 otorgada a las 12:00 horas del 9 de junio de 2009, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza Andrade, Cruz y Del Valle S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-481337, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo, se nombra fiscal y agente residente, y se otorga poder general. Es todo.—San José, 9 de junio del 2009.—Lic. Iara Lancaster Cortés, Notaria.—1 vez.—(49058).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se ha constituido sociedad denominada Ticostorecr.com LLC Sociedad Anónima. Representante: Presidente y secretario. Domicilio: San José. Plazo: 99 años.—San José, 8 de junio del 2009.—Lic. Gerardo Sibaja Álvarez, Notario.—1 vez.—(49062).

Por escritura de esta notaría el día de hoy, se ha reformado el pacto constitutivo de la sociedad denominada Costa Rica Dental y Médica MIG LLC S. A. Se modifica la cláusula quinta del capital social, se nombra secretario.—San José, 9 de junio del 2009.—Lic. Gerardo Sibaja Álvarez, Notario.—1 vez.—(49063).

Ante la notaría del suscrito, al ser las dieciséis horas del nueve de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Quirós Gutiérrez de Paquera S. A., con un capital social de cincuenta mil colones, empresa domiciliada en Santo Domingo de Heredia. Es todo.— Heredia, al ser las nueve horas treinta minutos del diez de junio del dos mil nueve.—Lic. Roberto Villalobos Conejo, Notario.—1 vez.—(49067).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las once horas del seis de junio del dos mil nueve, se constituyó Comercializadora Río Cuarto Costa Rica Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo, plazo social: noventa y nueve años, domicilio: Alajuela, Dulce Nombre de La Garita, de la plaza, quinientos metros este y doscientos sur, se dedicará al transporte y comercialización de mariscos y comercio en general, ante el notario José Alberto Rojas Oreamuno.— Alajuela.—Lic. José Alberto Rojas Oreamuno, Notario.—1 vez.—(49119).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 20 horas 30 minutos del día de hoy se constituyó la sociedad: Coral M&S CH S. A., capital suscrito y pagado; apoderados generalísimos sin límite de suma: Presidente y tesorero actuando conjuntamente o separadamente.—San José, 9 de junio del 2009.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—(49149).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 21:00 horas del día de hoy se constituyó la sociedad: Inmobiliaria Caleta CH&C S. A., capital suscrito y pagado; apoderados generalísimos sin límite de suma: Presidente y tesorero actuando conjuntamente o separadamente.—San José, 9 de junio del 2009.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—(49151).

NOTIFICACIONES

PODER LEGISLATIVO

ASAMBLEA LEGISLATIVA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Departamento Legal de la Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica.—San José, a las 14:00 horas del 4 de junio de 2009. En virtud de la disposición del señor Antonio Ayales Esna, Director Ejecutivo de la Asamblea Legislativa, mediante oficio DE-1309-2009 del 1º de junio del 2009, se instaura el presente procedimiento administrativo en contra del exfuncionario Víctor Manuel Solís Álvarez, cédula de identidad número 1-488-729, con el propósito de recuperar la suma más interés de ¢113.462,21 (ciento trece mil cuatrocientos sesenta y dos colones con veintiún  céntimos) en virtud de que fue cesado de su puesto a partir del 22 de enero de 2009, y el sistema computarizado le aplicó nueve días que no le correspondían; suma que le fue depositada de más en la segunda quincena de enero de 2009, debido a que el acuerdo de cese fue recibido en Recursos Humanos, después de haberse enviado la propuesta de pago a la Tesorería Nacional para esa quincena. Para dar cumplimiento y garantizar los principios constitucionales del debido proceso y el derecho de defensa del servidor, se procede a  la apertura de la presente gestión de cobro, con el propósito de recuperar la suma de dinero antes indicada o en su defecto, facultados por el artículo 210 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, emitir el título ejecutivo correspondiente para realizar el cobro judicial respectivo, previo cumplimiento del debido proceso constitucional. Para tales efectos se seguirá los lineamientos establecidos en el Reglamento para la Prevención, Recuperación y Control de Sumas Pagadas de Más a Funcionarios y Ex Funcionarios de la Asamblea Legislativa, en sus artículos 6 punto 5 c),  artículo 7 punto c), artículos 14, 26 27 y 33, así como lo dispuesto en el Libro Segundo del Procedimiento Administrativo de la Ley General de la Administración Pública.  Con fundamento en lo expuesto y en atención a los principios constitucionales del derecho de defensa y del debido proceso que le asisten al deudor, se le informa que tiene derecho de comparecer en una audiencia oral y privada con la Administración, en la que se recibirá su testimonio acerca de los hechos que se le atribuyen y se evacuará toda la prueba documental y testimonial que el servidor aporte en ese momento procesal. Dicha audiencia se realizará en las instalaciones del Departamento de Asesoría Legal de la Asamblea Legislativa, sita costado sureste del Parque Nacional, a las 10:30 horas del miércoles 15 de julio del 2009.  También se le hace saber al señor Solís Álvarez, que tiene derecho a ejercer su derecho de defensa con la amplitud que la ley le permite, para lo que podrá ofrecer la prueba de descargo que estime pertinente, participar en todas las audiencias señaladas para la evacuación de la prueba, aclarar, ampliar y reformar su petición o defensa inicial; proponer alternativas y sus pruebas; formular conclusiones de hecho y de derecho en cuanto a la prueba y resultados de las comparecencias.  Asimismo, se le informa que tiene derecho a hacerse acompañar por su abogado defensor y que el expediente mediante el cual se tramita la presente investigación se encuentra a su disposición en el Departamento de Asesoría Legal de la Institución.  En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se le comunica que tiene derecho a presentar recurso de revocatoria y/o apelación contra este acto de apertura, los cuales se presentarán ante el Órgano Director del Procedimiento dentro del término de veinticuatro horas contados a partir de la notificación respectiva.  El recurso de revocatoria será conocido y resuelto  por el Órgano Director dentro del término señalado en el artículo 352 de la Ley General de la Administración Pública y el de apelación por el Directorio Legislativo. Igualmente se les comunica que el resultado de la investigación se emitirá mediante informe escrito al Directorio Legislativo, quien, de conformidad con los artículos 25 del Reglamento de la Asamblea Legislativa y del artículo 4 del Reglamento Autónomo de Servicio de la Asamblea Legislativa, será el órgano competente para resolver y dictar el acto final y definitivo en la presente causa.  En el acto se designa como Instructora Titular del Órgano Director del Procedimiento a la Bachiller Xiomara Murillo Aguilar y al Licenciado Juan Carlos Barboza Montes, como instructor suplente; y a las señoras Guiselle Zumbado Oporto e Isabel Rojas Coto como asistentes administrativas.  Prevéngase al señor Solís Álvarez, para que señale lugar para recibir futuras notificaciones. De no hacerlo, o si el lugar indicado fuere impreciso o no existiere, se tendrá por notificado con el transcurso de veinticuatro horas después de dictada la resolución. Publíquese. Lic. Reyna Jeannette Marín Jiménez. Bach. Xiomara Murillo Aguilar, Instructora Titular. Lic. Juan Carlos Barboza Montes, Instructor Suplente. Sras. Guiselle Zumbado Oporto e Isabel Rojas Coto, Asistentes Administrativas.—Mba. Melvin Laines Castro, Director.—(O. C. 29001).—(Solicitud Nº 6340).—C-164250.—(48557).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Se hace saber a: 1): Carlos Solano Palavicinio, cédula 2-430-505, como propietario registral de la finca de Alajuela 266719. 2) Finca Carma S. A., cédula jurídica 3-101-403939, representada por Carlos Luis Solano Palavicinio en carácter de adquirente de la finca de Alajuela 266719 mediante el documento 574-15938, que en este Registro se han iniciado diligencias administrativas de oficio donde se investiga un supuesto error registral del documento 574-15938, que involucra la finca Alajuela 266719. Por lo que mediante resolución de las 13:00 horas del 25/2/2009 se ordenó anotar advertencia administrativa sobre la finca de previa cita. Debido a lo anterior y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 13:00 horas del 27/2/2009 se confirió audiencia a los posibles interesados, sin embargo por haber sido devuelto al remitente el certificado de correos dirigido al señor Carlos Solano Palavicinio, en el doble carácter dicho, se le confiere audiencia por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la publicación del tercer edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convengan. Y se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, deben señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J del 18 de febrero de 1998; en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 bajo apercibimiento de que, de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme, a los artículos 99 del Reglamento de la materia y 11 de la citada ley No. 8687. Notifíquese. (Referencia Expediente 09-090-BI).—Curridabat, 20 de mayo del 2009.—Lic. Mabel Valverde Zúñiga, Asesoría Jurídica Registro Público de Bienes Inmuebles.—(O. C. Nº 9-009).—(Sol. 21928).—C-63020.—(48127).

Se hace saber a: 1): Óscar Herrera Martínez, cédula 7-115-723, en su calidad de apoderado especial en el documento de compraventa presentado a este Registro bajo las citas tomo 577, asiento 71048, y, 2) Gerardo Venegas Arroyo, cédula 2-299-767, en calidad de notario autorizante del documento en el cual supuestamente bufete Yamo Limitada le concede poder especial al señor Oscar Herrera Martínez; que en este Registro se iniciaron Diligencias Administrativas a instancia de Álvaro Yannarella Montero, cédula de identidad 4-095-686, por la supuesta comisión de un fraude extrarregistral en la finca del Partido de Guanacaste matrícula 24881, derechos 001 y 002. En virtud de lo anterior, esta Asesoría mediante resolución de las 12:25 horas del 7 de noviembre del 2008, ordenó consignar Advertencia Administrativa sobre los mencionados derechos en esa finca. Con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 8:00 horas del 22 de mayo del 2009, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a las personas mencionadas, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convengan. Se les previene que dentro de dicho término deben señalar apartado postal, casa u oficina, dentro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con los artículos 93, 94 y 98 del Reglamento del Registro Público, en concordancia con el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687; bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 20 y 21 de la Ley Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público y artículos 99 del Reglamento de la materia. Notifíquese (Referencia Exp. 08-1092-BI).—Curridabat, 22 de mayo del 2009.—Erick Campos Camacho, Asesor Jurídico.—(O. C Nº 9-009).—(Sol. 21927).—C-58520.—(48128).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Se hace saber a Inversiones Castro la Costeña S. A. (3-101-205447), Audilia Zúñiga Chacón (1-253-175), Olga Corella Quesada (2-327-838) y José Ángel Calderón Rivera (3-198-667) interesados, en diligencias administrativas oficiosas bajo expediente 08-905-BI, en el cual se ventila una inexactitud relacionada con la finca 1-164591-000. Con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 14:00 horas del 20/05/2009, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a la persona mencionada, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convenga. Y se les previene que dentro del término establecido para la audiencia, deben señalar medio, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con los artículos 93, 94 y 98 del Reglamento del Registro Público; bajo apercibimiento de que, de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento de la materia y 11 de la Ley Nº 8687 (que es Ley de Notificaciones Judiciales). Notifíquese. (Referencia Expediente (08-905-BI).—Curridabat, 20 de mayo del 2009.—Lic. César Alexánder Hernández Umaña, Asesor Jurídico, Registro Público de Bienes Inmuebles.—(O C Nº 9-009.—Sol. 21926).—C-38270.—(48129).

Se hace saber a Asociación Iglesia del Evangelio Cuadrangular de Costa Rica, cédula jurídica Nº 3-002-051590, representada por Elías Jovel Villalobos Villalobos, cédula 6-147-002, que la Dirección del Registro de Bienes Inmuebles ordenó apertura de Diligencias Administrativas de oficio, por publicitar la finca de Guanacaste 70068 plano incorrecto en su asiento registral. Mediante resolución de las 15:30 horas del 17/09/08 se brindó audiencia de ley a las partes y siendo que fue devuelto el certificado de correos RR146313379CR dirigido a dicha asociación, con la indicación de ser desconocida, con el fin de cumplir con el Debido Proceso, por resolución de las 9:15 horas del 06/05/09, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a la persona indicada, por término de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto; término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo N° 26771-J, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley N° 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley N° 8687. (Ref. Exp. 08-581-BIUE). Notifíquese.—Curridabat, 6 de mayo del 2009.—Lic. Erika Bermúdez Bonilla, Asesora Jurídica Registral.—(O. C. Nº  09-0009).—(Solicitud Nº 21993).—C-49520.—(48209).

Se hace saber a Josefa Catalina Torres Álvarez, 5-0086-0388, propietaria de la finca de Guanacaste 12648-001, y a Ángel Torres Álvarez, 5-0060-0614, propietario registral de la finca de Guanacaste 12648-002, que la Dirección del Registro de Bienes Inmuebles, realizó apertura de Diligencias Administrativas de oficio, debido a una posible sobreposición con vía pública. Mediante resolución de las 12:40 horas del 26/01/09 se confiere audiencia por medio de edicto por no tener un domicilio exacto del interesado, hasta por 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la tercera publicación del presente edicto, término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. se le previene, a la parte indicada, que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo N° 26771-J, de 18 de febrero de 1998, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley N° 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley N° 8687. (Ref. Exp. 08-710-BIUE). Notifíquese.—Curridabat, 30 de abril de 2009.—Lic. Mabel Valverde Zúñiga, Asesora Jurídica Registral.—(O. C. 09-0009).—(Solicitud Nº 21994).—C-42770.—(48210).

Se hace saber a Arce y Leitón S. A., cédula jurídica Nº 3-101-145570, representada por Wolfgang Stefan Schneider, pasaporte 9246238424, que la Dirección del Registro de Bienes Inmuebles ordenó apertura de Diligencias Administrativas de oficio, para investigar posible traslape de planos en las fincas de Guanacaste 28369 y 24877. Mediante resolución de las 13:40 horas del 11/3/09 se brindó audiencia de ley a las partes, y siendo que fue devuelto el certificado de correos RR146317631CR dirigido a dicha sociedad, con la indicación de ser desconocida, con el fin de cumplir con el debido proceso, por resolución de las 08:00 horas del 13/5/09, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a la persona indicada, por término de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto; término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo N° 26771-J, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley N° 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley N° 8687. (Ref. Exp. 08-781-BIUE). Notifíquese.—Curridabat, 13 de mayo del 2009.—Lic. Mabel Valverde Zúñiga, Asesora Jurídica Registral.—(O. C. Nº 09-0009).—(Solicitud Nº 21995).—C-47270.—(48211).

Se hace saber a José Blas Fuentes Sequeira, cédula 5-0043-0757 propietario del derecho 001 sobre la finca 7-87997, María De Los Ángeles Acosta Rodríguez cédula 6-0111-0480 propietaria del derecho 002 sobre la finca 7-87997 y a Gefecar Internacional Sociedad Anónima cédula jurídica 3-1001-216159 propietario de la finca 7-91842, representada por Carlos Cruz Matamoros cédula 6-0103-0983, que la Dirección del Registro de Bienes Inmuebles ordenó apertura de Diligencias Administrativas de oficio, para investigar posible duplicidad de planos en las fincas de Limón 87997 y 91842. Mediante resolución de las 07:40 horas del 11/3/09 se brindó audiencia de ley a las partes, y siendo que fueron devueltos los certificados de correos RR146318645CR, RR146318623CR y RR146318637CR el primero dirigido a José Blas Fuentes Sequeira con la indicación de ser desconocido, el segundo a Carlos Cruz Matamoros con la indicación de cambió domicilio, y el último a María De Los Ángeles Acosta Rodríguez con la indicación de ser desconocida, con el fin de cumplir con el Debido Proceso, por resolución de las 09:30 horas del 13/5/09, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a las personas indicadas, por término de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto; término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo N° 26771-J, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley N° 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los Artículos 99 del Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley N° 8687. (Ref. Exp. 08-992-BIUS). Notifíquese.—Curridabat, 13 de mayo del 2009.—Lic. Mabel Valverde Zúñiga, Asesora Jurídica Registral.—(O.C. Nº 09-0009).—(Solicitud Nº 21996).—C-65270.—(48212).

REGISTRO DE BIENES INMUEBLES

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se hace saber a Internacional de Negocios del Norte S. A., cédula jurídica Nº 3-101-112344, representada por William Solano Flores, cédula Nº 1-618-438, que la Dirección del Registro de Bienes Inmuebles ordenó la Apertura de Diligencias Administrativas de oficio, para investigar posible duplicidad de planos en las fincas de Limón matrículas 30750 y 30751. Mediante resolución de las 08:17 horas del 13/2/09 se brindó audiencia de ley a las partes, y siendo que fue devuelto el certificado de correos RR146317027CR dirigido a dicha sociedad, con la indicación de ser desconocida y con el fin de cumplir con el Debido Proceso, por resolución de las 14:20 horas del 11/5/09, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a la persona indicada, por término de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto; término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar facsímil o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley Nº 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los Art. 99 del Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley Nº 8687. (Ref. Expediente Nº 08-1051- BIUS). Notifíquese.—Curridabat, 11 de mayo del 2009.—Lic. Mabel Valverde Zúñiga, Asesora Jurídica.—(Solicitud Nº 21997).—C-51770.—(48670).

Se hace saber a Nereida Torres Pérez, cédula de residencia Nº 27012665665152, así como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, por desconocerse su lugar de residencia o domicilio, que se les brinda audiencia por medio de edicto, por la razón expuesta, ya que mediante escrito presentado a la Dirección del Registro Público de Bienes Inmuebles, el día 30 de enero del 2009, por la registradora, licenciada Pilar Bonilla Solórzano, donde informa de una posible doble inmatriculación en las fincas del partido de San José, 407521 y 407522, que publicitan el mismo número de plano catastrado SJ-101844-1993, por lo que se han iniciado diligencias administrativas que están siendo conocidas en virtud de lo informado en el expediente administrativo 09-046-BI. Así las cosas, este Registro de conformidad con la circular administrativa número DRP-008-2007, de 21 de agosto del 2007, por resolución de las 13:35 horas del 10 de febrero del 2009, ordenó consignar una nota de advertencia administrativa sobre los inmuebles relacionados. Además, se confirió la audiencia respectiva a las partes interesadas por resolución de las 09:07 horas del 27 de febrero del 2009, y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, y no causar indefensión a las partes, y por desconocerse su domicilio actual y exacto, y conforme circular de previa cita, se resuelve: conferir audiencia, a: Nereida Torres Pérez, cédula de residencia Nº 27012665665152, y terceros con interés legitimo, sus herederos o representantes legales, hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto en el Diario Oficial “La Gaceta”; a efecto de que dentro de dicho término, presente los alegatos que a sus derechos convengan. Lo anterior de conformidad con el artículo 98 del Reglamento del Registro Público que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J del 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta Nº 54 de 18 de marzo de 1998, y se les previene que dentro de dicho término a partir de la publicación del presente edicto, deben señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, o número de facsímile, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 96 y concordantes del Reglamento de cita), en concordancia con el numeral 3 de la Ley Nº 7637 (Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judicial), bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se le tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere conforme a los artículos 99 del Reglamento de la materia y 12 de la citada Ley Nº 7637, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese. (Ref. Expediente Nº 009-046-BI.).—Curridabat, 02 de junio del 2009.—Asesoría Jurídica, Registro Inmobiliario, División Inmuebles.—Lic. Esther Martínez Cerdas.—(O. C. Nº 09-009.—(Solicitud Nº 21829).—C-90020.—(48671).

Se hace saber a Franklin Morera Delgado, cédula Nº 2-286-510, y a Nixia María González Mora, cédula Nº 3-291-329, propietarios de la finca de Heredia, matrícula 135044-001-002, respectivamente, que la Dirección del Registro de Bienes Inmuebles, realizó apertura de Diligencias Administrativas de oficio, debido a una posible duplicidad de planos. Mediante resolución de las 9:26 horas del 06/05/09. Se confiere audiencia por medio de edicto por no tener un domicilio exacto de los interesados, hasta por 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la tercera publicación del presente edicto, término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se les previene, a la partes indicadas, que dentro del término establecido para la audiencia, deben señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de febrero de 1998, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley Nº 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley Nº 8687. (Ref. Expediente Nº 09-152-BIUS). Notifíquese.—Curridabat, 06 de mayo del 2009.—Lic. Erika Bermúdez Bonilla, Asesora Jurídica.—(Solicitud Nº 22000).—(O. C. Nº 09-0009).—C-42770.—(48672).

Se hace saber a: 1-) Flora Jiménez Reyes, cédula Nº 3-0082-0847 y Mateo Vega Chaves, cédula Nº 5-0065-0843, en condición de copropietarios registrales en la finca de Limón matrícula cincuenta y seis mil novecientos noventa y uno-cero cero uno y cero cero dos (56991-001 y 002) respectivamente y en su condición de beneficiarios del régimen de habitación familiar según citas 400-04038-01-0612-001 en la misma finca, que la Dirección del Registro de Bienes Inmuebles ordenó apertura de Diligencias Administrativas de oficio, para investigar posible duplicidad de plano Nº L-0014065-1991 en las fincas de Limón 56991 y 93418. Mediante resolución de las 8:30 horas del 8 de mayo del 2009, con la indicación de ser desconocida la dirección, con el fin de cumplir con el Debido Proceso, se establece que el medio de notificación será la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a las personas indicadas, por término de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto; término dentro del cual deben presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se les previene que dentro del término establecido para la audiencia, deben señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley Nº 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley Nº 8687. (Ref. Expediente Nº 08-1323-BIUS). Notifíquese.—Curridabat, 8 de mayo del 2009.—Lic. Erika Bermúdez Bonilla, Asesora Jurídica Registral.—(O. C. Nº 09-2009).—(Solicitud Nº 21998).—C-49520.—(48673).

Se hace saber a Asdrúbal Barquero Vargas, cédula Nº 6-095-234 propietario de la finca de Puntarenas, matrícula 87231, que la Dirección del Registro de Bienes Inmuebles, realizó apertura de Diligencias Administrativas de oficio, debido a una posible doble inmatriculación, mediante resolución de las 8:46 horas del 11/05/09. Se confiere audiencia por medio de edicto por no tener un domicilio exacto del interesado, hasta por 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la tercera publicación del presente edicto, término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene a la parte indicada, que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de febrero de 1998, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley Nº 8687, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley Nº 8687. (Ref. Expediente Nº 09-156-BIUS). Notifíquese.—Curridabat, 11 de mayo del 2009.—Lic. Mabel Valverde Zúñiga, Asesora Jurídica.—(O. C. Nº 09-0009).—(Solicitud Nº 21999).—C-40520.—(48674).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Instituto Costarricense de Turismo. Órgano Director. Acto de apertura del procedimiento ordinario administrativo seguido contra la empresa Grupo Sol Poniente GSP S. A., propietaria de la Discoteque 360 Terramall. San José, a las trece horas del quince de abril del dos mil nueve.

Resultando:

1º—Que por resolución de la Gerencia General del Instituto Costarricense de Turismo G-788-2009 del trece de abril del 2009, se nombra como órgano director al Lic. Pablo Valverde Madrigal como titular y al Lic. Martín Quesada Rivera como suplente, ambos del Departamento de Gestión y Asesoría Turística, con la asesoría de la Dirección Legal, para dar inicio al procedimiento ordinario administrativo contra la empresa Grupo Sol Poniente GSP S. A., cédula jurídica Nº 3-101-306433, propietaria de la Discoteque 360 Terramall, a fin de determinar posibles incumplimientos a lo establecido en el Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas.

2º—Que la empresa Grupo Sol Poniente GSP S. A., cédula jurídica Nº 3-101-306433, fue declarada turística según resolución de la Gerencia, G-478-2005 del 08 de marzo del 2005, para desarrollar la actividad de centro de diversión nocturna en el establecimiento denominado Discoteque 360 Terramall.

3º—Que según oficio DGA-1119-2009 del 04 de marzo del 2009, el señor Marcos Castro Retana, Supervisor del Departamento de Gestión y Asesoría Turística, informa sobre la inspección de la empresa.

Considerando:

I.—Que al Instituto Costarricense de Turismo, según disposiciones expresas contenidas en el Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, Decreto Ejecutivo Nº 25226-MEIC-TUR del 15 de marzo de 1996 y sus reformas, le compete conocer y resolver todo lo relacionado con la aplicación del mencionado Reglamento.

II.—Que de conformidad con el artículo 11 inciso b), del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, el ICT tiene la obligación de ejercer control y vigilancia sobre las empresas declaradas, efectuando inspecciones periódicas.

III.—Que el artículo 13, incisos a), d) e i) respectivamente del mismo Reglamento, establece que a las empresas declaradas turísticas se les exige “cumplir con lo que dispone este Reglamento, la legislación vigente y demás normas o disposiciones especiales que regulen su funcionamiento”, “informar al Instituto de cualquier modificación en la planta física, instalaciones o servicios que puedan provocar un cambio en cuanto al tipo, categoría o características principales del establecimiento” y “reportar cualquier cambio de propietario, administradores, accionistas, gerente, domicilio, razón social, nombre comercial u otro cambio en la operación de la empresa”.

IV.—Que según informe de inspección DGA-1119-2009 del 04 de marzo del 2009, el señor Marcos Castro Retana, Supervisor del Departamento de Gestión y Asesoría Turística, informa que el día 26 de febrero del 2009, realizó una inspección a la empresa de centro de diversión nocturna denominada Discoteque 360 Terramall, propiedad de la sociedad Grupo Sol Poniente GSP. S. A., cédula jurídica Nº 3-101-306433, ubicado en el Mall Terramall, Tres Ríos, Cartago, con el propósito de verificar sus operaciones, no obstante informa que la misma no fue posible realizarla por cuanto la empresa no se encuentra en operación.  Que según oficio DGA-1138-2009, se le notifica a la empresa la situación anterior y se le otorga un plazo de diez días hábiles para que se refieran al respecto.  Que al día de hoy el plazo se encuentra vencido y no consta en el expediente administrativo que se haya dado respuesta.

V.—Que en el caso concreto que nos ocupa, existen indicios que la empresa Grupo Sol Poniente GSP S. A., cédula jurídica Nº 3-101-306433, propietaria de la Discoteque 360 Terramall, ha supuestamente infringido lo dispuesto en los incisos a), d), i) y j) del artículo 13 del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, al no encontrarse operando el establecimiento y al no haber informado a este Instituto lo sucedido con el mismo, pudiendo hacerse acreedora a las sanciones establecidas en el artículo 16 del Reglamento en cuestión, a saber amonestación escrita, suspensión de la Declaratoria Turística, cancelación de los beneficios otorgados por recomendación del Instituto, cancelación de los beneficios comprendidos en el artículo 11, incisos c) y e) o la cancelación de la Declaratoria Turística. Por tanto:

De conformidad con lo expuesto, artículo 13 incisos a), d), i) y j) y Artículo 16 ambos del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas y con fundamento en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública, que rigen lo concerniente a los procedimientos administrativos, este órgano director cita al apoderado de la empresa Grupo Sol Poniente GSP S. A., cédula jurídica Nº 3-101-306433, propietaria de la Discoteque 360 Terramall,  para que se presente solo o en compañía de un profesional en Derecho, al Departamento de Gestión y Asesoría Turística del Instituto Costarricense de Turismo, a la comparecencia oral y privada prevista en los artículos 218 y 309 inciso 1. de la Ley General de la Administración Pública, a celebrarse quince días hábiles posteriores a la tercera publicación,  a las nueve horas.

Se previene según lo dispuesto en los artículos 218, 309 y 312 inciso 2), de la Ley General de la Administración Pública, que debe presentarse todas las pruebas antes o en el momento de la comparecencia, bajo apercibimiento de que en caso contrario caducaría su derecho.

Se previene al apoderado de la empresa referida, que en su primer escrito deberá indicar el medio, sea este Fax o correo electrónico para recibir notificaciones presentes y futuras, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere quedará notificado de las resoluciones posteriores en el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas las mismas.

Con base en los artículos 217 y 272 de la Ley General de la Administración Pública, se pone a disposición del interesado el expediente administrativo en la sede de este Órgano Director, ubicada en el Departamento de Gestión y Asesoría Turística.

Contra la presente resolución procederán los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse, ante este Órgano Director, en el plazo de veinticuatro horas a partir de esta notificación. El recurso de revocatoria será resuelto por el Órgano Director y el de Apelación por la Gerencia del Instituto.—Lic. Pablo Valverde Madrigal, Órgano Director del Procedimiento.—(O. C. Nº 12245).—(Solicitud Nº 12907).—C-224457.—(47520).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

NOTIFICACIÓN A EXFUNCIONARIOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La Sección Gestión Administrativa del Recurso Humano, de la Municipalidad de San José, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 de la Ley General de Administración Pública, notifica por este medio a los siguientes exfuncionarios que le adeudan recursos a la Municipalidad de San José, por pagos hechos en exceso.

Se les previene que deben realizar la cancelación de esta deuda en el Banco de Costa Rica, a la cuenta 65350-0 de la Municipalidad de San José y presentar fotocopia del depósito a la Sección Gestión Administrativa del Recurso Humano, ello dentro de los quince días siguientes, a partir de la presente publicación, en caso contrario las deudas serán trasladadas a cobro judicial.

Previamente al pago, los arriba notificados, deben consultar el porcentaje de intereses, el que se sumará al monto indicado en el siguiente detalle.

                                                                     Suma                      

     Extrabajador                    Cédula      adeudada            Concepto

Morales Segura Pablo         107130389  ¢36.849,90    Abandono Labores

David Fallas Barrientos      112670583  188.186,40    Abandono Labores

Jorge E. Artavia Álvarez     109560671  117.860,25    Renuncia

Juan C. Calvo Espinoza      111620052  415.409,65    Abandono Labores

Miguel Agüero Alvarado      10671043  141.957,70    Finalización Contrato

Jorge Ramírez Hernández   204200230    24.498,40    Vacaciones disfrutadas

William Morales Vargas      113950319    44.543,00    Finalización Contrato

Sofía Zúñiga Ugalde            206330139    42.311,95    Finalización Contrato

Ana C. Meighan Arce         105140803    22.271,50    Vacaciones disfrutadas

Karla J. Durán Jiménez       114200866      2.709,20    Vacaciones disfrutadas

Andy Barrantes Vargas       113750704      7.646,65    Vacaciones disfrutadas

Jason A. Guevara Rodríguez 113620586    2.448,25    Vacaciones disfrutadas

San José, 08 de junio del 2009.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—(O. C. Nº 121211).—(Solicitud Nº 4300).—C-93020.—(48196).

AVISOS

COLEGIO DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Causa Nº 014-2006.—Tribunal de Moral Médica del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica.—San José, a las nueve horas del 21 de mayo del 2009. De conformidad con lo ordenado en los artículos 211, 214 y 241, siguientes relacionado y concordantes de la Ley General de Administración Pública y el artículo 9 del Reglamento de Tramitación de Denuncias ante la Fiscalía y el Tribunal de Moral Médica del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica publicado en La Gaceta N° 113 del día lunes 13 de junio del 2005, procede este Tribunal a iniciar Procedimiento Administrativo número 014-2006 contra el Dr. Giovanni Ospino Saumet, cédula de residencia número 42002033940005, médico cirujano especialista en cirugía general, a quien resultó materialmente imposible notificar personalmente por ignorar su actual domicilio, a efecto de determinar su participación y responsabilidad disciplinaria que le pueda caber por los hechos que se le imputan, a saber: Supuestas manifestaciones calumniosas contra un colega médico; e incumplimiento a las disposiciones sobre los deberes de los médicos para con los colegas, establecido en el Código de Moral Médica. Para los anteriores efectos, recávese la prueba pertinente a fin de esclarecer la verdad real de los hechos, haciéndosele saber al referido denunciado que este Órgano Director ha ordenado realizar audiencia para ratificar, ampliar o desistir de la denuncia a celebrarse en nuestras oficinas ubicadas en el segundo piso del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, Sabana Sur, a partir de las 9:00 horas del 25 de junio del 2009. Se hace del conocimiento del demandado que el día de la audiencia señalada podrá estar presente sí así lo desea y que en toda diligencia del procedimiento podrá hacerse acompañar de un Asesor Legal. Se le informa que toda la documentación aportada a este expediente puede ser consultada y fotocopiada a costa del interesado, en el Tribunal de Moral Médica del Colegio de Médicos y Cirujanos, advirtiéndole que, por la naturaleza dicha de este expediente de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo de interés lo aquí ventilado, únicamente para el Colegio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidades, civiles, penales o de otra naturaleza, la persona o personas que hicieren uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Se advierte que la ausencia injustificada a la comparecencia, no impedirá que la misma se lleve a cabo, si ello fuere posible (artículo 315 Ley General de Administración Pública y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa). Se previene a la parte que dentro del tercer día de la notificación de la presente resolución, señalen por escrito lugar para atender notificaciones de conformidad con la Ley 8687, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren, de ser equivoco el señalamiento o se tornarse incierto, toda resolución posterior que se dicte se tendrá por notificada dentro de las veinticuatro horas siguientes en que sea dictada. (Artículos 239 a 247 de la Ley General de la Administración Pública y Ley 8687 denominada Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales). En caso de señalar lugar físico para oír notificaciones, este deberá ser dentro del perímetro del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, distrito Mata Redonda, Sabana Sur. En este mismo acto, se comunica al denunciado que en cualquier momento puede llegar a un arreglo conciliatorio, el cual deberá ser presentado por escrito al Tribunal de Moral con la firma de los involucrados, para dar por finalizado el procedimiento y solicitar el archivo del expediente. Notifíquese.—Tribunal de Moral Médica.—Dr. Manuel Hernández Vargas, Presidente.—(46201).

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDADES DE PALMARES

CONCEJO MUNICIPAL DE PALMARES

Que en la publicación en La Gaceta Nº 92 del 14 de mayo deñ 2009, pág. 47, reforma al Reglamento de Dedicación Exclusiva léase correctamente: art. 5 inciso c) “Ocupar un puesto con una jornada no inferior a medio tiempo”.

Eithel Hidalgo Méndez, Secretaria del Concejo.—1 vez.—Nº 110852.—(48384).

AVISOS

CORPORACIÓN DE INVERSIONES MIGIL SOCIEDAD ANÓNIMA

Corporación de Inversiones Migil Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero cuarenta mil trescientos trece-quince, con domicilio en la ciudad de San José, solicita se tenga por aclarado que en las publicaciones de fechas veintiséis, veintisiete y veintiocho de mayo del dos mil nueve, en sus páginas setenta y nueve, sesenta y uno y cuarenta respectivamente de La Gaceta, así como de la publicación de fecha primero de junio del dos mil nueve del periódico La Prensa Libre en su página dieciocho, en cuanto al edicto de reposición de libros que gestiona esta entidad ante la oficina de Tributación Directa, el libro de Actas de Asamblea que se repone, es el número dos y no como por error se indicó en cuanto a dicho libro específicamente. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.— Gilbert Cid, Presidente y Apoderado Generalísimo.—1 vez.—(49651).