LA
GACETA Nº 156
DEL 12 DE AGOSTO DEL 2009
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000006-2499
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2009LN-000018-01
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS
INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
BANCO DE CENTRAL DE COSTA RICA
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA Y DE DESARROLLO
ECONÓMICO DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Nº 034-H.—San José, 10 de junio del 2009
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en los artículos 140, incisos 2) y 20) y 146 de la Constitución Política, artículo 12, inciso a) del Estatuto del Servicio Civil, el voto N° 2002-928 de las nueve horas con cuarenta y siete minutos del primero de febrero del dos mil dos dictado por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia y en la resolución N° 11331 de las ocho horas cuarenta minutos del cuatro de junio del dos mil nueve, dictada por el Tribunal de Servicio Civil.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Despedir con justa causa y sin responsabilidad para el Estado, al servidor Marco Antonio Paredes Araya, mayor, soltero, portador de la cédula de identidad número 9-108-184, del puesto N° 102724, Técnico de Ingresos, destacado en la Aduana de Limón.
Artículo 2º—El presente acuerdo rige a partir del 30 de junio del 2009.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Hacienda, Guillermo E. Zúñiga Chaves.—1 vez.—(Solicitud Nº 14068).—C-12770.—(67745).
Nº MEP-055-2009
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Erick Chavarría Alfaro, cédula de identidad Nº 1-791-433, docente de la escuela Miguel Aguilar Bonilla-Heredia, para que asista a la “Copa Mundial de Beach Soccer de la FIFA 2009”, que se realizará en México, del 15 al 23 de junio del 2009.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior serán cubiertos por, los Organizadores del Evento.
Artículo 3º—Que durante los días del 15 al 23 de junio de 2009, en que se autoriza la participación del señor Erick Chavarría Alfaro en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 15 al 23 de junio de 2009.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los diez días del mes de junio del año dos mil nueve.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O. P. Nº 95269).—(Solicitud Nº 1041).—C-15020.—(67208).
Nº MEP- 076-2009
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.
Artículo 1º—Designar a la señora Dyalah Calderón De la O, cédula de identidad Nº 1-688-670, Asesora del Ministro de Educación Pública, para que participe en el “IV Encuentro Internacional de Redes EUROsociAL. La agenda de la cohesión social en América Latina: avances y desafíos”, que se realizará en Salvador de Bahía-Brasil, del 21 al 26 de junio de 2009.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención serán cubiertos por, el Programa EUROsociAL-Educación.
Artículo 3º—Que durante los días del 21 al 26 de junio de 2009, en que se autoriza la participación de la señora Dyalah Calderón De la O en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 21 al 26 de junio de 2009.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los trece días del mes de mayo del año dos mil nueve.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O. P. Nº 95269).—(Solicitud Nº 1019).—C-15750.—(67209).
Nº MEP- 077-2009
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.
Artículo 1º—Designar a la señora Alejandrina Mata Segreda, cédula de identidad Nº 1-394-218, Viceministra Académica de Educación Pública, para que participe en el “IV Encuentro Internacional de Redes EUROsociAL. La agenda de la cohesión social en América Latina: avances y desafíos”, que se realizará en Salvador de Bahía-Brasil, del 21 al 26 de junio de 2009.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención serán cubiertos por, El Programa EUROsociAL-Educación.
Artículo 3º—Que durante los días del 21 al 26 de junio de 2009, en que se autoriza la participación de la señora Alejandrina Mata Segreda en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 21 al 26 de junio de 2009.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los trece días del mes de mayo del año dos mil nueve.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O. P. Nº 95269).—(Solicitud Nº 1046).—C-15020.—(67210).
Nº MEP-086-2009
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Félix Barrantes Ureña, cédula de identidad Nº 1-646-915, Nº 1-363-0783, Director de la Dirección de Evaluación y Gestión de la Calidad, para que asista a la “V Jornadas de Cooperación sobre Evaluación”, que se realizará en Bolivia, del 21 al 27 de junio de 2009.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior serán cubiertos por, El Ministerio de Educación de España.
Artículo 3º—Que durante los días del 21 al 27 de junio de 2009, en que se autoriza la participación del señor Félix Barrantes Ureña en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 21 al 27 de junio de 2009.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los dos días del mes de junio del año dos mil nueve.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O. P. Nº 95269).—(Solicitud Nº 1043).—C-15750.—(67211).
Nº MEP- 087-2009
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.
Artículo 1º—Designar a la señora Alejandrina Mata Segreda, cédula de identidad Nº 1-394-218, Viceministra Académica de Educación Pública, para que participe en la “Reunión de ECOSOC/Working Group de VIH/HIV-AIDS”, que se realizará en Montego Bay-Jamaica, del 3 al 7 de junio de 2009.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención serán cubiertos por, La Organización Panamericana de la Salud (OPS) y La Organización Mundial de la Salud (OMS).
Artículo 3º—Que durante los días del 3 al 7 de junio de 2009, en que se autoriza la participación de la señora Alejandrina Mata Segreda en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 3 al 7 de junio de 2009.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, al primer día del mes de junio del año dos mil nueve.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O. P. Nº 95269).—(Solicitud Nº 1045).—C-15750.—(67212).
Nº MEP-088-2009
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Marlene Delgado Durán, cédula de identidad Nº 3-221-968, Asesora en el Departamento de Desarrollo Educativo, para que asista al curso “Diplomado Pastoral Educativo”, que se realizará en Colombia-Bogotá, del 06 al 31 de julio de 2009.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención serán cubiertos por la interesada.
Artículo 3º—Que durante los días del 06 al 31 de julio de 2009, en que se autoriza la participación de la señora Marlene Delgado Durán en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 06 al 31 de julio de 2009.
Dado en el Ministerio de Educación Pública a los dos días del mes de junio del año dos mil nueve.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O. P. Nº 95269).—(Solicitud Nº 1049).—C-15750.—(67213).
Nº MEP-089-2009
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Mario Mora Quirós, cédula de identidad Nº 1-571-071, Asesor del Ministro de Educación Pública, para que participe en el “Taller Regional de Análisis de la Serie de Indicadores de Cara al Decálogo Educativa”, que se realizará en Antigua Guatemala, del 17 al 20 de junio de 2009.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención serán cubiertos por: El Centro de Formación de la Cooperación Española en la Antigua Guatemala (CFCE) y el Programa MECE/AECID.
Artículo 3º—Que durante los días del 17 al 20 de junio de 2009, en que se autoriza la participación del señor Mario Mora Quirós en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 17 al 20 de junio de 2009.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, el día nueve del mes de junio del año dos mil nueve.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O. P. Nº 95269).—(Solicitud Nº 1057).—C-14250.—(67214).
Nº MEP-090-2009
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2008 (Ley Nº 8627 del 31 de diciembre de 2007) y en el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viajes y de Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Kattia Rivera Soto, cédula de identidad Nº 1-794-717, Asesora del Ministro de Educación Pública, para que participe en la Pasantía “Internacional para el Liderazgo de la Histadrut”, que se realizará en Israel, del 07 al 21 de junio del 2009.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior por concepto de alojamiento y manutención serán cubiertos por la UNESCO, los gastos correspondientes al transporte aéreo de ida y regreso, serán cubiertos de la partida presupuestaria 10503 del programa 550, para un monto de mil cuatrocientos veinte dólares y noventa y nueve centavos de dólar ($1.420,99) todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.
Artículo 3º—Que durante los días del 07 al 21 de junio de 2009, en que se autoriza la participación de la señora Kattia Rivera Soto, en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 07 al 21 de junio de 2009.
Dado en el Ministerio de Educación Pública a los tres días del mes de junio del año dos mil nueve.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O. P. Nº 95269).—(Solicitud Nº 1038).—C-20250.—(67215).
Nº MEP-092-2009
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Andrea María Jiménez Zúñiga, cédula de identidad Nº 1-1089-354, Docente del Colegio Técnico Profesional de Turrubares, para que asista al “Intercambio Cultural Estudiantil”, que se realizará en Estados Unidos, del 20 de junio al 19 de julio de 2009.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención serán cubiertos por la interesada.
Artículo 3º—Que durante los días del 20 de junio al 19 de julio de 2009, en que se autoriza la participación de la señora Andrea María Jiménez Zúñiga en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 20 de junio al 19 de julio de 2009.
Dado en el Ministerio de Educación Pública a los cuatro días del mes de junio del año dos mil nueve.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O. P. Nº 95269).—(Solicitud Nº 1039).—C-16520.—(67216).
Nº MEP-093-2009
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a los señores Fabio Vargas Brenes, cédula de identidad Nº 1-639-575, Asesor de Supervisión del Circuito 07 de la Dirección Regional de San José y Georgina Jara Lemaire, cédula de Identidad Nº 1-830-808, Directora de la escuela de la República Dominicana en San Francisco de Dos Ríos, para que asistan con el Grupo Heraldos de Cristo al “Congreso Cristiano”, que se realizará en Laredo Texas- Estados Unidos, del 24 de junio al 21de julio de 2009.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención serán cubiertos por, Los Heraldos de Cristo.
Artículo 3º—Que durante los días del 24 de junio al 21de julio de 2009, en que se autoriza la participación de los señores Fabio Vargas Brenes y Georgina Jara Lemaire en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 24 de junio al 21de julio de 2009.
Dado en el Ministerio de Educación Pública a los cuatro días del mes de junio del año dos mil nueve.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O. P. Nº 95269).—(Solicitud Nº 1042).—C-18750.—(67217).
Nº MEP-095-2009
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a las señoras Francela Azofeifa Porras, cédula de identidad Nº 1-1055-457, docente del Colegio Técnico Profesional José Albertazzi Avendaño de San José y Michelle Roqhuett Leiva, cédula de identidad Nº 1-1025-456, docente de la Escuela Fernando Terán Valls de Tres Ríos, para que participen de la pasantía “Lingüística Aplicada”, que se realizará en Besancon-Francia, del 5 al 31de julio de 2009.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención serán cubiertos por, Embajada de Francia.
Artículo 3º—Que durante los días del 5 al 31de julio de 2009, en que se autoriza la participación de los señores Francela Azofeifa Porras y Michelle Roqhuett Leiva.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 5 al 31 de julio de 2009.
Dado en el Ministerio de Educación Pública a los cuatro días del mes de junio del año dos mil nueve.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O. P. Nº 95269).—(Solicitud Nº 1063).—C-17250.—(67218).
Nº MEP-097-2009
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Juan Carlos Rojas Bogantes, cédula de identidad Nº 2-403-553, Asesor Supervisor en la Dirección Regional de Alajuela, para que asista al “Congreso Iberoamericano de Supervisión Educativa”, que se realizará en Cantabria-España, del 14 al 20 de junio de 2009.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior serán cubiertos por, El Ministerio de Educación de España.
Artículo 3º—Que durante los días del 14 al 20 de junio de 2009, en que se autoriza la participación al señor Juan Carlos Rojas Bogantes en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 14 al 20 de junio de 2009.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los diez días del mes de junio del año dos mil nueve.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O. P. Nº 95269).—(Solicitud Nº 1040).—C-15750.—(67219).
Nº MEP- 098-2009
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2008 (Ley Nº 8627 del 31 de diciembre de 2007) y en el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viajes y de Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Evelyn Chen Quesada, cédula de identidad Nº 1-651-290, Directora del Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP), para que participe en la “Primera Conferencia Mundial sobre Educación Superior”, que se realizará en Paris-Francia, del 3 al 9 de julio de 2009.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, serán cubiertos del programa 550-00, de la partida presupuestaria 10503, para un monto de dos mil ciento sesenta y nueve dólares con cero centavos de dólar ($2.169,57), los gastos correspondientes al alojamiento y manutención serán cubiertos por la partida presupuestaria 10504 del mismo programa para un monto de mil novecientos cuarenta y seis dólares con cincuenta y seis centavos de dólar ($1.946.56), para un monto total de cuatro mil ciento dieciséis dólares con trece centavos de dólar ($4.116,13), todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.
Artículo 3º—Que durante los días del 3 al 9 de julio de 2009, en que se autoriza la participación de la señora Evelyn Chen Quesada en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 3 al 9 de julio de 2009.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los quince días del mes de junio del año dos mil nueve.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O. P. Nº 95269).—(Solicitud Nº 1058).—C-19500.—(67220).
Nº MEP- 099-2009
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2008 (Ley Nº 8627 del 31 de diciembre de 2007) y en el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viajes y de Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Rudy Adolfo Masís Siles, cédula de identidad Nº 3-336-155, Asesor en la Dirección de Evaluación y Gestión de la Calidad, para que participe en la “Reunión de Coordinadores del Proyecto PISA”, que se realizará en Asutralia, del 3 al 11 de julio de 2009.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, serán cubiertos del programa 550-00, de la partida presupuestaria 10503, para un monto de cuatro quinientos dólares con cero centavos de dólar ($4.500,00), los gastos correspondientes al alojamiento y manutención serán cubiertos por la partida presupuestaria 10504 del mismo programa para un monto de dos mil quinientos noventa y seis dólares con cero centavos de dólar ($1.596,00), para un monto total de seis mil noventa y seis dólares con cero centavos de dólar ($6.096.00), todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.
Artículo 3º—Que durante los días del 3 al 11 de julio de 2009, en que se autoriza la participación del señor Rudy Adolfo Masís Siles en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 3 al 11 de julio de 2009.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los quince días del mes de junio del año dos mil nueve.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O. P. Nº 95269).—(Solicitud Nº 1051).—C-19500.—(67221).
Nº MEP-100-2009
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2008 (Ley Nº 8627 del 31 de diciembre de 2007) y en el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viajes y de Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a al señor Alberto Zamora Moreira, cédula de identidad Nº 7-054-832, Asesor en la Dirección de Evaluación y Gestión de la Calidad, para que participe en la “Reunión de Coordinadores del Proyecto PISA”, que se realizará en Australia, del 3 al 11 de julio de 2009.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, serán cubiertos del Programa 550-00, de la partida presupuestaria 10503, para un monto de cuatro quinientos dólares con cero centavos de dólar ($4.500,00), los gastos correspondientes al alojamiento y manutención serán cubiertos por la partida presupuestaria 10504 del mismo programa para un monto de dos mil quinientos noventa y seis dólares con cero centavos de dólar ($1.596,00), para un monto total de seis mil noventa y seis dólares con cero centavos de dólar ($6.096.00), todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.
Artículo 3º—Que durante los días del 3 al 11 de julio de 2009, en que se autoriza la participación del señor Alberto Zamora Moreira en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 3 al 11 de julio de 2009.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los quince días del mes de junio del año dos mil nueve.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O. P. Nº 95269).—(Solicitud Nº 1050).—C-19500.—(67222).
Nº MEP-101-2009
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2008 (Ley Nº 8627 del 31 de diciembre de 2007) y en el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viajes y de Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a al señor Pablo José Mena Castillo, cédula de identidad Nº 2-512-432, Asesor en la Dirección de Evaluación y Gestión de la Calidad, para que participe en la “Reunión de Coordinadores del Proyecto PISA”, que se realizará en Australia, del 03 al 11 de julio de 2009.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, serán cubiertos del Programa 550-00, de la partida presupuestaria 10503, para un monto de cuatro quinientos dólares con cero centavos de dólar ($4.500,00), los gastos correspondientes al alojamiento y manutención serán cubiertos por la partida presupuestaria 10504 del mismo programa para un monto de dos mil quinientos noventa y seis dólares con cero centavos de dólar (1.596,00), para un monto total de seis mil noventa y seis dólares con cero centavos de dólar (6.096.00), todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.
Artículo 3º—Que durante los días del 03 al 11 de julio de 2009, en que se autoriza la participación del señor Pablo José Mena Castillo en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 03 al 11 de julio de 2009.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los quince días del mes de junio del año dos mil nueve.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O. P. Nº 95269).—(Solicitud Nº 1052).—C-19500.—(67223).
Nº MEP-102-2009
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Nayla Salazar Vargas, cédula de identidad Nº 6-191-115, Docente del Colegio Diurno José Martí, Puntarenas, para que asista al “Quinto Coloquio Internacional Mito y Perfomance: de Grecia a la Modernidad”, que se realizará en Argentina, del 14 al 20 de junio de 2009.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención serán cubiertos por la interesada.
Artículo 3º—Que durante los días del 14 al 20 de junio de 2009, en que se autoriza la participación de la señora Nayla Salazar Vargas en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 14 al 20 de junio de 2009.
Dado en el Ministerio de Educación Pública a los diez días del mes de junio del año dos mil nueve.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O. P. Nº 95269).—(Solicitud Nº 1048).—C-16500.—(67224).
Nº MEP-105-2009
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Cristian Alonso Cruz Góndrez, cédula de identidad Nº 1-1143-591, Docente del Conservatorio Castella, para que participe en el “Suwanee Summer Music Festival”, que se realizará en Tennesee, Estados Unidos, del 22 de junio al 25 de julio de 2009.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo, alojamiento y Manutención serán cubiertos por, el Comité Organizador.
Artículo 3º—Que durante los días del 22 de junio al 25 de julio de 2009, en que se autoriza la participación del señor Cristian Alonso Cruz Góndrez en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 22 de junio al 25 de julio de 2009.
Dado en el Ministerio de Educación Pública a los diecisiete días del mes de junio del año dos mil nueve.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O. P. Nº 95269).—(Solicitud Nº 1055).—C-16500.—(67225).
Nº MEP-106-2009
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor José Manuel Villalobos Salas, cédula de identidad Nº 2-411-638, Asesor de Educación en el Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez Solano, Departamento de Gestión de Recursos, para que participe en las “Prácticas de Campo del Programa” “La Ciencia en tú Escuela”, que se realizará en México, del 19 al 25 de julio de 2009.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior serán cubiertos por, La Academia Mexicana de Ciencias.
Artículo 3º—Que durante los días 19 al 25 de julio de 2009, en que se autoriza la participación del señor José Manuel Villalobos Salas, en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 19 al 25 de julio de 2009.
Dado en el Ministerio de Educación Pública a los siete días del mes de julio del año dos mil nueve.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O. P. Nº 95269).—(Solicitud Nº 1087).—C-15750.—(67226).
Nº MEP-107-2009
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Natalia María Artavia Martínez, cédula de identidad Nº 1-1109-493, Docente de Enseñanza Especial en la Escuela San Juan, Ciudad Quesada, San Carlos, para que participe en el “Curso de Especialización Intervención Psicopedagógica y Enseñanza de Personas con Necesidades Educativa Específicas”, que se realizará en España, del 05 al 31 de julio de 2009.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo, alojamiento y Manutención serán cubiertos por, La Fundación Carolina.
Artículo 3º—Que durante los días del 05 al 31 de julio de 2009, en que se autoriza la participación de la señora Natalia María Artavia Martínez en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 05 al 31 de julio de 2009.
Dado en el Ministerio de Educación Pública a los diecisiete días del mes de junio del año dos mil nueve.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O. P. Nº 95269).—(Solicitud Nº 1056).—C-18000.—(67227).
Nº MEP-110-2009
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Adrián Gómez Calvo, cédula de identidad Nº 3-266-047, docente del Colegio de San Luis Gonzaga, para que asista a la capacitación que le brinda la Universidad de Valladolid “Programa Escuelas Universitarias de Verano”, que se realizará en España del 22 de junio al 6 de julio de 2009.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención serán cubiertos por la Universidad Deportiva de Verano.
Artículo 3º—Que durante los días del 22 de junio al 6 de julio de 2009, en que se autoriza la participación del señor Adrián Gómez Calvo en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 22 de junio al 6 de julio de 2009.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los diecinueve días del mes de junio del año dos mil nueve.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O. P. Nº 95269).—(Solicitud Nº 1053).—C-16500.—(67228).
Nº MEP-111-2009
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2009 (Ley Nº 8691 del 31 de diciembre de 2008) y en el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viajes y de Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Mario Mora Quirós, cédula de identidad Nº 1-571-071, Asesor del Despacho del Ministro de Educación Pública, para que participe en la “Reunión Preparatoria para la VI Reunión Interamericana de Ministros de Educación”, que se realizará en Washington-Estados Unidos, del 8 al 11 de julio de 2009.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, serán cubiertos del programa 550-00, de la partida presupuestaria 10503, para un monto de cuatrocientos cuarenta y seis dólares con veintisiete centavos de dólar ($446,27) los gastos correspondientes al alojamiento y manutención serán cubiertos por la partida presupuestaria 10504 del mismo programa para un monto de setecientos sesenta y cuatro dólares con cuarenta centavos de dólar ($764,40), para un monto total de mil doscientos diez dólares con sesenta y siete centavos de dólar ($1.210,67). Todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.
Artículo 3º—Que durante los días del 8 al 11 de julio de 2009, en que se autoriza la participación del señor Mario Mora Quirós en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 3 al 11 de julio de 2009.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veinticuatro días del mes de junio del año dos mil nueve.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O. P. Nº 95269).—(Solicitud Nº 1064).—C-19500.—(67229).
Nº MEP-113-2009
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Celia Patricia Ureña Castrillo, cédula de identidad Nº 1-720-149, Asesora en el Departamento de Educación Técnica, para que asista a la capacitación “Jornada de Cooperación Educativa con Iberoamérica sobre Formación Técnica Profesional”, que se realizará en Guatemala del 12 al 18 de julio de 2009.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención serán cubiertos por la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI).
Artículo 3º—Que durante los días del 12 al 18 de julio de 2009, en que se autoriza la participación de la señora Celia Patricia Ureña Castrillo en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 12 al 18 de julio de 2009.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los diecinueve días del mes de junio del año dos mil nueve.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O. P. Nº 95269).—(Solicitud Nº 1054).—C-16500.—(67230).
Nº MEP-114-2009
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Yaced González Acuña, cédula de identidad Nº 1-1074-244, docente del Colegio Técnico Profesional José Figueres Ferrer, para que participe en el “Festival Mundial de Folklor 2009”, que se realizará en Italia, del 17 de julio al 23 de agosto de 2009.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior serán cubiertos de la siguiente manera, transporte aéreo de ida y regreso, la interesada, alojamiento y manutención, Gobierno de Italia.
Artículo 3º—Que durante los días del 17 de julio al 23 de agosto de 2009, en que se autoriza la participación de la señora Yaced González Acuña en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 17 de julio al 23 de agosto de 2009.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintidós días del mes de junio del año dos mil nueve.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O. P. Nº 95269).—(Solicitud Nº 1059).—C-16500.—(67231).
Nº MEP-115-2009
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Gladys Mireya Morante Falcón, cédula de identidad Nº 800-860169, docente de la Unidad Pedagógica José Rafael Araya Rojas, para que participe en el “X Congreso Latinoamericano de Lectura y Escritura”, que se realizará en Perú, del 29 de julio al 2 de agosto de 2009.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo, alojamiento y manutención serán cubiertos por, la interesada.
Artículo 3º—Que durante los días del 29 de julio al 2 de agosto de 2009, en que se autoriza la participación de la señora Gladys Mireya Morante Falcón en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 29 de julio al 2 de agosto de 2009.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintidós días del mes de junio del año dos mil nueve.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O. P. Nº 95269).—(Solicitud Nº 1060).—C-16500.—(67232).
Nº MEP-116-2009
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Inés Sofía Chaves Cambronero, cédula de identidad Nº 7-075-070, Docente del Liceo José Joaquín Vargas Calvo, para que participe en el “XXIII Tugaf Internacional Folk Dance Festival”, que se realizará en Turquía del 29 de junio al 20 de julio de 2009.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior serán cubiertos de la siguiente manera, transporte aéreo, de ida y regreso, La Interesada alojamiento y Manutención, Comité Organizador.
Artículo 3º—Que durante los días del 29 de junio al 20 de julio de 2009, en que se autoriza la participación de la señora Inés Sofía Chaves Cambronero en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 29 de junio al 20 de julio de 2009.
Dado en el Ministerio de Educación Pública a los treinta días del mes de junio del año dos mil nueve.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O. P. Nº 95269).—(Solicitud Nº 1066).—C-16500.—(67233).
Nº MEP-117-2009
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Zeidy Palma Grijalba, cédula de identidad Nº 1-14-215, Funcionaria en el Departamento de Asuntos Disciplinarios, para que participe en la Sesión Presencial sobre el cierre del Diplomado en “Lucha contra la Corrupción, Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile”, que se realizará en Chile, del 20 al 25 de julio de 2009.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y Manutención, serán cubiertos por, Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile.
Artículo 3º—Que durante los días del 20 al 25 de julio 2009, en que se autoriza la participación de la señora Zeidy Palma Grijalba en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 20 al 25 de julio de 2009.
Dado en el Ministerio de Educación Pública a los treinta días del mes de junio del año dos mil nueve.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O. P. Nº 95269).—(Solicitud Nº 1062).—C-18000.—(67234).
Nº MEP-119-2009
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Osvaldo Sauma Aguilar, cédula de identidad Nº 9-037-584, Docente del Conservatorio Castella, para que participe en el “Festival Internacional de Poesía”, que se realizará en Italia, del 17 al 31 de julio de 2009.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior serán cubiertos por, Los Organizadores del Evento.
Artículo 3º—Que durante los días 17 al 31 de julio de 2009, en que se autoriza la participación del señor Osvaldo Sauma Aguilar, en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 17 al 31 de julio de 2009.
Dado en el Ministerio de Educación Pública a los treinta días del mes de junio del año dos mil nueve.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(O. P. Nº 95269).—(Solicitud Nº 1065).—C-16520.—(67235).
Nº 444-2009
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y
Considerando:
1º—Que el señor Mark Mccloskey, de único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, casado una vez, empresario, portador del pasaporte de su país número 449653787, vecino de Estados Unidos de América, en su condición de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma de la empresa Paysource International S. A., cédula jurídica número 3-101-530574, presentó solicitud para acogerse al Régimen de Zonas Francas ante la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (en adelante PROCOMER), de conformidad con la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento.
2º—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la Sesión Nº 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa Paysource International S. A., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER número 17-2009 de fecha 23 de junio de 2009, acordó recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento del Régimen de Zonas Francas a la mencionada empresa, al tenor de lo dispuesto por la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento.
3º—Que se ha cumplido con el procedimiento de Ley. Por tanto,
ACUERDAN:
1º—Otorgar el Régimen de Zonas Francas a la empresa Paysource International S. A., cédula jurídica número 3-101-530574, (en adelante denominada la beneficiaria), clasificándola como Industria de Servicios, de conformidad con el inciso c) del artículo 17 de la Ley N° 7210 y sus reformas.
2º—La actividad de la beneficiaria consistirá en exportar servicios de centro de procesos en las áreas de recursos humanos, servicios de soporte de negocios y servicio al cliente.
3º—La beneficiaria operará en el Parque Industrial denominado Zona Franca Metropolitana S. A., ubicado en la provincia de Heredia.
4º—La beneficiaria gozará de los incentivos y beneficios contemplados en la Ley N° 7210 y sus reformas, con las limitaciones y condiciones que allí se establecen y con apego a las regulaciones que al respecto establezcan tanto el Poder Ejecutivo como PROCOMER.
Los plazos, términos y condiciones de los beneficios otorgados en virtud de la Ley N° 7210 quedan supeditados a los compromisos asumidos por Costa Rica en los tratados internacionales relativos a la Organización Mundial del Comercio (OMC), incluyendo, entre otros, el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (ASMC) y las decisiones de los órganos correspondientes de la OMC al amparo del artículo 27 párrafo 4 del ASMC. En particular, queda establecido que el Estado costarricense no otorgará los beneficios previstos en la Ley N° 7210 que de acuerdo con el ASMC constituyan subvenciones prohibidas, más allá de los plazos para la concesión de las prórrogas previstas en el artículo 27 párrafo 4 del ASMC a determinados países en desarrollo, establecidos en la decisión de la Conferencia Ministerial de la OMC de fecha 14 de noviembre de 2001.
Para los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755, del 03 de mayo de 1971 y sus reformas, en lo que resulten aplicables.
5º—De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 inciso g) de la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas la beneficiaria gozará de exención de todos los tributos a las utilidades, así como cualquier otro, cuya base imponible se determine en relación con las ganancias brutas o netas, con los dividendos abonados a los accionistas o ingresos o ventas, según las diferenciaciones que dicha norma contiene. No obstante, las exenciones últimamente mencionadas no se aplicarán cuando los beneficiarios potenciales puedan descontar, en su país de origen, los impuestos exonerados en Costa Rica o cuando realice actividades de comercialización, caso éste último en el cual se le reducirá la exoneración del impuesto sobre la renta en la misma proporción en que las efectúe.
Dicha beneficiaria solo podrá introducir sus servicios al mercado local, observando rigurosamente los requisitos establecidos al efecto por el artículo 22 de la Ley Nº 7210 y sus reformas, en particular los que se relacionan con el pago de los impuestos respectivos.
6º—La beneficiaria se obliga a cumplir con un nivel mínimo de empleo de 05 trabajadores, a más tardar el 31 de diciembre de 2009. Asimismo, se obliga a realizar una inversión nueva inicial y mínima total en activos fijos de al menos US $150,000.00 (ciento cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 15 de abril de 2011. Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional de un 99,96%.
PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión nueva inicial en activos fijos y la mínima total de la beneficiaria, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una obligación a cargo de esta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con los niveles mínimos de inversión anteriormente señalados.
7º—Una vez suscrito el Contrato de Operaciones, la empresa se obliga a pagar el canon mensual por derecho de uso del Régimen de Zonas Francas. La fecha prevista para el inicio de las operaciones productivas es el 15 de octubre de 2009. En caso de que por cualquier circunstancia la beneficiaria no inicie dicha etapa de producción en la fecha antes señalada, continuará pagando el referido canon, para lo cual la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica seguirá tomando como referencia para su cálculo las proyecciones de ventas consignadas en su respectiva solicitud.
Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a PROCOMER de las ventas mensuales realizadas. El incumplimiento de esta obligación provocará el cobro retroactivo del canon, para lo cual PROCOMER tomará como referencia para su cálculo, las proyecciones de ventas consignadas en su respectiva solicitud.
8º—La beneficiaria se obliga a cumplir con las regulaciones ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET) y la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) y deberá presentar ante dichas dependencias o ante el Ministerio de Salud, según sea el caso, los estudios y documentos que le sean requeridos. Asimismo, la beneficiaria se obliga a cumplir con todas las normas de protección del medio ambiente que la legislación costarricense e internacional disponga para el desarrollo sostenible de las actividades económicas, lo cual será verificado por las autoridades competentes.
9º—La beneficiaria se obliga a presentar ante PROCOMER un informe anual de operaciones, en los formularios y conforme a las condiciones que PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del año fiscal. Asimismo, la beneficiaria estará obligada a suministrar a PROCOMER y, en su caso, al Ministerio de Hacienda, toda la información y las facilidades requeridas para la supervisión y control del uso del Régimen de Zonas Francas y de los incentivos recibidos. Además, deberá permitir que funcionarios de la citada Promotora ingresen a sus instalaciones, en el momento que lo consideren oportuno, y sin previo aviso, para verificar el cumplimiento de las obligaciones de la Ley de Régimen de Zonas Francas y su Reglamento.
10.—En caso de incumplimiento por parte de la beneficiaria de las condiciones de este Acuerdo o de las leyes, reglamentos y directrices que le sean aplicables, el Poder Ejecutivo podrá imponerle multas, suprimir, por un plazo desde un mes hasta un año, uno o varios incentivos de los indicados en el artículo 20 de la Ley Nº 7210, o revocarle el otorgamiento del Régimen de Zona Franca, sin responsabilidad para el Estado, todo de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento. La eventual imposición de estas sanciones será sin perjuicio de las demás responsabilidades administrativas, civiles o penales que pudieren corresponderle a la beneficiaria o sus personeros.
11.—Una vez comunicado el presente Acuerdo Ejecutivo, la empresa beneficiaria deberá suscribir con PROCOMER un Contrato de Operaciones. En caso de que la empresa no se presente a firmar el Contrato de Operaciones, y no justifique razonablemente esta situación, PROCOMER procederá a confeccionar un Acuerdo Ejecutivo que dejará sin efecto el que le otorgó el Régimen.
Para el inicio de operaciones productivas al amparo del Régimen, la empresa deberá haber sido autorizada por la Dirección General de Aduanas como auxiliar de la función pública aduanera, según lo dispuesto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento.
12.—Las directrices que, para la promoción, administración y supervisión del Régimen emita PROCOMER, serán de acatamiento obligatorio para los beneficiarios y las personas que directa o indirectamente tengan relación con ellos o con la citada Promotora.
13.—El uso indebido de los bienes o servicios exonerados será causa suficiente para que el Ministerio de Hacienda proceda a la liquidación de tributos exonerados o devueltos y ejerza las demás acciones que establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios en materia de defraudación fiscal, sin perjuicio de las demás sanciones que establece la Ley N° 7210 y sus reformas y demás leyes aplicables.
14.—La empresa beneficiaria se obliga a cumplir con todos los requisitos de la Ley N° 7210, sus reformas y reglamentos, así como con las obligaciones propias de su condición de auxiliar de la función pública aduanera.
15.—De conformidad con el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, Ley N° 17 del 22 octubre de 1943 y sus reformas, el incumplimiento de las obligaciones para con la seguridad social, podrá ser causa de pérdida de las exoneraciones e incentivos otorgados, previa tramitación del procedimiento administrativo correspondiente. Asimismo, la empresa deberá registrase como patrono en el sistema que la Caja Costarricense de Seguro Social disponga para ello, a partir de la fecha en que se le notifique el ingreso al Régimen de Zonas Francas.
16.—Rige a partir de su notificación.
Comuníquese y publíquese.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, veintiséis días del mes de junio de 2009.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(67395).
SERVICIO FITOSANITARIO
DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS
REGISTRO DE AGROQUÍMICOS
EDICTO
Nº DIA-R-E-644-2009.—La señora Flor Maroto Arias, portadora de la cédula de identidad número 301971475, en su calidad de representante legal de la compañía Bougainvillea S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita la inscripción del producto Insecticida Botánico de nombre comercial Quassinon 0,028 SL, compuesto a base de Extracto de Quassia Amara, conforme con lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 15:34 horas del 4 de agosto del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado.—1 vez.—(67738).
SERVICIO NACIONAL DE
SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
EDICTO
La señora Laura Chaverri Esquivel, cédula Nº 4-168-911, vecino de Heredia, en calidad de Regente Veterinario de la Compañía Oficina Tramitadora de Registros Servet S. A. con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Nobilis Coryza Plus. Fabricado por: Laboratorios Intervet Internacional S. A., con los siguientes principios activos: cada dosis contiene: Haemophilus Paragallinarum Cepa 083, Cepa Spross, Cepa H-18 y las siguientes indicaciones terapéuticas: prevención de infecciones causadas por haemophilus paragallinarum en pollos. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 2886l-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan \aler en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 24 de julio del 2009.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(67722).
COMISIÓN PARA PROMOVER
LA COMPETENCIA
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Unidad Técnica de Apoyo a la Comisión para Promover la Competencia.—San José, a las ocho horas del treinta de julio del dos mil nueve.
Resultando:
1º—La Unidad Técnica de Apoyo a la Comisión para Promover la Competencia, recibió oficio DM-0652-9, del 29 de julio del año en curso, suscrito por el señor Marco Vinicio Ruiz, Ministro de Comercio Exterior. En dicho oficio solicita la opinión de la Comisión para Promover la Competencia, en relación con el posible establecimiento de un contingente para la importación de maíz blanco, (inciso arancelario 1005.90.30) por motivo de desabastecimiento de este producto en el mercado nacional, para el segundo semestre del 2001, junto con la aplicación de una tarifa arancelaria reducida para la importación.
Considerando:
I.—De conformidad con el artículo 6º de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley N° 7472 y el artículo 24 de su reglamento, la Administración Pública puede establecer, previa recomendación favorable de la Comisión para Promover la Competencia, contingentes de importación o exportación, cuando existan circunstancias anormales o desórdenes en el mercado interno o externo, debidos a fuerza mayor, caso fortuito y toda situación que genere o pueda generar un problema grave de desabastecimiento en el mercado local, que no pueda satisfacerse acudiendo a los mecanismos del mercado, o cuando estos deban aplicarse en virtud de restricciones negociadas o impuestas por socios comerciales, mientras estas circunstancias excepcionales subsistan, a juicio de esa Comisión.
II.—Para dar
cumplimiento a la anterior disposición, la misma Ley 7472 establece que la
Comisión antes de resolver lo pertinente respecto a la medida, debe conceder
una audiencia escrita a los interesados por un término de cinco días. Siendo lo
anterior un trámite previsto en forma obligatoria por la ley y en aras de
cumplir con el principio de celeridad en los trámites, la Comisión para
Promover la Competencia decidió, mediante acuerdo que consta en el artículo
décimo segundo de la sesión ordinaria Nº 39-00 del 24 de octubre del 2000, que
la Unidad Técnica de Apoyo le de la audiencia de ley a las partes, en forma
inmediata, sin necesidad de consultarle a ésta. Por tanto:
Esta Unidad le confiere a todos los interesados audiencia escrita por un plazo de cinco días para que se pronuncien sobre el establecimiento de la medida. En este acto, se pone a disposición de los interesados todos los documentos que forman el expediente administrativo N° 027-09, los cuales pueden ser vistos en las oficinas de la Comisión para Promover la Competencia, en el Edificio del IFAM, sita San José, Moravia, Urbanización Los Colegios, del antiguo Colegio Lincoln 200 oeste, 100 sur y 200 oeste, contiguo al Edificio de la Orquesta Sinfónica Nacional, segundo piso. Notifíquese. Referirse Exp. N° 027-09.
Victoria Velázquez G., Directora Ejecutiva.—1 vez.—(Solicitud Nº 27091).—(O. P Nº 93376).—C-27750.—(67386).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta Supervisión se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 38, título Nº 290, emitido por el Colegio
Técnico Profesional de Nandayure, en el año mil novecientos noventa y nueve, a
nombre de Elizandro Gerardo Rojas Azofeifa. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 6 de junio del 2005.—Departamento de Supervisión Nacional.—MSc. Trino
Zamora Zumbado, Director.—(66535).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 140, título Nº 1045, emitido por el Liceo José Joaquín Vargas Calvo en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Dover Jiménez Albert Antonio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, tres de julio del dos mil nueve.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—M.Sc. Lucyna Sawalinski Gorska, Asesora.—(66900).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, inscrito en el tomo V, folio 22, título Nº 290, emitido por el Colegio Nocturno Enrique Menzel, en el año mil novecientos setenta y ocho, a nombre de Gómez Zelada Ana Iris. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, diecisiete de abril del dos mil nueve.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—M.Sc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—Nº 121519.—(67042).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 197, título Nº 2835, emitido por el Liceo León Cortés Castro, en el año dos mil cinco, a nombre de Murillo Villalobos Evelyn de los Ángeles. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, diecinueve de junio del dos mil nueve.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—M.Sc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(67043).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 325, título N° 2652, emitido por el Colegio Técnico Profesional de San Sebastián, en el año dos mil siete, a nombre de Pavón Marenco Rebeca de los Ángeles. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 27 de julio del 2009.—Departamento Evaluación de la Calidad.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(67261).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Técnico Medio en Contabilidad, inscrito en el tomo 1, folio 124, título N° 2599, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Limón, en el año dos mil siete, a nombre de Poyser Taylor Ruby Jean. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 3 de agosto del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(67762).
REGISTRO NACIONAL
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
AVISOS
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-250221, denominación: Asociación Benéfico Socio-Cultural Religiosas Carmelitas de San José. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las 13:00 horas 32 minutos y 48 segundos, del 29 de junio del 2009. Documento tomo: 2009, asiento: 88863.—Curridabat, 29 de junio del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(67404).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Upadi Costa Rica, con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Alentar, promover, extender, orientar, guiar y uniformar la acción y las prácticas de los ingenieros. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Irene Campos Gómez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2009 asiento: 138170).—Curridabat, 16 de julio del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 121601.—(67496).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones fila recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Administradores y Comerciantes del Mercado Borbón, con domicilio en la provincia de San José. Oficinas administrativas del Mercado Borbón, avenida tres, calles diez y ocho, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Ayudar en la administración del Mercado Borbón en procura de ordenar su funcionamiento y coadyuvar en la tareas administrativas y de organización. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, conforme al artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Giovanni Sterloff Loaiza. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habilitó cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomos: 2009, 2009 y 2009 asientos: 57143, 133619 y 163464.—Curridabat, 2 de julio del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 121669.—(67497).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Bautista de Upala, con domicilio en la provincia de Alajuela; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Gestionar, ayudar y apoyar a impulsar proyectos de ayuda en valores morales y espirituales a los niños, jóvenes y adultos con el fin de hacerlos mejores ciudadanos. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Elián Alberto Espinoza Cabrera. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2009 asiento: 183277) .—Curridabat, 20 de julio del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 121761.—(67498).
REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
La señora Ana Catalina Monge
Rodríguez, cédula 1-812-604, mayor, casada dos veces, abogada, vecina de Tres
Ríos, en su condición de apoderada especial de Bayer Healthcare AG, de R. F.
Alemania, solicita la Patente de Invención denominada ARILIMIDAZOLONAS Y
ARILTRIAZOLONAS SUSTITUIDAS COMO INIHIBIDORES DE RECEPTORES DE VASOPRESINA. La presente solicitud se
refiere a nuevas 4-arilimidazol-2-onas y 5-aril-l,2-4-triazolonas sustituidas,
a procedimientos para su preparación, a su uso solas o en combinaciones para el
tratamiento y/o la prevención de enfermedades, así como su uso para la
preparación de fármacos para el tratamiento y/o la prevención de enfermedades,
particularmente para el tratamiento y/o la prevención de enfermedades
cardiovasculares. La memoria descriptiva, reinvidicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes Octava Edición es C07D 233/70, cuyos inventores son Meier, Heinrich,
Bender, Eckhard, Bruggemeier, Ulf, Flamme, Ingo, Kartha Us, Dagmar, Kolkhof,
Peter, Meibom, Daniel, Schneider, Dirk, Voehringer, Verena, Furstner, Chantal,
Keldenich, Jorg, Lang, Dieter, Pook, Elisabeth, Schmeck, Carsten. La solicitud
correspondiente lleva el número 10449, y fue presentada a las 13:44:00 del 20
de noviembre del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 1º de abril del 2009.—Lic. Hellen Marín
Cabrera, Registradora.—Nº 121256.—(66644).
PUBLICACIÓN DE SEGUNNDA VEZ
Khorana Arias Cortés, cédula
4-166-877, mayor, casada una vez, abogada, vecina de San José, en su condición
de apoderada especial de Walter Chaves Monge, de Costa Rica, Anabelle Millet
Bonilla, de Costa Rica, solicitan el Modelo Industrial denominado CALENTADOR
TÉRMICO DE TORTILLAS.
Para ver
imagen solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF
El calentador térmico para tortillas consiste en objeto para mantener
por mucho más tiempo las tortillas calientes, integrado o compuesto por dos
tapas, una superior y una inferior, que están compuestas cada una por círculos
de tela de algodón o poliéster, de varios tonos o colores, y dentro de los
mismos poseen un círculo de wata el cual funciona como componente térmico. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Novena Edición es
07/06, cuyos inventores son Walter Chaves Monge, Anabelle Millet Bonilla. La
solicitud correspondiente lleva el número 10836, y fue presentada a las 9:36:00
del 4 de junio de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 7 de julio de 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera,
Registradora.—Nº 121518.—(67034).
Edgar Rohrmoser Zúñiga, mayor, divorciado, abogado, cédula de identidad 1-617-586, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de PZG S. A. de C. V., de México, solicita el Modelo Industrial denominado MODELO INDUSTRIAL DE TAPA DE CORONA.
Para ver
imagen solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF
El presente diseño se refiere a un modelo industrial de tapa corona,
totalmente diferente a todos los conocidos hasta ahora, caracterizado por su
forma especial y ornato que le dan un aspecto peculiar y propio. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Novena Edición es
9/7, cuyo inventor es Francisco Cayo Jorge Zapata Navarro. La solicitud
correspondiente lleva el número 10649, y fue presentada a las 14:36:30 del 2 de
marzo de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 1º de julio de 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge,
Registradora.—Nº 121558.—(67035).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Glaxo Group Limited, de Reino Unido, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE INDOL COMO ANTAGONISTAS RECEPTORES DE S1P1. La invención se refiere a compuestos de fórmula (I) en la que uno de R5 y R6 es hidrógeno o R2 y el otro es (a) procedimientos para su preparación, composiciones farmacéuticas que los contienen y su uso en el tratamiento de afecciones o trastornos que están mediados por el receptor S1P1. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C07D 413/04, cuyo(s) inventor(es) es(son) Ahmed Mahmood, Myatt James, Norton David, Rivers Dean Andrew. La solicitud correspondiente lleva el número 10922, y fue presentada a las 14:05:35 del 13 de julio de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de julio del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(67705).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-335-794, vecino de San José, en su condición de Apoderado Especial de Glaxo Group Limited, de Gran Bretaña, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE BENZAMIDA COMO AGONISTAS DEL RECEPTOR EP4. Un compuesto de la fórmula (I) o un derivado farmacéuticamente aceptable del mismo, en la que R1, R2, R3, R4, R5, m, n y X son como se han definido en la memoria descriptiva; un proceso para preparar tales compuestos; una composición farmacéutica que comprende tales compuestos; y el uso de tales compuestos en medicina. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es A61K 31/167, cuyo (s) inventor (es) es (son) Gaiba Alessandra, Healy Mark Patrick, Johnson Christopher Norbert, Roomans Susan, Stanway Steven James y Swarbrick Martin Edward. La solicitud correspondiente lleva el número 10849 y fue presentada a las 13:06:00 del 9 de junio de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de julio del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(67706).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de las compañías Dow Agrosciences LLC y Sangamo Biosciences Inc., ambas de Estados Unidos de América, solicitan la Patente de Invención denominada PROTEÍNAS DE DEDO DE ZINC NO CANÓNICAS OPTIMIZADAS. Se describe en la presente invención dedos de zinc que comprenden residuos de coordinación de zinc CCHC. También se describen proteínas de dedo de zinc y proteínas de fusión que comprenden estos dedos de zinc CCHC, así como polinucleótidos que codifican estas proteínas. También se describen métodos para utilizar estas proteínas para la edición genética y regulación genética. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es C12N 15/62, cuyo (s) inventor (es) es (son) Cai Qihua C, Miller Jeffrey, Urnov Fyodor, Shukla Vipula K, Petolino Joseph F, Baker Lisa W, Garrison Robbi J, Blue Ryan C, Mitchell Jon C, Arnold Nicole L y Worden Sarah E. La solicitud correspondiente lleva el número 10775 y fue presentada a las 13:56:00 del 7 de mayo de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de julio del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(67708).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Basf SE, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada MEZCLAS PESTICIDAS. Mexclas pesticidas, que comprenden clotianidina de la fórmula I, triticonazol de la fórmula II, en cantidades sinergéticamente efectivas, mezclas fitosanitarias, composiciones que contienen las mezclas y métodos para controlar o prevenir la infestación por hongos o insectos nocivos o nemátodos en plantas y métodos para mejorar la salud de las plantas aplicando dichas mezclas sobre las plantas o el locus de las mismas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños, quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A01N 51/00, cuyo(s) inventor(es) es(son) Voeste, Dirk, Haden, Egon, Oloumi-Sadeghi, Hassan. La solicitud correspondiente lleva el número 10954, y fue presentada a las 12:46:30 del 24 de julio de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de julio del 2009.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(67710).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de F. Hoffmann-La Roche AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada FORMULACIÓN PARENTERAL DE ANTICUERPOS ABETA. La presente invención se refiere a una formulación farmacéutica, parenteral y estable de un anticuerpo, a una molécula de un anticuerpo, a una mezcla de anticuerpos y/o a una mezcla de moléculas de anticuerpos contra el péptido beta-amiloide (Abeta) y a un proceso para su preparación. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es C07K 16/18, cuyo (s) inventor (es) es (son) Goldbach Pierre, Mahler Hanns-Christian, Mueller Robert y Wurth Christine. La solicitud correspondiente lleva el número 10823 y fue presentada a las 14:12:48 del 21 de mayo de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de julio del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(67712).
E1 señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de F. Hoffmann La Roche AG., de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada ANTICUERPOS CONTRA EL RECEPTOR DEL FACTOR DE CRECIMIENTO SIMILAR A LA INSULINA I Y LA UTILIZACIÓN DE LOS MISMOS. Un anticuerpo que se une al IGF-IR y que está grlicosilado con una cadena de azúcares en la Asn297, y dicho anticuerpo que se caracteriza porque la cantidad de fucosa dentro de dicha cadena de azúcares está entre un 20% y un 50%, presenta propiedades mejoradas en la terapia antitumoral. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C07K 16/28, cuyo(s) inventor(es) es(son) Koll, Hans, Kuenkele, Klaus-Peter, Moser, Samuel, Poehling, Sylke. La solicitud correspondiente lleva el número 10810, y fue presentada a las 14:06:50 del 20 de mayo de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de julio de 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(67713).
E1 señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de F. Hoffmann-La Roche AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada FORMAS CRISTALINAS GLYT1. La presente invención se refiere a cuatro formas cristalinas distintas y a una forma amorfa de la [4-(3-fluor-5-trifluormetil-piridin-2-il)-piperazin-l-il] - [5-metanosulfonil-2-( (S) -2,2,2,-trifluor-l-metil-etoxi) -fenil] -metanona y a su utilización para la fabricación de composiciones farmacéuticas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A61K 31/444, cuyo(s) inventor(es) es(son) Bubendorf, André, Deynet-Vucenovic, Annette, Diodone, Ralph, Grassmann, Olaf, Lindenstruth, Kai, Pinard Emmanuel, Rohrer, Franziska E., Schwitter, Urs. La solicitud correspondiente lleva el número 10846, y fue presentada a las 14:19:53 del 8 de junio de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de julio del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(67714).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, Abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Genentech Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada POLIPEPTIDOS HETERODIMEROS IL-17 A/F Y USOS TERAPÉUTICOS DE LOS MISMOS. La presente invención se dirige a una citoquina humana novedosa que se presenta naturalmente que comprende un heterodímero de interleucina 17 e interleucina 17 f designada en la presente como interleucina 17A/F (IL-17A/F). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A61K 38/20, cuyo(s) inventor(es) es(son) Gurney, Austin L., Balazs, Mercedesz, Ghilardi, Nico, Hymowitz, Sarah, Hass, Philip E., Starovasnik, Melissa A., Wu, Yan, Lee, James M., Arnott, David P., Ouyang, Wenjun. La solicitud correspondiente lleva el número 10824, y fue presentada a las 13:50:00 del 22 de mayo de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de julio del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(67716).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de 40 South Energy Limited, de Reino Unido, solicita la Patente de Invención denominada CONVERTIDOR DE ENERGÍA DE LAS OLAS COMPLETAMENTE SUMERGIDO. Un aparato convertidor de energía de las olas que comprende al menos dos miembros mutuamente conectados por medios conectores, móviles para permitir el desplazamiento mutuo de los miembros en respuesta a las olas en el agua donde el aparato está ubicado, el aparato además comprende medios de conversión de energía para convertir el movimiento de los medios conectores en energía eléctrica. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es F03B 13/20, cuyo inventor es Grassi Michele. La solicitud correspondiente lleva el número 10825 y fue presentada a las 13:58:00 del 22 de mayo de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de julio del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(67717).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-335-794, vecino de San José, en su condición de Apoderado Especial de Merck & Co., Inc., de Estados Unidos de América, solicita la Patente de Invención denominada INHIBIDORES DE TRANSCRIPTASA INVERSA NO NUCLEOSÍDICOS. Los compuestos de la Fórmula I: son inhibidores de transcriptasa inversa de VIH, en la que Q, R2, R3, R6, T1, T2 y T3 se definen en el presente documento. Los compuestos de la Fórmula I, y sus sales y profármacos farmacéuticamente aceptables, son de utilidad en la inhibición de transcriptasa inversa de VIH, en la profilaxis y tratamiento de infección por VIH y en la profilaxis, retraso del inicio o de la progresión y tratamiento del SIDA. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es C07D 249/18, cuyo (s) inventor (es) es (son) Anthony Neville J, Gómez Robert, Jolly Samson M. La solicitud correspondiente lleva el número 10843 y fue presentada a las 14:17:00 del 8 de junio de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 31 de julio del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(67719).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Millennium Pharmaceuticals, Inc., de Estados Unidos de América, solicita la Patente de Invención denominada FORMULACIONES DE DOSIS UNITARIA Y MÉTODOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA TROMBOSIS CON UN INHIBIDOR ORAL DEL FACTOR XA. La modelación comparativa de la medida de cambios en actividad de protominasa a niveles de eficacia antitrombótica ha llevado al descubrimiento de la actividad terapéutica en humanos de inhibidores de factor Xa. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es A61K 31/40, cuyo (s) inventor (es) es (son) Sinha Uma, Hollenbach Stanleyj y Abe Keith. La solicitud correspondiente lleva el número 10914 y fue presentada a las 14:00:00 del 06 de julio de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 31 de julio del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(67720).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de las compañías Merck & Co, Inc., de Estados Unidos de América y Banyu Pharmaceuticals Co., Ltd, de Japón, solicitan la Patente de invención denominada DERIVADOS DE ESPIROCROMANONA SUSTITUIDA COMO INHIBIDORES DE ACC. La invención se relaciona con un compuesto de una fórmula general (I): (I) en donde Ar1 representa un grupo formado por un anillo aromático seleccionado de un grupo que consta de indol; 1H-indazol, 2H-indazol, 1H-tieno[2,3-c]pirazol,lH-pirazol[3,4-b]piridina, benzo[b]furan, bencimidazol, benzoxazol, 1,2-bencisoxazol e imidazo[1,2-a]piridina. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es C07D 491/10, cuyo (s) inventor (es) es (son) Iino Tomoharu, Jona Hideki, Shibata Jun, Shimamura Tadashi, Yamakawa Takeru, Yang Lihu. La solicitud correspondiente lleva el número 10944 y fue presentada a las 13:33:50 del 20 de julio de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de julio del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(67721).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de F. Hoffmann-La Roche AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada NUEVAS 2-AMINOOXAZOLINAS COMO LIGANDOS TAAR1. La invención se refiere al uso de compuestos de la fórmula en la que, R1 es hidrógeno, deuterio, tritio, alquilo inferior, alcoxi inferior, alquilo inferior sustituido por halógeno, alcoxi inferior sustituido por halógeno, halógeno, fenilo opcionalmente sustituido por halógeno, o es feniloxi, bencilo, benciloxi, -COO-alquilo inferior, -O- (CH2)o-O-alquilo inferior, NH-cicloalquilo, cicloalquilo o tetrahidropiran-4-iloxi, dichos sustituyentes para n>l pueden ser iguales o diferentes. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es C07D 263/28, cuyo (s) inventor (es) es (son) Galley Guido, Groebke Zbinden Katrin, Norcross Roger y Stalder Henri. La solicitud correspondiente lleva el número 10926 y fue presentada a las 14:15:31 del 14 de julio de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de julio del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(67723).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Smithkline Beecham Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS BICÍCLICOS Y SU USO COMO ANTI-DIABÉTICOS. La presente invención se refiere a compuestos novedosos que son útiles en el tratamiento de los trastornos metabólicos, en particular diabetes mellitus tipo II y trastornos relacionados y también a los métodos para la elaboración y uso de estos compuestos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C07D 401/12, cuyo(s) inventor(es) es (son) Fang, Jing, Tang, Jun, Carpenter, Anrew J, Peckham, Gregory, Conlee, Christopher R., Du, Kien S, Katamreddy, Subba Reddy. La solicitud correspondiente lleva el número 10852, y fue presentada a las 13:08:00 del 9 de junio de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de julio del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(67724).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Sanofi-Aventis, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE ISOQUINOLINA E ISOQUINOLINONA SUSTITUIDOS CON CICLOALQUILAMINA. La invención se refiere a derivados de isoquinolina e isoquinolinona 6-susituidos de la fórmula (I) útiles para el tratamiento y/o prevención de enfermedades asociadas con la Rho-quinasa y/o la fosforilación mediada por la Rho-quinasa de la fosfatasa de la cadena ligera de miosina, y a composiciones que contienen tales compuestos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es C07D 217/24, cuyo (s) inventor (es) es (son) Plettenburg Oliver, Lorenz Katrin, Goerlitzer Jochen, Löhn Matthias, Biscarrat Sandrine, Jeannot Frédéric y Duclos Olivier. La solicitud correspondiente lleva el número 10811 y fue presentada a las 14:07:10 del 20 de mayo de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de julio del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(67726).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Sanofi-Aventis, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE ISOQUINOLONA SUSTITUIDOS CON CICLOALQUILAMINA. La invención se refiere a derivados de isoquinolona sustituidos en la posición 6, de la fórmula (I): útiles para el tratamiento y/o prevención de enfermedades asociadas con la Rho-quinasa y/o la fosforilación mediada por la Rho-quinasa de la fosfatasa de la cadena ligera de miosina, y a composiciones que contienen tales compuestos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es C07D 217/24, cuyo (s) inventor (es) es (son) Plettenburg Oliver, Hofmeister Armin, Lorenz Katrin, Brendel Joachim, Löhn Matthias y Weston John. La solicitud correspondiente lleva el número 10813 y fue presentada a las 14:07:53 del 20 de mayo de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de julio del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(67727).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Sanofi-Aventis, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada NUEVOS DERIVADOS DE ISOQUINOLINA E ISOQUINOLINONA SUSTITUIDOS. La invención se refiere a derivados de isoquinolina e isoquinolona 6-sustituidos de la fórmula (1) útiles para el tratamiento y/o prevención de enfermedades asociadas con la Rho-quinasa y/o la fosforilación mediada por la Rho-quinasa de la fosfatasa de la cadena ligera de miosina, y a composiciones que contienen tales compuestos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es C07D 401/12, cuyo (s) inventor (es) es (son) Plettenburg Oliver, Lorenz Katrin, Goerlitzer Jochen y Löhn Matthias. La solicitud correspondiente lleva el número 10815 y fue presentada a las 14:09:30 del 20 de mayo de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de julio del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(67729).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Sanofi-Aventis, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada NUEVA UTILIZACIÓN TERAPÉUTICA PARA EL TRATAMIENTO DE LAS LEUCEMIAS. La invención tiene como objetivo una nueva utilización terapéutica para el tratamiento de las leucemias, principalmente de las leucemias mieloides. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A61K 31/433, cuyo(s) inventor(es) es(son) Bourrie, Bernard, Casellas, Pierre. La solicitud correspondiente lleva el número 10881, y fue presentada a las 13:47:27 del 22 de junio de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 31 de julio del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(67731).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Sanofi-Aventis, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada MÉTODO PARA DETERMINAR LA ESTABILIDAD DE METILENAMINAS ORGÁNICAS EN PRESENCIA DE AMINA OXIDASA SENSIBLE A SEMICARBAZIDA. La presente invención proporciona métodos para determinar la estabilidad de metilenamina, compuestos similares a metilenamina o compuestos que contienen un resto metilenamina en presencia de amina oxidase sensible a semicarbazida (SSAO) o una muestra biológica que contiene actividad de SSAO. Los métodos descritos se pueden configurar en un formato de ensayo para aplicaciones de selección de alto rendimiento. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C12Q 1/26, cuyo(s) inventor(es) es(son) Adedoyin, Adedayo, Cairns, Jennifer, Huang, Yongqing, Liang, Guyan, Lim, Heng-Keang, Bick, Julie Ann, Angelastro, Michael R. La solicitud correspondiente lleva el número 10862, y fue presentada a las 14:02:00 del 11 de junio de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de julio del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(67732).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Sanofi-Aventis, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada NUEVOS DERIVADOS DE ISOQUINOLINA E ISOQUINOLINONA SUSTITUIDOS. La invención se refiere a derivados de isoquinolina e isoqunolona 6-sustituidos de la fórmula (I) útiles para el tratamiento y/o prevención de enfermedades asociadas con la Rho-quinasa y/o la fosforilación mediada por la Rho-quinasa de las fosfatasa de la cadena ligera de miosina, y a composiciones que contienen tales compuestos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C07D 401/12, cuyo(s) inventor(es) es(son) Plettenburg, Oliver, Hofmeister, Armin, Goerlitzer, Jochen, Loth, Matthias. La solicitud correspondiente lleva el número 10814, y fue presentada a las 14:08:06 del 20 de mayo de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de julio del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(67733).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Sanofi-Aventis, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE ISOQUINOLINA E ISOQUINOLINONA SUSTITUIDOS EN CALIDAD DE INHIBIDORES DE RHO-QUINASA. La invención se refiere a derivados de isoquinolina e isoquinolona 6-sustituidos de la fórmula (I) útiles para el tratamiento y/o prevención de enfermedades asociadas con al Rho-quinasa y/o la fosforilación mediada por la Rho-quinasa de la fosfatasa de la cadena ligera de miosina, y a composiciones que contienen tales compuestos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C07D 401/12, cuyo(s) inventor(es) es (son) Plettenburg, Oliver, Hofmeister, Armin, Brendel, Joachim, Lohn, Mathias. La solicitud correspondiente lleva el número 10812, y fue presentada a las 14:07:40 del 20 de mayo de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de julio del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(67735).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Dart Industries Inc., de E.U.A., solicita el Modelo Industrial denominada MOLDE DE ALIMENTOS.
Para ver
imagen solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF
El diseño ornamental en un molde de alimentos como se muestra y describe. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Novena Edición es / cuyo(s) inventor(es) es(son) Famia E. Ablo. La solicitud correspondiente lleva el número 9700, y fue presentada a las 11:38:09 del 29 de enero de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de julio del 2009.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(67736).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Dart Industries Inc., de Estados Unidos de América, solicita el Modelo Industrial denominado
Para ver
imagen solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF
RECIPIENTE DE COMIDA. Diseño ornamental en un recipiente de comida. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Novena Edición es 07-02, cuyo (s) inventor (es) es (son) Jan-Hendrik de Groote. La solicitud correspondiente lleva el número 10865 y fue presentada a las 14:05:00 del 11 de junio de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de julio del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(67737).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Dart Industries Inc., de E.U.A., solicita el Modelo Industrial denominada CUBIERTA DE RECIPIENTE DE COMIDA.
Para ver
imagen solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF
El diseño ornamental en una cubierta de recipiente de comida como se muestra y describe. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Novena Edición es 07/02, cuyo(s) inventor(es) es (son) Jan-Hendrik de Groote. La solicitud correspondiente lleva el número 10864, y fue presentada a las 14:04:50 del 11 de junio de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de julio del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(67739).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Basf SE, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIÓN FITOSANITARIA. La presente invención se refiere a una composición que contiene (A) un fungicida de carbamato específico y (B) un insecticida específico, el uso de esta composición para aumentar la fitosanidad y un método para aumentar la fitosanidad mediante el tratamiento a una planta, sus propágulos o el locus donde la planta está creciendo o crecerá con la composición anterior. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es A01N 43/24, cuyo (s) inventor (es) es (son) Voeste Dirk, Haden Egon, Tavares-Rodrigues Marco Antonio y Begliomini Edson. La solicitud correspondiente lleva el número 10935 y fue presentada a las 13:33:34 del 16 de julio de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de julio del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(67741).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
El Registro de la Propiedad Industrial, Sección de Patentes hace saber que por resolución, de las diez horas tres minutos del veintitrés de junio del dos mil nueve fue inscrito el Modelo Industrial denominado REPARTIDOR DE QUESOS, de Dart Industries Inc, de Estados Unidos de América, cuyos inventores son Jacob Heiberg, Hanne Dalsgaard Jeppesen y Robert H.C.M. Daenen, se le ha otorgado el número de inscripción de modelo industrial 251, estará vigente hasta el veintitrés de junio de dos mil diecinueve, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos industriales Quinta Edición es: 07-99.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registro de Patentes.—1 vez.—(67704).
INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Expediente Nº 5862A.—Bellain
S. A., solicita concesión de: 0,01 litros por segundo del nacimiento sin
nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Antonio,
Escazú, San José, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 210.600 /
518.200 hoja abra. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—Departamento de Aguas.—San José, 23 de julio de 2009.—J.M. Zeledón
Calderón, Jefe.—Nº 121269.—(66654).
Expediente Nº 9037A.—Miroka S. A., solicita concesión de: 0,02 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Antonio, Escazú, San José, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 210.600 / 518.200 hoja Abra. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—Departamento de Aguas.—San José, 23 de julio de 2009.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 121270.—(66655).
Expediente Nº 6696P.—Inversiones Bananeras de Río Jiménez S. A., solicita concesión de: 7,5 litros por segundo del pozo AF-52, efectuando la captación en finca de Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte S. A. en Roxana, Pococi, Limón, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 267.550/575.900 hoja Agua Fría. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de julio de 2009.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—(66657).
Expediente Nº 6761P.—Inversiones Bananeras de Río Jiménez S.A, solicita concesión de: 10 litros por segundo del pozo AF-51, efectuando la captación en finca de Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte, su propiedad en Roxana, Pococi, Limón, para uso Industria Agroindustrial Bananeras. Coordenadas 266.050 / 576.650 hoja agua fría. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de julio de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(66661).
Expediente Nº 6711P.—Inversiones Bananeras de Río Jiménez S.A., solicita concesión de: 7 litros por segundo del pozo AF-053, efectuando la captación en finca de Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte S. A. en Roxana, Pococi, Limón, para uso industria agroindustrial bananeras. Coordenadas 268.250 / 577.400 hoja agua fría. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de julio de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(66665).
Expediente 6709P.—Desarrollo Agroindustrial de Frutales S. A., solicita concesión de: 10 litros por segundo del pozo TOR-08, efectuando la captación en finca de Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte S. A. en Rita, Pococi, Limón, para uso Industria Agroindustrial Bananeras. Coordenadas 278.900 / 577.250 hoja Tortuguero. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—Departamento de Aguas.—San José, 29 de julio de 2009.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—(66669).
Expediente Nº 6765P.—Ovidio Peraza Herrera, solicita concesión de: 2 litros por segundo del Pozo PAT-21, efectuando la captación en finca de su propiedad en Parrita, Parrita, Puntarenas, para uso turístico recreación. Coordenadas 167.939/492.778 hoja Parrita. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 03 de agosto del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(67188).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Expediente Nº 13511P.—Lecanto
M Y S S. A., solicita concesión de: 0,058 litros por segundo del pozo CHP-115,
efectuando la captación en finca de Lecanto M Y S S. A. en Juntas, Abangares,
Guanacaste, para uso consumo humano y doméstico. Coordenadas: 236.640 /
432.805, hoja Chapernal. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 3 de
agosto de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº
121465.—(67044).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. 13514A.—Inversiones Román y Ocampo S. A., solicita concesión de: 40 litros por segundo de la Quebrada El Ensayo, efectuando la captación en finca de su propiedad en Cañas Dulces, Liberia, Guanacaste, para uso agropecuario-riego y abrevadero. Coordenadas 373.000 / 301.000 hoja Curubandé. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 4 de agosto del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 121671.—(67499).
Exp. 9027A.—Félix Alvarado Carranza, solicita concesión de: 0,11 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Lisbeth Varela Cubillo y Claribel Cubillo Rodríguez en Palmira Alfaro Ruiz, Alajuela, para uso abrevadero, lechería, uso doméstico. Coordenadas 245.600/497.800 hoja Quesada. Predios inferiores: Lisbeth Varela Cubillo, Claribel Cubillo Rodríguez. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 4 de agosto del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 121729.—(67500).
Exp. 13515A.—Jorge Enrique Chacón Solano, solicita concesión de: 0,22 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Pedro, Pérez Zeledón, San José, para uso agropecuario-riego y abrevadero. Coordenadas 354.600 / 514.900 hoja Repunta. 3,87 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Pedro, Pérez Zeledón, San José, para uso agropecuario-riego y abrevadero. Coordenadas 354.500 / 514.900 hoja Repunta. Predios inferiores: Ronulfo Marín Vargas, Juan Rafael Hernández P. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 4 de agosto del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 121786.—(67501).
Exp. 13488A.—Balsamina Chinchilla Vargas, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Balsamina Chinchilla Vargas en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 373.700/495.500 hoja San Isidro. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de julio del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 121787.—(67502).
Exp. 13509P.—Gerardo Enrique Barrantes Madrigal, solicita concesión de: 3 litros por segundo del pozo artesanal, efectuando la captación en finca de Gerardo Enrique Barrantes Madrigal en Aserri, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 203.419 / 526.035 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 3 de agosto del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 121805.—(67503).
Exp. 13510P.—Gerardo Enrique Barrantes Madrigal, solicita concesión de: 3 litros por segundo del pozo artesanal, efectuando la captación en finca de Gerardo Enrique Barrantes Madrigal en Aserrí, Aserrí, San José, para uso consumo humano, agropecuario riego y turístico. Coordenadas 203.070 / 526.064 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 3 de agosto del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 121806.—(67504).
Exp. Nº 13516P.—Inmobiliaria Cañas Gordas del Sur, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del pozo AB-2048, efectuando la captación en finca de su propiedad en Brasil, Santa Ana, San José, para uso doméstico-consumo humano. Coordenadas 214.022 / 511.335 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 4 de agosto de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(67701).
Expediente Nº 13501A.—Arenal Vimai S. A., solicita concesión de: 5 litros por segundo del nacimiento Guillermina, efectuando la captación en finca de Hortemia Murillo Alfaro en Fortuna, San Carlos, Alajuela, para uso turístico-balneario y spa. Coordenadas 274.298 / 461 930 hoja Fortuna. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de julio de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(67761).
Expediente Nº 4385P.—Inversiones Multinacionales S. A., solicita concesión de: 1,65 litros por segundo del pozo AB-959, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Rafael, Alajuela, para uso consumo humano, doméstico, agropecuario, riego frutal, turístico balneario, piscina. Coordenadas 218.200 / 514.100 hoja. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 4 de agosto de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(67767).
DIRECCION NACIONAL DE
NOTARIADO
Ante esta Dirección, se ha presentado solicitud de inscripción y habilitación como notaria de Jenny María Ramos González, carné 16875, cédula: 109560591, expediente Nº 09-001479-0624-NO, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de ésta lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación.—San José, 28 de julio del 2009.—Lic. Roy A. Jiménez Oreamuno, Director.—1 vez.—Nº 121813.—(67505).
Registro Civil - Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Expediente Nº
33400-2008.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las ocho horas cinco minutos del diecinueve de junio del dos mil nueve.
Diligencias de ocurso incoadas por Rubén Bory Méndez, soltero, médico,
costarricense, cédula de identidad número ocho-cero cero noventa-quinientos
cincuenta y tres, vecino de Palmares, Alajuela; tendente a la rectificación de
su asiento de naturalización… en el sentido que el segundo apellido de la madre
del mismo es “Monti” y no como se consignó. De conformidad con lo establecido
en el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y
Registro Civil publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La
Gaceta y se previene a las partes interesadas, para que hagan valer sus
derechos dentro del término de ocho días, a partir de su primera
publicación.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Juan Rafael
Madrigal Hernández, Jefe a. í. Sección Actos Jurídicos.—(66964).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. Nº 33146-06.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho
horas quince minutos del veintiuno de julio del dos mil nueve. Proceso
administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Patricia Flores
Espinoza, que lleva el número seiscientos cuarenta y tres, folio trescientos
veintidós, tomo cuatrocientos cincuenta y siete, de la provincia de Guanacaste,
Sección de Nacimientos, en virtud que el mismo contiene datos falsos que
implican nulidad. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del
Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil; se confiere audiencia por ocho
días a partir de la primera publicación a la señora Patricia Flores Espinoza,
con el propósito que se pronuncie con relación a este proceso administrativo.
Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro
del término señalado.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc.
Ligia María González Richmond, Jefa.—(O. C. Nº 93148).—C-36020.—(67381).
Exp. Nº 30371-06.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas cinco minutos del veintiuno de julio del dos mil nueve. Proceso administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de, Marianne Johanna Navarrete Jiménez, que lleva el número seiscientos cincuenta y siete, folio trescientos veintinueve, tomo ochocientos setenta y cinco, de la provincia de Alajuela, Sección de Nacimientos, en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Nelson Rodrigo Chaves Mora y Ana Yance Navarrete Jiménez, costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil; se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación a los señores Nelson Rodrigo Chaves Mora, Stephan Johannes Jager, no indica otro apellido y a la señora Ana Yance Navarrete Jiménez, con el propósito que se pronuncien en relación con este proceso administrativo. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefe.— (O. C. Nº 93148).—C-36020.—(67382).
Exp. Nº 26796-2004.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas diez minutos del veintiuno de julio del dos mil nueve. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Ricardo de Jesús Muñoz Morales, que lleva el número ciento treinta y tres, folio sesenta y siete, del tomo seiscientos siete, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrito como Ricardo de Jesús Aguirre Morales, en el asiento número cuatrocientos noventa y nueve, folio doscientos cincuenta, del tomo seiscientos noventa y seis, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos y rectificación del precitado asiento de nacimiento, en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “José Luis Muñoz Estrada y María Félix Morales Beita, costarricenses”, y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto en el Diario Oficial La Gaceta, se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación al señor Ricardo de Jesús Muñoz Morales o Ricardo de Jesús Aguirre Morales, con el propósito que se pronuncie con relación a la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.— (O. C. Nº 93148).—C-42770.—(67383).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Luis López Jalinas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 910-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas y quince minutos del primero de junio del dos mil nueve. Ocurso. Expediente Nº 6065-09. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Emanuel Alexander López López..., en el sentido que el nombre y el segundo apellido del padre, así como el nombre y el apellido de la madre de la persona ahí inscrita son “Luis”, “Jalinas” y “Manuela Zenaida López, no indica segundo apellido” respectivamente y el asiento de nacimiento de Adrián Isaac López López..., en el sentido que el nombre y el apellido de la madre de la persona ahí inscrita son “Manuela Zenaida López, no indica segundo apellido” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(67770).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Walter Marino García Madrigal, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1124-2009.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas y cincuenta y cinco minutos del dos de julio del dos mil nueve. Expediente Nº 15723-2009. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—… Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Walter Adrián y Rodan Marino, ambos de apellidos Madrigal Castro… en el sentido que los apellidos del padre de los mismos son “García Madrigal” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Juan Rafael Madrigal Hernández, Jefe a. í.—1 vez.—(67842).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIÓN
Avisos de solicitud de
naturalización
Liliana Cristina Rodríguez Barajas, mayor, soltera, maestra, colombiana, carné de refugiada 117000414336, vecina de San José, expediente 4489-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 15 de junio del 2009.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—Nº 121653.—(67506).
Miguel Ángel García Domínguez, mayor, casado, misionero, mexicano, cédula de residencia 148400103703, vecino de Heredia, expediente 2987-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 16 de julio del 2009.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—Nº 121711.—(67507).
Lisbeth Marcela Marín Vargas, mayor, soltera, comerciante, nicaragüense, cédula de residencia 315-RE-018339-00-1999, vecina de Alajuela, expediente 2971-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 24 de junio del 2009.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(67718).
Irene del Carmen Mendoza Mendoza, mayor, soltera,
comerciante, nicaragüense, cédula de residencia Nº 135-RE-017983-00-1999,
vecina de Alajuela, expediente Nº 4802-2007, se ha presentado a este Registro a
levantar información de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus
reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por
naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso,
motivando su oposición o aportando las pruebas del caso.—San José, 4 de marzo del
2009.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(67783).
MUSEO DE ARTE Y DISEÑO
CONTEMPORÁNEO
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
MODIFICACIÓN AL PLAN DE COMPRAS PARA EL AÑO 2009
De conformidad con las modificaciones a la Ley de Contratación Administrativa, publicaciones en el Diario Oficial La Gaceta N° 128 del 4 de julio del 2006, y de acuerdo al artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa, se informa que el Plan Anual de Compras para el año 2009 se encuentra a disposición de los interesados en la página oficial del Ministerio de Cultura y Juventud www.mcjd.go.cr así como en comprared, en la dirección https://www.hacienda.go.cr./comprared.
San José, 6 de agosto del 2009.—Fiorella
Resenterrra Quirós Directora.—1 vez.—(Solicitud N° 3119).—(O. C. N°
93009).—C-8270.—(68350).
OFICINA DE COMPRAS Y PAGOS
Modificación al
programa de adquisiciones año 2009
Descripción |
Fecha estimada |
Fuente financiamiento |
Monto anual aproximado ¢ |
Suministro e instalación de Unidades acondicionadas en el 8° Piso del edificio Central y conexión, y puesta en funcionamiento los enfriadores de agua helada en el 3º piso del edificio central |
II semestre |
BCR |
62.536.000,00 |
Rodrigo Aguilar S.—1 vez.—(O. C. Nº 58243).—(Solicitud Nº 28391).—C-5270.—(68525).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000056-17100
Máquina de rayos X para
chequear equipaje y/o personas
La Proveeduría Institucional recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 4_de setiembre del 2009, para la compra de cinco máquinas de rayos X para chequear equipaje y/o personas.
El interesado tiene a disposición el cartel, en el Sistema CompraRed en la pagina de internet https://www.hacienda.go.cr/comprared, o podrá obtenerlo en el Departamento de Contratación Administrativa de la Proveeduría Institucional. Por un costo de ¢1.000,00.
La Proveeduría Institucional se encuentra ubicada del antiguo Colegio La Salle, en el edificio contiguo, primer piso, Sabana Sur, San José.
Para cualquier información comunicarse con la Lic. Roxana Gómez Orozco, Analista de la Contratación.
San José, 7 de agosto del 2009.—Lic. Blanca Córdoba Berrocal, Proveedora Institucional.—1 vez.—(O. C. Nº 98612).—(Solicitud Nº 28514).—C-12020.—(68531).
CONSEJO NACIONAL DE
VIALIDAD
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000009-0DI00
Contratación de
servicios profesionales para el diseño geométrico,
diseño de pavimentos y elaboración de
planos constructivos,
especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de
señalamiento vial horizontal y vertical
y presupuesto del
siguiente proyecto: mejoramiento Ruta
Nacional
Nº 160, Sección: Paquera-Tambor
Se comunica a las empresas interesadas en la licitación en referencia, que este Consejo recibirá ofertas de conformidad con los términos cartelarios, hasta las 10:00 horas del día 9 de setiembre del 2009, en las oficinas de la Proveeduría, ubicadas de la rotonda de la Betania, 50 metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.
Asimismo, se estará efectuando reunión de preoferta el día 20 de agosto del 2009, a las 10:00 horas, en el inicio del proyecto.
Los interesados en participar en este concurso
deberán adquirir los documentos en las oficinas de la Unidad de Proveeduría y
Suministros del Conavi, previo depósito no reembolsable por la suma de
¢3.000,00 (Tres mil colones con 00/100), en la cuenta corriente Nº 001-215447-1
del Banco de Costa Rica y la entrega del recibo de depósito correspondiente.
Asimismo, se les informa que podrán revisar los documentos de licitación en las
oficinas de la Unidad de Proveeduría y Suministros del Conavi.
San José, 6 de agosto del 2009.—Unidad de Proveeduría y Suministros.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 30233).—(O. C. Nº 137-2009).—C-18020.—(68332).
DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
AUDENCIA PREVIA AL CARTEL
Objeto: Equipo de
comunicación
(Adquisición de centrales telefónicas)
La Dirección de la Proveeduría Institucional del Ministerio de Educación Publica, conforme a lo establecido al artículo 53 del RLCA, invita a todos aquellos potenciales oferentes a participar en la audiencia previa al cartel cuyo objeto es la “Compra de centrales telefónicas” solicitadas por la Dirección de Servicios Generales.
La fecha de la audiencia se programa para el día 17 de agosto del 2009 a las 10:00 a. m., sita en la Dirección de la Proveeduría Institucional, ubicada en el edificio Raventós 6º piso, calle 6, avenidas central y 2ª, San José.
San José, 6 de agosto del 2009.—Lic. Rosario Segura Sibaja, Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 93254).—(Solicitud Nº 20904).—C-9020.—(68514).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LA-000381-55000
Equipo y mobiliario
educacional y recreativo
La Proveeduría Institucional recibirá ofertas hasta las 8:00 horas, del día 01 de setiembre del 2009, para la contratación de la compra de equipo y mobiliario educacional y recreativo.
Los interesados podrán pasar a retirar el cartel a partir de esta fecha en forma gratuita en la Proveeduría Institucional del Ministerio de Educación Pública, o bien estará a disposición en el Sistema Compra Red de internet a partir de esta fecha en la dirección www.hacienda.go.cr/comprared.
La Proveeduría Institucional se encuentra ubicada en el edificio Raventós 4º piso, calle 6, avenidas central y 2ª, San José.
San José, 12 de agosto del 2009.—Rosario Segura Sibaja, Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 93254).—(Solicitud Nº 20949).—C-10520.—(68515).
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000089-PROV
Sustitución de domos en
el edificio de los Tribunales
de Justicia de San Carlos
El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados a participar en el siguiente procedimiento de:
Licitación Abreviada 2009LA-000089-PROV, “Sustitución de domos en el edificio de los Tribunales de Justicia de San Carlos”.
Fecha y hora de apertura: 02 de setiembre del 2009, a las 8:00 horas.
El cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados deben dirigirse al Proceso de Adquisiciones del Departamento de Proveeduría; sita en el 3° piso del edificio Anexo B, ubicado en la esquina formada entre calle 15 avenida 6, San José; o bien, obtenerlos a través de Internet, en la dirección http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la dirección mvenegas@poder-judicial.go.cr. En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a los teléfonos 2295-3136/3623/3295.
San José, 07 de agosto del 2009.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa, Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—(68310).
El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados a participar en el siguiente procedimiento de:
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000098-PROV
Contratación de
servicios de mantenimiento preventivo y correctivo
de los equipos de aire acondicionado,
chiller y cámaras
de refrigeración, ubicadas en la Ciudad
Judicial
de San Joaquín de Flores Heredia
Fecha y hora de apertura: 02 de setiembre de 2009, a las 10:00 horas.
El cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados deben dirigirse al Proceso de Adquisiciones del Departamento de Proveeduría; sita en el 3º piso del edificio Anexo B, ubicado en la esquina formada entre calle 15 avenida 6, San José; o bien, obtenerlos a través de Internet, en la dirección http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la dirección fmonges@poder-judicial.go.cr. En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a los teléfonos 2295-3136 / 3623 / 3295.
San José, 07 de agosto del 2009.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(68688).
OFICINA DE COMPRAS Y PAGOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-005016-01
Compra de mobiliario y
equipo de oficina
El Banco de Costa Rica recibirá ofertas por escrito hasta las once horas con treinta minutos del día 26 de agosto del 2009, para la licitación en referencia.
Los interesados pueden retirar el cartel de licitación que incluye las especificaciones y condiciones generales en la Oficina de Compras y Pagos, en el tercer piso del edificio central, ubicado entre calles 4 y 6, avenidas 0 y 2, de 9 de la mañana a las 2 de la tarde.
San José, 6 de agosto del 2009.—Área de Licitaciones.—Rodrigo Aguilar Solórzano.—1 vez.—(O. C. Nº 58243).—(Solicitud Nº 28387).—C-8270.—(68523).
CLÍNICA DR. MARCIAL FALLAS DÍAZ
ÁREA DE SALUD DE DESAMPARADOS
La Clínica Dr. Marcial Fallas Díaz, por medio de la Subárea de Bienes y Servicios, comunica a todos los interesados en participar en las compras que este Centro de Salud lleva a cabo, que las condiciones generales que regirán dichos concursos se encuentran disponibles a través de la página electrónica de la CCSS.
Desamparados, 05 de agosto del 2009.—Subárea de Bienes y Servicios.—Bach. Melba Bermúdez Ch., Jefa a. í.—1 vez.—(68320).
DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS DE SALUD
REGIÓN HUETAR NORTE
Servicio de ambulancia
privada para el traslado de pacientes
del Hospital Los Chiles a otros centros
Los interesados en participar en la Licitación Abreviada, ver más detalles y corroborar información, acceder la siguiente dirección: http://www.ccss.sa.cr. Además se les informa que el cartel con las especificaciones técnicas y demás condiciones generales y legales correspondientes a este procedimiento de contratación, se encuentra disponible, la fecha límite para la recepción de las ofertas será el día 03 de setiembre del 2009 a las 13:45 p. m. y el acto de apertura será el 03 de setiembre del 2009, a las 14:00 p. m., en el Área de Contratación de la Dirección Regional de Servicios de Salud Región Huetar Norte, ubicada 450 m norte del Banco Popular en Ciudad Quesada, lugar donde también se recibirán las ofertas.
Ciudad Quesada, 06 de agosto del 2009.—Área de Contratación Administrativa.—Lic. Vanesa Chaves Fernández.—1 vez.—(68324).
DIRECCIÓN DE SERVICIOS INSTITUCIONALES
COMPRA DIRECTA 2009CD-000057-1161
Compra y rectificación
de troqueles
La Dirección de Servicios Institucionales de la Caja Costarricense del Seguro Social, recibirá ofertas hasta las 11:00:00 horas del día 19 de agosto del 2009, para la compra y rectificación de troqueles. Los interesados podrán retirar el cartel en la Dirección de Servicios Institucionales ubicada en el tercer piso del edificio Jenaro Valverde, Oficinas Centrales CCSS, avenida 4, calles 5 y 7, San José, Costa Rica.
Lic. Arístides Guerrero Rodríguez.—1 vez.—(68349).
FUNDACIÓN AMOR Y ESPERANZA
Adquisición de sillas de ruedas manuales adaptadas y eléctricas
La Fundación Amor y Esperanza, cédula 3-006-301766, invita a cotizar para participar como proveedores de la compra que realizaremos de “Quince sillas de ruedas especiales: Diez (10) sillas de ruedas manuales adaptadas y cinco (5) sillas de ruedas eléctricas”. Las condiciones generales establecidas para la presentación de ofertas deberán ser recogidas en la dirección indicada, a partir de esta notificación, sin ningún costo.
Plazo de recepción de las cotizaciones: del 28/09/2009 al 02/10/2009, de 8:00 a. m. a 3:00 p. m. Lugar de entrega y recepción de cotizaciones: oficinas de la Fundación Amor y Esperanza, Sección 2 A, consultorio 7, Hospital San Carlos, Barrio el Carmen, Ciudad Quesada, San Carlos. Información: spereira@fundacionamoryesperanza.org o jchaves@fundacionamoryesperanza.org. Teléfonos: 2401-1374, telfax: 2461-1726. Página Web: www.fundacionamoryesperanza.org.
Shirley Pereira Badilla, Presidenta.—1 vez.—(68326).
MUNICIPALIDAD DE BELÉN
UNIDAD DE BIENES Y SERVICIOS
Con respecto a la Licitación Abreviada 2009LA-0000012-01, denominada “Remodelación del Parque Horacio Murillo Montes de Oca”, y Licitación Abreviada 2009LA-000011-01, denominada “Contratación de Adoquinado y construcción de estructura para cubierta. La Unidad de Bienes y Servicios les hace las siguientes aclaraciones del cartel.
1- Que para el sistema de valoración se corrige de la siguiente manera:
Puntos
• El Precio 50
• Experiencia 25
• Tiempo de entrega 25
El precio (50 ptos):
La ponderación se realizará siguiendo la fórmula que a continuación se presentará. Además serán libres de todo tipo de impuestos, tributo, sobre tasa según. Ley Nº 7293 del 31 de marzo de 1992, y Ley Reguladora de todas las exoneraciones vigentes.
Oferta Menor Precio X (50) = Puntos Obtenidos
Oferta a analizar
Experiencia en la actividad y referencias: (25 ptos):
La experiencia se valorará por cada obra similar del servicio se darán 5 puntos por cada obra completa de experiencia comprobada hasta un máximo de 25 puntos. Se deberán presentar constancias para comprobar lo anterior, las cuales deberán de traer como mínimo la siguiente información:
• Nombre de la empresa o institución donde brindó el servicio.
• Cédula física o jurídica.
• Dimensiones de las obras.
• Firma del o de los responsables.
• Números de teléfonos.
• Indicar el lugar donde de realizo la obra y el año que se realizó.
• Además debe de indicar que los trabajos realizados por la firma o contratista fueron recibidos a plena satisfacción, sin hacer efectivo ningún tipo de multas o garantías.
Edificaciones construidas |
Porcentaje % |
3 |
5 |
4 |
10 |
5 |
15 |
6 |
20 |
Más de 7 |
25 |
Tiempo de entrega (25 ptos): El tiempo de lo ofertado, deberá de estar indicado en días hábiles no se aceptarán otros parámetros. En caso de incumplimiento se aplica lo establecido en los puntos 10 y 11 del capítulo I Condiciones Generales, la valoración se realizará siguiendo la siguiente fórmula.
Oferta Menor Tiempo de Entrega X (25)= Puntos Obtenidos
Oferta a analizar
2- Que en cuanto a las garantías de las obras se aplicara lo que dispone el artículo 36. De la Ley de Contratación Administrativa.
Así mismo indicamos que la fecha y hora máxima para la entrega de las ofertas, Licitación Abreviada 2009LA-0000012-01, denominada “Remodelación del Parque Horacio Murillo Montes de Oca” es (18 de agosto del 2009 hasta las 10:00 horas) y Licitación Abreviada 2009LA-000011-01, denominada Contratación de Adoquinado y construcción de estructura para cubierta. (19 de agosto del 2009 hasta las 10:00 horas).
San Antonio de Belén, Heredia, 7 de agosto del 2009.—Unidad de Bienes y de Servicios.—Marcos Porras Quesada, Coordinador.—1 vez.—1 vez.—(O. C. Nº 25484).—C-41270.—(68703).
CONSEJO DE SEGURIDAD
VIAL
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000015-00100
Compra de armas de
fuego
El Departamento de Proveeduría del Consejo de Segundad Vial a través de la Unidad de Licitaciones, informa que mediante Resolución de Adjudicación DE-2009-1590, de fecha 3 de agosto del 2009, la Dirección Ejecutiva adjudica la licitación de referencia de la siguiente manera:
A la empresa Cartuchos Costarricenses S. A.:
Línea Única:
Compra de 100 pistolas (armas de fuego) marca CZ, modelo 75P-07 DUTY, calibre 9mm, por un monto total de $48.700,00 (Cuarenta y ocho mil setecientos dólares exactos).
Tiempo entrega: 35 días hábiles, después de recibido el Contrato debidamente refrendado, para la presentación de documentos para la solicitud de exoneración de impuestos y 5 días hábiles después de recibida la exoneración correspondiente, se procederá a la entrega definitiva de las armas.
Garantía: 24 meses sobre el acabado del arma y 36 meses contra defectos de fabricación, en condiciones normales de uso, manipulación y almacenamiento. Se advierte que contra lo aquí resuelto procede el recurso de revocatoria a resolver por esta misma instancia.
San José, 7 de agosto del 2009.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Alexander Vásquez Guillén, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 2418).—(O. C. Nº 31676).—C-15020.—(68334).
CENTRO NACIONAL DE
RECURSOS
PARA LA EDUCACIÓN INCLUSIVA
FUNDACIÓN MUNDO DE OPORTUNIDADES
CONCURSO Nº 2009PP-000003-01
Selección de una
empresa para la adquisición e instalación de Archivo
Rodante para el Centro Nacional de
Recursos para la Educación
Inclusiva (CENAREC)
La Fundación Mundo de Oportunidades hace del conocimiento de los interesados del concurso Nº 2009PP-000003-01, que la Junta Administrativa de esta Fundación, mediante sesión 438 del 4 de agosto de 2009, acordó adjudicar dicho concurso a:
Euromobilia S. A., cédula jurídica Nº 3-101-077629-09.
Demás términos y condiciones conforme el cartel y la oferta.
San José, agosto del 2009.—Departamento Administrativo.—Lic. Iván Quesada Granados, Jefe.—1 vez.—(68328).
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
Se comunica a todos los interesados que el Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión 75-09, celebrada el día 06 de agosto de 2009, dispuso declarar infructuosos los siguientes procedimientos:
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000062-PROV
Contratación de
servicios de alimentación para los privados
de libertad que deben permanecer en la
Delegación del OIJ
y en los Tribunales de Justicia de
Limón
———
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000067-PROV
Alquiler de local para
alojar la Oficina Regional del Organismo
de Investigación Judicial de Sarapiquí
San José, 07 de agosto del 2009.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(68689).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000011-01
Compra de contadoras de
billetes y monedas con entrega
por demanda, para un periodo de cuatro
(04) años
Se comunica a los interesados de esta Licitación, que el Comité de Licitaciones en el artículo 13 de la sesión ordinaria Nº 961-2009, celebrada el 16 de julio del 2009, acordó:
Adjudicar la Licitación Pública Nº 2009LN-000011-01 promovida para la “Compra de contadoras de billetes y monedas, con entrega por demanda, para un periodo de cuatro (04) años” de la siguiente manera:
Ítem Nº 1: “Compra de contadoras de billetes, con entrega por demanda, para un periodo de cuatro (4) años”, a la oferta de la empresa S-Suplidora de Máquinas y Reparaciones, con un costo unitario por equipo de $559.35, i.v.i.
Ítem Nº 2: “Compra de contadoras de monedas, con entrega por demanda, para un periodo de cuatro (4) años”, a la oferta de la empresa Compañía de Máquinas de Costa Rica S. A., con un costo por equipo de $846.65, i.v.i.
1. Entrega del equipo: Para ambos ítems, la entrega de los equipos deberá realizarse en un plazo no mayor a cuarenta y cinco (45) días hábiles posteriores a la fecha de comunicación por parte del Banco Nacional al adjudicatario para que pase a retirar la orden de compra de la solicitud correspondiente.
Cada entrega de los equipos debe realizarse en el Almacén de la Proveeduría del Banco ubicado en La Uruca.
2. Multas: En caso de no cumplir con el plazo de entrega, el Banco aplicará una multa del 2% del monto total solicitado, por cada día hábil del atraso. Esta multa se tomará hasta lograr un 25% del total solicitado, luego de lo cual se tendrá por incumplido el contrato por parte del adjudicatario, sin responsabilidad para el Banco. Queda entendido que toda suma por concepto de multa será rebajada directamente de las facturas presentadas a cobro.
En caso de no cumplirse con los plazos de reparación de fallas durante el período de garantía técnica, el Banco cobrará una multa del 2% del costo total del equipo en que se presentó la falla por cada hora hábil de atraso, hasta un máximo del 25% del costo total del equipo en que se presentó la falla por cada hora hábil de atraso, luego de lo cual el Banco podrá tener por incumplido el contrato sin responsabilidad de su parte, quedando en el derecho de resarcirse de los daños y perjuicios que tal incumplimiento le cause.
En caso de no cumplirse con los plazos de reparación de fallas durante el período post-garantía técnica, él Banco cobrará una multa del 2% del costo total del equipo en que se presentó la falla por cada hora hábil de atraso, hasta un máximo del 25% del costo total del equipo en que se presentó la falla por cada hora hábil de atraso, luego de lo cual el Banco podrá tener por incumplido el contrato sin responsabilidad de su parte, quedando en el derecho de resarcirse de los daños y perjuicios que tal incumplimiento le cause.
Todo monto por concepto de multas así como por los costos derivados del incumplimiento citado en estos puntos, durante el período de garantía, serán indicados al adjudicatario mediante nota, los mismos deberán ser cancelados en la oficina de Proveeduría en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles posteriores al comunicado por parte del Banco, bajo el entendido que de no cumplirse con tal pago en el plazo establecido, el Banco podrá tener por incumplido el contrato. Lo anterior, sin perjuicio del derecho del Banco de recurrir a los Tribunales para resarcirse de cualquier costo en que pudiera incurrir, así como el pago de daños y perjuicios que le fueren ocasionados en virtud de dicho atraso o falta, e iniciar el debido proceso para sancionar al adjudicatario como proveedor del Banco.
Asimismo, queda facultado el BNCR para proceder a ejecutar la garantía de cumplimiento para resarcirse de los daños y perjuicios que tal incumplimiento le cause, así como resolver el contrato, o bien, considerar si le es oportuno continuar con el mismo, y otorgarle al adjudicatario un plazo de veinticuatro (24) horas para que presente una nueva garantía de cumplimiento por un diez (10) por ciento del total de la oferta adjudicada, bajo pena que de no hacerlo, el BNCR procederá a resolver esta contratación y al cobro de los daños y perjuicios que se hayan ocasionado, y que queda autorizado y el adjudicatario así lo acepta, para deducir la suma Correspondiente a la citada multa por los costos derivados de los errores y/u omisiones, de las facturas que se presenten a cobro.
Lo anterior, sin perjuicio del derecho del Banco de recurrir a los tribunales para resarcirse de cualquier costo en que pudiera incurrir, así como el pago de daños y perjuicios que le fueren ocasionados en virtud de dicho atraso o falta, e iniciar el debido proceso para sancionar al adjudicatario como proveedor del Banco.
3. Garantía de cumplimiento. Para cada orden de pedido, el adjudicatario deberá presentar una garantía de cumplimiento vigente: por un monto mínimo del diez (10%) por ciento del monto total del respectivo pedido, dentro de los cinco días hábiles posteriores al comunicado que realice “El Banco”, indicando la solicitud de equipos de compra. Dicha garantía deberá tener una vigencia igual a un mes posterior al vencimiento de la garantía técnica’ de los equipos a los que respalda ésta. Ambas partes aceptan que en caso de no cumplir con la entrega de la caución en el lapso precitado, no se emitirá la orden de compra respectiva y “El Banco” queda facultado para iniciar el proceso de resolución contractual. Si la entrega de los equipos se atrasa por motivos imputables al contratista, la vigencia de la dicha garantía debe ampliarse y el costo de la prórroga correrá por cuenta del adjudicatario.
Dicha garantía debe ser rendida en la misma moneda en la cual se cotizó, al amparo de lo previsto en el artículo 42 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, salvo las garantías rendidas mediante depósito en efectivo o transferencia, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en dicha norma para tal modalidad.
Una vez que inicie la prestación del mantenimiento correctivo post-garantía, el adjudicatario deberá rendir una garantía de cumplimiento equivalente al 10% del monto anual de dicho mantenimiento, la cual deberá mantener vigente hasta como mínimo un mes posterior al finalizar dicho servicio.
Se recuerda a todos los oferentes que en caso de presentar bonos o certificados, éstos se recibirán por su valor de mercado y deberán acompañarse de una estimación efectuada por un operador de alguna de las bolsas de valores legalmente reconocidas. Se exceptúan de la obligación de presentar esta estimación, los certificados de depósito a plazo emitidos por los Bancos estatales, cuyo vencimiento ocurra dentro del mes siguiente a la fecha en que se presenta.
En cumplimiento de la Directriz UIM/046/06/2000 de la Bolsa Nacional de Valores, cuando la garantía sea rendida con títulos o valores que posean cupones, con el fin de asegurar la ejecución del documento deberán entregarse junto con el documento principal los citados cupones para que se tenga por bien rendida la garantía. No obstante no se reconocerán intereses por las garantías mantenidas en depósito por El Banco, sin embargo los que devenguen los títulos hasta el momento en que se ejecuten, pertenecen a su legítimo dueño o depositante.
La Uruca, 12 de agosto del 2009.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—(O. C. Nº 001-2009).—C-60020.—(68519).
Venta de bien propio
mueble en desuso
del Banco Nacional de Costa Rica
Se comunica a los interesados de está Licitación Pública Nacional, que el Comité de Licitaciones en el artículo 1, de la sesión ordinaria Nº 963-2009, celebrada el 28 de julio del 2009, acordó:
Adjudicar la Licitación Pública Nacional 2009LN-000018-01, denominada “Venta de bien propio mueble en desuso del Banco Nacional de Costa Rica (Vehículo Honda Accord año 2001)”, al señor Estuardo Solares Ortíz, por un monto total de ¢5.550.000,00.
Una vez pagada la totalidad del costo del mismo y firmado el documento legal de traspaso, el adjudicatario podrá retirarlo en la Oficina de Gestión Venta de Bienes cita en La Uruca, frente la Mercedes Benz. Para tal fin deberá presentar los comprobantes que lo acreditan como adjudicatario, así como los documentos de cancelación y traspaso.
Hasta el momento de la firma de carta de venta o escritura, el adjudicatario deberá otorgar el tiempo que sea necesario para el trámite correspondiente. Los honorarios y los gastos de traspaso por la inscripción correrá, por cuenta del adjudicatario.
Todo conforme lo estipulado en el cartel de marras y la oferta presentada que consta en el expediente administrativo y que forma parte integral de la presente contratación.
La Uruca, San José, 11 de agosto del 2009.—Proveeduría General.—Lic. Erick Leitón Mora, Jefe de Contrataciones.—1 vez.—(O.C. Nº 001-2009).—C-13520.—(68521).
OFICINA DE COMPRAS Y PAGOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-004999-01
Servicio de
mantenimiento preventivo, correctivo
y de emergencia para 148 plantas
eléctricas
El Banco de Costa Rica informa, que la Comisión de Contratación Administrativa en Reunión Nº 28-2009 celebrada el 30/07/2009, acordó adjudicar la licitación en referencia a favor de las empresas Servicios Técnicos y Comerciales S. A., y Maquinaria y Tractores S. A., según se detalla a continuación:
1. Servicios Técnicos y Comerciales S. A.
Ítem |
Zona |
Monto anual US$ |
1 |
San José |
25.075.00 |
2 |
Heredia |
5.779.00 |
4 |
Cartago |
6.530.00 |
Total |
37.384.00 |
2. Maquinaria y Tractores S. A.
Ítem |
Zona |
Monto anual US$ |
3 |
Alajuela |
10.043.44 |
5 |
Puntarenas |
5.320.04 |
6 |
Sur |
7.797.00 |
7 |
Norte |
8.089.67 |
8 |
Limón |
8.589.13 |
9 |
Guanacaste |
8.023.00 |
Total |
47.862.28 |
San José, 7 de agosto del 2009.—Área de Licitaciones.—Francis Hernández M.—1 vez.—(O. C. Nº 58243).—(Solicitud Nº 28389).—C-25770.—(68524).
HOSPITAL NACIONAL DE GERIATRÍA Y GERONTOLOGÍA
DR. RAÚL BLANCO CERVANTES
ÁREA GESTIÓN BIENES Y SERVICIOS
SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA 000009-HBC2202
Gases medicinales y
oxígeno líquido por periodo
de un año con posibilidad de tres
prórrogas
Se les indica a los interesados del concurso arriba señalado que por Resolución de la Dirección Administrativa Financiera del Hospital, dictada a ser las nueve horas del día veinticuatro de julio del año dos mil nueve, se adjudica de la siguiente manera:
Oferente: Praxair Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-063829.—(Oferta Nº 1).
Ítemes adjudicados: 1-2-3-4-5-6.
Monto adjudicado: ¢68.658.160,00 (Sesenta y ocho millones seiscientos cincuenta y ocho mil ciento sesenta colones exactos).
En caso de dudas, el expediente se encuentra a su disposición en la Subárea de Contratación Administrativa para cualquier consulta, al cual pueden tener acceso únicamente de lunes a viernes de 7:30 a. m. a 12:00 m. d.
Cumpliendo con lo previsto en el Reglamento de Contratación Administrativa.
San José, 06 de agosto del 2009.—Subárea de Contratación Administrativa.—Ivette Benavides Umaña, Coordinadora.—1 vez.—(68299).
DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS
DE SALUD CENTRAL NORTE
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000041-2299
Servicios profesionales
de aseo y limpieza para
el Área de Salud Heredia Cubujuquí
Con fundamento en lo previsto en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, y una vez realizado los estudios y valoraciones respectivas, se procede a declarar desierta el procedimiento de contratación administrativa mencionado anteriormente.
Para todos los efectos dicho expediente se encontrará en esta Sede Regional, ubicada 200 metros norte de la Municipalidad de Santo Domingo de Heredia.
6 de agosto del 2009.—Unidad Regional de Compras.—Lic. Javier Alpízar Guzmán.—1 vez.—(68360).
DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000048-PRI
Compra de repuestos
medidores KENT PSM
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, cédula jurídica 4-000-042138, comunica que mediante Resolución de Gerencia Nº 2009-652 del 20 de julio del 2009, se adjudica la Licitación Abreviada 2009LA-000048-PRI “Compra de repuestos medidores KENT PSM” a:
Tubocobre S. A.—(Única oferta).
Se le adjudican las posiciones de la 1 a la 8, por un monto total de $89.496,00 i.v.i.
Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.
San José, 7 de agosto del 2009.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—(O. C. Nº 2009-09).—C-10520.—(68516).
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000028-PRI
Desconexión de
servicios fraudulentos y reconexión de servicios
en la Cantonal de Puntarenas, Región
Pacífico Central
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que mediante Resolución de Gerencia General Nº 2009-659 del 23 de julio del 2009, se adjudica la presente licitación a German Vega Calderón, de la siguiente manera:
- Desconexión de servicios fraudulentos acera o zona verde, a un costo unitario de ¢10.800,00 colones.
- Reconexión de servicios acera o zona verde, a un costo unitario de ¢10.800,00 colones.
NOTA: Los servicios se ejecutarán anualmente, de acuerdo con las necesidades institucionales, hasta un monto máximo anual de ¢20.000.000,00 colones.
Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.
San José, 7 de agosto del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—(O. C. Nº 2009-029).—C-17270.—(68518).
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000035-02
Construcción de Centro
de Procesamiento y Mercadeo de Alimentos
(CEPROMA) en el Asentamiento Campesino
País, Dirección
Huetar Atlántica, Oficina Subregional
Talamanca
El Instituto de Desarrollo Agrario comunica la adjudicación de los siguientes procesos de contratación:
Licitación Abreviada 2009LA-000035-02 “Construcción de Centro de Procesamiento y Mercadeo de alimentos (CEPROMA) en el Asentamiento Campesino País, Dirección Huetar Atlántica, Oficina Subregional Talamanca” adjudicar a favor de la oferta presentada por Construcciones CBC S. A., cédula jurídica 3-101-394818, por un monto ¢74.438.050,00 (setenta y cuatro millones cuatrocientos treinta y ocho mil cincuenta colones con 00/100), un plazo de ejecución de 90 días naturales según acuerdo de junta directiva Nº 13, sesión ordinaria 027-2009, de 03 de agosto del 2009.
Área de Contratación y Suministros.—Rafael Fernández Bolaños.—1 vez.—(68367).
HOSPITAL NACIONAL DE NIÑOS
DR. CARLOS SÁENZ HERRERA
CENTRO CIENCIAS MÉDICAS CCSS
El Área de Gestión de Bienes y Servicios debidamente autorizada por la Dirección Administrativa y dado que no se ha logrado contactar al proveedor “Central American Worldwide Exports S. A.”, se le solicita por este medio que se presente a esta Área de Gestión a más tardar el 14/08/2009 a realizar tramite pertinente con relación a la Contratación Directa Nº 2008CD-000702-2103 por Pastas, misma que vence el día 08/12/2009 y la Contratación Directa Nº 2008CD-000717-2103 por Leche liquida, misma que vence 05/11/2009. De lo contrario se procederá según lo dispuesto en el artículo 204 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
San José, 30 de julio del 2009.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Yajaira Quesada G., Coordinadora a. í.—1 vez.—(68356).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000089-13800
Resolución Nº 149-2009
(Adendum a la resolución de readjudicación Nº 071-2009)
Visto que en la Resolución de Readjudicación Nº 071-2009 de las catorce horas del día dieciocho de mayo del dos mil nueve, para la Licitación Pública 2007LN-000089-13800, de la Proveeduría Institucional en su parte dispositiva, se indicó por error material la cédula jurídica 3-101-275476, de la compañía Biznet Soluciones Detrás de la Red S. A., de lo cual procede la corrección del error indicado, así que debe leerse correctamente la cédula jurídica 3-101-275466, lo anterior con base en el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública. Notifiquese a las compañías Consorcio Componentes El Orbe S. A. y Biznet Soluciones Detrás de la Red S. A. Es todo.
San José, 21 de julio del 2009.—Marco A. Fernández Umaña, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 5293).—C-12020.—(68333).
CONSEJO NACIONAL DE
VIALIDAD
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000003-0CV00 (Enmienda Nº 2)
Proyectos de conservación
vial de la red vial nacional
pavimentada por precios unitarios
Se comunica a las personas jurídicas interesadas en participar en la licitación arriba indicada, que este Consejo recibirá ofertas de conformidad con los términos cartelarios hasta las 10:00 horas del día treinta hábil, contado desde el día siguiente hábil a la publicación de la presente Enmienda Nº 2. La apertura se llevará a cabo en la Proveeduría, en las oficinas de la Proveeduría del CONAVI, sita: de la rotonda la Betania, 50 metros al este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.
Lo anterior, de conformidad a lo dispuesto por la Contraloría General de la República mediante resolución R-DJ-031-2009 de las 10:00 horas del 16 de julio del 2009, mediante la cual se atendió los recursos de objeción a la Enmienda Nº 1 del cartel a esta licitación, procede el CONAVI a emitir la siguiente Enmienda Nº 2.
I. Modificaciones al cartel:
1. Con relación a las cláusulas 7 y 12.24.2, así como cualquier otra cláusula del cartel en la que se regule la moneda, se tiene por modificado el cartel para que en adelante se tenga que el oferente podrá cotizar en cualquier moneda, según lo preceptúa el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa (RLCA). El CONAVI, para efectos de comparación de las ofertas, aplicará el tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al momento de apertura.
2. En cuanto a las cláusulas 25.12, 25.12.1, 25.12.2, 12.10.2 y 12.11, se tiene por modificado el cartel para que en adelante se disponga en cuanto a los profesionales, que podrán ser Ingenieros Civiles y/o Ingenieros en Construcción, ambos con grado académico de licenciatura, o superior.
3. Asimismo, se tiene por modificado el cartel para que en adelante, con relación al pago de los subcontratistas, se tenga establecido que en el caso de que las empresas subcontraten la actividad de demarcación vial con una empresa de demostrada idoneidad y capacidad, el CONAVI efectuará el pago directo a la empresa contratista y ésta, a su vez, deberá demostrar para el proceso de trámite de facturación estar al día con el pago a los subcontratistas por el trabajo efectuado y recibido a satisfacción del CONAVI.
4. En cuanto al tema de las garantías, en consideración a la crisis existente por la situación económica nacional e internacional, se establece necesario modificar sus porcentajes, de modo que se tiene por modificado el cartel para que en adelante la Garantía de Participación sea equivalente a un 2,5% y en cuanto a la Garantía de Cumplimiento sea equivalente a un 8,5%; las demás condiciones para ambas garantías se mantienen invariables.
II. Otros aspectos:
a. De conformidad como lo dispuso la Contraloría General en la resolución R-DJ-031-2009, se les manifiesta a los potenciales oferentes que el CONAVI ha acreditado en el expediente administrativo de esta licitación el documento que respalda la manera en que se estableció la fórmula mediante la cual se determinó la cuantía de las multas.
b. El CONAVI ha procedido a efectuar unas correcciones en la Lista de Cantidades (Cantidades mínimas y máximas) para cada una de las zonas, de manera que se pone a disposición en la Proveeduría del CONAVI el archivo digital para su retiro, entendiendo que esta Lista de Cantidades será la que prevalezca para efectos de esta licitación.
c. El CONAVI también acredita en el expediente administrativo de esta licitación la atención pertinente a las solicitudes de aclaración presentadas por diferentes empresas, las cuales se ponen a disposición en la Proveeduría del CONAVI en archivo digital para su retiro.
Todo lo demás permanece igual.
San José, 05 de agosto del 2009.—Unidad de Proveeduría y Suministros.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(O C Nº 137-09).—(Solicitud Nº 30232).—C-36020.—(68308).
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000001-00ODM
Arrendamiento de equipo
informático para
la Superintendencia de Pensiones
(SUPEN)
Se avisa a todos aquellos interesados en participar en esta licitación, que se realizaron modificaciones al cartel.
Los interesados pueden retirarlas en el Departamento de Proveeduría de este Banco, edificio principal, avenidas central y primera, calles 2 y 4, en el siguiente horario: de lunes a viernes de 9:15 a. m. a 12:00 m. d. y de 1:00 p. m. a 4:00 p. m.
A partir del día hábil siguiente de la fecha de esta publicación, estarán disponibles, en forma gratuita, en las siguientes direcciones:
http://www.bccr.fi.cr/documentos/proveeduria/publicacionesproveeduria.asp
https://www.hacienda.go.cr/comprared
San José, 6 de agosto del 2009.—Departamento de Proveeduría.—Rolando Protti B., Director.—1 vez.—(68430).
PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000044-PCAD
(Aclaración Nº 1)
Compra de software para
la evaluación de la seguridad
de aplicaciones y ambiente Web
Se comunica a los interesados que el año indicado en la fecha de apertura señalada en el punto 1.1 del cartel debe leerse correctamente como 2009, tal y como se indicó en la invitación de este procedimiento, la cual se publicó en el Alcance Nº 32 a La Gaceta Nº 150 del 04 de agosto del 2009.
San José, 07 de agosto del 2009.—Subproceso de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(68498).
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
SUBÁREA DE CARTELES
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000068-1142 (Aviso N° 1)
Polistireno sulfonato
sódico
A los oferentes interesados en participar en este concurso, se les comunica que se modifica la forma de la primera entrega, para que se lea como se indica a continuación: Primera entrega: a 30 días naturales máximo después de comunicado el retiro de la orden de compra o contrato.
El resto del cartel permanece invariable.
San José, 6 de agosto del 2009.—Shirley Méndez Amador, Asistente.—1 vez.—(Solicitud Nº 2112).—(O. C. Nº 1142).—C-9020.—(68336).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000040-01 (Modificación)
Compra de maquinaria
para trabajar la madera y sus derivados
El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Abreviada 2009LA-000040-01 “Compra de maquinaria para trabajar la madera y sus derivados”, que el cartel de esta licitación se modifica de la siguiente manera.
Punto 3.4, pliego de condiciones generales: Dirección de Almacenes, agregar la siguiente dirección:
Regional Pacífico Central |
Esparza, Puntarenas, del Hotel
Castañuelas, 300 metros al sur y 300 este |
San José, 7 de agosto del 2009.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—(O. C. Nº 20208).—(Solicitud Nº 28250).—C-10520.—(68512).
ADMINISTRACIÓN PORTUARIA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000010-01
(Modificaciones al cartel)
En el capítulo 16.1 “Caracterización del objeto” se deberá leer:
22.1.2. Estructura de tubo: La tubería, en su totalidad se tratará con algún sistema mecánico para limpiar la capa de pintura o cualquier contaminante que tuviese hasta llegar al grado NACE 1 (National Association of Corrosion Engineer) (metal blanco) descritas en las normas del CR-82 “Preparación de Superficies de Metal para su Pintura”, “Secuencias de Capas de Pintura para Metales”, “Pintado de Superficies Metálicas”, para luego tratarla con una capa base de anticorrosivo similar a Corro Rust 210/211 logrando un espesor de película seca de 2 a 3 mils, luego se pintará con una segunda capa similar a Corro Epoxi 720/721, como capa intermedia gris o blanco logrando un espesor de película seca de 2 a 3 mils y una tercera capa como acabado de DEBRAN 224 HS con un espesor de 6 a 8 mils, seco (1 mils equivale a 24.5 micras).
Especificaciones (base)
Composición: Epoxy-Poliamida, con pigmentos anticorrosivos especiales.
Color: Marrón.
Brillo: @ 60°: Menor a 10 unidades.
Densidad: 5.3 ± 0.2 Kg/gal.
Sólidos por peso: 65 ± 2%.
Sólidos por volumen: 43 ± 2%.
Relación de catal1zación: 1 parte x 1 parte.
Espesor de película.
Recomendado: 2-3 mils seco, 4-6 mils húmedo.
Tiempo de secado: (25º C., 50% H.R.).
Tacto: 2 horas.
Retoque: 24 horas.
Cura total: 5-10 días.
Tiempo de inducción: 15 a 30 minutos.
Solvente para reducción: Thinner C-20 10% máximo, úsese para la limpieza del equipo de aplicación.
Tipo de curado: reacción química.
Tiempo de vida de la mezcla: 4 horas a 25ºC., 50% H.R
Corro Epoxy 720
(intermedio).
Composición: Epoxy-Poliamida.
Color: Según Cartilla.
Brillo: @ 60º: 80 unidades mínimo.
Densidad: 4.2 ± 0.2 Kg/gal, varía según el color.
Sólidos por peso: 58 ± 2 %, varía según el color.
Sólidos por volumen: 44 ± 2%, varía según el color.
Relación de catalización por volumen: Corro-Epoxy 720 1 parte Corro-Epoxy 721 1 parte.
Tiempo de inducción: 15 a 30 minutos.
Espesor de película recomendado: 2-3 mils seco, 4-6 mils húmedo.
Tiempo de secado: (25ºC., 50% H.R.).
Tacto: 1-2 horas.
Repinte: 8-12 horas.
Cura total: 5-10 días.
Solvente para reducción: No requiere dilución. Utilice C-20 para la limpieza del equipo de aplicación.
Tipo de curado: reacción química.
Tiempo de vida de la mezcla: 4 horas a 25ºC., 50% H.R.
Devran 224 HS (acabado
amarillo seguridad).
De acuerdo a la ficha técnica de Devoe Coatings-Devran 224 HS, high build epoxy coating.
En cuanto al artículo
22.1.5 tubos de 7.62 cm de diámetro:
El contratista suministrará y cambiará de acuerdo al criterio del Ingeniero responsable del proyecto 36 metros lineales de tubería de grado 40 con un espesor de 0.635 cm. Esta tubería servirá para cambiar tramos que están dañados por la corrosión.
El artículo
anterior, en lugar de 36 metros lineales, se consideraré y cotizará 60 metros
lineales.
En cuanto al artículo
22.1.4. Sobre los apoyos de las pasarelas:
Se deberá anclar en el piso de los muelles una lámina de acero inoxidable de 25 cm x 30 cm x 1.27 cm de espesor con expander y tornillos de 1.27 cm. de grueso por 7.62 cm de largo, para que sirva de base a los apoyos de las pasarelas que a su vez serán sujetadas por gasas de acero inoxidable de 5.08 cm x 0.635 cm de grueso, para que no exista movimiento lateral de las mismas, quedando alineadas las 4 pasarelas.
Lo referente a las placas de apoyo, en la tabla de cantidades dice: “Bases y fajas de acero inoxidable, 8 unidades, se tomará en cuenta 16 unidades”.
La fecha de apertura y recepción de ofertas se realizará el 17 de agosto del 2009, a las 10:00 de la mañana.
Las modificaciones al cartel los podrán adquirir en las oficinas centrales de JAPDEVA (Tel. 2233-11-51) en San José, o en la Proveeduría Portuaria en Limón (2758-28-03).
Limón, 04 de agosto del 2009.—Lic. Víctor Brooks Pecou.—1 vez.—(O. C. Nº 8).—(Solicitud Nº 49695).—C-48770.—(68511).
MUNICIPALIDAD DE SANTA
ANA
Para los efectos legales correspondientes, el Concejo Municipal de Santa Ana, comunica que en la sesión ordinaria Nº 160 celebrada el 7 de julio del 2009, aprobó el siguiente:
REGLAMENTO PARA EL PROCEDIMIENTO DE COBRO
ADMINISTRATIVO, EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL
DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—El presente Reglamento tiene por objetivo establecer las normas que regularán el cobro administrativo, extrajudicial y judicial de las cuentas vencidas que le adeuden a la Municipalidad de Santa Ana y serán de aplicación obligatoria tanto para la sección de cobros de la municipalidad como para las personas profesionales en derecho, que trabajen en forma interna o externa.
Artículo 2º—Para fines del presente reglamento se entenderá por:
a. Reglamento: El Reglamento para el procedimiento de cobro administrativo, extrajudicial y judicial de la Municipalidad de Santa Ana.
b. Municipalidad: Municipalidad de Santa Ana, San José.
c. Administración Tributaria: Área encargada de la Administración Tributaria de la Municipalidad de Santa Ana.
d. Sección de Cobros Municipales: Corresponde a la sección de cobros del Área Tributaria Municipal encargada de la función de recaudación de la municipalidad.
e. Cuentas vencidas: Los créditos exigibles de plazos vencidos a favor de la Municipalidad por concepto de tributos municipales.
f. Sujeto activo: La Municipalidad de Santa Ana.
g. Persona sujeto pasiva: La persona obligada al cumplimiento de la obligación tributaria sea en calidad de contribuyente, responsable o deudor de la municipalidad.
h. Abogado(a) Interno(a): Licenciado(a) en Derecho, con plaza fija en la Municipalidad encargado(a) de realizar el cobro extrajudicial y judicial sin pago de honorarios.
i. Abogados(as) Externos(as): Licenciados(as) en derecho que habiendo cumplido con los requisitos que la Municipalidad exige y concursando para ofrecer sus servicios profesionales a la Institución, bajo la normativa de este reglamento, realicen la gestión de cobro extrajudicial y judicial respectiva para la recuperación de las obligaciones vencidas de esta Municipalidad.
j. Cobro administrativo: Las acciones que se realizan administrativamente a efecto de que las cuentas vencidas sean canceladas.
k. Cobro extrajudicial: Las acciones realizadas extrajudicialmente por los(a) abogados(a) externos(as) o internos(as) para la cancelación de las obligaciones vencidas trasladadas a estos para su respectivo cobro.
l. Cobro judicial: Las acciones que se realicen por parte de los abogados(as) internos(as) y externos(as), vía judicial en aras de obtener la recuperación de las obligaciones vencidas trasladadas a estos para su respectivo cobro.
CAPÍTULO II
De la Administración Tributaria Municipal
SECCIÓN I
Aspectos generales
Artículo 3º—Fines de la Administración Tributaria Municipal. Corresponde a la Administración Tributaria Municipal lograr al máximo el cumplimiento voluntario de los deberes y obligaciones tributarias de las personas contribuyentes de la Municipalidad mediante el desarrollo de un conjunto de acciones cuyo propósito es la implementación y ejecución de sistemas y procedimientos eficientes de planificación, coordinación y control. Dentro de este marco, le corresponderá todo lo relacionado con la gestión, recaudación y fiscalización de las obligaciones tributarias municipales.
Artículo 4º—Deberes del personal. El personal de la Administración Tributaria Municipal en el cumplimiento de sus funciones y sin desmedro del ejercicio de su autoridad, ni del cumplimiento de sus tareas, guardará el debido respeto a los interesados(as) y al público en general e informará aquellos(as), tanto de sus derechos como de sus deberes, al igual que sobre la conducta que deben seguir en sus relaciones con la Administración Tributaria Municipal, orientándolos(a) en el cumplimiento de sus obligaciones.
Artículo 5º—Confidencialidad de la Información. La información respecto de las bases gravables y la determinación de los impuestos que figuren en las bases de datos, declaraciones tributarias y en los demás documentos en poder de la Administración Tributaria Municipal, tendrá el carácter de información confidencial. Por consiguiente, los(as) funcionarios(as) que por razón del ejercicio de sus cargos, tengan conocimiento de ella, sólo podrán utilizarla para la gestión, recaudación, control, fiscalización, resolución de recursos, administración de los impuestos, además, para efectos de información estadística bajo pena de incurrir en las sanciones que contempla la ley.
Los(as) abogados(as) externos(as) que se contraten al amparo de lo indicado en este reglamento, deberán de respetar la confidencialidad de la información a la que tengan acceso en razón de los servicios que prestan, y estarán sujetos tanto al secreto profesional como a las mismas sanciones que contempla la ley para los(as) funcionarios(as) de la Administración Tributaria Municipal.
No obstante lo anterior y siempre que el secreto profesional no sea una limitante, las personas obligadas a respetar la confidencialidad de la información, deberán proporcionar tal información a los tribunales comunes y a las demás autoridades públicas que en el ejercicio de sus funciones y conforme a las leyes que las regulan, tengan facultad para solicitarla.
Artículo 6º—Horario de actuaciones. Los(as) funcionarios(as) de la Administración Tributaria Municipal actuarán normalmente en horas y días hábiles. Sin embargo podrán actuar fuera de esas horas y días cuando sea necesario para lograr el cumplimiento de sus deberes de gestión, fiscalización o recaudación tributaria, previa autorización de la persona jerárquica correspondiente.
Artículo 7º—Documentación de actuaciones. En todo caso, el desarrollo de las tareas llevadas a cabo por los funcionarios(as) de la Administración Tributaria Municipal, deberán consignarse en un expediente administrativo, el cual se conformará en orden cronológico, en que se obtengan o produzcan los distintos documentos que deberán foliarse en orden secuencial, con el fin de resguardar adecuadamente su conservación.
Artículo 8º—Notificación de las actuaciones. Todas aquellas actuaciones de la Administración Tributaria Municipal, que sean susceptibles de ser recurridas por la persona interesada, y aquellas que incidan en forma directa en la condición de la persona contribuyente frente a la Administración Tributaria Municipal, deberán ser notificadas a este de acuerdo a lo establecido en el artículo 137 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios o la Ley de Notificaciones Judiciales, según corresponda. Se entenderá válidamente efectuada la notificación en cualquier momento en que la persona interesada, enterado(a) por cualquier medio de la existencia de un acto administrativo, dé cumplimiento a este, o interponga en su contra los recursos procedentes.
Cuando la Administración Tributaria Municipal lleve a cabo programas masivos de control de obligaciones formales, su notificación se hará mediante exhibición del oficio en que se ordenen, determinando el lugar o área en que han de llevarse a cabo, al igual que la lista del personal municipal facultado al efecto los cuales se identificarán mediante la presentación del carné.
Los actos que resulten del cumplimiento de tales programas, serán notificados en el momento mismo de su realización y en el lugar en que estos programas se hayan ejecutado.
Artículo 9º—Colaboración al personal de la Administración Tributaria Municipal. Los(a) contribuyentes responsables, declarantes y terceros, deben atender a los funcionarios(as) de la Administración Tributaria Municipal y prestarles la mayor colaboración en el desarrollo de sus funciones.
Artículo 10.—Las decisiones de la Administración Tributaria Municipal deben fundarse en hechos probados. La determinación de los tributos, multas o intereses y en general toda decisión de la Administración Tributaria Municipal deberá fundarse en los hechos que aparezcan probados en el respectivo expediente. La idoneidad de los medios de pruebas contenidos en un expediente tributario dependerá, en primer término, de los requisitos que para la validez de determinados actos prescriban las leyes tributarias y comunes, o de las exigencias que tales disposiciones establezcan en materia probatoria.
En todo caso deberá valorarse la mayor o menor conexión que el medio de prueba tenga con el hecho a demostrar, y el valor de convencimiento que pueda atribuírsele conforme a las reglas de la sana crítica y el principio de realidad económica.
Artículo 11.—Carga de la prueba. Corresponderá a la persona contribuyente, responsable o declarante, según el caso, demostrar la veracidad de lo manifestado en sus declaraciones, así como demostrar los beneficios fiscales que pueda alegar como existentes en su favor, o cualquier otra cuestión que pretenda contra algún criterio o acto de la Administración Tributaria Municipal.
SECCIÓN II
Funciones de la Administración Tributaria Municipal
Artículo 12.—De la función de gestión. La función de gestión tiene como fin administrar las bases de información que constituyan el censo de las personas contribuyentes, responsables o declarantes de los distintos tributos municipales, cuyo control ejerce la Administración Tributaria Municipal, verificando el cumplimiento que estos hagan de las obligaciones formales establecidas por ley. Para tal efecto, la Administración Tributaria Municipal gozará de amplias facultades de control en los términos que establece este Reglamento.
Asimismo, deberán en virtud de la función de gestión indicada, realizar tareas de divulgación en materia tributaria municipal, al igual que resolver las consultas que planteen los(as) interesados(as).
Artículo 13.—De la función de fiscalización. La función de fiscalización tiene como fin comprobar la situación tributaria de los(as) sujetos(as) pasivos(as), con el objeto de verificar el exacto cumplimiento de sus obligaciones y deberes, propiciando la regularización correspondiente.
Artículo 14.—De la función de recaudación. La función de recaudación es el conjunto de actividades que realiza la Administración Tributaria Municipal destinada a percibir efectivamente el pago de todas las obligaciones tributarias municipales de las personas contribuyentes. Esta función se desarrollará por la sección de cobros de la municipalidad.
La función recaudatoria se realizará en tres etapas sucesivas: voluntaria, administrativa y ejecutiva o judicial.
En la etapa voluntaria, la persona sujeta de la obligación tributaria municipal cancelará sus obligaciones sin necesidad de actuación alguna por parte de la sección de cobros de la municipalidad.
En la etapa administrativa, la sección de cobros de la municipalidad efectuará dos requerimientos persuasivos de pago a los sujetos(as) pasivos(as) que se encuentren en estado de morosidad.
En la etapa ejecutiva o judicial, la recaudación se efectúa coactivamente, utilizando los medios legales establecidos y recurriendo a los órganos jurisdiccionales respectivos. Esta etapa es la que ejecutarán los(a) abogados(as) que laboren en forma interna o externa.
SECCIÓN III
Sección de Cobros de la
Municipalidad
SUBSECCIÓN I
Del cobro de las
Obligaciones Tributarias Municipales
en la Etapa Administrativa
Artículo 15.—Obligaciones de la sección de cobros de la municipalidad. La sección de cobros de la municipalidad en cumplimiento de su función de recaudación tendrá las siguientes obligaciones:
a) Realizar las gestiones de cobro administrativo de las cuentas atrasadas. Este se iniciará ocho días después de haberse vencido el plazo para el pago de la obligación vencida respectiva y las acciones consistirán en avisos, llamadas telefónicas, publicaciones generales u otros.
b) Las obligaciones tributarias municipales que tengan un atraso de dos trimestres, serán notificadas de conformidad con lo que establece el código de normas y procedimientos tributarios, en los artículos 137, 138 y 139 y de acuerdo con los procedimientos establecidos en la nueva Ley de Notificaciones Judiciales, si vencido dicho plazo, después de las notificaciones no se hiciere presente la persona sujeta pasiva a cancelar, se remitirá a los(as) abogados(a) internos(as) o externos(as) en casos calificados, el expediente que contiene toda la documentación que corresponda para efectos de proceder al cobro judicial, de conformidad con lo que se indica en este Reglamento. Las notificaciones indicadas se realizarán por los medios legales correspondientes.
En el caso de que el atraso de dos trimestres corresponda a la obligación del pago del impuesto a la licencia referida en el artículo 79 del Código Municipal, se procederá al cierre del establecimiento comercial de conformidad con el artículo 81 bis del Código Municipal.
c) Ejercer las funciones de control y fiscalización sobre la actuación que ejerzan los(as) abogados(as) internos(as) y externos(as) en la etapa ejecutiva.
d) Rendir informes trimestrales, sobre el estado de las obligaciones vencidas que se encuentren en las etapas administrativas y judiciales.
SUBSECCIÓN II
De los arreglos de pago
Artículo 16.—Arreglos de pago. El arreglo de pago es el compromiso que adquiere la persona sujeta pasiva con la sección de cobros de la municipalidad de pagar dentro del tiempo convenido por ambos, que no podrá exceder de seis meses, la obligación vencida adeudada a la municipalidad.
Únicamente procederá cuando el cobro se encuentre en la etapa administrativa.
Artículo 17.—Condiciones para otorgar arreglos de pago. El arreglo de pago se otorgará por parte de la sección de cobros, para lo cual esta valorará las siguientes condiciones del sujeto pasivo:
a) Capacidad económica: la persona sujeta pasiva debe demostrar a la sección de cobros que su situación económica le impide pagar en forma total e inmediata las obligaciones vencidas.
b) Monto adeudado: de proceder el arreglo de pago, ambas partes pactarán el monto a pagar mensualmente, y el plazo para la cancelación total para la obligación vencida no podrá exceder de seis meses.
Artículo 18.—Formalización del arreglo de pago. Se realizará ante la sección de cobros de la municipalidad, única competente para realizar esta gestión, mediante la suscripción del documento idóneo que tendrá dicha sección para tales efectos, siempre y cuando la persona sujeta pasiva haya cumplido con los requisitos que esta sección exija para tal gestión.
Artículo 19.—Resolución del arreglo de pago. El convenio de arreglo de pago se resolverá únicamente mediante el pago total que realice la persona sujeta pasiva de la obligación vencida o cuando se haya retrasado diez días hábiles en el cumplimiento de su obligación, en cuyo caso, vencido dicho plazo, se remitirá inmediatamente el expediente a etapa de cobro judicial.
Artículo 20.—Monto mínimo para realizar arreglos de pago. Únicamente procederán arreglos de pago cuando las obligaciones vencidas sean por un monto mayor a la quinta parte del salario base, establecido en el artículo dos de la Ley Nº 7337, del 5 de mayo de 1993. Salvo en casos muy calificados y únicamente con las jefaturas de cobros, se procederá a realizar el arreglo de pago en deudas inferiores a este monto.
Artículo 21.—Sobre la documentación relacionada con los arreglos de pago. Toda la documentación que haya sido requerida por la sección de cobros para la suscripción del arreglo de pago, será agregado al expediente, debidamente foliado.
Artículo 22.—Devolución de saldo a favor. Las personas sujetas pasivas que tengan saldos a favor, podrán solicitar su devolución dentro del término de la Ley Nº 4755 del 3 de mayo de 1971.
SUBSECCIÓN III
Del cobro de las obligaciones tributarias en la etapa judicial
Artículo 23.—Deberes de la sección de cobros en la etapa judicial. La sección de cobros de la municipalidad deberá cumplir con lo siguiente en la etapa judicial:
La etapa judicial se iniciará una vez agotado el cobro administrativo, según lo dispuesto en el artículo 15.b de este reglamento. La sección de cobros deberá cumplir con lo siguiente, en esta etapa:
a) Determinar las obligaciones vencidas que se le adeuden a la municipalidad.
b) La sección de cobros trasladará el expediente respectivo para efectos de iniciar el cobro judicial a los(as) abogados(as) internos(as) o externos(as). Este expediente contendrá al menos:
a) Copias de las notificaciones de cobro administrativo realizadas a la persona sujeta pasiva.
b) Certificación de la persona encargada de la contaduría municipal que haga constar la obligación vencida que vaya a ser remitida a cobro judicial, la cual incluirá multas e intereses, y constituirá el título ejecutivo para el proceso judicial respectivo, de conformidad con lo que establece el artículo 71 del Código Municipal.
c) Informe registral del bien inmueble que constituye la garantía de la obligación tributaria adeudada a la municipalidad.
d) Calidades de la persona sujeta pasiva, si se tratara de una persona jurídica, indicación de las sitas de la constitución de la sociedad.
e) Personería jurídica de la persona Alcaldía Municipal.
f) Poder especial judicial firmado por la persona Alcaldía Municipal.
c) Asignar a los(as) abogados(as) internos(as) o externos(as), en forma equitativa, los casos de cobro judicial, de conformidad con el procedimiento que defina esa sección de cobros, tomando en cuenta los siguientes criterios: Número de casos y la cuantía.
d) Fiscalizar la labor de los(as) abogados(as) internos(as) y externos(as), cuando ejecuten cobros; para ello compete a esta sección, recibir los informes mensuales que realicen los(as) abogados(as) que laboran en forma externa, analizarlos y emitir trimestralmente un informe sobre los mismos para conocimiento de la Administración Tributaria.
e) Corresponderá a la sección de cobros, verificar mediante los informes u otros medios, que los procesos judiciales estén activos.
f) Informar sobre las violaciones al contrato de gestión de los(as) abogados(as) externos(as), para disponer de las posibles sanciones que correspondan.
g) Llevar un expediente de cada uno(a) de los(as) abogados(as) externos(as), en el cual se llevará toda la documentación relacionada con su contratación, los procesos asignados, los informes que este presente y demás documentos relacionados con su actuar, los cuales serán agregados al expediente de forma cronológica.
h) Solicitar al departamento de valoración y catastro el avalúo de los bienes inmuebles que para efectos de remates sea requerido determinar su valor, o si en dicha fase la municipalidad estaría interesada en solicitar la adjudicación del bien.
CAPÍTULO III
De los(as) abogados(as)
externos(as)
SECCIÓN I
Disposiciones generales
Artículo 24.—De la designación. Los(as) abogados(as) externos (as) serán designados (as) en virtud de concurso externo que realizará la municipalidad para su contratación, en cumplimiento de la normativa que establece la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento para la contratación de este tipo de servicios. El número de abogados(as) externos(as) a contratar dependerá de la cartera de personas sujetas pasivas morosas que será remitida a la etapa de cobro judicial y será determinado por la Administración Tributara, asimismo corresponde a esa área analizar a los (as) participantes en el concurso de antecedentes, realizar la evaluación respectiva y rendir un informe técnico a la proveeduría municipal para efectos de determinar quiénes serán las personas profesionales que serán contratadas por la municipalidad.
Artículo 25.—Formalización de la contratación. Las personas oferentes elegidas firmarán un contrato con la municipalidad, así como cualquier otro documento que requiera la institución, necesario para la prestación eficiente de estos servicios, y para cumplir con las normas que regulan este tipo de contratación.
Artículo 26.—No sujeción a plazo. La contratación no estará sujeta a cumplir con un plazo determinado, sino que dependerá del plazo que dure la tramitación del proceso judicial respectivo. Sin embargo corresponderá a la sección de cobros, verificar mediante los informes que los procesos judiciales están activos, de lo contrario, se aplicarán las sanciones que regula este reglamento contra el(la) abogado(a) externo(a) que incumpla con esta obligación.
Artículo 27.—De las obligaciones de los abogados externos. Los(as) abogados(as) externos(as) contratados(as) por la municipalidad para la etapa judicial estarán obligados(as) a:
a) Preparar el poder especial judicial según corresponda.
b) Excusarse de asumir la dirección de un proceso cuando se encuentre en alguna de las causas de impedimento, recusación o excusa, establecidas en los artículos 49, siguientes y concordantes del Código Procesal Civil.
c) Remitir durante los 5 días hábiles siguientes al recibo del expediente completo, copia de la demanda a la sección de cobros debidamente presentada ante la Autoridad Judicial respectiva. De incumplir el plazo indicado, al presentar el informe, deberá adjuntar nota justificando los motivos de su incumplimiento. De no justificarse, se aplicará la cláusula penal que establece este Reglamento y del contrato.
d) Presentar durante los 5 días hábiles siguientes de cada mes, informe a la sección de cobros sobre el estado de los procesos a su cargo. Ese informe deberá incluir lo siguiente:
1) Fecha de presentación de la demanda.
2) Fecha de traslado de la demanda.
3) Fecha de notificación de la demanda al deudor. En caso de que no se pueda notificar, indicar las razones.
4) Nombre de la persona deudora.
5) Estado actual del proceso.
6) Estrategia a seguir o recomendaciones.
e) Cobrar directamente a la persona sujeta pasiva los honorarios del proceso judicial, de conformidad a la tabla de honorarios del Colegio de Abogados de Costa Rica.
f) Asumir los gastos que se presenten por la tramitación del proceso judicial asignado a su dirección.
g) Ante ausencias de su oficina por plazos mayores a tres días hábiles, deberá indicar a la sección de cobros, la persona profesional que deja responsable de los procesos judiciales a su cargo.
h) Dictada la sentencia respectiva, el(la) abogado(a) externo(a), responsable de la dirección del proceso, deberá presentar la liquidación de costas en un plazo no mayor de quince días naturales.
i) Comunicar por escrito, al día hábil siguiente del remate, el resultado del mismo a la sección de cobros.
j) Cuando corresponda, realizar la liquidación de intereses dentro del plazo de ley.
Artículo 28.—Prohibiciones. Se prohíbe a los(as) abogados(as) externos(as) incurrir en lo siguiente:
a) Realizar cualquier tipo de arreglo de pago con la persona sujeta pasiva.
b) Solicitar por concepto de sus honorarios profesionales, sumas diferentes a las estipuladas en el decreto ejecutivo de arancel de honorarios por servicios profesionales de abogacía y notariado.
c) Aceptar o realizar acciones judiciales o administrativas contra la municipalidad.
d) Recibir pagos o abonos al principal de la deuda.
Artículo 29.—Terminación o suspensión del proceso judicial. Una vez que el cobro judicial haya sido iniciado, solo podrá darse por terminado el proceso por el pago total de la suma adeudada a la Municipalidad, incluyendo las costas procesales y personales y cualquier otro gasto generado durante su tramitación o con ocasión del mismo. También podrá darse por terminado en el caso en que se determine fehacientemente o así se declare, la falta de derecho.
No se podrá dar por terminado el proceso judicial respectivo, hasta tanto la Sección de Cobros no le indique por escrito a la persona profesional en derecho externa, que funja como director(a) del proceso, que se ha recibido de conformidad la totalidad de la obligación vencida adeudada por la persona sujeta pasiva, sus intereses y multas.
SECCIÓN II
Sobre el cobro de
honorarios profesionales
Artículo 30.—Cobro de honorarios profesionales.
1- El cobro de honorarios profesionales lo hará directamente el(la) abogado(a) externo(a), quien será la persona que realice la dirección del proceso, a la persona sujeta pasiva, en caso de que éste pretenda cancelar previo a la terminación del proceso judicial respectivo. Dicho cobro se realizará con base en la Tabla de Honorarios establecida en el Arancel de Profesionales en Derecho del Colegio de Abogados de Costa Rica.
2- La municipalidad, únicamente podrá recibir la cancelación del monto adeudado por la persona sujeta pasiva, mediante la presentación del recibo por pago de honorarios del(la) abogado(a) externo(a) director(a) del proceso, de que le han sido cancelados de conformidad los honorarios de abogado(a).
3- Procederá el pago de honorarios desde el momento en que los casos le sean formalmente asignados a la persona profesional, independientemente de que se haya presentado o no la demanda judicial.
Artículo 31.—Condonación de honorarios. Procederá únicamente la condonación de los honorarios profesionales cuando así lo haya determinado la persona directora del proceso, el cual lo hará constar mediante nota dirigida a la Sección de Cobros de la Municipalidad.
Artículo 32.—Pago de honorarios de abogado por parte de la Municipalidad. Únicamente procederá el pago de los honorarios de abogado(a) directamente de la municipalidad, cuando el(a) abogado(a) externo(a) resuelva la contratación que de sus servicios haya hecho la municipalidad, o cuando la contratación sea resuelta por parte de la municipalidad, previo a haber obtenido el pago de la obligación vencida. Se le cancelarán los honorarios profesionales de acuerdo a la tabla de honorarios. Esta cancelación no procederá cuando la resolución del contrato sea consecuencia de la aplicación de una sanción o por negligencia o impericia de la persona profesional responsable.
SECCIÓN III
Causales de resolución contractual y sus consecuencias
Artículo 33.—Resolución automática del contrato de servicios profesionales. Se resolverá automáticamente el contrato por servicios profesionales cuando se den las siguientes causales:
a. Que el(la) abogado(a) externo(a) incurra en patrocinio infiel en contra de la municipalidad.
b. Cuando se pierda un incidente o el proceso, debido al vencimiento del plazo para aportar algún documento o recurso.
c. En el caso de determinarse negligencia o impericia por parte del abogado(a) externo(a) en la tramitación judicial de las obligaciones vencidas, la municipalidad podrá realizar los trámites administrativos de resolución contractual, indemnizatoria, mediante la aplicación de la cláusula penal establecida en este Reglamento y judiciales que correspondan.
Artículo 34.—No remisión de expedientes de cobro judicial. No se remitirán más expedientes de cobro judicial al(la) abogado(a) externo (a) que incurra en las siguientes causales:
a. A los(as) abogados(as) que incumplan con su obligación de presentar dentro de los cinco días hábiles siguientes de cada mes el informe a la Sección de Cobros, sobre el estado de los procesos judiciales a su cargo.
b. Incumplir con su obligación de remitir copia de la demanda con su constancia de presentación ante la Autoridad Jurisdiccional respectiva, dentro del plazo indicado en el inciso c) del artículo 27 de este Reglamento.
c. Cuando habiendo acaecido el Remate, no comunique sobre el resultado del mismo a la Sección de Cobros, dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquel en que el mismo se efectuó.
SECCIÓN IV
Resolución de la
contratación de abogados(as) externos(as)
Artículo 35.—Resolución de la Contratación. Los(as) abogados(as) externos(as) que por alguna razón personal o profesional, quieran dejar de servir a la Municipalidad, deberán comunicar esa decisión expresamente a la Administración Tributaria, con treinta días de antelación, nota de la cual remitirán copia a la Sección de Cobros.
Artículo 36.—Obligaciones de los(as) abogados(as) externos(as) al finalizar la contratación. Al finalizar por cualquier motivo la contratación de servicios profesionales, el(la) abogado(a) externo(a) respectivo, deberá remitir la totalidad de los expedientes judiciales a la Unidad de Cobro, con un informe del estado actual de los mismos, y el documento respectivo de renuncia de la dirección del proceso, para que sea presentado por el(la) nuevo(a) abogado(a) externo(a) o interno(a) que continuará con la dirección del mismo. La Sección de Cobros, deberá haber remitido el expediente a la nueva persona directora del proceso, en un plazo no mayor de cinco días hábiles.
CAPÍTULO V
Disposiciones finales
Artículo 37.—Derogaciones. Este Reglamento deroga cualquier otra disposición administrativa, o reglamentaria que se contraponga a lo aquí regulado.
Artículo 38.—Vigencia. Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
De conformidad con lo establecido en el artículo 43 del Código Municipal, este proyecto de Reglamento se somete a consulta pública por un lapso de diez días hábiles, vencido se pronunciará sobre el fondo.
Santa Ana, 23 de julio del 2009.—Ana Virginia Guzmán Sibaja, Secretaria Municipal.—1 vez.—(67528).
MUNICIPALIDAD DE PALMARES
REGLAMENTO PARA LA PROHIBICIÓN DE CONSUMO
DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN LAS VÍAS PÚBLICAS
DEL CANTÓN DE PALMARES
El Concejo Municipal de Palmares mediante acuerdo ACM-07-164-9 tomado en sesión ordinaria N° 164, cap.VI, art.10, celebrada el 22 de julio del 2009, acordó por unanimidad aprobar el Reglamento para la prohibición de consumo de bebidas alcohólicas en las vías públicas del cantón de Palmares, tal y como a continuación se detalla:
Considerando:
1º—Que cada día nuestros jóvenes se inician en el consumo de alcohol a más temprana edad. De acuerdo a una encuesta reciente realizada con estudiantes colegiales a nivel nacional por el IAFA (Instituto de Alcoholismo y Fármacodependencia), se establece que entre un 24% y 38% de nuestros jóvenes están en un alto riesgo de convertirse en alcohólicos.
2º—Que con preocupación hemos visto en nuestro cantón un aumento significativo del consumo de licor y drogas, tanto en menores de edad como en adultos jóvenes. Lo anterior ha traído como consecuencia conductas violentas e inadecuadas en nuestros jóvenes alcoholizados y drogados.
3º—Que con desconcierto vemos como nuestros parques, aceras, caminos vecinales y en general áreas públicas de nuestro cantón, se han convertido en bares ambulantes sin que La Municipalidad y Fuerza Pública tengan el marco legal para actuar.
4º—Que de conformidad con el artículo 169 de la Constitución Política, le corresponde a los gobiernos municipales de cada cantón, la administración los intereses y servicios locales, incluyendo según el ordenamiento infraconstitucional, la tutela y el correcto uso de los bienes demaniales que se encuentran al servicio y uso de todos.
5º—Que la Municipalidad, en su condición de gobierno local, está obligada a velar por el interés público, entendido como la utilidad, la conveniencia de la colectividad o sociedad ante los particulares, o de los más ante los menos; es decir, está obligada a proteger la conveniencia y necesidad de carácter colectivo en el orden moral y material.
6º—Que el artículo 169 de la Constitución Política, antes indicado, y el Código Municipal le otorgan al municipio potestad reglamentaria y autonomía suficiente para que, en apego al ordenamiento jurídico, dicte las regulaciones necesarias a fin de cumplir con su cometido. Por tanto:
Hemos convenido en crear y aprobar el presente Reglamento, que se regirá por las siguientes cláusulas:
1. Se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en las vías públicas del cantón de Palmares de Alajuela. Entendiéndose por vías públicas, caminos vecinales, aceras, parques, plazas de deporte y esparcimiento; en fin, en todos aquellos bienes de uso común que por ley o por uso y costumbre sean directa o indirectamente administrados por la Municipalidad de Palmares.
2. La Municipalidad de Palmares, por denuncia o propia iniciativa y a través de la Fuerza Pública y de la Policía Municipal cuando está última se establezca, desalojará de las zonas indicadas a todas aquellas personas que incumplan con lo establecido en el artículo anterior.
Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. Acuerdo firme.
Magaly Ramírez Alvarado, Secretaria del Concejo a. í.—1 vez.—Nº 121803.—(67512).
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
El Banco Nacional de Costa
Rica, Oficina Principal, avisa a las
siguientes personas que tienen pendiente su retiro de bienes en Custodia por
Cajitas de Seguridad abiertas por incumplimiento de contrato:
Número Fecha
Nombre Identificación de Cajita apertura
Thomas Lanewski 5218322782* 37 28/06/1999
Ike Kraps 612130* 37 15/03/2002
Clarence Horisch 10251008616* 111 28/04/1999
Hans Braesel 95062722708* 188 15/01/1998
Mauricio Molinari 189790F* 264 04/04/1995
Willian Henry Blaumann 2-0434-8214 298 31/01/1995
Francini Ybarra Rojas 22126911* 466 11/01/1994
Essto de Santa Ana 3-101-055592-28 469 21/01/1998
Urbanización La Florida 3-101-011821-09 608 10/03/1999
Regina Alen Domínguez 2052* 649 13/11/1998
Elizabeth Magdalena Blather 4004830151* 729 27/04/1999
Carmen Viollet Heini 6210481* 851 18/01/1994
Juan Fabio Lau Sandino 68352* 869 17/06/1993
Sociedad Norwich Ltda 3-102-007988 991 02/04/1998
Rafael Palacino Zúñiga 1-0348-0471 1048 17/06/1993
Inmobiliaria Mis Sobrinos
S.A. 3-101-020240 1124 18/04/1980
Raymond Young D000276NG* 1319 28/02/1995
Sandro Jo Ludescher 72362564* 1469 18/01/1994
Sergio Stefano Bar Selianz 41147604* 1540
Fedecrédito 3-004-450943 1550 10/05/2002
Rosa Suesman Herrera 688309* 1567 12/07/2000
LI Corne Liu Tso 8809* 1573 22/04/1998
Carlos Soto Garbanzo 1-0312-0025 1595 16/10/1973
Fundación Desarrollo Juv.
Común. 3-110-066978 1626 04/04/1995
Joseph James Hall 44337281* 1657 04/04/2002
Dineral S.A. 3-101-012815 1678 15/01/1994
Leonor Cuadra Cardenal 8-0017-0677 1689 25/11/1978
Riai Xu Gao 8-0084-0136 2308 30/01/2009
Mitsuo Horaguchi 9072966* 1764 27/01/2001
Michael Josef Redmann 5524047999* 1822 04/04/1995
Horacio Vega Monge 2-0228-0342 1825 31/01/1995
Raymond L. Antony 42276966* 1862
Jerad Walker 5552079* 1947 13/10/2004
Alegría Chaves Marbely 5-0174-0555 2028 31/01/1995
Juan C. Sánchez Arrasque 1867399* 2080 04/04/1995
Hugo Roger Soto Córdoba 1-0433-0366 2105 20/05/1998
Ray Wilson Lewis 41265872* 2133 11/01/1994
Steve Aspiazu Bulit 42993880* 2158 07/03/1995
Mc Ghee Roj Leslie 12514352* 2181 11/01/1994
Jeffrey B. Cassel 5143176* 2252 19/11/1998
Serv. Turis. Ints. Costa
Brava 3-101-115629 2332 07/03/1995
La Casa de la Cerradura 3-101-128607 2334 02/03/1999
Carvajal y Carvajal 3-101-057434-36 2356 14/05/1999
Luis Valladares Grijalba 270-8100432387 2421 14/05/1999
Willke Lutz 1566034757* 2451 11/01/1994
Leonardo Julian Pretto 639638* 2459 15/01/1998
Frank Isadore Augulevicius 7047558* 2465 27/02/2009
Consultores de Ing.
Financiera S.A. 3-101-064802 2495 14/05/1999
Hans Venier 740168* 2716 04/04/2002
Norman Arthur Hokana 74353443* 2735 19/07/2001
Hilario Adonis V. 415-20695263 2836 02/03/1999
Luis Alfredo Casas 6485391* 5649 16/11/1998
G. Agustín Mata 81000121743* 5762
Tiziano Cavalleto 693611* 5839 30/05/2002
Rafael Rodríguez Carballo 1-0382-0487 5946 06/09/2000
Alma Nidia Ríos Ramírez 8-0058-0113 6013 30/03/1989
Edgar Santos Fernández 1-0130-0547 6099 26/11/1998
O.E.C. Costa Rica 3-101-089579 6150 17/11/1998
José A. Leyton Vaughan 173856* 6157 11/11/1994
Industrias Modelo S. A. 3-101-034952 6166 26/09/1995
270-
Juana Vict. Tijerino
Rodríguez 01045190043392 6192 08/07/1987
Jamai Karin Amirali EM275545* 6278
*Número de Pasaporte registrado, pudo haber cambiado con el tiempo.
Para mayor información puede
comunicarse a los teléfonos No. 2212-2698 ó 2212-2445, Custodia de Valores,
Oficina Principal del Banco Nacional de Costa Rica.
San José, 4 de agosto del 2009.—Luis Soto Bastos, Jefatura,
Custodia y Administración de Valores OP.—C-231150.—(67206).
SUCURSAL SAN
ANTONIO DE BELÉN
AVISO
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
El Banco Nacional de Costa
Rica, Sucursal de San Antonio de Belén, avisa al Sr. Eric Alfred Doucha que
tiene pendiente de retirar los bienes custodiados en la cajitas de seguridad
582, la cual fue abierta por incumplimiento de contrato:
Nombre Identificación Fecha apertura
Eric Alfred Doucha Pasaporte 906441* 11-02-2003
* Nº pasaporte pudo haber
cambiado con el tiempo.
Favor presentarse a esta
Sucursal y/o comunicarse al teléfono 2239-0247, extensión 4792.
San José, 31 de julio del
2009.—Carlos López Brenes, Director Operaciones.—(66579)
ÁREA DE INVESTIGACIÓN
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Ivannia Arguello Villalobos,
ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en
Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y
costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor
Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los
cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
“Rodrigo Facio”, 30 de julio del 2009.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea
Nieto, Director.—Nº 121351.—(66666).
Priscilla Barrios Rodríguez ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 30 de julio del 2009.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 121351.—(66667).
Dixie Vanessa Murillo Víquez ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 03 de agosto 2009.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(67190).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
A Maureen Gabriela Zamora
Granados, se le comunica que por resolución de las catorce horas, cincuenta
minutos del veintidós de julio del dos mil nueve, se declaró la adoptabilidad
de la persona menor de edad Angeline Naomy Sánchez Zamora. Se le advierte que
deberá señalar lugar o medio conocido para recibir sus notificaciones, en el
entendido que de no hacerlo, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente cabe recursos de
revocatoria y apelación los cuales deberán interponerse dentro de las cuarenta
y ocho horas siguientes contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de
la última notificación a las partes, en el entendido que de hacerlo fuera de
dicho término los recursos devienen inadmisibles. Expediente Nº
115-00066-09.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Ileana Ballard Romero,
Representante Legal.—(O. P. Nº 30082).—(Solicitud Nº 29066).—C-6630.—(66877).
A los señores Kattia de los Ángeles Brade Corrales e Igor Dones Acosta, ambos de calidades desconocidas por esta oficina, se les notifica la resolución de las ocho horas del veintisiete de julio de dos mil nueve, que inicia proceso especial de protección y dicta cuido provisional a favor del niño Maills Dones Brade por el plazo de seis meses prorrogables judicialmente ubicándolo en el hogar de su abuela materna. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante esta Oficina Local en forma verbal o escrita; Oficina que lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en Barrio Luján, San José, antigua Dos Pinos o de Matute Gómez, trescientos metros al sur, deben señalar medio para notificaciones. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Expediente Nº 431-00107-2009.—Oficina Local de Heredia Norte.—Lic. Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante Legal.—(O. P. Nº 30082).—(Solicitud Nº 29066).—C-7180.—(66878).
A quien interese comunica que por resolución de catorce horas dos minutos del dieciséis de julio del año dos mil nueve, se declaró estado de abandono en sede administrativa de la persona menor de edad Jéssica Del Carmen y Junior ambos Bustos Traña; asimismo, se ordenó el depósito administrativo de tal menor de edad a cargo de esta institución quien a su vez lo delega en Cándida Traña Espinoza. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de esta Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente Nº 145-00082-2008.—Oficina Local de Liberia.—Lic. Ana Marcela Montero Noguera, Órgano Director del Procedimiento.—(O. P. Nº 30082).—(Solicitud Nº 29066).—C-15300.—(66879).
Al señor Juan Núñez Chavarría se le comunica la resolución de las catorce horas del día diecisiete de julio del dos mil nueve mediante la cual la Oficina Local de Puntarenas revocó la resolución administrativa de las doce horas, treinta minutos del dieciocho de junio del dos mil nueve que había ordenado el ingreso al Hogar Crea para Niños y Adolescentes de Heredia por egreso sin autorización, y ordenó también como medida especial de protección, el ingreso de su hijo Juanderley Núñez Martínez a Hogar Crea para Niños y Adolescentes de Limón. Se ordenó también seguimiento social de parte de PANI. Garantía de defensa: se les hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: Se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este Despacho o ante la Presidencia Ejecutivo dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes. Expediente N° 631-00061-1997.—Oficina Local de Puntarenas, 22 de julio del 2009.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Representante Legal.—(O. P. Nº 30082).—(Solicitud Nº 29066).—C-12750.—(66880).
Se le comunica formalmente a los señores Stephannie María Garita López, cédula Nº 6-376-033, y Rodrigo Gerardo Zapata Espinoza, cédula Nº 6-218-569, la resolución administrativa de las catorce horas del día veintiuno de Julio del dos mil nueve, mediante la cual se ordenó como medida especial de protección el ingreso de su hija Ashlly Karina Zapata Garita al Hogar Cristiano de Puntarenas. Se ordenó también, entre otras disposiciones, la valoración social de recursos familiares y comunales por parte del PANI. Garantía de defensa: se les hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: Se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este Despacho o ante la Presidencia Ejecutivo dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes. Expediente N° 631-00045-2009.—Oficina Local de Puntarenas, 22 de julio del 2009.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Representante Legal.—(O. P. Nº 30082).—(Solicitud Nº 29066).—C-12240.—(66881).
Comunica a quien interese la resolución de las catorce horas del veinticuatro de julio del dos mil nueve, que declaró administrativamente en estado de abandono a la persona menor de edad Kendall Esteban Pacheco Badilla. Recursos. Proceden los de revocatoria con apelación en subsidio. Plazo: Tres días hábiles contados a partir de la tercera publicación de este edicto, los que deberán interponerse ante el Órgano Director de la Oficina Local de Cartago. Expediente Administrativo 331-00054-2004.—Oficina Local de Cartago.—Lic. Jorge E. Sanabria Masís, representante legal.—(O. C. Nº 30082).—(Solicitud Nº 29066).—C-7650.—(66885).
Resolución RJD-171-2009.—San José, a las nueve horas del trece de julio del dos mil nueve.
Solicitud de concesión de servicio público de generación de energía eléctrica, al amparo de la Ley 7200 y sus reformas, presentada por Hidroeléctrica Platanar S. A. Expediente CE-01-2009.
Resultando:
I.—Que con los Oficios HPSA-C-2009-010 y, HPSA-C-2009-013, del 5 y del 10 de marzo del 2009, respectivamente, recibidos, por su orden, en la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep), el 6 y el 11 de marzo del 2009; Hidroeléctrica Platanar, S. A., con cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cuatro ciento ochenta y cinco treinta y dos, a través del señor Javier Matamoros Agüero, en su condición de Apoderado general de dicha empresa, presentó a la Aresep solicitud de concesión de servicio público de generación de energía eléctrica, al amparo del Capítulo I de la Ley 7200 y sus reformas (Ley que autoriza la generación eléctrica autónoma o paralela), a partir del 9 de agosto del 2009, por 15 294,24 kW, para venta al Instituto Costarricense de Electricidad (Ice); (folios 1 y 2).
II.—Que la Dirección de Servicios de Energía de la Aresep, verificó que la siguiente documentación aportada por la solicitante, cumpliera con los requisitos establecidos para este tipo de peticiones:
1) Certificaciones notariales de la personería del representante legal de la solicitante (folio 36).
3) Resolución R-0152-AGUAS-MINAE-2003, de las 9 horas del 27 de octubre de 2003, del entonces Ministerio del Ambiente y Energía, sobre estado de concesión de fuerza hidráulica, otorgada a Hidroeléctrica Platanar, S. A. (folios 3 al 6)
4) Detalles del proyecto: (a) lugar geográfico; (b) río del que se toma el agua, (c) constitución de la planta que consta de dos generadores para una potencia instalada de 16 MW (folio 22).
5) Contrato de compra venta de energía al Ice (folios 1 y 6).
III.—Que la Dirección de Servicios de Energía de la Aresep, por Oficio 227-DEN-2009/2379, del 2 de abril del 2009, le solicitó a la Dirección de Protección al Usuario de la Aresep, convocar a la audiencia pública de ley, la referida solicitud de Hidroeléctrica Platanar, S. A. (folios 11 y 12).
IV.—Que la convocatoria a audiencia pública para conocer de la citada solicitud de concesión, presentada por Hidroeléctrica Platanar, S. A., fue publicada en los diarios La Nación y, La Prensa Libre, ambos del 14 de abril del 2009 y, en La Gaceta 76, del 21 de abril del 2009 (folios 16 y 17).
V.—Que no se presentaron posiciones dentro ni fuera del plazo otorgado en dicha convocatoria a audiencia, ni en el curso de la audiencia, según se indica en el Informe de instrucción (folios 37 y 38).
VI.—Que la audiencia pública se llevó a cabo el 13 de mayo del 2009 en las instalaciones de Instituto Tecnológico de Costa Rica, ubicado en Florencia, de San Carlos, provincia de Alajuela. El Acta 44-2009 de la audiencia, se halla en los folios 40 al 48.
VII.—Que la Dirección de Servicios de Energía de la Aresep, analizó la referida solicitud de concesión, produciéndose el Oficio 368-DEN-2009/4028, del 10 de junio del 2009 (folios 51 al 55).
VIII.—Que con Memorando 370-DEN-2009, del 12 de junio del 2009, fueron remitidos a esta Junta Directiva, el Oficio 368-DEN-2009/4020, de cita, y el expediente C-01-2009, en que se tramita la indicada solicitud de concesión presentada por Hidroeléctrica Platanar, S. A. (folio 67).
IX.—Que en los procedimientos se han observado las prescripciones de ley.
Considerando:
I.—Que el artículo 9° de la Ley 7593 establece que la Aresep continuará ejerciendo la competencia que la Ley 7200 y sus reformas, confería al Servicio Nacional de Electricidad.
II.—Que el artículo 5° de la Ley 7200 y sus reformas, establece que la Aresep está facultado para otorgar concesiones destinadas a la explotación de centrales eléctricas de limitada capacidad, hasta de un máximo de 20 MW, por un plazo no mayor de 20 años y; para prorrogar, modificar o traspasar esas concesiones, sin autorización legislativa.
III.—Que el artículo 4° del Reglamento a la Ley 7593, que es el Decreto Ejecutivo 29732-MP, establece que corresponde a la Aresep otorgar las concesiones destinadas a la explotación de centrales eléctricas de limitada capacidad.
IV.—Que el artículo 6°, inciso 2, subinciso 3) del Reglamento interno de organización y funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y sus órganos desconcentrados, señala que dentro de las funciones que corresponde ejercer a esta Junta Directiva, se halla la de otorgar las concesiones de servicio público para la venta de energía.
V.—Que del Oficio 368-DEN-2009/4020, ya citado, que sirve de fundamento a esta resolución, conviene extraer lo siguiente:
1) Hidroeléctrica Platanar, S. A., genera energía eléctrica, al amparo de la Ley 7200 y sus reformas; que inició sus operaciones el 13 de julio de 1995, con una capacidad instalada nominal de 16 MW, generada mediante dos unidades Francis horizontales y que aprovecha las aguas del río Platanar; además.
2) Por resolución 023-H-91 de las 11:55 horas del 19 de febrero de 1991, del Servicio Nacional de Electricidad, recaída en el expediente 867-H, que lleva el Departamento de Aguas del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones; se le otorgó concesión fuerza hidráulica a Hidroeléctrica Platanar, S. A.
2) La planta ha generado, en promedio, 7 565 304 kWh mensuales (aproximadamente 85 567 772 kWh al año. Si en lugar de utilizar la generación de la central de Hidroeléctrica Platanar, S. A., ésta fuera térmica; el costo total de producción por kWh sería de ocho veces más caro. Esto deja ver la conveniencia para el país, de permitir que plantas hidroeléctricas como la que tiene Hidroeléctrica Platanar, S. A. puedan seguir operando.
3) De acuerdo con lo establecido en las Leyes 17 y sus reformas y 7593 y sus reformas, se corroboró que Hidroeléctrica Platanar, S. A. no tiene cuentas pendientes con la Caja Costarricense del Seguro Social.
4) El 7 de octubre de 2003, Hidroeléctrica Platanar, S. A. le solicitó al Ministerio de Ambiente y Energía, la ampliación del plazo de concesión de fuerza hidráulica, con el propósito de cumplir con el plazo del contrato suscrito con el Instituto Costarricense de Electricidad (Ice), adecuando la vigencia de la concesión otorgada mediante resolución 023-H-91 de las 11:55 horas del 19 de febrero de 1991, del Servicio Nacional de Electricidad, recaída en el expediente 867-H, que lleva el Departamento de Aguas del Ministerio de Ambiento, Energía y Telecomunicaciones; desde el 8 de agosto de 1994 al 8 de agosto del 2009.
5) Mediante resolución R-0152-AGUAS-MINAE-2003, de las 9 horas del 27 de octubre de 2003, del entonces Ministerio de Ambiente y Energía, se modificó la fecha de vencimiento de la referida concesión de fuerza hidráulica, para ajustarla a la fecha de vencimiento del contrato de compra y venta de electricidad; de manera tal, que dicha concesión y el referido contrato, vencen el 8 de agosto del 2009.
6) En el caso de Hidroeléctrica Platanar S. A., no se requiere de estudio de impacto ambiental, dado que, ante consulta a la Secretaría Técnica Ambiental, del Ministerio del Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, sobre el caso de Hidroeléctrica Aguas Zarcas, S. A. —que es igual al de Hidroeléctrica Platanar S. A.—; esa Secretaría Técnica, en Oficio SGDAP-1395-2008-SETENA, del 20 de noviembre de 2008, indicó, en lo que interesa: “[…] si la actividad ya se encuentra construida y en operación no es procedente la presentación del EsIA, toda vez que de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica del Ambiente, la aprobación previa de la Evaluación del Impacto Ambiental por parte de la SETENA, será requisito indispensable para iniciar las actividades obras o proyecto.”
7) Dado que la capacidad actual del Sistema Nacional Interconectado con referencia al año 2008, es de 2 173 MW (folio 60, frente y vuelto, del expediente tarifario ET-205-2007 y Dirección de Servicios de Energía de la Aresep, a partir de información suministrada por el Ice), resulta que el 15 por ciento en lo concerniente al Capítulo I de la Ley 7200 y sus reformas, es de 326 MW, en tanto que la capacidad en operación de la generación privada es a la fecha, de 180 MW (estando la capacidad de esta planta dentro de este valor por estar actualmente operando), por lo que no habría variante alguna.
8) Es conveniente otorgar esta concesión, dada la naturaleza de la fuente primaria de energía, que es ambientalmente adecuada.
9) No hay objeciones técnicas a la solicitud y a la fecha, Hidroeléctrica Platanar, S. A. ha cumplido con la legislación vigente, por lo que se recomienda:
a) Otorgar la concesión solicitada por Hidroeléctrica Platanar, S. A.
b) En caso de ser favorable la concesión, indicarle a la empresa que el proyecto debe cumplir no solamente con las condiciones estipuladas en el contrato, sino con la normativa técnica aplicable que la Autoridad Reguladora haya aprobado o llegue a aprobar en el ejercicio de sus facultades reguladoras.
VI.—Que por acuerdo 003-048-2007, tomado en la sesión 048-2007, del 15 de agosto de 2007, esta Junta Directiva resolvió, en lo conducente:
I. Ampliar las concesiones que corresponde otorgar a esta Junta Directiva, en el marco del Capítulo I de la Ley 7200, en cuanto a cantidad de energía que puede ser objeto de compraventa, a todas aquellas empresas que: || 1. Estén vendiendo al Instituto Costarricense de Electricidad, cantidades de energía eléctrica inferiores al límite establecido en esa ley, || 2. Produzcan energía eléctrica con fuentes renovables y, || 3. Soliciten al Instituto Costarricense de Electricidad, la modificación de los contratos vigentes de compraventa de energía eléctrica, en cuanto a la cantidad de esa energía que puede ser objeto de compraventa. || […]
VII.—Que sobre la base de los resultandos y considerandos que preceden y de acuerdo con el mérito de los autos, lo procedente es otorgar la concesión para prestar servicio público de generación de energía eléctrica, solicitada por Hidroeléctrica Platanar, S. A., como se dispone. Por tanto,
Con fundamento en los artículos 5° de la Ley 7200 y sus reformas; 9°, párrafo segundo de la Ley 7593 y sus reformas; 4°, inciso a), subinciso 1 y; 30 del Decreto Ejecutivo 29732-MP, que es el Reglamento a la Ley 7593; 6°, inciso 2, subinciso e) del Reglamento interno de organización y funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y sus órganos desconcentrados y; en el acuerdo 003-048-2007, tomado por esta Junta Directiva, en la sesión 048-2007, del 15 de agosto de 2007;
LA JUNTA DIRECTIVA, RESUELVE:
I.—Otorgar concesión de servicio público de generación de energía eléctrica a Hidroeléctrica Platanar, S. A., por 20 MW, como máximo, para venta al Instituto Costarricense de Electricidad.
II.—La concesión se regirá por los siguientes términos y condiciones:
Primero: El plazo de la concesión que en este acto se otorga, es de 20 (veinte) años, contados a partir del 9 de agosto del 2009.
Segundo: No se podrá prestar el servicio, si la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos no tiene fijados los precios o las tarifas correspondientes.
Tercero: La solicitud de renovación de la concesión que en este acto se otorga, debe ser presentada a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, al menos seis meses de antes de su vencimiento.
Cuarto: La concesionaria debe pagar el canon de regulación establecido por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y mantenerse al día. La falta de pago de dicho canon, dará lugar a las sanciones establecidas en la Ley 7593 y sus reformas.
Quinto: La concesionaria debe cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 7593 y sus reformas y la normativa sobre calidad, cantidad, confiabilidad, continuidad, oportunidad y prestación óptima del servicio, que emita la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.
Sexto: Serán causales de extinción de la concesión que en este acto se otorga, las siguientes: (a) Generar más energía que la autorizada; (b) Vender o entregar energía eléctrica a persona distinta al Instituto Costarricense de Electricidad; (c) Traspasar la concesión, total o parcialmente, sin previo autorización de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.
Sétimo: Serán causales de caducidad de la concesión que este acto se otorga, las siguientes: (a) La renuncia del concesionario, sin perjuicio de las responsabilidades que le quepan; (b) Fuerza mayor o caso fortuito, que alteren las condiciones de la concesión; (c) La disposición expresa de la Asamblea Legislativa, de conformidad con lo establecido en el inciso c) del artículo 15 de la Ley 7593 y sus reformas y; (ch) El incumplimiento de las disposiciones que en materia de calidad, cantidad, confiabilidad, continuidad, oportunidad y prestación óptima del servicio y, respecto de tarifas que dicte la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.
Octavo: Serán causales para de revocación de la concesión que en este acto se otorga, las establecidas en los artículos 38, 39 y 41 de la Ley 7593 y sus reformas.
En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de la Ley general de la administración pública, se indica que contra esta resolución cabe recurso de reposición o de reconsideración, que se interpondrá, dentro de los tres días siguientes a la notificación de este acto; ante la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, a la que corresponde resolverlo.
Notifíquese y publíquese.
Publíquese y comuníquese. Fernando Herrero A.; Pamela Sittenfeld Hernández; Jorge Cornick Montero; Marta María Vinocour Fornieri; Adolfo Rodríguez Herrera.
San José, 23 de julio del 2009.—Secretaría Junta Directiva.—Luis Alberto Cascante Alvarado.—1 vez.—(O C Nº 4304).—(Solicitud Nº 21392).—C-166500.—(67755).
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
EDICTOS
La SUTEL de conformidad con el expediente
SUTEL-OT-163-2009 admite la solicitud de autorización presentada por María
Eunice Zárate Arguedas, cédula de identidad número 4-0119-0278, para la
operación de un servicio de acceso a Internet en la modalidad de café Internet.
Se otorga el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de
este edicto, para que los interesados se apersonen ante la SUTEL a hacer valer
sus derechos.
San José, 31 de julio del 2009.—George Miley
Rojas, Presidente.—1 vez.—(67702).
La SUTEL de conformidad con el expediente SUTEL-OT-104-2009 admite la solicitud de autorización presentada por Luis Vladimir Brenes Loría, cédula de identidad número 3-0338-0710, para la operación de un servicio de acceso a Internet y telefonía IP en la modalidad de café Internet. Se otorga el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, para que los interesados se apersonen ante la SUTEL a hacer valer sus derechos.
San José, 31 de julio del 2009.—George Miley
Rojas, Presidente.—1 vez.—(67725).
La SUTEL de conformidad con el expediente SUTEL-OT-349-2009 admite la solicitud de autorización presentada por Comercializadora de Servicios y Más S. A., cédula jurídica número 3-101-529209, para brindar un servicio de acceso a Internet en modalidad de café Internet. Se otorga el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, para que los interesados se apersonen ante la SUTEL a hacer valer sus derechos.
San José, 10 de julio del 2009.—Carlos Raúl
Gutiérrez, Miembro Consejo.—1 vez.—(67759).
La SUTEL de conformidad con el expediente SUTEL-OT-510-2009 admite la solicitud de autorización presentada por Isaac Daniel Mendoza Montiel, cédula de residencia número 155803506123, para brindar servicios de acceso a Internet en modalidad de café Internet. Se otorga el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, para que los interesados se apersonen ante la SUTEL a hacer valer sus derechos.
San José, 28 de julio del 2009.—George Miley
Rojas, Presidente.—1 vez.—(67790).
La SUTEL de conformidad con el expediente SUTEL-OT-361-2009 admite la solicitud de autorización presentada por Fernando Jiménez Salas, cédula de identidad número 1-1214-0272, para brindar un servicio de acceso a Internet en modalidad de café Internet. Se otorga el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, para que los interesados se apersonen ante la SUTEL a hacer valer sus derechos.
San José, 14 de julio del 2009.—George Miley
Rojas, Presidente.—1 vez.—(67832).
La SUTEL de conformidad con el expediente SUTEL-OT-267-2009 admite la solicitud de autorización presentada por José Andrés Murillo Fernández, cédula de identidad número 1-0848-0143, para la operación de un servicio de acceso a Internet en la modalidad de café Internet. Se otorga el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, para que los interesados se apersonen ante la SUTEL a hacer valer sus derechos.
San José, 16 de julio del 2009.—George Miley
Rojas, Presidente.—1 vez.—Nº 122307.—(68477).
AMPLIACIÓN DE RECEPCIÓN DE OBSERVACIONES PARA
LAS REFORMAS A LOS REGLAMAENTOS DEL PLAN
DIRECTOR URBANO DE SAN JOSÉ
Considerando:
I.—Que mediante acuerdo Nº 23, artículo IV, de la sesión ordinaria Nº 166, celebrada por este Concejo Municipal, el día 30 de junio de 2009, se aprobó ampliar el plazo para la recepción de observaciones escritas por parte de los vecinos del cantón, para la reforma a los Reglamentos del Plan Director Urbano de San José, hasta el 27 de noviembre de 2009. Que además se acordó que la audiencia pública correspondiente a este proceso, se llevará a cabo en el auditorio del Edificio José Figueres Ferrer, sede de la Municipalidad, sito en avenida 10, calles 34 y 36, desde las 8:00 a. m., hasta las 5:00 p. m., del día sábado 22 de agosto de 2009 y que los mapas y reglamentos del Proyecto de Reforma estarán a disposición de los interesados, para su consulta, a partir de la segunda semana de julio de 2009, en las mismas condiciones señaladas en los acuerdos anteriores.
2.—Que es claro que existe un error material al indicar las dos últimas fechas (sea 22 de agosto y segunda semana de julio), las cuales, según el procedimiento y de acuerdo con el Cronograma de Trabajo, evidentemente hacen referencia al año 2010, además de que en agosto de ese año, el tercer sábado corresponde a fecha 21. Por tanto,
este Concejo Municipal, acuerda:
1º—Corregir el error material existente en el acuerdo municipal 23, artículo IV, de la sesión ordinaria Nº 166, celebrada por este Concejo Municipal, el día 30 de junio de 2009, de manera que el párrafo segundo se lea de la siguiente manera:
“La audiencia pública, de acuerdo con el nuevo cronograma, se
llevará a cabo en el auditorio del Edificio José Figueres Ferrer, sede de la
Municipalidad, sito en avenida 10, calles 34 y 36, desde las 8:00 a. m., hasta
las 5:00 p. m., del día sábado 21 de agosto de 2010.
Los mapas y reglamentos del Proyecto de Reforma estarán a
disposición de los interesados, para su consulta, a partir de la segunda semana
de julio de 2010, en las mismas condiciones señaladas en los acuerdos
anteriores”.
Acuerdo firme.—18, artículo I, de la sesión extraordinaria 80, celebrada por la Corporación Municipal del Cantón Central de San José, el 23 de julio del 2009.
San José, 29 de julio de 2009.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 4341).—(O. P. Nº 121211).—C-28520.—(67859).
Exhumaciones en el Cementerio Calvo
El Departamento de Servicios Sociales y Económicos, de esta Municipalidad, informa a los familiares de las personas que se encuentran inhumadas en el sector norte del Cementerio Calvo:
“que en vista de que el contrato de sepultura del sector norte del
Cementerio Calvo se encuentra Vencido desde hace ya varios años, se procederá a
realizar las exhumaciones correspondientes en esta ubicación”.
De esta forma los familiares que así lo deseen pueden trasladar los restos a otro cementerio, para lo cual tendrán 15 días hábiles a partir de la presente publicación, para realizar los trámites correspondientes, ante la oficina de Cementerios de la Municipalidad de San José. Sita: sótano Edificio Municipal “José Figueres Ferrer”, avenida 10.
San José, 29 de abril de 2009.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 4342).—(O. P. Nº 121211).—C-9770.—(67860).
La Municipalidad de Alajuelita comunica a los
estimables vecinos y público en general, que por acuerdo de la sesión N° 169
ordinaria celebrada el pasado 21 de julio del año en curso, se acordó realizar
sesiones extraordinarias en lo que resta del presente año en diferentes
distritos del cantón, como sigue: 1) Distrito de San Felipe, domingo 9 de
agosto a las 10 a. m., en la Escuela de Tejarcillos; sábado 29 de agosto, a las
2 p. m., en la Escuela Los Pinos. 2) Distrito de Concepción, sábado 19 de
setiembre a las 2 p. m., en el Salón Parroquial. 3) Distrito de San Josecito,
sábado 10 de octubre a las 2 p. m., en la Escuela Ismael Coto Fernández.
Alajuelita, 3 de agosto del 2009.—Lilliana
Vargas Guillen, Secretaria Municipal.—1 vez.—(67415).
El Concejo Municipal del cantón central de
Heredia, en sesión ordinaria N° 291-2009 del 6 de julio del 2009, acordó por
unanimidad: adelantar la sesión ordinaria del Concejo Municipal que se debe
realizar el lunes 31 de agosto, para el jueves 27 de agosto.
Heredia, 3 de agosto del 2009.—Lic. Enio
Vargas Arrieta, Proveedor Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 52269).—C-5270.—(67385).
FUNDACIÓN
FE EN ACCIÓN
Los suscritos Ana Rita Vargas Monge, cédula
de identidad 6-0195-0620 y Jury Ann Gittens Dixon, cédula de identidad
1-0851-0222 y Teresita Monge Gutiérrez, cédula de identidad 1-0616-0572 en
nuestra calidad de directores de la Fundación Fe en Acción, debidamente
inscrita en la Sección Personas del Registro Público, al tomo 150, folio 127,
asiento 343, con domicilio en San José, Desamparados, Gravilias, 125 metros sur
del restaurante Chino Meyca, casa verde con rosado, contiguo a Manualidades
GESI y cédula de persona jurídica 3-006-247889, en cumplimiento con el estatuto
de nuestra Fundación procedemos a convocar por este medio a los miembros
patrocinadores de la misma, a reunión de asamblea general ordinaria de
patrocinadores, la cual se realizará el día 20 de agosto del 2009 a las 6:30 p.
m., en el domicilio de la Fundación antes indicado. De no contar con el quórum
requerido para la primera convocatoria, la reunión se realizará una hora después
en segunda convocatoria con los miembros presentes. El motivo de la
convocatoria es el nombramiento de la Presidenta de la Fundación y el de la
Junta Administrativa.—San José, 07 de agosto del 2009.—Ana Rita Vargas Monge,
Jury Ann Gittens Dixon y Teresita Monge Gutiérrez.—1 vez.—(68321).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
PRO MOTOR SPORT SOCIEDAD ANÓNIMA
Pro Motor Sport Sociedad Anónima, antes denominada Chita de Alajuela Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-140022, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: diario, mayor, inventario y balances, actas consejo de administración, actas de asambleas de socios y actas de registro de socios todos número 1). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Atea de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributario de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Carlos Rodríguez Vargas, Presidente.—(66621).
SISTEMAS
TECONOLOGICOS DE RECICLAJE
Y PROCESAMIENTO DE DESECHOS SOCIEDAD ANÓNIMA
Sistemas Tecnológicos de Reciclaje y Procesamiento de Desechos Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-338.976, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del siguiente libro actas de junta directiva número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante al Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Orlando Calzada Miranda.—Nº 121099.—(66671).
LA FIORE
K.M.H. S. A.
La Fiore K.M.H. S. A., cédula jurídica número 3-101-410233, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros número uno de actas de registro de accionistas, actas de asambleas de socios, actas de junta directiva, diario, mayor e inventarios y balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Administración Tributaria de Puntarenas en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Gerardo Vargas Rojas, Notario.—Nº 121209.—(66672).
EL ARETE DE
ORO SOCIEDAD ANÓNIMA
El Arete de Oro Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-050338, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición por extravío de los libros Diario Nº l, Mayor Nº l, Inventarios y Balances Nº l. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José (Legalización de Libros) dentro del término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. José Leonel Sáenz Batalla, Notario.—Nº 121271.—(66673)
FARMACIA
HAHNEMANN SOCIEDAD ANÓNIMA
Farmacia Hahnemann Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-068705, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición por extravío de los libros Diario Nº l, Mayor Nº l, Inventarios y Balances Nº l. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José (Legalización de Libros) dentro del término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. José Leonel Sáenz Batalla, Notario.—Nº 121272.—(66674).
LABORATORIO
HAHNEMANN SOCIEDAD ANÓNIMA
Laboratorio Hahnemann Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-044210, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición por extravío de los libros Registro de Socios Nº l, Diario Nº l, Mayor Nº l Inventarios y Balances Nº l. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José (Legalización de Libros) dentro del término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. José Leonel Sáenz Batalla, Notario.—Nº 121273.—(66675).
AROS Y
LLANTAS MUNDIALES E.E. S. A.
Aros y Llantas Mundiales E.E. S. A., cédula jurídica numero tres-ciento uno-trescientos ochenta y cinco mil trescientos treinta, solicita ante la Dirección Tributación, la reposición de los seis libros legales: l) Diario, 2) Mayor, 3) Inventarío y Balances, 4) Actas de Consejo de Administración, 5) Actas de Asamblea de Socios, y 6) Registro de Socios todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Adrián Masís Mata, Notario.—Nº 121361.—(66676).
COMERCIALIZADORA
PIEDRA GARRO S. A.
Comercializadora Piedra Garro S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y cinco mil ciento setenta y siete, solicita ante la Dirección Tributación, la reposición de los seis libros legales: l) Diario, 2) Mayor, 3) Inventario y Balances, 4) Actas de Consejo de Administración. 5) Actas de Asamblea de Socios, y 6) Registro de Socios todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Adrián Masís Mata, Notario.—Nº 121362.—(66677).
TRANSPORTES
AMADOR DE SAN FRANCISCO DE DOS RÍOS S. A.
La suscrita Transportes Amador de San Francisco de Dos Ríos S. A., cédula jurídica. 3-101-106858, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro número uno de actas del Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. María Margoth Solís Solís, Notaria.—Nº 121366.—(66678).
GRUPO SELAH
S. A.
Grupo Selah S. A., cédula jurídica 3-101-205456, anteriormente denominada Meneses Chávez e Hijos S. A., cédula jurídica 3-101-205456, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: Diario 1, Mayor 1 e Inventarios y Balances 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Ernesto Arturo Meneses Chávez, cédula residencia 122200071833.—(66909).
LA CATARATA
ENCANTADA SOCIEDAD ANÓNIMA
La Catarata Encantada Sociedad Anónima, cedula jurídica 3-101-321016, solicita ante la Dirección de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario 1, Mayor 1, Inventario y Balances 1, Acta de Consejo de Administración, Acta de Asamblea de Socios y Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Ivonne Monge Calderón.—(67281).
Ante mí, compareció Ronald Gerardo Guevara Campos y J.H.E.N. Costa Sociedad Anónima y dicen: que el primero es dueño mercantil del restaurante denominado Restaurante Costa del Sol ubicado en San José, Avenida Central, entre calles nueve y once, le vende a la segunda quien lo acepta mediante escritura número ciento cuatro, visible a folio cero sesenta vuelto del tomo segundo del suscrito notario, quien advierte a las partes que el precio de la venta queda depositado en el señor Sergio Alberto Castro Pérez, con cédula de identidad numero uno-cero quinientos setenta-cero setecientos diecinueve, vecino de San José, San Cayetano, Urbanización Mediterráneo, casa número cincuenta dos, ubicado en el número celular ocho tres seis cinco-cuatro uno cinco cinco, quien lo retendrá por el plazo de quince días a partir de la primera publicación a efectos de existir algún reclamo de algún tercero haciendo valer sus derechos en contra del vendedor. Es todo.—San José, cuatro de agosto del dos mil nueve.—Lic. Jeffry Alonso Hernández Romero, Notario.—(67293).
COOPERIO R.
L.
Cooperativa de Comercialización de
Agricultores de Río Sixaola, cédula jurídica N° 3-004-217317, comunica el
extravío de sus libros contables como lo son: el Diario, Mayor e Inventarios y
Balances. Solicita información a quien los haya encontrado. Tels.: 2460-1365 /
2460-4746.—Cristhian Aspithia Jame, Gerente.—(67333).
FUTUCOOP R.
L.
Cooperativa de Electrificación del Futuro R.
L., cédula jurídica N° 3-004-100531-08, comunica el extravío de su libro de
Actas de Asambleas y solicita información a quien los haya encontrado. Tels.:
2460-1365 / 2460-4746.—Javier Campos Campos, Gerente.—(67334).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta notaría a las doce horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de julio del dos mil nueve, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza Enel de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento veinte mil quinientos seis, en la que se acuerda disminuir su capital social y en consecuencia se reforma la cláusula quinta de su pacto social.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—Nº 121030.—(66305).
BANCO
IMPROSA
Se informa que el cheque número 2108 del Banco Improsa fue sustraído a favor de BNP Paraibass contra el Banco Citibank. Tel. infor. 22-88-29-93.—San José, 31 de julio del 209.—Mary M. Cruz Zúñiga.—(66924).
CITI BANK
Yo María Lorena Venegas Gutiérrez, cédula
2-275-427 he solicitado al Citi Bank, reposición del depósito a plazo NB
2251420008678 por un monto de ¢632.508,00 y un cupón de intereses, con fecha de
vencimiento del 28 de junio del 2009, por motivo de extravío. Para oposiciones
a la reposición solicitada de acuerdo a lo estipulado en el Código de
Comercio.—Alajuela, 31 de julio del 2009.—María Lorena Venegas Gutiérrez,
Solicitante.—(67396).
UNIVERSIDAD
VERITAS
Ante esta oficina se ha presentado la
solicitud de reposición del Título Bachillerato en Diseño Publicitario,
inscrito en el tomo 1, folio 273, título 2123, emitido por la Universidad
Veritas, en el año 2001, a nombre de Johnnatan Umaña Arce. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los 21 días del mes de julio de 2009.—Lic.
Alejandra Acuña Martínez, Directora de Registro y Administración
Docente.—(67414).
FINCA EL
RINCONCITO DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA
Finca el Rinconcito del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-433101, solicita, ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: actas Registro de Socios uno, actas Asamblea de Socios uno, actas de Consejo de Administración uno, Diario uno, mayor uno, e Inventario y Balances uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San Isidro de El General, Pérez Zeledón, dentro del término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Julieta Elizondo Calderón, Notaria.—Nº 121605.—(67516).
COMPAÑÍA
AGRÍCOLA Y GANADERA
CARMICH SOCIEDAD ANÓNIMA
Compañía Agrícola y Ganadera Carmich Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-074189, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario número uno, Mayor número uno, Inventarios y Balances número uno y Registro de Socios número uno. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al contribuyente de la Administración Tributaria de la Zona Norte, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—Nº 121643.—(67517).
HOTELERA LA
GARZA DEL PLATANAR SOCIEDAD ANÓNIMA
Hotelera La Garza del Platanar Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-123513, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario número uno, Mayor número uno, Inventarios y Balances número uno. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al contribuyente de la Administración Tributaria de la Zona Norte, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Johnny Pérez Vargas, Notario.—Nº 121644.—(67518).
CORPORACIÓN
COMERCIAL DOS HERMANOS DEL ESTE S. A.
Corporación
Comercial Dos Hermanos del Este, S. A., cédula jurídica 3-101-165541-32
solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los
siguientes libros: Diario Nº 1, Mayor Nº 1 e Inventarios y Balances Nº 1. Quien
se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información
y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José,
dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este
aviso.— Manuel González Fernández.—Nº
121681.—(67519).
ODONTOTECNIA
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Odontotecnia Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cero veinte mil novecientos cuarenta y seis, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Asambleas de Socios número uno y Registro de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Francisco Agustín Bustamante Barboza, Notario.—Nº 121760.—(67520).
BADILLA Y
ORTEGA & ASOCIADOS S. A.
Badilla
y Ortega & Asociados S. A., cédula jurídica 3-101-173.735 solicita a la
Dirección General de la Tributación Directa la reposición de los libros:
Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Asamblea de socios, de Actas de
Junta Directiva, Actas de Registro de Accionistas, todos número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el área de información y Asistencia al contribuyente de la
Administración Tributaria de San José en el término de 8 días hábiles, contados
a partir de la última publicación en La Gaceta.—San José, 24 de julio
del 2009.—Lic. Fabián A. Segura Salazar, Notario.—Nº 121809.—(67521).
EDUSER
TEJANO LIMITADA
Eduser Tejano Limitada, cédula jurídica 3-102-470876, solicita ante la Dirección General Tribulación la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Asambleas de Socios y Actas de Registro de Socios todos número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del termino de los 8 días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Mayela Marlene Espinoza Loría, Notaria.—Nº 121820.—(67522).
HELSAR DE
ZARCERO SOCIEDAD ANÓNIMA
Helsar de Zarcero Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-035715, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros: (Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios y Actas de Registro de Socios, todos número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del termino de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Francisco Rodríguez Rodríguez, Notario.—Nº 121822.—(67523).
INVERSIONES
BOCAR O K SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones Bocar O K Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y cuatro mil quinientos uno, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente Libro: Libro de Actas número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Jorge Guillermo Oreamuno Retana, Notario.—Nº 121828.—(67524).
CORPORACIÓN
LA LIGA DEL SOL SOCIEDAD ANÓNIMA
Corporación La Liga del Sol Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-285291, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros, todos número uno: Mayor, Diario y Inventario y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Fernando Oller Alpirez, Presidente.—Nº 121844.—(67525).
INVERSIONES
GJS CASIOPEA DEL ATLÁNTICO
SOCIEDAD ANÓNIMA
Los
suscritos Dicifredo Mora Gómez, cédula de identidad 1-64-487, y el señor José
Vargas Robles, cédula de identidad 1-524-412, quienes son presidente y
secretario respectivamente con facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma, debiendo actuar conjuntamente, de la entidad denominada
Inversiones GJS Casiopea del Atlántico Sociedad Anónima, con cédula jurídica
3-101-268321, personería que se encuentra inscrita en la Sección Mercantil del
Registro Público, al tomo: 1307 y 1424, asiento: 35 y 169, manifestamos al
público que los libros número dos de Actas, Registro de Socios y Consejo de
Administración, se extraviaron por lo que solicito la reposición de los
mismos.—Guápiles, 4 de agosto del 2009.—Dicifredo Mora Gómez, Presidente.—José Vargas Robles, Secretario.—Nº
121857.—(67526).
PROMOTEX
INTERNACIONAL S. A.
Promotex Internacional S. A., cédula jurídica 3-101-164340, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de todos los libros número uno de la compañía: (i) Diario, (ii) Mayor, (iii) Inventarios y Balances (iv) Acta de Consejo de Administración (v)Acta de Asamblea de Socios y (vi) Registro de Socios. Quien se considera afectado puede manifestar su oposición ante el área de Información y Asistencia del Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José 29 de julio del 2009.—Camilo Barcenas Schiebel, Representante Legal.—Nº 121866.—(67527).
ASOCIACIÓN
SOLIDARISTA DE EMPLEADOS
DE SÚPER SERVICIO
La Asociación Solidarista de Empleados de Súper Servicio, cédula jurídica 3-002-075101, informo que mi representada es dueña de la acción N° 1461, de Condovac La Costa S. A., cédula jurídica 3-101-25243, misma fue extraviada, por lo cual se ha solicitado al emisor su reposición del título en los mismos términos que había sido escrito el original. Se informa a los interesados a los efectos del artículo 689 del Código de Comercio.—Randall Agüero Flores, Presidente.—Nº 121745.—(67529).
CALIDAD
FRANCESA CALIFRANCE EN COSTA RICA S. A.
Calidad Francesa Califrance en Costa Rica S.
A., cédula jurídica número tres-ciento uno-uno cero ocho ocho seis tres,
solicita a la Dirección General de Tributación, la reposición de todos sus seis
libros: Actas de Asambleas Uno, Actas de Registros de Socios Uno, Actas de
Junta Directiva Uno, Diario Uno, Mayor Uno, Inventario y Balances Uno. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de información y
asistencia al contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria
de Heredia, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última
publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Hazel Rojas Rojas,
Notaria.—(67797).
AUTOMATIZACIÓN
DE CENTROAMÉRICA S. A.
Automatización de Centroamérica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-197115, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición por extravío del libro número uno de Actas de Asamblea de Socios. Se oirán oposiciones ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de San José, en el término de ocho días hábiles. Luis Alejandro Golcher Barguil y Johnny Alvarado Hernández.—San José, 5 de agosto de 2009.—Lic. Ana Graciela Alvarenga Jiménez, Notaria.—Nº 122151.—(67968).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Hoy ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Árbol de Pie Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de San Antonio de Coronado.—San José, veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Gustavo Adolfo Sauma Fernández, Notario.—1 vez.—(67430).
ASOCIACIÓN
CANOFILA COSTARRICENSE
Yo, Warner Céspedes Arias, cédula 3-287-646, en mi calidad de Presidente y Representante Legal de la Asociación Canofila Costarricense, cedula jurídica 3-002-071085, solicito al Departamento del Registro de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, Registro Nacional, la reposición del libro de Asociados Número Tres, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones en el Registro de Asociaciones.—29 de junio del 2009.—Warner Céspedes Arias, Presidente.—1 vez.—Nº 121763.—(67530).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del día dieciséis de julio de año dos mil nueve, se constituyó la entidad denominada Construcciones M & M Sociedad Anónima, con un plazo social de cien años, con un capital social en la suma de cincuenta mil colones, y cuya representación la ostenta el presidente de la junta directiva.—Alajuela, 16 de julio del año 2009.—Lic. Hernán Fernando León Chaves, Notario.—1 vez.—(66413).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del día treinta de julio de año dos mil nueve, se constituyó la entidad denominada Construcciones Inmobiliarias M & M Sociedad Anónima, con un plazo social de cien años, con un capital social en la suma de cincuenta mil colones, y cuya representación la ostenta el presidente de la junta directiva.—Alajuela, 30 de julio del año 2009.—Lic. Hernán Fernando León Chaves, Notario.—1 vez.—(66414).
Ante nosotros Carlos Manuel Segura Quirós, Liliana Padilla Grajales y Yesenia Arce Gómez, notarios públicos de Escazú, se constituyó la siguiente sociedad Milano Kitchen and Bath MKB Limitada, con un plazo social de cien años, representada por su gerente uno y gerente dos. Es todo.—Escazú, 28 de julio del año 2009.—Lic. Yesenia Arce Gómez, Notaria.—1 vez.—(66442).
El suscrito notario hago constar que mediante escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del treinta de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Femoro Ciento Veintitrés Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, que es nombre de fantasía, capital social: diez mil colones. Domicilio: San José, Curridabat, del antiguo Ranchito, ciento veinticinco metros norte. Representante legal: Federico Monge Rodríguez, cédula de identidad número setecientos treinta y cuatro mil-ciento trece. Es conforme.—Turrialba, treinta de julio del año dos mil nueve.—Lic. Ovidio Pacheco Castro, Notario.—1 vez.—(66492).
El suscrito notario hago constar que mediante escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del treinta de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Autodreg de Heredia Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, que es nombre de fantasía, capital social: diez mil colones. Domicilio: Heredia, Residencial Árbol de Plata, tres-veintinueve. Representante legal: Hannia Martínez Salas, cédula de identidad numero uno-trescientos ochenta y seis-cuatrocientos veintitrés. Es conforme.—Turrialba, treinta de julio del año dos mil nueve.—Lic. Ovidio Pacheco Castro, Notario.—1 vez.—(66493).
El suscrito notario hago constar que mediante escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del treinta de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Arantxa Marketing Group Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, capital social: cien mil colones. Domicilio: San José, Sabana Sur, de la Universidad La Salle, cincuenta metros sur, cincuenta metros este. Representante legal: Allan Gerardo León Rojas, como presidente, cédula de identidad numero uno-trescientos ochenta y seis-cuatrocientos veintitrés. Es conforme.—Turrialba, treinta de julio del año dos mil nueve.—Lic. Ovidio Pacheco Castro, Notario.—1 vez.—(66494).
En mi protocolo, Jorge Emilio Rodríguez Sáenz y María Gabriela Valladares Navas, han constituido una sociedad anónima, cuyo nombre será designado por el Registro Público, según Decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis.—San José, veintinueve de julio de dos mil nueve.—Lic. Edgardo René Ramos Carmona, Notario.—1 vez.—(66500).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 15 de julio de 2009, se constituyó la sociedad denominada Valle del Barva Sociedad Anónima, Domiciliada en Heredia, Barva y cuyos socios son: Carlos Francisco Trigueros Salas y Rafael Gerardo Trigueros Salas. Con un capital social de diez mil colones.—Heredia, 31 de julio de 2009.—Lic. María Esther Madriz Obando, Notaria.—1 vez.—(66501).
En esta notaría, a las
14:00 horas del 01 de agosto de 2009, David Jiménez Ramírez y Leonel Jiménez
Araya, constituyen Jira Comercial Sociedad Anónima. Capital social:
10.000 colones representado por 10 acciones comunes y nominativas de 1000
colones cada una. Domicilio: San José, avenida 10, calles 12 y 14, 100 sur y 25
este de la sede central de la Cruz Roja Costarricense. Plazo social: 99 años. Presidenta: Nidia Jiménez
Ramírez.—Lic. José Fernando Saborío Jenkins, Notario.—1 vez.—(66556).
En esta notaría, a las 14:15 horas del 1º de agosto de 2009, David Jiménez Ramírez y Leonel Jiménez Araya, constituyen Leonelj Computación Sociedad Anónima. Capital social: 10.000 colones representado por 10 acciones comunes y nominativas de 1.000 colones cada una. Domicilio: San José, avenida 10, calles 12 y 14, 100 sur y 25 este de la sede central de la Cruz Roja Costarricense. Plazo social: 99 años. Presidente: Leonel Jiménez Ramírez.—Lic. José Fernando Saborío Jenkins, Notario.—1 vez.—(66557).
Por escritura otorgada a las 8:00 horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de la sociedad denominada Arena Arthj Blanco Huezo Sociedad Anónima, mediante la cual se reformaron la cláusula primera de su pacto social, en cuanto al nombre de la sociedad que será Pura Vida Property Rentals Sociedad Anónima, y la cláusula sexta de su pacto social y se nombra nueva junta directiva.—Puntarenas, Jacó, 30 de julio del 2009.—Lic. Sylvia Vega Carballo, Notaria.—1 vez.—(66559).
Por escritura otorgada a las 10:00 horas del día de hoy, ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Jaco Living Sociedad de Responsabilidad Limitada, David Alan y Amy Elizabeth ambos de apellido Smith, gerentes. Capital social debidamente suscrito y pagado.—Puntarenas, Jacó, 29 de julio del 2009.—Lic. Sylvia Vega Carballo, Notaria.—1 vez.—(66560)
Por escritura otorgada a las 11:00 horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de la sociedad denominada Inmobiliaria Momo Du Sud Sociedad Anónima, mediante la cual se crea la cláusula décimo quinta, reformó la cláusula sétima de su pacto social.—Puntarenas, Jacó 01 de agosto del 2009.—Lic. Sylvia Vega Carballo, Notaria.—1 vez.—(66561)
Por escritura otorgada el día de hoy, ante mí se constituyó una sociedad anónima la cual llevará como nombre su número de cédula jurídica, con capital social de mil colones, presidente con facultades de apoderado generalísimo. Domicilio: Alajuela.—San José, veintinueve de julio de dos mil nueve.—Lic. José Fernando Carter Vargas, Notario.—1 vez.—(66574).
Ante el suscrito notario público Luis Alonso Salas Ross, mediante escritura pública número ciento diecinueve, de fecha veintinueve de julio del año dos mil nueve, se modifica el domicilio de la sociedad Grupo de Aeropuertos Internacional Agi S. R. L.—San José, 30 de julio del año 2009.—Lic. Luis Alonso Salas Ross, Notario.—1 vez.—(66641).
Ante el suscrito notario público Luis Alonso Salas Ross, mediante escritura pública número ciento veintiuno de fecha veintinueve de julio del año dos mil nueve, se modifica el domicilio de la sociedad Terminal Aérea General TAG S. R. L.—San José, 30 de julio del año 2009.—Lic. Luis Alonso Salas Ross, Notario.—1 vez.—(66643).
Ante el suscrito notario público Luis Alonso Salas Ross, mediante escritura pública número ciento veinte de fecha veintinueve de julio del año dos mil nueve, se modifica el domicilio de la sociedad Desarrollos de Aeropuertos Bechtel S. R. L.—San José, 30 de julio del año 2009.—Lic. Luis Alonso Salas Ross, Notario.—1 vez.—(66645).
Omar Gianino Zelvaggio Tovar, Cinthya Vanesa Rubio Quirós, José de Jesús Fley González y Erika Rubio Quirós, constituyen la sociedad de esta plaza: Dizi Group Costa Rica Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del treinta de julio del año dos mil nueve, ante el notario Luis Rodrigo Poveda Rubio.—Lic. Luis Rodrigo Poveda Rubio, Notario.—1 vez.—Nº 121076.—(66682).
Ante esta notaría han comparecido Rafael Eduardo Magaña Ugalde y Víctor Manuel Magaña Ugalde, a constituir la sociedad denominada Asesorías Magugal Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones; plazo social: noventa y nueve años; representación del presidente. Presidente: Rafael Eduardo Magaña Ugalde.—18 de marzo del 2009.—Lic. Luis Diego Araya González, Notario.—1 vez.—Nº 121078.—(66683).
Por escritura número ciento veintidós, otorgada ante esta notaría, a las siete horas treinta minutos del día dieciséis de julio del año dos mil nueve, se reformó el pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva de la sociedad Industrial G & E Sociedad Anónima.—San José, a las ocho horas del día veintisiete de julio del dos mil nueve.—Lic. Rodolfo Jiménez Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 121079.—(66684).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del treinta de julio del dos mil nueve, se constituyó Inversiones Vereda Real SSPG Sociedad Anónima. Domiciliada en Cartago, Turrialba, cien metros al noroeste de la iglesia. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: totalmente suscrito y pagado en dinero en efectivo. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, con la representación judicial y extrajudicial.—Turrialba, 30 de julio del 2009.—Lic. Alejandro Mata Vega, Notario.—1 vez.—Nº 121082.—(66685).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas treinta minutos del treinta de julio del dos mil nueve, se constituyó Instaladora Gali de Turrialba JGCM Sociedad Anónima. Domiciliada en Cartago, Turrialba, Santa Rosa, Calle Bambú, doscientos cincuenta metros al noroeste del antiguo Beneficio Palmichal. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: totalmente suscrito y pagado en dinero en efectivo. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, con la representación judicial y extrajudicial.—Turrialba, 30 de julio del 2009.—Lic. Alejandro Mata Vega, Notario.—1 vez.—Nº 121083.—(66686).
Por escritura 144 de las 8:30 horas del 30 de julio del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Agrícola Pecos Sociedad Anónima, donde se modificó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 121085.—(66687).
Ante la notaría del Lic. Ramón Guillermo Fallas Mora, se constituyó la sociedad Fallas Express Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: representante judicial y extrajudicial con las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Aserrí, 28 de julio del 2009.—Lic. Ramón Guillermo Fallas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 121087.—(66688).
Por escritura otorgada en mi notaría, hoy a las 14:00 horas se constituyó la sociedad de esta plaza Mano de León del Arenal S. A. Capital íntegramente suscrito y pagado. Objeto: la industria, el comercio, la agricultura, la ganadería, la minería y la pesca en general, y en especial se dedicará a la adquisición, venta, mercadeo de bienes inmuebles y alquileres. Plazo social: noventa y nueve años contados a partir de hoy. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma. Iguales facultades que el presidente tendrá el secretario siempre que actúe en ausencia definitiva como es la muerte del presidente.—San José, 30 de julio del 2009.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—Nº 121088.—(66689).
Por escritura de las 16:00 horas de hoy, protocolicé acta de la compañía Grupo Ostrich del Sur Sociedad Anónima, por la cual reforman la cláusula segunda del pacto constitutivo, así como se elimina el artículo décimo segundo.—Montes de Oca, 30 de julio del 2009.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—Nº 121089.—(66690).
Por escritura de las 16:30 horas de hoy, protocolicé acta de la compañía Historias L N Sociedad Anónima, por la cual reforman la cláusula décima tercera del pacto constitutivo.—Montes de Oca, 30 de julio del 2009.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—Nº 121090.—(66691).
Por escritura otorgada ante mi notaría de las 12:00 horas del 29 de Julio del 2009, se constituyó la entidad social con domicilio en San Ramón de Alajuela, denominada Inversiones Bofus S. A. Presidente y apoderado generalísimo sin límite sumario: John Charles Lawes. Capital social: cien mil colones.—San Ramón, 29 de julio del 2009.—Lic. Roger Alexis Barboza Lépiz, Notario.—1 vez.—Nº 121096.—(66692).
Por escritura otorgada ante mi notaría, de las 10:00 horas del 29 de Julio del 2009 , se constituyó la entidad social con domicilio en Ángeles Sur de San Ramón de Alajuela, denominada Corporación B. A. R. Dos S.A. Presidente y apoderado generalísimo sin límite sumario: Robert Eugene Roney. Capital social: cien mil colones.—San Ramón, 29 de julio del 2009.—Lic. Roger Alexis Barboza Lépiz, Notario.—1 vez.—Nº 121097.—(66693).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del treinta de julio del dos mil nueve, se constituyó sociedad anónima denominada Moto Tienda O. C. Sociedad Anónima. Domiciliada en San José, San Sebastián, contiguo a la Iglesia Católica. Representación judicial y extrajudicial: Presidente. Es todo.—San José, 30 de junio del 2009.—Lic. Silvia Patricia Cordero Castro, Notario.—1 vez.—Nº 121100.—(66694).
Por escritura otorgada ante mí a las 14:00 horas del 30 de julio de 2009, se constituyó Aromar Querido Limitada, domicilio Curridabat, Gerente apoderado generalísimo.—Lic. Gabelo Rodríguez Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 121101.—(66695).
Por escritura número seiscientos treinta y nueve-tres, otorgada ante esta notaría, a las once horas del veinticinco de julio del dos mil nueve, se constituyó una Sociedad Anónima, cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2° del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J “Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales”, utilizando únicamente el número de cédula jurídica como denominación social. Domicilio: Puntarenas, Puntarenas, Barrio El Carmen, costado este del Hotel Yadrán; Capital social: Cincuenta mil colones. Presidente: Tomislav Marko Pavicic Casares, cédula número 1-1317-0686.—San José, 28 de julio del 2009.—Lic. Gerardo Ulises Alfaro Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 121105.—(66696).
Por escritura número seiscientos cuarenta y dos-tres, otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del veintinueve de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Ferretería Monterrey Ltda. Domicilio: San José, Montes de Oca, Monterrey, doscientos metros norte Escuela Monterrey, Vargas Araya; Capital social: Treinta mil colones. Gerentes: Rolando Argüello Rodríguez, cédula 2-0285-0591 y Rafael Ángel Rojas Jiménez, cédula número 2-0196-0325.—San José, 30 de julio del 2009.—Lic. Gerardo Ulises Alfaro Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 121106.—(66697).
Por escritura número 297, visible a folio 154-F, del tomo número uno, del protocolo de la notaria pública Ileana Chaves Portilla, compareció Xiomara Bustos Martínez, cédula número 8-074-0591, en calidad de Presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, se constituyó la sociedad Asesorías Jurídicas A & I S. A. Objeto: comercio en general. Capital social: cien mil colones. Escritura otorgada en la provincia de Limón, a las 08:05 horas del día 15 de abril del año 2009.—Lic. Ileana Chaves Portilla, Notario.—1 vez.—Nº 121107.—(66698).
Por escritura número 298, visible a folio 155-V, del tomo número uno, del protocolo de la notaria pública Ileana Chaves Portilla, compareció Xiomara Bustos Martínez, cédula número 8-074-0591, en calidad de Presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, se constituyó la sociedad Limón para Cristo Dos Mil Nueve S. A. Objeto: comercio en general. Capital social: cien mil colones. Escritura otorgada en la provincia de Limón, a las 10:00 horas del día 16 de abril del año 2009.—Lic. IIeana Chaves Portilla, Notario.—1 vez.—Nº 121108.—(66699).
Por escritura número 299, visible a folio 157-F, del tomo número uno, del protocolo de la notaría pública Ileana Chaves Portilla, compareció, Xiomara Bustos Martínez, cédula número 8-074-0591, en calidad de Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, constituyó la sociedad Inmobiliaria del Caribe A & I S. A. Objeto: comercio en general. Capital social: cien mil colones. Escritura otorgada en la provincia de Limón, a las 12:00 horas del día 16 de abril del año 2009.—Lic. Ileana Chaves Portilla, Notario.—1 vez.—Nº 121109.—(66700).
tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil ciento quince sociedad anónima. Protocoliza y modifica domicilio social y fiscal, nombra presidente y secretario, modifica representación judicial y extrajudicial. Escritura número cuarenta-siete, de las nueve horas del treinta y uno de julio del dos mil nueve.—Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 121111.—(66701).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad www.rehabcr.com Sociedad Anónima Presidenta: Nazareth González Gamboa.—San Ramón de Tres Ríos, 31 de julio de 2009.—Lic. Margarita Rojas Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 121112.—(66702).
Construcciones Hermanos Rojas de Orosi Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos dos mil trescientos treinta y ocho, modifica cláusula sétima del pacto constitutivo. Ante la notaria Karol Mata Araya.—Cartago, 30 de julio del 2009.—Lic. Margarita Rojas Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 121115.—(66703).
En la ciudad de Cartago, al ser las catorce horas del veinticuatro de julio del dos mil nueve, Sonia Piedra Rodríguez y Francisco Fernández Navarro, constituyen la sociedad anónima Fábrica de Productos de Concreto Doña Amalia Sociedad Anónima, ante el notario Christian Chinchilla Monge.—Cartago, 24 de julio del 2009.—Lic. Christian Chinchilla Monge, Notario.—1 vez.—Nº 121116.—(66704).
Ante esta notaría, se realizó la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil ochocientos cuarenta y uno s. a., en su domicilio social, mediante la cual se modificó las cláusulas primera y sétima de los estatutos, cuya acta fue protocolizada el día de hoy.—Pérez Zeledón, 28 de julio del 2009.—Lic. Rosaura Madrigal Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 121117.—(66705).
Por escritura otorgada mí, el día de hoy se constituyó la sociedad anónima denominada Petemar Adventures Sociedad Anónima. Domicilio: Nicoya, Guanacaste, doscientos metros este de los Tribunales de Justicia. Capital social: diez mil colones. Representación judicial y extrajudicial a cargo del Presidente.—Nicoya, 30 de julio del 2009.—Msc. Jenifer Flores Stoviak, Notaria.—1 vez.—Nº 121118.—(66706).
Por escritura otorgada ante mí a las 16:00 horas de hoy protocolicé acuerdos de Inversiones en Tecnología I. T. S. A.; por los que se reforman estatutos y se nombra Directiva. Presidente: Luis Guillermo Holst Quirós.—San José, 21 de junio de 2009.—Lic. Eugenio Jiménez Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 121119.—(66707).
Por escritura otorgada ante mí a las 14:00 horas de hoy protocolicé acuerdos de Desarrollos Económicos Poder de Dios S. A.; por los que se reforman estatutos y se nombra Directiva. Presidente: Luis Guillermo Holst Quirós.—San José, 21 de junio de 2009.—Lic. Eugenio Jiménez Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 121120.—(66708).
Por escritura otorgada ante la notaria Felicia Calvo Hidalgo, a las catorce horas del veintiocho de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Arnodapa Sociedad Anónima.—San José, 28 de julio del 2009.—Lic. Felicia Calvo Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 121123.—(66709).
Por escritura otorgada ante esta notaría se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de socios de Continex International Networks Sociedad Anónima. Se reforma cláusula octava, de la administración.—San José, 27 de julio del 2009.—Lic. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 121125.—(66710).
Hoy he constituido la Sociedad Anónima denominada Brymon, domiciliado en Liberia, Barrio Los Cerros, seiscientos cincuenta oeste del Palacio Municipal, con un capital social de diez mil colones representada por su presidente y tesorero Cecilia Rojas Céspedes, mayor de edad, cédula cuatro-ciento veintidós-cuatrocientos treinta y tres y el señor Alonso Morales Castañeda, mayor de edad, vecino de Liberia, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma actuando de forma conjunta.—Liberia primero de agosto del dos mil nueve.—Lic. Leda María Peña Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 121129.—(66711).
Por escritura pública número cincuenta y seis de las once horas del treinta de julio del año dos mil nueve, la sociedad Arrendamientos Sauma S. A. se reformaron las cláusulas segunda, quinta, novena y se incluye una nueva cláusula décimo tercera de su pacto social y se nombra nueva Junta Directiva y Fiscal.—San José, 30 de julio del 2009.—Lic. Patricia Vanolli Alvarado, Notaria.—1 vez.—Nº 121130.—(66712).
Hoy he constituido la Sociedad Anónima denominada Yavila, domiciliado en Liberia, Barrio Moracia cincuenta metros norte de la Pulpería La Deportiva, con un capital social de diez mil colones representada por su presidenta Yadira Ester Villalobos Lara, mayor de edad, casada una vez, psicóloga, vecina de Cañas, Guanacaste, en la Hacienda La Pacífica sobre la Carretera Interamericana, cédula uno-mil cincuenta y dos-setecientos veinticuatro. Con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—Liberia, 29 de julio del 2009.—Lic. Leda María Peña Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 121131.—(66713).
Se hace saber que en mi notaría a las diecisiete horas con cuarenta minutos del treinta de julio del dos mil nueve, se modificó la cláusula primera del pacto constitutivo, de la sociedad denominada Tax and Business Adviser Sociedad Anónima.—30 de julio del 2009.—Lic. Silvia Alvarado Quijano, Notaria.—1 vez.—Nº 121133.—(66714).
Ante esta notaría se constituyó la Sociedad Anónima denominada Inversiones Reyes Asociados del Sur Sociedad Anónima, cuyo capital social es la suma de cien mil colones netos.—30 de julio del 2009.—Lic. Wendy Mayela Mora Garro, Notario.—1 vez.—Nº 121138.—(66715).
Por escritura pública otorgada hoy ante mí, en San José, a las 15:00 horas, protocolicé acta de la compañía tres-ciento uno-quinientos treinta y siete mil ochocientos cincuenta s. a., por la cual se modificó lo relativo al domicilio, la administración, y se nombró nueva Junta Directiva.—San José, 30 de julio del 2009.—Lic. Aldo Morelli Lizano, Notario.—1 vez.—Nº 121140.—(66716).
He constituido la Sociedad Anónima denominada Frutas y Verduras Chirulo Sociedad Anónima, con un capital social de un millón de colones exactos, por un plazo social de noventa y nueve años, en donde figura como Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma actuando individualmente, el señor Rodolfo Miranda Torres.—Puntarenas, 30 de julio del 2009.—Lic. Roy Quesada Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 121145.—(66717).
Que por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del día treinta y uno de marzo del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Kielder Waterfalls Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó reformar la cláusula sexta del acta constitutiva.—San José, 31 de marzo del 2009.—Lic. Norman De Pass Ibarra, Notario.—1 vez.—Nº 121146.—(66718).
Jorge Alfredo Pérez Villarreal, Jorge Arturo Pérez Vega, William Chacón Serrano y María Eugenia Pérez Villarreal, constituyen la sociedad J Pérez Villa Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Puntarenas centro, a las siete horas del día veintiséis de junio del año dos mil nueve.—Lic. Ricaurter Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 121147.—(66719).
Que por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas treinta minutos del día siete de mayo del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Beach View Blanca Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó reformar la cláusula sexta del acta constitutiva.—San José, 11 de mayo del 2009.—Lic. Giselle Pacheco Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 121148.—(66720).
Por escritura otorgada ante mí hoy a las 15:00 horas, Edwin Hernán Granados Quesada, Patricia Alvarado Coles y María Laura Granados Alvarado, fundaron Discoide S. A. Domicilio: San Nicolás, Cartago.—Cartago, 30 de julio del 2009.—Lic. Luis Guillermo Ramírez Víquez, Notario.—1 vez.—Nº 121149.—(66721).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria celebrada a las 9:00 horas del 27 de junio del 2009, de la sociedad Esmeralda Paraíso Dieciséis EPDS Sociedad Anónima. Se reforman las cláusulas segunda y quinta y se suprime la cláusula undécima.—San José, 30 de julio de 2009.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—Nº 121151.—(66722).
Ante esta notaría se constituyó la entidad Ibogahouse Group Ltda. Limitada, con el plazo social de: 90 años. Capital social: diez mil colones exactos. Domicilio social: Guanacaste, Playas del Coco. Gerente general: Patrick Nzamba Mickala; Subgerente: Richard Veibeek, se constituyó mediante escritura número 131-III de las 10:00 horas del 15 de julio del 2009.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 121152.—(66723).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria celebrada a las 10:00 horas del 27 de junio del 2009 de la sociedad Esmeralda Paraíso Siete EPSI Sociedad Anónima. Se reforman las cláusulas segunda y quinta y se suprime la cláusula undécima.—San José, 30 de julio de 2009.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—Nº 121153.—(66724).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria celebrada a las 13:00 horas del 27 de junio del 2009 de la sociedad Esmeralda Paraíso Nueve EPN Sociedad Anónima. Se reforman las cláusulas segunda y quinta y se suprime la cláusula undécima.—San José, 30 de julio de 2009.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—Nº 121154.—(66725).
Mediante escritura
número diecisiete, otorgada en la notaría de la licenciada Yohanna Valverde
Carvajal a las 8:00 horas del día veintinueve de julio del 2009, se constituyó Valentino
Equity Sociedad Anónima. Presidente Guillermo Benavides Núñez. Domiciliada
en San José, Desamparados, San Antonio,
Residencial Boulevard San
Antonio, casa 7 D.—San José, 31
de julio del 2009.—Lic. Yohanna Valverde Carvajal, Notario.—1 vez.—Nº
121157.—(66726).
Por escritura otorgada ante mí a las trece horas y veintiocho minutos del día veintinueve de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Bolero Irrepetible Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 121158.—(66727).
Por escritura otorgada ante mí a las dieciocho horas y cuarenta minutos del día veintiocho de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Belleza Antigua Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 121159.—(66728).
Por escritura número: doscientos nueve de las dieciséis horas treinta y cinco minutos del veintitrés de julio del año dos mil nueve, visible en el tomo quinto del protocolo del suscrito notario, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y dos mil seiscientos seis sociedad anónima, en donde se reforman las cláusulas quinta y primera del pacto constitutivo. Es todo.—San José, 23 de julio 2009.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1 vez.—Nº 121160.—(66729).
Por escritura otorgada ante mí a las dieciocho horas del día veintiocho de julio del dos mil nueve se constituyó la sociedad denominada Arena Húmeda Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 121161.—(66730).
Por escritura otorgada ante mí a las diecisiete horas y cincuenta y ocho minutos del día veintiocho de julio del dos mil nueve se constituyó la sociedad denominada Ánimo por las Nubes Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 121162.—(66731).
Por escritura otorgada ante mí a las diecisiete horas y cincuenta y uno minutos del día veintiocho de julio del dos mil nueve se constituyó la sociedad denominada Ambiente Cálido Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 121163.—(66732).
Por escritura otorgada ante mí a las diecisiete horas y treinta minutos del día veintiocho de julio del dos mil nueve se constituyó la sociedad denominada Alguien Piensa Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 121164.—(66733).
Por escritura otorgada ante mí a las quince horas del treinta de julio del dos mil nueve protocolicé acta de Condominio Los Robles de Tamarindo Morado S. A., de las ocho horas del veintinueve de julio del dos mil nueve, mediante la cual se reformaron las cláusulas segunda y octava y se nombró nueva junta directiva.—Lic. Luis Enrique Gómez Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 121165.—(66734).
Por escritura otorgada ante mí a las diecisiete horas y veintidós minutos del día veintiocho de julio del dos mil nueve se constituyó la sociedad denominada Algo Personal Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 121166.—(66735).
Por escritura otorgada ante mí a las diecisiete horas del día veintiocho de julio del dos mil nueve se constituyó la sociedad denominada Abecedario Eterno Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 121167.—(66736).
Por escritura otorgada ante mí a las dieciséis horas del día veintiocho de julio del dos mil nueve se constituyó la sociedad denominada La Edad no es Obstáculo Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. Verónica Jiménez Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 121168.—(66737).
Por escritura otorgada ante mí a las quince horas del veintinueve de julio del dos mil nueve se constituyó la sociedad denominada Silenciosa Cascada Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 121169.—(66738).
Por escritura otorgada ante mí a las dieciséis horas y treinta minutos del día veintiocho de julio del dos mil ocho se constituyó la sociedad denominada Lago de Cristales Sociedad Anónima. Domicilio Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombro junta directiva y fiscal.—Lic. Verónica Jiménez Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 121170.—(66739).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del veintinueve de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Reflejo de la Luna Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 121171.—(66740).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del día veintiocho de julio del dos mil nueve se constituyó la sociedad denominada Simplemente Vivir Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. Verónica Jiménez Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 121172.—(66741).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del veintinueve de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Ojos Memorables Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 121173.—(66742).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas y treinta minutos del día veintiocho de julio del dos mil nueve se constituyó la sociedad denominada Tiempo Transcurrido Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. Verónica Jiménez Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 121174.—(66743).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas del día veintiocho de julio del dos mil nueve se constituyó la sociedad denominada Verano Acalorado Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. Verónica Jiménez Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 121175.—(66744).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del veintinueve de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Notas de Sirena Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 121176.—(66745).
En esta notaría a las 13:15 horas del día 21 de julio del 2009. Se constituyó la fundación denominada Fundación Revolucionarios de Cristo, con un patrimonio inicial de diez mil colones, y un plazo perpetuo. Domicilio: Siquirres.—San José, 21 de julio del 2009.—Lic. Sonsire Ivonne Espinoza Ríos, Notaria.—1 vez.—Nº 121177.—(66746).
Por escritura otorgada ante mí a las once horas del veintinueve de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Mirada Indefensa Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 121178.—(66747).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del veintinueve de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Minutos Que Son Horas Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 121180.—(66748).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del veintinueve de julio del dos mil nueve se constituyó la sociedad denominada Memoria Infalible Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 121181.—(66749).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veintinueve de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Límites Precisos Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 121182.—(66750).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas y cuarenta y cuatro minutos del día veintiocho de julio del dos mil nueve se constituyó la sociedad denominada Alma Flotante Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 121183.—(66751).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas y treinta minutos del día veintiocho de julio del dos mil nueve se constituyó la sociedad denominada Volvió a Llover Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. Verónica Jiménez Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 121184.—(66752).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas y cuarenta y tres minutos del día veintinueve de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Instantes Eternos Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 121185.—(66753).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas y cuarenta minutos del día veintinueve de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Impulsar Los Sueños Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 121186.—(66754).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas y treinta y cuatro minutos del día veintinueve de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Hermosa Brevedad Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 121187.—(66755).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas y treinta minutos del día veintinueve de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Gran Admiración Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 121188.—(66756).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas y cincuenta y cinco minutos del día veintinueve de julio del dos mil nueve se constituyó la sociedad denominada Escuchar El Murmullo Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 121189.—(66757).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas y cincuenta minutos del día veintinueve de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Enredadera de Deseos Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 121190.—(66758).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del día veintinueve de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Días Soleados Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 121191.—(66759).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas y cuarenta minutos del día veintinueve de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Diario Agradecimiento Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 121192.—(66760).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas y treinta y cuatro minutos del día veintinueve de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Con y Sin Razón Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Capital social: un millón de colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 121194.—(66761).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del treinta de julio del dos mil nueve, se constituyó Aventúrese Horizontes Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Gerente es representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, treinta de julio del dos mil nueve.—Lic. Rogelio Navas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 121195.—(66762).
Por escritura otorgada en San José, a las 10 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general de Grupo Consorcio Creativo Ole S. A., mediante la cual se reformaron las cláusulas de la administración y de la representación y se nombró nuevo secretario, tesorero, fiscal y agente residente.—San José, 29 de julio del 2009.—Lic. Manrique Rojas Ibarra, Notario.—1 vez.—Nº 121197.—(66763).
Yo, Rodrigo Atmetlla Molina, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Raysus Costa Azul Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta y ocho mil treinta y cuatro; en la cual se modifican las cláusulas segunda, quinta y se nombra junta directiva. Es todo.—San José, veintinueve de julio del dos mil nueve.—Lic. Rodrigo Atmetlla Molina, Notario.—1 vez.—Nº 121198.—(66764).
Escritura 3-173 otorgada a 17:00 horas, 29 de agosto 2009, ante mí, Maricela Alpízar Chacón, constituyen McJappywop Corp. S. A. Capital: cien dólares. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: San José, Mata Redonda, Sabana Oeste, del Balcón Verde trescientos norte, edificio de dos pisos.—San José, 29 de julio del 2009.—Lic. Marcela Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 121199.—(66765).
Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 16/07/2009, protocolicé acta de asamblea de cuotistas de la sociedad Consultoría Empresarial DHS Limitada, mediante la cual se reforman sus cláusulas sexta y segunda y se nombran gerentes.—Lic. Guido Soto Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 121202.—(66766).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las trece horas del nueve de julio del dos mil nueve, los señores Meiji Fumiyasu Castro González y Lester Harvey Castro González, constituyen la denominada Comandos de Seguridad y Vigilancia Setour Sociedad Anónima, con domicilio social en La Virgen de Sarapiquí de Heredia, doscientos cincuenta metros sureste de la escuela, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma los señores Meiji Fumiyasu Castro González y Lester Harvey Castro González.—La Virgen de Sarapiquí, a las trece horas del nueve de julio del dos mil nueve.—Lic. Zoila Araya Moreno, Notaria.—1 vez.—Nº 121203.—(66767).
El día 28 de julio del 2009, compareció ante esta notaría el señor Vargas Salazar Michael, cédula de identidad uno-uno tres cuatro ocho-cuatro dos cero, para protocolizar el acta extraordinaria de la sociedad Office Service Company del Sur Sociedad Anónima.—Lic. Óscar José Porras Cascante, Notario.—1 vez.—Nº 121205.—(66768).
Mediante la escritura 203, otorgada ante la notaria Kathya Vargas Cubillo, se protocoliza acta general extraordinaria, según la cual reforma la cláusula primera en cuanto al nombre siendo que en adelante se denominará B6 Media Sociedad Anónima.—Lic. Kathya Vargas Cubillo, Notaria.—1 vez.—Nº 121206.—(66769).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Soluciones Tecnológicas CZTA Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, pudiendo abreviar las dos últimas palabras, o sea Soluciones Tecnológicas CZTA S. A. Que el representante legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma Steve Dusty Cunningham Hylton, mayor, soltero, comerciante, vecino de Heredia, Mercedes Norte, Residencial El Claretiano, cédula de identidad número uno-mil catorce-cero trescientos noventa y dos. El domicilio social estará en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Residencial Las Garzas, casa Nº doscientos veintidós.—Barva de Heredia, veintiuno de julio del dos mil nueve.—Lic. Alonso Eugenio Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 121207.—(66770).
Por escritura número doscientos ochenta y siete-cuatro de las once horas del trece de julio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Condominio La Pitem Sociedad Anónima.—Heredia, treinta y uno de julio del año dos mil nueve.—Lic. Ileana María Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—Nº 121208.—(66771).
Ante mí, Mario Montoya Murillo, notario público con oficina en Santiago de Puriscal, comparecen Huang Shih Wei, cédula de residencia uno uno cinco seis cero cero uno cuatro cinco cuatro tres cinco y Ya Ting Tsemg, cédula de residencia uno uno cinco ocho cero cero cero tres uno cuatro tres cinco, solicitan la inscripción de sociedad de responsabilidad limitada, con el número de cédula jurídica que corresponda.—Puriscal, 01 de julio del 2009.—Lic. Mario Montoya Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 121210.—(66772).
Ante esta notaría se modificaron las cláusulas tercera y octava de la sociedad denominada Constructora El Trucho Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos veinticuatro mil doscientos cuarenta y ocho.—San Vito de Coto Brus, Puntarenas, nueve de junio del dos mil nueve.—Lic. Adolfo Álvarez Medina, Notario.—1 vez.—Nº 121211.—(66773).
Por escritura otorgada ante esta notaría, de las ocho horas con treinta minutos del día veinticinco de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima denominada Negro Con Leche y Algo Más Sociedad Anónima, domiciliada en San José, cantón de Desamparados. Presidenta: Ligia María Mora Goldoni.—San José, treinta y uno de agosto del dos mil nueve.—Lic. Flor de María Navarro Mendoza, Notaria.—1 vez.—Nº 121212.—(66774).
Por escritura número ochenta y tres-dos, del tomo segundo, otorgada en Heredia a las doce horas del veintisiete de julio del año dos mil nueve ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad anónima Grupo Ambientalista de Alajuela S. A. Presidenta: Jeannette Ramírez Mora, cédula 2-435-883.—Heredia, 31 de julio del 2009.—Lic. Gerardo Barboza Mesén, Notario.—1 vez.—Nº 121216.—(66775).
Mediante escritura autorizada por mí, a las once horas treinta minutos del veintiuno de julio del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Incredible Beach Sociedad Anónima (la “Compañía”), de esta plaza, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y tres mil ciento setenta; por medio de la cual modifican las cláusulas undécima y quinta, se agrega la cláusula quinta bis, y se modifica la cláusula novena.—San José, veintiuno de julio del dos mil nueve.—Lic. Federico Peralta Calzada, Notario.—1 vez.—Nº 121218.—(66776).
Mediante escritura autorizada por mí, a las doce horas veinte minutos del quince de julio del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Incredible Coastline Sociedad Anónima (la “Compañía”), de esta plaza, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y tres mil ciento setenta y dos; por medio de la cual modifican las cláusulas undécima y quinta, se agrega la cláusula quinta bis, y se modifica la cláusula novena.—San José, veintiuno de julio del dos mil nueve.—Lic. Federico Peralta Calzada, Notario.—1 vez.—Nº 121219.—(66777).
Por escritura otorgada a las ocho horas del nueve de julio de dos mil nueve, ante mi Notaría, se constituyó la sociedad anónima Genava Consulting Group G.C.R. Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Montes de Oca, Mercedes, cien metros este de Glaxo, edificio color blanco, mano derecha. Plazo social: cien años. Capital social: cien mil colones.—San José, ocho de julio del dos mil nueve.—Lic. Martín Hernández Treviño, Notario.—1 vez.—Nº 121220.—(66778).
Se constituye la sociedad Mariscos Ticos M T M Sociedad Anónima. Plazo: cien años. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: Guanacaste.—San José, veintinueve de julio del dos mil nueve.—Lic. Ricardo Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—Nº 121221.—(66779).
Se constituye la sociedad Xaman - EK Sociedad Anónima. Plazo: cien años. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: Guanacaste.—San José, veintinueve de julio del dos mil nueve.—Lic. Ricardo Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—Nº 121222.—(66780).
Se constituye la sociedad Quetzal Shops Sociedad Anónima. Plazo: cien años. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: Guanacaste.—San José, veintinueve de julio del dos mil nueve.—Lic. Ricardo Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—Nº 121223.—(66781).
Por escritura número ciento cuarenta y uno del tomo cuatro del protocolo del suscrito notario, otorgada a las 10:48 horas del 22 de julio de 2009, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de QDR Filial Cincuenta Melisa Sociedad Anónima. Se modifica el pacto constitutivo y se nombran nuevos directivos y fiscal.—San José, 22 de julio del 2009.—Lic. Luis Antonio Salazar Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 121224.—(66782).
Por escritura número ciento cuarenta y siete del tomo cuatro del protocolo del suscrito notario, otorgada a las 12:00 horas del 28 de julio de 2009, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Pachalva Sociedad Anónima. Se modifica el pacto constitutivo y se nombran nuevos directivos y fiscal.—San José, 28 de julio del 2009.—Lic. Luis Antonio Salazar Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 121225.—(66783).
Por escritura otorgada en esta notaría en San José, de las doce horas del día veintisiete de julio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Clenchy en las Valencias Sociedad Anónima. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 30 de julio del 2009.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 121227.—(66784).
Por esta escritura otorgada en esta notaría en San José, a las ocho horas del día veintisiete de julio del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Villa Nimes V N Sociedad Anónima. Se reforma cláusulas segunda, novena y se nombra vicepresidente, tesorero, vocal y fiscal.—San José, 30 de julio del 2009.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 121228.—(66785).
Por esta escritura otorgada en esta notaría, en San José a las diez horas del día veintisiete de julio del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Bubba Gump Shrimp Company Sociedad Anónima. Se reforma cláusula sexta y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 27 de julio del 2009.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 121229.—(66786).
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos diecisiete mil setecientos cuarenta sociedad anónima. Se acuerda reformar las cláusulas primera, segunda, tercera y sétima del pacto social de la sociedad. Se acuerda revocar el nombramiento del presidente, secretario, y tesorero de la junta directiva de la sociedad, y fiscal se nombran nuevos miembros.—San José, 28 de julio del 2009.—Lic. Silvia Alejandra Díaz Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 121230.—(66787).
Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las catorce horas del día veinte de julio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Mini Súper Falcony A.J.A.C. Sociedad Anónima, cuyo representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor presidente: Alfonso José Acuña Campos, portador de la cédula de identidad número: uno-mil doscientos dieciocho-cero setenta y tres. Domicilio social: San José, calle dieciocho, entre Paseo Colón y avenida tercera, setenta y cinco metros al norte de la entrada del hospital San Juan de Dios.—San José, 20 de julio del 2009.—Lic. Adriana Guillén Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 121231.—(66788).
Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las diez horas del día veintitrés de julio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada: Ventana La Coquita A.J.A.C. Sociedad Anónima, cuyo representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor presidente Alfonso José Acuña Campos, portador de la cédula de identidad número uno-mil doscientos dieciocho-cero setenta y tres. Domicilio social: San José, calle dieciocho, entre Paseo Colón y avenida tercera, setenta y cinco metros al norte de la entrada del Hospital San Juan de Dios.—San José, 23 de julio del 2009.—Lic. Adriana Guillén Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 121232.—(66789).
Ante el suscrito notario se constituyó Hidro Depot Sociedad Anónima, presidente con facultades de apoderado generalísimo. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: San José.—San José, 15 de julio del 2009.—Lic. William Richard Philps Moore, Notario.—1 vez.—Nº 121233.—(66790).
Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las once horas del día veintitrés de julio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada: Ventana Puriscal A.J.A.C. Sociedad Anónima, cuyo representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor presidente Alfonso José Acuña Campos, portador de la cédula de identidad número: uno-mil doscientos dieciocho-cero setenta y tres. Domicilio social: San José, calle dieciocho, entre Paseo Colón y avenida tercera, setenta y cinco metros al norte de la entrada del Hospital San Juan de Dios.—San José, 23 de julio del 2009.—Lic. Adriana Guillén Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 121234.—(66791).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario de las 18:00 horas del 20 de agosto de 2008, Rafael Claudio Mora Cordero y Guiseelle Fernández Fernández constituyeron Los Pollitos Amarillos S. A. Capital social diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Objeto comercio en general. Presidente socio Mora Cordero. Plazo 90 años.—Lic. Ricardo Moreno Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 121335.—(66792).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, de las nueve horas del treinta de julio de dos mil nueve, Agropecuaria Price S. A., nombra tesorero, fiscal y reforma cláusula novena de los estatutos.—Lic. Ricardo Moreno Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 121236.—(66793).
Por escritura otorgada ante mí a las nueve horas del treinta de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Mercaz Raz Inc S. A. Plazo social: cien años. Capital social: diez mil colones.—San José, 30 de julio del 2009.—Lic. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1 vez.—Nº 121238.—(66794).
Por escritura otorgada ante mí a las doce horas del veintinueve de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Tenedora de Andalucía LF S. A. Plazo social: cien años. Capital social: diez mil colones.—San José, 30 de julio del 2009.—Lic. Jorge Arturo Valverde Retana, Notario.—1 vez.—Nº 121239.—(66795).
Por escritura número 56 otorgada ante este notario a las 8:00 horas del 29 de julio del 2009, se constituyó la sociedad denominada: Banyan Springs S. R. L., y que traducido al idioma español significa Banyan Primaveras S. R. L., con domicilio provincia de Heredia, cantón uno Heredia, distrito cuarto Ulloa, Barreal de Heredia, Comercial, Baden, oficina diecisiete. Gerente: Scott Thier Kratky.—Heredia, 29 de julio del 2009.—Lic. María Auxiliadora Alfaro Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 121240.—(66796).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del dieciocho de setiembre del año dos mil siete, se acuerda reformar la cláusula segunda del pacto constitutivo del domicilio para que en adelante se lea así: el nombre de la sociedad es Autos Acústicos de Costa Rica S. A.; del domicilio. El domicilio social es calle once, entre avenidas dos y dos bis, número doscientos cincuenta y cinco, San José.—San José, 30 de julio del 2009.—Lic. Sharon Ferris Macaya, Notaria.—1 vez.—Nº 121241.—(66797).
Ante nosotros, Roberto Vargas Mora y Monika Fernández Mayorga, notarios públicos, se constituyó la empresa denominada Jiva L & N S. A., con un plazo social de noventa y nueve años. Presidente: Luis Jiménez Chávez, cédula Nº 6-212-896. Capital social: 10.000 mil colones, con domicilio en Zaragoza.—Palmares, 29 julio del dos mil nueve.—Lic. Monika Fernández Mayorga, Notaria.—1 vez.—Nº 121245.—(66798).
Ante nosotros, Roberto Vargas Mora y Monika Fernández Mayorga, notarios públicos, se constituyó la empresa denominada Marcepa S. F. S. A., con un plazo social de noventa y nueve años. Presidenta: Paula Fernández Álvarez, cédula Nº 1-1004-154. Capital social: 10.000 mil colones, con domicilio en Palmares centro.—Alajuela, 29 julio del dos mil nueve.—Lic. Monika Fernández Mayorga, Notaria.—1 vez.—Nº 121246.—(66799).
Ante mí, Tatiana Mayela Corella Jiménez, por medio de escritura otorgada a las diez horas del treinta de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Inmobiliaria Ama Tres S. A. Plazo social: cien años. Capital social íntegramente suscrito y pagado: doce mil colones. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente, quien además es apoderado generalísimo sin límite de suma.—Grecia, 30 de julio del 2009.—Lic. Tatiana Mayela Corella Jiménez, Notaría.—1 vez.—Nº 121247.—(66800).
Ante mí, Tatiana Mayela Corella Jiménez, por medio de escritura otorgada a las once horas del treinta de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Terrenos Maml Cinco S. A. Plazo social: cien años. Capital social íntegramente suscrito y pagado: doce mil colones. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente, quien además es apoderado generalísimo sin límite de suma.—Grecia, 30 de julio del 2009.—Lic. Tatiana Mayela Corella Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 121248.—(66801).
Ante mí, Tatiana Mayela Corella Jiménez, por medio de escritura otorgada a las once horas treinta minutos del treinta de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Tierra Morada S. A. Plazo social: cien años. Capital social íntegramente suscrito y pagado: doce mil colones. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente, quien además es apoderado generalísimo sin límite de suma.—Grecia, 30 de julio del 2009.—Lic. Tatiana Mayela Corella Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 121249.—(66802).
Ante mí, Tatiana Mayela Corella Jiménez, por medio de escritura otorgada a las doce horas del treinta de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Terrenos Centrales Griegos S. A. Plazo social: cien años. Capital social íntegramente suscrito y pagado: doce mil colones. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente, quien además es apoderado generalísimo sin límite de suma.—Grecia, 30 de julio del 2009.—Lic. Tatiana Mayela Corella Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 121250.—(66803).
Ante mí, Tatiana Mayela Corella Jiménez, por medio de escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del treinta de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Terrenos Nab Cuatro S. A. Plazo social: cien años. Capital social íntegramente suscrito y pagado: doce mil colones. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente, quien además es apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Tatiana Mayela Corella Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 121251.—(66804).
Ante mí, Tatiana Mayela Corella Jiménez, por medio de escritura otorgada a las nueve horas treinta minutos del treinta de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Inmobiliaria Jpma Dos S. A. Plazo social: cien años. Capital social íntegramente suscrito y pagado: doce mil colones. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente, quien además es apoderado generalísimo sin límite de suma.—Grecia, 30 de julio del 2009.—Lic. Tatiana Mayela Corella Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 121252.—(66805).
Ante mí, Tatiana Mayela Corella Jiménez, por medio de escritura otorgada a las nueve horas del treinta de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Inmobiliaria Mama Uno S. A. Plazo social: cien años. Capital social íntegramente suscrito y pagado: doce mil colones. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente, quien además es apoderado generalísimo sin límite de suma.—Grecia, 30 de julio del 2009.—Lic. Tatiana Mayela Corella Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 121253.—(66806).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las dieciocho horas treinta minutos del día veintinueve de julio del dos mil nueve, se constituyó El Ratón Gourmet Sociedad Anónima. Objeto principal: producción, distribución, venta y mercadeo de productos lácteos, quesos, carnes, extractos de frutas y vegetales en conserva, congelados, secos; cocidos y otros. Plazo: noventa y nueve años. Capital: diez mil colones exactos suscritos y pagados. Representación judicial y extrajudicial del presidente y la secretaria.—San José, 30 de julio del 2009.—Lic. Valentín Barrantes Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 121254.—(66807).
Por medio de escritura número 7-4 otorgada a las 10:00 horas del día 29 de julio del 2009, se protocolizó acta de la sociedad Narbonne Ltda., por medio de la cual se reformo las cláusulas 2, del pacto constitutivo y se nombra gerente.—Lic. Roberto Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 121255.—(66808).
La sociedad Arcajo y Arcajo Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-352113, mediante escritura número noventa y cuatro, del treinta y uno de julio del 2009, reforma la cláusula sétima del pacto social.—La Unión, 31 de julio del 2009.—Lic. Rebeca Castillo Bastos, Notaria.—1 vez.—Nº 121257.—(66809).
Ante la notaría de la Licenciada Andrea Argüello Corrales, mediante escritura número doscientos doce-quince, del tomo quince, con fecha veintitrés de julio del año dos mil nueve, se constituyó Sociedad Anónima cuya denominación será su número de cédula jurídica, con domicilio en Heredia, representada por Ligia Duxbury, Presidente representante judicial y extrajudicial.—Heredia, 31 de julio del 2009.—Lic. Andrea Argüello Corrales, Notaria.—1 vez.—Nº 121258.—(66810).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima. Domicilio: en San Ramón. Plazo: noventa años. Capital social: cien mil colones. Fecha de constitución: treinta y uno de julio del dos mil nueve.—Lic. Ana Luz Villalobos Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 121260.—(66811).
Por escritura número noventa y cinco-veinticuatro, de las catorce horas treinta minutos del veintinueve de julio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Conediebre Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Duración: noventa y nueve años. Presidente: Víctor Diego Chaves Badilla. Domicilio: Centro, San Ramón, Alajuela, setenta y cinco metros al sur de Botica El Pueblo.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—Nº 121261.—(66812).
Por escritura número noventa y tres-veinticuatro, de las catorce horas del veintisiete de julio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Inversiones International Rabbit S. A., que es nombre de fantasía. Duración: noventa y nueve años. Presidente: Pablo Alonso Chaves Badilla. Domicilio: San Ramón, Alajuela, cien metros al norte de la entrada al Cementerio.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—Nº 121262.—(66813).
Ante mí, hoy se modificó la cláusula novena, del negocio constitutivo y se nombró junta directiva de la entidad Siete de Agosto S. A.—San José, 31 de julio del 2009.—Lic. Leonardo A. Madrigal Moraga, Notario.—1 vez.—Nº 121263.—(66814).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del veintinueve de julio del año dos mil nueve, se adiciona reforma las cláusulas segunda y décima sexta del pacto constitutivo del domicilio social de la Compañía Farmacia Chorotega RG S. A., cédula jurídica 3-101-140223, el cual será en Santa Cruz Guanacaste de La Plaza López setenta y cinco metros al norte; y la vigilancia estará a cargo del fiscal, quien en su cargo todo el plazo social.—Nicoya, 31 de julio del 2009.—Lic. Olga Irene Granados Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 121265.—(66815).
Ante los conotarios Sandra Hoffman Altamirano y Víctor Manuel Blanco Alvarado, se constituyó la sociedad Lapandi del Valle Monturiol S. A., con domicilio social en la provincia de San José, doscientos metros noreste de la capilla Sagrado Corazón de Jesús de Jaboncillal, Mata de Plátano, Goicoechea, a las ocho horas del veintiocho de julio del dos mil nueve. Su plazo de noventa y nueve años. El capital social se constituye con la suma de la compañía será la suma de diez mil colones exactos, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, suscritas. Su objeto el comercio en general, la industria, la agricultura, la ganadería. Para desarrollar sus fines podrá comprar, vender, hipotecar, donar, recibir donaciones, pignorar. Presidente el socio Gustavo Delvalle Monturiol. Es todo.—San José, 30 de julio del 2009.—Lic. Víctor Manuel Blanco Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 121266.—(66816).
Por escritura otorgada ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea de la sociedad Grupo Logístico Consultor L C F S. A., en la que se modifica el pacto constitutivo y nombra nuevo presidente, secretario y tesorero. Presidente: Luis Carlos Fernández Villalobos.—San José, 23 de julio del 2009.—Lic. Randall González Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 121268.—(66817).
Por escritura otorgada ante mí, tres ciento uno quinientos cincuenta y siete mil ciento sesenta y cuatro s. a., reforma la cláusula primera para denominarse Soccer Match Sociedad Anónima en español Partido de Fútbol Sociedad Anónima, y la cláusula sexta de su pacto constitutivo.—San José, 31 de julio del 2009.—Lic. Carlos Augusto Espinoza Arceyut, Notario.—1 vez.—Nº 121274.—(66818).
Ante mí Xitlali Espinoza Guzmán, notaria pública con oficina en Heredia, carné 14481, se constituye sociedad S.G. Construcciones Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: diez mil colones. Objeto social: comercio. Plazo social: ciento cincuenta años; fecha de constitución: veintiocho de julio del dos mil nueve. Tomo: cuarto.—Heredia, 29 de julio del 2009.—Lic. Xitlali Espinoza Guzmán, Notaria.—1 vez.—Nº 121281.—(66819).
Por escritura otorgada
a las diecinueve horas treinta minutos del veintisiete de julio del dos mil
nueve, se constituye Octava Zinnia GLS Sociedad Anónima.—Lic. Guiselle
Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 121282.—(66820).
Por escritura otorgada a las 15:00 horas del veintisiete de julio del dos mil nueve, se constituye Primera Flor de Lis GLS Sociedad Anónima y por escritura otorgada a las quince horas, quince minutos del veintisiete de julio del dos mil nueve, se constituye Segunda Fucsia GLS Sociedad Anónima.—Lic. Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 121283.—(66821).
Por escritura otorgada a las dieciocho horas treinta minutos del veintisiete de julio del dos mil nueve, se constituye Cuarto Tulipán GLS Sociedad Anónima y por escritura otorgada a las dieciocho horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de julio del dos mil nueve, se constituye Quinta Valeriana GLS Sociedad Anónima.—Lic. Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 121284.—(66822).
Por escritura otorgada a las diecinueve horas del veintisiete de julio del dos mil nueve, se constituye Sexta Verbena GLS Sociedad Anónima y por escritura otorgada a las diecinueve horas quince minutos del veintisiete de julio del dos mil nueve, se constituye Sétima Violeta GLS Sociedad Anónima.—Lic. Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 121285.—(66823).
Por escritura otorgada a las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de julio del dos mil nueve, se constituye Segunda Petunia GLS Sociedad Anónima y por escritura otorgada a las dieciocho horas del veintisiete de julio del dos mil nueve, se constituye Tercera Rosa GLS Sociedad Anónima.—Lic. Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 121286.—(66824).
Por escritura otorgada a las diecisiete horas del veintisiete de julio del dos mil nueve, se constituye Noveno Narciso GLS Sociedad Anónima y por escritura otorgada a las diecisiete horas quince minutos del veintisiete de julio del dos mil nueve, se constituye Primera Orquídea GLS Sociedad Anónima.—Lic. Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 121287.—(66825).
Por escritura otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del veintisiete de julio del dos mil nueve, se constituye Séptima Magnolia GLS Sociedad Anónima y por escritura otorgada a las dieciséis horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de julio del dos mil nueve, se constituye Octava Menta GLS Sociedad Anónima.—Lic. Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 121288.—(66826).
Por escritura otorgada a las quince horas treinta minutos del veintisiete de julio del dos mil nueve, se constituye Tercera Iris GLS Sociedad Anónima y por escritura otorgada a las quince horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de julio del dos mil nueve, se constituye Cuarto Jacinto GLS Sociedad Anónima.—Lic. Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 121289.—(66827).
Por escritura otorgada a las dieciséis horas del veintisiete de julio del dos mil nueve, se constituye Quinto Jazmín GLS Sociedad Anónima y por escritura otorgada a las dieciséis horas quince minutos del veintisiete de julio del dos mil nueve, se constituye Sexto Lirio GLS Sociedad Anónima.—Lic. Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 121290.—(66828).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 08:00 horas del 10 de julio del 2009, se constituyó la sociedad denominada Peineta S. A.—San Juan de Tibás, 10 de julio de 2009.—Lic. Jorge Ronald García Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 121291.—(66829).
En asamblea general ordinaria y extraordinaria, celebrada por Elete Creative S. A.; con cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-dos dos cinco cero dos nueve, en su domicilio social, al ser las quince horas, del día nueve de mayo del año dos mil nueve, se nombró nueva junta directiva. Es todo.—San José, 9 de mayo del 2009.—Lic. Jorge Eugenio Porras Mora, Notario.—1 vez.—Nº 121293.—(66830).
En asamblea general ordinaria y extraordinaria, celebrada por Skuares Creativos S. A.; con cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-cuatro dos cuatro dos cinco seis, en su domicilio social, al ser las quince horas, del día nueve de mayo del año dos mil nueve, se nombró nueva junta directiva. Es todo.—San José, 9 de mayo del 2009.—Lic. Jorge Eugenio Porras Mora, Notario.—1 vez.—Nº 121294.—(66831).
Ante mí, Rosibel Chavarría Mora se constituyó la sociedad denominada Sol de las Montañas de Oriente Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Sol de las Montañas de Oriente S. A. Presidenta Silvia Elena Gómez Picado. Capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, 27 de julio del 2009.—Lic. Rosibel Chavarría Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 121295.—(66832).
Ante mí, Rosibel Chavarría Mora se constituyó la sociedad denominada Graval Consultores Jurídicos Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Graval Consultores Jurídicos S. A. Presidente Rodolfo Granados Porras. Capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, 30 de julio del 2009.—Lic. Rosibel Chavarría Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 121296.—(66833).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas del treinta de julio del dos mil nueve se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Amelu Sociedad Anónima. Se reformó la cláusula sexta de los estatutos sociales.—San Ramón de Tres Ríos, 30 de julio del 2009.—Lic. Fernanda Linner de Silva, Notaria.—1 vez.—Nº 121297.—(66834).
Por escritura número sesenta y uno-uno, otorgada a las once horas del ocho de julio de dos mil nueve, visible al folio cuarenta y uno vuelto del tomo primero del protocolo del notario Fausto González Sibaja, se constituyó la sociedad Olvarlo Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio de 2009.—Lic. Fausto González Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 121298.—(66835).
La suscrita notaria hace constar que ante la notaría de María Elena Sandoval Solano y Yelba Mairena Bermúdez, se constituyó la sociedad anónima que se denominará Genoma de Costa Rica S. A.—San José, 28 de julio del 2009.—Lic. Yelba Mairena Bermúdez, Notaria.—1 vez.—Nº 121299.—(66836).
Ante esta notaria se reformó la cláusula primera: nombre de la sociedad denominada S. T Regil S. A., para que en adelante se llame Rentcel S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil cuatrocientos diez.—San José, 30 de julio del 2009.—Lic. Jessenia López Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 121300.—(66837).
La suscrita notaria da fe de que a las once horas del treinta de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad EMCENTEL (Empresa Centroamericana de Telecomunicaciones) Sociedad Anónima. Presidenta: Ana Milena Astudillo Sánchez. Capital social: cien mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 31 de julio de 2009.—Lic. Guiza Pinchanski Binderoski, Notaria.—1 vez.—Nº 131301.—(66838).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se ha constituido la sociedad denominada Comprador Tico S. A. Domicilio: Curridabat. Capital: suscrito y pagado. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 31 de julio del 2009.—Lic. Juan Luis Jiménez Succar, Notario.—1 vez.—Nº 121302.—(66839).
Por escritura otorgada hoy ante mí, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de asociados de la Asociación para la Detención e Intervención de la Sordera: A.D.I.S., mediante la cual se nombran tesorero, vocal uno y fiscal.—San José, 30 de julio del 2009.—Lic. Juan Luis Jiménez Succar, Notario.—1 vez.—Nº 121303.—(66840).
Por escritura otorgada hoy ante mí, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de asociados de la Asociación Fortaleciendo a la Familia, mediante la cual se reforman los artículos: duodécimo, décimo tercero, décimo cuarto, décimo quinto y décimo octavo.—San José, 31 de julio del 2009.—Lic. Juan Luis Jiménez Succar, Notario.—1 vez.—Nº 121304.—(66841).
La suscrita Andrea Rojas Rodríguez, notaria pública con oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que mediante escritura número setenta y siete, iniciada al folio cuarenta y uno vuelto, del tomo sétimo de mí protocolo, otorgada ante mí notaría, al ser las diecisiete horas con treinta minutos del día veinticuatro de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima denominada Distribuidora Rodvarg Sociedad Anónima, cuyo presidente, tesorero, y secretaria, tienen la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Atenas, 24 de julio del 2009.—Lic. Andrea Rojas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 121305.—(66842).
Ante esta notaría se procedió a constituir la sociedad denominada High Quality Producciones Sociedad Anónima, plazo cien años, objeto agricultura, industria y comercio en general, capital social cien mil colones y cuyo representante es Roddy Escalante Guerrero.—San José, a las dieciocho horas del día veinte de julio del dos mil nueve.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—Nº 121307.—(66843).
Mediante escritura de las 11:00 horas del 29 de julio del 2009, se constituyó la sociedad anónima Servicios Técnicos de Diseño e Ingeniería Sociedad Anónima. Domiciliada en San José, presidente Luis F. Iglesias García.—San José, 31 julio del 2009.—Lic. Rolando Sánchez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 121308.—(66844).
Que mediante escritura número doscientos sesenta y uno, se reforma domicilio, cambio de razón social y nueva junta directiva de Kirios de Alvarado S. A.—Lic. Roxana Jara Tenorio, Notaria.—1 vez.—Nº 121310.—(66845).
Ante esta notaría, en la ciudad de San José, exactamente en San Pedro, Barrio Los Yoses, del Restaurante Le Chandelier, cincuenta metros al sur, en la oficina de la firma PricewaterhouseCoopers, a las once horas del treinta y uno de julio del año dos mil nueve, se procedió a protocolizar el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos sesenta y cinco mil setecientos sesenta y seis sociedad anónima, mediante la cual se reforman los estatutos sociales, se nombra junta directiva, directores, fiscales, agente residente y se confieren poderes.—Lic. Ingrid Jiménez Godoy, Notaria.—1 vez.—Nº 121312.—(66846).
Mediante escritura pública otorgada a las once horas del día treinta y uno de julio de dos mil nueve, ante el suscrito notario se constituye la compañía Azulejos y Pisos Especiales AZUPISO Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia, cien metros sur de la antigua Fosforera Nacional, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Administración: junta directiva de tres miembros.—San José, treinta y uno de julio de dos mil nueve.—Lic. Jorge Eduardo Lobo Solera, Notario.—1 vez.—Nº 121314.—(66847).
Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Proyecto Río Oro Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula del capital quinta. Escritura otorgada a las dieciséis horas del treinta de julio del dos mil nueve.—Lic. María Monserrat Bonilla Garro, Notaria.—1 vez.—Nº 121317.—(66848).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Clínica y Spa Esthétique S. A., con domicilio social en San José, capital social de cincuenta mil colones, representado por cincuenta acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente con facultades plenas. En mi notaría, a las veinte horas sin minutos del veinticinco de junio de dos mil nueve.—Lic. Carlos Eduardo Brilla Ferrer, Notario.—1 vez.—Nº 121322.—(66849).
Por escritura otorgada ante la notaria Andrea Fernández Bonilla, a las 15:00 horas del treinta de julio del 2009, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Asesoría y Consultoría de Negocios Herdegente S. A., en donde se reforman las cláusulas segunda, tercera, sétima, y novena del pacto constitutivo y se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 121324.—(66850).
Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía 3-101-511370 sociedad anónima mediante la cual se reforma la cláusula de la representación decimonovena. Escritura otorgada a las quince horas del treinta de julio del dos mil nueve.—Lic. María Monserrat Bonilla Garro, Notaria.—1 vez.—Nº 121325.—(66851).
Por escritura otorgada ante la notaria Andrea Fernández Bonilla, a las 11:35 horas del 31 de julio del 2009, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Subasta Ganadera Maleco Guatuso S. A., en donde se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo y se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 121326.—(66852).
Jejoma Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-224328, con domicilio en San Luis, Santo Domingo de Heredia, comunica que por escritura pública número 275, otorgada ante el notario público Randall Junnell Calvo Mora, el día 30 de julio del año 2009, se nombra como nuevo presidente de la compañía a Roberto Jiménez Montalto, quien tendrá al igual que el secretario la representación legal y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 31 de julio del 2009.—Lic. Randall Junnell Calvo Mora, Notario.—1 vez.—Nº 121330.—(66853).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas treinta minutos del treinta y uno de julio del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Pearls Of Wisdom Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos trece mil trescientos cuarenta y uno, de las ocho horas del treinta y uno de julio del dos mil nueve, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta de los estatutos y se nombran nuevos gerentes.—Lic. Ricardo Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 121331.—(66854).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del diecisiete de julio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada The Amarelo Pearl of Costa Linda LLC Limitada, con domicilio en Guanacaste, con objeto genérico, con plazo de noventa años, con capital social de diez mil colones y apoderada generalísima gerente general: Sonia Elena Fonseca Seas.—San José, diecisiete de julio del dos mil nueve.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—Nº 121334.—(66855).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas con ocho minutos del diecisiete de julio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada The Alizarin Pearl of Costa Linda LLC Limitada, con domicilio en Guanacaste, con objeto genérico, con plazo de noventa años, con capital social de diez mil colones y apoderada generalísima gerente general: Sonia Elena Fonseca Seas.—San José, diecisiete de julio del dos mil nueve.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—Nº 121335.—(66856).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas con cincuenta minutos del diecisiete de julio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada The Amaranth Pearl of Costa Linda LLC Limitada, con domicilio en Guanacaste, con objeto genérico, con plazo de noventa años, con capital social de diez mil colones y apoderada generalísima gerente general: Sonia Elena Fonseca Seas.—San José, diecisiete de julio del dos mil nueve.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—Nº 121336.—(66857).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del diecisiete de julio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada The Amber Pearl of Costa Linda LLC Limitada, con domicilio en Guanacaste, con objeto genérico, con plazo de noventa años, con capital social de diez mil colones y apoderada generalísima gerente general: Sonia Elena Fonseca Seas.—San José, diecisiete de julio del dos mil nueve.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—Nº 121337.—(66858).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del diecisiete de julio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada The Amethyst Pearl of Costa Linda LLC Limitada, con domicilio en Guanacaste, con objeto genérico, con plazo de noventa años, con capital social de diez mil colones y apoderada generalísima gerente general: Sonia Elena Fonseca Seas.—San José, diecisiete de julio del dos mil nueve.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—Nº 121338.—(66859).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas con quince minutos del diecisiete de julio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada The Aquolina Pearl of Costa Linda LLC Limitada, con domicilio en Guanacaste, con objeto genérico, con plazo de noventa años, con capital social de diez mil colones y apoderada generalísima gerente general: Sonia Elena Fonseca Seas.—San José, diecisiete de julio del dos mil nueve.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—Nº 121339.—(66860).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las siete horas del diecisiete de julio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada The Autumn Pearl of Costa Linda LLC Limitada, con domicilio en Guanacaste, con objeto genérico, con plazo de noventa años, con capital social de diez mil colones y apoderada generalísima gerente general: Sonia Elena Fonseca Seas.—San José, diecisiete de julio del dos mil nueve.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—Nº 121341.—(66861).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas con diez minutos del diecisiete de julio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada The Azure Pearl of Costa Linda LLC Limitada, con domicilio en Guanacaste, con objeto genérico, con plazo de noventa años, con capital social de diez mil colones y apoderada generalísima gerente general: Sonia Elena Fonseca Seas.—San José, diecisiete de julio del dos mil nueve.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—Nº 121342.—(66862).
Por asamblea de socios la sociedad denominada G Dos Inc. Sociedad Anónima, modifican cláusulas décima y undécima. Asimismo por asamblea de socios de la sociedad denominada tres-ciento dos-quinientos veintiún mil seiscientos cincuenta y dos sociedad de responsabilidad limitada, modifica cláusula sexta y nombran nuevo gerente y subgerente.—San José, 31 de julio del 2009.—Lic. Víctor Hugo Fernández Mora, Notario.—1 vez.—Nº 121343.—(66863).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del diecisiete de julio del ato dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada The Auburn Pearl of Costa Linda LLC Limitada, con domicilio en Guanacaste, con objeto genérico con plazo de noventa años, con capital social de diez mil colones y apoderada generalísima. Gerente General: Sonia Elena Fonseca Seas.—San José, diecisiete de julio del dos mil nueve.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—Nº 121344.—(66864).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veintidós de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Baterías C.T.M. El Dominante Sociedad Anónima. Capital: cien mil colones. Presidente: Leonardo Cartín León.—Veintinueve de julio del dos mil nueve.—Lic. Lilliana Cob Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 121345.—(66865).
Ante esta notaría al ser las ocho horas del dieciocho de julio del año dos mil nueve, se ha constituido la sociedad Consultores Informáticos Corporativos del Caribe Sociedad Anónima, con domicilio social en Guápiles, Barrio Los Pinares, de la entrada principal, cien metros al norte; la representación le corresponde al presidente.—Dado en esta ciudad el treinta y uno de julio del dos mil nueve.—Lic. Gabriela Quirós Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 121346.—(66866).
Ante esta notaría al ser las ocho horas del ocho de julio del dos mil nueve, se ha constituido la sociedad Auto Ventas Checo Sociedad Anónima, con domicilio social en Heredia, de la estación de bomberos, ciento setenta y cinco metros al norte, casa color celeste con negro, a mano izquierda, teniendo la representación judicial y extrajudicial el presidente y la secretaria. Dado en esta capital el treinta y uno de julio del dos mil nueve.—Lic. Karolina Mena Soto, Notaria.—1 vez.—Nº 121347.—(66867).
El día 6 de marzo de 2009, se constituye la sociedad anónima denominada P Dos P Global Solutions Sociedad Anónima, con domicilio en Heredia, del restaurante Cowboy, 700 metros noreste. Los socios son: Wendy Jiménez García, Isaías García Barrientos, Lidiette Barrientos Madrigal, Luz Marina García Jiménez.—Lic. Raquel Núñez González, Notaria.—1 vez.—Nº 121350.—(66868).
Al ser las dieciséis horas del veintiocho de julio del dos mil nueve, se constituyó Chang Martínez y Asociados S. A. Domicilio en San José, Goicoechea, Mata de Plátano, residencial Azul de Prado, casa catorce A. Con un plazo de cien años. Objeto: compra y venta de propiedades, venta de servicios, industria y comercio en general. Capital social: cien mil colones.—Lic. Alejandro Alfaro Araya, Notario.—1 vez.—Nº 121355.—(66869).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del veintinueve de julio del dos mil nueve, Jesús Emilio Corrales Ramírez y José David Rojas Meléndez, constituyen la entidad Grupo de Intermediación Financiera de Costa Rica Sociedad Anónima, domiciliada en Aguas Zarcas de San Carlos, Alajuela, cien metros al sur del cementerio. Capital social: diez mil colones. Objeto: industria y comercio. Presidente: Jesús Emilio Corrales Ramírez.—Ciudad Quesada, veintinueve de julio del dos mil nueve.—Lic. Francisco Bolaños Montero, Notario.—1 vez.—Nº 121358.—(66870).
El suscrito Maykool Acuña Ugalde, notario público con oficina en Ciudad Colón, hace constar que a las 20:00 horas del día 30 de julio del 2009, se ha constituido la sociedad denominada Soceca & Sonbor S. A., con un plazo social de 100 años, siendo su presidenta la señora Cecilia Borbón Monge.—Lic. Maykool Acuña Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 121359.—(66871).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad Villa Bermúdez Salguero Sociedad Anónima, capital social suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Conotarios: Álvaro Carazo Zeledón y Luis Gustavo Pereira León.—San José, 22 de julio de 2009.—Lic. Luis Gustavo Pereira León, Notario.—1 vez.—Nº 121360.—(66872).
Por escritura otorgada en Cartago, a las once horas del treinta y uno de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Go.Guz P y A Sociedad Anónima, domiciliada en la ciudad de Cartago, con un plazo de noventa y nueve años. Capital social de diez mil colones. Presidente y vicepresidente como apoderados generalísimos sin límite de suma.—Cartago, treinta y uno de julio del dos mil nueve.—Lic. Adrián Masís Mata, Notario.—1 vez.—Nº 121363.—(66873).
Mediante escritura número ciento sesenta y nueve, otorgada en mi notaría a las doce horas y treinta minutos de hoy, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la compañía 3-101-571240 s. a., en la cual se reforma la cláusula segunda de los estatutos, modificando el domicilio social de la compañía.—Guadalupe, San José, treinta y uno de julio del 2009.—Lic. Mario Alberto Solórzano Sandoval, Notario.—1 vez.—Nº 121364.—(66874).
Mediante escritura número ciento sesenta y ocho otorgada en mi notaría, a las doce horas de hoy se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la compañía 3-101-572761 s. a., en la cual se reforma la cláusula segunda de los estatutos, modificando el domicilio social de la compañía.—Guadalupe, San José, treinta y uno de julio del 2009.—Lic. Mario Alberto Solórzano Sandoval, Notario.—1 vez.—Nº 121365.—(66875).
Por escritura pública otorgada ante mí, a las 10:10 horas del 28 de julio de 2009, protocolicé acuerdos de la compañía de esta plaza: Dakhilux Mobile Uno S. A., en virtud de la cual se nombra nuevo presidente, secretario, tesorero, y fiscal; y se reforma la cláusula tercera de los estatutos sociales.—Cartago, 29 de julio del 2009.—Lic. Jaime López Moya, Notario.—1 vez.—Nº 121367.—(66876).
Por escritura número cuatro-seis, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del veintinueve de julio del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad IES International. Export Service S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y siete mil novecientos sesenta y dos, en la cual renuncia el presidente de la junta directiva y se nombran nuevos miembros.—Heredia, veintinueve de julio del dos mil nueve.—Lic. Fernando Sánchez Rojas, Notario.—1 vez.—(66886).
Por escritura número 223 otorgada a las 8:30 horas del 29 de julio de 2009, los señores Miguel Zúñiga Delgado, Daniel Vilaplana Roig, Susan Zúñiga Delgado, Eddie Zúñiga Delgado y Ronald Zúñiga Delgado, constituyen Victoria Farmacéutica ZV S. A., con un capital social de diez mil colones. Es todo.—San José, 29 de julio de 2009.—Lic. Iara Lancaster Cortés, Notaria.—1 vez.—(66898).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada Mundo Alternativo DPC S. A. El plazo social es de noventa y nueve años, el capital social es la suma de doce mil colones, representado por doce acciones comunes y nominativas de mil colones cada una y la representación judicial y extrajudicial corresponden al presidente y tesorero. Es Todo.—San José, treinta y uno de julio de 2009.—Lic. María Carolina Palma Vargas, Notaria.—1 vez.—(66902).
Por escritura número 50 otorgada en mi notaría, a las 13:00 horas del 31 de julio del 2009, se constituye la compañía Yade S. A., que es nombre de fantasía. Capital suscrito y pagado. Domicilio social: Jardines de Tibás. Representante judicial y extrajudicial: presidente.—San José, 31 de julio de 2009.—Lic. Martha Eugenia Villareal Castillo, Notaria.—1 vez.—(66905).
Mediante escritura otorgada ante mí, a las quince horas del veintinueve de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Merc Uno Sociedad Anónima. Plazo social: cien años, capital social mil colones.—San José, veintinueve de julio del dos mil nueve.—Lic. Perla Lipiec Goldberg, Notaria.—1 vez.—(66911).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Inmobiliaria Terra Bella del Pacífico S. A. Plazo social: 99 años. Capital social: ¢100.000,00. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. José Alberto Brenes León, Notario.—1 vez.—(66917).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Pesquera Don Gringo Puntarenas S. A. Plazo social: 99 años. Capital social: ¢100.000,00. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. José Alberto Brenes León, Notario.—1 vez.—(66919).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Pesquera Manglares de Puntarenas S. A. Plazo social: 99 años. Capital social: ¢100.000,00. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite.—Lic. José Alberto Brenes León, Notario.—1 vez.—(66921).
El suscrito Luis Enrique Salazar Sánchez, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día veintitrés de julio del dos mil nueve, se protocolizó ante mí acta de la empresa Ocean View Ventures O.V.V. Limitada.—San José, tres de agosto del dos mil nueve.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—(66927).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas y treinta minutos del tres de agosto del 2009, protocolizacion de acta número uno de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Vikingo S. A., se destituye el presidente y secretario de la junta directiva.—San José, 3 de agosto del 2009.—Lic. Lilliam Solano Cruz, Notaria.—1 vez.—(66946).
Por escritura otorgada ante mí, a las 18:30 del primero de agosto del 2009, se constituyó sociedad anónima denominada The Costa Rica Real Estate Company S. A. Presidente: Peter Carlton Solle.—Lic. Lilliam Solano Cruz, Notaria.—1 vez.—(66947).
Por escritura número doscientos cuarenta y ocho-tres otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del tres de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Lewis & Lewis T.X.CO. Sociedad Anónima, capital social diez mil colones. Presidente: John Paul Lewis.—San José, tres de agosto del dos mil nueve.—Lic. Sindy Priscilla González Chacón, Notaria.—1 vez.—(66950).
Por escritura número treinta y dos, otorgada ante mí a las diez horas con cuarenta y cinco minutos del tres de agosto del dos mil nueve, se protocolizó la asamblea extraordinaria de la sociedad Inversiones Weily Sociedad Anónima, por medio de la cual se reforman las cláusulas segunda del domicilio y octava de la administración.—Lic. Carlos Fernando Hernández Aguiar, Notario.—1 vez.—(66953).
Ante esta notaría a las doce horas cuarenta y cinco minutos del día veintitrés de junio de dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad domiciliada en Alajuela, Mercocard Zúñiga Corporation S. A., con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-quinientos sesenta y cinco mil ochocientos ocho, mediante la cual se modifican las cláusulas primera, tercera y cuarta del pacto constitutivo, para que se lea el nombre de la sociedad Autolavado V.Q. S. A., el domicilio provincia de San José, cantón San José, distrito Catedral del Cine Magaly, setenta y cinco metros sur, barrio La California y la cuarta es en cuanto al objeto. Se nombra junta directiva.—San José, tres de agosto del dos mil nueve.—Lic. Evelyn Jenkins Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(66959).
Debidamente facultado al efecto protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Luna de Chirripó Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos veintidós mil setecientos treinta y uno, mediante escritura otorgada a las catorce horas del veinticuatro de julio de dos mil nueve. Se reforma la cláusula segunda de la escritura constitutiva, atinente al domicilio social el cual será en lo sucesivo en San José, Santa Ana, Pozos, residencial Puerta de Hierro, casa número ochenta y siete.—San José, veinticuatro de julio del dos mil nueve.—Lic. Marco Badilla Chavarría, Notario.—1 vez.—(66965).
Debidamente facultado al efecto protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Iris Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y tres mil quinientos ochenta y ocho, mediante escritura otorgada a las quince horas del veinticuatro de julio de dos mil nueve. Se reforma el artículo dos del pacto constitutivo, atinente al domicilio social el cual será en lo sucesivo en San José, Santa Ana, Pozos, residencial Puerta de Hierro, casa número ochenta y siete.—San José, veinticuatro de julio del dos mil nueve.—Lic. Marco Badilla Chavarría, Notario.—1 vez.—(66966).
Por escrituras otorgadas ante esta notaría, protocolicé actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de las sociedades, Accsses CVM Grup. S. A., Accsses Coastal Vacations ACV. S. A. e Inmobiliaria Internacional Accsses Coastal Vacations S. A. en las que se reforma la cláusula sexta y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, veintitrés de julio del dos mil nueve.—Lic. Carlos Alberto Vargas Campos, Notario.—1 vez.—(66970).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada The Beach Report Sociedad Anónima (El Reporte de la Playa Sociedad Anónima). Domicilio social en Playa Potrero, Santa Cruz, Guanacaste. Capital social enteramente suscrito y pagado. Plazo social de noventa y nueve años.—Liberia, Guanacaste, 23 de julio del 2009.—Lic. Daisybell Casasola Guillén, Notaria.—1 vez.—Nº 121369.—(67064).
En esta notaría se constituyó Inversiones Tomaylla S. A. con un plazo de 99 años, capital cien mil colones, con aporte de inmuebles, regida por el Código de Comercio, domicilio en Ulloa de Heredia. Presidente: Mery Tomaylla Villagaray.—San José, 28 de julio del 2009.—Lic. Alberto Ortega Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 121371.—(67065).
Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas, hago constar que el día veintinueve de julio del dos mil nueve, a las veinte horas en la ciudad de Atenas, se realizó la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Amour de la Terre Sociedad Anónima en la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Atenas, treinta y uno de julio del dos mil nueve.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 121373.—(67066).
Por escritura otorgada en esta fecha ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de Yosi Real State W.G. Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica las cláusulas relativas a su denominación, domicilio, administración.—San José, veintidós de julio del dos mil nueve.—Lic. José Adolfo Borge Lobo, Notario.—1 vez.—Nº 121374.—(67067).
Por escritura otorgada en esta fecha ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de Inmobiliaria Ralenti del Caribe Norte Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica las cláusulas relativas a su denominación, domicilio, administración.—San José, veintidós de julio del dos mil nueve.—Lic. José Adolfo Borge Lobo, Notario.—1 vez.—Nº 121375.—(67068).
Por escritura número trescientos cuarenta y cuatro-treinta y ocho, otorgada ante mi notaría, a las quince horas del treinta y uno de julio del dos mil nueve, se protocolizó acuerdos de sesión de asamblea general extraordinaria de accionistas de Union Freight International U F I S. A., en donde se reforma la cláusula primera.—San José, treinta y uno de julio del dos mil nueve.—Lic. Dora María Fernández Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 121377.—(67069).
Por escritura otorgada a las nueve horas hoy, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Dinámica Profesional del Siglo XXI S. A., modificando estatutos y reestructurando junta directiva.—San José, veintinueve de julio de dos mil nueve.—Lic. Ricardo Ugarte Mora, Notario.—1 vez.—Nº 121378.—(67070).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del 3 de agosto del 2009, se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo sobre el domicilio social de la sociedad ICKIS-Lindenberg S. R. L., cédula jurídica número 3-102-415585.—San José, 3 de agosto del 2009.—Lic. Alejandro Matamoros Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 121379.—(67071).
En mi notaría al ser las ocho horas del día catorce de julio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima que se denominará con el número de cédula jurídica que indique el Registro Nacional, capital suscrito y pagado, acciones comunes y nominativas, domiciliada en Alajuela, Zarcero de Alfaro Ruiz, seiscientos metros al norte del matadero La Codorniz.—Heredia, quince de julio del dos mil nueve.—Lic. Luis Diego Solís Soto, Notario.—1 vez.—Nº 121380.—(67072).
Ante esta notaría, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía denominada El Colono Banapiña Sociedad Anónima.—Guápiles, Pococí, qunce de mayo del dos mil nueve.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—Nº 121381.—(67073).
Mediante escritura numero: ciento trece-tres del tomo tres del protocolo del notario Manuel Mora Ulate, con fecha treinta y uno de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Daso Corporación Sociedad Anónima.—Lic. Manuel Mora Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 121382.—(67074).
Mediante escritura pública número sesenta y ocho-tres del tomo tres del protocolo del suscrito notario, con fecha del dieciocho de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima denominada Dimafu Sociedad Anónima.—Lic. Manuel Mora Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 121383.—(67075).
Por escritura otorgada ante mí a las 10:00 horas del 30 de julio del 2009, se protocolizaron acuerdos sociales de Arab World Investments Limitada, cédula jurídica número 3-102-489879 en donde se modifican las cláusulas uno y dos del pacto social constitutivo.—San José, 31 de julio del 2009.—Lic. Álvaro Villalobos García, Notario.—1 vez.—Nº 121387.—(67076).
A las catorce horas del viernes treinta y uno de julio del dos mil nueve, la sociedad denominada Inversiones Murojolu Sociedad Anónima, modificó la cláusula sétima de los estatutos se comisionó al notario Alexander Quesada Venegas para protocolizar el acta.—Lic. Alexander Quesada Venegas, Notario.—1 vez.—Nº 121388.—(67077).
Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del 2 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad denominada Shanghai Import Costa Rica Sociedad Anónima, siendo presidente, secretario y tesorero respectivamente, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo: 100 años. Capital social: ochenta mil colones.—San José, 3 de agosto del 2009.—Lic. Allan Valverde Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 121389.—(67078).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 14:45 horas del día 24 de julio de 2009, se constituyó Transportes Terrestres Magallanes S.A.; capital suscrito y pagado, domicilio en el cantón central de San José, distrito Pavas; el presidente de la junta directiva con la representación y facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de julio de 2009.—Lic. José Ramón Quesada Acuña, Notario.—1 vez.—Nº 121396.—(67079).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:30 horas del día 24 de julio de 2009, se constituyó Transportes Hermanas García López S.A.; capital suscrito y pagado, domicilio en el cantón central de San José, distrito Pavas; el presidente de la junta directiva con la representación y facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de julio de 2009.—Lic. José Ramón Quesada Acuña, Notario.—1 vez.—Nº 121397.—(67080).
Por escritura ante mi notaría a las doce horas del veintiuno de julio de dos mil nueve, se modifican estatutos de la sociedad Inversiones e Importaciones Rubén Quesada Cerdas, cambio de domicilio, de presidente y aumento del capital social.—San José, 21 de julio de 2009.—Lic. Oliver Antonio Alpízar Salas, Notario.—1 vez.—Nº 121400.—(67081).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Villa Nueva de Atenas Sociedad Anónima.—San José, tres de agosto del dos mil nueve.—Lic. Ólger Fernando Ruiz Matarrita, Notario.—1 vez.—Nº 121402.—(67082).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las catorce horas del día veintiocho de julio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Dimarco Alimentaria de Centroamérica Sociedad Anónima. Presidente: Mario Manuel Miranda Hevia, capital social: veinte mil colones exactos.—Lic. Ana Cristina Alvarado Acevedo, Notaria.—1 vez.—Nº 121403.—(67083).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:45 horas del 30 de julio del 2009, se constituyó la sociedad Arlong I.N.C. S. A. Capital social debidamente suscrito y pagado por los socios. Domicilio: Cartago, Plazo noventa y nueve años.—Cartago, 31 de julio del 2009.—Lic. Jorge Ramón Arias Mora, Notario.—1 vez.—Nº 121405.—(67084).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:30 horas del 30 de julio del 2009, se constituyó la sociedad PNL Dicristina S. A. Capital social debidamente suscrito y pagado por los socios. Domicilio: Cartago, plazo noventa y nueve años.—Cartago, 31 de julio del 2009.—Lic. Jorge Ramón Arias Mora, Notario.—1 vez.—Nº 121406.—(67085).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:30 horas del 31 de julio de 2009, se constituyó la sociedad Armorekala S. A., capital social debidamente suscrito y pagado por los socios. Domicilio: Cartago, plazo noventa y nueve años.—Cartago, 31 de julio del 2009.—Lic. Marco Antonio Rojas Valle, Notario.—1 vez.—Nº 121407.—(67086).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del treinta y uno de julio del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad anónima denominada Abbitare Diseño y Construcción C y C Sociedad Anónima. Reforma cláusula quinta. Aumento capital social.—Tres de agosto del dos mil nueve.—Lic. Irina Castro Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 121410.—(67087).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las ocho horas treinta minutos del treinta de julio del dos mil nueve se constituyó la sociedad anónima denominada P & K Servicios de Construcción Sociedad Anónima.—Heredia, San Antonio de Belén, tres de agosto del dos mil nueve.—Lic. Irina Castro Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 121411.—(67088).
La suscrita notaria hace constar que las nueve horas del veintiuno de julio del dos mil nueve, se constituyó mediante escritura pública una sociedad denominada Soluciones Informáticas Tecnotek Sociedad Anónima, presidente: Fabricio Alberto Sarmiento Jiménez, capital social: diez mil colones.—San José, 3 de agosto del 2009.—Lic. Evelyn María Obando Pradella, Notaria.—1 vez.—Nº 121413.—(67089).
Por escrituras otorgadas hoy en esta ciudad a las 10:30, 11:30 y 12:30 horas ante el suscrito notario se reforman estatutos de las sociedades 3-101-531289 S. A, 3-101-531734 S. A. y 3-101-530180 S. A.—San José, 31 de julio del 2009.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—Nº 121418.—(67090).
Por escritura otorgada ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las 15:00 horas del veinte de noviembre del año dos mil siete, se constituyó una sociedad limitada de conformidad con directriz número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Objeto: administración en general. Capital social: seis mil colones. Es todo.—Jacó, 30 de julio del 2009.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 121419.—(67091).
Por escritura otorgada ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las 15:30 horas del veinte de noviembre del año dos mil siete, se constituyó una sociedad limitada de conformidad con directriz número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Objeto: administración en general. Capital social: seis mil colones. Es todo.—Jacó, 30 de julio del 2009.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 121420.—(67092).
Por escritura otorgada ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las 16:00 horas del veinte de noviembre del año dos mil siete, se constituyó una sociedad limitada de conformidad con directriz número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Objeto: administración en general. Capital social: seis mil colones. Es todo.—Jacó, 30 de julio del 2009.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 121421.—(67093).
Por escritura otorgada ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las 8:00 horas del treinta de julio del año dos mil nueve, se constituyó una sociedad limitada de conformidad con directriz número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Objeto: administración de negocios. Capital social: cuatro mil colones.—Jacó, 30 de julio del 2009.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 121422.—(67094).
Por escritura otorgada ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las 8:30 horas del treinta de julio del año dos mil nueve, se constituyó una sociedad limitada de conformidad con directriz número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Objeto: administración de negocios. Capital social: cuatro mil colones. Es todo.—Jacó, 30 de julio del 2009.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 121424.—(67095).
Por escritura otorgada ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las 9:00 horas del treinta de julio del año dos mil nueve, se constituyó una sociedad limitada de conformidad con directriz número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Objeto: administración de negocios. Capital social: cuatro mil colones. Es todo.—Jacó, 30 de julio del 2009.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 121425.—(67096).
Por escritura otorgada ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las 9:30 horas del treinta de julio del año dos mil nueve, se constituyó una sociedad limitada de conformidad con directriz número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Objeto: administración de negocios. Capital social: cuatro mil colones. Es todo.—Jacó, 30 de julio del 2009.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 121426.—(67097).
Por escritura otorgada ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las 10:00 horas del treinta de julio del año dos mil nueve, se constituyó una sociedad limitada de conformidad con directriz número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Objeto: administración de negocios. Capital social: cuatro mil colones. Es todo.—Jacó, 30 de julio del 2009.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 121427.—(67098).
Por escritura otorgada ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las 10:30 horas del treinta de julio del año dos mil nueve, se constituyó una sociedad limitada de conformidad con directriz número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Objeto: administración de negocios. Capital social: cuatro mil colones. Es todo.—Jacó, 30 de julio del 2009.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 121428.—(67099).
Por escritura otorgada ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las 11:00 horas del treinta de julio del año dos mil nueve, se constituyó una sociedad limitada de conformidad con directriz número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Objeto: administración de negocios. Capital social: cuatro mil colones. Es todo.—Jacó, 30 de julio del 2009.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 121429.—(67100).
Por escritura otorgada ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las 11:30 horas del treinta de julio del año dos mil nueve, se constituyó una sociedad limitada de conformidad con directriz número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Objeto: administración de negocios. Capital social: cuatro mil colones. Es todo.—Jacó, 30 de julio del 2009.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 121431.—(67101).
Por escritura otorgada ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las 12:00 horas del treinta de julio del año dos mil nueve, se constituyó una sociedad limitada de conformidad con directriz número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Objeto: administración de negocios. Capital social: cuatro mil colones. Es todo.—Jacó, 30 de julio del 2009.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 121432.—(67102).
Por escritura otorgada ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las 13:00 horas del treinta de julio del año dos mil nueve, se constituyó una sociedad limitada de conformidad con directriz número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Objeto: administración de negocios. Capital social: cuatro mil colones. Es todo.—Jacó, 30 de julio del 2009.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 121433.—(67103).
Por escritura otorgada ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las 13:30 horas del treinta de julio del año dos mil nueve, se constituyó una sociedad limitada de conformidad con directriz número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Objeto: administración de negocios. Capital social: cuatro mil colones. Es todo.—Jacó, 30 de julio del 2009.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 121434.—(67104).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy a las dieciocho horas se constituyó la empresa Solar Analemma Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Plazo: 99 años.—San José, veinticuatro de julio del dos mil nueve.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 121436.—(67105).
Por escritura otorgada a las trece horas del catorce de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Inversiones Araya Fernández Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, con un plazo de noventa y nueve años, domiciliada en Orotina centro, Alajuela. Presidente: Juan Carlos Araya Rivera.—Lic. Alexa Rodríguez Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 121437.—(67106).
Por escritura pública otorgada a las quince horas del día primero de agosto del dos mil nueve, se constituyó ante esta notaría la sociedad denominada: LAI & Azofeifa Corporation Limitada.—San José, tres de agosto del dos mil nueve.—Lic. Kenneth Muñoz Ureña, Notario.—1 vez.—Nº 121438.—(67107).
Ante el suscrito notario, se constituye la sociedad Zamureña Inmobiliaria S. A. Capital social: sesenta mil colones, representados por sesenta acciones comunes y nominativas de un mil colones cada una. Domicilio social: barrio San Rafael, de la pulpería Miguelito cien metros este y veinticinco sur, Corredor, Corredores, Puntarenas. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Omar Zamora Pérez, cédula dos-dos uno uno-cero cero cinco.—Ciudad Neily, a las dieciséis horas del treinta de julio del dos mil nueve.—Lic. Fernando Rojas Arredondo, Notario.—1 vez.—Nº 121439.—(67108).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veinte de julio del dos mil nueve, se modifica la cláusula de la administración de la sociedad de esta plaza Cinco de Agosto de Mil Novecientos Veinticuatro S. A., se revocan nombramientos de junta directiva y fiscal, se nombra nueva junta directiva, se nombra fiscal y se otorga poder generalísimo sin límite de suma conforme artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil.—San José, 27 de julio del 2009.—Lic. Jessie Murillo Moya, Notaria.—1 vez.—Nº 121440.—(67109).
Por acta de asamblea número diez de la sociedad Casparius S. A., se acuerda modificar las cláusulas tercera y sexta, se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente, quedando los cargos de la siguiente forma: Presidente: Tomás Azofeifa Villalobos, vicepresidenta: Mayela Quesada Ramírez, secretario: Tomás Alberto Azofeifa Quesada, tesorera: María Elena Azofeifa Quesada, fiscal José Daniel Azofeifa Quesada y agente residente: Guido Ramón Rodríguez Rodríguez.—San José, 28 de julio del 2009.—Lic. Guido Ramón Rodríguez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 121441.—(67110).
Por escritura otorgada a las quince horas treinta minutos del día treinta y uno de julio del dos nueve, se constituyó Etiquetas y Suministros Tribu de Costa Rica Sociedad Anónima Sociedad Anónima, con domicilio en San José, Moravia, San Vicente, Barrio San Rafael del Banco Nacional, seiscientos metros al norte doscientos oeste y ciento cincuenta al norte, Condominio Bosques de Moravia, condominio número tres-D.—San José, 3 de agosto del 2009.—Lic. Ana Marcela García Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 121442.—(67111).
Mediante escritura otorgada a las dieciséis horas del treinta y uno de julio del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Ladybug LLC Limitada, cédula jurídica 3-102-537086 en la que se reformó la cláusula de administración, se hicieron nuevos nombramientos y se otorgó un poder generalísimo.—Lic. Bárbara Jiménez Coble, Notaria.—1 vez.—Nº 121446.—(67112).
Ante mi notaría, el diez de junio del del dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada Construcciones Rápidas San Marcos, Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital: diez mil colones. Domicilio: San José de Costa Rica, San Marcos de Tarrazú., Barrio Santa Cecilia, del Banco Nacional, cuatrocientos metros al norte. Será representada por dos gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límites de suma.—Lic. Ricardo Arnoldo Valverde Céspedes, Notario.—1 vez.—Nº 121450.—(67113).
Hoy, en esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Cenízaro ACB 305 S. A., cédula jurídica 3-101-517347 para modificar junta directiva específicamente presidente y tesorero así como fiscal.—San José, 01 agosto del 2009.—Lic. Adriana Castillo Guzmán, Notaria.—1 vez.—Nº 121451.—(67114).
Hoy, en esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de AYM Inspección de Proyectos S. A., cédula jurídica 3-101-321013 para modificar cláusula cuarta del plazo social de los estatutos.—San José, 01 de agosto del 2009.—Lic. Adriana Castillo Guzmán, Notaria.—1 vez.—Nº 121452.—(67115).
Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría, a las 08:00 horas de hoy, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de Grupo Cybershop de Costa Rica Sociedad Anónima, celebrada en San Vito, Coto Brus, Puntarenas, a las 12:00 horas del 29 de junio del año en curso, mediante la cual se reformaron las cláusulas 5 y 6 del pacto social; se acepta renuncia de tesorero y se hace su_sustitución.—San Vito, 01 de julio del 2009.—Ayalile Jiménez Céspedes, Notaria.—1 vez.—Nº 121453.—(67116).
En la notaría del Lic. Álvaro José Meza Lazarus, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada Dynamo Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 30 de julio del 2009.—Lic. Álvaro José Meza Lazarus, Notario.—1 vez.—Nº 121454.—(67117).
En la notaría del Lic. Álvaro José Meza Lazarus, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada Aplicaciones Industriales Modernas Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 30 de julio del 2009.—Lic. Álvaro José Meza Lazarus, Notario.—1 vez.—Nº 121455.—(67118).
Cristhian Mauricio Espinoza Acevedo y Josué Enrique Sánchez Ramírez, constituyen las sociedades denominadas Aires Polares J.C. del Pacífico, Sociedad Anónima; Grupo Mana del Pacífico Sociedad Anónima e Ilané del Mar Sociedad Anónima, y son presidente y secretario, respectivamente. Escritura otorgada a las trece horas del treinta y uno de julio del dos mil nueve, ante la Notaria Xenia Priscilla Moya Chavarría.—Lic. Xenia Priscilla Moya Chavarría, Notaria.—1 vez.—Nº 121456.—(67119).
Por escritura autorizada a esta Notaría, a las 17:00 horas del 28 de julio del año 2009 se constituyó la sociedad Chandito Sociedad Anónima. Domicilio: Huacas, Guanacaste, frente al Salón Comunal. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado.—Huacas, 28 de julio del 2009.—Lic. Luis Antonio Cubillo Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 121457.—(67120).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del tres de agosto del dos mil nueve, se constituyó la empresa Teribes y ABM Sociedad Anónima. Presidente: Alberto Blanco Morales.—San José, 3 de agosto del 2009.—Lic. Patricia Prada Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 121458.—(67121).
Manantiales en el Desierto S. A., con cédula jurídica 3-101-275125. Reforma cláusula décima del pacto constitutivo, de tal forma que el presidente es el representante judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma o materia actuando individualmente. Escritura otorgada a las 9:00 horas del 29 de julio del 2009.—Lic. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—Nº 121459.—(67122).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Agroganadera Solano Leitón Sociedad Anónima. Plazo social de noventa y nueve años. Capital social: sesenta mil colones, totalmente suscrito y pagado. Representada por su presidente Alberto Solano Vega y secretaria María Anita Leitón Fuentes.—Monterrey de San Carlos Alajuela, 30 de julio del 2009.—Lic. Ricardo Reyes Calix, Notario.—1 vez.—Nº 121462.—(67123).
Protocolización de acta de la asamblea general extraordinaria número cuatro de la sociedad denominada Chemusa Sociedad Anónima, se modifica totalmente la cláusula novena de la Ley Constitutiva, para que en lo sucesivo se lea como sigue: Novena: los negocios sociales serán administrados por una junta directiva, compuesta por cuatro miembros socios o no a saber: presidente, vicepresidente, tesorero, secretario, quienes durarán en sus cargos por todo el plazo social, o hasta que sean removidos por muerte, renuncia o incapacidad. El presidente tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma, actuando de conformidad con lo establecido por el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, siendo que a su vez podrá otorgar poderes, sustituir su mandato en todo o en parte, reservándose su ejercicio, revocar sustituciones o hacer otras de nuevo. Escritura otorgada en Atenas, a las 17:00 horas del día 31 de julio del 2009.—Lic. Rosa María Artavia Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 121463.—(67124).
Por escritura otorgada en Cartago, se reformó las cláusulas 2 y 7 del pacto social de la compañía Montes Argento Sociedad Anónima. Presidenta: Yina Julieta Giraldo Osorio.—Lic. Jorge Eduardo Brenes Garro, Notario.—1 vez.—Nº 121464.—(67125).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del 31 de julio del 2009, se protocolizaron actas de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la Cámara Costarricense Forestal.—San José, 3 de agosto del 2009.—Lic. Federico Balma Zumbado, Notario.—1 vez.—Nº 121466.—(67126).
Al ser las diez horas del veintinueve de julio del dos mil nueve, escritura número noventa y nueve del tomo: diez, ante la notaria Kattia Bermúdez Montenegro, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones Neni S. A. y se nombra como presidente al señor Lisandro Jiménez Quirós.—29 de julio del 2009.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—Nº 121467.—(67127).
Al ser las dieciséis horas del veintitrés de julio de dos mil nueve, escritura número noventa y siete del tomo diez, ante los notarios Kattia Bermúdez Montenegro y Ángel Edmundo Solano Calderón, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Cubex Costa Rica S. A. y se nombra como presidente al señor Román Herrera Rivas.—23 de julio del 2009.—Lic. Ángel Edmundo Solano Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 121468.—(67128).
Inmobiliaria Fazil FZL S. A., modifica su junta directiva y reforma las cláusulas segunda y sexta del pacto social.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Alfonso Meléndez Vega, Notario.—1 vez.—Nº 121469.—(67129).
Industrias Fotográficas Sociedad Anónima, reforma la cláusula tercera del pacto social y modifica nombramientos en la junta directiva.—San José, 31 de julio del 2009.—Lic. Alfonso Meléndez Vega, Notario.—1 vez.—Nº 121470.—(67130).
Mediante escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 09:00 horas, 10:00 horas, 11:00 horas, 12:00 horas, 13:00 horas, del día 15 de julio del 2009, se constituyeron las sociedades anónimas Next Week S. A., Perfect Life S. A., Sun Fire Water S. A., Urban Leyend S. A. y Victoria Falls S. A.—San José, 30 de julio del 2009.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 121471.—(67131).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas treinta minutos del primero de agosto del dos mil nueve, se reformó las cláusulas primera, segunda y se realizó el nombramiento de la junta directiva de la sociedad anónima Corporation RSA and Associates S. A. Es todo.—San José, 3 de agosto del 2009.—Lic. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1 vez.—Nº 121473.—(67132).
Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público en San Isidro de Pérez Zeledón, a las catorce horas con treinta y cinco minutos del día veintinueve de julio del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Camino a la Montaña de Los Sueños Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica la cláusula primera y sexta del pacto social, se sustituye el nombramiento del presidente, secretaria y tesorero de la junta directiva, se nombra nueva junta directiva, se revoca el nombramiento del fiscal y se nombra nuevo fiscal.—San Isidro de Pérez Zeledón, 29 de julio del 2009.—Lic. Randall Rubén Sánchez Mora, Notario.—1 vez.—Nº 121475.—(67133).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las ocho horas del día de hoy, la empresa CPG Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S. A., protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, mediante la cual se agrega cláusula decimatercera al pacto social, se acepta la renuncia del secretario y tesorero y se hacen nuevos nombramientos. Se nombra agente residente.—San Pedro de Montes de Oca, 28 de julio del 2009.—Lic. Juan José Echeverría Brealey, Notario.—1 vez.—Nº 121476.—(67134).
David Tencio Acosta y Marianella Tencio Acosta, constituyeron Legionarios T T de Latinoamérica Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las ocho horas del primero de agosto del dos mil nueve.—Lic. José Manuel Ortiz Durman, Notario.—1 vez.—Nº 121479.—(67135).
Mediante la escritura otorgada ante mí, en la ciudad de San José, a las nueve horas del día veintiocho de julio dos mil nueve, se modifica la cláusula primera de los estatutos, sociedad Disglosa Sociedad Anónima.—Lic. Manuel Emilio Montero Anderson, Notario.—1 vez.—Nº 121482.—(67136).
Por escritura pública otorgada ante el suscrito notario, a las ocho horas del tres de agosto de dos mil nueve, se constituyó Julio Armando Castellanos Villanueva Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Lic. Alejandra Hevia Portocarrero, Notaria.—1 vez.—Nº 121483.—(67137).
Por escritura número ciento noventa y ocho de las nueve horas y treinta minutos del veintinueve de julio del dos mil nueve, otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad Mercadeo y Comunicación Sociedad Anónima. Con un capital social de un millón quinientos mil colones. Domiciliada en Barrio Escalante, San José. Representada por el presidente y vicepresidente de la junta directiva, ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 29 de julio del 2009.—Lic. Antonio Oreamuno Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 121484.—(67138).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del día treinta de julio del dos mil nueve, se modificó la cláusula segunda del domicilio de la sociedad Inversiones Kinsha del Oeste BD Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2009.—Lic. Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—Nº 121485.—(67139).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las a las 08:00 horas del 27 de julio del año en curso, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de accionistas, mediante la cual se modifica el domicilio social, se aprueba un aumento de capital social y se nombra junta directiva, fiscal y agente residente, en la sociedad denominada Oso Hongo Eum S. A.—Alajuela, 29 de julio del 2009.—Lic. Carlos Martínez Ocampo, Notario.—1 vez.—Nº 121492.—(67140).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del veintitrés de junio del dos mil nueve, se protocoliza asamblea extraordinaria de accionistas de sociedad anónima denominada Westport S. A. Se modifica cláusula del domicilio.—San José, 24 de junio del 2009.—Lic. Sigrid Lorz Ulloa, Notaria.—1 vez.—Nº 121493.—(67141).
Por escritura otorgada en Heredia, a las ocho horas del veinticinco de julio del dos mil nueve, ante esta notaría, se constituye la sociedad denominada Adisma Cool Carrier Sociedad Anónima, es en español Adisma Frio Transportador Sociedad Anónima. Administración: Será por el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 3 de agosto del 2009.—Lic. Silvia Gabriela Meza Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 121494.—(67142).
Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día treinta y uno de julio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Multitek Ingeniería Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Se nombra presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, 31 de julio del 2009.—Lic. Walter Mora Cerdas, Notario.—1 vez.—Nº 121497.—(67143).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó sociedad anónima denominada Celulares L & Acell S. A., por un periodo de 99 años. Representada por su presidente, vicepresidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 3 de agosto del 2009.—Lic. Rolando Ángulo Gatgens, Notario.—1 vez.—Nº 121498.—(67144).
Mediante escritura número doscientos ochenta y cinco-ocho-dos mil nueve de las nueve horas, dos minutos del uno de agosto de dos mil nueve, otorgada ante el suscrito se constituyó la Compañía Multiservicios Blauma y Gabelman S. A. Domicilio en Bajo Cerdas, Acosta, San José. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Representante: Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de conformidad con el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil.—San José, 3 de agosto del 2009.—Lic. Rafael Ángel Fallas Fallas, Notario.—1 vez.—Nº 121499.—(67145).
En esta Notaría se constituye, bajo la escritura número treinta y seis con fecha veintiuno de julio dos mil nueve, la sociedad denominada Agencia de Viajes Fénix Sociedad Anónima. Presidente y secretario poseen poder generalísimo sin límite de suma. Representación judicial y extrajudicial. Domicilio en San José.—21 de julio del 2009.—Lic. Ronald Rodolfo López Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 121503.—(67146).
Por escritura número 259, ante esta Notaría, se constituyó la sociedad Oficentro Murano S. A. Capital social: diez mil colones.—Cartago, 3 de agosto del 2009.—Lic. Esteban José Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—Nº 121504.—(67147).
Por escritura otorgada ante mí, Nicolás Saborío Cubillo, a las catorce horas del diecinueve de junio del dos mil nueve, se funda la sociedad Clínica EAR Sociedad Anónima. Presidenta: Cindy Madrigal Cubillo. Domicilio social: Guápiles, Pococí, Limón, Barrio Los Pinares, cincuenta metros al sur de la Universidad de San José. Agente residente: Lic. Nicolás Saborío Cubillo.—Guápiles, 20 de julio del 2009.—Lic. Nicolás Saborío Cubillo, Notario.—1 vez.—Nº 121507.—(67148).
Por escritura otorgada ante mí, Nicolás Saborío Cubillo, a las dieciocho horas del dieciocho de junio del dos mil nueve, se funda la sociedad Agropecuaria Cerdas y Rubí Sociedad Anónima. Presidente: Mesías Cerdas Fernández. Domicilio social: Guácimo, Limón, Pueblo Nuevo, dos kilómetros al norte de la escuela. Agente residente: Lic. Nicolás Saborío Cubillo.—Guápiles, 18 de julio del 2009.—Lic. Nicolás Saborío Cubillo, Notario.—1 vez.—Nº 121509.—(67149).
Por medio de escritura otorgada ante mi notaría, de las trece horas del treinta y uno de julio del año dos mil nueve, se nombra vicepresidente segundo y fiscal de la sociedad denominada Circuito de Cines de Occidente S.R. Sociedad Anónima.—Lic. Gabriela Garita Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 121512.—(67150).
Por medio de escritura otorgada ante mi notaría, de las trece horas con quince minutos del treinta y uno de julio del año dos mil nueve, se nombra vicepresidente segundo y fiscal de la sociedad denominada Multicines S.R. Plaza Occidente Sociedad Anónima.—Lic. Gabriela Garita Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 121513.—(67151)
Los señores William Chávez de un solo apellido por su nacionalidad estadounidense y Natalia Durán Mesén, constituyen la sociedad anónima Aventour Costa Rica S. A. Capital social: cien mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Escritura número cincuenta vista al folio veintisiete vuelto del tomo siete, otorgada en la Ciudad de San José, a las dieciséis horas del treinta y uno de julio del dos mil nueve.—Lic. Luis Eduardo Rodríguez Rescia, Notario.—1 vez.—Nº 121516.—(67152).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Medipie Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones.—San José, 20 de julio del 2009.—Lic. Vanessa de Paúl Castro Mora y Lic. Alejandro Castro Carvajal, Notarios.—1 vez.—Nº 121520.—(67153).
Ante esta notaría, por escritura de las once horas con cinco minutos del día veintidós de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad El Horreo Gallego Sociedad Anónima. Presidente: Johansen Constenla Cintron.—San José, 03 de agosto del 2009.—Lic. María Lucrecia Quesada Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 121524.—(67154).
Mediante escritura número diecinueve otorgada ante mi notaría a las catorce y treinta horas del treinta y uno de julio del año dos mil nueve, se constituyó la compañía que utilizará como denominación social el número de cédula jurídica que le asigne a la misma por dicho Registro además de las palabras Sociedad de Responsabilidad Limitada, todo conforme al decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J (reglamento para la inscripción de la constitución de empresas comerciales), cuyo plazo social es de noventa y nueve años. Capital social: ciento cincuenta mil colones. Gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Grecia, 31 de julio del 2009.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 121525.—(67155).
Mediante escritura número dieciséis otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del treinta y uno de julio del año en curso, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Bienes y Raíces Wendy S. A., por virtud de la cual se reforma cláusula sétima y se nombra presidente y secretario.—Grecia, 3 de agosto del 2009.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 121527.—(67156).
Mediante escritura número veinticuatro otorgada ante mi notaría a las diez y treinta horas del tres de agosto del año en curso, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía tres-ciento uno-cuatro siete seis cero cuatro dos s. a., por virtud de la cual se nombra tesorero.—Grecia, 3 de agosto del 2009.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 21528.—(67157).
Mediante escritura número veintitrés otorgada ante mi notaría, a las diez horas del tres de agosto del año en curso, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía C.C. Inversiones Agroindustriales S. A., por virtud de la cual se nombra junta directiva.—Grecia, 3 de agosto del 2009.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 121529.—(67158).
Mediante escritura número cuatrocientos dieciséis otorgada ante mi notaría a las nueve horas del dieciséis de julio del año en curso, se constituyó la compañía Inversiones Campos & Núñez S. R. L., cuyo plazo social es de noventa y nueve años; capital social cien mil colones; gerente y subgerente, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Teléfono 2494-0809.—Grecia, 28 de julio del 2009.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 12530.—(67159).
Mediante escritura número veintidós otorgada ante mi notaría a las nueve y treinta horas del tres de agosto del año en curso, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Secadoras Agrícolas S. A., por virtud de 1a cual se reforma cláusula sétima y se nombra junta directiva. Teléfono 2494-0809.—Grecia, 3 de agosto del 2009.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 121531.—(67160).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez y treinta horas del treinta de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Puntalitos Sociedad Anónima. Representación judicial y extrajudicial: presidente.—Cartago, 30 de julio del 2009.—Lic. Fernanda Linner de Silva, Notaria.—1 vez.—Nº 121534.—(67161).
Ante esta notaría, el diez de marzo del dos mil nueve, en escritura número doscientos catorce se ha constituido la empresa Comercializadora Sabores del Caribe Sociedad Anónima, con una duración de noventa y nueve años y un capital social de diez mil colones enteramente suscrito. Teléfono: 2529-2233 / 8879-5213.—San José.—Lic. Alonso Calvo Pardo, Notario.—1 vez.—Nº 121537.—(67162).
Ante mí, Álvaro Barboza Orozco, notario público con oficina en San José en escritura otorgada a las ocho horas del tres de agosto del año dos mil nueve, se constituyó la empresa Grupo Empresarial Rojemath Dos Mil Nueve S. A. su capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado.—3 de agosto del 2009.—Lic. Álvaro Barboza Orozco, Notario.—1 vez.—Nº 121538.—(67163).
Escritura otorgada ante los notarios José Manuel Hidalgo Barrantes y Viviana Hidalgo Zúñiga, a las 9:30 horas del día 25 de junio del año 2009, los señores James Pérez Céspedes, Luis Antonio Céspedes Rodríguez y Esmit Pérez Céspedes constituyen sociedad anónima denominada SC Pro Soluciones Civiles Profesionales S. A., domiciliada en Guadalupe de Alajuela, doscientos cincuenta metros este de la iglesia Santa Eduviges, con un plazo social de 100 años y un capital social de diez mil colones.—Lic. Viviana Hidalgo Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 121541.—(67164).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del día veinte del mes de julio de dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Victón Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica tres-ciento uno-ciento setenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y dos, mediante la cual se realizó una reforma a la cláusula tercera del pacto constitutivo, referente al objeto de la sociedad. Es todo.—San José, treinta de julio de dos mil nueve.—Lic. Ricardo Vargas Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 121549.—(67165).
Luis Eduardo Soto Caravaca, cédula 1-644-694, Emelina Oporta Oporta, cédula 1-949-598, constituyen la sociedad denominada Instituto Médico de Láser y Estética S. A., con domicilio social en Heredia, trescientos cincuenta metros sur del Hospital San Vicente de Paúl, Torre Médica Herediana. Escritura otorgada ante el notario licenciado Warner Castro Mathieu, a las 14 horas del día 13 de julio del año 2009.—San José 13 de julio del 2009.—Lic. Warner Castro Mathieu, Notario.—1 vez.—Nº 121551.—(67166).
Yo, Juan Morgan Chamorro, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de Decolores Centro de Pinturas Sociedad Anónima, S. A., en escritura número ciento cincuenta y cinco, otorgada a las diecisiete horas del día uno de agosto de dos mil nueve, ante la notaría del licenciado Juan Morgan Chamorro.—Lic. Juan Morgan Chamorro, Notario.—1 vez.—Nº 121555.—(67167).
Mediante escritura número doscientos veintiocho-dos, de las once horas del tres de julio del dos mil nueve; se reforma la cláusula segunda del domicilio, de la sociedad El Mundo de Mariposas Sociedad Anónima.—San José, tres de agosto del dos mil nueve.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—Nº 121556.—(67168).
Por escritura otorgada a las 13:30 horas del 23 de julio del 2009, se constituyó la sociedad Fimaga S. A. Presidente Marco Castegnaro Velázquez. Plazo 99 años.—Tres Ríos, 1º de agosto del 2009.—Lic. Roxana Sanabria Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 121557.—(67169).
Por escritura otorgada en mi notaría a las quince horas del veintisiete de julio de dos mil nueve, se protocolizó asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Puntarenas Fútbol Club Sociedad Anónima Deportiva, en la cual se reformó la cláusula décima del pacto constitutivo y se procedió al nombramiento de nuevos directores.—San José, veintisiete de julio de dos mil nueve.—Lic. Marvin Cubero Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 121559.—(67170).
Por escritura 131-2 de las 16:00 horas del 31 de julio de 2009 se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad El Chusitio Talibán S. A., cédula jurídica 3-101-528570. Se reforma domicilio social, representación, junta directiva, fiscal. El presidente y secretario tendrán la representación judicial y extrajudicial.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1 vez.—Nº 121565.—(67171).
Por escritura de las 8:55 horas del 29 de junio del año 2009, se protocoliza el acta de la sociedad denominada La Granja de Mi Abuelo Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula octava: de la junta directiva, para que la representación sea compartida entre presidente, secretario y tesorero, además estos tendrán un límite de setenta y cinco mil dólares estadounidenses para sus actuaciones individuales. Se nombra nueva junta directiva.—San José, 31 de julio del 2009.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—1 vez.—Nº 121566.—(67172).
Por escritura pública otorgada ante mí en San José, a las 15:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad ADD Integral Solution S.A., con domicilio en San José, Zapote, capital social de diez mil colones.—San José, 31 de julio del 2009.—Lic. Aldo Fabricio Morelli Lizano, Notario.—1 vez.—Nº 121567.—(67173).
Por escritura 125 del tomo 12 de mi protocolo, se constituye Autos La Radial S. A., plazo social noventa y nueve años, su objeto es el ejercicio amplio del comercio, capital social cien mil colones, domicilio Alajuela, Grecia, Rincón de Arias, contiguo a la bomba Shell, otorgada al ser las nueve horas treinta minutos del treinta de julio del dos mil nueve.—Lic. Silvia Elena Suárez Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 121570.—(67174).
Ante mi notaría al ser las 13 horas del 3 de agosto de 2009, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Kaniva Underwear & Goodies Sociedad Anónima. Se reforma las cláusulas A y B, se hace nueva denominación y se cambia domicilio.—San José, 3 de agosto del 2009.—Lic. German Obando Mena, Notario.—1 vez.—Nº 121575.—(67175).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del dos de agosto del año 2009, se constituye Maralica del Sur Setenta y Cinco Sociedad Anónima Plazo: 99 años. Capital: ¢100.000. Presidenta: Ligia Regueyra Pineda.—San José, 8 horas del 3 de agosto del 2009.—Lic. Angélica Cordero Robles, Notaria.—1 vez.—Nº 121576.—(67176).
Por escritura otorgada ante mí el 3 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad La Hacienda Dieju S. A., capital social de 100.000,00 colones totalmente suscrito y pagado, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—Lic. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 121577.—(67177).
Ante mí, Roberto Quirós Coronado, Notario Público, con oficina abierta en San José, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Propertie’s Virgin of the Angel’s S. A., en donde se reforma la cláusula segunda y se adiciona una cláusula décimo tercera del pacto constitutivo, se revocan nombramientos de presidente, secretario y tesorero y se hacen nuevos nombramientos.—San José, 4 de agosto de 2009.—Lic. Roberto Quirós Coronado, Notario.—1 vez.—(67187).
La suscrita Notaria, a las 9:00 horas del 29 de julio del 2009, hace constar que en el acta número uno, debidamente firmada, a las diez horas del veintiocho de julio del año dos mil nueve, se reforma el pacto constitutivo, el domicilio fiscal y representación judicial de la sociedad La Bola Cuadrada Sociedad Anónima. Revocación y nuevos nombramientos de la junta directiva. Es todo.—San José, 04 de agosto del año 2009.—Lic. Erika Esquivel Villalobos, Notaria.—1 vez.—(67196).
Por escritura otorgada en mi notaría a las 10 horas del 16 de julio del 2009, Gordon Kenneth y Vivian Carol, ambos Heimbecker, constituyen Can Tico-Imports Sociedad Anónima, domiciliada en Miramar de Montes de Oro, trescientos metros norte de la Guardia Rural. Su capital social es de diez millones de colones, representados por veinte acciones comunes y nominativas de quinientos mil colones cada una, su objeto la importación y exportación de bienes, el comercio en general, la agricultura y la industria en general. Administrada por una junta directiva formada por presidente, secretario y tesorero. La representación les corresponde al presidente y al secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Presidente: Gordon Kenneth Heimbecker, secretaria: Vivian Carol Heimbecker.—16 de julio del 2009.—Lic. Ladislao Wilber Calderón Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 121581.—(67197).
Ante el Notario Jeffry Alonso Hernández Romero, a las once horas del veintisiete de noviembre del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Mrkin Sun, Sea And Land S. A., se reforma la cláusula segunda y se nombra nuevo presidente y secretario de la junta directiva.—Lic. Rosa Elena Segura Ruiz, Notaria.—1 vez.—(67199).
Por escritura otorgada a las diez horas del tres de agosto del dos mil nueve, se reforma la junta directiva se nombra presidente de la sociedad Covedelarro Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y seis mil doscientos uno.—Alajuela, tres de agosto del dos mil nueve.—Lic. Braulio Murillo Segura, Notario.—1 vez.—(67200).
Por escritura otorgada a las nueve horas del tres de agosto del dos mil nueve, se reforma la junta directiva, se nombra presidente de la sociedad Jashirkafer Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y seis mil cero cero nueve.—Alajuela, tres de agosto del dos mil nueve.—Lic. Braulio Murillo Segura, Notario.—1 vez.—(67201).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario en Alajuela, a las ocho horas del treinta y uno de julio del dos mil nueve, se constituyó una sociedad anónima, con un plazo social de noventa y nueve años y capital social de diez mil colones, con domicilio social en Alajuela, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y todas ellas su razón social será asignada de oficio de conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo numero treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis.—Alajuela, 31 de julio del 2009.—Lic. Braulio Murillo Segura, Notario.—1 vez.—(67202).
Por escritura otorgada a las diez horas del primero de agosto del dos mil nueve, se reforma la cláusula sétima y la junta directiva se nombra tesorero, secretario y presidente de la sociedad Marranboi Sociedad Anónima y se nombra Fiscal, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta mil setecientos cuarenta y seis.—Alajuela, tres de agosto del dos mil nueve.—Lic. Braulio Murillo Segura, Notario.—1 vez.—(67204).
Por escritura otorgada a la 9 horas del día 4 de agosto del año 2009, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Equipos de Hospital Limitada, cédula de persona jurídica número 3-102-3943, en la cual se nombra nuevo gerente.—San José, 4 de agosto del 2009.—Lic. Arturo Parra Espinoza, Notario.—1 vez.—(67260).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las doce horas del treinta de julio del año dos mil nueve, se constituye la sociedad con domicilio en Heredia, Flores, Llorente, cien metros al norte, cien este y cien norte de la iglesia de Llorente, denominada Representaciones Mavi R&M Costa Rica Costa Rica S. A. Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—Alajuela, treinta y uno de julio del dos mil nueve.—Lic. Marvin Esteban Matarrita Bonilla, Notario.—1 vez.—(67267).
Por escritura número 8 del tomo 19 de mi protocolo, se protocolizó la disolución de la sociedad S y L Soluciones Laborales S. A.—Lic. Luis Fernando Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—(67296).
Por escritura número 10 del tomo 19 de mi protocolo, se protocolizó la disolución de la sociedad FAAV Consultores Centroamericanos S. A.—Lic. Luis Fernando Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—(67297).
Por escritura número 9
del tomo 19 de mi protocolo, se protocolizó la disolución de la sociedad Equis
Equipos de Alquiler S. A.—Lic. Luis Fernando Ramírez Villanea, Notario.—1
vez.—(67298).
En escritura otorgada
ante Jorge Ross Araya, a las 18 horas del 24 de abril, y a las 10 y 11 horas
del 29 de julio, ambas del 2009, se constituyen In Store Media I S M de
Costa Rica S. A., Costa Tortuga de Guanacaste S. A., y Pitulais
RC S. A., respectivamente. Todas con domicilio en San José, capital
íntegramente suscrito y pagado, presidente con plenas facultades.—San José, 3
de julio del 2009.—Lic. Jorge Ross Araya, Notario.—1 vez.—(67326).
Por escrituras otorgadas ante mí a las 10:00 y 11:00 horas de hoy, se constituyeron las compañías denominadas Inversiones Tatisago de Centroamérica Sociedad Anónima e Inversiones Gozama Sociedad Anónima, por 100 años, capital social suscrito y pagado.—San José, 27 de julio del 2009.—Lic. Javier Francisco Aguilar Villa, Notario.—1 vez.—(67329).
Por escritura otorgada a las 11:00 horas del 24 de julio de 2009, se protocolizó acta de la asamblea de socios de la sociedad Gufi Developments S. A., donde se modificó la cláusula segunda de los estatutos.—San José, 27 de julio del 2009.—Lic. José Antonio Gómez Cortés, Notario.—1 vez.—(67330).
Por escritura otorgada a las 15:00 horas del 31 de julio de 2009, se protocolizó acta de la asamblea de socios de la sociedad Balanza de Cartón S. A., donde se modificó la cláusula segunda de los estatutos.—San José, 31 de julio de 2009.—Lic. Javier Francisco Aguilar Villa, Notario.—1 vez.—(67331).
Mediante escritura número doscientos veintiocho-dos, de las ocho horas del tres de agosto del dos mil nueve, visible al folio ciento noventa y ocho frente, la sociedad Menta y Eucalipto J Y M Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-cuatro uno tres cero seis ocho, modifica la cláusula cuarta del pacto constitutivo.—Alajuela, cuatro de agosto del dos mil nueve.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(67337).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 4 de agosto del 2009, protocolicé acta de asamblea de socios de WC Travel Marketing S. A., mediante la cual se reformó las cláusulas Nº 7 y 15 del pacto constitutivo.—San José, 4 de agosto del 2009.—Lic. Otto Bonilla Fallas, Notario.—1 vez.—(67338).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez y seis horas del veinte de julio del 2009, se constituyó Deported Scuba Sociedad Anónima, capital social de 10.000 colones, plazo: 99 años, presidente: James Brian Hahn. Tesorera: Anna Olinova.—Lic. Gregory Kearney Lawson, Notario.—1 vez.—(67344).
Por escritura otorgada
ante esta notaría a las ocho horas treinta minutos del tres de agosto de dos
mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Inversiones y Desarrollos O
& S de Costa Rica Sociedad Anónima, capital suscrito y pago.—San José,
tres de agosto del 2009.—Lic. María del Milagro Solórzano León, Notaria.—1
vez.—(67372).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyen cuatro compañías denominadas Iron Granite Two ABC Sociedad Anónima; Iron Granite Three DEF Sociedad Anónima; Iron Granite Four GHI Sociedad Anónima e Iron Granite Five JKL Sociedad Anónima, su plazo social es de noventa y nueve años, su capital se encuentra totalmente suscrito y pagado, el presidente y secretario son los representantes legales, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 4 de agosto del dos mil nueve.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(67375).
Ante esta notaría se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Condominio Los Robles de Tamarindo Marrón Parduzco Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veinticuatro mil setecientos ochenta y cuatro, para que en lo sucesivo se lea así: “El domicilio social lo será en la provincia de Guanacaste, cantón Santa Cruz, distrito Tamarindo, Condominio The Oaks, número treinta y cuatro”.—San José, treinta de julio del dos mil nueve.—Lic. Tatiana Salgado Loaiza, Notaria.—1 vez.—(67387).
Mediante escritura otorgada a las 8:00 horas del día 3 de agosto del 2009, se constituyó en mi notaría la sociedad anónima CR Waterway Tours Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Goicoechea, Calle Blancos, Barrio Tournón, costado sur del Centro Comercial El Pueblo, Oficentro Torres del Campo, torre dos, cuarto piso, capital social íntegramente suscrito y pagado. Corresponde al presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, cuatro de agosto del dos mil nueve.—Lic. Lucrecia Gómez Mora, Notaria.—1 vez.—(67389).
Mediante escritura otorgada a las 9:00 horas del día 3 de agosto del 2009, se constituyó en mi notaría la sociedad anónima Manhattan Trust Corporation Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Goicoechea, Calle Blancos, Barrio Tournón, costado sur del Centro Comercial El Pueblo, Oficentro Torres del Campo, torre dos, cuarto piso, capital social íntegramente suscrito y pagado. Corresponde al presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, cuatro de agosto del dos mil nueve.—Lic. Lucrecia Gómez Mora, Notaria.—1 vez.—(67390).
Mediante escritura otorgada a las 11:00 horas del día 3 de agosto del 2009, se constituyó en mi notaría la sociedad anónima Guitar Wall Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Goicoechea, Calle Blancos, Barrio Tournón, costado sur del Centro Comercial El Pueblo, Oficentro Torres del Campo, torre dos, cuarto piso, capital social íntegramente suscrito y pagado. Corresponde al presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, cuatro de agosto del dos mil nueve.—Lic. Lucrecia Gómez Mora, Notaria.—1 vez.—(67391).
Mediante escritura otorgada a las 10:00 horas del día 3 de agosto del 2009, se constituyó en mi notaría la sociedad anónima Rockefeller Paradise Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Goicoechea, Calle Blancos, Barrio Tournón, costado sur del Centro Comercial El Pueblo, Oficentro Torres del Campo, torre dos, cuarto piso, capital social íntegramente suscrito y pagado. Corresponde al presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, cuatro de agosto del dos mil nueve.—Lic. Lucrecia Gómez Mora, Notaria.—1 vez.—(67392).
Mediante escritura otorgada a las 12:00 horas del día 3 de agosto del 2009, se constituyó en mi notaría la sociedad anónima Daily Commercial News Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Goicoechea, Calle Blancos, Barrio Tournón, costado sur del Centro Comercial El Pueblo, Oficentro Torres del Campo, torre dos, cuarto piso, capital social íntegramente suscrito y pagado. Corresponde al presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, cuatro de agosto del dos mil nueve.—Lic. Lucrecia Gómez Mora, Notaria.—1 vez.—(67393).
Mediante escritura pública otorgada a las nueve horas del cuatro de agosto del año dos mil nueve, ante la notaria Rita Eugenia Guzmán Fernández, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas número nueve de la sociedad DHS Multiconsult S. A., cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- noventa y siete mil ciento ochenta, celebrada a las nueve horas del tres de agosto del año dos mil nueve, en su domicilio social en Barrio Dent, San Pedro, exactamente de Restaurante Taco Bell en San Pedro, cien metros al oeste, edificio Herrero y Villalta, ahora Edificio Deloitte, mediante la cual se acuerda la reforma de la cláusula quinta del pacto social de la compañía.—San José, cuatro de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Eugenia Guzmán Fernández, Notaria.—1 vez.—(67398).
Por escritura número 225 otorgada a las 10:00 horas del 4 de agosto del 2009, los señores William Bartle y Johnny Vargas Mora, constituyen Barmora Limitada, con un capital social de diez mil colones. Es todo.—San José, 4 de agosto del 2009.—Lic. Iara Lancaster Cortés, Notaria.—1 vez.—(67400).
Por escritura número 226 otorgada a las 10:30 horas del 4 de agosto del 2009, los señores William Bartle, Dieter Doneit, Johnny Vargas Mora y Kattia Cabezas Bermúdez constituyen CR Micronetwork S. A., con un capital social de diez mil colones. Es todo.—San José, 4 de agosto del 2009.—Lic. Iara Lancaster Cortés, Notaria.—1 vez.—(67401).
Ante esta notaría se ha constituido la sociedad de esta plaza denominada Casgar Sociedad Anónima.—San José, cuatro de agosto del dos mil nueve.—Lic. Marcela Vega Miranda, Notaria.—1 vez.—(67403).
Por escritura otorgada ante mí, se ha constituido la firma Grupo InTierra Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Costa Rica. Plazo social: noventa y nueve años. Capital: treinta y seis mil colones, presidente: Scott Bolo, fecha de otorgamiento: 4 de agosto del 2009. San José, Costa Rica.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1 vez.—(67406).
Por escritura otorgada ante mí a las 16:30 horas del 1º de agosto del 2009, se constituyó la compañía denominada Movilizaciones Avalanche Sociedad Anónima, con capital social de cien mil colones.—Ciudad Quesada, San Carlos, 1º de agosto del 2009.—Lic. Bayardo Ávalos Sequeira, Notario.—1 vez.—Nº 121587.—(67531).
Por escritura otorgada ante mí a las 17:20 horas del 1º de agosto del 2009, se constituyó la compañía denominada Evergreen High Lands Sociedad Anónima, con capital social de cien mil colones.—Ciudad Quesada, San Carlos, 1º de agosto del 2009.—Lic. Bayardo Ávalos Sequeira, Notario.—1 vez.—Nº 121588.—(67532).
Por escritura otorgada ante mí a las 16:10 horas del 1º de agosto del 2009, se constituyó la compañía denominada Chevy Avalanche Sociedad Anónima, con capital social de cien mil colones.—Ciudad Quesada, San Carlos, 1º de agosto del 2009.—Lic. Bayardo Ávalos Sequeira, Notario.—1 vez.—Nº 121589.—(67533).
En mi notaría, mediante asamblea general extraordinaria consignada en escritura pública número doscientos sesenta y cinco-dos, de las diecisiete horas con treinta minutos del veintinueve de julio del dos mil nueve, se constituyó Multiservicios Farrier Jiménez Sociedad Anónima, cuyo objeto es el comercio en general. Es todo.—Ciudad Quesada, tres de agosto del dos mil nueve.—Lic. José Antonio Brenes Trejos, Notario.—1 vez.—Nº 121590.—(67534).
Rehisa de Poás Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-234299, modifica pacto social constitutivo, cláusula sexta, en San Pedro de Poás, Alajuela, a las diecisiete horas del treinta de julio del dos mil nueve.—Lic. Aura Céspedes Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 121597.—(67535).
Al ser las doce horas del treinta y uno de julio del dos mil nueve, procedo a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria número uno de la empresa denominada Elementos y Contactos Moruli S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta mil cuatrocientos, entidad inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público, al tomo quinientos treinta y ocho, asiento mil seiscientos veinte, celebrada en su domicilio social, sito en la provincia de San José, Goicoechea, Guadalupe, Montelimar, Calle Boruca, ochocientos metros al norte y cincuenta metros este de los Tribunales, casa color blanco a mano derecha, en la cual se reforma la cláusula octava: de la administración.—San José, tres de agosto del dos mil nueve.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario.—1 vez.—Nº 121598.—(67536).
Al ser las once horas del treinta y uno de julio del dos mil nueve, procedo a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria número uno de la empresa denominada Altos de la Colonia S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y dos mil ciento treinta y siete, entidad inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público, al tomo quinientos setenta y seis, asiento sesenta y nueve mil quinientos setenta y cuatro, celebrada en su domicilio social, sito en la provincia de San José, Goicoechea, Guadalupe, Montelimar, Calle Boruca, casa número ocho mil cincuenta y cinco, en la cual se reforma la cláusula sexta: de la administración.—San José, tres de agosto del dos mil nueve.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario.—1 vez.—Nº 121599.—(67537).
Por medio de escritura número doscientos ocho, otorgada ante el suscrito notario, se constituyó Herradura Sunset NN Sociedad Anónima, presidenta: Nicola Righini.—Lic. Francisco Javier Madrigal Acosta, Notario.—1 vez.—Nº 121600.—(67538).
Por escritura otorgada en San José, a las diez horas del quince de julio del dos mil nueve, ante el notario José Ramón Zúñiga Salazar, se constituyó la sociedad anónima Inversiones Mary’s Land S. A., con un capital de cien mil colones, representado por cuatro acciones comunes y nominativas de veinticinco mil colones cada una, cuya representación judicial y extrajudicial corresponden al presidente, vicepresidente, secretario y tesorero cargos que ostentan, respectivamente los señores María Avilés Ramírez, Mariela Rojas Villalobos, Errol Víquez Estrada y Marco Vega Valderrama. Es todo.—San José, veintitrés de julio del dos mil nueve.—Lic. José Ramón Zúñiga Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 121602.—(67539).
Por escritura otorgada en San José a las nueve horas del quince de julio del dos mil nueve, ante el notario José Ramón Zúñiga Salazar, se constituyó la sociedad anónima Producciones Rajichew S. A., con un capital de cien mil colones, representado por cuatro acciones comunes y nominativas de veinticinco mil colones cada una, cuya representación judicial y extrajudicial corresponden al presidente y al secretario cargos que ostentan, respectivamente los señores Raúl Jiménez Chew y Laura Avilés Ramírez. Es todo.—San José, veintitrés de julio del dos mil nueve.—Lic. José Ramón Zúñiga Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 121603.—(67540).
María Eugenia Ugalde Herrera, con la cédula número dos-trescientos setenta y tres-ciento quince, Carlos Luis Varela Elizondo, con la cédula número seis-cero ochenta y cinco-setecientos noventa y cinco y Juana Barrantes Obando, cédula de identidad seis-cero noventa y uno-novecientos noventa y cinco, todos vecinos de San Juan Sur de Poás, Alajuela, un kilómetro al norte del Templo Católico, que constituyen Transportes Varela y Barrantes Sociedad de Responsabilidad Limitada otorgada a las dieciséis horas del treinta de julio del dos mil nueve, ante la notaria María del Milagro Ugalde Víquez.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 121604.—(67541).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 30 de julio del 2009, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Compañía Artmor Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto social y se nombra nuevo fiscal, celebrada en su domicilio fiscal el día 16 de julio del 2009.—Lic. Julieta Elizondo Calderón, Notaria.—1 vez.—Nº 121606.—(67542).
Al ser las once horas treinta minutos del día tres de agosto del año en curso, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Koara Sociedad Anónima.—San Isidro de Pérez Zeledón, cuatro de agosto del dos mil nueve.—Lic. Jason Sibaja Reyes, Notario.—1 vez.—Nº 121607.—(67543).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Cecor S. A. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Plazo social de noventa y nueve años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. El objeto: el comercio en general, la industria, agricultura, ganadería y servicios de comunicación.—Paso Canoas, primero de julio del dos mil nueve.—Lic. Ónix Abarca Morales, Notario.—1 vez.—Nº 121608.—(67544).
Por escritura otorgada ante la notaria Andrea Fernández Bonilla a las 14:00 horas del veintiocho de julio del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Lindotejar S. A., en donde se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo y se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 121611.—(67545).
Por escritura otorgada ante la notaria Andrea Fernández Bonilla a las 14:15 horas del veintiocho de julio del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Vía Libertad S. A., en donde se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo y se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 121612.—(67546).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó Dellinger Marketing Services Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, domicilio: provincia de San José, cantón 1º, distrito 8, 100 m norte, 50 este, 300 norte y 75 este del Restaurante El Chicote. Plazo social: 99 años a partir de esta fecha. Capital: totalmente suscrito y pagado.—San José, a las 15:00 horas del 3 de agosto del 2009.—Lic. Grettel Caldera Schaubeck, Notaria.—1 vez.—Nº 121613.—(67547).
A las nueve horas del día de hoy, se modificó la cláusula quinta, en cuanto al capital social y la sexta de la representación, ambas del pacto constitutivo de la empresa Reparaciones y Mantenimiento Caribe S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y ocho mil trescientos ochenta y nueve.—San José, 28 de julio del 2009.—Lic. German Vega Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 121614.—(67548).
Por escritura setenta del tomo veinticinco otorgada ante mí el día de hoy, se constituyó una sociedad anónima, cuyo nombre será asignado por el Registro Público mediante el número de cédula jurídica asignado más las palabras Sociedad Anónima. Presidente: Odir Guillermo Bonilla Ureña. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, 30 de julio del 2009.—Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario.—1 vez.—Nº 121615.—(67549).
A las 8:15 horas del 1º de agosto del 2009, se constituyó la sociedad que como nombre llevará el nombre que le asigne el Registro Público según su número de cédula jurídica, el cual deberá seguirse con el aditamento Sociedad Anónima pudiendo abreviarse S. A., el cual es nombre de fantasía en donde aparecen como representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma presidente: Marcelino Villalobos Méndez, cédula de identidad número cinco-doscientos veinte-doscientos cincuenta y ocho y secretaria: María Nela Rojas Alfaro, cédula de identidad número uno-mil ciento treinta y dos-trescientos cuatro. Plazo social: noventa y nueve años. Agente residente: Lic. Sehaneth Varela Trejos.—Lic. Sehaneth Varela Trejos, Notaria.—1 vez.—Nº 121616.—(67550).
A las 8:00 horas del 1º de agosto del 2009, se constituyó la sociedad que como nombre llevará el nombre que le asigne el Registro Público según su número de cédula jurídica, el cual deberá seguirse con el aditamento Sociedad Anónima pudiendo abreviarse S. A., el cual es nombre de fantasía en donde aparecen como representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma presidente: Marcelino Villalobos Méndez, cédula de identidad número cinco-doscientos veinte-doscientos cincuenta y ocho y secretaria: María Nela Rojas Alfaro, cédula de identidad número uno-mil ciento treinta y dos-trescientos cuatro. Plazo social: noventa y nueve años. Agente residente: Lic. Sehaneth Varela Trejos.—Lic. Sehaneth Varela Trejos, Notaria.—1 vez.—Nº 121617.—(67551).
A las 8:30 horas del 1º de agosto del 2009, se constituyó la sociedad que como nombre llevará el nombre que le asigne el Registro Público según su número de cédula jurídica, el cual deberá seguirse con el aditamento Sociedad Anónima pudiendo abreviarse S. A., el cual es nombre de fantasía en donde aparecen como representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma presidente: Marcelino Villalobos Méndez, cédula de identidad número cinco-doscientos veinte-doscientos cincuenta y ocho y secretaria: María Nela Rojas Alfaro, cédula de identidad número uno-mil ciento treinta y dos-trescientos cuatro. Plazo social: noventa y nueve años. Agente residente: Lic. Sehaneth Varela Trejos.—Lic. Sehaneth Varela Trejos, Notaria.—1 vez.—Nº 121618.—(67552).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del 22 de junio en curso, se constituye la sociedad Copani Sociedad Anónima.—San José, 27 de julio del 2009.—Lic. José Manuel Llibre Romero, Notario.—1 vez.—Nº 121625.—(67553).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza Comunicaciones Intercontinentales C. R. S. A.—Cartago, 1º de agosto del 2009.—Lic. Arnulfo Carmona Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 121634.—(67554).
Ante esta notaría se protocolizan los acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de la sociedad La Sirena Secreta del Mar Azul Sociedad Anónima y se modificó la cláusula segunda en cuanto al domicilio.—San José, cuatro de agosto del dos mil nueve.—Lic. Karen Melissa Morelli Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 121635.—(67555).
Por la escritura número ciento diecisiete, otorgada ante esta notaría a las quince horas del día tres del mes de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Empresas J.A.T. Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Domicilio social: San José, Santa Ana centro, setenta y cinco metros norte de la entrada principal a Quintas Don Lalo. Presidente: Jurgen Arno Trop.—San José, 3 de agosto del 2009.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—Nº 121636.—(67556).
Por escritura número sesenta y cuatro-cuarenta y dos, otorgada a las diez horas veintinueve minutos del veinticinco de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad que se denominará con el número de cédula jurídica que le asigne este Registro, su capital social: diez mil colones. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 121637.—(67557).
Por la escritura número 029-05 del tomo 05 del protocolo de la notaria Ana Lorena Borges Montero, otorgada en esta ciudad a las 14:00 horas del treinta y uno de julio del dos mil nueve, la sociedad costarricense denominada Great Blue Heron Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y cuatro mil trescientos cincuenta y siete. Modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, tres de agosto del dos mil nueve.—Lic. Ana Lorena Borges Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 121645.—(67558).
Por escritura otorgada
ante este notario a las once horas del veinte de julio del dos mil nueve, se
constituyó la sociedad anónima Inversiones Fentyn S. A., con un capital
social de mil doscientos colones y domiciliada en Cartago, La Unión, Tres Ríos,
Urbanización Omega, casa treinta y dos L, representada judicial y extrajudicialmente
por su presidente.—San José, treinta de julio del dos mil nueve.—Lic. Alfredo
Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—Nº 121646.—(67559).
Ante esta notaría por escritura número ciento veinticinco de las diez horas del cuatro de agosto del dos mil nueve, de la sociedad La Tienda del Pintor Alajuela Sociedad Anónima, se reformaron las cláusulas primera, segunda y sétima y se nombra nueva junta directiva.—San José, cuatro veinte de julio del dos mil nueve.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.—Nº 121647.—(67560).
Ante mí, Denia Vásquez Pacheco, notaria pública en escritura número doscientos cuarenta y cinco, se constituyó la sociedad Excavaciones Guzmán & Ramírez Sociedad Anónima, capital social: diez mil colones, domicilio: en Santa Cecilia de La Fortuna, San Carlos, Alajuela, costado oeste de la Iglesia Católica, parcela número veintinueve. Se nombra junta directiva. Presidente: Luis Fernando Ramírez Guzmán.—La Fortuna, San Carlos, tres de agosto del dos mil nueve.—Lic. Denia Vásquez Pacheco, Notaria.—1 vez.—Nº 121648.—(67561).
Ante mí, Denia Vásquez Pacheco, notaria pública en escritura número doscientos cuarenta y seis, se constituyó la sociedad Inversiones Malu G & R Sociedad Anónima, capital social: diez mil colones, domicilio: en Santa Cecilia de La Fortuna, San Carlos, Alajuela, costado oeste de la Iglesia Católica, parcela número veintinueve. Se nombra junta directiva. Presidente: Luis Fernando Ramírez Guzmán.—La Fortuna, San Carlos, tres de agosto del dos mil nueve.—Lic. Denia Vásquez Pacheco, Notaria.—1 vez.—Nº 121649.—(67562).
Ante mí, Denia Vásquez Pacheco, notaria pública en escritura número doscientos cuarenta y cuatro se constituyó la sociedad Arcángel San Rafael Sociedad Anónima, capital social: diez mil colones, domicilio: en La Fortuna de San Carlos, Alajuela, cincuenta metros norte del Seguro Social. Se nombra junta directiva. Presidente: Keilor Peñaranda Arana.—La Fortuna, San Carlos, tres de agosto del dos mil nueve.—Lic. Denia Vásquez Pacheco, Notaria.—1 vez.—Nº 121650.—(67563).
Al ser las 14:00 horas del 3 de agosto del 2009, se constituyó Gualkavale S.R.L. Gerente: Willian Guillén Marín.—Lic. Douglas Campos Agüero, Notario.—1 vez.—Nº 121651.—(67564).
Al ser las 11:00 horas del 3 de agosto del 2009, se constituyó Ever Fresh Vegetables S.R.L. Gerentes: Carmen Solano Solano y Gilberth Moya Granados.—Lic. Douglas Campos Agüero, Notario.—1 vez.—Nº 121652.—(67565).
Ernesto Saravia Aller y Francisco Corella Rojas, constituyen Asociación Cahuita Tecnology Center. Escritura otorgada en Limón a las diecisiete horas del veinticinco de junio del dos mil nueve.—Lic. Randy Gordon Cruickshank, Notario.—1 vez.—Nº 121657.—(67566).
Por escritura otorgada hoy ante mí, los señores Doris Gómez Granados y Guillermo Aguilar Sanabria, constituyen sociedad cuya denominación será la que corresponda a su número de cédula jurídica, conforme al artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J del 29 de mayo del 2006, publicado en La Gaceta Nº 114 del 14 de junio del 2006. Capital social: suscrito y pagado. Presidenta: la socia Gómez Granados.—San José, treinta de julio del dos mil nueve.—Lic. Arturo Medrano Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 121660.—(67567).
Por escritura otorgada hoy ante mí, los señores Alfonso Romero Coto y Felicia Aguilar Sanabria, constituyen sociedad cuya denominación será la que corresponda a su número cédula jurídica, conforme el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J del 29 de mayo del 2006, publicado en La Gaceta Nº 114 del 14 de junio del 2006. Capital social: suscrito y pagado. Presidente: el socio Romero Coto.—San José, treinta de julio del dos mil nueve.—Lic. Arturo Medrano Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 121661.—(67568).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del veintiocho de julio del dos mil nueve, se constituyó la entidad que se denominará Óptica Contacto Visual Sociedad Anónima, con domicilio en Heredia, Santa Bárbara, Jesús, Birrí, Barrio San José, diagonal al Bar La Amistad, con un plazo de noventa y nueve años a partir de su constitución y capital social de diez mil colones. El presidente y el secretario de la compañía, ostentarán la representación de la misma con facultades de apoderados generalísimos sin límites de suma pudiendo actuar en forma conjunta o por separado.—Lic. Marco Antonio Gutiérrez Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 121662.—(67569).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 28 de julio del 2009, se constituyó la sociedad domiciliada en Alajuela, Desamparados, Calle Claudia, un kilómetro sureste de la guardia rural. Presidenta: Vera Jeannete Campos Alfaro. Con un capital social de cien mil colones dividido en diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Su denominación social será de acuerdo con el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J, publicado en La Gaceta el día 14 de junio del 2006, será el número de cédula jurídica que el Registro Nacional le otorgue.—Alajuela, 3 de agosto del 2009.—Lic. Ernesto José Mora Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 121667.—(67570).
A las 8:00 horas del 31 de julio de 2009, se constituye la sociedad Equinox Holding S. R. L., pago del capital social y se nombran gerentes y gerente general.—San José 03 de agosto de 2009.—Lic. Yaroly Cole Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 121670.—(67571).
Ante esta notaría comparecen Álvaro Hernández Rodríguez, y el señor César Borge Alvarado, quienes constituyen tres sociedades anónimas denominadas: Proyectos Machuca-San Mateo Sociedad Anónima, Jacobinos y Trogones Sociedad Anónima y Momoto de la Montaña Sociedad Anónima, cuyo capital ha sido totalmente suscrito y pagado.—San José, treinta y uno de julio del año dos mil nueve.—Lic. Yuliana Gaitán Ayales, Notaria.—1 vez.—Nº 121672.—(67572).
Hoy he protocolizado acuerdos de la empresa 3-101-550539 s. a., mediante la cual se modifica la cláusula 2ª del domicilio y se nombra presidente y secretaria.—San José, 03 de agosto del 2009.—Lic. Arturo Blanco Páez, Notario.—1 vez.—Nº 121673.—(67573).
Por escritura otorgada ante el notario Licenciado Carlos Corrales Azuola, se constituyó la compañía Liderazgo en Acción Sociedad de Responsabilidad Limitada, se designa al gerente Freddy Solano Rojas.—San José, 31 de julio del 2009.—Lic. Carlos Corrales Azuola, Notario.—1 vez.—Nº 121679.—(67574).
Por escritura otorgada ante María Virginia Méndez Ugalde a las 14 horas del 04 de junio del 2009, se constituyó Laboratorios Kalé Sociedad Anónima., domicilio Heredia, San Joaquín, 400 metros norte de la Escuela Estados Unidos de América, Urbanización Campos María, casa N° 12H, su objeto: el comercio, industria, agricultura y ganadería en general, plazo social: 99 años, capital social: ¢20.000, Junta directiva: presidenta, secretario y tesorero. Presidenta Karolina González Villalobos, agente residente Lic. Allan Ortega Vega.—San José, 03 de agosto del 2009.—Lic. María Virginia Méndez Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 121680.—(67575).
Mediante escritura pública número doscientos setenta y nueve-cinco, otorgada a las doce horas del dos de mayo del dos mil nueve, ante la notaría del licenciado Maynor Gómez Goicoechea, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada W Gabriels Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución y con un capital social de cien mil colones, domicilio social Alajuela, El Invu, Las Cañas, número dos, cien metros al sur del parquecito.—San José, tres de agosto del dos mil nueve.—Lic. Maynor Gómez Goicoechea, Notario.—1 vez.—Nº 121682.—(67576).Ante esta notaria, se constituyó la sociedad denominada Industria Cosmética Fasamu Sociedad Anónima, cuyos apoderados generalísimos sin límite de suma son Javier Ricardo Saborío Alfaro y Ana Gabriela Murillo Sánchez, quienes actúan en forma conjunta.—San José, a las ocho horas del tres de agosto del dos mil nueve.—Lic. Óscar Hugo Hernández Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 121684.—(67577).
Por escritura otorgada ante esta notaría pública, a las 10:00 horas del 23 de julio del 2009, Quality Realty Costa Rica S. A., sustituye al fiscal de la junta directiva.—Lic. David Dumani Echandi, Notario.—1 vez.—Nº 121685.—(67578).
Por escritura otorgada ante esta notaría pública, a las 9:30 horas del 23 de julio del 2009, Risck Managment Advisors S. A., sustituye al secretario de la junta directiva.—Lic. David Dumani Echandi, Notario.—1 vez.—Nº 121686.—(67579).
Por escritura otorgada ante esta notaría pública, a las 9:00 horas del 23 de julio del 2009, Global Trading and Distribution Company S. A., sustituye al secretario de la junta directiva y a su fiscal.—Lic. David Dumani Echandi, Notario.—1 vez.—Nº 121687.—(67580).
Por escritura otorgada el día de hoy ante esta notaría, Amadeo Quirós De Anaya, Amadeo Quirós Martén y Carolina Quirós Martén constituyen la sociedad Farafara Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente del consejo de administración. Capital social de doce mil colones.—San José, a las trece horas con treinta minutos del día treinta y uno de julio de dos mil nueve.—Lic. José Alejandro Martínez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 121688.—(67581).
Por escritura otorgada el día de hoy ante esta notaría, Katia Martín Herrero, Amadeo Quirós Martén y Carolina Quirós Martén, constituyen la sociedad Caricaco Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente del consejo de administración. Capital social de doce mil colones.—San José, a las trece horas del día treinta y uno de julio de dos mil nueve.—Lic. José Alejandro Martínez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 121689.—(67582).
Que en asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos cincuenta mil ciento cincuenta y uno sociedad anónima, celebrada a las ocho horas del día veinticuatro de julio del 2009, en su domicilio social se acordó reformar las cláusulas primera y segunda, y nombrar nuevo agente residente.—San José, ocho horas del cuatro de agosto del 2009.—Lic. Felipe Calvo Argeñal, Notario.—1 vez.—Nº 121691.—(67583).
Que en asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Máquinas y Alquileres de Equipo Brepoz Sociedad Anónima, celebrada a las ocho horas del día veintisiete de julio del 2009 en su domicilio social, se acordó reformar la cláusula segunda y nombrar nuevo presidente y agente residente.—San José, siete horas del cuatro de agosto del 2009.—Lic. Felipe Calvo Argeñal, Notario.—1 vez.—Nº 121692.—(67584).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas cuarenta minutos del treinta y uno de julio de dos mil nueve, se constituyó una sociedad a la cual la razón social le será asignada por el Registro Público de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J. Sociedad con domicilio en Heredia, cincuenta este de los Tribunales de Justicia. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones.—San José, cuatro de agosto de dos mil nueve.—Lic. Alejandra Quirós Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 121694.—(67585).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del treinta y uno de julio de dos mil mueve, se constituyó una sociedad a la cual la razón social le será asignada por el Registro Público de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J. Sociedad con domicilio en Heredia, cincuenta este de los Tribunales de Justicia. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones.—San José, cuatro de agosto de dos mil nueve.—Lic. Alejandra Quirós Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 121695.—(67586).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día diecisiete de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Serviconsultores M.A.S. S. A. Plazo: noventa y nueve años.—Lic. Alina Nassar Jorge, Notaria.—1 vez.—Nº 121696.—(67587).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas veinte minutos del treinta y uno de julio de dos mil nueve, se constituyó una sociedad a la cual la razón social le será asignada por el Registro Público de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J. Sociedad con domicilio en Heredia, cincuenta este de los Tribunales de Justicia. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones.—San José, cuatro de agosto de dos mil nueve.—Lic. Alejandra Quirós Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 121697.—(67588).
Por escritura doscientos treinta-dos, otorgada en San José, a las doce horas del tres de agosto del dos mil nueve, se modificó la cláusula sexta de la sociedad denominada High End Technologies Sociedad Anónima, cuyo nuevo representante legal es su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma Mario Alberto Mata Fernández, cédula uno-quinientos quince-ciento dieciséis.—San José, tres de agosto del dos mil nueve.—Lic. José Bernardo Soto Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 121698.—(67589).
Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez, notaria pública de Alajuela a las 14:00 horas del 31 de julio del 2009 se reformó la cláusula sexta del pacto constitutivo de la empresa 3-101-552838 s. a.—Alajuela, 31 de julio del 2009.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 121699.—(67590).
Por escritura 140, otorgada ante mi notaría, al ser las 9:00 horas del 10 de julio del 2009, se constituyó Café Estrella El Tostador CET Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2009.—Lic. Gonzalo García Ferrario, Notario.—1 vez.—Nº 121700.—(67591).
Por escritura 144, otorgada ante mi notaría, al ser las 8:10 horas del 4 de agosto del 2009, se constituyó Inversiones Volturno MBW Sociedad Anónima.—San José, 4 de agosto del 2009.—Lic. Gonzalo García Ferrario, Notario.—1 vez.—Nº 121701.—(67592).
Por escritura 143, otorgada ante mi notaría, al ser las 8:00 horas del 4 de agosto del 2009, se constituyó Café Estrella de Limón Sociedad Anónima.—San José, 4 de agosto del 2009.—Lic. Gonzalo García Ferrario, Notario.—1 vez.—Nº 121702.—(67593).
En mi notaría, mediante escritura N° 26-23, otorgada en San Ramón, Alajuela, a las 11:20 horas del 01 de agosto del año 2009, se constituyó la sociedad anónima Cindyrenas S. A. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: actividades comerciales y de servicios en general, además de agropecuarias e industriales. Presidenta: Cindy Arenas Bejarano.—San Ramón, Alajuela, 3 de agosto del año 2009.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—Nº 121703.—(67594).
En mi notaría, mediante escritura otorgada a las 11:00 horas del 31 de julio del año 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Trust Ameglio Sociedad Anónima, donde se reforman las cláusulas segunda, sexta y sétima de los estatutos sociales.—San Ramón, Alajuela, 3 de agosto del año 2009.—Lic. Carolina Muñoz Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 121704.—(67595).
Por escritura autorizada a esta notaría, a las 13:00 horas del 24 de julio del año 2009, se constituyó la sociedad Fire Sword Sociedad Anónima. Domicilio: 75 metros oeste de Disco Centro San Isidro, Pérez Zeledón. Presidente: Rodolfo Herrera García.—San José, 24 de julio del año 2009.—Lic. Walter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 121712.—(67596).
Por escritura autorizada a esta notaría, a las 11:00 horas del 24 de julio del año 2009, se constituyó la sociedad Big Stone of the River Sociedad Anónima. Domicilio: 75 metros oeste de Disco Centro San Isidro, Pérez Zeledón. Presidente: Rodolfo Herrera García.—San José, 24 de julio del año 2009.—Lic. Walter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 121713.—(67597).
Por escritura autorizada a esta notaría, a las 12:30 horas del 24 de julio del año 2009, se constituyó la sociedad Emerald Forest of the South Sociedad Anónima. Domicilio: 75 metros oeste de Disco Centro San Isidro, Pérez Zeledón. Presidente: Rodolfo Herrera García.—San José, 24 de julio del año 2009.—Lic. Walter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 121714.—(67598).
Por escritura autorizada a esta notaría, a las 12:00 horas del 24 de julio del año 2009, se constituyó la sociedad Cristal Kingdom Sociedad Anónima. Domicilio: 75 metros oeste de Disco Centro San Isidro, Pérez Zeledón. Presidente: Rodolfo Herrera García.—San José, 24 de julio del año 2009.—Lic. Walter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 121716.—(67599).
Por escritura autorizada a esta notaría, a las 13:30 horas del 24 de julio del año 2009, se constituyó la sociedad Sabia Cristalizada de la Montaña Sociedad Anónima. Domicilio: 75 metros oeste de Disco Centro San Isidro, Pérez Zeledón. Presidente: Rodolfo Herrera García.—San José, 24 de julio del año 2009.—Lic. Walter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 121717.—(67600).
Por escritura autorizada a esta notaría, a las 11:30 horas del 24 de julio del año 2009, se constituyó la sociedad Moon Light on the Sea Sociedad Anónima. Domicilio: 75 metros oeste de Disco Centro San Isidro, Pérez Zeledón. Presidente: Rodolfo Herrera García.—San José, 24 de julio del año 2009.—Lic. Walter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 121718.—(67601).
Por escritura autorizada a esta notaría, a las 9:00 horas del 28 de julio del año 2009, se constituyó la sociedad Hacienda Pato Negro Sociedad Anónima. Domicilio: 75 metros oeste de Disco Centro San Isidro, Pérez Zeledón. Presidente: Rodolfo Herrera García.—San José, 28 de julio del año 2009.—Lic. Walter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 121719.—(67602).
Por escritura autorizada a esta notaría, a las 10:00 horas del 28 de julio del año 2009, se constituyó la sociedad Refugio El Lago Azul Sociedad Anónima. Domicilio: 75 metros oeste de Disco Centro San Isidro, Pérez Zeledón. Presidente Rodolfo Herrera García.—San José, 28 de julio del año 2009.—Lic. Walter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 121721.—(67603).
Por escritura autorizada a esta notaría, a las 10:30 horas del 28 de julio del año 2009, se constituyó la sociedad Catarata Cristalizada Sociedad Anónima. Domicilio: 75 metros oeste de Disco Centro San Isidro, Pérez Zeledón. Presidente Rodolfo Herrera García.—San José, 28 de julio del año 2009.—Lic. Walter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 121722.—(67604).
Por escritura autorizada a esta notaría, a las 11:00 horas del 28 de julio del año 2009, se constituyó la sociedad Sendero del Río Sociedad Anónima. Domicilio: 75 metros oeste de Disco Centro San Isidro, Pérez Zeledón. Presidente Rodolfo Herrera García.—San José, 28 de julio del año 2009.—Lic. Walter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 121723.—(67605).
Por escritura número ciento cincuenta y siete, de fecha ocho horas del primero de julio del dos mil nueve, mediante acta número uno de las doce horas del veinte de junio del dos mil nueve, se cambia toda la junta directiva de la sociedad de esta plaza denominada R MR Resources Sociedad Anónima.—San José, treinta y uno de julio del dos mil nueve.—Lic. Vilma Cecilia Paco Morales, Notaria.—1 vez.—Nº 121725.—(67606).
Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía 3-101-545240 sociedad anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio, la octava de las asambleas de accionistas, la décimo primera de quórum de asambleas extraordinarias en primera convocatoria, la novena del lugar donde se celebrarán las asambleas y su convocatoria, la vigésima de la representación y la quinta del capital social. Escritura otorgada a las trece horas del treinta de julio del dos mil del nueve.—Lic. María Monserrat Bonilla Garro, Notaria.—1 vez.—Nº 121726.—(67607).
Por escritura Nº 39 visible al folio 36 frente, de las 9:00 horas del 28 de julio de 2009, visible al folio 36 frente del tomo 18 del notario, se protocolizaron cambios en el pacto social de la sociedad Dalton & Forbes S. R. L., y se nombraron nuevos gerentes. De igual forma por escritura número 45 de 8:00 horas del 3 de agosto de 2009, visible al folio 41 frente del tomo 18 del protocolo del notario, se protocolizaron cambios en el pacto social de Primus Investment and Partnership S. A., y se nombró apoderado.—San José, 4 de agosto del 2009.—Lic. José Rafael Fernández Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 121727.—(67608).
Ante esta notaría, Roy Gerardo Torres Fernández, cédula 1-950- 957, e Ivette Emilia Chaves Zeledón, cédula 1-1098-922, constituyen sociedad anónima denominada Inversiones Nueva Acosta Sociedad Anónima. Capital diez mil colones. Diez acciones.—San José, tres de agosto del 2009.—Lic. Eduardo Mora Bermúdez, Notario.—1 vez.—Nº 121728.—(67609).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del tres de agosto del dos mil nueve, se reforman las cláusulas segunda y tercera del pacto constitutivo de la sociedad Servicios Integrales Información y Tecnología I & T de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, tres de agosto del dos mil nueve.—Lic. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 121730.—(67610).
Por escritura otorgada, en esta notaría, a las 16:00 horas del 20 de julio del 2009, Asdrúbal Vicente Pereira Navarro y Zeidy Magally Solís Bolcius constituyen sociedad anónima. Domicilio: Palmares de Pérez Zeledón, quinientos metros al sur de la iglesia católica. Capital social: ¢10.000,00. Administración: Junta directiva.—Lic. Ayalile Jiménez Céspedes, Notaria.—1 vez.—Nº 121733.—(67611).
Por escritura otorgada, el día tres de agosto dos mil nueve, ante esta notaría, se constituye la sociedad anónima Importaciones Sura Lanza Sociedad Anónima, se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, cuatro de agosto del dos mil nueve.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 121734.—(67612).
El sucrito notario, hace constar con vista en la matriz que se modificó la cláusula primera del pacto constitutivo de la empresa Inversiones Aduaneras Eduma S. A.—San José, cuatro de agosto del dos mil nueve.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—Nº 121736.—(67613).
Se hace constar que por escritura número cuarenta y siete, de las nueve horas del quince del mes de julio del dos mil nueve, en el tomo quinto del protocolo de la notaria Kathya Navarro López, se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Aloha Capital Group Sociedad Anónima, representante: presidente.—San José, 26 de julio del 2009.—Lic. Kathya Navarro López, Notaria.—1 vez.—Nº 121737.—(67614).
Por escritura número treinta y seis, otorgada en esta notaría, a las ocho horas del 31 de julio del 2009, se constituye una sociedad anónima que se denomina Asesores Financieros Jafex Sociedad Anónima, se nombra junta directiva y fiscal. Capital social totalmente suscrito y pagado. Domicilio: San José, Sabana Norte, ciento cincuenta metros al este de la esquina noroeste del edificio Scotiabank. Plazo social noventa y nueve años.—San José, 31 de julio del 2009.—Lic. Fernando Ramírez Loría, Notario.—1 vez.—Nº 121740.—(67615).
La entidad denominada: J G T Arquitectos Sociedad Anónima, rectifica número de cédula de uno de sus socios.—Naranjo, nueve horas del treinta y uno de julio del dos mil nueve.—Lic. Marilyn Aguilar Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 121743.—(67616).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del veintinueve de julio del año en curso, se constituye la sociedad El Mercadito Cinco Cero Seis Sociedad Anónima, plazo social: noventa años.—San José, 30 de julio del 2009.—Lic. Óscar Arias Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 121744.—(67617).
Por escritura número 112, otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 3 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Alimentos Guztaco GV S.R.L.—San José, 3 de agosto del 2009.—Lic. Sonia Rebeca Montealegre Pérez, Notaria.—1 vez.—Nº 121749.—(67618).
Mediante escritura pública, se constituye Yovimilla Sociedad Anónima, escritura número treinta-seis, del tomo seis del protocolo de la Licenciada Ana Rita Zamora Castillo, con fecha primero de agosto del dos mil nueve.—Lic. Ana Rita Zamora Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 121753.—(67619).
Mediante escritura pública, se constituye Granja Avícola Solfer Sociedad Anónima, escritura número doscientos uno-cinco del tomo cinco del protocolo de la Licenciada Ana Rita Zamora Castillo, con fecha veintiuno de mayo de dos mil nueve.—Lic. Ana Rita Zamora Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 121754.—(67620).
La suscrita notaria pública Xinia Patricia Aguilar Picado, doy fe que el día de julio del dos mil nueve, se reformó la junta directiva de la sociedad tres-ciento uno-cinco cinco ocho siete seis nueve sociedad anónima. Capital suscrito pagado. Es todo. Firmo en Heredia el treinta de julio del dos mil nueve.—Lic. Xinia Patricia Aguilar Picado, Notario.—1 vez.—Nº 121755.—(67621).
Ante esta notaría, se presentó la sociedad Corcor Coronado S. A., visible en la escritura número ciento veinticinco, iniciada al folio ciento catorce frente del tomo tercero del protocolo de la notaria Andrea Ruiz Castillo, constituida en San José, a las dieciséis horas del treinta y uno de julio del dos mil nueve.—San José, 4 de agosto del 2009.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 121756.—(67622).
Por escritura otorgada, en mi notaría, a las diecisiete horas del veintisiete de julio de dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Salpa de Guaitilar Sociedad Anónima, en que se reforman las cláusulas quinta donde se aumenta el capital social y sexta en cuanto a la administración.—San Ramón, 27 de julio del 2009.—Lic. Vladimir Rodríguez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 12757.—(67623).
Por escritura número doscientos cuarenta y cuatro-uno, escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las once horas del dos de agosto del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Promises of God S. A., se cambia presidente de la junta directiva, siendo su presidente actual: Georg Kiechle.—San José, a las once horas del dos de agosto del dos mil nueve.—Lic. Mercedes Margarita Pacheco Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 121758.—(67624).
Modificación total de la cláusula quinta del acta constitutiva de la sociedad: Tony y Pan Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-dos nueve siete uno uno uno, mediante escritura pública número: veinte, visible a folios: doce frente del tomo dieciséis del protocolo de la notaria Tatiana Camacho Acosta.—Heredia, 24 de julio del 2009.—Lic. Tatiana Camacho Acosta, Notaria.—1 vez.—Nº 121759.—(67625).
Por escritura otorgada ante mí, en esta ciudad a las 08:00 horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea de Importadora Internacional Golfito S. A., en la que se reforman estatutos.—San José, 3 de agosto del 2009.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—Nº 121762.—(67626).
Ante mí, licenciada y notaria Marcela Rodríguez Masís, se constituyó la fundación denominada S.O.S. para la Paz Universal. Otorgada en San José, a las 14:30 horas del 30 de julio del dos mil nueve.—Lic. Marcela Rodríguez Masís, Notaria.—1 vez.—Nº 121764.—(67627).
José Rodolfo Víquez Calderón, constituye sociedad con Rodolfo Álvarez Venegas, denominada Asesoría y Capacitación ASECAP S. A. Ante el notario José Eduardo Quesada Loría.—Lic. José Eduardo Quesada Loría, Notario.—1 vez.—Nº 121765.—(67628).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las ocho horas del día treinta y uno de julio del año en curso, se protocoliza el acta número tres de la sociedad denominada A & M Construcciones Sociedad Anónima, en las cuales acuerda crear la cláusula novena y nombrar al gerente general.—San José, a las once horas con treinta minutos del tres de agosto del dos mil nueve.—Lic. Larissa Seravalli Sáurez y Daniel De La Garza Chamberlain, Conotarios.—1 vez.—Nº 121768.—(67629).
En esta notaría, Flor María Valverde Umaña y Sonia Mayela Quesada Valverde, constituyen sociedad VQ Valverde & Quesada presidenta Flor María. Capital social: 10 mil colones.—San Ramón, a las 10:00 horas 13 de julio del 2009.—Lic. Marvin Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 121769.—(67630).
Mediante protocolización de acta número doce de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad formalizada en esta notaría, se modificó la cláusula octava de los estatutos de la sociedad RYS Consultores Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero siete cero cero tres nueve.—Lic. Óscar Corrales Retana, Notario.—1 vez.—Nº 121771.—(67631).
En esta notaría, María del Carmen Marín Bolaños y Marco Herrera Marín, constituyen sociedad anónima cuya denominación se ajusta al artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Capital suscrito y pagado totalmente.—San José, 3 de agosto del 2009.—Lic. William Chaves Villalta, Notario.—1 vez.—Nº 121775.—(67632).
Ante esta notaría, bajo la escritura número doscientos tres-ocho, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Nº 33171-J. Domicilio social: Naranjo, Alajuela. Objeto: El comercio en general. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: doce mil colones. Representación judicial y extrajudicial: Presidente y secretario.—Naranjo, dieciocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Kattia Vanessa Umaña Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 121776.—(67633).
Ante esta notaría, bajo la escritura número doscientos cuatro-ocho, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Nº 33171-J. Domicilio social: Naranjo, Alajuela. Objeto: El comercio en general. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: doce mil colones. Representación judicial y extrajudicial: Presidente y secretario.—Naranjo, dieciocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Kattia Vanessa Umaña Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 121777.—(67634).
Ante esta notaría, bajo la escritura número doscientos seis-ocho, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Nº 33171-J. Domicilio social: Naranjo, Alajuela. Objeto: El comercio en general. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Representación judicial y extrajudicial: Presidente y secretario.—Naranjo, dieciocho de junio del dos mil nueve.—Lic. Kattia Vanessa Umaña Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 121778.—(67635).
Por escritura pública, otorgada en esta notaría, a las doce horas del treinta y uno de julio del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la entidad Cusa Dos Mil Diez S. A. Se reforman las cláusulas segunda, quinta y novena del pacto constitutivo.—Naranjo, treinta y uno de julio del dos mil nueve.—Lic. Kattia Vanessa Umaña Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 121779.—(67636).
Por escritura pública otorgada, en esta notaría, a las doce horas del treinta y uno de julio del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la entidad 3-101-577262 s. a. Se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—Naranjo, primero de agosto del dos mil nueve.—Lic. Kattia Vanessa Umaña Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 121780.—(67637).
Por escritura otorgada, a las 10:00 horas del día 4 de agosto del 2009, la sociedad Re Management Limitada, cédula jurídica número 3-102-569132, modifica la cláusula sexta del pacto social, en la que se estipula lo relacionado a la administración de la sociedad. Se cita a los interesados a hacer valer sus derechos a partir de la primera publicación de este aviso según lo establece el artículo 479 del Código de Comercio.—Lic. Goldy Ponchner Geller, Notario.—1 vez.—Nº 121783.—(67638).
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Exportadora Achira, Sociedad Anónima. Se acuerda reformar la cláusula quinta del pacto social de la sociedad.—San José, 3 de agosto del 2009.—Lic. Fernando Solís Agüero, Notario.—1 vez.—Nº 121788.—(67639).
Por medio de escritura otorgada ante mi notaría de las diecisiete horas del treinta de julio del dos mil nueve, se modifican las cláusulas segunda, sétima y se nombra directivos de la sociedad denominada Inmobiliaria Jobrax Sociedad Anónima.—Lic. Gabriela Garita Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 121792.—(67640).
Ante mí, Héctor Rolando Vargas Sánchez, notario público con oficina en Heredia, en escritura otorgada a las dieciséis horas y quince minutos del tres de agosto del dos mil nueve, se constituyó la empresa PFM Mielque Dos Mil Nueve Sociedad Anónima. Su capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado.—3 de agosto del 2009.—Lic. Héctor Rolando Vargas Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 121793.—(67641).
Ante mí, Héctor Rolando Vargas Sánchez, notario público con oficina en Heredia, en escritura otorgada a las dieciséis horas del tres de agosto del dos mil nueve, se constituyó la empresa MFP Frankhi Dos Mil Nueve Sociedad Anónima. Su capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado.—3 de agosto del 2009.—Lic. Héctor Rolando Vargas Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 121794.—(67642).
Ante mí, Héctor Rolando Vargas Sánchez, notario público con oficina en Heredia, en escritura otorgada a las dieciséis horas y treinta minutos del tres de agosto del ,dos mil nueve, se constituyó la empresa FMP Prisci Dos Mil Nueve Sociedad Anónima. Su capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado.—3 de agosto del 2009.—Lic. Héctor Rolando Vargas Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 121795.—(67643).
Mediante escritura otorgada en mí notaría, a las 11:00 horas de hoy, Johnny Zamora Núñez y Martha Lorena Castilblanco Mendoza constituyeron, Nocturno del Trópico Sociedad Anónima. Presidente: El socio Zamora Núñez. Plazo: 100 años. Capital: cien mil colones. Domicilio: La Uruca, San José.—San José, 3 de agosto del 2009.—Rodolfo Aguirre Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 121796.—(67644).
Mitzy Marianella González Bustos y Heyner Francisco Estupiñán Ortiz, constituyen Academia de Enseñanza Comercial Nicole English Teacher Sociedad Anónima. Presidenta Mitzy Marianella González Bustos.—Guápiles, 13 de julio del 2009.—Lic. Manuel Delgado Matamoros, Notario.—1 vez.—Nº 121798.—(67645).
Yens Gerardo Fallas Alvarado y Ibis María Vásquez Cabalceta, constituyen Shamelia Sociedad Anónima. Presidente Yens Gerardo Fallas Alvarado.—Guápiles, 13 de julio del 2009.—Lic. Manuel Delgado Matamoros, Notario.—1 vez.—Nº 121799.—(67646).
Ante ésta notaría, se constituyó la sociedad denominada de conformidad con el decreto tres tres uno siete uno-J, publicado el catorce de junio de dos mil seis, denominado como Reglamento para constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de persona jurídica como denominación social sociedad de responsabilidad limitada.—Guápiles, Pococí, 31 de julio del 2009.—Lic. Rocío Zamora Moya, Notaria.—1 vez.—Nº 121800.—(67647).
Ante ésta notaría, se constituyó la sociedad denominada de conformidad con el decreto tres tres uno siete uno-J, publicado el catorce de junio de dos mil seis, denominado como Reglamento para constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de persona jurídica como denominación social sociedad de responsabilidad limitada.—Guápiles, Pococí, 31 de julio del 2009.—Lic. Rocío Zamora Moya, Notaria.—1 vez.—Nº 121801.—(67648).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada de conformidad con el decreto tres tres uno siete uno-J, publicado el catorce de junio de dos mil seis, denominado como Reglamento para constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de persona jurídica como denominación social sociedad de responsabilidad limitada.—Guápiles, Pococí, 31 de julio del 2009.—Lic. Rocío Zamora Moya, Notaria.—1 vez.—Nº 121802.—(67649).
Se constituyó en mi notaría, la sociedad denominada Catering Janxi Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, con domicilio en Ciudad Colón, quinientos metros al oeste y cincuenta al norte de la torre del Instituto Costarricense de Electricidad. Es todo.—San José, 30 de julio del 2009.—Lic. Yamileth Pérez Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 121804.—(67650).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 28 de julio del 2009, se constituyó la sociedad Qualita Soluciones & Consultoría Sociedad Anónima, con un plazo social de 100 años. Es todo.—San José, 28 de julio del 2009.—Lic. Shukshen Young Au-Yeung, Notaria.—1 vez.—Nº 121807.—(67651).
Por escritura otorgada a las 09:00 horas del 04 de agosto del 2009, en asamblea general extraordinaria de accionistas Compañía La Caoba Antillana Sociedad Anónima, se modifica la cláusula segunda de los estatutos, se cambia el domicilio fiscal y social y se nombra nueva junta Directiva. Presidenta: María Eugenia Mesén Solís.—San José, 04 de agosto del 2009.—Lic. Juan Luis Gómez Gamboa, Notario.—1 vez.—Nº 121808.—(67652).
Por escritura número cincuenta y cuatro-uno, otorgada ante el notario público Walter Rodrigo Mora Morales, a las quince horas del veinticuatro de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Anesto S. A.—Lic. Walter Rodrigo Mora Morales, Notario.—1 vez.—Nº 121812.—(67653).
El día de hoy en mi notaría, se protocolizó la constitución de la sociedad denominada Don Chico e Hijos Sociedad. Representante Legal: el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Miramar, 02 de enero del 2009.—Lic. Rogelio Flores Agüero, Notario.—1 vez.—Nº 121814.—(67654).
Que en esta notaría se tramita la inscripción de la sociedad anónima Beer-Babys Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Ciudad Cortés, 08 de julio del 2009.—Lic. José Ricardo Guevara Guevara, Notario.—1 vez.—Nº 121815.—(67655).
El suscrito, Eduardo Antonio Zúñiga Guillén, notario público, por este medio hace constar que mediante escritura pública número trece iniciada a folio cinco vuelto, del tomo tercero de mi protocolo, se constituyó la sociedad de nombre Inversiones Sandí & Fonseca Sociedad Anónima. Capital social la suma de cien mil colones. Domicilio: Puntarenas, Centro, Barrio El Cocal, setenta y cinco metros al este de Fábrica de Café La Moderna, distrito primero, cantón primero de Puntarenas.—Lic. Eduardo Antonio Zúñiga Guillén, Notario.—1 vez.—Nº 121819.—(67656).
Por escritura otorgada el día de hoy, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad, Fernández Madriz S. A., en que se reformó la cláusula sexta de los estatutos en cuanto a la representación de la sociedad.—San José, 3 de agosto del 2009.—Lic. Mario Alberto Sandoval Pineda, Notario.—1 vez.—Nº 121823.—(67657).
Ante la notaría del licenciado Osvaldo Rodolfo Segura Esquivel, otorgada el 13 de julio del 2009, se constituyó la entidad denominada Sociedad de Usuarios de Agua, Linda Vista La Suiza de Turrialba. Domiciliada en La Suiza de Turrialba. La representación recae en su presidente con facultades de apoderado general.—Lic. Osvaldo R. Segura Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 121824.—(67658).
Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las diecisiete horas con cuarenta y cinco minutos del tres de agosto de dos mil nueve, se modificó la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos veinticinco mil doscientos diez s. a., mediante la cual se nombra presidente, secretario, cambio de domicilio social y reforma de facultades. Es todo. Lic. Carlos Eduardo Brilla Ferrer, Notario.—1 vez.—Nº 121825.—(67659).
Licenciada Flor María Delgado Zumbado, abogada y notaria pública, comunica que ante su notaría se constituyó la sociedad denominada Dos Mil Siete JAC Sociedad Anónima, para dedicarse a toda clase de negocio lícito.—Belén, 03 de agosto del 2009.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—Nº 121827.—(67660).
DIRECCIÓN NACIONAL DE
PENSIONES
De conformidad con resolución RMT-2228-2009 de las nueve horas del día 29 de junio del 2009. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-1880-2009 de sesión celebrada en San José a nueve horas del 22 de mayo del 2009, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Vásquez Vásquez Leocadia, cédula de identidad Nº 5-108-049, a partir del día 1º de abril del 2009; por la suma de sesenta mil trescientos ochenta y dos colones con cero céntimos (¢60.382,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Francisco Morales Hernández, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—Lic. Róger Porras Rojas, Director Nacional de Pensiones.—1 vez.—(67711).
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Se hace saber a Leda María Sauma Aguilar,
cédula Nº 9-029-433, propietaria de la finca de Guanacaste 24334 y a Sociedad
Agropecuaria y Turística La Grama S. A., cédula jurídica Nº 3-101-83629,
representada por Jorge Sauma Aguilar, cédula Nº 9-044-869, propietario de la
finca de Guanacaste 24142, a cualquier tercero con interés legítimo, albaceas o
representantes legales, que la División Registral del Registro Inmobiliario
ordenó apertura de Diligencias Administrativas de oficio, para investigar una
sobreposición de planos en las fincas de Guanacaste 24334 y 24142. Mediante
resolución de las 08:40 horas del 25/5/09 se brindó audiencia de ley a las
partes, y siendo que fueron devueltos los certificados de correos RR014380140CR
y RR014380136CR dirigidos por su orden a dichos interesados, con la indicación
de ser desconocida, con el fin de cumplir con el Debido Proceso, por resolución
de las 9:00 horas del 15/7/09, se autorizó la publicación por 3 veces
consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a la persona indicada, por
término de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la tercera
publicación del presente edicto; término dentro del cual debe presentar los
alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene que dentro del término
establecido para la audiencia, debe señalar número de fax o correo electrónico,
donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93,
94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto
Ejecutivo Nº 26771-J, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de
Notificaciones Judiciales, Ley Nº 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir
con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después
de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere
impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del
Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley Nº 8687. (Ref. Expediente
Nº 08-910-BIUE). Notifíquese.—Curridabat, 15 de julio del 2009.—Lic. Mabel
Valverde Zúñiga, Asesora Jurídica Registral.—(O. C. Nº 09-523).—(Solicitud Nº
29828).—C-69770.—(67313).
Se hace saber a Juan Félix Vargas Quirós, cédula Nº 2-495-309, en calidad de titular registral del inmueble Nº 436790 del partido de Alajuela, que en este Registro se iniciaron Diligencias Administrativas de oficio, por una supuesta duplicidad de plano en las fincas 436790 y 439919. En virtud de lo denunciado, esta Asesoría; mediante resolución de las 13:30 horas del 20/04/2009, ordenó consignar Advertencia Administrativa sobre dicha finca. Con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 14:28 horas del 20/07/2009, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a la persona mencionada, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presente los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene que dentro de dicho término debe señalar facsímil o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con los artículos 93, 94 y 98 del Reglamento del Registro Público, en concordancia con el numeral 3 de la Ley Nº 7637 (que es Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales); bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se le tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento de la materia y 12 de la citada ley, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese. (Referencia Expediente Nº 09-233-BI).—Curridabat, 20 de julio del 2009.—Master Marianella Solís Víquez, Asesora Jurídica.—(O. C. Nº 09-523).—(Solicitud Nº 26003).—C-60770.—(67314).
Se hace saber a Inmobiliaria Maryfer M Y F Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-320930, representada por Juan Brenes Vega, cédula Nº 3-185-511, en calidad de titular registral del inmueble del Partido de Heredia Nº 132089-000, que en este Registro se iniciaron Diligencias Administrativas a instancia de la Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo, cédula jurídica Nº 3-009-045143, sobre una supuesta duplicidad del plano H-0755357-1988 en las fincas 132089 y 142701. En virtud de lo denunciado esta Asesoría, mediante resolución de las 13:00 horas del 08/10/2008, ordenó consignar Advertencia Administrativa sobre dichas fincas. Con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 11:55 horas del 24/07/2009, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a la entidad mencionada, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presente los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar facsímil o correo electrónico, conforme los artículos 93, 94 y 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público de la Propiedad de Bienes Inmuebles, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, del 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta Nº 54 del 18 de marzo del mismo año, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 20 y 21 de la Ley Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público Nº 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas, el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 vigente a esta fecha, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese. (Referencia Expediente Nº 08-918-BI).—Curridabat, 24 de julio del 2009.—Master Marianella Solís Víquez, Asesora Jurídica.—(O. C. Nº 09-523).—(Solicitud Nº 26002).—C-69770.—(67315).
Se hace saber a José Reinaldo Díaz Rodríguez, cédula Nº 5-200-280, propietario de la finca de Limón 85154 y Gladys Ebel Bermúdez Molina, cédula Nº 7-105-577, beneficiaria de habitación familiar que recae sobre dicho inmueble, a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, que el Registro Inmobiliario. División Registral ordenó apertura de Diligencias Administrativas de oficio, para investigar posible duplicidad de planos en las fincas de Limón 85154 y 85160. Mediante resolución de las 9:10 horas del 13/4/09 se brindó audiencia de ley a las partes, y siendo que fueron devueltos los certificado de correos RR2332544CR y RR2332558CR, con la indicación de ser dichos interesados desconocidos, con el fin de cumplir con el Debido Proceso, por resolución de las 11:20 horas del 29/06/09, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a las personas indicadas, por término de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto; término dentro del cual deben presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, deben señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley Nº 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley Nº 8687. (Ref. Expediente Nº 08-1038-BIUS). Notifíquese.—Curridabat, 29 de junio del 2009.—Lic. Mabel Valverde Zúñiga, Asesora Jurídica Registral.—(O. C. Nº 09-523).—(Solicitud Nº 29827).—C-67520.—(67316).
Se hace saber a Gilberto Leban Espinoza, cédula Nº 4-0100-0181, propietario de la finca de Heredia matrícula 167424, a cualquier tercero con interés legitimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, que la División Registral del Registro Inmobiliario ordenó apertura de Diligencias Administrativas de oficio, para investigar posible duplicidad de planos en las fincas de Heredia 118886 y 167424. Mediante resolución de las 08:00 horas del 12/05/09 se brindó audiencia de ley a las partes, y siendo que fue devuelto el certificado de correos RR002333068CR dirigido a dicho señor, con la indicación de ser desconocido, con el fin de cumplir con el Debido Proceso, por resolución de las 10:00 horas del 03/07/09, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a la persona indicada, por término de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto; término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley Nº 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los Artículos 99 del Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley Nº 8687. (Ref. Expediente Nº 09-150-BIUS). Notifíquese.—Curridabat, 03 de julio del 2009.—Lic. Erika Bermúdez Bonilla, Asesora Jurídica Registral.—(O. C. Nº 09-523).—(Solicitud Nº 21849).—C-63020.—(67317).
Se hace saber a Anita Espinoza Solórzano, cédula Nº 7-099-098, propietaria de la finca de Limón, matrícula 45229, a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, que la División Registral del Registro Inmobiliario ordenó apertura de Diligencias Administrativas de oficio, para investigar posible duplicidad de planos en las fincas de Limón 45229 y 45230. Mediante resolución de las 09:20 horas del 26/01/09 se brindó audiencia de ley a las partes, y siendo que fue devuelto el certificado de correos RR146316375CR dirigido a dicha señora, con la indicación de ser desconocida, con el fin de cumplir con el Debido Proceso, por resolución de las 10:50 horas del 24/06/09, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a la persona indicada, por término de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto; término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley Nº 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los Artículos 99 del Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley Nº 8687. (Ref. Expediente Nº 08-959-BIUS). Notifíquese.—Curridabat, 26 de junio del 2009.—Lic. Mabel Valverde Zúñiga, Asesora Jurídica Registral.—(O. C. Nº 09-523).—(Solicitud Nº 29826).—C-63020.—(67318).
Se hace saber a Haydee De La O Ruiz, cédula Nº 5-0186-0690 propietaria de las fincas 5-69199 y 75653 y Francisco Alvarado Alvarado, cédula Nº 5-0143-0639 beneficiario de Habitación Familiar sobre la finca 69199 y a cualquier tercero con interés legitimo, albaceas o representantes legales que el Despacho del Registro Inmobiliario División Inmuebles ordenó apertura de Diligencias Administrativas de oficio, para investigar posible duplicidad de planos en las fincas de Guanacaste 69199 y 75653. Mediante resolución de las 08:00 horas del 31/3/09 se brindó audiencia de ley a las partes, y siendo que fueron devueltos los certificados de correos RR146318946CR y RR146318932CR dirigidos a dichas personas respectivamente, con la indicación de ser desconocido, con el fin de cumplir con el Debido Proceso, por resolución de las 11:00 horas del 02/6/09, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a las personas indicadas, por término de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto; término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se les previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley Nº 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los Artículos 99 del Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley Nº 8687. (Ref. Expediente Nº 08-1385-BIUS). Notifíquese.—Curridabat, 02 de junio del 2009.—Lic. Mabel Valverde Zúñiga, Asesora Jurídica Registral.—(O. C. Nº 09-523).—(Solicitud Nº 26117).—C-69770.—(67319).
Se hace saber a: Juan Rafael Vega Alpízar, cédula Nº 5-0093-205, en carácter de apoderado generalísimo sin limitación de suma de Cinco Son Suficientes Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-069176, titular registral de las fincas del partido de Guanacaste: 11832 y 35919, a cualquier tercero con interés legítimo, albaceas o representantes legales, que el despacho del Registro Inmobiliario División Inmuebles ordenó la apertura de Diligencias Administrativas de oficio, para investigar si las fincas 5-11832 y 5-35919 se encuentran ubicadas dentro de un mismo predio. Mediante resolución de las 10:34 horas del 26/03/09 se brindó audiencia de ley a las partes, y siendo que fue devuelto el certificado de correos: RR146319059CR, dirigido a la persona en mención, y con el objeto de cumplir con el Principio Constitucional del Debido Proceso, por resolución de las 7:00 horas del 9/06/09, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a la persona mencionada, por término de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la tercera publicación del presente edicto; término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene, que dentro de este término debe señalar número de fax o correo electrónico donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos: 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de febrero de 1998, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley Nº 8687, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento de la materia y 11 de la citada Ley Nº 8687. (Ref. Expediente Nº 08-651-BI-UE).—Curridabat, 9 de junio del 2009.—Lic. Mabel Valverde Zúñiga, Asesora Jurídica.—(O. C. Nº 09-523).—(Solicitud Nº 21855).—C-69770.—(67320).
Se hace saber a: I.—María del Rosario Zárate Calvo cédula 2-369-544 en su condición de propietaria de la finca del Partido de Alajuela matrícula 362693, cualquier tercero con interés legítimo, albaceas representantes legales, que la Dirección de este Registro, ha iniciado Diligencias Administrativas que afectan la finca de Alajuela 362693. Por lo anterior se les confiere audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a esta publicación, a efecto de que, presenten los alegatos que a sus derechos convengan. Y se les previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar fax o correo electrónico donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme los artículos 93, 94 y 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público Inmueble (Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de febrero de 1998) y 20, 21 y 22 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, (artículo 20 de la Ley Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público Nº 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas, 185 del Código Procesal Civil y 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 de cita). (Ref. expediente Nº 09-290-BI).—Curridabat, 2 de julio de 2009.—Lic. Kattia Meza Brenes, Departamento de Asesoría Jurídica Registral.—(Solicitud Nº 49526).—(O. C. Nº 09-523).—C-51770.—(67354).
Se hace saber a Iris Garita Duarte (5-121-983) y William Palacios Castillo (2-466-132), interesados, en diligencias administrativas oficiosas bajo expediente 07-746-BI, en el cual se ventila supuesto fraude relacionado con la finca de 151358, 217078 y 211960 de Alajuela; 64273 y 64274 de Guanacaste. Con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 15:30 horas del 06/07/2009, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a la persona mencionada, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro dé dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convenga. Y se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar medio, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con los artículos 93, 94 y 98 del Reglamento del Registro Público; bajo apercibimiento de que, de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento de la materia y 11 de la Ley Nº 8687 (que es Ley de Notificaciones Judiciales). Notifíquese. (Referencia expediente Nº 08-746-Bl, Registro Inmobiliario División Registral).—Curridabat, 6 de julio del 2009.—Lic. César Alexander Hernández Umaña, Asesor Jurídico.—(Solicitud Nº 49527).—(O. C. Nº 09-523).—C-54020.—(67356).
Se hace saber a Alturar Máxima de Occidente S. A. (3-101-235146) representada por Alejandro Granados Loría (3-296-786), interesada, en Diligencias Administrativas bajo expediente 08-169-BI, en el cual se ventila sobreposiciones que involucra varias fincas de Cartago una de ellas la 169173. Con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 10:00 horas del 08/07/2009, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a la persona jurídica mencionada, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convenga. Y se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar medio, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con los artículos 93, 94 y 98 del Reglamento del Registro Público; bajo apercibimiento de que, de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento de la materia y 11 de la Ley Nº 8687 (que es Ley de Notificaciones Judiciales). Notifíquese. (Referencia Expediente (08-169-Bl, Registro Inmobiliario División Registral).—Curridabat, 8 de julio del 2009.—Lic. César Alexander Hernández Umaña, Asesor Jurídico.—(Solicitud Nº 49529).—(O. C. Nº 09-523).—C-56270.—(67357).
Se hace saber a: I.—Luis Rodríguez González, cédula de identidad desconocida, en su condición de propietario del derecho 007 de la finca del Partido de Heredia matrícula 14014. II.—Jovita Rodríguez González cédula de identidad desconocida, en su condición de propietaria del derecho 008 de la finca del Partido de Heredia matrícula 14014. III.—Rosa Rodríguez González cédula de identidad desconocida, en su condición de propietaria del derecho 009 de la finca del Partido de Heredia matrícula 14014, cualquier tercero con interés legítimo, albaceas representantes legales, que la Dirección de este Registro ha iniciado Diligencias Administrativas para investigar la duplicidad de los referidos derechos. Por lo anterior se les confiere audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a esta publicación, a efecto de que, presenten los alegatos que a sus derechos convengan. Y se les previene que dentro de ese término deben señalar fax, apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere. (Ref. expediente Nº 09-354-BI).—Curridabat, 24 de junio de 2009.—Lic. Kattia Meza Brenes, Asesora Jurídica.—(Solicitud Nº 21934).—(O. C. Nº 09-523).—C-51770.—(67373).
En el Diario Oficial La Gaceta Nº 154, del 10 de agosto del 2009, en la página 38, con la referencia 66518, se publicó la Resolución Nº RCJ-173-2009, en dicha publicación se omitió el ANEXO correspondiente, el cual debe leerse como sigue:
|
Nombre
de Contribuyente |
Cédula
Jurídica |
Impuesto |
Periodo |
1 |
Somarribas Bermúdez Alicia |
1270000619 |
Renta |
2000 |
2 |
Almacén La Hacienda Ltda. |
3102004901 |
Renta |
Dic-99 |
3 |
Arias y Rudín Asesoría Geológica S. A. |
3101136440 |
Renta |
1997 |
4 |
Casinos de Costa Rica S. A. |
3101182599 |
Salas de Juego |
Sep-99 |
5 |
Casinos de Costa Rica S. A. |
3101182599 |
Salas de Juego |
Oct-99 |
6 |
Casinos de Costa Rica S. A. |
3101182599 |
Salas de Juego |
Nov-99 |
7 |
Casinos de Costa Rica S. A. |
3101182599 |
Salas de Juego |
Dic-99 |
8 |
Dacotrans de Centroamérica S. A. |
3101091833 |
Renta |
Dic-99 |
9 |
Dacotrans de Centroamérica S. A. |
3101091833 |
Retenciones |
Abr-02 |
10 |
Dacotrans de Centroamérica S. A. |
3101091833 |
Retenciones |
Jun-02 |
11 |
Dacotrans de Centroamérica S. A. |
3101091833 |
TEC |
Dic-99 |
12 |
Dacotrans de Centroamérica S. A. |
3101091833 |
TEC |
Dic-02 |
13 |
Depósito de Maderas Materiales de Construcción El Castillo Número Tres S. A. |
3101192146 |
Ventas |
Nov-99 |
14 |
Depósito de Maderas Materiales de Construcción El Castillo Número Tres S. A. |
3101192146 |
Ventas |
Dic-99 |
15 |
Depósito de Maderas Materiales de Construcción El Castillo Número Tres S. A. |
3101192146 |
Ventas |
Ene-00 |
16 |
Distribuidora Jones H Aeropuerto S. A. |
3101034719 |
TEC |
Dic-02 |
17 |
Distribuidora Jones H Aeropuerto S. A. |
3101034719 |
TEC |
Dic-03 |
18 |
Fise S. A. |
3101072182 |
Renta |
2001 |
19 |
Fise S. A. |
3101072182 |
Renta |
2002 |
20 |
Fise S. A. |
3101072182 |
Renta |
2003 |
21 |
Fise S. A. |
3101072182 |
Ventas |
Sep-03 |
22 |
Fise S. A. |
3101072182 |
TEC |
Dic-03 |
23 |
Inversiones La Tropicana de Alajuela S. A. |
3101113441 |
Renta |
Jun-05 |
24 |
José William Carrasquel |
3120038548 |
Sanción |
Ago-01 |
25 |
Los Cuyos S. A. |
3101127718 |
Ventas |
Dic-00 |
26 |
Los Cuyos S. A. |
3101127718 |
Ventas |
Feb-01 |
27 |
Lubricantes del Norte S. A. |
3101137002 |
Renta |
Dic-97 |
28 |
Mendoza Swain Richard John |
10596028433 |
Ventas |
Dic-02 |
29 |
Mendoza Swain Richard John |
10596028433 |
Ventas |
Jun-03 |
30 |
Mendoza Swain Richard John |
10596028433 |
Renta |
Dic-02 |
31 |
Mendoza Swain Richard John |
10596028433 |
Renta |
Jun-03 |
32 |
Moda Rave S. A. |
3101312652 |
Ventas |
Sep-02 |
33 |
Moda Rave S. A. |
3101312652 |
Ventas |
Oct-02 |
34 |
Moda Rave S. A. |
3101312652 |
Ventas |
Nov-02 |
35 |
Moda Rave S. A. |
3101312652 |
Ventas |
Dic-02 |
36 |
Pérez Zumbado Óscar Emilio |
4110080 |
Renta |
Dic-01 |
Todo lo demás queda igual.
La Uruca, San José, agosto del 2009.—Lic. Nelson Loaiza Sojo, Director General de la Imprenta Nacional.—1 vez.—(68366).