MINISTERIO
DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
MINISTERIO
DE COMERCIO EXTERIOR
AMBIENTE,
ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES
MODIFICACIONES
A LOS PROGRAMAS
UNIVERSIDAD
ESTATAL A DISTANCIA
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CONSEJO
NACIONAL DE PRODUCCIÓN
MINISTERIO
DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
UNIVERSIDAD
ESTATAL A DISTANCIA
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
MUTUAL
CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
UNIVERSIDAD
ESTATAL A DISTANCIA
INSTITUTO
TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
PATRONATO
NACIONAL DE LA INFANCIA
INSTITUTO
NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
AUTORIDAD
REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
INSTITUTO
NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
MUNICIPALIDAD
DE MONTES DE OCA
LIGA
AGRÍCOLA INDUSTRIAL DE LA CAÑA DE AZÚCAR
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE TURISMO
INSTITUTO
DE DESARROLLO AGRARIO
Nº 764-P
EL PRESIDENTE DE
Con fundamento en
el artículo 139 de
Considerando:
El Comité
Ejecutivo de
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar a la señora Karla González Carvajal, cédula de identidad Nº
1-641-473, Ministra de Obras Públicas y Transportes viajar a España el 10 de
junio del presente año, a la entrega oficial de la “Medalla de Honor de
Artículo 2º—Los gastos correspondientes a tiquete aéreo y viáticos serán cubiertos en su totalidad con recursos propios de la señora Ministra.
Artículo 3º—Durante la ausencia de la señora Ministra, se nombra como Ministra a. í., a la señora Rosaura Montero Chacón, cédula de identidad Nº 1-410-570, Viceministra de Transportes.
Artículo 4º—Rige a partir de las
15:00 horas del
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(O. C. Nº 093071).—(Solicitud Nº 12324).—C-15020.—(72126).
Nº 767-P
EL PRESIDENTE DE
Con fundamento en
lo dispuesto en el artículo 139 de
ACUERDA
Artículo 1º—Autorizar al señor Leonardo Garnier Rímolo, cédula de identidad Nº 1-433-621, Ministro de Educación Pública, para que participe en la “Sexta Reunión Interamericana de Ministros de Educación”, que se realizará en Quito-Ecuador, del 11 al 14 de agosto de 2009.
Artículo 2º—Los costos del viaje
al exterior, por concepto alojamiento y manutención, serán cubiertos por el
Ministerio de Educación de Ecuador. Los gastos por concepto de transporte aéreo
de ida y regreso serán cubiertos por el Programa Presupuestario 550-00, de la
subpartida presupuestaria 10503, para un monto de novecientos diecisiete
dólares con doce centavos de dólar ($917,12). Incluye los cánones por concepto
de los traslados internos de aeropuerto-hotel y viceversa, que serán
reembolsados por
Artículo 3º—Se nombra a la señora Alejandrina Mata Segreda, Viceministra Académica de Educación Pública, como Ministra a. í. del Ministerio de Educación Pública, a partir de las 10:35 horas del 11 de agosto a las 16:50 horas del 14 de agosto de 2009.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir de las 10:35 horas del 11 de agosto a las 16:50 horas del 14 de agosto de 2009.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(O. C. Nº 93153).—(Solicitud Nº 13869).—C-26270.—(72115).
Nº 071-MP
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE
En uso de las facultades
que les confieren los artículos 140, incisos 3), y 18) de
Considerando:
1º—Que de
conformidad con
2º—Que el señor Carlos Fernando
Pomareda Benel, cédula de residencia 455146965001968, renunció como integrante
de
ACUERDAN:
Artículo
1º—Nombrar como integrante de
Artículo 2º—Rige a partir de su firma.
Dado en
ÓSCAR ARIAS
SÁNCHEZ.—El Ministro de
Nº 126
Con fundamento en
lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146) de
Considerando:
1º—Que el XIV
Congreso Latinoamericano de Auditoría Interna es de interés para el Ministerio de Obras Públicas y Transportes,
en virtud de que en el ámbito de auditoría es esencial la actualización de los
profesionales de auditoría, el control y el
aseguramiento de
2º—Que la participación de la señora Irma Gómez Vargas en este evento, responde a las funciones propias de auditoría, fiscalización y control que realiza como Auditora General, así como parte de los requerimientos de capacitación y actualización profesional.
3º—Que
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Irma Gómez Vargas, cédula numero 1-609-527, Auditora General del Ministerio de Obras Públicas y Transportes. para que participe en el Congreso Latinoamericano de Auditoría Interna que se llevará a cabo del 25 al 28 de octubre del 2009 en la ciudad de Lima - Perú.
Artículo 2º—Los gastos de viaje de la funcionaria Gómez Vargas serán cubiertos con recursos de la subpartida 1.05.04, del Programa 326-03 por concepto de Viáticos al Exterior $1.033,05.
Los gastos por Transporte en el Exterior serán cubiertos de la siguiente forma:
- El costo del tiquete aéreo será cubierto con recursos de la subpartida 1.05.03. del Programa 326-03 que asciende a $1.600.
- Los costos por impuestos con recursos de la subpartida 1.05.03, del Programa 326- 03 que asciende a $100,00.
- Los costos por traslados terrestres (taxis casa de habitación - aeropuerto - casa de habitación y aeropuerto - hotel - aeropuerto) con recursos de la subpartida 1.05.03. del Programa 326-03 lo que representa $100,00.
Los gastos por inscripción al evento, serán cubiertos con recursos de la subpartida 1.07.01, del Programa 326-03 por un monto de $525.
Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la participación de la funcionaria Gómez Vargas, en la actividad denominada Congreso Latinoamericano de Auditoría Interna. que se celebra del 25 al 28 de octubre de 2009 en la ciudad de Lima - Perú, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 24 de octubre y hasta su regreso el día 29 de octubre de 2009.
Dado a los 8 días del mes de agosto del dos mil nueve.
Karla González Carvajal, Ministra de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—(O.C. Nº 93071).—(Sol. Nº 12325).—C-38270.—(72992).
Nº 284-2009
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en
los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
1º—Que el señor
René Cardona García, mayor, casado una vez, ingeniero eléctrico, portador de la
cédula de identidad número 8-051-355, vecino de Desamparados, en su condición
de Apoderado Especial para este acto de la empresa Teradyne de Costa Rica S.
A., cédula jurídica número 3-101-271492, presentó ante
2º—Que en la solicitud mencionada Teradyne de Costa Rica S. A., se comprometió a mantener una inversión de al menos US $1.481,499,00 (un millón cuatrocientos ochenta y un mil cuatrocientos noventa y nueve dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo. Asimismo, la empresa se comprometió a realizar una inversión nueva adicional total de US $363.000,00 (trescientos sesenta y tres mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), según los plazos y en las condiciones establecidas en la solicitud de ingreso al Régimen presentada por la empresa. Lo anterior implica una importante oportunidad para arraigar más a la citada empresa a Costa Rica, aumentar los empleos directos e indirectos, y fomentar el encadenamiento entre las empresas nacionales y compañías pertenecientes al Régimen de Zonas Francas, con la finalidad de aumentar el valor agregado de los productos nacionales.
3º—Que la instancia interna de
4º—Que en razón de lo anterior,
el Poder Ejecutivo, considera que en la especie resulta aplicable la excepción
que contempla el referido artículo 20 bis de
5º—Que se ha cumplido con el procedimiento de Ley. Por tanto,
ACUERDAN:
1º—Otorgar el
Régimen de Zonas Francas a la empresa Teradyne de Costa Rica S. A., cédula jurídica
número 3-101-271492 (en adelante denominada la beneficiaria), clasificándola
como Empresa de Servicios, de conformidad con el inciso c) del artículo 17 de
2º—La actividad de la beneficiaria consistirá en exportar servicios de diagnóstico, reparación y prueba de tarjetas y otros circuitos, y demás equipos y componentes electrónicos; análisis diseño, validación y prueba de procesos y herramientas industriales; y capacitación de personal.
3º—La beneficiaria operará en el Parque Industrial denominado Los Arallanes S. A., ubicado en la provincia de Heredia.
4º—La beneficiaria gozará de los
incentivos y beneficios contemplados en
Los plazos, términos y
condiciones de los beneficios otorgados en virtud de
Para los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley Nº 4755, del 3 de mayo de 1971 y sus reformas, en lo que resulten aplicables.
5º—De conformidad con lo
dispuesto por el artículo 20 inciso g) de
Dicha beneficiaria sólo podrá introducir
sus servicios al mercado local, observando rigurosamente los requisitos
establecidos al efecto por el artículo 22 de
6º—La beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel mínimo de empleo de 89 trabajadores, a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo. Asimismo, se obliga a mantener una inversión de al menos US $1.481.499,00 (un millón cuatrocientos ochenta y un mil cuatrocientos noventa y nueve dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, así como a realizar y mantener una inversión nueva adicional total de al menos US $363.000,00 (trescientos sesenta y tres mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 01 de diciembre de 2009. Por lo tanto, la beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel de inversión total de al menos US $1.844.499,00 (un millón ochocientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y nueve dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América). Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional del 99.99 %.
PROCOMER vigilará el cumplimiento
de los niveles de inversión antes indicados, de conformidad con los criterios y
parámetros establecidos por el Reglamento a
7º—Una vez suscrito el Contrato
de Operaciones, la empresa se obliga a pagar el canon mensual por derecho de
uso del Régimen de Zonas Francas. La fecha prevista para el inicio de las
operaciones productivas es el día en que se notifique el presente Acuerdo
Ejecutivo. En caso de que por cualquier circunstancia la beneficiaria no inicie
dicha etapa de producción en la fecha antes señalada, continuará pagando el
referido canon, para lo cual
Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a PROCOMER de las ventas mensuales realizadas. El incumplimiento de esta obligación provocará el cobro retroactivo del canon, para lo cual PROCOMER tomará como referencia para su cálculo, las proyecciones de ventas consignadas en su respectiva solicitud.
8º—La beneficiaria se obliga a
cumplir con las regulaciones ambientales exigidas por el Ministerio de
Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET) y
9º—La beneficiaria se obliga a
presentar ante PROCOMER un informe anual de operaciones, en los formularios y
conforme a las condiciones que PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses
siguientes al cierre del año fiscal. Asimismo, la beneficiaria estará obligada
a suministrar a PROCOMER y, en su caso, al Ministerio de Hacienda, toda la
información y las facilidades requeridas para la supervisión y control del uso
del Régimen de Zonas Francas y de los incentivos recibidos. Asimismo, deberá
permitir que funcionarios de la citada Promotora ingresen a sus instalaciones,
en el momento que lo consideren oportuno, y sin previo aviso, para verificar el
cumplimiento de las obligaciones de
10.—En caso de incumplimiento por
parte de la beneficiaria de las condiciones de este Acuerdo o de las leyes,
reglamentos y directrices que le sean aplicables, el Poder Ejecutivo podrá
imponerle multas, suprimir, por un plazo desde un mes hasta un año, uno o
varios incentivos de los indicados en el artículo 20 de
11.—Una vez comunicado el presente Acuerdo Ejecutivo, la empresa beneficiaria deberá suscribir con PROCOMER un Contrato de Operaciones. En caso de que la empresa no se presente a firmar el Contrato de Operaciones, y no justifique razonablemente esta situación, PROCOMER procederá a confeccionar un Acuerdo Ejecutivo que dejará sin efecto el que le otorgó el Régimen.
Para el inicio de operaciones
productivas al amparo del Régimen, la empresa deberá haber sido autorizada por
12.—Las directrices que para la promoción, administración y supervisión del Régimen emita PROCOMER, serán de acatamiento obligatorio para los beneficiarios y las personas que directa o indirectamente tengan relación con ellos o con la citada Promotora.
13.—El uso indebido de los bienes
o servicios exonerados será causa suficiente para que el Ministerio de Hacienda
proceda a la liquidación de tributos exonerados o devueltos y ejerza las demás
acciones que establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios en
materia de defraudación fiscal, sin perjuicio de las demás sanciones que
establece
14.—La empresa beneficiaria se
obliga a cumplir con todos los requisitos de
15.—De conformidad con el
artículo 74 de
16.—El presente Acuerdo Ejecutivo rige a partir de su notificación, y sustituye el Acuerdo Ejecutivo número 308-2000 de fecha 26 de setiembre del 2000 y sus reformas, sin alterar los efectos producidos por el mismo durante su vigencia.
Dado en
Comuníquese y publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(72634).
Nº 319
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en
los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
I.—Que el señor
John Aguilar Quesada, mayor, casado una vez, abogado, portador de la cédula de
identidad N° 1-694-278, vecino de San José, en su condición de Apoderado
Generalísimo sin Límite de Suma con facultades suficientes para este acto, de
la empresa PPC Industrias S. A., cédula jurídica N° 3-101-264110, presentó ante
II.—Que en la solicitud mencionada PPC Industrias S. A., se comprometió a mantener una inversión de al menos US $8.626.298,00 (ocho millones seiscientos veintiséis mil doscientos noventa y ocho dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, Asimismo, la empresa se comprometió a realizar una inversión nueva adicional total de US $1.200.000,00 (un millón doscientos mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), según los plazos y en las condiciones establecidas en la solicitud de ingreso al Régimen presentada por la empresa. Lo anterior implica una importante oportunidad para arraigar más a la citada empresa a Costa Rica, aumentar los empleos directos e indirectos y fomentar el encadenamiento entre las empresas nacionales y compañías pertenecientes al Régimen de Zonas Francas, con la finalidad de aumentar el valor agregado de los productos nacionales.
III.—Que la instancia interna de
IV.—Que en razón de lo anterior,
el Poder Ejecutivo efectivamente considera que en la especie resulta aplicable
la excepción que contempla el referido artículo 20 bis de
V.—Que se ha cumplido con el
procedimiento de Ley. Por tanto;
ACUERDAN:
1º—Otorgar el
Régimen de Zonas Francas a la empresa PPC Industrias S. A., cédula jurídica N°
3-101-264110, (en adelante denominada la beneficiaría), clasificándola como
Empresa Procesadora de Exportación, de conformidad con el inciso a) del
artículo 17 de
2º—La actividad de la beneficiaria consistirá en la producción de bolsas de polietileno, polietileno en rollos y tubo flexible de PVC para uso médico.
3º—La beneficiaria operará en el parque industrial denominado CF Free Zone Park S. R. L., ubicado en la provincia de Heredia.
4º—La beneficiaria gozará de los
incentivos y beneficios contemplados en
Los plazos, términos y
condiciones de los beneficios otorgados en virtud de
Para los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755 del 3 de mayo de 1971 y sus reformas, en lo que resulten aplicables.
5º—De conformidad con lo
dispuesto por el artículo 20 inciso g) de
Dicha beneficiaria sólo podrá
introducir sus productos al mercado local, observando rigurosamente los
requisitos establecidos al efecto por el artículo 22 de
6º—La beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel mínimo de empleo de 48 trabajadores, a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, así como a realizar y mantener un nivel mínimo total de empleo de 54 trabajadores, a más tardar el 30 de marzo de 2011. Asimismo, se obliga a mantener una inversión de al menos US $8.626.298,00 (ocho millones seiscientos veintiséis mil doscientos noventa y ocho dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, así como a realizar y mantener una inversión nueva adicional total de al menos US $1.200.000,00 (un millón doscientos mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 30 de marzo de 2011. Por lo tanto, la beneficiaría se obliga a realizar y mantener un nivel de inversión total de al menos US $9.826.298,00 (nueve millones ochocientos veintiséis mil doscientos noventa y ocho dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América). Finalmente, la empresa beneficiaría se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional del 40,73%.
PROCOMER vigilará el cumplimiento
de los niveles de inversión antes indicados, de conformidad con los criterios y
parámetros establecidos por el Reglamento a
7º—Una vez suscrito el Contrato
de Operaciones, la empresa se obliga a pagar el canon mensual por derecho de
uso del Régimen de Zonas Francas. La fecha s prevista para el inicio de las
operaciones productivas es el día en que se notifique el presente Acuerdo
Ejecutivo. En caso de que por cualquier circunstancia la beneficiaría no inicie
dicha etapa de producción en la fecha antes señalada, continuará pagando el
referido canon, para lo cual
Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a PROCOMER de los aumentos realizados en el área de techo industrial. El incumplimiento de esta obligación provocará el cobro retroactivo del canon, a partir de la fecha de la última medición realizada por PROCOMER, quien tomará como base para realizar el cálculo la nueva medida.
8º—La beneficiaria se obliga a
cumplir con las regulaciones ambientales exigidas por el Ministerio de
Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET) y
9º—La beneficiaria se obliga a
presentar ante PROCOMER un informe anual de operaciones, en los formularios y
conforme a las condiciones que PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses
siguientes al cierre del año fiscal. Asimismo, la beneficiaría estará obligada
a suministrar a PROCOMER y, en su caso, al Ministerio de Hacienda, toda la
información y las facilidades requeridas para la supervisión y control del uso
del Régimen Zonas Francas y de los incentivos recibidos. Asimismo, deberá
permitir que funcionarios de PROCOMER ingresen a sus instalaciones, en el
momento que lo consideren oportuno, y sin previo aviso, para verificar el
cumplimiento de las obligaciones de
10.—En caso de incumplimiento por
parte de la beneficiaría de las condiciones de este Acuerdo o de las leyes,
reglamentos y directrices que le sean aplicables, el Poder Ejecutivo podrá
imponerle multas, suprimir, por un plazo desde un mes hasta un año, uno o
varios incentivos de los indicados en el artículo 20 de
11.—Una vez comunicado el presente Acuerdo Ejecutivo, la empresa beneficiaría deberá suscribir con PROCOMER un Contrato de Operaciones. En caso de que la empresa no se presente a firmar el Contrato de Operaciones, y no justifique razonablemente esta situación, PROCOMER procederá a confeccionar un Acuerdo Ejecutivo que dejará sin efecto el que le otorgó el Régimen.
Para el inicio de operaciones productivas
al amparo del Régimen, la empresa deberá haber sido autorizada por
12.—Las directrices que para la promoción, administración y supervisión del Régimen emita PROCOMER, serán de acatamiento obligatorio para los beneficiarios y las personas que directa o indirectamente tengan relación con ellos o con la citada Promotora.
13.—El uso indebido de los bienes
o servicios exonerados será causa suficiente para que el Ministerio de Hacienda
proceda a la liquidación de tributos exonerados o devueltos y ejerza las demás
acciones que establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios en
materia de defraudación fiscal, sin perjuicio las demás sanciones que establece
14.—La empresa beneficiaria se
obliga a cumplir con todos los requisitos de
15.—De conformidad con el
artículo 74 de
16.—El presente Acuerdo Ejecutivo
rige a partir de su notificación, y sustituye el Acuerdo Ejecutivo N° 254-2000
de fecha 28 de agosto de 2000, publicado en el Diario Oficial
Comuníquese y publíquese.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(72515).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
REGISTRO DE AGROQUÍMICOS
EDICTO
Nº
DIA-R-E-627-2009.—El señor Richard Min-Hon-Cho, portador de la cédula de
identidad número 1-3021-5369, en su calidad de representante legal de la
compañía Sundat Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la
ciudad de San José, solicita la inscripción del producto insecticida de nombre
comercial Sunpyrifos 48 EC, compuesto a base de Clorpirifos. Conforme a lo que
establece
CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL
Nº 55-2009.—San José, a las 18:00 horas del día 22 de julio del año dos mil nueve.
Se conoce solicitud de renovación al certificado de explotación de la empresa Air Canada, cédula jurídica 3-012-356728, representada por la señora Alina Nassar Jorge, para brindar los servicios de transporte aéreo internacional regular de pasajeros, carga y correo, en la ruta Toronto, Canadá-San José, Costa Rica y viceversa.
Resultando:
1º—Mediante resolución Nº 33-2004 del 27 de abril del 2004, el Consejo Técnico de Aviación Civil, le otorgó a la empresa Air Canadá, certificado de explotación para brindar los servicios internacionales regulares de pasajeros, carga y correo en la ruta: Toronto, Canadá-San José, Costa Rica y viceversa, por un período de 5 años, el cual venció el 27 de abril de 2009.
2º—Mediante escrito presentado
ante
3º—Mediante carta de aprobación
AVSEC-2009-47 del 9 de enero de 2009,
4º—Que Mediante oficio
AIR143-09/Jef de fecha 17 de marzo de 2009,
“(…)
Esta
empresa ha cumplido con la documentación requerida por el RAC 119. 70, para la
obtención del permiso de operador aéreo extranjero y a la vez ha venido
operando normalmente y durante ese tiempo no se le ha detectado deficiencias
que pongan en peligro la seguridad operacional. Cabe recalcar que ya obtuvo un
Permiso de Operador Aéreo Extranjero COA-E-028.
Por
lo anterior, recomiendo otorgar a Air Canada la renovación al Certificado de
Explotación.”
5º—Que mediante
oficio DGAC-TA-09 132 de fecha 26 de marzo de 2009,
“Con
base en el análisis efectuado se recomienda otorgar a la compañía Air Canada la
renovación del certificado de explotación, para brindar servicios regulares
internacionales de pasajeros, carga y correo bajo las siguientes
especificaciones:
1). Ruta: Toronto-San José-Toronto
Frecuencia: tres (3) vuelos semanales
Derechos de Tráfico: tercera y cuarta libertad del aire.
Equipo: Aeronaves Airbus A319, A320, A321 o cualquier otro equipo previa autorización del CETAC.
Tarifas e Itinerarios: Lo aprobado por el Consejo Técnico de Aviación Civil.
No
obstante, en la resolución deberá destacarse la obligatoriedad de la empresa de
someter a conocimiento y aprobación del órgano Técnico las tarifas del
servicio, según lo señalado en los artículos del 162 al 164 de
2). Otorgar el certificado de explotación por el período establecido en nuestro ordenamiento jurídico.”
6º—Mediante artículo décimo tercero de la sesión ordinaria 20-2009 celebrada por el Consejo Técnico de Aviación Civil el día 20 de abril del 2009, se acordó:
“1.
Se eleva a audiencia pública la solicitud de la empresa Air Canada, cédula
jurídica 3-012-356728, representada por la señora Alina Nassar Jorge, para
renovar el Certificado de Explotación y brindar los servicios de transporte
aéreo internacional regular de pasajeros, carga y correo, en la ruta Toronto,
Canadá-San José, Costa Rica y viceversa.
2.
En tanto se completan los trámites para la renovación del certificado de
explotación, otorgar a la empresa Air Canada, un primer permiso provisional de
operación a partir del 27 de abril de 2009, fecha en que vence su certificado
de explotación, para que continúe la prestación del servicio”
7º—De conformidad
con el aviso de audiencia, publicado en
8º—Que al dictado de esta resolución se han observado las normas y procedimientos de ley.
Considerando:
Sobre
los hechos:
Que para efectos del
dictado de esta resolución se tiene por ciertos los resultándos anteriores por
constar así en el expediente administrativo que al efecto lleva la unidad de
asesoría legal de
Sobre el fondo del asunto:
I.—Que de acuerdo
con lo dispuesto con el artículo 10 de
Asimismo, el artículo 143 de
II.—Que realizado el
procedimiento de certificación legal que establece
Cabe indicar que la empresa Air Canada es poseedora del Certificado de Operador Aéreo Nº 500, con una vigencia indefinida.
III.—En cuanto a la audiencia pública, la misma se celebró el día 4 de junio del 2009, sin que se presentarán oposiciones a la misma.
Con fundamento en los hechos descritos y citas de ley, Por tanto,
EL CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL
RESUELVE:
Otorgar a la empresa denominada, Air Canada cédula jurídica 3-012-356728 representada por la señora Alina Nassar Jorge, Renovación al Certificado de Explotación, bajo los siguientes términos:
Servicios a brindar: Vuelos regulares internacionales de pasajeros, carga y correo.
Ruta: Toronto, Canadá-San José, Costa Rica y viceversa.
Derechos de tráfico: Tercera y cuarta libertad del aire.
Frecuencia: Tres (3) vuelos semanales.
Tarifas:
La empresa deberá someter al registro del Consejo Técnico de Aviación Civil,
las tarifas que aplicará con fundamento en lo establecido en los artículos del
162 al 164 de
Itinerarios:
Los itinerarios deberán ser sometidos a la aprobación del Consejo Técnico de
Aviación Civil de conformidad con lo establecido en los artículos 175 y 176 de
Equipo: Aeronaves Airbus A319, A320, A321. Cualquier modificación del equipo será posible en el tanto se encuentre incorporado en el certificado de operador aéreo.
Vigencia: La vigencia del Certificado de Explotación será de 15 años, contados a partir de su expedición.
Consideraciones
técnicas: La empresa deberá contar con la organización adecuada, el
método de control, la vigilancia de las operaciones el programa de instrucción
y de mantenimiento, acordes con la naturaleza y amplitud de las especificaciones
de operación. Lo anterior será aplicable a cualquier servicio relacionado con
la seguridad del vuelo; su validez y eficacia dependerán del resultado de las
inspecciones técnicas de Programa de Vigilancia de
Además se someterá a un proceso permanente de vigilancia con la finalidad de demostrar que cumple los requisitos para efectuar en forma segura y adecuada las operaciones del servicio aprobado.
Cumplimiento
de las leyes: La concesionaria se obliga expresamente al estricto
cumplimiento de las disposiciones contenidas en
Otras
obligaciones: La empresa deberá cumplir con las obligaciones que
adquiera con
Mensualmente deberá enviar la información estadística del tráfico de pasajeros y carga movilizados desde y hacia Costa Rica.
Deberá rendir una garantía de
cumplimiento de las obligaciones pecuniarias contratadas con el Consejo Técnico
de Aviación Civil, por servicios aeronáuticos o por el uso de instalaciones
aeroportuarias, según el equivalente a tres meses de operaciones en el término
de 15 días hábiles siguientes al otorgamiento de este certificado de
explotación y de acuerdo con el procedimiento recomendado por el Departamento
Financiero de
Además deberá contar en Costa Rica con una oficina y línea telefónica, para la atención de quejas o reclamos de los pasajeros en caso de existir alguna anomalía en la prestación de los servicios.
Asimismo, deberá garantizar
la seguridad, eficiencia y continuidad del servicio concesionado, so pena de
cancelar las concesiones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
13,14 y 15 de
La concesionaria deberá suscribir y mantener vigente durante su concesión los contratos de seguros que garanticen los daños y perjuicios a la carga y a las personas o bienes de terceros en la superficie.
Para la expedición de la presente resolución se han seguido todas las disposiciones de ley.
Remítase al Poder Ejecutivo para su aprobación.
Notifíquese, publíquese e inscríbase en el Registro Aeronáutico.
Aprobado por el Consejo Técnico de Aviación Civil, mediante artículo décimo tercero de la sesión ordinaria Nº 35-2089 celebrada el 22 de julio del dos mil nueve.
San José, 22 de julio del 2009.—José Guillermo Rojas Chaves, Vicepresidente.—1 vez.—(Solicitud Nº 29666).—(O. C. Nº 20501).—C-105020.—(72596).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller
en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 166, título N° 1379, emitido
por el Liceo Diurno de Esparza, en el año dos mil dos, a nombre de Mellado
Carvajal Yoiselen Lucía. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” modalidad
Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 36, título N° 545, emitido por
el Liceo Académico de Puriscal, en el año mil novecientos ochenta y uno, a
nombre de Barboza Salazar Xinia. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Certificado de Conclusión de
Estudios de Educación Diversificada, inscrito en el tomo III, folio 146, título
N° 2629, y del Diploma de Técnico Medio Especialidad Contabilidad, inscrito en
el tomo III, folio 151, título N° 2603, ambos títulos fueron emitidos por el
Colegio Técnico Profesional Jesús Ocaña Rojas, en el año mil novecientos
ochenta y siete, a nombre de Rodríguez Acuña Fabricio. Se solícita la
reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Certificado de Conclusión de
Estudios de Educación Diversificada, inscrito en el tomo II, folio 130, título
N° 2410, y del Diploma de Técnico Medio Especialidad Secretariado, inscrito en
el tomo II, folio 128, título N° 2293, ambos títulos fueron emitidos por el
Colegio Técnico Profesional Jesús Ocaña Rojas, en el año mil novecientos
ochenta y cinco, a nombre de Fuentes Rojas Cecilia. Se solicita la reposición
de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 58, título N° 595, emitido por el
Liceo Mario Vindas Salazar, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre
de Valerio Chacón Martha Elena. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 74, título N° 443, emitido por el Centro
Educativo El Roble-Heredia, en el año dos mil uno, a nombre de Salazar
Hernández José Luis. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 09, Título Nº 67, emitido por el
CINDEA Jicaral en el año dos mil nueve, a nombre de Jadro Eduardo Acuña
Escalante. Se solicita la reposición del título indicado por corrección del
nombre, cuyos nombres y apellidos correctos son: Jairo Eduardo Acuña Escalante.
Se publica este edicto para oír quince oposiciones a reposición solicitada
dentro de los quince días de la tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media,
inscrito en el tomo 1, folio 53, título Nº 150, emitido por el Colegio San
Benedicto, en el año dos mil cinco, a nombre de Sáenz Breckenridge Daniel
Alfredo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante esta
Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de
Ante este
Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 16, título Nº 43,
emitido por el San Diego Bilingual High School, en el año dos mil seis, a
nombre de Elizondo Villalobos Josué. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este
Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 16, título Nº 174,
emitido por el Colegio Redentorista San Alfonso, en el año mil novecientos
noventa, a nombre de Vargas Vargas Kattia Vanessa. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este
Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 19, título Nº 206,
emitido por el Colegio Superior de Señoritas, en el año mil novecientos noventa
y uno, a nombre de Chow Wu Yuh Chiann. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante esta
Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de
Ante esta
Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de
Ante esta Subdirección
se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de
Estudios de
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De conformidad
con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad
Social se ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a
su Estatuto Social organización social denominada: Cooperativa de Servicios
Múltiples de Santa Rosa de Alfaro Ruiz R. L., siglas Coopebrisas R. L.,
acordada en asamblea celebrada el 25 de noviembre del 2008. Resolución 0341. En
cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Cambio de Nombre
Nº 60032
Que Jeannyna Saborío
Zúñiga, en calidad de apoderada especial de Dichter & Neira Costa Rica
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-288487, solicita a este Registro se
anote la inscripción de Cambio de Nombre de Latinetwork Market Research S. A., cédula jurídica 3101288487 por el de Dichter & Neira Costa Rica Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-288487, presentada el día 28 de abril de 2009
bajo expediente 60032. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
2008-0004783 Registro Nº 181395 DEEPER INSIGHTS FOR CLEAR DECISIONS en
clase 50 Marca Denominativa. Publicar en
Cambio de Nombre Nº 60031
Que Jeannyna
Saborío Zúñiga, cédula 1-765-775, en calidad de apoderada especial de Dichter
& Neira Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-288487, solicita
a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Latinetwork
Market Research Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-288487
por el de Dichter & Neira Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-288487, presentada el día 28 de abril de 2009, bajo expediente 60031. El
nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2000-0008743 Registro Nº 132701 DICHTER
& NEIRA en clase 35 Marca Denominativa. Publicar en
Cambio de Nombre Nº 60030
Que Jeannyna
Saborío Zúñiga, en calidad de apoderada especial de Dichter & Neira Costa
Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-288487, solicita a este Registro
se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Latinetwork Market Research
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-288487 por el de Dichter & Neira
Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-288487, presentada el día 28
de abril del 2009, bajo expediente 60030. El nuevo nombre afecta a las
siguientes marcas: 2008-0004784, Registro Nº 186950 DICHTER & NEIRA LATIN
RESEARCH NETWORK en clase 49 marca Mixto. Publicar en
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
AVISOS
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Canina
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Brigadistas El
Bosque Verde de San Ramón de Río Blanco de Lepanto, con domicilio en la
provincia de Puntarenas, Oficinas de Asepaleco en Jicaral distrito cuarto
Lepanto cantón primero de Puntarenas, cuyos fines principales entre otros son
los siguientes: Velar por la conservación y la protección de los recursos
naturales en San Ramón de Río Blanco, Lepanto, Paquera, Cóbano e Islas del
Golfo de Nicoya. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación,
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las
limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Fabio Rojas
Quirós. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas
en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula:
3-002-479311, denominación: Asociación Deportiva de Levantamiento de Potencia.
Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que
establece
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Ayuda a las
Mejoras del Ebais, Sector Tinoco, con domicilio en la provincia de Puntarenas,
cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Servir y velar por el
bienestar social y económico de sus asociados. Cuyo representante judicial y
extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el
presidente: Siany Barrantes Solís. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Deportiva Escuela
de Fútbol San Francisco
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Hefzi-Ba
Internacional (HIFZI-BA (en español Mi deleite está en Ella), con domicilio en
la provincia de Heredia. Sus fines, entre otros están: instaurar, organizar y
facilitar grupos de autoayuda con el propósito de enseñar y capacitar a las
mujeres, no importando estado civil, estrato social, raza ni credo en las áreas
espirituales, emocionales, intelectuales, de salud y sociales para que ellas
mismas puedan dignificarse dentro de sus relaciones familiares y para con la
comunidad. Su presidenta Martha Cecilia Montero Solís, es la representante judicial
y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y
demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de
las prescripciones establecidas en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Misionera Iglesia
Cordero de Dios de San José, con domicilio en la provincia de San José, cuyos
fines principales entre otros serán los siguientes: Servir a todas las personas
necesitadas de la palabra de Dios, realizando congresos misioneros dentro y
fuera del país. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las
limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Eliécer Sánchez
Sánchez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción la reforma del estatuto de
REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN
AVISOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor José
Antonio Gamboa Vázquez, cédula 1-461-803, mayor, casado, abogado, vecino de San
José, en condición de apoderado especial de Adelaide Research And Innovation
PTY Ltd., de Australia, Commonwealth Scientific and Industrial Research
Organisation, de Australia, solicita
El señor José Antonio
Gamboa Vázquez, mayor, casado una vez, abogado, cédula de identidad número 1-461-803,
vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Holcim Technology
Ltd., de Suiza, solicita
El señor Álvaro E. Dengo Solera, cédula 1-514-035, mayor, casado una vez, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Honda Motor Co., Ltd., de Japón, solicita el Modelo Industrial denominada MOTOCICLETA TIPO SCOOTER.
Para ver imagen sólo
en
Se
reivindica el diseño para un nuevo modelo industrial de “UNA MOTOCICLETA TIPO SCOOTER, tal y como se
ha demostrado en los dibujos anteriores. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Edgar Zürcher
Gurdián, mayor, divorciado, abogado, cédula de identidad número 1-532-390,
vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Señor Albert R.
Basilico, de Estados Unidos de América, solicita
El señor Edgar Zürcher
Gurdián, mayor, divorciado, abogado, cédula de identidad número 1-532-390,
vecino de San José, en su condición de Apoderado Especial de Amazonia
Fitomedicamentos Ltda., de Brasil, solicita
El señor Harry Zürcher
Blen, cédula 1-0415-1184, mayor, casado, abogado, vecino de Escazú, en
condición de Apoderado Especial de MAG Instrument Inc., de E.U.A., solicita
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Néstor Morera Víquez,
mayor, casado una vez, abogado, cédula de identidad número 1-1018-975, vecino
de San José, en su condición de apoderado especial de Bayer Schering Pharma
Aktiengesellschaft, de Alemania, solicita
El señor Luis Pal
Hegedus, mayor, casado, abogado, cédula de identidad número 1-558-219, vecino
de San José, en su condición de apoderado especial de Pfizer Inc., de Estados
Unidos de América, solicita
El señor Luis Pal
Hegedus, cédula 1-558-219, mayor, casado, abogado, vecino de San José, en
condición de apoderado especial de Pfizer Inc, de E.U.A., solicita
El señor Luis Diego
Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-669-228, vecino
de San José, en su condición de apoderado especial de los señores Suraci A.J y
Cooper Judy, ambos de Estados Unidos de América, solicitan
DE DERECHO DE AUTOR Y DERECHOS CONEXOS
EDICTO
José Manuel Montero Lezama, quien
es mayor de edad, casado, Profesor, vecino de Desamparados, San José, portador
de la cédula de identidad uno-mil treinta-doscientos dieciocho, solicita la
inscripción a su favor de los derechos morales y los derechos patrimoniales
sobre la obra literaria individual divulgada por publicación (Novela) titulada:
TRICICLO DE MADERA. La obra trata sobre la separación de un padre con su
hijo. Narrado en primera persona (personal principal Frasiel) y en tercera
persona (autor). Describen los acontecimientos ilusorios de Frasiel al caer en
un largo estado de coma después de un accidente. Publíquese por una sola vez en
el Diario Oficial
DOCUMENTOS VARIOS
REGISTRO NACIONAL MINERO
DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS
SOLICITUD DE EXPLOTACIÓ EN CAUSE DE DOMINIO PÚBLICO
EDICTOS
Solicitud de explotación en cauce de dominio público.—En expediente Nº 6-2006 el señor Fernando Sánchez Carvajal, mayor, casado una vez, empresario, vecino de Curridabat de San José, cédula Nº 3-169-003, apoderado generalísimo de Constructora Sánchez Carvajal S. A., cédula jurídica Nº 3-101-007418, solicita concesión para extracción de materiales en cauce de dominio público sobre el río General.
Localización
geográfica:
Sito en: Repunta, distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón, provincia 01 San José.
Hoja
cartográfica:
Hoja Repunta, escala 1:50.000 del I.G.N.
Localización
cartográfica:
Entre coordenadas generales: 360950.000 norte, 502878.356 502938.289 este límite aguas arriba y 359650.000 norte, 502486.896-502358.835 este límite aguas abajo.
Área
solicitada:
Derrotero:
Coordenadas del vértice Nº 1 359650.000 norte, 502358.835 este.
Línea Acimut Distancia (metros)
1-2 351º38’ 29,18
2-3 049°51’ 65,22
3-4 074°03’ 129,72
4-5 024°41’ 227,47
5-6 016°25’ 171,29
6-7 009°36’ 77,15
7-8 017°30’ 102,87
8-9 359°24’ 148,04
9-10 351°09’ 120,64
10-11 002°05’ 142,80
11-12 021°05’ 127,26
12-13 057°46’ 127,88
13-14 024°03’ 56,28
14-15 090°00’ 59,93
15-16 210°22’ 106,16
16-17 243°43’ 91,47
17-18 210°28’ 79,20
18-19 202°18’ 89,04
19-20 184°58’ 93,83
20-21 166°38’ 76,07
21-22 154°33’ 40,88
22-23 178°16’ 105,17
23-24 182°58’ 104,86
24-25 196°57’ 64,94
25-26 188°34’ 187,86
26-27 203°37’ 205,04
27-28 214°41’ 102,93
28-29 231°45’ 51,64
29-30 217°10’ 63,55
30- 1 270°00’ 128,06
Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 19 de julio del 2006, área y derrotero aportados el 23 de agosto del 2006. Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José a las diez horas, cuarenta y un minutos del cinco de agosto del dos mil nueve.—Registro Nacional Minero.—Lic. Cynthia Cavallini Chinchilla.—(72112).
2 v. 2.
En expediente Nº 59-94
el señor José Manuel Sánchez Castillo, mayor, casado una vez, empresario,
vecino de Esparza, cédula 6-126-430, apoderado generalísimo de Quebrador Manito
S. A., cédula jurídica 3-101-313547, hoy denominada
Localización Geográfica:
Sito en Barranca, distrito: 08 Barranca, cantón: 01 Puntarenas, provincia: 06 Puntarenas.
Hoja Cartográfica:
Hoja Barranca, escala 1:50.000 del I.G.N.
Localización Cartográfica:
Entre coordenadas generales: 219400 - 219350 Norte y 458900 - 458950 Este límite aguas arriba, 218700 - 218840 Norte y 458460 - 458375 Este límite aguas abajo.
Área Solicitada:
DERROTERO:
Coordenadas del vértice Nº 1 218700 Norte, 458460 Este.
Línea Acimut Distancia (m)
1-2 041°30’ 116.70
2-3 046°37’ 146.46
3-4 047°44’ 172.34
4-5 040°36’ 121.83
5-6 055°00’ 97.74
6-7 048°16’ 148.00
7-8 132°00’ 88.96
8-9 224°04’ 166.49
9-10 214°33’ 173.00
10-11 217°06’ 117.41
11-12 217°06’ 117.41
12-13 217°58’ 147.39
13- 14 217°58’ 100.00
14- 1 317°39’ 207.02
Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 5 de mayo de 1994, área y derrotero aportados el 27 de abril del 1995.
Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José, 12 de agosto del 2009.—Lic. Cynthia Cavallini Chinchilla.—Nº 124916.—(72902).
2 v. 1Alt.
INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Expediente Nº
8609A.—Finca Ganadera
Expediente Nº
5412P.—Trimpot Electrónicas Ltda., solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. 13526A.—Josama
S. A., solicita concesión de:
Exp. 6593A.—Agrícola
Ganadera
Exp. Nº 13532A.—José
Rafael Carrillo Espinoza, solicita concesión de
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp.
13528P.—Parque Biotecnológico S. A., solicita concesión de:
Exp. 8946A.—Las Ranas
de Pía Monte S. A., solicita concesión de:
Exp. 13200A.—Edith
Aguilar Guzmán, solicita concesión de:
Exp. 13199A.—Luz
Marciana Aguilar Guzmán, solicita concesión de:
Exp. 13517A.—Ana Lucía
Aguilar Guzmán, solicita concesión de:
Exp. Nº 9284P.—Bienes
Raíces Alpes Nevados S. A., solicita renovación de la concesión de:
Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto.
Acuerdo Cédula Nombre Monto
943 2-300-042155 OFICIAL PRESUPUESTAL PODER JUDICIAL 852.051,00
944 2-300-042155 OFICIAL PRESUPUESTAL PODER JUDICIAL 5.370.891,59
945 06-0197-0923 RIVERA TENORIO SERGIO 1.754.200,00
945 3-101-102844 GRUPO NACIÓN GN. S. A. 1.223.839,48
945 3-101-130983 VIAJES EJECUTIVOS MUNDIALES S. A. 387.034,83
945 3-101-274478 ANALYTICAL INSTRUMENTS S. A. 3.857.748,70
945 3-101-300343 SUMINISTRADORA DE PAPELLES SUPAPEL 148.846,50
945 3-102-038255 SOCIEDAD PERIODISTICA EXTRA LTDA. 282.392,90
946 3-101-197288 CR SOLUCIONES GLN S. A. 3.215.487,19
946 3-101-402724 CHEMLABS S. A. 1.218.138,65
947 3-101-017468 RADIO MENSAJES S. A. 14.503,00
948 3-004-045260 COOPESANTOS R.L. 28.460,00
948 4-000-001902 INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS 6.542.129,15
949 02-0455-0176 STELLER STELLER ANA IRIS 72.020,00
949 03-0324-0847 SEGURA GUTIERREZ ALEXANDER 258.050,00
949 08-0078-0711 MORALES NAVARRO SALVADOR 1.155.918,35
949 3-101-059321 CORP. COMERCIAL SIGMA INTERN. 632.721,30
949 3-101-098063 MULTINEGOCIOS INTERN. AMERICA S. A. 1.803.530,75
949 3-101-123083 ESTAC.ERV, TRANSP. HNOS
ROZC 40.892,58
949 3-101-171670 TOTAL PETROLEO COSTA RICA S. A. 10.928,71
949 3-101-176412 ALAVISA DE CAÑAS S.A LABORAL 223.569,50
949 3-101-233001 JPARRONDO S. A. 160.000,00
949 3-101-452245 SIEMENS ENTERPRISE COMMUNICAT. 381.986,35
950 05-0326-0027 RUIZ DUARTE ADRIANO 233.404,50
950 3-012-370910 ELEVADORES OTIS S. A. DE CAPITAL V 128.780,19
950 3-101-069227 SOIN SOLUCIONES INTEGRALES S. A. 4.212.082,77
950 3-101-096527 CENTRAL DE SERVICIOS PC S. A. 201.212,00
950 3-101-165549 SERVICIOS DE CONSULTARÍA DE OCC. 3.274.095,17
951 3-101-018590 ESTRUCTURAS S. A. 287.150.777,29
952 2-300-042155 JUZG. CONTEN. ADM.CIV.DE HAC. 350.000,00
953 2-300-042155 OFICIAL PRESUPUESTAL PODER JUDICIAL 7.134.529,78
954 2-300-042155 OFICIAL PRESUPUESTAL PODER JUDICIAL 486.366,71
955 2-300-042155 OFICIAL PRESUPUESTAL PODER JUDICIAL 4.805.523,94
956 2-300-042155 OFICIAL PRESUPUESTAL PODER JUDICIAL 6.882.026,28
957 2-300-042155 OFICIAL PRESUPUESTAL PODER JUDICIAL 4.011.048,04
958 2-300-042155 OFICIAL PRESUPUESTAL PODER JUDICIAL 1.217.489,00
959 01-0810-0954 CALVO GUTIERREZ ALVARO 76.619,40
959 01-1124-0375 SANDI JIMENEZ WENDY 523.320,00
959 03-0190-1477 BRENES LOAIZA GERARDO ANTONIO 274.890,00
959 04-0069-0340 ARIAS VIQUEZ EDGAR 822.442,45
959 3-006-101757 FUNDACIÓN DE
959 3-007-042032 JUNTA ADMINIST. DE
959 3-101-005197 HOLST VAN PATTEN S. A. 151.786,00
959 3-101-005744 PURDY MOTOR S. A. 3.927.904,20
959 3-101-052978
959 3-101-150374 J & E SUMINISTROS S. A. 71.700,00
959 3-101-173211 ASTARK ELECTRONICA S. A. 237.272,40
959 3-101-365523 SPECTRUM MULTIMEDIA S. A. 134.300,00
960 01-0537-0061 VILLALOBOS CHAVES ROBERTO 44.310,00
960 01-0738-0571 HIDALGO LOPEZ ENOC R. 850.485,15
960 07-0051-0436 ARCIA FERNÁNDEZ ALBA LUZ 37.618,50
960 3-101-072383 TRAVISA HEREDIANA S. A. 2.205.418,33
960 3-101-073308 GRUPO COMPUTACION MODULAR A. 168.495,80
960 3-101-136314 COMTEL INGENIERIA S. A. 412.622,85
960 3-101-153170 CORPORACIÓN GONZÁLEZ Y ASOC.IN. 1.326.318,56
960 3-101-169810 SERTA SERVICIOS TÉCNICOS ADMINIST. 5.972.905,00
960 4-000-042139 INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC 1.008.636,82
961 2-300-042155 FONDO DE JUB. Y PENSIONES PJ 556.606.180,69
962 2-300-042155 FONDO DE JUB. Y PENSIONES PJ 16.964,64
963 01-0452-0125 ELIZONDO PICADO MARÍA CRUZ 3.821.595,13
963 01-0548-0370 SÁNCHEZ ROMERO MA. CECILIA 11.623.369,76
963 01-0650-0966 VARGAS SERRANO LUIS GUSTAVO 915.134,40
963 01-0826-0029 HERRERA CAMPOS JUAN CARLOS 903.287,60
963 01-0982-0501 CASTRO CORELLA JOHANNA 3.276.735,20
963 02-0274-0478 ABARCA ZAMORA JOSE FRANCISCO 5.761.737,09
963 02-0299-0447 ESQUIVEL CARRANZA MAXIMO 12.011.969,75
963 03-0202-0409 GUZMÁN SANDI JOSE MIGUEL 3.606.084,31
963 05-0151-0593 VIALES ROSALES OLGA MARIA 1.881.625,80
963 06-0116-0305 GUTIÉRREZ VIVAS FCO. EDUARDO 3.822.003,77
963 07-0051-0596 MATAMOROS PERALTA CARLOS 9.160.510,48
964 06-0134-0442 ALVARADO UGALDE CARLOS 1.015.059,71
964 3-101-009059 RADIOGRAFICAS COSTARRICENSE S. A. 75.387,00
964 3-101-077363 SECURE S. A. 9.760.283,38
964 3-101-163507 TECNOLOGIA E INGENIERIA VERDE S. A. 489.999,92
964 3-101-171670 TOTAL PETROLEO COSTA RICA S. A. 12.446,59
964 3-101-233001 JPARRONDO S. A. 340.987,08
965 3-101-000046 CÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S.A 74.674.165,00
966 3-004-045202 COOP. DE ELECT. RURAL DE GUAN. 4.765.138,90
966 3-004-045260 COOPESANTOS R. L. 158.220,00
967 01-0390-0306 PARRA SÁNCHEZ JORGE 1.241.541,90
967 01-0423-0576 ABARCA LOPEZ CARLOS 468.136,05
967 01-0636-0271 ALPIZAR SOTO MARTIN 1.712.471,60
967 04-0069-0340 ARIAS VÍQUEZ EDGAR 80.384,01
967 3-101-098063 MULTINEGOCIOS INTERN. AMERICA S. A. 2.995.636,55
967 3-101-169810 SERTA SERVICIOS TECNICOS ADMINIST. 662.542,25
967 3-101-423442 CORPORACION TECNOFRIO CTF
S. A. 2.903.522,31
967 3-102-151332 AMSA DE SAN LTDA 147.194,35
968 117000579934 VARGAS
SANABRIA WILSO 382.999,50
969 3-101-007749 RECOPE S. A. 14.049.640,32
969 3-101-020748 CONSULTORIA Y DISEÑOS S. A. 8.614.523,32
969 3-101-122865 CG FORMULARIOS S. A. 9.637.060,10
969 3-101-201702 DISMEDICA DE COSTA RICA S. A. 375.913,70
969 3-101-402724 CHEMLABS S. A. 442.936,43
969 3-101-519559
970 3-101-006090 CONSULTECNICA S. A. 577.866,80
970 3-101-079546 LEMEN DE COSTA RICA S. A. 622.055,00
970 3-101-095767 CORPORACION ANDREA DE CENTROAM. 1.955.100,00
970 3-101-244831 YIRE MEDICA HP S. A. 379.750,00
970 3-101-324391 LUBRICANTES AZAIT S. A. 779.590,00
970 3-101-369683 LABORATORIOS QUIMAR S. A. 218.692,88
970 3-101-424643 MOTOREPUESTOS INDIANAPOLIS S. A. 189.200,00
970 3-101-542244 CONSTRUCTORA MADRIZ Y SOLIS S. A. 9.769.620,00
971 04-0124-0111 CORDERO VILLALOBOS ANA LUCIA 621.024,45
971 06-0173-0387 CASCANTE TAPIA AILY. 180.215,18
971 3-012-370910 ELEVADORES OTIS S. A. DE CAPITAL 724.695,46
971 3-101-073972 COPIAS DINÁMICAS S. A. 1.724.150,75
971 3-101-077363 SECURE S. A. 3.712.448,16
971 3-101-240146 AMBIENTE LIMPIO H. MONTERO S. A. 55.027,76
971 3-101-343224 OFIMENSAJEROS MM CARTAGINES
S. A. 187.138,89
972 08-0039-0701 CARAZO GUILLEN NELSON ARMANDO 136.373,00
972 3-101-008970 TALLER GARRO Y ALVAREZ S. A. 646.310,00
972 3-101-027972 A.B.M. DE COSTA RICA S. A. 482.160,00
972 3-101-034067 SONIVISION S. A. 1.118.409,59
972 3-101-074849 DISTRIBUIDORA COMERCIAL TRES ASES 120.760,00
972 3-101-150374 J & E SUMINISTROS S. A. 203.700,00
972 3-101-170385 AUTO CARROCERÍAS JESÚS GRANADOS 215.000,00
972 3-101-375451 INVERSIONES SAGUPAD J.AMMBER. 111.279,00
973 08-0039-0701 CARAZO GUILLEN NELSON ARMANDO 1.078.000,00
973 3-101-000974 LIBRERÍA LEHMANN S. A. 1.538.208,00
973 3-101-031193 SISTEMAS DE PROTECCION INCORP. 5.167.103,99
973 3-101-091952 LEST DENTAL S. A. 578.200,00
973 3-101-170385 AUTO CARROCERIAS JESUS GRANADOS 782.236,00
973 3-101-190550 BRUNO INTERNACIONAL S. A. 1.052.520,00
973 3-101-336780 AUTOSTAR VEHICULOS S. A. 2.221.660,00
974 2-300-042155 OFICIAL PRESUPUESTAL PODER JUDICIAL 572.810,00
975 2-300-042155 OFICIAL PRESUPUESTAL PODER JUDICIAL 5.596.433,38
976 2-300-042155 OFICIAL PRESUPUESTAL PODER JUDICIAL 1.051.440,00
977 2-300-042155 OFICIAL PRESUPUESTAL PODER JUDICIAL 8.010.752,88
978 3-101-005113 CAPRIS S. A. 282.465,40
978 3-101-007435 AGENCIA DATSUN S. A. 138.458,10
978 3-101-052978
978 3-101-053693 TALLER DE CARROCERIAS HERRERA S. A. 761.460,00
978 3-101-337159 GREATWALL AUTOS S. A. 442.532,26
978 3-101-537577 IMPELVA S. A. 659.932,00
979 3-101-021096 FORMULARIOS STANDARD COSTA RICA 10.126.314,55
980 3-101-163507 TECNOLOGIA E INGENIERIA VERDE S. A. 39.605.579,06
981 06-0097-1053 CERDAS VILLEGAS LEDA MARIA 279.239,75
981 3-101-059070 DISTRIB.Y ENVASADORA DE QUIMICOS 1.712.277,28
981 3-101-098063 MULTINEGOCIOS INTERN. AMERICA S. A. 20.816.298,76
981 3-101-160555 SERV. MED. DIAGNOSTICO POR IMAG. 34.500,00
981 3-101-240146 AMBIENTE LIMPIO H. MONTERO S. A. 90.000,00
981 3-101-374489 KARCRI S M S. A. 1.506.601,05
981 3-102-004255 MAQUINARIA Y TRACTORES LIMITADA. 262.066,50
982 01-0293-0024 MUÑOZ RETANA BENJAMIN 983.847,50
982 01-0630-0261 VEGA MONGE CONSUELO 736.862,00
982 01-1101-0483 BERROCAL MURILLO CESAR 317.941,00
982 02-0141-0193 RUIZ MORALES ZENEN 76.935,48
982 05-0078-0976 ABELLAN CISNEROS HEBEL 742.193,20
982 3-101-076436 MUNDO DE LIMPIEZA S. A. 1.624.149,14
982 3-101-169810 SERTA SERVICIOS TÉCNICOS ADMINIST. 815.018,95
982 3-101-175844 MULTISERVICIOS ISABEL CRISTINA S. A. 235.000,00
982 3-101-240146 AMBIENTE LIMPIO H. MONTERO S. A. 568.392,26
983 3-101-227869 CORREOS DE COSTA RICA S. A. 7.389.454,80
984 01-0829-0740 SALAS INNECKEN RONNY 384.390,78
984 3-101-063829 PRAXAIR COSTA RICA S. A. 638.251,75
984 3-101-076041 LAVANDERÍA LAVA MAS S. A. 793.803,53
984 3-101-077363 SECURE S. A. 319.193,28
984 3-101-131382 PRIDEGUI S. A. 73.792,62
984 3-101-193851 FEP COMERCIAL S. A. 27.666,73
984 3-101-310098 MANEJO PROFESIONAL DE DESECHOS 1.155.772,80
984 3-102-151332 AMSA DE SAN LTDA. 2.896.895,97
985 3-101-057714 PROD. INFOR. PARA EL DESARROLLO P. 28.471.894,90
986 3-101-006090 CONSULTÉCNICA S. A. 2.353.471,55
986 3-101-028741 PUBLIMARK S. A. 5.682.579,00
986 3-101-069227 SOIN SOLUCIONES INTEGRALES S. A. 2.842.000,00
987 2-300-042155 OFICIAL PRESUPUESTAL PODER JUDICIAL 3.878.645,16
988 2-300-042155 OFICIAL PRESUPUESTAL PODER JUDICIAL 387.641,00
989 2-300-042155 OFICIAL PRESUPUESTAL PODER JUDICIAL 1.037.438,00
990 2-300-042155 OFICIAL PRESUPUESTAL PODER JUDICIAL 3.442.411,47
991 2-300-042155 OFICIAL PRESUPUESTAL PODER JUDICIAL 937.156,00
992 2-300-042155 OFICIAL PRESUPUESTAL PODER JUDICIAL 10.244.811,84
993 2-300-042155 FONDO DE JUB Y PENSIONES PJ 541.276.375,22
994 3-101-402724 CHEMLABS S. A. 1.939.068,27
995 3-101-005197 HOLST VAN PATTEN S. A. 1.201.744,55
995 3-101-006090 CONSULTÉCNICA S. A. 827.521,83
995 3-101-018362 FLEXOPRINT S. A. 1.234.800,00
995 3-101-020748 CONSULTORIA Y DISEÑOS S. A. 73.350,00
995 3-101-034067 SONIVISIÓN S. A. 1.020.511,79
995 3-101-044553 CORPORACION FLIN S. A. 2.702.307,47
996 3-101-246832 SOLUCIONES PARA EVENTOS VALVERDE 134.400,00
996 3-101-367387 JEANPINATY S. A. 720.300,00
997 3-101-003233 ALMACÉN MAURO S. A. 692.023,10
997 3-101-052827 LABORATORIOS ZELEDÓN S. A. 2.041.678,30
997 3-101-131298 INGLESINI & CÍA S. A. 8.504.038,24
997 3-101-190550 BRUNO INTERNACIONAL S. A. 1.062.598,30
997 3-101-219989 CORPORACIÓN ANDREA INDUSTRIAL INC 1.655.587,50
997 3-101-249767 KORUMA LENEX SEGURIDAD S. A. 264.600,00
997 3-102-046231 FARMACIA LOURDES S.R.L. 2.758.054,20
998 02-0352-0639 ZAMORA CRUZ SONIA 184.348,80
998 3-006-101757 FUNDACIÓN DE
998 3-101-006090 CONSULTÉCNICA S. A. 2.614.189,20
998 3-101-013946 ARTES GRAFICAS DE CENTROAMÉRICA 2.292.935,40
998 3-101-044553 CORPORACION FLIN S. A. 26.407.657,27
998 3-101-091952 LEST DENTAL S. A. 1.275.666,00
998 3-101-259063 MOVEL MOVIMIENTO ELECTRICO S. A. 11.567.384,22
999 01-0424-0285 JIMENEZ COTO EDGAR 55.497,30
1000 01-0836-0931 FALLAS ABARCA HUBERTH 734.020,00
1000 3-101-007866 AUTO ENSAMBLADORA S. A. 61.766,00
1000 3-101-025416 VEHICULOS INTERNACIONALES VEINSA 2.061.920,00
1000 3-101-025849 CORPORACION GRUPO Q COSTA RICA 753.281,95
1000 3-101-062204 FIEUYEA S. A. 1.079.666,00
1000 3-101-102844 GRUPO NACION GN. S. A. 168.657,89
1000 3-101-249767 KORUMA LENEX SEGURIDAD S. A. 110.000,00
1000 3-101-356168 SERVICIO AUTOMOTRIZ TSO
1000 3-101-396624 HERMANOS PEREZ MODULARES S. A. 2.254.000,00
1000 3-101-439318 SOLUCIONES ICHO S. A. 367.963,05
1000 3-101-475585 GE & MAR DE CIUDAD QUESADA S. A. 745.614,23
1000 3-101-538340 ASAP CONSTRUCCIÓN SOTO S. A. 1.174.041,95
1001 3-002-287079 ASOC. SOLIDARISTA SERV. JUDICIALES 26.979.039,97
1002 3-004-045117 COOPELESCA R.L. (COOP.ELECTRIF.RURAL 2.891.551,72
1002 3-004-045260 COOPESANTOS R. L. 57.230,00
1003 4-000-042139 INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELEC. 49.394.893,90
1004 01-0829-0740 SALAS INNECKEN RONNY 34.321,48
1004 02-0542-0760 SIBAJA SOTO SILLER 131.769,00
1004 3-101-096527 CENTRAL DE SERVICIOS PC S. A. 37.695,00
1004 3-101-155289 WPP CONTINENTAL DE COSTA RICA 232.408,00
1004 3-101-169810 SERTA SERVICIOS TÉCNICOS ADMINIST. 196.000,00
1004 3-101-340543 ELEVADORES SCHINDLER S. A. 100.000,00
1005 01-0639-0306 GONZÁLEZ GRAJALES XINIA 941.731,96
1005 01-0821-0481 MURILLO MONGE GRETTEL L. 351.114,26
1005 01-1060-0299 LE ROY MUÑOZ TATIANA 1.529.725,36
1005 01-1330-0292 VALERÍN ALVARADO JOSÉ RICARDO 34.504,89
1005 01-1351-0935 CARTÍN VALVERDE FRANCISCO A. 62.179,79
1005 01-1356-0710 CARRILLO CÁRDENAS JENNIFER 77.841,66
1005 01-1366-0519 VILLEGAS ARAYA MARCOS ANTONIO 110.606,63
1005 01-1373-0530 FLORES MOLINA TOMAS JAVIER 37.814,11
1005 01-1378-0626 ARIAS VALVERDE MARISEL 78.251,66
1005 01-1411-0467 VARGAS VARGAS LUIS GUSTAVO 109.946,08
1005 02-0581-0129 BLANCO CHACON YOGEVETH 29.363,49
1005 05-0279-0527 MONGE FAJARDO MARJORIE 59.336,64
1005 06-0248-0797 SUAZO REYES DENNIS 28.869,34
1006 01-0539-0356 ZAMORA HEITMANN HANNIA 327.039,12
1006 01-0594-0370 QUESADA MORA JUAN GERARDO 2.283.160,83
1006 01-0686-0201 SALAS VILLALOBOS ANA VIRGITA 85.270,43
1006 01-0934-0869 QUIROS OBANDO CARLOS ALBERTO 1.650.633,64
1006 01-1051-0607 BRENES MIRANDA ALEXANDER 79.329,73
1006 01-1092-0629 HURTADO GUEVARA CLAUDIA 686.745,51
1006 01-1154-0220 MORA STELLER REBECA 517.983,59
1006 01-1159-0206 PANIAGUA ARIAS SUYEN 125.214,18
1006 02-0496-0146 CORDERO ARCE ROXANA 169.366,05
1006 02-0512-0719 QUESADA UMAÑA SUSANA 184.438,24
1006 02-0542-0838 SIBAJA LEON DINORAH 50.605,73
1006 03-0360-0863 MADRIGAL OLIVARES KATHERINE 537.642,64
1006 03-0383-0207 ROJAS MARTINEZ NORMAN 70.642,83
1006 04-0156-0543 MUÑOZ MATAMOROS NIRIANA 335.742,92
1006 05-0272-0654 CAMPOS VILLEGAS JAVIER 1.540.159,39
1006 05-0296-0261 PICON GUTIERREZ BERNAL 158.769,23
1006 05-0366-0391 ARCE VILLALOBOS MARIA ESTEFAN 76.151,22
1006 06-0264-0191 LEZAMA LÓPEZ RUTH MARY 212.462,61
1006 06-0312-0817 ALFARO UREÑA YOHANA 355.000,08
1007 01-0498-0119 ARCE
MONTERO GILBERTO 4.930.220,24
1007 02-0288-1060 HIDALGO
ROJAS SANDRA 9.104.664,91
1007 3-004-051424 COOPERATIVA
DE ELECTRIF. RURAL ALF. 30.035,50
1008 4-000-042139 INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ELECTRIC 49.423.685,00
1009 3-101-096527 CENTRAL
DE SERVICIOS PC S. A. 14.594.932,50
1010 2-300-042155 OFICIAL
PRESUPUESTAL PODER JUDICIAL 504.119,00
1011 2-300-042155 OFICIAL
PRESUPUESTAL PODER JUDICIAL 10.373.716,08
1012 2-300-042155 OFICIAL
PRESUPUESTAL PODER JUDICIAL 3.357.381,70
1013 01-0810-0954 CALVO GUTIÉRREZ ÁLVARO 3.344.084,92
1013 3-101-162608 TECNOLOGÍA APLICADA INTERNACIONAL 1.590.768,18
1013 3-101-386870 PURIFICADORES AMBIENTALES M&M 60.155,50
1014 01-0517-0198 CHING VARGAS JOSE FRANCISCO 10.591.211,96
1014 01-0590-0630 SALAZAR CHINCHILLA CARLOS GERARDO 16.652.966,44
1014 01-0682-0576 JACAMO JIMENEZ WILLIAM MANUEL 7.572.068,69
1014 01-0716-0810 VEGA CASTRO ALEJANDRO 1.552.886,71
1015 3-101-025414 CONOCO S. A. 237.992,75
1015 3-101-063829 PRAXAIR
COSTA RICA S. A. 372.948,62
1015 3-101-096527 CENTRAL
DE SERVICIOS PC S. A. 4.736.778,10
1015 3-101-098063 MULTINEGOCIOS
INTERN. AMERICA S. A. 57.525,79
1015 3-101-169810 SERTA
SERVICIOS TÉCNICOS ADMINIST. 2.071.900,85
1015 3-101-276657 CONSISA
ANS S. A. 727.800,45
1016 03-0199-0632 QUESADA
NAVARRO EUGENIO 2.450.000,00
1016 03-0225-0378 LEIVA
HERNÁNDEZ JOSÉ MIGUEL 1.223.040,00
1016 3-101-007749 RECOPE
S. A. 10.334.838,33
1016 3-101-034067 SONIVISION S. A. 244.125,00
1016 3-101-095767 CORPORACIÓN ANDREA FE CENTROAM. 2.499.000,00
1016 3-102-286204 COMPAÑÍA DE SERVICIOS GUELL LTDA. 8.254.581,34
1017 2-300-042155 TRIB. CONTEN. ADM. Y CIV. DE HAC. 120.000,00
1018 01-0247-0904 SERRANO RETANA JUAN LUIS. 1.122.536,00
1018 01-0280-0339 SOTO QUESADA EL IETTE. 790.272,00
1018 01-0289-0106 VÁSQUEZ MESEN HILDEBRANDA 515.288,80
1018 01-0308-0666 CASTRO CASTRO EDWIN 1.560.253,00
1018 01-0312-0124 BLANCO MONTERO JOSE BERNARDO 369.924,95
1018 01-0318-0355 NARANJO MATA CARMEN LIDIA 167.827,50
1018 01-0324-0128 SOTO MORA ROSA MARIA 1.210.727,75
1018 01-0349-0313 MUÑOZ
QUESADA HUGO ALFONSO 276.158,90
1018 01-0354-0043 SANCHEZ
MEDRANO LIGIA 369.924,95
1018 01-0357-0193 MORA
HERRERA MARIA HERMIDA 514.550,85
1018 01-0366-0218 MUÑOZ
QUESADA MARIA EUGENIA 276.158,90
1018 01-0367-0054 MORENO
ODIO ALEJANDO 448.165,75
1018 01-0372-0565 ARROYO
HERNÁNDEZ LUIS EDUARDO 212.488,00
1018 01-0374-0649 MORA
QUIROS ANTONIO 517.333,20
1018 01-0405-0339 MOLINA
GUEVARA RICARDO ALBERTO 1.491.611,85
1018 01-0416-1327 QUINTANA TORRES LUIS CARLOS 490.505,85
1018 01-0421-0419 CHINCHILLA CORRALES MARIA INES 490.505,85
1018 01-0425-0690 SALAS SALAZAR ADAN 1.023.206,35
1018 01-0474-0527 FERNÁNDEZ ABARCA RICARDO 435.044,00
1018 01-0507-0135 TORRES MORA JUAN MIGUEL 797.677,75
1018 01-0518-0947 FLORES LEON RAFAEL. 211.544,00
1018 01-0523-0880 ROJAS VENEGAS CARLOS H. 415.963,35
1018 01-0525-0553 VALVERDE RETANA CARLOS LUIS 405.722,40
1018 01-0547-0278 UREÑA QUIROS NELGI 448.165,75
1018 01-0566-0819 VEGA PROTTI VIRGI 435.044,00
1018 01-0586-0197 AGUILAR UMAÑA ANA LOURDES 211.544,00
1018 01-0606-0616 GOMEZ SABORIO CARLOS LUIS 769.638,00
1018 01-0626-0796 ROSICH RAMOS ARMANDO 290.371,50
1018 01-0716-0800 INFANTE SANTANA IVAN FCO. 269.500,00
1018 01-0783-0693 MONGE CORDERO ANA RITA 1.113.767,80
1018 01-0905-0315 RIVAS TORUÑO CARLOS ANDRES 2.488.440,00
1018 02-0069-6838 QUIROS UGALDE IRMA 510.808,60
1018 02-0165-0654 JIMENEZ ROJAS RODRIGO 495.092,15
1018 02-0227-0988 QUESADA SOLIS EMILIA 650.080,95
1018 02-0241-0679 RODRIGUEZ BARRANTES IMELDA 621.106,75
1018 02-0288-0900 GONZALEZ VENEGAS JOSE JOAQUIN 931.828,00
1018 02-0291-0236 BRENES LEÓN JOSÉ ALBERTO 679.617,75
1018 02-0295-0323 CARRANZA ROJAS JUAN CARLOS 382.740,50
1018 02-0301-0569 RODRIGUEZ ROJAS GABRIEL EUGENIO 164.790,00
1018 02-0305-0961 ARCE GONZALEZ LUIS 166.875,00
1018 02-0322-0188 GUTIERREZ
ALPIZAR CARLOS GERARDO 702.737,30
1018 02-0328-0038 QUESADA
ZAMORA JAVIER 166.875,00
1018 02-0335-0632 ARAYA
ROJAS MARIA BIANEY 164.790,00
1018 02-0354-0129 MONGE
TIJERINO MAYRA 315.658,00
1018 02-0391-0597 RODRÍGUEZ
ORTIZ INDIANA 426.790,00
1018 02-0456-0095 VASQUEZ
VASQUEZ OLGER 1.563.896,65
1018 02-0511-0252 MOLINA
QUESADA MARLENY 230.000,00
1018 03-0117-0199 COGUI
QUESADA LIVIA 659.966,30
1018 03-0141-0162 RICHMOND
SANABRIA ALFREDO 685.391,60
1018 03-0238-0923 CHAVES
MORA JULIO CESAR 682.022,10
1018 04-0059-0630 SALAS
VINDAS TERESITA 637.000,00
1018 04-0065-0542 HERNANDEZ
ARCE MILTON 693.934,10
1018 04-0096-0867 RAMIREZ
SALAS SERGIO 1.666.876,20
1018 04-0109-0235 CAMPOS
VILLALOBOS ALFREDO 566.366,40
1018 04-0118-0128 MIRANDA
CESPEDES MARIA ISABEL 728.968,00
1018 04-0126-0503 CORDERO
ZAMORA HERNAN ADOLFO 575.750,00
1018 05-0117-0275 SOTO
VILLAGRA DALILA 508.538,55
1018 05-0135-0557 PANIAGUA
GAMBOA ADRIAN 1.349.587,20
1018 05-0167-0150 RODRIGUEZ
QUIROS JEANNETTE 183.838,00
1018 05-0172-0038 PASOS
ALVAREZ JORGE ARTURO 356.764,00
1018 05-0183-0430 ESPINOZA MURILLO LUIS ÁNGEL 690.526,00
1018 05-0285-0480 ULATE
CHAVERRI ZUNLY. 841.048,65
1018 06-0088-0026 SANCHO
VILLALTA MARIA CECILIA 480.200,00
1018 06-0100-0379 HERNANDEZ
RIVAS AYDA ROSA 867.971,20
1018 06-0108-0545 RAMOS
JIMENEZ LIL DE MARIA 290.371,50
1018 06-0114-0549 GARRO
AGUILAR CARLOS MANUEL 751.353,65
1018 06-0124-0802 LOPEZ
FONSECA ARGENTINA 751.353,65
1018 06-0140-0283 MEDINA
TORUÑO FRANCISCA 588.000,00
1018 06-0168-0201 RAMIREZ
ALPIZAR MARIBEL 394.657,50
1018 07-0063-0806 NUÑEZ MURILLO CLAUDIO 430.068,00
1018 08-0023-0645 CARTER CANTARERO CESAR 2.313.113,60
1018 08-0045-0423 YOK SHAN KUNG L UI 124.544,00
1018 08-0050-0269 SIU IENG CHAN L
EYONG 124.544,00
1018 08-0076-0281 BARREDA CASTRO DANIEL 686.881,90
1018 09-0010-0188 CAMPOS MURILLO ELIZABETH 717.949,95
1018 09-0053-0320 MESEN MADRIGAL VILMA B. 405.722,40
1018 09-0083-0681 ALFARO ARIAS MA GDA LORENA 550.417,00
1018 3-008-045580 TESORERIA ESCOLAR CANTONAL DE T. 82.338,00
1018 3-014-042079 MUNICIPALIDAD DE ALVARADO 16.200,00
1018 3-014-042110 MUNICIPALIDAD DE
TILARAN 46.500,00
1018 3-101-014459 ALMACEN FELIX DEL BARCO S. A. 1.208.678,00
1018 3-101-018266
1018 3-101-021405 ODEMARIS S. A. 6.358.088,00
1018 3-101-033054 EL FIRULICHE SA 1.222.153,00
1018 3-101-037951 COSMOVISION S. A. 1.045.660,00
1018 3-101-050344 BROWN Y STAMP S. A. 1.421.872,00
1018 3-101-055916 INVERSIONES EL TIGRE DE ORO S. A. 1.400.158,60
1018 3-101-062037 ELEFANTE DE MARFIL S. A. 974.213,00
1018 3-101-069582 EL PLANETA AZUL S. A. 1.083.728,00
1018 3-101-070874 GANADERA COBANO S. A. 1.713.520,00
1018 3-101-072672 AGRICOLA COMERCIAL LOS ESPINOS 398.860,00
1018 3-101-076217 TORTILLERIA CAÑAS S. A. 1.912.851,90
1018 3-101-091736 SOC. AGRI. GANADERA RIO CUARTO S. A. 220.500,00
1018 3-101-096745 INVERSIONES BONILLA GARRO S. A. 917.280,00
1018 3-101-097625 JAINA S. A. 1.445.696,00
1018 3-101-102019 BOBOLI S. A. 974.213,00
1018 3-101-103783 CONSTRUCTORA PU NTARENENSE S. A. 4.413.420,00
1018 3-101-104035 ANFACO INTERNACIONAL
S. A. 931.338,00
1018 3-101-104568 RESIDENCIAS
1018 3-101-110927 H.C. TRANSPORTA CION MARITIMA S. A. 1.992.408,50
1018 3-101-113865 COSTA
BRAVA JAC O S. A. 1.526.655,00
1018 3-101-119102 AZAHAR DE
1018 3-101-120708
1018 3-101-127677 INVERSIONES TAYO S. A. 1.430.216,90
1018 3-101-128656 FLORIJOSE S. A. 558.600,00
1018 3-101-134124 CEIBA TICA S. A. 1.156.556,80
1018 3-101-150829 SODA Y RESTAURANTE EL PUEBLO S. A. 1.000.075,20
1018 3-101-152082 INVERSIONES SABANILLAS INTERN. 1.057.903,05
1018 3-101-158774 DESARROLLADORA VICSA S. A. 1.470.000,00
1018 3-101-164722 TOLILLOS
S. A. 642.390,00
1018 3-101-168771 ALJI
DE NARANJO S. A. 650.886,60
1018 3-101-177250 TAPICERIA
POAS S. A. 420.951,55
1018 3-101-181825 COMERCIALIZADOR A RECETAS Y MED 1.834.070,00
1018 3-101-190824 ABODENT S. A. 2.824.244,30
1018 3-101-191121 JOIS DE ALAJUELA S. A. 3.188.099,25
1018 3-101-195802 AVISOL S. A. 546.814,50
1018 3-101-198847 DESARROLLOS UNIDOS ROJAS VARGAS 2.296.004,55
1018 3-101-203726 GOLI DEL PACIFICO S. A. 641.196,15
1018 3-101-204465 BENDING Y ZAMORA S. A. 831.217,90
1018 3-101-207152 AGROPECUARIA S. S. CINCUENTA Y S. 2.197.457,90
1018 3-101-207883 INMOBILIARIA
SAELI S.E SA 507.150,00
1018 3-101-217408 ECONOMIAS
ACTIV AS DEL BADEM 1.098.728,95
1018 3-101-220944 ARCOS
PVS CINCO B S. A. 1.433.784,00
1018 3-101-228394 FORLE S. A. 2.313.113,60
1018 3-101-228966 GRUPO AGRO INMO BILIARIO H Y J S. A. 1.135.844,50
1018 3-101-250404 INMUEBLES GAROB ARQUE S. A. 735.000,00
1018 3-101-263130 QUEBRADOR HERMANOS SANCHEZ 723.033,05
1018 3-101-275811 ARGO DE SARAPIQUI A Y G S. A. 981.622,15
1018 3-101-280943 INVERSIONES GRI EGAS ROJAS Y ROJAS 1.401.400,00
1018 3-101-283135 GRUPO VARGAS PEREZ S. A. 1.040.901,10
1018 3-101-315312 DISEÑOS Y DESAR ROLLOS MIO KEI 768.763,85
1018 3-101-325219 INVERSIONES HER REMORA S. A. 1.109.404,00
1018 3-101-341394 ALDUSA CORPORAT IVA S. A. 295.156,40
1018 3-101-352908 ISAUCE S. A. 938.788,45
1018 3-101-357844 COMERCIAL PILMA R S. A. 343.000,00
1018 3-101-360646 PACIFIC GROTTO S. A. 918.361,85
1018 3-101-382901 CORPORACION JUD IMOSA CH S. A. 1.152.162,45
1018 3-101-395095 LAZOS APUY WONG S. A. 1.318.128,30
1018 3-101-418781 A.G.
EVEMAR S. A. 1.740.176,00
1018 3-101-421948 BADILLA & VARGA S DE NICOYA FML 502.588,00
1018 3-102-042571 PROPIEDADES ROLAMI LTDA. 1.433.784,00
1018 3-102-052409 URSO DE ALAJUELA LIMIT 2.347.232,05
1018 3-102-057101
1018 9047125536 CORDERO IZQUIER DO ROLANDO 3.891.467,20
1019 2-300-042155 OFICIAL PRESUPUESTAL PODER JUDICIAL 67.815,00
1020 2-300-042155 OFICIAL PRESUPUESTAL PODER JUDICIAL 4.041.075,10
1021 2-300-042155 OFICIAL PRESUPUESTAL PODER JUDICIAL 468.615,00
1022 01-0640-0186 UGALDE CAVALLINI ROBERTO 769.300,00
1022 03-0288-0968 OROZCO SOLANO EDWIN 4.212.040,00
1022 04-0069-0340 ARIAS VIQUEZ EDGAR 163.909,90
1022 3-002-366724 ASOC.COSTARRICENSE DE GESTORES 180.000,00
1022 3-101-015196 EVEYCO S. A. 753.684,04
1022 3-101-034067 SONIVISION S. A. 470.106,00
1022 3-101-117902 SERIGRAFIA ARCO IRIS DEL SUR S. A. 392.000,00
1022 3-101-201137 UVI ARTE S. A. 1.125.667,20
1022 3-101-423442 CORPORACION TECNOFRIO CTF S. A. 720.300,00
1023 3-101-091952 LEST DENTAL S. A. 367.635,95
1023 3-101-120780 INSTRUMENTACION MEDICA Y DENTAL DE 226.289,70
1023 3-101-130983 VIAJES EJECUTIVOS MUNDIALES S. A. 1.456.684,00
1023 3-101-148691 PROVIDEO S. A. 86.542,08
1023 3-101-300343 SUMINISTRADORA DE PAPELLES SUPAPEL 557.166,25
1023 3-101-333037 ELECTROMECANICA PABLO MURILLO S. A. 384.160,00
1023 3-101-402724 CHEMLABS
S. A. 356.497,53
1024 3-101-006090 CONSULTECNICA
S. A. 704.517,17
1024 3-101-007749 RECOPE S. A. 10.387.773,43
1024 3-101-018365 DIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL S .A. 1.425.900,00
1024 3-101-036735 REENFRIO COMERCIAL AUTOMOTRIZ S. A. 5.425.892,14
1024 3-101-170385 AUTO CARROCERIAS JESUS GRANADOS 124.000,00
1024 3-101-185597 SERVICIOS DE PROTECCION AM. 2.680.050,02
1024 3-101-369683 LABORATORIOS
QUIMAR S. A. 243.549,60
1024 3-101-402724 CHEMLABS
S. A. 855.879,08
1025 01-0725-0055 CHINCHILLA VALV ERDE ANA YANCY 193.700,00
1025 3-101-029593 ELECTROTECNICA S. A. 271.399,35
1025 3-101-073972 COPIAS DINAMICAS S. A. 1.651.505,75
1025 3-101-340543 ELEVADORES SCHINDLER S. A. 692.818,43
1026 2-300-042155 OFICIAL PRESUPUESTAL PODER JUDICIAL 789.185,88
1027 2-300-042155 OFICIAL PRESUPUESTAL PODER JUDICIAL 3.449.399,85
1028 2-300-042155 JUZG. CONTEN. ADM.CIV.DE HAC. 575.000,00
1029 2-300-042155 TIB. DE JUICIO II C.J ZONA SUR 29.165,82
1030 2-300-042155 JUZG. CONTEN. ADM.CIV.DE HAC. 4.627.451,90
1031 01-0829-0740 SALAS INNECKEN RONNY 10.387,70
1031 03-0324-0847 SEGURA GUTIERREZ ALEXANDER 297.724,00
1031 07-0083-0468 RODRIGUEZ ORTEGA CARLOS 166.000,00
1031 3-004-045532 COOP. INDUST.DESERVIC.MULTIPL. 112.799,98
1031 3-102-151332 AMSA DE SAN LTDA. 1.203.348,12
TOTAL LÍQUIDO 2.411.573.736,61
Lic. Luis A. Barahona, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 90162).—C-1050000.—(71929).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
Ante esta Dirección, se ha presentado solicitud de inscripción y habilitación como notario de Wilberth Jiménez Jiménez, carné 10151, cédula: 204130887, expediente Nº 09-001438-0624-NO, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de este lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación.—San José, 13 de agosto del 2009.—Lic. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, Director.—1 vez.—Nº 124829.—(72903).
N° 17-2009
EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:
Dejar sin efecto
la investidura de Registrador Auxiliar de estos Organismos, otorgada al señor
Jairo Quirós Delgado, portador de la cédula número uno - ochocientos
veintinueve - cero noventa y seis, mediante acuerdo adoptado en el artículo
cuarto de la sesión ordinaria Nº 14-2008, celebrada el 14 de febrero de 2008, y
en su lugar investir con tal carácter a la señora Marta Eugenia Cortés
Castillo, identidad número uno - cero quinientos diez - cero doscientos sesenta
y uno, casada una vez, vecina de Villa Nueva de Desamparados, funcionaria de
Camposanto
Rige a partir de su publicación.
San José, 13 de agosto del 2009.—Luis Antonio Sobrado González, Presidente.—Eugenia María Zamora Chavarría, Magistrada.—Max Alberto Esquivel Faerron, Magistrado.—Mario Seing Jiménez, Magistrado.—Zetty María Bou Valverde, Magistrada.—1 vez.—(O.C Nº 93188).—C-13520.—(72668).
Nº 3770-M-2009.—San José, a las trece horas cuarenta y cinco minutos del diez de agosto de dos mil nueve. (Exp. Nº 057-E-2009).
Diligencias
de cancelación de credenciales de regidor propietario de
Resultando:
1º—Mediante
oficio número ACM-40-05-2009 de fecha 3 de febrero de 2009, presentado ante
2º—Mediante resolución de las 15:20 horas del 17 de febrero de 2009, este Tribunal concedió audiencia al señor Guadamuz Hidalgo a fin de que justificara sus ausencias, o bien, manifestara lo que considerara más conveniente a sus intereses (folio 54).
3º—En escrito presentado ante
4º—Mediante resolución de las
08:30 horas del 12 de marzo de 2009 este Tribunal trasladó estas diligencias a
5º—Mediante resolución de las
11:00 horas del 20 de mayo de 2009
6º—En escrito presentado ante
7º—Mediante oficio número
IE-498-2009 del 6 de julio de 2009, el señor Jaime Gerardo Garita Sánchez, en
su condición de Inspector Electoral, remitió el informe de rigor (folios
8º—En el procedimiento se han observado las prescripciones legales.
Redacta el Magistrado Esquivel Faerron; y,
Considerando
I.—Hechos probados: Como tales y de
relevancia para la resolución del presente asunto se tienen los siguientes: a)
que el señor Benjamín Guadamuz Hidalgo es regidor propietario de
II.—Sobre el fondo: El Código Municipal dispone, en el artículo 24, inciso b), que es causal de pérdida de la credencial de regidor la ausencia injustificada a las sesiones del Concejo por más de dos meses. En el caso concreto, debido a que el señor Benjamín Guadamuz Hidalgo se opuso a la denuncia que planteo en su contra el Concejo Municipal de Mora por haberse ausentado supuestamente de manera injustificada a las sesiones de dicho órgano por más de dos meses, se ordenó el inicio del procedimiento ordinario correspondiente.
El señor Guadamuz Hidalgo alegó, en su defensa, que las ausencias a las sesiones del Concejo en los meses de enero y febrero de 2009 se debieron a problemas en su salud ocasionados por la gran presión que sufría de parte de los otros miembros de dicho órgano. En este sentido indicó que, siguiendo una recomendación médica, durante los meses antes señalados tuvo que adoptar una serie de medidas para lograr cambios en su estilo de vida.
No obstante lo señalado por el señor Guadamuz Hidalgo en su defensa, conforme a la investigación realizada y a los hechos que se han tenido por probados, es lo cierto que dicho regidor no se presentó a las sesiones del Concejo Municipal de Mora desde el 26 de noviembre de 2008, sin que hubiese justificado formalmente ante ese órgano colegiado su inasistencia. Ello supone, en principio, una falta que comporta, en los términos del artículo 24 del Código Municipal, la cancelación de la credencial. En efecto, a folio 178 la señora Rosaura Cascante Cascante, Secretaria Municipal de Mora al ser interrogada por el órgano director, indicó: “PREGUNTA: Para que indique si el Concejo conoció alguna causa que justificará las ausencias de don Benjamín? RESPUESTA: Él (don Benjamín) presentó un dictamen de un Médico (sic) privado, aproximadamente el veintiséis de noviembre de dos mil ocho, sin embargo siguió faltando, de ahí no presentó otro documento adicional... Después de la nota, fechada veinticinco de noviembre siguió ausentándose, sin que presentara justificación alguna adicional por cualquier medio que fuera conocida por el Concejo”. Asimismo, la señora Xinia María Vargas Vargas, regidora propietaria del citado Concejo Municipal, manifestó lo siguiente a folio 183: “De ahí en adelante, respecto al documento de noviembre, el Concejo nunca conoció justificación alguna, ya sea de índole médico (sic), psicológico (sic) u otra, que justificara su inasistencia a las sesiones. Es la práctica usual en el Concejo que cuando algún Regidor (sic) no pueda asistir nos lo comunican, verbalmente, y se sube al Suplente (sic), pero en el caso de don Benjamín nunca hizo manifestación alguna de que no podía asistir por el motivo que fuera, ni en el dos mil ocho ni en el dos mil nueve.”
De lo antes apuntado se desprende que el señor Guadamuz Hidalgo se ausentó de manera voluntaria de las sesiones del Concejo Municipal al cual pertenece, mostrando no sólo un desinterés por la función municipal sino, además, faltando con ello a los deberes que como regidor le corresponden en los términos que señala el citado artículo 24 del Código Municipal.
Tómese en cuenta, además, que el
señor Guadamuz Hidalgo ha hecho manifiesto su desinterés de continuar
ejerciendo su cargo en
Por lo anterior y estando probado
en autos que el señor Guadamuz Hidalgo, regidor propietario de
III.—Sobre la sustitución del
regidor propietario: Al cancelarse la credencial del señor Guadamuz Hidalgo
se produce una vacante entre los regidores propietarios de
IV.—Sobre la sustitución del regidor suplente: Ahora bien, para completar la conformación del Concejo Municipal, al quedar vacante un puesto dentro de los regidores suplentes del citado Partido, es necesario llenarlo conforme lo dispone el artículo 25, inciso d) del Código Municipal “escogiendo de entre los candidatos que no resulten electos, a quien habría seguido según las reglas que determinaron la elección”. Al haber tenido por probado en autos que la candidata que sigue en la nómina de suplentes del Partido Liberación Nacional, que no resultó electa ni ha sido llamada por este Tribunal para desempeñar el cargo, es la señora Adriana Herrera Mora, se le designa para completar el número de regidores suplentes en la referida Municipalidad, ocupando el último lugar entre ellos. Las presentes designaciones rigen a partir de la juramentación y hasta el treinta de abril del dos mil diez, fecha en que finaliza el presente período constitucional. Por tanto:
Se cancela la credencial que como
regidor propietario del Partido Liberación Nacional en
Luis Antonio Sobrado
González
Eugenia María Zamora Chavarría Max
Alberto Esquivel Faerron
Mario Seing Jiménez Zetty
Bou Valverde
NOTA SEPARADA DE LOS MAGISTRADOS SOBRADO GONZÁLEZ
Y BOU VALVERDE
Los suscritos magistrados hemos indicado, en innumerables ocasiones, que a nuestro criterio el Código Municipal sólo autoriza a cancelar las credenciales del regidor que renuncia a su cargo, cuando tal renuncia se base en motivos excepcionales que razonablemente eximan al interesado del cumplimiento de su deber constitucional, previamente valorados por el respectivo Concejo Municipal. Únicamente de esa manera es posible conciliar la obligatoriedad del cargo, impuesta constitucionalmente (artículo 171), con el principio de que nadie está obligado a lo imposible.
En el presente caso, no obstante el señor Benjamín Guadamuz Hidalgo presentó su renuncia al cargo durante el procedimiento administrativo instaurado en su contra, el pronunciamiento de este Tribunal versa únicamente sobre los resultados alcanzados por el Órgano Director en ese procedimiento, respecto de las ausencias injustificadas de dicho regidor a las sesiones del Concejo Municipal de Mora, por lo que concurrimos con nuestro voto al dictado de la resolución.
Luis Antonio Sobrado González.—Zetty Bou Valverde.—1 vez.—(O. C. Nº 93188).—C-145370.—(72671).
Registro Civil - Departamento Civil
OFICINA ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Diana Yanet Zapata Suárez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución No. 1198-09. Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas cinco minutos del diecisiete de julio del dos mil nueve. Exp. No. 11985-09. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de María Juliana Batancur Zapata..., en el sentido que el primer apellido del padre de la persona ahí inscrita es “Betancur”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 124525.—(72413).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jairo Poveda Celis, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1236-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de julio del dos mil nueve. Ocurso. Exp. N° 13365-2009. Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Jairo Poveda Celis con Myriam Mirlene Acosta Rodríguez..., en el sentido que al momento de celebración del matrimonio, la edad, el número de identificación y la nacionalidad de los padres del cónyuge, así como el lugar de celebración del mismo son “cuarenta y un años”, “C.C.No. nueve tres tres seis seis.cero dos tres de Ibague”, “colombianos” y “Sogamoso, Boyacá, Colombia” respectivamente.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(72595).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIÓN
Avisos de solicitud de naturalización
Yanping Mo Wu,
mayor, soltera, estudiante, china, cédula de residencia 626-161998-004429,
vecina de Heredia, expediente Nº 4102-2007. Se ha presentado a este Registro a
levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
Luis Humberto Arauz
Somarriba, mayor, soltero, operario, nicaragüense, cédula de residencia
135-RE-047406-00-1999, vecino de San José, expediente 3570-2008. Se ha
presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto
por los Artículos 11 y 12 de
Marcia Lidia Ugarte
Tenorio, mayor, soltera, técnica en farmacia, nicaragüense, cédula de
residencia 002-RE-02362-01-1999, vecina de Limón, expediente 3975-2008. Se ha
presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto
por los Artículos 11 y 12 de
Roberto Rafael Roque
Argilagos, mayor, soltero, músico, cubano, cédula de residencia 119200047620,
vecino de San José, expediente 1786-2006. Se ha presentado a este Registro a
levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de
Ena Rosa Ocampo
Ramírez, mayor, casada, del hogar, nicaragüense, cédula de residencia Nº
155800416721, vecina de San José, expediente Nº 664-2002, se ha presentado a
este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los
artículos 11 y 12 de
Modificación al Programa de
Adquisiciones año 2009
Descripción |
Fecha estimada |
Fuente financiamiento |
Monto
anual aproximado ¢ |
Servicio de acondicionamiento físico en oficinas centrales del BCR |
II semestre |
BCR |
36.000.000,00 |
Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S.—1 vez.—(O C Nº 58243).—(Solicitud Nº 26211).—C-6750.—(73913).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2009LN-000061-17300
Consultoría para el desarrollo de planos
constructivos
especificaciones técnicas y servicios complementarios
El interesado tiene el cartel a
disposición en el Sistema Compr@Red en forma gratuita, en la dirección
http://www.hacienda.go.cr de Internet a partir de esta fecha, o podrá obtenerlo
en
San José, 24 de agosto del 2009.—Lic. Blanca Córdoba Berrocal, Proveedora Institucional.—1 vez.—(O P Nº 93135).—(Solicitud Nº 28516).—C-15000.—(73861).
OFICINA DE COMPRAS Y PAGOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-005022-01
Adquisición de routers para proyectos
2009,
emergencias, imprevistos y sustitución
El Banco de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito hasta las diez horas con treinta minutos (10:30 a. m.) del 17 de setiembre del 2009, para la licitación en referencia.
Los interesados pueden retirar el
cartel de licitación que incluye las especificaciones y condiciones generales
en
San José, 21 de agosto del 2009.—Área de Licitaciones.—Rodrigo Aguilar S.—1 vez.—(O C Nº 58243).—(Solicitud Nº 26209).—C-10500.—(73912).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2009LA-005021-01
Remodelación para oficina BCR en Jacó
El Banco de Costa
Rica, informa que recibirá ofertas hasta las 10:30 a. m. (diez horas con
treinta minutos) del 25 de setiembre del 2009, para la contratación en
referencia, las cuales deberán ser depositadas en el buzón de
La visita al sitio será el martes 1º de setiembre a las 11:00 a. m. en compañía del Arq. Óscar Fallas J. en el Centro Comercial “Plaza Jacó”, donde se ubica actualmente la oficina del BCR.
El cartel de la contratación que incluye las especificaciones y condiciones generales, lo pueden retirar en la misma oficina con un horario de 09:00 a. m. a 02:00 p. m.
San José, 24 de agosto del 2009.—Área de Licitaciones.—Rodrigo Aguilar S.—1 vez.—(O C Nº 58243).—(Solicitud Nº 26210).—C-11250.—(73914).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000009-SCA
Concesión temporal de instalaciones
públicas para prestación
de servicio de soda comedor en el campus de Sarapiquí
de
Los interesados deberán retirar
el pliego de condiciones con las especificaciones técnicas, en
Heredia, 20 de agosto del 2009.—Lic. Nelson Valerio Aguilar, Proveeduría Institucional.—1 vez.—O. C. 26267.—C-13500.—(73763).
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000022-99999
Adquisición de un sistema de circuito
cerrado de televisión,
para la seguridad de las instalaciones de
Los interesados tienen el cartel
a disposición vía Internet, en forma gratuita, en el sistema de Compr@Red. en
la página Web del Ministerio de Hacienda, a partir de esta fecha. También
pueden obtenerlo en
Sabanilla, 24 de agosto del 2009.—Oficina de Contratación y Suministros.—MBA. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—(73917).
GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS
DIRECCIÓN DE ARQUITECTURA E INGENIERÍA
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000003-4402
Construcción y equipamiento del CAIS de
Desamparados
Apertura ofertas: diez horas (10:00) del día 26 de octubre del 2009.
Visita al sitio: diez horas (10:00) del día 02 de setiembre del 2009.
Lugar: Administración de
Proyecto: “Construcción y equipamiento del CAIS de Desamparados”.
Retiro cartel: Dirección de Arquitectura e Ingeniería, edificio Torrejón, sita en avenida 1ª, calles 3 y 5, San José.
Costo ¢300.00. Horario: de 8:00 a 12:00 horas en días hábiles.
Ver detalles: http://www.ccss.sa.cr/html/transparencia/carteles/up- 2008/4402/4402.html.
San José, 24 de agosto del 2009.—Subárea Gestión Administrativa y Logística.—Lic. Ana Lorena Cruz Herrera, Jefa.—1 vez.—(73817).
MUNICIPALIDAD DE TILARÁN
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000008-01
Adquisición de alcantarillas en concreto
para proyecto Ciudadela Juan XXIII
Se invita a todos los potenciales proveedores interesados a participar en el siguiente procedimiento de contratación:
Procedimiento |
Detalle |
Fecha de apertura |
Hora |
Licitación
Abreviada Nº 2009LA-000008-01 |
Adquisición
de alcantarillas en
concreto para proyecto Ciudadela Juan XXIII |
07 de
setiembre del 2009 |
10:00 a. m |
El cartel lo pueden adquirir en el Área de Proveeduría, segunda planta Edificio Municipal. Mayores detalles al 2695-5051, 2695-6240, extensión 104.
Tilarán, 21 de agosto del 2009.—Proceso de Proveeduría.—Lic. Shirley Ramírez Méndez, Proveedora.—1 vez.—(O C Nº 6581).—C-9750.—(73878).
COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.
CONCURSO Nº 2009PP-000011-PROV
Construcción de la obra civil de la red
eléctrica subterránea
en
Invita a participar en el siguiente concurso de adquisición:
Concurso |
Descripción |
Apertura |
Hora |
Valor ¢ |
Nº 2009PP-000011-PROV |
Construcción de la obra civil de la red eléctrica subterránea en |
29/09/2009 |
3:00 |
8000,00 |
Rige la ley Nº 8660
y el Reglamento para los Procesos Adquisición de las Empresas del Instituto
Costarricense de Electricidad, publicado en el Diario Oficial
José Antonio Salas Monge, Proveedor Institucional.—1 vez.—(73879).
DEFENSORÍA DE LOS HABITANTES DE
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000006-DHR
Adquisición e instalación de panelería,
estaciones de trabajo
y mobiliario para las oficinas de asuntos económicos,
despacho y promoción y divulgación
Se avisa a todos
los interesados en esta contratación que por resolución de las 14:00 horas del
día 21 de agosto del 2009, se resuelve adjudicar
Euromobilia
S. A., cédula jurídica 3-101-077629-09.
Línea Nº 1:
Oferta Base. Adquisición e instalación de panelería Millenium, estaciones de trabajo y mobiliario para las Oficinas de Asuntos Económicos, Despacho y Divulgación y Promoción.
Despacho. Sistema de panelería
Millenium. Incluye piezas de
Accesorios: 6 aéreos, 1 credenza 1 faldón 2 módulos bajos, 3 módulos pedestal, 5 soporte para teclado sencillo retráctil con porta Mouse.
1 superficie esquinera der. Tempo, 1 superficie izq. Tempo, 1 superficie recta.
Línea Basel: 1 extensión circular Basel BET. Todos los accesorios son fabricados en material termoformado.
Costo $8.105,60.
Económicos. Sistema de panelería
Millenium. Incluye piezas de
Accesorios: 10 aéreos, 1 biblioteca, 1 credenza, 1 faldón, 5 módulos, 1 biblioteca futura, 6 soporte deslizable para teclado sencillo retráctil con portamouse, 9 superficies esquineras Tempo, 1 superficie remate curvo.
Línea Basel: 1 extensión circular. Todos los accesorios son fabricados en material termoformado.
Costo $11.236,15
Promoción y
divulgación. Sistema de panelería Millenium. Incluye piezas de
Accesorios: 9 aéreos, 1 credenza, 2 módulos bajo frente, 3 módulos pedestal, 8 soporte deslizable para teclado sencillo retráctil con portamouse, 7 superficies esquineras, 4 superficies rectas, 2 superficies remate curvos. Todos los accesorios son fabricados en material termoformado.
Costo $12.678,60
Recepción de promoción y
divulgación. Accesorios: 1 sobre termoformado frente formica, laterales melamina
Costo $2.081,65.
Monto total de la oferta: $34.102,00
Monto total adjudicado, con descuento: $30.500,00
Garantía: 12 meses de garantía. Garantía estructural de la panelería, de por vida.
Plazo de entrega: 22 días hábiles después de recibida la orden de compra.
Todo de acuerdo a los términos del cartel y a la oferta.
San José, 24 de agosto del 2009.—Carlos E. González Ledezma, Director Administrativo.—Departamento de Proveeduría y Servicios Generales.—Roxana Hernández Cavallini, Jefa.—1 vez.—(O C Nº 15031).—(Solicitud Nº 30668).—C-33770.—(73843).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
Se comunica a todos los interesados que el Consejo Superior del Poder Judicial, en sesiones 78-09 y 79-09, celebradas los días 19 y 20 de agosto de 2009, dispuso adjudicar el siguiente procedimiento:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000051-PROV
Contratación de servicios de
mantenimiento preventivo y correctivo
de los ascensores marca Schindler ubicados en el
edificio de los
Tribunales de Justicia del I Circuito Judicial San José
Elevadores
Schindler S. A., cédula jurídica Nº 3-101-340543.
Total adjudicado a este oferente: $12.000,00 anuales.
————
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000064-PROV
Contratación de servicios de
mantenimiento preventivo y correctivo
de los equipos acondicionados de los Tribunales de
Justicia
de Nicoya y otros despachos judiciales
A: Sociedad de Ingenieros en Refrigeración y Aire Acondicionado S.A., cédula jurídica Nº 3-101-257486.
Total adjudicado a este oferente: $6.600,00 anuales.
San José, 21 de agosto del 2009.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—(73904).
DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS
DE SALUD CENTRAL SUR
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000001-2399
Alquiler de inmueble con opción de
compra para ubicar
Administrativa, cuatro sedes de EBAIS, Odontología,
Laboratorio,
Farmacia, Proveeduría y mantenimiento del Área de Salud
Moravia
A los interesados en el presente concurso se les comunica que por medio de acta de fecha 19 de agosto del 2009, se declaró infructuosa esta licitación. Más información en www.ccss.sa.cr.
San José, 19 de agosto del 2009.—Dr. Armando Villalobos Castañeda, Director Regional.—1 vez.—(73813).
GERENCIA DE
INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS
SUBGERENCIA DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN
Y COMUNICACIONES
SUBÁREA GESTIÓN DE COMPRAS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000003-1150
Compra de equipo para fortalecer la
plataforma
de videocomunicación
Se informa a los interesados que se resolvió adjudicar el presente concurso de la siguiente manera:
Oferente: Asesoría en Electrónica, Computación y Construcción ASELCOM S. A.
Nº de ítemes adjudicados: 1 y 2.
Monto adjudicado: $197.320,37.
Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 24 de agosto del 2009.—MBA. Lydia Durán Jiménez, Jefa.—1 vez.—(73864).
DIVISIÓN FÁBRICA NACIONAL DE LICORES
SECCIÓN PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000006-PV
Compra de accesorios para eventos
especiales
Por lo anterior, se invita a los adjudicatarios a que depositen la garantía de cumplimiento por el 7% del monto adjudicado, con los siguientes requisitos:
• Esta garantía deberá contar con una vigencia mínima de 60 días adicionales de la fecha de recepción definitiva del contrato.
• Presentar declaración jurada en donde se indique que la empresa se encuentra al día en el pago de los impuestos nacionales.
• Adjuntar un timbre deportivo de ¢5,00 (cinco colones).
• Aportar una certificación
extendida por
Todo lo anterior
deberá presentarse en la oficina de
Alajuela, 21 de agosto del 2009.—Luis Alberto Herrera Rodríguez, Profesional 1-Proveeduría.—Área Administrativa.—MBA. Francisco Merino Carmona, Coordinador.—1 vez.—(73918).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2009LA-000005-PV
Contratación de promotoras para
impulsación en supermercados
Por lo anterior, se invita al adjudicatario a que deposite la garantía de cumplimiento por el 7% del monto adjudicado, con los siguientes requisitos:
Esta garantía deberá contar con una vigencia mínima de 60 días adicionales de la fecha de recepción definitiva del contrato.
Presentar declaración jurada en donde se indique que la empresa se encuentra al día en el pago de los impuestos nacionales.
Adjuntar un timbre deportivo de ¢5,00 (cinco colones).
Aportar una certificación extendida por
Todo lo anterior
deberá presentarse en la oficina de
Alajuela, 21 de agosto del 2009.—Área Administrativa.—MBA. Francisco Merino Carmona, Coordinador.—Luis Alberto Herrera Rodríguez, Profesional 1-Proveeduría.—1 vez.—(73919).
CONCEJO MUNICIPAL DISTRITO DE LEPANTO
CONTRATACIÓN DIRECTA 2009-000001-01
Compra de motocicleta para usos
administrativo
El Concejo Municipal de Distrito de Lepanto informa que el concurso Contratación Directa 2009-000001-01 Compra de motocicleta para usos administrativo fue adjudicado a empresa Lutz Hnos. y Cía. Ltda.
Jicaral, 20 de agosto del 2009.—Yorleny
Alvarado Salas, Encargada de Proveeduría.—1 vez.—(73497).
COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.
CONCURSO Nº 2009PP-000003-PROV
Contratación de mano de obra para
cambiar medidores de energía
eléctrica monofásicos en el área servida por
Nacional de Fuerza y Luz S. A.
Les comunicamos
que
José Antonio Salas Monge, Proveedor Institucional.—1 vez.—(73787).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000039-33101
Suministro e instalación de postes para semáforos
Se avisa a todos los
interesados en esta licitación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes,
que por error material, se consignó mal el número correspondiente a la
licitación pública; por lo tanto y de acuerdo con el artículo 157 de
Donde
dice:
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIONES
MINISTERIO
DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000034-32700
Contrato de transporte de asfalto y
emulsión
Debe
leerse:
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIONES
MINISTERIO
DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000039-33101
Suministro e instalación de postes para semáforos
San José, 20 de agosto del 2009.—M.Sc. Heidy Román Ovares, Proveedora Institucional.—1 vez.—(O C Nº 96221).—(Solicitud Nº 12330).—C-21020.—(73922).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000097-PROV
Aclaraciones/Modificaciones
1
Compra de servidores
El Departamento de Proveeduría comunica a los
potenciales proveedores interesados en concursar en el procedimiento de
referencia que se ha emitido un aviso de aclaraciones/modificaciones, que se
puede obtener en el Departamento de Proveeduría; descargar en la dirección
http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar al correo
dgomez@poder-judicial.go.cr. Para más información favor comunicarse a los
teléfonos 2295-3136/ 3623 / 3295.
San José, 24 de agosto del 2009.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(73764).
PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000023-PCAD
(Enmienda Nº 1)
Contratación del servicio de
mantenimiento y soporte de bases
de datos que residen en motores de bases de datos Oracle
y MsSQL (Modalidad Consumo por demanda)
El Proceso de
Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, comunica
a los interesados que el documento que contiene
La fecha de apertura de ofertas de este concurso se traslada para las 14 horas del día 11 de setiembre del 2009.
San José, 24 de agosto del 2009.—Subproceso de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(73880).
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000003-99999 (Adendum Nº 1)
Adquisición de un sistema en línea de
impresión directa de planchas
digitales (CTP) para la producción offset de libros
1) En las especificaciones técnicas:
a) En la página 4 del cartel, en el punto 2.2, inciso 9, donde dice:
“Tamaño mínimo de punto de 10 micras para trama estocástica”.
Debe leerse:
“Tamaño mínimo de punto de 10 micras para trama cribado FM o trama estocástica.”
b) En la página 5 del cartel, en el punto 2.2, inciso 18, donde dice:
“Manejo de planchas sin procesadora a un empleo del láser no mayor de 90%, las cuales deben ser especificadas con documentación del fabricante”.
Debe leerse:
“Manejo de planchas sin procesadora; es decir que estas se sensibilicen en el CTP y pasen directo a la prensa donde se revelen, a un empleo del láser no mayor del 90%, las cuales deben ser especificadas con documentación del fabricante.”
c) En la página 8 del cartel, en el punto 2.10, inciso 1, donde dice:
“7000 planchas con proceso de una marca idónea para el equipo, según indicado por el fabricante”.
Debe leerse:
“7000
planchas con proceso de una marca idónea para el equipo, según lo indicado por
el fabricante. De las cuales 4900 deben ser de 25 5/8 X 21 5/8 X
d) En la página 8 del cartel, en el punto 2.10, inciso 3, donde dice:
“500 planchas sin proceso de una marca recomendada por el fabricante”.
Debe leerse:
“500
planchas sin proceso, que pasen del CTP a la prensa donde se revelarán, de una
marca recomendada por el fabricante. De las cuales 350 deben ser de 25 5/8 X 21
5/8 X
2) Todas las demás condiciones permanecen invariables.
Sabanilla, 24 de agosto del 2009.—Oficina de Contratación y Suministros.—MBA. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—(73916).
DEPARTAMENTO PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2009LN-109009-UL
(Aviso modificación-aclaración-prórroga)
Contratación empresa administradora
del Proyecto Hospital Trauma INS
Se comunica a los
interesados en
1. Se realizaron modificaciones sustanciales al pliego de condiciones motivo por el cual se solicita pasar a retirar el documento, que contiene el detalle de dichas modificaciones.
El mismo se encuentra disponible en el mostrador del oficial de público del Departamento de Proveeduría de este Instituto, ubicado en el octavo piso de sus oficinas centrales, sin costo alguno, ó bien en nuestra página Web:
http://portal.ins-cr.com/Accesos/Proveedores/Invita.htm.
2. El plazo para recepción y apertura de ofertas
se prorroga para el 28 de setiembre
Lic. Francisco Cordero Fallas, Subjefe.—1 vez.—(O. C. 18790).—C-15020.—(73946).
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
SUBÁREA DE CARTELES
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000069-1142
(Aviso Nº 1)
Bolsa colectora de orina, capacidad
Se les aclara a todos los interesados en participar en este concurso, que el empaque segundario se modifica, debiéndose leer de la siguiente manera. En cajas fuertes y resistentes para su transporte y almacenamiento conteniendo de 30-100 unidades (para evitar fraccionamiento en el despacho). Ver detalle en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 24 de agosto del 2009.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—(O C Nº 1142).—C-9770.—(73920).
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000031-01
Servicios profesionales para la
elaboración de los planos
constructivos, el diseño eléctrico, el diseño mecánico,
el presupuesto detallado, el cronograma y las
especificaciones técnicas del proyecto parque
del agua, basada en el diseño arquitectónico
elaborado por la municipalidad
En el punto 12.1 del cartel, donde
se lee: “deberán ser únicamente de proyectos mayores a los
Se prorroga la apertura de ofertas para las 10:00 horas del día 02 de setiembre del presente año.
Los demás términos cartelarios se mantienen invariables.
Lic. Francisco Moya Ramírez, Coordinador del Proceso Administrativo.—1 vez.—(73902).
MUNICIPALIDAD DE TILARÁN
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000007-01
Adquisición de un semiremolque tipo Low
Boy
para traslado de equipo pesado
Se comunica a todos los potenciales proveedores interesados en el proceso de contratación Licitación Abreviada Nº 2009LA-000007-01, que se hace necesario realizar una aclaración al cartel en el sentido de que el equipo por adquirir es reconstruido y que el modelo mínimo que se acepta es del año 2008.
Por otra parte manifestarles que la nueva fecha para la recepción de ofertas se ha establecido para el viernes 04 de setiembre del 2009, hasta las diez horas.
Tilarán, 21 de agosto del 2009.—Proveeduría.—Lic. Shirley Ramírez Méndez, Proveedora.—1 vez.—(O C Nº 6582).—C-10520.—(73877).
MUNICIPALIDAD DE CARRILLO
PROVEEDURÍA MUNICIPAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000004-01
(Cambio de fecha de apertura de ofertas)
Construcción de alcantarillado pluvial
calles urbanas
de Sardinal-Centro, Carrillo, Guanacaste
Al ser las trece
horas del día veinte de agosto de dos mil nueve, vista y analizada que ha sido
la solicitud planteada por parte del Ingeniero Juan Carlos Ramírez Cordero,
Director de Obras y Servicios Municipales, profesional que tiene a su cargo el
proyecto de
Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, 21 de agosto del 2009.—Departamento de Proveeduría.—Antonio Montero Céspedes, Proveedor Titular Municipal.—1 vez.—(73910).
MUNICIPALIDAD DE UPALA
El Concejo
Municipal de
REGLAMENTO PARA
DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO DE LA
MUNICIPALIDAD DE UPALA
Aprobado en sesión del día viernes diecisiete de julio del año 2009 mediante inciso 1) artículo VI del acta número 34-2009.
TÍTULO I
Generalidades
CAPÍTULO I
Objeto y Ámbito de Aplicación
Artículo 1º—Objetivo
del Reglamento. El objetivo de este Reglamento es regular el accionar de
Para el cumplimiento de este objetivo, se adoptarán los siguientes pasos:
1.1 Construir el proceso operativo
administrativo, que permita integrar de manera coherente y sistemática, las
decisiones y las acciones en materia de control interno que se desarrollen para
la implementación y el mejoramiento del Sistema de Control Interno
Institucional. Vinculando las decisiones del órgano político, como máximo
jerarca con las acciones que se ejecuten a nivel administrativo, por medio de
un órgano operativo asesor que ejecute las acciones correspondientes para el
mejoramiento del SCII en apego a lo establecido en
1.2 Establecer y definir los niveles funcionales del proceso administrativo y sus responsables, de manera que se identifiquen claramente las responsabilidades, roles y funciones de los actores del proceso; dentro de una secuencia lógica de decisión, planificación, coordinación, organización y control de actividades; las que deberán ejecutarse, con un espíritu constructivo y participativo, para la evaluación y mejoramiento del SCII.
Dicha
integración y delimitación de funciones se da dentro del ámbito enmarcado por
Artículo 2º—Ámbito
de aplicación. Las disposiciones de este Reglamento son de aplicación y
acatamiento obligatorio para todos los funcionarios de
TÍTULO II
Estructura, funciones y proceso para la
implementación, operación y
mantenimiento del Sistema de Control Interno Institucional
CAPÍTULO I
Implementación, operación y
mantenimiento del
Sistema de Control Interno Institucional
Artículo 3º—Sistema
de Control Interno. Es el conjunto de acciones y decisiones que deben ser
generadas por el jerarca y los titulares subordinados, con el fin de lograr los
objetivos indicados en el artículo 8 de
a) Proteger y conservar el patrimonio público contra cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal.
b) Exigir confiabilidad y oportunidad de la información.
c) Garantizar eficiencia y eficacia de las operaciones.
d) Cumplir con el ordenamiento jurídico y técnico.
Artículo 4º—Operación
del Sistema de Control Interno Institucional. Con el propósito de dar
sostenibilidad a la operación del SCII, se establece en el articulado de este
Título, las relaciones estructurales funcionales, roles y responsabilidades que
deberán mantenerse entre los órganos componentes y unidades operativas
participantes; sin que esto menoscabe todo lo señalado en el Capítulo III de
Artículo 5º—Composición de la estructura administrativa para la operación del Sistema de Control Interno Institucional. La estructura esta compuesta por cuatro niveles funcionales y órganos responsables, a saber:
Jerarca:
Es el responsable de la implementación y operación del SCII mediante la
ejecución de sus decisiones, a través del Departamento de Control Interno que
fundamentará y operativizará a partir de las recomendaciones emitidas por
Comisión Institucional de Control Interno (CICI): Es la instancia encargada de desarrollar, discutir y recomendar acerca de la planificación, control y verificación de la correcta operación y mejora del SCII.
Departamento
de Control Interno: Unidad operativa, a nivel administrativo, que prepara,
verifica la aplicación, consolida y analiza resultados, evalúa medidas
correctivas y planes de mejora, integrándolas en un informe periódico de
resultados que remite al jerarca y a
Titulares
Subordinados: Son los responsables de los procesos operativos
institucionales que por jerarquía o delegación se encuentren sujetos a
Artículo 6º—Conformación
de
Artículo 7º—Objetivo de
CAPÍTULO II
Funciones de los órganos vinculados a la
operación
del Sistema de Control Interno Institucional
Artículo 8º—Funciones generales del Jerarca.
a. Dictar la política institucional en materia de control interno.
b. Velar por el cumplimiento y aplicación
de
c. Conocer y aprobar la programación, objetivos, planes de acción preventivos y correctivos y resultados de las actividades a ser ejecutadas por el departamento de Control Interno, en función del mejoramiento del SCII.
e. Aprobar la prioridad y el contenido presupuestario para la implementación de medidas o planes de acción, que mejoren y garanticen la efectividad del SCII.
f. Conocer el informe de cumplimiento y seguimiento de los Planes de Acción y los informes periódicos de resultados para el mejoramiento del SCII.
Artículo 9º—Funciones
generales de
a. Fomentar y promover el conocimiento en materia
de control interno en toda
b. Promover e impulsar el mejoramiento del SCII.
c. Recomendar los ajustes, lineamientos y herramientas institucionales en materia de control interno, orientados a perfeccionarlo y mantenerlo.
d. Conocer el cronograma anual de fortalecimiento del SCII elaborado por el departamento de Control Interno.
e. Divulgar y coordinar, a lo interno de la institución, la implementación de todas las directrices emanadas en materia de Control Interno.
f. Dar seguimiento a las actividades programadas y ejecutadas, de conformidad al plan - cronograma anual de fortalecimiento del SCII, aprobado.
g. Coordinar la aplicación de las autoevaluaciones anuales del SCII.
h. Validar el proyecto, cuestionario e instructivo del Proceso de Autoevaluación Institucional que se aplicará para un periodo definido.
i. Rendir informe al Concejo de los resultados obtenidos en las actividades ejecutadas, de conformidad al plan - cronograma anual de fortalecimiento del SCII.
j. Socializar ante el Concejo el plan o planes de acción correspondientes, sean preventivos o correctivos, surgidos de la aplicación de auto evaluaciones de control interno; recomendando la priorización presupuestaria de las medidas que se sugieren.
k. Validar el consolidado del informe de resultados obtenidos del proceso de Autoevaluación y los Planes de Acción propuestos, que deberán ser trasladados al Concejo para su conocimiento y aprobación.
l. Conocer el informe de cumplimiento y seguimiento de los Planes de Acción, que deberán ser trasladados al Concejo para su aprobación.
Artículo 10.—Funciones generales del Departamento de Control Interno.
a. Asesorar en todo lo relacionado con el desarrollo y mejora del SCII.
b. Proponer, el diseño de planes, políticas y métodos para el desarrollo, mejora y seguimiento del SCII.
c. Proponer el plan - cronograma anual de acciones para el fortalecimiento del SCII, que considere los proyectos o actividades a realizarse en ese periodo.
d. Proponer, los lineamientos, políticas y procedimientos sobre la planificación y ejecución de la autoevaluación del SCII.
e. Ejecutar actividades propias programadas en el plan - cronograma anual de fortalecimiento del SCII aprobado.
f. Diseñar y proponer el proyecto, cuestionario e instructivo del proceso de autoevaluación institucional del control interno, para su aprobación y consecuente implementación. El mismo será revisado anualmente con el propósito de incorporar variantes, si se requieren, en cuanto a la metodología y alcance previsto en el proyecto.
g. Aplicar las autoevaluaciones del SCII.
h. Elaborar el informe de resultados del proceso de autoevaluación del SCII.
i. Trasladar a CICI, el plan o planes de acción correspondientes, sean preventivos o correctivos, surgidos de la aplicación de auto evaluaciones de control interno; recomendando la priorización presupuestaria de las medidas que se sugieren.
j. Monitorear el proceso de seguimiento de las acciones establecidas en los “Planes de Acción” que surjan como resultados del proceso de autoevaluación.
k. Elaborar el informe de cumplimiento y seguimiento de los Planes de Acción aprobados para el mejoramiento del SCII.
l. Controlar y dar seguimiento a la ejecución de actividades programadas y ejecutadas por todos los responsables vinculados al plan – cronograma anual de fortalecimiento del SCII aprobado.
ll. Rendir informe a
m. Proponer la adopción de medidas preventivas o correctivas ante cualquier desviación o irregularidad que se detecte en el proceso de mantenimiento del SCII; así como, los ajustes correspondientes en los lineamientos institucionales en esta materia.
n. Otras que el Jerarca le deleguen para el fortalecimiento y mejora del SCII.
Artículo 11.—Funciones generales de los Titulares Subordinados.
a. Establecer, mantener, perfeccionar y evaluar
el sistema de control interno institucional; sin omitir todo lo que señala el
Capítulo II de
b. Acatar todas las directrices y
normativa relacionada con el tema de control interno debidamente aprobada y que
sea divulgada por
c. Realizar la autoevaluación del SCII a lo interno de la unidad a su cargo considerando todos los procesos componentes.
d. Asumir las responsabilidades que les corresponden en la elaboración de los informes de resultados, en el seguimiento y cumplimiento de las medidas correctivas o preventivas producto de esas autoevaluaciones.
CAPÍTULO III
Operación Interna de
Artículo 12.—Dirección
de
Artículo 13.—Sesiones de
Artículo 14.—Del quórum para sesionar. Para que exista quórum, es necesaria la presencia de la mayoría simple de sus miembros. Es decir …. miembros.
Artículo 15.—Trámite de
asuntos. El Alcalde preparará para cada sesión, agenda de asuntos a tratar.
Todos los acuerdos, que se tomen en sesión deberán constar en minuta que
levantará la secretaria del despacho del Alcalde que se designe para tal
efecto. Toda la correspondencia que emane de los acuerdos que sean tomados en
sesión, deberá ser confeccionada y divulgada por el Despacho del Alcalde y
firmada por el Alcalde como presidente de
Artículo 16.—Acuerdos.
Quedará en firme un acuerdo por mayoría simple de los integrantes de
TÍTULO III
Proceso de Autoevaluación del Sistema
de Control Interno Institucional
CAPÍTULO I
Implementación de Autoevaluaciones de
Control Interno
Artículo 17.—Objetivo
de la autoevaluación. Que los Titulares Subordinados logren proponer, programar
y ejecutar acciones preventivas y/o correctivas a partir de las inconsistencias
que detecten en la valoración que realicen del SCII; a fin de propiciar su
mejora continua y cumplir con los objetivos que
Artículo 18.—Implementación de
Autoevaluaciones. Se aplica la autoevaluación del SCII en cumplimiento de
lo dispuesto en el artículo 17 inciso c) de
Artículo 19.—Deberes de los Titulares Subordinados en el proceso de autoevaluación. De acuerdo con el objetivo, la metodología y el alcance previsto para la implementación de la autoevaluación anual; los Titulares Subordinados que sean invitados a este proceso, deberán cumplir con las siguientes obligaciones:
a. Cumplir con todas las instrucciones originadas a partir de las directrices emitidas y debidamente aprobadas.
b. Realizar la autoevaluación del SCII a lo interno de la unidad a su cargo considerando todos los procesos componentes.
c. Orientar la valoración del SCII, al establecimiento de criterios que permitan verificar cuán efectivas son las medidas de control documentadas y no documentadas establecidas a lo interno y a nivel institucional, que apoyan la ejecución de los procesos y/o procedimientos y que proporcionan productos y/o servicios. La revisión o valoración que se realice, no se debe circunscribir únicamente a la simple verificación del cumplimiento o no de un control, conlleva a la determinación de rediseñar, mejorar, desaplicar, complementar o cuando no existen, de implantar controles.
d. Asumir las responsabilidades que se establezcan en la metodología para el proceso de autoevaluación, en lo que corresponde a elaboración de Planes de Acción, el seguimiento y cumplimiento de las medidas preventivas y/o correctivas.
Artículo 20.—Cuestionarios
para
Artículo 21.—Proyecto de Autoevaluación. El Departamento de Control Interno preparará un “Plan e instructivo del Proceso de Autoevaluación” cada año, que presentará para su aprobación e implementación. Este “Plan” deberá incorporar, el objetivo y el alcance previsto para el año en que se aplica, así como, el cuestionario diseñado para tal efecto.
Artículo 22.—Resultados de
Artículo 23.—Aprobación de
Planes de Acción. El Alcalde Municipal como presidente de
Artículo 24.—Del proceso de
Seguimiento. El Departamento de Control Interno dará seguimiento al avance
de las acciones propuestas y ejecutadas por los Titulares Subordinados en el o
los planes de acción aprobados. Para ello, diseñará el mecanismo necesario para
recopilar la información; de tal manera que, logre extraer los datos necesarios
para preparar el informe correspondiente a ser trasladado a
Artículo 25.—Registro de Autoevaluación. Las dependencias deben crear un registro-archivo que contenga toda la documentación que genere el proceso de autoevaluación, sea correspondencia, planes, resultados de las autoevaluaciones, seguimiento, informes y otros, como evidencia de la labor realizada y para atender requerimientos de información de los organismos fiscalizadores sobre dicho accionar.
TÍTULO IV
Sistema Específico de Valoración del
Riesgo
CAPÍTULO I
Proceso de Valoración de Riesgos
Artículo 26.—Sistema Específico de Valoración de Riesgos. Se implementará un sistema específico de valoración de riesgos institucional (SEVRI) que permitirá identificar, analizar, evaluar, administrar, revisar, documentar y comunicar los riesgos institucionales relevantes relacionados con el logro de los objetivos y las metas organizacionales de forma permanente.
Artículo 27.—Objetivo de
Artículo 28.—Responsabilidad.
El Jerarca y Titulares Subordinados tienen la obligación y responsabilidad de
identificar oportunamente y dentro de su área de competencia, los riesgos a los
que se exponen los procesos, procedimientos, actividades u operaciones
institucionales, para minimizarlos, administrarlos y lograr que los objetivos
institucionales propuestos se logren de manera efectiva. Todo esto de
conformidad con la metodología aprobada, cuya implementación será coordinada
por
TÍTULO V
Auditoraje del Sistema de Control
Interno Institucional
CAPÍTULO I
Auditoría Interna
Artículo 29.—Funciones
y competencias. Las funciones y competencias de
TÍTULO VI
Sanciones
CAPÍTULO I
Sanciones
Artículo 30.—Responsabilidades
y sanciones. Del incumplimiento de estas disposiciones derivan las
sanciones aplicables, de conformidad con los preceptos establecidos en el
Capítulo V. Responsabilidades y Sanciones de
El jerarca, los titulares subordinados y los demás funcionarios públicos incurrirán en responsabilidad administrativa, cuando debiliten con sus acciones el sistema de control interno u omitan las actuaciones necesarias para establecerlo, mantenerlo, perfeccionarlo y evaluarlo, según la normativa técnica aplicable.
Igualmente, cabrá responsabilidad administrativa contra los funcionarios públicos que injustificadamente incumplan los deberes y las funciones que en materia de control interno les asigne el jerarca o el titular subordinado, incluso las acciones para instaurar las recomendaciones emitidas por la auditoría interna, sin perjuicio de las responsabilidades que les puedan ser imputadas civil y penalmente.
Artículo 31.—Sanciones
administrativas. Según la gravedad, las faltas que señala
a) Amonestación escrita.
b) Amonestación escrita comunicada al colegio profesional respectivo, cuando corresponda.
c) Suspensión, sin goce de salario, de ocho a quince días hábiles. En el caso de dietas y estipendios de otro tipo, la suspensión se entenderá por número de sesiones y el funcionario no percibirá durante ese tiempo suma alguna por tales conceptos.
d) Separación del cargo sin responsabilidad patronal.
Artículo 32.—Competencia para declarar responsabilidades. Las sanciones previstas serán impuestas por el órgano que ostente la potestad disciplinaria, de acuerdo con la normativa que resulte aplicable.
Artículo 33.—Prescripción de
la responsabilidad administrativa. La responsabilidad administrativa del
funcionario público por las infracciones previstas, prescribirá según el
artículo 71 de
TÍTULO VII
Disposiciones finales
CAPÍTULO I
Artículo 34.—Vigencia.
Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial
CAPÍTULO II
Disposiciones transitorias
Transitorio
I.—Dentro de un plazo de seis meses contados a partir de la vigencia del
presente reglamento deberá estar conformada
Transitorio II.—Para el periodo municipal 2011-20 deberá estar creado el Departamento de Control Interno.
Glosario de términos
CAPÍTULO III
Glosario
Objetivo del
Control Interno. De acuerdo con lo indicado en el apartado 1.2 del Manual
de Normas Generales de Control Interno para
Eficacia y eficiencia de las operaciones.
Confiabilidad y oportunidad de
Cumplimiento de la normativa vigente.
Protección y conservación del patrimonio contra pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal.
Actividades de
Control. De acuerdo con lo indicado en el artículo 2, inciso g) de
Administración Activa. De
acuerdo con lo indicado en el artículo 2, inciso a) de
Ambiente de control. De
acuerdo con lo indicado en el artículo 2, inciso e) de
Autoevaluación del Sistema de Control Interno. Actividad que busca el mejoramiento continuo de los controles, que propicia conducir a la administración al cumplimiento de sus objetivos y que la administración diseña y aplica para todos sus procesos y operaciones.
Evaluación de Riesgos. Consiste en la identificación y análisis de factores ambientales que podrían afectar la consecución de los objetivos y, con base en dicho análisis, determinar la forma en que los riesgos deben ser gestionados.
Informe de Seguimiento al Plan de Acción. Instrumento administrativo para el seguimiento de la implementación de las acciones correctivas planteadas por los titulares subordinados, con el propósito de mejorar los puntos débiles de la estructura de control interno programadas en el Plan de Acción.
Plan de Acción. Conjunto de actividades que cada Titular Subordinado define y coordina para mejorar sus mecanismos de control, considerando un plazo y los recursos necesarios.
Plan e instructivo para realizar el proceso de autoevaluación del Sistema de Control Interno Institucional. Documento que contiene el conjunto de decisiones y actividades planificadas, coordinadas, organizadas, controladas; hiladas metodológicamente, con un espíritu constructivo y participativo que deberán ejecutarse, en fechas previamente establecidas, para el desarrollo integrado y coherente de la evaluación del Sistema de Control Interno Institucional.
Riesgo. Probabilidad de que un factor, acontecimiento o acción, sea de origen interno o externo, afecte de manera adversa a la organización, área, proceso, proyecto o programa y perjudique el logro de los objetivos.
Sistema de Control Interno.
Es el conjunto de acciones y decisiones generadas por el Máximo Jerarca y los
Titulares Subordinados, con el fin de lograr los objetivos establecidos en
Titular Subordinado. Funcionario de la administración activa responsable de una dependencia o unidad organizativa, con autoridad para ordenar y tomar decisiones.
Valoración de Riesgos.
Identificación y evaluación de los riesgos que enfrenta
Upala, 22 de julio del 2009.—Thomás Alemán Solano, Secretario.—1 vez.—(72713).
MUNICIPALIDAD DE SANTA BÁRBARA DE HEREDIA
REGLAMENTO PARA EL COBRO DE CONTRIBUCIONES
ESPECIALES POR OBRAS REALIZADAS EN EL CANTÓN
DE SANTA BÁRBARA DE HEREDIA
Disposiciones Especiales
El Concejo
Municipal del Cantón de Santa Bárbara de Heredia, con sustento en lo dispuesto
en los artículos 16 y 170 de
CAPITULO I
De las definiciones
Artículo 1°—Se entenderá por contribución especial “el tributo cuya obligación tiene como hecho generador, beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades ejercidas en forma descentralizada o no y cuyo producto no debe tener un destino ajeno a la financiación de las obras o de las actividades que constituyan la razón de ser de la obligación”.
Artículo 2°—Sujeto pasivo para los efectos de este Reglamento es todo propietario o poseedor de un inmueble beneficiado con la construcción de una obra quien se constituirá en obligado al pago de la contribución especial aprobada con sustento en el Reglamento, contribución que se calculará en proporción a la medida frontal de su inmueble.
Artículo 3°—Para los efectos de este Reglamento cuando en lo sucesivo se refiera a los siguientes términos, se les dará aceptación que se indica enseguida:
a) Municipalidad de Santa Bárbara de Heredia: Municipalidad.
b) Cantón. Todo territorio circunscrito al Cantón de Santa Bárbara de Heredia.
c) Concejo Municipal del cantón de Santa Bárbara de Heredia: Concejo Municipal
CAPITULO II
Del procedimiento para el cobro
Artículo 4°—
Artículo 5°—Cada contribución
especial se calculará tomando en consideración el costo electivo invertido por
Artículo 6°—La contribución
especial se pagará por trimestres vencidos, hasta cancelar el monto total y por
el plazo que defina
Artículo 7°—El Concejo Municipal aprobará por
acuerdo municipal el monto de la contribución especial que cobrará
Artículo 8°—El atraso en el pago de esta contribución, generará multas e intereses, que se calcularán según lo dispuesto en el artículo 69 del Código Municipal.
Artículo 9°—El cobro de ésta
contribución especial regirá a partir de la publicación del acuerdo municipal
que la apruebe en el Diario Oficial
Santa Bárbara de Heredia, 28 de julio del 2009.—Beana C. Cubero Castro, Secretaria del Concejo.—1 vez.—(71431).
REGLAMENTO
DE CUENTA DE AHORROS CONTRACTUAL,
AHORRO, BONO, CRÉDITO
(ABC MUTUAL)
El presente
reglamento establece las normas contractuales que regulan las obligaciones y
derechos a través de las Cuentas de Ahorros Contractual, Ahorro, Bono, Crédito,
que también serán llamadas “ABC MUTUAL”, entre el ahorrante y Mutual Cartago de
Ahorro y Préstamo, en adelante llamada “MUCAP”.
Artículo
1º—Entidad autorizada del Sistema Financiero Nacional para
Artículo 2º—Descripción
del contrato ABC MUTUAL. El ABC MUTUAL es un contrato de ahorro
capitalizable a plazo, por medio del cual el ahorrante persona física, se
compromete a realizar depósitos periódicos de cuotas fijas mínimas en colones,
en dinero efectivo, cheques de cuentas corrientes originadas en bancos que
operen en el país, ahorros en libreta o depósitos a plazo. A1 vencimiento del
plazo, el ahorrante podrá optar por un crédito hipotecario y un subsidio por
medio del bono familiar de vivienda para aplicar a cualquiera de los programas
habitacionales definidos por el Sistema Financiero Nacional para
El ahorrante deberá presentar toda la información requerida y calificar como tal.
Artículo 3º—Acceso al programa ABC MUTUAL. Podrán acceder al programa ABC MUTUAL todas las familias que cumplan los requisitos establecidos para la calificación como sujetos de crédito y beneficiarios del subsidio o bono familiar para la vivienda, tanto en el momento de suscribir el contrato, como en el momento en que se vaya a tramitar la operación hipotecaria de crédito y subsidio.
Artículo 4º—Constitución
de la cuenta de ahorros ABC MUTUAL. La cuenta de ahorros ABC MUTUAL es un
contrato de ahorros a plazo capitalizable, con depósitos periódicos que se constituye
con la firma del documento “Control de Firmas”; la firma del documento
“Solicitud Servicios Financieros” y la firma del Contrato de ABC MUTUAL,
únicamente para ahorrantes personas físicas y que se consideren como posibles
sujetos de crédito y postulantes del bono familiar para la vivienda dentro de
las regulaciones del Sistema Financiero Nacional para
Artículo 5º—Análisis del ahorrante como sujeto de crédito. Antes de suscribir el contrato, MUCAP efectuará una precalificación de la familia con base en una declaración jurada que para tales efectos debe firmar el ahorrante, quedando entendido que de comprobarse que dicha información no sea veraz, MUCAP lo excluirá automáticamente del programa.
Una vez que cada contrato de ahorro ABC MUTUAL madure, el ahorrante iniciará el proceso de trámite de bono y crédito vigentes a la fecha, conforme a los lineamientos vigentes.
La relación cuota ingreso se
establecerá de acuerdo a los criterios y parámetros que para tal efecto utiliza
Artículo 6º—Tipos de planes. Los planes ABC MUTUAL, serán de conformidad con los siguientes plazos:
Plan a 3 meses
Plan a 6 meses
Plan a 9 meses
Plan a 12 meses
Plan a 18 meses
MUCAP podrá establecer otros
tipos de planes que considere convenientes. El ahorrante seleccionará el plan,
de acuerdo al plazo que requiera. Los contratos se podrán madurar
anticipadamente de conformidad con los criterios que establezca
Artículo 7º—Monto mínimo de la apertura y depósitos mensuales. El monto mínimo de apertura para cada uno de los planes estará determinado de acuerdo con el plan de solución habitacional a la que pretenda acceder el ahorrante, de conformidad con su nivel de ingreso familiar bruto. El monto mínimo de la primera cuota no podrá ser inferior al valor de una cuota mensual correspondiente al plan seleccionado. E1 ahorrante deberá realizar los depósitos mensuales pactados, los días establecidos en su contrato.
Para cada uno de los estratos
establecidos en el Sistema Financiero Nacional para
Artículo 8º—Pago y cálculo de intereses. MUCAP determinará la forma de cálculo y las tasas de interés que devengará el cuenta ahorrante, de conformidad con el costo del dinero en el merca financiero nacional y según la naturaleza de cada modalidad de depósitos en cuenta de ahorros.
Los intereses devengados se acreditarán en la cuenta de ahorros el primer día del mes siguiente a aquel en que fueron devengados.
Artículo 9º—Inembargabilidad
de saldos. Los recursos depositados en cuentas ABC MUTUAL son inembargables
hasta por un monto de seiscientos mil colones (¢600.000,00) o su equivalente en
cualquier otra moneda autorizada, excepto por obligaciones alimentarias judicialmente
impuestas o por cobro de créditos otorgados por MUCAP, conforme al artículo 95
de
Artículo 10.—La
garantía sobre los depósitos. Los saldos de las cuentas de ahorros ABC
MUTUAL, tienen la garantía de la capacidad empresarial y de los activos de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo, además de la garantía subsidiaria e
ilimitada del Estado costarricense a través del Banco Hipotecario de
Esta garantía está normada en
Artículo 11.—Exención de retención y pago de impuestos. De conformidad con la legislación vigente, los intereses que devengan los saldos depositados en las cuentas de ahorros, no son objeto de retención, ni del pago del impuesto único sobre la renta.
Esta exención tributaria podría variar en caso de que una nueva legislación debidamente promulgada así lo sancione, en cuyo caso MUCAP se acogería a lo dispuesto sobre la materia en el marco jurídico.
Artículo 12.—Comunicación de la tasa de interés. MUCAP comunicará a todos los cuenta ahorrantes la tasa de interés vigente y las sucesivas variaciones, a través de pizarras informativas en un lugar visible en todas sus Agencias o por cualquier otro medio físico o electrónico de que se disponga.
Artículo 13.—Morosidad e inactividad. Para la postulación al crédito y el subsidio, el ahorrante deberá mantener de forma consistente y sin interrupciones el ahorro mensual al que se comprometió en su contrato. La interrupción de dos cuotas mensuales consecutivas, sin que notifique las razones, producirán la cancelación de su contrato, y el débito de un monto equivalente al valor de una cuota, por concepto de indemnización de costos administrativos. Los saldos disponibles serán trasladados por MUCAP a una cuenta de ahorros a la vista. El contrato de ahorros a la vista se resolverá si el ahorrante no realiza depósitos o retiros durante el plazo de un año calendario, sin necesidad de notificarle.
Artículo 14.—Designación
de beneficiarios. Los ahorrantes podrán designar beneficiarios para que en
caso de su fallecimiento, quienes así fueran designados, asuman de pleno
derecho y sin necesidad de trámites judiciales o administrativos la propiedad
del saldo de la cuenta de ahorros, tal y como se establece para los contratos
de cuentas de ahorros individuales y de conformidad con el artículo Nº 183 de
Los derechos de opción al
subsidio y crédito también aplicará al beneficiario siempre y cuando cumpla con
las obligaciones indicadas en el contrato y califique de conformidad con
Si el beneficiario es un menor de edad, deberá hacerse representar por alguno de sus padres de familia o en su defecto por su tutor, quienes deberán identificarse como tales mediante certificación emitida por el Registro Civil. En caso de que el beneficiario fuere un mayor incapaz su representación la ejercerá su curador legalmente nombrado.
Si el cuenta ahorrante fallecido no designó beneficiario, la propiedad del saldo del contrato de ahorros se regirá por lo que dispone al efecto el Código Civil.
Artículo 15.—Traslado
del contrato de ahorro. El ahorrante podrá trasladar su contrato a otra
entidad autorizada del Sistema Financiero Nacional para
Artículo 16.—Estado de cuenta o libreta de ahorros. Una vez aceptadas las condiciones contractuales por el ahorrante, este podrá solicitar a MUCAP un Estado de Cuenta Individual o una libreta de ahorros, donde se indicarán los datos básicos del cliente y de la cuenta.
El ahorrante es responsable por el cuido y uso de sus documentos. MUCAP no asumirá responsabilidad alguna por el uso indebido o negligente que el ahorrante le dé.
Artículo 17.—El registro de las transacciones. En el Estado de Cuenta o la libreta de ahorros se indicarán: el saldo, las transacciones de depósitos, créditos, acreditación de intereses y débitos, únicamente mediante los sistemas informáticos de MUCAP. La información contable se actualizará cada vez a requerimiento o solicitud del ahorrante o automáticamente cuando realice alguna transacción. Cuando se presenten diferencias entre el saldo impreso en el Estado de Cuenta o la libreta de ahorros y los registros contables de MUCAP, prevalecerá la información contable indicada en estos últimos; excepto que e1 ahorrante probare fehacientemente mediante documentos, la razón de la diferencia, en el plazo perentorio de un mes una vez detectada.
Artículo 18.—Documentos
de la cuenta de ahorros. Los siguientes documentos permanecerán en custodia
de
A. Control de firmas. El “Control de Firmas” es un documento en el cual el ahorrante registra su firma al abrir su cuenta de ahorros.
B. Solicitud de servicios financieros. La “Solicitud de Servicios
Financieros” es un documento donde el ahorrante indica, bajo la fe de juramento
que lo manifestado es cierto de conformidad con
C. El contrato. El contrato es el documento donde se establecen las condiciones bajo las cuales operará la cuenta de ahorros ABC MUTUAL.
El contrato constará de dos originales que deberán ser firmados por el ahorrante y por un representante de MUCAP.
Artículo 19.—Cancelación
de la cuenta de ahorros. A su vencimiento, MUCAP reintegrará al ahorrante
el saldo acumulado que incluye los depósitos e intereses capitalizados. El
ahorrante no podrá hacer retiros de su contrato, sino hasta que finalice el
plazo establecido. El ahorrante podrá dar por rescindido el Contrato de Cuenta
de Ahorros ABC MUTUAL de forma unilateral antes de la fecha de vencimiento del
plazo, comunicándolo así por escrito a MUCAP. Para estos casos
Artículo 20.—Reposición del estado de cuenta o la libreta de ahorros. El Ahorrante podrá solicitar 1a reposición de su Estado de Cuenta o libreta de ahorros, presentando su documento de identidad en cualquiera de las agencias de MUCAP.
Para todos los casos MUCAP cobrará al ahorrante el costo determinado para tales reposiciones, el cual será de $2 (o su equivalente en colones al tipo d cambio de venta) por documento.
Artículo 21.—Transmisión de derechos. El cuenta ahorrante podrá transmitir sus derechos derivados del contrato mediante cesión, previo análisis del cesionario a efecto de que este pueda optar al crédito y al subsidio conforme a la normativa indicada para este programa.
El original
del contrato de cesión, debidamente autenticado por un abogado, deberá ser
entregado a
Artículo 22.—Entrega
de información. El ahorrante autoriza a MUCAP a entregar la información de
En todo lo no
previsto en el presente reglamento se aplicarán de forma supletoria todas las
normas del Reglamento para los productos de Cuentas de Ahorros Contractuales,
aprobado por la junta Directiva de
El presente reglamento fue aprobado en las sesiones 2683/2005 y 2695/2009, artículos 4° y 5°, de la junta Directiva, los días 26 de noviembre del 2008 y 04 de febrero del 2009, respectivamente.
Andrea Campos Ch., Asistente Dirección de Operaciones.—1 vez.—(123118).—(69914).
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
REMATE Nº 02-2009
Listado de
mercancías que se rematarán en
Boleta Nº 1. Movimiento: 6121. Consignatario: Ignorado, sin cedula, Descripción: 12 unidades de sostenes y 12 unidades de bragas (blomer) de fibras sintéticas. Base. ¢4.109,02.
Boleta Nº 2. Movimiento: 5804. Consignatario: Mario Eduardo Salazar Arias, cédula 108790341, Descripción: 2 unidades de altavoces (parlantes) Base: ¢39.621,23.
Boleta Nº 3. Movimiento: 5154. Consignatario: Marvin Vargas Calderón, cédula sin descripción: 1 Procesador de alimentos. Base: ¢3.291,37.
Boleta Nº 4. Movimiento: 5091. Consignatario: Servicentro Golfito. Descripción: 1 Neumático para vehículo marca nexen. Base: ¢11.952,01.
Boleta Nº 5. Movimiento: 6107. Consignatario: Mario Eduardo Salazar Arias: Descripción: 1 espejo con marco. Base: ¢17.376,39.
Boleta Nº 6. Movimiento: 1011.
Consignatario: Inversiones
Boleta Nº 7. Movimiento: 1158: Consignatario: Gradiz Ramón Martínez, sin cédula. Descripción: 3 par calzado deportivo. Base: ¢10.304,19.
Boleta Nº 8. Movimiento: 1159. Consignatario: Marta Inés Rodríguez Martínez, cédula 203100478, Descripción: 1 Radio para vehículo marca pioner mod. Deh-14508. Base: ¢103.515,03.
Boleta Nº 9. Movimiento: 2272. Consignatario: Manuel Adolfo Horna Arias, cédula 106410867, Descripción: 5 relojes para dama marca citizen. Base: ¢10.773,53.
Boleta Nº 10. Movimiento: 5810. Consignatario: Ana Sandí Mora, sin cédula. Descripción: 1 Equipo de sonido marca Panasonic mod. SC-AK4050 y 6 calzados deportivo marca puma. Base: ¢95.310,36.
Boleta Nº 11. Movimiento: 5522. Consignatario: Big Chang Lee, sin pasaporte, Descripción: 2 neumáticos para vehículo marca hankook 185/70 R14. Base: ¢24.043,52.
Boleta Nº 12. Movimiento: 6027. Consignatario: Juan Carlos Sánchez, sin cédula. Descripción: 1 silla para transportar bebé. Base: ¢5.939,34.
Boleta Nº 13. Movimiento: 1562. Consignatario: Jimmy Martín Tencio Rojas, sin cédula, Descripción: 19 celulares Motorola M60 sin cámara algunos reconstruidos. Base: ¢92.603,06.
Boleta Nº 14. Movimiento: 6028:
Consignatario: Genyer Cascante Fallas, sin cédula. Descripción: 1 Televisor
marca Sankey
Boleta Nº 15. Movimiento: 6024. Consignatario: Carlos Miranda, sin cédula, descripción: 1 unidad frontal de bumper para vehículo, 2 unidades metal tipo angular para carrocería y 8 partes plásticas para carrocería. Base: ¢37.131,54.
Boleta Nº 16. Movimiento: 5153.
Consignatario: Carlos Ríos, sin cédula, Descripción: 1 almohada, 1 set juego de
ollas de 7 piezas, 1 cafetera de metal,
Boleta Nº 17. Movimiento: 5149. Consignatario: Orlando Aurelio Vargas Elizandro, sin cédula. Descripción: 1 abanico american power y 4 bolas de futbol. Base: ¢4.330,64.
Boleta Nº 18. Movimiento: 4756. Consignatario: William Pérez Quesada, sin cédula. Descripción 1 sumadora Casio M-DR-270HD. Base: ¢4.760,02.
Boleta Nº 19. Movimiento: 4757. Consignatario: Adrián Villalobos Fernández, cédula 6-201-774. Descripción 1 par de tenis fila, 1 pieza de reloj marca speed y 1 muñeca. Base: ¢4.538,97.
Boleta Nº 20. Movimiento: 2337. Consignatario: Jorge Arias Campos, cédula 6-126-085. Descripción 1 unidad acumulador para vehéculo, 1 unid. Galleta de hule vulcanizado, 3 unid. Aceite 25w50 castrol, 1 unid. Aceite lubricante shell y 2 unid acumulador para vehículo hankook. Base: ¢68.935,04.
Boleta Nº 21. Movimiento: 3905. Consignatario: Alexis Masís Vargas, sin cédula. Descripción. 1 par de tenis marca conver tall 42, 2 unidades calzones marca caprice y 2 paquetes medias para niño. Base: ¢10.766,69
Boleta Nº 22. Movimiento: 4537. Consignatario: Calvo Rojas María Isabel, cédula 204950177. Descripción un candelabro, un mantel, 1 camiseta, 1 juego de baño, 2 unidades de camisas y 1 jarrón. Base: ¢68.935,04.
Boleta Nº 23. Movimiento: 4764. Consignatario: Armando Angulo Viales, cédula 502070243. Descripción. 2 unidades extractores de aire sankey. Base: ¢9.399,75.
Boleta Nº 24. Movimiento: 5383. Consignatario: Ignorado. Sin cédula. Descripción. 1 reloj para dama marca citizen. Base: ¢11.721,32.
Boleta Nº 25. Movimiento: 3303. Consignatario: Mario Rolando Cordero Rojas, cédula 601120484. Descripción. 1 pijama de niño, 3 camisetas para niño, 1 pantalón de niño, 1 short de niño, 1 pantalón de niña, 1 enagua, 1 pijama de niño, 3 blusas de niña y 1 gorra de niño. Base: ¢11.050,65.
Boleta Nº 26. Movimiento: 1866. Consignatario: Juan Carlos Castillo Castillo, sin cédula. Descripción. 6 unidades de cacheteros, 6 unidades de calzones, 3 unidades calzones, 4 unidades pantalones de mezclilla, 1 juego calzoncillos de niño, 1 juego calzoncillos para hombre. Base: ¢11.943,72.
Boleta Nº 27. Movimiento: 2967. Consignatario: Juan Carlos Pájaro Villafane. Sin cédula. Descripción. 2 pares de guantes de portero. Base: ¢6.244,46.
Boleta Nº 28. Movimiento: 5169. Consignatario: Manuel de León. Descripción. 1 par tenis para niño. Base: ¢5.005,72.
Boleta Nº 29. Movimiento: 3896. Consignatario: Daniel Centeno Hernández. Descripción. 1 reloj marca Casio para hombre y 1 Quemador DVD para carro marca pioner. Base: ¢20.963,32.
Boleta Nº 30. Movimiento: 3169. Consignatario: Shirley Rojas. Descripción. 2 unidades estuches contiene reloj cadena y aretes, 1 unidad rasuradota eléctrica marca boby, y cámara para computadora marca lifetime, 1 reloj de pulsera marca keiko, 1 calculadora marca Casio, 1 teléfono inalámbrico marca panasonic y 1 peluche. Base: ¢35.122,37
Boleta Nº 31. Movimiento: 5607. Consignatario: Julio Mendoza. Descripción. 24 unidades medias para hombre, 11 unidades corta uñas, 147 encendedores desechables y 30 unidades de tiquete para precio. Base: ¢9.445,37.
Boleta Nº 32. Movimiento: 6124. Consignatario: Marvin Alberto Peraza Amador. Descripción. 15 unidades de bolsos de vinil para dama y 2 unidades de pijamas de algodón. Base: ¢22.529,68.
Boleta Nº 33. Movimiento: 5147. Consignatario: Leidy Gamboa Borbón. Descripción. 5 unidades de relojes despertadores, 4 unidades de muñecas, 8 unidades camisetas para hombre, 2 unidades de licras para dama, 5 unidades blusas, 2 unidades pantalones de mezclilla para hombre, 2 unidades de bloomers, 1 unidad shorts de tela, 1 blusa para niña, 4 unidades manganos para niño, 2 unidades manganos mezclillas para dama, 1 pantalón corto y una pantaloneta. Base: ¢50.856,32.
Boleta Nº 34. Movimiento: 3742. Consignatario: Xenia Arias Carrillo. Descripción. 1 abanico de pie América, 4 bolas de fútbol, 1 pantalón de vestir para hombre, 2 camisas, 3 camisas para niño, 2 pantalones mezclilla para dama, 1 short de tela, 1 blusa para dama 1 pantaloneta marca Nike y 1 paño. Base: ¢19.890,06.
La subasta es pública teniendo acceso
cualquier particular. Para ser postor es indispensable depositar en concepto de
anticipo y mediante cheque certificado a favor de
Las personas interesadas en participar en la subasta podrán observar las mercancías dentro del plazo de tres días previos a su realización. Las mercancías se venderán en las condiciones en que se encuentren a la fecha de la venta y el adjudicatario no tendrá derecho a reclamaciones posteriores en contra del Servicio Aduanero.
Lic. Desiderio Soto Sequeiro, Director General de Aduanas.—Lic. Luis Eduardo Monge Bermúdez, Gerente Aduana Paso Canoas.—1 vez.—(Solicitud Nº 28840).—C-90020.—(73862).
AGENCIA EN SANTO DOMINGO
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Yo, Luis Rímolo
Napolitano, con cédula Nº 1-0320-0529, como beneficiario del Certificado de
Depósito a Plazo, que se detalla a continuación: Nº 400-02-031-21602-0
extendido a su orden por el Banco Nacional, emitido el 15 de junio del
El detalle de los cupones es:
Cupón
Nº Monto Fecha vencimiento
*** emitido como cero cupón**************
Solicito reposición de estos documentos por causa de extravío de los mismos. Se publica este anuncio por tres veces para oír reclamos de terceros, por el término de quince días.
Luis Rímolo Napolitano.—(71874).
AVISO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Yo, Olman Soto Quesada, con cédula 5-209-532, solicito la reposición de cheque por destrucción del Banco de Costa Rica Nº 58565, por un monto ¢2,787.837,90 colones, de la cuenta Nº 612359 del ICE. Cheque emitido por el ICE a mi favor.—Olman Soto Quesada, Solicitante.—(72113).
VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ORI-2429-2009.—Vargas
Obando Walter, R-144-2009, costarricense, cédula de identidad 1-0835-
ORI-2433-2009.—Blanco
Meneses Mónica Vanessa, R-145-2009, costarricense, cédula de identidad 1-0859-
ORI-2436-2009.—Holguín
Arenas Gonzalo, R-146-2009, colombiano, residente permanente: 117-
ORI-2438-2009.—María
Roxana Rodríguez Araya, R-283-2008(B), costarricense, cédula de identidad Nº
2-0542-
ORI-2440-2009.—Francisco Iginio Briceño Rodríguez, R-148-2009, nicaragüense, pasaporte Nº C1139083, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina y Cirugía, Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Nicaragua. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 24 días del mes de julio del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O.C. Nº 118327).—(Sol. Nº 26432).—C-16340.—(71374).
ORI-2442-2009.—José
Badih Acosta Saker, R-147-2009, cubano, cédula de residente permanente Nº
ORI-2484-2009.—González
Villalobos Óscar, R-150-2009, costarricense, cédula 3-0313-
ORI-2508-2009.—Rodríguez
Moya Enid María, costarricense, cédula 2-472-
ORI-2509-2009.—Quiñónez
Donis Brenda Anabella, guatemalteca, pasaporte
ORI-2510-2009.—Sanabria
Rojas Maureen, costarricense, cédula 1-857-
ORG-2636-2009.—Bermúdez
Méndez Mario Alberto, costarricense, cédula 1-309-
ORG-2638-2009.—Quirós
Rodríguez Alejandra, costarricense, cédula 2-444-
VICERRECTORÍA EJECUTIVA
DIRECCIÓN DE ASUNTOS ESTUDIANTILES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Carlos Horacio
Ramírez Cárdenas, de nacionalidad costarricense, cédula Nº 1-1053-
Sabanilla, 17 de agosto del 2009.—Comisión de Reconocimiento de Estudios.—Lic. Adelita Sibaja Salguero, Coordinadora a. í.—(71505).
VICERRECTORÍA VIDA ESTUDIANTIL
Y SERVICIOS ACADÉMICOS
EDICTO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El Comité Institucional
para el Reconocimiento y Equiparación de Títulos y Grados (CIRE), en uso de sus
facultades estipuladas en el Reglamento para el Reconocimiento y Equiparación
de Grados y Títulos y el artículo Nº 6 de
Acuerda:
1. Reconocer el título de Ingeniero Agrónomo,
otorgado por
2. Reconocer el grado académico de Licenciatura.
3. Equiparar el título de
Ingeniero Agrónomo, otorgado por
4. Equiparar el grado académico de Licenciatura al de Licenciatura, que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica. Acuerdo firme.
Cartago, 13 de agosto del 2009.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA. William Vives Brenes, Director.—(O C Nº 587).—(Solicitud Nº 14458).—C-49520.—(72044).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Oficina Local de
Corredores, a quien interese. Se comunica que en esta oficina local se tramita
proceso de Declaratoria de Estado de Abandono en forma Administrativa, por
tipología de Orfandad, de la niña Brythanny Shanay Víquez Morales, que este
despacho ordenó mediante resolución de las siete horas treinta minutos del día
siete de agosto del año dos mil nueve, Depósito Administrativo de la niña
Víquez Morales, en el hogar recurso familiar de la señora Rosita Concepción
Arauz. Plazo para interponer el Recurso de Apelación dos días hábiles, después
de la tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial
Oficina Local de
Golfito, notifica mediante el presente edicto a los señores Carmen Campos
Nájera y Gerardo Sequeira Segura, la resolución administrativa de las nueve
horas treinta y dos minutos del día diez de agosto del año dos mil nueve,
dictada a favor de la niña Marisol Sequeira Campos, la cual en su parte
resolutiva dispone lo siguiente: Primero: Declarar la adoptabilidad de la niña
Marisol Sequeira Campos de conformidad con la normativa supracitada, en
cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 113 del Código de Familia, toda
vez que se ha constado que la adopción en cuestión conviene al interés superior
de la asistida. Segundo: En consecuencia continúese con el trámite de
declaratoria judicial de abandono y depósito judicial de persona menor de edad
así como la extinción de
Oficina Local de
Oficina Local de
Cañas, a Mauricio López Romero se le comunica las siguientes resoluciones:
Primera: de las quince horas y treinta minutos del trece de enero del año dos
mil nueve que ordenó medida especial de protección de abrigo temporal en
entidad pública, Albergue Osito Pequitas de Santa Cruz, Guanacaste, en
beneficio de la niña Meylin López Romero. Segunda resolución: dictada a las
dieciséis horas del treinta de enero del año dos mil nueve que ordenaba
incompetencia territorial y remisión del expediente administrativo
correspondiente a la niña Meylin López Romero a
Oficina Local de
Cañas, a Maribel Romero Arduvin se le comunica la resolución dictada a las once
horas del día veintitrés de abril del dos mil nueve, que ordena dejar sin
efecto la resolución de las dieciséis horas del treinta de enero del año dos
mil nueve correspondiente a incompetencia territorial, y se ordena a
Al señor Mainor
Ramírez Cabezas, de calidades y domicilio desconocidos por esta oficina, se le
notifica la resolución de las ocho horas del diez de agosto de dos mil nueve,
que inicia proceso especial de protección a favor del niño Moisés Ramírez
Ascarate, que previene la trasgresión al derecho a la educación del niño,
ordena su reinserción inmediata al sistema educativo y ordena seguimiento del
cumplimiento de dicha resolución y cualquiera otra situación que surja del
abordaje. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas contadas a partir del
día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el
Diario Oficial, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante
esta Oficina Local, en forma verbal o escrita; oficina que lo elevará ante
A Rosa Altamirano Cortes. Se le comunica la resolución de este despacho de las 10:00 horas del 04 de agosto del 2009, por medio de la cual se ordenó archivo del proceso de salida del país solicitado por usted, en virtud del desinterés mostrado en el mismo a no acudir a la audiencia y no haber publicado los edictos requeridos. Recurso: revocatoria y apelación. Plazo: tres días hábiles siguientes al de la segunda publicación. Ante la oficina local de San Ramón, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras en San Ramón y de alzada en San José, pudiendo señalar número de fax, para tal fin, de lo contrario las resoluciones que se dicten, se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas. Exp. 244-00101-09.—Oficina Local de San Ramón, 13 de agosto del 2009.—Lic. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—(O. C. Nº 30913).—(Solicitud Nº 29094).—C-4420.—(71969).
A: Édgar Vega Salas,
se le comunica la resolución de las 15:00 horas del 11 de agosto del 2009,
donde se resuelve: I) Dar inicio al Proceso de Protección en sede
administrativa regulado por las disposiciones del artículo 128 y siguientes del
Código de
A: María Eugenia Calderón y Ricardo Sandí B., se le comunica las resoluciones administrativas de las veintiún horas del diecisiete de mayo de dos mil nueve y las quince horas con treinta minutos del veintidós de mayo de dos mil nueve, que ordena abrigo temporal en albergue institucional y que deja sin efecto abrigo temporal, correspondiente a la persona menor de edad Joselyn Esther Sandí. Indicándose que debe señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de defensa: Procede recurso de apelación sí se plantea dentro el plazo de cuarenta y ocho horas posteriores a la notificación. Se les previene a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Expediente legajo 112-1675-89.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Kattia Vanesa Hernández Méndez, Representante Legal.—(O. C. Nº 30913-Solicitud Nº 29094).—C-4590.—(71973).
Se le comunica al
señor Guillermo Vélez Serna, la resolución de este despacho de las diez horas
con treinta minutos del día tres de agosto del dos mil nueve, que ordenó
revocar la resolución de las diez horas del día veintiséis de febrero del dos
mil nueve, que otorgó cuido provisional de las personas menores de edad Evelyn
Vélez Castro y Lady Sofía Castro Gaviria en el hogar de su tía materna, señora
Lilliana Castro Gaviria. Recurso el de apelación, señalando lugar para recibir
notificaciones dentro del perímetro Judicial de
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Al señor Gian
Carlo Zúñiga Baldelomar, mayor, pasaporte de su país Nicaragua número: C seis cero
uno ocho siete dos, número domicilio y demás calidades desconocidas por esta
oficina local y a quien interese, se les notifica la resolución de las siete
horas cuarenta minutos del veinte de agosto de dos mil nueve, en la cuál se da
inicio al proceso de autorización de salida del país del niño Gian David Zúñiga
Méndez en vista de la solicitud presentada por la señora Guisella Méndez
Linarte madre en ejercicio de la patria potestad, a fin de que el Patronato
Nacional de
DIRECCIÓN EJECUTIVA
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
D.E. Nº
1620-128-2009.—San José, a las 9 horas
del 6 de agosto de 2009. Se reintegra
Lic. Martín Robles Robles, Director Ejecutivo.—(O. C. Nº 30931).—(Solicitud Nº 39674).—C-40520.—(72526).
D.E. Nº
1621-851-2009.—San José, a las 9:05 horas del 6 de agosto de 2009. Se reintegra
Lic. Martín Robles Robles, Director Ejecutivo.—(O. C. Nº 30931).—(Solicitud Nº 39674).—C-40520.—(72569).
D.E. Nº
1622-420-2009.—San José, a las 9:10 horas del 6 de agosto del 2009. Se
reintegra
Lic. Martín Robles Robles, Director Ejecutivo.—(O. C. Nº 30931).—(Solicitud Nº 39674).—C-42770.—(72570).
D.E. Nº
1623-673-2009.—San José, a las 9:15 horas del 6 de agosto de 2009. Se reintegra
Lic. Martín Robles Robles, Director Ejecutivo.—(O. C. Nº 30931).—(Solicitud Nº 39674).—C-40520—(72571).
D.E. Nº
1624-424-2009.—San José, a las 9:20 horas del 6 de agosto de 2009. Se reintegra
Lic. Martín Robles Robles, Director Ejecutivo.—(O. C. Nº 30931).—(Solicitud Nº 39674).—C-42770.—(72572).
D.E Nº
1625-868-2009.—San José, a las 9:25 horas del 6 de agosto de 2009. Por haberse
disuelto mediante sentencia de las 7 horas del 6 de noviembre de 2003, dictada
por el Juzgado de Trabajo de Desamparados,
Lic. Martín Robles Robles, Director Ejecutivo.—(O. C. Nº 30931).—(Solicitud Nº 39674).—C-47270.—(72573).
D.E. Nº
1626-226-2009.—San José, a las 9:30 horas del 6 de agosto de 2009. Por haberse
disuelto mediante asamblea extraordinaria de Asociados N° 226 celebrada el 6 de
octubre de 2002,
Lic. Martín Robles Robles, Director Ejecutivo.—(O. C. Nº 30931).—(Solicitud Nº 39674).—C-47270.—(72574).
D.E. Nº
1627-902-2009.—San José, 9:35 horas del 6 de agosto de 2009. Por haberse
disuelto mediante sentencia dictada el 14 de setiembre de 2000, por el Juzgado
de Trabajo del II Circuito Judicial de San José,
Lic. Martín Robles Robles, Director Ejecutivo.—(O.C. Nº 30931).—(Sol. Nº 39674).—C-47270.—(72575).
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
San José, 31 de julio del 2009.—George Miley Rojas, Presidente.—1 vez.—(72714).
San José, 28 de julio del 2009.—George Miley Rojas, Presidente.—1 vez.—(72948).
San José, 19 de agosto del 2009.—George Miley Rojas, Presidente.—1 vez.—(73047).
ÁREA DE ESTADÍSTICAS CONTINUAS
UNIDAD ÍNDICES DE PRECIOS
El Instituto
Nacional de Estadística y Censos, avisa que los Índices de Precios de los
Insumos Básicos de
ÍNDICES DE PRECIOS DE LOS INSUMOS BÁSICOS
DE
JULIO 2009
ÍNDICES DE PRECIOS DE INSUMOS PARA
Base Enero 1976=100
Jun Jul Variación (%)
EDIFICIOS 20
033,24 20 272,02 1,19
VIVIENDA 21
813,29 21 814,75 0,01
ÍNDICES DE PRECIOS DE MANO DE OBRA PARA
Base Enero 1976=100
Jun Jul Variación (%)
MANO DE OBRA EN EDIFICIOS 20 563,59 20
943,82 1,85
MANO DE OBRA EN
VIVIENDA 20 369,77 20 744,77 1,84
ÍNDICES DE PRECIOS DE ACTIVIDADES PARA
Base Enero 1984=100
Rama de
actividad Jun Jul Variación (%)
TUBERÍA
AGUAS PLUVIAL 2
470,54 2 535,98 2,65
TUBERÍA AGUAS NEGRAS PVC 2 301,81 2
326,62 1,08
TUBERÍA AGUAS
NEGRAS CONCRETO 1
963,07 2 007,89 2,28
TUBERÍA AGUA POTABLE 2
773,46 2 808,56 1,27
PREVISTA AGUAS NEGRAS PVC 2 432,02 2
464,79 1,35
PREVISTA AGUAS
NEGRAS CONCRETO 2
479,22 2 534,66 2,24
PREVISTA AGUA POTABLE 2
294,68 2 343,83 2,14
TRAGANTES 3
005,76 3 024,72 0,63
POZOS 3
275,66 3 299,13 0,72
CAJAS DE SIFÓN 2
297,67 2 321,94 1,06
CORDÓN Y CAÑO 3
464,81 3 497,94 0,96
ACERAS 3
547,38 3 583,41 1,02
DESFOGUE 3
478,55 3 518,87 1,16
CUNETA MEDIA CAÑA 3
017,31 3 066,11 1,62
CABEZALES PARA PASOS
POR ACERA 3
368,38 3 411,75 1,29
PASOS POR ACERA 3
401,72 3 439,69 1,12
VÁLVULAS H. F. 1
220,46 1 207,05 - 1,10
HIDRANTES 1
687,79 1 683,17 - 0,27
LIMPIEZA Y DESENRAÍCE 1
124,00 1 134,82 0,96
CORTE DE TIERRA 1
367,86 1 381,19 0,97
RELLENO Y COMPACTACIÓN 1
745,25 1 748,88 0,21
SUB-BASE, BASE Y
CONF. SUBRASANTE 3
159,23 3 175,61 0,52
CARPETA ASFÁLTICA 2
797,34 2 802,83 0,20
ÍNDICES
DE PRECIOS PARA
DE ACUEDUCTOS
Base Enero 1983=100
Rama de
actividad Jun Jul Variación (%)
TUBERÍA PVC
TUBERÍA PVC
TUBERÍA PVC
TUBERÍA PVC
PREVISTA
HIDRANTE 2
450,08 2 490,36 1,64
PROMEDIO TUBOS Y PREVISTA 2 936,74 3
004,15 2,30
SIN COSTO TUBO
TUBO 200 -
PROMEDIO 2
430,07 2 447,12 0,70
ÍNDICE GENERAL
DE ACUEDUCTOS 2
529,40 2 601,20 2,84
ÍNDICES
DE PRECIOS PARA
DE ALCANTARILLADOS
Base Enero 1983=100
Rama de
actividad Jun Jul Variación (%)
TUBERÍA PVC
TUBERÍA PVC
TUBERÍA PVC
TUBERÍA PVC
PREVISTA
PROMEDIO PVC 1
793,99 1 809,25 0,85
TUBO DE CONCRETO
TUBO DE CONCRETO
TUBO DE CONCRETO
PROMEDIO DE CONCRETO 3
220,83 3 289,91 2,14
CAJAS DE REGISTRO 3
175,70 3 189,65 0,44
CAJAS DE SIFÓN 2
517,60 2 533,68 0,64
PROM. CAJAS REGISTRO Y SIFÓN 3 054,03 3
068,24 0,47
REPOSICIÓN DE CARPETA 2
506,90 2 591,71 3,38
ÍNDICE GENERAL
ALCANTARILLADO 2
645,57 2 700,71 2,08
ÍNDICES DE PRECIOS DE ELEMENTOS PARA LA
CONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS Y PUENTES
Base Julio 1990=100
Elementos Jun Jul Variación (%)
ACERO
ESTRUCTURAL 802,05618 802,05618 0,00000
ACERO POSTENSIÓN 436,01519 439,96035 0,90482
ACERO REFUERZO 1312,05196 1312,05196 0,00000
ACETILENO 3830,78506 3830,78506 0,00000
ADITIVO RETARDANTE /ACEL 1060,56470 1073,63976 1,23284
ALAMBRE DE PÚAS 2408,54031 2408,54031 0,00000
ALAMBRE ELÉCTRICO 275,40105 275,40105 0,00000
ALAMBRE NEGRO 1122,57240 1122,57240 0,00000
ARENA 1477,44445 1477,44445 0,00000
ASFALTO 85/100 1676,42202 1749,85903 4,38058
BARRAS O BARRENOS 607,51573 607,51573 0,00000
BROCA
BUNKER 1746,78879 2041,94813 16,89725
CEMENTO 2090,44234 2106,08454 0,74827
CLAVOS 1938,73600 1938,73600 0,00000
COLCHONETA 4 * 2 * 1,23 *
COSTO DE POSESIÓN 760,77444 767,65810 0,90482
DIESEL 1583,40035 1784,22995 12,68344
DINAMITA 280,00439 280,00439 0,00000
ELEMENTO VIGA PRETENSAZA
/GUARDACAMINO 1681,99422 1666,84337 - 0,90077
EMULSIÓN ASFÁLTICA 1106,90957 1181,63247 6,75059
EPOXY P/ MARCADORES 923,71278 932,07074 0,90482
FLANGER 12 * 65 699,42393 705,75248 0,90482
FULMINANTE 291,68477 291,68477 0,00000
GAVIÓN
MALLA 8 * 10 1914,72440 1951,03813 1,89655
GAVIÓN
MALLA 8 * 10 1744,95956 1778,05362 1,89655
GASOLINA 1377,52336 1537,28777 11,59795
GRAPAS P/ ALAMBRE 693,78548 693,79436 0,00128
LAMINA DE ALUMINIO
LISO Nº 16 1339,08123 1341,51661 0,18187
LIQUIDO PARA CURA 1118,08344 1118,08344 0,00000
LLANTAS 767,44573 771,11224 0,47775
LUBRICANTES 1813,00042 1818,43032 0,29950
MADERA CONTRACHAPADA
(PLYWOOD) 1549,48505 1566,72932 1,11290
MADERA ESPECIAL
PARA BARANDA 261,73000 261,73000 0,00000
MADERA FORMALETA 2767,84158 2767,84158 0,00000
MALLA CICLÓN 1052,22201 1052,22201 0,00000
MANGUERAS COMP. 600 c.c. 1403,29315 1417,44069 1,00817
MANO DE OBRA 1291,21856 1309,94184 1,45005
MARCADOR PAVIMENTO
(REF. 1 CARA) 607,71105 613,20975 0,90482
MARCADOR PAVIMENTO
(REF. 2 CARAS) 592,17216 597,53027 0,90482
MARCO Y REJILLA
METAL
MARCO Y TAPA DE METAL 229,48560 229,48560 0,00000
MATERIAL P/ SELLADO JUNTAS 159,65079 159,65079 0,00000
MATERIAL REFLECTANTE
SEÑALES 207,84323 207,84323 0,00000
MEDIA CAÑA
OXIGENO INDUSTRIAL 4464,73448 4464,73448 0,00000
PIEDRA BRUTA 1193,85377 1193,85377 0,00000
PIEDRA QUEBRADA 1187,61017 1187,61017 0,00000
PILOTE ACERO ESTRUCTURAL
12 * 12 *
PILOTE ACERO ESTRUCTURAL
12 * 12 *
PILOTE HORMIGÓN
PRETENSADO 30 * 30 2084,49928 2065,72279 - 0,90077
PILOTE HORMIGÓN
PRETENSADO 35 * 35 2345,81522 2417,38776 3,05107
PILOTE HORMIGÓN
REFORZADO 3060,85979 3217,42820 5,11518
PINTURA P/ ESTRUCTURAS 1452,01301 1452,00054 - 0,00086
PINTURA Y ESFERAS P/ VÍAS 1435,52797 1436,35599 0,05768
POSTE DE VIGA
GALVANIZADA 679,18536 649,26074 - 4,40596
POSTE PRETENSADO
/GUARDACAMINO 2998,66453 2971,65354 - 0,90077
POSTE P/ CERCA
DE ALAMBRE 4807,63261 4807,63261 0,00000
POSTE P/ SEÑAL VERTICAL 836,32074 779,60388 - 6,78171
REPUESTOS 1183,15020 1202,13660 1,60473
SOLDADURA 1453,93302 1453,93302 0,00000
TABLE ESTACA ACERO
MP (116) 620,51084 626,12537 0,90482
TELA DE FIBRA SINTÉTICA 894,97478 937,59263 4,76190
TERMINAL GALVANIZADO
P/ GUARDACAMINO 653,93802 612,72250 - 6,30266
TERMINAL VIGA P/
GUARDACAMINO 1743,98511 1728,27587 - 0,90077
TINTA DE SERIGRAFÍA 218,34162 218,34162 0,00000
TIPO DE CAMBIO 630,84189 636,54989 0,90482
TORNILLOS GALVANIZADOS 486,15677 486,15677 0,00000
TUB. ACERO CORRUGADO
TUB. ACERO CORRUGADO
TUB. ACERO CORRUGADO
TUB. ACERO CORRUGADO
TUB. ACERO CORRUGADO
TUB. ACERO CORRUGADO
TUB. ACERO CORRUGADO
TUB. ACERO CORRUGADO
TUB. HORMIGÓN CLASE
III
TUB. HORMIGÓN CLASE
III
TUB. HORMIGÓN CLASE
III
TUB. HORMIGÓN CLASE
III
TUB. HORMIGÓN CLASE
III
TUB. HORMIGÓN CLASE
III
TUB. HORMIGÓN CLASE
III
TUB. HORMIGÓN CLASE
III
TUB. HORMIGÓN CLASE
III
TUB. HORMIGÓN CLASE
III
TUB. HORMIGÓN CLASE
IV
TUB. HORMIGÓN CLASE
IV
TUB. HORMIGÓN CLASE
IV
TUB. HORMIGÓN CLASE
IV
TUB. HORMIGÓN CLASE
IV
TUB. HORMIGÓN CLASE
IV
TUB. HORMIGÓN CLASE
IV
TUB. HORMIGÓN CLASE
IV
TUB. HORMIGÓN CLASE
IV
TUB. HORMIGÓN CLASE
IV
TUB. HORMIGÓN CLASE V
TUB. HORMIGÓN CLASE V
TUB. HORMIGÓN CLASE V
TUB. HORMIGÓN CLASE V
TUB. HORMIGÓN CLASE V
TUB. HORMIGÓN CLASE V
TUB. HORMIGÓN CLASE V
TUB. HORMIGÓN CLASE V
TUB. HORMIGÓN CLASE V
TUB. HORMIGÓN CLASE V
TUB. HORMIGÓN
PERFORADO
TUB. HORMIGÓN
PERFORADO
TUB. HORMIGÓN
PERFORADO
TUB. SIN REFUERZO
C-14
TUB. SIN REFUERZO
C-14
TUB. SIN REFUERZO
C-14
TUB. SIN REFUERZO
C-14
TUB. SIN REFUERZO
C-14
TUB. SIN REFUERZO
C-14
TUB. SIN REFUERZO
C-14
TUB. SIN REFUERZO
C-14
TUB. SIN REFUERZO
C-14
TUB. SIN REFUERZO
C-14
TUB. SIN REFUERZO
C-14
VIGA GALVANIZADA 600,92914 580,83526 - 3,34380
WATER STOP 6”*3/16” 339,89178 339,89145 - 0,00010
San José, 17 de agosto del 2009.—Jaime Vaglio Muñoz, Gerente —1 vez.—(O. C. Nº 2681).—(Solicitud Nº 38593).—C-256270.—(72129).
DEPARTAMENTO DE PATENTES
EDICTO
Nº
013-09.—Para los fines consiguientes el Departamento de Patentes de
San Pedro de Montes de Oca, 24 de julio del 2009.—Melania S. Solano Coto.—Jhonny Walsh Agüero, Jefe.—1 vez.—Nº 124830.—(72907).
El licenciado Edgar Vargas Jiménez, Alcalde Municipal de Moravia, comunica a la ciudadanía moraviana, que mediante acuerdo Nº 2082, tomado en la sesión extraordinaria Nº 83 el 13 de agosto del 2009, el Concejo Municipal resolvió:
Suspender
la realización de la audiencia pública dispuesta en Acuerdo Nº 2053 tomado en
la sesión ordinaria Nº 169 y en la cual se pretendía presentar a la comunidad
el Proyecto del Plan Regulador del cantón de Moravia, hasta tanto se dé la
aprobación de la viabilidad (licencia) ambiental por parte de
Moravia, 14 de agosto del 2009.—Lic. Edgar Vargas Jiménez, Alcalde.—1 vez.—(72623).
El Concejo
Municipal de
Dra. Joyce Zürcher Blen, Alcaldesa Municipal.—1 vez.—(72512).
El Concejo Municipal
de Orotina, en acuerdo 395, tomado en el acta de la sesión ordinaria 273 de 13
de agosto de 2009, acordó aprobar el Reglamento de asignación, control y
liquidación de partidas municipales a las Juntas de Educación de Escuelas y
Juntas Administrativas de Colegios otorgados por
Orotina, 18 de agosto del 2009.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Jairo Emilio Guzmán Soto, Proveedor Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 19168).—C-6020.—(72519).
ZONA MARÍTIMA TERRESTRE
EDICTO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El Departamento
de
Filadelfia 22 de mayo del 2009.—José Francisco Canales Canales, Encargado.—(72581).
ZONA MARÍTIMA TERRESTRE
EDICTOS
Nº
015-2009.—Asociación Costarricense para
Cóbano, 17 de agosto del 2009.—Alcides Fernández Elizondo, Coordinador a. í.—1 vez.—(72576).
Nº 014-2009.—Azul
Crepuscular Limitada, con cédula jurídica número 3-102-437201, con base en el
artículo Nº 38 de
Cóbano, 17 de agosto del 2009.—Alcides Fernández Elizondo, Coordinador a. í.—1 vez.—(72577).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
INMOBILIARIA LAS RUINAS SOCIEDAD ANÓNIMA
Inmobiliaria Las
Ruinas Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno - ciento
cuarenta y cinco mil uno solicita ante
INMOBILIARIA MIL NOVECIENTOS
OCHENTA Y SEIS SOCIEDAD ANÓNIMA
Inmobiliaria Mil
Novecientos Ochenta y Seis Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-082060,
solicita a
ARICARAS DE
SANTA ANA SOCIEDAD ANÓNIMA
Aricaras de Santa
Ana Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica Nº 3-101-368321, solicita ante
CONDOMINIO
HORIZONTAL RESIDENCIAL CON FINCAS
FILIALES PRIMARIAS INDIVIDUALIZADAS, JABES
Warner Cascante
Salas, mayor de edad, casado una vez, abogado, cédula de identidad Nº
1-641-567, vecino de San Antonio de Coronado, Condominio Jabes número nueve, en
mi condición de copropietario de la finca filial en Condominio número nueve,
inscrita en el partido de San José, folio real Nº 35522-F-001; por no existir a
la fecha administrador y por haberse extraviado el tomo primero de todos los
libros del Condominio Horizontal Residencial con Fincas Filiales Primarias
Individualizadas, JABES, cédula jurídica Nº 3-109-341474, solicito ante
GRUPO MUTUAL
ALAJUELA -
De conformidad
con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, la señora
Yamilette Castro Rodríguez, cédula Nº
De conformidad con lo
estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, el señor Jorge
Alberto Solís Castro, cédula Nº
ABC
PUBLICIDAD SOCIEDAD ANÓNIMA
ABC Publicidad
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-099-843, solicita ante
G M DE SAN
JUAN DE TIBÁS S. A.
La suscrita
Gerardina Rojas Salazar, mayor, divorciada una vez, comerciante, vecina de
Tibás, cédula de identidad Nº 9-024-231, en mi condición de presidenta con
facultades de apoaerada generalísima sin límite de suma de la empresa
denominada G M de San Juan de Tibás Sociedad Anónima, con cédula de persona
jurídica Nº 3-101-203481, solicito ante
Murillo Alpízar Karen,
cédula Nº 2-467-075, solicita ante
CARROCERÍA Y
PINTURA
Carrocería y
Pintura
GREEN DOOR
OF NOSARA SOCIEDAD ANÓNIMA
Green Door of
Nosara Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-341490, solicita ante
MERCADEO Y
SERVICIOS SECRETARIALES
MERYSS SOCIEDAD ANÓNIMA
Por reposición de
libros Mercadeo y Servicios Secretariales Meryss Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-doscientos dieciocho mil ochocientos cuarenta y
seis, solicita ante el Departamento de Legalización de Libros de
SCOTIABANK
La suscrita Lidieth Margarita Rojas Rojas, mayor, casada una vez, ama de casa, con cédula de identidad número: uno- cuatro ocho cuatro- seis siete nueve, vecina de Curridabat, Cipreses urbanización Los Abedules casa diez- C, reporto el extravío en mi residencia de un Certificado de Depósito a Plazo Capitalizable, contrato Nº 100115001 385 por un monto de cuatro millones de colones el cual fue emitido por el Banco Interfín ahora Scotiabank el día 08 de setiembre del año 2003 y vence el día 09 de octubre del 2003. Solicito por este medio la reposición de dicho certificado.—San José, 10 de agosto del 2009.—Lidieth Margarita Rojas Rojas, Solicitante.—Nº 124323.—(71788).
A Y B ARTE
BLANCO SOCIEDAD ANONIMA
A Y B Arte Blanco
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos diecinueve
mil doscientos cuarenta y ocho, solicita ante
MUEBLES
AMADOR S. A.
La suscrita:
Muebles Amador S. A., cédula jurídica Nº 3-101-024611, solicita ante
ESTRATÉGIKA
PLANES Y TÁCTICAS
DE COMUNICACIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA
Estratégika Planes
y Tácticas de Comunicación Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-ciento noventa y seis mil novecientos veinte, solicita ante
VISTAMAR DEL
PACÍFICO JERNAR VM
DIECINUEVE SOCIEDAD ANÓNIMA
Vistamar del
Pacífico Jernar VM Diecinueve Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y dos mil trescientos, solicita ante
Yo, Lady Varela
Mejías, con cédula Nº 2-567-095, solicito ante
CONSULTEC S.
A.
Consultoría Tecnoeconómica
y Ambiental S. A., cédula jurídica Nº 3-101-134900, solicita ante
INTEGRATED
SOLUTIONS BW OF COSTA RICA S. A.
Integrated Solutions BW of Costa Rica S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-369611, solicita ante
INMOBILIARIA
EL GRAN VALLE G V S. A.
La sociedad
Inmobiliaria El Gran Valle G V S. A., titular de la cédula de persona jurídica
número 3-101-227491 (tres-ciento uno-doscientos veintisiete mil cuatrocientos
noventa y uno), en el trámite de legalización de libros de reposición, solicita
ante
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
CORPORACIÓN
FAVAMU DE FLORES SOCIEDAD ANÓNIMA
Corporación
Favamu de Flores Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-doscientos setenta y nueve mil quinientos sesenta y uno;
solicita ante
SOLÍS Y
GONZÁLEZ DE SAN CARLOS S. A.
Solís y González
de San Carlos S. A., cédula jurídica 3-101-140627, solicita ante
1. Actas de Consejo de Administración.
2. Actas de Asambleas de Socios.
3. Registro de Socios.
Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de información y
asistencia al contribuyente de
COMPAÑÍA
AGRO PARQUE S. A.
Compañía Agro Parque S. A., cédula jurídica
3-101-156036 solicita ante
CENTRO
TURÍSTICO REGIÓN NORTE EMPLEADOS
SEGURO SOCIAL SOCIEDAD ANÓNIMA
El Centro
Turístico Región Norte Empleados Seguro Social Sociedad Anónima (CETRENSS S.
A.), cédula jurídica Nº 3-101-047753 publica la lista de los accionistas en calidad
de morosos con más de doce cuotas por concepto de desarrollo, conservación y
mantenimiento, a efecto de que se apersonen en el término improrrogable de
treinta días hábiles a partir de la publicación de este aviso, a las oficinas
administrativas situadas en El Coyol de Alajuela,
UNIVERSIDAD
LATINA DE COSTA RICA
Por medio de la
presente
BT LATAM
COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
BT Latam Costa
Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-144651, solicita ante
INGEDESA,
INGENIERÍA Y DESARROLLO SOCIEDAD ANÓNIMA
INGEDESA, Ingeniería
y Desarrollo Sociedad Anónima, cédula jurídica número: 3-101-277526, solicita
ante
INVERSIONES
HOTELERAS S. A.
Inversiones
Hoteleras S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno- cero veintiún mil
ochocientos ocho, solicita ante
GREEN DOOR
OF NOSARA SOCIEDAD ANÓNIMA
Green Door Of
Nosara Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-341490, solicita ante
RONAMY
SOCIEDAD ANÓNIMA
Ronamy Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta y un mil ciento
sesenta y tres; Chez Ronamy Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-trescientos diecinueve mil doscientos setenta y nueve; Steelcon Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cincuenta y un mil ciento ocho;
L Y R Comercial Amy Chacón Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-doscientos ochenta y dos mil quinientos cuarenta y dos, solicitan ante
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Jorge Soto Chacon, mayor, casado cuatro veces, guía de turismo, cédula uno-cuatrocientos diecisiete-mil doscientos sesenta y cuatro, nombre Lenne, segundo nombre Marjon, apellido Stins, sin segundo apellido en razón de su nacionalidad holandesa, soltera, inversionista, pasaporte número n x uno L h k, constituyen Corcovado Pura Vida Sociedad de Responsabilidad Limitada. Escritura 169 de las 10:00 horas del 17 de agosto del 2009, folio ciento tres vuelto, tomo once.—Lic. Rubén Ramírez Quirós, Notario.—1 vez.—(71641).
ASOCIACIÓN
PROPIETARIOS DE FOSAS
DEL CEMENTERIO OBRERO DE CARTAGO
Circular Nº
13-2009.—
Aviso Nº 12-2009.—
Cartago, 1º de agosto del 2009.—Francisco Coto Jiménez, Fiscal.—1 vez.—Nº 124503.—(72415).
María de los Ángeles Machado Ramírez, Presidenta.—1 vez.—Nº 124505.—(72416).
1. Fijar el precio definitivo de liquidación por kilogramo de miel final que le entreguen los ingenios en régimen de cuota, en ¢66.2317. La participación del productor independiente en el referido valor será de un 62,5%, lo que corresponde a ¢41,3948 por kilogramo de miel final en régimen de cuota.
De conformidad
con el artículo 101 de
Edgar Herrera Echandi.—1 vez.—(73346).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Por escritura número cuarenta y cuatro-dieciocho, otorgada ante los Notarios Públicos Jorge González Roesch, Alberto Sáenz Roesch y Juvenal Sánchez Zúñiga, actuando en el protocolo del primero, a las nueve horas treinta minutos del día veintisiete de julio del año dos mil nueve, se disminuye el capital social y se reforma la cláusula quinta de los estatutos de la compañía denominada Arrocera El Patio S. A.—San José, 10 de agosto del 2009.—Lic. Jorge González Roesch, Notario.—Nº 123353.—(70082).
Por escritura otorgada
en San José, a las 09:00 horas de 30 de marzo del 2009, se constituyó la
sociedad denominada igual que el número de cédula jurídica que le asigne el
Registro Público, de conformidad con el Decreto Ejecutivo número treinta y tres
mil ciento setenta y uno-J, publicado en
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Mediante escritura número ciento noventa y dos, de las 12:00 horas del cuatro de junio del año dos mil nueve, ante el suscrito notario se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Bergen S. A., mediante la cual se reformó la cláusula quinta de los estatutos sociales, disminuyéndose el capital social de la compañía de conformidad con lo dispuesto en los artículos 31 y 81 del Código de Comercio. Las oposiciones a dicha disminución podrán realizarse ante esta notaría ubicada en Barrio Escalante, costado norte de rotonda El Farolito, casa 2575, dentro del término de 3 meses a partir de la última publicación.—San José, 17 de agosto del 2009.—Lic. Sergio Chacón Barrantes, Notario.—Nº 124283.—(71646).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Mediante escritura autorizada por mí, a las dieciocho horas treinta minutos del doce de agosto del dos mil nueve, se constituyó la compañía Cuatro Palmeras LLC Limitada, con un capital social de treinta mil colones.—San José, doce de agosto del dos mil nueve.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—Nº 123795.—(71045).
Por escritura otorgada, en esta ciudad y notaría a las 16:00 horas de hoy protocolicé acta en lo conducente de asamblea general extraordinaria de Auto Repuestos Palmares S. A., de Palmares. Se modifican cláusulas 1, 5 y 7. Se revocan nombramientos y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 12 de agosto del 2009.—Lic. Gilberth Quirós Castro, Notario.—1 vez.—Nº 123796.—(71046).
En mi notaría en Esparza, a las diez horas del doce de agosto del dos mil nLa suscrita Esther Moya Jiménez, abogada y notaria, hago constar que con fecha 11 de agosto del 2009, se celebró asamblea general extraordinaria de la sociedad 3-101-475770 s. a., nombrando como presidente a Marco Antonio Quirós Montealegre.—San José, 11 de agosto del 2009.—Lic. Esther Moya Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 123798.—(71047).
En mi notaría en Esparza, a las diez horas del doce de agosto del dos mil nueve, por escritura pública número noventa y siete, iniciada a folio sesenta y cuatro vuelto, del tomo treinta y ocho del protocolo del suscrito notario. Se modifican las cláusulas segunda y tercera del pacto constitutivo de la sociedad denominada Alimentos Montes de Oro Sociedad Anónima.—Esparza, doce de agosto del dos mil nueve.—Lic. Luis Gerardo Álvarez Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 123799.—(71048).
El día de hoy, en mi notaría, se ha constituido la sociedad denominada Agritek, plazo 99 años, capital social representado por cien acciones comunes y nominativas, totalmente suscrito y pagado, junta directiva de tres miembros, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, a las dieciséis horas del tres de agosto de dos mil nueve.—Lic. Rosa María Rodríguez Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 123800.—(71049).
Por escritura otorgada ante los notarios Juan Carlos Bonilla Portocarrero y Randall Salas Alvarado, se constituye las sociedades Costas Septentrionales del Mar Báltico Báltico S. A., Amaneceres de Bronce Satinado S. A., Remansos Brumosos del Océano Índico S. A. Ilusiones Verticales de Excalibur S. A., todas con: Plazo: noventa y nueve años, Capital: diez mil colones, Domicilio San José, Sabana Oeste, de Canal Siete, doscientos oeste y veinticinco al sur y presidente: Eduardo Vargas Marín, secretario: Suny Sánchez Achio, tesorera Karolina Zamora Valverde.—San José, 17 de agosto de 2009.—Lic. Randall Salas Alvarado, Notario.—1 vez.—(71488).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas del día 14 de agosto del 2009, se constituyó la empresa denominada Sociedad Piedades de San Rafael S. A., domiciliada en San Rafael de Alajuela, costado este de depósito Los Príncipes. Capital social un millón de colones. Presidente: Cecilio Ávila Arias, cédula número 2-226-840.—Belén, Heredia, 14 de agosto del 2009.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(71516).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas treinta minutos del quince de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Corporación Iro de Costa Rica Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pago.—San José, quince de agosto del 2009.—Lic. María del Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(71517).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas diez minutos del catorce de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Internacional Costarricense Limitada. Capital: suscrito y pago.—San José, catorce de agosto del 2009.—Lic. María del Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(71519).
Jaicasal Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-veinticinco mil setenta y siete, reforma las cláusulas segunda y sexta del pacto social y cambia de presidente y secretario. Escritura otorgada en San José, a las doce horas del 3 de agosto del 2009.—San José, 17 de agosto del 2009.—Lic. María Gabriela Valladares Navas, Notaria.—1 vez.—(71520).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas treinta minutos del doce de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada D H Inversiones de Costa Rica Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pago.—San José, doce de agosto del 2009.—Lic. María del Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(71521).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad anónima denominada El Encinar de Mamre y Aleju Sociedad Anónima. Se nombra junta directiva y fiscal.—Heredia, 10 de agosto del 2009.—Lic. Renato Víquez Jiménez, Notario.—1 vez.—(71524).
Por escritura otorgada, a las nueve horas del dieciséis de agosto del dos mil nueve, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y siete mil cuatrocientos setenta y cinco s. a., mediante la cual se designa nueva junta directiva.—San José, dieciséis de agosto del dos mil nueve.—Lic. Daniel León Núñez, Notario.—1 vez.—(71525).
Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 14 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad Villazumba de San Diego Sociedad Anónima. Capital: Cuatrocientos mil colones. Presidente: Julio Ramón Villalobos Vargas y secretaria: Vilma María Zumbado Pineda.—Heredia, 17 de agosto del 2009.—Lic. María del Rosario Morera Alfaro, Notaria.—1 vez.—(71526).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario Alfonso Guzmán Chaves, se constituyó la compañía Procesadora de Datos Montaña Azul Uno Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuyo objeto es el comercio y tendrá un plazo de noventa y nueve años.—San José, 17 de agosto del 2009.—Lic. Alfonso Guzmán Chaves, Notario.—1 vez.—(71530).
Por escritura número doscientos diecinueve de las quince horas del catorce de agosto del dos mil nueve, otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad que ostentará como nombre el número de cédula jurídica que le otorgue el registro, sociedad de responsabilidad limitada. Con un capital social de veinte mil colones. Domiciliada en el cantón de Escazú, San José. Representada por el gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 14 de agosto del 2009.—Lic. Eduardo Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—(71531).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó una acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Chelsea en Navarro S.A., mediante la cual se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, a las diez horas del 14 de agosto del 2009.—Lic. Sonia Patricia Tacsan Chen, Notaria.—1 vez.—(71536).
Ante esta notaría se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Concreto Asfáltico Nacional Sociedad Anónima.—San José, diecisiete de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Román Esquivel Font, Notario.—1 vez.—(71609).
Por escritura número veintiséis, otorgada ante esta notaría a las quince horas del día catorce de agosto del año dos mil nueve, Allan Esteban Hidalgo Jiménez y Nathalia Sofía Alfaro Salas, constituyen World Treasure Consulting & Management S. A., que es nombre de fantasía. Plazo social: cien años, capital social: cien mil colones, dividido cien cuotas nominativas de mil colones cada una. Representación judicial y extrajudicial: Presidente. San José, diecisiete de agosto del año dos mil nueve.—Lic. María de los Ángeles Portela Rojas, Notaria.—1 vez.—(71610).
Por escritura número veinticinco, otorgada ante esta notaría a las trece horas del día catorce de agosto del año dos mil nueve, Allan Esteban Hidalgo Jiménez y Nathalia Sofía Alfaro Salas, constituyen Silverhand Solutions & Technology S. A., que es nombre de fantasía. Plazo social: cien años. Capital social: cien mil colones, dividido cien cuotas nominativas de mil colones cada una. Representación judicial y extrajudicial: Presidente.—San José, diecisiete de agosto del año dos mil nueve.—Lic. María de los Ángeles Portela Rojas, Notaria.—1 vez.—(71612).
Por escritura otorgada a las 10 horas del 02 de julio del 2009 se protocoliza acta de la sociedad Obed-Edon S. A., por escritura otorgada a las 11 horas del 17 de julio del 2009, protocolicé acta de la sociedad Agrícola Pascual Sandí S. A., y Sausalito XYZ S. A., a las 8 horas del 12 de agosto del 2009.—Lic. Ana Lucía Mora Badilla, Notaria.—1 vez.—(71615).
Mediante escritura 163 bis, del tomo sétimo de los protocolos de la notaria Rocío Córdoba Cambronero, de las 19:00 horas del día 07 de agosto del 2009, Cristian Loría Corrales, cédula: 2-507-784 y Edith Corrales Vargas, cédula: 2-302-280, constituyen sociedad anónima la misma tendrá como denominación social el número de cédula jurídica que el Registro Público según decreto ejecutivo número 33171-J del 14 de junio del 2006.—Lic. Rocío Córdoba Cambronero, Notaria.—1 vez.—(71618).
Por escritura número
187 otorgada ante la suscrita notaria a las 15:00 horas del 17 de agosto del
2009, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios
de la sociedad Industrias Lago Luna S. A., en los que se reforman las
cláusulas del domicilio y de la administración y representación. Domicilio: San
José, Bello Horizonte de Escazú, de
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó SEISA Servicios Electromecánicos Industriales Sociedad Anónima. Domicilio en Bagaces, Guanacaste. Plazo: noventa y nueve años. Capital: doce mil colones íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Manuel de Jesús Quesada Ugalde.—Liberia, Guanacaste, catorce de agosto del dos mil nueve.—Lic. Jorge Roberto Segnini Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 124090.—(71647).
Por escritura otorgada en mi notaría hoy a las 11:00 horas se constituyó la sociedad de esta plaza Don Teo A.B. S. A. Capital íntegramente suscrito y pagado. Objeto: la industria el comercio, la agricultura, la ganadería, la minería y la pesca en general. En forma especial se dedicará al diseño, construcción, comercialización y alquiler de casas de habitación. Plazo social noventa y nueve años contados a partir de hoy. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—San José, 14 de agosto del 2009.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—Nº 124092.—(71648).
Por escritura otorgada en mi notaría hoy a las 9:00 horas se constituyó la sociedad de esta plaza SHIKOBA S. A. Capital íntegramente suscrito y pagado. Objeto: la industria el comercio, la agricultura, la ganadería, la minería y la pesca en general. En forma especial se dedicará al diseño, construcción, comercialización y alquiler de casas de habitación. Plazo social noventa y nueve años contados a partir de hoy. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—San José, 14 de agosto del dos mil nueve.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—Nº 124093.—(71649).
Por escritura otorgada en mi notaría hoy a las 10:00 horas se constituyó la sociedad de esta plaza Haye J.B. S. A. Capital íntegramente suscrito y pagado. Objeto: la industria el comercio, la agricultura, la ganadería, la minería y la pesca en general. En forma especial se dedicará al diseño, construcción, comercialización y alquiler de casas de habitación. Plazo social noventa y nueve años contados a partir de hoy. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—San José, 14 de agosto del dos mil nueve.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—Nº 124095.—(71650).
Ante mí, José Luis Herrera Zúñiga, notario público de Puriscal, Rodolfo Sancho Sancho y Marina Mora Aguilar, constituyen Finca Mi Fortuna Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Puriscal, del Súper Belfort, ciento veinticinco metros este. Presidente: Rodolfo Sancho Sancho. Plazo social: 99 años.—Puriscal, 13 de agosto del 2009.—Lic. José Luis Herrera Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 124096.—(71651).
Se constituye sociedad Nury-Edwin & Familia por Siempre Sociedad Anónima, mediante escritura número doscientos noventa y uno ante la notaria Cinthya Villalobos Miranda, con fecha de las ocho horas del día dieciséis de agosto del año dos mil nueve. Es todo.—San José, 17 de agosto del 2009.—Lic. Cinthya Villalobos Miranda, Notaria.—1 vez.—Nº 124099.—(71652).
Mediante escritura número ciento ochenta y ocho, tomo uno de esta notaría, se constituyó la sociedad Bordados Costarricenses Embroidery Sociedad Anónima. Domicilio social en Tibás, San Juan del cementerio municipal, doscientos metros al este. Capital social: cien mil colones. Presidente: José Antonio Rodríguez Méndez.—San José, siete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Dennis León Chinchilla, Notario.—1 vez.—Nº 124103.—(71653).
Ante esta notaría a las diecinueve horas del día treinta de junio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Ganadera Lago-Dulce Sociedad Anónima.—Upala, catorce de setiembre del año dos mil nueve.—Lic. Carlos Luis Ramírez Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 124105.—(71654).
Ante esta notaría a
las diecinueve horas con treinta minutos del día veintiuno de mayo del dos mil
nueve, se constituyó una sociedad anónima de conformidad con el decreto número
tres tres uno siete uno-J, el cual fue publicado en
Según escritura número cuarenta de las doce horas diez minutos del catorce de agosto nueve, Cambio y Fuera S. A., acuerda modificar la cláusula de la administración, hace nuevos nombramientos y aumenta el capital social. Misma hora y fecha.—Lic. Rosa Guillermina Aguilar Ureña, Notaria.—1 vez.—Nº 124107.—(71656).
Según escritura número treinta y nueve, de las doce horas del catorce de agosto del dos mil nueve, Tecnillantas Sociedad Anónima, acuerda modificar la cláusula de la administración, hace nuevos nombramientos y aumenta el capital social. Misma hora y fecha.—Lic. Rosa Guillermina Aguilar Ureña, Notaria.—1 vez.—Nº 124108.—(71657).
Según escritura número
cuarenta y uno, de las doce horas veinte minutos del catorce de agosto del dos
mil nueve, Investigaciones Internacionales en Productos Naturales para
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 08 de julio del 2009, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta mil trescientos treinta y nueve sociedad anónima, se nombra nueva junta directiva y se modifica cláusula primera de nombre. Es todo.—San José, ocho de julio del dos mil nueve.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—Nº 124111.—(71659).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:00 horas del 16 de julio del 2009, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Real de Colima Hierro Fuerte Cero Veintitrés E-D-W Sociedad Anónima, se nombra nueva junta directiva, y se modifica cláusula de la administración. Es todo.—San José, quince de julio del dos mil nueve.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—Nº 124112.—(71660).
Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las dieciocho horas del día trece de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Martiqu the Best Sociedad Anónima. Es todo.—San José, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Juan Carlos González Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 124115.—(71661).
Por escritura otorgada
ante el suscrito notario a las diez horas del doce de agosto del dos mil nueve,
se constituyó la sociedad anónima Grupo S y S División Automotriz Sociedad
Anónima. Presidente: Hong Wang Wu Ng. Plazo: noventa y nueve años. Objeto:
comercio, industria, ganadería, agricultura. Capital: cincuenta mil colones
exactos. Domicilio. San José, Paseo de los Estudiantes, setenta metros sur de
Servicentro
Ante esta notaría se constituyó Repuestos Setrana del Este R.P. Capital: suscrito y debidamente cancelado.—23 de junio del 2009.—Lic. Jorge E. Rojas Villarreal, Notario.—1 vez.—Nº 124119.—(71663).
Por escritura 8-7, otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 10 de agosto del 2009, se constituyó la compañía cuya denominación será el número de cédula jurídica que asigne el Registro Nacional, domiciliada en Alajuela, Naranjo, San Juan frente a la plaza de deportes. Presidente: Francisco Solís Elizondo, cédula 2-303-290, apoderado generalísimo sin límite de suma.—Sarchí, 10 de agosto del 2009.—Lic. Máximo Corrales Vega, Notario.—1 vez.—Nº 124120.—(71664).
Ante esta notaría por escritura número ciento veintiséis de las ocho horas del doce de agosto del dos mil nueve del Condominio Horizontal Residencial Hacienda Lindora se procedió a hacer nombramiento de administrador.—San José, doce de agosto del dos mil nueve.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.—Nº 124121.—(71665).
Mediante escritura otorgada ante este notario a las 13:00 horas del 4 de agosto del 2009, se modifica la cláusula número uno de la razón social y se nombra nueva secretaria, de la sociedad Inmobiliaria Mano de Tigre PR S. A., cédula jurídica 3-101-4449862 (Prados del Río Rental S. A.).—Guanacaste, 4 de agosto del 2009.—Lic. Juan Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 124122.—(71666).
Ante mi notaría mediante escritura número cincuenta del trece de agosto del dos mil nueve del protocolo número sexto se procede a cambiar la cláusula número quinta del pacto constitutivo, cambiando el capital social de Equipo Médico Montes de Oca Sociedad Anónima.—San José, trece de agosto del dos mil nueve.—Lic. Mónica Zumbado Fallas, Notaria.—1 vez.—Nº 124123.—(71667).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10:30 del 4 de agosto del 2009, se modifica la cláusula octava de la administración y se nombra nuevos gerentes, de la sociedad Soñar Es Gratis Investments Ltda., cédula jurídica número 3-102-548176.—Guanacaste, 4 de agosto del 2009.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 124124.—(71668).
Mediante escritura otorgada ante este notario a las 12:30 horas del 4 de agosto del 2009, se modifica la cláusula número uno de la razón social y se nombra nueva secretaria, de la sociedad Inmobiliaria Flor de Luna PR S. A., cédula jurídica 3-101-447054 (Del Rio Realty S. A.).—Guanacaste, 4 de agosto del 2009.—Lic. Juan Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 124125.—(71669).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas del 4 de agosto del 2009, se modifica la cláusula octava de la administración y se nombra nuevos gerentes, de la sociedad Central America Dreams Ltda., cédula jurídica número 3-102-576403.—Guanacaste, 4 de agosto del 2009.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 124126.—(71670).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13:30 horas del 04 de agosto de 2009, se modifica la cláusula primera del pacto constitutivo “razón social”, la cláusula quinta “del capital social”, la cláusula segunda “del domicilio”, la cláusula sexta “del Concejo de Administración o Junta Directiva” y se nombra nueva junta directiva de la sociedad Sky Bridge Investments S. A., (6 Gun Gaming Internacional S. A.), cédula jurídica número 3-101-421220.—Guanacaste, 4 de agosto del 2009.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 124127.—(71671).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 04 de agosto del 2009, se modifica la cláusula octava dDe la administración” y se nombra nuevos gerentes de la sociedad Trae Spirit GTE Ltda., cédula jurídica número 3-102-576515.—Guanacaste, 4 de agosto del 2009.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 124128.—(71672).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:30 horas del 04 de agosto de 2009, se modifica la cláusula segunda “del domicilio” y la cláusula sétima “del consejo de administración o junta directiva” y se nombra nueva junta directiva de la sociedad 3-101-476771, cédula jurídica número 3-101-476771.—Guanacaste, 4 de agosto del 2009.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 124129.—(71673).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 4 de agosto del 2009, se modifica la cláusula número uno de la “razón social” y se nombra nueva secretaria de la sociedad Inmobiliaria Bijagua PR S. A., cédula jurídica 3-101-449947 (Pura Vida Vacations S. A.).—Guanacaste, 4 de agosto del 2009.—Lic. Juan Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 124130.—(71674).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:30 horas del 04 de agosto del 2009, se modifica la cláusula primera del pacto constitutivo “razón social”, la cláusula octava “de la administración” y se nombra nuevos gerentes de la sociedad The Fruit Loops TFL Investmentes Ltda., (Funding Allliance S.R.L.), cédula jurídica número 3-102-567049.—Guanacaste, 04 de agosto del 2009.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 124131.—(71675).
Por escritura otorgada en San José, a las veinte horas del día trece de agosto del año dos nueve, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la firma esta plaza Oropéndola Tres de Piedra Sociedad Anónima, en donde se reformó la cláusula novena del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—San José, trece de agosto del dos mil nueve.—Lic. Carlos Antillón Morera, Notario.—1 vez.—Nº 124132.—(71676).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, escritura número 79-4, de las 11:00 horas del 13 de agosto del 2009, se protocolizó acta de la sociedad 3-101-558638 S. A., en la cual se modificó la cláusula quinta del capital social y se nombró nueva junta directiva.—San José, 13 de agosto del 2009.—Lic. Max Barrientos Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 124136.—(71677).
Ante mí, Marco V. Chinchilla Sánchez, notario público se constituyó la sociedad anónima Autorepuestos Rojas Sociedad Anónima. Capital social: 100.000 colones. Presidente: Erick Rojas Guerrero, secretario: Fernando Rojas Lizano, ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—Aguas Zarcas, 12 de agosto del 2009.—Marco Vinicio Chinchilla Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 124138.—(71678).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del día catorce de agosto del dos mil nueve, número veintidós, folio diecisiete, tomo dos, la sociedad Zafiros Armi SRL., cédula jurídica tres-ciento dos-ochenta mil quinientos noventa y uno, nombra gerente y subgerente por el resto del plazo social.—Alajuela, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Ileana Sanabria Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 124143.—(71679).
Ante este notario se
constituyó Grandes Aventuras del Valle Sociedad Anónima,
domiciliada en San José, Moravia, San Vicente, de
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas de hoy, en San José, se constituyó sociedad anónima de conformidad con el artículo segundo del Decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Domicilio: San José. Capital: totalmente suscrito y pagado. Plazo: noventa años a partir de hoy. Representación judicial y extrajudicial de la sociedad: el presidente de la junta directiva.—San José, 13 de agosto del 2009.—Lic. José Alberto Tioli Ávila, Notario.—1 vez.—Nº 124148.—(71681).
Ante esta notaría, se constituyeron las sociedades: BarnaCosta SLJ S. A.; BarnaRica SLJ S. A.; RicaBarna SLJ S. A.; Gracia Rica SLJ S. A., y CostaBarna SLJ S. A.—San José, 17 de agosto del 2009.—Lic. Gonzalo Fajardo Lee, Notario.—1 vez.—Nº 124151.—(71682).
Mediante escritura número
69, del tomo 19 de mi protocolo, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria
Mediante escritura número 67, del tomo 19 de mi protocolo, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Orquídeas de Guanacaste J V Sociedad Anónima.—Guadalupe, 7 de agosto del 2009.—Lic. Aurelia Vargas Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 124153.—(71684).
Mediante escritura número 66, del tomo 19 de mi protocolo, se constituyó la sociedad denominada Personal Care PC JV S. A.—Guadalupe, 7 de agosto del 2009.—Lic. Aurelia Vargas Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 124155.—(71685).
Mediante escritura número 65, del tomo 19 de mi protocolo, se constituyó la sociedad denominada Mundo Cosmético J V Sociedad Anónima.—Guadalupe, 7 de agosto del 2009.—Lic. Aurelia Vargas Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 124156.—(71686).
Mediante escritura número 68, del tomo 19 de mi protocolo, se constituyó la sociedad denominada Corporación Maleku J V.—Guadalupe, 7 de agosto del 2009.—Lic. Aurelia Vargas Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 124157.—(71687).
Por escritura otorgada
ante mí, a las doce horas de hoy, en Ciudad Neily, se constituyó Agroindustrial
Soto & Núñez Sociedad Anónima. Domicilio: en
Ante mí, Carlos Fernández Vásquez, notario público, se protocolizó acta de nombramiento de nuevo gerente de la empresa Maquinaria Heguel Ltda., a la escritura 68 del tomo 19.—Palmares, 13:00 horas del 12 de agosto del 2009.—Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 124168.—(71689).
Mediante escritura otorgada a las doce horas treinta minutos del trece de agosto del dos mil nueve, ante mi notaría, se constituyeron dos sociedades de responsabilidad limitada, cuyos nombres serán asignados de oficio por el Registro de Personas Jurídicas, de conformidad con lo establecido por el Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J.—San José, 17 de agosto del 2009.—Lic. Juan Carlos Castro Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 124170.—(71690).
Ante esta notaría, a las once horas del catorce de agosto del dos mil nueve, se constituyó la empresa cuya denominación social va a ser el número de cédula jurídica y luego sociedad anónima, de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno. Capital social: diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 14 de agosto del 2009.—Lic. Javier Clot Barrientos, Notario.—1 vez.—Nº 124172.—(71691).
Ante esta notaría, a las doce horas del catorce de agosto del dos mil nueve, se constituyó la empresa cuya denominación social va a ser el número de cédula jurídica y luego sociedad anónima, de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno. Capital social: diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 14 de agosto del 2009.—Lic. Javier Clot Barrientos, Notario.—1 vez.—Nº 124173.—(71692).
Se hace saber que en mi notaría, a las trece horas con treinta minutos del catorce de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada J M S Asesores Informáticos de Costa Rica Sociedad Anónima, siendo su domicilio social en provincia San José, cantón Desamparados, distrito Gravillas, Urbanización Lomas de Salitral, casa número J-doscientos treinta y nueve, con un capital social de diez mil colones.—San José, 14 de agosto del 2009.—Lic. Silvia Alvarado Quijano, Notaria.—1 vez.—Nº 124174.—(71693).
El día de hoy, el suscrito notario público, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de sociedad Ganadera Los Claveles Limitada, celebrada a las trece horas del día veintidós de julio del dos mil nueve, mediante la cual se nombran gerentes, y se reforma la cláusula segunda del pacto social en cuanto al domicilio social.—San José, treinta de julio del dos mil nueve.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—Nº 124175.—(71694).
Por escritura otorgada ante mí, a las 14:15 horas del día 14 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad denominada Vox Maris Limitada. Capital social: diez mil colones. Representación: gerente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—San José, 17 de agosto del 2009.—Lic. Augusto José Rojas Trejos, Notario.—1 vez.—Nº 124176.—(71695).
Por escritura otorgada ante mí, a las 14:00 horas del día 14 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad denominada Old West Limitada. Capital social: diez mil colones. Representación: gerente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—San José, 17 de agosto del 2009.—Lic. Augusto José Rojas Trejos, Notario.—1 vez.—Nº 124177.—(71696).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas treinta minutos del 14 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad Consultores Tecnológicos Asociados de Costa Rica Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, un plazo de noventa y nueve años, y su domicilio en San José. Presidente: José Antonio Montoya Espinal.—San José, 17 de agosto del 2009.—Lic. Luis Gustavo Ocampo Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 124179.—(71697).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del 14 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad Ingeniería Total de Centroamérica Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, un plazo de noventa y nueve años, y su domicilio en San José. Presidente: Samuel Eduardo Rodríguez González.—San José, 17 de agosto del 2009.—Lic. Luis Gustavo Ocampo Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 124181.—(71698).
Mediante escritura número cuatrocientos siete, otorgada ante esta notaría, a las diecinueve horas del trece de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima de esta plaza denominada El Kilombo Sociedad Anónima. El presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, para Luis Ángel Segura Trejos. Con capital social de diez mil colones.—Guácimo, Limón, dieciséis de agosto del dos mil nueve.—Lic. Hermes Rodríguez Ríos, Notario.—1 vez.—Nº 124187.—(71699).
Ante el presente despacho, la entidad Inversiones Conjuntas Costa Rica para Denver Internacional Sociedad Anónima, modifica razón social, y se transforma a Transportes Privados M y M San Ramón Sociedad Anónima.—San Ramón, 14 de agosto del 2009.—Lic. Jorge Antonio Arias Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 124188.—(71700).
Ante el presente despacho, se establece sociedad que se denomina Propiedades Exitosas M y M Sociedad Anónima.—San Ramón, 14 de agosto del 2009.—Lic. Jorge Antonio Arias Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 124189.—(71701).
Ante el presente despacho, se establece sociedad que se denomina mediante su razón social. Plazo: 99 años.—San Ramón, 14 de agosto del 2009.—Lic. Jorge Antonio Arias Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 124190.—(71702).
Por escritura número ciento veintidós, otorgada ante mí, a las diez horas del ocho de agosto del dos mil nueve, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad Entretenimiento Virtual de Costa Rica S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y cinco mil doscientos setenta y dos.—San José, once de agosto del dos mil nueve.—Lic. Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, Notario.—1 vez.—Nº 124192.—(71703).
Por escritura número ciento veintiuno, otorgada ante mí, a las trece horas del once de agosto del dos mil nueve, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad Agencia Baum S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta y cinco mil cincuenta y uno.—San José, once de agosto del dos mil nueve.—Lic. Paola María Montealegre Sauma, Notaria.—1 vez.—Nº 124193.—(71704).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 10:00 horas del 10 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad Costa Rica Art Lodges S. A.—San José, 17 de agosto del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 124198.—(71705).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del catorce de agosto del dos mil nueve, Eurapartes Vega Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula segunda de pacto constitutivo en cuanto a domicilio. Es todo.—San José, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Ruth Alexandra Ramírez Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 124199.—(71706).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del catorce de agosto del dos mil nueve, Servicios Vega Sociedad de Responsabilidad Limitada. Se modifica la cláusula segunda de pacto constitutivo en cuanto a domicilio. Es todo.—San José, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Ruth Alexandra Ramírez Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 124200.—(71707).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las nueve horas del diez de agosto del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad anónima denominada Ríos Digitales Sociedad Anónima. Reforma cláusula vigésima, nombramiento de secretario.—San José, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Irina Castro Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 124201.—(71708).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del catorce de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima denominada BAOC Rentaequipos Sociedad Anónima.—Heredia, San Antonio de Belén, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Irina Castro Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 124202.—(71709).
Por escritura otorgada
en esta notaría, a las quince del día de hoy, se constituyó la sociedad Constructora
Yanganuco Pond C.Y.P. Sociedad de Responsabilidad Limitada, con domicilio
en Cartago,
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las ocho horas treinta minutos del catorce de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima denominada Baroca Constructores Sociedad Anónima.—Heredia, San Antonio de Belén, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Irina Castro Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 124204.—(71711).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas treinta minutos del ocho de julio del dos mil nueve, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada MGG Canvas del Norte Development Group S. A., en la cual se procede a aceptar la renuncia de la junta directiva en su totalidad, así como nombramiento de los nuevos, y como a reformar las cláusulas segunda y noventa del pacto constitutivo.—San José, catorce de agosto del dos mil nueve.—Lic. Minor Gómez Goicoechea, Notario.—1 vez.—Nº 124209.—(71712).
Por escritura número: cuarenta, otorgada ante mí, a las nueve horas con treinta minutos del catorce de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad CGM Grupo Digital Sociedad Anónima.—Lic. Carlos Fernando Hernández Aguiar, Notario.—1 vez.—Nº 124211.—(71713).
Mediante la escritura número dieciocho-trescientos quince, del protocolo dieciocho, del notario José Francisco Chaves Campos, se constituye la sociedad Desarrollo y Construcción DECON S. A. Capital: suscrito y pagado.—San José, 28 de julio del 2009.—Lic. José Francisco Chaves Campos, Notario.—1 vez.—Nº 124212.—(71714).
Mediante escritura número 10-38, otorgada a las 08:00 horas del 14 de agosto del 2009, en el tomo treinta y ocho, de la notaria Jenny Ramírez Robles en conotariado con el notario Carlos Madrigal Mora, se constituyó la sociedad Geriamed Sociedad Anónima. Capital social: de ciento doce mil colones.—San José, 14 de agosto del 2009.—Lic. Carlos Madrigal Mora, Notario.—1 vez.—Nº 124213.—(71715).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las diez horas del día dieciséis de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Fragola Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía.—San José, 16 de agosto del 2009.—Lic. Monikha Cedeño Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 124214.—(71716).
Por escritura cuatro de las ocho horas del trece de agosto del dos mil nueve, del tomo treinta y ocho, del protocolo de la notaria Jenny Ramírez Robles, se modifica la representación de junta directiva de la sociedad Kapritca Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y ocho mil cuatrocientos noventa y siete, por todo el plazo social.—San José, 13 de agosto del 2009.—Lic. Carlos Madrigal Mora, Notario.—1 vez.—Nº 124215.—(71717).
Ante esta notaría, a las 10:00 horas del 17 de agosto del 2009, mediante escritura Nº 123, se constituyó la sociedad (Decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, emitido por el Registro de Personas Jurídicas) sociedad anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones. Representación judicial y extrajudicial a cargo del presidente.—San José, 17 de agosto del 2009.—Lic. Edwin Rodrigo Masís Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 124216.—(71718).
Ante mí, Lic. Norma Sheyla Sotela Leiva, se constituyó Jungla es Pum Mono del Coco de Puerto Viejo C.R., M&V&D Sociedad Anónima, mediante escritura número ocho, del tomo tercero de mi protocolo, otorgada a las nueve horas con treinta minutos del doce de agosto del dos mil nueve. Capital social: suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial del presidente.—Lic. Norma Sheyla Sotela Leiva, Notaria.—1 vez.—Nº 124217.—(71719).
Ante mí, Lic. Norma Sheyla Sotela Leiva, se constituyó Jungla es Pum Oso del Coco de Bribrí M&V&D Sociedad Anónima, mediante escritura número diez, del tomo tercero de mi protocolo, otorgada a las diez horas del doce de agosto del dos mil nueve. Capital social: suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial del presidente y secretario.—Lic. Norma Sheyla Sotela Leiva, Notaria.—1 vez.—Nº 124218.—(71720).
Ante mí, Lic. Norma Sheyla Sotela Leiva, se constituyó Jungla es Pum del Coco de Bribrí M&V&D Sociedad Anónima, mediante escritura número once, del tomo tercero de mi protocolo, otorgada a las once horas del doce de agosto del dos mil nueve. Capital social: suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial del presidente y secretario.—Lic. Norma Sheyla Sotela Leiva, Notaria.—1 vez.—Nº 124219.—(71721).
Ante mí, Lic. Norma Sheyla Sotela Leiva, se constituyó Jungla es Pum Rana del Coco de Costa Rica M&V&D Sociedad Anónima, mediante escritura número seis, del tomo tercero de mi protocolo, otorgada a las ocho horas del doce de agosto del dos mil nueve. Capital social: suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial del presidente.—Lic. Norma Sheyla Sotela Leiva, Notaria.—1 vez.—Nº 124220.—(71722).
Ante mí, Lic. Norma Sheyla Sotela Leiva, se constituyó Jungla es Pum Aves del Coco de Puerto Viejo M&V&D Sociedad Anónima, mediante escritura número siete, del tomo tercero de mi protocolo, otorgada a las nueve horas del doce de agosto del dos mil nueve. Capital social: suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial del presidente.—Lic. Norma Sheyla Sotela Leiva, Notaria.—1 vez.—Nº 124221.—(71723).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10:00 horas del día 12 de agosto del 2009, se
constituyó la compañía denominada Transportes V Y G Sociedad Anónima.
Domiciliada: en Los Ángeles de
Por escritura otorgada a las ocho horas del trece de agosto del dos mil nueve, los señores Flora Eugenia; Juan Manuel; Carlos Enrique; Rosa María; Orlando Alberto y María Elizabeth Otárola Durán, constituyen la sociedad de responsabilidad limitada Propiedades Inmobiliarias Las Vecinas Sesenta y Nueve Limitada.—San José, 13 de agosto del 2009.—Lic. Roberto Suñol Prego, Notario.—1 vez.—Nº 124227.—(71726).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas del día doce de agosto del dos mil nueve, Flor Mora Fernández y Silvia Hidalgo Mora, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada denominada Alquileres Fiesta Sol JJM Ltda.—San José, trece de agosto del dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—Nº 124228.—(71727).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas quince minutos del día doce de agosto del dos mil nueve, Marcela Alarcón Rivera y Silvia Hidalgo Mora, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada denominada Jotcoco Textiles S&M Ltda.—San José, trece de agosto del dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—Nº 124229.—(71728).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas del día catorce de agosto del dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria de cuotistas de la sociedad denominada El Poro Cresta de Gallo PCG Ltda., donde se acuerda modificar las cláusulas primera, segunda, cuarta y novena de los estatutos, se acuerda agregar la cláusula décimo segunda, y se revocan y hacen nombramientos.—San José, catorce de agosto del dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—Nº 124230.—(71729).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del veintitrés de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Inversiones Josimal de Cartago Limitada. Jorge Eduardo Brenes González, gerente.—Lic. José Enrique Brenes Montero, Notario.—1 vez.—Nº 124232.—(71730).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del catorce de agosto del dos mil nueve, se reforma la cláusula quinta y décima primera del pacto social de la sociedad Grupo Dinatex S. A., se revocan nombramientos de junta directiva, y se hacen nuevos.—Lic. José Enrique Brenes Montero, Notario.—1 vez.—Nº 124233.—(71731).
Por escritura otorgada ante mí, a las 08:00 horas del 14 de agosto del 2009, Fernando Oviedo e Hijos S. A., reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo, para aumentar su capital social.—San José, 14 de agosto del 2009.—Lic. Guillermo Cornejo Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 124234.—(71732).
Freddy Armando Araya Rodríguez y Rosa Isela Araya Rodríguez, constituyen una sociedad anónima, cuya denominación social será su número de cédula jurídica, agregadas las palabras: sociedad anónima. Capital social: cuatro mil colones. Domicilio social: Las Brisas de Alfaro Ruiz, doscientos metros norte de Coopebrisas.—San José, 14 de agosto del 2009.—Lic. Gabriel Valenciano Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 124235.—(71733).
Ante esta notaría, se procedió reformar domicilio de la sociedad, y se procedió a nombrar nueva junta directiva de la sociedad Crucero de Caminos S. A.—San José, catorce de agosto del dos mil nueve.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—Nº 124237.—(71734).
Por medio de escritura número trescientos trece, del tomo cuarto del protocolo de la notaria Maricruz Sánchez Carro, se constituyó la sociedad Regalos de Dios Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuyos representantes son Kevin Moran y Zulma Nathalia Villamil Ruiz. Dicha sociedad tiene un capital social de diez mil colones, y un plazo social de cien años.—Alajuela, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—Nº 124238.—(71735).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario público, a las 18:00 horas del día 14 de agosto del 2009, se constituyó la compañía Minicar Sociedad Anónima. El presidente ostenta la representación judicial y extrajudicial de la compañía.—Heredia, 14 de agosto del 2009.—Lic. Eugenio Rodríguez Zumbado, Notario.—1 vez.—Nº 124239.—(71736).
Por escritura otorgada ante esta notaría, tres-ciento uno-quinientos sesenta y cinco doscientos ochenta y cuatro s. a., reforma la cláusula octava del pacto constitutivo, nombra nueva junta directiva y fiscal. Escritura otorgada a las 11:15 horas del 17 de agosto del 2009.—Lic. Enilda Gutiérrez Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 124243.—(71737).
Por escritura otorgada ante esta notaría, tres-ciento uno-quinientos sesenta y cinco mil trescientos sesenta y cuatro s. a., reforma la cláusula octava del pacto constitutivo, nombra nueva junta directiva y fiscal. Escritura otorgada a las 11:35 horas del 17 de agosto del 2009.—Lic. Enilda Gutiérrez Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 124244.—(71738).
Por escritura número 262, del tomo 16 de mi protocolo, se constituyó AEQUO Campos SUI Sociedad Anónima. Capital diez mil colones. Plazo: 99 años. Escritura otorgada a las 08:00 horas del 17 de agosto del 2009.—Lic. Lizeth Mata Serrano, Notaria.—1 vez.—Nº 124245.—(71739).
Por escritura número
ciento cincuenta y ocho, de las nueve horas del diecisiete de agosto, se
constituyó la sociedad Official Latin Angels Modeling Inc Sociedad Anónima,
y por escritura número ciento cincuenta y siete, de las ocho horas del
diecisiete de agosto, se constituyó una sociedad anónima de conformidad con lo
establecido por el artículo dos del Decreto número tres tres uno siete uno-J,
del veintinueve de mayo del dos mil seis, publicado en
Por escritura número treinta y cinco, otorgada ante mí, a las diez horas del siete de agosto del dos mil nueve, se constituye sociedad anónima, la cual tendrá como razón social el número de cédula jurídica de conformidad con el Decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Domicilio: San José. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años a partir de su constitución.—San José, siete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Hannia Mayela Cubero Li, Notaria.—1 vez.—Nº 124249.—(71741).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las once horas del trece de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Inversiones M.D.H.A. Sociedad Anónima. Socios: Harold Randall González Arguedas y Leisy Adriana Rosales Sevilla.—San José, 17 de agosto del 2009.—Lic. Mauricio Bolaños Argueta, Notario.—1 vez.—Nº 124251.—(71742).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del trece de agosto del dos mil nueve, se modifica la cláusula primera de la sociedad 3-102-563023 S.R.L., y se nombra nuevo gerente.—Palmares, 13 de agosto del 2009.—Lic. Mónica Romero Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 124253.—(71743).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las ocho horas del diecisiete de agosto del dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la empresa Inversiones Batava S. A., mediante la cual se modifican las cláusulas segunda, quinta y sexta del pacto social, se agrega cláusula décima primera, se revocan nombramientos de junta directa y fiscal, y se hacen nuevos. Se nombra agente residente.—San Pedro de Montes de Oca, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Juan José Echeverría Brealey, Notario.—1 vez.—Nº 124257.—(71744).
Por escritura otorgada
en esta notaría, se constituye la sociedad Agencia de Seguros
Protección de Vida Sociedad Anónima. Denominación autorizada por
Ante esta notaría a
las catorce horas treinta minutos del día once de agosto del dos mil nueve, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Freshman de Santa Cecilia
Sociedad Anónima, cuyo presidente es: William López Chévez. Domicilio:
Santa Cecilia de
Mediante escritura otorgada ante este notario a las 8:00 horas del 27 de julio del dos mil nueve. Se modifica la cláusula cuarta del capital social de la sociedad Productos Seleccionados Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ocho mil cuatrocientos cuarenta y ocho. Es todo.—Guanacaste, 27 de julio del 2009.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 124262.—(71747).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 14 de agosto del 2009, se constituyó Elite Master Group Emg Sociedad Anónima. Presidente Glen Starling Jiménez Marín.—San José, 17 de agosto del 2009.—Lic. Haidel Sequeira Guzmán, Notaria.—1 vez.—Nº 124263.—(71748).
Por instrumento público otorgado hoy ante mí a las 9:00 horas, protocolicé en lo conducente un acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Savings By Outsourcing Services Limitada, en la cual se acordó modificar la cláusula lª del pacto social, pasando la sociedad a denominarse Sos Care Limitada.—San José, 17 de agosto de 2009.—Randall Barquero León, Notario.—1 vez.—Nº 124264.—(71749).
Que mediante escritura otorgada el día 4 de agosto del dos mil nueve, se constituyó la persona jurídica Dolce Pink Models Sociedad Anónima, presidente apoderado generalísimo sin limitación de suma.—San José, 4 de agosto del 2009.—Lic. Marco Daniel Vindas Peña, Notario.—1 vez.—Nº 124265.—(71750).
Que mediante escritura otorgada el día doce de agosto del año dos mil nueve, se constituyó la persona jurídica Emporium Investment Sociedad Anónima, presidente y secretario apoderados generalísimos sin limitación de suma.—San José, 12 de agosto de 2009.—Lic. Marco Daniel Vindas Peña, Notario.—1 vez.—Nº 124266.—(71751).
Que mediante escritura otorgada el día doce de agosto del año dos mil nueve, se constituyó la persona jurídica Empire Investment Sociedad Anónima, presidente y secretario apoderados generalísimos sin limitación de suma.—San José, 12 de agosto del 2009.—Lic. Marco Daniel Vindas Peña, Notario.—1 vez.—Nº 124267.—(71752).
Que mediante escritura otorgada el día 4 de agosto del año dos mil nueve, se constituyó la persona jurídica De Coco Design Sociedad Anónima. Presidente apoderado generalísimo sin limitación de suma.—San José, 4 de agosto del 2009.—Lic. Marco Daniel Vindas Peña, Notario.—1 vez.—Nº 124268.—(71753).
Que mediante escritura
otorgada el día 4 de agosto del año dos mil nueve, se constituyó la persona
jurídica Kreatif S Y Sociedad Anónima, presidente y tesorero
apoderados generalísimos sin limitación de suma.—San José, 4 de agosto de
2009.—Lic. Marco Daniel Vindas
Peña, Notario.—1 vez.—Nº 124269.—(71754).
Por escritura número 72-6, protocolicé, acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Amedic Beta V S. A., mediante la cual se acordó: se acuerda por unanimidad de votos, transformar la sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada de acuerdo a las disposiciones del Código de Comercio.—San José, 13 de agosto del 2009.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—Nº 24270.—(71755).
Por escritura número 73-6, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Az Médica Tantanio S. A., mediante la cual se acordó: se acuerda por unanimidad de votos, transformar la sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada de acuerdo a las disposiciones del Código de Comercio.—San José, 13 de agosto del 2009.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—Nº 124271.—(71756).
Por escritura número 74-6, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Cormed Alfa V S. A., mediante la cual se acordó: se acuerda por unanimidad de votos, transformar la sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada de acuerdo a las disposiciones del Código de Comercio.—San José, 13 de agosto del 2009.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—Nº 124272.—(71757).
Por escritura número 75-6, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Medcosta Alfa X S. A., mediante la cual se acordó: se acuerda por unanimidad de votos, transformar la sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada de acuerdo a las disposiciones del Código de Comercio.—San José, 13 de agosto del 2009.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—Nº 124273.—(71758).
Por escritura número 76-6, protocolicé, acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Medikon Gama V S. A., mediante la cual se acordó: se acuerda por unanimidad de votos, transformar la sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada de acuerdo a las disposiciones del Código de Comercio.—San José, 13 de agosto del 2009.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—Nº 124274.—(71759).
Por escritura otorgada en esta notaría a las catorce horas del quince de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Golfo de Nicoya Playa Blanca Sociedad Anónima, capital social íntegramente suscrito y pago. Presidente: Shanna Zigan Ruegg.—Heredia, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Lourdes Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 124275.—(71760).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad HH RA Cing Powe R S Ystems S. A. Capital social: ¢50.000.—San José, 17 de agosto del 2009.—Lic. Ligia M. Bermúdez Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 124276.—(71761).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Costa Rica Paint And Body S. A. Capital social: ¢50.000.—San José, 17 de agosto del 2009.—Lic. Ligia M. Bermúdez Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 124277.—(71762).
Ante la notaría de
Por escritura otorgada a las diez horas del diecisiete de agosto del 2009, se constituyó Inversiones Yur-M Sociedad Anónima. Capital 10.000 colones, domicilio Desamparados, San Jerónimo, San José.—Lic. Rose Mary Zúñiga Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 124279.—(71764).
Ante esta notaría, por escritura número noventa y cinco del tomo primero de mi protocolo, otorgada a las once horas treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Agro Forestal Vega Villalobos Sociedad Anónima, persona jurídica con cédula tres-ciento uno-doscientos veintiocho mil ochocientos ochenta y ocho, donde se modificó las cláusulas segunda y tercera de los estatutos.—Cartago, 17 de agosto del 2009.—Lic. Bernal Enrique Chinchilla Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 124280.—(71765).
Ante esta notaría, por escritura número noventa y cuatro del tomo primero de mi protocolo, otorgada a las once horas del diecisiete de agosto del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Constructores y Consultores Jacsa Sociedad Anónima, persona jurídica con cédula tres-ciento uno-veintidós mil setecientos sesenta y dos, donde se modificó la cláusula sexta de los estatutos.—Cartago, 17 de agosto del 2009.—Lic. Bernal Enrique Chinchilla Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 124281.—(71766).
Hever Andrade Quiceno y Mauren Elena Chinchilla Gómez constituyen la sociedad Vougue Salón H. M. Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las 12:00 horas del 15 de junio del 2009.—Lic. Jorge Eduardo Bustamante Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 124282.—(71767).
Por escrituras de las 12:00 horas del 1º de agosto se protocoliza acta de asamblea de la sociedad 3102566199 Limitada y por escritura de las 10:00 horas del 17 de agosto se protocoliza acta de asamblea de la sociedad Condominio Belén Seis C Cádiz Sociedad Anónima, todas las anteriores del año 2009, en ambas se reforma cláusula de administración y se nombran gerentes y junta directiva. Es todo.—Jacó, 17 de agosto del 2009.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 124284.—(71768).
Ante esta notaría el día de hoy se constituyó la sociedad denominada FC Marketing Sociedad Anónima. Es todo.—Puntarenas, trece de agosto del dos mil nueve.—Lic. Víctor Herrera Flores, Notario.—1 vez.—Nº 124292.—(71769).
La suscrita notaria hace constar que por escritura otorgada en esta notaría el quince de agosto del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Inversiones y Colocaciones Mariangel Sociedad Anónima.—Quince de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Elena Mayela Arias Varela, Notaria.—1 vez.—Nº 124293.—(71770).
La suscrita notaria hace constar que por escritura otorgada en esta notaría el veintiocho de julio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Taller Alonso Carrocería y Mecánica Sociedad Anónima.—Veintiocho de julio del dos mil nueve.—Lic. Elena Mayela Arias Varela, Notaria.—1 vez.—Nº 124294.—(71771).
La suscrita notaria hace constar que por escritura otorgada en esta notaría el ocho de julio del año dos mil nueve se constituyó la sociedad denominada Chicharronera Chicharico Sociedad Anónima.—Quince de agosto del dos mil nueve.—Lic. Elena Mayela Arias Varela, Notaria.—1 vez.—Nº 124295.—(71772).
Por escritura número ciento veintidós otorgada ante mí, a las trece horas con quince minutos del once de agosto del dos mil nueve, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad Baumcorp S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta y ocho mil setecientos treinta.—San José, once de agosto del dos mil nueve.—Lic. Paola María Montealegre Sauma, Notaria.—1 vez.—Nº 124297.—(71773).
Ante esta notaría Luis Eduardo Chaves Vargas, 4-109-180 y Olga Marta Ulate Garro, cédula 4-124-530, constituyen sociedad denominada Inversiones Jomel S. A.—San José, 15 de agosto del 2009.—Lic. Edgar Hernández Mora, Notario.—1 vez.—Nº 124299.—(71774).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:10 horas del 14 de agosto del 2009, se protocoliza acta de asamblea de cuotistas de la sociedad Kormac Limitada donde se reforma la cláusula segunda.—14 de agosto del 2009.—Lic. Mauricio Campos Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 124301.—(71775).
Se corrige la razón social de la sociedad Asesores Financieros Jafex S. A., por Asesores Jafex Sociedad Anónima.—San José, 17 de agosto del dos mil nueve.—Lic. Fernando Ramírez Loría, Notario.—1 vez.—Nº 124304.—(71776).
En esta notaría, por escritura pública otorgada a las 17:00 horas del 13 de agosto del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria número tres de Plaza Price del Este S. A., en la que se modifica cláusula primera de los estatutos, en cuanto a su nombre.—San José, 13 de agosto del 2009.—Lic. Jenny Rosales Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 124305.—(71777).
Por escritura otorgada ante mí, se reforma cláusula segunda y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la sociedad Small Present Sociedad Anónima. Representada por su presidente Mario Esquivel Arroyo, como apoderado generalísimo sin límite de suma.—Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, catorce de agosto del dos mil nueve.—Lic. Eduardo Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 124306.—(71778).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad Grupo Comercial Hermanas Salas Sociedad Anónima. Representada por su Presidenta Evelyn Salas Vargas y su secretaria Virginia Vargas Vargas, como apoderadas generalísimas sin límite de suma. Capital social de diez mil colones y plazo social de noventa y nueve años.—Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela.—Catorce de agosto del dos mil nueve.—Lic. Eduardo Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 124307.—(71779).
Por escritura otorgada
ante mí, se constituyó la sociedad denominada Ofibodegas
Por escritura otorgada ante mí a las 12:00 horas del diecisiete de agosto del año 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Inmobiliaria Musart Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-409741, donde se nombró nuevo presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, además se nombró nuevo fiscal y agente residente. Se modificaron la cláusula segunda referente al domicilio social y la cláusula octava referente a la administración ambas del pacto social constitutivo.—San José, 17 de agosto del 2009.—Lic. Luis Gustavo Ocampo Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 124320.—(71781).
Por escritura número sesenta y cuatro, otorgada hoy ante mí, se constituyó Diosa de los Sueños S. A., con domicilio en esta ciudad y plazo de noventa y nueve años. Capital social suscrito y pagado, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones de valor nominal cada una. Representante legal: el presidente de la junta directiva, actuando en forma individual.—San José, 24 de julio del 2009.—Lic. Yanit Arias Herrera, Notaria.—1 vez.—Nº 124325.—(71782).
Por escritura número
sesenta y cinco, otorgada hoy ante mí, se constituyó Debajo de
Por escritura otorgada ante mí, Edwin Chacón Bolaños, se reformó la cláusula quinta del pacto social constitutivo de la sociedad Tecno Carrocerías Ebenezer Sociedad Anónima, aumentándose el capital social.—San José, 14 de agosto del 2009.—Lic. Edwin Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 124327.—(71784).
Ante el notario Álvaro Arguedas Durán, se constituye Reconsa Reconstructora de Motores S. A. Capital social la suma de diez mil colones, domicilio: San José, Alajuelita, cincuenta este de bomba Total.—San José, cinco de agosto del dos mil nueve.—Lic. Álvaro Arguedas Durán, Notario.—1 vez.—Nº 124328.—(71785).
Por escritura número
sesenta y tres-catorce, otorgada ante la notaria Lic. Laura Patricia Alvarado
Peñaranda, de las catorce horas del día catorce de agosto del año dos mil
nueve, se constituyó la sociedad Baytree Sociedad Anónima (Árbol
de Laurel Sociedad Anónima). Domicilio: Heredia, Sarapiquí,
Mediante escritura pública otorgada a las dieciséis horas del once de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Arrendadora LD Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente: Carlos González Méndez.—Lic. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 124335.—(71787).
Por escritura número setenta y tres-dieciocho otorgada ante los notarios públicos Jorge González Roesch y Juvenal Sánchez Zúñiga, actuando en el protocolo del primero, a las diez horas quince minutos del día diecisiete de agosto del año dos mil nueve, en donde se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad denominada Desarrollo Marítimo Coral Número Cuatro Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de agosto del 2009.—Lic. Jorge González Roesch, Notario.—1 vez.—(71876).
Por escritura número setenta y dos dieciocho otorgada ante los notarios Jorge González Roesch y Juvenal Sánchez Zúñiga, actuando en el protocolo del primero, a las diez horas del día diecisiete de agosto del dos mil nueve, se reforman las cláusulas segunda y sétima y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la compañía Kopar S. A.—San José, 17 de agosto del 209.—Lic. Jorge González Roesch, Notario.—1 vez.—(71877).
Por escritura otorgada ante la notaría de Walter Garita Quirós; César Cardozo y Bryan Acuña Loaiza constituyeron la sociedad denominada Mundo Pinball del Sur Limitada. Otorgada el diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Walter Garita Quirós, Notario.—1 vez.—(71882).
La suscrita notaria, a las 10:00 horas del 13 de agosto del 2009, hace constar que en el acta número uno, debidamente firmada, a las quince horas del diez de agosto del año dos mil nueve, se reforma el pacto constitutivo, el domicilio fiscal y representación judicial de la sociedad Atardeceres de Ponferrada Sociedad Anónima. Revocación y nuevos nombramientos de la junta directiva.—Es todo.—San José, 18 de agosto del año 2009.—Lic. Erika Esquivel Villalobos, Notaria.—1 vez.—(71896).
Ante mí, Roberto Romero Mora se otorga escritura número ciento nueve, al ser quince horas diez minutos del día dieciséis de julio del dos mil nueve, en donde se reforman cláusulas segunda, cuarta y octava de tres-ciento uno-quinientos sesenta y siete mil doscientos ochenta y cuatro sociedad anónima. Es todo.—San José, al ser quince horas quince minutos del día dieciséis de julio del dos mil nueve.—Lic. Roberto Romero Mora, Notario.—1 vez.—(71897).
Ante mí, Roberto Romero Mora, se otorga escritura número ciento doce, al ser quince horas cuarenta minutos del día dieciséis de julio del dos mil nueve, en donde se reforman cláusulas segunda, cuarta y octava de tres-ciento uno-quinientos veintiséis mil doscientos cincuenta y tres sociedad anónima. Es todo.—San José, al ser las quince horas cuarenta y cinco minutos del día dieciséis de julio del dos mil nueve.—Lic. Roberto Romero Mora, Notario.—1 vez.—(71898).
Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Hecaru de Goicoechea S. A., mediante los cuales, se modifican las cláusula cuarta y sexta del pacto constitutivo de la sociedad y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 31 de julio del 2009.—Lic. José Pablo Arauz Villarreal, Notario.—1 vez.—(72050).
Por escritura número ciento ochenta y tres otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, a las doce horas del día trece de abril del año dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Rancho Alegre de Mario Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, siendo el presidente de la sociedad el señor Mario Gurdian Morales.—Alajuela, diecisiete de agosto año dos mil nueve.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(72053).
Por escritura número ciento ochenta y tres otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, a las doce horas del día trece de abril del año dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Rancho Alegre de Los Chiquillos Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, siendo el presidente de la sociedad el señor Mario Gurdian Morales.—Alajuela, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(72054).
Por escritura número ciento ochenta y tres otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, a las doce horas del día trece de abril del año dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Rancho Alegre de Patricia Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, siendo el presidente de la sociedad el señor Mario Gurdian Morales.—Alajuela, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(72055).
Por escritura número ciento ochenta y tres otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, a las doce horas del día trece de abril del año dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Rancho Alegre de Guillermo Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, siendo el presidente de la sociedad el señor Mario Gurdian Morales.—Alajuela, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(72056).
Por escritura número cincuenta otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco se protocolizó el acta número tres de la asamblea extraordinaria de socios de Bos Diecisiete Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula sétima de la escritura de constitución, y nombra junta directiva.—Alajuela, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Nidia Isabel Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(72058).
Por escritura número cincuenta y uno otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco se protocolizó el acta número siete de la asamblea extraordinaria de socios de Hacienda Miramonte Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula sétima de la escritura de constitución, y se nombra junta directiva.—Alajuela, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Nidia Isabel Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(72059).
Ante esta notaría, se constituyó Italced Latinoamericana MVC Sociedad Anónima. Capital social cien mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio social San José. Plazo social noventa y nueve años.—San José, nueve horas del diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Ana Laura Mena Saborío, Notaria.—1 vez.—(72060).
Por escritura número cuarenta y ocho otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco se protocolizó el acta número tres de la asamblea extraordinaria de socios de Agroindustrial Montellano Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula sétima de la escritura de constitución, y se nombra junta directiva.—Alajuela, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Nidia Isabel Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(72061).
Por escritura número
cuarenta y nueve otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco se
protocolizó el acta número siete de la asamblea extraordinaria de socios de Finca
Ante esta notaría, se constituyó Fincorp Latinoamericana MVC Sociedad Anónima. Capital social cien mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio social San José. Plazo social noventa y nueve años.—San José, nueve horas del diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Ana Laura Mena Saborío, Notaria.—1 vez.—(72063).
Ante esta notaría, se constituyó Vista de Mar Latinoamericana MVC Sociedad Anónima. Capital social cien mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio social San José. Plazo social noventa y nueve años.—San José, nueve horas del diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Ana Laura Mena Saborío, Notaria.—1 vez.—(72064).
Por escritura número ciento ochenta y tres otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, a las doce horas del día trece de abril del año dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Rancho Alegre de Muriel Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, siendo el presidente de la sociedad el señor Mario Gurdian Morales.—Alajuela, diecisiete de agosto año dos mil nueve.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(72065).
Por escritura número ciento ochenta y tres otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, a las doce horas del día trece de abril del año dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Rancho Alegre de Eugenia Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, siendo el presidente de la sociedad el señor Mario Gurdian Morales.—Alajuela, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(72066).
Por escritura número ciento ochenta y tres otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, a las doce horas del día trece de abril del año dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Rancho Alegre de Mercedes Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, siendo el presidente de la sociedad el señor Mario Gurdian Morales.—Alajuela, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(72067).
Por escritura número ciento ochenta y tres otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, a las doce horas del día trece de abril del año dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Rancho Alegre de Mauricio Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, siendo el presidente de la sociedad el señor Mario Gurdián Morales.—Alajuela, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(72068).
Por escritura número ciento ochenta y tres otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, a las doce horas del día trece de abril del año dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Rancho Alegre de Marcela Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, siendo el presidente de la sociedad el señor Mario Gurdián Morales.—Alajuela, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(72069).
Por escritura número ciento ochenta y tres otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, a las doce horas del día trece de abril del año dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Rancho Alegre de Milena Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, siendo el presidente de la sociedad el señor Mario Gurdián Morales.—Alajuela, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(72070).
Por escritura número ciento ochenta y tres otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, a las doce horas del día trece de abril del año dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Rancho Alegre de Jorge Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, siendo el presidente de la sociedad el señor Mario Gurdián Morales.—Alajuela, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(72071).
Por escritura número ciento ochenta y tres otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, a las doce horas del día trece de abril del año dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Rancho Alegre de Sonia Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, siendo el presidente de la sociedad el señor Mario Gurdián Morales.—Alajuela, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(72072).
Por escritura número cincuenta y nueve otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, se protocolizó el acta número dos de la asamblea extraordinaria de socios de tres-ciento uno-cuatro nueve tres cero seis tres sociedad anónima, mediante la cual se modifica la cláusula sétima de la escritura de constitución, y se nombra junta directiva.—Alajuela, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Nidia Isabel Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(72075).
Por escritura número cuarenta y siete otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, se protocolizó el acta número dos de la asamblea extraordinaria de socios de tres-ciento uno-cuatro nueve dos cuatro cuatro cinco sociedad anónima, mediante la cual se modifica la cláusula sétima de la escritura de constitución, y se nombra junta directiva.—Alajuela, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Nidia Isabel Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(72110).
Se realiza la publicación de nuevo nombramiento de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de Saca Trading Group CR S. A.—San José, 18 de agosto del 2009.—Lic. Patricia Lizano Sánchez, Notaria.—1 vez.—(72140).
Ante esta notaría en
el día de hoy a las 15:00 horas, se constituyó la empresa denominada Electromecánica
Global Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Electromecánica Global
S. A., con un capital social de diez mil colones; y cuyo presidente es el
señor Norman Alvarado Chaves, con cédula 9-014-629, y con domicilio social en
Centro de Pavas, del Cementerio
Mediante escritura número 169, de folio 171 frente del tomo 02 de mi protocolo se ha constituido la empresa Tribeca Sociedad Anónima. Representación presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio: San José, avenida 2-0 calle 26_número 33.—San José, 11 de agosto del 2009.—Lic. Jorge Eduardo Ramos Ramos, Notario.—1 vez.—(72188).
Reinier Arturo Brenes Calvo, con la cédula número dos-seiscientos veintiocho-cero ochenta y uno, vecino de Fraijanes, Sabanilla de Alajuela cinco kilómetros al noroeste del parque Laguna y William Gerardo Moreira Delgado, con la cédula número uno-mil doscientos ochenta y siete-cuatrocientos noventa y cinco, vecino de Sabana Redonda de Poás Alajuela frente al Ebais. Que constituyen Aluminios y Vidrios ALUVI Sociedad de Responsabilidad Limitada, otorgada a las catorce horas del quince de agosto del dos mil nueve.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 124337.—(72190).
La sociedad Servicios de Flotilla de J.C. Limitada, modifica pacto social, mediante escritura de las 9:00 horas del día 17 de agosto del año 2009.—Lic. Alberto Baraquiso Leitón, Notario.—1 vez.—Nº 124338.—(72191).
Ante la notaría del Lic. Audrys Esquivel Jiménez, se otorgó la escritura número treinta y dos del tomo veintidós se constituyó la sociedad Hermanas Villalobos Mena S. A.—Santa Ana, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 124341.—(72192).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario en San Isidro de El General, a las 7:30 horas del 16 de agosto del 2009, la sociedad Morales y Ramírez S. A., designó como presidente a Alberto José Morales Ramírez, por el resto del plazo social.—San Isidro de El General, 17 de agosto del 2009.—Lic. Jorge Enrique Infante Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 124343.—(72193).
Por escritura de las 16:00 horas de hoy, se constituye la sociedad Inversiones Arce y Lobo Sociedad Anónima, y se nombra junta directiva. Presidente: Leonard Lobo Guadamuz. Capital social: 10.000,00 colones. Plazo social: 99 años.—San Isidro de Pérez Zeledón, 17 de agosto del 2009.—Lic. Lisbeth Fallas Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 124345.—(72194).
Por escritura de las 16:10 horas del 17 de agosto del 2009, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la empresa Deep Forest of Pacific S. A., en la que se reforma la cláusula octava de los estatutos; y se elige nueva secretaria.—Lic. Miguel Salazar Gamboa, Notario.—1 vez.—Nº 124347.—(72195).
Por escritura de las 15:50 horas del 17 de agosto del 2009, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la empresa Greenworks S. A., en la que se reforma la cláusula octava de los estatutos; y se elige nueva secretaria.—Lic. Miguel Salazar Gamboa, Notario.—1 vez.—Nº 124348.—(72196).
Por escritura número ciento veintinueve-dos, otorgada ante la suscrita a las diecisiete horas del veinticuatro de abril del dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Caraluna de Occidente Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos setenta y un mil novecientos cuarenta y tres, en donde se modifica la forma de representación y el domicilio social.—Lic. Kattia Barahona Segnini, Notaria.—1 vez.—Nº 124352.—(72197).
Por escritura otorgada
ante mí, a las dieciocho horas del doce de agosto del dos mil nueve, se
constituyó la sociedad Inversiones JJ de
Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del dos de julio del dos mil nueve, se constituyó Grupo Agrícola Irazú. Domicilio social: Cartago, ciento veinticinco metros norte del antiguo City Garden. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Junta directiva: presidente, secretario y tesorero. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Lic. Jorge Isaac Solano Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 124359.—(72199).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del diecisiete de julio del dos mil nueve, se constituyó Exportaciones Agrícolas Irazú Sociedad Anónima. Domicilio social: Cartago, ciento veinticinco metros norte del antiguo City Garden. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Junta directiva: presidente, secretario y tesorero. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Lic. Jorge Isaac Solano Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 124360.—(72200).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las diecinueve horas treinta minutos del trece de agosto del dos mil nueve, se constituyó IMSA Inmobiliaria Sociedad Anónima. Domicilio social: Cartago, urbanización Mariangeles, del servicentro Los Ángeles doscientos metros norte y setenta y cinco metros este. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Junta directiva: presidente y secretario y tesorero. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Jorge Isaac Solano Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 124362.—(72201).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del diecisiete de julio de dos mil nueve, se constituyó Agroindustrial Irazú Sociedad Anónima. Domicilio social: Cartago, ciento veinticinco metros norte del antiguo City Garden. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Junta directiva: presidente, secretario y tesorero. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Lic. Jorge Isaac Solano Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 124363.—(72202).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas treinta minutos del diecisiete de julio del dos mil nueve, se constituyó Grupo Ganadero Irazú Sociedad Anónima. Domicilio social: Cartago, ciento veinticinco metros norte del antiguo City Garden. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Junta directiva: presidente, secretario y tesorero. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Lic. Jorge Isaac Solano Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 124364.—(72203).
Por escritura ante mí, Mauricio José Molina Valverde, de las 12:00 horas del 17 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad denominada Condominio Bosque Esc Lote Catorce S. A. Capital social: 10,000 colones. Presidente: Jorge Eduardo Rivera Pérez.—San José, 19 de agosto del 2009.—Lic. Mauricio José Molina Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 124366.—(72204).
Que mediante escritura número ciento ochenta y uno, ante la notaría Judyth Ramírez Morera, se constituyó la sociedad Bavakallu Sociedad Anónima. Presidente: Chun Wen Yu Yu, c.c Linda Yu Yu, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones.—Puntarenas, diecisiete de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Judyth Ramírez Morera, Notaria.—1 vez.—Nº 124368.—(72205).
Que mediante escritura número ciento ochenta y dos, ante la notaria Judyth Ramírez Morera, se constituyó la sociedad Tankan Sociedad Anónima. Presidente: Hung Cheng Wang Shih, c.c Hugo Wang Shih, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones.—Puntarenas, diecisiete de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Judyth Ramírez Morera, Notaria.—1 vez.—Nº 124369.—(72206).
Que mediante escritura número ciento ochenta y tres, ante la notaria Judyth Ramírez Morera, se constituyó la sociedad Corporación H.C.F. Sociedad Anónima. Presidente: Hung Cheng Wang Shih, c.c Hugo Wang Shih, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones.—Puntarenas, diecisiete de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Judyth Ramírez Morera, Notaria.—1 vez.—Nº 124370.—(72207).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del diecisiete de agosto del año dos mil nueve, José Luis Rodríguez Sanches y Manuel Antonio Gómez Ordoñes, constituyen la sociedad denominada Constructora A& A de Costa Rica Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse las últimas dos palabras S. A. Domicilio social será en San José, San Francisco de Dos Ríos, casa quinientos ochenta y cuatro. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa años. Secretario: José Luis Rodríguez Sanches. Presidente: Manuel Antonio Gómez Ordoñes, ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, diecisiete de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Miguel A. Alpízar Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 124372.—(72208).
Por escritura otorgada en esta fecha ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Sabana Real State S. A. Capital social un millón doscientos mil colones.—San José, veintiuno de julio del dos mil nueve.—Lic. José Adolfo Borge Lobo, Notario.—1 vez.—Nº 124373.—(72209).
Por escritura otorgada en esta fecha ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Corporación de Negocios y Desarrollo CND S. A. Capital social: Un millón doscientos mil colones.—San José, veintiuno de julio del dos mil nueve.—Lic. José Adolfo Borge Lobo, Notario.—1 vez.—Nº 124374.—(72210).
La suscrita notaria hace constar que en esta notaría se constituyó la empresa denominada Triton Sociedad Anónima. Plazo: social: 99 años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, quien podrá actuar sola, domiciliada en la ciudad de Puntarenas, El Cocal costado norte del Instituto Nacional de Aprendizaje. Objeto: principal el comercio en general. El presidente y tesorero apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente.—17 de agosto del 2009.—Lic. Chandy Mora Umaña, Notaria.—1 vez.—Nº 124375.—(72211).
Por escritura otorgada
ante mí, Nidia Arias Vindas a las 14:00 horas del 3 de agosto del 2009, se
constituyó Inversiones Huacas de
Farmavox Int S. A., modifica cláusula sexta del pacto social.—Flores, 17 de agosto del 2009.—Lic. Nidia Arias Vindas, Notaria.—1 vez.—Nº 124377.—(72213).
El suscrito notario, por escritura número 60-37, otorgada a las 15:00 horas del 17 de julio de 2009, se modifican las cláusulas 2, 3, 5, 8, 9, 15 nombran junta directiva de la sociedad Nuestra Herencia S. A.—San José, 21 de julio de 2009.—Lic. Rolando Tellini Duarte, Notario.—1 vez.—Nº 124378.—(72214).
Por escritura número cincuenta y nueve otorgada ante mi notaría, a las quince horas del diecisiete de agosto del año curso, se constituyó Desarrollos Arquitectónicos del Barrio San José S. A. Con domicilio en Heredia. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado.—Heredia, 17 de agosto del 2009.—Lic. Guillermo Salas Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 124379.—(72215).
Por escritura 008,
otorgada ante esta notaría, al ser las 16:00 del día 17 de agosto de 2009, se
constituyó la sociedad anónima la cual llevará como razón social el mismo
número de cédula jurídica, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto
número 33171-J en su artículo dos, publicado en
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Las Vistas Lote Ochocientos Veinticinco Sociedad Anónima. Nombrándose como presidenta a la señora Carmen Victoria Ugalde Umaña. Es todo.—San José, quince horas, cuarenta minutos del diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Julissa Sánchez Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 124383.—(72217).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del diecisiete de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Las Vistas Lote Ochocientos Veintiséis Sociedad Anónima. Nombrándose como presidenta a la señora Carmen Victoria Ugalde Umaña. Es todo.—San José, quince horas del diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Julissa Sánchez Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 124384.—(72218).
Por acuerdo unánime de socios, en asamblea general extraordinaria de la sociedad Musical Violín Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica Nº 3-101-486501, celebrada en su domicilio social a las 15:00 horas del 9 de marzo del 2009, se reformó la cláusula sexta del pacto social y también se nombró vicepresidente y prosecretaria de la junta directiva. Acta protocolizada en San José, a las 12:00 horas del 13 de agosto del dos mil nueve.—Lic. Grettel Caldera Schaubeck, Notaria.—1 vez.—Nº 124385.—(72219).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Macavi Lote Ciento Ochenta y Ocho Sociedad Anónima. Nombrándose como presidente al señor Manfred Xirinachs Jiménez. Es todo.—San José, dieciséis horas del diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Julissa Sánchez Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 124386.—(72220).
Por escritura otorgada
hoy ante mí, se constituyó Spoken Photos Sociedad Anónima, que es nombre
de fantasía. Domicilio: provincia de San José, cantón 09, distrito 03, Eco
Residencial Villa Real Nº I-18, pudiendo establecer agencias o sucursales en
cualquier lugar de
Por escritura otorgada
hoy ante mí, se constituyó Spoken Paradise Sociedad Anónima, que es
nombre de fantasía. Domicilio: provincia de San José, cantón 09, distrito 03,
Eco Residencial Villa Real Nº I-18, pudiendo establecer agencias o sucursales
en cualquier lugar de
Por escritura otorgada
hoy ante mí, se constituyó Tranquility Paradise Sociedad Anónima, que es
nombre de fantasía. Domicilio: provincia de San José, cantón 09, distrito 03,
Eco Residencial Villa Real Nº I-18, pudiendo establecer agencias o sucursales
en cualquier lugar de
Ante esta notaría, a las doce horas del once de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Schmidt & Mangold Limitada. Gerentes: Sandy Katrin Schmidt y Timo Mangold. Capital social: cien mil colones.—San José, catorce de agosto del 2009.—Lic. Giovanni Ruiz Mata, Notario.—1 vez.—Nº 124390.—(72224).
Mediante escritura número doscientos cincuenta y dos del tomo doce de mi protocolo se modificó la cláusula sexta de la modificación de la administración de la empresa Grupo Juaboran Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-576977.—Lic. Andrés de Jesús González López, Notario.—1 vez.—Nº 124391.—(72225).
Mediante escritura número treinta y siete del tomo veintidós de mi protocolo, se constituyó la empresa Construcciones Alameflo Sociedad Anónima. Con plazo social de doscientos años vista.—Lic. Miguel Ángel Vásquez López, Notario.—1 vez.—Nº 124392.—(72226).
Mediante escritura número treinta y ocho del tomo veintidós de mi protocolo, se constituyó una empresa la cual por el Decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J de fecha catorce de junio de dos mil seis, no llevará nombre hasta el momento de su inscripción, debido a que este será el número de cédula jurídica que se le llegue a asignar en el Registro Nacional, agregándosele el aditivo sociedad anónima. Con plazo social de doscientos años vista.—Lic. Miguel Ángel Vásquez López, Notario.—1 vez.—Nº 124393.—(72227).
El suscrito notario hace constar que ante esta notaría, al ser las ocho horas del veintiocho de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Inversiones Simor S & M S. A. Capital social: suscrito y pagado. Domicilio: Liberia, Guanacaste. Presidente: Julio Enrique Sirias Sandoval.—Liberia, veintiocho de julio del dos mil nueve.—Lic. Eric Badilla Córdoba, Notario.—1 vez.—Nº 124399.—(72228).
Por escritura noventa, del tomo veinticinco otorgada ante mí el día de hoy, se constituyó una sociedad anónima, cuyo nombre será asignado por el Registro Público mediante el número de cédula jurídica asignado más las palabras sociedad anónima. Presidente: Einer Ureña Picado. Plazo noventa y nueve años. Capital social: doce mil colones.—San Isidro de El General, 17 de agosto dos mil nueve.—Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario.—1 vez.—Nº 124403.—(72229).
Por escritura otorgada ante mí, las sociedades Mares de Saturno S. A., Bella Abadia S. A., reforman la cláusula sexta del pacto social correspondiendo al presidente, representación judicial y extrajudicial de la compañía, con las facultades de apoderado generalísimo, sin límite de suma. La compañía Estrellas de Platino S. A., reforma la cláusula sétima del pacto social para que en lo sucesivo el presidente, tenga la representación judicial y extrajudicial de la compañía, con las facultades de apoderado generalísimo, sin límite de suma.—San José, 17 de agosto del 2009.—Lic. Kattya Villegas Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 124407.—(72230).
Por escritura otorgada
ante mi notaría en San José, a las 10:00 horas del día de hoy, se constituyó la
sociedad Producciones
Se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios, ante mi notaría en San José, a las 10:30 horas del día de hoy, se modificó la cláusula segunda del domicilio: Domiciliada en ciudadela Calderón Muñoz, costado norte entrada principal de los Multifamiliares, casa número siete de la sociedad Diseño Editorial M & F Sociedad Anónima, y se otorga poder generalísimo sin límite de suma. Domicilio San José.—San José, 3 de agosto del dos mil nueve.—Lic. Edward Monge Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 124412.—(72232).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del diecisiete de agosto del dos mil nueve, protocolicé asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Arapacis Altos Doscientos Noventa y Cuatro S. A., en la cual se reforma la cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo, se revoca nombramiento de fiscal, se nombra nuevo y se otorgan dos poderes generalísimos sin límite de suma y un poder general judicial.—San José, 18 de agosto de 2009.—Lic. Orlando José Díaz Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 124417.—(72233).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las 08:00 horas del 14 de agosto del 2009, se protocolizó acta de la sociedad Multiservicos H S G. S. A., en la cual se nombra junta directiva y fiscal y se reforma la cláusula cuarta del pacto constitutivo.—Lic. Braulio Enrique Sánchez González, Notario.—1 vez.—Nº 124418.—(72234).
Por escritura otorgada
ante la suscrita notaria, a las diez horas del dieciséis de julio del dos mil
nueve, se constituyó la sociedad denominada
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las diecinueve horas del día trece de agosto del año en
curso, se constituye la sociedad denominada Adagio de Sonata Sociedad
Anónima, pudiendo abreviarse en su aditamento S. A.—San José, a las once
horas con cuarenta y cinco minutos del diecisiete de agosto del dos mil
nueve.—Lic. Daniel de
Seguridad Rago S. A., modifica cláusula 2 de los estatutos: del domicilio. Nombramiento de nueva junta directiva. Escritura Nº 140 de las 15:00 horas del 10 de agosto del 2009.—Lic. Jorge Enrique Peña Quijano, Notario.—1 vez.—Nº 124425.—(72237).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las veinte horas del día trece de agosto del año en curso,
se protocoliza el acta número cinco de la sociedad denominada II Alianza
para el Desarrollo Inmobiliario A.D.I. Sociedad Anónima, donde se toman los
siguientes acuerdos: se reforma la cláusula sexta y se hacen nombramientos de
junta directiva.—San José, a las quince horas con diez minutos del diecisiete
de agosto del dos mil nueve.—Lic. Daniel de
Christel Hering
Palomar y Judith López Vargas constituyen Iure et de Iure International Law
Firm S. A. Capital social: cincuenta mil colones. Plazo: noventa y nueve
años. Domicilio: San José,
Gloria Peña Quijano y
Piedad María Peña Quijano, constituyen Gloria de
Mayecorp S. A., modifica cláusulas segunda y sexta de los estatutos. Nombramiento de nueva junta directiva. Escritura Nº 134 de las 09:00 horas del 6 de agosto del 2009.—Lic. Jorge Enrique Peña Quijano, Notario.—1 vez.—Nº 124429.—(72241).
A las 11:00 horas del
7 de agosto de 2009, se modifica cláusula cuarta de la sociedad
A las 09:00 horas del 14 de agosto de 2009, se modifica cláusula primera: nombre de la sociedad Cincuenta JBC Marmol S.R.L. con cédula de persona jurídica número 3-102-459475, se llamará en adelante Centro Ejecutivo Equinox S.R.L.—San José, 17 de agosto de 2009.—Lic. Yaroly Cole Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 124435.—(72243).
Por escritura otorgada a las 15:00 horas del 9 de agosto de 2009, ante esta notaría, los señores Jurgen Jakob Thie, José Mauricio Quesada Jiménez, Ángela Mekertichian y Karol Cartín Villalobos, constituyen la sociedad denominada Wireless Engineering de Costa Rica S. A. Objeto: comercio en general. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente: José Mauricio Quesada Jiménez.—San José, 17 de agosto de 2009.—Lic. José Antonio Ortiz Mora, Notario.—1 vez.—Nº 124437.—(72244).
Ante mí, María Isabel Bonilla Arroyo, notaria pública, se constituyó la sociedad denominada Agrícola Futuro E Y C Sociedad Anónima. Cuyo presidente es Edward Nayib Díaz Vásquez. Con un total de capital social por la suma de diez mil colones. Domicilio: su domicilio social será en San José, cantón Desamparados, de la clínica Marcial Fallas; setenta y cinco metros al oeste, condominio Villa Bravo. Plazo social: noventa y nueve años. Otorgada en San José, a las nueve horas del treinta y uno de julio de dos mil nueve. Es todo.—San José, dieciocho de agosto de dos mil nueve.—Lic. María Isabel Bonilla Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 124438.—(72245).
La suscrita notaría hace constar que el día dieciocho de julio del dos mil nueve, se ha constituido la sociedad denominada Bragoacha Sociedad Anónima. Siendo su presidenta: Carmen González Chaverri, cédula de identidad número cuatro-ciento treinta y ocho-cero setenta y nueve y el capital social de cuatro mil colones.—Ciudad Quesada, catorce de agosto del dos mil nueve.—Licenciada Heylen Zamora Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 124439.—(72246).
Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría, a las ocho horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general de Sembrando S. A., celebrada a las nueve horas del diez de agosto en curso, mediante la cual fueron reformadas cláusulas segunda y sétima del pacto social, se designó presidente y secretario y se tomaron otros acuerdos.—San José, 14 de agosto de 2009.—Lic. Luis Diego Acuña Delcore, Notario.—1 vez.—Nº 124440.—(72247).
Por escritura número ciento noventa y cuatro, otorgada ante esta notaría el día de hoy al ser las veinte horas, se ha constituido la sociedad denominada Taxis Unidos Oromontados S. A. Presidente es Jorge Luis Alpízar Carmona. Capital social es de veinte mil colones y el plazo es de noventa y nueve años. Domicilio: vecina de urbanización Don Carlos, casa número ocho, Miramar, Puntarenas.—Diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Shirley Ávila Cortés, Notaria.—1 vez.—Nº 124441.—(72248).
Luis Ángel Sánchez Vargas y Luis Alfonso Sánchez Solís, constituyen sociedad Servicios Técnicos Sánchez Vargas Sociedad Anónima aditamento S. A. Presidente es apoderado generalísimo sin límite de suma. Escritura número doscientos diecisiete del tomo seis visible a folio ciento tres frente y vuelto y ciento cuatro frente y vuelto de las diecinueve horas, treinta minutos del trece de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Sandra Obando Juárez, Notaria.—1 vez.—Nº 124443.—(72249).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del día dieciséis de agosto del año dos mil nueve, se constituye la sociedad de este domicilio Kidz Fashion Desing Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Representación: presidente y secretario.—Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario.—1 vez.—Nº 124444.—(72250).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del día catorce de agosto del año dos mil nueve, se constituye la sociedad de este domicilio Lanadas Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Representación: presidente.—Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario.—1 vez.—Nº 124445.—(72251).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del siete de agosto del dos mil nueve, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la compañía denominada Bodegas Belén Sociedad Anónima, por medio de la cual se reforma la cláusula sexta del pacto social de constitución y se hacen nuevos nombramientos. Es todo.—San José, siete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Silvia Patricia Cordero Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 124447.—(72252).
El día 17 de agosto del año 2009, 3-101-489355 Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-489355, procedió a reformar la cláusula octava del pacto constitutivo, con relación a la representación de la sociedad. Dicha reforma fue protocolizada mediante escritura 244-18, visible al folio 107 vuelto del tomo 18 del protocolo, con fecha 14:00 horas del día 17 de agosto del año 2009.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—Nº 124451.—(72253).
El día de hoy ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Mia-Isabel C. R. Sociedad Anónima S. A. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Manfred Clausen Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 124453.—(72254).
Por escritura otorgada ante mí, a las 18:00 horas del día de hoy se constituyó la empresa que se denomina Paseo del Sena S. A. Capital social: totalmente suscrito y pago. Junta directiva: presidente, secretario y tesorero.—San José, 21 de julio del 2009.—Lic. Loana Leitón Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 124455.—(72255).
Por escritura otorgada ante mí, a las 18:30 horas del día de hoy se constituyó la empresa que se denomina El Arte Gótico Europeo S. A. Capital social: totalmente suscrito y pago. Junta directiva: presidente, secretario y tesorero.—San José, 21 de julio del 2009.—Lic. Loana Leitón Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 124456.—(72256).
Por escritura número once, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del diecinueve de junio del dos mil nueve, se modifican las cláusulas primera y sexta de la sociedad denominada Matsa de Costa Rica Sociedad Anónima.—Alajuela, diecisiete de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Rita María Salazar Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 124457.—(72257).
Mediante escritura número trescientos treinta y uno, tomo décimo del notario Ronald González Calderón, se modifica cláusula novena de la sociedad de esta plaza denominada Sala de Belleza y Estética Génesis S.A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro nueve nueve cinco nueve dos.—San José, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Ronald González Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 124459.—(72258).
Por escritura otorgada a las 9:00 horas del 23 de julio del 2009, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Consota S. A. Corresponde al presidente la representación legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Mario Alberto Marín Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 124460.—(72259).
Por escritura pública de las ocho horas del tres de agosto del dos mil nueve y otorgada ante el notario público Abraham Stern Feterman en co-notariado con la licenciada Violeta Rojas Soza, se constituyó la sociedad anónima Moto Media Group M.M.G. Sociedad Anónima. Con domicilio social en San José. Plazo social: cien años. Capital social de diez mil colones. Representación le corresponde al presidente y secretario de la junta directiva actuando separadamente. Es todo.—San José, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Violeta Rojas Soza, Notaria.—1 vez.—Nº 124462.—(72260).
Por escritura otorgada
ante mi notaría, de las 11:00 horas del 13 de agosto del 2009, Ivannia María
Salas Bogantes y Adriana López Chaves constituyeron una sociedad anónima cuya
denominación social será conforme lo dispone el artículo dos del Decreto
Ejecutivo Nº 33171-J. Dicha sociedad tendrá su domicilio en Pavas, San José,
Ante esta notaría, se protocolizó acta de la sociedad anónima Tecnología Maral S. A., a las 11:00 horas del 5 de agosto del año 2009, mediante la cual se reforma la cláusula quinta sobre el capital social, siendo actualmente entonces su capital social la suma de veintiséis millones de colones.—San José, 13 de agosto del 2009.—Lic. Olga Margarita Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 124467.—(72262).
Por escritura protocolizada hoy, a las 12:00 horas se reformó la cláusula 6 del pacto constitutivo de Ubertas Domus Limitada.—San José, 10 de agosto del 2009.—Lic. Rodrigo Solano Sabatier, Notario.—1 vez.—Nº 124472.—(72263).
A las ocho horas del dieciocho de agosto del dos mil nueve, la sociedad Arrendadora Casa Credi Crédito Sociedad Anónima, modificó la cláusula décima segunda.—San José, dieciocho de agosto del dos mil nueve.—Lic. Javier Carvajal Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 124473.—(72264).
El suscrito notario, hago constar que en escritura pública trescientos quince, otorgada en esta notaría en conotariado con la notario Oky Campos Rodríguez en su protocolo, a las 12:00 horas del 3 de agosto del 2009, se ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria denominada número dos de compañía Trasportes Terrestres Alepo S.A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos catorce mil ochocientos setenta y siete. Domiciliada en Lourdes de Cartago; doscientos metros sur y doscientos metros oeste de iglesia: en la que se reforma del pacto constitutivo, ello en la cláusula novena y cambios de miembros junta directiva.—Palmares de Alajuela, 3 de agosto del 2009.—Lic. Jorge Fabricio Fernández Mayorga, Notario.—1 vez.—Nº 124474.—(72265).
El suscrito notario, hago constar que en escritura pública treinta y uno ante mí, en mí protocolo; misma otorgada, a las 17:30 horas del 13 de junio del 2008, Odir Gerardo Rojas Brenes e Ilse Mayela Méndez Hidalgo; han constituido la sociedad denominada Inversiones Romesa OIG S. A. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio: en la ciudad de Palmares, Alajuela, Palma Real; exactamente contiguo a capilla de Calle Vargas. Presidente: El socio Rojas Brenes, cédula Nº 6-253-220.—Palmares, 13 de junio del 2008.—Lic. Jorge Fabricio Fernández Mayorga, Notario.—1 vez.—Nº 124475.—(72266).
El suscrito notario, hago constar que en escritura pública trescientos tres ante mí, en mi protocolo; misma otorgada, a las 19:30 horas del 23 de enero del 2009, Carlos Alberto Camacho Fernández, cédula uno-quinientos cuarenta y seis-quinientos dieciocho; Vera Julieta Guzmán Vindas y otros; han constituido la sociedad denominada Constructora C Y G de San Miguel S. A. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio: en la ciudad de San Miguel de Naranjo de Alajuela, un kilómetro al sur del recibidor de café. Presidente: el socio Carlos Alberto Camacho Fernández, cédula Nº 1-546-518.—Palmares, 23 de enero del 2009.—Lic. Jorge Fabricio Fernández Mayorga, Notario.—1 vez.—Nº 124476.—(72267).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las once horas del diecisiete de agosto del dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Bazzoly Sociedad Anónima, en donde modifican la cláusula segunda, sétima y se nombra junta directiva.—San José, a las doce horas del diecisiete de agosto de dos mil nueve.—Lic. Andrés Gómez Tristán, Notario.—1 vez.—Nº 124477.—(72268).
Ante mí, Denia Vázquez
Pacheco notaria pública en escritura número doscientos setenta y tres se
constituyó la sociedad Luna Negra DK Sociedad Anónima. Capital social:
diez mil colones. Domicilio: en urbanización Valle el Volcán, de
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las nueve horas del dieciocho de agosto del dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Punto Estrella Producciones Sociedad Anónima, en donde se nombra junta directiva y fiscal y se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo cuarta del pacto constitutivo.—San José, a las diez horas del dieciocho de agosto de dos mil nueve.—Lic. Andrés Gómez Tristán, Notario.—1 vez.—Nº 124479.—(72270).
Ante mí, Denia Vásquez Pacheco notaria pública en escritura número doscientos sesenta y ocho, se constituyó la sociedad Rajil Sociedad Anónima, capital social diez mil colones, domicilio en San Luis de Dos Ríos, Upala, un kilómetro al oeste de la escuela del lugar. Se nombra junta directiva. Presidente: Rafael de los Ángeles Castro Núñez.—Fortuna, San Carlos, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Denia Vásquez Pacheco, Notaria.—1 vez.—Nº 124480.—(72271).
Mediante escritura otorgada en mi Notaría a las 11:00 horas del 17 de agosto del 2009, se modifica la cláusula segunda de Compañía Viuncon Sociedad Anónima.—Lic. Rodrigo José Aguilar Moya, Notario.—1 vez.—Nº 124481.—(72272).
Por escritura otorgada en esta Notaría de la diez horas del treinta de junio del dos mil nueve, se reforma cláusula sétima de la sociedad Inversiones del Futuro S. A., cédula jurídica Nº 3-101-164007.—Lic. Zeilhy Navarro Rivera, Notaria.—1 vez.—Nº 124485.—(72273).
Por escritura número 112, otorgada ante la suscrita notaria, a las 17 horas del 11 de agosto de 2009, se constituye la sociedad denominada G & G Electromecánica Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Domicilio social: San Rafael de Heredia. Objeto principal: brindar servicios en aires acondicionados y electricidad. Presidente y tesorero con facultades apoderados generalísimos sin límite de suma.—Heredia, once de agosto del dos mil nueve.—Lic. Elizabeth Víquez Matamoros, Notaria.—1 vez.—Nº 124486.—(72274).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Don Eduardo y Doña Aurora Sociedad Anónima. Objeto: industria y comercio en general. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—Heredia, 17 de agosto del 2009.—Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario.—1 vez.—Nº 124487.—(72275).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del diecisiete de agosto del dos mil nueve, José Antonio Moreno Villa y María Mercedes Martínez González, constituyeron Tonymar MM Sociedad Anónima pudiendo abreviarse Tonymar MM S. A. Capital social: veinte mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Representación: presidente y secretaria, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Ciudad Quesada, 17 de agosto del 2009.—Lic. David Rogelio Jiménez Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 124490.—(72276).
Ante mí, Édgar Gerardo Campos Araya, por escritura otorgada a las 17:00 horas del 17 de agosto del 2009, se nombra a Alejandro Pelaez Melo, como presidente de la sociedad de plaza denominada tres-ciento uno-quinientos cuarenta y un mil trescientos treinta y seis sociedad anónima. Es todo.—San Miguel de Naranjo, a las once horas del dieciocho de agosto del dos mil nueve.—Lic. Édgar Gerardo Campos Araya, Notario.—1 vez.—Nº 124491.—(72277).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del diecisiete de agosto del dos mil nueve, se protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Eco Garant Nederlandse Bosbouw Groep Sociedad Anónima. Se acuerda reformar la cláusula quinta del capital.—San José, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Hannia Mayela Cubero Li, Notaria.—1 vez.—Nº 124492.—(72278).
Ante esta Notaría por escritura número ciento catorce-tres, se protocoliza acta número uno de la sociedad denominada Hecho de Madera Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, cambio de presidente.—Tamarindo, siete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 124495.—(72279).
Ante
Por escritura otorgada ante mí, a las veinte horas del primero de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Varuso Estética Sociedad Anónima, cuyo capital se encuentra suscrito y pago.—Grecia, dieciocho de agosto del dos mil nueve.—Lic. Juan Carlos Rojas Bogantes, Notario.—1 vez.—Nº 124508.—(72281).
Por escritura otorgada ante mí, a las veinte horas del primero de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Servieléctrica Sarchí Sociedad Anónima, cuyo capital se encuentra suscrito y pago.—Grecia, dieciocho de agosto del dos mil nueve.—Lic. Juan Carlos Rojas Bogantes, Notario.—1 vez.—Nº 124509.—(72282).
El día de hoy ante mi Notaría, se constituyó la sociedad Kimdom´ Media Design Sociedad Anónima, domicilio Santiago de San Rafael de Heredia, objeto comercio en general, plazo noventa y nueve años, capital diez mil colones, presidenta Silvia Eleana Vargas Muñoz.—Heredia, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Jorge Iván Calvo León, Notario.—1 vez.—Nº 14510.—(72283).
Por escritura otorgada en San José ante esta Notaría, de las once horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Nonnino Alfonso S. A. mediante la cual se reformó la cláusula sexta de los estatutos y se nombró vicepresidente.—San José, 17 de agosto del 2009.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—Nº 124512.—(72284).
Por escritura número
doscientos-dos, de las nueve horas del diecisiete de agosto del año dos mil
nueve, otorgada ante
Por escritura número
doscientos-dos, de las nueve horas del diecisiete de agosto del año dos mil
nueve, otorgada ante
Por escritura: ciento
noventa y cuatro-dos de las nueve horas del nueve de agosto del año dos mil
nueve, otorgada ante
Por escritura ciento
noventa y cinco-dos de las nueve horas treinta minutos del nueve de agosto del
año dos mil nueve, otorgada ante
Por escritura ciento
noventa y tres-dos de las ocho horas treinta minutos del nueve de agosto del
año dos mil nueve, otorgada ante
Mediante escritura número 213-6, otorgada a las 18:00 horas del 13 de agosto del 2009, se modificó y se efectuó nombramientos en la junta directiva de la sociedad denominada Condominio Carterisima de Costa Rica S. A. Domicilio: San José.—San José, 13 de agosto del 2009.—Lic. Giovanni Cavallini Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 124518.—(72290).
Ante esta Notaría por escritura otorgada a las trece horas del día diez de agosto del dos mil nueve, en la cual mediante asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas del día diez de julio del dos mil nueve, en la cual se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad anónima denominada Playa Riccione S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta mil cero veintisiete y se nombra nueva junta directiva de la sociedad descrita.—Cartago, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Paola Di Pippa Estrada, Notaria.—1 vez.—Nº 124520.—(72291).
Mediante escritura pública número 43 del tomo 9 de mi protocolo, otorgada ante esta Notaría a las 7:00 horas del 17 de agosto del 2009, se constituyó Avantek S. A., presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos. Presidente sin límite de suma, vicepresidente con límite de suma. Plazo social: 99 años. Domicilio social: San José, Curridabat, Granadilla, Residencial Altamonte, casa Nº 262 CC. Capital social: enteramente suscrito y pagado.—San José, 18 de agosto del 2009.—Lic. Rosemarie Maynard Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 124521.—(72292).
Mediante escritura pública número 44 del tomo 9 de mi protocolo, otorgada ante esta Notaría a las 8:00 horas del 17 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad anónima, que tendrá como denominación el número de cédula de persona jurídica, que le será adjudicado por el Registro Público, según el decreto Nº 33171-J del Reglamento para la inscripción de la constitución de empresas comerciales. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo social: 99 años. Domicilio social: San José, Curridabat, Granadilla Norte, Residencial Altamonte, casa Nº 262 CC. Capital social: enteramente suscrito y pagado.—San José, 18 de agosto del 2009.—Lic. Rosemarie Maynard Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 124522.—(72293).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 10:00 horas del 17 de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima denominada Star Cien Sociedad Anónima.—San José, 17 de agosto del 2009.—Lic. Sergio Sancho Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 124523.—(72294).
Mediante escritura otorgada a las ocho horas del dieciséis de junio del año dos mil nueve, se constituyó la empresa Proyectos Costa del Sol Sociedad Anónima. Objetivo: la agricultura, la industria y el comercio en general.—San José, 16 de junio del 2009.—Lic. Alfredo Vargas Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 124526.—(72295).
En mi Notaría al ser las once horas del diez de agosto del dos mil nueve, se ha constituido la empresa Bienes Raíces M P H R Sociedad Anónima, por un plazo social de noventa y nueve años, cuya presidenta es la señora Andrea Rojas Soto, cédula número uno-mil cuarenta y seis-quinientos treinta y ocho.—Lic. María Gabriela Calvo Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 124527.—(72296).
Por escritura otorgada hoy ante mí, los señores José Ramón Quesada Ramírez, Henry José Quesada Pineda, Marjorie Quesada Pineda, Irma Yahaira Quesada Pineda y Daniel Alonso Quesada Pineda, constituyeron la sociedad denominada Quesada y Pineda de Concepción Limitada. Capital: totalmente suscrito y pagado. Gerentes: José Ramón Quesada Ramírez y María Cecilia Pineda Quirós.—San Ramón, 28 de julio del 2009.—Lic. Mario Eduardo Salazar Camacho, Notario.—1 vez.—Nº 124530.—(72297).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas treinta minutos del treinta de julio del año dos mil nueve, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada por Centro de Pinturas Jorcel Sociedad Anónima, en la que se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo aumentándose el capital social de la empresa a la suma de doscientos millones de colones.—San Ramón, 17 de agosto del 2009.—Lic. Alfredo Cordero Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 124531.—(72298).
Ante esta Notaría, se constituyo LSA Paradise Sociedad Anónima, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, nombrado para ejercer este cargo a Laurie Souden Austin y Kenneth Wayne Frazier. Plazo social cien años. Capital social: cien mil colones, en la ciudad de Cahuita, a las dieciséis horas del catorce de agosto del dos mil nueve.—Lic. Floribeth Gómez Cubero, Notaria.—1 vez.—Nº 124532.—(72299).
Ante esta Notaría a
las catorce horas del diecisiete de agosto del dos mil nueve, mediante la cual
se constituyó la sociedad denominada Sol Rojo de
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del siete de agosto del dos mil nueve, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía de esta plaza, Siquiares Sociedad Anónima, en que se reforman las cláusulas segunda y novena del pacto social y se nombra junta directiva, fiscal y agente residente.—Lic. Harry Castro Carranza, Notario.—1 vez.—Nº 124535.—(72301).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las ocho horas del veintiséis de noviembre de dos mil ocho, se constituyó la empresa Aqua Live de Costa Rica S. A., con capital social de diez mil colones, corresponde a su presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial de dicha compañía. Es todo.—San José, veintiséis de noviembre del dos mil ocho.—Lic. William Charpentier Morales, Notario.—1 vez.—Nº 124536.—(72302).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las once horas del diecisiete de agosto de dos mil nueve, se constituyó la empresa con número de cedula que indique el registro S. A. con capital social de diez mil colones, corresponde a su presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial de dicha compañía. Es todo.—San José, diecisiete de agosto de dos mil nueve.—Lic. William Charpentier Morales, Notario.—1 vez.—Nº 124537.—(72303).
Jürgen Gustav Nanne
Koberg, notario público con oficina abierta en San José, hace constar que por
escritura número 13-20, otorgada en mi protocolo a las 10:00 horas del día 17
de agosto del año 2009, se protocolizó acta de la sociedad Corporación
Por escritura otorgada en mi Notaría, a las dieciocho horas del dieciocho de agosto del año dos mil nueve, se constituye la sociedad con domicilio en Alajuela, Centro Central, contiguo a ARPE, la sociedad denominada Lubricentro Auto Zona J y C S. A. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—Alajuela, dieciocho de agosto del dos mil nueve.—Lic. Marvin Esteban Matarrita Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 124543.—(72305).
Por escritura otorgada a las once horas de hoy ante el suscrito Notario, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Grupo Financiero Mercado de Valores de Costa Rica Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, catorce de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Jorge Fernando Salgado Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 124546.—(72306).
Por escritura otorgada a las doce horas de hoy ante el suscrito Notario, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Mercado de Valores de Costa Rica Puesto de Bolsa Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, siete de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Jorge Fernando Salgado Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 124547.—(72307).
Por escritura otorgada a las catorce horas de hoy ante el suscrito Notario, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Multifondos de Costa Rica Sociedad Anónima, Sociedad de Fondos de Inversión por medio de la cual se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, siete de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Jorge Fernando Salgado Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 124548.—(72308).
Por escritura número
ciento treinta y siete del tomo segundo de mi protocolo otorgada ante esta
Notaría, a las a las trece horas del tres de agosto del año dos mil nueve, se
modificó el pacto constitutivo de la empresa Inversiones Costarricenses AAA
S. A., y se realizaron nombramientos, así mismo se cambió el domicilio
social en San José, Paseo Colón, del Restaurante KFC cincuenta metros al sur,
frente a
En esta Notaría por escritura pública otorgada a las 18:00 horas del 17 de agosto del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Costa del Azahar S. A., en la que se nombró nuevo secretario, tesorero y fiscal de la junta directiva.—San José, 18 de agosto del 2009.—Lic. Jenny Rosales Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 124552.—(72310).
En mi notaría, a las diecisiete horas del diecisiete de agosto del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea de Fecore Investments S. A., por medio de la cual modifique las cláusulas segunda, sexta, novena y décima segunda del pacto social y se modificó el presidente de junta directiva.—Lic. Edgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1 vez.—Nº 124553.—(72311).
Ante la notaría pública del Lic. David Rivera Villegas, Mediante escritura número doscientos diez a las trece horas del tres de julio de dos mil nueve, se constituyó Primero en Deportes S. A., con un capital social de diez mil colones cuyo presidente es el señor Gustavo López Cárcamo.—Lic. David Rivera Villegas, Notario.—1 vez.—Nº 124574.—(72312).
Por escritura otorgada en esta notaría a las once horas del treinta de julio del año dos mil nueve, se constituyó sociedad anónima denominada M & B Internacional S. A., domicilio; San José, Pavas, Rohrmoser. Capital social: diez mil colones. Presidente: Javier León Castro.—San José, 30 de julio del 2009.—Lic. José Luis Ocampo Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 124580.—(72313).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del día trece de agosto del dos mil nueve, los señores Ramón Mijares y Ralph Velocci, constituyen la sociedad de responsabilidad limitada denominada SCSA Stericlean Centroamericana Limitada.—San Pedro de Montes de Oca, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Juan José Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 124581.—(72314).
Ante esta notaría a las 9:00 horas del 11 de agosto del año 2009, se constituyó la sociedad denominada ASG Legal Sociedad Anónima. Duración 100 años. Domicilio: San José. Capital social: cien colones. Presidente y secretario representantes legales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 11 de agosto de año 2009.—Lic. Marielos Meléndez Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 124583.—(72315).
Luis Gustavo Alvarado
Chango y Gabriela Martínez González; conforme al Decreto Ejecutivo número
treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, constituyen sociedad anónima,
domiciliada en la ciudad de Liberia, Guanacaste, Barrio
Mediante escritura otorgada el 18 de noviembre del 2008, ante esta notaría, se modifica el domicilio social y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad denominada Vigilancia Tecnificada de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 16 de junio del 2009.—Lic. Manuela Guillen Salazar, Notaria.—1 vez.—Nº 124585.—(72317).
Ante mí, en fecha diecisiete de agosto del dos mil nueve, por medio de la escritura número veintidós-cuatro, en la cual se modifican las cláusulas segunda y décima de la sociedad Inversiones y Capitales Certeza Limitada.—San José, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Rebeca Flores Loría, Notaria.—1 vez.—Nº 124586.—(72318).
Ante mí, en fecha diecisiete de agosto del dos mil nueve, por medio de la escritura número veintitrés-cuatro, en la cual se modifican las cláusulas segunda y décima de la sociedad Multiservicios Orca Limitada.—San José, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Rebeca Flores Loría, Notaria.—1 vez.—Nº 124587.—(72319).
Ante mí, Héctor Rolando Vargas Sánchez, Notario Público con oficina en Heredia, en escritura otorgada a las ocho horas del dieciocho de agosto del año dos mil nueve, se constituyó la empresa Casa Treinta A Urbanización Monte Hiedra S. A., su capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado.—18 de agosto del 2009.—Lic. Héctor Rolando Vargas Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 124588.—(72320).
Ante esta notaría a las 10:30 horas del 17 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Inmobiliaria O. C. T. R. Sociedad de Responsabilidad Limitada, con un capital social de 1.000.000 colones, por un plazo de noventa y nueve años, cuyo gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Olman José Campos Tames, mediante escritura número 130-15 del tomo 15 de mi protocolo.—Cartago, 17 de agosto del 2009.—Lic. Helen Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 124590.—(72321).
Ante esta notaría a las 10:40 horas del 17 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Jolugle Uno Sociedad de Responsabilidad Limitada, con un capital social de 1.000.000 colones, por un plazo de noventa y nueve años, cuyo gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Olman José Campos Tames, mediante escritura número 131-15 del tomo 15 de mi protocolo.—Cartago, 17 de agosto del 2009.—Lic. Helen Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 124591.—(72322).
Ante esta notaría a las 11:00 horas del 17 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Jolugle Dos Sociedad de Responsabilidad Limitada, con un capital social de 1.000.000 colones, por un plazo de noventa y nueve años, cuyo gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Olman José Campos Tames, mediante escritura número 132-15 del tomo 15 de mi protocolo.—Cartago, 17 de agosto del 2009.—Lic. Helen Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 124592.—(72323).
Ante esta notaría a las 11:30 horas del 17 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Jolugle Tres Sociedad de Responsabilidad Limitada, con un capital social de 1.000.000 colones, por un plazo de noventa y nueve años, cuyo gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Olman José Campos Tames, mediante escritura número 134-15 del tomo 15 de mi protocolo.—Cartago, 17 de agosto del 2009.—Lic. Helen Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 124593.—(72324).
Ante esta notaría a las 10:10 horas del 17 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Jolugle Tres Sociedad de Responsabilidad Limitada, con un capital social de 1.000.000 colones, por un plazo de noventa y nueve años, cuyo gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Olman José Campos Tames, mediante escritura número 133-15 del tomo 15 de mi protocolo.—Cartago, 17 de agosto del 2009.—Lic. Helen Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 124594.—(72325).
En esta notaría a las 9:00 horas del día 14 de agosto del 2009, acta número dos de la sociedad denominada Centro de Afinamiento Automotriz Salazar y Monge Sociedad Anónima, reforman las cláusulas: segunda, cuarta, quinta, sexta, sétima, octava, novena, décima primera, décima segunda y décima tercera y aumenta el capital social en la suma de cien mil colones. Domicilio San José.—San José, 14 de agosto del 2009.—Lic. Sonsire Ivonne Espinoza Ríos, Notaria.—1 vez.—Nº 124596.—(72326).
Mediante escritura otorgada ante esta misma notaría a las 16:00 horas del día 14 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad Intelligent Sales IS S. A. Capital social: diez mil colones. Presidenta: Jennifer Jiménez Pacheco, secretario: César Jiménez Pacheco.—14 de agosto del dos mil nueve.—Lic. Vinicio Rojas Arias, Notario.—1 vez.—Nº 124597.—(72327).
Por escritura otorgada
ante este Notario, a las dieciséis horas con diez minutos del siete de agosto
del dos mil nueve, Wilson Gerardo Zamora Otoya y Wilson José Zamora Corrales,
constituyen la entidad Corporación Zamora e Hijo Sociedad Anónima,
domiciliada en Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, Cedral,
En escritura otorgada
ante el Notario Julio Sánchez Carvajal, a las seis horas treinta minutos del
diecisiete de agosto del dos mil nueve, los señores Carlos Araya Ramírez y
Heidi García Castro, constituyen la empresa Cafetalera
Ante mí, Adrián Bonilla Juncos, Notario Público, con oficina abierta en San José, se protocolizó acta de asamblea número uno de Corporación J & J Marketing S. A. Cambio de junta directiva y fiscal. Se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San José, al ser las diez horas del once de agosto del dos mil nueve.—Lic. Adrián Bonilla Juncos, Notario.—1 vez.—Nº 124604.—(72330).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las dieciséis horas del doce de agosto del dos mil nueve,
se constituyó la sociedad anónima Sociedad
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas del día trece de agosto del dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada 3-101-530587, s. a., Donde se acuerda reformar las cláusulas primera, segunda y sexta del pacto social y se hacen nombramientos.—San José, catorce de agosto del dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—Nº 124608.—(72332).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciocho horas del día diecisiete de agosto del dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Headline Consulting Group S. A. Donde se acuerda modificar la cláusula sexta del pacto constitutivo y se revocan y hacen nombramientos.—San José, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—Nº 124609.—(72333).
Por escritura número noventa y nueve-seis del tomo seis de mi protocolo, otorgada el día doce de agosto del dos mil nueve, ante la suscrita Notaria, se constituye sociedad anónima que tendrá como denominación social Ungar Joyas y Antiguedades Sociedad Anónima, nombre de fantasía.—San José, doce de agosto del dos mil nueve.—Lic. Susana Chaves Sell, Notaria.—1 vez.—Nº 124610.—(72334).
Ante esta notaría, el día diez de agosto se reformó la cláusula sétima de la administración, corresponde la representación judicial y extrajudicial al presidente, vicepresidente de la junta directiva quienes tendrán facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, conforme a lo dispuesto por el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Es todo.—San José, 18 de agosto del 2009.—Lic. Luis Diego Corella Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 124611.—(72335).
Por escritura otorgada
ante mi notaría en Tres Ríos, a las 8:00 horas del 14 de agosto del 2009, se
constituyó la sociedad anónima que se denominará Soleares del Este S. P. E.
S. A. Plazo: 100 años. Capital social: ¢100.000,00. Giro: el comercio en
general, etc. Domicilio:
Por escritura otorgada a las 8:00 horas del 14 de agosto del 2009, se protocolizó acta de la asamblea de socios de la sociedad Beneficio Tres Volcanes S. A., donde se modificó la cláusula segunda de los estatutos.—San José, 14 de agosto del2009.—Lic. Javier Francisco Aguilar Villa, Notario.—1 vez.—Nº 124615.—(72337).
Por escritura otorgada a las 14:00 horas de hoy, se constituyó la sociedad Iure Trust Limited, por 100 años; capital suscrito y pagado.—San José, 14 de agosto del 2009.—Lic. Javier Francisco Aguilar Villa, Notario.—1 vez.—Nº 124616.—(72338).
Por escritura otorgada ante mi notaría el día de hoy, a las dieciséis horas del catorce de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Control y Electricidad Industrial de Costa Rica Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse C.E.I. S. A. Capital social veinte mil colones, totalmente suscrito y pagado en dinero en efectivo. Presidente y secretario con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.— Cartago, 14 de agosto del dos mil nueve.—Lic. Jenny Valverde Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 124617.—(72339).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del tres de noviembre del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Garaje San José Posen Sociedad Anónima, en donde se reforma junta directiva.—San José, cuatro de noviembre del dos mil ocho.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—Nº 124618.—(72340).
Por escritura otorgada a las once horas del día de hoy, se constituye Lexneg Lex Negotia Consulting Partners Sociedad Anónima.—San José, once de agosto del dos mil nueve.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.—Nº 124619.—(72341).
Ante esta conotaría, mediante la escritura 30 de la 8 horas del 17 de octubre del 2004, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria de la empresa Importaciones Escandinavas, 3-101-214557, celebrada el día 04 de marzo del año dos mil tres. Se modificó el pacto social y se nombró por todo el plazo social al presidente, secretario, tesorero y fiscal.—Lic. Errol Solís Mata, Notario.—1 vez.—Nº 124622.—(72342).
Ante esta notaría, mediante la escritura 177 de la 8 horas del 17 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad Claradan Limitada, capital social suscrito y pagado, nombramiento de gerente y subgerente.—Lic. Errol Solís Mata, Notario.—1 vez.—Nº 124623.—(72343).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del día veintitrés de julio del dos mil nueve. Se nombra nueva junta directiva de la sociedad El Espuelón A. H. D. Sociedad Anónima. Presidente: Robert Gordon Baxter, corresponde al presidente y al secretario la representación judicial y extrajudicial.—Mal País, 07 de agosto del 2009.—Lic. Juan Luis Mora Campos, Notario.—1 vez.—Nº 124625.—(72344).
Ante mi notaría, la sociedad J R Guevara Monge S. A., modifica las cláusulas primera, segunda y décima sexta. Notario José Ricardo Guevara Guevara.—Lic. Alfredo Carrillo M., Notario.—1 vez.—Nº 124626.—(72345).
Por escritura otorgada
ante mí, a las 10:00 horas del 10 de agosto del 2009, Alan Elizondo Medina y
José María Chaverri Gutiérrez, constituyen al amparo del Decreto Ejecutivo
número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, cinco sociedades anónimas que
como denominación social que establezca el número de cédula de persona jurídica
que le sea asignado al momento de su inscripción. Plazo: cien años. Domicilio:
Oficinas del Bufete Niehaus, sita en San José, cantón Montes de Oca, de Autos
Subaru en Barrio Dent
Mediante escritura otorgada a las dieciséis horas cinco minutos del día once de agosto del año dos mil nueve, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la empresa tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y siete mil ciento cuarenta y uno s. a., cédula 3-101-477141, mediante la cual se transforma y se modifican los artículos segundo del domicilio social, noveno de la representación y se nombra nueva junta directiva.—San José, once de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Ignacio García Azofeifa, Notario.—1 vez.—Nº 124630.—(72347).
La compañía denominada Fabricación y Reparación de Muebles San Rafael Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-038955, mediante asamblea general extraordinaria celebrada en su domicilio a las 17 horas del día 23 de mayo de 2009, acuerda modificar cláusulas sétima y octava del pacto constitutivo. Se establecen como apoderados generalísimos sin límite de suma presidente y tesorero, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Se hace nombramiento de nueva junta directiva.—San José, 18 agosto del 2009.—Lic. Jafet Valverde Gamboa, Notario.—1 vez.—Nº 124633.—(72348).
Por escrituras a) de las 11:00 horas del 03 de agosto del 2009, se constituyó Llanuras de Liberia S. A., capital diez mil colones, presidente y secretario con poder, b) de las 15:00 horas del 22 de junio del 2009, se constituyó Helmo de San Ramón S. A., capital diez mil colones, presidente y secretario con poder.—Lic. Patricia Araya Serrano, Notaria.—1 vez.—Nº 124634.—(72349).
Ante esta notaría a las 9:00 horas del 21 de mayo de los corrientes, los señores Mariechen Lachner Castro, Ian Lachner Malavasi y Daniel Molina Garnier, constituyeron Fundación Giamala, de jóvenes para los jóvenes.—San José, 18 de agosto del 2009.—Lic. María Jiménez Pacheco, Notaria.—1 vez.—Nº 124636.—(72350).
Por escritura número ciento cincuenta y tres, del tomo once de mi protocolo, otorgada a las catorce horas del catorce de agosto del año dos mil nueve, protocolicé la asamblea general extraordinaria de accionistas de Nivis Candidus Memoris Sociedad Anónima, en la cual se modifica su razón social a Saint Francis Inmobiliary S.F.I. Sociedad Anónima, se modifican las cláusulas primera y segunda del pacto constitutivo referentes a la razón social y al domicilio y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, catorce de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Mario Alberto Solano Campos, Notario.—1 vez.—Nº 124637.—(72351).
Por escritura número
ciento cincuenta y cuatro, del tomo once de mi protocolo, otorgada a las
catorce horas con treinta minutos del catorce de agosto del año dos mil nueve,
protocolicé la asamblea general extraordinaria de accionistas de Mar Cinco
de Barents Sociedad Anónima, en la cual se modifica la cláusula segunda del
pacto constitutivo referente al domicilio social y se nombra junta directiva y
fiscal.—San José, catorce de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Mario Alberto Solano Campos,
Notario.—1 vez.—Nº 124638.—(72352).
Por escritura otorgada
ante mí, a las diez horas del día once de julio del año dos mil ocho, se
protocoliza acta de asamblea ordinaria de
Por escritura otorgada en San José, a las catorce horas treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil nueve, ante esta notaría se constituye la mercantil Roas Unexplored Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, diecisiete de agosto del año dos mil nueve.—Lic. María del Mar Caravaca Arley, Notaria.—1 vez.—Nº 124644.—(72354).
Por escritura otorgada en San José, a las catorce horas del diecisiete de agosto del dos mil nueve, ante esta notaría se constituye la mercantil Sandy Coast Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, diecisiete de agosto del año dos mil nueve.—Lic. María del Mar Caravaca Arley, Notaria.—1 vez.—Nº 124645.—(72355).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario público a las trece horas del diecisiete de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Invermil Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Domicilio: provincia San José, San Antonio de Escazú, condominio Millenium número uno. Capital social suscrito y pago. Presidente apoderado generalísimo.—San José, catorce horas del diecisiete de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Álvaro Monge Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 124646.—(72356).
Por escritura otorgada
ante mí, a las diez horas del trece de enero del dos mil seis, se constituyó la
sociedad Don Bienvenido de Paquera Sociedad Anónima. Presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: nueve
mil colones. Domicilio Paquera de Puntarenas, cuatrocientos metros al oeste de
Por escritura número 349 de las 17:00 horas del 31 de julio del 2009, se constituyó la sociedad Hoba Systems S. A., con domicilio en Curridabat en la cual los señores Carlos González Romero y Ana Julia Romero Rodríguez son por su orden presidente y secretaria, el primero con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, sociedad que tiene un plazo social de noventa y nueve años.—San José, 10 de agosto del 2009.—Lic. Manuel González Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 124651.—(72358).
En mi notaría, se constituyó la empresa Faysash Pura Vida Limitada, capital social 100.000 colones. Domicilio Cóbano de Puntarenas. Gerente: Gregory Faysash.—Mal País, 14 de agosto del 2009.—MBA. Alan Masís Angulo, Notario.—1 vez.—Nº 124652.—(72359).
En mi notaría, se constituyó la empresa Carpe Diem de Santa Teresa Limitada, capital social 100.000 colones. Domicilio Cóbano de Puntarenas. Gerente: Óscar Barcena.—Mal País, 17 de agosto del 2009.—Mba. Alan Masís Angulo, Notario.—1 vez.—Nº 124653.—(72360).
En mi notaría, se constituyó la empresa Sunrise Surf Tours and Sportfishing Limitada, capital social 100.000 colones. Domicilio: Cóbano de Puntarenas. Gerente: Peter Mckenzie.—Mal País, 14 de agosto del 2009.—MBA. Alan Masís Angulo, Notario.—1 vez.—Nº 124654.—(72361).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se modifica el pacto constitutivo de la firma Soluciones para Eventos Valverde Sociedad Anónima, cédula tres-ciento un dos cuatro seis ocho tres dos, en cuanto al capital, domicilio social y agente residente.—San José, dieciséis de agosto del dos mil nueve.—Lic. Lilliana Cob Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 124657.—(72362).
Hazel, Bernardo y Tomas, todos Garita Pacheco, constituyen sociedad anónima denominada Inversiones Familiares Gapa IFG S. A. Escritura otorgada en Cartago a las 14:00 horas del 17 de agosto del 2009.—Lic. Eduardo Solano Monge, Notario.—1 vez.—Nº 124660.—(72363).
Ante el Licenciado
Juan Federico Arias Chacón, se constituyó dos sociedades anónimas que se
denominarán según lo dispuesto en el artículo segundo del Decreto Ejecutivo
tres tres uno siete uno cinco, publicado en
Ante el Licenciado
Juan Federico Arias Chacón, se constituyó una sociedad anónima que se
denominará según lo dispuesto en el artículo segundo del Decreto Ejecutivo tres
tres uno siete uno cinco, publicado en
Mediante escritura otorgada a las dieciocho horas del diecisiete de agosto del dos mil nueve, ante mi notaría, se constituyó sociedad anónima cuyo nombre será asignado de oficio por el Registro de Personas Jurídicas de conformidad con lo establecido por el Decreto Ejecutivo Nº 33171-J.—San José, 18 de agosto del 2009.—Lic. Ana Laura Valverde Fonseca, Notaria.—1 vez.—Nº 124664.—(72366).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada Químicas Orgánicas de Costa Rica S. A. Capital social debidamente pagado. Presidente y secretario con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—San José, 17 de agosto del 2009.—Lic. Ricardo Calvo Gamboa, Notario.—1 vez.—Nº 124667.—(72367).
Se hace constar que por escritura número cuarenta y seis, de las dieciocho horas treinta minutos del once de agosto del dos mil nueve, visible al folio cuarenta y dos vuelto, del tomo uno del protocolo de la notaria pública Lucía Carro Zúñiga, se constituyó la sociedad Soluciones y Sistemas de Tecnología Huma Sociedad Anónima, cuyo capital social es de diez mil colones, domiciliada en San José, Montes de Oca, San Rafael, del Bar Legends trescientos metros al sur, Residencial Senderos del Bosque, casa G uno. Representante: presidente y secretario, actuando conjunta o separadamente.—San José, dieciocho de agosto del dos mil nueve.—Lic. Lucía Carro Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 124668.—(72368).
Por escritura otorgada a las catorce horas del doce de agosto del dos mil nueve, se constituye la sociedad Hacienda Sabana Grande AHDP Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—Nº 124670.—(72369).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyeron seis sociedades anónimas que llevarán el nombre que les corresponda como número de cédula jurídica. Capital cien mil colones, plazo cien años; presidenta Emilce Arroyo Ramírez.—San José, 14 de agosto del 2009.—Lic. Eduardo Alfaro Ramos, Notario.—1 vez.—(72493).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas del día dieciocho de agosto del dos mil nueve, se nombran presidente y tesorero y se modificó cláusula novena de la sociedad denominada Arrienda Costa Algarve CB S. A.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—(72497).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 15:50 horas del 18 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad Focus Resources S. A.—San José, 18 de agosto del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notario.—1 vez.—(72498).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 15:45 horas del 18 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad Greles Enterprises S.A.—San José, 18 de agosto del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—(72499).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 15:30 horas del 18 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad S&S Enterprises S.A.—San José, 18 de agosto del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—(72500).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 15:00 horas del 18 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad Besecure S. A.—San José, 18 de agosto del 2009.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—(72501).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 18:00 horas del 17 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad Inversiones Agromesa Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado; apoderado generalísimo sin límite de suma: presidente.—San José, 17 de agosto del 2009.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—(72504).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas de hoy, se constituyó la sociedad Step N´ Go S. A., capital suscrito y pagado; apoderados generalísimos sin límite de suma: presidente y secretario actuando conjunta o separadamente.—San José, 15 de agosto del 2009.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—(72505).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas de hoy, se constituyó la sociedad Tech&Telecom S. A., capital suscrito y pagado; apoderados generalísimos sin límite de suma: presidente y tesorero actuando conjunta o separadamente.—San José, 12 de agosto del 2009.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—(72506).
Ante el suscrito
notario público, siendo las 14 horas 30 minutos del día 11 de mayo del 2009, se
modificó la cláusula primera del pacto social de la sociedad Corporación
Araya & Familia de
Por escritura otorgada
a las 10:00 horas del 17 de agosto del 2009, cuyo nombre se denominará de
acuerdo con lo establecido por el Decreto Ejecutivo Nº 33171-J del veintinueve
de mayo del dos mil seis, publicado en
Por escritura número 95-1 de tomo 1, de las 08:00 horas del 18 de agosto de 2009, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de El Arte del Arquero S. A. por la cual se modifica la cláusula sétima de la administración y revoca el nombramiento del presidente y secretario, correspondiéndoles dichos cargos de ahora en adelante a los señores Ólman Humberto Rojas Rivera y María Isabel Jiménez Moya, respectivamente.—San Isidro de El General, 18 de agosto de 2009.—Lic. Elena Cordero Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 124671.—(72715).
Por escritura número 184-14 de tomo 14, de las 07:15 horas del 18 de agosto de 2009, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de María Gloria S. A., por la cual se revoca el nombramiento del presidente y secretario correspondiéndoles dichos cargos de ahora en adelante como presidente al señor Francisco Alberto Gamboa Valverde y como secretaria Leidin Bermúdez Vargas.—San Isidro de El General, 18 de agosto del 2009.—Lic. Fernando Alberto Gamboa Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 124672.—(72716).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 10:00 horas del 13 de agosto de 2009, se constituyó la sociedad denominada Maurice et Pierrette S. A.—San Juan de Tibás, 13 de agosto de 2009.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 124677.—(72717).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 09:00 horas del 13 de agosto de 2009, se constituyó la sociedad denominada Moto Feliz S. A.—San Juan de Tibás, 13 de agosto de 2009.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 124678.—(72718).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 09:00 horas del 17 de agosto de 2009, se constituyó la sociedad denominada Donalda Viande A Chien S. A.—San Juan de Tibás, 17 de agosto de 2009.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 124679.—(72719).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 08:00 horas del 17 de agosto de 2009, se constituyó la sociedad denominada Vrooum Vrooum S. A.—San Juan de Tibás, 17 de agosto de 2009.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 124681.—(72720).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 15:00 horas del 18 de agosto de 2009, protocolicé acuerdos de Vargas Ingenieros y Arquitectos S. A., donde se reforman estatutos, nombramientos, aumento de capital.—San José, 18 de agosto de 2009.—Lic. Álvaro López Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 124682.—(72721).
Ante esta notaría, a las quince horas del diecisiete de agosto del dos mil nueve, se procedió a adicionar la protocolización de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada Eloquality Services S. A., mediante la cual se aclara sobre la modificación de la cláusula primera, de la sociedad la cual se llamará 4Thought Marketing S. A.—Lic. Mónica Romero Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 124684.—(72722).
Mediante escritura autorizada por el suscrito notario a las doce horas de hoy, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Distribuidora Industrial y Comercial de Centroamérica S. A., por la cual se reforman las cláusulas quinta y décimo sexta de los estatutos.—San José, 12 de agosto de 2009.—Lic. Roberto Francisco León Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 124685.—(72723).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 16:15 horas del 18 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad Cali Ciclone Casino S. A., Presidente. Michael Zeid. Capital social: Ciento cincuenta mil colones. Domicilio San José, Curridabat.—San José, 18 de agosto del 2009.—Lic. Ronald Rodríguez Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 124688.—(72724).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 16:00 horas del 18 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad Holy Grail Casino S. A. Presidente: Michael Zeid. Capital social: Ciento cincuenta mil colones. Domicilio San José, Curridabat.—San José, 18 de agosto del 2009.—Lic. Ronald Rodríguez Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 124689.—(72725).
Al ser las ocho horas del quince de agosto del dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general de socios de la entidad denominada Streamside Investments Sociedad Anónima. Se reforma cláusula segunda se nombra agente residente.—Lic. Allan Garro Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 124695.—(72726).
Por escritura de las 16:00 horas de hoy, protocolice acta de la compañía Romie Internacional del Este S. A. por la cual reforman las cláusulas primera y segunda del pacto constitutivo; se elimina la cláusula décima segunda en cuanto al agente residente, e igualmente; se revoca dicho nombramiento. La sociedad se denominará en adelante Soluciones Contables de Costa Rica S. A.—Montes de Oca, 18 de agosto del 2009.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—Nº 124696.—(72727)
Ante esta notaría, a las 15:30 horas del 18 de agosto del 2009, mediante escritura número 127, se reforma el pacto constitutivo de la sociedad 3-101-093032 sociedad anónima y se nombra tesorero.—San José, 18 de agosto del 2009.—Lic. Edwin Rodrigo Masis Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 124699.—(72728)..
Ante esta notaría, a las 15:15 horas del 18 de agosto del 2009, mediante escritura número 126, se reforma el pacto constitutivo de la sociedad 3-101-050123 sociedad anónima y se nombra tesorero.—San José, 18 de agosto del 2009.—Lic. Edwin Rodrigo Masis Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 124700.—(72729).
Se hace constar que por escritura número sesenta y cinco, de las catorce horas del once de agosto del dos mil nueve, en el tomo quinto del protocolo de la notaria Kathya Navarro López, se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Cerro Escondido Inversiones Sociedad Anónima. Representante: Presidente.—San José, 18 de agosto del 2009.—Lic. Kathya Navarro López, Notaria.—1 vez.—Nº 124702.—(72730).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las once horas cuarenta y cinco minutos del día de hoy, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Corporación Interamericana para el Financiamiento de Infraestructura (CIFI) Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma totalmente el pacto constitutivo.—San José, 19 de agosto del 2009.—Lic. Rafaela Solano Granados, Notaria.—1 vez.—Nº 124704.—(72731).
Mediante escritura número ciento veintiséis-ocho, del tomo octavo: hoy protocolicé asamblea general extraordinaria de la sociedad Galloping Orchard Stables Sociedad Anónima en lo conducente, se recibe renuncia del presidente y secretario y tesorero se nombran nuevos.—San José, 18 de agosto de 2009.—Lic. Rómulo Pacheco Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 124705.—(72732).
Mediante escritura número ciento veinticinco-ocho, del tomo octavo: hoy protocolicé asamblea general extraordinaria de la sociedad Vie Doree Sociedad Anónima en lo conducente, se recibe renuncia del presidente y se nombra nuevo.—San José, 18 de agosto de 2009.—Lic. Rómulo Pacheco Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 124706.—(72733).
Mediante escritura número ciento veinticuatro-ocho, del tomo octavo: hoy protocolicé asamblea general extraordinaria de la sociedad Tierras Altas de Roca Verde Sociedad Anónima en lo conducente, se recibe renuncia del presidente y secretario se nombran nuevos. Se reforma la cláusula sexta en cuanto a la representación.—San José, 18 de agosto de 2009.—Lic. Rómulo Pacheco Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 124707.—(72734).
Mediante escritura número trescientos treinta y tres-siete, del tomo siete: hoy protocolicé asamblea general extraordinaria de la sociedad Eiffel Atlantic Corp Sociedad Anónima en lo conducente, se recibe renuncia del presidente y secretario se nombran nuevos. Se reforma la cláusula sexta en cuanto a la representación.—San José, 26 de marzo de 2008.—Lic. Rómulo Pacheco Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 124708.—(72735).
Por protocolización de
acta ante esta notaría, a las 13:30 horas del 8 de junio del 2009, se reforma
al pacto constitutivo de
Ante esta notaría, en escritura número setenta y ocho del tomo cuarto de mi protocolo visible al folio setenta y nueve vuelto, otorgada a las nueve horas del catorce de agosto del dos mil nueve, se constituyó CT Travel Packages Company S. A.—San José, 14 de agosto del 2009.—Lic. Cinthya Rodríguez Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 124712.—(72737).
Ante esta notaría, en escritura número setenta y siete del tomo cuarto de mi protocolo visible al folio setenta y ocho vuelto, otorgada a las dieciséis horas del doce de agosto del dos mil nueve, se reformó el pacto constitutivo de Sienka S. A.—San José, 12 de agosto del 2009.—Lic. Cinthya Rodríguez Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 124713.—(72738).
Ante esta notaría, en escritura número ochenta, visible al folio ochenta y dos del tomo cuarto de mi protocolo, a las trece horas del dieciocho de agosto del dos mil nueve, se reformo el pacto social de Water Technology Incorporated Sociedad Anónima.—San José, 18 de agosto del 2009.—Lic. Cynthia Rodríguez Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 124714.—(72739).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizó acta de la empresa Abigail Viuda de Brenes Sucesores Limitada, en donde se reforma la cláusula tercera de los estatutos sociales. Escritura otorgada en San José, a las nueve horas del día trece de agosto de dos mil nueve.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—Nº 124715.—(72740).
Mediante escritura
pública otorgada en esta notaría, se constituyó
Mediante escritura pública número ciento setenta otorgada en esta notaría, se realizó cambio de junta directiva de la compañía Agrícola San Esteban Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y tres mil cuatrocientos cuarenta y cuatro.—Alajuela, 18 de agosto del 2009.—Lic. Isidro Rodríguez Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 124717.—(72742).
Mediante escritura pública número doscientos tres, otorgada en esta notaría, se modificó la junta directiva y la cláusula novena del pacto constitutivo de la compañía Licorera Central Andrea Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta y nueve mil novecientos cuarenta y dos.—Alajuela, 18 de agosto del 2009.—Lic. Isidro Rodríguez Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 124719.—(72743).
Por escritura otorgada
ante mí, a las ocho horas del siete de agosto de dos mil nueve, se constituyó
la sociedad Soluciones Ferreteras
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas treinta minutos del siete de agosto de dos mil nueve, se constituyó la sociedad Inversiones Hellmor Dos Mil Nueve Sociedad Anónima, cuyo presidente es Daniel Mora Hellmund.—San José, 7 de agosto de 2009.—Lic. Alexis Gómez Guillén, Notario.—1 vez.—Nº 124725.—(72745).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 18 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad denominada Aragoas Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital suscrito y pagado. Plazo: 99 años.—San José, 18 de agosto del 2009.—Lic. Ingrid Reischfleger Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 124729.—(72746).
Por escritura
autorizada a esta notaría, a las 11:00 horas del 13 de agosto del 2009, se
constituyó la sociedad con un nombre consignado por el Registro Público.
Domicilio:
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:15 horas del 18 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad denominada Paraná Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital suscrito y pagado. Plazo: 99 años.—San José, 18 de agosto del 2009.—Lic. Ingrid Reischfleger Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 124731.—(72748).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del dieciocho de agosto del dos mil nueve, protocolicé asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad B Y G Importadora de Vehículos Limitada, en la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo y se revoca nombramiento de un gerente y se ratifica nombramiento de dos gerentes.—San José, dieciocho de agosto del dos mil nueve.—Lic. Cristina Montero González, Notaria.—1 vez.—Nº 124732.—(72749).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del trece de agosto del dos mil nueve, se acuerda modificar la cláusula quinta de la sociedad denominada Wet Umbrella Wrappers Sociedad Anónima.—San José, diecisiete de agosto del 2009.—Lic. Alexánder Araya Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 124740.—(72750).
Por escritura número doscientos cuarenta y seis-uno, ante esta notaría, a las 13:00 horas del 17 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad Importadora Maja de San Carlos S. A. Domicilio, San Carlos Ciudad Quesada, Urbanización Brisas del Norte, plazo social 99 años, capital social seis mil, presidente vicepresidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límites de suma.—Lic. Shirley Calvo Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº 124742.—(72751).
Mediante escritura
otorgada a las catorce horas del dieciocho de agosto del dos mil nueve, ante
esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general de Martín Pezcador
Verde Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-uno cero
uno-cinco siete siete dos cinco cuatro, en la cual se cambia el nombre por Vista
Aventura Sociedad Anónima y se sustituye miembro de
Por escritura número ciento veintiuno del tomo cinco, en esta notaría, a las diecisiete horas del día dieciocho de agosto de dos mil nueve, he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de Acarreos Jimeza Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos veintidós mil setenta y seis. En la cual se sustituye a la tesorera de la sociedad.—Guápiles, dieciocho de agosto de dos mil nueve.—Lic. José Francisco Fallas González, Notario.—1 vez.—Nº 124746.—(72753).
Por escritura de las 08:00 horas del 18 de agosto de 2009, otorgada ante esta notaría pública, se constituyó la sociedad Kappamax S. A. Plazo: 99 años a partir del 18 de agosto de 2009. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente de la junta directiva con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: ¢10.000,00. Domicilio: San José, Curridabat.—18 de agosto del 2009.—Lic. Benjamín Gutiérrez Contreras, Notario.—1 vez.—Nº 124752.—(72754).
Por escritura de las 08:15 horas del 18 de agosto de 2009, otorgada ante esta notaría pública, se constituyó la sociedad Meganova Developments S. A. Plazo: 99 años a partir del 18 de agosto de 2009. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente de la junta directiva con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: ¢10.000,00. Domicilio: San José, Curridabat.—18 de agosto de 2009.—Lic. Benjamín Gutiérrez Contreras, Notario.—1 vez.—Nº 124753.—(72755).
Por escritura de las 08:30 horas del 18 de agosto de 2009, otorgada ante esta notaría pública, se constituyó la sociedad Corsatech XXI S. A. Plazo: 99 años a partir del 18 de agosto de 2009. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente de la junta directiva con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: ¢10.000,00. Domicilio: San José, Curridabat.—18 de agosto de 2009.—Lic. Benjamín Gutiérrez Contreras, Notario.—1 vez.—Nº 124754.—(72756).
Por escritura de las 08:45 horas del 18 de agosto de 2009, otorgada ante esta notaría pública, se constituyó la sociedad Desarrollo Corporativo Multiclass S. A. Plazo: 99 años a partir del 18 de agosto de 2009. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente de la junta directiva con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: ¢10.000,00. Domicilio: San José, Curridabat.—18 de agosto de 2009.—Lic. Benjamín Gutiérrez Contreras, Notario.—1 vez.—Nº 124755.—(72757).
Por escritura de las 09:00 horas del 18 de agosto de 2009, otorgada ante esta notaría pública, se constituyó la sociedad Ultralex Empire S. A. Plazo: 99 años a partir del 18 de agosto de 2009. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente de la junta directiva con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: ¢10.000,00. Domicilio: San José Curridabat.—18 de agosto de 2009.—Lic. Benjamín Gutiérrez Contreras, Notario.—1 vez.—Nº 124756.—(72758).
Mediante escritura otorgada ante el suscrito notario a las nueve horas de hoy, se protocoliza acta de asamblea general de Grupo Phammer S. A. mediante la cual se acuerda aumentar el capital social de la sociedad.—Liberia, quince de abril del dos mil nueve.—Lic. Carlos Chaves Araya, Notario.—1 vez.—Nº 124757.—(72759).
Mediante escritura otorgada ante el suscrito notario a las diez horas de hoy, se constituyó la sociedad que se denominará con el número de cédula jurídica que le sea asignado seguido de la denominación sociedad anónima. Capital: suscrito y pagado. Objeto: comercio en general. Domicilio: Liberia.—Liberia, treinta de mayo del dos mil nueve.—Lic. Carlos Chaves Araya, Notario.—1 vez.—Nº 124759.—(72760).
Mediante escritura otorgada ante el suscrito notario a las once horas de hoy, se constituyó la sociedad que se denominará con el número de cédula jurídica que le sea asignado seguido de la denominación sociedad anónima. Capital: suscrito y pagado. Objeto: comercio en general. Domicilio: Liberia.—Liberia, treinta de mayo del dos mil nueve.—Lic. Carlos Chaves Araya, Notario.—1 vez.—Nº 124760.—(72761).
Mediante escritura
otorgada ante el suscrito notario a las veinte horas de hoy, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Agropecuaria
Tres Hermanas
Por escritura número cuatrocientos cincuenta y nueve-tres, de las quince y cincuenta horas del dieciocho de abril del dos mil nueve, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Agro Exportadora Valle del Río Sociedad Anónima, en la que se acuerda revocar nombramiento del apoderado generalísimo de la sociedad del señor César Abelino Cruz Torres, mayor, casado una vez, agricultor, cédula dos-cuatrocientos cincuenta y dos-setecientos diecinueve, quedando como único apoderado el presidente de la sociedad.—Dieciocho de agosto del dos mil nueve.—Lic. Mario Cortés Parrales, Notario.—1 vez.—Nº 124762.—(72763).
Que por escritura otorgada ante la notaría del licenciado Rafael Medaglia Gómez, a las 09:00 horas del día 18 de agosto del 2009, se protocoliza acta de la compañía Minas Carleñas de Oro Sociedad Anónima, donde se acuerda reformar la cláusula segunda de los estatutos y se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, 18 de agosto del 2009.—Lic. Rafael Medaglia Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 124764.—(72764).
Por escritura otorgada en esta fecha ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Asesores Jurídicos Siglo Veintiuno SXXI S. A.—San José, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Diana Isabel Borge Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 124766.—(72765).
Por escritura otorgada en esta fecha ante esta notaría, José Adolfo Borge Lobo y Carlos Alberto Benavides Murillo, constituyeron sociedad de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J.—San José, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Diana Isabel Borge Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 124767.—(72766).
La sociedad Gaia Models Sociedad Anónima S. A., cédula jurídica 3-101-564153, modificó su junta directiva y el domicilio social.—Cartago, 19 de agosto del 2009.—Lic. Ileana Palma Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 124768.—(72767).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del cuatro de junio del dos mil nueve, se acuerda modificar la cláusula octava del pacto constitutivo y revocar y hacer nuevo nombramiento del presidente de la sociedad anónima denominada Cabo de los Vientos Sociedad Anónima.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 124770.—(72768).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del doce de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima denominada Control Med Corporation Sociedad Anónima, el plazo es de cien años, con capital social de cien mil colones, el presidente y el vicepresidente son representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límites de suma actuando conjunta o separadamente.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 124771.—(72769).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas diez minutos del día dieciocho de agosto del dos mil nueve, se actualizan datos personales del presidente de la sociedad anónima denominada Inversiones Internacionales Los Girasoles de Coronado Sociedad Anónima.—Lic. Fabricio Arauz Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 124772.—(72770).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del doce de agosto del dos mil nueve, se acuerda modificar la cláusula sétima del pacto constitutivo y revocar y hacer nuevo nombramiento del secretario de la sociedad anónima denominada Inmobiliaria Conaremar Sociedad Anónima.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 124773.—(72771).
A las 08:00 y 09:00 horas de hoy, protocolicé respectivamente asambleas generales extraordinarias de Lana y su Amo S. A. y Lana Fiel a su Amo S. A. en ambas se reforman las cláusulas sétimas del pacto social y se nombra nuevas junta directivas, fiscal respectivamente.—San José, 17 de agosto del 2009.—Lic. Álvaro Camacho Mejía, Notario.—1 vez.—Nº 124775.—(72772).
Por escritura otorgada en mi notaría el día de hoy, se constituye Dreaming Place Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años, Domicilio: San José. Objeto: el comercio en general, apoderado generalísimo: presidente.—San José, 14 de agosto del 2009.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 124776.—(72773).
Por escritura pública número ciento cincuenta y uno, otorgada ante esta notaría, en Santa Cruz, Guanacaste, ciento setenta y cinco metros al sur del edificio municipal; a las trece horas del día dieciséis de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Frijolar Break Point Sociedad Anónima, que es nombre en idioma inglés el cual traducido al idioma español significa Frijolar Punto de Quiebra Sociedad Anónima. Domicilio: Santa Cruz, Guanacaste, doscientos setenta y cinco metros al sur del edificio municipal. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Omer Nurick.—Santa Cruz, Guanacaste, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Álvaro Jesús Guevara Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 124778.—(72774).
Ante esta notaría, a las dieciocho horas del dieciséis de agosto de dos mil nueve, protocolizó en lo conducente el acta número dos que es asamblea extraordinaria y ordinaria de la sociedad Bienes del Valle de Girasol DCR S. A. Nombramiento de junta directiva y reforma de las cláusulas secunda del domicilio social y sexta de los poderes de la junta directiva en la escritura social.—Lic. Marcela Calvo Lizano, Notaria.—1 vez.—Nº 124780.—(72775).
Por escritura otorgada hoy ante mí, William Antonio Martínez Duarte y Ninet Carmen Flores Calero, constituyeron Ingeniería Moncayo S. A. Capital totalmente suscrito y pagado. Objeto comercialización electrónica, comercio, industria y agricultura en general. Domicilio San José, avenida 20 calles central y primera. Presidente del consejo de administración con la representación judicial y extrajudicial. Plazo social 100 años a partir de hoy.—San José, 10 de agosto del 2009.—Lic. Luis Felipe Vargas Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 124782.—(72776).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del dieciocho de agosto del dos mil nueve, los señores: Lorena María y Ólger Hernán ambos Moreira Ramírez, constituyeron la sociedad denominada Loralez S. A., capital social: diez mil colones, plazo: noventa y nueve años.—Heredia, dieciocho de agosto del dos mil nueve.—Lic. Maira Torres López, Notaria.—1 vez.—Nº 124784.—(72777).
El suscrito notario, hace constar que por escritura otorgada ante mí, el día de hoy se constituyó Club de Surf de Costa Rica S. A.—San José, 18 de agosto del 2009.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—Nº 124801.—(72778).
Por escritura otorgada
por esta notaría, se constituyó la sociedad
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó sociedad denominada Lavacar Sol del Pacífico Norte AMS S. A. Domicilio social: será en el cantón quinto de Carrillo, provincia de Guanacaste. En comunidad de Carrillo setenta metros este de la escuela. Plazo social: 99 años. Objeto: el desarrollo, promoción y venta o arrendamiento mueble e inmueble, la agricultura, ganadería, minería, vivienda, la industria, turismo y el comercio en general.—San José, diecinueve de agosto de dos mil nueve.—Lic. Rogelio González Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 124807.—(72780).
Mediante
protocolización de acta de
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:30 horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de la compañía Villa Vento Cuatro Jaul S. A. mediante los cuales se reforma la cláusula sexta y se nombra nueva junta directiva.—San José, catorce de agosto del 2009.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—Nº 124809.—(72782).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 09:00 horas del 13 de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad International Management Systems Marketing Sociedad de Responsabilidad Limitada. Representante el gerente. Capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, trece de agosto del dos mil nueve.—Lic. German Serrano García, Notario.—1 vez.—Nº 124810.—(72783).
La suscrita notaria hace constar que otorgué escritura número ochenta y ocho, tomo 7 de Juanirosa S. A. Pacto constitutivo cambia domicilio.—San José, 19 de agosto del 2009.—Lic. Rose Mary Madden Arias, Notaria.—1 vez.—Nº 124811.—(72784).
Mediante escritura número 73-3, otorgada a las 18:00 horas del 20 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad denominada Restaurante y Bar Costello S. A., plazo: 99 años, capital social totalmente suscrito y pagado. Domicilio: San José, Barrio Santa Teresita.—San José, 21 de agosto del 2009.—Lic. Carlos Eduardo Gutiérrez Monge, Notario.—1 vez.—(73092).
Ante mí, Luis Mariano Vargas Mayorga, notario: William El Haili, y otro constituyen: Mediasell S. A.—San José, 19 de agosto del 2009.—Lic. Luis Mariano Vargas Mayorga, Notario.—1 vez.—Nº 124937.—(73104).
Protocolización en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Escarchas Eólica Empresariales, S. A., en virtud de la cual se acordó reformar las cláusulas primera, segunda y sexta del pacto social y por el resto del plazo social se acordó revocar el nombramiento de los actuales miembros de la junta directiva y el fiscal y en su lugar hacer nuevos nombramientos escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 12:00 horas del 18 de agosto de 2009.—Lic. Claudio Antonio Quirós Lara, Notario.—1 vez.—Nº 124939.—(73105).
Ante mí a las a las 13:55 horas del 19 de agosto de dos mil nueve, escritura Nº 232-4 del tomo 4 de mi protocolo se constituyó la sociedad denominada Jadafa S. R. L., donde aparece con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma su Gerente Johan Mena Cubero. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Teléfono notaría 2770-3341.—Pérez Zeledón, 19 de agosto de 2009.—Lic. Paola Andrea Ramírez Acosta, Notaria.—1 vez.—Nº 124941.—(73106).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario público en San Isidro de El General, a las quince horas, treinta minutos del día dieciocho de agosto del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad que cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo N° tres tres uno siete uno-J, domiciliada San José, cantón diecinueve Pérez Zeledón, distrito primero San Isidro, San Rafael Norte, barrio Monserrat, doscientos cincuenta metros oeste de carretera interamericana sur. Se nombran presidente y secretaria con la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjunta o separadamente.—San Isidro de El General.—Dieciocho de agosto del 2009.—Lic. Edgar Fallas Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 124942.—(73107).
El suscrito notario público hace constar que ante mí se constituyó Opilion Amarillo, S. A., al ser las quince horas con cuarenta minutos del diecinueve de agosto de dos mil nueve. Capital social: Diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—San José, veinte de agosto de dos mil nueve.—Lic. Juan Pablo Arias Mora, Notario.—1 vez.—Nº 124948.—(73108).
El suscrito notario público hace constar que ante mí se constituyó Opilion Gris S. A., al ser las quince horas con treinta minutos del diecinueve de agosto de dos mil nueve. Capital social: Diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—San José, veinte de agosto de dos mil nueve.—Lic. Juan Pablo Arias Mora, Notario.—1 vez.—Nº 124949.—(73109).
El suscrito notario público hace constar que ante mí se constituyó Opilion Negro S. A., al ser las quince horas con veinte minutos del diecinueve de agosto de dos mil nueve. Capital social: Diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—San José, veinte de agosto de dos mil nueve.—Lic. Juan Pablo Arias Mora, Notario.—1 vez.—Nº 124950.—(73110).
El suscrito notario público hace constar que ante mí se constituyó Opilion Azul S. A., al ser las quince horas con diez minutos del diecinueve de agosto de dos mil nueve. Capital social: Diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—San José, veinte de agosto de dos mil nueve.—Lic. Juan Pablo Arias Mora, Notario.—1 vez.—Nº 124951.—(73111).
Por escritura otorgada el día de hoy ante mí se constituyó Live Entertainment Holdings S. A.—San Pablo de Heredia, 19 de agosto del 2009.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—Nº 124952.—(73112).
El suscrito notario público hace constar que ante mí se constituyó Opilion Verde S. A., al ser las quince horas del diecinueve de agosto de dos mil nueve. Capital social: Diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—San José, veinte de agosto de dos mil nueve.—Lic. Juan Pablo Arias Mora, Notario.—1 vez.—Nº 124953.—(73113).
En esta notaría, al ser las diecisiete horas del dieciocho de agosto del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Integral Site Solution IST Sociedad Anónima, en la cual se modificó el nombre de la empresa, se reformó cláusula de administración y se nombró nueva junta directiva.—San José, dieciocho de agosto del dos mil nueve.—Lic. José Gonzalo Saavedra Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 124954.—(73114).
En esta notaría, al ser las diecisiete horas, treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Sites Group TTP Sociedad Anónima, en la cual se reformó cláusula de administración y se nombraron nuevos puestos en la junta directiva.—San José, dieciocho de agosto del dos mil nueve.—Lic. José Gonzalo Saavedra Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 124955.—(73115).
Ante mí, Karen Fonseca Sánchez, notaria pública, se constituyó la sociedad denominada Ferretería Víquez Sociedad Anónima, capital social nueve mil colones. Presidente Miguel Ángel Víquez Núñez.—Santa Bárbara de Heredia, dieciocho de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Karen María Fonseca Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 124956.—(73116).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las quince horas del diecinueve de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Kamau Marín y Madrigal Sociedad Anónima, domiciliada en Ciudad Quesada, San Carlos, centro comercial Meco, local número nueve. Presidenta: María Eugenia Madrigal Matamoros, con facultades de apoderada generalísima sin limitación de suma, con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Plazo: noventa y nueve años. Capital social íntegramente suscrito y pagado.—Ciudad Quesada, quince horas y quince minutos del diecinueve de agosto del dos mil nueve.—Lic. Fabricio José Quirós Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 124957.—(73117).
Por escritura otorgada
en mi notaría, a las catorce horas del dieciocho de agosto del dos mil nueve,
se constituyó la sociedad denominada Servicios Publicitarios Arayco Sociedad
Anónima, domiciliada en Ciudad Quesada, San Carlos, doscientos metros sur
de
Francisco Campos Solís, Rafael Ángel Solís Chanto y Miguel Ángel Jiménez Solís, constituyen sociedad Ornamentales Campos & Solís Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las nueve horas del diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Mayling Quirós Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 124959.—(73119).
Por escritura de las 10:00 horas del 17 de agosto del 2009, se constituye la sociedad denominada Back Bone Invest Sociedad de Responsabilidad Limitada, se nombra gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 17 de agosto del 2009.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—1 vez.—Nº 124961.—(73120).
Por escritura de las 9:00 horas del 17 de agosto del año 2009, se constituye la sociedad denominada Bettergames Ent Sociedad de Responsabilidad Limitada, se nombra gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 17 de agosto del 2009.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—1 vez.—Nº 124962.—(73121).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó Amador y Villegas Valuadores, Sociedad Anónima, usando las siglas AVVAL. Domiciliada en San José, Santa Ana, del comercial roble Sabana, veinticinco metros al norte. Capital social diez mil colones. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, siete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Sonia María Calderón Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 124965.—(73122).
Mediante escritura número ciento sesenta y cuatro con fecha de las ocho horas del treinta y uno de julio del dos mil nueve. Otorgada ante el notario Wiston Morales Mayorga. Alecivrea S. A., en asamblea general extraordinaria de socios vienen a cambiar nombre comercial, denominará Opifruit Sociedad Anónima, como nombre de fantasía.—Lic. Wiston Morales Mayorga, Notario.—1 vez.—Nº 124966.—(73123).
Al ser las doce horas
del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios
de la empresa Constructora
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del diecinueve de agosto del dos mil nueve, Eliomar Varela Peraza y Luisa Marcela Rodríguez Rodríguez, constituyeron sociedad anónima, cuyo nombre de fantasía será el número de cédula que le asigne el Registro de Personas Jurídicas. Capital social: veinte mil colones. Plazo social noventa y nueve años. Representación: presidente y secretaria, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Ciudad Quesada, 19 de agosto del 2009.—Lic. David Rogelio Jiménez Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 124971.—(73125).
Ante esta notaría se constituyó
la sociedad de responsabilidad limitada cuya denominación social será conforme
al Decreto número tres mil trescientos setenta y uno-J, publicado en
Ante esta notaría se
constituyó la sociedad que se denominará Cedars Fruit Exporting Company
Sociedad Anónima, cuya traducción es Compañía de Exportación de Frutas
Cedars Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras S.
A. La palabra Cedars implica la unión de las letras iniciales de los
nombres Cesar, Erika, Daniel, Raquel y Samuel, quienes conforman la familia
Lobo Varela. Escritura otorgada en Aguas Zarcas, San Carlos, a las dieciocho
horas del dieciocho de agosto del dos mil nueve. Presidente: Cesar Gerardo Lobo Matamoros.
Capital social: veinte mil colones.—Lic. Oscar Eduardo Corrales Fernández,
Notario.—1 vez.—Nº 124973.—(73127).
Por escritura número 41-4, de las 10:00 horas del 14 de agosto del 2009, otorgada ante el suscrito Notario, se reformó la cláusula quinta del pacto de la sociedad Hacienda Quebec Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 14 de agosto del 2009.—Lic. Carlos Roberto López Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 124975.—(73128).
Ante esta notaría mediante escritura número tres del tomo treinta y cuatro de mi protocolo, al ser las ocho horas del siete de agosto del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la compañía Inversiones Salujuventud Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó la cláusula sexta del pacto social.—San José, dieciocho de agosto del dos mil nueve.—Lic. Arturo Enrique Apéstegui Barzuna, Notario.—1 vez.—Nº 124976.—(73129).
En mi notaría se constituyó la sociedad denominada Bellas Artes Culinarias Sociedad Anónima, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente, capital social debidamente cancelado y aportado.—San José, diecinueve de agosto del dos mil nueve.—Lic. Franklin Solano Venegas, Notario.—1 vez.—Nº 124977.—(73130).
Ante mi notaría, a las 14:00 horas del día de hoy, protocolicé acta mediante la cual Possession of Dreams S. A., reforma la cláusula primera y sexta, se nombra nueva junta directiva.—San José, diecinueve de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Gustavo Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—Nº 124978.—(73131).
En esta notaría a las 9:00 horas del 14 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Emirja B M Sociedad Anónima. Apoderados Iriana Patricia Baltodano Monge y Emer Baltodano Rojas.—San José, 19 de agosto del 2009.—Lic. Doris Monge Díaz, Notaria.—1 vez.—Nº 124980.—(73132).
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
De conformidad
con resolución RMT-2371-2009 de las ocho horas del día 7 de julio del 2009. El
Ministro de Trabajo y Seguridad Social resuelve: Impartir aprobación final a la
resolución JPIGTA-1879-2009 de sesión celebrada en San José, a las nueve horas
del 22 de mayo del 2009, de
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO INMOBILIARIO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Se hace saber a
Michael Zara Wood, como Poseedor del Plano G-Nueve mil cuatro-mil novecientos
setenta y cuatro (G-9004-1974), que el Registro Inmobiliario, División
Catastral, realizó apertura de Diligencias Administrativas de oficio, debido a
un posible traslape. Mediante resolución de las 8:00 horas del 15/05/09. Se
confiere audiencia por medio de edicto por no tener un domicilio exacto del
interesado, hasta por 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la
tercera publicación del presente edicto, término dentro del cual debe presentar
los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene, a la parte indicada,
que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar número de
fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho,
conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro
Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de febrero de 1998, en
concordancia con los numerales 19 y 34 de
Se hace saber a I.
Xinia Sevilla Rojas, cédula de identidad número 1-0382-0602 como propietaria
registral de la finca del partido de San José matrícula 426788, con relación al
plano catastrado A-Ocho tres tres seis ocho seis-dos mil dos (A-833686-2002).
II. Asociación de Desarrollo Integral de Berlín de San Ramón Alajuela, cédula
jurídica número 3-002-056332, representado por el señor Carlos Chavarría
Hernández, cédula de identidad número 2-0295-0466, como propietaria registral
de la finca del partido de San José 98058, en relación al plano A-Cuatro uno
nueve siete tres tres-mil novecientos noventa y siete (A-419733-1997), que
Se hace saber a María
Primitiva Elizondo Gómez cédula 5-0133-0980, propietaria del derecho 001 sobre
la finca 5-150909 y María de
Se hace saber a Marlon
Anderson Lewis, cedula 7-0085-0740, William Anderson Lewis, cedula 7-0071-0757,
Leroy Lewis Hilton, cedula 7-0043-0078, copropietarios de los derechos 001, 002
y 003 del inmueble del partido de Limón matrícula 58893; Ana Lorena Anderson
Lewis, cedula 7-0066-0059, Verna Lewis Hilton, cedula 7-0049-1099, Amoret Elena
Lewis Hilton, cédula 7-0041-0032, copropietarios de los derechos 001, 002 y 003
del inmueble del Partido de Limón matrícula 58894; y a Victoria Anderson Hilton
cedula 9-0003-0486, dueña de los usufructos de los inmuebles del partido de
Limón matriculas 58893 y 58894 y de sus correspondientes derechos
Se hace saber a
Ricardo Aguilar Lara, cédula 2-221-057, propietario de la finca de Guanacaste
matrícula 36106-
Se hace saber a
Hermanos Arias Campos, cédula jurídica 3-101-53752, representada por Carmen
Arias Campos, cédula 4-076-368, propietaria de la finca de Guanacaste
Se hace saber a
Rolando Gómez Obando, cédula 5-0140-0597, Olga Gómez Obando, cédula
5-0178-0930, Martín Orlando Gómez Obando, cédula 5-0155-0291, Falconery Obando
Cárdenas, cédula 5-0117-0410, Orlando Gómez Hernández, cédula 5-0038-
Se hace saber a Felipe
Pérez Fajardo, cédula jurídica 5-0033-0876, propietario de la finca de
Guanacaste matrícula
Se hace saber a Hilda
Rosa Pérez Jiménez, cédula 2-0559-0021 propietaria de la finca 7-82801 y a
Rapicreditos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-219415 representada por
Magda Ramos Medina, cédula 5-0794-0799 propietario de la finca 7-86344 y a
cualquier tercero con interés legitimo, albaceas o representantes legales que
el Despacho del Registro Inmobiliario División Registral ordenó apertura de
Diligencias Administrativas de oficio, para investigar posible duplicidad de
planos en las fincas de Limón 82801 y 86344. Mediante resolución de las 09:47
horas del 20/5//09 se brindó audiencia de ley a las partes, y siendo que fueron
devueltos los certificados de correos RR002333023CR y RR002333037CR dirigidos a
dichas personas respectivamente, con la indicación de cambio de domicilio el
primero y dirección insuficiente el segundo, con el fin de cumplir con el
Debido Proceso, por resolución de las 11:00 horas del 15/7/09, se autorizó la
publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a
las personas indicadas, por término de 15 días hábiles, contados a partir del
día siguiente a la tercera publicación del presente edicto; término dentro del cual
debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se les previene que
dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar número de fax o
correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme
a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público,
que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, en concordancia con los numerales 19 y 34
de
Se hace saber a
Marlene Bernard Galloway, cedula 7-035-062, propietaria de la finca de Limón
matrícula 67418, Mark Powell Bernard, cedula 7-0137-607, Erick Scott Bernard,
cedula 7-142-087, Derick Scott Bernard, cedula 7-142-086, quienes son
beneficiarios de Habitación Familiar que recae sobre la finca 7-67418, que
Se hace saber a
Trinidad Gamboa Coto cédula de identidad 3-447-036, titular registral de la
finca del Partido de Limón matrícula 75737; por haber sido devuelto el
respectivo certificado de Correos de Costa Rica mediante el cual se le confirió
audiencia, y a cualquier tercero con interés legítimo, albaceas o
representantes legales: I. Que
Se hace saber a: 1)
Salomón Fernández Ríos cédula de identidad 5-071-665, titular registral de las
fincas del partido de Limón matrículas 50039-001 y 53126-001. 2) Alfredina Del
Socorro Sánchez Cabrera cédula de identidad 9-067-076, titular de las fincas
del Partido de Limón matrículas 50039-002 y 53126-002; que por haber sido
devueltos los respectivos certificados de Correos de Costa Rica mediante el
cual se les confirió audiencia; y a cualquier tercero con interés legítimo,
albaceas o representantes legales: I. Que el Registro Inmobiliario División
Registral ordenó
Se hace saber a: I.
Eliodoro Cabezas Quesada, II. María Salas Álvarez, III. Francisco Salas
Álvarez, IV. Josefa Salas Álvarez, V. Fulgencia Salas Álvarez, propietarios de
la finca de Heredia 14014, cualquier tercero con interés legítimo, albaceas o
representantes legales, que
Se hace saber a: I.
Joved Antonio Sánchez Valladares cédula 7-081-833, cualquier tercero con
interés legítimo, albaceas representantes legales, que
Se hace saber a: I.
Ana Cecilia del Carmen Alvarado Alvarado, cédula 6-224-566. II. Lic. Mónica
María Bastos Espinoza cédula 6-302-233. III. Inversiones Portuguez y Alva del
Pacífico S. A., cédula jurídica 3-101-252154, cualquier tercero con interés
legítimo, albaceas representantes legales, que
Se hace saber a la
señora Juliana Aragón Arias, mayor de edad, viuda, cédula de identidad
5-117-263; acreedora en hipoteca de primer grado garantizada con el derecho 002
de la finca del Partido de Alajuela, matrícula 135562, por no existir dirección
exacta en los asientos de registro, para enviar notificaciones, así como a
terceros con interés legítimo, que: en diligencias administrativas que se
llevan en este Registro, se dictó la siguiente resolución: “(Exp. 09-045-R I)
Registro Inmobiliario-División Registral. Curridabat, a las dieciséis horas del
treinta y uno de julio de dos mil nueve. Vista
Se hace saber al señor Carlos Roberto Torres
Salguero, cédula Nº 1-763-925, Servio Flores Cacho, cédula de residencia
15067069679 representante de El Gallo Mas Gallo de Alajuela S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-074154, María Gabriela Corella Sibaja cédula 1-1749-318
apoderada de Lago Cabeza de Indio S. A., cédula jurídica 3-101-102096, Miguel
Francisco Murillo Tercero, cédula 1-527-
Se hace saber a
Francisca Zunilda Pérez Pérez, cédula 5-0095-0918, y María Imelda Pérez Pérez,
cédula 5-0118-0268, propietarias registrales de los derechos 001 y 004 de la
finca de Guanacaste 31925, respectivamente, a cualquier interesado con interés
legítimo, albaceas o representantes legales, que el Registro Inmobiliario
División Registral ordenó apertura de Diligencias Administrativas de oficio,
para investigar una posible sobreposición con vía pública de la finca de
Guanacaste 31925. Mediante resolución de las 09:00 horas del 22/05/09 se brindó
audiencia de ley a las partes, y siendo que fueron devueltos los certificados
de correos RR014380547CR y RR014380710CR dirigidos a estas personas, con la
indicación de ser inexacta e insuficiente su dirección, con el fin de cumplir
con el Debido Proceso, por resolución de las 09:00 horas del 15/7/09, se
autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle
audiencia a las personas indicadas, por término de 15 días hábiles, contados a
partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto; término
dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le
previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar
número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este
Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del
Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, en concordancia con los
numerales 19 y 34 de
Se hace saber a Madesa
de Nicoya Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-183389, representada por
Edgar Hild Hild, pasaporte 6743025072, propietaria de la finca de Guanacaste
Se hace saber a Eloy
Salazar Salazar, el cual en este registro no aparece con número de cédula;
constando en el Tribunal Supremo de Elecciones con el número 1-0065-3469, como
titular del plano de la provincia de San José número SJ-veintiún mil
trescientos setenta y uno-mil novecientos setenta y cuatro (SJ-21371-1974), que
Se hace saber a Miriam
Georgina Prendas Prendas, cédula 7-0059-1304 y a José Mariano Sánchez
Hernández, con cédula 5-0197-0270, copropietarios de los derechos 001 y 002
respectivamente del inmueble del Partido de Limón matrícula
Se hace saber a I.
Arturo Ballestero Chavarría, cédula de identidad número 1-0314-0565, como
propietario registral en un medio de la finca partido de San José 403529-001 la
que publicita el plano catastrado número SJ-cuarenta y dos mil ochocientos
cinco-mil novecientos noventa y dos (SJ-42805-1992). II. Gonzalo Vásquez
Vásquez, cédula de identidad número 1-0306-0714, como propietario registral de
la finca del partido de San José matrícula ochenta y tres mil cuatrocientos
veintinueve (SJ-83429) de la cual se relaciona con el plano SJ-dieciocho mil
seiscientos ochenta y cinco-mil novecientos setenta y tres (SJ-18685-1973) que
es parte de dicho folio real 83429, que
Se hace saber a Niels
Clausen Zúñiga, cédula de identidad número 1-0254-0004, como titular del plano
H-quinientos ochenta y tres mil trescientos nueve-mil novecientos noventa y
nueve (H-583309-1999), que
Se hace saber a Jorge
Moreira Villegas, cédula 5-249-495, y a Elizabeth Gutiérrez Arce, cédula
7-093-829, en calidad de titulares registrales de los derechos 001 y 002 del
inmueble número 60817, y a Daysi Barrantes Araya, cédula 2-414-584, en calidad
de titular registral del inmueble número 60818 del Partido de Limón, que en
este Registro se iniciaron Diligencias Administrativas de oficio, por una
posible doble inmatriculación de las fincas mencionadas. En virtud de lo
denunciado, esta Asesoría; mediante resolución de las 09:00 horas del
14/01/2009, ordenó consignar Advertencia Administrativa sobre dichas fincas.
Con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso,
por resolución de las 12:45 horas del 03/08/2009 se autorizó la publicación por
3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a las personas
mencionadas, por el término de quince días contados a partir del día siguiente
de la última publicación del edicto en el Diario Oficial
Se hace saber a Nuria
Matarrita Martínez en su condición de presidenta con facultades de apoderada
generalísima sin límite se suma de Consultora Marnu S. A., cédula jurídica
3-101-135889, en calidad de propietaria registral del inmueble del partido de
Guanacaste matrícula 169166; a quien se le notificará por medio de publicación
tres veces consecutivas en el Diario Oficial
Se hace saber a Luis
Fernando Barahona Torres, cédula 6-0039-0116, propietario de las fincas 7-59992
y 7-64894 y a cualquier tercero con interés legitimo, albaceas o representantes
legales que el Despacho del Registro Inmobiliario División Registral ordenó
apertura de Diligencias Administrativas de oficio, para investigar posible
duplicidad de planos en las fincas de Limón 59992 y 64894. Mediante resolución
de las 09:16 horas del 13/1/09 se brindó audiencia de ley a la parte, y siendo
que fue devuelto el certificado de correos RR146315785CR dirigido a dicha
persona, con la indicación de ser desconocido, con el fin de cumplir con el
debido proceso, por resolución de las 13:00 horas del 06/7/09, se autorizó la publicación
por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a las personas
indicadas, por término de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente
a la tercera publicación del presente edicto; término dentro del cual debe
presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene que dentro
del término establecido para la audiencia, debe señalar número de fax o correo
electrónico, donde oír futuras notificaciones de este despacho, conforme a los
artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es
Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, en concordancia con los numerales 19 y 34 de
Se hace saber a I.
Carlos Fernández Castro, cédula de identidad número 1-0384-0139, poseedor del
plano de la provincia de Puntarenas número uno uno cinco ocho dos ocho uno-dos
mil siete (P-1158281-2007), que
Se hace saber a Carlos
Eduardo Sanabria Solano, con cédula de identidad 3-133-722, Sayma del Este S.
A., cédula jurídica número 3-101-140509, Abelca S. A., cédula jurídica 3-101-
Se hace saber a José
Ángel Camareno Tenorio, cédula 5-011-1600, propietario de la finca de
Guanacaste, matrícula 16020, que
Se hace saber a
Arlenne María Madrigal Guevara, cédula: 1-0798-0967, en carácter titular
registral de la finca del Partido de Guanacaste: 110393, y a Marta Cortés
Cortés, cédula: 5-0097-0543, en carácter de apoderada generalísima sin límite
de suma de Marzene Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-544397, titular
registral de la finca del partido de Guanacaste: 87767-002 y
Se hace saber a Julio
Chan Chan, cédula de residencia 1000025137, propietario registral de la finca
de Guanacaste, matrícula
Se hace saber a
Antonio Cascante Angulo, cédula 5-0075-0077 propietario de la finca 7-93144 y a
cualquier tercero con interés legitimo, albaceas o representantes legales que
el Despacho del Registro Inmobiliario División Registral ordenó apertura de
Diligencias Administrativas de oficio, para investigar posible duplicidad de
planos en las fincas de Limón 93144 y 99327. Mediante resolución de las 09:40 horas
del 14/04/09 se brindó audiencia de ley a la parte, y siendo que fue devuelto
el certificado de correos RR146319535CR dirigido a dicha persona, con la
indicación de dirección insuficiente, con el fin de cumplir con el debido
proceso, por resolución de las 08:00 horas del 25/6/09, se autorizó la
publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a
las personas indicadas, por término de 15 días hábiles, contados a partir del
día siguiente a la tercera publicación del presente edicto; término dentro del
cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene
que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar número de
fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este despacho, conforme
a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público,
que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, en concordancia con los numerales 19 y 34
de
SUCURSAL GUADALUPE
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El suscrito
Licenciado Juan Carlos Delgado Cabalceta Administrador de
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL |
N° PATRONAL |
DEUDA TOTAL |
|
A D G METAL |
2-03102299176-001-001 |
¢1,021,142.00 |
|
AGÜERO GONZÁLEZ ADRIANA PATRICIA |
0-00109400305-001-001 |
¢233,985.00 |
|
ALQUILERES ROSOL S. A. |
2-03101291780-001-001 |
¢165,388.00 |
|
ANALÍTICA NETWORK SOCIEDAD ANÓNIMA |
2-03101487078-001-001 |
¢232,292.00 |
|
APLICACIONES DE TÉCNICAS Y SERVICIOS M Y P LIMITADA |
2-03102496911-001-001 |
¢111,252.00 |
|
ASOCIACIÓN CENTRO INFANTIL EMPLEADOS DE RECOPE |
2-03002232606-001-001 |
¢1,165,018.00 |
|
ASOCIADOS ALMENARES Y GALLARD S. A. |
2-03101491614-001-001 |
¢572,846.00 |
|
AYON LACAYO PABLO |
0-00800650564-001-001 |
¢108,699.00 |
|
BALLESTEROS GÓMEZ LUIS CARLOS |
0-00106330365-999-001 |
¢674,674.00 |
|
BAUDRIT RUIZ GISELLE |
0-00105150072-001-001 |
¢51,044.00 |
|
CAMPOS ROJAS JUAN CARLOS |
0-00109370559-001-001 |
¢102,229.00 |
|
CARVAJAL CAMBRONERO VÍCTOR HUGO |
0-00109050592-999-001 |
¢620,204.00 |
|
CHINCHILLA ZAPATA KAREN |
0-00107720438-001-001 |
¢580,393.00 |
|
COMERCIALIZADORA MASÓN & RAHEEM CMR S. A. |
2-03101276237-001-001 |
¢86,754.00 |
|
DISPUFIL INTERNACIONAL S. A. |
2-03101285092-001-001 |
¢284,885.00 |
|
FONSECA BUSTOS RONALD ÁNGEL |
0-00104880152-999-001 |
¢342,246.00 |
|
GAMBOA GUTIÉRREZ RONALD |
0-00105920488-001-001 |
¢199,501.00 |
|
GINTEC S. A. |
2-03101269756-001-001 |
¢57,165.00 |
|
TOSTADORA
|
2-03101005944-002-001 |
¢21,600.00 |
|
HIDALGO GAMBOA JAVIAR FRANCISCO |
0-00109520673-999-001 |
¢635,452.00 |
|
HSU CHEN MIMIAN FUNG |
0-00110700228-001-001 |
¢116,412.00 |
|
IMPORTADORA BENZADON GLOBAL S. A. |
2-03101502123-001-001 |
¢107,749.00 |
|
IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA COSMA DEL NORTE |
2-03101395348-001-001 |
¢859,580.00 |
|
IMPRENTA Y LITOGRAFÍA ORO PRINT S. A. |
2-03101367635-001-001 |
¢170,941.00 |
|
INDUSTRIAS VILCHEZ S. A. |
2-03101320353-001-002 |
¢214,873.00 |
|
INNOVACIONES GRUPO COBRA S. A. |
2-03101343472-001-001 |
¢349,399.00 |
|
ITZIMNA FRUTAS SOCIEDAD ANÓNIMA |
2-03101505219-001-001 |
¢572,380.00 |
|
JIMÉNEZ QUESADA MANUEL |
0-00106150706-999-001 |
¢660,592.00 |
|
LEÓN OVARES ALICIA MARÍA |
0-00502340708-999-001 |
¢47,046.00 |
|
MAZLU MARÍTIMA DE COSTA RICA-TIMSA |
2-03101363013-001-001 |
¢247,829.00 |
|
MORENO CONTRERAS DÁMASO GERARDO |
0-00601610936-001-001 |
¢72,709.00 |
|
MR TRES DIECISIETE S. A. |
2-03101297412-001-001 |
¢97,613.00 |
|
OBREGON SABORIO FERNANDO |
0-00108950763-001-001 |
¢148,563.00 |
|
ORION SISTEMAS INFORMÁTICOS S. A. |
2-03101526087-001-001 |
¢474,886.00 |
|
PACHECO CHAVERRI EIDA ROSA |
0-00400314626-001-001 |
¢144,787.00 |
|
PATERNO NOINDICAOTRO MARCELA GRACIELA |
7-00026524055-001-001 |
¢138,650.00 |
|
PICADO ARROYO MARITZA |
0-00601590976-002-001 |
¢35,502.00 |
|
PRODUCTORA DE CERTÁMENES PARA RADIO Y TELEVISIÓN PROCER TV S. A. |
2-03101408573-001-001 |
¢80,940.00 |
|
REDONDO VALLE EDUARDO ANTONIO |
0-00104140780-001-001 |
¢753,754.00 |
|
RESTAURANTES TÍPICOS DEL PUEBLO S. A. |
2-03101378579-001-001 |
¢2,018,676.00 |
|
RODAR FREE SOCIEDAD ANÓNIMA |
2-03101543121-001-001 |
¢255,987.00 |
|
ROMÁN CASCANTE RICARDO |
0-00106520330-001-001 |
¢143,104.00 |
|
SANDOVAL DELGADO JERRY ALBERTO |
0-00106340698-999-001 |
¢635,550.00 |
|
SEGURIDAD Y VIGILANCIA SALMERÓN S. A. |
2-03101172975-001-001 |
¢258,649.00 |
|
SERVICIOS TÉCNICOS INDUSTRIALES E Y P |
2-03101258439-001-001 |
¢104,922.00 |
|
SILES GARCÍA ELIZABETH |
7-00028125511-001-001 |
¢49,143.00 |
|
SUAREZ AGOSTA ÓSCAR |
0-00202850728-001-001 |
¢2,244,199.00 |
|
SYNCRONIA S. A. |
2-03101086247-001-001 |
¢159,850.00 |
|
TZITXI CHAU SOCIEDAD ANÓNIMA |
2-03101483243-001-001 |
¢62,411.00 |
|
URNAS EXCLUSIVAS SOCIEDAD ANÓNIMA |
2-03101149874-001-001 |
¢126,751.00 |
|
VARGAS JIMÉNEZ EDGAR ENRIQUE |
0-00106490154-001-001 |
¢581,931.00 |
|
VIDRIOS EL VALLE S. A. |
2-03101271360-001-001 |
¢90,535.00 |
|
VILLALOBOS HERNÁNDEZ JORGE ARTURO |
0-00111110559-999-001 |
¢649,090.00 |
|
WHITE RITCHIE ALEXIS |
0-00700810183-999-001 |
¢1,718,024.00 |
|
WOLF CENTER SOCIEDAD ANÓNIMA |
2-03101394689-001-001 |
¢53,171.00 |
|
ZAMORA CESPEDES DAVID |
0-00601790330-001-001 |
¢239,508.00 |
|
Lic. Juan Carlos Delgado Cabalceta, Administrador.—(72578).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Órgano Director.—San José, a las trece horas del doce de agosto del dos mil nueve.—Acto de Apertura del Procedimiento Ordinario Administrativo seguido contra la empresa Tefner S. A., propietaria del Restaurante El Café.
Resultando:
1º—Que por resolución de la Gerencia General del Instituto Costarricense de Turismo G-1848-2009 del siete de agosto del 2009, se nombra como órgano director al Lic. Pablo Valverde Madrigal como Titular y al Lic. Martín Quesada Rivera como Suplente, ambos del Departamento de Gestión y Asesoría Turística, con la asesoría de la Dirección Legal, para dar inicio al procedimiento ordinario administrativo contra la empresa Tefner S. A., cédula jurídica Nº 3-101-270659, propietaria del Restaurante El Café, a fin de determinar posibles incumplimientos a lo establecido en el Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas.
2º—Que la empresa Tefner S. A., cédula jurídica Nº 3-101-270659, fue declarada turística según resolución de la Gerencia, G-098-2003 del 21 de enero del 2003, para desarrollar la actividad de gastronomía en el establecimiento denominado Restaurante El Café.
3º—Que según oficios DGA-2268-2008 y DGA-2269-2009 del 6 de mayo del 2009, el señor Eligio Bonilla Carvajal, Supervisor del Departamento de Gestión y Asesoría Turística, informa sobre la inspección realizada a la empresa.
Considerando:
I.—Que al Instituto Costarricense de Turismo, según disposiciones expresas contenidas en el Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, Decreto Ejecutivo Nº 25226-MEIC-TUR del 15 de marzo de 1996 y sus reformas, le compete conocer y resolver todo lo relacionado con la aplicación del mencionado Reglamento.
II.—Que de conformidad con el artículo 11 inciso b), del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, el ICT tiene la obligación de ejercer control y vigilancia sobre las empresas declaradas, efectuando inspecciones periódicas.
III.—Que el artículo 13, incisos a), d) e i) respectivamente del mismo Reglamento, establece que a las empresas declaradas turísticas se les exige “cumplir con lo que dispone este Reglamento, la legislación vigente y demás normas o disposiciones especiales que regulen su funcionamiento”, “informar al Instituto de cualquier modificación en la planta física, instalaciones o servicios que puedan provocar un cambio en cuanto al tipo, categoría o características principales del establecimiento” y “reportar cualquier cambio de propietario, administradores, accionistas, gerente, domicilio, razón social, nombre comercial u otro cambio en la operación de la empresa”.
IV.—Que según informes de inspecciones DGA-2268-2009 y DGA-2269-2009 del 6 de mayo del 2009, el señor Eligio Bonilla Carvajal, Supervisor del Departamento de Gestión y Asesoría Turística, informa que el día 11 de marzo del 2009, visitó las instalaciones del Restaurante El Café, ubicado en Liberia, Guanacaste, con el propósito de realizar una inspección y actualizar la categoría y el expediente de la empresa. Que durante la inspección pudo determinar que en dicha empresa gastronómica se dio un cambio de propietarios y de nombre comercial, no reportados ante este Instituto, además, obtuvo una Categoría de Un Tenedor, no alcanzando la categoría mínima, sea de Tres Tenedores, para mantener su Declaratoria Turística. Además, informa que no cumple con las especificaciones del Anexo 1 sea éste las Facilidades para personas con Capacidad Física Restringida. Que según oficio DGA-2602-2009 del 22 de mayo del 2009, se le notifica a la empresa la situación anterior y se le otorga un plazo de diez días hábiles para que se refiera al respecto. Que al día de hoy el plazo se encuentra vencido y no consta en el expediente administrativo que los apoderados hayan dado respuesta a lo solicitado.
V.—Que en el caso concreto que nos ocupa, existen indicios que la empresa Tefner S. A., cédula jurídica Nº 3-101-270659, propietaria del Restaurante El Café, ha supuestamente infringido lo dispuesto en los incisos a), d), i) y j) del artículo 13 del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas y Anexo 1, punto Nº 6 del mismo Reglamento y directriz publicada en La Gaceta Nº 115 del lunes 17 de junio del 2002, al no tener la categoría mínima exigida, sea Tres Tenedores, para mantener su Declaratoria Turística, al no haber reportado los cambios que se han dado en la empresa a nivel de nombre comercial y propietarios, al no cumplir con el Anexo 1, de las facilidades para personas con capacidad física restringida, y al no haber dado respuesta al oficio DGA-2602-2009 del 22 de mayo del 2009, pudiendo hacerse acreedora a las sanciones establecidas en el artículo 16 del Reglamento en cuestión, a saber amonestación escrita, suspensión de la Declaratoria Turística, cancelación de los beneficios otorgados por recomendación del Instituto, cancelación de los beneficios comprendidos en el artículo 11, incisos c) y e) o la cancelación de la Declaratoria Turística. Por tanto:
De conformidad con lo expuesto, artículo 13 incisos a), d), i) y j) y artículo 16 ambos del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas y Anexo 1, punto Nº 6 del mismo Reglamento y directriz publicada en La Gaceta Nº 115 del lunes 17 de junio del 2002 y con fundamento en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública, que rigen lo concerniente a los procedimientos administrativos, este órgano director cita al apoderado de la empresa Tefner S. A., cédula jurídica Nº 3-101-270659, propietaria del Restaurante El Café, para que se presente solo o en compañía de un profesional en Derecho, al Departamento de Gestión y Asesoría Turística del Instituto Costarricense de Turismo, a la comparecencia oral y privada prevista en los artículos 218 y 309 inciso 1., de la Ley General de la Administración Pública, a celebrarse quince días hábiles posteriores a la tercera publicación, a las nueve horas.
Se previene según lo dispuesto en los artículos 218, 309 y 312 inciso 2, de la Ley General de la Administración Pública, que debe presentarse todas las pruebas antes o en el momento de la comparecencia, bajo apercibimiento de que en caso contrario caducaría su derecho.
Se previene al apoderado de la empresa referida, que en su primer escrito deberá indicar el medio, sea este Fax o correo electrónico para recibir notificaciones presentes y futuras, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere quedará notificado de las resoluciones posteriores en el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas las mismas.
Con base en los artículos 217 y 272 de la Ley General de la Administración Pública, se pone a disposición del interesado el expediente administrativo en la sede de este Órgano Director, ubicada en el Departamento de Gestión y Asesoría Turística.
Contra la presente resolución procederán los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse, ante este Órgano Director, en el plazo de veinticuatro horas a partir de esta notificación. El recurso de revocatoria será resuelto por el Órgano Director y el de Apelación por la Gerencia del Instituto.—Lic. Pablo Valverde Madrigal, Órgano Director del Procedimiento.—(O. C. Nº 12385).—(Solicitud Nº 12863).—C-218250.—(72130).
Órgano Director.—San José, a las nueve horas del diecisiete de agosto del dos mil nueve. Procedimiento ordinario administrativo contra la empresa Grupo Sol Poniente GSP S. A. propietaria del Centro de Diversión Nocturna Discoteque 360 Terramall.
COMUNICA:
Que con base en el oficio DGA-3691-09, la Gerencia General de este Instituto, según resolución G-1697-2009 del 21 de julio del 2009, procede a cancelar la Declaratoria Turística otorgada a la empresa Grupo Sol Poniente GSP S. A., cédula jurídica Nº 3-101-306433, propietaria del Centro de Diversión Nocturna Discoteque 360 Terramall, por haber infringido lo establecido en los incisos a), d), i) y j) del artículo 13 del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, al no cumplir con lo dispuesto en ese Reglamento y con la legislación vigente que regula su funcionamiento, y al no encontrarse en operación el Centro de Diversión Nocturna Discoteque 360 Terramall.
Contra esta resolución proceden los Recursos de Revocatoria y Apelación, los cuales deberán interponerse en el plazo de tres días posteriores a la tercera publicación, ante la Gerencia de de esta Institución. El Recurso de Revocatoria será resuelto por la Gerencia de este Instituto y el de Apelación por la Junta Directiva.—Lic. Pablo Valverde Madrigal, Órgano Director.—(O. C. Nº 12385).—(Solicitud Nº 12863).—C-49500.—(72131).
Órgano Director.—San José, a las diez horas del diecisiete de agosto del dos mil nueve. Procedimiento ordinario administrativo contra la empresa Villa Nina S. A. hoy denominada Costa Vista Resort S. A. propietaria de Villa Nina hoy denominada Costa Vista Resort.
COMUNICA:
Que con base en el oficio DGA-4030-09, la Gerencia General de este Instituto, según resolución G-1878-2009 del 11 de agosto del 2009, procede a cancelar la Declaratoria Turística otorgada a la empresa Villa Nina S. A., cédula jurídica Nº 3-101-126370, propietaria de Villa Nina, por haber infringido lo establecido en los incisos a), d), i) y j) del artículo 13 del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, al no cumplir con lo dispuesto en ese Reglamento y con la legislación vigente que regula su funcionamiento y al no encontrarse en operación la empresa de hospedaje.
Contra esta resolución proceden los Recursos de Revocatoria y Apelación, los cuales deberán interponerse en el plazo de tres días posteriores a la tercera publicación, ante la Gerencia de de esta Institución. El Recurso de Revocatoria será resuelto por la Gerencia de este Instituto y el de Apelación por la Junta Directiva.—Lic. Pablo Valverde Madrigal, Órgano Director.—(O. C. Nº 12385).—( Solicitud Nº 12863).—C-49500.—(72132).
ASESORÍA LEGAL REGIÓN BRUNCA
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Instituto de Desarrollo Agrario, Asesoría Legal Región Brunca, San Isidro de Pérez Zeledón, a las ocho horas del veintidós de julio del dos mil nueve. Que habiéndose concluido procedimiento de revocatoria de adjudicación y otro que conlleva subsecuente nulidad de título, el Instituto de Desarrollo Agrario de conformidad con lo dispuesto por el artículo 66 de la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, debe cancelar las mejoras útiles y necesarias a quienes fueron despojados. Ante esta situación, se practicó avalúo de mejoras existentes en los terrenos. Peritaje aprobado por Junta Directiva, donde se autoriza a la Dirección Región Brunca para que comunique a los interesados. Ante esta situación y desconociéndose el domicilio, se le comunica a:
Nombre |
Cédula |
Predio y Asentamiento |
Avalúo |
Monto avalúo |
Acuerdo Junta Directiva |
Juan Ramón González Picado e Ivette Barrantes Borbón |
1-949-589 y 6-222-801 |
Lote 19 La Isla |
10-2009 |
Cero colones |
Art. 19, sesión ord. 022-2009, del 29 de junio de 2009 |
Dagoberto Navarro Salas |
5-208-214 |
Lote 33 La Isla |
11-2009 |
Cero colones |
Art. 18, sesión ord. 022-2009, del 29 de junio de 2009 |
Elio Allan Rojas Batista |
1-935-681 |
Lote 01 La Isla |
20-2008 |
Cero colones |
Art. 30, sesión ord. 017-2008, del 12 de mayo de 2008 |
El monto del avalúo respectivo es de cero colones, que le corresponde por cuanto no existen mejoras en el predio. Se advierte que de conformidad con lo establecido en los artículos 342 a 346 de la Ley General de la Administración Pública, aplicado en forma supletoria, sobre lo resuelto, cabe recurso de revocatoria, que deberá interponerse dentro del plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente de la comunicación del acuerdo, el cual deberá ser presentado ante la Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Agrario, sito en Moravia, Los Colegios, costado oeste del Edificio IFAM. Notifíquese.
Lic. Margarita Elizondo Jiménez.—(71871).
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Por ignorarse el domicilio actual del Sr. José Antonio Quirós Alpízar, identif. 2-398-364, como representante de la sociedad JE Quirós de Caño Negro y de conformidad con lo dispuesto en artículo 241 inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificarle por medio de edicto, el “Acta de Notificación Movimiento de Tierra N° 042-2009” del Proceso Control Fiscal y Urbano de la Municipalidad de Alajuela, que literalmente dice: Al ser las 10:00 horas del 24 de abril del 2009, en la finca del partido de Alajuela, sistema de folio real, matrícula 2-404521, ubicada en el distrito San José del Cantón Central de Alajuela, dirección 500 m norte de Punto Rojo, contiguo a Quebrada El Tigre propiedad de Quirós de Caño Negro S. A., cédula jurídica Nº 3-101-291940, se detectó un movimiento de tierra que consiste en movimiento de tierra de aproximadamente 2000 m³, el cual no cuenta con licencia municipal y que puede presentar un peligro de deslizamiento respecto a las colindancias. Por tal razón se le apercibe al propietario de dicho inmueble, que en forma inmediata suspenda los trabajos de relleno y realice las tareas necesarias para mitigar los eventuales daños que puedan acarrear esa obra a las propiedades vecinas. Se le apercibe al Sr. José Antonio Quirós Alpízar, en su condición de representante legal de la sociedad dueña del inmueble, que el incumplimiento a esta orden podría constituir el delito de desobediencia a la autoridad previsto en el artículo 307 del Código Penal, y sancionado con pena de prisión de 15 días a un año. Se le apercibe al Sr. José Antonio Quirós Alpízar que de conformidad con el artículo 74 de la Ley de Construcciones, es su obligación contar con la respectiva licencia municipal para las obras realizadas. De acuerdo con el artículo 161 del Código Municipal, en contra de esta actuación son admisibles en recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los que deberán interponerse dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación ante el Proceso Control Fiscal y Urbano de la Municipalidad de Alajuela y serán conocidos en su orden por el jefe de este proceso y por el Concejo Municipal de Alajuela.—Dra. Joyce Zürcher Blen, Alcaldesa Municipal.—(72511).
En La Gaceta Nº 128 del 3 de julio del 2009, se publicó el Decreto Nº 35318-S “Cobro de Registro y Vigilancia Sanitaria de Cosméticos”.
Que en dicho Decreto se consignó por error en el Artículo 2º inciso 2) la Cuenta en dólares estadounidenses 000-61477-05 Fideicomiso 872-BNCR-Ministerio de Salud, lo anterior de la siguiente manera:
Donde dice: Artículo 2º inciso 2) Cuenta en dólares estadounidenses 000-61477-05 Fideicomiso 872-BNCR.-Ministerio de Salud.
Debe leerse correctamente: Cuenta en dólares estadounidenses 000-617477-05 Fideicomiso 872-BNCR.-Ministerio de Salud.
Dado en la Presidencia de la República, a los catorce días del mes de julio del dos mil nueve.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Salud, María Luisa Ávila Agüero.—1 vez.—(O C Nº 93056).—(Solicitud Nº 22950).—C-12020.—(73850).
MUNICIPALIDAD DE PALMARES
De conformidad con lo establecido en el artículo 43 del Código Municipal, el proyecto de Reglamento para la prohibición del consumo de bebidas alcohólicas en las vías públicas del cantón de Palmares, publicado en La Gaceta 156 del 12 de agosto del 2009, es sometido a consulta pública por un lapso de diez días hábiles.
Palmares, 12 de agosto del 2009.—Eithel Hidalgo Méndez, Secretaria del Concejo.—1 vez.—Nº 124909.—(72908).