LA GACETA Nº 173 DEL 4 DE SETIEMBRE DEL 2009
MINISTERIO
DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
AMBIENTE,
ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2009LN-000065-32900
INSTITUTO
DE DESARROLLO AGRARIO
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
UNIVERSIDAD
ESTATAL A DISTANCIA
INSTITUTO
TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE TURISMO
INSTITUTO
DE DESARROLLO AGRARIO
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
PATRONATO
NACIONAL DE LA INFANCIA
INSTITUTO
NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
AUTORIDAD
REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
JUNTA
DE PROTECCIÓN SOCIAL DE CARTAGO
ENTE
COSTARRICENSE DE ACREDITACIÓN
COMISIÓN PERMANENTE DE ASUNTOS
AGROPECUARIOS
DICTAMEN AFIRMATIVO DE MAYORÍA
REFORMA DEL ARTÍCULO 2 DE LA LEY Nº
6683,
DE 14 DE OCTUBRE DE 1982, ARTÍCULO 52
DE LA LEY Nº 8039, DE 12 DE OCTUBRE
DE 2000, Y ARTÍCULO 8 DE LA LEY
Nº 7975, DE 4 DE ENERO DE 2000
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
Los (as) suscritos (as) diputados (as), miembros de la Comisión Permanente de Asuntos Agropecuarios y de Recursos Naturales, rendimos DICTAMEN AFIRMATIVO DE MAYORÌA sobre el proyecto “REFORMA AL ARTÍCULO 2 DE LA LEY Nº 6683 DEL 14 DE OCTUBRE DE 1982, ARTÍCULO 52 DE LA LEY Nº 8039 DEL 12 DE OCTUBRE DE 2000, Y ARTÍCULO 8 DE LA LEY Nº 7975 DEL 4 DE ENERO DEL 2000”, expediente Nº 17.264, publicado en el Alcance Nº 2, de La Gaceta Nº 9 del 14 de Enero de 2009, iniciativa del Poder Ejecutivo, con base en los siguientes motivos:
I. OBJETIVO FUNDAMENTAL
Conforme se
indica en el Oficio ST. 015-2009 J, del Departamento de Servicios Técnicos “el
proyecto de ley propone reformar tres artículos de diferentes leyes,
relacionadas con propiedad intelectual. Esto, según la exposición de motivos,
con el fin de precisar el lenguaje de las normas.
Los artículos a reformar son:
Artículo 2 de la Ley Nº. 6683, Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos, de 14 de octubre de 1982 y sus reformas, para incluir que: una interpretación o ejecución o fonograma se considerará publicado por primera vez en Costa Rica, cuando sea publicado dentro de los 30 días desde su publicación original.
Artículo 52 de la Ley Nº. 8039, Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, de 12 de octubre de 2000 y sus reformas, para incluir dentro de la descripción de las conductas sancionadas: la comunicación de ejecuciones e interpretaciones, protegidas por la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos, sin la debida autorización del autor, titular o el representante del derecho.
Artículo 8 de la Ley Nº. 7975, Ley de Información No
Divulgada, para reformar su párrafo tercero y adicionar un párrafo final.
En el párrafo tercero se especifica que un producto farmacéutico es
aquel que no contiene una entidad química que haya sido aprobada previamente en
Costa Rica. Por su parte, el párrafo final establece que un producto
agroquímico nuevo es cualquier ingrediente activo grado técnico nuevo, y un
ingrediente activo grado técnico nuevo es cualquier ingrediente activo técnico
que no haya sido registrado previamente en Costa Rica.
II. TRÁMITE LEGISLATIVO
Entre los principales
aspectos del iter parlamentario de este proyecto de ley destacan los
siguientes:
a) El 15 de diciembre de 2008 el Poder Ejecutivo presentó a la Secretaría del Directorio de la Asamblea Legislativa, el proyecto de “Reforma al artículo 2 de la ley Nº 6683 del 14 de octubre de 1982, artículo 52 de la Ley Nº 8039 del 12 de octubre de 2000, y artículo 8 de la Ley Nº 7975 del 4 de enero de 2000”.
b) En fecha 15 de diciembre
del 2008, el Departamento de Archivo, Investigación y Trámite de esta Asamblea
Legislativa remitió la iniciativa de ley a la Comisión Permanente Ordinaria de
Asuntos Agropecuarios y Recursos Naturales.
c) El 17 de diciembre del
2008, el referido Departamento procedió a la entrega de una copia fiel del
expediente al Departamento de Estudios, Referencias y Servicios Técnicos, de
conformidad con el artículo 118 del Reglamento de la Asamblea Legislativa.
d) En fecha 19 de diciembre
el Departamento de Archivo, Investigación y Trámite procedió a remitir a la
Imprenta Nacional, la iniciativa de ley para su respectiva publicación, de
conformidad con lo que establece el artículo 117 del Reglamento de la Asamblea
Legislativa.
e) En fecha 15 de diciembre
de 2008, la Secretaria del Directorio de la Asamblea Legislativa recibe del
Ministerio de la Presidencia el Decreto Ejecutivo N. 34952-MP, de misma fecha,
mediante el cual el Poder Ejecutivo amplia la convocatoria a sesiones
extraordinarias, hecha por el Decreto Ejecutivo N. 34907, a fin de que se
conozcan los proyectos ahí indicados, y que incluye la iniciativa de ley objeto
de este Informe.
f) La Comisión Permanente
Ordinaria de Asuntos Agropecuarios y Recursos Naturales recibe, a los quince
días del mes de enero del 2009, y por un plazo de treinta días, la iniciativa de
ley del Departamento de Archivo, Investigación y Trámite, para su estudio y
posterior dictamen. El expediente consta de un tomo con un total de 13 folios
consecutivos y foliados.
g) En el Acta de la sesión
ordinaria Nº 45 (21 de enero de 2009) se aprueba por unanimidad de los señores
Diputados presentes, una moción de orden para que se convoque en audiencia al
señor Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz, con el fin de que se
refiera al proyecto en mención.
h) En el Acta de la sesión
ordinaria Nº 46 (27 de enero de 2009) se aprueba por la mayoría de los señores
Diputados presentes, una moción de orden para que se convoque en audiencia al
“(...) Ing. Javier Flores Galarza, Ministro de Agricultura y Ganadería para que
se refiera a los alcances del artículo 3 de este expedientes, específicamente a
la comercialización de productos agroquímicos y la vinculación con la nueva
legislación sobre registros de éstos. (...)”.
i) En el Acta de la sesión
ordinaria Nº 46 (27 de enero de 2009) se aprueba, por unanimidad de los señores
Diputados presentes, una moción de orden, presentada por los señores Diputados
del Partido Acción Ciudadana, para que el proyecto de ley sea consultado a las
siguientes instancias: “(...) Consejo Institucional, Instituto Tecnológico de
Costa Rica; Consejo Universitario, Universidad Estatal a Distancia; Consejo
Universitario, Universidad de Costa Rica; Consejo Universitario, Universidad
Nacional; Red de Artes Escénicas; Editorial Costa Rica; Editorial de la
Universidad de Costa Rica; Editorial de la Universidad Estatal a Distancia;
Editorial de la Universidad Nacional, Colegio de Farmacéuticos; Ministerio de
Salud; Ministerio de Cultura Juventud y Deportes; Caja Costarricense del Seguro
Social; Corte Suprema de Justicia; Defensoría de los Habitantes; Colegio de
Profesores y Licenciados; Ministerio de Agricultura y Ganadería; Ministerio de
Educación Pública; Cámara Nacional de Productos Genéricos; Cámara Nacional de
Agricultura y Agroindustria; Cámara de Insumos Agropecuarios; Colegio de
Ingenieros Agrónomos. (...)”.
De igual forma, en la misma
sesión se aprobó por unanimidad una moción de orden presentada para solicitar
al Departamento de Servicios Técnicos realizar el informe respectivo para esta
iniciativa de ley.
j) La Secretaria Técnica de
la Comisión Permanente de Asuntos Agropecuarios y Recursos Naturales, conforme
a los parámetros establecidos por la Comisión, procedió a realizar y notificar
las respectivas consultas.
k) Se incorpora al expediente copia del oficio
DM-0040-9, de fecha 14 de enero del 2009, dirigido a la Comisión de
Relaciones Internacionales y Comercio Exterior, y suscrito por el señor Marco
Vinicio Ruiz, Ministro de Comercio Exterior Costa Rica y el Señor John K.
Veroneau, Ambassador, Deputy United States Trade Representative.
l) En Acta de la sesión Ordinaria Nº 48 de 04 de febrero 2009 (visible al
folio 4) el Presidente de la Comisión Ordinaria Permanente de Asuntos
Agropecuarios asigna el estudio del expediente
a una subcomisión integrada por los señores Diputados Luis Carlos Araya Monge
(quien coordina), José Ángel Ocampo Bolaños y Sergio Alfaro Salas.
En la misma sesión se
recibe en audiencia al señor Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio
Exterior; y a la señora Amparo Pacheco, Viceministra de Comercio Exterior.
ll) Se incorpora
al expediente oficio sin número, de fecha 06 de febrero de 2009, suscrito por la Federación Centroamericana de
Laboratorios Farmacéuticos (FEDARMA).
m) En acta de la sesión
ordinaria Nº 50, de 11 de febrero 2009, folios 4 y 5, el presidente de la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Agropecuarios,
concede prórroga de 08 días hábiles a las siguientes instituciones: Corte
Suprema de Justicia, Cámara Nacional de Agricultura y Agroindustria, Ministerio
de Cultura, Colegio de Farmacéuticos de Costa Rica, Ministerio de Agricultura y
Ganadería, Defensoría de los Habitantes.
n) En acta de la sesión ordinaria Nº 50,
de 11 de febrero 2009, por mayoría de los señores Diputados presentes, se
aprueban varias mociones de orden presentadas por el señor Diputado Mario
Quirós, de forma que la iniciativa de ley sea consultada a: la Dirección del
Servicio Fitosanitario del Estado (folio 16, del Acta); la Asociación de
Compositores y Autores Musicales de Costa Rica –ACAM- (folio 17, del Acta); el
Registro de Derechos de Autor del Registro Nacional de Costa Rica (folio 17,
del Acta); a la Corte Suprema de Justicia
(folio 18, del Acta. Tómese nota que ya en otra
sesión ordinaria de Comisión se aprobó esta consulta e incluso se le concedió
prórroga de 08 días hábiles); la Cámara Nacional de Radio –CANARA- (folio
18, del Acta); la Cámara de Comercio (folios 19 y 20, del Acta), la Cámara de
Industrias (folio 20, del Acta); la Cámara de Comerciantes Detallistas (folios
20 y 21, del Acta)
ñ) En acta de la sesión ordinaria Nº 51,
de 17 de febrero de 2009, se recibe e incorpora al expediente el oficio
DM-107-09, con fecha 12 de febrero, suscrita por los señores Ministros de
Comercio Exterior y Agricultura y Ganadería, quienes indican que:
“(...) hemos analizado con detenimiento las
observaciones e inquietudes manifestadas por varios Diputados miembros de la
Comisión de Asuntos Agropecuarios así como por parte de varios sectores
interesados, con respecto al artículo 3 del proyecto de ley referido, el cual
plantea una reforma al artículo 8 de la Ley N. 7975 de 4 de enero de 2000.
(...) En este contexto, muy respetuosamente, nos permitimos sugerir a esta
Comisión que el último párrafo de la propuesta de reforma al artículo 8 de la
Ley 7975 contenida en el artículo 3 del Expediente N. 17.264 sea eliminado.
(...)”.
o) En las actas de las sesiones
ordinarias Nº 55 y Nº 56, de 03 y 04 de marzo de 2009, se reciben en audiencia
a la Cámara de Productores Genéricos (CONAPROGE).
p) De igual forma, en el acta de la
sesión ordinaria Nº 57, de 10 de marzo de 2009, se recibe en audiencia al señor
Ministro de Agricultura y Ganadería (MAG), para que amplíe criterio sobre la
iniciativa de ley en cuestión. En esta misma sesión también se recibe el
criterio de la Ing. Ana Gabriela Zúñiga Valerín, Directora del Servicio
Fitosanitario.
q) Posteriormente, por razones de
reordenamiento de agenda, el Diputado Salvador Quirós Conejo, en su condición
de Presidente de la Comisión Permanente de
Asuntos Agropecuarios, nombra como nuevo coordinador de la referida subcomisión
al Diputado José Ángel Ocampo, quien en el acta de la sesión ordinaria Nº 58 del 11 de marzo de 2009
presenta un Informe de Subcomisión Afirmativo de Mayoría, el cual es rechazado
en esta misma sesión, por cuanto los señores Diputados miembros de la Comisión
Permanente señalaron que el documento contenía errores de forma, y además se
considero que se necesitaba profundizar el debate y proceso de reflexión en
diversos aspectos, así como que se necesitaban reuniones formales de la
subcomisión.
De esta forma, en la misma sesión
ordinaria Nº 58 de 11 de marzo de 2009, el
Diputado Salvador Quirós Conejo, Presidente de la Comisión, nombra una tercera
subcomisión integrada por los señores Diputados José Àngel Ocampo, Salvador
Quirós Conejo, Luis Carlos Araya Monge, Ovidio Agüero Acuña y Sergio Alfaro
Salas. La integración de esta nueva subcomisión es ratificada por el
señor Presidente en la sesión Ordinaria Nº 59 de 17 de marzo de 2009.
r) La nueva subcomisión se reunió, previa
convocatoria anunciada por el Diputado Salvador Quirós Conejo, en diversas
oportunidades para discutir y ampliar criterio.
Esta profundización del proceso de debate
y discusión dio inicio el miércoles 18 de marzo del año en curso, cuando el
Diputado Salvador Quirós indica:
“(...) Estamos convocando a una reunión de
Subcomisión, mañana miércoles cinco minutos después de terminada la sesión
ordinaria de esta Comisión y hasta las catorce horas con cuarenta y cinco
minutos que es la hora de inicio del Plenario. Si no podemos terminar de
estudiar el proyecto, queda convocada de una vez la Subcomisión para cinco
minutos después de terminada la sesión del Plenario, mañana en la tarde (....).
(Acta Nº 59 de la sesión ordinaria del 17 de marzo de 2009, folio 20).
Conforme el proceso de reuniones de
subcomisión se fue realizando, el señor Diputado Salvador Quirós Conejo
manifestó:
“(...) Debo informar que este proyecto se
encuentra en la subcomisión que fue ampliada, y que está conformada por cinco
diputados: Quirós Conejo, Ocampo Bolaños, Araya Monge, Alfaro Salas y Agüero
Acuña, la cual ya tuvo dos reuniones, en una participaron varios diputados,
casi todos prácticamente de los que están en la subcomisión (....)”. (Acta
Nº 62 del 31 de marzo del 2009, folio 7..)
“(...) En la segunda oportunidad, (en la
que se tenía) la intención de revisar algunos aspectos, efectivamente se hizo a
una hora en (la que) unos no pudieron asistir. Entonces, lo que vamos a hacer es
realizar una reunión mañana y de una vez les notificamos que vamos a tener
reunión mañana miércoles cinco minutos después del Plenario o cinco minutos
después de las Plenas, si es que hay Plenas, y esta será la última reunión, a
menos que haga falta más discusión sobre el tema, entendiendo que cada quien
tiene derecho a presentar el informe que considere más conveniente.
La atención de la señora Ministra se
realizará en Comisión, no en la subcomisión, sino en la Comisión. De modo que
eso se puede realizar posteriormente a la presentación de los informes. (...)”.
(Acta Nº 62 del 31 de marzo del 2009, folio 8.)
“(...) Tampoco tenemos el informe todavía
porque estamos a la espera de recibir a la señora Ministra de Salud, que
esperábamos viniera el día de hoy y no fue posible (....) Esto también nos
permite avanzar en un proceso, que es otra razón por la que no se ha presentado
el informe y es que estamos revisando el tema de agroquímicos nuevos, para ver
si es posible, con las observaciones que hemos recibido en las audiencias y por
parte de los compañeros diputados (....)”. (Acta Nº 64 del 14 de abril de
2009, folio 4).
s) En el acta de la sesión
ordinaria Nº 64, de 14 de abril de 2009, el Presidente de la Comisión
Permanente de Asuntos Agropecuarios, amplía el plazo de la subcomisión, con la
finalidad de coordinar la audiencia de la Ministra de Salud, con fundamento en
la moción de orden aprobada en la sesión ordinaria, de 18 de marzo de 2009.
Posteriormente, en el acta de la sesión
ordinaria Nº 67, de fecha 28 de abril, el Presidente de la Comisión nuevamente
amplía el plazo de la subcomisión a la espera de la referida audiencia.
t) Puesto a despacho, en tiempo y forma,
el expediente en estudio, el Presidente de
la Comisión Permanente de Asuntos Agropecuarios y Recursos Naturales,
en el Acta de la sesión ordinaria Nº 1 del 03 de junio 2009, sustituye en la subcomisión al Diputado José Ángel
Ocampo con la señora Diputada Gladis González Barrantes.
u) En el acta de la sesión ordinaria Nº
5, del 17 de junio 2009, el Presidente de la Comisión de Agropecuarios solicita
a la Secretaría Técnica de la referida comisión que concrete la audiencia con
la señora Ministra de Salud. En esta misma sesión se aprueba una moción de
orden presentada por el señor Diputado José Manuel Echandi para que se reciba
en audiencia a la Asociación de la Industria Farmacéutica Nacional (AISFAN).
v) Mediante oficio, sin número, de fecha
22 de junio de 2009, los señores Diputados Salvador Quirós Conejo, Presidente
de la Comisión Permanente de Asuntos Agropecuarios y Recursos Naturales, y José
Luis Valenciano Chaves, Presidente de la Comisión Permanente de Asuntos
Hacendarios, con la debida aprobación del Presidente del Congreso, Diputado
Francisco Antonio Pacheco, acuerdan trasladar este expediente a la Comisión
Permanente de Asuntos Hacendarios.
En el acta de la sesión ordinaria Nº 6,
de fecha 23 de junio de 2009, se presenta y aprueba una moción de orden
suscrita por varios señores Diputados para que: “(..) El expediente Nº 17.264
continúe su discusión en la Comisión de Asuntos Agropecuarios y no sea
trasladado a ninguna otra comisión (...)”.
Mediante auto de los treinta días de
junio de 2009, la Secretaría Técnica de la Comisión de Asuntos Agropecuarios
remite al Departamento de Archivo el referido expediente, a efecto de que
continúe su trámite en la Comisión Permanente de Asuntos Hacendarios.
w) En las actas de las sesiones
ordinarias Nº 7, de 30 de junio de 2009; Nº 8, de 1º de julio de
2009; Nº 9, de 14 de julio de 2009; Nº 10, de 15 de julio de
2009; Nº 12, de 21 de julio de 2009; Nº 13, de 28 de julio de
2009; Nº 14, de 29 de julio de 2009 se continuo la discusión sobre la
procedencia o no del traslado del expediente a la Comisión Permanente de
Asuntos Hacendarios.
Finalmente, mediante oficio Nº
SQC-500-07-2009, de fecha 29 de julio de 2009, los señores Diputados Salvador
Quirós Conejo, Presidente de la Comisión Permanente de Asuntos Agropecuarios y
Recursos Naturales, y José Luis Valenciano Chaves, Presidente de la Comisión
Permanente de Asuntos Hacendarios, con la debida aprobación del Presidente del
Congreso, Diputado Francisco Antonio Pacheco, acuerdan trasladar de nuevo este
expediente a la Comisión Permanente de Asuntos Agropecuarios, lo anterior con
fundamento en el inciso e) del artículo 66 del Reglamento de la Asamblea
Legislativa.
Conforme al auto de los veintinueve días
del mes de julio de 2009, la Secretaría Técnica de la Comisión Permanente de
Asuntos Hacendarios, traslada al Departamento de Archivo, el expediente en
estudio, para que continúe su trámite en la Comisión Permanente de Asuntos
Agropecuarios.
x) En el acta de la sesión Nº 17, de 04
de agosto de 2009, se presentó a conocimiento de la Comisión de Asuntos
Agropecuarios el Informe de Subcomisión Negativo de Minoría, y el Informe de
Subcomisión Afirmativo de Mayoría, ambos sobre el expediente 17.264.
y) En el acta de la sesión Nº 19, de 11
de agosto de 2009, se procede a discutir y votar los informes de subcomisión
presentados. El Informe de Subcomisión Negativo de Minoría fue votado
negativamente. El Informe de Subcomisión Afirmativo de Mayoría fue votado
afirmativamente, con siete diputados presentes y cinco diputados a favor. En
esta misma sesión, se inicia el conocimiento de las mociones presentadas.
z) En el acta de la sesión Nº 21, de 18
de agosto de 2009, se conocen y votan las mociones de revisión presentadas
sobre la votación recaída en los informes de subcomisión. Todas fueron
rechazadas.
De igual forma, se conoce y aprueba una
moción de orden para que el texto sustitutivo incorporado en el Informe de
Subcomisión Afirmativo de Mayoría se tenga como texto base de discusión.
El Presidente de la Comisión de Asuntos
Agropecuarios advierte que algunas de las mociones de fondo, presentadas de
previo, serán retiradas, y se continúa con el conocimiento de las mociones de
fondo que permanecen presentadas para su discusión.
La moción de fondo 9-21, de varios
señores diputados, fue la única aprobada por unanimidad.
“(...)
Moción Nº 9-21, de varios señores diputados:
“Para que en el trámite del expediente en
mención se reforme el artículo 3 y en adelante se lea:
Artículo 3:
Adiciónese un párrafo final al artículo 8 de la Ley Nº 7975 del 4 de enero de
2000, de Información no Divulgada reformado mediante Ley Nº 8686 del 21 de
noviembre 2008; este párrafo se leerá:
Artículo
8.- Protección de datos suministrados para aprobar la comercialización de
productos farmacéuticos o agroquímicos
(…)
Así mismo, para efectos de este artículo, no se considerará
como producto agroquímico nuevo aquel ingrediente activo grado técnico que
contiene una entidad química que se encuentre en un registro que se haya
otorgado previamente en Costa Rica, ya sea como ingrediente activo grado
técnico o formando parte de un producto formulado (...)”.
En el acta de la sesión ordinaria Nº 22,
de 19 de agosto de 2009, se continuó con el conocimiento de las mociones de
fondo presentadas, las cuales fueron rechazadas en su totalidad. Se entró a
conocer y a votar por el fondo la iniciativa de ley, la cual fue aprobada con
siete diputados presentes y cinco diputados a favor.
Finalmente, se aprobó por unanimidad la
moción de orden Nº 4-22 presentada por varios señores Diputados:
“(...)
Moción Nº 4-22 de varios diputados:
“Para que
se publique el texto del proyecto contenido en el dictamen afirmativo de
mayoría. (...)”.
III. RESPUESTA A CONSULTAS
De las respuestas recibidas que constan
en el expediente y que fueron oportunamente remitidas destacan las siguientes:
INSTITUCIÓN CONSULTADA |
FECHA DE ENVIO DE LA CONSULTA |
FECHA DE VENCIMIENTO PARA RECEPCIÓN DE LA RESPUESTA (08 días hábiles) |
SOLICITUD DE PRORROGAS Y SU VENCIMIENTO |
SITUACIÓN |
1. Consejo Institucional, Instituto Tecnológico de Costa Rica (Acta N. 46 de 27 enero 2009) |
Solc. 29 enero 2009. |
|
|
CON RESPUESTA mediante oficio SCI-215-2009, de fecha 27 de abril de 2009. |
2..- Consejo Universitario, Universidad Estatal a Distancia (Acta N. 46 de 27 enero 2009) |
Solc. 29 enero 2009. |
|
|
CON RESPUESTA Mediante oficio CU-2009-079, de fecha 10 de marzo de 2009 |
3.- Consejo Universitario, Universidad de Costa Rica (Acta N. 46 de 27 enero 2009) |
Solc. 29 enero 2009. |
|
|
|
4.- Consejo Universitario, Universidad Nacional (Acta N. 46 de 27 de enero 2009). |
Solc. 29 enero 2009. |
|
|
CON RESPUESTA mediante oficio SCU-785-2009, de fecha 15 de mayo del 2009. |
5.-Red Artes Escénicas (Acta N. 46 de 27 de enero 2009). |
Solc. 29 enero 2009. |
|
Mediante oficio sin número y RECIBIDO por fax en fecha 03 de febrero 2009 SOLICITAN PRORROGA. NO INDICAN PLAZO. |
CON RESPUESTA mediante oficio sin número ni fecha. Recibido en la Secretaria de Comisión 11 de febrero 2009. |
6.- Editorial Costa Rica (Acta N. 46 de 27 de enero 2009). |
Solc. 29 enero 2009. |
|
|
|
7.- Editorial de la Universidad de Costa Rica (Acta N. 46 de 27 de enero 2009). |
Solc. 29 enero 2009. |
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|
|
8.-Editorial de la Universidad Estatal a Distancia (Acta N. 46 de 27 de enero 2009) |
Solc. 29 enero 2009. |
|
|
|
9.-Editorial de la Universidad Nacional (Acta N. 46 de 27 de enero 2009). |
Solc. 29 enero 2009. |
|
|
CON RESPUESTA mediante oficio EUNA-085-2009. |
10.-Colegio de Farmacéuticos (Acta N. 46 de 27 de enero 2009). |
Solc. 29 enero 2009. |
|
Mediante oficio JD-38-2009,
de fecha 10 de febrero 2009, se SOLICITA PRORROGA. CON PRORROGA DE 08 DIAS HABILES (Acta N. 50 de 11 de Febrero 2009). ENVIADA LA NOTA DE PRORROGA mediante oficio de fecha 17 de febrero 2009. (Visible al folio 229, del Expediente). |
CON RESPUESTA Mediante oficio JD-73-2009, de 02 de marzo de 2009 se indica que la Junta Directiva no se pronunciará sobre esta iniciativa, en virtud de que se mantiene incólume lo referente a la protección de datos suministrados para aprobar la comercialización de productos farmacéuticos. |
11.-Ministerio de Salud (Acta N. 46 de 27 de enero 2009). |
Solc. 29 enero 2009. |
|
Mediante oficio DM-00560-2009, de fecha 03 de febrero 2009, el Despacho de Ministra remite la consulta a la Dirección de Asuntos Jurídicos. |
CON RESPUESTA Mediante oficio DM-IZ-1734-09, de fecha 22 de abril de 2009. |
12.-Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes (Acta N. 46 de 27 de enero 2009). |
Solc. 29 enero 2009. |
|
Mediante oficio N. A.J.-085-2009,
de fecha 09 de febrero 2009, se SOLICITA PRORROGA HASTA EL 20 DE FEBRERO. CON
PRORROGA DE 08 DIAS HABILES (ACTA N. 50 DE 11 febrero 2009). ENVIADA LA NOTA DE PRORROGA mediante oficio de 17 de febrero 2009 (Visible al folio 228, del Expediente) |
|
13.-Caja Costarricense del Seguro Social (Acta N. 46 de 27 de enero de 2009) |
Solc. 29 enero 2009. |
|
SOLICITAN PRORROGA DE 15 DÍAS mediante oficio 9-556, de fecha 13 de febrero. |
|
14.-Corte Suprema de Justicia (Acta N. 46 de 27 de enero de 2009). Y (Acta N. 50 de 11 de febrero de 2009). |
Solc. 29 enero 2009. |
|
SOLICITAN UN PLAZO NO MENOR A 30 DIAS HABILES. Mediante Oficio
SP-42-2009, de fecha 02 de febrero 2009. CON PRORROGA DE 08 DIAS HABILES
(Acta N. 50 de 11 febrero 2009). ENVIADA LA NOTA DE PRORROGA 17 febrero 2009 (Folio 226 del expediente). |
CON RESPUESTA mediante oficio sin número de fecha 19 de febrero 2009. |
15.-Defensoría de los Habitantes (Acta N. 46 de 27 de enero de 2009) |
Solc. 29 enero 2009. |
|
Mediante oficio N.
DH-101-2009, de 11 de febrero 2009, se SOLICITA PRÓRROGA. CON PRORROGA DE 08 DIAS
HABILES (Acta
N. 50 de 11 de Febrero 2009). ENVIADA LA NOTA DE PRORROGA mediante Oficio de fecha 17 de febrero de 2009 (Visible al Folio 231, del Expediente). |
|
16.-Colegio de Profesores y Licenciados (Acta N. 46 de 27 de enero 2009.) |
Solc. 29 enero 2009. |
|
|
CON RESPUESTA mediante oficio CLP-ACJD-333-2009, de 09 de marzo del 2009. |
17.-Ministerio de Agricultura y Ganadería. (Acta N. 46 de 27 de enero 2009). |
Solc. 29 enero 2009. |
|
Mediante oficio N.
DM-095-09, de 10 de febrero 2009, se solicita prórroga de 08 días. CON PRORROGA DE 08 DIAS
HABILES (Acta
N. 50 de 11 de Febrero de 2009). ENVIADA LA PRORROGA mediante oficio de 17 de febrero 2009 (Visible al folio 230, del Expediente). |
CON RESPUESTA mediante
oficio DM-107-09, de fecha 12 de febrero 2009. RESPUESTA CONJUNTA CON COMEX. |
18.-Ministerio de Educación Pública (Acta N. 46 de 27 de enero 2009). |
Solc. 29 enero 2009. |
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CON RESPUESTA mediante oficio N. DM-0651-02-09, de fecha 09 de febrero 2009. |
19.-Cámara Nacional de Productos Genéricos (Acta N. 46 de 27 de enero 2009). |
Solc. 29 enero 2009. |
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CON RESPUESTA mediante memorando sin numero de fecha 03 de febrero 2009. |
20.-Cámara Nacional de Agricultura y Agroindustria (Acta N. 46 de 27 de enero de 2009). |
Solc. 29 enero 2009. |
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Mediante oficio D.E de
fecha 04 de febrero 2009 se SOLICITA UNA PRORROGA. CON PRORROGA DE 08 DIAS HABILES
(Acta N. 50 de 11 de Febrero 2009). ENVIADA NOTA DE PRORROGA 17 de febrero 2009. (Folio 227, del Expediente). |
CON RESPUESTA Mediante oficio Nº P-047-2009, de fecha 20 de julio de 2009. |
21.-Cámara de Importadores de Insumos Agropecuarios (Acta N. 46 de 27 de enero de 2009). |
Solc. 29 enero 2009. |
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CON RESPUESTA mediante oficio Nº CE-19209, de fecha 09 de febrero 2009. |
22.-Colegio de Ingenieros Agrónomos (Acta N. 46 de 27 de enero 2009) |
Solc. 29 enero 2009. |
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23. Dirección del Servicio Fitosanitario del Estado (Acta N. 50 de 11 febrero 2009) |
Solc. 12 febrero 2009. |
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CON RESPUESTA mediante oficio
DIA-023-2009, de fecha 17 febrero 2009. CON RESPUESTA mediante oficio DSFE-125-2009., de fecha 18 de febrero 2009. |
24. Asoc. Compositores y Autores Musicales de Costa Rica -ACAM- (Acta N. 50 de 11 Febrero 2009) |
Solc. 12 febrero 2009. |
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CON RESPUESTA mediante oficio sin número, de fecha 18 de febrero del 2009. |
25.- Registro de Derecho de Autor- Registro Nacional (Acta N. 50 de 11 de Febrero 2009) |
Solc. 12 febrero 2009. |
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26.- Cámara Nacional de Radio –CANARA- (Acta N. 50 de 11 febrero 2009). |
Solc. 12 febrero 2009. |
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27.-Cámara de Comercio (Acta N. 50 de 11 de febrero 2009). |
Solc. 12 febrero 2009. |
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28.- Cámara de Industrias (Acta N. 50 de 11 de febrero 2009). |
Solc. 12 febrero 2009. |
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29.- Cámara de Comerciantes Destallistas (Acta N. 50 de 11 de febrero 2009). |
Solc. 12 febrero 2009. |
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30.- Se recibe de oficio criterio de la Unión Nacional de Pequeños y Medianos Productores Agropecuarios |
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Mediante oficio Nº S.G. 036-2009, de fecha 09 de julio 2009. |
IV. SOBRE EL ANÁLISIS DE FONDO
Estudiado el fondo del proyecto de ley, el marco jurídico vigente y consideradas las respuestas recibidas, debe indicarse que con la propuesta de modificación al artículo 2 de la Ley Nº 6683 del 14 de octubre de 1982 se establece que una interpretación o ejecución o fonograma se considerará publicado por primera vez en Costa Rica cuando sea publicado dentro de los 30 días desde su publicación original.
La reforma comprende interpretaciones, ejecuciones y fonogramas, y es una copia de una norma vigente del Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos (en adelante, TLC), que dice:
Artículo
15.7: Obligaciones Pertinentes Específicamente a los Derechos Conexos
1. Cada
Parte conferirá los derechos previstos por este Capítulo con respecto a los
artistas, intérpretes o ejecutantes y productores de fonogramas a los artistas,
intérpretes o ejecutantes y productores de fonogramas que sean nacionales de
otra Parte y a las interpretaciones o ejecuciones y fonogramas publicados o
fijados por primera vez en el territorio de una Parte. Una interpretación o
ejecución o fonograma se considerará publicado por primera vez en el territorio
de una Parte en que sea publicado dentro de los 30 días desde su publicación
original.[1]
Asimismo,
tal como se afirma en la exposición de motivos del proyecto de ley, la reforma
propuesta se encuentra incluida en el Reglamento a la Ley de Derechos de Autor
y Derechos Conexos, Nº 24611-J del 04 de setiembre de 1995, conforme con el
artículo 2 bis que se le adicionó mediante decreto ejecutivo Nº 34904-J el
pasado 21 de noviembre de 2008.
De igual forma, la reforma propuesta viene a sustituir la referencia que hace la ley actual de los párrafos 1 y 2 de la Convención de Roma (Convención Internacional sobre Protección de los Organismos de Radiodifusión, hecha en Roma, Italia, el 26 de octubre de 1961, y aprobada por Ley Nº 4747 del 05 de marzo de 1971), en razón de que no todos los países suscriptores del TLC, son parte de dicho instrumento internacional.
Por otra parte, con la modificación propuesta al artículo 52 de la Ley Nº 8039 del 12 de octubre de 2000 se busca incluir dentro de la descripción de las conductas sancionadas la comunicación de ejecuciones e interpretaciones, protegidas por la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos, sin la debida autorización del autor, titular o el representante del derecho.
En relación con esta propuesta de modificación, el Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa mediante el oficio ST.015-2009 J indica:
“(...) Esta
asesoría considera que la reforma propuesta armoniza la ley con el Capítulo
Quince “Derechos de Propiedad Intelectual” del TLC.
En la ley
actual solo era sancionable la puesta a disposición de estas ejecuciones e
interpretaciones (oración segunda del artículo 52), a pesar de que el título
del numeral incluía la comunicación de ellas y que el Gobierno de Costa Rica se
comprometió por medio del TLC a tomar esta clase de medidas.
En el caso
que nos ocupa, solo se llama la atención respecto de que tanto el texto actual
como el propuesto utilizan la conjunción copulativa “e” (“ejecuciones e
interpretaciones”), en vez de una coma (,) o de la conjunción disyuntiva “o”.
Al utilizarse una conjunción copulativa se podría interpretar que deben darse
las dos circunstancias (ejecución e interpretación) para que proceda la sanción
que establece el artículo.
Esto último
parece contrario a distintas normas del TLC, que utilizan la conjunción
disyuntiva “o”. A manera de ejemplo se transcriben las siguientes disposiciones
(el resaltado en negrita no es del original):
Artículo
15.5: Obligaciones Pertinentes a los Derechos de Autor y Derechos Conexos
1. Cada Parte dispondrá que los autores,
artistas, intérpretes o ejecutantes
y productores de fonogramas[2], tendrán
el derecho[3]
de autorizar o prohibir toda reproducción de sus obras, interpretaciones o
ejecuciones, o fonogramas, en cualquier manera o forma, permanente o
temporal (incluyendo el almacenamiento temporal en forma electrónica)[4].
2. Cada
Parte otorgará a los autores, artistas, intérpretes o ejecutantes y
productores de fonogramas, el derecho de autorizar la puesta a disposición del
público del original o copias de sus obras, interpretaciones o ejecuciones
y de sus fonogramas[5] mediante
la venta u otro medio de transferencia de propiedad.
3. Con el fin de garantizar que no se establezca ninguna jerarquía entre los derechos de autor, por una parte, y los derechos de los artistas, intérpretes o ejecutantes y productores de fonogramas, por otra parte, cada Parte establecerá que en aquellos casos en donde se requiera la autorización tanto del autor de una obra contenida en un fonograma como del artista, intérprete o ejecutante o productor titular de los derechos del fonograma, el requerimiento de la autorización del autor no deja de existir debido a que también se requiera la autorización del ejecutor o productor. De igual manera, cada Parte establecerá que en aquellos casos en donde se requiera la autorización tanto del autor de una obra contenida en una fonograma como del artista, intérprete o ejecutante o del productor titular de los derechos del fonograma, el requerimiento de la autorización del ejecutor o productor no deja de existir debido a que también se requiera la autorización del autor.
(…)
8. Con el fin de proporcionar protección legal
adecuada y recursos legales efectivos para proteger la información sobre
gestión de derechos:
(a) Cada Parte dispondrá que
cualquier persona que sin autoridad y a sabiendas, o, con respecto a los
recursos civiles, teniendo motivos razonables para saber, que podría inducir,
permitir, facilitar o encubrir una infracción de un derecho de autor o derecho
conexo,
(i) a sabiendas suprima o
altere cualquier información sobre gestión de derechos;
(ii) distribuya o importe
para su distribución información sobre gestión de derechos sabiendo que esa
información sobre gestión de derechos ha sido suprimida o alterada sin
autoridad; o
(iii) distribuya, importe
para su distribución, transmita, comunique o ponga a disposición del público
copias de obras, interpretaciones o ejecuciones o fonogramas, sabiendo
que la información sobre gestión de derechos ha sido suprimida o alterada sin
autoridad, será responsable y quedará sujeta a los recursos establecidos en el
Artículo 15.11.14. Cada Parte proveerá procedimientos y sanciones penales que
se aplicarán cuando se demuestre que cualquier persona, que no sea una
biblioteca, archivo, institución educativa u organismo público de radiodifusión
no comercial sin fines de lucro, se ha involucrado dolosamente y con el fin de
obtener una ventaja comercial o ganancia financiera privada en cualquiera de
las actividades anteriores.
(…)
Artículo 15.7: Obligaciones
Pertinentes Específicamente a los Derechos Conexos
1. Cada Parte conferirá los derechos
previstos por este Capítulo con respecto a los artistas, intérpretes o
ejecutantes y productores de fonogramas a los artistas, intérpretes o
ejecutantes y productores de fonogramas que sean nacionales de otra Parte y a
las interpretaciones o ejecuciones y fonogramas publicados o fijados por
primera vez en el territorio de una Parte. Una interpretación o ejecución o
fonograma se considerará publicado por primera vez en el territorio de una
Parte en que sea publicado dentro de los 30 días desde su publicación original.[6]
2. Cada Parte conferirá a los
artistas, intérpretes o ejecutantes el derecho de autorizar o prohibir:
(a) la radiodifusión y comunicación al
público de sus interpretaciones o ejecuciones no fijadas, excepto cuando
la interpretación o ejecución constituya una ejecución radiodifundida; y
(…)
5. Para los efectos de este Artículo y
del Artículo 15.5, se aplicarán las siguientes definiciones con respecto a los
artistas, intérpretes o ejecutantes y productores de fonogramas:
(a) artistas, intérpretes o ejecutantes
significa los actores, cantantes, músicos, bailarines, u otras personas que
representen un papel, canten, reciten, declamen, interpreten o ejecuten en
cualquier forma obras literarias o artísticas o expresiones de folclore;
(…)
Como se observa, el TLC utiliza, en
forma reiterada, los términos “intérpretes o ejecutantes”, así como
“interpretaciones o ejecuciones”, de ahí que parece lógico pensar que esa
debería ser la misma redacción a utilizar en sus distintas leyes de implementación,
como sería la Ley Nº 8039 del año 200 modificada mediante la Ley Nº 8656 del 18
de julio de 2008 (...)”.
Por las razones anteriormente señaladas, sin lugar a dudas, lleva la razón el Departamento de Servicios Técnicos en llamar la atención sobre la necesidad de realizar los referidos ajustes a la redacción del artículo en cuestión, de forma que se armonice de una mejor forma con el Capítulo Quince “Derechos de Propiedad Intelectual” del CAFTA.
Finalmente, en relación con el artículo 3 del proyecto de ley que reforma el artículo 8 de la Ley Nº 7975 del 04 de enero del 2000, Ley de Información No Divulgada, si bien en el Informe de Subcomisión aprobado se incorporó un texto sustitutivo con una modificación al párrafo tercero e inclusión de un párrafo quinto al final del referido numeral, siendo que los párrafos tercero y cuarto del mencionado artículo 8 se orientasen a la regulación de productos farmacéuticos, en tanto que la adición del párrafo quinto se dirigiese a la regulación de productos agroquímicos, y si bien el Departamento de Servicios Técnicos, mediante Oficio Nº ST.015-2009-J, sobre esta modificación, concluyó que:
“(...) (Tal)
reforma sería consistente con las normas del TLC, cuyo artículo 15.10 “Medidas
Relacionadas con Ciertos Productos Regulados”, prevé la protección de datos
suministrados para aprobar la comercialización de productos, tanto farmacéuticos
como agroquímicos. (...)”.
Lo cierto es que en el proceso de discusión por el fondo del proyecto de ley, se presentó una moción -que fue aprobada- para modificar la redacción del artículo 3 del proyecto de ley que reforma el artículo 8 de la Ley Nº 7975 del 04 de enero del 2000, Ley de Información No Divulgada, en los siguientes términos:
“(...) Moción
Nº 9-21, de varios señores diputados:
“Para que en el
trámite del expediente en mención se reforme el artículo 3 y en adelante se
lea:
Artículo 3:
Adiciónese un párrafo final al artículo 8 de la Ley Nº 7975 del 4 de enero de
2000, de Información no Divulgada reformado mediante Ley Nº 8686 del 21 de
noviembre 2008; este párrafo se leerá:
Artículo 8.-
Protección de datos suministrados para aprobar la comercialización de productos
farmacéuticos o agroquímicos
(…)
Así mismo, para
efectos de este artículo, no se considerará como producto agroquímico nuevo
aquel ingrediente activo grado técnico que contiene una entidad química que se
encuentre en un registro que se haya otorgado previamente en Costa Rica, ya sea
como ingrediente activo grado técnico o formando parte de un producto formulado
(...)”.
Como
puede denotarse con la adición de este párrafo final al referido artículo 8 de
la Ley N. 7975 del 04 de enero de 2000 se aclara lo que no se va ha considerar como producto agroquímico nuevo.
La redacción
vigente del artículo 8 de la Ley de Información No Divulgada, contiene cuatro
párrafos referidos a la obligación de proteger los datos de prueba de productos
farmacéuticos y agroquímicos nuevos. El párrafo tercero de este artículo define
producto nuevo como “aquel que no contiene una entidad química que haya sido
aprobada previamente en Costa Rica”. Resulta oportuno denotar que esta
definición es consistente con la definición contenida en el Tratado de Libre
Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos.
Específicamente, en el primer párrafo del artículo 15.10 del Tratado que
establece:
“Artículo
15.10: Medidas Relacionadas con Ciertos Productos Regulados
[...]
(c) Para efectos de este párrafo, un producto nuevo
es aquel que no contiene una entidad química que haya sido aprobada previamente
en el territorio de la Parte.
[...]”
Con la
adición del párrafo final al numeral 8 de la Ley de Información No Divulgada se
clarifica, en forma congruente con la definición de producto nuevo supra
citada, que para efectos de este artículo “no se considerará como producto
agroquímico nuevo aquel ingrediente activo grado técnicos que contiene una
entidad química que se encuentre en un registro que se haya otorgado
previamente en Costa Rica, ya sea como ingrediente activo grado técnico o
formando parte de un producto formulado”, de forma tal que se denota una mayor
claridad no sólo con respecto a lo que debe considerarse como materia sujeta a
protección sino además lo que, al no constituirse un producto agroquímico
nuevo, no debe ser protegido a través de la protección de los datos de prueba.
Con ello se busca brindar certeza jurídica a la vez que asegurar que no se
restrinja el acceso a productos agroquímicos genéricos más allá de lo debido.
En efecto, entre las argumentaciones que se dieron para la aprobación de esta moción (todas visibles al acta Nº 21 de la sesión ordinaria, del 18 de agosto de 2009, folios 15, 16 y 17, siguientes y concordantes) destacan el otorgar mayor seguridad jurídica para el desarrollo reglamentario de la Ley Nº 8702, Trámite de las Solicitudes de Registro de Agroquímicos.
En esta misma dirección, sírvase mencionar que los Representantes de la Cámara Nacional de Productores Genéricos (CANAPROGE) comparecieron en fecha 04 de marzo de 2009, a una audiencia ante la Comisión Permanente de Asuntos Agropecuarios, y en dicha oportunidad manifestaron una serie de preocupaciones sobre la definición de producto agroquímico nuevo contenida en el Expediente N° 17.264, proponiendo a su vez que se modificara esta definición y se estableciera una nueva definición:
“(...)
Es en razón
de eso que nosotros solicitamos la modificación de este mismo texto, del mismo
artículo tres en el presente proyecto de ley, para que se lea y para que en realidad
más bien se modifique el texto, señalando que para efectos de este artículo
(...)
se va a
entender por producto farmacéutico y producto agroquímico nuevo, aquél que no
contiene una entidad química que haya sido registrada previamente en Costa
Rica, como ingrediente activo grado técnico o como componente de un producto
formulado
(...)”.
(Visible, Acta de la Sesión Ordinaria Nº 56, del 04 de marzo de 2009, folio
10).
Finalmente, resulta oportuno destacar que sobre este tema el Ministerio de Agricultura y Ganadería conjuntamente con el Ministerio de Comercio Exterior, mediante oficio DM-107-109, de fecha 12 de febrero, y en respuesta a la consulta que les formulara la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Agropecuarios y Recursos Naturales indicaron:
“(...) hemos analizado con
detenimiento las observaciones e inquietudes manifestadas por varios Diputados
miembros de la Comisión de Asuntos Agropecuarios así como por parte de varios
sectores interesados, con respecto al artículo 3 del proyecto de ley referido,
el cual plantea una reforma al artículo 8 de la Ley N. 7975 de 4 de enero de
2000. (...) En este contexto, muy respetuosamente, nos permitimos sugerir a
esta Comisión que el último párrafo de la propuesta de reforma al artículo 8 de
la Ley 7975 contenida en el artículo 3 del Expediente N. 17.264 sea eliminado.
(...)”
En virtud de lo
anterior, los miembros de la Comisión Permanente de Asuntos Agropecuarios,
rinden Dictamen Afirmativo de Mayoría sobre esta iniciativa de ley,
recomendando al Plenario Legislativo su aprobación. El texto es el siguiente:
LA
ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
REFORMA
DEL ARTÍCULO 2 DE LA LEY Nº 6683, DE 14 DE OCTUBRE
DE 1982, ARTÍCULO 52 DE LA
LEY Nº 8039, DE 12 DE OCTUBRE
DE 2000, Y ARTÍCULO 8 DE
LA LEY Nº 7975,
DE 4 DE ENERO DE 2000
ARTÍCULO 1.- Refórmase el artículo 2 de la Ley de derechos de autor y derechos conexos, Nº 6683, de 14 de octubre de 1982, y sus reformas, para que en adelante se lea de la siguiente manera:
“Artículo 2.- La presente Ley protege las obras, interpretaciones o ejecuciones y fonogramas de autores, artistas, intérpretes o ejecutantes y productores de fonogramas costarricenses, domiciliados o no en el territorio nacional.
Las
obras de autores, artistas, intérpretes o ejecutantes, productores de
fonogramas y otros titulares de derechos extranjeros, domiciliados o no en
Costa Rica, gozarán de una protección no menos favorable que la otorgada a costarricenses,
incluido cualquier beneficio que se derive de tal protección. Los derechos
otorgados a los artistas intérpretes o ejecutantes y a los productores de
fonogramas, nacionales de Costa Rica, serán otorgados a los artistas
intérpretes o ejecutantes y productores de fonogramas extranjeros, y a los
fonogramas o interpretaciones o ejecuciones realizadas, fijadas o publicadas
por primera vez en Costa Rica. Una interpretación o ejecución o fonograma se
considerará publicado por primera vez en Costa Rica cuando sea publicado dentro
de los 30 días desde su publicación original.”
ARTÍCULO 2.- Refórmase el artículo 52 de la Ley de procedimientos de observancia de los derechos de propiedad intelectual, Nº 8039, de 12 de octubre de 2000, y sus reformas, para que en adelante se lea de la siguiente manera:
“Artículo 52.- Comunicación
o puesta a disposición del público de fonogramas, ejecuciones e
interpretaciones o emisiones, sin autorización
Quien comunique al público, ya sea por medios alámbricos o inalámbricos, fonogramas, ejecuciones o interpretaciones o emisiones, incluidas las satelitales, protegidas por la Ley de derechos de autor y derechos conexos, Nº 6683, de 14 de octubre de 1982, y sus reformas, o quien ponga a disposición del público dichos fonogramas, ejecuciones o interpretaciones o emisiones, en tal forma que los miembros del público puedan acceder a estas obras desde el lugar y en el momento en que ellos elijan, sin autorización del autor, el titular o el representante del derecho, será sancionado de la siguiente manera:
a) Con multa de cinco a veinte salarios base, cuando el monto del perjuicio no sobrepase los cinco salarios base.
b) Con seis meses a dos años de prisión o multa de veinte a ochenta salarios base, cuando el monto del perjuicio sea superior a los cinco salarios base y no sobrepase los veinte salarios base.
c) Con uno a cuatro años de prisión o multa de ochenta a doscientos salarios base, cuando el monto del perjuicio sea superior a los veinte salarios base y no sobrepase los cincuenta salarios base.
d) Con tres a cinco años de prisión o multa de doscientos a quinientos salarios base, cuando el monto del perjuicio sobrepase los cincuenta salarios base.”
ARTÍCULO 3.- Adiciónese un párrafo final al artículo 8 de la Ley Nº 7975 del 4 de enero de 2000, de Información no Divulgada reformado mediante Ley Nº 8686 del 21 de noviembre 2008; este párrafo se leerá:
Artículo 8.- Protección de datos suministrados para aprobar la comercialización de productos farmacéuticos o agroquímicos
(…)
Asimismo,
para efectos de este artículo, no se considerará como producto agroquímico
nuevo aquel ingrediente activo grado técnico que contiene una entidad química
que se encuentre en un registro que se haya otorgado previamente en Costa Rica,
ya sea como ingrediente activo grado técnico o formando parte de un producto
formulado .”
Rige a partir de
su publicación.
DADO EN LA SALA DE SESIONES DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE ASUNTOS AGROPECUARIOS Y DE RECURSOS NATURALES, San José, a los diecinueve días del mes de agosto de dos mil nueve.
Salvador Quirós Conejo Gladys González Barrantes
PRESIDENTE SECRETARIA
José Ángel Ocampo Bolaños Luis Carlos Araya Monge
Yalile Esna Williams
DIPUTADOS (AS)
San José, 27 de agosto del 2009.—1 vez.—(O. C.
29305).—C-622500.—(75729).
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
En uso de las facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3), 8), 18) y 20) y 146 de la Constitución Política, los artículos 25, 27.1, 28.2b de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de Administración Pública, la Ley Nº 7064 del 29 de abril de 1987, Ley de Fomento a la Producción Agropecuaria, que incorpora la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y Ganadería, la Ley Nº 8495 del 6 de abril del 2006, Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal.
Considerando:
1º—Que el Servicio Nacional de Salud Animal, fue creado por Ley Nº 8495 de 6 de abril de 2006, misma que fue publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 93 del 16 de mayo del 2006, sustituyendo para todos los efectos la anterior Dirección de Salud Animal.
2º—Que el Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA) tiene como competencia determinada por la Ley N° 8495 del 6 de abril de 2006, entre otras, administrar, planificar, dirigir y tomar medidas pertinentes en todo el país, para cumplir con los servicios, programas y campañas, en materia de prevención, control y erradicación de plagas y enfermedades de los animales.
3º—Que igualmente corresponde a dicho Servicio administrar, planificar, dirigir y tomar las medidas veterinarias o sanitarias pertinentes sobre el control de la seguridad e inocuidad de los productos y subproductos de origen animal, en las etapas de la captura, producción, industrialización y comercialización de los mismos, considerando aditivos alimentarios, residuos de medicamentos veterinarios, plaguicidas y otros contaminantes químicos, biológicos o de origen biotecnológico, así como relativo a bienestar animal.
4º—Que el SENASA es un órgano de desconcentración mínima del Ministerio de Agricultura y Ganadería y goza de personería jurídica instrumental para realizar las competencias que le han sido otorgadas y para administrar los recursos puestos a su disposición en la ejecución de las competencias referidas.
5º—Que a tres años de su creación, se estima que la labor del SENASA ha sido exitosa y conviene a los intereses del Estado reconocer dicha labor a los efectos de que dicha eficacia institucional se mantenga en el tiempo y sea un acicate para los funcionarios que conforman dicho Servicio en la búsqueda del bien común y resguardo de la Salud Pública.
6º—Que celebrar los días 16 de mayo de cada año, como fecha conmemorativa del surgimiento del SENASA, tomando en consideración que fue un 16 de mayo de 2006, en que se publicó la Ley Nº 8495 antes referida, es de la mayor importancia para el Sector Agropecuario. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Establézcase el día 16 de mayo de cada año, como el Día del Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA).
Artículo 2º—La Dirección General del SENASA designará una Comisión de Apoyo para que durante días previos a dicha fecha, sean los responsables de promover, preparar, organizar y desarrollar actividades tendientes a:
a) Conmemorar la fecha de promulgación de la Ley Nº 8495 del 6 de abril del 2006, Ley de General del Servicio Nacional de Salud Animal.
b) Realizar charlas, eventos y exposiciones que reflejen la importancia e impacto de la Institución en la realidad sanitaria nacional y del servicio que brinda a la ciudadanía en general y a los productores agropecuarios en particular.
c) Difundir los principios y objetivos de la Institución consagrados por la Ley Nº 8495 del 6 de abril de 2006.
d) Incorporar a los funcionarios del SENASA en las diferentes actividades que se programen con el objetivo de estimular y enaltecer la labor que desempeñan, en aras de promover conductas y actitudes que dignifiquen la imagen del servidor público.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los catorce días del mes de mayo del año dos mil nueve.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Agricultura y Ganadería, Javier Flores Galarza.—1 vez.—(O. C. Nº 98935).—(Solicitud Nº 41427).—C-41270.—(D35441-75999).
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Con fundamento en el artículo 140 incisos 3), 8), 18) y 20) de la Constitución Política, artículos 25, 27.1 y 28.2b de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 7064 del 29 de abril de 1987, Ley de Fomento a la Producción Agropecuaria que incorpora la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y Ganadería y la Ley Nº 8495 del 6 de abril del 2006, Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal.
Considerando:
Primero.—Que el Colegio de Médicos Veterinarios de Costa Rica, es una corporación profesional creada al amparo de la Ley Nº 3455 del 14 de noviembre de 1964 y sus reformas y tiene entre otras finalidades velar por que la profesión de la Medicina Veterinaria se ejerza de acuerdo con las normas de la ética profesional, promover el mejoramiento del ejercicio de la profesión y el intercambio científico entre sus miembros y el de éstos con los centros y autoridades científicas nacionales y extranjeras.
Segundo.—Que dicho Colegio Profesional ha organizado para celebrarse entre los días 18 al 20 de noviembre de 2009, un Congreso de Medicina Veterinaria denominado “XV CONGRESO NACIONAL DE MEDICINA VETERINARIA: Salud Animal para el Beneficio Humano”, y el cual entre otros temas desarrollará: epidemiología de enfermedades animales, salud pública, inocuidad de alimentos.
Tercero.—Que para el Estado Costarricense dicha actividad es de la mayor importancia pues permitirá a los agremiados a dicho Colegio actualizarse en los nuevos conocimientos científicos en esa profesión, discutir la realidad nacional y plantear vías o alternativas de desarrollo de dicho campo profesional, beneficiando con ello la colectividad nacional y por ello conviene declarar dicho evento de interés público. Por tanto,
Decretan:
DECLARAR DE INTERÉS PÚBLICO EL “XV CONGRESO
NACIONAL DE MEDICINA VETERINARIA: SALUD
ANIMAL
PARA EL BENEFICIO HUMANO”
Artículo 1º—Declarar de interés público el Congreso de Medicina Veterinaria denominado “XV CONGRESO NACIONAL DE MEDICINA VETERINARIA: Salud Animal para el Beneficio Humano”, organizado por el Colegio de Médicos Veterinarios de Costa Rica, a celebrarse entre los días del 18 al 20 de noviembre del 2009.
Artículo 2º—Las dependencias del Sector Público y del Sector Privado, dentro del marco legal respectivo, podrán contribuir con recursos económicos, en la medida de sus posibilidades y sin perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos, con el XV CONGRESO NACIONAL DE MEDICINA VETERINARIA.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintiún días del mes de julio del dos mil nueve.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Agricultura y Ganadería, Javier Flores Galarza.—1 vez.—(O. C. Nº 98935).—(Solicitud Nº 41428).—C-28770.—(D35442-75998).
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 18) y 146 de la Constitución Política, en el artículo 32 de la Ley de Asociaciones y en los artículos 27 y siguientes de su Reglamento.
I.—Que el artículo 32
de la Ley de Asociaciones número 218 de ocho de agosto de mil novecientos
treinta y nueve y sus reformas, confiere al Poder Ejecutivo la potestad de
declarar de Utilidad Pública a las Asociaciones simples, federadas o
confederadas, cuyo desarrollo y actividades sean particularmente útiles para
los intereses del Estado, y que por ello contribuyan a solventar una necesidad
social.
II.—Que la Asociación Pro Bienestar
Centro Infantil de Zetillal, cédula de persona jurídica número 3-002-182400, se
inscribió el día veintisiete de julio de dos mil cinco, bajo el expediente Nº
7507.
III.—Que los fines que persigue la Asociación, según el artículo tercero de sus Estatutos, son: “…Capítulo II de sus Fines Artículo Cuatro: Los fines de la Asociación son los siguientes: Se recibirán los menores cuyas edades oscilan entre seis meses y seis años, hijos e hijas de padre y madre trabajadores, a los cuales se les brindarán todas las condiciones y servicios necesarios para un desarrollo integral siendo necesario para lograrlo ofrecer a través de personas capacitadas, programas educativos, recreativos, contribuir a la salud, nutrición, detección y prevención de cualquier perturbación socio-emocional de la población beneficiaria. Mejorar las condiciones técnicas administrativas y de infraestructura del Centro Infantil. Velar por el adecuado manejo de donaciones y otros recursos producto de actividades, coordinadas por la Asociación para satisfacer las necesidades del Centro Infantil. Estimular la capacitación a nivel técnico-administrativo. Mantener y fortalecer los vínculos afectivos entre los menores atendidos y sus familiares, a través de acciones conjuntas de la Asociación, y personal del Centro Infantil. Igualmente, reconoce y acepta que el Patronato Nacional de la Infancia, el Instituto Mixto de Ayuda Social están facultados para que en cualquier momento puedan exigirles informes parciales o totales de sus actividades y programas de su funcionamiento en general, a todo nivel. Asimismo, podrá supervisar en el momento que así lo requiera el funcionamiento de la Asociación en cualquier aspecto…”
IV.—Que tales fines solventan una
necesidad social de primer orden, por lo cual merecen el apoyo del Estado
Costarricense. Por tanto,
Artículo 1º—Declárese de Utilidad Pública para los
intereses del Estado la Asociación Pro Bienestar Centro Infantil de Zetillal, cédula
de persona jurídica número 3-002-182400.
Artículo 2º—Es deber de la Asociación rendir anualmente un informe ante el Ministerio de Justicia, de conformidad con lo indicado en el artículo 32 del Reglamento a la Ley de Asociaciones.
Artículo 3º—Una vez publicado este
Decreto los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo
testimonio ante el Registro de Asociaciones de Registro Nacional, para su
respectiva inscripción.
Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintitrés días del mes de julio de año dos mil nueve.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Justicia, Viviana Martín.—1 vez.—(O. C. Nº 93645).—(Solicitud Nº 27481).—C-42020.—(D35473-76406).
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LOS MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO,
DE AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES,
Y DE PLANIFICACIÓN NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA
Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
En uso de las facultades conferidas
en los artículos 140 inciso 20 y 146 de la Constitución Política, de los
artículos 25 y 27 de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley General
de la Administración Pública”, del artículo 1 de la Ley Nº 3008 del 18 de
julio de 1962 “Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto”, y
el artículo 2 incisos c) y d) de la Ley Nº 5525 de 2 de mayo de 1974 “Ley de
Planificación Nacional”; y,
Considerando:
1º—Que Costa Rica es parte de
la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), Ley
Nº 7291 del 23 de marzo de 1992.
2º—Que
el régimen de la plataforma continental se encuentra establecido en la Parte VI
de la CONVEMAR (artículos 76 al 85).
3º—Que
de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la CONVEMAR, el 13 de
enero de 1997 Costa Rica depositó ante la Organización de las Naciones Unidas
el mapa oficial estableciendo los límites externos de su zona económica
exclusiva en el Océano Pacífico.
4º—Que
si se llegara a determinar que Costa Rica cumple con las condiciones
establecidas en el artículo 76 de CONVEMAR, existiría la posibilidad de que el
país pueda fijar los límites externos de su plataforma continental más allá de
las doscientas millas náuticas que actualmente le corresponden bajo la
protección de su zona económica exclusiva.
5º—Que
para lograr el objetivo anterior, es necesario recopilar los datos e
información requeridos en el artículo 76 de la CONVEMAR y en las Directrices
Científicas y Técnicas de la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLCS/11)
y demás instrumentos relacionados, y preparar la presentación formal para ser
sometida a conocimiento de la Comisión de Límites de la Plataforma Continental
de la Organización de las Naciones Unidas.
6º—Que
el día 11 de mayo del 2009, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto
presentó ante la Oficina del Secretario General de las Naciones Unidas, en
Nueva York, un documento de información preliminar de los límites externos de
la plataforma continental de Costa Rica.
7º—Que
con la presentación de este documento preliminar, Costa Rica se asegura poder
presentar a futuro la documentación completa ante la Comisión de Límites de la
Plataforma Continental.
8º—Que
ante la necesidad de completar y perfeccionar dicha documentación, presentando
un documento con suficiente asidero científico y técnico, se requiere la
conformación de una Comisión Interinstitucional de naturaleza
técnico-científica.
9º—Que
dicha Comisión Interinstitucional debe contar con la participación de los
Ministerios y sus dependencias e instituciones autónomas del Estado
costarricense cuyo trabajo se relacione con la temática, los cuales mediante
los oficios que se indican a continuación han expresado su anuencia a formar
parte de la Comisión Interinstitucional: la Refinadora Costarricense de
Petróleo (RECOPE) mediante oficio P-691-2009 de 16 de julio de 2009; y el
Instituto Costarricense de Electricidad mediante oficio 0060-0191-2009 de 22 de
julio de 2009.
10.—Que
además de las instancias pertinentes del Poder Ejecutivo costarricense, debido
a la naturaleza científica y técnica del trabajo y la información requerida, es
altamente conveniente que la Comisión Interinstitucional cuente con la
participación de representantes de instituciones académicas nacionales del
mayor prestigio, como son la Universidad de Costa Rica y la Universidad
Nacional, las cuales mediante los oficios que se indican a continuación han
expresado su anuencia a formar parte de la Comisión Interinstitucional: la
Universidad de Costa Rica mediante oficio R-4733-2009 de 15 de julio de 2009; y
la Universidad Nacional mediante oficio R-2410-2009 de 01 de agosto de 2009. Por
tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Créase la
Comisión de Asesoría Técnico-Científica sobre la Extensión de la Plataforma
Continental de Costa Rica, en adelante denominada como “la Comisión”, como un
órgano interinstitucional para la coordinación, definición, planificación y
elaboración de la presentación definitiva para establecer los límites
exteriores de la plataforma continental costarricense en el Océano Pacífico.
La
Comisión estará bajo la dependencia del Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto y estará integrada por un representante titular y su respectivo suplente
de:
a) El Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto.
b) El Ministerio de Ambiente, Energía y
Telecomunicaciones.
c) El Ministerio de Planificación Nacional y
Política Económica.
d) El Instituto Geográfico Nacional del
Ministerio de Obras Públicas y Transportes
e) La Refinadora Costarricense de Petróleo
(RECOPE).
f) El Instituto Costarricense de Electricidad
(ICE).
g) La Universidad de Costa Rica.
h) La Universidad Nacional.
i) Cualquier otro que determine y apruebe el
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto o la mayoría simple de los miembros.
Podrán asistir y participar
en las sesiones de la Comisión, los representantes de otras instituciones, así
como los particulares que por sus conocimientos técnicos puedan contribuir a
título personal al trabajo y fines de la Comisión, si así lo determina el
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 2º—La Comisión será
coordinada por el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, o quien él
designe.
Artículo
3º—La Comisión se reunirá cuando así se estime necesario, según acuerdo del Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto, o en su defecto, de la mayoría simple de sus
miembros. Asimismo, determinará sus procedimientos y cronogramas de trabajo.
Artículo
4º—Los funcionarios públicos que integren esta Comisión servirán en sus cargos
en forma ad honorem.
Artículo
5º—Las funciones de la Comisión son las siguientes:
a) Coordinar y realizar estudios, así como
recopilar los datos e información técnica y científica, que sean necesarios
para la elaboración de la presentación final de la República de Costa Rica para
la definición de los límites externos de su plataforma continental más allá de
las doscientas millas náuticas.
b) Coordinar talleres de asesoría y capacitación
en esta materia.
c) Formular planes de trabajo y programas de
acción.
d) Elaborar la presentación final que será
sometida a conocimiento de la Comisión de Límites de la Plataforma Continental
de la Organización de las Naciones Unidas.
e) Asesorar y colaborar durante la etapa de
revisión de la presentación costarricense, incluyendo su defensa ante la
Comisión de Límites de la Plataforma Continental de la Organización de las
Naciones Unidas.
f) Cualquier otra que sea acordada por la propia
Comisión y que tenga relación con los fines anteriores.
Artículo 6º—La Comisión podrá
definir su Grupo Técnico Principal, el cual tendrá a su cargo la planificación
y ejecución de los aspectos técnicos y científicos, incluyendo la obtención de
los datos e informaciones pertinentes y elaboración de la presentación final.
Artículo
7º—Se declara de interés público y consecuentemente se solicita la colaboración
de las entidades públicas y privadas, para que dentro de sus posibilidades y
sin que se afecte su objetivo principal, apoyen el trabajo a ser desarrollado
por la Comisión.
Artículo
8º—En lo no previsto en este Decreto, la Comisión se regirá por lo dispuesto en
la Ley General de la Administración Pública.
Artículo
9º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la
República, a los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil nueve.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El
Ministro de Relaciones Exteriores y
Culto, Bruno Stagno Ugarte; el Ministro de Ambiente, Energía y
Telecomunicaciones, Jorge Rodríguez Quirós; el Ministro de Planificación
Nacional y Política Económica, Roberto Gallardo Núñez y Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1
vez.—(O. C. Nº 100720).—(Solicitud Nº 05864).—C-93020.—(D35474-76405).
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA Y
EL MINISTRO DE TURISMO
En uso de las facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3), 18) y 146 de la Constitución Política y los artículos 25, incisos 1), 27 inciso 1), 28, inciso 2), acápite b) de la Ley General de Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 y,
Considerando:
I.—Que el Gobierno de la República ha venido desarrollando una política de apoyo al desarrollo de la provincia de Limón.
II.—Que el Gobierno de la República busca opciones para contribuir a que se revierta el hecho de que la provincia de Limón no se ha beneficiado como otras zonas del país de las políticas que han hecho que Costa Rica sobrepase promedios regionales en términos de crecimiento económico, gobernabilidad y desarrollo social.
III.—Que mediante el Proyecto Limón Ciudad Puerto, se pretenden crear las condiciones necesarias y suficientes para promover el desarrollo económico y social de la provincia de Limón y revertir los índices de desarrollo económico y social de sus pobladores mediante diversas acciones y actividades.
IV.—Que mediante la gestión de opciones de desarrollo turístico en la provincia de Limón se puede lograr dinamizar la economía de esta provincia, generando mayores oportunidades de trabajos y diversificando los ingresos de sus habitantes.
V.—Que el turismo ecológico y las características socioeconómicas y políticas de Costa Rica han posicionado a las diferentes regiones del país como atractivos lugares turísticos y de inversión para los extranjeros.
VI.—Que la Carrera Náutica Transat es la tercera regata más importante del mundo, cuya cobertura y seguimiento internacional por parte de la prensa y del público en general, posicionan al puerto de llegada en lugar privilegiado. Que la empresa patrocinadora de Transat busca unir su nombre a un destino que promueva las políticas de sostenibilidad y producción limpia.
VII.—Que la llegada de la Carrera Náutica Transat a Limón abre muchas oportunidades logrando la promoción de la ciudad, además de darle espacio para la mejora de sus instalaciones portuarias y para el cuido y ornato de la ciudad.
VIII.—Que como parte de las acciones estatales para el fomento, desarrollo y promoción del turismo en Limón, se considera necesario declarar de interés público nacional el arribo de la Carrera Náutica Transat a Puerto Limón, como una oportunidad para promover las bellezas turísticas y oportunidad de inversión en la zona ante el público internacional que seguirá de cerca este evento.
IX.—Que el Estado debe procurar, mediante instancias de coordinación nacional, las acciones tendientes a incentivar y facilitar el éxito de la llegada de la Carrera Náutica Transat a Limón en el mes de noviembre de 2009.
X.—Que el Gobierno de la República considera necesario que el Estado promueva una serie de acciones dirigidas tanto al fomento y promoción del arribo de la Carrera Náutica Transat a Limón; la cooperación y la coordinación de las acciones, actividades, iniciativas, planes, proyectos y programas para la conclusión exitosa de este evento, con la estrecha colaboración de los sectores público y privado, para la agilización de los procesos administrativos relacionados con trámites de autorizaciones; permisos o aprobaciones, de acuerdo con las normas de simplificación de trámites administrativos vigentes.
XI.—Que la Ley Orgánica del Instituto Costarricense de Turismo Nº 1917 del 09 de agosto de 1955, artículos 4 y 5, establece entre otras funciones la competencia de la institución para fomentar el ingreso y grata permanencia en el país de los visitantes extranjeros que busquen descanso, diversiones o entretenimiento, así como para promover y estimular cualesquiera de las actividades comerciales, industriales, de transporte, deportivas, artísticas o culturales y ambientales entre otras, que permitan atraer el turismo, brindándoles facilidades y distracciones, para promocionar al país en los distintos campos.
XII.—El Poder Ejecutivo consciente de la necesidad de articular esfuerzos públicos y privados para promover a Limón como destino mundial de turismo, apoya y estimula las iniciativas para que la llegada de la Carrera Náutica Transat Jacques Vabre a Limón, así como la de los participantes en la misma sea todo un éxito. Por tanto,
Decretan:
“Declaratoria de Interés Público y
Nacional de las Actividades
Relacionadas con la Llegada de la Carrera Náutica
Transat Jacques Vabre a la provincia de Limón
Artículo 1º—Declaratoria. Se declara de interés público y nacional las actividades e iniciativas relacionadas con la llegada de la “Carrera Náutica Transat Jacques Vabre” a Costa Rica, por su potencial para colaborar con el desarrollo de Limón. Fomentará además los encadenamientos productivos y sinergias entre los empresarios de la región, la atracción de inversión nacional e inversión extranjera directa e impulsar la utilización de recursos, insumos y materias primas nacionales, la creación de empleos directos e indirectos, el incremento en la demanda de turismo u otras ventajas que la conviertan en una importante fuente de desarrollo y posicionamiento internacional de la provincia de Limón.
Artículo 2º—Colaboración. Las instituciones del Sector Público y el Sector Privado, dentro del marco legal respectivo, podrán contribuir con cualquier tipo de recursos o alternativas de colaboración, en la medida de sus posibilidades y sin perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos, con las actividades e iniciativas relacionadas con la llegada de la Carrera Náutica Transat Jacques Vabre a Costa Rica.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Dado en la Presidencia de la República, a los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil nueve.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de la Presidencia, Rodrigo Arias Sánchez y el Ministro de Turismo, Carlos Ricardo Benavides Jiménez.—1 vez.—(O. C. Nº 11903).—(Solicitud Nº 12846).—C-60020.—(D35476-76403).
Nº 117
LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 28 inciso 1) de la Ley Nº 6227 o Ley General de Administración Pública, del 2 de mayo de 1978, así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 o Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, la Ley Nº 6362 y en el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.
Considerando:
I.—Que el Instituto Panamericano de Geografía e Historia (IPGH) es un organismo internacional, científico y técnico de la Organización de los Estados Americanos, dedicado a la generación y transferencia de conocimiento especializado en las áreas de cartografía, geografía, historia y geofísica; con la finalidad de mantener actualizados y en permanente comunicación a los investigadores e instituciones científicas de los países miembros.
II.—Que Costa Rica es miembro del Instituto Panamericano de Geografía e Historia, manteniendo con funcionamiento activo la Sección Nacional IPGH-Costa Rica integrada por su Presidencia, Vicepresidencia, Secretaria y Comisiones de Cartografía, Geografía, Historia y Geofísica.
III.—Que el Instituto Geográfico Nacional como autoridad oficial permanente y en representación del Estado, en materia cartográfica y los estudios, investigaciones o labores de carácter geográfico, geodésico y geofísico participa activamente en la Sección Nacional IPGH-Costa Rica, especialmente como Miembro Nacional Principal de la Comisión de Cartografía.
IV.—Que en cumplimiento de los artículos 12 y 32 del Estatuto Orgánico del Instituto Panamericano de Geografía e Historia, se ha convocado a Reuniones de Consulta de las Comisiones de Cartografía, Geografía, Historia y Geofísica que tendrán lugar en Quito, Ecuador los días 26 y 27 de octubre de 2009 y a la subsiguiente 19 Asamblea General del Instituto Panamericano de Geografía e Historia que se verificará en la misma ciudad, los días 28, 29 y 30 del mismo mes y año.
V.—Que en las Reuniones de Consulta de las Comisiones de Cartografía, Geografía, Historia y Geofísica y la 19 Asamblea General del Instituto Panamericano de Geografía e Historia, se conocerán, discutirán y aprobarán asuntos técnicos como informe del Secretario General, incluida la revisión de cumplimiento de Resoluciones de la 18 Asamblea General y de la 41 Reunión del Consejo Directivo, informes de los Presidentes de las Comisiones de Cartografía, Geografía, Historia y Geofísica, proyectos de Cooperación de Países Observadores Permanentes para 2010 y resolución sobre la Agenda Panamericana del IPGH 2010-2020.
VI.—Que las Reuniones de consulta de las Comisiones de Cartografía, Geografía, Historia y Geofísica y la 19 Asamblea General del Instituto Panamericano de Geografía e Historia, constituyen un foro de análisis, estudio, intercambio, divulgación y transferencia de información relevante dentro del ámbito del continente americano en varias áreas técnicas dentro de ellos la cartografía, infraestructura de datos geoespaciales, cartografía digital, sistema de posicionamiento satelital, al igual que conocer y discutir y participar de los proyectos que se aprobarán para su ejecución en el 2010 y de la agenda Panamericana del IPGH 2010-2020 y por tanto la participación en las Reuniones de Consulta y Asamblea General es importante a efecto de conocer acerca de los desarrollos en materia de datos geoespaciales y promover la ejecución de proyectos cartográficos en Costa Rica, así como realizar contactos internacionales que coadyuven a la cooperación y organización que en esa materia se esta realizando en nuestro país.
VII.—Que es interés de la Sección Nacional IPGH-Costa Rica, que nuestro país este debidamente representado en las Reuniones de Consulta de las Comisiones de Cartografía, Geografía, Historia y Geofísica y la 19 Asamblea General del Instituto Panamericano de Geografía e Historia.
VIII.—Que la participación del señor Max Alberto Lobo Hernández y el Manuel Alberto Sánchez Mora, como funcionarios representantes del Instituto Geográfico Nacional que ocupan el cargo de Miembro Nacional Principal de la Comisión de Cartografía y Secretario de la Sección Nacional del IPGH, respectivamente, en las Reuniones de Consulta de las Comisiones de Cartografía, Geografía, Historia y Geofísica y la 19 Asamblea General del Instituto Panamericano de Geografía e Historia, responde a las funciones propias de competencia institucional y rectoría del Instituto Geográfico Nacional en materia cartográfica, geodésica, geográfica y geofísica, y constituye un hecho de alto interés para el Gobierno de Costa Rica y el Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Max Alberto Lobo Hernández, cédula 4-132-688, Director General del Instituto Geográfico Nacional y al Lie. Manuel Alberto Sánchez Mora, cédula 3-318-626, Abogado Asesor, para que participen en las Reuniones de Consulta de las Comisiones de Cartografía, Geografía, Historia y Geofísica y la 19 Asamblea General del Instituto Panamericano de Geografía e Historia, a realizarse los días del 26 al 30 de octubre de 2009, en la ciudad de Quito, Ecuador.
Artículo 2º—Los gastos de los funcionarios Lobo Hernández y Sánchez Mora por concepto de transporte en el exterior serán cubiertos con recursos de la subpartida 1-05-03 del programa 330, área 01, actividad 02 por un monto $800,00 por concepto de pasajes aéreos de ida y regreso; además , se cubrirán los gastos por concepto de impuestos de uso de terminal aérea en Costa Rica, por un monto de $26,00, taxi Hotel-Aeropuerto y viceversa $30 y derechos de salida del aeropuerto en Ecuador por $41,00.
Los gastos por concepto de viáticos en el exterior los días del 25 al 31 de octubre de 2009, serán cubiertos con recursos de la subpartida 1-05-04 del programa 330, Área 01, actividad 02 por un monto diario de $168,00, para un total de $1008,00.
Los funcionarios Max Alberto Lobo Hernández y Manuel Alberto Sánchez Mora en la Reuniones de Consulta de las Comisiones de Cartografía, Geografía, Historia y Geofísica y la 19 Asamblea General del Instituto Panamericano de Geografía e Historia, a realizarse los días del 26 al 30 de octubre de 2009, en la ciudad de Quito, Ecuador, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 25 de octubre y hasta su regreso el día 1 de noviembre de 2009 inclusive.
Dado en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes.—San José 4 de agosto del 2009.
Karla González Carvajal, Ministra de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—(O. C. Nº 93993).—(Solicitud Nº 12332).—C-61520.—(75100).
SERVICIOS FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS
REGISTRO DE AGROQUÍMICOS
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Nº 13-2009.—El señor Ricardo Fournier Vargas, cédula 1-450-720, en calidad de Representante Legal de la compañía: Agrosuperior S. A. Cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción del equipo: bomba de espalda manual, marca Marfil, modelo: Marfil. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037-MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 18 de agosto del 2009.—Unidad Técnica de Control de Agroinsumos y Registro de Equipos de Aplicación.—Ing. Agr. Emmanuel Villalobos Sánchez.—(75772).
Nº 14-2009.—El señor Ricardo Fournier Vargas, cédula 1-450-720, en calidad de Representante Legal de la compañía: Agrosuperior S. A. Cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción del equipo bomba de espalda manual, marca Magna, modelo: Spray-Mec. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037-MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 18 de agosto del 2009.—Unidad Técnica de Control de Agroinsumos y Registro de Equipos de Aplicación.—Ing. Agr. Emmanuel Villalobos Sánchez.—(75773).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
DIA-R-E-657-2009.—El señor Freddy Piedra Mena, cédula Nº 1-564-005 en calidad de Representante Legal de la compañía Bio Control S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del Acaro Depredador de nombre comercial Swirskii System compuesto a base de Amblyseius swuirskii. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 20 de agosto del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(75413).
DIA-R-E-655-2009.—El señor Freddy Piedra Mena, cédula Nº 1-564-005 en calidad de Representante Legal de la compañía Bio Control S.A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del Nemátodo Entomopatógeno de nombre comercial Steinernema System compuesto a base de Steinernema feltiae. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 20 de agosto del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(75414).
DIA-R-E-662-2009.—El señor Freddy Piedra Mena, portador de la cédula de identidad número 1-564-005 en su calidad de Representante Legal de la compañía Bio Control S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción del producto Strongylida Insecticida Biológico de nombre comercial B-Green, compuesto a base de Heterorhabditis bacteriophora. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 33103-MAG Reglamento Técnico para el Registro de Organismos Invertebrados (Artrópodos y Nemátodos) de uso Agrícola. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 24 de agosto del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(75416).
DIA-R-E-661-2009.—El señor Freddy Piedra Mena, portador de la cédula de identidad número 1-564-005 en su calidad de Representante Legal de la compañía Bio Control S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción del producto Mesostigmata Depredador Biológico de nombre comercial Californicus System, compuesto a base de Amblyseius californicus. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 33103-MAG Reglamento Técnico para el Registro de Organismos Invertebrados (Artrópodos y Nemátodos) de uso agrícola. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 21 de agosto del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(75419).
DIA-R-E-659-2009.—El señor Freddy Piedra Mena, portador de la cédula de identidad número 1-564-005 en su calidad de Representante Legal de la compañía Bio Control S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción del producto Himenóptero Depredador Biológico de nombre comercial Orius System, compuesto a base de Orius insidiosus. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 33103-MAG Reglamento Técnico para el Registro de Organismos Invertebrados (Artrópodos y Nemátodos) de uso Agrícola. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 21 de agosto del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(75421).
DIA-R-E-631-2009.—El señor Luis Carlos Chacón Rojas, portador de la cédula de identidad número 2-481-893, en su calidad de Representante Legal de la compañía Agricenter S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Muelle de San Carlos, solicita la inscripción del producto insecticida-nematicida de nombre comercial AG-Carbofuran 10 GR, compuesto a base de Carbofuran. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y Ley 8702 Trámite de solicitudes de Registro de Agroquímicos. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 23 de julio del 2009.—Unidad de Registro de Agroinsumos.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(75772).
DIA-R-E-630-2009.—El señor Luis Carlos Chacón Rojas, portador de la cédula de identidad número 2-481-893, en su calidad de Representante Legal de la compañía Agricenter S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Muelle de San Carlos, solicita la inscripción del producto Herbicida de nombre comercial AG-Diuron 80 SC, compuesto a base de Diuron. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y Ley 8702 Trámite de solicitudes de Registro de Agroquímicos. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 23 de julio del 2009.—Unidad de Registro de Agroinsumos.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.— 1 vez.—(75775).
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL
DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
AVISOS
El señor Enrique Vásquez López con cédula Nº 148400046036, vecino de San José, en calidad de Representante Legal de la Compañía Droguería Aranda, S. A., con domicilio en Cartago. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Oxibiotic. Fabricado por: Laboratorio Aranda de México S. A. de C.V., México, con los siguientes principios activos: cada ml contiene: Oxitetraciclina HCL 55 mg, excipientes C.S.P 1 ml y las siguientes indicaciones terapéuticas: tratamiento de proceso infecciosos causados por gérmenes sensibles a la oxitetraciclina. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en esta Dirección, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 17 de agosto del 2009.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1 vez.—(75386).
El señor Enrique Vásquez López con cédula Nº 148400046036, vecino de San José, en calidad de Representante Legal de la Compañía Droguería Aranda S. A., con domicilio en Cartago. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Colmax L. A. Fabricado por: Laboratorio Aranda de México S. A. de C.V., México, con los siguientes principios activos: cada ml contiene: Florfenicol 0,4 g, excipientes C.S.P 1.00 ml y las siguientes indicaciones terapéuticas: tratamiento de amplio espectro y efecto prolongado indicado en problemas respiratorios causados por gérmenes sensibles al florfenicol. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en esta Dirección, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 17 de agosto del 2009.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1 vez.—(75387).
El señor Enrique Vásquez López con cédula Nº 148400046036, vecino de San José, en calidad de Representante Legal de la Compañía Droguería Aranda S. A., con domicilio en Cartago. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Melodex. Fabricado por: Laboratorio Aranda de México S. A. de C.V., México, con los siguientes principios activos: cada ml contiene: Meloxicam 20 mg, excipientes C.S.P 1.00 ml y las siguientes indicaciones terapéuticas: antiinflamatorio, antipirético y analgésico no esteroidal. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en esta Dirección, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 17 de agosto del 2009.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1 vez.—(75388).
El señor Enrique Vásquez López con cédula Nº 148400046036, vecino de San José, en calidad de Representante Legal de la Compañía Droguería Aranda S. A., con domicilio en Cartago. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Enrozol 10%. Fabricado por: Laboratorio Aranda de México S. A. de C.V., México, con los siguientes principios activos: cada ml contiene: Enrofloxacina 100 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas: indicado para combatir infecciones a nivel respiratorio, gastrointestinal y septicemias de la aves. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en esta Dirección, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 17 de agosto del 2009.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1 vez.—(75389).
CONSEJO DE TRANSPORTE PÚBLICO
DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Procedimiento administrativo ordinario, para averiguar la verdad real de los hechos respecto a la presunta falta en su obligación de formalizar la concesión de taxi asignada en el primer procedimiento especial abreviado por el señor José Ramón Delgado Azofeifa.
Administrativo Nº 2009-39-T.
Dirección de Asuntos Jurídicos, San José, a las once horas con quince minutos del lunes diez de agosto de dos mil nueve.
Señor
José Ramón
Delgado Azofeifa
Estimado señor:
Conoce esta Dirección de Asuntos Jurídicos, el artículo 3.2 de la sesión ordinaria 87-2007 de fecha 29 de noviembre del 2007 y 3.3.15 de la sesión ordinaria 15-2008 del 28 de febrero del 2008, adoptados por la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público, mediante el cual se dispuso el inicio del Procedimiento Administrativo Ordinario, en averiguación de la realidad de los hechos por la no formalización de la concesión adjudicada en el Primer Procedimiento Especial Abreviado, lo cual sería causal de caducidad de la misma, de acuerdo a los artículos 37 y 40 inciso d) de la Ley 7969 y 8 del Decreto Ejecutivo 28913-MOPT.
Traslado de
cargos:
• Que la Ley 7969, en los artículos 29 y 30 establecen la necesidad de abrir un concurso público para adjudicar las concesiones de servicio público modalidad taxi. Dentro de este concurso las personas podían participar para la obtención de una concesión administrativa de taxi asignada por el Consejo de Transporte Público dentro del concurso público, que expresamente indicó que se concedería una sola concesión administrativa por persona en la base de operación para la cual se ofertaría y según las reglas de calificación establecidas en el Decreto Ejecutivo 28913-MOPT.
• Que la citada Ley, en el artículo 37 dispone el plazo para formalizar por parte de los adjudicados de una concesión de taxi, estableciéndose literalmente lo siguiente: “Notificado el acto de adjudicación de la concesión del servicio de taxi, el concesionario cuenta con un plazo de treinta días naturales para formalizar el contrato de concesión y rendir una garantía de cumplimiento que será equivalente a dos veces el salario base determinado...”
• Que en relación a la normativa señalada el artículo 40 inciso d) de la Ley Nº 7969, señalas las causales por las cuales se puede cancelar la concesión de taxi o su derecho, siendo precisamente una de ellas no formalización de la misma.
• Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 28913-MOPT, publicado en La Gaceta Nº 179 del 19 de setiembre del 2000, Alcance Nº 62, se establece los requisitos, obligaciones y deberes que posee el adjudicado de una concesión de taxi, destacándose en el artículo 8 apartado segundo lo siguiente: “... Quienes en virtud de este procedimiento especial abreviado de taxis resulten operadores por primera vez del servicio público de taxi, contarán con un plazo de 90 días hábiles posterior a la firmeza del acto de adjudicación para que inicien la prestación del servicio autorizado, La omisión a esta obligación dará paso a la cancelación de la concesión otorgada y será asignada de conformidad con los procedimientos de adjudicación.” En este mismo sentido y para aquellas personas que venían explotando el servicio de taxi el artículo 13 inciso a) en referencia al plazo de formalización señala: “... a) Plazo de formalización: Notificado formalmente el acto de adjudicación de taxi el concesionario cuenta con el plazo de 30 días naturales para formalizar su contrato de concesión. Las causas de terminación del contrato de concesión se encuentran establecidas en el artículo 40 de la Ley Nº 7969...”
• Que usted participó en el primer procedimiento especial abreviado de Taxis, y resultó adjudicado directo de una concesión de taxi en el proceso de redistribución de concesiones de taxi en el proceso de redistribución de concesiones de taxi, publicado por los periódicos de circulación nacional, medios televisivos y el periódico oficial La Gaceta. Que mediante acuerdo 5.5 de la sesión ordinaria 57-2006 de fecha 28 de setiembre del 2006, la Junta Directiva de este Consejo conoce el informe de la Dirección Técnica, respecto a la redistribución de las placas declaradas desiertas en diferentes bases de operación, aprobándose la adjudicación directa a aquellos oferentes que obtuvieron 80 puntos o menos y que resultaron adjudicados directos en razón de que las bases de operación en las que participaron existía el mismo número de oferentes elegibles que concesiones administrativas a adjudicar como en su caso.
• Que las calificaciones de los oferentes favorecidos con una concesión administrativa de taxi se dio a conocer en la publicación realiza en La Gaceta Nº 191 de fecha 5 de octubre del 2006 y en La Gaceta Nº 231 de fecha 1º de diciembre del 2006 de conformidad con lo establecido en el artículo 36 bis de la Ley 7969 y el proceso de redistribución de concesiones de taxis, operando los mismos plazos antes establecidos para que los adjudicatarios procedieran a formalizar su concesión.
• Que pese a que dicho acto de adjudicación salió publicado en el periódico oficial La Gaceta Nº 191 del 5 de octubre del 2006, y siendo que su persona no poseía la condición de permisionario de una placa de taxi, el plazo del cual disponía para formalizar era de 90 días hábiles a partir de la fecha en que salió dicha publicación.
• Que mediante acuerdo 5.1 de la sesión ordinaria 38-2007 del 25 de mayo del 2007, la Junta Directiva da por finalizado el plazo de los 90 días concedidos por ley para la formalización de las concesiones de taxi a todos los oferentes que salieron adjudicados, plazo que se encontraba vencido desde el 26 de febrero del 2006.
• Que mediante artículo 3.2 de la sesión ordinaria 87-2007 de fecha 29 de noviembre del 2007 y 3.3.15 de la sesión ordinaria 15-2008 del 28 de febrero del 2008 la Junta Directiva del Consejo de Transporte Publico autorizó a esta Dirección Jurídica a iniciar el procedimiento de cancelación de su derecho de concesión de taxi.
En razón de que esta Asesoría Jurídica fue designada Órgano Director por la Junta Directiva de este Consejo, según artículo 3.2 de la Sesión Ordinaria,87-2007 de fecha 29 de noviembre del 2007 y 3.3.15 de la sesión ordinaria 15-2008 del 28 de febrero del 2008 en relación al acuerdo contenido en el artículo número 4 emitido en la sesión 6 del 2000, para iniciar los Procedimientos Administrativos tendientes a averiguar la verdad real de los hechos respecto a la situación antes descrita, arróguese esta Dirección el conocimiento de instrucción de este asunto, en calidad de Órgano Director del Procedimiento, a cargo de la Lic. Laura Sánchez Navarro, a la cual se aplicarán las disposiciones del artículo 214, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública.
De tal manera, precédase a indagar la verdad de los hechos objeto del presente asunto, y conforme los artículos 218, 308, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, se cita al señor José Ramón Delgado Azofeifa para que comparezca personalmente y no por medio de apoderado a las a las 7:30 horas a la audiencia oral y privada, que se celebrará 15 días hábiles después de realizada la tercera publicación de este acto en el Diario Oficial La Gaceta, plazo que se empezará a contar cinco días después de la última publicación, según lo dispone el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública. Esta audiencia se efectuará en esta Asesoría Jurídica, sita detrás del Ministerio de Seguridad Pública.
De conformidad con el artículo 312 inciso 2) y 3), así como el artículo 317 inciso 2) de la Ley de cita, se le previene que en la comparecencia deberán aportar y evacuar toda la prueba pertinente, sin perjuicio de solicitar expresamente prescindir de esa audiencia oral y privada, o bien aportar directamente, por escrito, antes de esa fecha su defensa. (Pruebas y formular conclusiones de hecho y de derecho). Se le hace saber que se puede hacer acompañar de un Abogado. Igualmente se le advierte que si no hace uso de su derecho de defensa, el asunto se resolverá con las pruebas existentes.
Asimismo se hace saber que contra esta resolución, las partes pueden hacer uso de los recursos ordinarios de revocatoria, apelación o ambos, debiendo interponerlos en todo caso ante esta misma Dirección, dentro del término de 24 horas, lo anterior de conformidad con los Artículos 345 y 346.1 de la Ley General de la Administración Pública.
Se le indica que además de los derechos que le otorga la Ley General de la Administración Pública, tiene derecho a designar abogado, así como revisar el expediente administrativo y fotocopiar las piezas del mismo que usted considere le interesan, expediente que queda a su disposición en esta Asesoría Jurídica.
Notifíquese en el lugar que tiene señalado en el expediente administrativo o en su oferta presentada dentro del Primer Procedimiento Especial Abreviado de Taxis, si se encontrare dentro del perímetro de este Consejo, sin perjuicio de que pueda designar nuevo lugar, dentro del perímetro de este Consejo o fax para atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que en caso de omisión, o bien si el lugar indicado fuere incierto, impreciso o dejare de existir, las resoluciones que se dicten se le tendrán por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas.
Lic. Laura Sánchez Navarro, Asesora Legal.—(Solicitud Nº 06724).—(O. C. Nº 1421).—C-339770.—(72699).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 210, título Nº 3014, emitido por el Liceo León Cortés Castro, en el año dos mil seis, a nombre de Valverde Bolaños Jennifer. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecinueve días del mes de agosto del dos mil nueve.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—M.Sc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(74315).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 74, título Nº 657, emitido por el Liceo Franco Costarricense, en el año dos mil tres, a nombre de Castrillo Castrillo Luis Diego. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciocho días del mes de mayo del dos mil nueve.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—M.Sc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(74367).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 153, asiento Nº 1078, emitido por el Liceo de Aserrí, en el año dos mil dos, a nombre de Vargas Corrales Edwin Alejandro. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 29 de julio del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—M.Sc. Guisella Céspedes Lobo, Asesora.—Nº 126038.—(74801).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 25, título Nº 69, emitido por el Colegio Rincón Grande de Pavas, en el año dos mil tres, a nombre de Lazo Espinoza Stephanie. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 26 de agosto del 2009.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Sc. Liliam Mora Aguilar, Jefa.—(75041).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 16, asiento Nº 157, emitido por el Colegio María Auxiliadora, en el año mil novecientos noventa y uno, a nombre de Ledezma Argüello Jessie. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 25 de agosto del 2009.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MSc. Liliam Aguilar Mora, Jefa.—Nº 126290.—(75332).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 164, título Nº 1503, emitido por el Colegio de Naranjo, en el año dos mil uno, a nombre de Chen Tseng An Ju. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, dieciocho de agosto del dos mil nueve.—M.Sc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(75532).
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social organización social denominada: Cooperativa Autogestionaria de Servicios Aero Industriales R.L., siglas: COOPESA R.L., acordada en asambleas celebradas los días 29 de agosto del 2008, 6 de diciembre del 2008, y 7 de febrero del 2009. Resolución Nº 59. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos 16, 2º, 3º, 4º, 22, 30, 32, 53, 58, 59, 60, 63, 64, 65, 8º, 10, 11, 12, 13, 14, 16, 17, 18, 20, 23, 24, 25, 26, 27, 33, 34, 38, 42, 47, 48, 52, 54, 55, 56 y 66 del estatuto.—San José, 5 de agosto del 2009.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(74310).
De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada: Unión de Productores Independientes y Actividades Varias, siglas UPIAV, acordada en asamblea celebrada el 01 de mayo del 2009. Expediente P-43. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros de Registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo: 16, folio: 56, asiento: 4536 del día 30 de junio del 2009. La reforma afecta la totalidad de los artículos del estatuto.—San José, 30 de junio del 2009.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe de Registro.—Nº 125763.—(74802).
De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa de Productores Orgánicos del Caribe Limonense R. L, siglas COOPROCAL R. L., acordada en asamblea celebrada el 31 de enero del 2009. Resolución 1304-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Consejo
de Administración;
Presidente (a): Eloy Brenes Porras
Vicepresidente (a): Emilio Wright Russel
Secretario (a): Róger Avilés Taylor
Vocal 1: Rodolfo Hasbun Montero
Vocal 2: Laureano Sandí Campos
Suplente 1: Alcides Jiménez Anchía
Suplente 2: Troy Foster Lewis
Gerente: Karl Myrie Hart.
San José, 07 de agosto del 2009.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—Nº 126134.—(75333).
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Cambio de nombre Nº 743
Que Luis Esteban Hernández Brenes, cédula 4-155-803, en calidad de representante legal de Lining Sports (Shanghai) Company Limited, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Shanghai Li-Ning Sports Goods Co Ltd. por el de Lining Sports (Shanghai) Company Limited, presentada el día 9 de junio de 2008 bajo expediente 743. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2002-0005927 Registro Nº 137315 LI-NING en clase 28 marca mixto, 2002-0005928 Registro Nº 137316 en clase 28 marca figurativa, 2002-0005929 Registro Nº 137314 LI-NING en clase 28 marca denominativa, 2002-0005930 Registro Nº 139354 LI-NING en clase 18 marca denominativa, 2002-0005931 Registro Nº 140543 LI-NING en clase 25 marca denominativa, 2002-0005932 Registro Nº 137317 en clase 25 marca figurativa, 2002-0005933 Registro Nº 137318 LI-NING en clase 18 marca mixto, 2002-0005934 Registro Nº 140542 LI-NING en clase 25 marca mixto y 2002-0005935 Registro Nº 139009 en clase 18 marca figurativa. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—15 de junio del 2009.—Oficina de Marcas y Otros Signos Distintivos.—Jamie Phillips Guardado.—1 vez.—Nº 125927.—(74760).
REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN
AVISOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, mayor, casada dos veces, abogada, cédula Nº 1-812-604, vecina de Tres Ríos, en su condición de apoderada especial de Banyu Pharmaceutical Co Ltd, de Japón, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADO DE 2-PIRIDINCARBOXAMIDA QUE TIENE EFECTO ACTIVADOR DE GK. Se proporcionan un compuesto de fórmula (I) y su sal farmacéuticamente aceptable, que tienen un efecto activador de glucoquinasa y son por lo tanto útiles para el tratamiento de diabetes y obesidad. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es C07D 417/14, cuyos inventores son Hashimoto Noriaki, Sagara Yufu, Asai Masanori y Nishimura Teruyuki. La solicitud correspondiente lleva el Nº 10673 y fue presentada a las 14:41:00 del 19 de marzo del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de abril del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—Nº 126343.—(75324).
La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula Nº 1-812-604, mayor, casada dos veces, abogada, vecina de Tres Ríos, en su condición de apoderada especial de The New Zeland Institute for Plant and Food Research Limited, de Nueva Zelandia, solicita la Patente de Invención denominada VÁLVULA DE LIBERACIÓN DE FLUIDO QUE UTILIZA UNA MEMBRANA FLEXIBLE PERMEABLE A FLUIDOS. Un dispositivo de liberación de gas que incluye, un depósito de gas presurizado y un paso proveniente del depósito hacia una salida. Hay una membrana elástica permeable al gas en el paso que permite la liberación de gas únicamente mediante la membrana. Se proporciona un miembro impermeable al gas en el paso que incluye una interface colocada para contactar la membrana permeable al gas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es F16K 31/126, cuyos inventores son Cate, Lynn Roland, Jordan, Robert Bruce, Barker, Dean Antony, Sharrock, Keith Robert, Roche, Mark Francis, Henzell, Robert Francis. La solicitud correspondiente lleva el Nº 10708 y fue presentada a las 13:57:00 del 3 de abril de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 15 de mayo del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—Nº 126345.—(75325).
Adriana Oreamuno Montano, cédula 1-1147-550, mayor, casada, abogada, vecina de Escazú, en su condición de apoderada especial de Colgate Palmolive Company, de E.U.A., solicita el Modelo Industrial denominado CONTENEDOR.
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El diseño ornamental del contenedor tal y como se muestra y se describe. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Novena Edición es /, cuyo inventor es Kiat-Cheong Toh. La solicitud correspondiente lleva el número 9400, y fue presentada a las 13:47:16 del 27 de setiembre de 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguiente a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.— San José, 27 de julio de 2009.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(75485).
Adriana Oreamuno Montano, cédula 1-1147-550, mayor, casada una vez, abogada, vecina de Escazú, en su condición de apoderada especial de Colgate Palmolive Company, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada LIMPIADOR ESPUMANTE PARA SUPERFICIES DURAS. Una composición espumable, que comprende: a) por lo menos un surfactante aniónico seleccionado de una sal de un sulfato de alquilo y una sal de sulfato de alquil éter en una cantidad de aproximadamente 0,001 hasta aproximadamente 1% en peso de la composición; b) por lo menos un éter de glicol en una cantidad de aproximadamente 0,1 hasta aproximadamente 1,5% en peso de la composición; c) por lo menos un alcohol en una cantidad de aproximadamente 2 hasta aproximadamente 6% en peso de la composición; y d) agua. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C11D 1/14, cuyos inventores son Diet, Patrick, Leonard, Isabelle. La solicitud correspondiente lleva el número 10800, y fue presentada a las 14:23:00 del 15 de mayo de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.— San José, 15 de julio de 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(75487).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
Se hace saber que el Lic. Manuel E. Peralta Volio, en calidad de apoderado especial de Matsushita Electric Industrial CO., Ltd., con domicilio en 1006, Oaza Kadoma, Kadoma-shi, Osaka 571-8501 de Japón, compañía titular de la solicitud de concesión del Diseño Industrial tramitado bajo el expediente número siete mil quinientos cincuenta y cinco, denominado BATERÍA y presentado el 28 de octubre del 2004, solicita a este Registro se inscriba el cambio de nombre de dicha compañía a Panasonic Corporation, de conformidad con el documento de cambio de nombre y poder que aporta suscrito el 11 de agosto del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—1 vez.—(75706).
INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Expediente Nº 13539A.—Cafetalera de Tierras Ticas S. A., solicita concesión de: 30 litros por segundo de Quebrada Juncos, efectuando la captación en finca de Cafetalera de Tierras Ticas S. A., en Daniel Flores, Pérez Zeledón, San José, para uso agroindustrial beneficiado de café. Coordenadas: 365,876 / 499,897, hoja San Isidro. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la publicación.—San José, 24 de agosto del 2009.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—(74337).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Expediente Nº 6221A.—Rodrigo, Rojas Chavarría, solicita concesión de: 0,12 litros por segundo del nacimiento 1, efectuando la captación en finca de Comercializadora Deligil S. A. en Santiago, Palmares, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 222.600 / 486.400 hoja Naranjo. 0,08 litros por segundo del nacimiento 2, efectuando la captación en finca de Freddy Rojas Castillo en Santiago, Palmares, Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas 222.500 / 486.500 hoja Naranjo. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de agosto de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(74555).
Expediente Nº 7796A.—Freddy Rojas Castillo solicita concesión de: 0,09 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Rojas Castillo Fredy en Santiago, Palmares, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 222.600 / 486.400 hoja Naranjo. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de agosto de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(74556).
Exp. 13540A.—Senderos C.C. de San Gerardo S. A., solicita concesión de: 300 litros por segundo del Río Savegre, efectuando la captación en finca de Cesar Vindas Otárola en Copey, Dota, San José, para uso comercial acuicultura. Coordenadas 388.000 / 483.500 hoja Vueltas. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de agosto del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 125798.—(74804).
Exp. 13541P.—Alejandro Alonso, Román González solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del pozo RG-832, efectuando la captación en finca de Alejandro Alonso Román González en Jesús, Atenas, Alajuela, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 214.340 / 486.028 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de agosto del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 125890.—(74805).
Exp. 2257A.—Sociedad de Usuarios Bella Vista, solicita concesión de: 16 litros por segundo del Río Catarata, efectuando la captación en finca de José Álvaro Carranza en Palmira, Alfaro Ruiz, Alajuela, para uso abrevadero, lechería, riego pastos hortaliza. Coordenadas 244.600 / 497.600 hoja Quesada. Predios inferiores: Eliomar Cobillo Rodríguez, Entimo Rojas Salas, Óscar Rojas Rojas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de agosto de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 125939.—(74806).
Expediente Nº 3568A.—Sociedad de Usuarios de Agua, Vidal, Ramírez solicita concesión de: 0,25 litros por segundo del nacimiento sin nombre 1, efectuando la captación en finca de Herjoca Limitada en Rincón Zaragoza, Palmares, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 225.500 / 486.500 hoja Naranjo. 0,25 litros por segundo del nacimiento sin nombre 2, efectuando la captación en finca de Herjoca Limitada en Rincón Zaragoza, Palmares, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 225.550 / 486.150 hoja Naranjo. Predios inferiores: Fernando Céspedes Quesada. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de agosto de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(74870).
Expediente Nº 13525A.—Perra Bonita Sociedad de Responsabilidad Limitada, solicita concesión de: 5 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de Perra Bonita Limitada en Jacó, Garabito, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 394.814 / 396.491, hoja Herradura. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de agosto del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(75063).
Expediente Nº 4711A.—Frutas de Coronado S. A., solicita concesión de: 0,30 litro por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Rafael Vázquez de Coronado, San José, para uso abrevadero, lechería, agropecuario porquerizas. Coordenadas 219.300 / 537.900, hoja Istarú. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de agosto del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(75128).
Exp. 9118A.—Arturo Luis Mendenhall Mott y Yanina Cecilia Soto Torres, solicita concesión de: 0,06 litros por segundo de la Quebrada Varela, efectuando la captación en finca de Gabriela Facio Fernández, en San Rafael, Vázquez de Coronado, San José, para uso Agropecuario - Lechería y consumo humano - doméstico. Coordenadas 217.200 / 542.300 hoja Istarú. Predios inferiores: Pablo Francisco Goic Treguear, José Rafael Méndez Ballestero, Marcos Vinicio Mata Sandí. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de agosto del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 126116.—(75334).
Exp. 9259P.—Rafael Ángel y Margarita, Araya Arce y Mena Torres, solicita concesión de: 0,10 litros por segundo del Pozo IS-241, efectuando la captación en finca de su propiedad en Tejar, El Guarco, Cartago, para uso consumo humano - doméstico. Coordenadas 203.860 / 543.420 hoja Istarú. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 19 de agosto del 2009.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 126181.—(75335).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Expediente Nº 9629P.—Grupo Miranda Chacón S. A., solicita aumento de caudal de su concesión de: 1 litro por segundo del Pozo BC-377, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Juan Grande, Esparza, Puntarenas, para uso Industria Comercial Embasado y Embotelladora Agua. Coordenadas 211.700 / 460.400 hoja Barranca. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de mayo del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(76404).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE CALIDAD AMBIENTAL
EDICTO
La Oficina Técnica del Ozono hace del conocimiento al público en general que, de conformidad con lo establecido en el Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono, suscrito por Costa Rica y ratificado por la Ley Nº 7728, y su Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono ratificado por la Ley Nº 7723 y sus enmiendas, nuestro país adquirió el compromiso de establecer normas para el control, disminución y eliminación total de las importaciones de bromuro de metilo para uso agrícola, dado que es una sustancia agotadora de ozono. Que el Gobierno de Costa Rica ha autorizado la importación de 318,357 kg (trecientos dieciocho mil trecientos cincuenta y siete kilogramos) de ingrediente activo de bromuro de metilo, para la temporada 2009-2010.
Por lo anteriormente expuesto y con el objetivo de mantener las medidas de control vigentes, se invita a todas aquellas personas físicas y jurídicas que cuenten con registro de importación ante el Servicio Fitosanitario del Estado de este fumigante para usos agrícolas, y que estén interesadas en importar bromuro de metilo para la temporada 2009-2010 a presentar su interés de importación, mediante el Formulario de Intención de Importación, el cual está disponible en las siguientes direcciones:
Dirección de Gestión de Calidad
Ambiental (DIGECA)
Oficina Técnica del Ozono
Avenida Nº 18, calle Nº 9 y transversal calle Nº 9, casa Nº 935
San José. Teléfono 2257-1839.
O en el sitio Web: www.minaet.go.cr/noticias
Recepción de formulario: del miércoles 09 de setiembre al miércoles 16 de setiembre de 2009 (fecha límite), de 8:00 a. m. a 3:00 p.m. en las instalaciones de la Dirección de Gestión de Calidad Ambiental, señaladas supra.
Lic. María Guzmán Ortiz, Directora.—1 vez.—(75422).
Registro Civil-Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Expediente Nº 13476-2000/3379-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas del dieciocho de junio del dos mil nueve. Diligencias de ocurso incoadas por Mercedes Centeno Centeno, viuda, ama de casa, costarricense, cédula número ocho-cero cincuenta-quinientos doce, vecina de San Pedro, Vázquez de Coronado, San José; tendente a la rectificación de su asiento de naturalización, en el sentido que la fecha de nacimiento de la misma es “catorce de agosto de mil novecientos cuarenta y tres” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas, para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Juan Rafael Madrigal Hernández, Jefe a. í.—Nº 126527.—(75705).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por José Carlos Álves Francisco, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 847-09. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas y cuarenta minutos del veintiséis de mayo del dos mil nueve. Ocurso. Exp. Nº 1600-09. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Karla Francinny Gusmao Mata..., en el sentido que el nombre y los apellidos del padre de la persona ahí inscrita son “José Carlos Álves Francisco” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(75618).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Rosa Iris Naranjo Naranjo, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 532-05.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas y dos minutos del diez de mayo del dos mil cinco. Ocurso. Expediente Nº 30735-04. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Ronald Arias Hernández... en el sentido que el primer apellido de la madre de la persona ahí inscrita es “Naranjo” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 126508.—(75704).
ÁREA DE SALUD HEREDIA, CUBUJUQUÍ
Programa de adquisiciones 2009
En el
cumplimiento con la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, se
informa que se realizó una modificación al programa de compras 2009,
correspondiente a nuestra unidad, el cual se encuentra publicado en la página
Web de la Caja Costarricense de Seguro Social. vea detalle en http://www.ccss.sa.cr.
Heredia, 10 de junio del 2009.—Lic. Nelson Soto Villalobos, Administrador.—Bach. Maritza Mejías Ramírez, Directora Administrativa a. í.—1 vez.—(76669).
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
Contrataciones por emergencia,
según Decreto Nº 35300-MAG
“Declaratoria de emergencia sanitaria nacional ante
la pandemia de virus AH1N1”
La Dirección Administrativa Financiera del SENASA invita a participar a todos interesados en las siguientes contrataciones:
• Programa Emergencia AH1N1-SENASA 001-2009: “Diseño de planos eléctricos para el Laboratorio de Seguridad del LANASEVE, ubicado en oficinas centrales en Barreal de Heredia”.
• Programa Emergencia AH1N1-SENASA 002-2009: “Dispensador de Parafina”.
• Programa Emergencia AH1N1-SENASA 003-2009: “Fax automatizado”.
• Programa Emergencia AH1N1-SENASA 004-2009: “Aire acondicionado centralizado para el Laboratorio de Seguridad del LANASEVE, ubicado en oficinas centrales en Barreal de Heredia”.
• Programa Emergencia AH1N1-SENASA 005-2009: “Mobiliario para oficina de laboratorio”.
• Programa Emergencia AH1N1-SENASA 006-2009: “UPS de 10KVA, tecnología on-line de doble conversión”.
• Programa Emergencia AH1N1-SENASA 007-2009: “Equipo sanitario, de laboratorio e investigación”.
• Programa Emergencia AH1N1-SENASA 008-2009: “Maquinaria y equipo diverso (centro de lavado, microondas y refrigeradoras)”.
• Programa Emergencia AH1N1-SENASA 009-2009: “Mejoramiento interno del edificio Laboratorio de Seguridad del LANASEVE, ubicado en oficinas centrales en Barreal Heredia”.
Los carteles donde constan las características y demás aspectos importantes, se encuentran disponibles en la página Web www.senasa.go.cr.
Nota importante: Los plazos de recepción de ofertas correrán a partir del día hábil siguiente a la publicación de la presente en el Diario Oficial La Gaceta. El detalle de los plazos de recepción de ofertas es el siguiente: 3 días hábiles para los Programas AH1N1-SENASA 002-2009 y AH1N1-SENASA 003-2009; 5 días hábiles para los Programas AH1N1-SENASA 004-2009, AH1N1-SENASA 006-2009 y AH1N1-SENASA 008-2009; 7 días hábiles para el Programa AH1N1-SENASA 007-2009; 10 días hábiles para los Programas AH1N1-SENASA 001-2009, AH1N1-SENASA 005-2009 y AH1N1-SENASA 009-2009.
Se fija como hora de recepción de ofertas para todos los programas, las 15:00 horas del día que corresponda, según cada plazo estipulado en el párrafo anterior. Las ofertas deberán de presentarse por escrito, en sobre cerrado, en la Dirección Administrativa Financiera SENASA, ubicada en Barreal de Heredia, de Jardines del Recuerdo 1 km al oeste y 400 metros al norte.
Consultas adicionales al teléfono 2260-8300, extensión 2114.
1 vez.—(O C Nº 98935).—(Solicitud Nº 41429).—C-26270.—(76664).
Contrataciones por emergencia, según Decreto Nº 35067-MAG-H
“Declaratoria de emergencia sanitaria regional”
La Dirección Administrativa Financiera del SENASA invita a participar a todos los interesados en las siguientes contrataciones:
• Programa Emergencia Sanitaria Regional (Cinchona)-SENASA 001-2009: “Productos Químicos para Laboratorio”.
• Programa Emergencia Sanitaria Regional (Cinchona)-SENASA 002-2009: “Herramientas e Instrumentos para Laboratorio”.
• Programa Emergencia Sanitaria Regional (Cinchona)-SENASA 003-2009: “Repuestos y accesorios para Laboratorio”.
• Programa Emergencia Sanitaria Regional (Cinchona)-SENASA 004-2009: “Útiles y Materiales Médico, Hospitalario y de Investigación para Laboratorio”.
• Programa Emergencia Sanitaria Regional (Cinchona)-SENASA 005-2009: “Bolsas para uso de Laboratorio”.
• Programa Emergencia Sanitaria Regional (Cinchona)-SENASA 006-2009: “Remodelación de la Oficina Regional Huetar Norte (San Carlos)”.
• Programa Emergencia Sanitaria Regional (Cinchona)-SENASA 007-2009: “Remodelación de la Oficina Regional Central Occidental (Grecia)”.
Los carteles donde constan las características y demás aspectos importantes, se encuentran disponibles en la página Web www.senasa.go.cr.
El plazo de recepción de ofertas es de diez días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la publicación de la presente en el Diario Oficial La Gaceta, fijándose como hora máxima de entrega las 15:00 horas del último día.
Las ofertas deberán de presentarse en la Dirección Administrativa Financiera del SENASA ubicada en Barreal de Heredia, de Jardines del Recuerdo 1 km al oeste y 400 metros al norte. Consultas adicionales al teléfono 2260-8300, extensión 2114.
1 vez.—(O C Nº 98935).—(Solicitud Nº 41430).—C-20270.—(76665).
CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000019-00100
Contratación de persona física o
jurídica para que
realice un rediseño de la plataforma SIGAT
El Departamento de Proveeduría del Consejo de Seguridad Vial, a través de la Unidad de Licitaciones, recibirá ofertas hasta las 09:00 horas del día 18 de setiembre del 2009, para la licitación de referencia.
El interesado tiene el cartel a su disposición en el Sistema Compra Red en forma gratuita, en la dirección http://hacienda.go.cr. accesando en Link de Compra Red de Internet a partir de esta fecha, o podrá ser retirado en el Departamento de Proveeduría en el segundo piso. La dirección es la siguiente: La Uruca contiguo a la Agencia del Banco Nacional, sin costo alguno si el potencial oferente aporta dispositivo USB (llave maya) o previo a la cancelación de ¢1.000,00 (mil colones exactos), monto que deberá ser depositado a favor del Consejo de Seguridad Vial, en cualquier Agencia Bancaria del Banco de Costa Rica o del Banco Nacional de Costa Rica, en las cuentas que se detallan a continuación:
Entidad
Bancaria Número
de cuenta
Banco de Costa Rica 64590-7
Banco Nacional de Costa Rica 75830-0
El contenido del comprobante emitido por la Agencia Bancaria debe contar con la siguiente información como mínimo:
• Nombre del depositante.
• Cliente y número de cuenta cliente.
• Monto depositado.
• Concepto: Pago de cartel de la Licitación Abreviada 2009LA-000019-00100.
San José, 01 de setiembre del 2009.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Alexander Vásquez Guillén, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 31676).—(Solicitud Nº 2425).—C-18020.—(76512).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
Construcción de la primera etapa
del edificio de la Dirección
General de la Policía de Tránsito en San
José
La Proveeduría Institucional recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 09 de octubre del 2009.
El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared, a partir de la fecha de publicación de la invitación a licitar en el Diario Oficial La Gaceta, o también podrá obtenerlo, en la Proveeduría Institucional del MOPT en Plaza González Víquez.
San José, 28 de agosto del 2009.—MSc. Heidi Román Ovares, Proveedora Institucional.—1 vez.—(O. C. Nº 93993).—(Solicitud Nº 12336).—C-12850.—(76519).
DIVISIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN FINANCIERA DE BIENES Y SERVICIOS
UNIDAD DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000021-UPIMS
Compra de proyector de imágenes
multimedia
Fideicomiso 872-BNCR-MS
El Fideicomiso 872-BNCR a través de la Proveeduría Institucional del Ministerio de Salud, recibirá propuestas hasta las 10:30 horas del 5 de octubre del 2009, para la Compra de proyector de imágenes multimedia.
El cartel y folleto de condiciones generales y especificaciones técnicas podrán retirarse por parte de los interesados, sin costo alguno, a partir de la presente publicación presentándose con un diskette o llave maya en la Proveeduría Institucional, sita en el tercer piso del edificio sur del Ministerio de Salud, ubicado en calle 16, avenidas 6 y 8, San José.
San José, 31 de agosto del 2009.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora.—1 vez.—(O. C. Nº 1924-Solicitud Nº 4377).—C-8270.—(76925).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2009LA-000037-UPIMS
Compra de proyector de imágenes
multimedia
(Fideicomiso 872-BNCR-MS)
El Fideicomiso 872-BNCR a través de la Proveeduría Institucional del Ministerio de Salud, recibirá propuestas hasta las 10:00 horas del 30 de setiembre del 2009, para la “Compra de proyector de imágenes multimedia”.
El cartel y folleto de condiciones generales y especificaciones técnicas podrán retirarse por parte de los interesados, sin costo alguno, a partir de la presente publicación presentándose con un diskette o llave maya en la Proveeduría Institucional, sita en el tercer piso del edificio sur del Ministerio de Salud, ubicado en calle 16, avenidas 6 y 8, San José.
San José, 31 de agosto del 2009.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—(O. C. Nº 1924).—(Solicitud Nº 4379).—C-8270.—(76927).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2009LA-000023-UPIMS
Compra de servidor
(Fideicomiso 872-BNCR-MS)
El Fideicomiso 872-BNCR a través de la Proveeduría Institucional del Ministerio de Salud, recibirá propuestas hasta las 9:30 a. m. horas del 25 de setiembre del 2009, para la compra de Servidor de Seguridad (Appliance).
El cartel y folleto de condiciones generales y especificaciones técnicas podrán retirarse por parte de los interesados, sin costo alguno a partir de la presente publicación presentándose con un diskette o llave maya en la Proveeduría Institucional, sita en el tercer piso del edificio sur del Ministerio de Salud, ubicado en calle 16, avenidas 6 y 8 San José.
San José, 31 de agosto del 2009.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—(O. C. Nº 1924).—(Sol. Nº 4378).—C-8270.—(76928).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000108-PROV
Contratación de servicios de
mantenimiento preventivo
y correctivo de los ascensores marca Schindler
ubicados en el edificio de la Defensa Pública
El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados a participar en el siguiente procedimiento de:
Licitación Abreviada 2009LA-000108-PROV, “Contratación de servicios de mantenimiento preventivo y correctivo de los ascensores marca Schindler ubicados en el edificio de la Defensa Pública”.
Fecha y hora de apertura: 28 de setiembre del 2009, a las 10:00 horas.
El respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados deben dirigirse al Proceso de Adquisiciones del Departamento de Proveeduría; sita en el 3 piso del edificio Anexo B, ubicado en la esquina formada entre calle 15, avenida 6, San José; o bien, obtenerlos a través de Internet, en la dirección http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la dirección jzuniga@poder-judicial.go.cr. En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a los teléfonos 2295-3136 / 3623 / 3295.
San José, 01 de setiembre del 2009.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—(76503).
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000004-01
Contratación de servicios profesionales
de consultoría para la
implementación de las normas técnicas para la gestión
y el control de las tecnologías de información emitidas
por la Contraloría General de la República
en el Instituto de Desarrollo Agrario
Las ofertas deben de presentarse hasta las 11:00 horas del día 28 setiembre del 2009 en la Oficina de Licitaciones, edificio Modulo B, planta alta, oficinas centrales del IDA, ubicadas en San José, San Vicente de Moravia, de donde estaba el Colegio Lincoln 200 metros al oeste, 100 metros al sur y 250 metros al oeste.
Para obtener el cartel, el IDA facilitará sin costo alguno para el interesado un (CD) gravado con el presente cartel, que además, también se publica en el sitio Web del IDA como www.ida.go.cr, igualmente puede ser remitido por correo electrónico. Aunque el cartel se remita por las vías anteriores, con el fin de evitar cualquier alteración del mismo, que repercuta en las ofertas presentadas, la elegibilidad de las mismas está condicionada a que se ajusten al archivo electrónico original del cartel que tiene el IDA del cual se tiene una impresión adjunta al expediente de la contratación. Por consiguiente las ofertas serán comparadas para su análisis y calificación con el cartel original en poder del Instituto de Desarrollo Agrario.
Área de Contratación y Suministros.—Rafael Fernández Bolaños, Jefe.—1 vez.—(76829).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000080-01
Compra de software para solución de la
automatización de la biblioteca
El Proceso de Adquisiciones de la Sede Central del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 8:00 horas del 21 de setiembre del 2009. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500,00 en el Proceso de Adquisiciones, sita 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México; o bien, ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—(O. C. Nº 20208).—(Solicitud Nº 28257).—C-9770.—(76865).
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000009-MMO
“Obra pública por contrato” Construcción
de casa
prefabricada-cementerio de San Pedro
La Proveeduría de la Municipalidad de Montes de Oca invita a todos los posibles oferentes de construcción de casa prefabricada a que participen en este proceso de contratación.
Apertura: El plazo para recibir ofertas será cinco días hábiles después de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Hora límite: 10:00 horas (a. m). La apertura será realizada con los funcionarios invitados y los oferentes interesados que se presenten a la hora determinada, dentro de las instalaciones que ocupa la Proveeduría. No se reciben ofertas a partir de esta hora.
San Pedro de Montes de Oca, 01 de setiembre del 2009.—Lic. Sandra Tigerino Medina, Proveedora Municipal a. í.—1 vez.—(76827).
FUNDACIÓN AMIGOS ISLA DEL COCO
Proyecto: Protección de la Biodiversidad del Área de Conservación Marina Isla del Coco (SINAC/FFMAM). Levantamiento de información de línea base para el monitoreo sobre el impacto de especies exóticas sobre especies endémicas en el Parque Nacional Isla del Coco. Según los términos de referencia que puede acceder en la página web www.cocosisland.org. La oferta con sus propuestas técnica y financiera incluidas en sobres cerrados separados, deberá entregarse en la siguiente dirección en fecha límite 11 de setiembre a las 4:00 p. m., Florángel Villegas Verdú. Coordinación Conjunta. Proyecto ACMIC-SINAC/FFMAM. Área de Conservación Marina Isla del Coco. De la esquina este de la ARESEP, 25 metros al sur, Sabana Sur. Atención: Giselle Borrasé. Tel: 2291-1215. Fax 2291-1264. Proyecto Protección de la Biodiversidad del Área de Conservación Marina Isla del Coco. En caso de requerir información adicional, remitir las consultas mediante fax. Cualquier demora en su envío no podrá ser considerada como justificación para extender la fecha de presentación de su propuesta.—Giselle Borrasé P.—1 vez.—(76612).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000036-33300
Compra de llantas
Se avisa a todos los interesados en esta licitación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, que por resolución de adjudicación Nº 232-2009 de las 08:30 horas del día 28 de agosto del 2009, se adjudica de la siguiente manera:
Importadora
AD Nat S. A., cédula jurídica Nº 3-101-167171.—(Oferta Nº 1).
Monto total adjudicado: ¢1.808.345,05.
Posiciones adjudicadas: 18, 20, 22, 34 y 38.
Grupo
Q Productos Automotrices S. A., cédula jurídica 3-101-002011.—(Oferta Nº 3).
Monto total adjudicado: $2.905,00.
Posiciones adjudicadas: 21 y 26.
Indianápolis
S. A., cédula jurídica Nº 3-101-044039.—(Oferta Nº 4).
Monto total adjudicado: $1.100,00.
Posición adjudicada: 48.
Servicios
Unidos S. A., cédula jurídica 3-101-003073.—(Oferta Nº 5).
Monto total adjudicado: $349.649,00.
Posiciones adjudicadas: 4, 5, 6, 8, 9, 10, 11 y 12.
Recauchadora
Gigante S. A., cédula jurídica 3-101-014717.—(Oferta Nº 6).
Monto total adjudicado: $42.613,75.
Posiciones adjudicadas: 2, 7, 13, 14, 15, 17, 19, 23, 24, 25, 27, 28, 29, 30, 32, 33, 35, 36, 37, 39, 40, 41, 42, 43 y 46.
Tecnillantas
S. A., cédula jurídica 3-101-039604.—(Oferta Nº 7).
Monto total adjudicado: $6.901,13
Posiciones adjudicadas: 3, 31 y 44.
Las posiciones 1, 16, 45 y 47 se declaran infructuosas por falta de oferentes.
San José, 28 de agosto del 2009.—Heidy Román Ovares, Subproveedora Institucional.—1 vez.—(O C Nº 93993).—(Solicitud Nº 12335).—C-41270.—(76637).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2008LN-000031-01
Contratación de los servicios de: 1- Recolección
de depósitos a cuenta
en el domicilio de clientes dentro de la Gran Área
Metropolitana,
2. Recolección de depósitos a cuenta en el domicilio de
clientes
fuera de la Gran Área Metropolitana, 3- Transporte y
entrega
de remesas de dinero en el domicilio de clientes dentro
de la
Gran Área Metropolitana, y 4- transporte y entrega de
remesas de dinero en el domicilio de clientes
fuera de la Gran Área Metropolitana
Se comunica a los interesados de esta Licitación Pública Nacional, que el Comité de Licitaciones en el artículo 6 de la Sesión Ordinaria Nº 964-2009, celebrada el 11 de agosto del 2009, y ratificada por la Gerencia General el 20 de agosto del 2009, acordó:
Adjudicar la Licitación Pública Nacional 2008LN-000031-01, promovida para la “Contratación de los servicios de: 1- Recolección de depósitos a cuenta en el domicilio de clientes dentro de la Gran Área Metropolitana, 2. Recolección de depósitos a cuenta en el domicilio de clientes fuera de la Gran Área Metropolitana, 3- Transporte y entrega de remesas de dinero en el domicilio de clientes dentro de la Gran Área Metropolitana, y 4- transporte y entrega de remesas de dinero en el domicilio de clientes fuera de la Gran Área Metropolitana”, a la oferta presentada para los cuatro ítemes a la empresa Securicor Segura S. A., por un monto total unitario por ítem desglosado de la siguiente manera:
Primer ítem global: ¢7.300,00 x evento
Primer ítem exclusivo: ¢10.950,00 x evento
Segundo ítem global: ¢722,00 x km
Segundo ítem exclusivo: ¢900,00 x km
Tercer ítem: ¢7.300,00 x evento
Cuarto ítem: ¢722,00 x kilómetro
Cuando el adjudicatario se presente a firmar el contrato, deberá presentar una garantía de cumplimiento vigente por un monto fijo de US$50.000,00 (cincuenta mil dólares americanos) por cada ítem adjudicado. La misma deberá comenzar a regir a partir de la fecha de firma del contrato y deberá tener una vigencia mínima de hasta cuarenta (42) días hábiles posteriores a la finalización del contrato a entera satisfacción del Banco. En caso de prorrogarse la contratación el adjudicatario deberá prorrogar la garantía de cumplimiento hasta cubrir el plazo mínimo indicado en el párrafo anterior.
Dicha garantía debe ser rendida en la misma moneda en la cual se cotizó por parte del adjudicatario, al amparo de lo previsto en el artículo 42 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, salvo las garantías rendidas mediante depósito en efectivo o transferencia, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en dicha norma para tal modalidad.
Se recuerda a todos los oferentes que en caso de presentar bonos o certificados, éstos se recibirán por su valor de mercado y deberán acompañarse de una estimación efectuada por un operador de alguna de las bolsas de valores legalmente reconocidas. Se exceptúan de la obligación de presentar esta estimación, los certificados de depósito a plazo emitidos por los Bancos Estatales, cuyo vencimiento ocurra dentro del mes siguiente a la fecha en que se presenta.
En cumplimiento de la Directriz UIM/046/06/2000 de la Bolsa Nacional de Valores, cuando la garantía sea rendida con títulos o valores que posean cupones, con el fin de asegurar la ejecución del documento deberán entregarse junto con el documento principal los citados cupones para que se tenga por bien rendida la garantía. No obstante no se reconocerán intereses por las garantías mantenidas en depósito por El Banco, sin embargo los que devenguen los títulos hasta el momento en que se ejecuten, pertenecen a su legítimo dueño o depositante.
En caso de incumplimiento con la fecha de inicio fijada para la prestación de los servicios de recolección de depósitos, transporte y entrega de remesas de dinero, el Banco cobrará una multa de un monto fijo de US$520,85 por cada día natural de atraso. Esta multa se tomará hasta lograr un monto de US$6.250,00, luego de lo cual se tendrá por incumplido el contrato por parte del adjudicatario sin responsabilidad para el Banco. Toda suma por cobrar al adjudicatario por concepto de multa, será rebajada por el Banco de las facturas presentadas al cobro.
Para el ítem 1:
Cuando se presente un atraso en la recolección en el domicilio del cliente y entrega de depósitos recolectados en el Banco (naturaleza global y exclusiva), el Banco penalizará a La Contratista con un 5% del costo facturado por el servicio brindado en el mes que se presentó el incumplimiento, por cada hora de atraso acumulada hasta un máximo del 25% del costo total del servicio, luego de lo cual se tendrá por incumplido el contrato por parte de la contratista sin responsabilidad para el Banco. La Contratista acepta que toda suma por concepto de esta multa será deducida de las facturas presentadas al cobro.
Para determinar los atrasos o incumplimientos en los horarios se tomará como válida la hora entrada anotada en la guía de conducción de valores, tanto en el punto de recibo (domicilio del cliente) como en el punto de entrega (Banco). El reloj que se establecerá para determinar las horas de recolección de los depósitos de los clientes y las entregas en el Banco será el Reloj del Sistema de Anuncio horario establecido por el Instituto Costarricense de Electricidad.
Para el ítem 2:
Cuando se presente un atraso en la recolección en el domicilio del cliente y entrega de depósitos recolectados en el Banco (naturaleza global y exclusiva), el Banco penalizará a La Contratista con un 5% del costo facturado por el servicio brindado en el mes que se presentó el incumplimiento, por cada hora de atraso acumulada hasta un máximo del 25% del costo total del servicio, luego de lo cual se tendrá por incumplido el contrato por parte de la contratista sin responsabilidad para el Banco. La Contratista acepta que toda suma por concepto de esta multa será deducida de las facturas presentadas al cobro.
Para determinar los atrasos o incumplimientos en los horarios se tomará como válida la hora entrada anotada en la guía de conducción de valores, tanto en el punto de recibo (domicilio del cliente) como en el punto de entrega (Banco). El reloj que se establecerá para determinar las horas de recolección de los depósitos de los clientes y las entregas en el Banco será el Reloj del Sistema de Anuncio horario establecido por el Instituto Costarricense de Electricidad.
Para el ítem 3:
Cuando se presente un atraso en la entrega de remesas en el domicilio del cliente, así como en el horario establecido para el retiro de las mismas en el Banco, se penalizará a La Contratista con un 5% del costo facturado por el servicio brindado en el mes que se presentó el incumplimiento, por cada hora de atraso acumulada hasta un máximo del 25% del costo total del servicio, luego de lo cual se tendrá por incumplido el contrato por parte de la contratista sin responsabilidad para el Banco. La Contratista acepta que toda suma por concepto de esta multa será deducida de las facturas presentadas al cobro.
Para determinar los atrasos o incumplimientos en los horarios se tomará como válida la hora entrada anotada en la guía de conducción de valores, tanto en el punto de recibo (domicilio del cliente) como en el punto de entrega (Banco). El reloj que se establecerá para determinar las horas de recolección de las remesas de los clientes y las entregas en el Banco será el Reloj del Sistema de Anuncio horario establecido por el Instituto Costarricense de Electricidad.
Para el ítem 4:
Cuando se presente un atraso en la entrega de remesas en el domicilio del cliente, así como en el horario establecido para el retiro de las mismas en el Banco, se penalizará a La Contratista con un 5% del costo facturado por el servicio brindado en el mes que se presentó el incumplimiento, por cada hora de atraso acumulada hasta un máximo del 25% del costo total del servicio, luego de lo cual se tendrá por incumplido el contrato por parte de la contratista sin responsabilidad para el Banco. La Contratista acepta que toda suma por concepto de esta multa será deducida de las facturas presentadas al cobro.
Para determinar los atrasos o incumplimientos en los horarios se tomará como válida la hora entrada anotada en la guía de conducción de valores, tanto en el punto de recibo (domicilio del cliente) como en el punto de entrega (Banco). El reloj que se establecerá para determinar las horas de recolección de las remesas de los clientes y las entregas en el Banco será el Reloj del Sistema de Anuncio horario establecido por el Instituto Costarricense de Electricidad.
De no existir facturas, los montos adeudados deberán ser cancelados en la oficina de Proveeduría en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles posteriores al comunicado por parte del Banco, bajo el entendido que de no cumplirse con tal pago en el plazo establecido, el Banco podrá tener por incumplido el contrato sin responsabilidad de su parte. De ser insuficientes los montos de las facturas restantes de pago, las multas serán rebajadas de la garantía de cumplimiento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Lo anterior, sin perjuicio del derecho del Banco de recurrir a los Tribunales para resarcirse de cualquier costo en que pudiera incurrir, así como el pago de daños y perjuicios que le fueren ocasionados en virtud de dicho atraso o falta, e iniciar el debido proceso para sancionar al adjudicatario como proveedor del Banco.
La Uruca, San José, 04 de setiembre del 2009.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—(O C Nº 1-2009).—(Solicitud Nº 123).—C-90020.—(76836).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-005011-01
Adquisición de partes y componentes para
equipos CISCO
El Banco de Costa Rica comunica a los interesados en la contratación en referencia que la Comisión de Contratación Administrativa en Reunión 34-2009 CCADTVA del 27 de agosto del 2009, resolvió adjudicar dicho concurso a la empresa DESCA S & S Centroamérica S. A., por un monto total de US$194.729,69 i.v.i., con un plazo entrega de 45 días hábiles, la garantía será cubierta por SMARNET que ya posee el Banco.
Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S., Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 58243).—(Solicitud Nº 26216).—C-7520.—(76872).
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000012-99999
(Resolución de adjudicación Nº 038)
Remodelación en instalaciones de los
centros universitarios
de la UNED en Ciudad Neily y Guápiles
La Universidad Estatal a Distancia (UNED), comunica a los interesados en la presente Licitación, que el Consejo de Rectoría, en sesión Nº 1596-2009, art. III, inciso 19, celebrada el 24 de agosto del 2009, acordó:
Avalar la recomendación de la Comisión de Licitaciones y adjudicar la Licitación Abreviada 2009LA-000012-99999, “Remodelación en instalaciones de los centros universitarios de la UNED en ciudad Neily y Guápiles”, de la siguiente manera:
1. Dejar fuera de concurso, las ofertas presentadas por las empresas Instalaciones GB, S. A., y Sistemas Estructurados, S. A., por cuanto no presentaron la información relativa al desglose porcentual de los costos, para el cálculo correspondiente del reajuste de precios, omisión que según el cartel no es subsanable.
2. Dejar fuera de concurso, la oferta presentada por la empresa Asesoría y Capacitación MB, S. A., por incumplir con el plazo de vigencia de la misma, en más de un 80% con respecto a la vigencia establecida en el cartel.
3. Adjudicar la Licitación Abreviada 2009LA-000012-99999 “Remodelación en instalaciones de los Centros Universitarios de la UNED en Ciudad Neily y Guápiles, con base en lo indicado en la recomendación y la evaluación respectiva, de la siguiente manera:
a. A la empresa Constructora Francisco Adolfo Muñoz y Asociados Ltda., el siguiente ítem:
Ítem 1:
Remodelación en instalaciones del Centro Universitario de la UNED en Ciudad Neily.
Monto de la oferta: ¢8.973.613,92.
Monto total adjudicado: ¢8.973.613,92.
Plazo de entrega: 22 días naturales.
b. A la empresa Multiservicios Remodel S. A., el siguiente ítem:
Ítem 2:
Remodelación en Centro Universitario de Guápiles.
Monto de la oferta: ¢12.712.554,40.
Monto total adjudicado: ¢12.712.554,40.
Plazo de entrega: 32 días naturales.
Sabanilla, 31 de agosto del 2009.—Oficina de Contratación y Suministros.—MBA. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—(76854).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2009LA-000010-99999
(Resolución de adjudicación Nº 037)
Construcción del edificio para la
Vicerrectoría de Investigación
La Universidad Estatal a Distancia (UNED), comunica a los interesados en la presente Licitación, que el Consejo de Rectoría, en sesión Nº 1596-2009, Art. III, inciso 20, celebrada el 24 de agosto del 2009, acordó:
Avalar la recomendación de la Comisión de Licitaciones, y adjudicar la Licitación Abreviada 2009LA-000010-99999, “Construcción del edificio para la Vicerrectoría de Investigación”, de la siguiente manera:
1. Dejar fuera de concurso la oferta presentada por la empresa Mavacon, S. A., por obtener resultados negativos con respecto a lo solicitado en el cartel, en las razones financieras establecidas como requisitos de admisibilidad para los periodos 2007 y 2008.
2. Dejar fuera de concurso las ofertas presentadas por las empresas: Desarrollos Urbanísticos Almada S. A., Arrendamientos Fabriles S.A., y Edificaciones y Pinturas de C. R., S. A., por no atender en tiempo y forma las prevenciones de subsanación solicitadas.
3. Adjudicar la Licitación Abreviada 2009LA-000010-99999 “Construcción del edificio para la Vicerrectoría de Investigación”, con base en lo indicado en la recomendación y la evaluación respectiva, de la siguiente manera:
a. A la empresa Constarq S. A., el siguiente ítem:
Ítem único:
Un edificio para la Vicerrectoría de Investigación.
Monto de la oferta: ¢56.581.996,00.
Monto total adjudicado: ¢56.581.996,00.
Plazo de entrega: 90 días naturales.
Sabanilla, 31 de agosto del 2009.—Oficina de Contratación y Suministros.—MBA. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—(76855).
LICITACIÓN ABREVIADA
2009LA-000013-99999
(Resolución de adjudicación Nº 039)
Compra de materiales de limpieza
La Universidad Estatal a Distancia (UNED), comunica a los interesados en la presente Licitación, que el Consejo de Rectoría, en sesión Nº 1596-2009, art. III, inciso 17, celebrada el 24 de agosto del 2009, acordó:
Avalar la recomendación de la Comisión de Licitaciones, y adjudicar la Licitación Abreviada 2009LA-000013-99999, “Compra de materiales de limpieza”, de la siguiente manera:
1. Declarar desiertos los ítemes 4 y 6, por motivos de interés institucional, en virtud de que las ofertas que potencialmente podían resultar adjudicatarias, ofertan productos sin marca, y con una diferencia de precios considerable, con respecto al resto de las ofertas.
2. Dejar fuera de concurso la oferta presentada por la empresa Interquin de Grecia, S. A., por incumplir el plazo de entrega solicitado en el cartel.
3. Dejar fuera de concurso la oferta presentada por la empresa Distribuidora Mundial Industrial, D.M.I, S. A., por ofrecer una vigencia menor al 80% de la solicitada en el cartel.
4. Dejar fuera de concurso la oferta presentada por la empresa Sur Química, S. A., por incumplir el plazo de entrega solicitado en el cartel.
5. Dejar fuera de concurso la oferta presentada por la empresa Ferva del Norte, S. A., por incumplir el plazo de entrega solicitado en el cartel.
6. Dejar fuera de concurso la oferta presentada por la empresa Comercializadora AT del Sur, S. A., para el ítem 6, Cera Cremosa, por incumplir la especificación técnica solicitada en el cartel, en cuanto a esto último, ser cremosa.
7. Dejar fuera de concurso la oferta presentada por la empresa Centro Textil José Befeler, S. A., para el ítem 10, Pastillas Sani Odor, por incumplir la especificación técnica solicitada en el cartel, relativa al peso por unidad.
8. Dejar fuera de concurso las ofertas presentadas por la empresa Inversiones La Rueca, S. A., para los ítemes 12 y 22, escoba corriente y limpión corriente, respectivamente, por incumplir la especificaciones técnicas solicitadas en el cartel, relativa a las medidas de los mismos, para ambos casos.
9. Dejar fuera de concurso la oferta presentada por la empresa Medical Works Ltda., para el ítem 27, palo de piso de prensa, por incumplir la especificación técnica solicitada en el cartel, relativa a las medidas del mismo.
10. Dejar fuera de concurso la oferta presentada por la empresa Mora Soto y Cía S. A., para el ítem 28, señales de precaución, por incumplir la especificación técnica solicitada en el cartel, relativa a las medidas de las mismas.
11. Adjudicar la Licitación Abreviada 2009LA-000013-99999, “Compra de materiales de limpieza”, con base en lo indicado en la recomendación y la evaluación respectiva, de la siguiente manera:
a. A la empresa Agroinduchen S. A., los siguientes ítemes:
Ítem 5
1000 galones abrillantador antideslizante, contiene en su formulación un agradable aroma que perfuma el ambiente no da color a los pisos, únicamente da un brillo intenso cristalino, tiene una concentración de 5% sólidos lo cual la hace excelente para aplicar en condiciones de tráfico severas. Mantiene un acabado duradero y brillante, marca Acrysol (M006), fabricado en Costa Rica. Empaque en cajas con 4 galones cada una.
Precio unitario: $2.89
Precio total: $2.890.00
Ítem 25
50 unidades Pad’s para cepillo 17”, marca Américo, colores: blanco, rojo, negro, verde o azul.
Precio unitario: $5.00
Precio total: $250.00
Monto adjudicado a la empresa Agroinduchen S. A., $3.150.00.
Tiempo de entrega: 10 días naturales.
b. A la empresa Reciclaje Luna S. A., el siguiente ítem:
Ítem 3
1000 kilos bolsas plásticas para basura gigantes de un metro de ancho x 1,5 mt de alto, color negro.
Precio unitario: ¢875,00.
Precio total: ¢875.000,00.
Monto adjudicado a la empresa Reciclaje Luna S. A., ¢875.000,00.
Tiempo de entrega: 10 días naturales.
c. A la empresa Mora Soto y Cía, S. A., los siguientes ítemes:
Ítem 7:
150 unidades basurero rectangular medida de 28,9x21x30,8 cms, capacidad de 26 ltrs, material plástico. Código 68-2956. Marca Rubbermaid.
Precio unitario: ¢3.130,00.
Precio total: ¢469.500,00.
Ítem 18
1500 unidades burbuja de jabón líquido para manos de 800 ml para ser utilizado en dispensador, empacadas en cajas de 12 unidades. Marca Sabo. Se donarán hasta 30 dipensadores.
Precio unitario: ¢1.432,00.
Precio total: ¢2.148.000,00.
Ítem 24
500 unidades desodorante ambiental en aerosol de 590 ml, varios y agradables aromas, empacado en cajas de 12 unidades. Marca Sabo.
Precio unitario: ¢1.030,00.
Precio total: ¢515.000,00.
Monto adjudicado a la empresa Mora Soto y Cía S. A., ¢3.132.500,00.
Tiempo de entrega: 10 días naturales.
d. A la empresa Medical Works, Ltda., los siguientes ítemes:
Ítem 20
700 unidades limpiador de muebles con atomizador, de 250 ml con un mínimo de 25% de sólidos. Silicón abrillantador. Marca: Disilic-DH.
Precio unitario: ¢740,00.
Precio total: ¢518.000,00.
Ítem 21
350 unidades limpiador de vidrios líquido con atomizador de 250 ml, marca: Diglas-DH.
Precio unitario: ¢345,00.
Precio total: ¢120.750,00.
Ítem 26
200 unidades palas para basura, medidas aproximadas alto 8.5 cm, ancho 23 cm, profundidad 22.5 cm, los palos con una altura de 79 cms. Marca AyB.
Precio unitario: ¢605,00.
Precio total: ¢121.000,00.
Monto adjudicado a la empresa Medical Works, Ltda., S. A., ¢759.750,00.
Tiempo de entrega: 10 días naturales.
e. A la empresa Memoris Forever S. A., los siguientes ítemes:
Ítem 8
1200 galones cloro al 3%, en cajas de 4 galones. Marca: Goyca.
Precio unitario: ¢600,00.
Precio total: ¢720.000,00.
Ítem 9
2000 galones desinfectante líquido neutralizador de olores, bactericida en diferentes aromas. En cajas de 4 galones. Marca: Goyca.
Precio unitario: ¢700,00.
Precio total: ¢1.400.000,00.
Ítem 11
132 unidades escoba pequeña para limpieza de alfombras o sacudir muebles.
Precio unitario: ¢425,00.
Precio total: ¢56.100,00.
Ítem 12
204 unidades escoba corriente de nylon, con palo, con las medidas: largo 360 mm, ancho 120 mm, alto 125 mm, plumado 15 mm.
Precio unitario: ¢1.075,00.
Precio total: ¢219.300,00.
Ítem 17
1000 kilos jabón detergente polvo kilo. En paq. 25 unds. c/ paquete debidamente rotulado, con indicación de la marca e información general del producto. Marca: Goyca.
Precio unitario: ¢540,00.
Precio total: ¢540.000,00.
Ítem 19
1000 cajitas lavaplatos de 450 gramos, en cajas de 18 unidades. Marca: Goyca.
Precio unitario: ¢388,00.
Precio total: ¢388.000,00.
Monto adjudicado a la empresa Memoris Forever, S. A., ¢3.323.400,00.
Tiempo de entrega: 10 días naturales.
f. A la persona física José Manuel Brenes Madrigal, el siguiente ítem:
Ítem 23
1000 unidades Mecha de algodón Nº 34.
Precio unitario: ¢560,00.
Precio total: ¢560.000,00.
Monto adjudicado a José Manuel Brenes Madrigal, ¢780.000,00.
Tiempo de entrega: 10 días naturales.
g. A la empresa Centro Textil José Befeler S. A., el siguiente ítem:
Ítem 15
700 unidades guantes de hule, 50% talla L y 50% talla M. Color amarillo, interior afelpado, antialérgicos REF: 70052. Marca: Virutex. Fabricante: IIko, país de origen: Chile.
Precio unitario: $0.80
Precio total: $560.00
Monto adjudicado a la empresa Centro Textil José Befeler, S. A., $560.00.
Tiempo de entrega: 9 días naturales.
h. A la empresa Inversiones La Rueca S. A., los siguientes ítemes:
Ítem 01
750 tarros Ajax en polvo en tarros de 600 gramos, empacado en cajas de 24 unidades.
Precio unitario: ¢1.033,00.
Precio total: ¢774.750,00.
Ítem 02
90 unidades baldes plásticos, de 20 litros.
Precio unitario: ¢1.500,00.
Precio total: ¢135.000,00.
Ítem 10
3200 unidades pastillas sanitap de 60 gramos, en cajas de 48 unidades.
Precio unitario: ¢192,00
Precio total: ¢614.400,00
Ítem 14
300 metros Franela, doble ancho.
Precio unitario: ¢1.741,00
Precio total: ¢522.300,00
Ítem 16
200 unidades hisopos para inodoro, en cajas de 12 unidades.
Precio unitario: ¢344,00
Precio total: ¢68.800,00
Monto adjudicado a la empresa Inversiones La Rueca, S. A., ¢2.115.250,00.
Tiempo de entrega: 8 días hábiles.
i. A la persona física Nelson Armando Carazo Guillén, los siguientes ítemes:
Ítem 27
50 unidades de palo piso de prensa, largo 158 cm, ancho 185 mm, en material PBC y el palo en aluminio.
Precio unitario: ¢9.740,00
Precio total: ¢487.000,00
Ítem 28
50 unidades de señales de precaución en limpieza, con una medida de 70 a 85 cms de alto.
Precio unitario: ¢7.800,00
Precio total: ¢390.000,00
Monto adjudicado a Nelson Armando Carazo Guillén, ¢877.000,00.
Tiempo de entrega: 10 días naturales.
j. A la empresa Comercializadora AT del Sur S. A., los siguientes ítemes:
Ítem 13
650 unidades esponja sintética, 15x10 cms, cajas de 100 unidades. Marca Contraste.
Precio unitario: ¢110,00.
Precio total: ¢71.500,00.
Ítem 22
1000 unidades limpión corriente para cocina en tela de paño de 40 cms x 50 cms.
Precio unitario: ¢360,00.
Precio total: ¢360.000,00.
Monto adjudicado a la empresa Comercializadora AT del Sur S.A. ¢431.500,00.
Tiempo de entrega: 10 días naturales.
Sabanilla, 31 de agosto del 2009.—Oficina de Contratación y Suministros.—MBA. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—(76858).
DEPARTAMENTO DE APROVISIONAMIENTO
REMATE Nº 01-2009 (Declaratoria de infructuoso)
Equipo de cómputo
El Lic. Walter Sequeira Fallas, Director del Departamento de Aprovisionamiento del Instituto Tecnológico de Costa Rica, resuelve declarar infructuoso el Remate Nº 01-2009: “Equipo de cómputo”.
Por la no presentación de oferentes.
Cartago, 01 de setiembre del 2009.—Lic. Walter Sequeira Fallas, Director.—1 vez.—(O C Nº 1219).—(Solicitud Nº 14460).—C-7520.—(76832).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2009LN-000005-PROTURISMO
Adquisición de nueve grupos electrógenos
para Los Pozos del
Acueducto del Polo Turístico Golfo Papagayo Norte y Sur
La Proveeduría del Instituto Costarricense de Turismo debidamente autorizada, comunica a todos los interesados en la Licitación Pública Nacional 2009LN-000005-PROTURISMO “Adquisición de nueve grupos electrógenos para los pozos del acueducto del polo turístico Golfo Papagayo Norte y Sur” que mediante oficio G-2053-2009 del 31 de agosto del 2009, emitido por el Licenciado Allan Flores Moya, Gerente General, se adjudica dicha licitación a la empresa Propace Ingeniería S. A., por un monto total de $188.167,00 (ciento ochenta y ocho mil ciento sesenta y siete colones) exento del impuesto de ventas, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 6758, Ley Reguladora del Desarrollo y Ejecución del Proyecto Turístico Golfo Papagayo del 06 de mayo de 1982 y de acuerdo con las características de contratación establecidas.
San José, 01 de setiembre del 2009.—Lic. Alcides Mora Sánchez, Líder Proceso Administrativo.—1 vez.—(O. C. Nº 12022).—(Solicitud Nº 12920).—C-15770.—(76873).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000003-01
Precalificación de servicios
profesionales
especializados en topografía y agrimensura
El Instituto de Desarrollo Agrario comunica que con fundamento en el acuerdo tomado por la Junta Directiva en el artículo Nº 9 de la sesión ordinaria 029-2009, celebrada el 24 de agosto del 2009, la Licitación Pública Nº 2009LN-000001-01 denominada “Precalificación de servicios profesionales especializados en agrimensura y topografía”, se adjudicó de la siguiente forma:
Oferta Nº Oferentes Cédula
Nº
5 DEHC Ingenieros Consultores S. A. C. JUR. 3-101-020869
4 Consultopo Ingeniería S. A C. JUR. 3-101-113548
9 Topografía S. A. C. JUR.
3-101-026663
Profesionales
independientes:
7 Luis Andrés Castresana Chaves C. IDENT. 1-443-111
6 Greivin Chacón Ramírez C. IDENT. 2-518-552
1 Consorcio:
Ricardo Moreno Aguino C. IDENT. 8-077-133
German Sánchez Mora C. IDENT. 1-586-485
Contratación y Suministros.—Rafael Fernández Bolaños, Jefe.—1 vez.—(76830).
El Instituto de Desarrollo Agrario comunica la adjudicación de los siguientes procesos de contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000040-02
Construcción de Centro de Procesamiento y Mercadeo de
Alimentos
(CEPROMA)
en el Asentamiento Campesino El Progreso,
Dirección Brunca, Oficina Subregional Pérez Zeledón
Adjudicar a favor de la oferta presentada por Constructora Francisco Adolfo Muñoz y Asociados Limitada, cédula jurídica 3-102-222794, por un monto de ¢58.939.815,52 (cincuenta y ocho millones novecientos treinta y nueve mil ochocientos quince colones con 52/100), con un plazo de ejecución total de 75 días naturales, según acuerdo de junta directiva Nº 13, sesión ordinaria 030-2009, de 30 de agosto del 2009.
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LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000041-02
Construcción de Centro de Procesamiento y Mercadeo de
Alimentos
(CEPROMA)
en el Asentamiento Campesino La Palma,
Dirección
Brunca, Oficina Subregional Osa
Adjudicar a favor de la oferta presentada por Constructora Francisco Adolfo Muñoz y Asociados Limitada, cédula jurídica 3-102-222794, por un monto de ¢58.939.815,52 (cincuenta y ocho millones novecientos treinta y nueve mil ochocientos quince colones con 52/100), con un plazo de ejecución total de 75 días naturales, según acuerdo de junta directiva Nº 13, sesión ordinaria 030-2009, de 30 de agosto del 2009.
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LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000042-02
Construcción de Centro de Procesamiento y Mercadeo de
Alimentos
(CEPROMA)
en el Asentamiento Campesino SANSI,
Dirección
Brunca, Oficina Subregional Coto Brus
Adjudicar a favor de la oferta presentada por Constructora Francisco Adolfo Muñoz y Asociados Limitada, cédula jurídica 3-102-222794, por un monto de ¢54.885.779,52 (cincuenta y cuatro millones ochocientos ochenta y cinco mil setecientos setenta y nueve colones con 52/100), con un plazo de ejecución total de 75 días naturales, según acuerdo de junta directiva Nº 13, sesión ordinaria 030-2009, de 30 de agosto del 2009.
————
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000043-02
Construcción de Centro de Procesamiento y Mercadeo de
Alimentos
(CEPROMA)
en el Asentamiento Campesino LAKY, Dirección
Heredia,
Oficina Subregional La Virgen
Adjudicar a favor de la oferta presentada por Construcciones Levell Brown Limitada, cédula jurídica 3-102-164182, por un monto de ¢65.300.000,00 (sesenta y cinco millones trescientos mil colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 75 días naturales, según acuerdo de junta directiva Nº 13, sesión ordinaria 030-2009, de 30 de agosto del 2009.
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000044-02
Construcción de Centro de Procesamiento y Mercadeo de
Alimentos
(CEPROMA)
en el Asentamiento Campesino Valle Real (Tulio Vega),
Dirección
Chorotega, Oficina Subregional Liberia
Adjudicar a favor de la oferta presentada por Constructora Céspedes y Cortés de Esparza S. A. cédula jurídica 3-101-204677, por un monto de ¢69.861.970,00 (sesenta y nueve millones ochocientos sesenta y un mil novecientos setenta colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 75 días naturales, según acuerdo de junta directiva Nº 13, sesión ordinaria 030-2009, de 30 de agosto del 2009.
————
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000047-02
Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino San
Isidro
II,
Dirección Central, Oficina Subregional Cartago
Adjudicar a favor de la oferta presentada por Macoma S. A., cédula jurídica 3-101-098057, por un monto de ¢71.625.459,25 (setenta y un millones seiscientos veinticinco mil cuatrocientos cincuenta y nueve colones con 25/100), con un plazo de ejecución total de 42 días naturales, según acuerdo de junta directiva Nº 12, sesión ordinaria 030-2009, de 30 de agosto del 2009.
————
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000048-02
Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino Las
Camotas,
Dirección Central, Oficina Subregional Grecia
Adjudicar a favor de la oferta presentada por Rigoberto Rivera López y Hermanos S. A., cédula jurídica 3-101-052942, por un monto de ¢48.207.000,00 (cuarenta y ocho millones doscientos siete mil colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 25 días naturales, según acuerdo de junta directiva Nº 12, sesión ordinaria 030-2009, de 30 de agosto del 2009.
————
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000053-02
Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino El
Millón,
Dirección Huetar Atlántica, Oficina Subregional Cariari
Adjudicar a favor de la oferta presentada por Secoya de Cartago SRL, cédula jurídica 3-102-150063, por un monto de ¢63.938.203,00 (sesenta y tres millones novecientos treinta y ocho mil doscientos tres colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 35 días naturales, según acuerdo de junta directiva Nº 12, sesión ordinaria 030-2009, de 30 de agosto del 2009.
————
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000056-02
Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino San
Blas,
Dirección
Huetar Norte, Oficina Subregional Upala
Adjudicar a favor de la oferta presentada por Tajo Zamsi S. A., cédula jurídica 3-101-117900, por un monto de ¢51.605.125,00 (cincuenta y un millones seiscientos cinco mil ciento veinticinco colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 35 días naturales, según acuerdo de junta directiva Nº 12, sesión ordinaria 030-2009, de 30 de agosto del 2009.
————
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000059-02
Construcción de un aula escolar en el Asentamiento
Campesino
Queroga, Dirección Pacífico Central,
Oficina
Subregional Orotina
Adjudicar a favor de la oferta presentada por Diseños y Estructuras Hidalgo S. A., cédula jurídica 3-101-417011, por un monto de ¢11.986.150,00 (once millones novecientos ochenta y seis mil ciento cincuenta colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 40 días naturales, según acuerdo de junta directiva Nº 12, sesión ordinaria 030-2009, de 30 de agosto del 2009.
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LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000060-02
Construcción de paso de alcantarilla con cabezales de
concreto en el
Asentamiento
Campesino Cebadilla, Dirección Pacífico Central,
Oficina
Subregional Orotina
Adjudicar a favor de la oferta presentada por MA Constructores S.A., cédula jurídica 3-101-163300, por un monto de ¢6.709.300,00 (seis millones setecientos nueve mil trescientos colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 20 días naturales, según acuerdo de junta directiva Nº 12, sesión ordinaria 030-2009, de 30 de agosto del 2009.
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000061-02
Construcción de local turístico y una batería sanitaria
en el
Asentamiento
Campesino La Lucha, Dirección Huetar
Atlántica, Oficina Subregional Cariari
Adjudicar a favor de la oferta presentada por Servicios Javeda S.A., cédula jurídica 3-101-376638, por un monto de ¢16.907.746,00 (dieciséis millones novecientos siete mil setecientos cuarenta y seis colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 60 días naturales, según acuerdo de junta directiva Nº 12, sesión ordinaria 030-2009, de 30 de agosto del 2009.
Área de Contratación y
Suministros.—Rafael Fernández Bolaños.—1 vez.—(76831).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000029-01
Compra de equipo para serigrafía
La Comisión Local, en sesión 32-2009, artículo II, celebrada el 01 de setiembre del 2009, acuerda adjudicar la licitación en referencia en los siguientes términos:
• Adjudicar las líneas 2-4-5-6, a la oferta 1 de la empresa Serigráficos Suretka S. A., por un monto de $22.209,15; por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable.
• Adjudicar la línea 7, a la oferta 2 de la empresa ATM Comercial S.A., por monto de $5.720,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable.
• Declarar infructuosas las líneas Nº 1, por falta de oferentes y la Nº 3, por incumplimientos técnicos y precio elevado.
Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—(O. C. Nº 20208).—(Solicitud Nº 28257).—C-11270.—(76866).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2009LA-000045-01
Simuladores navales para entrenamiento
en telecomunicaciones
marítimas (Unidad móvil para capacitación en operador
restringido del SMSSN)
La Comisión Local, en sesión 32-2009, artículo I, celebrada el 01 de setiembre del 2009, acuerda adjudicar la licitación en referencia en los siguientes términos:
• Adjudicar la línea (única), a la oferta Nº 1 (única) de la empresa CANTÁBRICA, Consultores Marítimos SA (CANCOMAR), por un monto de $76.316,25, por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable.
San José, 01 de setiembre del 2009.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—(O. C. Nº 20208).—(Solicitud Nº 28257).—C-9020.—(76867).
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000021-01
Adquisición e instalación de juegos
infantiles
en madera para el distrito San Rafael
La Municipalidad de Alajuela informa a los interesados en la referida Licitación que la Alcaldía Municipal del cantón central de Alajuela, mediante Resolución de las nueve horas del día veinticuatro de agosto del dos mil nueve, resuelve adjudicar la supracitada licitación, a la empresa Enmaderas S. A., cédula jurídica Nº 3-101-357985, los siguientes ítems: Nº 1- Parque recreativo urbanización Los Portones, Nº 2-Parque Recreativo Urbanización Las Melisas, Nº 3- Parque recreativo Urbanización La Paz, Nº 4- Parque Recreativo Urbanización Calle Arriba y Nº 5- Parque Recreativo Urbanización San Gerardo, por un monto total de ¢7.400.000,00.
Lic. Giovanni Robles Rojas, Proveedor Municipal.—1 vez.—(76516).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2009LA-000028-01
Adquisición e implementación de una
solución
informática de calidad de datos
La Municipalidad de Alajuela informa a los interesados en la referida Licitación que el Concejo Municipal del cantón central de Alajuela, mediante el artículo Nº 2, Cap. V de la sesión ordinaria Nº 34- 09, celebrada por esta Corporación el martes 25 de agosto del presente año, resuelve adjudicar la supracitada licitación, a la empresa Base de Datos BD Consultores S. A., cédula jurídica Nº 3-101-205013, por un monto de $165.000,00, equivalente a ¢97.548.000,00 al tipo de cambio de venta de ¢591,20, del día 05 de agosto del 2009, de referencia del Banco Central de Costa Rica.
Lic. Giovanni Robles Rojas, Proveedor Municipal.—1 vez.—(76517).
MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO
COMPRA DIRECTA 2009CD-000355-01
Supervisor técnico de obras viales
La Municipalidad de Guácimo comunica que la Compra Directa 2009CD-000355-01 ha sido adjudicada a la empresa 3-101-524522 S. A., por un monto de ¢495.000,00, mensuales hasta el 31 de diciembre del 2009.
Departamento de Proveeduría.—Katty Lobo Rodríguez.—1 vez.—(76618).
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
LICITACIÓN PÚBLICA 2008LN-000013-0CV00
Suministro de puentes modulares metálicos
lanzables
Con ocasión de la licitación arriba indicada y publicación de adjudicación en La Gaceta 86 de 06 de mayo del 2009, al tenor de lo dispuesto en el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública, se hace la siguiente corrección:
Donde
dice:
Línea 2....para un total de $975.1800.00.
Léase
correctamente:
Línea 2...para un total de $975.180,00
Todo lo demás permanece igual.
San José, 31 de agosto del 2009.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Proveedor.—1 vez.—(O C Nº 138-09).—(Solicitud Nº 30245).—C-6820.—(76663).
MUNICIPALIDAD DE SANTA BÁRBARA
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000004-CL
Adquisición de una vagoneta de 12 metros
cúbicos de capacidad
volumétrica, totalmente nueva, año 2009
La Municipalidad de Santa Bárbara informa que debido a que está en proceso un recurso de objeción al cartel ante la Contraloría General de la República, se prorrogará el plazo para la recepción de ofertas de esta licitación por tanto, se estarán recibiendo ofertas por escrito para la adquisición de este equipo hasta las 10:00 horas de la mañana del día veintiocho (28) de setiembre del dos mil nueve (2009). Cualquier consulta a los teléfonos 2269-7073 / 2269-9081, ext. 06, fax: 2269-9368, correo electrónico munisaba@ice.co.cr.
Santa Bárbara, 31 de agosto del 2009.—Bach. Cynthia Salas Chavarría, Proveedora Municipal.—1 vez.—(76510).
MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO
La Municipalidad de Guácimo publica: En atención a las nuevas reformas introducidas por la actual Ley de Tránsito, se adiciona al contenido del artículo 6 del Reglamento para el uso, control y mantenimiento de vehículos de la Municipalidad de Guácimo, el siguiente texto de dicho ordinal, para que se lea de la forma siguiente:
Artículo 6º—Requisitos.
Cada vehículo para transitar requiere cumplir con los siguientes requisitos:
a) Estar debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad Mueble del Ministerio de Justicia y Gracia.
b) Portar el título de propiedad o bien una copia certificada.
c) Portar derecho de circulación al día.
d) Portar placa provisional o metálica.
e) Portar boleta de autorización de uso de vehículos, excepto si se trata de vehículos de uso discrecional.
f) Portar triángulos de seguridad, extintor de incendio, llave de ranas, gata hidráulica, llanta de repuesto, así como cualquier otra herramienta o accesorio exigido.
g) Estar rotulado con el emblema municipal.
h) Contar con las pólizas de seguros correspondientes.
i) Cualquier otro requisito exigido por la ley.
El conductor designado como responsable del vehículo, responderá por el uso de este, así como el uso y mantenimiento de las herramientas y accesorios del automotor, siendo que cuando concurra impericia, negligencia o descuido, por parte del funcionario responsable del vehículo, se procederá a instaurar el respectivo procedimiento disciplinario según lo estipula el artículo 150 siguientes y concordantes del Código Municipal, a fin de establecer las responsabilidades del caso.
(Acuerdo Nº 18. Aprobado en forma unánime, Sesión Ordinaria Nº 30-09, Acta Nº 40-09 celebrada el día 28 de julio del 2009).
Carmen D. Sequeira Gamboa, Secretaria del Concejo.—1 vez.—(75380).
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA
REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE LOS
CONSEJOS REGIONALES
CAPÍTULO
I
De la constitución, fines y de la Administración
de los
Consejos Regionales
Se establece el presente reglamento con el fin de regular la
operación de los Consejos Regionales que en adelante se denominara comisión de
Consejos Regionales.
SECCIÓN
I
De la Constitución
Artículo 1º—Se establece la Comisión de los Consejos
Regionales del Colegio de Contadores Privados de Costa Rica, en adelante
Comisión de Consejos Regionales, que será un enlace entre la Junta Directiva y
los Consejos Regionales.
Artículo
2º—La Comisión de Consejos Regionales actuará de acuerdo al Reglamento de
Comisiones. La Comisión de Consejos Regionales tendrá su domicilio en las
oficinas centrales del Colegio de Contadores Privados de Costa Rica, sita en
Calle Fallas de Desamparados, San José.
Además
podrá reunirse en cualquier sede regional según lo estipulado en el Reglamento
de Comisiones, cuando sea necesario, previa autorización de la Junta Directiva.
SECCIÓN
II
De los fines
Artículo 3º—Tendrá los siguientes fines.
Promover la formación consolidación y desarrollo de los
Consejos Regionales y coordinar la educación del Colegiado.
b. Velar por el buen
cumplimiento de los fines y propósitos de los Consejos Regionales y coordinar
con las unidades administrativas del Colegio la expedición de trámites y
programas de dichos consejos.
c. Cualquier otro que
le sea encomendado por las Leyes, Reglamentos, o acuerdos de Asamblea y Junta
Directiva del Colegio.
Artículo 4º—La comisión de Consejos Regionales estará integrada por un máximo de siete miembros y ejecutará sus funciones en concordancia con el Reglamento de Comisiones de Trabajo.
Artículo
5º—La comisión de Consejos Regionales sesionará ordinariamente dos veces al mes
y extraordinariamente cuando las circunstancias así lo ameriten, previa
autorización de la Junta Directiva y sus miembros tendrán la obligación de
asistir a todas las sesiones, ya sean ordinarias o extraordinarias.
La
ausencia inmotivada de cualquiera de los miembros de la Comisión de Consejos
Regionales a tres sesiones ordinarias consecutivas o a cinco en el término de
cuatro meses, previa audiencia al interesado, dará lugar a su separación
temporal como integrante de la Comisión.
Artículo
6º—Los miembros de la Comisión de Consejos Regionales, devengarán dieta de
acuerdo con lo estipulado, y al presupuesto asignado para tal fin.
Artículo
7º—La comisión de Consejos Regionales deberá presentar ante la Junta Directiva
del Colegio los programas anuales de trabajo de los Consejos Regionales, a más
tardar quince días hábiles después de su nombramiento.
Artículo
8º—Las adquisiciones de bienes y/o servicios, se hará por medio de la
Administración del Colegio y de ello será informado oportunamente, la Comisión
de Consejos Regionales, ello con apego a lo establecido a través de los procedimientos
internos del Colegio de Contadores Privados de Costa Rica.
CAPÍTULO
II
De los consejos regionales
Artículo 9º—Los Consejos Regionales serán el enlace entre la
comunidad contable que representa y la comisión de Consejos Regionales
Artículo
10.—Cada Consejo se instalará cuando:
Se determine la necesidad real de contar con un consejo en
la comunidad contable que lo solicita para el cumplimiento de sus fines, dentro
de los procedimientos administrativos que correspondan. Esta solicitud deberá
presentarse por escrito ante la Junta Directiva del Colegio, de acuerdo con lo
que señalan los incisos b) y c) siguientes.
b. Que exista una
distancia no menor de cuarenta kilómetros entre uno y otro consejo regional,
conforme a las regulaciones que para tal fin tenga el Instituto Geográfico
Nacional.
c. La comunidad
solicitante deberá tener una afiliación no menor de ochenta colegiados
debidamente incorporados, activos y residentes en la zona y deberán aportar una
lista de las calidades de cada miembro con su respectiva firma.
Artículo 11.—Funciones de los Consejos Regionales.
Son funciones de los Consejos Regionales:
a. Velar por el
ejercicio de la profesión contable con apego a la Ley, sus Reglamentos y el
código de moral profesional del Contador Privado Incorporado.
b. Denunciar el
ejercicio ilegal de la profesión contable ante la Fiscalía del Colegio.
c. Elaborar y
ejecutar programas de capacitación para actualizar el nivel profesional del
contador y fomentar activamente la calidad profesional, social y cultural de
los contadores y contadoras.
d. Ejecutar los
acuerdos de Junta Directiva del Colegio y la Comisión de Consejos Regionales
que se relacionen con los mismos.
e. Mantener un censo
actualizado de la población de contadores de la zona.
Artículo 12.—La asamblea general ordinaria en que los consejos regionales deban elegir a su respectiva junta directiva, deberá ser convocada con al menos quince días de anticipación a la fecha en que vence el período de la misma. La Comisión velará por el cumplimiento de formalidades en esas elecciones.
Artículo
13.—Cada Consejo Regional tendrá una Junta Directiva, elegida en Asamblea
Ordinaria de Colegiados de la jurisdicción que representen. La Junta Directiva
estará integrada por cinco miembros, que serán: Un presidente, un secretario,
un tesorero y dos vocales. También tendrá un fiscal quien será elegido en la
misma Asamblea que los miembros de la Junta Directiva y participará en las
sesiones con derecho a voz pero no a voto. Sus nombramientos serán por un
periodo de dos años y podrán ser reelegidos.
Artículo
14.—Los programas de los Consejos Regionales deberán ser aprobados por la Junta
Directiva del Colegio, previa recomendación de la Comisión de Consejos
Regionales.
Artículo
15.—El Consejo Regional tendrá los siguientes deberes y atribuciones:
a. Promover la
afiliación de los contadores privados incorporados de su jurisdicción.
b. Presentar a la
Comisión de Consejos Regionales, quince días después de su elección, el programa
anual de trabajo, con indicación de las actividades que se desarrollarán.
c. Presentar a la
Comisión de Consejos Regionales las actas mensuales de las sesiones de Junta
Directiva realizadas.
d. Administrar y
cuidar los bienes y patrimonios del Colegio que se encuentren bajo la custodia
del Consejo Regional.
e. Podrán nombrar las
subcomisiones de trabajo con el fin de realizar sus funciones y/o actividades,
estas subcomisiones realizarán sus labores ad honoren.
f. Buscar los mecanismos y medios necesarios para autofinanciar sus actividades.
Artículo 16.—La Junta Directiva del Consejo Regional se reunirá ordinariamente dos veces al mes y extraordinariamente cuando así lo acuerden.
Artículo
17.—Los integrantes de La Junta Directiva del Consejo Regional devengarán dieta
por las sesiones mensuales ordinarias y extraordinarias, según presupuesto
aprobado por la Asamblea General del Colegio.
Artículo
18.—La Junta Directiva del Consejo Regional se instalará después de haber sido
electos, y juramentados en ese acto por el Presidente del Colegio o por un
representante de este.
Artículo 19.—Las funciones y responsabilidades de los miembros de la Junta Directiva del Consejo Regional serán de conformidad con lo estipulado en la Ley Nº 1269 y su reglamento.
Artículo
20.—En caso de renuncia o ausencia injustificada a tres sesiones consecutivas
tres o más de sus miembros, faculta a la Junta Directiva del Colegio a convocar
a Asamblea Regional del lugar donde esté ubicado el Consejo, lo que harán en un
término no superior a noventa días a efectos de proceder al nombramiento de los
sustitutos, siguiendo de previo el debido proceso que corresponda.
Artículo
21.—El Colegio a través de los Consejos Regionales suministrará los nombres de
los contadores de su jurisdicción, de los cuales se les haya dado de baja o
suspendido.
Además brindará la nómina de los contadores activos.
Artículo 22.—No podrán formar parte de la Junta Directiva de
los Consejos Regionales.
a. Los miembros de La
Junta Directiva del Colegio de Contadores Privados de Costa Rica o de cualquier
otro órgano de nombramiento de Asamblea General
b. Los que sean
parientes por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado inclusive, de
cualquier miembro de otro órgano nombrado por Asamblea General.
c. Los contadores con
impedimento para ejercer la profesión por sentencia firme de los tribunales de
justicia.
Artículo 23.—La elección de la Junta Directiva se hará bajo
la responsabilidad de los Consejos.
Será válida cuando haya sido convocada con la anticipación y
la divulgación establecidas y asistan a la respectiva Asamblea no menor de diez
miembros en pleno goce de sus derechos.
Artículo 24.—La Comisión de Consejos Regionales velará por el
correcto cumplimiento de las responsabilidades que competen a los Consejos
Regionales y lo que establezca este Reglamento.
Artículo
25.—Los consejos regionales deberán cumplir con los objetivos y
responsabilidades que se establecen en el presente Reglamento.
Además,
estarán obligados a mostrar, cuando sea requerido, sus registros contables.
Artículo
26.—Cuando la Junta Directiva de un Consejo Regional no se reúna durante cuatro
sesiones ordinarias consecutivas o seis alternas en un lapso de tres meses dará
lugar a la disolución del Consejo Regional previa aplicación del debido
proceso.
Artículo
27.—En todo lo aquí dispuesto serán aplicables las disposiciones de la Ley
Orgánica del Colegio y su Reglamento.
CAPÍTULO
III
De las operaciones financiero-contable de los consejos
regionales
Artículo 28.—Los ingresos de los fondos que para este efecto
tiene el Colegio son:
Subvención de la cuota mensual aportada por los Colegiados.
Donaciones que se hagan como patrimonio del colegio;
c. Otras actividades
promovidas para la obtención de ingresos.
d. Los intereses que
genere la Inversiones del fondo de Consejos Regionales.
Artículo 29.—La Junta Directiva del Consejo Regional será la
encargada de administrar los bienes muebles e inmuebles entregados a ellos,
bajo cualquier titulo, para su custodia, los cuales serán patrimonio del
Colegio de Contadores Privados de Costa Rica.
Artículo
30.—Compete a la Junta Directiva del Colegio la adquisición de terrenos y la
construcción de edificaciones, en acatamiento de todas las regulaciones legales
y reglamentarias vigentes a lo interno el Colegio.
La
comisión de Consejos Regionales velará por la fiel administración de los Fondos
de los Consejos y coordinar con el tesorero de Junta Directiva Central.
Artículo
31.—Los Consejos Regionales podrán solicitar fondos para:
a. La contratación de
profesionales en materia contable y afines especializados en actualizar los
conocimientos de sus afiliados, así como cubrir todos los gastos que esta
actividad ocasione.
Adquirir mobiliario y equipo.
c. El pago de
Servicios Públicos, impuestos y otros relacionados con el mantenimiento de la
Casa del Contador.
d. Cubrir gastos de
Asamblea General.
Desarrollar todas aquellas actividades necesarias para el
cumplimiento de sus fines y objetivos y que hayan sido aprobadas en el programa
anual de trabajo.
Lo anterior
siempre y cuando hayan estado sesionando con la regularidad que establece el
presente reglamento.
f. Pago de Alquiler
del local en caso de no existir casa del Contador.
Artículo 32.—Para determinar la necesidad de compra de
terrenos o realizar construcciones, el Consejo Regional enviará a la Comisión
de Consejos Regionales una solicitud donde se consideren las siguientes
condiciones:
a. El número de
contadores activos de la localidad.
b. El aporte mensual
por concepto de cuotas recaudadas.
c. La zona
estratégica territorial en cuanto a lo económico y lo comercial.
d. La proyección de ingresos que permita hacerle frente a los gastos en que se incurra.
Artículo 33.—Cada Consejo Regional deberá formular su proyecto de presupuesto anual y su plan de trabajo, que deberá contar con lo establecido por la Comisión de Presupuesto y Finanzas antes de la Asamblea Anual de Presupuesto para conocimiento y análisis de la Junta Directiva del Colegio, a fin de integrarlo en el presupuesto general.
Artículo
34.—En Asamblea general ordinaria de cada Consejo Regional, la Junta Directiva
informará a sus afiliados sobre el estado general de los recursos financieros y
económicos que provengan de los fondos asignados y generados.
ARTICULOS
TRANSITORIOS
Este reglamento deroga cualquier otro que se le oponga.
Aprobado en sesión número 3324-2009, del día 19 de agosto
del 2009 por la Junta Directiva.
Aprobado
en Asamblea Extraordinaria número 126-2009 del día 23 de agosto del 2009.
San José, 24 de agosto del 2009.—CPI Manuel Antonio Murillo
Jiménez, Primer Secretario.—1 vez.—(76466).
MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
REMATE Nº 2009REM-000001-01
Remate de vehículos varios usados y
chatarra de la Municipalidad de Heredia
El Departamento de Proveeduría de la Municipalidad del cantón central de Heredia invita a participar en el remate Nº 2009REM-000001-01, cuyo objeto es el remate total a un solo oferente de varios vehículos, vagonetas, motocicletas y chatarra. El valor del avalúo emitido por la Dirección General de Tributación, será el precio base a partir del cual se iniciará el procedimiento de puja, por lo tanto, el remate de los vehículos, motocicletas, maquinaria y demás chatarra tendrá como mínimo la base de ¢25.975.000,00 (veinticinco millones novecientos setenta y cinco mil colones 00/100) y se rematará en un solo tracto. El objeto del remate consiste en entregar a un único mejor postor los siguientes bienes:
AV. ADM. H-92-2008
MAQUINARIA / VEHÍCULOS
IDENTIFICACIÓN Nº 1 CARGADOR
Placa: SM-004227
Marca: Caterpillar
Estilo: 920
Tipo: Falta información
Modelo: 1977
Motor Nº 78P37191
Chasis Nº 62K9030
Capacidad: 01
Horas trabajo: Mal estado
CARACTERÍSTICAS DEL MOTOR:
Combustible: Diesel
Cilindrada: 7.000 c. c.
Nº de cilindros: Falta información
Potencia: Falta información
Marca: Caterpillar
Estado: Regular
SISTEMA DE TRANSMISIÓN:
Tipo: Doble
Caja velocidades: Cuarta
Estado: Normal
ESTADO MECÁNICO:
Dirección: Normal
Suspensión: Regular
Frenos: Regular
Sistema eléctrico: Mal estado
ESTADO DE LA CARROCERÍA:
Carrocería: Regular
Color: Amarillo
Tapicería: Mal estado
Pintura: Mal estado
Nº de puertas: Abierto
Llantas: Malas
IDENTIFICACIÓN
Nº 2 VAGONETA
Placa: SM-003224
Marca: Mack
Estilo: R688ST
Tipo: Falta información
Modelo: 1988
Motor Nº: 8E1355
Chasis Nº: 1M2N188Y4JW023044
Capacidad: 2 personas
Kilometraje: Mal estado
CARACTERÍSTICAS DEL MOTOR:
Combustible: Diesel
Cilindrada: 10020 c.c.
Nº de cilindros: Falta información
Potencia: 215 KW/HP
Marca: Mack
Estado: Normal
SISTEMA DE TRANSMISIÓN:
Tipo: Doble
Capacidad: Falta información
Estado: Mal estado
Caja de Velocidades: 6 y retroceso
ESTADO MECÁNICO:
Dirección: Normal
Suspensión: Normal
Frenos: Regular
Sistema eléctrico: Regular
ESTADO DE LA CARROCERÍA:
Carrocería: Regular
Color: Blanca
Tapicería: Regular
Pintura: Regular-mala
Nº de puertas: 2
Llantas: Regulares
IDENTIFICACIÓN
Nº 3 VAGONETA
Placa: SM-003223
Marca: Mack
Estilo: R690ST
Tipo: Falta información
Modelo: 1989
Motor Nº: EM6300L9E1157
Chasis Nº: 1M2N277Y3KW010702
Capacidad: 2 personas
Kilometraje: Mal estado
CARACTERÍSTICAS DEL MOTOR:
Combustible: Diesel
Cilindrada: 11030 c.c.
Nº de cilindros: Falta información
Potencia: 234 KW/HP
Marca: Mack
Estado: Normal
SISTEMA DE TRANSMISIÓN:
Tipo: Doble
Capacidad: Falta información
Estado: Normal
Caja de velocidades: 6 y retroceso
ESTADO MECÁNICO:
Dirección: Normal
Suspensión: Normal
Frenos: Regular
Sistema eléctrico: Regular
ESTADO DE LA CARROCERÍA:
Carrocería: Regular
Color: Blanca
Tapicería: Regular
Pintura: Regular-mala
Nº de puertas: 2
Llantas: Regulares
IDENTIFICACIÓN
Nº 4 VAGONETA
Placa: SM-003269
Marca: Internacional
Estilo: 9300
Tipo: Falta información
Modelo: 1989
Motor Nº: 11516261
Chasis Nº: 2HSFEG2R3KCQ19824
Capacidad: 2 personas
Kilometraje: Mal estado
CARACTERÍSTICAS DEL MOTOR:
Combustible: Diesel
Cilindrada: 14000 c. c.
Nº de cilindros: 06
Potencia: 234 KW
Marca: Cummins
Estado: Normal
SISTEMA DE TRANSMISIÓN:
Tipo: Doble
Capacidad: Falta información
Estado: Malo
Caja de velocidades: 9 y retroceso
ESTADO MECÁNICO:
Dirección: Normal
Suspensión: Normal
Frenos: Regular
Sistema eléctrico: Regular
ESTADO DE LA CARROCERÍA:
Carrocería: Regular
Color: Blanca
Tapicería: Regular
Pintura: Regular
Nº de puertas: 2
Llantas: Regulares
IDENTIFICACIÓN
Nº 5 ISUZU PICK UP
Placa: SM-002477
Marca: Isuzu
Estilo: KD2500
Tipo: Falta información
Modelo: 1989
Motor Nº: 342959
Chasis Nº: JAATFS54HK7100428
Capacidad: 5 personas
Kilometraje: Mal estado
CARACTERÍSTICAS DEL MOTOR:
Combustible: Diesel
Cilindrada: 2499 c. c.
Nº de cilindros: Falfa información
Potencia: 58.00 KW
Marca: Isuzu
Estado: Normal
SISTEMA DE TRANSMISIÓN
Tipo: Doble
Capacidad: Falta información
Estado: Normal
Caja de Velocidades: 5 y retroceso
ESTADO MECÁNICO:
Dirección: Mala
Suspensión: Mala
Frenos: Malos
Sistema eléctrico: Malo
ESTADO DE LA CARROCERÍA:
Carrocería: Mala
Color: Blanco/azul
Tapicería: Mala
Pintura: Mala
Nº de puertas: 4
Llantas: Malas
IDENTIFICACIÓN
Nº 6 ISUZU TROOPER
Placa: SM-003846
Marca: Isuzu
Estilo: Trooper II
Tipo: Falta información
Modelo: 1993
Motor Nº: 702675
Chasis Nº: JACUBS69GP7100969
Capacidad: 7 personas
Kilometraje: Mal estado
CARACTERÍSTICAS DEL MOTOR:
Combustible: Diesel
Cilindrada: 3100 c.c.
Nº de cilindros: Falta información
Potencia: 66.00 KW/HP
Marca: Isuzu
Estado: Malo
SISTEMA DE TRANSMISIÓN:
Tipo: Doble
Capacidad: Falta información
Estado: Normal
Caja de Velocidades: 5 y retroceso
ESTADO MECÁNICO:
Dirección: Normal
Suspensión: Regular
Frenos: Regular
Sistema eléctrico: Regular
ESTADO DE LA CARROCERÍA:
Carrocería: Regular
Color: Gris
Tapicería: Regular
Pintura: Regular
Nº de puertas: 4
Llantas: Regulares
AV. ADM.
H-93-2008 MOTOCICLETAS
IDENTIFICACIÓN Nº 7 MOTOCICLETA
Placa: SM-004161
Marca: Bajaj
Estilo: Chetak
Tipo: Falta información
Modelo: 2006
Motor Nº: CMEBMA19719
Chasis Nº: CMCBMA19681
Capacidad: 2 personas
Kilometraje: 101938
CARACTERÍSTICAS DEL MOTOR:
Combustible: Gasolina
Cilindrada: 125 c.c.
Nº de cilindros: Falta información
Potencia: 8.00 KW/HP
Marca: Bajaj
Estado: Malo
SISTEMA DE TRANSMISIÓN:
Tipo: Sencilla
Capacidad: Falta información
Estado: Normal
Caja de velocidades: Cuarta
ESTADO MECÁNICO:
Dirección: Normal
Suspensión: Regular
Frenos: Regular
Sistema eléctrico: Regular
ESTADO DE LA CARROCERÍA:
Carrocería: Normal
Color: Negro
Tapicería: Normal
Pintura: Normal
Llantas: Normales
IDENTIFICACIÓN Nº 8 MOTOCICLETA
Placa: SM-004162
Marca: Bajaj
Estilo: Chetak
Tipo: Falta información
Modelo: 2005
Motor Nº: CMEBLJ14972
Chasis Nº: CMCBLJ14854
Capacidad: 2 personas
Kilometraje: Malo
CARACTERÍSTICAS DEL MOTOR:
Combustible: Gasolina
Cilindrada: 125 c.c.
Nº de cilindros: Falta de información
Potencia: 8.00 KW/HP
Marca: Bajaj
Estado: Malo
SISTEMA DE TRANSMISIÓN:
Tipo: Sencilla
Capacidad: Falta información
Estado: Normal
Caja de velocidades: Cuarta
ESTADO MECÁNICO:
Dirección: Normal
Suspensión: Regular
Frenos: Regular
Sistema eléctrico: Regular
ESTADO DE LA CARROCERÍA:
Carrocería: Normal
Color: Gris
Tapicería: Normal
Pintura: Normal
Llantas: Normales
IDENTIFICACIÓN Nº 9 MOTOCICLETA
Placa: SM-002209
Marca: Vespa
Estilo: PX150E
Tipo: Falta información
Modelo: 1987
Motor Nº: VLX1M610621
Chasis Nº: VLX1T-3002322
Capacidad: 2 personas
Kilometraje: 19735
CARACTERÍSTICAS DEL MOTOR:
Combustible: Gasolina
Cilindrada: 150 c. c.
Nº de cilindros: Falta información
Potencia: 9.00 KW/HP
Marca: Vespa
Estado: Normal
SISTEMA DE TRANSMISIÓN:
Tipo: Sencilla
Capacidad: Falta información
Estado: Normal
Caja de Velocidades: Cuarta
ESTADO MECÁNICO:
Dirección: Normal
Suspensión: Regular
Frenos: Regular
Sistema eléctrico: Regular
ESTADO DE LA CARROCERÍA:
Carrocería: Normal
Color: Roja
Tapicería: Regular
Pintura: Regular
Llantas: Normales
IDENTIFICACIÓN Nº 10 MOTOCICLETA
Placa: SM-002501
Marca: Vespa
Estilo: PX150E
Tipo: Falta información
Modelo: 1989
Motor Nº: VLX1M723195
Chasis Nº: VLX1T-763680
Capacidad: 2 personas
Kilometraje: 19921 (malo)
CARACTERÍSTICAS DEL MOTOR:
Combustible: Gasolina
Cilindrada: 149 c. c.
Nº de cilindros: Falta información
Potencia: 0.00 KW/HP
Marca: Vespa
Estado: Normal
SISTEMA DE TRANSMISIÓN:
Tipo: Sencilla
Capacidad: Falta información
Estado: Normal
Caja de Velocidades: Cuarta
ESTADO MECÁNICO:
Dirección: Normal
Suspensión: Regular
Frenos: Regular
Sistema eléctrico: Regular
ESTADO DE LA CARROCERÍA:
Carrocería: Normal
Color: Roja
Tapicería: Regular
Pintura: Regular
Llantas: Normales
IDENTIFICACIÓN Nº 11 MOTOCICLETA
Placa: SM-003776
Marca: Bajaj
Estilo: Legend NXT
Tipo: Falta información
Modelo: 2003
Motor Nº: 28EBJB76339
Chasis Nº: CHCBJB04576
Capacidad: 2 personas
Kilometraje: 10632 (malo)
CARACTERÍSTICAS DEL MOTOR:
Combustible: Gasolina
Cilindrada: 150 c. c.
Nº de cilindros: Falta información
Potencia: 9.00 KW/HP
Marca: Vespa
Estado: Normal
SISTEMA DE TRANSMISIÓN
Tipo: Sencilla
Capacidad: Falta información
Estado: Normal
Caja de velocidades: Cuarta
ESTADO MECÁNICO:
Dirección: Normal
Suspensión: Regular
Frenos: Regular
Sistema eléctrico: Regular
ESTADO DE LA CARROCERÍA:
Carrocería: Regular
Color: Azul
Tapicería: Regular
Pintura: Regular
Llantas: Normales
IDENTIFICACIÓN Nº 12 MOTOCICLETA
Placa: SM-002791
Marca: Vespa
Estilo: NV150
Tipo: Falta información
Modelo: 1994
Motor Nº: ECN968406
Chasis Nº: CH992616
Capacidad: 2 personas
Kilometraje: Malo
CARACTERÍSTICAS DEL MOTOR:
Combustible: Mezcla
Cilindrada: 150 c.c.
Nº de cilindros: Falta de información
Potencia: 90KW/HP
Marca: Vespa
Estado: Malo
SISTEMA DE TRANSMISIÓN:
Tipo: Sencilla
Capacidad: Falta de información
Estado: Normal
Caja de Velocidades: Cuarta
ESTADO MECÁNICO:
Dirección: Normal
Suspensión: Mala
Frenos: Malos
Sistema eléctrico: Malo
ESTADO DE LA CARROCERÍA:
Carrocería: Regular
Color: Rojo
Tapicería: Mala
Pintura: Mala
Llantas: Regulares
IDENTIFICACIÓN Nº 13 MOTOCICLETA
Placa: SM-002784
Marca: Vespa
Estilo: T5ESON
Tipo: Falta información
Modelo: 1994
Motor Nº: CN921218
Chasis Nº: CH922408
Capacidad: 2 personas
Kilometraje: Malo
CARACTERÍSTICAS DEL MOTOR:
Combustible: Mezcla
Cilindrada: 159 c. c.
Nº de cilindros: Falta información
Potencia: 9.00 KW/HP
Marca: Vespa
Estado: Malo
SISTEMA DE TRANSMISIÓN:
Tipo: Sencilla
Capacidad: Falta de información
Estado: Normal
Caja de velocidades: Cuarta
ESTADO MECÁNICO:
Dirección: Normal
Suspensión: Mala
Frenos: Malos
Sistema eléctrico: Malo
ESTADO DE LA CARROCERÍA:
Carrocería: Regular
Color: Rojo
Tapicería: Mala
Pintura: Mala
Llantas: Regulares
IDENTIFICACIÓN Nº 14 MOTOCICLETA
Placa: SM-003195
Marca: Daelim
Estilo: Altino
Tipo: Falta información
Modelo: 1998
Motor Nº: NF100E1002912
Chasis Nº: NF100F1002874
Capacidad: 2 personas
Kilometraje: Malo
CARACTERÍSTICAS DEL MOTOR:
Combustible: Gasolina
Cilindrada: 100 c. c.
Nº de cilindros: Falta de información
Potencia: 9.00 KW/HP
Marca: Daelim
Estado: Malo
SISTEMA DE TRANSMISIÓN:
Tipo: Sencilla
Capacidad: Falta de información
Estado: Malo
Caja de velocidades: Quinta
ESTADO MECÁNICO:
Dirección: Mala
Suspensión: Mala
Frenos: Malos
Sistema eléctrico: Malo
ESTADO DE LA CARROCERÍA:
Carrocería: Mala
Color: Rojo
Tapicería: Mala
Pintura: Mala
Llantas: Regulares
IDENTIFICACIÓN Nº 15 MOTOCICLETA
Placa: SM-003194
Marca: Daelim
Estilo: Altino
Tipo: Falta información
Modelo: 1998
Motor Nº: NF100E1003216
Chasis Nº: NF100F1003229
Capacidad: 2 personas
Kilometraje: Malo
CARACTERÍSTICAS DEL MOTOR:
Combustible: Gasolina
Cilindrada: 100 c.c.
Nº de cilindros: Falta información
Potencia: 9.00 KW/HP
Marca: Daelim
Estado: Malo
SISTEMA DE TRANSMISIÓN:
Tipo: Sencilla
Capacidad: Falta información
Estado: Malo
Caja de velocidades: Quinta
ESTADO MECÁNICO:
Dirección: Mala
Suspensión: Mala
Frenos: Malos
Sistema eléctrico: Malo
ESTADO DE LA CARROCERÍA:
Carrocería: Mala
Color: Rojo
Tapicería: Mala
Pintura: Mala
Llantas: Regulares
AV. ADIU1. H-94-2008 CHATARRA
IDENTIFICACIÓN Nº 16 VAGONETA
Placa: Sin identificación
Marca: Pegaso
Estilo: 1216
Tipo: Falta información
Modelo: Sin información
Motor Nº Sin motor
Chasis Nº Sin información
IDENTIFICACIÓN Nº 17 VAGONETA
Placa: Sin identificación
Marca: Pegaso
Estilo: 1216
Tipo: Falta información
Modelo: Sin información
Motor N. Sin motor
Chasis Nº Sin información
IDENTIFICACIÓN Nº 18 CAMIÓN
Placa: Sin identificación
Marca: Mack
Estilo: Sin información
Modelo: Sin información
Motor Nº Sin información
Chasis Nº Sin información
IDENTIFICACIÓN Nº 19 NIVELADORA
Placa: Sin identificación
Marca: Caterpillar
Estilo: 112 F
Modelo: Sin información
IDENTIFICACIÓN Nº 20 TANQUE METÁLICO
PARA
COMBUSTIBLE
Patrimonio: Sin identificación
Marca: Sin marca
Capacidad: Sin información
El oferente deberá cumplir con una visita al
Plantel Municipal situado detrás del Cementerio Central de Heredia donde podrá
observar la totalidad de los vehículos y demás chatarra a rematar el día
viernes 18 de setiembre del 2009 a las 9:00 horas en compañía del Proveedor
Municipal y el Director de Servicios y Gestión de Ingresos o quien este designe
para tal efecto. Los interesados deben presentarse con cédula de identidad o
pasaporte vigentes.
El remate se llevará a cabo a las 10:00 horas
del lunes 28 de setiembre del 2009 en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal
de Heredia, Palacio Municipal, costado norte del Parque Central de Heredia.
Cualquier consulta a los teléfonos 2277-1442 ó 2277-1484.
Heredia, 28 de agosto del 2009.—Lic. Enio Vargas Arrieta, Proveedor Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 52269).—C-221250.—(75788).
AVISOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
A Sergio Barrantes Esquivel, se le comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Grecia de las quince horas del doce de agosto del año en curso, en la que se resuelve: 1º—Dictar medida de protección de abrigo temporal de la persona menor de edad José Daniel Barrantes Hernández en el Albergue de Alajuela. 2º—Brindar seguimiento psicológico a la situación familiar. En contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la institución; se podrá interponer en forma verbal o escrita dentro de las 48 horas siguientes a su notificación. Se le previene que debe señalar un lugar, casa u oficina donde recibir notificaciones futuras, así como señalar un medio electrónico del tipo facsímil y en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico fuere defectuoso, estuviere desconectado las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Expediente Nº 245-00022-2001.—Oficina Local de Grecia, 13 de agosto del 2009.—Lic. Carmen Lidia Durán Víquez, Representante legal.—(Solicitud Nº 26804).—(O. C. Nº 30913).—C-6630.—(74516).
A Cinthia Patricia Porta Galcerán, se le comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Grecia de las diez horas del doce de agosto del año en curso, en la que se resuelve: 1º—Dictar medida de protección de cuido provisional de la persona menor de edad Donald Josué Porta Galcerán en el hogar de la señora Ana Cecilia Ugalde Madrigal. 2º—Brindar seguimiento social a la situación familiar. 3º—Se le ordena al IMAS brindar apoyo económico a la señora Ana Cecilia Ugalde Madrigal dada la difícil situación económica que atraviesa en este momento y de esta forma pueda mejorar la calidad de vida del niño Donald Porta Galcerán; quienes residen en la zona de Grecia, Tacares, de la Escuela Eduardo Pinto, 200 metros sur. En contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la institución; se podrá interponer en forma verbal o escrita dentro de las 48 horas siguientes a su notificación. Se le previene que debe señalar un lugar, casa u oficina donde recibir notificaciones futuras, así como señalar un medio electrónico del tipo facsímil y en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico fuere defectuoso, estuviere desconectado las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Expediente Nº 245-00033-2009.—Oficina Local de Grecia, 18 de agosto del 2009.—Lic. Carmen Lidia Durán Víquez, Representante legal.—(Solicitud Nº 26804).—(O. C. Nº 30913).—C-9180.—(74517).
A Hermógenes Lagos Moreno y Ángela Ortiz Viche, se le comunica la resolución de las once horas con cuarenta y cinco minutos del catorce de agosto del dos mil nueve, que ordenó la repatriación a Nicaragua de su hija Candida Rosa Lagos Ortiz. Plazo para interponer el recurso de apelación dos días hábiles contados a partir de la segunda publicación de este aviso.—Oficina Local de Sarapiquí.—Lic. Gabriela Salazar Calderón, Representante legal.—(Solicitud Nº 26804).—(O. C. Nº 30913).—C-2380.—(74514).
A Carlomagno Céspedes Quirós, se le comunica la resolución de las doce horas del veintiuno de agosto del dos mil nueve que ordenó el egreso de su hijo Esteban Josué Céspedes Alvarado, de la alternativa de protección en la que se encontraba ubicado, y se ordenó el regreso al hogar de su progenitura con un seguimiento de seis meses. Plazo para interponer el recurso de apelación dos días hábiles contados a partir de la segunda publicación de este aviso.—Oficina Local de Sarapiquí.—Lic. Gabriela Salazar Calderón, Representante legal.—(Solicitud Nº 26804).—(O. C. Nº 30913).—C-2380.—(74515).
Se comunica al señor Omar Alfaro Baquit, que en la Oficina Local de San Carlos, del Patronato Nacional de la Infancia se presentó solicitud para obtención del pasaporte y salida del País de la adolescente Bernardita Alfaro Boza. Por ello mediante resolución de ese Despacho de las quince horas del veinte de agosto del año dos mil nueve, se dio inicio al trámite administrativo para recomendar dicho permiso. Se le concede al progenitor un plazo de ocho días contados a partir de la última publicación del edicto, el cual se hará en dos ocasiones consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta y el tercero en un diario de circulación nacional, para que haga valer sus derechos, manifestar su oposición o autorización de permiso de salida del país a la persona menor de edad. Debe señalar lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro administrativo de esta oficina. Patronato Nacional de la Infancia. Expediente 241-4080-1987. Oficina Local de San Carlos.—MSc. Xinia Guerrero Araya, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—Nº 126123.—(75338).
DIRECCIÓN EJECUTIVA
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
D. E. Nº 1668-554-2009.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, a las 13:30 horas del 13 de agosto del 2009. Se reintegra la Comisión Liquidadora de la Empresa Cooperativa de Construcción y Vivienda R.L. (VIVIENDACOOP R.L.), inscrita bajo resolución Nº 554 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, con fundamento en los artículos 89 y concordantes de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, con los señores Tricia Hernández Brenes, cédula de identidad Nº 1-789-657, José Manuel Salazar Quesada, cédula Nº 2-382-915, y Juan Esteban Castillo Amador, cédula Nº 1-880-120. Se convoca a interesados para en el plazo de 15 días hábiles, a partir de la primera publicación hagan valer sus derechos ante la Comisión Liquidadora en el Macroproceso Gestión y Seguimiento del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Publíquese.
Lic. Martín Robles Robles, Director Ejecutivo.—(O. C. Nº 30952).—(Solicitud Nº 39675).—C-38270.—(74309).
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
EDICTOS
La SUTEL de conformidad con el expediente SUTEL-OT-557-2009 admite la solicitud de autorización presentada por David Alonso Ramírez Gómez, cédula de identidad número 3-0413-0123, para la operación de un servicio de acceso a Internet en la modalidad de café Internet. Se otorga el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, para que los interesados se apersonen ante la SUTEL a hacer valer sus derechos.
San José, 30 de julio del 2009.—George Miley Rojas, Presidente.—1 vez.—(75608).
La SUTEL de conformidad con el expediente SUTEL-OT-089-2009 admite la solicitud de autorización presentada por Jorge Eduardo Fennell Bogantes, cédula de identidad número 5-349-705, para brindar el servicio de café Internet. Se otorga el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, para que los interesados se apersonen ante la SUTEL a hacer valer sus derechos.
San José, 24 de junio del 2009.—George Miley Rojas, Presidente.—1 vez.—(75757).
La SUTEL de conformidad con el expediente SUTEL-OT-550-2009 admite la solicitud de autorización presentada por Blanca Luz Lara González, cédula de identidad número 6-0194-0437, para la operación de un servicio de acceso a Internet en modalidad de café Internet. Se otorga el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, para que los interesados se apersonen ante la SUTEL a hacer valer sus derechos.
San José, 24 de agosto del 2009.—George Miley Rojas, Presidente.—1 vez.—(75768).
La SUTEL de conformidad con el expediente SUTEL-OT-329-2009 admite la solicitud de autorización presentada por Sergio Iván Vega Mayorga, cédula de residencia número 155801882623, para brindar un servicio de acceso a Internet en modalidad de café Internet. Se otorga el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, para que los interesados se apersonen ante la SUTEL a hacer valer sus derechos.
San José, 10 de agosto del 2009.—Maryleana Méndez, Vicepresidenta.—1 vez.—(75781).
HERMANDAD DE LA CARIDAD DE CARTAGO
CEMENTERIO GENERAL DE CARTAGO
Ante esta Junta de Protección Social de Cartago, hoy Hermandad de la Caridad de Cartago, de conformidad con las disposiciones que emanan de los Decretos Ejecutivo Nos. 32.833-S de fecha 3 de agosto de 2005 “Reglamento General de Cementerios” y 704 del 7 de setiembre de 1949, Mediante el escrito 311 emitido por la Lic. Laura Pereira Céspedes comparecen. Isaías Barquero González 3-185-396, Marta Emilia Montoya Garita 1-400-1252, Dalia María Barquero Montoya 3-442-791, Laura Marcela Barquero Montoya 3-420-215. Manifiestan que en condición de hijo, nietas y nuera son únicos y universales herederos de Consuelo González Monge, fallecida el 13 de julio del 2008, quien en vida fue propietaria del derecho de arriendo de la fosa 1098 dos nichos Sección Concepción tomo 1 folio 187 del Cementerio General de Cartago. Solicitan se extienda un nuevo contrato a nombre, Marta Emilia Montoya Garita representante, Dalia María y Laura Marcela, ambas de apellidos Barquero Montoya. Declaran bajo juramento de ley, notificados y advertidos que cualquier información incorrecta, omisa o de falso testimonio o perjurio, anulará el trámite o la resolución del mismo, exoneran a la Junta de Protección Social de Cartago, hoy Hermandad de la Caridad de Cartago, de responsabilidades ante terceros, El plazo del contrato original se mantiene invariable. Lo anterior se hace del conocimiento de todos aquellos terceros de iguales o mejores derechos, para que puedan presentar las oposiciones de ley en el término de quince días naturales a partir de la publicación del presente edicto.—Cartago, 21 de agosto del 2009.—Lic. Ronald Brenes Masís, Gerente.—1 vez.—Nº 126112.—(75339).
Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento, Decreto Ejecutivo número 33963-MICIT, da a conocer el otorgamiento de las siguientes acreditaciones:
1. Área: Laboratorios de Ensayos y Calibración: OEC acreditado contra la Norma INTE-ISO/IEC 17025:2005 Requisitos generales para la competencia de laboratorios de ensayo y calibración
Nº de Acreditación |
Organismo de Evaluación de la Conformidad OEC |
Alcance de la acreditación |
Fecha de vigencia |
Dirección, correo postal, e-mail, teléfono y fax |
LE-060 Vigente |
Ingeotec S. A. (Laboratorio de Ingeotec) |
Alcance de acreditación de ensayos LE-060 (disponible en la página web www.eca.or.cr) |
11 de agosto del 2009 al 11 de agosto del 2013 |
Dirección: Dulce Nombre de Coronado, de la bomba El Trapiche 500 metros norte y 100 metros oeste Correo postal: 1687- 2050 e-mail: ingvalverde@ingeotec-cr.com; ihernandez@ingeotec-cr.com Teléfono 2294 - 4018 Fax. 2294 – 4010 |
LE-061 Vigente |
Departamento de Aseguramiento de la Calidad (Productora la Florida S. A) |
Alcance de acreditación de ensayos LE-061(disponible en la página web www.eca.or.cr) |
11 de agosto del 2009 al 11 de agosto del 2013 |
Dirección: 100 metros Este sobre Río Segundo, La Ribera de Belén Correo postal: 2046-3000 Heredia e-mail: giselle.morera@florida.co.cr Teléfono 2437-7140 Fax. 2431-0584 |
LE-028-R01 Vigente |
Laboratorio de Análisis de Calidad de Granos, CIGRAS, y el Laboratorio Oficial de Análisis de Calidad de Semillas, CIGRAS, UCR |
Alcance de Acreditación de Ensayos No. LE-028-R01 (disponible en la página web www.eca.or.cr) |
11 de agosto del 2009 al 11 de agosto del 2013 |
Dirección: Universidad de Costa Rica. Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, contiguo a la Facultad de Ciencias Agroalimentarias Correo Postal: no E-mail: renanm@cariari.ucr.ac.cr Teléfono: 2207-3511 Fax: 2207-4346 |
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San José, 25 de agosto del 2009.—Lic. Maritza Madriz Picado, Gerente General.—1 vez.—(75580).
INSTITUTO DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA
RICA
Somete a consulta pública el siguiente proyecto de norma:
PN INTE/ISO 14065:2009, “Requisitos para los organismos que realizan la verificación de los gases de efecto invernadero”.
Se recibirán observaciones al anterior proyecto de norma hasta el 4 de noviembre del 2009.
Para mayor información, comuníquese con la Dirección de Normalización, al teléfono: 2283-4522 o a los correos: grodriguez@inteco.or.cr o fcalvo@inteco.or.cr.
Carlos E. Rodríguez L., Director Ejecutivo.—1 vez.—Nº 126438.—(75710).
El Concejo Municipal en sesión ordinaria correspondiente al día viernes tres de julio dos mil nueve, inciso 6) artículo IV según Acta Nº 32-2009, acuerda en definitiva y en firme la aprobación del siguiente Traspaso de patente de Licores: Según la documentación aportada en Expediente Administrativo por ambas partes; la señora Maida Muñoz López, vecina de San Isidro del distrito Yolillal del cantón de Upala, comerciante, portadora de cédula de identidad número 2-0170-0905, propietaria de Patente de Licores, se solicita y se autoriza para que dicha licencia municipal sea traspasada y registrada a nombre de la Asociación Solidarista de Empleados de Compañía Agrícola B.C. Sociedad Anónima representada por la señora Jacqueline Flores Molina, portador de cédula de identidad número 2-0591-0084.
Upala, 13 de agosto del 2009.—Thomás Alemán Solano, Secretario.—1 vez.—(75400).
ASOCIACIÓN DE CONCESIONARIOS
DE GIARDINI DI PAPAGAYO
(Giardini di
Papagayo Home Owner´s Association) Asociación de Concesionarios de Giardini di
Papagayo hace saber: que se convoca a asamblea general extraordinaria a
celebrarse a las 10:00 horas del 22 de setiembre del 2009, en la sala de
eventos del Hotel Coco Palms, Playa del Coco. Su agenda será la siguiente:
corroboración de que los presentes estén debidamente acreditados, lectura de la
minuta de la reunión del 30 de enero del 2009, reporte de tesorería,
presentación del señor Michael McCuen, asuntos relacionados con la seguridad
del complejo, propuesta de leyes reglamentarias, cualquier otro asunto de
discusión libre. Se convoca a los asociados a acudir en primera convocatoria a
las 10:00 horas con el quórum de ley, a las 11:00 horas con la presencia de la
mitad más uno de los asociados y se convoca a las 12:00 horas con los asociados
que estén presentes.—San José, 22 de agosto del 2009.—Sheron Louise
Weatherholtz, Presidenta.—1 vez.—(75611).
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
DESARROLLO LA COSTA S. A.
Desarrollo La Costa S. A., comunica a los interesados y público en general que por haberse extraviado la acción común Nº 5185 correspondiente a la semana Flotante AA Nº 99 propiedad de la señora Gioconda D’ Ambrosio Morales, cédula 1-226-584, se procederá a su reposición dentro del término de ley. Cualquier interesado deberá hacer valer sus derechos dentro de este plazo.—San José, 19 de agosto del 2009.—Lic. Pedro Castro Cabalceta, Notario.—1 vez.—Nº 125560.—(74071).
LA PAZ DEL VALLE LOTE SESENTA
Y UNO SOCIEDAD ANÓNIMA
La Paz del Valle Lote Sesenta y Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y cinco mil quinientos cincuenta y tres, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Libro número uno de: Actas de Asamblea General, Actas de Junta Directiva, Actas de Registro de Accionistas, Inventarios y Balances, Diario y Mayor. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Zona Sur, Pérez Zeledón, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lex Brant Timmons, Solicitante.—Nº 125552.—(74072).
GRUPO
FARINAR SOCIEDAD ANÓNIMA
Grupo Farinar Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y un mil doscientos sesenta y ocho, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Asambleas de Socios, Actas del Consejo de Administración y Registro de Socios, todos número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Es todo.—San José, 21 de agosto de 2009.—Lic. Rogelio Navas Rodríguez, Notario.—Nº 125563.—(74073).
COMPAÑÍA
GANADERA DEL PACÍFICO SOCIEDAD ANÓNIMA
Compañía Ganadera del Pacífico Sociedad Anónima, cédula jurídica cédula jurídica tres-ciento uno-cero cero dos mil seiscientos treinta y ocho, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario Uno, Mayor Uno, Inventarios y Balances Uno, Actas de Asamblea de Socios Uno (Asamblea General), Acta de Consejo de Administración Uno (Junta Directiva), y el Registro de Accionistas Uno (Registro de Socios). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Guanacaste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Liberia, veinticuatro de agosto de dos mil nueve.—Lic. Julieta Elizondo Araya, Notaria.—Nº 125614.—(74074).
INMOBILIARIA
PITÁGORA SOCIEDAD ANÓNIMA
Inmobiliaria Pitágora Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil ochocientos cincuenta y cuatro, Domicilio social: Limón, Distrito tercero Cahuita, Cantón cuarto Talamanca, Cabinas Talamanca, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas Asamblea General de Socios, Registro de Socios, todos son el número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de la provincia de Limón, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Randy Gordon Cruickshank, Solicitante.—Nº 125619.—(74075).
TRANSPORTES
VILVA S. A.
Transportes Vilva S. A., cédula jurídica 3-101-104766, anteriormente denominada Transportes Julio Villalobos S. A., solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro número uno de Actas de Junta Directiva, libro número uno de Actas de Asamblea de Socios y libro número uno de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Guanacaste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Edison Moya Umaña, Notario.—Nº 125634.—(74076).
LA CUEVA S.
A.
Por este medio se hace constar que el señor Mario Eduardo Vargas Vargas, de nacionalidad costarricense, mayor, casado una vez, portador de la cédula número uno-seiscientos cincuenta y uno-seiscientos trece, es dueño de las acciones número quinientos sesenta y seis, y quiere hacer su publicación por extravío de la misma. Quedando de la siguiente manera. Para efecto del artículo 689 del Código de Comercio, Rafael Ángel Alfaro Vargas, representante legal de La Cueva S. A., hace saber a quien interese que por habérsele extraviado al propietario de las acciones quinientos sesenta y seis, y que se registra a su nombre; que cualquier persona interesada al respecto podrá oponerse durante un mes a partir de la tercera y última publicación de este aviso.—Rafael Ángel Alfaro Vargas, Representante Legal.—(74333).
COINCA COMUNICACIONES INALÁMBRICAS DE CENTRO AMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA
COINCA Comunicaciones Inalámbricas de Centro América Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-415379, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: Registro de Accionistas Número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la ultima publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Guillermo Lépiz Solano, Apoderado Generalísimo.—Nºs 74352 y 74869.—(74352).
GRUPO PURDY
MOTOR S. A.
Purdy Motor, informa al público en general el extravío del block de recibos de dinero del 288401 al 288450.—San José, 24 de agosto del 2009.—Sr. Rolando Brenes G., Director Financiero.—(74365).
TUBO
DECORATIVO CORPORACIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA
Tubo Decorativo Corporación Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-077797, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 2, Mayor Nº 2, y el de Inventarios y Balances Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la última publicación de este aviso.—Neng Kuo Tseng, Representante Legal.—(74370).
EDITORIAL LA
RAZÓN SOCIEDAD ANÓNIMA
Editorial La Razón Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-01015035, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del libro: Mayor Nº 2. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Rosemary Engels, Presidenta.—(74371).
PROYECTOS
TAUCA SOCIEDAD ANÓNIMA
Proyectos Tauca Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-065145, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 1, Mayor Nº 1, y el de Inventarios y Balances Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la última publicación de este aviso.—Neng Chun Tseng Lin, Representante Legal.—(74372).
INVERSIONES
MCLAREN O.M. SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones Mclaren O.M. Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-399070, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: Actas de Asamblea de Socios Numero Uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Rolando Alberto Chacón Hernández, Notario.—(74523).
INMOBILIARIA
LOS JARDINES S. A.
Para efectos de reposición, yo Jorge Brealy Salazar, con cédula de identidad Nº 1-481-397, en mi condición de propietario de la acción y título Nº 0796, hago constar que he solicitado a Inmobiliaria Los Jardines S. A., la reposición de los mismos por haberse extraviado. Por el término de ley, se atenderán oposiciones en el departamento de Secretaría de Junta Directiva, en el Cariari Country Club, San Antonio de Belén, Heredia, y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José, 19 de agosto del 2009.—Jorge Brealy Salazar, Propietario.—Nº 125809.—(74744).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
FUNDACIÓN UNIÓN Y DESARROLLO
DE LAS COMUNIDADES CAMPESINAS
FUNDECOCA (Fundación Unión y Desarrollo de las Comunidades Campesinas), cédula jurídica 3-006-144660, solicita ante la Unidad de Autorizaciones y Aprobaciones de la Contraloría General de la República, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Unidad de rita, ubicada en las instalaciones del Órgano Contralor, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Otoniel Méndez Cruz, Presidente.—(73937).
INDUSTRIAS
CASERAS B Q SOCIEDAD ANÓNIMA
El suscrito, José Alberto Oller Alpirez, mayor, soltero, ingeniero industrial, vecino de San José, portador de la cédula de identidad número uno-setecientos ochenta y nueve-trescientos cuarenta y cuatro, en mi condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma de la sociedad denominada Industrias Caseras B Q Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y un mil quinientos noventa y cuatro, solicito ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de acta de Consejo de Administración, Acta de Asamblea de Socios, Registro de Obligaciones, Diario, Inventarios y Balances y Mayor números uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—José Alberto Oller Alpirez, Presidente.—Nº 125635.—(74077).
INMOBILIARIA
LOS JARDINES S. A.
Para efectos de reposición, yo, Lucía Ordóñez Bonilla, cédula de identidad Nº 8-047-471 en mi condición de propietaria de la acción y título Nº 1999, hago constar que he solicitado a Inmobiliaria Los Jardines S. A. La reposición de los mismos por haberse extraviado. Por el término de ley, se atenderán oposiciones en el Departamento Secretaría de Junta Directiva, en el Cariari Country Club, San Antonio de Belén, Heredia y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José, 19 de agosto del 2009.—Lucía Ordóñez Bonilla, Solicitante.—Nº 125810.—(74745).
TECHNOFARMA
S. A.
Technofarma S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y tres mil ochocientos sesenta y cuatro, tramita la reposición del certificado de Nº 018 por 1.611.104 acciones serie M, a nombre de Francisco Atienza Martínez, residente rentista Nº 6372 y del certificado Nº 020 por 2.863.043 acciones serie M a nombre de María Isabel Atienza, carné de residencia Nº A6372, por haberse extraviado. Cualquier persona que se considere con derechos deberá apersonarse ante Technofarma S. A., en sus oficinas sitas en Calle Blancos de Goicoechea, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—San José, 20 de agosto del 2009.—Dr. Alejandro Esquivel Gerli, Representante Legal.—Nº 125833.—(74746).
COSTA RICA
COUNTRY CLUB
Jaime Ortiz Patiño, hoy con pasaporte boliviano Nº 6436555, solicita ante el Costa Rica Country Club, la reposición de la acción Nº 539 y su correspondiente título de capital. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la junta directiva del Costa Rica Country Club, dentro del término de quince días hábiles a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Hernán Cordero Maduro, Notario.—Nº 125878.—(74747).
INMOBILIARIA
LOS JARDINES S. A. (CLUB CARIARI)
Jaime Ortiz Patiño, hoy con pasaporte boliviano número 6436555, solicita ante el Inmobiliaria Los Jardines S. A. (Club Cariari), la reposición de la acción Nº 1530 y su correspondiente título de capital. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la junta directiva de Inmobiliaria Los Jardines, dentro del término de quince días hábiles a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta. .—Lic. Hernán Cordero Maduro, Notario.—Nº 125881.—(74748).
COSTA RICA
COUNTRY CLUB
Zaira Murray Lindo, cédula de identidad Nº 1-415-597, en mi condición de propietaria de la acción Nº 477 del Costa Rica Country Club Sociedad Anónima, cédula Nº 3-101-2477, informa que dicha acción se ha extraviado, por lo cual solicita al emisor la reposición del título en los mismos términos que había sido emitido el original, conforme lo establecido en el artículo 689 del Código de Comercio. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición dentro del término que la ley establece.—San José, 20 de agosto del 2009.—Zaira Murray Lindo, Solicitante.—Nº 125993.—(74749).
RANPOQUI
CERO CINCO SOCIEDAD ANÓNIMA
Ranpoqui Cero Cinco Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-388303, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario 1, Mayor 1, Inventarios y Balances 1, Actas de Consejo de Administración 1, Actas de Asambleas de Socios 1, Registro de Socios 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante al Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. René Orellana Meléndez, Notario.—Nº 125777.—(74750).
MÁQUINAS DE
COMPUTACIÓN INTERNACIONAL S. A.
Máquinas de Computación Internacional S. A., cédula Nº 3-101-124792, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del libro Actas de Registro de Accionistas, número uno. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso.—Manuel Kaver Fastag, Presidente.—Nº 125780.—(74751).
SAMARKANDA
S. A.
Samarkanda S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cero veintidós mil novecientos setenta y dos, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros siguientes: Registro de Socios número uno, Mayor número uno, Diario número uno, e Inventario y Balances número uno. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso.—Rodolfo Salas Salas.—Nº 125781.—(74752).
ECO PIÑAS
DEL ARENAL SOCIEDAD ANÓNIMA
Eco Piñas del Arenal Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-011907-36, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro número uno de Actas de Consejo de Administración. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 24 de agosto del 2009.—Lic. Eduardo Alvarado Salazar, Notario.—Nº 125813.—(74753).
A UNO
CALIBRATION LABORATORY SOCIEDAD ANÓNIMA
Ante esta notaría por escritura pública otorgada a las doce horas del dieciséis de de febrero del dos mil nueve, A Uno Calibration Laboratory Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatro nueve cinco cinco cero cero, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor e Inventarios y Balances todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José dentro del termino de ocho días hábiles a partir de esta publicación. Es todo.—Heredia, a las ocho horas del diecinueve de agosto del dos mil nueve.—Lic. Álvaro Hernández Chan, Notario.—Nº 125880.—(74754).
K
CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA
K Construcciones Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres ciento uno-cero ochenta y tres mil ochocientos treinta y uno solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Asambleas Generales número uno, Actas de Registro de Accionistas número uno, Actas de Junta Directiva número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintiuno de agosto del dos mil nueve.—Lic. Alexander Calderón M., Notario.—Nº 125930.—(74755).
PIRAYA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Piraya Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres ciento uno-cero catorce mil setecientos treinta y ocho, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Registro de Accionistas número uno, Actas de Junta Directiva número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 21 de agosto del 2009.—Lic. Alexander Calderón M., Notario.—Nº 125931.—(74756).
ALCHASE
SOCIEDAD ANÓNIMA
Alchase Sociedad Anónima; cédula de persona jurídica tres ciento uno-cero veinte mil doscientos treinta y uno, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Registro de Accionistas número uno, Actas de Junta Directiva número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 21 de agosto del 2009.—Lic. Alexander Calderón M., Notario.—Nº 125932.—(74757).
ADMINISTRACIONES
VIGO SOCIEDAD ANÓNIMA
Administraciones Vigo Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-317368, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Magally Herrera Jiménez, Notaria.—Nº 126065.—(74758).
LA FLACA
SOCIEDAD ANÓNIMA
La Flaca Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-121748, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes seis libros contables número uno: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Asamblea General, Junta Directiva y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Puntarenas, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 25 de agosto del 2009.—Jorge David Rojas Quirós, Representante Legal.—Nº 126072.—(74759).
Alexis Antonio Jiménez Rodríguez, cédula 2-344-329, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: libro de Diario Nº 2, libro de Mayor Nº 2, libro de Inventarios y Balances Nº 2. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Alexis Antonio Jiménez Rodríguez.—(74887).
INVERSIONES
ZÚÑIGA VALERIO ZUVA S. A.
La sociedad de esta plaza denominada Inversiones Zúñiga Valerio Zuva S. A., cédula jurídica Nº 3-101-209543, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros Diario número 1, Mayor número 1, Inventarios y Balances número 1, Actas de Consejo de Administración número 1, Registro de Socios número 1, Actas de Asambleas de socios número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributación de Heredia, dentro de término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Marvin Zúñiga Valerio.—(75069).
EMPRESAS
NAVCO DE COSTA RICA S. A.
Empresas Navco de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica Nº 3-101-317728, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los siguientes libros, Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Acta de Consejo de Administración, Acta de Asamblea de Socios. Los seis libros corresponden al libro número uno de dicha reposición. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Asdrúbal Arias Montero.—(75072).
ECONAVANU
SOCIEDAD ANÓNIMA
Econavanu Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-36209-1, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los siguientes libros, Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Acta de Consejo de Administración, Acta de Asamblea de Socios, Registro de Socios. Los seis libros corresponden al libro número uno de dicha reposición. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Asdrúbal Arias Montero.—(75074).
CUBIX COSTA
RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Cubix Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-344545, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Consejo de Administración y Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 26 de agosto del 2009.—Lic. Édgar Odio Rohrmoser, Notario.—(75132).
TOOL TOWN
SOCIEDAD ANÓNIMA
Tool Town Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y tres mil quinientos noventa y ocho, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, número uno. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) de la Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Carolina Morales García, Notaria.—Nº 126149.—(75297).
SOLUCIONES
EN LUBRICACIÓN SOLUB SOCIEDAD ANÓNIMA
Soluciones en Lubricación Solub Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-242441, solicita ante la Dirección General de Tributación en San José, la reposición de los siguientes libros: el libro número primero de Registro de Socios, número primero de Actas de Asamblea de Socios, número primero de Actas de Consejo de Administración, número primero de Diario, número primero Mayor y número primero de Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Rodolfo Acuña Loaiza, Apoderado Generalísimo.—Nº 126150.—(75298).
PIENSOS
SOCIEDAD ANÓNIMA
Piensos Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-059021, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios, Registro de Socios, números uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José dentro del término de ocho hábiles a partir de este aviso.—Lic. Marcela Rodríguez Masís, Notaria.—Nº 126180.—(75299).
COMPAÑÍA
PANAMEÑA DE AVIACIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA
El suscrito, Pedro Oller Taylor, mayor de edad, casado una vez, abogado, vecino de San José, portador de la cédula número uno-setecientos ochenta y siete-cuatrocientos veinticinco, en mi condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad denominada Compañía Panameña de Aviación Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-doce-cero cero nueve mil setecientos sesenta y cinco, solicito ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Diario número uno, Mayor número uno e Inventarios y Balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Pedro Oller Taylor, Apoderado Generalísimo.—Nº 126358.—(75300).
UNIVERSIDAD
ADVENTISTA DE CENTRO AMÉRICA
Ante la Oficina de Registro de la Universidad Adventista de Centro América, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Licenciatura en Administración de Empresas, inscrito bajo el tomo I, folio 135, asiento 1,999 de esta universidad (UNADECA) y el tomo 59, folio 28, asiento 1,999 del Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP), emitido a los veintisiete días del mes de febrero del dos mil ocho, a nombre de María Eugenia Quispe Gonzales, pasaporte Nº 4912491. Se solicita la reposición del título indicado por haberse dado el cambio legal del apellido paterno, por lo que María Eugenia Quispe Gonzales pasó a llamarse María Eugenia Quiroz Gonzales. Se publica este edicto para oír oposición a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Alajuela, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Oficina de Registro y Admisiones.—Cecilia Espinosa, Directora.—(75528).
NIPRO
MEDICAL CORPORATION
Se comunica que el cheque número 73551-7, emitido por el Banco City Bank de Costa Rica S. A., a la orden de Nipro Medical Corporation, sucursal Honduras, ha sido extraviado. Por lo tanto solicitamos proceder de inmediato con los trámites de paro de pago. La empresa no se hace responsable por el uso indebido del mismo.—(75567).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
COOPEMARGARITA
R.L.
Cooperativa de Transportes y Servicios Múltiples de Taxitas R. L., inscrita en el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, mediante resolución número: C-0825, número de expediente: 569-CO del 11 de julio de 1998, cédula jurídica número: 3-004-092277, solicita ante el INFOCOOP, la reposición del tomo segundo del siguiente libro Actas de Asamblea de Asociados. Quien se considere, afectado puede manifestar su oposición ante el Macroproceso, Gestión y Seguimiento, INFOCOOP, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 31 de julio del 2009.—Carlos Campos Sánchez, Gerente.—(75395).
INMOBILIARIA
NICHAR SOCIEDAD ANÓNIMA
Inmobiliaria Nichar Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos veintisiete mil cuatrocientos cuarenta y uno, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: uno de Actas de Consejo de Administración, uno de Registro de Socios y uno de Actas de Asamblea de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Sergio Echandi Casal, Notario.—(75619).
SUEÑOS DE
COPEL SOCIEDAD ANÓNIMA
Sueños de Copel Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-417629 solicita a la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestarse ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación de este aviso.—Carlos Rojas Madriz.—(76015).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES
EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES
A las siguientes personas se les comunica que, según nuestros registros al 31 de julio del 2009, se encuentran morosos. Transcurridos diez días hábiles contados a partir de la fecha en que sus nombres aparezcan publicados en el Diario Oficial La Gaceta, de no cancelar la suma adeudada o firmar un arreglo de pago, se iniciará el proceso administrativo o judicial, según corresponda. Al mismo tiempo se les recuerda que este trámite tiene como consecuencia la inhabilitación para el ejercicio legal de la profesión.
Nombre Cédula
Aguilar Lopez Ana Cecilia 501070665
Alvarado Vargas Zeneida 602990517
Arias Chaverri Lidilia 204060741
Baltodano Marchena Laura Melisa 503400498
Bright Cole Lizeth Shomari 701190291
Campbell Mc Carthy Óscar 700840669
Campos Hernández Rodrigo Humberto 302670462
Carvajal Angulo Flor de María 601160065
Chaves Rojas Zhally María 603490935
Deweer Vanhabost Laetitia 105600007024
Fernández Fernández Yesenia María 204920877
García Padrón Carmen Eudosia 800820819
Herrera Barboza Laura Patricia 503360434
Ledezma Morales Silvia María 205840581
Pérez Zamora Albertina 203030696
Rivas Balcón Marlidian 106800002211
Rivera Polanco Silvia 135RE04319800
Rodríguez Hidalgo Luis Diego 203950283
Rodríguez Montano Elvia 2701183985286
Soto Chacón Alejandra 204870252
Vásquez Morera José Carlos 203190936
Dra. Roxana Alfaro Trejos, Presidenta Junta
Directiva.—Lic. Yolanda Hernández Ramírez, Secretaria Junta Directiva.—1
vez.—(75397).
A las siguientes personas se les comunica que según nuestros registros, su situación de morosidad en el pago de sus cuotas de colegiación se encuentra normalizada. Por lo tanto, son colegiados activos a partir del mes abajo indicado. Se le recuerda a la sociedad costarricense que estos profesionales están habilitados para ejercer la docencia y áreas afines en Costa Rica.
Nombre Cédula A partir del
Aguilar Murillo Laura
Virginia 106370113 20/07/2009
Anderson Curling Floribell de la Paz 106680579 17/07/2009
Arias Mata Freddy 107000662 14/07/2009
Barquero Barboza María Vanessa 113780049 22/07/2009
Blanco Montero José Bernardo 103120124 27/07/2009
Brenes Morera Adriana José 112590805 29/05/2009
Briceño Calvo Gisela María 502850960 28/07/2009
Briceño Elizondo Erika Sofía 108720283 27/07/2009
Calvo Sánchez Vera Violeta 203500607 31/07/2009
Campos Jiménez Gricel 601690645 20/07/2009
Cárdenas Soto Jéssica Mariela 110220085 17/07/2009
Casalvolone Fernández Carmen María 600910913 16/07/2009
Castillo Castillo Orley Obed 204790504 24/07/2009
Céspedes Chaves Florita 204480355 23/07/2009
Crespo Várela Giselle 105480868 14/07/2009
Flaquer Borbón Melissa 110360192 22/07/2009
Gamboa Fonseca Óscar 302510618 24/07/2009
González Agüero Mónica 109430044 08/07/2009
Grynspan Flikier Rebeca 105890053 20/07/2009
Guillermo Gerardo Corrales Ramírez 104680102 06/07/2009
Hernández Quirós Gilberto 204420046 17/07/2009
Hernández Salazar Ana Gabriela 205960538 24/07/2009
Hidalgo Moya Karina 110300212 24/06/2009
Jiménez Cordero Milena María 110500448 24/07/2009
Jiménez Ferreto Brayner 205290523 23/07/2009
Larios Murillo Zelma Iris 401260095 23/07/2009
Loria Corrales María de los Ángeles 203340351 30/07/2009
Marín Rojas Allan Roberto 110800281 21/07/2009
Martínez Chévez Iris 501710013 28/07/2009
Mora Álvarez Ruth Estrella 105000501 19/02/2009
Moreno Solís María Mayela 104200326 10/07/2009
Muñoz Zeledón Sylvia María 108930805 17/07/2009
Murillo Barrantes Mery Ann 205880743 24/07/2009
Navarro Godínez Manuel Antonio 108610505 22/07/2009
Neff Latorre Eva Cristina 800480955 08/07/2009
Obando Vargas Maureen 503150904 30/07/2009
Reyes Vargas Andrea 110970873 22/07/2009
Rodríguez Acuña Maynor 204830186 23/07/2009
Rodríguez Arroyo Steven Adrián 602990725 01/07/2009
Rodríguez Vargas María Isabel 204230492 01/07/2009
Rojas Araya Yeimy 205610980 14/07/2009
Ruiz Rodríguez Julio César 110560650 20/07/2009
Salas Salazar Marianela 108060932 16/07/2009
Sánchez Hernández Javier 106790202 03/07/2009
Sara Calero Araya 107360906 14/07/2009
Solano Ledezma Marcela 108390306 17/07/2009
Solano Moreno José Fabio 107270678 17/07/2009
Urbina Vargas María Soledad 105650258 17/07/2009
Vargas Villalobos Alberto 203200912 22/06/2009
Villalobos Nájera Marianela 110170167 22/07/2009
Zúñiga Jiménez Rosa Ileana 302450365 06/07/2009
Zúñiga Sánchez Martha Antonieta 104880453 09/07/2009
Dra. Roxana Alfaro Trejos, Presidenta Junta Directiva.—Lic. Yolanda Hernández Ramírez, Secretaria Junta Directiva.—1 vez.—(75399).
Mediante escritura número ciento doce, del tomo primero de la notaria Catalina Rojas Ramírez, se constituyó sociedad anónima denominada Elige Estar Bien Nutricionistas S. A.—Alajuela, veintiséis de agosto del dos mil nueve.—Lic. Catalina Rojas Ramírez, Notaria.—1 vez.—(74524).
A las quince horas del día veintidós de agosto del dos mil nueve, ante esta notaría fue constituida la sociedad anónima denominada Inversiones Graditi HHH Sociedad Anónima.—San José, a las siete horas y treinta minutos del veinticuatro de agosto del dos mil nueve.—Lic. Federico Mora Azofeifa, Notario.—1 vez.—(74541).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas de hoy, se constituyó la compañía denominada El Rincón de Villa Sociedad Anónima por 100 años, capital social suscrito y pagado.—San José, 18 de agosto del 2009.—Lic. Javier Aguilar Villa, Notario.—1 vez.—(74542).
Por escritura pública de las nueve horas del veinticinco de agosto del dos mil nueve, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad La Esperanza del Delfín Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta y cuatro mil setecientos veintiuno, mediante la cual se modifica la cláusula sexta de estatutos sociales y se nombra nuevo presidente.—San José, 25 de agosto del 2009.—Lic. Carlos Alberto Riba Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(74543).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del 21 de agosto del 2009, se constituyó Tech Solutions CR Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social: 99 años.—San José, 26 de agosto del 2009.—Lic. Armando Moreno Arroyo, Notario.—1 vez.—(74545).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 21 de agosto del 2009, se constituyó Para Llevar Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo social: 99 años.—San José, 26 de agosto del 2009.—Lic. Armando Moreno Arroyo, Notario.—1 vez.—(74546).
El día de hoy, se constituyó la compañía Burgos, Caminillos de Conchas Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital social: un millón de colones, plazo social: cien años a partir de su constitución, domicilio: San José, calle cuarenta, avenida segunda, tercer piso del edificio Hotel Parque del Lago Business Center, distrito tercero Hospital, del cantón de San José.—Veinticinco de agosto del dos mil nueve.—Lic. Johnny Alfaro Llaca, Notario.—1 vez.—(74549).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 12:00 horas de hoy, se adicionó escritura ante mí a las 16:00 horas del 13 de agosto en curso en la que se constituyó la sociedad Chirris Sociedad Anónima, a efecto de cambiar el nombre por el de Ronmo Sociedad Anónima.—San José, veinticinco de agosto del dos mil nueve.—Lic. Luis Javier Guier Alfaro, Notario.—1 vez.—(74551).
Ante esta notaría se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social se establece de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, con un plazo de noventa y nueve años y un capital social de cien mil colones exactos.—San José, veintiuno de agosto del dos mil nueve.—Lic. Ingrid Gutiérrez Rojas, Notaria.—1 vez.—(74552).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 20 de agosto del dos mil nueve, se protocoliza acta número tres de Auto Partes Sanders & Sanders Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula cuarta del pacto social y se nombra nuevo gerente y subgerente.—San Marcos de Tarrazú, 24 de agosto del 2009.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 125940.—(74648).
Ante esta notaría en fecha veinticinco de agosto del dos mil nueve, se constituyó Corporación Financiera del Deporte MVC Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Domicilio: San José. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Ana Laura Mena Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 125944.—(74649).
Por escritura número veintitrés-tres, otorgada ante mí, a las catorce horas del doce de agosto del dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Selinonte S. A., por la que se acuerda modificar cláusulas décima y undécima de la administración; así como se conoce, aprueba y acepta la renuncia del presidente, secretario y tesorero, y se hacen nuevos nombramientos.—San José, 12 de agosto del 2009.—Lic. Manfred Fischel Robles, Notario.—1 vez.—Nº 125945.—(74650).
Por escritura número veintiséis-tres otorgada ante mí, a las diez horas veinte minutos del veinticuatro de agosto del dos mil nueve, ante el suscrito notario se constituye la sociedad de responsabilidad limitada denominada Enecon Costa Rica S.R.L. Corresponde su representación: gerente.—San José, 24 de agosto del 2009.—Lic. Manfred Fischel Robles, Notario.—1 vez.—Nº 125946.—(74651).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veinticuatro de agosto del año dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad Brales Partners Limitada, con cédula jurídica tres-ciento dos-quinientos sesenta mil doscientos cincuenta, reformando su cláusula sétima, y se nombran gerentes. Es todo.—Jacó, 24 de agosto del 2009.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 125948.—(74652).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del veinticuatro de agosto del año dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad 3-102-487629 Beach Limitada, con cédula jurídica tres-ciento dos-cuatrocientos ochenta y siete mil seiscientos veintinueve, reformando sus cláusulas primera y sétima y se nombran gerentes. Es todo.—Jacó, 24 de agosto del 2009.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 125949.—(74653).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del veintiuno del julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Vásquez & Barrantes D O A Limitada. Objeto: administración de bienes. Capital social: cuatro mil colones. Es todo.—Jacó.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 125950.—(74654).
Por escritura otorgada por el notario Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, a las 14:00 horas del 21 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad Kylaro Sociedad Anónima abreviarse Kylaro S. A. Cuyo presidente: con facultades apoderado generalísimo sin límite de suma, es el señor: Luis Amado Alfaro Rojas. Capital: suscrito y pago en su totalidad.—Grecia, 21 de agosto del 2009.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—Nº 125951.—(74655).
Por escritura de las 8:00 horas del 24 de agosto del 2009, se protocoliza acuerdo de asamblea general de accionistas de la empresa GSI Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la cual se revocan los nombramientos de la junta directiva y fiscal y se nombran nuevos.—San José, 24 de agosto del 2009.—Lic. Johnny Alberto Vargas Carranza, Notario.—1 vez.—Nº 125958.—(74656).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, se constituye CETCAL S. A. Capital social: diez mil colones. Presidente: Roberto Ávila Arias. Escritura otorgada a las ocho horas del día veinticuatro de agosto del 2009.—Lic. Ana Graciela Alvarenga Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 125971.—(74658).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 21 de agosto del 2009, Viviana Madrigal Montero, Luis Alberto Astorga Piedra, constituyeron la sociedad Accesorios y Suministros Digitales A.S.D. Sociedad Anónima.—Lic. Gustavo Acuña Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 125972.—(74659).
Por escritura número 09, visible al folio 4, vuelto, del tomo 6° del protocolo del suscrito, con fecha 17:00 horas del 27 de abril del 2009, se constituyó la sociedad Inversiones Gómez Chaverri S. A., domiciliada en Grecia de Alajuela, 50 metros al norte del mercado. Objeto: compra y venta de acarreo y trasporte de materiales y comercio en general. Capital social: diez mil colones. Presidente y tesorero: apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Carlos Arturo Paniagua Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 125973.—(74660).
Ante esta notaría, se ha modificado la estructura de la sociedad denominada El Paraíso Costeño Sociedad Anónima, se nombra presidente y se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo “domicilio fiscal”.—San José, 25 de agosto del 2009.—Lic. Douglas Hernández Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 125976.—(74661).
A las 12:30 horas del día 17 de agosto del 2009, ante esta notaría, se protocolizó acta de la sociedad anónima denominada The Pink Dolphim Enterprise Sociedad Anónima. Cambia de nombre a Saturtrac Sociedad Anónima. Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: mil colones.—San José, 18 de agosto del 2009.—Lic. Randall Segura Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 125977.—(74662).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas treinta minutos del veinte de agosto del dos mil nueve, se constituye la sociedad Agropecuaria Mole de Santa Bárbara Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital: un millón de colones. Gerente: Isidro Morera Alfaro y Subgerente: Edda María Lépiz Jiménez.—Heredia, 24 de agosto del 2009.—Lic. Silvia Gabriela Meza Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 125978.—(74663).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada Bodegas Rodríguez del Pacífico Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Comercio en general. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 125979.—(74664).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Corporación CEK de Costa Rica Sociedad Anónima en la que se modificó la cláusula décima y se reforma el pacto constitutivo.—San José, 24 de agosto del 2009.—Lic. José Fabio Ramírez Carranza, Notario.—1 vez.—Nº 125980.—(74665).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Lemen de Costa Rica Sociedad Anónima, en la que se modificó la cláusula octava y se reforma el pacto constitutivo.—San José, 24 de agosto del 2009.—Lic. José Fabio Ramírez Carranza, Notario.—1 vez.—Nº 125981.—(74666).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Comercializadora Rutas y Ruteo Sociedad Anónima, en la que se modificó la cláusula octava y se reforma el pacto constitutivo.—San José, 24 de agosto del 2009.—Lic. José Fabio Ramírez Carranza, Notario.—1 vez.—Nº 125982.—(74667).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Comercializadora Rutas y Ruteo Sociedad Anónima, en la que se modificó la cláusula octava y se reforma el pacto constitutivo.—San José, 24 de agosto del 2009.—Lic. José Fabio Ramírez Carranza, Notario.—1 vez.—Nº 125983.—(74668).
Se constituye la compañía denominada Kaleju Sociedad Anónima. Presienta: Leonor Aguilar Delegar. Capital social: seiscientos mil colones. Escritura otorgada en Santa Cruz, Guanacaste, a las catorce horas del tres de julio del año dos mil nueve.—Santa Cruz, 3 de julio del 2009.—Lic. José Ángel Ruiz Cabalceta, Notario.—1 vez.—Nº 125985.—(74670).
Saúl Arias Cruz e Iveth Rodríguez Barquero, constituyen Arias Rodríguez de Santo Domingo Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Jacó, a las dieciséis horas cuarenta minutos del veintiuno de agosto del dos mil nueve, ante la licenciada Mónica Lleras Barrantes.—San José, a las 8:00 horas del 23 de agosto del 2009.—Lic. Mónica Lleras Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 125987.—(74671).
En la ciudad de Santa Ana, San José, a las once horas del día veinticuatro de agosto del año dos mil nueve, se constituyó sociedad anónima, cuyo nombre es Foodstuff Sociedad Anónima Sociedad, con un capital social de diez mil colones. Yo Sally Madrigal Saborío, Notaria Pública, hago constar que están representados en diez acciones de mil colones cada una, conformada por una junta directiva de tres miembros presidente, secretario, tesorero, y un fiscal. El presidente y secretario cuentan con la representación con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta nombrados por todo el plazo social.—Lic. Sally Madrigal Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 125988.—(74672).
La suscrita notaria Rosa Antonia Puello Suazo, da fe que la sociedad Inmobiliaria Helenica de Costa Rica Sociedad Anónima nombró como presidenta a Felicidad Carabaguiaz Suazo.—San José, 25 de agosto del 2009.—Lic. Rosa Antonia Puello Suazo, Notaria.—1 vez.—Nº 125989.—(74673).
Por escritura pública otorgada ante el notario Héctor Manuel Fallas Vargas, en San José, a las dieciséis horas treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil nueve, se constituyó Torres Tecnología Industrial Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 25 de agosto del 2009.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 125990.—(74674).
Se constituyó Teltech América S. A. Capital social: cincuenta y cinco mil dólares, vigencia cien años a partir del veinticuatro de agosto del dos mil nueve.—San José, 24 de agosto del 2009.—Lic. Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—Nº 125991.—(74675).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 8 de agosto del 2009, se constituyó una sociedad anónima que llevará como denominación su número de cédula jurídica. Capital social: doce mil colones. Presidente: Fernando Brenes Acuña.—San José, 8 de agosto del 2009.—Lic. Juliana Yglesias Luconi, Notaria.—1 vez.—Nº 125994.—(74676).
Por escritura Nº 18 otorgada ante esta notaría, las dieciséis horas con treinta minutos del veintitrés de junio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Kemyosnai S. A., con capital social de diez mil colones.—Guácimo de Limón.—Lic. Ólger Vargas Campos, Notario.—1 vez.—Nº 125996.—(74677).
El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las dieciséis horas del doce de agosto del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Importadora Rodríguez Picado Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, 17 de agosto del 2009.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—Nº 126000.—(74678).
Por escritura otorgada en mi notaría, en Alajuela a las ocho horas del diecinueve de agosto del dos mil nueve, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Relaciones Automotrices W Y V S. A. Presidente y tesorero con representación judicial y extrajudicial, además apoderados generalísimos sin límite de suma de la sociedad. Domicilio social: Costa Rica, Alajuela, central, Barrio San José, Calle Santa Lucía, frente a finca de recreo Cortel. Cambio de junta directiva y fiscal.—Lic. Fabiola Gamboa Ross, Notaria.—1 vez.—Nº 126062.—(74731).
En mi notaría, al ser las 13:00 horas del 6 de agosto del 2009, se protocolizaron acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Rimazur Riquezas Marinas del Sur S. A., cédula jurídica 3-101-579962, donde se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo otorgándole al presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando de forma conjunta o separadamente.—San José, veinte de agosto del dos mil nueve.—Lic. Yessenia López Chávez, Notaria.—1 vez.—Nº 126064.—(74732).
A las diecisiete horas del día veinticuatro de agosto del dos mil nueve ante mi notaría, protocolicé acta de la sociedad denominada Bosquequipo S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cero cuatro siete cinco cuatro seis, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto social.—San José, trece horas del veinticinco de agosto del dos mil nueve.—Lic. Zaida Mayela Hernández Aguilar, Notaria.—1 vez.—Nº 126068.—(74733).
Ante mí, Roberto Romero Mora se otorga escritura número ciento treinta, al ser diez horas cincuenta minutos del diecisiete de agosto del dos mil nueve, en donde se reforman cláusulas segunda, cuarta y octava de Bienes Inmobiliarios Valle Dorado Vivid S. A. Es todo.—San José, al ser las quince horas del día diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Roberto Romero Mora, Notario.—1 vez.—(74872).
Ante mí, Roberto Romero Mora se otorga escritura número ciento veinticuatro, al ser las catorce horas del día siete de agosto del dos mil nueve, en donde se constituye la sociedad Inversiones VAMP Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital: 120.000,00 colones y la representación judicial y extrajudicial le corresponden al presidente y al secretario de la compañía conjunta o separadamente. Es todo.—San José, al ser las quince horas del día siete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Roberto Romero Mora, Notario.—1 vez.—(74873).
Ante mí, Roberto Romero Mora se otorga escritura número ciento once, al ser quince horas treinta minutos del día dieciséis de julio del dos mil nueve, en donde se reforman cláusulas segunda, cuarta y octava de tres-ciento uno-quinientos sesenta y siete mil doscientos ochenta y seis sociedad anónima. Es todo.—San José, al ser las quince horas treinta y cinco minutos del día dieciséis de julio del dos mil nueve.—Lic. Roberto Romero Mora, Notario.—1 vez.—(74874).
Ante mí, Roberto Romero Mora se otorga escritura número ciento veinticinco, al ser diecisiete horas del día diez de agosto del dos mil nueve, en donde se reforman cláusulas segunda, cuarta y octava de Pane Tibás B. A. L. S. Limitada. Es todo.—San José, al ser las diecisiete horas diez minutos del día diez de agosto del dos mil nueve.—Lic. Roberto Romero Mora, Notario.—1 vez.—(74875).
Ante mí, Roberto Romero Mora se otorga escritura número ciento diez, al ser quince horas veinte minutos del día dieciséis de julio del dos mil nueve, en donde se reforman cláusulas segunda, cuarta y octava de tres-ciento uno-quinientos sesenta y siete mil doscientos ochenta y cinco sociedad anónima. Es todo.—San José, al ser las quince horas veinticinco minutos del día dieciséis de julio del dos mil nueve.—Lic. Roberto Romero Mora, Notario.—1 vez.—(74876).
Ante esta notaría por escritura número 061-13 de las 14:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad amparada al Decreto Ejecutivo Nº 33171-J, siendo la denominación social el número que se le asigne, objeto: comercio en general, capital íntegramente pagado y suscrito, 99 años.—Poás, 21 de agosto del 2009.—Lic. Mario Rivera Campos, Notario.—1 vez.—(74877).
Mediante escritura pública número ciento trece, otorgada en Grecia a las trece horas treinta minutos del cuatro de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Ecodesarrollos Urbanísticos Ajima F & M Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo: noventa y nueve años.—Grecia, 5 de agosto del 2009.—Lic. Enrique Alonso Vargas Alfaro, Notario.—1 vez.—(74878).
Mediante escritura pública número ciento catorce otorgada en Grecia a las catorce horas del cuatro de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Constructora Especializada Occidental Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo: noventa y nueve años.—Grecia, 5 de agosto del 2009.—Lic. Enrique Alonso Vargas Alfaro, Notario.—1 vez.—(74879).
Mediante escritura pública número ciento quince, otorgada en Grecia a las catorce horas quince minutos del cuatro de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Sistemas Constructivos de Avanzadas & Co. Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo: noventa y nueve años.—Grecia, 5 de agosto del 2009.—Lic. Enrique Alonso Vargas Alfaro, Notario.—1 vez.—(74880).
Mediante escritura pública número ciento once otorgada en Grecia a las trece horas del cuatro de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Maquinaria Especializada Ajima F & M Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo: noventa y nueve años.—Grecia, 5 de agosto del 2009.—Lic. Enrique Alonso Vargas Alfaro, Notario.—1 vez.—(74881).
Mediante escritura pública número ciento doce, otorgada en Grecia a las trece horas quince minutos del cuatro de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Inmobiliarias Ajima F & M Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo: noventa y nueve años.—Grecia, 5 de agosto del 2009.—Lic. Enrique Alonso Vargas Alfaro, Notario.—1 vez.—(74882).
Por escritura otorgada ante la notaría de Walter Garita Quirós, Po Shen Tseng Lu y Po Hsiang Tseng Lu constituyeron dos sociedades anónimas denominada como Testigo Ocular Sociedad Anónima, otorgada el veinticinco de agosto del dos mil nueve.—Lic. Walter Garita Quirós, Notario.—1 vez.—(74918).
Por escritura otorgada ante la notaría de Walter Garita Quirós, Po Shen Tseng Lu y Po Hsiang Tseng Lu constituyeron dos sociedades anónimas denominadas como el número de cédula jurídica que el Registro le asigne, otorgada el veinticinco de agosto del dos mil nueve.—Lic. Walter Garita Quirós, Notario.—1 vez.—(74919).
Por escritura otorgada ante mí, a las 7:00 horas del 26 de agosto del 2009, se acordó modificar administración de la sociedad 3-101-545308 S.A.—Alajuela, a las diez horas del 26 de agosto del 2009.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(74922).
Por medio de escritura número trescientos trece, del tomo cuarto del protocolo de la notaria Maricruz Sánchez Carro, se constituyó la sociedad Regalos de Dios Cuarenta y Siete R.D.D. Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuyos representantes son Kevin Richard Morán y Zulma Nathalia Villamil Ruiz. Dicha sociedad tiene un capital social de diez mil colones y un plazo social de cien años.—Alajuela, veinticinco de agosto del dos mil nueve.—Lic. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—(74924).
Por medio de escritura número trescientos doce, del tomo cuarto del protocolo de la notaria Maricruz Sánchez Carro, se modificó la cláusula primera de la sociedad denominada tres uno cero uno cuatro siete seis cinco cuatro dos sociedad anónima, modificándose el nombre de la sociedad para que en el futuro se denomine I.D.I. International Developments & Investments Costa Rica Sociedad Anónima.—Alajuela, veinticinco de agosto del dos mil nueve.—Lic. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—(74925).
Ante esta notaría, se reformó constituyó la sociedad Tecnicréditos S. A., con un plazo social de 99 años y será su presidente Randall Gerardo Bonilla Arroyo, mayor, soltero, técnico en sistemas de información, con cédula Nº 1-715-599, vecino de Santo Domingo de Heredia, su apoderado generalísimo.—San José, 26 de agosto del 2009.—Lic. Ana María Avendaño Rojas, Notaria.—1 vez.—(74926).
Ante esta notaría, se reformó constituyó la sociedad Tecnoburo S.A., con un plazo social de 99 años y será su presidente Marlon Cordero Salas, mayor, casado una vez, licenciado en administración de empresas, con cédula Nº 1-781-272, vecino de Heredia, su apoderado generalísimo.—San José, 26 de agosto del 2009.—Lic. Ana María Avendaño Rojas, Notaria.—1 vez.—(74927).
Por escritura número veinticinco, otorgada en esta notaría a las ocho horas del veinticinco de agosto del dos mil nueve, se constituye Grupo Empresarial Hermanos Prado Sociedad Anónima. Domicilio: Heredia centro. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones. La presidenta: señorita Kathia Alejandra Prado Romero, cédula de identidad número uno-uno dos cinco siete-tres cero siete, ostentará facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—San José, 25 de agosto del 2009.—Lic. Ariana Bolaños Ugalde, Notaria.—1 vez.—(74930).
Mediante escritura número ciento treinta y tres, visible a folio ciento cuarenta y uno frente del tomo tres del protocolo de la suscrita notaria, otorgada a las nueve horas treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Jonronero S.R.L. Es todo.—San Antonio de Belén, Heredia, a las diez horas del veintiséis de agosto del dos mil nueve.—Lic. Andrea Cordero Montero, Notaria.—1 vez.—(74933).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del veintiséis de agosto y a las once horas del veintiséis de agosto, ambas del dos mil nueve, se constituyeron las sociedades denominadas Más Servicios Gag Limitada y Bikinis N Bikes Costa Rica Nights Limitada.—San José, veintiséis de agosto del dos mil nueve.—Lic. Ana Mercedes Ajoy Zeledón, Notaria.—1 vez.—(75039).
Por escritura otorgada hoy, 22 de agosto del 2009, a las 9:00 horas, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Villa Cecilia Las Flores Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó modificar la cláusula novena y eliminar la cláusula décimo tercera de los estatutos.—San José, 22 de agosto del 2009.—Lic. José Alejandro Martínez Castro.—1 vez.—(75055).
Por escritura otorgada el día de hoy ante esta notaría, Eduardo Alonso Márquez Fernández y Juan Antonio Mainieri Acuña constituyen la sociedad Smart Inc. Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente del Consejo de Administración. Capital social de diez mil colones.—San José, a las trece horas del veintiuno de agosto del dos mil nueve.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1 vez.—(75057).
Por escritura pública número cero vientidós-cero nueve, de las nueve horas del veintiséis de agosto del dos mil nueve, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Nevadas Musgosas Ltda., en la que se modifica la cláusula sexta de la administración, se nombra gerentes y agente residente.—Lic. Erika Mishelle Gómez Soto, Notaria.—1 vez.—(75068).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:40 horas del 24 de julio del 2009, se constituyó German Tech Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo social: 99 años.—San José, 26 de agosto del 2009.—Lic. Armando Moreno Arroyo, Notario.—1 vez.—(75073).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 11:00 horas del veinticuatro de agosto del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Las Lomas de Rosario Sociedad Anónima, mediante la que se modifica la cláusula segunda y sétima del pacto social.—Lic. Alex Vargas Zeledón, Notario.—1 vez.—(75084).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad Consultora Montenegro Sociedad Anónima, capital social enteramente suscrito y pagado.—San José, 19 de agosto del 2009.—Lic. Ronald Soto Arias, Notario.—1 vez.—(75086).
Ante mí, a esta hora y fecha se modificó la sociedad Tekjo Constructores Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y tres mil cuatrocientos cinco. Fue nombrado como tesorero José Ángel Altamirano.—Grecia, 26 de agosto del 2009.—Lic. Jonathan Barrantes Alfaro, Notario.—1 vez.—(75087).
Por escritura número cuarenta y uno, otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del día veinticinco de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Siete Verde 96 Limitada.—San José, 25 de agosto del 2009.—Lic. Paola Barrantes Gamboa.—1 vez.—(75088).
Ante mí, a esta hora y fecha se constituyó la sociedad Transportes Las Tres Marías Griegas Sociedad Anónima, con domicilio en Alajuela, Rincón de Salas de Grecia, del gimnasio ciento cincuenta metros este y cien metros norte. Fueron nombrados como presidente José Luis González Matamoros, como vicepresidenta Jeanina Bolaños Marín, como secretaria Estefany María González Bolaños, como tesorero Jesús Enrique González Matamoros, como fiscal María José González Bolaños, tanto el presidente, vicepresidenta y secretaria tendrán facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, asumiendo estos tres la representación judicial y extrajudicial de la compañía.—Grecia, 26 de agosto del 2009.—Lic. Jonathan Barrantes Alfaro, Notario.—1 vez.—(75089).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas quince minutos del veinticinco de agosto del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Clever Times Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos noventa y dos mil ciento veinticuatro, de las ocho horas del veinte de agosto del dos mil nueve, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta de los estatutos y se nombran nuevos Gerentes.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—(75101).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas veinte minutos del veinticuatro de agosto del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Uno A Odonto Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y dos mil seiscientos setenta y nueve, de las ocho horas del trece de agosto de dos mil nueve, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y octava de los estatutos y se nombran nuevo secretario y tesorero.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—(75102).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día doce de agosto de dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía denominada Blackness Central Pacific Limitada, en la cual se reforma cláusula segunda del domicilio y se nombro nuevo gerente. Es todo.—San José, 12 de agosto de 2009.—Lic. Douglas Ruiz Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(75104).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día quince de agosto de dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía denominada More About Sport (MAS) Limitada, en la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio y se nombro nuevo gerente. Es todo.—San José, 15 de agosto de 2009.—Lic. Douglas Ruiz Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(75106).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 del 26 de agosto del dos mil nueve, se reforma las cláusulas primera y la administración de la junta directiva de la sociedad Inversiones Mediterráneo H & M S. A.—San José, veintiséis de agosto del 2009.—Lic. Luis Esteban Hernández Brenes, Notario.—1 vez.—(75111).
El día veinte de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Brincomanía Limitada.—Palmares, 21 de agosto del 2009.—Lic. Edgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—Nº 126088.—(75134).
Por escritura otorgada en San José, a las 15:00 del 25 de agosto de 2009, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Mora y Rojas CRC S. A. Capital: diez mil colones. Objeto: industria y comercio en general. Plazo: 99 años. Domicilio: San José.—Lic. Augusto Porras Anchía, Notario.—1 vez.—Nº 126089.—(75135).
Por escritura otorgada ante mí, a las 08:40 horas del 24 de agosto del 2009, se reforman las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva de la sociedad Puro Verde Paraíso Forestal S. A.—Ciudad Quesada, 24 de agosto del 2009.—Lic. Ivannia Barboza Carvajal, Notaria.—1 vez.—Nº 126090.—(75136).
Por escritura otorgada ante mí, a las 08:50 horas del 24 de agosto del 2009, se reforman las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva de la sociedad Isla Bosques de Costa Rica S. A.—Ciudad Quesada, 24 de agosto del 2009.—Lic. Ivannia Barboza Carvajal, Notaria.—1 vez.—Nº 126091.—(75137).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:45 horas del 24 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad que se denominará según la cédula jurídica que le asigne el registro y su aditamento sociedad anónima, cuyo capital se encuentra suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 24 de agosto del 2009.—Lic. Hugo Alberto Loaiza Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 126092.—(75138).
Por escritura otorgada ante mí, a las 17:15 horas del 19 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad Grupo M.W.O.M. S. A., cuyo capital social se encuentran totalmente suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 20 de agosto del 2009.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 126093.—(75139).
Por escritura otorgada a las 13:00 horas del día de hoy, se constituye la empresa Alquileres y Transportes La Alegría S. A.—San José, 4 de agosto de 2009.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 126097.—(75140).
Kendal Javier Araya Venegas y Walter Cambronero Miranda, constituyen Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Grecia a las 10:15 horas del día 20 de agosto del 2009.—Lic. Miguel Alfaro Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 126101.—(75141).
Por escritura otorgada en Grecia a las 11:30 horas del 18 de agosto del dos mil nueve, se protocolizó acta de la compañía Grupo de Inversiones Residencias de Costa Rica Número Diez-J S Sociedad Anónima, se acuerda modificar la cláusula sexta del pacto constitutivo, corresponde al presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Se acepta la renuncia del presidente, secretario y tesorero, se procede al nombramiento de los mismos. Presidente: Lewis Cohen, Secretaria: Eva Theresa Kiszti., tesorera: Daniela Stephanie Kiszti.—Grecia, 25 de agosto del 2009.—Lic. Luis Adrián Alfaro Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 126102.—(75142).
A las 16:00 horas del 24 de febrero del 2009, los señores Henry Gerardo Bastos Ulate y Douglas Rojas Barrantes, constituyeron la sociedad Artcosta Investment S. A., que se traduce al idioma español como Inversiones Artcosta S. A., Plazo: 99 años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital ¢10.000.00. Objeto: La actividad comercial en general. Domicilio en Residencial Omega-Villa Sofía, casa número treinta tres P-ciento uno, San Diego, La Unión, Cartago.—San José, 25 de agosto de 2009.—Lic. Lyannette Petgrave Brow, Notaria.—1 vez.—Nº 126103.—(75143).
El suscrito notario hace constar, que ante su notaría, se constituyó la sociedad Seguridad R.G. Manlimpi S. A.—San José, 25 de agosto del 2009.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 126104.—(75144).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 13:00 horas del veinticinco de agosto del 2009, se constituyó la sociedad anónima denominada Corona R H Pacífica Dorada Sociedad Anónima. Presidente y secretario son apoderados generalísimos sin limitación de suma.—Lic. Luis Francisco Solórzano Víquez, Notario.—1 vez.—Nº 126106.—(75145).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 12:00 horas del veinticinco de agosto del 2009, se constituyó la sociedad anónima denominada Artrokis W X Internacional Sociedad Anónima. Presidente y secretario son apoderados generalísimos sin limitación de suma.—Lic. Luis Francisco Solórzano Víquez, Notario.—1 vez.—Nº 126107.—(75146).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 14:00 horas del veinticinco de agosto del 2009, se constituyó la sociedad anónima denominada Sagú Sur del Mediterráneo Sociedad Anónima. Presidente y secretario son apoderados generalísimos sin limitación de suma.—Lic. Luis Francisco Solórzano Víquez, Notario.—1 vez.—Nº 126108.—(75147).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 11:00 horas del veinticinco de agosto del 2009, se constituyó la sociedad anónima denominada Aguaturma del Sur Internacional Sociedad Anónima. Presidente y secretario son apoderados generalísimos sin limitación de suma.—Lic. Luis Francisco Solórzano Víquez, Notario.—1 vez.—Nº 126109.—(75148).
Por escritura número sesenta y nueve, otorgada en esta notaría, a las dieciséis horas del siete de agosto del dos mil nueve, se constituyó la asociación denominada: Asociación Iglesia Cristiana Mahanaim, cuya presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con la representación judicial y extrajudicial es: Delma Mena, pasaporte cero nueve cinco dos ocho ocho seis ocho cinco. Plazo social: Noventa y nueve años.—San Isidro de Pérez Zeledón, 25 de agosto del 2009.—Lic. Yolanda Chinchilla Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 126110.—(75149).
Por escritura 93, otorgada en esta notaría, a las 13:00 horas del 17 de agosto del 2009, la sociedad: Seguridad Ángel Guardián S. A., reforma su domicilio social y nombra nueva secretaria.—Lic. Germán José Víquez Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 126111.—(75150).
Bufete Serrano y Asociados, escritura otorgada en esta notaría, a las 18:00 horas del 21-08-2009, se protocoliza asamblea general extraordinaria de Cabriel Internacional S. A. Reforma cláusulas segunda y sexta: nombra presidente, Juan Carlos Hernández Arias.—Lic. José Rodrigo Serrano Masís, Notario.—1 vez.—Nº 126113.—(75151).
Bufete Serrano y Asociados, escritura otorgada en esta notaría, a las 15:00 horas del 21-08-2009, se protocoliza asamblea general extraordinaria de Promotora Sunami S. A., reforma cláusulas segunda y sexta: nombra presidente, Juan Carlos Hernández Arias.—Lic. José Rodrigo Serrano Masís, Notario.—1 vez.—Nº 126114.—(75152).
Bufete Serrano y Asociados, escritura otorgada en esta notaría, a las 13:00 horas del 21-08-2009, se protocoliza asamblea general extraordinaria de J. V. A. Javise S. A. Reforma cláusulas segunda y octava: nombra presidente, Juan Carlos Hernández Arias.—Lic. José Rodrigo Serrano Masís, Notario.—1 vez.—Nº 126115.—(75153).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:00 horas del 24 de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima denominada Alausi Sociedad Anónima.—San José, 24 de agosto del dos mil nueve.—Lic. Sergio Sancho Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 126117.—(75154).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del dieciocho de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Velvet JMD Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente: con facultades de apoderado generalísimo. Domicilio: Curridabat.—Lic. Sergio Leiva Urcuyo, Notario.—1 vez.—Nº 126118.—(75155).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del dieciocho de agosto del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Empresa Internacional Menge S. A., por la cual se reforma la cláusula tercera.—Lic. Sergio Leiva Urcuyo, Notario.—1 vez.—Nº 126119.—(75156).
Se deja constancia que ante esta notaría, mediante escritura pública otorgada a las dieciséis horas del veinticinco de agosto de dos mil nueve, Francisco González Guido y Carolina Quijano Céspedes, constituyeron Say No More Sociedad Anónima. Presidente: Francisco González Guido.—Lic. Emma Cousin Picado, Notaria.—1 vez.—Nº 126120.—(75157).
Ante mí, Lic. María Isabel Rodríguez Herrera, por escritura número sesenta del tomo seis de mi protocolo, de las catorce horas del cuatro de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza Glass Slide S. A., cuyo capital social quedo suscrito y pagado y en la junta directiva, se nombró como presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma al señor Minor Gerardo Cruz López.—Lic. María Isabel Rodríguez Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 126127.—(75158).
Ante mí, Lic. Anthony Fernández Pacheco, por escritura número nueve del tomo diez de mi protocolo, de las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza Proyeca C V G S. A., cuyo capital social quedo suscrito y pagado y en la Junta Directiva se nombró como presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma al señor Adrián Gómez Espinosa.—Lic. Anthony Fernández Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 126128.—(75159).
Se ha constituido la empresa La Peluquería Sociedad Anónima, escritura otorgada en San José, a las ocho horas del diez de julio de dos mil nueve.—Lic. Tatyana Brenes Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 126130.—(75160).
En escritura número ciento veintiséis, de las quince horas del día veinte de agosto del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Condominio Cerro Alto Lote Ciento Once JAC Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo de la sociedad, cambiándose su nombre por el de MG Escazú Oasis Sociedad Anónima, y además se reforman las cláusulas cuarta y octava de pacto constitutivo, y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidenta: Liana Garnier Acuña.—San José, 20 de agosto del 2009.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 126148.—(75170).
Por escritura otorgada, ante la notaría de Pedro Brenes Murillo y Eslava Hernández Jiménez, a las 8:00 horas del 20 de agosto del 2009, se protocolizó acta número dos de asamblea general extraordinaria de Hierro F E Veintiséis Sociedad Anónima S. A. Se reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo. Es todo.—San José, 24 de julio del 2009.—Lic. Pedro Brenes Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 126153.—(75171).
Que mediante escritura de las 8:00 horas de hoy, se constituyó Roper Dentals Care S. A., capital suscrito y pagado, domicilio San José, representación presidente y secretario.—San José, 25 de agosto del 2009.—Lic. Alexander A. Chacón Porras, Notario.—1 vez.—Nº 126157.—(75172).
Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las quince horas treinta minutos, Juan Manuel Artavia Gutiérrez y Fabián Artavia Gamboa, constituyeron sociedad anónima. Domicilio: en San José, Pérez Zeledón, San Isidro exactamente, frente a la Ferretería Feymaco. Objeto: Su objeto será la industria, la agricultura, la ganadería y el comercio en general. Capital social: Doce mil colones, representado por doce acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: Noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Fabián Artavia Gamboa.—Pérez Zeledón, 24 de agosto del año 2009.—Lic. Juan Luis Artavia Mata, Notario.—1 vez.—Nº 126162.—(75173).
Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las catorce horas treinta minutos, Carolina Artavia Gutiérrez y Elmer Paz Villalobos, constituyeron sociedad anónima. Domicilio: en San José, Pérez Zeledón, San Isidro exactamente, frente a la Ferretería Feymaco. Objeto: Su objeto será la industria, la agricultura, la ganadería y el comercio en general. Capital social: Doce mil colones, representado por doce acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidenta: Carolina Artavia Gutiérrez.—Pérez Zeledón, 24 de agosto del año 2009.—Lic. Juan Luis Artavia Mata, Notario.—1 vez.—Nº 126163.—(75174).
Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las quince horas, Juan Manuel y Carolina Artavia Gutiérrez, constituyeron sociedad anónima. Domicilio: en San José, Pérez Zeledón, San Isidro exactamente, frente a la Ferretería Feymaco. Objeto: Su objeto será la industria, la agricultura, la ganadería y el comercio en general. Capital social: Doce mil colones, representado por doce acciones comunes y nominativas de mil colones cada una íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Juan Manuel Artavia Gutiérrez.—Pérez Zeledón, 24 de agosto del año 2009.—Lic. Juan Luis Artavia Mata, Notario.—1 vez.—Nº 126164.—(75175).
Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las catorce horas, Eduardo Román Gómez y Emilia María Gómez Víquez, constituyeron sociedad anónima. Domicilio: en San José, Pérez Zeledón, San Isidro exactamente, frente a la Ferretería Feymaco. Objeto: Su objeto será la industria, la agricultura, la ganadería y el comercio en general. Capital social: Doce mil colones, representado por doce acciones comunes y nominativas de mil colones cada una íntegramente suscritas y pagadas. Plazo social: Noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Eduardo Román Gómez.—Pérez Zeledón, 24 de agosto del año 2009.—Lic. Juan Luis Artavia Mata, Notario.—1 vez.—Nº 126165.—(75176).
Por escritura otorgada ante mí, se constituye la sociedad Jire J.A.M.R. del Sur S. A. Domicilio: San José, Pérez Zeledón, presidente: José Anibal Mena Rojas.—San José, 24 de agosto del 2009.—Lic. Royran Arias Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 126166.—(75177).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del día dieciséis de octubre del dos mil seis, se nombró nuevo presidente y secretario de la junta directiva de la sociedad denominada Palmas Afshins S. A.—Lic. Royran Arias Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 126167.—(75178).
Ante mi notaría, al ser las 15:30 horas del día 19 de agosto del 2009, escritura número 95 visible al folio 169 vuelto, del tomo 43 de mi protocolo, se constituyó la empresa denominada Provet del Sur S.R.L., con un capital social de diez mil colones, representado por cien cuotas sociales de cien colones cada una, administrada por un gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente salvo para venta de bienes inscritos en que se requiere actuación conjunta. Plazo social 99 años a partir de su constitución.—San José, veinticinco de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Carlos Eduardo Castro Mora, Notario.—1 vez.—Nº 126168.—(75179).
Ante esta notaría, por escritura número 129, del tomo 6, se nombra nueva junta directiva y fiscal de la sociedad Succesful Business Corporation S. A.—San José, 24 de agosto del 2009.—Lic. Nidia Shadid Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 126169.—(75180).
Ante esta notaría, por escritura número 128, del tomo 6, se nombra nueva junta directiva y fiscal de la sociedad Abajo Drive S. A.—San José, 24 de agosto del 2009.—Lic. Nidia Shadid Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 126170.—(75181).
Ante esta notaría, por escritura número 127, del tomo 6, se nombra nueva junta directiva y fiscal de la sociedad Aristocratic Premium Hall S. A.—San José, 24 de agosto del 2009.—Lic. Nidia Shadid Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 126171.—(75182).
Por escritura otorgada, ante el suscrito notario público, a las trece horas del seis de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima Grupo Agape Security Sociedad Anónima, capital diez mil colones.—San José, veinticuatro de agosto del dos mil nueve.—Lic. Javier Rodríguez Carrasquilla, Notario.—1 vez.—Nº 126172.—(75183).
Por escritura otorgada, ante mí, el día de hoy, protocolicé reforma de cláusulas y nuevos nombramientos de la empresa MPAD Comercios S. A.—San José, 24 de agosto del 2009.—Lic. Gustavo Esquivel Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 126175.—(75184).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Compañía Propietaria y Arrendataria de Bienes Inmuebles S. A., mediante los cuales se modifica el artículo quinto del pacto social y se designan directores.—Santa Ana, 24 de agosto del 2009.—Lic. Jorge Goicoechea Guardia, Notario.—1 vez.—Nº 126177.—(75185).
Por escritura número 237, otorgada en mi notaría, a las 11:00 horas, del día 23 de agosto del año 2009, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Mar de Esferas Cuadradas Sociedad Anónima. Se nombró nueva junta directiva.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 126178.—(75186).
Por escritura número 239, otorgada en mi notaría a las 16:00 horas, del día 23 de agosto del año 2009, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Notte Di Luna Piena M & J Sociedad Anónima. Se nombró nuevo secretario.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 126179.—(75187).
Ante esta notaría comparecieron Shenyang Lian Chen, cédula ocho-cero ochenta-quinientos sesenta, y Xhenxiang Liang Chen, cédula ocho-cero ochenta-quinientos ocho, para constituir la sociedad Video Electrónica Zero Sociedad Anónima, por un plazo de noventa y nueve años y con objeto de comercio.—Nicoya, veinticinco de agosto del dos mil nueve.—Lic. Iveth Orozco García, Notaria.—1 vez.—Nº 126182.—(75188).
Ante esta notaría, comparecieron Daniel Ruiz Valdelomar, cédula cinco-doscientos veintisiete-quinientos setenta y cinco, y Víctor Julio Vega Vargas, cédula cinco-ciento cinco-setecientos cincuenta y dos, para constituir la sociedad Faruar de Nicoya Sociedad Anónima, por un plazo de noventa y nueve años y con objeto de comercio.—Nicoya, veinticinco de agosto del dos mil nueve.—Lic. Iveth Orozco García, Notaria.—1 vez.—Nº 126183.—(75189).
Damaris Sánchez Jirón, mayor, soltera, comerciante, vecina de Limón, Valle La Estrella Llano Grande, frente a la plaza casa rosada, portador de la cédula 7-0119-0843, y Nuria Gutiérrez Jiménez, mayor, soltera, ama de casa, vecina de Limón Valle La Estrella, portadora de la cédula siete- cero cero ochenta y uno-cero cero cincuenta y tres. Dicen: constituyen Multiservicios JAD Sociedad Anónima. El domicilio social será ciudad de Limón, Valle La Estrella, Llano Grande, frente a la plaza casa rosada.—Limón, 26 de agosto del 2009.—Lic. Dioney Barrett Bryan, Notaria.—1 vez.—Nº 126186.—(75190).
Por escritura otorgada, en la ciudad de San José, a las 17:00 horas del 15 de julio del 2009, se protocolizaron acuerdos según los cuales se reforma la cláusula del capital social, aumentándolo a la suma de quinientos cinco millones de colones.—San José, 9 de julio del 2009.—Lic. Margarita Odio Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—Nº 126189.—(75191).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, de las ocho horas del día veinticuatro de agosto del dos mil nueve, se protocoliza fusión por absorción, de las sociedades Proyectos Ecológicos Escazú Sociedad Anónima, absorbida, por Hotelería Royal Dutch CR Sociedad Anónima.—San José, veinticuatro de agosto del dos mil nueve.—Lic. Rubén Rojas Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 126190.—(75192).
Por escritura otorgada ante esta notaría, de las once horas del día veinticuatro de agosto del dos mil nueve, se protocoliza fusión por absorción, de las sociedades Corporación Inversionista Buena Vista del Pacífico Sociedad Anónima, absorbida, por Corporación Inversionista JAT y ZMGS Sociedad Anónima, absorbente.—San José, veinticuatro de agosto del dos mil nueve.—Lic. Rubén Rojas Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 126191.—(75193).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, de las diez horas del día veinticuatro de agosto del dos mil nueve, se protocoliza fusión por absorción, de las sociedades Corporación Industrial Inmobiliaria Venus II Sociedad Anónima, Corporación Inmobiliaria del Atlántico Norte Sociedad Anónima; absorbidas, por Hotelería Corporativa Morazán CR Sociedad Anónima; absorbente.—San José veinticuatro de agosto del dos mil nueve.—Lic. Rubén Rojas Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 126192.—(75194).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, de las nueve horas del día veinticuatro de agosto del dos mil nueve, se protocoliza fusión por absorción, de las sociedades Hotel Europa Sociedad Anónima, absorbida, con Hotelería Europa CR Sociedad Anónima, absorbente.—San José, veinticuatro de agosto del dos mil nueve.—Lic. Rubén Rojas Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 126193.—(75195).
Ganapan Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-428953. En escritura pública otorgada en la ciudad de San José, a las 11:00 horas del 30 de julio del 2009, número ciento ocho, tomo primero del protocolo de la notaria Cris Vanessa Brenes Villalta; se modificó el pacto constitutivo en la cláusula sexta. Se revocan y efectúan nombramientos de junta directiva, fiscal y apoderados generales.—San José, al ser 11:00 horas del 24 de agosto del 2009.—Lic. Cris Brenes Villalta, Notaria.—1 vez.—Nº 126195.—(75196).
Destilería Centroamericana Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero cinco tres tres nueve siete, en escritura pública otorgada en la ciudad de San José, a las 10:00 horas del 24 de agosto del 2009, número 113, tomo primero del protocolo de la notaria pública Cris Brenes Villalta, se revoca y efectúa nombramientos de miembro de junta directiva y fiscal.—San José, al ser las nueve horas del 26 de agosto del 2009.—Lic. Cris Brenes Villalta, Notaria.—1 vez.—Nº 126196.—(75197).
En esta notaría, por escritura pública 34-11, otorgada a las 18:00 horas del 24 de agosto del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Leyendas Inmobiliarias S. A., reformándose la cláusula primera del pacto social y nombrándose nueva junta directiva.—San José, 24 de agosto del 2009.—Lic. Antonella Da Re, Masís, Notaria.—1 vez.—Nº 126197.—(75198).
En esta notaría, por escritura pública número 25-11, otorgada a las 18:00 horas del 20 de agosto del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Desarrollos San Francisco CR S. A., reformándose la cláusula quinta del pacto social, luego de aumentarse el capital y absorberse pérdidas para finalmente disminuir el mismo.—San José, 20 de agosto del 2009.—Lic. Antonella Da Re Masís, Notaria.—1 vez.—Nº 126198.—(75199).
Por escritura número setenta y cinco, de las dieciocho horas del día veinticuatro de agosto del año dos mil nueve, otorgada ante el notario Fernando Fernández Delgado, iniciada al folio cero cuarenta y cuatro frente del tomo sétimo de su protocolo, se reforma pacto social de la entidad, Araya y Jiménez Sociedad Anónima, con cédula de personería jurídica número tres-ciento uno-cien mil diecinueve y mediante la cual se modifica su domicilio, conformación de la junta administrativa y sus atribuciones y se nombran miembros de junta directiva.—Lic. Fernando Fernández Delgado, Notario.—1 vez.—Nº 126200.—(75200).
Ante esta notaría por medio de escritura pública número 141-III a las 10:00 horas del 17 de agosto del 2009, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Treinta y Siete JBC Flechas Sociedad de Responsabilidad Limitada y se tomaron los siguientes acuerdos: Primero: cláusula segunda del pacto constitutivo, únicamente en cuanto el domicilio, el cual en adelante estará en San José, Moravia, residencial Bosques de Moravia, casa número seis A. Segundo: se remueven de sus puestos al señor Gregory J. Savage de gerente general; a la señora Sharon Savage de gerente general dos y al señor Armando Alberto Guardia Sasso, de su puesto de agente residente. Tercero: gerente general: Mauricio Gaviria Segura. Gerente general dos: Johann Fresen Martínez.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 126201.—(75201).
Ante mi notaría, se modifica el pacto constitutivo de la empresa Contrataciones Porras y Arias B.W.G. Sociedad Anónima, en cuanto a la cláusula octava donde se nombra al tesorero de la junta directiva como apoderado generalísimo. Se conoce la renuncia del tesorero y se nombra a Juan Arias Chinchilla, mayor, soltero, contratista, cédula número seis-doscientos setenta y tres-doscientos veinticinco, vecino de Nueva Virginia en Siquirres, provincia de Limón, quinientos metros al este del comercial Nueva Virginia. Otorgamiento: 12:30 horas del veinticuatro de julio del año dos mil nueve.—Lic. Susana Zamora Fonseca, Notaria.—1 vez.—Nº 126207.—(75202).
Ante esta notaría, mediante escritura pública Nº 33 otorgada a las 13:00 horas del 22 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad Gato Moncor Sociedad Anónima.—San José, 24 de agosto del 2009.—Lic. Guillermo Guerrero Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 126208.—(75203).
En mi notaría el día veintiuno de agosto del dos mil nueve, se constituyó la empresa denominada Net Process Sociedad Anónima. Representada por los señores David Vieillard Gaudel y Cindy Chacón Madrigal. Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando separadamente. Capital: suscrito y debidamente pagado.—San José, veinticinco de agosto del dos mil nueve.—Lic. Sara Montero Castrillo, Notaria.—1 vez.—Nº 126209.—(75204).
Ante mí, Melba Tattiana Rojas Bianchini, notaria pública de San Pedro Montes de Oca, se constituyó la sociedad denominada con el número de cédula jurídica y el aditamento S. A. Con capital social de 500.000,00 colones. Por un plazo de 99 años. Presidente: Edgar Camacho Elizondo. Domicilio: San José, Puriscal, Barbacoas, a las 10 horas 30 minutos día 20 de agosto del 2009.—Lic. Melba Tattiana Rojas Bianchini, Notaria.—1 vez.—Nº 126211.—(75205).
Mediante escritura número ciento veintinueve-cuarenta y uno, otorgada a las quince horas del veintiuno de agosto del año dos mil nueve, ante el notario William Méndez Rosales, se modificaron las cláusulas quinta y octava del pacto constitutivo de la compañía Inversiones Nayudel Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa y tres mil setecientos tres. Domiciliada: en El Sahíno de Pital de San Carlos, Alajuela, quinientos metros norte del cruce a Piedra Alegre.—San José, veinticuatro de agosto del año dos mil nueve.—Lic. William Méndez Rosales, Notario.—1 vez.—Nº 126213.—(75206).
El día veintidós de agosto de dos mil nueve, mediante escritura pública se constituyó la sociedad anónima denominada Finca Bella Vista de Cachí S. A. Con un plazo social de noventa y nueve años. Con domicilio en San Rafael, La Unión, Cartago doscientos metros norte de la entrada del río La Cruz, Barrio Calle Muñoz. Presidente y secretario actúan conjuntamente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 24 de agosto de 2009.—Lic. María Gabriela Vega Soto, Notaria.—1 vez.—Nº 126217.—(75207).
Por escritura otorgada en la notaría de la notaria pública Ana Patricia Villalobos Chinchilla, número 241 del tomo 5, de las 8:00 horas, del día 21 del mes de agosto del año 2009, se reforma la cláusula 8ª en cuanto a la administración y se nombra presidente de la sociedad denominada El Reco de Don Jorge S. A.—San José, 25 de agosto del año 2009.—Lic. Ana Patricia Villalobos Chinchilla, Notaria.—1 vez.—Nº 126218.—(75208).
Por escritura número treinta y cinco, otorgada ante mí, a las once horas con diez minutos del veinticinco de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Sabana States Corp. Sociedad Anónima.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—Nº 126219.—(75209).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del diecinueve de agosto del dos mil nueve, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía de esta plaza Inmobiliaria BMB Internacional Sociedad Anónima en que se reforman las cláusula primera y quinta del pacto social y se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Harry Castro Carranza, Notario.—1 vez.—Nº 126221.—(75210).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veinte de agosto del dos mil nueve, se constituyó la firma Talabartería Los Dos Potros Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Guápiles, Pococí, Limón, 25 de agosto del 2009.—Lic. Alice María Aguilar Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 126223.—(75211).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del día veintitrés de julio del año dos mil nueve, se constituye la sociedad de este domicilio Campus Multicolor Internacional Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Representación: presidente.—Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario.—1 vez.—Nº 126224.—(75212).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Rofamaga Sociedad Anónima. Capital social: doce mil colones. Presidente, vicepresidente, con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Paraíso, 22 de agosto del 2009.—Lic. Carlos Iván Morales Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 126231.—(75213).
Ante mi notaría, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Administración y Soluciones de Tecnologías de Información y Comunicación ASTIC Sociedad Anónima. Escritura número ciento cincuenta y uno, iniciada al folio noventa y tres frente del tomo segundo del suscrito notario, sita en Heredia, Residencial La Esperanza, tercera etapa, casa número dos C cinco.—Lic. Jorge Antonio Quirós Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 126232.—(75214).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del veinticuatro de agosto del dos mil nueve, Juan Pablo Rodríguez Vargas y Xinia María Vásquez Morera, constituyen Inproco Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerentes apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo social: 99 años.—Palmares, veinticuatro de agosto del dos mil nueve.—Lic. Denia Pacheco Moreira, Notaria.—1 vez.—Nº 126233.—(75215).
Por escritura otorgada ante el notario público Andrés Martínez Chaves, a las 11:30 horas del 14 de agosto del 2009, Walter Andrey Grant García y Manjel Sterling Howard, constituyen J & J Grant Holdings S.A. Domiciliada en San José, Sabana Norte, del Instituto Costarricense de Electricidad, trescientos metros al norte y cien metros al oeste. Se hace el nombramiento de la junta directiva y el cargo de fiscal.—San José, 24 de agosto del 2009.—Lic. Andrés Martínez Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 126234.—(75216).
Protocolización de acta de Materiales de Construcción La Bodega S. A., cédula jurídica tres-uno cero uno-uno seis seis seis tres dos, según la cual se modifica la cláusula quinta del pacto social constitutivo.—San José, veinticinco de agosto del dos mil nueve.—Lic. Vera Violeta Jiménez Roldán, Notaria.—1 vez.—Nº 126235.—(75217).
Por escritura número setenta y tres, del tomo número cuatro de mi protocolo, otorgada en la ciudad de San José, a las catorce horas del día veinticuatro de agosto del año dos mil nueve, se revocaron poderes y se reformaron las cláusulas segunda, décima, undécima del pacto social de Métodos Avanzados de Sistemas MAS Sociedad Anónima.—Lic. Gabriel Lizama Oliger, Notario.—1 vez.—Nº 126236.—(75218).
En asamblea general ordinaria, celebrada el día veintiséis de noviembre del año dos mil seis, por la mayoría de ley, la Asociación Iglesia Bautista de San Carlos, cédula jurídica número tres-doble cero dos-veinticinco mil ochocientos doce, hizo nombramiento de junta directiva y fiscal para el período de febrero del dos mil siete, hasta el último día de febrero del dos mil nueve.—Lic. Beatriz Morera Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 126240.—(75219).
Mediante escritura número doscientos diecisiete, otorgada a las diez horas del treinta de julio del dos mil nueve, ante la notaria pública Marieta Rodríguez Retana, se modifica el pacto social en su cláusula segunda y nombra miembro de junta directiva de la sociedad denominada Roldán Niño Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-quinientos siete mil ciento cincuenta y cuatro.—San José, quince de agosto del dos mil nueve.—Lic. Marieta Rodríguez Retana, Notaria.—1 vez.—Nº 126243.—(75220).
Por escritura número 168-37, otorgada en Las Juntas de Abangares el 11 de agosto del 2009, Manuel Carranza Cubero, Floria Alvarado Mesén, Rodolfo, Norberto, Gilberto y Javier todos Carranza Alvarado, constituyeron Lecaf II S. A.—Lic. Adolfo Ledezma Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 126244.—(75221).
Por escritura número 149-37, otorgada en Las Juntas de Abangares el 24 de julio de 2009, Álvaro Javier Cruz Salazar y Juan Bonilla Ayub, constituyeron Finca Talnegue S. A.—Lic. Adolfo Ledezma Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 126245.—(75222).
Por escritura número 202 otorgada ante el suscrito notario, a las 17:00 horas del día 3 de agosto del 2006, se constituyó Inversiones Grant Nidaac Sociedad Anónima. Capital social: 10.000 colones íntegramente suscritos y pagados. Domicilio social: será en Siquirres, Limón, costado sur de la plaza de deportes. Plazo social: 99 años. Presidente: Newton Grant Burr.—Siquirres, 26 de agosto del 2009.—Lic. Alejandro Argüello Leiva, Notario.—1 vez.—Nº 126247.—(75223).
Por escritura número 244 otorgada ante el suscrito notario, a las 14:30 horas del día 24 de agosto del 2009, se constituyó Hacienda Las Marías Del Caribe Sociedad Anónima. Capital social: 10.000 colones íntegramente suscritos y pagado. Domicilio social será en Limón, Siquirres, distrito quinto El Peje, quinientos metros al sur de la escuela del Peje. Plazo social: 99 años. Presidente: Edwin Mendes Villegas.—Siquirres, 24 de agosto del 2009.—Lic. Alejandro Argüello Leiva, Notario.—1 vez.—Nº 126248.—(75224).
Por escritura número 246 otorgada ante el suscrito notario, a las 15:30 horas del día 24 de agosto del 2009, se constituyó Palmitos El Peje Sociedad Anónima. Capital social: 100.000 colones íntegramente suscritos y pagados. Domicilio social: será en Limón, Siquirres, distrito quinto El Peje, quinientos metros al sur de la escuela del Peje. Plazo social: 99 años. Presidente: Edwin Mendes Villegas.—Siquirres, 24 de agosto del 2009.—Lic. Alejandro Argüello Leiva, Notario.—1 vez.—Nº 126249.—(75225).
Por escritura número 245 otorgada ante el suscrito notario, a las 15:00 horas del día 24 de agosto del 2009, se constituyó Importaciones de Palmitos El Peje Dorado Sociedad Anónima. Capital social: 100.000 colones íntegramente suscritos y pagados. Domicilio social: será en Limón, Siquirres, distrito quinto El Peje, quinientos metros al sur de la escuela del Peje. Plazo social: 99 años. Presidente: Edwin Méndez Villegas.—Siquirres, 24 de agosto del 2009.—Lic. Alejandro Argüello Leiva, Notario.—1 vez.—Nº 126250.—(75226).
Por escritura de las 13:00 horas del 24 de agosto, se protocoliza acta de asamblea de la sociedad 3102566134 limitada y se reforma cláusula de administración y se nombra gerente general. Es todo.—Jacó, 26 de agosto del 2009.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 126256.—(75227).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las dieciséis horas del diecinueve de agosto del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Seguridad Maximum Sociedad Anónima. Capital: enteramente suscrito y pagado.—Lic. María Auxiliadora Argüello Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 126257.—(75228).
El suscrito notario, hace constar que mediante escritura número ciento cuarenta y ocho, visible al folio ciento seis, vuelto del tomo uno de mi protocolo de las ocho horas del veinticinco de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, cuyo nombre será el mismo número de cédula que asigne el Registro. Gerente: Ana Cecilia Madrigal Rimola. Capital social: diez mil colones.—Alajuela, 26 de agosto del 2009.—Lic. Roberto Salas Mejías, Notario.—1 vez.—Nº 126258.—(75229).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada Servicios de Ingeniería Arroyo Campos Sociedad Anónima. Cuyo capital social es la suma de cien mil colones netos.—24 de agosto del 2009.—Lic. Wendy Mayela Mora Garro, Notaria.—1 vez.—Nº 126259.—(75230).
Ante la suscrita notaria, se constituye la sociedad Naranjo Gutiérrez Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones exactos, representado por diez acciones de mil colones cada una. Domicilio social: kilómetro treinta y siete de Villa Briceño, Guaycará, Golfito, Puntarenas, detrás de la escuela de la localidad. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Juan Carlos Naranjo Garro.—Veinticuatro de agosto del dos mil nueve.—Lic. María Vita Monge Granados, Notaria.—1 vez.—Nº 126260.—(75231).
Harmonía Sociedad Anónima, protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria, se nombra presidente, vicepresidente secretario, tesorero, fiscal y agente residente, se nombra agente residente y se reforma cláusula segunda del pacto constitutivo. Otorgada a las 16:00 horas del día 18 de agosto del año 2009.—Lic. Claudia Barsaba Mena Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 126261.—(75232).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, la sociedad denominada Carnes Colón Limitada, se realiza un traspaso de cuotas, se nombra nuevo secretario y se modifica la cláusula en cuanto a la administración de dicha sociedad.—San José, 26 de agosto de 2009.—Lic. Ronald Ramírez Garita, Notario.—1 vez.—Nº 126262.—(75233).
Por escritura otorgada a las 15:00 horas del 19 de agosto de 2009, Alejandro Aguilar Lizano y María Lorena Mendoza Sarti, constituyeron una sociedad anónima denominada Bioreproducción (Costa Rica) S. A. Que tendrá su domicilio en Liberia, Guanacaste, El Salto, del puente del río El Salto, ochocientos metros al norte. El capital social será de veinticuatro mil colones y el plazo social de 100 años.—Liberia, a las 12:00 horas del 20 de agosto de 2009.—Lic. Mónica María Camacho Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 126266.—(75234).
En mi notaría el día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general de socios de Pintura Modelo de Costa Rica S. A., por la cual se modifica la cláusula quinta del pacto social.—San José, veintiuno de agosto de dos mil nueve.—Lic. Ana Lucía Espinoza Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 126267.—(75235).
La suscrita notaria hace constar que ante su notaría, se constituyó la sociedad sin denominación de conformidad con el Decreto tres tres uno siete uno-J sociedad de responsabilidad limitada. Capital social: un millón de colones. Gerente: Denis Alberto Gutiérrez Núñez.—Puntarenas, 25 de agosto del 2009.—Lic. Irene Arrieta Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 126269.—(75236).
La suscrita notaria hace constar que ante su notaría, se procedió a protocolizar acta de modificación de la cláusula segunda del pacto social de la sociedad de esta plaza denominada Pesqueros de Altura S. A., cédula jurídica Nº 3-101-192439.—Puntarenas, 25 de agosto del 2009.—Lic. Irene Arrieta Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 126270.—(75237).
Constitución de Agropecuaria Ropra S. A. Domiciliada en Ceiba Este de Acosta, San José, costado este del Ebais. Capital social: 10.000,00 compuesto por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Apoderado generalísimo sin límite de suma: Fernando Rojas Mora, cédula Nº 9-060-544.—Lic. Sergio V. Zúñiga López, Notario.—1 vez.—Nº 126271.—(75238).
La empresa Mármoles y Granitos de Costa Rica Sociedad Anónima, mediante asamblea general extraordinaria celebrada al ser las ocho horas del veintiséis de agosto de dos mil nueve, se acordó reformar la cláusula quinta del pacto constitutivo y aprobar un aumento de capital a un monto de cincuenta y tres millones setecientos mil colones. Es todo.—Heredia, veintiséis de agosto de dos mil nueve.—Lic. Lucía Azofeifa Azofeifa, Notaria.—1 vez.—Nº 126272.—(75239).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecinueve horas del día veinticinco de agosto del año dos mil nueve, se modificó la cláusula primera de la compañía de esta plaza denominada CCE Consorcio Carranza Echeverría Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado.—San José, veinticinco de agosto del año dos mil nueve. Presidente: Carlos Carranza Pastor.—Lic. Carlos Villalobos Soto, Notario.—1 vez.—Nº 126275.—(75240).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Fundación por el Niño y la Madre, por medio de la cual se establecieron las cláusulas constitutivas.—San José, 30 de mayo del 2009.—Lic. Luis Carlos Gómez Robleto, Notario.—1 vez.—Nº 126276.—(75241).
Mediante escritura número dieciséis del día dieciocho de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Dragonfly Japanese Bistro S. A. Domiciliada en San José. Con un plazo de noventa y nueve años a partir de la constitución. Capital social: cien mil colones. Presidente: Pablo Antonio Biolley Aymerich.—San José, veinticinco de agosto de dos mil nueve.—Lic. Manuela Tanchella Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 126277.—(75242).
Mediante escritura otorgada a las trece horas, cincuenta y cinco minutos del trece de agosto del año dos mil nueve, ante el suscrito notario se constituyó una sociedad denominada Corporación Concretos Modernos E.F.G de Costa Rica Sociedad Anónima, pudiendo utilizar las siglas Corporación Concretos Modernos E.F.G. de Costa Rica S. A. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Edgar Castillo Herra. Domicilio social: Tacares, Grecia, Alajuela de Coopetacares, ochocientos metros norte.—Lic. Diego Mendoza González, Notario.—1 vez.—Nº 126280.—(75243).
Zulay Arias Huertas y Álvaro Castro Arias han constituido una sociedad anónima denominada Zualdima Sociedad Anónima pudiendo abreviarse con el nombre de Zualdima S. A. ante la notaria pública Dunia Medina Gutiérrez. Con un capital social de nueve millones de colones y un plazo social de noventa y nueve años. Corresponde la representación judicial y extrajudicial a Zulay Arias Huertas.—Lic. Dunia Medina Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 126281.—(75244).
Ana Griselda, Francisco González y Marco Antonio Francisco González, constituyen la sociedad La Pampa Anfrago Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las 9:00 horas del 6 marzo del 2009.—Lic. Jorge Eduardo Bustamante Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 126282.—(75245).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas diez minutos del veinticuatro de agosto del año dos mil nueve, se creó la sociedad con base en el artículo dos del Decreto del Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de cédula de persona jurídica como denominación social. Domiciliada en distrito primero Guácimo, cantón sexto Guácimo de la provincia de Limón, urbanización el Manguito a un costado de Salón del Reino de los Testigos de Jehová. Presidente: Rolando Moncada Montes.—Lic. Jorge Luis Valerio Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 126283.—(75246).
Por escritura otorgada ante las notarias Lilia María Coghi Corrales y Olga Doris Torres Navarro, a las 14:00 horas del día 25 de agosto del año 2009, los señores Martina Wegener y Gerardo Alberto Fonseca Solís, constituyeron Pura Vida Drake Bay Sociedad Anónima. Domiciliada en Agujitas, Bahía Drake, contiguo a la clínica de Seguro Social, sito en distrito tercero Sierpe, cantón quinto Osa de la provincia de Puntarenas.—San José, 26 de agosto del 2009.—Lic. Lilia María Coghi Corrales y Lic. Olga Doris Torres Navarro, Notarias.—1 vez.—Nº 126285.—(75247).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas del día veinticinco de agosto de dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos del acta número siete de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Jungla de Aventura del Atlántico Sociedad Anónima, donde se acuerda modificar las cláusulas cuatro, nueve, seis, trece y doce del pacto constitutivo.—San José, veinticinco de agosto de dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—Nº 126286.—(75248).
Ante esta notaría por escritura otorgada a las dieciséis horas del día veinticinco de agosto de dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Newco S. A., donde se acuerda la reforma total de los estatutos de la compañía.—San José, veinticinco de agosto de dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—Nº 126287.—(75249).
Mediante escritura otorgada ante mí, en la ciudad de San José, a las diez horas del día veinticinco de agosto dos mil nueve, se modifica la cláusula quinta de los estatutos de la sociedad Durman Esquivel Sociedad Anónima.—Lic. Manuel Emilio Montero Anderson, Notario.—1 vez.—Nº 126288.—(75250).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las nueve horas del veinticuatro de agosto del dos mil nueve, los señores Ignacio Sequeira Chacón y Gustavo Adolfo Herrera Hernández, constituyen la sociedad anónima denominada Servicios Técnicos S Y H Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Servicios Técnicos S Y H S. A.—San José, 25 de agosto del 2009.—Lic. Grettel Zúñiga Tortós, Notaria.—1 vez.—Nº 126291.—(75251).
Mediante escritura número sesenta y cuatro-cinco otorgada ante esta notaría el día de hoy, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Kamasi Inversiones del Sur S. A., se reforma cláusula segunda del domicilio social, siendo el nuevo diagonal al restaurante Antojitos de Tibás, edificio Sirius, primer piso, se reforma la junta directiva quedando de la siguiente manera: Presidente: Carlos Sandoval Alguera. Secretaria: Silvia Peña Calderón. Tesorero: José Baltodano Agüero. Se reforma la representación legal en la cual el presidente, secretario y tesorero actuarán conjuntamente.—San José, 28 de enero del 2009.—Lic. Francisco Conejo Vindas, Notario.—1 vez.—Nº 126293.—(75252).
Ante mí, Johnny Vargas Porras, notario público con oficina abierta en Santiago de Puriscal, cien metros norte y veinticinco oeste de la Cabaña, se constituye la sociedad denominada Tuchex S. A. Capital social: diez mil colones exactos. Plazo social: cien años. Objeto: amplio. Representación: presidente y vicepresidente. Escritura otorgada en Puriscal, a las diecisiete horas del diecinueve de agosto del dos mil nueve.—Lic. Johnny Vargas Porras, Notario.—1 vez.—Nº 126294.—(75253).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día 26 de agosto del 2009, a las 8:00 horas, la sociedad Polímeros y Servicios Sociedad Anónima, donde se protocolizó acuerdos en que se modifican las cláusulas sétima, décimo primera, segunda y se adiciona la cláusula sexta bis del pacto social.—26 de agosto del 2009.—Lic. Alberto Pauly Sáenz, Notario.—1 vez.—Nº 126295.—(75254).
Ante mi notaría, a las 13:00 horas del día 7 de mayo del 2009, se protocolizó acta de asamblea general de Viejos Ranchos del Oeste S. A., se reforma cláusula de administración.—San José, 26 de agosto del 2009.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—Nº 126298.—(75255).
Víctor Badilla Quirós y otros constituyen Fabaco S. A. Presidente: Víctor Badilla Quirós. Capital: quinientos mil colones. Domicilio: Bahía Ballena de Osa de Puntarenas. Plazo social: cien años.—Lic. Fernando Sancho Villalta, Notario.—1 vez.—Nº 126300.—(75256).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 25 de agosto de 2009, se constituyó THKO Park Sociedad Anónima. Domiciliada en Cartago, avenida 4ª, calles 2ª y 4ª, contiguo a farmacia Sucre. Presidente: Tae Hwan Kim Oh.—Lic. Jorge Vega Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 126301.—(75257).
Mediante escritura número cuatrocientos siete, otorgada ante esta notaría, a las diecinueve horas del trece de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima de esta plaza denominada Gañil del Sur Americano Sociedad Anónima. El presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, para Luis Ángel Segura Trejos. Con capital social de diez mil colones.—Guácimo, Limón, veintiséis de agosto del dos mil nueve.—Lic. Hermes Rodríguez Ríos, Notario.—1 vez.—Nº 126302.—(75258).
Mediante escritura número cuatrocientos cinco, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del dos de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima de esta plaza denominada Emeral DJEC. Sociedad Anónima. La presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, para Esmeralda Quesada Brenes. Con capital social de diez mil colones.—Guácimo, Limón, veintiséis de agosto del dos mil nueve.—Lic. Hermes Rodríguez Ríos, Notario.—1 vez.—Nº 126303.—(75259).
Informo que mediante escritura Nº 64, visible a partir del folio 63 frente, del tomo 14 de mi protocolo, otorgada a las 19:00 horas del 18 de agosto de 2009, se constituyó la sociedad anónima denominada Tecni Servicio Mitsubishi Sociedad Anónima. Con domicilio en San Francisco de Heredia, 400 metros al oeste del Hipermás.—Lic. Jorge A. Valverde Retana, Notario.—1 vez.—Nº 126304.—(75260).
Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Servicios de Pastelería S. A., mediante la cual se reforman todos los estatutos de la compañía y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Escritura otorgada a las catorce horas del veinticuatro de agosto del dos mil del nueve.—Lic. María Monserrat Bonilla Garro, Notaria.—1 vez.—Nº 126306.—(75261).
Por escritura otorgada en Palmares, a las once horas del catorce de agosto del dos mil nueve, se protocoliza acta de la sociedad Prisma Condo Uno Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos veintisiete mil doscientos sesenta y uno, mediante la cual se reforma el pacto social.—Lic. Fernando Ávila González, Notario.—1 vez.—Nº 126307.—(75262).
Por escritura 268, otorgada ante el suscrito notario, el 24 de agosto 2009, se modifica la cláusula 8ª de la sociedad 3-101-493645 s. a.—Lic. Ricardo Morera Briceño, Notario.—1 vez.—Nº 126311.—(75263).
Ante esta notaría, por escritura pública número doscientos treinta y ocho, visible a folio ciento cincuenta y seis vuelto, a las 8:00 horas del 20 de agosto del 2009, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria donde se modificó al agente residente.—Lic. Francisco Orlando Salinas Alemán, Notario.—1 vez.—Nº 126312.—(75264).
Por escritura autorizada a las catorce horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Mario Burgos S. A., en que se reforman las cláusulas segunda, en cuanto al domicilio; cuarta en cuanto al plazo; sétima en cuanto a la administración, se reorganiza la junta directiva, y se nombra fiscal.—San José, veinte de agosto del año dos mil nueve.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 126314.—(75265).
Por escritura autorizada a las quince horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones Burgos Sáenz Sociedad Anónima, en que se reforman las cláusulas segunda, en cuanto al domicilio; sétima en cuanto a la administración; novena en cuanto a la vigilancia de la sociedad; décima en cuanto a la distribución de utilidades; se reorganiza la junta directiva, y se nombra fiscal.—San José, veinte de agosto del año dos mil nueve.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 126316.—(75266).
Por escritura autorizada a las dieciséis horas de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Burgos y Lamm Sociedad Anónima, en que se reforman las cláusulas segunda en cuanto al domicilio; sétima en cuanto a la administración; novena en cuanto a la vigilancia de la sociedad; se reorganiza la junta directiva, y se nombra fiscal.—San José, veinte de agosto del año dos mil nueve.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 126317.—(75267).
Por escritura autorizada a las diecisiete horas de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Llanuras de Burgos Sociedad Anónima, en que se reforman las cláusulas segunda en cuanto al domicilio; quince en cuanto a la administración; se elimina la vigésima; se reorganiza la junta directiva, y se nombra fiscal.—San José, veinte de agosto del año dos mil nueve.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 126318.—(75268).
La suscrita Marta Emilia Rojas Carranza, notaria pública, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la asociación denominada: Asociación Cantonal para la Vivienda y el Indigente de Palmares, cédula jurídica Nº 3-002-209864, expediente número 1786. Para realizar nombramiento de junta directiva y fiscal. Es todo.—Palmares, veintiséis de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—Nº 126320.—(75269).
Carolina Mata Alvarado, notaria pública hace constar que en la escritura número doscientos setenta y cuatro, visible al folio ciento ochenta y seis vuelto, del tomo nueve del protocolo de la suscrita notaria, se constituyo la sociedad RN & Sandoval del Paraíso Sociedad Anónima.—Cartago, a las siete horas, quince minutos del veinticinco de agosto del dos mil nueve.—Lic. Carolina Mata Alvarado, Notaria.—1 vez.—Nº 126322.—(75270).
Ante esta notaría se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo de la sociedad denominada tres uno cero uno cinco seis siete ocho seis ocho sociedad anónima y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, veintiséis de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Alexis Robles Villalobos, Notario.—1 vez.—(75381).
Ante esta notaría se reforma la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad denominada Inversiones Biarca Sociedad Anónima.—San José, veintiséis de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Román Esquivel Font, Notario.—1 vez.—(75382).
En mi notaría, al ser las ocho horas del veinticuatro de agosto de dos mil nueve, se constituye la sociedad UniBrands Sociedad Anónima. Presidente: Eduardo Echecopar Orbegoso. Es todo.—San José, 25 de agosto del 2009.—Lic. Jorge León Vargas, Notario.—1 vez.—(75385).
Por escritura otorgada ante mí el día de hoy, se constituye sociedad anónima. Capital social totalmente suscrito y pagado; acciones comunes y nominativas. Domicilio: en San José. Plazo: cien años. Presidente, vicepresidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veinticinco de agosto del dos mil nueve.—Lic. José Milton Morales Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 126370.—(75391).
La suscrita notaria, a las 09:10 horas del 21 de agosto del 2009, hace constar que en el acta número tres, debidamente firmada, a las quince horas del diecinueve de agosto del año dos mil nueve, se reforma el pacto constitutivo, y la representación judicial de la sociedad IELC Centroamericana de Terreno Nueve A Sociedad Anónima. Revocación y nuevo nombramiento de la junta directiva. Es todo.—San José, 27 de agosto del 2009.—Lic. Erika Esquivel Villalobos, Notaria.—1 vez.—(75410).
Condominio Casasol E - Cinco Sociedad Anónima, cédula número tres-ciento uno-dos nueve cuatro seis siete uno, modifica la cláusula segunda de su pacto social.—Lic. Bianka Raquel Vitola Arce, Notaria.—1 vez.—(75423).
Mediante escritura de las catorce horas del dieciocho de junio del dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima Inversiones Crisma del Veintitrés Sociedad Anónima.—Lic. Bianka Raquel Vítola Arce, Notaria.—1 vez.—(75424).
Monfed Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y cuatro mil quinientos cincuenta y uno, reforma la cláusula dos de su pacto constitutivo.—San José, julio del dos mil nueve.—Lic. Bianka Raquel Vitola Arce, Notaria.—1 vez.—(75425).
Por escritura número cuarenta y seis otorgada en esta notaría, a las once horas del veinticuatro de agosto del dos mil nueve, se constituye Academia de Fútbol Enrique Quique Vásquez Sociedad Anónima. Domicilio: Puntarenas, Jacó. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones. El presidente señor Jorge Enrique Vásquez Argüello, ostentará facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—San José, 25 de agosto del 2009.—Lic. Rolando Mauricio García Segura, Notario.—1 vez.—(75427).
Se constituye Corporación Bella Vista Golfito Sociedad Anónima. Presidente: Robert Roland (nombre) Bogdanovich (apellido), portador de la cédula de residencia número uno uno tres dos cero cero cero cero cero cuatro uno ocho, a las nueve horas con quince minutos del veinticinco de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Camilo Cedeño Castro, Notario.—1 vez.—(75428).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 25 de agosto del 2009, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Consorcio Terra Bella Internacional S. A., celebrada en su domicilio social en San José, a las 8:00 horas del 24 de agosto del año 2009, en la que se reformó la cláusula segunda del pacto social.—San José, 27 de agosto del 2009.—Lic. Andrés Mora Carli, Notario.—1 vez.—(75429).
Por escritura otorgada a las diez horas del veintiuno de agosto del año dos mil nueve, ante esta notaría se constituye The Cotton Store Sociedad Anónima. Se designa presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veintiuno agosto del año dos mil nueve.—Lic. Ligia María González Leiva, Notaria.—1 vez.—(75430).
Por escritura otorgada ante mí el día de hoy, se constituyó Mobri S.A. Presidente y secretaria apoderados generalísimos.—San José, 24 de agosto del año 2009.—Lic. Óscar Eduardo Chinchilla Núñez, Notario.—1 vez.—(75497).
Por escritura otorgada ante mí el día de hoy Agropecuaria Gibre S. A. modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo con relación al domicilio.—San José, 24 de agosto del 2009.—Lic. Óscar Eduardo Chinchilla Núñez, Notario.—1 vez.—(75498).
Por escritura otorgada ante mí el día de hoy, se constituyó Servicios Educativos Planificados (SEP) Sociedad Anónima. Presidente y secretario apoderados generalísimos. Plazo: 99 años.—San José, 21 de agosto del 2009.—Lic. Óscar Eduardo Chinchilla Núñez, Notario.—1 vez.—(75499).
El suscrito, Luis Enrique Salazar Sánchez, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día diecinueve de agosto del dos mil nueve, se protocolizaron ante mí, acta de las empresas Ofi-Bodegas del Oeste Cruz Doce S. A., Ofi-Bodegas del Oeste Corvus Once S. A. y Ofi-Bodegas del Oeste Cygnus Trece S. A. Asimismo, el día veinte de agosto del dos mil nueve, se protocolizó ante mí, acta de la empresa Rincón de Plata Quince Sociedad Anónima. El día veintiuno de agosto del dos mil nueve, se protocolizó ante mí, acta de la empresa Ofi-Bodegas del Oeste Beta Dos S. A. El día veinticinco de agosto del dos mil nueve se protocolizaron ante mí, acta de la empresa Ofi-Bodegas del Oeste Phoenix Treinta y Tres S.A y Ofi-Bodegas del Oeste Piscium Treinta y Cuatro S.A, el día veintiséis de agosto del dos mil nueve, se protocolizaron ante mí, acta de las empresas Ofi-Bodegas del Oeste Indus Veintidós S. A. y Ofi-Bodegas del Oeste Leonis Veintitrés S.A.—San José, veintisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—(75508).
Ante nosotros Gloria Maklouf Weiss y Ferdinand von Herold Duarte, se protocolizan acuerdos de la sociedad 3-101-468993 s. a. Se constituyen las sociedades Active Sport Tours S. A. y Eye Witness S.A.—San José, 25 de agosto del 2009.—Lic. Gloria Maklouf Weiss, Notaria.—1 vez.—(75511).
Ante mí Roberto Romero Mora, se otorga escritura número ciento veintinueve-diez, al ser las diez horas treinta minutos del día diecisiete de agosto del dos mil nueve, en donde se reforman cláusulas segunda, cuarta, octava y se nombra nuevo presidente, secretario, tesorero y vocal de tres-ciento uno-quinientos setenta y cinco mil setecientos ochenta y dos. Es todo.—San José, al ser las ocho horas cuarenta y cinco minutos del día veintisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Roberto Enrique Romero Mora, Notario.—1 vez.—(75515).
Por escritura número noventa y cuatro, otorgada el día 26 de agosto del 2009, ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad denominada Ganadera Finca Tres Hermanos S. A., con domicilio social en la ciudad de Limón; con un plazo: 99 años a partir de hoy; objeto: desarrollos ganadero y agrícola, y comercio en general.—Heredia, 26 de agosto del 2009.—Lic. Adrián Eduardo Jiménez Palacios, Notario.—1 vez.—(75527).
Mediante escritura de las trece horas del veintisiete de agosto del dos mil nueve, Francis Araya Chavarría y Marco Tulio Alfaro Araya, constituyen sociedad anónima, amparada al decreto tres tres uno siete uno- J. Presidente: Francis Araya Chavarría. Plazo social será de noventa y nueve años. Capital social un millón de colones, constituido por diez acciones de cien mil colones cada una.—Heredia, a las trece horas veinte minutos del veintisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Karoline Alfaro Vargas, Notaria.—1 vez.—(75529).
Protocolización de acta de la sociedad Compañía Consejobien S.A., en la cual se modifica la cláusula sexta del pacto social. Escritura otorgada a las 14:00 horas del 26 de agosto de 2009.—Lic. Arturo Enrique Apéstegui Barzuna, Notario.—1 vez.—(75531).
Por escritura otorgada hoy a las ocho horas, protocolicé asamblea general extraordinaria de accionistas de Corporation the Corner of the Rabbit R.C. Sociedad Anónima, según la cual se reforma cláusula quinta del capital social.—San José, dos de julio del dos mil nueve.—Lic. José Pablo Masís Artavia, Notario.—1 vez.—(75536).
Lic. Zaira Salazar Castro, notaria pública de San José, hace constar que mediante escritura número 241 de las 16:00 horas del día 16 de marzo del año 2009, se constituyó la sociedad denominada Corporación Flonia S. A. Su presidenta es la señora Sonia María Ávila Herrera, cédula Nº 5-254-022.—San José, 26 de agosto del 2009.—Lic. Zaira Salazar Castro, Notaria.—1 vez.—(75557).
Víctor Hugo Esquivel Poveda y María del Carmen Chaverri Guerrero, conocida como Mayela Chaverri Guerrero, constituyen la sociedad Coorporación V H Y M e Hijos de Heredia Sociedad Anónima. Domiciliada en la ciudad de Heredia, Santa Lucía, Barva, un kilómetro al este de la iglesia católica de Santa Lucía, frente a Hogares Crea. Capital social cien mil colones. Escritura otorgada en la ciudad de Heredia, a las diez horas del veintiuno de agosto del dos mil nueve.—Lic. Lourdes Vindas Carballo, Notaria.—1 vez.—(75558).
Por escritura número seis-cuatro en Palmares de Alajuela, al ser las diecisiete horas del veinticuatro de agosto del dos mil nueve, se constituyó ante esta notaría una sociedad anónima denominada Agro Asesorías H R Sociedad Anónima. Juan Carlos Hidalgo Rodríguez, presidente.—San José, veinticinco de agosto del dos mil nueve.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—(75559).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad La Frontera Plateada S. A.—San José, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Juan de Dios Álvarez y Luis Ricardo Garino Granados, Notarios.—1 vez.—(75560).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 09:00 horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de la compañía Comercializadora de Productos Importados COMPROIM S. A. mediante la cual se reforma la cláusula quinta.—San José, 25 de agosto del 2009.—Lic. Juan de Dios Álvarez Aguilar y Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notarios.—1 vez.—(75561).
Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día veintiséis de agosto del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Alliance Real Estate Investments Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó reformar las cláusulas segunda y la cláusula sexta del acta constitutiva.—San José, veintisiete de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Giselle Pacheco Saborío, Notaria.—1 vez.—(75562).
La suscrita Katherine Solano Vega, en mi condición de notaria pública, hago constar y doy fe que en mi protocolo primero, en escritura número nueve, celebrada a las diez horas del veintisiete de agosto del dos mil nueve, se protocolizó la modificación de la cláusula número siete del acta constitutiva de la sociedad Mimo y Mima Sociedad Anónima.—Lic. Katherine Solano Vega, Notaria.—1 vez.—(75563).
Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del día veintiséis de agosto del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Showroom Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó reformar la cláusula sexta del acta constitutiva.—San José, veintisiete de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Giselle Pacheco Saborío, Notaria.—1 vez.—(75565).
Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día veintiséis de agosto del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Hawaii Tamarindo Once Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó reformar la cláusula octava del acta constitutiva.—San José, veintisiete de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Giselle Pacheco Saborío, Notaria.—1 vez.—(75566).
La suscrita Katherine Solano Vega, en mi condición de notaria pública, hago constar y doy fe que en el protocolo primero en escritura número ocho, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Carlos Haydee y Carla Sociedad Anónima, domiciliada en San Pedro de Montes de Oca, provincia de San José, urbanización Carniol, de la entrada cien metros sur, cien este y veinticinco norte, constituida por Carlos Méndez Navas, mayor, casado una vez, ingeniero civil, portador de la cédula de identidad con el número uno-doscientos sesenta y ocho-cuatrocientos diecinueve, vecino de Guayabo de Curridabat, provincia de San José, de farmacia La Bomba, 100 metros este, Haydee Libby Cubas, mayor, casada una vez, oficios del hogar, portadora de la cédula de residencia con el número dos seis cero cinco nueve cuatro cero cuatro uno tres cuatro dos, vecina del mismo lugar que el anterior, Carla Méndez Libby, mayor, soltera, educadora, portadora de la cédula de identidad con el número uno-setecientos dos-setecientos noventa y tres, vecina de Escazú, provincia de San José, Barrio Los Laureles, condominio Río Convento, y Luis Alberto Méndez Libby, mayor, casado una vez, ingeniero civil, portador de la cédula de identidad número uno-quinientos veintidós-quinientos seis, vecino de Pavas, provincia de San José, del colegio La Salle, ciento cincuenta metros al este.—Lic. Katherine Solano Vega, Notaria.—1 vez.—(75568).
Por escritura otorgada a las 8:00 horas del 17 de agosto del 2009, se constituye la sociedad Casa Mi Vida Sociedad Anónima. Presidenta: Roxana Monge Muñoz. Plazo: noventa y nueve años.—Cartago, 17 de agosto del 2009.—Lic. Laura Cordero Zamora, Notaria.—1 vez.—(75586).
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
De conformidad con resolución RMT-2322 de las nueve horas del día 12 de junio del 2009. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social Resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-1853-2009, de sesión celebrada en San José, a nueve horas, del 22 de mayo del 2009, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Rojas Cerdas Zoila Rosa, cédula de identidad N° 1-202-819, a partir del día 01 de abril del 2009; por la suma de sesenta mil cuatrocientos cuarenta y tres colones con cero céntimos (¢60.443,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa Notifíquese.—Lic. Francisco Morales Hernández, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—Lic. Róger Porras Rojas, Director.—1 vez.—Nº 126592.—(75732).
[1] Para los efectos de este artículo, fijación incluye la finalización de la cinta maestra o de su equivalente.
[2] Las referencias en este capítulo a
“autores, artistas, intérpretes o ejecutantes y productores de fonogramas”
incluyen cualquier sucesor interesado.
[3] Con respecto a los derechos de autor
y derechos conexos dentro de este Capítulo, el derecho de autorizar o prohibir
o el derecho de autorizar significa un derecho exclusivo.
[4] Las Partes entienden que el derecho de
reproducción, tal como se establece en este párrafo y en el Artículo 9 del
Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas
(1971) (Convenio de Berna), y las excepciones permitidas en virtud del Convenio
de Berna y el Artículo 15.5.10 a) son totalmente aplicables en el entorno
digital, en particular a la utilización de obras en forma digital.
[5] Con respecto al derecho de autor y
derechos conexos en este Capítulo, una “interpretación o ejecución” se refiere a
una interpretación o ejecución fijada en un fonograma, a menos que se
especifique lo contrario.
[6] Para los efectos de este artículo,
fijación incluye la finalización de la cinta maestra o de su equivalente.