MINISTERIO DE
DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
MINISTERIO DE
JUSTICIA Y GRACIA
MINISTERIO DE
COMERCIO EXTERIOR
AMBIENTE,
ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS
CAJA COSTARRICENSE
DE SEGURO SOCIAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
BANCO POPULAR
Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
MIXTO DE AYUDA SOCIAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
UNIVERSIDAD
ESTATAL A DISTANCIA
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
INSTITUTO
NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE TURISMO
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
ENTE COSTARRICENSE DE ACREDITACIÓN
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO
Nº 391-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en
el artículo 141 de
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a la señorita Gabriela Jiménez Cruz, con cédula número 1-798-462,
Directora y Asesora de Protocolo, para que viaje acompañando a
Artículo 2º—Los gastos por
concepto de viáticos y transporte se le cancelarán del Título 201-Presidencia
de
Artículo 3º—Se le otorga la suma adelantada de ¢.213.455,82 para cubrir viáticos sujetos a liquidación.
Artículo 4º—Rige a partir del 15 de mayo del 2008 al 17 de mayo del 2008.
Dado en
Rodrigo Arias
Sánchez, Ministro de
Nº 392-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en
el artículo 141 de
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a la señora Ana María Herrera Fiallos, cédula identidad número
1-312-577, Directora de Relaciones Externas y Asesora en Asuntos Externos, para
que viaje acompañando a
Artículo 2º—Los gastos por
concepto de viáticos y transporte se le cancelarán del Título 201-Presidencia
de
Artículo 3º—Se le otorga la suma adelantada de ¢181.387.34 para cubrir viáticos sujetos a liquidación.
Artículo 4º—Rige a partir del 15 de mayo del 2008 al 17 de mayo del 2008.
Dado en
Rodrigo Arias
Sánchez, Ministro de
Nº 404-PE
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE
En ejercicio de
sus atribuciones constitucionales, previstas en los artículos 140, inciso 20) y
146 de
ACUERDAN:
Artículo
1º—Integrar en
• Sra. Ana María Herrera Fiallos, Directora de Relaciones Externas.
• Srita. Gabriela Jiménez Cruz, Directora de Protocolo.
• Sra. Irene Pacheco Alfaro,
Directora del Despacho de
• Sra. Lisbeth Barboza González, Periodista Oficial.
Artículo 2º—Rige a partir de las 17:25 horas del 28 de mayo del 2008 hasta las 20:55 horas del 29 de mayo del 2008.
Dado en
ÓSCAR ARIAS
SÁNCHEZ.—El Ministro de
Nº 487-PE
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE
Con fundamento en
los artículos 140, inciso 18) y 146 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Modificar los artículos 1 y 3 del Acuerdo de Viaje Nº 464-PE a nombre de los señores Rogelio Vásquez Blanco y Rogelio Vásquez Murillo, a Bélgica, Reino Unido y España, para que en su lugar se lea:
“Artículo
1º—Designar a los señores Rogelio Vásquez Blanco, con cédula número 2-347-394,
camarógrafo y Rogelio Vásquez Murillo, cédula número 2-632-003, asistente de
Cámaras y Editor para que acompañen en su Comitiva Oficial de Viaje al señor
Presidente de
“Artículo 3º—Se otorga la suma adelantada de ¢.2.069.339,00 a cada uno para cubrir viáticos sujetos a liquidación.”
Artículo 2º—Los artículos restantes se mantienen invariables.
Artículo 3º—Rige a partir del 1º de setiembre del 2008 al 12 de setiembre del 2008.
Dado en
ÓSCAR ARIAS
SÁNCHEZ.—El Ministro de
Nº 496-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en
el artículo 141 de
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a la señora Yesenia Godínez Picado, con cédula número 1-877-153,
Directora del Despacho del Viceministro de
Artículo 2º—No se le cancelarán gastos por concepto de viáticos ni transporte con cargo al Erario Público.
Artículo 3º—Los gastos por concepto de viáticos, tiquete aéreo y hospedaje serán sufragados por El Centro Hemisférico de Defensa y Seguridad.
Artículo 4º—Rige a partir del 20 de octubre del 2008 al 7 de noviembre del 2008.
Dado en
Rodrigo Arias
Sánchez, Ministro de
Nº 506-PE
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE
Con fundamento en
los artículos 140, inciso 8) y 146 de
ACUERDAN:
Artículo
1º—Designar a los señores Rogelio Vásquez Blanco, con cédula número 2-347-394,
Camarógrafo y Rogelio Vásquez Murillo, cédula 2-632-003, Asistente de Cámaras y
Editor, para que viajen a la ciudad de San Salvador, El Salvador, acompañando
al señor Presidente de
Artículo 2º—Los gastos por
concepto de viáticos y transportes se les cancelarán del Título 201-Presidencia
de
Artículo 3º—Se le otorga a cada uno la suma adelantada de ¢.169.386,34, para cubrir viáticos, sujetos a liquidación.
Artículo 4º—Rige a partir del 29 de octubre del 2008 al 31 de octubre del 2008.
Dado en
ÓSCAR ARIAS
SÁNCHEZ.—El Ministro de
Nº 533-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en
los artículos 141, de
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar al señor Marco Vinicio Vives Solís, con cédula número 1-1000-147,
Director Despacho de Giras Presidenciales, quien viajará acompañando en su
Comitiva de Viaje al Señor Presidente de
Artículo 2º—Los gastos por
concepto de viáticos, transporte, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel
y viceversa se le cancelarán del Título 201-Presidencia de
Artículo 3º—Se le cancelarán viáticos en tránsito el día 26 de noviembre y del 5 al 6 de diciembre del presente año en Estados Unidos de América, del 27 al 30 de noviembre del 2008 en Qatar, del 1º al 4 de diciembre del 2008 en Singapur.
Artículo 4º—Se otorga la suma adelantada de ¢.1.364.110,61 por concepto de viáticos sujetos a liquidación.
Artículo 5º—Rige a partir del 26 de noviembre del 2008 al 6 de diciembre del 2008.
Dado en
Rodrigo Arias
Sánchez, Ministro de
Nº 534-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en
los artículos 141, de
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a la señora Ana María Herrera Fiallos, con cédula número 1-312-577,
Directora de Relaciones Externas y Embajadora en Misión Especial, quien viajará
acompañando en su Comitiva de Viaje al Señor Presidente de
Artículo 2º—Los gastos por
concepto de viáticos, transporte, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel
y viceversa se le cancelarán del Título 201-Presidencia de
Artículo 3º—Se le cancelarán viáticos en tránsito el día 26 de noviembre y del 5 al 6 de diciembre del presente año en Estados Unidos de América, del 27 al 30 de noviembre del 2008 en Qatar, del 1º al 4 de diciembre del 2008 en Singapur.
Artículo 4º—Se otorga la suma adelantada de ¢ 1.364.110,61 por concepto de viáticos sujetos a liquidación.
Artículo 5º—Rige a partir del 26 de noviembre del 2008 al 6 de diciembre del 2008.
Dado en
Rodrigo Arias
Sánchez, Ministro de
Nº 535-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en
los artículos 141, de
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a la señora Vanessa Calderón Suárez, con cédula número 1-1209-510,
Periodista del Departamento de Información y Comunicación, quien viajará
acompañando en su Comitiva de Viaje al señor Presidente de
Artículo 2º—Los gastos por
concepto de viáticos, transporte, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel
y viceversa, llamadas oficiales internacionales, faxes y el servicio de
Internet se le cancelarán del Título 201-Presidencia de
Artículo 3º—Se le cancelarán viáticos en tránsito el día 26 de noviembre y del 5 al 6 de diciembre del presente año en Estados Unidos de América, del 27 al 30 de noviembre del 2008 en Qatar, del 1º al 4 de diciembre del 2008 en Singapur.
Artículo 4º—Se otorga la suma adelantada de ¢.1.364.110,61 por concepto de viáticos sujetos a liquidación.
Artículo 5º—Rige a partir del 26 de noviembre del 2008 al 6 de diciembre del 2008.
Dado en
Rodrigo Arias
Sánchez, Ministro de
Nº 62-2009-MEIC
EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en
lo dispuesto en los artículos 25 inciso 1), 27 y 28 inciso 2) acápite b) de
Considerando:
I.—Que mediante
nota enviada por
II.—Que dicha conferencia se
llevará a cabo los días 14 y 15 de
setiembre de 2009 en Estados Unidos de América, Washington D.C., en salón
Gustavo Guerrero, ubicado en el Edificio Principal de
III.—Que en ese sentido, la
participación de
IV.—Que este tipo de actividades forman parte
del fortalecimiento de la gestión
institucional en la efectiva del
consumidor y la aplicación de las normas
legales en materia de consumo. Por
tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar a la señora Cynthia Zapata Calvo, portadora de la cédula de
identidad Nº 1-744-149, Directora de
Artículo 2º—Los gastos por
concepto de transporte aéreo y hospedaje serán cubiertos en su totalidad por
Artículo 3º—La señora Cynthia Zapata Calvo, devengará el 100% de su salario durante su ausencia.
Artículo 4º—Rige a partir del 13 de setiembre de 2009 y hasta el día 16 de setiembre del mismo año.
Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio en la ciudad de San José a los treinta y un días del mes de agosto del año dos mil nueve.
Publíquese.—Eduardo Sibaja Arias, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—(Solicitud Nº 27102).—(O. C. Nº 101365).—C-32270.—(78189).
Nº 086
EL PRESIDENTE DE
Y
En el ejercicio de
las atribuciones que les confieren el artículo 28 incisos 1) y 2), numeral a),
artículo 25 párrafo 1 y artículo 27 párrafo 1 de
Considerando:
I.—Que conforme a
II.—Que el Decreto Ejecutivo N°
34803-J, publicado en el Diario Oficial
III.—Que el artículo 3 del Decreto Ejecutivo N° 34803-J dispone que le corresponde al Ministerio de Justicia nombrar mediante acuerdo y carácter de certificadores auxiliares Ad Honórem del Registro Nacional, a los funcionarios de las diferentes entidades encargadas de dar el servicio de información y emisión de certificaciones de las Bases de Datos Públicos del Registro Nacional.
IV.—Que el Decreto Ejecutivo Nº
34803-J, publicado en el Diario Oficial
V.—Que en fecha once de julio del
año mil novecientos noventa y cuatro, se suscribió el Convenio de
Regionalización de Servicios con
ACUERDAN
Artículo 1º—Nombrar como certificadoras auxiliares del Registro Nacional en forma ad honórem a las siguientes personas:
Señora Yesenia Pérez Rodríguez, cédula 4-0155-0896
Señora Alejandra González Ramos, cédula 4-0179-0672
Funcionarias de
Artículo 2º—Dichas certificadoras
auxiliares deben cumplir con las obligaciones señaladas en
Artículo 3º—Dicho acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en
Publíquese.—ÓSCAR
ARIAS SÁNCHEZ.—
Nº 470-2009
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en
los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
1º—Que mediante
Acuerdo Ejecutivo número 011-93 de fecha 15 de febrero de 1993, publicado en el
Diario Oficial
2º—Que mediante documentos
presentados los días 26 y 30 de junio de 2009, ante
3º—Que de conformidad con el
artículo 53 inciso a) del Reglamento a
4º—Que la instancia interna de
5º—Que la empresa Servicios de Alcohol S. A., rindió en su oportunidad el depósito de garantía, el cual se encuentra vigente a la fecha.
6º—Que se ha cumplido con el procedimiento de Ley. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Aceptar la renuncia al Régimen de Zonas Francas presentada por la empresa Servicios de Alcohol S. A.
Artículo 2º—Se otorga a la empresa Servicios de Alcohol S. A., el plazo de quince días hábiles a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, para que proceda a la liquidación de sus operaciones dentro del Régimen de Zonas Francas. Una vez transcurrido dicho plazo, los bienes que no hayan salido de sus instalaciones, conforme a los procedimientos aplicables, se considerarán en estado de abandono a favor del Fisco.
Artículo 3º—Rige a partir de su notificación.
Comuníquese y publíquese.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(77846).
Nº 485-2009
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en
los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
1º—Que el señor Juan
José Chacón Quirós, mayor, casado una vez, empresario, portador de la cédula de
identidad Nº 1-0822-0006, vecino de Santa Ana, en su condición de Presidente
con facultades de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma de la empresa
Establishment Biotech S. A., cédula jurídica Nº 3-101-366337, presentó
solicitud para acogerse al Régimen de Zonas Francas ante
2º—Que la instancia interna de
3º—Que se ha cumplido con el procedimiento de Ley. Por tanto:
ACUERDAN:
1º—Otorgar el
Régimen de Zonas Francas a la empresa Establishment Biotech S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-366337, (en adelante denominada la beneficiaria),
clasificándola como Industria Procesadora de Exportación, de conformidad con el
inciso a) del artículo 17 de
2º—La actividad de la beneficiaria consistirá en la producción de láminas, implantes, rellenos y prótesis de silicón y sus partes para uso en cirugía plástica, reconstructiva y el tratamiento de la obesidad y prendas de uso post-operatorio.
3º—La beneficiaria operará en el parque industrial denominado Zona Franca Coyol S. A., ubicado en la provincia de Alajuela.
4º—La beneficiaria gozará de los
incentivos y beneficios contemplados en
Los plazos, términos y
condiciones de los beneficios otorgados en virtud de
Para los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley Nº 4755, del 03 de mayo de 1971 y sus reformas, en lo que resulten aplicables.
5º—De conformidad con lo
dispuesto por el artículo 20 inciso g) de
Dicha beneficiaria sólo podrá
introducir sus productos al mercado local, observando rigurosamente los
requisitos establecidos al efecto por el artículo 22 de
6º—La beneficiaria se obliga a cumplir con un nivel mínimo de empleo de 30 trabajadores, a más tardar el 15 de noviembre de 2010. Asimismo, se obliga a realizar una inversión nueva inicial en activos fijos de al menos US$150.000,00 (ciento cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 08 de junio de 2011 y a realizar y mantener una inversión mínima total de US $3.000.000,00 (tres millones de dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 08 de junio de 2014. Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional de un 37,79%.
PROCOMER vigilará el cumplimiento
de los niveles de inversión nueva inicial en activos fijos y la mínima total de
la beneficiaria, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos por
el Reglamento a
7º—Una vez suscrito el Contrato
de Operaciones, la empresa se obliga a pagar el canon mensual por derecho de
uso del Régimen de Zonas Francas. La fecha prevista para el inicio de las
operaciones productivas es el 15 de octubre de 2009. En caso de que por
cualquier circunstancia la beneficiaria no inicie dicha etapa de producción en
la fecha antes señalada, continuará pagando el referido canon, para lo cual
Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a PROCOMER de los aumentos realizados en el área de techo industrial. El incumplimiento de esta obligación provocará el cobro retroactivo del canon, a partir de la fecha de la última medición realizada por la citada Promotora, quien tomará como base para realizar el cálculo la nueva medida.
8º—La beneficiaria se obliga a
cumplir con las regulaciones ambientales exigidas por el Ministerio de
Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET) y
9º—La beneficiaria se obliga a
presentar ante PROCOMER un informe anual de operaciones, en los formularios y
conforme a las condiciones que PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses
siguientes al cierre del año fiscal. Asimismo, la beneficiaria estará obligada
a suministrar a PROCOMER y, en su caso, al Ministerio de Hacienda, toda la
información y las facilidades requeridas para la supervisión y control del uso
del Régimen de Zonas Francas y de los incentivos recibidos. Asimismo, deberá
permitir que funcionarios de la citada Promotora ingresen a sus instalaciones,
en el momento que lo consideren oportuno, y sin previo aviso, para verificar el
cumplimiento de las obligaciones de
10.—En caso de incumplimiento por
parte de la beneficiaria de las condiciones de este Acuerdo o de las leyes,
reglamentos y directrices que le sean aplicables, el Poder Ejecutivo podrá
imponerle multas, suprimir, por un plazo desde un mes hasta un año, uno o
varios incentivos de los indicados en el artículo 20 de
11.—Una vez comunicado el presente Acuerdo Ejecutivo, la empresa beneficiaria deberá suscribir con PROCOMER un Contrato de Operaciones. En caso de que la empresa no se presente a firmar el Contrato de Operaciones, y no justifique razonablemente esta situación, PROCOMER procederá a confeccionar un Acuerdo Ejecutivo que dejará sin efecto el que le otorgó el Régimen.
Para el inicio de operaciones
productivas al amparo del Régimen, la empresa deberá haber sido autorizada por
12.—Las directrices que para la promoción, administración y supervisión del Régimen emita PROCOMER, serán de acatamiento obligatorio para los beneficiarios y las personas que directa o indirectamente tengan relación con ellos o con la citada Promotora.
13.—El uso indebido de los bienes
o servicios exonerados será causa suficiente para que el Ministerio de Hacienda
proceda a la liquidación de tributos exonerados o devueltos y ejerza las demás
acciones que establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios en
materia de defraudación fiscal, sin perjuicio de las demás sanciones que
establece
14.—La empresa beneficiaria se
obliga a cumplir con todos los requisitos de
15.—De conformidad con el
artículo 74 de
16.—Rige a partir de su comunicación.
Comuníquese y publíquese.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—Nº 127862.—(78097).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS
REGISTRO DE AGROQUIMICOS
EDICTOS
DIA-R-E-667-2009.—El
señor Gonzalo Sánchez Fernández, portador de la cédula de identidad número
1-571-408 en su calidad de representante legal de la compañía Syngenta Crop
Protection, S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela,
solicita la inscripción del producto fungicida de nombre comercial Taspa 50 EC,
compuesto a base de difenoconazole+propiconazole. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-668-2009.—El
señor Gonzalo Sánchez Fernández, portador de la cédula de identidad número
1-571-408 en su calidad de representante legal de la compañía Syngenta Crop
Protection S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela,
solicita la inscripción del producto fungicida de nombre comercial folio gold
44 SC, compuesto a base de Clorotalonil+Metalaxil-M. Conforme a lo que
establece
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Técnica” Modalidad
Educación Agropecuaria, inscrito en el Tomo 1, Folio 11, Asiento N° 306,
emitido por el Colegio Técnico Regional de Santa Cruz, en el año mil
novecientos ochenta, a nombre de Henry Gerardo Guevara Guevara. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original y por corrección del nombre, cuyos
nombres y apellidos correctos son: Carlos Henry Guevara Guevara. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 65, título N° 136,
emitido por el Liceo Teodoro Picado, en el año dos mil seis, a nombre de Tseng
Yu-Chung. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 44, título N° 101,
emitido por el Liceo Académico de Boruca con Orientación Tecnología en el año
dos mil siete, a nombre de Sadí de los Ángeles Jiménez Arias. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 18, título Nº 28,
emitido por el Liceo Santa Rita, en el año dos mil cinco, a nombre de Quesada
Salazar Kendy. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de
Bachiller en Educación Media inscrito en el tomo 1, folio 25, título Nº 156,
emitido por el Liceo del Sur, en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre
de Solano Corella Kattia. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 88, título Nº 805,
emitido por el Liceo Experimental Bilingüe de Belén, en el año dos mil, a
nombre de Rodríguez Arroyo Gredy Fernando. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 83, título Nº 516,
emitido por el Colegio Técnico Profesional de Hojancha, en el año dos mil dos,
a nombre de Rodríguez Castillo Jorge Luis. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad
Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 11, título Nº 144, emitido por
el Colegio Patriarca San José, en el año mil novecientos setenta y siete, a
nombre de Miranda López Nuria. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 97, título Nº 990,
emitido por el Colegio Técnico Profesional Ingeniero Mario Quirós Sasso, en el
año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Fabián Mauricio Rodríguez
Sibaja. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante
este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 36, título N° 1445,
emitido por el Colegio bilingüe San Judas Tadeo, en el año dos mil dos, a
nombre de Vemon Wong Alex. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante
este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 26, título N° 286,
emitido por el Liceo Anastasio Alfaro, en el año mil novecientos noventa y uno,
a nombre de Rodríguez Calderón Laura Patricia. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 3, Título Nº 41, y
del Título de Técnico Medio en
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 28, título Nº 341,
emitido por el Colegio Claretiano, en el año mil novecientos noventa y dos, a
nombre de Arias Mena Eduardo. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, FOLIO 038, título Nº 6473,
emitido por el Colegio Vocacional Monseñor Sanabria, en el año dos mil ocho, a
nombre de Quirós Quesada Jason Andrés. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Área de
Letras inscrito en el tomo 1, folio 106, título Nº 83, emitido por el Colegio
Técnico Profesional Nocturno Carlos Luis Fallas Sibaja en el año mil
novecientos ochenta y dos, a nombre de Varela Vargas Ólger. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad
en Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio 64, título Nº 637, emitido por el
Liceo Nocturno José Joaquín Jiménez Núñez, en el año mil novecientos ochenta, a
nombre de Garita Solís Verny Enrique. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de Técnico
Medio en Mecánica General, inscrito en el tomo 2, folio 332, título Nº 9288,
emitido por el Colegio Vocacional Monseñor Sanabria en el año dos mil uno, a
nombre de Méndez López Eduardo. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De conformidad
con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad
Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó
introducir a su estatuto social la organización social denominada Cooperativa
de Vivienda R. L., siglas COOPECASA R. L., acordada en asamblea celebrada el 29
de noviembre del 2008. Resolución 685. En cumplimiento con lo dispuesto en el
artículo 29 de
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con
la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir
a su estatuto social la organización social denominada Cooperativa de Ahorro y
Crédito Comunal de Cartago R. L., siglas COOPEBRUMAS R. L., acordada en
asamblea celebrada el día 30 de marzo del 2007. Resolución 108. En cumplimiento
con lo dispuesto en el artículo 29 de
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
EDICTOS
En sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 15 de julio del 2009, se acordó conceder Pensión de Gracia, mediante la resolución JNPA-2702-2009, al señor Corrales Sandoval Rafael Ángel, cédula de identidad Nº 3-142-604, vecino de Cartago; por un monto de sesenta y ocho mil catorce colones sin céntimos (¢68.014,00), con un rige a partir de la inclusión de planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—Róger Porras Rojas, Director Ejecutivo.—1 vez.—Nº 127870.—(78099).
En sesión
celebrada en San José, a las nueve horas del 15 de julio del 2009, se acordó
conceder traspaso de Pensión de Gracia, mediante la resolución JNPTA-2561-
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
EDICTOS
Cambio de Nombre Nº 61167
Que María del
Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad 1-626-794, en calidad de apoderada
especial de And Beyond Holdings (Proprietary) Limited, solicita a este Registro
se anote la inscripción de cambio de nombre de The Conservation Corporation
South Africa (Pty) Limited por el de And Beyond Holdings (Proprietary) Limited,
presentada el día 2 de julio de 2009, bajo expediente 61167. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 2008-0007825 Registro Nº 186001 & BEYOND
en clase 39 Marca Mixto y 2008-0007825 Registro Nº 186001 & BEYOND
en clase 43 Marca Mixto. Publicar en
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
AVISOS
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula Nº
3-002-436153, denominación: Asociación Iglesia Cristocentro, San José. Por
cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación una Generación por
Costa Rica, con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales
entre otros son los siguientes: Promover el estudio y el análisis de los temas
de realidad nacional, desarrollar iniciativas de acción social en todos los
campos, promover la participación de las nuevas generaciones. Cuyo
representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas
en el estatuto lo es el presidente: Sergio Mena Díaz. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Educación y
Compromiso con el Desarrollo Social Integral de
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Grupo Avícola de
El
Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Familias Sin
Drogas, Centro de Rehabilitación Metamorfosis, con domicilio en la provincia de
Cartago. Cuyo fin principal será el siguiente: Brindar, apoyo
técnico-financiero al Centro de Rehabilitación Metamorfosis, en las modalidades
que adopte mediante la dotación de recursos necesarios para la normal operación
de este Centro. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las
limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente Jorge Fernández
Calderón. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en
REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN
AVISOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Marco Antonio
Robert Odio, mayor, casado, administrador de negocios, cédula de identidad Nº
1-637-410, vecino de Santa Ana, en su condición de apoderado generalísimo sin
límite de suma de Publimesas Costa Rica S. A. de Costa Rica., solicita el
Modelo de Utilidad denominado MESA CON SISTEMA QUE PERMITE
Para ver imagen
solo en
El modelo de
utilidad que está presentado se basa en la materialización de una idea novedosa
para lograr implementar elementos de comunicación publicitaria en una mesa
destinada para un “food court” en un centro comercial. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
Luis Diego
Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-669-228, vecino
de San José, en su condición de apoderado especial de Pfizer Products Inc., de
Estados Unidos de América, solicita
La señorita
Lorna Starke Valverde, de Costa Rica, mayor, soltera, comerciante, vecina de
Curridabat, en su condición personal, solicita el Diseño Industrial denominada BOLSA PARA PARASOL DE VEHÍCULO
Para ver imagen
solo en
El producto es
confeccionado en los materiales, vinil, malla, o plástico perforado, elástico
y/o velcro. Diseñado para ser instalado en el parasol de todo tipo de vehículo,
liviano o pesado, sin importar marca, modelo o tipo. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
La señorita
Kristel Faith Neurohr, cédula Nº 1-1143-0447, mayor, soltera, abogada, vecina
de Santa Ana, en condición de apoderada especial de Bajaj Auto Limited, de
India, solicita
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en condición
de apoderado especial de Basf SE, de R.F. Alemania, solicita
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de
San José, en condición de apoderado especial de Basf SE, de R.F. Alemania,
solicita
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número
1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Dow
Agrosciences LLC, de Estados Unidos de América, solicita
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número
1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de The
Trustees Of Columbia University In The City Of New York, de Estados Unidos de
América, solicita
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de
San José, en condición de apoderado especial de Revance Therapeutics INC., de
E.U.A., solicita
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de
San José, en condición de apoderado especial de Les Laboratoires Servier, de
Francia, solicita
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de
San José, en condición de apoderado especial de Revance Therapeutics Inc., de
E.U.A., solicita
El
señor Néstor Morera Víquez, mayor, casado, abogado, cédula de identidad Nº
1-1018-975, vecino de Heredia, en su condición de apoderado especial de Bayer
Schering Pharma Aktiengesellschaft de Alemania, A.N. Nesmeyanov Institute of
Organoelement Compounds The Russian Academy of Sciences (INEOS RAS) e Institute
of The Human Brain Russian Academy of Science (IHB RAS) ambas de Rusia,
solicitan
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número
1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Bayer
Schering Pharma Aktiengesellschaft, de Alemania, solicita
El
señor Gastón Baudrit Ruiz, cédula 1-599-078, mayor, casado, abogado, vecino de
San José, en su condición de Apoderado Especial de Janssen Pharmaceutica N.V.,
de Bélgica, solicita
El
señor Gastón Baudrit Ruiz, mayor, casado, abogado, cédula de identidad número
1-599-078, vecino de San José, en su condición de Apoderado Especial de Medivir
AB, de Suecia, solicita
El
señor Gastón Baudrit Ruiz, cédula 1-599-078, mayor, casado, abogado, vecino de
San José, en su condición de Apoderado Especial de Janssen Pharmaceutica N.V.,
de Bélgica, solicita
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
El Registro de
Hace
saber que por resolución de las diez horas cincuenta minutos del veintidós de
octubre de dos mil ocho, fue inscrita
Se
hace saber que el Licenciado Víctor Vargas Valenzuela, en calidad de apoderado
especial de FMC Technologies INC., domiciliada en los Estados Unidos de
América, compañía titular de la solicitud de concesión de
Se
hace saber que el Licenciado Víctor Vargas Valenzuela, en calidad de apoderado
especial de FMC Technologies INC., domiciliada en los Estados Unidos de
América, compañía titular de la solicitud de concesión de
Se
hace saber que el Licenciado Víctor Vargas Valenzuela, en calidad de apoderado
especial de FMC Technologies INC., con domicilio en Estados Unidos de América,
compañía titular de la solicitud de concesión de
Se
hace saber que el Licenciado Víctor Vargas Valenzuela, en calidad de apoderado
especial de FMC Technologies INC., con domicilio en Estados Unidos de América,
compañía titular de la solicitud de concesión de
Se
hace saber que el Licenciado Víctor Vargas Valenzuela, en calidad de apoderado
especial de FMC Technologies INC., con domicilio en Estados Unidos de América,
compañía titular de la solicitud de concesión de
REGISTRO DE
AVISO
DIVISIÓN CATASTRAL
AVISOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se avisa a los
usuarios del plano catastrado número C-1154857-2007, que conforme lo dispone la
resolución administrativa de las doce horas cincuenta minutos del cinco de
agosto del año dos mil nueve, dictada por
Se
avisa a los usuarios del plano catastrado número SJ-24803-1976, que mediante
resolución administrativa de las ocho horas veinte minutos del siete de agosto
del año dos mil nueve, y por las consideraciones que en ella aparecen, se ha
procedido a dejar sin efecto el resello que aparece en el plano SJ-24803-1976 de
10 de febrero de
Se
hace del conocimiento de los usuarios de
Se avisa a los usuarios del plano catastrado SJ-992768-199, que el resello que aparecía en el mismo a favor de Kattia Navarro Rojas y RÓger Gerardo Umaña Solano, folio real matrícula 1388815-001 y 002, se dejó sin efecto, por las consideraciones que en la resolución de las quince horas y diez minutos del doce de abril del dos mil cuatro aparecen.—Lic. Marlon Aguilar Chaves, Subdirector a. í. División Catastral – Registro Inmobiliario.—(Solicitud Nº 29282).—(O. C. Nº 09-735).—C-18020.—(78212).
Se
avisa a los usuarios del plano catastrado número A-10444-1991, que conforme lo
dispone la resolución administrativa de las ocho horas del siete de agosto del
año dos mil nueve, dictada por
Se
hace del conocimiento de los usuarios de
Se
hace del conocimiento de los usuarios de
Se
avisa a los usuarios del plano catastrado número SJ-512402-1998, que conforme
lo dispone la resolución administrativa de las nueve horas del veinticinco de
junio del año dos mil nueve, dictada por
FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO
FORESTAL
EDICTO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante
Solicitante |
Presolicitud |
Ubicación geográfica |
Nº de plano |
Área bajo PSA |
Díaz Núñez Rosa Regina |
SJ01001209 |
Caserío: Dos Bocas Distrito: Savegre Cantón: Aguirre Provincia: Puntarenas |
P-1093820-2006 |
|
Marín Jiménez Henry |
SJ01009509 |
Caserío: Paso Real Distrito: San Lorenzo Cantón: Tarrazú Provincia: San José |
SJ-802623-2002 |
|
Zuckerman Bruce Henry |
SJ01009609 |
Caserío: Paso Real Distrito: San Lorenzo Cantón: Tarrazú Provincia: San José |
SJ-1188238-2007 |
|
Marín Jiménez Jhonny |
SJ01009709 |
Caserío: Paso Real Distrito: San Lorenzo Cantón: Tarrazú Provincia: San José |
A-l 188224-2007 |
|
Chaves León Alcides |
SJ01011309 |
Caserío: El Jilguero
Distrito: Tierras Morenas Cantón: Tilarán Provincia: Guanacaste |
A-941352-2004 |
|
Ramírez Alfaro Bolívar |
SJ01023709 |
Caserío: Zaragoza Distrito: Río Nuevo Cantón: Pérez Zeledón Provincia: San José |
SJ-1212923-2008 |
|
Segura Núñez Walter |
SJ01025909 |
Caserío: Zapote Distrito: Bijagua Cantón: Upala Provincia: Alajuela |
P-964601-2004 |
|
De conformidad
con el Reglamento a
INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Expediente
6315P.—Balatana S. A., solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Expediente Nº
6081P.—Cooperativa Asociación Bananera Cariari R. L., solicita concesión de:
Exp.
5479A.—3-101-554931 S. A., solicita concesión de:
Expediente
Nº 13546P.—Inversiones Avenida de Las Américas S. A., solicita concesión de:
Exp.
13564P.—Fragata Inglesa, solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Expediente Nº
13554P.—Amazing Grace LLC Limitada, solicita concesión de:
Expediente
Nº 9218P.—Carlos Luis Marroquin Mata y Sonia Sánchez Bonilla, solicitan
concesión de:
Expediente
Nº 13556A.—José Nelson, Orlando, Olman Gamboa Agüero, solicitan concesión de:
Exp.
13555A.—Ronny Rodríguez Chaves, solicita concesión de:
Exp.
13565P.—Inmobiliaria Hotel Casa Turire S. A., solicita concesión de:
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
Ante esta Dirección se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación como notaria a Xiomara Gómez Vargas, carné Nº 18419, cédula Nº 110060327, expediente Nº 09-001535-0624-NO, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de esta lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación.—San José, 13 de agosto del 2009.—Lic. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, Director.—1 vez.—127930.—(78102).
Ante esta Dirección, se ha presentado solicitud de inscripción y habilitación como notario de William Enríquez Peraza, carné, cédula: 502190639, expediente Nº 09-001501-0624-NO, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de este lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación.—San José, 17 de agosto del 2009.—Lic. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, Director.—1 vez.—Nº 128277.—(78511).
Nº 40026.—San José, 08 de julio del 2009
DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:
Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto:
Cédula |
Nombre |
Monto líquido |
204980251 |
Armando Fallas Alfaro |
225.000,00 |
800530605 |
KUING FONG CHAN -NI- |
148.893,16 |
800570740 |
GIAMPAOLO ULCIGRAL DANDRI -NI- |
143.915,90 |
3002173864 |
ASOCIACIÓN SOLIDARISTA T.S.E. -NI- |
2.006.920,83 |
3007042032 |
Junta Administrativa de la Imprenta |
66.020,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de la Imprenta |
212.310,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de la Imprenta |
64.520,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de la Imprenta |
160.000,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de la Imprenta |
811.000,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de la Imprenta |
35.020,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de la Imprenta |
27.000,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de la Imprenta |
116.270,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de la Imprenta |
189.000,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de la Imprenta |
1.622.000,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de la Imprenta |
637.635,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de la Imprenta |
161.270,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de la Imprenta |
49.520,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de la Imprenta |
11.270,00 |
3012355421 |
THYSSENKRUPP ELEVADORES S. A. -L- |
246.826,19 |
3012355421 |
THYSSENKRUPP ELEVADORES S. A. -L- |
317.354,64 |
3101006224 |
KPMG SOCIEDAD ANÓNIMA -L- |
1.029.000,00 |
3101009059 |
RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A. - |
424.648,06 |
3101009515 |
DOCUMENTOS Y DIGITALES DIFOTO S. A. |
73.226,00 |
3101009515 |
DOCUMENTOS Y DIGITALES DIFOTO S. A. |
73.226,00 |
3101010150 |
EDITORIAL |
88.789,10 |
3101021096 |
Formularios Standard Costa Rica S. A. |
2.604.791,00 |
3101029593 |
ELECTROTÉCNICA S. A. |
553.275,03 |
3101039776 |
PROVEEDORES DE EQUIPOS S. A. |
274.351,00 |
3101049533 |
DIMOSA S. A. |
211.900,00 |
3101059552 |
I S Productos de Oficina Centroamer |
322.775,07 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS S. A. -L- |
441.000,00 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS S. A. -L- |
485.100,00 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS S. A. -L- |
63.000,00 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
269.500,00 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
279.300,00 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
140.000,00 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
279.300,00 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
269.500,00 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
170.000,00 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
140.000,00 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
160.000,00 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
269.500,00 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
145.000,00 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
260.000,00 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
150.000,00 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
140.000,00 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
269.500,00 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
260.000,00 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
260.000,00 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
145.000,00 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
260.000,00 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
145.000,00 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
264.600,00 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
1.706.744,68 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
10.810.008,86 |
3101077363 |
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECUR |
344.960,00 |
3101077363 |
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECUR |
344.960,00 |
3101077363 |
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECUR |
344.960,00 |
3101077363 |
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECUR |
344.960,00 |
3101077363 |
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECUR |
344.960,00 |
3101077363 |
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECUR |
344.960,00 |
3101088600 |
G B SYS S. A. |
557.376,27 |
3101098063 |
Multi-Negocios Internacionales Amer |
257.139,04 |
3101098063 |
Multi-Negocios Internacionales Amer |
178.575,89 |
3101098063 |
Multi-Negocios Internacionales Amer |
243.597,28 |
3101100445 |
Rodriguez Constructores Asociados S |
1.005.241,86 |
3101111502 |
COMPONENTES EL ORBE S. A. |
458.165,62 |
3101111502 |
COMPONENTES EL ORBE S. A. |
458.165,62 |
3101111502 |
COMPONENTES EL ORBE S. A. |
458.165,62 |
3101115465 |
GUILA IMPRENTA Y LITOGRAFÍA S. A. |
264.600,00 |
3101154315 |
COMERCIALIZADORA TICA |
1.477.162,49 |
3101158740 |
DISTRIBUIDORA DE FILTROS AUTOMOTRIC |
228.045,00 |
3101174285 |
SEGURIDAD ALFA S. A. -L- |
3.731.223,85 |
3101174285 |
SEGURIDAD ALFA S. A. -L- |
4.140.010,00 |
3101174285 |
SEGURIDAD ALFA S. A. -L- |
337.916,97 |
3101174285 |
SEGURIDAD ALFA S. A. -L- |
337.916,97 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S A L |
231.481,38 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S A L |
126.443,71 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S A L |
265.666,84 |
3101177156 |
Multiservicios de Mantenimiento y |
260.710,00 |
3101177156 |
Multiservicios de Mantenimiento y |
260.710,00 |
3101177156 |
Multiservicios de Mantenimiento y |
260.710,00 |
3101177156 |
Multiservicios de Mantenimiento y |
260.710,00 |
3101197288 |
C R Soluciones GLN S. A. -L- |
3.098.942,28 |
3101217063 |
Compañía Americana Papel Plástico |
2.904.397,57 |
3101217607 |
SAUTER MAYOREO S. A. |
96.600,00 |
3101330322 |
LUMISISTEMAS S. A. |
127.200,00 |
3101340543 |
ELEVADORES SCHINDLER S. A. -L- |
378.759,61 |
3101397585 |
Grupo Comercial Tectronic S. A. |
4.361.474,32 |
3101397585 |
Grupo Comercial Tectronic S. A. |
737.433,49 |
3102007759 |
HIJOS DE HERIBERTO HIDALGO SUCS. LI |
10.329.807,60 |
3102067171 |
Seguridad y Vigilancia SEVIN. Ltda, |
1.322.079,75 |
3102124446 |
Nuñez y Asociados Ltda -L- |
898.119,38 |
4000042138 |
Instituto Costarricense de Acueducto |
14.718,00 |
4000042138 |
Instituto Costarricense de Acueducto |
14.718,00 |
4000042138 |
Instituto Costarricense de Acueducto |
11.912,00 |
4000042138 |
Instituto Costarricense de Acueducto |
11.912,00 |
4000042138 |
Instituto Costarricense de Acueducto |
11.912,00 |
4000042138 |
Instituto Costarricense de Acueducto |
11.912,00 |
4000042138 |
Instituto Costarricense de Acueducto |
38.908,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
1.480.171,42 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
1.480.171,42 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
1.480.171,42 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
1.480.171,42 |
4000042146 |
CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN |
390.076,30 |
|
|
79.240.842,91 |
Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo,—Gilberto Gómez Guillén, Contador.—1 vez.—(O. C. Nº 93148).—C-141270.—(77821).
Nº 40027.—San José, 15 de julio del 2009
DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:
Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto:
Cédula |
Nombre |
Monto líquido |
103510839 |
FREDDY VALVERDE VARGAS -NI- |
31.369,24 |
104020548 |
EFRAÍN CARVAJAL PRADO |
141.100,00 |
500460423 |
WÁLTER PORRAS FERNÁNDEZ -NI- |
379.995,00 |
503600047 |
EVELYN BALTODANO CHAVES |
179.327,80 |
603190176 |
NATACHA GARRO LÓPEZ -NI- |
539.020,58 |
800530605 |
KUING FONG CHAN -NI- |
205.369,88 |
3002173864 |
ASOCIACIÓN SOLIDARISTA T.S.E. -NI- |
2.031.937,60 |
3004045202 |
COOPERATIVA DE ELECTRIFICACIÓN RURA |
209.688,90 |
3101003105 |
CORP INV COSTARRICENSE S. A. -NI- |
1.239.754,10 |
3101003105 |
CORP INV COSTARRICENSE S. A. -NI- |
212.529,20 |
3101010150 |
EDITORIAL |
88.789,10 |
3101013733 |
ALMACÉN ENIS S. A. -NI- |
14.650,00 |
3101014717 |
RECAUCHADORA GIGANTE S. A. |
2.459.050,89 |
3101024094 |
COMPAÑÍA TÉCNICA Y COMERCIAL SATEC |
431.219,60 |
3101024334 |
SOLIS GAMBOA E HIJOS S. A. -NI- |
287.875,00 |
3101032779 |
DISER S. A. |
732.158,00 |
3101034067 |
SONIVISIÓN S. A. |
4.833.643,72 |
3101042028 |
EMPRESA SERVICIOS PÚBLICOS DE HERED |
21.957,00 |
3101042028 |
EMPRESA SERVICIOS PÚBLICOS DE HERED |
72.059,00 |
3101077573 |
TECNOSAGOT S. A. |
147.000,00 |
3101079546 |
LEMEN DE COSTA RICA S. A. -L- |
2.480.942,52 |
3101098063 |
MULTI-NEGOCIOS INTERNACIONALES AMER |
233.675,50 |
3101098063 |
MULTI-NEGOCIOS INTERNACIONALES AMER |
245.817,15 |
3101098063 |
MULTI-NEGOCIOS INTERNACIONALES AMER |
2.481.507,65 |
3101098063 |
MULTI-NEGOCIOS INTERNACIONALES AMER |
2.431.877,50 |
3101110403 |
SISTEMAS MAESTROS DE INFORMACION S, |
382.118,33 |
3101118115 |
DISTRIBUIDORA WLADHE S. A. (L) |
372.081,50 |
3101158781 |
CENTRO TEXTIL JOSÉ BEFELER S. A. |
289.511,85 |
3101174285 |
SEGURIDAD ALFA S. A. -L- |
4.140.010,00 |
3101174285 |
SEGURIDAD ALFA S. A. -L- |
4.140.010,00 |
3101176048 |
CARTUCHOS COSTARRICENSES S. A. |
1.142.769,21 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S. A. L |
135.544,30 |
3101183093 |
FESA FORMAS EFICIENTES S. A. |
162.843,72 |
3101227869 |
CORREOS DE COSTA RICA. S. A. -L- |
1.453.928,00 |
3101237629 |
COMERCIALIZADORA A T DEL SUR S, A, |
773.024,00 |
3101237629 |
COMERCIALIZADORA A T DEL SUR S, A, |
807.544,50 |
3101246553 |
PRODUCTOS SANITARIOS S. A. -L- |
37.952,00 |
3101252351 |
AGROINDUCHEM S. A. |
989.163,00 |
3101352457 |
MORA SOTO & COMPAÑÍA S. A. |
1.191.035,16 |
3101552021 |
A & CH |
319.117,62 |
3102002511 |
GOLFITO TRADING COMPANY LTDA, -NI |
648.025,00 |
3102007759 |
HIJOS DE HERIBERTO HIDALGO SUCS. LI |
7.583.988,72 |
3102074245 |
COLCHONERA ALF SANTAMARÍA LTDA -NI |
355.789,00 |
3102074245 |
COLCHONERA ALF SANTAMARÍA LTDA -NI |
170.014,77 |
3110256071 |
INTERBOLSA FONDO DE INVERSIÓN |
5.745.446,00 |
4000001021 |
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA |
1.749.336,75 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
11.912,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
1.351.156,38 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
1.480.171,42 |
4000042146 |
CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN |
80.066,00 |
|
|
57.644.874,16 |
Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo,—Gilberto Gómez Guillén, Contador.—1 vez.—(O. C. Nº 93148).—C-72520.—(77822).
Nº 40028.—San José, 22 de julio del 2009
DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:
Girar a la orden de los interesados los presentes montos, para atender el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto:
Cédula |
Nombre |
Monto líquido |
103510839 |
FREDDY VALVERDE VARGAS -NI- |
153.867,00 |
106430524 |
JORGE HIDALGO MUÑOZ -NI- |
211.600,00 |
202901304 |
CARLOS A. RODRÍGUEZ ARIAS -NI- |
188.564,35 |
202901304 |
CARLOS A. RODRÍGUEZ ARIAS -NI- |
283.349,38 |
401110906 |
JORGE VILLEGAS PANIAGUA -NI- |
102.500,00 |
700400608 |
ALBERTO GUITTENS WALKER -NI- |
452.760,00 |
800570740 |
GIAMPAOLO ULCIGRAL DANDRI -NI- |
143.915,90 |
3101003937 |
HACIENDA SANTA ANITA S. A. -NI- |
1.256.850,00 |
3101033964 |
INVERSIONES DE GRECIA S. A. -NI- |
670.320,00 |
3101088600 |
G B SYS S. A. |
190.533,35 |
3101121078 |
INCOGUA S. A. –NI- |
129.250,00 |
3101155155 |
MEGOM DE PURISCAL S. A. -NI- |
502.250,00 |
3101175001 |
EL MAR ES DE TODOS S. A. -NI- |
1.289.569,75 |
3101238000 |
KITACHI S. A. -NI- |
162.500,00 |
3101238000 |
KITACHI S. A. -NI- |
170.068,63 |
3101356346 |
HONTORIA DEL PINAR S. A. |
345.450,00 |
3101548585 |
F UNO CONSULTORES S. A. |
3.862.492,07 |
|
|
10.115.840,43 |
Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo.—Gilberto Gómez Guillén, Contador.—1 vez.—(O. C. Nº 93148).—C-31270.—(77823).
Nº 40029.—San José, 29 de julio del 2009
DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:
Girar a la orden de los interesados los presentes montos, para atender el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto:
Cédula |
Nombre |
Monto líquido |
112410320 |
NATALIA MARÍA BARBOZA GRANADOS |
466.686,31 |
202901304 |
CARLOS A, RODRÍGUEZ ARIAS -NI- |
37.712,87 |
500460423 |
WÁLTER PORRAS FERNÁNDEZ -NI- |
379.995,00 |
501660614 |
LUZ MARINA JIMÉNEZ LEDEZMA -NI- |
266.500,00 |
501850621 |
JORGE MANUEL ESPINOZA DE LA O |
127.494,00 |
501850621 |
JORGE MANUEL ESPINOZA DE LA O |
125.570,00 |
600600422 |
VÍCTOR MANUEL GARCÍA BARQUERO |
91.012,00 |
800530605 |
KUING FONG CHAN -NI- |
385.753,10 |
3002045433 |
ASOCIACIÓN CRUZ ROJA COSTARRICENSE |
598.500,00 |
3002084207 |
INSTITUTO DE AUDITORES INTERNOS DE |
353.718,00 |
3002173864 |
ASOCIACIÓN SOLIDARISTA T,S,E, -NI- |
10.772.083,60 |
3101000046 |
COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ |
2.740.668,00 |
3101000046 |
COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ |
12.015.770,20 |
3101009059 |
RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A. - |
66.108,60 |
3101009059 |
RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A. - |
526.815,95 |
3101009059 |
RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A. - |
1.254.856,41 |
3101009059 |
RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A. - |
423.384,99 |
3101009059 |
RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A. - |
176.475,73 |
3101111502 |
COMPONENTES EL ORBE. S. A. |
19.567.337,83 |
3101111502 |
COMPONENTES EL ORBE. S. A. |
10.576.327,37 |
3101118115 |
DISTRIBUIDORA WLADHE S. A. (L) |
91.122,00 |
3101174285 |
SEGURIDAD ALFA S. A. -L- |
102.618,70 |
3101174285 |
SEGURIDAD ALFA S. A. -L- |
835.930,89 |
3101174285 |
SEGURIDAD ALFA S. A. -L- |
4.140.010,00 |
3101233608 |
G CON DE COSTA RICA S. A. (L) |
534.119,82 |
3101233608 |
G CON DE COSTA RICA S. A. (L) |
5.690.733,09 |
3101334142 |
ASESORÍAS CREATIVAS EN DESARROLLO |
476.635,01 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
2.583.442,68 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
285.787,60 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
2.281.342,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
554.773,10 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
1.047.693,50 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
203.910,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
327.222,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
261.545,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
315.952,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
769.285,30 |
|
|
81.454.892,65 |
Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo.—Gilberto Gómez Guillén, Contador.—1 vez.—(O. C. Nº 93148).—C-56270.—(77824).
Registro Civil – Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Expediente Nº
9583-05.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José,
a las once horas diez minutos del veinticinco de mayo del dos mil nueve. José
Antonio Ruiz Ruiz, mayor, soltero, misceláneo, costarricense, cédula de
identidad número ocho-cero cuarenta y cuatro-trescientos sesenta y tres, vecino
de urbanización Corina Rodríguez, San Felipe, Alajuelita, San José, solicita la
rectificación de su asiento de naturalización... en el sentido que la fecha de
nacimiento del mismo es “nueve de diciembre de mil novecientos treinta y seis”.
Conforme lo señala el artículo 66 de
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María de los Ángeles Barboza Gutiérrez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 1110-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas del primero de julio del dos mil nueve. Expediente Nº 19319-09. Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Manuel Mora Sánchez conocido como Manuel Villalta Chacón con María de los Ángeles Barboza Gutiérrez... en el sentido que los apellidos del cónyuge son “Calderón Ureña” hijo de “María Aurora Calderón Ureña, no indica nacionalidad”, no así en cuanto a consignar el número de cédula de identidad, ya que al momento de celebrarse el matrimonio el cónyuge no era portador de cédula de identidad. Asimismo; este Despacho determina que es procedente hacer constar al margen del precitado asiento de matrimonio que el cónyuge actualmente es portador de la cédula de identidad número “seis-cero cincuenta y ocho-setecientos noventa y ocho”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Juan Rafael Madrigal Hernández, Jefe a. í.—1 vez.—Nº 127886.—(78103).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María del Socorro Castillo Hernández, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 1289-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas cincuenta minutos del tres de agosto del dos mil nueve. Expediente Nº 13952-09. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de Xinia Rivera Castillo..., el de Pablo José Rivera Castillo..., el de Abigail Rivera Castillo... y el de Rafael Ángel Rivera Castillo..., en el sentido que el nombre de la madre de las personas ahí inscritas es “María del Socorro”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 127912.—(78104).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Bruno Azur Moulaert Quirós, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1404-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas diez minutos del veinte de agosto del dos mil nueve. Exp. Nº 24592-09. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Bruno Azur Moulaert Quirós... en el sentido que el nombre y los apellidos del padre... son “Jean Moulaert Kees Luchaire Luchaire”, consecuentemente el primer apellido del mismo es “Luchaire”.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(78197).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Dolores Jarrín Calbachi, conocida como Loly de Murillo, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 1097-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas y quince minutos del veintiséis de junio del dos mil nueve. Ocurso. Expediente Nº 23702-06. Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Pastor Murillo Vásquez con Dolores Jarrín Calvache, en el sentido que _el segundo apellido de la cónyuge, el nombre y el apellido del padre y el nombre y el apellido de la madre de la misma son “Calbachi, conocida como Dolores Jarrín Calvache”, “Gerardo Jarrín, no indica segundo apellido” y “Carmenla Calbachi, no indica segundo apellido”, respectivamente.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Juan Rafael Madrigal Hernández, Jefe a. í.—1 vez.—(78257).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por, Pablo René Barahona Kruguer, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1362-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas quince minutos del dieciocho de agosto del dos mil nueve. Exp. Nº 7376-09. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de, Pablo René Barahona Kruguer... en el sentido que los apellidos de la madre... son “Kruger Henselin”.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—Nº 128156.—(78514).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por, Ana Sánchez Casasola, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1001-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas cincuenta minutos del once de junio del dos mil nueve. Exp. Nº 14910-09. Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el Fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de, Ana de los Ángeles Sánchez Casasola... en el sentido que los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Ramírez Casasola”.—M.Sc. Juan Rafael Madrigal Hernández, Jefe a. í.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—Nº 128165.—(78515).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por, José Ramón Quiróz Rivas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1293-2009.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas y diecisiete minutos del cuatro de agosto del dos mil nueve. Exp. 15953-2009. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese razón marginal consignada mediante sello de reconocimiento practicada en el asiento de nacimiento de Ana María Quirós Velásquez..., en el sentido que el primer apellido del padre de la misma es “Quiróz” y no como se consignó.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(78552).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Elvis Geovanny
Ortiz Alvarado, mayor, soltero, operario, nicaragüense, cédula de residencia
155804648322, vecino de Alajuela, expediente 3333-2008. Se ha presentado a este
Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos
11 y 12 de
Bayron
Miguel Ortiz Alvarado, mayor, soltero, cobrador, nicaragüense, cédula de residencia
155804648820, vecino de Alajuela, expediente 2059-2008. Se ha presentado a este
Registro a levantar Información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos
11 y 12 de
Jaime
Alberto Sánchez Álvarez, mayor, soltero, estudiante, nicaragüense, cédula de
residencia 135-RE-005417-00-1999, vecino de Heredia, expediente 4187-2007. Se
ha presentado a este Registro a levantar Información, de acuerdo con lo
dispuesto por los Artículos 11 y 12 de
Pedro
Noé Romero Hernández, mayor, soltero, auxiliar de congelados, nicaragüense,
cédula de residencia 135-RE-024468-00-1999, vecino de San José, expediente
4299-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo
con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
Carolina
Marie Humphreys Miller, mayor, soltera, salonera, nicaragüense, cédula de
residencia 270-151923-085943, vecina de Limón, expediente 1957-2002. Se ha
presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto
por los Artículos 11 y 12 de
FONDO NACIONAL DE BECAS
MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO ORDINARIO
FONDO NACIONAL DE BECAS |
||
TOTAL DE INGRESOS |
FINAL |
|
1 |
SERVICIOS |
625.559.323,00 |
1.01 |
ALQUILERES |
105.900.000,00 |
1.01.01 |
Alquiler de edificios, locales y terrenos |
86.300.000,00 |
1.01.02 |
Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario |
19.500.000,00 |
1.01.99 |
Otros alquileres |
100.000,00 |
1.02 |
SERVICIOS BÁSICOS |
26.029.630,00 |
1.02.01 |
Servicio de agua y alcantarillado |
3.650.000,00 |
1.02.02 |
Servicio de energía eléctrica |
12.811.630,00 |
1.02.03 |
Servicio de correo |
568.000,00 |
1.02.04 |
Servicio de telecomunicaciones |
9.000.000,00 |
1.03 |
SERVICIOS COMERCIALES Y FINANCIEROS |
171.179.096,00 |
1.03.01 |
Información |
10.290.559,00 |
1.03.03 |
Impresión, encuadernación y otros |
11.500.000,00 |
1.03.04 |
Transporte de Bienes |
40.461.681,00 |
1.03.06 |
Comisiones y gastos por servicios financieros y comerciales |
108.926.856,00 |
1.04 |
SERVICIOS DE GESTIÓN Y APOYO |
281.880.000,00 |
1.04.02 |
Servicios jurídicos |
50.000,00 |
1.04.03 |
Servicios de ingeniería |
0,00 |
1.04.04 |
Servicios en ciencias económicas y sociales |
22.500.000,00 |
1.04.05 |
Servicios de desarrollo de sistemas informáticos |
213.000.000,00 |
1.04.06 |
Servicios generales |
35.830.000,00 |
1.04.99 |
Otros servicios de gestión y apoyo |
10.500.000,00 |
1.05 |
GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE |
18.850.000,00 |
1.05.01 |
Transporte dentro del país |
1.950.000,00 |
1.05.02 |
Viáticos dentro del país |
12.750.000,00 |
1.05.03 |
Transporte en el exterior |
2.000.000,00 |
1.05.04 |
Viáticos en el exterior |
2.150.000,00 |
1.06 |
SEGUROS, REASEGUROS Y OTRAS OBLIGACIONES |
3.420.597,00 |
1.06.01 |
Seguros |
3.420.597,00 |
1.07 |
CAPACITACIÓN Y PROTOCOLO |
9.500.000,00 |
1.07.01 |
Actividades de capacitación |
9.500.000,00 |
1.08 |
MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN |
8.800.000,00 |
1.08.01 |
Mantenimiento de edificios y locales |
3.600.000,00 |
1.08.05 |
Mantenimiento y reparación de equipo de transporte |
1.000.000,00 |
1.08.06 |
Mantenimiento y reparación de equipo de comunicación |
400.000,00 |
1.08.07 |
Mantenimiento y reparación de equipo y mobiliario de oficina |
400.000,00 |
1.08.08 |
Mantenimiento y reparación de equipo de cómputo y sistemas de información |
3.000.000,00 |
1.08.09 |
Mantenimiento y reparación de otros equipos |
400.000,00 |
2 |
MATERIALES Y SUMINISTROS |
94.889.600,00 |
2.01 |
PRODUCTOS QUÍMICOS Y CONEXOS |
26.189.600,00 |
2.01.01 |
Combustibles y lubricantes |
9.089.600,00 |
2.01.02 |
Productos farmacéuticos y medicinales |
1.200.000,00 |
2.01.04 |
Tintas, pinturas y diluyentes |
15.900.000,00 |
2.02 |
ALIMENTOS Y PRODUCTOS AGROPECUARIOS |
2.750.000,00 |
2.02.03 |
Alimentos y bebidas |
2.750.000,00 |
2.03 |
MATERIALES Y PRODUCTOS DE USO EN |
16.200.000,00 |
2.03.01 |
Materiales y productos metálicos |
4.000.000,00 |
2.03.04 |
Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo |
12.200.000,00 |
2.04 |
HERRAMIENTAS, REPUESTOS Y ACCESORIOS |
1.100.000,00 |
2.04.01 |
Herramientas e instrumentos |
100.000,00 |
2.04.02 |
Repuestos y accesorios |
1.000.000,00 |
2.99 |
ÚTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS DIVERSOS |
48.650.000,00 |
2.99.01 |
Útiles y materiales de oficina y cómputo |
16.500.000,00 |
2.99.03 |
Productos de papel, cartón e impresos |
15.850.000,00 |
2.99.04 |
Textiles y vestuario |
7.800.000,00 |
2.99.05 |
Útiles y materiales de limpieza |
1.000.000,00 |
2.99.06 |
Útiles y materiales de resguardo y seguridad |
500.000,00 |
2.99.99 |
Otros útiles, materiales y suministros |
7.000.000,00 |
5 |
BIENES DURADEROS |
239.482.272,59 |
5.01 |
MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO |
239.482.272,59 |
5.01.01 |
Maquinaria y equipo para la producción |
500.000,00 |
5.01.02 |
Equipo de transporte |
17.500,00 |
5.01.03 |
Equipo de comunicación |
100.400.000,00 |
5.01.04 |
Equipo y mobiliario de oficina |
26.600.000,00 |
5.01.05 |
Equipo y programas de cómputo |
107.688.370,00 |
5.01.06 |
Equipo sanitario, de laboratorio e investigación |
500.000,00 |
5.01.99 |
Maquinaria y equipo diverso |
3.776.402,59 |
5.02 |
CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y MEJORAS |
0,00 |
5.02.01 |
Edificios |
0,00 |
San José, 09 de setiembre del 2009.—Ing. Javier González Fernández, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. Nº 01.—Solicitud Nº 27208.—C-92500.—IN2009079656.
HOSPITAL MONSEÑOR SANABRIA
Programa de adquisiciones 2009
En cumplimiento
con
Puntarenas, 8 setiembre del 2009.—Dr. Randall Álvarez Juárez, Director General.—1 vez.—IN2009079119.
CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000014-00200
Compra de cartuchos de tinta y tonner
El Departamento
de Proveeduría del Consejo de Seguridad Vial, a través de
El (los)
interesado(s) tiene(n) el cartel a su disposición en el Sistema Compra Red en
forma gratuita, en la dirección http://www.hacienda.go.cr, accesando en Link de
Compra Red de Internet a partir del día hábil siguiente a esta publicación, o
podrá ser retirado en el Departamento de Proveeduría en el segundo piso, La
dirección es la siguiente:
San José, 9 de setiembre del 2009.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Alexander Vásquez Guillén, Jefe.—1 vez.—(O.C. Nº 31676).—Sol. Nº 2430.—C-12770.—IN2009079155.
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL ARCHIVO
NACIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000002-00300
Compra e instalación de estantería móvil
para
Depósito Nº 2 de Archivo Histórico
La fecha límite de recepción de
ofertas es hasta las 10:00 horas del día 16 de setiembre del 2009. Las ofertas
deberán presentarse en la oficina de
San José, 1º de setiembre del 2009.—Lic. Elías Vega Morales, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 387.—Solicitud Nº 7004.—C-11270.—IN2009079653.
COLEGIO UNIVERSITARIO DE LIMÓN
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000006-01
Compra de vehículo pick up doble cabina
4x4
El Colegio Universitario
de Limón, CUNLIMON invita a participar en
Fecha límite de recepción de
ofertas y apertura 28 de setiembre del
Limón, 7 de setiembre del 2009.—Proveeduría-Bodega.—Nancy Hewitt Hines.—1 vez.—RP2009128741.—NI2009079135.
HOSPITAL NACIONAL PSIQUIÁTRICO
ÁREA DE GESTIÓN BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000001-2304
Compra de materiales y repuestos por
demanda para
el servicio de ingeniería y mantenimiento
Se informa a los
interesados que se encuentra disponible el cartel de
Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 7 de setiembre del 2009.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Tatiana López Quesada, MBA, Jefa.—1 vez.—IN2009079557.
FONDO NACIONAL DE BECAS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-00001
Contratación de personal en sitio para
los servicios
de digitación de datos (Data Entry)
El Fondo Nacional
de Becas, hace del conocimiento de los interesados, según Resolución de
Adjudicación Nº R-00039-2009, adoptada por
IT
Servicios de Infocomunicación S. A., cedula jurídica Nº 3-101-216432.—(Oferta
Nº 1).
Línea única/servicio a contratar “Contratación de personal en sitio para los servicios de digitación de datos (Data Entry)”.
Monto total adjudicado: $1.100,00 (Mil cien dólares americanos con 00/100) por trabajador mensual; el contrato será por un plazo de un año, prorrogable por períodos iguales hasta un máximo de cuatro años. Para efectos de estimación contractual, se debe de tomar en cuenta el volumen de 20 digitadores, aún así, cabe destacar que el volumen semanal a utilizar por FONABE será notificado con 15 días hábiles de antelación y puede ser inferior o superior a esta cifra. Plazo de inicio de la contratación sesenta días naturales.
San José, 09 de setiembre del 2009.—Proceso de Contratación Administrativa.—Ing. Javier González Fernández, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. Nº 01.—Solicitud Nº 27208.—C-15020.—IN2009079657.
OFICINA DE COMPRAS Y PAGOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-005010-01
Contratación de una empresa que
confeccione las corbatas
y accesorios para el personal de servicio al cliente del BCR
El Banco de Costa
Rica informa a los interesados en la licitación en referencia, que
Osvaldo Villalobos G., Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 58243.—Solicitud Nº 26225.—C-7520.—IN2009079637.
SUBPROCESO DE GESTIÓN Y ANÁLISIS DE COMPRAS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000024-PCAD
Suministro e instalación de sistema de
aire acondicionado
para oficina del Banco Popular en Ciudad Quesada
Por este medio se
hace del conocimiento de los interesados, según resolución adoptada por
Constructora,
Consultora y Desarrolladora Ecoaire S. A., cédula jurídica Nº 3-101-536983.
Monto total adjudicado: $104.864,00 (Ciento cuatro mil ochocientos sesenta y cuatro dólares exactos).
Moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica. Incluye desinstalación completa del equipo existente, suministro del sistema nuevo de aire acondicionado, su instalación eléctrica, mecánica, capacitación, así como mantenimiento preventivo, correctivo, garantía e impuestos.
El adjudicatario deberá rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, durante los 10 (diez) días hábiles siguientes a la firmeza de la adjudicación del concurso, por un monto del 5% (cinco) por ciento del total adjudicado, sea por la suma de $5.243,20 (Cinco mil doscientos cuarenta y tres dólares con veinte centavos) y con una vigencia mínima de catorce meses para cubrir el plazo de la instalación y podrá ser liberada después del recibido a satisfacción de la misma.
Demás condiciones, especificaciones y detalles en conformidad con lo señalado en el pliego cartelario, la oferta y el informe de adjudicación Nº 169-2009.
San José, 07 de setiembre del 2009.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1 vez.—NI2009079156.
GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS
SUBGERENCIA DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN
Y COMUNICACIONES
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000001-1150
Servicios de mantenimiento preventivo y
correctivo para equipos de
comunicación CISCO (Enrutadores, Conmutador y Access
Server)
Se informa a los interesados que se resolvió adjudicar el presente concurso de la siguiente manera:
Oferente: IT Servicios de Infocomunicación S. A.
Nº de ítem adjudicado: 1
Monto adjudicado: $58,640.00.
Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 9 de setiembre del 2009.—Subárea Gestión de Compras.—MBA. Lydia Durán Jiménez, Jefa.—1 vez.—IN2009079183.
HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000037-2101
Concepto de papel higiénico jumbo y
papel higiénico rollo pequeño
Empresa adjudicada: Promedical de Costa Rica Ltda.
Ítemes: 01 y 02
Monto total: ¢22.319.760,00.
Monto en letras: Veintidós millones trescientos diecinueve mil setecientos sesenta colones exactos.
Tiempo de entrega: ítem 1: 12 entregas mensuales de 720 rollos, la primera entrega deberá darse de manera inmediata. Las 11 restantes deberán hacerse en forma mensual, tomando como referencia la fecha de la primera entrega, ítem 2: 12 entregas al año, la primera entrega deberá darse de manera inmediata y deberá ser de 72 paquetes de 48 rollos cada uno. Las 11 restantes serán de 73 paquetes de 48 rollos cada uno y deberán hacerse en forma mensual, tomando como referencia la fecha de la primera entrega.
Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr o en el expediente de Licitación.
San José, 09 de setiembre del 2009.—Bach. Jennifer Rivera Casanova, Coordinadora a. í.—1 vez.—IN2009079614.
PROVEEDURÍA GENERAL
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000015-IMAS
Contratación de servicios para la
elaboración y almacenaje
de los paquetes escolares del Programa Cuadernos
e Implementos Escolares
Se comunica a los
interesados en
San José, 8 de setiembre del 2009.—MBA. Ramón Alvarado G. Proveedor General.—1 vez.—IN2009079184.
HOSPITAL MÉXICO
DIRECCIÓN GENERAL
COMPRA DIRECTA 2009CD-000175-2104
Número de expediente: 2009CD-000175-2104.
Objeto: mesa de tracción con equipo de operación para ortopedia.
Código: 7-75-01-1280.
Nombre de la empresa: Casa Médica J Y K S. A.
Número de la cédula jurídica: Nº 3-101-412265
Número de proveedor de
Tipo de sanción: apercibimiento
según el artículo 99, inciso a) de
Motivo por el cual se sancionó:
por haber incumplido el artículo 20 de
Tiempo de sanción: tres años del 14 de agosto del 2009 al 14 de agosto del 2012.
San José, 24 de agosto del 2009.—Dr. Douglas Montero Chacón, Director General.—1 vez.—(78249).
DEFENSORÍA DE LOS HABITANTES DE
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000011-DHR
Compra de quipo de transporte
Se avisa a todos
los interesados en esta licitación que el plazo para recibir ofertas es el día
21 de setiembre del
San José, 9 de setiembre del 2009.—Departamento de Proveeduría y Servicios Generales.—Roxana Hernández Cavallini, Jefa.—Dirección Administrativa.—Lic. Carlos E. González Ledezma, Director Administrativo.—1 vez.—O. C. Nº 15031.—Solicitud Nº 30672.—C-5270.—IN2009079650.
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA 2009-LN-000056-17100
Compra e instalación de cinco máquinas
de Rayos X
para chequear equipaje y/o personas
Equipo para Rayos X con las siguientes especificaciones:
Donde dice: Punto 1. Equipo de Rayos
X, no portátil, con banda transportadora de objetos y de peso no superior a los
Debe leerse: Punto 1.
Equipo de Rayos X, no portátil, con banda transportadora de objetos con un peso
no superior de
Donde dice: Punto 3. Dimensión aproximada del túnel no
inferior a
Debe leerse:
Punto 3. Dimensión aproximada del túnel, entre un rango de
Donde dice: Punto 24. Cumplir con las normas: 98/37/EWG, 72/23/EWG, 89/336/EWG.
Debe leerse: Punto 24. Cumplir con las normas: 98/37/EWG, 72/23/EWG, 89/336/EWG/14CFR 108.17/14CFR 429.26
Aspectos generales:
• Manuales:
Donde dice: Se debe proporcionar por cada equipo los manuales de operación en español y el técnico.
Debe leerse: Que se aceptará la entrega de manuales en ingles siempre que sea presentada traducción oficial al español, efectuada o refrendada por un traductor con reconocimiento oficial.
Las demás especificaciones permanecen invariables. Se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del día 29 de setiembre del 2009.
San José, 09 setiembre del 2009.—Lic. Blanca Córdoba Berrocal, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 98612.—Solicitud Nº 28520.—C-22520.—IN2009079182.
CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000020-00100
Compra de equipo de cómputo
El Departamento
de Proveeduría del Consejo de Seguridad Vial a través de
Todos los demás términos de la publicación permanecen invariables.
San José, 9 de setiembre del 2009.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Alexander Vásquez Guillén, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 31676.—Solicitud Nº 2431.—C-9020.—IN2009079558.
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000022-99999
Adquisición de un sistema de circuito
cerrado de televisión,
para la seguridad de las instalaciones de
OCS-1490-2009
Sabanilla, 9 de setiembre del 2009.—Oficina de Contratación y Suministros.—MBA. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—IN2009079649.
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000019-1142 (Aviso Nº 1)
Octreótida (Como acetato)
A los oferentes interesados en participar en este concurso, se les informa lo siguiente:
“Entregas: La
cantidad anual proyectada, se presenta en cantidades aproximadas basadas en el
consumo que se incluyen para efectos informativos, de modo tal que
El resto del cartel permanece invariable.
San José, 09 de setiembre del 2009.—Subárea de Carteles.—Shirley Méndez Amador, Asistente.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 2112.—C-14270.—IN2009079186.
HOSPITAL DR. MAX PERALTA JIMÉNEZ
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2009LN-000002-2306
Adquisición de prótesis auditivas bajo
la modalidad
de entrega según demanda
Se comunica a
todos los interesados que el cartel de
Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carlos Coto Arias, Coordinador.—1 vez.—IN2009079622.
DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000083-PRI (Circular Nº 1)
Compra de tubería en acero al carbono
El Instituto costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a los posibles oferentes que:
Sobre el largo
específico de los tubos, se indica que el rango debe estar entre
Demás condiciones permanecen invariables.
San José, 8 de setiembre del 2009.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 2009-029.—C-8270.—IN2009079540.
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000040-01
Contratación de servicios profesionales de
abogados
externos para cobro judicial
El Instituto
Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU), avisa a todos los interesados en
San José, 8 de setiembre del 2009.—Proceso de Proveeduría.—MBA. Adolfo Calvo Navarro.—1 vez.—IN2009079508.
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2009LN-000007-PROTURISMO (Aclaraciones)
Construcción vías en la zona del Polo
Turístico Golfo de Papagayo
Constructora Raasa S. A.,
CONSULTAS: Consulta Nº 1. En la metodología de evaluación el porcentaje asignado del factor precio es relativamente bajo, determinando que no se le otorga la verdadera importancia y que se ofrezca un buen precio, aceptable y acorde a los intereses de la administración pública. Con el porcentaje dispuesto se pueden ofrecer precios muy altos que harían que la propuesta sea calificada como ajustada y aceptable.
Consulta Nº 2. La administración licitante dispone en el cartel, específicamente en el anexo 2 “cantidades” las dos opciones de pavimentos a cotizar, pero no definen el método o fórmula de evaluación a utilizar para analizar y comparar técnicamente las alternativas y determinar la mejor opción.
Consulta Nº 3. Se solicita indicar si existe un presupuesto de las obras a realizar, el cual va a permitir a la administración analizar si se presentan plicas con precios ruinosos o muy elevados.
Consulta Nº 4. No se determina en el pliego cartelario el plazo mínimo para la realización de las obras.
Consulta Nº
ACLARACIONES:
1. La “metodología de evaluación” que se establece en el cartel se definió luego del análisis de la obra licitada. La ponderación mencionada se definió tomando en cuenta la complejidad de los trabajos a ejecutar, la necesidad de que los oferentes cuenten con los recursos necesarios para cumplir con el costo ofertado para cada uno de los elementos, la pretensión de tener un costo razonablemente económico en un menor plazo y adjudicar a la empresa que garantice la calidad de la obra, certificando que posee los recursos necesarios para hacer frente al proyecto. Certificando que posee los recursos necesarios (humanos, técnicos y de equipo).
2. El diseño de las estructuras
para el pavimento de las alternativas solicitadas, se realizó bajo parámetros
de durabilidad, mantenimiento, etc. Se conoce de la diferencia económica para
cada opción de pavimentos, por lo que la valoración de cada una de las
alternativas se efectuará por separado, siguiendo lo establecido en los
términos del cartel; será
3. Existe un presupuesto
previamente estimado para las obras licitadas, éste será la base para el
análisis de las ofertas, el monto puede consultarse a
4. El plazo, por formar parte del sistema de evaluación, queda abierto, para que cada oferente, de acuerdo a sus recursos realice una propuesta dentro de los principios de razonabilidad, proporcionalidad y realidad del proyecto.
5. Las aclaraciones a las
consultas realizadas en la visita al sitio el día 28 de agosto del 2009, se
comunicaron a las empresas participantes y comunicado en el Diario Oficial
Constructora Meco.
CONSULTAS: Consulta Nº 1. Solicita aclarar lo indicado, en la sección 13.2 del cartel, relacionado con el estudio de cantidades, si las cantidades calculadas por el oferente corrigen la de la tabla de pago del cartel, o con qué fin solicitan este estudio de cantidades.
Consulta Nº 2. Aclarar si el contrato es a monto fijo “llave en mano” o se pagarán las cantidades realmente realizadas en el proceso constructivo.
ACLARACIONES:
1. La oferta se debe presentar de acuerdo a la lista de cantidades entregadas en el cartel, para que el oferente presente un plan de trabajo apegado a la obra real a construir.
2. El pago de las obras se llevará a cabo de acuerdo a la obra realmente construida y a los precios unitarios ofertados así como el cronograma establecido en el punto 13.7 y lo indicado en el punto 27 del cartel.
Durman Costa Rica
CONSULTA: Consulta Nº 1. Solicita aclarar lo indicado en la tabla de cantidades en la línea:
Tubería pluvial con tapón roscado, Ø 400mm |
15,00 |
m |
ACLARACIÓN:
1. En el listado no aplica el término “tapón roscado” ya que no existe la pieza para esos diámetros. En las secciones referidas, que corresponden a tuberías en intersecciones que quedarán sin continuidad, se debe dejar el elemento que proteja el tubo colocado con medios que impidan su obstrucción. Por tanto, se modifica en la “Lista de cantidades”, Tubería pluvial con protección en su extremo, Ø400mm, en lugar de “Tubería pluvial con tapón roscado, Ø400mm”.
Constructora Albosa.
CONSULTA: Consulta Nº 1. Se solicita aclaración del cuadro de cantidades en Calle el Duende ya que en los planos existen diseños de muros de gaviones donde las alturas de los mismos no concuerdan con la tabla de cantidades.
Los muros son
los siguientes: Estación inicial Estación
final:
1+130 1+145; alturas de muro 3.5mt,
4.0mt y 4.5mt
1+185 1+205 tienen alturas de 4,0mt, 4.5mt y 5,5mt
1+225 1+235 tienen altura de 3.5mt y 4.0mt
En la tabla de
pagos se consigna únicamente muros con alturas de
ACLARACIÓN:
1. Las alturas consignadas en planos corresponden a altura efectiva de los muros sin considerar su cimentación, este elemento se debe calcular para el precio unitario de los diferentes tipos de muro. Se señalan en el plano las diferentes elevaciones de los muros a construir. La información de la consulta no corresponde a lo indicado en planos.
En la siguiente lista se corrigen las alturas dadas en la consulta con respecto a los planos de obra:
a) Estación inicial Estación
final:
1+130 1+145; alturas de muro 3.5mt, 4.0 mt y 4.5
mt.
R/:
La altura en planos es de
b) 1+185 1+205 tienen alturas de
4,0 mt, 4.5 mt y 5,5 mt.
R/:
La altura en planos es de
c) 1+225 1+235 tienen altura de
3.5 mt y 4.0 mt.
R/:
La altura en planos es de
Lic. Rita Arce Gutiérrez, Líder Macroproceso Administrativo Financiero.—1 vez.—O. C. Nº 12022.—Solicitud Nº 12929.—C-51020.—IN2009079651.
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000039-01
Compra de motores usados de vehículos para
uso didáctico
En la publicación
realizada el día 8 de setiembre del 2009 en
San José, 8 de setiembre del 2009.—Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 20208.—Solicitud Nº 28260.—C-9020.—IN2009079634.
REGISTRO NACIONAL
REFÓRMESE EL REGLAMENTO DE CUENTAS POR COBRAR
DE
Considerando:
I.—Que conforme
el artículo tercero de
II.—Que con el fin de garantizar
una mayor eficiencia en las labores administrativas que realiza
III.—Que conforme lo establece el
artículo 3º siguientes y concordantes de
IV.—Que conforme lo señalado en
los artículos 8° y 10 de
V.—Que en sesión ordinaria Nº
06-2008 celebrada el día siete de febrero del dos mil ocho,
DECRETAN:
Refórmese: El Reglamento de Cuentas por Cobrar del Registro Nacional, en lo que respecta propiamente a los numerales 7, 9, 17, 19 y 25, para que en adelante dichos artículos se lean de la siguiente manera:
“Artículo 7º—La gestión de cobro, por parte de
“Artículo 9º—Vencido el plazo otorgado en el segundo
requerimiento de pago para cancelar la deuda y al no haberse cancelado ésta en
tiempo y forma, el Departamento Financiero
emitirá el requerimiento cobratorio, adjuntando certificación de todo el
expediente de cobro administrativo levantado al efecto y lo remitirá a
“Artículo 17.—Procederá el arreglo de pago en toda
gestión de cobro administrativo y/o judicial, en que el deudor moroso lo
solicite, ante
“Artículo 19.—Procederá el arreglo de pago, en el tanto se cumplan los siguientes requisitos:
a) Cancelar el
porcentaje de la deuda en estado de morosidad que determina
b) Cancelar las costas procesales y personales irrogadas en relación con la prosecución del juicio, en caso de que las hubiere.
c) Constituir una
garantía suficiente a juicio de
“Artículo 25.—El Área Financiera, de conformidad con lo establecido en el punto tercero del artículo décimo del presente Reglamento, al realizar el análisis de costo beneficio de la petición cobratoria judicial, deberá contemplar al menos, los siguientes factores de importancia:
a) Examen de la magnitud de la deuda.
b) Existencia o inexistencia de bienes del deudor.
c) Bienes sobregravados o gravados en exceso.
d) Costo probable de la ejecución o bien de la interposición de las acciones judiciales.
Indicación de
los obstáculos materiales con que se cuenta, tales como deudor no localizable,
deudor sin actividades, inexistencia de bienes, deudor en quiebra documentos
sustentorios erróneos. En estos casos y cuando
así procediere el Departamento Financiero recomendará a
Rige a partir de
su publicación en el Diario Oficial
El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero en el inciso I, de los artículos 15 y 5 de las actas de las sesiones 801-2009 y 802-2009, respectivamente, celebradas el 28 de agosto del 2009,
considerando que:
A. El artículo 50 de
B. El artículo 23 de
C. En
D. El apartado V de la resolución
Nº 236 mencionada en el párrafo anterior, establece que el auditor interno
contará con un plazo de nueve meses para someter la propuesta de Reglamento a
la aprobación del jerarca, y una vez aprobado por el jerarca, el auditor
interno contará con un plazo de quince días hábiles para presentar a
E. En los últimos años los
organismos supervisores tales como
F. Previo a la entrada de
G. Conforme a lo indicado en el
considerando I, con la creación de
resolvió en firme:
Aprobar el
“Reglamento de organización y funcionamiento de
“REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
DE
Artículo 1º—Alcance.
El presente reglamento establece las disposiciones relativas a la organización
y al funcionamiento de
Artículo 2º—Definiciones. Para efectos del presente reglamento se entenderá por:
a. Administración Activa: Desde el punto de vista funcional, es la función decisoria, ejecutiva, resolutoria, directiva u operativa de la administración. Desde el punto de vista orgánico es el conjunto de órganos que deciden y ejecutan; incluyendo al jerarca, como última instancia.
b. Aseguramiento: Refiere al
examen objetivo que practica
c. Auditoría Interna: Auditoría Interna del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero.
d. Comité de Auditoría: Comité consultivo asesor del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero.
e. Fondos públicos: Según
artículo 6 de
f. Jerarca: El CONASSIF.
g. Jerarca administrativo: Refiere a los Superintendentes.
h. Órgano Director: Refiere al órgano que dirige un procedimiento administrativo.
i. Titular subordinado: Funcionario de la administración activa responsable de un proceso, con autoridad para ordenar o tomar decisiones.
CAPÍTULO I
Organización de la auditoría interna
SECCIÓN I
Concepto de auditoría y marco legal
Artículo 3º—Concepto
de Auditoría Interna. La auditoría interna es la actividad independiente,
objetiva y asesora que proporciona seguridad razonable al CONASSIF y a
Artículo 4º—Marco legal y
técnico. La función de auditoría interna se regirá de conformidad con el
artículo 124 de
SECCIÓN II
Organización y personal
Artículo 5º—Organización
de la auditoría. La estructura funcional de
Las funciones que lleve a cabo
Artículo 6º—Ubicación
organizativa. El Auditor Interno dependerá orgánicamente del CONASSIF,
quien se encargará de su nombramiento por tiempo indefinido como funcionario de
tiempo completo y dedicación exclusiva, y de conformidad con el artículo 31 de
Artículo 7º—Comité de
Auditoría. Como órgano de apoyo y mecanismo facilitador de la gestión de
Artículo 8º—Responsabilidades
del Auditor Interno. Corresponde al Auditor Interno la dirección superior y
la administración de
a. Liderar el proceso de planificación
estratégica así como establecer y mantener actualizadas la visión, la misión y
las principales políticas que regirán el accionar de
b. Elaborar y mantener actualizado un código ético, de conformidad con el alcance de lo establecido en el artículo 10 de este reglamento.
c. Elaborar y mantener
actualizado el “Reglamento de organización y funcionamiento de
d. Proponer la estructura
organizativa para
e. Definir la estrategia de supervisión con base en un análisis de riesgo, con el objetivo de identificar las prioridades de revisión del universo auditable y la optimización del uso de los recursos de la auditoría interna.
f. Advertir a las Superintendencias y al CONASSIF, sobre aquellos riesgos - o sobre el incremento en su nivel de exposición - que pudieran afectar los objetivos, las operaciones o los recursos de la organización.
g. Establecer la planificación
para el desarrollo de las labores de
h. Comunicar al CONASSIF el impacto en el plan de trabajo, en el alcance y en los servicios de auditoría, asesoría y advertencia, de cualquier limitación de recursos.
i. Definir, establecer y
mantener actualizadas las políticas, procesos, procedimientos y prácticas
requeridos por
j. Definir, establecer y
mantener actualizadas las políticas, procedimientos y prácticas de
administración, acceso y custodia de la documentación de
k. Implantar una adecuada gestión
de supervisión que permita asegurar la calidad de los procesos, servicios y
productos de
l. Delegar funciones en su
personal, utilizando criterios de idoneidad y de conformidad con
m. Implantar las medidas
necesarias para el manejo eficaz de las relaciones de coordinación entre el jerarca,
los titulares subordinados y otras instancias internas y externas en el
ejercicio de las competencias de
n. Establecer un programa de
aseguramiento de la calidad para
o. Establecer y mantener políticas
sobre la comunicación para el inicio de estudios y la remisión de informes al
titular subordinado, al CONASSIF y a
p. Actuar como jefe de personal
de
q. Solicitar al presidente del CONASSIF la aprobación de sus licencias, permisos, vacaciones y otros autorizados en el Reglamento Autónomo de Servicios del BCCR.
r. Designar un sustituto para que lo represente en las sesiones del CONASSIF cuando por razón motivada no asista a dichas sesiones. El Auditor comunicará al presidente del CONASSIF el nombre de una persona que lo representará en dicha sesión.
Artículo 9º—Planificación
estratégica. El Auditor Interno debe elaborar un plan estratégico en el que
queden plasmados la visión, misión, valores y principales políticas, valores y
proyectos estratégicos que rigen el accionar de
Artículo 10.—Código de ética.
La auditoría interna debe contar con un código de ética que regirá la conducta
y los valores de los funcionarios que conforman
Artículo 11.—Cualidades del
personal.
El Auditor Interno deberá conocer
las disposiciones legales vigentes para
Las contrataciones del personal
se llevarán a cabo de conformidad con el Reglamento Autónomo de Servicios del
Banco Central y los lineamientos definidos por
SECCIÓN III
Independencia y objetividad
Artículo 12.—Principios
de objetividad e independencia. Los funcionarios de
El Auditor Interno deberá
establecer medidas formales para controlar y administrar situaciones de
impedimento que pudieran presentarse sobre hechos o actuaciones que pongan en
duda o en peligro (de hecho o de apariencia) la objetividad e independencia de
Artículo 13.—Incompatibilidades.
El Auditor Interno y los demás funcionarios de
a. Realizar funciones propias de la administración activa, salvo las necesarias para cumplir su competencia.
b. Formar parte de un órgano director de un procedimiento administrativo.
c. Ejercer profesiones liberales fuera del cargo, salvo en asuntos estrictamente personales, en los de su cónyuge, sus ascendientes, descendientes y colaterales por consanguinidad y afinidad hasta tercer grado. De esta prohibición se exceptúa la docencia, siempre que sea fuera de la jornada laboral.
d. Participar en actividades político-electorales, salvo la emisión del voto en las elecciones nacionales o municipales.
e. Revelar información sobre las auditorias o los estudios especiales de auditoría que se estén realizando y sobre aquello que determine una posible responsabilidad civil, administrativa o eventualmente penal de los funcionarios de los entes y órganos sujetos a la ley.
f. Pertenecer, coadministrar o ejercer funciones de ninguna otra unidad administrativa de las superintendencias y su participación en grupos de trabajo, comités o similares será exclusivamente en función de asesor en asuntos de su competencia y en garantía de la independencia que debe caracterizar el ejercicio de su función.
g. De igual forma les son aplicables a estos funcionarios las prohibiciones establecidas en el “Reglamento autónomo de servicios del Banco Central de Costa Rica y sus organismos de desconcentración máxima”, así como las que se derivan del ordenamiento jurídico aplicable a las superintendencias.
Artículo 14.—Participación
en las sesiones del CONASSIF. El Auditor Interno debe asistir a las
sesiones del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, donde
tendrá voz pero no voto, de conformidad con el artículo 171 de
SECCIÓN IV
Coordinaciones y relaciones
Artículo 15.—Coordinación
con
Artículo 16.—Coordinación con
responsable del control presupuestario. El Auditor Interno deberá
establecer las relaciones de coordinación necesarias para que el responsable
del control del presupuesto cumpla con el deber de mantener un registro
separado del monto asignado y aprobado a
Artículo 17.—Coordinación con
Artículo 18.—Otros
profesionales requeridos. Al amparo del artículo 33 de
SECCIÓN V
Competencias, deberes y atribuciones
Artículo 19.—Competencias. Compete a la auditoría interna principalmente lo siguiente:
a. Realizar auditorías o estudios especiales de auditoría en cualesquiera dependencias del CONASSIF y las superintendencias, en el momento en que se considere oportuno.
b. Realizar auditorías o estudios especiales en relación con los fondos públicos sujetos a su competencia institucional, al menos semestralmente.
c. Evaluar el cumplimiento, la validez y la suficiencia del sistema de control interno, informar de ello y proponer las medidas correctivas pertinentes.
d. Asesorar, en materia de su competencia, al CONASSIF y superintendencias y advertir a los órganos pasivos que fiscaliza sobre posibles consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando estas sean de su conocimiento.
e. Autorizar mediante razón de apertura los libros de actas del CONASSIF y superintendencias o, a criterio del Auditor Interno, libros que sean necesarios para el fortalecimiento del sistema de control interno.
f. Preparar los planes de trabajo, de conformidad con las políticas establecidas por el CONASSIF, siguiendo los lineamientos de la metodología de valoración de riesgo del universo auditable y tomando en consideración los recursos asignados.
g. Elaborar un informe anual de
la ejecución del plan de trabajo y del estado de las recomendaciones de
h. Las demás competencias que
contemple la normativa legal, reglamentaria y técnica aplicable, con las
limitaciones que establece el artículo 34 de
Artículo 20.—Deberes.
El Auditor Interno y los demás funcionarios de
a. Cumplir las competencias asignadas por ley.
b. Cumplir el ordenamiento jurídico y técnico aplicable.
c. Colaborar en los estudios que
d. Administrar de manera eficaz, eficiente y económica, los recursos del proceso del que sean responsables.
e. No revelar a terceros que no tengan
relación directa con los asuntos tratados en sus informes, información sobre
las auditorías o los estudios especiales de auditoría que se estén realizando,
ni información sobre aquello que determine una posible responsabilidad civil,
administrativa o eventualmente penal de los funcionarios de los entes y órganos
sujetos a
f. Guardar la confidencialidad del caso sobre la información a la que tengan acceso.
g. Acatar las disposiciones y
recomendaciones emanadas de
h. Facilitar la información que
les solicite
i. Prevenir, cuando sea de su conocimiento, sobre las posibles consecuencias de una decisión, hecho o situación, con el debido sustento jurídico y técnico pertinente.
j. Cumplir cualesquiera otros deberes atinentes a su competencia.
Artículo 21.—Potestades,
El Auditor Interno y los demás funcionarios de
a. Libre acceso, en cualquier momento, a fuentes de información relacionadas con su actividad y a todos los libros, archivos, sistemas informáticos, herramientas de trabajo, activos, valores, cuentas bancarias y documentos de los órganos de su competencia institucional, así como de los sujetos privados cuando éstos últimos administren o custodien fondos o bienes públicos de los órganos de su competencia institucional. El Auditor Interno podrá acceder, para sus fines, en cualquier momento, a las transacciones electrónicas que consten en los archivos y sistemas electrónicos de las transacciones que se realicen con otras instituciones, para lo cual la administración deberá facilitarle los recursos que se requieran.
b. Solicitar a cualquier funcionario y sujeto privado que administre o custodie fondos públicos de los órganos de su competencia institucional aquellos informes, datos y documentos necesarios para el cabal cumplimiento de su competencia, en la forma, las condiciones y el plazo que sean razonables. En el caso de sujetos privados, los informes, datos o documentos solicitados serán sobre la administración o custodia de fondos públicos de los órganos de su competencia institucional.
c. Solicitar a funcionarios de cualquier nivel jerárquico cualquier tipo de colaboración, asesoramiento o información que demande el ejercicio de la auditoría interna.
d. De acuerdo con el ordenamiento jurídico y técnico aplicable las potestades necesarias para el cumplimiento de su competencia.
SECCIÓN VI
De los servicios de
y comunicación de los resultados
Artículo 22.—Normas
de trabajo.
Artículo 23.—Servicios de
fiscalización de
La asesoría y la advertencia, a diferencia de las auditorías y estudios especiales, pueden darse a priori, concomitante o a posteriori, deben tener un tono constructivo, de apoyo y estar fundamentadas adecuadamente.
Artículo 24.—Servicio
preventivo de asesoría. El servicio preventivo de asesoría consiste en
proveer al CONASSIF o a alguno de los jerarcas administrativos, criterios,
opiniones u observaciones que coadyuven a la formación de la voluntad en la
toma de decisiones, sin que se menoscabe o comprometa la independencia y
objetividad de
Estos servicios se brindan por lo
general en forma escrita aunque pueden darse de forma oral, sobre asuntos de
competencia de
Artículo 25.—Servicio
preventivo de advertencia. El servicio de advertencia corresponde a una
función preventiva que consiste en alertar, con el debido cuidado y tono, a
cualquiera de los órganos pasivos de la fiscalización, incluido el CONASSIF o
los jerarcas administrativos sobre las posibles consecuencias de su proceder,
sin que se menoscabe o comprometa la independencia y objetividad de
Esta labor se ejecuta sobre
asuntos de competencia de
También, puede consistir en un
trabajo de análisis, desarrollado y fundamentado por
Artículo 26.—Servicio
preventivo legalización de libros.
Artículo 27.—Remisión de informes. El Auditor Interno deberá comunicar oficialmente los resultados del trabajo mediante informes, oficios u otros dirigidos al CONASSIF y a las superintendencias -cuando el Auditor Interno considere necesario- y/o a los titulares subordinados de la administración activa con competencia y autoridad para ordenar la implantación de las respectivas recomendaciones o atender los asuntos comunicados.
Artículo 28.—Alcance de los
informes de servicios de auditoría. Los informes sobre los servicios de
auditoría versarán sobre asuntos de la competencia de
Cuando los informes de auditoría
contengan recomendaciones dirigidas a los titulares subordinados, se procederá
de acuerdo con el artículo 36 de
Artículo 29.—Alcance de los informes de los servicios preventivos. El Auditor Interno definirá el contenido y la forma de los informes, oficios u otros medios de comunicación sobre los resultados de los servicios preventivos, conforme a la naturaleza de los estudios y los criterios pertinentes.
Artículo 30.—Esquema de
comunicación de informes. Los hallazgos obtenidos en el transcurso de la
auditoría o estudio especial de auditoría deben ser comentados con los
funcionarios responsables antes de emitir las conclusiones y recomendaciones
definitivas, a efecto de obtener de ellos sus opiniones y puntos de vista y
determinar cualquier corrección que sea necesaria. Se exceptúan los casos de
auditoría o estudio especial de auditoría reservados o los informes de relación
de hechos, cuyo proceso de discusión se regirá por lo establecido en
Artículo 31.—Seguimiento de
recomendaciones. Sin relevar la responsabilidad del jerarca y de los
titulares subordinados en cuanto a la atención oportuna de las recomendaciones
de auditoría según los términos de los artículos 17 y 36 de
Artículo 32.—Informes de
procesos administrativos. Durante un procedimiento administrativo de
carácter disciplinario, el informe de relación de hechos o cualquier otro informe
elaborado por
Artículo 33.—Trámite de
denuncias.
CAPÍTULO II
Disposiciones finales
Artículo 34.—Responsabilidad
sobre el control interno. La administración activa es la responsable del
diseño, implantación, operación, evaluación, mejoramiento y perfeccionamiento
del sistema de control interno institucional, así como de realizar las acciones
necesarias para garantizar su efectivo funcionamiento, de acuerdo con el
artículo 10 de
Artículo 35.—Recursos
requeridos para
Artículo 36.—Revisión del reglamento El Auditor Interno revisará este reglamento una vez al año.
Artículo 37.—Derogatoria
Con la promulgación de este Reglamento quedan derogados los siguientes reglamentos y acuerdos:
“Reglamento de
organización y funcionamiento de
“Reglamento de organización y
funcionamiento de
“Reglamento de organización y
funcionamiento de la auditoría interna de
Acuerdo del Consejo Nacional de
Supervisión del Sistema Financiero tomado en el artículo 6 del acta de la
sesión 690-2007 celebrada el 10 de diciembre del 2007, el cual encargaba a
Artículo 38.—Vigencia. Este
reglamento regir a partir de su publicación en el Diario Oficial
Lic. Jorge Monge Bonilla, Secretario del Consejo.—1 vez.—(O.C. Nº 10560).—C-380270.—(78188).
acordó:
Remitir en consulta
pública, con base en lo dispuesto en el numeral 3) del artículo 361 de
“Proyecto de acuerdo
considerando
que:
a. La potestad administrativa del BCCR, para
regular el mercado cambiario nacional, se sustenta en los artículos 2, 3, 28,
b. El ejercicio de dicha potestad
de regulación se materializa en el Reglamento para las Operaciones Cambiarias
de Contado (ROCC); en el Instructivo para suministrar información sobre las
operaciones cambiarias al Banco Central de Costa Rica (en adelante
Instructivo); en el artículo 10 del acta de la sesión 5357-2007, celebrada el
28 de noviembre del 2007, referido al MONEX; y en el artículo 7 del acta de la
sesión de esta Junta Directiva número 5300-2006, celebrada el 13 de octubre del
2006 reformado por el artículo 9 del acta de la sesión 5360-2007, celebrada el
19 de diciembre del 2007, los cuales desarrollan el artículo 89 de
c.
d. En el acuerdo que consta en el artículo 4 del acta de la sesión 5415-2009, de Junta Directiva del BCCR, celebrada el 25 de febrero del 2009, se introdujo modificaciones al ROCC, para permitir la participación de los puestos de bolsa en el mercado cambiario en nombre y por cuenta y riego propios, aparte de la que realizaban ya en nombre y por cuenta y riesgo de terceros con el fin de:
i. Promover una mayor competencia, ampliando el número de agentes en el mercado cambiario nacional.
ii. Facilitar la gestión de las necesidades de intercambio de divisas que surgen en el desarrollo de las actividades de intermediación bursátil.
iii. Favorecer la participación de más intermediarios en el mercado cambiarios nacional que promovieran mayor liquidez y profundidad del mercado.
iv. Uniformar la operativa de los puestos de bolsa con la de los demás participantes en el mercado cambiario.
v. Eliminar las posibilidades de
que los puestos de bolsa realicen, solapadamente, operaciones en nombre y por
cuenta propios argumentando que son operaciones de calce de posiciones,
esquivando así el pago sobre el diferencial cambiario que el artículo 97 de
vi. Incrementar las atribuciones de los puestos de bolsa, de forma tal que se incrementen las posibilidades de control de su operativa diaria, lo cual se logra autorizándolos a que actúen por cuenta y riesgo propio, sin impedirles realizar operaciones por cuenta y riesgo de terceros, tal y como venían operando conforme a su naturaleza de puestos de bolsa. Este mecanismo permitiría que los puestos de bolsa tengan una posición propia en dólares que cambiaría si se realizan operaciones por cuenta y riesgo propio, pero no así si se realizan operaciones en nombre y por cuenta de terceros mediante el calce real de posiciones. Con tal mecanismo se pretende aplicar el principio de “realidad económica” de las operaciones llevadas a cabo por los puestos de bolsa.
e. A pesar de las intenciones del BCCR, la
realidad indica que la reforma no surtió los efectos buscados, por lo que
resulta conveniente e importante homogenizar las condiciones en que compiten
las diferentes entidades que participan en el mercado cambiario, así como
evitar que, por medio de la ejecución de transacciones no tipificadas como
operaciones cambiarias de contado, se lleven a cabo verdaderas transacciones
cambiarias eludiendo el pago del cobro por participación del 25% sobre el
diferencial cambiario, establecido en el artículo 97 de
f. Resulta necesario trasladar,
al ROCC, las conductas, deberes y obligaciones, relacionados con las
operaciones cambiarias, que el BCCR considera sustanciales y, por ende
sancionables a la luz del artículo 93 de
i. Artículo 7 del acta de la sesión 5300-2006, celebrada el 13 de octubre del 2006.
ii. Artículo 10 del acta de la sesión 5357-2007, celebrada el 28 de noviembre del 2007.
iii. Artículo 9 del acta de la sesión 5360-2007, celebrada el 19 de diciembre del 2007.
g. Existe un error en la redacción del artículo 1 del ROCC, el cual hace una mención indirecta al mercado cambiario como si éste hubiese sido citado con anterioridad en el mismo artículo, pero sin que efectivamente se haya hecho tal mención, por lo que éste debe corregirse.
h. Con base en lo dispuesto en el
numeral 3) del artículo 361 de
resolvió:
A. Modificar los artículos 1º, 2º, 3º, 5º, 9º, 10, y 12 del Reglamento para las Operaciones Cambiarias de Contado, para que en adelante se lean de la siguiente forma:
“Artículo 1. Objetivo
El
presente Reglamento tiene como objetivo establecer las normas que regulan las
operaciones cambiarias de contado y las disposiciones a las que deben sujetarse
los agentes que las realizan como parte del giro normal de su negocio con el
propósito de obtener un lucro derivado de la intermediación en el mercado
cambiario, de conformidad con lo dispuesto en
Para los efectos del presente Reglamento se entiende por operaciones cambiarias de contado, aquellas transacciones por medio de las cuales se efectúa un intercambio de moneda nacional por moneda extranjera o viceversa, el cual se hace efectivo en un período no mayor a dos días hábiles. La aplicación de esta definición se realizará atendiendo al principio de realidad económica, que implica la valoración de los efectos económicos de las transacciones con independencia de las formas jurídicas que adopten los instrumentos por medio de las cuales éstas se materializan.
En tal sentido, se considerarán operaciones cambiarias de contado, entre otras, aquellas transacciones en que se adquiere un activo financiero para su venta posterior, liquidada en una moneda diferente a la de la transacción original de compra, cuando entre las fechas de cumplimiento efectivo de tales operaciones exista un plazo no mayor a dos días hábiles.”
“Artículo 2. Participantes en el mercado cambiario
Conforme
con el artículo 86 de
Asimismo,
podrán participar por su propio riesgo como intermediarios entre compradores y
vendedores en la negociación de monedas extranjeras en el mercado cambiario
nacional, los Puestos de Bolsa y otras empresas bajo la figura de Casa de
Cambio, que autorice
Todas las entidades autorizadas para participar en el mercado cambiario deberán mantener un sistema contable que permita identificar las operaciones correspondientes al mercado cambiario.
El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero incluirá dentro de su catálogo de cuentas lo que corresponda para la aplicación de lo aquí indicado.
Las entidades autorizadas para participar en el mercado cambiario podrán participar en el Mercado de Monedas Extranjeras denominado MONEX, ajustándose a la reglamentación del Sistema de Pagos – SINPE; sin embargo, no podrán participar en el servicio denominado MONEX – CENTRAL DIRECTO del Banco Central.”
“Artículo 3. Información por suministrar
Todas las entidades autorizadas a participar en el mercado cambiario deberán suministrar al Banco Central de Costa Rica la siguiente información sobre sus operaciones en el mercado cambiario, conforme se establezca en el instructivo que emitirá esta Institución:
a) Los tipos de cambio para la compra y para la venta de monedas extranjeras anunciados en ventanilla, los cuales corresponderán, respectivamente, al tipo de cambio mínimo al cual la entidad asume el compromiso de adquirir divisas del público; y al tipo de cambio máximo al cual la entidad asume el compromiso de vender divisas al público. Dichos tipos de cambio deberán contemplar cualquier recargo por comisiones u otros costos adicionales, de forma tal que el tipo de cambio reportado corresponda al monto final que recibirá o pagará el cliente por la divisa transada.
Tales tipos de cambio deberán ser registrados en el sistema MONEX para la apertura de las operaciones de cada día hábil antes de iniciar el horario de apertura del servicio MONEX; además, deberán actualizarse en el transcurso de los siguientes diez minutos contados a partir de que se produzca materialmente cada variación en la ventanilla de la entidad.
Alternativamente, en caso de presentarse problemas con el acceso al MONEX y para aquellas entidades que no cuentan con ese sistema, los reportes de los tipos de cambio de apertura y las actualizaciones deberán ser remitidos al Departamento de Operaciones Financieras del Banco Central, por fax o por correo electrónico, a los números y direcciones indicados en el instructivo y respetando los tiempos indicados en este artículo.
b) Los montos en moneda nacional y extranjera expresados en dólares de los Estados Unidos de América, de las compras y las ventas de monedas extranjeras realizadas diariamente.
El reporte con el resumen de todas las operaciones en divisas tramitadas durante el día con el público y con otras entidades fuera del MONEX, con corte a las dieciséis horas, deberá ser enviado a más tardar el día hábil siguiente antes de las 12:00 m.d., utilizando el respectivo estándar electrónico del sistema MONEX.
Alternativamente, en caso de presentarse problemas con el acceso al MONEX y para aquellas entidades que no cuentan con ese sistema, dicho reporte, con el resumen de las operaciones diarias en moneda extranjera, deberá ser remitido al Departamento de Operaciones Financieras del Banco Central, por vía fax o por correo electrónico conforme se indica en el instructivo y respetando el horario indicado anteriormente.
c) El saldo y la variación de su posición propia en divisas tanto efectiva como autorizada. Se entenderá como posición propia efectiva la diferencia entre los activos y los pasivos totales en moneda extranjera de la entidad a la fecha, más la posición neta en divisas que asuman las entidades autorizadas por las operaciones de derivados cambiarios, que será determinada utilizando los saldos de las cuentas en que se deben registrar estas operaciones, según el Plan de Cuentas para Entidades Financieras aprobado por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (CONASSIF). La posición propia autorizada es aquella posición propia efectiva que cumple con las normas en cuanto a su límite global y a su variación diaria máxima permitida, según lo establece este Reglamento.
El reporte de la variación propia en divisas, deberá ser enviado a más tardar el día hábil siguiente a aquel en que se efectuó la variación, antes de las 12:00 m.d., utilizando el respectivo estándar electrónico del sistema MONEX.
Alternativamente, en caso de presentarse problemas con el acceso al MONEX y para aquellas entidades que no cuentan con ese sistema, dicho reporte deberá ser remitido al Departamento de Operaciones Financieras del Banco Central, por vía fax o por correo electrónico conforme se indica en el instructivo y respetando el horario indicado en el párrafo anterior.
Esa información será remitida también a los órganos fiscalizadores que corresponda cuando éstos lo requieran.
Los reportes referidos a los incisos b) y c) anteriores, que se hayan presentado en los tiempos ahí indicados, podrán ser modificados cuando por alguna razón se haya consignado información errónea, solicitando el servicio de ajuste correspondiente al Centro de Operaciones del SINPE en el transcurso de los siguientes cinco días hábiles contados a partir del día en que se entregó el reporte que se desea corregir, sin que por ello se aplique sanción por este motivo. Toda solicitud deberá ser debidamente fundamentada.
A cualquier modificación que afecte directa o indirectamente el monto del margen de intermediación cambiaria que haya sido transferido efectivamente al BCCR, sea a favor o en contra de este último, se le aplicará lo estipulado en el artículo 5 de este Reglamento.”
“Artículo 5. Margen de Intermediación Cambiaria
El margen de intermediación cambiaria, definido como la diferencia entre el tipo de cambio de venta y el de compra de las monedas extranjeras, será determinado por las entidades autorizadas para participar en el mercado cambiario. Los tipos de cambio de compra y de venta de monedas extranjeras deberán corresponder a los efectivamente utilizados en las transacciones con sus clientes. Dichos tipos de cambio deberán contemplar cualquier recargo o costo adicional, de forma tal que el tipo de cambio reportado corresponda al monto final que recibirá o pagará el cliente por la divisa transada.
Esas entidades deberán exhibir permanentemente y en forma visible al público en sus instalaciones y en sus sitios Web, los tipos de cambio en ventanilla.
Con
fundamento en el artículo 97 de
Para calcular el monto en colones correspondiente al margen de intermediación cambiaria total se multiplicará el margen promedio por el total de ventas de monedas extranjeras efectuadas por la entidad durante el día, sean éstas en dólares de los Estados Unidos de América o el equivalente en esa moneda de cualquiera otra moneda extranjera al tipo de cambio que efectivamente aplicó en la transacción la entidad para ese día. Esas ventas incluirán las realizadas con el público, con otras entidades y con el Banco Central; solo se excluirán aquellas ventas producto de operaciones con el Sector Público no Bancario, las que se considerarán reintegros.
El margen de intermediación promedio se calculará como la diferencia entre el tipo de cambio promedio ponderado de las distintas ventas y el tipo de cambio promedio ponderado de las distintas compras de monedas extranjeras del día expresadas en dólares de los Estados Unidos de América de cada entidad. En el caso de no haber registrado compras se deberá aplicar el promedio de los tipos de cambio de compra anunciados por la entidad para ese día.
Ese traslado de fondos al Banco Central por concepto del margen de intermediación cambiaria se realizará a más tardar el día hábil siguiente, en los términos que se establezcan en el instructivo que emitirá el Banco Central. Si después de transcurrido ese plazo se llegara a detectar alguna diferencia en el monto trasladado al Banco Central por dicho concepto, originada en error imputable a la entidad pagadora, se procederá de la siguiente forma:
a) Cuando se trate de un pago en exceso, el Banco Central hará la devolución del monto determinado, sin reconocimiento de ningún tipo de interés, y los costos del reembolso correrán por cuenta de la entidad responsable del error.
b) Cuando se trate de un faltante, el Banco Central hará el cobro administrativo o judicial respectivo, según corresponda, tanto del principal como de los intereses que éste devengue desde el día en que debió hacerse el pago correcto hasta el día de su cancelación completa, calculados éstos con base en la tasa de interés legal regulada en el artículo 497 del Código de Comercio; independientemente de si la entidad solicitó o no modificaciones al reporte indicado en el inciso b) del artículo 3 de este Reglamento.
Todo lo estipulado en los incisos a) y b) anteriores, se aplicará sin perjuicio de cualquier sanción administrativa que conforme a este reglamento eventualmente resulte aplicable a la entidad responsable del error.”
“Artículo 9. Tipo de Cambio de Referencia
El Banco Central de Costa Rica calculará, para cada día hábil, un Tipo de Cambio de Referencia para la compra y otro para la venta del dólar de los Estados Unidos de América, los cuales serán utilizados, según corresponda, para todos los efectos que contemplen las diferentes leyes, reglamentos, normas y disposiciones generales.
Esos
tipos de cambio corresponderán al “valor comercial efectivo que, a la fecha de
pago, tuviera la moneda extranjera adeudada”, al que hace mención el artículo
48 de
Los tipos de cambio de referencia de compra y de venta de cada día serán calculados por el Banco Central de Costa Rica, como un promedio de los tipos de cambio anunciados el día anterior en ventanilla, por cada una de las entidades autorizadas a participar en el mercado cambiario, ponderado por el tiempo en que cada tipo de cambio estuvo vigente en el lapso comprendido entre las catorce y las diecisiete horas, según los informes que en esta materia deberá enviar diariamente cada entidad al Banco Central, y por la participación relativa de cada entidad en el mercado, según se indica a continuación:
a) El cálculo del tipo de cambio de referencia de compra para el día t se obtiene con base en la siguiente información suministrada por las entidades autorizadas a participar en el mercado cambiario:
i. El tipo de cambio de compra en ventanilla entre las 14 y las 17 horas del día anterior (t-1 ).
ii. El total de divisas compradas por la entidad autorizada en los cinco días previos a t-1.
b) El cálculo del tipo de cambio de referencia de venta para el día t se obtiene con base en la siguiente información suministrada por las entidades autorizadas a participar en el mercado cambiario:
i. El tipo de cambio de compra en ventanilla entre las 14 y las 17 horas del día anterior (t-1).
ii. El total de divisas compradas por la entidad autorizada en los cinco días previos a t-1.
El Banco Central podrá publicar en su sitio Web durante el transcurso de cada día y con carácter preliminar, un tipo de cambio de compra y de venta de las entidades autorizadas al público, con base la información de que disponga hasta ese momento sobre las cotizaciones en el mercado cambiario.”
“Artículo 10. Compra y Venta de Divisas del Sector Público no Bancario
Con
base en lo dispuesto por el artículo 89 de
Los bancos comerciales del Estado podrán realizar transacciones diarias de compra y de venta de divisas con las instituciones que conforman el SPNB únicamente por montos inferiores a US$ 100.000,00 (cien mil dólares de los Estados Unidos de América); y siempre y cuando el monto mensual de dichas transacciones sea inferior a los US$ 10.000.000,00 (diez millones de dólares de los Estados Unidos de América), en concordancia con lo dispuesto en el párrafo anterior.
En el caso de las transacciones que se realicen por medio de los bancos comerciales del Estado, estos últimos trasladarán, a más tardar el día hábil siguiente, las divisas compradas; o solicitarán el reintegro de las divisas vendidas, al Banco Central, el cual realizará la operación al mismo tipo de cambio que fijó para esos fines en el día de la transacción.
Las entidades del Sector Público no Bancario que requieran mantener divisas, deberán solicitar al Banco Central la respectiva autorización con respecto al monto y al límite anual.
Se
excluye de la aplicación de este artículo a los entes públicos no estatales,
según la definición que sobre ellos da el Manual Explicativo de los
Organigramas del Sector Público Costarricense, emitido por el Ministerio de
Planificación Nacional y Política Económica, versión
“Artículo 12. Objetivo
El
presente capítulo tiene como objeto regular el funcionamiento y establecer los
requisitos que deben cumplir los puestos de bolsa, con base en lo establecido
en
Los puestos de bolsa que sean debidamente autorizados por el Banco Central de Costa Rica para operar en el mercado cambiario podrán realizar operaciones de compra y de venta al contado de monedas extranjeras en billetes, giros bancarios, cheques, transferencias desde y hacia el exterior del país y otros instrumentos de pago, únicamente por cuenta y riesgo propios.”
B. Incorporar un nuevo Capítulo VII sobre la participación de las entidades en el MONEX, en el Reglamento para las Operaciones Cambiarias de Contado, cuyo texto será el siguiente:
CAPÍTULO VII
PARTICIPACIÓN DE LAS ENTIDADES EN EL MONEX
Artículo 18. Ofertas en firme de compra y de venta de US dólares
Las entidades participantes en el servicio “Mercado de Monedas Extranjeras” (MONEX), deberán mantener en dicho sistema ofertas en firme de compra y de venta de dólares (US$), a los tipos de cambio de compra y de venta ofrecidos al público por la entidad en su ventanilla.
El Banco Central comunicará a las entidades participantes, el último día hábil de cada semana, el monto que regirá durante la semana siguiente para cada una de dichas ofertas, el cual se establecerá como el equivalente a un 0,50% del total de compras y ventas promedio ejecutadas con el público por dicha entidad, durante los últimos cinco días hábiles para los cuales el Banco Central disponga de información.
El requerimiento indicado en el párrafo anterior se determinará en múltiplos del monto mínimo de negociación establecido en el MONEX, con redondeo hacia abajo, y aplicará para aquellas entidades en las cuales este monto resulte igual o superior al mínimo de negociación del servicio MONEX.
Las primeras ofertas de compra y de venta a que se refiere el primer párrafo de este artículo, deberán incluirse durante los primeros treinta (30) minutos de la sesión de negociación; y deberán mantenerse en firme tras su inclusión. Cada vez que una de estas ofertas de compra ó de venta resulte calzada en su totalidad, la entidad dispondrá de quince minutos para incluir una nueva oferta al tipo de cambio de ventanilla que se encuentre vigente en ese momento, por el monto que le corresponde para esa semana según lo indicado en el segundo párrafo de este artículo. No se requerirá la inclusión de nuevas ofertas durante los treinta (30) minutos previos al cierre de la sesión de negociaciones.
Cuando la entidad modifique sus tipos de cambio de ventanilla, deberá actualizar el tipo de cambio de las ofertas requeridas en el primer párrafo de este artículo, que se encuentren vigentes en ese momento. Lo anterior deberá realizarse en el mismo plazo que tienen las entidades para reportar al Banco Central cuando varían sus tipos de cambio de ventanilla.
C. Correr la numeración del actual Capítulo VII: Sanciones, del Reglamento para las Operaciones Cambiarias de Contado, para que pase a ser el número VIII, así como de su articulado, el cual comenzará con el artículo 19, e incorporar algunas modificaciones en su texto, por lo que, en adelante, dicho capítulo de sanciones se leerá de la siguiente forma:
CAPÍTULO VIII
SANCIONES
“Artículo 19. Disposición General
Las
infracciones a las disposiciones legales o reglamentarias en materia cambiaria
serán sancionadas conforme a lo dispuesto por los artículos 93, 156, siguientes
y concordantes de
Artículo 20. Procedimiento Previo
Cuando
se detecte una infracción a las disposiciones legales o reglamentarias en
materia cambiaria,
Artículo 21.
Órgano Competente para aplicar
La
aplicación de las sanciones a las que se refiere el artículo 93 de
Artículo 22. Sanciones
De
conformidad con lo establecido en el artículo 93 de
A. Ante un primer incumplimiento reglamentario, se impondrá una amonestación escrita.
B. Por un primer incumplimiento legal, o por un segundo y hasta un tercer incumplimiento reglamentario en un periodo de un año: suspensión para participar en el mercado cambiario por el término de uno a treinta días hábiles de conformidad con la siguiente escala:
1. Por el atraso en el pago al Banco Central de Costa Rica del porcentaje correspondiente al margen de intermediación cambiaria:
a. De dos días hábiles si el atraso es de un día hábil.
b. De cinco días hábiles si el atraso es de dos a cinco días hábiles.
c. De diez días hábiles si el atraso es de seis a diez días hábiles.
d. De quince días hábiles si el atraso es de más de once días hábiles.
Todo lo anterior, sin menoscabo de las sanciones que procedan por otros incumplimientos.
2. Por mantener la razón de posición propia efectiva en divisas fuera de los límites establecidos en este Reglamento:
a. De dos días hábiles si difiere en hasta 2 puntos porcentuales (p.p.).
b. De cinco días hábiles si difiere en más de 2 p.p. y hasta 3 p.p.
c. De diez días hábiles si difiere en más de 3 p.p. y hasta 4 p.p.
d. De quince días hábiles si difiere en más de 4 p.p.
Durante la suspensión, la entidad no podrá realizar operaciones cambiarias de contado con el público; sin embargo, podrá operar con otras entidades autorizadas para participar en el mercado cambiario con el único propósito de ajustar la razón de posición propia efectiva en divisas dentro de los límites autorizados por este Reglamento.
En caso de continuar incumpliendo con las disposiciones una vez superado el lapso de suspensión, se mantendrá la restricción para realizar operaciones cambiarias con el público hasta que la entidad ubique su posición propia efectiva en divisas en el rango permitido en este Reglamento.
Todo lo anterior, sin menoscabo de las sanciones que procedan por otros incumplimientos.
3. Por variaciones diarias de la posición propia efectiva en divisas mayores a las máximas autorizadas en este Reglamento:
a. De dos días hábiles si difiere en hasta 0.5 puntos porcentuales (p.p.).
b. De cinco días hábiles si difiere más de 0.5 p.p. y hasta 1 p.p.
c. De diez días hábiles si difiere más de 1 p.p. y hasta 2 p.p.
d. De quince días hábiles si difiere en más de 2 p.p.
Durante la suspensión, la entidad no podrá realizar operaciones cambiarias de contado con el público; sin embargo, podrá operar con otras entidades autorizadas para participar en el mercado cambiario con el único propósito de ajustar la posición propia efectiva en divisas dentro de los límites máximos establecidos en este Reglamento.
En caso de prevalecer la discrepancia una vez superada el lapso de suspensión, se mantendrá la restricción para realizar operaciones con el público, hasta que la entidad alcance el nivel de la posición propia que hubiese resultado en caso de aplicarse los límites a la variación diaria autorizados en este Reglamento.
Todo lo anterior, sin menoscabo de las sanciones que procedan por otros incumplimientos.
4. Por no suministrar la información que corresponda sobre las operaciones cambiarias:
a. De dos días hábiles si el atraso es de uno a tres días hábiles.
b. De cinco días hábiles si el atraso es de cuatro a cinco días hábiles.
c. De diez días hábiles si el atraso es de seis a nueve días hábiles.
d. De quince días hábiles si el atraso es de diez días hábiles o más.
Todo lo anterior, sin menoscabo de las sanciones que procedan por otros incumplimientos.
C. Por infringir cualquier otra obligación
dispuesta en
D. En caso de más de tres
violaciones a las disposiciones establecidas por
Lic. Jorge Monge Bonilla, Secretario General.—1 vez.—(O. C. Nº 10560).—C-237020.—(78570).
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
“Acuerdo
Nº 06: Se aprueba la propuesta de modificación al artículo 08, inciso a) del
Reglamento de Créditos del Régimen de Mutualidad, presentado por el Régimen de Mutualidad
con oficio RM-273-2009, sujeto a verificación, siempre y cuando no haya un
cambio sustancial que implique someterlo nuevamente a conocimiento de
“Artículo 8.
a. Auxilio: Para resolver situaciones de
emergencia. Su trámite será más expedito, los intereses más bajos y podrá tener
un período de gracia para cancelación. Entre dichas situaciones están:
enfermedad o muerte de parientes en primer grado de consanguinidad y cónyuge,
accidente que le impida laborar al agremiado, robo, caso de sismo, incendio o
inundación de la casa de habitación u oficina de trabajo, reparación de
vehículo o equipo cuando estos sean herramientas esenciales para el trabajo, o
los casos especiales que requieran el análisis de
28 de agosto del 2009.—Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—1 vez.—(O C Nº 433-09).—C-14300.—(78245).
“Acuerdo Nº 08: Se aprueba la siguiente propuesta de modificación del artículo 4 del Reglamento Especial que Regula el Procedimiento de Devoluciones, solicitada por el Departamento de Responsabilidad Profesional en su oficio Nº 0654-2009-DRP:
“El sello que debe llevar todo plano de construcción o de urbanización tendrá una vigencia de un año. Vencido el término, si la obra no se había ejecutado o la construcción estuvo paralizada, el interesado tendrá un período de un año, contado a partir de la fecha de sellado de los planos, para solicitar su renovación por otro período igual adjuntando una declaración jurada que enumere las razones por las que la obra no se ejecutó. Si transcurrido este plazo el interesado no solicitó el resello de los planos, deberá cumplir con los requisitos de una nueva solicitud de sello de planos.”
28 de agosto del 2009.—Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—1 vez.—(O C Nº 433-09).—C-20420.—(78246).
MUNICIPALIDAD DE VALVERDE VEGA
REFORMA DEL
ARTÍCULO 1º DEL REGLAMENTO DE CAJA CHICA
Comunica que con
base en el artículo VI inciso d) de la sesión ordinaria Nº 165, celebrada el
día 25 de agosto del 2009, el Concejo Municipal por unanimidad, acuerda
reformar el artículo 1º del Reglamento de Caja Chica de
Acuerdo definitivamente aprobado.
Comuníquese y publíquese por una
sola vez en el Diario Oficial
Sarchí Norte, 27 de agosto del 2009.—Emiliano Castro Alfaro, Secretario Municipal.—1 vez.—(76514).
REMATE Nº 02-2009
Equipo de cómputo
El Instituto Tecnológico
de Costa Rica, a las 10:00 a. m., del día 28 de setiembre del 2009, en
Los interesados podrán retirar el
cartel en el Departamento de Aprovisionamiento del ITCR y observar los bienes
descritos en
Se procederá según el artículo
102 del Reglamento de
Cartago, 8 de setiembre del 2009.—Departamento de Aprovisionamiento.—Walter Sequeira Fallas, Director.—1 vez.—(O C Nº 1219).—(Solicitud Nº 14461).—C-13500.—(79056).
DIRECCIÓN CORPORATIVA GESTIÓN DE MEDIOS
DIRECCIÓN DE BIENES
Capítulo
XIII
13.5 Títulos a descontar en Sucursales.
Montos y
plazos autorizados
a. Las Sucursales y Agencias pueden redimir CDP’s con un plazo al vencimiento menor o igual a 720 días y con montos del principal menores o iguales a ¢50 000 000.00 (cincuenta millones de colones), US$100 000.00 (cien mil dólares) y €100 000.00 (cien mil euros).
b. La autorización de
AVISOS
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
A quien interese, hago constar que el certificado de depósito a plazo del Banco de Costa Rica:
Número de Certificado |
Monto |
Plazo |
Emitido |
Vence |
Tasa |
62378265 |
¢652.600,79 |
100 |
30-04-2009 |
10-08-2009 |
7.25% |
Certificado emitido a la orden de: Oldemar de Jesús Azofeifa Rojas. Emitido por la oficina 250-Grecia, ha sido reportado como pérdido. Por lo que se solicita al Banco de Costa Rica su reposición de acuerdo con lo establecido en los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.—Oldemar de Jesús Azofeifa Rojas, Solicitante.—(77828).
SUCURSAL EN TURRIALBA
AVISOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
El Banco Popular y de Desarrollo Comunal (Centro de negocios), hace del conocimiento del público en general, el extravío del siguiente certificado de ahorro a plazo fijo a la orden de Águila Mediterránea Sociedad Anónima, cédula Nº 3-101-350638.
Fecha Fecha
Certific. Nº Monto venc. Cupón Nº Monto venc.
16102460220370472 $5.000.00 19-3-2009 001 $12.97 19-3-2009
Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.
Turrialba, 8 de agosto del 2009.—Asdrúbal Alvarado Valerio, Subgerente.—Nº 127517.—(77090).
SUCURSAL EN SAN CARLOS
AVISOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El Banco Popular y de Desarrollo Comunal Sucursal San Carlos, hace del conocimiento del público en general, el extravío del siguiente certificado de ahorro a plazo fijo a la orden de, Acuña Cárdenas Gerardo, cédula 1-755-807.
Fecha Fecha
Certific. Nº Monto
¢ Vencimiento Cupón
Nº Monto ¢ Vencimiento
16100660210118880 122.800,00 09-01-2006 NA NA NA
16100660210117509 190.000,00 11-01-2006 Capitalizable 5.103,78 11-01-2006
Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.
Lic. Óscar Mario Vargas Artavia, Gerente.—(78198).
VICERRECTORÍA ACADÉMICA
PROGRAMA DE GRADUACIÓN
REPOSICIÓN DE TÍTULO
AVISOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Ante el Departamento de Registro
de
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Ante el
Departamento de Registro de
Se publica este
edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en
Heredia, 3 de setiembre del 2009.—M.A.E. Marvin Sánchez Hernández, Director.—(77780).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
A la señora
Raquel Garbanzo Pérez, cédula de identidad 1-988-254, se le comunica la
resolución de las trece horas y veintiún minutos del veintidós de junio del dos
mil nueve; del inicio de un proceso especial de protección en sede
administrativa con medida de cuido provisional a favor de las personas menores
de edad Aaron Josué Porras Garbanzo, Anthuan Alberto Porras Garbanzo y Angeline
Pamela Porras Garbanzo en el hogar de la señora Leticia Ferreto Ramírez en San
Isidro de Pérez Zeledón. Recursos: En contra de lo ordenado se previene a la
parte interesada que podrá interponer recurso de apelación ante
Al señor Randall Porras Ferreto, cédula de
identidad número uno ochocientos cinco cuatrocientos veinte, se le comunica la
resolución de las trece horas y veintiún minutos del veintidós de junio del dos
mil nueve; del inicio de un proceso especial de protección en sede
administrativa con medida de cuido provisional a favor de las personas menores
de edad Aaron Josué Porras Garbanzo, Anthuan Alberto Porras Garbanzo y Angeline
Pamela Porras Garbanzo en el hogar de la señora Leticia Ferreto Ramírez en San
Isidro de Pérez Zeledón. Recursos: En contra de lo ordenado se previene a la
parte interesada que podrá interponer recurso de apelación ante
Se le
comunica a los señores Aleida del Carmen Castillo y Javier Herrera Altamirano
la resolución de las diez horas del día dieciséis de julio dos mil nueve, en la
cual se resuelve dictar medida de cuido provisional en familia sustituta en
beneficio de la persona menor de edad Heizel Herrera Castillo, quien se ubicará
al lado de su tía señora María José Rivera Castillo. Notifíquese lo anterior a
los interesados, de conformidad con
A Alejandra Mayela Area Arias, se le comunica la resolución administrativa de las catorce horas con treinta y cinco minutos del veintisiete de agosto de dos mil nueve que ordena incompetencia territorial, correspondiente persona menor de edad Marta Joselyn Areas Arias. Indicándose que debe señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de defensa: Procede recurso de revocatoria con apelación en subsidio, si se plantea dentro del plazo tres días posteriores a la notificación. Se les previene a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Expediente Nº 115-0096-01.—Oficina Local de Alajuelita, agosto del 2009.—Lic. Kattia Vanesa Hernández Méndez, Representante Legal.—(O. C. Nº 31042).—(Solicitud Nº 29074).—C-4080.—(77193).
Se comunica a, Omar Campos Alcócer y María Piedra Fuentes, las resoluciones de las ocho horas del veinticinco de agosto de dos mil nueve y de las ocho horas del veintiocho de agosto de dos mil nueve, que ubica a la persona menor de edad Sharon Teresa Campos Piedra, al lado de Rodrigo Gutiérrez Chacón y Wendy Fuentes Sandoval. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el superior en grado, dentro de un plazo de tres días después de notificada. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada. Exp. 112-0046-1996.—Oficina Local de Guadalupe, 28 de agosto del 2009.—Lic. Roberto Marín A., Representante Legal.—(O. C. Nº 31042).—(Solicitud Nº 29076).—C-9180.—(78182).
Se
comunica al señor: Alexei Ramírez Kaice, documento de identidad número
DI70050210287, con domicilio desconocido, que por resolución administrativa de
las ocho horas del veinticuatro de agosto del dos mil nueve, esta Oficina Local
da inicio al proceso especial de protección en sede administrativa y dictado de
medida de protección de abrigo temporal de la persona menor de edad Axel David
Ramírez Fernández, en el Hogar de la señora Cristina Araya Segura, portadora de
la cédula de identidad número 3-203-570, por un período de hasta seis meses
contados a partir de la fecha en que se dicta este acto administrativo y hasta
el día 25 de febrero del dos mil diez. Recursos. Proceden los de revocatoria
con apelación en subsidio. Plazo: Tres días hábiles contados a partir de la
tercera publicación de este edicto, los que deberán interponerse ante el órgano
Director de
Se
comunica a quien interese la resolución de las once horas quince minutos del
día veinticinco de agosto del dos mil nueve, que declaró administrativamente en
estado de abandono a la persona menor de edad Edder Josue Aguilar Mora.
Recursos. Proceden los de revocatoria con apelación en subsidio, dentro del
plazo de tres días hábiles contados a partir de la tercera publicación de este edicto,
los que deberán interponerse ante el Órgano Director de
Al señor Carlos
Manuel Ospina Montoya se le comunica la resolución de este Despacho de las
quince horas del día veinticinco de agosto del dos mil nueve que resolvió dar
inicio al proceso para la salida del país de la persona menor de edad Carlos
Javier Ospina Cordero. Se previene a las partes señalar lugar para futuras
notificaciones en el perímetro de
CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA
Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la propuesta planteada por el señor Ibo Monge Calderón, para ajustar las tarifas de las rutas 104 descrita como: Acosta-Chirraca-Palmichal y viceversa, 106 descrita como: Acosta-Tablazo y viceversa y 195 descrita como: Acosta-Bajos del Jorco y viceversa, tramitadas en el expediente ET-89-2009 y que se detallan de la siguiente manera:
DESCRIPCIÓN |
Tarifas (en colones) |
Incremento Regular |
||||
Vigentes |
Propuestas |
|||||
Regular |
Adulto mayor |
Regular |
Adulto mayor |
Absoluto (¢) |
Porcentual |
|
Ruta 104: Acosta-Chirraca-Palmichal y viceversa |
|
|
|
|
|
|
Acosta-Palmichal |
370 |
0 |
1240 |
0 |
870 |
235,14% |
Acosta-Chirraca |
140 |
0 |
465 |
0 |
325 |
232,14% |
Acosta-Puente |
140 |
0 |
465 |
0 |
325 |
232,14% |
Ruta 106: Acosta-Tablazo y viceversa |
|
|
|
|
|
|
Acosta-Tablazo |
135 |
0 |
465 |
0 |
330 |
244,44% |
Ruta 195: Acosta-Bajos del Jorco y viceversa |
|
|
|
|
|
|
San Ignacio de Acosta-Bajos del Jorco |
300 |
0 |
1005 |
0 |
705 |
235,00% |
San Ignacio de Acosta-Lagunilla |
265 |
0 |
885 |
0 |
620 |
233,96% |
San Ignacio de Acosta-Cacao |
265 |
0 |
885 |
0 |
620 |
233,96% |
San Ignacio de Acosta-Agua Blanca |
185 |
0 |
620 |
0 |
435 |
235,14% |
San Ignacio de Acosta-Puente |
135 |
0 |
465 |
0 |
330 |
244,44% |
El 21 de
setiembre del
Se hace saber a los interesados
que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en
Todo aquel que tenga interés
legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia, por escrito o en forma
oral, el día de la audiencia, momento en el cual deberá presentar cédula de
identidad o documento de identificación aceptado en el país, y consignar el
lugar exacto o el número de fax, para efectos de notificación por parte de
En el caso de las personas jurídicas la oposición o coadyuvancia deberá ser interpuesta por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.
Las oposiciones o coadyuvancias
también se pueden presentar hasta el día de
Para información adicional, contactar con el Lic. Daniel Fernández Sánchez (Consejero del Usuario) al teléfono 2220-0102 o al correo electrónico consejero@aresep.go.cr.
Dirección de Protección al Usuario.—Laura Suárez Zamora.—1 vez.—(O C Nº 4376).—(Solicitud Nº 19735).—C-40000.—(78650).
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
EDICTOS
San José, 31 de julio del 2009.—George Miley Rojas, Presidente.—1 vez.—Nº 128318.—(78269).
San José, 31 de julio del 2009.—George Miley Rojas, Presidente.—1 vez.—Nº 128386.—(78270).
San José, 31 de agosto del 2009.—George Miley Rojas, Presidente.—1 vez.—(78637).
San José, 31 de julio del 2009.—George Miley Rojas, Presidente.—1 vez.—Nº 128620.—(78726).
AVISOS
El Instituto Nacional de Estadística y Censos, avisa que el índice de Precios al Consumidor (IPC), Base Julio 2006 correspondiente a agosto 2009 es de 133,602, el cual muestra una variación porcentual mensual de 0,65 y una variación porcentual acumulada del primero de setiembre del 2008 al treinta y uno de agosto de 2009 (12 meses) de 5,71.
Esta oficialización se hace con base en estudios realizados en el Instituto Nacional de Estadística y Censos.
San José, 2 de setiembre del 2009.—Jaime Vaglio
Muñoz, Gerente.—1 vez.—(Solicitud Nº 38594).—(O. C. Nº 2681).—C-7520.—(78228).
El Ente Costarricense de Acreditación ECA, en cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 12 del Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento, Decreto Ejecutivo número 33963 - MICIT, da a conocer el otorgamiento de las siguientes acreditaciones:
1. Área: Laboratorios de Ensayos y Calibración
OEC acreditado contra
Nº de Acreditación |
Organismo de Evaluación de la Conformidad OEC |
Alcance de la acreditación |
Fecha de vigencia |
Dirección, correo postal, e-mail, teléfono y fax |
LE-028-R01 Vigente |
Centro para la investigación en Granos y Semillas, CIGRAS, UCR |
Alcance de Acreditación de Ensayos Nº LE-028-R01 (disponible en la página web www.eca.or.cr) |
11 de agosto del 2009 al 11 de agosto del 2013 |
Dirección: Universidad de
Costa Rica. Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio. Contiguo a Correo Postal: no E-mail: renanm@cariari.ucr.ac.cr Teléfono:
2207-3511 Fax: 2207-4346 |
|
|
|
|
|
San José, 27 de agosto del 2009.—Lic. Maritza Madriz P., Gerente General.—1 vez.—(76478).
Departamento de Captación de Ingresos
EDICTO
Nº
DCI-391-2009.—Para los fines consiguientes el Departamento de Captación de
Ingresos de
San Pedro de Montes de Oca, 03 de setiembre del 2009.—Lic. Alejandro Villalobos M., Jefe.—1 vez.—Nº 128250.—(78516).
El Concejo Municipal del cantón de Goicoechea, en sesión ordinaria Nº 36-09, celebrada el día 7 de setiembre de 2009, artículo 14, con dispensa de trámite de comisión, por unanimidad y con carácter firme aprobó sesionar de la siguiente manera:
Sesionar
ordinariamente el lunes 14 de setiembre de
Departamento de Secretaría.—Zahyra Artavia Blanco, Jefa.—1 vez.—(IN2009079556).
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Alajuela, al ser las nueve horas del treinta y uno de agosto del año dos mil nueve.
Delegación de la aprobación interna de los procedimientos de Contratación Administrativa en el Licenciado Mario Morera Ulloa.
Resultando:
1º—Que a la fecha
se han incrementado considerablemente la
cantidad de procesos de Contratación Administrativa que requieren de
2º—Que dicha aprobación es la que da eficacia a los procedimientos de contratación administrativa, garantizándose la administración que la inversión de fondos públicos se realiza conforme a derecho.
3º—En razón de lo anterior y por ser de interés Municipal la presente delegación, conoce este Despacho y,
Considerando:
ÚNICO.—Que de
conformidad con las disposiciones delegatorias que le confiere el Código
Municipal en su numeral 17, inciso b), así como de conformidad con lo señalado
por
CENTRAL DE ALAJUELA, RESUELVE:
1º—Delegar la
aprobación Interna de los procedimientos de contratación administrativa
derivados del Artículo 17 del Reglamento Sobre el Refrendo de las
Contrataciones de
2º—En todo momento el aquí
delegado, deberá actuar en acatamiento del Principio de Legalidad que rige el
quehacer de
3º—Se deja sin efecto a partir de
esta publicación la resolución de las diez horas del once de junio del año dos
mil nueve, publicada en
Rige a partir de su publicación.
Dra. Joyce Zürcher Blen, Alcaldesa Municipal.—1 vez.—(76515).
DEPARTAMENTO DE SECRETARÍA
Eduardo E.
Castillo Rojas, Jefe.—1 vez.—IN2009079539.
Se invita al público a formar por
escrito ante esta Secretaria, dentro del término de 15 días hábiles, las
observaciones, comentarios, inquietudes a efecto de ser consideradas en el
proceso de evaluación. Para tal efecto, se facilita el acceso al expediente en
las oficinas que se encuentran ubicadas en San José, Barrio Escalante, de la
iglesia católica Santa Teresita,
Heredia, 4 de setiembre del 2009.—Ing. Lorelly Marín Mena, Directora Operativa.—1 vez.—(O. C. Nº 52269).—C-9020.—(78702).
Traslado lugar sesiones municipales
Dado la ampliación que se está haciendo en el edificio municipal y que se hace necesario reconstruir una parte del techo y cielo raso donde se ubica actualmente la sala de sesiones municipal. El Concejo Municipal de Hojancha, mediante acuerdo Nº 5 de la sesión ordinaria Nº 174-009 celebrada el día 31 de agosto del 2009, acuerda: Comunicar a la población en general que las sesiones municipales se estarán efectuando en una de las oficinas del Centro de Promoción Campesina ubicado costado norte del Templo Parroquial de Hojancha los días lunes de cada semana a las 13:00 horas (día y hora ya establecida). Lo anterior durante las fechas comprendidas entre el 21 de setiembre del 2009 al 15 de enero del 2010. Aprobado por unanimidad.
Hojancha, Guanacaste, 02 de setiembre del 2009.—Marielos Rodríguez Paniagua, Secretaria.—1 vez.—(78629).
PESCADERÍAS MARISCAL DEL PACÍFICO S. A.
Yo Nikohl Vargas
Araya, mayor, abogada, cédula 2-491-225, vecina de Quepos, como presidente y
apoderada generalísima de Pescaderías Mariscal del Pacífico S. A., cédula
jurídica 3-101-421268, inscrita en
LAS PALMAS DEL CARIBE SOCIEDAD ANÓNIMA
Se convoca a los accionistas de Las Palmas del Caribe Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno- iento diez mil trescientos cincuenta y cuatro, a la asamblea extraordinaria que se celebrará en el domicilio social de la compañía, en Limón, Pococí, Pocora centro, en el Restaurante Las Palmas, en primera convocatoria a las diez en punto de la mañana del veinticinco de setiembre del dos mil nueve. De no completarse el quórum correspondiente para la asamblea, se hará una segunda convocatoria para las once en punto de la mañana del mismo día y en el mismo lugar de la primera.
AGENDA:
1. Confirmación del quórum y apertura de la asamblea.
2. Remoción de los miembros de la junta directiva, correspondientes al vicepresidente, secretario, tesorero y al fiscal.
3. Aumento de capital social de la sociedad, por medio de la aportación del valor nominativo de cada título accionario por los socios interesados en la compra de dichos títulos.
4. Emisión de los nuevos certificados accionarios, en representación de la nueva distribución del capital social.
1 vez.—Nº
128319.—(78266).
ASOCIACIÓN CÁMARA DE INDUSTRIALES
DE ALIMENTOS BALANCEADOS
Se convoca a los
asociados de Asociación Cámara de Industriales de Alimentos Balanceados, con
cédula de persona jurídica número tres-cero cero dos-ciento cincuenta y siete
mil ciento siete, a una asamblea general extraordinaria de asociados a
celebrarse el próximo veintiocho de setiembre del dos mil nueve a las dieciocho
horas, en San Antonio de Belén, Heredia, de
Temas de la asamblea general extraordinaria:
1. Verificación del quórum y apertura de la asamblea.
2. Renuncia del fiscal.
3. Renuncia del vocal.
4. Nombramiento de nuevo fiscal.
5. Nombramiento de nuevo vocal 7.
6. Cierre de la asamblea.
7. Aprobación del acta de la asamblea.
San Rafael de
Alajuela, 8 de setiembre del 2009.—Ing. José Valerín R., Director Ejecutivo.—1
vez.—(78990 y 79646).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
RESTAURANTE Y PIZZERIA PASTA GRILL S. A.
En virtud de trasmisión del negocio denominado Restaurante y Pizzeria Pasta Grill, cédula 3-101-415475, se cita a los interesados para que se presenten dentro del término de quince días en Escazú, San Rafael, a partir de la primera publicación a hacer valer sus derechos para efectos del artículo 479 del Código de Comercio.—Carlos Fernando Valdivieso Bustos.—(76471).
CONSTRUCTORA KERZEMBERG
Y MORERA SOCIEDAD ANÓNIMA
Constructora
Kerzemberg y Morera Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-trescientos cuarenta y ocho mil ciento veintiuno, solicita ante
HOLGANZA DE OROTINA SOCIEDAD ANÓNIMA
Holganza de Orotina
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-286772, solicita ante
VINCENZI Y COMPAÑÍA S. A
Vincenzi y
Compañía S. A., cédula jurídica Nº 3-101-170886, solicita ante
ALTAZOR OUTSOURCING SERVICES SOCIEDAD ANÓNIMA
Quien suscribe,
Sergio León Longhi , mayor de edad, casado una vez, administrador de empresas,
vecino de San José, portador de la cédula de identidad costarricense número
uno-setecientos sesenta y cinco- novecientos ochenta, en mi condición de
apoderado con facultades suficientes para este acto de la compañía Altazor
Outsourcing Services Sociedad Anónima, entidad con cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-quinientos quince mil quinientos cuarenta y dos,
solicita ante
MURILLO RAMÍREZ SOCIEDAD ANÓNIMA
Murillo Ramírez
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero cero cero ocho mil
novecientos sesenta y siete, solicita ante
CINCO PAX SOCIEDAD ANÓNIMA
Cinco Pax
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-480593, solicita ante
CENTRO EDUCATIVO MONTEBELLO DE HEREDIA S. A.
Se hace saber a
quien interese que la empresa Centro Educativo Montebello de Heredia S. A.,
está solicitando ante
UNIVERSIDAD SAN JUAN DE
Ante el
Departamento de Registro de
INVERSIONES GRANITO Y MÁRMOL DE BELÉN S. A.
Inversiones
Granito y Mármol de Belén S. A., cédula jurídica 3-101-456778, solicita ante
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Muñoz Arauz
Guisselle María, cédula Nº 0601830113, solicita ante
COMPAÑÍA AGRÍCOLA COMERCIAL
ARAGÓN SOCIEDAD ANÓNIMA
Compañía Agrícola
Comercial Aragón Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-003844, solicita
ante
LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A.
Para los efectos del artículo 689 Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones: Certificado Nº 5310, acciones 800, serie B. Nombre del accionista: Acuña Miranda M. Sandra. Folio número 6602.—2 de setiembre del 2009.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(77387).
PLANIFICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Planifica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-026907, de conformidad con el artículo 689 del Código de Comercio comunica que los certificados de acciones correspondientes a la totalidad del capital social de la sociedad fueron extraviados y ha sido solicitada su reposición. Cualquier interesado podrá manifestarse en el domicilio social de la compañía, dentro del plazo de ley.—San José, 26 de agosto del 2009.—Gonzalo Gálvez Freund, Presidente.—(77388).
SNEAKY PETE’S SOCIEDAD ANÓNIMA
Sneaky Pete’s
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos cuarenta y siete
mil setecientos setenta y tres, solicita ante
CORPORACIÓN COMERCIAL DOS HERMANOS DEL ESTE S. A.
Corporación
Comercial Dos Hermanos del Este S. A., cédula jurídica 3-101-165541-32,
solicita ante
INVERSIONES LOBOSITZ SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones
Lobositz Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica Nº 3-101-366823, solicita
ante
DESARROLLOS HABITACIONALES MAQUIALMO SOCIEDAD ANÓNIMA
Desarrollos
Habitacionales Maquialmo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos cuarenta y un mil seiscientos veintiuno, solicita ante
AUTOTRANSPORTES OJO DE AGUA HEREDIA LIMITADA
Autotransportes
Ojo de Agua Heredia Limitada, entidad con cédula de personería jurídica
tres-ciento dos-ciento sesenta y seis ochocientos setenta y cinco, solicita
ante
VILLA CARMEN SV SOCIEDAD ANÓNIMA
Villa Carmen SV
Sociedad Anónima, entidad con cédula de personería jurídica tres-ciento
uno-quinientos treinta y cuatro mil trescientos noventa y siete, solicita ante
CCE COMPAÑÍA COSTARRICENSE
DE ENTRETENIMIENTO S. A.
CCE Compañía
Costarricense de Entretenimiento, S. A., cédula jurídica Nº 3-101-310316
solicita ante
DOCOLI SOCIEDAD ANÓNIMA
Lissette Taylor
Enríquez, mayor, soltera, contadora pensionada, vecina de San José, Moravia,
portadora de la cédula de identidad número uno-ciento ochenta y seis-seiscientos
setenta y tres; en su condición de Presidenta con facultades de Apoderada
Generalísima sin límite de suma, de la sociedad denominada Docoli Sociedad
Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ocho mil
sesenta y tres, solicita ante
KALEXSINA S. A.
Kalexsina S. A.,
cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y dos mil trescientos
setenta y nueve, solicita ante
CORPORACIÓN NACIONAL DE TRANSPORTES
CONATRA SOCIEDAD ANÓNIMA
Corporación
Nacional de Transportes CONATRA Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cero cincuenta y siete mil quinientos quince, solicita ante
UNIVERSIDAD INTERNACIONAL SAN ISIDRO LABRADOR
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
VETERINARIA TURRIALBA S. A.
Veterinaria
Turrialba S. A., cédula 3-101-55547, solicita ante
FIEBRE PARA
Fiebre para
TRANSACCIONES MORA MADRIGAL
DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA
Transacciones
Mora Madrigal del Este Sociedad Anónima, tres-ciento uno-uno nueve cuatro cero
cuatro siete, ante
AUTO REPUESTOS MÁS SOCIEDAD ANÓNIMA
Auto Repuestos
Más Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-dos cinco cuatro dos
ocho seis, solicita ante
VILLA SABAR SOCIEDAD ANÓNIMA
Villa Sabar
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento ochenta y seis mil
ciento setenta y ocho, solicita ante
DESCANSO SOCIEDAD ANÓNIMA
Descanso Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero doce mil treinta y cinco,
solicita ante
UNIVERSIDAD AMERICANA UAM, SOCIEDAD ANÓNIMA
Universidad
Americana UAM Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-trescientos treinta y cuatro mil setecientos noventa y dos, solicita ante
UNIVERSIDAD U LATINA SOCIEDAD ANÓNIMA
Universidad U Latina
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y siete
mil quinientos diez, solicita ante
El suscrito Allan
Jiménez Valverde, cédula 1-967-450 solicita ante
MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRESTAMO
AGENCIA CARTAGO CENTRO
MORADA TROPICAL SOCIEDAD ANÓNIMA
Morada Tropical
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-252289, solicita
ante
SENDEROS TROPICALES DE BAHÍA PAVONES
SOCIEDAD ANÓNIMA
Senderos
Tropicales de Bahía Pavones Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número 3-101-266115, solicita ante
MAYALVA S. A.
Mayalva S. A.,
cédula jurídica 3-101-29049, solicita ante
LOS GRIEGOS DE MONTEZUMA SOCIEDAD ANÓNIMA
Los Griegos de Montezuma
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento veintitrés mil
ciento cuarenta y dos, solicita ante
BARZAN SOCIEDAD ANÓNIMA
Barzan Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-170278, solicita ante
COMPAÑÍA COMERCIAL DINA PENÓN LIMITADA
Compañía
Comercial Dina PeNón Limitada, cédula jurídica 3-102-007410, solicita ante
DEVELOPP LLINOS SOCIEDAD ANÓNIMA
Developp Llinos
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-226311, solicita ante
INVERSIONES MONTERO Y CASCANTE S. A.
Inversiones
Montero y Cascante S. A. con cédula persona jurídica 3-101-095668, solicita
ante
GRUPO LAS BRUJAS SOCIEDAD ANÓNIMA
Los suscritos, presidente y secretario de la junta directiva de la empresa Grupo Las Brujas Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-veintidós mil seiscientos cincuenta y tres, de conformidad con el artículo 689 del Código de Comercio, informan que a solicitud de la única accionista de la empresa Corporación Cefa Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-cinco mil cuatrocientos treinta y nueve, será repuesto el título uno-serie dos mil nueve, que ampara la participación accionaria de dicho socio, transcurrido el mes a que se refiere dicho artículo. Quien se considere afectado dirigir oposiciones y/o notificaciones al Lic. Bernardo Gómez Salgado y/o Marvin Segura Montero, al 2231-7100.—Lic. Bernardo Gómez Salgado, Notario.—Nº 128617.—(78902).
FARMACIA EOS SOCIEDAD ANÓNIMA
El suscrito, presidente de la junta directiva de la empresa Farmacia EOS Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-dos mil trescientos cuarenta y seis, de conformidad con el artículo 689 del Código de Comercio, informan que a solicitud de la única accionista de la empresa: Corporación Cefa Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-cinco mil cuatrocientos treinta y nueve, será repuesto el título uno-serie dos mil nueve, que ampara la participación accionaria de dicho socio, transcurrido el mes a que se refiere dicho artículo. Quien se considere afectado dirigir oposiciones y/o notificaciones al Lic. Bernardo Gómez Salgado y/o Marvin Segura Montero, al 2231-7100.—Lic. Bernardo Gómez Salgado, Notario.—Nº 128618.—(78903).
NOGI UNO SOCIEDAD ANÓNIMA
Los suscritos,
Presidente y Secretario de
COSTA RICA COUNTRY CLUB
Por haberse extraviado la acción número uno-mil cuatrocientos dieciocho de la sociedad Costa Rica Country Club, se hace saber a todos los interesados que la señora Alexandra Pino Mora, con cédula de identidad número uno-novecientos cincuenta y nueve-seiscientos cuarenta y nueve, ha iniciado tramite de reposición de la misma. Se da aviso a fin de constatar si existe algún interesado en pronunciarse en relación a dicho trámite.—San José, 7 de setiembre del 2009.—Lic. Rosa Mª Herrera León, Notaria.—Nº 128654.—(78905).
AGENCIA DE VAPORES DEL PACÍFICO SRL
Por reposición de
libros Agencia de Vapores del Pacífico SRL, cédula jurídica número tres-ciento
dos-ciento tres mil seiscientos setenta y uno, solicita ante
GRUPO PROVAL SOCIEDAD ANÓNIMA
Grupo Proval
Sociedad Anónima, antes denominada VM Transporte de Valores S. A., entidad con
cédula de persona jurídica número 3-101-213699 solicita ante
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA
Se informa a las autoridades judiciales, administrativas, notariales y al público en general el fallecimiento de los siguientes agremiados (as):
Lic. Álvaro Montero Vega 17 de diciembre del 2008
Lic. Ivannia María Agüero González 30 de mayo del 2009
Zapote, 25 de agosto del 2009.—Lic. María del Rocío Lee Molina, Directora Ejecutiva.—1 vez.—(Solicitud Nº 6776).—(O. C. Nº 7227).—C-4780.—(78231).
UNIÓN DE AGRICULTORES DEL RÍO
CUARTO DE GRECIA
Yo, Esteban Mora
Núñez, con cédula de identidad número 2-214-403, en mi calidad de presidente y
Representante Legal de
ASOCIACIÓN CENTROAMERICANA PARA
Victoria Rudin
Vega, cédula, número uno-cuatrocientos cuarenta y tres-quinientos cincuenta y
uno, como presidenta y representante social de
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La suscrita
notaria pública hace constar que protocolicé el acta número catorce, de
asamblea general extraordinaria de accionistas de Unión Fenosa Generadora
PUBLICACIÓN DE unA VEZ
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas treinta minutos del 25 de agosto del 2009, se constituye sociedad anónima que se denominará Compañía Rizo de Alajuela Sociedad Anónima. Presidente: Alexander Ramírez Víctor. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: Alajuela. Objeto: comercio, industrias, finanzas, agricultura, ganadería, prestación de servicios en general. Plazo: 99 años.—Lic. Lilibeth Gómez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(77234).
En mi notaría, los señores Jovita María Espinoza Miranda, cédula 4-091-377, mayor, casada una vez, pensionada, Sherezade Hazel Lindor Espinoza, mayor, casada una vez, estilista, cédula 1-881-510, Roxinia María Lindor Espinoza, mayor, divorciada, estudiante, cédula 1-119-388, Rodney Edgardo Lindor Espinoza, mayor, soltero, mecánico, cédula 4-199-741, todos vecinos del centro de San Rafael de Heredia, cien metros oeste de la cancha de basket ball constituyen la sociedad anónima Linjo S.A. Escritura número ciento ochenta y siete de las quince horas del tres de julio del 2009.—Lic. Danilo Hernández Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 127755.—(77616).
Ante mí, notaria Sonia Carrillo Ugalde, se constituyó la sociedad denominada Seguridad Electrónica de Sarapiquí Q.R. Sociedad Anónima; los apoderados generalísimos sin límite de suma son su presidente Fabio Danilo Quirós Martínez, la cédula número 3-237-734; y su vicepresidente Glen Rojas Torres, cédula número 7-152-631. El plazo es de noventa y nueve años. Es todo.—Guápiles, dos de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Sonia Carrillo Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 127756.—(77617).
Ante mí, Sonia Carrillo Ugalde, notaria pública, se constituyó la sociedad denominada Constructora Seproe Sociedad Anónima, pudendo abreviarse en su aditamento S. A., que es nombre de fantasía; su apoderada generalísima sin límite de suma es su presidenta señora: María Elena Segura Bolaños, cédula número dos-cero trescientos doce-cero seiscientos veinte. El capital social es la suma de noventa mil colones exactos. El plazo es de noventa y nueve años. Constitución a las doce horas diez minutos del día seis de julio del año dos mil nueve. Es todo.—Guápiles diecinueve de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Sonia Carrillo Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 127757.—(77618).
En mi notaría al ser las 11:00 horas del 01 de setiembre del 2009, se constituyó la sociedad Mediginc S. A., domicilio social: San José, Tibás. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 2 de setiembre del 2009.—Lic. Yessenia López Chávez, Notaria.—1 vez.—Nº 127758.—(77619).
En mi notaría al ser las 18:00 horas del 14 de diciembre del 2007, se constituyó la sociedad bajo la cédula jurídica que el registro designe, domicilio social Liberia, Barrio San Roque. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Liberia, 14 de diciembre del 2007.—Lic. Carlos Sandoval Núñez, Notario.—1 vez.—Nº 127759.—(77620).
En mi notaría al ser las 18:10 horas del 14 de diciembre del 2007, se constituyó la sociedad bajo la cédula jurídica que el registro designe, domicilio social Liberia, Barrio San Roque. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Liberia, 14 de diciembre del 2007.—Lic. Carlos Sandoval Núñez, Notario.—1 vez.—Nº 127760.—(77621).
La suscrita Marta Emilia Rojas Carranza, notaria pública con oficina abierta en Palmares de Alajuela, constituí la sociedad denominada Progolfo Sociedad Anónima. Con un capital social de un millón de colones y un plazo social de noventa y nueve años. Es todo.—Palmares, dos de setiembre del año dos mil nueve.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—Nº 127761.—(77622).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima denominada Grupo Beds S. A. Plazo: 99 años. Capital social: ciento cuarenta mil colones. Objeto: comercio en general.—San Ramón, Alajuela, dieciocho de agosto del dos mil nueve.—Lic. Frineth M. Salas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 127763.—(77623).
Ante esta notaría se protocolizó acta donde se modifica la cláusula tercera del pacto constitutivo de la sociedad Grúas Telescópicas de Occidente S. A.—San Ramón, Alajuela, veinte de agosto del dos mil nueve.—Lic. Frineth M. Salas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 127765.—(77624).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las doce horas del primero de setiembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad limitada denominada Importadora y Exportadora Los Cubanitos Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo social: noventa y nueve años. Gerente y subgerente como apoderados generalísimos sin límite de suma.—Heredia, dos de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Roberto Ulate González, Notario.—1 vez.—Nº 127766.—(77625).
Mediante escritura número cincuenta y tres de las diez horas del veintiocho de agosto del año dos mil nueve se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Balcones Cacaxtle X.T.L.C.D. Nueve Sociedad Anónima cuya cédula jurídica es tres-ciento uno-trescientos noventa y tres mil setecientos uno, mediante la cual se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo. Se publica el presente edicto para los efectos de ley.—Lic. Rodrigo Montenegro Fernández, Notario.—1 vez.—Nº 127767.—(77626).
Por escritura otorgada ante este notaría, se reforma la junta directiva de la sociedad Ingeniería en Construcción y Arquitectura Sociedad Anónima e Investigación Sociedad Anónima.—San José, dos de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Fabio Solórzano Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 127768.—(77627).
Oldemar Navarro Calvo y Jesús Navarro Calvo, constituyen sociedad anónima denominada Seguridad Norca El Tejar Sociedad Anónima, con domicilio en El Tejar de El Guarco, Cartago, a las nueve horas cincuenta minutos del diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Tejar de El Guarco, Cartago, diecisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Olger Alejandro Brenes Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 127769.—(77628).
Distribuidora Skida Internacional y Asociados Sociedad Anónima, entidad con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno -cuatrocientos cincuenta y dos mil cuarenta y tres, comunica que mediante asamblea general extraordinaria celebrada en su domicilio social, al ser las ocho horas del veintiocho de abril del dos mil nueve, se revocó el nombramiento de la actual secretaria y en su lugar se nombró por el resto del plazo social a Marcos Gerardo González Miranda. Asimismo, se acordó modificar la cláusula novena del pacto social, en lo referente a la representación para que de ahora en adelante la misma sea llevada a cabo únicamente en forma conjunta por el presidente y secretario.—Heredia, treinta y uno de julio del dos mil nueve.—Lic. Leonel Antonio Cruz Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 127771.—(77629).
Distribuidora San José Obrero Internacional Sociedad Anónima, entidad con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta mil cuatrocientos catorce, comunica que mediante asamblea general extraordinaria celebrada en su domicilio social, al ser las ocho horas del veintisiete de abril del dos mil nueve, se revocó el nombramiento de la actual secretaria y en su lugar se nombró por el resto del plazo social a Falan Kener Salas Campos. Asimismo se acordó modificar la cláusula sexta del pacto social, en lo referente a la representación para que de ahora en adelante la misma sea llevada a cabo únicamente en forma conjunta por el presidente y secretario.—Heredia, treinta y uno de julio del dos mil nueve.—Lic. Leonel Antonio Cruz Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 127772.—(77630).
Ante mi notaría se constituyó la sociedad denominada P.H. Asociados Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Presidenta: Rosa Lilliam Padilla Hernández.—San José, 19 de agosto del 2009.—Lic. Elena Mayela Arias Varela, Notaria.—1 vez.—Nº 127774.—(77631).
En escritura número cinco-cincuenta, otorgada a las a las 11:00 horas del primero de setiembre del 2009, tomo cinco del protocolo de esta notaría, se modifican las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo de Pew-Pacific Exca-Works S. A.—San José, 1º de setiembre del 2009.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 127784.—(77632).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 9:00 horas del día de hoy, se modifica la cláusula sétima de los estatutos de Nergal S. A., y se designa nuevo secretario.—San José, 10 de junio del 2009.—Lic. Alfonso Jiménez Meza, Notario.—1 vez.—Nº 127785.—(77633).
Por escritura otorgada por mí, al ser las 14:00 horas del 1º de setiembre del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad El Grillo Danzante Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-cuatro cero siete dos nueve siete, por medio de la cual se revoca el nombramiento del presidente, secretario, tesorero y del abogado residente, se hacen nuevos nombramientos. Se reforma totalmente las cláusulas sétima y segunda del pacto constitutivo.—Cartago, 7:00 horas del 2 de setiembre del 2009.—Lic. Luis Pablo Rojas Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 127786.—(77634).
Por escritura otorgada ante mí, a las 15 horas del 1 de setiembre del 2009, Voyages ET Traditions S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cuarenta y cuatro mil quinientos sesenta y seis, con domicilio en Cartago, modificó la cláusula décima primera de su pacto constitutivo y nombró secretario de junta directiva.—San José, 02 de setiembre del 2009.—Lic. Gustavo Argüello Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 127787.—(77635).
Por escritura otorgada por mí, al ser las 15 horas del 01 de setiembre del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-uno cero uno-cinco seis tres dos ocho ocho sociedad anónima, por medio de la cual: Se revoca el nombramiento del presidente y se hace nuevo nombramiento. Se reforma totalmente la cláusula novena del pacto constitutivo.—San José, 07 horas del 2 de setiembre del 2009.—Lic. Luis Pablo Rojas Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 127788.—(77636).
Yo, Maricela Alpízar Chacón, mediante escritura Nº 3-
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 14:00 horas
del día de hoy, se constituyó
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 14:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Desarrollos Muñoz Castro Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 16 de julio del 2009.—Lic. William Antonio Rovira Figueroa, Notario.—1 vez.—Nº 127792.—(77639).
El día de hoy he protocolizado acuerdos de asambleas generales de accionistas de las sociedades Inversiones Arca de Centroamérica S. A., Las Musas del Edén S. A., y Carruajes del Universo S. A., mediante las cuales se modifican los estatutos sociales y se hacen nuevos nombramientos.—Turrialba, 01 de setiembre del 2009.—Lic. Clarita María Solano Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº 127793.—(77640).
El día de hoy se han constituido ante esta notaría las sociedades anónimas denominadas El Quinto Cielo Sociedad Anónima y Casa Nimaja Sociedad Anónima. Capitales sociales totalmente suscritos y pagados.—Turrialba, 01 de setiembre del 2009.—Lic. Clarita María Solano Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº 127794.—(77641).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría al ser las 9:00 horas del 1 de setiembre del 2009, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Costa Home Rentals CR Sociedad Anónima, se acordó modificar totalmente los estatutos de la sociedad: razón social a Costa Home Rentals CR S.R.L, con el domicilio en San José, objeto genérico, plazo 100 años. Capital social: 10.000 colones. Correspondiendo al gerente la representación judicial y extrajudicial con las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Gerente: Jorge Flores.—San José, 01 de setiembre del 2009.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—Nº 127795.—(77642).
Por escritura otorgada por el suscrito notario, a las 11:00 horas del día 24 de agosto del 2009; se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Servicios de Esterilidad Conyugal Sociedad Anónima. Se reforman las cláusulas quinta y sétima del pacto social.—San José, 02 de setiembre del 2009.—Lic. Roberto Villalobos Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 127806.—(77643).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del treinta y uno de agosto, se procede a protocolizar el acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la empresa Comer-Arte de Costa Rica S. A.—San Pedro de Montes de Oca, primero de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Juan José Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 127813.—(77644).
Por escritura otorgada a las nueve horas del primero de setiembre del dos mil nueve, se reforma la cláusula segunda del domicilio y la cláusula octava de la administración de la sociedad Paseo del Ángel Miguel Uno Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Lic. Ivette Marie Hoffman De Pass, Notaria.—1 vez.—Nº 127814.—(77645).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del dos de setiembre del año dos mil nueve, se reformó la cláusula quinta del pacto constitutivo de Ecovisión Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete-quince, con domicilio social en el Hotel Si Como no en Manuel Antonio de Aguirre.—San José, dos de setiembre del dos mil nueve.—Lic. José Miguel Alfaro Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 127816.—(77646).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14:00 del 31 de agosto del 2009, se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo “de la administración, de la sociedad 3-101-470071, cédula jurídica número 3-101-470071.—Guanacaste, 31 de agosto del 2009.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 127819.—(77647).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14:15 horas del 31 de agosto del 2009, se modifica la cláusula primera “De la razón social” se llamará Grupo Omega Seguridad y Servicios AM S. A.; cláusula segunda “del domicilio”, cláusula séptima del pacto constitutivo “de la administración”, de la sociedad Corporación Administradora de Servicios AAA S. A., cédula jurídica número 3-101-532016.—Guanacaste, 31 de agosto del 2009.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 127820.—(77648).
Por escritura otorgada ante la notaria Beatriz Eugenia Camacho Román, en San José, a las 9:00 horas del 26 de marzo del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la sociedad International Center For Advance Cultural Diversity Studies S. A., mediante la cual se acuerda modificar la cláusula referente a la administración en el pacto social, cláusula sexta.—San José, 26 de agosto del 2009.—Lic. Beatriz Eugenia Camacho Román, Notaria.—1 vez.—Nº 127821.—(77649).
Por escritura otorgada ante la notaria Beatriz Eugenia Camacho Román, en San José, a las 9:30 horas del 26 de marzo del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la sociedad Organización para los Derechos de las Mujeres y Animales S.A., mediante la cual se acuerda modificar la cláusula referente a la administración en el pacto social, cláusula sexta.—San José, 26 de agosto del 2009.—Lic. Beatriz Eugenia Camacho Román, Notaria.—1 vez.—Nº 127822.—(77650).
Por escritura otorgada ante la notaria Beatriz Eugenia Camacho Román, en San José, a las 8:30 horas del 26 de marzo del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la sociedad International Academy Cultural Diversity Studies in Spanish S. A., mediante la cual se acuerda modificar la cláusula referente a la administración en el pacto social, cláusula sexta.—San José, 26 de agosto del 2009.—Lic. Beatriz Eugenia Camacho Román, Notaria.—1 vez.—Nº 127823.—(77651).
Por escritura otorgada ante la notaria Beatriz Eugenia Camacho Román, en San José, a las 8:00 horas del 26 de marzo del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la sociedad Centro de Estudios Internacionales para el Desarrollo Académico del Español S. A., mediante la cual se acuerda modificar la cláusula referente a la administración en el pacto social, cláusula sexta.—San José, 26 de agosto del 2009.—Lic. Beatriz Eugenia Camacho Román, Notaria.—1 vez.—Nº 127824.—(77652).
Que por escrituras publicas números doscientos noventa y seis, visible al folio ciento ochenta y dos frente, y trescientos cuatro, visible al folio ciento ochenta y seis frente, otorgadas a las quince horas del veinte de agosto, y a las catorce horas del treinta y uno de agosto, ambas del dos mil nueve, en mi tomo vigésimo segundo, se constituyeron las sociedades de esta plaza denominadas Cuatro H Imprenta Sociedad Anónima, y Constructora Azur Uxaraxi Sociedad Anónima. Capital social para ambas doce mil colones.—Lic. Juan Carlos Gutiérrez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 127825.—(77653).
Por escritura de las 17:00 horas del día de hoy, Jorge Castillo Calderón y Betzi Vanesa Vargas Varela constituyeron Jardinerosa de Costa Rica S. A. Domicilio: Atenas. Plazo: 99 años. Capital: totalmente suscrito y pagado. Representación: El presidente y el secretario, con poder generalísimo sin límite de suma.—San José, 01 setiembre del 2009.—Lic. Luis Felipe Martínez Obando, Notario.—1 vez.—Nº 127826.—(77654).
Por escritura otorgada en esta ciudad, ante el notario
Roberto Portilla Barrantes, a las 11 horas del 25 de agosto del 2009, se
constituyó Agricultura y Ganadería Jiménez Sánchez S. A. Capital social:
treinta mil colones. Domicilio social: Peñas Blancas, Pérez Zeledón, San José,
Por asamblea de socios las sociedades denominadas Valle Scobrat Sociedad Anónima y Mi Vehículo en Nosara Sociedad Anónima, nombran nuevos representantes.—San José, 02 de setiembre del año 2009.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—Nº 127829.—(77656).
Por escritura número doscientos veintitrés ante esta notaría a las 19:00 horas del 31 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad de esta plaza Autorepuestos Alfaro Sociedad Anónima. Objeto venta de repuestos para automóviles. Representación presidente y secretaria apoderados generalísimos sin límite de suma actuando en forma individual. Es todo.—San José, 31 de agosto del 2009.—Lic. Olma Cartín Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 127831.—(77657).
Por acuerdo unánime de socios, en asamblea general extraordinaria de la sociedad Inversiones Wolfgang Internacional Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica Nº 3-101-149798, celebrada en su domicilio social a las 16:00 horas del 28 de agosto del 2009, se procedió a reformar las cláusulas primera, segunda, quinta y sexta del pacto social. Y también se nombró nuevo tesorero en la junta directiva, y nuevo agente residente. Acta protocolizada en San José, a las 17:00 horas del 28 de agosto del 2009.—Lic. Grettel Caldera Schaubeck, Notaria.—1 vez.—Nº 127797.—(77726).
Que mediante escritura 136, del tomo segundo, ante la
notaría de
Ante mí, se constituyó la empresa Las Delicias del Sultán Sociedad Anónima, con plazo social de cien años y capital social de diez mil colones.—San José, dos de setiembre del año dos mil nueve.—Lic. Carlos Coto Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 127799.—(77728).
Por escritura número doscientos tres de las once horas del veinticinco de agosto del dos mil nueve, otorgada ante esta notaría se constituyó la sociedad Mercadeo y Comunicación MC Sociedad Anónima. Con un capital social de un millón quinientos mil colones. Domiciliada en Barrio Escalante, San José. Representada por el presidente y vicepresidente de la junta directiva, ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, primero de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Antonio Oreamuno Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 127801.—(77729).
Por escrituras números ciento cuarenta y ocho, y ciento cuarenta y nueve, otorgadas el dos de setiembre de dos mil nueve, a las ocho y nueve horas respectivamente, se constituyeron las sociedades Vehículos Dinámicos de Pozos Sociedad Anónima y Estructuras Dinámicas de Pozos Sociedad Anónima en la primera escritura, y Automotores del Prado APRA Sociedad Anónima en la segunda. Capital social de cien mil colones en cada una.—San José, 2 de setiembre del 2009.—Lic. Ernesto Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 127802.—(77730).
Mediante la escritura otorgada ante mí, en la ciudad de San José, a las doce horas del día primero de setiembre del dos mil nueve, se constituye la sociedad Aliaxis Latin American Services Sociedad Anónima. (Aliaxis Servicios Latinoamericanos Sociedad Anónima).—Lic. Manuel Emilio Montero Anderson, Notario.—1 vez.—Nº 127803.—(77731).
La suscrita notaria, da fe y hace constar que hoy a las diez horas, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de socios de Ingenio Quebrada Azul Ltda., donde se reforma la cláusula sexta y se elimina la décimo quinta del pacto social.—San José, dos de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Liliana Arias Quesada, Notaria.—1 vez.—(77764).
Ante esta notaría, mediante escritura número 579, otorgada
a las 8:00 horas del 3 de setiembre del 2009, se constituyó la sociedad de
nombre La Época de
Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del día 2 de setiembre del 2009, se constituye la sociedad Taller Industrial de Precisión Villanueva S. A. Plazo social 99 años. Es todo.—Alajuela, a las once horas, cinco minutos del once de agosto del dos mil nueve.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(77781).
Por escritura otorgada ante mí, a las 7:00 del 3 de setiembre del 2009, se acordó modificar cláusula sétima administración y segunda. Domicilio de la sociedad: 3-101-545287.—Alajuela, a las nueve horas del 3 de setiembre del 2009.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(77782).
Ante esta notaría, con fecha veintisiete de agosto del año dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general de cuotistas de la empresa Nextprods Limitada, cédula de persona jurídica número tres- ciento dos- trescientos setenta y ocho mil novecientos setenta y ocho, mediante la cual se reforma la cláusula quinta (Del capital social) del pacto constitutivo de dicha empresa. Es todo.—San José, veintiocho de agosto del dos mil nueve.—Lic. Juan Carlos Ayala Montero, Notario.—1 vez.—(77785).
Ante esta notaría, mediante escritura pública otorgada, a las trece horas del dieciocho de agosto del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de MBA Remodela y Construye Sociedad Anónima. Se conoce y se acepta la renuncia del presidente y se realiza nuevo nombramiento.—Alajuela, 24 de agosto del 2009.—Lic. Lisidia Villalobos Loría, Notaria.—1 vez.—(77798).
Mediante escritura doscientos once visible a folio ciento cincuenta y cuatro, tomo uno, otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día dieciocho de agosto de dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Constructora Navarro de Alajuela Sociedad Anónima, con un capital de cinco mil colones, con un plazo de noventa años domiciliada en Alajuela, El Cacao Centro, representación la ostenta el presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Alajuela, dos de setiembre de dos mil nueve.—Lic. Ana Patricia García Salas, Notaria.—1 vez.—(77799).
Por escritura otorgada ante mí, el 20 de agosto del 2009, se constituye Camacho & Esquivel S. A., domicilio Heredia Centro. Presidente con facultades de apoderado generalísimo.—Lic. Alejandra Mateo F., Notaria.—1 vez.—(77803).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas de hoy, se constituyó Syna Limitada.—San José, dos de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Max Barrientos Cordero, Notario.—1 vez.—(77804).
Por escritura otorgada, ante mí, Fany Herrera Matamoros, notaria con oficina en Alajuela, el día de hoy se protocolizaron los siguientes acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inalca de Centroamérica S. A. Domiciliada en Alajuela, en la cual se nombra tesorero de junta directiva y fiscal. Escritura otorgada en Alajuela, a las once horas del primero de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Fany Herrera Matamoros, Notaria.—1 vez.—(77806).
Por escritura otorgada ante mí Fany Herrera Matamoros, notaria con oficina en Alajuela, el día de hoy se protocolizaron los siguientes acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Corimex S. A. Domiciliada en Alajuela, en la cual se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo, se nombra junta directiva y fiscal. Se otorga poder generalísimo y se revocan poderes otorgados. Escritura otorgada en Alajuela, a las diez horas del primero de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Fany Herrera Matamoros, Notaria.—1 vez.—(77807).
Yo Hazel Rojas Rojas, notaria pública con oficina en San Antonio de Belén, el día dieciséis de abril del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Juszu Logística Sociedad Anónima, en la cual se nombró nuevo secretario con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San Antonio de Belén, al ser las catorce horas veinte minutos del día dos de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Hazel Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—(77809).
Por escritura otorgada ante mí, hoy a las 14:00 horas se constituyó sociedad que se denominará con el número de cédula jurídica que el Registro Nacional asigne seguido de las palabras sociedad anónima, Domicilio: San Antonio de Alajuela, Urb. Santa Teresita, casa 110, objeto principal: el ejercicio del comercio en general, plazo: 99 años, capital: diez mil colones, presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, Doña Miriam Araya Ocampo.—Alajuela, 28 de agosto del 2009.—Lic. Marta Antonieta Rodríguez Sandoval, Notaria.—1 vez.—(77811).
Ante esta notaría, mediante escritura cuatrocientos quince, se protocolizó la asamblea de socios de Semisur Matapalo Sociedad Anónima, en la cual se reforman cargos y administración. Presidente Ólger Chamorro Santamaría. Es todo. Dado en Quepos, veintinueve de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Steven Alvarado Bellido, Notario.—1 vez.—(77833).
Ante esta notaría mediante escritura número 1, se protocolizó la asamblea 3 de socios de El Tiawz Blanco Limitada, en la cual se reforman cargos y administración gerentes. Es todo. Dado en San José, 3 de setiembre del 2009.—Lic. Steven Alvarado Bellido, Notario.—1 vez.—(77834).
Mediante escrituras de las doce horas del tres de setiembre del dos mil nueve, Esteban y Mónica Marín Moreira, constituyen Sociedad Anónima, amparada al decreto tres tres uno siete uno-J, presidente: Esteban Marín Moreira, plazo social será de noventa y nueve años, capital social diez mil colones, constituido por diez acciones de mil colones cada una.—Heredia, a las doce horas del tres de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Karoline Alfaro Vargas, Notaria.—1 vez.—(77839).
El suscrito David José Castillo Jiménez, notario publico con oficinas abiertas en San José, hago constar que ante mi notaría se constituyó la sociedad de este domicilio denominada Desarrolladora de Jóvenes Emprendedores de Turrialba J.E.M.T.U Limitada.—San José, 26 de agosto del 2009.—Lic. David José Castillo Jiménez, Notario.—1 vez.—(77841).
Por escritura número ciento dos-dieciocho, otorgada ante los notarios Jorge González Roesch y Juvenal Sánchez Zúñiga, actuando en el protocolo del primero, a las diez horas treinta minutos del día dos de setiembre del año dos mil nueve, se reforma la cláusula primera de los estatutos de la sociedad Beach Walk Eighteen SRL, para que en adelante la sociedad se denomine Avellanas Realty Corporation Limitada.—San José, 2 de setiembre del 2009.—Lic. Jorge González Roesch, Notario.—1 vez.—(77844).
Mediante la escritura cuarenta y uno, del tomo sexto de mi protocolo, se constituyó Tanisha Sociedad Anónima. Escritura otorgada al ser las ocho horas del día veintiséis de agosto del dos mil nueve. María de los Ángeles Picado Beita, presidenta.—Lic. Julio Antonio Morúa Martínez, Notario.—1 vez.—(77850).
Por escritura de las 14:00 horas del día 10 de marzo del 2008, otorgada ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Kimeric de Mal País Limitada, con domicilio social en la ciudad de Puntarenas. Cóbano, Mal País, sita frente a la iglesia católica. Plazo social noventa y nueve años a partir de su constitución. Objeto: la compra, arrendamiento y venta de propiedades, y actividades comerciales. Gerente: Sr. Jorge Luis Wilson Araya.—Mal País, Puntarenas, 3 de setiembre del 2009.—Lic. Francisco Saborío Zúñiga, Notario.—1 vez.—(77855).
Mediante escritura pública otorgada, en esta notaría, se constituyó la compañía Desarrollos Inmobiliarios Rodríguez y Araya Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, totalmente suscrito y pagado.—Alajuela, tres de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Isidro Rodríguez Gómez, Notario.—1 vez.—(77867).
Mediante escritura pública número ciento noventa-treinta, otorgada en esta notaría, se constituye la compañía Rogla-Gloma Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, totalmente suscrito y pagado.—Alajuela, tres de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Isidro Rodríguez Gómez, Notario.—1 vez.—(77868).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las doce
horas del dos de setiembre de dos mil nueve, se constituyó la sociedad Futura
Web Sociedad Anónima. Capital pagado por los socios. Michael Tarcica
Galindo designado Presidente.—San José, 2 setiembre de 2009.—Lic. José Luis Páez Vargas, Notario.—1
vez.—(77874).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las once
horas del dos de setiembre de dos mil nueve, se constituyó la sociedad Centro
Óptico Arageo Sociedad Anónima. Capital pagado por los socios.
Gevanni Sandoval León designado Presidente.—San José, 2 setiembre de 2009.—Lic.
José Luis Páez Vargas, Notario.—1
vez.—(77875).
Por escritura número doscientos setenta y nueve, otorgada en Alajuela, a las doce horas del veinticuatro de agosto del dos mil nueve, ante el suscrito notario se constituyó la sociedad Inversiones Ava Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Alajuela, 24 de agosto del 2009.—Lic. Jimmy Núñez Ramírez, Notario.—1 vez.—(77901).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:10 horas del 16 de diciembre del 2008, se protocoliza acta de Montoya y Araya Sociedad Anónima de esta plaza. Se reforman las cláusulas segunda y octava.—San José, 4 de setiembre del 2009.—Lic. Ana María Rodríguez Chinchilla, Notaria.—1 vez.—(77905).
Ante este notario, y por escritura otorgada a las diez horas del día veintidós de agosto del dos mil nueve, se modificó la cláusula tercera de los estatutos, de la sociedad de esta plaza: Triángulo Bialca (TB) Sociedad Anónima.—San José, 31 de agosto del 2009.—Lic. Rafael Ángel Fernández Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 127834.—(77907).
En mi notaría, a las 15:00 horas del 29 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad Inversiones Los Quetzales Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—San José, 30 de agosto del 2009.—Lic. Armando Angulo Viales, Notario.—1 vez.—Nº 127835.—(77908).
Hoy ante mi notaría, Jay Theodore Thomas Thompson y Terri Lee Zacanti, constituyen O Tres Instituto Sociedad Anónima; presidente: Jay Theodore Thomas Thompson.—San José, 3 de junio del 2009.—Lic. Juan Carlos Rojas Sandí, Notario.—1 vez.—Nº 127839.—(77909).
Por escritura otorgada, en mi notaría, a las 11:00 horas del 26 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad Tenis & Más S. A.—San José, 2 de setiembre del 2009.—Lic. Álvaro López Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 127840.—(77910).
Por escritura otorgada, ante esta notaría pública, a las dieciocho horas del veintisiete de agosto del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Wdsoluciones Óptimas S. A., capital social ¢10.000 totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—San José, 31 de agosto del 2009.—Lic Lidia E. Rivera Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº 127841.—(77911).
Por escritura otorgada, ante mi notaría, a las catorce horas del dieciocho de noviembre del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Floristería y Diseños Marianella Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse D. M. S. A. Capital social diez mil colones, totalmente suscrito y pagado en dinero efectivo. Presidente y secretario con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Cartago, 18 de noviembre del 2008.—Lic. Jenni Valverde Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 127848.—(77912).
Por escritura otorgada, ante mi notaría, a las diecisiete horas del veintisiete de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Medalla Milagrosa Hogar Cartago Costa Rica Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Milagrosa Hogar C.R. S. A. Capital social diez mil colones, totalmente suscrito y pagado en efectivo. Presidente y secretario con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Cartago, 27 de agosto del dos mil nueve.—Lic. Jenny Valverde Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 127850.—(77913).
El suscrito, Joaquín Barrantes Astúa, abogado y notario
público; doy fe que ante mí, se constituyó la sociedad denominada Sinmaherga
Sociedad Anónima, cuyo domicilio social será en San José, Pérez Zeledón,
San Isidro, exactamente doscientos cincuenta metros este de
Por escritura Nº 158 del tomo 14 de mi protocolo, otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón, el día 1º de setiembre del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios donde la empresa Inversiones Yariela revoca y nombra nuevos miembros de junta directiva.—Lic. Ronny Jiménez Porras, Notario.—1 vez.—Nº 127853.—(77915).
Por escritura número veintiséis, otorgada en mi protocolo
número cuatro, a las 15:00 horas del día 30 de agosto del 2009, ante la
suscrita notaria Maurin Ileana Li Cousin, se constituyó una sociedad anónima,
cuya denominación social será el número de cédula jurídica que le asigne el
Registro Público de
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Ortmen Hecale Corporation Sociedad Anónima. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Plazo social de noventa y nueve años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. El objeto, el comercio en general, la industria, agricultura y ganadería.—Paso Canoas, veintisiete de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Onix Abarca Morales, Notario.—1 vez.—Nº 127855.—(77917).
Viajes Turísticos Ecológicos Mapache Sociedad Anónima, nombra como presidenta a María Amalia Quirós Murillo.—Ciudad Quesada, 20 de agosto del año 2009.—Lic. Rita Waldina Arce Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 127856.—(77918).
Zona Norte Realty S. A., aumenta su capital social en la suma de dieciséis mil colones.—Ciudad Quesada, seis de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Alejandra Arguedas Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 127857.—(77919).
Por escritura otorgada ante mí, a las 18:40 horas del 1º de setiembre del 2009, se constituyó la compañía denominada Multiservicios J - Apex Sociedad Anónima, con capital social de cien mil colones.—Ciudad Quesada, San Carlos, 1º de setiembre del 2009.—Lic. Bayardo Ávalos Sequeira, Notario.—1 vez.—Nº 127858.—(77920).
Por escritura otorgada ante mí, a las 12:40 horas del 31 de agosto del 2009, se constituyó la compañía denominada Inversiones Noño del Norte Sociedad Anónima, con capital social de cien mil colones.—Ciudad Quesada, San Carlos, 31 de agosto del 2009.—Lic. Bayardo Ávalos Sequeira, Notario.—1 vez.—Nº 127859.—(77921).
Por escritura número 05-12, otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 19 de agosto del 2009, se constituyó una sociedad anónima, y que llevará por nombre el número de cédula jurídica que el Registro le asigne, con un capital social de veinticuatro mil colones totalmente suscrito y pagado.—Ciudad Quesada, 1º de setiembre del 2009.—Lic. Wálter José Jiménez Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 127863.—(77922).
Mediante escritura otorgada, ante la suscrita notaria, a las doce horas del día treinta y uno de agosto del dos mil nueve, se nombró nuevo subgerente por renuncia del anterior de la sociedad Distribuidora Rage y Osa S.R.L.—San Ramón, treinta y uno de agosto del dos mil nueve.—Lic. Mª. Milagro Arguedas Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 127864.—(77923).
Se deja constancia que en esta notaría plaza Helliet e Hijo de Los Pirineos Limitada, el día dieciocho de agosto de dos mil nueve, mediante escritura otorgada a las dieciséis horas protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios en la cual se nombran dos nuevos gerentes: Robert Fortin y Huguette Morin.—Lic. Vanesa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 127865.—(77924).
Se deja constancia que en esta notaría plaza tres- ciento dos- quinientos cuatro mil trescientos cincuenta y nueve sociedad de responsabilidad limitada, el día dos de setiembre del dos mil nueve, mediante escritura otorgada a las catorce horas cincuenta y cinco minutos protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la cual se cambia la se procede a nombrar nuevos gerentes: David Alan Benner y Deena Lee Benner.—Lic. Vanesa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 127866.—(77925).
Por escritura otorgada, ante eta notaría, a las 12:45 horas del 1º de setiembre del 2009, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de cuotistas de la sociedad Underbart S.R.L., donde se reforma la cláusula del domicilio, de la representación y de las convocatorias a asamblea de cuotistas.—San José, 1º de setiembre del 2009.—Lic. Kattya Marcela Mejías Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº 127872.—(77926).
Al ser las 10:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad anónima Constructora Sarapiquí S & G S. A., capital social diez mil colones cancelado en dinero efectivo, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio Río Frío.—Río Frío, 11 de agosto del 2009.—Lic. Germán Vega Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 127875.—(77927).
Al ser las 17:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad anónima Multiservicios Ulate & Sibaja S. A., capital social diez mil colones cancelado en dinero efectivo, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio Río Frío.—Río Frío, 28 de agosto del 2009.—Lic. Germán Vega Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 127876.—(77928).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad que se denominará Alessandra S. A., cuyo capital social es la suma de diez mil colones exactos y su presidente es el señor Ricardo Jesús Montero Peña. Es todo.—San José, dos de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Evelyn Guevara Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 127878.—(77929).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad que se denominará Grupo FFVII S. A. Cuyo capital social es la suma de doce mil colones exactos y su presidente es el señor Sebastián Espinoza Miralles. Es todo.—San José, dos de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Evelyn Guevara Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 127879.—(77930).
Por escritura veintiocho del tomo veintiséis otorgada ante mí el día de hoy, se constituyó una sociedad anónima, cuyo nombre será asignado por el Registro Público, mediante el número de cédula jurídica asignado más las palabras sociedad anónima. Presidente: Luis Diego Arce Vargas. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones.—San Isidro del General, 2 de setiembre año dos mil nueve.—Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario.—1 vez.—Nº 127887.—(77931).
Por escritura veintinueve del tomo veintiséis otorgada ante mí el día de hoy, se constituyó una sociedad anónima, cuyo nombre será asignado por el Registro Público, mediante el número de cédula jurídica asignado más las palabras sociedad anónima. Presidente: Luis Diego Arce Vargas. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones.—San Isidro del General, 2 de setiembre año dos mil nueve.—Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario.—1 vez.—Nº 127888.—(77932).
Por escritura treinta del tomo veintiséis otorgada ante mí el día de hoy, se constituyó una sociedad anónima, cuyo nombre será asignado por el Registro Público, mediante el número de cédula jurídica asignado más las palabras sociedad anónima. Presidente: Luis Diego Arce Vargas. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones.—San Isidro del General, 2 de setiembre año dos mil nueve.—Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario.—1 vez.—Nº 127889.—(77933).
Por escritura veintisiete del tomo veintiséis otorgada ante mí el día de hoy, se constituyó una sociedad anónima, cuyo nombre será asignado por el Registro Público, mediante el número de cédula jurídica asignada más las palabras sociedad anónima. Presidente: Luis Diego Arce Vargas. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones.—San Isidro del General, 2 de setiembre año dos mil nueve.—Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario.—1 vez.—Nº 127890.—(77934).
Por escritura número ciento cincuenta, otorgada ante esta notaría a las nueve horas del veintidós de enero del dos mil nueve, se protocolizó acta de Mía Films Costa Rica S. A., se modifica la cláusula cuarta de escritura constitutiva.—San José, nueve de febrero del dos mil nueve.—Lic. Piero Gervasoni Brugiotti, Notario.—1 vez.—Nº 127892.—(77935).
El suscrito notario dejo constancia que el edicto respectivo, de Tierra Viva J.M.C.P. Sociedad Anónima, que se está constituyendo mediante escritura doscientos cincuenta y seis, visible al folio ciento treinta y dos frente, del tomo diecinueve del protocolo del notario Dagoberto Madrigal Mesén, fue cancelado mediante recibo. Es todo.—Santa Ana, diez horas del dos de setiembre de agosto del dos mil nueve.—Lic. Carlos Guerrero Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 127893.—(77936).
A las trece horas del día de hoy, se constituyó la empresa Promociones Turísticas Ema S. A. Capital: cincuenta mil colones.—San José, 1º de setiembre dos mil nueve.—Lic. María del Milagro Chaves Desanti, Notaria.—1 vez.—Nº 127896.—(77937).
Ana, Xinia y Henry todos Mora Cambronero, constituyen Inversiones Hermanos Mora Cambronero S. A. ante la notaria Celina Alvarado Badilla, a las 7:00 horas 19 de agosto del 2009.—Lic. Celina Alvarado Badilla, Notaria.—1 vez.—Nº 127898.—(77938).
Maireni Casilla Villar y Juan Carlos Sánchez Vidal constituyen JCM Inversiones Internacionales S. A. ante la notaria Celina Alvarado Badilla, a las 8:00 horas 26 de agosto del 2009.—Lic. Celina Alvarado Badilla, Notaria.—1 vez.—Nº 127899.—(77939).
Ante mí, Alejandro Alonso Román González, notario público con oficina en Atenas, a las dieciséis horas del veinticinco de agosto del dos mil nueve, se constituyó una sociedad anónima que llevará como denominación su número de cédula jurídica. Presidente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quien tendrá las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Atenas, veintiséis de agosto del dos mil nueve.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—Nº 127906.—(77940).
Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las trece horas, treinta minutos, del día veintiséis de agosto del año dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima denominada Ecotrends Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras en S. A.—San José, primero de agosto del año dos mil nueve.—Lic.. Milton Rojas Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 127909.—(77941).
Ante mi notaría pública se ha constituido la sociedad denominada Yo Soy Triple K S. A. el día primero de setiembre del año dos mil nueve, al ser las cero seis horas. Es todo.—San José, tres de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Clay Neil Bodden, Notario.—1 vez.—Nº 127910.—(77942).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas
del día de hoy, se ha constituido la sociedad Desarrollos Forestales Río
Cascada de Aguirre Sociedad Anónima. Capital: suscrito pagado totalmente por
sus socios. Domicilio: Hatillo de Aguirre, Puntarenas,
Se constituye la empresa Agroveterinaria del Caribe Sociedad Anónima, compuesta por nueve acciones, comunes y nominativas de mil colones cada una, representada por el señor Horacio, Asdrúbal y Laura todos de apellidos Brown Dondy, con carácter de apoderados generalísimos sin límite de suma. Con domicilio en Siquirres, Limón. Oficina en Siquirres, Limón, altos de tienda Pirámide.—Lic. Carlos Eduardo Solano Serrano, Notario.—1 vez.—Nº 127915.—(77944).
Se constituye la empresa Karlosa de Turrialba Sociedad Anónima, compuesta por diez acciones, comunes y nominativas de mil colones cada una, representada por el señor Carlos Alberto Espinoza Elizondo. Presidente, con carácter de apoderado generalísimo sin límite de suma. Con domicilio en Turrialba, Cartago.—Lic. Carlos Eduardo Solano Serrano, Notario.—1 vez.—Nº 127916.—(77945).
El suscrito notario, con vista en la matriz hace constar y da fe de que ante mí, se constituye la sociedad de responsabilidad limitada denominada Comercializadora Ver Joca Sociedad de Responsabilidad Limitada. Con un capital social de cien mil colones, y un plazo social de noventa y nueve años.—Palmares, veintidós de agosto del dos mil nueve.—Lic. Roberto Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 127918.—(77946).
Ana Daisy Sibaja Araya, Liz Ariana Durán Sibaja, Hellen Durán Sibaja y Ricardo Durán Sibaja, constituyeron la empresa denominada Grupo Productores Unidos de Costa Rica Sociedad Anónima. Con domicilio en Guápiles, Pococí, Limón doscientos sur de la entrada principal a urbanización Llamas del Bosque, con fecha dos de setiembre del año dos mil nueve.—Guápiles, dos de setiembre del año dos mil nueve.—Lic. Esequías Lobo Chávez, Notario.—1 vez.—Nº 127919.—(77947).
En mi notaría, a las siete horas del once agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad CR Natural Suites of The Pacific S. A., en español CR Habitaciones Naturales del Pacífico Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Domicilio: San José, Escazú, Hacienda Vieja Curridabat. Plazo social: 100 años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado.—San José, 11 agosto 2009.—Lic. Dora María Figueroa González, Notaria.—1 vez.—Nº 127920.—(77948).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas de hoy en San José, se constituyó sociedad anónima de conformidad con el artículo segundo del Decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Domicilio: San José. Capital: totalmente suscrito y pagado. Plazo: noventa años a partir de hoy. Representación judicial y extrajudicial de la sociedad: el presidente, secretario y tesorero de la junta directiva.—San José, 2 de setiembre de 2009.—Lic. José Alberto Tioli Ávila, Notario.—1 vez.—Nº 127922.—(77949).
Ante mí, Lic. Anthony Fernández Pacheco, por escritura número catorce del tomo décimo de mi protocolo, de las nueve horas del treinta y uno de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza Masa G Y F S. A. Cuyo capital social quedó suscrito y pagado, y en la junta directiva se nombró como presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma al señor Antonio Gazel Dondi.—Lic. Anthony Fernández Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 127925.—(77950).
Al ser las 13:30 horas del 24 de agosto de 2009, mediante
escritura número 246 del protocolo número 9 de la suscrita notaria, se
constituyó en esta notaría la sociedad anónima denominada Follajes Verdes de
Mediante protocolización de acta de asamblea extraordinaria de accionistas otorgada ante mí notaría, a las ocho horas del dos de setiembre de dos mil nueve, se modificaron las cláusulas del pacto constitutivo relativas a plazo y domicilio de la sociedad Santa Juanita Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trece mil ochocientos treinta y nueve.—San José, 2 de setiembre de dos mil nueve.—Lic. Silvia Pacheco Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 127927.—(77952).
Rodolfo Gerardo Cubero Cervantes y Sonia María González Molina, constituyen: Importador Mayorista de Repuestos Darcusa S.A. Escritura otorgada ante el notario público Rodrigo Francisco Alcázar Hernández, a las diecisiete horas del veinticinco de agosto de dos mil nueve.—San José, dos de setiembre de dos mil nueve.—Lic. Rodrigo Francisco Alcázar Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 127932.—(77953).
En mi notaría, a las doce horas del treinta de agosto del dos mil nueve, se constituyó Eco Adventure Costa Rica Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—San José, primero de setiembre dos mil nueve.—Lic. Nairy Ulate Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 127933.—(77954).
Se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Bloque Solicdo S. A., y se cambia nombre a C.I
Ladrillera
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, número 89-6, de las 12:00 horas del día 2 de setiembre del 2009, se protocolizaron acuerdos de asamblea general de accionistas de Servicios Hospitalarios Latinoamericanos Integrados (S.H.L.I.) Sociedad Anónima, mediante la cual se aumenta el capital social.—San José, 2 de setiembre del 2009.—Lic. Marcela Arias Victory, Notaria.—1 vez.—Nº 127939.—(77956).
A las 12:00 horas del 6 de agosto del 2009, Diego Giraldo
Álvarez y Nuria Isabel Corrales Salazar, constituyen Futura Electrónica de
Costa Rica Sociedad Anónima. Capital social: doce mil colones, representado
por doce acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Plazo social:
99 años a partir de la fecha de la escritura. Domicilio: provincia de Alajuela,
Las Vueltas de
Por escrituras números siete, ocho y nueve, de las diecisiete horas veinte minutos, diecisiete horas, treinta y diecisiete horas cincuenta minutos, respectivamente, todas del dos de setiembre del año dos mil nueve, visible en el tomo sexto del protocolo del suscrito notario, se protocolizan respectivamente actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de las empresas Cobre Azteca, Dorado Horizontal y Dragón de Plata, todas Sociedad Anónima, en donde se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo, y la última empresa citada se nombra nuevo secretario. Es todo.—San José, dos de setiembre del año dos mil nueve.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1 vez.—Nº 127941.—(77958).
Por escrituras números doscientos treinta y seis, doscientos treinta y siete y doscientos treinta y ocho de las diez horas cuarenta y cinco minutos, quince horas treinta y siete minutos, dieciséis horas cero minutos, respectivamente, todas del diecinueve de agosto del año dos mil nueve, visible en el tomo quinto del protocolo del suscrito notario, se protocolizan actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de las empresas Dorado Horizontal, Dragón de Plata, Cobre Azteca, todas Sociedad Anónima, en donde se reforma la cláusula cuarta del pacto constitutivo y se aumenta el capital social. Es todo.—San José, diecinueve de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1 vez.—Nº 127942.—(77959).
Por escritura otorgada a las 19:00 horas del día de hoy, se constituyó Amagefa Hermanos S. A. Domicilio: Santiago, San Rafael de Heredia. Capital social: suscrito y pagado.—Heredia, 1° de setiembre del 2009.—Lic. Berenice Retana Ureña, Notaria.—1 vez.—Nº 127945.—(77960).
Por escritura número uno otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 3 de setiembre del 2009, se acuerda por asamblea general extraordinaria de socios modificar la sociedad de responsabilidad limitada El Guanacaste de Limonal E Y M Limitada, a Sociedad Anónima. Por lo anterior se modifica en su totalidad el pacto social. Presidente: Emilio Vargas González.—San José, 4 de setiembre del 2009.—Lic. Sergio Valverde Segura, Notario.—1 vez.—Nº 127946.—(77961).
En mi notaría por escritura otorgada en la ciudad de Santa Ana, a las 8:30 horas del día 12 de agosto del 2009, protocolice acta de asamblea general extraordinaria de Soluciones Únicas Suwhannee Sociedad Anónima, se modifican cláusulas primera y sexta del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—Santa Ana, 12 de agosto del 2009.—Lic. Miguel Armando Villegas Arce, Notario.—1 vez.—Nº 127947.—(77962).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 11:00 horas del 27 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad denominada Vida Enterprises Sociedad Anónima, cuyo significado en español es: Empresas Vida Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado íntegramente.—San José, 27 de agosto del 2009.—Lic. José Gerardo Guillén Mora, Notario.—1 vez.—Nº 127948.—(77963).
Mediante escritura número trescientos tres-seis, otorgada ante la suscrita notaria, en Santa Cruz, Guanacaste, a las dieciséis horas del primero de setiembre del dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada Servicios Técnicos Osdo G Y B Sociedad Anónima. Presidente: Óscar Mauricio Garay Gómez, mayor, soltero, técnico instalador y reparación de redes, vecino de Belén, Carrillo, Guanacaste, del súper Primavera, cien metros al norte y setenta y cinco metros al este, cédula número seis-trescientos cincuenta-trescientos cuarenta y siete y tesorero: Donald Antonio Briceño Chavarría, mayor, casado una vez, técnico instalador y reparación de redes, cédula número cinco-trescientos ocho-quinientos cinco, vecino de Santa Cruz, Guanacaste, ochocientos metros al este del Banco Nacional. Presidente y tesorero respectivamente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Plazo: noventa y nueve años. Capital: diez mil colones, debidamente suscrito y pago. Objeto: el comercio en general.—Santa Cruz, Guanacaste, primero de setiembre del dos mil nueve.—Lic. María Gabriela Morales Peralta, Notaria.—1 vez.—Nº 127949.—(77964).
Que por escritura otorgada ante la notaría del licenciado Rafael Medaglia Gómez, a las 9:00 horas del día 27 de agosto del año 2009, se protocoliza acta de la compañía Consultores Amaycar Limitada, donde se acuerda reformar las cláusulas segunda y sexta de los estatutos y se nombra gerente y subgerente.—San José, 27 de agosto del 2009.—Lic. Rafael Medaglia Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 127951.—(77965).
Que por escritura otorgada ante la notaría del licenciado Rafael Medaglia Gómez, a las 8:00 horas del día 27 de agosto del año 2009, se protocoliza acta de la compañía Amacruher Limitada, donde se acuerda reformar las cláusulas segunda y sexta de los estatutos y se nombra gerente y subgerente.—San José, 27 de agosto del año 2009.—Lic. Rafael Medaglia Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 127952.—(77966).
Que por escritura otorgada ante la notaría del licenciado Rafael Medaglia Gómez, a las 10:00 horas del día 27 de agosto del año 2009, se protocoliza acta de la compañía Inversiones Cayfe & Caram Limitada, donde se acuerda reformar las cláusulas segunda y sexta de los estatutos y se nombra gerente y subgerente.—San José, 27 de agosto del año 2009.—Lic. Rafael Medaglia Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 127953.—(77967).
En escritura Nº 43 del 26 de agosto 2009, Ana Catalina Bonilla Valverde y Eugenio Rodríguez Benavides, constituyen Inversiones Montsanti S. A. Capital social: 20.000 colones. Domicilio: Heredia, San Joaquín de Flores, condominio Montecristi, contiguo a servicentro San Joaquín. Plazo: 99 años. Presidente y secretario con la representación judicial y extrajudicial. Presidenta: Ana Catalina Bonilla Valverde. Secretario: Eugenio Rodríguez Benavides.—San José, 2 de setiembre 2009.—Lic. Shirley Duarte Duarte, Notaria.—1 vez.—Nº 127958.—(77968).
Calza Good S. A., cédula jurídica Nº 3-101-408309, reforma cláusula quinta aumentando su capital social. Escritura otorgada a las 15:00 horas del 2 de setiembre del 2009.—Lic. Alonso Alvarado Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 127962.—(77969).
Hago constar que mediante escritura número dos, visible al folio dos vuelto del tomo primero de mi protocolo, otorgada a las 15:00 horas del 28 de agosto de 2009 en Cartago, se constituyó la sociedad Matex Desarrolladores S. A. Con un capital social de sesenta mil colones exactos y cuyo presidente es Max Alonso Mena Arguedas.—Lic. Carla Amador Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 127971.—(77970).
Se constituye la sociedad denominada A C Soluciones Industriales Sociedad Anónima. Presidente. Carlos Maurilio Alvarado Carballo. Por escritura otorgada ante el notario Carlos Barrantes Méndez, a las ocho horas del veinticuatro de agosto del dos mil nueve.—San José, tres de setiembre de dos mil nueve.—Lic. Carlos Barrantes Méndez, Notario.—1 vez.—Nº 127972.—(77971).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 1º de setiembre de 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Textiles de San José R Y J S. A., cédula jurídica Nº 3-101-189528, en que se modificaron las cláusulas segunda, del domicilio y la octava de la administración; se nombró nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 01 de setiembre del 2009.—Lic. José Ramón Quesada Acuña, Notario.—1 vez.—Nº 127974.—(77972).
Mediante la escritura dieciocho-trescientos veintiocho del protocolo dieciocho del notario José Francisco Chaves Campos, se constituye El León Vagabundo S. A. Capital: suscrito y pagado.—San José, 2 de setiembre del 2009.—Lic. José Francisco Chaves Campos, Notario.—1 vez.—Nº 127973.—(77973).
Por escritura número veintitrés otorgada en esta notaría, a las trece horas del diecinueve de agosto del dos mil nueve, se constituye Transportes T.M.Z. Soluciones Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Hatillo Cuatro. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones. La presidenta señorita Stephanie Mora Zamora, cédula de identidad número tres-cuatro tres cinco-seis dos tres, ostentará facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—San José, 2 de setiembre de 2009.—Lic. Ariana Bolaños Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 127975.—(77974).
Por escritura número veinticuatro otorgada en esta notaría, a las catorce horas del diecinueve de agosto del dos mil nueve, se constituye Camiones M.Z. Soluciones Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Hatillo cuatro. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones. La presidenta señorita Stephanie Mora Zamora, cédula de identidad número tres-cuatro tres cinco-seis dos tres, ostentará facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—San José, 2 de setiembre de 2009.—Lic. Ariana Bolaños Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 127976.—(77975).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del dos de setiembre de dos mil nueve, se reforman las cláusulas primera, del nombre, el cual en adelante será Burgolas de CR S. A., segunda, del domicilio, y se elimina la cláusula décimo tercera, del agente residente, del pacto constitutivo de la sociedad actualmente denominada tres-ciento uno-quinientos treinta y dos mil doscientos cuarenta y cuatro sociedad anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta y dos mil doscientos cuarenta y cuatro, se revocan y nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 2 de setiembre de 2009.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—Nº 127977.—(77976).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las nueve horas del tres de setiembre de dos mil nueve, se reforman las cláusulas segunda, del domicilio, octava, de la administración, y décima segunda, de las asambleas generales de accionistas, del pacto constitutivo de la sociedad actualmente denominada Berebere Criollo Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-doscientos veintitrés mil doscientos noventa y dos, se nombra nueva junta directiva por estar vencidos los nombramientos y se revoca fiscal y nombra nuevo fiscal.—San José, 3 de setiembre de 2009.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—Nº 127978.—(77977).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las once horas del dos de setiembre del año dos mil nueve, se protocolizó asamblea ordinaria y extraordinaria de la sociedad de esta plaza Costa Rica Consolidaciones Sociedad Anónima, modificándose la cláusula primera del pacto constitutivo para que en adelante se lea su nombre Pier Seventeen Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, dos de setiembre del año dos mil nueve.—Lic. Bernal Ernesto Fuentes Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 127980.—(77978).
Por escritura otorgada ante mi notaría, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la administración de la sociedad de este domicilio denominada Residencia Amberes Dos S. A. y se nombran nuevos miembros de la junta directiva: presidente y tesorero, ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 18 de agosto de 2009.—Lic. Carlos Weeden Gamboa, Notario.—1 vez.—Nº 127981.—(77979).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, al ser las catorce horas del día veinte de julio del dos mil nueve, se constituyó Inversiones y Servicios Aasamar Sociedad Anónima. Domiciliada en la ciudad de Limón.—Limón, tres de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Ricardo Villalobos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 127982.—(77980).
El día de hoy he constituido la empresa denominada Agencia Aduanal W. Madriz Arguedas Sociedad Anónima. Presidente: Wilber Madriz Arguedas.—Puntarenas, cinco de marzo del año dos mil nueve.—Lic. Carlos Alfonso Martínez Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 128012.—(77981).
Por escritura número trescientos dos-cuatro, otorgada a las diez horas del treinta de agosto del año dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada Electronova Sociedad Anónima.—Heredia, tres de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Ileana María Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—Nº 128016.—(77982).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las 12:00 horas del 2 de setiembre 2009, se reforma objeto y convocatoria a asambleas de Inversiones Tierra Fértil Irazú S. A.—San José, 2 de setiembre del 2009.—Lic. Olga Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 128018.—(77983).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas quince minutos del día dos de setiembre de dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada 3-102-489751 limitada, donde se acuerda modificar la cláusula novena del pacto constitutivo.—San José, dos de setiembre de dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—Nº 128019.—(77984).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día veintisiete de agosto del presente año, se constituyó una sociedad a la cual la razón social le será asignada por el Registro Público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J. Sociedad con domicilio en Heredia, 50 este de los Tribunales de Justicia. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones.—San José, tres de setiembre de dos mil nueve.—Lic. Adolfo Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 128020.—(77985).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas treinta minutos del día veintisiete de agosto del presente año, se constituyó una sociedad a la cual la razón social le será asignada por el Registro Público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J. Sociedad con domicilio en Heredia, 50 este de los Tribunales de Justicia. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones.—San José, tres de setiembre de dos mil nueve.—Lic. Adolfo Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 128021.—(77986).
Por medio de escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 1º de setiembre del 2009, se protocolizó acta de la sociedad Comercializadora Carger S. A., por medio de la cual se reforma la cláusula sexta y se nombra nueva junta directiva.—San José, 1º de setiembre del 2009.—Lic. Eric Romero Jara, Notario.—1 vez.—Nº 128026.—(77987).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:30 horas del 1º de setiembre del 2009, se constituyó la sociedad Corporación Vallito de Cartago Sociedad Anónima. Capital social: debidamente suscrito y pagado por los socios. Domicilio: Cartago. Plazo: noventa y nueve años.—Cartago, 3 de setiembre del 2009.—Lic. Esteban Francisco Troyo Dittel, Notario.—1 vez.—Nº 128029.—(77988).
Por escritura otorgada a las nueve horas del dos de setiembre del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Terranostra Anaranjado Lote Veinticinco S. A., donde se modifica la cláusula sétima de pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—Lic. José Alberto Rivera Torrealba, Notario.—1 vez.—Nº 128030.—(77989).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaría, de las 20:00 horas del 26 de agosto del 2009, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza Tagi Internacional S. A., mediante la cual se modifican las cláusulas segunda y sexta del pacto social y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Cecilia Ivette Villalobos Soto, Notaria.—1 vez.—Nº 128032.—(77990).
La suscrita María Alejandra Arguedas Marín manifiesto que por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del día veintiocho de agosto de dos mil nueve, se acuerda constituir la sociedad denominada Corporación de Inversiones Inmobiliarias AM Sociedad Anónima.—San José, 28 de agosto del 2009.—Lic. María Alejandra Arguedas Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 128033.—(77991).
El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada a las ocho horas día tres de setiembre del año dos mil nueve, ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad domiciliada en San José, denominada Inversiones Bahía Púrpura Sociedad de Responsabilidad Limitada, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos cuarenta y dos mil trescientos cuarenta y uno, asamblea celebrada en su domicilio social con la participación de la totalidad del capital social y en la cual se resolvió lo siguiente: a.—Se modifica el domicilio social de la empresa, b.—Sustitución del gerente de la sociedad por el resto del período legal. Acta protocolizada por el notario Álvaro Masís Montero.—San José, 3 de setiembre del 2009.—Lic. Álvaro Masís Montero, Notario.—1 vez.—Nº 128034.—(77992).
Por escritura número ciento sesenta y tres, tomo primero, otorgada el día ocho de agosto de dos mil nueve, ante la notaria Marisol Cordero Picado, se constituyó la sociedad Multiservicios y Explotaciones Varias Lian Sociedad Anónima. Con un plazo social de noventa y nueve años, capital social debidamente suscrito y pagado, administrada por una Junta Directiva, donde el presidente ejerce la función de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 31 de agosto de 2009.—Lic. Marisol Cordero Picado, Notaria.—1 vez.—Nº 128037.—(77993).
En mi notaría al ser las trece horas del trece de junio del
dos mil nueve, protocolicé acta de cambio de la junta directiva y fiscal de la
sociedad anónima
A las 8:00 horas de hoy, se constituyó la empresa DESONIX Desarrolladora Ónix S. A., sociedad con el capital suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio en San José.—San José, 1 de setiembre del 2009.—Lic. Álvaro Camacho Mejía, Notario.—1 vez.—Nº 128040.—(77995).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas treinta minutos del tres de setiembre del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Eco Inmobiliaria Muller IMC Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y un mil doscientos noventa y nueve, de las diez horas del veintisiete de agosto de dos mil nueve, mediante la cual se reforma la cláusula segunda de estatutos y se nombra nueva junta directiva y agente residente.—Lic. Ricardo Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 128043.—(77996).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad Corporación GLA Belén Sociedad Anónima. Giovanni Ceccon, Presidente.—Lic. Miriam Acuña Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 128044.—(77997).
Ante esta notaría se protocolizó acta de la sociedad Especialidades Dentales MVC Escazú Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula novena.—Lic. Miriam Acuña Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 128045.—(77998).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad Hacienda Verde de Belén Sociedad Anónima. Giovanni Ceccon, presidente.—Lic. Miriam Acuña Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 128046.—(77999).
Por escritura número ciento cuarenta, se nombra nuevo tesorero de la sociedad Alta Dirección Sociedad Anónima.—San José, 3 de setiembre del 2009.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—Nº 128047.—(78000).
Juvencio Castañeda Viales, Noemy Ledezma Segura, Erika Gabriel y David Castañeda Ledezma, constituyen empresa denominada: Juvencio Sra. e Hijos Sociedad Anónima.—Lic. Neftalí Madrigal Chaverri, Notario.—1 vez.—Nº 128049.—(78001).
Ante mí, Alban Morales Mena, notario público, compareció el señor: Miguel Juárez Juárez, cédula: 1-142-252. Para constituir la sociedad Eco Ganadera del Norte S. A., escritura Nº 248, visible al folio 110, frente 111 y vuelto, del tomo 3 del suscrito. Autorizo a las 10:00 a.m. del 29 de agosto del 2009.—Lic. Alban Morales Mena, Notario.—1 vez.—Nº 128050.—(78002).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
catorce horas del día diecisiete de julio del dos mil nueve, se constituyó la
sociedad Eco Life Plus Sociedad Anónima, la cual estará representada por
el presidente y secretaria de
Por escritura número ciento quince-cuatro, otorgada a las diez horas del diecisiete de agosto del dos mil nueve, ante la suscrita notaría, se reforma la cláusula undécima de la representación del pacto constitutivo, se revocan los miembros de la junta directiva y agente residente y se nombra un gerente general de la sociedad de este domicilio, denominada: Rock Creek Sociedad Anónima.—San José, 17 de agosto del 2009.—Lic. Ingrid Marcela Fallas Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 128055.—(78004).
Por escritura otorgada ante mí, a las veinte horas del día de hoy, protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de socios de la compañía Basadia Sociedad Anónima, donde se modifica las cláusulas segunda y octava de sus estatutos.—San José, 2 de setiembre del 2009.—Lic. María Chaves Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 128056.—(78005).
Por escritura número ciento ochenta y cinco, otorgada ante esta notaría, a las doce horas del dos de setiembre del año dos nueve, se constituye la sociedad Inversiones Bayu S. A. Capital social: cien mil colones. Presidente: Osvaldo Gómez Rodríguez. Domicilio: San José.—Lic. Marvin Villagra López, Notario.—1 vez.—Nº 128057.—(78006).
Que en la asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Beyond the Sun Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-trecientos mil cuatrocientos noventa y seis, celebrada al ser las once horas quince minutos del día diecinueve de julio del año dos mil nueve, en el domicilio social de la sociedad, cuya acta ha sido protocolizada por el suscrito notario según consta en la escritura treinta y siete-cinco, visible al folio cuarenta y tres frente del tomo quinto del protocolo del suscrito notario, se modifica la cláusula dentro del pacto constitutivo de la sociedad, referente al domicilio de la misma, la cual en adelante deberá leerse así: tendrá su domicilio en Playa Dominical, distrito cuarto Bahía Ballena, cantón quinto Osa, provincia de Puntarenas, frente a la iglesia católica, no obstante podrá establecer agencias o sucursales en cualquier lugar dentro o fuera del país. Además, se modifica la cláusula dentro del pacto constitutivo de la sociedad referente a la representación de la misma la cual en adelante deberá leerse así: la junta directiva estará conformada por un presidente, un secretario, y un tesorero nombrados por todo el plazo social, quienes podrán ser socios o no de la sociedad. Corresponde al presidente y secretario representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Podrán sustituir sus facultades en todo o en parte, revocar sustituciones y hacer otras de nuevo, todo ello conservando sus facultades, asimismo dichos apoderados de la compañía podrán por su cuenta y en nombre de la compañía otorgar poderes generalísimos, generales, con o sin limitación de suma, o especiales para actos o contratos que consideren convenientes o para la administración de la sociedad conservando sus poderes. Es todo.—Dominical de Osa, Puntarenas, 1 de setiembre del 2009.—Lic. José Miguel León Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 128058.—(78007).
Que en la asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Propiedades Tarheel Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta mil cuatrocientos treinta y tres, celebrada al ser las diecinueve horas del siete de agosto del año dos mil nueve, celebrada en el domicilio social de la sociedad, cuya acta ha sido protocolizada por el suscrito notario según consta en la escritura treinta y nueve-cinco, visible al folio cuarenta y seis frente del tomo quinto del protocolo del suscrito notario, se modifica la cláusula dentro del pacto constitutivo de la sociedad, referente al domicilio de la sociedad la cual en adelante deberá leerse así: tendrá su domicilio en Playa Dominical, distrito cuarto Bahía Ballena, cantón quinto Osa, provincia de Puntarenas, frente a la iglesia católica, no obstante podrá establecer agencias o sucursales en cualquier lugar dentro o fuera del país. Es todo.—Dominical de Osa, Puntarenas, 1 de setiembre del 2009.—Lic. José Miguel León Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 128059.—(78008).
Por medio de escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 26 de agosto del 2009, se constituyó la compañía Sweet and Salty S. A. Plazo: 99 años, Domicilio social: Santa Teresa de Cóbano de Puntarenas, costado oeste de Hotel Brunellas. Capital social: ¢12.000.00. Presidenta: Sayla Yada Sruz Cusiquispe.—San José, 1º de setiembre del año 2009.—Lic. Eladio Antonio Picado Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 128061.—(78009).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó actas de las
compañías Cities Property y Fortuna Foothills Corporation
ambas Sociedad Anónima. Se modifica cláusula de administración y se
nombra presidente y secretario.—Lic. William Richard Philps Moore.—Lic. Maxwell García Barquero, Notario.—1
vez.—Nº 128062.—(78010).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del veintiuno de agosto del dos mil nueve, se modificó la cláusula segunda del domicilio y la cláusula novena de la administración de Villa Azabache YW de Valencia Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos once mil dieciocho.—San José, veintiséis de agosto del 2009.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—Nº 128063.—(78011).
Por escritura otorgada el día treinta y uno de agosto del 2009, se constituyó la sociedad denominada Diseño y Construcción DICONSA S. A.—San José, 2 de setiembre de 2009.—Lic. Cristian Cordero Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 128064.—(78012).
Por escritura otorgada en mi notaría a las 11:00 horas del 1 de setiembre del 2009, se protocoliza el acta de las 8:00 horas del 1 de setiembre del 2009, de la compañía Alders Sociedad Anónima, reformándose las cláusulas segunda del domicilio, quinta del capital social, décima de la junta directiva, y se agrega la décimo tercera del agente residente, del pacto constitutivo y se nombra junta directiva y agente residente.—Lic. Luis Gerardo Villanueva Monge, Notario.—1 vez.—Nº 128065.—(78013).
Por escritura 229 del tomo 12 de mi protocolo se constituye Pepik S. A. Plazo social: noventa y nueve años. Su objeto es el ejercicio amplio del comercio. Capital social: cien mil colones. Domicilio: Alajuela, Grecia, San Isidro, doscientos metros norte y cien este del Salón Cañalito, otorgada al ser las nueve horas del primero de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Silvia Elena Suárez Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 128066.—(78014).
Por escritura otorgada en esta notaría a las once horas
veinte minutos del veintiséis de agosto del año dos mil nueve, se constituyó la
sociedad denominada
La suscrita, Kattia Quirós Chévez, notaria pública con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día veintiséis de agosto del dos mil nueve, se protocolizaron ante mí, actas de las empresas Ofi-Bodegas del Oeste Rásalas Veinticuatro S. A. y Ofi-Bodegas del Oeste Lambda Siete S. A. Así mismo, hago constar que el día dos de setiembre se constituyó ante mí, la sociedad denominada El Sabor de tu Fiesta Catering Service S. A.—San José, 2 de setiembre del 2009.—Lic. Kattia Quirós Chévez, Notaria.—1 vez.—Nº 128070.—(78016).
Por escritura otorgada en esta notaría a las catorce horas del veintisiete de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Producciones Mezcla Costa Rica Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado.—Alajuela, 2 de setiembre del 2009.—Lic. José Mario Rojas Ocampo, Notario.—1 vez.—Nº 128071.—(78017).
El suscrito notario Gabriel Andrés Segura Corrales, publica edicto de la constitución de la sociedad Centro Profesional del Desarrollo Humano Sociedad Anónima, constituida ante esta notaría en Cartago, a las doce horas del veintinueve de agosto del dos mil nueve. Con domicilio: San José, Guadalupe. Plazo social: noventa y nueve años a partir de hoy. Capital social: diez mil colones.—Lic. Gabriel Andrés Segura Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 128074.—(78018).
En esta notaría se constituyó Marcasol de Costa Rica S. A., presidente: Marco Cambronero Solano. Escritura otorgada en Ciudad de San José, el día diecisiete de agosto del dos mil nueve, ante el notario público Alejandro Solano Fallas.—Lic. Alejandro Solano Fallas, Notario.—1 vez.—Nº 128077.—(78019).
El suscrito Maykool Acuña Ugalde, notario público con oficina en Ciudad Colón, hace constar que a las 15:00 horas del día 2 de setiembre del 2009, se ha constituido la sociedad denominada Aqua Pool S. A. con un plazo social de 100 años, siendo su presidente el señor Efraín Solís Castro.—Lic. Maykool Acuña Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 128078.—(78020).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las dieciocho horas del dos de setiembre del dos mil nueve, protocolizo acta de la sociedad anónima Puerto Porlamar C. R. Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo y se nombra nuevo presidente y secretario de la junta directiva.—Tres Ríos, 3 de setiembre del 2009.—Lic. Grettel Zúñiga Tortós, Notaria.—1 vez.—Nº 128079.—(78021).
Por escritura número ciento veinte del tomo seis, otorgada a las ocho horas del veintiocho de mayo del dos mil nueve, ante el notario: Milton González Vega, se aumenta capital y se nombran nuevos personeros de la sociedad Equipos AB de Costa Rica Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 28 de mayo del 2009.—Lic. Milton González Vega, Notario.—1 vez.—Nº 128080.—(78022).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las 12:00 horas del 31 de agosto del 2009, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Del Tipiko S. A. Domicilio social: San José, Paso Ancho. Plazo social: 99 años. Capital social: suscrito y pagado. Presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—San José, 31 de agosto del 2009.—Lic. Rafael Ángel Calderón Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 128085.—(78023).
Por escritura otorgada ante mí, se constituye sociedad anónima denominada Equipos y Energía Dos Mil Cuatro Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Objeto social: comercio en general. Presidente, secretario, tesorero, representantes legales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjuntamente. Domicilio social: Heredia.—San José, 1º de setiembre del 2009.—Lic. María Gabriela Sandoval Chinchilla, Notaria.—1 vez.—Nº 128086.—(78024).
Mediante escritura número doscientos diecinueve, otorgada ante mí, a las doce horas del veintiocho de agosto del dos mil nueve, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de la sociedad Rutas Aéreas Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero veinticuatro mil cuatro, por medio de la cual se reforma la cláusula octava de la administración.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—Nº 128088.—(78025).
Por escritura número ochenta y tres, de mi protocolo número diecinueve visible a folio cincuenta y uno frente, en San José el día 1º de setiembre del dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada Comercializadora de Vehículos y Bienes Raíces Elenano Sociedad Anónima.—San José, 3 de setiembre del 2009.—Lic. Víctor Raúl Obando Mendoza, Notario.—1 vez.—Nº 128091.—(78026).
Por escritura número veinticuatro-siete, del tomo sétimo del protocolo, otorgada ante la notaría Kembly Mora Salas, a las 11:00 horas, del 30 de julio del 2009, se reformó el pacto constitutivo en la cláusula de la administración de la sociedad denominada Inversiones Gfm Aldebaran Barug Sociedad Anónima. Presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Grecia de Alajuela, 2 de setiembre del 2009.—Lic. Kembly Mora Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 128095.—(78027).
Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, Roberto Ramón Méndez protocoliza acuerdos de la asamblea de socios de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos cincuenta y cuatro mil ochenta y uno sociedad anónima, donde se reorganiza la administración de la sociedad, modificándose las cláusulas segunda y octava del pacto social en cuanto al domicilio social, nombramiento de Gerente, a la representación judicial y extrajudicial de la sociedad indicada y el otorgamiento de poderes al presidente, secretario y gerente. Presidente Roberto Ramón Méndez.—San José, 1 de setiembre de 2009.—Lic. José María Borbón Arias, Notario.—1 vez.—Nº 128096.—(78028).
Hoy se ha nombrado nueva junta directiva y se reformó la cláusula sexta del pacto social de la sociedad Inversiones Love Secret Sociedad Anónima, corresponde únicamente al presidente la representación judicial y extrajudicial con poder generalísimo sin límite de suma.—San José, 2 de setiembre del 2009.—Lic. Geovanny Jiménez Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 128097.—(78029).
Mediante escritura otorgada a las quince horas cuarenta minutos del veintisiete de agosto del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Mosaic Services Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-572349 en la que se hicieron nuevos nombramientos en el cargo de secretario y fiscal.—Lic. Bárbara Jiménez Coble, Notaria.—1 vez.—Nº 128099.—(78030).
La suscrita notaria hace constar que el día de hoy, protocolicé reforma del pacto constitutivo, nombramiento de nueva junta directiva, fiscal y agente residente de la empresa denominada Whereyat Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos dos mil novecientos cuarenta y ocho.—San Ramón, 3 de setiembre del 2009.—Lic. Victoria Jiménez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 128101.—(78031).
Licenciada Thais María Zumbado Ramírez, abogada y notaria pública, comunica que ante su notaría se constituyó la sociedad denominada Xóchitl de los Campos Sociedad Anónima, para dedicarse a toda clase de negocio lícito.—Belén, 3 de setiembre del 2009.—Lic. Thais María Zumbado Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 128102.—(78032).
Ante esta notaría se procedió a constituir la sociedad denominada Inversiones at Nuar Sociedad Anónima. Plazo: cien años. Objeto: agricultura, industria y comercio en general. Capital social: cien mil colones y cuyo representante es Marco Wattson Rivera.—San José, a las 14:00 horas del 25 de agosto del 2009.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—Nº 128104.—(78033).
Al ser las trece horas del tres de setiembre de dos mil nueve, escritura número ciento veintiuno del tomo diez, ante la notaria Kattia Bermúdez Montenegro, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Lido Capitals S. A. y de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio de Costa Rica, se acuerda disolver esta sociedad.—3 de setiembre del 2009.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—Nº 128108.—(78034).
Mediante escritura otorgada el día de hoy en mi notaría, se constituyó la compañía denominada Fardo Security Corp S. A. Plazo: 99 años. Capital social: diez mil colones. Objeto: servicios de seguridad.—San José, 2 de setiembre del 2009.—Lic. Douglas Castro Peña, Notario.—1 vez.—Nº 128111.—(78035).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del tres de setiembre del dos mil nueve, se reformó la cláusula sexta del pacto constitutivo de Coral Emedos S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos diecinueve mil cuatrocientos ochenta y cinco, relativa al capital social.—San José, 3 de setiembre del 2009.—Lic. Leonardo Ugalde Cajiao, Notario.—1 vez.—Nº 128112.—(78036).
Por escritura número veintiséis del tomo tercero del protocolo del notario Max Alonso Víquez García, se ha constituido Constructora Frajovica Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. El presidente y el secretario son apoderados generalísimos sin límite de suma. Presidente: Francisco Campos Hernández, cédula dos-trescientos seis-ciento catorce. Secretario: Joaquín Alberto Víquez Campos, cédula cuatro-ciento ochenta y uno-cero noventa y tres.—San Lorenzo de Flores, Heredia, 3 de setiembre del 2009.—Lic. Max Alonso Víquez García, Notario.—1 vez.—Nº 128113.—(78037).
Por escritura otorgada en San José, ante la notaría del Licenciado Randall Viales Padilla, actuando en conotariado con el suscrito, de las doce horas del día de hoy, protocolizamos acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Strong Wings S.A. mediante la cual se reformó la cláusula sétima, se revocó el nombramiento del presidente, se nombró nuevo y se nombró vicepresidente.—San José, 2 de setiembre del 2009.—Lic. Cristian Villegas Coronas, Notario.—1 vez.—Nº 128116.—(78038).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las once horas del día de hoy se constituyó sociedad anónima cuya denominación social será el número de cédula jurídica que se le asigne a la que deberá de agregarse el aditamento de Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse su aditamento en S. A. Plazo social: cien años. Capital social: suscrito y pagado de diez mil colones. Representada por su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 2 de setiembre del 2009.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—Nº 128117.—(78039).
Ante este notario se constituyó la sociedad Servicios Múltiples Joleth S. A., con domicilio en Cuatro Reinas de Tibás, San José. Plazo: noventa años. Capital social: cien mil colones. Fecha de constitución: treinta y uno de agosto del dos mil nueve.—Lic. Carlos Eduardo Blanco Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 128120.—(78040).
Mediante escritura pública 202-8 de las 23:00 horas del 2/9/2009, protocolicé el acta 2 de Solar Energy Resources Sociedad Anónima, celebrada en San José a las 8:00 horas del 10/6/2009, mediante la cual se modifica la junta directiva y el fiscal, así como la cláusula 5, aumentando el capital social a 100.000 colones y las cláusulas 8 y 9.—San José, 2 de setiembre de 2009.—Lic. Luis Diego Hidalgo Rivera, Notario.—1 vez.—Nº 128121.—(78041).
La suscrita notaria, da fe de que a las dieciséis horas del
quince de marzo del año dos mil ocho, se nombró a Javier Abarca Meléndez,
mayor, casado dos vez, administrador, vecino de Zapote, Quesada Durán, con
cédula de identidad número uno-cuatrocientos sesenta-seiscientos veintidós,
como presidente de
El suscrito notario hace constar que por escrituras otorgadas por esta notaría a las ocho horas, las ocho horas treinta minutos y a las nueve horas, todas del día primero de setiembre del año de s mil nueve, se reformaron las cláusulas cuarta y sétima, referentes al objeto social y a administración de las sociedades Consorcio Profesional Dos Mil Diez Conprosa Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y cinco mil seiscientos treinta y ocho; Creatividad y Ejecución Crejesa Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y seis mil ciento setenta; y Proyección Sostenible Prososa Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y siete mil setecientos setenta y siete. Asimismo, en todas las compañías se nombró nuevo presidente y tesorero.—San José, 2 de setiembre del 2009.—Lic. Fernando Murillo Marchini, Notario.—1 vez.—Nº 128125.—(78043).
En esta notaría, a las 11:00 horas del 27 de agosto de
2009, Jacqueline López Vega y Efraín López Elizondo constituyen una sociedad
anónima cuya denominación será el número de cédula jurídica que le asigne el
Registro Mercantil. Domicilio, Alajuela,
El suscrito notario hace constar que mediante escritura número ciento cincuenta y siete, visible al folio cincuenta y cinco vuelto del tomo catorce de mi protocolo de las dieciocho horas del diecisiete de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima Constructora y Alquiler de Maquinaria BS S.A.N. Presidente: Germán Fonseca Berrocal. Capital social: diez mil colones.—Alajuela, 17 de agosto del 2009.—Lic. Mario Antonio Morales Arroyo, Notario.—1 vez.—(78168).
Por escritura otorgada ante mi notaría, diez horas del día siete de agosto del dos mil nueve, Jorge Wilson Rodríguez Núñez e Inversiones Inmobiliarias Cesa S. A. constituyeron: Constructora Vértice R Y S S.R. L. Objeto: el objeto de la sociedad es la construcción, así como el comercio en el sentido más amplio, agricultura, industria, ganadería, turismo, prestación de servicios, y toda clase de actividades y servicios conexos. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Presidente: el socio Jorge Wilson Rodríguez Núñez con todas las facultades.—Grecia, 3 de setiembre del 2009.—Lic. Greivin Barrantes Barrantes, Notario.—1 vez.—(78174).
Por escritura otorgada ante la notaría, a las dieciséis horas del dieciocho de junio del dos mil nueve, Sandra María Fernández Morales y María Eugenia Varela Victory, constituyen, la sociedad Blessing Box Sociedad Anónima, corresponde al presidente y la secretaria, la representación judicial y extrajudicial, actuando conjuntamente con facultad de apoderados generalísimos sin límite de suma, con un capital social de diez mil colones, suscrito y pagado, con un plazo de noventa y nueve años contados a partir de su constitución, escritura otorgada en Grecia, dieciséis horas, del dieciocho de junio del año dos mil nueve.—Lic. Jeanina Bolaños Rojas, Notaria.—1 vez.—(78175).
Ante esta notaría, se realizó cambio junta directiva de
Licenciada Flor María Delgado Zumbado, abogada y notaría pública comunica que ante su notaría se constituyó la sociedad denominada Reyma Ralfa Sociedad Anónima, para dedicarse a toda clase de negocio lícito.—Belén, 4 de setiembre del 2009.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—(77190).
De Matheu López Sociedad Anónima, con la cédula jurídica tres-ciento uno-cero ocho tres uno cuatro tres, con la cédula jurídica tres-ciento uno-cinco cero cero uno cero tres, comunica que reformó la cláusula primera y sétima del acta constitutiva, y nombró nueva junta directiva y fiscal.—Belén, 4 de setiembre del 2009.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—(78191).
Por escritura número noventa y cuatro-uno, otorgada en la ciudad de San José, a las dieciséis horas, del día tres del mes de setiembre del año dos mil nueve, visible al folio sesenta y uno frente, del tomo primero, del protocolo de la notaria pública Geohanna Castro Hernández, se constituyó la entidad jurídica denominada: Grupo N. A. J. Sancho Chaverri Sociedad Anónima. Presidente y secretario: con plenas facultades. Domicilio: San José, Paso Ancho. Capital: La suma de diez mil colones exactos.—Heredia, 3 de setiembre del 2009.—Lic. Geohanna Castro Hernández, Notario.—1 vez.—(78192).
Por escritura número 94-31 otorgada a las 8:00 horas del 3
de setiembre del año 2009 se constituyó
Ante esta notaría, por escritura número cincuenta y dos-dos otorgada a las ocho horas del cuatro de setiembre del año dos mil nueve, se constituye la sociedad de esta plaza, Análisis de Informática MB Sociedad Anónima. Es todo. San José, 4 de setiembre del 2009.—Lic. Flor de María Martínez Marín, Notaria.—1 vez.—(78204).
Por escritura de esta notaría de las 11:00 horas del tres de setiembre del año dos mil nueve, se constituyó la compañía que se regirá por el número de cédula jurídica que le asigne el registro, capital suscrito y pagado. Presidente, con poder generalísimo sin límite de suma.—Alajuela, 4 de setiembre del 2009.—Lic. Carlos Eduardo Araya Sánchez, Notario.—1 vez.—(78205).
Ante esta notaría se constituyó una sociedad con el número de cédula de persona jurídica que le sea asignado al momento de su inscripción como designación social. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Escritura otorgada a las siete horas del dos de setiembre de dos mil nueve, ante la notaria Rosa Isabel Prieto Pochet.—Alajuela, 2 de setiembre de 2009.—Lic. Rosa Isabel Prieto Pochet, Notaria.—1 vez.—(78226).
Ante mí, a las 15:15 horas del 8 de julio de dos mil nueve, escritura número 183-4 del tomo 4 de mi protocolo se constituyó la sociedad denominada Cajisa Servicios Múltiples S. R. L., donde aparece con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma su gerente Nathan Jiménez León. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—Pérez Zeledón, 1º de setiembre de 2009.—Lic. Paola Ramírez Acosta, Notaria.—1 vez.—Nº 127852.—(78250).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad Herencia Tica Sociedad Anónima, Presidente: Asdrúbal Ramírez Segura. La sociedad se dedica al desarrollo de proyectos turísticos y a la construcción en general, el capital social es la suma de diez mil colones, y su domicilio está en la ciudad de San Rafael de Heredia, ciento cincuenta metros al este del cementerio.—San Rafael de Heredia, 31 de agosto del 2009.—Lic. Mario Alberto Chaves Mata, Notario.—1 vez.—(78256).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del día tres de setiembre del dos mil nueve, se acordó la liquidación de la empresa Oceánica Neptuno Sociedad Anónima.—San José, 3 de setiembre del 2009.—Lic. Kattia Quirós Chévez, Notaria.—1 vez.—(78258).
A las diez horas del día veinte de junio del dos mil nueve,
reunión director de Fundación Costarricense de Estudiantes Universitarios,
cédula jurídica tres-cero cero seis-quinientos dieciséis mil trescientos
ochenta y cuatro, se toma el siguiente acuerdo, que de conformidad con las
facultades legales, se procede a nombrar los siguientes puestos de junta
directiva de la fundación, recayendo los puestos por unanimidad votos de la
siguiente forma: Presidente: Alfonso Vergara Huayanca, mayor, administrador,
cédula de residencia uno seis cero cuatro cero cero uno tres cinco ocho uno
nueve, vecino de
A las ocho del día veinte de junio del dos mil nueve, en
asamblea general de fundadores de Fundación Costarricense de Estudiantes
Universitarios, cédula jurídica tres-cero cero seis-quinientos dieciséis
mil trescientos ochenta y cuatro, se toma el siguiente acuerdo. Que Se procede
a aceptar la renuncia de la directora; Maibelin Patricia Garro González, cédula
uno-mil sesenta y nueve-cero diez, vecina de San José, se agradece sus
gestiones durante el periodo laborado, en su lugar se nombra como director al
señor Alfonso Vergara Huayanca, mayor, casado una vez, administrador, cédula de
residencia uno seis cero cuatro cero cero uno tres cinco ocho uno nueve, vecino
de
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:10 horas del 07 de marzo del 2009, se protocolizó acta número tres de la sociedad Industrias Químicas Inquim Sociedad Anónima. Se reforman las cláusulas quinta y se agrega la novena.—San José, 04 de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Ana María Rodríguez Chinchilla, Notaria.—1 vez.—(78264).
A las diez horas del día tres de setiembre del dos mil nueve, se constituyó la compañía Erondo Geacana Sociedad de Responsabilidad Limitada, con un capital social de diez mil colones representado por diez cuotas nominativas de mil colones cada una. Los dos gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Luis Miguel Carballo Pérez, Notario.—1 vez.—(78276).
A las diez horas del día cuatro de setiembre del dos mil nueve, se constituyó la compañía Grupo Corona del Cabo D.H. Sociedad Anónima, con un capital social de mil doscientos colones, representado por mil doscientas acciones comunes y nominativas de un colón cada una. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Luis Miguel Carballo Pérez, Notario.—1 vez.—(78277).
Ante mí, Edwin Javier Mojica Pochet, notario público, se constituyó la sociedad denominada Alglato AEJM Sociedad Anónima, a través de escritura otorgada ante esta notaría, a las 21:00 horas del 2 de setiembre del 2009. Plazo social: 99 años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado 12.000,00 colones. La representación judicial y extrajudicial corresponde conjunta o separadamente al presidente y secretario de la junta directiva, quienes son además apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 3 de setiembre del 2009.—Edwin Javier Mojica Pochet, Notario.—1 vez.—(78279).
Ante mí, Gonzalo Víquez Carazo, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Judd LLC Sociedad Anónima, celebrada a las ocho horas y treinta minutos del día cuatro de junio del dos mil nueve, en donde se reforma la cláusula segunda. Es todo.—San José, cuatro de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(78287).
Ante mí, Gonzalo Víquez Carazo, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Sands International Investments Of Costa Rica Inversiones Internacionales Las Arenas de Costa Rica Sociedad Anónima, celebrada a las ocho horas y treinta minutos del día cuatro de junio del dos mil nueve, en donde se reforma la cláusula segunda. Es todo.—San José, cuatro de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(78288).
Ante mí, Gonzalo Víquez Carazo, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Bonaire Cost From Centroamérica B. C. F. C. A. Sociedad Anónima, celebrada a las ocho horas y treinta minutos del día cuatro de junio del dos mil nueve, en donde se reforma la cláusula segunda. Es todo.—San José, cuatro de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(78289).
Ante mí, Gonzalo Víquez Carazo, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Agnis Magical Trees A.M.T. Sociedad Anónima, celebrada a las ocho horas y treinta minutos del día cuatro de junio del dos mil nueve, en donde se reforma la cláusula segunda. Es todo.—San José, cuatro de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(78290).
Ante mí, Gonzalo Víquez Carazo, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad BM Land Investments of San José BM. L. I. S. J. Sociedad Anónima, celebrada a las ocho horas y treinta minutos del día cuatro de junio del dos mil nueve, en donde se reforma la cláusula segunda. Es todo.—San José, cuatro de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(78291).
Ante mí, Gonzalo Víquez Carazo, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Walker Internacional Pacific Sociedad Anónima, celebrada a las ocho horas y treinta minutos del día cuatro de junio del dos mil nueve, en donde se reforma la cláusula segunda. Es todo.—San José, cuatro de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(78292).
Ante mí, Gonzalo Víquez Carazo, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Plewa M & J F. Sociedad Anónima, celebrada a las ocho horas y treinta minutos del día cuatro de junio del dos mil nueve, en donde se reforma la cláusula segunda. Es todo.—San José, cuatro de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(78293).
Ante mí, Gonzalo Víquez Carazo, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Foreing Investments F. I. Sociedad Anónima, celebrada a las ocho horas y treinta minutos del día cuatro de junio del dos mil nueve, en donde se reforma la cláusula segunda. Es todo.—San José, cuatro de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(78294).
Ante mí, Gonzalo Víquez Carazo, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Benavent South America B. S. A. Sociedad Anónima, celebrada a las ocho horas y treinta minutos del día cuatro de junio del dos mil nueve, en donde se reforma la cláusula segunda. Es todo.—San José, cuatro de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(78295).
Ante mí, Gonzalo Víquez Carazo, se protocolizó Acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Choice Investments Sociedad Anónima, celebrada a las ocho horas y treinta minutos del día cuatro de junio del dos mil nueve, en donde se reforma la cláusula segunda. Es todo.—San José, cuatro de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(78296)Ante mí. Gonzalo Víquez Carazo, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad A. P. C. R. C. A. Atlantic Properties Of Costa Rica Propiedades Centroamericanas del Atlántico en Costa Rica Sociedad Anónima, celebrada a las ocho horas y treinta minutos del día cuatro de junio del dos mil nueve, en donde se reforma la cláusula segunda. Es todo.—San José, cuatro de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(78297).
Ante mí, Alejandro Sanabria Romero notario, al tomo catorce de mi protocolo, escritura número setenta y cinco, se aumenta el capital social de la empresa Roberto Carmiol Hobbies S. A. Es todo.—San José, veintisiete de agosto del dos mil nueve.—Lic. Alejandro Sanabria Romero, Notario.—1 vez.—(78298).
Por escritura otorgada hoy ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Mansiones El Robledal S. A. Mediante los cuales se modifica la cláusula octava de la sociedad referente a la administración, se nombran presidente, secretario y director de la junta directiva; así como el fiscal.—San José, siete de setiembre del año dos mil nueve.—Lic. Alexis Robles Villalobos, Notario.—1 vez.—(78299).
Las sociedades 3-101-581970 s. a. y 3-101-578260 s. a. por medio de las escritura número 36-32, 37-32, 38-32, 39-32 otorgadas ante el Notario Oscar Julio Bastos Matamoros, constituyen cuatro sociedades anónimas, cuyo nombre será designado oficialmente por el Registro Público, su capital social es la suma de cinco mil colones, la representación judicial y extrajudicial le corresponde al presidente y fue nombrada por todo el plazo social como presidenta. Presidenta se nombra a Dunia Ocon Macre.—Lic. Oscar Julio Bastos Matamoros, Notario.—1 vez.—Nº 128126.—(78300).
Por escritura otorgada en mi notaría a las 9 horas del 10 de julio de 2009, se constituyó la sociedad denominada Doña Bárbara S. A.—San Juan de Tibás, 28 de agosto del dos mil nueve.—Lic. Jorge Ronald García Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 128127.—(78301).
Asamblea general ordinaria de
Asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios de Transmocha Sociedad Anónima, titular de la
cédula jurídica tres-ciento uno-ciento ochenta y seis mil ochocientos cuarenta
y uno, reforma acta constitutiva, otorgado ante
Por escritura de las 16,00 horas de hoy, fueron constituidas las compañías Las Flores de Heredia S. A.; Maná de San Joaquín S. A.; y Valencia’s Land S. A. Domicilio San José. Objeto: el comercio, industria, agricultura, ganadería e inversión en bienes raíces. Plazo: cien años. Capital: trescientos mil colones. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Montes de Oca, 3 de setiembre del 2009.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—Nº 128132.—(78304).
Asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios de Carrock Sociedad Anónima, titular de la
cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos ocho mil novecientos treinta y
cuatro, reforma acta constitutiva, otorgado ante
Por medio de escritura pública de las 11:00 horas del día 01 de setiembre del año 2009, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía de esta plaza denominada Corporación Educativa San Vicente Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo.—San José, 01 de setiembre del 2009.—Lic. Rodrigo Madrigal Núñez, Notario.—1 vez.—Nº 128134.—(78306).
Por escritura de 15:00 horas del 3 de setiembre 2009, José Fabio Castillo Pérez, Franciny Ruiz Murillo, Edwin Mauricio Alpízar Castro y Neisy Núñez Araya, constituyen Fama y Asociados Runu S. A. Domicilio Belén, Heredia. Plazo 100 años. Objeto, comercio, industria, agricultura, ganadería, y servicios, todo en general. Capital social diez mil colones, administración, junta directiva formada por presidente, vicepresidente, secretario y tesorero.—San José, 03 de setiembre de 2009.—Lic. Francisco Chinchilla Piedra, Notario.—1 vez.—Nº 128136.—(78307).
Ante esta notaría se ha constituido la sociedad denominada Valper Jowe Sociedad Anónima, capital social, se nombra junta directiva y fiscal.—San José, cuatro de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Douglas Hernández Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 128137.—(78308).
Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se constituyó Witschi Costa Rica S. A.—San Pablo de Heredia, 03 de setiembre del 2009.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—Nº 128139.—(78309).
Por escritura número cuarenta y seis de esta notaría se constituyó la sociedad Súper Distribuidora Migavalle S. A., con un capital de un millón de acciones comunes y nominativas de un colón cada una.—San José, tres de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Arnoldo Solano Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 128140.—(78310).
Al ser las catorce horas del
treinta y uno de agosto del año dos mil nueve, los señores Carlos Alberto
Quirós Rojas y Carlos Alberto Quirós Jiménez, comparecen ante esta notaría con
la finalidad de constituir la compañía denominada Grupo CQU Sociedad Anónima
con domicilio en la provincia de Alajuela, residencial
Mediante escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad Inversiones Irivan de Palmares Limitada. Capital social: cincuenta mil colones. Domicilio: Esquipulas de Palmares, trescientos metros oeste y veinticinco sur de la escuela. Se nombra gerente y subgerente.—Palmares, 03 de setiembre del 2009.—Lic. Armando Blanco González, Notario.—1 vez.—Nº 128166.—(78323).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas, del primero de setiembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad BC & GT Enterprises Sociedad de Responsabilidad Limitada, plazo social cien años, domicilio social en San José, Santa Ana, San Rafael del Club Coopecabañas ciento setenta y cinco metros al sur, calle Perico, capital social de diez mil colones totalmente suscritos y pagados, representación judicial y extrajudicial dos gerentes con facultades de apoderados generalísimo sin límite de suma actuando conjuntamente.—San José, 03 de setiembre del 2009.—Lic. Marianela Sáenz Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 128168.—(78324).
Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del día 01 de setiembre del 2009, se constituyó la sociedad de esta plaza Freer & Asociados FCN Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio: San José, capital social suscrito y pagado diez mil colones, representación judicial y extrajudicial corresponde al gerente.—Lic. Marianela Sáenz Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 128169.—(78325).
Ante mí Carlos Fernández Vásquez, Notario Público, se nombró nuevo presidente y secretario de la empresa 3-101-498948 s. a., a la escritura 95, del tomo 19, acta de asamblea de socios 24 de agosto del dos mil nueve.—Palmares, tres de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Carlos Luis Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 128170.—(78326).
Ante mí Carlos Fernández Vásquez, Notario Público, se constituyó la empresa Importadora del Sol 016 S. A. Capital social sesenta mil colones, a la escritura 93, del tomo 19.—Palmares, tres de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Carlos Luis Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 128171.—(78327).
Ante mí Carlos Fernández Vásquez, Notario Público, se constituyó la empresa Importadora Tauro Rosa S. A. Capital social sesenta mil colones, a la escritura 94, del tomo 19.—Palmares, tres de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Carlos Luis Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 128172.—(78328).
Ante mí Carlos Fernández Vásquez, Notario Público, se nombró nuevo presidente de la empresa Industria Alimenticia Los Donos S. A., a la escritura 96, del tomo 19. Acta de asamblea de socios 27 de agosto del dos mil nueve.—Palmares, tres de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Carlos Luis Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 128173.—(78329).
Ante el notario, Gustavo Adolfo Fernández Martínez, mediante protocolización número ciento treinta-cuarenta y dos, otorgada el día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria tres-ciento uno-quinientos setenta y dos mil seiscientos once sociedad anónima cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y dos mil seiscientos once, según la cual se reformó el pacto constitutivo en cuanto a sus cláusulas segunda y sexta.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, tres de setiembre del dos mil tres.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 128174.—(78330).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día dos de setiembre del año en curso, se protocoliza el acta número cuatro de la sociedad denominada A & M Construcciones Sociedad Anónima, y se toman los siguientes acuerdos: se cambia la denominación social de la compañía la cual en lo sucesivo se denominará Fundamentos Constructivos Sociedad Anónima y se nombran tesorero y fiscal.—San José, a las nueve horas con treinta minutos, del dos de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Larissa Seravalli Suárez, Notaria.—1 vez.—Nº 128186.—(78331).
Se constituye sociedad anónima
denominada Comercializadora Agua Viva Sociedad Anónima, con domicilio en
Liberia, Guanacaste, comparecieron como accionistas las señoras Ana Isabel
Vargas Díaz, cédula nueve-cero cero cuatro cuatro-cero uno tres cinco y Mireya
Hernández Morales, cédula cinco-cero dos tres dos-cero cuatro seis seis,
presidente y secretaria respectivamente, pudiendo actuar conjuntamente, como
apoderadas de la sociedad. La sociedad anónima se constituyó en
Liberia-Guanacaste, a las dieciocho horas, del veinticuatro de agosto del dos
mil nueve, ante
En mi notaría, mediante
escritura otorgada ante mí, en Nicoya al ser las diez horas treinta minutos,
del treinta y uno de agosto del dos mil nueve, se constituyó la sociedad que se
denominará Abamor Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, pudiendo
abreviarse las dos últimas palabras en S. A. Domicilio: Nicoya,
Guanacaste,
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas del 3 de setiembre del 2009, se constituyó la sociedad Distribuidora Buena Vida K & M S. A. Capital social totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario apoderados generalísimos.—Lic. Yamileth Pérez Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 128204.—(78334).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas treinta y cinco minutos del 3 de setiembre de 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Diseños M.B.M S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas segunda del pacto social referentes al domicilio social y se nombra presidente y secretario para la administración.—San José, 3 de setiembre del año 2009.—Lic. Andrea Carvajal Lizano, Notaria.—1 vez.—Nº 128208.—(78335).
Ante mí, Daniel Guillermo Fernández Morales, Notario Público de San José, comparecieron don Lorenzo Efraín Argueta López y Evers Moisés Urtecho García, constituyeron Soluciones de Protección y Seguridad Integrada L & E S. A. Capital social: un millón de colones.—Lic. Daniel Guillermo Fernández Morales, Notario.—1 vez.—Nº 128209.—(78336).
Nuria Emilia Arguedas Murillo y Piedad María Peña Quijano constituyen Nuremar S. A. Capital social: cincuenta mil colones, plazo noventa y nueve años. Domicilio: Barva de Heredia. Presidenta: Nuria Emilia Arguedas Murillo. Escritura N° 141, de las 16:00 del 10 de agosto del 2009.—Lic. Jorge Enrique Peña Quijano, Notario.—1 vez.—Nº 128211.—(78337).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del día dos de setiembre del dos mil nueve, se constituye Consultora Delta CDCR Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años a partir de su constitución.—San José, dos de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Hannia Mayela Cubero Li, Notaria.—1 vez.—Nº 128212.—(78338).
Kendall Campos Gutiérrez, conocido como Kendall, Malleny Giselle Salazar Vega, constituyen sociedad Grupo Paz de Costa Rica Sociedad Anónima aditamento S. A., presidente y secretaria son apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjuntamente. Escritura número doscientos veinticinco del tomo seis visible a folio ciento siete vuelto ciento ocho frente y vuelto y ciento nueve frente y vuelto de las catorce horas treinta minutos del veintinueve de agosto del año dos mil nueve ante la notaria Sandra Obando Juárez.—Lic. Sandra Obando Juárez, Notaria.—1 vez.—Nº 128213.—(78339).
Por escrituras otorgadas ante este Notario, a las quince horas, a las quince horas quince minutos y a las dieciséis horas del dos de setiembre del dos mil nueve, se protocolizaron las actas de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de las compañías Distribuidora Café Volio S. A., Bomcosa S. A., Comercializadora Volio S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas primera y cuarta; primera, quinta y sexta; y primera, cuarta y sexta; del pacto social en cada una de las sociedades anteriores respectivamente.—San José, dos de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—Nº 128215.—(78340).
Por asamblea general extraordinaria de socios número dos de la compañía Caywood Costa Rica Holdings Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y seis mil novecientos, celebrada en su domicilio social, a las diez horas del veintitrés de julio del dos mil nueve se acordó modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo para que de ahora en adelante se lea: “Segunda: el domicilio social será en Nicoya, Guanacaste, Barrio El Carmen, doscientos metros al este de los Tribunales de Justicia, pudiendo establecer sucursales y/o agencias dentro y/o fuera del país.” Dicho acuerdo ha sido protocolizado en mi notaría en Nicoya, a las once horas del treinta y uno de agosto del dos mil nueve.—Msc. Jenifer Flores Stoviak, Notaria.—1 vez.—Nº 128216.—(78341).
En la escritura 265, iniciada a folio 117, del tomo 9 que lleva la suscrita Notaria, se protocoliza acta número 3 de asamblea general de 3-102-542952 s. r. l., llevada a cabo el día 8 de agosto de 2009. Se modifica del domicilio social siendo ahora Villa Nueva de Pérez Zeledón, trescientos metros al sur del cementerio, distrito San Isidro. Se elige nuevo gerente y subgerente por el resto del plazo social. Se nombró a Olger Eliécer Castro Jiménez, cédula 1-810-771 como gerente, y a Pamela Mejía Arce, cédula 1-999-939 como subgerente.—Palmares, Pérez Zeledón, 3 de setiembre de 2009.—Lic. Mayra Vindas Ureña Notaría.—1 vez.—Nº 128217.—(78342).
Por escritura del Notario Eric Quesada Arce, a las 11:00 horas del 3 de setiembre del 2009, se protocoliza acta número uno de la compañía Bahía Escocesa S. A., domiciliada en Tres Ríos, Cartago. Representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, con cargo de presidente: Krader Saba Saliba.—Lic. Eric Quesada Arce, Notario.—1 vez.—Nº 128219.—(78343).
Mediante la escritura 187,
otorgada ante
La entidad Servicios Administrativos al Pescador Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento cinco-ciento noventa y tres mil doscientos treinta y tres, nombra como nuevo apoderado generalísimo sin límite de suma con representación judicial y extrajudicial por el resto del plazo social al señor Jorge Luis Espinoza Montero, portador de la cédula de identidad número: seis-uno tres cinco-nueve dos ocho.—Puntarenas, tres de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Óscar Arroyo Ledezma, Notario.—1 vez.—Nº 128222.—(78345).
Por escritura otorgada ante el Notario Carlos Alberto Rodríguez Pérez a las quince horas del veintiocho de agosto de dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Implementos e Instrumentos Médicos Sociedad Anónima.—San José, 3 de setiembre del 2009.—Lic. Carlos Alberto Rodríguez Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 128223.—(78346).
Protocolización en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Asset Protection Consultants S. A., en virtud de la cual se acordó reformar la cláusula sétima del pacto social y por el resto del plazo social se acordó revocar el nombramiento de los actuales miembros de la junta directiva y el fiscal y en su lugar hacer nuevos nombramientos. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 8:00 horas del 19 de agosto de 2009.—Lic. Claudio Antonio Quirós Lara, Notario.—1 vez.—Nº 128225.—(78347).
A las diez horas del día de hoy protocolice acuerdos de asamblea general extraordinaria de la empresa Canciones del Sesteo S. A., mediante los cuales se reforma la cláusula quinta que se refiere al capital de la sociedad, aumentándolo en la suma de setenta y cuatro millones novecientos noventa mil colones.—San José, 3 de setiembre del 2009.—Lic. Mauricio Arias Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 128226.—(78348).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14:00 horas del 3 de setiembre del 2009, se modifica la siguiente cláusula del pacto constitutivo: octava, se modifica de forma tal que se nombra: gerente general uno: Robert (nombre) Thirlwell (apellido), gerente general dos: Sheila Tena (nombres) Thirlwell (apellido) en la sociedad Casa Feliz del Ocotal Limitada.—Guanacaste, tres de setiembre del 2009.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 128228.—(78349).
Mediante escritura autorizada por el suscrito Notario a las nueve horas de hoy, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Jaymar Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda de los estatutos.—San José, 3 de setiembre de 2009.—Lic. Arnoldo López Echandi, Notario.—1 vez.—Nº 128229.—(78350).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy a las diecisiete horas se constituyó la empresa Luftgesheft Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Plazo: 99 años.—San José, dos de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—Nº 128231.—(78351).
La suscrita Notaria debidamente autorizada para protocolizar la sociedad Quad Energy Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-tres seis cuatro cero siete tres, reforma director ejecutivo del cual se nombra al señor Tommy Cheung. Es todo.—Grecia, 2 de setiembre de 2009.—Lic. Paola Fonseca Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 128237.—(78352).
El día de hoy se constituyó en
mi notaría la sociedad denominada Productos Suken Sociedad
Anónima. Domicilio: Cartago, Residencial Iztaru, casa once, cien metros
al sur y setenta y cinco al este de
Ante esta notaría, por escritura número cuarenta y tres-cuatro, otorgada a las once horas del tres de setiembre del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Agua, Aire y Fuego Sociedad Anónima; mediante la cual se aumenta capital social, se reforman las cláusulas quinta y sexta del pacto social y se nombra director.—Heredia, 3 de setiembre del 2009.—Lic. Mónica Bogantes Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 128239.—(78354).
Mediante escritura número doscientos cincuenta y uno, se constituyó una sociedad anónima, que llevará como nombre Car Spot S. A., se nombraron los miembros de junta directiva, fiscal.—Lic. Carolina Mora Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 128240.—(78355).
Me ha sido presentado en esta notaría la protocolización del acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de H.E.S. High-End Sensations S. A., en la cual se reforman las cláusulas cuarta, quinta y sétima del pacto social.—San José, treinta y uno de agosto del dos mil nueve.—Lic. Gloria E. Carrillo Ballestero, Notaria.—1 vez.—Nº 128241.—(78356).
Por escritura otorgada el día tres de setiembre del dos mil nueve, ante esta notaría, se constituye la sociedad anónima Inversiones Cat de Sabana de Plata Sociedad Anónima, se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 4 de setiembre del dos mil nueve.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 128244.—(78357).
Por escritura otorgada el día de hoy ante esta notaría, José Roberto Castro Delgado y Rodolfo Castro Delgado, constituyen la sociedad Sports Learning Academy S. A. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente del consejo de administración. Capital social diez mil colones.—San José, treinta y uno de agosto de dos mil nueve.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1 vez.—Nº 128245.—(78358).
Mediante escritura número
doscientos veinte, otorgada ante
Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, tres-ciento dos-quinientos setenta y un mil quinientos noventa y dos, sociedad de responsabilidad limitada, protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de cuotistas, reformando la cláusula primera y octava del pacto constitutivo y nombrando nuevos gerentes.—San José, dos de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1 vez.—Nº 128247.—(78360).
Por escritura otorgada a las quince horas del dos de setiembre del dos mil nueve tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y tres mil novecientos setenta y siete sociedad anónima, modifica la cláusula sexta del pacto y cambia la junta directiva.—Lic. Luis Fernando Fallas Marín, Notario.—1 vez.—Nº 128248.—(78361).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas del día tres de setiembre del año dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima denominada Trans Atlantic Freight Costa Rica S. A.—San José, tres de setiembre del año dos mil nueve.—Lic. Ricardo Javier Hidalgo Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 128249.—(78362).
La suscrita Notaria hace constar que ante esta notaría se realizó la protocolización de Red de las Tres Américas RTA Sociedad Anónima y de Jinjolero T R Z Ochenta y Uno Sociedad Anónima, en las que se hicieron reformas al pacto constitutivo. Es todo.—San José, cuatro de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Cindy Cascante Carmona, Notaria.—1 vez.—Nº 128255.—(78363).
Por medio de la escritura número cien, otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del día veintiocho de agosto del año dos mil nueve, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Trinitpark Corporation Sociedad Anónima, por la cual se modifica la cláusula segunda del domicilio, la sétima de la administración y representación, y se revocan los nombramientos de los miembros de la junta directiva y se nombran nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 128256.—(78364).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 22 de julio del 2009, se constituyó la sociedad denominada el mismo número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Capital: diez mil colones, totalmente suscrito y pagado. La representación la tendrá el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Beatriz Artavia Vásquez, Notaria.—1 vez.—Nº 128257.—(78365).
Por escritura otorgada a las 20:00 horas del 20 de agosto de 2009 ante esta notaría, se constituyó la sociedad Zaboores y Mas Dos Mil Nueve Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, plazo de noventa y nueve años y el presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 21 de agosto de 2009.—Lic. Yorleny Quesada Monestel, Notaria.—1 vez.—Nº 128258.—(78366).
Mediante escritura otorgada por la suscrita Notaria Pública, Dafne Lizette Blanco Varela, a las doce horas del veinticinco de agosto del dos mil nueve, y debidamente autorizada para el efecto, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía I Come From A Land Down Under Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y seis mil trescientos once, por lo que se reforman las cláusulas primera y sexta del pacto social.—San José, veintiséis de agosto de dos mil nueve.—Lic. Dafne Lizette Blanco Varela, Notaria.—1 vez.—Nº 128261.—(78367).
Por escritura autorizada ante esta notaría a las 11:00 horas del 3 de setiembre del año 2009, se modifica el pacto constitutivo de Netser Costa Rica Sociedad Anónima, cambiando su razón social por Net Soft de Centroamérica Sociedad Anónima.—Lic. Jorge Antonio Avilés Sandoval, Notario.—1 vez.—Nº 128266.—(78368).
Por escritura pública número 182 de las 14:00 horas del 3 de setiembre del año 2009, ante el Notario Giovanni Portuguez Barquero se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Jucata S. A., se reformó la cláusula quinta de los estatutos referente a la integración de junta directiva y administración, la cual como apoderados generalísimos sin límite de suma corresponde al presidente, secretario, tesorero, vocal uno y vocal dos, actuando 3 de los 5 conjuntamente. Se nombró nueva junta directiva y fiscal.—Cartago, 3 de setiembre del 2009.—Lic. Giovanni Portuguez Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 128267.—(78369).
Por escritura autorizada hoy por el suscrito Notario, se aumentó el capital social se reformó la cláusula 5ª del pacto social, de la empresa de esta plaza denominada, Laboratorio Óptico Topex de Costa Rica S. A.—San José, 2 de setiembre del 2009.—Lic. Mario Brenes Luna, Notario.—1 vez.—Nº 128270.—(78370).
Victoria Coronado Guardia, Silvia Trejos Coronado y Marcela Trejos Coronado, constituyen la sociedad Eduguiare S. A., domicilio San José. Capital social: cien mil colones. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma conjunta o separadamente. Escritura otorgada ante mi notaría a las diez horas del doce de agosto del dos mil nueve.—San José, misma fecha.—Lic. María Auxiliadora Rodríguez Alpízar, Notaria.—1 vez.—Nº 128272.—(78371).
Por escritura otorgada ante mí a las diez horas treinta minutos del tres de setiembre de dos mil nueve, se reformó la cláusula sétima, de la administración, de la compañía denominada Urubaru S. A.—San José, tres de setiembre de dos mil nueve.—Lic. Doris Eugenia Rodríguez Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 128273.—(78372).
Por escritura otorgada ante
mí, a las diez horas del tres de setiembre de dos mil nueve, se reformaron las
cláusulas segunda y quinta del pacto social, de la compañía denominada Arcos
Colonales S. A.—San José, tres de setiembre de dos mil nueve.—Lic. Doris Eugenia Rodríguez Chaves,
Notaria.—1 vez.—Nº 128275.—(78373).
Por escritura otorgada por esta notaría pública a las 10:00 horas del 04 de setiembre del 2009, Axxunn S. A., anuló su capital social anterior y emitió uno nuevo por la suma de ¢12.000.000,00, reformando la cláusula quinta del pacto constitutivo.—Lic. David Dumani Echandi, Notario.—1 vez.—Nº 128278.—(78374).
Hoy protocolicé los acuerdos de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Secretos del Mar Profundo Ltda., con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos veintiséis mil setecientos ochenta, mediante los cuales se reforman las cláusulas segunda y cuarta referentes al domicilio y el objeto social, por medio de escritura otorgada en la ciudad de San José a las ocho horas del cuatro de setiembre del dos mil nueve, por el Notario Público Rodrigo Maffioli Márquez.—Lic. Rodrigo Maffioli Márquez, Notario.—1 vez.—Nº 128283.—(78375).
Ante mí, se constituyó la sociedad denominada Piedras Trazadas de Coyote, Sociedad Anónima. Plazo: cien años. Capital: diez mil colones. Domicilio: San José, Costa Rica. Representación judicial y extrajudicial: presidente y vicepresidente. Es todo.—San José, veintinueve de agosto del año dos mil nueve.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—Nº 128284.—(78376).
Se protocolizan los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Wissenschaft Sociedad Anónima, mediante los cuales se acordó reformar cláusulas segunda y sétima referentes al domicilio social y de la administración. Es Todo.—San José, cuatro de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Rodrigo Maffioli Márquez, Notario.—1 vez.—Nº 128285.—(78377).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del tres de setiembre del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Warniki W Y Z Treinta y Tres Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y tres mil trescientos dieciséis, de las diez horas del veintisiete de agosto de dos mil nueve, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sétima de los estatutos y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 128286.—(78378).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas diez minutos del treinta y uno de agosto del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Kind of Light Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos setenta y cuatro mil quinientos cincuenta y cuatro, de las ocho horas del treinta y uno de agosto del dos mil nueve, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta de los estatutos y se nombra nuevo gerente.—Lic. Ricardo Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 128287.—(78379).
Ante esta notaría por escritura número ciento veintiuno-tres se constituyó sociedad anónima denominada Eco World Roofing Sociedad Anónima, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, plazo social noventa y nueve años, capital social diez mil colones.—Tamarindo, diecisiete de agosto de dos mil nueve.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 128289.—(78380).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del agosto del año en curso, se constituyó García Guido Enterprises Sociedad Anónima. Plazo noventa y nueve años. Capital social suscrito y pagado. Presidente y secretario con la representación judicial y extrajudicial.—Liberia, dos de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Luis Diego Delgado Coronado, Notario.—1 vez.—Nº 128292.—(78381).
Por escritura otorgada en Cartago, a las dieciséis horas del día primero de setiembre del año dos mil nueve, se protocolizaron acuerdos de la empresa denominada Jaco Water Sports S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cuarenta y ocho mil doscientos setenta y nueve, modificándose las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo que corresponde al domicilio y administración de la sociedad al presidente, secretario y tesorero en calidad de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Cartago, dos de setiembre dos mil nueve.—Lic. Adrián Antonio Masis Mata, Notario.—1 vez.—Nº 128293.—(78382).
Carolina Mata Alvarado, Notaria Pública hace constar que en la escritura número cuarenta y cuatro, visible al folio treinta vuelto, del tomo diez del protocolo de la suscrita Notaria, se constituyó la sociedad Inversiones Mata y Piedra & Asociados Sociedad Anónima.—Cartago, a las once horas del tres de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Carolina Mata Alvarado, Notaria.—1 vez.—Nº 128294.—(78383).
Ante esta notaría, comparecieron las señoras Martha Rojas Zúñiga y Joyce María Venegas Rojas, para constituir la sociedad denominada Yenmar Comunicación y Mercadeo Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, el domicilio social en Heredia, San Francisco, Los Lagos, cincuenta metros al sur de la panadería Los Reyes. Siendo la socia Joyce María Venegas Rojas la presidenta. El capital social será de diez acciones de quince mil colones cada una o sea ciento cincuenta mil colones. Es todo.—Heredia, 4 de setiembre del 2009.—Lic. Erna Alicia García Hernández, Notaria.—1 vez.—(78591).
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
De conformidad
con resolución RMT-2566-2009 de las nueve horas del día 21 de julio del 2009.
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Resuelve: Impartir aprobación final
a la resolución JPIGTA-1424-2009 de sesión celebrada en San José a nueve horas
del 23 de abril del 2009, de
REGISTRO NACIONAL
DIVISIÓN CATASTRAL
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se hace
saber a: I. Edith Sánchez Jiménez, cédula de identidad número 5-0128-0410, como
propietaria registral de un tercio de la finca partido de Limón L-veintitrés
mil ochocientos treinta y cinco-cero cero uno (L-238235-001) la que publicita
el plano catastrado L-tres tres tres cuatro seis cinco-mil novecientos setenta
y nueve (L-333465-1979). II. Sandro Salas Sánchez, cédula de identidad número
7-0173-0771, como propietario registral de un tercio de la finca partido de
Limón L-veintitrés mil ochocientos treinta y cinco-cero cero dos
(L-238235-002), la que publicita el plano catastrado L-tres tres tres cuatro
seis cinco-mil novecientos setenta y nueve (L-333465-1979). III. Juan Eladio
Arias Sánchez, cédula de identidad número 1-1084-0679, como propietario registral
de un tercio de la finca partido de Limón L-veintitrés mil ochocientos treinta
y cinco-cero cero tres (L-238235-003), la que publicita el plano catastrado
L-tres tres tres cuatro seis cinco-mil novecientos setenta y nueve
(L-333465-1979), que
Se hace
saber a
Se hace
saber al señor Bayron Alí Rosales Abet, mayor, soltero, corredor de bienes
raíces, cédula Nº 1-1015-635, en condición de apoderado especial del señor
Agustín Víquez Muñoz; que por no existir dirección exacta según asientos de
registro, para enviar notificaciones; así como, a terceros con interés legítimo
que: en diligencias administrativas que se llevan en este Registro, se dictó la
siguiente resolución: “(Exp.08-364 BI) Registro Inmobiliario, División
Inmuebles, Curridabat, a las nueve horas del trece de agosto de dos mil nueve.
Diligencias Administrativas, iniciadas por escrito presentado a
Se hace
saber a los señores Francisca Rodríguez Chacón, cédula número 9-071-138 y José
Antonio Rodríguez Chacón, cédula número 6-194-963, como quienes aparentemente
son vecinos de Alajuelita, con interés en la finca de San José 362833, que el
Registro Inmobiliario, ordenó la apertura de diligencias administrativas en
virtud de escrito del señor Juan Luis Calderón Castillo, dentro del cual
denuncia las anomalías existentes en esa finca. Mediante resolución de las 7:30
horas del 12 de diciembre de 2008 se ordenó consignar advertencia
administrativa y por la de las 9:30 horas del 3 de este mes se confirió
audiencia a todos los posibles interesados, salvo los Rodríguez Chacón, así se
les confiere audiencia por el término de quince días contados a partir del día
siguiente de la publicación del edicto en el Diario Oficial
Se hace
saber a Adelaida Villalobos Fernández, cédula 2-290-885 y Ramiro Badilla Vega,
cédula 5-108-918, propietarios registrales de la finca de Puntarenas, matrícula
67949-001-002 respectivamente y como beneficiarios de habitación familiar que
recae sobre dicho inmueble, a cualquier tercero con interés legítimo, a sus
albaceas o a sus representantes legales que el Registro Inmobiliario, División
Registral ordenó apertura de Diligencias Administrativas de oficio, para
investigar posible duplicidad de planos en las fincas de Limón 67949 y 87231.
Mediante resolución de las 8:46 horas del 11/05/09 se brindó audiencia de ley a
las partes, y siendo que fueron devueltos los certificados de correos
RR2333301CR y RR2333292CR, con la indicación de cambio de domicilio, con el fin
de cumplir con el Debido Proceso, por resolución de las 9:30 horas del
30/06/09, se autorizó la publicación por tres veces consecutivas de un edicto
para conferirle audiencia a las personas indicadas, por el término de 15 días
hábiles, contados a partir del día siguiente a la tercera publicación del
presente edicto; término dentro del cual deben presentar los alegatos que a sus
derechos convenga. Se les previene que dentro del término establecido para la
audiencia, deben señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras
notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y
concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº
26771-J, en concordancia con los numerales 19 y 34 de
SUCURSAL DE PÉREZ ZELEDÓN
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El suscrito Jefe
Administrativo de
Nombre N°
Trabajador Monto
trabajador independiente independiente adeudado
¢
Abarca
Bermúdez Yim 0-00603430191 583.800,00
Acevedo Álvarez Franklin Osbaldo 7-00016860011 800.542,00
Acuña Alvarado Jimmy 0-00107620339 669.606,00
Altamirano Sánchez Dionel 0-00603000329 472.326,00
Chacón Chacón Luis Fernando 0-00202870767 561.082,00
Cisneros Campos Wilber 0-00111010700 261.716,00
Durán Obando Marvin 0-00303040056 295.784,00
Fernández Cordero José María 0-00103350841 61.059,00
Fernández Picado Juan Carlos 0-00109890836 675.652,00
Flores Arroyo Henry 0-00112340362 173.284,00
Guillén Zamora Gilbert Joaquín 0-00103000555 99.220,00
Jiménez Agüero Emmanuel Francisco 0-00112910697 575.058,00
Leiva Leiva María Rocío 0-00111930493 980.587,00
Marín Bonilla Giovanni Gerardo 0-00108640985 528.998,00
Marroquín Pernilla Wilmer Samuel 0-00800490899 506.714,00
Martínez Poveda Jimmy Alberto 0-00302890949 556.036,00
Montero Fernández Dagoberto 0-00107700691 743.864,00
Palma Delgado Jimmy 0-00106180999 545.590,00
Pérez Gamboa José Antonio 0-00111570079 531.728,00
Porras Jiménez Henry 0-00108840381 153.674,00
Quirós Ramírez Leonel Esteban 0-00602720809 780.836,00
Rojas Sánchez Gustavo Adolfo 0-00110700923 561.976,00
Salazar Godinez Geovanny 0-00900980263 616.620,00
Segura Padilla María de los Ángeles 0-00111230445 1.395.885,00
Sinclair Beckles Marjorie 0-00900920866 440.496,00
Valverde Arroyo Yeudy 0-00112090614 561.535,00
Vigil Olmos Amilcar 0-00603080516 555.164,00
Área Gestión de Cobro.—Lic. Jorge Mainor Mata Arias.—(77199).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Dirección Región
Huetar Atlántica-Órgano Director del Procedimiento Administrativo de Revocatoria
de Adjudicación y Anulación de Título de Propiedad de