LA GACETA Nº 194 DEL 06 DE OCTUBRE DEL 2009

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 35478-MP-PLAN

Nº 35523-C

ACUERDOS

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

DOCUMENTOS VARIOS

HACIENDA

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y GRACIA

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

PODER JUDICIAL

AVISOS

RESEÑAS

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

LICITACIONES

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

PODER JUDICIAL

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

COLEGIOS UNIVERSITARIOS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

SERVICIO NACIONAL DE AGUAS SUBTERRÁNEAS

RIEGO Y AVENAMIENTO

INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL

AVISOS

MUNICIPALIDADES

FE DE ERRATAS

PODER JUDICIAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

REGLAMENTOS

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL

INSTITUCIONES DESCENTRALZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE TARRAZÚ

CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO

DE COLORADO DE ABANGARES

CONCEJO MUNICIPAL DE CÓBANO

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE

MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

JUSTICIA Y GRACIA

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 35478-MP-PLAN

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Y EL MINISTRO DE PLANIFICACIÓN

NACIONAL Y POLÍTICA

ECONÓMICA

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140, inciso 3) y 146 de la Constitución Política; los artículos 9º, 19, y 21 de la Ley de Planificación Nacional Nº 5525 del 2 de mayo de 1974; los artículos 26 y 27 de la Ley General de la Administración Pública, Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; y el artículo 4º de la Ley de la Administración Financiera y Presupuestos Públicos, Nº 8131 del 18 de setiembre de 2001.

Considerando:

1.—Que el Principio de Coordinación del Estado se deriva del artículo 140, inciso 8) de la Constitución Política, según el cual corresponde al Poder Ejecutivo “Vigilar el buen funcionamiento de los servicios y dependencias administrativas” y cuya finalidad es obtener la unidad de la actuación administrativa del Estado. El artículo anterior y el artículo 188 constitucionales contienen los principios de coordinación y dirección, del Poder Ejecutivo sobre la administración central y descentralizada.

2.—Que la Ley General de la Administración Pública regula la facultad de coordinación del Poder Ejecutivo en los artículos 26 inciso b) y 27) inciso 1). En razón de hacer valer este principio, el Plan Nacional de Desarrollo, Capítulo V, Eje de Reforma Institucional, dispone como una de sus metas el refuerzo de la capacidad de coordinación política y planificación de la acción institucional. Lo anterior con la finalidad de evitar la duplicación de funciones, mejorar la prestación de servicios públicos y alcanzar una mayor articulación y coordinación.

3.—Que el artículo 5º del Código Municipal establece que las Municipalidades fomentarán la participación activa, consciente y democrática del pueblo en las decisiones del gobierno local y que las instituciones públicas están obligadas a colaborar para que estas decisiones se cumplan debidamente.

4.—Que según la Ley de Creación y Funcionamiento del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) su objeto es fortalecer el régimen municipal estimulando el funcionamiento eficiente del gobierno local y promoviendo el constante mejoramiento de la administración pública municipal, mediante la capacitación, la asistencia técnica, el fomento económico, el intercambio de experiencias y la coordinación interinstitucional.

5.—Que la Ley Sobre el Desarrollo de la Comunidad (DINADECO) Ley Nº 3859 del 7 de abril de 1969, establece que la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, actuará como instrumento básico de desarrollo, con el fin de fomentar, orientar, coordinar y evaluar la organización de las comunidades del país, para lograr su participación activa y consciente en la realización de los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social.

6.—Que el Reglamento de la Ley Nº 3859, artículo 65, decreta que uno de los fines de la Confederación Nacional de Asociaciones de Desarrollo Comunal (CONADECO) es coordinar planes y programas con las municipalidades, liga de municipalidades y Unión Nacional de Gobiernos Locales, dentro de estrategias de descentralización y procesos de modernización del Estado con participación ciudadana organizadas en Asociaciones de Desarrollo Comunal (Integrales y Específicas) en cada uno de sus niveles. A nivel nacional: CONADECO, a nivel provincial: Federación de Uniones Cantonales y Uniones Zonales. En el caso donde estén presentes las uniones zonales estas tendrán participación así como también los Concejos de Distrito.

7.—Que los Estatutos de la Unión Nacional de Gobiernos locales indican que dicho ente tendrá dentro de sus objetivos las tareas de definir y fortalecer las relaciones y canales de comunicación con el Régimen Municipal, nacional é internacional. Y facilitar el acceso de las municipalidades a una oferta mejorada de asistencia técnica, capacitación y financiamiento.

8.—Que la Política Nacional de Descentralización y Fortalecimiento de los Gobiernos Locales, señala que el centralismo como estrategia de desarrollo se ha agotado y que ha impedido el crecimiento integral de los cantones, por esta razón, es que se debe avanzar hacia estrategias que hagan efectiva la descentralización a través del traslado de competencias, el fortalecimiento municipal y el desarrollo de las comunidades en forma integral y participación ciudadana a través de asociaciones de desarrollo comunal. Por tanto,

Decretan

Reglamento de Creación del Sistema para Procesos

de Desarrollo Local Participativo

(PRODELO)

Artículo 1º—Creación y naturaleza. Se crea el Sistema para Procesos de Desarrollo Local Participativo (PRODELO) como un órgano de coordinación interinstitucional cuyo principal objetivo es diseñar, dirigir y ejecutar las políticas institucionales que promuevan) acompañen y brinden el debido seguimiento en los procesos de desarrollo local y participación ciudadana a través de las asociaciones de desarrollo comunal y de los gobiernos locales.

Artículo 2º—Integración:

El PRODELO estará integrado por:

1.  El Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM)

2.  La Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad (DINADECO)

3.  La Unión Nacional de Gobiernos Locales (UNGL)

4.  La Confederación Nacional de Asociaciones de Desarrollo Comunal (CONADECO)

Las instituciones y organizaciones integrantes se comprometen, respetando su autonomía, a coordinar estrategias, planes y programas para lograr procesos de desarrollo local y descentralización en forma armónica, participativa e incluyente. La coordinación de PRODELO será rotada por cada uno de los integrantes cada año, correspondiéndole a cada uno de ellos la función de coordinación una vez cada cuatro años respectivamente.

Artículo 3º—Fines. El PRODELO tendrá las siguientes funciones:

a)  El fortalecimiento de los gobiernos locales mediante la modernización institucional, el mejoramiento de las capacidades del recurso humano y la planificación estratégica.

b)  La promoción de la participación ciudadana mediante la creación de mecanismos institucionales que aseguren la fiscalización social en la planificación y ejecución de recursos financieros, en la construcción del Plan de Desarrollo Municipal con la participación de las asociaciones de desarrollo en sus diferentes niveles de participación , así como en los procesos de toma de decisiones que les afecten.

c)  El desarrollo sostenible para que los gobiernos locales y las asociaciones procuren el equilibrio entre el desarrollo humano, económico, ambiental y social. Este criterio también se tomará en cuenta para el diseño y ejecución de los proyectos en las áreas de infraestructura, equipamiento, servicios municipales y ordenamiento territorial.

d)  La equidad de género y no discriminación. Se impulsará la inclusión y cohesión social para las necesidades de todos los grupos de población para que sean tomadas en cuenta sin distingo de ninguna clase.

e)  El intercambio de experiencias entre cantones, como un mecanismo que asegure la replicabilidad de las buenas prácticas municipales y comunales y la transferencia de conocimiento, así como convenios cuyo objeto sea facilitar y posibilitar el cumplimiento de sus objetivos o su administración, estimulando la solidaridad entre las estructuras del desarrollo local.

f)   El seguimiento, monitoreo y evaluación de las políticas de planificación participativa, acordadas por el PRODELO, así como el seguimiento a la “Política Nacional de Descentralización y Fortalecimiento de los Gobiernos Locales” a los procesos de desarrollo local en ejecución y propiciar la incorporación de nuevos procesos en los cantones.

Artículo 4º—Estructura y funcionamiento. El Sistema para Procesos de Desarrollo Local Participativo (PRODELO) estará dirigido por un Consejo Consultivo integrado por la autoridad superior política o administrativa de cada una de las instituciones u organizaciones que la conforman, o en quien esta delegue.

Contará con una Secretaría Técnica que recaerá en el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal.

Por su naturaleza jurídica y conforme con las disposiciones legales y reglamentarias, el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) fungirá como un socio orientador, consejero y observador, que apoye la implementación efectiva de los procesos de planificación local participativa que impulsa el PRODELO, asegurando su inclusión en la planificación nacional que está bajo su rectoría. Asimismo emitiendo las políticas públicas que se requieran en materia de planificación local participativa.

Artículo 5º—Consejo Consultivo. La función principal del Consejo Consultivo será acordar las propuestas de políticas y disposiciones que permitan el cumplimiento de los fines del Sistema. Para ello, sesionará cada dos meses ordinariamente y en forma extraordinaria cuando así lo convoquen al menos dos de los integrantes.

El Consejo podrá crear o constituir las comisiones de coordinación y asesoría que considere pertinentes para el cumplimiento de sus fines. Cada año conocerá, analizará y aprobará el Plan de Trabajo propuesto por la Secretaría Técnica.

El PRODELO sesionará de conformidad con las reglas establecidas en el Artículo 49 del Capítulo III de la Ley General de la Administración Pública en lo que corresponda.

Artículo 6º—Secretaría Técnica. La Secretaría Técnica del PRODELO estará a cargo del IFAM, para lo cual dicha institución designará un departamento administrativo con presupuesto de acuerdo a su Plan de Trabajo anual, elaborado con anticipación como lo establece la Contraloría General de la República para que cumpla con dicho rol y que tendrá las siguientes funciones:

1.  Proponer ante el Consejo Consultivo un plan de trabajo anual y las bases políticas que considere necesarias para promover el desarrollo local.

2.  Ejecutar los acuerdos y directrices del Consejo Consultivo.

3.  Dar seguimiento al cumplimiento de los compromisos adquiridos por las diversas instituciones y organizaciones que conforman el Sistema, según sus mandatos jurídicos y planes institucionales.

4.  Brindar asesoría técnica y apoyo administrativo-financiero al Consejo Consultivo.

5.  Cualquier otra función que el Consejo Consultivo le asigne para el cumplimiento de sus fines.

Artículo 7º—Vigencia. Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Ciudad de Heredia, el día primero del mes de setiembre del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de la Presidencia, Rodrigo Arias Sánchez.—El Ministro de Planificación Nacional y Política Económica, Roberto Gallardo Núñez.—1 vez.—O. C. Nº 101734.—Solicitud Nº 10082.—C-101270.—(D35478-IN2009086211).

Nº 35523-C

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD

Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, 25.1 de la Ley General de la Administración Pública, la Ley Nº 7555 del 4 de octubre de 1995, publicada en La Gaceta Nº 199 del 20 de octubre de 1995, Ley de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica, y el Decreto Ejecutivo N° 32749-C del 14 de marzo del 2005, publicado en La Gaceta Nº 219 del 14 de noviembre del 2005, Reglamento a la Ley Nº 7555 del 04 de octubre de 1995 Ley de Patrimonio Histórico-Arquitectónico y,

Considerando:

1º—Que la memoria colectiva y la documentación histórica evidencian que el inmueble conocido como Casona de Adobes de San Lorenzo de Flores es una edificación centenaria, lo cual es confirmado por lo materiales y tecnología constructiva empleados denominada “de adobe”.

2º—Que esta edificación de adobe, construida como casa de habitación de una hacienda cafetalera presenta un valor cultural, justificado integralmente por el contexto histórico-arquitectónico en el cual se edificó.

3º—Que la historia de este inmueble la ha hecho testigo de uno de los acontecimientos más relevantes del país, como es el desarrollo de la actividad cafetalera que contribuyó a dinamizar la vida social y económica de Costa Rica.

4º—Que desde el punto de vista de la memoria colectiva se considera que esta Casona es el inmueble existente más antiguo de este lugar y que su tecnología constructiva, hace muchos años en desuso, hacen de éste un caso singular y de una tipología arquitectónica excepcional, lo cual la reviste de especial importancia para la historiografía costarricense.

5º—Que el inmueble se consolidó como hito referencial e imagen de pertenencia e identidad para los pobladores de San Lorenzo.

6º—Que es deber del Estado salvaguardar el patrimonio cultural del país. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Declarar e incorporar al Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica, La Casona de Adobes de San Lorenzo de Flores, y su entorno inmediato delimitado de la siguiente manera: norte: debe considerarse desde la entrada principal para tener una zona de transición, como zona de protección y privacidad; sur, 10,00 metros; este, 2,00 metros, y al oeste, 10,00 metros, ubicada en el inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad, Sección de Bienes Inmuebles, Partido de Heredia, matrícula de Folio Real Nº 123554, sita en el distrito primero: San Joaquín, cantón octavo: Flores, de la Provincia de Heredia, plano catastrado número H-611844-85, propiedad de la empresa Servicios Casa Blanca S. A., cédula de personería jurídica 3-101-006304.

Artículo 2º—Esta declaratoria prohíbe la demolición del inmueble, e igualmente su remodelación parcial o total, sin la autorización previa del Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural del Ministerio de Cultura y Juventud.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los catorce días del mes de agosto del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Cultura y Juventud a. í., Laura Pacheco Oreamuno.—1 vez.—Solicitud Nº 41859.—O. C. Nº 93026.—C-30020.—(D35523-IN2009085725).

ACUERDOS

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

Nº 073-MP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3) y 18) de la Constitución Política y Transitorio I de la Ley Nº 8638 del 14 de mayo del 2008 “Ley Orgánica de la Universidad Técnica Nacional”.

Considerando:

1º—Que de conformidad con la Ley Nº 8638 se crea la Comisión de Conformación de la Universidad Técnica Nacional, y mediante acuerdo Nº 049-MP del tres de julio del dos mil ocho, publicado en La Gaceta Nº 143 del 24 de julio del 2008, se designaron a los integrantes del Poder Ejecutivo en dicha Comisión.

2º—Que  el  señor  Ronald  Chang  Díaz,  cédula  de identidad Nº 1-638-658, renunció como integrante de la Comisión. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar como integrante de la Comisión de Conformación de la Universidad Técnica Nacional, al señor Luis Ramírez Arguedas, cédula de identidad Nº 2-223-231, en sustitución del Sr. Ronald Chang Díaz.

Artículo 2º—Rige a partir de su firma.

Dado en la Presidencia de la República, el día veinticinco del mes de agosto del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de la Presidencia, Rodrigo Arias Sánchez.—1 vez.—O. C. 93038.—Solicitud Nº 136-09.—C-15020.—(IN2009085729).

Nº 679-PE

EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política; lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2009, Ley Nº 8691, los artículos 4º inciso b) y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República, y el artículo 28 inciso 1) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señorita Gabriela Jiménez Cruz, con cédula de identidad Nº 1-798-462, Directora de Protocolo y Asesora Presidencial en Asuntos Internacionales, para que viaje a Miami, Estados Unidos de América del 28 al 29 de setiembre del presente año, acompañando en la Comitiva de Viaje Oficial al Señor Presidente de la República, para asistir a la Conferencia de las Américas.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos, transporte, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en la ciudad visitada se le cancelarán del Título 201-Presidencia de la República, Programa 021-Administración Superior, subpartidas 10503-Transporte al exterior, y 10504-Viáticos al exterior.

Artículo 3º—Se le otorga la suma adelantada de ¢168.242,26 por concepto de viáticos sujetos a liquidación.

Artículo 4º—Rige a partir del 28 al 29 de setiembre del 2009.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los dieciocho días del mes de setiembre del dos mil nueve.

Rodrigo Arias Sánchez, Ministro de la Presidencia.—1 vez.—O. C. 98674.—Solicitud Nº 137-09.—C-15770.—(IN2009085727).

Nº 794-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

En uso de las atribuciones constitucionales, señaladas en el artículo 135 de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Único.—Con motivo de viajar a New York, Estados Unidos de América para participar de la “Asamblea General de las Naciones Unidas”. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Llamar al Ejercicio de la Presidencia de la República al Presidente de la Asamblea Legislativa, Señor Francisco Antonio Pacheco Fernández.

Artículo 2º—Rige desde las 08:00 horas del 21 de setiembre y hasta las 20:25 horas del 25 de setiembre del 2009.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los dieciocho días del mes de setiembre del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—O. C. 98674.—Solicitud Nº 135-09.—C-9020.—(IN2009085732).

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Nº 158-MOPT

LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Con fundamento en lo dispuesto en artículo 28 inciso 1) de la Ley Nº 6227 o Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978, así como lo dispuesto en la Ley Nº 8691 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, la Ley Nº 6362, y en el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que la participación en el “Seminar Of Road Administration”, organizado por la Agencia Japonesa de Cooperación Internacional (JICA), es de interés para el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, dada la importancia para proporcionar un trato integral, del sector vial en sus aspectos, legislativos, de planificación, financiación, organización, gestión y operación, y profundizar en general el conocimiento de la infraestructura vial.

2º—Que la participación del Ing. Tomás Antonio Figueroa Malavassi, responde a la capacitación técnica que servirá de base a nuevos conocimientos para atender de manera integral las necesidades del sector de infraestructura vial. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al Ing. Tomás Antonio Figueroa Malavassi, cédula Nº 1-1072-0326, funcionario de la Dirección de Planificación Sectorial del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, para que participe en el curso denominado “Seminar Of Road Administration”, curso impartido por JICA con el apoyo de la Administración Japonesa de Carreteras, el lugar del curso será el Centro Internacional de JICA, del 29 de setiembre del 2009, al 28 de octubre del 2009, en la ciudad de Tokio, Japón.

Artículo 2º—Los gastos del funcionario Figueroa Malavassi relacionados con el tiquete aéreo, la manutención, matrícula y seguro médico, serán reconocidos por JICA, por lo cual el Ministerio de Obras Públicas y Transportes con cargo al Programa 326, Área 2 Actividad 1, subpartida 1.05.03 solo le cubrirá los gastos de impuestos del tiquete aéreo por un, monto de US$98 dólares, ya que es política de JICA no pagar impuestos en países que no sean Japón, además, se cubrirán por concepto de impuestos por uso de terminal aérea en Costa Rica la suma de $26, taxi aeropuerto-hotel $20, para un total de $144 dólares.

Artículo 3º—Que durante los días que se autoriza la participación del Ing. Tomás Antonio Figueroa Malavassi, en la actividad denominada “Seminar Of Road Administration”, del 29 de setiembre del 2009, al 28 de octubre del 2009, en la ciudad de Tokio, Japón, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 28 de setiembre del 2009 y hasta su regreso el día 28 de octubre del 2009, inclusive.

Dado en la Presidencia de la República, a los diez días del mes de setiembre del dos mil nueve.

Karla González Carvajal, Ministra de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. 93071.—Solicitud Nº 12350.—C-35270.—(IN2009085748).

DOCUMENTOS VARIOS

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

RES-DGA-268/09.—Dirección General de Aduanas.—San José, a las trece horas del dieciocho de setiembre del dos mil nueve.

Resultando:

Único.—Que en el Diario Oficial La Gaceta Nº 177 de 10 de setiembre del 2009, se publicó la resolución Nº DGA-230-2009 de las diez horas de 17 de agosto del 2009, mediante la cual esta Dirección General de Aduanas, dispone incluir la Nota Técnica 38 en el Arancel Automatizado, a los incisos detallados en la cita resolución, por así haberlo solicitado el Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET).

Considerando:

Único.—Que con oficio Nº COGO-155-2009, de fecha 7 de setiembre del 2009, suscrito por la Lic. María Guzmán Ortiz, Directora de Gestión de Calidad Ambiental, Oficina Técnica del Ozono, del Ministerio del Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET), Punto Focal Protocolo de Montreal, solicita se suspenda y posponga la vigencia de la aplicación de la Nota Técnica 38 como requisito de importación para los equipos que contengan o puedan contener sustancias agotadoras de la capa de ozono y se deje sin efecto la resolución Nº DGA-230-2009, hasta tanto se tenga publicado mediante Decreto Ejecutivo las disposiciones para establecer medidas y normas de cumplimiento obligatorio para controlar y disminuir el uso de sustancias agotadoras de la capa de ozono de acuerdo con las obligaciones asumidas por Costa Rica con la ratificación del Protocolo de Montreal y sus enmiendas. Por tanto:

EL DIRECTOR GENERAL DE ADUANAS,

RESUELVE:

En uso de las facultades que la ley otorga, dejar sin efecto la resolución Nº DGA-230-2009 de las diez horas del diecisiete de agosto del dos mil nueve.

Rige a partir del día 25 de setiembre del 2009.

Comuníquese y publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.—Desiderio Soto Sequeira, Director General de Aduanas.—1 vez.—O. C. 94406.—Solicitud Nº 28850.—C-24770.—(IN2009085771).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 86, título N° 474, emitido en el año dos mil cuatro y del Título de Técnico Medio en Secretariado Profesional, inscrito en el tomo II, folio 39, título N° 647, emitido en el año dos mil cuatro, ambos títulos fueron extendidos por el Colegio Técnico Profesional José Figueres Ferrer, a nombre de Quesada Quirós María Patricia. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 24 de setiembre del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—(IN2009085010).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 15, Título N° 65, emitido por el Liceo de Pococí, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Rojas Castro Marcela. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 01 de setiembre del 2009.—MSc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—(IN2009085038).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, “Rama Académica” modalidad en Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio 13, diploma N° 17, emitido por el Liceo Nocturno de Santa Cruz, en el año mil novecientos setenta y siete, a nombre de Espinoza Grijalba Marcos Sergio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 28 de setiembre del 2009.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2009085163).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 84, título N° 922, emitido por el Liceo de Atenas, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Fallas Vargas María Gabriela. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 21 de setiembre del 2009.—MSc. Liliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2009085198).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 13, título N° 132, emitido por el Colegio Marista, en el año mil novecientos noventa, a nombre de Murillo Ly Hugo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 26 de agosto del 2009.—MSc Guisela Céspedes Lobo.—(IN2009085292).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 91, título N° 2401, emitido por el Instituto de Alajuela, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Solís Moreira Isabel Cristina. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 28 de setiembre del 2009.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—(IN2009085686).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 96, título Nº 423, emitido por el Instituto de Capacitación Técnica de Pital, en el año dos mil tres, a nombre de Murillo Víquez Dixie Vanessa. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 29 de setiembre del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2009085726).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 8, título Nº 60, y del Título de Técnico Medio en Computación, inscrito en el tomo 1, folio 46, título Nº 798, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Calle Blancos, en el año mil novecientos ochenta y nueve, a nombre de Jiménez Vallejos Víctor Mauricio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de setiembre del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—M.Sc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2009085763).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 13, título Nº 69, y emitido por el Liceo Nocturno Justo A. Facio, en el año mil novecientos noventa, a nombre Arias Agüero Doris Patricia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 28 de setiembre del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2009085795).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 23, título Nº 88, emitido por el Colegio Técnico Guaycara, en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre Quedo Gutiérrez Jaqueline. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 4 de setiembre del 2009.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Sc. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2009085807).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, “Rama Académica” modalidad en Letras, inscrito en el tomo 1, folio 141, título Nº 604, emitido por el Liceo Nocturno de Esparza, en el año mil novecientos ochenta y seis, a nombre de Parra Méndez Ana Gricelle. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 29 de setiembre del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—M.Sc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2009085813).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, “Rama Académica”, Área de Letras inscrito en el Tomo 1, Folio 192, Título Nº 799, emitido por el Colegio Nocturno Miguel Obregón Lizano, en el año mil novecientos setenta y nueve, a nombre de Campos Cordero María del Rosario. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 19 de junio del 2009.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2009085827).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada Cooperativa Autogestionaria de Etiquetas Adhesivas Industriales R. L., siglas COOPEETIQUETAS R. L., acordada en asamblea celebrada el 27 de junio del 2009. Resolución 1312-C0. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Consejo de administración:

Presidente:            Olman Román Cortés Cortés

Vicepresidente:     José Joaquín Sánchez Fonseca

Secretaria:             Olman E. Cortés Martínez

Vocal 1:                Diamantina Amelia Martínez Cruz

Vocal 2:                Sandra Salazar Morales

Suplente 1:           Annie Ramos Cortés

Suplente 2:           José Cecilio Alvarado

Gerente:                José Rafael Fernández  Redondo

San José, 22 de setiembre del 2009.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2009084984).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el Señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social la organización social denominada Cooperativa de Productores Independientes de Liberia R. L., siglas Coopeliberia R. L., acordada en asamblea celebrada el día 28 de agosto del 2008. Resolución 626. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta el artículo 31 del Estatuto.—San José, 24 de agosto del 2009.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—RP2009132327.—(IN2009085612).

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social organización social denominada: Consorcio de Cooperativas del Sector Salud R. L., siglas CONSALUD R. L, acordada en asamblea celebrada el 16 de febrero del 2009. Resolución 1074. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta a los artículos 38, 42 y 54 del Estatuto.—San José, 8 de setiembre del 2009.—Lic. Iris Garita Calderón, Jefa del Registro a. í.—(IN2009085829).

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

En sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 15 de julio del 2009, se acordó conceder Pensión de Gracia, mediante la resolución JNPA-2701-2009, al señor Navarro Suárez Agapito conocido como José Luis Navarro Suárez, cédula de identidad 2-162-246, vecino de San José; por un monto de sesenta y ocho mil catorce colones sin céntimos (¢68.014,00), con un rige a partir de la inclusión de planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—Róger Porras Rojas, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2009085158).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Mujeres Pro Gestión y Desarrollo Social Productivo de la Dibujada de Pilas, con domicilio en la provincia de Puntarenas, Buenos Aires. Sus fines, entre otros están: Gestionar y apoyar la creación de servicios sociales comunales, como un medio que conlleve la superación individual. Su presidenta Laura Fallas Delgado, es la representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite; tomo: 2009, asiento 232375.—Curridabat, 14 de setiembre del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2009131932.—(IN2009084866).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Orquideólogos Conservacionistas del Sur, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines entre otros serán los siguientes: La conservación de las orquídeas en su habitat natural. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente Pablo Cordero Ureña. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite (tomo 2009, asiento 109704 y documento adicional tomo 2009, asiento 207616).—Curridabat, 10 de setiembre del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2009131944.—(IN2009084868).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Ciencia del Alma, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines entre otros serán los siguientes: La propagación de la importancia de llevar una vida ética y pertenecer a una congregación espiritual. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente Ernesto Eduardo Uribe López. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2009, asiento 143255 y documento adicional tomo 2009, asiento 194323 y tomo 2009, asiento 230146).—Curridabat, 16 de setiembre del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2009131976.—(IN2009084869).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Administradora del Acueducto de las Vegas de Limoncito de Coto Brus, con domicilio en la provincia de Puntarenas. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto, de conformidad con las disposiciones y reglamentos que al respecto emite el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados que serán de acatamiento obligatorio. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo con límite de suma de diez millones de colones y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: José Antonio Arias Boza. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2009, asiento: 104148.—Curridabat, 5 de agosto del 2009.—Registro de Personas Jurídicas.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2009131993.—(IN2009084870).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Cristiana Administradora de las Asambleas de Dios Elohim Nuevo Arenal, con domicilio en la provincia de Guanacaste. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Evangelizar y predicar la palabra de Dios basados en los principios bíblicos, velar por los proyectos de infraestructura en las propiedades de la asociación, dar mantenimiento a los edificios de la asociación y sus respectivos mobiliarios. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: José Ángel Obando Valverde. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de. Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2009, asiento 200289, adicional tomo 2009, asiento 236090).—Curridabat, 22 de setiembre del 2009.—Registro de Personas Jurídicas.—Lic. Rosa Isela Esquivel Aguilar, Directora a. í.—1 vez.—RP2009132012.—(IN2009084871).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-066131, denominación: Asociación de Profesionales del Banco Nacional de Costa Rica, Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en Registro Nacional, a las 10 horas 8 minutos y 14 segundos del 19 de agosto del 2009. Documento tomo: 2009, asiento: 215058.—Registro de Personas Jurídicas.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2009132085.—(IN2009084872).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Vivienda Los Sueños del Este, con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: facilitar el mejoramiento de las condiciones de vida de las familias de los asociados. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Rocío Zamora Baudrit. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2009, asiento: 205173).—Curridabat, 21 de agosto del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2009132091.—(IN2009084873).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-260061, denominación: Asociación Pro Ayuda a la Persona con Discapacidad Mental Hogar Emanuel de Pérez Zeledón. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2009, asiento: 154669.—San José, 6 de julio del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2009132148.—(IN2009084874).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Puerto Nuevo de Bahía Ballena de Osa de Puntarenas, con domicilio en la provincia de Puntarenas; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Milton Gerardo Gómez Alvarado. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2009, asiento: 179917).—Curridabat, 11 de setiembre del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2009132149.—(IN2009084875).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Casa Blanca y sus Alianzas, con domicilio en la provincia de San José, Santa Ana, ciento cincuenta metros al este del Centro de Ancianos, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Difundir el Evangelio de Cristo por medio de estudios, prédicas y obra social. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la .asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Ronald Arce Soto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2009, asiento: 83465.—Curridabat, 2 de julio del 2009.—Registro de Personas Jurídicas.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2009132208.—(IN2009084876).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Cristiana Beraca, con domicilio en la provincia de Limón, distrito de Guápiles, cantón de Pococí, ochocientos metros al norte de la Standard, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Contribuir en la formación y fortalecimiento de los lazos cristianos, familiares, sociales y económicos de los agremiados y sus familias. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Jorge Luis Aburto Solano. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formulé reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2009, asiento: 108399).—Curridabat, 10 de agosto del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez—RP2009132277.—(IN2009085607).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Fieles Iglesia de Fátima Los Yoses, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: La restauración y mantenimiento de las instalaciones y mobiliario de la Iglesia Nuestra Señora de Fátima, en Los Yoses, de su casa cural, su claustro y de centro de espiritualidad, tanto en su interior como exterior. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con las facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma; y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente Álvaro Murillo Aguiar. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2009, asiento 184461).—Curridabat, 1º de setiembre del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez—RP2009132306.—(IN2009085608).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Administradora de Acueducto y Alcantarillado Sanitario del Proyecto Vacacional Brisas de Bajamar con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines entre otros serán los siguientes: Administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto, de conformidad con las disposiciones y reglamentos que al respecto emite el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, que serán de acatamiento obligatorio. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo con límite de suma hasta un máximo de quinientos mil colones, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente Juan Guillermo Vargas Prado. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 0578, asiento 24656 y 2009 asiento 193689) .—Curridabat, 30 de julio del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez—RP2009132307.—(IN2009085609).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Vecinos de Estefanía del Este, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Velar por los caminos vecinales, mantenimiento y buen uso de las áreas comunales. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Guiselle Masís Carmona. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2009, asiento: 141753, adicional 2009-193671.—Curridabat, 21 de agosto del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez—RP2009132354.—(IN2009085610).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido su inscripción la reforma de la entidad denominada Asociación Centro de Investigaciones Culturales y Estudios Lingüísticos CINCEL. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2009, asiento: 39214, adicional tomo: 2009, asiento: 210776).—Curridabat, 14 de agosto del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez—RP2009132504.—(IN2009085611).

REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Édgar Zürcher Gurdián, mayor, divorciado, abogado, cédula de identidad número 1-532-390, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Honda Motor Co. Ltd., de Japón, solicita el diseño industrial denominado PARTE CENTRAL DE MOTOCICLETA.

 

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Este diseño se caracteriza por una forma integrada que cubre el lado interior de un cobertor de pierna, desde un cobertor central a un cobertor lateral. La cara superior continúa desde la superficie superior del cobertor central al lado debajo de una hoja, y cada cara lateral naturalmente continúa desde el lado del cobertor central hasta el cobertor lateral en el cuerpo trasero. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Novena Edición es 12-11 cuyo (s) inventor (es) es (son) Watanabe Tokumaru y Tachibana Kazuyuki. La solicitud correspondiente lleva el número 10929, y fue presentada a las 13:30:25 del 15 de julio del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1º de setiembre del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—RP2009132194.—(IN2009084861).

El señor Edgar Zürcher Gurdián, cédula Nº 1-532-390, mayor, divorciado, abogado, vecino de Escazú, en su condición de apoderado especial de Mag Instrument Inc., de E.U.A., solicita el diseño industrial denominada FOCO.

 

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EL diseño ornamental para un foco, como se muestra y describe. La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Novena Edición es 26/02, cuyo(s) inventor (es) es (son) Anthony Maglica. La solicitud correspondiente lleva el número 10896, y fue presentada a las 13:06:00 del 26 de junio del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 11 de setiembre del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—RP2009132195.—(IN2009084862).

El señor Édgar Zürcher Gurdián, cédula Nº 1-532-390, mayor, divorciado, abogado, vecino de Escazú, en condición de apoderado especial de Owens- Brockway Glass Container Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada MECANISMO INVERTIDO PARA UNA MÁQUINA FORMADORA DE CRISTALERÍA. Un mecanismo invertido para una máquina formadora de critalería, incluye un marco de soporte (32) que tiene una base (34) que se adapta de forma que se separa para montarse en un marco formador de la máquina. Un accionador lineal (40) se suspende desde el marco de soporte y un módulo lineal de engrane (46) se extiende desde el accionador dentro del marco de soporte. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C03B 9/16, cuyo(s) inventor (es) es(son) Mohr, Paul B. La solicitud correspondiente lleva el número 10895, y fue presentada a las 13:05:54 del 26 de junio del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1º de setiembre del 2009.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—RP2009132197.—(IN2009084863).

La señora María del Pilar López Quirós, cédula Nº 1-1066-601, mayor, casada, abogada, vecina de Escazú, en su condición de apoderada especial de Takeda Pharmaceutical Company Limited, de Japón, solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS ANULARES FUSIONADOS COMO AGONISTAS PARCIALES DE PPAR-GAMMA. La presente invención provee un agente para la prevención o el tratamiento de la diabetes, que tiene una acción hipoglucémica superior, y está asociado con menos efectos secundarios tales como aumento de peso corporal, similares. Es un agente para la prevención o tratamiento de diabetes. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A61K 31/4155, cuyo(s) inventor(es) es(son) Tawaraishi, Taisuke, Imoto, Hiroshi, Cho, Nobuo. La solicitud correspondiente lleva el número 10991, y fue presentada a las 13:47:32 del 24 de agosto del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1º de setiembre del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—RP2009132199.—(IN2009084864).

La señora María del Pilar López Quirós, cédula Nº 1-1066-0601, mayor, casada, abogada, vecina de Escazú, en condición de apoderada especial de Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS AMINO-5-[-4-(DIFLUOROMETOXI) FENIL SUATITUIDO]-5-FENILIMIDAZOLONA COMO INHIBIDORES DE B-SECRETASA. La presente invención proporciona un compuesto 2-amino-5-[-4-(Difluorometoxi) fenil Sustituido]-5-Fenilimidazolona de la fórmula 1. También proporciona métodos para uso de estos para inhibir b-Secretasa (BACE) y tratar depósitos b- Amiloides y ovillos Neurofibrilares. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C07D 233/88, cuyo(s) inventor(es) es(son) Malamas, Michael Sotirios, Robichaud, Albert Jean, Porte, Alexander Michael, Solvibile, William Ronald, Morris, Koi Michele, Antane, Schuyler Adam, Kim, Ji-In, Mcdevitt, Robert Emmett. La solicitud correspondiente lleva el número 11020, y fue presentada a las 13:21:33 del 9 de setiembre del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de setiembre del 2009.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—RP2009132200.—(IN2009084865).

La señora María Del Milagro Chaves Desanti, mayor, abogada, cédula de identidad número 1-626-794, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Ouro Fino Participacoes E Empreendimentos S. A., de Brasil, solicita la Patente de Invención denominada PROCESO PARA PRODUCIR BIODIESEL Y/O ACEITE COMBUSTIBLE. La presente invención se refiere a un proceso para producción de biomasa y proteínas de microalgas, usando ventajosamente como fuente de desarrollo de dichas microalgas los desechos de la industria de alcohol, en particular la vinaza y el dióxido de carbono que se originan en las cubas de fermentación. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es C12P 21/00, cuyos inventores son Carlos Ricardo Soccol, Cristina Elisabete Knoerr y Jorge Alberto Vieira Costa. La solicitud correspondiente lleva el número 10905, y fue presentada a las 09:42:32 del 2 de julio de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 4 de setiembre del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—RP2009132242.—(IN2009085602).

El señor Jorge Tristan Trelles, cédula 1-392-470, mayor, abogado, vecino de San José, en condición de apoderado especial de United States Gypsum Company de EUA., solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIONES CON EFECTO DE COBERTURA DECORATIVA Y MÉTODOS PARA PREPARAR Y APLICAR LOS MISMOS. La invención se relaciona en general con composiciones de recubrimiento, y más específicamente con composiciones de recubrimiento de efecto decorativo capaz de producir una apariencia multicolor y/o de matices múltiples en una sola aplicación.  La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C09D 5/29, cuyo inventor es Robert H. Negri., Rafael Bury. La solicitud correspondiente, lleva el número 10058, y fue presentada a las 09:02:00 del 9 de junio de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1º de setiembre del 2009.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—RP2009132243.—(IN2009085603).

El señor Jorge Tristán Trelles, cédula 1-392-470, mayor, abogado, vecino de Santa Ana, en su condición de apoderado especial de John Bean Technologies Corporation de EUA., solicita la patente de invención denominada APARATO DE ZUMO CÍTRICO CON DETECTOR DE LIBERACIÓN DE MATERIAL INDESEADO Y MÉTODOS RELACIONADOS. Un aparato de zumo cítrico puede incluir al menos un dispositivo de procesado de zumos cítricos. El al menos único dispositivo de procesado de zumo puede incluir al menos una salida de zumo que tiene un flujo de zumo a su través, el al menos único dispositivo de procesado de zumo, al mal funcionamiento, puede producir una liberación de material indeseado junto con el flujo de zumo a la al menos única salida de zumo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A23N 001/, cuyos inventores son Garland Mathews, Michael L. Suter, Mark R. Jackson, Kevin G. Socha, José D. Milla, Gregory W. Schrader. La solicitud correspondiente lleva el número 10306, y fue presentada a las 08:59:30 del 22 de setiembre de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1º de setiembre del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—RP2009132244.—(IN2009085604).

La señora María Del Milagro Chaves Desanti, cédula 1-626-794, mayor, abogada, vecina de Santa Ana, en su condición de apoderada especial de Ouro Fino Participacoes e Empreedimentos S. A., de Brasil, solicita la Patente de Invención denominada PROCESO PARA PRODUCIR BIODIESEL Y/O ACEITE COMBUSTIBLE. La presente invención trata de un proceso para la producción de biodiesel y/o fueloil, a partir de la biomasa microbiana oleaginosa y/o algar y/o de derivados y residuos de la caña de azúcar. Los productos objeto de la presente invención son adecuados para uso directo en motores y en la generación de energía o vapor. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C10L 1/02, cuyo inventor es Dolivar Coraucci Neto. La solicitud correspondiente lleva el número 10904, y fue presentada a las 09:41:00 del 2 de julio de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 2 de setiembre de 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—RP2009132245.—(IN2009085605).

La señora Ana Cecilia Castro Calzada, cédula 1-561-190, mayor, soltera, abogada, vecina de San José, en su condición de Apoderada Especial de Celgene Corporation de EUA., solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS Y COMPOSICIONES DE ISOINDOL 4’ -0- SUSTITUIDOS, COMPOSICIONES QUE LAS COMPRENDEN Y MÉTODOS DE USO DE LOS MISMOS. Se proporcionan compuestos de isoindolina 4’ -0 sustituidas de la fórmula (1), y sales farmacéuticamente aceptables, solvatos, clatratos, estereoisómeros y profármacos de los mismos. Se describen métodos de uso y composiciones farmacéuticas de estos compuestos.  La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,  la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C07D  403/04, cuyos inventores son Ruchelman Alexander I, Muller George W, Man Hon Wan. La solicitud correspondiente lleva el número 11036, y fue presentada a las 09:32:30 del 21 de setiembre de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de setiembre del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—RP2009132413.—(IN2009085606).

El señor Manuel E. Peralta Volio, mayor, abogado, cédula de identidad Nº 9-012-480, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Novartis AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS ORGÁNICOS Y SUS USOS. La presente divulgación se refiere a compuestos relacionados con el diagnóstico y el tratamiento de patologías en relación con la senda de Hedgehog, incluyendo pero no limitándose a, la formación de tumor, cáncer, neoplasia, y trastornos híper-proliferativos no malignos; específicamente se refiere a los compuestos de la fórmula I. La memoria descriptiva, reinvindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C07D 237/28, cuyos inventores son Dai, Miau, He, Feng, Jain, Rishi Kumar, Karki, Rajesh, Kalleher, Joseph, III, Lei, John, Llamas, Luis, Mcewan, Michael A., Miller-Moslin, Karen, Perez, Lawrence Blas, Peukert, Stefan, Yusuff, Naeem. La solicitud correspondiente lleva el Nº 11016 y fue presentada a las 09:52:28 del 08 de setiembre del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de setiembre del 2009.—Lic. Chantal Trejos, Registradora.—(IN2009085695).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

El Registro de la Propiedad Industrial, Sección de Patentes hace saber que por resolución de las once horas doce minutos, del veinticuatro de febrero del dos mil nueve, fue inscrita la Patente de Invención denominada DETERMINADOS COMPUESTOS DE 1-(D-CICLOPROPILGLICINIL)-4 (PIPERIDIN-4-IL) PIPERAZINA COMO INHIBIDORES DEL FACTOR XA DE SERINA PROTEASA, de ELI LILLY AND COMPANY de Estados Unidos de América, cuyos inventores son: Michael Robert Wiley, Gary Lowell Engel, se le ha otorgado el número de inscripción de patente de invención 2726, estará vigente hasta el primero de abril de dos mil veintidós, la clasificación Internacional de Patentes es: A 61 K 31/714.—San José, 21 de setiembre del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge.—1 vez.—(IN2009085697).

REGISTRO DE DERECHOS DE AUTOR Y CONEXOS

AVISO

Mario Rivera Turcios, quien es mayor de edad, casado una vez, Administrador de Empresas, vecino de San José, urbanización Abedules, distrito central de Curridabat, portador de la cédula de identidad número uno-quinientos treinta y seis-setecientos cincuenta y cuatro, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma del Banco de Costa Rica, cédula jurídica Nº 4-000000019-09, domiciliado en San José, solicita la inscripción a favor de su representada de la Obra Literaria Colectiva Divulgada por publicación titulada “SISTEMA DE MONITOREO DE OFICINAS (SISMO)”. La obra consiste en un Software para: Sistema por medio del cual, a partir de los datos generados por los sistemas transaccionales del banco, se generan una serie de indicadores de riesgo, previamente definidos, los cuales permiten identificar oficinas o procesos que muestran alta exposición al riesgo operacional. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los treinta días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos. Expediente Nº 5866.—Curridabat, 15 de junio del 2009.—Carmen V. Valverde Chacón.—1 vez.—(IN2009085810).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Expediente Nº 13533A.—Efraín Fallas Solano, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Virginia Madrigal Meza, en San Marcos, Tarrazú, San José, para uso consumo humano. Coordenadas: 184.000 / 534.600, hoja Caraigres. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de agosto del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—RP2009132019.—(IN2009084877).

Expediente Nº 12873A.—Carlos Fernando Chaves Mata, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Carlos Fernando Chaves Mata, en Rivas, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas: 158.097 / 574.257, hoja San Isidro. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de abril del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—RP2009132042.—(IN2009084878).

Expediente Nº 5862A.—Bellalin S. A., solicita concesión de: 0,03 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Antonio, Escazú, San José, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas: 210.600 / 518.200, hoja Abra. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 3 de setiembre del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—RP2009132107.—(IN2009084879).

Expediente Nº 4851P.—Casanega S. A., Addison Tresmil S. A., Carmen María Díaz Nema y Luis Fernando Díaz Nema, solicitan concesión de: 0,50 litros por segundo del pozo AB-1058, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Pedro, Montes de Oca, San José, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas: 213.020 / 531.080, hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de setiembre del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—RP2009132207.—(IN2009084880).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. 9120P.—Corporación Pipasa S. A. solicita concesión de: 1 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro, Alajuela, para uso agroindustrial - granja avícola. Coordenadas 224.800/511.970 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de agosto de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009084975).

Exp. 9121P.—Corporación Pipasa S. A. solicita concesión de: 0,5 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro, Alajuela, para uso agroindustrial - granja avícola. Coordenadas 224.500 / 511.800 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de agosto del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009084976).

Exp. 9122P.—Avícola Los Mangos S. A., solicita concesión de: 2,25 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en Turrucares, Alajuela, para uso agropecuario granja. Coordenadas 213.825 / 499.300 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 02 de setiembre de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009084977).

Exp. 9124P.—Corporación Pipasa S. A., solicita concesión de: 3,85 litros por segundo de un pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en Turrucares de Alajuela, para granja avícola. Coordenadas 211900 / 499900 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de febrero de 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009084978).

Exp. 9125P.—Corporación Pipasa S. A., solicita concesión de: 1,5 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Rafael, Alajuela, para uso agroindustrial - granja avícola. Coordenadas 216.400 / 514.000 hoja ABRA. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de agosto de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009084979).

Exp. 9127P.—Corporación Pipasa S. A., solicita concesión de: 1 litro por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en Pitahaya, Puntarenas, Puntarenas, para uso agroindustria - producción de concentrados. Coordenadas 232.250 / 445.800 hoja Chapernal. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de agosto de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009084980).

Exp. 9128P.—Corporación Pipasa S. A., solicita concesión de: 4 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en Turrucares, Alajuela, para uso agroindustria - granja avícola. Coordenadas 217.925 / 504.500 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de agosto de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009084981).

Exp. 9129P.—Corporación Pipasa S. A., solicita concesión de: 20 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Rafael, Alajuela, para uso agroindustrial - matadero. Coordenadas 216.875 / 512.825 hoja ABRA. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de agosto del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009084982).

Exp. 9130P.—Corporación Pipasa S. A., solicita concesión de: 0,95 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en Colón, Mora, San José, para uso Agropecuario - Granja. Coordenadas 212.300 / 509.700 hoja ABRA. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 2 de setiembre del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009084983).

Exp. 9133P.—Corporación Pipasa S. A., solicita concesión de: 35 litros por segundo del pozo AB-731, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Rafael, Alajuela, para uso agroindustrial matadero. Coordenadas 216.900 / 512.800 hoja ABRA. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de agosto de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009084985).

Exp. 9136P.—Corporación Pipasa S. A., solicita concesión de: 0,7 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en Tambor, Alajuela, para uso agropecuario - granja. Coordenadas 222.750 / 507.800 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de agosto de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009084986).

Exp. 9137P.—Corporación Pipasa S. A., solicita concesión de: 1,60 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en La Ribera, Belén, Heredia, para uso agropecuario - Granja. Coordenadas 219.930 / 516.380 hoja ABRA. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 2 de setiembre del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009084987).

Exp. 9138P.—Corporación Pipasa S. A., solicita concesión de: 0,40 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en Guácima, Alajuela, para uso agropecuario - granja. Coordenadas 216.700 / 508.050 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de agosto del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009084988).

Exp. 9145P.—Corporación Pipasa S. A., solicita concesión de: 0,75 litros por segundo del pozo AB-75, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Rafael, Alajuela, para uso agropecuario - granja. Coordenadas 217.050 / 511.350 hoja ABRA. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de agosto de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009084989).

Exp. 9146P.—Corporación Pipasa S. A., solicita concesión de: 0,75 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en Jesús, Santa Bárbara, Heredia, para uso agroindustria - granja avícola. Coordenadas 227.220 / 521.600 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de agosto de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009084991).

Exp. 9147P.—Corporación Pipasa S. A., solicita concesión de: 2 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Roque, Grecia, Alajuela, para uso agroindustrial - granja avícola. Coordenadas 234.600 / 505.750 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de agosto de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009084992).

Exp. 9149P.—Corporación Pipasa S. A., solicita concesión de: 2,5 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en Jesús , Santa Bárbara, Heredia, para uso agroindustria - granja avícola. Coordenadas 226.700 / 521.100 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de agosto del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009084993).

Exp. 9153P.—Banco Improsa S. A., solicita concesión de: 2 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en Pitahaya, Puntarenas, para uso agroindustrial - otro. Coordenadas 231.300 / 447.600 hoja Chapernal. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 7 de setiembre de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009084995).

Exp. 9155P.—Corporación Pipasa S. A., solicita concesión de: 1,15 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en Tambor, Alajuela, para uso agroindustrial - granja avícola. Coordenadas 225.700 / 510.350 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de agosto de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009084996).

Exp. 9223P.—Corporación Pipasa S. A., solicita concesión de  3 litros por segundo del pozo AB-1908, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Rafael, Alajuela, para uso agroindustria - producción de concentrados. Coordenadas 217.700 / 514.075 hoja ABRA. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de agosto de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009084997).

Exp. 13604P.—Municipalidad de Santa Ana, solicita concesión de: 1,5 litros por segundo del pozo AB-2462, efectuando la captación en finca de su propiedad en Piedades, Santa Ana, San José, para uso consumo humano doméstico y agropecuario - riego. Coordenadas 213.085 / 512.310 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestar lo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de setiembre de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009085113).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. Nº 13603P.—Florentina Corporación Cerámica FCC S. A., solicita concesión de: 1,33 litros por segundo del pozo IS-929, efectuando la captación en finca de Florentina Corporación Cerámica FCC S. A., en Quebradilla, Cartago, Cartago, para uso industrial y consumo humano. Coordenadas 205.511 / 537.401 hoja Istarú. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de setiembre del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009085159).

Exp. 13589A.—Lechería La Rueda S. A., solicita concesión de: 0,58 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Lechería La Rueda S. A. en Guadalupe, Cartago, Cartago, para uso agropecuario lechería, abrevadero, agropecuario riego. Coordenadas 203.900 / 539.900 hoja Istarú. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de setiembre del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—RP2009132436.—(IN2009085613).

Expediente Nº 6833P.—Asociación de Testigos de Jehová, solicita concesión de 0,80 litros por segundo del pozo GM-57, efectuando la captación en finca de su propiedad en Guácimo, Guácimo, Limón, para uso consumo humano otro. Coordenadas 243.100/571.300, hoja Guácimo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de setiembre del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009085770).

PODER JUDICIAL

AVISOS

DIRECCION NACIONAL DE NOTARIADO

Ante esta Dirección, se ha presentado solicitud de inscripción y habilitación como notaria de Ligia Elena Ávila Obando, carné 17804, cédula: 111970194, expediente Nº 09-001921-0624-NO, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta este(a) lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación.—San José, 25 de setiembre del 2009.—Lic. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, Director.—1 vez—RP2009132391.—(IN2009085614).

Ante esta Dirección, se ha presentado solicitud de inscripción y habilitación como notario de Luis Alberto Peña Cordero, carné Nº 15945, cédula Nº 901100085, expediente Nº 09-001922-0624-NO, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de este lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación.—San José, 29 de setiembre del 2009.—Lic. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, Director.—1 vez.—(IN2009085806).

RESEÑAS

SALA CONSTITUCIONAL

ASUNTO: ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

Que en la acción de inconstitucionalidad que se tramitó en el expediente número 06-006083-0007-CO promovida por Lisbeth Quesada Tristán, mayor, divorciada, médico-cirujano, vecina de Escazú, cédula de identidad número 1-407-429, en su condición de Defensora de los Habitantes de la República, nombramiento que consta en el Acuerdo de la Asamblea Legislativa número 6256 del 4 de agosto del 2005, para que se declare inconstitucional la reforma el artículo XI.26 del Reglamento de Construcciones realizada por la Junta Directiva del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo en la sesión ordinaria de Junta Directiva número 5508 del 24 de octubre del 2005, se dictó el VOTO número 08908-2009 de las catorce horas y cuarenta y dos minutos del veintisiete de mayo del dos mil nueve, que literalmente dice:

VOTO: 08908-2009. POR TANTO: “Se declara CON lugar la acción. Se ANULA el artículo XI26.1 del Reglamento de Construcciones en la frase “Edificios con capacidad de hasta las 250 personas: No requieren retiros” y por consiguiente se ordena al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo proceder dentro del plazo improrrogable de un mes a partir de la publicación de esta resolución proceder a realizar la modificación correspondiente a dicho artículo a efectos de que los retiros exigidos a los edificios de hasta doscientos cincuenta personas sean respetuosos del principio de razonabilidad y del derecho a la vida. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma anulada, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese.

San José, 30 de setiembre del 2009.

                                                                                                                                                                                                                 Gerardo Madriz Piedra

1 vez.—(IN2009085824).                                                                                                                                                                                                Secretario

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

OFICINA ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. Nº 31052-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas treinta minutos del quince de junio del dos mil nueve. Runrong Liang Liang, mayor, divorciado, cédula de identidad número ocho-cero setenta y nueve-seiscientos ochenta y seis, vecino de San Pedro Montes de Oca; solicita la rectificación de su asiento de naturalización... en el sentido que el primer apellido del mismo es “Leung”. De conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas, para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días, a partir de su primera publicación.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc Juan Rafael Madrigal Hernández, Jefe a. í.—(IN2009085190).

PUBLICACIÓN DE unA VEZ

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Mayra Báez García, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1418-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y cuarenta y tres minutos del veintiuno de agosto del dos mil nueve. Ocurso. Exp. N° 20099-09. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto, Rectifíquense el asiento de matrimonio de Fredy Rufino Ramos Hurtado con Mayra Báez López... en el sentido que los apellidos de la cónyuge son “Báez García, hija de Miguel Ángel García López, no indica nacionalidad y Marcia Báez, no indica segundo apellido” y los asientos de nacimiento de Fredy Kevin y Shirlin Tatiana ambos de apellidos Ramos Báez..., en el sentido que los apellidos de la madre de las personas ahí inscritas son “Báez García” y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(IN2009085287).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Heylin Julissa Calderón Rodríguez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 717-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas veinte minutos del veinte de mayo del dos mil nueve. Expediente Nº 27820-08. Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de Michael Eduardo Rivera Calderón..., el de Jennifer Reichel Rivera Calderón..., y el de Keylor Nohan Rivera Calderón..., en el sentido que el nombre de la madre de las personas ahí inscritas es “Heylin Julissa”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2009085759).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIÓN

Avisos de solicitud de naturalización

Dennys Cristina Murcia Tovar, mayor, soltera, odontóloga, colombiana, cédula de residencia 117000695836, vecina de Heredia, expediente 2827-2008. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 18 de setiembre del 2008.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(IN2009085256).

Blanca Yeny Orozco Delgadillo, mayor, soltera, operaria, nicaragüense, cédula de residencia 155803906435, vecina de San José, expediente 1987-2008. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 16 de julio del 2009.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez—RP2009132466.—(IN2009085615).

Carlos René Martínez Fuentes, mayor, soltero, mecánico, salvadoreño, cédula de residencia Nº 220-113626-5024, vecino de Heredia, expediente Nº 946-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 11 de setiembre del 2009.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(IN2009085811).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS

DIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN DE PROYECTOS ESPECIALES

Ampliación al programa anual de adquisiciones 2009

Con base en el artículo 7 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se amplía el programa anual de Adquisiciones 2009, publicado en La Gaceta Nº 9 del 14 de enero 2009, lo siguiente:

Dirección Administración Proyectos Especiales

Fuente de financiamiento: Aporte CCSS

Bien, servicio u obra

por contratar

Monto estimado

de la contratación ¢

Período estimado

(trimestre)

Compra equipo de cómputo para

la Dirección y sus Unidades de Proyecto

35.000.000,00

IV

Compra de libros

2.000.000,00

IV

Capacitación

2.000.000,00

IV

 

Unidad de Proyecto

Proyecto Red Oncológica

Fuente de financiamiento: Aporte CCSS

Bien, servicio u obra

por contratar

Monto estimado

de la contratación ¢

Período estimado

(trimestre)

Compra de software

18.360.000,00

IV

Contratación servicios de limpieza

6.600.000,00

IV

 

Unidad de Proyecto

Proyecto Hospital Dr. Calderón Guardia

Fuente de financiamiento: Aporte CCSS

Bien, servicio u obra por contratar

Monto estimado

de la contratación ¢

Período estimado

(trimestre)

Servicios de ingeniería estructural para el

proyecto tanques de almacenamiento de diesel,

oxígeno y bancada de gases médicos Hospital

Dr. Hospital Calderón Guardia

15.000.000,00

IV

 

Subárea de Gestión Administrativa y Logística.—Lic. Helen Noelia Godfrey Leal, Jefa.—1 vez.—(IN2009086738).

LICITACIONES

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000040-PCAD

Contratación de servicios de mantenimiento preventivo y atención de

averías para equipos purificadores de agua Ultra-Pure en todas las

oficinas del Banco Popular y de Desarrollo Comunal

(Consumo según demanda)

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, los invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2009LA-000040-PCAD. La apertura de ofertas se realizará en sus oficinas ubicadas en el sexto piso de la sede central, avenidas 2 y 4, calle 1, a las 10:00 horas del día 23 de octubre del 2009.

Las especificaciones, condiciones generales y especiales podrán retirarse en nuestras oficinas, previa cancelación del cartel en las cajas Nos. 12 y 13, ubicadas en el primer piso del Edificio Metropolitano. Con un horario de lunes a viernes 8:15 a. m. a 12:00 m. d. y de 1:00 p. m. a 4:00 p. m. Valor del cartel ¢1.500,00 (mil quinientos colones con 00/100).

San José, 30 de setiembre del 2009.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1 vez.—(IN2009086358).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

OFICINA DE SUMINISTROS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000050-UADQ

Compra de generador de radio frecuencia que incluye circuito

de acople conocido como Matching Network

La Oficina de Suministros, recibirá propuestas por escrito hasta las 15:00 horas del día 16 de octubre del 2009, para la contratación indicada.

Los interesados deberán retirar el cartel en la Oficina de Suministros, ubicada en Sabanilla de Montes de Oca, de las instalaciones deportivas 250 metros al este y 400 metros al norte. El cartel estará disponible en la siguiente página de Internet http://www.vra.ucr.ac.cr. cejilla OSUM, publicación de documentos.

Los interesados en participar, deberán enviar al fax: 2511-3790 o al 2511-3794 los datos de la empresa, número telefónico, fax y el nombre de la persona a quien contactar en caso necesario, el incumplimiento de este requisito exonera a la Unidad de Adquisiciones la no comunicación de prórrogas, modificaciones o aclaraciones al concurso.

Sabanilla de Montes de Oca, 01 de octubre del 2009.—Unidad de Adquisiciones.—M.B.A. Vanessa Jaubert Pazanni, Jefa.—1 vez.—Solicitud Nº 26510.—O. C. Nº 118327.—C-16340.—(IN2009086640).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000029-99999

Compra de dobladora de pliegos

La Universidad Estatal a Distancia requiere adquirir la máquina dobladora de pliegos, necesaria para enfrentar las necesidades existentes en la Editorial de la Universidad Estatal a Distancia.

La Universidad Estatal a Distancia (UNED), recibirá ofertas por escrito, hasta las 14:00 horas del martes 27 de octubre del año 2009.

Los interesados tienen el Cartel a disposición vía Internet, en forma gratuita, en el sistema de Compr@Red en la página Web del Ministerio de Hacienda, a partir de esta fecha. También pueden obtenerlo en la Oficina de Contratación y Suministros, previo pago de ¢2.000,00 (dos mil colones con cero céntimos), en las cajas de la Oficina de Tesorería, Sede Central de la UNED, sita, 800 metros este de la Rotonda de La Bandera, carretera a Sabanilla, Montes de Oca. Se atenderán consultas a los teléfonos 2527-2610, 2253-2907 y 2224-6739.

Sabanilla, 01 de octubre del 2009.—Oficina de Contratación y Suministros.—M.B.A. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—(IN2009086672).

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000032-99999

Compra de pupitres

La Universidad Estatal a Distancia requiere adquirir los pupitres de uso académico, requeridos para satisfacer las necesidades existentes en la Sede Interuniversitaria en Alajuela, de la Universidad Estatal a Distancia.

La Universidad Estatal a Distancia (UNED), recibirá ofertas por escrito, hasta las 15:00 horas del martes 27 de octubre del año 2009.

Los interesados tienen el cartel a disposición vía Internet, en forma gratuita, en el sistema de Compr@Red en la página Web del Ministerio de Hacienda, a partir de esta fecha. También pueden obtenerlo en la Oficina de Contratación y Suministros, previo pago de ¢2.000,00 (dos mil colones con cero céntimos), en las cajas de la Oficina de Tesorería, Sede Central de la UNED, sita, 800 metros este de la Rotonda de la Bandera, carretera a Sabanilla, Montes de Oca. Se atenderán consultas a los teléfonos 2527-2610, 2253-2907 y 2224-6739.

Sabanilla, 01 de octubre del 2009.—Oficina de Contratación y Suministros.—M.B.A. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—(IN2009086674).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000028-99999

Compra de papel para fotocopiadora

La Universidad Estatal a Distancia requiere adquirir el papel para fotocopiadora necesario, para satisfacer las necesidades existentes en las diferentes oficinas de la Universidad Estatal a Distancia.

La Universidad Estatal a Distancia (UNED), recibirá ofertas por escrito, hasta las 10:00 horas del martes 27 de octubre del año 2009.

Los interesados tienen el cartel a disposición vía Internet, en forma gratuita, en el sistema de Compr@Red en la página Web del Ministerio de Hacienda, a partir de esta fecha. También pueden obtenerlo en la Oficina de Contratación y Suministros, previo pago de ¢2.000,00 (dos mil colones con cero céntimos), en las cajas de la Oficina de Tesorería, Sede Central de la UNED, sita, 800 metros este de la Rotonda de la Bandera, carretera a Sabanilla, Montes de Oca. Se atenderán consultas a los teléfonos 2527-2610, 2253-2907 y 2224-6739.

Sabanilla, 01 de octubre del 2009.—Oficina de Contratación y Suministros.—M.B.A. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—(IN2009086675).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS

SUBGERENCIA DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN

Y COMUNICACIONES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000005-1150

Contratación de servicios de soporte en infraestructura de Microsoft

Se informa a los interesados que está disponible el cartel de la Licitación Abreviada Nº 2009LA-000005-1150, por concepto de “Contratación de servicios de soporte en infraestructura de Microsoft” con apertura de ofertas el 21 de octubre del 2009, a las 9:00 a. m. Valor del cartel ¢500,00. Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 01 de octubre del 2009.—Subárea Gestión de Compras.— Lic. Endry Núñez Salas, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2009086735).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

    Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2009LN-000016-PRI

Compra de Sulfato de Aluminio Granulado

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 11:00 horas del día 28 de octubre del 2009, para la “Compra de Sulfato de Aluminio Granulado”.

El archivo que conforma el cartel podrá accesarse en la página www.aya.go.cr; o bien, adquirirse previo pago de ¢500,00, en la Dirección de Proveeduría de AyA, sita en el módulo C, piso 3 del Edificio Sede del AyA en Pavas.

San José, 01 de octubre del 2009.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 2009-29.—C-12260.—(IN2009086332).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000095-PRI

Arrendamiento casa de habitación, Pérez Zeledón

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica N° 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 11:00 horas del día 14 de octubre del 2009, para el “Arrendamiento casa de habitación, Pérez Zeledón”.

Los documentos que conforman el cartel, pueden ser retirados en la Proveeduría del AyA sita en el módulo C, piso 3 del edificio Sede del AyA, ubicado en Pavas, previa cancelación de ¢500,00 o en el Web www.aya.go.cr, link Proveeduría.

San José, 30 de setiembre del 2009.—Jeniffer Fernández Guillén, Dirección Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 2009-29.—C-11580.—(IN2009086333).

DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2009LN-000020-PRI

Alquiler de edificio para el Departamento de Operación y

Mantenimiento y Oficina Cantonal de Pérez Zeledón

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 9:00 horas del día 28 de octubre del 2009, para contratar el “Alquiler de edificio para el Departamento de Operación y Mantenimiento y Oficina Cantonal de Pérez Zeledón”.

Los documentos que conforman el cartel podrán descargarse de la dirección electrónica www.aya.go.cr; o bien, retirarse en la Proveeduría del A y A, sita en el módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA ubicado en Pavas, el mismo tendrá un costo de ¢500,00.

San José, 01 de octubre del 2009.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 2009-29.—C-12260.—(IN2009086747).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000021-02

Contratación de servicios de seguridad y vigilancia para las

instalaciones del Centro Ejecutor de Desamparados

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Oriental del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 27 de octubre del 2009. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢250,00 en el Proceso de Adquisiciones y Suministros de la Unidad Regional Central Oriental, ubicado en Paseo Colón, de la Pizza Hut, 250 metros al sur, edificio Don Bosco, primer nivel o en la dirección electrónica http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles. Para más información llamar a los teléfonos 2258-1869 exts. 1113, 1060, 1064 o la dirección electrónica mvargas@ina.ac.cr.

San José, 01 de octubre del 2009.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado  Proceso de  Adquisiciones.—1 vez.—Solicitud Nº 28268.—O. C. Nº 20208.—C-9770.—(IN2009086691).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA

LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000002-MA

Remodelación del parque central de Alajuelita

La Municipalidad de Alajuelita, por medio del Departamento de Proveeduría, tiene el agrado de invitarle a participar en la siguiente Licitación Pública:

Licitación Pública 2009LN-000002-MA “Remodelación del parque central de Alajuelita”.

El cartel se podrá cancelar (dos mil colones) y retirar, en la Municipalidad, costado norte del Parque Central de Alajuelita, y las ofertas se recibirán 15 días hábiles después del día de publicación de esta invitación a las nueve horas, en el salón de sesiones de la misma.

Lic. Karla Segura Lépiz, Proveedora.—1 vez.—(IN2009086320).

MUNICIPALIDAD DE SAN PABLO DE HEREDIA

CONCURSO EXTERNO 05-2009

Coordinador del Proceso de Desarrollo y Control Urbano

Requisitos Generales:

1-  Fotografía resiente.

2-  Hoja de delincuencia al día.

3-  Fotocopia de cédula de identidad.

4-  Licenciatura en una carrera afin con la especialidad del cargo, Ingeniería o Arquitectura.

5-  De seis meses a un año de experiencia en actividades afines al puesto.

6-  Capacidad para trabajar bajo presión, habilidad para analizar, expresar y redactar ideas, amplitud de criterio, dinámico y con iniciativa, sentido de orden, actitud positiva ante el cambio, capacidad de negociación, discreto e innovador.

El proceso de Recursos Humanos recibirá currículos hasta el día 20 de octubre del 2009, a las 2:00 p. m.

San Pablo de Heredia, 30 de setiembre del 2009.—Bernardo Porras López, Proceso de Recursos Humanos.—1 vez.—(IN2009086685).

MUNICIPALIDAD DE TILARÁN

PROCESO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-01

Adquisición de una vagoneta totalmente nueva,

capacidad mínima 12 m3

La Municipalidad de Tilarán comunica a los proveedores interesados a participar en el presente concurso, que se estarán recibiendo ofertas hasta las catorce horas del 29 de octubre del 2009.

El cartel lo pueden adquirir en proveeduría municipal, segunda planta edificio municipal. Mayores detalles al 2695-5051, 2695-6240, extensión 104.

Tilarán 1º de octubre del 2009.—Lic. Shirley Ramírez Méndez, Proveedora.—1 vez.—O. C. Nº 6741.—C-7520.—(IN2009086678).

MUNICIPALIDAD DE ESPARZA

CONTRATACIÓN 2009LA-000012-01

Compra de instrumentos musicales

La Municipalidad de Esparza, estará recibiendo ofertas hasta las once horas del día 14 de octubre del 2009, para participar en este proceso de contratación. El cartel podrá ser retirado en la Proveeduría Municipal, ubicada en el Palacio Municipal 200 m al sur del Mercado Municipal en Esparza en horario de 7 a. m. a 3 p. m. de lunes a viernes, la cual no tendrá ningún costo.

Esparza, 1º de octubre del 2009.—Luis Espinoza Alfaro, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2009086681).

ADJUDICACIONES

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000132-01100

Llantas para el SINAC

Se avisa a todos aquellos interesados en la Licitación Pública 2009LN-000132-01100 para el Sistema Nacional de Áreas de Conservación que la resolución adjudicación esta disponible en el Sistema CompraRed del Ministerio de Hacienda.

Proveeduría Municipal.—Lic. Marietta Tencio Olivas, Proveedora Institucional.—1 vez.—Solicitud Nº 37567.—O. C. Nº 0002.—C-5270.—(IN2009086321).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

Se comunica a todos los interesados que el Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión 90-09, celebrada el día 29 de setiembre del 2009, dispuso adjudicar el siguiente procedimiento:

Licitación Pública Nº 2009LN-000012-PROV “Compra de jabón antibacterial líquido para dispensador en spray y toallas de papel para dispensador para secado de manos”.

A: Lemen de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-079546-03.

Línea 1: La compra de 15240 unidades de jabón líquido antibacterial para dispensador en spray. Precio unitario ¢3.800,00. Precio total: ¢57.912.000,00.

A: Promedical de Costa Rica Ltda., cédula jurídica 3-102-372096.

Línea 2: La compra 14023 cajas de 6 unidades cada una de toallas de papel para dispensador para secado de manos, marca Seriv-Class.

Precio unitario: ¢17.790,69. Precio total: ¢249.478.845,87.

Demás características y condiciones según cartel.

Al mismo tiempo dispuso, declarar infructuosa la:

Licitación Abreviada Nº 2009LA-000106-PROV “Alquiler de local para alojar la Oficina Regional del Organismo de Investigación Judicial de Upala”.

San José, 01 de octubre del 2009.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—(IN2009086351).

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-0BCCR

Adquisición de equipo de comunicación para

el Banco Central de Costa Rica

El Departamento de Proveeduría del Banco Central de Costa Rica, informa a los interesados en esta licitación que, mediante acta de adjudicación Nº 731-2009, se acordó adjudicar el presente concurso de la siguiente manera:

Renglón Nº 1: A la empresa: Desca SYS Centroamérica S. A., Adquisición de equipos de comunicación por un monto de $385.477,63

Renglón Nº 2: A la empresa: Grupo Cero Uno Zero Tecnologías S. A., adquisición de un sistema de acceso remoto por un monto de $54.664,65.

San José, 29 de setiembre del 2009.—Departamento de Proveeduría.—Rolando Protti B., Director.—1 vez.—O. C. Nº 10249.—C-9020.—(IN2009086631).

COLEGIOS UNIVERSITARIOS

COLEGIO UNIVERSITARIO DE ALAJUELA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-CUNA

Compra de equipo de cómputo

Se comunica a los interesados que el Consejo Directivo del CUNA, mediante el acuerdo Nº 2648, acta 2682-09, artículo 6.2 del 22 de setiembre del 2009, y con el aval de la Comisión de Conformación de la Universidad Técnica Nacional, adjudicó el presente concurso de la siguiente manera:

1.  Grupo Informático Costarricense S. A., cédula jurídica Nº 3-101-158355:

     Línea Nº 1: 25 computadoras, marca Blue Tech, modelo Studio 2009, $10.375,00.

     Línea Nº 2: 65 computadoras, marca Dell, modelo Optiplex 760, $52.000,00.

     Línea Nº 3: 80 monitores LCD de 43,18 cm, marca Acer, modelo V173Bb, $8.400,00.

     Total adjudicado: $70.775,00

     Garantía real: 36 meses.

     Tiempo de entrega: 21 días naturales.

     Forma de pago: La establecida en el cartel.

2.  Telecomunicaciones Radiodigitales S. A., cédula jurídica Nº 3-101-049635:

     Línea Nº 5: tres impresoras Láser, marca Lexmark, modelo E460DN, $2.040,78.

     Línea Nº 7: ocho impresoras de matriz de puntos, marca Lexmark, modelo 2580, $2.408,00.

     Total: $4.448,78

     Garantía: 12 meses.

     Tiempo de entrega: 22 días naturales.

     Forma de pago: La establecida en el cartel.

3.  Coasin Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-079786:

     Línea Nº 6: cuatro convertidores de medios de fibra óptica UTP, marca Newlink, modelo New-6210165, $1.044,32.

     Línea Nº 8: cuatro Swicht de 48 puertos 10/100/1000, marca Dlink, modelo DGS-1248T, $4.220,55.

     Línea Nº 9: un gabinete de pared, marca Newlink, modelo New-0924218, $252,51.

     Total: $5.517,38

     Garantía: 12 meses.

     Tiempo de entrega: 22 días naturales.

     Forma de pago: La establecida en el cartel.

4.  DT. División de Tecnología LIMCE S. A., cédula jurídica Nº 3-101-10128114:

     Línea Nº 10: dos Pach Panel de 48 puertos, marca Nexxt Cat5e-48 Port, $184,00.

     Total: $184,00

     Garantía: 12 meses.

     Tiempo de entrega: 22 días naturales.

     Forma de pago: La establecida en el cartel.

5.  Central de Servicios P.C. S. A., cédula jurídica Nº 3-101-096527:

     Línea Nº 4: un gabinete Enclosure, marca Dell, modelo PE-M1000e, $11.263,00.

     Línea Nº 12: dos servidores, marca Dell, modelo Power Edge M610 blade, $9.945,80.

     Total: $21.208,80

     Garantía: 36 meses.

     Tiempo de entrega: 22 días naturales.

     Forma de pago: La establecida en el cartel.

     Monto total adjudicado: $102.133,96 (ciento dos mil ciento treinta y tres dólares con 96/100).

Se declara infructuosa la línea Nº 11, que corresponde 3 impresoras de inyección a tinta, debido a que ninguna empresa las ofertó.

Todo lo demás de acuerdo al cartel, aclaraciones y oferta.

30 de setiembre del 2009.—Lic. Marcelo Prieto Jiménez, Decano.—1 vez.—(IN2009086648).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE LOGÍSTICA

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000047-1142

Rollo de papel grado médico

El ítem único de este concurso se adjudicó a la empresa Especialistas en Esterilización y Envase de Costa Rica S. A., por un monto total de USD $134.657,60 (ciento treinta y cuatro mil seiscientos cincuenta y siete dólares con sesenta centavos). Vea detalles y mayor información en la página Webb http://www.ccss.sa.cr.

San José, 30 de setiembre del 2009.—Subárea de Adjudicaciones y Contratos.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—Solicitud Nº 2112.—O. C. Nº 1142.—C-10520.—(IN2009086328).

LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000011-1142

Jeringa descartable para Insulina de 100 UD

El ítem único de este concurso se adjudicó a la empresa Becton Dikinson de México S. A. C.V. representada por Representaciones Esquivel S. A., por un monto total de USD $570.000,00 (quinientos setenta mil dólares exactos). Vea detalles y mayor información en la página Webb http://www.ccss.sa.cr.

San José, 30 de setiembre del 2009.—Subárea de Adjudicaciones.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—Solicitud Nº 2112.—O. C. Nº 1142.—C-9020.—(IN2009086329).

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000039-1142

Recolector portátil de datos Hand Held

El ítem único de este concurso se adjudicó a la empresa Corporación Font S. A., por un monto total de USD $153.210,00 (ciento cincuenta y tres mil doscientos diez dólares con 00/100). Vea detalles y mayor información en la página Web http://www.ccss.sa.cr.

San José, 30 de setiembre del 2009.—Subárea de Adjudicaciones y Contratos.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—Solicitud Nº 2112.—O. C. Nº 1142.—C-9020.—(IN2009086330).

HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN NACIONAL 2009LN-000001-2101

Adalimumab 40 mg solución para inyección jeringa prellenada

y Etanercept 25 mg frasco ampolla inyectable

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr. R. A. Calderón Guardia, le comunica a los interesados en este concurso, que se resuelve adjudicar el mismo de la siguiente manera:

Empresa adjudicada (ítem Nº 1): Cefa Central Farmacéutica S. A.

Monto total adjudicado: $264.600,00.

Monto en letras: doscientos sesenta y cuatro mil seiscientos dólares con 00/100.

Tiempo de entrega: Primera entrega: 336 unidades en 03 días hábiles máximo. Segunda entrega: 168 unidades 45 días naturales después de la primera entrega.

Garantía: 22 meses de estabilidad.

Todo de acuerdo al cartel y a la oferta presentada.

Empresa adjudicada (ítem Nº 2): Droguería Intermed S. A.

Monto total adjudicado: $582.552,00.

Monto en letras: quinientos ochenta y dos mil quinientos cincuenta y dos dólares con 00/100.

Tiempo de entrega: Primera entrega: 408 Frascos en 03 días hábiles máximo.

Segunda entrega: 408 Frascos 15 días naturales después de la primera entrega. Demás entregas: 480 frascos en forma mensual hasta completar la totalidad del producto adjudicado.

Todo de acuerdo al cartel y a la oferta presentada. Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 01 de octubre del 2009.—Subárea de Contratación Administrativa.—Msc. Dennys Miranda Boza, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2009086692).

REGIÓN HUETAR ATLÁNTICA-HOSPITAL DE GUÁPILES

SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA EN PLAZA 2009LA-000002-2602

Se comunica a los interesados que por resolución de la Dirección General de este centro hospitalario, el concurso que se detalla fue adjudicado de la siguiente manera:

Licitación Abreviada en plaza 2009LA-000002-2602.

Ítem

Descripción

Precio total

anual

Casa comercial

adjudicada

1

Suministro de gases

medicinales varios

¢67.601.320,00

Praxair Costa Rica S. A

2

Alquiler de concentradores

de oxígeno

$18.000,00

INFRA G.I. de Costa Rica S. A

 

Para cualquier consulta el expediente de trámite respectivo podrá ser revisado en esta subárea en el transcurso de los tres días hábiles posteriores a la presente publicación.

Erika Villalobos Agüero.—1 vez.—(IN2009086725).

GERENCIA DE LOGÍSTICA

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000068-1142

Polistireno Sulfonato Sódico

El ítem único de este concurso se adjudicó a la empresa Sanofi Aventis de Panamá S. A., por un monto total de USD $342.800,00 (trescientos cuarenta y dos mil ochocientos dólares exactos). “Vea detalles y mayor información en la página Web http://www.ccss.sa.cr.

San José, 01 de octubre del 2009.—Subárea de Adjudicaciones y Contratos.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—Solicitud Nº 2112.—O. C. Nº 1142.—C-9770.—(IN2009086729).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

     Y ALCANTARILLADOS

DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000036-PRI

Servicio de mantenimiento de zonas verdes edificio

sede Liberia y Plantel El Capulín

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, cédula jurídica 4-000-042138, comunica que mediante Resolución de Subgerencia General Nº 2009-815 del 18 de setiembre del 2009, se declara infructuosa la Licitación Abreviada 2009LA-000036-PRI “Servicio de mantenimiento de zonas verdes edificio sede Liberia y Plantel El Capulín”.

San José, 01 de octubre del 2009.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 2009-29.—C-8180.—(IN2009086749).

SERVICIO NACIONAL DE AGUAS SUBTERRÁNEAS

     RIEGO Y AVENAMIENTO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000002-OC

Rehabilitación de la red de drenajes en los Asentamientos

de IDA en el eje Palmar Sur-Río Claro

El Servicio Nacional de Aguas Subterráneas Riego y Avenamiento, SENARA se permite comunicar el acuerdo número 3834, tomado por la Junta Directiva de SENARA, en sesión extraordinaria Nº 275-09, celebrada el día 23 de setiembre del 2009.

Acuerdo Nº 3834. Con base en la resolución R-DCA-117-2009 de la Contraloría General de la República y el análisis técnico INDEP-RBRUN-048-2009, se adjudica la Licitación Pública Nº 2008LN-000002-OC “Rehabilitación de la red de drenajes en los Asentamientos de IDA en el eje Palmar Sur-Río Claro” a la empresa Constructora Hermanos Brenes S. A., por un monto de ¢583.197.250,00 (quinientos ochenta y tres millones ciento noventa y siete mil doscientos cuarenta mil colones con 00/100), con un plazo de entrega de 240 días, contados a partir de la fecha en que el SENARA de la orden de inicio. Esta oferta es la única oferta elegible, cumple con todos los requisitos legales, técnicos y financieros de la contratación y el precio se considera razonable. Acuerdo firme.

Unidad de Servicios Administrativos.—Lic. Xinia Herrera Mata, Coordinadora.—1 vez.—(IN2009086634).

INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL

ADMINISTRACIÓN DE BIENES

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000017-IMAS

Arrendamiento de local para ubicar las oficinas del CEDES

(Centro de Desarrollo Económico y Social) de Paquera

Se comunica a los interesados en la Licitación de referencia que mediante oficio SGAF-949-09-2009 del 30 de setiembre del 2009, se adjudica la presente licitación a la Sra. Marilyn Barboza Mojica, por un costo de arrendamiento mensual de ¢250.000,00 (Doscientos cincuenta mil colones exactos).

San José, 01 de octubre del 2009.—MBA. Ramón Alvarado G., Proveedor General.—1 vez.—(IN2009086720).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000002-IMAS

Contratación de servicios de seguridad y vigilancia

Se comunica a los interesados en la Licitación en referencia que mediante Acuerdo del Consejo Directivo Nº 355-09 del 28 de setiembre del 2009 se adjudica a la empresa Seguridad Camarias S. A., según detalle:

Línea

Descripción

Monto mensual ¢

1

Edificio Central

3.040.000,00

2

Edificio Central

293.000,00

3

Gerencia Regional Huetar Norte

1.520.000,00

4

CEDES Turrialba

l.300.000,00

5

CEDES Nicoya

1.300.000,00

6

CEDES Cañas

1.300.000,00

7

CEDES Santa Cruz

1.300.000,00

8

Bodega Tibás

1.520.000,00

9

Bodega Aeropuerto

1.520.000,00

10

Transportes

1.520.000,00

11

Finca La Garita

1.520.000,00

12

CEDES Grecia

1.520.000,00

13

CEDES San Ramón

1.520.000,00

14

CEDES Upala

1.300.000,00

15

CEDES Acosta

1.520.000,00

16

Bodegas Centrales

1.520.000,00

17

Gerencia Regional Cristo Rey

1.520.000,00

18

Local Avancemos

1.300.000,00

Total mensual

26.333.000,00

Total anual

315.996.000,00

 

Se le recuerda a la empresa adjudicada la obligatoriedad de presentar la garantía de cumplimiento solicitada en el cartel, la cual corresponde al 7% del monto total adjudicado, en un plazo de 5 días hábiles siguientes a la firmeza del acto de adjudicación.

01 de octubre del 2009.—MBA. Ramón Alvarado G., Proveedor General.—1 vez.—(IN2009086723).

LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000003-IMAS

Adquisición de implementos escolares destinados a estudiantes

de escuelas PROMECUM, territorios indígenas

 y algunas unidocentes

Se comunica a los interesados en la licitación de referencia, que mediante Acuerdo del Consejo Directivo CD-353-09, artículo segundo, acta Nº 071-09 del 28 de setiembre del 2009, se adjudica la licitación referida, según lo siguiente:

Línea

Detalle

Marca

Proveedor

Costo

unitario ¢

Costo total ¢

1

Tajador

Cantidad:

100.000

Barrilito

Jiménez & Tanzi

S. A.

60.00

6.000.000.00

2

Borrador

Cantidad:

100.000

Pelikan

Global Pen

S. A.

26.00

2.600.136.00

3

Lapicero Azul

Cantidad:

100.000

Pentel BK

417-C

Corporación Vado Quesada

S. A.

175.00

17.500.000.00

4

Lapicero Rojo

Cantidad:

100.000

Pentel BK

417-C

Corporación Vado Quesada

S. A.

175.00

17.500.000.00

5

Lápiz de

mina negra

Cantidad:

100.000

Dixon

Jiménez & Tanzi

S. A.

27.50

2.750.000.00

6

Caja de lápices

de color

Cantidad:

100.000

Facela

Corporación Vado Quesada

S. A.

473.00

47.300.000.00

7

Juegos de

Geometría

Cantidad:

100.000

Artesco cristal

Sauter Mayoreo

S. A.

185.00

18.500.000.00

8

Cartuchera

Cantidad:

100.000

VQ

Corporación Vado Quesada

S. A.

322.00

32.200.000.00

 

Monto total adjudicado: ¢144.350.136,00 (ciento cuarenta y cuatro millones trescientos cincuenta mil ciento treinta y seis colones exactos).

Se le recuerda a los adjudicatarios que de conformidad con lo solicitado en el cartel, deben rendir garantía de cumplimiento equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado, en un plazo de 5 días hábiles siguientes a la firmeza del acto de adjudicación.

San José, 01 de octubre del 2009.—MBA. Ramón Alvarado G., Proveedor General.—1 vez.—(IN2009086724).

AVISOS

BN VITAL OPERADORA DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS

DEL BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

UNIDAD DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2009LN-000001-BNV01UCA

Compra, instalación y configuración de solución computacional

de reemplazo de plataforma ALPHA en ambientes

de producción y desarrollo

BN Vital O. P. C. S. A., hace del conocimiento de los interesados de esta Licitación Pública, que el Comité de Licitaciones, en el artículo 3, de la sesión ordinaria Nº 9 celebrada el 29 de setiembre del 2009, acordó: adjudicar a la empresa Sonda Tecnologías de Información de Costa Rica S. A., la licitación mencionada, por un monto de la solución de $449.955,66 y por un monto del mantenimiento post-garantía de $87.600,00.

San José, 30 de setiembre del 2009.—Unidad de Contratación Administrativa.—Ericka Araya Arroyo, Encargada.—1 vez.—(IN2009086325).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE CARTAGO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000011-MUNIPROV

Compra e instalación de un elevador y construcción de rampas

y obras complementarias para el uso de personas

con discapacidad a ubicar en el costado este

del vestíbulo del edificio municipal, bajo

la normativa de la Ley 7600

A los interesados en esta licitación se les hace saber que el Concejo Municipal del Cantón Central de Cartago en Acta Nº 260-09, artículo Nº 12 de sesión celebrada el 22 de setiembre del 2009, acordó declarar infructuoso este proceso licitatorio.

Guillermo Coronado Vargas, Jefe de Proveeduría.—1 vez.—RP2009132917.—(IN2009086571).

MUNICIPALIDAD DE OSA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-01

Construcción de pavimento flexible en el acceso principal

del Distrito de Bahía Ballena

El Concejo Municipal de Osa, en sesión ordinaria número 36-2009, celebrada el día 23 de setiembre del 2009 en el capítulo VII de acuerdos y mociones, en acuerdo número 4 se aprueba de manera definitiva lo siguiente:

Se acuerda adjudicar a la empresa Quebradores del Sur de Costa Rica S. A., con número de cédula jurídica 3-101-185750 por la suma de ¢398.743.257,73 (trescientos noventa y ocho millones setecientos cuarenta y tres mil doscientos cincuenta y siete colones con 73/100) y se ordena a la administración efectuar la contratación y pago correspondiente una vez efectuada la aprobación interna del Departamento de Servicios Jurídico o se cuente con el refrendo del contrato respectivo por parte de la Contraloría General de la República de Costa Rica según corresponda.

Ciudad Cortés, 30 de setiembre del 2009.—Jorge Alberto Cole De León, Alcalde.—1 vez.—(IN2009086687).

FE DE ERRATAS

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000125-PROV

(Prorroga Nº 1)

Compra de un terreno en el distrito de San Antonio de Puriscal

El Departamento de Proveeduría comunica a todos los potenciales proveedores interesados en participar en el procedimiento de referencia, que debido al recurso de objeción interpuesto ante la Administración, el vencimiento para recepción de ofertas se prorroga para las 10:00 horas del día 15 de octubre del 2009, en caso de haber modificaciones se estarán comunicando una vez que se resuelva dicha objeción y a partir de esta publicación.

San José, 30 de setiembre del 2009.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa del Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—(IN2009086352).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE ADQUISIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000087-1142

(Aclaración)

A los interesados en participar en el presente concurso se les aclara que se debe leer correctamente:

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000088-1142

Subárea de Carteles.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—Solicitud Nº 2112.—O. C. Nº 1142.—C-6020.—(IN2009086331).

2009LN-000021-1142

(Aviso Nº 3)

Temozolamida 100 mg

A los interesados en el presente concurso se les comunica que se prorroga para el día 16 de octubre del 2009 a la 11:00 horas.

El resto del cartel permanece invariable.

Ver detalle en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 01 de octubre del 2009.—Subárea de Carteles.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—Solicitud Nº 2112.—O. C. Nº 1142.—C-9020.—(IN2009086728).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

    Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000057-PRI

Servicios profesionales en enfermería

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (A y A), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se activa nuevamente el presente procedimiento, fijándose la nueva fecha de apertura hasta las 09:00 horas del día 14 de octubre del 2009, para los “Servicios profesionales en enfermería”.

Demás condiciones permanece invariables.

San José, 01 de octubre del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 2009-29.—C-7500.—(IN2009086748).

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-01

Contratación de servicios profesionales

de notarios externos

El Instituto de Desarrollo Agrario, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 178 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, comunica: Que debido a que la Licitación Pública Nº 2009LN-000001-01 fue apelada ante la Contraloría General de la República, se solicita a los oferentes prorrogar la garantía de participación y la vigencia de la oferta en 65 días hábiles adicionales a los 60 días hábiles solicitados en el cartel. Se aclara que en el caso de la garantía de participación, si la misma se hizo en efectivo o en certificado de depósito a plazo, no es necesario hacer la prórroga, salvo que se le haya puesto vencimiento en la oferta.

Área Contratación y Suministros.—Rafael Fernández Bolaños, Jefe.—1 vez.—(IN2009086670).

REGLAMENTOS

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

En sesión ordinaria de Junta Directiva Nº 5597, artículo 5, Inciso IX, celebrada el día 25 de agosto del 2009, se tomó el siguiente acuerdo que textualmente dice:

Se acuerda: A) Con fundamento en el oficio Nº AL-1633-2009; suscrito por la Asesoría Legal, y de conformidad con los oficios AG-705-2007 y AG-1308-07 de la Auditoría General y el oficio G-2779-2007 de la Gerencia General, aprobar el siguiente Reglamento Institucional para la Administración de Pasajes Aéreos Nacionales e Internacionales:

REGLAMENTO INSTITUCIONAL PARA LA ADMINISTRACIÓN

DE PASAJES AÉREOS NACIONALES E INTERNACIONALES

Artículo 1º—El presente Reglamento regula la administración de los pasajes aéreos internacionales que le corresponden al Instituto Costarricense de Turismo como accionista de la Compañía Líneas Aéreas Costarricenses, Sociedad Anónima y con fundamento en los derechos accionarios propiedad del Estado que le fueron traspasados según lo dispuesto en el artículo 67, inciso b) de la Ley Orgánica del Instituto Costarricense de Turismo, Ley Nº 1917 del 30 de junio de 1955, así como los pasajes aéreos nacionales e internacionales que le son otorgados en virtud de los contratos turísticos suscritos por las empresas de transporte aéreo al amparo de la Ley de Incentivos para el Desarrollo Turístico, Ley Nº 6990 del 5 de julio de 1985.

Artículo 2º—La autorización y emisión de los pasajes deberá ser aprobada por la Gerencia General del Instituto Costarricense de Turismo y/o por la Presidencia Ejecutiva, previa recomendación técnica de la Comisión Evaluadora de Solicitudes de Pasajes Aéreos y ajustarse a las finalidades y funciones establecidas para el Instituto en los artículos 4 y 5 de la Ley Nº 1917 del 29 de julio de 1955, Ley Orgánica de la Instituto Costarricense de Turismo.

Artículo 3º—La Gerencia General deberá informar trimestralmente a la Junta Directiva sobre el número, destinos, beneficiarios y cualquier otra información que considere pertinente, de los pasajes aéreos nacionales e internacionales cuyo otorgamiento sea aprobado. Dicho informe de la Gerencia General deberá ser rendido a la Junta Directiva, dentro de los primeros quince días de los meses de marzo, junio, setiembre y diciembre y seguirá el procedimiento establecido en el artículo 14 del presente reglamento.

Artículo 4º—Se crea la Comisión Evaluadora de Solicitudes de Pasajes Aéreos la que tendrá a su cargo el análisis técnico de la conveniencia y oportunidad de aprobar la autorización y emisión de los pasajes aéreos a que se refiere este Reglamento.

Artículo 5º—La Comisión Evaluadora de Solicitudes de Pasajes Aéreos estará integrada de la siguiente manera:

a)  El Líder del Macroproceso de Mercadeo o su representante, quien la presidirá.

b)  El Líder del Macroproceso de Planeamiento o su representante.

c)  El Líder del Macroproceso Administrativo Financiero o su representante.

En cualquier momento y a criterio de la Comisión Evaluadora de Solicitudes de Pasajes Aéreos, se podrá llamar a cualquier otro funcionario de la Institución a comparecer a la misma, a efecto de que brinde la información y el apoyo que se estimen necesarios para una mejor resolución de los casos en los que se requiera de su criterio técnico.

Artículo 6º—La Comisión Evaluadora de Solicitudes de Pasajes Aéreos se reunirá en forma ordinaria una vez a la semana y en forma extraordinaria cuando su Presidente así lo convoque.

Artículo 7º—El quórum se formará con la presencia de al menos dos de sus miembros y las votaciones se tomarán por mayoría simple en caso que se encuentren presentes todos sus miembros.

Artículo 8º—Salvo en el caso de los miembros de la Junta Directiva del Instituto, el o la Gerente General y el o la Auditora General, donde el otorgamiento de pasajes aéreos a los que se refiere este reglamento será de resorte exclusivo de dicha Junta Directiva, la Comisión Evaluadora de Solicitudes de Pasajes Aéreos, previo criterio técnico del Macroproceso de Mercadeo, podrá recomendar el otorgamiento de los pasajes en los siguientes casos, todos en misiones de interés para el desarrollo turístico del país:

a)  Personeros de la industria turística privada y de prensa.

b)  Personeros y delegaciones turísticas, artísticas, culturales, científicas, deportivas o profesionales, que directamente contribuyan al cumplimiento del fin específico de la Institución, a saber, la promoción del país como destino turístico, en aquellos mercados meta y nichos identificados en el Plan Estratégico de Mercadeo Turístico y la promoción del turismo nacional (interno) como segmento estratégico dentro del desarrollo del turismo de nuestro país. El Instituto Costarricense de Turismo determinará en cada caso si el evento o actividad en la que participará el solicitante representa una importante oportunidad de exposición de la marca Costa Rica. Otros casos que no estén incluidos dentro de los mercados meta, podrán ser analizados individualmente por la Comisión Evaluadora. Toda aprobación deberá de llevar una recomendación razonada por parte del Ministerio de Cultura, el ICODER o las cámaras de turismo, según corresponda en cada caso.

c)  Periodistas, agentes de viajes, y personalidades invitadas para el mejoramiento del producto turístico, capacitación o familiarización.

d)  Estudiantes y funcionarios públicos en viajes al exterior, para participar en programas de capacitación turística de beneficio para el Sector, que no comprendan la financiación de pasajes.

e)  Profesores y expertos que brindan capacitación o asesoría técnica de interés para el sector turismo.

En el caso de los funcionarios del Instituto que requieran de pasajes para viajes dentro o fuera del país, por motivo de su cargo, la aprobación de los mismos será competencia directa de la Gerencia General.

Artículo 9º—Todas las solicitudes de pasajes deberán darse en un formulario que incluirá al menos la siguiente información:

a)  Persona física o jurídica que formula la solicitud.

b)  Nombre y apellidos de las personas que harán uso de los pasajes.

c)  Número de cédula o pasaporte de las personas que harán uso de los pasajes. Debe adjuntarse fotocopia simple y legible de ambos documentos de identificación a la solicitud.

d)  Currículo del o los interesados en el uso de los pasajes.

e)  Puesto e Institución en la que se desempeña.

f)   Ruta.

g)  Fecha de salida y fecha de ingreso.

h)  Justificación de la solicitud y propósito del viaje.

i)   Demostración documental e información sobre los objetivos, programa, enfoque y organizadores del evento y de la invitación o aceptación del participante en él.

j)   Fecha y firma de recomendación.

k)  Número de autorización y cantidad de derechos.

l)   Demostración mediante documento fidedigno, de que el solicitante disfruta de la visa de entrada al país correspondiente si ésta es requerida en la ruta o destino del pasaje a solicitar.

ll)  Designación de la persona responsable de rendir el informe final al que se refiere el artículo 12 del presente reglamento, de parte del beneficiario.

Las solicitudes de pasajes deberán observar además, lo dispuesto en la Guía de Requisitos aprobada institucionalmente al efecto y que se entenderá como parte integrante del presente reglamento.

Toda solicitud deberá canalizarse por medio de la Unidad de la Institución más afín con el motivo del viaje con el propósito de que la misma evalúe y emita su recomendación motivada ante la Comisión Evaluadora de Solicitudes de Pasajes Aéreos. Lo anterior en forma previa al rendimiento del criterio técnico por parte del Proceso de Promoción, según lo establecido en el párrafo primero del artículo 8 del presente reglamento.

Artículo 10.—Los boletos para ser usados por otras instituciones, órganos, dependencias, poderes, y empresas del Estado y por particulares, se otorgarán bajo los requisitos que se indican a continuación:

a)  En el caso de funcionarios, de órganos, instituciones, dependencias, poderes y empresas del Estado, deberá elaborarse previamente un convenio en que se especifiquen claramente los fines para los cuales se permite la utilización de los pasajes y las condiciones de sus transferencias. Asimismo, deberá existir una relación efectiva entre el motivo del viaje y la naturaleza de los cargos desempeñados por los funcionarios de que se trate.

b)  En el caso de particulares, para el otorgamiento de pasajes se tendrá que demostrar fehacientemente, que viajarán con el propósito de efectuar alguna actividad de interés para el desarrollo turístico del país.

Artículo 11.—Cuando el otorgamiento de pasajes sea aprobado a personas o grupos que desarrollen actividades de índole artística, cultural o deportiva, éstos deberán asumir el compromiso de retribuir al Instituto Costarricense de Turismo dicho beneficio mediante la prestación de una presentación acorde a la naturaleza de su actividad o bien, la prestación de un evento de capacitación, promoción o divulgación en la materia de la disciplina o actividad que practique, lo que deberá brindarse de forma gratuita, a costo del beneficiado y en el tiempo y forma que el Instituto señale.

La anterior retribución será rendida por el usuario beneficiado, en una proporción de un evento por cada solicitud aprobada, sea ésta individual o grupal.

El Macroproceso de Mercadeo será la instancia encargada de la administración del sistema de retribuciones de los boletos aéreos otorgados y de coordinar las acciones pertinentes de su fiscalización con el Macroproceso Administrativo Financiero.

Artículo 12.—El usuario de boletos aéreos otorgados por medio de este Reglamento, deberá presentar a la Gerencia General, un informe escrito, detallando los resultados de su viaje, a más tardar un mes después de su regreso al país. En los casos en que por la naturaleza del viaje o las características del usuario, exista un interés directo del I.C.T. en su debida ejecución y en los que a tal usuario no le es posible la rendición del informe de modo personal, como sucede en viajes de periodistas, inversionistas, banqueros, representantes de Gobiernos, agentes de viajes, mayoristas y similares no costarricenses, corresponderá al funcionario del Instituto encargado de la programación del evento, constatar el cumplimiento de los fines para los cuales fueron otorgados el o los boletos aéreos.

Artículo 13.—Si el informe indicado en el artículo anterior no es presentado en el plazo que se fija sin existir causa justificada que así lo excuse, el I.C.T. se reserva el derecho de denegar cualquier otra solicitud que sea presentada por el sujeto incumpliente.

Artículo 14.—El Macroproceso Administrativo Financiero, asignará a un funcionario la tarea de llevar un registro numérico de las solicitudes autorizadas, velando porque los requisitos normales sean debidamente cumplidos. Se procederá a rendir a la Gerencia en forma trimestral, un informe de las solicitudes emitidas, con número y fecha de autorización, ruta, cantidad de derechos, justificación, lista de personas a quienes se les extendió y saldo actualizado de derechos y de las retribuciones efectuadas a favor del Instituto, según lo que se dispone en el artículo 11 del presente reglamento. Dicho informe deberá rendirse dentro de los últimos quince días de los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre de cada año, sin detrimento que la Junta Directiva, la Presidencia Ejecutiva o la Gerencia General soliciten un informe en cualquier momento.

Artículo 15.—Para el caso específico de los pasajes aéreos internacionales que le corresponden al Instituto Costarricense de Turismo como accionista de la Compañía Líneas Aéreas Costarricenses, el Macroproceso Administrativo Financiero del Instituto Costarricense de Turismo, verificará el control indicado en el artículo anterior, conciliándolo con el detalle de pasajes emitidos, recibido de LACSA y consignando los datos necesarios de las solicitudes autorizadas pendientes de presentar para la emisión de los pasajes a saber:

a)  Número de autorización.

b)  Fecha de autorización.

c)  Ruta.

d)  Cantidad de derechos.

e)  Nombre y apellidos de la persona a quien se extendió.

f)   Número de cédula o pasaporte.

g)  Puesto e Institución en que se desempeña.

h)  Razones y propósito para los cuales le fueron otorgados.

i)   Copia del Informe presentado por el beneficiario.

Lo anterior lo hará del conocimiento de la Gerencia dentro de los plazos señalados en el artículo anterior y emitirá las observaciones, conclusiones y recomendaciones sobre aspectos de forma o fondo que juzgue pertinentes.

La Gerencia, una vez conocido y revisado el Informe Trimestral conciliado, lo remitirá a la Junta Directiva para lo que corresponda.

Artículo 16.—Se deroga el Reglamento para Administración de los Pasajes Internacionales que Corresponden al I.C.T., en la Compañía Líneas Aéreas Costarricenses S. A., publicado en La Gaceta Nº 68 del 9 de abril de 1997 y sus reformas.

Artículo 17.—Rige a partir de su publicación.

Aprobado por la Junta Directiva del I.C.T., en Sesión Ordinaria Nº ……., artículo ……, inciso …… de …. de …. del 2009.

B) Instruir a la Administración proceda con su respectiva publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Junta Directiva.—Lic. Hannia Ureña Ureña, Secretaria.—1 vez.—Solicitud Nº 12829.—O. C. Nº 11895.—C-132020.—(IN2009086134).

INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN DEL PROGRAMA

AVANCEMOS EN EL IMAS

SECCIÓN PRIMERA

Generalidades

Artículo 1º—Objeto del reglamento. Regular la participación del Instituto Mixto de Ayuda Social en el Programa Avancemos por medio de un instrumento reglamentario que se ajuste al marco normativo institucional y general. El Programa es de carácter interinstitucional por lo que este Reglamento aplica al IMAS y establece su relación con las otras instituciones participantes.

Artículo 2º—Unidad Responsable de la aplicación del presente reglamento. La Subgerencia de Desarrollo Social será responsable de establecer las directrices generales y mecanismos operativos internos con base en las políticas y lineamientos generales emitidos por la Rectoría del Sector Social y de Lucha contra la Pobreza y el Consejo Directivo del IMAS, permitiendo un ágil y debido control de los servicios y transferencias monetarias condicionadas por medio de sus instancias estratégicas y sus unidades ejecutoras. Corresponderá a las demás dependencias institucionales colaborar, asesorar y apoyar en su implementación, ejecución, control, seguimiento y evaluación.

Artículo 3º—Definiciones. Para los efectos de ejecución del programa Avancemos, se aplicarán las definiciones que se establecen en el Reglamento para la prestación de servicios y el Otorgamiento de Beneficios del IMAS, el documento del Plan Estratégico Institucional y el documento del Modelo de Intervención aprobados.

SECCIÓN SEGUNDA

Del programa avancemos

Artículo 4º—Naturaleza del Programa Avancemos. Programa Social Selectivo de carácter interinstitucional que consiste en una Transferencia Monetaria Condicionada, que involucra la participación de las siguientes instituciones: la Rectoría del Sector Social y de Lucha contra la Pobreza, Ministerio de Educación Pública (MEP), Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), Dirección de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (DESAF) del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), el Fondo Nacional de Becas (FONABE) y cualquier otra Institución que la Rectoría designe.

Artículo 5º—Rectoría. Que por Decreto Ejecutivo 34741-MP-PLAN del 17 de setiembre de 2008, se modificó el inciso a) del artículo 5º del Decreto Ejecutivo Nº 34582-MP-PLAN del 4 de junio de 2008, denominado Reglamento Orgánico del Poder Ejecutivo, estableciéndose que el Sector Social y de Lucha contra la Pobreza estará bajo la rectoría de la Ministra de Salud.

La Rectoría del Sector Social y de Lucha contra la Pobreza es la instancia que se encarga de definir y conducir las estrategias y las políticas públicas del Sector Social y asegurar que estas sean cumplidas; orientando las acciones hacia la sostenibilidad y mejoramiento constante de la calidad de vida de la población, en especial aquella que vive en condiciones de pobreza, vulnerabilidad, exclusión y/o riesgo social.

Artículo 6º—Objetivo del Programa Avancemos. Promover la permanencia y reinserción de adolescentes y jóvenes en el Sistema Educativo Formal de Secundaria, prioritariamente entre los doce y los veinticinco años de edad, pertenecientes a familias que viven en condición de pobreza (tomando en consideración las diferentes segregaciones de dicho concepto, tales como pobreza extrema, vulnerabilidad, riesgo, exclusión social y pobreza coyuntural), así cómo incentivar otras prácticas importantes para su desarrollo las cuales serán incorporadas al Programa por medio de condicionalidades y lineamientos de la Secretaría Técnica del Programa.

Artículo 7º—El Programa contempla los siguientes componentes:

a)  Transferencia Monetaria Condicionada a cargo del IMAS.

b)  Oferta educativa y formativa a cargo del MEP y del INA. En el caso del MEP esta consistirá en promover acciones dirigidas a su mejoramiento y realizar mejoras en la infraestructura física de los Centros Educativos; y de parte del INA, dicha oferta dependerá de su plan institucional para el Programa Avancemos.

Artículo 8º—Ente Responsable. Según el Decreto Nº 34786-MP-S-MEP, corresponderá al Instituto Mixto de Ayuda Social, ser el único ente responsable de la administración de los recursos de las Transferencias Monetarias Condicionadas que forman parte del Programa denominado Avancemos y de trasladarlos a las familias que se encuentren en pobreza, tomando en cuenta otras segregaciones de este concepto, tales como pobreza coyuntural, vulnerabilidad, exclusión o riesgo social, aplicando una intervención descentralizada y bajo un criterio de desconcentración y regionalización por medio de sus Áreas Regionales de Desarrollo Social.

Artículo 9º—Financiamiento. El Programa Avancemos se financia con recursos provenientes del Gobierno de la República, los cuales han sido aprobados por la Asamblea Legislativa en los Presupuestos Ordinario y/o Extraordinarios anuales y cualesquiera otras fuentes de financiamiento que se establezcan:

SECCIÓN TERCERA

Beneficiarios (as) de la transferencia monetaria condicionada

Artículo 10.—Perfil de las familias beneficiarias. Son sujetos de los servicios del Programa las siguientes familias:

a)  Familias con adolescentes y jóvenes de ambos sexos entre los doce y los veinticinco años de edad, matriculados en el sistema educativo formal en secundaria, en cualquiera de sus modalidades, que viven en condiciones de pobreza, tales como pobreza extrema, pobreza coyuntural, riesgo, vulnerabilidad y exclusión social, que necesiten apoyo económico para mantenerse o reinsertarse en el sistema educativo a nivel de secundaria.

b)  Familias beneficiarias del programa Avancemos que con anterioridad a la entrada en vigencia de este Reglamento tengan estudiantes mayores de veinticinco años, indistintamente que hayan sido atendidos por FONABE o IMAS.

c)  Familias con adolescentes y jóvenes que hayan sido beneficiados por FONABE por medio de su sistema de becas regulares y no por Avancemos, que cursen el sexto grado de primaria, recibirán la transferencia monetaria condicionada por parte de Avancemos al ingresar a sétimo año.

Artículo 11.—Selección de los beneficiarios (as): Los (as) beneficiarios (as) del Programa deben cumplir los siguientes criterios de selección:

a)  Ser estudiante de secundaria activo (matriculado en los niveles académicos de sétimo a duodécimo inclusive) y pudiendo repetir el curso lectivo siempre y cuando no repita el mismo nivel  una segunda vez.

b)  Contar con la Ficha de Información Social debidamente registrada en el Sistema de Información de la Población Objetivo vigente, sin que sea necesario efectuar la actualización de las variables de las familias durante el plazo de vigencia de la Ficha de Información Social para este programa.

c)  Cumplir con los parámetros de calificación establecidos por el IMAS, dentro de los cuales está el criterio técnico del (la) funcionario (a) competente.

d)  Atender con prioridad a familias en mayores condiciones de pobreza, vulnerabilidad, exclusión, riesgo social y pobreza coyuntural.

e)  Cumplir con los requisitos familiares específicos que están estipulados para este Programa.

f)   Ser estudiante de sétimo año que en sexto grado contó con beca del FONABE, según base de datos remitida por esa Institución.

g)  Estar registrado en las bases de datos remitida por FONABE, según Decreto 34786-MP-S-MEP.

Artículo 12.—De la identificación y referencia de potenciales beneficiarios (as):

El IMAS por medio de las Áreas Regionales de Desarrollo Social recibirá referencia de potenciales beneficiarios (as) de parte de las otras instituciones que participan en el Programa o de otras organizaciones, las cuales serán atendidas según los criterios, parámetros y procedimientos institucionales establecidos para tales efectos.

Artículo 13.—De la calificación de los beneficiarios: La población beneficiaria deberá estar calificada en condición de pobreza según las pautas de selección de beneficiarios definidas por la Subgerencia de Desarrollo Social. Dentro de este grupo, se considerará a la población que se encuentra en condición de pobreza extrema, riesgo, vulnerabilidad social, exclusión y pobreza coyuntural.

Para efectos de la calificación se deberá aplicar la ficha de información social (FIS) a las familias sujetas al beneficio y se excluye de este trámite a los estudiantes trasladados por FONABE según Decreto 34786-MP-S-MEP. Posteriormente a estos estudiantes se les aplicará este instrumento para efectos de registro y calificación. Si se evidencia una causal justificable se revocará la transferencia monetaria condicionada.

Artículo 14.—Requisitos para la apertura del expediente y para el trámite de la transferencia monetaria condicionada. Las Áreas Regionales de Desarrollo Social, solicitarán los siguientes requisitos:

a)  Documento que demuestre la matrícula y el nivel académico que cursa el o los estudiantes en el sistema educativo en secundaria en la modalidad que sea.

b)  Fotocopia del recibo sea de luz, agua o teléfono para verificar el domicilio.

c)  Fotocopia de la cédula de identidad de la madre, padre o encargado del estudiante, o bien del mismo estudiante en caso de que sea mayor de edad.

d)  Para los estudiantes trasladados de FONABE, la apertura del expediente se conformará con la ficha imagen de la FIS o FISI, resolución administrativa del beneficio.

e)  Documento de autorización de forma de pago debidamente completado para trámite de la transferencia.

Cualquier otro documento que soliciten las unidades ejecutoras de forma discrecional será considerado para efectos de conocimiento de la situación socioeconómica familiar y comprobación de datos.

Artículo 15.—Del Registro de las familias de estudiantes participantes en el programa:

a.   Las familias de estudiantes deben estar registrados en el SIPO, según la Ficha de Información Social (FIS).

b.  Las familias de estudiantes trasladados por FONABE al IMAS, se registrarán en el SIPO mediante una FISI a nombre del estudiante y cuyo domicilio es el centro educativo, esto en aquellos casos que no se cuente con la FIS. La FISI aplicada a los estudiantes que provengan de FONABE y registrada en el SIPO tendrá una vigencia de un año.

c.   La FISI será eliminada cuando se haya aplicado la FIS conforme las familias actualicen la información en las oficinas del IMAS.

Artículo 16.—Tipo y monto de la transferencia. Las familias beneficiarias recibirán una transferencia monetaria condicionada otorgada a la familia del estudiante para satisfacer necesidades básicas, que se aprobará mediante una resolución administrativa y se suscribirá una carta de compromiso.

Los montos de la transferencia serán definidos por el Consejo Directivo del IMAS previa coordinación con la Rectoría del Sector Social y de Lucha contra la Pobreza para lo cual deberá realizar las modificaciones a su presupuesto y Plan Operativo Institucional, así como a cualquier otro documento de vigencia interna y vinculante.

El IMAS velará porque los recursos para la ejecución del Programa Avancemos se giren a las familias beneficiarias oportunamente; estos recursos deberán girarse preferiblemente a las madres de los estudiantes o a los encargados, pudiendo ser estos tutores, curadores y /o familiares que en ausencia de los padres biológicos tengan el ejercicio de la patria potestad sobre los estudiantes; en el caso de que el estudiante sea mayor de edad se le podrá girar directamente.

El IMAS girará los recursos del beneficio a las familias aún cuando los estudiantes tengan que presentar exámenes de aplazados o de primera y segunda convocatoria; asimismo, si el estudiante debe repetir el curso lectivo totalmente, siempre y cuando no tenga que repetir una segunda vez y no abandone sus estudios de conformidad con los montos establecidos para la transferencia. El IMAS debe realizar los ajustes a los montos según el nivel académico en que definitivamente quedó matriculado el estudiante.

Artículo 17.—Mecanismo de pago. Los mecanismos de giro de las transferencias de los recursos a las familias podrán ser las establecidas por la Subgerencia de Soporte Administrativo del IMAS, dándose prioridad al mecanismo de tarjetas prepago siempre que se cuente con toda la información para la apertura de ésta. Sin embargo, podrá utilizarse otro medio que surta los efectos deseados según las ventajas que ofrezca tanto a los interesados como al IMAS.

Para la apertura, entrega y giro de los recursos de las tarjetas prepago se deberá establecer un procedimiento tanto a nivel central como regional, coordinado con la institución bancaria, la Subgerencia de Desarrollo Social y la Unidad de Tesorería del IMAS.

Artículo 18.—Verificación y continuidad de la transferencia: Para un eficaz y eficiente cumplimiento de metas del Programa Avancemos, se podrá girar el pago de la transferencia a las familias beneficiarias cada año bajo un proceso de renovación automática, según la disponibilidad presupuestaria y con base en la información que consta en sus registros y sistemas de información del año anterior que se trate, en los que se determinen los y las estudiantes activos/as, siempre y cuando no exista evidencia de modificación en las condiciones que originaron el otorgamiento del beneficio.

En coordinación con los centros educativos del MEP, se verificará según el artículo 24 del presente reglamento, que los y las estudiantes están matriculados/as en el sistema educativo.

SECCIÓN CUARTA

Aprobación, suspensión y revocación de la transferencia monetaria

Artículo 19.—Aprobación. La aprobación de la transferencia monetaria se realizará por medio de una resolución administrativa con estricto apego al cumplimiento de los requisitos, condicionalidades y criterios de selección que ha determinado el presente reglamento. Esta podrá imprimirse o bien archivarse en medios electrónicos que permitan posteriormente imprimirlas si es necesario.

Artículo 20.—Suspensión. La suspensión del beneficio a una familia se realizará durante el tiempo que transcurra para verificar o desechar las razones o causales que se presenten y se efectuará de previo a la decisión de continuar con el beneficio o de la revocación de éste. Las razones o causales para suspender una transferencia monetaria condicionada (TMC) aprobada para un estudiante o familia, se consideran las siguientes:

a)  Incumplimiento temporal de las condicionalidades establecidas.

b)  Presentación de documentos inciertos o inexactos, la que será corroborado en visita de campo o por medios idóneos.

c)  Incumplimiento del plazo para la actualización de la información de la familia.

d)  Condiciones socio económicas de la familia que no se ajustan a los parámetros de pobreza, vulnerabilidad, exclusión o riesgo social, lo que se corroborará mediante visita de campo.

e)  Denuncias formales presentadas por terceras personas o instituciones y según comprobación efectuada que demuestra el incumplimiento de condicionalidades.

Para corroborar el hecho que motiva la suspensión, se llevarán a cabo visitas de campo dentro de los treinta días hábiles siguientes al conocimiento del mismo o bien por cualquier otro medio idóneo, siendo un funcionario competente el encargado de realizar estas acciones de corroboración. Se podrá solicitar cualquier otro documento de forma discrecional para conocimiento de la situación socioeconómica familiar y comprobación de datos para efectos de aprobación, suspensión o revocación de la transferencia monetaria condicionada.

Artículo 21.—Revocación. Posterior a la visita que realice el profesional competente y demostradas las razones o causales, se procederá a anular o derogar una transferencia monetaria condicionada (TMC) aprobada para un estudiante o familia. Las razones o causales para revocar serán las siguientes:

a)  Abandono de los estudios académicos (deserción escolar),

b)  Incumplimiento de condicionalidades establecidas.

c)  Presentación de documentos inciertos o inexactos.

d)  Condiciones socio económicas de la familia que no se ajusta a los parámetros de pobreza, vulnerabilidad, exclusión o riesgo social.

e)  Renuncia escrita de la madre, encargado (a) o del estudiante cuando es mayor de edad.

f)   Evidencia de modificación en las condiciones que originaron el otorgamiento del beneficio, para las familias de estudiantes trasladados al IMAS.

A excepción de la causal e) todas las demás deben corroborarse por el funcionario competente por los medios idóneos que correspondan.

Artículo 22.—Deber de fundamentar la resolución de suspensión o revocación. Para los casos de resoluciones cuyo objeto es la revocación o suspensión de la transferencia, el funcionario competente deberá fundamentar debidamente la decisión.

SECCIÓN QUINTA

Condicionalidades y su verificación

Artículo 23.—Condicionalidades. En el marco de la ejecución del Programa Avancemos se establecen dos condicionalidades a las familias beneficiarias que son las siguientes:

a)  Condicionalidad educativa, que consiste en la asistencia y permanencia del estudiante en el sistema educativo nacional en el nivel de secundaria, durante el curso lectivo.

b)  Condicionalidad de salud, que consiste en la valoración integral de salud a los estudiantes que se benefician del Programa Avancemos, efectuada por la Caja Costarricense de Seguro Social.

Artículo 24.—Entidades encargadas de verificar la condicionalidad educativa. El IMAS coordinará con el MEP el suministro y actualización de la información que demuestre que los (as) estudiantes del Programa Avancemos se mantienen matriculados y asistiendo al Sistema de Educación Formal y sus diferentes modalidades, información que corroborará tres veces al año por cualquiera de los medios que se prevea en la coordinación entre ambas entidades y la Secretaría Técnica del Programa Avancemos. Además, el MEP informará al IMAS de todas aquellas situaciones que tenga conocimiento sobre uso indebido de los recursos girados por el IMAS.

El IMAS y el MEP establecerán los mecanismos necesarios para realizar de forma ágil y oportuna la verificación de la condicionalidad educativa.

Artículo 25.—Entidades encargadas de verificar la condicionalidad de salud. La Caja Costarricense de Seguro Social extenderá al estudiante el documento que demuestre que ha recibido la valoración integral en salud, para que posteriormente lo presente al IMAS una vez al año. Esta verificación se coordinará en conjunto entre la CCSS y el IMAS.

Artículo 26.—Seguimiento. La información suministrada por el Ministerio de Educación Pública y la Caja Costarricense de Seguro Social para la verificación de las condicionalidades será utilizada para efectos del seguimiento del programa. La Subgerencia de Desarrollo Social definirá otras acciones de seguimiento conjuntamente con las Áreas Regionales de Desarrollo Social.

Artículo 27.—Controles y Operación del Programa. Para el control de la ejecución del Programa se utilizarán los siguientes mecanismos:

a)  Ficha de Información Social, registrada en SIPO.

b)  Método de Puntaje y valoración del Profesional Ejecutor sobre la vulnerabilidad, riesgo o exclusión social.

c)  Comprobación de requisitos con base en la documentación presentada.

d)  Estadísticas SIPO-SABEN.

e)  Expedientes de beneficiarios.

f)   Listado remitidos a los Centros Educativos del Ministerio de Educación Pública, para la verificación de la condicionalidad educativa.

g)  Carta de compromiso suscrita por las familias beneficiarias en la que contemple la responsabilidad de los padres de familia y estudiantes de asistir a las actividades organizadas y convocadas por el centro educativo y por el IMAS.

h)  Aplicación de FISI a los estudiantes provenientes de FONABE que no contaban con FIS en el SIPO, con el objetivo de registrar la información de los mismos en el sistema.(Decreto 34786, artículos, 4 incisos f, 7 párrafos 2 y 10, segundo párrafo. Artículo 11 primer párrafo, artículo 8 segundo párrafo) Acuerdo CD Nº 409-08 del 8 de diciembre del 2009. Acuerdo de CD Nº 412-08, acta 094-08 del 8 de diciembre 2008.

i)   Expedientes de las familias beneficiarias de Avancemos.

j)   Registro de la Condicionalidad.

k)  Historial de SABEN

l)   Cumplimiento de metas y ejecución presupuestaria en SABEN

m) Familias con tarjeta prepago.

SECCIÓN SEXTA

Coordinación

Artículo 28.—Coordinación. El IMAS recibirá por medio de los canales de comunicación establecidos, la información suministrada por los Centros Educativos del MEP de los estudiantes del programa que se mantienen matriculados y asisten al Centro Educativo, así como toda aquella situación que guarde relación con algún presunto uso indebido de los recursos girados por el IMAS. Esta información debe trasladarse de la forma más efectiva al IMAS a fin de materializar o no, el giro de los recursos.

De la misma forma coordinará con la Caja Costarricense de Seguro Social para que la documentación que respalde el examen médico conste en el expediente.

Por su parte la Secretaría Técnica del Programa Avancemos, como parte de la Rectoría del Sector Social y de Lucha contra la Pobreza, establecerá los mecanismos de coordinación pertinentes con el IMAS, el MEP y la CCSS a fin de apoyar el proceso de la verificación de las condicionalidades.

Artículo 29.—El IMAS suministrará a la Secretaría Técnica del Programa Avancemos, como parte de la Rectoría del Sector Social y de Lucha contra la Pobreza, cuando esta así lo solicite, la información necesaria para realizar el monitoreo y la evaluación del Programa.

Artículo 30.—Interés superior. De conformidad con la disponibilidad presupuestaria, toda coordinación que establezca el IMAS tendrá como interés superior la entrega de las transferencias monetarias, de forma que si no hay indicación de deserción o abandono de los estudios, para todos los efectos el estudiante se considerará como activo en el sistema educativo nacional a nivel de secundaria y por tanto el giro debe operar, salvo que se hagan manifiestas las causales de suspensión o revocación que contempla este Reglamento.

Artículo 31.—Participación de la comunidad. En las Áreas Regionales de Desarrollo Social o en las Unidades Locales de Desarrollo Social del IMAS, deberán conformar y fortalecer redes de apoyo o atender las solicitudes que realicen integrantes de la comunidad interesados en mejorar las condiciones educativas de las personas que no están recibiendo la Transferencia Monetaria Condicionada, o bien, dar seguimiento a las familias que cuentan con este apoyo para reinsertar o mantener a sus hijos e hijas estudiando.

La participación de los integrantes de las comunidades estará orientada a la referencia, orientación para el trámite, apoyo para el seguimiento básico de las condicionalidades, presentación de denuncias o para la atención de público en las comunidades.

SECCIÓN SÉTIMA

Niveles de competencias internas

Artículo 32.—La Subgerencia de Desarrollo Social será la instancia responsable de establecer las directrices generales y mecanismos operativos que permitan un ágil y debido control de los servicios y beneficios, por medio de sus líneas estratégicas y sus unidades ejecutoras. Corresponderá a las demás dependencias institucionales, colaborar, apoyar y asesorar en su implementación, ejecución, control y seguimiento.

Artículo 33.—Las Áreas Regionales de Desarrollo Social serán las instancias responsables de ejecutar el denominado Programa Avancemos, otorgando las transferencias monetarias condicionadas de conformidad con la distribución regional que establezca el IMAS, este Reglamento y el Decreto Ejecutivo 34786-MP-S-MEP.

Artículo 34.—El funcionario competente será la persona que a nombre y por cuenta del Instituto Mixto de Ayuda Social, verificará las condicionalidades, emitirá el criterio profesional en cuanto la aprobación, suspensión y revocación de la transferencia monetaria condicionada.

Artículo 35.—Aplicación de la Tabla de Límites de Autoridad Financiera: los funcionarios competentes deberán ajustarse a los límites de autoridad financiera establecidos para la aprobación de las transferencias monetarias condicionadas, que de conformidad con sus funciones y cargos pueden aprobar las transferencias.

SECCIÓN OCTAVA

Registro

Artículo 36.—Vigencia de la Ficha de Información Social. La vigencia de la Ficha de Información Social para el Programa Avancemos se extenderá por cinco años desde el momento en que opera el registro de la misma y la actualización de las variables de la familia cada dos años y medio, excepto que opere un cambio de domicilio o haya merito suficiente para considerar que la familia beneficiaria experimentó un cambio drástico en la condición socioeconómica.

En casos en que haya familias beneficiarias del Programa Avancemos y que concomitantemente reciban otro beneficio de la oferta programática institucional en los que deba actualizarse este instrumento, podrá realizarse el proceso pero no con fundamento en el otorgamiento de la transferencia condicionada monetaria de Avancemos.

Artículo 37.—Del Registro de las familias de estudiantes participantes en el Programa:

a)  Las familias de estudiantes deben estar registrados en el SIPO, según la Ficha de Información Social (FIS).

b)  Las familias de estudiantes trasladados por FONABE al IMAS, se registrarán en el SIPO mediante una FISI a nombre del estudiante y cuyo domicilio es el centro educativo, esto en aquellos casos que no se cuente con la FIS completa o parcial.

Artículo 38.—Actualización de la FIS. Para los efectos propios del Programa Avancemos y solo para este programa, la ficha de información social se actualizará cada cinco años, salvo que exista una variación en el domicilio u otros cambios drásticos que el profesional competente determine y justifique, lo cual podría conllevar a una actualización parcial o total de la información.

Artículo 39.—Controles en la manipulación de la información de las familias. Los y las funcionarios (as) competentes deberán prestar el debido cuidado en la manipulación de la información relacionada con las familias, principalmente aquella información en la que se basen para otorgar la transferencia monetaria condicionada.

En caso de dudas, ante consultas de terceros, será siempre su deber consultar ante su superior jerárquico inmediato.

Artículo 40.—Procesos informáticos. El IMAS podrá realizar las transferencias monetarias condicionadas a través de procesos de renovación o generación automática de resoluciones, para las que no será necesaria la firma del funcionario competente ni la impresión de la resolución, siempre que se refieran al Programa Avancemos y se trate de familias que tienen estudiantes que se beneficiaron del Programa Avancemos cuando era ejecutado por el Fondo Nacional de Becas. Dichos procesos, deberán estar autorizados por la Dirección Superior del IMAS.

SECCIÓN NOVENA

Responsabilidades

Artículo 41.—Calificación de las conductas u omisiones de los funcionarios competentes. Las faltas debidamente demostradas se calificaran en cuanto a su gravedad de conformidad con lo que establece el Reglamento Autónomo de Servicios del IMAS y en el mismo sentido, si es demostrada la falta se sancionará de conformidad con lo que define el Reglamento Autónomo de Servicios del IMAS.

SECCIÓN DÉCIMA

Denuncias y sugerencias

Artículo 42.—Gratuidad en la tramitación de la Transferencia Monetaria Condicionada. La familia beneficiaria no pagará ningún monto o canon por el servicio que le brinda el IMAS, exceptuado los costos en que deba incurrir por concepto de pérdida de la tarjeta prepago (cuando corresponda) que le otorga el banco emisor.

Artículo 43.—Denuncias. En todas las Áreas Regionales y Unidades Locales de Desarrollo Social, así como en la Contraloría de Servicios, se recibirán las denuncias que deseen realizar personas en relación con la atención del personal del IMAS en torno a la tramitación y ejecución del Programa Avancemos y de atención de los solicitantes y beneficiarios.

Artículo 44.—Investigación. La Subgerencia de Desarrollo Social le dará curso a una investigación, siempre y cuando tenga como fundamento una denuncia firmada y dirigida contra un funcionario específico.

Artículo 45.—Legitimación para denunciar. Podrá denunciar toda persona que sufra un maltrato por parte de un funcionario del IMAS, que menoscabe su sensibilidad en cualquier forma, pero este maltrato debe estar directamente relacionado con una solicitud para recibir la transferencia monetaria condicionada del Programa.

Artículo 46.—Trámite de la denuncia. Para determinar la verdad real de los hechos, el IMAS podrá iniciar un procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en el Libro Segundo de la Ley General de Administración Pública.

San José, 30 de setiembre del 2009.—Proveeduría.—Jeffry Mora Vargas.—1 vez.—Solicitud Nº 25504.—O. C. Nº 4629.—C-324020.—(IN2009086258).

INSTITUCIONES DESCENTRALZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

ÁREA DE INVESTIGACIÓN

FACULTAD DE DERECHO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ORI-3348-2009.—Taylor Miranda Silvia Lorena, costarricense, cédula 6-150-808, ha solicitado reposición del título de Bachiller en Ciencias de la Educación con Énfasis en I y II Ciclos. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de lA solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, dieciocho de setiembre del dos mil nueve.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26436.—C-16340.—(IN200984640).

ORI-3245-2009.—Alpízar Castro Carlos Andrés, costarricense, cédula 1-1015-624, ha solicitado reposición del título de Bachiller en Economía. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, nueve de setiembre del dos mil nueve.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26435.—C-16340.—(IN200984642).

ORI-3247-2009.—Casanova Casanova Verónica, costarricense, cédula 6-276-944, ha solicitado reposición del título de Bachiller en la Enseñanza del Castellano y Literatura. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, nueve de setiembre del dos mil nueve.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26435.—C-16340.—(IN200984648).

ORI-2989-2009.—Alfaro Córdoba Marcela, R-193-2009, costarricense, cédula de identidad 2-573-283, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Ciencias Especialización en Estadística, Iowa State University of Science and Technology, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 25 de agosto del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26441.—C-20270.—(IN200984940).

ORI-2986-2009.—Jimena Alvarado Chavarría, R-199-2009, costarricense, cédula Nº 1-1065-623, ha solicitado reconocimiento del diploma de Magíster en Estudios de la Mujer, Universidad Estatal de San Diego, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de al solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 25 de agosto del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26441.—C-20270.—(IN200984941).

ORI-3140-2009.—Badilla Barrantes Heylin Alejandra, R-202-2009, costarricense, cédula de identidad Nº 6-0344-0259, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 3 de setiembre del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26441.—C-20270.—(IN200984942).

ORI-3142-2009.—Benavides Chavarría Lady, R-204-2009, costarricense, cédula 1-1147-0286, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 3 de setiembre del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26441.—C-20270.—(IN200984943).

ORI-2975-2009.—Berrocal Vargas Milena, R-195-2009, costarricense, cédula de identidad Nº 1-0783-0096, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctorado de Medio Ambiente, Universidad de Girona, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 25 de agosto del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26441.—C-20270.—(IN200984944).

ORI-3006-2009.—Carmiol Barboza Ana María, R-191-2009, costarricense, cédula 1-1045-293, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Filosofía en Psicología, Clark University, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 25 de agosto del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26441.—C-20270.—(IN200984945).

ORI-3144-2009.—Óscar Alonso Castillo Pérez, R-203-2009, costarricense, cédula Nº 4-185-964, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 3 de setiembre del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26441.—C-20270.—(IN200984946).

ORI-2983-2009.—Carlos Luis Chacón Sandí, R-198-2009, costarricense, cédula Nº 3-392-917, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 25 de agosto del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26441.—C-20270.—(IN200984947).

ORI-3099-2009.—Clemat Jean Andre, R-092-2009, estadounidense, pasaporte 300800047, ha solicitado reconocimiento del diploma de Enfermería Práctica, Quincy College, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 2 de setiembre del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26441.—C-20270.—(IN200984948).

ORI-2980-2009.—De Sas Rosero Juan Esteban, R-197-2009, costarricense, cédula de identidad Nº 1-1252-0875, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Industrial Cum Laude, Universidad Americana, Nicaragua. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 25 de agosto del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26441.—C-20270.—(IN200984949).

ORI-2993-2009.—Alexander Roy Hansen, R-200-2009, estadounidense, pasaporte Nº 304353626, ha solicitado reconocimiento del diploma de Bachiller en Artes y Ciencias Aplicadas, Ingeniería Aeroespacial, San Diego State University, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 25 de agosto del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26441.—C-20270.—(IN200984950).

ORI-3007-2009.—Harrison Emma Clare, R-190-2009, británica, pasaporte 706454698, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Filosofía, La Universidad Metropolitana de Manchester, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 25 de agosto del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26441.—C-20270.—(IN200984951).

ORI-2987-2009.—Hernández González Jacobo Alexandro, R-194-2009, guatemalteca, pasaporte 09790822, ha solicitado reconocimiento del diploma de Arquitecto, Universidad de San Carlos de Guatemala, Guatemala. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 25 de agosto del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26441.—C-20270.—(IN200984952).

ORI-3038-2009.—Ledezma Acevedo Óscar Mario, R-192-2009, costarricense, cédula de identidad 2-608-695, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 27 de agosto del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26441.—C-20270.—(IN200984953).

ORI-2978-2009.—Ramírez Brenes Luis Gustavo, R-196-2009, costarricense, cédula de identidad Nº 1-0706-0133, ha solicitado reconocimiento del diploma de Bachiller en Administración de Negocios y Aduanas, International Harvard Christian University, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 25 de agosto del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26441.—C-20270.—(IN200984954).

ORI-3136-2009.—Rodríguez Chacón Luis Ernesto, R-201-2009, costarricense, cédula 1-779-226, ha solicitado reconocimiento del diploma de Master en Artes, M.A., Universidad de Sherbrooke, Canadá. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 3 de setiembre del 2009.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26441.—C-20270.—(IN200984955).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Luis Alejandro Rojas Lizano, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”.—San José 21 de setiembre del 2009.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(IN2009085339).

Andrés Alonso Castro Segura ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”.—San José, 21 de setiembre del 2009.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(IN2009085342).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Leynel Francisco Alvarado Rodríguez ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 21 de setiembre del 2009.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—RP2009132269.—(IN2009085617).

Ángela María Garro Contreras ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 21 de setiembre del 2009.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—RP2009132270.—(IN2009085618).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA VIDA ESTUDIANTIL

Y SERVICIOS ACADÉMICOS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El Comité Institucional para el Reconocimiento y Equiparación de Títulos y Grados (CIRE), en uso de sus facultades estipuladas en el Reglamento para el Reconocimiento y Equiparación de Grados y Títulos y el artículo 6º de la Ley Orgánica, del Instituto Tecnológico de Costa Rica, en sesión Nº 05-2009, artículo 7, del 4 de setiembre del 2009, ante la solicitud de la señora Marlene Amparo Méndez Pérez, cédula de identidad Nº 800880687.

ACUERDA:

1.  Reconocer el título de Arquitecta, otorgado por la Universidad Central de Las Villas, Santa Clara, Cuba, a la señora Marlene Amparo Méndez Pérez, cédula de identidad Nº 800880687.

2.  No reconocer el grado académico por no venir explícito en el Diploma.

3.  Equiparar el título de Arquitecta, otorgado por la Universidad Central de Las Villas, Santa Clara, Cuba, por el de Arquitecta que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.

4.  Equiparar los estudios realizados por la señora Marlene Amparo Méndez Pérez, cédula de identidad Nº 800880687, con el grado académico de Licenciatura que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.

Acuerdo firme.

Cartago, 17 de setiembre del 2009.—Departamento de Admisión y Registro.—M.B.A. William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 1219.—Solicitud Nº 14471.—C-47270.—(IN2009084974).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El Comité Institucional para el Reconocimiento y Equiparación de Títulos y Grados (CIRE), en uso de sus facultades estipuladas en el Reglamento para el Reconocimiento y Equiparación de Grados y Títulos, y el artículo Nº 6 de la Ley Orgánica, del Instituto Tecnológico de Costa Rica, en sesión Nº 05-2009, artículo 8º, del 4 de setiembre del 2009, ante la solicitud del señor Juan Carlos Fallas Chinchilla, cédula de identidad Nº 111210289.

Acuerda:

1.  Reconocer el título de Máster en Ciencias, Ciencia e Ingeniería de los Materiales, otorgado por la Universidad de Nevada, Reno, Estados Unidos, al señor Juan Carlos Fallas Chinchilla, cédula de identidad Nº 111210289.

2.  Reconocer el grado académico de Maestría.

3.  No equiparar el título de Máster en Ciencias, Ciencia e Ingeniería de los Materiales, otorgado por la Universidad de Nevada, Reno, Estados Unidos, por cuanto la Escuela de Ciencia e Ingeniería de los Materiales del Instituto Tecnológico de Costa Rica no otorga un título semejante.

4.  Equiparar los estudios realizados por el señor Juan Carlos Fallas Chinchilla, cédula de identidad Nº 111210289, con el grado académico de Maestría, según la Nomenclatura de Grados y Títulos de la Educación Superior Universitaria Estatal.

Acuerdo firme.

Cartago, 21 de setiembre del 2009.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA. William Vives Brenes, Director.—O. C. 1219.—Solicitud Nº 14470.—C-49520.—(IN2009085002).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Se le comunica a José Antonio Prado Araya, la resolución de las catorce horas del dieciséis de julio de dos mil nueve, la cual ordena la inclusión de Anthony Prado Ramírez, al sistema educativo. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el Superior en grado, dentro de un plazo de 48 horas después de notificada. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta oficina local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el solo el transcurso de 24 horas después de dictadas. Oficina Local de Guadalupe. 112-00075-2009.—Guadalupe, 16 de setiembre del 2009.—Lic. Roberto Marín A., Representante Legal.—O. C. Nº 31042.—Solicitud Nº 26810.—C-6630.—(IN2009083860).

A Carlos Luis Sánchez Torres, de domicilio y demás calidades desconocidas, se le hace saber la resolución de las siete horas cincuenta y cinco minutos del veinticuatro de agosto del dos mil nueve, por medio de la cual esta oficina local, ubicó a las personas menores de edad Nataly Nicole Sánchez Carrillo y Dayan Josué Carrillo Vega en el hogar de la señora María de los Ángeles Villafuerte Cubillo. Recurso: Apelación ante esta oficina local quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva en San José. Plazo: cuarenta y ocho horas contadas a partir de la tercera publicación de este edicto. Expediente administrativo 541-00049-09.—Santa Cruz, 3 de setiembre del 2009.—Lic. German Morales Bonilla, Representante Legal.—O. C. 31042.—Solicitud Nº 26812.—C-5100.—(IN2009083896).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Se le comunica al señor Luis Toruño Montenegro González, la resolución de las quince horas y treinta minutos del catorce de setiembre de dos mil nueve, que ubica en abrigo temporal en una alternativa de protección institucional a David Toruño Medina. Esta medida es hasta por seis meses. En contra de la presente resolución procede el recurso de. apelación para ante el Superior en grado, dentro de un plazo de 48 horas después de notificada. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada. 112-00074-2006.—Oficina Local de Guadalupe, 14 de setiembre de 2009.—Lic. Roberto Marín Araya, Representante Legal.—O. C. 31042.—(Solicitud Nº 26810).—C-8160.—(IN2009083861).

Al señor Adrián Martínez Berrio, mayor, cédula de identidad número y domicilio desconocido por esta oficina, se le notifica la resolución dictada por esta oficina local a las once horas del catorce de setiembre de dos mil nueve, que dicta cuido provisional a favor de la persona menor Fabiana Hellen Martínez Camacho ubicándola en el hogar de la señora Ana C. Cuadra Céspedes, por el plazo seis meses prorrogables judicialmente Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante las Oficina Local de Heredia Norte, en forma verbal o escrita; Oficina que lo elevará ante la presidencia ejecutiva de la institución, ubicada en San José, de la Clínica Doctores Echandi 250 metros al sur. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Expediente 431-00126-2009. Publíquese.—Oficina Local de Heredia Norte.—Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante Legal.—O. C. 31042.—Solicitud Nº 26810.—C-9180.—(IN2009083863).

Se le comunica formalmente al señor Rodrigo Gerardo Zapata Espinoza, cédula 6-218-569, la resolución administrativa de las nueve horas del día catorce de setiembre del dos mil nueve, que sustituye la medida de abrigo temporal otorgada mediante resolución de las catorce horas del día veintiuno de julio del dos mil nueve, de la niña Ashlly Karina Zapata Garita, en el hogar cristiano y se ordena como medida especial de protección el cuido provisional de la misma en el hogar del tío paterno Jonathan Garita López, quien reside en Jacó de Puntarenas. Se ordena seguimiento psicosocial por parte de la Oficina Local de Orotina para la persona menor de edad y el recurso familiar y además, orientación, apoyo y seguimiento para la progenitora además de implementar un plan de intervención psicosocial con esta y otros miembros de su familia encargados del cuido directo de la niña. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este despacho o ante la presidencia ejecutiva dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes. Expediente N° 631-00045-2009.—Oficina Local de Puntarenas, 16 de setiembre del 2009.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Represente Legal.—O. C. 31042.—Solicitud 26810.—C-12240.—(IN2009083867).

Expediente administrativo Nº 118-000103-2009, se comunica a la señora Maricruz Acuña Mesén, que por resolución de las veintiún horas con cinco minutos del día dos de julio del dos mil nueve, dictada por el Departamento de Atención Integral DAI del Patronato Nacional de la Infancia, ordenó dar por iniciado el proceso especial de protección a favor de la persona menor de edad Karla Vanessa Quintero Acuña, confiriendo su abrigo temporal hasta por seis meses en un Albergue de la Institución, así mismo se le informa que el expediente administrativo de la persona menor de edad permanece en la Oficina Local de Santa Ana. Se le informa que contra dicha resolución procede el recurso de apelación, que será resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la Institución, debiendo presentarlo ante la Oficina Local de Santa Ana, ubicados cuatrocientos metros oeste y ciento veinticinco sur de la Panadería Musmanni. De presentar dicho recurso debe señalar lugar o medio para recibir futuras notificaciones. De no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o no existiere o por cualquier razón no funcionara adecuadamente, las notificaciones que se dicten se tendrán por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Plazo para interponer el recurso: el recurso deberá ser presentado dentro de los tres días siguientes a la tercera publicación de este edicto. Publíquese en el Diario Oficial por tres veces consecutivas.—Oficina Local de Santa Ana, 23 de setiembre del 2009.—Lic. Ernesto Romero Obando, Representante Legal.—O. C. 31042.—Solicitud Nº 26816.—C-11240.—(IN2009085138).

Se le comunica a Ana Melissa Umaña Castro, que mediante resolución de las quince horas del dieciséis de setiembre del dos mil nueve, se ubica a la persona menor de edad Ronny Umaña Castro, en una alternativa de protección institucional, denominada “Casa Café”. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el Superior en grado, dentro de un plazo de cuarenta y ocho horas contadas a partir de la tercera publicación del presente edicto. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada. Expediente Nº 112-00037-2009.—Oficina Local de Guadalupe, 17 de setiembre del 2008.—Lic. Roberto Marín A., Representante Legal.—O. C. 31042.—Solicitud Nº 26816.—C-8180.—(IN2009085139).

A la señora Karen Herrera Trejos, se la comunica la resolución administrativa de las nueve horas cinco minutos del catorce de setiembre del dos mil nueve, misma que la Oficina Local de La Unión, dicta medida de protección de cuido provisional en hogar sustituto a favor de las personas menores de edad José Jacob, Fabián Isau ambos de apellidos Chacón Herrera. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en: cien metros al norte de la Municipalidad de La Unión de Tres Ríos, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalo fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta Institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente Nº 342-000078-2009.—Oficina Local de La Unión.—Lic. Christian Solano Machado, Representante Legal.—O. C. 31042.—Solicitud Nº 26816.—C-10220.—(IN2009085140).

A la señora Hellen Morales Mora, se le comunica la resolución de las doce horas del diez de julio del dos mil nueve, que da inicio al proceso especial de protección en Sede Administrativa a favor de la persona menor de edad: Madeleine Tatiana Morales Mora, quien según resolución se ubicó en el hogar de su abuela materna la señora Carmen María Mora Abarca, por un plazo de seis meses a partir del dictado de la resolución. Recursos: en contra de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrá interponer recurso de apelación ante la Oficina Local de Pérez Zeledón entre las siete horas y treinta minutos, y las dieciséis horas. Se le previene a las partes señalar lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de esta Oficina Local, igualmente pueden señalar un fax en donde puedan realizarse estas notificaciones, de lo contrario, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro las cuarenta y ocho horas a su notificación, en esta Oficina Local quién lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José, Barrio Luján, antigua Dos Pinos, entre las siete y treinta a. m., y las dieciséis horas. Se advierte que se debe de señalar lugar donde atender notificaciones futuras dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José un kilómetro a la redonda, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o ya no existiere, las resoluciones posteriores que se dicten se dará por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. La presentación del recurso no suspende la aplicación a la medida de protección indicada. Notifíquese. Expediente Nº 141-00050-2009.—Oficina Local de Pérez Zeledón.—Lic. María del Carmen Jerez Zapata, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. 31042.—Solicitud Nº 26816.—C-14300.—(IN2009085141).

Andrés Alonso Castro Segura ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”.—San José, 21 de setiembre del 2009.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(IN2009085342).

A Marvin Gerardo Delgado Aguilar, se le comunica la resolución de este despacho de las 10:00 horas del veintisiete de agosto del dos mil nueve, por medio de la cual se dictó medida de abrigo temporal, en beneficio de las niñas Celia María Delgado Solís, Aura María Delgado Solís y Elaine Patricia Solís Corrales, hasta por tres meses en la organización no gubernamental Hogar Cristiano. Recursos: contra la presente resolución procede el recurso de apelación, el cual deberá interponerse ante este Órgano Director en el transcurso de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la tercera publicación de este edicto, quien lo elevará para que sea resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José, Barrio Luján, antigua Dos Pinos, y debe señalar lugar para oír notificaciones. Se le informa que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho así como revisar y estudiar el expediente administrativo. Expediente Nº 231-00391-1997.—Oficina Local de Orotina.—Lic. Eileen Flores Villarreal, Representante Legal.—O. C. 31042.—Solicitud Nº 26820.—C-8180.—(IN2009085143).

Al señor José Guillermo Matarrita Rosales, se le comunica la resolución de las 08:20 horas del 12 de marzo del 2009, mediante la cual se previne a la progenitora de la amenaza o violación a los derechos de su hija Jensie Matarrita Canda, y se ordena acudir a este despacho ante el llamado institucional. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias. Se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local de San José Oeste, en días y horas hábiles, ubicada en San José, entre avenidas 0 y 2, calle 38. Deberá señalar lugar para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta Institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán notificadas con el solo trascurso de veinticuatro horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber, además, que contra la presente resolución procede recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta Institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente administrativo Nº 111-0063-2008.—Oficina Local de San José Oeste, 21 de setiembre del 2009.—Lic. María Marta Corrales Cordero, Representante Legal.—O. C. 31042.—Solicitud Nº 26820.—C-13790.—(IN2009085144).

Se notifica a Emilce Grajal Arroyo, resolución administrativa de las diez horas del veintidós de setiembre del dos mil nueve, que dio inicio a proceso especial de protección y dispuso abrigo temporal en el Albergue Institucional Villa del Mar en Limón, a favor de la persona menor de edad Clever Grajal Arroyo. Se le advierte que deberá señalar lugar o medio para atender notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto, o llegare a desaparecer, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Tiene acceso al expediente administrativo y podrá hacerse asesorar y representar por un abogado de su elección. Procede recurso de apelación el cual deberá interponerse dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a partir de la tercera publicación de esta comunicación, ante la Representación Legal de la Oficina Local de Pococí. Expediente Nº 731-00149-2005.—Oficina Local de Pococí.—Lic. Giovanni Herrera Alvarado, Representante Legal.—O. C. 31042.—Solicitud Nº 26818.—C-8180.—(IN2009085145).

A la señora Estefanie Guzmán Villalobos, se le comunica la resolución administrativa de las nueve horas del primero de setiembre del dos mil nueve, misma que la Oficina Local de La Unión, dicta medida de protección de cuido provisional en hogar sustituto a favor de la persona menor de edad María Paula Guzmán Villalobos. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en: cien metros al norte de la Municipalidad de La Unión de Tres Ríos, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta Institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente Nº 342-00042-2008.—Oficina Local de La Unión.—Lic. Christian Solano Machado, Representante Legal.—O. C. 31042.—Solicitud Nº 26818.—C-10220.—(IN2009085147).

A Anastacio Castro Paz, se le comunica la resolución de este despacho de las 14:45 horas del treinta y uno de agosto del dos mil nueve, por medio de la cual se sustituyó la medida de abrigo temporal por la medida de protección de cuido provisional en beneficio de los niños Derik Anthony y Jafeth Yordany, ambos Castro Golden, hasta por cuatro meses en el hogar de la señora Delesa Brown Brown. Recursos: contra la presente resolución procede el recurso de apelación, el cual deberá interponerse ante este Órgano Director en el transcurso de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la tercera publicación de este edicto, quien lo elevará para que sea resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José, Barrio Luján, antigua Dos Pinos, y debe señalar lugar para oír notificaciones. Se le informa que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho así como revisar y estudiar el expediente administrativo. Expediente Nº 646-00018-2008.—Oficina Local de Orotina.—Lic. Eileen Flores Villarreal, Representante Legal.—O. C. 31042.—Solicitud Nº 26818.—C-8180.—(IN2009085148).

A James Silva Rosso, se le comunica la resolución de este despacho de las 15:00 horas del diecisiete de setiembre del dos mil nueve, por medio de la cual se dictó medida de protección de cuido provisional en beneficio de los niños Sharon Pamela Acuña Madrigal y James Aarón Silva Acuña, hasta por cinco meses en el hogar de la señora Nergidia León Valverde. Recursos: contra la presente resolución procede el recurso de apelación, el cual deberá interponerse ante este Órgano Director en el transcurso de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la tercera publicación de este edicto, quien lo elevará para que sea resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José, Barrio Luján, antigua Dos Pinos, y debe señalar lugar para oír notificaciones. Se le informa que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho así como revisar y estudiar el expediente administrativo. Expediente Nº 646-00030-2008.—Oficina Local de Orotina.—Lic. Eileen Flores Villarreal, Representante Legal.—O. C. 31042.—Solicitud Nº 26818.—C-7670.—(IN2009085151).

A los señores Héctor Alberto Cedeño Cisneros se le comunica la resolución de este despacho de las ocho horas del día once de setiembre del año dos mil nueve, que ordenó el retorno de las niñas Guiselle Paola Matamoros Díaz y Mónica Patricia Cedeño Díaz al lado de su madre Yency Díaz Quirós. Se previene a las partes señalar lugar para futuras notificaciones en el perímetro de la Oficina Local de Heredia, de lo contrario las resoluciones posteriores quedarán notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de ser dictadas. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto. Recurso de apelación el cual deberá interponerse ante la Oficina Local de Heredia, la cual elevará ante la presidencia ejecutiva de la Institución, ubicada en San José, de Casa Matute Gómez 250 metros al sur, en forma verbal o escrita dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación, debiendo señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional de la presidencia ejecutiva. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Publíquese.—Oficina Local de Heredia, setiembre 2009.—Lic. Ilse Trejos Salas, Representante Legal.—O. C. 31042.—Solicitud Nº 26810.—C-5780.—(IN2009083864).

2 v. 2.

Al señor Yamil Fernando Matamoros se le comunica la resolución de este despacho de las ocho horas del día once de setiembre del año dos mil nueve, que ordenó el retorno de las niñas Guiselle Paola Matamoros Díaz y Mónica Patricia Cedeño Díaz al lado de su madre Yency Díaz Quirós. Se previene a las partes señalar lugar para futuras notificaciones en el perímetro de la Oficina Local de Heredia, de lo contrario las resoluciones posteriores quedarán notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de ser dictadas. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto. Recurso de apelación el cual deberá interponerse ante la Oficina Local de Heredia, la cual elevará ante la presidencia ejecutiva de la Institución, ubicada en San José, de Casa Matute Gómez 250 metros al sur, en forma verbal o escrita dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación, debiendo señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional de la presidencia ejecutiva. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Publíquese.— Oficina Local de Heredia, setiembre 2009.—Lic. Ilse Trejos Salas, Representante Legal.—O. C. 31042.—Solicitud Nº 26810.—C-6120.—(IN2009083866).

2 v. 2

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

A Fanny Castro Lee y Jorge Carlos Fragoso Jorge, se les comunica la resolución administrativa de las ocho horas del diecisiete de setiembre del dos mil nueve, que ubica en familia potencialmente adoptiva a la niña Bielka Susana Fragoso Castro. Indicándose que debe señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de defensa: procede recurso de revocatoria y apelación en subsidio si se plantea dentro el plazo de tres días posteriores a la notificación. Se les previene a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Expediente Nº 115-264-04.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Kattia Vanesa Hernández Méndez, Representante Legal.—O. C. 31042.—Solicitud Nº 26822.—C-4610.—(IN2009085738).

Al señor Jhojan Fernando Sánchez Cedeño, se le comunica que por resolución de las catorce horas con cincuenta minutos del veintidós de julio del dos mil nueve, se declaró la adaptabilidad de la persona menor de edad Angeline Naomy Sánchez Zamora. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente resolución procede recursos de revocatoria y apelación los cuales deberán interponerse dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente Nº 115-00066-09.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Ileana Ballard Romero, Representante Legal.—O. C. 31042.—Solicitud Nº 26822.—C-7140.—(IN2009085739).

Al señor Sergio López Granados, se le comunica que por resolución de las ocho horas y cuarenta y cuatro minutos del diecisiete de setiembre del dos mil nueve, se dictó medida de protección a favor de la persona menor de edad Viviana López Chavarría, en la cual se ordenó el abrigo temporal de la misma para que permanezca ubicada en un Albergue de la Institución. Esta medida rige por un período de hasta seis meses y mientras no se modifique en vía administrativa o judicial. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o de lo contrario las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta Institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente Nº 115-00349-94.—Oficina Local del Sur.—Lic. Ileana Ballard Romero, Representante Legal.—O. C. 31042.—Solicitud Nº 26822.—C-9180.—(IN2009085740).

A la señora Daniela Martínez Chavarría y al señor Ronaldo Martínez López, se les pone en conocimiento, la resolución de las quince horas del veintisiete de julio del dos mil nueve, la cual resolvió sustituir la medida de protección de las dieciséis horas del veintiocho de mayo del dos mil nueve, que ordenó el abrigo temporal de la niña Sherly Martínez Martínez y en su lugar se ordenó el cuido provisional de la niña Sherly en el hogar de los señores Telbin José Nlcundano Monjarrez y Daiys Martínez López. Notifíquese la anterior resolución a los interesados con la advertencia que tienen que señalar casa u oficina donde recibir notificaciones. Plazo para presentar oposición: cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de este edicto. Expediente administrativo Nº 241-00056-2009.—Oficina Local de San Carlos.—MSc. Xinia Guerrero Araya, Representante Legal.—O. C. 31042.—Solicitud Nº 26822.—C-9180.—(IN2009085741).

Al señor Ruiliang Li Zhou, se le comunica la resolución administrativa de las diez horas diez minutos del veintidós de setiembre del dos mil nueve, misma que la Oficina Local de La Unión, dicta medida de protección de cuido provisional en hogar sustituto a favor de las personas menores de edad Jennifer Pamela y Estefany Pamela ambas de apellidos Ramírez Torres, y Daniela de los Ángeles y Casandra Daniela ambas de apellidos Li Ramírez. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en: cien metros al norte de la Municipalidad de La Unión de Tres Ríos, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido de que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta Institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente Nº 342-00079-2009.—Oficina Local de La Unión.—Lic. Christian Solano Machado, Representante Legal.—O. C. 31042.—Solicitud Nº 26822.—C-11220.—(IN2009085742).

A los señores Yansy Vanessa Loría Corrales y Antonio Enrique Cubillo Medina, se les comunica la resolución administrativa de las nueve horas treinta minutos del tres de setiembre del dos mil nueve, misma que la Oficina Local de La Unión, dicta medida de protección de cuido provisional en hogar sustituto a favor de las personas menores de edad Yulersy Tatiana Loría Corrales e Iván Vinicio Cubillo Loría. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en: cien metros al norte de la Municipalidad de La Unión de Tres Ríos, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido de que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta Institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente Nº 342-000073-2009.—Oficina Local de La Unión.—Lic. Christian Solano Machado, Representante Legal.—O. C. 31042.—Solicitud Nº 26822.—C-12240.—(IN2009085743).

Se le comunica al señor Raúl Jiménez García de la solicitud de salida del país, de Luis Eduardo Jiménez Gamboa, interpuesta ante esta Institución por la señora Elizabeth Gamboa Prado, se le concede un plazo de ocho días, para que la conteste u ofrezca la prueba que estime pertinente en apoyo de sus intereses, según resolución inicial dictada el día catorce de setiembre de dos mil nueve. El expediente 112-000103-2009, está a disposición de las partes legitimadas. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro .de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el solo transcurso de 24 horas después de dictadas. Expediente Nº 112-00103-2009.—Oficina Local de Guadalupe.—Lic. Roberto Marín A., Representante Legal.—RP2009132470.—(IN2009085616).

2 v. 1

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA

Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la propuesta planteada por la empresa Autotransportes Segura y Vargas, S.A., para aumentar las tarifas de la ruta 417 descrita como Heredia-Mercedes Norte-Barrio España-Calle Ancha-Puente Amarillo-Urbanización San Gerardo y viceversa, tramitada en el expediente ET-113-2009 y que se detallan de la siguiente manera:

 

DESCRIPCIÓN RUTA 417: HEREDIA-MERCEDES NORTE-BARRIO ESPAÑA-CALLE ANCHA-PUENTE AMARILLO-URBANIZACIÓN SAN GERARDO Y VICEVERSA.

Tarifas (en colones)

Incremento Regular

Vigentes

Propuestas

Regular

Adulto Mayor

Regular

Adulto Mayor

Absoluto (¢)

Porcentual

Urbanización San Gerardo-Puente Amarillo-Parque Mercedes-Barrio España.

165,0

0

215,0

0

50,0

30,30

Urbanización San Gerardo-Puente Amarillo-Calle Ancha-Urbanización Banco Boruca-Monte Bello-B.España-Heredia (Periférica)

165,0

0

215,0

0

50,0

30,30

 

 

El 13 de octubre de 2009 a las diecisiete horas (5:00 pm), se llevará a cabo la Audiencia Pública en el Gimnasio de la Escuela José Figueres Ferrer, ubicado al costado sur de la Plaza de Deportes de Mercedes Norte, Heredia.

Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en la Dirección de Protección al Usuario, situada en Sabana Sur, 400 metros oeste del edificio de la Contraloría General de la República, San José. La solicitud presentada por la empresa se puede consultar además en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr.

Todo aquel que tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia, por escrito o en forma oral, el día de la audiencia, momento en el cual deberá presentar cédula de identidad o documento de identificación aceptado en el país, y consignar el lugar exacto o el número de fax, para efectos de notificación por parte de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. En dicha audiencia, el interesado deberá exponer las razones de hecho y derecho que considere pertinentes.

En el caso de las personas jurídicas la oposición o coadyuvancia deberá ser interpuesta por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.

Las oposiciones o coadyuvancias también se pueden presentar hasta el día de la Audiencia Pública por medio del fax 2290-2010.

Para información adicional, comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono 2220-0102 o al correo electrónico consejero@aresep.go.cr.

Laura Suárez Zamora, Dirección de Protección al Usuario.—1 vez.—O. C. Nº 4443-2009.—Solicitud Nº 19755.—C-36750.—(IN2009085340).

Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la propuesta planteada por Roberto Campos Alfaro, para aumentar las tarifas de la ruta 624 descrita como Puntarenas – Costa de Pájaros – Manzanillo – Abangaritos, y por corredor común a la ruta 625 descrita como Puntarenas-Guacimal-Santa Elena de Monteverde, tramitada en el expediente ET-121-2009 y que se detallan de la siguiente manera:

 

DESCRIPCIÓN RUTA: Ruta 624: Puntarenas-Costa de Pájaros-Manzanillo-Abangaritos

Tarifas (en colones)

Incremento Regular

Vigentes

Propuestas

Regular

Adulto  Mayor

Regular

Adulto Mayor

Absoluto (¢)

Porcentual

Puntarenas-Abangaritos

855

640

1.150

860

295

34,50%

Puntarenas-Manzanillo

790

595

1.065

800

275

34,81%

Puntarenas-Costa De Pájaros

780

585

1.050

790

270

34,62%

Puntarenas-Morales

760

570

1.025

770

265

34,87%

Puntarenas-Punta Morales

700

350

940

470

240

34,29%

Puntarenas-Lagarto Sur

670

335

900

450

230

34,33%

Puntarenas-San Gerardo (Clínica)

624

315

840

425

216

34,62%

Abangaritos-Manzanillo-Costa de Pájaros y la Clínica de la CCSS

-

-

540

0

540

-

Tarifa Mínima

130

0

175

0

45

34,62%

Ruta 625: Puntarenas-Guacimal-Santa Elena de Monteverde.

 

 

 

 

 

 

Puntarenas-Cruce de Chomes

410

205

1.000

280

590

143,90%

 

El 13 de octubre de 2009 a las diecisiete horas (5:00 pm), se llevará a cabo la Audiencia Pública en el Salón Comunal de Judas de Chomes de Puntarenas, ubicado de la entrada principal a Punta Morales un kilómetro hacia dicha comunidad, diagonal a la cancha de fútbol.

Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en la Dirección de Protección al Usuario, situada en Sabana Sur, 400 metros oeste del edificio de la Contraloría General de la República, San José. La solicitud presentada por el peticionario se puede consultar además en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr.

Todo aquel que tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia, por escrito o en forma oral, el día de la audiencia, momento en el cual deberá presentar cédula de identidad o documento de identificación aceptado en el país, y consignar el lugar exacto o el número de fax, para efectos de notificación por parte de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. En dicha audiencia, el interesado deberá exponer las razones de hecho y derecho que considere pertinentes.

En el caso de las personas jurídicas la oposición o coadyuvancia deberá ser interpuesta por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.

Las oposiciones o coadyuvancias también se pueden presentar hasta el día de la Audiencia Pública por medio del fax 2290-2010.

Para información adicional, comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono 2220-0102 o al correo electrónico consejero@aresep.go.cr.

Laura Suárez Zamora, Dirección de Protección al Usuario.—1 vez.—O. C. Nº 4443-2009.—Solicitud Nº 19755.—C-43500.—(IN2009085344).

Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la propuesta planteada por la empresa Alpízar S. A., para aumentar las tarifas de la ruta 208 descrita como Alajuela-Desamparados-San Pedro-Santa Bárbara y de la ruta 296 descrita como Alajuela-INVU Las Cañas y Ramales, tramitada en el expediente ET-112-2009 y que se detallan de la siguiente manera:

 

DESCRIPCIÓN RUTAS

Tarifas (en colones)

Incremento Regular

Vigentes

Propuestas

Regular

Adulto Mayor

Regular

Adulto Mayor

Absoluto (¢)

Porcentual

Ruta 208: Alajuela-Desamparados-San Pedro-Santa Bárbara

 

 

 

 

 

 

Alajuela-Rosales

220

0

240

0

20

9,09%

Alajuela-La Claudia

220

0

240

0

20

9,09%

Alajuela-Santa Bárbara

220

0

240

0

20

9,09%

Alajuela-Urbanización Silvia Eugenia

220

0

240

0

20

9,09%

Ruta 296: Alajuela-Invu Las Cañas Y Ramales

 

 

 

 

 

 

Alajuela-Invu La Cañas

160

0

175

0

15

9,38%

Alajuela-Barrio Fátima

160

0

175

0

15

9,38%

Alajuela-Urbanización El Pacito

160

0

175

0

15

9,38%

 

 

El 15 de octubre de 2009 a las diecisiete horas (5:00 pm), se llevará a cabo la Audiencia Pública en el Salón Parroquial de la Iglesia Católica de El Carmen de Alajuela, ubicado del Mercado Central de Alajuela, 325 metros al sur.

Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en la Dirección de Protección al Usuario, situada en Sabana Sur, 400 metros oeste del edificio de la Contraloría General de la República, San José. La solicitud presentada por la empresa se puede consultar además en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr.

Todo aquel que tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia, por escrito o en forma oral, el día de la audiencia, momento en el cual deberá presentar cédula de identidad o documento de identificación aceptado en el país, y consignar el lugar exacto o el número de fax, para efectos de notificación por parte de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. En dicha audiencia, el interesado deberá exponer las razones de hecho y derecho que considere pertinentes.

En el caso de las personas jurídicas la oposición o coadyuvancia deberá ser interpuesta por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.

Las oposiciones o coadyuvancias también se pueden presentar hasta el día de la Audiencia Pública por medio del fax 2290-2010.

Para información adicional, comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono 2220-0102 o al correo electrónico consejero@aresep.go.cr.

Laura Suárez Zamora, Dirección de Protección al Usuario.—1 vez.—O. C. Nº 4443.—Solicitud Nº 19755.—C-40500.—(IN2009085345).

Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la propuesta planteada por la empresa Transportes Unidos San Nicolás S. A., para aumentar las tarifas de la ruta 323 descrita como Cartago-Taras-San Nicolás-La Lima-Ochomogo, tramitada en el expediente ET-124-2009 y que se detallan de la siguiente manera:

DESCRIPCIÓN RUTA 323: CARTAGO-TARAS-SAN NICOLAS-LA LIMA-OCHOMOGO

Tarifas (en colones)

Incremento Regular

Vigentes

Propuestas

Regular

Adulto Mayor

Regular

Adulto Mayor

Absoluto (¢)

Porcentual

Cartago-Ochomogo

155

0

215

0

60

38,71%

Cartago-La Lima

155

0

215

0

60

38,71%

Cartago-Taras-San Nicolás

155

0

215

0

60

38,71%

 

El 14 de octubre de 2009 a las dieciocho horas (6:00 pm), se llevará a cabo la Audiencia Pública en el Salón Comunal de Taras, ubicado en San Nicolás de Cartago, costado sur de la plaza de deportes de Taras de Cartago.

Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en la Dirección de Protección al Usuario, situada en Sabana Sur, 400 metros oeste del edificio de la Contraloría General de la República, San José. La solicitud presentada por la empresa se puede consultar además en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr.

Todo aquel que tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia, por escrito o en forma oral, el día de la audiencia, momento en el cual deberá presentar cédula de identidad o documento de identificación aceptado en el país, y consignar el lugar exacto o el número de fax, para efectos de notificación por parte de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. En dicha audiencia, el interesado deberá exponer las razones de hecho y derecho que considere pertinentes.

En el caso de las personas jurídicas la oposición o coadyuvancia deberá ser interpuesta por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.

Las oposiciones o coadyuvancias también se pueden presentar hasta el día de la Audiencia Pública por medio del fax 2290-2010.

Para información adicional, comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono 2220-0102 o al correo electrónico consejero@aresep.go.cr.

Laura Suárez Zamora, Dirección de Protección al Usuario.—1 vez.—O. C. Nº 4443-2009.—Solicitud Nº 19755.—C-32250.—(IN2009085347).

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

EDICTOS

La SUTEL de conformidad con el expediente Sutel-OT-469-2009 admite la solicitud de autorización presentada por Emimar HB S. A., cédula jurídica número 3-101-555969, para brindar un servicio de acceso a Internet y telefonía IP en modalidad de café Internet. Se otorga el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, para que los interesados se apersonen ante la Sutel a hacer valer sus derechos.

San José, 8 de setiembre del 2009.—George Miley Rojas, Presidente.—1 vez.—(IN2009085780).

La SUTEL de conformidad con el expediente SUTEL-OT-520-2009 admite la solicitud de autorización presentada por Marco Eneth Vindas Pérez, cédula de identidad número 2-0475-0494, para la operación de un servicio de acceso a Internet en la modalidad de café Internet. Se otorga el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, para que los interesados se apersonen ante la SUTEL a hacer valer sus derechos.

San José, 28 de julio del 2009.—George Miley Rojas, Presidente.—1 vez.—(IN2009085793).

La Superintendencia de Telecomunicaciones hace saber que de conformidad con el expediente número SUTEL-OT-638-2009, ha sido admitida la solicitud de autorización de TELENET WORLWIDE S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-561615, presentada el día 2 de setiembre del 2009, para brindar servicios de telefonía VoIP empresarial y residencial, tanto prepago como pospago, y para la operación de celulares virtuales. De conformidad con el artículo 39 del Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones, Decreto Ejecutivo Nº 34765-MINAET, se otorga a los interesados el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, para que se apersonen ante la SUTEL a hacer valer sus derechos y presentar las objeciones que consideren pertinentes.

San José, 14 de setiembre del 2009.—George Miley Rojas, Presidente.—1 vez.—(IN2009085794).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE TARRAZÚ

CONCURSO EXTERNO Nº 13-2009

Un cuarto de tiempo para la plaza de coordinador

de servicios informáticos

La Municipalidad de Tarrazú comunica a los interesados el Concurso Externo Nº 13-2009, “Un cuarto de tiempo para la plaza de coordinador de servicios informáticos”.

Requisitos:

Universitario en el campo de actividad del puesto.

De 1 a 2 años de experiencia en labores relacionadas con el cargo.

Otros (características personales y capacitación deseable).

Se recibirán ofertas hasta las dieciséis horas del día 09 de octubre del 2009, en la Oficina del Alcalde Municipal.

San Marcos de Tarrazú, 28 de setiembre del 2009.—Daniela Fallas Porras, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—RP2009133011.—(IN2009086572).

CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO

DE COLORADO DE ABANGARES

EDICTO

Comunica que en acta ordinaria 38-2009, capítulo I, artículo 1°, celebrada el día veintiocho de setiembre del año dos mil nueve, acordó definitivamente en firme y por mayoría calificada, modificar el acuerdo tomado en el acta numero 41-2007, capítulo IV, artículo 7° celebrado el día quince de octubre del año dos mil siete el cual de ahora en adelante se leerá de la siguiente forma: “1. Trasladar las sesiones de todos los lunes feriados y otros en el cual este Concejo Municipal, por mayoría calificada lo considere conveniente, para el día martes de la misma semana, con su horario normal (6:00 p. m.), a celebrarse en la sala de sesiones de esta municipalidad”. Rige a partir de su publicación.

Colorado de Abangares, 29 de setiembre del 2009.—Francisco Javier González Pulido, Secretario Municipal.—1 vez.—(IN2009085817).

CONCEJO MUNICIPAL DE CÓBANO

DEPARTAMENTO DE ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

EDICTOS

Nº 019-2009.—Recreaciones Andulan S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-329350, con base en el artículo 38 de la Ley sobre la Zona Marítima Terrestre Nº 6043 del 02 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una parcela de terreno sita en playa Carmen, distrito once: Cóbano, cantón primero: Puntarenas. provincia sexta: Puntarenas, mide: 724,95m2. Es terreno para dedicarlo al uso de Zona Residencial recreativa, que colinda: norte, calle pública; sur, zona pública; este, Concejo Municipal de Cóbano y oeste, Concejo Municipal de Cóbano. La presente publicación se realizará de acuerdo al Plan Regulador (playa Carmen) aprobado para dicho sector costero. Se conceden 30 días hábiles, a partir de esta única publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad, en papel fiscal de veinticinco colones y los timbres correspondientes en dos tantos.

Cóbano,7 de setiembre del 2009.—Alcides Fernández Elizondo, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2009085709).

Nº 018-2009.—Súper Vista de Santa Teresa Ltda., con cédula jurídica Nº 3-102-453969, con base en el artículo 38 de la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 del 02 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una parcela de terreno sita en playa Carmen, distrito once: Cóbano, cantón primero: Puntarenas, provincia sexta: Puntarenas, mide: 764,80 m2. Es terreno para dedicarlo al uso de Zona Residencial recreativa, que colinda: norte, Concejo Municipal de Cóbano; sur, calle pública; este, Concejo Municipal de Cóbano y oeste, Concejo Municipal de Cóbano. La presente publicación se realizará de acuerdo al Plan Regulador (playa Carmen) aprobado para dicho sector costero. Se conceden 30 días hábiles, a partir de esta única publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad, en papel fiscal de veinticinco colones y los timbres correspondientes en dos tantos.

Cóbano, 7 de setiembre del 2009.—Alcides Fernández Elizondo, Coordinador a.í.—1 vez.—(IN2009085710).

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE

MATRICES DE INFORMACIÓN DISTRITAL DE LA PLATAFORMA

DE VALORES DE TERRENOS POR ZONAS HOMOGÉNEAS

PARA EL CANTÓN PRIMERO DE SAN JOSÉ

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JOSÉ ACUERDA

POR UNANIMIDAD Y EN FIRME

1º—Dejar sin efecto el Acuerdo número 4, Artículo IV, de la Sesión Ordinaria 161, celebrada el 26 de mayo de 2009.

2º—Aprobar la publicación en el Diario Oficial La Gaceta, de los mapas y/o matrices de información distritales de la Plataforma de Valores de Terrenos por Zonas Homogéneas del año 2008, de los Distritos de: 01 Carmen, 02 Merced, 03 Hospital, 04 Catedral, 05 Zapote, 06 San Francisco de Dos Ríos, 07 Uruca, 08 Mata Redonda, 09 Pavas, 10 Hatillo y 11 San Sebastián del cantón primero de la provincia de San José y sus modificaciones, los cuales han sido confeccionados por el Órgano de Normalización Técnica de la Dirección General de Tributación, Ministerio de Hacienda y que se fundamentan en los Informes Técnicos que sustentan los valores zonales de terreno, preparados por el mismo Órgano.

3º—Aplicar el modelo de Valoración suministrado por el Órgano de Normalización Técnica, para guiar, fiscalizar y dirigir los procesos de declaración, fiscalización y valoración.

4º—Dejar sin efecto los Planos de Valores Base de Terrenos para el Cantón Central de San José, publicados en el Alcance número 48, a La Gaceta número 197, de 14 de octubre del 2003.

5º—Autorizar al señor Alcalde Municipal, a realizar los trámites de publicación en el Diario Oficial La Gaceta y en un diario de circulación nacional de las matrices de valores por zonas homogéneas y glosario técnico, así como para la ejecución de este acuerdo firme.

 

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MATRICES DE LOS MAPAS DE VALORES DE TERRENO POR ZONAS HOMOGÉNEAS

GLOSARIO TÉCNICO

ASPECTOS A CONSIDERAR EN LA VALORACIÓN DE TERRENOS.

Factor menor que 1 = disminuye al valor base

Factor igual que 1 = igual valor base

Factor mayor que 1 = aumenta el valor base

Servicios Públicos:     Servicios1: Cordón y caño, acera,

                                                Servicios 2: cañería, electricidad, alumbrado

                                                público y teléfono.

Tipos de zonas: Dependiendo de la zona en donde se ubique el bien inmueble a valorar se clasifica en:

Comercial: cuando en una zona, una proporción significativa de las propiedades tienen como uso individual, la actividad comercial.

Residencial: cuando en una zona, la mayoría de las propiedades que la componen, están siendo utilizadas para vivienda.

Industrial: cuando en una zona, la mayoría de sus propiedades, están destinadas al uso industrial.

TIPOS DE VÍA

 

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Regularidad: se refiere a la forma del terreno, para lo cual se debe considerar lo siguiente:

Terrenos regulares: en forma de cuadrado o rectángulo, regularidad igual a 1.

Terrenos irregulares: no tiene forma ni de cuadrado, ni de rectángulo, regularidad menor a 1.

El cálculo de la regularidad se realiza obteniendo el coeficiente de regularidad, que consiste en dividir el área total del lote a valorar entre el área del menor rectángulo circunscrito.

Frente: se anota el frente en metros del frente principal a vía pública, según plano catastrado.

Fondo: se indica la distancia en metros lineales, desde el frente principal, hasta el fondo máximo del terreno.

Pendiente: se refiere al grado de inclinación o declive de un determinado inmueble, con respecto al eje horizontal, tomando como referencia una pendiente del 100% para el ángulo de inclinación de 45°. Se determina dividiendo la diferencia de altura de dos puntos en el plano vertical entre la distancia o longitud en el plano horizontal y multiplicando por 100 también empleando las curvas de nivel de las hojas cartográficas o instrumentos topográficos (teodolito, estación total, nivel, gps, clinómetro) o algún programa informático atinente.

Nivel: esta variable se refiere a la diferencia de altura del predio en relación con la vía de acceso. Los lotes que se encuentren sobre nivel en metros (+) o bajo nivel en metros (-) de la vía, serán afectados con un valor menor que aquellos que se encuentren a nivel de la vía pública.

Área: se anota la superficie que tiene el inmueble a valorar.

Valor unitario: Se anota el valor obtenido después de haber aplicado los factores que influyen tanto positiva como negativamente, a los valores de los planos publicados en el Alcance Nº 42 de La Gaceta Nº 162 del 25 de agosto de 1997.

Uso actual: Se indica si se refiere a un lote vacante o baldío, residencial, comercial, industrial, turístico, educacional, recreativo u otros.

Ubicación en manzana: Es la ubicación del inmueble dentro de la manzana, los tipos de ubicaciones que se encuentran son:

1-  lote manzanero, ocupa toda la manzana, posee cuatro frentes.

2-  lote cabecero, tiene tres frentes de acceso.

3-  lote esquinero.

4-  lote medianero con dos frentes.

5-  lote medianero con un frente.

6-  lote lateral en callejón, lote ubicado al lado de un callejón o calle sin salida.

7-  lote en fondo de callejón, lote ubicado al fondo de un callejón sin salida.

8-  lote interior sin frente directo a vía pública.

Valor total del terreno: Es el resultado que se obtiene al multiplicar el valor unitario corregido, por el área total de la finca.

Mecanismo de valoración: Se valora en forma comparativa, es decir, el lote a valorar se compara con un lote tipo de acuerdo a la zona homogénea en donde se ubique tomando en cuenta todos los factores antes citados.

Los mapas originales de valores zonales de terrenos, de 2008, de los distritos: 01 Carmen, 02 Merced, 03 Hospital, 04 Catedral, 05 Zapote, 06 San Francisco de Dos Ríos, 07 Uruca, 08 Mata Redonda, 09 Pavas, 10 Hatillo y 11 San Sebastián, del cantón de San José, se encuentran a disposición del público en general en el Proceso de Valoraciones de la Municipalidad de San José y en la página Web de este Gobierno Local www.msj.go.cr, y servirán para llevar a cabo las futuras valoraciones de terrenos y procesos de declaración. Ing. Johnny Araya Monge, Alcalde Municipal de San José. Rige a partir de su publicación.

Acuerdo Firme 5, Artículo IV, de la Sesión Ordinaria 172 celebrada por la Corporación Municipal del Cantón Central de San José, el día 11 de agosto de 2009.

San José, 28 de setiembre del 2009.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa Departamento de Comunicación.—1 vez.—O. C. Nº 122173.—Solicitud Nº 4392.—C-1080390.—(IN2009085217)..

MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO

Se acuerda aprobar la publicación en La Gaceta de los mapas y/o matrices de información distritales de la Plataforma de Valores de Terrenos por Zonas Homogéneas de los Distritos de: 01 Guácimo, 02 Mercedes, 03 Pocora, 04 Río Jiménez, 05 Duacarí, del cantón de Guácimo, aprobados por el Órgano de Normalización Técnica de la Dirección General de Tributación, Ministerio de Hacienda. Aprobando los informes Técnico que sustenta los valores zonales de terreno.

Se adjunta matrices de los mapas de valores por zonas homogéneas en diskette para su publicación.

(Los mapas originales de valores zonales de terrenos de los distritos 01 Guácimo, 02 Mercedes, 03 Pocora, 04 Río Jiménez, 05 Duacarí, del cantón de Guácimo, se encuentran a disposición del público en general en la Oficina de Valoraciones de la Municipalidad de Guácimo).

Rige a partir de su publicación.

Acuerdo Nº 1. Aprobado en forma unánime, en la sesión extraordinaria Nº 08-09, celebrada el 27 de mayo 2009.

 

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Carmen D. Sequeira Gamboa, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2009085735).

AVISOS

CONVOCATORIAS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

PANAMERICAN WOODS (PLANTATIONS) S. A

Se convoca a los socios de Panamerican Woods (Plantations), S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-243251 a una asamblea general ordinaria que se llevará a cabo el día 10 de diciembre del 2009, en el Salón El Greco B, Hotel Barceló San José Palacio, situado en La Uruca, San José, a las 7:30 horas, para conocer de los siguientes asuntos:

1.  Lectura y aprobación del acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria del 12 de diciembre del 2009

2.  Presentación y discusión del informe de la administración.

3.  Presentación y discusión del informe del fiscal.

4.  Discusión y, en su caso, aprobación del informe sobre los resultados del ejercicio económico del último período.

5.  Discusión y, en su caso, aprobación de la propuesta de la junta directiva sobre dividendos.

6.  Nombramiento de junta directiva para el período 2010.

7.  Nombramiento de fiscal para el período 2010.

8.  Autorización para traspasar varias parcelas de terreno en fincas de la sociedad, a personas que son sus legítimos dueños y que no les fueron segregadas al momento de adquirir las fincas.

9.  Autorización a la junta directiva para traspasar a la subsidiaria Panamerican Woods Real Estate S. A., las fincas necesarias para el desarrollo del proyecto de bienes raíces.

10.      Asuntos varios que los accionistas deseen someter a la asamblea.

De no haber quórum a la hora señalada, la asamblea se efectuará a las 8:30 horas del mismo día con cualquier número de acciones representadas.—San José, 28 de setiembre del 2009.—Dr. Néstor Baltodano Vargas, Primer Vicepresidente.—(IN2009085714).

PANAMERICAN WOODS (INDUSTRY) S. A

Se convoca a los socios de Panamerican Woods (Industry) S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-120714 a una asamblea general ordinaria que se llevará a cabo el día 10 de diciembre de 2009, en el Salón El Greco B, Hotel Barceló San José Palacio, situado en La Uruca, San José, a las 13:00 horas, para conocer de los siguientes asuntos:

1.  Lectura y aprobación del acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria del 12 de diciembre del año 2008.

2.  Presentación y discusión del informe de la administración.

3.  Presentación y discusión del informe del fiscal.

4.  Discusión y, en su caso, aprobación del informe sobre los resultados del ejercicio económico del último período.

5.  Nombramiento de junta directiva para el período 2010.

6.  Nombramiento de fiscal para el período 2010.

7.  Asuntos varios que los accionistas deseen someter a la asamblea

De no haber quórum a la hora señalada, la asamblea se efectuará a las 14:00 horas del mismo día con cualquier número de acciones representadas.—San José, 28 de setiembre del 2009.—Dr. Néstor Baltodano Vargas, Presidente.—(IN2009085715).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

HIPÓDROMO NACIONAL SAN ISIDRO S. A.

Hipódromo Nacional San Isidro S. A., convoca a asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, a celebrarse en el domicilio social de la sociedad en El Tejar, El Guarco de Cartago, a las diez horas del veintiocho de octubre del año dos mil nueve para tratar los siguientes asuntos:

1-  Presentación y aprobación de los estados financieros de la empresa del periodo del primero de octubre de dos mil siete a treinta de setiembre de dos mil ocho y del periodo del primero de octubre de dos mil ocho a treinta de setiembre de dos mil nueve.

2-  Elección de miembros de Junta Directiva y Fiscal.

3-  Reconocimiento de aportes extraordinarios de capital de socios y conversión a capital accionario. Aumento de capital y reforma parcial de estatutos.

4-  Otros asuntos a tratar a propuesta de los socios.

De no existir quórum a la hora indicada de acuerdo a la ley, se dará inicio a la asamblea en segunda convocatoria a las once horas del día indicado, con cualquier número de accionistas presentes. Se recuerda a los representantes de personas jurídicas que deben acreditar su representación con certificación de personería jurídica emitida con un máximo de un mes de antelación.—17 de setiembre del 2009.—Junta Directiva.—David A. Stevenson, Presidente.—1 vez.—RP2009133148.—(IN2009086570).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

COOPEMEX R. L.

El certificado de depósito a plazo fijo N° 140001934, por un monto de ¢400.000.00, emitido el 6-7-2009 y que venció el 6-8-2009, a una tasa de interés del 7.75% anual con cupón 140001934-1 por el monto de ¢2.583.33 emitido por Coopemex. R. L. fueron extraviados, por lo tanto solicito a Coopemex R. L., la reposición del mismo.—24 d setiembre del 209.—Carlos Esquivel Herrera.—Ing. Maynor Sandoval López, Gerente General.—(IN2009084967).

El certificado de depósito a plazo fijo N° 0120001584, y cupones N° 0120001584-1 N° 0120001584-2, N° 0120001584-3, N° 0120001584-4, N° 0120001584-5, N° 0120001584-6, con fecha de emisión 19-01-2009, fueron extraviados, por lo tanto solicito a Coopemex R. L., la reposición del mismo.—24 de setiembre del 2009.—Olga Marita Guzmán Conejo.—Ing. Maynor Sandoval López, Gerente General.—(IN2009084970).

WEJIM SOCIEDAD ANÓNIMA

Wejin Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-103674, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario 1, Mayor 1, Inventarios y Balances 1, Acta de Consejo de Administración 1, Acta de Asamblea de Socios 1, Registro de Socios 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Mariela Rojas Herrera, Notaria.—(IN2009084990).

VARO CENTRAL SOCIEDAD ANÓNIMA

Varo Central Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-106384, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: (Diario, Mayor, Inventarios y Balances y Actas de Asambleas de Socios Registro de Socios, todos número 1). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de !a publicación de este aviso.—Zaira Rodríguez Rodríguez.—(IN2009085020).

Valverde Munguia Keyla Sofía, cédula 1-1002-0071, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Registro de Compras número l. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Keyla Sofía Valverde Munguia.—(IN2009085060).

MABAR DE SAN FRANCISCO SOCIEDAD ANÓNIMA

Mabar de San Francisco Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno setenta y tres mil seiscientos noventa y tres, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario número uno, Mayor número uno, Inventarios y Balances número uno, libro de Actas de Junta Directiva número uno, libro de Actas de Asamblea General número uno, y libro de Actas de Registro de Accionistas número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Marta E. Esquivel Rodríguez, Notaria.—(IN2009085061).

MULTISERVICIOS DE SIQUIRRES DEL CARIBE

DE COSTA RICA EMPRESA INDIVIDUAL

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Multiservicios de Siquirres del Caribe de Costa Rica Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-105-310793, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: (Diario N° 1, Mayor N° 1, Inventario y Balances N° 1, Actas de Consejo de Administración N° 1, Actas de Asambleas de Socios N°1, Registro de Socios N° 1). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria Zona Sur, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Jorge Evelio Hernández Corrales, Representante Legal.—(IN2009085115).

FILIAL CONDOMINIO DANZA DEL RÍO LIEU TITANIO

VEINTINUEVE SOCIEDAD ANÓNIMA

Filial Condominio Danza del Río Lieu Titanio veintinueve Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y nueve mil seiscientos cuarenta y uno, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros Diario, Mayor, inventarios y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de: este aviso.—Lic. Mario Varela Martínez, Notario.—(85338).

CONDOMINIO VERTICAL Y HORIZONTAL

RESIDENCIAL RIVERSIDE

Condominio Vertical y Horizontal Residencial Riverside, cédula jurídica número tres-ciento nueve-trescientos sesenta y dos mil novecientos treinta y siete, solicita ante el Departamento de Propiedad Horizontal la reposición del libro uno de Actas de Asamblea de Propietarios. Quién se considere afectado puede manifestar su oposición ante dicho’ Departamento dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Mario Varela Martínez, Notario.—(IN2009085341).

COLEGIO PROFESIONAL DE PSICÓLOGOS DE COSTA RICA

El Tribunal de Honor del Colegio Profesional de Psicólogos de Costa Rica, hace saber que en Sesión de Junta Directiva N° 18-2009, celebrada el 18 de agosto del 2009, Acuerdo N° 07-V-18-2009, se acordó acoger la recomendación del Tribunal de Honor respecto al expediente N° 15-2008, denunciante Ministerio de Seguridad Pública, denunciada Shalom Smiley Prieto y se suspende a la colegiada Shalom Smiley Prieto por un año del ejercicio para la evaluación de idoneidad mental para la portación de armas de fuego. Se advierte a las instituciones públicas y privadas, así como al público en general la condición de la colegiada suspendida del ejercicio para la evaluación de idoneidad mental para la portación de armas de fuego. Notifíquese y publíquese.—Lic. María Magalli Márquez Wilson, Secretaria Junta Directiva.—(IN2009085110).

COMPAÑÍA AGRÍCOLA COMERCIAL

ARAGÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

Compañía Agrícola Comercial Aragón Sociedad Anónima, cédula jurídica: Nº 3-101-003844, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros Mayor, Diario, Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Manuel Antonio Meza Lobo, Presidente, apoderado generalísimo sin límite de suma.—(IN2009085185).

CIEN AL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA

Cien al Norte Sociedad Anónima anteriormente denominada Inversiones  Juguetín  de  Flores  Sociedad  Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-211-532, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del libro de Actas de Consejo de Administración. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación de este aviso.—Gonzalo Víquez Molina, Apoderado Generalísimo.—(IN2009085239).

INMOBILIARIA MASOL S. A.

Inmobiliaria Masol S. A., cédula jurídica: 3-101-32427, domiciliada en San José, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, Oficina de Legalización de Libros, la reposición de los siguientes libros: Asamblea General de Accionistas, Registro de Accionistas, Actas de Junta Directiva, Mayor, Diario e Inventarios y Balances, todos correspondientes al número uno; en virtud del extravío de los mismos. Quien se considere afectado puede manifestar su posición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta. Es todo.—San José, 18 de setiembre del 2009.—Lic. Jéssica María Hernández Quesada, Notaria.—(IN2009085293).

TECNICERÁMICA DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

Benjamín Gallo Lacayo, ha solicitado la reposición del certificado número quince por setenta y cuatro acciones de la compañía Tecnicerámica de Costa Rica S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-060822, por haberse extraviado. Se publica este aviso para efectos de lo dispuesto en el artículo 689 del Código de Comercio.—San José, 16 de setiembre del 2009.—Carlos Enrique Araya Lizano, Presidente.—RP2009132439.—(IN2009085561).

MONTEJO IMPORTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

Montejo Importaciones Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y tres mil doscientos, solicita ante la Dirección General de Tributación., la reposición de los siguientes libros: Libro de Actas de Consejo de Administración número uno. Libro de Actas de Asamblea de Socios número uno, y Libro de Registro de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Thelma María Ulloa Fonseca.—RP2009132221.—(IN2009085564).

ORTOPÉDICA CARTAGINESA SOCIEDAD ANÓNIMA

Ortopédica Cartaginesa Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-035396, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición del Libro de Actas de Junta Directiva número uno, (ahora Actas de Consejo de Administración), Actas de Asamblea General número uno, (ahora Actas de Asamblea de Socios), Registro de Accionistas número uno, (ahora Registro de S), Diario número dos, Mayor número dos, Inventarios y Balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Cartago 27 de agosto del 2009.—Lic. Francisco Mario Granados Gómez, Representante Legal.—RP2009132283.—(IN2009085565).

INVERSIONES MAYFECA SOCIEDAD ANÓNIMA

Inversiones Mayfeca Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y tres mil cuatrocientos ochenta y tres, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas de Asamblea General, Actas de Junta Directiva y Actas Registro de Socios todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación de este aviso. Fabio Ricardo Olmos Carrión, de nacionalidad Argentina, cédula de residencia cuatrocientos cinco - uno tres seis siete dos tres cero cero cero ocho nueve nueve, Representante Legal. Es todo.—Lic. Laura Avilés Ramírez, Notaria.—RP2009132334.—(IN2009085566).

INMOBILIARIA MYJ S. A.

Inmobiliaria MYJ S. A., cédula de persona jurídica 3-101-098259, solicita a la Dirección General de Tributación Directa de San José, la reposición de los siguientes libros a reponer el número uno: Diario, Mayor, Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia del Contribuyente Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta y de un diario de circulación nacional.—San José 11 de setiembre del 2009.—Lic. Floria Vargas Gurdián, Notaria.—RP2009132372.—(IN2009085567).

ADOLCRI S. A.

Adolcri S.A. cédula de persona jurídica 3-101-019963, solicita a la Dirección General de Tributación Directa de San José, la reposición de los siguientes libros a reponer el número uno: Diario, Mayor, Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia del Contribuyente Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta y de un diario de circulación nacional.—San José 11 de setiembre del 2009.—Lic. Floria Vargas Gurdián, Notaria.—RP2009132375.—(IN2009085568).

INVERSIONES AFESA SOCIEDAD ANÓNIMA

Inversiones Afesa Sociedad Anónima, con cédula de identidad de persona jurídica número tres- ciento uno- ciento treinta y cuatro mil ciento ochenta y nueve solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros número uno de: Actas de Asambleas de Socios, Actas de Registro de Socios, y el de Actas de Junta Directiva, así como el Diario, Mayor e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Ma. Lucrecia Quesada Barquero, Notaria.—RP2009132517.—(IN2009085569).

INVERSIONES FEVERA SOCIEDAD ANÓNIMA

Inversiones Fevera Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y cuatro mil ciento cuatro, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros número uno de: Actas de Asambleas de Socios, Actas de Registro de Socios y el de Actas de Junta Directiva, así como el Diario, Mayor e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Ma. Lucrecia Quesada Barquero, Notaria.—RP2009132518.—(IN2009085570).

CENTRO HÍPICO INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

Centro Hípico Internacional Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y nueve mil doscientos cuarenta y ocho, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros número uno de: Actas de Asambleas de Socios, Actas de Registro de Socios y el de Actas de Junta Directiva, así como el Diario, Mayor e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Ma. Lucrecia Quesada Barquero, Notaria.—RP2009132519.—(IN2009085571).

MIRACLES BUILDERS DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

Miracles Builders de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y un mil novecientos noventa y dos, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros, Diario, Mayor Inventarios y Balances todos número uno, los cuáles fueron extraviados. Quien se considere afectado puede manifestar su aposición ante el área de información de asistencia al contribuyente de la Administración Tributaria de Puntarenas, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—RP2009132520.—(IN2009085572).

PACIFIC CENTER JACO SOCIEDAD ANÓNIMA

Pacific Center Jaco Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-doscientos cuarenta y seis mil trescientos nueve, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros, Registro de Accionistas y Junta Directiva, todos número uno, los cuáles fueron extraviados. Quien se considere afectado puede manifestar su aposición ante el área de información de asistencia al contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—RP2009132521.—(IN2009085573).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

CORPORATION MOUNT OLYMPUS S. A.

La sociedad Corporation Mount Olympus S. A., cédula jurídica Nº 3-101-392185, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa de Guanacaste, la reposición de los siguientes libros: Diario uno, Mayor uno, Inventarios y Balances uno, Consejo de Administración uno, Actas Asambleas de Socios uno, Registro de Socios uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Regional de Guanacaste, dentro de los ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto.—San José, 28 de setiembre del 2009.—Elisa Durán Páez.—(IN2009085728).

VIDEO CONTROL AUDIO SISTEMAS

DEL PRADO Y ZAMORA S. A.

Video Control Audio Sistemas del Prado y Zamora S. A., cédula jurídica Nº 3-101-136187, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: (Diario Nº 1, Mayor Nº 1, Inventarios y Balances Nº 1), quien se considere afectado puede manifestar su opción ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Wálter Prado Rojas.—(IN2009085756).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Por escritura otorgada a las 13:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la entidad denominada Vipeña S. A., por medio de la cual se reforma el pacto social.—San José, 25 de setiembre del 2009.—Lic. Javier Camacho Granados, Notario.—1 vez.—(IN2009085152).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 24 de agosto del 2009, se constituyó American Mortgage Hope Group Limitada. Capital: suscrito y pagado. Gerente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social: 99 años.—San José, 24 de setiembre del 2009.—Lic. Armando Moreno Arroyo, Notario.—1 vez.—(IN2009085154).

Ante mí, León Felipe Ramos Santos, notario público de Heredia, se ha constituido la sociedad denominada Importaciones Globales Vegeliz Sociedad Anónima, cuyo presidente y apoderado es Andrés Mauricio Vega Zumbado, el domicilio social será en Heredia, Barva, San Pablo, de la Central de Taxis ATIH, cien metros al este, el capital social de la misma es de diez mil colones.—Lic. León Felipe Ramos Santos, Notario.—1 vez.—(IN2009085167).

A las dieciséis horas del día nueve de setiembre del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-quinientos veintiocho mil setecientos cincuenta y nueve s. a., celebrada en San José, Escazú, San Rafael, Centro Corporativo Plaza Roble, Edificio El Patio, tercer piso, oficinas Facio Abogados, a las catorce horas con treinta minutos del día nueve de setiembre del dos mil nueve, mediante la cual se reforma la cláusula primera del nombre; cláusula segunda del domicilio; se acuerda crear la cláusula décimo sexta del agente residente del pacto constitutivo.—San José, 9 de setiembre del 2009.—Lic. Gueneth Marjorie Williams Mullins, Notario.—1 vez.—(IN2009085168).

Mediante escritura otorgada ante el suscrito notario, a las nueve horas del día once de setiembre del dos mil nueve, se constituye sociedad anónima, que se regirá por las disposiciones del Código de Comercio. Capital social: un millón de colones. Domicilio: provincia de San José, La Uruca, de la Pozuelo, trescientos metros norte, cien metros al este y setenta y cinco metros al norte, Ofibodegas San Marino, podrá establecer agencias o sucursales y hacer negocios en cualquier lugar de la República o fuera de ella. Plazo social: cien años a partir de la fecha de constitución. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjuntamente.—San José, veintiuno de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Helen Adriana Solano Morales, Notaria.—1 vez.—(IN2009085169).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, se protocolizaron acuerdos de Rodamajo Sociedad Anónima. Se hacen nombramientos.—San José, veintiocho de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.—(IN2009085343).

En escritura pública número sesenta y uno otorgada a las trece horas del día veinticuatro de setiembre del dos mil nueve, se modificó la sociedad denominada H Y M Ulaher Sociedad Anónima: se revoca el nombramiento del presidente en su lugar se nombra a Vera María Sancho Vásquez y se revoca a1 secretario y en su lugar se nombra al señor Jorge Luis Ulate Murillo, se cambia la representación la que corresponderá al presidente y al secretario la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos actuando separadamente hasta un límite de suma de quince millones de colones y de este monto en adelante actuarán en forma conjunta y se cambia el domicilio social de la sociedad en adelante será Palmares, Alajuela, quinientos metros sur y cincuenta oeste del Banco Nacional.—Alajuela, veinticuatro de setiembre del año dos mil nueve.—Lic. Ana Krizza Montero López, Notaria.—1 vez.—(IN2009085348).

Por escritura pública otorgada ante esta Notaría a las once horas del día dieciséis de setiembre del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Comercializadora The House Variety Sociedad Anónima.—Lic. Lindsay Jiménez Flores, Notaria.—1 vez.—(IN2009085367).

Por escritura pública otorgada ante la notaria Lindsay Jiménez Flores, a las ocho horas del dieciséis de setiembre del año dos mil nueve, se constituyeron las sociedades anónimas Comercializadora A.M.T. Cellphone; Inmobiliaria Amuto y Automotriz Juamu todas Sociedades Anónimas, con domicilio social en San José. Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—Lic. Lindsay Jiménez Flores, Notaria.—1 vez.—(IN2009085369).

Por escritura pública otorgada ante esta Notaría a las quince horas del día dieciséis de setiembre del alío dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Inversiones Mayi de Costa Rica Sociedad Anónima.—Lic. Lindsay Jiménez Flores, Notaria.—1 vez.—(IN2009085370).

Por escritura pública otorgada ante esta Notaría a las nueve horas del día dieciséis de setiembre del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Importadora Anju del Este Sociedad Anónima.—Lic. Lindsay Jiménez Flores, Notaria.—1 vez.—(IN2009085371).

Por escritura otorgada ante la Suscrita Notaria, a las 09:00 horas del 24 de setiembre del 2009, se constituyó la sociedad denominada  DTV.COM Holding Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado. Plazo noventa y nueve años. Objeto: comercio en general. Presidente y/o secretaria con la representación judicial y extrajudicial y con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—San José, 28 de setiembre del 2009.—Lic. Erika Esquivel Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2009085380).

Por escritura otorgada ante la suscrita Notaria, a las 11:00 horas del 23 de setiembre del 2009, se constituyó la sociedad denominada Defensor de Sueños Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: comercio en general. Presidente y/o secretaria con la representación judicial y extrajudicial y con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—San José, 28 de setiembre del 2009.—Lic. Erika Esquivel Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2009085381).

Por escritura otorgada ante esta Notaria Pacific Views At Magallanes S. A., modifica el pacto constitutivo y nombra tesorero.—Lic. Gonzalo Monge Núñez, Notario.—1 vez.—RP2009132212.—(IN2009085382).

Se constituye la empresa Tragirosa del Caribe Sociedad Anónima, con domicilio en Guácimo, Limón, compuesta por el capital social en la suma de diez mil colones, representada por el señor Giovanni Rojas Valerio, apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Silvia Delgado Montero, Notaria.—1 vez.—RP2009132214.—(IN2009085383).

A las nueve horas del veinticuatro de setiembre del año dos mil nueve, Adolfo Gerardo Selva Díaz y José Orlando González Arauz, constituyen la sociedad Selgo Sociedad Anónima con un plazo social de noventa años.—Lic. José Humberto Alvarado Angulo, Notario.—1 vez.—RP2009132217.—(IN2009085384).

En esta Notaría Pública se ha constituido la empresa Comercial Fuentes del Río J E F S. A. Capital social: diez mil colones. Presidente: Jorge Evelio Fuentes Fuentes.—San José, veinticinco de setiembre del 2009.—Lic. Carlos Rodríguez Bermúdez, Notario.—1 vez.—RP2009132218.—(IN2009085385).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 12:00 horas del 20 de setiembre del 2009, se constituyó sociedad anónima que tendrá como razón social Escadeh S. A.Lic. Willy Curling Rutishsauser, Notario.—1 vez.—RP2009132219.—(IN2009085386).

Por escritura número 65, visible a folio 32 vuelto del tomo cuarto de la notaria Ania Bonilla Rivas, se constituyó sociedad por número de cédula jurídica, siendo el presidente Javier Gerardo Mendoza Molina con cédula de identidad Nº 5-313-509, quien es apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Ania Bonilla Rivas, Notaria.—1 vez.—RP2009132222.—(IN2009085387).

Por escritura número 64, visible a folio 29 frente del tomo cuarto de la notaria Ania Bonilla Rivas, se constituyó sociedad por número de cédula jurídica, siendo el presidente Javier Gerardo Mendoza Molina con cédula de identidad Nº 5-313-509, quien es apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Ania Bonilla Rivas, Notaria.—1 vez.—RP2009132223.—(IN2009085388).

Ante esta Notaría el día de hoy, se constituyó la compañía denominada Granos y Servicios JMD Sociedad Anónima.—Guápiles, Pococí, veintitrés de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Francinie Castillo Ramos, Notaria.—1 vez.—RP2009132225.—(IN2009085389).

Ante mi Notaría, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Pavon Limitada, con domicilio en la ciudad de Puntarenas, Garabito, Jacó centro, Calle Morales, con capital social suscrito y pago representado en diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, cuyo representación legal le corresponde al Gerente Salvatore Pasquale Viola. Corresponderá al gerente la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma actuando separadamente. Es todo.—Orotina, al ser las diez horas del dieciséis de setiembre del año dos mil nueve.—Lic. Virlaly Rojas Esquivel, Notaria.—1 vez.—RP2009132228.—(IN2009085390).

Se constituye, Hideway Hill Home Sociedad Anónima. Presidenta: Sabine Hein. Capital: sesenta mil colones. Domicilio: San Antonio de Cebadilla, La Sierra Abangares, Guanacaste.—Lic. Yadira Correa Martínez, Notaria.—1 vez.—RP2009132229.—(IN2009085391).

Por escritura otorgada en mi Notaría, a las ocho horas del día veintiocho de setiembre del dos mil nueve, se reforman estatutos y se hacen nombramientos de la sociedad Dendharas y Basiliscos Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno-cuatro seis ocho cinco siete uno. Es todo.—San José, veintiocho de setiembre de dos mil nueve.—Lic. Blanca Cecilia Briceño Bustos Notaria.—1 vez.—RP2009132230.—(IN2009085392).

Al ser las doce horas del veintiuno de setiembre del año dos mil nueve, Ana Lucía Cortés Chavarría y Jorge Alberto Bogantes Álvarez, comparecen ante esta Notaría con la finalidad de constituir la compañía denominada Paja Inversiones de Heredia Sociedad Anónima con domicilio social en la provincia de San José, Goicoechea, Guadalupe, urbanización Esquivel Bonilla, del Colegio de Microbiólogos de Costa Rica, veinticinco metros este y cien norte, pudiendo abrir sucursales y agencias dentro y fuera del territorio nacional.—San José, a las trece horas del veintiuno de setiembre del año dos mil nueve.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario.—1 vez.—RP2009132232.—(IN2009085393).

Por escritura pública Nº 206-14 de las 12:00 horas del 11 de setiembre de 2009, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Gerapri Inversiones Sociedad Anónima, en la que se modifican las cláusulas segunda - domicilio - y octava - administración - del pacto constitutivo y se nombra como nuevo presidente a Recaredo Alfaro Segura y como nuevo secretario a Danny Atencio Bermúdez.—San Isidro de El General, 11 de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Fernando Alberto Gamboa Calvo, Notario.—1 vez.—RP2009132235.—(IN2009085394).

Por escritura 271 de las 17:00 horas del 21 de setiembre del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Alfanje Doscientos Dos Sociedad Anónima, donde se modificó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2009132236.—(IN2009085395).

Por escritura número 205-14 de las 11:00 horas del 11 de setiembre del 2009, se constituyó RAS Mayfabi S.R.L. Gerente: Recaredo Alfaro Segura. Plazo social: cien años. Capital social: diez mil colones.—San Isidro de El General, 25 de setiembre de dos mil nueve.—Lic. Fernando Alberto Gamboa Calvo, Notario.—1 vez.—RP2009132237.—(IN2009085396).

Por escritura número 87-14 de tomo catorce, de las siete horas del veintitrés de marzo de dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de El Alma Deseable S.R.L., por la cual se revoca el nombramiento de la gerente, correspondiéndole dicho cargo de ahora en adelante al señor Carlos Manuel Duarte Benamburg.—San Isidro de El General, veinticuatro de marzo del dos mil nueve.—Lic. Fernando Alberto Gamboa Calvo, Notario.—1 vez.—RP2009132238.—(IN2009085397).

Ante esta Notaría, a las 07:00 horas del 28 de setiembre del 2009, mediante escritura número 202, se constituyó la sociedad decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones. Representación judicial y extrajudicial a cargo del presidente.—San José, 28 de setiembre del 2009.—Lic. Edwin Rodrigo Masís Quirós, Notario.—1 vez.—RP2009132246.—(IN2009085398).

Por escritura otorgada en mi Notaría a las 11:00 horas de hoy, los señores Víctor Manuel Hernández Arroyo y María Estrella Cubillo Zúñiga, constituyeron la sociedad Herycub S. A. Presidente el socio Hernández Arroyo, apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 31 de agosto del 2009.—Lic. Olman Segura Solano, Notario.—1 vez.—RP2009132248.—(IN2009085399).

Por escritura número veintinueve-dos, otorgada ante mi notaria, a las trece horas del veintidós de setiembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima Hermanos Mora Monge de Acosta Sociedad Anónima con domicilio en San José, cantón San Ignacio de Acosta, barrio María Auxiliadora, costado norte del Hogar de Ancianos Juanita Corrales, con un capital social de diez mil colones con un plazo de noventa y nueve años, su objeto comercio en general, teniendo la representación judicial y extrajudicial el presidente y tesorero.—Desamparados, 22 setiembre 2009.—Lic. Grace Barquero Varela, Notaria.—1 vez.—RP2009132249.—(IN2009085400).

Ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada Q.V. Chisbala Sociedad de Responsabilidad Limitada, domicilio en Alajuela, en Santiago de San Ramón, frente costado este de la plaza. Plazo: noventa años. Capital social: cien mil colones. Fecha de constitución: veinticuatro de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Ana Luz  Villalobos Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2009132250.—(IN2009085401).

Por escritura de las diez horas del dieciocho de setiembre del dos mil nueve, se constituye tr zurik cr sociedad anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintiuno de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Juan Carlos Vega Montoya, Notario.—1 vez.—RP2009132251.—(IN2009085402).

En mi Notaría, mediante escritura de las catorce horas del once de noviembre del año dos mil ocho, se nombró nuevo presidente de la junta directiva  de  la  sociedad  Soluciones  Digitales  Platino Internacional S. A.San José, 23 de setiembre del 2009.—Lic. Hugo Francisco Velázquez Castro, Notario.—1 vez.—RP2009132254.—(IN2009085403).

Por asamblea extraordinaria de socios de la firma Invepro Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio a las 13:00 horas del 21 de setiembre del 2009, se modificaron las cláusulas de la administración, representación y domicilio.—Cartago, 24 de setiembre del 2009.—Lic. Carlos Eduardo Mata Ortega, Notario.—1 vez.—RP2009132257.—(IN2009085404).

Por escritura otorgada en esta fecha ante esta Notaría, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de Agrícola Tres Efes S. A., mediante la cual se modifica las cláusulas relativas a su domicilio y la administración.—San José, diecisiete de setiembre del dos mil nueve.—Lic. José Adolfo Borge Lobo, Notario.—1 vez.—RP2009132258.—(IN2009085405).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las 8:00 horas del día de hoy, se constituyó la firma Consbieke S. A.Cartago, 24 de setiembre del 2009.—Lic. Carlos Eduardo Mata Ortega, Notario.—1 vez.—RP2009132259.—(IN2009085406).

Por escritura otorgada en esta fecha ante esta Notaría, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de Bananera Lomas de Sierpe S. A., mediante la cual se modifica las cláusulas relativas a su domicilio y la administración.—San José, diecisiete de setiembre del dos mil nueve.—Lic. José Adolfo Borge Lobo, Notario.—1 vez.—RP2009132260.—(IN2009085407).

Ante esta Notaría por escritura otorgada a las catorce horas treinta minutos del veintitrés de setiembre del año dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima de conformidad con el decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J.—San José, veintiocho de setiembre del año dos mil nueve.—Lic. Manuel Hidalgo Flores, Notario.—1 vez.—RP2009132262.—(IN2009085408).

Ante el notario, Gustavo Adolfo Fernández Martínez, mediante protocolización número ciento cuarenta y nueve-cuarenta y dos, otorgada el día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria tres-ciento uno-quinientos ochenta y un mil setecientos noventa y uno sociedad anónima, cédula de persona jurídica número igual al de su denominación, según la cual se reformó el pacto constitutivo en cuanto a sus cláusulas segunda del domicilio social además se realizaron nuevos nombramientos.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veintisiete de setiembre del dos mil tres.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—RP2009132263.—(IN2009085409).

Por escritura que autorice a las diez horas de hoy, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Nina S. A., con domicilio en San José. Plazo social: noventa y nueve años. Capital: dieciséis mil colones, íntegramente suscrito y pagado.—San José, 24 de setiembre del 2009.—Lic. Manuel Enrique Zúñiga Urrutia, Notario.—1 vez.—RP2009132264.—(IN2009085410).

Se constituye sociedad denominada I C C S Costa Rica Sociedad Anónima, plazo de 99 años, capital 10.000 colones, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma Christian Jiménez Ureña, domicilio fuera San José, avenida uno calles veinticinco y veintisiete número dos cinco cinco dos. Escritura otorgada en San José Nº 8-10 del notario Freddy Jiménez Peña.—Lic. Freddy Jiménez Peña, Notario.—1 vez.—RP2009132265.—(IN2009085411).

Se constituye sociedad anónima denominada N&W Inmobiliaria S. A., con domicilio en San José, avenida uno calles veinticinco y veintisiete número dos cinco cinco dos, 99 años de plazo, capital diez mil colones, representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos corresponde al presidente y al secretario. Escritura otorgada ante la notaria María Gabriela Zeledón Ching.—Lic. María Gabriela Zeledón Ching, Notaria.—1 vez.—RP2009132266.—(IN2009085412).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría, los señores Leonardo Javier Rojas Salazar y Johnny Quesada Ulate, constituyen una sociedad anónima denominada Importadora de Llantas El Amigo Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Capital: ¢1.000.000,00. Domicilio: Cañas, Guanacaste, barrio Las Brisas, doscientos veinticinco metros al este del Cen-Cinae. Presidente: Leonardo Javier Rojas Salazar, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cañas, 22 de setiembre del 2009.—Lic. Luis Ramón Sibaja Campos, Notario.—1 vez.—RP2009132267.—(IN2009085413).

En mi Notaría, en escritura número cuatrocientos veintinueve-tres: de las trece horas del dieciocho de setiembre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Jozevicar S. A. Capital social: diez mil colones. Domicilio social: Barrio San Pedro, del Rey Mágico cuatrocientos metros al sur y doscientos al este, Cañas, Guanacaste. Plazo: noventa y nueve años. Junta directiva: presidenta nombrada: Zady Ledezma Badilla.—Cañas, dieciocho de setiembre del año dos mil nueve.—Lic. Ana Judith Porras Bolívar, Notaria.—1 vez.—RP2009132268.—(IN2009085414).

Araceli Huertas Aviles y Eva Dixon Barton, constituyen Joshern Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Limón a las catorce horas del veintiuno de setiembre del año dos mil nueve. Capital social: diez mil colones.—Lic. Randy Gordon Cruickshank, Notario.—1 vez.—RP2009132271.—(IN2009085415).

Por escritura otorgada en mi notaría en esta ciudad, hoy a las siete horas se constituyó la sociedad BDR Business Corporation S. A., en español, Corporación de Negocios BDR S. A. Presidente Bernal Delgado Ramos.—San José, Curridabat, 19 de setiembre del 2009.—Lic. Rodolfo Acosta Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2009132276.—(IN2009085416).

Mediante escritura número 379 del tomo 13 del notario Arturo Méndez Jiménez, de fecha 3 de setiembre del 2009; se constituye la sociedad La Humildad de Coto Brus Limitada. Gerentes: Urbano y Marcial Méndez Trejos.—San Vito de Coto Brus, 25 de setiembre de 2009.—Lic. Arturo Méndez Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2009132278.—(IN2009085417).

Mediante escritura número 380 del tomo 13 del notario Arturo Méndez Jiménez, de fecha 3 de setiembre del 2009; se constituye la sociedad Honradez de San Vito Limitada. Gerentes: Urbano y Marcial Méndez Trejos.—San Vito de Coto Brus, 25 de setiembre de 2009.—Lic. Arturo Méndez Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2009132279.—(IN2009085418).

Mediante escritura número 378 del tomo 13 del notario Arturo Méndez Jiménez, de fecha 3 de setiembre del 2009; se constituye la sociedad La Irrompible de la Zona Sur Limitada. Gerentes: Urbano y Marcial Méndez  Trejos.—San Vito de Coto Brus, 25 de setiembre de 2009.—Lic. Arturo Méndez Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2009132280.—(IN2009085419).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se reformó la cláusula novena de la junta directiva y fiscal, se aceptaron renuncias y se nombró nueva junta directiva y fiscal de la sociedad: Residencia Nomart Mn Sociedad Anónima. Presidente, con la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo.—Limón, 18 de setiembre del 2009.—Lic. Enrique Alberto Van Browne Olivier, Notario.—1 vez.—RP2009132281.—(IN2009085420).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas con treinta minutos del día veintiuno de agosto del año en curso, se constituye la sociedad denominada Luicom Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse en su aditamento S. A.San José, 21 de agosto del 2009.—Lic. Daniel De La Garza Chamberlain y Lic. Larissa Seravalli Sáurez, Conotarios.—1 vez.—RP20090132282.—(IN2009085421).

Por escritura doscientos cincuenta y ocho-dos, otorgada a las diez horas del veintiséis de setiembre del año dos mil nueve, ante la Lic. Erika Montano Vega, notaria pública. Se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la sociedad Distribuidora Guska S. A., cédula jurídica: tres-ciento uno-trescientos noventa y cuatro mil ciento noventa y ocho, acta que reforma la representación judicial y extrajudicial, domicilio fiscal y se revoca poder general con límite de suma. Es todo.—Alajuela, 27 de setiembre del 2009.—Lic. Erika Montano Vega, Notaria.—1 vez.—RP2009132286.—(IN2009085422).

Por escritura doscientos treinta y cuatro bis-dos, otorgada a las nueve horas del dieciséis de setiembre del año dos mil nueve,ante la Lic. Erika Montano Vega, notaria pública. Se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la sociedad Comercial Superbloque Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta y nueve mil setecientos sesenta y ocho, acta que reforma la representación judicial y extrajudicial, domicilio fiscal y se revoca poder general con límite de suma. Es todo.—Alajuela, 27 de setiembre del 2009.—Lic. Erika Montano Vega, Notaria.—1 vez.—RP2009132287.—(IN2009085423).

Por escritura: doscientos cincuenta y seis-dos, otorgada a las nueve horas del veintiséis de setiembre del año dos mil nueve, ante la Lic. Erika Montano Vega, notaria pública. Se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la sociedad: Superbloque Alajuela Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y siete mil treinta, acta que reforma la representación judicial y extrajudicial, domicilio fiscal y se revoca poder general con límite de suma. Es todo.—Alajuela, 27 de setiembre del 2009.—Lic. Erika Montano Vega, Notaria.—1 vez.—RP2009132289.—(IN2009085424).

Por escritura: doscientos cincuenta y nueve-dos, otorgada a las diez horas treinta minutos del veintiséis de setiembre del año dos mil nueve, ante la Lic. Erika Montano Vega, notaria pública. Se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la sociedad: Distribuidora Suque Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos ocho mil ochenta y ocho, acta que reforma la representación judicial y extrajudicial, domicilio fiscal y se revoca poder general con límite de suma. Es todo.—Alajuela, 27 de setiembre del 2009.—Lic. Erika Montano Vega, Notaria.—1 vez.—RP2009132290.—(IN2009085425).

Por escritura: doscientos cincuenta y siete-dos, otorgada a las nueve horas treinta minutos del veintiséis de setiembre del año dos mil nueve. ante la Lic. Erika Montano Vega, notaria pública. Se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la sociedad: Distribuidora Blanzor Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa mil cuatrocientos diez, acta que reforma la representación judicial y extrajudicial, domicilio fiscal y se revoca poder general con límite de suma. Es todo.—Alajuela, 27 de setiembre del 2009.—Lic. Erika Montano Vega, Notaria.—1 vez.—RP2009132291.—(IN2009085426).

Por escritura número 10 otorgada ante esta notaría, a las12:00 horas del 24 de setiembre del 2009, se constituye la sociedad Neón Nieto División Punto de Venta sociedad Anónima. Capital: 100.000,00 colones, totalmente suscrito y pagado. Plazo: 99 años. Presidente: Arnoldo Nieto Zeledón.—San José, 25 de setiembre del 2009.—Lic. Sergio Valverde Segura, Notario.—1 vez.—RP2009132292.—(IN2009085427).

Ante nosotros, Roberto Vargas Mora y Monika Fernández Mayorga, notarios públicos, se constituyó la empresa denominada  Michoacan del Sur S. A., con un plazo social de noventa y nueve años, Presidente Aaron Michael Brady, pasaporte Nº 302599354. Capital social: 10.000 colones, con domicilio en Pavón Golfito Puntarenas.—Palmares, 24 setiembre de 2009.—Lic. Monika Fernández Mayorga, Notaria.—1 vez.—RP2009132297.—(IN2009085428).

Por escritura pública de las quince horas del once de setiembre en mi notaría se constituyó la sociedad denominada Green Knight Sociedad Anónima.—San José, 16 de setiembre del 2009.—Lic. Patricia Vanolli Alvarado, Notaria.—1 vez.—RP2009132298.—(IN2009085429).

En esta notaría pública, a las nueve horas del veinticinco de setiembre del dos mil nueve, se modifican las cláusulas quinta y octava del pacto constitutivo de la sociedad Impositus Data Sit Sociedad Anónima. Asimismo, se nombra tesorero y fiscal de la sociedad, y se otorgan nuevos poderes.—San José, 25 de setiembre de 2009.—Lic. Alejandra María Arguedas Ortega, Notaria.—1 vez.—RP2009132300.—(IN2009085430).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del veinticuatro de setiembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Matt KM Sociedad Anónima, Capital íntegramente suscrito y pagado. Plazo: 99 años. Domicilio social: San José, Escazú. Presidente y tesorero apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 24 de setiembre del 2009.—Lic. Orlando José Díaz Hernández, Notario.—1 vez.—RP2009132301.—(IN2009085431).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las trece horas del veinticuatro de setiembre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Densitometry Service Escazú K. S. C Sociedad Anónima, Capital íntegramente suscrito y pagado. Plazo: 99 años. Domicilio social: San José, Escazú, San Rafael, Presidente y tesorero apoderados generalísimos sin límite de suma, en forma individual.—San José, 24 de setiembre del 2009.—Lic. Orlando José Díaz Hernández, Notario.—1 vez.—RP2009132302.—(IN2009085432).

Por escritura número ciento treinta-diez, otorgada a las quince horas veinte minutos del día veinticuatro de setiembre de dos mil nueve, otorgada en esta notaría, El Parasal Sociedad Anónima reformó su cláusula sétima sobre la administración de la sociedad.—San José, 24 de setiembre del 2009.—Lic. Alejandro Goicuría Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2009132303.—(IN2009085433).

Por escritura número ciento veintinueve-diez, otorgada a las quince horas del día veinticuatro de setiembre de dos mil nueve, en esta notaría, Losko Sociedad Anónima reformó su cláusula sexta sobre la administración de la sociedad.—San José, 24 de setiembre del 2009.—Lic. Alejandro Goicuría Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2009132304.—(IN2009085434).

Ante mí, Alejandro Sanabria Romero, notario, al tomo catorce de mi protocolo, escritura número setenta y nueve, se modifica cláusula octava de la empresa Hermes-Soft S. A. y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—San José, 16 de setiembre del 2009.—Lic. Alejandro Sanabria Romero, Notario.—1 vez.—RP2009132305.—(IN2009085435).

La sociedad denominada Econocarrillos Sociedad Anónima con la cédula jurídica numero tres-ciento uno-quinientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos setenta y dos, reforma acta constitutiva. Mediante acta protocolizada ante la notaria María del Milagro Ugalde Víquez.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—RP2009132308.—(IN2009085436).

Ante la suscrita notaria Marelyn Jiménez Duran, se constituye la sociedad Autolavado La Playa Sociedad Anónima con capital de diez millones de colones, corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con las facultades apoderado generalísimo sin límite de suma.—Liberia, 24 de setiembre del 2009.—Lic. Marelyn Jiménez Durán, Notaria.—1 vez.—RP2009132312.—(IN2009085437).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 22 de setiembre del 2009, se modifica la cláusula décima de los directores del pacto constitutivo de la Fundación Arcas para el Bienestar Social.—San José, 22 de setiembre del 2009.—Lic. Siu-len Wing-Ching Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2009132313.—(IN2009085438).

Por escritura otorgada en mi notaría, en la ciudad de San José, a las diez horas con treinta minutos del día veinticinco de setiembre del dos mil nueve, se protocolizó el acta número uno de la empresa Ferretería Santa Lucía Sociedad Anónima por la que se reforma la cláusula número uno de los estatutos sociales.—San José, 25 de setiembre de 2009.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1 vez.—RP2009132316.—(IN2009085439).

Por escritura otorgada en mi notaría, en la ciudad de San José, a las nueve horas con cuarenta y cinco mintos del día veinticinco de setiembre del dos mil nueve, se protocolizó el acta número uno de la empresa Sociedad Anónima Ganadera Tres Marías por la que se reforma la cláusula número uno de los estatutos sociales.—San José, 25 de setiembre de 2009.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1 vez.—RP2009132317.—(IN2009085440).

Phillip Curtis, Orville Anthony Barriffe y Maribel Mendoza Golden, constituyen Cool Running’s Promotion Sociedad Anónima, escritura otorgada en Limón a las diez horas del veintisiete de agosto del dos mil nueve. Capital social: diez mil colones.—Lic. Eduardo Cruickshank Smith, Notario.—1 vez.—RP2009132319.—(IN2009085441).

Por escritura que autoricé hoy, protocolicé acuerdos de asamblea general de Ocitel Limitada, donde se reforma la cláusula cuarta de los estatutos sociales.—San José, 24 de setiembre del 2009.—Lic. Marta Isabel Alvarado Granados, Notaria.—1 vez.—RP2009132321.—(IN2009085442).

A las 11:00 horas del 21 de setiembre de 2009, se modifican cláusulas del domicilio, de la administración y representación, de las utilidades, pérdidas, balance y asambleas de la Compañía Agrícola e Industrial San Isidro S. A., cédula jurídica número 3-101-10268.—San José, 28 de setiembre de 2009.—Lic. Yaroly Colé Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2009132324.—(IN2009085443).

Por escritura otorgada el 31 de agosto del 2009 a las 8:00 horas, se constituyó la sociedad anónima denominada Constructora Diversa Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial: Presidente y secretario, actuando individualmente.—San José, veintidós de setiembre del 2009.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—RP2009132325.—(IN2009085444).

Por escritura otorgada por mí, el día veintitrés de setiembre, a las ocho horas, se protocolizó acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de la sociedad Condominio Belén Ocho A Zaragoza S. A., mediante la cual se modifica la cláusula segunda (domicilio).—San José, 23 de setiembre del 2009.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—RP2009132326.—(IN2009085445).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas de hoy, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Industria de Perfumes y Cosméticos S. A., mediante los cuales se reforman cláusulas de los estatutos.—San José, 23 de setiembre de 2009.—Lic. Roig Mora Chaves, Notario.—1 vez.—RP2009132330.—(IN2009085446).

Por escritura otorgada a las 10:30 horas de hoy, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Río Canasta S. A. Mediante los cuales se reforman cláusulas de los estatutos.—San José, 23 de setiembre de 2009.—Lic. Roig Mora Chaves, Notario.—1 vez.—RP2009132331.—(IN2009085447).

Ante mí, se protocolizó acta de la empresa Capamcale S. A., en la que se reforma el pacto social en sus cláusulas de la administración y el domicilio social.—San José, 23 de setiembre 2009.—Lic. Eugenia María Rojas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2009132332.—(IN2009085448).

Ante el suscrito notario Melvin Araya Rojas, se constituyó una sociedad la cual se faculta al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para que como denominación social, establezca el número de persona jurídica que le sea asignado, al cual deberá seguirse con el aditamento Limitada, el cual podrá abreviarse Ltda., domiciliada ciento cincuenta metros al noroeste de la Pulpería La Guaria del Invu de Sabalito, Coto Brus, provincia de Puntarenas.—Sabalito, Coto Brus, 9 de setiembre del 2009.—Lic. Melvin Araya Rojas, Notario.—1 vez.—RP2009132333.—(IN2009085449).

En esta notaría se protocolizó acta de asamblea general de accionistas que modifica pacto constitutivo, se cambia junta directiva, se nombra nuevo agente residente.—Palmar Norte de Osa, 23 de setiembre del 2009.—Lic. Carlos Corrales Barrientos, Notario.—1 vez.—RP2009132335.—(IN2009085450).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del día veinticuatro de setiembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Acumen Limitada. Gerente: William David Fraresso.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—RP2009132337.—(IN2009085451).

Ante mí, Héctor Rolando Vargas Sánchez, notario público con oficina en Heredia en escritura otorgada a las nueve horas del veintiséis de setiembre del año dos mil nueve, se constituyó la empresa Multiservicios Tropicales del Este Sociedad Anónima, siendo su presidente el señor Eladio Jiménez Jiménez su capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado.—26 de setiembre del 2009.—Lic. Héctor Rolando Vargas Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2009132338.—(IN2009085452).

Mediante escritura de las 8:00 horas del 28 de setiembre del 2009, las señoras María Eugenia Blanco Villegas, Mónica Medrano Blanco constituyen la sociedad anónima Soluciones Dudu S. A. Presidenta: María Eugenia Blanco. Plazo social: será de noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones exactos, constituido por cinco acciones comunes y nominativas de dos mil colones cada una. Objeto: El ejercicio del comercio, la industria, la agricultura, y la ganadería, en general, etc.—San José, 28 de setiembre del 2009.—Lic. Manuel Antonio Calderón Segura, Notario.—1 vez.—RP2009132340.—(IN2009085453).

Mediante escritura de las 8:15 horas del 28 de setiembre del 2009, las señoras María Eugenia Blanco Villegas, Mónica Medrano Blanco constituyen la sociedad anónima Soluciones Duca S. A. Presidenta: María Eugenia Blanco. Plazo social: será de noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones exactos, constituido por cinco acciones comunes y nominativas de dos mil colones cada una. Objeto: El ejercicio del comercio, la industria, la agricultura, y la ganadería, en general, etc.—San José, 28 de setiembre del 2009.—Lic. Manuel Antonio Calderón Segura, Notario.—1 vez.—RP2009132341.—(IN2009085454).

Mediante escritura de las 8:30 horas del 28 de setiembre del 2009, las señoras María Eugenia Blanco Villegas, Mónica Medrano Blanco constituyen la sociedad anónima Soluciones Arvi S. A. Presidenta: María Eugenia Blanco. Plazo social: será de noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones exactos, constituido por cinco acciones comunes y nominativas de dos mil colones cada una. Objeto: El ejercicio del comercio, la industria, la agricultura, y la ganadería, en general, etc.—San José, 28 de setiembre del 2009.—Lic. Manuel Antonio Calderón Segura, Notario.—1 vez.—RP2009132342.—(IN2009085455).

Por escritura número cincuenta y siete-tres otorgada a las dieciocho horas del 19 de agosto del 2009, se constituye la asociación denominada Asociación Nacional de Escuelas e Instructores de Manejo.—Lic. Mario Cisneros Herrera, Notario.—1 vez.—RP2009132343.—(IN2009085456).

Se constituyó la sociedad anónima Importaciones Danji D. J., bajo escritura 31-2, de las 9:00 horas del 24-09-2009. Tomo: 2, folio. 16 vuelto a 19 frente. Capital social: diez mil colones. Teléfono 25917418.—Cartago, 24 de setiembre del 2009.—Lic. Hannia Ramírez Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2009132345.—(IN2009085457).

Notaría del Bufete López y López. El suscrito notario, Rafael Alberto López Campos, notario público con oficina en Atenas costado este del Templo Católico, por el presente medio hago constar que por escritura pública número ciento veinte, iniciada a folio ciento noventa y cuatro vuelto del tomo cincuenta y nueve del protocolo del notario Leonidas López Guzmán, otorgada en connotariado, en Atenas, a las ocho horas del veintiséis de setiembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Finca La Loma Limitada, se dictó el pacto constitutivo y se nombró gerente.—Atenas, 28 de setiembre del 2009.—Lic. Rafael Alberto López Campos, Notario.—1 vez.—RP2009132346.—(IN2009085458).

Por escritura número 144 de las 16:00 horas del día 19 de agosto del 2009; Luis Alberto Cordero Arias, Heizel Alpizar Orozco, Alfredo Chirino Sánchez y Francisco Javier Vargas Solano constituyen Fundación Transparencia y Buen Gobierno S. A.; con domicilio social en el mil seiscientos veinticinco del Barrio Montealegre, Zapote; Plazo social: perpetuo.—28 de setiembre del 2009.—Lic. Rafael Paniagua Mora, Notario.—1 vez.—RP2009132347.—(IN2009085459).

Por escritura número ciento cincuenta y tres, ante los notarios Francisco Javier Vargas Solano y Rafael Ángel Paniagua Mora, se constituye la sociedad denominada Calcio Eventi Internacional S. A. Presidente: Mirco Cavallarin, italiano, pasaporte de su país número f seis ocho seis cero uno cinco, domicilio en el número mil seiscientos veinticinco de Barrio Montealegre, Zapote, San José. El capital social: es la suma de cien mil colones.—San José, veinticinco de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Francisco Javier Vargas Solano, Notario.—1 vez.—RP2009132348.—(IN2009085460).

Por escritura otorgada ante mí, número veintitrés de las trece horas del seis de agosto del dos mil nueve, la sociedad Schultz y González S. A., mediante asamblea general extraordinaria se reforma la cláusula de la administración del pacto constitutivo.—San José, veinticuatro de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Carlos Manuel Venegas Gómez, Notario.—1 vez.—RP2009132350.—(IN2009085461).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 11:00 horas del 8 de junio del 2009, Pablo Ureña Fallas y Noel Ureña Fallas, constituyen Inmobiliaria María Ángel Sociedad Anónima. Representación judicial y extrajudicial corresponden al presidente. Presidente: Pablo Ureña Fallas.—Santa María de Dota, 8 de junio del 2009.—Lic. Lisandro Valverde Porras, Notario.—1 vez.—RP2009132352.—(IN2009085462).

Por escritura Nº 417, otorgada a las 18:00 horas del 24 de setiembre del 2009, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Airsoft Costa Rica Sociedad Anónima, con domicilio en: Cartago, La Unión, San Rafael, 125 metros norte de la Hermita, frente a la Fábrica de Oxígeno. Plazo: noventa y nueve años Capital social diez mil colones. Presidente: Juan Pablo Segura Fonseca.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—RP2009132353.—(IN2009085463).

Por escritura otorgada, en esta notaría, a las 8:00 horas del 28 de setiembre del 2009, se protocolizó acta de la sociedad Bienes Raíces S.G. Veintiuno Sociedad Anónima, en la cual se nombra junta directiva y fiscal y se reforma la cláusula cuarta del pacto constitutivo.—Lic. Braulio Enrique Sánchez González, Notario.—1 vez.—RP2009132355.—(IN2009085464).

Ante la notaría del suscrito, al ser las trece horas del veinticinco de setiembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Moneh S. A., con un capital social de veinte mil colones, empresa domiciliada en San Pablo de Heredia. Es todo. En Heredia, al ser las siete horas treinta minutos del veintiocho de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Roberto Villalobos Conejo, Notario.—1 vez.—RP2009132357.—(IN2009085465).

Por escritura otorgada, ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las once horas del veintiocho de agosto del año dos mil nueve, se constituyó una Sociedad Anónima de conformidad con decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Objeto: administración de propiedades. Capital social: cuatro mil colones. Es todo.—Jacó, veinticinco de febrero del dos mil nueve.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—RP2009132358.—(IN2009085466).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del dieciséis de setiembre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Costa Rica Solar Solutions Sociedad Anónima. Objeto: Venta de equipos solares. Capital social: diez mil colones. Es todo.—Jacó, 21 de setiembre del 2009.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—RP2009132359.—(IN2009085467).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del veintiuno del setiembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Simjam Limitada. Objeto: administración de bienes. Capital social: seis mil colones. Es todo. Jacó, 21 de setiembre del 2009.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—RP2009132360.—(IN2009085468).

Por  escritura otorgada,  ante esta notaría, a las 15:00 horas del 25 de setiembre del 2009,  se  constituyó la sociedad  anónima Copiadoras O. B. A. N. D. O. S. A., capital totalmente suscrito y pagado, presidente: David Alberto Obando Zamora.—San José, 28 de setiembre del 2009.—Lic. Álvaro Eladio Barboza Mena, Notario.—1 vez.—RP2009132362.—(IN2009085469).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 17:00 horas del 23 de setiembre del 2009, se constituyó la Sociedad Anónima Distribuidora Venegasa. Presidente José Luis Venegas Salmerón.—San José, 23 de setiembre del 2009.—Lic. Álvaro Eladio Barboza Mena, Notario.—1 vez.—RP2009132363.—(IN2009085470).

Ante la notaría de Yalile Villalobos Zamora, se constituyó la sociedad Inversiones Cascante y Asociados Sociedad Anónima. Apoderada generalísima sin límite de suma: Vanessa M. Garita Cascante, cédula 1-927-557, mediante escritura 135 del tomo 5 del protocolo de la suscrita notaria.—San José, 28 de setiembre del 2009.—Lic. Yalile Villalobos Zamora, Notaria.—1 vez.—RP2009132364.—(IN2009085471).

Por escritura otorgada, ante esta misma notaría, a las 16:00 horas del 24 de setiembre del 2009, se protocolizó el acta número 12 de asamblea general extraordinaria de Exportaciones Norteñas S. A., en la cual se aumenta el capital social. Misma fecha.—Lic. Manuel Jones Chacón, Notario.—1 vez.—RP2009132367.—(IN2009085472).

Ante mí, Hellen Cordero Mora, notaria pública, con oficina abierta en Barreal de Heredia, Residencial Casablanca casa siete L, se constituye el día veinticinco de setiembre del dos mil nueve, a las dieciséis horas, la Sociedad Tecnología Médica y Hospitalaria S. A.—Lic. Hellen Cordero Mora, Notaria.—1 vez.—RP2009132369.—(IN2009085473).

Ante esta notaría, por escritura número ciento ocho-dos, otorgada a las once horas del veintiuno de setiembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza Trisports Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintitrés de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Dafne Lizette Blanco Varela, Notaria.—1 vez.—RP2009132371.—(IN2009085474).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 9:00 horas del 16 de setiembre del 2009, se constituyó la sociedad denominada Instituto de Las Ciencias de Seguridad I C S Limitada. Domicilio social: San José, Barrio Don Bosco, avenidas cuatro y seis, calle treinta, edificio Tesan, oficina número cuatro.—Veintitrés de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—RP2009132374.—(IN2009085475).

Por escritura otorgada, a las 15:00 horas de hoy, protocolicé actas de asambleas generales extraordinaria y ordinaria de socios de Ediciones y Distribuciones del Istmo S. A., por las cual se modificó la cláusula II de los estatutos sociales, y se elige nuevo fiscal.—San José, 25 de setiembre del 2009.—Lic. Javier Francisco Aguilar Villa, Notario.—1 vez.—RP2009132376.—(IN2009085476).

Por escritura otorgada, a las 16:00 horas del 25 de setiembre del 2009, se constituyó la sociedad anónima García Yepes Asociados Sociedad Anónima. Plazo 99 años, presidente: Wilman Arley García Mira.—San José, 25 de setiembre del 2009.—Lic. Juan Luis Gómez Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2009132380.—(IN2009085477).

Ante esta notaría, al ser las nueve horas del veintiuno de setiembre de dos mil nueve, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Information Technology Resource ITR S.A., cédula jurídica 3-101-422889, donde se acuerda reformar la cláusula sexta del pacto constitutivo. Es todo.—San José, veinticuatro de setiembre de dos mil nueve.—Lic. Guillermo Chacón Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2009132382.—(IN2009085478).

Ante mí, Adrián Tames Muñoz, se constituyó la empresa individual de responsabilidad limitada denominada Celulartico.—Cartago, 7 de setiembre del 2009.—Lic. Adrián Tames Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2009132387.—(IN2009085479).

Por escritura otorgada ante mí, Sosason VHS Sociedad Anónima, modifica cláusula del pacto social. Escritura otorgada en Heredia, a las dieciséis horas del veintidós de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario.—1 vez.—RP2009132388.—(IN2009085480).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, el día 24 de setiembre del 2009, a las 8:00 horas, la sociedad Panamerican Woods (Plantations) Sociedad Anónima, donde se protocolizó acuerdos en que se modifica la cláusula sétima del pacto social.—24 de setiembre del 2009.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2009132389.—(IN2009085481).

Mediante escritura número tres-cuarenta y dos, otorgada a las diez horas del veinticuatro de setiembre del año dos mil nueve, ante el notario William Méndez Rosales, se constituyó la sociedad denominada Cuadra Sport Sociedad Anónima, domiciliada en Pital de San Carlos, Alajuela, doscientos metros este de Coocique.—San José, veinticinco de setiembre del dos mil nueve.—Lic. William Méndez Rosales, Notario.—1 vez.—RP2009132390.—(IN2009085482).

Por escritura 113-1, de las 9 horas del 24 de setiembre del 2009, del tomo 1 del protocolo de la Lic. Verónica Rivera Jiménez, se constituyó la sociedad Valle de Paz Santo Tomás Sociedad Anónima, domicilio social provincia de Heredia, Santo Domingo, Santo Tomás, frente a la escuela pública de Santo Tomás, capital social cien mil colones, representación judicial y extrajudicial presidente y secretario: Rafael Ángel Camacho Carranza, cédula Nº 5-274-535 y Lourdes Salazar Agüero, cédula Nº 1-1029-232 con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjuntamente, según artículo 1253 del Código Civil.—San José, 24 de setiembre del 2009.—Lic. Verónica Rivera Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2009132392.—(IN2009085483).

Por escritura 149-6, de las 8:00 horas del 22 de setiembre del 2009, del tomo 6 del protocolo de la Lic. Lourdes Salazar Agüero, se protocolizó acta número 5 de asamblea general extraordinaria de accionistas de Prosalud Centro de Formación en Emergencias RCP y Primero Auxilios S. A., cédula jurídica 3-101-481258, se nombró nuevo tesorero de la junta directiva, se reformó cláusula 9º en cuanto a la representación: solo presidente por todo el plazo social como apoderado generalísimo sin límite de suma y se otorgó poder generalísimo sin límite de suma al señor Jorge Espitaleta Gómez, de nacionalidad colombiana con cédula de residencia 17001233221.—San José, 22 de setiembre del 2009.—Lic. Lourdes Salazar Agüero, Notaria.—1 vez.—RP2009132393.—(IN20090 85484).

Noé Cerdas Espinoza, Mayela González Carvajal, Diego Cerdas González, Cesia Noelia Cerdas González, Jairo Noé Cerdas González, Gary Cerdas González, Fabio Alejandro Cerdas González, constituyen Inversiones Cergon Sociedad Anónima, presidente: Noé Cerdas Espinoza, cédula de identidad número seis-ciento cuarenta y seis- setecientos sesenta y tres. Escritura otorgada en San José, a las doce horas del día veinticuatro de setiembre del año dos mil nueve.—Lic. Pedro Dávila Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2009132394.—(IN2009085485).

Mediante escritura otorgada, en esta notaría, a las 9:00 horas del 16 de setiembre del 2009, Luis Emilio Vega Chavarría, Walter Enrique, Ingrid María, Jimmy Gerardo y Luis Emilio Vega Soto, constituyeron Servicios Especializados en Telecomunicaciones SET S. A. Capital íntegramente suscrito y pagado. Objeto amplio, especialmente comercio y telecomunicaciones.—Lic. Ana Lorena Umaña Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2009132398.—(IN2009085486).

Por escritura otorgada, ante el suscrito notario público a las 19:00 horas del día 26 de setiembre del 2009, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Estructuras Heredia Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos setenta y cinco mil setecientos cuarenta y nueve, en la cual se acuerda modificar la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Heredia, 27 de setiembre del 2009.—Lic. Eugenio Rodríguez Zumbado, Notario.—1 vez.—RP2009132399.—(IN2009085487).

Por escritura número setenta y seis del tomo tercero de mi protocolo, Tierra Pacífica Comercial TPCC Sociedad Anónima y Gaurava Sociedad Anónima, constituyeron quince sociedades anónimas denominadas: Plaza Águila Tierra Pacífica I Sociedad Anónima, Plaza Albatros Tierra Pacífica II Sociedad Anónima, Plaza Codorniz Tierra Pacífica III Sociedad Anónima, Plaza Colibrí Tierra Pacífica IV Sociedad Anónima, Plaza Cóndor Tierra Pacífica V Sociedad Anónima, Plaza Garza Tierra Pacífica VI Sociedad Anónima, Plaza Gaviota Tierra Pacífica VII Sociedad Anónima, Plaza Golondrina Tierra Pacífica VIII Sociedad Anónima, Plaza Guacamaya Tierra Pacífica IX Sociedad Anónima, Plaza Halcón Tierra Pacífica X Sociedad Anónima, Plaza Jilguero Tierra Pacífica XI Sociedad Anónima, Plaza Pelícano Tierra Pacífica XII Sociedad Anónima Plaza Piquero Tierra Pacífica XIII Sociedad Anónima, Plaza Ruiseñor Tierra Pacífica XIV Sociedad Anónima, y Plaza Tucán Tierra Pacífica XV Sociedad Anónima; todas domiciliadas en San José, capital social de diez mil colones, plazo social de cien años.—San José, 28 de setiembre del 2009.—Lic. Marco Ureña Pérez, Notario.—1 vez.—RP2009132400.—(IN2009085488).

Hugo Eduardo Retana Solano y Gidger Lilliana León Fernández, constituyen la sociedad Seguridad Digital Hers S. A., capital social noventa mil colones.—San José, a las once horas del veinticinco de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Eduardo Pacheco Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2009132401.—(IN2009085489).

En esta notaría, Saúl Armando Guadamuz Cortés, Estrella María Brenes Soto, Saúl Armando, Beatriz y Felipe todos Guadamuz Brenes constituyen sociedad según Decreto Ejecutivo Nº 33171-J S. A., presidente César, capital social 10 mil colones.—San Ramón, 14 de setiembre del 2009.—Lic. Marvin Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2009132402.—(IN2009085490).

Por escritura otorgada ante mí, se reforma cláusula sexta y se nombra presidente y secretaria de Cortijo de las Arcas Sociedad Anónima. Representada por su presidenta Flory Salas Barrantes y su secretaria Griselda Quirós Salas, la primera como apoderada generalísima sin límite de suma.—Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, veinticinco de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Eduardo Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2009132404.—(IN2009085491).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Corceles S Y M del Norte Sociedad Anónima, plazo social de noventa y nueve años, capital social diez mil colones, totalmente suscrito y pagado. Representada por su presidente Leonel Andrés Solís Murillo.—Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, veintiuno de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Jorge Arturo Hidalgo Quirós, Notario.—1 vez.—RP2009132405.—(IN2009085492).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó sociedad anónima denominada según Decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno- J, plazo social de noventa y nueve años, capital social diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Representada por su presidenta Rosemary Rodríguez Arias.—Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, veintiuno de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Jorge Arturo Hidalgo Quirós, Notario.—1 vez.—RP2009132406.—(IN2009085493).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las once horas del día veinticinco de setiembre del dos mil nueve, se reforma la cláusula segunda, del domicilio social y la cuarta del capital social de la sociedad Adong Associates Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-551146.—San José, veinticinco de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Dunnia Monge Torres, Notaria.—1 vez.—RP2009132408.—(IN2009085494).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las doce horas del día veinticinco de setiembre del dos mil nueve, se reforma la cláusula segunda, del domicilio social de la sociedad Lomas Soleadas de Salitral Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-141075.—San José, veinticinco de setiembre del dos mil nueve, Lic. Dunnia Monge Torres, Notaria.—1 vez.—RP2009132409.—(IN2009085495).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las diez horas del día veinticinco de setiembre del dos mil nueve, se reforma la cláusula segunda, del domicilio social y la cláusula sétima de la representación judicial de la sociedad Dulces Aguas Claras Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-292537.—San José, veinticinco de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Dunnia Monge Torres, Notaria.—1 vez.—RP2009132410.—(IN2009085496).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las nueve horas del día veinticinco de setiembre del dos mil nueve, se reforma la cláusula segunda, del domicilio social y la cláusula octava de la representación judicial de la sociedad Inversiones La Torcasa Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-085533.—San José, veinticinco de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Dunnia Monge Torres, Notaria.—1 vez.—RP2009132411.—(IN2009085497).

En mi notaría, mediante escritura 261 de las 15:00 horas del 24 de setiembre del 2009, se constituyó la sociedad Rocayena Sociedad Anónima; plazo social 99 años; capital social cuatro mil colones, representante judicial y extrajudicial el presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Agente residente Lic. Kermith Ceciliano Moreira.—Lic. Lilliana Madrigal Valverde, Notaria.—1 vez.—RP2009132412.—(IN2009085498).

Por escritura otorgada, a las ocho horas del veintitrés de setiembre del dos mil nueve, La Filial Palo Verde Sociedad Anónima, reorganiza la junta directiva.—Lic. Lorlly Luna Rodríguez, Notarao.—1 vez.—RP2009132414.—(IN2009085499).

Mediante escritura autorizada el día de hoy, se ha constituido Alquileres del Este Limitada, domicilio Curridabat, capital suscrito y pagado, gerente con las facultades de apoderado generalísimo, plazo cien años a partir de esta fecha.—San José, dieciséis de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Daniel Bolaños Zamora, Notario.—1 vez.—RP2009132415.—(IN2009085500).

En esta notaría, por escritura pública 66-11 otorgada a las 12:00 horas del 23 de setiembre del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Maflosa S. A. Se reforma cláusula sétima de la administración y se nombran nuevos secretario y tesorero directiva.—San José, 23 de setiembre del 2009.—Lic. Antonella Da Re Masís, Notaria.—1 vez.—RP2009132416.—(IN2009085501).

Por escritura otorgada ante mí, hoy los señores Yhajaira del Carmen Marcano Trinitario y Johan Eladio González Mora constituyeron Sociedad Anónima denominada con número de cédula jurídica asignada por el Registro Nacional, capital diez mil colones, duración noventa y nueve años, administración junta directiva, domicilio San José.—San José, veintiocho de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Sergio Badilla Montoya, Notario.—1 vez.—RP2009132417.—(IN2009085502).

Ante esta notaría, se nombró nuevo subgerente, agente residente y se otorgó poder generalísimo sin límite de suma a Soren Araya Madrigal, de la sociedad Golden Alibri SRL, cédula jurídica número tres-ciento dos-trescientos sesenta y dos mil quinientos veintisiete.—San José, nueve horas del día veinticinco de setiembre del año dos mil nueve.—Lic. Eugenia María Jara Morúa, Notaria.—1 vez.—RP2009132418.—(IN2009085503).

Por escritura número ciento cincuenta y cinco, se constituye la sociedad denominada Ingeniería y Mantenimiento Inmako Sociedad Anónima. Presidente Erick Coto Morales.—San José, veinticuatro de setiembre del dos mil nueve.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—RP2009132419.—(IN2009085504).

Por escritura otorgada, el día de hoy ante mí, se constituyó la compañía que se denominara Salón Tu Bella Imagen Sociedad Anónima, con capital social de mil colones, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos. Domicilio San José.—San José, veinticuatro de setiembre de dos mil nueve.—Lic. José Fernando Carter Vargas, Notario.—1 vez.—RP2009132421.—(IN2009085505).

Por asamblea general extraordinaria de socios celebrada a las ocho horas del veintiuno de setiembre del año dos mil nueve, protocolizada a las trece horas del veintitrés de setiembre del mismo año de la sociedad Vetes de San José Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento ochenta y seis mil quinientos noventa y siete, se reforma cláusula segunda “del plazo”.—San José, 23 de setiembre del año 2009.—Lic. Javier Clot Barrientos, Notario.—1 vez.—RP2009132429.—(IN2009085506).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del día veintiocho de setiembre de dos mil nueve, Melinda Fabiola Altamirano Monte y Leonel Picado Ortega constituyeron la sociedad Walmart Global Sourcing Costa Rica, Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio: San José, Costa Rica, San Francisco de Goicoechea, Barrio Tournón, diagonal al estacionamiento del Centro Comercial El Pueblo, Edificio Facio & Cañas. El plazo social será de noventa y nueve años. Capital social es de diez mil colones suscrito y pagado. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintiocho de setiembre de dos mil nueve.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—RP2009132435.—(IN2009085507).

Por escritura otorgada a las 10 horas del 10 de setiembre del presente año. Protocolice acuerdos de la sociedad domiciliada en San José, denominada, Compañía Administradora de Bienes G. M. M. Sociedad Anónima. Donde se modificaron las cláusulas: segunda del domicilio y sétima de la administración y se nombró junta directiva.—San José, 22 de setiembre del año 2009.—Lic. Arturo Várela Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2009132441.—(IN2009085508).

Ante esta notaría, mediante escritura de las nueve horas del veinte de setiembre del dos mil nueve, se constituye la sociedad Universal Property Services UPS Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Joel Hernández Silva.—Alajuela, veinticuatro de setiembre del 2009.—Lic. Aarón Jacob Ugalde Maxwell, Notario.—1 vez.—RP2009132442.—(IN2009085509).

Por escritura otorgada en Cartago, a las catorce horas del veinticinco de setiembre del dos mil nueve, Jorge Andrés Gutanis Rojas, José Martín Arias Solano y Mauricio Arias Peralta, constituyen la sociedad denominada Voip de Centroamérica Sociedad Anónima.—Lic. Luis Fernando Sáenz González, Notario.—1 vez.—RP2009132443.—(IN2009085510).

Por escritura otorgada ante esta notaría se reforma pacto social y se nombra nueva junta directiva de la sociedad denominada con su número de cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos setenta y seis mil quinientos treinta y nueve sociedad anónima.—San José, 25 de setiembre del 2009.—Lic. Guisella Rojas Marín, Notaria.—1 vez.—RP2009132444.—(IN2009085511).

Por escritura otorgada ante esta notaría se reforma pacto social y se nombra nueva junta directiva de la sociedad denominada Inversiones Vásquez Lardengren S. A. con su número de cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos treinta y nueve mil setecientos seis.—San José, 25 de setiembre del 2009.—Lic. Guisella Rojas Marín, Notaria.—1 vez.—RP2009132445.—(IN2009085512).

Por escritura otorgada a las diez horas del dieciocho de setiembre del año dos mil nueve, se constituye la sociedad Kudos Medical Pharmaceutical Development Sociedad Anónima, cuya traducción al idioma español es Kudos Desarrollo Médico Farmacéutico Sociedad Anónima, pudiendo abreviar su aditamento en S. A. Representación: presidente, secretario y tesorero en forma conjunta. Capital social: treinta mil colones. Domicilio: San Pablo de Heredia.—Lic. Mariselle Verdesia Meneses, Notaria.—1 vez.—RP2009132446.—(IN2009085513).

Por escritura otorgada por mí, al ser las 17 horas del 25 de setiembre de 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Babylon Constructions Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y un mil ciento siete, por medio de la cual se reforma la cláusula “quinta” del pacto constitutivo.—San José, a las siete horas del veintiocho de setiembre de dos mil nueve.—Lic. Gustavo Argüello Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2009132453.—(IN2009085514).

Por escritura otorgada por mí, al ser las 16 horas del 25 de setiembre de 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Omretirom Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-quinientos sesenta y cinco mil seiscientos cincuenta y siete, por medio de la cual: se reforma totalmente la cláusula novena, del pacto constitutivo.—San José, al ser las siete horas del veintiocho de setiembre de dos mil nueve.—Lic. Gustavo Argüello Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2009132454.—(IN2009085515).

Se indica para los efectos de ley, cambio de gerente de la sociedad tres-ciento dos-cuatro cuatro cinco cero cinco cuatro sociedad de responsabilidad limitada, Es todo.—28 de setiembre del 2009.—Lic. Flory Portilla Fonseca, Notaria.—1 vez.—RP2009132456.—(IN2009085516).

Se indica para los efectos de ley, cambio de gerente de Luna Coral Limitada, Es todo.—28 de setiembre del 2009.—Lic. Flory Portilla Fonseca, Notaria.—1 vez.—RP2009132457.—(IN2009085517).

Se indica para los efectos de ley, cambio de gerente de Expresionismo Abstracto Limitada, Es todo.—28 de setiembre del 2009.—Lic. Flory Portilla Fonseca, Notaria.—1 vez.—RP2009132458.—(IN2009085518).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en San José a las ocho horas del veinticuatro de setiembre del dos mil nueve, en la cual la sociedad Tixler Inc, revoca el poder que existe a favor de Cristián Villegas Coronas, y a la vez se otorga uno al señor Carlos Rodríguez Rojas. Vera Denise Mora Salazar.—San José, 28 de setiembre del 2009.—Lic. Cristián Villegas Coronas, Notario.—1 vez.—RP2009132459.—(IN2009085519).

Por escritura otorgada el día 24 de setiembre dos mil nueve, ante esta notaría, se constituye la compañía Logispro Sociedad Anónima, y se designa presidente con suficientes facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintiocho de setiembre del dos mil nueve.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—RP2009132461.—(IN2009085520).

Por escritura otorgada el día 24 de setiembre dos mil nueve, ante esta notaría, se constituye la compañía Trazapro Sociedad Anónima, y se designa presidente con suficientes facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintiocho de setiembre del dos mil nueve.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—RP2009132462.—(IN2009085521).

Ante mí, Pablo Arias González, Notario Público con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Bambers In Cr Limitada, a las once horas del veinticinco de setiembre del dos mil nueve. Gerente uno y gerente dos con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quienes tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Atenas, veinticinco de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—RP2009132464.—(IN2009085522).

Por escritura número doscientos diecinueve otorgada ante mi notaría, a las quince horas del catorce de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Inversiones MC de Sabanilla S. A. Capital social un millón de colones.—San José, 28 de setiembre del 2009.—Lic. Manuel Figueroa Loaiza, Notario.—1 vez.—RP2009132467.—(IN2009085523).

Ante mi notaría, al ser las once horas y treinta minutos del dieciséis de setiembre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Lamar Classical Education Sociedad Anónima, y la cual se dedicará al comercio en general, con un plazo de noventa y nueve años partir de su constitución.—San José, 20 de setiembre del año dos mil nueve.—Lic. Gonzalo Gutiérrez Acevedo, Notario.—1 vez.—RP2009132468.—(IN2009085524).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad anónima denominada Forma Color S. A., por un período de 99 años, representada por su presidente y vicepresidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veinticinco de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Rolando Angulo Gatgens, Notario.—1 vez.—RP2009132471.—(IN2009085525).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó sociedad anónima denominada Formularios Láser S. A., por un período de 99 años, representada por su presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veinticinco de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Rolando Angulo Gatgens, Notario.—1 vez.—RP2009132473.—(IN2009085526).

Ante mí, Gladys Rozo Quevedo, Notaria Pública con oficina en San José, constituyó la sociedad anónima Nu-Clare, a las diecisiete horas del veinticinco de setiembre del dos mil nueve. El gerente con la representación judicial y extrajudicial, quien tendrá facultades de apoderado general sin límite de suma.—Veintiocho de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Gladys Rozo Quevedo, Notaria.—1 vez.—RP2009132474.—(IN2009085527).

La suscrita Elizabeth Zamora Campos, Notaría Pública con oficina en Ciudad Colón, hace constar que a las 08 horas del día 27 de setiembre del 2009, se ha constituido la sociedad denominada UL Survey S. A., con un plazo social de 99 años, siendo su presidente el señor Adolfo Ugalde León.—Lic. Elizabeth Zamora Campos, Notaria.—1 vez.—RP2009132475.—(IN2009085528).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día veintisiete de agosto de dos mil nueve, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Importadora Lormar de Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la cual se revoca el nombramiento del presidente de la junta directiva y en su lugar se nombra por el resto del plazo social a Horacio Ramos Torrentes, con cédula de identidad costarricense número ocho-cero seis uno-seis ocho nueve.—San Pablo de Heredia, 27 de agosto de 2009.—Lic. José Alexander Barrantes Castillo, Notario.—1 vez.—RP2009132477.—(IN2009085529).

Ante esta Notaria han comparecido Luis Diego Blanco Vásquez, a modificar las cláusulas tercera y sexta del pacto constitutivo de la sociedad denominada Diego´s Red Door Restaurante S. A.01 de setiembre del 2009.—Lic. Francia Charpentier Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2009132478.—(IN2009085530).

Por escrituras número ciento diecinueve-veintiocho de las catorce horas del veintisiete de marzo, adicionada por escritura cincuenta y seis-veintinueve de las diecisiete horas del veinticuatro de setiembre, ambas fechas del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Rangelotty S. A., el plazo social es de noventa y nueve años, el capital de cien mil colones. El presidente y el secretario, tendrán la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar en forma conjunta o separada.—25 de setiembre del 2009.—Lic. Juan Luis Vargas Vargas, Notario.—1 vez.—RP2009132479.—(IN2009085531).

Ante esta notaría, se constituye la sociedad anónima Constructora y Desarrolladora Luanin J. F., el día veintidós de setiembre del año dos mil nueve, con un capital de doce mil colones, capital suscrito y pagado. Es todo.—San José, veintiocho de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Ana Marlen Guillén Godínez, Notaria.—1 vez.—RP2009132480.—(IN2009085532).

El suscrito Notario hace constar que el día de hoy, a las doce horas se ha constituido ante su notaría, la sociedad denominada por su número de cédula jurídica que se le asignará. Presidente: Richard Acuña Campos. Secretaria: Yerlin Chinchilla Godínez. Domicilio social: La Julieta, Parrita, Puntarenas, cincuenta metros al sur del Parque La Julieta, Edificio denominado Inversiones Río Parrita.—San José, veinticuatro de setiembre de dos mil nueve.—Lic. Roberto Valverde Pérez, Notario.—1 vez.—RP2009132482.—(IN2009085533).

El suscrito Notario hace constar que el día de hoy, a las trece horas se ha constituido ante su notaría, la sociedad denominada por su número de cédula jurídica que se le asignará. Presidente: Richard Acuña Campos. Secretaria: Yerlin Chinchilla Godínez. Domicilio social: La Julieta, Parrita, Puntarenas, cincuenta metros al sur del Parque La Julieta, Edificio denominado Inversiones Río Parrita.—San José, veinticuatro de setiembre de dos mil nueve.—Lic. Roberto Valverde Pérez, Notario.—1 vez.—RP2009132484.—(IN2009085534).

Adolfo Delgado Uriarte y Noemi Salas Arroyo, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada denominada Industrias Chota Limitada, plazo cien años, domicilio en Santa Rosa de Pocosol, San Carlos, Alajuela, doscientos metros al norte del cementerio.—San Carlos, veinticinco de setiembre del año dos mil nueve.—Lic. Orlando Rodríguez Arguedas, Notario.—1 vez.—RP2009132488.—(IN2009085535).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las nueve horas del veintiséis de setiembre del dos mil nueve, se constituye Importadora y Distribuidora Jaqueblac Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo: 99 años. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Heredia, veintiséis de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Roberto Ulate González, Notario.—1 vez.—RP2009132489.—(IN2009085536).

Por escritura otorgada en San José, a las diez horas del veintitrés de setiembre del dos mil nueve, ante esta notaría, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Corporación Nacional de Transportes Conatra S. A., en la cual se reforman las cláusulas quinta y sexta del pacto constitutivo. Asimismo se nombran nuevos miembros en los puestos de tesorero y secretario de junta directiva.—San José, veintitrés de setiembre del año dos mil nueve.—Lic. German Jesús Paniagua Cascante, Notario.—1 vez.—RP2009132490.—(IN2009085537).

A las 11 horas del 26 de setiembre del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Refa Premier del B.A.E. Sociedad Anónima, en donde se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo.—Lic. Michael Arce Sancho, Notario.—1 vez.—RP2009132492.—(IN2009085538).

Por escritura número once, otorgada ante esta notaría el día veintiuno de setiembre del dos mil nueve, a las dieciséis horas se constituyó la sociedad denominada Ingeniería y Construcción Avanzada de Costa Rica Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado.—Lic. Mauricio Ramírez Murillo, Notario.—1 vez.—RP2009132494.—(IN2009085539).

Por escritura número siete, otorgada ante esta notaría el día once de setiembre del dos mil nueve, a las doce horas se constituyó la sociedad denominada Tel&Co de Costa Rica Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado.—Lic. Mauricio Ramírez Murillo, Notario.—1 vez.—RP2009132495.—(IN2009085540).

En esta notaría el día 04 de septiembre del 2009, cambió junta directiva, de la sociedad denominada Autorepuestos Naycar S. A. Presidente con facultades de apoderado general limitado a la suma de un millón de colones, señor Adrián Robert Bonilla. Capital social: cien mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: Comercio en general. Domicilio: San José.—Heredia, 25 de setiembre del 2009.—Lic. Guillermo Ávila Vega, Notario.—1 vez.—RP2009132496.—(IN2009085541).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Nueva Farmacia Fischel S. A. Mediante la cual se modifica la cláusula correspondiente al capital social de la compañía y la cláusula correspondiente a la administración. Escritura otorgada a las once horas del veinticuatro de agosto del dos mil nueve.—Lic. Marvin Segura Montero, Notario.—1 vez.—RP2009132497.—(IN2009085542).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Corporación CEFA S. A. Mediante la cual se modifica la cláusula correspondiente al capital social de la compañía y la cláusula correspondiente a la administración. Escritura otorgada a las diez horas del veinticuatro de agosto del dos mil nueve.—Lic. Marvin Segura Montero, Notario.—1 vez.—RP2009132498.—(IN2009085543).

Por escritura atorgada ante el suscrito se constituye la sociedad Mecateria Vidavi S. A. Capital suscrito y pagado totalmente.—San José, 24 de setiembre del 2009.—Lic. William Chaves Villalta, Notario.—1 vez.—RP2009132503.—(IN2009085544).

Ante esta notaria Lic. Adonis Bonilla Hernández, notario público, se procedió a reformar la cláusula octava del pacto constitutivo de la empresa Grupo Paneltecnico S. A., es todo publíquese el edicto de ley.—San José, al ser las dieciocho horas del veintitrés de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Adonis Bonilla Hernández, Notario.—1 vez.—RP2009132505.—(IN2009085545).

En mi notaría, mediante escritura de las diecisiete horas treinta minutos del día de hoy, se constituyó Formacon Sociedad Anónima. Presidente y vicepresidente con la representación judicial y extrajudicial, capital social cien mil colones.—San José, veinticuatro de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Guido Francisco Campos Campos, Notario.—1 vez.—RP2009132506.—(IN2009085546).

Por escritura pública número treinta, otorgada en Grecia, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios IVACO Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Grecia, a las 15:15 horas del día 26 de septiembre del año 2009. Presidente: Carlos Alberto Gatgens Jiménez.—Lic. Juan Carlos Solís Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2009132507.—(IN2009085547).

Por escritura pública número treinta y uno, otorgada en Grecia, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Royca Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Grecia, a las 15:30 horas del día 26 de septiembre del año 2009. Presidente: Carlos Alberto Gatgens Jiménez.—Lic. Juan Carlos Solís Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2009132508.—(IN2009085548).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se constituye la compañía Rocalapislázuli Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Objeto: general. Plazo: veinticinco años prorrogables hasta completar cien años. Capital: suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, cuatro de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Arnoldo Soley Soler, Notario.—1 vez.—RP2009132509.—(IN2009085549).

Por escritura otorgada ante mí, se protocoliza acta de la compañía con domicilio en San José, Inversiones ANAI S. A., mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto social, se acepta renuncia de presidente y se nombra sustituto. En San José, a las once horas del dos de setiembre del año dos mil nueve.—Lic. Andrés Pérez González, Notario.—1 vez.—RP2009132510.—(IN2009085550).

Pacific Envirotec Sociedad Anónima, portadora de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cinco cinco ocho dos ocho nueve, se cambia junta directiva, y fiscal, y se reforma la cláusula de la administración. Escritura número 337, otorgada a las ocho horas del veintiocho de setiembre del dos mil nueve, del tomo quinto.—Lic. David A. Garita Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2009132513.—(IN2009085551).

En esta notaría se constituyó el 25 de setiembre del 2009, la sociedad denominada Industrias Alimenticias & Inversiones WC Limitada. Único gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: mil colones, representados por 10 cuotas. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: comercio, industria, ganadería, minería, servicios profesionales y el comercio en general. Domicilio social: San José, cantón de San José, Sabana Norte.—Heredia, 25 de setiembre del 2009.—Lic. Alberto Soto Víquez, Notario.—1 vez.—RP2009132514.—(IN2009085552).

Tres Mil Ciento Uno Values Sociedad Anónima, portadora de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cinco cinco ocho seis cuatro uno, se cambia junta directiva, y fiscal, y se reforma cláusula de la administración. Escritura número 338, otorgada a las ocho horas cinco minutos, del veintiocho de setiembre del dos mil nueve, del tomo quinto.—Lic. David A. Garita Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2009132515.—(IN2009085553).

La suscrita notaria da fe que a las once horas, del veintiséis de setiembre del dos mil nueve, se constituyó Crian Soft Sociedad Anónima, eligiéndose como presidente a Christian Fanucci Veltroni, mayor, informático, de nacionalidad italiana, con pasaporte de su país número F seis dos seis ocho dos tres, vecino de Lourdes de Montes de Oca, de la escuela Santa Marta cien metros al este y cincuenta metros al norte. Es todo.—Lic. Rita Gerardina Díaz Amador, Notario.—1 vez.—RP2009132516.—(IN2009085554).

A las 13:30 horas del día 18 de setiembre del 2009, ante esta notaría, se protocolizó acta de la sociedad anónima denominada Tecnoagrícola de Centroamérica Sociedad Anónima. Se aumenta el capital social a ciento diez millones de colones.—San José, veintiocho de setiembre del año 2009.—Lic. Randall Segura Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2009132522.—(IN2009085555).

Por escritura otorgada a las diez horas, del día veinticuatro de setiembre del año dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima, la cual le solicita al Registro Público determine como denominación de la misma el número de cédula jurídica que le sea asignado. Capital diez mil colones, representación presidente. Domicilio San Sebastian, San José.—Lic. Luis Alberto Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—RP2009132524.—(IN2009085556).

Mediante escritura otorgada ante el notario público Rafael Medaglia Gómez, en San José, a las doce horas, del diez de setiembre del dos mil nueve, se protocoliza el acta de asamblea de socios de Unipharm (Costa Rica) S. A., mediante la cual se modifica la cláusula segunda, del domicilio, ubicándose este en San José, La Uruca, de la Pozuelo, trescientos norte, trescientos este, Ofi-Bodegas San Marino, número trece. Es todo.—San José, veintiuno de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Rafael Medaglia Gómez, Notario.—1 vez.—RP2009132525.—(IN2009085557).

Mediante escritura otorgada ante los notarios públicos Rafael Medaglia Gómez y Laura Zumbado Loría en San José a las doce horas del veintidós de setiembre del dos mil nueve, se protocoliza el acta de asamblea de socios de Jordacy Corporation S. A., mediante la cual se modifica la cláusula sexta de la administración para dar al secretario facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma pudiendo actuar individualmente pero con limitación para disponer de bienes y derechos de la empresa. Es todo.—San José, veinticinco de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Laura Zumbado Loría, Notaria.—1 vez.—RP2009132526.—(IN2009085558).

Por escritura otorgada a las 7:30 horas del 25 de setiembre del año en curso, se constituyó la sociedad denominada El Cervino Nevado S.A.—San José, 25 de setiembre del 2009.—Lic. Jorge Jiménez Cordero, Notario.—1 vez.—RP2009132530.—(IN2009085559).

Por medio de escritura otorgada en San José, a las catorce horas del dieciséis de setiembre del 2009, ante la notaria Lina Rebeca Rodríguez Otárola, se constituyó la sociedad Vatulele Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Domicilio: Desamparados. Capital social: ¢10.000.00. Presidente: Luis Orozco Valverde.—Lic. Lina Rebeca Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—RP2009132532.—(IN2009085560).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 10:00 horas del 24 de setiembre del 2009, se constituyó la sociedad denominada DTV.COM Holding Corp. Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: Comercio en general. Presidente y/o secretaria con la representación judicial y extrajudicial y con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—San José, 28 de setiembre del 2009.—Lic. Erika Esquivel Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2009085679).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 10:00 horas, del 28 de setiembre del 2009, se constituyó la sociedad denominada Las Tres Personas Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: Comercio en general. Presidente y/o secretaria con la representación judicial y extrajudicial y con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—San José, 28 de setiembre del 2009.—Lic. Erika Esquivel Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2009085680).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 9:00 horas del 28 de setiembre del 2009, se constituyó la sociedad denominada Nacida Para El Éxito Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: Comercio en general. Presidente y/o Secretaria con la representación judicial y extrajudicial y con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—San José, 28 de setiembre del 2009.—Lic. Erika Esquivel Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2009085681).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 11:00 horas del 24 de setiembre del 2009, se constituyó la sociedad denominada DTV.COM Sueños Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: Comercio en general. Presidente y/o secretaria con la representación judicial y extrajudicial y con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—San José, 28 de setiembre del 2009.—Lic. Erika Esquivel Villalobos, Notaria.—1 vez.—IN2009085682).

Por escritura otorgada en San José a las dieciséis horas quince minutos del siete de septiembre el dos mil nueve, se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo concerniente a la administración de la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Treinta y Cuatro Mil Ciento Cuarenta y Cuatro Sociedad Anónima, y se hicieron nombramientos nuevos de junta directiva.—San José, siete de septiembre del dos mil nueve.—Msc. José Fernando Jiménez García, Notario.—1 vez.—(IN2009085691).

Por escritura otorgada en San José a las nueve horas del catorce de agosto del dos mil nueve, se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo concerniente a la administración de la sociedad Naturaleza del Cherry Sociedad Anónima, y se hicieron nombramientos nuevos de junta directiva.—San José, catorce de agosto del dos mil nueve.—Msc. José Fernando Jiménez García, Notario.—1 vez.—(IN2009085694).

Por escritura otorgada en San José, a las once horas treinta minutos, del veinticuatro de septiembre dos mil nueve, se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo concerniente a la administración de la sociedad Naturaleza de la Ruda Sociedad Anónima, y se hicieron nombramientos nuevos de junta directiva.—San José, veinticuatro de septiembre del dos mil nueve.—Msc. José Fernando Jiménez García, Notario.—1 vez.—(IN2009085696).

A las quince horas del día veintitrés de septiembre del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad tres-ciento dos-quinientos setenta y ocho mil seiscientos veinticuatro, limitada, celebrada en su domicilio social, a las nueve horas del día veintiuno de agosto del dos mil nueve, mediante la cual se reforma la cláusula segunda: del domicilio, del pacto constitutivo.—San José, 24 de septiembre del 2009.—Lic. Gueneth Marjorie Williams Mullins, Notaria.—1 vez.—(IN2009085707).

Ante esta notaría fue otorgada escritura pública a las dieciséis horas del veinticuatro de setiembre del dos mil nueve, en la cual se constituye Steel Wheel Ventures S. A. Capital social: diez mil colones. Presidente, secretario y tesorero, apoderados generalísimos. Domicilio: Heredia.—Lic. María A. Castillo Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(IN2009085713).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veinticuatro de setiembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima denominada Finca Las Amapolas S. A., cuyo capital social es la suma de cien mil colones. El plazo social es de noventa y nueve años.—Puntarenas, 24 de septiembre del 2009.—Lic. Rodolfo Sotomayor Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2009085730).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas, del veinticuatro de setiembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima denominada San Rafael de Las Amapolas S. A., cuyo capital social es la suma de cien mil colones. El plazo social es de noventa y nueve años.—Puntarenas, 24 de septiembre del 2009.—Lic. Rodolfo Sotomayor Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2009085731).

Que por escritura otorgada ante mí, se constituyó la siguiente sociedad Paglly Sociedad Anónima, domiciliada en Río Segundo de Alajuela, en Condominio Agua Claro, casa número cincuenta y siete-A.—Sarchí, 28 de setiembre del 2009.—Lic. Josué Campos Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2009085736).

Ante mi notaría, a las diez horas, del veintinueve de setiembre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Alkiza Sociedad Anónima, siendo el presidente el señor Allan Cordero Solano.—San José, veintinueve de setiembre del año dos mil nueve.—Lic. Juan Carlos Castillo Quirós, Notario.—1 vez.——(IN2009085749).

Ante mi notaría, a las diez horas, del tres de setiembre del año dos mil nueve, se protocolizó el cambio de presidente de la sociedad Arrendamiento de Autos Calypso Sociedad Anónima, siendo el nuevo presidente el señor Ronny Zúñiga Arguedas.—San José, veintinueve de setiembre del año dos mil nueve.—Lic. Juan Carlos Castillo Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2009085750).

Ante esta notaría por escritura número ciento treinta y nueve, otorgada a las ocho horas, del día veintinueve de setiembre del dos mil nueve, se protocolizó asamblea extraordinaria de la sociedad denominada Unión de Cafetaleros de San Isidro Undecaf Sociedad Anónima, donde se modifica la cláusula quinta del pacto social.—San José, veintinueve de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.—(IN2009085755).

Por escritura número diez, del tomo primero de mi protocolo, otorgada a las nueve horas, del veintiocho de septiembre del dos mil nueve, ante esta notaría Villa Saudade S. A., reforma cláusula sexta del pacto constitutivo respecto de la administración de la sociedad. Se revocan nombramientos y se nombra nueva junta directiva.—San José, 28 de setiembre del 2009.—Lic. María Elena Herrera Ortiz, Notaria.—1 vez.—(IN2009085757).

Por escritura pública número diez - uno de las once horas del veinticinco de setiembre del dos mil nueve, del protocolo número uno de la Notaria Laura Ureña Ureña, se constituyó Construmora R Y R S. A. Presidente: Rodolfo Mora Fernández. Plazo social: cien años. Capital social: diez mil colones.—San Isidro de El General, veintiocho de setiembre de dos mil nueve.—Lic. Laura Ureña Ureña, Notaria.—1 vez.—RP2009132543.—(IN2009085849).

Por escritura de las 12:30 horas del 26 de setiembre del 2009, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la empresa Brumas de La Itaba S. A., en la que se reforman las cláusulas segunda y sexta de los estatutos; y se elige nueva junta directiva.—Lic. Miguel Salazar Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2009132544.—(IN2009085850).

Al ser las quince horas del día veintidós de setiembre del año en curso, se llevó asamblea extraordinaria de Pancartas Abiertas y Cerradas Sociedad Anónima, y cuyo presidente es Juan José Catrillo Morales. Se modifica el presidente quien ahora será José Luis Calderón Valverde. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintitrés de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Jenny Sandí Romero, Notaria.—1 vez.—RP2009132545.—(IN2009085851).

Ante mí, Rafael Eliécer Cascante Arias, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Mibacha del General Sociedad de Responsabilidad Limitada, constituida por diez cuotas o títulos nominativos de mil colones cada uno. Gerente: Miguel Antonio Barrantes Chavarría.—Pérez Zeledón, a las quince horas del veintitrés de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Eliécer Cascante Arias, Notario.—1 vez.—RP2009132546.—(IN2009085852).

Ante mí, Rafael Eliécer Cascante Arias, se constituyó la sociedad denominada Inversiones W. J. B. del Valle Sociedad de Responsabilidad Limitada, constituida por diez cuotas o títulos nominativos de mil colones cada uno. Gerente: Walter Villalobos Méndez.—Pérez Zeledón, a las ocho horas del veintitrés de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Eliécer Cascante Arias, Notario.—1 vez.—RP2009132547.—(IN2009085853).

Por escritura doscientos nueve, otorgada ante mí, a las catorce horas del veintiuno de setiembre del año dos mil nueve, Róger Chávez Monge y Leda María Arias Gamboa, constituyen cuatro sociedades anónimas, cuyo capital social es la suma de cien mil colones íntegramente suscrito y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente Róger Chávez Monge.—Pérez Zeledón, veintiuno de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—RP2009132548.—(IN2009085854).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se constituyó JPS Investmex S. A.San Pablo de Heredia, 28 de setiembre del 2009.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—RP2009132549.—(IN2009085855).

ra número ciento dieciocho del tomo veintidós, se constituyó la sociedad Inversiones Platino Éxito S. A.—Santa Ana, veintiocho de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2009132551.—(IN2009085856).

Ante la Notaría del Lic. Audrys Esquivel Jiménez, se otorgó la escritura número ciento once del tomo veintidós, se constituyó la sociedad HNETCR S. A.—Santa Ana, veinticuatro de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2009132552.—(IN2009085857).

En asamblea general ordinaria y extraordinaria de Torres del Este B - Seis Ginger Sociedad Anónima, celebrada el día treinta y uno de agosto del año 2009, se nombró nueva junta directiva por el resto del plazo social. Así consta en escritura pública número 156, del día 4 de setiembre del año 2009, otorgada ante el Notario Público Marco Acuña Esquivel.—San José, ocho de setiembre del 2009.—Lic. Marco Acuña Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2009132556.—(IN2009085858).

Escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del veinticuatro de setiembre del 2009, protocolización de asamblea general extraordinaria (cambio de presidente, secretario y tesorero de junta directiva) y fiscal de la sociedad denominada El Comerciante F.A.B del Sauce S. A.San José, 28 de setiembre del 2009.—Lic. Kathya Salas Guevara, Notaria.—1 vez.—RP2009132557.—(IN2009085859).

Mediante escritura otorgada a las diez horas del veintiséis de setiembre del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Dreams Of My Land LLC Limitada, cédula jurídica 3-102-472309, en la cual se reformó la cláusula sexta de administración y se nombraron dos nuevos gerentes.—Lic. Bárbara Jiménez Coble, Notaria.—1 vez.—RP2009132558.—(IN2009085860).

NOTIFICACIONES

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Se hace saber al señor Hubert Chaves Salas, en su condición de presidente de la sociedad Avaya Telecomunicaciones de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-299540, y a la licenciada Flora Leah Venegas Corrales, como notaria autorizante del documento, que en el Registro de Personas Jurídicas se está tramitando una Diligencia Administrativa presentada por el señor Manuel E. Peralta Volio, en su condición de apoderado especial de AVAYA INC, en razón de que su representada es una empresa distribuidora de toda clase de productos que se relacionen con equipos de computación, video, telecomunicaciones e incluso brinda ciertos servicios de administración y monitoreo de computadoras, por lo que se considera ilegal la inscripción de la sociedad Avaya Telecomunicaciones de Costa Rica Sociedad Anónima, dado que contiene dentro de ella la marca AVAYA en Costa Rica, Centroamérica y en el resto del mundo; lo que demuestra su interés de aprovecharse de su fama y crear confusión en el público consumidor. En razón de lo indicado, se le confiere audiencia por el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la tercera publicación del presente edicto, a efecto de que, dentro del plazo indicado, presente los alegatos que a los derechos de su representada convenga. Se le previene que en el momento de ser notificado mediante el presente edicto o dentro del tercer día, debe señalar lugar o medio para oír futuras notificaciones de este Despacho, dentro del perímetro de la ciudad de San José, así como lugar o medio para atender notificaciones ante el Tribunal Registral Administrativo, dentro de su perímetro en Montelimar, Goicoechea, bajo el apercibimiento de que si no lo hace, las resoluciones que se dicten se le tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilita la notificación por causas ajenas a este Despacho, o bien, si el lugar señalado no existe, permanece cerrado, si la dirección es imprecisa, incierta o inexistente. Lo anterior, de conformidad con los artículos 92 y siguientes del Reglamento del Registro Público que es Decreto Ejecutivo Nº 26771- J de 18 de marzo de 1998 y sus reformas, con los artículos 25 y 26 de la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, número 8039 de veintisiete de octubre del 2000 y los artículos 2 y 26 del Reglamento Orgánico y Operativo del Tribunal Registra) Administrativo, que es Decreto Nº 30363-J de 15 de mayo del 2002. (Ref. Exp. Nº RPJ-0163-2009). Publíquese.—Curridabat, 11 de setiembre del 2009.—Dirección de Personas Jurídicas.—Lic. Rosa Isela Esquivel Aguilar, Subdirectora a. í.—O. C. Nº 9-802.—Solicitud Nº 25322.—C-87770.—(IN2009085259).

Se hace saber a Leonardo Guido Díaz, cédula Nº 5-0014-4662, propietario registral de la finca de Guanacaste 24316, a cualquier interesado con interés legitimo, albaceas o representantes legales, que el Registro Inmobiliario División Registral ordenó apertura de Diligencias Administrativas de oficio, para investigar una posible sobreposición con vía pública de la finca de Guanacaste 24316. Mediante resolución de las 09:15 horas del 16/10/2008, se brindó audiencia por medio de edicto por no tener un domicilio exacto del interesado, hasta por 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la tercera publicación del presente edicto, término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene, a la parte indicada, que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de febrero de 1998, en concordancia con el numeral 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley Nº 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento de Registro Público y 11 de la citada Ley Nº 8687. (Ref. Expediente Nº 08-551-BI-UE). Notifíquese.—Curridabat, 1º de setiembre del 2009.—Lic. Erika Bermúdez Bonilla, Asesora Jurídica Registral.—O.C. Nº 9-802.—Solicitud Nº 26148.—C-51770.—(IN2009085262).

Se hace saber a Asociación de Desarrollo Específico Pro Vivienda Cariari de Pococí S. A., cédula jurídica Nº 3-002-078033, representada por Nemesio Vallejos Caravaca, cédula 5-131-807, propietaria de la finca de Limón 86228, a cualquier tercero con interés legítimo o representantes legales, que la División Registral del Registro Inmobiliario ordenó apertura de Diligencias Administrativas de oficio, para investigar posible duplicidad de planos en las fincas de Limón 86228 y 84901. Mediante resolución de las 10:37 horas del 19/06/09 se brindó audiencia de ley a las partes, y siendo que fue devuelto el certificado de correos RR014380927CR dirigido a dicha sociedad, con la indicación de ser desconocida, con el fin de cumplir con el Debido Proceso, por resolución de las 9:00 horas del 31/08/09, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a la persona indicada, por término de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto; término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley Nº 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley Nº 8687. (Ref. Expediente Nº 08-116-BIUS). Notifíquese.—Curridabat, 1 de setiembre del 2009.—Lic. Erika Bermúdez Bonilla, Asesora Jurídica Registral.—O.C. Nº 9-802.—Solicitud Nº 26147.—C-63020.—(IN2009085263).