LA GACETA Nº 200 DEL 15 DE OCTUBRE DEL 2009

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 35541-MOPT

ACUERDOS

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

MINISTERIO DE SALUD

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y GRACIA

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

PODER JUDICIAL

AVISOS

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

RESOLUCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

JUSTICIA Y GRACIA

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

LICITACIONES

PODER JUDICIAL

COLEGIOS UNIVERSITARIOS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS

AVISOS

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

PODER LEGISLATIVO

SEGURIDAD PÚBLICA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

EDUCACIÓN PÚBLICA

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

MUNICIPALIDADES

REGISTRO DE PROVEEDORES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

FE DE ERRATAS

RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

EDUCACIÓN PÚBLICA

COLEGIOS UNIVERSITARIOS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

AVISOS

MUNICIPALIDADES

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

REMATES

HACIENDA

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

OFICINA NACIONAL DE SEMILLAS

JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE POÁS

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA

MUNICIPALIDAD DE MORAVIA

MUNICIPALIDAD DE GRECIA

MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO

CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COLORADO

CONCEJO MUNICIPAL DE CÓBANO

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y GRACIA

MUNICIPALIDADES

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

AVISOS

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 35541-MOPT

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

En el ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18) de la Constitución Política y con fundamento en lo establecido por la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas; la Ley Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en la Modalidad de Taxi, Nº 7969 del 22 de diciembre de 1999 y la Ley General de la Administración Pública, Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 y sus reformas.

Considerando:

1º—Que el transporte remunerado de pasajeros es un servicio público de interés social, de obligatorio e irrenunciable control, regulación y vigilancia por parte del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, y el Tribunal Administrativo de Transporte de conformidad con la Ley Reguladora del Transporte Remunerado de Personas en Vehículos Automotores, N° 3503 y la Ley Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en la Modalidad de Taxi, N° 7969.

2º—Que la Ley Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en la Modalidad de Taxi, Ley Nº 7969, dispuso en su Artículo 16: Crear el Tribunal Administrativo de Transporte con sede en San José y competencia en todo el territorio nacional, como órgano de desconcentración máxima, adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Sus atribuciones serán exclusivas y contará con independencia funcional, administrativa y financiera. Sus, fallos agotarán la vía administrativa y sus resoluciones serán de acatamiento estricto y obligatorio.

3º—Que por medio de Dictámenes C-072-2002 del 11 de marzo del 2002 y el C-224-2002 del 3 de setiembre del 2002, la Procuraduría General de la República concluyó que el Tribunal posee independencia, funcional, administrativa y financiera; con potestad de contratar el personal y los servicios que requiera por medio del artículo 61 con las formalidades que determina las leyes que rigen a toda la administración pública en esta materia; que posee un presupuesto cuyas fuentes de financiamiento las regula el artículo 24 que dispone diversas fuentes, principalmente fuente cánones, la que por medio del artículo 26, dispone una limitante para su uso entre otro solamente al Tribunal Administrativo de Transporte, con los rigores de inembargabilidad e intrasmisibilidad; y, que por ende el (la) Ministro(a) de Obras Públicas y Transportes puede delegar en el Presidente del Tribunal la Representación Judicial y Extrajudicial.

4º—Que el Poder Ejecutivo tomando en cuenta las citas fácticas y de derecho, estima conveniente que al ser el Tribunal Administrativo de Transporte un órgano superior del transporte público de control en su fase formal, por ende el legislador lo dota de tales características especiales, dictar el presente, reglamento en los siguientes términos. Por tanto,

Decretan:

Reglamento Interno y de Funcionamiento del Tribunal

Administrativo de Transporte del Ministerio

de Obras Públicas y Transportes

CAPÍTULO I

Disposiciones Generales

Artículo 1º—De la Naturaleza Jurídica. El Tribunal Administrativo de Transporte es un órgano con desconcentración máxima, adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Con atribuciones exclusivas, independencia funcional, administrativa y financiera. Sus fallos, agotarán la vía administrativa y sus resoluciones serán de acatamiento estricto y obligatorio.

Artículo 2º—De la Competencia. De conformidad con las disposiciones del artículo 22 de la Ley 7969 de diciembre de 1999, el Tribunal Administrativo de Transporte es competente para lo siguiente:

a)  Conocer y resolver, en sede administrativa, los recursos de apelación que se interpongan contra cualquier acto o resolución del Consejo.

b)  Establecer, en vía administrativa, las indemnizaciones que puedan originarse en relación con los daños producidos por violaciones de la legislación del transporte público.

c)  Las resoluciones del Tribunal no tendrán más recursos y darán por agotada la vía administrativa.

Además, de conformidad con el numeral 65 de la Ley General de la Administración Pública, el Tribunal podrá realizar aquellos actos administrativos necesarios para el cumplimiento de los fines para los que fue creado y en garantía de su independencia funcional administrativa y financiera, misma que se establece en el numeral 16 de la Ley 7969 de diciembre de 1999.

Artículo 3º—De las normas procesales. Para el desarrollo de su competencia el Tribunal se rige por las disposiciones contenidas en el artículo 19 de la Ley 7969, las normas del Libro II de la Ley General de la Administración Pública del Procedimiento Ordinario, las del Código Procesal Contencioso-Administrativo y la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Artículo 4º—De los plazos. De conformidad con el numeral 21 de la Ley 7969, el Tribunal deberá impulsar el procedimiento y el trámite de los asuntos de su competencia, con la rapidez requerida por la situación afectada.

El fallo deberá dictarse en un término máximo de treinta días, contados desde la fecha en que el expediente se encuentre en su conocimiento. Para los efectos del inicio del cómputo del plazo, se entenderá completo el expediente que sea remitido, al Juez, conforme lo establece el numeral 349 inciso 2 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 8 del presente reglamento.

CAPÍTULO II

Integración del Tribunal

Artículo 5º—De su Organización Interna. Está integrado por tres Jueces Propietarios y tres suplentes. El Tribunal elegirá dentro de su seno un presidente, un vicepresidente, y un secretario. El cuerpo colegiado es un órgano adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Transportes y garantizará el ejercicio de las funciones y competencias que le han sido asignadas por ley. Además se integra con cuatro subgrupos: Letrados, Secretaria de Instrucción, Administrativo y Financiero, Informático Tecnológico.

El Tribunal definirá mediante acuerdo, el personal necesario para el buen funcionamiento, en la parte resolutiva así como en su fase administrativa, el cual será nombrado conforme a los parámetros y procedimientos establecidos por la normativa vigente que lo rige.

A1 subgrupo de letrados, les corresponderá las diversas actuaciones que la oficina del Juez Instructor requiera para la resolución final del expediente, de forma que verificará las formalidades de la instrucción del expediente, la autenticidad de los autos que lo compongan, el levantamiento del texto del proyecto de resolución, con la correspondiente identificación de los autos que rolan en el expediente, además velará por la tramitación inicial y final de los asuntos que tenga a cargo el juez instructor.

Para el procedimiento de instrucción de los asuntos que ingresen, el Tribunal contará con un subgrupo Secretaría de Instrucción cuyas funciones se centran en la ordenación formal del expediente administrativo del caso para fallar en tiempo y forma. Además llevará el trámite, control y seguimiento de los expedientes y documentos relacionados con las funciones propias de la competencia del mismo, incluido el régimen de notificaciones.

La Secretaría de instrucción llevará un registro actualizado de jurisprudencia especializada del derecho del transporte público cuyas fuentes serán las producidas por órganos externos (Contraloría General de la República, Procuraduría General de la República, del Sistema Judicial, etc.), concatenada con los fallos del Tribunal y la Doctrina imperante.

Contará además con un subgrupo Administrativo y Financiero, el personal técnico y administrativo que sea necesario para la prestación del servicio.

El subgrupo Informático-tecnológico, será el encargado de todo lo relativo a las políticas que dicte el Tribunal y los órganos externos alusivos a esta materia, de forma tal que velará por el uso eficiente, efectivo y oportuno uso de los software y hardware.

Artículo 6º—De la Presidencia del Tribunal. El juez que ejerza la Presidencia del Tribunal, ejercerá, por delegación, la representación judicial o extra judicial del órgano, para todo efecto y será el Gerente, encargado de ejecutar todos los acuerdos de pleno del Tribunal para lo cual contará con el apoyo del área administrativa y financiera, por medio de la cual tramitará todo lo concerniente a la administración de los recursos humanos y materiales, conforme los lineamientos previamente aprobados por el Tribunal en pleno, en caso de duda el presidente o presidenta, tendrá que consultar al pleno del Tribunal. La Presidencia, será la encargada de convocar al pleno del Tribunal para las reuniones ordinarias o extraordinarias que se presenten, sean estas para tratar asuntos de orden administrativo y financiero o de índole resolutiva, en cualquier caso deberá presentar por lo menos una hora antes de la sesión, una agenda con el orden del día.

Artículo 7º—De la Vicepresidencia del Tribunal. Sin perjuicio de las demás funciones que le sean encargadas por el pleno del Tribunal, la Vicepresidencia, sustituirá las ausencias temporales del Presidente o Presidenta del Tribunal, ejerciendo todas las funciones propias del cargo.

CAPÍTULO III

Tramitación de los Expedientes

Artículo 8º—Del Subgrupo Secretaría de Instrucción. La Secretaría de Instrucción, además de las funciones que le asigna la normativa vigente, será la encargada de la recepción y asignación de los expedientes remitidos por el Consejo de Transporte Público o presentados directamente por los Administrados y, los tramitará por los medios informáticos y materiales que establezca el Tribunal.

La Secretaría de Instrucción, procederá a realizar un examen técnico-legal, que consiste en la preparación formal del asunto que recibe, por medio de la cual verificará en su caso la existencia de las formalidades del expediente, verificando los autos que lo conformen, en donde al menos debe contener los siguientes documentos debidamente certificados:

a)  Escrito de apelación presentado por el recurrente.

b)  Copia integral del acuerdo del Consejo de Transporte Público, así como de los dictámenes técnicos y legales que sirven de base para su resolución.

c)  Copia integral del acuerdo en el que el Consejo de Transporte Público resuelve la revocatoria planteada, así como los dictámenes técnicos o legales que les sirven de base.

d)  El expediente administrativo correspondiente al asunto debatido.

Cuando el recurso de apelación es presentado directamente por el Administrado contra una actuación del Consejo de Transporte Público, o en el supuesto de que en los atestados remitidos por el Consejo de Transporte Público, falte alguno de los documentos supra señalados, la Secretaría de Instrucción lo hará de conocimiento del Juez Instructor que corresponda, de manera inmediata, lo anterior a efecto de que éste prevenga al Consejo de Transporte Público, para que en el plazo de 3 días proceda a remitir los atestados omitidos.

Una vez conformado el expediente la Secretaría de Instrucción procederá a remitirlo al Juez que por turno corresponda, previa verificación de que el expediente se encuentra ordenado, foliado y asignado el número correspondiente.

Las resoluciones de los expedientes sujetos a su competencia, serán custodiados por la Secretaría de Instrucción.

Artículo 9º—Sobre la notificación de prevenciones y resoluciones. Cualquier comunicación del Juez Instructor o del Tribunal en pleno a cualquiera de las partes, tendrá que ser notificada en el lugar señalado para tal efecto, esta acción será ejecutada por la Secretaría de Instrucción.

CAPÍTULO IV

De la tramitación de los expedientes

Artículo 10.—Del expediente. Cada juez se constituye en instructor de los expedientes que se le asignen, los que serán resueltos en el plazo establecido en el artículo 21 de la ley Nº 7969 y 4 de este reglamento.

Artículo 11.—Sobre las prevenciones. El juez instructor podrá realizar las prevenciones que estime necesarias a las partes, para tener un cuadro fáctico completo que facilite la resolución del asunto. La resolución que ordene la prevención, será notificada a ambas partes.

Artículo 12.—Sobre los peritajes. En cualquier momento, el Tribunal, podrá ordenar la práctica de un dictamen pericial, como prueba para la resolución de cualquier asunto que así lo requiera. Para este fin, el Tribunal mantendrá un registro de profesionales en las diferentes ramas técnicas, relacionadas con la materia.

Artículo 13.—Sobre el proyecto de resolución. Una vez concluida la etapa de estudio del expediente, el juez instructor preparará un proyecto de resolución que presentará a los otros jueces, para su discusión y votación.

Artículo 14.—Sobre la audiencia oral. Cuando la naturaleza del asunto que se tramita, así lo amerite, el Tribunal, podrá ordenar la práctica de una audiencia oral con las partes involucradas, para lo cual fijará la hora y fecha correspondientes. Las audiencias se llevarán a cabo en la sede ordinaria del órgano, salvo que por razones debidamente motivadas y notificadas a las partes, sea necesario realizarla en otro lugar.

Artículo 15.—Desarrollo de la audiencia oral. La audiencia ante el Tribunal, será dirigida por el presidente del órgano, quien al iniciar la audiencia, advertirá a las partes sobre el objeto de la apelación y otorgará la palabra al recurrente o sus representantes, a efecto de que hagan valer sus derechos. Una vez concluida la intervención del recurrente, el Tribunal ofrecerá la palabra a las partes que se hayan admitido como tales y por último a los representantes de la Administración Activa.

A solicitud de las partes, el Tribunal podrá autorizar una réplica a cada uno de ellos. Finalizadas las intervenciones, se permitirá que las partes emitan sus conclusiones, en el mismo orden en que participaron.

Concluida la audiencia y de estimarlo prudente, el Tribunal, podrá emitir la parte dispositiva de la resolución de manera oral. En todo caso la resolución, deberá encontrarse emitida, a más tardar ocho días posteriores a la fecha de realización de la audiencia.

Artículo 16.—De la votación. El día señalado para conocer del expediente respectivo, los jueces procederán a discutir y votar el proyecto presentado. Dos votos a favor, serán necesarios para sentar el criterio de mayoría, sin perjuicio de que la decisión sea unánime. Si alguno de los jueces disiente de la decisión de mayoría, tendrá que dejar constancia en ese acto de los motivos y emitir el voto salvado, el que tendrá que presentar a más tardar 8 días, posteriores a la fecha en que se produjo la votación.

Artículo 17.—Agotamiento de la vía Administrativa.-Las resoluciones del Tribunal Administrativo de Transporte, agotan la vía administrativa, por lo que contra sus resoluciones no cabe recurso ordinario alguno.

CAPÍTULO V

Sobre las actas de las sesiones

Artículo 18.—De las Sesiones. Las sesiones del Tribunal se dividirán según la naturaleza de los asuntos a tratar sean éstos administrativos y financieros, o de conocimiento de los recursos de apelación y todos los temas que tengan relación con ello. Las mismas se llevarán a cabo los días que así determine mediante acuerdo del plenario del Tribunal.

Artículo 19.—Formalidades de las Actas. Por cada sesión de trabajo, se levantará un acta en la que se dejará constancia de los acuerdos del Tribunal, y de aquellos asuntos que cualquiera de los integrantes deseen dejar constancia. Para asistir en la labor de levantamiento de las actas, las sesiones quedarán grabadas mediante los medios electrónicos que sean necesarios y con que cuente el Tribunal. Una vez que el levantado del acta finalice, será pasado a cada uno de los jueces para su estudio y firma, actos que no podrán sobrepasar los 8 días posteriores a la entrega del documento.

Artículo 20.—Custodio de las Actas y Resoluciones. Será responsabilidad de la Secretaría del Tribunal, llevar en orden riguroso las actas que apruebe el Tribunal.

CAPÍTULO VI

De lo Administrativo y Financiero

Artículo 21.—Subgrupo de Trabajo Administrativo y Financiero. Le corresponde el apoyo directo en la materia funcional, y es el encargado de velar por el ejercicio, control y seguimiento de las tareas financieras, administrativas, presupuestales y todo lo que implique la vida económica del Tribunal. En el ejercicio de sus funciones le corresponderá la tramitación de las acciones relacionadas con el régimen laboral del personal, de conformidad con las directrices generadas por el Tribunal.

Artículo 22.—Del Personal. El Tribunal Administrativo de Transporte aprobará las solicitudes de vacaciones, licencias, permisos e incapacidades y demás vicisitudes que surjan de la administración de todo su personal, de conformidad con la normativa legal y procedimientos vigentes aplicables.

Artículo 23.—Régimen Disciplinario. El personal del Tribunal Administrativo de Transporte estará sometido en todo lo relacionado con el régimen disciplinario, al ordenamiento jurídico administrativo vigente y los procedimientos preestablecidos.

Artículo 24.—Del Horario de Atención. Para los efectos de la prestación del servicio público, el Tribunal Administrativo de Transporte, ofrecerá un horario de atención al público de las ocho horas hasta las dieciséis horas en jornada continua.

CAPÍTULO VII

DISPOSICIONES FINALES

Artículo 25.—Integración de Normas. El presente Reglamento se entenderá integrado por la Ley 7969 de diciembre del 1999, Ley General de la Administración Pública, Ley General de la Contratación Administrativa y su Reglamento, Código Procesal Contencioso Administrativo, Ley General de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, Ley Orgánica del Poder Judicial, Estatuto de Servicio Civil y su Reglamento, Ley de Control Interno, Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, Reglamento Autónomo de Organización y Servicio del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, el Código de Trabajo y demás legislación administrativa vigente aplicable.

Artículo 26.—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los 9 días del mes de setiembre del 2009.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(OC 94986).—(Solicitud Nº 12341).—C-174770.—(D35541-IN2009089429).

ACUERDOS

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Nº 02-2009-GRH-DGME

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Según oficio A.J.-0589-2007-AC, y resolución número 11007, del Tribunal de Servicio Civil, de las nueve horas treinta minutos del nueve de mayo de dos mil siete y de conformidad con los artículos 14 inciso a), 190 inciso a) del Estatuto de Servicio Civil y 63 inciso a) de su Reglamento.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Despedir sin responsabilidad patronal al señor Mainor Oporto Martínez, cédula Nº 5-204-865, nombrado en el puesto número 040993, como inspector 3, destacado en la Dirección General de Migración y Extranjería, Oficina Regional de Peñas Blancas, Órgano del Ministerio de Gobernación y Policía.

Artículo 2º—Rige a partir del 16 de junio del 2007.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los dieciocho días de agosto del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, Janina Del Vecchio Ugalde.—1 vez.—O. C. Nº 94769-Solicitud Nº 18366.—C-12020.—(IN2009088159).

MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Nº 067-2009-MEIC

EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25, inciso 1), 27 y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo establecido en la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2009, Ley Nº 8691 del 10 de diciembre del 2008; la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública, Ley Nº 6362 del 03 de setiembre de 1979 y los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República, reformado mediante la Resolución R-CO-19-2008, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 92 del 14 de mayo del 2008.

Considerando:

1º—Que el Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET) órgano de máxima desconcentración, adscrito al Ministerio de Economía, Industria y Comercio, tiene como uno de sus objetivos fundamentales la capacitación y actualización de la competencia técnica de su personal.

2º—Que de conformidad con lo que establece la Ley Nº 8279 “Ley del Sistema Nacional para la Calidad” del 02 de mayo de 2002, publicada en La Gaceta Nº 96 del 21 mayo de 2002, le corresponde al Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET), participar en las instancias internacionales de metrología legal, por ser miembro activo del Sistema Interamericano de Metrología (SIM).

3º—Que es de interés para el Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET), participar en la siguiente actividad: “Evento Área de Medición de Coordenadas, Reunión de trabajo en metrología de longitud del SIM y Capacitación en Calibración de bloques patrón y Comparadores mecánicos de bloques patrón”.

4º—Que dicha actividad se llevará a cabo del 16 de setiembre al 26 de setiembre del 2009, en la Ciudad de Querétaro, México. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar la participación del señor Eduardo Reyes Pacheco, cédula 1-0715-0635, funcionario del Departamento de Metrología Física, de LACOMET, órgano de máxima desconcentración, adscrito al Ministerio de Economía, Industria y Comercio, para que viaje la Ciudad de Querétaro, México y participe en el “Evento Área de Medición de Coordenadas, Reunión de trabajo en metrología de longitud del SIM, Capacitación en Calibración de bloques patrón y Comparadores mecánicos de bloques patrón”, organizada por el Sistema Interamericano de Metrología (SIM), del 16 de setiembre al 26 de setiembre del 2009.

Articulo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, serán financiados por el Sistema Interamericano de Metrología (SIM), el monto por concepto de hospedaje, alimentación, transporte dentro del país visitado e impuestos de salida, serán financiados del Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET). Correspondiéndole al funcionario por concepto de viáticos la suma de $ 2.559,36 (dos mil quinientos cincuenta y nueve dólares con treinta y seis centavos de dólar). Los gastos por transporte interno dentro del país visitado y otros gastos similares serán cancelados por LACOMET con la presentación de las respectivas facturas. Los días 12, 13, 14 y 15 de setiembre del 2009, serán cubiertos por el funcionario Eduardo Reyes Pacheco, portador de la cédula de identidad Nº 1-0715-0635, sin ninguna erogación por parte del Estado y el día 14 de setiembre de 2009, el funcionario gozará de vacaciones.

Artículo 3º—El funcionario devengará 100 % de su salario durante su ausencia.

Artículo 4º—Rige a partir del día 12 de setiembre y hasta su regreso el día 26 de setiembre del 2009.

Dado en el Ministerio de Economía Industria y Comercio, a los siete días del mes de setiembre del año 2009.

Publíquese.—Eduardo Sibaja Arias, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—O. C. Nº 032.—Solicitud Nº 43462.—C-37520.—(IN2009088624).

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Nº 0178-09

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en les artículos 140, inciso 2) y 146 de la Constitución Política de Costa Rica, 12 inciso a) del Estatuto de Servicio Civil, la Resolución Nº 11371 dictada a las nueve horas del dos de setiembre del dos mil nueve del Tribunal de Servicio Civil.

ACUERDAN:

Artículo primero.—Despedir con justa causa y sin responsabilidad para el Estado., al servidor José Alberto Orozco Marín, mayor de edad, cédula de identidad Nº 09-0095-0996, quien labora corno Agente de Seguridad y Vigilancia 1 en la Escuela León Cortés Castro de la Dirección de Educación de Cartago.

Artículo segundo.—El presente acuerdo rige a partir del veintidós de setiembre del dos mil nueve.

Dado en la Presidencia de la República, el dieciséis de setiembre del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo.—1 vez.—O. C. Nº 97133.—Solicitud Nº 49631.—C-13520.—(IN2009088191).

MINISTERIO DE SALUD

Nº DM-MG-4575-09

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.

Considerando:

1º—Que del día 26 de setiembre al 10 de octubre del 2009, tendrá lugar en Belo Horizonte, Brasil, el “VI Curso Internacional de Gestión Integrada para la Prevención y Control del Dengue”; y este Despacho considera importante la participación del Dr. Willy Carrillo Angulo, con cédula Nº 5-133-666, funcionario de la División Técnica de Rectoría de la Salud, en la actividad de cita. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al Dr. Willy Carrillo Angulo, con cédula Nº 5-133-666, funcionario de la División Técnica de Rectoría de la Salud, para que asista y participe en el “VI Curso Internacional de Gestión Integrada para la Prevención y Control del Dengue”; que se llevará cabo en Ciudad de Belo Horizonte, Brasil, del día 26 de setiembre al 10 de octubre del 2009.

Artículo 2º—Los gastos del Dr. Willy Carrillo Angulo, por concepto de transporte, alimentación, y hospedaje, serán cubiertos por la Organización Panamericana de la Salud, por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige del 26 de setiembre al 10 de octubre del 2009.

Dado en el Ministerio de Salud.—San José, a los diez del mes de setiembre del dos mil nueve.

Publíquese.—María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 1924.—Solicitud Nº 30609.—C-18770.—(IN2009086262).

Nº DM-MG-4576-09

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.

Considerando:

1º—Que del día 27 de setiembre al 3 de octubre del 2009, tendrá lugar en Ciudad de Panamá, el “Taller Centroamericano de Modelos Predictivos aplicados a enfermedades vectoriales”; y este Despacho considera importante la participación del Dr. Rodrigo Agustín Marín Rodríguez, con cédula de residencia Nº 119200189427, funcionario de la Dirección Garantía de Acceso a los Servicios de Salud, en la actividad de cita. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al Dr. Rodrigo Agustín Marín Rodríguez, con cédula de residencia Nº 119200189427, funcionario de la Dirección Garantía de Acceso a los Servicios de Salud, para que asista y participe en el “Taller Centroamericano de Modelos Predictivos aplicados a enfermedades vectoriales”; que se llevará cabo en Ciudad de Panamá, del día 27 de setiembre al 3 de octubre del 2009.

Artículo 2º—Los gastos del Dr. Rodrigo Agustín Marín Rodríguez, por concepto de transporte, alimentación, y hospedaje, serán cubiertos por la Organización Panamericana de la salud, por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige del 27 se setiembre al 3 de octubre del 2009.

Dado en el Ministerio de Salud.—San José a los once días del mes de setiembre del dos mil nueve.

Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 1924.—Solicitud Nº 30611.—C-19520.—(IN2009086264).

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

Res. Nº D.M. 111-2009.—Despacho  de  la Ministra.—San José, a las trece horas cuarenta y cinco minutos del día veinticuatro de julio del dos mil nueve. Nombramiento de la señora Mildred González Hedges, cédula de residencia Nº 184-0006-20223, Directora Artística de la Compañía Nacional de Danza.

Resultando:

1º—Que el Decreto Ejecutivo Nº 30421-C del 6 de mayo del 2002, publicado en La Gaceta Nº 94 del 17 de mayo del 2002, establece que la Compañía Nacional de Danza, contará con un Director Artístico, de libre nombramiento del Ministro de Cultura y Juventud.

Considerando:

Único.—Que según Resolución Nº D.M. 070-2009 de las once horas del día catorce de mayo del 2009, se nombró al señor Humberto Canessa Ulloa, cédula de identidad Nº 9-065-433, Director Artístico de la Compañía Nacional de Danza, a partir del 9 de mayo del 2009 y hasta el 15 de julio del 2009. Por tanto,

LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD, RESUELVE:

Artículo 1º—Agradecer los valiosos servicios prestados por el señor Humberto Canessa Ulloa, cédula de identidad Nº 9-065-433 y nombrar a la señora Mildred González Hedges, cédula de residencia Nº 184-0006-20223, Directora Artística de la Compañía Nacional de Danza.

Artículo 2º—Rige a partir del 16 de julio del 2009 y hasta el 8 de mayo del 2010.

María Elena Carballo Castegnaro, Ministra de Cultura y Juventud.—1 vez.—(IN2009088164).

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO

DE LA COMUNIDAD

DIRECCIÓN LEGAL Y DE REGISTRO

AVISOS

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de Venecia de San Carlos, Alajuela, por medio de su representante: José Humberto Herrera Quirós, cédula Nº 203230491, ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma al estatuto: Cambio de límite oeste: Del puente del Río Abanico al puente del Río Caño Hidalgo excluyendo hacia el sur entrada a Los Alpes. En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley Nº 3859 sobre el Desarrollo de la Comunidad que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 14:33 horas del día 7 de setiembre del 2009.—Departamento de Registro.—Lic. Yamileth Camacho M., Jefa.—1 vez.—(IN2009087704).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad del Área Legal y de Registro, hace constar que la Asociación de Desarrollo Específica en Seguridad Integral de Uruca-Oeste, San José. Por medio de su representante: Juan Carlos Goñi Mazza, cédula Nº 301530602, ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Área Legal y de Registro.—San José, 02 de octubre del 2009.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—(IN2009087866).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

DIRECCIÓN GENERAL

DIRECTRIZ SENASA-DG-D007-2009

Considerando:

1º—Que mediante Ley Nº 8495 del 6 de abril del 2006, se creó el Servicio Nacional de Salud Animal, (SENASA), como un órgano de desconcentración y personería jurídica instrumental del Ministerio de Agricultura y Ganadería y le corresponde, entre otras competencias “…Administrar, planificar, dirigir y tomar las medidas veterinarias o sanitarias pertinentes sobre el control de la seguridad e inocuidad de los productos y subproductos de origen animal, en las etapas de captura, producción, industrialización y comercialización, considerando aditivos alimentarios, residuos de medicamentos veterinarios, plaguicidas y otros contaminantes químicos, biológicos o de origen biotecnológico...”.

2º—Que a través del Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA) se brindan una serie de servicios a los productores y establecimientos agropecuarios y con cuya venta se generan los recursos necesarios para la sostenibilidad del Servicio, permitiéndose con ello cubrir gastos relativos a salarios y cargas sociales, la reposición y compra de equipos, materiales, reactivos y otros insumos necesarios para la buena marcha y la atención oportuna de los requerimientos que se le formulan al Servicio.

3º—Que mediante Decreto Nº 35504-MAG del 6 de agosto del 2009, publicado en La Gaceta Nº 186 del 24 de setiembre del presente año, se publicaron las tarifas que deberían cobrarse por los servicios antes indicados.

4º—Que por razones de carácter tecnológico para su implementación en los sistemas de información y de coordinación con otras instituciones públicas, así como de errores contenidos en la publicación del decreto antes citado no es posible aplicar en forma inmediata las tarifas establecidas en dicho decreto.

5º—Que en razón de lo anterior y a los efectos de no causar un severo e irreparable daño al Sistema Sanitario Nacional y por ello al servicio público que se presta a través del SENASA, ante la eventual pérdida de recursos económicos, necesarios para financiar su actividad ordinaria y dada la aplicación del principio de imposibilidad material para poner en ejecución dicho decreto, es necesario establecer una moratoria en su aplicación, restituyendo temporalmente la vigencia de las anteriores tarifas , mientras se dicta un nuevo decreto que corrija las situaciones apuntadas. Por tanto,

EL DIRECTOR GENERAL

DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA

Emite la siguiente Directriz Institucional:

1º—Se establece una moratoria en la aplicación de las tarifas establecidas en el Decreto Nº 35504-MAG del 6 de agosto del 2009, por un término de sesenta días, plazo dentro del cual se deberá dictar una nueva disposición ejecutiva que soslaye las inconveniencias y errores contenidos en dicho Decreto.

2º—En ese ínterin se restituyen para todos los efectos y en forma provisional, las tarifas contenidas en el Decreto Nº 27763-MAG del 10 de marzo de 1999 y sus reformas, publicado en el Alcance Nº 26 de La Gaceta Nº 68 del 9 de abril de 1999.

3º—Rige a partir de su adopción. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta y en la página electrónica igualmente para efectos divulgativos.

Dado en Barreal de Ulloa, Heredia, a las ocho horas del veinticinco de setiembre del dos mil nueve.

Óscar Johanning Mora, Director General a. í.—1 vez.—O. C. 98935.—Solicitud 41434.—C-32270.—(IN2009088169).

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

DIA-R-E-747-2009.—La señora Florvidia María Quintana Ruiz, cedula o pasaporte 86 2000 32807 en calidad de Representante Legal de la compañía Proteo Nutrición Mineral para Plantas S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Magic P Star compuesto a base de nitrógeno, fósforo-magnesio-hierro-zinc. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 18 de setiembre del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í.—RP2009133604.—(IN2009087443).

DIA-R-E-744-2009.—La señora  Florvidia María Quintana Ruiz, cédula o pasaporte 86 2000 32807 en calidad de Representante Legal de la compañía Proteo Nutrición Mineral para Plantas S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Calfomyth compuesto a base de nitrógeno-fósforo-calcio-boro-molibdeno. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 18 de setiembre del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í.—RP2009133605.—(IN2009087444).

DIA-R-E-751-2009.—La señora Florvidia María Quintana Ruiz, cedula o pasaporte 86 2000 32807 en calidad de Representante Legal de la compañía Proteo Nutrición Mineral Para Plantas S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Green Plant 20-20-20+Micronutrientes compuesto a base de nitrógeno-fósforo-potasio-boro-hierro-manganeso-molibdeno-zinc. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 18 de setiembre del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í..—RP2009133606.—(IN2009087445).

DIA-R-E-741-2009.—La señora Florvidia María Quintana Ruiz, cédula o pasaporte 86 2000 32807 en calidad de Representante Legal de la compañía Proteo Nutrición Mineral Para Plantas S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial M10 AD compuesto a base de fósforo-potasio-magnesio-boro-molibdeno. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 18 de setiembre del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í..—RP2009133607.—(IN2009087446).

DIA-R-E-743-2009.—La señora Florvidia María Quintana Ruiz, cédula o pasaporte 86 2000 32807 en calidad de Representante Legal de la compañía Proteo Nutrición Mineral Para Plantas S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial DRIN compuesto a base de nitrógeno-carbono-aminoácidos-AATC-ácido fólico. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 18 de setiembre del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í.—RP2009133608.—(IN2009087447).

DIA R-E-749-2009.—La señora Florvidia María Quintana Ruiz, cédula o pasaporte 86 2000 32807 en calidad de Representante Legal de la compañía Proteo Nutrición Mineral Para Plantas S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Calboron compuesto a base de calcio-boro. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 18 de setiembre del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í.—RP2009133609.—(IN2009087448).

DIA-R-E-748-2009.—La señora Florvidia María Quintana Ruiz, cédula o pasaporte 86 2000 32807 en calidad de Representante Legal de la compañía Proteo Nutrición Mineral Para Plantas S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Foliacon 22 compuesto a base de nitrógeno-calcio-magnesio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 18 de setiembre del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í.—RP2009133610.—(IN2009087449).

DIA-R-E-742-2009.—La señra Florvidia María Quintana Ruiz, cédula o pasaporte 86 2000 32807 en calidad de Representante Legal de la compañía Proteo Nutrición Mineral para Plantas S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Algaren compuesto a base de extracto de algas. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 18 de setiembre del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í.—RP2009133611.—(IN2009087450).

DIA-R-E-745-2009.—La señora Florvidia María Quintana Ruiz, cédula o pasaporte 86 2000 32807 en calidad de Representante Legal de la compañía Proteo Nutrición Mineral Para Plantas S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Virer compuesto a base de nitrógeno-fósforo. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 18 de setiembre del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í..—RP2009133612.—(IN2009087451).

DIA-R-E-746-2009.—La señora Florvidia María Quintana Ruiz, cédula o pasaporte 86 2000 32807 en calidad de Representante Legal de la compañía Proteo Nutrición Mineral para Plantas S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Nutrolen compuesto a base de nitrógeno. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 18 de setiembre del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í.—RP2009133613.—(IN2009087452).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

DIA-R-E-754-2009.—El señor Leonardo Sáenz López, cédula número 2-0354-0052 en calidad de representante legal de la compañía Corporación de Desarrollo Orgánico Brantley S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Carrillos de Poás, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Mag Si Cal compuesto a base de Nitrógeno-Calcio-Magnesio-Silicio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 6 de octubre del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marielos Rodríguez Porras, Encargada.—1 vez.—(IN2009088247).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL

AVISO

La Dirección General de Aviación Civil, avisa que el señor Fernando Chacón Morera, mayor de edad, casado una vez, mecánico de aviación, vecino de Desamparados de Alajuela, cédula de identidad número dos-doscientos dos-cero noventa y seis, en condición de gerente con calidades de apoderado generalísimo sin limite de suma de la compañía Aero Técnica Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-07618; ha solicitado para su representada renovación del Certificado de Explotación para brindar servicios bajo la modalidad de una organización de mantenimiento aprobado (OMA RAC 145) en el Aeropuerto Internacional Tobías Bolaños Palma. Todo lo anterior conforme a la Ley General de Aviación Civil Nº 5150 del 14 de mayo de 1973 y sus reformas, Reglamento para el Otorgamiento de Certificados de Explotación Decreto Nº 3326-T del 25 de octubre de 1973, y el RAC 119 Reglamento de Certificado de Operador Aéreo, publicado en La Gaceta Nº 75 del 19 de abril, 2006 demás disposiciones nacionales e internacionales concordantes. El Consejo Técnico de Aviación Civil en el artículo octavo de la sesión ordinaria Nº 45-2009 celebrada el día 28 del mes de setiembre del 2008, señaló que la solicitud reúne los requisitos formales exigibles, por lo cual se emplaza a los interesados a fin de que apoyen o se opongan a dicha solicitud en forma escrita y con la prueba correspondiente, dentro del término de 15 días hábiles siguientes contados a partir del día de la publicación del presente aviso. La audiencia pública se celebrará a las 10:00 horas del tercer día hábil siguiente al vencimiento del emplazamiento.—Lic. Jorge Fernández Chacón, Director General.—1 vez.—O. C. Nº 20741.—Solicitud Nº 29688.—C-17270.—(IN2009088188).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 74, título N° 443, emitido por el Centro Educativo El Roble-Heredia, en el año dos mil uno, a nombre de Salazar Hernández Josec Luis. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 19 de agosto del 2009.—Departamento Evaluación de la Calidad.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—(72614).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 22, título 177, emitido por el Liceo Elías Leiva Quirós, en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Araya Cordero Liliana. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 29 de setiembre del 2009.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—RP2009133484.—(IN2009087456).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” modalidad en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 3, folio 64, título 1534, emitido por el Colegio San Luis Gonzaga, en el año mil novecientos ochenta, a nombre de Camacho Espinoza Lester. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y por cambio de apellido, cuyo nombre y apellido correcto es: Camacho Roa Lester Antonio. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 28 de setiembre del 2009.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—RP2009133541.—(IN2009087457).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 33, asiento Nº 10, título Nº 95, emitido por el Liceo Boca de Arenal, en el año dos mil nueve, a nombre de Chaves Rodríguez Ana Yency. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los cinco días del mes de octubre del dos mil nueve.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—(IN2009087595).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 2, título Nº 14, emitido por el Colegio Técnico Profesional Padre Roberto Evans Saunders Siquirres, en el año dos mil cinco, a nombre de Delgado Arana Fressy Yorlene. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los cinco días del mes de octubre del dos mil nueve.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—(IN2009087619).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 82, título N° 474, emitido por el Liceo de Cariari, en el año dos mil tres, a nombre de Cedeño Morales Carol Andrea. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 5 de octubre del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—(IN2009087632).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 92, título Nº 1185, emitido por el Colegio de Santa Ana, en el año dos mil cuatro, a nombre de Madrigal Rodríguez María José. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 01 de octubre del 2009.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—RP2009133755.—(IN2009087774).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 58, título Nº 1367, emitido por el Liceo de Coronado, en el año dos mil cinco, a nombre de Sáenz Brown Miriam. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 01 de octubre del 2009.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—RP2009133869.—(IN2009087775).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 67, título Nº 392, emitido por el Sistema Educativo San Lorenzo, en el año dos mil ocho, a nombre de Meza Evans Andrei José. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 30 de setiembre del 2009.—MSc. Guísela Céspedes Lobo , Asesora.—RP2009133877.—(IN2009087776).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 98, título Nº 1553, emitido por el Colegio Vocacional de Artes y Oficios de Cartago, Diurno, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Soto Aguilar Carolina. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 01 de abril del 2009.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—RP2009133892.—(IN2009087777).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 184, título Nº 2067, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Limón, en el año dos mil siete, a nombre de Rodríguez Herrera Karen Vanessa. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los cinco días del mes de octubre del dos mil nueve.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—(IN2009087681).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 74, título Nº 618, emitido por el Liceo Maurilio Alvarado Vargas, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Vega Bastos Jéssica María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de junio del 2008.—Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—(IN2009088395).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 155, asiento Nº 1523, emitido por el Liceo Napoleón Quesada Salazar, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Sandoval Mora María Gabriela. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 8 de julio del 2009.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—RP2009134098.—(IN2009088442).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 71, título N° 382, emitido por el Liceo de Chacarita, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Mena Lobo Angie Denisse. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 4 de setiembre del 2009.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MSc. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2009134230.—(IN2009088443).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMNENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

AVISO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada Cooperativa Autogestionaria de Transportes Turísticos Aeroportuarios R. L.; Coopetranstura R. L, acordada en asamblea celebrada 5 de junio del 2009. Resolución 1307-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Consejo de Administración:

Presidente                               Carlos Humberto Leiva Arana

Vicepresidente                        Henry Murillo Chaves

Secretario                                Carlos Jiménez Picado

Vocal 1                                    María del Rocío Miranda Solano

Vocal 2                                    José Ángel Villalobos Vega

Suplente 1                               Marco Antonio Miranda Solano

Suplente 2                               Rosibel Badilla Morales

Gerente                                   Henry Vargas Arias

24 de agosto del 2009.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—RP2009133772.—(IN2009087773).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social se ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su estatuto social organización social denominada: Cooperativa de Salud de Santa Ana R. L., siglas COOPESANA R. L, acordada en asamblea celebrada el 8 de mayo del 2008. Resolución 944. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción, para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta al artículo 11 del estatuto.—San José, 8 de setiembre del 2009.—Lic. Iris Garita Calderón, Jefe a. í del Registro.—(IN2009088190).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Club Kiwanis Costa Rica, con domicilio en la provincia de San José. Cuyo fin principal será el siguiente: ayudar en los aspectos sociales, morales intelectuales y económicos a los miembros de la comunidad que por sus condiciones de necesidad así lo requieran, de tal forma que se promueva la formación de una ciudadanía más inteligente y útil a la comunidad. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Claudio Pacheco Chinchilla. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas) y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2009, asiento 242611).—Curridabat, 01 de octubre del 2009.—Lic. Grace Lu Scott Lobo, Directora a. í.—1 vez.—(IN2009087878).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-078276, denominación: Asociación Cívica Palmareña. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 31 minutos y 1 segundo, del 31 de agosto del 2009. Documento: Tomo 2009. Asiento: 186595.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2009134016.—(IN2009088434).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Administrativa del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Monte Potrero de Colorado de Abangares, con domicilio en la provincia Guanacaste. Sus fines, entre otros están: Administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto. Su presidente Carlos Obando Calvo, es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite; tomo: 2009; asiento 114506.—Curridabat, 22 de julio del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2009134028.—(IN2009088435).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-484578, denominación: Asociación Instituto Superior de Estudios Transdiciplinarios de la Salle-Caordia. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la ley Nº 218 del 8 de Agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 49 minutos y 47 segundos, del 20 de agosto del 2009. Documento tomo: 2009, asiento: 122767.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2009134086.—(IN2009088436).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Deportiva de Barrio Nuevo de Pejibaye de Pérez Zeledón, con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: promover la práctica y el fomento del fútbol, mediante el esfuerzo de sus asociados, directores y la utilización de los recursos económicos. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Rolando Araya Leiva. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2009, asiento: 242442).—Curridabat, 17 de setiembre del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2009134103.—(IN2009088437).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-475720, denominación: Asociación Tierra Blanqueña Madre del Divino Pastor de Vivienda de Parceleros. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley N° 218 del 08 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional a las nueve horas cincuenta y tres minutos del 14 de setiembre del 2009. Documento tomo 2009, asiento 223885.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2009134155.—(IN2009088438).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Pequeños Agro-Industriales y Forestales Ramonenses de Alfaro, con domicilio en la provincia de Alajuela; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Concientizar a la población sobre la necesidad de la reforestación. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo con límite de suma hasta un diez por ciento del patrimonio de la asociación, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Francisco Badilla Rodríguez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (tomo: 2009, asiento: 54890).—Curridabat, 22 de julio del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2009134161.—(IN2009088439).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma al estatuto de la Asociación de Atención del Paciente de Enfermedades Terminales Caminemos Juntos, cédula jurídica 3-002-141988. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939 y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2009, asiento: 241777. Dado en el Registro Nacional, Curridabat, 29 setiembre del 2009.—Lic. Grace Lu Scott Lobo, Directora a.í.—1 vez.—RP2009134172.—(IN2009088440).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Pro Mejoras Sector Norte de Zapote, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros serán los siguientes: Estimular la integración y participación activa y voluntaria de la población en un esfuerzo unido para el desarrollo social, cultural y económico de la comunidad del Sector Norte de Zapote. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la Presidenta: María Teresa Fernández Chacón. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2009, asiento 231835 y documento adicional tomo 2009 asiento 248098.—Curridabat, 1 de octubre del 2009.—Lic. Grace Lu Scott Lobo, Directora a.í.—1 vez.—RP2009134255.—(IN2009088441).

REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Néstor Morera Víquez, cédula 1-1018-975, mayor, casado, abogado, vecino de Heredia, en su condición de Apoderado Especial de ST. Jude Medical, Cardiolgoy Division, Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada SISTEMA DE SUPENSENSION PARA LAS PATAS DE UN DISPOSITIVO DE SUTURACIÓN INTERNA. Se presentan unidades y dispositivos flexibles de colocación de agujas y suturas para colocar dispositivos tales como agujas y suturas en el tejido interno con el propósito de cerrar las paredes internas de tejido después de que se ha hecho una abertura o punción en el tejido. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A61B 17/04, cuyos inventores son Schorr, Gary James, Lim, Jyue Boon. La solicitud correspondiente lleva el número 10808, y fue presentada a las 13:07:58 del 20 de mayo del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 02 de setiembre del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—RP2009133320.—(IN2009087035).

El señor Néstor Morera Víquez, cédula 1-1018-975, mayor, casado, abogado, vecino de Heredia, en su condición de Apoderado Especial de ST. Jude Medical Cardiology Division, Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada DISPOSITIVO EMPUJADOR DE NUDOS. Se presentan métodos y equipos para avanzar nudos quirúrgicos. “Específicamente, se presenta un dispositivo empujador de nudos para desplegar una variedad de nudos preatados en un sitio donde se realizó una cirugía. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A61B 17/04, cuyos inventores son: Boehlke, Raimar, Lim, Jyue Boon. La solicitud correspondiente lleva el número 10806, y fue presentada a las 13:06:50 del 20 de mayo del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 02 de setiembre del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—RP2009133321.—(IN200987036).

El señor Néstor Morera Víquez, cédula 1-1018-975, mayor, casado, abogado, vecino de Heredia, en su condición de Apoderado Especial de The Trustees of the University of Pennsylvania, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE ACETILENO Y SU USO PARA LA UNIÓN A PLACAS AMILOIDES Y SU DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES. La invención se relaciona con compuestos radiomarcados y su uso en métodos para el diagnóstico por imágenes de depósitos amiloides, y métodos para su fabricación. La invención se relaciona también con compuestos para inhibir la agregación de la proteína amiloides que forman los depósitos amiloides, métodos para administrar agentes terapéuticos en depósitos amiloides y métodos para preparar compuestos que inhiben la agregación de proteínas amiloides. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A61P 25/28, cuyo(s) inventor(es) es (son) Hank F. Kung, Mei-Ping Kung. La solicitud correspondiente lleva el número 10842, y fue presentada a las 12:01:50 del 08 de junio del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 02 de setiembre del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—RP2009133322.—(IN2009087037).

El señor Federico Rucavado Luque 1-839-188, mayor, casado una vez, abogado, vecino de San José, en su condición de Apoderado Especial de Icos Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIONES DE INHIBIDORES DE CHK1. La presente invención se refiere a composiciones que contienen al menos, un inhibidor de Chk1 y al menos una ciclodextrina. También se describen métodos para tratar un cáncer o potenciar un tratamiento de cáncer con una composición que comprende al menos, un inhibidor de Chk1 y al menos una ciclodextrina. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A61K  31/17, cuyos inventores son: Anita A. Colvin, Wendy A Wisdom, Sandy Koppenol. La solicitud correspondiente lleva el número 10680, y fue presentada a las 14:54:00 del 20 de marzo del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 02 de setiembre de 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—RP2009133442.—(IN2009087038).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en condición de Apoderado Especial de Basf SE, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada COMPLEJOS CRISTALINOS DE COMPUESTOS ORGÁNICOS ACTIVOS PARA USO AGRÍCOLA. Complejos cristalinos que comprenden al menos un compuesto orgánico activo A para uso agrícola que tiene al menos un resto funcional con capacidad para servir como un aceptor de hidrógeno y tiofanato-metilo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A01N 25/00, cuyos inventores son Israels, Rafel, Saxell, Heidi Emilia, Bratz, Matthias, Kuhns, Marco, Erk, Peter. La solicitud correspondiente lleva el número 10984, y fue presentada a las 12:25:00 del 21 de agosto del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 01 de setiembre del 2009.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2009088129).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en condición de Apoderado Especial de Basf SE, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada MÉTODO PARA INDUCIR TOLERANCIA A VIRUS EN PLANTAS. Un método para inducir tolerancia a virus en plantas que comprende tratar las plantas, el suelo o las semillas con una cantidad efectiva de un compuesto de amida de la fórmula I donde Ar es un anillo heterocíclico de 5 miembros, piridilo o fenilo sustituido; M es un anillo de tienilo o fenilo opcionalmente sustituido; Q es una unión directa, oxígeno, azufre SO, SO2, alquileno C1-C6, alquenileno C2-C6-, un ciclopropileno o un anillo biciclo (2.2.1) heptano; R1 es hidrógeno, alquilo, haloalquilo, fenilo opcionalmente sustituido o cicloalquino opcionalmente sustituido. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A01N 37/22, cuyos inventores son Voeste, Dirk, Haden, Egon, Begliomini, Edson, Tavares-Rodrigues, Marco Antonio. La solicitud correspondiente lleva el número 10951, y fue presentada a las 12:45:00 del 24 de julio del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de setiembre del 2009.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2009088130).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula l-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de Apoderado Especial de Basf SE, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada FORMAS CRISTALINAS DE 2- [2-CLORO-4-METILSULFONIL-3- (2,2,2, -TRIFLUORETOXIMETIL) BENZOIL] CICLOHEXAN-1, 3-DIONA. La presente invención se relaciona con dos formas cristalinas de 2-{2-cloro-4-metilsulfonil-3- (2,2,2, -trifluoro-etoximetil) benzoílo] cichlohexan-1,3-diona, que también se conoce bajo el nombre común de tembotriona. La invención también se relaciona con un proceso para la producción de estas formas cristalinas y formulaciones para protección de plantas que contienen una de estas formas cristalinas de tembotriona. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C07C 317/24, cuyo(s) inventores son Hupe Eike, Gewehr Markus, Erk Peter, Saxell Heidi Emilia, Griesser Ulrich, Tischler Michaela. La solicitud correspondiente lleva el número 11015, y fue presentada a las 12:41:00 del 04 de setiembre del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 07 de setiembre del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2009088131).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, de San José, en condición de Apoderado Especial de Bipar Sciences Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada FORMULACONES PARA EL TRATAMIENTO DEL CÁNCER. La presente invención proporciona composiciones, kits y para uso en el tratamiento de cánceres y afecciones víricas. En particular, la invención proporciona composiciones farmacéuticas que contienen compuestos de nitrobenzamida que tienen mayor solubilidad en soluciones acuosas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A61K 9/48, cuyos inventores son Ossovskaya, Valeria, Li, Lingyun, Sherman, Barry. La solicitud correspondiente lleva el número 10975, y fue presentada a las 13:50:29 del 14 de agosto del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de setiembre del 2009.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2009088132).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de Apoderado Especial de Les Laboratoires Servier, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada NUEVO PROCEDIMIENTO DE SÍNTESIS DE LA AGOMELATINA. Procedimiento de síntesis, industrial del compuesto de fórmula (I). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A61K 31/00, cuyos inventores son Pascal Bontempelli, Xavier Jalenques, Jérome-Benoit Starck, Jean-Pierre Sery. La solicitud correspondiente lleva el número 10955, y fue presentada a las 12:46:50 del 24 de julio del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 11 de setiembre del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2009088133).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de Apoderado Especial de Les Laboratoires Servier, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada NUEVO PROCEDIMIENTO DE SÍNTESIS DE LA AGOMELATINA. Procedimiento de síntesis industrial del compuesto de fórmula (I). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A61K 31/00, cuyos inventores son Christophe Hardouin, Jean-Pierre Lecouve. La solicitud correspondiente lleva el número 10934, y fue presentada a las 13:33:18 del 16 de julio del 2009. Cualquier interesado  podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 11 de setiembre del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2009088134).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de Apoderado Especial de Les Laboratoires Servier, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada NUEVO PROCEDIMIENTO DE OBTENCIÓN DE LA FORMA CRISTALINA V DE LA AGOMELATINA. Procedimiento de obtención de la forma cristalina V del compuesto de fórmula (I). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A61K 31/00, cuyos inventores son) Damien Martins, Gérard Coquerel, Julie Linol, Julie Linol Langlois. La solicitud correspondiente lleva el número 10952, y fue presentada a las 12:45:13 del 24 de julio del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 11 de setiembre del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2009088135).

La señora Denise Garnier Acuña, mayor, abogada, cédula de identidad número 1-487-992, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Centro de Inmunología Molecular de Cuba, solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIONES TERAPÉUTICAS PARA POTENCIAR EL EFECTO DE LA TERAPIßA CON ANTICUERPOS CONTRA EL RECEPTOR DEL FACTOR DE CRECIMIENTO EPIDÉRMICO. La presente invención describe composiciones terapéuticas específicas, que aumentan la eficacia de la terapia con anticuerpos monoclonales (AcMs) contra el receptor del Factor de Crecimiento Epidérmico (EGFR, del inglés “epidermal growth factor receptor”) e interferones (INFs) de tipo I (α/ß). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es A61K 39/395 cuyos inventores son Fernández Molina Luis Enrique, Garrido Hidalgo Greta, Pérez Rodríguez Rolando, Sánchez Ramírez Belinda, Fernández Gómez Audry, López Requena Alejandro y Beausoleil Delgado Irene. La solicitud correspondiente lleva el número 10753, y fue presentada a las 13:23:00 del 29 de abril del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de agosto del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.— RP2009134149.—(IN2009088431).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

El Registro de la Propiedad Industrial, Sección de Patentes hace saber que por resolución de las ocho horas cuarenta minutos del diez de setiembre del dos mil nueve, fue inscrito el modelo industrial denominado CONFITERÍA, a favor de Mars Incorporated, domiciliada en los Estados Unidos de América, cuyo creador es: Kerstin Bornholdt, de nacionalidad alemana, se le ha otorgado el número de inscripción de modelo industrial 260, estará vigente hasta el diez de setiembre del dos mil diecinueve, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es 01/01.—San José, 22 de setiembre del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—1 vez.—RP2009134271.—(IN2009088432).

El Registro de la Propiedad Industrial, Sección de Patentes hace saber que por resolución, de las nueve horas quince minutos del veintiocho de julio del dos mil nueve, fue inscrito el Diseño Industrial denominado INTERRUPTOR DE CORRIENTE, de Luminex S. A. y Legrand, cuyo inventor es Fabien Striblen, se le ha otorgado el número de inscripción de diseño industrial 255, estará vigente hasta el veintiocho de julio del dos mil diecinueve, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Quinta Edición es: 13-03.—San José, 28 de setiembre del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—1 vez.—RP2009134272.—(IN2009088433).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS

SOLICITUD DE EXPLOTACIÓN DE TAJO

En expediente Nº 2182 el señor Luis Ángel Solís Alvarado, mayor, casado, agricultor, vecino de Zarcero de Alfaro Ruiz, cédula 2-117-862, solicita ampliación de concesión de explotación de materiales en tajo El Espino, el cual es parte de la finca inscrita al Folio Real 2080354, propiedad de Guillermina de Jesús Loáiciga Camacho, cédula 5-092-1000:

Localización Geográfica:

Sito en: Zarcero, distrito: 01 Zarcero, cantón: 11 Alfaro Ruiz, provincia: 02 Alajuela.

Hoja cartográfica:

Hoja Quesada, escala 1:50.000 del I.G.N.

Ubicación cartográfica:

Entre coordenadas generales: 240184.609 - 240346.053 Norte, 362451.703 -362375.4296 Este.

Área solicitada:

1 ha. 6 141,58 m2, según consta en plano aportado al folio 171, para un total de 2 ha. 6 796,02 m2.

Derrotero: Coordenadas del vértice N° 4 240184.609 Norte, 494114.185 Este.

                 Línea                     Acimut                        Distancia(m)

                  4-13                        071°38’                             63,03

                 13-14                       079°53’                             46,18

                 14-15                       106°47’                             46,91

                 15-16                       355°19’                           147,51

                 16-17                       344°31’                           139,03

                  17-7                        223°14’                             18,75

                   7-4                         179°52’                             87,97

Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 26 de octubre del 2000, área y derrotero aportados el 8 de febrero del 2001.

Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José, a las trece horas quince minutos del veintiuno de setiembre del dos mil nueve.—Registro Nacional Minero.—Lic. Cynthia Cavallini Chinchilla.—(IN2009086802).

2 v. 2..

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. 9023A.—Campanario S. A., solicita concesión de: 2 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Sierpe, Osa, Puntarenas, para uso turístico hotel. Coordenadas 288.300 / 493.000 hoja Llorona. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 02 de octubre del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009086833).

Expediente Nº 5239A.—Campos Loría S. A., solicita concesión de: 0,1 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San José (Atenas), Atenas, Alajuela, para uso agropecuario - riego. Coordenadas 219.600 / 493.950 hoja Río Grande; 0,1 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San José (Atenas), Atenas, Alajuela, para uso agropecuario - riego. Coordenadas 219.650 / 493.900 hoja Río Grande; 1 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San José (Atenas), Atenas, Alajuela, para uso riego. Coordenadas 219.700 / 493.850 hoja Río Grande; 0,79 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San José (Atenas), Atenas, Alajuela, para uso agropecuario - riego. Coordenadas 219.950 / 493.500 hoja Río Grande; 0,01 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San José (Atenas), Atenas, Alajuela, para uso agropecuario - riego. Coordenadas 220.000 / 493.400 hoja Río Grande. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 07 de setiembre del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—RP2009133624.—(IN2009087458).

Expediente Nº 4516A.—Flores de Istarú S. A., solicita concesión de: 11,5 litros por segundo del río Purires, efectuando la captación en finca de su propiedad en Tobosi, El Guarco, Cartago, para uso agropecuario-riego-ornamentales. Coordenadas 202.500 / 538.700 hoja Istarú. Predios inferiores: Steve Shuman. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 1º de octubre del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—RP2009133730.—(IN2009087459).

Expediente Nº 7825A.—Hacienda La Beatriz Ltda., solicita concesión de: 0,70 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Hacienda La Beatriz Limitada en Santa Cruz, Turrialba, Cartago, para uso doméstico, lechería, abrevadero. Coordenadas: 216.400 / 562.400, hoja Istarú. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 2 de octubre del 2009.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009087558).

Expediente Nº 13615P.—Giro al Lago S. A., solicita concesión de: 1 litro por segundo del pozo RG-874, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Antonio, Puriscal, San José, para uso consumo humano-doméstico y agropecuario-riego. Coordenadas: 206.628 / 501.324, hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestar lo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de octubre del 2009.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009087584).

Expediente Nº 13620A.—Inversiones Automotrices Vásquez Agüero S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Juan Zúñiga Zúñiga en Paquera, Puntarenas, para uso doméstico-consumo humano. Coordenadas 210.700/432.300 hoja Golfo. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestar lo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 6 de octubre de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009088200).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Expediente Nº 13614A.—Alexander Morales Araya solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento si nombre, efectuando la captación en finca de Maison de Livre Limitada en Cortés, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 327.809/512.901 hoja Coronado. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de octubre de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—RP2009133889.—(IN2009087779).

Expediente Nº 5051P.—José Gerardo Porras Brenes, solicita concesión de: 0,66 litros por segundo del pozo IS-247, efectuando la captación en finca de su propiedad en Llano Grande, Cartago, Cartago, para uso agropecuario-riego-hortaliza. Coordenadas 212.500/545.600 hoja Istaru. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de octubre de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—RP2009133961.—(IN2009087780).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Expediente Nº 9241P.—Marina de Herradura S. A., solicita concesión de: 5 litros por segundo del pozo HE-24, efectuando la captación en finca de su propiedad en Jacó, Garabito, Puntarenas, para uso agropecuario-riego turístico-hotel. Coordenadas: 400.919 / 390.689, hoja Herradura. 3 litros por segundo del pozo HE-25, efectuando la captación en finca de su propiedad en Jacó, Garabito, Puntarenas, para uso agropecuario-riego turístico-hotel. Coordenadas: 401.090 / 390.678, hoja Herradura. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 2 de octubre del 2009.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009087693).

Expediente Nº 8380A.—Cooperativa Agrícola Industrial Victoria R.L., solicita concesión de: 3 litros por segundo de la quebrada Seca, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro, Grecia, Alajuela, para uso agropecuario lechería, consumo humano, domestico, agropecuario, riego pasto, agropecuario piscicultura, consumo humano doméstico y agropecuario riego pasto. Coordenadas 236.500 - 508.300 hoja Naranjo; 5 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro, Grecia, Alajuela, para uso agropecuario - lechería, consumo humano - doméstico y agropecuario - riego - pasto. Coordenadas 236.000 / 508.900 hoja Naranjo. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de setiembre del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009087834).

Expediente Nº 13605A.—Agropecuaria Los Juncos S. A. solicita concesión de: 0,27 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Santiago (Paraíso), Paraíso, Cartago, para uso agropecuario abrevadero y lechería. Coordenadas 207.850 / 359.600 hoja Birris. 0,17 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Santiago (Paraíso), Paraíso, Cartago, para uso agropecuario-abrevadero y lechería. Coordenadas 307.100 / 359.600 hoja Birris. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de setiembre de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—RP2009134092.—(IN2009088444).

Expediente Nº 161A.—Agropecuaria Quincho Limitada, solicita concesión de: 0,3 litros por segundo del nacimiento S/N, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Nicolás, Cartago, Cartago, para uso agropecuario-lechería y consumo humano doméstico. Coordenadas 209.900 / 545.850 hoja Istaru. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de octubre de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—RP2009134220.—(IN2009088445).

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE

Y COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLE

EDICTO

193-PTDH-2009-DGTCC.—San José, a los veintidós días del mes de julio del año dos mil nueve, se tiene por presentada la solicitud por parte del señor Lázaro Gustavo Campos Huezo, nacionalidad salvadoreño, mayor, soltero, Contador, pasaporte de su país número C-546608 y vecino de Cartago, en su condición de apoderado generalísimo de la sociedad denominada Petrogas Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-165924, solicita autorización para la entrada en operación de cuatro vehículos cilindreros placas número CL-198812, CL-199070, CL-199593 y el CL-200654, para el transporte de gas licuado de petróleo en cilindros, que prestarán el servicio desde la planta de Petrogas S. A. ubicada en Cartago hasta los diversos clientes de la empresa dentro del territorio nacional. Con fundamento en el Decreto Ejecutivo 24813-MAE, se otorga un plazo de ocho días hábiles a partir de la publicación que resulte, en uno de los diarios de mayor circulación en el país y en el Diario Oficial La Gaceta, para que cualquier persona natural o jurídica, que tenga interés o pueda resultar afectada con la operación de los nuevos vehículos cilindreros, haga llegar a esta Dirección su criterio, opinión u oposición al respecto, aportando toda la prueba que la sustente.—San José, 4 de agosto del 2009.—Msc. Óscar Porras Torres, Director General.—1 vez.—RP2009134007.—(IN2009088446).

PODER JUDICIAL

AVISOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

Ante esta Dirección, se ha presentado solicitud de habilitación como notaria de Susana Waterhouse Soto, carné 17796, cédula: 107060199, expediente Nº 09-002159-0624-NO, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de ésta, lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación.—San José, 5 de octubre del 2009.—Lic. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, Director.—1 vez.—RP2009134224.—(IN2009088449).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

RESOLUCIONES

Nº 4483-M-2009.—Tribunal Supremo de Elecciones.—San José, a las nueve horas cuarenta minutos del treinta de setiembre de dos mil nueve.

Diligencias de cancelación de credenciales de Regidor Suplente de la Municipalidad de Garabito, provincia Puntarenas que ostenta el señor Álvaro Francisco González Valerio. Expediente 273-E-2009

Resultando:

1º—Mediante oficio número 08830 (DJ-0805-2009) del 24 de agosto del 2009, la Contraloría General de la República comunicó a este Tribunal la resolución número PA-30-2009 de las 10:30 horas del 27 de mayo del 2009 de la División de Asesoría y Gestión Jurídica, suscrita por el señor Carlos Andrés Arguedas Vargas, Gerente de División, y por los señores Sergio Mena García y Roberto Rodríguez Araica, Gerentes Asociados, mediante la cual, en virtud de la relación de hechos Nº DFOE-DDJ-RH-04-2009 denominada “RELACIÓN DE HECHOS SOBRE LA NO PRESENTACIÓN ANTE ESTA ÁREA DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES ANUAL CORRESPONDIENTE AL AÑO 2008, POR PARTE DEL SEÑOR ÁLVARO FRANCISCO GONZÁLEZ VALERIO, REGIDOR SUPLENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GARABITO”, se dispuso cancelar su credencial.

2º—En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.

Redacta el Magistrado Esquivel Faerron; y,

Considerando:

I.—Objeto del procedimiento: De conformidad con lo que establece el artículo 3 del Reglamento de este Tribunal sobre la Cancelación o Anulación de Credenciales Municipales y lo dispuesto por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en sentencia número 2000-06326 de las 16:18 horas del 19 de julio del 2000, la Contraloría General de la República realizó el procedimiento administrativo contra el señor Álvaro Francisco González Valerio, por las eventuales responsabilidades en que presuntamente incurrió al no rendir oportunamente la declaración inicial de bienes que establece la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública y su Reglamento.

II.—Sobre los hechos probados: Como tales y de relevancia para la resolución del presente asunto se tienen los siguientes: a) que el señor González Valerio es regidor suplente de la Municipalidad de Garabito, provincia Puntarenas, dado que fue designado por este Tribunal mediante resolución número 1284-E-2006 (ver Declaratoria de Elección de Regidores de la provincia de Alajuela visible a folios 8 al 20); b) que el señor González Valerio fue propuesto por el Partido Garabito Ecológico (ver nómina a folio 21); c) que el candidato que sigue en la nomina de regidores suplentes del Partido Garabito Ecológico, que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para desempeñar el cargo, es el señor Olman Núñez Salas (ver folios 21 y 22).

III.—Sobre el procedimiento realizado por la Contraloría General de la República: En la resolución número PA-30-2009 de la División de Asesoría y Gestión Jurídica de la Contraloría General de la República, esa instancia tuvo por demostrado que el señor Álvaro Francisco González Valerio, regidor suplente de la Municipalidad de Garabito, incurrió en culpa grave al no rendir la declaración de bienes oportunamente.

La responsabilidad la deriva el órgano contralor del hecho que el señor González Valerio, en su condición de regidor propietario, de conformidad con lo establecido en la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública (Ley número 8422) y su Reglamento, debe rendir una declaración jurada de bienes en los términos previstos en los artículos 22 y 38 de la referida ley. Sin embargo, el señor González Valerio no acató ese requerimiento a pesar de que fue prevenido al efecto por el órgano contralor mediante oficio número 6514 (FOE-DDJ-0920).

En criterio de la Contraloría General de la República, la no presentación de la declaración de bienes hace nugatorio uno de los fines primordiales de la Ley número 8422, cual es prevenir los actos de corrupción en el ejercicio de la función pública. En virtud de ello el órgano contralor estima que por el incumplimiento de su deber y dada la importancia que para el sistema de fiscalización y control de Hacienda Pública tiene esa declaración, debe sancionarse al señor González Valerio con la separación de su cargo como regidor propietario de la Municipalidad de Garabito.

IV.—Sobre la cancelación de la credencial: Este Tribunal, luego de comprobar con base en los documentos remitidos por la Contraloría General de la República, que se cumplió con el procedimiento previsto en el artículo 3 del Reglamento sobre la Cancelación o Anulación de Credenciales Municipales, avala la relación de hechos y las conclusiones que plantea el órgano contralor, según las cuales se tiene por demostrada la comisión de falta grave, al incumplir el señor González Valerio con la presentación de la declaración inicial de bienes que establece la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública (Ley número 8422) y su Reglamento. Por lo tanto, de conformidad con lo que establecen los artículos 24 inciso e) y 25 del Código Municipal, lo procedente es cancelar la credencial de Regidor Suplente de la Municipalidad de Garabito, provincia Puntarenas, que ostenta el señor Álvaro Francisco González Valerio a partir de la notificación de la presente resolución.

V.—Sobre el procedimiento de sustitución, en razón de la cancelación de las credenciales que se ordena: Al cancelarse la credencial del señor Álvaro Francisco González Valerio, se produce una vacante entre los regidores suplentes del Partido Garabito Ecológico en la Municipalidad de Garabito, vacante que procede llenar conforme lo regula el artículo 25 inciso d) del Código Municipal “escogiendo de entre los candidatos que no resulten electos, a quien habría seguido según las reglas que determinaron la elección”. Dado que el señor Olman Núñez Salas es el siguiente en la nómina de candidatos propuestos por el citado partido, lo procedente es designarlo como regidor suplente para llenar dicha vacante. La anterior designación será por el período que va desde su juramentación hasta el treinta de abril del dos mil diez, fecha en que finaliza el presente período constitucional. Por tanto,

Cancélese la credencial de regidor suplente de la Municipalidad de Garabito, provincia Puntarenas, que ostenta el señor Álvaro Francisco González Valerio. En su lugar se designa al señor Olman Núñez Salas como regidor suplente del Partido Garabito Ecológico en la Municipalidad citada. La presente designación rige a partir de la juramentación y hasta el treinta de abril del dos mil diez, fecha en que finaliza el presente período constitucional. Notifíquese a los señores González Valerio y Núñez Salas. Comuníquese al Concejo Municipal de Garabito y a la Contraloría General de la República. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.—Luis Antonio Sobrado González.—Eugenia María Zamora Chavarría.—Max Alberto Esquivel Faerron.—Mario Seing Jiménez.—Fernando del Castillo Riggioni.—1 vez.—O. C. 93188.—C-84770.—(IN2009088124).

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Concepción Martina Tórrez Carrasco, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1313-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas del seis de agosto del dos mil nueve. Expediente Nº 17975-09. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Xavier Rafael Malespín Torres... y el asiento de nacimiento de Stephanie Jossete Malespín Torres... en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre... son “Concepción Martina Tórrez Carrasco”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(IN2009087687).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María de los Santos Requene, no indica otro apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 1079-2009.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y cincuenta y siete minutos del veintidós de junio del dos mil nueve. Ocurso. Expediente Nº 11057-09. Resultando: 1.-..., 2.-…, 3.-... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Ronald Moisés Laguna Requenez.... en el sentido que el apellido de la madre del mismo es “Requene, no indica segundo apellido” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Juan Rafael Madrigal Hernández, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2009087871).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Hannia Molina Alfaro, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1583-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cincuenta y cinco minutos del veintinueve de setiembre del dos mil nueve. Expediente Nº 21537-09. Resultando 1º—…, 2º—…, 3º—… Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Henry Gerardo Céspedes Alfaro... en el sentido que los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Molina Alfaro”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2009088215).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Angie Melisa Céspedes Alfaro, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 0716-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas veinte minutos del veinte de mayo del dos mil nueve. Expediente Nº 5872-09. Resultando: 1º—…, 2º—… Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Angie Melissa Céspedes Alfaro… en el sentido que el primer nombre y los apellidos de la madre… son “Hannia” y “Molina Alfaro” respectivamente.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2009088217).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María Amalia Céspedes Alfaro, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 703-2009.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas veinticinco minutos del diecinueve de mayo del dos mil nueve. Expediente Nº 5873-2009. Resultando: 1º—…, 2º—… Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de María Amalia Céspedes Alfaro en el sentido que los apellidos de la madre de la misma son “Molina Alfaro” y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2009088218).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jéssica María Jiménez Jiménez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1469-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas treinta minutos del veintiocho de agosto del dos mil nueve. Ocurso. Expediente Nº 20560-09. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:.., II.—Hechos no probados:.., III.—Sobre el fondo... Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Gregorio Jesús del Socorro Chinchilla Prado con Jéssica María Jiménez Jiménez..., en el sentido que la fecha de celebración del mismo es veintinueve de julio del dos mil siete.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa Sección Actos Jurídicos.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—RP2009134154.—(IN200988451).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Marcial Silverio Carrillo López, mayor, soltero, oficial de seguridad, nicaragüense, cédula de residencia 270-149827-084255, vecino de San José, expediente 3649-2008. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 18 de setiembre del 2009.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(IN2009088128).

Carmen Enith Romero Polo, mayor, soltera, empleada doméstica, colombiana, pasaporte CC 64478944, vecina de San José, expediente 4220-2008. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 11 de setiembre de 2009.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—RP2009134229.—(IN2009088452).

Paola Jeanine Mendoza Ortega, mayor, soltera, decoradora de interiores, nicaragüense, cédula de residencia 155800849119, vecina de San José, expediente 4233-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 27 de mayo de 2009.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—RP2009134264.—(IN2009088454).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

JUSTICIA Y GRACIA

PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

Modificación al plan de compras 2009

Se avisa a todos los potenciales oferentes que con el fin de cumplir con lo que establece el artículo 6º de la Ley de la Contratación Administrativa y artículo 7° del Reglamento General de la Contratación Administrativa, se adiciona el requerimiento de las siguientes líneas como complemento al programa inicial publicado en La Gaceta Nº 14 del 21 de enero del 2009. Reformado por última vez en La Gaceta Nº 190 del 30 de setiembre del 2009.

Progr.

Subprog

Cod. Mercad

Desc - Generica

Unid.

Med

Empaque

Fuente

Period

Cantid

Monto

 

 

10406 000 000000

Servicios Generales

 

 

 

 

 

 

781

00

10406 900 009000

Reajuste de precios

Un

0

01

I y II Sem.

3

1,500,000.00

 

 

10808 000 000000

Mant. Y rep. De equipo de computo

y sist. De información

 

 

 

 

 

 

781

00

10808 015 000120

Repar. y/o manten. correctivo y/o preventivo

de unid de potencia

Un

0

01

I y II Sem.

1

3,913,000.00

781

00

10808 015 000300

Mantenim. preventivo y/o correctivo

de los equipos de red

Un

0

01

I y II Sem.

1

5,725,000.00

 

 

 

Tintas, pinturas y diluyentes.

 

 

 

 

 

 

781

00

20104 090 001900

Tonner para impresora OKI B6300

Un

0

01

I y II Sem.

15

1,300,000.00

781

00

20104 090 001950

Tonner para impresora Lexmark T630- T632 - T634.

Un

0

01

I y II Sem.

15

2,800,000.00

 

 

 

Útiles y materiales de Oficina y computo

 

 

 

 

 

 

781

00

29901 005 000220

Bandas de hule Nº 18

PAQ

0

01

I y II Sem.

15

10,000.00

781

00

29901 015 100011

Bolígrafo azul

Un

0

01

I y II Sem.

1000

83,330.00

781

00

29901 020 000280

Borrador p/pizarra acrílica

Un

0

01

I y II Sem.

10

5,000.00

781

00

29901 040 250005

Clip Nº 1

Caja

0

01

I y II Sem.

300

24,000.00

781

00

29901 040 000060

Clip Mariposa tamaño Nº 2

Cajas

0

01

I y II Sem.

150

44,000.00

781

01

29901 305 004300

Cinta Casio p/patrimonio

UN

0

01

I y II Sem.

2

4,000.00

781

00

29901 060 525010

Fechador  manual

Un

0

01

I y II Sem.

10

4,520.00

781

00

29901 345 000002

Maquina  rotuladora en cinta

Un

0

01

I y II Sem.

2

120,000.00

781

00

29901 405 001300

Banderitas (tape flag)

Un

0

01

I y II Sem.

500

1,000,000.00

781 

 00

29901900 000260

Maquina rotuladora en cinta

Un

 0

01

I y II Sem. 

120,000.00

 

 

 

Maquinaria y equipo para producción

 

 

 

 

 

 

781

00

50101 130 000600

Bomba para agua

Un

0

01

I y II Sem.

1

1,200,000.00

 

 

 

Equipo de comunicación

 

 

 

 

 

 

781

00

50103 015 000001

FAX

Un

0

280

I y II Sem.

5

1,300,000.00

 

 

 

Equipo y mobiliario de oficina

 

 

 

 

 

 

781

00

50104 005 000002

Biblioteca Metálica

Un

0

280

I y II Sem.

7

400,000.00

781

00

50104 010 000250

Escritorio ejecutivo

Un

0

280

I y II Sem.

6

900,000.00

781

00

50104 015 000080

Mesa circular trabajo de oficina

Un

0

280

I y II Sem.

1

56,000.00

 

 

50201 000 000000

Edificios

 

 

 

 

 

 

781

00

50201 900 009000

Reajuste de precios

Un

0

280

I y II Sem.

1

550,000.00

San José, 9 de octubre del 2009.—Lic. J. Omar Camacho Alvarado, Director Administrativo.—1 vez.—Solicitud Nº 2065.—O. C. Nº 10568.—C-84770.—(IN2009089675).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA 3-2009

RESUMEN GENERAL POR PROGRAMA Y SUBPARTIDA

(en miles de colones)

Según artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 7 del Reglamento General de Contratación Administrativa

Detalle

Presupuesto

Anterior

Presupuesto Modificado

Total

Modificación

Programa Nº 1

Administración

Programa Nº 2

Docencia

Programa Nº 3 VIESA

Programa Nº 4

Inv. y Extensión

Programa Nº 5

San Carlos

SERVICIOS

2.177.280,46

2.382.418,08

205.137,62

85.528,14

39.730,81

8.322,35

39.754,70

31.801,62

ALQUILERES

89.256,04

89.587,78

331,74

-3.510,56

9.530,11

-132,50

278,04

-5.833,35

ALQUILER DE EDIFICIOS, LOCALES Y TER

18.241,32

35.804,53

17.563,21

1.484,40

11.152,31

-23,50

2.000,00

2.950,00

ALQUILER DE MAQUINARIA, EQUIPO Y MOB

64.490,02

47.795,51

-16.694,51

-5.894,96

-622,20

-109,00

-1.285,00

-8.783,35

ALQUILER DE EQUIPO DE CÓMPUTO

300,00

500,00

200,00

500,00

0,00

0,00

-300,00

0,00

ALQ. Y DERECHOS PARA TELECOMUNICACIO

3.442,60

2.742,60

-700,00

300,00

-1.000,00

0,00

0,00

0,00

OTROS ALQUILERES

2.782,11

2.745,15

-36,96

100,00

0,00

0,00

-136,96

0,00

SERVICIOS COMERCIALES Y FINANCIEROS

295.656,49

322.553,16

26.896,67

5.823,32

24.543,61

1.600,22

869,26

-5.939,73

INFORMACIÓN

38.167,00

41.942,00

3.775,00

4.000,00

0,00

0,00

-225,00

0,00

PUBLICIDAD Y PROPAGANDA

62.023,28

83.692,74

21.669,46

5.500,00

19.220,00

-3.563,28

3.912,75

-3.400,00

IMPRESIÓN, ENCUADERNACIÓN Y OTROS  

145.444,44

152.185,84

6.741,40

-35,00

5.723,61

6.663,50

-2.425,99

-3.184,73

TRANSPORTE DE BIENES

14.691,10

11.206,60

-3.484,50

-3.412,00

0,00

0,00

-372,50

300,00

SERVICIOS ADUANEROS

4.269,60

4.329,92

60,32

115,32

-400,00

0,00

0,00

345,00

SERVICIO DE TRANSF. ELECTRÓNICA DE IN

31.061,07

29.196,07

-1.865,00

-345,00

0,00

-1.500,00

-20,00

0,00

SERVICIOS DE GESTION Y APOYO

674.840,47

698.485,58

23.645,11

11.869,36

-3.101,83

4.113,50

3.478,47

7.285,61

SERVICIOS MÉDICOS Y DE LABORATORIO

6.255,00

3.895,36

-2.359,64

39,36

0,00

0,00

-2.054,00

-345,00

SERVICIOS JURÍDICOS

16.506,00

8.960,00

-7.546,00

-7.546,00

0,00

0,00

0,00

0,00

SERVICIOS DE INGENIERÍA

24.478,00

34.173,25

9.695,25

10.000,00

-1.384,00

0,00

879,25

200,00

SERVICIOS EN CIENCIA ECONÓMICAS Y SO

38.877,45

45.807,45

6.930,00

6.990,00

-60,00

0,00

0,00

0,00

SERV. DESARR. SISTEMAS INFORMÁTICOS

7.316,67

7.916,67

600,00

-2.400,00

3.000,00

0,00

0,00

0,00

SERVICIOS GENERALES

158.316,34

138.711,99

-19.604,35

350,00

75,00

-88,50

383,40

-20.324,25

OTROS SERVICIOS DE GESTIÓN Y DE APOY

423.091,02

459.020,87

35.929,85

4.436,00

-4.732,83

4.202,00

4.269,82

27.754,86

GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE

469.364,18

512.179,95

42.815,76

36.114,83

-3.504,08

1.511,14

23.507,23

-14.813,35

TRANSPORTE DENTRO DEL PAÍS 

65.187,97

60.310,46

-4.877,51

2.189,30

1.271,38

-430,00

-4.628,20

-3.280,00

VIÁTICOS DENTRO DEL PAÍS

144.561,57

126.328,33

-18.233,24

6.835,88

-11.660,26

270,00

-2.445,51

-11.233,35

TRANSPORTE EN EL EXTERIOR  

131.823,63

169.526,88

37.703,25

16.389,64

4.500,00

900,00

15.213,61

700,00

VIÁTICOS EN EL EXTERIOR

127.791,01

156.014,28

28.223,27

10.700,00

2.384,80

771,14

15.367,33

-1.000,00

CAPACITACION Y PROTOCOLO

157.369,88

161.404,29

4.034,41

-928,00

-4.724,97

530,00

10.039,38

-882,00

ACTIVIDADES DE CAPACITACION

118.470,84

121.876,05

3.405,21

-1.324,00

-5.340,17

-320,00

10.639,38

-250,00

ACTIVIDADES PROTOCOLARIAS Y SOCIALES

38.899,04

39.528,24

629,20

396,00

615,20

850,00

-600,00

-632,00

MANTENIMIENTO Y REPARACION

490.613,39

598.127,31

107.513,93

36.159,20

16.987,97

700,00

1.682,32

51.984,44

MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS Y LOCALES

310.623,06

388.827,57

78.204,51

2.840,00

22.624,00

0,00

500,00

52.240,51

MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE MAQUIN

58.624,48

58.185,99

-438,50

-1.000,00

0,00

0,00

152,50

409,01

MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE EQUIPO

38.435,00

64.122,61

25.687,61

21.339,20

200,00

0,00

1.324,82

2.823,59

MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE EQUIPO

17.020,20

15.755,51

-1.264,70

280,00

-956,03

0,00

0,00

-588,66

MANTENIMIENTO  Y REPARACIÓN DE EQUIP

6.026,13

10.101,13

4.075,00

3.700,00

275,00

0,00

-125,00

225,00

MANTENIMIENTO  Y REPARACIÓN DE EQUIP

27.714,00

28.934,00

1.220,00

9.000,00

-6.080,00

700,00

300,00

-2.700,00

MANTENIMIENTO Y REPARAC. DE OTROS EQ

32.170,52

32.200,52

30,00

0,00

925,00

0,00

-470,00

-425,00

SERVICIOS DIVERSOS

180,00

80,00

-100,00

0,00

0,00

0,00

-100,00

0,00

OTROS SERVICIOS NO ESPECIFICADOS

180,00

80,00

-100,00

0,00

0,00

0,00

-100,00

0,00

MATERIALES Y SUMINISTROS

1.646.802,62

1.709.497,61

62.694,99

91.615,20

11.761,53

15.251,43

-18.739,85

-37.193,32

PRODUCTOS QUIMICOS Y CONEXOS

400.286,71

397.632,68

-2.654,04

20.625,00

-654,72

1.367,88

-15.988,19

-8.004,00

COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES 

248.994,54

257.206,38

8.211,84

31.660,00

-876,72

1.550,00

-15.707,44

-8.414,00

PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y MEDICINALE

6.975,20

7.248,20

273,00

465,00

20,00

250,00

-402,00

-60,00

PRODUCTOS VETERINARIOS 

6.085,30

6.235,30

150,00

0,00

0,00

0,00

0,00

150,00

TINTAS, PINTURAS Y DILUYENTES  

43.840,11

32.788,03

-11.052,08

-12.150,00

1.047,00

0,00

-149,08

200,00

OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS

94.391,56

94.154,77

-236,79

650,00

-845,00

-432,13

270,33

120,00

ALIMENTOS Y PRODUCTOS AGROPECUARIOS

385.566,27

400.808,85

15.242,58

19.136,50

2.730,37

5.220,00

3.750,71

-15.595,00

PRODUCTOS PECUARIOS Y OTRAS ESPECIES

330,00

200,00

-130,00

0,00

0,00

0,00

-30,00

-100,00

PRODUCTOS AGROFORESTALES

15.787,72

15.727,72

-60,00

0,00

40,00

0,00

-100,00

0,00

ALIMENTOS Y BEBIDAS

337.748,55

355.881,13

18.132,58

19.136,50

2.690,37

5.220,00

3.880,71

-12.795,00

ALIMENTOS PARA ANIMALES

31.700,00

29.000,00

-2.700,00

0,00

0,00

0,00

0,00

-2.700,00

MATERIALES Y PRODUCTOS DE USO EN LA CONS

121.012,09

158.824,85

37.812,76

31.224,93

-3.564,23

-2,00

658,35

9.495,71

MATERIALES Y PRODUCTOS METÁLICOS

26.656,38

40.081,23

13.424,85

4.061,39

450,00

0,00

63,46

8.850,00

MATERIALES Y PROD.MINERALES Y ASFÁLT

10.004,65

13.672,11

3.667,47

2.500,00

30,00

0,00

39,30

1.098,17

MADERA Y SUS DERIVADOS 

9.773,42

12.568,19

2.794,77

2.400,00

0,00

0,00

-105,23

500,00

MATERIALES Y PRODUCTOS ELÉCTRICOS, T

48.360,56

66.918,30

18.557,74

21.288,54

-2.193,00

-220,00

347,20

-665,00

MATERIALES Y PRODUCTOS DE VIDRIO

3.631,54

3.593,54

-38,00

-100,00

42,00

200,00

-5,00

-175,00

MATERIALES Y PRODUCTOS DE PLÁSTICO

10.782,46

11.934,99

1.152,54

1.175,00

100,00

0,00

490,00

-612,46

OTROS MATERIALES Y PRODUCTOS DE USO

11.803,09

10.056,49

-1.746,60

-100,00

-1.993,23

18,00

-171,37

500,00

HERRAMIENTAS, RESPUESTOS Y ACCESORIOS

122.085,44

124.394,56

2.309,12

5.759,20

-1.483,38

490,67

-1.237,36

-1.220,00

HERRAMIENTAS E INSTRUMENTOS

41.569,11

40.859,04

-710,07

1.500,00

-1.090,00

690,67

-2.190,74

380,00

REPUESTOS Y ACCESORIOS 

80.516,33

83.535,52

3.019,19

4.259,20

-393,38

-200,00

953,38

-1.600,00

UTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS DIVERSO

617.852,11

627.836,67

9.984,57

14.869,57

14.733,49

8.174,89

-5.923,36

-21.870,03

UTILES Y MATERIALES DE OFICINA Y CÓM

219.294,57

217.909,56

-1.385,00

3.676,00

7.022,81

-3.082,11

-4.705,94

-4.295,77

UTILES Y MATERIALES MÉDICO, HOSPITAL

15.006,22

16.640,02

1.633,80

1.000,00

1.050,00

508,00

-224,20

-700,00

PRODUCTOS DE PAPEL, CARTÓN E IMPRESO

165.630,57

172.198,14

6.567,57

5.809,96

5.930,41

3.962,00

-1.173,13

-7.961,67

TEXTILES Y VESTUARIO

64.684,16

74.851,74

10.167,59

1.045,00

1.086,30

5.954,00

2.173,69

-91,41

ÚTILES Y MATERIALES DE LIMPIEZA

39.023,33

41.918,04

2.894,71

3.619,80

460,00

175,00

147,67

-1.507,76

UTILES Y MATERIALES DE RESGUARDO Y S

12.334,94

12.744,32

409,38

1.688,61

175,00

25,00

-96,00

-1.383,23

ÚTILES Y MATERIALES DE COCINA Y COME

17.522,69

15.051,47

-2.471,22

-1.424,80

560,00

-1.037,00

-114,22

-455,20

OTROS ÚTILES, MATERIALES Y SUMINISTR

84.355,65

76.523,39

-7.832,26

-545,00

-1.551,03

1.670,00

-1.931,23

-5.475,00

BIENES DURADEROS

7.060.358,75

7.475.468,12

415.109,37

244.037,34

127.895,27

3.995,00

-41.481,90

80.663,65

MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO

4.323.808,74

4.588.659,85

264.851,10

154.143,20

87.081,72

3.995,00

-42.481,90

62.113,08

MAQUINARIA Y EQUIPO PARA LA PRODUCCI

407.827,79

436.945,85

29.118,06

35.508,06

0,00

150,00

-17.765,00

11.225,00

EQUIPO DE TRANSPORTE

259.923,50

293.826,11

33.902,61

21.902,61

0,00

0,00

-15.000,00

27.000,00

EQUIPO DE COMUNICACIÓN 

259.822,32

257.875,67

-1.946,64

7.877,00

-12.037,01

1.000,00

-1.723,37

2.936,74

EQUIPOY MOBILIARIO DE OFICINA

284.317,46

385.616,37

101.298,91

58.747,96

59.193,78

-88,82

-18.304,00

1.750,00

EQUIPO Y PROGRAMAS DE CÓMPUTO  

1.670.760,99

1.799.709,30

128.948,31

30.684,58

37.118,35

3.000,62

43.699,76

14.445,01

EQUIPO SANITARIO, DE LABORATORIO E I

1.203.377,32

1.166.172,14

-37.205,19

300,00

-9.897,68

1.145,00

-29.072,51

320,00

EQUIPO Y MOBILIARIO EDUCACIONAL, DEP

138.727,69

157.486,17

18.758,48

1.350,00

10.698,76

500,00

6.225,72

-16,00

MAQUINARIA Y EQUIPO DIVERSO

99.051,67

91.028,24

-8.023,44

-2.227,00

2.005,53

-1.711,80

-10.542,50

4.452,33

CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y MEJORAS

2.720.900,00

2.872.828,27

151.928,27

89.894,14

40.813,56

0,00

1.000,00

20.220,57

EDIFICIOS  

2.594.410,34

2.725.525,05

131.114,71

102.894,14

7.000,00

0,00

1.000,00

20.220,57

OTRAS CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y ME

126.489,66

147.303,22

20.813,56

-13.000,00

33.813,56

0,00

0,00

0,00

BIENES DURADEROS DIVERSOS

15.650,00

13.980,00

-1.670,00

0,00

0,00

0,00

0,00

-1.670,00

SEMOVIENTES

8.450,00

7.960,00

-490,00

0,00

0,00

0,00

0,00

-490,00

OTROS BIENES DURADEROS 

7.200,00

6.020,00

-1.180,00

0,00

0,00

0,00

0,00

-1.180,00

TOTAL GENERAL

10.884.441,82

11.567.383,81

682.941,98

421.180,68

179.387,61

27.568,79

-20.467,05

75.271,96

Cartago. 9 de octubre del 2009.—Departamento de Aprovisionamiento.—Lic. Walter Sequeira Fallas, Director.—1 vez.—Solicitud Nº 14478.—O. C. Nº 20091219.—C-229500.—(IN2009089653).

LICITACIONES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados a participar en el siguiente procedimiento de:

LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000015-PROV

Concesión de soda y contratación de servicios de alimentación

para el edificio del Primer Circuito Judicial de San José

Fecha y hora de apertura: 5 de noviembre de 2009, a las 10:00 horas.

El respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados deben dirigirse al Proceso de Adquisiciones del Departamento de Proveeduría; sita en el 3º piso del edificio Anexo B, ubicado en la esquina formada entre calle 15 avenida 6, San José; o bien, obtenerlos a través de Internet, en la dirección http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la dirección fmonges@poder-judicial.go.cr. En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a los teléfonos 2295-3136/ 3623 / 3295.

San José, 9 de octubre del 2009.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa a. í.—1 vez.—(89413).

COLEGIOS UNIVERSITARIOS

COLEGIO UNIVERSITARIO DE LIMÓN

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2009LA-000010-01

Compra de rótulos luminosos y lámina

El Colegio Universitario de Limón, CUNLIMÓN, invita a participar en Licitación Abreviada N° 2009LA-000010-01 correspondiente a la compra de rótulos luminoso y lámina. Interesados solicitar el cartel en nuestras instalaciones 50 metros norte y 50 oeste de la Comandancia en Limón centro, o comunicarse al 2798-1349, ext. 103.

Fecha límite para recepción y apertura de ofertas miércoles 28 de octubre del 2009, a las 10:00 horas.

Limón, 9 de octubre del 2009.—Nancy Hewitt Hines, Proveeduría-Bodega.—1 vez.—RP2009134929.—(IN2009089700).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2009LA-000012-01

Compra de publicidad y propaganda

El Colegio Universitario de Limón, CUNLIMÓN, invita a participar en Licitación Abreviada N° 2009LA-000012-01, correspondiente a la compra de carpetas, lapiceros, bolígrafos, llaveros destapador, brochur, lápices de minas, agendas ejecutivas, banners, calendarios acrílicos. Interesados solicitar cartel en nuestras instalaciones 50 metros norte y 50 oeste de la comandancia en Limón centro, o comunicarse 2798-1349, ext. 103.

Fecha límite para recepción y apertura de ofertas jueves 29 de octubre del 2009, a las 10:30 horas.

Limón, 9 octubre del 2009.—Nancy Hewitt Hines, Proveeduría-Bdega.—1 vez.—RP2009134930.—(IN2009089701).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2009LA-000011-01

Compra de abanicos, proyectores, video cámara,

lámparas de emergencia

El Colegio Universitario de Limón CUNLIMÓN, invita a participar en Licitación Abreviada N° 2009LA-000011-01, correspondiente a la compra de abanicos, proyectores multimedia, video cámara, lámparas de emergencia, interesados solicitar cartel en nuestras instalaciones 50 metros norte y 50 oeste de la comandancia en Limón centro, o comunicarse al 2798-13-49, ext. 103.

Fecha límite para recepción y apertura de ofertas miércoles 28 de octubre del 2009, a las 14:30 horas.

Limón, 9 de octubre del 2009.—Nancy Hewitt Hines, Proveeduría-Bodega.—1 vez.—RP2009134933.—(IN2009089702).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

CONCURSO 2009LA-000093-1142

296.000 unidades de paño abdominal descartable para adulto

Se informa a los interesados que está disponible el cartel de la Licitación Abreviada 2009LA-000093-1142, para la adquisición de:

Ítem único: 296.000 unidades de paño abdominal descartable para adulto.

Apertura de ofertas para el día 12 de noviembre del 2009 a las 9:00 horas. Vea detalles y mayor información en la página Web http://www.ccss.sa.cr.

San José, 8 de octubre del 2009.—Subárea de Carteles.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—C-6020.—(IN2009089254).

CONCURSO 2009LN-000025-1142

Esponjas de gasa

Se informa a los interesados que está disponible el cartel de la Licitación Pública 2009LN-000025-1142, para la adquisición de:

Ítem único: 21.200.000  unidades de Esponjas de gasa.

Apertura de ofertas para el día 26 de noviembre del 2009, a las 9:00 horas. Vea detalles y mayor información en la Página Web http://www.ccss.sa.cr.

San José, 8 de octubre del 2009.—Subárea de Carteles.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—C-6020.—(IN2009089288).

DIRECCIÓN DE SERVICIOS INSTITUCIONALES

LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000001-1161

Compra de vehículos (tipo pick up 4x2, pick up 4x4 doble

cabina, Station Wagon 4x2, Station Wagon 4X4,

automóviles Sedan, Microbús 4x2)

La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, sesión Nº 8387 artículo 1º del 8 de octubre del 2009, acuerda adjudicar la Licitación Pública Nº 2009LN-000001-1161, convocada para la compra de vehículos de uso administrativo, en los siguientes términos:

Agencia Datsun S. A.—(Oferta Nº 03).

Ítem Nº

Cantidad

Descripción

Precio

Unitario $

Precio

total $

02

27 UD.

Vehículos tipo pick up doble

cabina 4x4

26.558,00

717.066,00

03

05 UD.

Vehículos tipo Station Wagón

4x2 para pasajeros

23.818,00

119.090,00

 

 

 

Total:

836.156,00

Agencia Purdy Motor S. A.—(Oferta Nº 01).

Ítem Nº

Cantidad

Descripción

Precio

unitario $

Precio

total $

04

04 UD.

Vehículos Station Wagon

4x4 para 5 pasajeros

34.790,00

139.160,00

05

05 UD.

Vehículos tipo microbús

4x2 techo alto

35.100,00

175.500,00

06

01 UD.

Vehículo Tipo Sedan

para 5 pasajeros

21.750.00

21.750,00

 

 

 

Total:

336.410,00

Todo de conformidad con las condiciones exigidas en el respectivo cartel de licitación y ofrecidas por la firma adjudicataria.

Lic. Aristides Guerrero Rodríguez.—1 vez.—(IN2009089644).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000111-PRI

Construcción de cimiento y tanque de almacenamiento elevado

de 50 m3 en Arco Iris de Los Chiles

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del día 3 de noviembre del 2009, para construcción de cimiento y tanque de almacenamiento elevado de 50 m3 en Arco Iris de Los Chiles.

Asimismo, se les comunica que el día 20 de octubre del 2009, a las 9:00 a. m. en las oficinas de la ASADA del Parque de Los Chiles, teléfonos 2471-3037 ó 2471-3060, se llevará a cabo una reunión con los posibles oferentes para aclarar dudas y terminada la reunión se realizará un recorrido por el sitio del proyecto.

Los documentos que conforman el cartel, pueden ser retirados en la Proveeduría del AYA sita en el módulo C, piso 3 del edificio sede del AYA, ubicado en Pavas, previa cancelación de ¢500,00 o en el Web www.aya.go.cr, Link Proveeduría.

San José, 9 de octubre del 2009.—Jeniffer Fernández Guillén, Dirección Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 2009-029.—C-12770.—(IN2009089420).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000098-PRI

Servicio de mantenimiento de UPS Powerware

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del día 2 de noviembre del 2009, para el “Servicio de mantenimiento de UPS Powerware”.

Los documentos que conforman el cartel, pueden ser retirados en la Proveeduría del AyA, sita en el Módulo C, piso 3 del Edificio Sede del AyA, ubicado en Pavas, previa cancelación de ¢500,00 o en el Web www.aya.go.cr, Link Proveeduría Institucional.

San José, 9 de octubre del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. 2009-029.—C-8270.—(IN2009089427).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000009-02

Contratación de los servicios para la conexión y desconexión

de mangueras en el muelle petrolero

La Dirección de Suministros de Recope invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2009LA-000009-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el primer piso de las Oficinas Centrales de Recope, sita en Urbanización Tournón Norte, hasta las 10:00 horas del día 5 de noviembre del 2009.

El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un costo de ¢1.000,00; o bien, el mismo está disponible, en la página Web de Recope, www.recope.com.

La visita al sitio para explicar los alcances técnicos y demás aspectos relevantes de este concurso se llevará a cabo el día 20 de octubre del 2009 a las 10:00 horas en el muelle petrolero en Limón.

San José, 8 de octubre del 2009.—Departamento de Contrataciones Bienes y Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Chacón, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 2009-5-19.—C-10220.—(IN2009089262).

FEDERACIÓN OCCIDENTAL DE MUNICIPALIDADES DE ALAJUELA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

E1 Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados a participar en el siguiente procedimiento de:

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000002-FEDOMA

Adquisición de vehículo tracción 4X2 categoría

automóvil, carrocería todo terreno

Fecha y hora de apertura: 23 de octubre del 2009, a las 10:00 horas.

El respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados deben dirigirse al Departamento de Proveeduría: sita en el edificio Anexo a la Municipalidad de Poás, ubicado al costado este de dicha institución, en San Pedro de Poás, o bien, mediante solicitud del archivo correspondiente, a la dirección de correo electrónico: fedoma@ice.co.cr. En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a los teléfonos 2448-6994 ó al 2448-7227.

San Pedro de Poás, Alajuela, 9 de octubre del 2009.—MSc. Xenia Lozano Mackay, Directora Ejecutiva.—1 vez.—(IN2009089372).

FEDERACIÓN DE MUNICIPALIDADES DE GUANACASTE

Comunica a todos los interesados en los concursos de procesos de licitación abreviada, que la Dirección Ejecutiva, dispuso adjudicar los siguientes procedimientos:

Nº 2009LA-000009-01 denominada “Levantamiento de línea de base en 11 municipalidades y un Concejo Municipal de Distrito de la provincia de Guanacaste” a Lusof BZ Consultores S. A., cedula jurídica 3-101-560876, por un monto de € 7.000,00 (siete mil euros), ya que fue el único oferente y cumple con todas las especificaciones solicitadas en el cartel.

Nº 2009LA-000010-01 denominada “Elaboración de Manuales de Procedimiento Administrativo en el desalojo y demolición de la franja en la Zona Pública de la Zona Marítimo Terrestre” a Shopia Capacitación y Consultoría Asertiva S. A., cedula jurídica 3-101-466909, por un monto de €.1.900,00, (mil novecientos euros), ya que fue el único oferente y cumple con todas las especificaciones solicitadas en el cartel.

Cañas, Guanacaste, 25 de setiembre del 2009.—Proveeduría.—José Ángel Acón Wong.—1 vez.—(IN2009089419).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE CARTAGO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000007-MUNIPROV

Compra de tubería sanitaria plástica o polietileno de

alta densidad, flexible de doble pared estructurada

El Departamento de Proveeduría avisa que recibirá ofertas para la licitación antes indicada hasta las 10:00 horas del 10 de noviembre del 2009.

Los interesados podrán adquirir el cartel de licitación en la Proveeduría General, situada en el segundo piso del edificio municipal, ubicado al costado norte de la Plaza Mayor de Cartago, previo pago de ¢5.000,00 y en un horario de 7:30 a.m. a 3:00 p.m. de lunes a viernes.

Guillermo Coronado Vargas, Jefe de Proveeduría.—1 vez.—RP2009134941.—(IN2009089704).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000013-MUNIPROV

Contratación para llevar a cabo los trabajos

de sustitución de 5.000 hidrómetros

El Departamento de Proveeduría avisa que recibirá ofertas para la licitación antes indicada hasta las 10:00 horas del 03 de noviembre del 2009.

Los interesados podrán adquirir el cartel de licitación en la Proveeduría General, situada en el segundo piso del edificio municipal, ubicado al costado norte de la Plaza Mayor de Cartago, previo pago de ¢5.000,00 y en un horario de 7:30 a.m. a 3:00 p.m. de lunes a viernes.

Guillermo Coronado Vargas, Jefe de Proveeduría.—1 vez.—RP2009134942.—(IN2009089705).

MUNICIPALIDAD DE TURRIALBA

PROVEEDURÍA MUNICIPAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000014-01

Adquisición e instalación de un elevador para

el edificio Municipal de Turrialba

Se comunica a todos los interesados que se recibirán ofertas para Contratar trabajos de “Adquisición e instalación de un elevador para el edificio Municipal de Turrialba”, hasta por 7 días hábiles a partir de esta publicación, la hora límite será a las 14:00 horas del sétimo día hábil. El Cartel de licitación se encuentra disponible para los interesados, en la Proveeduría Municipal o puede solicitarse por teléfono 2556-0231 ext. 125 o al correo: hugoproveduría@hotmail.com.

Turrialba, 9 de octubre del 2009.—Bach. Hugo Luna Chavarría, Proveedor.—1 vez.—(IN2009089256).

MUNICIPALIDAD DE AGUIRRE

OFICINA DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-01

Contratación de servicios para la obtención de la viabilidad ambiental

y ajustes a la propuesta de modificación del plan

regulador del cantón de Aguirre

La Municipalidad de Aguirre, invita a las firmas proveedoras, inscritas como tales en el registro de proveedores, a participar en la Licitación Pública 2009LN-000001-01 “Contratación de servicios para la obtención de la viabilidad ambiental y ajustes a la propuesta de modificación del plan regulador del cantón de Aguirre”. La adquisición de cartel se hará a partir de la publicación en Diario Oficial La Gaceta, hasta el 13 de noviembre del 2009, a las 11:00 horas, fecha límite de la presentación de ofertas, presentarse en la oficina de la Proveeduría Municipal a retirar el cartel.

Cualquier información en Proveeduría Municipal teléfono 2777-00-71 ext 106.

Quepos, 5 de octubre del 2009.—Gerardo Agüero Benavides, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2009089248).

ADJUDICACIONES

PODER LEGISLATIVO

ASAMBLEA LEGISLATIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000026-01

Compra e instalación de un ascensor en el edificio principal

Se le avisa a todos los interesados en la referida licitación que mediante el oficio del Director Ejecutivo, D.E.-2458-10-2009, del 7 de octubre del 2009, se acordó adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2009LA-000026-01 “Compra e instalación de un ascensor en el edificio principal” a la empresa Casa Confor S. A., cédula jurídica Nº 3-101-077664-00, por un monto total de $63.650,00.

San José, 14 de octubre del 2009.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Josefina Montero Varela, Directora a. í.—1 vez.—Solicitud Nº 06367.—O. C. Nº 29001.—C-10520.—(IN2009089263).

DEFENSORÍA DE LOS HABITANTES DE LA REPÚBLICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000011-DHR

Compra de equipo de transporte

Se avisa a todos los interesados en esta contratación que por resolución de las 14:00 horas del día 08 de octubre del 2009, se resuelve adjudicar la Licitación Abreviada 2009LA-000011-DHR:

a: Vehículos Internacionales VEINSA S. A., cédula jurídica 3-101-25025416.

Un vehículo marca Mitsubishi, estilo Montero, Lux, año 2009, cilindrada 2.835 cc., turbo diesel intercooler, totalmente nuevo de fábrica, doble tracción, color gris, siete pasajeros, vidrios eléctricos, cierre central con apertura a control remoto, frenos delanteros de disco ventilado con ABS y EBD, frenos traseros de disco ventilado con ABS y EBD, aire acondicionado climatizado, juego de herramientas (alicate, destornilladores, llaves coro fija, gata proporcional al peso del vehículo, llave de ranas, varilla para llanta de repuesto). Radio AM/FM con lector de disco compacto (MP3) y con conector USB, dos bolsas de seguridad delanteras, con halógenos, adicionales debidamente instalados. Manual de usuario en español.

Precio libre de todo impuesto: $30.900,00.

Plazo de entrega: Después de recibida la orden de compra inmediatamente se entregarán los documentos para exoneración y después de recibida la nota de exoneración 5 días hábiles para hacer entrega del vehículo.

Garantía: 36 meses o 100.000 kms de recorrido, lo que ocurra primero, por defectos de fabricación. Incluye 8 revisiones gratuitas las cuales se harán en los siguientes kilometrajes: 1.000 kms, 6.000 kms, 11.000 kms, 16.000 kms, 21.000 kms, 26.000 kms, 31.000 kms y 36.000 kms., las cuales incluyen: mano de obra, aceite, filtros y fluidos.

Forma de pago: Se entregará como parte de pago un vehículo marca Toyota, estilo Land Cruiser Prado, placa 790375, modelo 2003, motor Nº 1KZ0986472, chasis JTEBY25J200004027, capacidad 8 pasajeros, combustible diesel, estado mecánico de los sistemas: normal, estado de la carrocería normal, estado de la tapicería regular, 5 puertas, pintura normal, llantas normales, acusa pequeños golpes y raspones. Libre de derechos y gravámenes. Valorado por la Dirección General de la Tributación Directa en ¢11.000.000,00 (once millones de colones exactos), según avalúo administrativo Nº AV.ADMS.J.-214-2009.

La diferencia será cancelada por medio de transferencia electrónica con cargo a la solicitud Nº 200051.

Todo de acuerdo a los términos del cartel y a la oferta.

San José, 09 de octubre del 2009.—Dirección Administrativa.—Lic. Carlos González Ledezma, Director Administrativo.—Departamento de Proveeduría y Servicios Generales, Roxana Hernández Cavallini, Jefa.—1 vez.—Solicitud Nº 30678.—O. C. Nº 15296.—C-26270.—(IN2009089215).

SEGURIDAD PÚBLICA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000097-08900

Alquiler de edificio para albergar oficinas administrativas

del Ministerio de Seguridad Pública

La Proveeduría Institucional, comunica a los interesados en la Licitación Nº 2008LN-000097-08900, que mediante resolución Nº 2008LN-000097-08900-B, de las 11:00 horas del 9 de octubre del 2009, es declarada infructuosa.

San José, 9 de octubre del 2009.—Bach. José Ramírez Pérez, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. 93003.—Solicitud Nº 30579.—C-8860.—(IN2009089434).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2009LN-000061-17300

Consultoría para el desarrollo de planos constructivos

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), comunica a los interesados en esta Licitación, que se declara infructuosa.

San José, 1º de octubre del 2009.—Lic. Blanca Córdoba Berrocal, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 98935.—Solicitud Nº 41384.—C-5270.—(IN2009089373).

EDUCACIÓN PÚBLICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000058-55400

Compra de equipo y mobiliario de oficina

La Dirección de la Proveeduría Institucional avisa que conforme a Resolución de Adjudicación Nº 0345-2009 de las 12:30 horas del 08 de octubre del 2009, se adjudica la Licitación Pública Nº 2009LN-000058-55400 de la siguiente manera: Todo de acuerdo a los términos del cartel (artículo 86 RLCA) y de la oferta.

Línea

Adjudicatario

Cantidad

Precio

Monto total

1

Ramiz Supplies SA

5490

$118,00

$ 647.820,00

2

Ramiz Supplies SA

5490

$ 22,50

$123.525,00

Monto total adjudicado en dólares $ 771.345,00.

San José, 8 de octubre del 2009.—Lic. Rosario Segura Sibaja, Directora Proveeduría Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 93254.—Solicitud Nº 20909.—C-15020.—(IN2009089422).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000144-01100

Compra de vehículos

Se avisa a todos aquellos interesados en la Licitación Pública 2009LN-000144-01100 para el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, que la resolución de adjudicación está disponible en el Sistema CompraRed del Ministerio de Hacienda.

Lic. Marietta Tencio Olivas, Proveedora Institucional.—1 vez.—Solicitud Nº 37568.—O. C. Nº 90002.—C-6770.—(IN2009089146).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-108043-UL

(Acuerdo de resolución-Recurso de apelación)

Implementos médicos

En concordancia con las facultades conferidas por el artículo N° 184 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, y al artículo N° 12 del Reglamento Interno de Contratos Administrativos, la Junta Directiva, mediante sesión 8968, acuerdo XIX del 28 de setiembre del 2009, con sustento en las consideraciones de orden legal y técnicas dictaminadas en oficio PROV-06622-2009 del 24 de setiembre del 2009, resuelve:

1)  Anular el acto de readjudicación del renglón N° 62 Mascarilla sistema de nebulización, recaído en favor de la oferta N° 16 Yiré Médica H P Sociedad Anónima, de acuerdo a los términos contenidos en la sesión N° 8954, Acuerdo II de Junta Directiva del 22 de junio del 2009.

2)  Confirmar el acto de adjudicación del renglón N° 62 Mascarilla sistema de nebulización, recaído en favor de la oferta N° 19 Antonio Mora Carranza, de acuerdo a los términos contenidos en la sesión N° 8926, acuerdo N° VIII del 22 de diciembre del 2008, con sustento en el oficio PROV-09876-2008 del 18 de diciembre del 2008.

Lo anterior constituye un resumen del informe, el detalle completo se encuentra a la vista en el expediente administrativo.

Lic. Yesenia Quirós Angulo, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 18790.—C-15020.—(IN2009089403).

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2009LN-109005-UL

(Aviso Resolución Recurso de Revocatoria)

Servicios de abogacía para cobro judicial y extrajudicial

En concordancia con las facultades conferidas por el artículo N° 175 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, y el artículo N° 12 del Reglamento Interno de Contratos Administrativos, la Junta Directiva, en Acuerdo N° XVIII, sesión N° 8968 del 28 de setiembre 2009 y con sustento en las consideraciones de orden legal y técnicas dictaminadas en oficio PROV-06530-2009 del 22 de setiembre del 2009, el cual se tendrá como parte integrante del acuerdo, resuelve:

1.  Rechazar de plano el recurso interpuesto por la oferta N° 30 Licenciado Juan Carlos Solano García, por no corresponder su presentación en Sede Administrativa.

2.  Ordenar y notificar su archivo.

3.  Dar por agotada la vía administrativa.

Lo anterior constituye un resumen de la resolución del recurso, el informe con el detalle completo se encuentra a la vista en el expediente.

San José, 8 de octubre de 2009.—Lic. Yessenia Quirós Angulo, Jefa.—1 vez.—O.C. Nº 18790.—C-15020.—(IN2009089406).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

DEPARTAMENTO DE APROVISIONAMIENTO

REMATE Nº 02-2009

(Declaratoria de infructuoso)

Equipo de cómputo

El Lic. Walter Sequeira Fallas, Director del Departamento de Aprovisionamiento del Instituto Tecnológico de Costa Rica, resuelve declarar infructuoso el Remate Nº 02-2009, “Equipo de cómputo”.

Por la no presentación de oferentes.

Cartago, 9 de octubre del 2009.—Lic. Walter Sequeira Fallas, Director.—1 vez.—Solicitud Nº 14476.—O. C. Nº 20091219.—C-8270.—(IN2009089674).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS

DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL 2009LI-000001-PRI

Abastecimiento de agua potable de la Zona Oeste

de San José Sector Ciudad Colón

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, cédula jurídica 4-000-042138, comunica que mediante Acuerdo de Junta Directiva Nº 2009-898 del 29 de setiembre del 2009, se adjudica la Licitación Pública Internacional 2009LI-000001-PRI “Abastecimiento de agua potable de la Zona Oeste de San José Sector Ciudad Colón” a la empresa Constructora Montero S. A., de la siguiente manera: Obra 1 ¢647.453.586,78. Para efectos presupuestarios se asigna además a este proyecto la suma de ¢15.000.000,00 por el rubro 020 Trabajos por Administración. Obra 2 ¢178.763.861,22. Para efectos presupuestarios se asigna además a este proyecto la suma de ¢3.500.000,00 por el rubro 020 Trabajos por Administración.

Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.

San José, 8 de octubre del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 2009-00029.—C-12260.—(IN2009089252).

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000014-PRI

Instalación de nuevos servicios y conexiones de agua potable

en la región central oeste

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, cédula jurídica 4-000-042138, comunica que mediante Resolución de Subgerencia Nº GG-2009-879, se adjudica la Licitación Abreviada 2009LA-000014-PRI, de la siguiente forma:

Oferta Nº 2: Constructora C & L Hermanos, S. A., Pos. 1, Oficina cantonal de Alajuela: Prevista ¢35.850,00, Calle tierra/lastre ¢50.850,00; Calle asfalto/concreto ¢64.895,00; Pos. 2, Oficina cantonal de Atenas: Tipo de conexión en 12,7 mm calle asfalto/concreto ¢64.895,00; Pos. 3 Oficina cantonal de Puriscal: Tipo de conexión en 12,7 mm calle asfalto/concreto ¢64.895,00.

Monto adjudicado: Los servicios se ejecutarán anualmente, de acuerdo con las necesidades institucionales, hasta un monto-máximo anual de ¢28.921.375,00 colones.

Demás condiciones de acuerdo al cartel y ofertas respectivas.

San José, 9 de octubre del 2009.—Jeniffer Fernández Guillén, Dirección Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 2009-029.—C-11270.—(IN2009089423).

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000066-PRI

Compra de equipos de bombeo

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, cédula jurídica 4-000-042138, comunica que mediante Resolución de Subgerencia Nº 2009-883 del 1 de octubre de 2009, se adjudica la Licitación Abreviada 2009LA-000066-PRI “Compra de Equipos de Bombeo” a:

Oferta Nº 2: Corporación Font S. A.

Posiciones 2, 6, 7, 9, 10 y 11, monto total adjudicado $31.577,84 i.v.i.

Oferta Nº 3: Durman Esquivel S. A.

Posiciones 1 y 3, monto total adjudicado $38.109,25 i.v.i.

Oferta Nº 4: Zebol S. A.

Posiciones 4,  8, 12, 13, 14, 15 y 16; monto total adjudicado $29.376,61 i.v.i.

Oferta Nº 5: Importaciones Campos Rudín S. A.

Posición 5, monto total adjudicado $14.012,00 i.v.i.

Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.

San José, 9 de octubre del 2009.—Jeniffer Fernández Guillén, Dirección Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 2009-029.—C-12020.—(IN2009089424).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000050-PRI

Compra, instalación y puesta en funcionamiento

de equipo de encriptación de red y seguridad

(Concentrador VPN)

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que mediante resolución de Subgerencia Nº 2009-878 del 30 de setiembre del 2009, se adjudica la Licitación Abreviada Nº 2009LA-000050-PRI “Compra, instalación y puesta en funcionamiento de equipo de encriptación de red y seguridad (Concentrador VPN)”, a:

Oferta Nº 2: Desca SyS Centroamérica S. A.

Posición 1. Monto total adjudicado: $18.614,61 i.v.i.

Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.

San José, 9 de octubre del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. 2009-029.—C-8270.—(IN2009089426).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2009LN-000006-PROTURISMO

Contratación de una agencia que brinde los servicios

de relaciones públicas en el mercado nacional

La Proveeduría del Instituto Costarricense de Turismo debidamente autorizada, comunica a todos los interesados en la Licitación Pública Nacional 2009LN-000006-PROTURISMO “Contratación de una agencia que brinde los servicios de relaciones públicas en el mercado nacional” que en sesión ordinaria de junta directiva Nº 5605, artículo 5, inciso V, celebrada el 06 de octubre del 2009, se tomó el siguiente acuerdo que textualmente dice: “… De conformidad con los oficios Nº G-2388-2009, suscrito por la Gerencia General, el oficio Nº PRO-C-1594-2009 de la Proveeduría Institucional y el artículo 21 del Reglamento Interno de Contratación Administrativa, adjudicar la Licitación Pública Nacional 2009LN-000006 “Contratación de una agencia que brinde los servicios de relaciones públicas en el mercado nacional”, a la empresa Comunicación Corporativa de Centroamérica S. A., por un monto mensual de hasta $25.500,00 por concepto de fee o tarifa mensual, para un total de $612.000,00 por el plazo de dos años, y una comisión del 8% para los servicios de intermediación.

Esta contratación es de cuantía inestimable para lo que se refiere a los proyectos especiales establecidos en el apartado Nº 9.3.2 del cartel de licitación. Dicha contratación será por un plazo por dos años, con posibilidad de renovación hasta por un período igual si fuera considerado conveniente por el ICT, de conformidad con el punto 11 del pliego de condiciones. Acuerdo firme.” Lo anterior de conformidad con Comunicado de Acuerdo SJD-718-2009, emitido el 08 de octubre del 2009, suscrito por la Licenciada Hannia Ureña Ureña, Secretaria Junta Directiva.

San José, 08 de octubre del 2009.—Lic. Miguel Zaldívar Gómez, Proveedor Institucional.—1 vez.—Solicitud Nº 12931.—O. C. Nº 12022.—C-26270.—(IN2009089186).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE CARTAGO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LA-000002-MUNIPROV

Adquisición de dos recolectores de desechos sólidos de 19 metros cúbicos de capacidad volumétrica, totalmente nuevos

A los interesados en esta licitación se les hace saber que el Concejo Municipal del cantón Central de Cartago, en Acta Nº 263-09, artículo 4º de sesión celebrada el 06 de octubre del 2009, acordó readjudicar este proceso licitatorio de la siguiente forma:

Oferente: Autocamiones de Costa Rica Autocori S. A., cédula jurídica Nº 3-101-047695.

Línea única: dos camiones recolectores de desechos sólidos nuevos de 19 m3 de capacidad volumétrica, marca Iveco, modelo AD380T38H Euro Trakker, año 2009, caja recolectora marca Chagnon.

Precio unitario CIF-Plantel Municipal: US $ 158.500,00 (ciento cincuenta y ocho mil quinientos dólares exactos).

Monto adjudicado: US $ 317.000,00 (trescientos diecisiete mil dólares exactos).

Plazo de entrega: (75) días naturales, contados a partir de la entrega de la orden de compra.

Forma de pago: pago de contado, contra el otorgamiento de una garantía de cumplimiento colateral por el 100% del valor total de los bienes a favor de la Municipalidad de Cartago, adicional a la respectiva garantía de cumplimiento, la cual no sería devuelta hasta que el Municipio haya recibido de conformidad los recolectores. Artículo 46 del RLCA.

Todo lo demás de acuerdo con los términos de la oferta y el cartel.

Guillermo Coronado Vargas, Jefe de Proveeduría.—1 vez.—RP2009134939.—(IN2009089703).

REGISTRO DE PROVEEDORES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

El Hospital México promueve el estudio de mercado para la determinación de existencias de potenciales oferentes para la adquisición de:

1)  Pinza bipolar de 5mm para cirugía abierta.

2)  Pinza bipolar de 5mm para cirugía laparoscópica.

3)  Pinza bipolar de 10 mm para cirugía abierta.

4)  Pinza bipolar de 10 mm para cirugía laparoscópica.

5)  Botellas recolectoras para almacenar leche 80 ml.

6)  Tubos en Y de silicón con adaptadores.

7)  Válvulas con Membrana.

8)  Copas para el pecho.

9)  Hilos 7/0 USP de sutura polypropileno monofilamento para cirugía cardiaca.

10) Hilos 6/0 de sutura polipropileno monofilamento para cirugía cardiaca.

11) Hilos 6/0 USP de sutura de propileno monofilamento para cirugía cardiaca.

12) Hilos 5/0 de sutura polipropileno PVDF para cirugía cardiaca.

13) Hilos 4/0 de sutura polyamide para recepción mitral.

14) Hilos 2/0 de sutura poliéster trenzado para reemplazo valvular de anillo presentación de 10 hilos por paquete doble aguja.

15) Hilo de sutura de silicón de 1,2 mm diámetro y 50 cm de largo.

16) Hilo de sutura 3/0 con aguja redonda de 3/8 de 20 mm con hilo de 80 cm de largo.

17) Sutura poliéster trenzada con revestimiento de politetrafluoroetileno (PTFE) sintético no absorbible.

18) Retractor cardiaco, estabilizador de tejido Octopus con Starfish.

19) Medidor ultrasónico de tiempo de tránsito de flujo sanguíneo.

20) Pinza Unipolar.

21) Set de Administración de cardioplegia con intercambiador de calor, pantalla externa de filtro, conexiones, válvula de descarga de presión.

22) Protector para el nervio frenico del corazón.

23) Cartuchos para medir tiempo de coagulación activada en sangre (ACT).

24) Cartuchos para analizador de gases.

Cuatro días hábiles posterior a esta publicación se recibirán las cotizaciones en la recepción de la Subárea de Contratación Administrativa de este nosocomio, con la información pertinente (Precios actuales, garantías, stock de repuestos, entre otros datos que se consideren importantes), para cada uno de los ítemes mencionados, por lo que les solicitamos rotular de la siguiente forma “Estudio de Mercado, Hospital México”, Descripción del Insumo y Nombre de la Empresa que Cotiza”.

Es importante que se indique en dicho estudio si su empresa es Distribuidor Exclusivo para Costa Rica y aporte a la cotización el Certificado de Exclusividad firmado por el Representante legal de la Casa Matriz.

Estas especificaciones técnicas se encuentran disponibles en la fotocopiadora pública de este nosocomio.

San José, 21 de setiembre del 2009.—Administración-Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Jacqueline Villalobos, Jefa.—(IN2009089322).

FE DE ERRATAS

RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000068-07900

(Aviso de aclaración, modificación y prórroga

de fecha de apertura de ofertas)

Alquiler de computadoras

Se avisa a todos los interesados en la Licitación Pública Nº 2009LN000068-07900, para el “Alquiler de computadoras para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto”, que se realizan aclaraciones, modificaciones y prórroga de la fecha de apertura de ofertas.

Prórroga de la fecha de apertura: Se prorroga fecha de apertura de ofertas para las 10:00 horas del 20 de octubre del 2009.

Aclaraciones y modificaciones: Las aclaraciones y modificaciones al cartel se encuentran disponibles en Sistema CompraRed (https://www.hacienda.go.cr/comprared), o pueden solicitarlas para fotocopiar en el expediente administrativo que se encuentra en la Proveeduría Institucional.

Todo lo demás permanece invariable.

San José, 8 de octubre del 2009.—Lic. José Ángel Soto Varela, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. 97770.—Solicitud Nº 49094.—C-16520.—(IN2009089425).

EDUCACIÓN PÚBLICA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000381-55000

Equipo y mobiliario educacional y recreativo

La Proveeduría Institucional comunica que en la publicación de la resolución de adjudicación 340-2009, pertinente a la Licitación Abreviada Nº 2009LA-000381-55000, realizada por este medio el día jueves 8 de octubre del presente año en La Gaceta Nº 196, página 30, por error material se consigna en letras de forma incorrecta el monto total adjudicado a la empresa Cen Sport Internacional S. A., el cual debe leerse correctamente de la siguiente manera:

Ochenta y un millones ochocientos noventa mil colones exactos.

Las demás condiciones de la presente adjudicación permanecen invariables.

San José, 8 de octubre de 2009.—Proveeduría Institucional.—Lic. Rosario Segura Sibaja, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 93254.—Solicitud Nº 20954.—C-11270.—(IN2009089418).

COLEGIOS UNIVERSITARIOS

COLEGIO UNIVERSITARIO DE LIMÓN

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000009-01 (Aclaración)

Equipo computacional y de respaldo

1º—Con respecto a la tabla N° 4, los 4 gigas de memoria pueden ocupar a hasta un máximo de 2 slot de memoria (2 gigas por slot). Sin que esto represente un costo extra ya que debido a nuestro Licenciamiento contamos con sistemas operativos de 32 y 64 bits.

2º—Con respeto a la tabla N° 3. Tarjeta madre. Se debe contemplar dos controladores serial SATA como mínimo, respecto al puerto (DB25) es necesario ya que tenemos equipos que se conectan únicamente por ese puerto. Además en la tabla N° 8 es claro que hace referencia a no incluir el floppy.

3º—Con lo que respecta a los puertos USB se recomienda que se oferte al menos 6 puertos. En la Tabla N° 5 en el renglón Cantidad de Memoria, debe de ser de 24 MB, además que se modifique en la Tabla N° 10 Chasis y otras especificaciones, que el Tipo de Chasis es de Torre, además las fuentes de poder deben ser redundantes con 870 watts como mínimo, por otra parte la detección de intrusos del BIOS debe de consignarse 1interno. Así también en la Tabla N° 13 servidor. Sistema de Multimedia. Ofertar únicamente las líneas que hacen referencia a Unidad de DVDRW / DVD y Drivers.

4º—Con respecto a las impresoras multifuncional el ítem de peso máximo debe de estar en un intervalo de 7.5/8.5 kg, con lo referente a la línea de Tamaño con Empaque se debe de omitir al no ser relevante.

5º—En relación al sistema de evaluación las empresas deberán garantizar que el producto ofrecido se comercializa en el mercado nacional.

6º—La evaluación aplicada a las líneas 3 y 4 serán las aplicadas en las líneas 1 y 2, la cual se señala en las páginas 19 y 20 del cartel.

La fecha de recepción de ofertas y apertura de dicha Licitación será el lunes 26 de octubre a las 10:00 horas.

Dudas o consultas 2798-13-49, ext. 103.

Limón, 9 de octubre del 2009.—Nancy Hewitt Hines, Proveeduría-Bodega.—1 vez.—RP2009134927.—(IN2009089699).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS

PROCESO CONCURSAL 2009LA-000046-2102

Filete de tilapia

La presente es para informarles que el proceso concursal 2009LA-000046-2102, promoviendo la adquisición de “Filet de Tilapia”; tramitado por el Área de Gestión de Bienes y Servicios, al cual se le programó una fecha de apertura para el día 27 de octubre  de 2009 a las 8:00 horas, ha sido prorrogado el plazo para la recepción de ofertas hasta nuevo aviso, debido a que se presentó un recurso de revocatoria al proceso licitatorio 2009LN-000019-2102.

Por este motivo no puede promoverse el primer concurso (2009LA-000046-2102) hasta tanto no se resuelva el recurso interpuesto en el segundo (2009LN-000019-2102).

No obstante, se les comunicará por este mismo la nueva fecha de apertura, si es con el primer concurso o con el segundo.

San José, 9 de octubre del 2009.—Subárea de Contratación Administrativa.—M.B.A. Marvin Solano Solano, Jefe.—1 vez.—(IN2009089410).

ÁREA DE ADQUISICIONES

SUBÁREA DE CARTELES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000080-1142

(Aviso Nº 1)

Juegos de pieza de mano de alta velocidad

A los interesados en participar en el presente concurso, se les comunica que se modifica el punto F del apartado “descripción del artículo” de la ficha técnica.

La ficha técnica unificada se encuentra disponible en la fotocopiadora, sita en piso comercial del edificio Jenaro Valverde Marín (Oficinas Centrales de la CCSS) entre avenidas 2 y 4, calles 5 y 7 en horario de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 4:00 p. m.

La misma se prorroga para el día 20 de octubre del 2009 a las 11:00 horas.

El resto del cartel permanece invariable.

Ver detalle en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 9 de octubre del 2009.—Subárea de Carteles.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—C-12020.—(IN2009089643).

AVISOS

SISTEMA NACIONAL DE RADIO Y TELEVISIÓN S. A.

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-01

Adquisición de equipos de radio y televisión

A los oferentes interesados en participar en esta licitación, se les hace saber que se ha realizado la siguiente modificación al pliego cartelario.

El cartel indicaba lo siguiente:

Punto 6.1.5 inciso e).

En caso de que una reparación amparada a esta garantía exceda las 48 horas naturales y mientras dure la misma, deberá brindarse un equipo sustituto de características iguales al ofrecido, la garantía empezará a contar a partir del reporte de la misma.

Debe leerse correctamente:

Para las líneas 15 y 18 se debe asegurar que en caso de que una reparación amparada a esta garantía exceda las 48 horas naturales y mientras dure la misma, deberá brindarse un equipo sustituto de características iguales al ofrecido, la garantía empezará a contar a partir del reporte de la misma.

Todo lo demás permanecerá invariable.

La apertura de las ofertas se mantiene para el día 21 de octubre de 2009 a las 11:00 a. m., de conformidad con la publicación hecha en La Gaceta Nº 189 del martes 29 de setiembre del 2009.

Departamento de Proveeduría.—Elvira Quirós Corella, Jefa.—1 vez.—(IN2009089258).

FEDERACIÓN DE CANTONES PRODUCTORES DE BANANO

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL CON

FINANCIAMIENTO Nº 2009 LN-000001

Consultoría para asesorar en la estructuración de una emisión de bonos municipales para el financiamiento de un Plan de Inversión Municipal, el cual se identificará, analizará y establecerá en este proceso, para asociados participantes de la Federación de

Cantones Productores de Banano (CAPROBA)

La Federación CAPROBA aclara, que erróneamente se publicó la Licitación Pública Nacional con Financiamiento 2009LN-000001, con el número 2009LPF-001; cuando lo correcto es: 2009LN-000001, y así debe entenderse.

Se aclara que este proceso licitatorio se mantiene en firme. Para mayor información a los teléfonos 2768-9922  ó  2768-7344 y al Fax 2768-7982.

Johnny Rodríguez Rodríguez Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN200989659).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE CARTAGO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000006-MUNIPROV

Construcción de un anfiteatro bajo techo aprovechando el foso existente en la Plaza de la Independencia, ubicado al costado

suroeste de la Iglesia de María Auxiliadora en el

distrito Occidental de Cartago

A los interesados en esta licitación se les hace saber que la fecha para la apertura de ofertas se prorroga para las 10:00 horas del 09 de noviembre del 2009.

Todo lo demás permanece invariable.

Guillermo Coronado Vargas, Jefe de Proveeduría.—1 vez.—RP2009134943.—(IN2009089706).

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

REGLAMENTO DE CREACIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DE LA CONTRALORÍA DE SERVICIO DE LA MUNICIPALIDAD DE

SAN JOSÉ, CONFORME EL DECRETO 34587-PLAN PUBLICADO

EN LA GACETA 127, DEL 2 DE JULIO DE 2008

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º—Creación. Crease la oficina “Contraloría de Servicios de la Municipalidad de San José”, en lo sucesivo denominada “Contraloría de Servicios”, la cual tendrá desconcentración mínima amparada en la Ley General de Administración Pública en el Artículo 83 y dependerá directamente del Alcalde, conforme lo indica el Decreto 34587, en el Artículo 9.  Contará con las oficinas que sean necesarias para el buen desarrollo y desempeño de sus funciones y la atención al usuario.

La Contraloría de Servicios ejercerá sus funciones con independencia funcional y de criterio, respecto del jerarca y los demás órganos de la administración activa con el fin de apoyar la gestión Institucional en materia de mejora del servicio.

Artículo 2º—Deber de colaboración. Todas las dependencias y funcionarios de la Municipalidad de San José, están obligados a prestar colaboración a La Contraloría de Servicios, cuando está lo requiera, como parte de las responsabilidades derivadas de la relación laboral, en los siguientes aspectos:

a)  Los funcionarios municipales deberán rendir los informes, datos y documentos necesarios requeridos por la Contraloría de Servicios, en tiempo y forma dispuestos, con el fin de cumplir con sus funciones. De toda inconformidad tramitada hacia cualquier gerencia o proceso se informará a la Contraloría de Servicios la información relacionada con su competencia.

b)  La negligencia o negativa injustificada del funcionario de ejercer su deber de colaboración en los términos dichos, lo hará incurrir en responsabilidad disciplinaria,-según la gravedad del caso- la que será sancionada de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 149, del Código Municipal. Dicha falta será sancionada no atendiendo estrictamente el orden señalado en el artículo supra, sino en razón de su gravedad.

c)  En el caso de ser aplicable lo dispuesto en este artículo, deberá la Contraloría de Servicios dentro del plazo de cinco días hábiles, después de vencido el plazo concedido al funcionario municipal, remitir el caso a la Dirección de Recursos Humanos, para que la Sección Evaluación del Desempeño y Relaciones Laborales, proceda como corresponda, contra el funcionario por incumplimiento de deberes.

Artículo 3º—Objetivo General. La Contraloría de Servicios tendrá como objetivo general velar que la prestación de los servicios públicos, cumplan con el mejoramiento de la calidad de vida de los y las habitantes de San José y con las normas legales definidas al respecto.

Artículo 4º—Funciones de la Contraloría de Servicios.

a)  Verificar que la Institución cuente con mecanismos y procedimientos eficaces de comunicación con los usuarios.

b)  Velar por el cumplimiento de las normas jurídicas que en materia de servicios públicos se emitan.

c)  Tramitar oportunamente las inconformidades, denuncias o sugerencias que expongan los usuarios y procurar la solución inmediata a los problemas que estos plantean.

d)  Presentar a la Comisión Gerencial propuestas de los procedimientos de servicio que se encuentren intervenidos por la Contraloría o siendo objetos de análisis, así como establecer los mecanismos de control y seguimiento de las mismas con procedimientos accesibles y expeditos.

e)  Promover ante la Comisión Gerencial procesos de modernización en la organización, en los trámites y procedimientos de este Gobierno Local.

f)   Vigilar el cumplimiento Institucional en la pronta respuesta a las inconformidades presentadas por los usuarios de los servicios.

g)  Identificar conflictos en la relación de la Administración con los usuarios, específicamente sobre exceso de requisitos, trámites administrativos y de control interno que afecten los servicios, con el fin de que prevalezca la eficiencia y eficacia en la prestación de estos.

h)  Mantener un registro actualizado sobre la naturaleza y frecuencia de las inconformidades y denuncias, así como de las acciones Institucionales acatadas o recomendaciones para resolver la inconformidad e identificar el cumplimiento o no en tiempo y forma.

i)   Informar a la Comisión Gerencial y al Consejo cuando las sugerencias expuestas a las unidades administrativas hayan sido ignoradas y permanezcan las inconformidades ciudadanas.

j)   Elaborar y aplicar entre los usuarios de los servicios instrumentos de percepción para obtener opinión sobre la calidad de los servicios, grado de satisfacción y las mejoras requeridas.

CAPÍTULO II

Estructura de la Contraloría de Servicios

Artículo 5º—Estructura. La Contraloría de Servicios estará a cargo de un(a) funcionario(a) denominado Contralor(a) de Servicios, que será nombrado(a) por el Alcalde y deberá cumplir con los requisitos que establece el Manual  Descriptivo de clases de puestos de la Municipalidad de San José.

Al contralor o contralora de Servicios le serán aplicables la causales de despido del Código Municipal, Reglamento Autónomo de Organización y Servicios de la Municipalidad de San José, Código de trabajo, y demás causales que establezcan las leyes aplicables a los funcionarios públicos.

La Contraloría de Servicios contará con el personal y los recursos materiales y tecnológicos, necesarios para el cumplimiento eficiente y efectivo de los objetivos definidos en este Reglamento.

La Contraloría atenderá las siguientes áreas temáticas, conforme el decreto mencionado:

a)  Área de Mejoramiento de la Calidad de los Servicios Municipales.

b)  Área de Atención de Quejas y Denuncias.

c)  Área de Información al Ciudadano.

d)  Medición de la Percepción, satisfacción de los usuarios.

e)  Manuales de Servicios al cliente

f)   Establecimiento de estándares de calidad de los servicios Institucionales.

Artículo 6º—Área de Mejoramiento de la Calidad de los Servicios Municipales. Controlará e impulsará el mejoramiento de la calidad de los servicios del gobierno local. Asimismo, propiciará una amplia participación de los ciudadanos en el planteamiento de ideas y proyectos que tiendan a mejorar su calidad de vida.

Artículo 7º—Área de Atención de Quejas y Denuncias. Fortalecerá y coadyuvará  la amplia participación ciudadana, estableciendo procedimientos de atención de quejas a nivel local.

Artículo 8º—Área de Información al Ciudadano. Constituirá un mecanismo de enlace entre la Administración y el ciudadano y promoverá que los ciudadanos se encuentren plenamente informados de la gestión pública.

Artículo 9º—Medición de la Percepción y satisfacción de los usuarios y usuarias: Elaborar y aplicar entre los usuarios de los servicios instrumentos mediciones de percepción y satisfacción para conocer la opinión de los clientes sobre la calidad de los servicios ofrecidos por este Gobierno Local.

Artículo 10.—Manuales de Servicios al cliente: La Contraloría de Servicios pondrá a disposición de la Municipalidad de San José, un manual de servicio al cliente, que establezca las condiciones que deben cumplir sus funcionarios al atender a un usuario en actitud y aptitud.

Artículo 11.—Establecimiento de estándares de calidad de los servicios Institucionales: Las Contralorías de Servicios aplicarán estándares de calidad que permitan apreciar los niveles de calidad existentes y las mejoras que se requieren para alcanzar niveles superiores. Los resultados de dicha aplicación serán incluidos en el informe anual de labores.

Dichos estándares deben incluir los siguientes atributos de calidad: oportunidad, confiabilidad y honestidad, adicionalmente y de acuerdo con sus necesidades la Institución puede establecer otros atributos. A partir de la publicación la Contraloría de Servicios tendrá un plazo de doce meses para la definición y aplicación de dichos estándares.

CAPÍTULO III

Del funcionamiento de la Contraloría de Servicios

Artículo 12.—Actuaciones: La Contraloría de Servicios es competente para actuar oficiosamente y/ o a petición de parte, pudiendo realizar las investigaciones que considere necesarias, visitar las dependencias municipales y solicitar la información pertinente, para cumplir con su cometido con excepción de la Auditoria Interna Institucional.

Artículo 13.—Asesoría. El o la Contralor (a) podrá requerir la asesoría de los funcionarios de la Municipalidad de San José que estime necesaria, para dar apoyo a su labor con excepción de la Auditoria Interna por la función que la misma cumple. También podrá requerir la asesoría necesaria de expertos externos a la Municipalidad, en casos muy calificados.

Artículo 14.—Libre acceso a las Dependencias Municipales. La Contraloría de Servicios tendrá libre acceso a todas las dependencias de la Municipalidad de San José, así como a los expedientes administrativos, para efectos de su competencia, sobre los que tendrán el deber de confidencialidad. En el ejercicio de sus funciones, podrá visitar las distintas oficinas sin previo aviso y requerir de ellas los documentos e información necesaria, para el adecuado cumplimiento de sus atribuciones.

Lo anterior no implica, en ningún caso, la sustitución de competencias de la Auditoria Interna o de otras dependencias administrativas.

Artículo 15.—Procedimiento para la Presentación de Quejas y Denuncias. Las quejas por servicio y las denuncias, podrán ser escritas o verbales e interpuestas por cualquier medio definido para ello y debe cumplir con las siguientes disposiciones:

a)  La administración guardará confidencialidad respecto de la identidad de los ciudadanos que presenten denuncias, y solamente se dará el nombre cuando se requiera para resolver la queja o denuncia.

La queja, denuncia o inquietud deberá contemplar los datos y aportar la siguiente documentación:

1)  Calidades de la persona, que entabla la queja, denuncia o inquietud.

2)  Residencia del interesado o accionante.

3)  Lugar dentro del perímetro del Cantón Central de San José, para atender notificaciones. También puede indicar número de fax y correo electrónico para ese efecto.

4)  Detalle de los hechos y omisiones que originan la solicitud de intervención de la Contraloría de Servicios, con indicación de las personas y los órganos involucrados en la queja, si los conociera.

5)  Información y documentos probatorios de la inconformidad si existieren, caso contrario el ciudadano o ciudadana deberá indicar la oficina o persona en donde puede solicitarse.

6)  Indicación de la intervención concreta que se pretende que la Contraloría de Servicios realice.

Artículo 16.—Levantamiento de expedientes. De todos los asuntos que tramite la Contraloría de Servicios se levantará un expediente debidamente numerado, sellado y foliado, que contendrá toda la documentación relativa al caso y la resolución final.

Artículo 17.—Declaración de incompetencia. En cualquier momento del procedimiento, la Contraloría de Servicios, puede declararse incompetente de seguir conociendo acerca de un caso, si se determina que la queja planteada configura infracción al contrato de trabajo, por parte de funcionarios municipales, en dicho caso el expediente será remitida a la Dirección de Recursos Humanos, para que la Sección Evaluación del Desempeño y Relaciones Laborales, proceda como corresponda. De lo anterior la Contraloría de Servicios está en la obligación de informar al ciudadano.

El área de Relaciones Laborales está en la obligación de suministrar a la Contraloría de Servicios el resultado final del caso, dentro de los tres días posteriores de dictarse la resolución.

Artículo 18.—Interposición de denuncias ante el Ministerio Público. Si durante el desarrollo de sus funciones, la Contraloría de Servicios encuentra indicios suficientes de que los hechos examinados podrían acarrear responsabilidad penal a la Institución se trasladará el caso a conocimiento del Alcalde Municipal, para que con la asesoría de la Dirección de Asuntos Legales, valore su remisión al Ministerio Público. En caso de denuncia directa contra funcionarios Municipales se valorara la prueba aportada por el ciudadano o ciudadana y se analizará si se remite al Área de relaciones Laborales o al Ministerio Público.

Artículo 19.—Denuncia por actos de Corrupción. Cuando se denuncia un posible acto de corrupción la Contraloría de Servicios será competente para solicitar a las Unidades Administrativas la prueba para evacuar la duda ciudadana.

Artículo 20.—Suspensión de la tramitación de un caso. La Contraloría de Servicios, suspenderá la instrucción de una investigación cuando el mismo hecho este siendo investigado por otra instancia administrativa competente para resolver, de lo cual se dejará constancia en el expediente.

Artículo 21.—No trámite a casos que se remitan copias a la Contraloría de Servicios. Cuando una queja o inquietud no este direccionado a la Contraloría de Servicios, por seguridad jurídica y para efectos de evitar duplicidad de criterios, no le corresponde a la Contraloría de Servicios, la resolución del mismo, no obstante la Contraloría de Servicios de considerarlo necesario puede solicitar información de lo resuelto al funcionario o dependencia, al que esta dirigida la misma.

Artículo 22.—Obligatoriedad de dar cumplimiento a las recomendaciones vertidas. La Contraloría de Servicios tendrá la competencia de emitir recomendaciones a las unidades administrativas que generen una inconformidad o denuncia y las Jefaturas de las mismas serán responsables de ejecutar las recomendaciones o en caso de que discrepen con dichas recomendaciones, estarán en la obligación de emitir una resolución debidamente razonada, consignando sus motivos, así como la solución alternativa a la inconformidad ciudadana que originó la intervención de la Contraloría de Servicios. Asimismo, deberá consignar el plazo aproximado para la ejecución de la solución alternativa.

Cuando existiere discrepancia en la resolución administrativa de la inconformidad, el caso se trasladará al Gerente respectivo en un plazo no mayor de cinco días hábiles y el Gerente contará con un plazo  de 5 días hábiles para tomar la decisión de resolución de la no conformidad y contarán las dependencias con un periodo razonable para que se evidencie la solución definitiva de las inconformidades ciudadanas en caso de que persistan estas la Contraloría de Servicios presentará informe al Alcalde y este tomará la decisión definitiva.

En caso de que la jefatura respectiva no discrepe expresamente de las recomendaciones vertidas por la Contraloría de Servicios, las pondrá en ejecución dentro de los diez días hábiles siguientes a la comunicación de las mismas.

Artículo 23.—Plazos para resolver. Conforme el decreto el 34587, en el Artículo 20, define que las inconformidades o denuncias interpuestas por los usuarios, deberán ser tramitadas con la mayor diligencia. La Contraloría de Servicios estará obligada a contestar en un plazo máximo de cinco días. Cuando por razones de complejidad la solución definitiva no pueda brindarse en el plazo anterior, la Contraloría de Servicios dispondrá de un plazo de hasta quince días hábiles más, y excepcionalmente, podrá prorrogarse por quince días hábiles más si se requiere mayor tiempo para la investigación, en ambos casos deberá dejarse constancia de las razones en el expediente.

Artículo 24.—Obligación de dar respuesta al usuario. La Contraloría de Servicios está obligada a comunicar al usuario, el resultado de su gestión por cualquier medio disponible. En el caso que se comunique vía telefónica, el funcionario responsable de tramitar los niveles de calidad existentes la inconformidad deberá dejar constancia en el expediente de dicha comunicación, e igualmente dejará constancia de la imposibilidad de comunicación al ciudadano si así fuese.

Artículo 25.—Información al Alcalde: Semestralmente, durante los meses de julio y enero de cada año, la Contraloría remitirá al Alcalde un informe detallado de sus gestiones, en las diversas áreas de su accionar.

Artículo 26.—Derogatoria: Deróguese el Reglamento de Creación, Organización y Funcionamiento de la Instancia de Servicios al Ciudadano y Mejoramiento de la Gestión Municipal y de las Auditorias Ciudadanas, publicado en La Gaceta Nº 5 de 8 de enero del 2004.

Artículo 27.—Rige: Diez días hábiles posteriores de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Acuerdo firme 4, artículo IV, de la sesión ordinaria 179, celebrada por la Corporación Municipal del cantón Central de San José, el 29 de setiembre de 2009.

San José, 2 de octubre del 2009.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 12211.—Solicitud Nº 4394.—C-202270.—(IN2009087839).

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA

El Concejo Municipal de Alajuela, mediante acuerdo DR-1570-SM-09 de la sesión ordinaria Nº 35-09, celebrada a las dieciocho horas del martes 01 de setiembre del 2009, en el salón de sesiones del edificio municipal, aprobó el siguiente Reglamento:

REGLAMENTO PARA EL CONTROL CONSTRUCTIVO

DE OBRAS CIVILES E IMPOSICIÓN DE SANCIONES

DEL CANTÓN CENTRAL DE ALAJUELA

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º—Objeto. El presente Reglamento tiene por objeto definir el procedimiento que utilizará la Municipalidad de Alajuela para el control de las obras civiles realizadas dentro de su territorio, así como para la aplicación de las sanciones previstas en la Ley de Construcciones.

Artículo 2º—Definiciones.  Para los efectos de este reglamento, se entenderá por:

a)  Acta de información de obra concluida: documento mediante el cual se deja constancia de la existencia de una obra civil ejecutada sin licencia municipal y que se encuentra terminada.

b)  Acta de inspección: documento mediante el cual se deja constancia de los aspectos de mayor relevancia constatados en el sitio donde se realiza se ejecuta una obra civil que aún no ha sido concluida.

c)  Alcaldía: la Alcaldía Municipal del cantón Central de Alajuela.

d)  cantón: el cantón Central de Alajuela.

e)  Clausura: orden emanada por la Municipalidad de Alajuela, que tiene por objeto detener la construcción en curso de una obra civil.

f)   Concejo: el Concejo Municipal del cantón Central de Alajuela.

g)  Control constructivo: actividad desplegada por la Municipalidad de Alajuela para verificar que las obras civiles construidas dentro de su territorio cuenten con la respectiva licencia y se ejecuten de acuerdo a los términos de dicha licencia.

h)  Demolición: acto material de derribo de un construcción ejecutada en el territorio del cantón Central de Alajuela, en contravención de las disposiciones de la Ley de Construcciones y de acuerdo con las disposiciones de este Reglamento.

i)   Impuesto: tributo que debe cancelar el propietario de una obra civil, de conformidad con el artículo 70 de la Ley de Planificación Urbana y el reglamento dictado por la Municipalidad de Alajuela.

j)   Multa: sanción que impone la Municipalidad de Alajuela al propietario de una construcción, que ha sido realizada en contravención a las disposiciones de la Ley de Construcciones y de acuerdo con las disposiciones de este Reglamento.

k)  Municipalidad: la Municipalidad del cantón Central de Alajuela.

l)   Permiso: autorización o licencia otorgada por la Municipalidad de Alajuela para la construcción de una obra civil.

Artículo 3º—Aplicación. Las disposiciones del presente reglamento serán de aplicación obligatoria para todas las construcciones que se realicen en el territorio del cantón, cuya ejecución estará a cargo primordialmente del Proceso de Control Fiscal y Urbano y del Subproceso de Planificación Urbana de la Municipalidad.

CAPÍTULO II

Sobre el control constructivo

Artículo 4º—Mecanismos de control. El control constructivo de las obras civiles ejecutadas en el cantón será ejercido por la municipalidad por medio de los siguientes mecanismos:

a)  El otorgamiento de licencias de construcción.

b)  La inspección del proceso constructivo de obras civiles.

c)  La aplicación de sanciones por el incumplimiento de las disposiciones de control urbano establecidas en la Ley y el reglamento de construcciones.

Artículo 5º—obligatoriedad de la licencia. Conforme lo establece el artículo 74 de la Ley de Construcciones, toda obra relacionada con las construcción que se ejecuten en el cantón, sea esta permanente o provisional, deberá contar con la respectiva licencia o permiso otorgado por la Municipal; la cual surtirá efectos a partir del momento en el que se satisfaga el pago del impuesto correspondiente y por todo el plazo que disponga la resolución administrativa mediante la cual se otorga el permiso.

Artículo 6º—Obligación de mantener la licencia en el sitio de la construcción.  Será obligación del administrado, mantener en el sitio de la construcción, tanto la licencia municipal otorgada, como los planos constructivos aprobados.

Artículo 7º—Inspección de obras Civiles. La inspección de las obras civiles que se realicen en el territorio del cantón de Alajuela, estarán a cargo de los funcionarios del Proceso de Control Fiscal y Urbano y del Subproceso de Planificación Urbana,  debidamente acreditados como inspectores municipales.

Artículo 8º—actas de inspección. De toda inspección que se realice, los inspectores municipales deberán levantar un acta en la que se acredite al menos la siguiente información:

a)  Lugar y fecha  en que se realizó la inspección.

b)  Hora de inicio de la diligencia.

c)  Nombre completo y demás calidades del funcionario municipal encargado de la inspección.

d)  Indicación clara, precisa, circunstanciada y organizada de los hechos que se logran percibir en el sitio mediante los sentidos y las demás circunstancias que sean necesarias para valorar el grado de avance de la obra y los hechos que se logren determinar en la inspección.

e)  Cantidad, calidad, situación, condición y percepción que tenga de los materiales y estructuras que se estén inspeccionando, para lo cual deberá guiarse con el formulario de tasado que elabore el Subproceso de Planificación Urbana. Para los efectos de verificación y probanza efectiva de los hechos consignados en el acta respectiva, los inspectores municipales podrán tomar fotografías, videos, realizar grabaciones magnetofónicas o utilizar cualquier otro mecanismo tecnológico que facilite su labor.  En todo caso, cuando se haga uso de esos mecanismos, deberá consignarse así en el acta respectiva y el soporte correspondiente se agregará el expediente respectivo.

f)   Cualquier anomalía que se detecte en el momento de la inspección como producto de la ejecución de la construcción de que se trate; tales como ausencia de permiso, falta de ubicación de la licencia o de los planos constructivos en el sitio de la construcción, ocupación indebida de la vía pública, uso indebido de los servicios públicos, ejecución de obras sin las correspondientes medidas de seguridad, incumplimiento de alguna modificación, suspensión u orden girada por la Municipalidad; o alteración de la obra autorizada.

g)  Hora exacta en que se terminó la labor, la firma del funcionario que realizó la inspección; y si los hubiere, e indicación clara del nombre, cédula, dirección y números de teléfono de los testigos presenciales de la diligencia quienes deberán firmar el acta correspondiente.

Artículo 9º—Notificación. El acta de inspección de notificará al administrado mediante copia que se le entregará en el sitio donde estuviere presente o bien a la persona responsable de la obra.  En su defecto, se le remitirá al lugar señalado para atender notificaciones o en la dirección del domicilio que conste en el expediente.  Si el administrado o la persona encargada de recibir el acta no quisiera firmar la respectiva razón de notificación, así se hará constar al pie del acta respectiva con la indicación de que no la quiso recibir o no la quiso firmar según corresponda.

Artículo 10.—Clausura.  Cuando se constante que un administrado ha iniciado una construcción sin licencia municipal, el Proceso de Control Fiscal y Urbano por medio de sus inspectores, procederá inmediatamente a la clausura de la obra. El acta de clausura, cuando tal medida proceda, será notificada junto con el acta de inspección, según las reglas establecidas en el artículo anterior y en ella se indicará el motivo de la clausura y se prevendrá al infractor sobre las eventuales sanciones que puedas corresponderle de acuerdo con las disposiciones de este Reglamento.

Artículo 11.—Otros casos en que procede la clausura.  Procederá la clausura también, en los siguientes casos:

a)  Cuando no se localice en el sitio de la obra, la muestra visible del permiso otorgado por la Municipalidad y los planos constructivos correspondientes.

b)  Cuando  se constate que la obra se realiza al amparo de una licencia vencida.

c)  Cuando la obra haya modificado en parte o radicalmente el proyecto aprobado por la Municipalidad.

d)  Cuando se evidencia que se esté realizando una obra que ponga en peligro la vida de las personas o la integridad de las cosas, sin las correspondientes medidas de seguridad.

e)  En las situaciones previstas en los incisos e), f), g), h), i), j) y k) de la Ley de Construcciones

Artículo 12.—Ejecución de la clausura.  Para los efectos que conciernen a la ejecución de la clausura, los inspectores municipales procederán a marcar con sellos o cinta, la obra respectiva.

CAPÍTULO III

Sanciones

Artículo 13.—Tipos de sanción. Cuando la Municipalidad constate la existencia de una construcción que fue o está siendo ejecutada sin la respectiva licencia municipal o en contravención de aquella y en general, cualquiera de las infracciones previstas en este Reglamento o en la Ley de Construcciones, podrá sancionar al infractor con la imposición de una multa y con la demolición de la obra, de acuerdo con las disposiciones de este capítulo.

Artículo 14.—Multa. Por concepto de multa, el infractor deberá cancelar los siguientes porcentajes, los cuales se calcularán sobre el uno por ciento del valor de las obras construidas:

a)  Un veinticinco por ciento (25%) por el inicio de las obras preliminares hasta el zanjeo y chorrea de cimientos.

b)  Un cincuenta por ciento (50%) por levantamiento de paredes; y por cada infracción que se cometa, de acuerdo con lo establecido en los incisos d), e), f), g), h), i), j) y k) de la Ley de Construcciones.

c)  Un cien por ciento (100%) por paredes con viga de corona o entrepiso en construcciones de más de un nivel; o cuando se trate de obras menores cuya área constructiva no supere los treinta metros cuadrados;, o de tapias, muros, gradas, drenajes, tanques sépticos, aceras, y obras afines.

Artículo 15.—Establecimiento, comunicación y cobro de la multa. La multa la impondrá el Subproceso de Planificación Urbana una vez firmes las actas de inspección y de clausura correspondientes, con base en la información que aquellas contengan, para cuyos efectos el Proceso de Control Fiscal y Urbano estará obligado a remitirle copia de esas actas.

La Multa será comunicada al infractor por los mecanismos establecidos en este reglamento, otorgándole un plazo no mayor de un mes para que proceda con el pago respectivo, transcurrido el cual, el cobro procederá por la vía judicial.

Artículo 16.—Demolición. Sin perjuicio de la multa que se imponga, la Municipalidad ordenará la demolición, cuando se trate de obras que invadan la vía pública, irrespeten los alineamientos, sean peligrosas, o hayan sido construidas sin licencia municipal, o con alteración del proyecto original autorizado por la Municipalidad.

Artículo 17.—Procedimiento. La demolición sólo se ordenará previa tramitación del procedimiento administrativo ordinario regulado en la Ley General de la Administración Pública y cuando al final de dicho procedimiento se constate la renuencia del administrado para regularizar su situación o la imposibilidad jurídica o material de hacerlo.

Artículo 18.—Notificación previa en caso de obras concluidas sin licencia municipal. Cuando se trate de un edificio, construcción o instalación que ha sido concluido en su totalidad, sin la licencia aprobada por la Municipalidad, de previo al inicio del procedimiento administrativo de demolición, se levantará una acta denominada “información de obra concluida sin licencia municipal” que se notificará al propietario infractor y en la que se le otorgará un plazo improrrogable de treinta días para que obtenga la licencia correspondiente.

CAPÍTULO IV

Disposiciones finales

Artículo 19.—Obras o instalaciones provisionales. Las disposiciones de este reglamento en cuanto a licencias, inspecciones, clausuras y sanciones, serán aplicables en lo conducente a las obras o instalaciones provisionales que se ejecuten en el cantón.

Artículo 20.—Recursos. Contra las actuaciones del Proceso de Control Fiscal y Urbano y del Subproceso de Planificación urbana, descritas en este Reglamento, cabrán los recursos ordinarios de revocatoria y apelación en la forma y plazos previstos en el Código Municipal.

Los actos dictados dentro del procedimiento administrativo de demolición, sólo serán recurribles en aquellos casos y mediante los recursos expresamente previstos en la Ley General de la Administración Pública, por tratarse de normativa especial.

Artículo 21.—Normativa complementaria. Se aplicarán complementariamente a estas disposiciones, las previstas en la Ley y el Reglamento de Construcciones, el Código Municipal y en la Ley General de la Administración Pública.

Artículo 22.—Vigencia. El presente Reglamento rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dra. Joyce Zürcher Blen, Alcaldesa Municipal.—1 vez.—(IN2009088185).

MUNICIPALIDAD SAN ISIDRO DE HEREDIA

CONCEJO MUNICIPAL

El Concejo Municipal de San Isidro de Heredia, en sesión ordinaria 50-2009, mediante acuerdo Nº 1003-2009 por unanimidad, aprobó adoptar el Proyecto de Reglamento de la Junta Vial para el cantón de San Isidro de Heredia.

PROYECTO REGLAMENTO DE LA JUNTA VIAL

PARA EL CANTÓN DE SAN ISIDRO DE HEREDIA

REGLAMENTO DE LA JUNTA VIAL PARA EL CANTÓN

DE SAN ISIDRO DE HEREDIA

CAPÍTULO I

Generalidades

Artículo 1º—El presente Reglamento regula la organización y funcionamiento de la Junta Vial del cantón de San Isidro de Heredia, que en adelante se identificará como “la Junta Vial”.

Artículo 2º—La Junta Vial es un órgano público nombrado por el Concejo Municipal de San Isidro de Heredia, ante quien responderá por su gestión, la cual será de consulta obligatoria en materia de planificación y evaluación de la obra pública vial cantonal y de servicio vial municipal, indistintamente de la proveniencia de los recursos económicos.

Artículo 3º—El objetivo primordial de la Junta Vial es el establecer criterios de priorización por planes en la inversión de los recursos girados por la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributaria, tendiente de forma exclusiva a la conservación, mantenimiento (rutinario y periódico) y rehabilitación de la red vial cantonal

CAPÍTULO II

Integración

Artículo 4º—La Junta Vial estará integrada por 6 miembros ad honorem.

Artículo 5º—De conformidad con el artículo 10 del “Reglamento sobre el Manejo, Normalización y Responsabilidad para la Inversión Pública en la Red Vial Cantonal”, que en adelante se identificará como Decreto 034624-MOPT.

Artículo 6º—Los miembros de la Junta Vial serán juramentados por el Concejo Municipal y serán nombrados por un período de cuatro años.

Artículo 7º—La Junta Vial elegirá entre sus miembros, en la primera o segunda sesión ordinaria de cada año durante sus períodos de vigencia, un Vicepresidente, que sustituirá al Presidente (a) en sus ausencias temporales y un secretario (a) para el respectivo levantamiento de las actas.

Artículo 8º—Las Actas de la Junta Vial estarán firmadas por el Presidente (a) y el secretario (a), y deberán hacerse constar en un “Libro de Actas” legalizado, de hojas removibles o encuadernadas, con cincuenta folios cada tomo, numerados frente y vuelto del 01 al 100. No podrá existir en uso más de un libro de actas legalizado.

La autorización de dicho “libro” estará a cargo de la Auditoría Interna Municipal, de conformidad con el artículo 22 inc. e) de la Ley de Control Interno Nº 8292 vigente, quien deberá:

a)  Hacer constar en su primer folio, “Razón de Apertura”. (Al ser las ___ hrs del ____ de _______ del ________; por Acuerdo del Concejo Municipal _________ tomado en sesión _______ número ________ del _______ de _______ del _______, se procede a LEGALIZAR el presente LIBRO DE ACTAS, TOMO _____ de la JUNTA VIAL CANTONAL DE SAN ISIDRO DE HEREDIA, cuyos folios se encuentran numerados y en perfecto estado de conservación y limpieza. -Firma-)

b)  Sellar y firmar cada uno de los folios (frente y vuelto) del respectivo “Libro de Actas”.

c)  Entregarlo al Alcalde (a) Municipal quien a su vez, deberá trasladarlo en custodia al Secretario de la Junta Vial.

d)  Concluido el Tomo, hará constar en su último folio, “Razón de Cierre”. (Aquí concluye el presente tomo del “Libro de Actas” de la JUNTA VIAL CANTONAL DE SAN ISIDRO DE HEREDIA, con _____ Actas, de las cuales _____ fueron AUTORIZADAS y _____ NO CORREN. Es todo. San Isidro de Heredia, a las ____ hrs del _____ de __________ del ______. –Firma-)

Artículo 9º—El libro de actas deberá reponerse por conclusión, pérdida o deterioro.

Para el primer caso, será suficiente la gestión del Secretario de la Junta; para los dos últimos deberá seguirse el siguiente procedimiento:

1-  Presentación de solicitud de reposición ante el Concejo Municipal, mediante Acuerdo Firme de la Junta Vial.

2-  El Concejo Municipal autorizará la reposición mediante Acuerdo, sujeto a publicación de un extracto del mismo.

La publicación se hará por una única vez en el Diario Oficial La Gaceta y en un periódico de circulación nacional.

3-  Una vez hecha la publicación, deberá procederse con la respectiva reposición, lo que deberá indicarse en la “Razón de Apertura”.

Si en el extravío o pérdida del respectivo libro de actas, existiere evidente DOLO o CULPA GRAVE por parte del Secretario y de cualquier otro miembro de la Junta Vial, deberá procederse conforme al artículo 12 siguiente.

Artículo 10.—La Junta Vial sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cada vez que lo acuerde o sea convocada por el Presidente (a) de la Junta Vial Cantonal. En ambos casos habrá quórum con mayoría absoluta (la mitad más uno).

Artículo 11.—Los acuerdos serán tomados por mayoría simple, salvo excepciones de ley. En caso de empate, el voto del Presidente se computará doble.

Artículo 12.—La destitución de los miembros de la Junta Vial atenderá a lo regulado en el artículo 11 inc. d) del Decreto 034624-MOPT.

CAPÍTULO III

Funciones

Artículo 13.—Se consideran funciones primordiales de la Junta Vial las siguientes:

a.   Desarrollar con eficiencia la Gestión Vial Cantonal defina en el artículo 3° del Decreto 034624-MOPT.

b.  Proponer al Concejo Municipal la reglamentación que considere pertinente para la efectiva Gestión Vial Cantonal.

c.   Proponer al Concejo Municipal el destino de los recursos de la Ley Nº 8114 de conformidad con Planes Anuales y Quinquenales denominados “De Conservación y Desarrollo Vial Cantonal de San Isidro de Heredia”, los cuales deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en el artículo 6° del Decreto 034624-MOPT.

d.  Subsanar los defectos que contengan los Planes de Conservación y Desarrollo Vial en el plazo improrrogable de 10 días hábiles.

e.   Conocer y avalar los Proyectos de Presupuesto Anual de la Gestión de la Red Vial Cantonal propuesto por la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal, en adelante identificada como “UTGVM”.

f.   Evaluar y dar seguimiento a los Planes Anuales de Conservación y Desarrollo Vial apoyándose en el Sistema de Gestión Vial Municipal.

g.   Hacerse asistir –cuando fuese necesario- del Promotor Social de la UTGVM.

h.  Elaborar la propuesta de inversión de los recursos de la Ley Nº 8114 con base en las estimaciones de los montos por transferir realizadas por la Dirección de Planificación Sectorial del MOPT y comunicadas por la Dirección de Gestión Municipal, a más tardar el 30 de agosto de cada año.

i.   Conocer de los Informes Mensuales de Evaluación de la Gestión Vial Municipal elaborados por la UTGVM.

j.   Velar porque la ejecución de los recursos económicos de la Ley Nº 8114 sea preferiblemente bajo la MODALIDAD PARTICIPATIVA DE EJECUCIÓN DE OBRAS definido en el artículo 3° del Decreto 034624-MOPT.

k.  De existir “sobrantes” de conformidad con el artículo 4° del Decreto 034624-MOPT, deberá velar porque sean invertidos en obras viales nuevas de la red vial cantonal.

l.   Conocer de las propuestas de inversión elaboradas por los Comités de Caminos.

m. Presentar en los meses de enero un informe anual de rendición de cuentas, el cual deberá publicitar de forma íntegra o extractada y en el mismos mes, por cualquier medio de comunicación colectiva local o nacional.

ñ.  Fiscalizar la eficiencia de los proyectos de obra pública vial autorizados, a través de la solicitud de auditorías técnicas o financieras ante el Concejo Municipal, evaluación de la idoneidad de los profesionales, evaluaciones de control de calidad de las obras, entre otras.

o.  Velar por la actualización del inventario vial cantonal.

p.  Establecer los mecanismos por utilizar para la realización de seguimiento y evaluación de los Planes de Conservación y de Desarrollo de la Red Vial Cantonal con base en el Sistema de Gestión Vial Integrado –SIGVI- del Ministerio de Obras Públicas y Transportes –MOPT-

r. Velar por la implementación de los componentes de Seguridad Vial en los Planes de Conservación y Desarrollo Vial del cantón con la asesoría del Concejo Local de Seguridad Vial –COLOSEVI-.

s.   Velar por el cumplimiento de los lineamientos de gestión vial emitidos por el MOPT.

t.   Conocer de las alternativas propuestas por la UTGVM para la obtención de recursos orientados a la gestión vial.

Artículo 14.—La Junta Vial contará con una Secretaría Técnica a cargo de la UTGVM.

CAPÍTULO IV

Reformas

Artículo 15.—Para reformar el presente instrumento normativo, deberá respetarse el siguiente procedimiento:

a)  La propuesta de reforma será conocida por la Junta Vial en Sesión Ordinaria, mediante iniciativa de cualquiera de sus integrantes.

b)  Dicha reforma deberá ser aprobada por mayoría simple.

c)  Una vez avalado el Proyecto de Reforma, su conocimiento se trasladará al Concejo Municipal para la aprobación definitiva.

d)  Dicha reforma deberá publicitarse a través del Diario Oficial La Gaceta, y entrará a regir un día después de la respectiva publicación.

Artículo 16.—Rige a partir de su publicación.

San Isidro de Heredia, 06 de octubre del 2009.—Marcela Guzmán Calderón, Secretaria.—1 vez.—(IN2009088127).

REMATES

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

Servicio Nacional de Aduana 2009

Detalle de mercancías que se rematarán en subasta pública en forma individual en la Aduana de Limón a las 9:00 a. m. horas del día 2 del mes de noviembre del 2009, en las instalaciones de la misma, situada en Limón Centro, contiguo a las instalaciones Portuarias de Japdeva, Muelle Alemán y que de conformidad con la Ley Nº 7557 (Ley General de Aduanas), del 8 de noviembre de 1995, las mismas se encuentran en estado de abandono.

Depositario: Zona Portuaria JAPDEVA-LIMÓN, Código P-002 Dirección: Instalaciones Portuarias, Limón Centro.

Boleta Nº: P002-04-2007. Consignatario: Desconocido. Descripción: Indicador análogo, desarmado, nuevo, modelo IND-R2500-AF1, SEIR no51930100111, marca Fairbanks, máximo 10000 kgs. 115/230 cap. Con piezas y accesorios para romana industrial y un teclado nuevo. Documento: Desconocido. Fecha: 01/01/2006. Base: ¢87.728,89. Sin movimiento. Bultos: 06. Estado: Regular, se desconoce funcionamiento. Ubicación: Zona Portuaria, Muelle Alemán código P-002.

Boleta Nº: P002-05-2008. Consignatario: Desconocido. Descripción: equipo agrícola usado (Carreta plana sin marca n. 1128, arado de disco, equipo spray con tanque de 220GL, pala niveladora marca Bush Hog, Tornamesa, Chapeadora, desarmada y rastras Marca Rome. Documento: Desconocido. Fecha: 01/01/2007. Base: ¢608.798,90. Sin movimiento. Bultos: 11. Estado: Regular, se desconoce funcionamiento. Ubicación: Zona Portuaria, Muelle Alemán código P-002.

Boleta Nº: P002-01-2009. Consignatario: Desconocido. Descripción: Isotanque RIHU-200028-8, usado marca Trencor Containers, max peso 36000 kgs, manufacturado 07/2003, modelo 24FSTD. Documento: Desconocido. Fecha Desconocida. Base: ¢2.096.497,00 Movimiento: 417.2009. Estado: Regular, se desconoce funcionamiento. Ubicación: Zona Portuaria, Muelle Alemán código P-002.

Boleta Nº: P002-02-2009. Consignatario: Desconocido. Descripción: libros nuevos, regular estado, idioma portugués. (aproximadamente 600) 1 kilo con 3. Documento: Desconocido. Fecha Desconocida. Base: ¢37.211,19. Sin movimiento. Bultos: 1 lote. Estado: Regular. Ubicación: Zona Portuaria, Muelle Alemán código P-002.

Boleta Nº: P002-03-2009. Consignatario: Desconocido. Descripción: Contenedor TOLU-282564-0, de 20 pies, sin marca, año de fabricación 1979, tara 2210 kgs, usado. Contenedor ICSU-387581-6, de 20 pies, marca Transamerica, tara 2300 kgs, año no visible, usado. Contenedor MLCU-401435-1, marca Matson, de 40 pies, año 1991, tara 3820 kgs, usado. Contenedor CTIU-333148-7, de 20 pies, marca Gelco, tara 2220 kgs, usado, sin año de fabricación. Contenedor ICSU-436139-1, de 20 pies, marca Transamerica, año 1982, tara 2230 kgs, usado. Contenedor ICSU-399559-7-1, de 20 pies, marca Transamerica, año 1981, tara 2230 kgs, usado. Documento: Desconocido. Bultos: 6. Fecha Desconocida. Base: ¢178.284,20 Sin movimiento. Estado: Malo. Ubicación: Zona Portuaria, Muelle Alemán código P-002.

Boleta Nº: P002-04-2009, Consignatario: Desconocido. Descripción: Contenedor TEXU-317297-5, de 20 pies, marca Textainer Group, tara 2252 kgs, sin año de fabricación, usado. Contenedor MAXU-200590-0, de 20 pies, marca MAXU, tara 2114, sin año de fabricación, usado. Contenedor HLCU-270261-0, marca Hapag Lloyd, usado. Contenedor MAEU-260889-3, de 20 pies marca Maersk, año 1975. Contenedor INBU-304692-0, marca Interpool, usado. Contenedor SCXU-299863-0, de 20 pies, marca Son Containers, tara 2355 usado, Contenedor SCXU-897179-5, de 20 pies, marca Sea Containers Limited, año 1984, tara 2355, usado. Documento: Desconocido. Bultos: 7. Fecha Desconocida. Base: ¢207.998,24. Sin movimiento. Estado: Malo. Ubicación: Zona Portuaria, Muelle Alemán código P-002.

Boleta Nº: P002-05-2009, Consignatario: Desconocido. Descripción: Contenedor XTRU-670849-0, de 20 pies, tara 2300, usado. Contenedor 604668-4, de 20 pies, año 1987 marca Hyundai. Contenedor 496094-3, de 40 pies, año 1980, sin marca; tara 4580. Contenedor VTRZ237093 marca Vermont Railway, fecha fabricación 11/88, type. Diagonal, VIN: LPNV452S9KK234593, de 45 pies, 68080 libras de capacidad. Contenedor V95081, usado, color gris, 45 pies. Contenedor V93220, usado, 45 pies, color gris. Documento: Desconocido. Fecha Desconocida. Base: ¢178.284,20. Sin movimiento. Bultos: 6. Estado: Malo. Ubicación: Zona Portuaria, Muelle Alemán código P-002.

Boleta Nº: P002-06-2009, Consignatario: Desconocido. Descripción: 1 Lancha, usada, marca Regal, con motor incluido, color blanca, de fibra de vidrio, para 4 personas, año desconocido, serie RGMJT140K394, combustible gasolina, capacidad 600 libras, puntal: 3.2 pies, manga 7.7 pies, largo 14 pies. 1 Traileta usada sin marca, serie 1RLABAN16R1B00108, año 1993, sin modelo. Documento: Desconocido. Fecha: Desconocida. Base: ¢316.503,22. Sin movimiento. Bultos: 2. Estado: Regular, se desconoce funcionamiento. Ubicación: Zona Portuaria, Muelle Alemán código P-002.

Boleta Nº: P002-07-2009. Consignatario: Desconocido. Descripción: Lancha, usada, marca Thunderbird, año desconocido, serie TNR191011272, matrícula FL 2858 BF, combustible gasolina, puntal: 1.14 mts, largo: 6 mts, manga: 2.40 mts, calado: 20 centímetros, capacidad desconocida, color azul con blanco, de fibra de vidrio, mal estado. 1 motor fuera de borda usado, serie desconocida, año desconocido. Traileta usada marca Horizon, sin serie, sin año de fabricación, sin modelo. Documento: Desconocido. Fecha Desconocida. Base: ¢400.429,07. Sin movimiento. Bultos: 3. Estado: Malo. Ubicación: Zona Portuaria, Muelle Alemán código P-002.

Boleta Nº: P002-08-2009. Consignatario: Desconocido. Descripción: Puerta para carro tacoma, usada. 2 bumpers delanteros de metal, usados, sin marca, medidas 40 cm de largo. Motor Nissan, usado, de 16 válvulas, N870707, de gasolina. Documento: Desconocido. Fecha Desconocida. Base: ¢44.897,24. Sin movimiento. Bultos: 4. Estado: Regular, se desconoce funcionamiento. Ubicación: Zona Portuaria, Muelle Alemán código P-002.

Boleta Nº: P002-09-2009. Consignatario: Desconocido. Descripción: Juguete infantil, nuevo, marca Peg-Perego, tipo tractor de 4 llantas, color verde con amarillo, material plástico. 1 Juguete infantil, usado, marca Little Tikes tipo carreta azul con rojo, material plástico, buen estado. Documento: Desconocido. Fecha: 01/01/2008. Base: ¢24.043,16. Sin movimiento. Bultos: 2 Estado: Regular, se desconoce funcionamiento. Ubicación: Zona Portuaria, Muelle Alemán código P-002.

Boleta Nº: P002-10-2009. Consignatario: Desconocido. Descripción: Chapeadora marca Craftsman, modelo 917-377390 S/ 072700M030255, año 1998, usada. Documento: Desconocido. Fecha: 01/01/2008. Base: ¢17.863,80. Sin movimiento. Bultos: 1. Estado: Regular, se desconoce funcionamiento. Ubicación: Zona Portuaria, Muelle Alemán código P-002.

Boleta Nº: P002-11-2009. Consignatario: Desconocido. Descripción: Cortadora de césped incompleta marca Swisher serie L207-127023, modelo ST60022Q, color rojo con negro. Documento: Desconocido. Fecha: 01/01/2008. Base: ¢16.681,30. Sin movimiento. Bultos: 1. Estado: Regular, se desconoce funcionamiento. Ubicación: Zona Portuaria, Muelle Alemán código P-002.

Boleta Nº: P002-12-2009. Consignatario: Desconocido. Descripción: Rollos de papel tipo Kraft liner, peso total 151485,00 kgs. Documento: Desconocido. Fecha: 01/01/2008. Base: ¢12.394.919,28. Sin movimiento. Bultos: 27. Estado: Bueno. Ubicación: Zona Portuaria, Muelle Alemán código P-002.

Boleta Nº: P002-13-2009. Consignatario: Desconocido. Descripción: Manufacturas de acero (torre de metal, un eje, rodillo, barras) Documento: Desconocido. Fecha: 01/01/2008. Base: ¢1.274.807,32. Sin movimiento. Bultos: 1 lote. Estado: Regular, se desconoce funcionamiento. Ubicación: Zona Portuaria, Muelle Alemán código P-002.

Boleta Nº: P002-14-2009 Consignatario: Desconocido. Descripción: Repuestos para barco nuevos, aproximadamente 7 piezas. Documento: Desconocido. Fecha: 01/01/2008. Base: ¢20.478,96. Sin movimiento. Bultos: 1 lote. Estado: Regular, se desconoce funcionamiento. Ubicación: Zona Portuaria, Muelle Alemán código P-002.

Se informa que el costo por concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no está incluido en la base, por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente con el respectivo depositario Aduanero.

La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular, no podrán participar las personas que establece el artículo 73, párrafo segundo de la Ley General de Aduanas.

Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de Aduanas, la suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir antes del inicio del remate, según lo establece el artículo 198, inciso e) del Reglamento a la Ley General de Aduanas. La diferencia en relación con el monto previamente depositado deberá cancelarse inmediatamente después de la adjudicación de las mercancías.

Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.

Las mercancías podrán ser inspeccionadas tres días previos a la realización del remate. Siendo vendidas en las condiciones en que se encuentren a la fecha de la venta, y el adjudicatario no tendrá derechos a reclamos posteriores en contra del Servicio Nacional de Aduanas.

Para mayor información consultar al Depositario Aduanero donde se encuentran las mercancías y a la Sección de Depósitos de la Aduana de Limón, teléfono 2798-1626.

A los interesados en las mercancías que necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.

Lic. Desiderio Soto Sequeira, Director General de Aduanas.—MBA. Yonder Alvarado Zúñiga, Gerente Aduana de Limón.—1 vez.—Solicitud Nº 28855.—O. C. Nº 94406.—C-114000.—(IN2009089130).

Detalle de mercancías que se rematarán en subasta pública en forma individual en la Aduana de Limón a las 9:00 a. m. horas del día 4 del mes de noviembre del 2009, en las instalaciones de la misma, situada en Limón Centro, contiguo a las instalaciones Portuarias de JAPDEVA, Muelle Alemán y que de conformidad con la Ley Nº 7557 (Ley General de Aduanas), del 8 de noviembre de 1995, las mismas se encuentran en estado de abandono.

Depositario Aduanero: Sislocar., Código 171, cédula jurídica 3-101-34649016. Dirección: Carretera Saopín, Contiguo a la Bomba Shell.

Boleta Nº: A171-01-2009. Consignatario: Productora la Florida. Descripción: Cloruro de calcio de 25 kg, marca Merck. Documento: 2007240491 .Fecha: 24/12/2007. Bultos: 9 cajas. Base: ¢44.736,10. Movimiento: 10003414. Autorización de Ministerio de Salud: RA-ARS-L-RS-SMN-164-2009. Estado: Bueno, se desconoce funcionamiento. Ubicación: Sislocar, código A-171.

Se informa que el costo por concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no esta incluido en la base, por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente con el respectivo depositario Aduanero.

La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular, no podrán participar las personas que establece el artículo 73, párrafo segundo de la Ley General de Aduanas.

Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de Aduanas, la suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir antes del inicio del remate, según lo establece el artículo 198, inciso e) del Reglamento a la Ley General de Aduanas. La diferencia en relación con el monto previamente depositado deberá cancelarse inmediatamente después de la adjudicación de las mercancías.

Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.

Las mercancías podrán ser inspeccionadas tres días previos a la realización del remate. Siendo vendidas en las condiciones en que se encuentren a la fecha de la venta, y el adjudicatario no tendrá derechos a reclamos posteriores en contra del Servicio Nacional de Aduanas.

Para mayor información consultar al Depositario Aduanero donde se encuentran las mercancías y a la Sección de Almacenes de la Aduana de Limón, teléfono 798-1626.

A los interesados en las mercancías que necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.

Lic. Desiderio Soto Sequeira, Director General de Aduanas.—MBA. Yonder Alvarado Zúñiga, Gerente Aduana de Limón.—1 vez.—Solicitud Nº 28853.—O. C. Nº 94406.—C-36020.—(IN2009089132).

Detalle de mercancías que se rematarán en subasta pública en forma individual en la Aduana de Limón a las 1:30 p. m horas del día 4 del mes de noviembre del 2009, en las instalaciones de la misma, sita en Banco Crédito Agrícola de Cartago y que de conformidad con la Ley Nº 7557 (Ley General de Aduanas), del 8 de noviembre de 1995, las mismas se encuentran en estado de abandono.

Depositario Aduanero: Flogar S. A., Código 151, cédula jurídica número 3-101-035777-28, Dirección: Carretera Saopín, frente a la entrada de Villa del Mar II, entre predio de Cobal y Talleres de Standard.

Boleta Nº: A151-01-2008. Consignatario: Yamil Mayd. Descripción: Lote de tornillos y tuercas nuevas, sin marca. Documento: 232460. Fecha: 13/02/2003. Bultos: 2 Lotes. Base: ¢7.002,00. Movimiento: 1-2003. Estado: Regular, se desconoce funcionamiento. Ubicación: Flogar, código A-151.

Boleta Nº: A151 -05-2008. Consignatario: Martec. Descripción: Kit de Fom, vacíos, usados, (cilindros vacíos para rellenar), sin marca. Documento: 2616110. Fecha: 17/10/2006. Bultos: 10. Base: ¢135.192,70. Movimiento: 26-2006. Estado: Regular, se desconoce funcionamiento. Ubicación: Flogar, código A-151.

Se informa que el costo por concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no esta incluido en la base, por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente con el respectivo depositario Aduanero.

La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular, no podrán participar las personas que establece el artículo 73, párrafo segundo de la Ley General de Aduanas.

Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de Aduanas, la suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir antes del inicio del remate, según lo establece el artículo 198, inciso e) del Reglamento a la Ley General de Aduanas. La diferencia en relación con el monto previamente depositado deberá cancelarse inmediatamente después de la adjudicación de las mercancías.

Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.

Las mercancías podrán ser inspeccionadas tres días previos a la realización del remate. Siendo vendidas en las condiciones en que se encuentren a la fecha de la venta, y el adjudicatario no tendrá derechos a reclamos posteriores en contra del Servicio Nacional de Aduanas.

Para mayor información consultar al Depositario Aduanero donde se encuentran las mercancías y a la Sección de Almacenes de la Aduana de Limón, teléfono 798-1626.

A los interesados en las mercancías que necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.

Lic. Desiderio Soto Sequeira, Director General de Aduanas.—MBA. Yonder Alvarado Zúñiga, Gerente Aduana de Limón.—1 vez.—Solicitud Nº 28852.—O. C. Nº 94406.—C-39020.—(IN2009089135).

Detalle de mercancías que se rematarán en subasta pública en forma individual en la Aduana de Limón a las 09:00 a. m horas del día 5 del mes de noviembre del 2009, en las instalaciones de la misma, situada en Limón Centro, contiguo a las instalaciones Portuarias de Japdeva, Muelle Alemán y que de conformidad con la Ley Nº 7557 (Ley General de Aduanas), del 8 de noviembre de 1995, las mismas se encuentran en estado de abandono.

Depositario Aduanero: Encaspi S. A., Código A-169 cédula jurídica 3-101-34326734. Dirección: Carretera Saopín, 100 metros este de la entrada a Río Blanco.

Boleta Nº: A169-04-2007. Consignatario: La Rivera (Ballenat). Descripción: 36 botellas de Wisky Napoleón, Reserve Bellenat, de 70CL, 40% de alcohol. 75 unidades de Wisky Fairnes Bland Spirit, 70cl, 40% de alcohol. Documento: 2417585. Fecha: desconocida. Base: ¢339.078,67. Movimiento 601. Permiso de salud ARS-L-RS-FMN-263-2009. Estado: bueno. Ubicación: Depósito fiscal Encaspi, código A-169.

Se informa que el costo por concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no esta incluido en la base, por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente con el respectivo depositario Aduanero.

La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular, no podrán participar las personas que establece el artículo 73, párrafo segundo de la Ley General de Aduanas.

Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de Aduanas, la suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir antes del inicio del remate, según lo establece el artículo 198, inciso e) del Reglamento a la Ley General de Aduanas. La diferencia en relación con el monto previamente depositado deberá cancelarse inmediatamente después |é la adjudicación de las mercancías.

Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.

Las mercancías podrán ser inspeccionadas tres días previos a la realización del remate. Siendo vendidas en las condiciones en que se encuentren a la fecha de la venta, y el adjudicatario no tendrá derechos a reclamos posteriores en contra del Servicio Nacional de Aduanas.

Para mayor información consultar al Depositario Aduanero donde se encuentran las mercancías y a la Sección de Depósitos de la Aduana de Limón, teléfono 798-1626.

A los interesados en las mercancías que necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.

Lic. Desiderio Soto Sequeira, Director General de Aduanas.—MBA. Yonder Alvarado Zúñiga, Gerente Aduana de Limón.—1 vez.—Solicitud Nº 28851.—O. C. Nº 94406.—C-36020.—(IN2009089136).

Detalle de mercancías que se rematarán en subasta pública en forma individual en la Aduana de Limón a las 09:00 a. m horas del día 03 del mes de noviembre del 2009, en las instalaciones de la misma, situada en Limón centro, contiguo a las instalaciones Portuarias de Japdeva, Muelle Alemán y que de conformidad con la Ley Nº 7557 (Ley General de Aduanas), del 8 de noviembre de 1995, las mismas se encuentran en estado de abandono.

Depositario Aduanero: Terminales Unidas S. A., Código 168, cédula jurídica 3-101-01632104. Dirección: Carretera Saopín, 250 metros oeste Bomba Moín.

Boleta Nº: 900004-2008, Consignatario: Asegrupoholcim. Descripción: vehículo. Marca: Chevrolet. Estilo: Pick up Truck . Modelo: C3500. Año: 1998. Color: blanco. Serie: 1GCGC34F1WF052247. Puertas: 02. Combustible: diesel. Transmisión: automática. Pasajeros: 02, centímetros cúbicos: 6500, tracción: 4X2. Cilindros: 08. Fecha de ingreso: 25/08/2006. Documento: 261360. Movimiento: 25-2006. Fuente: Cartica. Bultos: 01. Base: ¢2.114.060,34. Estado: malo. Ubicación: Tusa, código A-168.

Boleta Nº: 900085-2009, Consignatario: Jorge Rojas Bolaños. Descripción: vehículo. Marca: Ford Econoline. Modelo: Econoline. Año: 1994. Carrocería: Van cerrado. Color: vino. Serie: 1FTEE14Y4RHB14322. Puertas: 03. Combustible: gasolina. Transmisión: mecánica. Pasajeros: 02, centímetros cúbicos: 4900, tracción: 4X2. Cilindros: 06. Fecha de ingreso: 18/06/2007. Documento: 200755552. Movimiento: 1358-2007. Fuente: Cartica. Bultos: 01. Base: ¢1.486.774,11. Estado: malo. Ubicación: Tusa, código A-168.

Se informa que el costo por concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no esta incluido en la base, por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente con el respectivo depositario Aduanero.

La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular, no podrán participar las personas que establece el artículo 73, párrafo segundo de la Ley General de Aduanas.

Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de Aduanas, la suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir antes del inicio del remate, según lo establece el artículo 198, inciso e) del Reglamento a la Ley General de Aduanas. La diferencia en relación con el monto previamente depositado deberá cancelarse inmediatamente después de la adjudicación de las mercancías.

Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.

Las mercancías podrán ser inspeccionadas tres días previos a la realización del remate. Siendo vendidas en las condiciones en que se encuentren a la fecha de la venta, y el adjudicatario no tendrá derechos a reclamos posteriores en contra del Servicio Nacional de Aduanas.

Para mayor información consultar al Depositario Aduanero donde se encuentran las mercancías y a la Sección de Depósitos de la Aduana de Limón, teléfono 798-1626.

A los interesados en las mercancías que necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.

Lic. Desiderio Soto Sequeira, Director General de Aduanas.—MBA. Yonder Alvarado Zúñiga, Gerente Aduana de Limón.—1 vez.—Solicitud Nº 28857.—O. C. Nº 94406.—C-43520.—(IN2009089137).

Detalle de mercancías que se rematarán en subasta pública en forma individual en la Aduana de Limón a las 1:30 pm horas del día 3 del mes de noviembre del 2009, en las instalaciones de la misma, situada en Limón Centro, contiguo a las instalaciones Portuarias de Japdeva, Muelle Alemán y que de conformidad con la Ley Nº 7557 (Ley General de Aduanas), del 8 de noviembre de 1995, las mismas se encuentran en estado de abandono.

Depositario Aduanero: Industria Jaspe Internacional Sociedad Anónima, Código 215, Cédula Jurídica 3-101-48020932, Dirección: Carretera Saopín, frente al Depósito de la Cervecería de Costa Rica.

Boleta Nº: 900079-2009, Consignatario: desconocido. Descripción: vehículo. Marca: Honda. Estilo: EX. Modelo: Civic. Año: 1997. Carrocería: Coupe. Color: verde. Serie: 1HGEJ814XVL029242, puertas: 02. Combustible: gasolina. Transmisión: manual. Pasajeros: 5, centímetros cúbicos: 1600, tracción: 4X2. Cilindros:4 Fecha de ingreso: 25/04/2008. Documento: 2008139217. Movimiento: 18911. Fuente: Cartica. Bultos: 01. Base: ¢1.221.408,04. Estado: Malo. Deposito Aduanero Industrias Jaspe S. A., A-215.

Boleta Nº: 900080-2009, Consignatario: desconocido. Descripción: vehículo. Marca: Toyota. Estilo: Rav4 Año: 1996. Carrocería: wagón. Color: azul. Serie: JT3HP10V5T0100328, puertas: 04. Combustible: gasolina. Transmisión: Automática. Pasajeros: 05, centímetros cúbicos: 2000, tracción: 4X2. Cilindros: 04. Fecha de ingreso: 25/04/2008. Documento: 2008139217. Movimiento: 18908. Fuente: Cartica. Bultos: 01. Base: ¢1.046.922,51. Estado: Regular. Depósito Aduanero Industrias Jaspe S. A., A-215.

Boleta Nº: 900081-2009, Consignatario: Máximo Leinardi. Descripción: vehículo. Marca: Opel. Estilo: Astra. Modelo: GSI. Año: 1992. Carrocería: hatchback. Color: negro. Serie: W0L000054N2733400. Puertas: 2. Combustible: gasolina. Transmisión: mecánica. Pasajeros: 05, centímetros cúbicos: 2000, tracción: 4X2. Cilindros: 04 Fecha de ingreso: 03/10/2006. Documento: 2614265. Sin movimiento. Fuente: Cartica. Bultos: 01. Base: ¢636.151,31. Estado: Regular. Ubicación: Depósito Aduanero Industrias Jaspe S. A., A-215.

Boleta Nº: 900082-2009; Consignatario: Máximo Leinardi. Descripción: vehículo. Alfa Romeo. Estilo: 155 TWIN. Modelo: Spark. Año: 1995. Carrocería: sedan. Color: negro. Serie: ZAR 16700000078033. Puertas: 4. Combustible: gasolina. Transmisión: mecánica. Pasajeros: 05, centímetros cúbicos: 2000, tracción: 4X2. Cilindros: 04. Fecha de ingreso: 03/10/2006. Documento: 2614265. Sin movimiento. Fuente: Cartica. Bultos: 01. Base: ¢1.981.155,74. Estado: Malo. Ubicación: Deposito Aduanero Industrias Jaspe S. A., A-215.

Boleta Nº: 900083-2009, Consignatario: Importadora y Venta de Autos La Pista. Descripción: vehículo. Marca: Mazda. Estilo: LX. Modelo: Protege. Año: 1995. Carrocería: sedan. Color: verde. Serie: JM1BA141XS0118347, puertas: 04. Combustible: gasolina. Transmisión: manual. Pasajeros: 05, centímetros cúbicos: 1500, tracción: 4X2. Cilindros: 04. Fecha de ingreso: 24/08/2007. Documento: 2007126598. Movimiento: 5900. Fuente: Cartica. Bultos: 01. Base: ¢708.853,44. Estado: Regular. Deposito Aduanero Industrias Jaspe S. A., A-215.

Boleta Nº: 900084-2009, Consignatario: Johnny Castro Alvarado. Descripción: vehículo. Marca: Isuzu. Estilo: LS. Modelo: Trooper II. Año: 1989. Carrocería: Wagon. Color: vino. Serie: JACCH58E6K8903243. Puertas: 04. Combustible: gasolina. Transmisión: manual. Pasajeros: 05, centímetros cúbicos: 2600, tracción: 4X4. Cilindros: 04. Fecha de ingreso: 08/12/2007. Documento: 2007220517. Movimiento: 10503. Fuente: Cartica. Bultos: 01. Base: ¢639.784,94. Estado: Regular. Depósito Aduanero Industrias Jaspe S. A., A-215.

Se informa que el costo por concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no esta incluido en la base, por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente con el respectivo depositario Aduanero.

La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular, no podrán participar las personas que establece el artículo 73, párrafo segundo de la Ley General de Aduanas.

Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de Aduanas, la suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir antes del inicio del remate, según lo establece el artículo 198, inciso e) del Reglamento a la Ley General de Aduanas. La diferencia en relación con el monto previamente depositado deberá cancelarse inmediatamente después de la adjudicación de las mercancías.

Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.

Las mercancías podrán ser inspeccionadas tres días previos a la realización del remate. Siendo vendidas en las condiciones en que se encuentren a la fecha de la venta, y el adjudicatario no tendrá derechos a reclamos posteriores en contra del Servicio Nacional de Aduanas.

Para mayor información consultar al Depositario Aduanero donde se encuentran las mercancías y a la Sección de Depósitos de la Aduana de Limón, teléfono 798-1626.

A los interesados en las mercancías que necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.

Lic. Desiderio Soto Sequeira, Director General de Aduanas.—MBA. Yonder Alvarado Zúñiga, Gerente Aduana de Limón.—1 vez.—Solicitud Nº 28856.—O. C. Nº 94406.—C-68270.—(IN2009089139).

Detalle de mercancías que se rematarán en subasta pública en forma individual en la Aduana de Limón, a la 1:30 p. m. horas del día 2 del mes de noviembre del 2009, en las instalaciones de la misma, situada en Limón Centro, contiguo a las instalaciones Portuarias de Japdeva, Muelle Alemán y que de conformidad con la Ley Nº 7557 (Ley General de Aduanas), del 8 de noviembre de 1995, las mismas se encuentran en estado de abandono.

Depositario Aduanero: Sislocar, Código 171, cédula jurídica Nº 3-101-34649016. Dirección: Carretera Saopín, Contiguo a la Bomba Shell.

Boleta Nº 900086-2009. Consignatario: Ingenio Cutis. Descripción: Motocicleta Honda. Modelo: CR80R. Año 1998. Carrocería: motocicleta tipo mini motocross. Color: roja con negro. Serie: JH2HE040GWK5008. Combustible: gasolina. Centímetros cúbicos: 80. Documento: Desconocido. Fecha: 30/08/2008. Bultos: 1. Base: ¢ 151.349,26. Movimiento: 34904. Estado: Regular, se desconoce funcionamiento. Ubicación: Sislocar, código A-171.

Se informa que el costo por concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no está incluido en la base, por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente con el respectivo depositario Aduanero.

La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular, no podrán participar las personas que establece el artículo 73, párrafo segundo de la Ley General de Aduanas.

Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de Aduanas, la suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir antes del inicio del remate, según lo establece el artículo 198, inciso e) del Reglamento a la Ley General de Aduanas. La diferencia en relación con el monto previamente depositado deberá cancelarse inmediatamente después de la adjudicación de las mercancías.

Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.

Las mercancías podrán ser inspeccionadas tres días previos a la realización del remate. Siendo vendidas en las condiciones en que se encuentren a la fecha de la venta, y el adjudicatario no tendrá derechos a reclamos posteriores en contra del Servicio Nacional de Aduanas.

Para mayor información consultar al Depositario Aduanero donde se encuentran las mercancías y a la Sección de Almacenes de la Aduana de Limón, teléfono 2798-1626.

A los interesados en las mercancías que necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.

Lic. Desiderio Soto Sequeira Director General de Aduanas.—VBº MBA Yonder Alvarado Zúñiga, Gerente Aduana de Limón.—1 vez.—O.C. Nº 94406.—Solicitud Nº 28858.—C-36770.—(IN2009089404).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO

AVISO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Los señores Víctor Hugo Astúa Madriz cédula 03-0228-0246 y/o Luis Álvaro Astúa Madriz cédula 03-0262-0606, han solicitado la reposición del certificado de depósito a plazo Nº 235-304-2352673 por la suma de ¢4.000.000,00 (cuatro millones de colones exactos), el cual vence el día 30 de noviembre del 2009, y el cupón de intereses Nº 839409 por ¢58.555,28, los cuales fueron robados. Dichos documentos fueron emitidos por el Banco Crédito Agrícola de Cartago. Lo anterior para dar cumplimiento con lo que estipula nuestro Código de Comercio artículos 708 y 709. Transcurrido el término de quince días a partir de la última publicación, se repondrá dicho título valor.

Cartago, 5 de octubre del 2009.—Yeimy Gómez Monge.—RP2009134274.—(IN2009088455).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

AVISO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El Instituto Nacional de Seguros, Departamento de Seguros Diversos, comunica que en su condición de beneficiario por endoso y a los efectos pertinentes, el extravío de dos cédulas hipotecarias de Segundo Grado por la suma de ¢9,840,000.00, según consta en el asiento cero tres mil setecientos cinco, del tomo cuatrocientos treinta y cuatro, secuencia cero cero uno de Hipoteca de Cédulas y Tercer Grado por la suma de ¢720,000.00, según consta en el asiento cero ocho mil cuatrocientos treinta y siete, del tomo cuatrocientos treinta y cuatro, secuencia cero cero uno de Hipoteca de Cédulas Emitidas a nombre de María Enid Serrano Rodríguez, cédula de identidad Nº 9-0035-0133, como las únicas cédulas inscritas ante el Registro Público Sección de Propiedad partido de Heredia, matrícula Nº 150.060-000.

San José, 30 de setiembre del 2009.—Departamento de Comunicaciones.—Lic. Ileana Castro F., Jefa.—O. C. Nº 18790.—C-36020.—(IN2009087630).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

AVISOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ORI-3444-2009.—Jorge Luis Aguilar Barrios, R-220-2009, colombiano, pasaporte Nº CC 72195849, ha solicitado reconocimiento del diploma de Médico Cirujano, Universidad del Norte, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 21 de setiembre del 2009.—Oficina de Registro e Información Estudiantil.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26443.—C-20250.—(IN2009088222).

ORI-3464-2009.—Helda María Barbosa, R-227-2009, estadounidense, pasaporte Nº 204936012, ha solicitado reconocimiento del diploma de Bachiller en Ciencias, Terapia Ocupacional, New York University, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 22 de setiembre del 2009.—Oficina de Registro e Información Estudiantil.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26443.—C-20250.—(IN2009088223).

ORI-3425-2009.—Bolívar Jiménez Randy, R-224-2009, costarricense, cédula 5-0331-0675, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 18 de setiembre del 2009.—Oficina de Registro e Información Estudiantil.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26443.—C-20250.—(IN2009088224).

ORI-3447-2009.—Cabrera González Ignacio, R-226-2009, cubano, cédula de residencia 315-142634-003364, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Mecánico, Instituto Superior Politécnico “José Antonio Echeverria”, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 21 de setiembre del 2009.—Oficina de Registro e Información Estudiantil.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26443.—C-20250.—(IN2009088225).

ORI-3359-2009.—Cantillo Gamboa Gustavo Andrés, R-214-2009, costarricense, cédula: 1-1124-0835, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 16 de setiembre del 2009.—Oficina de Registro e Información Estudiantil.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26443.—C-20250.—(IN2009088226).

ORI-3327-2009.—Castelan Thomas Thierry Pierre, R-210-2009, francés, pasaporte Nº 06AK25294, ha solicitado reconocimiento del diploma de Master Ciencias Humanas y Sociales, Mención Psicología, Universidad Lumiére Lyon 2- Instituto de Psicología, Francia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 16 de setiembre del 2009.—Oficina de Registro e Información Estudiantil.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26443.—C-20250.—(IN2009088227).

ORI-3372-2009.—Castro Riba Carlos Enrique, R-215-2009, costarricense, cédula de identidad 1-1218-0759, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Bachiller en Administración de Empresas (con honores), Universidad de Northwood, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 17 de setiembre del 2009.—Oficina de Registro e Información Estudiantil.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26443.—C-20250.—(IN2009088228).

ORI-3428-2009.—Echeverría Alvarado Priscilla, R-225-2009, costarricense, cédula 9-0064-0150, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Maestro en Teoría Psicoanalítica, Centro de Investigaciones y Estudios Psicoanalíticos, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 18 de setiembre del 2009.—Oficina de Registro e Información Estudiantil.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26443.—C-20250.—(IN2009088229).

ORI-3427-2009.—Fuentes Murillo Ligia Sofía, R-222-2009, costarricense, cédula 5-0334-0791, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciada en Letras, Texas A&M University, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 18 de setiembre del 2009.—Oficina de Registro e Información Estudiantil.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26443.—C-20250.—(88230).

ORI-3315-2009.—Landeaux Hernández Luis David, R-212-2009, costarricense, cédula: 8-0081-0793, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Universidad de La Habana, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 14 de setiembre del 2009.—Oficina de Registro e Información Estudiantil.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26443.—C-20250.—(88231).

ORI-3392-2009.—Mesones Vargas Gorki, R-221-2009, peruano, pasaporte: PC26919, ha solicitado reconocimiento del diploma de Arquitecto, Universidad Nacional de Ingeniería, Perú. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 17 de setiembre del 2009.—Oficina de Registro e Información Estudiantil.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26443.—C-20250.—(88232).

ORI-3227-2009.—Miranda Garnier Ximena, R-209-2009, costarricense, pasaporte 1-0966-0475, ha solicitado reconocimiento del diploma de Master en Educación, Harvard University, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 09 de setiembre del 2009.—Oficina de Registro e Información Estudiantil.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26443.—C-20250.—(88233).

ORI-3357-2009.—Navarro García Susana, R-217-2009, costarricense, cédula de identidad 1-1221-0873, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 16 de setiembre del 2009.—Oficina de Registro e Información Estudiantil.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26443.—C-20250.—(88234).

ORI-3358-2009.—Pichardo Alvarado Marlene Emilia, R-213-2009, costarricense, cédula: 7-0083-0036, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciada en Derecho, Universidad Del Valle, Nicaragua. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 16 de setiembre del 2009.—Oficina de Registro e Información Estudiantil.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26443.—C-20250.—(IN2009088235).

ORI-3312-2009.—Prado Quezada Evelin Carolina, R-211-2009, nicaragüense, cédula residente temporal 155804323611, ha solicitado reconocimiento del diploma de Profesora en Ciencias Sociales para Tercer Ciclo de Educación Básica y Media, Universidad Francisco Gavidi, El Salvador. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 11 de setiembre del 2009.—Oficina de Registro e Información Estudiantil.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26443.—C-20250.—(IN2009088236).

ORI-3198-2009.—Ramírez Solís Emilio, R-206-2009, costarricense, cédula Nº 1- 1089-0785, ha solicitado reconocimiento del diploma de Especialidad en Endodoncia, Universidad Autónoma de Guadalajara, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 7 de setiembre del 2009.—Oficina de Registro e Información Estudiantil.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26443.—C-20250.—(IN2009088237).

ORI-3369-2009.—Soares Martins Bruno, R-216-2009, brasileño, pasaporte: CT 71 43 91, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 17 de setiembre del 2009.—Oficina de Registro e Información Estudiantil.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26443.—C-20250.—(IN2009088238).

ORI-3242-2009.—Stewart González Paula Marie, R-208-2009, costarricense, cédula de identidad: 1-1268-0348, ha solicitado reconocimiento del diploma de Bachillerato en Artes, Gobierno y Sicología, Universidad de Suffolk, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 09 de setiembre del 2009.—Oficina de Registro e Información Estudiantil.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26443.—C-20250.—(IN2009088239).

ORI-3246-2009.—Uribe Herrera Carla, R-205-2009, costarricense, cédula de identidad número 1-1146-0026, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Bachiller en Artes, Summa Cum Laude, Universidad de Lynn, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 09 de setiembre del 2009.—Oficina de Registro e Información Estudiantil.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26443.—C-20250.—(IN2009088240).

ORI-3426-2009.—Vargas Ramírez Ingrid María, R-223-2009, costarricense, cédula 1-0894-0391, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Licenciada en Enfermería, Universidad Nacional Autónoma de México, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 18 de setiembre del 2009.—Oficina de Registro e Información Estudiantil.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26443.—C-20250.—(IN2009088241).

ORI-3439-2009.—Tannia Crisel Wachong Carranza, R-218-2009, costarricense, cédula Nº 7-0164-0119, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Doctora en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 21 de setiembre del 2009.—Oficina de Registro e Información Estudiantil.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118327.—Solicitud Nº 26443.—C-20250.—(IN2009088242).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

UNIDAD DE RECURSOS HUMANOS

Resolución URH-059-2009.—Unidad de Recursos Humanos.—San José, a las once horas del veinticinco de setiembre de 2009.

Considerando:

1º—Que de conformidad con lo que establece el artículo 15 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, se le atribuye la responsabilidad a las Oficinas de Recursos Humanos en el Régimen de Servicio Civil de administrar los Registros de Elegibles por lo que establecerán discrecionalmente la vigencia de los mismos, tomando en consideración las necesidades de las instituciones, la conveniencia y funcionalidad de servicio.

2º—Que la Unidad de Recursos Humanos del INA comunicó debidamente e invitó a participar a los/as elegibles que aun figuraban en el Registro de Elegibles Institucional para la clase de Trabajador Operativo General, tal y como consta en el expediente del Concurso Externo INA por artículo 15 01-09.

3º—Que la Oficina Desconcentrada de Servicio Civil avaló la Declaratoria final del Concurso Externo 01-09 por artículo 15 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil. Por tanto:

EL JEFE DE LA UNIDAD DE RECURSOS HUMANOS

En uso de las atribuciones que al respecto le confiere

RESUELVE:

Artículo 1º—Caducar el Registro de Elegibles de las siguientes clases de puestos:

Clase:            Trabajador Operativo General 1 A       (Bodeguero)

Ubicación:    San José

Nombre

Cédula

Nota

Rodríguez Corrales Andrei

1-1187-739

77.90%

Umaña Villalobos Carlos

4-148-095

70.00%

Clase:            Trabajador Operativo General 1 A (Bodeguero)

Ubicación:    Puntarenas

Nombre

Cédula

Nota

Vargas Brenes Kennett

6-267-621

80.82%

Díaz Barrientos Orlando

6-179-577

80.82%

Clase:            Trabajador Operativo General 1 A (Bodeguero)

Ubicación:    Puntarenas

Nombre

Cédula

Nota

Vargas Brenes Kennett

6-267-621

80.82%

Díaz Barriento Orlando

6-179-577

80.82%

Barrantes Chávez Rodrigo Adolfo

2-619-729

73.86%

Umaña Villalobos Carlos

4-148-095

70.00%

Clase:            Trabajador Operativo General 1 A (Misceláneo)

Ubicación:    Grecia

Nombre

Cédula

Nota

Chinchilla Alvarado David

6-118-527

80.00%

Barrantes Chávez Rodrigo Adolfo

2-619-729

73.86%

Gonzáles Salas Leidy Victoria

9-071-757

70.00%

Clase:           Trabajador Operativo General 1 A (Peón de finca)

Ubicación:    Naranjo

Nombre

Cédula

Nota

Salazar Sánchez Mario Alfredo

2-434-836

80.00%

González Cubero Isidro

2-404-844

75.00%

Montoya Corrales Reynaldo

2-612-713

70.00%

Clase:            Trabajador Operativo General 1 B (Chofer)

Ubicación:    San José

Nombre

Cédula

Nota

Salas Murillo Javier Gerardo

1-670-128

90.00%

Arguedas Marín Juan Carlos

4-142-285

80.00%

Clase:            Trabajador Operativo General 1 B (Chofer)

Ubicación:    Puntarenas

Nombre

Cédula

Nota

Hernández Jiménez Rafael Edo.

6-318-358

97.91%

Farrier Soto Jorge

6-200-472

95.00%

Marroquín Chávez Pablo

2-483-943

88.73%

Clase:            Trabajador Operativo General 1 B (Chofer)

Ubicación:    Naranjo

Nombre

Cédula

Nota

Vargas González Luis Fernando

2-425-129

75.00%

Clase:            Trabajador Operativo General 2 (Electricidad)

Ubicación:    San José

Nombre

Cédula

Nota

Ávalos Ríos Ricardo Antonio

1-925-500

80.00%

Brenes Guadamuz Allan

3-322-602

75.00%

Jiménez Montoya Luis Mainor

1-1222-077

70.82%

Artículo 2º—Rige a partir de la fecha de publicación de esta Resolución.

Publíquese y comuníquese.

San José, 01 de octubre del 2009.—Lic. Carlos Luis Chacón Retana, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 20208.—Solicitud Nº 32569.—C-52770.—(IN2009087680).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

A Laura Patricia Molina Brenes, se le comunica la resolución administrativa de las ocho horas del dieciocho de agosto de dos mil nueve, que dicta medida de protección de cuido provisional, en beneficio de la persona menor de edad Brandy Guisellle Molina Brenes, bajo cuido y protección de la señora Guiselle Molina Brenes. Medidas con un plazo máximo de 6 meses. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: procede apelación, si se interpone ante este Despacho, dentro de las 48 horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Expediente PANI: 115-00106-09.—Oficina Local de Alajuelita, setiembre del 2009.—Lic. Milton Gutiérrez Quesada, Representante Legal.—O. C. Nº 31042.—Solicitud Nº 26824.—C-5630.—(IN2009086236).

Se le comunica a Kattia Jara Serrano y Víctor Sandí Gutiérrez, la resolución de las diez horas del cinco de setiembre de dos mil nueve, de orientación y apoyo a la familia y de asistencia obligatoria en establecimientos oficiales de enseñanza en beneficio de Enmanuel Sandí Jara. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el Superior en grado, dentro de un plazo de 48 horas después de notificada. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadaS con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada. 112-000100-2009.—Oficina Local de Guadalupe, 25 de setiembre del 2000.—Lic. Roberto Marín A., Representante Legal.—O.C. Nº 31042.—Solicitud Nº 26826.—C-8160.—(IN2009087170).

Se le comunica a Ana Melissa Umaña Castro, que mediante resolución de las quince horas del dieciséis de setiembre del dos mil nueve, se ubica a la persona menor de edad Ronny Umaña Castro, en una alternativa de protección institucional, denominada “Casa Café”. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el Superior en grado, dentro de un plazo de cuarenta y ocho horas, contadas a partir de la tercera publicación del presente edicto. Deberá además señalar lugar o medio electrónico piara recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada. Expediente 112-00037-2009.—Oficina Local de Guadalupe, 17 de setiembre del 2008.—Lic. Roberto Marín A., Representante Legal.—O.C. Nº 31042.—Solicitud Nº 26826.—C-8160.—(IN2009087171).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se le comunica formalmente al señor Luis Fernando Espinoza Reyes la resolución administrativa dictada por la Oficina Local de Puntarenas de las quince horas del día siete de setiembre del dos mil nueve mediante la cual se ordenó como medida especial de protección el abrigo temporal de sus hijas Landy Espinoza Urbina, Martha Yarelis Espinoza Urbina y María Fernanda Espinoza Urbina en el Hogar Cristiano de Puntarenas. Se ordenó también, entre otras disposiciones, la valoración social de recursos familiares y comunales por parte del PANI. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: Se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este Despacho o ante la Presidencia Ejecutivo dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes. Expediente Nº 631-00030-2009.—Oficina Local de Puntarenas, 29 de setiembre del 2009.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Represente Legal.—O. C. Nº 31042.—Solicitud Nº 26830.—C-10200.—(IN2009088199).

A quien interese, se pone en conocimiento que en esta Oficina Local de Puntarenas, se dictó la resolución de las quince horas treinta minutos del día veinticinco de setiembre del dos mil nueve relacionada con la declaratoria administrativa de estado de abandono de la persona menor de edad Keylor David Serrano Villegas, nacido el diez de julio del dos mil dos, hijo de la señora Lennia Gabrini Serrano Villegas, quien falleció el día dos de marzo del dos mil nueve, asimismo se dictó depósito administrativo provisional del niño Keylor David Serrano Villegas en la persona de su tía materna Tahira Serrano Villegas, portadora de la cédula de identidad número seis-trescientos ochenta y siete-setecientos setenta, quien notificada del nombramiento aceptó el cargo y juró su fiel cumplimiento en beneficio de la persona menor de edad. Garantia de defensa: se les previene a las partes que es su derecho hacerse asesorar y representar por un abogado de su elección, así como que tiene acceso al estudio del expediente administrativo, que permanecerá a su disposición en esta oficina local según el domicilio que consta en el expediente en horas y días hábiles de las siete horas treinta minutos hasta las dieciséis horas. Medidas cautelares: al amparo de lo dispuesto en los incisos g) del artículo ciento sesenta y uno del Código de Familia, se dictó depósito administrativo de la persona menor de edad citada en el hogar de la señora Tahira Serrano Villegas, quien se responsabilizará por la custodia y protección del niño Keylor David Serrano Villegas. Recursos: en contra de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrán interponer los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación dentro de los tres días hábiles siguientes contadas a partir de la última notificación a las partes ante la Oficina Local de Puntarenas en horas hábiles: entre las siete horas treinta minutos y las dieciséis horas, en el entendido que de hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Dichos recursos se podrán interponer en forma verbal o escrita ante esta Oficina Local quien elevará el recurso de apelación a la Presidencia Ejecutiva de la Institución ubicada en San José, Barrio Luján, en el Centro de Cultura de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia del Patronato Nacional de la Infancia, entre las siete horas treinta minutos y las dieciséis horas. Se le previene a las partes señalar lugar para atender notificaciones, igualmente puede señalar un número de fax en donde puedan realizarse las notificaciones, de lo contrario las resoluciones posteriores quedarán notificadas en el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, igual efecto producirá si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales y el contenido del Voto Nº 11302-2002 de las 15:41 horas del 27 de noviembre del 2002 de la Sala Constitucional (artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente Nº 631-00052-2009.—Oficina Local de Puntarenas, 29 de setiembre del 2009.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Representante Legal.—O. C. Nº 31042.—Solicitud Nº 26830.—C-20400.—(IN2009088201).

Se le comunica a la señora Tania Raquel Regidor Moreira que en la oficina local del PANI de Los Chiles se dictó resolución de las trece horas cincuenta minutos del dieciséis de setiembre del dos mil nueve, mediante la cual se dispuso medidas de protección en sede administrativa de cuido provisional a favor de la persona menor de edad M.J.R.M., se le concede a los interesados un plazo de cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de este edicto para que haga valer sus derechos. Contra la resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en el plazo de 3 días hábiles. Debe señalar medio donde recibir notificaciones. Expediente Nº 242-0028-2009.—Oficina Local en Los Chiles.—Lic. Nathalia Murillo Jiménez, Órgano Director .—O. C. Nº 31042.—Solicitud Nº 26830.—C-6120.—(IN2009088202).

A: Héctor Mateus Bonilla y Juan Carlos Muñoz Santamaría, se les comunica la resolución de este Despacho de las 11:00 horas del 25 de setiembre del 2009, por medio de la cual se ordenó ingreso al Hogarcito Infantil de Puriscal, de los niños Karen Angélica Mateus Pulido y Justin Yesid Muñoz Pulido, por un plazo de seis meses. Valórense los recursos familiares y comunales que aparezcan en el proceso. Recurso: apelación. Plazo: dos días hábiles siguientes al de la tercera publicación. Ante la Oficina Local de San Ramón, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras en San Ramón, Alajuela y de alzada en San José, pudiendo señalar número de fax, para tal fin, de lo contrario las resoluciones que se dicten, se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas. Expediente Nº 244-00135-06.—Oficina Local de San Ramón, 25 de setiembre del 2009.—Lic. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº 31042.—Solicitud Nº 26830.—C-6120.—(IN2009088203).

A la señora Maricel Sánchez Quirós, se le comunica las resoluciones administrativas de las quince horas del veintitrés de junio y de las diez horas cuarenta minutos del veintiuno de agosto ambas del dos mil nueve, mismas en la que la Oficina Local de Limón declara la incompetencia por razón de territorio para que continúe la Oficina Local de La Unión y donde la Oficina Local de La Unión se atribuye el conocimiento de la situación de la persona menor de edad Elizabeth Elena Sánchez Quirós. Se les advierte a los interesados que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en: cien metros al norte de la Municipalidad de La Unión en Tres Ríos, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta Institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente Nº 741-00042-2005.—Oficina Local de La Unión.—Lic. Christian Solano Machado, Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº 31042.—Solicitud Nº 26830.—C-12240.—(IN2009088204).

Se le comunica a cualquier interesado legitimo que por resolución de la Representación Legal de esta Oficina Local, de las 8:00 horas del trece de julio del dos mil nueve, se dio inicio a un proceso de declaratoria de abandono en sede administrativa y depósito administrativo del joven Stanys David Corrales Vargas en la persona de Sonia Morales Araya, por fallecimiento de sus progenitores Gustavo Alfonso Corrales Araya y Olga Patricia Vargas Morales, arrogándose el Patronato Nacional de la Infancia la representación legal del joven supra citado hasta que administrativa o judicialmente se resuelva lo contrario. Asimismo se ordena el depósito administrativo del joven en mención en el hogar de su abuela materna, la señora Sonia Corrales Araya. Se les confiere audiencia por tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés y ofrezcan las pruebas que estime necesarias y se les advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, en días y horas hábiles, ubicada en San José, avenidas 0 y 2, calle 38. Deberán señalar lugar conocido o número de facsímile para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación del artículo 11 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. Se les hace saber, además, que contra esta resolución proceden los recursos de revocatoria con apelación en subsidio, el primero que deberá resolver esta representación legal y el segundo para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente Nº 111-00107-2008.—Oficina Local de San José.—Rafael A. Barrientos Ávila, Representante Legal.—O. C. Nº 31042.—Solicitud Nº 26832.—C-15810.—(IN200988207).

Al señor Yerry Hernández, se le comunica la resolución de este Despacho de las nueve horas del día dieciocho de setiembre del dos mil nueve, que ordenó la medida de abrigo temporal de la niña Hellen Hernández Sandries en un albergue institucional. Se previene a las partes señalar lugar para futuras notificaciones en el perímetro de la Oficina Local de Heredia, de lo contrario las resoluciones posteriores quedarán notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de ser dictadas. Plazo para oposiciones: cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto. Recurso de apelación el cual deberá interponerse ante la Oficina Local de Heredia, la cual elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José, de Casa Matute Gómez 250 metros al sur, en forma verbal o escrita dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación, debiendo señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional de la Presidencia Ejecutiva. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada.—Oficina Local de Heredia, setiembre del 2009.—Lic. Ilse Trejos Salas, Representante Legal.—O. C. Nº 31042.—Solicitud Nº 26832.—C-5440.—(IN2009088208).

A Milena Rojas Arley, conocida como Ramírez Arley y Bismark Antonio Hernández F. Se le comunica la resolución de este Despacho de las 9:00 horas del 28 de setiembre del 2009, por medio de la cual se ordenó medida de protección de abrigo temporal de Jhonathan Rojas Arley y Pablo Enrique Hernández Ramírez, que ordenó seguimiento de la situación y valoración de recurso familiar ofrecido. Que esta ubicación se hace por seis meses. Recurso: apelación. Plazo: dos días hábiles siguientes al de la tercera publicación. Ante este Órgano Director, debiendo señalar lugar para notificaciones en San Ramón y de alzada en San José, de lo contrario las resoluciones posteriores se darán por notificadas transcurridas veinticuatro horas. Podrán señalar número de fax para notificarles. Expediente Nº 241-00021-01.—Oficina Local de San Ramón, 28 de setiembre del 2009.—Lic. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº 31042.—Solicitud Nº 26832.—C-15810.—(IN2009088210).

Al señor Rigo José Sáenz Hernández, se le comunica que la señora María Ivania López Méndez, ha solicitado en fecha diecisiete de setiembre del dos mil nueve, la intervención del Patronato Nacional de la Infancia, a fin de que la Institución emita la recomendación para la salida del país de su hija, la persona menor de edad María Carolina Sáenz López. Conforme a lo dispuesto en el Reglamento de salidas del país vigente de personas menores de edad. Publíquese dos edictos consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta, y uno en un diario de circulación nacional, a costas de la parte interesada. Expediente Nº 331-00234-2004.—Oficina Local de La Unión.—Lic. Christian Solano Machado, Representante Legal.—(IN2009087688).

2 v. 1.

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

EDICTO

La SUTEL de conformidad con el expediente SUTEL-OT-377-2009 admite la solicitud de autorización presentada por Giros Hispanos S. A., cédula jurídica número 3-101-245988, para brindar un servicio de Telefonía IP. Se otorga el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, para que los interesados se apersonen ante la SUTEL a hacer valer sus derechos.

San José, 16 de setiembre del 2009.—George Miley Rojas, Presidente.—1 vez.—(IN2009088821).

OFICINA NACIONAL DE SEMILLAS

AJUSTE DEL VALOR DE LOS SERVICIOS

DE CONTROL DE CALIDAD DE SEMILLA

Considerando que:

Ante los constantes aumentos de costos generales, entre los que destacan la atención de salarios, viáticos, combustibles, seguros, mantenimientos, servicios adicionales y repuestos, la Oficina por su naturaleza debe equilibrar sus egresos con ajustes en los costos de los servicios que brinda.

Aunado a ello y en atención a la política gubernamental de equiparar los salarios del sector profesional a partir del año 2008 con un ajuste alrededor de 23% adicional a los ajustes de costo de vida (12,43%) y en el 2009 con ajustes de 14.77% (percentiles) y 8.11% (costo de vida), se produjo un desequilibrio en el orden de gastos, que hizo necesario aumentar el nivel de ingresos de la Institución para atender los compromisos del año 2009.

Sin embargo, este ajuste salarial del sector profesional continuará hasta el primer semestre del 2010, el que llegará al Percentil 50 con un incremento estimado no menor al 10%, adicional al asignado al sector no profesional con un porcentaje de 2.44 sobre lo que se determine en su momento como ajuste para equiparar el costo de vida.

Paralelamente deben tomarse estas consideraciones:

1.  Desde la última revisión de costos de servicio, el Indice General de Precios ha crecido un 7,88 % y de acuerdo al comportamiento efectuado se espera al final del año un acumulado de 11,02%.

2.  Para el año 2010 se espera una disminución en los ingresos generados por la importación de arroz, así como en las cantidades de semilla de arroz a certificar y de otros cultivos como papa, especies forrajeras y hortalizas.

3.  La partida estatal de apoyo para atender nuevas obligaciones de la Institución como la atención al Plan Nacional de Alimentos, Ley de Protección a las Obtenciones vegetales y Tratado Internacional de Recursos Filogenéticos fue reducida en un cincuenta por ciento sin desmerecer futuras restricciones.

4.  Adicionalmente a los ajustes por costo de vida deberá sufragarse un ajuste al sector no profesional de 2.44% y al sector profesional alrededor de 10%.

5.  La Oficina por su naturaleza debe equilibrar sus gastos de operación con ajustes en los costos de los servicios que brinda.

6.  En acuerdos anteriores de Junta Directiva (Sesiones 540 y 542); los valores de los servicios de verificación de estándares de calidad de semilla de hortalizas se ajustarán anualmente en conjunto con la variación del índice general de precios.

7.  Para lo anterior se hace necesario ajustar un mínimo de 10% para equilibrar la relación ingresos-egresos a partir del año 2010.

Por lo tanto, en virtud del Artículo 21 de la Ley de Semillas, la Junta Directiva de la Oficina Nacional de Semillas, en Sesión Nº 596, celebrada el lunes 14 de setiembre del año 2009 (Acuerdo 2, Artículo 5), aprobó un ajuste en el valor de los servicios de las restantes actividades de control de calidad de manera que se cubran los costos básicos, considerando a su vez los ingresos adicionales para que los incrementos no sean desproporcionados.

Se mantiene el concepto de cobro para los servicios especiales (S.E.), que son los que no están especificados por sus características y cuya fórmula es:

Servicio Especial (S.E.) = Costo de tiempo invertido por el funcionario + Kilometraje utilizado de acuerdo a tarifas establecida por la Contraloría General de la República + costos adicionales (viáticos, administrativos y operativos).

Igualmente a la fecha, se mantienen los sistemas de cobro establecidos para las diferentes actividades, sin menospreciar la posibilidad de variación.

La lectura final se presenta en el Cuadro 1.

CUADRO 1. COSTO DE SERVICIOS DE CONTROL

DE CALIDAD DE SEMILLA

Detalle

Unidad de medida

Monto (colones)

Algodón.

quintal 46 kg

1.100,00

Arroz.

quintal 46 kg

1.100,00

Café semilla.

quintal 46 kg

1.100,00

Café almácigo.

plántula

S.E.

Cacao.

semilla

S.E.

Coco.

semilla

18,00

Cultivos Transgénicos.

 

S.E.

Especies forestales menos teca y melina.

kilo

S.E.

Especies forrajeras importadas.

kilo

35,00

Especies forrajeras de producción nacional.

kilo

S.E.

Frijol.

quintal 46 kg

1.100,00

Higuerilla.

quintal 46 kg

1.100,00

Maíz producción nacional.

quintal 46 kg

1.100,00

Melina.

kilo

330,00

Papa.

hectárea

140.000,00

Pejibaye.

semilla

S.E.

Semilla importada (grano).

quintal 46 kg

660,00

Sorgo.

quintal 46 kg

1.100,00

Soya.

quintal 46 kg

1.100,00

Teca.

kilo

220,00

OTROS SERVICIOS:

 

 

Inscripción y fiscalización de Plantas Procesadores.

planta por año

231.000,00

Inscripción y fiscalización de Importadoras, Exportadoras y Distribuidoras de Semilla.

empresa por año

35.000,00

Registros de Importación y Exportación de Semilla.

Formulario

6.000,00

Certificados específicos (origen, varietal, etc).

unidad

S.E.

Talonarios Facturas Oficiales

unidad

2.750,00

Talonarios Recibos de Semilla

unidad

1.100,00

Brócoli, Coliflor, Melón, Repollo y Tomate.

kilo

2.000,00

Sandía y Zanahoria.

kilo

1.350,00

Cebolla.

kilo

660,00

Culantro y Vainica.

kilo

35,00

Resto de especies de hortalizas.

kilo

415,00

Tarifa mínima por servicio

 

15.000,00

REGISTRO DE VARIEDADES COMERCIALES:

 

 

Nuevas

unidad

42.000,00

Antiguas

unidad

20.000,00

Uso doméstico

unidad

6.000,00

Se considera una tarifa mínima de servicio de ¢15.000,00 para los casos en que al aplicarse la tarifa vigente, el valor sea menor al costo mínimo de operación que ha sido fijado en esta cantidad. Esto alcanza a todas las especies.

Los valores del servicio de verificación de estándares de semilla de hortalizas se establecen en concordancia con el costo de la actividad en forma colectiva y el valor de la semilla en el mercado de manera que se mantenga la proporcionalidad: costo de servicio mayor para la semilla de mayor precio.

Las presentes tarifas rigen a partir del 1º de enero del año 2010 y para los lotes de semilla que se distingan con el 2010.

San José, 5 de octubre del 2009.—Ing. Wálter Quirós Ortega, Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2009133906.—(IN2009087804).

JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL

AVISO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Se hace saber que el señor Sandoval Chinchilla Rafael Ángel, cédula 3-0744-0857, ha presentado solicitud de Retiro de Fondos en la Operadora de Pensiones, de quien en vida fue Sandoval Céspedes Yahaira, cédula Nº 7-0144-0666. Se cita y emplaza a los posibles beneficiarios con mejor derecho al retiro de éste, para que dentro del plazo de tres meses hábiles, contados a partir de la última publicación de este aviso, concurran a hacer valer sus derechos a las oficinas centrales, sitas en esta ciudad, avenida 8, calles 21 y 23.—San José, 10 de setiembre del 2009.—Lic. Henry Salas Jiménez, Jefe a. í.—Departamento Plataforma de Servicios.—(IN2009087227).

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

AVISO

El Instituto Nacional de Estadística y Censos, avisa que el Índice de Precios al Consumidor (IPC), Base julio 2006 correspondiente a setiembre 2009 es de 133,752, el cual muestra una variación porcentual mensual de 0,11 y una variación porcentual acumulada del primero de octubre del 2008 al treinta de setiembre de 2009 (12 meses) de 4,83.

Esta oficialización se hace con base en estudios realizados en el Instituto Nacional de Estadística y Censos.

San José, 2 de octubre del 2009.—Jaime Vaglio Muñoz, Gerente.—1 vez.—O. C. Nº 2681.—Solicitud Nº 38596.—C-8270.—(IN2009087853).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE POÁS

El suscrito Ing. José Joaquín Brenes Vega, en mi calidad de Alcalde Municipal, comunico, que el Concejo Municipal del cantón de Poás, en sesión extraordinaria Nº 53, celebrada el día 12 de agosto del 2009, aprobó según acuerdo Nº 5035-08-2009, las nuevas tarifas del Acueducto Municipal de la Municipalidad del cantón de Poás, las cuales se detallan a continuación:

Las tarifas resultantes del análisis efectuado, son las siguientes:

MUNICIPALIDAD DE POÁS/PLIEGO TARIFARIO

 

Domiciliaria

Ordinaria

Reproductiva

Preferencia

Gobierno

Servicio fijo

3.400,00

6.800,00

10.200,00

3.400,00

5.100,00

Servicio medido

 

0 - 15 m3, base

1.850

3.700

5.550,00

1.850,00

2.775,00

16 - 25 c/m3

110,00

127,60

236,50

143,00

143,00

26 - 40 c/m3

165,00

198,00

236,50

143,00

143,00

41 - 60 c/m3

165,00

198,00

236,50

143,00

143,00

61 - 80 c/m3

247,50

330,00

236,50

143,00

143,00

81 - 100 c/m3

247,50

330,00

236,50

346,50

346,50

101 - 120 c/m3

363,00

401,50

236,50

346,50

346,50

Más de 120 c/m3

363,00

401,50

236,50

346,50

346,50

Actualización de nuevas conexiones

En referencia al costo de las nuevas conexiones y reconexiones se detallan en el Anexo 3.

Costo nueva conexión                    ¢51.000,00

Costo de reconexiones                      ¢3.500,00

En lo que se refiere al costo por una nueva conexión, reconexión y reposición de materiales, se toman los costos de materiales y el detalle de mano de obra.

Conforme a la normativa vigente que regula la materia, según resolución Nº R-CO-70-2006, publicada en La Gaceta Nº 184 del 26 de setiembre del 2006, estas tarifas entrarán a regir treinta días después de su publicación. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.

San Pedro de Poás, 5 de octubre del 2009.—Ing. José Joaquín Brenes Vega, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2009087702).

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

DIRECCIÓN DE SERVICIOS AMBIENTALES

Se le avisa a los propietarios que a continuación se detallan, que se le conceden ocho días hábiles para que procedan a la limpieza de sus lotes, así como también al cerramiento de los mismos y a la recolección de los desechos generados de esta labor, caso contrario la Municipalidad procederá a realizar la limpieza, la confección de la cerca y la recolección de los desechos, cargando el costo según se indica en el Reglamento para el cobro de la tarifa por las omisiones a los deberes de los propietarios de bienes inmuebles localizados en el cantón de Curridabat.

Los desechos sólidos generados por la limpieza de cualquier otro lote dentro del Cantón en acato del mencionado Reglamento, deberán ser transportados y dispuestos por su propietario en forma debida, de lo contrario, la Municipalidad realizará el transporte y la disposición y lo cobrará de acuerdo al mencionado Reglamento.

Este comunicado tiene vigencia de 1 año a partir de su publicación:

Nombre                                Cédula Nº                    Finca Nº

Hirakawa Real Estate                         3-101-570950               298012-000

and Investments Inc. S. A.

Hirakawa Real Estate                         3-101-570950               298014-000

and Investments Inc. S. A.

Hirakawa Real Estate                         3-101-570950               298016-000

Nombre                                Cédula Nº                    Finca Nº

and Investments Inc. S. A.

Haydee Libby Cubas                         260594041342              279527-000

Eida Leon Barth                                   1-0421-0852              220487-B-002

Juan Carlos Ruiz Paulsen                45516524902187            471413-000

Vigo S. A.                                           3-101-015573               388574-000

Lai Chao Tsai                                  627171142003876           464793-000

Vilma María Quesada Calvo                  3-175-572                  418033-000

Medinaceli S. A.                                 3-101-348366               538479-000

Ing. Carlos Núñez Castro, Director de Servicios Ambientales.—1 vez.—RP2009133846.—(IN2009087792).

MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA

El Concejo Municipal del cantón de Goicoechea en sesión ordinaria Nº 39-09, celebrada el día 28 de setiembre de 2009, artículo 12, con dispensa de trámite de comisión, por unanimidad y con carácter firme aprobó:

“Trasladar la sesión ordinaria correspondiente al lunes 12 de octubre, 2009 para el martes 13 de octubre, 2009, a las 7:00 p.m.”

Departamento Secretaría.—Zahyra Artavia Blanco, Jefa.—1 vez.—(IN2009087794).

MUNICIPALIDAD DE MORAVIA

Acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Moravia:

Acuerdo Nº 2178, tomado en la sesión ordinaria Nº 179 de fecha 5 de octubre del 2009:

En vista de que el 12 de octubre es día feriado y hay diferentes actividades culturales en las que podemos participar, solicito se traslade la fecha de la sesión ordinaria del lunes 12 de octubre del 2009 para el día miércoles 14 de octubre a la misma hora 6:00 p.m. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.

Moravia, 06 de octubre del 2009.—Lic. Édgar Vargas Jiménez, Alcalde.—1 vez.—(IN2009087870).

MUNICIPALIDAD DE GRECIA

En sesión ordinaria celebrada por el Concejo Municipal de Grecia el lunes 29 de setiembre del año 2009, artículo VII, inciso 1), acta Nº 289, se acuerda:

Se acuerda: visto el oficio presentado por la Master Alina Álvarez, Coordinadora de Administración Tributaria, aprobar el aumento de la tarifa que se cobra por la emisión de Certificaciones del Registro de la Propiedad, de ¢800,00 a ¢1.000,00 por certificación. Asimismo, se autoriza su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, acuerdo definitivamente aprobado y por unanimidad. Rige treinta días después de su publicación.

Grecia, 02 de octubre del 2009.—Master Alina Álvarez A., Coordinadora de Administración Tributaria.—1 vez.—(IN2009087832).

En sesión ordinaria celebrada por el Concejo Municipal de Grecia el lunes 29 de setiembre del año 2009, artículo VII, inciso 2), acta Nº 289, se acuerda:

Se acuerda aprobar la propuesta presentada para el aumento en los servicios del Cementerio Municipal, quedando de la siguiente manera:

Servicio

Monto ¢

Inhumación en nicho municipal o particular en bóveda externa

16.065,70

Inhumación en nicho en bóveda subterránea

46.706,33

Exhumación para traslado de restos a otros cementerios o trámites judiciales

16.065,70

Exhumación-Inhumación de restos dentro del Cementerio Municipal nicho externo.

32.131,40

Exhumación-Inhumación de restos dentro del Cementerio Municipal nicho subterráneo.

78.927,73

Inhumación o Exhumación en tierra

8.908,48

Asimismo, se autoriza a la Master Alina Álvarez Arroyo, Coordinadora de Administración Tributaria, para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Acuerdo definitivamente aprobado y por unanimidad. Rige treinta días después de su publicación.

Grecia, 02 de octubre del 2009.—Master Alina Álvarez Arroyo, Coordinadora de Administración Tributaria.—1 vez.—(IN2009087833).

MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO

Artículo cuarto: asuntos varios

7.-El señor Presidente se refiere:

b.-  El Concejo conoce y autoriza se publique en el Diario Oficial La Gaceta el cambio de la sesión ordinaria del próximo 12 de octubre al 13 de octubre del 2009, a las 19:00 horas, en la sala de sesiones de la Municipalidad. Acuerdo definitivamente aprobado. Votos de los señores regidores Ramírez Zamora, Madrigal Ledezma, Araya Nájar, Fallas Cordero y Salas Quesada.

Sesión Nº 138-2009 de fecha 29 de setiembre del 2009, artículo IV, inciso 7.- b.-

Santo Domingo, 01 de octubre del 2009.—Gabriela Vargas Aguilar, Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2009087808).

CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COLORADO

Traspaso de patente de licores nacionales

El Concejo Municipal de Distrito de Colorado, comunica que por acuerdo Nº 1616-2009 emitido en sesión ordinaria Nº 34-2009, Capítulo II, artículo 9, celebrada el día veinticuatro de agosto del año dos mil nueve, acordó en firme y por unanimidad lo siguiente:

1.  Que se está realizando las gestiones de traspaso de patente de licores nacionales Nº 03, del señor Fabio Bolaños Rojas con cédula de identidad Nº 02-0267-0266 a la señora Zulay Verónica Acosta Gutiérrez cédula de identidad Nº 06-0332-0820. Se escuchan oposiciones quien se considere afectado, ante este Concejo Municipal, dentro de ocho días hábiles siguientes a esta publicación.

Colorado de Abangares, 21 de setiembre del 2009.—Francisco Javier González Pulido, Secretario Municipal.—Armando Medina Sánchez, Encargado de Rentas.—1 vez.—(IN2009087877).

CONCEJO MUNICIPAL DE CÓBANO

DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

EDICTO

Nº 021-2009.—Importaciones y Exportaciones Internacionales R. S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-090084, con base en el artículo 38 del Reglamento de la Ley sobre la Zona Marítima Terrestre Nº 6043 del 02 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una parcela de terreno sita en Mal País, distrito once: Cóbano, cantón primero: Puntarenas, provincia sexta: Puntarenas, mide: 13 814 m2. Es terreno para dedicarlo al uso de zona hotelera y cabinas, que colinda: norte, Concejo Municipal de Distrito de Cóbano; sur, calle pública; este, Proyecto Ecológico Cabo Blanco y oeste, zona pública. La presente publicación se realizará de acuerdo al Plan Regulador (Mal País) aprobado para dicho sector costero. Se conceden 30 días hábiles, a partir de esta única publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad, en papel fiscal de veinticinco colones y los timbres correspondientes en dos tantos.

Cóbano, 01 de octubre del 2009.—Alcides Fernández Elizondo, Coordinador a. í.—1 vez.—RP2009133876.—(IN2009087795).

AVISOS

CONVOCATORIAS

UNIÓN DE CONSERJES DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y AFINES

La Unión de Conserjes de Educación Pública y Afines, por este medio convoca formalmente a todos sus afiliados a la primera convocatoria de la asamblea anual, que se efectuará el día sábado 31 de octubre del 2009, a las 8:00 a. m., en las oficinas centrales de U.C.E.P.A., situada de la Clínica Santa Rita, 50 metros al oeste y 50 metros al sur, casa Nº 832.

Agenda:

1.  Saludo.

2.  Comprobación del quórum.

3.  Himno Nacional.

4.  Himno al Conserje.

5.  Reglamento de debates.

6.  Lectura de actas anteriores.

7.  Informes.

a.   Secretaría general.

b.  Secretaría de finanzas.

c.   Fiscal general.

8.  Presentación del Tribunal Electoral.

9.  Almuerzo 12:30 m. d.

10.   Juramentación de la junta directiva 2009-2010.

11.   Clausura.

San José, 7 de octubre del 2009.—Elsa Gómez Molina, Secretaria General.—1 vez.—(IN2009088711).

COLEGIO DE PERIODISTAS DE COSTA RICA

El Tribunal de Elecciones Internas (TEI) del Colegio de Periodistas convoca a elecciones para nombrar a la junta directiva que regirá a la Institución del primero de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil diez.

Esta elección se llevará a cabo el viernes 27 de noviembre del año 2009.

Habrá una urna principal en la sede central del Colegio, de 8:00 a. m., a 6:00 p. m., y cuatro urnas itinerantes en los siguientes lugares y horarios:

9:00 a. m. - 12 m. Asamblea Legislativa.

9: 00 a 10:30 a. m. Universidad de Costa Rica.

11:00 a. m. a 12 m. Casa Presidencial.

9:00 a 10:30 a. m. Repretel.

11: 00 a.m. a 12:30 p. m. SINART.

9:00 a. m. - 12 m. Instituto Tecnológico de Costa Rica (Cartago).

1:00 a 3:00 p. m. Diario Extra.

3:30 a 5:00 p. m. Grupo Nación.

1:00 a 2:30 p. m. Caja Costarricense de Seguro Social.

3:00 a 4:30 p. m. Poder Judicial.

1:00 - 3:00 p. m. Universidad Nacional (Heredia).

3:30 a 5:00 p. m. Universidad Interamericana (Heredia).

3:00 a 6 p. m. San Carlos Al Día (San Carlos).

**1:00 a 2:00 p. m. Agencia Porter Novelli.

**2:00 a 3 p. m. Agencia Publimark.

**Los centros de votación (Agencias Porte Novelli y Publimark), se abrirán siempre que se cuente con la anuencia de los responsables y se comunicará por correo interno su apertura.

Por tal motivo, se convoca a las y los colegiados a inscribir las candidaturas a los cargos de Presidente(a), Vicepresidente(a), Secretario(a), Fiscal, Tesorero(a), Primer(a) y Segundo(a) Vocal.

Las inscripciones se podrán hacer por nómina o de manera individual por cada puesto. En caso de hacerse por nómina, deberán proponerse hombres y mujeres en forma alternativa para los puestos en el orden antes señalado.

El plazo para presentar las candidaturas ante el Tribunal vence a las diecisiete horas del viernes 30 de octubre. Los documentos deberán ser entregados en un sobre cerrado, dirigido a la Secretaría del Tribunal de Elecciones Internas del Colegio, donde se extenderá constancia de recibido. Para que la gestión sea admisible, la propuesta de candidatos (as) debe ser suscrita por un mínimo del 5% de colegiados (as) activos (as) a la fecha de inscripción. Se les recuerda a las y los interesados que deben incluir una carta que contenga la firma de aceptación de los (as) postulantes y, además, cumplir con los requisitos del artículo 21 del Código Electoral.

Para ambos documentos se proporcionará un formulario en línea que se podrá descargar de la página Web, con el propósito de facilitar la respectiva inscripción a fin de unificar el proceso de recolección de firmas y la información esté legible para los miembros del Tribunal.

Para consultas, el Código Electoral se puede ver en la siguiente dirección: http://www.colper.or.cr.—Alejandra Fernández Bonilla, Presidenta.—José Francisco Correa Navas, Secretario.—1 vez.—(IN2009088723).

ASESORÍA Y MONTAJES INDUSTRIALES SOCIEDAD ANÓNIMA

Asesoría y Montajes Industriales Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-417185, por medio de su Presidente Eladio Valverde Chavarría, convoca a asamblea general extraordinaria de socios a celebrarse en el número 1625 de Barrio Montealegre, distrito Zapote, cantón central de la provincia de San José, el día 20 de noviembre del dos mil nueve, a las 2:00 de la tarde en primera convocatoria, de no haber quórum se celebrará la segunda convocatoria una hora después con los socios presentes. Se conocerá la siguiente agenda: 1) Apertura de la sesión y comprobación del quórum. 2) Rendición de cuentas por parte del Tesorero de sociedad señor Gonzalo Lizano Soto, que contendrá pero no solo: Reporte de informes contables mensuales desde el inicio de operaciones hasta el 30 de setiembre del 2009, con la presentación del respaldo de dichos informes, comprobantes de compra y venta de productos, ingresos y egresos, planillas, informes bancarios de las cuentas de la empresa entre otros. 3) Presentación de los Libros Contables: Diario, Mayor, Inventarios y Balances y los libros Legales: Registro de Socios, Asambleas de Junta Directiva y Asambleas de Socios, con la presentación de copias certificadas de cada uno de ellos. 4) Declaraciones a Hacienda de ventas mensuales y la correspondiente de Renta, desde su creación hasta el día 30 de setiembre del 2009.—San José, 6 de octubre del 2009.— Lic. Rafael Ángel Paniagua Mora, Notario.— 1 vez.—RP2009134376.—(IN2009088865).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA

Por medio de la presente la Universidad Latina de Costa Rica certifica que, ante este Registro, se ha presentado solicitud de reposición del Título de Bachillerato en Relaciones Públicas y Licenciatura en Comunicación de Mercadeo emitido por la Universidad Latina de Costa Rica, a nombre de Melissa Tencio Alfaro, cédula Nº 2-542-142. Se solicita la reposición por motivo que la estudiante extravió los originales. Se publica éste edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial. Se extiende la presente a solicitud de la interesada en el día y lugar de la fecha.—San José, 2 de octubre del 2009.—José Prado Arroyo, Director de Registro.—Elena Román Vásquez, confeccionó.—(IN2009087204).

M Y C FERRETERÍA, SOCIEDAD ANÓNIMA

M Y C Ferretería, Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-049414, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros Diario, Mayor, Inventario y Balance, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea y Actas Registro de Socios, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaría de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—RP2009133516.—(IN2009087361).

GANADERA RODOBAN S. A.

Ganadera Rodoban S. A. cédula 3-101-221203. Solicita a la Dirección General de Tributación Directa la reposición de los libros Asamblea Socios I y Registro Socios I Quien considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de San José en el término de 8 días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—RP2009133524.—(IN2009087362).

LOS AMANECERES DEL OTOÑO ROJO S. A.

Los Amaneceres del Otoño Rojo S. A., titular de la cédula de persona jurídica número: 3-101-436843 (tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y seis mil ochocientos cuarenta y tres), en el trámite de legalización de libros de reposición. Solicita ante la Dirección General de Tributación, la entrega anticipada del libro de Actas de Asambleas de Socios número uno, para actualizar su Junta Directiva. Quien se considere afectado, puede enviar su oposición a este trámite, a la Administración Tributaria de Cartago, dentro de los 8 días hábiles posteriores a la publicación.—Lic. Nikole Amerling Quesada, Notaria.—RP2009133594.—(IN2009087363).

LOS ATARDECERES DEL INVIERNO VERDE S. A.

Los Atardeceres del Invierno Verde S. A., titular de la cédula de persona jurídica número: 3-101-429412 (tres-ciento uno-cuatrocientos veintinueve mil cuatrocientos doce), en el trámite de legalización de libros de reposición. Solicita ante la Dirección General de Tributación, la entrega anticipada del libro de Actas de Asambleas de Socios número uno, para actualizar su Junta Directiva. Quien se considere afectado, puede enviar su oposición a este trámite, a la Administración Tributaria de Cartago, dentro de los 8 días hábiles posteriores a la publicación.—Lic. Nikole Amerling Quesada, Notaria.—RP2009133595.—(IN2009087364).

BIAGRO SOCIEDAD ANÓNIMA

Biagro Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-192462, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa la reposición de los siguientes libros: Libro número uno de Actas de Asamblea General, libro número uno de Actas de Junta Directiva, libro número uno de Registro de Socios, libro número uno de Diario, libro número uno de Mayor, libro número uno de Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de información y asistencia al contribuyente, administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso.—San José, 21 de setiembre de 2009.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—RP2009133733.—(IN2009087365).

GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA

De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código  de Comercio, el Sr. Jorge  Luis Quesada Saborío, cédula número 2-0082-0096, ha presentado ante esta entidad, solicitud de reposición de sus cupones Nos. 9 y 10 del 100 305 1112019369, ambos por un monto de $37.49 dólares, con fecha de vencimiento 4 de marzo del 2009, y 4 de abril del 2009.—Patricia Méndez Rodríguez.—(IN2009087564).

COMERCIALIZADORA G & C DE ORIENTE SOCIEDAD ANÓNIMA

Comercializadora G & C de Oriente Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-18700, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Asamblea de Socios, todos Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Patricia Carmona Jiménez.—(IN2009087596)

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Conste que yo, Víctor Hugo Mora Casasola, notario con oficina en San José, aviso que por escritura otorgada a las 8:00 horas del 5 de octubre del año 2009, número 164, visible al folio 146 del protocolo número ocho, se constituyeron las sociedades Complejo Artístico Kepler; Ángulo Recto Cinco Cero Seis; Efecto Venturi, Eco Inducción Fibromecánica, todas estas entidades con el agregado al final de Sociedad Anónima. Misma fecha.—Lic. Víctor Hugo Mora Casasola, Notario.—1 vez.—(IN2009087621).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

SAN JOSÉ INDOOR CLUB S. A.

El San José Indoor Club S. A., tramita la reposición de la acción Nº 0119 a nombre de Arturo Muñoz Retana, cédula de identidad Nº 1-375-771, por haberse extraviado. Cualquier persona que se considere con derechos deberá apersonarse ante el San José Indoor Club S. A., en sus oficinas sitas en Curridabat, dentro del plazo indicado en el artículo 709 del Código de Comercio.—San José, 24 de setiembre del 2009.—Lic. Cristian Calderón M., Cogerente General.—Lic. Álvaro Cambronero Ch., Cogerente General.—(IN2009087697).

GARGO S. A.

Gargo S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-veintiún mil sesenta y siete, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Libro de Actas de Junta Directiva, Libro de Actas de Asamblea General y Libro de Acta de Registro de Accionistas, todos los libros citados son para reponer por primera vez. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Fernando Falcón Varamo, Notario.—(IN2009087700).

INTERDIVISAS SOCIDAD ANÓNIMA

Interdivisas Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos diez mil novecientos cuarenta y uno, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Junta Directiva número uno, Actas de Asamblea General número uno, Actas de Registro de Accionistas número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Roxana Artavia Badilla, Notaria.—(IN2009087793).

LOSKO SOCIEDAD ANÓNIMA

Losko Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-017680, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, todos Nº 2 (dos). Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Jorge Mario Murillo Murillo, Notario.—RP2009133786.—(IN2009087798).

INVERSIONES MORA MADRIGAL SOCIEDAD ANÓNIMA

Inversiones Mora Madrigal, Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-177475, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor e Inventario y Balances, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencial al Contribuyente de la Administración Tributaria San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Teresita Monge Díaz, Notaria.—RP2009133834.—(IN2009087799).

MELOFARMA COSTARRICENSE SOCIEDAD ANONIMA

Melofarma Costarricense Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-249576, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor e Inventario y Balances, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencial al contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Teresita Monge Díaz, Notaria.—RP2009133835.—(IN2009087800).

LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A.

Para los efectos del artículo 689 Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:

Certificado Nº               Acciones                  Serie

1668                               490                          F

1667                                50                           F

1071                                55                           G

1455                                25                           G

977                                  19                           H

1475                                 9                            H

1852                               552                          H

2671                               400                          H

2292                              2000                         H

Nombre del accionista: El Benshdher de Costa Rica S. A. Folio Nº 1696.—San José, 30 de setiembre del 2009.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(IN2009088101).

CLUB PLAYA JACÓ

Se hace saber que Bernal Mario y Hammy Bernal, cédula Nº 1-275-659, ha iniciado las gestiones de reposición de certificado Nº 1567, por una acción del Club Playa Jacó S. A., por haberse extraviado. Quien se considere afectado en esta gestión debe dirigirse a las oficinas del Club para hacer valer sus derechos, en el plazo indicado en el artículo 709 del Código de Comercio.—San José, 05 de octubre, 2009.—María Hammy Bernal.—RP2009133822.—(IN2009087803).

COOPEMEX R. L.

 El certificado de depósito a plazo fijo Nº 110000248, con fecha de emisión 03/09/2008 y que venció el 03/09/2009, emitido por Coopemex R.L. fue extraviado, por lo tanto solicito a COOPEMEX R.L., la reposición del mismo. Dagoberto Guillén Bustos, çédula 5-178-478.—2 de octubre del 2009.—Ing. Maynor Sandoval López, Gerente General.—(IN2009087819).

Para la reposición del cupón a nombre de Cooperativa Aserriceña de Ahorro y Crédito R.L., cédula Nº 3004045226, se solicita sea publicado en el Diario Oficial La Gaceta, por tres días consecutivos el aviso para dicha reposición, el texto a publicar es el siguiente: El cupón de intereses Nº 010000078-01, a nombre de la Cooperativa Aserriceña de Ahorro y Crédito R. L., con vencimiento el 20/11/2008, fue extraviado, por tanto solicito a COOPEMEX R. L., la reposición del mismo. Modesto Méndez Monge, cédula Nº 1-747-049, Gerente General.—2 de octubre del 2009.—Ing. Maynor Sandoval López, Gerente General.—(IN2009087822).

ALBERYSAM S.R.L.

Alberysam S.R.L., con cédula Nº 3-102-228105, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Consejo de Administración, Actas Registro de Socios y Actas de Asamblea de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información Tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 29 de setiembre del 2009.—Lic. Miguel A. Cordero Benavides, Asesor.—(IN2009087873).

PANADERÍA SEGURA S. A.

Panadería Segura S. A., con cédula Nº 3-101-080422, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas Registro de Socios y Actas Asamblea General. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información Tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Miguel Cordero Benavides, Asesor.—(IN2009087874).

MUEBLE CENTRO DE CARIARI S. A.

Mueble Centro de Cariari S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cero cuarenta y nueve mil cuatrocientos catorce, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros: Junta Directiva y Registro de Accionistas número uno de dicha sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—San José, 06 de octubre del 2009.—Bernal Herrera M.—(IN2009088091).

LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A.

Para los efectos del artículo 689 Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:

Certificado Nº               Acciones                  Serie

1668                               490                          F

1667                                50                           F

1071                                55                           G

1455                                25                           G

977                                  19                           H

1475                                 9                            H

1852                               552                          H

2671                               400                          H

2292                              2000                         H

Nombre del accionista: El Benshdher de Costa Rica S. A. Folio Nº 1696.—San José, 30 de setiembre del 2009.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(IN2009088101).

Para los efectos del artículo 689 Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:

Certificado Nº               Acciones                  Serie

1364                                66                           E

1366                               206                          E

00170                               2                            B

797                                   1                            B

093                                   1                            D

1330                                60                           D

Nombre del accionista: Goldberg Blustein Eva. Folio Nº 135.—San José, 30 de setiembre del 2009.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(IN2009088103).

MONTE PICOS SOCIEDAD ANÓNIMA

Monte Picos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-053293, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 2, Mayor Nº 2 e Inventarios y Balances Nº 2. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Puntarenas, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, octubre de 2009.—Lic. Román Alberto Chavarría Bolaños, Representante Legal.—(IN2009088165).

INVERSIONES DON CANN SOCIEDAD ANÓNIMA

Inversiones Don Cann Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-064989, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 2, Mayor Nº 2, e Inventarios y Balances Nº 2. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Puntarenas, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, octubre de 2009.—Lic. Román Alberto Chavarría Bolaños, Representante Legal.—(IN2009088166).

TALMANA SOCIEDAD ANÓNIMA

Talmana Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-036276, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 2, Mayor Nº 3, e Inventarios y Balances Nº 2. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Puntarenas, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, octubre de 2009.—Lic. Román Alberto Chavarría Bolaños, Representante Legal.—(IN2009088168).

DON D INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

Don D Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-065115, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 2, Mayor Nº 2, e Inventarios y Balances Nº 2. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Puntarenas, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, octubre de 2009.—Lic. Román Alberto Chavarría Bolaños, Representante Legal.—(IN2009088170).

Se hace saber que en este Juzgado se tramita proceso de diligencias de reposición de cédula hipotecaria promovidas por Rolando Vega Rojas y que se describe de la siguiente manera: por un monto de ciento treinta mi. dólares, la cual se encuentra cancelada según manifestaciones del promovente y que devenía un interés del nueve punto cincuenta por ciento anual y pagadera el diecinueve de marzo del dos mil uno, garantiza dicho crédito, inscrita en el Registro Público al tomo cuatrocientos ochenta y ocho asiento cero cero cero treinta y cuatro secuencia cero cero cero uno. Se cita a los interesados para que se presenten a alegar sus derechos dentro del término de quince días, a partir de la última publicación, bajo la advertencia de que si pasado ese término no se ha presentado tercero con mejor derecho se procederá conforme lo dispone el artículo 709 del Código de Comercio. Lo anterior por haberse ordenado así dentro del expediente número 09-000381-0164-CI.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 24 de setiembre del 2009.—Lic. Rosnny Arce Jiménez, Juez.—RP2009134033.—(IN2009088448).

CIE INGENIERÍA ESPECIALIZADA S. A.

Cie Ingeniería Especializada S. A., cédula jurídica 3-101-282140, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: Diario 1, Mayor 1 e Inventarios y Balances 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Vargas Mora Marcello, cédula Nº 109320027.—RP2009134022.—(IN2009088458).

CASA DE ARTE MADINO S. A.

Casa de Arte Madino S. A., cédula jurídica 3-101-134176, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición del libro número uno de Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 28 de setiembre del 2009.—Lic. Arnulfo Carmona Martínez, Notario.—RP2009134079.—(IN2009088459).

AGROPECUARIA MANANTIAL Q H SOCIEDAD ANÓNIMA

Nosotros, Manrique Quesada Hidalgo, cédula de identidad número dos-quinientos cincuenta y ocho-novecientos veintitrés, soltero, Ingeniero Industrial, vecino de Ciudad Quesada de San Carlos, doscientos metros este y veinticinco metros sur del Liceo San Carlos, y Bernal Quesada Hidalgo, cédula de identidad número dos-seiscientos diecisiete-doscientos cincuenta, soltero, estudiante, de igual domicilio al anterior, en nuestra condición de presidente y secretario hacemos constar que hemos iniciado el trámite para la reposición por extravío del siguiente libro de actas: actas de asamblea de socios número uno; de Agropecuaria Manantial Q H Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y un mil quinientos sesenta, inscrita en el Registro de Personas Jurídicas, bajo la cédula jurídica indicada. Se escuchan oposiciones en la Administración Tributaria de la Zona Norte.—Manrique Quesada Hidalgo, Presidente.—Bernal Quesada Hidalgo, Secretario.—RP2009134112.—(IN2009088460).

COLOR, ARTE Y SERIGRAFÍA SOCIEDAD ANÓNIMA

Color, Arte y Serigrafía, Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-doscientos cuarenta y un mil cuatrocientos noventa y nueve, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Consejo de Administración Número uno y Registro de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Cartago, 22 de setiembre de 2009.—RP2009134128.—(IN2009088461).

GM COMERCIALIZADORA INTERNACIONAL LTDA

GM Comercializadora Internacional Ltda., persona jurídica con cédula tres-ciento dos-doscientos seis mil ciento tres, solicita ante la Dirección General de la Tributación la reposición de los siguientes libros: diario Nº 1; mayor Nº 1; inventarios y balances Nº 1; actas de asamblea de socios Nº 1; Registro de Socios Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaría de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Cartago, 22 de setiembre del 2009.—Marianella Martínez Moya.—RP2009134207.—(IN2009088462).

INGELECTRA CONSTRUCTORA SOCIEDAD ANÓNIMA

Ingelectra Constructora Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-052613, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Consejo de Administración. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Ing. Federico Lara Solórzano.—(IN2009088621).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES

EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES

A las siguientes personas se les comunica que, según nuestros registros al 30 de agosto del 2009, se encuentran morosos. Transcurridos diez días hábiles contados a partir de la fecha en que sus nombres aparezcan publicados en el Diario Oficial La Gaceta, de no cancelar la suma adeudada o firmar un arreglo de pago, se iniciará el proceso administrativo o judicial, según corresponda. Al mismo tiempo se les recuerda que este trámite tiene como consecuencia la inhabilitación para el ejercicio legal de la profesión:

Nombre

Cédula

Abadía Ulloa Juglan

205670625

Arias Marín Karla

110010314

Barillas Arias Ligia Del Carmen

107270921

Batzibal Tujal Fredy

132000050601

Benel Alama María Margarita

800840540

Bolaños Casasola Ericka

110140288

Brenes Morera Adriana José

112590805

Brenes Rojas Rita Cecilia

302680767

Campos Gutiérrez Paula

110150175

Campos Matamoros Marvin

203590537

Campos Salazar Cristian Alberto

206080482

Carrillo Alemán Marvin Gabriel

155801123026

Castro Méndez Giselle

302550633

Chavarría Álvarez Lucy

205090451

Cordero Arias Lina Mayela

104710228

Cuevas Calvo Carlos

104131314

Díaz Brenes Nelson

110390859

Fumero Vargas Ana Patricia

302270106

Gamboa Sevilla Gustavo Adolfo

109100240

García Villegas Pilar

108990856

Garita Villalobos Zeidy María

401640044

Gómez Aguilar Diana Marcela

503490185

Henchoz Bolaños Jorge Arturo

104990323

Hernández Duarte Marlene

204290061

Hernández Valerio Juan Pablo

205740082

Hidalgo Jiménez Marcela María

107280278

Jiménez Montero Lilliana

105130583

Juárez Villalta Socorro Aracelly

601320268

Lizano Vincent Dora Elena

104040668

Maroto Barquero Carlos Alberto

201830355

Matamoros Chaves Ana Iris

110490269

Méndez Garita Nuria Isabel

302480924

Molina Castillo María José

2701404020756

Morales Castro Rene

501910534

Prendas Rojas Juan Pablo

602990396

Quirós Flores Marisol María

108560327

Rabb Andrews Tamatha Anne

1751278361108

Ramírez Obando José Ángel

105650377

Rivera Vanegas Johanna

110960137

Rodríguez Castro Flory Luz

104860735

Rodríguez Rodríguez Rodolfo

105940540

Rodríguez Villalobos Lourdes

602780460

Rojas Chacón Ana Patricia

204170806

Rojas Ortega Lucía Victoria

302730254

Salas Rodríguez Yojackson

205760633

Solano Camacho Vivian

303270148

Sosa Sosa William Enrique

701290538

Valverde Torres Fernando

105710215

Vargas Corrales Carlos Enrique

203420772

Villalobos Jiménez Marieth Elena

701470272

Zúñiga Bolívar Elvis

603540487

Dra. Roxana Alfaro Trejos, Presidenta Junta Directiva.—Lic. Yolanda Hernández Ramírez, Secretaria Junta Directiva.—1 vez.—(IN2009088193).

A las siguientes personas, se les comunica que, debido a su estado de morosidad en el pago de sus cuotas de colegiación, se encuentran suspendidos en el ejercicio de la profesión a partir del 16 de setiembre del 2009, según lo dispuesto en el Reglamento General de la Ley Orgánica del Colegio Nº 4770. Por lo tanto, no están autorizados para ejercer la profesión en el área docente, administrativo docente y técnico docente. A la vez, hace un llamado a las instituciones de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, y al sector privado para que tomen las acciones necesarias en caso de contar con los servicios de algunos de estos colegiados, a efecto de que no ejerzan ilegalmente, así como solicitar el requisito legal de la colegiación en futuras contrataciones. De igual forma, se insta al público en general se sirva denunciar ante la Fiscalía del Colegio a las personas que aparecen en esta lista y que están ejerciendo la profesión. Teléfonos: 2440- 2950 / 2437-8825 / 2437-8829 / 2437-8869, correo: colypro@racsa.co.cr.

Nombre

Cédula

Acuña Quesada Pablo Martín

107580433

Acuña Leiva Adriana

111950366

Araya Guillén Carlos

103430121

Arguedas Arroyo María Gabriela

108690384

Bolaños Montero Ivette

106670320

Calvo Sánchez Susana

110390098

Caridad Alfaro Tatiana María

107400141

Castro Rosabal Ana Gabriela

106880789

Cerdas Blanco Viviana

110470762

Chaves Méndez Sandra María

105560016

Chaves Villalta Luis Gerardo

107220950

Conejo Aguilar María Del Milagro

302750734

Cruz Lizano Carolina

109510237

Fallas Blanco Olga Marta

900350880

Fallas Jiménez Lisbeth

102830747

Fallas Mata Carmen Eligia

108920089

Flores Cornejo Mariana Soledad

112140286

Flores Oviedo Gustavo

108590114

García Fernández Laura

110490377

Goebel Mc.Dermott William Anthony

107920102

Gómez Paniagua Yorleny María

108760173

González Villalobos Katia Lucía

108970459

Hernández Herrero Anabelle

103911033

Jiménez Castro Maximiliano

110510697

Jiménez Molina Georvis

602750268

Marcia Tioli Gabriela

110000114

Maroto Cruz Jeimy Gabriela

112430357

Mena Solano Elena

106690102

Merino Carmona Pablo

103810656

Montero Segura Daniel Isaac

103310543

Mora Alpízar Gerardo

202890993

Mora Quesada Johnny

107060982

Mora Sánchez Amilkar

108800185

Núñez Agüero Iván

110430437

Ortiz Mora María Del Rosario

103960078

Pérez Blanco Sharon

107760414

Pérez Retana Mercedes

105610516

Rodríguez Miranda Liseth María

205710717

Salas Pereira Ligia María

104460710

Semeraro Román Giannina

109230786

Umaña Chavarría Adriana Marcela

112990301

Valerín Guzmán Ana Gabriela

110680913

Vargas Arias Marcela

117270521

Vega Molina Gilda María

202790285

Villalobos Carvajal Ángel Emilio

201980722

Villalobos Zamora Olga Martha

105411000

Dra. Roxana Alfaro Trejos, Presidenta Junta Directiva.—Lic. Yolanda Hernández Ramírez, Secretaria Junta Directiva.—1 vez.—(IN2009088194).

ASOCIACIÓN CÁMARA DE TURISMO Y COMERCIO ATENIENSE

POR EL RESCATE DE NUESTRAS TRADICIONES

Yo, Marietta Arce Valverde, cédula de identidad 1-0451-0596, en mi calidad de Presidenta y representante legal de la asociación: Asociación Cámara de Turismo y Comercio Ateniense por el Rescate de Nuestras Tradiciones, cédula jurídica 3-002-269598, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la reposición de los libros diario, mayor e inventarios y balances, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—Atenas, 28 de setiembre del 2009.—Marietta Arce Valverde, Presidenta.—1 vez.—RP2009133981.—(IN2009088464).

COLEGIO DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA RICA

La Junta de Gobierno del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, en su sesión ordinaria 2009.09.23, celebrada el 23 de setiembre del 2009, acuerda que con base en la información suministrada por parte del Departamento Financiero Contable y revisada hasta el día miércoles 30 de setiembre, se procede a la suspensión de los siguientes médicos, profesionales afines y tecnólogos que se encuentran atrasados en el pago de las cuotas de colegiatura. Aquellos profesionales que se pusieron al día, favor hacer acaso omiso de esta información.

La Junta de Gobierno del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, en cumplimiento del artículo 8 de la Ley  Orgánica, procede a la suspensión por atraso en el pago de sus cuotas de colegiaturas a los siguientes médicos,  tecnólogos y profesionales afines saldos revisados al 29 de setiembre del 2009.

CODIGO

CEDULA

NOMBRE

CODIGO

CEDULA

NOMBRE

CODIGO

CEDULA

NOMBRE

MED10002

07-0147-0725

NEWBALL GENTLE JEINNEL JULIETH

MED5961

01-0880-0502

MAYORGA ACOSTA THAIS

MED892

01-0302-0741

ARCE ARCE CARLOS EDUARDO

MED10018

01-1184-0355

PIEDRA DIAZ MARIA SUSANA

MED5966

01-0896-0993

NUÑEZ SVANHOLM LIVIA

MED898

01-0294-0324

CARTIN RODRIGUEZ FRANCISCO

MED10040

08-0080-0968

ROCA CAMPAÑA BIBI ANA

MED5968

315182093005717

PEREZ BAEZ YISSELL

MED9016

01-1103-0745

EARL BROWN CINDY

MED10060

03-0376-0583

ROMERO BONILLA JIMMY ALBERTO

MED6031

01-0944-0240

BRENES GARCIA JUAN CARLOS

MED9041

01-1136-0206

SAUMA RODRIGUEZ JOHANNA MARIA

MED10071

02-0557-0950

SALAZAR VILLEGAS RAFAEL

MED6073

01-0875-0531

GOMEZ MORALES MARJORIE

MED9045

28002146570006400

CONTRERAS ROSAS QUERIMA ISABEL

MED1009

01-0280-0725

VILLAFRANCA NUÑEZ JORGE

MED6099

135-RE-073557-00-1999

JUAREZ NIETO ALICIA EMPERATRIZ

MED9048

405-0208962-0001289

ACOSTA AZNARAN HEINZ

MED10146

132000063928

MORALES AREVALOS BYRON EDUARDO

MED6124

01-0892-0781

MIREMBERG RUBINSTEIN ARIEL

MED9064

03-0382-0032

CALDERON CESPEDES ALEJANDRO JESUS

MED1041

04-0095-0100

ALFARO MURILLO RODOLFO

MED6290

01-0894-0397

MONESTEL QUESADA KARLA VANESSA

MED9100

01-1078-0227

CUBILLO SUAREZ YAUBRY

MED1206

06-0066-0676

ARANA GUADAMUZ MIGUEL ANGEL

MED6300

135-RE-007026

NUÑEZ CERCEÑO KATHIA KARINA

MED9109

01-1182-0529

TAPIA HERRERA JAVIER

MED1250

02-0246-0174

RODRIGUEZ RODRÍGUEZ GILBERTO

MED6325

04-0153-0258

YANNARELA ZUMBADO SHIRLEY ANN

MED9158

02-0577-0448

RODRIGUEZ ARAYA CINDY MARIA

MED1368

04-0083-0017

ZAMORA GONZALEZ CARLOS

MED6337

420193369003957

DURAN CAMPOS REINALDO

MED9171

01-1184-0901

AZOFEIFA RETANA LOLITA

MED1418

01-0440-0603

GONZALEZ TRUQUE LILLIANNE

MED6468

02-0490-0599

HERNANDEZ CAMPOS MARIA AUXILIADORA

MED9189

01-1159-0760

ARAYA FALLAS ANA LUCRECIA

MED1490

01-0306-0352

ZELEDON CAMBRONERO MANUEL E.

MED6479

01-0982-0882

MOREIRA ACCAME MAXIMILIANO

MED9193

02-0588-0252

ROJAS CHAVES JUAN CARLOS

MED1540

04-0081-0416

ESQUIVEL GONZALEZ MIGUEL A.

MED6484

08-0082-0538

MIER VALLADARES FERNANDO

MED9238

01-1165-0334

ROMAN JACOBO NATALIA

MED1554

05-0093-0560

JIMENEZ CASCANTE OVIDIO

MED6511

01-0943-0513

VEGA MORALES ALVARO

MED9257

01-1179-0895

CASTRO MICO JOSUE

MED1571

01-0352-0361

JIMENEZ SAENZ ALVARO A.

MED6556

08-0081-0193

SIERRA REYES HERNALDO

MED9279

01-1063-0733

AGUIRRE CHAVARRIA PAMELA

MED1618

01-0406-0243

SOBRADO CHAVES JAVIER

MED6590

01-0918-0032

BADILLA MORA REBECA

MED9296

01-1187-0629

CASTRO AGUILAR ERNESTO

MED1680

01-0328-0820

CORTES GARCIA ALVARO MANUEL

MED6595

01-0903-0512

CAMACHO ALFARO LUIS DIEGO

MED9337

01-1190-0586

VIQUEZ JAIKEL PRISCILA

MED1720

08-0061-0789

BUSTILLOS ORTEGA JOAQUIN

MED6609

01-0945-0801

DELGADO CASCANTE ALEJANDRA

MED9362

02-0535-0946

ALCAZAR HERNANDEZ JESSICA MARIA

MED1848

08-0069-0363

RIVAS MARIONA SALVADOR

MED6676

01-0944-0671

ROJAS RODRIGUEZ JENNIFER

MED9371

70402154590002200

NIEHAUS  ISABEL

MED1864

08-0053-0398

CASTILLO MALESPIN MARIO

MED6685

01-0949-0556

SIERRA FERNANDEZ HERNAN

MED9379

02-0569-0192

ALFARO ROJAS MELANY

MED1904

02-0289-0337

LEON LAURENT LUIS CARLOS

MED6696

01-0984-0395

VIETO PIÑERES ADRIAN

MED9436

02-0597-0869

VASQUEZ CHAVES LAURA LETICIA

MED1966

01-0490-0536

ROLDAN RETANA JORGE MARIO

MED6751

01-0979-0593

GASPAR TAYLOR ROXANA

MED9440

01-1210-0434

BRENES ACOSTA CAROLINA

MED2010

05-0133-0482

ARIAS MURILLO MARIO E.

MED6816

01-0983-0300

VARELA GUILLEN DAVID

MED9472

02-0581-0813

RAMOS CASTRO PAULA

MED2031

01-0188-3715

ALTAMAR JIMENEZ LUIS ANT

MED6843

05-0282-0796

GUTIERREZ VIALES KENIA

MED9475

01-1170-0534

UMAÑA CASCANTE FABIAN MAURICIO

MED2033

01-0300-0922

ELIZONDO CALDERON ROQUE U.

MED6860

01-0931-0086

MAURO STAMATI CHRISTIAN

MED9483

03-0351-0559

ROBLES ZUÑIGA OLMAN

MED2087

01-0488-0417

SOLERA ANDARA DANILO

MED6950

01-0992-0549

MURILLO ALVARADO ROCIO

MED9485

07-0143-0287

FABBS BURNS TIPNA PAULETY

MED2096

02-0291-0730

VARGAS GARCIA ELISEO A.

MED6965

01-0964-0997

ROBLES FLAQUE ELISA

MED9507

04-0182-0331

MATAMOROS LEPIZ ANA CATALINA

MED2342

01-0498-0605

RAMIREZ ZAMORA LUIS CARLOS

MED6976

01-1044-0749

SERRANO AYBAR PABLO

MED9524

04-0179-0577

SANCHO CAMACHO DANIEL

MED2403

08-0052-0183

ALVAREZ COSMELLI JUAN PATRICIO

MED7066

01-0952-0347

GARBANZO LEE ESTEBAN

MED954

03-0161-0759

ALFARO VARGAS ALEJANDRO

MED2436

08-0054-0950

RIVERA RUEDA JORGE DAVID

MED7147

03-0356-0294

SOLANO GONZALEZ NATALIA

MED9594

01-1165-0891

FERNANDEZ CORDERO REBECA

MED2462

01-0448-0703

LOPEZ SALAZAR ALFREDO

MED7190

01-0969-0222

ALPIREZ MONGE ELIZABETH

MED9640

07-0066-0783

GARRON VELASQUEZ FLORA MARIA

MED2499

02-0320-0705

ORTIZ CABEZAS JOSE AURELIO

MED7220

01-1032-0749

BAUDRIT GONZALEZ MONIQUE

MED9666

03-0385-0752

FALLAS MOYA SAID

MED2561

02-0367-0619

DELGADO SALAS MARILU

MED7353

01-0959-0752

LIZANO GUTIERREZ MAUREEN

MED9689

02-0578-0916

JIMENEZ UGALDE MELISA

MED2599

01-0435-0398

GUZMAN STEIN GABRIELA

MED7363

01-0919-0901

MARIN MURILLO SEBASTIAN

MED9703

01-1193-0085

CARVAJAL MONTERO PABLO

MED2799

01-0488-0709

GONZALEZ JINESTA FRANCISCO

MED7386

01-0927-0032

MORA CESPEDES JULIO JOSE

MED9726

01-1019-0794

RUIZ MARCHENA SILVIA

MED2850

04-0126-0020

ARAYA ALEGRIA RODRIGO ALBERTO

MED7402

01-0852-0558

NIETZEN HERRERA ALEJANDRO

MED9737

01-0984-0743

SCHLAGER VALVERDE FEDERICO

MED2910

06-0125-0198

CARBALLO QUESADA LIDIETH

MED7430

02-0534-0419

RODRIGUEZ CHAVES PABLO JOSE

MED9750

01-1076-0237

WILLIAMS VIQUEZ WINDY LOISE

MED2963

08-0066-0227

RODRIGUEZ CHAVES ISIDRO A.

MED7453

01-1026-0848

SALAS ORTEGA GRETTEL

MED9809

01-1046-0551

ALPIZAR HIDALGO RONALD

MED3033

01-0555-0818

PARIS CORONADO MA. DEL MILAGRO

MED7530

01-0973-0960

ZUÑIGA LOPEZ LAURA MARIA

MED9840

01-1321-0587

BENAVIDES VARGAS ANA MARIA

MED3322

01-0579-0223

ZUÑIGA GONZALEZ OSCAR ALBERTO

MED7552

01-1033-0569

BOGANTES ROJAS JOSETTE

MED9881

01-1151-0197

CENTENO OBANDO JUAN JOSE

MED3339

07-0048-0361

SAWYERS COPELAND ROBERTO

MED7553

01-1063-0776

BOLAÑOS CAMPOS ILEANA

MED9908

01-1199-0218

FORNIERI UMAÑA GIULIANNA

MED3466

03-0153-0807

CHACON SOLANO LIGIA MARIA

MED7559

09-0095-0991

BULTRON CHAVES OLDEMAR

MED9940

07-0160-0033

HUTCHINSON SEVILLA DAVID

MED3633

01-0636-0493

RUIZ MUNGUIA EDUARDO

MED7594

01-1022-0478

GUTIERREZ MIRANDA MARGARITA

MED9948

01-1178-0421

JONES BARRANTES CARLOS

MED3634

03-0263-0217

SAENZ OROZCO LUIS ALEJANDRO

MED7627

01-1029-0648

MUÑOZ ESPELETA JOSE PABLO

PAF1801

08-0079-0814

DELGADO GONZALEZ CESAR AUGUSTO

MED3674

03-0258-0467

SOLANO RAABE MARIA BERNARDITA

MED7651

01-0997-0612

RIVERA MEZA SANDRA

PAF1814

05-0107-0987

GARCIA MIRANDA MARIA AURELIA

MED3704

01-0650-0422

CRUZ CRUZ FLORY

MED7731

01-1086-0551

ARGUEDAS CAMACHO ROLANDO

PAF1833

01-0983-0489

CASTRO JIMENEZ JOHANNA

MED3712

2801091874832

LEE DUQUE ISTMA I.

MED7742

01-0999-0772

CHINCHILLA CESPEDES KRISTY

PAF1837

01-0852-0731

CASTRO VARGAS DAILY

MED3780

01-0578-0766

RODRIGUEZ VARGAS THELMA ISABEL

MED7746

01-1050-0937

BLANCO URPI MARIO JOSE

PAF1847

01-1014-0033

OREAMUNO PEREZ LAURA

MED3817

05-0202-0507

CARMONA ALVARADO ANA CECILIA

MED7799

05-0264-0988

ROJAS CAMACHO MAX

PAF1861

03-0344-0546

GARRO POTOY CARLOS

MED3884

08-0068-0596

REYES LACAYO MATILDE MA.

MED7821

01-1070-0785

GADEA ROIS JOHANNA

PAF1865

01-0889-0082

CASTRO VARGAS OSCAR

MED4032

01-0656-0652

CHARPENTIER ULATE GIOCONDA

MED7824

01-1016-0122

CAMPOS BAUTISTA JIMMY

PAF1880

01-0928-0193

SANTAMARIA RODRIGUEZ GRETTEL

MED4078

01-0659-0314

MORA BADILLA VICTOR JULIO

MED789

04-0083-0864

ZAMORA SANCHO BERNAL

PAF1902

01-0676-0185

FATJO MARTINEZ MARTA

MED4098

01-0544-0094

ODIO HERRERA MARCO ANTONIO

MED7933

01-0920-0285

ROMERO VINDAS DOUGLAS

PAF1927

01-1046-0640

DENGO DONATO VIVIAN

MED4144

27010996846583

TORRES RODRIGUEZ HECTOR

MED7936

01-1118-0333

BENAVIDES CORDERO RODRIGO

PAF1935

01-1031-0555

ROJAS MOLINA MARIA JULIA

MED4182

02-0423-0942

GALVEZ AGUILAR WILLY

MED7940

03-0362-0610

LAFUENTE GONZALEZ HANNIA

PAF1954

01-1033-0014

QUIROS NUÑEZ MARGOTH MARIA

MED4193

01-0635-0704

CHAVARRIA UREÑA AMARILIS

MED797

01-0291-0667

SEGURA FONSECA JUAN JOSE

PAF1979

01-0930-0203

PEREZ ZUMBADO VIVIANA

MED4270

01-0753-0059

NARANJO GALLONI SAMANTHA

MED799

01-0273-0187

MORA MAYORGA FRANKLIN

PAF2002

02-0546-0868

SOTO CHAVES ANDREA

MED4305

04-0141-0435

LEON BLANCO LUCY

MED8003

01-0987-0544

MADRIGAL BERMUDEZ MARCELA

PAF2017

01-0365-0159

RIVERA SOLANO VERA

MED4325

08-0084-0226

DEL REAL TURNEY MARIBEL M.

MED8031

01-0927-0361

VARGAS MADRIGAL FABIAN

PAF2055

03-0244-0234

RODRIGUEZ CISNEROS ENRIQUE

MED4384

01-0758-0663

GRUNHAUS ZELKOWICZ ARIEH

MED8072

01-1077-0171

SOTO MONGE TATIANA

PAF2062

01-1060-0491

FERNANDEZ CHAVARRIA PAULA

MED4394

07-0089-0545

MORA GONZAGA ROY ANTHONY

MED8090

01-0870-0977

ALVARADO JIMENEZ ROSA AMELIA

PAF2069

01-1002-0451

PORRAS ARIAS MONSERRAT

MED4474

01-0711-0298

VILLAFUERTE VALLEJOS JORGE ART

MED8106

02-0508-0689

VARGAS JIMENEZ ROBERTO C.

PAF2104

03-0357-0786

BARQUERO GONZALEZ VIVIAN

MED4475

02-0435-0063

VEGA BLANCO LUIS DIEGO

MED8122

159100052409

ZAFRANI ZEBEDE JACOBO

PAF2116

01-1016-0657

JIMENEZ ZARATE YANCY LUCIA

MED4486

08-0085-0610

MENDOZA COLINDRES YADER R.

MED8153

03-0353-0159

QUIROS SAENZ XOCHITL

PAF2118

01-1033-0135

SILES BRICEÑO JOSE JAIME

MED4501

31598040311

BAEZ MOLINA JACQUELINE

MED8160

07-0128-0426

MONTOYA SALAS KATTIA

PAF2119

01-0702-0730

GUEVARA BARBOZA MA. DEL ROCIO

MED4595

01-0762-0429

MARTINEZ BADILLA JORGE EDUARDO

MED8215

01-0989-0620

GARCIA VALERIO SILVIA

PAF2126

04-0163-0596

VARGAS GOMEZ LYNETH

MED4640

01-0741-0769

AFONSO LAPEIRA ADOLFO

MED8284

01-1080-0617

PAUTA CASTILLO SERGIO

PAF2129

01-0934-0560

BALTODANO ARAYA JOHANN

MED4666

280161630005664

KING WELSH AMARILIS

MED8310

01-1090-0879

ZELEDON CHAVES REBECA

PAF2133

01-1077-0908

QUINTANA PASTRANA CINDY

MED4693

08-0077-0995

ROSAS ACOSTA JOSE LUIS

MED8311

01-1074-0987

IBARRA VALLDEPERAS MARIA JOSE

PAF2137

04-0172-0433

ROJAS GAMBOA ELKY

MED4696

04-0150-0470

ZAMORA MORERA MARCO VINICIO

MED8324

01-1098-0949

ANGULO GARCIA ANDRES

PAF2141

01-1030-0457

VALLADARES CARBAJAL LEONIDAS

MED4718

01-0795-0190

SANABRIA LOPEZ LAURA PATRICIA

MED8330

01-0771-0250

FALLAS GARRO ROY

PAF2144

01-1060-0723

DELGADO MARTINEZ THELMA

MED4740

09-0092-0155

VILLEGAS ARCE MARICELA

MED8334

01-1088-0447

VILLALOBOS ESPINOZA CHRISTIAN

PAF2168

02-0549-0872

JIMENEZ CHAVARRIA ROSIBEL

MED4755

06-0209-0400

HERRERA PORRAS GUILLERMO

MED8427

01-1009-0201

ROJAS DELGADO JOSETH

PAF2185

07-0067-0231

SWABY GOMEZ NORMAN

MED4901

01-0809-0255

BARTH RAMIREZ JAIRO

MED8430

01-1007-0337

GOMEZ MORERA GABRIELA

PAF2189

03-0365-0552

GRANADOS CORRALES ZEIDY

MED4902

01-0836-0859

RIVERA PANIAGUA CHRISTIAN

MED8487

06-0307-0761

PORRAS ROJAS HELLEN

PAF2194

01-0987-0231

PORRAS RODRIGUEZ SILVIA

MED4917

08-0062-0862

LOTHROP SABALLOS ARTURO

MED8490

01-0481-0382

MORA CHACON MARIA GABRIELA

PAF2206

01-1029-0493

JINESTA SANCHEZ LAURA

MED4922

08-0083-0427

FIGUEROA CRESPO GLORIA ESTER

MED8499

01-1027-0120

ROMERO POVEDA MARTHA

PAF2245

01-0785-0574

CAMBRONERO TAPIA ROSA

MED4928

01-0813-0382

GONZALEZ HIDALGO DENIS

MED8506

03-0359-0295

BRENES MORA JOSE PABLO

PAF2273

01-0780-0470

DELGADO MONTOYA ERIC

MED5106

420164343003

OSPINO FLOREZ MARTHA

MED8531

01-1015-0994

SOTO CHACON ANGELICA

PAF2276

01-1077-0694

SANCHEZ MONTERO DARY

MED5115

01-0570-0999

REINHARDT LEON ANA LETICIA

MED8536

01-1056-0571

ZUÑIGA SALAS CARLOS LUIS

PAF2288

06-0258-0244

CONCEPCION BARRANTES HEINER

MED5131

315174652476

VALDES FERNANDEZ AYMEE T.

MED8538

01-0946-0693

SALAZAR FERNANDEZ ERICKA

PAF2291

01-1149-0449

HOWELL VARGAS SOFIA

MED5207

01-0857-0344

MITA ALBAN LUIS CARLOS

MED8605

09-0107-0649

SANCHEZ ROJAS IRVING

PAF2306

01-0601-0744

RAMIREZ CASTRO NANCY

MED5296

01-0833-0378

UGALDE FERNANDEZ ALFREDO

MED8627

03-0352-0388

FERNANDEZ MACHADO MARLON

PAF2321

01-1183-0436

ARCE AGUILAR YULIANA

MED5463

01-0826-0941

VILLAVICENCIO CASTRO CINTHYA

MED8639

01-0966-0474

MATAMOROS ROJAS CLAUDIA CRISTINA

PAF2327

05-0318-0006

LOPEZ GUEVARA KENDY MARIA

MED5535

05-0253-0220

ESPINOZA MURILLO DIXIA

MED8656

01-1031-0095

SOLANO DIAZ ROLANDO ENRIQUE

PAF2336

01-1133-0303

GARCIA ARGUEDAS LAURA

MED5542

01-0577-0933

MORA HERNANDEZ LUCRECIA

MED8660

01-0957-0208

VILLALOBOS PINZON JORGE E.

PAF2353

06-0172-0342

SOTO RODRIGUEZ NIDIA

MED5546

280137407005199

AGUILAR ORTIZ LAURA

MED8714

05-0299-0300

MARTINEZ ARREDONDO SANDRA

PAF2360

01-0993-0012

CONEJO CERVANTES AARON

MED5558

01-0823-0382

BUJAN GONZALEZ RANDALL

MED8739

01-0942-0395

MURILLO PEREZ GIOCONDA

PAF2365

01-1067-0874

SOLORZANO GUEVARA JESSICA

MED5563

01-0810-0409

CONEJO COTO CARLOS EDUARDO

MED8807

01-1038-0322

SOLANO UREÑA KATHERINNE

PAF2370

02-0585-0387

ALFARO SANCHEZ LUZ VICTORIA

MED5564

01-0828-0442

COTO BLANCO TATIANA

MED8815

09-0098-0861

ESPINOSA RAMIREZ MARIANGELA

PAF2382

01-1111-0050

AZOFEIFA SEGURA MARIANA

MED5739

08-0073-0996

HUANG WANG CHIA-HSUN

MED8833

03-0366-0960

CANESSA AGUILAR ERIKA

PAF2393

01-1084-0190

MORA ALVARADO ANDREA

MED5792

01-0845-0328

PERALTA RIVERA RICARDO

MED8835

01-1102-0874

CAMPOS FERNANDEZ EDWIN FERNANDO

PAF2397

02-0552-0628

SOLORZANO MORA DEIVIS

MED5802

01-0896-0473

QUIROGA GALINDO MONICA

MED8851

05-0304-0461

MORAGA ROSALES ENID MARINA

PAF2398

01-1030-0146

SOTO MONTERO LAURA

MED5840

01-0880-0291

WONG MC CLURE ROY ANTHONY

MED8858

01-1140-0816

CZUL GURDIAN FRANK

PAF2399

03-0361-0220

GARITA VIVES DENNIS

MED5860

315183193005

GARCIA FERNANDEZ MAYDA

MED8868

09-0098-0211

MASIS GAMBOA MARIO

PAF2401

06-0327-0635

QUINTEROS CHAVARRIA KARIL E.

MED5872

315169314413

MILLAN FONG AUTBERTO

MED8875

01-0990-0366

ALFARO MORA ERICKA

PAF2404

01-1170-0055

ALFARO MOLINA HAZEL

MED5944

01-0949-0551

GONZALEZ CASAFONT MARIO

MED8878

01-0984-0399

HUERTAS GABERT LUIS CARLOS

PAF2433

01-1159-0097

GUEVARA SEGURA ANDREA

PAF2443

01-1145-0737

FONSECA MORALES GINGER FABIOLA

PAF3401

05-0313-0061

GALEANO CRUZ INGRID

TEC2977

01-0798-0704

MORA BOGANTES JOSE MARIO

PAF2453

01-1077-0411

CABEZAS UMAÑA JONNATHAN

PAF3405

01-0538-0910

GONZALEZ CABEZAS FRANCISCO ANTONIO

TEC3004

02-0398-0500

MURILLO SOTO RAFAELA

PAF2455

01-0921-0634

ZUÑIGA MAYORGA ANDREA

PAF3408

01-1237-0490

MONGE MONTENEGRO WAGNER

TEC3005

04-0164-0719

ESPINOZA SANCHEZ LUIS DIEGO

PAF2457

01-1137-0362

VILLEGAS GUTIERREZ MARIAM

PAF3413

01-1051-0586

QUIJANO VILLALOBOS ALEJANDRO

TEC3017

01-1174-0817

CASTRO SEGURA AMAURI

PAF2466

02-0554-0119

ARAYA ARCE MARIA VANESSA

PAF3420

02-0619-0105

SALAS BARRANTES CAROLINA MARIA

TEC3025

01-1151-0812

CORRALES SIBAJA SARA M.

PAF2492

01-1131-0691

CAMPOS PALMA VERONICA

PAF3426

01-1122-0647

VIQUEZ VALERIO LAURA

TEC3031

01-0996-0188

REDONDO CHACON JAVIER F.

PAF2495

01-1111-0093

FULLER LEWIS LORAINE MARIE

PAF3428

01-0910-0124

ZUÑIGA PEREZ LENNYNG

TEC3039

01-1158-0617

ROMAN QUESADA JHERSON ALEJANDRO

PAF2496

01-1128-0937

LOSILLA BENAVIDES ANA MARIA

PAF3433

01-0991-0699

ARIAS SANCHO GUADALUPE

TEC3057

01-1175-0309

QUIJANO CHACON GABRIELA

PAF2500

01-1169-0655

VALVERDE CASTRO KARLA

PAF3437

01-1163-0164

BRENES MURILLO SUSANNE

TEC3070

01-1174-0540

MOREIRA BARBOZA AYLIN MARIA

PAF2503

02-0571-0769

CHAVES CALDERON LAURA

PAF3448

01-1094-0054

JACKSON HODGSON MICHAEL ANTHONY

TEC3078

08-0089-0371

ALMIRALL GOMEZ JORGE LUIS

PAF2505

01-1131-0518

OBANDO REY LAURA

PAF3464

01-1238-0934

SOLIS LEZCANO ANA YANCY

TEC3082

06-0351-0413

ESPINOZA BLANCO WALTER

PAF2516

01-1097-0757

RUIZ VISONA CAROLINA

PAF3468

05-0353-0095

VILLARREAL GUEVARA YOHAN

TEC3084

01-1071-0513

PIZARRO ESPINOZA MARIA A.

PAF2529

01-1156-0194

SALAS SOTO MARIO

PAF3470

01-1272-0409

ANGULO ROLDAN CARLOS DANIEL

TEC3086

02-0571-0747

VILLALOBOS PINEDA JOSE L.

PAF2533

05-0337-0098

GOMEZ RODRIGUEZ HEYLIN

PAF3486

01-1321-0107

ALVARADO VASQUEZ CINTHYA MARCELA

TEC3087

02-0612-0800

ARROYO MORERA MARLON

PAF2536

08-0085-0431

CHAPARRO PEREZ MARCELA CECILIA

PAF3488

01-1307-0127

AMADOR HERNANDEZ RAQUEL

TEC3093

01-1133-0745

BUSTAMANTE MORENO SONIA MARIA

PAF2543

01-1044-0806

BLANCO MONTERO CYNTHIA REBECA

PAF3489

03-0388-0679

ARCE OBANDO MARCO OCTAVIO

TEC3095

01-0992-0341

CARVAJAL MATAMOROS KATTIA

PAF2549

02-0599-0104

ARROYO LIZANO MARIA ALEXANDRA

PAF3492

01-1238-0377

AVALOS ROMAN VANESSA

TEC3105

01-0955-0343

SABALLOS SLIM JOSE

PAF2553

01-1104-0989

JIMENEZ CASTRO EMMANUEL

PAF3497

01-1257-0966

BARRENECHEA TREJOS ISABEL

TEC3118

02-0563-0055

VARGAS ROMAN JORGE

PAF2563

01-1184-0909

ARAYA ZUÑIGA MARCELA

PAF3500

01-1099-0951

BRUZAFERRI IRIAS PAMELA

TEC3121

01-1244-0986

ALVARADO BOLAÑOS ADRIANA

PAF2566

05-0330-0145

BRICEÑO MARTINEZ MARIANELA

PAF3507

03-0402-0430

CHACON GOMEZ LUIS DIEGO

TEC3148

02-0577-0135

JIMENEZ BARRANTES GRETA MARIA

PAF2583

01-1141-0167

ARCE DAMITO JENNIFER GABRIELA

PAF3508

01-1240-0830

CHANTO MORA MARIELA

TEC3153

01-0712-0014

SANCHEZ BLANCO SANDRA

PAF2596

01-1140-0497

RODRIGUEZ VARGAS ANDREA

PAF3513

03-0378-0187

CORDERO DITTEL LAURA ARGENTINA

TEC3182

07-0151-0545

SOLIS LOPEZ YORLEY

PAF2612

01-1145-0829

VADO CHACON MITZY TAMARA

PAF3519

01-1112-0552

FERNANDEZ BERMUDEZ ANA CATALINA

TEC3197

01-1168-0212

OVIEDO BARRANTES MICHAEL

PAF2623

01-1218-0770

SANABRIA VILLALOBOS MANRIQUE

PAF3523

01-1127-0320

GONZALEZ ARAYA KEREN ANDREA

TEC3202

01-1100-0737

VILLEGAS GONZALEZ ANNETTE

PAF2632

01-1147-0524

GUZMAN SABORIO MANUEL ENRIQUE

PAF3539

01-1320-0554

MEJIA BERMUDEZ NATALIA

TEC3213

01-1140-0496

DIAZ LOPEZ KARINA

PAF2653

02-0573-0958

JIMENEZ SANCHEZ KERLIN JOHANNA

PAF3540

02-0602-0435

MENDEZ RAMIREZ EVELYN CAROL

TEC3215

02-0612-0240

ULATE PORRAS MARIANELA

PAF2658

03-0392-0067

RODRIGUEZ GONZALEZ SUGEY

PAF3543

01-1264-0637

MORA SEGURA KATHIA VANESSA

TEC3235

01-1237-0559

RAMIREZ PIEDRA SOFIA

PAF2667

01-1021-0494

BARQUERO BADILLA MARIBEL MARCELA

PAF3546

03-0232-0144

NAVARRO CLUNIE ALICIA

TEC3244

01-0967-0988

CASTRO ARAYA LEONOR

PAF2668

01-1214-0194

CAMPBELL SAMUELS KATHERINE VIRGINIA

PAF3548

06-0353-0098

NUÑEZ BARBOZA DANNY ALEJANDRO

TEC3247

02-0504-0977

LOPEZ CESPEDES SEIDY

PAF2670

01-1157-0669

LOBO BRECKENRIDGE CARMEN ADRIANA

PAF3549

06-0310-0347

OBANDO DURAN JOSE GREDY

TEC325

02-0304-0689

SOLIS ROJAS LILLIAM

PAF2680

02-0588-0335

RODRIGUEZ CHAVES VIVIANA

PAF3550

01-1243-0565

PALAVICINI VILLALOBOS STEPHANIE MARIELA

TEC3252

05-0346-0596

SÁNCHEZ VILLAGRA ARGENY  DE LOS ANG.

PAF2681

01-1263-0045

ROJAS QUESADA TATIANA ELENA

PAF3563

02-0539-0057

RODRIGUEZ BARRANTES JUNY

TEC3253

01-1274-0800

VARGAS GUZMAN KAREN MELISSA

PAF2706

07-0144-0452

ZAMORA MARIN REBECA

PAF3573

06-0321-0183

SIBAJA SALAZAR JORGE ELADIO

TEC3255

09-0092-0576

ZAPATA ROMERA LYDA

PAF2724

01-1201-0951

GARCIA QUIROS DIDIER ADOLFO

PAF3579

01-1127-0230

VALVERDE MORENO KRISTEL ANDREA

TEC3271

01-1001-0078

GOMEZ CAMPOS WILBERTH

PAF2732

01-1225-0657

MENDOZA VALVERDE MARIA AMPARO

PAF3583

02-0566-0005

VILLALOBOS MEJIA MARIA JOSE

TEC3272

09-0082-0514

LOPEZ BALTODANO JOSE GAMALIEL

PAF2733

02-0597-0096

QUESADA RODRIGUEZ ISEL PATRICIA

PAF3590

04-0186-0222

VARGAS CAMACHO ADRIANA

TEC3280

01-0900-0075

BRENES ALFARO ANDREA

PAF2751

01-1206-0268

PAEZ SAENZ PAMELA

PAF3594

05-0328-0310

IBARRA RODRIGUEZ ELIZABETH

TEC3285

03-0405-0164

RODRIGUEZ CAMPOS KARLA

PAF2752

01-1257-0092

PEÑA ZUÑIGA GABRIEL

PAF3595

02-0616-0608

ALFARO CAMPOS MELISSA

TEC3294

01-1136-0283

MASIS TENORIO ERICKA

PAF2775

01-1215-0105

ARIAS VALERIO DANIELA

PAF3603

01-1228-0186

ARROYO BADILLA NATALIA

TEC3299

01-1162-0325

AYMERICH QUESADA NAZDIA PAOLA

PAF2782

05-0341-0380

ALVAREZ CONEJO YADITZA MARIA

PAF3618

02-0481-0067

MEJIAS ROJAS YESENIA MARIA

TEC3306

03-0391-0042

BAEZA CHACON LIZANDRA

PAF2787

01-1051-0301

ROJAS RODRIGUEZ DIANA

PAF3621

1 -1152- 077

CASTRO ALVARADO CAROLINA MARIA

TEC3307

01-1245-0189

CAMPOS PADILLA CYNTHIA VANESSA

PAF2810

01-1228-0569

ROBLES CANALES KIMBERLY

PAF3623

03-0450-979

BOLAÑOS BARQUERO ALFONSO

TEC3308

01-1250-0208

MONGE SAENZ CARLOS MANUEL

PAF2814

01-1069-0582

AGUILAR PEREZ ROXANA

PAF3624

06-0319-0883

VILLALOBOS CONTRERAS JORGE ALBERTO

TEC3312

04-0169-0472

SALAS OSES JUNIOR GERARDO

PAF2816

01-0949-0252

HIDALGO ZUÑIGA VIRGINIA MARIA

PAF3625

01-1115-0842

CORRALES GUTIERREZ MARIA GABRIELA

TEC3313

01-0556-0388

WILLIAMS ARAYA WALTER EDUARDO

PAF2817

03-0397-0604

JIMENEZ MASIS CRISTINA

TEC1014

05-0115-0635

CARDENAS RODRIGUEZ VIRGINIA

TEC3317

01-1169-0358

SALAZAR ARAYA EILEEN

PAF2821

01-1115-0405

CARBALLO CASTRO PAOLA

TEC1054

02-0393-0875

AGUILERA BARRANTES ANNIE

TEC3319

07-0129-0545

NOVOA BARRIENTOS XIOMARA

PAF2824

03-0390-0095

MONTOYA LEIVA KARLA

TEC1079

08-0060-0039

LOPEZ MEJIA ANGELA ZULEMA

TEC3336

01-1204-0401

AZOFEIFA VILLEGAS JORGE ANDRES

PAF2829

01-0972-0379

JONES CAMPBELL JAPHET ROHENA

TEC1136

02-0364-0787

MURILLO ESPINOZA FRANCISCO JAV

TEC3346

01-1303-0136

ROMAN CAMPOS EUNICE PATRICIA

PAF2833

01-1177-0356

CHACON AGUILAR JESSICA

TEC1150

01-0280-0573

RODO MUÑOZ MARIA DE LOS ANGELE

TEC3347

02-0630-0537

ESPINOZA RAMIREZ ALEJANDRO

PAF2835

02-0571-0227

CHAVARRIA MORA ROSA EMILIA

TEC1221

06-0148-0428

COLE DE LEON JORGE ALBERTO

TEC335

02-0325-0955

MARTINEZ CARVAJAL FLORA INES

PAF2862

02-0581-0914

URBINA ARIAS REBECA

TEC1227

04-0141-0991

ARCE SALAS MARIA ISABEL

TEC3353

01-0468-0172

RIVERA SIBAJA WENDY

PAF2872

02-0554-0461

CARDENAS CHAVES MARIA JOSE

TEC1230

01-0555-0886

CHACON RODRIGUEZ CARLOS LUIS

TEC3354

01-1132-0468

HIDALGO SANCHEZ LESLIE PAMELA

PAF2882

41501966880000300

REQUENA LOUZADO MAIRA

TEC146

09-0028-0383

MIRANDA CHAVES MARIA DEL CARME

TEC3361

06-0321-0076

NARANJO LEON MARIA ELENA

PAF2885

06-0326-0823

AGUERO MOREIRA SADIE

TEC1575

04-0116-0777

RODRIGUEZ ZUMBADO ROXANA

TEC3363

01-1205-0147

COTO RODRIGUEZ MARIA FERNANDA

PAF2909

01-1225-0829

ARGUELLO SANCHEZ ANDRES

TEC1578

03-0222-0121

PIEDRA QUIROS LIGIA MARIA

TEC3367

01-1147-0195

ARROYO CHAVES JANIS KATHERINE

PAF2916

11700017746

PEÑA HOWARD LUZ

TEC1627

04-0148-0741

GARCIA ARIAS WARNER JESUS

TEC3376

02-0566-0814

QUESADA ALVARADO HEBER LUIS

PAF2929

01-1153-0099

BARRIENTOS ZUÑIGA MARILYN

TEC1632

01-0514-0104

RODRIGUEZ SOTO LUIS EMILIO

TEC3381

01-1198-0852

ARTAVIA ARAYA KENNETH

PAF2933

01-1179-0076

UREÑA MONGE MARIA SOFIA

TEC1646

01-0470-0863

BLANCO ABARCA MARIO ALBERTO

TEC3382

02-0600-0770

ALVARADO GARCIA DANY GERARDO

PAF2939

117000101523

RENTERIA PUERTO GLADYS

TEC1649

01-0771-0888

OLMO CORDERO JUAN CARLOS

TEC3388

01-1176-0494

ROJAS CESPEDES JULIO ALEJANDRO

PAF2958

09-0048-0379

SALAS ZAMORA MIGUEL

TEC1668

01-0775-0065

PEREIRA VARGAS CARLOS ENRIQUIE

TEC3391

06-0342-0816

SOTO VILLALOBOS ANDREINA DE JESUS

PAF2959

03-0396-0116

VARGAS HIDALGO ANA CAROLINA

TEC171

01-0346-0903

MACHADO CARRANZA RAFAEL ARMAND

TEC3392

06-0344-0280

CUBILLO VIQUEZ MARIELA

PAF2985

01-1203-0570

CARTER MORA EMERSON

TEC1751

01-0469-0345

TORRES MUÑOZ ALBERT

TEC3395

05-0327-0852

AGUILAR ALVAREZ FERDY JIUVER

PAF2988

01-1158-0731

SOTO VILAPLANA ANDRES

TEC1760

04-0175-0817

SALDAÑA QUIEL SERGIO ANTONIO

TEC3397

02-0637-0728

BENAVIDES CASTRO MARIA PAOLA

PAF3026

01-1103-0349

GARCIA CHINCHILLA YANGNEAR

TEC1870

02-0344-0779

MORA RODRIGUEZ JOSE RAMON

TEC3398

01-1123-0717

CARDENAS BLANCO LADY LAURA

PAF3036

01-1204-0467

QUIROS CHACON NATALIA

TEC1888

02-0467-0956

EDUARTE VARGAS XINIA MARIA

TEC341

01-0416-0652

LI SALAZAR SANDRA

PAF3041

02-0586-0822

ROJAS SANTAMARIA DAYANA

TEC1894

01-0857-0169

JIMENEZ MORA OSCAR M.

TEC3412

02-0619-0527

RODRIGUEZ BARBOZA REINA MARIA

PAF3042

01-1184-0120

ROJAS SERRANO HEILYN

TEC1931

01-0706-0027

LEIVA RIVERA WAGNER G

TEC3426

02-0632-0341

VARGAS HERNANDEZ SILENY MARIA

PAF3045

01-1248-0334

TORRES CHANTO KARLA VANESSA

TEC1932

02-0361-0128

UMAÑA QUESADA MIGUEL ANGEL

TEC3427

05-0337-0652

JIMENEZ BARRANTES CYNTHIA MARIA

PAF3048

02-0533-0954

VEGA BLANCO KAROL IVANNIA

TEC1949

07-0058-0897

GAMEZ ZUÑIGA ROXANA

TEC3433

02-0526-0215

ARAYA QUIROS OLGA MARTHA

PAF3053

03-0386-0067

BRENES SOLANO KENNETH

TEC2020

05-0142-0143

JIMENEZ ARAYA VIRGINIA MARIA

TEC3436

01-1054-0856

ARIAS HERRERA EDUARDO ALONSO

PAF3055

01-1261-0255

GARITA GARITA NELSON

TEC205

03-0176-0746

ARAYA PEREZ HERMELINDA

TEC3446

01-1221-0535

CONEJO MADRIGAL JONATHAN

PAF3056

06-0346-0764

MAROZZI LI FIORELLA

TEC2068

05-0180-0552

GARCIA MENDOZA WILLIAM

TEC3459

01-1136-0111

LOPEZ PORRAS JOSE WALTER

PAF3057

03-0399-0466

ALVAREZ MENDEZ MARTHA BEATRIZ

TEC2071

05-0134-0511

QUESADA RODRIGUEZ ALEJANDRO

TEC3460

03-0422-0487

MADRIGAL CAMPOS MARIA TERESITA

PAF3066

01-1294-0781

MURILLO SAENZ MARIA AUXILIADORA

TEC2124

02-0272-0532

MURILLO MONTERO RAMON FRANCISCO

TEC3469

01-0625-0705

SOTO BOLAÑOS GINA PATRICIA

PAF3072

01-1230-0434

AGUILAR MENESES DIANA

TEC2157

01-0833-0285

MORALES BADILLA MARCO VINICIO

TEC3470

01-1207-0877

TREJOS YANNARELLA VIVIAN

PAF3074

01-1165-0090

ALFARO JUAREZ KRISSIA

TEC2200

04-0091-0312

ALFARO HERNANDEZ GERARDO

TEC3471

02-0566-0783

UREÑA MARIN MONICA MARIA

PAF3082

01-1214-0579

ARAYA MESEN LINDSAY DAVINIA

TEC2259

06-0139-0127

VILLALOBOS MORAGA JULIO ANTONI

TEC3477

06-0335-0538

RAMIREZ AGUIRRE GERARDINA

PAF3083

01-1108-0048

ARAYA SANCHEZ ALLAN

TEC2308

01-0687-0877

CASTRO CHAVARRIA JUAN CARLOS

TEC3484

01-1235-0220

TORRES PICADO JUAN MANUEL

PAF3084

01-1177-0241

ARGUEDAS CAMPOS LUIS ESTEBAN

TEC2314

09-0043-0174

VIQUEZ HERRERA BLANCA I

TEC3488

05-0301-0194

MORA ZAMORA MARVIN LEONARDO

PAF3086

01-1084-0435

ARROYO CHAVARRIA MYLEEN FRANCINE

TEC2317

04-0161-0354

RAMIREZ ZUMBADO JOHNNY

TEC3496

06-0207-0534

ARIAS MORALES CARLOS ROBERTO

PAF3089

01-1155-0130

BALDIOCEDA SALAZAR IGNACIO

TEC2330

02-0457-0913

CHAVES GONZALEZ ANA PATRICIA

TEC3505

06-0290-0792

FALLAS VALVERDE GUSTAVO

PAF3097

02-0605-0644

BLANCO CORRALES MARIA JUDITH

TEC2394

01-0913-0204

VILLALTA ALVARADO XINIA MARIA

TEC3510

01-1064-0312

JOHNSON SMITH KEVIN

PAF3105

01-1099-0480

BOSQUES MARCHENA ANTHONY

TEC2404

05-0253-0030

URBINA RUIZ LAURA EDITH

TEC3512

01-1291-0821

NUÑEZ MORA JESSI NATALIA

PAF3107

01-1246-0343

BUSTAMANTE PANIAGUA MELISSA

TEC2405

07-0034-0264

WICKEHEM ROSE  EDUARDO

TEC3520

09-0112-0153

RAMIREZ VARGAS GEYSEL MICHELLE

PAF3108

01-1260-0557

CABALCETA HERRERA WENDY

TEC2438

07-0094-0574

BRENES MORA JOHNNY

TEC3521

01-0405-0846

VILLALTA MARENCO ALFONSO DANIEL

PAF3117

01-1206-0719

CESPEDES BLANCO JOHANNA VANESSA

TEC2440

04-0165-0227

SAENZ VARGAS RUBEN

TEC3523

01-0912-0727

ALVARADO CALDERON FELIX

PAF3124

05-0342-0704

COTO QUIROS LILIANA MARIA

TEC2444

06-0280-0749

MORA SANCHEZ CARLOS ANTONIO

TEC3536

01-1204-0020

PATIÑO RIGG GINNETTE ADRIANA

PAF3126

01-1212-0375

CUBIAS CHACON MARIANELA

TEC2468

04-0165-0043

CALVO JIMENEZ KATTIA

TEC3537

01-1201-0386

PEREZ PEREZ KARLA

PAF3128

117000549711

CUERVO BARRERO DIANA VERONICA

TEC2471

01-1034-0199

AMEY WALTER ANDREY

TEC3538

01-1171-0842

PICADO FLORES RICARDO

PAF3129

01-1261-0036

DAVILA BARREDA ANGIE GLORIANA

TEC2493

05-0245-0152

CASCANTE LEIVA MARIA DEL ROCIO

TEC3541

01-1328-0460

RUSSELL VERLEY DEYRON JOSIMAR

PAF3135

01-1259-0772

FERNANDEZ CESPEDES IRSA MARIA

TEC2495

02-0540-0276

SALAZAR UGALDE LUISA FERNANDA

TEC3546

01-0965-0407

ALVARADO CALDERON FABIAN

PAF3139

03-0389-0835

FONSECA TORRES PAUL

TEC2498

01-1003-0881

TORRES AMADOR ANA LAURA

TEC3548

01-1022-0558

CHACON BALTODANO MANUEL

PAF3140

01-0929-0855

GAMBOA GOMEZ ALBIN

TEC25

09-0009-0843

CALDERON FALLAS RICARDO

TEC3549

01-1051-0176

CHAVES CASTILLO DANIELA VANESSA

PAF3148

01-1284-0998

GUTIERREZ VARGAS MARIA JOSE

TEC2509

01-1006-0436

ZUMBADO VENEGAS AUREA

TEC3556

06-0095-0932

REYNA ROMERO ORLANDO

PAF3152

01-1086-0421

HERNANDEZ GUTIERREZ MONICA

TEC2529

01-0863-0698

CESPEDES LOPEZ ERIKA

TEC3557

01-1317-0314

RETANA ROJAS NATALIA MARIA

PAF3155

05-0346-0301

JIMENEZ BARRANTES PAMELA

TEC2539

155805544703

ESCOTO URBINA JUAN ARIEL

TEC3561

01-1327-0122

ROJAS ARAYA DIANA

PAF3159

02-0466-0861

LAZO CORDERO TERESA

TEC2594

01-1106-0512

RAMIREZ BADILLA CAROLINA

TEC3564

01-1023-0508

VEGA AVENDAÑO PAUL ALEXANDER

PAF3170

01-1006-0160

MONTENEGRO ROMERO ANDRES

TEC2652

02-0465-0089

BOLAÑOS VARGAS JOSE GABRIEL

TEC3571

05-0363-0133

MATARRITA VIALES FANNY GISELLA

PAF3173

01-1177-0148

MORA MUÑOZ MARILYN

TEC2683

02-0325-0546

OROZCO HERNANDEZ ROGER GERARDO

TEC3595

01-1252-0565

CHACON ELIZONDO KARLA MARIA

PAF3193

04-0186-0682

RODRIGUEZ DELGADO MARTA YESSENIA

TEC2699

01-1000-0495

GARRO PEREZ REINER

TEC3603

04-0131-0064

GONZALEZ MENDEZ ANA CECILIA

PAF3194

01-1205-0479

RODRIGUEZ GONZALEZ RICARDO ALFONSO

TEC2701

01-0981-0698

TORRES VEGA JOHNNY

TEC3607

01-0623-0326

MATAMOROS GUADAMUZ GRACE

PAF3224

05-0348-0193

GUEVARA RAMIREZ GRICELDA

TEC2702

01-0753-0358

MARTINEZ JIMENEZ CAMILO

TEC3611

01-0679-0295

MONTERO MORALES JESSICA

PAF3226

02-0430-0520

VARELA VARGAS GUILERMO

TEC2705

02-0557-0512

RAMIREZ VALVERDE LAURA

TEC3612

01-0870-0515

MONTERO RODRIGUEZ GABRIELA

PAF3227

01-1272-0737

VARGAS CHAVES CRISTINA

TEC2715

09-0036-0216

GUTIERREZ ROJAS GRACIELA

TEC3613

01-1183-0480

MORA FERNANDEZ DANNY

PAF3231

01-1261-0270

VILLALOBOS MENESES MARIANA

TEC2724

420019489700041

PRIETO GARCIA LUZ MELIDA

TEC3619

05-0361-0867

RAMIREZ FONSECA ANA LUCIA

PAF3242

01-1225-0671

CALDERON DIAZ YARA DE LOS ANGELES

TEC2730

08-0090-0201

AGUDELO GIL MONICA

TEC3623

04-0194-0889

RAMIREZ FONSECA ANA LUCIA

PAF3261

01-1115-0173

QUIROS CAMACHO DANNY GABRIEL

TEC2746

01-1066-0049

SEGARRA GARCIA TATIANA

TEC3637

60-3290-562

AGUIRRE ESCOBAR BETTY

PAF3265

01-0889-0355

CARVAJAL AGUILAR ERICA VANESSA

TEC2757

01-0886-0412

MORA FALLAS JUAN D.

TEC369

08-0030-0193

AGUIRRE ESCOBAR BETTY

PAF3266

01-1203-0718

CESPEDES MAROZZI ERICKA

TEC2764

01-1108-0224

LEON RETANA RICARDO A.

TEC387

01-0344-0245

OSPINO VARGAS LIGIA MARIA

PAF3269

01-1164-0449

FERNANDEZ MONTES DE OCA MARCO ANTONIO

TEC2776

01-0924-0435

ALPIZAR GARCIA ERIKA

TEC405

04-0097-0172

GONZALEZ RODRIGUEZ ANA ISABEL

PAF3273

01-1284-0221

LANZONI MARIN MARY CRUZ

TEC2779

01-0920-0389

MADRIGAL DURAN FRANCISCO

TEC417

01-0419-0149

RODRIGUEZ ARCE XINIA DAMARIS

PAF3303

01-1212-0576

VARGAS MONTOYA MARIELA

TEC2796

02-0557-0625

MORA VILLALOBOS CINDY

TEC482

01-0360-0499

MORA SANCHEZ LILLIAM

PAF3304

01-1244-0549

ACEVEDO MAYORGA GIOVANNI

TEC281

05-0124-0451

GUEVARA GRANADOS MARIBEL

TEC523

02-0260-0327

MENDEZ CRUZ MARIA MAYELA

PAF3313

01-1213-0522

CHAVES OBANDO MARIA JOSE

TEC2821

03-0373-0689

SANCHEZ FEDULLO PAULINA

TEC560

05-0125-0495

SEQUEIRA MENDOZA MARIA AZUCENA

PAF3321

01-1259-0006

HERRERA HERNANDEZ YANORI

TEC2825

01-0988-0403

RODRIGUEZ ACOSTA RONALD

TEC562

04-0119-0797

ARROYO ALVARADO WALTER

PAF3325

01-1198-0668

MORALES ARAYA CAROLINA

TEC2831

04-0166-0662

VALERIO VALERIN DAVID

TEC579

06-0063-0267

CUBERO ARROYO IRIA

PAF3332

01-1157-0740

SANCHEZ VALVERDE SANDRA MARCELA

TEC2832

03-0367-0724

DUARTE VILLARREAL PAOLA VANESA

TEC588

07-0036-0787

REYES REÑAZCO JOSE FRANCISCO

PAF3336

01-1296-0445

VALVERDE MARIN ROSA GABRIELA

TEC2835

01-0944-0207

HERNANDEZ RODRIGUEZ CAROL

TEC601

03-0179-0186

MARIN CARPIO SONIA MARTA

PAF3341

01-1102-0723

ARGUEDAS AGUILAR TATIANA MARIA

TEC2836

05-0325-0695

OBANDO MATARRITA ALEXANDER

TEC605

03-0141-0412

BRENES TAMES SOR TRINIDAD

PAF3345

02-0596-0852

BARQUERO LEON ADRIANA

TEC2846

02-0543-0575

RAMOS ALVAREZ CRISTIAN OSVALDO

TEC614

06-0119-0120

AGUILAR VILLARREAL WARREN

PAF3349

103200040036

CARRIZO  RICARDO CLAUDIO

TEC2888

09-0109-0034

SANTOS ALVAREZ CARLOS

TEC62

02-0244-0216

VAZQUEZ MURILLO CARMEN L.

PAF3354

01-0968-0058

DIAZ CHAVES FABIAN

TEC2890

01-1129-0053

ARIAS GOYENAGA JOSUE M

TEC624

01-0337-0888

CONTRERAS ALVARADO RODRIGO

PAF3356

04-0172-0489

GONZALEZ MONTERO CARLOS

TEC2895

01-1007-0190

LOPEZ GAMBOA ADRIANA

TEC684

06-0102-0497

MENA GONZALEZ RIGOBERTO

PAF3362

01-1202-0576

HERNANDEZ ROJAS ANGIE

TEC2897

01-1124-0316

ALVARADO CESPEDES JEFFREY

TEC697

03-0228-0802

CAMBRONERO BONILLA CRISTINA ISABEL

PAF3363

01-1255-0304

HERRERA QUIROS CAROLINA

TEC2923

01-1180-0395

SOLANO UMAÑA HAILEEN

TEC819

01-0304-0947

BEJARANO SANDOVAL LIDIA

PAF3365

01-1176-0682

JIMENEZ JIMENEZ MARIA DE LOS ANGELES

TEC2924

01-0988-0418

URCUYO CHAVES PAULA

TEC925

01-0336-0289

MENA ROJAS JOSE ELIAS

PAF3369

02-0584-0462

MENDEZ RAMIREZ NATALIA

TEC2928

01-0745-0267

AGUILAR FLORES MAURICIO

TEC958

09-0013-0327

CHAVES GONZALEZ RONALD

PAF3372

01-1277-0662

MONGE SOLANO MARIELA

TEC2929

01-1055-0464

AGUILERA GONZALEZ MANUEL

TEC962

01-0332-0091

HERNANDEZ RAMIREZ RODOLFO

PAF3382

02-0588-0027

SOLORZANO RAMIREZ MAYARI

TEC294

02-0252-0312

OREAMUNO CHAVARRIA MARIANO

TEC981

02-0372-0846

MEDINA CABEZAS LUIS FELIPE

PAF3388

01-0937-0569

ARIAS VICTORY ALEJANDRO

TEC295

06-0081-0344

SANTANA VALVERDE YOLANDA

 

 

 

PAF3389

01-1142-0128

ARROYO RODRIGUEZ GLORIANA

TEC2962

01-1010-0980

MOLINA DE BERNARDI MARCOS

 

 

 

PAF3390

01-1141-0588

ARROYO ESPINOZA JOSE PABLO

TEC2969

01-0824-0058

SOLANO CORELLA VERONICA

 

 

 

Dr. Roulan Jiménez Chavarría, Presidente.—Dra. Julia Fernández Monge, Secretaria.—1 vez.—(IN2009089236).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Por escritura número dos-tres, otorgada ante esta notaría, se disminuyó el capital social y se reformó la cláusula quinta del pacto constitutivo de Inmobiliaria Yahxa Limitada.—Lic. Luis Diego Quesada Araya, Notario.—RP2009133848.—(IN2009087957).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Por escritura otorgada ante nosotros, a las 10:00 horas del día 17 de julio del 2009, Luis Alonso Quintana Ramírez y Silvia María Quintana Ramírez, constituyen Inversiones Lu-Ca-Ji Sociedad Anónima. Capital: cien mil colones. Duración: noventa y nueve años. Presidente: Luis Alonso Quintana Ramírez.—San José, 30 de setiembre del 2009.—Lic. Rigoberto Jiménez Vega y Gilbert Alfaro Fallas, Notarios.—1 vez.—(IN2009087705).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las veinte horas del cinco de octubre de dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Compañía de Galletas Pozuelo DCR Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos veinte mil novecientos noventa y cinco, se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, cinco de octubre del dos mil nueve.—Lic. Ana María Rodríguez Chinchilla, Notaria.—1 vez.—(IN2009087787).

Vicente Meza García y otra constituyen Fampi del Este S. A. Presidente: Vicente Meza García. Escritura otorgada en Santo Domingo de Heredia, a las once horas del día cinco de octubre del dos mil nueve.—Lic. Marta Ma. Elizondo Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2009087812).

El suscrito notario hace constar que en el tomo cuatro de mi protocolo, se realizaron los siguientes actos: mediante la escritura número veinticinco  se  protocolizó  asamblea  general extraordinaria de Polluelo G H J Setenta y Cinco S. A., mediante la escritura número cincuenta y nueve se protocolizó asamblea general extraordinaria de tres-ciento uno-quinientos veintinueve mil trescientos cincuenta y cuatro sociedad anónima, mediante la escritura número sesenta y tres se protocolizó asamblea  general  extraordinaria de Anemos Investments B G C Once S. A., mediante la escritura número setenta y uno se protocolizó asamblea general extraordinaria de Okume F R Y Cuarenta y Cuatro S. A., mediante la escritura número sesenta y dos se protocolizó asamblea general extraordinaria de tres-ciento uno-quinientos nueve mil quinientos dieciocho s. a., mediante la escritura número sesenta y cinco se  protocolizó  asamblea  general  extraordinaria  de  Piqueros Morenos J V M Veintinueve S. A., mediante la escritura número sesenta y seis se protocolizó asamblea general extraordinaria de Jaco River Dos S. A., mediante la escritura número sesenta y nueve se protocolizó asamblea general extraordinaria de Filial Condominio Danza del Río Grund Lutesio Sesenta y Nueve S. A., mediante la escritura número setenta y cinco se protocolizó asamblea general extraordinaria de Materiales Carrara S. A. y mediante escritura número siete del tomo once del notario Ronald Solano Pérez, se protocolizó asamblea general extraordinaria la sociedad Casa Pueblo Café Cuatro S. A. Es todo.—San José, seis de octubre del dos mil nueve.—Lic. Mario Varela Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2009087814).

En escritura pública número 94-3, de las 16:00 horas del 5 de octubre de 2009, protocolicé acta de asamblea general de cuotistas de Babylon Oriental Ltda., cédula jurídica 3-102-556548, en la que se modifica la cláusula segunda del domicilio, se acepta la renuncia y se nombran gerentes.—Lic. Adriana Calvo Fernández, Notaria.—1 vez.—(IN2009087816).

,Por escritura protocolizada por mí a las nueve horas del día dieciocho de setiembre del dos mil nueve se reformó la cláusula segunda del pacto social del domicilio social de la sociedad de esta plaza Inversiones Montes Claro S. A.—San José, a las diez horas del día cinco de octubre del dos mil nueve.—Lic. Denise Álvarez Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2009087817).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las once horas del cuatro de setiembre del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de La Feria del Agricultor Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos once mil doscientos setenta y dos; donde se nombra nueva junta directiva, Alejandro del Jesús Suárez Castro, presidente, apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Ernesto Mora Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2009087818).

Ante mí, Adolfo José Hernández Aguilar notario público, se constituyó Rua Lamto RLT Sociedad Anónima, cuyo presidente es Alfredo Esteban Cortés Vílchez, con un total de capital social por la suma de diez mil colones, su domicilio social será en cantón Heredia, distrito central de la provincia de Heredia, veinte metros este de los Tribunales de Justicia. Plazo social: noventa y nueve años; otorgada en Heredia a las dieciséis horas y treinta minutos del cinco de octubre de dos mil nueve. Es todo.—Heredia, seis de octubre de dos mil nueve.—Lic. Adolfo José Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2009087823).

Ante mí, Adolfo José Hernández Aguilar notario público, se constituyó Viz Saturna VST Sociedad Anónima, cuyo presidente es Alfredo Esteban Cortés Vílchez, con un total de capital social por la suma de diez mil colones, su domicilio social será en cantón Heredia, distrito central de la provincia de Heredia, veinte metros este de los Tribunales de Justicia. Plazo social: noventa y nueve años; otorgada en Heredia a las dieciséis horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de octubre del dos mil nueve. Es todo.—Heredia, seis de octubre del dos mil nueve.—Lic. Adolfo José Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2009087824).

Por escritura otorgada ante mí en esta ciudad a las 10 horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea de tres-ciento uno-quinientos treinta y dos mil trescientos sesenta y tres sociedad anónima, en la que se reforman estatutos.—San José, 29 de setiembre del 2009.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—(IN2009087840).

Ante mí, Edith Gutiérrez Ruiz, notaria pública, se ha constituido la sociedad denominada Sociedad de Usuarios de Agua de Fría de Curubandé de Liberia, domiciliada en Curubandé, cantón de Liberia, de la provincia de Guanacaste, representada por su presidente Miguel Ángel Ortiz de la O con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Liberia, cinco de octubre del dos mil nueve.—Lic. Edith Gutiérrez Ruiz, Notaria.—1 vez.—(IN2009087841).

Por escritura de las 10 horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Real Corteza Treinta y Tres S. A. Se reforma lo concerniente a la administración.—Heredia, 6 de octubre del 2009.—Lic. Manuel Antonio Vílchez Campos, Notario.—1 vez.—(IN2009087850).

Luis Diego Chacón Bolaños, notario público, hace saber: que el día 5 de octubre del año en curso, en mi notaría, Southland Technology S. A. aumentó su capital a once millones de colones, representado por once millones de acciones con múltiples de un colón cada una.—Lic. Luis Diego Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—(IN2009087851).

Ante mí Gustavo Adolfo Koutsouris Canales, se otorga escritura número ciento veintitrés, al ser ocho horas treinta minutos del día veintiocho de setiembre del dos mil nueve, en donde se reforman cláusulas primera, segunda, quinta y octava de tres-ciento uno-quinientos sesenta y siete mil doscientos ochenta y dos sociedad anónima. Es todo.—San José, al ser las ocho horas quince minutos del día cinco de octubre del dos mil nueve.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.—(IN2009087854).

Ante mí, Gustavo Adolfo Koutsouris Canales, se otorga escritura número ciento veintidós, al ser ocho horas, del día veintiocho de setiembre del dos mil nueve, en donde se reforman cláusulas primera, segunda, quinta y octava de tres-ciento uno-quinientos veintiséis mil doscientos cincuenta y uno sociedad anónima. Es todo.—San José, al ser las ocho horas treinta minutos del día cinco de octubre del dos mil nueve.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.—(IN2009087855).

En mí notaría al ser las catorce horas del dos de octubre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada S&K Diamond CR Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, y que tiene por objeto el comercio en general.—San José, dos de octubre del dos mil nueve.—Lic. Luis Eduardo Solano Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2009087865).

Se realiza la publicación de cambio reforma al pacto social de la sociedad El Bello Valle Sociedad Anónima.—San José, 5 de octubre del 2009.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2009087876).

La sociedad Kodiak Homer Sociedad Anónima modifica pacto social, y junta directiva, mediante escritura de las 9:00 horas del día 1º de octubre del año 2009, ante el notario público Alberto Baraquiso Leitón.—San José, 1º de octubre del 2009.—Lic. Alberto Baraquiso Leitón, Notario.—1 vez.—Nº RP2009133761.—(IN2009087907).

Ante mi notaría, protocolicé acta de asamblea general ordinaria de socios, de la sociedad Grupo Empresarial Nayuribe Sociedad Anónima, mediante la cual se revoca los nombramientos de presidente, vicepresidente, secretario, tesorero, vocal uno, vocal dos, vocal tres y fiscal y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Nandayure, tres de octubre del 2009.—Lic. Nancy Elena Rivas Elizondo, Notaria.—1 vez.—Nº RP2009133764.—(IN2009087908).

Por escritura otorgada ante esta notaría Jardín Azul de Magallanes S. A. y Constructora Pegasus S. A., constituyen Jardines de Magallanes S. A.—Lic. Gonzalo Monge Núñez, Notario.—1 vez.—Nº RP2009133765.—(IN2009087909).

Por escritura otorgada ante e1 suscrito notario público, en la ciudad de San José, a las once horas del tres de octubre del dos mil nueve, protocolicé e1 acta de 1a sociedad Jaroke Soluciones Sociedad Anónima, por medio de la cual se reforman las cláusulas quinta y sétima del pacto social.—San José, 3 de octubre del 2009.—Lic. Manuel Mairena Díaz, Notario.—1 vez.—Nº RP2009133767.—(IN2009087910).

Mediante escritura pública otorgada a las 11:00 horas del 24 de setiembre del 2009, en la sociedad Comercial de Potencia y Maquinaria Sociedad Anónima, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria en donde se modifica cláusula quinta del capital social.—San José, 28 de setiembre del 2009.—Lic. Luis Gustavo González Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº RP2009133768.—(IN2009087911).

Ante mí, Rafael Eliécer Cascante Arias, se constituyó la sociedad cuya denominación será la cédula jurídica que el Registro designe de conformidad con el Decreto número tres tres uno siete uno-cinco, constituida por diez cuotas o títulos nominativos de mil colones cada uno. Gerente: Beau James Bostic.—Pérez Zeledón, a las diez horas del diez de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Rafael Eliécer Cascante Arias, Notario.—1 vez.—Nº RP2009133770.—(IN2009087912).

Mediante escritura otorgada a las dieciocho horas veinte minutos del dos de octubre del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Aguas Soluna de Nosara Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-374773, en la cual se reformó la cláusula segunda de administración, décima del traspaso de cuotas, se derogó la décimo segunda del agente residente, se nombró nuevo gerente, se otorgó un poder generalísimo y se cancelaron cuatro poderes generalísimos.—Lic. Bárbara Jiménez Coble, Notaria.—1 vez.—Nº RP2009133771.—(IN2009087913).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se constituyó la compañía denominada Diseños de Arte Natural S. A. Con domicilio en San José, Curridabat, capital social de diez mil colones, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, dos de octubre del dos mil nueve.—Lic. Enrique Alonso Rojas Solís, Notario.—1 vez.—Nº RP2009133773.—(IN2009087914).

Por escritura otorgada a las 18:00 horas del 2 de octubre 2009 se reforma pacto constitutivo de La Toto de Ochomogo Sociedad Anónima, y se nombra junta directiva.—Lic. Gabelo Rodríguez Quesada, Notario.—1 vez.—Nº RP2009133775.—(IN2009087915).

Por escritura otorgada a las 18:00 horas del 2 de octubre 2009 se reforma pacto constitutivo de Ganadera Lajas Sociedad Anónima y se nombra junta directiva.—Lic. Gabelo Rodríguez Quesada, Notario.—1 vez.—Nº RP2009133776.—(IN2009087916).

Por escritura otorgada a las 18:00 horas del 2 de octubre 2009 se reforma pacto constitutivo de Nopal B C Nueve Sociedad Anónima y se nombra junta directiva.—Lic. Gabelo Rodríguez Quesada, Notario.—1 vez.—Nº RP2009133777.—(IN2009087917).

Por escritura otorgada a las 18:00 horas del 2 de octubre 2009 se reforma pacto constitutivo de Cachafifa Sociedad Anónima, y se nombra junta directiva.—Lic. Gabelo Rodríguez Quesada, Notario.—1 vez.—Nº RP2009133778.—(IN2009087918).

Por escrituras otorgadas ante mi notaría, protocolicé: acta de asamblea general extraordinaria de socios de: A) “Condominios del Río Toro Noveno S. A.” B) “Condominios del Río Catorce DD Veintitrés S. A.” C) “Condominios del Río Grande Sétimo S. A.” D) “Condominios del Río Bajo Tercero S. A.”, E) “Condominios del Río Noveno Condo Dieciocho S. A.”, en todas las sociedades se modifican la cláusula segunda del domicilio, y se hacen nuevos nombramientos en la junta directiva y fiscal. Asimismo, en esta notaría se constituyeron sociedades anónimas, en las que se facultó al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional para que como denominaciones sociales se establezcan el número de cédula de persona jurídica que les sea asignado al momento de su inscripción. Presidente Jonathan Jara Castro.—San José, cinco de octubre de setiembre de dos mil nueve.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº RP2009133782.—(IN2009087919).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del diecinueve de junio del dos mil nueve, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una sociedad anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 19 de junio del 2009.—Lic. Rafael Ignacio Leandro Rojas, Notario.—1 vez.—Nº RP2009133783.—(IN2009087920).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas treinta minutos del diecinueve de junio del dos mil nueve, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una sociedad anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 19 de junio del 2009.—Lic. Rafael Ignacio Leandro Rojas, Notario.—1 vez.—Nº RP2009133784.—(IN2009087921).

Por escritura otorgada ante mí, Daniel Eduardo Muñoz Herrera, a las dieciséis horas del treinta de setiembre del dos mil nueve, se acuerda reformar la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad denominada Tiendas Hexa de Costa Rica Sociedad Anónima, correspondiente al capital.—San José, dos de octubre del dos mil nueve.—Lic. Daniel Eduardo Muñoz Herrera, Notario.—1 vez.—Nº RP2009133785.—(IN2009087922).

Por escritura otorgada ante el notario Roberto Calderón Solano, notario público con oficina en Turrialba, a las quince horas del primero de octubre del dos mil nueve, se protocoliza el acta de nombramiento de junta directiva de la sociedad mercantil Inversiones Eslabón Salas Ramírez de Turrialba Sociedad Anónima; presidente José Ángel Salas Solano.—Lic. Roberto Calderón Solano, Notario.—1 vez.—Nº RP2009133787.—(IN2009087923).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy se constituyó la empresa Academia Internacional de Costa Rica Sociedad Anónima.—Heredia, 8 de setiembre del 2009.—Lic. María Isabel Alfaro Portuguez, Notaria.—1 vez.—Nº RP2009133789.—(IN2009087924).

Ante mi notaría, a las dieciséis horas y treinta minutos del día treinta de setiembre del dos mil nueve, se ha protocolizado acta de asamblea de la compañía Toalpina Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos diez mil setecientos cincuenta y tres, donde se reforman las cláusulas octava y novena del pacto constitutivo, y se nombra vicepresidente y fiscal.—Lic. Santiago Vargas Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº RP2009133791.—(IN2009087925).

Ante mi notaría se constituyó sociedad anónima denominada Invizion I. N. Costa Rica Sociedad Anónima. Capital social: la suma de diez mil colones divididas en diez acciones comunes y nominativas. Plazo: noventa y nueve años. Representación le corresponde al presidente y secretario.—Heredia, diecisiete horas veinte minutos, del catorce de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Harold Meléndez Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2009133850.—(IN2009087959).

Mediante escritura otorgada el 05 de octubre del 2009, ante esta notaría, se modifica el domicilio social de la sociedad denominada Apriscos Sociedad Anónima.—San José, 05 de octubre de 2009.—Lic. Manuela Guillén Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2009133851.—(IN2009087960).

Mediante escritura otorgada el 05 de octubre del 2009, ante esta notaría, se modifica el domicilio social y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad denominada Consorcio Atlántico de Seguridad Sociedad Anónima.—San José, 05 de octubre de 2009.—Lic. Manuela Guillén Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2009133852.—(IN2009087961).

Mediante escritura otorgada el 26 de agosto del 2009, ante esta notaría, se constituye la sociedad denominada Adagio Producciones Musicales Sociedad Anónima.—San José, 29 de setiembre de 2009.—Lic. Manuela Guillén Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2009133853.—(IN2009087962).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día veinticinco de setiembre del año dos mil nueve, se constituyó BBL Staffing Group Sociedad Anónima. Representación judicial: presidente, secretario y tesorero en forma conjunta o individual. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: debidamente suscrito y pagado. Es todo.—San José, 05 de octubre del dos mil nueve.—Lic. Gabriela Coto Esquivel, Notaria.—1 vez.—RP2009133854.—(IN2009087963).

Por escritura número veinticuatro, autorizada por la suscrita Licenciada Karol Angulo Hernández, Notaria Institucional del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, a las nueve horas del veintinueve de setiembre del dos mil nueve, se protocoliza en lo conducente el acuerdo visible en el acta número sesenta y uno de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Popular Valores Puesto de Bolsa, Sociedad Anónima, del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, celebrada en las oficinas centrales del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, sito en San José, calle uno, avenidas dos y cuatro, en virtud de la cual se acordó modificar la cláusula novena: de la administración de la sociedad, del pacto constitutivo de dicha sociedad.—San José, treinta de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Karol Angulo Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2009133861.—(IN2009087964).

Por escritura número veintitrés, otorgada ante la suscrita Licenciada Karol Angulo Hernández, Notaria Institucional del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, a las ocho horas treinta minutos del veintinueve de setiembre del dos mil nueve, se protocoliza en lo conducente el acuerdo visible en el acta número cuarenta y nueve de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Popular Sociedad de Fondos de Inversión, Sociedad Anónima, del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, celebrada en las oficinas centrales del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, sito en San José, calle uno, avenidas dos y cuatro, en virtud de la cual se acordó modificar la cláusula octava: de la administración, del pacto constitutivo de dicha sociedad.—San José, treinta de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Karol Angulo Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2009133862.—(IN2009087965).

Por medio de la escritura número ciento veinticuatro, otorgada a las once horas del día veintidós de setiembre del dos mil nueve, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Condominios Pura Vida en el Mar S. A., por la cual se modifica la cláusula segunda del domicilio, la octava de la administración, y se revocan el nombramiento de los miembros de la junta directiva y se nombran nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—RP2009133863.—(IN2009087966).

Por medio de la escritura número ciento veintinueve, otorgada a las doce horas del día veinticinco de setiembre del dos mil nueve, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Finca Coco Blanco FCB Limitada, por la cual se modifica la cláusula segunda del domicilio, la octava de la administración y se revoca el nombramiento del gerente y se nombran nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—RP2009133864.—(IN2009087967).

Por escrituras otorgadas ante esta notaría se constituyen las sociedades anónimas Supertiendas Pura Vida S. A., Ornamentales Tropicales S. A., Plantas de Costa Rica S. A.Lic. Mario Enrique Muñoz Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2009133865.—(IN2009087968).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del catorce de mayo del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Antorchas del Bosque S. A.Lic. Manuel Alpízar Rojas, Notario.—1 vez.—RP2009133866.—(IN2009087969).

En mi notaría a las diez horas del veintiséis de setiembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Bello Caribe del Este Sociedad de Responsabilidad Limitada, que es nombre de fantasía, con un capital social un millón de colones representado por diez mil cuotas nominativas con un valor de cien colones cada una, cuyo domicilio social será en la ciudad de Limón, Talamanca, Cahuita, dos kilómetros al norte de la entrada principal, por un plazo social de noventa y nueve años.—San José, 02 de octubre del 2009.—Lic. Rocío Quirós Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2009133868.—(IN2009087970).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas de hoy en Ciudad Neily, se constituyó Jiménez Castillo Sociedad Anónima, domicilio en Bajo Los Indios de Corredores, Puntarenas, capital: totalmente suscrito y pagado, plazo: noventa y nueve años a partir de hoy, representación judicial y extrajudicial de la sociedad: presidente de la junta directiva, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Ciudad Neily, siete de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Yadira Reyes Wong, Notaria.—1 vez.—RP2009133871.—(IN2009087971).

Mediante escritura número: cuarenta y uno-seis, otorgada a las ocho horas del día dieciocho de setiembre del año dos mil nueve, se realizó la protocolización de acta número dos de la sociedad denominada mediante su número de cédula jurídica: tres-ciento uno-quinientos cuarenta y un mil doscientos setenta y cuatro; en la cual, se está realizando un cambio de la junta directiva de dicha mercantil.—San Isidro de Pérez Zeledón, a las dieciséis horas del día dieciocho de setiembre del año dos mil nueve.—Lic. Wady Flores Acuña, Notario.—1 vez.—RP2009133872.—(IN2009087972).

Ante el suscrito notario, se constituye la compañía Rogo de Laurel Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones exactos, representados por cien acciones comunes y nominativas. Presidente: Luis Antonio Rojas Cerceño.—Ciudad Neily, veintiocho de setiembre de dos mil nueve.—Lic. Hiner Fernando Segura Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2009133873.—(IN2009087973).

Protocolización asamblea general extraordinaria de Servicios y Mensajeris R H F Metropolitana S. A., se modifica cláusula sexta y se nombra secretario. Otorgada a las 18:00 horas del 02 de octubre del 2009.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—RP2009133875.—(IN2009087974).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas treinta minutos del día tres de octubre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Jensol Sociedad Anónima. Presidenta: Ana Lucía Solano Garro.—Lic. Didier Mena Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2009133878.—(IN2009087975).

La suscrita notaría pública, Licenciada Xiomara Campos Acuña, hace constar que en escritura número noventa y dos-dos, visible a folio cincuenta y tres vuelto del tomo segundo de mi protocolo, otorgada a las dieciocho horas del catorce de setiembre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, sin nombre, por los señores Wilber Jiménez Jiménez y Pamela Cerdas Cerdas, pudiéndose abreviar el aditamento como S. R. L.—Cartago, catorce de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Xiomara Campos Acuña, Notaria.—1 vez.—RP2009133879.—(IN2009087976).

Por escritura número: 84, otorgada a las 20:00 horas del 19 de agosto de 2009, se constituyó la asociación, que se denominará Cámara de Empresarios de Música Tropical de Costa Rica, léase en siglas: CEMTRO. Plazo: indefinido. Giro: Los fines son crear productos y servicios en el comercio que cumplan con el perfil económico de los músicos, etc. Domicilio: San José, Rohrmoser de Plaza Mayor 100 metros oeste y 125 metros al norte. Presidente Guillermo Flores Montero.—San José, 05 de octubre del dos mil nueve.—Lic. Eduardo Aráuz Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2009133880.—(IN2009087977).

Por escritura pública otorgada ante el Notario Luis Fernando Castro Gómez, en San José, a las doce horas, del veintiocho de setiembre del dos mil nueve, se constituyó, Sekoh Sociedad Anónima, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintiocho de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—RP2009133881.—(IN2009087978).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas, del cinco de octubre del dos mil nueve, se reformó la totalidad del pacto constitutivo de la sociedad Bahía Boca Grande del Caribe S. A.Cartago, cinco de octubre del dos mil nueve.—Lic. Andre Wells Downey, Notario.—1 vez.—RP2009133882.—(IN2009087979).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas, del cinco de octubre del dos mil nueve, se reformaron las cláusulas segunda y octava de la sociedad Café Hacienda Real S. A.Cartago, cinco de octubre del dos mil nueve.—Lic. Andre Wells Downey, Notario.—1 vez.—RP2009133883.—(IN2009087980).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas, del cinco de octubre del dos mil nueve, se reformó la cláusula novena de la sociedad Filial XXXVII Marsella BL S. A.Cartago, cinco de octubre del dos mil nueve.—Lic. Andre Wells Downey, Notario.—1 vez.—RP2009133884.—(IN2009087981).

En esta notaría, al ser las catorce horas del día primero de octubre de dos mil nueve, se constituyó la empresa Aurora Espacial Sociedad Anónima. Es todo.—San José, dos de octubre de dos mil nueve.—Lic. Gonzalo Saavedra Brenes, Notario.—1 vez.—RP2009133885.—(IN2009087982).

Ante esta notaría se constituyó Havana Solutions de Costa Rica S.A. Presidente: Luis Michel Céspedes Rodríguez. Domicilio social: El Roble de Alajuela.—26 de setiembre del 2009.—Lic. Leslie Moreira Apú, Notaria.—1 vez.—RP2009133886.—(IN2009087983).

Ante esta notaría se Empresas Jomo de Costa Rica S.A. Presidente: Jorge Brenes Vargas, representante. Domicilio social: Alajuela.—04 de setiembre del 2009.—Lic. Leslie Moreira Apú, Notaria.—1 vez.—RP2009133887.—(IN2009087984).

Nidia Roxana Pérez y Elena Adela Téllez Blanco constituyen la sociedad de esta plaza: Tours And Travel Costa Rica Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las catorce horas del dos de octubre del año dos mil nueve.—Lic. Humberto Jarquín Anchía, Notario.—1 vez.—RP2009133890.—(IN2009087985).

Por escritura número 154 de las 20:00 horas del día 02 de octubre del 2009, Floribeth Ruiz Mendoza y Keily Mariana Ruiz Mendoza, constituyen S. A. con nombre como número de cédula que asignara el Registro, con capital social de diez mil colones, plazo social noventa y nueve años, presidenta, la primera.—05 de octubre de 2009.—Lic Rafael Ángel Paniagua Mora, Notario.—1 vez.—RP2009133894.—(IN2009087986).

Ante esta notaría se constituye la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Bataks Sociedad Anónima, a las quince horas del cuarto de octubre del dos mil nueve, siendo su presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma la señorita Ámbar Lameda Suárez y el señor Daniel Castillo Rossi respectivamente, ante el Notario Mauricio Bolaños Delgado.—San José, cuatro de octubre del dos mil nueve.—Lic. Mauricio Bolaños Delgado, Notario.—1 vez.—RP2009133899.—(IN2009087987).

Por escritura otorgada hoy ante mí se constituyó la empresa con el nombre de número de cédula jurídica que asigne el Registro, S. A. Domicilio: Liberia, Guanacaste. Objeto: comercio en general. Plazo: 99 años. Representación: presidente, vicepresidente y tesorero.—Filadelfia, 01 de octubre del 2009.—Lic. Roberto Paniagua Vargas, Notario.—1 vez.—RP2009133901.—(IN2009087988).

Por escritura otorgada en San José a las once horas y treinta minutos del día cinco de octubre del año dos mil nueve. Se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la firma denominada CD Meditación del Mar Sociedad Anónima y se acuerda modificar su razón social, su objeto y su junta directiva. Ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo.—En San José, a las once horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de octubre del dos mil nueve.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—RP2009133902.—(IN2009087989).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas del día dos de octubre de dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos del acta número tres de asamblea general de cuotistas de la sociedad denominada Helix Investments S. R. L. Donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, cinco de octubre de dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2009133903.—(IN2009087990).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas del día dos de octubre de dos mil nueve, Max Lukowiecki Lev y Mike Lukowiecky Grunhaus, constituyen una sociedad anónima.—San José, cinco de octubre de dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2009133904.—(IN2009087991).

En mi notaría al ser las doce horas del treinta de setiembre del año dos mil nueve, se constituyó Centro Universitario Cupsa Sociedad Anónima.—Lic. Celenia Godínez Prado, Notaria.—1 vez.—RP2009133907.—(IN2009087992).

Ante mí, Isabel Cristina Camacho Piedra, notaría pública con oficina abierta en la ciudad de Aserrí, cuatrocientos metros al este de la Municipalidad, se constituyó la sociedad denominada: Efratrans S. A. Domicilio social: San José, Aserrí, Barrio Las Mercedes de Pulpería Tres Esquinas setenta y cinco metros al oeste y cincuenta metros al sur. Capital social: cincuenta mil colones exactos. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Efraín Mora Morales, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con la representación judicial y extrajudicial de dicha sociedad.—Aserrí, quince horas del día veintinueve de setiembre del año dos mil nueve.—Lic. Isabel Cristina Camacho Piedra, Notaria.—1 vez.—RP2009133808.—(IN2009087993).

Por escritura número ciento dieciséis, otorgada ante esta notaría a las once horas del dos de octubre del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Global Legal Advisors S. A., titular de la cédula de persona jurídica tres-ciento uno-trescientos setenta y nueve mil setecientos veinticuatro, mediante la cual se reformaron las cláusulas segunda y sétima y se nombró nuevo presidente y tesorero.—San José, dos de octubre del año dos mil nueve.—Lic. Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—RP2009133912.—(IN2009087994).

Mediante acta Nº 24, de asamblea general extraordinaria de la Asociación Pro Atención de Ancianos, de Santo Domingo de Heredia, se nombró junta directiva del periodo 19 de setiembre del 2009 al 18 de setiembre del 2011, quedando nombrado como presidente el señor Olman Verny Umaña Nimo, cédula 1-0506-0159.—San José, 29 de setiembre del 2009.—Lic. Shirley Sánchez Bustamante, Notaria.—1 vez.—RP2009133913.—(IN2009087995).

Por escrituras otorgadas ante mí a las 9:00, 9:30 y 9:45 horas del día de hoy se protocolizaron respectivamente las actas de asambleas generales extraordinarias de socios de las compañías: Alpha Costa Rica S. A. mediante la cual se reformó el pacto social y se nombra nueva junta directiva y fiscal; Ganadera Río Turrialba S. A. Mediante la cual se reformó la cláusula segunda del pacto social, se nombra nuevo fiscal y agente residente. Inversiones Petelac S. A., mediante la cual se reformaron las cláusulas segunda y quinta del pacto social, se nombra nuevo secretario de la junta directiva.—Escazú, 5 de octubre del 2009.—Lic. Carmen Fernández Molina, Notaria.—1 vez.—RP2009133914.—(IN2009087996).

Por escritura otorgada ante el día de hoy se constituye Sociedad Anónima. Capital social totalmente suscrito y pagado; acciones comunes y nominativas, domicilio en San José. Plazo: cien años. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 3 de octubre del 2009.—Lic. José Milton Morales Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2009133915.—(IN2009087997).

Por escritura número sesenta y siete-cuatro otorgada a las 11:00 horas del día 5 de octubre de 2009, protocolicé el acta de la asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad: Hacienda Acrópolis Limitada, en la cual se modificó las cláusulas segunda y décima del pacto constitutivo y se revocan los nombramientos de la administración gerente y subgerente y en el mismo acto se procede a realizar nuevos nombramientos para ocupar esas plazas.—San José, 5 de octubre de 2009.—Lic. Óscar Noé Ávila Molina, Notario.—1 vez.—RP2009133917.—(IN2009087998).

Ante mi notaría la sociedad Hermanos Salazar Gómez en Guanacaste Z Y G S. A. Reformó las cláusulas novena y segunda, reorganiza la junta directiva y fiscal.—Lic. Verónica Mora Vega, Notaria.—1 vez.—RP2009133918.—(IN2009087999).

Por escritura número sesenta y ocho-cuatro otorgada a las 11:30 del día 5 de octubre de 2009, protocolicé el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad: 3-101-452733 sociedad anónima, en la cual se modificó las cláusulas primera, segunda y sexta del pacto constitutivo y se revocan los nombramientos del presidente, secretario y tesorero y en el mismo acto se procede a realizar nuevos nombramientos para ocupar esas plazas.—San José, 5 de octubre de 2009.—Lic. Óscar Noé Ávila Molina, Notario.—1 vez.—RP2009133919.—(IN2009088000).

Por escritura otorgada en esta notaría a las quince horas de hoy, los señores Jeannette Carolina Ramírez Payan y Sergio Josué Fallas Ramírez, constituyeron la empresa Inmobiliaria Ramírez & Payan Sociedad Anónima. Domicilio: Fátima de Desamparados. Objeto: comercio en general. Plazo: cien años. Capital: totalmente suscrito y cancelado.—San José, 23 de setiembre de 2009.—Lic. Guillermo Rojas Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2009133921.—(IN2009088001).

Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las 9:00 del 5 de octubre del 2009, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Costa Esterillos Estates Helicroso Ciento Sesenta y Nueve Sociedad Anónima, se nombra nuevo presidente, secretario, tesorero y agente residente.—San José, 5 de octubre del 2009.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—RP2009133922.—(IN2009088002).

Por escritura otorgada ante este notario a las 10:39 horas del 30 de setiembre del 2009, se constituyó la sociedad denominada según su número de cédula jurídica más las palabras S. A., con domicilio en la provincia de San José, Guadalupe, Goicoechea, Mata de Plátano, Urbanización La Pradera, en la Farmacia La Pradera. Capital social: diez mil colones. Plazo: 99 años. Presidente: Shaul Mirzachi Weiskopf.—San José, 1º de octubre del 2009.—Lic. Sergio Gamboa Vargas, Notario.—1 vez.—RP2009133923.—(IN2009088003).

Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las 13:00 del 30 de setiembre del 2009, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Columbus Heights Number Eighty Two Shiwi Limitada, se nombra nuevo agente residente.—San José, 30 de setiembre del 2009.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—RP2009133924.—(IN2009088004).

Por escritura otorgada ante este notario a las 9:35 horas del 30 de setiembre del 2009, se constituyó la sociedad denominada según su número de cédula jurídica más las palabras S. A., con domicilio en la provincia de San José, Guadalupe, Goicoechea, Mata de Plátano, Urbanización La Pradera, en la Farmacia La Pradera. Capital social: diez mil colones. Plazo: 99 años. Presidente: Shaul Mirzachi Weiskopf.—San José, 1º de octubre del 2009.—Lic. Sergio Gamboa Vargas, Notario.—1 vez.—RP2009133925.—(IN2009088005).

Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las 8:00 del 5 de octubre del 2009, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Costa Esterillos Estates Gugulon Ciento Setenta Sociedad Anónima, se nombra nuevo presidente, secretario, tesorero y agente residente.—San José, 5 de octubre del 2009.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—RP2009133926.—(IN2009088006).

Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las 7:00 del 5 de octubre del 2009, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Terranostra I J Lote Cinco Sociedad Anónima, se nombra nuevo presidente, secretario, tesorero y fiscal. Se elimina el nombramiento de agente residente.—San José, 5 de octubre del 2009.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—RP2009133927.—(IN2009088007).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría al ser las 10:00 horas del 5 de octubre del 2009, se constituyó la sociedad White Lilly Spa Sociedad Anónima, con el domicilio en San José. Objeto: genérico. Plazo: 100 años. Capital social: 10.000,00 colones. Correspondiendo al presidente, secretario y tesorero la representación judicial y extrajudicial con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Presidenta: Vilma Bonyad, secretaria: Maritza Natalia Delgado Moreno, tesorero: Mehrdad Bonyad.—San José, 5 de octubre del 2009.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—RP2009133928.—(IN2009088008).

Por escritura otorgada ante mí a las once horas del primero de octubre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Grupo Afe S. A., con un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución y con un capital social de mil colones.—San José, 1º de octubre del 2009.—Lic. Paola María Montealegre Sauma, Notaria.—1 vez.—RP2009133729.—(IN2009088009).

Por escritura otorgada ante mí a las once horas del dos de octubre de dos mil nueve, se modificó la cláusula sexta de los estatutos y se hicieron nuevos nombramientos de la junta directiva en la sociedad Foresta Group International Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos nueve mil ochocientos seis.—San José, 2 de octubre de 2009.—Lic. Fabiana Gutiérrez León-Páez, Notaria.—1 vez.—RP2009133930.—(IN2009088010).

Por escritura otorgada en esta notaría en San José, a las nueve horas del día dos de octubre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Wecamp Holding Corp. Sociedad Anónima. Presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 2 de octubre del 2009.—Lic. Carlos Morales Fallas, Notario.—1 vez.—RP2009133934.—(IN2009088011).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las ocho horas del primero de octubre del año dos mil nueve, protocolicé acta de Keilor de San Sociedad Anónima. Se modifica cláusula sétima, el domicilio y se nombran directivos.—Ciudad Quesada, 01 de octubre del 2009.—Lic. Luis Ángel González Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2009133936.—(IN2009088012).

Por escritura número ciento treinta y siete otorgada en mi notaría a las trece horas del veintinueve de setiembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada: El Catavalle Ligista Sociedad Anónima. Capital social: un millón de colones. Plazo social: noventa y nueva años. Domicilio social: Alajuela, Barrio San Martín, de la Iglesia Católica cien metros al norte y ciento veinticinco metros al norte. Representación judicial y extrajudicial: presidenta y tesorero.—Ciudad Quesada, 01 de octubre del 2009.—Lic. Alexander Bogantes Monge, Notario.—1 vez.—RP2009133937.—(IN2009088013).

Por escritura número ciento cuarenta y cinco-cuatro otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Maderas Calidad San Carlos Sociedad Anónima, se modifica el punto segundo y el punto sexto del pacto constitutivo, en cuanto al domicilio y a la representación judicial y extrajudicial de dicha sociedad y se hace cambio de junta directiva.—Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, 3 de octubre del 2009.—Lic. Mauren Rojas Bejarano, Notaria.—1 vez.—RP2009133939.—(IN2009088014).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 12:00 horas del día 3 de octubre del 2009; se constituyó la sociedad de esta plaza denominada: Constructora Maryesa Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: La ciudad de La Alegría de Siquirres, Limón.—San José, 5 de octubre del 2009.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—RP2009133941.—(IN2009088015).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 13:00 horas del día 3 de octubre del 2009; se constituyó la sociedad de esta plaza, denominada: Constructora Vinza Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital: Suscrito y pagado. Domicilio: La ciudad de La Alegría de Siquirres, Limón.—San José, 5 de octubre del 2009.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—RP2009133942.—(IN2009088016).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 14:00 horas del día 3 de octubre del 2009; se constituyó la sociedad de esta plaza, denominada: Constructora Alyesa Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital: Suscrito y pagado. Domicilio: La ciudad de La Alegría de Siquirres, Limón.—San José, 5 de octubre del 2009.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—RP2009133943.—(IN2009088017).

Por escritura otorgada a las 11:00 horas del 30 de setiembre del 2009, protocolicé acuerdos de la empresa Kamp-Grolsh S. A., reformando estatutos.—San José, 30 de setiembre del 2009.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—RP2009133944.—(IN2009088018).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 15:00 horas del día 3 de octubre del 2009; se constituyó la sociedad de esta plaza, denominada: Constructora Dayesa Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: La ciudad de La Alegría de Siquirres, Limón.—San José, 5 de octubre del 2009.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—RP2009133945.—(IN2009088019).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las diez horas del día primero de octubre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Seguridad Privada Brenis Sociedad Anónima.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2009133946.—(IN2009088020).

Por escritura otorgada ante la notaría del Lic. Danilo Vargas Sancho, número 315, de las 10:00 horas del 5 de octubre del año 2009, los señores, Carlos Andrés Carvajal Azofeifa y Karla Portuguez Martínez, constituyen la sociedad denominada Kar y Car Sociedad Anónima pudiendo abreviarse Kar y Car S. A.. Capital social de diez mil colones en diez acciones de mil colones cada una. Domicilio social: estará en la Colonia San Rafael, lugar del distrito primero Guapiles, del cantón segundo Pococí, de la provincia de Limón, ochocientos metros al sur de la Escuela.—San Rafael, 5 de octubre del 2009.—Lic. Danilo Vargas Sancho, Notario.—1 vez.—RP2009133947.—(IN2009088021).

En mi notaría mediante escritura número ciento noventa y nueve, otorgada a las 14:00 horas del 18 de setiembre de 2009, se constituyó la sociedad Profesionales Interactivos PROINSA S. A. Domicilio. San José. Plazo: 100 años. Capital: doce mil colones. Presidente Francisco Zúñiga García.—San José, 18 de setiembre de 2009.—Lic. Adolfo Espinoza Aguirre, Notario.—1 vez.—RP2009133948.—(IN2009088022).

Ante esta notaría mediante escritura cuarenta-ocho, se constituyó a solicitud de los señores Arnoldo Alberto Salas Calvo y Maricela Herrera Morales, una sociedad anónima cuya razón social corresponderá al número de cédula que le asigne el Registro Mercantil; capital social diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una; un plazo social de noventa y nueve años.—San José, 4 de setiembre del 2009.—Lic. Ronald Durán Molina, Notario.—1 vez.—RP2009133949.—(IN2009088023).

Ante esta notaría mediante escritura cuarenta y cinco-ocho, se constituyó a solicitud de Tiassa Metalmecánica S. A., Geovanny, Eric, Arnoldo y Cristian, todos Salas Calvo, una sociedad anónima cuya razón social corresponderá al número de cédula que le asigne el Registro Mercantil. Capital social: ciento veinte mil colones representado por ciento veinte acciones comunes y nominativas de mil colones cada una; un plazo social de noventa y nueve años.—San José, 4 de setiembre de 2009.—Lic. Ronald Durán Molina, Notario.—1 vez.—RP2009133950.—(IN2009088024).

Ante esta notaría mediante escritura cuarenta y cuatro-bis-ocho, se constituyó a solicitud de Tiassa Metalmecánica S. A., Geovanny, Eric, Arnoldo y Cristian, todos Salas Calvo, una sociedad anónima cuya razón social corresponderá al número de cédula que le asigne el Registro Mercantil; capital social ciento veinte mil colones representado por ciento veinte acciones comunes y nominativas de mil colones cada una; un plazo social de noventa y nueve años.—San José, 4 de setiembre de 2009.—Lic. Ronald Durán Molina, Notario.—1 vez.—RP2009133951.—(IN2009088025).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del treinta de setiembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Guardaditos Sociedad Anónima. Representación judicial y extrajudicial: Presidente.—Cartago, 30 de setiembre del 2009.—Lic. Fernanda Linner de Silva, Notaria.—1 vez.—RP2009133952.—(IN2009088026).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 5 de octubre de 2009, se constituyó la sociedad Servicios Logísticos O.K. SRL. Gerente: Otto Chavarría Castrillo.—Lic. Patricia Cordero Cajiao, Notaria.—1 vez.—RP2009133956.—(IN2009088027).

Ante esta notaría mediante la escritura número ciento cincuenta-treinta y siete, otorgada a las diez horas treinta minutos del primero de octubre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Carrohonda Sociedad Anónima.—San José, 1º de octubre del 2009.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2009133958.—(IN2009088028).

En la notaría de la suscrita se protocolizó acta de Industria Flomart ZB S. A., cambiando el nombre de la sociedad a Servicio de Catering Pepitos S. A., se revoca el nombramiento de la fiscal y se nombra nueva, se solicita el cambio de numeración de documento de identidad de la presidenta.—San José, 18 de setiembre del 2009.—Lic. Giselle Solórzano Guillén, Notaria.—1 vez.—RP2009133962.—(IN2009088029).

Mediante escritura número 205 del 7 de setiembre del 2009, se constituyó la sociedad Tecnocable C.J.L.G. S. A., ante la notaría de la Lic. Ligia María Bermúdez Barquero.—Escazú, 5 de octubre del 2009.—Lic. Ligia María Bermúdez Barquero, Notaria.—1 vez.—RP2009133963.—(IN2009088030).

Por escritura otorgada ante mí, se protocoliza acta de la compañía Pacifica Design S. A., que traducida al español significa Diseño Pacífica S. A., mediante la cual se reforma las cláusulas quinta, octava primera del pacto social, para que en adelante se llame Hit Exp Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse las dos ultimas palabras en S. A., que es nombre de fantasía. Se acepta la renuncia del secretario y tesorero de la junta directiva y se nombra sustituto.—San José, dos de octubre del 2009.—Lic. Roxana Gómez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2009133964.—(IN2009088031).

Por escritura otorgada ante mí, se protocoliza acta de la compañía Representaciones Comerciales Pig de Centro América S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas tercera y sexta del pacto social, se acepta la renuncia del presidente y secretario de la junta directiva y se nombra sustituto.—San José, veintinueve de setiembre del 2009.—Lic. Roxana Gómez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2009133965.—(IN2009088032).

Por escritura otorgada ante mí. se protocoliza acta de la compañía Comcast Telecomunicaciones de Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula primera del pacto social, se acepta la renuncia de la secretaria de la junta directiva y se nombra sustituto.—San José, 29 de setiembre del 2009.—Lic. Roxana Gómez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2009133966.—(IN2009088033).

En mi notaría al ser las 11:30 horas del 5 de octubre del 2009 se constituyó, Coral Spring Blue S S. A. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Domicilio social: San José, Tibás. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 5 de octubre del 2009.—Lic. Yessenia López Chávez, Notaria.—1 vez.—RP2009133967.—(IN2009088034).

En mi notaría al ser las 11:00 horas del 5 de octubre del 2009 se constituyo J J MUGG S S. A. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Domicilio social: San José, Tibás. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 5 de octubre del 2009.—Lic. Yessenia López Chávez, Notaria.—1 vez.—RP2009133968.—(IN2009088035).

En mi notaría al ser las 12:30 horas del 5 de octubre del 2009 se constituyó, Optimus Computer Egm S. A. Capital social íntegramente suscrito y pagado, domicilio social Cartago, Los Ángeles. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma.—San José, 5 de octubre del 2009.—Lic. Yessenia López Chávez, Notaria.—1 vez.—RP2009133969.—(IN2009088036).

Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las trece horas del veintinueve de setiembre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Santos Handyman Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones, moneda de curso legal de Costa Rica totalmente suscrito y pagado. Distrito de Jaco, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—RP2009133972.—(IN2009088037).

En escritura número 312, tomo 32; de las 11:00 horas del 25 de setiembre del 2009, ante el notario Lic. José Francisco Pereira Torres, se constituyó Laformosa Sociedad Anónima cuyo plazo social es de 99 años, domicilio San José, el capital social es de 10.000,00 colones y su presidenta es María Georgina León Sandí.—Cartago, 25 de setiembre de 2009.—Lic. José Francisco Pereira Torres, Notario.—1 vez.—RP2009133974.—(IN2009088038).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de setiembre de dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Telcard Sociedad Anónima, capital suscrito y pago.—San José, 24 de setiembre de 2009.—Lic. María del Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(IN2009088039).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del seis de octubre del 2009, protocolización de asamblea general extraordinaria en la que se procede a aumento de capital social, cambio de junta directiva y fiscal, cambio de razón social, de la sociedad denominada Salchipapas S. A.—San José, 6 de octubre del 2009.—Lic. Tanya Zamora Simón, Notaria.—1 vez.—(IN2009088046).

Por acuerdo de accionistas protocolizado en escritura otorgada ante esta notaría, se modificó la cláusula segunda de los estatutos de Agro Resources International Inc., cédula jurídica 3-101-015844, en cuanto a su domicilio social y se nombró nuevo presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, 5 de octubre del 2009.—Lic. Ronald Soto Arias, Notario.—1 vez.—(IN2009088092).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas treinta minutos del día cinco de octubre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Lusimex Sociedad Anónima representada por su presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Lency Jhannory Salas Araya, Notaria.—1 vez.—(IN2009088106).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Artal Forest Sociedad Anónima, se realizan nombramientos y se reforma el pacto constitutivo. Escritura otorgada en San José a las 8:00 horas del 6 de octubre del 2009.—San José, 6 de octubre del 2009.—Lic. Marco Antonio Sánchez Pereira, Notario.—1 vez.—(IN2009088114).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Green Nature Sociedad Anónima, se realizan nombramientos y se reforma el pacto constitutivo. Escritura otorgada en San José a las 8:30 horas del 6 de octubre del 2009.—San José, 6 de octubre del 2009.—Lic. Marco Antonio Sánchez Pereira, Notario.—1 vez.—(IN2009088115).

Por escritura número cuarenta y dos-cuarenta y cuatro, otorgada ante los notarios Juvenal Sánchez Zúñiga, Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo del primero, a las dieciséis horas treinta minutos del día cinco de octubre del año dos mil nueve, se reforma la cláusula segunda de los estatutos de la sociedad El Hostal del Perro Negro S. A.—San José, 5 de octubre del 2009.—Lic. Jorge González Roesch, Conotario.—1 vez.—(IN2009088117).

Por escritura otorgada por el notario Alfonso Gerardo Bolaños Fernández, a las 8:00 horas del 02 de octubre de 2009, se constituyó la sociedad Inmobiliaria Crisama de Grecia S. A. Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, los señores: William Solís Arce y Damaris Jiménez Alfaro. Capital suscrito y pago en su totalidad. Es todo. Firmo en la Ciudad de Grecia, el 6 de octubre del 2009.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Fernández, Notario.—1 vez.—(IN2009088147).

Por escritura pública número 428, otorgada ante mí, a las 12:00 horas del 5 de octubre del 2009, protocolizo acuerdos de Taricori S. A., mediante los cuales se designa nuevo domicilio social, se nombra junta directiva, fiscal y agente residente. Presidente: Lars Thorsten Klier.—San José, 5 de octubre del 2009.—Lic. Ricardo Villalobos G., Notario.—1 vez.—(IN2009088161).

Por escritura número noventa y cuatro, otorgada ante esta notaría, a las quince horas, quince minutos del primero de octubre del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad denominada Open Card S. A., mediante la cual se reforma la cláusula primera relativa al nombre, la cláusula sexta relativa la administración y se establece la junta directiva actual.—San José, seis de octubre del año dos mil nueve.—Lic. Juan Carlos González Lavergne, Notario.—1 vez.—(IN20090196).

Por escritura número ciento noventa y seis otorgada ante esta notaría, a las catorce horas cincuenta minutos del seis de octubre del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad denominada Aiksys Ltda., mediante la cual se reforma la cláusula primera relativa al nombre.—San José, seis de octubre del año dos mil nueve.—Lic. Juan Carlos González Lavergne, Notario.—1 vez.—(IN20090197).

Ante esta notaría, al ser las doce horas treinta minutos del día siete de octubre del dos mil nueve, se ha protocolizado acta general extraordinaria de la compañía Range Rojo Noventa y Cinco Sociedad Anónima, donde se reforman las cláusulas tercera y octava y se hacen nombramientos de junta directiva y fiscal. Dado en esta capital el día siete de octubre del dos mil nueve.—Lic. Vanessa Solano Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2009088219).

Ante esta notaría, al ser las doce horas treinta minutos del día siete de octubre del dos mil nueve, se ha protocolizado acta general extraordinaria de la compañía Las Trojitas C.R.C., Sociedad Anónima, donde se reforman las cláusulas segunda y sétima y se hacen nombramientos de junta directiva y fiscal. Dado en esta capital el día siete de octubre del dos mil nueve.—Lic. Gabriela Quirós Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2009088220).

Por escritura número cuarenta y uno, del tomo cuarto del protocolo del suscrito notario, a las ocho horas del siete de octubre del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Bosqueños de V C Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula sétima.—Palmares de Alajuela, siete de octubre del dos mil nueve.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—(IN2009088244).

Por escritura número treinta y nueve-cuatro, en Palmares de Alajuela, al ser las ocho horas treinta minutos del seis de octubre del dos mil nueve, se constituyó ante esta notaría una sociedad anónima denominada Orconsa Plants Sociedad Anónima. Jorge Alberto Murillo Quesada, presidente.—San José, siete de octubre del dos mil nueve.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—(IN2009088245).

Mediante escritura otorgada en esta ciudad a las doce horas del veinticuatro de setiembre en curso, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Kuchey Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica cláusula segunda del pacto social, respecto al domicilio.—Alajuela, 05 de octubre del 2009.—Lic. María González Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2009088246).

En mi notaría en San José, a las dieciséis horas del primero de octubre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad domiciliada en San Pedro de Montes de Oca denominada Creaciones Realsol Sociedad Anónima, siendo su presidenta, con cédula tres-trescientos ochenta y cuatro-cero veintitrés.—Lic. Víctor Smith Hare, Notario.—1 vez.—RP2009133975.—(IN2009088466).

Ante la notaría del Lic. Audrys Esquivel Jiménez, se otorgó la escritura número ciento diecinueve del tomo veintidós se constituyó la sociedad Importación y Exportación Galaxia S. A.—Santa Ana, treinta de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2009133976.—(IN2009088467).

Por escritura número trescientos treinta y dos, otorgada en San José, a las nueve horas del veintiocho de setiembre del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Calaluz Zafiro Oriental S. A., donde se modificó su domicilio social y la cláusula octava, efectuada ante la Notaria Hazel Villalobos Villar.—San José, 28 de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Hazel Villalobos Villar, Notaria.—1 vez.—RP2009133977.—(IN2009088468).

Por escritura otorgada en mi notaría hoy a las 16:00 horas se constituyó la sociedad de esta plaza Distribuidora de Bebidas Espirituosas Geka S. A. Capital íntegramente suscrito y pagado. Objeto: la industria, el comercio, la agricultura, la ganadería, la minería y la pesca en general. En forma especial se dedicará a la distribución y comercialización de licores, refrescos y artículos propios de la actividad. Plazo social noventa y nueve años contados a partir de hoy. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, 02 de octubre del año dos mil nueve.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—RP2009133979.—(IN2009088469).

Rodolfo Cervantes Barrantes; Rodolfo Cervantes Páez y Rebeca Cervantes Páez, constituyen la sociedad denominada: Cervantes R. R. R. Limitada, en la ciudad de Siquirres, al ser once horas diez minutos del día dos de octubre del dos mil nueve, ante la Notaría del Licenciado Héctor Antonio Sáenz Aguilar.—Siquirres, dos de octubre de dos mil nueve.—Lic. Héctor Antonio Sáenz Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2009133980.—(IN2009088470).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 29 de setiembre del 2009, se reformó la cláusula segunda de la sociedad denominada Compañía Agropecuaria Los Almendros S. A.Tilarán, 29 de setiembre del año dos mil nueve.—Lic. Eitel Eduardo Álvarez Ulate, Notario.—1 vez.—RP2009133988.—(IN2009088471).

Por escritura número ciento cuarenta-uno, otorgada a las dieciséis horas del primero de octubre del año dos mil nueve, otorgada ante esta notaría, los señores Sandra Montero Matamoros, cédula de identidad uno-ochocientos noventa y tres-ciento cuarenta y siete y Roy Hernández Román, cédula de identidad número uno-ochocientos veinticinco-novecientos veinte, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, cuyo plazo social es de noventa y nueve años, y cuyo capital social es de diez cuotas, administrada por un gerente y un subgerente. Es todo.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, dos de octubre del dos mil nueve.—Lic. María Jesús Espinoza Garro, Notaria.—1 vez.—RP2009133989.—(IN2009088472).

Al ser las trece horas treinta minutos del siete de marzo del año dos mil nueve. Se constituyó la sociedad denominada Anlapa de Costa Rica Sociedad Anónima, de la cual es presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma la señora Anne (nombre) Moisan (único apellido), con pasaporte de su país numero J G uno tres seis cuatro nueve cuatro, por medio de escritura otorgada ante los notarios Alexander Elizondo Quesada y Emilce Umaña Atencio.—San Isidro de Pérez Zeledón, cinco de octubre del año dos mil nueve.—Lic. Alexander Elizondo Quesada, Notario.—1 vez.—RP2009133990.—(IN2009088473).

Flor de María Bustamante González y Chistiam Alberto Badilla Bustamante constituyen la entidad denominada Grupo Familiar Bustamante Sociedad Anónima. Presidenta Flor María Bustamante González.—Lic. Francisco Agustín Bustamante Barboza, Notario.—1 vez.—RP2009133993.—(IN2009088474).

Por escritura de las 11:30 horas del 30 de setiembre del 2009, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la empresa Danyariela S. A., en la que se reforman las cláusulas décima primera y décima segunda de los estatutos; y se elige nueva tesorera y vocal.—Lic. Miguel Salazar Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2009133994.—(IN2009088475).

Por escritura 330 del tomo décimo, de esta notaría, el 02 del 10 del 2009, se modificó la junta directiva y parcialmente el acta constitutiva de la sociedad Morales Umaña de Centroamérica S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-349587. Es todo.—San Isidro, Pérez Zeledón, al ser las 17:00 horas del día 02 de octubre del año 2009.—Lic. Nelson Quirós Naranjo, Notario.—1 vez.—RP2009133995.—(IN2009088476).

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las once horas cuarenta minutos del dieciocho de setiembre del año dos mil nueve, Carlos Luis González Obando y Marianne Forrest, constituyeron sociedad anónima. Cuyo capital social es: la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir de ésta fecha. Presidente: Carlos Luis González Obando.—Pérez Zeledón, dos de octubre del dos mil nueve.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—RP2009133996.—(IN2009088477).

Por escritura otorgada en Grecia, a las 16:00 horas del 05 de octubre del dos mil nueve, se protocolizó acta de la compañía JA-CR Realty Sociedad Anónima, se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad. Se acuerda aumentar al capital social en once mil colones, representado por once acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.—Grecia, 05 de octubre del 2009.—Lic. Luis Adrián Alfaro Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2009133998.—(IN2009088478).

Constitución de Distribuidora Flores & Compañía Sociedad Anónima. Presidente: Ricardo Flores Céspedes, cédula Nº 1-0682-0366. Tesorero: Léster Antonio Aburto Sánchez, cédula de residencia Nº 155802513401. Capital social: cincuenta mil colones. Escritura Nº 267, de las 11:00 horas del 5 de octubre del 2009.—Lic. Emilia María Marín Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2009134280.—(IN2009088616).

NOTIFICACIONES

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

De conformidad con resolución RMT-2206-2009 de las nueve horas del día 29 de junio del 2009. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social; Resuelve: impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-1418-2009 de sesión celebrada en San José a nueve horas del 23 de abril del 2009, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Carvajal Venegas Selenia, cédula de identidad Nº 5-075-552, a partir del día 26 de febrero del 2009; por la suma de sesenta y cinco mil noventa y tres colones con cero céntimos (¢65.093.00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa Notifíquese.—Lic. Francisco Morales Hernández, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—Lic. Roger Porras Rojas, Director.—1 vez.—RP2009134019.—(IN2009088465).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

REGISTRO INMOBILIARIO – DIVISIÓN CATASTRAL

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Se hace saber a: 1) Arnoldo Acosta Aguilar, cédula 9-005-867, como apoderado generalísimo sin límite de suma de Made, cédula jurídica 3-101-0959005, propietario del plano SJ-13677-1976; 2) Consuelo Ríos Hernández, cédula 1-036-4057, como donataria del plano SJ-1060351-2006; 3) Estefania Fonseca Gutiérrez, cédula 5-082-264, como propietaria registral de la finca 1-246917 que publicita el plano SJ-947-1975; 4) Mario Castro Alvarado, cédula 1-194-585, como propietario del plano SJ-233755-1995, que la Subdirección Registro Inmobiliario, División Catastral, realizó apertura de diligencias administrativas. Mediante resolución de las 7:30 horas del 03/09/09, se confiere audiencia por medio de edicto por no tener un domicilio exacto del interesado, hasta por 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la tercera publicación del presente edicto, término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene, a la parte indicada, que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, del 18 de febrero de 1998, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley Nº 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere conforme a los artículos 99 del Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley Nº 8687. (Ref. Exp. 09-404) Catastro.—Curridabat, 10 de setiembre del 2009.—Lic. Desireé Sáenz Paniagua, Coordinadora.—O. C. Nº 9-816.—Solicitud Nº 29287.—C-63020.—(IN2009086340).

Se hace saber a Juan José Rodríguez Vargas, cédula 2-274-424, como poseedor del plano catastrado A-siete dos cuatro cero siete cuatro-dos mil uno (A-724074-2001), que la Subdirección del Registro Inmobiliario, División Catastral, realizó apertura de diligencias administrativas, debido a un posible traslape, mediante resolución de las 12:00 horas del 03/09/09. Se confiere audiencia por medio de edicto por no tener un domicilio exacto del interesado, hasta por 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del presente edicto, término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene, a la parte indicada, que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de febrero de 1998, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley Nº 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley Nº 8687. (Ref. Exp. 01-12-03-2007). Notifíquese.—Curridabat, 4 de setiembre de 2009.—Lic. Marlon Aguilar Chaves, Subdirector a. í.—O. C. Nº 9-816.—Solicitud Nº 29286.—C-51770.—(IN2009086341).

Se hace saber a I. Carlos Solano Víquez, cédula de identidad 3-0093-0566, como apoderado generalísimo sin límite de suma de Corporación de Inversiones Esterillos CIE Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-311972, como propietario registral de la finca del partido de Puntarenas 84384, la cual publicita el plano P-1143240-2007, que la Subdirección del Registro Inmobiliario, División Catastral, realizó apertura de diligencias administrativas, debido a un presunto traslape. Mediante resolución de las 11:40 horas del 14/09/09, se confiere audiencia por medio de edicto por ser desconocido en el domicilio indicado, hasta por 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la tercera publicación del presente edicto, término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene, a la parte indicada, que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, del 18 de febrero de 1998, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley Nº 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley Nº 8687. (Ref. Exp. 147-2009). Notifíquese.—Curridabat, 14 de setiembre de 2009.—Asesoría Jurídica.—Lic. Desireé Sáenz Paniagua, Coordinadora.—O. C. Nº 9-816.—Solicitud Nº 29248.—C-58520.—(IN2009086342).

Se hace saber a: I. Harry Zurcher Acuña, cédula de identidad 7-0013-0346, como apoderado generalísimo sin límite de suma de Administradora Fiduciaria ZMZ Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-144610, como fiduciario de la finca partido de Puntarenas, matrícula 81212, la cual publicita el plano P-1067085-2006 y los planos P-1244369-2007, P-1244371-2007, P-1244362-2007, P-1244365-2007; II. Waldon Mc Donald Puzie, cédula de identidad 7-068-488, como apoderado generalísimo sin límite de suma de Grupo W. MC Donald Sociedad Anónima cédula jurídica 3-101-105289, como titular del plano P-51681-1992, que la Subdirección del Registro Inmobiliario, División Catastral, realizó apertura de diligencias administrativas, debido a un presunto traslape. Mediante resolución de las 7:40 horas del 19/06/09 se brindó audiencia de ley a las partes, y siendo que fueron devueltos los certificados de correos RR011482873CR dirigido a Harry Zurcher Acuña y el RR011482860CR a Waldon Mc Donald Puzie con la indicación de cambio de domicilio y por ser desconocido en la dirección consignada, respectivamente, con el fin de cumplir con el debido proceso, por resolución de las 7:40 horas del 08/09/09, se autorizó la publicación por tres veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia, por término de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto; término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se les previene, a las partes indicadas, que dentro del término establecido para la audiencia, deben señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de febrero de 1998, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley Nº 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley Nº 8687. (Ref. Exp. 513-2008). Notifíquese.—Curridabat, 8 de setiembre de 2009.—Asesoría Jurídica.—Lic. Desireé Sáenz Paniagua, Coordinadora.—O. C. Nº 9-816.—Solicitud Nº 29247.—C-81020.—(IN2009086343).

Se hace saber a: 1) Timothy Milo Henderson, con un apellido por razón de su nacionalidad, pasaporte 3815697, titular del plano G-1233358-2007 del partido de Guanacaste; 2) Peter Michael Henderson, con un apellido por razón de su nacionalidad, pasaporte 38811680, titular del plano G-1233358-2007 del partido de Guanacaste, que la Subdirección Registro Inmobiliario, División Catastral, realizó apertura de diligencias administrativas, debido a que el plano indica en su croquis de ubicación una calle pública que no aparece en la información catastral. Mediante resolución de las 7:50:00 horas del 27/07/09, se confiere audiencia por medio de edicto por no tener un domicilio exacto del interesado, hasta por 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la tercera publicación del presente edicto, término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene, a la parte indicada, que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, del 18 de febrero de 1998, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley Nº 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley Nº 8687. (Ref. Exp. 01-07-09-2007) Catastro. Notifíquese.—Curridabat, 10 de setiembre de 2009.—Asesoría Jurídica.—Lic. Desireé Sáenz Paniagua, Coordinadora.—O. C. Nº 9-816.—Solicitud Nº 29291.—C-60770.—(IN2009086344).

Se hace saber Folrentino Duarte Ordóñez, cedula 5-109-596, titular del plano L-130329-1993 del partido de Limón, que la Subdirección Registro Inmobiliario, División Catastral, realizó apertura de diligencias administrativas. Mediante resolución de las 8:45:00 horas del 01/07/09. Se confiere audiencia por medio de edicto por no tener un domicilio exacto del interesado, hasta por 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la tercera publicación del presente edicto, término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene, a la parte indicada, que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, del 18 de febrero de 1998, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley Nº 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley Nº 8687. (Ref. Exp. 08-095) Catastro. Notifíquese.—Curridabat, 22 de setiembre de 2009.—Asesoría Jurídica.—Lic. Desireé Sáenz Paniagua, Coordinadora.—O. C. Nº 9-816.—Solicitud Nº 29290.—C-49520.—(IN2009086345).

Se hace saber a José Chaves López, cédula 5-123-832, titular del plano 1073934-2006 del partido de Puntarenas, que la Subdirección Registro Inmobiliario, División Catastral, realizó apertura de Diligencias Administrativas, debido a la presunta registración sin el debido visado del MINAE, en el citado asiento catastral. Mediante resolución de las 7:30:00 horas del 23/07/09 se confiere audiencia por medio de edicto por no tener un domicilio exacto del interesado, hasta por 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la tercera publicación del presente edicto, término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene, a la parte indicada, que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de febrero de 1998, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley Nº 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley Nº 8687. (Ref. Exp. 09-176) Catastro. Notifíquese.—Curridabat, 10 de setiembre de 2009.—Asesoría Jurídica.—Lic. Desireé Sáenz Paniagua, Coordinadora.—O. C. Nº 9-816.—Solicitud Nº 29288.—C-51770.—(IN2009086346).

Conoce la Dirección del Registro Público de la Propiedad Mueble los hechos expuestos por el señor Julio Sandoval Vega, en condición de Coordinador General Hacendario de Exenciones del Ministerio de Hacienda, mediante el oficio DGH-DE-461-09 del 1º de julio del año en curso, en el que expone sobre ciertas irregularidades presentadas en el Estado Tributario que consta inscrito en la base de datos de este Registro sobre el automotor placa TA-464, siendo que registralmente el estado tributario de este vehículo es “pago”, sin embargo, no consta en esa dependencia el efectivo pago de los tributos dispensados al momento de su importación. En cumplimiento del debido proceso, mediante la resolución de las ocho horas del 17 de julio último, esta Dirección ordenó practicar una nota de advertencia al margen del asiento de inscripción del referido vehículo y por resolución de las nueve horas del 24 de julio siguiente, notificó y concedió audiencia a: 1) Rafael Anselmo Villalobos Briceño, cédula 5-118-358, 2) José Francisco Ortiz López, cédula 9-073-096, según los certificados postales números RR118652795CR y RR118652800CR respectivamente, depositados el 24 de julio de este año, sin embargo, este último fue devuelto por Correos de Costa Rica S. A., por ser insuficiente la dirección indicada. En consecuencia, a fin de evitar indefensión de los interesados y a efecto que dentro del término que se dirá hagan valer sus derechos, por este medio se notifica y concede audiencia hasta por el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación del presente edicto, a: 1) Rafael Anselmo Villalobos Briceño, cédula 5-118-358, 2) José Francisco Ortiz López, cédula 9-073-096. Se les previene que dentro del término establecido para la audiencia, deben señalar lugar o medio para oír futuras notificaciones de esta Dirección, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las demás resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 124 y siguientes del Reglamento de Organización del Registro Público de la Propiedad Mueble. Ref./ Expediente Nº 247-2009.—Curridabat, 24 de setiembre del 2009.—Lic. Ileana Cerdas Contreras, Asesora Jurídica.—O. C. Nº 9-816.—Solicitud Nº 43881.—C-23120.—(IN2009086347).

Se hace saber a Tamuz de Tamarindo Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-212460, representada por su apoderado Vianney Saborío Hernández, cédula de identidad Nº 1-1112-0342, en su condición de poseedora de los planos 0-1100754-2006, G-1114351-2006 y G-1119852-2006, que el Registro Inmobiliario, División Catastral, ordenó apertura de diligencias administrativas de oficio, para investigar un posible traslape. Mediante resolución de las 7:30 horas del 3/8/09 se brindó audiencia de ley a las partes y siendo que fue devuelto el certificado de correos RR011482184CR dirigido a dicha sociedad con la indicación de ser desconocida, con el fin de cumplir con el debido proceso, por resolución de las 7:30 horas del 2/9/09, se autorizó la publicación por tres veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a la persona indicada, por 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto; término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene, que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley Nº 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley Nº 8687. (Ref. Exp. 98-2008). Notifíquese.—Curridabat, 2 de setiembre del 2009.—Asesoría Jurídica.—Lic. Desireé Sáenz Paniagua, Coordinadora.—O. C. Nº 9-816.—Solicitud Nº 29285.—C-63020.—(IN2009086348).

Se hace saber a Danilo Vargas Aguilar, cédula 1-518-395, así como a cualquier tercero con interés legitimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, por desconocerse su lugar de residencia o domicilio, que se le brinda audiencia por medio de edicto, por la razón expuesta, ya que mediante escrito presentado a la Dirección de este Registro el 16 de junio del 2009, por el señor Delio Vargas Barboza, cédula 1-465-953, se informa de un error en la inscripción del documento de cita, tomo 530, asiento 17263, relacionado con la finca de Limón, matrícula 21482, por lo que se han iniciado diligencias administrativas en virtud de lo informado en el expediente administrativo 09-358-BI. Así las cosas, este Registro de conformidad con la circular administrativa número DRP-008-2007, de 21 de agosto del 2007, por resolución de las 12:31 horas del 17 de junio del 2009, ordenó consignar una nota de advertencia administrativa sobre el inmueble relacionado. Además, se confirió la audiencia respectiva a las partes interesadas por resolución de las 8:00 horas del 8 de setiembre del 2009, y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, y no causar indefensión a las partes, y por desconocerse su domicilio actual y exacto, y conforme circular de previa cita. Se resuelve: Conferir audiencia, a Danilo Vargas Aguilar, cédula 1-518-395, así como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término, presente los alegatos que a sus derechos convengan. Lo anterior de conformidad con el artículo 98 del Reglamento del Registro Público que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J del 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta Nº 54 de 18 de marzo de 1998. Y se le previene que dentro de dicho término a partir de la publicación del presente edicto, deben señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, o número de facsímile, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 96 y concordantes del Reglamento de cita), en concordancia con el numeral 3 de la Ley Nº 7637 (Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judicial), bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se le tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere conforme a los artículos 99 del Reglamento de la materia y 12 de la citada Ley Nº 7637, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese. (Ref. Exp. 09-358-BI.).—Curridabat, 8 de setiembre del 2009.—Lic. Esther Martínez Cerdas, Asesora Jurídica.—O. C. Nº 09-816.—Solicitud Nº 46085.—C-92270.—(IN2009086349).

Se hace saber a: 1) Rafael Ángel García Quesada, cédula de identidad 1-0219-0640, como titular registral sobre la finca del partido de Limón 80476 la cual publicita el plano L-1009945-2005, que la Subdirección del Registro Inmobiliario, División Catastral, realizó apertura de diligencias administrativas. Mediante resolución de las 9:00 horas del 04/06/09 se brindó audiencia de ley a la parte, y siendo que fue devuelto el certificado de correo RR011482842CR dirigido a Rafael Ángel García Quesada con la indicación de ser desconocido, con el fin de cumplir con el debido proceso, por resolución de las 10:10 horas del 16/09/09, se autorizó la publicación por tres veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia, por término de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto; término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene, a la parte indicada, que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, del 18 de febrero de 1998, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley Nº 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley Nº 8687. (Ref. Exp. 071-2008). Notifíquese.—Curridabat, 17 de setiembre de 2009.—Asesoría Jurídica.—Lic. Desireé Sáenz Paniagua, Coordinadora.—O. C. Nº 9-816.—Solicitud Nº 29246.—C-60770.—(IN2009086350).

Se hace saber a Herederos del señor Guglielmo Proietti, pasaporte número P4488507, en su condición de expropietario de los inmuebles del partido de Guanacaste matrícula número 109508-000 y de Limón matrícula número 61069-000 y al tenedor de la cédula hipotecaria inscrita al tomo 495, asiento 19498, consecutivo 001, secuencia 0001, subsecuencia 001, en el inmueble de Guanacaste matrícula número 109508-000; a quienes se les notificará por medio de publicación tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta, en virtud de desconocer con respecto al los primeros quién es al día de hoy el albacea del señor Proietti y con relación al segundo en virtud de ser la cédula hipotecaria un título valor a la orden transmitible por endoso: que en este Registro se iniciaron diligencias administrativas de oficio, expediente administrativo Nº 2009-488-BI, para investigar el eventual fraude extraregistral en virtud de las ventas de los inmuebles de Guanacaste número 109508-000 y de Limón número 61069-000 mediante los documentos inscritos a los tomos 2009 y 2009 asientos 90786 y 90781 respectivamente, ya que al momento del otorgamiento el propietario registral señor Guglielmo Proietti se encontraba fallecido. En virtud de lo anterior esta Asesoría mediante resolución de las 8:32 horas del 5 de agosto del 2009, ordenó consignar advertencia administrativa sobre dichas fincas. Con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 8:15 horas del 7 de setiembre del 2009 se autorizó la publicación por tres veces consecutivas de un edicto para conferirles la audiencia a los referidos interesados, por el término de quince días hábiles a partir del día siguiente de la tercera publicación, para que presenten los alegatos que a sus derechos convengan y se les previene que dentro del término establecido para la audiencia, deben señalar número de facsímil o correo electrónico, donde atender futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de febrero de 1998, en relación con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley Nº 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 de la citada ley y artículo 99 del Reglamento de la materia. Para efectos de consultar el presente expediente, el horario para solicitar fotocopias es de lunes a viernes de ocho a diez de la mañana. Notifíquese.—Curridabat, 10 de setiembre del 2009.—Gabriela Carranza Araya, Asesora Jurídica.—O. C. Nº 0816.—Solicitud Nº 26011.—C-87770.—(IN2009087608).

Se hace saber a Édgar Gerardo López Vega (6-097-276), propietario registral de la finca 1-301810, que en este Registro se ventila diligencias administrativas bajo expediente 08-676-BI, en el cual se ventila un posible fraude relacionado a la finca de cita. Con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 7:30 horas del 11/09/2009, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a la persona mencionada, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convenga. Y se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar medio, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con los artículos 93, 94 y 98 del Reglamento del Registro Público; bajo apercibimiento de que, de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento de la materia y 11 de la Ley Nº 8687 (que es Ley de Notificaciones Judiciales). Notifíquese. (Referencia Expediente (08-676-BI), Registro Inmobiliario División Registral).—Curridabat, 11 de setiembre del 2009.—Lic. César Alexander Hernández Umaña, Asesor Jurídico.—O. C. Nº 09-0816.—Solicitud Nº 26626.—C-46940.—(IN2009087609).

Se hace saber: I. Al albacea, herederos o interesados en la sucesión de Ronulfo Campos Jiménez, cédula Nº 2-222-076, propietario registral de la finca del partido de Alajuela, matrícula 197377, derecho 001. II. Al señor Alfonso Campos Jiménez, cédula Nº 2-239-157, en su condición de propietario registral de la misma finca pero en el derecho 000. Que en este Registro se iniciaron Diligencias Administrativas Oficiosas, por la existencia en la publicidad registral de los derechos 000, 001 y 002 en la finca del partido de Alajuela, matrícula 197377. En virtud de lo anterior, esta Asesoría mediante resolución de las 8:00 horas del 27 de abril del 2009, ordenó consignar Advertencia Administrativa sobre el mencionado inmueble. Con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 8:00 horas del 21 de setiembre del 2009, se autorizó la publicación por tres veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a las personas mencionadas, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convengan. Se les previene que dentro de dicho término deben señalar apartado postal, casa u oficina, dentro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con los artículos 93, 94 y 98 del Reglamento del Registro Público, en concordancia con el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687; bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 20 y 21 de la Ley Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público y artículos 99 del Reglamento de la materia. Notifíquese (Referencia Exp. Nº 09-243-BI).—Curridabat, 21 de setiembre del 2009.—Erick Campos Camacho, Asesor Jurídico.—O. C. Nº 09-0816.—Solicitud Nº 26031.—C-61220.—(IN2009087610).

Se hace saber a: I. Piedades Vargas Delgado, cédula Nº 1-209-361 y II. Alicia Guillén González, cédula Nº 1-278-496, propietarias de la finca de Limón 66222, cualquier tercero con interés legítimo, albaceas o representantes legales, que la Dirección de este Registro ha iniciado Diligencias Administrativas que afectan dicho inmueble. Por lo anterior se les confiere audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a esta publicación, a efecto de que, presenten los alegatos que a sus derechos convengan. Y se les previene que dentro de ese término deben señalar fax o correo electrónico donde oír futuras notificaciones de este Despacho. Asimismo se les aclara que los detalles de esta gestión pueden consultarse en el Expediente Nº 09-530-BI que se tramita en la Dirección del Registro Inmobiliario-División Registral.—Curridabat, 17 de setiembre del 2009.—Lic. Kattia Meza Brenes, Departamento de Asesoría Jurídica Registral.—O. C. Nº 09-0816.—Solicitud Nº 46091.—C-12260.—(IN2009087611).

Se hace saber a Juan Ernesto Martínez Fuentes, 6-106-996, notario autorizante del documento 576-97685, que en este Registro se ventila Diligencias Administrativas bajo expediente 08-820-BI, en el cual se ventila un posible fraude relacionado a la finca 1-231067. Con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 7:30 horas del 14/09/2009, se autorizó la publicación por tres veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a la persona mencionada, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convenga. Y se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar medio, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con los artículos 93, 94 y 98 del Reglamento del Registro Público; bajo apercibimiento de que, de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento de la materia y 11 de la Ley Nº 8687 (que es Ley de Notificaciones Judiciales). Notifíquese. Referencia Expediente (08-820-BI), Registro Inmobiliario División Registral.—Curridabat, 14 de setiembre del 2009.—Lic. César Alexander Hernández Umaña, Asesor Jurídico.—O. C. Nº 09-0816.—Solicitud Nº 26025.—C-44900.—(IN2009087612).

Se hace saber a Rosibel Sandoval Eduarte, cédula Nº 2-436-795, beneficiaria del régimen de patrimonio familiar impuesto sobre la finca del partido de Alajuela, matrícula 238610, a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, que la División Registral del Registro Inmobiliario ordenó apertura de Diligencias Administrativas de oficio, para investigar posible duplicidad de planos en las fincas de Alajuela 236609 y 238610. Mediante resolución de las 11:00 horas del 05/07/09, se brindó audiencia de ley a las partes, y siendo que fue devuelto el certificado de correos RR014381627CR dirigido a dicha señora, con la indicación de haber cambiado de domicilio, con el fin de cumplir con el Debido Proceso, por resolución de las 10:00 horas del 07/09/09, se autorizó la publicación por tres veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a la persona indicada, por término de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto; término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley Nº 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley Nº 8687. Notifíquese. (Ref. Exp. Nº 09-143-BIUS).—Curridabat, 7 de setiembre del 2009.—Lic. Erika Bermúdez Bonilla, Asesora Jurídica Registral.—O. C. Nº 09-0816-Solicitud Nº 26151.—C-63260.—(IN2009087614).

Se hace saber a:  Alatlántica Sociedad Anónima,  cédula jurídica Nº 3-101-101282, titular registral de la finca del partido de Limón: 38963 en la persona de su presidente Jan Wstbye, noruego, pasaporte F-006324217A; a cualquier tercero con interés legítimo, albaceas o representantes legales, que el despacho del Registro Inmobiliario División Registral ordenó la apertura de Diligencias Administrativas de oficio, para investigar una posible duplicidad del plano L-759557-1988, en las fincas del partido de Limón 38962 y 38963. Mediante resolución de las 11:00 horas del 28/05/09, se brindó audiencia de ley a las partes, y siendo que fue devuelto con indicación de ser desconocido el certificado de correos: RR014382239CR dirigido a la sociedad en mención, y con el objeto de cumplir con el Principio Constitucional del debido proceso, por resolución de las 10:00 horas del 07/09/09, se autorizó la publicación por tres veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a la sociedad mencionada, por término de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la tercera publicación del presente edicto; término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene que dentro de este término deben señalar número de fax o correo electrónico donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos: 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de febrero de 1998, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley Nº 8687, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento de la materia y 11 de la citada Ley Nº 8687. (Ref. Exp. Nº 08-1055-BI-US)..—Curridabat, 7 de setiembre del 2009.—Lic. Erika Bermúdez Bonilla, Asesora Jurídica, Registro Inmobiliario División Registral.—O. C. Nº 09-0816-Solicitud Nº 26150.—C-63260.—(IN2009087615).

Se hace saber a Gregoria Beatriz Cortés Chaves, cédula Nº 5-0137-1420, propietaria de la finca de Limón 35764, a cualquier tercero con interés legítimo, albaceas o representantes legales que el Registro Inmobiliario-División Registral ordenó apertura de Diligencias Administrativas de oficio, para investigar posible duplicidad del plano L- 0685062-1987 en las fincas 7-32022 y 7-35764. Mediante resolución de las 08:10 horas del 18/5/09 se brindó audiencia de ley a la parte, y siendo que este Registro desconoce dirección, con el fin de cumplir con el Debido Proceso, por resolución de las 9:30 horas del 2/9/09, se autorizó la publicación por tres veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a la persona indicada, por término de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto; término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley Nº 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los Artículos 99 del Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley Nº 8687. (Ref. Exp. 09-168-BIUS). Registro Inmobiliario-División Registral. Notifíquese.—Curridabat, 3 de setiembre del 2009.—Lic. Erika Bermúdez Bonilla, Asesora Jurídica.—O. C. Nº 09-0816.—Solicitud Nº 26149.—C-55100.—(IN2009087616).

Se hace saber a María Félix Vanegas Pérez, cédula Nº 9-076-679, en su condición de beneficiaria de la Habitación Familiar y a José María Álvarez Vanegas, cédula 9-083-629, como propietario registral, ambos de la finca de Limón, matrícula 58366, a cualquier tercero con interés legítimo, albaceas o representantes legales, que la Dirección del Registro Inmobiliario, División Registral realizó apertura de Diligencias Administrativas de Oficio, debido a una posible duplicidad del plano L-65878-1992 en las fincas de Limón 58364 y 58366. Mediante la resolución de las 9:00 horas del 3 de julio del 2009, se brindó audiencia de ley a las partes y siendo que fueron devueltos los certificados de correos RR014381352CR y RR014381366CR respectivamente, con la indicación de ser “desconocido”, con el fin de cumplir con el Debido Proceso, por resolución de las 8:00 horas del 14 de agosto del 2009, se autorizó la publicación por tres veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a las personas indicadas, por término de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto, término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene, a las partes indicadas, que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de febrero de 1998, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley Nº 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley Nº 8687. (Ref. Exp. 08-1355-BIUS). Notifíquese.—Curridabat, 14 de agosto del 2009.—Lic. Erika Bermúdez Bonilla, Asesora Jurídica Registral.—O. C. Nº 09-0816.—Solicitud Nº 26108.—C-61220.—(IN2009087617).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

NOTIFICACIONES A PROPIETARIOS

La Municipalidad del cantón central de San José, a través de su Oficina del Ambiente, y con el fin de dar cumplimiento con lo estipulado en el Reglamento para el Cobro de las Tarifas por las Omisiones de los Deberes de los Propietarios de Inmuebles, localizados en este cantón, se permite notificar a las siguientes personas:

Distrito Carmen:

Propietario:        Inversiones de Desarrollo S. A.

Cuenta:              3101016903

Ubicación:          30 oeste del Tribunal Supremo de Elecciones, contiguo 5ª Comisaría.

Mapa-Parcela:   0120 0240 000

Localización:      01 0024 0007

Folio Real:         548301 000

Distrito Merced:

Propietario:        Membreño Bustamante María Angelina

Cuenta:              1558019720220

Ubicación:          400 norte Torre Mercedes

Mapa-Parcela:   0099 0552 000

Localización:      02 0115 0010

Folio Real:         116536 003

Distrito Hospital:

Propietario:        Carranza Castillo Pedro Ricardo

Cuenta:              700054280

Ubicación:          Avenida 38 calle 4-6

Mapa-Parcela:   0129 0035 000

Localización:      03 0124 0015

Folio Real:         085693 000

Distrito Catedral:

Propietario:        Meléndez Romero Leddy

Cuenta:              47915900000000

Ubicación:          75 sureste del cuerpo de bomberos

Mapa-Parcela:   0149 0440 000

Localización:      04 0141 0021

Folio Real:         051446001

Distrito Mata Redonda:

Propietario:        Euskalduna S. A.

Cuenta:              3101033641

Ubicación:          200 sur de la UCIMED y 25 este

Mapa-Parcela:   0125 0070 000

Localización:      08 0004 0137

Folio Real:         200822 000

Distrito San Sebastián:

Propietario:        Córdoba Vásquez Genier Vinicio

Cuenta:              109020294

Ubicación:          100 sur 250 oeste casa a mano derecha color terracota portón blanco Nº 6 de Educación Vial

Mapa-Parcela:   0176 271 004

Localización:      11 0052 0037

Folio Real:         568910 000

Propietario:        Inversiones Jeyla S. A.

Cuenta:              3101285367

Ubicación:          de la Iglesia Católica San Sebastián 400 este y 275 norte

Mapa-Parcela:   0190 0109 006

Localización:      11 0045 0099

Folio Real:         451459 000

Propietario:        Boulevar City Sociedad de Responsabilidad Limitada

Cuenta:              3102447073

Ubicación:          del Banco Costa Rica 300 este a mano izquierda

Mapa-Parcela:   0159 0022 000

Localización:      11 0022 0054

Folio Real:         092980B 000

Para el arriba notificado, la omisión consiste en lote sucio y sin cerca, por lo que esta Municipalidad les concede ocho días hábiles de plazo, a partir de la presente publicación, con el fin de que cumpla con sus deberes ante la Oficina del Ambiente.

San José, 6 de octubre del 2009.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 121211.—Solicitud Nº 4398.—C-52520.—(IN2009088192).

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE NICOYA

Que en la publicación del edicto, de La Gaceta N° 156, del 18 de agosto de 1995, sobre una parcela solicitada en concesión por la señora Flores Orozco Graciela, cédula de identidad 5-0015-5954, ubicada en playa Sámara, distrito 5°, cantón Nicoya, provincia Guanacaste; donde dice: mide 752,72 m2, léase correctamente: mide 698 m2, según plano catastro N° G-1359168-2009, el cual se ubica entre los mojones 251 y 253. En todo lo demás queda firme y valedera la publicación anterior.

Publíquese.—Departamento de Zona Marítimo Terrestre.—Lic. Juan Carlos Oviedo Quesada, Coordinador a. í..—1 vez.—RP2009134610.—(IN2009089405).

MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ

DEPARTAMENTO DE ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

Que en edicto publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 192 de fecha 6 de octubre del 2006, página número 59, a nombre de La Casona de Río Cañas, con cédula jurídica Nº 3-101-267718, por un error material se indicó que el área del terreno mide 1.144,32 metros cuadrados, siendo el área correcta 1.444 metros cuadrados. Sus linderos correctos son los siguientes: norte, zona inalienable de la Zona Marítimo Terrestre; sur, calle pública con 37,84 metros lineales; este, Municipalidad de Santa Cruz; y oeste, Municipalidad de Santa Cruz, todo según plano catastrado número G-1332577-2009 de fecha 27 de marzo del 2009, es terreno para dedicarlo en zona de Uso Comercial según Plan Regulador vigente de la zona.—Departamento de Zona Marítimo Terrestre.—Lic. José Alberto Padilla Baltdonado, Jefe.—1 vez.—RP2009134828.—(IN2009089407).

MUNICIPALIDAD DE AGUIRRE

DEPARTAMENTO DE SECRETARÍA

En el Diario Oficial La Gaceta Nº 104 del 1 de junio del 2009, salió publicado el Reglamento del Cementerio Municipal de Quepos, por acuerdo del Concejo Municipal del Cantón de Aguirre, en el acta Nº 319, artículo tercero, asuntos de tramitación urgente, acuerdo Nº 03, celebrada el 29 de setiembre del 2009 se le deben hacer las siguientes correcciones y aclaraciones:

Artículo 21, Inciso 2:

Agréguese lo siguiente:

“Disponiendo de la fosa para un nuevo destino o uso conforme las disposiciones que rigen la materia.”

Artículo 31:

Léase correctamente de la siguiente manera:

“El pago de la cuota por concepto de mantenimiento de fosas se debe cancelar por trimestre completo y no fraccionado, independientemente de la cantidad de arrendatarios que tenga el contrato de arrendamiento”.

Artículo 37:

Léase correctamente de la siguiente manera:

“Cada fosa contará con una numeración con la cual estará identificada en los respectivos registros.”

Artículo 39:

Léase correctamente de la siguiente manera:

“La altura de la fosa de un nicho será de setenta y cinco centímetros cada una y la de dos nichos de ciento cincuenta centímetros cada una. El ancho de cada fosa de un nicho será de noventa, centímetros. Por lo tanto no podrán ser ni menor ni mayor a las medidas anteriormente señaladas.”

Artículo 46:

Léase correctamente de la siguiente manera:

“Es obligación del arrendatario y/o contratista, una vez construida o reparada la fosa, numerarla en el lugar que establezca la administración del cementerio”.

Cristal Castillo Rodríguez, Secretaria a. í.—1 vez.—(IN2009089251).

AVISOS

COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

El Colegio de Contadores Privados de Costa Rica comunica a todos sus Colegiados, que mediante publicación en La Gaceta Nº 175 del martes 8 de setiembre de año 2009 en la página 43, que por error se publicó en el Reglamento del Fondo de Ayuda y Socorro Mutuo (FASMU), en el segundo párrafo del artículo 5, las palabras “Tribunal de Elecciones” en su lugar léase correctamente: “Comisión Electoral” y donde dice artículo 4, del mismo párrafo, léase correctamente: “Artículo 6”.

San José, 08 de octubre del año 2009.—Junta Directiva.—CPI José Antonio Corrales Chacón, Presidente.—CPI. Manuel Antonio Murillo Jiménez, Primer Secretario.—1 vez.—(IN2009089243).