LA GACETA Nº 220 DEL 12 DE NOVIEMBRE DEL 2009

PODER EJECUTIVO

DIRECTRIZ

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

MINISTERO DE LA PRESIDENCIA

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

MINISTERIO DE JUSTICIA Y GRACIA

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

DOCUMENTOS VARIOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

AGRICULTURA Y GANADERÍA

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y GRACIA

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICIONES

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

DECRETOS

EDICTOS

AVISOS

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

LICITACIONES

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

COLEGIOS UNIVERSITARIOS

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS

AVISOS

ADJUDICACIONES

CIENCIA Y TECNOLOGÍA

COLEGIOS UNIVERSITARIOS

MUNICIPALIDADES

REMATES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

REGISTRO DE PROVEEDORES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

FE DE ERRATAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

BANCO DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS

MUNICIPALIDADES

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE GRECIA

MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA

CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COLORADO

MUNICIPALIDAD DE PARRITA

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y GRACIA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

MUNICIPALIDADES

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

PODER EJECUTIVO

DIRECTRIZ

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

Nº DM-SENASA-DIR-003-2009

En uso de las facultades que le confieren los artículos 140, incisos 8) 18) y 20) de la Constitución Política de Costa Rica, los artículos 25, 18 inciso 1) e inciso 2) de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública, la Ley Nº 7064 del 29 de abril de 1987, Ley de Fomento a la Producción Agropecuaria, que incorpora la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y Ganadería, y la Ley Nº 8495, del 6 de abril del 2006, Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal.

Considerando:

1º—Que el Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA) tiene como competencia determinada por la Ley Nº 8495, del 16 de mayo de 2006, entre otras, administrar, planificar, dirigir y tomar medidas pertinentes en todo el país, para cumplir con los servicios , programas y campañas en materia de prevención control y erradicación de plagas y enfermedades.

2º—Que conforme a lo estipulado en el artículo 8 de la Ley referida, el SENASA, es un órgano de desconcentración mínima del Ministerio de Agricultura y Ganadería, y goza de personería jurídica instrumental, para realizar las competencias que le han sido otorgadas y para administrar y ejecutar los recursos que se le han asignado, con fundamento en la Ley N° 8495, sus Reglamentos y a las órdenes generales y particulares, ordinarias, y de emergencia, que esta Autoridad dicte en el ejercicio de sus competencias.

3º—Que el Director General de Salud Animal, tiene a su cargo el SENASA y es el responsable ante el Ministro y Viceministro de Agricultura y Ganadería, de los asuntos que le competen, y son sus funciones la dirección, coordinación e implementación, supervisión y evaluación de las actividades técnicas científicas y administrativas de dicho órgano.

4º—Que el SENASA en aras de cumplir con sus competencias y funciones ha venido consolidando una estructura administrativa competente en concordancia con su naturaleza desconcentrada y personería jurídica instrumental atribuida por Ley, que le permite el control y la fiscalización de los recursos financieros y materiales que le corresponde administrar y ejecutar.

5º—Que en la actualidad existen una serie de normas de carácter general emitidas y que regulan en forma específica lo relativo a la asignación uso, control y custodia de equipos de telefonía celular que tienden a establecer reglas claras para los funcionarios de la Administración pública que por la naturaleza de sus funciones requieren mantener comunicación  efectiva con su sede de trabajo.

6º—Que en razón de lo anterior es necesario y oportuno trasladar al SENASA la administración, tutela y ejecución de procesos y procedimientos relativos al mantenimiento, uso, control y custodia de teléfonos celulares asignados a ciertos funcionarios que necesitan mantener una comunicación efectiva y oportuna, contribuyendo ello al cumplimiento de los objetivos y planes institucionales. Por tanto,

ACUERDA:

Emitir la siguiente Directriz Ministerial:

1º—Ordenar a la Dirección General del Servicio Nacional de Salud Animal que asuma la tutela y la responsabilidad administrativa de la regulación y de la asignación, el uso, custodia, conservación y control de las líneas y teléfonos celulares propiedad del SENASA, así como el reconocimiento de la tarifa que acarrea su uso a utilizar por los servidores del SENASA, para la ejecución de sus funciones de una manera más efectiva. Igualmente la administración de aquellas líneas propiedad de los servidores del SENASA puestas al servicio de dicho Órgano.

2º—A efectos de cumplir lo anterior, el SENASA, deberá dictar las disposiciones de carácter regulatorio, que establezcan los procedimientos y procedimientos de control necesarios en consonancia con las diferentes regulaciones emitidas al respecto por el Ministerio de Agricultura y Ganadería y la Contraloría General de la República.

3º—Para los presentes efectos el Director General del Servicio Nacional de Salud Animal, informará al Despacho Ministerial de las acciones concretas desarrolladas, dirigidas a la implementación de los controles correspondientes para regular esta materia.

4º—Rige a partir de su publicación. Publíquese igualmente en la página electrónica del SENASA.

Dado en Barreal de Ulloa, Heredia, a los catorce días del mes de octubre del año dos mil nueve.

Javier Flores Galarza, Ministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—(IN2009097508).

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Nº 692-PE

EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política; lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico del 2009, Ley N° 8691, los artículos 4 inciso b) y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y el artículo 28 inciso 1) de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señorita Gabriela Jiménez Cruz, con cédula de identidad 1-798-462, Directora de Protocolo y Asesora Presidencial en Asuntos Internacionales, para que viaje a Panamá del 29 al 30 de octubre del presente año, acompañando en la Comitiva de Viaje Oficial al Señor Presidente de la República, para asistir a la III Reunión del Mecanismo de Consultas Políticas y Comisiones Mixtas de Cooperación Panamá-Costa Rica, a celebrarse en la Ciudad de Panamá los días 29 y 30 de octubre del año en curso.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en la ciudad visitada se le cancelarán del Título 201- Presidencia de la República, Programa 021- Administración Superior, Subpartida 10504-Viáticos al Exterior. El viaje se efectuará en vuelo privado.

Artículo 3º—Se le otorga la suma adelantada de ¢122.009,00 por concepto de viáticos sujetos a liquidación.

Artículo 4º—Rige a partir del 29 al 30 de octubre del 2009.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintiséis días del mes de octubre del dos mil nueve.

Rodrigo Arias Sánchez, Ministro de la Presidencia.—1 vez.—O. C. Nº 98674.—Solicitud Nº 148-2009.—C-18770.—(IN2009097377).

Nº 824-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

En ejercicio de las atribuciones constitucionales, señaladas en el artículo 135 de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Único: Con motivo de viajar a Panamá, para participar en la “III Reunión del Mecanismo de Consultas Políticas y Comisiones Mixtas de Cooperación Panamá-Costa Rica”, a celebrarse los días 29 y 30 de octubre del 2009.

ACUERDA:

Artículo 1º—Llamar al Ejercicio de la Presidencia de la República al Presidente de la Asamblea Legislativa, señor Francisco Antonio Pacheco Fernández.

Artículo 2º—Rige de las 08:30 horas del 29 de octubre y hasta las 10:00 horas del 30 de octubre del 2009.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintisiete días del mes de octubre del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—O. C. Nº 98674.—Solicitud Nº 148-2009.—C-12770.—(IN2009097378).

MINISTERO DE LA PRESIDENCIA

Nº 699-PE

EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en el Artículo 141 de la Constitución Política y el Artículo 28 de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública.

ACUERDA:

Artículo 1º—Se designa a los señores Edwin Forester Delgado, cédula de identidad Nº 6-230-338, Didier David Quirós López, cédula de identidad Nº 1-1084-352 y Huanelge Gutiérrez Calderón, cédula de identidad Nº 1-891-757, para que asistan como Oficiales de Seguridad de la Selección Nacional de Fútbol de Costa Rica, para el encuentro de fútbol que sostendrá contra su similar, la Selección de Fútbol de Uruguay, a celebrarse en la Ciudad de Montevideo, Uruguay, el 18 de noviembre del 2009.

Artículo 2º—Los gastos de tiquetes aéreos, hospedaje, transporte interno y alimentación serán cubiertos por la Federación Costarricense de Fútbol, Fedefútbol, ente que ha solicitado la participación de los funcionarios de seguridad para la representación de nuestra Selección de Fútbol Nacional de Costa Rica.

Artículo 3º—Del 15 de noviembre hasta el 19 de noviembre del 2009, días durante los cuales se autoriza la participación de los funcionarios Edwin Forester Delgado, cédula de identidad N° 6-230-338, Didier David Quirós López, cédula de identidad Nº 1-1084-352 y Huanelge Gutiérrez Calderón, cédula de identidad N° 1-891-757 en la actividad mencionada, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 14 del mes de noviembre del 2009 y hasta el día 20 de noviembre del 2009.

Dado en la Presidencia de la República, el día 28 de octubre del 2009.

Rodrigo Arias Sánchez, Ministro de la Presidencia.—1 vez.—O. C. Nº 95848.—Solicitud Nº 17903.—C-18020.—(IN2009097408).

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Nº 004-09-PP-PE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo establecido en los incisos 10 y 12 del artículo 140 y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Que por considerarlo conveniente a los Altos Intereses de la Nación, en uso de las facultades que les confieren la Constitución Política y las Leyes de la República, han tenido a bien conferir Plenos Poderes al señor Edgar Ugalde Álvarez, Viceministro de Relaciones Exteriores y Culto, para que a nombre y en representación del Gobierno de la República de Costa Rica, proceda a firmar el “Memorándum de Entendimiento para el Establecimiento de Consultas Políticas entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República de Costa Rica y el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Guatemala”, en la ciudad de Guatemala, el 22 de abril del dos mil nueve.

Artículo 2º—Rige a partir de esta fecha.

Dado en la Presidencia de la República a los dieciséis días del mes de abril del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—O. C. Nº 93813.—Solicitud Nº 21419.—C-15770.—(IN2009097382).

Nº 008-09-PP-PE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo establecido en los incisos 10 y 12 del artículo 140 y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Que por considerarlo conveniente a los Altos Intereses de la Nación, en uso de las facultades que les confieren la Constitución Política y las Leyes de la República, han tenido a bien conferir Plenos Poderes al señor Sergio Vinocour Fornieri, para que a nombre y en representación del Gobierno de la República de Costa Rica, proceda a representar a Costa Rica en todos los asuntos de la Agenda Internacional de Energía Renovables (IRENA), incluyendo la firma del Estatuto y la designación de la Sede de la Agencia Internacional de Energía Renovables, a celebrarse en la ciudad de Sharm El-Sheikh, Egipto, los días 29 y 30 de junio del año dos mil nueve.

Artículo 2º—Rige a partir de esta fecha.

Dado en la Presidencia de la República, a los veinticuatro días del mes de junio del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—O. C. Nº 93813.—Solicitud Nº 21419.—C-15020.—(IN2009097383).

Nº 009-09-PP-PE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo establecido en los incisos 10) y 12) del artículo 140 y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Que por considerarlo conveniente a los altos intereses de la Nación, en uso de las facultades que les confieren la Constitución Política y las Leyes de la República, han tenido a bien conferir Plenos Poderes a la señora Ana Eugenia Durán Salvatierra, Viceministra de Gobernación y Policía, para que a nombre y en representación del Gobierno de la República de Costa Rica, proceda a firmar el “Memorándum de Entendimiento entre la República de Costa Rica y la República de El Salvador para el Combate, Prevención, Protección y Atención a las Víctimas de Trata de Personas”, en la XIV Conferencia Regional de Migración, a celebrarse en la Ciudad de Guatemala, del 8 al 10 de julio del dos mil nueve.

Artículo 2º—Rige a partir de esta fecha.

Dado en la Presidencia de la República, a los seis días del mes de julio del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—O. C. Nº 93813.—Solicitud Nº 21419.—C-15770.—(IN2009097384).

Nº 010-09-PP-PE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo establecido en los incisos 10) y 12) del artículo 140 y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Que por considerarlo conveniente a los altos intereses de la Nación, en uso de las facultades que les confieren la Constitución Política y las Leyes de la República, han tenido a bien conferir Plenos Poderes al señor Alvaro Coghi Gómez, Gerente General de Correos de Costa Rica, para que a nombre y en representación del Gobierno de la República de Costa Rica, proceda a firmar las Actas respectivas del XXI Congreso Ordinario de la Unión Postal de las Américas España y Portugal (UPAEP), en la ciudad de Santiago de Chile, del 17 al 21 de agosto del dos mil nueve.

Artículo 2º—Rige a partir de esta fecha.

Dado en la Presidencia de la República, a los treinta días del mes de julio del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—O. C. Nº 93813.—Solicitud Nº 21419.—C-13520.—(IN2009097385).

Nº 011-09-PP-PE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo establecido en los incisos 10 y 12 del artículo 140 y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Que por considerarlo conveniente a los Altos Intereses de la Nación, en uso de las facultades que les confieren la Constitución Política y las Leyes de la República, han tenido a bien conferir Plenos Poderes al señor Jorge Urbina Ortega, Embajador, Representante Permanente de Costa Rica ante las Naciones Unidas, para que a nombre y en representación del Gobierno de la República de Costa Rica, proceda a formalizar el Canje de Notas sobre el Acuerdo Sede entre Costa Rica y Naciones Unidas, para la realización del Taller para la Implementación Rica, de la Resolución 1540 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, a celebrarse en la ciudad de San José, Costa Rica del 7 al 11 de setiembre del año dos mil nueve.

Artículo 2º—Rige a partir de esta fecha.

Dado en la Presidencia de la República a los veintiséis días del mes de agosto del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—O. C. Nº 93813.—Solicitud Nº 21419.—C-15770.—(IN2009097386).

Nº 012-09-PP-PE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo establecido en los incisos 10) y 12) del artículo 140 y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Que por considerarlo conveniente a los altos intereses de la Nación, en uso de las facultades que les confieren la Constitución Política y las Leyes de la República, han tenido a bien conferir Plenos Poderes a la señora Jenny Phillips Aguilar, Ministra de Hacienda, para que a nombre y en representación del Gobierno de la República de Costa Rica, proceda a firmar el Addéndum al Contrato de Préstamo suscrito el 06 de febrero del año en curso entre Corporación Andina de Fomento y la República de Costa Rica, así como el Anexo B que financia el “Programa de Inversiones en el Corredor Atlántico”, a celebrarse en la ciudad de San José, Costa Rica durante el mes de setiembre del dos mil nueve.

Artículo 2º—Rige a partir de esta fecha.

Dado en la Presidencia de la República, al primer día del mes de setiembre del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—O. C. Nº 93813.—Solicitud Nº 21420.—C-15770.—(IN2009097387).

Nº 013-09-PP-PE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo establecido en los incisos 10) y 12) del artículo 140 y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Que por considerarlo conveniente a los altos intereses de la Nación, en uso de las facultades que les confieren la Constitución Política y las Leyes de la República, han tenido a bien conferir Plenos Poderes al señor Mauricio Soley Pérez, Director Registro Bienes Muebles del Registro Nacional, para que a nombre y en representación del Gobierno de la República de Costa Rica, proceda a firmar el Acta Final de la Conferencia Especializada Interamericana sobre Derecho Internacional Privado (CIDIP-VII), a celebrarse en la ciudad de Washington, D. C., del 7 al 9 de octubre del año dos mil nueve.

Artículo 2º—Rige a partir de esta fecha.

Dado en la Presidencia de la República, a los veintiocho días del mes de setiembre del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—O. C. Nº 93813.—Solicitud Nº 21420.—C-14270.—(IN2009097388).

Nº 014-09-PP-PE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo establecido en los incisos 10) y 12) del artículo 140 y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Que por considerarlo conveniente a los Altos Intereses de la Nación, en uso de las facultades que les confieren la Constitución Política y las Leyes de la República, han tenido a bien conferir Plenos Poderes a la señora Jenny Phillips Aguilar, Ministra de Hacienda, para que a nombre y en representación del Gobierno de la República de Costa Rica, proceda a firmar el Contrato de Préstamo N° 2007/OC-CR entre la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo, que financiará parcialmente el “Primer Programa de Infraestructura Vial” hasta por un monto de $300.000.000 (trescientos millones de dólares), en el marco del Convenio de Cooperación para el Financiamiento de Proyectos de Inversión CR-X1007, a celebrarse en la ciudad de San José, Costa Rica, en el período comprendido del 1º de octubre al 1º de noviembre del dos mil nueve.

Artículo 2º—Rige a partir de esta fecha.

Dado en la Presidencia de la República al primer día del mes de octubre del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—O. C. Nº 93813.—Solicitud Nº 21420.—C-17270.—(IN2009097389).

Nº 159-09-PE

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en los artículos Nº 7 y Nº 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que se ha recibido cordial invitación para que un funcionario de este Ministerio asista a la actividad denominada “Encuentro-Taller: Aplicación de los Compromisos de la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes (CIDJ) a realizarse en Quito, Ecuador del 2 al 4 de setiembre del 2009.

2º—Que de conformidad con el artículo 8 de la Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, corresponde a la Dirección General de Política Exterior la materia sobre tratados internacionales. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Óscar Omar Monge Castro, cédula de identidad Nº 1-528-077, Jefe de la Oficina Asesora de Tratados, de la Dirección General de Política Exterior, para que participe en el “Encuentro-Taller: Aplicación de los Compromisos de la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes (CIDJ) a realizarse en Quito, Ecuador del 2 al 4 de setiembre del 2009.

Artículo 2º—Los gastos del señor Monge Castro, correspondientes a tiquete aéreo, hospedaje y alimentación serán cubiertos por la Organización Iberoamericana de Juventud, según invitación. De conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, se le reconoce un ocho por ciento (8%) de la tarifa diaria correspondiente a gastos menores, por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 082 - Dirección General de Política Exterior, Subpartida 1.05.04 de viáticos. Se autoriza la suma de US$ 13,44 diarios, para un total de US$ 67,20, todo sujeto a liquidación. Asimismo se le reconoce los gastos de transporte interno e impuestos aeroportuarios.

Artículo 3º—Rige del 01 al 05 de setiembre del 2009.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a las diez horas del día trece de agosto del dos mil nueve.

Publíquese.—Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 93813.—Solicitud Nº 21420.—C-26270.—(IN2009097390).

Nº 199-09-PE

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en los artículos Nº 7 y Nº 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto participar en la III Reunión del Mecanismo de Consultas Políticas entre Costa Rica y Panamá (Binacional), a celebrarse en Ciudad de Panamá, Panamá del 28 al 29 de octubre del 2009.

2º—Es necesario que el señor Óscar Monge Castro, Jefe de la Oficina Asesora de Tratados, de la Dirección General de Política Exterior, asista a dicha reunión.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Óscar Monge Castro, cédula de identidad Nº 1-528-077, Jefe de la Oficina Asesora de Tratados, de la Dirección General de Política Exterior, para que participe en la III Reunión del Mecanismo de Consultas Políticas entre Costa Rica y Panamá (Binacional), a celebrarse en ciudad de Panamá, Panamá del 28 al 29 de octubre del 2009.

Artículo 2º—Los gastos de pasajes aéreos, viáticos, así como los gastos de transporte interno, e impuestos aeroportuarios, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 082, Dirección General de Política Exterior subpartida 1.05.03 de pasajes aéreos, y 1.05.04 de viáticos. Se autoriza la suma de US$194 (ciento noventa y cuatro) dólares diarios, para un total de $388 (trescientos ochenta y ocho) dólares. Todo lo anterior sujeto a liquidación.

Artículo 3º—Rige del 28 al 29 de octubre del 2009.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a las quince horas del día diecinueve de octubre del dos mil nueve.

Publíquese.—Edgar Ugalde Álvarez, Ministro a. í., de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 93813.—Solicitud Nº 21420.—C-22520.—(IN2009097391).

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

N° 341-2009 MSP

LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículos 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:

1º—Que se ha recibido cordial invitación para que un funcionario de este Ministerio asista a la actividad denominada “Reunión Taller para la elaboración del Reglamento y la Revisión del Manual de Organización y funciones de COPRECOS LAC” a realizarse en Montevideo, Uruguay, del 25 al 29 de agosto del 2009 (incluye salida y regreso del funcionario).

2º—Que el objetivo de este evento es obtener insumos necesarios como organismo regional, que permitan una mejor implementación de las actividades que desarrolle el COPRECOS LAC.

3º—Que dado el objetivo de la actividad, es de interés para este Ministerio contar con un funcionario en dicho evento. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al Comisionado Juan José Andrade Morales, cédula 01-0773-0309, funcionario de la Dirección de la Fuerza Pública, para asistir a la actividad denominada “Reunión Taller para la elaboración del Reglamento y la Revisión del Manual de Organización y funciones de COPRECOS LAC” a realizarse en Montevideo, Uruguay, del 25 al 29 de agosto del 2009 (incluye salida y regreso del funcionario).

Artículo 2º—COPRECOS LAC, COPRECOS RD, COPRECOS URUGUAY, con el apoyo financiero y técnico de la Oficina ONUSIDA Regional y el UNFPA Regional, tendrán trasporte, hospedaje y alimentación cubiertos.

Artículo 3º—Que durante los días del 25 al 29 de agosto del 2009, en que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 25 al 29 de agosto del 2009.

Dado en el Despacho de la Ministra de Seguridad Pública, a los veinticuatro días del mes de agosto del dos mil nueve.

Janina del Vecchio Ugalde, Ministra de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. 103823.—Solicitud Nº 30599.—C-21020.—(IN2009096885).

Nº 343-2009 MSP

LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículos 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:

1º—Que se ha recibido cordial invitación para que un funcionario de este Ministerio asista a la actividad denominada “Curso Técnico para Aviones” a realizarse en Base Aérea Lackland, Estados Unidos, del 7 de setiembre al 11 de diciembre del 2009 (incluye salida y regreso del participante).

2º—Que el objetivo del curso es capacitar aprendices técnicos de aviones sobre principios de funcionamiento y teoría de seguridad sobre tierra, sistemas y sistemas secundarios del avión, descripción y funcionamiento de los componentes, manejo en tierra del avión, inspecciones, procedimientos de mantenimiento y funcionamiento de equipo aeroespacial terrestre.

3º—Que dado el objetivo de la actividad, es de interés para este Ministerio contar con un funcionario en dicho evento. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Giovanni Víquez González, cédula 04-0139-0112, funcionario del Servicio de Vigilancia Aérea, para asistir a la actividad denominada “Curso Técnico para Aviones” a realizarse en Base Aérea Lackland, Estados Unidos, del 7 de setiembre al 11 de diciembre del 2009 (incluye salida y regreso del participante).

Artículo 2º—El Comando Sur costeará todos los gastos por concepto de transporte, alojamiento y alimentación del participante.

Artículo 3º—Que durante los días del 7 de setiembre al 11 de diciembre del 2009, en que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 7 de setiembre al 11 de diciembre del 2009.

Dado en el Despacho de la Ministra de Seguridad Pública, a los veinticuatro días del mes de agosto del dos mil nueve.

Janina Del Vecchio Ugalde, Ministra de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº  104969.—Solicitud Nº 24401.—C-24020.—(IN2009097495).

N° 344-2009-MSP

LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículos 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:

1º—Que se ha recibido cordial invitación para que un funcionario de este Ministerio asista a la actividad denominada “Curso Asistencia Médica” a realizarse en Whinsec, Fuerte Benning Georgia, Estados Unidos, del 2 de octubre al 25 de noviembre del 2009 (incluye salida y regreso del participante).

2º—Que el objetivo del curso es capacitar al personal en la práctica de las medidas salvavidas y en la aplicación de los cuidados médicos avanzados en apoyo a las operaciones.

3º—Que dado el objetivo de la actividad, es de interés para este Ministerio contar con un funcionario en dicho evento. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a la señora Jeimmy León Espinoza, cédula 02-0566-0484, funcionaria del Servicio de Vigilancia Aérea, para asistir a la actividad denominada “Curso Asistencia Médica” a realizarse en Whinsec, Fuerte Benning Georgia, Estados Unidos, del 2 de octubre al 25 de noviembre del 2009 (incluye salida y regreso de la participante).

Artículo 2º—El Comando Sur costeará todos los gastos por concepto de transporte, alojamiento y alimentación de la participante.

Artículo 3º—Que durante los días del 2 de octubre al 25 de noviembre del 2009, en que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 2 de octubre al 25 de noviembre del 2009.

Dado en el Despacho de la Ministra de Seguridad Pública, a los veinticuatro días del mes de agosto del dos mil nueve.

Janina Del Vecchio Ugalde, Ministra de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº  104969.—Solicitud Nº 24401.—C-22520.—(IN2009097496).

N° 357-2009-MSP

LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículos 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:

1º—Que se ha recibido cordial invitación para que varios funcionarios de este Ministerio asistan a la actividad denominada “Ceremonia Conmemorativa del 30 aniversario de la Policía Nacional de Nicaragua” a realizarse en Nicaragua, del 4 al 7 de setiembre del 2009 (incluye salida y regreso de los participantes).

2º—Que el objetivo de la actividad es realizar una ceremonia conmemorativa que incluye un desfile con personal y técnica policial de nuestras distintas especialidades.

3º—Que dado el objetivo de la actividad, es de interés para este Ministerio contar con varios funcionarios en dicho evento. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a los oficiales Javier Moreira Villegas, cédula de identidad Nº 01-0875-0049, Omar Zúñiga Picado, cédula de identidad Nº 01-0967-0921, Alexis Sánchez Sánchez, cedula de identidad Nº 01-0421-0844, Duwal Aguirre Calvo, cedula de identidad Nº 01-0704-0395; funcionarios del Servicio de Vigilancia Aérea, para que asistan a la actividad denominada “Ceremonia Conmemorativa del 30 aniversario de la Policía Nacional de Nicaragua” a realizarse en Nicaragua, del 4 al 7 de setiembre del 2009 (incluye salida y regreso de los participantes).

Artículo 2º—La Policía de Nicaragua sufragará todos los gastos de alojamiento, alimentación y transporte interno, los funcionarios de la Dirección de la Fuerza Pública serán trasladados a Nicaragua, por dos pilotos del Servicio de Vigilancia Aérea.

Artículo 3º—Que durante los días del 4 al 7 de setiembre del 2009, en que se autoriza la participación de los funcionarios en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 4 al 7 de setiembre del 2009.

Dado en el Despacho de la Ministra de Seguridad Pública, a los treinta y un días del mes de agosto del dos mil nueve.

Janina Del Vecchio Ugalde, Ministra de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº  104969.—Solicitud Nº 24401.—C-24770.—(IN2009097497).

N° 381-2009-MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 140 inciso 1), 146 de la Constitución Política; 53 inciso a) de la Ley General de Policía, resolución de recomendación 396-08-IP-DDL-SIP del Departamento Disciplinario Legal, Sección Inspección Policial, Resolución 353-2009-DM del Despacho de la Ministra y oficio 2339-2009-DRH-SEC, de la Dirección de Recursos Humanos.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Despedir por causa justificada sin responsabilidad para el Estado al señor Abraham Campos Navarro, cédula de identidad Nº 01-1296-052.

Artículo 2º—En el presente caso el señor Campos Navarro, no interpuso en tiempo los recursos ordinarios establecidos por la Ley General de la Administración Pública, quedando en firme el acto final que decidió el justo despido con el dictado de la resolución 353-2009-DM suscrita por la Ministra de Seguridad Pública, al amparo del artículo 84 de la Ley General de Policía.

Artículo 3º—Rige a partir del 12 de octubre del 2007.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los catorce días del mes de setiembre del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Gobernación, Policía y Seguridad Pública, Janina Del Vecchio Ugalde.—1 vez.—O. C. Nº 104969.—Solicitud Nº 24401.—C-18020.—(IN2009097498).

Nº 404-2009-MSP

LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículos 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:

1º—Que se ha recibido cordial invitación para que varios funcionarios de este Ministerio asistan a la actividad denominada “Curso Liderazgo en Defensa Terrestre” a realizarse en Base Aérea Lackland, San Antonio, Texas, Estados Unidos de América, del 5 de octubre al 11 de diciembre del 2009 (incluye salida y regreso de los funcionarios). La asignación se realizó en Sesión Extraordinaria Nº 018-2009-CB de la Comisión de Becas, celebrada el 22 de setiembre del 2009.

2º—Que el objetivo del curso es capacitar al personal de las fuerzas de seguridad, cuya labor se encuentre directamente relacionada con el apoyo a las operaciones aéreas, profundizando en los principios de defensa y funciones de protección de las bases aéreas.

3º—Que dado el objetivo de la actividad, es de interés para este Ministerio contar con varios funcionarios en dicho evento. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a los señores Óscar Gómez Benavides, cédula 2-540-651, Óscar Corrales Quesada, cédula 2-586-324, Marlon Vásquez Ruiz, cédula 2-645-414 en calidad de suplente, todos funcionarios del Servicio de Vigilancia Aérea, para asistir a la actividad denominada “Curso Liderazgo en Defensa Terrestre” a realizarse en Base Aérea Lackland, San Antonio, Texas, Estados Unidos de América, del 5 de octubre al 11 de diciembre del 2009 (incluye salida y regreso de los funcionarios)

Artículo 2º—El Comando Sur de los Estados Unidos de América, costeará todos los gastos por concepto de transporte, alojamiento y alimentación de los participantes.

Artículo 3º—Que durante los días del 5 de octubre al 11 de diciembre del 2009, en que se autoriza la participación de los funcionarios en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 5 de octubre al 11 de diciembre del 2009.

Dado en el Despacho de la Ministra de Seguridad Pública, a los veintitrés días del mes de setiembre del dos mil nueve.

Janina Del Vecchio Ugalde, Ministra de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº  104969.—Solicitud Nº 24401.—C-27020.—(IN2009097499).

Nº 405-2009-MSP

LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículos 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:

1º—Que se ha recibido cordial invitación para que varios funcionarios de este Ministerio asistan a la actividad denominada “Curso Capacitación Profesional para Oficiales” a realizarse en Base Aérea Lackland, San Antonio, Texas, Estados Unidos de América, del 13 de octubre al 11 de diciembre del 2009 (incluye salida y regreso de los funcionarios). La asignación se realizó en sesión extraordinaria Nº 018-2009-CB de la Comisión de Becas, celebrada el 22 de setiembre del 2009.

2º—Que el objetivo del curso es dotar al participante de nuevas técnicas para la solución de problemas, formación de grupos con el fin de motivar al personal a su cargo.

3º—Que dado el objetivo de la actividad, es de interés para este Ministerio contar con varios funcionarios en dicho evento. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a los señores Glen Pacheco Araya, cédula 02-0541-0608, Otto Marvin Arrieta Jiménez, cédula 09-0077-0777, Sthephen Madden Barrientos, cédula 01-0681-0359 en calidad de suplente, todos funcionarios del Servicio de Vigilancia Aérea, para asistir a la actividad denominada “Curso Capacitación Profesional para Oficiales” a realizarse en Base Aérea Lackland, San Antonio, Texas, Estados Unidos de América, del 13 de octubre al 11 de diciembre del 2009 (incluye salida y regreso de los funcionarios)

Artículo 2º—El Comando Sur de los Estados Unidos de América, costeará todos los gastos por concepto de transporte, alojamiento y alimentación de los participantes.

Artículo 3º—Que durante los días del 13 de octubre al 11 de diciembre del 2009, en que se autoriza la participación de los funcionarios en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 13 de octubre al 11 de diciembre del 2009.

Dado en el Despacho de la Ministra de Seguridad Pública, a los treinta días del mes de setiembre del dos mil nueve.

Janina Del Vecchio Ugalde, Ministra de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº  104969.—Solicitud Nº 24401.—C-26270.—(IN2009097500).

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

Nº 187-PE

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

De conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, La Ley Nº 8562 del 7 de diciembre del 2006, La Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

1º—Autorizar a la Ing. Andrea Benach Sánchez, cédula 1-043-672, funcionaria del Área de Costos del Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria (INTA), para que participe en el “Taller regional sobre metodologías para evaluar el efecto de innovaciones en cadenas de frijol y maíz”, que se realizará en Managua, Nicaragua los días 13 y 14 de agosto de 2009.

2º—Los costos de alojamiento, alimentación y gastos de transporte serán cubiertos por el Proyecto RED SICTA.

3º—Rige a partir del 12 al 15 de agosto de 2009.

Dado en el Despacho Ministerial el día once del mes de agosto del dos mil nueve.

Carlos Villalobos Arias, Viceministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—O. C. Nº 4175.—Solicitud Nº 25011.—C-16520.—(IN2009096982).

Nº 219-PE

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

De conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, La Ley Nº 8562 del 7 de diciembre del 2006, La Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

1º—Autorizar al Ing. Enrique Martínez Vargas, cédula 1-584-701, Director de la Dirección de Gestión de Proyectos del INTA, para que participe en la “Reunión Anual de la Sociedad del PCCMCA” que se realizará en Campeche, México, del 7 al 11 de setiembre del 2009.

2º—Los gastos de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por el SICTA.

3º—Rige a partir del 6 al 12 de setiembre de 2009.

Dado en el Despacho Ministerial el día dos del mes de setiembre del dos mil nueve.

Carlos Villalobos Arias, Viceministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—O. C. Nº 4175.—Solicitud Nº 25011.—C-14270.—(IN2009096983).

Nº 228-PE

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

De conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, La Ley Nº 8562 del 7 de diciembre del 2006, La Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

1º—Autorizar al Ing. Renato Jiménez Zúñiga, cédula 1-509-401, Jefe del Departamento de Servicios Técnicos del INTA, para que participe en el “Noveno período de sesiones de la Conferencia de las Partes de convención (COP9)”, que se realizará en el Hotel Hilton en Buenos Aires, Argentina, del 21 de setiembre al 2 de octubre del 2009.

2º—Los costos de transporte y manutención serán cubiertos con recursos de la UNCCD de la Naciones Unidas.

3º—Rige a partir del 20 de setiembre al 3 de octubre de 2009.

Dado en el Despacho Ministerial el día nueve del mes de setiembre del dos mil nueve.

Carlos Villalobos Arias, Viceministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—O. C. Nº 4175.—Solicitud Nº 25011.—C-15770.—(IN2009096984).

Nº 237-PE

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

De conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, La Ley Nº 8562 del 7 de diciembre del 2006, La Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

1º—Autorizar al Dr. Bernardo Mora Brenes, cédula 9-009-511, Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria (INTA), para que participe en la “XIII Reunión Anual del Consejo Directivo del Fondo Regional de Tecnología Agropecuaria (FONTAGRO)”, que se realizará en Quito, Ecuador, del 29 de setiembre al 4 de octubre del 2009.

2º—Los gastos de pasajes aéreos, alojamiento, alimentación, transporte local, un estipendio para cubrir costos relacionados y seguro médico de viaje internacional durante el período de la reunión, serán cubiertos por la Secretaría Técnica Administrativa (STA).

3º—Rige a partir del 28 de setiembre al 5 de octubre de 2009.

Dado en el Despacho Ministerial el día veinticuatro del mes de setiembre del dos mil nueve.

Carlos Villalobos Arias, Viceministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—O. C. Nº 4175.—Solicitud Nº 25011.—C-18020.—(IN2009096985).

Nº 250-PE

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

De conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, La Ley Nº 8562 del 7 de diciembre del 2006, La Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

1º—Autorizar al Ing. Enrique Martínez Vargas, cédula 1-584-701, Director de la Dirección de Gestión de Proyectos del INTA, para que participe en la “XIII Reunión Anual del Consejo Directivo (CD) del Fondo Regional de Tecnología Agropecuaria” que se realizará en Quito, Ecuador del 30 de setiembre al 3 de octubre del 2009.

2º—Los gastos de pasajes aéreos, impuestos de salida transportes al exterior serán cubiertos por le Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria, mientras que los viáticos correspondientes a cuatro días, serán cubiertos por el Sistema de Integración Centroamericana de Tecnología Agrícola (SICTA).

3º—Rige a partir del 29 de setiembre al 3 de octubre de 2009.

Dado en el Despacho Ministerial el primero del mes de octubre del dos mil nueve.

Carlos Villalobos Arias, Viceministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—O. C. Nº 4175.—Solicitud Nº 25011.—C-18020.—(IN2009096986).

Nº 265-PE

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

De conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, La Ley Nº 8562 del 7 de diciembre del 2006, La Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

1º—Autorizar a la Lic. María Isabel Alvarado Alpízar, cédula número 2-307-025 Directora Administrativo Financiera del INTA, para que participe en el “XIX Congreso Latinoamericano de Fideicomiso, COLAFI 2009, que se realizará del 21 al 23 de octubre de 2009 en Lima, Perú, y a Buenos Aires, Argentina con el propósito de reunirse con representantes del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria para conocer el funcionamiento del modelo de los fideicomisos agropecuarios de ese país e intercambie experiencias sobre la administración de los mismos, del 27 al 31 de octubre de 2009.

2º—Los gastos de participación, traslados, impuestos de salida, pasajes aéreos, y viáticos de la funcionaria serán cubiertos en su totalidad por el FIDEICOMISO INTA/BNCR, Proyecto de Arroz.

3º—Rige a partir del 20 de octubre al 1 de noviembre de 2009.

Dado en el Despacho Ministerial el catorce del mes de octubre del dos mil nueve.

Carlos Villalobos Arias, Viceministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—O. C. Nº 4175.—Solicitud Nº 25011.—C-18770.—(IN2009096987).

MINISTERIO DE JUSTICIA Y GRACIA

Nº 139-2009

EL MINISTRO DE JUSTICIA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1), 28 inciso 1) acápite b de la Ley General de la Administración Pública o Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley N° 8627 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2009 y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que el “Encuentro de Delincuencia Organizada y Cooperación Jurídica Internacional”, es de interés para el Ministerio de Justicia, porque en ella se tratarán temas de sumo interés y vigencia, como es el caso de la trata de seres humanos, el tráfico de estupefacientes, el lavado de activos, la asociación ilícita, la corrupción de funcionarios públicos y la cooperación jurídica internacional.

2º—Que la participación de la señora Tatiana Gutiérrez Delgado, cédula de identidad Nº 1-0838-0944, funcionaria de la Procuraduría General de la República, del Ministerio de Justicia, en el “Encuentro de Delincuencia Organizada y Cooperación Jurídica Internacional”, es con el fin de representar al país y adquirir conocimientos en esta materia para aplicación en la normativa costarricense. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Tatiana Gutiérrez Delgado, para que participe en el “Encuentro de Delincuencia Organizada y Cooperación Jurídica Internacional”, a celebrarse en Cartagena de Indias, Colombia, del 26 al 30 de octubre del 2009

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, viáticos en el exterior, los cuales comprenden, alimentación, hospedaje y otros gastos menores por lavado y planchado de ropa y traslado dentro de la ciudad, serán cubiertos por los organizadores del evento.

Artículo 3º—Que durante los días del 25 al 31 del mes de octubre de 2009, en que se autoriza la participación de la funcionaria Tatiana Gutiérrez Delgado, en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 25 de octubre del 2009.

Hernando París R., Ministro de Justicia.—1 vez.—O. C. Nº 101568.—Solicitud Nº 2066.—C-27020.—(IN2009097381).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

Nº 496-2009

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146, de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley Nº 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo número 34739-COMEX-H del 29 de agosto del 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas, y

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 024-2005 de fecha 17 de enero de 2005, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 98 del 23 de mayo de 2005; modificado por el Acuerdo Ejecutivo número 294-2006 de fecha 10 de noviembre de 2006, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 17 del 24 de enero de 2007; a la empresa BPO International S. A., cédula jurídica número 3-101-384574, se le otorgaron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley número 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

II.—Que mediante documento presentado el día 10 de agosto de 2009, en la Gerencia de Operaciones de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa BPO International S. A., solicitó la disminución del nivel mínimo de empleo.

III.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la sesión Nº 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa BPO International S. A., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER número 73-2009 de fecha 11 de agosto de 2009, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley número 7210, sus reformas y su Reglamento.

IV.—Que en relación con las disminuciones de los niveles de empleo e inversión, el Ministro de Comercio Exterior, mediante el Oficio DM-911-1 de 26 de setiembre de 2001, señaló lo siguiente:

“(...) No obstante lo anterior, al ser ésta una institución con una misión y vocación clara de servicio a la exportación, sin dejar de lado claro está, su función de supervisión y control, PROCOMER no puede dejar de considerar factores dinámicos, cambiantes propios del entorno y realidad empresarial. Es así como también debemos considerar que en muchas ocasiones las empresas beneficiarías del régimen o bien su casa matriz se ven enfrentadas a graves problemas en la comercialización de sus bienes, a crisis financieras internas inclusive problemas de índole macroeconómicos en sus países y hasta a situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, circunstancias todas que las podrían obligar a disponer cambios inmediatos en sus políticas de mercado.

Ha sido el afán del Ministerio atender y tratar de ayudar a solventar de la forma más objetiva posible estas situaciones, no sólo teniendo en consideración la posición de las empresas, sino el resguardo sobre todo de intereses de orden general, al valorar el impacto que supone una modificación considerable en los niveles de inversión y empleo frente al cierre definitivo de la empresa. (...)”.

V.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto:

ACUERDAN:

1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo número 024-2005 de fecha 17 de enero de 2005, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 98 del 23 de mayo del 2005 y sus reformas, para que en el futuro la cláusula sexta, se lea de la siguiente manera:

“6º—La beneficiaria se obliga a cumplir con un nivel mínimo de empleo en etapa preoperativa de 01 trabajador, a partir del 28 de febrero de 2005, y a realizar y mantener un nivel mínimo total de empleo de 05 trabajadores, a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo; dadas las circunstancias bajo las cuales la empresa justifica su solicitud de disminución, el compromiso asumido con el nivel mínimo de empleo, deberá ser revisado por ella dentro de los veinticuatro meses siguientes a la comunicación de este acuerdo, con el fin de valorar el eventual incremento del mismo. De igual forma, se obliga a realizar una inversión nueva inicial en activos fijos de al menos US $150,000.00 (ciento cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 31 de diciembre de 2005, así como a realizar y mantener una inversión mínima total de US $193,095.00 (ciento noventa y tres mil noventa y cinco dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 31 de diciembre de 2005. Finalmente, la empresa beneficiaría se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional del 90.59%.

PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión nueva inicial en activos fijos y la mínima total de la beneficiaría, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaría, como una obligación a cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con los niveles mínimos de inversión anteriormente señalados”.

2º—En todo lo que no ha sido expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo número 024-2005 de fecha 17 de enero del 2005, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 98 del 23 de mayo del 2005 y sus reformas.

3º—Rige a partir de su notificación.

Comuníquese y Publíquese.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(IN2009097472).

MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

N° 030-2009-MICIT

LA MINISTRA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política; lo dispuesto en la Ley N° 8691 del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico del 2009, y 7, 31 y 34 del Reglamento de gastos de viaje y de transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República, y el artículo 28 de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública.

Considerando:

1º—Que la señorita Isabel Torres Granda, ostenta el cargo de Consultora del Despacho del señor Viceministro de Ciencia y Tecnología.

2º—Que en el marco del Convenio de Cooperación entre la Embajada de la República Popular China y el Ministerio de Ciencia y Tecnología, el gobierno Chino facilita al MICIT una beca para el curso de “Tecnología Informática”, con una duración de siete semanas, iniciando el día 26 de noviembre del 2009 y finalizando el día 13 de enero del 2010, el cual se realizará en la República Popular China. Por razón de itinerario y transbordos, el viaje se realizará del 24 de noviembre del 2009 al 15 de enero de 2010. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señorita Isabel Torres Granda, cédula de identidad 1-1230-0096, en su calidad de Consultora, para que participe de la beca para el curso de “Tecnología Informática”, con una duración de siete semanas, iniciando el día 26 de noviembre del 2009 y finalizando el día 13 de enero del 2010, el cual se realizará en la República Popular China.

Artículo 2º—Los gastos. Todos los gastos serán cubiertos por el Organismo auspiciador.

Artículo 3º—Que durante los días del 24 del noviembre del 2009 al 15 de enero de 2010, que se autoriza la participación de Isabel Torres en el curso antes indicado, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del día veinticuatro de noviembre del dos mil nueve hasta su regreso el día quince de enero del dos mil diez.

Dado en el Ministerio de Ciencia y Tecnología, el día veintiocho de octubre del dos mil nueve.

Publíquese.—La Ministra de Ciencia y Tecnología, Dra. Eugenia M. Flores Vindas.—1 vez.—O. C. Nº 101188.—Solicitud Nº 29179.—C-27770.—(IN2009097486).

N° 031-2009-MICIT

LA MINISTRA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política; lo dispuesto en la Ley N° 8691 del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico del 2009, y 7, 31 y 34 del Reglamento de gastos de viaje y de transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República, y el artículo 28 de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública.

Considerando:

1º—Que la señorita Katherine Gutiérrez Villafuerte, ostenta el cargo de Asesora en Comunicación del Despacho de la señora Ministra de Ciencia y Tecnología

2º—Que en el marco del Convenio de Cooperación entre la Embajada de la República Popular China y el Ministerio Ciencia y Tecnología, el gobierno Chino facilita al MICIT una beca para el curso de “Tecnología Informática”, con una duración de siete semanas, iniciando el día 26 de noviembre del 2009 y finalizando el día 13 de enero del 2010, el cual se realizará en la República Popular China. Por razón de itinerario y transbordos, el viaje se realizará del 24 de noviembre del 2009 al 15 de enero de 2010. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señorita Katherine Gutiérrez Villafuerte, cédula de identidad 1-1227-0613, en su calidad de Asesora, para que participe de la beca para el curso de “Tecnología Informática”, con una duración de siete semanas, iniciando el día 26 de noviembre de 2009 y finalizando el día 13 de enero del 2010, el cual se realizará en la República Popular China.

Artículo 2º—Los gastos. Todos los gastos serán cubiertos por el Organismo auspiciador.

Artículo 3º—Que durante los días del 24 del noviembre del 2009 al 15 de enero del 2010, que se autoriza la participación de Katherine Gutiérrez en el curso antes indicado, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del día veinticuatro de noviembre del dos mil nueve hasta su regreso el día quince de enero del dos mil diez.

Dado en el Ministerio de Ciencia y Tecnología, el día veintiocho de octubre del dos mil nueve.

Publíquese.—Dra. Eugenia M. Flores Vindas, Ministra de Ciencia y Tecnología.—1 vez.—O. C. Nº 101188.—Solicitud Nº 29180.—C-27770.—(IN2009097487).

N° 032-2009-MICIT

LA MINISTRA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política; lo dispuesto en la Ley Nº 8691 del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico del 2009, y 7, 31 y 34 del Reglamento de gastos de viaje y de transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República, y el artículo 28 de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública.

Considerando:

1º—Que el señor Mario Álvarez Córdoba, ostenta el cargo de Analista Informático del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

2º—Que en el marco del Convenio de Cooperación entre la Embajada de la República Popular China y el Ministerio Ciencia y Tecnología, el gobierno Chino facilita al MICIT una beca para el curso de “Técnica Aplicada de Software Básicas Chinas”, con una duración de siete semanas, iniciando el día 10 de diciembre del 2009 y finalizando el día 27 de enero del 2010, el cual se realizará en la República Popular China. Por razón de itinerario y transbordos, el viaje se realizará del 08 de diciembre de 2009 al 29 de enero del 2010. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Mario Álvarez Córdoba, cédula de identidad 6-0337-0794, en su calidad de Analista Informático, para que. participe de la beca para el curso de “Técnica Aplicada de Software Básicas Chinas”, con una duración de siete semanas, iniciando el día 10 de diciembre del 2009 y finalizando el día 27 de enero del 2010, el cual se realizará en la República Popular China.

Artículo 2º—Los gastos. Todos los gastos serán cubiertos por el Organismo auspiciador.

Artículo 3º—Que durante los, días del 8 de diciembre del 2009 al 29 de enero del 2010, que se autoriza la participación de Mario Álvarez en el curso antes indicado, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del día ocho de diciembre del dos mil nueve hasta su regreso el día veintinueve de enero del dos mil diez.

Dado en el Ministerio de Ciencia y Tecnología, el día veintiocho de octubre del dos mil nueve.

Publíquese.—Dra. Eugenia M. Flores Vindas, Ministra de Ciencia y Tecnología.—1 vez.—O. C. Nº 101188.—Solicitud Nº 29181.—C-27020.—(IN2009097488).

N° 033-2009-MICIT

LA MINISTRA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política; lo dispuesto en la Ley Nº 8691 del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico del 2009, y 7, 31 y 34 del Reglamento de gastos de viaje y de transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República, y el artículo 28 de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública.

Considerando:

1.—Que el señor Eduardo Jiménez González, ostenta el cargo de Jefe de Informática del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

2º—Que en el marco del Convenio de Cooperación entre la Embajada de la República Popular China y el Ministerio Ciencia y Tecnología, el gobierno Chino facilita al MICIT una beca para el curso de “Técnica Aplicada de Software Básicas Chinas”, con una duración de siete semanas, iniciando el día 10 de diciembre del 2009 y finalizando el día 27 de enero del 2010, el cual se realizará en la República Popular China. Por razón de itinerario y transbordos, el viaje se realizará del 08 de diciembre del 2009 al 29 de enero del 2010. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Eduardo Jiménez González, cédula de identidad 1-0496-0628, en su calidad de Jefe Informático, para que participe de la beca para el curso de “Técnica Aplicada de Software Básicas Chinas”, con una duración de siete semanas, iniciando el día 10 de diciembre del 2009 y finalizando el día 27 de enero del 2010, el cual se realizará en la República Popular China.

Artículo 2º—Los gastos. Todos los gastos serán cubiertos por el Organismo auspiciador.

Artículo 3º—Que durante los días del 8 de diciembre del 2009 al 29 de enero del 2010, que se autoriza la participación de Eduardo Jiménez en el curso antes indicado, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del día ocho de diciembre del dos mil nueve hasta su regreso el día veintinueve de enero del dos mil diez.

Dado en el Ministerio de Ciencia y Tecnología, el día veintiocho de octubre del dos mil nueve.

Publíquese.—Dra. Eugenia M. Flores Vindas, Ministra de Ciencia y Tecnología.—1 vez.—O. C. Nº 101188.—Solicitud Nº 29182.—C-27020.—(IN2009097489).

N° 034-2009-MICIT

LA MINISTRA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política; lo dispuesto en la Ley N° 8691 del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico del 2009, y 7, 31 y 34 del Reglamento de gastos de viaje y de transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República, y el artículo 28 de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública.

Considerando:

1º—Que la señorita Antonieta Corrales Sandí, ostenta el cargo de Periodista del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

2º—Que en el marco del Convenio de Cooperación entre la Embajada de la República Popular China y el Ministerio de Ciencia y Tecnología, el gobierno Chino facilita al MICIT una beca para el “Seminario de Energía Limpia para Funcionarios”, con una duración de tres semanas, iniciando el día 02 de diciembre del 2009 y finalizando el día 21 de diciembre del 2009, el cual se realizará en la República Popular China. Por razón de itinerario y transbordos, el viaje se realizará del 30 de noviembre del 2009 al 23 de diciembre del 2009. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señorita Antonieta Corrales Sandí, cédula de identidad 1-0998-0536, en su calidad de Periodista, para que participe de la beca para el “Seminario de Energía Limpia para Funcionarios”, con una duración de tres semanas, iniciando el día 02 de diciembre del 2009 y finalizando el día 21 de diciembre del 2009, el cual se realizará en la República Popular China.

Artículo 2º—Los gastos. Todos los gastos serán cubiertos por el Organismo auspiciador.

Artículo 3º—Que durante los días del 30 de noviembre del 2009 al 23 de diciembre del 2009, que se autoriza la participación de Antonieta Corrales en el seminario antes indicado, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del día treinta de noviembre del dos mil nueve, hasta su regreso el día veintitrés de diciembre del dos mil nueve.

Dado en el Ministerio de Ciencia y Tecnología, el día veintiocho de octubre del dos mil nueve.

Publíquese.—Dra. Eugenia M. Flores Vindas, Ministra de Ciencia y Tecnología.—1 vez.—O. C. Nº 101188.—Solicitud Nº 29183.—C-27770.— (IN2009097490).

Nº 035-2009-MICIT

LA MINISTRA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política; lo dispuesto en la Ley N° 8691 del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico del 2009, y 7, 31 y 34 del Reglamento de gastos de viaje y de transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República, y el artículo 28 de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública.

Considerando:

1º—Que el señor Carlos Bonilla Cortés, ostenta el cargo de Director de Innovación del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

2º—Que en el marco del Convenio de Cooperación entre la Embajada de la República Popular China y el Ministerio de Ciencia y Tecnología, el gobierno Chino facilita al MICIT una beca para el “Seminario de Energía Limpia para Funcionarios”, con una duración de tres semanas, iniciando el día 02 de diciembre del 2009 y finalizando el día 21 de diciembre del 2009, el cual se realizará en la República Popular China. Por razón de itinerario y transbordos, el viaje se realizará del 30 de noviembre del 2009 al 23 de diciembre del 2009. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Carlos Bonilla Cortés, cédula de identidad 1-1068-0862, en su calidad de Director de Innovación, para que participe de la beca para el “Seminario de Energía Limpia para Funcionarios”, con una duración de tres semanas, iniciando el día 02 de diciembre del 2009 y finalizando el día 21 de diciembre del 2009, el cual se realizará en la República Popular China.

Artículo 2º—Los gastos. Todos los gastos serán cubiertos por el Organismo auspiciador.

Artículo 3º—Que durante los días del 30 de noviembre del 2009 al 23 de diciembre del 2009, que se autoriza la participación de Carlos Bonilla en el seminario antes indicado, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del día treinta de noviembre del dos mil nueve hasta su regreso el día veintitrés de diciembre del dos mil nueve.

Dado en el Ministerio de Ciencia y Tecnología, el día veintiocho de octubre del dos mil nueve.

Publíquese.—Dra. Eugenia M. Flores Vindas, Ministra de Ciencia y Tecnología.—1 vez.—O. C. Nº 101188.—Solicitud Nº 29184.—C-27020.— (IN2009097491).

DOCUMENTOS VARIOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS CIVIL

De conformidad con el artículo 2° del Estatuto de Servicio Civil, la unidad de Recursos Humanos, informa: que la señora Calderón Umaña Sylvia, cédula de identidad número 01-1045-0600, puesto número 001233 de la clase Profesional de Servicio Civil 1, Grupo B, fue nombrada en propiedad, según acuerdo DG-001-2009 de fecha 19 de octubre del 2009, escogida de la nómina número 005-09. Rige a partir del 16 de noviembre del 2009. Publíquese.—Lic. María Lucrecia Siles Salazar, Coordinadora de Recursos Humanos.—1 vez.—O. C. Nº 103907.—Solicitud Nº 72.—C-9020.—(IN2009097392).

RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO EXTERIOR

La Dirección General de Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, comunica a cualquier interesado en el vehículo placas 043-D00477, marca Renault, sedán cuatro puertas, que se encuentra en total deterioro abandonado en el parqueo del edificio de la Embajada de Costa Rica en Moscú, Federación Rusa, que cuentan con un plazo de 30 días a partir de la publicación de este edicto, para presentar cualquier reclamo que proceda. Transcurrido el plazo, de no presentarse ningún interesado legítimo, el vehículo pasará a un depósito, eximiéndose el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de toda responsabilidad.—San José, 30 de setiembre del dos mil nueve.—Carmen I. Claramunt Garro, Directora General de Servicio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 93812.—Solicitud Nº 31241.—C-9020.—(IN2009097393).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS

REGISTRO DE AGROQUÍMICOS

EDICTOS

DIA-R-E-768-2009.—El señor Marco Antonio Pinto Murray, cédula Nº 9-0050-0332, en calidad de representante legal de la compañía: Compañía Costarricense del Café S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del fertilizante de nombre comercial Cafesa 18-2-15-4-0.2-5(S), compuesto a base de nitrógeno-fósforo-potasio-magnesio-boro-azufre. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 01:12 horas del 26 de octubre del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í.—1 vez.—(IN2009097031).

DIA-R-E-769-2009.—El señor Marco Antonio Pinto Murray, cédula Nº 9-0050-0332, en calidad de representante legal de la compañía: Compañía Costarricense del Café S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del fertilizante de nombre comercial Cafesa 18-5-15-6-0.2-7.3(S), compuesto a base de nitrógeno-fósforo-potasio-magnesio-boro-azufre. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 01:20 horas del 26 de octubre del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í.—1 vez.—(IN2009097033).

DIA-R-E-800-2009.—El señor Francisco Zúñiga Jiménez, cédula o pasaporte 2-373-971, en calidad de Representante Legal de la compañía Grisco S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción del fertilizante de nombre comercial Fixer compuesto a base de Fósforo-Potasio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 27 de octubre del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í.—1 vez.—(IN2009097459).

DIA-R-E-798-2009.—El señor Francisco Zúñiga Jiménez, cédula o pasaporte 2-373-971 en calidad de representante legal de la compañía Grisco S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción del fertilizante de nombre comercial Primaflora Vigna NPK 8-5-15 compuesto a base de Nitrógeno-Fósforo-Potasio-Magnesio-Azufre-Boro-Hierro. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 27 de octubre del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í.—1 vez.—(IN2009097460).

DIA-R-E-797-2009.—El señor Francisco Zúñiga Jiménez, cédula o pasaporte 2-373-971 en calidad de representante legal de la compañía Grisco S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción del fertilizante de nombre comercial Fruttoro NPK 7-15-20 compuesto a base de Nitrógeno-Fósforo-Potasio-Calcio-Azufre-Boro-Hierro. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 27 de octubre del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í.—1 vez.—(IN2009097461).

DIA-R-E-796-2009.—El señor Francisco Zúñiga Jiménez, cédula o pasaporte 2-373-971 en calidad de representante legal de la compañía Grisco S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción del fertilizante de nombre comercial Basic compuesto a base de Nitrógeno-Carbono. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 27 de octubre del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í.—1 vez.—(IN2009097463).

DIA-R-E-777-2009.—El señor Francisco Zúñiga Jiménez, cédula o pasaporte 2-373-971, en calidad de representante legal de la compañía Grisco S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción del fertilizante de nombre comercial Smartfert NPK 12-6-15 compuesto a base de Nitrógeno-Fósforo-Potasio-Calcio-Magnesio-Azufre-Boro-Zinc. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 26 de octubre del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í.—1 vez.—(IN2009097465).

DIA-R-E-790-2009.—El señor Francisco Zúñiga Jiménez, cédula o pasaporte 2-373-971, en calidad de representante legal de la compañía Grisco S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción del fertilizante de nombre comercial Nutrisol NPK 15-10-15+2MgO compuesto a base de Nitrógeno-Fósforo-Potasio-Boro-Hierro-Zinc-Cobre-Manganeso. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 27 de octubre del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í.—1 vez.—(IN2009097466).

DIA-R-E-787-2009.—El señor Francisco Zúñiga Jiménez, cédula o pasaporte 2-373-971, en calidad de representante legal de la compañía Grisco S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción del fertilizante de nombre comercial Nutrisol NPK 20-20-20 compuesto a base de Nitrógeno-Fósforo-Potasio-Boro-Hierro-Molibdeno-Zinc-Cobre-Manganeso. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 27 de octubre del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í.—1 vez.—(IN2009097467).

DIA-R-E-789-2009.—El señor Francisco Zúñiga Jiménez, cédula o pasaporte 2-373-971, en calidad de representante legal de la compañía Grisco S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción del fertilizante de nombre comercial Goldenfenger NPK 11-12-17 compuesto a base de Nitrógeno-Fósforo-Potasio-Calcio-Magnesio-Azufre. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 27 de octubre del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í.—1 vez.—(IN2009097468).

DIA-R-E-799-2009.—El señor Francisco Zúñiga Jiménez, cédula o pasaporte 2-373-971, en calidad de representante legal de la compañía Grisco S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción del fertilizante de nombre comercial Mistor NPK 8-14-6 compuesto a base de Nitrógeno-Fósforo-Potasio-Magnesio-Azufre. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 27 de octubre del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í.—1 vez.—(IN2009097469).

DIA-R-E-786-2009.—El señor Francisco Zúñiga Jiménez, cédula o pasaporte 2-373-971, en calidad de representante legal de la compañía Grisco S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción del fertilizante de nombre comercial Rocket compuesto a base de Nitrógeno-Fósforo-Calcio-Hierro-Zinc. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 27 de octubre del 2009.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í.—1 vez.—(IN2009097471).

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

DIRECCIÓN GENERAL

DIRECTRIZ SENASA-DG-D09-2009

Considerando:

1º—Que de conformidad con la Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal, número 8495, del 6 de abril del 2006, artículo 6, inciso e), es competencia del SENASA “…Dictar las normas técnicas pertinentes, elaborar los manuales de procedimientos, así como ejecutar y controlar las medidas de bienestar animal, inspección veterinaria, desplazamiento interno, importación, exportación,…”, de tal manera que el SENASA resulta ser la Autoridad Competente ante la comunidad internacional para supervisar, inspeccionar y dirigir a las Plantas Procesadoras de Productos Cárnicos. Esto se hace a través de profesionales en Medicina Veterinaria que siendo funcionarios del SENASA se destacan en dichas Plantas e inspeccionan el funcionamiento y el producto que manufacturan, garantizando así la inocuidad de los productos que se exportan.

Que según el artículo 9 del mismo cuerpo normativo, corresponde al Director General del SENASA la administración del personal de dicho Servicio así como dictar las órdenes administrativas que correspondan a fin de optimizar el funcionamiento de dicho Servicio.

2º—Que recientemente se recibió en el país una misión de auditoría técnica realizada por el Servicio de Inspección e Inocuidad de Alimentos del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de América (FSIS/USDA por sus siglas en inglés), con la finalidad de auditar el Sistema Veterinario Oficial implementado por el SENASA y las Plantas Procesadoras de Exportación de Carnes a ese país, estableciendo como una no conformidad, que no es apropiado que los Médicos Oficiales encargados de fiscalizar dichas plantas exportadoras trabajen permanentemente en una sola planta, pues ello provoca que con el paso del tiempo los Profesionales se identifiquen con ,la rutina del Establecimiento supervisado y ello provoca una depreciación en las labores de inspección, toda vez que existe un vínculo personal del profesional con la Planta.

3º—Que con base en lo anterior, y para subsanar la no conformidad señalada por la auditoría estadounidense es menester girar de manera urgente una directriz al personal que realiza labores de inspección del SENASA, tanto médicos veterinarios como al personal auxiliar, en el sentido de que deberán rotar de una Planta a otra. Para ello, se considera pertinente que el Director de la DIPOA establezca un roll aleatorio que será implementado cada tres meses, de tal forma que la mitad del personal cambie cada tres meses y permanezcan en la misma planta por seis meses y con ello también evitar que se formen equipos permanentes. Por tanto,

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL

DE SALUD ANIMAL (SENASA)

Emite la siguiente

DIRECTRIZ:

Artículo 1º—Que ante las no conformidades señaladas por el funcionario del Servicio de Inspección e Inocuidad de Alimentos del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de América (FSIS/USDA por sus siglas en inglés) en su Auditoría Técnica realizada del 14 al 25 del mes en curso y en aras de subsanar las mismas a la mayor brevedad, es menester que el personal del SENASA que realiza labores de inspección en las Plantas Procesadoras de Carne con fines de exportación, tanto médicos veterinarios como personal auxiliar, roten por todos aquellos establecimientos certificados por la DIPOA y a juicio de su Director, por períodos de seis meses calendario dependiendo del roll que mediante un procedimiento aleatorio establecerá el Director de la DIPOA, cambiando la mitad del personal cada tres meses, evitando con ello que se formen equipos permanentes.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta y en la página Web del Servicio Nacional de Salud Animal.

Heredia, Barreal de Ulloa, 14 de octubre de 2009.—Dr. Yayo Vicente Salazar, Director General.—1 vez.—(IN2009097516).

DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS

EDICTO

El señor César Mata Piedra, cédula Nº 3-287-089, vecino de San José, en calidad de Regente Veterinario de la Compañía Faryvet S. A. con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3 OL-TRANS. Fabricado por: Laboratorio Holliday Scott, S. A. de Argentina con los siguientes principios activos: cada 100 g contiene: l-metionina 2.500 mg, L-lisina 1.500 mg, L-cistina 1.000 mg, trifosfato de adenosina (ATP) 75 mg, vitamina B12 0.5 mg, ácido fólico 25 mg, colina citrato 1.500 mg, calcio carbonato 10.000 mg, magnesio carbonato 30 mg, dextroglucosa CS y las siguientes indicaciones terapéuticas: suplemento vitamínico mineral energizante. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 7 de octubre del 2009.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2009097740).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL

DEPARTAMENTO DE GEODESIA Y TOPOGRAFÍA

AVISO N º 2009-16

ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

Amojonamiento  de zona pública entre  sectores

de Playa Ostional hasta Playa Guiones

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 del Reglamento de la Ley  N º 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre, del 2 de marzo de 1977, el Instituto Geográfico Nacional (IGN) comunica  que entre octubre de 2007 y  diciembre de 2007, demarcó varios sectores de manglar entre Playa Ostional y Playa Guiones; ubicados en distrito 06 Nosara, cantón 02 Nicoya , provincia de Guanacaste, y en distrito 06 Cuajiniquil, cantón 03 Santa Cruz, provincia de Guanacaste, y localizados en el  Mapa MBCR- 1/50.000 Hoja Cerro Brujo 3046 II y Garza 3045 II.  A continuación se indican las coordenadas de cada mojón,  tanto en el sistema de proyección cartográfico oficial CRTM05 como en la proyección LAMBERT:

 

Guiones Sur, 6 mojones ZP5020146-ZP5020151

Numeración

CRTM 05

Lambert Norte

-

N(m)

E(m)

N(m)

E(m)

ZP5020146

1097221.963

317918.406

211693.879

354264.724

ZP5020147

1097188.461

317906.360

211660.378

354252.708

ZP5020148

1097187.798

317929.244

211659.732

354275.585

ZP5020149

1097159.683

317968.994

211631.657

354315.346

ZP5020150

1097144.175

317955.501

211616.143

354301.869

ZP5020151

1097174.535

317923.243

211646.468

354269.597

Río Rempujo, 39 mojones ZP5020107-ZP5020145

Numeración

CRTM 05

Lambert Norte

-

N(m)

E(m)

N(m)

E(m)

ZP5020107

1097973.892

317855.7854

212445.5379

354201.5351

ZP5020108

1097949.268

317889.891

212420.948

354235.650

ZP5020109

1097946.370

317917.153

212418.072

354262.906

ZP5020110

1097966.774

317935.737

212438.485

354281.469

ZP5020111

1097988.242

317974.621

212459.977

354320.324

ZP5020112

1097947.796

317993.664

212419.557

354339.393

ZP5020113

1097941.844

318015.385

212413.624

354361.113

ZP5020114

1097952.970

318034.705

212424.762

354380.418

ZP5020115

1097982.514

318064.766

212454.321

354410.447

ZP5020116

1097995.887

318107.759

212467.724

354453.417

ZP5020117

1097987.979

318135.040

212459.839

354480.696

ZP5020118

1098010.654

318182.686

212482.545

354528.311

ZP5020119

1098037.253

318188.835

212509.141

354534.437

ZP5020120

1098043.858

318134.114

212515.701

354479.727

ZP5020121

1098079.642

318145.014

212551.483

354490.596

ZP5020122

1098115.143

318169.693

212586.993

354515.239

ZP5020123

1098132.294

318212.403

212604.172

354557.924

ZP5020124

1098170.294

318218.751

212642.166

354564.240

ZP5020125

1098213.897

318216.043

212685.754

354561.498

ZP5020126

1098241.407

318188.835

212713.235

354534.277

ZP5020127

1098283.084

318192.581

212754.903

354537.989

ZP5020128

1098328.232

318185.866

212800.032

354531.241

ZP5020129

1098364.119

318177.539

212835.902

354522.888

ZP5020130

1098403.809

318150.837

212875.559

354496.163

ZP5020131

1098443.528

318140.465

212915.259

354485.763

ZP5020132

1098485.870

318145.744

212957.592

354491.007

ZP5020133

1098488.016

318099.246

212959.701

354444.521

ZP5020134

1098484.627

318051.733

212956.276

354397.025

ZP5020135

1098487.733

318006.552

212959.345

354351.855

ZP5020136

1098513.622

317968.130

212985.196

354313.424

ZP5020137

1098530.253

317934.519

213001.797

354279.810

ZP5020138

1098531.158

317896.958

213002.671

354242.259

ZP5020139

1098491.152

317889.968

212962.672

354235.302

ZP5020140

1098454.740

317900.545

212926.279

354245.905

ZP5020141

1098414.789

317910.153

212886.348

354255.541

ZP5020142

1098373.602

317922.375

212845.182

354267.792

ZP5020143

1098337.164

317933.393

212808.763

354278.835

ZP5020144

1098299.708

317951.182

212771.333

354296.648

ZP5020145

1098263.029

317932.299

212734.650

354277.800

Hotel, 11 mojones ZP5020016-ZP5020026

Numeración

CRTM 05

LAMBERT NORTE

-

N(m)

E(m)

N(m)

E(m)

ZP5020016

1100404.129

316609.964

214874.068

352954.175

ZP5020017

1100439.654

316634.050

214909.601

352978.226

ZP5020018

1100474.035 

316634.310 

214943.971

352978.459

ZP5020019

1100514.284

316658.644

214984.228

353002.753

ZP5020020

1100541.692

316689.128

215011.651

353033.207

ZP5020021

1100563.840

316667.177

215033.776

353011.245

ZP5020022

1100571.433

316628.879

215041.336

352972.953

ZP5020023

1100588.386

316599.360

215058.260

352943.429

ZP5020024

1100577.531

316565.567

215047.382

352909.655

ZP5020025

1100589.832

316539.657

215059.658

352883.743

ZP5020026

1100548.471

316509.203

215018.286

352853.331

 

Estero/Manglar, 15 mojones ZP5020001-ZP5020015

Numeración

CRTM 05

Lambert norte

-

N(m)

E(m)

N(m)

E(m)

ZP5020001

1101656.878

316199.010

216126.107

352542.354

ZP5020002

1101684.480

316242.837

216153.736

352586.145

ZP5020003

1101734.907

316245.078

216204.149

352588.345

ZP5020004

1101773.674

316219.947

216242.884

352563.191

ZP5020005

1101813.236

316229.671

216282.441

352572.880

ZP5020006

1101795.043

316270.911

216264.287

352614.122

ZP5020007

1101761.715

316293.180

216230.987

352636.411

ZP5020008

1101770.930

316324.499

216240.224

352667.713

ZP5020009

1101794.594

316328.689

216263.884

352671.883

ZP5020010

1101833.045

316304.211

216302.304

352647.382

ZP5020011

1101870.581

316266.551

216339.798

352609.703

ZP5020012

1101857.440

316226.397

216326.630

352569.572

ZP5020013

1101821.453

316194.254

216290.628

352537.468

ZP5020014

1101790.765

316173.005

216259.932

352516.250

ZP5020015

1101749.337

316166.204

216218.512

352509.484

Boca (Río Nosara), 66 mojones ZP5020041- ZP5020106

Numeración

CRTM 05

Lambert norte

-

N(m)

E(m)

N(m)

E(m)

ZP5020041

1102433.620

316221.752

216902.628

352564.468

ZP5020042

1102431.838

316259.806

216900.877

352602.513

ZP5020043

1102429.595

316298.847

216898.665

352641.543

ZP5020044

1102426.283

316341.922

216895.389

352684.608

ZP5020045

1102416.737

316383.358

216885.880

352726.038

ZP5020046

1102408.225

316422.538

216877.401

352765.213

ZP5020047

1102397.508

316463.156

216866.720

352805.827

ZP5020048

1102394.254

316501.561

216863.497

352844.223

ZP5020049

1102422.863

316529.733

216892.121

352872.363

ZP5020050

1102469.194

316542.036

216938.447

352884.626

ZP5020051

1102499.451

316573.815

216968.720

352916.371

ZP5020052

1102538.429

316603.408

217007.710

352945.923

ZP5020053

1102581.317

316655.716

217050.627

352998.181

ZP5020054

1102579.323

316684.424

217048.657

353026.882

ZP5020055

1102551.560

316725.406

217020.935

353067.874

ZP5020056

1102527.981

316780.553

216997.407

353123.022

ZP5020057

1102541.577

316809.824

217011.022

353152.273

ZP5020058

1102520.127

316835.464

216989.599

353177.923

ZP5020059

1102483.237

316848.816

216952.732

353191.300

ZP5020060

1102436.822

316834.366

216906.319

353176.892

ZP5020061

1102422.620

316884.277

216892.162

353226.799

ZP5020062

1102464.229

316893.413

216933.765

353235.898

ZP5020063

1102506.112

316890.575

216975.633

353233.028

ZP5020064

1102551.927

316871.378

217021.419

353213.800

ZP5020065

1102578.097

316835.295

217047.552

353177.708

ZP5020066

1102601.208

316783.348

217070.614

353125.757

ZP5020067

1102642.239

316775.788

217111.626

353118.167

ZP5020068

1102638.032

316727.840

217107.382

353070.237

ZP5020069

1102639.591

316697.223

217108.916

353039.628

ZP5020070

1102679.299

316686.509

217148.603

353028.886

ZP5020071

1102713.383

316702.660

217182.690

353045.005

ZP5020072

1102726.667

316728.772

217195.991

353071.098

ZP5020073

1102750.779

316765.855

217220.126

353108.151

ZP5020074

1102784.955

316738.097

217254.268

353080.374

ZP5020075

1102784.223

316702.564

217253.508

353044.851

ZP5020076

1102798.839

316672.792

217268.095

353015.077

ZP5020077

1102776.839

316633.749

217246.071

352976.064

ZP5020078

1102785.888

316598.647

217255.089

352940.965

ZP5020079

1102819.677

316569.461

217288.844

352911.761

ZP5020080

1102832.933

316532.632

217302.066

352874.933

ZP5020081

1102801.660

316504.117

217270.781

352846.452

ZP5020082

1102797.625

316437.799

217266.694

352780.157

ZP5020083

1102820.457

316403.596

217289.491

352745.947

ZP5020084

1102860.248

316399.985

217329.267

352742.305

ZP5020085

1102885.486

316393.510

217354.492

352735.812

ZP5020086

1102905.833

316425.276

217374.858

352767.552

ZP5020087

1102910.260

316453.171

217379.306

352795.434

ZP5020088

1102912.336

316499.399

217381.419

352841.646

ZP5020089

1102915.968

316542.906

217385.085

352885.137

ZP5020090

1102919.847

316588.862

217388.999

352931.076

ZP5020091

1102964.888

316552.571

217433.997

352894.760

ZP5020092

1103012.599

316554.992

217481.696

352897.142

ZP5020093

1103019.441

316590.766

217488.564

352932.899

ZP5020094

1103025.652

316646.032

217494.817

352988.143

ZP5020095

1103010.067

316701.168

217479.282

353043.276

ZP5020096

1102985.391

316746.351

217454.649

353088.464

ZP5020097

1102955.717

316781.680

217425.013

353123.806

ZP5020098

1102932.620

316824.607

217401.958

353166.738

ZP5020099

1102907.085

316859.725

217376.459

353201.866

ZP5020100

1102871.985

316880.502

217341.386

353222.664

ZP5020101

1102834.244

316913.468

217303.683

353255.651

ZP5020102

1102792.666

316936.783

217262.136

353278.992

ZP5020103

1102811.956

316991.460

217281.465

353333.637

ZP5020104

1102860.873

316965.300

217330.345

353307.446

ZP5020105

1102885.586

316937.954

217355.029

353280.088

ZP5020106

1102928.651

316916.426

217398.063

353258.532

Santa Marta, 166 mojones ZP5020152- ZP5020318

Numeración

CRTM 05

Lambert Norte

-

N(m)

E(m)

N(m)

E(m)

ZP5020152

1103362.138

316404.555

217831.006

352746.471

ZP5020153

1103363.843

316435.084

217832.734

352776.988

ZP5020154

1103356.108

316470.590

217825.030

352812.490

ZP5020155

1103347.522

316508.913

217816.478

352850.808

ZP5020156

1103343.096

316556.278

217812.091

352898.163

ZP5020157

1103338.825

316597.822

217807.856

352939.697

ZP5020158

1103344.733

316637.831

217813.793

352979.689

ZP5020159

1103388.227

316627.477

217857.266

352969.303

ZP5020160

1103401.489

316586.740

217870.491

352928.568

ZP5020161

1103406.162

316546.489

217875.131

352888.325

ZP5020162

1103413.163

316502.938

217882.094

352844.782

ZP5020163

1103428.814

316456.420

217897.703

352798.266

ZP5020164

1103447.912

316423.641

217916.769

352765.482

ZP5020165

1103461.313

316388.302

217930.137

352730.143

ZP5020166

1103463.341

316348.730

217932.133

352690.582

ZP5020167

1103489.109

316317.622

217957.867

352659.462

ZP5020168

1103473.715

316293.979

217942.459

352635.839

ZP5020169

1103431.606

316285.369

217900.356

352627.266

ZP5020170

1103398.911

316267.280

217867.657

352609.209

ZP5020171

1103384.336

316229.892

217853.056

352571.844

ZP5020172

1103431.318

316236.128

217900.029

352578.040

ZP5020173

1103475.325

316245.390

217944.029

352587.264

ZP5020174

1103500.138

316223.045

217968.817

352564.906

ZP5020175

1103544.785

316222.546

218013.449

352564.371

ZP5020176

1103524.707

316199.141

217993.359

352540.990

ZP5020177

1103535.453

316169.103

218004.078

352510.952

ZP5020178

1103491.634

316166.433

217960.270

352508.318

ZP5020179

1103449.357

316159.737

217918.001

352501.658

ZP5020180

1103408.534

316161.677

217877.192

352503.631

ZP5020181

1103366.366

316140.181

217835.020

352482.175

ZP5020182

1103363.452

316098.944

217832.074

352440.953

ZP5020183

1103372.047

316069.043

217840.642

352411.055

ZP5020184

1103360.247

316051.579

217828.832

352393.606

ZP5020185

1103342.622

316054.957

217811.215

352396.996

ZP5020186

1103328.750

316023.073

217797.321

352365.134

ZP5020187

1103319.893

315981.898

217788.434

352323.979

ZP5020188

1103334.572

315936.785

217803.072

352278.868

ZP5020189

1103313.955

315894.682

217782.428

352236.795

ZP5020190

1103340.245

315895.938

217808.710

352238.029

ZP5020191

1103383.678

315901.684

217852.135

352243.739

ZP5020192

1103401.474

315870.648

217869.900

352212.698

ZP5020193

1103363.612

315848.177

217832.032

352190.264

ZP5020194

1103320.103

315853.756

217788.542

352195.876

ZP5020195

1103287.121

315872.030

217755.584

352214.171

ZP5020196

1103251.580

315852.089

217720.038

352194.265

ZP5020197

1103239.566

315817.119

217708.000

352159.315

ZP5020198

1103223.234

315779.299

217691.642

352121.520

ZP5020199

1103213.545

315739.782

217681.925

352082.023

ZP5020200

1103176.997

315700.355

217645.357

352042.638

ZP5020201

1103248.013

315655.168

217716.314

351997.408

ZP5020202

1103291.253

315638.286

217759.527

351980.497

ZP5020203

1103337.644

315647.729

217805.911

351989.899

ZP5020204

1103365.299

315606.575

217833.525

351948.737

ZP5020205

1103390.315

315572.933

217858.506

351915.085

ZP5020206

1103433.191

315555.939

217901.354

351898.062

ZP5020207

1103432.619

315516.288

217900.751

351858.424

ZP5020208

1103451.891

315536.351

217920.033

351878.465

ZP5020209

1103472.244

315444.925

217940.307

351787.051

ZP5020210

1103510.210

315416.929

217978.238

351759.033

ZP5020211

1103537.277

315421.154

218005.300

351763.235

ZP5020212

1103577.672

315448.656

218045.704

351790.696

ZP5020213

1103622.505

315454.790

218090.528

351796.792

ZP5020214

1103664.096

315450.979

218132.103

351792.948

ZP5020215

1103706.669

315453.641

218174.665

351795.576

ZP5020216

1103730.100

315412.776

218198.055

351754.705

ZP5020217

1103738.671

315372.590

218206.592

351714.525

ZP5020218

1103778.685

315351.642

218246.576

351693.551

ZP5020219

1103806.738

315323.383

218274.598

351665.278

ZP5020220

1103771.191

315267.272

218239.016

351609.213

ZP5020221

1103779.309

315224.451

218247.097

351566.399

ZP5020222

1103754.731

315199.715

218222.507

351541.691

ZP5020223

1103795.969

315200.070

218263.732

351542.012

ZP5020224

1103839.242

315215.686

218307.005

351557.589

ZP5020225

1103866.642

315234.343

218334.411

351576.218

ZP5020226

1103913.104

315238.304

218380.862

351580.141

ZP5020227

1103941.608

315274.548

218409.386

351616.350

ZP5020228

1103958.149

315311.132

218425.951

351652.909

ZP5020229

1103997.764

315314.480

218465.556

351656.224

ZP5020230

1104024.308

315276.759

218492.061

351618.494

ZP5020231

1104010.171

315233.640

218477.894

351575.400

ZP5020232

1104014.585

315178.462

218482.262

351520.236

ZP5020233

1104051.819

315180.436

218519.486

351522.179

ZP5020234

1104082.584

315173.992

218550.236

351515.712

ZP5020235

1104121.506

315154.145

218589.130

351495.840

ZP5020236

1104161.481

315131.351

218629.074

351473.021

ZP5020237

1104182.289

315113.107

218649.861

351454.766

ZP5020238

1104232.522

315100.814

218700.068

351442.437

ZP5020240

1104281.927

315078.876

218749.440

351420.465

ZP5020241

1104286.729

315022.100

218754.194

351363.704

ZP5020242

1104248.370

314944.100

218715.785

351285.760

ZP5020243

1104177.841

314978.291

218645.305

351319.997

ZP5020244

1104139.966

314953.093

218607.422

351294.837

ZP5020245

1104094.883

314985.538

218562.379

351327.308

ZP5020246

1104059.030

315022.382

218526.567

351364.169

ZP5020247

1104027.074

315036.877

218494.633

351378.686

ZP5020248

1103976.555

315013.455

218444.112

351355.311

ZP5020249

1103954.120

314987.478

218421.663

351329.361

ZP5020250

1103956.350

314953.763

218423.865

351295.654

ZP5020251

1103984.857

314919.331

218452.335

351261.210

ZP5020252

1104018.873

314898.629

218486.324

351240.488

ZP5020253

1104056.617

314876.900

218524.038

351218.735

ZP5020254

1104082.847

314837.393

218550.228

351179.220

ZP5020255

1104115.016

314807.756

218582.363

351149.566

ZP5020256

1104137.618

314772.145

218604.929

351113.948

ZP5020257

1104155.851

314731.880

218623.123

351073.681

ZP5020258

1104194.993

314737.879

218662.258

351079.647

ZP5020259

1104230.060

314722.318

218697.302

351064.062

ZP5020260

1104266.527

314707.525

218733.745

351049.245

ZP5020261

1104283.981

314675.609

218751.168

351017.325

ZP5020262

1104314.275

314664.380

218781.443

351006.075

ZP5020263

1104352.014

314650.156

218819.158

350991.825

ZP5020264

1104389.122

314667.215

218856.269

351008.849

ZP5020265

1104426.637

314671.756

218893.775

351013.358

ZP5020266

1104440.969

314707.548

218908.131

351049.127

ZP5020267

1104457.205

314742.093

218924.390

351083.648

ZP5020268

1104512.636

314744.137

218979.805

351085.646

ZP5020269

1104545.767

314758.681

219012.938

351100.159

ZP5020270

1104581.357

314782.009

219048.535

351123.451

ZP5020271

1104630.631

314757.609

219097.774

351099.019

ZP5020272

1104607.525

314713.991

219074.640

351055.433

ZP5020273

1104567.380

314685.529

219034.484

351027.013

ZP5020274

1104527.875

314671.814

218994.981

351013.334

ZP5020275

1104493.223

314646.878

218960.320

350988.434

ZP5020276

1104462.429

314597.478

218929.496

350939.075

ZP5020277

1104422.556

314570.985

218889.614

350912.623

ZP5020278

1104447.642

314531.283

218914.660

350872.913

ZP5020279

1104456.858

314482.057

218923.834

350823.695

ZP5020280

1104493.319

314465.027

218960.269

350806.641

ZP5020281

1104536.757

314461.475

219003.691

350803.055

ZP5020282

1104581.888

314437.386

219048.787

350778.938

ZP5020283

1104634.424

314422.990

219101.296

350764.504

ZP5020284

1104644.145

314467.516

219111.049

350809.008

ZP5020285

1104646.676

314516.360

219113.619

350857.834

ZP5020286

1104668.918

314510.745

219135.849

350852.202

ZP5020287

1104684.055

314556.932

219151.019

350898.363

ZP5020288

1104688.265

314600.637

219155.262

350942.050

ZP5020289

1104733.846

314621.415

219200.845

350962.786

ZP5020290

1104771.025

314614.205

219238.007

350955.547

ZP5020291

1104815.761

314618.015

219282.732

350959.320

ZP5020292

1104865.684

314611.367

219332.634

350952.634

ZP5020293

1104896.951

314585.880

219363.870

350927.130

ZP5020294

1104907.583

314636.183

219374.539

350977.408

ZP5020295

1104967.620

314638.289

219434.559

350979.465

ZP5020296

1104967.672

314587.727

219434.570

350928.919

ZP5020297

1105016.481

314577.253

219483.355

350918.409

ZP5020298

1104994.204

314539.262

219461.054

350880.448

ZP5020299

1104870.186

314519.705

219337.060

350860.997

ZP5020300

1104921.077

314494.918

219387.914

350836.177

ZP5020301

1104911.779

314461.394

219378.593

350802.672

ZP5020302

1104867.659

314478.939

219334.501

350820.247

ZP5020303

1104847.615

314449.002

219314.439

350790.335

ZP5020304

1104777.235

314475.532

219244.103

350816.914

ZP5020305

1104759.280

314429.133

219226.116

350770.544

ZP5020306

1104765.529

314391.744

219232.333

350733.162

ZP5020307

1104813.375

314378.953

219280.153

350720.336

ZP5020308

1104851.588

314348.881

219318.330

350690.243

ZP5020309

1104887.602

314369.608

219354.349

350710.934

ZP5020310

1104973.552

314402.135

219440.298

350743.382

ZP5020311

1104946.292

314257.798

219412.930

350599.112

ZP5020312

1104923.979

314217.402

219390.592

350558.748

ZP5020313

1104881.251

314214.421

219347.875

350555.802

ZP5020314

1104830.437

314218.685

219297.080

350560.106

ZP5020315

1104804.163

314165.793

219270.772

350507.252

ZP5020316

1104814.698

314142.959

219281.285

350484.417

ZP5020317

1104795.315

314092.026

219261.867

350433.516

ZP5020318

1104773.466

314047.335

219239.989

350388.857

Ostional, 22 mojones ZP5030000- ZP5030021

Numeración

CRTM 05

Lambert Norte

-

N(m)

E(m)

N(m)

E(m)

ZP5030000

1105010.852

313959.939

219477.228

350301.297

ZP5030001

1105052.069

313963.295

219518.434

350304.619

ZP5030002

1105092.339

313943.329

219558.675

350284.626

ZP5030003

1105139.554

313911.026

219605.849

350252.296

ZP5030004

1105186.620

313879.775

219652.875

350221.018

ZP5030005

1105228.259

313861.768

219694.486

350202.982

ZP5030006

1105278.439

313834.844

219744.628

350176.026

ZP5030007

1105316.530

313809.624

219782.686

350150.783

ZP5030008

1105348.003

313780.039

219814.125

350121.182

ZP5030009

1105378.285

313778.542

219844.396

350119.662

ZP5030010

1105408.998

313808.089

219875.123

350149.175

ZP5030011

1105384.427

313864.239

219850.606

350205.326

ZP5030012

1105397.613

313891.449

219863.809

350232.517

ZP5030013

1105425.538

313909.060

219891.739

350250.099

ZP5030014

1105462.482

313943.658

219928.699

350284.657

ZP5030015

1105499.442

313938.411

219965.643

350279.381

ZP5030016

1105535.650

313966.644

220001.862

350307.575

ZP5030017

1105568.614

313979.110

220034.826

350320.011

ZP5030018

1105603.662

313978.376

220069.862

350319.248

ZP5030019

1105637.568

313979.641

220103.758

350320.486

ZP5030020

1105681.844

313974.334

220148.015

350315.144

ZP5030021

1105720.265

313963.062

220186.415

350303.845

MINAE-UERO,  13 mojones ZP5030022- ZP5030035

Numeración

CRTM 05

Lambert Norte

-

N(m)

E(m)

N(m)

E(m)

ZP5030022

1105698.735

313944.682

220164.877

350285.488

ZP5030023

1105642.450

313894.464

220108.569

350235.332

ZP5030024

1105641.756

313844.522

220107.835

350185.407

ZP5030025

1105632.193

313820.460

220098.256

350161.360

ZP5030026

1105642.927

313778.975

220108.952

350119.880

ZP5030027

1105651.242

313801.778

220117.283

350142.669

ZP5030028

1105626.901

313783.065

220092.935

350123.982

ZP5030029

1105635.363

313754.803

220101.372

350095.722

ZP5030030

1105649.89

313705.237

220115.852

350046.16

ZP5030031

1105597.629

313669.286

220063.581

350010.263

ZP5030032

1105512.559

313636.829

219978.512

349977.886

 

ZP5030033

 

1105512.044

 

313613.663

219977.978

349954.728

 ZP5030034

1105538.624

313600.841

220004.539

349941.888

ZP5030035

1105519.482

313567.315

219985.3759

349908.3889

Don Juan, 16  mojones ZP5030036- ZP5030051

Numeración

CRTM 05

Lambert Norte

-

N(m)

E(m)

N(m)

E(m)

ZP5030036

1106089.296

313058.062

220554.590

349398.839

ZP5030037

1106121.549

313027.826

220586.808

349368.588

ZP5030038

1106146.534

313016.013

220611.776

349356.759

ZP5030039

1106154.385

313034.577

220619.640

349375.310

ZP5030040

1106170.402

312989.010

220635.614

349329.745

ZP5030041

1106200.915

312969.315

220666.101

349310.031

ZP5030042

1106244.156

312952.645

220709.314

349293.332

ZP5030043

1106273.347

312916.904

220738.467

349257.578

ZP5030044

1106317.121

312900.469

220782.213

349241.113

ZP5030045

1106355.418

312885.872

220820.485

349226.490

ZP5030046

1106345.407

312841.182

220810.442

349181.823

ZP5030047

1106389.200

312826.865

220854.209

349167.475

ZP5030048

1106429.611

312816.534

220894.598

349157.114

ZP5030049

1106420.375

312767.106

220885.325

349107.711

ZP5030050

1106454.200

312739.994

220919.116

349080.580

ZP5030051

1106459.702

312716.014

220924.597

349056.603

Pulpería, 6  mojones ZP5030052- ZP5030057

Numeración

CRTM 05

LAMBERT NORTE

-

N(m)

E(m)

N(m)

E(m)

ZP503052

1106707.866

312486.401

221172.492

348826.864

ZP503053

1106741.895

312460.736

221206.488

348801.180

ZP503054

1106728.579

312441.027

221193.161

348781.489

ZP503055

1106754.756

312397.685

221219.294

348738.140

ZP503056

1106781.504

312347.519

221245.992

348687.969

ZP503057

1106810.280

312304.102

221274.724

348644.542

Último, 4 Mojones ZP5030058- ZP5030061

Numeración

CRTM 05

LAMBERT NORTE

-

N(m)

E(m)

N(m)

E(m)

ZP5030058

1107077.269

312019.5478

221541.392

348359.8655

ZP5030059

1107110.456

311994.0279

221574.5464

348334.3271

ZP5030060

1107140.821

311965.7675

221604.8786

348306.0513

ZP5030061

1107091.103

311956.084

221555.1693

348296.4116

 

Los datos técnicos oficiales del trabajo han quedado registrados con el número 68 en el Registro de la Zona Marítimo Terrestre.

San José, 2 de setiembre de 2009.—Msc. Max Lobo Hernández, Director General.—1 vez.—(IN2009097933).

AVISO Nº 2009-038

ZONA MARÍTIMA TERRESTRE

Amojonamiento de zona pública en un sector

del estero/manglar Morales y un sector del

estero/manglar Cocoroca, ubicados

en Punta Morales

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 del Reglamento de la Ley Nº 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre, del 2 de marzo de 1977, el Instituto Geográfico Nacional, comunica que entre el 29 de julio y el 3 de agosto del 2009, demarcó la zona pública en un sector del estero/manglar Morales y un sector del estero/manglar Cocoroca; ubicados en Punta Morales, distrito 03 Chomes, cantón 01 Puntarenas, provincia de Puntarenas, entre las coordenadas Lambert aproximadas del Mapa MBCR-1/50.000, hoja Chapernal 3246 III, además se incluyen las coordenadas aproximadas en el nuevo sistema de proyección cartográfico CRTM05:

Sector de estero/manglar Morales

1114073 N - 396645 E y 1114118 N - 396745 E (CRTM05)

228610 N - 432965 E y 228655 N - 433065 E (LAMBERT)

(4 mojones, enumerados del 952 al 955)

Sector de estero/manglar Cocoroca

1113973 N - 396610 E y 1113968 N - 396750 E (CRTM05)

228510 N - 432930 E y 228505 N - 433070 E (LAMBERT)

(4 mojones, enumerados del 21 al 24)

Los datos técnicos oficiales del trabajo han quedado registrados con el número 95F-8 en el Registro de la Zona Marítimo Terrestre del I.G.N.—San José, 20 de octubre del 2009.—MSc. Max Lobo Hernández, Director General.—1 vez.—RP2009139130.—(IN2009097249).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, inscrito en el tomo 1, folio 38, asiento Nº 24, título Nº 366, emitido por el Colegio Nocturno de Río Frío con Sección Diurna, en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Campos Mendoza Carlos Luis. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 3 de noviembre del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2009096957).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, “Rama Académica” modalidad en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 110, título Nº 196, emitido por el Colegio San Luis Gonzaga, en el año mil novecientos setenta y cuatro, a nombre de Cubero Fernández Madeleine. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 2 de noviembre del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2009097730).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, Rama Académica Modalidad en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo II, folio 53, título Nº 616, emitido por el Liceo Maurilio Alvarado Vargas, en el año mil novecientos ochenta y uno, a nombre de Campos Calvo Yadira. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 8 de octubre del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2009097409).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 068, título Nº 1064-1999, emitido por el Liceo Nocturno de Pérez Zeledón, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Obando Mora Hannis. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 4 de noviembre del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2009097422).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, Rama Académica Área de Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio 35, título Nº 457, emitido por el Liceo Nocturno de Esparza, en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de Zúñiga Gorgona Zaida Yadira. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 22 de octubre del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—M.Sc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2009097555).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 119, título Nº 836, emitido por el Liceo Maurilio Alvarado Vargas, en el año dos mil, a nombre de Esquivel Herrera María del Rocío. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 4 de mayo del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.— M.Sc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2009097570).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTEMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada: Sindicato Nacional de Médicos Especialistas, siglas: SINAME, aprobada en asamblea celebrada el 31 de julio del 2009. Expediente Nº M-141. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro visible al tomo: 16, folio: 63, asiento: 4553 del día 23 de octubre del 2009. La reforma afecta los artículos VIII, XV, XVI, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII y XXX del Estatuto.—San José, 23 de octubre del 2009.—Lic. Iris Garita Calderón, Jefa a. í.—(IN2009095733).

De conformidad con la autorización extendida por el Señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su estatuto social la organización social denominada Cooperativa Autogestionaria de Producción y Comercialización de Hongos R. L., Siglas Coopechampiñones R. L., acordada en asamblea celebrada el día 9 de setiembre del 2009. Resolución 1456. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma el artículo 11 inciso e) del Estatuto.—San José, 15 de octubre del 2009.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe Departamento de Organizaciones Sociales.—(IN2009096637).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

EDICTOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario del Barrido y Pueblo Nuevo de Corredores, con domicilio en la provincia Puntarenas, Corredores. Sus fines, entre otros están: Administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto. Su presidente: Miguel Calderón Alfaro, es el representante judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo con límite de suma de treinta millones de colones, y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite. (Tomo: 2009, asiento: 100384, adicional: 2009-202748 y 2009-269646).—Dado en el Registro Nacional, Curridabat, a los veintiún días del mes de octubre del dos mil nueve.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2009139190.—(IN2009097242).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Baño de Luz Radiante, con domicilio en la provincia de San José, de la Contraloría General de la República, dos cuadras al sur y setenta y cinco metros al este, Apartamento Guidensa, número uno. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover los valores cristianos bíblicos, predicando el evangelio y ministración de la palabra de Dios. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es la presidenta: Victoria Mauro Valldeperas. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomos: 2009 y 2009, asientos: 180777 y 191051).—Curridabat, siete de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2009139244.—(IN2009097243).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Cultural de Guápiles, con domicilio en la provincia de Limón. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Brindar educación musical y artística, sin fines de lucro, desarrollando en los educandos distintos talentos en las artes. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente: Wilson Giovanni Fallas Díaz. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2009, asiento: 259994).—Curridabat, al día veintitrés del mes de octubre del dos mil nueve.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2009139307.—(IN2009097244).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Creciendo en Armonía, con domicilio en la provincia de Alajuela, San Ramón. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Apoyar la investigación relacionada con el desarrollo infantil y mejorar la calidad de vida humana. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es la presidenta: Denia Zamora Zumbado. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2009, asiento: 204560).—Curridabat, al día treinta y uno del mes de agosto del dos mil nueve.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2009139347.—(IN2009097245).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Cristiana Juntos Por Siempre, con domicilio en la provincia de Alajuela; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: El crecimiento espiritual y la unidad de la familia basados en el evangelio de Jesucristo. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Óscar Cordero Solís. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2009, asiento: 236097).—Curridabat, 9 de octubre del 2009.—Registro de Personas Jurídicas.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2009097478).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica, cédula: 3-002-177549, denominación: Asociación Cámara Nacional de Distribuidores de Gas. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2009, asiento: 270366.—San José, 20 de octubre del 2009.—Registro de Personas Jurídicas.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2009097507).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación GERN Grupo de Estudios de Realidad Nacional, con domicilio en la provincia de San José, en Barrio La Granja de la escuela Roosevelt, seiscientos metros al sur setenta y cinco al este, San Pedro de Montes de Oca. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: La elaboración de un modelo de Estado Social de Derecho inclusivo y solidario para Costa Rica y la búsqueda de un ejercicio libre y democrático de libertades del ser humano y por ende, del ser costarricense. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto es el: presidente: Ignacio García Azofeifa. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomos: 2009 y 2009, asientos: 210339 y 237360).—Curridabat, 9 de octubre del 2009.—Registro de Personas Jurídicas.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2009097522).

REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN

AVISOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Pedro Ulibarri Leiva, cédula Nº 1-1074-0092, mayor, casado, ingeniero mecánico, vecino de La Asunción de Belén, en condición de apoderado generalísimo de Ingeniería del Concreto Sociedad Anónima, de Costa Rica, solicita el Modelo de Utilidad denominada: BLOQUE UNIVERSAL PARA UNIONES DE MAMPOSTERÍA SIN REFUERZO VERTICAL EN LA UNIÓN.

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El bloque Universal para uniones de mampostería sin refuerzo vertical en la unión consiste en un bloque de concreto adaptable al sistema constructivo de mampostería de colocación estibada y unión traslapada que permite resolver de manera sencilla y eficiente las múltiples variantes constructivas de las intersecciones de pared, sin uso de formaleta y sin la necesidad de izar el bloque. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es E04C 1/00, cuyos inventores son Pedro Ulibarri Leiva, Ernesto Pineda Ureña, Gabriel Donato Sancho. La solicitud correspondiente lleva el número 11052, y fue presentada a las 11:53:12 del 5 de octubre del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de octubre del 2009.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—RP2009139236.—(IN2009097239).

El señor Pedro Ulibarri Leiva, mayor, casado una vez, ingeniero mecánico, vecino de Heredia, en su condición de apoderado de Ingeniería del Concreto Sociedad Anónima, de Costa Rica, solicita el Modelo de Utilidad denominada: BLOQUE EN CURVATURA PARA UNIONES EN “L” DE MAMPOSTERÍA SIN REFUERZO VERTICAL EN LA ESQUINA.

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El bloque con Curvatura para Uniones en “L” de Mampostería sin Refuerzo Vertical en la Esquina consiste en un bloque de concreto adaptable al sistema constructivo de bloques con curvaturas que permite resolver de manera sencilla y eficiente las esquinas de pared, sin el uso de formaleta, sin la necesidad de izar el bloque y manteniendo el patrón estético del sistema constructivo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es E04C /, cuyos inventores son Pedro Ulibarri Leiva, Gabriel Donato Sancho. La solicitud correspondiente lleva el número 11063, y fue presentada a las 10:20:10 del 13 de octubre del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—RP2009139237.—(IN2009097240).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Cryo-Cell International, Inc., de E. U. A., solicita la Patente de Invención denominada OBTENCIÓN, AISLAMIENTO Y CRIOCONSERVACIÓN DE CÉLULAS ENDOMETRIALES/ MESTRUALES. La invención provee composiciones que comprenden células madre menstruales (MSCs (por sus siglas en inglés), y métodos, procesos y sistema que las involucra. Las MSCs (por sus siglas en inglés) son procesadas a partir del flujo menstrual recogido durante la menstruación. Las MSCs (por sus siglas en inglés) pueden crioconservarse, procesarse mediante varios cultivos y pasos de selección para uso terapéutico o cosmético. Las MSCs (por sus siglas en inglés) crioconservadas pueden descongelarse para la preparación de productos para uso terapéutico o cosmético. Las MSCs (por sus siglas en inglés) expresan CD9, CD10, CD13, CD29, CD44, CD49e, CD49f, CD59, CD81, CD105, CD166, y HLA clase I, y tienen una baja o nula expresión de CD3 y HLA clase II. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C12 5/00, cuyo(s) inventor (es) es (son) Walton, Mercedes, A., Allickson, Julie, G. La solicitud correspondiente lleva el número 11006, y fue presentada a las 13:51:32 del 31 de agosto del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de octubre del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2009097450).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de Apoderado Especial de “Basf Aktiengesellschaft, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada PRODUCTOS DE MICROCÁPSULA DE LIBERACIÓN RÁPIDA. La presente invención provee un procedimiento para la preparación de composiciones de microcápsula, métodos para usar estas composiciones de microcápsula, composiciones que contienen dichas composiciones de microcápsula y microcápsulas preparadas mediante el procedimiento de la presente invención. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es B01J 13/16, cuyos inventor son Dexter, Robin, Tomasik, Michael J., Cannan, Terrance M. La solicitud correspondiente lleva el número 9354, y fue presentada a las 14:07:40 del 29 de agosto del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los  tres meses siguiente a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 28 de octubre del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2009097451).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Sony Computer Entertainment Inc., de Japón, solicita el Modelo Industrial UNIDAD ARITMÉTICA Y DE CONTROL.

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El diseño es aplicable, es usado como un reproductor de juegos, una computadora personal, un juego de medios de grabación (incluidos los distintos tipos de medios de grabación tales como medios de grabación tipo disco, por ejemplo, discos Blu-ray, CD, DVD, etc.). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Novena Edición es 14-02, cuyo inventor es Takashi Sogabe. La solicitud correspondiente lleva el número 11043 y fue presentada a las 14:30:26 del 28 de setiembre del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de octubre del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(IN2009097452).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado; vecino de San José, en su condición de Apoderado Especial de Sumatra Bioscience PTE. LTD., de Singapur, solicita la Patente de Invención denominada MÉTODOS PARA PRODUCIR PLANTAS DE PALMA ACEITERA HAPLOIDES Y DOBLE HAPLOIDES. De acuerdo con un primer aspecto de la invención, se proporciona un método para seleccionar plantas de palma aceitera o palma datilera haploides o doble haploides útiles para la producción de semillas, multiplicación y mejoramiento de cultivos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C12Q 1/68, cuyos inventores son Nelson, Peter Connor, Dunwell, James, Martin, Wilkinson, Michael, James, Caligari, Peter, Douglas, Savaria. La solicitud correspondiente lleva el número 11066, y fue presentada a las 13:48:21 del 14 de octubre del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de octubre del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2009097453).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en condición de Apoderado Especial de Smithkline Beecham Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada MÉTODO DE TRATAMIENTO DEL CÁNCER MEDIANTE ADMINISTRACIÓN DE COMBINACIONES DE IL-18 HUMANA. La presente invención se refiere en general al uso de combinaciones de la IL-18 humana en el tratamiento de diversas formas de tumores sólidos y linfomas. En particular, la presente invención se refiere a: (1) combinaciones de la IL-18 humana con anticuerpos monoclonales contra antígenos que se expresan en la superficie de cédulas cancerosas; y (2) combinaciones de IL-18 humana con agentes terapéuticas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A61K 38/20, cuyos inventores son Haskova, Zdenka, Jonak, Zdenka, Ludmila, Trulli, Stephen, H, Whitacre, Margaret. La solicitud correspondiente lleva el número 10996, y fue presentada a las 13:47:25 del 26 de agosto del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 28 de octubre del 2009.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2009097454).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

El Registro de la Propiedad Industrial.—Sección de Patentes hace saber que: por resolución de las siete horas cincuenta y siete minutos del cinco de octubre del dos mil nueve, fue inscrito el Modelo Industrial denominado DISPOSITIVO MANUAL PARA LAVADA DE ROPA, a favor de Dart Industries Inc., domiciliada en los Estados Unidos de América, cuyo creador es: D. Scott Miller, de nacionalidad estadounidense, se le ha otorgado el número de inscripción de modelo industrial 268, estará vigente hasta el cinco de octubre del dos mil diecinueve, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es 08/99.—San José, veintisiete de octubre del dos mil nueve.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—1 vez.—(IN2009097448).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICIONES

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Expediente 7072A.—Nyesa Costa Rica Limitada, solicita concesión de: 100 litros por segundo del río Barranca, efectuando la captación en finca de su propiedad en Espíritu Santo, Esparza, Puntarenas, para uso Turístico y riego. Coordenadas 216.750 / 457.150 hoja Barranca. Predios inferiores: Hacienda Cabezas S. A. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de octubre de 2009.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe Departamento de Aguas.—(IN2009096639).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Expediente Nº 3053A.—Ganadera Brealey S. A., solicita concesión de: 0,42 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Sergio Guevara Fallas en San José de La Montaña, Barva, Heredia, para uso consumo humano-doméstico, agropecuario-abrevadero, lechería y riego. Coordenadas: latitud 230.800 / longitud 523.400, hoja Barva. Predios inferiores: Sergio Guevara Fallas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de setiembre del 2009.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—RP2009139166.—(IN2009097250).

Expediente Nº 3054A.—Ganadera Brealey S. A., solicita concesión de: 8 litros por segundo de la Quebrada San Miguel, efectuando la captación en finca de su propiedad en San José de La Montaña, Barva, Heredia, para uso agropecuario-abrevadero, riego y lechería. Coordenadas: 228.300 / 524.700, hoja Barva. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de setiembre del 2009.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—RP2009139168.—(IN2009097251).

Expediente Nº 1638P.—Corporación Internacional Punto de Encuentro Universal S. A., solicita concesión de: 0,33 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en Santa Ana, Santa Ana, San José, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas: 212.900 / 518.300, hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de octubre del 2009.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—RP2009139248.—(IN2009097252).

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE

Y COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLE

EDICTO

Nº 236-PTDH-2009-DGTCC.—San José, a los veintiocho días del mes de setiembre del año dos mil nueve, se tiene por presentada la solicitud por parte del señor Geovanny Pacheco Mora, mayor, casado una vez, Contador Público, cédula de identidad número 1-526-778 y vecino de La Unión de Tres Ríos, provincia de Cartago, en su condición de apoderado generalísimo de la sociedad denominada Gas Nacional Zeta Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-0114502, solicita autorización para la entrada en operación de dos vehículos cilindreros para el transporte de gas licuado de petróleo en cilindros, los cuales prestaran el servicio a los diversos clientes de la empresa dentro del territorio nacional. Con fundamento en el Decreto Ejecutivo 24813-MAE, se otorga un plazo de ocho días hábiles a partir de la publicación que resulte, en uno de los diarios de mayor circulación en el país y en el Diario Oficial La Gaceta, para que cualquier persona natural o jurídica, que tenga interés o pueda resultar afectada con la operación de los nuevos vehículos, haga llegar a esta Dirección su criterio, opinión u oposición al respecto, aportando toda la prueba que la sustente.—San José,19 de octubre del 2009.—Msc. Óscar Porras Torres, Director General.—1 vez.—(IN2009097586).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

DECRETOS

Nº 20-2009

EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

De conformidad con las atribuciones que le confieren los incisos 6) y 10) del artículo 102 de la Constitución Política y el inciso a) del artículo 12 del Código Electoral,

Considerando:

I.—Que el Código Electoral, ley Nº 8765, publicada en el Alcance Nº 37 a La Gaceta Nº 171 del 02 de setiembre de 2009, dispone en su artículo 218:

“Los integrantes de las misiones de observación electoral, nacionales o internacionales, debidamente acreditados ante el TSE con base en el reglamento respectivo, podrán presenciar los actos de instalación y cierre de la votación, incluso el escrutinio, e ingresar a una junta receptora de votos en cualquier momento que lo deseen, sin alterar el normal desarrollo de la votación. Las autoridades públicas deberán brindarles la mayor colaboración posible.”.

II.—Que dicha norma constituye la primera regulación legal del instituto de la observación electoral, lo cual amerita revisar y actualizar la respectiva reglamentación. Por tanto,

DECRETA:

El siguiente

REGLAMENTO PARA LA OBSERVACIÓN DE PROCESOS

ELECTIVOS Y CONSULTIVOS

CAPÍTULO I

Normas generales

Artículo 1º—La observación se llevará a cabo por medio de observadores, nacionales o internacionales, previamente acreditados por el Tribunal Supremo de Elecciones, de acuerdo con lo establecido en la ley y en este reglamento.

Artículo 2º—La observación electoral se basa en los siguientes principios:

a)  Reconocimiento y respeto a la soberanía del Estado costarricense, sus valores y principios democráticos, y a la no intervención en los asuntos que, de conformidad con la Constitución, la Ley y las demás disposiciones del Tribunal Supremo de Elecciones, son de su exclusiva competencia.

b)  Total imparcialidad y neutralidad de los observadores en el ejercicio de sus funciones.

c)  Objetividad, rigor y discreción en el tratamiento de la información recopilada, su análisis y evaluación.

Artículo 3º—La observación electoral no podrá suplantar u obstaculizar el ejercicio de las atribuciones que constitucional y legalmente son de la exclusiva competencia del Tribunal Supremo de Elecciones y los demás organismos electorales.

Artículo 4º—La observación dará inicio a partir de la notificación de la acreditación y concluirá oficialmente con la entrega al Tribunal Supremo de Elecciones de la evaluación del proceso observado.

CAPÍTULO II

Acreditación

Artículo 5º—La acreditación de observadores es facultad exclusiva del Tribunal Supremo de Elecciones y estará precedida por una invitación del Tribunal o de una solicitud justificada y razonada de la parte interesada.

Artículo 6º—Únicamente organizaciones debidamente constituidas y con personería jurídica, podrán gestionar la acreditación de observadores nacionales o internacionales. Para ello deberán comprobar su objetividad, trayectoria e interés en la observación electoral y, para el caso específico de la observación internacional, que se trate de organizaciones ampliamente reconocidas en ese ámbito específico. El Tribunal Supremo de Elecciones podrá rechazar las gestiones de quienes no comprueben tales condiciones de manera clara y fehaciente; también podrá hacerlo si, con motivo de un proceso anterior, no se rindió el informe indicado en el inciso i) del artículo 22 y en el inciso k) del artículo 16 de este reglamento o se incumplieron otros de sus preceptos.

Artículo 7º—La solicitud deberá estar firmada por el representante legal de la organización, para lo cual deberá aportarse la respectiva certificación de la personería jurídica. Las nóminas de observadores deberán ser presentadas junto con el documento formal del organismo o entidad a la que interese acreditar observadores, a partir del día hábil siguiente al de la comunicación de la convocatoria y hasta quince días antes de la fecha fijada para las votaciones. La gestión para realizar la respectiva acreditación se dirigirá a la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, que le dará trámite a través de las instancias o programas electorales pertinentes.

Artículo 8º—La solicitud de acreditación se realizará mediante el formulario que facilite el Tribunal Supremo de Elecciones, el cual contendrá al menos la siguiente información:

a)  Identificación precisa de la institución gestionante y certificación de la personería jurídica.

b)  Indicación de la experiencia, de tenerla, y las condiciones de la entidad patrocinadora en materia de observación.

c)  Razones que justifican el interés de la gestionante en acreditar observadores.

d)  Compromiso expreso de realizar las actividades propias de la observación en forma objetiva e imparcial.

e)  Calidades de los observadores a acreditar, si ya estuvieren definidos.

f)   El plan de observación, indicando el número de personas a acreditar, su distribución, sus objetivos y la metodología a seguir para recabar y procesar la información.

g)  Origen del financiamiento de la observación.

h)  Declaración jurada de haber leído, entendido y aceptado las disposiciones de este reglamento.

Artículo 9º—Las acreditaciones que extienda el Tribunal como observadores internacionales o nacionales caducarán el día siguiente de concluido el proceso electivo o consultivo.

Artículo 10.—La recepción de la solicitud de acreditación no implicará su acreditación tácita. La Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, por medio de los respectivos programas electorales, denegará la solicitud de acreditación cuando existan dudas sobre la idoneidad, experticia y objetividad tanto de la entidad patrocinadora como de las personas por acreditar, o bien, cuando falte cualquiera de los requisitos dispuestos en este Reglamento. Esta decisión será apelable ante el Tribunal Supremo de Elecciones dentro de los tres días posteriores a su notificación.

Artículo 11.—La Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, una vez acreditada la calidad de observador, lo notificará a la entidad solicitante y emitirá un carné de identificación que el observador deberá portar en un lugar visible durante el ejercicio de la observación. El carné contendrá al menos lo siguiente:

a)  Nombre y apellidos del observador.

b)  Fotografía.

c)  Organización o institución de procedencia.

d)  País de origen.

e)  Tipo de observador.

CAPÍTULO III

Observadores nacionales

Artículo 12.—Por observador nacional se entenderá todo ciudadano costarricense que realice funciones de observación de procesos electorales o consultivos organizados por el Tribunal Supremo de Elecciones, previa acreditación por parte de organizaciones nacionales que reúnan los requisitos del artículo 6 de este reglamento.

Artículo 13.—Toda persona jurídica nacional, debidamente inscrita en el registro oficial correspondiente, tiene derecho de presentar nóminas de observadores nacionales a los procesos electorales o consultivos que organice el Tribunal Supremo de Elecciones.

Artículo 14.—Para ser acreditado como observador nacional, la persona deberá estar inscrita en el Padrón Electoral, no ser miembro de una junta receptora de votos, no ser fiscal acreditado por algún partido político, ni ser funcionario de organismos electorales.

Artículo 15.—Derechos. Los observadores nacionales tendrán los siguientes derechos:

a)  Libre circulación y movilización por el territorio nacional.

b)  Libre comunicación con todas las organizaciones participantes en el proceso.

c)  Acceso a las Juntas Receptoras de Votos para observar el Padrón Electoral, la votación y el escrutinio preliminar que éstas realicen, previa autorización del presidente de la junta receptora de votos respectiva.

d)  Observar el ejercicio de los derechos ciudadanos, así como las condiciones en que se ejercen.

e)  Observar la participación de los fiscales de los partidos políticos.

f)   Obtener la colaboración de las autoridades correspondientes con el fin de facilitar el ejercicio de sus funciones.

g)  Denunciar ante el Tribunal Supremo de Elecciones cualquier anomalía que adviertan.

Artículo 16.—Los observadores nacionales acreditados por el Tribunal Supremo de Elecciones tendrán las siguientes obligaciones:

a)  Respetar la Constitución Política, el Código Electoral y demás leyes, reglamentos, normas y disposiciones emanadas del Tribunal Supremo de Elecciones.

b)  Portar la credencial entregada por el Tribunal Supremo de Elecciones.

c)  No interferir ni obstaculizar el desarrollo de las votaciones u otras fases del proceso electoral.

d)  No obstaculizar o interferir con las investigaciones de quejas o denuncias presentadas.

e)  No sustituir u obstaculizar a las autoridades electorales en el ejercicio de sus funciones o interferir en su desarrollo.

f)   Abstenerse de hacer proselitismo de cualquier tipo.

g)  Abstenerse de transmitir o publicar resultados del escrutinio provisional o de encuestas a boca de urna.

h)  No intervenir directa o indirectamente en la toma de decisiones por parte de las Juntas Receptoras de Votos.

i)   Acatar las indicaciones que realizare el Tribunal, sus delegados, auxiliares o las Juntas Receptoras de Votos.

j)   Cooperar con otros observadores.

k)  Rendir, a más tardar dentro del mes siguiente a las votaciones, un informe sobre el ejercicio de observación efectuado, que deberá remitirse a la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos del Tribunal Supremo de Elecciones.

Artículo 17.—Al local de las Juntas Receptoras de Votos no podrá ingresar más de un observador nacional a la vez por cada organización. En ningún caso podrán permanecer en las juntas más de cinco observadores en forma simultánea, como tampoco estacionarse de modo permanente en un local en particular.

CAPÍTULO IV

Observadores internacionales

Artículo 18.—Se entenderá como observador internacional la persona extranjera o nacional residente en el extranjero, acreditada por una organización domiciliada fuera del país que reúne los requisitos establecidos en el artículo 6 de este reglamento.

Tendrán la categoría de “Observadores Internacionales Misión Oficial” los representantes de organismos electorales miembros de la Unión Interamericana de Organismos Electorales (UNIORE), así como de los Protocolos de Tikal y Quito.

El Tribunal Supremo de Elecciones también podrá autorizar, invitar y acreditar, en categoría de “Observadores Internacionales Visitantes”, a representantes de organismos internacionales, gobiernos, parlamentos, organismos electorales extranjeros, diplomáticos acreditados, representantes de instituciones académicas y de investigación a nivel superior y otras personalidades en general, para lo cual brindará apoyo e información a los observadores según sus posibilidades.

Artículo 19.—Los diplomáticos acreditados en el país que actúen como observadores, en adición a las obligaciones a las que están sometidos por los tratados internacionales, también se regirán por las disposiciones contempladas en el presente reglamento en lo que resulten aplicables. Los integrantes de estas misiones diplomáticas serán clasificados como observadores visitantes, previa aceptación por parte del Tribunal Supremo de Elecciones de la solicitud planteada por el jefe de la misión diplomática debidamente acreditada ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto del Gobierno de la República.

Artículo 20.—Los observadores internacionales tendrán las siguientes facultades:

a)  Observación de las distintas fases del proceso electivo o consultivo según se trate.

b)  Acceso a las Juntas Receptoras de Votos que se instalen, previa autorización del Presidente de Mesa, para observar el ejercicio de los derechos ciudadanos y el de su fiscalización.

c)  Libre comunicación con todas las organizaciones participantes o actores en los procesos consultivos o electivos.

d)  Obtener la colaboración necesaria para el ejercicio de sus funciones y poner en conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones cualquier anomalía que adviertan.

e)  Cuando se trate de invitados oficiales del Tribunal Supremo de Elecciones y se justifique en virtud de los convenios suscritos, se proporcionarán a los observadores gastos de transporte, hospedaje y alimentación.

Artículo 21.—No podrá ser observador internacional quien tenga impedimento de ingreso al país o comprometa la paz social, la seguridad y el orden público. En ningún caso los observadores podrán tener injerencia en los asuntos y actuaciones de los organismos electorales y deberán sujetarse a las demás disposiciones establecidas en la Constitución Política y la Ley para los extranjeros que ingresan al país.

Artículo 22.—Además de los deberes de imparcialidad, neutralidad y objetividad en el trato de la información que se espera de los observadores internacionales, éstos deberán:

a)  Respetar la Constitución Política de la República de Costa Rica y sus leyes, así como cualquier norma o disposición emanada del Tribunal Supremo de Elecciones en materia electoral.

b)  Presentar la solicitud de acreditación ante el Programa de Atención a Observadores Internacionales y facilitar los documentos y la información que les sean requeridos con motivo de ese trámite, así como portar el carné de identificación.

c)  Abstenerse de interferir u obstaculizar en modo alguno las actividades del proceso electivo o consultivo, ni las propias de los organismos electorales y de los actores de esos procesos.

d)  Abstenerse de hacer proselitismo e incurrir en beligerancia política.

e)  Realizar sus actividades de observación de manera seria, respetuosa, responsable e imparcial.

f)   Abstenerse de transmitir o publicar resultados del escrutinio provisional o de encuestas a boca de urna.

g)  Cooperar con otros observadores.

h)  Mantener objetividad, ecuanimidad y profesionalismo en sus manifestaciones en general y al momento de extraer las conclusiones y formular recomendaciones.

i)   Rendir, a más tardar dentro del mes siguiente a las votaciones, un informe sobre el ejercicio de observación efectuado; el informe deberá remitirse al Programa de Atención a Observadores Internacionales, el que posteriormente lo hará del conocimiento de la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos del Tribunal Supremo de Elecciones.

Artículo 23.—Los observadores internacionales que ostenten la categoría de “Misión Oficial” evaluarán el proceso observado bajo la coordinación del Centro de Asesoría y Promoción Electoral (CAPEL), en su calidad de Secretaría Ejecutiva de la Unión Interamericana de Organismos Electorales (UNIORE) y de los Protocolos de Tikal y Quito.

CAPÍTULO V

Cancelación de la acreditación

Artículo 24.—La Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos podrá cancelar, en cualquier momento, la acreditación del observador nacional o internacional que haga uso indebido de ella o que infrinja alguna de las disposiciones establecidas en este reglamento o en el resto de la normativa electoral. Esta cancelación será dispuesta mediante resolución motivada y podrá ser apelada ante el Tribunal Supremo de Elecciones dentro de los tres días posteriores a su notificación. Tales resoluciones podrán ser tomadas en cuenta por la Dirección indicada al valorar futuras gestiones de acreditación.

CAPÍTULO VI

Disposiciones finales

Artículo 25.—Deróguese el “Reglamento para la observación internacional de procesos electivos y consultivos”, Decreto Nº 14-2007 del 16 de agosto de 2007, publicado en La Gaceta Nº 166 de 30 de agosto de 2007.

Artículo 26.—Deróguese el capítulo VIII del “Reglamento para los Procesos de Referéndum”, Decreto Nº 11-2007 de 19 de junio de 2007, publicado en La Gaceta Nº 122 del 26 junio de 2007.

Artículo 27.—Rige a partir de su publicación.

Dado en San José, a los tres días del mes de noviembre de dos mil nueve.

Luis Antonio Sobrado González

PRESIDENTE

      Eugenia María Zamora Chavarría       Max Alberto Esquivel Faerron

                  MAGISTRADA                              MAGISTRADO

               Mario Seing Jiménez                    Ovelio Rodríguez Chaverri

                  MAGISTRADO                              MAGISTRADO

San José, 04 de noviembre del 2009.—Juan Rafael Salas Navarro, Prosecretario.—Lic. Allan Herrera Herrera, Proveedor a. í.—1 vez.—C-Exonerado.—(IN2009098717).

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María Vicenta Vivas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 860-2009.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas cincuenta minutos del veintisiete de mayo del dos mil nueve. Expediente Nº 7317-2009. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Jenniffer Estefany y Mauricio José ambos de apellidos Gaitán Vivas... en el sentido que el apellido de la madre de los mismos es “Vivas, no indica segundo apellido”, y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2009097037).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María Lourdes Somarriba Hernández, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 414-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas y veintidós minutos del veintitrés de marzo del dos mil nueve. Ocurso. Expediente Nº 38087-08. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquense el asiento de nacimiento de Jefry Joel Caballero Somarribas..., en el sentido que el nombre y el segundo apellido de la madre de la persona ahí inscrita son “María Lourdes” y “Somarriba” respectivamente, y de Lesver Fabián Caballero Somarriba..., en el sentido que el nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “María Lourdes”, y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—RP2009139148.—(IN2009097254).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Domingo José Ruiz Báez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1702-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas siete minutos del veintidós de octubre del dos mil nueve. Expediente Nº 24979-09. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Elizabeth Margarita Ruiz Rodríguez..., en el sentido que el segundo apellido del padre de la persona ahí inscrita es “Báez”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—RP2009139306.—(IN2009097255).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Teresa García Arcia, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1716-09. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas del veintidós de octubre del dos mil nueve. Exp. Nº 27877-09. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Melany Alejandra García Cascante..., en el sentido que el segundo apellido de la madre de la persona ahí inscrita es “Arcia”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2009097426).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Ronaldo Antonio Zeas Bustos, mayor, soltero, oficinista, nicaragüense, cédula de residencia Nº 270-137790-073751, vecino de Limón, expediente Nº 2429-2008. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, veintisiete de mayo del dos mil nueve.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—RP2009139145.—(IN2009097253).

Virgen Pura Suárez Prado, mayor, casada, del hogar, cubana, cédula residencia Nº 119200064409, vecina de San José, expediente Nº 3555-2008. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 11 de setiembre del 2009.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(IN2009097425).

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

AVISOS

La Contraloría general de la República, informa que se encuentra firme la resolución número PA-66-2009 de las 11:30 horas del 05 de octubre de 2009, dictada dentro del procedimiento administrativo número DJ-49-2009. Dicha resolución en el Por tanto, resuelve imponer una prohibición de ingreso o reingreso a cargos de la Hacienda Pública por el plazo de dos años al señor Fernando Corrales Campos, cédula de identidad 3-202-228, de conformidad con el artículo 72 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República. La anterior sanción tiene un rige a partir del 15 de octubre del 2009, fecha en que quedó firme el acto final. En razón de ello, sírvanse tomar nota las Administraciones interesadas, a efectos de que dicha persona no sea nombrada en cargos de la Hacienda Pública por el período indicado, en atención al artículo 62 del Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Contraloría General de la República, publicado en La Gaceta número 76 del 20 de abril del 2007. Publíquese.

Lic. Navil Campos Paniagua, Gerente Asociado.—1 vez.—O. C. 290036.—C-10520.—(IN2009097395).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

Modificación de programa anual de adquisiciones 2009

De conformidad con lo estipulado en el artículo Nº 6 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo Nº 7 del Reglamento General de Contratación Administrativa, se informa a todos los interesados que durante el período 2009, se contratará lo siguiente:

Descripción

Monto equivalente

según vigencia

del contrato

Cuatrimestre

Vigencia

del contrato

Mantenimiento sistema eléctrico

de Oficinas Centrales

Cuantía inestimable

IV

48 meses

 

Lic. Yesenia Quirós Angulo, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 18790.—C-11270.—(IN2009098813).

LICITACIONES

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2009LN-000031-01

Alquiler sin opción de compra de cuarenta y nueve (49)

vehículos para uso de diferentes dependencias

del Banco Nacional de Costa Rica

La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito, a las diez horas (10:00 a. m.) del 03 de diciembre del 2009, para la “Alquiler sin opción de compra de cuarenta y nueve (49) vehículos para uso de diferentes dependencias del Banco Nacional de Costa Rica”.

E1 cartel puede ser retirado en la Oficina de Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección de Recursos Materiales del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca, previo pago de la suma de dos mil colones con 00/100 (¢2.000,00).

La Uruca, San José, 12 de noviembre del 2009.—Proveeduría General.—Lic. Erick Leitón Mora, Proveedor General a. í.—1 vez.—O. C. Nº 001-2009.—C-10520.—(IN2009098694).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-109020-UL

Precalificación de empresas para la construcción y equipamiento

del Hospital de Trauma en Complejo INS SALUD

El Instituto Nacional de Seguros recibirá ofertas por escrito hasta las 9:00 horas del 13 de enero 2010, para la contratación “Precalificación para la empresa constructora y equipadora Hospital de Trauma”.

Se tiene prevista una charla para el próximo 30 de noviembre 2009 a las 9:00 horas, en el Auditorio del piso 11 de oficinas centrales, a fin de exponer los objetivos que se pretenden con la presente contratación.

Los interesados pueden pasar a retirar el pliego de condiciones, sin costo alguno, en el Departamento Proveeduría, ubicado en el octavo piso del edificio de Oficinas Centrales o bien descargado de la página Web del INS www.ins-cr.com (Proveeduría Institucional).

Departamento de Proveeduría.—Lic. Francisco Cordero Fallas, Subjefe.—1 vez.—O. C. Nº 18790.—C-14270.—(IN2009098812).

COLEGIOS UNIVERSITARIOS

COLEGIO UNIVERSITARIO DE LIMÓN

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000014-01

Vehiculo pick up doble cabina 4x4

Invita a participar en Licitación Abreviada Nº 2009LA-000014-01, arriba indicada. Interesados solicitar cartel en nuestras instalaciones 50 metros norte y 50 oeste de la Comandancia de Limón Centro o comunicarse al teléfono 2798-13-49 ext. 103.

Fecha límite de recepción de ofertas y apertura 23 de noviembre del 2009 a las 10:00 horas.

Limón, 9 de noviembre del 2009.—Proveeduría-Bodega.—Nancy Hewitt Hines.—1 vez.—(IN2009098690).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS

DIRECCIÓN PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000090-PRI

Contratación de desconexión y reconexión de servicios

de agua potable en la cantonal Puntarenas

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 11:00 horas del día 10 de diciembre del 2009, para la “Contratación de desconexión y reconexión de servicios de agua potable en la cantonal Puntarenas”.

Los documentos que conforman el cartel, pueden ser retirados en la Proveeduría del AyA sita en el módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA, ubicado en Pavas, previa cancelación de ¢500,00 o en el Web www.aya.go.cr, Link Proveeduría.

San José, 9 de noviembre del 2009.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 2009-29.—C-10520.—(IN2009098693).

AVISOS

COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.

2009PP-000015-PROV

Invita a participar en el siguiente concurso de adquisición:

 

Concurso

Descripción

Apertura

Hora

Valor ¢

2009PP-000015-PROV

Artículo Nº 1   220 c/u

30/11/2009

13:00

1.000,00

 

Transformador de distribución

tipo poste convencional a 34.5

de 50 KVA para 120/240

V dos primarios

 

 

 

 

Artículo Nº 2    12 c/u

 

 

 

 

Transformador de distribución

tipo poste convencional a 34.5

de 25 KVA para 277/480 V

 

 

 

 

Rige la ley Nº 8660 y el Reglamento para los Procesos de Adquisición de las Empresas del Instituto Costarricense de Electricidad, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 230 el 27 de noviembre del 2008, así como las condiciones especiales, que pueden retirar en nuestra Sección de Proveeduría, 250 metros este de Pozuelo S. A., en la Uruca (Frente a Ciudad Toyota, Plantel Virilla).

José Antonio Salas Monge, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2009098742).

JUNTA EDUCACIÓN FINCA LA CAJA

CONTRATACIÓN DIRECTA 01-2010

Contratación para la compra de alimentos

Programa de comedores escolares DANEA

La Junta de Educación Escuela Finca La Caja recibirá ofertas del 15 al 30 de noviembre 2009, para la contratación de proveedores de alimentos para el Programa de Comedores Escolares (DANEA) para el curso lectivo 2010.

Los documentos se recibirán en la institución en dicha fecha: del 15 al 30 de noviembre del 2009.

Junta de Educación.—Gerardo Ríos Sánchez, Presidente.—MSc. Miguel Aguilar Ureña, Director.—1 vez.—(IN2009098463).

ADJUDICACIONES

CIENCIA Y TECNOLOGÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000071-89300

Dotación de infraestructura tecnológica a proyectos del MICIT

Adjudicación: Por Tanto: El Ministerio de Ciencia y Tecnología, comunica la resolución de adjudicación de la Licitación Pública Nº 2009LN-000071-89300 “Dotación de infraestructura tecnológica a proyectos del MICIT.

Se declara desierta los ítemes 1-5-6, ya que en el primer ítem, ninguna empresa que participó quedaron admisibles. El ítem 5 y 6 nadie participó.

El ítem 2 se adjudica a la empresa Grupo Informático de Soluciones Corporativas por un monto de $1.941,00 (mil novecientos cuarenta y un dólar) por la compra de 100 licencias de antivirus perpetuas con un año de prime supoort, de macafeede.

El ítem 3 se adjudica a la empresa D.L.T. S. A., por un monto de $28.650,00 (veintiocho mil seiscientos cincuenta dólares) por la compra de 3 servidores.

El ítem 4 se adjudica a la empresa Distribuidora de Productos de Calidad, por un monto de $14.300 (catorce mil trescientos dólares) por la compra de diez computadoras portátiles.

Lic. Gerardo Umaña, Oficial Mayor y Director Administrativo y Financiero.—1 vez.—Solicitud Nº 29186.—O. C. Nº 101188.—C-15020.—(IN2009098816).

COLEGIOS UNIVERSITARIOS

COLEGIO UNIVERSITARIO DE LIMÓN

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000009-01

Adquisición de equipo computacional y de respaldo

El Proceso de Contratación Administrativa del Colegio Universitario de Limón CUNLIMON hace del conocimiento de todos los interesados en la Licitación antes mencionada mediante acta de adjudicación del 05 de noviembre del 2009, resolvió adjudicar en los siguientes términos:

A las empresas Componentes El Orbe S. A. Líneas: 1, 2, 5, 6 por un monto de $21.828,00 y la empresa Consorcio de Importaciones y Exportaciones CONISA. Línea: 4 por un monto $1.719,04.

Dudas o consultas al 2798-13-49 ext. 103.

Limón, 6 de noviembre del 2009.—Proveeduría-Bodega.—Nancy Hewitt Hines.—1 vez.—(IN2009098689).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE CARRILLO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000004-01

Construcción de alcantarillado pluvial calles urbanas

de Sardinal-Centro, Carrillo, Guanacaste

En respuesta a su solicitud y acatando lo dispuesto por el Concejo Municipal de Carrillo me permito transcribirles para su conocimiento y fines consiguientes, el texto del acuerdo Nº 03, inciso 06 emitido en la sesión ordinaria Nº 43-09, celebrada el día 03 de noviembre del año en curso; mismo que literalmente dice:

Se acuerda: En atención a la solicitud planteada por el Alcalde Municipal y la recomendación emitida por parte de la Comisión Institucional de Recomendaciones de Licitaciones con relación a la Licitación Pública 2009 LN-000004-01 Construcción del Alcantarillado Pluvial de Calles Urbanas de Sardinal, este Concejo Municipal con cuatro votos a favor excepto el de la regidora Vega Obando que no se encontraba en el recinto municipal, este Concejo dispone: Analizados todos y cada uno de los aspectos tanto de ofertas, criterios técnicos, jurídicos, financieros y del análisis profundo de los precios de todas y cada una de las ofertas que se presentaron en el proceso licitatorio de cita. Siendo que las ofertas de las empresas Constructora CODOCSA S. A., y la oferta de la Empresa Constructora DINAJU S. A., son ofertas inelegibles por cuanto no alcanzaron el puntaje mínimo solicitado en el cartel cuya nota mínima era de 70 puntos. Que ante ello quedaron las ofertas de las empresas Constructora MECO S. A., y Constructora RAASA S. A., y Edificaciones Coloniales Rocha S. A. Que la oferta de la empresa Constructora MECO S. A.,  presentaba la oferta con el monto más alto, Constructora RAASA S. A., presentaba la oferta con el monto más bajo y la oferta de la empresa Edificaciones Coloniales ROCHA S. A., no se pidió memoria de cálculo por cuanto se determinó que su oferta estaba dentro del estimado. Que del análisis se determinó que la oferta de Constructora MECO S. A., es considerada como un precio excesivo, esto según detalle técnico emitido por la Dirección de Obras y Servicios Municipales. Dicha Dirección determinó que el precio ofertado por la Empresa Constructora RAASA no constituye un precio ruinoso. En cuanto a la oferta de la Empresa Edificaciones Coloniales ROCHA S. A., es una oferta elegible, pero que según el sistema de evaluación no alcanza la mejor nota. Es por ello que este Concejo Municipal basado en todos los aspectos arriba enunciados determina que la mejor oferta para los intereses municipales y públicos es la oferta de la empresa Constructora RAASA S. A., siendo que cumple con todos los aspectos legales, técnicos y financieros y la mejor calificación según sistema de evaluación y que su oferta según la Dirección de Obras y Servicios Municipales no fue considerada como ruinosa, que subsanó todos los aspectos que se le solicitaron en su momento procesal y basados en toda la relación de hechos supra indicados y la recomendación de la Comisión Institucional de Recomendaciones y Adjudicaciones este Concejo Adjudica la Licitación Nacional 2009 LN-000004-01 Construcción del Alcantarillado Pluvial de Calles Urbanas de Sardinal, a favor de la Empresa Constructora RAASA S. A. por la suma de ¢1.648.421.840,00 (Mil seiscientos cuarenta y ocho millones cuatrocientos veintiún mil ochocientos cuarenta colones exactos). Quedando debidamente autorizados la Administración, Tesorería y Proveeduría Municipales a continuar con los trámites hasta la finalización del proceso y a efectuar los pagos conforme se indica en el cartel de licitación. Publíquese en el diario oficial La Gaceta de conformidad al bloque de legalidad Acuerdo Definitivamente Aprobado.

Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, 06 de noviembre del 2009.—Sandra Ondoy Ondoy, Secretaria Auxiliar.—Antonio Montero Céspedes, Proveedor Titular Municipal.—1 vez.—(IN2009098719).

MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE

LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000001-ALMU

Adquisición de terreno para construcción

del Liceo de Los Ángeles de Nandayure

La Municipalidad de Nandayure, adjudicó la Licitación Pública Nº 2009LN-00001-ALMU “Adquisición de terreno para construcción del Liceo de Los Ángeles de Nandayure, a Xinia Marcela Cordero Castillo y María Cecilia Jiménez Castro, por ser la oferta que cumple con los requisitos establecidos en el cartel. Aprobada por el Concejo Municipal de Nandayure, en sesión ordinaria número ciento ochenta y cuatro, celebrada el día 04 de noviembre del 2009.

Nandayure 05 de noviembre del 2009.—Luis Gerardo Rodríguez Quesada, Alcalde.—1 vez.—(IN2009098285).

LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000002-ALMU

Adquisición de terreno para construcción de cancha

de fútbol en Puerto San Pablo de Nandayure

La Municipalidad de Nandayure, adjudicó la Licitación Pública Nº 2009LN-00002-ALMU “Adquisición de terreno para construcción de cancha de fútbol en Puerto San Pablo de Nandayure, a Katia de Los Ángeles Molina Ugalde, por ser la oferta que cumple con los requisitos establecidos en el cartel.

Aprobada por el Concejo Municipal de Nandayure, en sesión ordinaria número ciento ochenta y cuatro, celebrada el día 04 de noviembre del 2009.

Nandayure, 05 de noviembre del 2009.—Luis Gerardo Rodríguez Quesada, Alcalde.—1 vez.—(IN2009098286).

CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE LEPANTO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009 LA-0000001-01

Compra de instrumentos musicales para la Banda Municipal

Este Departamento comunica que se le adjudica los ítemes: 1-2-3-4-5-7-9-10-11 Instrumentos Musicales La Vos.

El ítem 6: Se le adjudica al señor Marvin Hernández Aguirre.

El ítem 8: queda nulo, por cuanto la administración considera que las ofertas presentadas no cumplen con el objetivo de la Administración.

Jicaral, 05 de noviembre del 2009.—Proveeduría.—Yorleny Alvarado Salas, Encargada.—1 vez.—(IN2009098290).

MUNICIPALIDAD DE AGUIRRE

OFICINA DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LA-000010-01

Ampliación puente quebrada Los Padres en Quepos

EL Concejo de la Municipalidad de Aguirre, en sesión ordinaria Nº 337 celebrada el 3 de noviembre del 2009, articulo tercero, tramitación urgente acuerdo Nº 03 acuerdan adjudicar la Licitación Nº 2009LA-000010-01, “Ampliación puente quebrada Los Padres en Quepos”, a la empresa Piedra y Ureña Asesores Financieros y Constructivos S. A cédula jurídica 3-101-038716-33.

Gerardo Agüero Benavides, Proveedor.—1 vez.—(IN2009098295).

REMATES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

REMATE Nº 2009REM-000001-03400

Vehículos usados

La Proveeduría Institucional del Ministerio de la Presidencia rematará al mejor postor, de conformidad con lo establecido en los artículos 49 y 50 de la Ley de Contratación Administrativa y 101 y 102 del Reglamento a la misma ley, los vehículos que se describen a continuación, el acto se llevará a cabo en el Auditorio del Ministerio de la Presidencia, sita en San José, Zapote, diagonal a la agencia del Banco Nacional de Costa Rica, a las 14:00 horas del 27 de noviembre del 2009.

Los interesado tienen el cartel a disposición en el Sistema Compra Red en forma gratuita en la dirección: https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet, a partir del próximo día hábil de esta publicación; o puede ser solicitado en las oficinas de la Proveeduría Institucional de la Presidencia de la República, sitas en Zapote diagonal a la agencia del Banco Nacional de Costa Rica, o solicitarlo por correo electrónico en la dirección: mpiedra@casapres.go.cr.

San José, 05 de noviembre del 2009.—Proveeduría Institucional.—Lic. Jimmy Segura Sánchez, Proveedor Institucional.—1 vez.—Solicitud Nº 152-2009.—O. C. Nº 102051.—C-11270.—(IN2009098472).

REGISTRO DE PROVEEDORES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA

ÁREA GESTIÓN BIENES Y SERVICIOS

A quien interese: El Hospital Dr. R.A. Calderón Guardia invita a todos aquellos proveedores interesados en formar parte del Banco de Proveedores para la compra por Consignación, para los servicios de Cardiología, Neurocirugía y Vascular Periférico, tal como opera actualmente, a hacer retiro del cartel, a partir del 16-11-2009 al 20-11-2009. La carta de intención para participar sin oferta económica, deberá ser presentada a más tardar el 4 de diciembre 2009.

Sita: Hospital Dr. Calderón Guardia-Administración.

Cualquier información con el Coordinador de la Subárea de Planificación al teléfono 2212-1055, fax 2258-3342 y Coordinadora Administrativa de la Unidad de Hemodinamia Dra. Isabel Delgado, al teléfono 2212-1057. Fax. 2256-1890.

San José, 2 de noviembre del 2009.—Subárea de Planificación.—Ing. Jorge González Cordero, Coordinador.—1 vez.—(IN2009097587).

FE DE ERRATAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

PÚBLICA NACIONAL Nº 2009LN-000028-01

(Prórroga Nº 3)

Contratación de hasta cuatro (4) profesionales en ingeniería mecánica

para establecer un rol para el diseño de sistemas mecánicos

en los proyectos de remodelación y ampliación

del Banco Nacional de Costa Rica

La Proveeduría General del Banco Nacional comunica a los interesados en esta licitación, que se amplía el plazo para la recepción de ofertas, para las 10 horas (10:00 a. m.) del 30 de noviembre del 2009.

La Uruca, San José, 12 de noviembre del 2009.—Proveeduría General.—Lic. Erick Leitón Mora, Jefe de Contrataciones.—1 vez.—Solicitud Nº 149-2009.—O. C. Nº 001-2009.—C-9020.—(IN2009098714).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-005031-01

Contratación de los servicios de Data Center para el sistema web

de consultas y certificaciones de personas jurídicas,

bienes muebles y catastro del Registro Nacional

El Banco de Costa Rica, comunica a los interesados en la licitación en referencia, las siguientes modificaciones al cartel:

Se modifica el punto 1 del cartel:

El Banco de Costa Rica (B.C.R.), recibirá ofertas por escrito hasta las once horas con treinta minutos (11:30 a. m.), del día 25 de noviembre del 2009, para la contratación en referencia.

Las demás condiciones se mantienen invariables.

Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S., Licitaciones—1 vez.—O. C. 58243.—C-9770.—(IN2009098830).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

SUBÁREA DE CARTELES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000099-1142

(Aviso Nº 1)

Catéter intravenoso Nº 20

A todos los interesados en participar en este concurso, se les informa que no es preciso imprimir ningún tipo de código de barras en el empaque primario del suministro en mención. No obstante, todos los oferentes deberán cumplir con la codificación de barras solicitadas en los restantes empaques. Ver detalle en http://www.ccss.sa.cr.

Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—C-9020.—(IN2009098818).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000116-PRI

(Suspensión apertura)

Construcción de acueducto quebrada Nando

de Nandayure, Guanacaste

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (A y A), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la licitación arriba indicada, que se suspende la fecha de apertura hasta nuevo aviso.

Dirección de Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 2009-29.—C-5420.—(IN2009098691).

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2009LN-000006-PRI

Compra de tubería y accesorios PVC y polietileno

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, cédula jurídica 4-000-042138, comunica que mediante Acuerdo de Junta Directiva Nº 2009-1125, se realizan las siguientes correcciones al Acuerdo de Junta Directiva Nº 2009-711, Licitación Pública Nacional 2009LN-000006-PRI, de la siguiente forma:

1.) Dentro de la adjudicación recaída en la empresa Durman Esquivel S. A., se omitió la posición 725, por lo cual la misma debe ser considerada como parte de la adjudicación a dicha empresa.

2.) En las posiciones 661, 662, 703, 704 y 749 adjudicadas a la empresa Amanco Tubosistemas Costa Rica, S. A., se indicó que cada una de estas posiciones es con campana C/C, siendo lo correcto que las mismas son con empaque C/E.

3.) En el acto de adjudicación se indicó que las posiciones 2, 31, 37, 50, 51, 66, 67, 115, 123, 160, 176, 209, 210, 250, 281, 298, 299, 341, 342, 346, 347, 377, 378, 380, 394, 396, 397, 418, 419, 427, 428, 430, 460, 461, 464, 511, 512, 550, 556, 557, 575, 576, 629, 630, 631, 656, 663, 664, 665, 697, 706, 707, 742, 750 y 751 se declaran desiertas siendo lo correcto que las mismas se declaran infructuosas por no cumplir técnicamente las ofertas presentadas en esas posiciones. Es todo. En todo lo demás el acto de adjudicación se mantiene invariable.

San José, 6 de noviembre del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 2009-29.—C-15000.—(IN2009098692).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE AGUIRRE

OFICINA DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-01

Contratación de servicios para la obtención de la viabilidad ambiental

y ajustes a la propuesta de modificación del plan

regulador del cantón de Aguirre

La Municipalidad de Aguirre, modifica la fecha para la presentación de ofertas de la Licitación Pública 2009LN-000001-01 “Contratación de servicios para la obtención de la viabilidad ambiental y ajustes a la propuesta de modificación del plan regulador del cantón de Aguirre”. Para el día 27 de noviembre del 2009.

Cualquier información en Proveeduría Municipal teléfono 2777-0071 ext 106.

Quepos, 06 de noviembre del 2009.—Gerardo Agüero Benavides, Proveedor.—1 vez.—(IN2009098297).

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE TURRIALBA

COMUNICA

Que en la Sesión Ordinaria N° 183-2009 celebrada por el Concejo Municipal de Turrialba, el día martes 27 de octubre del 2009, inciso 1) del artículo cuarto, acordó lo siguiente:

Modificar las líneas 4 y 6 del artículo 12 del Proyecto de Reglamento Municipal para Regular el Mantenimiento Manual de la Red Vial Cantonal de Turrialba, corrigiendo el término de Unidad Técnica de Conservación Vial, para que se lea correctamente Unidad Técnica de Gestión Vial.

Noemy Chaves Pérez, Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2009097558).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

VENTANILLA DE SARDINAL

AVISO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal, Ventanilla de Sardinal, hace del conocimiento del público en general, el extravío del siguiente certificado de ahorro a plazo fijo a la orden de Acevedo Ruiz Ángela María, cédula Nº 05-0089-0110:

Certificado Nº

Monto

Fecha

vencimiento

Cupón Nº

Monto

Fecha

vencimiento

16100260210301004

¢9.342.360,00

30-10-2009

N/A

N/A

N/A

 

Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

2 de noviembre del 2009.—Luis Carlos Henry Mendoza, Coordinador a. í.—(IN2009097034).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

AVISO

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Ruiz Juárez Gabriela ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—.Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 19 de octubre del 2009.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(IN2009097736).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Se comunica a: Alex Gutiérrez Araya, cédula de identidad número 1-926-567, que por resolución administrativa de las diez horas del veintiuno de octubre del dos mil nueve, esta Oficina Local da inicio al Proceso Especial de Protección en sede Administrativa con medida de cuido provisional a favor de la persona menor de de edad Estrella Mahiel Gutiérrez Navarro, en el hogar de la señora Ada Nery Rugama Sáenz. Recursos. Proceden los de revocatoria con apelación en subsidio. Plazo: tres días hábiles contados a partir de la tercera publicación de este edicto, los que deberán interponerse ante el Órgano Director de la Oficina Local de Cartago.—Oficina Local de Cartago.—Lic. Rodolfo Jiménez Arias, Representante.—O. C. Nº 31042.—Solicitud Nº 26860.—C-7670.—(IN2009095986).

A la señora Karen Calvo Molina, cédula 6-284-418 y Enoc Gutiérrez Gutiérrez, cédula 6-308-958, se les comunica la resolución de las quince horas del día veinticinco de setiembre del dos mil nueve, mediante la cual se ordenó la prórroga de la medida de cuido provisional dictada mediante resolución de las catorce horas del día veintiocho de julio del dos mil nueve, la cual fijó un plazo prudencial de dos meses para hacer las valoraciones psico-sociales de todas los recursos familiares ofrecidos para asumir el cuido y protección de la persona menor de edad Kendra Gloriana Gutiérrez Calvo. Se ratifica la medida de cuido provisional en beneficio de la niña Kendra Gloriana Gutiérrez Calvo en el hogar de su abuela materna Xenia Molina Jiménez y se dispone que el cuido sea por un plazo total de seis meses a partir del día veintiocho de julio del dos mil nueve, el cual vence, en consecuencia, el día veintiocho de enero del dos mil diez. Se ordena también, seguimiento social de la persona menor de edad en el recurso familiar e intervención psico-social con los progenitores si muestran interés en asumir a su hija y ejercer la guarda crianza y educación de la misma, ofreciéndole las condiciones socio-económicas, afectivas y habitacionales adecuadas para su desarrollo y respeto de sus derechos. Garantía de defensa: se le hace saber a las partes que tienen derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: Se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este Despacho o ante la Presidencia Ejecutivo dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Para tal efecto podrán presentar sus alegatos y ofrecer la prueba que estime conveniente. Deberá señalar lugar para recibir notificaciones, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido de que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio señalado estuviese defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo, no imputable a esta Institución, se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Expediente N° 631-00030-2001.—Oficina Local de Puntarenas.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Representante Legal.—O.C. Nº 31042.—Solicitud Nº 26860.—C-17360.—(IN2009096060).

A Jorge William Aguilar León y Azucena de Jesús Pavón Acevedo. Se les comunica la resolución de las 18:00 horas del 7 de octubre del 2009 donde se resuelve: I) Dar inicio al Proceso de Protección en sede administrativa regulado por las disposiciones del artículo 128 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, Ley número 7739, del 3 de diciembre de 1997, publicada en La Gaceta número 26 del viernes 6 de febrero de 1998. II) Se ordena el cuido provisional de Luis Fernando Aguilar Segura, Jorge William Aguilar Segura, Georgina Aguilar Segura y Kenia Aguilar Pavón en el hogar de los señores Luis Segura Chaves y Miriam Esquivel Quirós. III) Se advierte a las partes que la presente medida de protección tiene una vigencia de hasta seis meses en tanto no se modifique en vía administrativa o judicial, pudiéndose prorrogar en vía judicial. Se previene a las partes que les asiste el derecho de hacerse asesorar y representar por un profesional en derecho y se les hace saber que tienen derecho al acceso del expediente administrativo para su estudio y revisión. IV) Se les advierte a los señores Jorge William Aguilar León y Yesenia María Segura Esquivel su deber de integrarse a un grupo de crecimiento personal de educación a padres de los que imparte Trabajo Social de la Clínica Marcial Rodríguez y /o Trabajo Social del Hospital San Rafael y/o grupo afin de su comunidad, debiendo rendir informes de avance periódicamente a esta Institución; bajo el apercibimiento de que el incumplimiento con lo aquí resuelto se les podrá seguir causa penal por el delito de desobediencia a la Autoridad contemplado en el artículo 305 del Código Penal que reza: “Se le impondrá prisión de quince días a un año al que desobedeciere la orden impartida por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones, salvo que se trate de la propia detención. V) Se le advierte a la señora Yesenia María Segura Esquivel su deber de integrarse a un grupo de Mujeres Víctimas de Violencia Intra Familiar de la Oficina de la Mujer y/o grupo afin de su comunidad, debiendo rendir informes de avance periódicamente a esta Institución. VI ) Se le advierte al señor Jorge William Aguilar León su deber de integrarse a un grupo del Instituto Costarricense para La Acción, Educación e Investigación de La Masculinidad, Pareja y Sexualidad (Instituto Wem) y/o grupo afin de su comunidad, debiendo rendir informes de avance periódicamente a esta Institución. VII) Remítase el expediente al Área de Atención Integral con Énfasis en Trabajo Social de esta oficina a fin de que se rinda el informe respectivo. VIII) Comuníquese esta resolución al Juzgado de Familia de Alajuela. Asimismo se les comunica la resolución dictada por esta oficina a las 8:00 horas del 23 de octubre del 2009 donde se resuelve: I) Se sustituye el cuido provisional de la niña Georgina María Aguilar Segura hecho en el hogar de los señores Luis Segura Chaves y Miriam Esquivel Quirós y en su lugar se ordena la guarda provisional de la niña al lado de su progenitora Yesenia María Segura Esquivel. II) Se sustituye el cuido provisional de la niña Kenia Aguilar Pavón hecho en el hogar de los señores Luis Segura Chaves y Miriam Esquivel Quirós y en su lugar se ordena el cuido provisional de la niña en el hogar de la señora Yesenia María Segura Esquivel. Se advierte a las partes que la presente Medida de Protección tiene una vigencia de hasta seis meses en tanto no se modifique en vía administrativa o judicial, pudiéndose prorrogar en vía judicial. Se previene a las partes que les asiste el derecho de hacerse asesorar y representar por un profesional en derecho y se les hace saber que tienen derecho al acceso del expediente administrativo para su estudio y revisión. III) En lo demás queda incólume la supra citada resolución. IV) Remítase el expediente al Área de Atención Integral con Énfasis en Trabajo Social de esta oficina a fin de que se rinda el informe respectivo. V) Comuníquese esta resolución al Juzgado de Familia de Alajuela, al Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Poás y a la Fiscalía Adjunta del I Circuito Judicial de Alajuela. Plazo: para interponer recurso de apelación 48 horas; señalando lugar para atender notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional de esta oficina, contados a partir de la tercera publicación de este edicto.—Lic. Marianela Acón Chan, Órgano Director del Procedimiento Oficina de Alajuela.—O.C. Nº 31042.—Solicitud Nº 26860.—C-36740.—(IN2009096104).

A los señores María de los Ángeles Rosales Campos y Ricardo González Vigoa se les notifica formalmente la resolución administrativa de las doce horas del día  veintidós de octubre del dos mil nueve, mediante la cual se  ordenó como medida especial de protección el cuido provisional de la niña Keysha Daniela González Rosales conocida como Keysha Daniela Rosales Campos en el hogar de su prima Wendy Marcela Villarreal Rosales. Se ordenó además seguimiento social del hogar recurso por parte del Departamento de Trabajo Social de esta Oficina. Dicha medida de protección es por el plazo de seis meses a partir de su emisión y vence el día veintidós de abril del dos mil diez. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: Se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este Despacho o ante la Presidencia Ejecutiva dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a  la tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario las resoluciones, que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes. Expediente N° 631-00010-2006.—Oficina Local de Puntarenas, 22 de octubre del 2009.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Representante Legal.—O. C. Nº 31042.—Solicitud Nº 26860.—C-14810.—(IN2009096105).

A Sergio Manuel Gómez Pérez, nicaragüense, pasaporte C 238985, y a cualquier interesado, se les comunica que Tomasa Delmira López Masís, ha solicitado al Patronato Nacional de la Infancia, autorización para la salida del país de sus hijas Josseline Paola y Mabelle Fernanda, ambas Gómez López, para visitar a sus abuelos, con destino a Nicaragua, a partir de día veinte de diciembre y con regreso estimado en el mes de enero del dos mil diez. Que esta oficina local, mediante resolución de las 14:00 horas de 27 de octubre del 2009, inició el trámite a dicha solicitud, y dentro de 8 días hábiles, contados a partir de la última publicación, dicho señor y quien tenga derecho e interés podrá manifestar su oposición o asentimiento a la solicitud indicada, en el entendido que de no hacerlo esta institución resolverá lo que mejor se ajuste al interés superior del niño. Publíquese este aviso, por 2 veces consecutivas en La Gaceta y, además, por 1 vez, en un diario de circulación nacional. Deberán señalar lugar conocido o número de facsímile para recibir sus notificaciones, y de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado estuviere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta Institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras se darán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas, conforme artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judicial. Expediente Nº 111-00135-06.—Oficina Local de San José Oeste.—Lic. Rafael A. Barrientos Ávila, Representante Legal.—(IN2009097458).

2 v. 1.

A Jorge Willian Bogantes Hernández, se le comunica la resolución de las doce horas cincuenta y un minutos del cinco de noviembre del año dos mil nueve, en la cual se resuelve: “Se tienen por establecidas las diligencias de autorización de salida del país de las personas menores de edad Gabriel Bogantes Ramírez y Monserrat Bogantes Ramírez, por desconocimiento del paradero del progenitor el señor Jorge Willian Bogantes Hernández, a quien se le concede el plazo de ocho días, para que se pronuncie al respecto ante esta Representación Legal. Así mismo, quien tenga derecho o intereses pueda manifestar su oposición o asentimiento y señalar para notificaciones en el expediente administrativo. Vencido el plazo se entrará a resolver la presente solicitud. Se cita a las partes a una comparecencia oral a las diez horas del veintitrés de noviembre del año dos mil nueve, a fin de conocer la opinión de la persona menor de edad. Progenitores: Jorge Willian Bogantes Hernández y Millie Ramírez Briancesco. Expediente 531-000148-2009.—Oficina Local de Liberia, noviembre 2009.—Lic. Ana Marcela Montero Noguera, Representante Legal.—(IN2009098733).

2 v. 1.

JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL

AVISOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se hace saber que el señor Vindas Berrocal Alfredo, cédula Nº 01-0396-0094, ha presentado solicitud de pensión por sucesión a su favor de quien en vida fue Jiménez Guadamuz María, cédula Nº 01-0483-0227. Se cita y emplaza a los posibles beneficiarios con mejor derecho, para que dentro del plazo de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación de este aviso, concurran a hacer valer sus derechos a las oficinas centrales, sitas en esta ciudad, avenida 8, calles 21 y 23.

San José, 8 de octubre del 2009.—Departamento Plataforma de Servicios.—Lic. Ana Julieta Escobar Monge, Jefa.—(IN2009097427).

Se hace saber que la señora Rodríguez Brenes Mayela, cédula Nº 1-0381-0102, ha presentado solicitud de Retiro de Fondos en la Operadora de Pensiones, de quien en vida fue Rodríguez Rodríguez Carlos Alberto, cédula Nº 1-040-0514. Se cita y emplaza a los posibles beneficiarios con mejor derecho al retiro de este, para que dentro del plazo de tres meses hábiles, contados a partir de la última publicación de este aviso, concurran a hacer valer sus derechos a las oficinas centrales, sitas en esta ciudad, avenida 8, calles 21 y 23.

San José, 8 de octubre del 2009.—Departamento de Plataforma de Servicios.—Lic. Ana Julieta Escobar Monge, Jefa.—(IN2009097428).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE GRECIA

RESOLUCIÓN Nº 020-2009

La Administración Tributaria, al ser las ocho horas del día tres de noviembre del dos mil nueve.

Considerando:

I.—Que en los artículos 57 y 58 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, reformados mediante la Ley Nº 7900 de 3 de agosto de 1999, publicada en Diario Oficial La Gaceta Nº 159, del 17 agosto de 1999 y vigente a partir del 1º de octubre de 1999, se define la base de cálculo de la tasa de interés a cobrar sobre deudas a cargo del sujeto pasivo, así como la tasa de interés sobre el principal de las deudas de la Administración Tributaria.

II.—Que el cálculo de la tasa de interés a cargo del sujeto pasivo, así como a cargo de la Administración Tributaria, será la cifra resultante de obtener el promedio simple de las tasas activas de los bancos comerciales del Estado para créditos al sector comercial, no pudiendo exceder en más de diez puntos la tasa básica pasiva fijada por el Banco Central de Costa Rica. Además la resolución que se emita para fijar dicha tasa deberá hacerse cada seis meses por lo menos.

III.—Que el promedio simple de las tasas activas para el sector comercial de los Bancos Estatales fue de 17.70% anual, al 31 de octubre del 2009.

IV.—Que la tasa básica pasiva calculada por el Banco Central de Costa Rica al 31 de octubre del 2009, es de 9.0% anual, por lo que la tasa a establecer por parte de esta Administración Tributaria no podrá exceder en más de diez puntos la tasa básica pasiva, es decir 19.0%. Por tanto:

LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, RESUELVE:

Establecer en 17.70% la tasa de interés tanto a cargo del sujeto pasivo, como a cargo de la Administración Tributaria, de conformidad con lo regulado en los artículos 57 y 58 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Asimismo, se deja sin efecto la Resolución Nº 10-2009, de la Administración Tributaria, emitida a las catorce horas del día tres de marzo del dos mil nueve, y publicada en La Gaceta Nº 60, del 26 de marzo del 2009. Rige a partir de su publicación.

Grecia, 4 de noviembre del 2009.—MBA. Alina Álvarez A., Coordinadora de Administración Tributaria.—1 vez.—(IN2009097544).

MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA

CONCEJO MUNICIPAL

El Concejo Municipal de San Rafael de Heredia, en sesión extraordinaria Nº 277-2009, celebrada el 9 de setiembre del 2009, acordó por unanimidad, en firme: Otorgar la investidura de Notificador Municipal, al señor Carlos Mora Lizano, cédula Nº 4-190-038, funcionario interino de la Municipalidad, para el cumplimiento de sus funciones.

San Rafael de Heredia, 3 de noviembre del 2009.—Damaris Ruiz Rojas, Secretaria.—1 vez.—(IN2009097024).

CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COLORADO

AVISOS

Comunica que en acta ordinaria 41-2009, capítulo IV, artículo 62, celebrada el día diecinueve de octubre del año dos mil nueve, acordó definitivamente en firme y por mayoría calificada, publicar lo siguiente: “indicar que debido a las apreciaciones emanadas; en el oficio AI-69-2009; enviado por el señor Víctor Fernández Mora, Auditor Interno de este Concejo Municipal, donde indica que el acuerdo municipal CMDC-1674-2009; está en contra de lo establecido en el artículo 35 del Código Municipal; es que acordamos, por mayoría calificada y definitivamente: Revocar el Acuerdo Municipal CMDC-1674-2009, el cual dice: “1. Trasladar las sesiones de todos los lunes feriados y otros en el cual este Concejo Municipal por mayoría calificada, lo considere conveniente, para el día martes de la misma semana, con su horario normal (6:00 p.m.), a celebrarse en la sala de sesiones de esta Municipalidad. Además, se tomará las medidas correctivas para futuras publicaciones en relación a las sesiones ordinarias”. Rige a partir de su publicación.

Colorado de Abangares, 2 de noviembre del 2009.—Francisco Javier González Pulido, Secretario Municipal.—1 vez.—(IN2009097417).

Comunica que en acta ordinaria 36-2009, capítulo I, artículo 4, celebrada el día catorce de setiembre del año dos mil nueve, acordó por unanimidad y definitivamente, lo siguiente: “Aprobar el cobro de multa por concepto de construcción sin permiso, de la siguiente manera: 1). cuando la construcción tenga un avance superior al 50%, se cobra un monto igual al 100% del impuesto del permiso de construcción. 2). cuando la construcción tenga un avance menor al 50%, el monto de la multa, que se basa en el monto del impuesto de construcción, se reduce de manera proporcional desde un 100% con un avance del 50%, hasta llegar a un 0% cuando la construcción tenga un avance del 0%”. Rige a partir de su publicación.

Colorado de Abangares, 2 de noviembre del 2009.—Francisco Javier González Pulido, Secretario Municipal.—1 vez.—(IN2009097418).

MUNICIPALIDAD DE PARRITA

DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

SECCIÓN DE ARRENDAMIENTOS

EDICTO

Camelot Latina S. A., cédula jurídica Nº 3-101-292577, representada por la señora Cristine Lesley Tranter Lewis de único apellido por su nacionalidad inglesa, mayor, viuda, gerente de exportaciones, vecina de Alajuela, Residencial La Giralda, casa 25 A, cédula de residencia Nº 748-788011118, en su calidad de presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma. Con base en la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 del 2 de marzo de 1977, y Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una parcela de terreno localizada en Playa Esterillos Este, distrito Parrita, cantón Parrita, provincia de Puntarenas. Mide: 2 322,29 m2, de conformidad al plano de catastro Nº P-988053-2005, terreno para dedicarlo al uso residencial turístico de conformidad al Plan Regulador aprobado. Linderos: norte, calle pública 14 metros de ancho; sur, zona pública inalienable 50 metros; este, Municipalidad de Parrita; oeste, Municipalidad de Parrita. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que las disposiciones del plan regulador aprobado en este sector de playa, afecten el uso actual de la parcela. Se conceden treinta días para oír oposiciones las cuales deberán venir acompañadas de dos copias, parcela ubicada entre los mojones frente a costa Nos. 82 y 83, del Instituto Geográfico Nacional.

Parrita, 7 de setiembre del 2009.—Marvin Mora Chinchilla, Jefe de Departamento.—1 vez.—RP2009139293.—(IN2009097256).

AVISOS

CONVOCATORIAS

COLEGIO DE FÍSICOS

La Junta Directiva del Colegio de Físicos le convoca a la asamblea general ordinaria Nº 25 a celebrarse en el Auditorio de la Escuela de Física de la Universidad de Costa Rica, el día jueves 3 de diciembre del año en curso. La primera convocatoria será a las 5:30 p. m., y de no haber quórum, la segunda convocatoria se realizará, en el mismo lugar, ese mismo día a las 6:00 p. m., con los miembros presentes.

Asuntos a conocer:

1.  Comprobación del quórum.

2.  Lectura y aprobación del orden del día.

3.  Juramentación de los nuevos incorporados al Colegio.

4.  Informe de la Presidencia.

5.  Informe de la Tesorería.

6.  Informe de la Fiscalía.

7.  Elección del Presidente.

8.  Elección del Secretario.

9.  Elección del Tesorero.

10.     Elección del Vocal I.

11.     Elección del Fiscal.

12.     Elección de miembro del Tribunal electoral.

13.     Juramentación de los nuevos miembros de la Junta Directiva, del Fiscal y del miembro del Tribunal Electoral.

14.     Informe de la Comisión de Especialidades.

15.     Informe de la Comisión de Administración del Fondo de Mutualidad.

16.     Revisión de las cuotas de colegiatura, certificación y mensualidades.

17.     Aprobación del presupuesto para el 2010.

18.     Asuntos varios.

19.     Declaración de acuerdo firme de lo actuado en esta asamblea.

Después de la asamblea, el Colegio invita a todos los asistentes a una cena bufete en el mismo lugar de la reunión.

Se les recuerda el artículo 12 de Reglamento de la Ley Orgánica del Colegio de Físicos: Los miembros del Colegio tienen derecho y obligación a asistir a las sesiones de asamblea general. Deberán cancelar una cuota extraordinaria equivalente a un 50% de la cuota ordinaria los miembros activos que no justifiquen su ausencia, por escrito, hasta cinco días hábiles después de la asamblea general. Solo los miembros activos tienen derecho a voz y voto.—Msc. Luz María Moya Rodríguez, Presidenta.—(IN2009098810).

2 v. 1.

PUBLICACIÓN DE una VEZ

CENTRO MÉDICO PRIVADO SAN JOSÉ S. A.

El presidente del Centro Médico Privado San José S. A., convoca a todos los socios a la asamblea general ordinaria y extraordinaria que se llevará a cabo en el domicilio de la sociedad, cuarto piso del edificio Burstin, el día 7 de diciembre del 2009. Primera convocatoria a las 17:00 horas, segunda convocatoria a las 18:00 horas. Agenda: 1) Conocer y aprobar los Estados Financieros y Balances Contables del año fiscal por el período del 01 de octubre del 2008 al 30 de setiembre del 2009 y aprobación de Declaración de Renta para el 2009. 2) Conocer y aprobar el Informe Administrativo Anual. 3) Conocer y aprobar el plan de trabajo para el período del 2010. 4) Conocer y aprobar la autorización para la venta de las acciones del Centro Médico Privado San José S. A. propiedad de Servicios de Ortopedia y de Traumatología Soyt S. A. 5) Conocer y aprobar la creación de una empresa de seguridad para el cuido del edificio. 6) Asuntos varios y eventuales. Se recuerda a los propietarios que en caso de no poder asistir a esta asamblea pueden otorgar un poder especial a otra persona que lo autorice como tal.—San José, 5 de noviembre del 2009.—Víctor Álvarez Porras, Presidente.—1 vez.—RP2009139742.—(IN2009098183).

ASOCIACIÓN TEOCALI

Se convoca a asamblea ordinaria y extraordinaria de la Asociación Teocali, a celebrarse el martes 24 de noviembre del 2009, hora 4:00 p. m. para la ordinaria y en segunda convocatoria a las 4:30 p. m. con la siguiente agenda:

Agenda

1.  Informe del Presidente.

2.  Informe del Tesorero.

3.  Elección de Junta Directiva.

4.  Aprobar presupuesto.

5.  Asuntos varios.

Lic. Marelyn Jiménez Durán, Presidenta.—1 vez.—(IN2009098233).

ESTACIÓN BIOLÓGICA MARENCO S. A.

Se convoca a sesión de junta directiva de la empresa Estación Biológica Marenco S. A., para el próximo lunes 30 de noviembre del 2009, a las 10:00 horas, asimismo se convoca a asamblea ordinaria y extraordinaria, para el día viernes 11 de diciembre del 2009, a las 10:00 horas ambas se efectuarán en el domicilio social de la empresa en San José, Barrio México,. 200 metros sur de la Farmacia Calzada, casa esquinera verde de dos pisos, en la que se conocerán los temas de agenda que serán presentados por la junta directiva a la asamblea de socios: Verificar quórum de ley para junta directiva y asamblea, revisar el nombramiento de Órgano Administrativo de la sociedad y conocer el informe económico de periodo fiscal del 2009 y otros temas de orden del día. De no estar presentes en primera convocatoria del quórum de ley, se reunirá en segunda convocatoria una hora después de la señalada para la primera.—Elizabeth Miranda Quesada, Secretaria.—1 vez.—RP2009139872.—(IN2009098631).

INMOBILIARIA CRISTAL ALFA S. A.

Se convoca a sesión de junta directiva de la empresa Inmobiliaria Cristal Alfa S. A., para el próximo lunes 30 de noviembre del 2009, a las 10:00 horas, asimismo, se convoca a asamblea ordinaria y extraordinaria, para el día viernes 11 de diciembre del 2009, a las 12:00 medio día, ambas se efectuarán en el domicilio social de la empresa en San José, Barrio México 200 metros sur de la Farmacia Calzada, casa esquinera verde de dos pisos, en la que se conocerán los temas de agenda que serán presentados por la junta directiva a la asamblea de socios: Verificar quórum de ley para junta directiva y asamblea, revisar el nombramiento de Órgano Administrativo de la sociedad y conocer el informe económico de período fiscal del 2009 y otros temas de orden del día. De no estar presentes en primera convocatoria del quórum de ley, se reunirá en segunda convocatoria una hora después de la señalada para la primera.—Elizabeth Miranda Quesada, Presidenta.—1 vez.—RP2009139873.—(IN2009098632).

SENECA DE GUANACASTE S. A.

Asamblea ordinaria y extraordinaria de SENECA de Guanacaste S. A. a celebrarse el martes 4 de diciembre del 2009, hora 10:00 p. m. para la ordinaria y en segunda convocatoria a las 10:30 p. m., con la siguiente agenda:

1.  Informe del Presidente.

2.  Informe del Tesorero.

3.  Aprobar presupuesto.

4.  Asuntos varios.

Lic. Marelyn Jiménez Durán, Notaria.—1 vez.—RP2009139914.—(IN2009098633).

ASOCIACIÓN ALBERGUE DE REHABILITACIÓN

AL ALCOHÓLICO ADULTO MAYOR INDIGENTE

La Asociación Albergue de Rehabilitación al Alcohólico Adulto Mayor Indigente, convoca a la asamblea general ordinaria para el nombramiento de junta directiva y fiscal que se realizará el próximo 5 de diciembre del 2009 en las instalaciones del Albergue en Tirrases de Curridabat. Primera convocatoria 9:00 a. m y segunda convocatoria 10:00 a. m.—San José, 6 de noviembre del 2009.—Ricardo Bolaños Rojas, Presidente.—1 vez.—RP2009140072.—(IN2009098634).

CONDOMINIO CASA DEL PARQUE

Señores Condóminos/as por este medio aprovecho para saludarlos y al mismo tiempo convocarlos a la asamblea extraordinaria de propietarios del Condominio Casa del Parque, a celebrarse el martes 17 de noviembre del 2009, a las 6:30 p. m. en el condominio. Los detalles de dicha Asamblea se indican a continuación:

Asamblea de propietarios condominio Casa del Parque.

Fecha: Martes 24 de noviembre del 2009.

Lugar: Condominio Casa del Parque, Casa Club.

Hora: Primera convocatoria: 6:30 p. m.

Segunda convocatoria: 7:30 p. m. (en caso de no lograrse quórum en primera convocatoria).

Agenda:

Verificación de quórum.

Nombramiento del presidente y secretario ad hoc para dirigir la asamblea.

Aprobación del orden del día.

Informe anual del administrador.

Informe, discusión y aprobación de los estados financieros.

Informe de la denuncia contra Daniel Cordero Vargas.

Presentación, discusión y aprobación del presupuesto propuesto para el año 2010.

Presentación de normas de convivencia del condominio casa del parque a tratar:

en caso de incumplimiento de las obligaciones mensuales de administración y mantenimiento.

en caso de incumplimiento en el pago mensual del agua mantenimiento.

en relación a tenencia de mascotas.

en relación al acceso a los portones del condominio.

en caso de actos que perturben la tranquilidad y seguridad de los vecinos.

Otros asuntos varios.

Declarar en firme los acuerdos tomados en la asamblea.

Los condóminos que no puedan asistir a la Asamblea podrán hacerse representar por otra persona por medio de la carta-poder que se adjunta. En cualquier caso en que el propietario de la finca filial sea una persona jurídica, se deberá presentar la certificación de personería correspondiente para acreditar la participación en la asamblea. Documento de identificación personal vigente. Estar al día con el pago de la cuota mensual de administración y mantenimiento del condominio.

Sin más por el momento y quedando a su disposición para cualquier consulta adicional con el Sr. Abel Mora -NARET S. A., Supervisor de Servicio del Condominio 83947210 ó 22560506.

Escazú, 08 de noviembre del 2009.—Maidland Investments Corporation Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-479869.—Lic. Paul Kramarz Lang, Administrador.—1 vez.—(IN2009098807).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

AEROLÍNEAS TURÍSTICAS DE AMÉRICA S. A.

Aerolíneas Turísticas de América S. A., cédula jurídica Nº 3-101-128.199, solicita ante la Dirección General de Tributación; la reposición de libro número uno: Actas de Asamblea de Socios. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José; en el término de ocho días hábiles, a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Eduardo Sanabria Rojas, Notario.—RP2009135103.—(IN2009089918).

INMOBILIARIA LOS JARDINES S. A.

Para efectos de reposición, yo María Cecilia Quirós Quirós, cédula de identidad Nº 1-515-907, en mi condición de propietario de la acción y título Nº 2184, hago constar, que he solicitado a Inmobiliaria Los Jardines S. A. La reposición de los mismos por haberse extraviado. Por el término de ley, se atenderán oposiciones en el Departamento secretaría de junta directiva, en el Cariari Country Club, San Antonio de Belén, Heredia, y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José, 29 de octubre del 2009.—María Cecilia Quirós Quirós, Propietaria.—RP2009138923.—(IN2009096738).

ASOCIACIÓN DE ACUEDUCTO RURAL DE SAN RAFAEL,

INVU Y SAN ISIDRO DE PEÑAS BLANCAS

Yo Linley Salas Jiménez, cédula de identidad dos-cero cuatro seis uno-cero cuatro cuatro dos, en mi calidad de presidente y representante Legal de la Asociación de Acueducto Rural de San Rafael, Invu y San Isidro de Peñas Blancas, cédula jurídica número tres-cero cero dos-dos cero cinco ocho cinco ocho, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de libros Mayor (1) Diario (1) Inventarios y Balances (1); los cuales fueron extraviados, se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el registro de asociaciones.—San Ramón, Alajuela, veintisiete de octubre del año dos mil nueve.—Linley Salas Jiménez. Presidenta.—Lic. Marco Tulio Soto Arguedas, Notario.—1 vez.—RP2009138924.—(IN2009096739).

GRUPO PROVAL SOCIEDAD ANÓNIMA,

Grupo Proval Sociedad Anónima, antes denominada VM Transporte de Valores, S. A., entidad con cédula con cédula de persona jurídica número 3-101-213699 solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de los siguientes libros: diario, mayor e inventarios y balances todos como número uno. Quien se considere afectado dirigir la (s) oposición (es) al Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros). Administración Regional de Cartago, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del diario La Gaceta.—Lic. Manuel Emilio Montero Anderson, Notario.—RP2009138973.—(IN2009096740).

COMERCIALIZADORA DE PLÁSTICO COPLASTIC

SOCIEDAD ANÓNIMA

Comercializadora de Plástico Coplastic Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-uno dos dos siete seis tres, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros siguientes: número uno de Asamblea General de Socios, número uno de Junta Directiva, número uno de Registro de Socios, número uno de Inventarios y Balances, número dos de Diario, número dos de Mayor. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Alejandro Chacón Mora, Presidente.—RP2009139013.—(IN2009096741).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES

EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES

A las siguientes personas, se les comunica que, según nuestros registros al mes de octubre del 2009, se encuentran morosos. Si realizó el pago respectivo favor ignorar esta publicación, la cual se realiza conforme con el artículo 981 del Código de Comercio. Transcurridos diez días hábiles contados a partir de la fecha en que sus nombres aparezcan publicados en el Diario Oficial La Gaceta, de no cancelar la suma adeudada, se iniciará el proceso administrativo o judicial, según corresponda. Al mismo tiempo se les recuerda que este trámite tiene como consecuencia la inhabilitación para el ejercicio legal de la profesión.

 

Nombre

Cédula

Carmona Parra Diana Patricia

800730319

Castro De Carrera Judith Humberlina

2401081861429

Castro Ramírez Luis Gustavo

105830276

Chaves Huertas Carmen María

203160001

Esquivel Segura Laura Nataly

110270470

González Obando Ileana

107280828

Moraga Peralta Julio César

502410331

Solís Barrantes Sylvia Marcela

107170984

 

Junta Directiva.—Dra. Roxana Alfaro Trejos, Presidenta.—Bach. Emilia Gutiérrez Corrales, Secretaria a.í.—(93398).

UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA

Por medio de la presente la Universidad Latina de Costa Rica, certifica que, ante este Registro se ha presentado solicitud de reposición del Título de Bachillerato en Ciencias de la Educación Preescolar con Énfasis en la Enseñanza Bilingüe, emitido por la Universidad Latina de Costa Rica a nombre de Bonilla Prado Yanira, cédula Nº 1-963-364, inscrito en el Libro de la Universidad en el tomo IV, folio 103, asiento 15201. Se solicita la reposición por motivo que la estudiante la asaltaron quitándole las pertenencias y entre ellas portaba el título original. Se publica éste edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial. Se extiende la presente a solicitud de la interesada en el día y lugar de la fecha.—San José, 30 de octubre del 2009.—José Prado Arroyo, Director de Registro.—Luis Diego Sánchez R., Confeccionó.—RP2009139006.—(IN2009096795).

ASOCIACIÓN SAGRADO CORAZÓN

DE JESÚS DE NANDAYURE

Yo, German Guevara Briceño, cédula de identidad Nº 5-125-329, en mi calidad de presidente y representante legal de la Asociación Sagrado Corazón de Jesús de Nandayure, cédula jurídica Nº 3-002-096697, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la reposición del Libro de Asociados Nº 1, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—German Guevara Briceño, Presidente.—1 vez.—(IN2009096835).

INSTITUTO CREATIVO DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

Instituto Creativo del Este Sociedad Anónima, antes Sistema Educativo Interdisciplinario, cédula jurídica número tres-ciento uno- cuatrocientos setenta y siete mil trescientos noventa y tres, ha solicitado ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros contables: Diario, Mayor, Inventario y Balances, número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Flor de María López Guido, Notaria.—(IN2009096956).

SAN JOSÉ INDOOR CLUB S. A

El San José Indoor Club S. A., tramita la reposición de la Acción Nº 0127 a nombre de Eladio Villalta Loaiza, cédula de identidad Nº 3-107-817 por haberse extraviado. Cualquier persona que se considere con derechos deberá apersonarse ante el San José Indoor Club S. A., en sus oficinas sitas en Curridabat, dentro del plazo indicado en el artículo 709 del Código de Comercio.—San José, 6 de noviembre del 2009.—Lic. Cristian Calderón M., Cogerente General.—Lic. Álvaro Cambronero Ch., Cogerente General.—(IN2009098083).

PUBLICACIÓN DE primera VEZ

PRISMA AGENCIA DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA

La sociedad Prisma Agencia de Seguros Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y tres mil seiscientos cuarenta y cuatro, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición del libro de Actas de Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro término de ocho días hábiles a partir de la publicación del aviso.—San José, 23 de octubre del 2009.—Lic. María Lorena Murillo Salazar, Notaria.—(IN2009097019).

CONSORCIO TERRA BELLA INTERNACIONAL S. A.

Consorcio Terra Bella Internacional S. A., titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos catorce mil cincuenta y seis, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: inventario y balances, diario y mayor. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Legalización de Libros, Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Johanny Retana Madriz, Notario.—(IN2009097047).

SAN JOSÉ INDOOR CLUB S. A.

El San José Indoor Club S. A., tramita la reposición de la acción Nº 0977 a nombre de José Roberto Jiménez Mora, cédula de identidad número 1-471-162, por haberse extraviado. Cualquier persona que se considere con derechos deberá apersonarse ante el San José Indoor Club S.A., en sus oficinas sitas en Curridabat, dentro del plazo indicado en el artículo 709 del Código de Comercio.—San José, 19 de octubre del 2009.—Lic. Cristian Calderón M., Cogerente General.—Lic. Álvaro Cambronero Ch., Cogerente General.—RP2009139113.—(IN2009097212).

INVERSIONES FERRETERAS SOCIEDAD ANÓNIMA

Inversiones Ferreteras Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero veintiocho mil sesenta y siete, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Junta Directiva, Asamblea General, Registro de Accionistas, Mayor, Diario e Inventarios y Balances, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Édgar Omar Belloso Montoya, Notario.—RP2009139076.—(IN2009097214).

DEPÓSITO LAS GRAVILIAS SOCIEDAD ANÓNIMA

Depósito Las Gravilias Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y cinco mil doscientos catorce, solicita ante la Dirección General de Tributación Grandes Contribuyentes, la reposición del siguiente libro: Actas de Asamblea General de Accionistas, el número del libro a reponer es el primero. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria Grandes Contribuyentes San José, dentro del término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Édgar Omar Belloso Montoya, Notario.—RP2009139078.—(IN2009097215).

PLANIFICA SOCIEDAD ANÓNIMA

Planifica Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-veintiséis mil novecientos siete, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Registro de Socios, número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación de este aviso.—Lic. Jorge González Roesch, Notario.—RP2009139162.—(IN2009097216).

GAYA PRODUCTOS DE LA TIERRA SOCIEDAD ANÓNIMA

Gaya Productos de la Tierra Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos mil quinientos veintitrés, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de Actas de Registro de Socios, Actas de Asambleas Generales, Actas de Consejo de Administración, Diario, Mayor e Inventarios y Balances, número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Cynthia Rodríguez Chacón, Notaria.—RP2009139275.—(IN2009097217).

CUIDA KILOS SOCIEDAD ANÓNIMA

Cuida Kilos Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-46291, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: libro de Registro de Accionistas, tomo Nº I; libros de Diario, Mayor, Inventarios y Balances, todos el tomo Nº I. Quien se considere afectado puede manifestar si oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso.—San José, cuatro de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Robin Bonilla Monge, Notario.—(IN2009097311).

ESCUELA SAN ANTONIO SOCIEDAD ANÓNIMA

Escuela San Antonio Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doce mil setecientos sesenta y siete, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaría de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Lucrecia Agüero Guier, Notaria.—(IN2009097431).

SUPERVISORA DE SERVICIOS DE

SEGURIDAD E INTELIGENCIA S. A.

La empresa Supervisora de Servicios de Seguridad e Inteligencia S.A., cédula jurídica número 3-101-140734, domiciliada en Pavas, San José, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Asamblea de Socios, Registro de Socios y Actas Consejo de Administración. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso.—Miguel A. Carvajal Monge.—(IN2009097540).

TRES-CIENTO DOS-QUINIENTOS

VEINTISÉIS MIL CIENTO SESENTA

Tres-Ciento Dos-Quinientos Veintiséis Mil Ciento Sesenta, cédula jurídica tres-ciento dos-quinientos veintiséis mil ciento sesenta, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Asambleas de Socios número uno y Registro de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este edicto.—Lic. Cynthia Corrales Mairena, Notaria.—(IN2009097576).

AGENCIA DE CARGA MC S. A.

Agencia de Carga MC, S. A., cédula jurídica 3-101-226321, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros número uno de Diario, Mayor, Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Juan Pablo Navarro Solano, Notario.—(IN2009097789).

Cedeño Jiménez Melvin, cédula 3-293-983, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: (Diario, Mayor e Inventarios y Balances, todos número 1). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Cedeño Jiménez Melvin.—(IN2009097791).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Ante la notaría del licenciado Róger Antonio Sancho Rodríguez, mediante escritura número doscientos diez-dieciocho, iniciada al folio ciento cincuenta y ocho frente del tomo décimo octavo del protocolo de dicho notario, de las 11 horas del día 3 de noviembre del año dos mil nueve, los señores: Daniel Antonio Gonzales Rivera, nicaragüense con pasaporte de su país número 155805382522, Juan Ramón Zepeda Chavarría, cédula de identidad número 1-863-914 y Verny José Miranda Hernández, cédula de identidad número 4-080-066, constituyeron la empresa denominada Eat Dajuve Ventas Sociedad Anónima.—Santo Domingo de Heredia, 03 de noviembre del 2009.—Lic. Róger Antonio Sancho Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2009096833).

Por escritura otorgada ante mí, se modifican las cláusulas quinta: del capital social y sétima: de la Administración; de la firma Minas del Pacífico Norte S. A. Fecha: 2 de noviembre del 2009. Lugar de otorgamiento: San José.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1 vez.—(IN2009096838).

Por escrituras números ciento treinta y tres, ciento treinta y cuatro, ciento treinta y cinco, ciento treinta y seis, ciento treinta y siete, ciento treinta y ocho, ciento treinta y nueve, ciento cuarenta, ciento cuarenta y uno, ciento cuarenta y dos, ciento cuarenta y tres, ciento cuarenta y cuatro, ciento cuarenta y cinco, ciento cuarenta y seis y ciento cuarenta y siete, del tomo sétimo del protocolo, otorgadas todas ante la notaria Kembly Mora Salas, respectivamente a las 08 horas, 08 horas 30 minutos, 08 horas 45 minutos, 09 horas 15 minutos, 09 horas 30 minutos, 09 horas 45 minutos, 10 horas, 10 horas 15 minutos, 10 horas 30 minutos, 10 horas 45 minutos, 11 horas, 11 horas 15 minutos, 11 horas 30 minutos, 12 horas, y 13 horas todas del 01 de noviembre de 2009, se constituyeron respectivamente las siguientes sociedades: Quintas del Colorado Número Noventa y Ocho S. A., Abangares Stone S. A., Vistas del Colorado Número Setenta y Seis S. A., Inversiones Abaco Número Ochenta y Nueve S. A., Abangares Resort S. A., Abangares Shining Business S. A., Terrazas del Tempisque S. A., Inmobiliaria Vistas del Tempisque S. A., Quintas Llanuras del Colorado S. A., Nuevo Horizonte del Tempisque S. A., Bello Amanecer de Abangares Filial Treinta y Cuatro S. A., Inversiones y Desarrollos del Colorado Número Setenta y Cinco S. A., Pacific Susent of Colorado S. A., Pacific Sunrise of Abangares S. A., Brisas del Tempisque Número Treinta y Cinco S. A. Las constituciones de todas las sociedades el presidente y tesorero tienen facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Naranjo, 02 de noviembre del 2009.—Lic. Kembly Mora Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2009096946).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del día dos de noviembre del año dos mil nueve, la sociedad Promotora Greca de Proyectos Sociedad Anónima, reformó la cláusula quinta de su pacto constitutivo, aumentando su capital social.—San José, a las once horas treinta minutos del día dos de noviembre del año dos mil nueve.—Lic. Miguel Ángel Quesada Niño, Notario.—1 vez.—(IN2009096947).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día dos de noviembre del año dos mil nueve, la sociedad Grupo Vidriero Caribeño y CAM Sociedad Anónima, reformó la cláusula quinta de su pacto constitutivo, aumentando su capital social.—San José, a las diez horas treinta minutos del día dos de noviembre del año dos mil nueve.—Lic. Miguel Ángel Quesada Niño, Notario.—1 vez.—(IN2009096948).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día dos de noviembre del año dos mil nueve, la sociedad bajo el sistema de asignación del número de cédula jurídica como denominación social tres-ciento uno-quinientos dieciséis mil cuatrocientos veinticinco sociedad anónima, cambió su fiscal en la junta directiva y reformó su cláusula novena del pacto constitutivo.—San José, a las ocho horas treinta minutos del día dos de noviembre del año dos mil nueve.—Lic. Miguel Ángel Quesada Niño, Notario.—1 vez.—(IN2009096950).

Por escritura ciento cinco del tomo cuatro del protocolo del notario Freddy Aguilar Paniagua, se ha constituido Auto Repuestos Lujoes LGCA Sociedad Anónima. Plazo social noventa y nueve años. El presidente en forma individual es apoderado generalísimo sin límite de suma.  Presidente: Luis Gonzaga Céspedes Anchía.—Santa Bárbara de Heredia, tres de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Freddy Aguilar Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2009096951).

Por escritura número ciento seis del tomo cuatro del protocolo del notario Freddy Aguilar Paniagua, se ha constituido Villacas Hermanos Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. El presidente en forma individual, es apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente: José Pablo Villalobos Castro.—Santa Bárbara de Heredia, tres de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Freddy Aguilar Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2009096952).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día dos de noviembre del año dos mil nueve, la sociedad: Tres-Ciento Uno-Quinientos Dieciséis Mil Cuatrocientos Veinticinco Sociedad Anónima. Reformó la cláusula quinta de su pacto constitutivo, aumentando su capital social.—San José, 2 de noviembre del 2009.—Máster Miguel Ángel Quesada Niño, Notario.—1 vez.—(IN2009096953).

Por escritura otorgada en San José, a las 8:00 horas, del 30 de setiembre del 2009, se constituyó la empresa Domina del Norte S. A. Vanessa Castro Frydl, Presidenta.—Lic. Freddy Guillermo Segura Salazar, Notario.—1 vez.—(IN2009096958).

Por escritura otorgada en San José, a las 8:00 horas, del 23 de setiembre del 2009, se constituyó la empresa Cortinas Arrollables Fragasa S. A. Allan Centeno Jiménez, Presidente.—Lic. Freddy Guillermo Segura Salazar, Notario.—1 vez.—(IN2009096959).

Se constituyó la sociedad Pranayama S. A., escritura otorgada a las 13:00 horas del 26 de octubre del 2009. Presidente: Milton Solera Padilla.—Lic. Sonia Patricia Tacsan Chen, Notaria.—1 vez.—(IN2009096962).

Se constituyó la sociedad Levantes de la Aurora S. A. Escritura otorgada a las 11:30 horas del 26 de octubre de 2009. Presidente: Milton Solera Padilla.—Lic. Sonia Patricia Tacsan Chen, Notaria.—1 vez.—(IN2009096963).

Se constituyó la sociedad Pacific Boardwalk S. A. Escritura otorgada a las 8:15 horas del 26 de octubre del 2009. Presidente: Milton Solera Padilla.—Lic. Sonia Patricia Tacsan Chen, Notaria.—1 vez.—(IN2009096965).

Se constituyó la sociedad Tomorrowland S. A. Escritura otorgada a las 8:00 horas del 26 de octubre de 2009. Presidente: Milton Solera Padilla.—Lic. Sonia Patricia Tacsan Chen, Notaria.—1 vez.—(IN2009096966).

Se constituyó la sociedad Golden Oak S. A. Escritura otorgada a las 8:45 horas del 26 de octubre 2009. Presidente: Milton Solera Padilla.—Lic. Sonia Patricia Tacsan Chen, Notaria.—1 vez.—(IN2009096967).

Tres Ciento Uno Quinientos Ochenta y Dos Mil Sesenta y Cinco Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y dos mil sesenta y cinco, por asamblea general extraordinaria de socios celebrada en su domicilio a las once horas del día catorce de octubre de dos mil nueve, nombra presidente de su junta directiva a Augusto Eliardo Benoit Fermín, ciudadano de República Dominicana que se identifica con pasaporte número tres uno seis tres dos cuatro-cinco, mayor, divorciado una vez, empresario, vecino de Heredia, Ciudad Cariari, Residencial Torre de los Arcos número catorce.—San José, 15 de octubre de 2009.—Lic. Dagoberto Mata Herrera, Notario.—1 vez.—(IN2009096968).

Por escritura número ciento treinta y uno otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del día 23 de octubre del 2009, se constituyó la sociedad Inversiones Albi Sociedad Anónima, con domicilio en Heredia, Sarapiquí, Horquetas, cincuenta metros al sur del cementerio y por un plazo de noventa y nueve años. Se nombró presidente con facultades de apoderada generalísima sin limitación de suma, a la señora Alba Iris Mora Rodríguez, mayor, casada una vez, de oficios domésticos, con cédula de identidad número 2-454-248, vecina de Heredia.—San José, 23 de octubre del 2009.—Lic. Dagoberto Mata Herrera, Notario.—1 vez.—(IN2009096969).

Por asamblea de las catorce horas del veintitrés de junio del año dos mil nueve, la sociedad Caimán de Anteojos Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil ochocientos noventa, se modificó pacto constitutivo y se nombró presidente con facultades de apoderada generalísima sin limitación de suma, a Paola Mata Guzmán, costarricense con cédula de identidad número uno-mil trescientos-setecientos quince, mayor de edad, soltera, estudiante, vecina de San José, Mora.—Colón, 30 de noviembre de 2009.—Lic. Francisco Antonio Obando Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2009096970).

A las 10:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Koruma Lenex Seguridad S. A., en virtud de la cual se reforma el pacto social constitutivo y se toman otros acuerdos.—San José, 29 de octubre de 2009.—Lic. Luis Alberto Arias Naranjo, Notario.—1 vez.—(IN2009096993).

Por escritura otorgada a las doce horas del treinta de octubre de dos mil nueve, ante los notarios Édgar Arroyo Cordero y Édgar Alberto Arroyo Quesada, los señores Andrés Elliot Sule y Juleen Castro Contreras constituyeron la sociedad denominada Northern Fox Sociedad Anónima. Presidente: Manuel Fernando Fariña Santos.—San José, 30 de octubre de 2009.—Lic. Édgar Alberto Arroyo Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2009096994).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizan reformas a los estatutos de la sociedad, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y tres mil quinientos ochenta y siete.—Orotina, 8 de octubre del 2009.—Lic. José Luis Ramos Castellón, Notario.—1 vez.—(IN2009097001).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas treinta minutos del veintiuno de octubre del 2009, se constituye sociedad anónima que se denominará F & R Aliance Tecnologic de Costa Rica Sociedad Anónima. Presidente: Ernesto Jesús Fallas Cascante, capital suscrito y pagado, domicilio Alajuela objeto: comercio, industrias, finanzas, agricultura, ganadería, prestación de servicios en general, plazo: 99 años.—Lic. Lilibeth Gómez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2009097004).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 19:00 horas del 2 de noviembre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Logical Sales Sociedad Anónima.—San José, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Daniel Befeler Scharf, Notario.—1 vez.—(IN2009097020).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, en San José a las ocho horas del veinticinco de octubre del dos mil nueve, se constituyó una Sociedad Anónima, cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Plazo social: cien años. Capital social: suscrito y pagado de doce mil colones. Representada por el presidente de la Junta Directiva, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma; con poder de sustitución, revocación y de otorgar poderes.—San José, 25 de octubre del 2009.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—(IN2009097028).

Ante mí, Gustavo Koutsouris Canales, se otorga escritura número ciento cincuenta y cinco, al ser las quince horas cincuenta y seis minutos, del día tres de noviembre del dos mil nueve, en donde se reforman cláusulas segunda y octava de Tres-Ciento Uno-Quinientos Sesenta y Siete Mil Doscientos Ochenta y Uno Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 3 de noviembre del 2009.—Lic. Gustavo Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.—(IN2009097035).

En esta notaría, mediante escritura número doscientos nueve, del tomo dieciséis, del protocolo del suscrito notario, de las 11:00 horas del 26 de octubre del dos mil nueve, se modifica la cláusula segunda del pacto de la sociedad 3-101-553506 S. A., en cuanto el domicilio. Mediante escritura número doscientos uno del tomo dieciséis del protocolo del suscrito notario, de las 8:00 horas del 30 de setiembre del dos mil nueve, se constituye Consorcio de Distribuciones Comerciales Condist Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Domicilio: en San José. Plazo: 99 años.—San José, 26 de octubre del 2009.—Lic. Arturo Ortiz Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2009137801.—(IN2009097049).

Los señores Francisco Barrantes Cambronero, cédula de identidad número tres-dos dos dos-cero tres cero y Xinia Pereira Campos, cédula de identidad número tres-tres uno seis-cinco cinco nueve; constituyen la sociedad denominada Corporación Xin Bar Limitada mediante escritura número ciento dieciocho visible e iniciada al folio ochenta y siete frente del tomo veintitrés del protocolo del notario público Alexis Cervantes Barrantes.—Siquirres, 24 de octubre de 2009.—Lic. Alexis Cervantes Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2009139070.—(IN2009097050).

El día de hoy en mi notaría se protocolizó la constitución de la sociedad denominada Inversiones Amable Sociedad Anónima. Representante legal el Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Miramar, 31 de octubre del 2009.—Lic. Jockseline Zúñiga Varela, Notaria.—1 vez.—RP2009139072.—(IN2009097051).

Ante la notaría del Lic. Audrys Esquivel Jiménez, se otorgó la escritura número ciento cuarenta y nueve del tomo veintidós, se constituyó la sociedad Structural Wood Construcciones C. R. S. A.—Santa Ana, 29 de octubre del 2009.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2009139073.—(IN2009097052).

Que por escritura número 85, visible a folio 111 vuelto del tomo XIII del protocolo del notario público Lic. Eduardo Abarca Vargas, se modifico las cláusulas primera, sexta y se nombro gerente y gerente operativo de Un Bello Atardecer en Sur. Teléfono 2771-5855.—Uvita de Osa, 29 de octubre del 2009.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2009139077.—(IN2009097053).

Ante esta notaría, se reforma la cláusula de la junta directiva donde se cambia a la secretaria siendo ahora Ana Lucrecia Caballero Lobo, divorcia segunda vez, oficinista, cédula nueve-ciento cuatro-cuatrocientos cincuenta y cinco, vecina de Pérez Zeledón, cincuenta metros norte de la Radio Ochenta y Ocho Stereo, así mismo que dicha señora será apoderada generalísima sin limite de suma actuando conjuntamente con el presidente de la Corporación de Revelados Hidalga Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y seis mil sesenta y cuatro Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Jenny Sandí Romero, Notaria.—1 vez.—RP2009139079.—(IN2009097054).

Al ser las once horas del día veintiséis de octubre del año dos mil nueve, mediante escritura otorgada ante esta notaría se constituye la sociedad anónima Tofas del Sur Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Tofas del Sur S. A. Teléfono: 2771-8052.—Pérez Zeledón, 28 de octubre del 2009.—Lic. Jorge Luis Zúñiga Elizondo, Notario.—1 vez.—RP2009139080.—(IN2009097055).

Ante mí a las 07:00 horas del 24 de octubre de dos mil nueve, escritura número 321-4 del tomo 4 del protocolo de la suscrita se constituyó la sociedad que se denominará con el nombre que el registro de personas jurídicas le asigne como cédula jurídica donde aparece con facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma su Gerente Rafael Delgado Vindas y su subgerente Bolívar Castillo Vindas. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Teléfono notaría 2770-3341.—Pérez Zeledón, 2 de noviembre de 2009.—Lic. Paola Ramírez Acosta, Notaria.—1 vez.—RP2009139081.—(IN2009097056).

Ante mí y la licenciada Iris Valverde Usaga, a las 17:15 horas del 21 de octubre de dos mil nueve, escritura número 49-3 del tomo 3 del protocolo de la conotaria Valverde Usaga, se constituyó la sociedad denominada Baijosper Ltda., donde aparece con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma su gerente Fanny Cerdas Quirós. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—Pérez Zeledón, 22 de noviembre del 2009.—Lic. Paola Ramírez Acosta, Notaria—1 vez.—RP2009139082.—(IN2009097057).

Por escritura otorgada el día primero de noviembre del dos mil nueve, ante el notario Gustavo Adolfo Fernández Martínez, se constituyó la sociedad denominada Librado Mora e Hijos Sociedad Anónima. rresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de El General, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—RP2009139083.—(IN2009097058).

Que por escritura número 86, visible a folio 112 vuelto del tomo XIII del protocolo del notario público, Lic. Eduardo Abarca Vargas, se modificó las cláusulas segunda y octava, y se nombró nuevo tesorero y vicepresidente de Mi viejo Manglar S. A.—Uvita de Osa, 5 de octubre del 2009.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2009139084.—(IN2009097059).

Mediante escritura número doscientos cincuenta y dos-siete, otorgada ante esta notaría, al ser las diecisiete horas del día treinta de octubre del año dos mil nueve, se constituyó la empresa que se denomina: Finca Agroforestal San Sebastian Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Finca Agroforestal San Sebastian S. A. Presidente: Eduardo Obando Boschini. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Silvia Castro Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2009139085.—(IN2009097060).

El suscrito, Joaquín Barrantes Astúa, abogado y notario público; doy fe que ante mí se constituyó la sociedad denominada Davsila Sociedad Anónima, cuyo domicilio social será en San José, San Isidro de Pérez Zeledón, Pedregosito, un kilómetro al norte del Colegio Ambientalista Isaías Retana Arias. Corresponderá al presidente y al tesorero la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. El plazo es de noventa y nueve años a partir de esta fecha. Escritura otorgada en la ciudad de San isidro de Pérez Zeledón, a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de octubre del año dos mil nueve. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Joaquín Barrantes Astúa, Notario.—1 vez.—RP2009139086.—(IN2009097061).

Ante mi notaría mediante escritura 181, del tomo 16, se protocolizó acta número 2, de asamblea general extraordinaria de accionistas de Central American Light Weight Construction S. A., en la que se modificó cláusula quinta. En San José, a las 11:00 horas, del 23 de octubre del dos mil nueve.—Lic. Sonia Madrigal Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2009139087.—(IN2009097062).

Escritura otorgada ante la notaria Mayrin Mora Mora, se constituyó la Sociedad Sermuva Sociedad Anónima, a las quince horas, cuarenta minutos, del día veintisiete de octubre de dos mil nueve. Que el presidente de la sociedad es Harold Adolfo Monge Venegas, cuyo capital social es de cinco mil colones y el plazo de noventa y nueve años, domiciliada en San Isidro de Pérez Zeledón, de la provincia de San José, específicamente en la alameda Venegas cruce del Liceo Unesco.—San Isidro de Pérez Zeledón, 2 de noviembre de 2009.—Lic. Mayrin Mora Mora, Notaria.—1 vez.—RP2009139088.—(IN2009097063).

El día de hoy protocolicé en mi notaría acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Motoshop La Uruca Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, 31 de octubre del 2009.—Lic. William Buckley Buckley, Notario.—1 vez.—RP2009139093.—(IN2009097064).

Por asamblea general extraordinaria de Systenet Solutions S. A., se acuerda aumentar el capital social de tres millones quinientos mil colones a siete millones de colones, quedando representado por ocho acciones comunes y nominativas con un valor de ochocientos setenta y cinco mil colones cada una.—San José, 17 de setiembre de 2009.—Lic.Wendy Meneses Orozco, Notaria.—1 vez.—RP2009139095.—(IN2009097065).

Ana Daisy Montero Herrera e Idali Herrera Angulo, constituyen la entidad denominada Saymon de los Ángeles Sociedad Anónima. Presidenta: Ana Daisy Montero Herrera.—Lic. Francisco A. Bustamante Barboza, Notario.—1 vez.—RP2009139096.—(IN2009097066).

Por escrituras otorgadas ante mí, la principal a las 9:00 horas del 23 de setiembre de este año y la adicional a las 9:00 horas del 16 de octubre de este año, se constituyó la sociedad denominada Inmuebles Luna de Octubre S. A. Domicilio: San José, Zapote, veinticinco metros al sur de Radio Columbia, tercera casa, mano izquierda, pudiendo establecer agencias y sucursales en cualquier lugar de la República o fuera de ella. Objeto: Tendrá como objeto principal la explotación de inmuebles y en general el comercio, la actividad empresarial, la industria y la agricultura. Capital social totalmente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 29 de octubre de 2009.—Lic. Hernán Vega Miranda, Notario.—1 vez.—RP2009139099.—(IN2009097067).

Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Repostería Clarcast Sociedad Anónima, modificando la cláusula segunda del pacto constitutivo.—Santo Domingo de Heredia, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Gloriana Arias Mora, Notaria.—1 vez.—RP2009139100.—(IN2009097068).

Ante la notaría del licenciado Gerardo Arturo Delgado Soto, a las dieciséis horas del veintinueve de octubre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Tucano Interprisse Sociedad Anónima, con capital social de un millón de colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de cien mil colones cada una, domiciliada en San Ramón, Alajuela, plazo noventa y nueve años, teniendo como apoderado generalísimo sin limite de suma a su presidenta y tesorero separada o conjuntamente.—San Ramón, Alajuela, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Gerardo Arturo Delgado Soto, Notario.—1 vez.—RP2009139101.—(IN2009097069).

Ante mi notaría por escritura número cuatro-diecisiete se constituyó sociedad cuya denominación será la que se le asigne como número de cédula jurídica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, Nº 33171-J; domiciliada en distrito primero: Nicoya; cantón segundo: Nicoya; provincia de Guanacaste, frente a la Coopeguanacaste, con un capital social de ochenta mil colones representado por ocho acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Con un plazo de noventa y nueve años. Su objeto será el comercio en general, el establecimiento de cualquier tipo de empresa, la representación de casas comerciales nacionales y extranjeras; cualquier desarrollo urbanístico, industria, turismo, bienes raíces, así como la prestación de todo tipo de servicios lícitos en general. La representación judicial y extrajudicial corresponderá únicamente al presidente y vicepresidente, quienes tendrán las facultades de apoderados generalísimos si limitación de suma, conforme el numeral mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil; pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Nicoya, 30 de octubre del 2009.—Lic. Marjorie Vargas Sequeira, Notaria.—1 vez.—RP2009139102.—(IN2009097070).

Ante mi notaría, a las 8:00 horas del 28 de octubre del año 2009, se constituyó: Distribuidora y Comercializadora EVAL Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 28 de octubre del 2009.—Lic. Randall Camacho Monge, Notario.—1 vez.—RP2009139103.—(IN2009097071).

Por escritura otorgada a las 11:30 horas del día 24 de octubre de 2009, se constituyó Toys Shopper Sociedad Anónima. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: cien mil colones.—San José, 24 de octubre de 2009.—Lic. Catalina Pujol Rueda, Notaria.—1 vez.—RP2009139105.—(IN2009097072).

Por escritura otorgada a las 11:30 horas del día 13 de octubre de 2009, se constituyó Zhou Suen Asociados Sociedad Anónima. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: cien mil colones.—San José, 24 de octubre de 2009.—Lic. Catalina Pujol Rueda, Notaria.—1 vez.—RP2009139106.—(IN2009097073).

Mediante escritura otorgada en esta notaría, se constituyó la compañía Viloque de Abangares Sociedad Anónima. Presidente: Ulises Villegas Mora. Domicilio: Barrio San Francisco de Las Juntas de Abangares, Guanacaste.—31 de octubre del 2009.—Lic. Gonzalo Rodríguez Sabat, Notario.—1 vez.—RP2009139107.—(IN2009097074).

Por escritura otorgada ante esta notaría en el día dos de noviembre del año dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea de socios de Consorcio Especializado Arial. Se modifican la cláusula segunda y se nombra junta directiva.—Lic. Cynthia Corrales Mairena, Notaria.—1 vez.—RP2009139109.—(IN2009097075).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día veintiséis de octubre del dos mil nueve, se constituyó Ganadería Castillo Sociedad Anónima. Carlos Felipe Castillo Monge, presidente.—Lic. Cynthia Corrales Mairena, Notaria.—1 vez.—RP2009139110.—(IN2009097076).

Ante esta notaría, mediante escritura número setenta, de las ocho horas del treinta de octubre del dos mil nueve, los señores Gerardo Casares Alvarado y Cynthia Brenes Gutiérrez, constituyen una sociedad anónima.—San José, treinta de octubre del dos mil nueve.—Lic. Marco Aurelio Odio Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2009139114.—(IN2009097077).

Ante esta notaría, mediante escritura número setenta y uno, de las ocho horas del dos de noviembre del dos mil nueve, los señores Jesús Montes de Oca y Raquel Rivera Chacón, constituyen la sociedad De La Oca Enterprise de Costa Rica S. A.—San José, dos de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Marco Aurelio Odio Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2009139115.—(IN2009097078).

Al ser las trece horas del veintinueve de octubre del dos mil nueve, procedo a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria número uno, de la empresa denominada Costa Rica Properties: Management & Administration, PMA, Corp. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y siete mil cuatrocientos noventa y siete, en la cual se reforma el pacto constitutivo en su cláusula sétima: la administración.—San José, veintinueve de octubre del dos mil nueve.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario.—1 vez.—RP2009139116.—(IN2009097079).

En San José, al ser las quince horas treinta minutos del veintinueve de octubre del dos mil nueve, procedo a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria número uno, de la empresa Tu Lens Sociedad Anónima, entidad con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y cuatro mil sesenta y siete, e inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público, al tomo dos mil nueve, asiento ciento veintiocho mil cuatrocientos setenta y tres, celebrada en su domicilio social, sita en la provincia de San José, Goicoechea, Guadalupe, Urbanización Esquivel Bonilla, del Colegio de Microbiólogos de Costa Rica, veinticinco metros este y cincuenta norte, en la cual se reforma la cláusula de la representación.—San José, treinta de octubre del dos mil nueve.—Lic. Carolina Arguedas Mora, Notaria.—1 vez.—RP2009139117.—(IN2009097080).

Por escritura setenta, de las diecisiete horas treinta minutos del veintidós de setiembre del dos mil nueve, de esta notaría, se protocoliza acta de Janiclamar, en la que se modifica el domicilio.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil nueve.—Lic. Rosa Guillermina Aguilar Ureña, Notaria.—1 vez.—RP2009139119.—(IN2009097081).

En escritura cuarenta y nueve-dos, del protocolo dos del notario Andrés F. González Anglada, se protocolizó cambio de junta directiva y cambio en la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad denominada Construcciones Mave Sociedad Anónima, quedando el presidente y secretario, como apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente. Es todo.—Lic. Andrés Francisco González Anglada, Notario.—1 vez.—RP2009139121.—(IN2009097082).

Por escritura 200-2, de las 12:00 horas del día 15 de octubre del 2009, se constituyó Inversiones Hashem M D Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Se nombra junta directiva, fiscal.—Lic. Aníbal Granados Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2009139122.—(IN2009097083).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 30 de octubre del 2009, se constituyó la sociedad denominada Wikkirangers Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, Curridabat, Lomas de Ayarco Sur, casa dos GG. Capital social: diez mil colones. Presidente y secretario, con la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 30 de octubre del 2009.—Lic. Rafael Alejandro Rojas Salazar, Notario.—1 vez.—RP2009139123.—(IN2009097084).

En esta notaría, el dos de noviembre del dos mil nueve, se constituyó la Asociación para el Mejoramiento para la Educación de la Región de Alajuela, y su presidente es Carlos Luis Morales Rodríguez.—Alajuela, a las nueve horas del dos de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Édgar Alfaro Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2009139124.—(IN2009097085).

Ante la notaría del Lic. José Miguel Jirón Chavarría, por escritura pública número ciento cuarenta y siete-dieciocho, de las 09:00 horas del 26 de octubre del 2009, constituyeron una S. A., cuya denominación social se ajusta en lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Capital social: diez mil colones. Plazo social: cien años.—Lic. José Miguel Jirón Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2009139126.—(IN2009097086).

Ante mí, Luis Alberto Campos Flores, notario público con oficina en San José, se constituye la sociedad denominada Inversiones Inmobiliarias R. O. del Oeste Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente, secretario, con facultades de apoderados generalísimos. Domicilio: San José. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del treinta de octubre del dos mil nueve.—Lic. Luis Alberto Campos Flores, Notario.—1 vez.—RP2009139129.—(IN2009097087).

Por este medio, el suscrito notario hace constar que a las diecisiete horas treinta minutos del veintiocho de octubre del dos mil nueve, mediante escritura número ciento veintinueve-tres, otorgada en el tomo tercero   de   mi  protocolo,   se   constituyó   una  sociedad   denominada   A League Beneath Sociedad Anónima.—Paraíso de Cartago, dos de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Francisco Alfonso Castro Murillo, Notario.—1 vez.—RP2009139131.—(IN2009097088).

El suscrito notario hace constar y da fe que hoy, se constituye sociedad anónima, de nombre mismo número de cédula jurídica “S. A.” Presidente: Giovanni Salas Camacho, cédula Nº 6-0218-0326, y tesorera: Shirley Fallas Esquivel, cédula Nº 1-1010-0868; secretario: Olger Salas Camacho; fiscal: Junior Salas Camacho. Constituida por diez acciones.—27 de octubre del 2009.—Lic. Giovanni Salas Camacho, Notario.—1 vez.—RP2009139132.—(IN2009097089).

Por escritura número veintiséis, del tomo cinco de mi protocolo, se constituyó la sociedad Carrocerías Costamex A.W.F. Sociedad Anónima. Otorgada en fecha treinta de octubre del dos mil nueve. Vigencia: noventa y nueve años, a partir del treinta de octubre del dos mil nueve. Capital social: diez mil colones.—Alajuela, al ser las once horas del treinta de octubre del dos mil nueve.—Lic. Pablo Valerio Soto, Notario.—1 vez.—RP2009139133.—(IN2009097090).

Por escritura número veintiuno-treinta y cuatro, otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día diecisiete de setiembre del año en curso, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada HSBC Puesto de Bolsa (Costa Rica) S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero setenta y cuatro mil setecientos treinta y ocho, en la que se acuerda modificar la cláusula quinta de los estatutos sociales.—San José, dos de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Arturo Apéstegui Barzuna, Notario.—1 vez.—RP2009139134.—(IN2009097091).

En escritura número doscientos treinta y cinco, folio ciento cinco vuelto y ciento seis frente y vuelto del protocolo cinco, de la notaria Rosa Isel Ugalde Arroyo, se constituye la sociedad denominada Nueva Renovación de Esparza Sociedad Anónima, como apoderados generalísimos los señores: Sonia María Hernández Montiel y Marco Vinicio Ortega Morgan. Como presidente el señor: Marco Vinicio Ortega Morgan.—Lic. Rosa Isel Ugalde Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2009139136.—(IN2009097092).

El suscrito notario público, protocoliza acta de asamblea general ordinaria de asociados de la Asociación Hogar Carlos María Ulloa. Escritura número ochenta y cinco, otorgada en San José, a las diez horas y treinta minutos del veintisiete de octubre del dos mil nueve.—San José, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Ricardo Vargas Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2009139137.—(IN2009097093).

Por escritura otorgada a las 08:00 horas del 30 de octubre del 2009, se constituyó ante esta notaría: Salud Corporativa Integral S. A., con domicilio en San José. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Federico Golcher Valverde.—San José, 30 de octubre del 2009.—Lic. Mario Quirós Salazar, Notario.—1 vez.—RP2009139139.—(IN2009097094).

En esta notaría, se constituyó Danymel Sociedad Anónima. Capital social: totalmente suscrito y pagado. La representación judicial y extrajudicial le corresponde al presidente, al secretario y al tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San Vito, veintiséis de octubre del dos mil nueve.—Lic. Erick González Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2009139144.—(IN2009097095).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas con treinta minutos del día ocho de octubre del dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada Foxzona Sociedad Anónima. Es todo.—Lic. Paola Colombo Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2009139147.—(IN2009097096).

Que mediante escritura número doscientos treinta y dos, otorgada ante mi notaría, de paso por la ciudad de San José, a las diez horas con treinta minutos del día veintinueve de octubre del dos mil nueve, los señores: John Barton Luchok, estadounidense, pasaporte número cero cinco seis nueve nueve ocho siete cuatro ocho, y Harry Hart, estadounidense, pasaporte número siete uno uno cinco cuatro seis dos cuatro uno, constituyeron la sociedad denominada Los Pinchos Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiendo abreviarse Los Pinchos Ltda. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones.—San José, veintinueve de octubre del dos mil nueve.—Lic. Berny Argentina Delgado Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2009139149.—(IN2009097097).

Por escritura sesenta y dos, otorgada ante esta notaría, al ser las 14:00 horas del día 2 de noviembre del 2009, se constituyó la sociedad anónima denominada Eventos Dos GO S. A. Representación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: su presidente. Capital social: diez mil colones exactos. Plazo social: cien años. Domicilio social: Heredia.—San José, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Lary Glorianna Escalante Flores, Notaria.—1 vez.—RP2009139154.—(IN2009097098).

Por escrituras números: doscientos cuarenta y dos y doscientos cuarenta y tres, de las trece horas cuarenta y dos minutos, y catorce horas treinta minutos, respectivamente, todas del veintiuno de agosto del dos mil nueve, visible en el tomo quinto del protocolo del suscrito notario, se protocolizan actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de las empresas Casalupo del Prado, Grupo Goderama, ambas sociedad anónima, en donde se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo en la primera de ellas, y se reforma las cláusulas quinta y sexta del pacto social, y se nombra nuevo tesorero y fiscal en la segunda de ellas. Es todo.—San José, veintiuno de agosto del dos mil nueve.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1 vez.—RP2009139155.—(IN2009097099).

Por escritura otorgada en Puntarenas, a las diez horas del día veintisiete de octubre del dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la firma denominada EF Altamira Management Sociedad Anónima, y se acuerda hacer una transformación de persona jurídica, ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo.—San José, a las quince horas del dos de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—RP2009139156.—(IN2009097100).

Por escritura otorgada en San José, a las dieciséis horas del día treinta de octubre del dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la firma denominada Armonía en los Delfines Sociedad Anónima, y se acuerda modificar su junta directiva, ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo.—San José, a las ocho horas del dos de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—RP2009139157.—(IN2009097101).

Por escritura otorgada en San José, a las quince horas del treinta de octubre del dos mil nueve, se constituye sociedad anónima denominada Desarrollo de Negocios Barnes Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo.—San José, al ser las nueve horas del día dos de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—RP2009139158.—(IN2009097102).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del nueve de octubre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad cuya denominación social será el número de cédula de persona jurídica que le sea asignado por el Registro Nacional al momento de su inscripción. Al número asignado le seguirá el aditamento “Sociedad Anónima”, el cual podrá abreviarse “S. A.” La representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, corresponde al presidente.—San José, 4 de marzo del 2009.—Lic. Luis Alberto Sáenz Zumbado, Notario.—1 vez.—RP2009139159.—(IN2009097103).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veinticuatro de octubre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Blueray Logistics Sociedad Anónima, cuya traducción al español es Logística Rayo Azul Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, corresponde: al presidente, al secretario y al tesorero, actuando en conjunto dos de ellos.—San José, 30 de octubre del 2009.—Lic. Luis Alberto Sáenz Zumbado, Notario.—1 vez.—RP2009139160.—(IN2009097104).

Por escritura número cincuenta y siete-cuarenta y cuatro, otorgada ante los notarios Juvenal Sánchez Zúñiga, Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo del primero, a las quince horas treinta minutos del día treinta de octubre del dos mil nueve, se reforma la cláusula sétima de los estatutos, se nombran gerente uno, gerente dos y agente residente de la compañía tres-ciento dos-quinientos setenta y ocho mil ochocientos setenta S.R.L.—San José, 30 de octubre del 2009.—Lic. Jorge González Roesch, Conotario.—1 vez.—RP2009139161.—(IN2009097105).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecinueve horas, treinta minutos del ocho de octubre de dos mil nueve, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Grupo Farinar S. A., en la cual se acordó modificar las cláusulas quinta, y sexta, de los estatutos de la compañía.—San José, ocho de octubre de dos mil nueve.—Lic. Rogelio Navas Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2009139164.—(IN2009097106).

Por escritura otorgada ante mí, en esta ciudad a las 15:00 horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea de Edificio Goldmin Sociedad Anónima, en la que se reforman estatutos.—San José, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—RP2009139165.—(IN2009097107).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del catorce de octubre del dos mil nueve, los señores Isidro Ferreto Artavia e Isidro Ferreto Paniagua, constituyen la denominada Inversiones Ifepa del Norte Sociedad de Responsabilidad Limitada. Con domicilio social en San Miguel de Sarapiquí, Alajuela, trescientos metros norte del cementerio. Con facultad de apoderados generalísimos sin límite de suma los señores Ferreto Artavia e Isidro Ferreto Paniagua.—La Virgen de Sarapiquí, a las dieciséis horas del catorce de octubre del dos mil nueve.—Lic. Zoila Araya Moreno, Notaria.—1 vez.—RP2009139167.—(IN2009097108).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del dieciséis de octubre del dos mil nueve, los señores Óscar Emilio Montero Ruiz y Daniel Mauricio Salas Fallas, constituyen la denominada Mabito Sociedad Anónima. Con domicilio social en La Virgen de Sarapiquí, Heredia, contiguo al Banco Nacional de Costa Rica. Con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma los señores Óscar Emilio Montero Ruiz y Daniel Mauricio Salas Fallas.—La Virgen de Sarapiquí, a las trece horas del dieciséis de octubre del dos mil nueve.—Lic. Zoila Araya Moreno, Notaria.—1 vez.—RP2009139169.—(IN2009097109).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del quince de octubre del dos mil nueve, los señores Óscar Emilio Montero Ruiz y Daniel Mauricio Salas Fallas, constituyen la denominada Gemelos Fantásticos Sociedad Anónima. Con domicilio social en La Virgen de Sarapiquí, Heredia contiguo al Banco Nacional de Costa Rica. Con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma los señores Óscar Emilio Montero Ruiz y Daniel Mauricio Salas Fallas.—La Virgen de Sarapiquí, a las dieciséis horas del quince de octubre del dos mil nueve.—Lic. Zoila Araya Moreno, Notaria.—1 vez.—RP2009139170.—(IN2009097110).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del dieciséis de octubre del dos mil nueve, los señores Óscar Emilio Montero Ruiz y Daniel Mauricio Salas Fallas, constituyen la denominada Nana Tres Mil Sociedad Anónima. Con domicilio social en La Virgen de Sarapiquí, Heredia contiguo al Banco Nacional de Costa Rica. Con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma el señor Óscar Emilio Montero Ruiz.—La Virgen de Sarapiquí, a las catorce horas del dieciséis de octubre del dos mil nueve.—Lic. Zoila Araya Moreno, Notaria.—1 vez.—RP2009139171.—(IN2009097111).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del 2 de noviembre del 2009, se modificó la cláusula del domicilio y de administración de Fundo Cuatro Kaes S. A., y se nombra nueva junta directiva: Presidente: Armen Sarkisian Manukian. Secretario: Amado Conejo Sánchez. Tesorera: Margot Vásquez Hernández, fiscal: Glenda Fonseca Solórzano.—Lic. Karla Vanessa López Silva, Notaria.—1 vez.—RP2009139172.—(IN2009097112).

Ante esta notaría, a las ocho horas del día veintinueve de octubre del año dos mil nueve, se constituye la sociedad Made Costa Rica S. A. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente, secretaria y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domiciliada en San José, Coronado.—Lic. Maritza Gamboa Aguilar, Notaria.—1 vez.—RP2009139173.—(IN2009097113).

Se reforma la cláusula novena de los estatutos de la sociedad denominada Seguridad Electrónica de Sarapiquí Q.R Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y cuatro cuatrocientos treinta y nueve.—Puerto Viejo de Sarapiquí, dos de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Julieta Lidieth Chavarría Araya, Notaria.—1 vez.—RP2009139174.—(IN2009097114).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 2 de noviembre del 2009, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Inversiones Dulomarca S. A., se reforma cláusulas sexta y segunda de los estatutos.—San José, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Aisha Acuña Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2009139175.—(IN2009097115).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del catorce de octubre del dos mil nueve, se modificó la cláusula novena de la administración de Filial Setenta y Ocho Almagro Fuerte Ventura S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y nueve mil ochocientos noventa y dos.—San José, veintinueve de octubre del dos mil nueve.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—RP2009139178.—(IN2009097116).

Por escritura otorgada en esta ciudad, a las 11:00 horas de hoy ante la suscrita notaria, se protocolizó acta de H W P Arteria Creativa S. A. en la que se reformó cláusula cuarta de los estatutos, acortándose el plazo de la sociedad.—San José, 28 de octubre del 2009.—Lic. Irene Lobo Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2009139181.—(IN2009097117).

Mediante escritura otorgada en mi notaría, a las catorce horas del día diecisiete de junio del 2009, se constituye la sociedad Cariva ALS Sociedad de Responsabilidad Limitada. El capital social está íntegramente suscrito y pagado.—Cartago, 3 de noviembre del 2009.—Lic. Ana Gabriela Villavicencio Masís, Notaria.—1 vez.—RP2009139183.—(IN2009097118).

En Desamparados, ante el notario público Carlos Alberto Valverde Bonilla, a las 10:30 horas del 2 de noviembre del 2009, José Emiliano López Arroyo y Reiner Núñez Villegas, constituyen Seguridad Nuylop Limitada.—Lic. Carlos Alberto Valverde Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2009139184.—(IN2009097119).

Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de Golden Nectars of the Pacific S. A., la cual reforma la cláusula segunda de los estatutos. Escritura de las trece horas, quince minutos del cinco de marzo del año dos mil nueve.—Lic. Elizabeth María Álvarez Morales, Notaria.—1 vez.—RP2009139185.—(IN2009097120).

Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de Hidden Rainbow Slopes S. A., la cual reforma la cláusula segunda de los estatutos. Escritura de las trece horas, treinta minutos del cinco de marzo del año dos mil nueve.—Lic. Elizabeth María Álvarez Morales, Notaria.—1 vez.—RP2009139186.—(IN2009097121).

Luis Carlos Biolley Bolaños y Rommel Gerardo Briceño Villegas, constituyen Apocalipsis Seguridad Global S. A. Presidente: Luis Carlos Biolley Bolaños.—San José, 30 de setiembre del 2009.—Lic. Alejandro Villegas Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2009139189.—(IN2009097122).

Mediante escritura otorgada el día de hoy en mi notaría, se protocolizó acta de la compañía denominada Droguería e Importaciones La California S. A., mediante la cual se modifica la cláusula sexta de los estatutos en cuanto a la administración.—San José, 3 de octubre del 2009.—Lic. Douglas Castro Peña, Notario.—1 vez.—RP2009139191.—(IN2009097123).

Por escrituras otorgadas ante mi notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de: A) Cherry Cherry Bom Bom S. A. B) Apple Apple Bom Bom S. A. C) Inmobiliaria FCM El Coyol S. A. D) Condominios del Río Condori PRI S. A., en todas las sociedades se modifican cláusulas de su pacto constitutivo y se hacen nuevos nombramientos en la junta directiva. Asimismo se constituye la sociedad Bed For a Friend S. A. Presidente: Jonathan Jara Castro.—San José, tres de noviembre de dos mil nueve.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2009139192.—(IN2009097124).

En mi notaría, a las 8:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Inmobiliaria SVM La Rosa de Guadalupe S. R. L., mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombra gerente.—San José, 3 de noviembre de 2009.—Lic. Mayela Morales Marín, Notaria.—1 vez.—RP2009139193.—(IN2009097125).

Roger Solís Porras y Ana Guiselle Duarte Arias, constituyen la sociedad Grupo Agrícola Solís Duarte Sociedad Anónima. Escritura otorgada en la ciudad de San Isidro de Pérez Zeledón, a las 15:00 horas del 28 de octubre del 2003. Escritura número ciento cincuenta, visible a folio ciento ocho vuelto del tomo octavo.—Lic. Ademar Fonseca Fallas, Notario.—1 vez.—RP2009139198.—(IN2009097126).

Por escritura otorgada el día 21 de octubre dos mil nueve, ante esta notaría, se constituye la compañía Servicios Profesionales de Apoyo a Proyectos Seproapro Sociedad Anónima, y se designa presidente, con suficientes facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, tres de noviembre del dos mil nueve.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—RP2009139201.—(IN2009097128).

Por escritura otorgada el día 28 de octubre dos mil nueve, ante esta notaría, se constituye la compañía Begakalejopama Sociedad Anónima, y se designa presidente, con suficientes facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, tres de noviembre del dos mil nueve.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—RP2009139202.—(IN2009097129).

Por escritura otorgada el día 30 de octubre dos mil nueve, ante esta notaría, se constituye la compañía Fasolcar Sociedad Anónima, y se designa presidente, con suficientes facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, tres de noviembre del dos mil nueve.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—RP2009139203.—(IN2009097130).

Por escritura otorgada ante mí notaría, a las 10:00 horas del 2 de noviembre del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Consultores Inmobiliarios Polarine Prisla PP S. A., en la que se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo, se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Rafael Ángel Calderón Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2009139208.—(IN2009097131).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del siete de octubre del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea de socios de la compañía Piña Tica Río Cuarto Sociedad Anónima, en que se reforma la cláusula sexta del pacto social, se nombra junta directiva y se revocan poderes.—Lic. Harry Castro Carranza, Notario.—1 vez.—RP2009139210.—(IN2009097132).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 28 de octubre del 2009, se constituyó la sociedad anónima denominada: Centro Equilibrio y Armonía S. A. Domicilio social: San José, Merced, Paseo Colón 15 metros este de la sala Garbo, calles 24 y 26, avenida segunda. Plazo social: 99 años. Capital social: veinte mil colones.—San José, 28 de octubre del 2009.—Lic. Silvia Alejandra Díaz Solano, Notaria.—1 vez.—RP2009139213.—(IN2009097133).

Que mediante escritura de las 10:00 horas del 13 de octubre del 2009, los señores Diego Alberto Cambronero Blanco, cédula Nº l-768-460 y Rosibelle Zeledón Solano, cédula Nº 1-767-399, constituyen Cambro CR Administración Flotas S. A. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Objeto: industria, comercio en general, agricultura, ganadería, imprenta y litografía. Domicilio: San José, Goicoechea, Guadalupe, 50 metros norte del cementerio. Presidente: Diego Alberto Cambronero Blanco.—San José, 3 de noviembre del 2009.—Lic. Jorge Armando Cartín Estrada, Notario.—1 vez.—RP2009139214.—(IN2009097134).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las diez horas del dos de noviembre del año dos mil nueve, se protocolizó acta mediante la cual se modifica el artículo sétimo del estatuto de la empresa Soto y Aguilar S.A.—Alajuela, 30 de octubre del 2009.—Lic. José Arturo Fernández Ardón, Notario.—1 vez.—RP2009139215.—(IN2009097135).

Mediante escritura número ciento veinticinco, otorgada ante mi notaría, a las dieciocho horas del veintisiete de octubre del dos mil nueve, iniciada al folio noventa y cuatro frente del tomo tercero del protocolo del suscrito notario Eduardo Rulamán, Elena Susana y Nandy María, todos Vargas Fallas, constituyeron Servicios de Terapia Física y Rehabilitación Salud Cristiana Sociedad Anónima. Con domicilio social en casa número dieciséis G de residencial Jardines de Roma de Santiago de San Rafael de Heredia, concretamente cincuenta metros al este y cincuenta metros al sur de la escuela Laboratorio. Presidente: Eduardo Rulamán, Elena Susana.—San José, veintisiete de octubre del dos mil nueve.—Lic. Octavio Castiglioni Vásquez, Notario.—1 vez.—RP2009139216.—(IN2009097136).

Por escritura otorgada en San José, a las 17:00 horas de hoy, se constituyó una sociedad anónima que se denominará según el número de cédula jurídica que se le asigne. Plazo: 99 años. Objeto: Adquisición de bienes inmuebles, comercio, agricultura, industria y ganadería. Capital: ¢10.000, dividido y representado por 10 acciones, comunes nominativas, de ¢ 1.000 cada una, pagado.—San José, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Luis Alberto Sáenz Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2009139218.—(IN2009097137).

Por escritura pública otorgada hoy ante mí, en San José, a las 18:00 horas, se constituyó la sociedad denominada Los Caniqueros S. A. Con domicilio en San Pedro de Montes de Oca. Capital social de 10.000 colones.—San José, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Aldo Morelli Lizano, Notario.—1 vez.—RP2009139221.—(IN2009097138).

Ante esta notaría, en la escritura otorgada al ser las diecisiete horas del dos de noviembre de dos mil nueve; se procedió a protocolizar la constitución de Asociación de Seguridad Comunitaria de Nosara. Es todo.—San José, 3 de noviembre de dos mil nueve.—Lic. Sergio Mena Díaz, Notario.—1 vez.—RP2009139222.—(IN2009097139).

Ante esta notaría, en la escritura otorgada al ser las once horas del catorce de setiembre de dos mil nueve; se constituyó la sociedad Leyjas Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 3 de noviembre de dos mil nueve.—Lic. Sergio Mena Díaz, Notario.—1 vez.—RP2009139223.—(IN2009097140).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 2 de noviembre del 2009, se constituyó la sociedad anónima denominada: Inversiones Mingo Dos Mil Nueve Sociedad Anónima. Domicilio social: Getsemaní de San Rafael de Heredia, de la escuela cien al norte. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones.—Heredia, 2 de noviembre de 2009.—Lic. Adolfo Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2009139227.—(IN2009097141).

Por escritura número cuarenta-tres, otorgada ante mí, a las ocho horas del treinta de octubre del dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Falcon Industries CR S. A., por la que se acuerda reformar la cláusula segunda, del domicilio, la sexta de la administración. Así como se conoce, aprueba y acepta la renuncia del secretario y se nombra agente residente.—San José, 30 de octubre de 2009.—Lic. Manfred Fischel Robles, Notario.—1 vez.—RP2009139229.—(IN2009097142).

Por escritura otorgada por los notarios Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar y Alfonso Gerardo Bolaños Fernández, a las 8:00 horas del 31 de octubre de 2009, se constituyó la sociedad Administradora de Vehículos del Sur S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, el señor Andrés Solís Solís. Capital: suscrito y pago en su totalidad. Es todo.—Firmo en la ciudad de Grecia, el 31 de octubre del 2009.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—RP2009139232.—(IN2009097143).

Mediante escritura pública número trescientos treinta y siete, otorgada por el notario Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, a las ocho horas del dos de noviembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social de la nueva empresa se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma Javier Francisco Víquez Barrantes. Capital: suscrito y pago en su totalidad.—Grecia, dos de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—RP2009139233.—(IN2009097144).

Se hace constar que por medio de escritura otorgada a las doce horas del treinta de octubre del dos mil nueve, se constituye la sociedad Leocarvajal Foto y Diseño Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo.—San José, treinta de octubre del dos mil nueve.—Lic. Aurora Marcela Saravia Torres, Notaria.—1 vez.—RP2009139238.—(IN2009097145).

Se hace constar que por medio de escritura otorgada a las quince horas del treinta de octubre del dos mil nueve, se constituye la sociedad Inversiones Inteligentes Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos.—San José, treinta de octubre del dos mil nueve.—Lic. Aurora Marcela Saravia Torres, Notaria.—1 vez.—RP2009139239.—(IN2009097146).

Por escritura Nº 265 de fecha 2 de noviembre del 2009, ante esta notaría, Mauricio Enrique Aguilar Ulate y Anna Bickel constituyen sociedad Comercializadora Bela y Asociados M Y A S. A., domiciliada en Lourdes de Montes de Oca, capital diez mil colones.—San José, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Jorge Miranda Murillo, Notario.—1 vez.—RP2009139240.—(IN2009097147).

Por escritura número 42 otorgada ante mi notaría, a las 17 horas, 30 minutos del 30 de octubre de 2009, los señores Orlando Castellón Navarro, cédula Nº 1-637-193 y María García Pérez, cédula Nº 2-477-396, constituyeron la sociedad Automotores Sofi Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones íntegramente suscrito y pagado.—San José, 30 de octubre de 2009.—Lic. Jeannette Salazar Araya, Notaria.—1 vez.—RP2009139241.—(IN2009097148).

Ante mí, Maricela Alpízar Chacón, mediante escritura Nº 3-204, del 2 de noviembre 2009, Bombadillon S. A., cédula Nº 3-101-368108, reforma cláusula décimo cuarta del pacto, sobre el agente residente.—San José, 2 noviembre del 2009.—Lic. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2009139243.—(IN2009097149).

Hoy tres de noviembre del dos mil nueve, he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza cuya razón social es Rancho Boyero Doscientos Dos Sociedad Anónima, en la cual se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: Cláusula segunda del domicilio, la cláusula primera que es del nombre de la sociedad, la cláusula décimo cuarta que es de los miembros de la junta directiva, presidente, secretaria, tesorera, fiscal, y se cambia su agente residente y cláusula sexta que es de la administración.—San José, tres de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Ana Catalina Brenes Solano, Notaria.—1 vez.—RP2009139247.—(IN2009097150).

Mediante escritura número 22 del tomo 9 de mi protocolo, se constituyó la sociedad Viandas Ambrosia y Sofrosine Sociedad Anónima.—Guadalupe, 29 de octubre de 2009.—Lic. José Arturo Leitón Salas, Notario.—1 vez.—RP2009139249.—(IN2009097151).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas veinticinco minutos del día 28 de octubre del 2009, se modificó el pacto social de ACARI Agropecuaria del Caribe Sociedad Anónima. Se modificó: 1. Cláusula segunda. Domicilio social: Guanacaste, Carrillo, residencial Lomas del Mar, lote 24. 2. Se revocaron y sustituyeron los nombramientos de la junta directiva y fiscal. Es todo.—San José, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Yurly Alguera Martínez, Notario.—1 vez.—RP2009139250.—(IN2009097152).

Ante la notaria Rosa Puello Suazo, con oficina abierta en San José, compareció David Gerardo Castro Romero, mayor, soltero, empresario, vecino de San José, cédula número uno-dieciocho siete dos-cero dos seis dos, constituye la sociedad anónima Importaciones Castro Calderón S.A., a las nueve horas del veinte de octubre del dos mil nueve.—Lic. Rosa Puello Suazo, Notaria.—1 vez.—RP2009139251.—(IN2009097153).

Mediante escritura número 465 del tomo 13 del notario Arturo Méndez Jiménez, de fecha 28 de octubre del 2009, se protocoliza acta número dieciséis, acta de asamblea general extraordinaria de la Asociación Específica Administradora del Acueducto Integrado de Las Comunidades de Gutiérrez y Bron, acta mediante la cual se modifican los artículos tercero, inciso e), artículo cuarto, inciso dd), artículo octavo, inciso tercero a). Artículo décimo, inciso b), Artículo décimo cuarto, inciso c). Artículo décimo cuarto, inciso d), Artículo décimo quinto, segundo párrafo. Artículo décimo noveno, inciso primero). Artículo décimo noveno, inciso cuarto del pacto constitutivo de dicha sociedad.—San Vito de Coto Brus, 28 de octubre del 2009.—Lic. Arturo Méndez Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2009139254.—(IN2009097154).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del veintinueve de octubre del dos mil nueve, se constituyó la firma denominada Casa Rosa Sociedad Anónima. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio en la ciudad de las Juntas de Abangares, Guanacaste, cantón número siete, distrito primero de la provincia de Guanacaste, doscientos metros oeste de la Cruz Roja.—Cañas, veintinueve de octubre del dos mil nueve.—Lic. Ligia Marta Chavarría Lavagni, Notaria.—1 vez.—RP2009139257.—(IN2009097155).

Por escritura número trescientos veintidós-cuatro, otorgada a las diecinueve horas del veintiséis de octubre del año dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada Importadora Víquez y Asociados Sociedad Anónima.—Heredia, veintisiete de octubre del año dos mil nueve.—Lic. Ileana María Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—RP2009139259.—(IN2009097156).

Por escritura de las 12:00 horas del 2 de noviembre del año 2009, se protocoliza el acta de la sociedad denominada 3-102-569113 Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula primera: del nombre: para que en adelante se llame F J B Trading Corp Sociedad de Responsabilidad Limitada, y se cambia el gerente.—San José, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—1 vez.—RP2009139260.—(IN2009097157).

Por escritura de las 18:00 horas del 30 de octubre del año 2009, se constituye la sociedad denominada Alfa Betting Club A B C Sociedad de Responsabilidad Limitada. Se nombra gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 3 de noviembre del 2009.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—1 vez.—RP2009139261.—(IN2009097158).

Por escritura de las 15:00 horas del 2 de noviembre del año 2009, se constituye la sociedad denominada por su número de cédula jurídica sociedad de responsabilidad limitada. Se nombra gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 3 de noviembre del 2009.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—1 vez.—RP2009139262.—(IN2009097159).

Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría, de las diecisiete horas, treinta minutos del cuatro de febrero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Trueno Luminoso Sociedad Anónima. Con domicilio en San José. Teniendo el presidente y el secretario facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, dos de noviembre del 2009.—Lic. Nancy Vieto Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2009139263.—(IN2009097160).

Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría, de las dieciocho horas del veintiocho de octubre del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Soulea Casa del Mar Uno Limitada, por la cual se reforma la cláusula dos del domicilio, y se nombran gerentes y agente residente.—San José, dos de noviembre del mil nueve.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2009139264.—(IN2009097161).

Por escritura otorgada en mi notaría, San José, a las ocho horas del veintiséis de octubre de dos mil nueve, se constituye Corporación Internacional Mi Ángel y Yo Sociedad Anónima. Domicilio: Moravia. Plazo: noventa y nueve años. Capital: diez mil colones.—Lic. Mayra Centeno Mejía, Notaria.—1 vez.—RP2009139267.—(IN2009097162).

Al ser las catorce horas, treinta minutos del quince de octubre del dos mil nueve, ante esta notaría, se constituyó la empresa que ahora tendrá por denominación OSF - Limoncillos Car Sociedad Anónima, capital social: suscrito y pagado por los socios.—Cartago, dos de noviembre del año dos mil nueve.—Lic. Alfonso Víquez Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2009139268.—(IN2009097163).

Por escritura autorizada a esta notaría, a las 15:00 horas del 15 de octubre del año 2009, se constituyó la sociedad Limpio y Verde Sociedad Anónima. Domicilio: San Isidro de El General, Pérez Zeledón, 75 oeste de Disco Centro. Presidente: Wilber Piedra Zúñiga.—6 de octubre del año 2009.—Lic. Rodolfo Herrera García, Notario.—1 vez.—RP2009139269.—(IN2009097164).

Por escritura autorizada a esta notaría, a las 21:00 horas del 19 de octubre del año 2009, se modificó la cláusula de la representación judicial y extrajudicial de la sociedad denominada Sendero del Río S. A.—19 de octubre del año 2009.—Lic. Walter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2009139270.—(IN2009097165).

Ante mi notaría, el día veintiocho de octubre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Serna-Jiménez Sociedad Anónima, capital social: doce mil colones.—Heredia, tres de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Carlos Delgado Chaves, Notario.—1 vez.—RP2009139271.—(IN2009097166).

Ante mí, Roy Harold Elizondo Durán, notario público, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Restos de Dominical S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-noventa y dos mil cuarenta y cuatro, celebrada en domicilio de la sociedad sito en la ciudad de Dominical de Osa, en la cual se modifica la cláusula sétima de los estatutos sociales de la representación judicial y extrajudicial. Presidente: John Willian Kramer.—Dos de noviembre del año dos mil nueve.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Notario.—1 vez.—RP2009139272.—(IN2009097167).

Ante mí, Roy Harold Elizondo Durán, notario público, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, Un Nuevo Canto en El Horizonte Limitada. Domiciliada en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, ciento cincuenta metros al sur del Hotel Diamante Real. Con un plazo social de noventa y nueve años a partir del diecinueve de octubre del dos mil nueve. Conformado por un capital social de seis mil colones, representado por seis cuotas comunes y nominativas de mil colones cada una. Gerente: Ana Astrid Palacios Cajina.—Pérez Zeledón, dos de noviembre del año dos mil nueve.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Notario.—1 vez.—RP2009139273.—(IN2009097168).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del dos de noviembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Las Rosas de Las Brisas Sociedad Anónima. Presidente: Criag Allan Grondin.—San José, dos de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Ana Cecilia Rivas Tinoco, Notaria.—1 vez.—RP2009139274.—(IN2009097169).

Por escritura otorgada ante el notario Héctor Manuel Fallas Vargas, a las doce horas del treinta de octubre del dos mil nueve, la sociedad IL Pranzo Pasta Sociedad Anónima, modificó la cláusula novena del pacto constitutivo.—San José, treinta de octubre del dos mil nueve.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—RP2009139277.—(IN2009097170).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas cincuenta minutos del dos de noviembre de dos mil nueve, se constituyó Guevara & Bolaños Desarrolladores Urbanos Sociedad Anónima, con domicilio en Heredia, San Rafael, urbanización Arguedas Molina, casa número ciento siete. El capital social es de diez mil colones. Presidente: Randy José Guevara Campos. Plazo social de noventa y nueve años.—San José, dos de noviembre de dos mil nueve.—Lic. Rolando Morris Burton, Notario.—1 vez.—RP2009139278.—(IN2009097171).

Por escritura número 151, otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del día 3 de setiembre del año 2009, René Alejandro Álvarez Barba, y Windy Santamaría Barrantes, constituyeron Davide Corp. C.R. Sociedad Anónima. Capital social: ¢10.000,00.—Lic. Lourdes Líos Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2009139279.—(IN2009097172).

Por escritura de las 9:00 horas del 3 de noviembre de 2009, se constituye la sociedad Central Agrícola de Costa Rica Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, 3 de noviembre de 2009.—Lic. Johnny Alberto Vargas Carranza, Notario.—1 vez.—RP2009139282.—(IN2009097173).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:30 horas del 16 de octubre de 2009, se constituyó la sociedad denominada Especialidades Dentales C.E.O. Sociedad Anónima. Presidenta: Susana Hernández González, cédula 4-171-503.—Barva, 2 de noviembre de 2009.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—RP2009139283.—(IN2009097174).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas del 16 de octubre de 2009, se constituyó la sociedad denominada Casa Vargas González V.G. Sociedad Anónima. Presidente: Allan Vargas González, cédula 1-1022-749.—Barva, 2 de noviembre de 2009.—Lic. Guillermo Montero Solera, Notario.—1 vez.—RP2009139284.—(IN2009097175).

Por escritura otorgada ante mi notaría, número ciento noventa, visible a los folios ciento cincuenta y cinco frente del tomo treinta y tres de mi protocolo, de las 8 horas del 2 de noviembre del año 2009, se protocolizan acuerdos de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la sociedad de esta plaza Automoteres de Dulce Nombre S. A., cédula jurídica número 3-101-273579, mediante los cuales se modifican las cláusulas primera y segunda del pacto constitutivo; se nombra nuevo presidente y tesorera de junta directiva y fiscal de la sociedad.—Cartago, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Eugenio Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2009139285.—(IN2009097176).

Por escritura otorgada por el suscrito notario, a las 17:00 horas del día 28 de octubre del 2009; se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Casa Doña Luz Marina Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula segunda del pacto social. Se nombra nuevo secretario y tesorero.—San José, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—RP2009139287.—(IN2009097177).

Por escritura otorgada por el suscrito notario, a las 15:00 horas del día 2 de noviembre del 2009; se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Colchones Luxor Sociedad Anónima. Se reforman las cláusulas segunda y novena del pacto social. Se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—RP2009139288.—(IN200909717897178).

Por escritura de las 16:00 horas del 26 de octubre de 2009, se constituyó la sociedad anónima Tecnotix Sociedad Anónima. Presidente el socio Fabián Carballo Ortiz, cédula número 1-0928-0276, con poderes generalísimos sin límite de suma. Tesorero: Gerardo Carballo Jiménez, cédula 3-192-1083. Secretaria: Ángela Ortiz Vargas, cédula 3-168-537. Fiscal Francisco Tadeo Córdoba Santamaría, cédula número 1-0324-0141. Capital social: diez mil colones.—Cartago, 26 de octubre de 2009.—Lic. Cyra Margot Delgado Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—RP2009139290.—(IN2009097179).

Por escritura otorgada a las diez horas del treinta de octubre del dos mil nueve, en conotariado por los notarios Diego Soto Solera y Fernando Calderón Márquez, se realizó aumento de capital social por trescientos cuarenta  y  cuatro  millones de colones de la sociedad Financiera Acobo S. A., y se modifica la cláusula quinta del pacto social.—Lic. Diego Soto Solera, Notario.—1 vez.—RP2009139291.—(IN2009097180).

Por escritura otorgada por mí, número ciento cuarenta y cinco de las dieciocho horas del día treinta de octubre del año dos mil nueve, se protocoliza el acta número veintiséis de asamblea general extraordinaria de accionistas de Industrias Varmi Limitada, mediante la cual se conoce y acepta la renuncia de la gerente y subgerente, y se nombra nuevo gerente y subgerente.—Lic. Carlos Manuel Chaves Delgado, Notario.—1 vez.—RP2009139294.—(IN2009097181).

Por escritura otorgada por mí, número cinco de las catorce horas del día catorce de octubre del año dos mil nueve, se protocoliza el acta número ocho de asamblea general extraordinaria de socios de Distribuidora Agropecuaria Disagro Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula sexta de los estatutos sobre la administración, y se nombra nuevo presidente.—Lic. Ana Lucía Campos Monge, Notaria.—1 vez.—RP2009139295.—(IN2009097182).

Ante esta notaría por escritura número ciento noventa-tres, se constituye sociedad que se denominada Matjor Brothers Sociedad Anónima, capital social diez mil colones, presidente, secretario representante legal.—Tamarindo, veintiocho de octubre de dos mil nueve.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—RP2009139297.—(IN2009097183).

Ante este notario, mediante escritura número setenta y nueve de las doce horas treinta minutos del veintisiete de octubre de dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Villabalda Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintinueve de octubre de dos mil nueve.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2009139298.—(IN2009097184).

Ante este notario, mediante escritura número setenta y siete del veintisiete de octubre de dos  mil nueve, se constituyó la sociedad cuya denominación será su número de cédula. Es todo.—San José, veintinueve de octubre de dos mil nueve.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2009139299.—(IN2009097185).

Por escritura número setenta y tres-uno, otorgada a las ocho horas del once de setiembre de dos mil nueve, visible al folio cuarenta y tres vuelto del tomo primero del protocolo, se constituyó la sociedad Kenwama Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de octubre de dos mil nueve.—Lic. Fausto González Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2009139301.—(IN2009097186).

Por escritura número setenta y cinco-uno, otorgada a las veinte horas del dieciséis de octubre de dos mil nueve, visible al folio cuarenta y cinco vuelto del tomo primero del protocolo, se constituyó la sociedad Armando Venegas Mora Tecnologies Solutions Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de octubre de dos mil nueve.—Lic. Fausto González Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2009139302.—(IN2009097187).

Hoy día he protocolizado acta de la sociedad Los Papagayos Felices S. A., donde se modifican las cláusulas segunda y novena de los estatutos y se nombra una nueva junta directiva.—Desamparados, San José, 3 de noviembre del 2009.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—RP2009139303.—(IN2009097188).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las once horas treinta minutos del día veintiocho de octubre del año dos mil nueve. Se constituyó la sociedad Desarrollo Frobasa Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de octubre del dos mil nueve.—Lic. Marvin Velásquez Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2009139304.—(IN2009097189).

El suscrito notario da fe de que en esta notaría, se protocolizó la constitución de la sociedad denominada Transryo Sociedad Anónima. Presidente, secretario y tesorero con representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar individualmente. Escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del primero de noviembre del año dos mil nueve. Es todo.—San José, ocho horas del tres de noviembre del año dos mil nueve.—Lic. Jorge Alfredo Calvo Cascante, Notario.—1 vez.—RP2009139309.—(IN2009097190).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó sociedad anónima la cual se identificará únicamente por su cédula jurídica, por un período de 99 años, representada por su presidente José Ramón Taboada Carballo, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, tres de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Carlos Isidro Rojas Solano, Notario.—1 vez.—RP2009139310.—(IN2009097191).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas treinta minutos del día dos de noviembre de dos mil nueve, donde se protocolizan los acuerdos del acta número seis de asamblea general de cuotistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-cuatrocientos setenta mil ochocientos setenta y tres limitada. Donde se acuerda modificar la cláusula primera del pacto constitutivo.—San José, dos de noviembre de dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2009139311.—(IN2009097192).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las doce horas veinte minutos del veinte de octubre de dos mil nueve, se protocolizó la asamblea general extraordinaria número veintitrés, mediante la cual se otorga poderes especiales y se rectifican número de cédula y pasaporte de sus representantes.—Lic. Carlos Eduardo Brilla Ferrer, Notario.—1 vez.—RP2009139313.—(IN2009097193).

NOTIFICACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO DE TRANSPORTE PÚBLICO

DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Nº DAJ-902569.—Procedimiento administrativo ordinario, para averiguar la verdad real de los hechos respecto a la presunta falta en su obligación de que ampara la concesión TSJ-386 por la señora Ligia María Arias Álvarez. Expediente administrativo Nº 2009-35-T.

Dirección de Asuntos Jurídicos.—San José, a las diez horas con diez minutos del ocho de setiembre de dos mil nueve.

Señora:

Ligia María Arias Álvarez

Placa TSJ-386

NOTIFICACIONES: En forma personal en San José, San Juan de Tibás, costado norte del parque de la localidad o en su defecto por medio de edicto en el Diario Oficial La Gaceta.

Estimada señora:

Conoce esta Dirección de Asuntos Jurídicos, acuerdo adoptado en el artículo 3.5.19 de la sesión ordinaria 17-2008 de fecha 6 de marzo del 2008, fue designada Órgano Director por la Junta Directiva de este Consejo para iniciar el Procedimiento Administrativo Ordinario de Caducidad de la placa de taxi TSJ-386 tendiente a averiguar la verdad real de los hechos por motivo de incumplimiento del artículo 48 de la Ley Nº 7969 “Ley Reguladora del Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en la Modalidad de Taxi” y a las obligaciones adquiridas en el Contrato de Concesión y en el Cartel de Licitación, Decreto Ejecutivo 28913-MOPT.

Traslado de cargos:

    Que la Dirección de Asuntos Jurídicos procedió por medio de la Dirección General de Migración y Extranjería a verificar los movimientos migratorios de entrada y salida de un grupo de concesionarios, esto con el fin de evitar incumplimientos por parte de los mismos de las obligaciones legales y compromisos adquiridos mediante la Ley Nº 7969, el Decreto Ejecutivo Nº 28913-MOPT y el Contrato de Concesión de taxi, y entre ellos se encuentra su persona.

    Que realizada la verificación, de conformidad con la certificación emitida por la Dirección de Migración y Extranjería, se comprobó que su persona ha salido del país en forma repetida, incumpliendo de ésta manera su compromiso de administrar en forma personal la concesión de taxi otorgada por la administración, lo cual corresponde a una obligación que no puede ser delegada a una tercera persona ni aún al amparo de un contrato de mandato, se acreditan múltiples salidas e ingresos suyos al país, lo cual en la práctica genera una imposibilidad material en el sentido de cumplir con el carácter intuito personae en la administración de su concesión, en ese sentido dentro de las disposiciones legales y contractuales establecidas en la Ley Nº 7969, el Decreto Ejecutivo Nº 28913-MOPT y el Contrato de Concesión.

    Que mediante artículo 3.5.19 de la sesión ordinaria 17-2008, de la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público se autorizó a ésta Dirección Jurídica a iniciar el Procedimiento Administrativo Ordinario tendiente a declarar la caducidad de su concesión.

    Que mediante oficio DAJ-09-01667 del 19 de junio del 2009, se emitió un oficio en el que se realizó el traslado de cargos a la señora Ligia María Arias Álvarez, que se trató de localizar en el lugar que consta para recibir notificaciones en el expediente administrativo de la placa TSJ-386, es decir, en la dirección que corresponde a San José, San Juan de Tibás, costado norte del parque de la localidad, el día 23 de junio del 2009, se procedió a intentar realizar la notificación correspondiente, no obstante a ello el notificador de ésta Dirección señala que la dirección aportada por la señora Arias Álvarez resultó inexacta e imprecisa, sin que nadie diera razón de la señora concesionaria, tal y como se desprende de la constancia de notificación realizada para tales efectos, por lo que en aras de respetar el debido proceso y el derecho de defensa de la señora se emite este nuevo oficio con el respectivo traslado de cargos para que sea publicado en el Diario Oficial La Gaceta, según lo dispone el artículo el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública.

En razón de que esta Asesoría Jurídica fue designada Órgano Director por la Junta Directiva de este Consejo, según Artículo 3.5.19 de la Sesión Ordinaria 17-2008, en relación al acuerdo contenido en el Artículo número 4 emitido en la Sesión 6 del 2000, para iniciar los Procedimientos Administrativos tendientes a averiguar la verdad real de los hechos respecto a la situación antes descrita, arróguese esta Dirección el conocimiento de instrucción de este asunto, en calidad de Órgano Director del Procedimiento, a cargo del Lic. Julio Chávez Vargas al cual se aplicarán las disposiciones del artículo 214, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública.

De tal manera, procédase a indagar la verdad de los hechos objeto del presente asunto, y conforme al artículo 218, 308, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, se cita a la señora Ligia María Arias Álvarez para que comparezca personalmente y no por medio de apoderado a las 7:30 horas a la audiencia oral y privada, que se celebrará 15 días hábiles después de realizada la tercera publicación de este acto en el Diario Oficial La Gaceta, plazo que se empezará a contar cinco días después de la última publicación, según lo dispone el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública. Esta audiencia se efectuará en esta Asesoría Jurídica, sita detrás del Ministerio de Seguridad Pública.

De conformidad con el artículo 312 incisos 2) y 3), así como el artículo 317 inciso 2) de la Ley de cita, se le previene que en la comparecencia deberán aportar y evacuar toda la prueba pertinente, sin perjuicio de solicitar expresamente prescindir de esa audiencia oral y privada, o bien aportar directamente, por escrito, antes de esa fecha su defensa. (Pruebas y formular conclusiones de hecho y de derecho). Se le hace saber que se puede hacer acompañar de un Abogado. Igualmente se le advierte que si no hace uso de su derecho de defensa, el asunto se resolverá con las pruebas existentes.

Asimismo se hace saber que contra esta resolución, las partes pueden hacer uso de los recursos ordinarios de revocatoria, apelación o ambos, debiendo interponerlos en todo caso ante esta misma Dirección, dentro del término de 24 horas, lo anterior de conformidad con los Artículos 345 y 346.1 de la Ley General de la Administración Pública.

Se le indica que además de los derechos que le otorga la Ley General de la Administración Pública, tiene derecho a designar abogado, así como revisar el expediente administrativo y fotocopiar las piezas del mismo que usted considere le interesan, expediente que queda a su disposición en esta Asesoría Jurídica.

Notifíquese en el lugar que tiene señalado en el expediente administrativo o en su oferta presentada dentro del Primer Procedimiento Especial Abreviado de Taxis, si se encontrare dentro del perímetro de este Consejo, sin perjuicio de que pueda designar nuevo lugar, dentro del perímetro de este Consejo o fax para atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que en caso de omisión, o bien si el lugar indicado fuere incierto, impreciso o dejare de existir, las resoluciones que se dicten se le tendrán por notificadas con sólo el transcurso de veinticuatro horas.—Lic. Julio Chávez Vargas, Asesor Legal.—O. C. Nº 1467.—Solicitud Nº 6743.—C-218270.—(IN2009094929).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

De conformidad con resolución RMT-3180-2009 de las nueve horas del día 30 de setiembre del 2009, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: Impartir aprobación final a la resolución Nº JPIGTA-2794-2009 de sesión celebrada en San José, a las nueve horas del 13 de agosto del 2009, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de Pensión de Guerra incoadas por Quesada Huertas Ofelia, cédula de identidad Nº 2-089-7797, a partir del día 27 de octubre del 2008, por la suma de cincuenta y seis mil cuatrocientos ochenta y cinco colones sin céntimos (¢56.485,00), mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Álvaro González Alfaro, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—Lic. Roger Porras Rojas, Director.—1 vez.—(IN2009097312).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Se hace saber a: Luz Calderón Sobrado, cédula 5-0152-0751, propietaria de la finca 5-149874, a cualquier tercero con interés legítimo, albaceas o representantes legales, que la Dirección del Registro Inmobiliario-División Registral ordenó la Apertura de Diligencias Administrativas de oficio, para investigar una posible sobreposición entre las fincas: 5-17732, 5-149874, 5-151426 y 5-72211. Mediante resolución de las 07:40 horas del 27/08/2009 se brindó audiencia de ley a la parte y siendo que fue devuelto el certificado de correos: RR014382738CR por ser desconocida, dirigido a la persona en mención, y con el objeto de cumplir con el Principio Constitucional del Debido Proceso, por resolución de las 8 horas del 08/10/09, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a la persona mencionada, por término de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la tercera publicación del presente edicto; término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene, que dentro de este término debe señalar número de fax o correo electrónico donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo N° 26771-J, de 18 de febrero de 1998, en concordancia con el numeral 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley N° 8687, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se le tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento de la materia y 11 de la citada Ley N° 8687. (Ref. Exp. 08-1134-BI-UE).—Curridabat, 8 de octubre del 2009.—Lic. Erika Bermúdez Bonilla, Asesora Jurídica Registro Inmobiliario-División Registral.—O. C. Nº 0816.—Solicitud Nº 26158.—C-63020.—(IN2009096152).

Se hace saber a: José Alemán Urbina, cédula Nº 8-0001-0662, dueño de la finca 5-24150, a cualquier interesado con interés legitimo, albaceas o representantes legales, que la Dirección del Registro Inmobiliario-División Registral, ordenó la Apertura de Diligencias Administrativas,  para investigar una posible sobreposición de las fincas: 5-20763 y 5-24150. Que mediante resolución de las 08:45 horas del 06/10/09, se confiere audiencia hasta por él termino de 15 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la 3ra publicación de este edicto, término en el cual debe presentar los alegatos pertinentes.- Se le previene, que dentro de este término debe señalar número de fax o correo electrónico donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos: 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo N° 26771-J, de 18 de febrero de 1998, en concordancia con el numeral 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley N° 8687, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento de la materia y 11 de la citada Ley N° 8687. (Ref. Exp. 08-731-BI-UE). Notifíquese.—Curridabat, 6 de octubre del 2009.—Lic. Erika Bermúdez Bonilla, Asesora Jurídica Registral.—O.C. Nº 0816.—Solicitud Nº 26157.—C-47270.—(IN2009096153).

Se hace saber a: María Cecilia Sánchez Madrigal, cédula: 5-0137-0893, titular registral de las Fincas del Partido de Guanacaste: 9622 y 31905; a cualquier tercero con interés legítimo, albaceas o representantes legales, que el despacho del Registro Inmobiliario División Registral ordenó la apertura de Diligencias Administrativas de oficio, para investigar un exceso de área en las fincas del Partido de Guanacaste 9622 y 31905, así como que dichas fincas están ubicadas en un mismo predio. Mediante resolución de las 08:50 horas del 14/07/09 se brindó audiencia de ley a las partes, y siendo que fue devuelto con indicación de ser ausente el certificado de correos: RR014381865CR dirigido a la parte indicada, y con el objeto de cumplir con el Principio Constitucional del Debido Proceso, por resolución de las 11:20 horas del 23/09/09, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia la parte mencionada, por término de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la tercera publicación del presente edicto; término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene, que dentro de este término debe señalar número de fax o correo electrónico donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos: 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo N° 26771-J, de 18 de febrero de 1998, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley N° 8687, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento de la materia y 11 de la citada Ley N° 8687. (Ref. Exp. 08-902-BI-UE).—Curridabat, 23 de setiembre del 2009.—Lic. Erika Bermúdez Bonilla, Asesora Jurídica Registro Inmobiliario División Registral.—O.C. Nº 0816.—Solicitud Nº 26153.—C-65270.—(IN2009096154).

Se hace saber a Alicia Umaña Umaña, cédula 1-150-181, propietaria de la finca de Puntarenas 21161, a cualquier tercero con interés legítimo, albaceas o representantes legales, que la División Registral del Registro Inmobiliario, realizó apertura de Diligencias Administrativas de oficio, debido a una posible duplicidad de planos con la finca de Puntarenas 21195. Mediante resolución de las 12:00 horas del 09/10/09 se confiere audiencia por medio de edicto por no tener un domicilio exacto de la interesada, hasta por 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la tercera publicación del presente edicto, término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene, a la parte indicada, que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo N° 26771-J, de 18 de febrero de 1998, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley N° 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley N° 8687. (Ref. Exp. 09-602-BIUE). Notifíquese.—Curridabat, 9 de octubre del 2009.—Licda. Mabel Valverde Zúñiga. Asesora Jurídica Registral.—O.C. Nº 9-816.—Solicitud Nº 26162.—C-51770.—(IN2009096549).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

SUBÁREA DE GARANTÍAS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se inicia procedimiento administrativo sancionatorio y cobro de daños.

RESOLUCIÓN INICIAL DE TRASLADO DE CARGOS

SAG Nº 2009-1619

Contra: Asociación Pro-Salud Barrio Corazón Jesús de Aserrí S. A.

Concurso: PU-2002-127

Objeto contractual: Servicios Atebais. Área Salud Desamparados.

Contrato: Nº 2784

Dirección de Aprovisionamiento de Bienes y Servicios, a las catorce horas del día veinticuatro de setiembre de dos mil nueve.

Quien suscribe, Wálter Eduardo Reyes López, en mi condición de Órgano Director, según oficio GL-R.021-2009 del 14 de julio del 2009, emite resolución inicial de traslado de cargos con el fin de averiguar la verdad real de los hechos, tendiente a determinar la posible responsabilidad civil y administrativa de la empresa Asociación Pro Salud Barrio Corazón de Jesús de Aserrí, cédula jurídica 3-002-17-096, domiciliada en Barrio Corazón de Jesús de Aserrí, representada por Juan María López Rodríguez, en su condición de apoderado generalísimo y dentro de la ejecución contractual del contrato Nº 2784 por servicios de Atebais que se derivó del concurso, Licitación Pública Nº 2002-127.

I.-  Intimación: A efectos de concretar las circunstancias de modo, tiempo y lugar, de las posibles faltas que posteriormente le serán imputadas en grado de probabilidad a la empresa Asociación Pro Salud Barrio Corazón de Jesús de Aserrí S. A., y de conformidad con la prueba que luego se indicará, se tienen por enlistados los siguientes hechos que fundamentan este procedimiento:

1-  Participación libre y voluntaria, capacidad de actuar y adjudicación: Que la empresa Asociación Pro Salud Barrio Corazón de Jesús de Aserrí S. A., resultó adjudicataria del concurso PU-2002-127 para la prestación de servicios de Atebais o registros médicos para el Área de Salud de Desamparados 3, que comprende: La Sede Administrativa, los Ebais de Los Guido, Guido 2, Guido 3, Guido 4, Guido 5, Linda Vista, Río Azul, Patarrá, Guatuso, Fátima Dos Cercas y San Lorenzo para un total de 13 funcionarios por parte de dicha Asociación.

2-  Validez, perfeccionamiento y eficacia de la relación contractual: Producto de lo anterior, se suscribió el contrato administrativo 2784 por un monto total de ¢23.853.343,20 (veintitrés millones ochocientos cincuenta y tres trescientos cuarenta y tres colones con veinte cts.) el cual fue aprobado por la Subgerencia Jurídica mediante oficio DJ 4294-2003 del 20 de octubre del 2003. (Véase folio 470 del concurso original).

3-  Plazo de entrega pactado: En vista de la naturaleza del servicio, esta se efectuará de conformidad a las indicaciones cartelarias.

4-  Presuntos incumplimientos (responsabilidad administrativa): Que con vista en los documentos ubicados en el expediente administrativo, se visualizan una serie de vicios con ocasión de la ejecución del contrato de parte de esa empresa; 1) Que el contrato no siguió su curso habitual de ejecución, como derivación de una serie de huelgas ocasionadas por los funcionarios de la empresa, en vista de la falta del pago del salario correspondiente a sus funcionarios, lo que ocasionó la paralización de labores, donde incluso se levantaron actas, donde se hacen constar la situación que prevaleció en el Área de Desamparados. 2) Una total disfuncionalidad de los funcionarios de dicha empresa, que provocaron desorden en los trámites que conducen a los permisos, vacaciones, incapacidades, sustituciones y otros. (véase los folios 49 y 50 del expediente). 3) Por su parte dicha empresa informa que se retira de la ejecución del mismo, en razón de no ser remunerativo. (Véase los folios 79 y 80 del expediente). 4) La carencia de lugar para notificaciones para cualquier diligencia que se invocara entre las partes relativo a la ejecución del contrato. 5) Morosidad de las obligaciones con la Seguridad Social por parte de la empresa incumpliente.

5-  Antecedentes administrativos: De acuerdo con el Registro de Proveedores institucional, el proveedor no se encuentra sancionado con apercibimiento o inhabilitación.

6-  Responsabilidad civil o patrimonial: En torno al presunto incumplimiento de la empresa en el plazo de entrega pactado se adoptaron las siguientes gestiones:

a)  Aplicación de la garantía de cumplimiento: En razón de las serias imputaciones señaladas, se procedió a la ejecución de la garantía de cumplimiento, según se puede observar en el folio 189 del expediente por un monto de ¢1.706.000,00. A mayor abundamiento véase el folio 223 de la Jefatura del Área de Adquisiciones, donde se mencionan los folios 177 al 180 y 188 a 189 del mismo expediente.

b)  Cuantificación de Daños: De conformidad con el oficio DA-544-08 de la Dirección Actuarial, a folio 219 del expediente de la Subárea de Garantías, la empresa incumpliente debe de cancelar un monto de ¢4.669.423,42 que se desglosa en ¢4.219.283,21 por daños del incumplimiento (Véase los folios 161 a 164 del expediente de oficio DCC-1.303-08 del Departamento de Contabilidad de Costos) y ¢450.140,21 por concepto de intereses del monto anterior.

b.1)  Total: ¢4.669.423,42

En caso de que el proveedor estimare que los montos económicos verificados por la Administración no son correctos, la empresa procedimentada tendrá derecho a exponer sus propios cálculos, acompañando la prueba en que fundamenta su pretensión.

II.  Fundamento Jurídico: Artículos 39 de la Constitución Política, 11, 14, 34, 93, 94 y 99 de la Ley de Contratación Administrativa; 41, 204, 205, 212, 217 y siguientes del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

III.     Imputación. Como consecuencia de los anteriores hechos y en grado de probabilidad se le imputa a la empresa Asociación Pro-Salud Barrio Corazón de Jesús de Aserrí, cédula jurídica 3-002-17-096 el presunto incumplimiento de las obligaciones pactadas, en las cláusula 6, 7, 8, 12, 13, 14, del contrato Nº 2784.

El fin que persigue este procedimiento es la averiguación de la verdad real de los hechos en torno a las presuntas irregularidades señaladas, pudiendo resultar la empresa Asociación Pro-Salud Barrio Corazón de Jesús de Aserrí acreedora de una sanción de apercibimiento o inhabilitación; resolución contractual, pago de una indemnización por daños y perjuicios ocasionados con los presuntos hechos endilgados en la suma de ¢4.669.423.42, según lo expuesto en el oficio DA-345-2009 a folio 234 del expediente de contratos.

IV.     Prueba

1.  Obrante en el expediente: Sirven de fundamento a esta resolución inicial de traslado de cargos la siguiente prueba documental, sin perjuicio de la que a bien estime ofrecer la empresa procedimientada:

a.   Contrato Nº 2784

b.  Legajo de la Subárea de Contratos el cual consta de 234 folios.

c.   Oficio DCC-1303-08 de fecha 27 agosto 2007 a folio 161 a 164.

d.  DA-345-2009 del 06 de julio 2009 del 6 de junio del 2009.

V- Derechos del contratista. Con fundamento en lo expuesto se le otorga a la empresa Asociación Pro-Salud Barrio Corazón de Jesús de Aserrí un plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación de este traslado para que ejerza su derecho de defensa y formule por escrito sus alegatos y presente las pruebas de descargo. Se le previene que debe presentar toda la prueba dentro del plazo indicado, lo anterior bajo apercibimiento de no recibir ninguna prueba fuera de ese periodo, salvo la que se ordene para mejor resolver por resultar indispensable para el establecimiento de la verdad real.

Igualmente se le hace saber que:

1-  Tiene derecho a hacerse patrocinar por un profesional en derecho durante la tramitación del presente procedimiento.

2-  En la resolución final cuando se discutan aspectos de fondo, deberá resolver en primera instancia el Área de Adquisiciones y en segunda instancia la Dirección de Aprovisionamiento de Bienes y Servicios.

3-  Tiene derecho a examinar y fotocopiar el expediente, el cual se encontrará a su disposición en la Subárea de Garantías, Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios, Piso 11 ó 13, Edificio Laureano Echandi Vicente (Oficinas Centrales CCSS, situado en Avenidas segunda y cuarta, calles quinta y sétima, San José, la cual es la sede del órgano director, en un horario de lunes a jueves de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. y viernes de 8:00 a. m. a 3:00 p. m., siendo que el costo de la reproducción corre por cuenta del proveedor.

4-  Cualquier escrito o gestión que presente deberá hacerlo ante la sede del órgano director.

5-  Se advierte que la falta de contestación de esta resolución, dentro del plazo indicado no impedirá que se dicte la resolución final correspondiente, con base en los elementos de convicción que consten en el expediente.

6-  Se le previene a la empresa señalar lugar (dirección exacta) dentro del cantón central de la provincia de San José, así como número de fax donde atender futuras notificaciones; bajo el apercibimiento de que si así no lo hiciere procederán las notificaciones automáticas, sea que se tendrán por notificadas por el solo transcurso de veinticuatro horas contadas a partir del día siguiente al que se emitió el acto respectivo.

7-  Se producirá la notificación automática si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas a este despacho o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente.

8-  Contra la presente resolución no procede recurso administrativo alguno. Notifíquese.

Lic. Wálter Eduardo Reyes López, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 1142.—C-278210.—(IN2009097485).

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

DIRECCIÓN REGIONAL HEREDIA

SUBREGIONAL HORQUETAS

Asesoría Jurídica.—Dirección Regional Heredia, a las nueve horas con treinta minutos del día once de agosto del dos mil nueve. Procedimiento administrativo ordinario. Se tiene por establecido el presente proceso ordinario de revocatoria adjudicación, contra la Asociación Costarricense de Investigación de Crocodilios, cédula jurídica Nº 3-002-188248, adjudicatarios de la parcela Nº 82, Asentamiento La Rambla, sito en el distrito de Horquetas, cantón Sarapiquí, provincia Heredia, por violación de lo dispuesto en el artículo 68, inciso 4) párrafo b, de la Ley Nº 2825, Ley de Tierras y Colonización del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, por haber incurrido en el abandono injustificado de la parcela Nº 82 del Asentamiento La Rambla. Si se demostrare los hechos que se le imputan se procederá a la revocatoria de la adjudicación, que el expediente que se instruye es el DRH-AJ-010-09, donde consta toda la documentación y la prueba. Que la prueba de descargo se podrá aportar por escrito antes de la comparecencia de evacuación de prueba o bien ofrecerla en ese acto, para tales efectos se le cita personalmente a una comparecencia en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir de la publicación de esta resolución, en la Asesoría Jurídica en Puerto Viejo de Sarapiquí, caso contrario se resolverá con la prueba que obre en el expediente, que esta a la disposición del administrado para que pueda obtener fotocopias del mismo. Se le advierte que deberá indicar donde atender notificaciones y de resultar inexacta o no existiere el lugar señalado se notificará por publicación como lo dispone la Ley, contra esta resolución cabra los recursos ordinarios de Ley, artículo 245 y 346 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Asesoría Jurídica.—Lic. Gabriel Rojas Vargas.—(IN2009097335).

2 v. 1.

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE VALVERDE VEGA

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

La Municipalidad de Valverde Vega, de conformidad con los artículos 137 inciso d) y 169 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, notifica a las siguientes personas, los saldos deudores por concepto de impuestos y servicios municipales.

ABARCA SALAZAR ANLLYLIN VANESS, 2-599-135, 21 períodos, monto ¢48.135,95, ACOSTA PORRAS CARLOS MANUEL, 2-159-244, 43 períodos, monto ¢46.134,40, ACUÑA ROJAS SADY, 2-417-286, 15 períodos, monto ¢10.117,25, ACUÑA JIMÉNEZ DINORAH, 2-153-124, 55 períodos, monto ¢4.111,45, ACUÑA ROJAS OMAR JESÚS, 2-494-002, 15 períodos, monto ¢9.441,25, AGUILAR ALFARO JUAN CARLOS, 2-433-061, 31 períodos, monto ¢18.565,00, AGUILAR LIZANO JUAN RAMÓN, 2-438-956, 44 períodos, monto ¢48.833,75, AGUIRRE BADILLA RAMIRO, 1-561-281, 18 períodos, monto ¢36.757,05, ALCÁZAR MENA ANA GUISELLE, 1-826-732, 49 períodos, monto ¢39.948,05, ALFARO ALFARO CLARA, 2-169-210, 55 períodos, monto ¢43.452,40, ALFARO ALFARO ERAIDA, 2-380-611, 22 períodos, monto ¢50.528,00, ALFARO ALFARO NATALIA, 2-797-458, 15 períodos, monto ¢76.316,30, ALFARO ALFARO RAÚL ANTONIO, 9-075-435, 43 períodos, monto ¢100.802,35, ALFARO CARVAJAL BERNARDO AUREL, 9-049-455, 23 períodos ¢3.895,25, ALFARO CARVAJAL MARÍA EUGENIA, 9-079-107, 15 períodos, monto ¢106.881,80, ALFARO CÉSPEDES LORENA MARIXA, 2-381-428, 19 periodos, monto ¢37.025,00, ALFARO CONEJO GERARDO JOSÉ, 9-054-197, 21 períodos, monto ¢98.711,80, ALFARO CONEJO ROBERTO, 2-384-811, 15 periodos, monto ¢132.717,80, ALFARO CORRALES PEDRO JUVENAL, 2-006-461, 24 periodos, monto, ¢197.717,25, ALFARO ESQUIVEL VERÓNICA MARÍA, 2-575-298, 30 periodos, monto ¢11.983,15, ALFARO GÓMEZ SEIDY MARÍA, 2-450-239, 23 periodos, monto, ¢67.985,30, ALFARO MATAMOROS MANUEL ANTONI, 2-458-984 32 periodos, monto, ¢20.713,50, ALFARO MORALES ANTONIO, 2-095-603, 47 periodos, monto, ¢21.267,10, ALFARO MORALES MANUEL MARÍA, 2-122-133, 27 periodos, monto ¢20.731,35, ALFARO MORALES MARÍA ISABEL, 2-182-228, 39 periodos, monto ¢20.868,75, ALFARO MORALES ROQUE, 2-164-851, 15 periodos, monto ¢66.165,95, ALFARO ROJAS HÉCTOR JULIO, 2-471-903, 19 periodos, monto ¢18.512,50, ALFARO VILLALOBOS ÁLVARO NUMÁN, 2-292-801, 21 periodos, monto ¢99.329,00, ALFARO ZAMORA VÍCTOR EDUARDO, 2-151-910, 55 periodos, monto ¢2.657,25, ALFOMONVAR SOCIEDAD ANÓNIMA, 3101431452, 26 periodos, monto ¢123.080,80, ALPÍZAR CAMPOS DUNIA, 2-332-231, 18 periodos, monto ¢102.108,95, ALPÍZAR CHAVES ASDRÚBAL, 2-375-878, 18 periodos, monto ¢86.503,30, ALPÍZAR CHAVES LAURA CRISTINA, 3-367-247, 27 periodos, monto ¢147.997,00, ALPÍZAR CHAVES ROSA MARÍA, 2-350-892, 24 periodos, monto ¢120.354,30, ALPÍZAR MURILLO LUIS FERNANDO, 2-343-743, 17 periodos, monto ¢76.296,10, ALPÍZAR ROJAS OSCAR EMILIO, 2-565-334, 15 periodos, monto ¢19.422,00, ALPÍZAR SÁNCHEZ ÉDGAR, 2-160-874, 36 periodos, monto ¢66.377,65, ALPÍZAR SÁNCHEZ IDALIE, 2-229-811, 15 periodos, monto ¢8.092,50, ALVARADO ALFARO ROLANDO, 2-401-460, 24 periodos, monto ¢111.524,50, ALVARADO ARAYA MAURO, 7-133-805,19 periodos, monto ¢40.611,20, ARAGÓN GÓMEZ ANA MARÍA, 2-362-298, 23 periodos, monto ¢15.037,80, ARAYA ÁVILA ADONAY JOHANNY, 2-505-316, 27 periodos, monto ¢128.107,90, ARAYA QUESADA ALEXANDER, 2-462-009, 21 periodos, monto ¢56.908,75, ARAYA QUESADA HERNÁN, 2-199-782, 27 periodos, monto ¢53.283,35, ARAYA QUESADA YORLENY DEL CARMEN, 1-836-493, 17 periodos, monto ¢32.724,90, ARCE ALVARADO JUAN, 2-111-048, 17 periodos, monto ¢30.032,90, ARCE ARCE LUIS EMILIO, 2-358-556, 15 periodos, monto ¢50.079,50, ARCE ARIAS FANNY, 2-122-400, 28 periodos, monto ¢33.270,30, ARCE CHACÓN JOSÉ FRANCISCO, 2-296-170, 21 periodos, monto ¢59.626,50, ARCE MARÍA, 100, 32 periodos, monto ¢37.813,85, ARCE QUESADA YAMILETH MARÍA, 2-394-950, 39 periodos, monto ¢52.837,50, ARCE RODRÍGUEZ WÁLTER, 2-407-322, 55 periodos, monto ¢23.073,00, ARCE UMAYA MARÍA ISABEL, 2-380-959, 23 periodos, monto ¢12.068,75, ARCE VALERIO MIGUEL ÁNGEL, 2-217-764, 21 periodos, monto ¢7.853,25, ARIAS BONILLA MARÍA ANITA, 2-228-814, 19 periodos, monto ¢5.553,75, ARIAS CÉSPEDES EMANUEL FRANCIS, 2-553-173, 32 periodos, monto ¢160.628,95, ARIAS CHACÓN GUSTAVO ADOLFO, 2-481-188, 36 periodos, monto ¢78.880,30, ARIAS JIMÉNEZ ANA ROSA, 2-327-507, 15 periodos, monto ¢6.743,75, ARIAS JIMÉNEZ ÉDGAR, 9-080-211, 15 periodos, monto ¢121.469,80, ARIAS JIMÉNEZ MA DEL CARMEN, 2-293-906, 57 periodos, monto ¢101.899,05, ARIAS QUESADA DIEGO ANTONIO, 2-447-843, 18 periodos, monto ¢90.834,55, ARIAS QUESADA MARIBEL, 2-402-130, 19 periodos, monto ¢94.909,95, ARIAS SOLÍS MANUEL EDUARDO, 2-509-944, 15 periodos, monto ¢4.720,65, ARRIETA ESQUIVEL MARCOS ESTEBA, 2-617-508, 46 periodos, monto ¢118.303,00, ARTAVIA GONZÁLEZ JOSÉ FRANCISC, 2-316-926, 17 periodos, monto ¢41.180,20, ARTAVIA RAMÍREZ JORGE LUIS, 2-366-957, 44 periodos, monto ¢162.748,70, ARTAVIA RAMÍREZ RANDALL ALBERTO, 2-455-569, 24 periodos, monto ¢72.400,20, ASOCIACIÓN CRISTIANA LLUVIAS DE BENDICIÓN, 3002403205, 18 periodos, monto ¢364.500,35, AUTOS JORDY SOCIEDAD ANÓNIMA, 3101279624, 15 periodos, monto ¢113.514,70, ÁVALOS ARAYA ANA ISABEL, 2-318-932, 24 periodos, monto ¢109.302,95, ÁVALOS FERNÁNDEZ SAÚL HUMBERTO, 9-064-823, 19 periodos, monto ¢14.810,00, ÁVALOS MONGE LUIS MARIANO, 1-903-832, 15 periodos, monto ¢35.881,75, BARAHONA ZAMORA SARA, 2-202-921, 19 periodos, monto ¢12.582,60, BARQUERO CHACÓN SANTANA, 2-305-148, 44 periodos, monto ¢48.833,75, BARRANTES CÉSPEDES JOSÉ EDUARD, 9-079-807, 35 periodos, monto ¢33.458,45, BARRANTES CHAVES ESTEBAN JESÚS, 2-549-703,15 periodos, monto ¢138.188,60, BARRANTES CORRALES MARIANELA 2-493-874, 33 períodos, monto ¢170.965,65, BARRANTES JIMÉNEZ BELFORD, 2-332-591, 15 periodos, monto ¢100.090,35, BARRANTES MORA OVIDIO, 1-466-259, 44 periodos, monto ¢102.802,00, BARRANTES MURILLO ELMA, 2-133-039, 33 periodos, monto ¢25.702,55, BELARO LA CARRETA B R Q S. R. L., 3102464419, 21 periodos, monto ¢120.761,70, BERMÚDEZ CAMPOS MARÍA ALBERTIN, 1-594-961, 27 periodos, monto ¢60.551,55, BLANCO MURILLO AMABLE, 109, 32 periodos, monto ¢37.813,85, BLANCO RODRÍGUEZ JUAN FÉLIX, 2-225-881, 55 periodos, monto ¢2.992,60, BLANCO SALAZAR RODRIGO, 4-079-486, 19 periodos, monto ¢12.582,60, BLUME BARGMAN HERNÁN, 17-400-732, 15 periodos, monto ¢15.670,90, BOLAÑOS QUESADA CECILIA, 2-293-063, 42 periodos, monto ¢110.808,30, BOLAÑOS QUESADA MARTÍN, 2-407-033, 21 periodos, monto ¢36.874,40, BONILLA CASTRO ORFILIA, 200342335, 35 periodos, monto ¢61.267,50, BONILLA HERRERA ANA, 35 periodos, monto ¢72.904,70, BONILLA LOBO BLANCA, 2-152-124, 15 periodos, monto ¢4.795,00, BONILLA MARIN JORGE LUIS, 2-260-521, 15 periodos, monto ¢128.410,80, BONILLA ROJAS AUBDIAS 1-019-909, 47 periodos, monto ¢29.771,95, BORGE JIRÓN EVA, 270145231079736, ¢60.551,55, BULGARELLI MEDINA DAVID ENRIQUE, 1-465-837, 18 periodos, monto ¢158.939,80, CAFICULTORES ALFARO S. A., 3102061614, 27 periodos, monto ¢8.019,75, CAJINA ORTEGA HÉCTOR, 202861170, 55 periodos, monto ¢100.158,75, CALVO HERRERA JOSÉ MIGUEL, 2-471-534, 18 periodos, monto ¢89.128,30, CAMACHO CHINCHILLA MARÍA ESTER, 3-270-866, 15 periodos, monto ¢22.211,65, CAMBRONERO ABARCA VINICIO, 201, 32 periodos, monto ¢37.813,85, CAMBRONERO ACUÑA SANTIAGO, 2-274-372, 48 periodos, monto ¢50.469,25, CAMBRONERO ARGUEDAS JORGE, 2-450-242, 18 periodos, monto ¢83.042,65, CAMBRONERO MURILLO LUIS HUMBER, 2-236-262, 15 periodos, monto ¢38.771,50, CAMPOS GONZÁLEZ ERAIDA EINER, 2-336-992, 15 periodos, monto ¢40.462,50, CAMPOS QUESADA ANA CECILIA, 9-060-412, 49 periodos, monto ¢1.023,60, CAMPOS QUESADA CARLOS LUIS, 2-406-732, 27 periodos, monto ¢48.366,25, CAMPOS RODRÍGUEZ ROSMERY, 2-405-148, 18 periodos, monto ¢7.310,10, CAMPOS ROJAS ALCIDES, 2-043-1141, 79 periodos, monto ¢1.424,50, CAMPOS ZAMORA REINIER 2-448-379, 15 periodos, monto ¢31.560,75, CÁRDENAS HERRERA RICARDO, 1-085-3417, 15 periodos, monto ¢13.487,50, CARMONA MARÍN TOMASITA, 5-197-915, 80 periodos, monto ¢38.113,35, CARVAJAL ALFARO JUANA, 2-102-295, 15 periodos, monto ¢4.795,00, CARVAJAL CAMACHO MARÍA ESTER, 9-054-336, 22 periodos, monto ¢22.837,50, CARVAJAL GONZÁLEZ GERARDO HEHN, 2-294-578, 51 periodos, monto ¢132.704,35, CARVAJAL GONZÁLEZ MARTÍN ANNER, 2-306-630, 16 periodos, monto ¢115.938,75, CARVAJAL QUIRÓS MARÍA DEL CARM, 2-212-906, 43 periodos, monto ¢13.648,50, CASCANTE ARIAS ROBERTO, 2-271-465, 38 periodos, monto ¢228.149,70, CASCANTE ROJAS GILBERTO JOSÉ, 2-387-398, 15 periodos, monto ¢96.219,30, CASTRO ALFARO JORGE EDUARDO, 2-271-679, 43 periodos, monto ¢97.054,80, CASTRO ALFARO OLMAN, 2-267-849, 45 periodos, monto, ¢196.773,25, CASTRO ALPÍZAR MARÍA DE LOS ÁNGELES, 2-215-433, 35 periodos, monto ¢47.000,65, CASTRO ARAYA ALICIA ROSA, 2-339-806, 18 periodos, monto ¢47.999,80, CASTRO ARAYA FAINIER SOLEIDA, 2-272-609, 15 periodos, monto ¢6.103,30, CASTRO ARAYA FERNANDO, 2-279-223, 15 periodos, monto ¢84.051,25, CASTRO ARAYA GERARDO, 2-442-566, 21 periodos, monto ¢103.456,70, CASTRO CARVAJAL OVIDIO JUVE, 2-107-499, 40 periodos, monto ¢46.639,25, CASTRO GONZÁLEZ ZELMIRA, 2-204-650, 24 periodos, monto ¢23.581,60, CASTRO MARIN WILBER, 2-498-754, 65 periodos, monto ¢255.428,30, CASTRO QUESADA ÁLVARO, 2-160-248, 33 periodos, monto ¢15.678,35, CÉSPEDES BARRANTES GRETTEL YOR, 1-728-685, 55 periodos, monto ¢109.398,45, CÉSPEDES CONEJO HANEE EMILCE, 9-055-064, 15 periodos, monto ¢17.129,15, CÉSPEDES MURILLO HERBERTH, 2-444-036, 15 periodos, monto ¢10.115,65, CÉSPEDES RODRÍGUEZ ESTEBAN, 2-577-067, 23 periodos, monto ¢18.512,50, CÉSPEDES SERRANO ANA VICTORIA, 2-418-301, 21 periodos, monto ¢127.518,05, CHACÓN JIMÉNEZ CHRIS ADELINA, 2-625-873, 15 periodos, monto ¢25.056,40, CHACÓN PÉREZ ANTONIO, 2-230-606, 16 periodos, monto ¢46.070,25 CHAVARRÍA DODERO ERNESTO, 2-191-426, 20 periodos, monto ¢40.312,50, CHAVARRÍA GUADALUPE, 2-115-769, 44 periodos, monto ¢48.833,75, CHAVARRÍA NAVARRO JOSÉ, 2-162-566, 22 periodos, monto ¢12.471,30, CHAVARRÍA VENEGAS YOLANDA, 2-403-968, 20 periodos, monto ¢23.640,60, CHAVERRI ROJAS EDDY DAGOBERTO, 2-534-019, 15 periodos, monto ¢13.487,50 CHAVERRI ROJAS JEANNETTE PATRI, 2-453-840, 35 periodos, monto ¢44.762,50, CHAVERRI ROJAS MARJORIE, 9-083-061,15 periodos, monto ¢83.428,70, CHAVERRI SANTAMARÍA MANRIQUE, 204280351, 23 periodos, monto ¢128.889,15 CHAVES ARIAS ISIDRO, 9-053-073, 44 periodos, monto ¢48.833,75, CHAVES ÁVILA ANA MARÍA, 2-350-894, 15 periodos, monto ¢10.520,25, CHAVES ÁVILA VICTORINO, 2-387-916, 24 periodos, monto ¢60.838,90, CHAVES CASCANTE ELSIE, 2-289-109, 15 periodos, monto ¢89.086,55, CHAVES CHAVES SONIA MARÍA, 2-423-787, 15 periodos, monto ¢9.824,55, CHAVES GÓMEZ JORGE ISAAC, 1-355-165, 18 periodos, monto ¢97.312,10, CONEJO ROJAS RAFAEL FRANCISCO, 2-387-647, 33 periodos, monto ¢147.010,90, COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO, 3004000012, 55 periodos, monto ¢12.601,10, CORDERO ACOSTA ELI ANTONIO, 2-397-232, 26 periodos, monto ¢33.137,00, CORDERO ZÚÑIGA DINIA, 2-392-822, 15 periodos, monto ¢9.441,25, CORELLA ZAMORA GRACIELA, 2-232-915, 35 periodos, monto ¢35.799,00, CORRALES ARIAS LUCÍA, 2-188-280, 18 ¢178.508,60, CORRALES CASTRO JOHANA, 2-571-247, 31 periodos, monto ¢150.690,95, CORRALES HERRERA ROCÍO, 2-459-356, 15 periodos, monto ¢66.056,80, CORRALES JIMÉNEZ MIGUEL ÁNGEL, 2-371-531, 21 periodos, monto ¢146.896,80, CORRALES LEÓN GABRIELA MARÍA, 2-396-808, 15 periodos, monto ¢85.581,80, CORRALES SEGURA OLGA MARÍA, 2-403-713, 15 periodos, monto ¢6.434,35, CORRALES VARELA YURLANDI, 2-687-820, 15 periodos, monto ¢7.418,15, CORRALES VARGAS REINIER, 2-191-060, 31 periodos, monto ¢25.508,55, CORTES SALAS MARTÍN GERARDO, 2-409-546, 24 periodos, monto ¢59.116,65, CUBERO ARAYA KAREN SUSANA, 2-600-596, 15 periodos, monto ¢5.904,25, CUBERO CORRALES RAFAEL ÁNGEL, 2-292-804, 21 periodos, monto ¢106.904,40, CUBERO CRUZ EDDY VIRGILIO, 2-514-027, 20 periodos, monto ¢123.955,80, CUBERO FONSECA LIDIANET, 2-389-316, 15 periodos, monto ¢6.060,70, CUBERO FONSECA MARÍA EDITH, 2-346-749, 15 periodos, monto ¢6.060,70, CUBERO GONZÁLEZ ENRIQUE, 2-347-799, 16 periodos, monto ¢23.772,00, CUBERO GUERRERO JOAQUÍN, 2-105-810, 15 periodos, monto ¢8.029,00, CUBERO NÚÑEZ FRANKLIN, 1-744-974 15 ¢98.968,90, CUBERO RAMÍREZ MIGUEL ÁNGEL, 2-513-368, 15 periodos, monto ¢14.269,80, DIETER HOBBACH, 253084235, 20 periodos, monto ¢57.719,25, DODERO CASTRO BERTALÍ, 200763660, 46 periodos, monto ¢11.827,40, DORANESU SOCIEDAD ANÓNIMA, 3101114460, 34 periodos, monto ¢100.866,75, DURÁN NAVARRO MIGUEL GILBERTH, 1-429-187, 76 periodos, monto ¢103.129,30, ESPINALES SÁNCHEZ NICOLÁS, 6-421-243, 33 periodos, monto ¢95.492,30, ESPINOZA CORRALES JORGE ALBERTO, 2-350-685,21 periodos, monto ¢110.277,60, ESPINOZA ROJAS ROLANDO, 2-341-542, 16 periodos, monto ¢190.247,05, ESQUIVEL MURILLO DIXON RAMÓN, 2-479-294, 19 periodos, monto ¢110.008,85, FAMARVE R E A M SOCIEDAD ANÓNIMA, 3101365102, 35 periodos, monto ¢29.125,00, FAMILIA CORRALES SALAZAR, 133, 32 periodos, monto ¢37.813,85, FERNÁNDEZ CHAVES ROSA MARÍA, 1-822-078, 24 periodos, monto ¢127.105,55, FINCA PERALTA S. A. 3101014821, 39 periodos, monto ¢79.256,25, FRANZ XAVER STAUDIGL, 8698065170, 18 periodos, monto ¢56.573,55, GAMBOA ARIAS YAMILETH MARÍA, 2-596-825, 15 periodos, monto ¢19.422,00, GAMBOA PANIAGUA LEÓN VÍCTOR, 2-281-443, 21 periodos, monto ¢55.745,25, GAMBOA VILLALOBOS ROY, 2-482-882, 15 periodos, monto ¢10.117,25, GANADERA EL JEQUE LTDA., 3102043036, 55 periodos, monto ¢2.307,30, GARCÍA ZÚÑIGA JOSÉ ANTONIO, 1-615-399, 19 periodos, monto ¢35.871,25, GARRO ROJAS OSCAR, 1-905-515, 15 periodos, monto ¢29.435,00, GONZÁLEZ ALFARO MARÍA CRISTINA, 140, 32 ¢37.813,85, GONZÁLEZ BARRANTES ARACELLY, 2-213-008, 18 periodos, monto ¢40.472,25, GONZÁLEZ BARRANTES HUGO ANTONI, 2-411-750,19 periodos, monto ¢53.060,70, GONZÁLEZ BERMUDEZ GOEVANNI MAN, 4-157-585, 15 periodos, monto ¢5.395,00, GONZÁLEZ BONILLA NOEMY, 2-119-544, 15 periodos, monto ¢19.180,00, GONZÁLEZ BRAVO NIDIA, 2701166835155, 16 periodos, monto ¢11.493,15, GONZÁLEZ BRIONES ROGER, 6-283-823, 15 periodos, monto ¢13.487,50, GONZÁLEZ CABEZAS DINIA, 2-444-479, 23 periodos, monto ¢33.707,00, GONZÁLEZ CAMPOS ÁLVARO, 9-006-293, 27 periodos, monto ¢5.627,60, GONZÁLEZ CAMPOS ÉDGAR, 2-239-787, 27 periodos, monto ¢5.627,60, GONZÁLEZ CAMPOS MARIO ALBERTO, 2-293-763, 27 periodos, monto ¢5.627,60, GONZÁLEZ CUBERO ANA DAISY, 2-431-053,38 periodos, monto ¢105.669,35, GONZÁLEZ CUBERO EDWIN, 2-320-550, 21 periodos, monto ¢43.291,25, GONZÁLEZ CUBERO JOSÉ ANTONIO, 2-377-827, 15 periodos, monto ¢32.630,00, GONZÁLEZ MURILLO CATALINO, 2-042-140,27 periodos, monto ¢5.314,85, GONZÁLEZ MURILLO CATALINO, 2-042-140, 27 periodos, monto ¢5.314,85, GONZÁLEZ PORRAS FAUSTINO, 5-207-077, 55 periodos, monto ¢25.957,35, GONZÁLEZ SALAS MARICELA, 1-946-232, 18 periodos, monto ¢36.843,00, GONZÁLEZ SALAS MARICELA, 1-946-232, 18 periodos, monto ¢36.843,00, GONZÁLEZ SALAZAR EMILCE GLADYS, 3-100-720, 70 periodos, monto ¢8.952,50, GONZÁLEZ SÁNCHEZ ELVIRA, 2-131-319, 21 periodos, monto ¢60.836,90, GONZÁLEZ SERRANO NIDIA, 2-176-355, 15 periodos, monto ¢13.487,50, GONZÁLEZ SERRANO ROGER, 2-291-940, 19 periodos, monto ¢9.256,25, GONZÁLEZ VALENCIA WILBERTH, 2-478-811, 45 periodos, monto ¢45.465,50, GONZÁLEZ VARGAS DANIA, 4-134-261, 35 periodos, monto ¢28.824,35, GUZMÁN RODRÍGUEZ MARLIS DEL CA., 135RE08487800,15 periodos, monto ¢33.988,50, HERNÁNDEZ SOTO ADEMAR, 202861316, 15 periodos, monto ¢6.743,75, HERRERA AGUILERA RAMÓN MARCELO, 2-302-653, 15 periodos, monto ¢13.487,50, HERRERA AGUILERA RAMÓN MARCELO, 2-302-653, 15 periodos, monto ¢13.487,50, HERRERA CÉSPEDES ANALIVE, 2-198-481, 15, periodos, monto ¢114.903,15, HERRERA CORRALES ANA LORENA, 2-354-344, 16 periodos, monto ¢67.360,00, HERRERA CORRALES CARMEN LIDIET, 7-099-415, 15 periodos, monto ¢37.555,20, HERRERA CORRALES ULISES, 2-274-289, 42 periodos, monto ¢58.108,00, HERRERA GARRO MANUEL ÁNGEL, 2-240-325, 15 periodos, monto ¢10.790,00, HERRERA JIMÉNEZ RAFAEL TOBÍAS, 2-176-716, 21 periodos, monto 6.126,75, HERRERA SALAZAR JOAQUÍN, 100002772, 47 periodos, monto ¢15.607,65, HERRERA VARGAS YAHAIRA MARÍA, 2-554-267, 19 periodos, monto ¢82.938,00, HERRERA ZAMORA CARLOS ALBERTO, 2-403-606,15 periodos, monto ¢66.766,80, HIDALGO ACUÑA ANABEL, 2-410-606, 15 periodos, monto ¢64.459,30, HIDALGO ACUÑA FLORIBETH, 2-427-684, 15 periodos, monto ¢69.916,00, HIDALGO ACUÑA LUIS ENRIQUE, 9-059-815, 15 periodos, monto ¢78.358,55, HIDALGO ZAMORA RUBÉN, 2-176-359, 22 periodos, monto ¢22.038,75, INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD, 4000042139, 22 periodos, monto ¢840.273,60, INVERSIONES DEAYSA S. A., 3101313074, 35 periodos, monto ¢61.585,20, INVERSIONES JIMÉNEZ SOLÍS, 3102381839, 32 periodos, monto ¢156.382,05, JIMÉNEZ CORRALES BOLÍVAR, 2-130-275, 23 periodos, monto ¢12.339,70, JIMÉNEZ GONZÁLEZ CARLOS LUIS, 202921419, 30 periodos, monto ¢57.002,90, JIMÉNEZ GONZÁLEZ LIDIETH, 2-398-240, 21 periodos, monto ¢53.844,85, JIMÉNEZ MIRANDA MODESTO, 2-211-307, 19 periodos, monto ¢5.301,95, JIMÉNEZ MONTOYA WILLIAN, 2-357-568, 35 periodos, monto ¢13.428,75, JIMÉNEZ PORTUGUEZ LIDIETH, 1-725-135, 18 periodo, monto, ¢96.278,70, JIMÉNEZ SABORÍO CARLOTA RUTH, 146, 32 periodos, monto ¢37.813,85, JIMÉNEZ SALAS JOSÉ OLIVIER, 2,481-602, 23 periodos, monto ¢30.413,25, JIMÉNEZ SALAZAR JOSÉ ANTONIO, 2-502-215, 73 periodos, monto ¢34.509,60, JIMÉNEZ SALAZAR MARÍA EDITH, 2-406-736, 51 periodos, monto ¢18.609,00, JIMÉNEZ SERRANO EIMY ISABEL, 2-563-636, 87 periodos, monto ¢9.986,65, JIMÉNEZ SOLÍS LEDA HAYDEE, 1-449-127, 15 periodos, monto ¢47.712,65, JIMÉNEZ SOTO JUAN CARLOS, 2-397-276, 49 periodos, monto ¢294.985,30, JIMÉNEZ ZAMORA MARÍA CRISTINA, 2-148-780, 20 periodos, monto ¢8.145,50, JOSHUA DE SARCHÍ S. A., 3101361824, 39 periodos, monto ¢19.293,75, KOVU E HIJOS S. A., 3101233997, 23 periodos, monto ¢276.270,70, LA ALTAGRACIA DE SAN JUAN LIMI, 3102327194, 15 periodos, monto ¢96.917,95, LA TORRE DE BABEL S. A., 3101054393, 59 periodos, monto ¢36.018,25, LEDEZMA ROJAS MANUEL ENRIQUE, 2-401-869, 22 periodos, monto ¢31.480,65, LEDEZMA SALAZAR LUIS GUSTAVO, 2-526-753, 15 periodos, monto ¢66.953,25, LIZANO ARIAS MARÍA ELENA, 2-397-197, 15 periodos, monto ¢42.711,75, LIZANO CUBERO MARÍA HAYDEE, 2-302-259, 15 periodos, monto ¢6.743,75, LIZANO ROJAS CENOBIO 9-064-487, 27 periodos, monto ¢58.090,50, MADRIGAL AGUILERA MANUEL, 9-080-198, 16 periodos, monto ¢23.861,70, MADRIGAL CAMPOS ANA LORENA, 2-434-782, 32 periodos, monto ¢136.647,25, MADRIGAL PORRAS MARÍA DE LOS A, 204730895, 31 periodos, monto ¢55.931,25, MARIN GONZÁLEZ FÉLIX ÁNGEL, 2-336-942, 18 periodos, monto ¢51.191,00, MARIN JIMÉNEZ RUTH MERY, 2-543-080, 36 periodos, monto ¢140.822,05, MARIN SEGURA SINDY, 2-584-644, 21 periodos, monto ¢63.481,05, MARK ANTHONY CONNER, 4015467770, 21 periodos, monto ¢172.827,15, MARTÍNEZ HERNÁNDEZ MARCELA MIG, 2-441-159, 21 periodos monto ¢94.548,00, MATAMOROS CAMACHO SUSANA, 2-459-349, 27 periodos, monto ¢17.886,50, MESEN SOSA ELIZABETH, 2-296-937, 23 periodos, monto ¢53.478,00, MIRANDA RODRÍGUEZ MARÍA BERTIL, 2-402-131, 47 periodos, monto ¢2.653,65, MOLINA HIDALGO JOSÉ, 2-283-294, 21 periodos, monto ¢48.973,95, MOLINA LEDEZMA CARLOS HUBERT, 6-191-054, 15 periodos, monto ¢71.381,80, MONGE QUIRÓS ADORACIÓN, 2-138-261, 21 periodos, monto ¢8.226,25, MONTERO CASTRO MARÍA DINIETH, 2-417-146, 59 periodos, monto ¢111.332,45, MONTERO CORRALES JASON ANDREY, 1-132-260, 18 periodos, monto ¢93.488,00, MONTES WILANJIVAR S. A., 3101394670, 15 periodos, monto ¢134.875,00, MONTOYA MONTOYA ANA ROSA, 6-023-943, 35 periodos, monto ¢13.428,75, MORA GARCÍA ARACELY, 2-144-185, 17 periodos, monto ¢25.772,10, MORA MADRIGAL GABRIELA ARACEL, 2-582-194, 25 periodos, monto ¢13.600,00, MORA MADRIGAL JOHANIA, 2-581-948, 19 periodos, monto ¢9.256,25, MORA MADRIGAL KATIA LORENA, 2-653-029, 39 periodos, monto ¢26.418,75, MORA SOLÍS MARIO, 1-176-664, 21 periodos, monto ¢49.576,25, MORALES BARRANTES ROSA, 20078005, 83 periodos, monto ¢82.349,40, MORALES MONTOYA WILLIAM GERARD, 2-437-768, 19 periodos, monto ¢13.005,05, MORALES VEGA MARÍA LUCRECIA, 2-579-233, 29 periodos, monto ¢118.356,20, MORERA ALFARO LUCINIA, 2-449-091, 24 periodos, monto ¢118.206,20, MORERA ALFARO LUIS GERARDO, 2-403-818, 15 periodos, monto ¢73.754,30, MORERA ALFARO SERGIO ENRIQUE, 2-393-038, 48 periodos, monto ¢119.379,95, MORERA RODRÍGUEZ JUAN EVANGELI, 2-166-467, 21 periodos, monto ¢8.226,25, MORERA VALENCIANO JOSÉ FAINIER, 2-292-1376, 30 periodos, monto ¢165.335,80, MOYA RIVERA NURY, 3-218-514, 18 periodos, monto ¢85.671,25, MURILLO ALFARO ELIÉCER, 2-718-814, 15 periodos, monto ¢8.029,00, MURILLO BONILLA RIGOBERTO, 202771178, 27 periodos, monto ¢61.194,40, MURILLO ESQUIVEL GERSON GERARD, 2-559-016, 15 periodos, monto ¢107.713,05, MURILLO JIMÉNEZ SUNDRY PATRICI, 2-530-786, 27 periodos, monto ¢65.789,00, MURILLO LOBO OBDULIA, 200552657, 47 periodos, monto ¢1.635,15, MURILLO RAMÍREZ CECILIA, 2-347-973, 23 periodos, monto ¢16.896,25, MURILLO UGALDE WILBERTH ANTONI, 2-460-503, 15 periodos, monto ¢45.970,20, MURILLO VEGA ILMA, 2-067-4816, 48 periodos, monto ¢50.469,25, MURILLO ZAMORA JOSÉ ROY DEL S, 2-379-490, 43 periodos, monto ¢6.281,75, MURILLO ZAMORA VIRGINIA DAISY, 9-064-890, 43 periodos, monto ¢13.295,85, GRUPO MUTUAL ALAJUELA LA VIVIENDA, 3009045021, 48 periodos, monto ¢75.812,55, NARANJO RODRÍGUEZ TIRSO CORNEL, 2-395-884, 86 periodos, monto ¢10.457,15, NARVÁEZ CHAVES MARIANO, 27015903191925, 24 periodos, monto ¢128.387,30, NAVARRO CORRALES OLDEMAR, 2-400-085, 32 periodos, monto ¢41.814,35, NAVARRO ESPINOZA ANTONIO, 2-212-816, 18 periodos, monto ¢33.909,75, NAVARRO JIMÉNEZ FLOR MARÍA, 2-316-690, 15 periodos, monto ¢36.535,00, NAVARRO SOLÍS MARÍA ELIZABETH, 2-223-409, 19 periodos, monto ¢47.974,00, NÚÑEZ CARVAJAL JOHNNY, 2-438-023, 21 periodos, monto ¢94.994,40, NÚÑEZ CASCANTE LISBETH MARÍA, 2-463-963, 20 periodos, monto ¢192.612,45, NÚÑEZ CHACÓN CARLOS LUIS, 2-230-108, 15 periodos, monto ¢100.862,80, NÚÑEZ VEGA ADILIA, 2-108-299, 27 periodos, monto ¢7.366,35, OBANDO PEÑA JUANITA PETRONA, 5-296-530, 24 periodos, monto ¢123.858,90, OROZCO CORELLA JORGE ALBERTO, 2-408-418, 49 periodos, monto ¢40.198,75, ORTIZ MARCHENA PORFIRIO, 5-163-598, 21 periodos, monto ¢43.815,00, PANIAGUA VARGAS PEDRO DAVID, 114670550, 22 periodos, monto ¢119.168,05, PÉREZ ACOSTA VÍCTOR MANUEL, 156, 32 periodos, monto ¢37.813,85, PÉREZ BONILLA BENEDICTO, 2-358-340, 19 periodos, monto ¢16.687,90, PÉREZ CASTRO BOLÍVAR, 2-200-870, 55 periodos, monto ¢42.800,65, PÉREZ HERRERA BENEDICTO, 501771000,43 periodos, monto ¢6.151,25, PÉREZ SALAZAR FLOR MARÍA, 2-283-839, 41 periodos, monto ¢79.294,45, PÉREZ VARGAS MIGUEL ANTONIO, 2-438-484, 44 periodos, monto ¢48.833,75, PÉREZ VARGAS NOLMAN, 2-300-368, 18 periodos, monto ¢44.296,00, PÉREZ ZAMORA JOSÉ EDDY, 2-367-484, 23 periodos, monto ¢259.089,25, PICADO ALFARO JORGE, 2-095-649, 21 periodos, monto ¢98.711,80, PORRAS ARIAS ANA LUCINIA, 9-079-594, 23 periodos, monto ¢9.655,00, PORRAS CALDERÓN ANA FELICIA, 2-290-134, 15 periodos, monto ¢33.718,75, PORRAS JIMÉNEZ MIGUEL, 2-459-765, 15 periodos, monto ¢72.034,30, PORRAS RODRÍGUEZ GERARDO, 2-264-774, 19 periodos, monto ¢16.661,25, PORRAS VEGA OLIVIER, 2-403-762, 49 periodos, monto ¢101.229,30, QUESADA ABARCA MARÍA NELA, 2-491-557, 49 periodos, monto ¢5.845,90, QUESADA AGUILERA MARÍA LUISA, 2-234-715, 16 periodos, monto ¢94.310,80, QUESADA BERTHA LUCÍA, 110836818, 47 periodos, monto ¢30.423,00, QUESADA CAMPOS WILBERTH GERARD, 2-492-588, 24 periodos, monto ¢122.676,15, QUESADA CASTRO CARLOS LUIS, 2-206-788, 43 periodos, monto ¢30.756,25, QUESADA CHACÓN JOSÉ RAFAEL, 2-293-869, 35 periodos, monto ¢22.381,25, QUESADA GONZÁLEZ ALFREDO, 2-235-955, 15 periodos, monto ¢67.476,80, QUESADA MORALES EDY, 1159, 32 periodos, monto ¢37.813,85, QUESADA MORALES JOHANA, 2-593-215, 19 periodos, monto ¢88.201,50, QUESADA RODRÍGUEZ ELVIA, 2-240-845, 16 periodos, monto ¢114.155,95, QUESADA SOTO LUIS, 2-186-515, 36 periodos, monto ¢26.288,50, QUESADA SOTO SAMARÍA, 2159, 32 periodos, monto ¢37.813,85, QUESADA VIRGINIA, 159, 32 periodos, monto ¢37.813,85, QUESADA ZAMORA ENA MARÍA, 2-373-555, 24 periodos, monto ¢67.017,80, QUIRÓS CUBERO KATHERIN, 2-570-699, 19 periodos, monto ¢10.913,35, RAMÍREZ CHAVES JORGE, 2-502-855, 24 periodos, monto ¢123.272,45, RAMÍREZ ESPINOZA RAFAEL ÓLGER, 2-342-494, 15 periodos, monto ¢6.434,35, RAMÍREZ ESTRADA LAURA, 9-106-562, 25 periodos, monto ¢111.741,00, RAMÍREZ GARCÍA DENIA MARÍA, 2-361-513,15 periodos, monto ¢28.770,00, RAMÍREZ SOLÍS EDUARDO, 2-310-928, 55 periodos, monto ¢4.292,55, RAMÍREZ SOLÍS SANDRA ZULEMA, 2-342-502, 55 periodos, monto ¢4.292,55, REYES PACHECO PETRONA LICIA, 8-076-859, 20 periodos, monto ¢17.583,85, RITA CONTE CAROLYN, 9000506186, 18 periodos, monto ¢13.457,50, ROBERT DEN BURGH, 840987, 16 periodos, monto, ¢96.650,95, RODRÍGUEZ ALFARO JOHNNY, 2-382-235, 15 periodos, monto ¢6.743,75, RODRÍGUEZ ARCE RAFAEL, 2-238-532, 48 periodos, monto ¢50.469,25, RODRÍGUEZ BONILLA MARTA ISABEL, 2-220-279, 15 periodos, monto ¢19.152,25, RODRÍGUEZ CÉSPEDES FRANCISCA, 2-202-055, 15 periodos, monto ¢73.874,05, RODRÍGUEZ CUBERO OVER TEODORO, 2-214-091, 20 periodos, monto ¢10.865,10, RODRÍGUEZ GONZÁLEZ MARÍA, 2-382-075, 48 periodos, monto ¢50.469,25, RODRÍGUEZ QUESADA ANA BEATRIZ, 2-495-807, 31 periodos, monto ¢22.611,75, RODRÍGUEZ QUESADA EVELYN FRANCISCO, 2-352-170, 18 periodos, monto ¢106.190,80, RODRÍGUEZ ROJAS JOSÉ FRANCISCO, 2-328-245, 18 periodos, monto ¢45.066,00, RODRÍGUEZ SALAS VÍCTOR MANUEL, 9-059-913, 20 periodos, monto ¢59.334,10, RODRÍGUEZ SIBAJA EDGARDO, 1-831-482, 23 periodos, monto ¢90.926,05, RODRÍGUEZ SOLÍS RICARDO, 2-535-459, 35 periodos, monto ¢44.762,50, RODRÍGUEZ TORRES ERLIN, 6-237-393, 27 periodos, monto ¢52.917,75, RODRÍGUEZ VALENCIANO EVENCIO, 2-112-525, 15 periodos, monto ¢19.180,00, RODRÍGUEZ VARGAS ROXANA, 2-443-904, 18 periodos, monto ¢39.001,00, RODRÍGUEZ VILLALOBOS DORA, 161, 20 periodos, monto ¢15.175,85, ROJAS ACOSTA ELIZABETH CRISTIN, 1-959-898, 43 periodos, monto ¢224.083,25, ROJAS AGUERO FAYNIER, 6-148-842, 15 periodos, monto ¢9.441,25, ROJAS AGUERO OLGA DINIA, 6-151-384, 15 periodos, monto ¢9.441,25, ROJAS ARGUEDAS NORMAN EDUARDO, 2-479-923, 22 periodos, monto ¢6.504,00, ROJAS BOGANTES SONIA MARÍA, 2-462-702, 26 periodos, monto ¢46.305,75, ROJAS CAMPOS FREDDY, 2-327-503, 15 periodos, monto ¢33.805,70, ROJAS CAMPOS OMAR ALFONSO, 2-436-148, 15 periodos, monto ¢52.208,30, ROJAS FERNÁNDEZ ÓSCAR ÉDGAR, 2-295-827, 23 periodos, monto ¢75.867,45, ROJAS FERNÁNDEZ OSCAR FRANCISCO, 2-481-254, 35 periodos, monto ¢17.905,00, ROJAS GONZÁLEZ VÍCTOR, 162, 32 periodos, monto ¢37.813,85, ROJAS HERRERA ÓSCAR, 164, 32 periodos, monto ¢75.627,70, ROJAS PÉREZ FLOR MARÍA, 2-474-067, 21 periodos, monto ¢101.566,25, ROJAS RODRÍGUEZ ELVIA, 2-403-594, 33 periodos, monto ¢68.223,35, ROJAS ROJAS ILSE MARÍA, 2-519-956, 21 periodos, monto ¢46.224,25, ROJAS SALAZAR ESVIN ANTONIO, 2-449-735, 15 periodos, monto ¢31.126,65, ROJAS SALAZAR MARÍA DEL CARMEN, 2-401-887, 15 periodos, monto ¢1.348,75, ROJAS SEGURA IVANNIA D.L.A., 2-529-479, 15 periodos, monto ¢36.535,00, ROJAS SEGURA RODOLFO, 2-420-676, 35 periodos, monto ¢56.069,00, ROJAS SEQUEIRA ELVIA, 2-253-839, 30 periodos, monto ¢130.995,15, ROJAS ZAMORA LETICIA, 2-236-709, 15 periodos, monto ¢6.409,80, ROSA ARGENTINA SOSA, 135RE003790001999, 23 periodos, monto ¢144.133,65, SALAS CAMBRONERO JUAN, 200874399, 16 periodos, monto ¢11.493,15, SALAS CAMPOS MARCONI, 2-8070075, 21 periodos, monto ¢110.801,10, SALAS CAMPOS NORMAN, 2-469-401, 15 periodos, monto ¢25.810,10, SALAS GONZÁLEZ MANUEL, 9-080-522, 33 periodos, monto ¢102.550,95, SALAS GONZÁLEZ RICARDO, 2-327-432, 18 periodos, monto ¢25.441,80, SALAS RODRÍGUEZ KATTIA, 2-513-907, 21 periodos, monto ¢55.632,90, SALAS SÁNCHEZ CAROLINA MARÍA, 2-724-775, 27 periodos, monto ¢21.549,25, SALAS VARELA WILLIAM, 2-269-134, 28 periodos, monto ¢33.609,80, SALAS VILLALOBOS CARMEN JEANNE, 2-520-002, 15 periodos, monto ¢5.395,00, SALAZAR CHAVERRI ARMANDO, 2-193-261, 40 periodos, monto ¢76.946,55, SALAZAR CHAVES CARLOS ALBERTO, 2-335-525, 54 periodos, monto ¢96.614,10, SALAZAR CUBERO JAVIER, 9-072-509, 21 periodos, monto ¢97.140,55, SALAZAR ELIZONDO JORGE ENRIQUE, 4-136-943, 15 periodos, monto ¢78.481,80, SALAZAR HERRERA BLANCA ROSA, 2-337-434, 21 periodos, monto ¢99.107,00, SALAZAR LIZANO URIEL ROBERTO, 2-543-928,19 periodos, monto ¢105.316,45, SALAZAR MIRANDA MARGARITA DINI, 2-395-591, 15 periodos, monto ¢131.751,65, SALAZAR PORRAS NELSON RAFAEL, 2-564-715, 19 periodos, monto ¢115.354,40, SALAZAR QUESADA ODILIE, 173, 24 periodos, monto ¢22.063,30, SÁNCHEZ ALVARADO LIDIETTE, 1-807-173, 18 periodos, monto ¢38.066,00, SÁNCHEZ CORRALES MARÍA ARACELL, 9-080-139, 27 periodos, monto ¢26.359,80, SÁNCHEZ SOLÓRZANO ABEL, 2-357-923, 55 periodos, monto ¢16.474,10, SANCHO MASÍS CONSUELO, 2-101-078, 15 periodos, monto ¢10.790,00, SANTAMARÍA ALFARO MARIBEL, 2-444-490, 15 periodos, monto ¢26.705,25, SANTAMARÍA GARCÍA ANAIS, 2-544-360, 17 periodos, monto ¢163.633,05, SANTAMARÍA SALAZAR JOSÉ EDUARD, 2-496-054, 24 periodos, monto ¢111.761,80, SEGURA CECILIANO CARLOS ENRIQUE, 1-673-797, 15 periodos, monto ¢8.043,95, SEGURA CHAVARRÍA LUIS, 176, 32 periodos, monto ¢37.813,85, SEGURA ZÚÑIGA EGIDIA, 9-019-233, 21 periodos, monto ¢22.312,55, SENDEROS DEL AIRE S. A., 3101122194, 33 periodos, monto ¢96.920,10, SERRANO ACOSTA DAVID FRANCISCO, 2-587-709, 16 periodos, monto ¢27.575,00, SERRANO ACOSTA HENRY FRANCISCO, 2-679-378, 16 periodos, monto ¢27.575,00, SERRANO CASCANTE DAUBE ORLANDO, 2-219-129, 15 periodos, monto ¢10.790,00, SIBAJA ARAYA MARÍA GABRIELA, 2-609-938, 15 periodos, monto ¢79.280,65, SIBAJA FERNÁNDEZ RAIMUNDO, 5-300-077, 44 periodos, monto ¢48.833,75, SOLANO SOLÍS PABLO, 2-378-676, 15 periodos, monto ¢71.529,30, SOLÍS CORRALES CARMEN NOELIA, 2-347-801, 17 periodos, monto ¢28.521,75, SOLÍS MURILLO MINOR GUILLERMO, 2-489-860, 24 periodos, monto ¢101.472,50, SOLÓRZANO MONTOYA JOSÉ MANUEL, 6-258-823, 23 periodos, monto ¢148.096,65, SOTELO CANO ZOILA, 8-064-110, 16 periodos, monto ¢202.002,90, SOTO GONZÁLEZ ROSALINA, 2-319-653, 19 periodos, monto, ¢9.256,25, SOTO QUIRÓS LAURA, 9-036-258, 25 periodos, monto ¢27.888,55, TALLER MECÁNICA PRESICIÓN EL M, 3101216182, 21 periodos, monto ¢115.092,40, TAMARIZ SÁNCHEZ CECILIA ISABEL, 4551761980024, 18 periodos, monto ¢23.220,05, TORRES CAMPOS KATTIA, 4-146-432, 19 periodos, monto ¢89.353,75, TORRES CAMPOS LEONARDO, 2-519-943, 28 periodos, monto ¢86.807,95, TORRES CHAVARRÍA GREIVIN, 2-520-979, 21 periodos, monto ¢81.721,40, TORRES ZAMORA FLOR MARÍA, 2-325-129, 16 periodos, monto ¢35.728,90, UGALDE ARAYA LIDIETHE, 2-396-783, 19 periodos, monto ¢72.225,55, UGALDE ARIAS RAFAEL, 1000029208, 31 periodos, monto ¢37.287,50, UGALDE CONEJO JOSÉ MANUEL, 2-352-679, 31 periodos, monto ¢93.780,35, UGALDE CONEJO MIRIAM, 9-014-352, 27 periodos, monto ¢32.546,25, UGALDE PÉREZ FRANCISCA, 1000029207, 31 periodos, monto ¢37.287,50, UGALDE VILLEGAS ÁLVARO ENRIQUE, 2-423-189, 15 periodos, monto ¢34.564,50, ULATE ALFARO ROSIBEL, 2-289-643, 22 periodos, monto ¢598.088,55, ULATE ALFARO VIRGINIA, 2-289-645, 24 periodos, monto ¢567.707,35, UMAÑA PÉREZ GERARDO, 9-022-940, 35 periodos, monto ¢12.580,90, UMAÑA ARGUEDAS JORGE ARTURO, 2-481-009, 32 periodos, monto ¢41.474,85, UMAÑA FERNÁNDEZ FABIO, 181, 28 periodos, monto ¢29.609,30, UMAÑA PÉREZ JOSÉ ANTONIO, 2-206-954, 15 periodos, monto ¢6.136,90, UREÑA CALDERÓN ROSIBEL DE LOS, 9-086-369, 15 periodos, monto ¢26.391,25, VALERIO CARMONA MIGUEL, 2-198-127, 15 periodos, monto ¢28.813,80, VALLES DE ROJIVA S. A., 3101396242, 35 periodos, monto ¢27.752,75, VALVERDE ZAMORA ESPERANZA, 2-114-642, 15 periodos, monto ¢8.029,00, VARELA CHAVARRÍA ETILMA, 1-456-561, 36 periodos, monto ¢73.672,45, VARELA CHAVES KATTIA VANESSA, 2-514-980, 17 periodos, monto ¢ 9.549,85, VARGAS AGUILAR LILLIANA, 6-186-771, 15 periodos, monto ¢8.043,95, VARGAS ARCE JAVIER, 182, 32 periodos, monto ¢37.813,85, VARGAS BARRANTES ÓLGER LUIS, 2-363-040, 27 periodos, monto ¢110.913,00, VARGAS CORDERO ANTONIA, 184, 32 periodos, monto ¢37.813,85, VARGAS CORDERO ESTRELLA, 2-201-123, 48 periodos, monto ¢50.469,25, VARGAS LEÓN FLORA, 1-355-023, 21 periodos, monto, ¢122.399,00, VARGAS SALAS GUILLERMO, 9-020-166, 15 periodos, monto ¢41.439,10, VARGAS VARGAS ALBERTINA, 2-282-216, 26 periodos, monto ¢10.131,25, VÁSQUEZ STELLER FRANCISCO, 2-157-212, 15 periodos, monto ¢31.565,00, VEGA ALFARO OLIVIER, 2-210-219, 17 periodos, monto ¢33.410,50, VEGA CAMBRONERO ALBERTO, 2-426-665, 15 periodos, monto ¢124.714,80, VEGA CAMBRONERO BERTA ALICIA, 2-426-666, 15 periodos, monto ¢87.089,65, VEGA CAMPOS ANANI, 6-281-916, 23 periodos, monto ¢20.516,90, VEGA SALAZAR CARLOS, 2-292-762, 20 periodos, monto ¢7.088,65, VEGA ZAMORA LAURA FRANCINI, 2-610-033, 20 periodos, monto ¢93.246,35, VILLALOBOS JIMÉNEZ NELLY, 2-150-582, 39 periodos, monto ¢44.911,90, VILLALOBOS PICADO ESTRELLA, 6-119-931, 15 periodos, monto ¢14.813,00, WILKIJO DE SARCHÍ LTDA., 3102343993, 18 periodos, monto ¢143.044,45, ZAMORA ARIAS ROSIBEL, 2-334-470, 19 periodo, monto ¢5.553,75, ZAMORA BOLAÑOS JESÚS FRANCISCO, 2-450-200, 18 periodos, monto ¢138.365,80, ZAMORA CAMACHO MARÍA FELICIA, 2-260-590, 15 periodos, monto ¢19.180,00, ZAMORA CAMPOS ANA CECILIA, 2-292-744, 18 periodos, monto ¢36.261,40, ZAMORA CAMPOS BERNARDITA, 2-154-606, 18 periodos, monto ¢33.909,75, ZAMORA CAMPOS LUIS FERNANDO, 2-449-746, 23 periodos, monto ¢49.110,25, ZAMORA CASTRO OLMAN, 2-100-514, 32 periodos, monto ¢41.474,85, ZAMORA CRUZ LUIS ÁNGEL, 2-523-350, 17 periodos, monto ¢14.410,00, ZAMORA JIMÉNEZ CARLOS ALBERTO, 2-238-024, 24 periodos, monto ¢5.855,90, ZAMORA SALAZAR ÓSCAR FRANCISCO, 1-850-807, 18 periodos, monto ¢34.784,75, ZELEDÓN LACAYO MARVIN, 5-238-963, 15 periodos, monto 78.860,20.

Nota: Los montos adeudados no incluyen el recargo por intereses. Se previene a los notificados que de no cancelar estos saldos dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación de este edicto, se trasladarán a trámite de cobro judicial.—Sarchí Norte, Valverde Vega, 2 de noviembre del 2009.—Víctor Manuel Rojas Vega, Alcalde Municipal.—(IN2009096924).

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE CARRILLO

DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

El Departamento de la Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Carrillo, aclara lo siguiente: Que en la publicación del edicto publicado en La Gaceta número cincuenta y siete del veintiuno de marzo del dos mil seis, y que se relaciona con el edicto de solicitud de concesión de un lote a nombre de la empresa Materiales de Construcción La Familia Sociedad Anónima cédula jurídica 3-101-036246, terreno ubicado en la Zona Restringida de Playas del Coco, distrito Sardinal, cantón de Carrillo, provincia de Guanacaste, se tenga por correcto. “Que es un terreno ubicado en Zona Residencial Turística, además el área correcta es de un mil cuatrocientos veinte metros cuadrados, según plano catastrado número G-uno tres cinco seis cero cinco cero-dos mil nueve”. En todo lo demás queda firme y valedera la publicación anterior.

 Filadelfia, trece de octubre del dos mil nueve.—Francisco Canales Canales, Encargado.—1 vez.—RP2009139994.—(IN2009098643).

El Departamento de la Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Carrillo, aclara lo siguiente: Que en la publicación del edicto publicado en La Gaceta número cincuenta y siete del veintiuno de marzo del dos mil seis, y que se relaciona con el edicto de solicitud de concesión de un lote a nombre de la empresa Importadora de Mercadería al Costo Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-172756, terreno ubicado en la Zona Restringida de Playas del Coco, distrito Sardinal, cantón de Carrillo, provincia de Guanacaste, se tenga por correcto. “Que es un terreno ubicado en Zona Residencial Turística, además el área correcta es de un mil cuatrocientos ochenta y siete metros cuadrados, según plano catastrado número G-uno tres cuatro ocho tres cinco cuatro-dos mil nueve”. En todo lo demás queda firme y valedera la publicación anterior.

Filadelfia, trece de octubre del dos mil nueve.—Francisco Canales Canales, Encargado.—1 vez.—RP2009139995.—(IN2009098644).

El Departamento de la Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Carrillo, aclara lo siguiente: Que en la publicación del edicto publicado en La Gaceta número cincuenta y siete del veintiuno de marzo del dos mil seis, y que se relaciona con el edicto de solicitud de concesión de un lote a nombre de la empresa Reforestadora Playas del Coco, cédula jurídica 3-101-235869 terreno ubicado en la Zona Restringida de Playas del Coco, distrito Sardinal, cantón de Carrillo, provincia de Guanacaste, se tenga por correcto. “Que es un terreno ubicado en Zona Residencial Turística, además el área correcta es de un mil trescientos setenta metros cuadrados, según plano catastrado número G-uno tres cuatro ocho tres cinco cinco-dos mil nueve”. En todo lo demás queda firme y valedera la publicación anterior.

Filadelfia, 13 de octubre del 2009.—Ana Dorian Corea Corea, Asistente.—1 vez.—RP2009139997.—(IN2009098645).

El Departamento de la Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Carrillo, aclara lo .siguiente: Que en la publicación del edicto publicado en La Gaceta número cincuenta y siete del veintiuno de marzo del dos mil seis, y que se relaciona con el edicto de solicitud de concesión de un lote a nombre de la empresa Materiales de Construcción Tres A Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-027327, terreno ubicado en la Zona Restringida de Playas del Coco, distrito Sardinal, cantón de Carrillo, provincia de Guanacaste, se tenga por correcto. “Que es un terreno ubicado en Zona Residencial Turística, además el área correcta es de un mil cuatrocientos noventa metros cuadrados, según plano catastrado número G-uno tres cuatro ocho tres cinco seis-dos mil nueve”. En todo lo demás queda firme y valedera la publicación anterior.

Filadelfia, trece de octubre del dos mil nueve.—Francisco Canales Canales, Encargado.—1 vez.—RP2009139998.—(IN2009098646).