LA GACETA Nº 220 DEL 12 DE NOVIEMBRE DEL 2009
MINISTERIO DE
AGRICULTURA Y GANADERÍA
MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
MINISTERIO DE
SEGURIDAD PÚBLICA
MINISTERIO DE
AGRICULTURA Y GANADERÍA
MINISTERIO DE
JUSTICIA Y GRACIA
MINISTERIO DE
COMERCIO EXTERIOR
MINISTERIO DE
CIENCIA Y TECNOLOGÍA
AMBIENTE,
ENERGÍA Y TELECOMUNICIONES
TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES
CONTRALORÍA
GENERAL DE LA REPÚBLICA
MODIFICACIONES
A LOS PROGRAMAS
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
BANCO POPULAR
Y DE DESARROLLO COMUNAL
PATRONATO
NACIONAL DE LA INFANCIA
JUNTA DE PENSIONES
Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL
MUNICIPALIDAD
DE SAN RAFAEL DE HEREDIA
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COLORADO
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO DE
DESARROLLO AGRARIO
Nº DM-SENASA-DIR-003-2009
En uso de las
facultades que le confieren los artículos 140, incisos 8) 18) y 20) de
Considerando:
1º—Que el
Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA) tiene como competencia determinada
por
2º—Que conforme a lo estipulado
en el artículo 8 de
3º—Que el Director General de Salud Animal, tiene a su cargo el SENASA y es el responsable ante el Ministro y Viceministro de Agricultura y Ganadería, de los asuntos que le competen, y son sus funciones la dirección, coordinación e implementación, supervisión y evaluación de las actividades técnicas científicas y administrativas de dicho órgano.
4º—Que el SENASA en aras de cumplir con sus competencias y funciones ha venido consolidando una estructura administrativa competente en concordancia con su naturaleza desconcentrada y personería jurídica instrumental atribuida por Ley, que le permite el control y la fiscalización de los recursos financieros y materiales que le corresponde administrar y ejecutar.
5º—Que en la actualidad existen
una serie de normas de carácter general emitidas y que regulan en forma
específica lo relativo a la asignación uso, control y custodia de equipos de
telefonía celular que tienden a establecer reglas claras para los funcionarios
de
6º—Que en razón de lo anterior es necesario y oportuno trasladar al SENASA la administración, tutela y ejecución de procesos y procedimientos relativos al mantenimiento, uso, control y custodia de teléfonos celulares asignados a ciertos funcionarios que necesitan mantener una comunicación efectiva y oportuna, contribuyendo ello al cumplimiento de los objetivos y planes institucionales. Por tanto,
ACUERDA:
Emitir la siguiente Directriz Ministerial:
1º—Ordenar a
2º—A efectos de cumplir lo
anterior, el SENASA, deberá dictar las disposiciones de carácter regulatorio,
que establezcan los procedimientos y procedimientos de control necesarios en
consonancia con las diferentes regulaciones emitidas al respecto por el
Ministerio de Agricultura y Ganadería y
3º—Para los presentes efectos el Director General del Servicio Nacional de Salud Animal, informará al Despacho Ministerial de las acciones concretas desarrolladas, dirigidas a la implementación de los controles correspondientes para regular esta materia.
4º—Rige a partir de su publicación. Publíquese igualmente en la página electrónica del SENASA.
Dado en Barreal de Ulloa, Heredia, a los catorce días del mes de octubre del año dos mil nueve.
Javier Flores Galarza, Ministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—(IN2009097508).
Nº 692-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en
el artículo 141 de
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a la señorita Gabriela Jiménez Cruz, con cédula de identidad 1-798-462,
Directora de Protocolo y Asesora Presidencial en Asuntos Internacionales, para
que viaje a Panamá del 29 al 30 de octubre del presente año, acompañando en
Artículo 2º—Los gastos por
concepto de viáticos, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa
en la ciudad visitada se le cancelarán del Título 201- Presidencia de
Artículo 3º—Se le otorga la suma adelantada de ¢122.009,00 por concepto de viáticos sujetos a liquidación.
Artículo 4º—Rige a partir del 29 al 30 de octubre del 2009.
Dado en
Rodrigo Arias
Sánchez, Ministro de
Nº 824-P
EL PRESIDENTE DE
En ejercicio de
las atribuciones constitucionales, señaladas en el artículo 135 de
Considerando:
Único: Con motivo de viajar a Panamá, para participar en la “III Reunión del Mecanismo de Consultas Políticas y Comisiones Mixtas de Cooperación Panamá-Costa Rica”, a celebrarse los días 29 y 30 de octubre del 2009.
ACUERDA:
Artículo
1º—Llamar al Ejercicio de
Artículo 2º—Rige de las 08:30 horas del 29 de octubre y hasta las 10:00 horas del 30 de octubre del 2009.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—O. C. Nº
98674.—Solicitud Nº 148-2009.—C-12770.—(IN2009097378).
Nº 699-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en
el Artículo 141 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Se
designa a los señores Edwin Forester Delgado, cédula de identidad Nº 6-230-338,
Didier David Quirós López, cédula de identidad Nº 1-1084-352 y Huanelge
Gutiérrez Calderón, cédula de identidad Nº 1-891-757, para que asistan como
Oficiales de Seguridad de
Artículo 2º—Los gastos de
tiquetes aéreos, hospedaje, transporte interno y alimentación serán cubiertos por
Artículo 3º—Del 15 de noviembre hasta el 19 de noviembre del 2009, días durante los cuales se autoriza la participación de los funcionarios Edwin Forester Delgado, cédula de identidad N° 6-230-338, Didier David Quirós López, cédula de identidad Nº 1-1084-352 y Huanelge Gutiérrez Calderón, cédula de identidad N° 1-891-757 en la actividad mencionada, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 14 del mes de noviembre del 2009 y hasta el día 20 de noviembre del 2009.
Dado en
Rodrigo Arias
Sánchez, Ministro de
Nº 004-09-PP-PE
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en
lo establecido en los incisos 10 y 12 del artículo 140 y el artículo 146 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Que
por considerarlo conveniente a los Altos Intereses de
Artículo 2º—Rige a partir de esta fecha.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—O. C. Nº 93813.—Solicitud Nº 21419.—C-15770.—(IN2009097382).
Nº 008-09-PP-PE
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en
lo establecido en los incisos 10 y 12 del artículo 140 y el artículo 146 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Que
por considerarlo conveniente a los Altos Intereses de
Artículo 2º—Rige a partir de esta fecha.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—O. C. Nº 93813.—Solicitud Nº 21419.—C-15020.—(IN2009097383).
Nº 009-09-PP-PE
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en
lo establecido en los incisos 10) y 12) del artículo 140 y el artículo 146 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Que
por considerarlo conveniente a los altos intereses de
Artículo 2º—Rige a partir de esta fecha.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—O. C. Nº 93813.—Solicitud Nº 21419.—C-15770.—(IN2009097384).
Nº 010-09-PP-PE
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en
lo establecido en los incisos 10) y 12) del artículo 140 y el artículo 146 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Que
por considerarlo conveniente a los altos intereses de
Artículo 2º—Rige a partir de esta fecha.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—O. C. Nº 93813.—Solicitud Nº 21419.—C-13520.—(IN2009097385).
Nº 011-09-PP-PE
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en lo establecido en los incisos 10
y 12 del artículo 140 y el artículo 146 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Que
por considerarlo conveniente a los Altos Intereses de
Artículo 2º—Rige a partir de esta fecha.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—O. C. Nº 93813.—Solicitud Nº 21419.—C-15770.—(IN2009097386).
Nº 012-09-PP-PE
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en lo establecido en los incisos 10)
y 12) del artículo 140 y el artículo 146 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Que
por considerarlo conveniente a los altos intereses de
Artículo 2º—Rige a partir de esta fecha.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—O. C. Nº 93813.—Solicitud Nº 21420.—C-15770.—(IN2009097387).
Nº 013-09-PP-PE
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en
lo establecido en los incisos 10) y 12) del artículo 140 y el artículo 146 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Que
por considerarlo conveniente a los altos intereses de
Artículo 2º—Rige a partir de esta fecha.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—O. C. Nº 93813.—Solicitud Nº 21420.—C-14270.—(IN2009097388).
Nº 014-09-PP-PE
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en
lo establecido en los incisos 10) y 12) del artículo 140 y el artículo 146 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Que
por considerarlo conveniente a los Altos Intereses de
Artículo 2º—Rige a partir de esta fecha.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—O. C. Nº 93813.—Solicitud Nº 21420.—C-17270.—(IN2009097389).
Nº 159-09-PE
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad
con lo establecido en los artículos Nº 7 y Nº 31 del Reglamento de Gastos de
Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos de
Considerando:
1º—Que se ha
recibido cordial invitación para que un funcionario de este Ministerio asista a
la actividad denominada “Encuentro-Taller: Aplicación de los Compromisos de
2º—Que de conformidad con el
artículo 8 de
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar al señor Óscar Omar Monge Castro, cédula de identidad Nº 1-528-077,
Jefe de
Artículo 2º—Los gastos del señor
Monge Castro, correspondientes a tiquete aéreo, hospedaje y alimentación serán
cubiertos por
Artículo 3º—Rige del 01 al 05 de setiembre del 2009.
Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a las diez horas del día trece de agosto del dos mil nueve.
Publíquese.—Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 93813.—Solicitud Nº 21420.—C-26270.—(IN2009097390).
Nº 199-09-PE
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad
con lo establecido en los artículos Nº 7 y Nº 31 del Reglamento de Gastos de
Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos de
Considerando:
1º—Que es de
interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto participar en
2º—Es necesario que el señor
Óscar Monge Castro, Jefe de
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar al señor Óscar Monge Castro, cédula de identidad Nº 1-528-077, Jefe
de
Artículo 2º—Los gastos de pasajes aéreos, viáticos, así como los gastos de transporte interno, e impuestos aeroportuarios, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 082, Dirección General de Política Exterior subpartida 1.05.03 de pasajes aéreos, y 1.05.04 de viáticos. Se autoriza la suma de US$194 (ciento noventa y cuatro) dólares diarios, para un total de $388 (trescientos ochenta y ocho) dólares. Todo lo anterior sujeto a liquidación.
Artículo 3º—Rige del 28 al 29 de octubre del 2009.
Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a las quince horas del día diecinueve de octubre del dos mil nueve.
Publíquese.—Edgar Ugalde Álvarez, Ministro a. í., de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 93813.—Solicitud Nº 21420.—C-22520.—(IN2009097391).
N° 341-2009 MSP
Con fundamento en
las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de
Considerando:
1º—Que se ha
recibido cordial invitación para que un funcionario de este Ministerio asista a
la actividad denominada “Reunión Taller para la elaboración del Reglamento y
2º—Que el objetivo de este evento es obtener insumos necesarios como organismo regional, que permitan una mejor implementación de las actividades que desarrolle el COPRECOS LAC.
3º—Que dado el objetivo de la actividad, es de interés para este Ministerio contar con un funcionario en dicho evento. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar al Comisionado Juan José Andrade Morales, cédula 01-0773-0309,
funcionario de
Artículo 2º—COPRECOS LAC,
COPRECOS RD, COPRECOS URUGUAY, con el apoyo financiero y técnico de
Artículo 3º—Que durante los días del 25 al 29 de agosto del 2009, en que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 25 al 29 de agosto del 2009.
Dado en el
Despacho de
Janina del Vecchio Ugalde, Ministra de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. 103823.—Solicitud Nº 30599.—C-21020.—(IN2009096885).
Nº 343-2009 MSP
Con fundamento en
las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de
Considerando:
1º—Que se ha recibido cordial invitación para que un funcionario de este Ministerio asista a la actividad denominada “Curso Técnico para Aviones” a realizarse en Base Aérea Lackland, Estados Unidos, del 7 de setiembre al 11 de diciembre del 2009 (incluye salida y regreso del participante).
2º—Que el objetivo del curso es capacitar aprendices técnicos de aviones sobre principios de funcionamiento y teoría de seguridad sobre tierra, sistemas y sistemas secundarios del avión, descripción y funcionamiento de los componentes, manejo en tierra del avión, inspecciones, procedimientos de mantenimiento y funcionamiento de equipo aeroespacial terrestre.
3º—Que dado el objetivo de la actividad, es de interés para este Ministerio contar con un funcionario en dicho evento. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Giovanni Víquez González, cédula 04-0139-0112, funcionario del Servicio de Vigilancia Aérea, para asistir a la actividad denominada “Curso Técnico para Aviones” a realizarse en Base Aérea Lackland, Estados Unidos, del 7 de setiembre al 11 de diciembre del 2009 (incluye salida y regreso del participante).
Artículo 2º—El Comando Sur costeará todos los gastos por concepto de transporte, alojamiento y alimentación del participante.
Artículo 3º—Que durante los días del 7 de setiembre al 11 de diciembre del 2009, en que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 7 de setiembre al 11 de diciembre del 2009.
Dado en el
Despacho de
Janina Del Vecchio Ugalde, Ministra de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº 104969.—Solicitud Nº 24401.—C-24020.—(IN2009097495).
N° 344-2009-MSP
Con fundamento en
las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de
Considerando:
1º—Que se ha recibido cordial invitación para que un funcionario de este Ministerio asista a la actividad denominada “Curso Asistencia Médica” a realizarse en Whinsec, Fuerte Benning Georgia, Estados Unidos, del 2 de octubre al 25 de noviembre del 2009 (incluye salida y regreso del participante).
2º—Que el objetivo del curso es capacitar al personal en la práctica de las medidas salvavidas y en la aplicación de los cuidados médicos avanzados en apoyo a las operaciones.
3º—Que dado el objetivo de la actividad, es de interés para este Ministerio contar con un funcionario en dicho evento. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la señora Jeimmy León Espinoza, cédula 02-0566-0484, funcionaria del Servicio de Vigilancia Aérea, para asistir a la actividad denominada “Curso Asistencia Médica” a realizarse en Whinsec, Fuerte Benning Georgia, Estados Unidos, del 2 de octubre al 25 de noviembre del 2009 (incluye salida y regreso de la participante).
Artículo 2º—El Comando Sur costeará todos los gastos por concepto de transporte, alojamiento y alimentación de la participante.
Artículo 3º—Que durante los días del 2 de octubre al 25 de noviembre del 2009, en que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 2 de octubre al 25 de noviembre del 2009.
Dado en el
Despacho de
Janina Del Vecchio Ugalde, Ministra de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº 104969.—Solicitud Nº 24401.—C-22520.—(IN2009097496).
N° 357-2009-MSP
Con fundamento en
las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de
Considerando:
1º—Que se ha
recibido cordial invitación para que varios funcionarios de este Ministerio
asistan a la actividad denominada “Ceremonia Conmemorativa del 30 aniversario
de
2º—Que el objetivo de la actividad es realizar una ceremonia conmemorativa que incluye un desfile con personal y técnica policial de nuestras distintas especialidades.
3º—Que dado el objetivo de la actividad, es de interés para este Ministerio contar con varios funcionarios en dicho evento. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar a los oficiales Javier Moreira Villegas, cédula de identidad Nº
01-0875-0049, Omar Zúñiga Picado, cédula de identidad Nº 01-0967-0921, Alexis
Sánchez Sánchez, cedula de identidad Nº 01-0421-0844, Duwal Aguirre Calvo,
cedula de identidad Nº 01-0704-0395; funcionarios del Servicio de Vigilancia
Aérea, para que asistan a la actividad denominada “Ceremonia Conmemorativa del
30 aniversario de
Artículo 2º—
Artículo 3º—Que durante los días del 4 al 7 de setiembre del 2009, en que se autoriza la participación de los funcionarios en la actividad, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 4 al 7 de setiembre del 2009.
Dado en el
Despacho de
Janina Del Vecchio Ugalde, Ministra de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº 104969.—Solicitud Nº 24401.—C-24770.—(IN2009097497).
N° 381-2009-MSP
EL PRESIDENTE DE
Y
Con fundamento en
las atribuciones conferidas por los artículos 140 inciso 1), 146 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Despedir por causa justificada sin responsabilidad para el Estado al señor Abraham Campos Navarro, cédula de identidad Nº 01-1296-052.
Artículo 2º—En el presente caso
el señor Campos Navarro, no interpuso en tiempo los recursos ordinarios
establecidos por
Artículo 3º—Rige a partir del 12 de octubre del 2007.
Dado en
ÓSCAR ARIAS
SÁNCHEZ.—
Nº 404-2009-MSP
Con fundamento en
las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de
Considerando:
1º—Que se ha
recibido cordial invitación para que varios funcionarios de este Ministerio
asistan a la actividad denominada “Curso Liderazgo en Defensa Terrestre” a
realizarse en Base Aérea Lackland, San Antonio, Texas, Estados Unidos de
América, del 5 de octubre al 11 de diciembre del 2009 (incluye salida y regreso
de los funcionarios). La asignación se realizó en Sesión Extraordinaria Nº
018-2009-CB de
2º—Que el objetivo del curso es capacitar al personal de las fuerzas de seguridad, cuya labor se encuentre directamente relacionada con el apoyo a las operaciones aéreas, profundizando en los principios de defensa y funciones de protección de las bases aéreas.
3º—Que dado el objetivo de la actividad, es de interés para este Ministerio contar con varios funcionarios en dicho evento. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a los señores Óscar Gómez Benavides, cédula 2-540-651, Óscar Corrales Quesada, cédula 2-586-324, Marlon Vásquez Ruiz, cédula 2-645-414 en calidad de suplente, todos funcionarios del Servicio de Vigilancia Aérea, para asistir a la actividad denominada “Curso Liderazgo en Defensa Terrestre” a realizarse en Base Aérea Lackland, San Antonio, Texas, Estados Unidos de América, del 5 de octubre al 11 de diciembre del 2009 (incluye salida y regreso de los funcionarios)
Artículo 2º—El Comando Sur de los Estados Unidos de América, costeará todos los gastos por concepto de transporte, alojamiento y alimentación de los participantes.
Artículo 3º—Que durante los días del 5 de octubre al 11 de diciembre del 2009, en que se autoriza la participación de los funcionarios en la actividad, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 5 de octubre al 11 de diciembre del 2009.
Dado en el Despacho
de
Janina Del Vecchio Ugalde, Ministra de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº 104969.—Solicitud Nº 24401.—C-27020.—(IN2009097499).
Nº 405-2009-MSP
Con fundamento en
las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de
Considerando:
1º—Que se ha
recibido cordial invitación para que varios funcionarios de este Ministerio
asistan a la actividad denominada “Curso Capacitación Profesional para
Oficiales” a realizarse en Base Aérea Lackland, San Antonio, Texas, Estados
Unidos de América, del 13 de octubre al 11 de diciembre del 2009 (incluye
salida y regreso de los funcionarios). La asignación se realizó en sesión
extraordinaria Nº 018-2009-CB de
2º—Que el objetivo del curso es dotar al participante de nuevas técnicas para la solución de problemas, formación de grupos con el fin de motivar al personal a su cargo.
3º—Que dado el objetivo de la actividad, es de interés para este Ministerio contar con varios funcionarios en dicho evento. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a los señores Glen Pacheco Araya, cédula 02-0541-0608, Otto Marvin Arrieta Jiménez, cédula 09-0077-0777, Sthephen Madden Barrientos, cédula 01-0681-0359 en calidad de suplente, todos funcionarios del Servicio de Vigilancia Aérea, para asistir a la actividad denominada “Curso Capacitación Profesional para Oficiales” a realizarse en Base Aérea Lackland, San Antonio, Texas, Estados Unidos de América, del 13 de octubre al 11 de diciembre del 2009 (incluye salida y regreso de los funcionarios)
Artículo 2º—El Comando Sur de los Estados Unidos de América, costeará todos los gastos por concepto de transporte, alojamiento y alimentación de los participantes.
Artículo 3º—Que durante los días del 13 de octubre al 11 de diciembre del 2009, en que se autoriza la participación de los funcionarios en la actividad, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 13 de octubre al 11 de diciembre del 2009.
Dado en el
Despacho de
Janina Del Vecchio Ugalde, Ministra de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº 104969.—Solicitud Nº 24401.—C-26270.—(IN2009097500).
Nº 187-PE
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
De conformidad
con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de
ACUERDA:
1º—Autorizar a
2º—Los costos de alojamiento, alimentación y gastos de transporte serán cubiertos por el Proyecto RED SICTA.
3º—Rige a partir del 12 al 15 de agosto de 2009.
Dado en el Despacho Ministerial el día once del mes de agosto del dos mil nueve.
Carlos Villalobos Arias, Viceministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—O. C. Nº 4175.—Solicitud Nº 25011.—C-16520.—(IN2009096982).
Nº 219-PE
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
De conformidad
con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de
ACUERDA:
1º—Autorizar al
Ing. Enrique Martínez Vargas, cédula 1-584-701, Director de
2º—Los gastos de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por el SICTA.
3º—Rige a partir del 6 al 12 de setiembre de 2009.
Dado en el Despacho Ministerial el día dos del mes de setiembre del dos mil nueve.
Carlos Villalobos Arias, Viceministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—O. C. Nº 4175.—Solicitud Nº 25011.—C-14270.—(IN2009096983).
Nº 228-PE
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
De conformidad con
lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de
ACUERDA:
1º—Autorizar al
Ing. Renato Jiménez Zúñiga, cédula 1-509-401, Jefe del Departamento de
Servicios Técnicos del INTA, para que participe en el “Noveno período de
sesiones de
2º—Los costos de transporte y
manutención serán cubiertos con recursos de
3º—Rige a partir del 20 de setiembre al 3 de octubre de 2009.
Dado en el Despacho Ministerial el día nueve del mes de setiembre del dos mil nueve.
Carlos Villalobos Arias, Viceministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—O. C. Nº 4175.—Solicitud Nº 25011.—C-15770.—(IN2009096984).
Nº 237-PE
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
De conformidad
con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de
ACUERDA:
1º—Autorizar al Dr. Bernardo Mora Brenes, cédula 9-009-511, Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria (INTA), para que participe en la “XIII Reunión Anual del Consejo Directivo del Fondo Regional de Tecnología Agropecuaria (FONTAGRO)”, que se realizará en Quito, Ecuador, del 29 de setiembre al 4 de octubre del 2009.
2º—Los gastos de pasajes aéreos,
alojamiento, alimentación, transporte local, un estipendio para cubrir costos
relacionados y seguro médico de viaje internacional durante el período de la
reunión, serán cubiertos por
3º—Rige a partir del 28 de setiembre al 5 de octubre de 2009.
Dado en el Despacho Ministerial el día veinticuatro del mes de setiembre del dos mil nueve.
Carlos Villalobos Arias, Viceministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—O. C. Nº 4175.—Solicitud Nº 25011.—C-18020.—(IN2009096985).
Nº 250-PE
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
De conformidad
con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de
ACUERDA:
1º—Autorizar al
Ing. Enrique Martínez Vargas, cédula 1-584-701, Director de
2º—Los gastos de pasajes aéreos, impuestos de salida transportes al exterior serán cubiertos por le Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria, mientras que los viáticos correspondientes a cuatro días, serán cubiertos por el Sistema de Integración Centroamericana de Tecnología Agrícola (SICTA).
3º—Rige a partir del 29 de setiembre al 3 de octubre de 2009.
Dado en el Despacho Ministerial el primero del mes de octubre del dos mil nueve.
Carlos Villalobos Arias, Viceministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—O. C. Nº 4175.—Solicitud Nº 25011.—C-18020.—(IN2009096986).
Nº 265-PE
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
De conformidad
con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de
ACUERDA:
1º—Autorizar a
2º—Los gastos de participación, traslados, impuestos de salida, pasajes aéreos, y viáticos de la funcionaria serán cubiertos en su totalidad por el FIDEICOMISO INTA/BNCR, Proyecto de Arroz.
3º—Rige a partir del 20 de octubre al 1 de noviembre de 2009.
Dado en el Despacho Ministerial el catorce del mes de octubre del dos mil nueve.
Carlos Villalobos Arias, Viceministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—O. C. Nº 4175.—Solicitud Nº 25011.—C-18770.—(IN2009096987).
Nº 139-2009
EL MINISTRO DE JUSTICIA
Con fundamento en
lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20), y 146 de
Considerando:
1º—Que el “Encuentro de Delincuencia Organizada y Cooperación Jurídica Internacional”, es de interés para el Ministerio de Justicia, porque en ella se tratarán temas de sumo interés y vigencia, como es el caso de la trata de seres humanos, el tráfico de estupefacientes, el lavado de activos, la asociación ilícita, la corrupción de funcionarios públicos y la cooperación jurídica internacional.
2º—Que la participación de la
señora Tatiana Gutiérrez Delgado, cédula de identidad Nº 1-0838-0944,
funcionaria de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Tatiana Gutiérrez Delgado, para que participe en el “Encuentro de Delincuencia Organizada y Cooperación Jurídica Internacional”, a celebrarse en Cartagena de Indias, Colombia, del 26 al 30 de octubre del 2009
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, viáticos en el exterior, los cuales comprenden, alimentación, hospedaje y otros gastos menores por lavado y planchado de ropa y traslado dentro de la ciudad, serán cubiertos por los organizadores del evento.
Artículo 3º—Que durante los días del 25 al 31 del mes de octubre de 2009, en que se autoriza la participación de la funcionaria Tatiana Gutiérrez Delgado, en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 25 de octubre del 2009.
Hernando París R., Ministro de Justicia.—1
vez.—O. C. Nº 101568.—Solicitud Nº 2066.—C-27020.—(IN2009097381).
Nº 496-2009
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en
los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146, de
Considerando:
I.—Que mediante
Acuerdo Ejecutivo número 024-2005 de fecha 17 de enero de 2005, publicado en el
Diario Oficial
II.—Que mediante documento
presentado el día 10 de agosto de 2009, en
III.—Que la instancia interna de
IV.—Que en relación con las disminuciones de los niveles de empleo e inversión, el Ministro de Comercio Exterior, mediante el Oficio DM-911-1 de 26 de setiembre de 2001, señaló lo siguiente:
“(...)
No obstante lo anterior, al ser ésta una institución con una misión y vocación
clara de servicio a la exportación, sin dejar de lado claro está, su función de
supervisión y control, PROCOMER no puede dejar de considerar factores
dinámicos, cambiantes propios del entorno y realidad empresarial. Es así como
también debemos considerar que en muchas ocasiones las empresas beneficiarías
del régimen o bien su casa matriz se ven enfrentadas a graves problemas en la
comercialización de sus bienes, a crisis financieras internas inclusive
problemas de índole macroeconómicos en sus países y hasta a situaciones de caso
fortuito o fuerza mayor, circunstancias todas que las podrían obligar a
disponer cambios inmediatos en sus políticas de mercado.
Ha sido el afán del Ministerio atender y tratar de ayudar a solventar de la forma más objetiva posible estas situaciones, no sólo teniendo en consideración la posición de las empresas, sino el resguardo sobre todo de intereses de orden general, al valorar el impacto que supone una modificación considerable en los niveles de inversión y empleo frente al cierre definitivo de la empresa. (...)”.
V.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto:
ACUERDAN:
1º—Modificar el
Acuerdo Ejecutivo número 024-2005 de fecha 17 de enero de 2005, publicado en el
Diario Oficial
“6º—La
beneficiaria se obliga a cumplir con un nivel mínimo de empleo en etapa preoperativa
de 01 trabajador, a partir del 28 de febrero de 2005, y a realizar y mantener
un nivel mínimo total de empleo de 05 trabajadores, a partir de la notificación
del presente Acuerdo Ejecutivo; dadas las circunstancias bajo las cuales la
empresa justifica su solicitud de disminución, el compromiso asumido con el
nivel mínimo de empleo, deberá ser revisado por ella dentro de los veinticuatro
meses siguientes a la comunicación de este acuerdo, con el fin de valorar el
eventual incremento del mismo. De igual forma, se obliga a realizar una
inversión nueva inicial en activos fijos de al menos US $150,000.00 (ciento
cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América),
a más tardar el 31 de diciembre de 2005, así como a realizar y mantener una
inversión mínima total de US $193,095.00 (ciento noventa y tres mil noventa y
cinco dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más
tardar el 31 de diciembre de 2005. Finalmente, la empresa beneficiaría se
obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional del 90.59%.
PROCOMER
vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión nueva inicial en activos
fijos y la mínima total de la beneficiaría, de conformidad con los criterios y
parámetros establecidos por el Reglamento a
2º—En todo lo que
no ha sido expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo
Ejecutivo número 024-2005 de fecha 17 de enero del 2005, publicado en el Diario
Oficial
3º—Rige a partir de su notificación.
Comuníquese y Publíquese.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(IN2009097472).
N° 030-2009-MICIT
Con fundamento en
el artículo 141 de
Considerando:
1º—Que la señorita Isabel Torres Granda, ostenta el cargo de Consultora del Despacho del señor Viceministro de Ciencia y Tecnología.
2º—Que en el marco del Convenio
de Cooperación entre
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a la señorita Isabel Torres Granda, cédula de identidad
1-1230-0096, en su calidad de Consultora, para que participe de la beca para el
curso de “Tecnología Informática”, con una duración de siete semanas, iniciando
el día 26 de noviembre del 2009 y finalizando el día 13 de enero del 2010, el
cual se realizará en
Artículo 2º—Los gastos. Todos los gastos serán cubiertos por el Organismo auspiciador.
Artículo 3º—Que durante los días del 24 del noviembre del 2009 al 15 de enero de 2010, que se autoriza la participación de Isabel Torres en el curso antes indicado, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del día veinticuatro de noviembre del dos mil nueve hasta su regreso el día quince de enero del dos mil diez.
Dado en el Ministerio de Ciencia y Tecnología, el día veintiocho de octubre del dos mil nueve.
Publíquese.—
N° 031-2009-MICIT
Con fundamento en
el artículo 141 de
Considerando:
1º—Que la señorita Katherine Gutiérrez Villafuerte, ostenta el cargo de Asesora en Comunicación del Despacho de la señora Ministra de Ciencia y Tecnología
2º—Que en el marco del Convenio
de Cooperación entre
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a la señorita Katherine Gutiérrez Villafuerte, cédula de identidad
1-1227-0613, en su calidad de Asesora, para que participe de la beca para el
curso de “Tecnología Informática”, con una duración de siete semanas, iniciando
el día 26 de noviembre de 2009 y finalizando el día 13 de enero del 2010, el
cual se realizará en
Artículo 2º—Los gastos. Todos los gastos serán cubiertos por el Organismo auspiciador.
Artículo 3º—Que durante los días del 24 del noviembre del 2009 al 15 de enero del 2010, que se autoriza la participación de Katherine Gutiérrez en el curso antes indicado, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del día veinticuatro de noviembre del dos mil nueve hasta su regreso el día quince de enero del dos mil diez.
Dado en el Ministerio de Ciencia y Tecnología, el día veintiocho de octubre del dos mil nueve.
Publíquese.—Dra. Eugenia M. Flores Vindas, Ministra de Ciencia y Tecnología.—1 vez.—O. C. Nº 101188.—Solicitud Nº 29180.—C-27770.—(IN2009097487).
N° 032-2009-MICIT
Con fundamento en
el artículo 141 de
Considerando:
1º—Que el señor Mario Álvarez Córdoba, ostenta el cargo de Analista Informático del Ministerio de Ciencia y Tecnología.
2º—Que en el marco del Convenio
de Cooperación entre
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar al señor Mario Álvarez Córdoba, cédula de identidad 6-0337-0794, en
su calidad de Analista Informático, para que. participe de la beca para el
curso de “Técnica Aplicada de Software Básicas Chinas”, con una duración de
siete semanas, iniciando el día 10 de diciembre del 2009 y finalizando el día
27 de enero del 2010, el cual se realizará en
Artículo 2º—Los gastos. Todos los gastos serán cubiertos por el Organismo auspiciador.
Artículo 3º—Que durante los, días del 8 de diciembre del 2009 al 29 de enero del 2010, que se autoriza la participación de Mario Álvarez en el curso antes indicado, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del día ocho de diciembre del dos mil nueve hasta su regreso el día veintinueve de enero del dos mil diez.
Dado en el Ministerio de Ciencia y Tecnología, el día veintiocho de octubre del dos mil nueve.
Publíquese.—Dra. Eugenia M. Flores Vindas, Ministra de Ciencia y Tecnología.—1 vez.—O. C. Nº 101188.—Solicitud Nº 29181.—C-27020.—(IN2009097488).
N° 033-2009-MICIT
Con fundamento en
el artículo 141 de
Considerando:
1.—Que el señor Eduardo Jiménez González, ostenta el cargo de Jefe de Informática del Ministerio de Ciencia y Tecnología.
2º—Que en el marco del Convenio
de Cooperación entre
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar al señor Eduardo Jiménez González, cédula de identidad 1-0496-0628,
en su calidad de Jefe Informático, para que participe de la beca para el curso de
“Técnica Aplicada de Software Básicas Chinas”, con una duración de siete
semanas, iniciando el día 10 de diciembre del 2009 y finalizando el día 27 de
enero del 2010, el cual se realizará en
Artículo 2º—Los gastos. Todos los gastos serán cubiertos por el Organismo auspiciador.
Artículo 3º—Que durante los días del 8 de diciembre del 2009 al 29 de enero del 2010, que se autoriza la participación de Eduardo Jiménez en el curso antes indicado, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del día ocho de diciembre del dos mil nueve hasta su regreso el día veintinueve de enero del dos mil diez.
Dado en el Ministerio de Ciencia y Tecnología, el día veintiocho de octubre del dos mil nueve.
Publíquese.—Dra. Eugenia M. Flores Vindas, Ministra de Ciencia y Tecnología.—1 vez.—O. C. Nº 101188.—Solicitud Nº 29182.—C-27020.—(IN2009097489).
N° 034-2009-MICIT
Con fundamento en
el artículo 141 de
Considerando:
1º—Que la señorita Antonieta Corrales Sandí, ostenta el cargo de Periodista del Ministerio de Ciencia y Tecnología.
2º—Que en el marco del Convenio
de Cooperación entre
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a la señorita Antonieta Corrales Sandí, cédula de identidad
1-0998-0536, en su calidad de Periodista, para que participe de la beca para el
“Seminario de Energía Limpia para Funcionarios”, con una duración de tres
semanas, iniciando el día 02 de diciembre del 2009 y finalizando el día 21 de
diciembre del 2009, el cual se realizará en
Artículo 2º—Los gastos. Todos los gastos serán cubiertos por el Organismo auspiciador.
Artículo 3º—Que durante los días del 30 de noviembre del 2009 al 23 de diciembre del 2009, que se autoriza la participación de Antonieta Corrales en el seminario antes indicado, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del día treinta de noviembre del dos mil nueve, hasta su regreso el día veintitrés de diciembre del dos mil nueve.
Dado en el Ministerio de Ciencia y Tecnología, el día veintiocho de octubre del dos mil nueve.
Publíquese.—Dra. Eugenia M. Flores Vindas, Ministra de Ciencia y Tecnología.—1 vez.—O. C. Nº 101188.—Solicitud Nº 29183.—C-27770.— (IN2009097490).
Nº 035-2009-MICIT
Con fundamento en
el artículo 141 de
Considerando:
1º—Que el señor Carlos Bonilla Cortés, ostenta el cargo de Director de Innovación del Ministerio de Ciencia y Tecnología.
2º—Que en el marco del Convenio
de Cooperación entre
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar al señor Carlos Bonilla Cortés, cédula de identidad 1-1068-0862, en
su calidad de Director de Innovación, para que participe de la beca para el
“Seminario de Energía Limpia para Funcionarios”, con una duración de tres
semanas, iniciando el día 02 de diciembre del 2009 y finalizando el día 21 de
diciembre del 2009, el cual se realizará en
Artículo 2º—Los gastos. Todos los gastos serán cubiertos por el Organismo auspiciador.
Artículo 3º—Que durante los días del 30 de noviembre del 2009 al 23 de diciembre del 2009, que se autoriza la participación de Carlos Bonilla en el seminario antes indicado, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del día treinta de noviembre del dos mil nueve hasta su regreso el día veintitrés de diciembre del dos mil nueve.
Dado en el Ministerio de Ciencia y Tecnología, el día veintiocho de octubre del dos mil nueve.
Publíquese.—Dra. Eugenia M. Flores Vindas, Ministra de Ciencia y Tecnología.—1 vez.—O. C. Nº 101188.—Solicitud Nº 29184.—C-27020.— (IN2009097491).
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS CIVIL
De conformidad con el artículo 2° del Estatuto de Servicio Civil, la unidad de Recursos Humanos, informa: que la señora Calderón Umaña Sylvia, cédula de identidad número 01-1045-0600, puesto número 001233 de la clase Profesional de Servicio Civil 1, Grupo B, fue nombrada en propiedad, según acuerdo DG-001-2009 de fecha 19 de octubre del 2009, escogida de la nómina número 005-09. Rige a partir del 16 de noviembre del 2009. Publíquese.—Lic. María Lucrecia Siles Salazar, Coordinadora de Recursos Humanos.—1 vez.—O. C. Nº 103907.—Solicitud Nº 72.—C-9020.—(IN2009097392).
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO EXTERIOR
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS
REGISTRO DE AGROQUÍMICOS
EDICTOS
DIA-R-E-768-2009.—El
señor Marco Antonio Pinto Murray, cédula Nº 9-0050-0332, en calidad de
representante legal de la compañía: Compañía Costarricense del Café S. A., cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción
del fertilizante de nombre comercial Cafesa 18-2-15-4-0.2-5(S), compuesto a
base de nitrógeno-fósforo-potasio-magnesio-boro-azufre. Conforme a lo que
establece
DIA-R-E-769-2009.—El
señor Marco Antonio Pinto Murray, cédula Nº 9-0050-0332, en calidad de representante
legal de la compañía: Compañía Costarricense del Café S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del
fertilizante de nombre comercial Cafesa 18-5-15-6-0.2-7.3(S), compuesto a base
de nitrógeno-fósforo-potasio-magnesio-boro-azufre. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-800-2009.—El
señor Francisco Zúñiga Jiménez, cédula o pasaporte 2-373-971, en calidad de
Representante Legal de la compañía Grisco S. A., cuyo domicilio fiscal se
encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción del fertilizante de
nombre comercial Fixer compuesto a base de Fósforo-Potasio. Conforme a lo que
establece
DIA-R-E-798-2009.—El
señor Francisco Zúñiga Jiménez, cédula o pasaporte 2-373-971 en calidad de
representante legal de la compañía Grisco S. A., cuyo domicilio fiscal se
encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción del fertilizante de
nombre comercial Primaflora Vigna NPK 8-5-15 compuesto a base de
Nitrógeno-Fósforo-Potasio-Magnesio-Azufre-Boro-Hierro. Conforme a lo que
establece
DIA-R-E-797-2009.—El
señor Francisco Zúñiga Jiménez, cédula o pasaporte 2-373-971 en calidad de
representante legal de la compañía Grisco S. A., cuyo domicilio fiscal se
encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción del fertilizante de
nombre comercial Fruttoro NPK 7-15-20 compuesto a base de
Nitrógeno-Fósforo-Potasio-Calcio-Azufre-Boro-Hierro. Conforme a lo que
establece
DIA-R-E-796-2009.—El
señor Francisco Zúñiga Jiménez, cédula o pasaporte 2-373-971 en calidad de
representante legal de la compañía Grisco S. A., cuyo domicilio fiscal se
encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción del fertilizante de
nombre comercial Basic compuesto a base de Nitrógeno-Carbono. Conforme a lo que
establece
DIA-R-E-777-2009.—El
señor Francisco Zúñiga Jiménez, cédula o pasaporte 2-373-971, en calidad de
representante legal de la compañía Grisco S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra
en la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción del fertilizante de nombre
comercial Smartfert NPK 12-6-15 compuesto a base de
Nitrógeno-Fósforo-Potasio-Calcio-Magnesio-Azufre-Boro-Zinc. Conforme a lo que
establece
DIA-R-E-790-2009.—El
señor Francisco Zúñiga Jiménez, cédula o pasaporte 2-373-971, en calidad de
representante legal de la compañía Grisco S. A., cuyo domicilio fiscal se
encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción del fertilizante de
nombre comercial Nutrisol NPK 15-10-15+2MgO compuesto a base de
Nitrógeno-Fósforo-Potasio-Boro-Hierro-Zinc-Cobre-Manganeso. Conforme a lo que
establece
DIA-R-E-787-2009.—El
señor Francisco Zúñiga Jiménez, cédula o pasaporte 2-373-971, en calidad de
representante legal de la compañía Grisco S. A., cuyo domicilio fiscal se
encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción del fertilizante de
nombre comercial Nutrisol NPK 20-20-20 compuesto a base de
Nitrógeno-Fósforo-Potasio-Boro-Hierro-Molibdeno-Zinc-Cobre-Manganeso. Conforme
a lo que establece
DIA-R-E-789-2009.—El
señor Francisco Zúñiga Jiménez, cédula o pasaporte 2-373-971, en calidad de
representante legal de la compañía Grisco S. A., cuyo domicilio fiscal se
encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción del fertilizante de
nombre comercial Goldenfenger NPK 11-12-17 compuesto a base de
Nitrógeno-Fósforo-Potasio-Calcio-Magnesio-Azufre. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-799-2009.—El
señor Francisco Zúñiga Jiménez, cédula o pasaporte 2-373-971, en calidad de
representante legal de la compañía Grisco S. A., cuyo domicilio fiscal se
encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción del fertilizante de
nombre comercial Mistor NPK 8-14-6 compuesto a base de
Nitrógeno-Fósforo-Potasio-Magnesio-Azufre. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-786-2009.—El
señor Francisco Zúñiga Jiménez, cédula o pasaporte 2-373-971, en calidad de
representante legal de la compañía Grisco S. A., cuyo domicilio fiscal se
encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción del fertilizante de
nombre comercial Rocket compuesto a base de
Nitrógeno-Fósforo-Calcio-Hierro-Zinc. Conforme a lo que establece
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN GENERAL
DIRECTRIZ SENASA-DG-D09-2009
Considerando:
1º—Que de
conformidad con
Que según el artículo 9 del mismo cuerpo normativo, corresponde al Director General del SENASA la administración del personal de dicho Servicio así como dictar las órdenes administrativas que correspondan a fin de optimizar el funcionamiento de dicho Servicio.
2º—Que recientemente se recibió
en el país una misión de auditoría técnica realizada por el Servicio de
Inspección e Inocuidad de Alimentos del Departamento de Agricultura de los
Estados Unidos de América (FSIS/USDA por sus siglas en inglés), con la
finalidad de auditar el Sistema Veterinario Oficial implementado por el SENASA
y las Plantas Procesadoras de Exportación de Carnes a ese país, estableciendo
como una no conformidad, que no es apropiado que los Médicos Oficiales
encargados de fiscalizar dichas plantas exportadoras trabajen permanentemente
en una sola planta, pues ello provoca que con el paso del tiempo los
Profesionales se identifiquen con ,la rutina del Establecimiento supervisado y
ello provoca una depreciación en las labores de inspección, toda vez que existe
un vínculo personal del profesional con
3º—Que con base en lo anterior, y
para subsanar la no conformidad señalada por la auditoría estadounidense es
menester girar de manera urgente una directriz al personal que realiza labores
de inspección del SENASA, tanto médicos veterinarios como al personal auxiliar,
en el sentido de que deberán rotar de una Planta a otra. Para ello, se
considera pertinente que el Director de
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL
DE SALUD ANIMAL (SENASA)
Emite la siguiente
DIRECTRIZ:
Artículo 1º—Que
ante las no conformidades señaladas por el funcionario del Servicio de
Inspección e Inocuidad de Alimentos del Departamento de Agricultura de los
Estados Unidos de América (FSIS/USDA por sus siglas en inglés) en su Auditoría
Técnica realizada del 14 al 25 del mes en curso y en aras de subsanar las
mismas a la mayor brevedad, es menester que el personal del SENASA que realiza
labores de inspección en las Plantas Procesadoras de Carne con fines de
exportación, tanto médicos veterinarios como personal auxiliar, roten por todos
aquellos establecimientos certificados por
Artículo 2º—Rige a partir de su
publicación en el Diario Oficial
Heredia, Barreal de Ulloa, 14 de octubre de 2009.—Dr. Yayo Vicente Salazar, Director General.—1 vez.—(IN2009097516).
DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
EDICTO
El señor César
Mata Piedra, cédula Nº 3-287-089, vecino de San José, en calidad de Regente
Veterinario de
INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL
DEPARTAMENTO DE GEODESIA Y TOPOGRAFÍA
AVISO N º 2009-16
ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
Amojonamiento de zona pública entre sectores
de Playa Ostional hasta Playa Guiones
De conformidad
con lo dispuesto en el artículo 63 del Reglamento de
Guiones Sur, 6 mojones ZP5020146-ZP5020151 |
||||
Numeración |
CRTM 05 |
Lambert Norte |
||
- |
N(m) |
E(m) |
N(m) |
E(m) |
ZP5020146 |
1097221.963 |
317918.406 |
211693.879 |
354264.724 |
ZP5020147 |
1097188.461 |
317906.360 |
211660.378 |
354252.708 |
ZP5020148 |
1097187.798 |
317929.244 |
211659.732 |
354275.585 |
ZP5020149 |
1097159.683 |
317968.994 |
211631.657 |
354315.346 |
ZP5020150 |
1097144.175 |
317955.501 |
211616.143 |
354301.869 |
ZP5020151 |
1097174.535 |
317923.243 |
211646.468 |
354269.597 |
Río Rempujo, 39 mojones ZP5020107-ZP5020145 |
||||
Numeración |
CRTM 05 |
Lambert Norte |
||
- |
N(m) |
E(m) |
N(m) |
E(m) |
ZP5020107 |
1097973.892 |
317855.7854 |
212445.5379 |
354201.5351 |
ZP5020108 |
1097949.268 |
317889.891 |
212420.948 |
354235.650 |
ZP5020109 |
1097946.370 |
317917.153 |
212418.072 |
354262.906 |
ZP5020110 |
1097966.774 |
317935.737 |
212438.485 |
354281.469 |
ZP5020111 |
1097988.242 |
317974.621 |
212459.977 |
354320.324 |
ZP5020112 |
1097947.796 |
317993.664 |
212419.557 |
354339.393 |
ZP5020113 |
1097941.844 |
318015.385 |
212413.624 |
354361.113 |
ZP5020114 |
1097952.970 |
318034.705 |
212424.762 |
354380.418 |
ZP5020115 |
1097982.514 |
318064.766 |
212454.321 |
354410.447 |
ZP5020116 |
1097995.887 |
318107.759 |
212467.724 |
354453.417 |
ZP5020117 |
1097987.979 |
318135.040 |
212459.839 |
354480.696 |
ZP5020118 |
1098010.654 |
318182.686 |
212482.545 |
354528.311 |
ZP5020119 |
1098037.253 |
318188.835 |
212509.141 |
354534.437 |
ZP5020120 |
1098043.858 |
318134.114 |
212515.701 |
354479.727 |
ZP5020121 |
1098079.642 |
318145.014 |
212551.483 |
354490.596 |
ZP5020122 |
1098115.143 |
318169.693 |
212586.993 |
354515.239 |
ZP5020123 |
1098132.294 |
318212.403 |
212604.172 |
354557.924 |
ZP5020124 |
1098170.294 |
318218.751 |
212642.166 |
354564.240 |
ZP5020125 |
1098213.897 |
318216.043 |
212685.754 |
354561.498 |
ZP5020126 |
1098241.407 |
318188.835 |
212713.235 |
354534.277 |
ZP5020127 |
1098283.084 |
318192.581 |
212754.903 |
354537.989 |
ZP5020128 |
1098328.232 |
318185.866 |
212800.032 |
354531.241 |
ZP5020129 |
1098364.119 |
318177.539 |
212835.902 |
354522.888 |
ZP5020130 |
1098403.809 |
318150.837 |
212875.559 |
354496.163 |
ZP5020131 |
1098443.528 |
318140.465 |
212915.259 |
354485.763 |
ZP5020132 |
1098485.870 |
318145.744 |
212957.592 |
354491.007 |
ZP5020133 |
1098488.016 |
318099.246 |
212959.701 |
354444.521 |
ZP5020134 |
1098484.627 |
318051.733 |
212956.276 |
354397.025 |
ZP5020135 |
1098487.733 |
318006.552 |
212959.345 |
354351.855 |
ZP5020136 |
1098513.622 |
317968.130 |
212985.196 |
354313.424 |
ZP5020137 |
1098530.253 |
317934.519 |
213001.797 |
354279.810 |
ZP5020138 |
1098531.158 |
317896.958 |
213002.671 |
354242.259 |
ZP5020139 |
1098491.152 |
317889.968 |
212962.672 |
354235.302 |
ZP5020140 |
1098454.740 |
317900.545 |
212926.279 |
354245.905 |
ZP5020141 |
1098414.789 |
317910.153 |
212886.348 |
354255.541 |
ZP5020142 |
1098373.602 |
317922.375 |
212845.182 |
354267.792 |
ZP5020143 |
1098337.164 |
317933.393 |
212808.763 |
354278.835 |
ZP5020144 |
1098299.708 |
317951.182 |
212771.333 |
354296.648 |
ZP5020145 |
1098263.029 |
317932.299 |
212734.650 |
354277.800 |
Hotel, 11 mojones ZP5020016-ZP5020026 |
||||
Numeración |
CRTM 05 |
LAMBERT NORTE |
||
- |
N(m) |
E(m) |
N(m) |
E(m) |
ZP5020016 |
1100404.129 |
316609.964 |
214874.068 |
352954.175 |
ZP5020017 |
1100439.654 |
316634.050 |
214909.601 |
352978.226 |
ZP5020018 |
1100474.035 |
316634.310 |
214943.971 |
352978.459 |
ZP5020019 |
1100514.284 |
316658.644 |
214984.228 |
353002.753 |
ZP5020020 |
1100541.692 |
316689.128 |
215011.651 |
353033.207 |
ZP5020021 |
1100563.840 |
316667.177 |
215033.776 |
353011.245 |
ZP5020022 |
1100571.433 |
316628.879 |
215041.336 |
352972.953 |
ZP5020023 |
1100588.386 |
316599.360 |
215058.260 |
352943.429 |
ZP5020024 |
1100577.531 |
316565.567 |
215047.382 |
352909.655 |
ZP5020025 |
1100589.832 |
316539.657 |
215059.658 |
352883.743 |
ZP5020026 |
1100548.471 |
316509.203 |
215018.286 |
352853.331 |
Estero/Manglar, 15 mojones ZP5020001-ZP5020015 |
||||
Numeración |
CRTM 05 |
Lambert norte |
||
- |
N(m) |
E(m) |
N(m) |
E(m) |
ZP5020001 |
1101656.878 |
316199.010 |
216126.107 |
352542.354 |
ZP5020002 |
1101684.480 |
316242.837 |
216153.736 |
352586.145 |
ZP5020003 |
1101734.907 |
316245.078 |
216204.149 |
352588.345 |
ZP5020004 |
1101773.674 |
316219.947 |
216242.884 |
352563.191 |
ZP5020005 |
1101813.236 |
316229.671 |
216282.441 |
352572.880 |
ZP5020006 |
1101795.043 |
316270.911 |
216264.287 |
352614.122 |
ZP5020007 |
1101761.715 |
316293.180 |
216230.987 |
352636.411 |
ZP5020008 |
1101770.930 |
316324.499 |
216240.224 |
352667.713 |
ZP5020009 |
1101794.594 |
316328.689 |
216263.884 |
352671.883 |
ZP5020010 |
1101833.045 |
316304.211 |
216302.304 |
352647.382 |
ZP5020011 |
1101870.581 |
316266.551 |
216339.798 |
352609.703 |
ZP5020012 |
1101857.440 |
316226.397 |
216326.630 |
352569.572 |
ZP5020013 |
1101821.453 |
316194.254 |
216290.628 |
352537.468 |
ZP5020014 |
1101790.765 |
316173.005 |
216259.932 |
352516.250 |
ZP5020015 |
1101749.337 |
316166.204 |
216218.512 |
352509.484 |
Boca (Río Nosara), 66 mojones ZP5020041- ZP5020106 |
||||
Numeración |
CRTM 05 |
Lambert norte |
||
- |
N(m) |
E(m) |
N(m) |
E(m) |
ZP5020041 |
1102433.620 |
316221.752 |
216902.628 |
352564.468 |
ZP5020042 |
1102431.838 |
316259.806 |
216900.877 |
352602.513 |
ZP5020043 |
1102429.595 |
316298.847 |
216898.665 |
352641.543 |
ZP5020044 |
1102426.283 |
316341.922 |
216895.389 |
352684.608 |
ZP5020045 |
1102416.737 |
316383.358 |
216885.880 |
352726.038 |
ZP5020046 |
1102408.225 |
316422.538 |
216877.401 |
352765.213 |
ZP5020047 |
1102397.508 |
316463.156 |
216866.720 |
352805.827 |
ZP5020048 |
1102394.254 |
316501.561 |
216863.497 |
352844.223 |
ZP5020049 |
1102422.863 |
316529.733 |
216892.121 |
352872.363 |
ZP5020050 |
1102469.194 |
316542.036 |
216938.447 |
352884.626 |
ZP5020051 |
1102499.451 |
316573.815 |
216968.720 |
352916.371 |
ZP5020052 |
1102538.429 |
316603.408 |
217007.710 |
352945.923 |
ZP5020053 |
1102581.317 |
316655.716 |
217050.627 |
352998.181 |
ZP5020054 |
1102579.323 |
316684.424 |
217048.657 |
353026.882 |
ZP5020055 |
1102551.560 |
316725.406 |
217020.935 |
353067.874 |
ZP5020056 |
1102527.981 |
316780.553 |
216997.407 |
353123.022 |
ZP5020057 |
1102541.577 |
316809.824 |
217011.022 |
353152.273 |
ZP5020058 |
1102520.127 |
316835.464 |
216989.599 |
353177.923 |
ZP5020059 |
1102483.237 |
316848.816 |
216952.732 |
353191.300 |
ZP5020060 |
1102436.822 |
316834.366 |
216906.319 |
353176.892 |
ZP5020061 |
1102422.620 |
316884.277 |
216892.162 |
353226.799 |
ZP5020062 |
1102464.229 |
316893.413 |
216933.765 |
353235.898 |
ZP5020063 |
1102506.112 |
316890.575 |
216975.633 |
353233.028 |
ZP5020064 |
1102551.927 |
316871.378 |
217021.419 |
353213.800 |
ZP5020065 |
1102578.097 |
316835.295 |
217047.552 |
353177.708 |
ZP5020066 |
1102601.208 |
316783.348 |
217070.614 |
353125.757 |
ZP5020067 |
1102642.239 |
316775.788 |
217111.626 |
353118.167 |
ZP5020068 |
1102638.032 |
316727.840 |
217107.382 |
353070.237 |
ZP5020069 |
1102639.591 |
316697.223 |
217108.916 |
353039.628 |
ZP5020070 |
1102679.299 |
316686.509 |
217148.603 |
353028.886 |
ZP5020071 |
1102713.383 |
316702.660 |
217182.690 |
353045.005 |
ZP5020072 |
1102726.667 |
316728.772 |
217195.991 |
353071.098 |
ZP5020073 |
1102750.779 |
316765.855 |
217220.126 |
353108.151 |
ZP5020074 |
1102784.955 |
316738.097 |
217254.268 |
353080.374 |
ZP5020075 |
1102784.223 |
316702.564 |
217253.508 |
353044.851 |
ZP5020076 |
1102798.839 |
316672.792 |
217268.095 |
353015.077 |
ZP5020077 |
1102776.839 |
316633.749 |
217246.071 |
352976.064 |
ZP5020078 |
1102785.888 |
316598.647 |
217255.089 |
352940.965 |
ZP5020079 |
1102819.677 |
316569.461 |
217288.844 |
352911.761 |
ZP5020080 |
1102832.933 |
316532.632 |
217302.066 |
352874.933 |
ZP5020081 |
1102801.660 |
316504.117 |
217270.781 |
352846.452 |
ZP5020082 |
1102797.625 |
316437.799 |
217266.694 |
352780.157 |
ZP5020083 |
1102820.457 |
316403.596 |
217289.491 |
352745.947 |
ZP5020084 |
1102860.248 |
316399.985 |
217329.267 |
352742.305 |
ZP5020085 |
1102885.486 |
316393.510 |
217354.492 |
352735.812 |
ZP5020086 |
1102905.833 |
316425.276 |
217374.858 |
352767.552 |
ZP5020087 |
1102910.260 |
316453.171 |
217379.306 |
352795.434 |
ZP5020088 |
1102912.336 |
316499.399 |
217381.419 |
352841.646 |
ZP5020089 |
1102915.968 |
316542.906 |
217385.085 |
352885.137 |
ZP5020090 |
1102919.847 |
316588.862 |
217388.999 |
352931.076 |
ZP5020091 |
1102964.888 |
316552.571 |
217433.997 |
352894.760 |
ZP5020092 |
1103012.599 |
316554.992 |
217481.696 |
352897.142 |
ZP5020093 |
1103019.441 |
316590.766 |
217488.564 |
352932.899 |
ZP5020094 |
1103025.652 |
316646.032 |
217494.817 |
352988.143 |
ZP5020095 |
1103010.067 |
316701.168 |
217479.282 |
353043.276 |
ZP5020096 |
1102985.391 |
316746.351 |
217454.649 |
353088.464 |
ZP5020097 |
1102955.717 |
316781.680 |
217425.013 |
353123.806 |
ZP5020098 |
1102932.620 |
316824.607 |
217401.958 |
353166.738 |
ZP5020099 |
1102907.085 |
316859.725 |
217376.459 |
353201.866 |
ZP5020100 |
1102871.985 |
316880.502 |
217341.386 |
353222.664 |
ZP5020101 |
1102834.244 |
316913.468 |
217303.683 |
353255.651 |
ZP5020102 |
1102792.666 |
316936.783 |
217262.136 |
353278.992 |
ZP5020103 |
1102811.956 |
316991.460 |
217281.465 |
353333.637 |
ZP5020104 |
1102860.873 |
316965.300 |
217330.345 |
353307.446 |
ZP5020105 |
1102885.586 |
316937.954 |
217355.029 |
353280.088 |
ZP5020106 |
1102928.651 |
316916.426 |
217398.063 |
353258.532 |
Santa Marta, 166 mojones ZP5020152- ZP5020318 |
||||
Numeración |
CRTM 05 |
Lambert Norte |
||
- |
N(m) |
E(m) |
N(m) |
E(m) |
ZP5020152 |
1103362.138 |
316404.555 |
217831.006 |
352746.471 |
ZP5020153 |
1103363.843 |
316435.084 |
217832.734 |
352776.988 |
ZP5020154 |
1103356.108 |
316470.590 |
217825.030 |
352812.490 |
ZP5020155 |
1103347.522 |
316508.913 |
217816.478 |
352850.808 |
ZP5020156 |
1103343.096 |
316556.278 |
217812.091 |
352898.163 |
ZP5020157 |
1103338.825 |
316597.822 |
217807.856 |
352939.697 |
ZP5020158 |
1103344.733 |
316637.831 |
217813.793 |
352979.689 |
ZP5020159 |
1103388.227 |
316627.477 |
217857.266 |
352969.303 |
ZP5020160 |
1103401.489 |
316586.740 |
217870.491 |
352928.568 |
ZP5020161 |
1103406.162 |
316546.489 |
217875.131 |
352888.325 |
ZP5020162 |
1103413.163 |
316502.938 |
217882.094 |
352844.782 |
ZP5020163 |
1103428.814 |
316456.420 |
217897.703 |
352798.266 |
ZP5020164 |
1103447.912 |
316423.641 |
217916.769 |
352765.482 |
ZP5020165 |
1103461.313 |
316388.302 |
217930.137 |
352730.143 |
ZP5020166 |
1103463.341 |
316348.730 |
217932.133 |
352690.582 |
ZP5020167 |
1103489.109 |
316317.622 |
217957.867 |
352659.462 |
ZP5020168 |
1103473.715 |
316293.979 |
217942.459 |
352635.839 |
ZP5020169 |
1103431.606 |
316285.369 |
217900.356 |
352627.266 |
ZP5020170 |
1103398.911 |
316267.280 |
217867.657 |
352609.209 |
ZP5020171 |
1103384.336 |
316229.892 |
217853.056 |
352571.844 |
ZP5020172 |
1103431.318 |
316236.128 |
217900.029 |
352578.040 |
ZP5020173 |
1103475.325 |
316245.390 |
217944.029 |
352587.264 |
ZP5020174 |
1103500.138 |
316223.045 |
217968.817 |
352564.906 |
ZP5020175 |
1103544.785 |
316222.546 |
218013.449 |
352564.371 |
ZP5020176 |
1103524.707 |
316199.141 |
217993.359 |
352540.990 |
ZP5020177 |
1103535.453 |
316169.103 |
218004.078 |
352510.952 |
ZP5020178 |
1103491.634 |
316166.433 |
217960.270 |
352508.318 |
ZP5020179 |
1103449.357 |
316159.737 |
217918.001 |
352501.658 |
ZP5020180 |
1103408.534 |
316161.677 |
217877.192 |
352503.631 |
ZP5020181 |
1103366.366 |
316140.181 |
217835.020 |
352482.175 |
ZP5020182 |
1103363.452 |
316098.944 |
217832.074 |
352440.953 |
ZP5020183 |
1103372.047 |
316069.043 |
217840.642 |
352411.055 |
ZP5020184 |
1103360.247 |
316051.579 |
217828.832 |
352393.606 |
ZP5020185 |
1103342.622 |
316054.957 |
217811.215 |
352396.996 |
ZP5020186 |
1103328.750 |
316023.073 |
217797.321 |
352365.134 |
ZP5020187 |
1103319.893 |
315981.898 |
217788.434 |
352323.979 |
ZP5020188 |
1103334.572 |
315936.785 |
217803.072 |
352278.868 |
ZP5020189 |
1103313.955 |
315894.682 |
217782.428 |
352236.795 |
ZP5020190 |
1103340.245 |
315895.938 |
217808.710 |
352238.029 |
ZP5020191 |
1103383.678 |
315901.684 |
217852.135 |
352243.739 |
ZP5020192 |
1103401.474 |
315870.648 |
217869.900 |
352212.698 |
ZP5020193 |
1103363.612 |
315848.177 |
217832.032 |
352190.264 |
ZP5020194 |
1103320.103 |
315853.756 |
217788.542 |
352195.876 |
ZP5020195 |
1103287.121 |
315872.030 |
217755.584 |
352214.171 |
ZP5020196 |
1103251.580 |
315852.089 |
217720.038 |
352194.265 |
ZP5020197 |
1103239.566 |
315817.119 |
217708.000 |
352159.315 |
ZP5020198 |
1103223.234 |
315779.299 |
217691.642 |
352121.520 |
ZP5020199 |
1103213.545 |
315739.782 |
217681.925 |
352082.023 |
ZP5020200 |
1103176.997 |
315700.355 |
217645.357 |
352042.638 |
ZP5020201 |
1103248.013 |
315655.168 |
217716.314 |
351997.408 |
ZP5020202 |
1103291.253 |
315638.286 |
217759.527 |
351980.497 |
ZP5020203 |
1103337.644 |
315647.729 |
217805.911 |
351989.899 |
ZP5020204 |
1103365.299 |
315606.575 |
217833.525 |
351948.737 |
ZP5020205 |
1103390.315 |
315572.933 |
217858.506 |
351915.085 |
ZP5020206 |
1103433.191 |
315555.939 |
217901.354 |
351898.062 |
ZP5020207 |
1103432.619 |
315516.288 |
217900.751 |
351858.424 |
ZP5020208 |
1103451.891 |
315536.351 |
217920.033 |
351878.465 |
ZP5020209 |
1103472.244 |
315444.925 |
217940.307 |
351787.051 |
ZP5020210 |
1103510.210 |
315416.929 |
217978.238 |
351759.033 |
ZP5020211 |
1103537.277 |
315421.154 |
218005.300 |
351763.235 |
ZP5020212 |
1103577.672 |
315448.656 |
218045.704 |
351790.696 |
ZP5020213 |
1103622.505 |
315454.790 |
218090.528 |
351796.792 |
ZP5020214 |
1103664.096 |
315450.979 |
218132.103 |
351792.948 |
ZP5020215 |
1103706.669 |
315453.641 |
218174.665 |
351795.576 |
ZP5020216 |
1103730.100 |
315412.776 |
218198.055 |
351754.705 |
ZP5020217 |
1103738.671 |
315372.590 |
218206.592 |
351714.525 |
ZP5020218 |
1103778.685 |
315351.642 |
218246.576 |
351693.551 |
ZP5020219 |
1103806.738 |
315323.383 |
218274.598 |
351665.278 |
ZP5020220 |
1103771.191 |
315267.272 |
218239.016 |
351609.213 |
ZP5020221 |
1103779.309 |
315224.451 |
218247.097 |
351566.399 |
ZP5020222 |
1103754.731 |
315199.715 |
218222.507 |
351541.691 |
ZP5020223 |
1103795.969 |
315200.070 |
218263.732 |
351542.012 |
ZP5020224 |
1103839.242 |
315215.686 |
218307.005 |
351557.589 |
ZP5020225 |
1103866.642 |
315234.343 |
218334.411 |
351576.218 |
ZP5020226 |
1103913.104 |
315238.304 |
218380.862 |
351580.141 |
ZP5020227 |
1103941.608 |
315274.548 |
218409.386 |
351616.350 |
ZP5020228 |
1103958.149 |
315311.132 |
218425.951 |
351652.909 |
ZP5020229 |
1103997.764 |
315314.480 |
218465.556 |
351656.224 |
ZP5020230 |
1104024.308 |
315276.759 |
218492.061 |
351618.494 |
ZP5020231 |
1104010.171 |
315233.640 |
218477.894 |
351575.400 |
ZP5020232 |
1104014.585 |
315178.462 |
218482.262 |
351520.236 |
ZP5020233 |
1104051.819 |
315180.436 |
218519.486 |
351522.179 |
ZP5020234 |
1104082.584 |
315173.992 |
218550.236 |
351515.712 |
ZP5020235 |
1104121.506 |
315154.145 |
218589.130 |
351495.840 |
ZP5020236 |
1104161.481 |
315131.351 |
218629.074 |
351473.021 |
ZP5020237 |
1104182.289 |
315113.107 |
218649.861 |
351454.766 |
ZP5020238 |
1104232.522 |
315100.814 |
218700.068 |
351442.437 |
ZP5020240 |
1104281.927 |
315078.876 |
218749.440 |
351420.465 |
ZP5020241 |
1104286.729 |
315022.100 |
218754.194 |
351363.704 |
ZP5020242 |
1104248.370 |
314944.100 |
218715.785 |
351285.760 |
ZP5020243 |
1104177.841 |
314978.291 |
218645.305 |
351319.997 |
ZP5020244 |
1104139.966 |
314953.093 |
218607.422 |
351294.837 |
ZP5020245 |
1104094.883 |
314985.538 |
218562.379 |
351327.308 |
ZP5020246 |
1104059.030 |
315022.382 |
218526.567 |
351364.169 |
ZP5020247 |
1104027.074 |
315036.877 |
218494.633 |
351378.686 |
ZP5020248 |
1103976.555 |
315013.455 |
218444.112 |
351355.311 |
ZP5020249 |
1103954.120 |
314987.478 |
218421.663 |
351329.361 |
ZP5020250 |
1103956.350 |
314953.763 |
218423.865 |
351295.654 |
ZP5020251 |
1103984.857 |
314919.331 |
218452.335 |
351261.210 |
ZP5020252 |
1104018.873 |
314898.629 |
218486.324 |
351240.488 |
ZP5020253 |
1104056.617 |
314876.900 |
218524.038 |
351218.735 |
ZP5020254 |
1104082.847 |
314837.393 |
218550.228 |
351179.220 |
ZP5020255 |
1104115.016 |
314807.756 |
218582.363 |
351149.566 |
ZP5020256 |
1104137.618 |
314772.145 |
218604.929 |
351113.948 |
ZP5020257 |
1104155.851 |
314731.880 |
218623.123 |
351073.681 |
ZP5020258 |
1104194.993 |
314737.879 |
218662.258 |
351079.647 |
ZP5020259 |
1104230.060 |
314722.318 |
218697.302 |
351064.062 |
ZP5020260 |
1104266.527 |
314707.525 |
218733.745 |
351049.245 |
ZP5020261 |
1104283.981 |
314675.609 |
218751.168 |
351017.325 |
ZP5020262 |
1104314.275 |
314664.380 |
218781.443 |
351006.075 |
ZP5020263 |
1104352.014 |
314650.156 |
218819.158 |
350991.825 |
ZP5020264 |
1104389.122 |
314667.215 |
218856.269 |
351008.849 |
ZP5020265 |
1104426.637 |
314671.756 |
218893.775 |
351013.358 |
ZP5020266 |
1104440.969 |
314707.548 |
218908.131 |
351049.127 |
ZP5020267 |
1104457.205 |
314742.093 |
218924.390 |
351083.648 |
ZP5020268 |
1104512.636 |
314744.137 |
218979.805 |
351085.646 |
ZP5020269 |
1104545.767 |
314758.681 |
219012.938 |
351100.159 |
ZP5020270 |
1104581.357 |
314782.009 |
219048.535 |
351123.451 |
ZP5020271 |
1104630.631 |
314757.609 |
219097.774 |
351099.019 |
ZP5020272 |
1104607.525 |
314713.991 |
219074.640 |
351055.433 |
ZP5020273 |
1104567.380 |
314685.529 |
219034.484 |
351027.013 |
ZP5020274 |
1104527.875 |
314671.814 |
218994.981 |
351013.334 |
ZP5020275 |
1104493.223 |
314646.878 |
218960.320 |
350988.434 |
ZP5020276 |
1104462.429 |
314597.478 |
218929.496 |
350939.075 |
ZP5020277 |
1104422.556 |
314570.985 |
218889.614 |
350912.623 |
ZP5020278 |
1104447.642 |
314531.283 |
218914.660 |
350872.913 |
ZP5020279 |
1104456.858 |
314482.057 |
218923.834 |
350823.695 |
ZP5020280 |
1104493.319 |
314465.027 |
218960.269 |
350806.641 |
ZP5020281 |
1104536.757 |
314461.475 |
219003.691 |
350803.055 |
ZP5020282 |
1104581.888 |
314437.386 |
219048.787 |
350778.938 |
ZP5020283 |
1104634.424 |
314422.990 |
219101.296 |
350764.504 |
ZP5020284 |
1104644.145 |
314467.516 |
219111.049 |
350809.008 |
ZP5020285 |
1104646.676 |
314516.360 |
219113.619 |
350857.834 |
ZP5020286 |
1104668.918 |
314510.745 |
219135.849 |
350852.202 |
ZP5020287 |
1104684.055 |
314556.932 |
219151.019 |
350898.363 |
ZP5020288 |
1104688.265 |
314600.637 |
219155.262 |
350942.050 |
ZP5020289 |
1104733.846 |
314621.415 |
219200.845 |
350962.786 |
ZP5020290 |
1104771.025 |
314614.205 |
219238.007 |
350955.547 |
ZP5020291 |
1104815.761 |
314618.015 |
219282.732 |
350959.320 |
ZP5020292 |
1104865.684 |
314611.367 |
219332.634 |
350952.634 |
ZP5020293 |
1104896.951 |
314585.880 |
219363.870 |
350927.130 |
ZP5020294 |
1104907.583 |
314636.183 |
219374.539 |
350977.408 |
ZP5020295 |
1104967.620 |
314638.289 |
219434.559 |
350979.465 |
ZP5020296 |
1104967.672 |
314587.727 |
219434.570 |
350928.919 |
ZP5020297 |
1105016.481 |
314577.253 |
219483.355 |
350918.409 |
ZP5020298 |
1104994.204 |
314539.262 |
219461.054 |
350880.448 |
ZP5020299 |
1104870.186 |
314519.705 |
219337.060 |
350860.997 |
ZP5020300 |
1104921.077 |
314494.918 |
219387.914 |
350836.177 |
ZP5020301 |
1104911.779 |
314461.394 |
219378.593 |
350802.672 |
ZP5020302 |
1104867.659 |
314478.939 |
219334.501 |
350820.247 |
ZP5020303 |
1104847.615 |
314449.002 |
219314.439 |
350790.335 |
ZP5020304 |
1104777.235 |
314475.532 |
219244.103 |
350816.914 |
ZP5020305 |
1104759.280 |
314429.133 |
219226.116 |
350770.544 |
ZP5020306 |
1104765.529 |
314391.744 |
219232.333 |
350733.162 |
ZP5020307 |
1104813.375 |
314378.953 |
219280.153 |
350720.336 |
ZP5020308 |
1104851.588 |
314348.881 |
219318.330 |
350690.243 |
ZP5020309 |
1104887.602 |
314369.608 |
219354.349 |
350710.934 |
ZP5020310 |
1104973.552 |
314402.135 |
219440.298 |
350743.382 |
ZP5020311 |
1104946.292 |
314257.798 |
219412.930 |
350599.112 |
ZP5020312 |
1104923.979 |
314217.402 |
219390.592 |
350558.748 |
ZP5020313 |
1104881.251 |
314214.421 |
219347.875 |
350555.802 |
ZP5020314 |
1104830.437 |
314218.685 |
219297.080 |
350560.106 |
ZP5020315 |
1104804.163 |
314165.793 |
219270.772 |
350507.252 |
ZP5020316 |
1104814.698 |
314142.959 |
219281.285 |
350484.417 |
ZP5020317 |
1104795.315 |
314092.026 |
219261.867 |
350433.516 |
ZP5020318 |
1104773.466 |
314047.335 |
219239.989 |
350388.857 |
Ostional, 22 mojones ZP5030000- ZP5030021 |
||||
Numeración |
CRTM 05 |
Lambert Norte |
||
- |
N(m) |
E(m) |
N(m) |
E(m) |
ZP5030000 |
1105010.852 |
313959.939 |
219477.228 |
350301.297 |
ZP5030001 |
1105052.069 |
313963.295 |
219518.434 |
350304.619 |
ZP5030002 |
1105092.339 |
313943.329 |
219558.675 |
350284.626 |
ZP5030003 |
1105139.554 |
313911.026 |
219605.849 |
350252.296 |
ZP5030004 |
1105186.620 |
313879.775 |
219652.875 |
350221.018 |
ZP5030005 |
1105228.259 |
313861.768 |
219694.486 |
350202.982 |
ZP5030006 |
1105278.439 |
313834.844 |
219744.628 |
350176.026 |
ZP5030007 |
1105316.530 |
313809.624 |
219782.686 |
350150.783 |
ZP5030008 |
1105348.003 |
313780.039 |
219814.125 |
350121.182 |
ZP5030009 |
1105378.285 |
313778.542 |
219844.396 |
350119.662 |
ZP5030010 |
1105408.998 |
313808.089 |
219875.123 |
350149.175 |
ZP5030011 |
1105384.427 |
313864.239 |
219850.606 |
350205.326 |
ZP5030012 |
1105397.613 |
313891.449 |
219863.809 |
350232.517 |
ZP5030013 |
1105425.538 |
313909.060 |
219891.739 |
350250.099 |
ZP5030014 |
1105462.482 |
313943.658 |
219928.699 |
350284.657 |
ZP5030015 |
1105499.442 |
313938.411 |
219965.643 |
350279.381 |
ZP5030016 |
1105535.650 |
313966.644 |
220001.862 |
350307.575 |
ZP5030017 |
1105568.614 |
313979.110 |
220034.826 |
350320.011 |
ZP5030018 |
1105603.662 |
313978.376 |
220069.862 |
350319.248 |
ZP5030019 |
1105637.568 |
313979.641 |
220103.758 |
350320.486 |
ZP5030020 |
1105681.844 |
313974.334 |
220148.015 |
350315.144 |
ZP5030021 |
1105720.265 |
313963.062 |
220186.415 |
350303.845 |
MINAE-UERO, 13 mojones ZP5030022- ZP5030035 |
||||
Numeración |
CRTM 05 |
Lambert Norte |
||
- |
N(m) |
E(m) |
N(m) |
E(m) |
ZP5030022 |
1105698.735 |
313944.682 |
220164.877 |
350285.488 |
ZP5030023 |
1105642.450 |
313894.464 |
220108.569 |
350235.332 |
ZP5030024 |
1105641.756 |
313844.522 |
220107.835 |
350185.407 |
ZP5030025 |
1105632.193 |
313820.460 |
220098.256 |
350161.360 |
ZP5030026 |
1105642.927 |
313778.975 |
220108.952 |
350119.880 |
ZP5030027 |
1105651.242 |
313801.778 |
220117.283 |
350142.669 |
ZP5030028 |
1105626.901 |
313783.065 |
220092.935 |
350123.982 |
ZP5030029 |
1105635.363 |
313754.803 |
220101.372 |
350095.722 |
ZP5030030 |
1105649.89 |
313705.237 |
220115.852 |
350046.16 |
ZP5030031 |
1105597.629 |
313669.286 |
220063.581 |
350010.263 |
ZP5030032 |
1105512.559 |
313636.829 |
219978.512 |
349977.886 |
ZP5030033 |
1105512.044 |
313613.663 |
219977.978 |
349954.728 |
ZP5030034 |
1105538.624 |
313600.841 |
220004.539 |
349941.888 |
ZP5030035 |
1105519.482 |
313567.315 |
219985.3759 |
349908.3889 |
Don Juan, 16 mojones ZP5030036- ZP5030051 |
||||
Numeración |
CRTM 05 |
Lambert Norte |
||
- |
N(m) |
E(m) |
N(m) |
E(m) |
ZP5030036 |
1106089.296 |
313058.062 |
220554.590 |
349398.839 |
ZP5030037 |
1106121.549 |
313027.826 |
220586.808 |
349368.588 |
ZP5030038 |
1106146.534 |
313016.013 |
220611.776 |
349356.759 |
ZP5030039 |
1106154.385 |
313034.577 |
220619.640 |
349375.310 |
ZP5030040 |
1106170.402 |
312989.010 |
220635.614 |
349329.745 |
ZP5030041 |
1106200.915 |
312969.315 |
220666.101 |
349310.031 |
ZP5030042 |
1106244.156 |
312952.645 |
220709.314 |
349293.332 |
ZP5030043 |
1106273.347 |
312916.904 |
220738.467 |
349257.578 |
ZP5030044 |
1106317.121 |
312900.469 |
220782.213 |
349241.113 |
ZP5030045 |
1106355.418 |
312885.872 |
220820.485 |
349226.490 |
ZP5030046 |
1106345.407 |
312841.182 |
220810.442 |
349181.823 |
ZP5030047 |
1106389.200 |
312826.865 |
220854.209 |
349167.475 |
ZP5030048 |
1106429.611 |
312816.534 |
220894.598 |
349157.114 |
ZP5030049 |
1106420.375 |
312767.106 |
220885.325 |
349107.711 |
ZP5030050 |
1106454.200 |
312739.994 |
220919.116 |
349080.580 |
ZP5030051 |
1106459.702 |
312716.014 |
220924.597 |
349056.603 |
Pulpería, 6 mojones ZP5030052- ZP5030057 |
||||
Numeración |
CRTM 05 |
LAMBERT NORTE |
||
- |
N(m) |
E(m) |
N(m) |
E(m) |
ZP503052 |
1106707.866 |
312486.401 |
221172.492 |
348826.864 |
ZP503053 |
1106741.895 |
312460.736 |
221206.488 |
348801.180 |
ZP503054 |
1106728.579 |
312441.027 |
221193.161 |
348781.489 |
ZP503055 |
1106754.756 |
312397.685 |
221219.294 |
348738.140 |
ZP503056 |
1106781.504 |
312347.519 |
221245.992 |
348687.969 |
ZP503057 |
1106810.280 |
312304.102 |
221274.724 |
348644.542 |
Último, 4 Mojones ZP5030058- ZP5030061 |
||||
Numeración |
CRTM 05 |
LAMBERT NORTE |
||
- |
N(m) |
E(m) |
N(m) |
E(m) |
ZP5030058 |
1107077.269 |
312019.5478 |
221541.392 |
348359.8655 |
ZP5030059 |
1107110.456 |
311994.0279 |
221574.5464 |
348334.3271 |
ZP5030060 |
1107140.821 |
311965.7675 |
221604.8786 |
348306.0513 |
ZP5030061 |
1107091.103 |
311956.084 |
221555.1693 |
348296.4116 |
Los datos
técnicos oficiales del trabajo han quedado registrados con el número 68 en el
Registro de
San José, 2 de
setiembre de 2009.—Msc. Max Lobo Hernández, Director General.—1
vez.—(IN2009097933).
AVISO Nº 2009-038
ZONA MARÍTIMA TERRESTRE
Amojonamiento de zona pública en un
sector
del estero/manglar Morales y un sector del
estero/manglar Cocoroca, ubicados
en Punta Morales
De conformidad
con lo dispuesto en el artículo 63 del Reglamento de
Sector de estero/manglar Morales
1114073 N - 396645 E y 1114118 N - 396745 E (CRTM05)
228610 N -
432965 E y 228655 N - 433065 E (LAMBERT)
(4 mojones, enumerados del 952 al 955)
Sector de estero/manglar Cocoroca
1113973 N - 396610 E y 1113968 N - 396750 E (CRTM05)
228510 N -
432930 E y 228505 N - 433070 E (LAMBERT)
(4 mojones, enumerados del 21 al 24)
Los datos
técnicos oficiales del trabajo han quedado registrados con el número 95F-8 en
el Registro de
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este
Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, inscrito en el tomo 1, folio
38, asiento Nº 24, título Nº 366, emitido por el Colegio Nocturno de Río Frío
con Sección Diurna, en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de
Campos Mendoza Carlos Luis. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este Departamento,
se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de
Estudios de
Ante
este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 068, título Nº
1064-1999, emitido por el Liceo Nocturno de Pérez Zeledón, en el año mil
novecientos noventa y nueve, a nombre de Obando Mora Hannis. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de
Ante
este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 119, título Nº 836,
emitido por el Liceo Maurilio Alvarado Vargas, en el año dos mil, a nombre de
Esquivel Herrera María del Rocío. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
DEPARTEMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De conformidad
con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad
Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó
introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada: Sindicato
Nacional de Médicos Especialistas, siglas: SINAME, aprobada en asamblea
celebrada el 31 de julio del 2009. Expediente Nº M-141. En cumplimiento con lo
dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de
De conformidad
con la autorización extendida por el Señor Ministro de Trabajo y Seguridad
Social, este registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó
introducir a su estatuto social la organización social denominada Cooperativa
Autogestionaria de Producción y Comercialización de Hongos R. L., Siglas
Coopechampiñones R. L., acordada en asamblea celebrada el día 9 de setiembre
del 2009. Resolución 1456. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29
de
REGISTRO NACIONAL
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
EDICTOS
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su
inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Administradora
del Acueducto y Alcantarillado Sanitario del Barrido y Pueblo Nuevo de
Corredores, con domicilio en la provincia Puntarenas, Corredores. Sus fines,
entre otros están: Administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y
conservar en buenas condiciones el acueducto. Su presidente: Miguel Calderón
Alfaro, es el representante judicial y extrajudicial, con facultades de
apoderado generalísimo con límite de suma de treinta millones de colones, y
demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de
las prescripciones establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para
su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Baño de Luz
Radiante, con domicilio en la provincia de San José, de
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Cultural de Guápiles, con domicilio en la provincia de Limón. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Brindar educación musical y artística, sin fines de lucro, desarrollando en los educandos distintos talentos en las artes. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente: Wilson Giovanni Fallas Díaz. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2009, asiento: 259994).—Curridabat, al día veintitrés del mes de octubre del dos mil nueve.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2009139307.—(IN2009097244).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Creciendo en Armonía, con domicilio en la provincia de Alajuela, San Ramón. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Apoyar la investigación relacionada con el desarrollo infantil y mejorar la calidad de vida humana. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es la presidenta: Denia Zamora Zumbado. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2009, asiento: 204560).—Curridabat, al día treinta y uno del mes de agosto del dos mil nueve.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2009139347.—(IN2009097245).
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Cristiana Juntos
Por Siempre, con domicilio en la provincia de Alajuela; cuyos fines principales
entre otros son los siguientes: El crecimiento espiritual y la unidad de la
familia basados en el evangelio de Jesucristo. Cuyo representante judicial y
extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el
presidente: Óscar Cordero Solís. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica, cédula:
3-002-177549, denominación: Asociación Cámara Nacional de Distribuidores de
Gas. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que
establece
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación GERN Grupo de
Estudios de Realidad Nacional, con domicilio en la provincia de San José, en
Barrio
REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN
AVISOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Pedro
Ulibarri Leiva, cédula Nº 1-1074-0092, mayor, casado, ingeniero mecánico,
vecino de
Para ver la imagen solo en
El bloque
Universal para uniones de mampostería sin refuerzo vertical en la unión
consiste en un bloque de concreto adaptable al sistema constructivo de mampostería
de colocación estibada y unión traslapada que permite resolver de manera
sencilla y eficiente las múltiples variantes constructivas de las
intersecciones de pared, sin uso de formaleta y sin la necesidad de izar el
bloque. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados,
El señor Pedro
Ulibarri Leiva, mayor, casado una vez, ingeniero mecánico, vecino de Heredia,
en su condición de apoderado de Ingeniería del Concreto Sociedad Anónima, de
Costa Rica, solicita el Modelo de Utilidad denominada: BLOQUE EN CURVATURA
PARA UNIONES EN “L” DE MAMPOSTERÍA SIN REFUERZO VERTICAL EN
Para ver la imagen solo en
El bloque con
Curvatura para Uniones en “L” de Mampostería sin Refuerzo Vertical en
El señor Víctor
Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en
su condición de apoderado especial de Cryo-Cell International, Inc., de E. U.
A., solicita
El señor Víctor
Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en
su condición de Apoderado Especial de “Basf Aktiengesellschaft, de R.F.
Alemania, solicita
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Sony Computer Entertainment Inc., de Japón, solicita el Modelo Industrial UNIDAD ARITMÉTICA Y DE CONTROL.
Para ver la imagen solo en
El diseño es
aplicable, es usado como un reproductor de juegos, una computadora personal, un
juego de medios de grabación (incluidos los distintos tipos de medios de
grabación tales como medios de grabación tipo disco, por ejemplo, discos
Blu-ray, CD, DVD, etc.). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados,
El señor Víctor
Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado; vecino de San José, en
su condición de Apoderado Especial de Sumatra Bioscience PTE. LTD., de
Singapur, solicita
El señor Víctor
Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en
condición de Apoderado Especial de Smithkline Beecham Corporation, de E.U.A.,
solicita
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
El Registro de
INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Expediente
7072A.—Nyesa Costa Rica Limitada, solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Expediente Nº
3053A.—Ganadera Brealey S. A., solicita concesión de:
Expediente
Nº 3054A.—Ganadera Brealey S. A., solicita concesión de:
Expediente
Nº 1638P.—Corporación Internacional Punto de Encuentro Universal S. A.,
solicita concesión de:
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE
Y COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLE
EDICTO
Nº
236-PTDH-2009-DGTCC.—San José, a los veintiocho días del mes de setiembre del
año dos mil nueve, se tiene por presentada la solicitud por parte del señor
Geovanny Pacheco Mora, mayor, casado una vez, Contador Público, cédula de
identidad número 1-526-778 y vecino de
Nº 20-2009
EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
De conformidad
con las atribuciones que le confieren los incisos 6) y 10) del artículo 102 de
Considerando:
I.—Que el Código
Electoral, ley Nº 8765, publicada en el Alcance Nº
“Los integrantes de las misiones de observación electoral, nacionales o internacionales, debidamente acreditados ante el TSE con base en el reglamento respectivo, podrán presenciar los actos de instalación y cierre de la votación, incluso el escrutinio, e ingresar a una junta receptora de votos en cualquier momento que lo deseen, sin alterar el normal desarrollo de la votación. Las autoridades públicas deberán brindarles la mayor colaboración posible.”.
II.—Que dicha norma constituye la primera regulación legal del instituto de la observación electoral, lo cual amerita revisar y actualizar la respectiva reglamentación. Por tanto,
DECRETA:
El siguiente
REGLAMENTO PARA
ELECTIVOS Y CONSULTIVOS
CAPÍTULO I
Normas generales
Artículo 1º—La observación se llevará a cabo por medio de observadores, nacionales o internacionales, previamente acreditados por el Tribunal Supremo de Elecciones, de acuerdo con lo establecido en la ley y en este reglamento.
Artículo 2º—La observación electoral se basa en los siguientes principios:
a) Reconocimiento y respeto a la soberanía del
Estado costarricense, sus valores y principios democráticos, y a la no
intervención en los asuntos que, de conformidad con
b) Total imparcialidad y neutralidad de los observadores en el ejercicio de sus funciones.
c) Objetividad, rigor y discreción en el tratamiento de la información recopilada, su análisis y evaluación.
Artículo 3º—La observación electoral no podrá suplantar u obstaculizar el ejercicio de las atribuciones que constitucional y legalmente son de la exclusiva competencia del Tribunal Supremo de Elecciones y los demás organismos electorales.
Artículo 4º—La observación dará inicio a partir de la notificación de la acreditación y concluirá oficialmente con la entrega al Tribunal Supremo de Elecciones de la evaluación del proceso observado.
CAPÍTULO II
Acreditación
Artículo 5º—La acreditación de observadores es facultad exclusiva del Tribunal Supremo de Elecciones y estará precedida por una invitación del Tribunal o de una solicitud justificada y razonada de la parte interesada.
Artículo 6º—Únicamente organizaciones debidamente constituidas y con personería jurídica, podrán gestionar la acreditación de observadores nacionales o internacionales. Para ello deberán comprobar su objetividad, trayectoria e interés en la observación electoral y, para el caso específico de la observación internacional, que se trate de organizaciones ampliamente reconocidas en ese ámbito específico. El Tribunal Supremo de Elecciones podrá rechazar las gestiones de quienes no comprueben tales condiciones de manera clara y fehaciente; también podrá hacerlo si, con motivo de un proceso anterior, no se rindió el informe indicado en el inciso i) del artículo 22 y en el inciso k) del artículo 16 de este reglamento o se incumplieron otros de sus preceptos.
Artículo 7º—La solicitud deberá
estar firmada por el representante legal de la organización, para lo cual
deberá aportarse la respectiva certificación de la personería jurídica. Las
nóminas de observadores deberán ser presentadas junto con el documento formal
del organismo o entidad a la que interese acreditar observadores, a partir del
día hábil siguiente al de la comunicación de la convocatoria y hasta quince
días antes de la fecha fijada para las votaciones. La gestión para realizar la
respectiva acreditación se dirigirá a
Artículo 8º—La solicitud de acreditación se realizará mediante el formulario que facilite el Tribunal Supremo de Elecciones, el cual contendrá al menos la siguiente información:
a) Identificación precisa de la institución gestionante y certificación de la personería jurídica.
b) Indicación de la experiencia, de tenerla, y las condiciones de la entidad patrocinadora en materia de observación.
c) Razones que justifican el interés de la gestionante en acreditar observadores.
d) Compromiso expreso de realizar las actividades propias de la observación en forma objetiva e imparcial.
e) Calidades de los observadores a acreditar, si ya estuvieren definidos.
f) El plan de observación, indicando el número de personas a acreditar, su distribución, sus objetivos y la metodología a seguir para recabar y procesar la información.
g) Origen del financiamiento de la observación.
h) Declaración jurada de haber leído, entendido y aceptado las disposiciones de este reglamento.
Artículo 9º—Las acreditaciones que extienda el Tribunal como observadores internacionales o nacionales caducarán el día siguiente de concluido el proceso electivo o consultivo.
Artículo 10.—La recepción de la
solicitud de acreditación no implicará su acreditación tácita.
Artículo 11.—
a) Nombre y apellidos del observador.
b) Fotografía.
c) Organización o institución de procedencia.
d) País de origen.
e) Tipo de observador.
CAPÍTULO III
Observadores nacionales
Artículo 12.—Por observador nacional se entenderá todo ciudadano costarricense que realice funciones de observación de procesos electorales o consultivos organizados por el Tribunal Supremo de Elecciones, previa acreditación por parte de organizaciones nacionales que reúnan los requisitos del artículo 6 de este reglamento.
Artículo 13.—Toda persona jurídica nacional, debidamente inscrita en el registro oficial correspondiente, tiene derecho de presentar nóminas de observadores nacionales a los procesos electorales o consultivos que organice el Tribunal Supremo de Elecciones.
Artículo 14.—Para ser acreditado como observador nacional, la persona deberá estar inscrita en el Padrón Electoral, no ser miembro de una junta receptora de votos, no ser fiscal acreditado por algún partido político, ni ser funcionario de organismos electorales.
Artículo 15.—Derechos. Los observadores nacionales tendrán los siguientes derechos:
a) Libre circulación y movilización por el territorio nacional.
b) Libre comunicación con todas las organizaciones participantes en el proceso.
c) Acceso a las Juntas Receptoras de Votos para observar el Padrón Electoral, la votación y el escrutinio preliminar que éstas realicen, previa autorización del presidente de la junta receptora de votos respectiva.
d) Observar el ejercicio de los derechos ciudadanos, así como las condiciones en que se ejercen.
e) Observar la participación de los fiscales de los partidos políticos.
f) Obtener la colaboración de las autoridades correspondientes con el fin de facilitar el ejercicio de sus funciones.
g) Denunciar ante el Tribunal Supremo de Elecciones cualquier anomalía que adviertan.
Artículo 16.—Los observadores nacionales acreditados por el Tribunal Supremo de Elecciones tendrán las siguientes obligaciones:
a) Respetar
b) Portar la credencial entregada por el Tribunal Supremo de Elecciones.
c) No interferir ni obstaculizar el desarrollo de las votaciones u otras fases del proceso electoral.
d) No obstaculizar o interferir con las investigaciones de quejas o denuncias presentadas.
e) No sustituir u obstaculizar a las autoridades electorales en el ejercicio de sus funciones o interferir en su desarrollo.
f) Abstenerse de hacer proselitismo de cualquier tipo.
g) Abstenerse de transmitir o publicar resultados del escrutinio provisional o de encuestas a boca de urna.
h) No intervenir directa o indirectamente en la toma de decisiones por parte de las Juntas Receptoras de Votos.
i) Acatar las indicaciones que realizare el Tribunal, sus delegados, auxiliares o las Juntas Receptoras de Votos.
j) Cooperar con otros observadores.
k) Rendir, a más tardar dentro
del mes siguiente a las votaciones, un informe sobre el ejercicio de
observación efectuado, que deberá remitirse a
Artículo 17.—Al local de las Juntas Receptoras de Votos no podrá ingresar más de un observador nacional a la vez por cada organización. En ningún caso podrán permanecer en las juntas más de cinco observadores en forma simultánea, como tampoco estacionarse de modo permanente en un local en particular.
CAPÍTULO IV
Observadores internacionales
Artículo 18.—Se entenderá como observador internacional la persona extranjera o nacional residente en el extranjero, acreditada por una organización domiciliada fuera del país que reúne los requisitos establecidos en el artículo 6 de este reglamento.
Tendrán la categoría de
“Observadores Internacionales Misión Oficial” los representantes de organismos
electorales miembros de
El Tribunal Supremo de Elecciones también podrá autorizar, invitar y acreditar, en categoría de “Observadores Internacionales Visitantes”, a representantes de organismos internacionales, gobiernos, parlamentos, organismos electorales extranjeros, diplomáticos acreditados, representantes de instituciones académicas y de investigación a nivel superior y otras personalidades en general, para lo cual brindará apoyo e información a los observadores según sus posibilidades.
Artículo 19.—Los diplomáticos
acreditados en el país que actúen como observadores, en adición a las
obligaciones a las que están sometidos por los tratados internacionales,
también se regirán por las disposiciones contempladas en el presente reglamento
en lo que resulten aplicables. Los integrantes de estas misiones diplomáticas
serán clasificados como observadores visitantes, previa aceptación por parte
del Tribunal Supremo de Elecciones de la solicitud planteada por el jefe de la
misión diplomática debidamente acreditada ante el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto del Gobierno de
Artículo 20.—Los observadores internacionales tendrán las siguientes facultades:
a) Observación de las distintas fases del proceso electivo o consultivo según se trate.
b) Acceso a las Juntas Receptoras de Votos que se instalen, previa autorización del Presidente de Mesa, para observar el ejercicio de los derechos ciudadanos y el de su fiscalización.
c) Libre comunicación con todas las organizaciones participantes o actores en los procesos consultivos o electivos.
d) Obtener la colaboración necesaria para el ejercicio de sus funciones y poner en conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones cualquier anomalía que adviertan.
e) Cuando se trate de invitados oficiales del Tribunal Supremo de Elecciones y se justifique en virtud de los convenios suscritos, se proporcionarán a los observadores gastos de transporte, hospedaje y alimentación.
Artículo 21.—No
podrá ser observador internacional quien tenga impedimento de ingreso al país o
comprometa la paz social, la seguridad y el orden público. En ningún caso los
observadores podrán tener injerencia en los asuntos y actuaciones de los
organismos electorales y deberán sujetarse a las demás disposiciones
establecidas en
Artículo 22.—Además de los deberes de imparcialidad, neutralidad y objetividad en el trato de la información que se espera de los observadores internacionales, éstos deberán:
a) Respetar
b) Presentar la solicitud de acreditación ante el Programa de Atención a Observadores Internacionales y facilitar los documentos y la información que les sean requeridos con motivo de ese trámite, así como portar el carné de identificación.
c) Abstenerse de interferir u obstaculizar en modo alguno las actividades del proceso electivo o consultivo, ni las propias de los organismos electorales y de los actores de esos procesos.
d) Abstenerse de hacer proselitismo e incurrir en beligerancia política.
e) Realizar sus actividades de observación de manera seria, respetuosa, responsable e imparcial.
f) Abstenerse de transmitir o publicar resultados del escrutinio provisional o de encuestas a boca de urna.
g) Cooperar con otros observadores.
h) Mantener objetividad, ecuanimidad y profesionalismo en sus manifestaciones en general y al momento de extraer las conclusiones y formular recomendaciones.
i) Rendir, a más tardar dentro
del mes siguiente a las votaciones, un informe sobre el ejercicio de
observación efectuado; el informe deberá remitirse al Programa de Atención a
Observadores Internacionales, el que posteriormente lo hará del conocimiento de
Artículo 23.—Los
observadores internacionales que ostenten la categoría de “Misión Oficial”
evaluarán el proceso observado bajo la coordinación del Centro de Asesoría y
Promoción Electoral (CAPEL), en su calidad de Secretaría Ejecutiva de
CAPÍTULO V
Cancelación de la acreditación
Artículo 24.—
CAPÍTULO VI
Disposiciones finales
Artículo 25.—Deróguese
el “Reglamento para la observación internacional de procesos electivos y
consultivos”, Decreto Nº 14-2007 del 16 de agosto de 2007, publicado en
Artículo 26.—Deróguese el
capítulo VIII del “Reglamento para los Procesos de Referéndum”, Decreto Nº
11-2007 de 19 de junio de 2007, publicado en
Artículo 27.—Rige a partir de su publicación.
Dado en San José, a los tres días del mes de noviembre de dos mil nueve.
Luis Antonio Sobrado González
PRESIDENTE
Eugenia María Zamora Chavarría Max Alberto Esquivel Faerron
MAGISTRADA MAGISTRADO
Mario Seing Jiménez Ovelio Rodríguez Chaverri
MAGISTRADO MAGISTRADO
San José, 04 de
noviembre del 2009.—Juan Rafael Salas Navarro, Prosecretario.—Lic. Allan
Herrera Herrera, Proveedor a. í.—1 vez.—C-Exonerado.—(IN2009098717).
Registro Civil-Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María Vicenta Vivas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 860-2009.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas cincuenta minutos del veintisiete de mayo del dos mil nueve. Expediente Nº 7317-2009. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Jenniffer Estefany y Mauricio José ambos de apellidos Gaitán Vivas... en el sentido que el apellido de la madre de los mismos es “Vivas, no indica segundo apellido”, y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2009097037).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María Lourdes Somarriba Hernández, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 414-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas y veintidós minutos del veintitrés de marzo del dos mil nueve. Ocurso. Expediente Nº 38087-08. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquense el asiento de nacimiento de Jefry Joel Caballero Somarribas..., en el sentido que el nombre y el segundo apellido de la madre de la persona ahí inscrita son “María Lourdes” y “Somarriba” respectivamente, y de Lesver Fabián Caballero Somarriba..., en el sentido que el nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “María Lourdes”, y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—RP2009139148.—(IN2009097254).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Domingo José Ruiz Báez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1702-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas siete minutos del veintidós de octubre del dos mil nueve. Expediente Nº 24979-09. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Elizabeth Margarita Ruiz Rodríguez..., en el sentido que el segundo apellido del padre de la persona ahí inscrita es “Báez”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—RP2009139306.—(IN2009097255).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Teresa García Arcia, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1716-09. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas del veintidós de octubre del dos mil nueve. Exp. Nº 27877-09. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Melany Alejandra García Cascante..., en el sentido que el segundo apellido de la madre de la persona ahí inscrita es “Arcia”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2009097426).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Ronaldo Antonio
Zeas Bustos, mayor, soltero, oficinista, nicaragüense, cédula de residencia Nº
270-137790-073751, vecino de Limón, expediente Nº 2429-2008. Se ha presentado a
este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los
artículos 11 y 12 de
Virgen Pura
Suárez Prado, mayor, casada, del hogar, cubana, cédula residencia Nº
119200064409, vecina de San José, expediente Nº 3555-2008. Se ha presentado a
este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los
artículos 11 y 12 de
Lic. Navil Campos Paniagua, Gerente Asociado.—1
vez.—O. C. 290036.—C-10520.—(IN2009097395).
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
Modificación de programa anual de
adquisiciones 2009
De conformidad
con lo estipulado en el artículo Nº 6 de
Descripción |
Monto equivalente según vigencia del contrato |
Cuatrimestre |
Vigencia del contrato |
Mantenimiento sistema
eléctrico de Oficinas Centrales |
Cuantía inestimable |
IV |
48 meses |
Lic. Yesenia Quirós Angulo, Jefa.—1
vez.—O. C. Nº 18790.—C-11270.—(IN2009098813).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2009LN-000031-01
Alquiler sin opción de compra de
cuarenta y nueve (49)
vehículos para uso de diferentes dependencias
del Banco Nacional de Costa Rica
E1 cartel puede ser retirado en
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-109020-UL
Precalificación de empresas para la
construcción y equipamiento
del Hospital de Trauma en Complejo INS SALUD
El Instituto Nacional de Seguros recibirá ofertas por escrito hasta las 9:00 horas del 13 de enero 2010, para la contratación “Precalificación para la empresa constructora y equipadora Hospital de Trauma”.
Se tiene prevista una charla para
el próximo 30 de noviembre
Los interesados pueden pasar a retirar el pliego de condiciones, sin costo alguno, en el Departamento Proveeduría, ubicado en el octavo piso del edificio de Oficinas Centrales o bien descargado de la página Web del INS www.ins-cr.com (Proveeduría Institucional).
Departamento de Proveeduría.—Lic. Francisco Cordero Fallas, Subjefe.—1 vez.—O. C. Nº 18790.—C-14270.—(IN2009098812).
COLEGIO UNIVERSITARIO DE LIMÓN
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000014-01
Vehiculo pick up doble cabina 4x4
Invita a
participar en Licitación Abreviada Nº 2009LA-000014-01, arriba indicada.
Interesados solicitar cartel en nuestras instalaciones
Fecha límite de recepción de
ofertas y apertura 23 de noviembre del
Limón, 9 de noviembre del 2009.—Proveeduría-Bodega.—Nancy Hewitt Hines.—1 vez.—(IN2009098690).
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000090-PRI
Contratación de desconexión y reconexión
de servicios
de agua potable en la cantonal Puntarenas
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 11:00 horas del día 10 de diciembre del 2009, para la “Contratación de desconexión y reconexión de servicios de agua potable en la cantonal Puntarenas”.
Los documentos que conforman el
cartel, pueden ser retirados en
San José, 9 de noviembre del 2009.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 2009-29.—C-10520.—(IN2009098693).
COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.
2009PP-000015-PROV
Invita a participar en el siguiente concurso de adquisición:
Concurso |
Descripción |
Apertura |
Hora |
Valor ¢ |
2009PP-000015-PROV |
Artículo Nº 1 220 c/u |
30/11/2009 |
13:00 |
1.000,00 |
|
Transformador de
distribución tipo poste convencional a
34.5 de 50 KVA para 120/240 V dos primarios |
|
|
|
|
Artículo Nº 2 12 c/u |
|
|
|
|
Transformador de
distribución tipo poste convencional a
34.5 de 25 KVA para 277/480 V |
|
|
|
Rige la ley Nº
8660 y el Reglamento para los Procesos de Adquisición de las Empresas del
Instituto Costarricense de Electricidad, publicado en el Diario Oficial
José Antonio Salas Monge, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2009098742).
JUNTA EDUCACIÓN FINCA
CONTRATACIÓN DIRECTA 01-2010
Contratación para la compra de alimentos
Programa de comedores escolares DANEA
Los documentos se recibirán en la institución en dicha fecha: del 15 al 30 de noviembre del 2009.
Junta de Educación.—Gerardo Ríos Sánchez, Presidente.—MSc. Miguel Aguilar Ureña, Director.—1 vez.—(IN2009098463).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000071-89300
Dotación de infraestructura tecnológica
a proyectos del MICIT
Adjudicación: Por
Tanto: El Ministerio de Ciencia y Tecnología, comunica la resolución de
adjudicación de
Se declara desierta los ítemes 1-5-6, ya que en el primer ítem, ninguna empresa que participó quedaron admisibles. El ítem 5 y 6 nadie participó.
El ítem 2 se adjudica a la empresa Grupo Informático de Soluciones Corporativas por un monto de $1.941,00 (mil novecientos cuarenta y un dólar) por la compra de 100 licencias de antivirus perpetuas con un año de prime supoort, de macafeede.
El ítem 3 se adjudica a la empresa D.L.T. S. A., por un monto de $28.650,00 (veintiocho mil seiscientos cincuenta dólares) por la compra de 3 servidores.
El ítem 4 se adjudica a la empresa Distribuidora de Productos de Calidad, por un monto de $14.300 (catorce mil trescientos dólares) por la compra de diez computadoras portátiles.
Lic. Gerardo Umaña, Oficial Mayor y Director Administrativo y Financiero.—1 vez.—Solicitud Nº 29186.—O. C. Nº 101188.—C-15020.—(IN2009098816).
COLEGIO UNIVERSITARIO DE LIMÓN
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000009-01
Adquisición de equipo computacional y de
respaldo
El Proceso de
Contratación Administrativa del Colegio Universitario de Limón CUNLIMON hace
del conocimiento de todos los interesados en
A las empresas Componentes El Orbe S. A. Líneas: 1, 2, 5, 6 por un monto de $21.828,00 y la empresa Consorcio de Importaciones y Exportaciones CONISA. Línea: 4 por un monto $1.719,04.
Dudas o consultas al 2798-13-49 ext. 103.
Limón, 6 de noviembre del 2009.—Proveeduría-Bodega.—Nancy Hewitt Hines.—1 vez.—(IN2009098689).
MUNICIPALIDAD DE CARRILLO
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000004-01
Construcción de alcantarillado pluvial
calles urbanas
de Sardinal-Centro, Carrillo, Guanacaste
En respuesta a su solicitud y acatando lo dispuesto por el Concejo Municipal de Carrillo me permito transcribirles para su conocimiento y fines consiguientes, el texto del acuerdo Nº 03, inciso 06 emitido en la sesión ordinaria Nº 43-09, celebrada el día 03 de noviembre del año en curso; mismo que literalmente dice:
Se acuerda: En
atención a la solicitud planteada por el Alcalde Municipal y la recomendación
emitida por parte de
Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, 06 de noviembre del 2009.—Sandra Ondoy Ondoy, Secretaria Auxiliar.—Antonio Montero Céspedes, Proveedor Titular Municipal.—1 vez.—(IN2009098719).
MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000001-ALMU
Adquisición de terreno para construcción
del Liceo de Los Ángeles de Nandayure
Nandayure 05 de noviembre del 2009.—Luis Gerardo Rodríguez Quesada, Alcalde.—1 vez.—(IN2009098285).
LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000002-ALMU
Adquisición de terreno para construcción
de cancha
de fútbol en Puerto San Pablo de Nandayure
Aprobada por el Concejo Municipal de Nandayure, en sesión ordinaria número ciento ochenta y cuatro, celebrada el día 04 de noviembre del 2009.
Nandayure, 05 de noviembre del 2009.—Luis Gerardo Rodríguez Quesada, Alcalde.—1 vez.—(IN2009098286).
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE LEPANTO
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009 LA-0000001-01
Compra de instrumentos musicales para
Este Departamento
comunica que se le adjudica los ítemes: 1-2-3-4-5-7-9-10-11 Instrumentos
Musicales
El ítem 6: Se le adjudica al señor Marvin Hernández Aguirre.
El ítem 8: queda nulo, por cuanto
la administración considera que las ofertas presentadas no cumplen con el
objetivo de
Jicaral, 05 de noviembre del 2009.—Proveeduría.—Yorleny Alvarado Salas, Encargada.—1 vez.—(IN2009098290).
MUNICIPALIDAD DE AGUIRRE
OFICINA DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LA-000010-01
Ampliación puente quebrada Los Padres en
Quepos
EL Concejo de
Gerardo Agüero Benavides, Proveedor.—1
vez.—(IN2009098295).
REMATE Nº 2009REM-000001-03400
Vehículos usados
Los interesado tienen el cartel a
disposición en el Sistema Compra Red en forma gratuita en la dirección:
https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet, a partir del próximo día
hábil de esta publicación; o puede ser solicitado en las oficinas de
San José, 05 de
noviembre del 2009.—Proveeduría Institucional.—Lic. Jimmy Segura Sánchez, Proveedor
Institucional.—1 vez.—Solicitud Nº 152-2009.—O. C. Nº
102051.—C-11270.—(IN2009098472).
HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
ÁREA GESTIÓN BIENES Y SERVICIOS
A quien interese: El Hospital Dr. R.A. Calderón Guardia invita a todos aquellos proveedores interesados en formar parte del Banco de Proveedores para la compra por Consignación, para los servicios de Cardiología, Neurocirugía y Vascular Periférico, tal como opera actualmente, a hacer retiro del cartel, a partir del 16-11-2009 al 20-11-2009. La carta de intención para participar sin oferta económica, deberá ser presentada a más tardar el 4 de diciembre 2009.
Sita: Hospital Dr. Calderón Guardia-Administración.
Cualquier
información con el Coordinador de
San José, 2 de noviembre del 2009.—Subárea de Planificación.—Ing. Jorge González Cordero, Coordinador.—1 vez.—(IN2009097587).
PÚBLICA NACIONAL Nº 2009LN-000028-01
(Prórroga Nº 3)
Contratación de hasta cuatro (4)
profesionales en ingeniería mecánica
para establecer un rol para el diseño de sistemas
mecánicos
en los proyectos de remodelación y ampliación
del Banco Nacional de Costa Rica
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-005031-01
Contratación de los servicios de Data
Center para el sistema web
de consultas y certificaciones de personas jurídicas,
bienes muebles y catastro del Registro Nacional
El Banco de Costa Rica, comunica a los interesados en la licitación en referencia, las siguientes modificaciones al cartel:
Se
modifica el punto 1 del cartel:
El Banco de Costa Rica (B.C.R.), recibirá ofertas por escrito hasta las once horas con treinta minutos (11:30 a. m.), del día 25 de noviembre del 2009, para la contratación en referencia.
Las demás condiciones se mantienen invariables.
Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S., Licitaciones—1 vez.—O. C. 58243.—C-9770.—(IN2009098830).
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
SUBÁREA DE CARTELES
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000099-1142
(Aviso Nº
1)
Catéter intravenoso Nº 20
A todos los interesados en participar en este concurso, se les informa que no es preciso imprimir ningún tipo de código de barras en el empaque primario del suministro en mención. No obstante, todos los oferentes deberán cumplir con la codificación de barras solicitadas en los restantes empaques. Ver detalle en http://www.ccss.sa.cr.
Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—C-9020.—(IN2009098818).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000116-PRI
(Suspensión apertura)
Construcción de acueducto quebrada Nando
de Nandayure, Guanacaste
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (A y A), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la licitación arriba indicada, que se suspende la fecha de apertura hasta nuevo aviso.
Dirección de Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 2009-29.—C-5420.—(IN2009098691).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2009LN-000006-PRI
Compra de tubería y accesorios PVC y
polietileno
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, cédula jurídica 4-000-042138, comunica que mediante Acuerdo de Junta Directiva Nº 2009-1125, se realizan las siguientes correcciones al Acuerdo de Junta Directiva Nº 2009-711, Licitación Pública Nacional 2009LN-000006-PRI, de la siguiente forma:
1.) Dentro de la adjudicación recaída en la empresa Durman Esquivel S. A., se omitió la posición 725, por lo cual la misma debe ser considerada como parte de la adjudicación a dicha empresa.
2.) En las posiciones 661, 662, 703, 704 y 749 adjudicadas a la empresa Amanco Tubosistemas Costa Rica, S. A., se indicó que cada una de estas posiciones es con campana C/C, siendo lo correcto que las mismas son con empaque C/E.
3.) En el acto de adjudicación se indicó que las posiciones 2, 31, 37, 50, 51, 66, 67, 115, 123, 160, 176, 209, 210, 250, 281, 298, 299, 341, 342, 346, 347, 377, 378, 380, 394, 396, 397, 418, 419, 427, 428, 430, 460, 461, 464, 511, 512, 550, 556, 557, 575, 576, 629, 630, 631, 656, 663, 664, 665, 697, 706, 707, 742, 750 y 751 se declaran desiertas siendo lo correcto que las mismas se declaran infructuosas por no cumplir técnicamente las ofertas presentadas en esas posiciones. Es todo. En todo lo demás el acto de adjudicación se mantiene invariable.
San José, 6 de noviembre del 2009.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 2009-29.—C-15000.—(IN2009098692).
MUNICIPALIDAD DE AGUIRRE
OFICINA DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-01
Contratación de servicios para la
obtención de la viabilidad ambiental
y ajustes a la propuesta de modificación del plan
regulador del cantón de Aguirre
Cualquier información en Proveeduría Municipal teléfono 2777-0071 ext 106.
Quepos, 06 de noviembre del 2009.—Gerardo Agüero Benavides, Proveedor.—1 vez.—(IN2009098297).
MUNICIPALIDAD DE TURRIALBA
COMUNICA
Que en
Modificar
las líneas 4 y 6 del artículo 12 del Proyecto de Reglamento Municipal para
Regular el Mantenimiento Manual de
Noemy Chaves Pérez, Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2009097558).
VENTANILLA DE SARDINAL
AVISO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El Banco Popular y de Desarrollo Comunal, Ventanilla de Sardinal, hace del conocimiento del público en general, el extravío del siguiente certificado de ahorro a plazo fijo a la orden de Acevedo Ruiz Ángela María, cédula Nº 05-0089-0110:
Certificado Nº |
Monto |
Fecha vencimiento |
Cupón Nº |
Monto |
Fecha vencimiento |
16100260210301004 |
¢9.342.360,00 |
30-10-2009 |
N/A |
N/A |
N/A |
Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.
2 de noviembre del 2009.—Luis Carlos Henry Mendoza, Coordinador a. í.—(IN2009097034).
VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL
AVISO
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Ruiz Juárez
Gabriela ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de
Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la
vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al
señor Decano de
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Se comunica a: Alex Gutiérrez
Araya, cédula de identidad número 1-926-567, que por resolución administrativa
de las diez horas del veintiuno de octubre del dos mil nueve, esta Oficina
Local da inicio al Proceso Especial de Protección en sede Administrativa con
medida de cuido provisional a favor de la persona menor de de edad Estrella
Mahiel Gutiérrez Navarro, en el hogar de la señora Ada Nery Rugama Sáenz.
Recursos. Proceden los de revocatoria con apelación en subsidio. Plazo: tres
días hábiles contados a partir de la tercera publicación de este edicto, los
que deberán interponerse ante el Órgano Director de
A la señora Karen
Calvo Molina, cédula 6-284-418 y Enoc Gutiérrez Gutiérrez, cédula 6-308-958, se
les comunica la resolución de las quince horas del día veinticinco de setiembre
del dos mil nueve, mediante la cual se ordenó la prórroga de la medida de cuido
provisional dictada mediante resolución de las catorce horas del día veintiocho
de julio del dos mil nueve, la cual fijó un plazo prudencial de dos meses para
hacer las valoraciones psico-sociales de todas los recursos familiares
ofrecidos para asumir el cuido y protección de la persona menor de edad Kendra
Gloriana Gutiérrez Calvo. Se ratifica la medida de cuido provisional en
beneficio de la niña Kendra Gloriana Gutiérrez Calvo en el hogar de su abuela
materna Xenia Molina Jiménez y se dispone que el cuido sea por un plazo total
de seis meses a partir del día veintiocho de julio del dos mil nueve, el cual
vence, en consecuencia, el día veintiocho de enero del dos mil diez. Se ordena
también, seguimiento social de la persona menor de edad en el recurso familiar
e intervención psico-social con los progenitores si muestran interés en asumir
a su hija y ejercer la guarda crianza y educación de la misma, ofreciéndole las
condiciones socio-económicas, afectivas y habitacionales adecuadas para su
desarrollo y respeto de sus derechos. Garantía de defensa: se le hace saber a
las partes que tienen derecho a hacerse asesorar o representar por un
profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del
expediente administrativo que en lo concerniente existe en
A Jorge William
Aguilar León y Azucena de Jesús Pavón Acevedo. Se les comunica la resolución de
las 18:00 horas del 7 de octubre del 2009 donde se resuelve: I) Dar inicio al
Proceso de Protección en sede administrativa regulado por las disposiciones del
artículo 128 y siguientes del Código de
A los señores María de
los Ángeles Rosales Campos y Ricardo González Vigoa se les notifica formalmente
la resolución administrativa de las doce horas del día veintidós de octubre del dos mil nueve, mediante
la cual se ordenó como medida especial
de protección el cuido provisional de la niña Keysha Daniela González Rosales
conocida como Keysha Daniela Rosales Campos en el hogar de su prima Wendy
Marcela Villarreal Rosales. Se ordenó además seguimiento social del hogar
recurso por parte del Departamento de Trabajo Social de esta Oficina. Dicha
medida de protección es por el plazo de seis meses a partir de su emisión y
vence el día veintidós de abril del dos mil diez. Garantía de defensa: se le
hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un
profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del
expediente administrativo que en lo concerniente existe en
A Sergio Manuel Gómez
Pérez, nicaragüense, pasaporte C 238985, y a cualquier interesado, se les
comunica que Tomasa Delmira López Masís, ha solicitado al Patronato Nacional de
2 v. 1.
A Jorge Willian Bogantes Hernández, se le comunica la resolución de las doce horas cincuenta y un minutos del cinco de noviembre del año dos mil nueve, en la cual se resuelve: “Se tienen por establecidas las diligencias de autorización de salida del país de las personas menores de edad Gabriel Bogantes Ramírez y Monserrat Bogantes Ramírez, por desconocimiento del paradero del progenitor el señor Jorge Willian Bogantes Hernández, a quien se le concede el plazo de ocho días, para que se pronuncie al respecto ante esta Representación Legal. Así mismo, quien tenga derecho o intereses pueda manifestar su oposición o asentimiento y señalar para notificaciones en el expediente administrativo. Vencido el plazo se entrará a resolver la presente solicitud. Se cita a las partes a una comparecencia oral a las diez horas del veintitrés de noviembre del año dos mil nueve, a fin de conocer la opinión de la persona menor de edad. Progenitores: Jorge Willian Bogantes Hernández y Millie Ramírez Briancesco. Expediente 531-000148-2009.—Oficina Local de Liberia, noviembre 2009.—Lic. Ana Marcela Montero Noguera, Representante Legal.—(IN2009098733).
2 v. 1.
AVISOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se hace saber que
el señor Vindas Berrocal Alfredo, cédula Nº 01-0396-
San José, 8 de octubre del 2009.—Departamento Plataforma de Servicios.—Lic. Ana Julieta Escobar Monge, Jefa.—(IN2009097427).
Se hace saber
que la señora Rodríguez Brenes Mayela, cédula Nº 1-0381-
San José, 8 de
octubre del 2009.—Departamento de Plataforma de Servicios.—Lic. Ana Julieta
Escobar Monge, Jefa.—(IN2009097428).
RESOLUCIÓN Nº 020-2009
Considerando:
I.—Que en los
artículos 57 y 58 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, reformados
mediante
II.—Que el cálculo de la tasa de
interés a cargo del sujeto pasivo, así como a cargo de
III.—Que el promedio simple de las tasas activas para el sector comercial de los Bancos Estatales fue de 17.70% anual, al 31 de octubre del 2009.
IV.—Que la tasa básica pasiva calculada por el Banco Central de Costa Rica al 31 de octubre del 2009, es de 9.0% anual, por lo que la tasa a establecer por parte de esta Administración Tributaria no podrá exceder en más de diez puntos la tasa básica pasiva, es decir 19.0%. Por tanto:
Establecer en
17.70% la tasa de interés tanto a cargo del sujeto pasivo, como a cargo de
Grecia, 4 de noviembre del 2009.—MBA. Alina Álvarez A., Coordinadora de Administración Tributaria.—1 vez.—(IN2009097544).
CONCEJO MUNICIPAL
El Concejo
Municipal de San Rafael de Heredia, en sesión extraordinaria Nº 277-2009,
celebrada el 9 de setiembre del 2009, acordó por unanimidad, en firme: Otorgar
la investidura de Notificador Municipal, al señor Carlos Mora Lizano, cédula Nº
4-190-038, funcionario interino de
San Rafael de Heredia, 3 de noviembre del 2009.—Damaris Ruiz Rojas, Secretaria.—1 vez.—(IN2009097024).
AVISOS
Comunica que en acta ordinaria 41-2009, capítulo IV, artículo 62, celebrada el día diecinueve de octubre del año dos mil nueve, acordó definitivamente en firme y por mayoría calificada, publicar lo siguiente: “indicar que debido a las apreciaciones emanadas; en el oficio AI-69-2009; enviado por el señor Víctor Fernández Mora, Auditor Interno de este Concejo Municipal, donde indica que el acuerdo municipal CMDC-1674-2009; está en contra de lo establecido en el artículo 35 del Código Municipal; es que acordamos, por mayoría calificada y definitivamente: Revocar el Acuerdo Municipal CMDC-1674-2009, el cual dice: “1. Trasladar las sesiones de todos los lunes feriados y otros en el cual este Concejo Municipal por mayoría calificada, lo considere conveniente, para el día martes de la misma semana, con su horario normal (6:00 p.m.), a celebrarse en la sala de sesiones de esta Municipalidad. Además, se tomará las medidas correctivas para futuras publicaciones en relación a las sesiones ordinarias”. Rige a partir de su publicación.
Colorado de Abangares, 2 de noviembre del 2009.—Francisco Javier González Pulido, Secretario Municipal.—1 vez.—(IN2009097417).
Comunica que en acta ordinaria 36-2009, capítulo I, artículo 4, celebrada el día catorce de setiembre del año dos mil nueve, acordó por unanimidad y definitivamente, lo siguiente: “Aprobar el cobro de multa por concepto de construcción sin permiso, de la siguiente manera: 1). cuando la construcción tenga un avance superior al 50%, se cobra un monto igual al 100% del impuesto del permiso de construcción. 2). cuando la construcción tenga un avance menor al 50%, el monto de la multa, que se basa en el monto del impuesto de construcción, se reduce de manera proporcional desde un 100% con un avance del 50%, hasta llegar a un 0% cuando la construcción tenga un avance del 0%”. Rige a partir de su publicación.
Colorado de Abangares, 2 de noviembre del 2009.—Francisco Javier González Pulido, Secretario Municipal.—1 vez.—(IN2009097418).
DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
SECCIÓN DE ARRENDAMIENTOS
EDICTO
Camelot Latina S. A., cédula jurídica Nº 3-101-292577,
representada por la señora Cristine Lesley Tranter Lewis de único apellido por
su nacionalidad inglesa, mayor, viuda, gerente de exportaciones, vecina de
Alajuela, Residencial
Parrita, 7 de setiembre del 2009.—Marvin Mora Chinchilla, Jefe de Departamento.—1 vez.—RP2009139293.—(IN2009097256).
COLEGIO DE FÍSICOS
Asuntos a conocer:
1. Comprobación del quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Juramentación de los nuevos incorporados al Colegio.
4. Informe de
5. Informe de
6. Informe de
7. Elección del Presidente.
8. Elección del Secretario.
9. Elección del Tesorero.
10. Elección del Vocal I.
11. Elección del Fiscal.
12. Elección de miembro del Tribunal electoral.
13. Juramentación de los
nuevos miembros de
14. Informe de
15. Informe de
16. Revisión de las cuotas de colegiatura, certificación y mensualidades.
17. Aprobación del presupuesto para el 2010.
18. Asuntos varios.
19. Declaración de acuerdo firme de lo actuado en esta asamblea.
Después de la asamblea, el Colegio invita a todos los asistentes a una cena bufete en el mismo lugar de la reunión.
Se les recuerda el artículo 12 de
Reglamento de
2 v. 1.
PUBLICACIÓN DE una VEZ
CENTRO MÉDICO PRIVADO SAN JOSÉ S. A.
El presidente del Centro Médico Privado San José S. A., convoca a todos los socios a la asamblea general ordinaria y extraordinaria que se llevará a cabo en el domicilio de la sociedad, cuarto piso del edificio Burstin, el día 7 de diciembre del 2009. Primera convocatoria a las 17:00 horas, segunda convocatoria a las 18:00 horas. Agenda: 1) Conocer y aprobar los Estados Financieros y Balances Contables del año fiscal por el período del 01 de octubre del 2008 al 30 de setiembre del 2009 y aprobación de Declaración de Renta para el 2009. 2) Conocer y aprobar el Informe Administrativo Anual. 3) Conocer y aprobar el plan de trabajo para el período del 2010. 4) Conocer y aprobar la autorización para la venta de las acciones del Centro Médico Privado San José S. A. propiedad de Servicios de Ortopedia y de Traumatología Soyt S. A. 5) Conocer y aprobar la creación de una empresa de seguridad para el cuido del edificio. 6) Asuntos varios y eventuales. Se recuerda a los propietarios que en caso de no poder asistir a esta asamblea pueden otorgar un poder especial a otra persona que lo autorice como tal.—San José, 5 de noviembre del 2009.—Víctor Álvarez Porras, Presidente.—1 vez.—RP2009139742.—(IN2009098183).
ASOCIACIÓN
TEOCALI
Se convoca a
asamblea ordinaria y extraordinaria de
Agenda
1. Informe del Presidente.
2. Informe del Tesorero.
3. Elección de Junta Directiva.
4. Aprobar presupuesto.
5. Asuntos varios.
Lic. Marelyn Jiménez Durán, Presidenta.—1 vez.—(IN2009098233).
ESTACIÓN
BIOLÓGICA MARENCO S. A.
Se convoca a
sesión de junta directiva de la empresa Estación Biológica Marenco S. A., para
el próximo lunes 30 de noviembre del
INMOBILIARIA
CRISTAL ALFA S. A.
Se convoca a
sesión de junta directiva de la empresa Inmobiliaria Cristal Alfa S. A., para
el próximo lunes 30 de noviembre del
SENECA DE
GUANACASTE S. A.
Asamblea ordinaria y extraordinaria de SENECA de Guanacaste S. A. a celebrarse el martes 4 de diciembre del 2009, hora 10:00 p. m. para la ordinaria y en segunda convocatoria a las 10:30 p. m., con la siguiente agenda:
1. Informe del Presidente.
2. Informe del Tesorero.
3. Aprobar presupuesto.
4. Asuntos varios.
Lic. Marelyn Jiménez Durán, Notaria.—1 vez.—RP2009139914.—(IN2009098633).
ASOCIACIÓN
ALBERGUE DE REHABILITACIÓN
AL ALCOHÓLICO ADULTO MAYOR INDIGENTE
CONDOMINIO
CASA DEL PARQUE
Señores
Condóminos/as por este medio aprovecho para saludarlos y al mismo tiempo
convocarlos a la asamblea extraordinaria de propietarios del Condominio Casa
del Parque, a celebrarse el martes 17 de noviembre del
Asamblea de propietarios condominio Casa del Parque.
Fecha: Martes 24 de noviembre del 2009.
Lugar: Condominio Casa del Parque, Casa Club.
Hora: Primera convocatoria: 6:30 p. m.
Segunda convocatoria: 7:30 p. m. (en caso de no lograrse quórum en primera convocatoria).
Agenda:
Verificación de quórum.
Nombramiento del presidente y secretario ad hoc para dirigir la asamblea.
Aprobación del orden del día.
Informe anual del administrador.
Informe, discusión y aprobación de los estados financieros.
Informe de la denuncia contra Daniel Cordero Vargas.
Presentación, discusión y aprobación del presupuesto propuesto para el año 2010.
Presentación de normas de convivencia del condominio casa del parque a tratar:
en caso de incumplimiento de las obligaciones mensuales de administración y mantenimiento.
en caso de incumplimiento en el pago mensual del agua mantenimiento.
en relación a tenencia de mascotas.
en relación al acceso a los portones del condominio.
en caso de actos que perturben la tranquilidad y seguridad de los vecinos.
Otros asuntos varios.
Declarar en firme los acuerdos tomados en la asamblea.
Los condóminos
que no puedan asistir a
Sin más por el momento y quedando a su disposición para cualquier consulta adicional con el Sr. Abel Mora -NARET S. A., Supervisor de Servicio del Condominio 83947210 ó 22560506.
Escazú, 08 de noviembre del 2009.—Maidland Investments Corporation Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-479869.—Lic. Paul Kramarz Lang, Administrador.—1 vez.—(IN2009098807).
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
AEROLÍNEAS TURÍSTICAS DE AMÉRICA S. A.
Aerolíneas
Turísticas de América S. A., cédula jurídica Nº 3-101-128.199, solicita ante
INMOBILIARIA
LOS JARDINES S. A.
Para efectos de reposición, yo María Cecilia Quirós Quirós, cédula de identidad Nº 1-515-907, en mi condición de propietario de la acción y título Nº 2184, hago constar, que he solicitado a Inmobiliaria Los Jardines S. A. La reposición de los mismos por haberse extraviado. Por el término de ley, se atenderán oposiciones en el Departamento secretaría de junta directiva, en el Cariari Country Club, San Antonio de Belén, Heredia, y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José, 29 de octubre del 2009.—María Cecilia Quirós Quirós, Propietaria.—RP2009138923.—(IN2009096738).
ASOCIACIÓN DE ACUEDUCTO RURAL DE SAN RAFAEL,
INVU Y SAN ISIDRO DE PEÑAS BLANCAS
Yo Linley Salas
Jiménez, cédula de identidad dos-cero cuatro seis uno-cero cuatro cuatro dos,
en mi calidad de presidente y representante Legal de
GRUPO PROVAL
SOCIEDAD ANÓNIMA,
Grupo Proval Sociedad Anónima, antes denominada VM
Transporte de Valores, S. A., entidad con cédula con cédula de persona jurídica
número 3-101-213699 solicita ante
COMERCIALIZADORA
DE PLÁSTICO COPLASTIC
SOCIEDAD ANÓNIMA
Comercializadora
de Plástico Coplastic Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-uno dos dos siete seis tres, solicita ante
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES
EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES
A las siguientes personas, se les comunica
que, según nuestros registros al mes de octubre del 2009, se encuentran morosos.
Si realizó el pago respectivo favor ignorar esta publicación, la cual se
realiza conforme con el artículo 981 del Código de Comercio. Transcurridos diez
días hábiles contados a partir de la fecha en que sus nombres aparezcan
publicados en el Diario Oficial
Nombre |
Cédula |
Carmona Parra Diana Patricia |
800730319 |
Castro
De Carrera Judith Humberlina |
2401081861429 |
Castro Ramírez Luis Gustavo |
105830276 |
Chaves Huertas Carmen María |
203160001 |
Esquivel Segura Laura Nataly |
110270470 |
González Obando Ileana |
107280828 |
Moraga Peralta Julio César |
502410331 |
Solís Barrantes Sylvia Marcela |
107170984 |
Junta Directiva.—Dra. Roxana Alfaro Trejos, Presidenta.—Bach. Emilia Gutiérrez Corrales, Secretaria a.í.—(93398).
UNIVERSIDAD
LATINA DE COSTA RICA
Por medio de la
presente
ASOCIACIÓN
SAGRADO CORAZÓN
DE JESÚS DE NANDAYURE
Yo, German
Guevara Briceño, cédula de identidad Nº 5-125-329, en mi calidad de presidente
y representante legal de
INSTITUTO
CREATIVO DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA
Instituto
Creativo del Este Sociedad Anónima, antes Sistema Educativo Interdisciplinario,
cédula jurídica número tres-ciento uno- cuatrocientos setenta y siete mil trescientos
noventa y tres, ha solicitado ante
SAN JOSÉ
INDOOR CLUB S. A
El San José
Indoor Club S. A., tramita la reposición de
PUBLICACIÓN DE primera VEZ
PRISMA AGENCIA DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA
La sociedad
Prisma Agencia de Seguros Sociedad Anónima, con cédula jurídica número
tres-ciento uno-ciento ochenta y tres mil seiscientos cuarenta y cuatro,
solicita ante
CONSORCIO
TERRA BELLA INTERNACIONAL S. A.
Consorcio Terra
Bella Internacional S. A., titular de la cédula jurídica número tres-ciento
uno-quinientos catorce mil cincuenta y seis, solicita ante
SAN JOSÉ
INDOOR CLUB S. A.
El San José
Indoor Club S. A., tramita la reposición de la acción Nº
INVERSIONES
FERRETERAS SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones
Ferreteras Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero
veintiocho mil sesenta y siete, solicita ante
DEPÓSITO LAS
GRAVILIAS SOCIEDAD ANÓNIMA
Depósito Las
Gravilias Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento
sesenta y cinco mil doscientos catorce, solicita ante
PLANIFICA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Planifica
Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-veintiséis mil
novecientos siete, solicita ante
GAYA
PRODUCTOS DE
Gaya Productos de
CUIDA KILOS
SOCIEDAD ANÓNIMA
Cuida Kilos
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-46291, solicita ante
ESCUELA SAN
ANTONIO SOCIEDAD ANÓNIMA
Escuela San
Antonio Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doce mil
setecientos sesenta y siete, solicita ante
SUPERVISORA
DE SERVICIOS DE
SEGURIDAD E INTELIGENCIA S. A.
La empresa
Supervisora de Servicios de Seguridad e Inteligencia S.A., cédula jurídica
número 3-101-140734, domiciliada en Pavas, San José, solicita ante
TRES-CIENTO
DOS-QUINIENTOS
VEINTISÉIS MIL CIENTO SESENTA
Tres-Ciento
Dos-Quinientos Veintiséis Mil Ciento Sesenta, cédula jurídica tres-ciento
dos-quinientos veintiséis mil ciento sesenta, solicita ante
AGENCIA DE
CARGA MC S. A.
Agencia de Carga
MC, S. A., cédula jurídica 3-101-226321, solicita ante
Cedeño Jiménez Melvin,
cédula 3-293-983, solicita ante
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Ante la notaría del licenciado Róger Antonio Sancho Rodríguez, mediante escritura número doscientos diez-dieciocho, iniciada al folio ciento cincuenta y ocho frente del tomo décimo octavo del protocolo de dicho notario, de las 11 horas del día 3 de noviembre del año dos mil nueve, los señores: Daniel Antonio Gonzales Rivera, nicaragüense con pasaporte de su país número 155805382522, Juan Ramón Zepeda Chavarría, cédula de identidad número 1-863-914 y Verny José Miranda Hernández, cédula de identidad número 4-080-066, constituyeron la empresa denominada Eat Dajuve Ventas Sociedad Anónima.—Santo Domingo de Heredia, 03 de noviembre del 2009.—Lic. Róger Antonio Sancho Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2009096833).
Por escritura otorgada
ante mí, se modifican las cláusulas quinta: del capital social y sétima: de
Por escrituras números ciento treinta y tres, ciento treinta y cuatro, ciento treinta y cinco, ciento treinta y seis, ciento treinta y siete, ciento treinta y ocho, ciento treinta y nueve, ciento cuarenta, ciento cuarenta y uno, ciento cuarenta y dos, ciento cuarenta y tres, ciento cuarenta y cuatro, ciento cuarenta y cinco, ciento cuarenta y seis y ciento cuarenta y siete, del tomo sétimo del protocolo, otorgadas todas ante la notaria Kembly Mora Salas, respectivamente a las 08 horas, 08 horas 30 minutos, 08 horas 45 minutos, 09 horas 15 minutos, 09 horas 30 minutos, 09 horas 45 minutos, 10 horas, 10 horas 15 minutos, 10 horas 30 minutos, 10 horas 45 minutos, 11 horas, 11 horas 15 minutos, 11 horas 30 minutos, 12 horas, y 13 horas todas del 01 de noviembre de 2009, se constituyeron respectivamente las siguientes sociedades: Quintas del Colorado Número Noventa y Ocho S. A., Abangares Stone S. A., Vistas del Colorado Número Setenta y Seis S. A., Inversiones Abaco Número Ochenta y Nueve S. A., Abangares Resort S. A., Abangares Shining Business S. A., Terrazas del Tempisque S. A., Inmobiliaria Vistas del Tempisque S. A., Quintas Llanuras del Colorado S. A., Nuevo Horizonte del Tempisque S. A., Bello Amanecer de Abangares Filial Treinta y Cuatro S. A., Inversiones y Desarrollos del Colorado Número Setenta y Cinco S. A., Pacific Susent of Colorado S. A., Pacific Sunrise of Abangares S. A., Brisas del Tempisque Número Treinta y Cinco S. A. Las constituciones de todas las sociedades el presidente y tesorero tienen facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Naranjo, 02 de noviembre del 2009.—Lic. Kembly Mora Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2009096946).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del día dos de noviembre del año dos mil nueve, la sociedad Promotora Greca de Proyectos Sociedad Anónima, reformó la cláusula quinta de su pacto constitutivo, aumentando su capital social.—San José, a las once horas treinta minutos del día dos de noviembre del año dos mil nueve.—Lic. Miguel Ángel Quesada Niño, Notario.—1 vez.—(IN2009096947).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día dos de noviembre del año dos mil nueve, la sociedad Grupo Vidriero Caribeño y CAM Sociedad Anónima, reformó la cláusula quinta de su pacto constitutivo, aumentando su capital social.—San José, a las diez horas treinta minutos del día dos de noviembre del año dos mil nueve.—Lic. Miguel Ángel Quesada Niño, Notario.—1 vez.—(IN2009096948).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día dos de noviembre del año dos mil nueve, la sociedad bajo el sistema de asignación del número de cédula jurídica como denominación social tres-ciento uno-quinientos dieciséis mil cuatrocientos veinticinco sociedad anónima, cambió su fiscal en la junta directiva y reformó su cláusula novena del pacto constitutivo.—San José, a las ocho horas treinta minutos del día dos de noviembre del año dos mil nueve.—Lic. Miguel Ángel Quesada Niño, Notario.—1 vez.—(IN2009096950).
Por escritura ciento cinco del tomo cuatro del protocolo del notario Freddy Aguilar Paniagua, se ha constituido Auto Repuestos Lujoes LGCA Sociedad Anónima. Plazo social noventa y nueve años. El presidente en forma individual es apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente: Luis Gonzaga Céspedes Anchía.—Santa Bárbara de Heredia, tres de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Freddy Aguilar Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2009096951).
Por escritura número ciento seis del tomo cuatro del protocolo del notario Freddy Aguilar Paniagua, se ha constituido Villacas Hermanos Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. El presidente en forma individual, es apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente: José Pablo Villalobos Castro.—Santa Bárbara de Heredia, tres de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Freddy Aguilar Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2009096952).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día dos de noviembre del año dos mil nueve, la sociedad: Tres-Ciento Uno-Quinientos Dieciséis Mil Cuatrocientos Veinticinco Sociedad Anónima. Reformó la cláusula quinta de su pacto constitutivo, aumentando su capital social.—San José, 2 de noviembre del 2009.—Máster Miguel Ángel Quesada Niño, Notario.—1 vez.—(IN2009096953).
Por escritura otorgada en San José, a las 8:00 horas, del 30 de setiembre del 2009, se constituyó la empresa Domina del Norte S. A. Vanessa Castro Frydl, Presidenta.—Lic. Freddy Guillermo Segura Salazar, Notario.—1 vez.—(IN2009096958).
Por escritura otorgada en San José, a las 8:00 horas, del 23 de setiembre del 2009, se constituyó la empresa Cortinas Arrollables Fragasa S. A. Allan Centeno Jiménez, Presidente.—Lic. Freddy Guillermo Segura Salazar, Notario.—1 vez.—(IN2009096959).
Se constituyó la sociedad Pranayama S. A., escritura otorgada a las 13:00 horas del 26 de octubre del 2009. Presidente: Milton Solera Padilla.—Lic. Sonia Patricia Tacsan Chen, Notaria.—1 vez.—(IN2009096962).
Se constituyó la
sociedad Levantes de
Se constituyó la sociedad Pacific Boardwalk S. A. Escritura otorgada a las 8:15 horas del 26 de octubre del 2009. Presidente: Milton Solera Padilla.—Lic. Sonia Patricia Tacsan Chen, Notaria.—1 vez.—(IN2009096965).
Se constituyó la sociedad Tomorrowland S. A. Escritura otorgada a las 8:00 horas del 26 de octubre de 2009. Presidente: Milton Solera Padilla.—Lic. Sonia Patricia Tacsan Chen, Notaria.—1 vez.—(IN2009096966).
Se constituyó la sociedad Golden Oak S. A. Escritura otorgada a las 8:45 horas del 26 de octubre 2009. Presidente: Milton Solera Padilla.—Lic. Sonia Patricia Tacsan Chen, Notaria.—1 vez.—(IN2009096967).
Tres Ciento Uno Quinientos Ochenta y Dos Mil Sesenta y Cinco Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y dos mil sesenta y cinco, por asamblea general extraordinaria de socios celebrada en su domicilio a las once horas del día catorce de octubre de dos mil nueve, nombra presidente de su junta directiva a Augusto Eliardo Benoit Fermín, ciudadano de República Dominicana que se identifica con pasaporte número tres uno seis tres dos cuatro-cinco, mayor, divorciado una vez, empresario, vecino de Heredia, Ciudad Cariari, Residencial Torre de los Arcos número catorce.—San José, 15 de octubre de 2009.—Lic. Dagoberto Mata Herrera, Notario.—1 vez.—(IN2009096968).
Por escritura número ciento treinta y uno otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del día 23 de octubre del 2009, se constituyó la sociedad Inversiones Albi Sociedad Anónima, con domicilio en Heredia, Sarapiquí, Horquetas, cincuenta metros al sur del cementerio y por un plazo de noventa y nueve años. Se nombró presidente con facultades de apoderada generalísima sin limitación de suma, a la señora Alba Iris Mora Rodríguez, mayor, casada una vez, de oficios domésticos, con cédula de identidad número 2-454-248, vecina de Heredia.—San José, 23 de octubre del 2009.—Lic. Dagoberto Mata Herrera, Notario.—1 vez.—(IN2009096969).
Por asamblea de las catorce horas del veintitrés de junio del año dos mil nueve, la sociedad Caimán de Anteojos Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil ochocientos noventa, se modificó pacto constitutivo y se nombró presidente con facultades de apoderada generalísima sin limitación de suma, a Paola Mata Guzmán, costarricense con cédula de identidad número uno-mil trescientos-setecientos quince, mayor de edad, soltera, estudiante, vecina de San José, Mora.—Colón, 30 de noviembre de 2009.—Lic. Francisco Antonio Obando Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2009096970).
A las 10:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Koruma Lenex Seguridad S. A., en virtud de la cual se reforma el pacto social constitutivo y se toman otros acuerdos.—San José, 29 de octubre de 2009.—Lic. Luis Alberto Arias Naranjo, Notario.—1 vez.—(IN2009096993).
Por escritura otorgada a las doce horas del treinta de octubre de dos mil nueve, ante los notarios Édgar Arroyo Cordero y Édgar Alberto Arroyo Quesada, los señores Andrés Elliot Sule y Juleen Castro Contreras constituyeron la sociedad denominada Northern Fox Sociedad Anónima. Presidente: Manuel Fernando Fariña Santos.—San José, 30 de octubre de 2009.—Lic. Édgar Alberto Arroyo Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2009096994).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizan reformas a los estatutos de la sociedad, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y tres mil quinientos ochenta y siete.—Orotina, 8 de octubre del 2009.—Lic. José Luis Ramos Castellón, Notario.—1 vez.—(IN2009097001).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas treinta minutos del veintiuno de octubre del 2009, se constituye sociedad anónima que se denominará F & R Aliance Tecnologic de Costa Rica Sociedad Anónima. Presidente: Ernesto Jesús Fallas Cascante, capital suscrito y pagado, domicilio Alajuela objeto: comercio, industrias, finanzas, agricultura, ganadería, prestación de servicios en general, plazo: 99 años.—Lic. Lilibeth Gómez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2009097004).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 19:00 horas del 2 de noviembre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Logical Sales Sociedad Anónima.—San José, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Daniel Befeler Scharf, Notario.—1 vez.—(IN2009097020).
Por escritura pública
otorgada ante esta notaría, en San José a las ocho horas del veinticinco de
octubre del dos mil nueve, se constituyó una Sociedad Anónima, cuya
denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2
del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Plazo social: cien años. Capital social:
suscrito y pagado de doce mil colones. Representada por el presidente de
Ante mí, Gustavo Koutsouris Canales, se otorga escritura número ciento cincuenta y cinco, al ser las quince horas cincuenta y seis minutos, del día tres de noviembre del dos mil nueve, en donde se reforman cláusulas segunda y octava de Tres-Ciento Uno-Quinientos Sesenta y Siete Mil Doscientos Ochenta y Uno Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 3 de noviembre del 2009.—Lic. Gustavo Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.—(IN2009097035).
En esta notaría, mediante escritura número doscientos nueve, del tomo dieciséis, del protocolo del suscrito notario, de las 11:00 horas del 26 de octubre del dos mil nueve, se modifica la cláusula segunda del pacto de la sociedad 3-101-553506 S. A., en cuanto el domicilio. Mediante escritura número doscientos uno del tomo dieciséis del protocolo del suscrito notario, de las 8:00 horas del 30 de setiembre del dos mil nueve, se constituye Consorcio de Distribuciones Comerciales Condist Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Domicilio: en San José. Plazo: 99 años.—San José, 26 de octubre del 2009.—Lic. Arturo Ortiz Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2009137801.—(IN2009097049).
Los señores Francisco Barrantes Cambronero, cédula de identidad número tres-dos dos dos-cero tres cero y Xinia Pereira Campos, cédula de identidad número tres-tres uno seis-cinco cinco nueve; constituyen la sociedad denominada Corporación Xin Bar Limitada mediante escritura número ciento dieciocho visible e iniciada al folio ochenta y siete frente del tomo veintitrés del protocolo del notario público Alexis Cervantes Barrantes.—Siquirres, 24 de octubre de 2009.—Lic. Alexis Cervantes Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2009139070.—(IN2009097050).
El día de hoy en mi notaría se protocolizó la constitución de la sociedad denominada Inversiones Amable Sociedad Anónima. Representante legal el Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Miramar, 31 de octubre del 2009.—Lic. Jockseline Zúñiga Varela, Notaria.—1 vez.—RP2009139072.—(IN2009097051).
Ante la notaría del Lic. Audrys Esquivel Jiménez, se otorgó la escritura número ciento cuarenta y nueve del tomo veintidós, se constituyó la sociedad Structural Wood Construcciones C. R. S. A.—Santa Ana, 29 de octubre del 2009.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2009139073.—(IN2009097052).
Que por escritura número 85, visible a folio 111 vuelto del tomo XIII del protocolo del notario público Lic. Eduardo Abarca Vargas, se modifico las cláusulas primera, sexta y se nombro gerente y gerente operativo de Un Bello Atardecer en Sur. Teléfono 2771-5855.—Uvita de Osa, 29 de octubre del 2009.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2009139077.—(IN2009097053).
Ante esta notaría, se
reforma la cláusula de la junta directiva donde se cambia a la secretaria
siendo ahora Ana Lucrecia Caballero Lobo, divorcia segunda vez, oficinista,
cédula nueve-ciento cuatro-cuatrocientos cincuenta y cinco, vecina de Pérez
Zeledón, cincuenta metros norte de
Al ser las once horas del día veintiséis de octubre del año dos mil nueve, mediante escritura otorgada ante esta notaría se constituye la sociedad anónima Tofas del Sur Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Tofas del Sur S. A. Teléfono: 2771-8052.—Pérez Zeledón, 28 de octubre del 2009.—Lic. Jorge Luis Zúñiga Elizondo, Notario.—1 vez.—RP2009139080.—(IN2009097055).
Ante mí a las 07:00 horas del 24 de octubre de dos mil nueve, escritura número 321-4 del tomo 4 del protocolo de la suscrita se constituyó la sociedad que se denominará con el nombre que el registro de personas jurídicas le asigne como cédula jurídica donde aparece con facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma su Gerente Rafael Delgado Vindas y su subgerente Bolívar Castillo Vindas. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Teléfono notaría 2770-3341.—Pérez Zeledón, 2 de noviembre de 2009.—Lic. Paola Ramírez Acosta, Notaria.—1 vez.—RP2009139081.—(IN2009097056).
Ante mí y la licenciada Iris Valverde Usaga, a las 17:15 horas del 21 de octubre de dos mil nueve, escritura número 49-3 del tomo 3 del protocolo de la conotaria Valverde Usaga, se constituyó la sociedad denominada Baijosper Ltda., donde aparece con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma su gerente Fanny Cerdas Quirós. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—Pérez Zeledón, 22 de noviembre del 2009.—Lic. Paola Ramírez Acosta, Notaria—1 vez.—RP2009139082.—(IN2009097057).
Por escritura otorgada el día primero de noviembre del dos mil nueve, ante el notario Gustavo Adolfo Fernández Martínez, se constituyó la sociedad denominada Librado Mora e Hijos Sociedad Anónima. rresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de El General, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—RP2009139083.—(IN2009097058).
Que por escritura número 86, visible a folio 112 vuelto del tomo XIII del protocolo del notario público, Lic. Eduardo Abarca Vargas, se modificó las cláusulas segunda y octava, y se nombró nuevo tesorero y vicepresidente de Mi viejo Manglar S. A.—Uvita de Osa, 5 de octubre del 2009.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2009139084.—(IN2009097059).
Mediante escritura número doscientos cincuenta y dos-siete, otorgada ante esta notaría, al ser las diecisiete horas del día treinta de octubre del año dos mil nueve, se constituyó la empresa que se denomina: Finca Agroforestal San Sebastian Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Finca Agroforestal San Sebastian S. A. Presidente: Eduardo Obando Boschini. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Silvia Castro Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2009139085.—(IN2009097060).
El suscrito, Joaquín Barrantes Astúa, abogado y notario público; doy fe que ante mí se constituyó la sociedad denominada Davsila Sociedad Anónima, cuyo domicilio social será en San José, San Isidro de Pérez Zeledón, Pedregosito, un kilómetro al norte del Colegio Ambientalista Isaías Retana Arias. Corresponderá al presidente y al tesorero la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. El plazo es de noventa y nueve años a partir de esta fecha. Escritura otorgada en la ciudad de San isidro de Pérez Zeledón, a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de octubre del año dos mil nueve. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Joaquín Barrantes Astúa, Notario.—1 vez.—RP2009139086.—(IN2009097061).
Ante mi notaría mediante escritura 181, del tomo 16, se protocolizó acta número 2, de asamblea general extraordinaria de accionistas de Central American Light Weight Construction S. A., en la que se modificó cláusula quinta. En San José, a las 11:00 horas, del 23 de octubre del dos mil nueve.—Lic. Sonia Madrigal Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2009139087.—(IN2009097062).
Escritura otorgada
ante la notaria Mayrin Mora Mora, se constituyó
El día de hoy
protocolicé en mi notaría acta de asamblea general extraordinaria de socios de
la sociedad denominada Motoshop
Por asamblea general extraordinaria de Systenet Solutions S. A., se acuerda aumentar el capital social de tres millones quinientos mil colones a siete millones de colones, quedando representado por ocho acciones comunes y nominativas con un valor de ochocientos setenta y cinco mil colones cada una.—San José, 17 de setiembre de 2009.—Lic.Wendy Meneses Orozco, Notaria.—1 vez.—RP2009139095.—(IN2009097065).
Ana Daisy Montero Herrera e Idali Herrera Angulo, constituyen la entidad denominada Saymon de los Ángeles Sociedad Anónima. Presidenta: Ana Daisy Montero Herrera.—Lic. Francisco A. Bustamante Barboza, Notario.—1 vez.—RP2009139096.—(IN2009097066).
Por escrituras
otorgadas ante mí, la principal a las 9:00 horas del 23 de setiembre de este
año y la adicional a las 9:00 horas del 16 de octubre de este año, se
constituyó la sociedad denominada Inmuebles Luna de Octubre S. A.
Domicilio: San José, Zapote, veinticinco metros al sur de Radio Columbia,
tercera casa, mano izquierda, pudiendo establecer agencias y sucursales en
cualquier lugar de
Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Repostería Clarcast Sociedad Anónima, modificando la cláusula segunda del pacto constitutivo.—Santo Domingo de Heredia, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Gloriana Arias Mora, Notaria.—1 vez.—RP2009139100.—(IN2009097068).
Ante la notaría del licenciado Gerardo Arturo Delgado Soto, a las dieciséis horas del veintinueve de octubre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Tucano Interprisse Sociedad Anónima, con capital social de un millón de colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de cien mil colones cada una, domiciliada en San Ramón, Alajuela, plazo noventa y nueve años, teniendo como apoderado generalísimo sin limite de suma a su presidenta y tesorero separada o conjuntamente.—San Ramón, Alajuela, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Gerardo Arturo Delgado Soto, Notario.—1 vez.—RP2009139101.—(IN2009097069).
Ante mi notaría por escritura
número cuatro-diecisiete se constituyó sociedad cuya denominación será la que
se le asigne como número de cédula jurídica de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 2º del Reglamento para
Ante mi notaría, a las 8:00 horas del 28 de octubre del año 2009, se constituyó: Distribuidora y Comercializadora EVAL Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 28 de octubre del 2009.—Lic. Randall Camacho Monge, Notario.—1 vez.—RP2009139103.—(IN2009097071).
Por escritura otorgada a las 11:30 horas del día 24 de octubre de 2009, se constituyó Toys Shopper Sociedad Anónima. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: cien mil colones.—San José, 24 de octubre de 2009.—Lic. Catalina Pujol Rueda, Notaria.—1 vez.—RP2009139105.—(IN2009097072).
Por escritura otorgada a las 11:30 horas del día 13 de octubre de 2009, se constituyó Zhou Suen Asociados Sociedad Anónima. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: cien mil colones.—San José, 24 de octubre de 2009.—Lic. Catalina Pujol Rueda, Notaria.—1 vez.—RP2009139106.—(IN2009097073).
Mediante escritura otorgada en esta notaría, se constituyó la compañía Viloque de Abangares Sociedad Anónima. Presidente: Ulises Villegas Mora. Domicilio: Barrio San Francisco de Las Juntas de Abangares, Guanacaste.—31 de octubre del 2009.—Lic. Gonzalo Rodríguez Sabat, Notario.—1 vez.—RP2009139107.—(IN2009097074).
Por escritura otorgada ante esta notaría en el día dos de noviembre del año dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea de socios de Consorcio Especializado Arial. Se modifican la cláusula segunda y se nombra junta directiva.—Lic. Cynthia Corrales Mairena, Notaria.—1 vez.—RP2009139109.—(IN2009097075).
Por escritura otorgada ante esta notaría, el día veintiséis de octubre del dos mil nueve, se constituyó Ganadería Castillo Sociedad Anónima. Carlos Felipe Castillo Monge, presidente.—Lic. Cynthia Corrales Mairena, Notaria.—1 vez.—RP2009139110.—(IN2009097076).
Ante esta notaría, mediante escritura número setenta, de las ocho horas del treinta de octubre del dos mil nueve, los señores Gerardo Casares Alvarado y Cynthia Brenes Gutiérrez, constituyen una sociedad anónima.—San José, treinta de octubre del dos mil nueve.—Lic. Marco Aurelio Odio Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2009139114.—(IN2009097077).
Ante esta notaría,
mediante escritura número setenta y uno, de las ocho horas del dos de noviembre
del dos mil nueve, los señores Jesús Montes de Oca y Raquel Rivera Chacón,
constituyen la sociedad De
Al ser las trece horas del veintinueve de octubre del dos mil nueve, procedo a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria número uno, de la empresa denominada Costa Rica Properties: Management & Administration, PMA, Corp. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y siete mil cuatrocientos noventa y siete, en la cual se reforma el pacto constitutivo en su cláusula sétima: la administración.—San José, veintinueve de octubre del dos mil nueve.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario.—1 vez.—RP2009139116.—(IN2009097079).
En San José, al ser
las quince horas treinta minutos del veintinueve de octubre del dos mil nueve,
procedo a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria número uno,
de la empresa Tu Lens Sociedad Anónima, entidad con cédula jurídica
número tres-ciento uno-quinientos setenta y cuatro mil sesenta y siete, e
inscrita en
Por escritura setenta, de las diecisiete horas treinta minutos del veintidós de setiembre del dos mil nueve, de esta notaría, se protocoliza acta de Janiclamar, en la que se modifica el domicilio.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil nueve.—Lic. Rosa Guillermina Aguilar Ureña, Notaria.—1 vez.—RP2009139119.—(IN2009097081).
En escritura cuarenta y nueve-dos, del protocolo dos del notario Andrés F. González Anglada, se protocolizó cambio de junta directiva y cambio en la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad denominada Construcciones Mave Sociedad Anónima, quedando el presidente y secretario, como apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente. Es todo.—Lic. Andrés Francisco González Anglada, Notario.—1 vez.—RP2009139121.—(IN2009097082).
Por escritura 200-2, de las 12:00 horas del día 15 de octubre del 2009, se constituyó Inversiones Hashem M D Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Se nombra junta directiva, fiscal.—Lic. Aníbal Granados Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2009139122.—(IN2009097083).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 30 de octubre del 2009, se constituyó la sociedad denominada Wikkirangers Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, Curridabat, Lomas de Ayarco Sur, casa dos GG. Capital social: diez mil colones. Presidente y secretario, con la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 30 de octubre del 2009.—Lic. Rafael Alejandro Rojas Salazar, Notario.—1 vez.—RP2009139123.—(IN2009097084).
En esta notaría, el
dos de noviembre del dos mil nueve, se constituyó
Ante la notaría del Lic. José Miguel Jirón Chavarría, por escritura pública número ciento cuarenta y siete-dieciocho, de las 09:00 horas del 26 de octubre del 2009, constituyeron una S. A., cuya denominación social se ajusta en lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Capital social: diez mil colones. Plazo social: cien años.—Lic. José Miguel Jirón Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2009139126.—(IN2009097086).
Ante mí, Luis Alberto Campos Flores, notario público con oficina en San José, se constituye la sociedad denominada Inversiones Inmobiliarias R. O. del Oeste Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente, secretario, con facultades de apoderados generalísimos. Domicilio: San José. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del treinta de octubre del dos mil nueve.—Lic. Luis Alberto Campos Flores, Notario.—1 vez.—RP2009139129.—(IN2009097087).
Por este medio, el suscrito notario hace constar que a las diecisiete horas treinta minutos del veintiocho de octubre del dos mil nueve, mediante escritura número ciento veintinueve-tres, otorgada en el tomo tercero de mi protocolo, se constituyó una sociedad denominada A League Beneath Sociedad Anónima.—Paraíso de Cartago, dos de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Francisco Alfonso Castro Murillo, Notario.—1 vez.—RP2009139131.—(IN2009097088).
El suscrito notario hace constar y da fe que hoy, se constituye sociedad anónima, de nombre mismo número de cédula jurídica “S. A.” Presidente: Giovanni Salas Camacho, cédula Nº 6-0218-0326, y tesorera: Shirley Fallas Esquivel, cédula Nº 1-1010-0868; secretario: Olger Salas Camacho; fiscal: Junior Salas Camacho. Constituida por diez acciones.—27 de octubre del 2009.—Lic. Giovanni Salas Camacho, Notario.—1 vez.—RP2009139132.—(IN2009097089).
Por escritura número veintiséis, del tomo cinco de mi protocolo, se constituyó la sociedad Carrocerías Costamex A.W.F. Sociedad Anónima. Otorgada en fecha treinta de octubre del dos mil nueve. Vigencia: noventa y nueve años, a partir del treinta de octubre del dos mil nueve. Capital social: diez mil colones.—Alajuela, al ser las once horas del treinta de octubre del dos mil nueve.—Lic. Pablo Valerio Soto, Notario.—1 vez.—RP2009139133.—(IN2009097090).
Por escritura número veintiuno-treinta y cuatro, otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día diecisiete de setiembre del año en curso, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada HSBC Puesto de Bolsa (Costa Rica) S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero setenta y cuatro mil setecientos treinta y ocho, en la que se acuerda modificar la cláusula quinta de los estatutos sociales.—San José, dos de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Arturo Apéstegui Barzuna, Notario.—1 vez.—RP2009139134.—(IN2009097091).
En escritura número doscientos treinta y cinco, folio ciento cinco vuelto y ciento seis frente y vuelto del protocolo cinco, de la notaria Rosa Isel Ugalde Arroyo, se constituye la sociedad denominada Nueva Renovación de Esparza Sociedad Anónima, como apoderados generalísimos los señores: Sonia María Hernández Montiel y Marco Vinicio Ortega Morgan. Como presidente el señor: Marco Vinicio Ortega Morgan.—Lic. Rosa Isel Ugalde Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2009139136.—(IN2009097092).
El suscrito notario
público, protocoliza acta de asamblea general ordinaria de asociados de
Por escritura otorgada a las 08:00 horas del 30 de octubre del 2009, se constituyó ante esta notaría: Salud Corporativa Integral S. A., con domicilio en San José. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Federico Golcher Valverde.—San José, 30 de octubre del 2009.—Lic. Mario Quirós Salazar, Notario.—1 vez.—RP2009139139.—(IN2009097094).
En esta notaría, se constituyó Danymel Sociedad Anónima. Capital social: totalmente suscrito y pagado. La representación judicial y extrajudicial le corresponde al presidente, al secretario y al tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San Vito, veintiséis de octubre del dos mil nueve.—Lic. Erick González Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2009139144.—(IN2009097095).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas con treinta minutos del día ocho de octubre del dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada Foxzona Sociedad Anónima. Es todo.—Lic. Paola Colombo Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2009139147.—(IN2009097096).
Que mediante escritura número doscientos treinta y dos, otorgada ante mi notaría, de paso por la ciudad de San José, a las diez horas con treinta minutos del día veintinueve de octubre del dos mil nueve, los señores: John Barton Luchok, estadounidense, pasaporte número cero cinco seis nueve nueve ocho siete cuatro ocho, y Harry Hart, estadounidense, pasaporte número siete uno uno cinco cuatro seis dos cuatro uno, constituyeron la sociedad denominada Los Pinchos Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiendo abreviarse Los Pinchos Ltda. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones.—San José, veintinueve de octubre del dos mil nueve.—Lic. Berny Argentina Delgado Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2009139149.—(IN2009097097).
Por escritura sesenta y dos, otorgada ante esta notaría, al ser las 14:00 horas del día 2 de noviembre del 2009, se constituyó la sociedad anónima denominada Eventos Dos GO S. A. Representación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: su presidente. Capital social: diez mil colones exactos. Plazo social: cien años. Domicilio social: Heredia.—San José, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Lary Glorianna Escalante Flores, Notaria.—1 vez.—RP2009139154.—(IN2009097098).
Por escrituras números: doscientos cuarenta y dos y doscientos cuarenta y tres, de las trece horas cuarenta y dos minutos, y catorce horas treinta minutos, respectivamente, todas del veintiuno de agosto del dos mil nueve, visible en el tomo quinto del protocolo del suscrito notario, se protocolizan actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de las empresas Casalupo del Prado, Grupo Goderama, ambas sociedad anónima, en donde se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo en la primera de ellas, y se reforma las cláusulas quinta y sexta del pacto social, y se nombra nuevo tesorero y fiscal en la segunda de ellas. Es todo.—San José, veintiuno de agosto del dos mil nueve.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1 vez.—RP2009139155.—(IN2009097099).
Por escritura otorgada en Puntarenas, a las diez horas del día veintisiete de octubre del dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la firma denominada EF Altamira Management Sociedad Anónima, y se acuerda hacer una transformación de persona jurídica, ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo.—San José, a las quince horas del dos de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—RP2009139156.—(IN2009097100).
Por escritura otorgada en San José, a las dieciséis horas del día treinta de octubre del dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la firma denominada Armonía en los Delfines Sociedad Anónima, y se acuerda modificar su junta directiva, ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo.—San José, a las ocho horas del dos de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—RP2009139157.—(IN2009097101).
Por escritura otorgada en San José, a las quince horas del treinta de octubre del dos mil nueve, se constituye sociedad anónima denominada Desarrollo de Negocios Barnes Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo.—San José, al ser las nueve horas del día dos de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—RP2009139158.—(IN2009097102).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del nueve de octubre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad cuya denominación social será el número de cédula de persona jurídica que le sea asignado por el Registro Nacional al momento de su inscripción. Al número asignado le seguirá el aditamento “Sociedad Anónima”, el cual podrá abreviarse “S. A.” La representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, corresponde al presidente.—San José, 4 de marzo del 2009.—Lic. Luis Alberto Sáenz Zumbado, Notario.—1 vez.—RP2009139159.—(IN2009097103).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veinticuatro de octubre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Blueray Logistics Sociedad Anónima, cuya traducción al español es Logística Rayo Azul Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, corresponde: al presidente, al secretario y al tesorero, actuando en conjunto dos de ellos.—San José, 30 de octubre del 2009.—Lic. Luis Alberto Sáenz Zumbado, Notario.—1 vez.—RP2009139160.—(IN2009097104).
Por escritura número cincuenta y siete-cuarenta y cuatro, otorgada ante los notarios Juvenal Sánchez Zúñiga, Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo del primero, a las quince horas treinta minutos del día treinta de octubre del dos mil nueve, se reforma la cláusula sétima de los estatutos, se nombran gerente uno, gerente dos y agente residente de la compañía tres-ciento dos-quinientos setenta y ocho mil ochocientos setenta S.R.L.—San José, 30 de octubre del 2009.—Lic. Jorge González Roesch, Conotario.—1 vez.—RP2009139161.—(IN2009097105).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecinueve horas, treinta minutos del ocho de octubre de dos mil nueve, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Grupo Farinar S. A., en la cual se acordó modificar las cláusulas quinta, y sexta, de los estatutos de la compañía.—San José, ocho de octubre de dos mil nueve.—Lic. Rogelio Navas Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2009139164.—(IN2009097106).
Por escritura otorgada ante mí, en esta ciudad a las 15:00 horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea de Edificio Goldmin Sociedad Anónima, en la que se reforman estatutos.—San José, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—RP2009139165.—(IN2009097107).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las dieciséis horas del catorce de octubre del dos mil
nueve, los señores Isidro Ferreto Artavia e Isidro Ferreto Paniagua,
constituyen la denominada Inversiones Ifepa del Norte Sociedad de
Responsabilidad Limitada. Con domicilio social en San Miguel de Sarapiquí,
Alajuela, trescientos metros norte del cementerio. Con facultad de apoderados
generalísimos sin límite de suma los señores Ferreto Artavia e Isidro Ferreto
Paniagua.—
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las trece horas del dieciséis de octubre del dos mil
nueve, los señores Óscar Emilio Montero Ruiz y Daniel Mauricio Salas Fallas,
constituyen la denominada Mabito Sociedad Anónima. Con domicilio social
en
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las dieciséis horas del quince de octubre del dos mil
nueve, los señores Óscar Emilio Montero Ruiz y Daniel Mauricio Salas Fallas,
constituyen la denominada Gemelos Fantásticos Sociedad Anónima.
Con domicilio social en
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las catorce horas del dieciséis de octubre del dos mil
nueve, los señores Óscar Emilio Montero Ruiz y Daniel Mauricio Salas Fallas,
constituyen la denominada Nana Tres Mil Sociedad Anónima. Con
domicilio social en
Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del 2 de noviembre del 2009, se modificó la cláusula del domicilio y de administración de Fundo Cuatro Kaes S. A., y se nombra nueva junta directiva: Presidente: Armen Sarkisian Manukian. Secretario: Amado Conejo Sánchez. Tesorera: Margot Vásquez Hernández, fiscal: Glenda Fonseca Solórzano.—Lic. Karla Vanessa López Silva, Notaria.—1 vez.—RP2009139172.—(IN2009097112).
Ante esta notaría, a las ocho horas del día veintinueve de octubre del año dos mil nueve, se constituye la sociedad Made Costa Rica S. A. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente, secretaria y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domiciliada en San José, Coronado.—Lic. Maritza Gamboa Aguilar, Notaria.—1 vez.—RP2009139173.—(IN2009097113).
Se reforma la cláusula novena de los estatutos de la sociedad denominada Seguridad Electrónica de Sarapiquí Q.R Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y cuatro cuatrocientos treinta y nueve.—Puerto Viejo de Sarapiquí, dos de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Julieta Lidieth Chavarría Araya, Notaria.—1 vez.—RP2009139174.—(IN2009097114).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 2 de noviembre del 2009, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Inversiones Dulomarca S. A., se reforma cláusulas sexta y segunda de los estatutos.—San José, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Aisha Acuña Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2009139175.—(IN2009097115).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del catorce de octubre del dos mil nueve, se modificó la cláusula novena de la administración de Filial Setenta y Ocho Almagro Fuerte Ventura S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y nueve mil ochocientos noventa y dos.—San José, veintinueve de octubre del dos mil nueve.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—RP2009139178.—(IN2009097116).
Por escritura otorgada en esta ciudad, a las 11:00 horas de hoy ante la suscrita notaria, se protocolizó acta de H W P Arteria Creativa S. A. en la que se reformó cláusula cuarta de los estatutos, acortándose el plazo de la sociedad.—San José, 28 de octubre del 2009.—Lic. Irene Lobo Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2009139181.—(IN2009097117).
Mediante escritura otorgada en mi notaría, a las catorce horas del día diecisiete de junio del 2009, se constituye la sociedad Cariva ALS Sociedad de Responsabilidad Limitada. El capital social está íntegramente suscrito y pagado.—Cartago, 3 de noviembre del 2009.—Lic. Ana Gabriela Villavicencio Masís, Notaria.—1 vez.—RP2009139183.—(IN2009097118).
En Desamparados, ante el notario público Carlos Alberto Valverde Bonilla, a las 10:30 horas del 2 de noviembre del 2009, José Emiliano López Arroyo y Reiner Núñez Villegas, constituyen Seguridad Nuylop Limitada.—Lic. Carlos Alberto Valverde Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2009139184.—(IN2009097119).
Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de Golden Nectars of the Pacific S. A., la cual reforma la cláusula segunda de los estatutos. Escritura de las trece horas, quince minutos del cinco de marzo del año dos mil nueve.—Lic. Elizabeth María Álvarez Morales, Notaria.—1 vez.—RP2009139185.—(IN2009097120).
Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de Hidden Rainbow Slopes S. A., la cual reforma la cláusula segunda de los estatutos. Escritura de las trece horas, treinta minutos del cinco de marzo del año dos mil nueve.—Lic. Elizabeth María Álvarez Morales, Notaria.—1 vez.—RP2009139186.—(IN2009097121).
Luis Carlos Biolley Bolaños y Rommel Gerardo Briceño Villegas, constituyen Apocalipsis Seguridad Global S. A. Presidente: Luis Carlos Biolley Bolaños.—San José, 30 de setiembre del 2009.—Lic. Alejandro Villegas Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2009139189.—(IN2009097122).
Mediante escritura
otorgada el día de hoy en mi notaría, se protocolizó acta de la compañía
denominada Droguería e Importaciones
Por escrituras otorgadas ante mi notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de: A) Cherry Cherry Bom Bom S. A. B) Apple Apple Bom Bom S. A. C) Inmobiliaria FCM El Coyol S. A. D) Condominios del Río Condori PRI S. A., en todas las sociedades se modifican cláusulas de su pacto constitutivo y se hacen nuevos nombramientos en la junta directiva. Asimismo se constituye la sociedad Bed For a Friend S. A. Presidente: Jonathan Jara Castro.—San José, tres de noviembre de dos mil nueve.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2009139192.—(IN2009097124).
En mi notaría, a las
8:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios de Inmobiliaria SVM
Roger Solís Porras y Ana Guiselle Duarte Arias, constituyen la sociedad Grupo Agrícola Solís Duarte Sociedad Anónima. Escritura otorgada en la ciudad de San Isidro de Pérez Zeledón, a las 15:00 horas del 28 de octubre del 2003. Escritura número ciento cincuenta, visible a folio ciento ocho vuelto del tomo octavo.—Lic. Ademar Fonseca Fallas, Notario.—1 vez.—RP2009139198.—(IN2009097126).
Por escritura otorgada el día 21 de octubre dos mil nueve, ante esta notaría, se constituye la compañía Servicios Profesionales de Apoyo a Proyectos Seproapro Sociedad Anónima, y se designa presidente, con suficientes facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, tres de noviembre del dos mil nueve.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—RP2009139201.—(IN2009097128).
Por escritura otorgada el día 28 de octubre dos mil nueve, ante esta notaría, se constituye la compañía Begakalejopama Sociedad Anónima, y se designa presidente, con suficientes facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, tres de noviembre del dos mil nueve.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—RP2009139202.—(IN2009097129).
Por escritura otorgada el día 30 de octubre dos mil nueve, ante esta notaría, se constituye la compañía Fasolcar Sociedad Anónima, y se designa presidente, con suficientes facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, tres de noviembre del dos mil nueve.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—RP2009139203.—(IN2009097130).
Por escritura otorgada ante mí notaría, a las 10:00 horas del 2 de noviembre del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Consultores Inmobiliarios Polarine Prisla PP S. A., en la que se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo, se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Rafael Ángel Calderón Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2009139208.—(IN2009097131).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del siete de octubre del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea de socios de la compañía Piña Tica Río Cuarto Sociedad Anónima, en que se reforma la cláusula sexta del pacto social, se nombra junta directiva y se revocan poderes.—Lic. Harry Castro Carranza, Notario.—1 vez.—RP2009139210.—(IN2009097132).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las 16:00 horas del 28 de octubre del 2009, se constituyó la
sociedad anónima denominada: Centro Equilibrio y Armonía S. A. Domicilio
social: San José, Merced, Paseo Colón
Que mediante escritura
de las 10:00 horas del 13 de octubre del 2009, los señores Diego Alberto
Cambronero Blanco, cédula Nº l-768-460 y Rosibelle Zeledón Solano, cédula Nº
1-767-399, constituyen Cambro CR Administración Flotas S. A. Capital:
íntegramente suscrito y pagado. Objeto: industria, comercio en general,
agricultura, ganadería, imprenta y litografía. Domicilio: San José, Goicoechea,
Guadalupe,
Por escritura otorgada en esta notaría, a las diez horas del dos de noviembre del año dos mil nueve, se protocolizó acta mediante la cual se modifica el artículo sétimo del estatuto de la empresa Soto y Aguilar S.A.—Alajuela, 30 de octubre del 2009.—Lic. José Arturo Fernández Ardón, Notario.—1 vez.—RP2009139215.—(IN2009097135).
Mediante escritura número ciento veinticinco, otorgada ante mi notaría, a las dieciocho horas del veintisiete de octubre del dos mil nueve, iniciada al folio noventa y cuatro frente del tomo tercero del protocolo del suscrito notario Eduardo Rulamán, Elena Susana y Nandy María, todos Vargas Fallas, constituyeron Servicios de Terapia Física y Rehabilitación Salud Cristiana Sociedad Anónima. Con domicilio social en casa número dieciséis G de residencial Jardines de Roma de Santiago de San Rafael de Heredia, concretamente cincuenta metros al este y cincuenta metros al sur de la escuela Laboratorio. Presidente: Eduardo Rulamán, Elena Susana.—San José, veintisiete de octubre del dos mil nueve.—Lic. Octavio Castiglioni Vásquez, Notario.—1 vez.—RP2009139216.—(IN2009097136).
Por escritura otorgada en San José, a las 17:00 horas de hoy, se constituyó una sociedad anónima que se denominará según el número de cédula jurídica que se le asigne. Plazo: 99 años. Objeto: Adquisición de bienes inmuebles, comercio, agricultura, industria y ganadería. Capital: ¢10.000, dividido y representado por 10 acciones, comunes nominativas, de ¢ 1.000 cada una, pagado.—San José, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Luis Alberto Sáenz Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2009139218.—(IN2009097137).
Por escritura pública otorgada hoy ante mí, en San José, a las 18:00 horas, se constituyó la sociedad denominada Los Caniqueros S. A. Con domicilio en San Pedro de Montes de Oca. Capital social de 10.000 colones.—San José, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Aldo Morelli Lizano, Notario.—1 vez.—RP2009139221.—(IN2009097138).
Ante esta notaría, en la escritura otorgada al ser las diecisiete horas del dos de noviembre de dos mil nueve; se procedió a protocolizar la constitución de Asociación de Seguridad Comunitaria de Nosara. Es todo.—San José, 3 de noviembre de dos mil nueve.—Lic. Sergio Mena Díaz, Notario.—1 vez.—RP2009139222.—(IN2009097139).
Ante esta notaría, en la escritura otorgada al ser las once horas del catorce de setiembre de dos mil nueve; se constituyó la sociedad Leyjas Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 3 de noviembre de dos mil nueve.—Lic. Sergio Mena Díaz, Notario.—1 vez.—RP2009139223.—(IN2009097140).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 2 de noviembre del 2009, se constituyó la sociedad anónima denominada: Inversiones Mingo Dos Mil Nueve Sociedad Anónima. Domicilio social: Getsemaní de San Rafael de Heredia, de la escuela cien al norte. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones.—Heredia, 2 de noviembre de 2009.—Lic. Adolfo Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2009139227.—(IN2009097141).
Por escritura número cuarenta-tres, otorgada ante mí, a las ocho horas del treinta de octubre del dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Falcon Industries CR S. A., por la que se acuerda reformar la cláusula segunda, del domicilio, la sexta de la administración. Así como se conoce, aprueba y acepta la renuncia del secretario y se nombra agente residente.—San José, 30 de octubre de 2009.—Lic. Manfred Fischel Robles, Notario.—1 vez.—RP2009139229.—(IN2009097142).
Por escritura otorgada por los notarios Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar y Alfonso Gerardo Bolaños Fernández, a las 8:00 horas del 31 de octubre de 2009, se constituyó la sociedad Administradora de Vehículos del Sur S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, el señor Andrés Solís Solís. Capital: suscrito y pago en su totalidad. Es todo.—Firmo en la ciudad de Grecia, el 31 de octubre del 2009.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—RP2009139232.—(IN2009097143).
Mediante escritura pública número trescientos treinta y siete, otorgada por el notario Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, a las ocho horas del dos de noviembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social de la nueva empresa se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma Javier Francisco Víquez Barrantes. Capital: suscrito y pago en su totalidad.—Grecia, dos de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—RP2009139233.—(IN2009097144).
Se hace constar que por medio de escritura otorgada a las doce horas del treinta de octubre del dos mil nueve, se constituye la sociedad Leocarvajal Foto y Diseño Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo.—San José, treinta de octubre del dos mil nueve.—Lic. Aurora Marcela Saravia Torres, Notaria.—1 vez.—RP2009139238.—(IN2009097145).
Se hace constar que por medio de escritura otorgada a las quince horas del treinta de octubre del dos mil nueve, se constituye la sociedad Inversiones Inteligentes Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos.—San José, treinta de octubre del dos mil nueve.—Lic. Aurora Marcela Saravia Torres, Notaria.—1 vez.—RP2009139239.—(IN2009097146).
Por escritura Nº 265 de fecha 2 de noviembre del 2009, ante esta notaría, Mauricio Enrique Aguilar Ulate y Anna Bickel constituyen sociedad Comercializadora Bela y Asociados M Y A S. A., domiciliada en Lourdes de Montes de Oca, capital diez mil colones.—San José, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Jorge Miranda Murillo, Notario.—1 vez.—RP2009139240.—(IN2009097147).
Por escritura número 42 otorgada ante mi notaría, a las 17 horas, 30 minutos del 30 de octubre de 2009, los señores Orlando Castellón Navarro, cédula Nº 1-637-193 y María García Pérez, cédula Nº 2-477-396, constituyeron la sociedad Automotores Sofi Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones íntegramente suscrito y pagado.—San José, 30 de octubre de 2009.—Lic. Jeannette Salazar Araya, Notaria.—1 vez.—RP2009139241.—(IN2009097148).
Ante mí, Maricela Alpízar Chacón, mediante escritura Nº 3-204, del 2 de noviembre 2009, Bombadillon S. A., cédula Nº 3-101-368108, reforma cláusula décimo cuarta del pacto, sobre el agente residente.—San José, 2 noviembre del 2009.—Lic. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2009139243.—(IN2009097149).
Hoy tres de noviembre del dos mil nueve, he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza cuya razón social es Rancho Boyero Doscientos Dos Sociedad Anónima, en la cual se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: Cláusula segunda del domicilio, la cláusula primera que es del nombre de la sociedad, la cláusula décimo cuarta que es de los miembros de la junta directiva, presidente, secretaria, tesorera, fiscal, y se cambia su agente residente y cláusula sexta que es de la administración.—San José, tres de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Ana Catalina Brenes Solano, Notaria.—1 vez.—RP2009139247.—(IN2009097150).
Mediante escritura número 22 del tomo 9 de mi protocolo, se constituyó la sociedad Viandas Ambrosia y Sofrosine Sociedad Anónima.—Guadalupe, 29 de octubre de 2009.—Lic. José Arturo Leitón Salas, Notario.—1 vez.—RP2009139249.—(IN2009097151).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas veinticinco minutos del día 28 de octubre del 2009, se modificó el pacto social de ACARI Agropecuaria del Caribe Sociedad Anónima. Se modificó: 1. Cláusula segunda. Domicilio social: Guanacaste, Carrillo, residencial Lomas del Mar, lote 24. 2. Se revocaron y sustituyeron los nombramientos de la junta directiva y fiscal. Es todo.—San José, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Yurly Alguera Martínez, Notario.—1 vez.—RP2009139250.—(IN2009097152).
Ante la notaria Rosa Puello Suazo, con oficina abierta en San José, compareció David Gerardo Castro Romero, mayor, soltero, empresario, vecino de San José, cédula número uno-dieciocho siete dos-cero dos seis dos, constituye la sociedad anónima Importaciones Castro Calderón S.A., a las nueve horas del veinte de octubre del dos mil nueve.—Lic. Rosa Puello Suazo, Notaria.—1 vez.—RP2009139251.—(IN2009097153).
Mediante escritura
número 465 del tomo 13 del notario Arturo Méndez Jiménez, de fecha 28 de
octubre del 2009, se protocoliza acta número dieciséis, acta de asamblea
general extraordinaria de
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las diecisiete horas del veintinueve de octubre del dos
mil nueve, se constituyó la firma denominada Casa Rosa Sociedad Anónima.
Capital: íntegramente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio
en la ciudad de las Juntas de Abangares, Guanacaste, cantón número siete,
distrito primero de la provincia de Guanacaste, doscientos metros oeste de
Por escritura número trescientos veintidós-cuatro, otorgada a las diecinueve horas del veintiséis de octubre del año dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada Importadora Víquez y Asociados Sociedad Anónima.—Heredia, veintisiete de octubre del año dos mil nueve.—Lic. Ileana María Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—RP2009139259.—(IN2009097156).
Por escritura de las 12:00 horas del 2 de noviembre del año 2009, se protocoliza el acta de la sociedad denominada 3-102-569113 Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula primera: del nombre: para que en adelante se llame F J B Trading Corp Sociedad de Responsabilidad Limitada, y se cambia el gerente.—San José, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—1 vez.—RP2009139260.—(IN2009097157).
Por escritura de las 18:00 horas del 30 de octubre del año 2009, se constituye la sociedad denominada Alfa Betting Club A B C Sociedad de Responsabilidad Limitada. Se nombra gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 3 de noviembre del 2009.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—1 vez.—RP2009139261.—(IN2009097158).
Por escritura de las 15:00 horas del 2 de noviembre del año 2009, se constituye la sociedad denominada por su número de cédula jurídica sociedad de responsabilidad limitada. Se nombra gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 3 de noviembre del 2009.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—1 vez.—RP2009139262.—(IN2009097159).
Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría, de las diecisiete horas, treinta minutos del cuatro de febrero del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Trueno Luminoso Sociedad Anónima. Con domicilio en San José. Teniendo el presidente y el secretario facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, dos de noviembre del 2009.—Lic. Nancy Vieto Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2009139263.—(IN2009097160).
Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría, de las dieciocho horas del veintiocho de octubre del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Soulea Casa del Mar Uno Limitada, por la cual se reforma la cláusula dos del domicilio, y se nombran gerentes y agente residente.—San José, dos de noviembre del mil nueve.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2009139264.—(IN2009097161).
Por escritura otorgada en mi notaría, San José, a las ocho horas del veintiséis de octubre de dos mil nueve, se constituye Corporación Internacional Mi Ángel y Yo Sociedad Anónima. Domicilio: Moravia. Plazo: noventa y nueve años. Capital: diez mil colones.—Lic. Mayra Centeno Mejía, Notaria.—1 vez.—RP2009139267.—(IN2009097162).
Al ser las catorce horas, treinta minutos del quince de octubre del dos mil nueve, ante esta notaría, se constituyó la empresa que ahora tendrá por denominación OSF - Limoncillos Car Sociedad Anónima, capital social: suscrito y pagado por los socios.—Cartago, dos de noviembre del año dos mil nueve.—Lic. Alfonso Víquez Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2009139268.—(IN2009097163).
Por escritura autorizada a esta notaría, a las 15:00 horas del 15 de octubre del año 2009, se constituyó la sociedad Limpio y Verde Sociedad Anónima. Domicilio: San Isidro de El General, Pérez Zeledón, 75 oeste de Disco Centro. Presidente: Wilber Piedra Zúñiga.—6 de octubre del año 2009.—Lic. Rodolfo Herrera García, Notario.—1 vez.—RP2009139269.—(IN2009097164).
Por escritura autorizada a esta notaría, a las 21:00 horas del 19 de octubre del año 2009, se modificó la cláusula de la representación judicial y extrajudicial de la sociedad denominada Sendero del Río S. A.—19 de octubre del año 2009.—Lic. Walter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2009139270.—(IN2009097165).
Ante mi notaría, el día veintiocho de octubre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Serna-Jiménez Sociedad Anónima, capital social: doce mil colones.—Heredia, tres de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Carlos Delgado Chaves, Notario.—1 vez.—RP2009139271.—(IN2009097166).
Ante mí, Roy Harold Elizondo Durán, notario público, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Restos de Dominical S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-noventa y dos mil cuarenta y cuatro, celebrada en domicilio de la sociedad sito en la ciudad de Dominical de Osa, en la cual se modifica la cláusula sétima de los estatutos sociales de la representación judicial y extrajudicial. Presidente: John Willian Kramer.—Dos de noviembre del año dos mil nueve.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Notario.—1 vez.—RP2009139272.—(IN2009097167).
Ante mí, Roy Harold Elizondo Durán, notario público, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, Un Nuevo Canto en El Horizonte Limitada. Domiciliada en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, ciento cincuenta metros al sur del Hotel Diamante Real. Con un plazo social de noventa y nueve años a partir del diecinueve de octubre del dos mil nueve. Conformado por un capital social de seis mil colones, representado por seis cuotas comunes y nominativas de mil colones cada una. Gerente: Ana Astrid Palacios Cajina.—Pérez Zeledón, dos de noviembre del año dos mil nueve.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Notario.—1 vez.—RP2009139273.—(IN2009097168).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del dos de noviembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Las Rosas de Las Brisas Sociedad Anónima. Presidente: Criag Allan Grondin.—San José, dos de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Ana Cecilia Rivas Tinoco, Notaria.—1 vez.—RP2009139274.—(IN2009097169).
Por escritura otorgada ante el notario Héctor Manuel Fallas Vargas, a las doce horas del treinta de octubre del dos mil nueve, la sociedad IL Pranzo Pasta Sociedad Anónima, modificó la cláusula novena del pacto constitutivo.—San José, treinta de octubre del dos mil nueve.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—RP2009139277.—(IN2009097170).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas cincuenta minutos del dos de noviembre de dos mil nueve, se constituyó Guevara & Bolaños Desarrolladores Urbanos Sociedad Anónima, con domicilio en Heredia, San Rafael, urbanización Arguedas Molina, casa número ciento siete. El capital social es de diez mil colones. Presidente: Randy José Guevara Campos. Plazo social de noventa y nueve años.—San José, dos de noviembre de dos mil nueve.—Lic. Rolando Morris Burton, Notario.—1 vez.—RP2009139278.—(IN2009097171).
Por escritura número 151, otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del día 3 de setiembre del año 2009, René Alejandro Álvarez Barba, y Windy Santamaría Barrantes, constituyeron Davide Corp. C.R. Sociedad Anónima. Capital social: ¢10.000,00.—Lic. Lourdes Líos Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2009139279.—(IN2009097172).
Por escritura de las 9:00 horas del 3 de noviembre de 2009, se constituye la sociedad Central Agrícola de Costa Rica Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, 3 de noviembre de 2009.—Lic. Johnny Alberto Vargas Carranza, Notario.—1 vez.—RP2009139282.—(IN2009097173).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:30 horas del 16 de octubre de 2009, se constituyó la sociedad denominada Especialidades Dentales C.E.O. Sociedad Anónima. Presidenta: Susana Hernández González, cédula 4-171-503.—Barva, 2 de noviembre de 2009.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—RP2009139283.—(IN2009097174).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas del 16 de octubre de 2009, se constituyó la sociedad denominada Casa Vargas González V.G. Sociedad Anónima. Presidente: Allan Vargas González, cédula 1-1022-749.—Barva, 2 de noviembre de 2009.—Lic. Guillermo Montero Solera, Notario.—1 vez.—RP2009139284.—(IN2009097175).
Por escritura otorgada ante mi notaría, número ciento noventa, visible a los folios ciento cincuenta y cinco frente del tomo treinta y tres de mi protocolo, de las 8 horas del 2 de noviembre del año 2009, se protocolizan acuerdos de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la sociedad de esta plaza Automoteres de Dulce Nombre S. A., cédula jurídica número 3-101-273579, mediante los cuales se modifican las cláusulas primera y segunda del pacto constitutivo; se nombra nuevo presidente y tesorera de junta directiva y fiscal de la sociedad.—Cartago, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Eugenio Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2009139285.—(IN2009097176).
Por escritura otorgada por el suscrito notario, a las 17:00 horas del día 28 de octubre del 2009; se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Casa Doña Luz Marina Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula segunda del pacto social. Se nombra nuevo secretario y tesorero.—San José, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—RP2009139287.—(IN2009097177).
Por escritura otorgada por el suscrito notario, a las 15:00 horas del día 2 de noviembre del 2009; se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Colchones Luxor Sociedad Anónima. Se reforman las cláusulas segunda y novena del pacto social. Se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 2 de noviembre del 2009.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—RP2009139288.—(IN200909717897178).
Por escritura de las 16:00 horas del 26 de octubre de 2009, se constituyó la sociedad anónima Tecnotix Sociedad Anónima. Presidente el socio Fabián Carballo Ortiz, cédula número 1-0928-0276, con poderes generalísimos sin límite de suma. Tesorero: Gerardo Carballo Jiménez, cédula 3-192-1083. Secretaria: Ángela Ortiz Vargas, cédula 3-168-537. Fiscal Francisco Tadeo Córdoba Santamaría, cédula número 1-0324-0141. Capital social: diez mil colones.—Cartago, 26 de octubre de 2009.—Lic. Cyra Margot Delgado Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—RP2009139290.—(IN2009097179).
Por escritura otorgada a las diez horas del treinta de octubre del dos mil nueve, en conotariado por los notarios Diego Soto Solera y Fernando Calderón Márquez, se realizó aumento de capital social por trescientos cuarenta y cuatro millones de colones de la sociedad Financiera Acobo S. A., y se modifica la cláusula quinta del pacto social.—Lic. Diego Soto Solera, Notario.—1 vez.—RP2009139291.—(IN2009097180).
Por escritura otorgada por mí, número ciento cuarenta y cinco de las dieciocho horas del día treinta de octubre del año dos mil nueve, se protocoliza el acta número veintiséis de asamblea general extraordinaria de accionistas de Industrias Varmi Limitada, mediante la cual se conoce y acepta la renuncia de la gerente y subgerente, y se nombra nuevo gerente y subgerente.—Lic. Carlos Manuel Chaves Delgado, Notario.—1 vez.—RP2009139294.—(IN2009097181).
Por escritura otorgada por mí, número cinco de las catorce horas del día catorce de octubre del año dos mil nueve, se protocoliza el acta número ocho de asamblea general extraordinaria de socios de Distribuidora Agropecuaria Disagro Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula sexta de los estatutos sobre la administración, y se nombra nuevo presidente.—Lic. Ana Lucía Campos Monge, Notaria.—1 vez.—RP2009139295.—(IN2009097182).
Ante esta notaría por escritura número ciento noventa-tres, se constituye sociedad que se denominada Matjor Brothers Sociedad Anónima, capital social diez mil colones, presidente, secretario representante legal.—Tamarindo, veintiocho de octubre de dos mil nueve.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—RP2009139297.—(IN2009097183).
Ante este notario, mediante escritura número setenta y nueve de las doce horas treinta minutos del veintisiete de octubre de dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Villabalda Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintinueve de octubre de dos mil nueve.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2009139298.—(IN2009097184).
Ante este notario, mediante escritura número setenta y siete del veintisiete de octubre de dos mil nueve, se constituyó la sociedad cuya denominación será su número de cédula. Es todo.—San José, veintinueve de octubre de dos mil nueve.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2009139299.—(IN2009097185).
Por escritura número setenta y tres-uno, otorgada a las ocho horas del once de setiembre de dos mil nueve, visible al folio cuarenta y tres vuelto del tomo primero del protocolo, se constituyó la sociedad Kenwama Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de octubre de dos mil nueve.—Lic. Fausto González Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2009139301.—(IN2009097186).
Por escritura número setenta y cinco-uno, otorgada a las veinte horas del dieciséis de octubre de dos mil nueve, visible al folio cuarenta y cinco vuelto del tomo primero del protocolo, se constituyó la sociedad Armando Venegas Mora Tecnologies Solutions Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de octubre de dos mil nueve.—Lic. Fausto González Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2009139302.—(IN2009097187).
Hoy día he protocolizado acta de la sociedad Los Papagayos Felices S. A., donde se modifican las cláusulas segunda y novena de los estatutos y se nombra una nueva junta directiva.—Desamparados, San José, 3 de noviembre del 2009.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—RP2009139303.—(IN2009097188).
Mediante escritura otorgada ante mí, a las once horas treinta minutos del día veintiocho de octubre del año dos mil nueve. Se constituyó la sociedad Desarrollo Frobasa Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de octubre del dos mil nueve.—Lic. Marvin Velásquez Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2009139304.—(IN2009097189).
El suscrito notario da fe de que en esta notaría, se protocolizó la constitución de la sociedad denominada Transryo Sociedad Anónima. Presidente, secretario y tesorero con representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar individualmente. Escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del primero de noviembre del año dos mil nueve. Es todo.—San José, ocho horas del tres de noviembre del año dos mil nueve.—Lic. Jorge Alfredo Calvo Cascante, Notario.—1 vez.—RP2009139309.—(IN2009097190).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó sociedad anónima la cual se identificará únicamente por su cédula jurídica, por un período de 99 años, representada por su presidente José Ramón Taboada Carballo, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, tres de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Carlos Isidro Rojas Solano, Notario.—1 vez.—RP2009139310.—(IN2009097191).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas treinta minutos del día dos de noviembre de dos mil nueve, donde se protocolizan los acuerdos del acta número seis de asamblea general de cuotistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-cuatrocientos setenta mil ochocientos setenta y tres limitada. Donde se acuerda modificar la cláusula primera del pacto constitutivo.—San José, dos de noviembre de dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2009139311.—(IN2009097192).
Que por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las doce horas veinte minutos del veinte de octubre de dos mil nueve, se protocolizó la asamblea general extraordinaria número veintitrés, mediante la cual se otorga poderes especiales y se rectifican número de cédula y pasaporte de sus representantes.—Lic. Carlos Eduardo Brilla Ferrer, Notario.—1 vez.—RP2009139313.—(IN2009097193).
CONSEJO DE TRANSPORTE PÚBLICO
DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Nº DAJ-902569.—Procedimiento administrativo ordinario, para averiguar la verdad real de los hechos respecto a la presunta falta en su obligación de que ampara la concesión TSJ-386 por la señora Ligia María Arias Álvarez. Expediente administrativo Nº 2009-35-T.
Dirección de Asuntos Jurídicos.—San José, a las diez horas con diez minutos del ocho de setiembre de dos mil nueve.
Señora:
Ligia María Arias Álvarez
Placa TSJ-386
NOTIFICACIONES:
En forma personal en San José, San Juan de Tibás, costado norte del parque de
la localidad o en su defecto por medio de edicto en el Diario Oficial
Estimada señora:
Conoce esta
Dirección de Asuntos Jurídicos, acuerdo adoptado en el artículo 3.5.19 de la
sesión ordinaria 17-2008 de fecha 6 de marzo del 2008, fue designada Órgano
Director por
Traslado
de cargos:
• Que
• Que realizada la
verificación, de conformidad con la certificación emitida por
• Que mediante artículo 3.5.19
de la sesión ordinaria 17-2008, de
• Que mediante oficio
DAJ-09-01667 del 19 de junio del 2009, se emitió un oficio en el que se realizó
el traslado de cargos a la señora Ligia María Arias Álvarez, que se trató de
localizar en el lugar que consta para recibir notificaciones en el expediente
administrativo de la placa TSJ-386, es decir, en la dirección que corresponde a
San José, San Juan de Tibás, costado norte del parque de la localidad, el día
23 de junio del 2009, se procedió a intentar realizar la notificación
correspondiente, no obstante a ello el notificador de ésta Dirección señala que
la dirección aportada por la señora Arias Álvarez resultó inexacta e imprecisa,
sin que nadie diera razón de la señora concesionaria, tal y como se desprende
de la constancia de notificación realizada para tales efectos, por lo que en
aras de respetar el debido proceso y el derecho de defensa de la señora se
emite este nuevo oficio con el respectivo traslado de cargos para que sea
publicado en el Diario Oficial
En
razón de que esta Asesoría Jurídica fue designada Órgano Director por
De tal manera,
procédase a indagar la verdad de los hechos objeto del presente asunto, y
conforme al artículo 218, 308, siguientes y concordantes de
De conformidad con el artículo
312 incisos 2) y 3), así como el artículo 317 inciso 2) de
Asimismo se hace saber que contra
esta resolución, las partes pueden hacer uso de los recursos ordinarios de
revocatoria, apelación o ambos, debiendo interponerlos en todo caso ante esta
misma Dirección, dentro del término de 24 horas, lo anterior de conformidad con
los Artículos 345 y 346.1 de
Se le indica que además de los
derechos que le otorga
Notifíquese en el lugar que tiene señalado en el expediente administrativo o en su oferta presentada dentro del Primer Procedimiento Especial Abreviado de Taxis, si se encontrare dentro del perímetro de este Consejo, sin perjuicio de que pueda designar nuevo lugar, dentro del perímetro de este Consejo o fax para atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que en caso de omisión, o bien si el lugar indicado fuere incierto, impreciso o dejare de existir, las resoluciones que se dicten se le tendrán por notificadas con sólo el transcurso de veinticuatro horas.—Lic. Julio Chávez Vargas, Asesor Legal.—O. C. Nº 1467.—Solicitud Nº 6743.—C-218270.—(IN2009094929).
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
De conformidad
con resolución RMT-3180-2009 de las nueve horas del día 30 de setiembre del
2009, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: Impartir aprobación
final a la resolución Nº JPIGTA-2794-2009 de sesión celebrada en San José, a
las nueve horas del 13 de agosto del 2009, de
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO PÚBLICO DE
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Se hace saber a:
Luz Calderón Sobrado, cédula 5-0152-0751, propietaria de la finca 5-
Se hace saber a: José
Alemán Urbina, cédula Nº 8-0001-0662, dueño de la finca 5-
Se hace saber a: María
Cecilia Sánchez Madrigal, cédula: 5-0137-0893, titular registral de las Fincas
del Partido de Guanacaste: 9622 y 31905; a cualquier tercero con interés
legítimo, albaceas o representantes legales, que el despacho del Registro
Inmobiliario División Registral ordenó la apertura de Diligencias
Administrativas de oficio, para investigar un exceso de área en las fincas del
Partido de Guanacaste 9622 y 31905, así como que dichas fincas están ubicadas
en un mismo predio. Mediante resolución de las 08:50 horas del 14/07/09 se
brindó audiencia de ley a las partes, y siendo que fue devuelto con indicación
de ser ausente el certificado de correos: RR014381865CR dirigido a la parte
indicada, y con el objeto de cumplir con el Principio Constitucional del Debido
Proceso, por resolución de las 11:20 horas del 23/09/09, se autorizó la
publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia la
parte mencionada, por término de 15 días hábiles, contados a partir del día
siguiente de la tercera publicación del presente edicto; término dentro del
cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene,
que dentro de este término debe señalar número de fax o correo electrónico
donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos:
93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto
Ejecutivo N° 26771-J, de 18 de febrero de 1998, en concordancia con los
numerales 19 y 34 de
Se hace saber a Alicia
Umaña Umaña, cédula 1-150-181, propietaria de la finca de Puntarenas
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
SUBÁREA DE GARANTÍAS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se inicia procedimiento administrativo sancionatorio y cobro de daños.
RESOLUCIÓN INICIAL DE TRASLADO DE CARGOS
SAG Nº 2009-1619
Contra: Asociación Pro-Salud Barrio Corazón Jesús de Aserrí S. A.
Concurso: PU-2002-127
Objeto contractual: Servicios Atebais. Área Salud Desamparados.
Contrato: Nº 2784
Dirección de Aprovisionamiento de Bienes y Servicios, a las catorce horas del día veinticuatro de setiembre de dos mil nueve.
Quien suscribe, Wálter Eduardo Reyes López, en mi condición de Órgano Director, según oficio GL-R.021-2009 del 14 de julio del 2009, emite resolución inicial de traslado de cargos con el fin de averiguar la verdad real de los hechos, tendiente a determinar la posible responsabilidad civil y administrativa de la empresa Asociación Pro Salud Barrio Corazón de Jesús de Aserrí, cédula jurídica 3-002-17-096, domiciliada en Barrio Corazón de Jesús de Aserrí, representada por Juan María López Rodríguez, en su condición de apoderado generalísimo y dentro de la ejecución contractual del contrato Nº 2784 por servicios de Atebais que se derivó del concurso, Licitación Pública Nº 2002-127.
I.- Intimación: A efectos de concretar las circunstancias de modo, tiempo y lugar, de las posibles faltas que posteriormente le serán imputadas en grado de probabilidad a la empresa Asociación Pro Salud Barrio Corazón de Jesús de Aserrí S. A., y de conformidad con la prueba que luego se indicará, se tienen por enlistados los siguientes hechos que fundamentan este procedimiento:
1- Participación libre y voluntaria, capacidad
de actuar y adjudicación: Que la empresa Asociación Pro Salud Barrio
Corazón de Jesús de Aserrí S. A., resultó adjudicataria del concurso
PU-2002-127 para la prestación de servicios de Atebais o registros médicos para
el Área de Salud de Desamparados 3, que comprende:
2- Validez, perfeccionamiento
y eficacia de la relación contractual: Producto de lo anterior, se
suscribió el contrato administrativo 2784 por un monto total de ¢23.853.343,20
(veintitrés millones ochocientos cincuenta y tres trescientos cuarenta y tres
colones con veinte cts.) el cual fue aprobado por
3- Plazo de entrega pactado: En vista de la naturaleza del servicio, esta se efectuará de conformidad a las indicaciones cartelarias.
4- Presuntos incumplimientos
(responsabilidad administrativa): Que con vista en los documentos ubicados
en el expediente administrativo, se visualizan una serie de vicios con ocasión
de la ejecución del contrato de parte de esa empresa; 1) Que el contrato no
siguió su curso habitual de ejecución, como derivación de una serie de huelgas
ocasionadas por los funcionarios de la empresa, en vista de la falta del pago
del salario correspondiente a sus funcionarios, lo que ocasionó la paralización
de labores, donde incluso se levantaron actas, donde se hacen constar la
situación que prevaleció en el Área de Desamparados. 2) Una total
disfuncionalidad de los funcionarios de dicha empresa, que provocaron desorden
en los trámites que conducen a los permisos, vacaciones, incapacidades,
sustituciones y otros. (véase los folios 49 y 50 del expediente). 3) Por su
parte dicha empresa informa que se retira de la ejecución del mismo, en razón
de no ser remunerativo. (Véase los folios 79 y 80 del expediente). 4) La
carencia de lugar para notificaciones para cualquier diligencia que se invocara
entre las partes relativo a la ejecución del contrato. 5) Morosidad de las
obligaciones con
5- Antecedentes administrativos: De acuerdo con el Registro de Proveedores institucional, el proveedor no se encuentra sancionado con apercibimiento o inhabilitación.
6- Responsabilidad civil o patrimonial: En torno al presunto incumplimiento de la empresa en el plazo de entrega pactado se adoptaron las siguientes gestiones:
a) Aplicación de la garantía de cumplimiento:
En razón de las serias imputaciones señaladas, se procedió a la ejecución de la
garantía de cumplimiento, según se puede observar en el folio 189 del
expediente por un monto de ¢1.706.000,00. A mayor abundamiento véase el folio
223 de
b) Cuantificación de Daños:
De conformidad con el oficio DA-544-08 de
b.1) Total: ¢4.669.423,42
En
caso de que el proveedor estimare que los montos económicos verificados por
II. Fundamento Jurídico: Artículos 39 de
III. Imputación. Como consecuencia de los anteriores hechos y en grado de probabilidad se le imputa a la empresa Asociación Pro-Salud Barrio Corazón de Jesús de Aserrí, cédula jurídica 3-002-17-096 el presunto incumplimiento de las obligaciones pactadas, en las cláusula 6, 7, 8, 12, 13, 14, del contrato Nº 2784.
El
fin que persigue este procedimiento es la averiguación de la verdad real de los
hechos en torno a las presuntas irregularidades señaladas, pudiendo resultar la
empresa Asociación Pro-Salud Barrio Corazón de Jesús de Aserrí acreedora de una
sanción de apercibimiento o inhabilitación; resolución contractual, pago de una
indemnización por daños y perjuicios ocasionados con los presuntos hechos
endilgados en la suma de ¢4.669.423.42, según lo expuesto en el oficio DA-345-
IV. Prueba
1. Obrante en el expediente: Sirven de fundamento a esta resolución inicial de traslado de cargos la siguiente prueba documental, sin perjuicio de la que a bien estime ofrecer la empresa procedimientada:
a. Contrato Nº 2784
b. Legajo de
c. Oficio DCC-1303-08 de fecha
27 agosto
d. DA-345-2009 del 06 de julio 2009 del 6 de junio del 2009.
V- Derechos del contratista. Con fundamento en lo expuesto se le otorga a la empresa Asociación Pro-Salud Barrio Corazón de Jesús de Aserrí un plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación de este traslado para que ejerza su derecho de defensa y formule por escrito sus alegatos y presente las pruebas de descargo. Se le previene que debe presentar toda la prueba dentro del plazo indicado, lo anterior bajo apercibimiento de no recibir ninguna prueba fuera de ese periodo, salvo la que se ordene para mejor resolver por resultar indispensable para el establecimiento de la verdad real.
Igualmente se le hace saber que:
1- Tiene derecho a hacerse patrocinar por un profesional en derecho durante la tramitación del presente procedimiento.
2- En la resolución final cuando
se discutan aspectos de fondo, deberá resolver en primera instancia el Área de
Adquisiciones y en segunda instancia
3- Tiene derecho a examinar y
fotocopiar el expediente, el cual se encontrará a su disposición en
4- Cualquier escrito o gestión que presente deberá hacerlo ante la sede del órgano director.
5- Se advierte que la falta de contestación de esta resolución, dentro del plazo indicado no impedirá que se dicte la resolución final correspondiente, con base en los elementos de convicción que consten en el expediente.
6- Se le previene a la empresa señalar lugar (dirección exacta) dentro del cantón central de la provincia de San José, así como número de fax donde atender futuras notificaciones; bajo el apercibimiento de que si así no lo hiciere procederán las notificaciones automáticas, sea que se tendrán por notificadas por el solo transcurso de veinticuatro horas contadas a partir del día siguiente al que se emitió el acto respectivo.
7- Se producirá la notificación automática si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas a este despacho o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente.
8- Contra la presente resolución no procede recurso administrativo alguno. Notifíquese.
Lic. Wálter Eduardo Reyes López, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 1142.—C-278210.—(IN2009097485).
DIRECCIÓN REGIONAL HEREDIA
SUBREGIONAL HORQUETAS
Asesoría
Jurídica.—Dirección Regional Heredia, a las nueve horas con treinta minutos del
día once de agosto del dos mil nueve. Procedimiento administrativo ordinario.
Se tiene por establecido el presente proceso ordinario de revocatoria
adjudicación, contra
2 v. 1.
MUNICIPALIDAD DE VALVERDE VEGA
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
ABARCA SALAZAR ANLLYLIN VANESS, 2-599-135, 21
períodos, monto ¢48.135,95, ACOSTA PORRAS CARLOS
MANUEL, 2-159-244, 43 períodos, monto ¢46.134,40, ACUÑA ROJAS SADY, 2-417-286, 15 períodos, monto
¢10.117,25, ACUÑA JIMÉNEZ DINORAH,
2-153-124, 55 períodos, monto ¢4.111,45, ACUÑA
ROJAS OMAR JESÚS, 2-494-002, 15 períodos, monto ¢9.441,25, AGUILAR ALFARO JUAN CARLOS, 2-433-061, 31
períodos, monto ¢18.565,00, AGUILAR LIZANO JUAN
RAMÓN, 2-438-956, 44 períodos, monto ¢48.833,75, AGUIRRE BADILLA RAMIRO, 1-561-281, 18 períodos, monto ¢36.757,05,
ALCÁZAR MENA ANA GUISELLE, 1-826-732, 49
períodos, monto ¢39.948,05, ALFARO ALFARO CLARA,
2-169-210, 55 períodos, monto ¢43.452,40, ALFARO
ALFARO ERAIDA, 2-380-611, 22 períodos, monto ¢50.528,00, ALFARO ALFARO NATALIA, 2-797-458, 15 períodos,
monto ¢76.316,30, ALFARO ALFARO RAÚL ANTONIO,
9-075-435, 43 períodos, monto ¢100.802,35, ALFARO
CARVAJAL BERNARDO AUREL, 9-049-455, 23 períodos ¢3.895,25, ALFARO CARVAJAL MARÍA EUGENIA, 9-079-107, 15
períodos, monto ¢106.881,80, ALFARO CÉSPEDES
LORENA MARIXA, 2-381-428, 19 periodos, monto ¢37.025,00, ALFARO CONEJO GERARDO JOSÉ, 9-054-197, 21
períodos, monto ¢98.711,80, ALFARO CONEJO ROBERTO,
2-384-811, 15 periodos, monto ¢132.717,80, ALFARO
CORRALES PEDRO JUVENAL, 2-006-461, 24 periodos, monto, ¢197.717,25, ALFARO ESQUIVEL VERÓNICA MARÍA, 2-575-298, 30
periodos, monto ¢11.983,15, ALFARO GÓMEZ SEIDY
MARÍA, 2-450-239, 23 periodos, monto, ¢67.985,30, ALFARO MATAMOROS MANUEL ANTONI, 2-458-984 32
periodos, monto, ¢20.713,50, ALFARO MORALES ANTONIO,
2-095-603, 47 periodos, monto, ¢21.267,10, ALFARO
MORALES MANUEL MARÍA, 2-122-133, 27 periodos, monto ¢20.731,35, ALFARO MORALES MARÍA ISABEL, 2-182-228, 39
periodos, monto ¢20.868,75, ALFARO MORALES ROQUE,
2-164-851, 15 periodos, monto ¢66.165,95, ALFARO
ROJAS HÉCTOR JULIO, 2-471-903, 19 periodos, monto ¢18.512,50, ALFARO VILLALOBOS ÁLVARO NUMÁN, 2-292-801, 21
periodos, monto ¢99.329,00, ALFARO ZAMORA VÍCTOR
EDUARDO, 2-151-910, 55 periodos, monto ¢2.657,25, ALFOMONVAR SOCIEDAD ANÓNIMA, 3101431452, 26 periodos,
monto ¢123.080,80, ALPÍZAR CAMPOS DUNIA,
2-332-231, 18 periodos, monto ¢102.108,95, ALPÍZAR CHAVES ASDRÚBAL, 2-375-878,
18 periodos, monto ¢86.503,30, ALPÍZAR CHAVES
LAURA CRISTINA, 3-367-247, 27 periodos, monto ¢147.997,00, ALPÍZAR CHAVES ROSA MARÍA, 2-350-892, 24
periodos, monto ¢120.354,30, ALPÍZAR MURILLO LUIS
FERNANDO, 2-343-743, 17 periodos, monto ¢76.296,10, ALPÍZAR ROJAS OSCAR EMILIO, 2-565-334, 15
periodos, monto ¢19.422,00, ALPÍZAR SÁNCHEZ ÉDGAR,
2-160-874, 36 periodos, monto ¢66.377,65, ALPÍZAR
SÁNCHEZ IDALIE, 2-229-811, 15 periodos, monto ¢8.092,50, ALVARADO ALFARO ROLANDO, 2-401-460, 24 periodos,
monto ¢111.524,50, ALVARADO ARAYA MAURO,
7-133-805,19 periodos, monto ¢40.611,20, ARAGÓN
GÓMEZ ANA MARÍA, 2-362-298, 23 periodos, monto ¢15.037,80, ARAYA ÁVILA ADONAY JOHANNY,
2-505-316, 27 periodos, monto ¢128.107,90, ARAYA
QUESADA ALEXANDER, 2-462-009, 21 periodos, monto ¢56.908,75, ARAYA QUESADA HERNÁN, 2-199-782, 27 periodos,
monto ¢53.283,35, ARAYA QUESADA YORLENY DEL
CARMEN, 1-836-493, 17 periodos, monto ¢32.724,90, ARCE ALVARADO JUAN, 2-111-048, 17 periodos,
monto ¢30.032,90, ARCE ARCE LUIS EMILIO,
2-358-556, 15 periodos, monto ¢50.079,50, ARCE
ARIAS FANNY, 2-122-400, 28 periodos, monto ¢33.270,30, ARCE CHACÓN JOSÉ FRANCISCO, 2-296-170, 21
periodos, monto ¢59.626,50, ARCE MARÍA,
100, 32 periodos, monto ¢37.813,85, ARCE QUESADA
YAMILETH MARÍA, 2-394-950, 39 periodos, monto ¢52.837,50, ARCE RODRÍGUEZ WÁLTER, 2-407-322, 55 periodos,
monto ¢23.073,00, ARCE UMAYA MARÍA ISABEL,
2-380-959, 23 periodos, monto ¢12.068,75, ARCE
VALERIO MIGUEL ÁNGEL, 2-217-764, 21 periodos, monto ¢7.853,25, ARIAS BONILLA MARÍA ANITA, 2-228-814, 19
periodos, monto ¢5.553,75, ARIAS CÉSPEDES EMANUEL
FRANCIS, 2-553-173, 32 periodos, monto ¢160.628,95, ARIAS CHACÓN GUSTAVO ADOLFO, 2-481-188, 36
periodos, monto ¢78.880,30, ARIAS JIMÉNEZ ANA
ROSA, 2-327-507, 15 periodos, monto ¢6.743,75, ARIAS JIMÉNEZ ÉDGAR, 9-080-211, 15 periodos, monto ¢121.469,80, ARIAS JIMÉNEZ MA DEL CARMEN, 2-293-906, 57
periodos, monto ¢101.899,05, ARIAS QUESADA DIEGO
ANTONIO, 2-447-843, 18 periodos, monto ¢90.834,55, ARIAS QUESADA MARIBEL, 2-402-130, 19 periodos,
monto ¢94.909,95, ARIAS SOLÍS MANUEL EDUARDO,
2-509-944, 15 periodos, monto ¢4.720,65, ARRIETA
ESQUIVEL MARCOS ESTEBA, 2-617-508, 46 periodos, monto ¢118.303,00, ARTAVIA GONZÁLEZ JOSÉ FRANCISC, 2-316-926, 17
periodos, monto ¢41.180,20, ARTAVIA RAMÍREZ JORGE
LUIS, 2-366-957, 44 periodos, monto ¢162.748,70, ARTAVIA RAMÍREZ RANDALL ALBERTO, 2-455-569, 24 periodos, monto
¢72.400,20, ASOCIACIÓN CRISTIANA LLUVIAS DE
BENDICIÓN, 3002403205, 18 periodos, monto ¢364.500,35, AUTOS JORDY SOCIEDAD ANÓNIMA, 3101279624, 15
periodos, monto ¢113.514,70, ÁVALOS ARAYA ANA
ISABEL, 2-318-932, 24 periodos, monto ¢109.302,95, ÁVALOS FERNÁNDEZ SAÚL HUMBERTO, 9-064-823, 19
periodos, monto ¢14.810,00, ÁVALOS MONGE LUIS
MARIANO, 1-903-832, 15 periodos, monto ¢35.881,75, BARAHONA ZAMORA SARA, 2-202-921, 19 periodos,
monto ¢12.582,60, BARQUERO CHACÓN SANTANA,
2-305-148, 44 periodos, monto ¢48.833,75, BARRANTES
CÉSPEDES JOSÉ EDUARD, 9-079-807, 35 periodos, monto ¢33.458,45, BARRANTES CHAVES ESTEBAN
JESÚS, 2-549-703,15 periodos, monto ¢138.188,60, BARRANTES CORRALES MARIANELA 2-493-874, 33 períodos, monto
¢170.965,65, BARRANTES JIMÉNEZ BELFORD,
2-332-591, 15 periodos, monto ¢100.090,35, BARRANTES
MORA OVIDIO, 1-466-259, 44 periodos, monto ¢102.802,00, BARRANTES MURILLO ELMA, 2-133-039, 33 periodos,
monto ¢25.702,55, BELARO
Nota: Los montos adeudados no incluyen el recargo por intereses. Se previene a los notificados que de no cancelar estos saldos dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación de este edicto, se trasladarán a trámite de cobro judicial.—Sarchí Norte, Valverde Vega, 2 de noviembre del 2009.—Víctor Manuel Rojas Vega, Alcalde Municipal.—(IN2009096924).
MUNICIPALIDAD DE CARRILLO
DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
El Departamento
de
Filadelfia, trece de octubre del dos mil nueve.—Francisco Canales Canales, Encargado.—1 vez.—RP2009139994.—(IN2009098643).
El Departamento de
Filadelfia, trece de octubre del dos mil nueve.—Francisco Canales Canales, Encargado.—1 vez.—RP2009139995.—(IN2009098644).
El Departamento de
Filadelfia, 13 de octubre del 2009.—Ana Dorian Corea Corea, Asistente.—1 vez.—RP2009139997.—(IN2009098645).
El Departamento de
Filadelfia, trece de octubre del dos mil nueve.—Francisco Canales Canales, Encargado.—1 vez.—RP2009139998.—(IN2009098646).