MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO DEL CAFÉ DE COSTA RICA
AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
PATRONATO
NACIONAL DE LA INFANCIA
AUTORIDAD
REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA
ECONOMÍA,
INDUSTRIA Y COMERCIO
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO DE
DESARROLLO AGRARIO
Nº 42-09-10
EL DIRECTORIO DE
DE
De conformidad con la disposición adoptada en la sesión Nº 158-2009, celebrada por el Directorio Legislativo el 22 de julio del 2009.
SE ACUERDA:
Autorizar la
participación del señor Carlos Guillermo Mora Mora, en
Asimismo se acuerda otorgar al señor Mora Mora los tiquetes aéreos y los viáticos del 24 al 29 de octubre del 2009, así como la emisión del pasaporte de servicio y los gasto de inscripción a la actividad, de conformidad con lo que establece el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos y de acuerdo con el itinerario de vuelo.
Publíquese
Asamblea Legislativa.—San José, a los dos días del mes de noviembre de dos mil nueve.—Francisco Antonio Pacheco Fernández, Presidente.—Xinia Nicolás Alvarado, Primera Secretaria.—Guyon Holt Massey Mora, Segundo Secretario.—1 vez.—O. C. Nº 29457.—C-18020.—(IN2009102098).
Nº 43-09-10
EL DIRECTORIO DE
DE
De conformidad con la disposición adoptada en la sesión Nº 163-2009, celebrada por el Directorio Legislativo el 27 de agosto del 2009.
SE ACUERDA:
Autorizar la
participación de los diputados Federico Tinoco Carmona y Evita Arguedas Maklouf
en la 121 Asamblea de
Asimismo se acuerda otorgar a los legisladores Tinoco Carmona y Arguedas Maklouf los boletos aéreos y los viáticos correspondientes, de conformidad con lo que establece el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos y con el itinerario de vuelo.
Publíquese
Asamblea Legislativa.—San José, a los dos días del mes de noviembre de dos mil nueve.—Francisco Antonio Pacheco Fernández, Presidente.—Xinia Nicolás Alvarado, Primera Secretaria.—Guyón Holt Massey Mora, Segundo Secretario.—1 vez.—O. C. Nº 29457.—C-16520.—(IN2009102101).
Nº 44-09-10
EL DIRECTORIO DE
DE
De conformidad con la disposición adoptada en la sesión Nº 165-2009, celebrada por el Directorio Legislativo el 16 de setiembre del 2009.
SE ACUERDA:
Autorizar al
diputado José Ángel Ocampo Bolaños para que atienda la invitación cursada por
el Gobierno de
Asimismo se acuerda otorgar al legislador Ocampo Bolaños los boletos aéreos y los viáticos de tránsito en Los Ángeles, Estados Unidos, tanto de ida como de regreso, de conformidad con lo que establece el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos y con el itinerario de vuelo.
Publíquese
Asamblea Legislativa.—San José, a los dos días del mes de noviembre de dos mil nueve.—Francisco Antonio Pacheco Fernández, Presidente.—Xinia Nicolás Alvarado Guyón, Primera Secretaria.—Holt Massey Mora, Segundo Secretario.—1 vez.—O. C. Nº 29457.—C-16520.—(IN2009102103).
Nº 719-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en
el artículo 141 de
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a la señora Mariángel Solera Víquez, con cédula Nº 1-467-827,
Directora de Despacho y Asistente Personal del señor Presidente, para que forme
parte de
Artículo 2º—Los gastos por
concepto de viáticos, transporte, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel
y viceversa en las ciudades visitadas, llamadas oficiales internacionales,
faxes y el servicio de Internet se le cancelarán del Título 201- Presidencia de
Artículo 3º—Del 3 al 8 de diciembre no se cancelarán viáticos al Exterior con cargo al Erario Público.
Artículo 4º—Se le otorga la suma adelantada de ¢1.137.349,94 por concepto de viáticos sujetos a liquidación.
Artículo 5º—Rige a partir del 22 de noviembre del 2009 y hasta el 03 de diciembre del 2009.
Dado en
Rodrigo Arias
Sánchez, Ministro de
Nº 845-PE
EL PRESIDENTE DE
Con fundamento en
el artículo 139, inciso 2) de
ACUERDA:
Artículo 1º—Realizar visita oficial a Turquía, Israel y España, y participar en la “XIX Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y Jefes de Gobierno”, a realizarse en Portugal, del 22 de noviembre al 03 de diciembre del 2009.
Artículo 2º—Los gastos por
concepto de viáticos, transporte, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel
y viceversa en las ciudades visitadas, se le cancelarán del Título 201-
Presidencia de
Artículo 3º—Se otorga la suma adelantada de ¢1.415.174,06 por concepto de viáticos y ¢1.410.975,00 por concepto de gastos de representación, ambos sujetos a liquidación.
Artículo 4º—Rige a partir de las 8:25 horas del día 22 de noviembre del 2009 hasta las 16:15 horas del día 3 de diciembre del 2009.
Dado en
ÓSCAR ARIAS
SÁNCHEZ.—1 vez.—O. C. Nº
98674.—Solicitud Nº 167.—C-16520.—(IN2009102901).
Nº 852-PE
EL PRESIDENTE DE
Con fundamento en
el artículo 139, inciso 1) de
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar al señor Jorge Rodríguez Quirós, cédula de identidad número
2-0244-0183, Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, para que viaje
a Guatemala del 19 al 21 de noviembre del 2009. El propósito de esta visita es
participar en
Artículo 2º—Los gastos por
concepto de transporte y hospedaje serán cubiertos por
Artículo 3º—En tanto dure la ausencia del señor Ministro, se nombra Ministro a. í. al señor Julio C. Matamoros Alfaro, cédula de identidad número 1-0705-0103 de las 12:27 horas del día 19 de noviembre hasta las 8:15 horas del 21 de noviembre del 2009.
Artículo 4º—Rige a partir de las 12:27 horas del día 19 de noviembre hasta las 8:15 horas del 21 de noviembre del 2009.
Dado en
ÓSCAR ARIAS
SÁNCHEZ.—1 vez.—O. C. Nº
95871.—Solicitud Nº 22100.—C-20270.—(IN2009102902).
Nº 428-2009 MSP
Con fundamento en
las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de
Considerando:
1º—Que se ha recibido cordial invitación para que varios funcionarios de este Ministerio asistan a la actividad denominada “Programa de Seguridad para Personal e Instalaciones”, a realizarse en San Salvador, El Salvador, del 8 al 21 de noviembre del 2009 (incluye salida y regreso de los participantes).
2º—Que el objetivo del curso es entender las prácticas de uso para prevenir, desalentar y responder a los ataques contra el personal y las instalaciones a través de conferencias y ejercicios prácticos.
3º—Que dado el objetivo de la actividad, es de interés para este Ministerio contar con varios funcionarios en dicho evento. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a los funcionarios Enid Quesada Pacheco, cédula de identidad Nº 02-0431-0437, y Mauro Núñez Quesada, cédula de identidad Nº 03-0319-0352, oficiales del Servicio de Vigilancia Aérea, para asistir a la actividad denominada “Programa de Seguridad para Personal e Instalaciones”, a realizarse en San Salvador, El Salvador, del 8 al 21 de noviembre del 2009 (incluye salida y regreso de los participantes).
Artículo 2º—El Gobierno de los Estados Unidos de América correrá con todos los gastos de viaje, alimentación y transporte local.
Artículo 3º—Que durante los días del 8 al 21 de noviembre del 2009, en que se autoriza la participación de los funcionarios en la actividad, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 8 al 21 de noviembre del 2009.
Dado en el
Despacho de
Janina Del Vecchio Ugalde.—Ministra de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. 104969.—Solicitud Nº 24403.—C-18020.—(IN2009100860).
Nº 073-H.—San José, 15 de octubre del 2009
En uso de las
facultades que le confiere el artículo 28.1.2.a de
Considerando:
1º—Que el señor
Desiderio Soto Sequeira, cédula de identidad Nº 9-072-
2º—Que al señor Desiderio Soto Sequeira se le han autorizado vacaciones durante el día 14 de octubre del 2009. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Recargar las funciones atinentes al cargo de Director General de Aduanas en el señor Luis Fernando Vásquez Castillo, cédula de identidad Nº 2-363-657, quien funge como Director de Gestión Técnica durante el día 14 de octubre del 2009.
Artículo 2º—El presente acuerdo rige para el día 14 de octubre del 2009. Publíquese.
Jenny Phillips Aguilar, Ministra de Hacienda.—1 vez.—O. C. 100244.—Solicitud Nº 28917.—C-9770.—(IN2009100832).
Nº 285-PE
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
De conformidad
con lo que establecen los artículos 140 inciso 20), y 146 de
ACUERDA:
1º—Autorizar al
Ing. Albán Rosales Ibarra, cédula Nº 1-539-281, funcionario del Departamento de
Servicios Técnicos del INTA, para que participe en el curso “Percepción Remota
y Procesamiento Digital de Imágenes Aplicado a Levantamiento de Cobertura de
2º—Los gastos de viaje y transporte en el exterior, correspondientes a transporte aéreo, viáticos (alimentación, alojamiento, y gastos menores), transportes internos, tributos o tarifas en la terminales aéreas y los gastos conexos de cuota de inscripción en el evento en mención y adquisición o reproducción de materiales bibliográficos, serán cubiertos por el Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria (INTA).
3º—Rige a partir del 8 al 28 de noviembre del 2009.
Dado en el Despacho Ministerial, el día tres del mes de noviembre del dos mil nueve.
Carlos Villalobos Arias, Ministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—O. C. 4184.—Solicitud Nº 25013.—C-21020.—(IN2009101147).
Nº 078-2009
EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en
lo dispuesto en los artículos 25 inciso 1), 27 y 28 inciso 2), acápite b) de
Considerando:
I.—Que es de interés para el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, participar en el: “IV Foro Internacional Fundes IBERPYME: Nuevos Retos de las Políticas PYME en América Latina”; cuyo objetivo es mantener la vigencia del tema PYME en las prioridades de las agendas públicas y privadas en América Latina, considerando su aporte a la generación de empleo y la reducción de pobreza de la región.
II.—Que dichas actividades se
llevaran a cabo los días del 9 al 11 de noviembre del 2009, en
III.—Que la participación del
Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) reviste especial interés en
este evento, ya que podrá discutir y valorar las acciones de política PYME, que
se han implementado en América Latina para enfrentar los efectos de la crisis
económica mundial; por lo que es importante destacar, que el participante
asistirá en calidad de especialista, en el panel de “Acciones de Política PYME
para Mejorar el Acceso al Financiamiento y Accesos a Mercados en Contexto de
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar a la señora Ivannia Mata Solís, portadora de la cédula de
identidad Nº 1-0584-0591, funcionaria de
Artículo 2º—Los gastos por
concepto de hospedaje, alimentación, traslados en el país visitado, boleto
aéreo, transporte e impuestos internos serán financiados por
Artículo 3º—La funcionaria devengara el 100% de su salario durante su ausencia.
Artículo 4º—Rige a partir del día 8 de noviembre del 2009 y hasta su regreso el día 12 de noviembre del mismo año.
Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, a los veinte días del mes de octubre del dos mil nueve.
Eduardo Sibaja Arias, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—O. C. 100944.—Solicitud Nº 27138.—C-34520.—(IN2009101182).
Nº 179-MOPT
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en
lo dispuesto en la “Ley General de
Considerando:
1º—Que el
Directorio de
2º—Que para dicha actividad han
sido convocados los delegados de cada país que forman parte de ese órgano de
3º—Que el Dr. Héctor Arce
Cavallini, Director General de
4º—Que es importante para el
Ministerio de Obras Públicas y Transportes la participación del Dr. Arce
Cavallini en esta actividad, en el ejercicio de su representación oficial en el
Consejo Directivo de
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar al Dr. Héctor Arce Cavallini, Director General de
Artículo 2º—Los gastos de
participación del funcionario en esta actividad serán cubiertos por
Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la ausencia del funcionario para que participe en la actividad indicada en el artículo 1º, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 12 al 14 de noviembre del 2009, ambos días inclusive.
Dado en el Despacho del Ministro de Obras Públicas y Transportes, a los nueve días del mes de noviembre del dos mil nueve.
Marco Vargas Díaz, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. 96221.—Solicitud Nº 12376.—C-15770.—(IN2009101153).
Nº MCJ/124/09
Con fundamento en
el artículo 28 inciso 1) de
Considerando:
1º—Que la señora Lovania Garmendia Bonilla, ha sido invitada a participar en el Curso “Alfabetización Informacional: habilidades y estrategias para profesionales de bibliotecas públicas”.
2º—Que su participación en el Curso, responde a las funciones que realiza como Coordinadora de Bibliotecas Públicas. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a Lovania Garmendia Bonilla, cédula Nº 105910074, para que participe en el Curso “Alfabetización Informacional: habilidades y estrategias para profesionales de bibliotecas públicas”, que se realizará en Guatemala, del 9 al 13 de noviembre de 2009.
Artículo 2º—Los gastos de hospedaje y alimentación serán cubiertos por los organizadores, el transporte internacional será cubierto por la interesada.
Artículo 3º—Que del 9 al 13 de noviembre de 2009, en que se autoriza la participación de la funcionaria en el evento, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 8 al 14 de noviembre de 2009.
Dado en el Ministerio de Cultura y Juventud, a los 3 días del mes de noviembre del 2009.
María Elena Carballo Castegnaro, Ministra de Cultura y Juventud.—1 vez.—O. C. Nº 101307.—Solicitud Nº 21626.—C-16520.—(IN2009102180).
Nº MCJ/125/09
Con fundamento en
el artículo 28 inciso 1) de
Considerando:
1º—Que la señora Xinia María Valverde Guerrero, ha sido invitada a participar en el Curso “Alfabetización Informacional: habilidades y estrategias para profesionales de bibliotecas públicas”.
2º—Que su participación en el Curso, responde a las funciones que realiza como funcionaria del Sistema Nacional de Bibliotecas. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a Xinia María Valverde Guerrero, cédula Nº 105480679, para que participe en el Curso “Alfabetización Informacional: habilidades y estrategias para profesionales de bibliotecas públicas”, que se realizará en Guatemala, del 9 al 13 de noviembre de 2009.
Artículo 2º—Los gastos de hospedaje y alimentación serán cubiertos por los organizadores, el transporte internacional será cubierto por la interesada.
Artículo 3º—Que del 9 al 13 de noviembre de 2009, en que se autoriza la participación de la funcionaria en el evento, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 8 al 14 de noviembre de 2009.
Dado en el Ministerio de Cultura y Juventud, a los 3 días del mes de noviembre del 2009.
María Elena Carballo Castegnaro, Ministra de Cultura y Juventud.—1 vez.—O. C. Nº 101307.—Solicitud Nº 21627.—C-18020.—(IN2009102181).
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO CIVIL
De conformidad
con el artículo 2° del Estatuto de Servicio Civil,
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO
DE
AVISO
El Registro
Público de Asociaciones de Desarrollo de
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
RES-DGA-335-2009.—Dirección General de Aduanas.—San José, a las diez horas del día cuatro de noviembre del dos mil nueve.
Considerando:
I.—Que el artículo 5º de
II.—Que el artículo 9º de
III.—Que el artículo 11 de
IV.—Que el artículo 44 de
V.—Que el artículo 165 de
VI.—Que en el artículo 460 del
Reglamento a
VII.—Que mediante Circulares Nos.
DGT-093-2006 del 24 de agosto del 2006, y DGT-030-2009 del 5 de febrero del
2009,
EL DIRECTOR GENERAL DE ADUANAS,
RESUELVE:
Informar que a partir del 9 de noviembre del 2009, se habilitará un control en el sistema informático TICA para no permitir que en el régimen de importación temporal categoría estatal (04-09) y la categoría subcontrato/concesión (04-23), se realicen importaciones de vehículos de las partidas 87.03 y 87.04 exceptuado los del inciso arancelario 8704.10.0010.
Vigencia. Rige a partir de 9 de noviembre del 2009.
Publíquese en el Diario Oficial
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
EDICTOS
La señora
Antonieta Campos Bogantes, con cédula Nº 2-405-625, vecina de Alajuela, en
calidad de representante legal de la compañía Oficina Tramitadora de Registros
Sanitarios Internacionales M&C, con domicilio en Alajuela. Solicita el
registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 2: Gonaxal. Fabricado
por: Laboratorios Biogénesis Bagó S. A. de C. V., Argentina, con los siguientes
principios activos: cada 100 ml contiene: acetato de buserelina 420 ug y las
siguientes indicaciones terapéuticas: medicamento de venta bajo receta médica
veterinaria controlada. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG
“Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a
terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento,
dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la
publicación de este edicto, en el Diario Oficial
La señora Laura
Chaverri Esquivel, con cédula Nº 4-168-911, vecina de Heredia, en calidad de
regente veterinaria de la compañía Oficina Tramitadora de Registros Servet S.
A., con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento
veterinario del grupo 3: Nobilis Corvac. Fabricado por: Laboratorios Intervet
International B.V Holanda con los siguientes principios activos: cada dosis de
0,5 ml contiene: haemophilus para gallinarum cepa 083, cepa spross, cepa H-18 y
las siguientes indicaciones terapéuticas: vacuna inactivada y emulsionada para
la inmunización de aves contra la coriza infecciosa causada por haemophilus
paragallinarum. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de
Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con
derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del
término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la
publicación de este edicto, en el Diario Oficial
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE
REPOSICIÓN DE TÍTULOS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento, se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 120, título Nº 461, emitido por el Liceo San Antonio de
Coronado, en el año dos mil ocho, a nombre de Martínez Córdoba Isabel
Guadalupe. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 297, título Nº 1866,
emitido por el Liceo Luis Dobles Segreda, en el año dos mil cinco, a nombre de
Bolaños Calvo Gabriel Felipe. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad
Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 44, título Nº 1449, emitido por
el Liceo Napoleón Quesada Salazar, en el año mil novecientos setenta y nueve, a
nombre de Vásquez Retana María de los Ángeles. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
EDICTO
Nº DAJ-MM-2224-09.—El Ministerio de Salud, avisa
que por haber poseído en forma pública, pacífica y de buena fe por más de diez
años consecutivos el inmueble donde actualmente se encuentra funcionando el
Centro de Educación y Nutrición de Los Lirios de Puerto Viejo de Sarapiquí,
Heredia, propiedad conforme plano catastrado Nº H-1345088-2009, posee un área
de
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
EDICTO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De conformidad
con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad
Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la organización social
denominada: Asociación Costarricense de Directores Médicos del Sector Salud,
siglas ACODIMED. Expediente 893-SI. Habiéndose cumplido con las disposiciones
contenidas en los artículos 344 del Código de Trabajo y 49 de
Presidente: Marco Antonio Salazar Rivera
Vicepresidenta: Yamileth Obando Salazar
Secretario: Ronald Rafael Rodríguez Sancho
Tesorera: María Eugenia Villalta Bonilla
Vocal primero: Luis Paulino Hernández Castañeda
Vocal segunda: Sonia María Chaverri Molina
Vocal tercero: William Francisco Pérez Gutiérrez
Fiscal propietario: Jorge Arturo Fonseca Renauld
Fiscal suplente: Olga Cristina Álvarez Desanti
San José, 9 de setiembre del 2009.—Lic. Ana Iris Garita Calderón, Jefa a. í.—(IN2009101505).
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
Cambio de Nombre Nº 62611
Que Lucía Boza
González; cédula Nº 1-315-914, en calidad de apoderada generalísima de Vilso S.
A,, cédula jurídica Nº 3-101-9561, solicita a este Registro se anote la
inscripción de Cambio de Nombre de Vilso Ltda. por el de Vilso S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-9561, presentada el día 7 de octubre del 2009 bajo expediente
62611. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1999-0009656 Registro Nº
120421 JAYA-VITAL en clase 5 Marca Denominativa. Publicar en
Cambio de Nombre Nº 843
Que Inmobiliaria
A.T.M.C. S. A., cédula jurídica Nº 3-101-019035, solicita a este Registro se
anote la inscripción de cambio de nombre de Almacén y Tienda Mil Colores S. A.
por el de Inmobiliaria A.T.M.C. S.A., cédula jurídica Nº 3-101-019035,
presentada el día 11 de febrero del 2009 bajo expediente 843. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 1900-5932700 Registro Nº 59327 MIL COLORES
en clase 49 Marca Mixto. Publicar en
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
AVISO
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción la reforma de
REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN
AVISOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor René
Granados Monge, cédula 1-745-404, mayor, casado, abogado, vecino de Cartago, en
condición de apoderado especial de Mauricio José Barboza Álvarez, de Costa
Rica, solicita el Modelo de Utilidad denominado CAJA
PLÁSTICA
Para ver imagen solo en
TRIANGULAR INTERCONECTABLE CON MECANISMO DE ENGRANAJES
HORIZONTALES EN PLANTA Y VERTICAL EN CORTE PARA EL TRASPORTE DE ENVASES.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
El Registro de
INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Expediente Nº
13666P.—Hotel Bungalows
Expediente Nº
8591A.—Dolores del Carmen García Madrigal, solicita concesión de:
Expediente Nº
13667P.—Kryon S. A., solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Expediente Nº
9077A.—Aucanacua S. A., solicita concesión de
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:
Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto.
Acuerdo Cédula Nombre Monto
1345 01-0424-0285 Jiménez Coto Édgar 1.461,60
1345 01-0441-0188 Ureña Chacón William 141.800,00
1345 01-0592-0991 Cedeño Montero Claudio (Doct) 61.250,00
1345 3-101-025414 Conoco S. A. 186.072,30
1345 3-101-096527 Central de Servicios PC S. A. 167.858,00
1345 3-101-179595 Cía. de Servicios Múltiples Masiza 435.137,83
1345 3-101-257737 Enhmed S. A. 950.365,20
1346 4-000-042139 Instituto Costarricense de Electric 48.270.160,75
1347 RFC.ALT-0302 Audatex LTN S. de R.L. de C.V. 113.103,35
1348 3-101-079786 Coasin Costa Rica S. A. 75.269.752,03
1349 2-300-042155 Fondo de Jub. y Pensiones PJ 3.101.572,26
1350 3-101-059552 I.S. Productos de Oficina C.A. S. A. 917.085,29
1350 3-101-150374 J & E Suministros S. A. 540.960,00
1350 3-101-170385 Auto Carrocerías Jesús Granados S. A. 240.000,00
1350 3-101-203526 Ingenierías Jorge Lizano y Asoc. 1.330.350,00
1350 3-101-257790 Chacón Mendoza Librería y Sumin. 595.840,00
1350 3-101-259063 Movel Movimiento Eléctrico S. A. 1.735.540,12
1350 3-101-517780 Three Rivers Software LLC S. A. 197.051,36
1350 3-101-525896 Instrumentación Analítica y Biotecn 222.231,04
1351 03-0280-0735 Sileski Jiménez Gustavo A. 1.117.200,00
1351 3-101-006090 Consultécnica S. A. 2.917.543,30
1351 3-101-013946 Arts. Graficas de Centroamérica S. A. 1.848.133,00
1351 3-101-016469 Cía. Seguridad Industrial Cruz Verde 498.820,00
1351 3-101-283620 Southland Technology S. A. 420.451,21
1352 01-0738-0571 Hidalgo López Enoc R. 1.105.416,45
1352 02-0542-0760 Sibaja Soto Siller 110.631,50
1352 3-006-101757 Fund. de
1352 3-101-049635 Telerad Telecomunicaciones Radiodig 957.490,40
1352 3-101-063829 Praxair Costa Rica S. A. 134.007,55
1352 3-101-074898 Controles Video Técnicos de C.R. S. 343.000,00
1352 3-101-088784 Servicentro Nicoya S. A. 84.574,89
1353 3-101-163507 Tecnología e Ingeniería Verde S. A. 94.161.044,79
1354 01-0749-0723 Hernández Alfaro Allan 1.009.302,00
1354 3-101-052789 Vtas. y Serv. Equp. Med. y Elect. Orgoma 1.489.172,70
1354 3-101-052978
1354 3-101-123819 Dataformas de Costa Rica S. A. 651.420,64
1354 3-101-177456 Accesos Automáticos S. A. 371.597,28
1354 3-101-182125 Tecno Logística de Costa Rica S. A. 732.872,65
1354 3-101-249767 Koruma Lenex Seguridad S. A. 286.160,00
1354 3-101-474606 Fademsa Marcas y Afines S. A. 232.050,00
1355 3-101-280890 Solutions Network S. A. 28.592.224,40
1356 3-101-179181 Distribuidora Mozee S. A. 820.874,51
1357 3-101-280943 Invers. Griegas Rojas y Rojas S. A. 128.576,00
1358 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 6.025.366,35
1359 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 1.112.280,53
1360 3-101-059552 I.S. Productos de Oficina C.A. S. A. 14.552.214,38
1361 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 947.760,00
1362 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 5.539.308,51
1363 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 5.002.404,28
1364 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 131.904,50
1365 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 2.915.806,44
1366 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 4.659.487,04
1367 04-0069-0340 Arias Víquez Édgar 594.353,35
1367 3-006-324743 Fundauna 352.920,00
1367 3-007-042032 Jun. Administ. de
1367 3-101-111964 Centro óptico Electrónico S. A. 661.500,00
1367 3-101-190550 Bruno Internacional S. A. 86.500,00
1367 3-101-230360 Banderas y Cortinas El Mundo S. A. 286.650,00
1367 3-101-364473 Mayoristas de Llantas S. A. 846.720,00
1367 3-101-366001 Comercializadora Mafaco MFC S. A. 911.400,00
1367 3-102-005585 Agencia de Viajes Centro América S. 986.058,54
1367 3-102-236169 Sistemas y Construcciones AG Ltda. 538.020,00
1368 01-0609-0542 Trejos Trejos Isabel 352.800,00
1368 02-0291-1323 Durán Rodríguez Nidia 352.800,00
1368 3-101-007435 Agencia Datsun S. A. 731.772,30
1368 3-101-053546 Consorcio Interam. Caribe de Exporta 226.908,00
1368 3-101-053693 Taller de Carrocerías Herrera S. A. 731.080,00
1368 3-101-062204 Fieuyea S. A. 231.132,00
1368 3-101-201137 Uvi Arte S. A. 45.000,00
1369 01-0391-0940 Garnier Nieto Carlos 1.381.800,00
1369 3-101-006090 Consultécnica S. A. 3.826.533,50
1369 3-101-020748 Consultoría y Diseños S. A. (Condisa 88.200,00
1369 3-101-111502 Componentes El Orbe S. A. 11.162.792,78
1369 3-101-233608 G Con de Costa Rica S. A. 924.994,55
1369 3-101-257737 Enhmed S. A. 9.075.735,90
1369 3-101-391131 Soluciones Modernas para Oficina, Es 19.890.588,31
1369 3-102-046231 Farmacia Lourdes S.R.L. 84.000,00
1370 3-101-174285 Seguridad Alfa S. A. 12.939.357,28
1371 01-0293-0024 Muñoz Retana Benjamín 751.301,70
1371 05-0078-0976 Abellán Cisneros Hebel 742.193,20
1371 3-012-370910 Elevadores Otis S. A. de Capital Va 481.727,68
1371 3-101-098063 Multinegocios Intern. América S. A. 21.047.700,91
1371 3-101-165549 Servicios de Consultoría de Occiden 3.440.890,97
1371 3-101-240146 Ambiente Limpio H. Montero S. A. 568.392,26
1372 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 268.086,00
1373 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 7.865.371,24
1374 3-004-045099 Coop. Agrícola Ind. y Ser. Múltiples 167.142,47
1374 3-101-177456 Accesos Automáticos S. A. 113.162,10
1374 3-102-004255 Maquinaria y Tractores Limitada 103.780,25
1374 3-102-151332 Amsa de San Ltda. 2.936.134,32
1375 01-0423-0576 Abarca López Carlos 70.232,18
1375 3-101-073972 Copias Dinámicas S. A. 313.567,30
1375 3-101-153193 Insumos Federados S. A. 418.096,14
1375 3-101-233001 Jparrondo S. A... 160.000,00
1375 3-101-276657 Consisa ANS S. A. 1.157.981,29
1375 3-101-310098 Manejo Profes. de Desechos S. A. 452.760,00
1375 3-101-423442 Corporación Tecnofrío CTF S. A. 2.920.059,13
1376 2-300-042155 Juzg. Conten. Adm. Civ. de Hacienda 525.000,00
1377 3-101-006090 Consultécnica S. A. 15.876.746,27
1378 01-0829-0740 Salas Innecken Ronny 15.381,86
1378 02-0303-0569 Charpentier Esquivel Manuel Emilio 278.276,65
1378 02-0491-0163 Umaña Rodríguez Christian 1.264.017,70
1378 02-0542-0760 Sibaja Soto Siller 159.654,00
1378 05-0326-0027 Ruiz Duarte Adriano 223.664,50
1378 3-101-076041 Lavandería Lava Más S. A. 107.245,02
1378 3-101-169810 Serta Servicios Técnicos Administ. 3.342.327,50
1379 01-0836-0931 Fallas Abarca Huberth 1.714.020,00
1379 01-1124-0375 Sandí Jiménez Wendy 658.560,00
1379 04-0069-0340 Arias Víquez Édgar 1.248.109,40
1379 3-101-005744 Purdy Motor S. A. 1.526.453,77
1379 3-101-052978
1379 3-101-062204 Fieuyea S. A. 135.247,00
1379 3-101-199529 Fumigadora Salas Internacional S. A. 175.000,00
1379 3-101-219989 Corporación Andrea Industrial INC. 211.000,00
1379 3-101-248454 Almacén Li Lao S. A. 451.403,81
1379 3-101-340543 Elevadores Schindler S. A. 209.578,34
1379 3-101-377412 Refrimundo S. A. 486.190,15
1379 3-101-414427 Lanprosa S. A. 465.696,00
1379 3-101-439318 Soluciones Icho S. A. 101.212,32
1379 3-101-517780 Three Rivers Software LLC S. A. 697.803,10
1380 04-0161-0634 Rodríguez García Allan 200.000,00
1380 3-006-101757 Fund. de
1380 3-101-009193 Soc. Anónima de Vehículos Autom 943.338,20
1380 3-101-011224 Superba S. A. 325.641,45
1380 3-101-025416 Vehículos Inter. Veinsa S. A. 1.194.522,00
1380 3-101-052978
1380 3-101-111535 Oficina Comercializadora Oficomer S. 304.182,20
1380 3-101-118750 Hotelera Tournón S. A. 384.069,85
1380 3-101-150374 J & E Suministros S. A. 70.200,00
1380 3-101-170385 Auto Carrocerías Jesús Granados S. A. 416.500,00
1380 3-101-244831 Yire Medica Hp S. A. 433.826,40
1380 3-101-266993 Taller Hunter S. A. 75.000,00
1380 3-101-360403 Impresos Cabalsa S. A. 445.900,00
1380 3-102-046231 Farmacia Lourdes S.R.L. 138.010,00
1381 01-0390-0306 Parra Sánchez Jorge 1.305.759,55
1381 3-101-029593 Electrotécnica S. A. 566.559,15
1381 3-101-073308 Grupo Computación Modular Avanz 171.566,90
1381 3-101-073972 Copias Dinámicas S. A. 403.601,25
1381 3-101-153170 Corp. González y Asoc. Internacion 1.350.924,18
1381 3-101-177156 Semans S. A. 213.478,85
1381 3-101-340543 Elevadores Schindler S. A. 100.000,00
1382 01-0810-0954 Calvo Gutiérrez Álvaro 7.890.637,00
1382 02-0424-0352 Alfaro Serrano Berenice 854.560,00
1382 3-101-007749 Recope S. A. 24.624.434,68
1382 3-101-029593 Electrotécnica S. A. 60.448.019,43
1382 3-101-034067 Sonivisión S. A. 38.753.906,17
1382 3-101-162608 Tecnología Aplicada Internacional S. 1.787.690,50
1382 3-101-193298 Arrendadora Comercial R Y H S. A. 10.069.142,05
1382 3-101-257737 Enhmed S. A. 260.689,50
1382 3-101-258463 Ela Fashion S. A. 4.426.170,00
1382 3-101-391131 Soluciones Modernas para Oficina, Es 4.412.759,90
1383 2-300-042155 Proveeduría Judicial Importaciones 88.451.116,14
1384 2-300-042155 Fondo de Jubilaciones y Pensiones P. 116.066,02
1385 3-101-240146 Ambiente Limpio H. Montero S. A. 103.756,94
1386 4-000-042147 Caja Costarri. del Seguro Social 1.352.825.657,00
1387 4-000-042147 Caja Costarri. del Seguro Social 196.321,00
1388 4-000-042147 Caja Costarri. del Seguro Social 894.088,00
1389 4-000-042147 Caja Costarri. del Seguro Social 333.199,00
1390 4-000-042147 Caja Costarri. del Seguro Social 1.066.034,00
1391 4-000-042147 Caja Costarri. del Seguro Social 12.902.269,00
1392 3-002-287079 Asoc. Solidarista Serv. Judiciales (A 27.275.207,70
1393 01-0265-0613 Gamboa ASCH Celso Enrique 16.950.469,52
1393 01-0383-0623 Ramírez Rojas Lidia M. 3.165.781,13
1393 01-0438-0432 Sánchez Méndez Luis Antonio 4.006.592,12
1393 01-0478-0025 Ulloa González Luis Alberto 13.503.187,49
1393 01-0505-0486 Elizondo Delgado Gilbert 5.229.163,33
1393 01-0519-0095 Retana Morales Leda María 4.945.558,98
1393 01-0526-0230 Bonilla Cambronero Guillermo 4.277.131,10
1393 01-0612-0116 Calvo Serrano Silvia Elena 4.967.467,00
1393 01-0895-0676 Calvo Torres Jerry 1.837.380,92
1393 01-0948-0485 Orozco Salazar Randall Enriq. 106.358,17
1393 01-1330-0284 Martínez Pereira Hans Alberto 469.311,80
1393 01-1427-0168 Rojas Arguedas Óscar Andrés 12.134,84
1393 02-0364-0358 Jiménez Jiménez José Manuel 2.409.949,20
1393 02-0512-0719 Quesada Umaña Susana 768.702,50
1393 02-0627-0112 Alfaro Alvarado Walter Gerard. 136.793,68
1393 03-0196-0454 Brenes Ramírez Salomón 3.226.813,43
1393 03-0232-0645 Castillo Serrano Hugo Manuel 8.901.220,74
1393 03-0360-0863 Madrigal Olivares Katherine 1.168.527,60
1393 04-0112-0883 Sancho Solórzano Carlos 3.482.177,32
1393 04-0117-0147 Ortiz Vargas Joaquín Adrián 3.688.610,27
1393 04-0190-0770 Huertas Angulo Gerardo 64.621,13
1393 05-0161-0782 Espinoza Reyes Luis Alberto 7.072.853,63
1393 05-0175-0636 Díaz Casares Rafael Ángel 8.568.450,29
1393 09-0100-0657 Bonilla Villalobos Miguel Ángel 363.712,57
1394 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 6.767.433,31
1395 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 1.847.927,64
1396 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 916.444,50
1397 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 429.870,00
1398 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 6.657.768,44
1399 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 11.552.881,79
1400 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 605.419,00
1401 3-101-057714 Prod. Infor. para el Desarrollo Prid 68.877.231,14
1402 3-101-077363 Secure S. A. 22.101.690,77
1403 01-0725-0055 Chinchilla Valverde Ana Yancy 265.484,64
1404 3-101-076436 Mundo de Limpieza S. A. 12.239.746,24
1405 3-101-179181 Distribuidora Mozee S. A. 1.498.199,98
1406 03-0324-0847 Segura Gutiérrez Alexander 322.371,00
1406 05-0211-0678 Núñez Rodríguez Carmen V. 290.570,00
1406 3-101-073972 Copias Dinámicas S. A. 286.644,75
1406 3-101-096527 Central de Servicios PC S. A. 1.867.926,05
1406 3-101-098063 Multinegocios Intern. América S. A. 1.721.552,10
1406 3-101-175844 Multiservicios Isabel Cristina S. A. 235.000,00
1406 3-101-176412 Alavisa de Cañas S. A. Laboral 613.249,78
1407 3-101-009059 Radiográfica Costarricense S. A. 76.902,80
1407 3-101-077363 Secure S. A. 55.615,33
1407 3-101-174285 Seguridad Alfa S. A. 36.305,92
1407 3-101-276657 Consisa ANS S. A. 804.103,70
1407 3-101-475759 Proveedor Integral de Precios Centr 171.722,00
1408 3-101-069227 Soin Soluciones Integrales S. A. 4.279.969,30
1408 3-101-171670 Total Petróleo Costa Rica S. A. 37.154,49
1408 3-101-227869 Correos de Costa Rica S. A. 1.454.986,40
1408 3-101-340543 Elevadores Schindler S. A. 684.820,10
1409 3-101-227869 Correos de Costa Rica S. A. 7.861.932,40
1410 01-0442-0161 Vásquez Alpízar Carmen María 245.200,00
1410 02-0319-0535 Villalobos González Orlando 881.927,24
1410 04-0124-0111 Cordero Villalobos Ana Lucía 585.301,83
1410 06-0097-1053 Cerdas Villegas Leda María 26.132,97
1410 06-0134-0442 Alvarado Ugalde Carlos 920.878,91
1410 3-101-063829 Praxair Costa Rica S. A. 25.557,55
1410 3-101-096527 Central de Servicios PC S. A. 130.837,00
1410 3-101-179595 Cía. de Servicios Múltiples Masiza 192.016,00
1410 3-101-392507 Grupo E Y E Andrómeda S. A. 220.215,95
1410 3-101-447523 Segur. y Vigil. para
1411 2-300-042155 Juzg. Conten. Adm. Civ. de Hacienda 575.000,00
1412 2-300-042155 Fondo de Jubilaciones y Pensiones P. 163.867,80
1413 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 6.019.112,22
1414 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 606.410,00
1415 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 1.435.012,27
1416 01-0810-0954 Calvo Gutiérrez Álvaro 745.340,48
1416 01-0836-0931 Fallas Abarca Huberth 3.319.260,00
1416 02-0397-0507 Carrillos Miranda Eleazar 3.920.000,00
1416 03-0190-1477 Brenes Loaiza Gerardo Antonio 176.400,00
1416 3-101-088434 Taller El Laberinto S. A. 235.885,05
1416 3-101-170385 Auto Carrocerías Jesús Granados S. A. 1.959.020,00
1416 3-101-259758 Servicentro Limón S.L. S. A. 1.292.704,30
1416 3-101-343251 Maestros en Computación Compumaster 268.422,00
1416 3-101-388099 Multiservicios Constructivos S. A. 2.777.810,00
1416 3-101-402724 Chemlabs S. A. 671.931,61
1416 3-101-537577 Impelva S. A. 272.196,95
1417 01-0389-0972 Murillo Quesada Mara 980.000,00
1417 3-101-007435 Agencia Datsun S. A. 695.310,30
1417 3-101-007866 Auto Ensambladora S. A. 1.363.682,75
1417 3-101-053546 Consorcio Interam. Caribe de Exporta 260.000,00
1417 3-101-340770 Ferretería Central Guadalupe S. A. 264.600,00
1417 3-102-431218 Coricen Materiales Eléctricos S.R.L 343.000,00
1418 3-101-019795 Suplidora de Equipos S. A. 96.066,30
1418 3-101-021594 Dist. Electrolido de Nicoya 467.234,60
1418 3-101-024094 Compañía Técnica y Comercial Satec 71.322,00
1418 3-101-049635 Telerad Telecomunicaciones Radiodig 452.148,53
1418 3-101-117902 Serigrafía Arco Iris del Sur S. A. 480.200,00
1418 3-101-154210 Fulminex S. A. 267.050,00
1418 3-101-201137 Uvi Arte S. A. 838.929,00
1418 3-102-046231 Farmacia Lourdes S.R.L. 109.760,00
1418 3-102-444284 Muebles Kap Ltda. 676.200,00
1419 3-101-059552 I.S. Productos de Oficina C.A. S. A. 2.068.632,00
1420 2-300-042155 Fondo de Jubilaciones y Pensiones P. 620.426.798,01
1421 01-0723-0506 Aguilar Arce Maritza 131.630,00
1421 01-0901-0276 González Herra Fabricio 96.030,00
1422 3-101-402724 Chemlabs S. A. 7.338.595,40
1423 3-101-402724 Chemlabs S. A. 5.939.324,08
1424 3-006-101757 Fundación de
1424 3-101-080638 Distribuidora Ramírez y Castillo S. 2.913.406,30
1424 3-101-082235 Móviles de Costa Rica S. A. 7.985.040,00
1424 3-102-038255 Sociedad Periodística Extra Ltda. 2.203.173,30
1425 03-0324-0847 Segura Gutiérrez Alexander 340.403,00
1425 3-101-063829 Praxair Costa Rica S. A. 57.097,26
1425 3-101-076041 Lavandería Lava Más S. A. 341.476,36
1425 3-101-123083 Estac. Serv. Transp. Hnos. Orozco 52.626,27
1425 3-101-155289 WPP Continental de Costa Rica S. A. 204.056,38
1425 3-101-343224 Ofimensajeros MM Cartaginés S. A. 500.171,18
1425 3-102-151332 AMSA de San Ltda. 794.032,69
1426 01-0423-0576 Abarca López Carlos 22.933,41
1426 01-0459-0934 Valladares Bermúdez Leonidas 373.000,31
1426 01-0902-0356 Bertarioni Rodríguez Alexander 36.477,00
1426 04-0069-0340 Arias Víquez Édgar 116.493,87
1426 06-0097-1053 Cerdas Villegas Leda María 609.315,00
1426 08-0078-0711 Morales Navarro Salvador 941.859,40
1426 3-101-276800 Tecnolo. del Nuevo Milenio Sid. Tecn 240.000,00
1426 3-101-452245 Siemens Enterprise Communications 178.122,00
1427 01-0490-0701 Yglesias Ávila Ana Lorena 160.000,00
1427 01-0537-0061 Villalobos Chaves Roberto 50.920,00
1427 3-101-044439 Estación de Servicio Ciudad Blanca 110.323,00
1427 3-101-076041 Lavandería Lava Más S. A. 346.401,85
1427 3-101-136314 Comtel Ingeniería S. A. 411.891,05
1428 01-0423-0576 Abarca López Carlos 202.054,67
1428 01-0424-0285 Jiménez Coto Édgar 53.461,50
1428 01-1101-0483 Berrocal Murillo Cesar 268.887,15
1429 3-101-077363 Secure S. A. 10.000.785,41
1430 4-000-042139 Instituto Costarricense de Electric 55.636.808,00
1431 3-101-111502 Componentes El Orbe S. A. 5.746.554,95
1431 3-101-187066 Asesorías Asepro de Centroamérica S. 4.772.423,04
1432 01-0703-0945 Villalobos Chamorro Roy F. 974.610,00
1432 01-0836-0931 Fallas Abarca Huberth 6.957.020,00
1432 3-101-001454 Club Unión S. A. 938.518,06
1432 3-101-021096 Formularios Standard Costa Rica S. 10.477.147,45
1432 3-101-112933 Servicios Tec. Especializados S.T.E 749.580,85
1432 3-101-221552 Distribudora K Y R Karo S. A. 124.628,56
1432 3-101-424643 Motorepuestos Indianápolis S. A. 264.600,00
1433 3-101-000974 Librería Lehmann S. A. 1.735.805,40
1433 3-101-006090 Consultécnica S. A. 275.086,00
1433 3-101-035198 Instalaciones Telefónicas Costa Rica 2.553.300,75
1433 3-101-036735 Reenfrío Comercial Automotriz S. A. 437.203,42
1433 3-101-150374 J & E Suministros S. A. 1.035.272,00
1433 3-101-173211 Astark Electrónica S. A. 838.561,60
1433 3-101-257790 Chacón Mendoza Librería y Sumin. Of 501.956,00
1434 3-101-335880 Soluciones Informáticas Babel S. A. 102.379,15
1435 3-101-006463 Jiménez y Tanzi S. A. 23.352.420,00
1436 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 5.345.734,45
1437 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 1.287.336,00
1438 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 7.655.584,27
1439 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 748.546,40
1440 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 9.483.235,74
1441 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 958.629,10
1442 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 2.307.039,94
1443 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 1.594.318,72
1444 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 9.174.881,17
1445 3-101-006463 Jiménez y Tanzi S. A. 15.646.121,40
1446 3-101-112243 Muebles Crometal S. A. 13.253.422,00
1447 01-0810-0954 Calvo Gutiérrez Álvaro 149.011,94
1447 3-101-005113 Capris S. A. 159.000,00
1447 3-101-018365 Dima Industrial y Comercial S. A. 593.880,00
1447 3-101-034791 I.S. Costa Rica S. A. 1.331.079,82
1447 3-101-062204 Fieuyea S. A. 495.482,44
1447 3-101-130983 Viajes Ejecutivos Mundiales S. A. 521.297,28
1448 01-0721-0127 Vargas Calderón Ruth Mary 333.200,00
1448 3-101-001454 Club Unión S. A. 694.009,70
1448 3-101-025849 Corp. Grupo Q Costa Rica S. A. 148.580,16
1448 3-101-144787 Viajes Kymbo S. A. 866.403,30
1448 3-101-154210 Fulminex S. A. 441.000,00
1448 3-101-159442 Químicos del Oeste WCH S. A. 75.900,00
1448 3-101-249767 Koruma Lenex Seguridad S. A. 294.000,00
1448 3-101-259758 Servicentro Limón S.L. S. A. 1.896.340,20
1448 3-101-320133 Casa Magnolia Casa y Jardín S. A. 104.000,00
1449 3-004-045202 Coop. de Elect. Rural de Guanacaste 2.051.408,50
1449 3-004-045260 Coopesantos R.L. 195.280,00
1449 3-004-051424 Cooperativa de Electrif. Rural Alfar 28.943,30
1449 3-007-045087 Jasec 3.115.698,25
1449 3-101-042028 Emp. de Serv. Públicos de
Heredia 4.790.380,20
1450 3-101-000974 Librería Lehmann S. A. 109.530,00
1450 3-101-007749 Recope S. A. 70.573.499,20
1450 3-101-148502 Briscar S. A. 89.930,00
1450 3-101-204766 M.R. Pintores S. A. 3.466.015,00
1450 3-101-258463 Ela Fashion S. A. 716.184,00
1451 2-300-042155 Fondo de Jubilaciones y Pensiones P. 1.656.526,32
1452 2-300-042155 Fondo de Jubilaciones y Pensiones P. 518.345,16
1453 3-101-050385 Estación de Servicio Soto y Castro 84.474,00
1453 3-101-073972 Copias Dinámicas S. A. 674.048,50
1453 3-101-096527 Central de Servicios PC S. A. 23.663,00
1453 3-101-131382 Pridegui S. A. 62.830,08
1453 3-101-169810 Serta Servicios Técnicos Administ. 744.621,83
1453 3-101-310098 Manejo Profes. de Desechos S. A. 1.444.716,00
1454 3-002-287079 Asoc. Solidarista Serv. Judiciales (A 27.839.000,63
1455 3-101-266913 Urbana Decoraciones S. A. 1.086.820,00
1455 3-101-402724 Chemlabs S. A. 4.825.568,51
1455 3-101-542244 Constructora Madriz y Solís S. A. 5.831.000,00
1456 01-0630-0261 Vega Monge Consuelo 1.197.364,00
1456 05-0205-0527 Chaves Castellón Ana Lía 116.424,00
1456 05-0227-0244 Ávila Quirós Marvin 714.420,00
1456 07-0075-0494 Castillo Serrano Alexandra 58.212,00
1456 3-101-276657 Consisa ANS S. A. 1.072.509,05
1456 3-101-374489 Karcri S M S. A. 1.404.459,55
1457 01-0415-1308 Abellán Arroyo Roberto 962.737,04
1457 06-0173-0387 Cascante Tapia Aily. 157.816,72
1457 3-101-063829 Praxair Costa Rica S. A. 461.379,70
1457 3-101-098063 Multinegocios Intern. América S. A. 1.117.640,36
1457 3-101-160555 Serv. Med. Diagnóstico por Imágenes 211.500,00
1457 3-101-177156 Semans S. A. 209.357,88
1457 3-101-179595 Cía. de Servicios Múltiples Masiza 231.531,66
1458 02-0352-0639 Zamora Cruz Sonia 553.276,85
1458 02-0424-0352 Alfaro Serrano Berenice 1.086.722,00
1458 3-101-006090 Consultécnica S. A. 305.711,00
1458 3-101-019723 Elástica Surqui S. A. 3.153.859,59
1458 3-101-024094 Compañía Técnica y Comercial Satec 149.622,00
1458 3-101-170385 Auto Carrocerías Jesús Granados S. A. 174.000,00
1458 3-101-182125 Tecnologística de Costa Rica S. A. 1.682.467,05
1458 3-101-201702 Dismédica de Costa Rica S. A. 480.144,32
1458 3-101-204766 M.R. Pintores S. A. 214.500,00
1459 3-101-006463 Jiménez y Tanzi S. A. 11.676.210,00
1460 01-0415-1308 Abellán Arroyo Roberto 8.256.622,48
1460 01-0829-0740 Salas Innecken Ronny 18.573,03
1460 3-101-044439 Estación de Servicio Ciudad Blanca 225.438,00
1460 3-101-047097 Acusol S. A. 79.117,17
1460 3-101-073972 Copias Dinámicas S. A. 316.859,00
1460 3-101-174285 Seguridad Alfa S. A. 1.095.789,91
1460 3-101-357802 PBS Proveedores de Bienes y Servicios 1.357.506,72
1461 3-101-011589 Estructuras de Concreto S. A. 160.122.742,45
1461 3-101-018590 Estructuras S. A. 21.668.345,18
1461 3-101-020748 Consultoría y Diseños S. A. (Condisa 1.022.114,50
1461 3-101-052827 Laboratorios Zeledón S. A. 405.922,50
1461 3-101-283620 Southland Technology S. A. 21.850.267,22
1461 3-101-517780 Three Rivers Software LLC S. A. 193.141,40
1461 3-102-005585 Agencia de Viajes Centro América S. 179.151,28
1462 03-0199-0632 Quesada Navarro Eugenio 490.000,00
1462 3-101-007749 Recope S. A. 43.135.751,72
1462 3-101-018590 Estructuras S. A. 250.304.476,98
1462 3-101-020748 Consultoría y Diseños S. A. (Condisa 7.509.134,30
1462 3-101-044553 Corporación Flin S. A. 4.256.703,28
1462 3-101-190550 Bruno Internacional S. A. 364.246,40
1462 3-101-542244 Constructora Madriz y Solís S. A. 10.620.260,00
1462 3-102-005585 Agencia de Viajes Centro América S. 1.663.421,97
1462 3-102-088635 Aliment. Procesados de Alajuela AMB 1.352.253,00
1463 03-0190-1477 Brenes Loaiza Gerardo Antonio 298.900,00
1463 04-0069-0340 Arias Víquez Édgar 1.154.759,50
1463 3-101-005197 Holst Van Patten S. A. 70.881,60
1463 3-101-007435 Agencia Datsun S. A. 952.004,90
1463 3-101-025416 Vehículos Intern. Veinsa S. A. 1.525.664,00
1463 3-101-074849 Distribuidora Comercial Tres Ases S. 132.586,58
1463 3-101-170385 Auto Carrocerías Jesús Granados S. A. 1.086.134,00
1464 01-0389-0972 Murillo Quesada Mara 411.600,00
1464 2-100-045222 Patronato de Construcciones Adq. de 525.000,00
1464 3-101-102844 Grupo Nación GN. S. A. 1.267.131,43
1464 3-102-088635 Aliment. Procesados de Alajuela AMB 408.464,00
1465 3-007-042032 Junta Adm. de
1466 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 304.700,00
1467 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 4.110.450,50
1468 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 6.883.487,26
1469 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 649.465,00
1470 04-0131-0501 Fonseca Rodríguez Víctor Carlos 411.600,00
1470 3-101-035198 Instalaciones Telefónicas Costa Rica 677.136,10
1470 3-101-036955 Almacén Ulloa S. A. 145.000,00
1470 3-101-079546 Lemen de Costa Rica S. A. 174.720,00
1470 3-101-140039 Arte y Decoración Marvin S. A. 72.000,00
1470 3-101-158262 Multisa S. A. 910.294,55
1470 3-102-005585 Agencia de Viajes Centro América S. 966.963,72
1471 01-1124-0375 Sandí Jiménez Wendy 205.000,00
1471 3-006-307008 Fundación Justicia y Género 737.400,00
1471 3-101-007435 Agencia Datsun S. A. 127.643,90
1471 3-101-009193 Sociedad Anónima de Vehículos Autom 142.100,00
1471 3-101-011663 Galería Musical S. A. 1.335.836,05
1471 3-101-024094 Compañía Técnica y Comercial Satec 225.614,00
1471 3-101-034067 Sonivisión S. A. 309.945,20
1471 3-101-059552 I.S. Productos de Oficina C.A. S. A. 844.513,82
1471 3-101-148691 Provideo S. A. 80.404,65
1471 3-101-358153 Automecanix S. A. 384.199,20
1471 3-102-005585 Agencia de Viajes Centro America S. 600.522,14
1471 3-102-192819 G.P. Fonti S.R.L. 253.297,00
1472 02-0424-0352 Alfaro Serrano Berenice 2.321.032,00
1472 3-101-130983 Viajes Ejecutivos Mundiales S. A. 1.786.351,08
1472 3-101-170385 Auto Carrocerías Jesús Granados S. A. 677.180,00
1472 3-101-402724 Chemlabs S. A. 488.739,74
1472 3-101-525896 Instrumentación Analítica y Biotecn 281.152,70
1473 3-004-045202 Coop. de Elect. Rural de Guanacaste 2.725.832,10
1473 4-000-001902 Instituto Nacional de Seguros 269.340,25
1474 08-0079-0586 Yuri Ovseevich Kogan Schmukler 3.920.000,00
1474 3-101-006090 Consultécnica S. A. 650.050,34
1474 3-101-013946 Artes Gráficas de Centroamérica S. A. 335.209,00
1474 3-101-034067 Sonivisión S. A. 4.499.988,70
1474 3-101-163507 Tecnología e Ingeniería Verde S. A. 28.360.369,94
1474 3-101-176505 Grupo Asesor en Informática S. A. 1.919.535,40
1474 3-101-184612 Pinturas El Color Ideal S. A. 572.663,00
1474 3-101-501092 Fntsa Soluciones Empresariales S. A. 1.255.811,36
1475 3-101-077363 Secure S. A. 3.768.790,03
1476 3-101-073972 Copias Dinámicas S. A. 1.552.352,25
1477 01-0723-0506 Aguilar Arce Maritza 384.000,00
1477 01-0901-0276 González Herra Fabricio 314.525,00
1478 3-101-161036 Hermanas Seravalli S. A. 4.395.300,00
1479 01-0441-0188 Ureña Chacón William 110.400,00
1479 02-0275-0420 Sánchez Cruz Hilda 399.056,00
1479 3-012-370910 Elevadores Otis S. A. de Capital Va 245.385,16
1479 3-101-072383 Travisa Herediana S. A. 2.205.418,33
1479 3-101-150338 E & R de San José S. A. 175.489,86
1479 3-101-340543 Elevadores Schindler S. A. 100.000,00
1479 3-102-021695 Estación de Servicios Loyva Ltda. 201.462,75
1479 3-102-151332 AMSA de San Ltda. 1.430.594,52
1480 3-101-000974 Librería Lehmann S. A. 25.300,00
1480 3-101-003660 El Hispano S. A. 658.560,00
1480 3-101-161036 Hermanas Seravalli S. A. 1.710.590,00
1480 3-101-182125 Tecnologística de Costa Rica S. A. 2.744.534,32
1480 3-101-251650 Corporación Vado Quesada S. A. 465.500,00
1480 3-102-088635 Aliment. Procesados de Alajuela AMB 1.865.381,00
1481 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 4.384.186,68
1482 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 645.071,15
1483 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 4.068.997,78
1484 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 4.460.139,51
1485 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 5.147.933,09
1486 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 236.731,00
1487 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 728.270,06
1488 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 12.479.915,62
1489 03-0288-0968 Orozco Solano Edwin 293.510,00
1489 3-101-007435 Agencia Datsun S. A. 719.630,05
1489 3-101-007866 Auto Ensambladora S. A. 112.989,00
1489 3-101-053693 Taller de Carrocerías Herrera S. A. 848.680,00
1489 3-101-083187 Ricoh Costa Rica S. A. 215.174,80
1489 3-101-170385 Auto Carrocerías Jesús Granados S. A. 608.384,00
1489 3-101-266993 Taller Hunter S. A. 120.000,00
1489 3-101-305301 Tostadora El Dorado S. A. 382.572,40
1489 3-101-402724 Chemlabs S. A. 34.058,11
1489 3-101-435325 Centro Integración de Software S. A. 599.551,07
1490 02-0424-0352 Alfaro Serrano Berenice 939.692,60
1490 3-101-402724 Chemlabs S. A. 1.453.283,95
1491 3-004-051424 Cooperativa de Electrif. Rural Alfar 26.854,81
1492 01-0677-0834 Corrales Solís José Luis 30.000,00
1493 01-0636-0271 Alpízar Soto Martín 1.648.253,90
1493 02-0141-0193 Ruiz Morales Zenen 74.141,49
1493 02-0319-0535 Villalobos González Orlando 520.597,33
1494 2-300-042155 Juzg. Conten. Adm. Civ. de Hacienda 75.000,00
1495 4-000-042138 Instituto Costarricense de Ac. y Al. 226.620,00
1496 3-012-370910 Elevadores Otis S. A. de Capital Va 245.385,16
1496 3-101-029593 Electrotécnica S. A. 269.036,45
1496 3-101-096527 Central de Servicios PC S. A. 2.487.870,74
1496 3-101-174285 Seguridad Alfa S. A. 1.095.789,91
1496 3-101-287019 Productos y Pro. Industriales Propin 2.612.476,77
1496 3-101-340543 Elevadores Schindler S. A. 225.704,09
1496 3-102-004255 Maquinaria y Tractores Limitada 150.534,60
1497 3-101-006463 Jiménez y Tanzi S. A. 11.676.210,00
1498 2-300-042155 Fondo de Jubilaciones y Pensiones P. 580.790.970,58
1499 2-300-042155 Fondo de Jubilaciones y Pensiones P. 319.727,35
1500 2-300-042155 Fondo de Jubilaciones y Pensiones P. 27.318,36
1501 04-0124-0111 Cordero Villalobos Ana Lucía 561.506,71
1501 05-0211-0678 Núñez Rodríguez Carmen V. 552.107,95
1501 3-004-045099 Coop. Agrícola Ind. y Ser. Múltiples 171.324,29
1501 3-101-059070 Distrib. y Envasadora de Químicos S. 1.634.446,51
1501 3-101-169810 Serta Servicios Técnicos Administ. 777.973,00
1501 3-101-276657 Consisa ANS S. A. 1.224.530,76
1502 3-006-101757 Fundación de
1503 3-101-029593 Electrotécnica S. A. 733.708,90
1503 3-101-031193 Sistemas de Protección Incorporados 212.032,80
1503 3-101-247901 Mecsoft de Costa Rica S. A. 277.503,05
1503 3-101-293347 El Colono de Limón S. A. 58.450,00
1503 3-101-310944 Inversiones Rodrisa JR del Sur S. 284.381,74
1503 3-101-396624 Hermanos Pérez Modulares S. A. 661.500,00
1503 3-101-542244 Constructora Madriz y Solís S. A. 3.185.000,00
1504 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 5.714.009,79
1505 2-300-042155 Oficial Presupuestal Poder Judicial 1.372.379,00
1506 02-0424-0352 Alfaro Serrano Berenice 593.978,00
1506 3-101-080638 Distribuidora Ramírez y Castillo S. 1.341.620,00
1506 3-101-249767 Koruma Lenex Seguridad S. A. 1.862.000,00
1507 01-0829-0740 Salas Innecken Ronny 15.247,44
1507 01-0849-0113 Ching Cubero Magda 345.156,00
1507 3-012-370910 Elevadores Otis S. A. de Capital Va 274.674,40
1507 3-101-076041 Lavandería Lava Más S. A. 164.019,14
1507 3-101-271623 SCM Metrología y Laboratorios S. A. 387.560,60
1507 3-101-340543 Elevadores Schindler S. A. 1.356.827,25
1507 3-102-445375 Proxtronics CR Ltda. 31.092,98
1508 01-0247-0904 Serrano Retana Juan Luis 1146252,00
1508 01-0280-0339 Soto Quesada Eliette 790272,00
1508 01-0289-0106 Vásquez Mesén Hildebranda 532076,20
1508 01-0308-0666 Castro Castro Edwin 1560253,00
1508 01-0312-0124 Blanco Montero José Bernardo 367319,65
1508 01-0318-0355 Naranjo Mata Carmen Lidia 167827,50
1508 01-0324-0128 Soto Mora Rosa María 1210727,75
1508 01-0349-0313 Muñoz Quesada Hugo Alfonso 288909,35
1508 01-0354-0043 Sánchez Medrano Ligia 367319,65
1508 01-0357-0193 Mora Herrera María Hermida 523942,40
1508 01-0366-0218 Muñoz Quesada María Eugenia 288909,35
1508 01-0367-0054 Moreno Odio Alejando 445059,40
1508 01-0372-0565 Arroyo Hernández Luis Eduardo 212488,00
1508 01-0374-0649 Mora Quirós Antonio 543450,20
1508 01-0405-0339 Molina Guevara Ricardo Alberto 1481190,50
1508 01-0416-1327 Quintana Torres Luis Carlos 525142,75
1508 01-0421-0419 Chinchilla Corrales María Inés 525142,75
1508 01-0425-0690 Salas Salazar Adán 1016031,65
1508 01-0474-0527 Fernández Abarca Ricar 435044,00
1508 01-0507-0135 Torres Mora Juan Miguel 792066,30
1508 01-0518-0947 Flores León Rafael 234044,00
1508 01-0523-0880 Rojas Venegas Carlos H. 422994,85
1508 01-0525-0553 Valverde Retana Carlos Luis 408252,10
1508 01-0547-0278 Ureña Quirós Nelgi 445059,40
1508 01-0566-0819 Vega Protti Virginia 435044,00
1508 01-0586-0197 Aguilar Umaña Ana Lourdes 234044,00
1508 01-0606-0616 Gómez Saborío Carlos Luis 845098,00
1508 01-0626-0796 Rosich Ramos Armando 291094,25
1508 01-0716-0800 Infante Santana Iván Fco. 269500,00
1508 01-0783-0693 Monge Cordero Ana Rita 1151465,95
1508 01-0905-0315 Rivas Toruño Carlos Andrés 2488440,00
1508 02-0069-6838 Quirós Ugalde Irma 522996,50
1508 02-0165-0654 Jiménez Rojas Rodrigo 495092,15
1508 02-0227-0988 Quesada Solís Emilia 650435,95
1508 02-0241-0679 Rodríguez Barrantes Imelda 811012,35
1508 02-0288-0900 González Venegas José Joaquín 1017088,00
1508 02-0291-0236 Brenes León José Alberto 679617,75
1508 02-0295-0323 Carranza Rojas Juan Carlos 433110,75
1508 02-0301-0569 Rodríguez Rojas Gabriel Eugenio 164790,00
1508 02-0305-0961 Arce González Luis 176250,00
1508 02-0322-0188 Gutiérrez Alpízar Carlos Gerardo 702737,30
1508 02-0328-0038 Quesada Zamora Javier 176250,00
1508 02-0335-0632 Araya Rojas María Bianey 164790,00
1508 02-0354-0129 Monge Tijerino Mayra 315658,00
1508 02-0355-0319 Cascante Fonseca Mireya 968602,40
1508 02-0391-0597 Rodríguez Ortiz Indiana 426790,00
1508 02-0456-0095 Vásquez Vásquez Olger 1552974,30
1508 02-0511-0252 Molina Quesada Marleny 252000,00
1508 03-0117-0199 Cogui Quesada Livia 659966,30
1508 03-0141-0162 Richmond Sanabria Alfredo 685391,60
1508 03-0238-0923 Chaves Mora Julio Cesar 677212,25
1508 04-0059-0630 Salas Vindas Teresita 634200,00
1508 04-0065-0542 Hernández Arce Milton 689124,25
1508 04-0096-0867 Ramírez Salas Sergio 1839311,60
1508 04-0109-0235 Campos Villalobos Alfredo 562358,20
1508 04-0118-0128 Miranda Céspedes María Isabel 728968,00
1508 04-0126-0503 Cordero Zamora Hernán Adolfo 575750,00
1508 05-0117-0275 Soto Villagra Dalila 504931,20
1508 05-0135-0557 Paniagua Gamboa Adrián 1340067,70
1508 05-0167-0150 Rodríguez Quirós Jeannette 183838,00
1508 05-0172-0038 Pasos Álvarez Jorge Arturo 356764,00
1508 05-0183-0430 Espinoza Murillo Luis Ángel 690526,00
1508 05-0285-0480 Ulate Chaverri Zunly 835136,55
1508 06-0088-0026 Sancho Villalta María Cecilia 465500,00
1508 06-0100-0379 Hernández Rivas Ayda Rosa 901546,00
1508 06-0108-0545 Ramos Jiménez Lilde María 291094,25
1508 06-0114-0549 Garro Aguilar Carlos Manuel 757756,95
1508 06-0124-0802 López Fonseca Argentina. 757756,95
1508 06-0140-0283 Medina Toruño Francisca 588000,00
1508 06-0168-0201 Ramírez Alpízar Maribel 394657,50
1508 07-0063-0806 Núñez Murillo Claudio 438888,00
1508 08-0023-0645 Carter Cantarero Cesar 2297080,80
1508 08-0045-0423 Yok Shan Kung Lui 124544,00
1508 08-0050-0269 Siu Ieng Chan Leyong 124544,00
1508 08-0076-0281 Barreda Castro Daniel 686881,90
1508 09-0010-0188 Campos Murillo Elizabeth 717949,95
1508 09-0053-0320 Mesén Madrigal Vilma B. 408252,10
1508 09-0083-0681 Alfaro Arias Magda Lorena 550417,00
1508 3-008-045580 Teso. Escolar Cantonal de Turrialba 82338,00
1508 3-014-042079 Municipalidad de Alvarado 16200,00
1508 3-014-042110 Municipalidad de Tilarán 48000,00
1508 3-101-014459 Almacén Félix del Barco S. A. 1208678,00
1508 3-101-018266
1508 3-101-021405 Odemaris S. A. 6358088,00
1508 3-101-033054 El Firuliche S. A. 1222153,00
1508 3-101-037951 Cosmovisión S. A. 1116955,00
1508 3-101-050344 Brown y Stamp S. A. 1411851,50
1508 3-101-055916 Inversiones El Tigre de Oro S. A. 1400158,60
1508 3-101-062037 Elefantes de Marfil S. A. 906406,30
1508 3-101-069582 El Planeta Azul S. A. 1083728,00
1508 3-101-070874 Ganadera Cóbano S. A. 1713520,00
1508 3-101-072672 Agrícola Comercial Los Espinos S. A. 398860,00
1508 3-101-076217 Tortillería Cañas S. A. 1955290,80
1508 3-101-091736 Soc. Agri. Ganadera Río Cuarto S. A. 225000,00
1508 3-101-096745 Inversiones Bonilla Garro S. A. 917280,00
1508 3-101-097625 Jaina S. A. 1710898,60
1508 3-101-103783 Constructora Puntarenense S. A. 4413420,00
1508 3-101-104035 Anfaco Internacional S. A. 1012188,00
1508 3-101-104568 Residencias
1508 3-101-110927 H.C. Transportación Marítima S. A. 2109903,20
1508 3-101-113865 Costa Brava Jacó S. A. 1516073,30
1508 3-101-119102 Azahar de
1508 3-101-120708
1508 3-101-126156 Angers S. A. 2285168,80
1508 3-101-127677 Inversiones Tayo S. A. 1458342,90
1508 3-101-128656 Florijose S. A. 602700,00
1508 3-101-134124 Ceiba Tica S. A. 1148540,40
1508 3-101-150829 Soda y Restaurante El Pueblo S. A. 993060,85
1508 3-101-158774 Desarrolladora Vicsa S. A. 1512688,80
1508 3-101-164722 Tolillos S. A. 642390,00
1508 3-101-168771 Alji de Naranjo S. A. 426049,80
1508 3-101-177250 Tapicería Poás S. A. 420951,55
1508 3-101-181825 Comercializadora Recetas y Med. de 1834070,00
1508 3-101-190824 Abodent S. A. 2824244,30
1508 3-101-191121 Jois de Alajuela S. A. 3188099,25
1508 3-101-195802 Avisol S. A. 566623,25
1508 3-101-198847 Desarrollos Unidos Rojas Vargas S D 2372987,45
1508 3-101-203726 Goli del Pacífico S. A. 636586,75
1508 3-101-204465 Bending y Zamora S. A. 825373,95
1508 3-101-207152 Agropecuaria S. S. Cincuenta y Siet 2182226,75
1508 3-101-207883 Inmobiliaria Saeli S.E S. A. 507150,00
1508 3-101-217408 Economías Activas del Badem S. A. 1091113,40
1508 3-101-220944 Arcos PVS Cinco B S. A. 1423763,50
1508 3-101-228394 Forle S. A. 2297080,80
1508 3-101-228966 Grupo Agro Inmobiliario H Y J S. A. 1135844,50
1508 3-101-250404 Inmuebles Garob Arque S. A. 735000,00
1508 3-101-263130 Quebrador Hermanos Sánchez S. A. 718021,55
1508 3-101-275811 Argo de Sarapiquí A Y G S. A. 1540784,20
1508 3-101-280943 Inversiones Griegas Rojas y Rojas 1563100,00
1508 3-101-283135 Grupo Vargas Pérez S. A. 1033686,35
1508 3-101-315312 Diseños y Desarrollos Mio Kei S. A. 763352,75
1508 3-101-325219 Inversiones Herremora S. A. 1139588,00
1508 3-101-341394 Aldusa Corporat Iva S. A. 295156,40
1508 3-101-352908 Isauce S. A. 996245,15
1508 3-101-357844 Comercial Pilma R S. A. 343000,00
1508 3-101-360646 Pacific Grotto S. A. 918361,85
1508 3-101-382901 Corporación Judimosa CH S. A. 1144093,90
1508 3-101-395095 Lazos Apuy Wong S. A. 1308909,45
1508 3-101-418781 A.G. Evemar S. A. 1740176,00
1508 3-101-421948 Badilla & Vargas de Nicoya FML D S 502588,00
1508 3-102-042571 Propiedades Rolami Ltda. 1423763,50
1508 3-102-052409 Urso de Alajuela Limit 2330962,75
1508 3-102-057101
1508 9047125536 Cordero Izquierdo Rolando 3864411,85
Total líquido 4.887.676.467,67
San José, 6 de noviembre del 2009.—Lic. Luis A. Barahona Cortés, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—O. C. 2009-90162.—C-855460.—(IN2009100855).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
Ante esta Dirección, se ha presentado solicitud de inscripción y habilitación como notaria de Ligia María Vega Hidalgo, carné 17950, cédula: 205450243, expediente Nº 09-002283-0624-NO, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de esta lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación.—San José, veintiséis de octubre del dos mil nueve.—Lic. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, Director.—(IN2009101621). 2 v. 2.
Registro Civil – Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Sandra Carolina Mena, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1186-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cuarenta minutos del dieciséis de julio del dos mil nueve. Ocurso. Expediente Nº 9627-05. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—… Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:.. III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Mariam Danelia Muñoz Mena… en el sentido que el nombre y el apellido de la madre es “Sandra Carolina Mena, no indica segundo apellido”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2009101489).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Adela Trugillo Reyez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1730-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas treinta minutos del veintitrés de octubre del dos mil nueve. Expediente Nº 25740-09. Resultando 1º—…, 2º—…, 3º—… Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Lester Caleb Trujillo Reyes… en el sentido que los apellidos de la madre de persona ahí inscrita son “Trugillo Reyez”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—RP2009141854.—(IN2009101870).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Yolanda María Pino Lopera, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1769-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas y veinte minutos del veintisiete de octubre del dos mil nueve. Ocurso. Expediente Nº 36069-09. Resultando: 1º—…, 2º—… Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Haider Francisco Castillo Porras con Yolanda María Pino, no indica otro apellido… en el sentido que los apellidos de la cónyuge del precitado matrimonio son “Pino Lopera” y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—RP2009141909.—(IN2009101871).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María de los Ángeles Buitrago Mena, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1754-2009.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas del veintiséis de octubre del dos mil nueve. Expediente Nº 21470-2009. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—… Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Joshua Esequiel Escobar Buifrago… en el sentido que el nombre del mismo así como el primer apellido de la madre son “Jeshua Ezequiel” y “Buitrago” respectivamente y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—RP2009141972.—(IN2009101872).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Aviso de solicitud de naturalización
Ching Yu Wang
Ling, mayor, casada, empresaria, china, cédula de residencia 115800018436,
vecina de Alajuela, expediente 2167-2008. Se ha presentado a este Registro a
levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2009LN-000076-17300
Compra de equipo automotor (camiones y
motocicletas)
El interesado tendrá este mismo
comunicado y el cartel a su disposición en el Sistema CompraRed en forma
gratuita, en la dirección de Internet https://www.hacienda.go.cr/comprared o
podrá obtenerlo en el Departamento de Contratación Administrativa de
San José, 18 de noviembre del 2009.—Lic. Blanca Córdoba Berrocal, Proveedora Institucional.—1 vez.—Solicitud Nº 28523.—O. C. Nº 4860.—C-14980.—(IN2009103626).
PATRONATO DE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES
Y ADQUISICIÓN DE BIENES
CONTRATACIÓN DIRECTA 2009CD-000124-99999
Reparación de cable vía para traslado
de racimos de banano CAI Pococí
El interesado tiene el cartel a
disposición en el Sistema Comprared en forma gratuita, en la dirección
www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta publicación, o podrá
obtenerlo en
San José, 23 de noviembre del 2009.—Lic. Manuel Fernández Rodríguez, Proveedor Institucional.—1 vez.—Solicitud Nº 39929.—O. C. Nº 803.—C-14270.—(IN2009103620).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2009LN-000033-01
Compra de servidores tipo blade,
gabinetes y racks para
servicios institucionales sobre Windows, con entregas
por demanda, para un periodo de cuatro años
El cartel puede ser retirado en
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
CONCURSO 2009LA-000110-1142
1.500 unidades de colorante azul de
Trypan de 0,5 ml
Se informa a los
interesados que está disponible el cartel de
Ítem único: 1.500 unidades de colorante azul de Trypan de 0,5 ml
Apertura de
ofertas para el día 11 de diciembre de
San José, 23 de noviembre de 2009.—Subárea de Carteles.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—C-6020.—(IN2009103868).
LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000006-01
Compra de una planta eléctrica para Oficinas
Centrales ICAFÉ
Concurso: 2010LA-000006-01 Fecha de apertura: 08/12/2009. Hora: 11:00 a .m.
Ítem único: Compra de planta eléctrica para Oficinas Centrales de ICAFÉ.
Rigen para éste
concurso: Las especificaciones técnicas y condiciones generales, mismas que se
encuentran disponibles en
Ing. Ronald Peters Seevers, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2009103857).
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA
PROVEEDURÍA MUNICIPAL
COMPRA DIRECTA 348-09
Instalación de piso multideportivo en
poliuretano,
e instalación de malla
El Departamento
de Proveeduría de
La fecha de apertura será tres días después de la publicación a las 10 de la mañana.
Nota: pasar al Departamento de Proveeduría para retirar el pliego de condiciones.
San Pedro de Montes de Oca, 20 de noviembre del
2009.—Lic. Víctor Hugo Portilla Madrigal, MBA. Proveedor Municipal.—1
vez.—(IN2009103876).
COMPRA DIRECTA 2009CD-010345-MMO
Hidrantes
El Departamento
de Proveeduría de
La fecha de apertura será tres días después de la publicación a las 10 de la mañana.
Nota: pasar al Departamento de Proveeduría para retirar el pliego de condiciones.
San Pedro de Montes de Oca, 20 de noviembre del 2009.—Lic. Víctor Hugo Portilla Madrigal, MBA. Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2009103878).
MUNICIPALIDAD DE GRECIA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000003-01
Adquisición de terreno para proyecto
urbanístico de bien social
Grecia, 23 de noviembre del 2009.—Proveeduría Municipal.—Martín Castro Rodríguez.—1 vez.—(IN2009103532).
MUNICIPALIDAD DE ALVARADO
DEPARTAMENTO DE SECRETARÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000002-01
Compra de mezcla asfáltica para
manteamiento de caminos vecinales
De conformidad a
lo dispuesto por el Concejo Municipal de Alvarado en sesión 179 del 16 de
noviembre 2009, en las oficinas de
Las ofertas serán recibidas en la
oficina del Alcalde Municipal encargada del desarrollo del presente proceso de
contratación, en la que se puede solicitar toda la información adicional o
aclaraciones relativas a este proceso. Es requisito indispensable estar
incluido en el Registro de Proveedores para participar en esta licitación.
Dicho cartel está en disposición en
Pacayas, 18 de noviembre del 2009.—Libia Mª Figueroa Fernández, Secretaria.—1 vez.—RP2009142969.—(IN2009103596).
MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUÍ
UNIDAD DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000026-01
Adquisición de sistema de aire
acondicionado
para edificio municipal
Licitación Abreviada 2009LA-000026-01, “Adquisición de sistema de aire acondicionado para edificio municipal”.
Hasta las 10 horas del día 04 de diciembre del 2009.
El pliego de condiciones para esta licitación podrá obtenerse en Plataforma de Servicios ubicada en el edificio municipal, previo pago de ¢3,000.00 (tres mil colones).
Andrés Hernández Arguedas, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2009103544).
SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE
CONSERVACIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000228-00700
(Resolución de adjudicación)
Construcción oficinas, Sede Regional
Golfito
Sistema Nacional de Áreas de
Conservación
Se avisa a todos
aquellos interesados en
Lic. Marietta Tencio Olivas, Proveedora Institucional.—1 vez.—Solicitud Nº 18707.—O. C. Nº 90002.—C-8270.—(IN2009103489).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000168-01100
(Resolución de adjudicación)
Equipo de cómputo
Sistema Nacional de Áreas de
Conservación
Se avisa a todos
aquellos interesados en
Lic. Marietta Tencio Olivas, Proveedora Institucional.—1 vez.—Solicitud Nº 18906.—O. C. Nº 90002.—C-8270.—(IN2009103491).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2009LA-000111-PROV
Contratación de consultoría para mejoras
del Observatorio Judicial
Se comunica a
todos los interesados que el Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión Nº
106-09, celebrada el día 24 de noviembre de 2009, dispuso declarar infructuosa
San José, 24 de noviembre del 2009.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—(IN2009103880).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000011-01 (Readjudicación)
Compra de contadoras de billetes y
monedas, con entrega
por demanda, para un periodo de cuatro (04) años
Se comunica a los interesados de esta Licitación, que el Comité de Licitaciones en el artículo 3 de la sesión ordinaria Nº 974-2009, celebrada el 27 de octubre del 2009, acordó:
Readjudicar
Ítem Nº 1: “Compra de contadoras de billetes, con entrega por demanda, para un periodo de cuatro (4) años”, a la oferta de la empresa Compañía de Máquinas de Costa Rica (CDM), con un costo unitario por equipo de $482,90, i.v.i.
Así mismo no se recomienda adjudicar el mantenimiento post-garantía.
Ítem
Nº 2: “Compra de contadoras de monedas, con entrega por demanda, para un
periodo de cuatro (4) años”, a la oferta de
la empresa S-Suplidora de
Máquinas y Reparaciones, con un costo por equipo de $1.186,50, i.v.i.
Así mismo no se recomienda adjudicar el mantenimiento post-garantía.
1. Entrega del equipo. Para ambos ítemes, la entrega de los equipos deberá realizarse en un plazo no mayor a cuarenta y cinco (45) días hábiles posteriores a la fecha de comunicación por parte del Banco Nacional al adjudicatario para que pase a retirar la orden de compra de la solicitud correspondiente.
Cada entrega de los equipos
debe realizarse en el Almacén de
2. Multas. En caso de no cumplir con el plazo de entrega, el Banco aplicará una multa del 2% del monto total solicitado, por cada día hábil del atraso. Esta multa se tomará hasta lograr un 25% del total solicitado, luego de lo cual se tendrá por incumplido el contrato por parte del adjudicatario, sin responsabilidad para el Banco. Queda entendido que toda suma por concepto de multa será rebajada directamente de las facturas presentadas a cobro.
En caso de no cumplirse con los plazos de reparación de fallas durante el período de garantía técnica, el Banco cobrará una multa del 2% del costo total del equipo en que se presentó la falla por cada hora hábil de atraso, hasta un máximo del 25% del costo total del equipo en que se presentó la falla por cada hora hábil de atraso, luego de lo cual el Banco podrá tener por incumplido el contrato sin responsabilidad de su parte, quedando en el derecho de resarcirse de los daños y perjuicios que tal incumplimiento le cause.
En caso de no cumplirse con los plazos de reparación de fallas durante el período post-garantía técnica, el Banco cobrará una multa del 2% del costo total del equipo en que se presentó la falla por cada hora hábil de atraso, hasta un máximo del 25% del costo total del equipo en que se presentó la falla por cada hora hábil de atraso, luego de lo cual el Banco podrá tener por incumplido el contrato sin responsabilidad de su parte, quedando en el derecho de resarcirse de los daños y perjuicios que tal incumplimiento le cause.
Todo monto por concepto de multas así como por los costos derivados del incumplimiento citado en estos puntos, durante el período de garantía, serán indicados al adjudicatario mediante nota, los mismos deberán ser cancelados en la oficina de Proveeduría en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles posteriores al comunicado por parte del Banco, bajo el entendido que de no cumplirse con tal pago en el plazo establecido, el Banco podrá tener por incumplido el contrato. Lo anterior, sin perjuicio del derecho del Banco de recurrir a los Tribunales para resarcirse de cualquier costo en que pudiera incurrir, así como el pago de daños y perjuicios que le fueren ocasionados en virtud de dicho atraso o falta, e iniciar el debido proceso para sancionar al adjudicatario como proveedor del Banco.
Asimismo, queda facultado el BNCR para proceder a ejecutar la garantía de cumplimiento para resarcirse de los daños y perjuicios que tal incumplimiento le cause, así como resolver el contrato, o bien, considerar si le es oportuno continuar con el mismo, y otorgarle al adjudicatario un plazo de veinticuatro (24) horas para que presente una nueva garantía de cumplimiento por un diez (10) por ciento del total de la oferta adjudicada, bajo pena que de no hacerlo, el BNCR procederá a resolver esta contratación y al cobro de los daños y perjuicios que se hayan ocasionado, y que queda autorizado y el adjudicatario así lo acepta, para deducir la suma correspondiente a la citada multa por los costos derivados de los errores y/u omisiones, de las facturas que se presenten a cobro.
Lo anterior, sin perjuicio del derecho del Banco de recurrir a los tribunales para resarcirse de cualquier costo en que pudiera incurrir, así como el pago de daños y perjuicios que le fueren ocasionados en virtud de dicho atraso o falta, e iniciar el debido proceso para sancionar al adjudicatario como proveedor del Banco.
3. Garantía de cumplimiento. Para cada orden de pedido, el adjudicatario deberá presentar una garantía de cumplimiento vigente por un monto mínimo del diez (10%) por ciento del monto total del respectivo pedido, dentro de los cinco días hábiles posteriores al comunicado que realice “El Banco”, indicando la solicitud de equipos de compra. Dicha garantía deberá tener una vigencia igual a un mes posterior al vencimiento de la garantía técnica de los equipos a los que respalda ésta. Ambas partes aceptan que en caso de no cumplir con la entrega de la caución en el lapso precitado, no se emitirá la orden de compra respectiva y “El Banco” queda facultado para iniciar el proceso de resolución contractual. Si la entrega de los equipos se atrasa por motivos imputables al contratista, la vigencia de la dicha garantía debe ampliarse y el costo de la prórroga correrá por cuenta del adjudicatario.
Dicha garantía debe ser
rendida en la misma moneda en la cual se cotizó, al amparo de lo previsto en el
artículo 42 del Reglamento a
Una vez que inicie la prestación del mantenimiento correctivo post-garantía, el adjudicatario deberá rendir una garantía de cumplimiento equivalente al 10% del monto anual de dicho mantenimiento, la cual deberá mantener vigente hasta como mínimo un mes posterior al finalizar dicho servicio.
Se recuerda a todos los oferentes que en caso de presentar bonos o certificados, éstos se recibirán por su valor de mercado y deberán acompañarse de una estimación efectuada por un operador de alguna de las bolsas de valores legalmente reconocidas. Se exceptúan de la obligación de presentar esta estimación, los certificados de depósito a plazo emitidos por los Bancos estatales, cuyo vencimiento ocurra dentro del mes siguiente a la fecha en que se presenta.
En cumplimiento de
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-005000-01
Adquisición de equipos de filtrado Web
El Banco de Costa
Rica, comunica a los interesados en la contratación en referencia que
Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S., Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 58243.—Solicitud Nº 26291.—C-9020.—(IN2009103869).
HOSPITAL MÉXICO
ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA
DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000026-2104
Por la adquisición de puntas facoeumulsificación,
lápices
bipolares, mangas de irrigación, pieza de mano
Empresa adjudicada: Distribuidora Óptica S. A.
San José, 23 de noviembre del 2009.—Bach. Yeraldie Zúñiga González.—1 vez.—(IN2009103618).
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000007-MUNIPROV
Compra de tubería sanitaria plástica o
polietileno de alta densidad,
flexible de doble pared estructurada
A los interesados en esta licitación se les hace saber que el Concejo Municipal del Cantón Central de Cartago en Acta Nº 272-09, artículo Nº 6 de sesión celebrada el 19 de noviembre del 2009, acordó adjudicar este proceso licitatorio de la siguiente forma:
Oferente: Amanco Tubosistemas de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-338564.
Línea Nº 1: (424)
tubos pvc novafort de
Línea Nº 2: (1.391) tubos pvc
novafort de
Línea Nº 3: (3.643) tubos pvc
novafort de
Línea Nº 4: (212) tubos pvc
novafort de
Línea Nº 5: (212) tubos pvc
novafort de
Monto total adjudicado: ¢106.332.637.00 (ciento seis millones, trescientos treinta y dos mil seiscientos treinta y siete colones exactos).
Plazo de entrega: (1) día hábil siguiente a la entrega de la orden de compra.
Forma de pago: Acepta la indicada en el cartel.
Todo lo demás de acuerdo con los términos del cartel y la oferta.
Guillermo Coronado Vargas, Jefe de Proveeduría.—1 vez.—(IN2009103527).
MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUÍ
LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000024-01
Adquisición de sistema de aire
acondicionado para edificio municipal
En resolución de
las ocho horas del día 20 de noviembre del 2009, el suscrito Andrés Hernández
Arguedas en mi condición de Proveedor Municipal de
Por contrario
imperio, se anula el proceso de Licitación Abreviada 2009LA-000024-01
“Adquisición de sistema de aire acondicionado para edificio municipal”, en
virtud de haberse detectado un vicio insubsanable que acarrea su nulidad por
omitirse la comunicación através del diario oficial
Departamento de Proveeduría.—Andrés Hernández Arguedas, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2009103543).
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
REMATE PÚBLICO Nº 2009RP-000001-MUNIPROV
Remate del local Nº 76 ubicado en el Mercado de Víveres Municipal
El Departamento de Proveeduría hace del conocimiento que el Concejo Municipal del Cantón Central de Cartago en Acta Nº 272-09, artículo Nº 5 de sesión celebrada el 19 de noviembre del 2009, acordó declarar infructuoso el remate aquí indicado.
Guillermo Coronado Vargas, Jefe de Proveeduría.—1 vez.—(IN2009103529).
DIRECCIÓN TÉCNICA DE BIENES Y SERVICIOS
ÁREA PLANIFICACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
1. Comunican que
Código |
Descripción medicamento |
Versión CFT |
1-10-44-4773 |
Vacuna de sarampión y rubéola. Liofilizado para inyección. Frasco ampolla en unidosis o multidosis. Con diluente adjunto en frasco ampolla o ampolla. |
69500 Rige a partir de su publicación. |
1-10-44-4780 |
Vacuna de sarampión, parotiditis y rubéola. Liofilizado para inyección. Frasco ampolla en unidosis o multidosis. Con diluente adjunto en frasco ampolla o ampolla. |
69400 Rige a partir de su publicación. |
Subárea Registro Institucional de Proveedores.—Ing. Marco V. Castro Hernández, Responsable.—Lic. Marlon Barquero Castillo, Jefe.—1 vez.—O. C. 1142.—C-16020.—(IN2009100823).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000017-PROV (Prórroga Nº 3)
Compra de microcomputadoras
El Departamento
de Proveeduría, comunica a todos los potenciales proveedores interesados, que
por haberse presentado modificaciones al pliego de condiciones, la fecha de
vencimiento para el recibo de ofertas, se prorroga para el día 03 de diciembre
del
San José, 24 de noviembre del 2009.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—(IN2009103479).
PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000020-PCAD
(Enmienda 1)
Contratación de empresas que brinden
servicios de fletes
o traslados de bienes (consumo según demanda)
El Proceso de
Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, comunica
a los interesados que el documento que contiene la enmienda 1, de oficio a este
cartel, puede retirarse en nuestras oficinas, ubicadas en el sexto piso de
La fecha de apertura de ofertas
de este concurso se traslada para el 17 de diciembre del
San José, 24 de noviembre del 2009.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1 vez.—(IN2009103641).
DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS
DE SALUD CENTRAL NORTE
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2009LN-000008-2299
(Enmienda)
Artículos y materiales de aseo y
limpieza
Se les informa a todos los interesados, que el
cartel de la licitación antes mencionada ha sido modificado en lo referente a
las especificaciones técnicas, motivo por el cual se les invita a retirar
dichas modificaciones en
23 de noviembre del 2009.—Unidad Regional de Compras.—Lic. Javier Alpízar Guzmán.—1 vez.—(IN20090103492).
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
Nº 2009LN-000027-1142 (Aviso Nº 5)
Pruebas bioquímicas efectivas
automatizadas
Se informa a los
interesados del presente concurso que el mismo se prorroga para el día 11 de
enero del
El resto del cartel permanece invariable.
Ver detalle en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 24 de noviembre del 2009.—Argentina Araya Jara, Jefa Subárea de Carteles.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—C-7520.—(IN2009103867).
COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO
REGLAMENTO DE SESIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO
DEL COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO
CAPÍTULO I
De las sesiones
Artículo 1º—Sesiones ordinarias. El Consejo Directivo celebrará todas las sesiones ordinarias necesarias al mes, en los días y horas que previamente acuerde. Sus miembros devengarán dietas por el máximo mensual de sesiones remunerables dispuesto por ley o reglamento ejecutivo. (alternativo: …Sus miembros asistentes devengarán dietas en la cantidad máxima mensual de sesiones remunerables dispuesta…)
Artículo 2º—Sesiones
extraordinarias. El Consejo celebrará las sesiones extraordinarias que
estime convenientes, en las cuales se conocerá solamente de los asuntos
indicados en la convocatoria, conforme el documento que cite a la misma. Se
deberá convocar a todos sus miembros y al Decano, así como a aquellos
funcionarios cuya presencia fuere necesaria. Esa convocatoria debe señalar
punto por punto los asuntos a tratar. La citación deberá hacerse por lo menos
con veinticuatro horas naturales de anticipación a la hora señalada. Por medio
del encargado que designe
Artículo 3º—Lugar de sesiones.
Las sesiones ordinarias y extraordinarias se celebrarán en el Salón de Sesiones
destinado al efecto, en la sede administrativa de
Artículo 4º—Hora de sesiones. Las sesiones comenzarán a la hora señalada o dentro de los treinta minutos siguientes conforme lo disponga el Presidente del Consejo, no siendo permitido abrirlas después de ese lapso.
Si no hubiere quórum, vencidos esos treinta minutos, se dejará constancia de ello en el Libro de Actas, y se registrarán los nombres de quienes hayan comparecido.
La hora se determinará conforme indique el reloj del salón de sesiones, en el entendido que corresponde a la oficial. De surgir duda sobre la exactitud de ese reloj, se atenderá a la hora oficial que se verifique por los medios que se estimen convenientes. Las reglas anteriores se aplicarán también a todas las cuestiones y casos sobre horas que se susciten o se establezcan en el presente Reglamento.
La duración de las sesiones dependerá de los asuntos o temas que sean tratados, no pudiendo exceder de tres horas, salvo casos especiales en los que el Consejo considere necesaria su ampliación; cuando se acuerde su prórroga, la sesión no podrá extenderse por más de ocho horas diurnas o seis horas nocturnas.
Artículo 5º—Quórum. No podrá celebrarse sesión ni tomarse acuerdo alguno sin el quórum de ley. En tanto el Consejo Directivo esté integrado por siete miembros, el quórum será de cuatro miembros, quienes deben encontrarse presentes ocupando sus lugares respectivos para iniciar las sesiones y para las deliberaciones y votaciones o decisiones, a fin de que unas y otras sean válidas y eficaces.
La falta sobrevenida de quórum interrumpe la sesión. Si se rompiere el quórum, el Presidente instará a los Directivos que se hubieren retirado de sus lugares a que se reincorporen con el propósito de continuar la sesión. Si transcurren quince minutos sin poderse restablecer, se levantará la sesión y a los miembros que se hayan retirado no se les hará efectiva la dieta. Asimismo se procederá conforme se indica en el párrafo final del artículo 6 de este Reglamento, y se consignarán en el acta las razones por las cuales se retiraron de la sesión.
Artículo 6º—Llegadas tardías. Iniciada la sesión el o los Directivos ausentes tendrán un período de gracia de un máximo de treinta minutos contados a partir de la hora de inicio, para que ocupen su lugar e integren el Consejo. La llegada posterior a ese lapso no impedirá el ingreso y la participación, pero acarreará la pérdida de la dieta si no constase una justificación previa por parte del miembro interesado. El Secretario o Secretaria de Actas y Correspondencia del Consejo Directivo llevará un control de asistencia de los Directivos, haciendo constar en el acta de la respectiva sesión la inasistencia o la llegada tardía de alguno de ellos, y en este último caso también la hora efectiva de incorporación a la sesión.
Artículo 7º—Permisos. Ningún miembro del Consejo Directivo podrá retirarse del Salón de Sesiones, una vez iniciada la sesión, sin contar con el permiso del Presidente o del Consejo. El Presidente podrá autorizar permisos mayores de quince minutos pero no superiores a los treinta minutos. Cuando un miembro se retire sin el debido permiso el Secretario o Secretaria de actas así lo anotará, señalando la hora del retiro. Igualmente procederá el Secretario o Secretaria cuando haya transcurrido más tiempo que el concedido. La anotación deberá constar en el acta de la sesión correspondiente, y será justificación suficiente para no autorizar el giro de la dieta respectiva.
Artículo 8º—Sesiones especiales. Para el mayor orden y la mejor resolución de asuntos, el Consejo podrá acordar, o el Presidente disponer, que determinadas sesiones, o partes de ellas, se dediquen solamente a tratar ciertos asuntos, sin perjuicio de las alteraciones del orden del día que se acuerden y de las iniciativas de los miembros del Consejo una vez concluidos aquellos asuntos. Se considerarán sesiones especiales además, aquellas convocadas para la celebración de actos solemnes, incluyendo los actos de graduación.
Artículo 9º—Uso de la palabra. A fin de que todos tengan iguales oportunidades de intervenir, y no siendo permitido el monopolio del uso de la palabra, siquiera por el Presidente, quien tenga derecho a voz por Ley o por el presente Reglamento, o porque el Consejo acuerde oírlo, podrá hablar hasta siete minutos la primera vez, y hasta cuatro minutos la segunda vez para hacer aclaraciones o contestar argumentos, por cada asunto en discusión. Si hubiere parte afectada en un determinado asunto, tendrá igual oportunidad para intervenir en las condiciones dichas, previo acuerdo del Consejo si no tuviere derecho a voz. Para más intervenciones o ampliación de esos términos se requerirá acuerdo del Consejo. Las interrupciones no excederán de un minuto, en caso de admitirse. El uso de la palabra será concedido por el Presidente, quien llevará lista en el orden de su solicitud. Concluidos los términos referidos, el Presidente suspenderá al Directivo, al Decano o al interesado en el uso de la palabra.
Artículo 10.—Dirección de las sesiones. Las sesiones se desarrollarán bajo la dirección del Presidente, quien tendrá las facultades y autoridad necesaria para ordenar los debates, discusiones y votaciones, así como para mantener el orden de las mismas, su desarrollo y correcto funcionamiento. Conforme lo anterior, deberá velar por el cumplimiento del orden del día, llamar la atención o suspender en el uso de la palabra a quien en sus exposiciones o en las discusiones esté fuera de orden, no guarde la debida consideración hacia los demás o se propase o no se comporte correctamente, encauzar las discusiones, dar por agotadas éstas, recibir las votaciones y anunciar sus resultados, y cumplir las disposiciones que le incumben por Ley o por el presente Reglamento.
Es privativo del Presidente abrir, concluir y suspender las sesiones, en este último caso debiendo dejar constancia en el acta de los motivos que justifican la determinación.
Las demás decisiones del Presidente podrán ser apeladas verbalmente por cualquier miembro y en el mismo acto ante el Consejo, quien decidirá.
Artículo 11.—Del vicepresidente y el presidente ad hoc. En caso de faltar el Presidente, sus funciones serán ejercidas por el Vicepresidente en todo aquello que por ley o por este reglamento a aquél corresponda, y en caso de ausencia de ambos esas funciones serán asumidas por el miembro del Consejo presente de mayor edad.
Artículo
12.—Continuidad de las sesiones. Las sesiones se celebrarán de modo
continuo, tratando un asunto después de concluido el anterior, conforme al
orden del día, salvo las alteraciones de éste y lo dispuesto sobre el mismo.
Sólo podrán considerarse dos o más asuntos distintos al mismo tiempo si fueren
conexos o tuvieren estrecha relación entre sí.
Sin embargo, el Presidente podrá suspender el curso de una sesión cuando lo considere conveniente para el mejor desarrollo de la misma, para realizar deliberaciones privadas, labores de comisiones o por cualquier otro motivo que estime de mejor conveniencia, pudiendo disponer uno o más recesos. Cualquier miembro del Consejo podrá asimismo solicitar receso, justificando las razones que lo motiven, correspondiendo al Consejo autorizarlo mediante mayoría simple.
El Presidente también podrá disponer la posposición de asuntos que así lo ameriten por su extensión, naturaleza o complejidad.
Artículo 13.—Del orden del
día. Cada sesión del Consejo Directivo se desarrollará conforme a su propio
orden del día, el cual será preparado por el Presidente, en consulta con el
Decano, y a cuyo efecto impartirá las instrucciones pertinentes a
No podrá celebrarse sesión sin orden del día. Éste deberá estar formulado y distribuido a los miembros del Consejo, al Decano y a los funcionarios que se hubiere acordado citar a sesión, a más tardar dos días hábiles antes de esa sesión.
Corresponde al Presidente vigilar el estricto cumplimiento del orden del día e instar su curso para el avance de la sesión, por lo cual deberá tomar las medidas que estime necesarias para la observancia del mismo orden, incluso la suspensión en el uso de la palabra y la denegación de alteraciones y peticiones cuando notare obstrucción o retraso evidente en la continuación de los asuntos indicados en ese orden.
Una copia del orden del día, así como los documentos probatorios de su entrega con indicación de fecha y hora, deberán adjuntarse al expediente de la sesión respectiva.
Artículo 14.—Lectura de documentos y correspondencia. Toda correspondencia para ser incluida en la agenda del día tendrá que haber sido recibida en los tres días hábiles anteriores a la sesión, debiendo entregarse copia de la misma a cada uno de los miembros del Consejo Directivo, juntamente con la agenda del día y el acta de la sesión anterior. En casos excepcionales por su urgencia o naturaleza, el Presidente resolverá.
No será necesaria la lectura íntegra de correspondencia, documentos, peticiones, gestiones, solicitudes, folletos, libros y documentación en general, referentes a los asuntos indicados en el orden del día o que se presenten a la mesa en el curso de la sesión, sino que bastará un breve y claro resumen de los mismos. Solamente se leerán en su totalidad cuando sea imprescindible por su importancia o para el mejor conocimiento y resolución del asunto, a juicio del Presidente, o cuando lo solicite algún miembro y lo permita el Consejo Directivo por votación de mayoría simple; a instancia de los mismos, en las deliberaciones, se estará a lo dispuesto por el artículo respectivo.
Solamente tratándose de documentos recibidos después de los tres días hábiles referidos en este Reglamento y en consideración a la naturaleza de su contenido, podrán incluirse con carácter de urgencia en la sesión más próxima.
Artículo 15.—Alteraciones del orden del día. En cualquier momento, en el curso de una sesión, podrá modificarse o alterarse el orden del día, previa moción escrita o verbal de un miembro del Consejo y acuerdo firme de éste para conocer antes el asunto o asuntos con lugar inferior en el orden, o aun los no indicados en el mismo, siempre que no se trate de sesión extraordinaria.
Las alteraciones o modificaciones del orden del día solamente pueden someterse a votación durante la lectura del mismo, y serán incluidas antes del punto de correspondencia.
La alteración o modificación del orden sólo rige para la sesión a que éste corresponde, y si no fuere resuelta o definitivamente acordada en la misma no procederá hacerlo en otra sesión, por carecer ya de efecto y hallarse fuera de lugar.
CAPÍTULO II
De los acuerdos
Artículo 16.—Naturaleza y legalidad de los acuerdos. El Consejo Directivo, como órgano cuya actividad está sujeta al Derecho Público, tomará sus decisiones y resoluciones mediante acuerdos, que como actos administrativos destinados a producir efectos jurídicos deben emitirse en sesión formal celebrada de conformidad con la ley y este Reglamento y estar autorizados por la legislación y reglamentación correspondiente.
Carecerán de validez y eficacia las manifestaciones, deliberaciones y disposiciones escritas o verbales de cualquier miembro del Consejo o de todos, realizadas o tomadas fuera de sesión celebrada conforme se dijo, así como los acuerdos no autorizados en esa sesión o no permitidos o prohibidos por el Derecho, y responderán de los mismos y de sus consecuencias quienes hubieren actuado y ordenado ejecutarlos y en su caso quienes recibiendo orden los ejecuten, unos y otros según se dispone en la ley. Igualmente se consideran ilegales los acuerdos sobre disposición de bienes y valores en forma distinta a la prescrita por las leyes, reglamentos y disposiciones superiores, así como aquellos que causen o impliquen pérdida, daño, abuso o empleo o pago ilegal de bienes y valores o de fondos y demás recursos de la institución, y asimismo los acuerdos sobre nombramientos o compromisos económicos sin respaldo presupuestario.
Artículo 17.—Trámite de acuerdos. Los acuerdos resultarán del conocimiento del asunto respectivo, del dictamen de una comisión del Consejo, de la deliberación sobre todo lo anterior y de la votación del asunto en cuestión, en ese mismo orden.
No podrá prescindirse de ninguno de esos trámites, excepto del dictamen de comisión cuando ésta no exista.
Los acuerdos de mero trámite, rutinarios, de menor importancia, para los que no se hubiere nombrado comisión, que no sean deliberativos por su naturaleza o que el Presidente propusiere para darle curso a un asunto y no fueren objetados por ningún miembro del Consejo, requerirán estudio o en todo caso aprobación. Quedan a salvo los requisitos especiales de tramitación ordenados por ley.
Serán nulos los acuerdos que se adopten sin los trámites referidos.
Artículo 18.—Conocimiento de los asuntos. Se tratará de los asuntos uno a uno, conforme se indica en el orden del día y sus alteraciones, presentadas éstas en la respectiva sesión y debidamente aprobadas conforme se dispone en el presente Reglamento.
Solamente un asunto puede encontrarse a la vez en una sesión bajo la consideración del Consejo, sin que puedan tratarse dos o más asuntos distintos al mismo tiempo, con la salvedad que indica este Reglamento.
Todo aquel asunto destinado a obtener un acuerdo o resolución de fondo del Consejo, y que se origine en una iniciativa de sus miembros, requerirá de previo un proyecto o moción escrita y firmada por el o los proponentes.
Todo asunto cuya discusión se origine por causa o con ocasión de algún punto de agenda, pero que no forme parte de la misma, y conlleve obtener una resolución de fondo del Consejo, requerirá la proposición de una moción, la cual podrá ser presentada en forma oral o escrita a discreción del o de los proponentes, cuyos nombres se consignarán en el acta respectiva.
Los demás asuntos, que no fueren del orden del día o no se originen en iniciativa de los miembros del Consejo, requieren moción escrita.
Artículo 19.—Del pase a comisión. Conocido un asunto, y salvo sea de mero trámite o se trate de alguno de los indicados en el último párrafo del artículo anterior, cabrá el nombramiento de una comisión para su estudio y dictamen posterior.
Cuando el asunto, por su naturaleza, contenga partes o aspectos que competan a dos o más comisiones, o por sus derivaciones o consecuencias se encuentre en esa condición, el Presidente dispondrá el pase a las comisiones según estime les corresponda, simultánea o sucesivamente según las condiciones del caso, para que informen de lo que competa a cada una.
Si
se considera que hubo error del Presidente al pasar un asunto a una o más
comisiones, y el mismo mantiene su decisión, podrá apelarse verbalmente ante el
Consejo, quien de revocar lo dispuesto por el Presidente indicará la comisión o
comisiones encargadas de estudiar e informar sobre el asunto.
Artículo 20.—Informes de funcionarios y otros informes. En cualquier momento, después de conocido un asunto, podrá acordarse solicitar informe(s) a funcionarios, al o a los interesados o a oficinas o entidades públicas.
Tales informes serán conocidos por el Consejo o por la comisión o comisiones correspondientes, si es del caso, debiendo necesariamente pronunciarse al respecto.
Artículo 21.—Deliberaciones. Rendidos dictámenes, e informes en su caso, o prescindido de dictamen en un asunto, se procederá a deliberar sobre el mismo. A tal efecto, el presidente indicará el asunto o proyecto que en discusión, o leerá la moción respectiva, previniendo que la deliberación deberá concretarse al tema so pena de declarar fuera de orden a quien se apartare del asunto; todo así conforme se establece en el articulado, salvo tratándose de asuntos o mociones de orden.
Declarado fuera de orden por el Presidente, quien estuviere en uso de la palabra perderá este derecho.
En las deliberaciones cualquier miembro del Consejo podrá hacer consultas, solicitar informes o nueva lectura del proyecto o de documentación, todo ello por medio del Presidente, y ese tiempo no se descontará del correspondiente a quien estuviere en uso de la palabra. Sin embargo, la lectura de documentación extensa, a juicio del Presidente, o la que efectúe cualquier miembro, sólo se permitirá previo acuerdo del Consejo y por el tiempo que éste señale.
Una vez concluida la discusión, el Presidente dará por agotado el debate y procederá a recibir la votación, sin que quepa solicitar ya la palabra.
Artículo 22.—Forma de votación. Las votaciones de los asuntos llegados a ese trámite serán ordinarias, secretas, nominales o aprobatorias.
Corrientemente
se usará la votación ordinaria, conforme a la cual cada miembro expresará de
palabra su voto, el cual debe ser afirmativo o negativo, consignándose en el
acta únicamente el resultado, sin indicar nombres.
La votación será secreta cuando así lo establezca la ley o lo disponga el Consejo, y en todas las elecciones y nombramientos y sus revocaciones de los miembros del Consejo. Se practicará mediante boletas o papeletas sin forma ni marcas que permitan identificar al votante, y que serán destruidas una vez hecho el recuento.
La votación nominal, por la cual se indicará en el acta cómo haya votado cada miembro del Consejo, se hará cuando así lo disponga la ley, lo solicite un miembro o lo acuerde el Consejo, salvo tratándose de elecciones, nombramientos y sus revocatorias.
La votación será aprobatoria en los asuntos de mero trámite y demás que indica el artículo 18, en que no fuere objetada la proposición del Presidente.
Antes de votarse un asunto, si algún miembro lo solicita, deberá leerse la parte resolutiva del proyecto del acuerdo, resolución o moción sobre el que va a recaer la votación.
El Presidente recibirá las votaciones y anunciará el resultado de las mismas, haciendo el recuento de los votos. En las votaciones ordinarias y nominales, los votos se recibirán por orden alfabético de primeros apellidos, salvo el del Presidente, quien votará de último.
Cualquier miembro del Consejo podrá razonar su voto en el momento de la votación.
Si un miembro se negare a votar, el Presidente le solicitará que cumpla con su obligación, y si no lo hiciere se hará constar en el acta respectiva.
Artículo 23.—Mayoría en votaciones. Para tener un acuerdo como definitivamente aprobado en la misma sesión en que se adoptó, así como en los demás casos en que la ley lo disponga, se requerirá una mayoría no menor a los dos tercios de votos de la totalidad de los integrantes del Consejo. Mientras el Consejo esté integrado por siete Directivos, esa mayoría será de cinco votos.
En los demás casos los acuerdos se tomarán por mayoría de la mitad más cualquier fracción de votos de los Directores presentes.
Cada miembro que esté integrando el Consejo en la sesión respectiva tendrá derecho solamente a un voto, que será indivisible.
Sólo se podrá votar personalmente, no procediendo hacerlo por encargo, comisión o mandato de otro.
Si resultare empate en una votación ordinaria o nominal se repetirá acto seguido la votación, y si se produjere nuevo empate el voto del Presidente será decisorio.
Podrán declararse acuerdos como definitivamente aprobados, cuando su votación sea unánime y se acuerde conjuntamente su firmeza.
Artículo 24.—Modificación de mociones. Toda moción puede ser modificada por sus autores, proponentes o interesados, en cualquier momento antes de votarse, o antes del dictamen de comisión.
Artículo 25.—Retiro de mociones. Toda moción o proposición podrá ser retirada por sus autores, proponentes o interesados en cualquier momento antes de votarse, excepto si ya hay dictamen de comisión. De la moción o proposición que se retire en el curso de la misma sesión en que haya sido conocida, no se hará referencia alguna en el acta respectiva, salvo que el Consejo acuerde lo contrario.
Artículo 26.—Mociones improcedentes. El Presidente no dará curso, o declarará fuera de orden, aquellas mociones o proposiciones que por mayoría simple de los miembros del Consejo sean consideradas ilegales, absurdas, dilatorias, frívolas o improcedentes por otro motivo, o que obviamente tiendan a obstruir el curso normal de los asuntos. Igualmente lo serán las mociones escritas sin firma.
Artículo 27.—Ejecución de los acuerdos. Los acuerdos del Consejo se ejecutarán una vez que se encuentren firmes y sean comunicados, para lo cual el Secretario del Consejo Directivo contará con un plazo máximo de ocho días hábiles luego de su aprobación a efecto de hacer la respectiva comunicación.
Los acuerdos serán ejecutados o hechos ejecutar por el Decano, salvo que por la naturaleza especial de los mismos acuerdos o por indicación concreta del Consejo Directivo corresponda ejecutarlos a otro funcionario; pero siempre, aunque no se diga expresamente, el Decano tendrá la superior vigilancia en el cumplimiento de tales acuerdos, pudiendo dictar las disposiciones que estime convenientes para la cabal y correcta ejecución de los mismos.
Ningún Director podrá intervenir personalmente, en forma individual o en grupo, en la ejecución de los acuerdos, ni exigir su cumplimiento, pues las medidas respectivas en caso de demora o incumplimiento corresponde dictarlas al Consejo.
El Decano dispondrá el cumplimiento de los acuerdos siempre que fueren física y legalmente realizables, en el orden que estime el Consejo y de acuerdo con las circunstancias, personal disponible, estado de los fondos y recursos y organización de las dependencias.
Artículo 28.—Revocación de
acuerdos. En cualquier tiempo, el Consejo podrá revocar sus acuerdos
siempre que no se hubieren agotado sus efectos o hubieren sido modificados por
los Tribunales de Justicia,
CAPÍTULO III
De las actas
Artículo 29.—Redacción
de las actas. De cada sesión del Consejo Directivo se levantará, por
Artículo 30.—Grabación de las sesiones. Las sesiones deberán grabarse en su totalidad. Únicamente se suspenderá una grabación en curso, de manera momentánea, cuando algún miembro del Consejo Directivo así lo solicite, indicando las razones del caso.
Artículo 31.—Redacción de los acuerdos. Cada asunto diferente deberá figurar en las actas en un artículo propio, para cada uno, separado y numerado.
Cada artículo llevará un título que indique claramente la materia o asunto a que se refiere. No podrán titularse con nombres de los Directivos o proponentes. Todo acuerdo, salvo los de mero trámite, de ejecución, juramentaciones y similares no deliberativos por su naturaleza, constará de tres partes, a saber: la inicial, consistente en una breve referencia sin detalles del asunto, la deliberación en la forma más resumida posible de los puntos del asunto discutido, y la dispositiva, que es la resolución final. Sin embargo, en caso de nombramientos o elecciones se omitirán las deliberaciones, haciéndose constar únicamente el acuerdo tomado, sin indicación alguna sobre cómo votaron los Directivos, y el número de votos, excepto que no hubiere unanimidad y la ley exija una mayoría que exceda de la absoluta.
En los demás casos de votaciones, ya fueren ordinarias o secretas, se consignará únicamente el número de votos alcanzados para resolver. Solamente en las votaciones nominales se hará constar el modo en que votó cada Directivo, pero también en las ordinarias cuando éste solicite se consigne la manera en que votó.
Artículo 32.—Libro de actas.
Las actas se consignarán, a máquina o a mano, en el Libro de Actas del Consejo Directivo,
debidamente encuadernado y cuyos folios deberán ser numerados y sellados por
En su primera página el libro deberá tener una razón, debidamente firmada por el Presidente, indicando el número de tomo que le corresponde, su destino, cantidad de folios que contiene, su estado y sellos que llevan. Las actas se indicarán en numeración corrida.
En el Libro de Actas no podrán hacerse enmiendas, marginales, entrerrenglones, tachaduras ni borrones, y todo error será corregido por medio de notas al pie del acta respectiva, autorizadas con las firmas que ésta debe llevar, o mediante declaraciones en el acta de la sesión en que aquella se leyere.
De cada acta aprobada y a ser
consignada en el Libro de Actas se obtendrán copias fieles para ser entregadas
al Decano, a cada uno de los miembros del Consejo Directivo y a
Artículo 33.—Expedientes de las actas. De cada acta se formará un expediente con copia de la misma y del orden del día que le corresponde, con los comprobantes de entrega de aquella y de este, con la documentación sobre convocatoria o sesión extraordinaria y de citación a la misma en su caso, y con los documentos relativos a los asuntos tratados en cada sesión a menos que estos deban agregarse a los expedientes de acuerdos, en cuyo caso el expediente del acta contendrá copia de esos documentos o referencias sobre dónde se encuentren. También se agregarán los comprobantes sobre comunicación de acuerdos que no figuren en los expedientes de estos.
Artículo 34.—Lectura, discusión, aprobación y firma de las actas. Las actas de las sesiones deberán leerse en la sesión ordinaria inmediatamente siguiente, salvo que lo impidan circunstancias especiales, en cuyo caso su lectura y aprobación se pospondrá para la sesión ordinaria inmediatamente posterior. Podrá tenerse por leída el acta si las copias fieles de la misma se hubieren repartido a los miembros del Consejo Directivo dos días hábiles antes del día de la sesión respectiva.
Leída o tenida por leída un acta
procederá su discusión, la cual se limitará a poner en claro el resumen de las
deliberaciones o la votación de los acuerdos respectivos, consignándose tales
aclaraciones si fueren aprobadas, no procediendo nuevas manifestaciones ni
deliberaciones sobre el fondo del asunto, las que sólo cabrán con motivo de
revisión de acuerdos. Las observaciones al acta que por la forma tenga cada
Directivo, las hará llegar éste a
Discutida un acta, hecha las aclaraciones del caso y resueltas las revisiones, será aprobada por los miembros del Consejo y firmada por el Presidente, y sus acuerdos tendrán vigencia el día hábil siguiente a la transcripción de la misma.
Las actas serán firmadas también por aquellos miembros que hubieren hecho constar su voto disidente.
Artículo 35.—Aprobación definitiva de acuerdos. Los acuerdos no se tendrán como definitivamente aprobados o firmes, sino una vez aprobada y firmada el acta que los contenga, excepto aquellos aprobados por unanimidad y con declaratoria de firmeza.
Artículo 36.—Comunicación de los acuerdos. Los acuerdos no se comunicarán a los funcionarios, interesados y a quienes afectaren sino una vez que se encuentren firmes. Aquellos que hubieren sido declarados como definitivamente aprobados en la sesión en que se dictaron, serán comunicados por el Secretario del Consejo Directivo el día hábil siguiente al asentamiento del acta correspondiente, como se establece en este Reglamento.
La comunicación de los acuerdos se hará mediante oficio o nota transcribiendo el acuerdo tomado o la parte dispositiva o resolutiva del mismo si fuere muy extenso.
La comunicación se hará
personalmente a los funcionarios y a los interesados, en caso de que los
hubiere, en su lugar de trabajo o en el señalado para ello, mediante entrega de
la nota respectiva en la oficina o domicilio de aquellos o en el lugar indicado
por estos, o a la propia persona. Así mismo se procederá cuando, si fuere el
caso, el interesado no hubiere señalado lugar para notificaciones y fuere
conocido su domicilio, lugar de negocios, actividades o trabajo, o se
apersonare a
Cuando el interesado no haya hecho señalamiento para notificaciones y se ignore su domicilio o lugar de actividades o de trabajo, u ocurriere esto último con el afectado por un acuerdo, la comunicación se hará por medio de publicación en el Diario Oficial.
La notificación se tendrá por hecha desde el día en que se dio por recibida la comunicación respectiva o en que se publicó en el Diario Oficial, según el caso.
Cuando fueren varios los interesados se les comunicará el acuerdo en el lugar que hubieren señalado, y de no haberlo hecho se notificará al primero que aparezca firmando la gestión, entendiéndose que por medio de éste se ha comunicado el acuerdo a todos los firmantes o gestionantes.
De la entrega de comunicaciones o
notificaciones de los acuerdos, así como de sus fechas, se dejará constancia en
el expediente respectivo. A ese efecto,
CAPÍTULO IV
Revisión ordinaria de acuerdos
Artículo 37.—Objeto y condiciones del recurso. El recurso ordinario de revisión tiene como finalidad obtener por única vez la revocación o modificación de un acuerdo que no hubiere sido aprobado definitivamente conforme a la ley y a este Reglamento.
Deberá presentarse una vez leída el acta que contenga el acuerdo que se objeta y antes de ser aprobada esta. Puede presentarse en forma oral o escrita, expresando claramente los motivos y si se solicita revocación o modificación, en su caso presentando el texto propuesto.
No procede revisar por segunda vez un acuerdo ni revisar una revisión. Una vez resuelta una revisión y salvo que se deje en suspenso aquella, el acuerdo objetado queda definitivamente aprobado, en la forma original o con las modificaciones acordadas, si se resolviere mantenerlo.
Artículo 38.—Forma de resolver la revisión. Presentada una revisión y siendo admisible, el Presidente leerá el recurso y se procederá a deliberar sobre la procedencia o improcedencia de la misma. El Consejo Directivo, por mayoría simple de votos, decidirá si acepta o no la revisión.
Admitida la revisión, el Consejo resolverá si revoca, modifica o confirma el acuerdo. También podrá demorar la discusión, la resolución o ambos trámites, para otra sesión, quedando entretanto en suspenso la ejecución del acuerdo recurrido; no así el resto de los acuerdos aprobados en la correspondiente sesión.
Denegada la revisión, se continuará conforme al orden del día y sus alteraciones.
Si se hubieren presentado dos o más recursos de revisión, se conocerán sucesivamente en el orden de su presentación, pero si se refieren a un mismo acuerdo se resolverán al mismo tiempo.
CAPÍTULO V
Comisiones de trabajo
Artículo 39.—Objeto de las comisiones. Para el debido estudio y mejor resolución de los asuntos sometidos a su conocimiento, el Consejo podrá nombrar comisiones de trabajo que deberán laborar estudiando los asuntos que les fueren encomendados y rindiendo los dictámenes respectivos.
Es parte esencial en la función del Directivo o miembro del Consejo desempeñar las labores que le correspondan en las comisiones de trabajo en que sean designados.
El Presidente será el coordinador de todas las comisiones, pudiendo dictar las medidas que estime necesarias a efecto de expeditar sus labores o de que cumplan su cometido.
Artículo 40.—Integración de las comisiones. Toda comisión de trabajo estará integrada por tres miembros, dos de los cuales deberán ser integrantes del Consejo Directivo. El tercer miembro podrá ser otro Directivo, o un funcionario o empleado del Colegio cuyas funciones tengan atingencia con las de la comisión, siempre que las labores de ésta se efectúen en horas hábiles; también podrá ser una persona ajena al Colegio de reconocida trayectoria comunal o pública.
Un mismo Directivo no puede formar parte de tres o más comisiones ni ser Presidente de dos de ellas al mismo tiempo, salvo los casos de sustituciones temporales. Los miembros de las comisiones podrán ser reelectos.
Ningún miembro de las comisiones podrá intervenir en el estudio, deliberación o dictamen sobre un asunto en que tuvieren interés él o sus parientes o respecto al cual hubiere suscrito la moción principal.
El Presidente del Consejo no podrá ser miembro de comisión alguna, sin importar el carácter de la misma.
Artículo 41.—Nombramiento de las comisiones. Las comisiones de cualquier clase que fueren, serán designadas por el Presidente del Consejo Directivo, a quien corresponde también nombrar los sustitutos en caso de impedimentos, excusas, vacantes o por cualquier otro motivo debido al cual no fungiere o no pudiere actuar un miembro. También es potestad del presidente nombrar el coordinador de cada comisión.
Artículo 42.—Actuaciones. Las comisiones actuarán en sesiones presididas por el coordinador y en su falta por el miembro de mayor edad, practicando los estudios y averiguaciones que estimen convenientes, visitando o inspeccionando lugares, solicitando informes o aclaraciones o ayuda de funcionarios en horas hábiles de trabajo, y haciendo toda clase de diligencias para el mejor estudio de los asuntos.
De cada sesión de comisión su Secretario levantará la respectiva acta con indicación de su fecha y hora, asistentes y asuntos tratados que se indicarán por separado cada uno con el acuerdo tomado. Esas actas se asentarán en el Libro de Actas que cada comisión deberá llevar y las cuales deberán firmar su Presidente y el Secretario en funciones cuando se aprobaren, entendido que cada acta debe aprobarse en la sesión siguiente.
Los acuerdos de las comisiones una vez aprobada el acta respectiva, o los que se tuvieren como firmes, serán comunicados por su Secretario al Secretario del Consejo Directivo.
Los acuerdos de las comisiones son dictámenes y como tales harán las consideraciones y recomendaciones que estimen convenientes y oportunas sobre los asuntos conocidos.
Si hubiere disparidad de criterios y recomendaciones, cada miembro puede emitir su dictamen por separado.
Los acuerdos se redactarán lo más brevemente posible, sin detallar las deliberaciones. Podrán emitir las recomendaciones sin perjuicio de que cada miembro adjunte a la copia del acta de la comisión su justificación y de que exponga ésta en la sesión del Consejo en que se conociere el dictamen.
Las comisiones despacharán los asuntos a la mayor brevedad posible, debiendo rendirse el o los dictámenes en el plazo que determine el Consejo Directivo.
Si vencido el plazo correspondiente no hubiere dictamen, el Presidente del Consejo Directivo deberá investigar el estado del informe respectivo, pudiendo él dar una ampliación del plazo para dictaminar. Se entenderá que el dictamen es negativo en caso de que la comisión no de respuesta alguna, una vez concluida la ampliación del plazo; no obstante cualquier miembro de la comisión, que se encuentre en desacuerdo, puede rendir un informe o dictaminen individualmente al Consejo Directivo, con lo cual quedará a salvo de cualquier responsabilidad por dicha comisión.
Artículo 43.—Conocimiento de dictámenes. El Consejo conocerá de los dictámenes rendidos, deliberará sobre los mismos y el asunto sometido a su conocimiento y resolverá éste, sin que sea necesario pronunciarse sobre los dictámenes, sino sobre el fondo del asunto inicial.
Si lo estimare conveniente, el Consejo podrá disponer que la comisión amplíe su dictamen o pasar el asunto a estudio e informe a otra comisión, más nunca a una tercera.
Si hubiere dos o más dictámenes sobre un mismo asunto, se leerán todos y se procederá a deliberar y resolver aquel.
Artículo 44.—Asignación de dietas. Todo miembro del Consejo Directivo tendrá derecho a devengar dietas en la cantidad mensual y por el monto unitario que la ley estipula. Se observará al efecto lo dispuesto en los artículos 1, 5, 6 y 7 y en los siguientes de este Reglamento.
Artículo 45.—Justificación de inasistencia a sesiones. Todo miembro del Consejo Directivo que no asistiere a una sesión, podrá justificar la ausencia a más tardar en la sesión ordinaria inmediata, pero no devengará dieta esa sesión.).
Artículo 46.—Pago de las
dietas. Corresponderá al Departamento de Financiero, conforme los
reglamentos, efectuar el pago de las dietas. Para tal efecto,
CAPÍTULO VI
De la vigencia
Artículo 47.—Vigencia y derogatoria. El presente Reglamento rige a partir de su aprobación por parte del Consejo Directivo y su respectiva publicación.
Se deroga el
Reglamento de Sesiones del Consejo Directivo aprobado en la sesión Nº 2409 del
5 de enero del 2006, publicado en
Todo lo no regulado en este Reglamento se regirá por la respectiva legislación y reglamentación vigente.
Cartago, 13 de noviembre del 2009.—Lic. Ligia Amador Brenes, Proveedora.—1 vez.—RP2009141872.—(IN2009101873).
Un reflejo del espíritu de nuestra cultura y compromiso con el pueblo cartaginés y con nuestra Patria.
Cartago 2009
MENSAJE DEL CONSEJO DIRECTIVO
A LOS COLABORADORES DE
Este manual sirve de guía en cuanto al cumplimiento de principios éticos. Nada sustituye un proceso adecuado de toma redecisiones, pero el documento fomenta una cultura de honradez y ética pública.
El CUC fue creado bajo un sentimiento de solidaridad con la juventud cartaginesa para su formación y capacitación, sin exclusiones, impulsando así una sociedad justa y solidaria, al brindar oportunidades de avance en la nivelación académica.
Son deberes éticos: la lealtad, la eficiencia, la probidad (cumplimiento de su función con honestidad y rectitud), la responsabilidad, la confidencialidad, la imparcialidad, la integridad, y el conocer y aplicar las leyes y los reglamentos. Por otra parte la objetividad, la dignidad y el respeto, la respetabilidad, la armonía laboral, así como la superación, la creatividad, la transparencia y el liderazgo.
De aquí que nuestros servicios para los estudiantes, empresas y colaboradores debe observar calidad, resultados exitosos y promover el liderazgo de los colaboradores dentro de un ambiente creativo que contemple la estimulación de la capacidad, la identificación con la misión y visión, así como la responsabilidad
Luis Gerardo Leiva
Presidente 2009
MENSAJE DE
LOS COLABORADORES DE
El Colegio
Universitario de Cartago, asume el compromiso de llevar a cabo su actividad
sustancial que está debidamente alineado en el artículo 2º de
El nivel de las carreras de
Educación Superior Parauniversitaria es intermedio, entre la educación
diversificada y la educación Superior Universitaria”.
Respetando las normas de ética y considerando los valores institucionales establecidos en el Plan Estratégico 2008-2012.
El presente Manual de Principios
Éticos resume las líneas y pautas generales que deben moldear y regir la
conducta del Colegio Universitario de Cartago y por supuesto de todas y todos
los que formamos parte de
El cumplimiento de este Manual de Principios Éticos, debe ser un motivo de compromiso de cada uno de nosotros que nos ayudará a cumplir los objetivos con mayor eficiencia y dedicación.
El respeto a
Debemos tener presente que la
ética se relaciona o tiene que ver con el fuero personal y moral de la persona,
cuya proyección es a través del comportamiento de nosotros como servidores o
funcionarios públicos que lo proyectamos cuando se actúa con responsabilidad,
respeto, compromiso, honradez y lealtad hacia
Teniendo claro lo anterior, pienso que el comportamiento nuestro, debe estar enmarcado por una sana y clara relación de trabajo en la que el esfuerzo y dedicación sirvan para cumplir con las expectativas de las personas que confían en nosotros para orientarlos y formarlos profesionalmente.
El estudio, aceptación, aprobación, interiorización y puesta en práctica del manual, será un asunto muy propio, por lo cual los y las invito para que forme parte de nuestro accionar como funcionarios del Colegio Universitario de Cartago.
Introducción
Este manual es nuestra guía para cumplir con las normas y principios éticos que el Colegio Universitario de Cartago debe cumplir como institución de educación pública.
Todos los días nos enfrentamos a gran cantidad de situaciones internas y externas fruto de nuestra labor y de nuestra condición de ser humanos, nuestro reto diario es lograr desempeñar nuestras funciones con integridad en un desafió que debemos afrontar y vencer.
AL ENFRENTAR UNA SITUACIÓN DE APREMIO, PREGÚNTESE ¿SI
SU FORMA DE PROCEDER….
….PROTEGERÍA SU BUEN NOMBRE Y EL DE
….LO HARÍA SENTIRSE ORGULLOSO DE USTED MISMO?
SERÍA UN EJEMPLO DIGNO DE SEGUIR POR SUS SERES QUERIDOS
Y/O POR LOS ESTUDIANTES?
Recuerde:
TAN SÓLO
USTED ES RESPONSABLE DE SUS ACTOS, DE MANERA
QUE ASEGÚRESE DE QUE PUEDA
RECONOCER QUE ES UN ACTO
SUYO, Y LO HAGA CON
SATISFACCIÓN
El Manual de Principios Éticos realza lo mejor del espíritu de los colaboradores y colaboradoras del Colegio Universitario de Cartago. Ningún manual puede reemplazar el proceso de toma de decisiones responsables y sensatas de las personas que laboramos en esta Institución.
Sin embargo, este Manual fomenta una conducta de honradez y ética de todas las personas que aquí laboran, de las actividades que se desarrollen dondequiera que se encuentren y cualquiera que sea la labor que desempeñen.
Este manual da una orientación básica para reconocer y manejar cuestiones de ética, y señala recursos a los que podemos recurrir cuando lo necesitemos.
Recordemos
nuestra historia…
En el año
Bajo este sentimiento de
solidaridad en pro del bienestar de la juventud cartaginesa, el 29 de mayo de
1975 se convocó a una asamblea en el salón de sesiones de
Uno de los fines que ADEUCA se planteó fue la creación de un centro universitario en Cartago, para dar cabida a cientos de estudiantes que no encontraban cupo en las universidades, de esta forma la gestación y la creación del Colegio Universitario de Cartago (CUC) se debe principalmente a ADEUCA y a distinguidas personalidades que lucharon por conseguir un ideal. Con la apertura del CUC, se estableció el sistema de enseñanza superior parauniversitraria, el cual tiene como misión, impartir carreras cortas y oportunidades de capacitación.
El Colegio Universitario de
Cartago (CUC) inicia funciones el 8 de noviembre de 1976, como institución de
Educación Superior. Mediante Ley N° 6541 (
El Reglamento mediante el cual se
regula la normativa operativa de
√ “Ofrecer
programas de formación, capacitación o perfeccionamiento a los miembros de la
comunidad.
√ Promover y participar, para bien de la comunidad, en labores de acción social y de investigación de los problemas de ésta.
√ Propiciar el avance del país hacia la construcción de una sociedad cada vez más justa, libre, próspera y democrática.
√ Ofrecer al educando oportunidades de nivelación académica que le permitan cursar carreras de la educación superior parauniversitaria sobre bases más sólidas”.
¿QUIÉNES SON NUESTROS CLIENTES?
Son todas
aquellas personas jurídicas o físicas que soliciten los servicios que
Cliente
corazón
Son los estudiantes que le dan vida al proceso de enseñanza y aprendizaje.
Cliente
externo
Son aquellas personas jurídicas o físicas, organizaciones y empresas de la sociedad.
Cliente
interno
Son los colaboradores docentes, administrativos y administrativos-docentes.
MISIÓN
Satisfacer las necesidades de formación a nivel técnico superior; capacitación o perfeccionamiento que requiere el país para enfrentar los retos del futuro, promoviendo labores de acción social, investigación, desarrollo comunitario y transmitiendo la cultura nacional.
VISIÓN
“Constituirnos en la institución educativa estatal por excelencia en la formación de técnicos superiores y la educación comunitaria, siendo altamente competitivos, para el desarrollo del país, mediante la vinculación con los diversos sectores sociales y productivos”.
VALORES
Calidad:
Buscamos que nuestros servicios cumplan los máximos estándares de calidad, por ello deseamos mejorar continuamente en el cumplimiento que requieren nuestros compañeros, estudiantes y comunidad.
Éxito:
Nos caracterizamos por alcanzar resultados óptimos a nivel personal, profesional y laboral. De esta manera nuestro equipo de trabajo busca hacer las cosas bien desde la primera vez y permanentemente a fin de garantizar el éxito.
Liderazgo:
Propiciamos el ambiente necesario para que los colaboradores trabajen con entusiasmo en la consecución de los objetivos personales e institucionales.
Identidad:
Nos enorgullece trabajar en una institución de calidad y por ello nos identificamos permanentemente con su Misión, su Visión y sus Valores. Somos el CUC.
Creatividad:
Buscamos acciones nuevas y diferentes de hacer nuestro trabajo, resolver problemas y satisfacer a nuestros estudiantes y comunidad en general.
Capacidad:
Somos un equipo de trabajo con aptitudes, talentos y cualidades, para asumir los retos que nos exige nuestro entorno.
Responsabilidad:
Al cumplir con nuestros deberes sentimos gran orgullo y compromiso, sabiendo que respondemos a nuestra misión.
NUESTRAS RESPONSABILIDADES:
Este Manual de Principio éticos aplica a todos los colaboradores y colaboradoras del Colegio Universitario de Cartago sin distingo de la modalidad de contratación, así también para todos aquellos estudiantes que realicen labores de práctica profesional o de cualquier otra índole.
Para efectos de este Manual se entiende como Colaborador, Funcionario, o Trabajador a toda persona física, hombre o mujer, que realice ocasional o permanentemente funciones públicas en el Colegio Universitario de Cartago, independientemente de la modalidad de su nombramiento
Es responsabilidad de todos
nosotros leer, entender, consultar dudas de interpretación y cumplir con lo
dispuesto en el presente Manual. Cuando se observen diferencias entre este
Manual y
DERECHOS DE LOS COLABORADORES DEL C.U.C
Además de los derechos establecidos en las normas jurídicas vigentes aplicables al régimen de empleo público, los colaboradores tendrán los siguientes derechos:
1. Laborar en un clima organizacional que les permita una adecuada manifestación de sus competencias laborales.
2. Participar en la definición de las ideas rectoras institucionales.
3. Disponer de los medios y mecanismos idóneos para proponer proyectos de mejora e innovación institucional.
4. Tener acceso en forma amplia y oportuna a la información
5. Tener representación proporcional y razonable en las comisiones en las que se trate de asuntos que atañen al personal.
6. Disponer, en su medio laboral
de acceso al conocimiento, de manera que con ello puedan mantenerse
actualizados en sus áreas de actividad y obtengan el desarrollo del talento, de
sus aptitudes y competencias, que les permita ser cada día colaboradores más
valiosos para
7. Poseer, dentro de las
posibilidades presupuestarias de
8. Ser escuchado y atendido por las instancias establecidas para resolver situaciones encubiertas o manifiestas de acoso.
9. Tener garantía del debido proceso para ejercer la legítima defensa.
Para ver imagen solo en
LOS BENEFICIOS DE LOS COLABORADORES DEL CUC SON:
1. Reconocimiento de la antigüedad según lo
establecen
2. Reconocimiento de
3. Reconocimiento a la dedicación exclusiva, cuando las circunstancias lo ameriten, y exista el respectivo contenido presupuestario, según lo establecido en los respectivos reglamentos.
4. Pago de salario escolar en la proporción y condiciones que la legislación vigente determine.
5. Reconocimiento de prohibición
según lo establece
DE LOS DEBERES ÉTICOS DEL COLABORADOR DEL CUC
Los colaboradores del CUC están obligados a acatar los deberes que se indican a continuación:
Deber
de lealtad. El colaborador del CUC debe ser leal al Estado y a
Deber de eficiencia. Debe desempeñar las labores propias de su cargo en forma personal, con elevada moral, profesionalismo, vocación, disciplina, diligencia, oportunidad y eficiencia para dignificar la función pública y mejorar la calidad de los servicios
Deber de probidad. Cumplir su función con prudencia, integridad, honestidad, decencia, seriedad, moralidad, ecuanimidad y rectitud. El colaborador del CUC debe actuar con honradez, tanto en el ejercicio de su cargo como en el uso de los recursos institucionales que le son confiados en razón de su función. Debe repudiar, combatir y denunciar toda forma de corrupción.
Deber de responsabilidad. Es responsable de las acciones u omisiones relativas al ejercicio de su función; ha de actuar con un claro concepto del deber para el cumplimiento del fin encomendado en la unidad a la que sirve.
Deber de confidencialidad. El colaborador del CUC está obligado a guardar discreción y reserva sobre los documentos, los hechos y las informaciones orales, escritas o electrónicas a las cuales tenga acceso y conocimiento como consecuencia del ejercicio de sus funciones.
Deber de imparcialidad. Debe actuar con legalidad, justicia e imparcialidad, tanto en sus relaciones laborales como en la prestación de los servicios, sin tratar con privilegio o discriminación en cuanto a las formas y condiciones del servicio, a ninguna persona jurídica o natural, sea cual sea su condición económica, social, ideológica, política, étnica, religiosa, de género o de cualquier otra naturaleza.
Deber de integridad. Debe conducirse, tanto en el desempeño de sus funciones como en su vida privada, con honradez, rectitud, dignidad, decoro y entrega desinteresada de su capacidad, conocimiento y experiencia laboral
Deber
de conocer y aplicar las leyes y los reglamentos: Debe desempeñar sus
funciones con sujeción a
Deber de objetividad. El colaborador del CUC debe emitir juicios veraces y objetivos sobre asuntos inherentes a sus funciones, evitando la influencia de criterios subjetivos o de terceros no autorizados por la autoridad administrativa competente
Deber de dignidad y respeto: Debe ser justo, cuidadoso, respetuoso, amable, culto y considerado en su relación con los usuarios del servicio, sus jefes, sus colaboradores y compañeros
Deber de respetabilidad. El colaborador del CUC tiene derecho a la dignidad, la honra, el buen nombre, la buena reputación y la intimidad personal y familiar, así como el deber de respetar esos derechos en los demás.
Deber de armonía laboral. Debe fomentar un clima de armonía en sus relaciones laborales, proyectar siempre una imagen positiva de los colaboradores de la institución e impulsar el desarrollo de una cultura institucional.
Deber de superación: Debe promover la autoestima, reconociendo su valor como ser humano y funcionario institucional, y procurando la maestría personal y superación profesional con el fin de aumentar sus conocimientos, experiencia y solidez moral.
Deber de creatividad. Ha de desempeñar sus labores a conciencia, en la plena medida de su potencial y su capacidad, reconociendo el encargo determinante que está llamado a cumplir en la edificación de un estado moderno y de una sociedad más justa.
Deber de actuar con transparencia y evitar el conflicto de intereses. El colaborador del CUC debe proceder en todo momento con absoluta transparencia e imparcialidad.
Deber de rendición de cuentas: Deberán rendir cuentas ante los órganos públicos correspondientes, la prensa, las organizaciones de la sociedad civil y la ciudadanía en general por los actos y decisiones realizados en el ejercicio del cargo y someterse a cualquier forma de escrutinio que resulte apropiada par su cargo
Deber de liderazgo. Todo funcionario del CUC deberá promover y apoyar estos deberes con su liderazgo y ejemplo personal.
OBLIGACIONES DE LOS COLABORADORES
CON CARGO DE JEFATURA
Son obligaciones de quienes desempeñen cargos de dirección de área, jefatura, encargado y coordinación, además de las establecidas por la normativa del ordenamiento jurídico en materia de empleo público, el Código de Trabajo, supletoriamente, son obligaciones de los líderes, las siguientes:
1. Cumplir y hacer cumplir
2. Diseñar y establecer, en su área de responsabilidad, las acciones operativas conducentes a la implementación del Modelo Gerencial y participar en la evaluación general de dicho modelo.
3. Dictar las disposiciones internas necesarias para que su equipo de colaboradores cumpla su trabajo en concordancia con las políticas institucionales.
4. Aplicar sistemas, métodos y herramientas, que permitan la creación y el mantenimiento de una cultura institucional de aprendizaje dentro de la capacidad financiera posible.
5. Identificar las competencias de sus colaboradores, así como promover el desarrollo de las mismas y la adquisición de las que no tengan y necesiten para un desempeño exitoso.
6. Implantar programas de rotación de sus colaboradores como un medio para incrementar su experticia y su polifuncionalidad.
7. Mantenerse actualizado sobre los nuevos paradigmas gerenciales y organizacionales e incorporar esos conocimientos al área de trabajo.
8. Aflorar y verificar modelos mentales.
9. Diseñar diferentes estrategias que permitan que sus colaboradores interioricen las ideas rectoras de su dependencia y de la organización.
10. Promover el sentido de colaboración, participación y maestría personal entre sus colaboradores.
11. Suministrar la información que otras dependencias en asuntos propios de su gestión le soliciten para atender procesos o procedimientos de ley, todo dentro de los plazos que al efecto se señalen.
12. Velar porque las relaciones interpersonales sean cordiales y se desarrollen dentro de los cánones del respeto mutuo.
13. Actuar con base en el principio de equidad de género, promoviendo y creando condiciones justas y equitativas para mujeres y hombres.
14. Tomar las medidas necesarias para que los colaboradores ejecuten sus funciones en forma eficiente y adecuada, con autodirección y autocontrol.
15. Crear y mantener una cultura de calidad, orientada a estimular en sus colaboradores el trabajo en equipo, por procesos, productos, creatividad, anticipación a los cambios, acorde con los valores institucionales.
16. Velar porque sus colaboradores disfruten de sus vacaciones de modo tal que no se produzcan acumulaciones indebidas de éstas.
17. Evaluar a sus colaboradores en forma objetiva por medio de los formularios diseñados al efecto por el Departamento de Gestión del Potencial Humano (DGPH) y de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Orden y Servicio.
18. Atender en forma oportuna y diligente las observaciones, iniciativas, sugerencias e inquietudes que le sean formuladas por sus colaboradores y por los clientes a quienes sirven.
19. Vigilar por el adecuado y fiel cumplimiento de las normas establecidas para el correcto uso y custodia del equipo, materiales y mobiliario asignado bajo su responsabilidad.
20. Informar a su superior inmediato de la marcha de su Dependencia, cuando este lo solicite o cuando ocurra un hecho extraordinario que requiera la pronta atención del mismo.
21. Velar por el fiel cumplimiento del régimen disciplinario establecido en los Reglamento institucionales.
22. Elaborar los informes requeridos por la normativa de Control Interno y cualesquiera otras normativas.
23. En caso de que un colaborador bajo su responsabilidad incurriere en alguna falta, deberá enviar al Departamento de Gestión del Potencial Humano (DGPH) el informe correspondiente, en el término de dos días hábiles a partir de la fecha en que tuvo conocimiento de la falta, para las acciones respectivas.
EL COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO SE CREO COMO
INSTITUCIÓN
DE EDUCACIÓN SUPERIOR PARAUNIVERSITARIA EN EL PAÍS,
GRACIAS
A
HOY DEPENDE DE NOSOTROS SEGUIR SIENDO
EDUCACIÓN
SUPERIOR PARAUNIVERSITARIA GRACIAS A
PROFESIONALES
QUE SE FORMA EN NUESTRAS AULAS.
TENEMOS QUE EFECTUAR NUESTRA LABOR CON TODA ÉTICA Y LEGALIDAD
PARA
LOGRAR NUESTRAS METAS Y
SU
CONFIANZA EN NOSOTROS.
Cartago, 13 de noviembre del 2009.—Lic. Ligia Amador Brenes, Proveedora.—Lorena Valerín Barboza, Comisión Rescate de Valores.—1 vez.—RP2009141873.—(IN2009101874).
considerando
que:
a. En los oficios GG-04-387-2009 y GG-04-440-2009 del 22 de setiembre y 14 de octubre de 2009, respectivamente, el Gerente General de Correos de Costa Rica S. A., solicitó la autorización del Banco Central de Costa Rica para la contratación de una línea de crédito por un monto de ¢400,0 millones y un crédito directo de ¢500,0 millones, ambos con el Banco de Costa Rica.
b. En el documento DM-676-09 del 18 de setiembre del 2009, el Ministerio de Planificación y Política Económica resolvió emitir dictamen de no objeción para que Correos de Costa Rica S. A., contrate una línea de crédito de ¢400,0 millones con el Banco de Costa Rica, para atender el déficit financiero de la empresa para el año 2009. Posteriormente, mediante DM-733-09 del 9 de octubre de 2009, ese Ministerio procedió a emitir el dictamen de inicio de negociaciones a Correos de Costa Rica S. A., para contratar un crédito de ¢500 millones con el Banco de Costa Rica, para hacer frente a las obligaciones de pago contraídas con la empresa contratada para finalizar la construcción del edificio de la sucursal de San Pedro de Montes de Oca.
c. Con
información disponible al 30 de setiembre del 2009, el Banco de Costa Rica
puede conceder las operaciones de financiamiento solicitadas por la empresa
Correos de Costa Rica S. A., sin exceder el límite establecido en el inciso 5)
del artículo 61 de
d. Esta operación
crediticia no generaría presiones sobre el financiamiento del Sistema Bancario
Nacional al sector público ni llevarían a desvíos con respecto a lo contemplado
en
e. Según lo establecido por este Directorio en los artículos 8 y 11 de las actas de las sesiones 5179-2003 y 5201-2004, celebradas el 10 de diciembre del 2003 y el 9 de junio del 2004, respectivamente, las instituciones públicas están en la obligación de solicitar formalmente, en la primera quincena de noviembre de cada año, la autorización del Banco Central de Costa Rica para contratar líneas de crédito para capital de trabajo y refinanciamiento de cartas de crédito, así como para hacer uso de garantías de cumplimiento y avales durante el ejercicio anual siguiente. En el caso de las líneas de crédito se estableció que el saldo de las mismas al cierre del año deberá ser igual al saldo adeudado a inicios de ese año.
f. En el caso de
la línea de crédito, Correos de Costa Rica S. A., no cumplió con el
procedimiento establecido por el Directorio, en el sentido de presentar con
suficiente antelación la solicitud del criterio correspondiente y de esta forma
permitir que el Banco Central pudiera incluir esos flujos de financiamiento en
g. El flujo de
caja proyectado por Correos de Costa Rica S. A., para el 2010 supone un
superávit de ¢436,0 millones, el cual podría ser insuficiente para atender el
pago de la línea de crédito (¢400,0 millones) y la amortización anual del
crédito directo (¢36,0 millones) si se llegaran a presentar niveles de
dispuso
en firme:
1. Rendir dictamen positivo para que Correos de Costa Rica S. A., contrate un crédito directo por ¢500 millones con el Banco de Costa Rica, para finalizar la construcción del edificio de Correos de Costa Rica S. A., en San Pedro de Montes de Oca.
2. Rendir dictamen negativo para que Correos de Costa Rica S. A., contrate una línea de crédito por ¢400,0 millones con el Banco de Costa Rica.
Lic. Arnoldo Salas Dobles, Secretario General a. í.—1 vez.—O. C. 10754.—C-31520.—(IN2009100845).
considerando
que:
a.
b. COOPESPARTA R.L., solicitó en el oficio GCE 070-2009 del 14 de agosto del 2009, la autorización del Banco Central de Costa Rica para contratar un crédito por ¢300.000.000,00 con Oikocredit, Ecumenical Development Cooperative Society U.A.
c. Los
resultados del análisis financiero realizado por
d. La utilización de los recursos del crédito en estudio no tendrá presiones en la evolución de los agregados monetarios y crediticios toda vez que, según las estimaciones contempladas en la segunda revisión del Programa Macroeconómico 2009-10, existe margen en la disponibilidad de fondos para el sector privado, previstos para los meses restantes del 2009.
e. Según COOPESPARTA R.L., los recursos derivados de esta operación serán destinados al otorgamiento de créditos para micro empresas y vivienda, por lo que la mayor proporción del gasto de tales fondos estaría concentrada en la adquisición de bienes y servicios de origen interno. Por tanto, se infiere que el crédito en estudio no tendrá presiones en la cuenta corriente de la balanza de pagos ni el nivel de las reservas monetarias internacionales.
dispuso:
emitir la autorización del Banco Central de Costa Rica para que COOPESPARTA R.L., contrate un crédito por ¢300.000.000,00 con Oikocredit, Ecumenical Development Cooperative Society U.A.
Lic. Jorge Monge Bonilla, Secretario General.—1 vez.—O. C. 10754.—C-18020.—(IN2009100846).
considerando
que:
1.
2. El proyecto de ley en estudio no contiene disposiciones que afecten los objetivos prioritarios asignados al Banco Central de Costa Rica en su Ley Orgánica, de mantener la estabilidad interna y externa de la moneda nacional y asegurar su conversión a otras monedas.
3. No obstante, se estima que esta iniciativa genera distorsiones en el sistema financiero y en la economía en general, por cuanto:
i. La redacción del artículo 20 propuesta no es clara, su interpretación puede tener repercusiones directas sobre la eficiencia del sistema financiero o bien sobre las finanzas públicas, por cuanto:
· Si la interpretación es que los bancos comerciales deben girar directamente a Proseguro un monto equivalente al 5% del impuesto sobre la renta, ello implica un aumento en la tasa impositiva aplicable a dichos entes. Esta situación genera distorsiones en el proceso de formación de precios y va en detrimento de la eficiencia del sistema financiero costarricense. Precisamente el promover un sistema de intermediación financiera estable, eficiente y competitivo es uno de los objetivos subsidiarios asignados al Banco Central de Costa Rica en el artículo 2º de su Ley Orgánica.
· Si la interpretación es que sin variar la tasa del impuesto sobre la renta aplicada a la banca comercial, un 5% de los fondos generados por este concepto se traslada directamente a Proseguro, la medida introduce una nueva partida específica y tiene implicaciones directas y negativas sobre la administración de recursos financieros del Gobierno; ello acentúa la necesidad del Gobierno de acudir al mercado financiero y puede traducirse en presiones alcistas sobre las tasas de interés.
ii. El proyecto de ley
contempla como fuente de financiamiento adicional la aplicación de un impuesto
de 0,02% a las transacciones financieras privadas hacia el exterior. Ello
introduce un costo no asociado con la calidad del servicio y va en detrimento
de los esfuerzos realizados por el Banco Central para mejorar la eficiencia del
sistema de pagos. Precisamente el “promover la eficiencia del sistema de
pagos internos y externos y mantener su normal funcionamiento” es uno de
los objetivos subsidiarios asignados a
iii. Otra de las fuentes de financiamiento es un impuesto (de 0,02%) sobre las exportaciones de bienes y servicios mayores de US$10.000. Se considera que ello afecta negativamente el grado de competencia de las industrias exportadoras y constituyen un retroceso en el proceso de apertura comercial y de mayor inserción de Costa Rica en los mercados internacionales.
iv. La ausencia de una administración eficiente de los recursos de Proseguro así como de buenas prácticas por parte del grupo de productores asegurados podría incentivar el riesgo moral, es decir, incrementar la posibilidad de que, con el fin de obtener beneficios particulares, alguna de las partes (asegurados o aseguradores) pueda aislar los costos de sus acciones y modificar su comportamiento con respecto al que habría tenido si hubiese estado expuesto a los costos de la alteración de su conducta.
v. El esquema propuesto para el seguro de precios apunta hacia un esquema de precios mínimos de sustentación, experiencia que fue negativa en el pasado y cuyas repercusiones aún están presentes en las pérdidas cuasifiscales del Banco Central y, por ende, en las causas estructurales de la inflación costarricense.
dispuso:
Hacer del
conocimiento de
Lic. Jorge Monge Bonilla, Secretario General.—1 vez.—O. C. 10754.—C-39020.—(IN2009100847).
VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ORI-3883-2009.—Alejandra
Vargas Quesada, R-243-2009, costarricense, cédula Nº 1-1024-
ORI-3901-2009.—Víctor
Iván Vargas Blanco, R-241-2009, costarricense, cédula Nº 2-0483-
ORI-3853-2009.—Ulate
Rodríguez Esteban, R-228-2009, costarricense, cédula de identidad Nº 1-1027-
ORI-3879-2009.—Spendlingwimm
Spendlingwimm Jiri, R-239-2009, costarricense, cédula Nº 8-0087-
ORI-3914-2009.—Paul
Stephan Reisdorph, R-245-2009, estadounidense, pasaporte Nº
ORI-3858-2009.—Quirós
Alfaro Alfredo, R-229-2009, costarricense, cédula de identidad Nº 1-1000-
ORI-3973-2009.—Porta
López Acevedo Jaime, R-249-2009, español, cédula de residente permanente Nº
ORI-3891-2009.—Porras
Ramírez Fabiola, R-238-2009, costarricense, cédula Nº 1-1161-
ORI-3920-2009.—María
José Pérez de Selva, R-240-2009, nicaragüense, residente permanente Nº
ORI-3915-2009.—Pazos Laura Mariela, R-247-2009, argentina, pasaporte Nº 24206691N, ha solicitado reconocimiento del diploma de Odontóloga, Universidad Nacional del Nordeste, Argentina. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los 15 días del mes de octubre del 2009.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. 118483.—Solicitud Nº 26444.—C-18020.—(IN2009100714).
ORI-3960-2009.—Pastor
Solórzano Tahnya Johanna Berenice, R-248-2009, salvadoreña, pasaporte Nº
C0219956, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciatura en Ciencias
Jurídicas, Universidad de El Salvador, El Salvador. Cualquier persona
interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá
hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de
los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria “Rodrigo Facio”, a los 19 días del mes de octubre del
2009.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. 118483.—Solicitud Nº
26444.—C-18020.—(IN2009100739).
ORI-3873-2009.—Henriques
Mercante Pereira Simone, R-232-2009, brasileña, residente permanente Nº
ORI-3896-2009.—García
Roa Ramiro José, R-234-2009, nicaragüense, pasaporte Nº C1232950, ha solicitado
reconocimiento del diploma de Cirujano Dentista, Universidad Nacional Autónoma
de Nicaragua, Nicaragua. Cualquier persona interesada en aportar datos de la
vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser
presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los 13
días del mes de octubre del 2009.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C.
118483.—Solicitud Nº 26444.—C-18020.—(IN2009100746).
ORI-3895-2009.—Guillén
Bastidas Dellys Esperanza, R-236-2009, venezolana, pasaporte Nº C
ORI-3867-2009.—Jhon
Fernando Fonseca Ordóñez, R-230-2009, costarricense, cédula de identidad Nº
1-1001-
ORI-3910-2009.—Sebastián
Fait Acosta, R-244-2009, costarricense, cédula Nº 1-1179-
ORI-3897-2009.—Coronado
Murakami Claudia Inés, R-235-2009, peruana, pasaporte Nº
ORI-3869-2009.—Calvo
Brenes Paula Georgina, R-231-2009, costarricense, cédula de identidad Nº
1-0954-
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
A Daisy Durán Esquivel y Miguel Faerron Vargas, se les comunica la resolución de este despacho de las 09:00 horas del 6 de noviembre del 2009, por medio de la cual se ordenó cuido provisional administrativo de: Esteicy Jazmín y Estefanía Faerron Durán, con Gloriana Faerron Durán, como medida de protección, seguridad y estabilidad. Esta medida tiene una vigencia de seis meses, período durante el cual se deberá brindar seguimiento a la familia. Una vez firme la presente resolución, la cuidadora deberá iniciar el proceso judicial respectivo. Recurso: apelación. Plazo: dos días hábiles siguientes a la tercera publicación. Ante este Órgano Director, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras dentro del perímetro administrativo de este despacho y de alzada, en San José. Expediente Nº 244-00158-09.—Oficina Local de San Ramón, 6 de noviembre del 2009.—Lic. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. 31042.—Solicitud Nº 26870.—C-8180.—(IN2009100721).
A Luis Alberto García Soto, se les comunica la resolución de este despacho de las 10:00 horas del 6 de noviembre del 2009, por medio de la cual se ordenó medida de abrigo temporal en el Hogar Cristiano de Puntarenas, para Yousi Yarina García Sánchez, como medida de protección, seguridad y estabilidad, por espacio de seis meses, debiendo valorar posibles recursos familiares o comunales y brindando seguimiento a la situación familiar. Recurso: apelación. Plazo: dos días hábiles siguientes al de la tercera publicación. Ante este Órgano Director, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras dentro del perímetro administrativo de este despacho y de alzada, en San José. Expediente Nº 244-00156-09.—Oficina Local de San Ramón, 6 de noviembre del 2009.—Lic. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. 31042.—Solicitud Nº 26870.—C-6650.—(IN2009100722).
A Darío
José Espinoza Cajina y César Augusto Ruiz Triguero, se les comunica la resolución
del Patronato Nacional de
A
Brenestts Leonardo Gutiérrez, se le comunica la resolución de este despacho de
las 15:00 horas del veintisiete de octubre del dos mil nueve, por medio de la
cual se dictó medida de protección de orientación, apoyo y seguimiento temporal
a la familia, en beneficio de los niños Brenestts Leandro Gutiérrez Gutiérrez,
Jatxiry Pamela Gutiérrez Pérez, Brandon Gutiérrez Pérez y Yeimy Fargas
Gutiérrez, hasta por cinco meses. Recursos: contra la presente resolución
procede el recurso de apelación, el cual deberá interponerse ante este Órgano
Director en el transcurso de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a
partir de la tercera publicación de este edicto, quien lo elevará para que sea
resuelto por
A Santos Ezequiel Fargas Miranda, se le comunica
la resolución de este despacho de las 15:00 horas del veintisiete de octubre
del dos mil nueve, por medio de la cual se dictó medida de protección de
orientación, apoyo y seguimiento temporal a la familia, en beneficio de los
niños Brenestts Leandro Gutiérrez Gutiérrez, Jatxiry Pamela Gutiérrez Pérez,
Brandon Gutiérrez Pérez y Yeimy Fargas Gutiérrez, hasta por cinco meses.
Recursos: contra la presente resolución procede el recurso de apelación, el
cual deberá interponerse ante este Órgano Director en el transcurso de las
cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la tercera publicación de
este edicto, quien lo elevará para que sea resuelto por
CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA
Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la propuesta planteada por el señor Anselmo Rodríguez Sánchez, para ajustar las tarifas de la ruta 543 descrita como Nicoya-Jicaral-Playa Naranjo y viceversa, tramitadas en el expediente Nº ET-165-2009, y que se detallan de la siguiente manera:
DESCRIPCIÓN RUTA 543: NICOYA-JICARAL-PLAYA NARANJO |
Tarifas (en colones) |
Incremento Regular |
||||
Vigentes |
Propuestas |
|||||
Regular |
Adulto Mayor |
Regular |
Adulto Mayor |
Absoluto (¢) |
Porcentual |
|
Nicoya-Playa Naranjo |
940 |
705 |
1315 |
985 |
375 |
39,89% |
Nicoya-Lepanto |
870 |
655 |
1220 |
915 |
350 |
40,23% |
Nicoya-Jicaral |
755 |
565 |
1055 |
790 |
300 |
39,74% |
Nicoya-Porosal |
640 |
480 |
895 |
670 |
255 |
39,84% |
Nicoya-Pilas de Canjel |
530 |
400 |
770 |
580 |
240 |
45,28% |
Nicoya-Pavones |
465 |
235 |
770 |
385 |
305 |
65,59% |
Nicoya-Puerto Thiel |
460 |
230 |
770 |
385 |
310 |
67,39% |
Nicoya-San Pablo |
385 |
195 |
770 |
385 |
385 |
100,00% |
Nicoya-Nandayure |
- |
- |
770 |
385 |
- |
- |
Nicoya-Santa Rita |
- |
- |
710 |
355 |
- |
- |
Nicoya-Coyapa |
385 |
0 |
425 |
0 |
40 |
10,39% |
Nicoya-Vigia |
385 |
0 |
425 |
0 |
40 |
10,39% |
Nicoya-Pueblo Viejo |
385 |
0 |
425 |
0 |
40 |
10,39% |
El 3 de
diciembre del
Se hace saber a los interesados
que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en
Todo aquel que tenga interés
legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia, por escrito o en forma
oral, el día de la audiencia, momento en el cual deberá presentar cédula de
identidad o documento de identificación aceptado en el país, y consignar el
lugar exacto o el número de fax, para efectos de notificación por parte de
En el caso de las personas jurídicas la oposición o coadyuvancia deberá ser interpuesta por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.
Las oposiciones o coadyuvancias
también se pueden presentar hasta el día de
Para información adicional, comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono: 2220-0102 o al correo electrónico: consejero@aresep.go.cr.
Dirección General de Participación del Usuario.—Laura Suárez Zamora.—1 vez.—O. C. 4596.—Solicitud Nº 3704.—C-70520.—(IN2009102957).
CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA
Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la propuesta planteada por la empresa Transportes Unidos Alajuela Grecia y Naranjo S.R.L., para aumentar las tarifas de 201, 201 BS, 230, 236, 283 y 1237, tramitada en el expediente Nº ET-173-2009, y que se detallan de la siguiente manera:
DESCRIPCIÓN RUTA: |
Tarifas (en colones) |
Incremento Regular |
||||
Vigentes |
Propuestas |
|||||
Regular |
Adulto Mayor |
Regular |
Adulto Mayor |
Absoluto (¢) |
Porcentual |
|
Ruta 201: San José-Grecia |
770 |
385 |
1065 |
535 |
295 |
38.31% |
Ruta 201 BS: San José-Grecia (Busetas) |
770 |
385 |
1065 |
535 |
295 |
38.31% |
Ruta 230: Alajuela-Grecia-Naranjo |
|
|
|
|
|
|
Alajuela-Naranjo |
655 |
330 |
910 |
455 |
255 |
38.93% |
Alajuela-Sarchí Norte y Sur |
605 |
305 |
840 |
420 |
235 |
38.84% |
Alajuela-Grecia |
500 |
0 |
695 |
0 |
195 |
39.00% |
Alajuela-Tacares |
345 |
0 |
480 |
0 |
135 |
39.13% |
Alajuela-Carrillos de Poás |
265 |
0 |
365 |
0 |
100 |
37.74% |
Alajuela-Cacao |
245 |
0 |
340 |
0 |
95 |
38.78% |
Tacares-Grecia |
230 |
0 |
320 |
0 |
90 |
39.13% |
Grecia-Sarchí |
230 |
0 |
320 |
0 |
90 |
39.13% |
Sarchí Norte-Sarchí Sur |
200 |
0 |
275 |
0 |
75 |
37.50% |
Naranjo-Grecia |
370 |
0 |
515 |
0 |
145 |
39.19% |
Naranjo-Sarchí |
230 |
0 |
320 |
0 |
90 |
39.13% |
Naranjo-Dulce Nombre |
200 |
0 |
275 |
0 |
75 |
37.50% |
Tarifa Minima |
200 |
0 |
275 |
0 |
75 |
37.50% |
Ruta 236: Alajuela-La Argentina de Grecia |
|
|
|
|
|
|
Alajuela-La Argentina |
390 |
0 |
540 |
0 |
150 |
38.46% |
Alajuela-La Cataluña |
345 |
0 |
480 |
0 |
135 |
39.13% |
Alajuela-Tacares |
345 |
0 |
480 |
0 |
135 |
39.13% |
Alajuela-Carrillos de Poás |
265 |
0 |
365 |
0 |
100 |
37.74% |
Alajuela-El Cacao |
245 |
0 |
340 |
0 |
95 |
38.78% |
Rincón de Salas-La Argentina |
210 |
0 |
290 |
0 |
80 |
38.10% |
Ruta 283: San José-Grecia-Sarchí de Valverde Vega |
|
|
|
|
|
|
San José-Sarchí de Valverde Vega |
795 |
0 |
1100 |
0 |
305 |
38.36% |
San José-Grecia |
770 |
0 |
1065 |
535 |
295 |
38.31% |
Ruta 1237: Alajuela-Carrillos de Poás |
|
|
|
|
|
|
Alajuela-Carrillos de Poás |
220 |
0 |
305 |
0 |
85 |
38.64% |
Alajuela- Entrada al Cacao |
220 |
0 |
305 |
0 |
85 |
38.64% |
Alajuela-Bº San José |
220 |
0 |
305 |
0 |
85 |
38.64% |
Extensión Alajuela-Calle Flores-Los Chorros |
220 |
0 |
305 |
0 |
85 |
38.64% |
■ A las dieciocho
horas (06:00 p. m.), en
■ A las diecisiete horas (05:00 p. m.), en el Gimnasio de Carrillos de Poás, ubicado al costado este de la plaza de deportes de Carrillos de Poás, Alajuela.
Se hace saber a
los interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en
Todo aquel que tenga interés
legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia, por escrito o en forma
oral, el día de la audiencia, momento en el cual deberá presentar cédula de
identidad o documento de identificación aceptado en el país, y consignar el
lugar exacto o el número de fax, para efectos de notificación por parte de
En el caso de las personas jurídicas la oposición o coadyuvancia deberá ser interpuesta por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.
Las oposiciones o coadyuvancias
también se pueden presentar hasta el día de
Para información adicional, comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono: 2220-0102 o al correo electrónico: consejero@aresep.go.cr.
Dirección General de Participación del Usuario.—Laura Suárez Zamora.—1 vez.—O. C. 4595.—Solicitud Nº 3703.—C-100000.—(IN2009102958).
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
EDICTOS
San José, 16 de noviembre del 2009.—George Miley Rojas, Presidente.—1 vez.—(IN2009102968).
San José, 17 de noviembre del 2009.—George Miley Rojas, Presidente.—1 vez.—(IN2009103030).
EDICTO Nº 22-09
Para los fines
consiguientes el Departamento de Patentes de
San Pedro de Montes de Oca, 16 de noviembre del 2009.—Ana Lutgarda Obando.—Bach. Johnny Walsh A., Departamento de Patentes.—1 vez.—RP2009141790.—(IN2009101875).
Para los fines
consiguientes se hace saber que la señora Rangild Roy Elizondo, mayor, casada,
empresaria, vecina de Curridabat, Lomas de Ayarco, cédula
Edgar Mora Altamirano, Alcalde Municipal.—Arturo Montoya Barquero, Encargado de Patentes.—1 vez.—RP2009141955.—(IN2009101876).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA
Asamblea general ordinaria 11 de
diciembre del 2009
De conformidad con los artículos 18 y 20 de
ORDEN DEL DÍA
I. Recuento del quórum y apertura de la asamblea.
II. Entonación del Himno Nacional y del Himno del Colegio
III. Aprobación del Orden del Día.
IV. Elección de vicepresidente, secretario, tesorero y
vocal
II de
V. Cierre de recepción de votos 18:30 horas.
VI. Escrutinio.
VII. Declaración de elección a cargo del presidente del Colegio.
VIII. Clausura de la asamblea.
Se les recuerda que para participar en las asambleas es requisito obligatorio estar al día en el pago de las cuotas ordinarias y extraordinarias al 30 de noviembre del 2009.
San José, 19 de noviembre del 2009.—MBA Gustavo Fallas Jiménez, Director Ejecutivo.—(IN2009102895).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
MADERAS IMPORTADAS MAIMSA SOCIEDAD ANÓNIMA
Maderas
Importadas Maimsa Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-504722;
solicita ante
TRANSPORTES CHAZUCO SOCIEDAD ANÓNIMA
Transportes
Chazuco Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno-cero veinte mil
setecientos setenta y nueve-dieciocho, solicita ante
INVERSIONES LUMAJO DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones
Lumajo de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica numero
tres-ciento uno-doscientos dos mil trescientos, solicita ante
ASESORÍA BRAVASTU SOCIEDAD ANÓNIMA
Asesoría Bravastu
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica numero tres-ciento uno-doscientos
cuarenta mil ochocientos treinta y cuatro, solicita ante
BADILLA Y ORTEGA & ASOCIADOS S. A.
Badilla y Ortega
& Asociados S. A., cédula jurídica 3-101-173735 solicita a
MARITMA HERMANAS CALDERÓN S. A.
Maritma Hermanas
Calderón S. A., cédula de persona jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta y
tres mil seiscientos cuarenta, solicita ante
UNIVERSIDAD LIBRE DE COSTA RICA
Ante el Departamento de Registro de
DESARROLLO INTEGRADO HAWSB SOCIEDAD ANÓNIMA
Desarrollo
Integrado Hawsb Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-313052, solicita ante
PICCKLE DEL NORTE S. A.
Picckle del Norte
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-
DESARROLLO E INVERSIONES PRODUCTIVAS DIP S. A.
Desarrollo e
Inversiones Productivas DIP Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-
EDM DE COSTA RICA S. A.
EDM de Costa Rica
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-
CHAVEJIM SOCIEDAD ANÓNIMA
La sociedad
Chavejim Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos treinta y
nueve mil setecientos cincuenta y cuatro, solicita ante
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
AGROSUPLIDORES DEL ISTMO SOCIEDAD ANÓNIMA
Por este medio comunico que se ha iniciado reposición de acciones extraviadas de la empresa Agrosuplidores del Istmo S. A., cédula jurídica 3-101-186795, de conformidad con el artículo 689 del Código de Comercio.—San José, 16 de noviembre de 2009.—Lic. Eduardo Echeverría Calzada, Notario.—RP2009141893.—(IN2009101829).
CORNISH COSTA CORPORATION SOCIEDAD ANÓNIMA
Cornish Costa
Corporation Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-375.665, solicita ante
AGROPECUARIA Y CONSTRUCTORA ESTRADA
ABARCA SOCIEDAD ANÓNIMA
Agropecuaria y
Constructora Estrada Abarca Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
tres-ciento uno-ciento veintiocho mil setecientos once, solicita ante
María
Luisa Cortés Durán, cédula 3-137-804, solicita ante
INSTALACIONES Y SERVICIOS EN TELECOMUNICACIONES
DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Instalaciones y
Servicios en Telecomunicaciones de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-cinco seis cero siete cero seis, donde su capital social es de
cinco mil colones, representado por cinco acciones comunes y nominativas de mil
colones cada una, y su domicilio fiscal es en Guanacaste, San Luis, Tilarán,
trescientos metros sur de
BANCO CITIBANK DE COSTA
RICA S. A.
El señor Ronald Rafael Durán Bermúdez, cédula 1-0868-0473, informa que el certificado número 2251720004001 del Banco Citibank de Costa Rica S. A., por un monto de ¢5 millones, se extravió y del cual no se hace responsable del uso que se le de.—Ronald Rafael Durán Bermúdez, Responsable.—(IN2009102049).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA
Que
Que
El
Colegio de Abogados de Costa Rica, avisa que
El
Colegio de Abogados de Costa Rica, avisa que
El
Colegio de Abogados de Costa Rica, avisa que
El
Colegio de Abogados de Costa Rica, avisa que
El
Colegio de Abogados de Costa Rica, avisa que
Que
Que
Que
Que
Que
Que
El
Colegio de Abogados de Costa Rica, avisa que
El
Colegio de Abogados de Costa Rica, avisa que
El
Colegio de Abogados de Costa Rica, avisa que
El
Colegio de Abogados de Costa Rica, avisa que
ASOCIACIÓN DE AGRICULTORES LAS VEGAS DE PACUARE
Yo, José David
Cano Ruiz, cédula de identidad Nº 2-0270-0603, en mi condición de presidente y
representante legal de
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Por escritura de las 12:00 horas de hoy, se firmó la venta de un establecimiento mercantil de importación y venta de ropa de la sociedad Corporación Mil Novecientos Once SRL a favor de la sociedad 3-101-580989 S. A. Se cita a acreedores e interesados de acuerdo con el artículo 479 del Código de Comercio para presentarse en calle 17, avs. 2 y 6, Nº 230, bufete Chavarría y Asociados a hacer valer sus derechos.—San José, 13 de noviembre del 2009.—Lic. Bernal Chavarría Herrera, Notario.—RP2009141867.—(IN2009101879).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
La suscrita notaria hace constar que por escritura otorgada, a las diez horas con treinta minutos del día once de noviembre del año dos mil nueve, en Heredia, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de la empresa Los Potreros Trece Sirena S. A., titular de la cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno- cuatrocientos treinta y ocho mil ochocientos cincuenta y cinco, en la cual se revoca junta directiva y se nombra otra nueva. Presidente Peter Schulz.—Heredia, once de noviembre del año dos mil nueve.—Lic. Nikole Amerling Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2009141135.—(IN2009100441).
La suscrita notaria hace constar que por escritura otorgada a las diez horas del día once de noviembre del año dos mil nueve, en Heredia, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de la empresa Los Atardeceres del Invierno Verde S. A., titular de la cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos veintinueve mil cuatrocientos doce, en la cual se revoca junta directiva y se nombra otra nueva. Presidente Duncan Henderson.—Heredia, once de noviembre del año dos mil nueve.—Lic. Nikole Amerling Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2009141136.—(IN2009100442).
La suscrita notaria hace constar que por escritura otorgada a las nueve horas con treinta minutos del día once de noviembre del año dos mil nueve, en Heredia, protocolicé acta de Asamblea Extraordinaria de la empresa Los Amaneceres del Otoño Rojo S. A., titular de la cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno- cuatrocientos treinta y seis mil ochocientos cuarenta y tres, en la cual se revoca junta directiva y se nombra otra nueva. Presidente Duncan Henderson.—Heredia, once de noviembre del año dos mil nueve.—Lic. Nikole Amerling Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2009141137.—(IN2009100443).
Por escritura
número ciento setenta y cinco- cinco otorgada ante esta Notaría a las diez
horas del día seis de noviembre del dos mil nueve, se ha constituido la
sociedad RYU Shotokan Karate-Do Sociedad Anónima, con domicilio en la
provincia de San José, cantón San José, distrito
Ante mí, Henry Alberto Salas Jiménez, notario público con oficina abierta en San José, comparecen a constituir la sociedad anónima Corporación los Laureles y los Soles de Costa Rica Sociedad Anónima. En San José, a las dieciséis horas con quince minutos del cinco de noviembre del año dos mil nueve. Presidente y apoderado generalísimo sin límite de suma: Nelson Raúl Guido Peña, secretaria y apoderada generalísima sin límite de suma: Arelys de los Ángeles Herrera López. Solicito se publique para proceder a que se inscriba en el Registro Público Sección Mercantil.—San José, 5 de noviembre del 2009.—Lic. Henry Salas Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2009141139.—(IN2009100445).
Por escritura de diez horas de hoy protocolicé acta asamblea general de socios de tres ciento uno quinientos treinta y nueve mil seiscientos veintidós s. a., misma cédula jurídica, de nueve horas de nueve noviembre último, en la que se reforman los estatutos en su cláusula sexta, para que sea administrada por una junta directiva de presidente, secretario y tesorero, todos individualmente con poder generalísimo sin límite de suma, salvo para girar cheques que requiere actuación de dos, y para disponer de bienes inmuebles y créditos hipotecarios de acuerdo previo de la asamblea socios.—San José, noviembre diez del dos mil nueve.—Lic. Fernando Chacón Vargas, Notario.—1 vez.—RP2009141142.—(IN2009100446).
Al ser las 10:00 horas del 11 de noviembre del 2009, se constituyó Inversiones Reales Osmari S.R.L. Gerente: Óscar Navarro Picado.—Lic. Vera Garro Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2009141276.—(IN2009100892).
Por
escritura otorgada ante la suscrita notaria el día de hoy, a las once horas, se
constituyó la compañía denominada según el acuerdo establecido por el Decreto
número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, del veintinueve de mayo del
dos mil seis, publicado en
Luis Antonio Ramírez González; Gabriela y Luis Antonio ambos Ramírez Avendaño constituyeron la entidad Consorcio Familiar Frago Sociedad Anónima, nombrándose en ese acto al consejo de administración, fiscal y agente residente. Escritura otorgada en Barva de Heredia, a las dieciséis horas del doce de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Mónica Miranda Villalta, Notaria.—1 vez.—RP2009141411.—(IN2009100967).
Por escritura otorgada a las 10:00 horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía 3102558013 Sociedad de Responsabilidad Limitada, por medio de la cual se reforma la cláusula primera, del nombre y se nombra nuevo gerente.—Heredia, 12 de noviembre del 2009.—Lic. Silvia Rojas Alpízar, Notaria.—1 vez.—RP2009141412.—(IN2009100968).
Por escritura otorgada a las 10:30 horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía 3102535853 Sociedad de Responsabilidad Limitada, por medio de la cual se reforma la cláusula primera, del nombre.—Heredia, 12 de noviembre del 2009.—Lic. Silvia Rojas Alpízar, Notaria.—1 vez.—RP2009141413.—(IN2009100969).
Mediante escritura número trescientos treinta y ocho otorgada ante mi notaría, a las trece y treinta horas del treinta de octubre del año dos mil nueve, se constituyó la compañía Alajuela Asistencia S.R.L., cuyo plazo social es de noventa y nueve años. Capital social: doscientos mil colones. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Grecia, 13 de noviembre del 2009.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2009141419.—(IN2009100970).
Por escritura número ciento cincuenta y uno de las quince horas del once de noviembre de dos mil nueve, se constituyó la compañía Rocha Capital Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones.—Lic. Verny Valerio Hernández, Notario.—1 vez.—RP2009141420.—(IN2009100971).
Mediante
escritura pública número trescientos ocho-cinco, otorgada a las quince horas
veinte minutos del primero de julio del dos mil nueve, ante la notaría del
Licenciado Maynor Gómez Goicoechea, se constituyó la sociedad de esta plaza
denominada Lubricentro Usa Citi Cars Sociedad Anónima, con un plazo
social: de noventa y nueve años a partir de su constitución y con un capital
social de diez mil colones. Domicilio social: San José, Moravia, San Vicente,
frente a
Mediante
escritura pública número trescientos siete-cinco, otorgada a las quince horas
diez minutos del primero de julio del dos mil nueve, ante la notaría del
Licenciado Maynor Gómez Goicoechea, se constituyó la sociedad de esta plaza
denominada Lubricentro Usa Citi Cars Sociedad Anónima, con un plazo
social de noventa y nueve años a partir de su constitución y con un capital
social de diez mil colones. Domicilio social: San José, Moravia, San Vicente,
frente a
Mediante
escritura pública número trescientos seis-cinco, otorgada a las quince horas
del primero de julio del dos mil nueve, ante la notaría del Licenciado Maynor
Gómez Goicoechea, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Evo
Racing Modifiers Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve
años a partir de su constitución y con un capital social de diez mil colones.
Domicilio social: San José, Moravia, San Vicente, frente a
La suscrita notaria hace del conocimiento público que la sociedad Agropecuaria Pesas GSA Sociedad Anónima modifica la cláusula octava del pacto constitutivo que corresponde a la representación de la sociedad.—Lic. Lolita Arias Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2009141424.—(IN2009100975).
La suscrita notaria hace del conocimiento público que la sociedad Construcciones Paco S. A. modifica su nombre a Instituto Técnico de Computación e Inglés ITCI S. A., así como su domicilio.—San Rafael de Guatuso, tres de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Lolita Arias Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2009141425.—(IN2009100976).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, al ser las dieciséis horas del día
veinticuatro de octubre del año dos mil nueve, se constituye la sociedad
denominada Servicios de Consultoría Ped-Ad Erq Sociedad Anónima.
Domicilio social, República de Costa Rica, provincia de Cartago, Turrialba,
distrito
Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las dieciocho horas del día diez de noviembre del año dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada Empleados Ferreteros Sociedad Anónima. Domicilio social, República de Costa Rica, provincia de Cartago, Turrialba, distrito Turrialba, cien metros oeste de las oficinas del Instituto Costarricense de Electricidad, contiguo a Decomar, pudiendo establecer agencias o sucursales dentro o fuera del país. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: totalmente suscrito y pagado en dinero en efectivo. Presidente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, según indica el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil.—Turrialba, once de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Sigifredo Brenes Dittel, Notario.—1 vez.—RP2009141427.—(IN2009100978).
Por
escritura otorgada ante la suscrita notaria en la ciudad de San José, a las
doce horas del ocho de noviembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Angry
Marlin Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Capital social: totalmente
suscrito y pagado. Domicilio social: San José, Moravia,
Por escritura otorgada ante mí, a las 09:00 horas del 08 de octubre del 2009, se constituyó la empresa Jiménez Vindas S. A. Capital: diez mil colones. Representado por diez acciones comunes y nominativas. Domicilio: Alajuela. Presidente con la representación legal.—Alajuela, 03 de noviembre del 2009.—Lic. Rolando Renick González, Notario.—1 vez.—RP2009141429.—(IN2009100980).
Mediante
escritura otorgada ante los notarios públicos Rafael Medaglia Gómez y Laura
Zumbado Loría en San José a las once horas del diez de noviembre del dos mil
nueve, se protocoliza el acta de asamblea de socios de El Quetzal
Mesoamericano S. A., mediante la cual se modifica la cláusula segunda del
domicilio, ubicándose en San José, Pavas, de
Por escritura número ciento noventa y dos-veinticuatro, otorgada en San Ramón, Alajuela, a las ocho horas del cinco de octubre de dos mil nueve, se modificó la cláusula novena del pacto constitutivo de Gaggaa Inmobiliaria Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos cuarenta mil trescientos noventa y seis.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—RP2009141431.—(IN2009100982).
Por escritura número ciento noventa y tres-veinticuatro, otorgada en San Ramón, Alajuela, a las ocho horas treinta minutos del cinco de octubre de dos mil nueve, se modificó la cláusula novena del pacto constitutivo de Gaggaa Inversiones Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos treinta y ocho mil novecientos noventa y nueve.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—RP2009141432.—(IN2009100983).
Nidia Salazar Castro y Marco Antonio Vargas Arias, constituyen I.S.C. Seguridad de Costa Rica S. A. Escritura otorgada en mi notaría a las 15:00 horas del 12 de noviembre del 2009. Presidenta: Nidia Salazar Castro.—San José, 13 de noviembre del 2009.—Lic. Alejandro Villegas Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2009141434.—(IN2009100984).
Inseca de Centroamérica, I.S.C. S. A., reforma cláusulas quinta y sexta de los estatutos. Revoca nombramientos de junta directiva y agente residente y nombra nuevos.—San José, 12 de noviembre del 2009.—Lic. Alejandro Villegas Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2009141435.—(IN2009100985).
Mediante escritura autorizada por mí, a las 15 horas 45 minutos del 12 de noviembre del 2009, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Kensinton Enterprises Dos Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas primera, tercera, cuarta, quinta, sexta, sétima, octava, décimo primera, décimo segunda, décimo tercera, décimo quinta, décimo sétima y se incluyó la cláusula vigésimo primera al pacto constitutivo.—San José, 13 de noviembre del 2009.—Lic. Carlos Manuel Valverde Retana, Notario.—1 vez.—RP2009141438.—(IN2009100986).
Mediante escritura autorizada por mí, a las quince horas diez minutos del doce de noviembre de dos mil nueve, se constituyó CBI Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, trece de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Tomás Federico Guardia Echandi, Notario.—1 vez.—RP2009141439.—(IN2009100987).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Green Road Recording Studio Sociedad Anónima (Estudio de Grabación Camino Verde S. A.). Así consta en escritura otorgada en San Antonio de Belén a las trece horas del diez de noviembre del dos mil nueve ante la notaria Olga Morera Chaves.—San Antonio de Belén, doce de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Olga María Morera Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2009141440.—(IN2009100988).
Ante esta notaría se constituyó Dexkat Inversiones S. A. Domicilio: Cahuita-Talamanca. Objetivo: bienes raíces turismo, agricultura, industria y comercial en general. Capital social: diez millones de colones, presidente y tesorera apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo: noventa años.—San José, 10 de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Ernesto Ortiz Mora, Notario.—1 vez.—RP2009141441.—(IN2009100989).
Guiselle Barboza Rodríguez y María Isabel Rodríguez Zúñiga, constituyen una sociedad anónima que se denomina Corporación Naciente Alina A.B. S. A. Domiciliada en San José. Escritura número 357 otorgada a las 18:00 horas del 12 de setiembre de 2005, ante el notario Rafael Ángel Morales Soto.—San José, 13 de noviembre del 2009.—Lic. Rafael Ángel Morales Soto, Notario.—1 vez.—RP2009141444.—(IN2009100990).
Por escritura otorgada en mi notaría a las 14:00 horas del 4 de noviembre del 2009, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Súper Gigante Sociedad Anónima, en la que se reforma las cláusulas 9 y 14 del estatuto social en cuanto a la administración y a la fiscalía y se nombra junta directiva y fiscal.—Heredia, 4 de noviembre del 2009.—Lic. Óscar Rosabal Lizano, Notario.—1 vez.—RP2009141445.—(IN2009100991).
Ante esta notaría mediante escritura doscientos ochenta y nueve, otorgada a las diecinueve horas cuarenta y cinco minutos del tres de noviembre del dos mil nueve, se ha constituido la sociedad Taller R C Total Sociedad Anónima, cuyo presidente es el señor Rafael Ángel Camacho Alpízar, cédula de identidad 1-818-681.—San José, 13 de noviembre del 2009.—Lic. Elena Mayela Arias Varela, Notaria.—1 vez.—RP2009141447.—(IN2009100992).
Por
escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 11:15 horas del 12 de
noviembre del 2009, se constituyó la sociedad denominada
Ante esta notaría se ha solicitado la inscripción de la sociedad Makencor S O Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones.—San José, nueve de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Ingrid Tatiana Valerín Vega, Notaria.—1 vez.—RP2009141449.—(IN2009100994).
Por escritura autorizada ante esta notaría, a las 09:00 horas del 09 de noviembre del año 2009. Se modificó la cláusula del domicilio de la compañía denominada Garzon Azulado Seis S. A.—09 de noviembre del 2009.—Lic. Rodolfo Herrera García, Notario.—1 vez.—RP2009141452.—(IN2009100995).
Por escritura autorizada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 09 de noviembre del año 2009. Se modificó la cláusula del domicilio de la compañía y de la administración de la sociedad denominada Puertocito Quince Desarrollos Inmobiliarios S. A.—09 de noviembre del 2009.—Lic. Rodolfo Herrera García, Notario.—1 vez.—RP2009141453.—(IN2009100996).
Por escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del diez de noviembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad BPO Solutions Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Lic. Edgar Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—RP2009141458.—(IN2009100997).
Por escritura otorgada a las diez horas del doce de noviembre del dos mil nueve, se reformó la cláusula quinta de la sociedad Precisión Wire Components C.R. Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital: suscrito y pagado.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—RP2009141459.—(IN2009100998).
Por escritura otorgada ante mi notaría, el día diez de noviembre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima denominada Silos y Pacas Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado.—San José, diez de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Rosette María Morgan Asch, Notaria.—1 vez.—RP2009141460.—(IN2009100999).
Por escritura otorgada hoy ante mí, Nathaniel (nombre) Amponsah-Manu (apellido); y Suphaporn (nombre) Amponsah-Manu (apellido) constituyen L.A. Outsourcing Accountancy Services Sociedad Anónima que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse L.A. Outsourcing Accountancy Services S. A. Domicilio social: San Ramón, Alajuela. Plazo social: 99 años. Objeto social: servicios de contabilidad y afines. Capital social: 20.000,00 colones. Presidente: Nathaniel Amponsah-Manu.—San Ramón, Alajuela, 12 de noviembre del 2009.—Lic. Willy Rojas Chacón, Notario.—1 vez.—RP2009141461.—(IN2009101000).
Piñuela Primaveral Sociedad Anónima, en asamblea general extraordinaria de accionistas, celebrada en sus oficinas en el domicilio social, a las diez horas veinte minutos del veinticinco de marzo del dos mil nueve, se acepta la renuncia del secretario, tesorero, fiscal, agente residente. Es todo.—Lic. María Gabriela Chavarría Mena, Notaria.—1 vez.—RP2009141463.—(IN2009101001).
Verano de Piñuela Sociedad Anónima, en asamblea general extraordinaria de accionistas, celebrada en sus oficinas en el domicilio social, a las once horas treinta minutos del veinticinco de marzo del dos mil nueve, se acepta la renuncia del secretario, tesorero, fiscal, agente residente. Es todo.—Lic. María Gabriela Chavarría Mena, Notaria.—1 vez.—RP2009141464.—(IN2009101002).
Nubes de Piñuela Sociedad Anónima, en asamblea general extraordinaria de accionistas, celebrada en sus oficinas en el domicilio social, a las diez horas cincuenta y cinco minutos del veinticinco de marzo del dos mil nueve, se acepta la renuncia del secretario, tesorero, fiscal, agente residente. Es todo.—Lic. María Gabriela Chavarría Mena, Notaria.—1 vez.—RP2009141465.—(IN2009101003).
Piñuela Bonita Sociedad Anónima, en asamblea general extraordinaria de accionistas, celebrada en sus oficinas en el domicilio social, a las diez horas veinticinco minutos del veinticinco de marzo del dos mil nueve, se acepta la renuncia del secretario, tesorero, fiscal, agente residente. Es todo.—Lic. María Gabriela Chavarría Mena, Notaria.—1 vez.—RP2009141466.—(IN2009101004).
Ante mí, Lic. Anthony Fernández Pacheco, por escritura número treinta y nueve del tomo décimo de mi protocolo, de las dieciocho horas y quince minutos del diez de noviembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza, cuya razón social se determina de conformidad con el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J. Cuyo capital social quedó suscrito y pagado, y en la junta directiva se nombró como presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, a la señora María Magdalena Barrantes Ulate.—Lic. Anthony Fernández Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2009141521.—(IN2009101288).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del trece de noviembre del dos mil nueve, se modificaron los estatutos de la sociedad tres-ciento uno-quinientos setenta y un mil quinientos cincuenta y ocho sociedad de responsabilidad limitada, en su cláusula novena respecto a la administración.—San José, trece de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Javier Francisco Chaverri Ross, Notario.—1 vez.—RP2009141523.—(IN2009101289).
Ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Ho Pono Pono S. A., realizada a las nueve horas del veintitrés de octubre del dos mil nueve, donde se reorganiza la junta directiva, se nombra presidente, secretario, tesorero y fiscal y modifica la cláusula segunda del domicilio y sétima de la representación.—San José, 30 de octubre del dos mil nueve.—Lic. Ana Morales Víquez, Notaria.—1 vez.—RP2009141525.—(IN2009101290).
Por escritura otorgada por el suscrito notario, a las 12:00 horas del día 13 de noviembre del 2009; se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Books and Dreams Sociedad Anónima, se reforma la cláusula quinta del pacto social, se aumenta el capital social.—San José, 13 de noviembre del 2009.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—RP2009141526.—(IN2009101291).
tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil ciento veinticuatro sociedad anónima, protocoliza acta: modifica domicilio social y fiscal. Revoca junta directiva y fiscal y nombra presidente, secretario, tesorero. Modifica representación judicial y extrajudicial. Escritura número ciento ochenta y cinco-siete, de las doce horas del doce de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario.—1 vez.—RP2009141527.—(IN2009101292).
Por
escritura otorgada ante mí, se ha constituido la sociedad denominada: Arix
Consultores Sociedad Anónima. Presidente: Luis Guillermo Coto Moya. Con un
capital de veinte mil colones. Con domicilio social en Cartago, San Juan,
El Nuevo Comienzo Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-trescientos cincuenta y dos mil seiscientos dos, se reforma la cláusula segunda: del domicilio: Su domicilio social será en la ciudad de San José, San Isidro de Vázquez de Coronado, urbanización El Mapache, casa número dieciséis.—San José, 6 de noviembre 2009.—Lic. Hellen Fabiola Saborío Soto, Notaria.—1 vez.—RP2009141531.—(IN2009101294).
Ante esta notaría, se constituyó la empresa Juguetes de Madera Sarapiquí Sociedad Anónima. Capital social: veinte mil colones. Presidente: Jorge Eduardo Navarro Núñez.—Río Frío, cuatro de noviembre del 2009.—Lic. Freddy Castillo Núñez, Notario.—1 vez.—RP2009141532.—(IN2009101295).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 14:00 horas del 14 de noviembre del 2009, se protocoliza el acta número dos de reunión extraordinaria de socios de la sociedad Fair Weather Investments FWCR Ltda., cédula jurídica Nº 3-102-357001, en la cual se reforma el domicilio y se nombra agente residente.—San Rafael de Heredia, 14 de noviembre del 2009.—Lic. Glenda Burke Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2009141534.—(IN2009101296).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 14:30 horas del 14 de noviembre del 2009, se protocoliza el acta número uno de reunión extraordinaria de socios de la sociedad Onslope Ltda., cédula jurídica 3-102-267529, en la cual se reforma el domicilio y se nombra agente residente.—San Rafael de Heredia, 14 de noviembre del 2009.—Lic. Glenda Burke Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2009141535.—(IN2009101297).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 14:15 horas del 14 de noviembre del 2009, se protocoliza el acta número uno de reunión extraordinaria de socios de la sociedad JJGRAM Ltda., cédula jurídica 3-102-237111, en la cual se reforma el domicilio y se nombra agente residente.—San Rafael de Heredia, 14 de noviembre del 2009.—Lic. Glenda Burke Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2009141536.—(IN2009101298).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del trece de noviembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Abisinio Sociedad Anónima. Con un plazo social de 99 años. Es todo.—San José, 13 de noviembre del 2009.—Lic. Shukshen Young Au-Yeung, Notaria.—1 vez.—RP2009141537.—(IN2009101299).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:30 horas del 13 de noviembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Skokatt Sociedad Anónima. Con un plazo social de 99 años. Es todo.—San José, 13 de noviembre del 2009.—Lic. Shukshen Young Au-Yeung, Notaria.—1 vez.—RP2009141538.—(IN2009101300).
Ante
esta notaría se constituyó la sociedad
Ante mí Édgar Gerardo Campos Araya, por escritura otorgada, a las 14:00 horas del 13 de noviembre del 2009, Sandra Blanco Cruz y Erik Alberto Benavides Guadamuz constituyen una sociedad que se denominará Agencia de Viajes Easy Tour Sociedad Anónima. Es todo.—San Miguel de Naranjo, a las quince horas del trece de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Édgar Gerardo Campos Araya, Notario.—1 vez.—RP2009141542.—(IN2009101302).
Por escritura otorgada ante mí, Guo An Chen Zhang y Franklin Alberto Aguilar Abarca, constituyen Keo Consultores Sociedad Anónima, presidente el primero. Capital suscrito y pagado, plazo noventa y nueve años.—San José, trece de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Ricardo Sossa Siles, Notario.—1 vez.—RP2009141547.—(IN2009101303).
Mediante escritura autorizada por mí, a las nueve horas del trece de noviembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Dynamic Interactive CR LLC Limitada con un capital social de treinta mil colones cada una.—San José, trece de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—RP2009141548.—(IN2009101304).
Se constituye Surfertec Alpha Sociedad Anónima. Presidente: Daniel Pérez Sánchez, mayor, cédula seis - trescientos cincuenta y dos - setecientos noventa y ocho; a las quince horas del seis de noviembre del año dos mil nueve.—Lic. Camilo Cedeño Castro, Notario.—1 vez.—RP2009141549.—(IN2009101305).
Se modifica el estatuto sobre aumento del capital social en su artículo quinto, de Finca Hahn Wilms Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y dos mil setecientos noventa y ocho, en asamblea extraordinaria de las doce horas del doce de noviembre del año dos mil nueve, en acuerdo firme; quedando dicha modificación en lo siguiente: El capital social es la suma de setenta y cinco millones de colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de siete millones quinientos mil colones cada una, acciones firmadas por el presidente de la sociedad.—Lic. Camilo Cedeño Castro, Notario.—1 vez.—RP2009141550.—(IN2009101306).
Ante
esta notaría, a las 10:00 horas del 9 de noviembre del año 2009, se constituyó
la sociedad anónima denominada Luces de
Se
protocoliza, en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria de Asociación
Centro Diurno de
Por
escritura otorgada ante esta notaría, el día 13 de noviembre del
Por
escritura otorgada ante esta notaría, el día 10 de noviembre del
Ante esta notaría comparecieron Brett Allen (nombres) Mackes (apellido), estadounidense, con pasaporte cuatro dos seis uno ocho tres nueve cuatro siete, y Deanne (nombre) Gilpin (apellido), estadounidense, pasaporte cero tres ocho nueve nueve tres cuatro nueve dos, para constituir la sociedad anónima denominada Tierra Vista Sociedad Anónima por el plazo de la sociedad será de noventa y nueve años y con objeto de comercio.—Nicoya, dos de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Iveth Orozco García, Notaria.—1 vez.—RP2009141558.—(IN2009101311).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, número ciento cincuenta y dos del tomo uno de mi protocolo, de las 11:00 horas del 14 de noviembre del presente año, se constituyó la sociedad Vavi Exim Sociedad Anónima. Objeto comercio. Domicilio en San Isidro de Coronado, capital social diez mil colones. Plazo noventa y nueve años. Presidente y tesorero apoderados generalísimos.—San José, 16 de noviembre del 2009.—Lic. Federico Vargas Brenes, Notario.—1 vez.—RP2009141562.—(IN2009101312).
La suscrita notaria hace constar, que mediante escritura otorgada a las nueve horas del día de hoy, Sonia Camacho Murillo y Nidia Corrales Corrales constituyen Olanmada Sociedad Anónima, siendo este nombre de fantasía, pudiéndose abreviar sus últimas dos palabras en S. A. Capital social un millón doscientos mil colones. Domicilio: San José, Alajuelita. Objeto: Comercio, industria, etc. Presidente: único con plenos poderes.—San José, dieciséis de noviembre del año dos mil nueve.—Lic. Wendy Rey Valverde, Notaria.—1 vez.—RP2009141563.—(IN2009101313).
El
suscrito notario hace constar que mediante escritura otorgada el 13 de
noviembre del 2009, se reforma la cláusula 19 de pacto constitutivo de
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas de hoy, se constituyó la compañía Construcciones Vanguardistas Sociedad Anónima.—San José, 13 de noviembre del año 2009.—Lic. Bernal Ulloa Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2009141580.—(IN2009101315).
Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se constituyó Hawker Business Partners S. A.—San Pablo de Heredia; 13 de noviembre del 2009.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—RP2009141581.—(IN2009101316).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del quince de noviembre del dos mil nueve, ante esta notaría, se constituyó la sociedad con denominación su cédula jurídica con domicilio en San Antonio de Desamparados de la provincia de San José, ochocientos metros al este del Liceo de San Antonio Calle Churruca, cuarta casa mano izquierda, con un plazo de noventa y nueve años, otorgada ante la notaria Maritza Muñoz Delgado.—Lic. Maritza Muñoz Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2009141582.—(IN2009101317).
Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, a las 13:00 horas, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Aragoas S. A., en la que se reforman estatutos y se nombra nuevo presidente, secretario y fiscal.—San José, 13 de noviembre del 2009.—Lic. Ingrid Reischfleger Montero, Notaria.—1 vez.—RP2009141584.—(IN2009101318).
Por escritura otorgada ante mí, Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Puriscal de Orosi, nombra junta directiva y fiscal. Escritura otorgada en Heredia, a las diez horas del trece de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario.—1 vez.—RP2009141588.—(IN2009101319).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del seis de noviembre del año dos mil nueve los señores Danubio Morales Gutiérrez y Grettel Abad Fonseca, reforman el artículo primero de estatuto social y acuerdan que el nuevo nombre de la sociedad será Nissi Costa Rica First Sociedad Anónima.—Turrialba, dieciséis de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Orlando Bolaños Robles, Notario.—1 vez.—RP2009141589.—(IN2009101320).
Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las catorce horas del día trece de noviembre del año dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada Esss Sociedad Anónima, domicilio social, República de Costa Rica, provincia de Cartago, Turrialba, distrito Santa Rosa, cincuenta metros norte del Ebais, costado este de la plaza de deportes, pudiendo establecer agencias o sucursales dentro o fuera del país, plazo social: noventa y nueve años. Capital social: totalmente suscrito y pagado en dinero en efectivo. Presidente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, según indica el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil.—Turrialba, trece de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Mauro Sojo Romero, Notario.—1 vez.—RP2009141590.—(IN2009101321).
Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las catorce horas treinta minutos del día trece de noviembre del año dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada Legal Logistics Empire Sociedad Anónima, domicilio social, República de Costa Rica, provincia de Cartago, Turrialba, distrito Santa Rosa, cincuenta metros norte del Ebais, costado este de la plaza de deportes, pudiendo establecer agencias o sucursales dentro o fuera del país, plazo social: noventa y nueve años. Capital social: totalmente suscrito y pagado en dinero en efectivo. Presidente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, según indica el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil.—Turrialba, trece de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Mauro Sojo Romero, Notario.—1 vez.—RP2009141591.—(IN2009101322).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del once de noviembre de 2009, se transforma la sociedad que se dirá en una sociedad de responsabilidad limitada y se reforma integralmente su pacto constitutivo. La sociedad transformada se denomina Cabo Velas Development Group Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y nueve mil doscientos sesenta y ocho. La denominación que se pretende para la sociedad transformada es Cabo Velas Development Group Limitada. Capital social: diez mil colones, Domicilio: estará en San José, San Pedro de Montes de Oca del edifcio del ICE cien metros oeste y cien metros al sur, apartamento número veintitrés. Plazo social: cien años a partir del once de noviembre, ambos gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjuntamente.—San José, once de noviembre del dos mil nueve.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—RP2009141592.—(IN2009101323).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del dieciséis de noviembre de 2009, se transforma la sociedad que se dirá en una sociedad de responsabilidad limitada y se reforma integralmente su pacto constitutivo. La sociedad transformada se denomina Cabo Velas Equestrian Estates Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y siete mil doscientos siete. La denominación que se pretende para la sociedad que se transforma es Cabo Velas Equestrian Estates Limitada, con un capital social: diez mil colones, Domicilio: estará en San José, San Pedro de Montes de Oca del Edificio del ICE cien metros oeste y cien metros al sur, apartamento número veintitrés. Plazo social: cien años a partir del once de noviembre, ambos gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjuntamente.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil nueve.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—RP2009141593.—(IN2009101324).
Por escritura otorgada ante mí, a las veinte horas del trece de setiembre del año dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad 3-101-575864 Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno- quinientos setenta y cinco mil ochocientos sesenta y cuatro, reformando su cláusula sétima y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—Jacó, 7 de setiembre del 2009.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—RP2009141594.—(IN2009101325).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del nueve de noviembre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad International Supplier Cincuenta y Cinco ISCCCR Sociedad Anónima, nombre el cual se encuentra en idioma inglés y cuya traducción literal al español es Internacional Suplidor Cincuenta y Cinco ISCCCR Sociedad Anónima. Sociedad con plazo social de noventa y nueve años y capital social de doce mil colones.—San José, trece de noviembre del dos mil nueve.—Lic. José Joaquín Soto Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2009141597.—(IN2009101326).
Protocolización asamblea general extraordinaria de accionistas de Distribuidora Avícola Costarricense S. A., se modifica la cláusula quinta del pacto social, se aumenta e1 capital social a la suma de ocho millones ciento cincuenta mil colones. Escritura otorgada en San José, a las once horas del 9 de noviembre del 2009.—Lic. Marvin Roldán Granados, Notario.—1 vez.—RP2009141598.—(IN2009101327).
Protocolización asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Calle Puente Tierra M&M S. A., se modifica la cláusula segunda y novena del pacto social, escritura otorgada en San José, a las ocho horas del 2 de noviembre de1 2009.—San José, 16 de noviembre de 2009.—Lic. Marvin Roldán Granados, Notario.—1 vez.—RP2009141599.—(IN2009101328).
En esta notaría, por escritura pública 121-11 otorgada a las 15:00 horas del 12 de noviembre del 2009, se protocoliza acta de asamblea general de Altos de Santa Ana Ciento Dos S. A. Se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 13 de noviembre del 2009.—Lic. Antonella Da Re, Notaria.—1 vez.—RP2009141601.—(IN2009101329).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10 horas, del día 14 de noviembre del 2009 se constituyó Grupo Comercial A y E e Hijos Sociedad Anónima, con domicilio en Alajuela, Grecia, cien norte de la escuela San Luis, 99 años plazo social. Capital: veinticuatro mil colones suscrito y pagado. Presidente y vicepresidente con representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Santo Domingo de Heredia, calle uno, avenida cuatro, 16 de noviembre del 2009.—Lic. Miryam Eugenia Jiménez Bolaños, Notaria.—1 vez.—RP2009141603.—(IN2009101330).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día trece de noviembre del dos mil nueve se constituyó la sociedad Wtec- World Technical Services Sociedad Anónima, capital social diez mil colones, plazo social noventa y nueve años, el presidente tiene la representación judicial y extrajudicial.—San José, trece de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Dunnia Monge Torres, Notaria.—1 vez.—RP2009141604.—(IN2009101331).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día trece de noviembre del dos mil nueve se constituyó la sociedad Worldwide Technical, Sociedad Anónima, capital social diez mil colones, plazo social noventa y nueve anos, el presidente tiene la representación judicial y extrajudicial.—San José, trece de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Dunnia Monge Torres, Notaria.—1 vez.—RP2009141605.—(IN2009101332).
Por escritura otorgada ante mí, se reforma estatutos de Wobrumero S. A..—San José, 4 de noviembre del 2009.—Lic. Edwin Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2009141606.—(IN2009101333).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituye la sociedad de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos y tres del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento sesenta y uno-J.—San José, dieciséis de noviembre del 2009.—Lic. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—RP2009141607.—(IN2009101334).
Ante mi notaría, a las diecisiete horas del seis de julio del año dos mil nueve. Se constituye sociedad denominada A. J Producciones Espectáculos Sociedad Anónima, presidente el señor José Edwin Brenes Gómez, capital suscrito y pagado.—San José, a las once horas del dieciséis de noviembre de año dos mil nueve.—Lic. Leonardo Díaz Rivel, Notario.—1 vez.—RP2009141609.—(IN2009101335).
Por
escritura otorgada ante mí, en la ciudad de San José, a las 13:00 horas del 6
de noviembre del 2009, se constituyó la sociedad Inversiones Los Glaciares
de
Se constituye
la entidad denominada, Instituto para Desarrollo de Energías Alternativas
Sociedad Anónima. Presidente: Francisco Bustos Ángel. Domicilio: Llorente
de Tibás Urbanización
Se constituye la entidad denominada Arodce Sociedad Anónima. Presidente: Rodney Ricardo Calvo Hernández. Domicilio: San José, Desamparados, Condominio Portofino, casa número treinta y dos. Escritura otorgada a las 16:00 horas del 13 de noviembre de 2009.—Lic. Carlos Barrantes Méndez, Notario.—1 vez.—RP2009141614.—(IN2009101338).
La
empresa denominada Fagugo FGG Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
3-101-
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:45 horas del 12 de noviembre de 2009, se constituyó la compañía denominada Talachi TV, Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones.—Ciudad Quesada, 12 de noviembre de 2009.—Lic. Raúl Hidalgo Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2009141617.—(IN2009101340).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:30 horas del 12 de noviembre de 2009, se constituyó la compañía denominada Valecha Cuarenta y Siete - Veintisiete, Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones.—Ciudad Quesada, 12 de noviembre del 2009.—Lic. Raúl Hidalgo Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2009141618.—(IN2009101341).
La sociedad Zeriman Satta Sociedad Anónima, modifica cláusulas de pacto social y cambia razón social a Freska Produce LLC S.A., mediante escritura de las nueve horas del día trece de noviembre del año dos mil nueve, ante el notario público Alberto Baraquiso Leitón.—San José, dieciséis de noviembre del año dos mil nueve.—Lic. Alberto Baraquiso Leitón, Notario.—1 vez.—RP2009141619.—(IN2009101342).
Los suscritos, Lic. Christian Ceciliano Mora y Lic. Yendri Patricia Rojas Pérez, hago constar que ante esta notaría, al ser las 10:00 horas del 15 de noviembre del 2009, se constituyó Inversiones Buena Gente Sociedad Anónima.—Lic. Yendri Patricia Rojas Pérez, Notaria.—1 vez.—RP2009141620.—(IN2009101343).
Por
escritura número ciento cincuenta y ocho, otorgada ante esta notaría, a las
quince horas del cuatro de noviembre del dos mil nueve, se constituyó la
sociedad denominada Multiservicios C G B, Sociedad Anónima; domicilio social
en la ciudad de Limón, distrito y cantón primeros, Limón, de
Por escritura número ciento cincuenta y nueve, otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del seis de noviembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Operarios RYM, Sociedad Anónima, domicilio social en la ciudad de Limón, distrito y cantón primeros, Limón, de la provincia de Limón. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Arnoldo Monge Castro, con facultades de apoderado generalísimo. Plazo: noventa y nueve años.—Limón, 10 de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Alberto Baltodano Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2009141622.—(IN2009101345).
Por protocolización de las 15:25 horas del 10 de noviembre del 2009, se reformó fa cláusula 4a: del plazo social del pacto constitutivo de HR Link Services S. A.—San José, 10 de noviembre del 2009.—Lic. Ma Virginia Méndez Ugalde, Notaria.—1 vez.—RP2009141624.—(IN2009101346).
Por protocolización de las 8:30 horas del 16 de noviembre del 2009, se reformaron las cláusulas 2a del domicilio, 4a del plazo social, 5a del capital social y 7a de la administración del pacto constitutivo de Infotel S.A.—San José, 16 de noviembre del 2009.—Lic. Ma Virgina Méndez Ugalde, Notaria.—1 vez.—RP2009141625.—(IN2009101347).
Por protocolización de las 8:00 horas del 16 de noviembre del 2009, se reformaron las cláusulas 5a del capital social, 7a de la administración y 8a de las reuniones del consejo de administración del pacto constitutivo de Corporación Wendorf S. A.—San José, 16 de noviembre del 2009.—Lic. Ma Virginia Méndez Ugalde, Notaria.—1 vez.—RP2009141626.—(IN2009131348).
Por escritura otorgada ante mí, Licenciada Viriam Fumero Paniagua a las dieciocho horas con quince minutos del día veinticinco de setiembre del año dos mil nueve, se constituyó sociedad anónima sin nombre, cuyo nombre será el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público, Sección Mercantil.—Turrialba, 12 de noviembre del 2009.—Lic. Viriam Fumero Paniagua, Notaria.—1 vez.—RP2009141627.—(IN2009101349).
Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se protocoliza acta de la compañía Dos de Abril, Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman totalmente los estatutos sociales, se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 6 de julio de dos mil nueve.—Lic. Arnoldo Soley Soler, Notario.—1 vez.—RP2009141629.—(IN2009101350).
Ante esta notaría, mediante escritura pública Nº 62 otorgada a las 8:30 horas del 16 de noviembre del 2009, se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad denominada Flo-Cert Quality Inspections Services Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2009.—Lic. Ericka Montoya Martínez, Notaria.—1 vez.—RP2009141632.—(IN2009101351).
Según escritura 232, otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del 16 de noviembre de 2009, se protocoliza acuerdos de asamblea de Jasoka Sociedad Anónima, modificando el domicilio social y la representación.—Lic. Luis Fernando Sáenz González, Notario.—1 vez.—RP2009141633.—(IN2009101352).
Ante esta notaría pública, Suprema Fortune Sociedad Anónima, cédula 3-101-310075. Modificó del pacto constitutivo las cláusulas: segunda: domicilio; Montes de Oca San José. Sétima: junta directiva. Nombró nueva junta, fiscal y agente residente.—San José, 16 de noviembre de 2009.—Lic. Jeanin Alberto Desanti Picado, Notario.—1 vez.—RP2009141634.—(IN2009101353).
Ante la notaría de Ilse Arguedas Chaverri mediante escritura número ciento treinta y uno, visible al folio ciento setenta y cuatro frente del tomo veintidós se varió el pacto constitutivo de la sociedad denominada Rodríguez y Alvarado con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y siete mil cero setenta y seis en su cláusula quinta del capital social. Es todo.—Dada en Heredia, a las diez horas del dieciséis de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Ilse Arguedas Chaverri, Notaria.—1 vez.—RP2009141635.—(IN2009101354).
Por escritura otorgada a las 12.00 horas del 31 de octubre del 2009, se constituyó la sociedad Maderas del Pacifico Central C. R. Sociedad Anónima, domicilio social: la ciudad de San José, San Francisco de Dos Ríos, de la lavandería Margarita, doscientos metros al sur y veinticinco al este, capital veinte mil colones, producción, industria y comercio en general.—San José, 31 de octubre del 2009.—Lic. Johnny Vargas Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2009141636.—(IN2009101355).
Mediante
escritura pública se constituye Santatex Sociedad Anónima,
escritura número trescientos dieciséis-seis del tomo seis del protocolo de
Manuel Alonso Salas Brenes, Carlos Andrés Salas Brenes y Manuel de Jesús Salas Araya, constituyen la sociedad denominada Ganadería Hermanos HSB Sociedad Anónima. En la ciudad de Cartago, a las quince horas del doce de noviembre del dos mil nueve. Ante el notario Daniel Valverde Schmidt.—Cartago, dieciséis de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Daniel Valverde Schmidt, Notario.—1 vez.—RP2009141641.—(IN2009101357).
Mediante escritura otorgada ante este notario a las 9:10 horas del 26 de octubre del 2009, se constituye la sociedad Green Live Academy Sociedad Anónima, con domicilio en Playas del Coco, Guanacaste, Centro Comercial Plaza Colonial, oficina número cuatro. Se elige junta directiva, conformada por su presidente: Joshua Arce, secretaria: Jodi Rund, tesorera: Katie Jean Mc Gregor, fiscal: Thadeus Rund, presidente y secretario las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Guanacaste, 5 de noviembre del 2009.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2009141642.—(IN2009101358).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 9:30 horas del 26 de octubre de 2009, se modifica la cláusula primera de la razón social cambiándose a sociedad Couillon de Costa Rica Ltda y la octava “de la administración”; y se nombra nuevos gerentes, de la sociedad Uper Scale Investments Ltda, cédula jurídica número 3-102-578603.—Guanacaste, 4 de noviembre del 2009.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2009141643.—(IN2009101359).
Al ser las diez horas del dieciséis de noviembre de dos mil nueve, escritura número ciento cincuenta y siete del tomo: diez, ante la notaria Kattia Bermúdez Montenegro, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones, Servicios y Comercio Inseyco S. A., y se nombra como presidente al señor Johan Neskeen Ruiz Ruiz.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—RP2009141644.—(IN2009101360).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8 horas del 13 de noviembre del 2009, Esteban Bonilla Merino y Vanessa Sánchez Villegas constituyeron Carrizal Bambú Agustifolia Ltda.—Lic. José Pablo Masís Artavia, Notario.—1 vez.—RP2009141645.—(IN2009101361).
Por escritura otorgada ante esta notarí,a a las ocho horas del doce de noviembre del año dos mil nueve, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Inmobiliaria Dameg y Asociados Real State Sociedad Anónima, modificándose la cláusula segunda.—San José, trece de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1 vez.—RP2009141650.—(IN2009101362).
En mi notaría, a las diecisiete horas del trece de noviembre de dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea de Cafetos en Flor Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda y sétima del pacto social y se nombran nuevos miembros de junta directiva y fiscal.—Bagaces, trece de noviembre de dos mil nueve.—Lic. María Luz Calderón Retana, Notaria.—1 vez.—RP2009141652.—(IN2009101363).
Por escritura otorgada el día 13 de noviembre dos mil nueve, ante esta notaría, se constituye la compañía El Bodegón de las Artesanías OM Sociedad Anónima, y se designa presidente, con suficientes facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil nueve.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—RP2009141655.—(IN2009101364).
Por escritura otorgada el día 13 de noviembre dos mil nueve, ante esta notaría, se constituye la compañía El Bodegón del Souvenir OM Sociedad Anónima, y se designa presidente, con suficientes facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil nueve.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—RP2009141656.—(IN2009101365).
Por escritura otorgada el día 13 de noviembre dos mil nueve, ante esta notaría, se constituye la compañía El Árbol Rojo JGO Sociedad Anónima, se designa presidente, con suficientes facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil nueve.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—RP2009141657.—(IN2009101366).
Por
escritura otorgada el día 6 de noviembre dos mil nueve, ante esta notaría, se
constituye la compañía
Mediante escritura pública número noventa y cinco, otorgada por la notaria Sara María Barrantes Hernández, a las ocho horas del diez de noviembre del dos mil nueve. Se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social de la nueva empresa se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma la señora Ana Lía Ulate Barrantes. Capital suscrito y pago en su totalidad.—Grecia, diez de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Sara María Barrantes Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2009141661.—(IN2009101368).
Ante esta notaría han comparecido Jorge Arroyo Chavarría y Luis Felipe Blanco Vargas, a constituir la sociedad denominada Inversiones Del Sur Arroyo Blanco S. A. Capital social: diez mil colones; plazo social: noventa y nueve años; representación del presidente, presidente: Jorge Arroyo Chavarría.—Lic. Luis Diego Araya González, Notario.—1 vez.—RP2009141664.—(IN2009101369).
El suscrito notario públic,o hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del doce de noviembre del año dos mil nueve, se modificaron las cláusulas décimo primera, relativa a la administración; décima cuarta, relativa a la representación; y la segunda relativa al domicilio de la sociedad denominada Docoli Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica tres-ciento uno-ciento ocho mil sesenta y tres. Es todo.—San José, doce de noviembre del año dos mil nueve.—Lic. Roberto Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2009141670.—(IN2009101370).
Por escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 18:00 horas del 6 de octubre, 13:00 horas del 23 de octubre y 13:00 horas del 2 de noviembre, todas 2009, protocolicé respectivamente: 1) Acta de asamblea de socios de Capital Partner S. A., que acordó disolver la compañía, 2) Acta de asamblea de socios de Online World S. A., que reformó las cláusulas Nº 2 y Nº 6 del pacto constitutivo, y 3) Constitución de sociedad de responsabilidad limitada Advertglobal Ltda.—San José, 13 de noviembre 2009.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2009141671.—(IN2009101371).
Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-quinientos ochenta mil doscientos veintiséis sociedad anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-580226, mediante la cual se reforman del pacto social: la cláusula primera del nombre: se denominará: Grupo Vocha Sociedad Anónima, la cláusula segunda del domicilio, la cláusula décimo novena de la representación y se nombra nueva junta directiva. Escritura otorgada a las diez horas del tres de noviembre del 2009.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2009141672.—(IN2009101372).
Por escritura número doscientos once - tres, otorgada en mi notaría, a las 15 horas del 21 de octubre del dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada, Endacode Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Endacode Sociedad Anónima. Gerente: Enrico Máximo Bomben.—San Ramón, 6 de noviembre del 2009.—Lic. Eladio Antonio Picado Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2009141673.—(IN2009101373).
Por escritura número doscientos once-tres, otorgada en mi notaría, a las 15 horas del 1º de noviembre del dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada, Honda Positiva Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Honda Positiva S. A. Presidente: Shmulik Selekter.—San Ramón, 1º de noviembre del 2009.—Lic. Eladio Antonio Picado Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2009141675.—(IN2009101374).
Por
escritura otorgada a las diez horas de hoy, se protocolizó la reunión de junta
administrativa de
Por escritura número doscientos treinta y ocho, otorgada a las once horas del diecinueve de setiembre del dos mil nueve, protocolicé el acta de asamblea general de socios mediante la cual se modifica la cláusula segunda de los estatutos y se nombra nuevo presidente de Inversiones Treinta y Tres Cero Nueve Trece Sociedad Anónima.—Lic. Erika Montano Vega, Notaria.—1 vez.—RP2009141679.—(IN2009101376).
Por
escritura autorizada hoy a las doce horas Flor Eugenia Carreras Jacob,
Francisco D’arsie Tonon, María del Carmen Jacob Habit, y Carlos Gabriel
Rodríguez Jacob, constituyen Fundación Hebe para el Desarrollo de las Artes
Escénicas, domiciliada
David Monge Rodríguez y Herman Monge Rodríguez, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada, denominada de conformidad con el decreto número 33171-J, reglamento para la constitución de empresas comerciales donde se va a utilizar el número de cédula jurídica como denominación social. Capital: ¢20.000, plazo cien años, domicilio en Santa Rosa de Pocosol San Carlos Alajuela quinientos metros al oeste de la clínica del lugar. Escritura otorgada en Santa Rosa de Pocosol, a las 12 y 15 minutos del día 2 de noviembre del año 2009, ante el notario Lic. Orlando Rodríguez Arguedas.—Lic. Orlando Rodríguez Arguedas, Notario.—1 vez.—RP2009141682.—(IN2009101378).
Ante esta notaría se constituyó la compañía Paisaje Global Zug Sociedad Anónima. Capital social: 10.000 colones.—San José, octubre del 2009.—Lic. Adolfo Vega Camacho, Notario.—1 vez.—RP2009141683.—(IN2009101379).
Los señores, Vanessa Castelo Jiménez y Haydee Alemán Sequeira, constituyen las sociedades denominadas Corporación VH ON Point Marketing Sociedad Anónima, On Point Marketing Inc. Sociedad Anónima pudiendo abreviarse en su aditamento S. A., nombre de fantasía por medio de la escritura otorgada ante el suscrito notario, Johanny Retana Madriz. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las nueve horas del dieciséis de noviembre del dos mil nueve. Presidenta: Vanessa Castelo Jiménez. Es todo.—San José, dieciséis de noviembre del año dos mil nueve.—Lic. Johanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—RP2009141684.—(IN2009101380).
Los señores Willian Santamaría y Jéssica Lemaire Delgado, constituyen las sociedades denominadas Corporación W.J. Infinity Services Sociedad Anónima, Infinity Services Inc Sociedad Anónima pudiendo abreviarse en su aditamento S. A., nombre de fantasía; por medio de la escritura otorgada ante el suscrito notario, Johanny Retana Madriz. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las ocho horas del dieciséis de noviembre del dos mil nueve. Presidente: Willian Santamaría Monge. Es todo.—San José, dieciséis de noviembre del año dos mil nueve.—Lic. Johanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—RP2009141685.—(IN2009101381).
Por escritura número 39 del tomo 11 de mi protocolo, otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 11 de noviembre de 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Taller de Tapicería Salazar S. A., en la que se transforma a limitada, y se reforma el pacto social constitutivo.—San José, 16 de noviembre del 2009.—Lic. José Fidelio Castillo Pérez, Notario.—1 vez.—RP2009141686.—(IN2009101382).
Mediante escritura pública 29 de tomo 4 del protocolo de la notaria Cinthya Hernández Alvarado, a las 10 horas de 13 de octubre de 2009, en su notaría, se reforma pacto constitutivo de Importaciones Angelo- Asia Int- S. A., y se agrega cláusula sobre el agente residente.—San José, 15 horas del 13 de octubre de 2009.—Lic. Cinthya Hernández Alvarado, Notaria.—1 vez.—RP2009141689.—(IN2009101383).
Mediante escritura pública número cincuenta y seis del protocolo número dieciséis de la notaria Hellen Alfaro Alfaro, otorgada el día veinticuatro de julio dos mil nueve, a las once horas treinta minutos, se constituyó la sociedad denominada Kalfra Sociedad Anónima, cuya presidenta es la socia Karen Castro Rodríguez.—Sarchí Norte, trece de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Hellen Alfaro Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2009141690.—(IN2009101384).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas, del 13 de noviembre del 2009 se constituye la sociedad anónima Ingeniería Ambiental de Centroamérica B H T Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social diez mil colones.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—RP2009141691.—(IN2009101385).
Por escritura otorgada ante nosotros Lic. Sonia Cedeño Monge y Ernesto Azofeifa Cedeño, número 275, del protocolo 4 de la notaria Cedeño Monge, a las 17 horas del 24-07-2009, se constituyó Creaciones Courrau Sociedad Anónima, denominada domicilio San José, capital social diez mil colones, presidenta Katherine Guzmán Courrau.—24 de julio del dos mil nueve.—Lic. Ernesto Azofeifa Cedeño, Notario.—1 vez.—RP2009141694.—(IN2009101386).
Por este medio el suscrito notario hace constar que a las dieciocho horas del día once de noviembre del dos mil nueve, mediante escritura número ciento treinta y nueve-tres otorgada en el tomo tercero de mi protocolo, se constituyó una sociedad denominada: Thurman & Mona Adams Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Paraíso de Cartago, dieciséis de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Francisco Alfonso Castro Murillo, Notario.—1 vez.—RP2009141695.—(IN2009101387).
Ante esta notaría al ser las doce horas del día dieciséis de octubre del año dos mil nueve, por escritura pública se constituyó sociedad denominada Hong Tian Sociedad. Capital social dos millones de colones.—San José, 28 de octubre de 2009.—Lic. Carlos José Carrera Castillo, Notario.—1 vez.—RP2009141697.—(IN2009101388).
La suscrita notaria hace constar que por escritura otorgada a las doce horas del día dieciséis de noviembre del año dos mil nueve, en San José, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de cuotistas de la empresa: Inversiones Velo Marino S.R.L., titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos cuarenta y dos mil quinientos noventa y siete, en la cual se modifican las cláusulas: primera donde cambia su razón social por The Tickled Turtle Comedy Detuor SRL, así como las cláusulas sexta y sétima del acta de constitución, se revoca al gerente y se nombra otro nuevo, se nombra nuevo subgerente. Gerente Dean Ervin Boettcher.—San José, doce horas quince minutos del día dieciséis de noviembre del año dos mil nueve.—Lic. Dianela Ramírez Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2009141699.—(IN2009101389).
Por escritura otorgada a las quince horas del doce de noviembre del dos mil nueve, se modifica la cláusula segunda de la sociedad denominada Compañía Agrícola Río Javillos Sociedad Anónima, que tiene la cédula jurídica número tres-ciento uno-cero doce mil trescientos cuarenta y dos.—San José, 12 de noviembre del 2009.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(IN2009101478).
Por escritura otorgada a las catorce horas treinta minutos del doce de noviembre del dos mil nueve, se modifica la cláusula segunda de la sociedad denominada Ortimau CR Sociedad Anónima, que tiene la cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y ocho mil seiscientos setenta y uno.—San José, 12 de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(IN2009101480).
Por escritura otorgada a las catorce horas quince minutos del doce de noviembre del dos mil nueve, se modifica la cláusula segunda de la sociedad denominada Inversiones Bratsi Blanca Sociedad Anónima, anteriormente Inversiones Manujanet OP Sociedad Anónima, que tiene la cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y siete mil trescientos sesenta y cinco.—San José, 12 de noviembre del 2009.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(IN2009101483).
Por escritura otorgada a las trece horas treinta minutos del doce de noviembre del dos mil nueve, se modifica la cláusula Segunda de la sociedad denominada Inversiones TUHL Rosada Sociedad Anónima, anteriormente Inversiones Isaguma GIM Sociedad Anónima, que tiene la cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y siete mil seiscientos cincuenta y ocho.—San José, 12 de noviembre del 2009.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(IN2009101486).
Por escritura otorgada a las trece horas quince minutos del doce de noviembre del dos mil nueve, se modifica la cláusula segunda de la sociedad denominada Inversiones Pig Sociedad Anónima, que tiene la cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y cuatro mil trescientos ochenta y dos.—San José, 12 de noviembre del 2009.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(IN2009101487).
Por escritura otorgada a las trece horas del doce de noviembre del dos mil nueve, se modifica la cláusula segunda de la sociedad denominada Inversiones Gandoca Verde Sociedad Anónima, anteriormente Inversiones Gusismar OP Sociedad Anónima, que tiene la cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y siete mil setecientos tres.—San José, 12 de noviembre del 2009.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(IN2009101488).
Por escrituras otorgadas ante mí, el día 16 de noviembre del 2009, protocolicé asambleas extraordinarias de socios de las sociedades Caramba Farms S. A., Inversiones del Poniente S. A., y Promotora del Sol S. A.—Lic. Ruhal Barrientos Saborío, Notario.—1 vez.—(IN2009101506).
Ante mí, a esta hora y fecha se constituyó la sociedad Rocha de Poás Limitada, con domicilio en Alajuela, Poás, San Rafael, costado sur de la iglesia católica. Fueron nombrados como gerentes Adolfo Rojas Murillo y Miriam Ávila Gómez, ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma y asumiendo ambos la representación judicial y extrajudicial de la compañía en Grecia.—17:00 horas del 11 de noviembre del 2009.—Lic. Jonathan Barrantes Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2009101507).
Por
escritura número cincuenta-tres, otorgada en mi notaría, a las nueve horas del
doce de noviembre de dos mil nueve, se constituye Costa Rica Ballroom &
Dancesport Asociación Sociedad Anónima, nombre de fantasía. Capital social:
diez mil colones. Presidenta: Sabrina Fuchs Zagolin, Secretario: David
Hernández Noguera, con facultades independientes de apoderados generalísimos
sin límite de suma. Domicilio social, San José, Escazú, de
Ante
esta notaría los señores: Alexander Vega Matamoros, mayor de edad casado una
vez. Comerciante, cédula número 4-139-017, vecino de Heredia, San Rafael, del
depósito El Rafaeleño,
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas de hoy, se constituyó Macte Virtute Limitada.—San José, doce de noviembre de dos mil nueve.—Lic. Max Barrientos Cordero, Notario.—1 vez.—(IN2009101516).
Mediante escritura número tres del tomo uno, autorizada por el suscrito notario, a las diez horas del día trece de noviembre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Inversiones Naluna S. A. Domicilio social: distrito tercero San Rafael, cantón segundo Escazú de la provincia de San José, de Toycos novecientos metros al este. Capital suscrito y pagado: diez mil colones.—San José, diecisiete de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Alexánder Alberto Coto Zyzak, Notario.—1 vez.—(IN2009101519).
Por escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Constructora San Carlos del Este CSCE S. A., constituyen Anderes Seis A Sociedad Anónima pudiendo abreviarse Anderes Seis A S. A. Domicilio social: San Joaquín de Flores, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—Heredia, diecisiete de noviembre del año dos mil nueve.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(IN2009101538).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del día trece de noviembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Ibisosa Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado.—Lic. Mauricio Ramírez Murillo, Notario.—1 vez.—(IN2009101544).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas treinta minutos del veintitrés de octubre del dos mil nueve. Se protocoliza acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de la sociedad DEL S. A.—Liberia dieciocho horas del dieciséis de noviembre del dos mil nueve.—Lic. José Humberto Alvarado Angulo, Notario.—1 vez.—(IN2009101546).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas treinta y cinco minutos del veintitrés de octubre del dos mil nueve. Se protocoliza acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de la sociedad Repuestos El Tempisque S. A.—Liberia, dieciocho horas seis minutos del dieciséis de noviembre del dos mil nueve.—Lic. José Humberto Alvarado Angulo, Notario.—1 vez.—(IN2009101547).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Lombarsarda S. A. Domicilio: San José. Objeto: en general, la agricultura, ganadería, industria y comercio. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Acciones: comunes y nominativas. Plazo: 200 años a partir de hoy. Presidente y secretario ostentan la representación judicial y extrajudicial de la empresa.—San José, 16 de noviembre de 2009.—Lic. Luis Alberto Arias Naranjo, Notario.—1 vez.—(IN2009101548).
Por escritura otorgada a las 9:00 horas del día 3 de noviembre del año 2009, se constituyó la sociedad Brises Marines Sociedad Anónima. Presidente: Milton Solera Padilla.—Lic. Alina Fallas Zeledón, Notaria.—1 vez.—(IN2009101549).
Por escritura otorgada a las 8:00 horas del día 3 de noviembre del año 2009, se constituyó la sociedad Océan D’Argent Sociedad Anónima. Presidente: Milton Solera Padilla.—Lic. Alina Fallas Zeledón, Notaria.—1 vez.—(IN2009101550).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó Sunshine Seasons S. A. Presidente: Milton Solera Padilla.—San José, 9:15 horas del 26 de octubre del dos mil nueve.—Lic. Sonia Patricia Tacsan Chen, Notaria.—1 vez.—(IN2009101551).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó Otero Azul S. A. Presidente: Milton Solera Padilla.—San José, 13:15 horas del 26 de octubre del dos mil nueve.—Lic. Sonia Patricia Tacsan Chen, Notaria.—1 vez.—(IN2009101552).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó Crescent Lake S. A. Presidente: Milton Solera Padilla.—San José, 8:30 horas del 26 de octubre del dos mil nueve.—Lic. Sonia Patricia Tacsan Chen, Notaria.—1 vez.—(IN2009101553).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó El Cornadillo S. A. Presidente: Milton Solera Padilla.—San José, 13:45 horas del 26 de octubre del dos mil nueve.—Lic. Sonia Patricia Tacsan Chen, Notaria.—1 vez.—(IN2009101554).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó Fountain View S. A. Presidente: Milton Solera Padilla.—San José, 9:45 horas del 26 de octubre del dos mil nueve.—Lic. Sonia Patricia Tacsan Chen, Notario.—1 vez.—(IN2009101555).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó Garden Grotto S. A. Presidente: Milton Solera Padilla.—San José, 9:30 horas del 26 de octubre del dos mil nueve.—Lic. Sonia Patricia Tacsan Chen, Notaria.—1 vez.—(IN2009101556).
Por escritura otorgada a las 08:30 horas del día 3 de noviembre del año 2009, se constituyó la sociedad Étoile D’Orient Sociedad Anónima. Presidente: Milton Solera Padilla.—Lic. Alina Fallas Zeledón, Notaria.—1 vez.—(IN2009101557).
Ante esta notaría al ser las trece horas del dieciséis de noviembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada R &S Solar Sociedad Anónima. Capital suscrito y pago.—Lic. Gustavo Ávila Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2009101561).
Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 17 de noviembre del año 2009, se constituyó la sociedad Soluciones Globales de Trituración Internacional Sociedad Anónima. Domicilio social: Cartago. Objeto: industria y comercio.—San José, 17 de noviembre del año 2009.—Lic. José Manuel Sáenz Montero, Notario.—1 vez.—(IN2009101565).
Mediante escritura número treinta y uno otorgada en la ciudad de San José al ser las dieciséis horas treinta minutos del 12 de noviembre del dos mil nueve, se reforma la cláusula sexta del pacto social y nombra nuevo gerente y subgerentes de la sociedad Taller Industrial Villegas Ltda.—San José, 12 de noviembre del 2009.—Lic. Ana Gabriela González González, Notaria.—1 vez.—(IN2009101570).
Por escritura otorgada a las quince horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Apame Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Curridabat. Plazo: cien años. Capital social: seiscientos mil colones exactos.—San José, veintidós de octubre del año dos mil nueve.—Lic. Rolando Chacón Murillo, Notario.—1 vez.—(IN20091016122).
El suscrito notario público hace constar que en esta fecha y en esta notaría se constituyó la sociedad denominada Inversiones Genesareth R.V. Sociedad Anónima, cuyo nombre es de fantasía, capital suscrito y pagado. Representación corresponde al presidente y a vicepresidente quienes deben actuar conjunta o separadamente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, domicilio en San José, acciones comunes y nominativas, plazo noventa y nueve años.—San José, diecinueve de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Álvaro Jiménez Calderón, Notario.—1 vez.—(IN2009101644).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 17:00 horas del 17 de noviembre del dos mil nueve, se constituye la sociedad Transfácil Pagos de Centroamérica S. A. Capital social: 10.000 colones.—San José, diecisiete de noviembre del 2009.—Lic. Luis Esteban Hernández Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2009101645).
Mediante escritura otorgada a las doce horas cuarenta minutos del diecisiete de noviembre del dos mil nueve, cambio de junta directiva de la compañía, Industria Sol Logística Natural Sociedad Anónima, con domicilio en la provincia de San José. Presidente Adriano Dell Orsi. Ante la notaria pública Ileana María Arguedas Maklouf.—San José, diecisiete de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Ileana María Arguedas Maklouf, Notaria.—1 vez.—(IN2009101647).
Mediante escritura otorgada a las doce horas del veinte de noviembre del dos mil seis, cambio de junta directiva de la compañía, Importadora Tony Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de provincia de San José. Presidente Alfredo Labarca Furio. Ante la notaria pública Ileana María Arguedas Maklouf.—San José, diecisiete de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Ileana María Arguedas Maklouf, Notaria.—1 vez.—(IN2009101648).
Mediante
escritura otorgada a las trece horas cincuenta minutos del diecisiete de
noviembre del dos mil nueve, cambio de junta directiva de la compañía, Campoviejo
Sol T y E Sociedad Anónima, con domicilio en la provincia de San José.
Presidente Adriano Dell Orsi. Ante
Mediante escritura otorgada a las siete horas del diecisiete de noviembre del dos mil nueve, cambio de junta directiva de la compañía, General Quinoa W&W Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de San José. Presidente Adriano Dell Orsi, ante la notaria pública Ileana María Arguedas Maklouf.—San José, diecisiete de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Ileana María Arguedas Maklouf, Notaria.—1 vez.—(IN2009101650).
El día de hoy en mi notaría se constituyó la sociedad denominada Servicios y Degustaciones Promocionales Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones; domicilio en Sabanilla de Montes de Oca; objeto: industria y comercio en general. Presidenta: Teresa de Jesús García Mejía.—San José, dieciséis de noviembre de dos mil nueve.—Lic. Rosalío Ortega Hegg, Notario.—1 vez.—RP2009141700.—(IN2009101655).
Ante esta notaría, por escritura pública diez, de las nueve horas del día veinte de octubre del año dos mil nueve. Se ha constituido la sociedad anónima denominada Consorcio de Servicios Integrales Contables Financieros y Desarrollo de Software de Costa Rica CFDS Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2009.—Lic. Alfredo Gutiérrez Benavides, Notario.—1 vez.—RP2009141701.—(IN2009101656).
Por escritura otorgada a las doce horas del dieciséis de noviembre del dos mil nueve, ante la suscrita notaria se constituyó la empresa Rubifashin L.Q., Limitada, plazo 99 años. Capital social. Diez mil colones. Gerente: Wenjie Qiang (único apellido por razón de su nacionalidad).—San José, dieciséis de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Arlhene Pradella Balladares, Notaria.—1 vez.—RP2009141703.—(IN2009101657).
Por escritura otorgada a las diecisiete horas del doce de noviembre del dos mil nueve, ante la suscrita notaria se constituyó la empresa Zichan L.Q, Limitada, Plazo 99 años. Capital social: diez mil colones. Gerente: Wenfang Qiang (único apellido por razón de su nacionalidad).—San José, dieciséis de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Arlhene Pradella Balladares, Notaria.—1 vez.—RP2009141704.—(IN2009101658).
Por escritura otorgada a las once horas del dieciséis de noviembre del dos mil nueve, ante la suscrita notaria se constituyó la empresa Hiperfashi Q.L., Limitada, plazo 99 años. Capital social: diez mil colones. Gerente: Wenjie Qiang (único apellido por razón de su nacionalidad).—San José, dieciséis de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Arlhene Pradella Balladares, Notaria.—1 vez.—RP2009141705.—(IN2009101659).
Ante esta notaría a las once horas quince minutos del doce de noviembre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Global Green Sociedad Anónima, capital enteramente suscrito y pagado.—Cartago, diecisiete de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Mildred Maroto Calvo, Notaria.—1 vez.—RP2009141706.—(IN2009101660).
Ante esta notaría a las once horas del doce de noviembre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Plásticas Soluplast Sociedad Anónima, capital enteramente suscrito y pagado.—Cartago, diecisiete de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Mildred Maroto Calvo, Notaria.—1 vez.—RP2009141707.—(IN20090101661).
Mediante
escritura número ochenta y uno-cuarenta y dos otorgada a las doce horas del
seis de noviembre del año dos mil nueve, ante el notario William Méndez
Rosales, se constituyó la sociedad anónima, cuya denominación social será el
número de cédula que le asigne el Registro, domiciliada en
Mediante escritura número doscientos catorce-tomo dos, otorgada a las catorce horas del trece de noviembre del año dos mil nueve, ante la notaria Kattia Villegas Mena, se constituyó la sociedad denominada Licho y Trifulquitas Sociedad Anónima, domiciliada en San Ramón de Alajuela, urbanización Las Tres Marías Dos, casa número veinte E, frente al parque de juegos.—San José, diecisiete de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Lorena Víquez Muñoz, Notaria.—1 vez.—RP2009141710.—(IN2009101663).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las doce horas del día dieciséis de noviembre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad que se denominará con el número de cédula jurídica que le asigne Registro Público, Sección Personas Jurídicas junto con su aditamento sociedad de responsabilidad limitada. Capital social: diez mil colones. Plazo social: cien años. Gerente con facultades de apoderado.—Heredia, dieciséis de noviembre de dos mil nueve.—Lic. Lorena Víquez Muñoz, Notaria—1 vez.—RP2009141712.—(IN2009101664).
Por escritura en mi notaría a las dieciocho de dieciséis de noviembre del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea de socios de Maceflor de Costa Rica S. A. Se modifica cláusula F.—Heredia, dieciséis de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Rafael Ángel Barahona Melgar, Notario.—1 vez.—RP2009141718.—(IN2009101665).
Por escritura número doscientos ochenta y ocho-dos, otorgada en San Ramón, Alajuela, a las doce horas del once de noviembre del dos mil nueve, Uriel Corrales Jiménez y Luz Marina Arias Guillén constituyeron la sociedad denominada con el número de cédula jurídica que le otorgue el Registro Público Sociedad Anónima, duración noventa y nueve años. Presidente Uriel Corrales Jiménez. Domicilio: San Ramón, Alajuela, ciento veinticinco metros al este de Maxi Bodega.—Lic. Gerardo Arturo Delgado Soto, Notario.—1 vez.—RP2009141719.—(IN2009101666).
Ante esta notaría a las 10 horas del día 16 de noviembre del 2009 se constituye Inversiones Possmei Inc S. A. Domicilio: San José, Capital totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario, apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 16 de noviembre del 2009.—Lic. Manuel Fernando Anrango Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2009141720.—(IN2009101667).
Por escritura otorgada en mi notaría, se protocolizó acta de la asamblea de socios de la firma Inversiones Mohe C.Q. S. A. Se modifica el artículo tercero del pacto social.—Lic. César Fallas Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2009141721.—(IN2009101668).
Ananías Matamoros Carvajal y Juan Carlos Matamoros Carvajal, constituyen sociedad anónima con número de cédula jurídica asigne el Registro Público, domicilio social y fiscal San José, Mora, Ciudad Colón, cien norte, ochocientos oeste del Rancho El Higuerón, capital social cien mil colones, representación judicial y extrajudicial corresponde presidente y secretario, forma individual o con acuerdo de asamblea general de accionistas. Escritura número 88-5, otorgada a las 10 horas de 23 de octubre del 2008, del notario Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós.—Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario.—1 vez.—RP2009141722.—(IN2009101669).
Juan Carlos Matamoros Carvajal y Ananías Matamoros Carvajal, constituyen sociedad anónima con número de cédula jurídica asigne el Registro Público, domicilio social y fiscal San José, Mora, Ciudad Colón, cien norte, ochocientos oeste del Rancho El Higuerón, capital social cien mil colones, representación judicial y extrajudicial corresponde presidente y secretario, forma individual o con acuerdo de asamblea general de accionistas. Escritura número 89-5, otorgada a las 11 horas de 23 de octubre del 2008, del notario Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós.—Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario.—1 vez.—RP2009141723.—(IN2009101670).
Alcides Araya Campos y Ananías Matamoros Carvajal, constituyen sociedad anónima con número de cédula jurídica asigne el Registro Público, domicilio social y fiscal San José, Mora, Ciudad Colón, cien norte ochocientos oeste del Rancho El Higuerón, capital social cien mil colones, representación judicial y extrajudicial corresponde presidente y secretario, forma individual o con acuerdo de asamblea general de accionistas. Escritura número 90-5, otorgada a las 12 horas de 23 de octubre del 2008, del notario Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós.—Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario.—1 vez.—RP2009141724.—(IN2009101671).
Ananías Matamoros Carvajal y Alcides Araya Campos, constituyen sociedad anónima con número de cédula jurídica asigne el Registro Público, domicilio social y fiscal San José, Mora, Ciudad Colón, cien norte ochocientos oeste del Rancho El Higuerón, capital social cien mil colones, representación judicial y extrajudicial corresponde presidente y secretario, forma individual o con acuerdo de asamblea general de accionistas. Escritura número 91-5, otorgada a las 13 horas de 23 de octubre del 2008, del notario Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós.—Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario.—1 vez.—RP2009141725.—(IN2009101672).
Juan Carlos Matamoros Carvajal y Alcides Araya Campos, constituyen sociedad anónima con número de cédula jurídica asigne el Registro Público, domicilio social y fiscal San José, Mora, Ciudad Colón, cien norte ochocientos oeste del Rancho El Higuerón, capital social cien mil colones, representación judicial y extrajudicial corresponde presidente y secretario, forma individual o con acuerdo de asamblea general de accionistas. Escritura número 92-5, otorgada a las 14 horas de 23 de octubre del 2008, del notario Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós.—Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario.—1 vez.—RP2009141726.—(IN2009101673).
Alcides Araya Campos y Juan Carlos Matamoros Carvajal, constituyen sociedad anónima con número de cédula jurídica asigne el Registro Público, domicilio social y fiscal San José, Mora, Ciudad Colón, cien norte ochocientos oeste del Rancho El Higuerón, capital social cien mil colones, representación judicial y extrajudicial corresponde presidente y secretario, forma individual o con acuerdo de asamblea general de accionistas. Escritura número 93-5, otorgada a las 15 horas de 23 de octubre del 2008, del notario Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós.—Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario.—1 vez.—RP2009141727.—(IN2009101674).
Ananías Matamoros Carvajal y Tanía Lorena Matamoros Castro, constituyen Sociedad Anónima con numero de cédula jurídica asigne el Registro Público, domicilio social y fiscal San José, Mora, Ciudad Colón, cien norte ochocientos oeste del Rancho El Higuerón, capital social cien mil colones, representación judicial y extrajudicial corresponde presidente y secretario, forma individual o con acuerdo de asamblea general de accionistas. Escritura número 94-5, otorgada a las 16 horas de 23 de octubre del 2008 del notario Ademar Antonio Zúñiga Quirós.—Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario.—1 vez.—RP2009141728.—(IN2009101675).
Tania Lorena Matamoros Castro y Ananías Matamoros Carvajal, constituyen sociedad anónima con número de cédula jurídica asigne el Registro Público, domicilio social y fiscal San José, Mora, Ciudad Colón, cien norte ochocientos oeste del Rancho El Higuerón, capital social cien mil colones, representación judicial y extrajudicial corresponde presidente y secretario, forma individual o con acuerdo de asamblea general de accionistas. Escritura número 95-5, otorgada a las 17 horas de 23 de octubre del 2008, del notario Ademar Antonio Zúñiga Quirós.—Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario.—1 vez.—RP2009141729.—(IN2009101676).
Juan Carlos Matamoros Carvajal y Tania Lorena Matamoros Castro, constituyen sociedad anónima con número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público, domicilio social y fiscal San José, Mora, Cuidad Colón, cien norte ochocientos oeste del Rancho El Higuerón, capital social cien mil colones, representación judicial y extrajudicial corresponde presidente y secretario, forma individual o con acuerdo de asamblea general de accionistas. Escritura número 96-5, otorgada a las 18 horas del 23 de octubre del 2008, del notario Ademar Antonio Zúñiga Quirós.—Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario.—1 vez.—RP2009141730.—(IN2009101677).
A las 10:50 horas del 15 de octubre del 2009, se constituyó la sociedad denominada Bimori Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Bimori S. A., el cual es nombre de fantasía en donde aparece como representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma presidente: Marcelino Villalobos Méndez, cédula de identidad número cinco-doscientos veinte-doscientos cincuenta y ocho y secretaria Marianela Rojas Alfaro, cédula de identidad número uno-mil ciento treinta y dos-trescientos cuatro. Plazo social noventa y nueve años. Agente residente Lic. Sehaneth Varela Trejos,.—Lic. Sehaneth Varela Trejos, Notaria.—1 vez.—RP2009141731.—(IN2009101678).
A las 10:40 horas del 15 de octubre del 2009, se constituyó la sociedad denominada Anam Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Anam S. A., el cual es nombre de fantasía en donde aparece como representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma presidente: Marcelino Villalobos Méndez, cédula de identidad número cinco-doscientos veinte-doscientos cincuenta y ocho y secretaria Marianela Rojas Alfaro, cédula de identidad número uno-mil ciento treinta y dos-trescientos cuatro. Plazo social noventa y nueve años. Agente residente: Lic. Sehaneth Varela Trejos.—Lic. Sehaneth Varela Trejos, Notaria.—1 vez.—RP2009141732.—(IN2009101679).
A las 10:40 horas del 15 de octubre del 2009, se constituyó la sociedad denominada Nakawe Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Nakawe S. A., el cual es nombre de fantasía en donde aparece como representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma el presidente: Marcelino Villalobos Méndez, cédula de identidad número cinco-doscientos veinte-doscientos cincuenta y ocho y secretaria Marianela Rojas Alfaro, cédula de identidad número uno-mil ciento treinta y dos-trescientos cuatro. Plazo social noventa y nueve años. Agente residente: Lic. Sehaneth Varela Trejos.—Lic. Sehaneth Varela Trejos, Notaria.—1 vez.—RP2009141733.—(IN2009101680).
Por escritura ciento veintiséis del tomo veintiséis otorgada ante mí el día de hoy se constituyó una sociedad anónima, cuyo nombre será asignado por el Registro Público mediante el número de cédula jurídica asignado más las palabras sociedad responsabilidad limitada. Gerente: Gina Violeta Sánchez Chacón. Plazo noventa y nueve años. Capital social diez mil colones.—San Isidro del General, 13 de noviembre año dos mil nueve.—Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario.—1 vez.—RP2009141734.—(IN2009101681).
Por escritura número doscientos diez-nueve, otorgada en esta notaría a las once horas del veintisiete de octubre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima Inversiones Bincho Sur Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse S. A., capital social de diez mil colones, Plazo social: noventa y nueve años, presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, a saber: David Cordero Ureña, cédula uno-mil doscientos catorce-cero diecinueve, Romelio Cordero Picado, cédula nueve-cero treinta y nueve-doscientos noventa, y Orlan Cordero Ureña, cédula uno-mil cuarenta y cinco-novecientos cuatro, respectivamente.—San Isidro de Pérez Zeledón, a las once horas del veintisiete octubre del año dos mil nueve.—Lic. Yolanda Chinchilla Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2009141735.—(IN2009101682).
Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las nueve horas, Mario Castillo Núñez y Antonio Castillo Picado, constituyeron la sociedad anónima. Presidente: Mario.—Pérez Zeledón, 13 de noviembre del año 2009.—Lic. Juan Luis Artavia Mata, Notario.—1 vez.—RP2009141736.—(IN2009101683).
El suscrito, Mario Humberto León Fallas, abogado y notario público; doy fe que ante mí se constituyó la sociedad denominada Vistas Panorámicas desde las Faldas del Chirripó Sociedad de Responsabilidad Limitada (que es nombre de fantasía), pudiendo abreviarse Vistas Panorámicas desde las Faldas del Chirripó S. R. L. Escritura otorgada en San Isidro, Pérez Zeledón, a las quince horas del nueve de setiembre dos mil nueve. Es todo.—San Isidro, Pérez Zeledón a las diez horas del dieciséis de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Mario Humberto León Fallas, Notario.—1 vez.—RP2009141737.—(IN2009101684).
A las 11:00 horas del 15 de octubre del 2009, se constituyó la sociedad denominada Itandehüi Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Itandehüi S. A., el cual es nombre de fantasía en donde aparece como representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma presidente: Marcelino Villalobos Méndez, cédula de identidad número cinco- doscientos veinte- doscientos cincuenta y ocho y secretaria: Marianela Rojas Alfaro, cédula de identidad número uno-mil ciento treinta y dos-trescientos cuatro. Plazo social noventa y nueve años. Agente residente Lic. Sehaneth Varela Trejos.—Lic. Sehaneth Varela Trejos, Notario.—1 vez.—RP2009141740.—(IN2009101685).
Por
escritura otorgada, hoy en mi notaría, se constituyó la sociedad Terraces o
The Pacific Realty Sociedad Anónima, cuyo domicilio es la ciudad de San
José, distrito octavo Mata Redonda, Sabana Sur, en Oficentro
Al ser
las trece horas del trece de noviembre del año dos mil nueve, procedo a
protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria número dos de la
compañía denominada tres - ciento uno - quinientos cincuenta y seis mil
trescientos tres sociedad anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno
-quinientos cincuenta y seis mil trescientos tres, entidad inscrita en
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Robliza Sociedad Anónima, plazo 99 años, capital ¢10.000,00. Presidente: Luis Armando Rojas Camacho. Escritura otorgada ante el notario Lic. Ricky Acuña Castro, en San José, a las 17:00 horas, del 16 de noviembre del año 2009.—Lic. Ricky Acuña Castro, Notario.—1 vez.—RP2009141746.—(IN2009101688).
Constitución de sociedad anónima Sociedad Taurina de Tres Piedras S. A., mediante el siguiente texto: “Por escritura otorgada ante el suscrito notario público en San Isidro de El General, a las nueve horas treinta minutos del trece de noviembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad que cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo Nº tres tres uno siete uno -J, domiciliada San Isidro de El General, distrito primero del cantón diecinueve (Pérez Zeledón), de la provincia de San José, Costa Rica, barrio Monserrat, San Rafael Norte, doscientos cincuenta metros oeste de Carretera Interamericana Sur. Se nombra presidente y tesorero con la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de El General, 13 de noviembre del 2009.—Lic. Édgar Fallas Martínez, Notario.—1 vez.—RP2009141752.—(IN2009101689).
La sociedad tres - ciento uno - quinientos setenta y siete mil seiscientos cuatro sociedad anónima; reforma la cláusula segunda en cuanto al domicilio social, y la cláusula décima novena: en cuanto al cambio de los miembros de la junta directiva, y confiere facultades de apoderado exclusivamente a su presidente Juan Carlos Sanabria Rojas.—Cartago, 16 de noviembre del 2009.—Lic. Juan Guillermo Coghi Molina, Notario.—1 vez.—RP2009141753.—(IN2009101690).
Por escritura autorizada a esta notaría, a las 15:00 horas del 11 de noviembre del año 2009. Se modificó la cláusula del domicilio de la compañía de la sociedad denominada Mariposa de Esterillos S. A.,.—San José, 11 de noviembre del año 2009.—Lic. Walter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2009141754.—(IN2009101691).
Por medio de la escritura número sesenta y ocho al ser las dieciséis horas del dieciséis de noviembre del año dos mil nueve, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Condoresidencia Acero Verde Sol Sociedad Anónima y por la cual se hizo nombramiento de nuevo presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San Marcos de Tarrazú, 16 noviembre del año dos mil nueve.—Lic. Ana Graciela Zúñiga Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2009141756.—(IN2009101692).
El
suscrito Rafael Ángel Solano Cruz, en mi condición de notario público hago
constar y doy fe, que en el protocolo diez en escritura número setenta y tres,
se constituyó la sociedad denominada con el nombre de fantasía Sabor Riera
España Sociedad Anónima, puliendo abreviarse Sabor Riera España S. A.
El domicilio social de la sociedad será en Esparza, provincia de Puntarenas,
República de Costa Rica, en Urbanización
Mediante
escritura 513, otorgada a las 14:00 horas del 29 de diciembre del 2008, ante
mí, Jorge Aquiles Brenes Martínez, se constituyó la sociedad Ram e Hijos
Sociedad Anónima, apoderada generalísima sin límite de suma: Eugenia Mireya
Herrera Alcázar, viuda una vez, portadora de la cédula de identidad: 7-041-251,
vecina de la ciudad de Limón,
Por medio de la escritura número doscientos trece, otorgada a las quince horas del día trece de noviembre dos mil nueve, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres- ciento uno - cuatrocientos setenta mil ochocientos setenta y cinco sociedad anónima, por la cual se reforma la cláusula sexta de la administración y se revocan los nombramientos de los miembros de la junta directiva y del fiscal se nombran nuevos miembros para esos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—RP2009141760.—(IN2009101695).
Por medio de la escritura número doscientos once, otorgada a las doce horas del día trece de noviembre dos mil nueve, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres- ciento uno - quinientos cuarenta y nueve mil ciento setenta y siete sociedad anónima, por la cual se reforma la cláusula sexta de la administración y se revocan los nombramientos de los miembros de la junta directiva y del fiscal se nombran nuevos miembros para esos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—RP2009141761.—(IN2009101696).
Por medio de la escritura número doscientos catorce, otorgada a las dieciséis horas día trece de noviembre del dos mil nueve, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Pampa De Paskey Limitada, Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste, capital social cien mil colones. Gerente: El señor Gary Leroy Brown.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—RP2009141762.—(IN2009101697).
Por
escritura otorgada en San José, a las 14:00 horas del 16 de noviembre del 2009,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de
Ante la
notaría de
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 10 de noviembre del 2009, Alex Gamboa Marín y Sandra Navarro Marín, constituyen Gama Maquinaria Pesada Sociedad Anónima. Representación judicial y extrajudicial corresponden al presidente y secretario. Presidenta: Sandra Navarro Marín.—San Marcos de Tarrazú, 10 de noviembre del 2009.—Lic. Marco Antonio Vargas V., Notario.—1 vez.—RP2009141767.—(IN2009101700).
Cordón de Vida Sociedad Anónima, reforma cláusulas primera y quinta del pacto social. Escritura otorgada en San José a las catorce horas treinta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil nueve.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notario.—1 vez.—RP2009141770.—(IN2009101701).
Por escritura número sesenta y nueve - cuatro, otorgada en Palmares de Alajuela, al ser las diecisiete horas del trece de noviembre del dos mil nueve, se constituyó ante esta notaría una sociedad anónima, la denominación social se dará de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo: treinta y tres mil ciento setenta y uno -J, del veintinueve de mayo del dos mil seis. Jaime Campos Rodríguez, presidente.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—RP2009141771.—(IN2009101702).
Por escritura número setenta, del tomo cuarto del protocolo del suscrito notario, a las nueve horas del quince de noviembre del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Agencia de Seguros Inversiones y Seguros de Occidente Sociedad Anónima, mediante la cual se revoca nombramiento de tesorero y se nombra nuevo tesorero.—Palmares de Alajuela, quince de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—RP2009141772.—(IN2009101703).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del diez de noviembre del año dos mil nueve, El Centro del Sonido Sociedad Anónima, reforma las cláusulas segunda y quinta de las constitutivas y se ratifican puestos del presidente y de la secretaria, y se hacen nuevos nombramientos.—San Isidro de Pérez Zeledón, diez de noviembre del año dos mil nueve.—Lic. Olman Vargas Cubero, Notario.—1 vez.—RP2009141775.—(IN2009101704).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del dieciséis de noviembre del año dos mil nueve, la sociedad tres - ciento uno - quinientos setenta y cinco mil cuatrocientos treinta y seis sociedad anónima, reforma la cláusula de la denominación para que ahora se identifique como Southern Journey Sociedad Anónima, nombre de fantasía y que en español significa Viaje Al Sur S. A.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, dieciséis de noviembre del año dos mil nueve.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notario.—1 vez.—RP2009141776.—(IN2009101705).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del doce de noviembre del ano dos mil nueve, la sociedad BM Soulea Limitada, revoca y nombra nuevos gerentes, además reforma la cláusula sétima de pacto constitutivo referente a la representación.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, doce de noviembre del año dos mil nueve.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notario.—1 vez.—RP2009141777.—(IN2009101706).
Ante esta notaría, mediante la escritura número ochenta y ocho del tomo dos, otorgada el once de noviembre del dos mil nueve, se constituye la sociedad que se denomina Grupo Aduanero B&C Sociedad Anónima, representada judicial y extrajudicialmente por su presidente Luis Chavarría Bristan.—San José, 16 de noviembre del 2009.—Lic. Elsibel Figueroa Díaz, Notario.—1 vez.—RP2009141779.—(IN2009101707).
Por escritura de las quince horas treinta minutos, del catorce de julio del dos mil nueve, ante el notario Ignacio Miguel Beirute Gamboa y escritura de las quince horas del treinta de setiembre del dos mil nueve, otorgada ante el suscrito notario Gustavo Badilla Araya, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la compañía Irujo & Trujillo S. A., donde se modifica la cláusula segunda del domicilio social, se acuerda aumento de capital con los que se modifica la cláusula cuarta del pacto constitutivo y se nombran por haber renunciado a sus cargos los anteriores presidente, tesorero y secretaria.—San José, trece de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Gustavo Badilla Araya, Notario.—1 vez.—RP2009141780.—(IN2009101708).
Por escritura, número ciento seis, de las diecisiete horas del dieciséis de noviembre del dos mil nueve, de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Constructora Montesala S. A., nombrados miembros de junta directiva siendo el presidente y tesorero apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Alfonso Urquijo Castro, Notario.—1 vez.—RP2009141783.—(IN2009101709).
Por medio de la escritura número doscientos tres, otorgada a las dieciséis horas del día diez de noviembre del dos mil nueve, ante esta notaría, se constituyó una sociedad anónima, la cual se denominará Villa Mateana Sociedad Anónima. Capital social cien mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Presidente: El señor Vincent Miceli.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—RP2009141784.—(IN2009101710).
Por medio de la escritura número doscientos tres, otorgada a las dieciséis horas del día diez de noviembre del dos mil nueve, ante esta notaría, se constituyó una sociedad anónima, la cual se denominará Administraciones Peñón del Sol Dos Mil Nueve Sociedad Anónima. Capital social ciento ochenta y siete mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Presidente: la señora Debra Ann Bruton.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—RP2009141785.—(IN2009101711).
Por medio de la escritura número ciento noventa y cuatro, otorgada a las nueve horas del día cinco de noviembre del dos mil nueve, ante esta notaría, se constituyó una sociedad anónima, la cual se denominará Unidad Ocho Vista Perfecta Sociedad Anónima. Capital social cien mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Presidente: El señor Robert Donald Bell.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—RP2009141786.—(IN2009101712).
Por medio de la escritura número ciento noventa y dos, otorgada a las doce horas del día cuatro de noviembre dos mil nueve, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Silver Sea Management of Coco Sociedad Anónima, por la cual se reforman las cláusula segunda del domicilio y se revocan los nombramientos de los miembros de la junta directiva y se nombran nuevos miembros para esos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—RP2009141787.—(IN2009101713).
Por medio de la escritura número ciento noventa y tres, otorgada a las quince horas del día cuatro de noviembre dos mil nueve, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Grizz Forty And Three Sociedad Anónima, por la cual se reforman las cláusulas sexta de la administración, y se revocan los nombramientos de los miembros de la junta directiva y se nombran nuevos miembros para esos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—RP2009141788.—(IN2009101714).
Por escritura número doscientos treinta y nueve del tomo cuarto de mi protocolo, otorgada en esta notaría a las ocho horas del dieciséis de noviembre del dos mil nueve, se constituyen quince sociedades anónimas denominadas Hema Tecnología y Servicios Asociados Sociedad Anónima; Heli Corporación Informática y de Servicios Sociedad Anónima; Compañía de Inversiones Zuse Mo Sociedad Anónima; Multiservicios Cuatro Zuyzu SD, Sociedad Anónima; Sesa RJ, Servicios de Informática Sociedad Anónima; Diseños Informáticos FDC Centroamérica Sociedad Anónima; Consultores MDM Mundial Sociedad Anónima; Desarrollos CDF Inmobiliarios CR Sociedad Anónima; Grupo Empresarial GBM Seis Sociedad Anónima; Inversiones LAI Costa Rica Sociedad Anónima; Compuservicios YAP CC Sociedad Anónima; SMC Doce Multiservicios Sociedad Anónima; ATL Dos Mil Diez Sociedad Anónima; RNB Negocios Varios Sociedad Anónima; RPD Arrendamientos y Servicios Inmobiliarios Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse en su aditamento S. A., todas con domicilio en Ciudad Colón de Mora, capital social diez mil colones, Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 16 de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Luis Diego Herrera Elizondo, Notario.—1 vez.—RP2009141789.—(IN2009101715).
Ante mí, Johnny Vargas Porras, notario público con oficina abierta en Santiago de Puriscal, un kilómetro al sur del Banco Popular, se constituye la sociedad denominada Tomax Forest Valley S. A. Capital social: Doce mil colones exactos. Plazo social: cien años. Objeto: Amplio. Representación: Presidente, y vicepresidente. Escritura otorgada en Puriscal, a las doce horas del siete de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Johnny Vargas Porras, Notario.—1 vez.—RP2009141792.—(IN2009101716).
Por escritura pública otorgada, a las once horas del dieciséis de noviembre del dos mil nueve, de protocolización de piezas, se modifica la cláusula segunda y la cláusula novena, de la sociedad denominada Grupo Penta Cinco Sociedad Anónima. Presidente: José Eduardo Angulo Aguilar.—San José, diecisiete de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Alejandro Villalobos Hernández, Notario.—1 vez.—RP2009141793.—(IN2009101717).
Constitución de sociedad mercantil Anchor Sea Food Sociedad Anónima. Plazo 100 años. Domicilio Puntarenas centro. Capital: 100.000,00 colones. Presidente: Raimond Barquero Víquez, escritura número treinta y nueve, de las 15:00 horas, del 16 de noviembre del 2009.—Lic. Zianny María Ugarte Ulate, Notaria.—1 vez.—RP2009141794.—(IN2009101718).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, Paola Fonseca Rojas, carné 15578, escritura otorgada en la cuidad de Grecia, a las 15:00 horas, del 13 de noviembre del 2009, se constituyó la sociedad denominada Doris Metropolitan Planilla Restaurante Sociedad Anónima, de la cual su domicilio será Los Ángeles de Grecia, distrito Bolívar, Alajuela, quinientos metros al norte de la escuela.—Lic. Paola Fonseca Rojas, Notario.—1 vez.—RP2009141796.—(IN2009101719).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Trasportes Galácticos Sociedad Anónima. Así consta en escritura otorgada en San Antonio de Belén a las diez horas del dieciséis de noviembre del dos mil nueve, ante la notaria Olga Morera Chaves.—San Antonio de Belén, diecisiete de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Olga Morera Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2009141797.—(IN2009101720).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Chavespin Sociedad Anónima. Así consta en escritura otorgada en San Antonio de Belén, a las diez horas, del dieciséis de noviembre del dos mil nueve, ante la notaria Olga Morera Chaves.—San Antonio de Belén, diecisiete de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Olga Morera Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2009141798.—(IN2009101721).
Ante mí, Licenciado Eduardo Castro Salas, notario público, por escritura número ciento noventa y seis, de las diez horas con cinco minutos del trece de noviembre de dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea donde se nombró nuevo tesorero de la junta directiva; y se reformó el pacto social de Plantas del Trópico ARC S. A., quedando el presidente con las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Eduardo Castro Salas, Notario.—1 vez.—RP2009141801.—(IN2009101722).
Ante mí, Luis Alberto Campos Flores, notario público, se constituye la sociedad que se denominará de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos y tres del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil cientos setenta y uno J. Capital suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo. Domicilio San José. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas treinta y cinco minutos del trece de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Luis Alberto Campos Flores, Notario.—1 vez.—RP2009141803.—(IN2009101723).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, el día 16 de noviembre del
Por
escritura otorgada ante esta notaría, el día 16 de noviembre del
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del dieciséis de noviembre de dos mil nueve, se constituyó Line Of Thunder Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social totalmente suscrito y pagado. El gerente es el representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma pudiendo actuar individualmente.—San José, dieciséis de noviembre de dos mil nueve.—Lic. Rogelio Mariano Navas Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2009141809.—(IN2009101726).
Ante esta notaría, a las 13:00 horas del 16 de noviembre del 2009, mediante escritura número 320, se constituyó la sociedad Decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno J, plazo social noventa y nueve años. Capital social cien mil colones, representación judicial y extrajudicial a cargo del presidente.—San José, 16 de noviembre del 2009.—Lic. Edwin Rodrigo Masís Quirós, Notario.—1 vez.—RP2009141810.—(IN2009101727).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del dieciséis de noviembre de dos mil nueve, se constituyó Giant Valley Ventures Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social totalmente suscrito y pagado. El gerente es el representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma pudiendo actuar individualmente.—San José, dieciséis de noviembre de dos mil nueve.—Lic. Rogelio M. Navas Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2009141811.—(IN2009101728).
Ante la notaría de Vanessa Molina Incera, se ha constituido la sociedad denominada Grupo Consulex Sociedad Anónima, con domicilio en San José. Presidente: Emilio Arias Rodríguez.—San José, nueve de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Vanessa Molina Incera, Notario.—1 vez.—RP2009141812.—(IN2009101729).
Ante la notaría de Vanessa Molina Incera, se ha constituido la sociedad denominada Consorcio de Inversiones Granados y Asociados Sociedad Anónima, con domicilio en San José. Presidente: Jasson Arturo Chinchilla Granados.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Vanessa Molina Incera, Notario.—1 vez.—RP2009141814.—(IN2009101730).
Por escritura pública otorgada ante mi en San José, a las 15:00 horas del día de hoy, se modificó lo concerniente a la administración y el domicilio de la compañía 3-101-471213 s. a.—San José, 12 de noviembre del 2009.—Lic. Aldo Fabricio Morelli Lizano, Notario.—1 vez.—RP2009141815.—(IN2009101731).
Por escritura otorgada ante esta notaría y en esta ciudad a las catorce horas del doce de noviembre del año dos mil nueve. Los señores Shaun Duffey (nombre) Harris, (apellido) y Sonia Herrera Acuña, constituyen una sociedad anónima denominada Q L de Costa Rica Sociedad Anónima, y podrá abreviarse en su aditamento S. A. Nombre que es de fantasía. Domicilio: San José. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Pablo Matamoros Arosemena, Notario.—1 vez.—RP2009141816.—(IN2009101732).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del dieciséis de noviembre del dos mil nueve, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda y sétima y se nombra nueva junta directiva de la sociedad Mares Azules M A Sociedad Anónima.—San José, diecisiete de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2009141818.—(IN2009101733).
Al ser las 10:00 horas del 9 de noviembre del 2009, se reforma totalmente la cláusula segunda y nombra nuevo gerente de la sociedad Nibrok Internacional Limitada. gerente Roberto Navarro Bermúdez.—Lic. Douglas Campos Agüero, Notario.—1 vez.—RP2009141819.—(IN2009101734).
Por escritura otorgada en esta fecha, se protocolizó actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de Mindoro Azul Plata S. A. y Desarrollos Industriales Montebello S. A., por las cuales acordaron fusionarse, prevaleciendo la segunda; y se aumenta su capital social. Publíquese una vez, artículo 221 del Código de Comercio.—San José, 12 de noviembre del 2009.—Lic. José Adolfo Borge Lobo, Notario.—1 vez.—RP2009141821.—(IN2009101735).
Por escritura número doscientos doce de las 16 horas 40 minutos del día 16 de noviembre del 2009, protocolicé acta asamblea general ordinaria y extraordinaria de la firma Entre Ríos de Puerto Viejo S. A. Se reforma cláusulas segunda, sexta y se suprime la décima primera. Se reorganiza la junta directiva.—San José, 16 de noviembre del 2009.—Lic. Lucila de Pedro Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2009141822.—(IN2009101736).
Por escritura pública otorgada, a las ocho horas treinta minutos, del diecisiete de noviembre del dos mil nueve, se protocolizó el acta de cambio de junta directiva de la sociedad denominada bajo el número de cédula jurídica número 3-101-515122.—San José, diecisiete de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Kenneth Muñoz Ureña, Notario.—1 vez.—RP2009141828.—(IN2009101737).
A las siete horas quince minutos del día de hoy, Hogares de Costa Rica S. A. y Compañía Territorial Heliar S. A., constituyeron la sociedad cuya denominación será el número de cédula de persona jurídica que el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público de oficio le asigne al momento de su inscripción; esto de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J. Plazo: cien años. Presidente: Juan Francisco Escobar Crespo. Capital social: diez mil colones.—San José, veintinueve de octubre del año dos mil nueve.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2009141832.—(IN2009101738).
Tierra
Prometida del Segador Sociedad Anónima JMR, cédula jurídica 3-101-264598,
domiciliada en San Luis de Pital de San Carlos
Roeni
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-224212, domiciliada en San Luis
de Pital de San Carlos
A las siete horas treinta minutos del día de hoy, Hogares de Costa Rica S. A. y Compañía Territorial Heliar S. A., constituyeron la sociedad cuya denominación será el número de cédula de persona jurídica que el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público de oficio le asigne al momento de su inscripción; esto de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J. Plazo: Cien años. Presidente: Juan Francisco Escobar Crespo. Capital social: Diez mil colones.—San José, veintinueve de octubre del año dos mil nueve.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2009141835.—(IN2009101741).
A las siete horas del día de hoy, Hogares de Costa Rica S. A. y Compañía Territorial Heliar S. A., constituyeron la sociedad cuya denominación será el número de cédula de persona jurídica que el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público de oficio le asigne al momento de su inscripción; esto de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J. Plazo: Cien años. Presidente: Juan Francisco Escobar Crespo. Capital social: Diez mil colones.—San José, veintinueve de octubre del año dos mil nueve.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2009141837.—(IN2009101742).
A las siete horas cuarenta y cinco minutos del día de hoy, Hogares de Costa Rica S. A. y Compañía Territorial Heliar S. A., constituyeron la sociedad cuya denominación será el número de cédula de persona jurídica que el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público de oficio le asigne al momento de su inscripción; esto de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J. Plazo: Cien años. Presidente: Juan Francisco Escobar Crespo. Capital social: Diez mil colones.—San José, veintinueve de octubre del año dos mil nueve.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2009141838.—(IN2009101743).
A las ocho horas del día de hoy, Hogares de Costa Rica S. A. y Compañía Territorial Heliar S. A., constituyeron la sociedad cuya denominación será el número de cédula de persona jurídica que el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público de oficio le asigne al momento de su inscripción; esto de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J. Plazo: Cien años. Presidente: Juan Francisco Escobar Crespo. Capital social: Diez mil colones.—San José, veintinueve de octubre del año dos mil nueve.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2009141839.—(IN2009101744).
A las ocho horas quince minutos del día de hoy, Hogares de Costa Rica S. A. y Compañía Territorial Heliar S. A., constituyeron la sociedad cuya denominación será el número de cédula de persona jurídica que el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público de oficio le asigne al momento de su inscripción; esto de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J. Plazo: Cien años. Presidente: Juan Francisco Escobar Crespo. Capital social: Diez mil colones.—San José, veintinueve de octubre del año dos mil nueve.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2009141840.—(IN2009101745).
A las ocho horas treinta minutos del día de hoy, Hogares de Costa Rica S. A. y Compañía Territorial Heliar S. A., constituyeron la sociedad cuya denominación será el número de cédula de persona jurídica que el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público de oficio le asigne al momento de su inscripción; esto de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J. Plazo: Cien años. Presidente: Juan Francisco Escobar Crespo. Capital social: Diez mil colones.—San José, veintinueve de octubre del año dos mil nueve.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2009141841.—(IN2009101746).
A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del día de hoy, Hogares de Costa Rica S. A. y Compañía Territorial Heliar S. A., constituyeron la sociedad cuya denominación será el número de cédula de persona jurídica que el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público de oficio le asigne al momento de su inscripción; esto de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J. Plazo: Cien años. Presidente: Juan Francisco Escobar Crespo. Capital social: Diez mil colones.—San José, veintinueve de octubre del año dos mil nueve.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2009141842.—(IN2009101747).
A las nueve horas del día de hoy, Hogares de Costa Rica S. A. y Compañía Territorial Heliar S. A., constituyeron la sociedad cuya denominación será el número de cédula de persona jurídica que el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público de oficio le asigne al momento de su inscripción; esto de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J. Plazo: Cien años. Presidente: Juan Francisco Escobar Crespo. Capital social: Diez mil colones.—San José, veintinueve de octubre del año dos mil nueve.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2009141843.—(IN2009101748).
A las nueve horas quince minutos del día de hoy, Hogares de Costa Rica S. A. y Compañía Territorial Heliar S. A., constituyeron la sociedad cuya denominación será el número de cédula de persona jurídica que el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público de oficio le asigne al momento de su inscripción; esto de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J. Plazo: Cien años. Presidente: Juan Francisco Escobar Crespo. Capital social: Diez mil colones.—San José, veintinueve de octubre del año dos mil nueve.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2009141844.—(IN2009101749).
A las nueve horas treinta minutos del día de hoy, Hogares de Costa Rica S. A. y Compañía Territorial Heliar S. A., constituyeron la sociedad cuya denominación será el número de cédula de persona jurídica que el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público de oficio le asigne al momento de su inscripción; esto de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J. Plazo: Cien años. Presidente: Juan Francisco Escobar Crespo. Capital social: Diez mil colones.—San José, veintinueve de octubre del año dos mil nueve.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2009141845.—(IN2009101750).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, el día de hoy, se constituyó la sociedad Automotriz G.V.S. Sociedad Anónima. Capital social: Cien mil colones, presidente y secretario con facultades.—San José, 10 de noviembre del 2009.—Lic. Joel Valverde Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2009141846.—(IN2009101751).
A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del día de hoy, Hogares de Costa Rica S. A. y Compañía Territorial Heliar S. A., constituyeron la sociedad cuya denominación será el número de cédula de persona jurídica que el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público de oficio le asigne al momento de su inscripción; esto de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J. Plazo: Cien años. Presidente: Juan Francisco Escobar Crespo. Capital social: Diez mil colones.—San José, veintinueve de octubre del año dos mil nueve.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2009141847.—(IN2009101752).
A las diez horas del día de hoy, Hogares de Costa Rica S. A. y Compañía Territorial Heliar S. A., constituyeron la sociedad cuya denominación será el número de cédula de persona jurídica que el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público de oficio le asigne al momento de su inscripción; esto de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J. Plazo: Cien años. Presidente: Juan Francisco Escobar Crespo. Capital social: Diez mil colones.—San José, veintinueve de octubre del año dos mil nueve.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2009141849.—(IN2009101753).
A las diez horas quince minutos del día de hoy, Hogares de Costa Rica S. A. y Compañía Territorial Heliar S. A., constituyeron la sociedad cuya denominación será el número de cédula de persona jurídica que el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público de oficio le asigne al momento de su inscripción; esto de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J. Plazo: Cien años. Presidente: Juan Francisco Escobar Crespo. Capital social: Diez mil colones.—San José, veintinueve de octubre del año dos mil nueve.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2009141851.—(IN2009101754).
A las diez horas treinta minutos del día de hoy, Hogares de Costa Rica S. A. y Compañía Territorial Heliar S. A., constituyeron la sociedad cuya denominación será el número de cédula de persona jurídica que el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público de oficio le asigne al momento de su inscripción; esto de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J. Plazo: Cien años. Presidente: Juan Francisco Escobar Crespo. Capital social: Diez mil colones.—San José, veintinueve de octubre del año dos mil nueve.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2009141852.—(IN2009101755).
A las diez horas cuarenta y cinco minutos del día de hoy, Hogares de Costa Rica S. A. y Compañía Territorial Heliar S. A., constituyeron la sociedad cuya denominación será el número de cédula de persona jurídica que el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público de oficio le asigne al momento de su inscripción; esto de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J. Plazo: Cien años. Presidente: Juan Francisco Escobar Crespo. Capital social: Diez mil colones.—San José, veintinueve de octubre del año dos mil nueve.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2009141853.—(IN2009101756).
A las once horas del día de hoy, Hogares de Costa Rica S. A. y Compañía Territorial Heliar S. A., constituyeron la sociedad cuya denominación será el número de cédula de persona jurídica que el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público de oficio le asigne al momento de su inscripción; esto de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J. Plazo: Cien años. Presidente: Juan Francisco Escobar Crespo. Capital social: Diez mil colones.—San José, veintinueve de octubre del año dos mil nueve.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2009141855.—(IN2009101757).
A las once horas quince minutos del día de hoy, Hogares de Costa Rica S. A. y Compañía Territorial Heliar S. A., constituyeron la sociedad cuya denominación será el número de cédula de persona jurídica que el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público de oficio le asigne al momento de su inscripción; esto de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J. Plazo: Cien años. Presidente: Juan Francisco Escobar Crespo. Capital social: Diez mil colones.—San José, veintinueve de octubre del año dos mil nueve.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2009141856.—(IN2009101758).
A las once horas treinta minutos del día de hoy, Hogares de Costa Rica S. A. y Compañía Territorial Heliar S. A., constituyeron la sociedad cuya denominación será el número de cédula de persona jurídica que el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público de oficio le asigne al momento de su inscripción; esto de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J. Plazo: Cien años. Presidente: Juan Francisco Escobar Crespo. Capital social: Diez mil colones.—San José, veintinueve de octubre del año dos mil nueve.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2009141857.—(IN2009101759).
A las once horas cuarenta y cinco minutos del día de hoy, Hogares de Costa Rica S. A. y Compañía Territorial Heliar S. A., constituyeron la sociedad cuya denominación será el número de cédula de persona jurídica que el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público de oficio le asigne al momento de su inscripción; esto de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J. Plazo: Cien años. Presidente: Juan Francisco Escobar Crespo. Capital social: Diez mil colones.—San José, veintinueve de octubre del año dos mil nueve.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2009141858.—(IN2009101760).
Se ha constituido San Bada Sociedad Anónima. Capital social: sesenta mil colones. Domicilio: en la ciudad de Quepos, frente al Banco Popular. Vigencia: setenta y cinco años. Kim Jin Jong Kwan, Hyun Sook Kim Jun Dante Kim Jun Hante Kim Jun.—Quepos, trece de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Ángel Picado Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2009141861.—(IN2009101761).
Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las diecinueve horas cero minutos del día doce de noviembre del dos mil nueve, se constituyó la entidad denominada Puntero Siguiente Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2009.—Lic. Alejandro Vargas Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2009141862.—(IN2009101762).
Ante esta notaría, por escritura otorgada en San José, a las nueve horas cincuenta minutos del trece de noviembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada con el número de cédula jurídica que se le asigne. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Dannia Mayela Rodríguez Astorga, Notaria.—1 vez.—RP2009141868.—(IN2009101763).
Yo, Juan Carlos Radulovich Quijano, notario público con oficina en Guápiles, debidamente autorizado, protocolicé acta de asamblea general de socios de la sociedad Tierra Fértil de Lucania Ganadera S. A., por lo cual se acepta la renuncia del vicepresidente de la junta directiva, y se nombra al señor Virgilio Peraza Porras.—Guápiles, 17 de noviembre del 2009.—Lic. Juan Carlos Radulovich Quijano, Notario.—1 vez.—RP2009141871.—(IN2009101764).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día 11 de noviembre del 2009, se constituyeron cinco sociedades de responsabilidad limitada, que se denominarán: (i) Hojas de Verano S.R.L.; (ii) Ríos Claros y Azules S.R.L.; (iii) Ondas Blances del Norte S.R.L., (iv) Flores y Hojas del Caribe S.R.L., y (v) Primavera Dulce S.R.L. Estarán representadas por el gerente. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, quince horas del 11 de noviembre del 2009.—Lic. Felipe Calvo Argeñal, Notario.—1 vez.—RP2009141874.—(IN2009101765).
Que en asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Gimya Sociedad Anónima, celebrada a las 08:00 horas del día 27 de octubre del 2009, en su domicilio social, se acordó reformar las cláusulas segunda, quinta, sexta, nombrar nueva junta directiva y fiscal.—San José, doce horas del 9 de noviembre del 2009.—Lic. Felipe Calvo Argeñal, Notario.—1 vez.—RP2009141875.—(IN2009101766).
Que en asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Gilmayaji Sociedad Anónima, celebrada a las 08:00 horas del día 5 de noviembre del 2009, en su domicilio social, se acordó reformar las cláusulas segunda y sétima, nombrar nueva junta directiva y fiscal.—San José, diez horas del 9 noviembre del 2009.—Lic. Felipe Calvo Argeñal, Notario.—1 vez.—RP2009141876.—(IN2009101767).
Por escritura número ciento treinta y ocho-cuatro, de las doce horas cuarenta y cinco minutos del trece de noviembre del dos mil nueve, se protocoliza acuerdo que reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo de Pokegama Estates S. A.—Liberia, trece de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Rosa María Escudé Suárez, Notaria.—1 vez.—RP2009141877.—(IN2009101768).
Por escritura número ciento treinta y nueve-cuatro, de las trece horas del trece de noviembre del dos mil nueve, se protocoliza acuerdo que reforma la cláusula octava del pacto constitutivo de Into The Heart Limited, y se nombra gerente general.—Liberia, trece de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Rosa María Escudé Suárez, Notaria.—1 vez.—RP2009141878.—(IN2009101769).
Por escritura número 62-8-2009, otorgada a las quince horas del 15 de noviembre del 2009, se modifica la cláusula segunda del domicilio social así como la cláusula sexta de la administración y poderes de la sociedad denominada como Arquetipos Constructores Y D S. A.—San José, 15 de noviembre del 2009.—Lic. Alfredo López-Calleja París, Notario.—1 vez.—RP2009141881.—(IN2009101770).
Mediante escritura número sesenta y tres-dos, visible al folio treinta y nueve de tomo dos del protocolo del Lic. Andrés González Anglada, se constituyó la sociedad denominada Boutique BB Nosrara Sociedad Anónima. Representación judicial y extrajudicial a cargo de presidente y secretaria, actuando conjunta o separadamente. Capital social: diez mil colones, distribuido en dos acciones comunes y nominativas de cinco mil colones cada una. Es todo.—Lic. Andrés Francisco González Anglada, Notario.—1 vez.—RP2009141882.—(IN2009101771).
La suscrita Andrea Rojas Rodríguez, notaria pública con oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que mediante escritura número doscientos treinta y uno, iniciada al folio ciento treinta y ocho vuelto, del tomo sétimo de mi protocolo, otorgada ante mi notaría, al ser las diecisiete horas, del día dieciséis de noviembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima denominada Transportes Arvar Sociedad Anónima, cuyo presidente y tesorera, tienen la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Atenas, 16 de noviembre del 2009.—Lic. Andrea Rojas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2009141888.—(IN2009101772).
Por escritura pública de las once horas diez minutos del doce de noviembre del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Helitours Aviation Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula primera de sus estatutos, cambiando su denominación social a Heli - Jet Aviation Sociedad Anónima.—Lic. Arturo Fournier Facio, Notario.—1 vez.—RP2009141890.—(IN2009101773).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas treinta minutos del ocho de julio del dos mil nueve, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada tres-ciento dos-quinientos cincuenta y siete mil trescientos noventa y seis sociedad de responsabilidad limitada, en la cual se procede a la modificación de las cláusulas primera, segunda y novena del pacto constitutivo, y se procede al nombramiento de nueva junta directiva.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Minor Gómez Goicoechea, Notario.—1 vez.—RP2009141894.—(IN2009101774).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas del día diecisiete de noviembre del dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Condominio Los Portones Lote Siete Jox S. A., donde se acuerda modificar la cláusula segunda de los estatutos, y se revocan y hacen nombramientos.—San José, diecisiete de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2009141895.—(IN2009101775).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas quince minutos del día diecisiete de noviembre del dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres ciento uno-quinientos treinta mil quinientos cincuenta y cinco S. A., donde se acuerda modificar las cláusulas segunda, quinta y sexta; se adicionan las cláusulas décima primera y décima segunda, y se revocan y se hacen nombramientos.—San José, diecisiete de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2009141896.—(IN2009101776).
Por escritura número ciento noventa y ocho, de las diecisiete horas del dieciséis de noviembre, otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Agencia de Seguros Heredia Sociedad Anónima. Se nombra secretario, tesorero y fiscal de junta directiva.—Tres Ríos, dieciséis de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Marta Vargas Arrieta, Notaria.—1 vez.—RP2009141899.—(IN2009101777).
Por escritura 123-4, de las 08:00 horas del 1º de octubre del 2009, protocolicé acta 02 de Compañía de Investigación y Seguridad Táctica Coinseta S. A., por la cual se junta directiva y domicilio social. Por escritura 30-4, de las 10:00 horas del 19 de marzo del 2009, protocolicé acta de Triumph Holdings S. A., por la cual se cambia el domicilio social.—San José, 16 de noviembre del 2009.—Lic. Eduardo Lobo Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2009141900.—(IN2009101778).
Por escritura otorgada ante mí, Ilse González Menéndez, constituyó Centro Hidropónico El Punto Sociedad Anónima, abreviada a su aditamento “S. A.” Plazo social: noventa y nueve años. Representación legal ejerciendo su presidente: José Raúl Villegas Briceño y su secretario: Manuel Villalobos Rojas, en forma conjunta o separada.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Ilse González Menéndez, Notaria.—1 vez.—RP2009141901.—(IN2009101779).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, en la ciudad de San José, a las dieciséis horas del catorce de noviembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Custom Software Development Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Domicilio social: San José, Goicoechea, Ipís, Zetillal, Alameda Los Cocos, casa trescientos ochenta y seis.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Mónica P. Umaña Barrantes, Notaria.—1 vez.—RP2009141903.—(IN2009101780).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaría, en la ciudad de San José, a las dieciséis horas del catorce de noviembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Alive Box Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Domicilio social: San José, Goicoechea, Ipís, Zetillal, Alameda Los Jocotes, casa novecientos dieciocho.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Mónica P. Umaña Barrantes, Notaria.—1 vez.—RP2009141904.—(IN2009101781).
Por escritura número doscientos diecinueve, otorgada en esta notaría, a las 11:00 horas del 29 de octubre del 2009, se protocoliza acta de la sociedad Monterrastrojos S. A., sobre cambio de presidente y domicilio social San José, San Pedro de Montes de Oca.—San José, 29 de octubre del 2009.—Lic. Vielka Pitti Obando, Notaria.—1 vez.—RP2009141908.—(IN2009101782).
Mediante la
escritura número ciento noventa y cinco-ciento treinta y cinco, visible a folio
ciento cincuenta y nueve vuelto de mi protocolo, los señores Chieh Wen Cheng,
taiwanés, mayor, casado una vez, empresario, cédula de residencia número uno
uno cinco ocho cero cero dos cinco nueve tres cuatro, vecino de San Ramón,
Alajuela, de
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 13:00 horas del 3 de noviembre, Edwin Acuña Vargas y Rosibel Fernández Morera, constituyen una sociedad anónima que se denominará igual al número de cédula jurídica que le sea asignada.—Naranjo, diez de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Guadalupe Montero Ugalde, Notaria.—1 vez.—RP2009141914.—(IN2009101784).
En esta notaría,
mediante escritura pública número: 27-20, se constituyó la sociedad
Por escritura otorgada ante mí, a las 07:30 horas del 16 de noviembre del 2009, se constituyó la sociedad denominada Smart Tech Computer Heredia S. A.—Alajuela, 16 de noviembre del 2009.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—RP2009141918.—(IN2009101786).
Mediante escritura número: doscientos dieciocho-siete, del día 13 de noviembre del 2009, se constituyó la sociedad anónima denominada: Ileana Rojas Laurent S. A., con domicilio en Zarcero, Alajuela.—13 de noviembre del 2009.—Lic. Víctor Edo. Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—RP2009141919.—(IN2009101787).
Mediante escritura número: doscientos diecisiete-siete, del día 13 de noviembre del 2009, se constituyó la sociedad anónima denominada: Marianita Rojas Laurent S. A., con domicilio en Zarcero, Alajuela.—13 de noviembre del 2009.—Lic. Víctor Edo. Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—RP2009141920.—(IN2009101788).
Se hace saber que mediante protocolización de acta de asamblea general de accionistas número cinco de tres-ciento uno-cuatro ocho cuatro tres cinco siete s. a., otorgada ante mi notaría, a las diez horas de hoy, se modificaron las cláusulas uno, dos y ocho del pacto social de dicha empresa.—San José, 16 de noviembre del 2009.—Lic. Juan Carlos Castro Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2009141924.—(IN2009101789).
Agora GMG S. A., protocoliza acta de asamblea general extraordinaria, celebrada en su domicilio social. Se recibe la renuncia del secretario y se nombra nuevo. Se hacen nuevos nombramientos en los cargos de tesorero y fiscal.—San José, a las ocho horas del dieciséis de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Mónica Lleras Barrantes, Notaria.—1 vez.—RP2009141925.—(IN2009101790).
Ante mi notaría, a las 16:00 horas del día 16 de noviembre del 2009, se constituyó Trejovel Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado.—San José, 17 de noviembre del 2009.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—RP2009141927.—(IN2009101791).
Ante mi notaría, a las 17:30 horas del día 10 de noviembre del 2009, se constituyó Mega Silants Costa Rica Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado.—San José, 17 de noviembre del 2009.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—RP2009141928.—(IN2009101792).
Por escritura otorgada ante mí, a las 09:00, 09:15 y 09:30 horas de hoy, se constituyeron Grumoca Grúas y Montacargas S. A.; Costa Rica Machinery S. A., y Labtronic S. A., respectivamente. En todas el capital está íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José. Presidente: con plenas facultades.—San José, 16 de noviembre del 2009.—Lic. Carlos Guardia Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2009141929.—(IN2009101793).
Los
suscritos, María Cristina Córdoba Sánchez, Mauricio Chinchilla Córdoba, Mayela
Chinchilla Córdoba, constituyen sociedad anónima con nombre de cédula jurídica,
de conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo número treinta y tres
mil ciento setenta y uno, publicado en
Escritura 230-6, otorgada a las 11:00 horas del día 14 de noviembre del 2009, se constituyó Inversiones Edwileomar S. A. Domicilio: Barrio San Andrés, Pérez Zeledón, San José, de la escuela 25 sur y 150 oeste. Capital social: de 6.000 colones, representado por 6 acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, totalmente suscritas y pagadas. Presidente y tesorero, apoderados generalísimos sin límite de suma. San Isidro, Pérez Zeledón, al ser las 17:00 horas del día 16 de noviembre del 2009. Escritura otorgada en connotariado ante los notarios: Lic. Virgita Gamboa Muñoz y Lic. Nelson Quirós Naranjo.—Lic. Nelson Quirós Naranjo, Notario.—1 vez.—RP2009141931.—(IN2009101795).
Ante esta notaría, a las veinte horas del diez de noviembre del dos mil nueve, se protocolizó acta de Oficina Gamsa Doscientos Cincuenta y Siete S. A. Se reforma la cláusula primera, y quinta. Domicilio: Cartago.—Lic. Ingrid Brown Sequeira, Notaria.—1 vez.—RP2009141934.—(IN2009101796).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 16 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Juangio S. A. Capital social: debidamente suscrito y pagado. Plazo: 90 años.—Liberia, 16 de enero del 2008.—Lic. Eric Badilla Córdoba, Notario.—1 vez.—RP2009141935.—(IN2009101797).
Por escritura número 18 del tomo 01 de mi protocolo, otorgada a las 16:30 del 13 de noviembre del 2009, se constituyó la sociedad anónima denominada Grupo K-L-M S. A. Plazo social: de 99 años. Capital social: veinticinco mil colones. Domicilio: San José. Presidente: Carlos Luis Mejía Orozco.—San José, 13 de noviembre del 2009.—Lic. Raúl Acosta Arias, Notario.—1 vez.—RP2009141936.—(IN2009101798).
Mario Araya Leitón y Xinia Picado Gutiérrez, constituyen Finca Doña Xinia Sociedad Anónima. Presidente: Mario Araya Leitón. En Guápiles, a las nueve horas treinta minutos del diecisiete de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Luis Ángel Montero Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2009141939.—(IN2009101799).
Por escritura pública otorgada ante mi notaría, en Ciudad Colón, a las 19:00 horas del doce de noviembre del dos mil nueve, se constituyó Momentos Alegres de Rubí y Vity Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Capital social: cien mil colones. El presidente con la representación judicial y extrajudicial, y con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad.—Ciudad Colón, Mora, a las 09:00 horas del 16 de noviembre del 2009.—Lic. José Aurelio Aguilar Sandí, Notario.—1 vez.—RP2009141941.—(IN2009101800).
Por escritura pública otorgada ante el notario Héctor Manuel Fallas Vargas, en San José, a las trece horas treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil nueve, se constituyó My Golden Years ITC Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—RP2009141942.—(IN2009101801).
Mediante escritura otorgada por esta notaría, al ser las ocho horas del treinta y uno de marzo del dos mil nueve, se modifican las cláusulas segunda, sobre el domicilio y sexta, de la administración, de la sociedad Del Talle Bayunco Ltda. Yary Campos Arroyo, gerente.—San José, 16 de noviembre del 2009.—Lic. José Pablo Mata Ferreto, Notario.—1 vez.—RP2009141943.—(IN2009101802).
Mediante escritura número uno, del tomo dos de mi protocolo, se constituyó Tierra de Ciclistas Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Tierra de Ciclistas S. A. Se nombraron los miembros de la junta directiva, fiscal y agente residente.—Dra. Eugenia María Valerio Ellis, Notaria.—1 vez.—RP2009141945.—(IN2009101803).
Mediante escritura número dos, del tomo dos de mi protocolo, se constituyó Bananera del Diquís Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Bananera del Diquís S. A. Se nombraron los miembros de la junta directiva, fiscal y agente residente.—Dra. Eugenia María Valerio Ellis, Notaria.—1 vez.—RP2009141946.—(IN2009101804).
Por escritura otorgada a las once horas del once de noviembre del dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Tuma’s Gym S. A., por la que se reforma la cláusula octava del pacto social.—San José, 11 de noviembre del 2009.—Lic. Roberto Suñol Prego, Notario.—1 vez.—RP2009141948.—(IN2009101805).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del diez de noviembre del dos mil nueve, se reformó la cláusula segunda de la sociedad denominada Los Pedales del Mundo HK S. A.—San José, diez de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, Notario.—1 vez.—RP2009141951.—(IN2009101806).
Ante esta notaría, comparecen los señores Mariela Lucía Cordero Brenes, cédula de identidad Nº 3-375-687 y Ana María Brenes Rivas, cédula de identidad Nº 9-046-106 y constituyen D Aki Desing Sociedad Anónima. Domiciliada: en Cartago. Capital social: cien mil colones.—Cartago, a las 14:00 horas del 14 de noviembre del 2009.—Lic. Marco Cordero Gallardo, Notario.—1 vez.—RP2009141952.—(IN2009101807).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 11:00 horas del 15 de octubre del 2009, se constituyó la sociedad denominada Sun And Fun Watersports C M Sociedad Anónima, cuya traducción al español es Deportes Acuáticos Sol y Vacilón Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado, íntegramente.—San José, 16 de octubre del 2009.—Lic. José Gerardo Guillén Mora, Notario.—1 vez.—RP2009141953.—(IN2009101808).
Por
medio de escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 30 de
octubre del 2009, se modificó el domicilio social de la compañía El Silencio
del Viento E.S.V. S. A., siendo en lo sucesivo: en el distrito once Cóbano,
del cantón primero, de la provincia de Puntarenas, propiamente ciento cincuenta
metros al norte de
Por medio de escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 1º de noviembre del 2009, se constituyó la compañía Súper Costa S. A. Plazo: 99 años. Domicilio social: Santa Teresa de Cóbano de Puntarenas, en el Súper Costa. Capital social: ¢100.000,00. Presidente: Juan Heriberto Rodríguez Cordero.—San José, 16 de noviembre del 2009.—Lic. Eladio Antonio Picado Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2009141957.—(IN2009101810).
Se constituye la firma de esta plaza Inversiones Aljomar de Costa Rica Sociedad Anónima. Capital social: quinientos mil colones. Presidenta: María Jesús Alfaro Vásquez. Agente residente: Roy Thompson Chacón.—San José, diecisiete de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Roy Thompson Chacón, Notario.—1 vez.—RP2009141958.—(IN2009101811).
Que por escritura otorgada ante la notaria pública Yolanda Leiva Urcuyo, se constituyó la sociedad Javi Inversiones Sociedad Anónima, a las nueve horas del nueve de noviembre del dos mil nueve. Plazo: cien años. Capital social: cien mil colones, representado por diez acciones de diez mil colones cada una. Presidente: Javier Montenegro Garita.—San José, 17 de noviembre del 2009.—Lic. Yolanda Leiva Urcuyo, Notaria.—1 vez.—RP2009141959.—(IN2009101812).
Jürgen Gustav Nanne Koberg, notario público con oficina abierta en San José, hace constar que por escritura número 13-30, otorgada en mi protocolo, a las 09:30 horas del día 27 de octubre del 2009, se protocolizó acta de la sociedad E.F. Hehl de Costa Rica S. A., donde se reformó las cláusulas décima, décima tercera, y la del domicilio de los estatutos de la compañía.—San José, 27 de octubre del 2009.—Lic. Jürgen Gustav Nanne Koberg, Notario.—1 vez.—RP2009141960.—(IN2009101813).
Jürgen Gustav Nanne Koberg, notario público con oficina abierta en San José, hace constar que por escritura número 13-29, otorgada en mi protocolo, a las 09:00 horas del día 27 de octubre del 2009, se protocolizó acta de la sociedad Corporación Hehl S. A., donde se reformó las cláusulas sétima, y la del domicilio de los estatutos de la compañía.—San José, 27 de octubre del 2009.—Lic. Jürgen Gustav Nanne Koberg, Notario.—1 vez.—RP2009141961.—(IN2009101814).
Por escrituras otorgadas ante esta notaría, números setenta y siete-veintinueve, y setenta y ocho-veintinueve, de las diez y once horas del diecisiete de noviembre del dos mil nueve, se protocolizan respectivamente actas de asamblea general extraordinaria de socios de las sociedades Gago S. A., y Erigatgo S. A., mediante las cuales se reforman las cláusulas segunda y novena, en la primera, y en la segunda se reforma la cláusula novena.—San José, 17 de noviembre del 2009.—Lic. Juan Luis Vargas Vargas, Notario.—1 vez.—RP2009141962.—(IN2009101815).
En esta notaría, a las quince horas del dieciséis de noviembre del dos mil nueve, por escritura pública número ciento seis, visible a folio setenta y nueve vuelto del tomo noveno de mi protocolo, se constituyó la empresa Wei & Lin S. A. Domiciliada: en San José, cantón Moravia, distrito San Vicente. Capital social: cien mil colones netos. Presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma: Jin Mei Lin Chen. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Clara Isabel Loría Martínez, Notaria.—1 vez.—RP2009141963.—(IN2009101816).
Por
escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 11:15 horas del 10 de
noviembre del 2009, fue constituida la sociedad denominada Znieh Limitada.
Domicilio: San Antonio de Escazú, Finca Los Lirios, del cementerio
Por
escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 11:20 horas del 10 de
noviembre del 2009, fue constituida la sociedad denominada Giwed Limitada.
Domicilio: San Antonio de Escazú, Finca Los Lirios, del cementerio
Por
escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 11:25 horas del 10 de
noviembre del 2009, fue constituida la sociedad denominada Lrak Limitada.
Domicilio: San Antonio de Escazú, Finca Los Lirios, del cementerio
Por escritura número doscientos dieciséis, otorgada ante el suscrito notario, a las once horas del día catorce de noviembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Asesorías Yojifo Sociedad Anónima, cuyo objeto será principalmente la asesoría a agencias de viajes y a viajeros, vender productos turísticos y supervisar y mantener desarrollos turísticos.—San José, Tibás, dieciséis de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Rafael Ángel Morales Monge, Notario.—1 vez.—RP2009141973.—(IN2009101820).
El suscrito notario público Franklin Aguilera Amador, hago constar que mediante asamblea extraordinaria de socios de la sociedad UMC de Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y tres mil trescientos cuarenta y cinco, del día doce de noviembre del dos mil nueve, se cambia la representación.—San José, diecisiete de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Franklin Aguilera Amador, Notario.—1 vez.—RP2009141974.—(IN2009101821).
Por escritura otorgada a las trece horas treinta minutos del siete de noviembre del dos mil nueve, se constituyó Servicios San Roque LJJCK Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Capital: sesenta mil colones.—Lic. Luis Fernando Fallas Marín, Notario.—1 vez.—RP2009141975.—(IN2009101822).
Por escritura otorgada a las quince horas del treinta y uno de octubre del dos mil nueve, Compañía Distribuidora Mayorista Codima, modificó junta directiva.—Lic. Luis Fernando Fallas Marín, Notario.—1 vez.—RP2009141976.—(IN2009101823).
Ante
mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario con oficina en Atenas, hago constar que
el día veintitrés de octubre del dos mil nueve, a las ocho horas en
Se
constituye sociedad anónima denominada
Por
escritura otorgada ante mí, en Goicoechea, San José, a las dieciocho horas del
día veinticuatro de octubre del dos mil nueve, los señores María Isabel Salas
Cortés, cédula Nº 2-466-348, y Erick Schnering, de único apellido en razón de
su nacionalidad estadounidense, pasaporte Nº 462548407, constituyen: Ericris
de Costa Rica Sociedad Anónima. Presidente: el segundo. Domicilio: San
José, Goicoechea, Purral Arriba, del Abastecedor
Hoy a las dieciséis horas, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Montaña Río Jorma S. A., según la cual se reforma la cláusula quinta de los estatutos y se aumenta el capital social a doce mil colones.—San José, 9 de noviembre del 2009.—Lic. Eduardo Alfaro Ramos, Notario.—1 vez.—(IN2009101926).
Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Las Arandas S. A., mediante la cual se acuerda reformar las cláusulas “Segunda” y “Quinta” del pacto constitutivo y se hacen nuevos nombramientos de junta directiva.—San José, 28 de octubre del 2009.—Lic. José Pablo Arauz Villarreal, Notario.—1 vez.—(IN2009101927).
Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Consultoría Mar Azul S. A., mediante la cual se acuerda reformar las cláusulas “segunda”, “cuarta” y “quinta” del pacto constitutivo, y se hacen nuevos nombramientos de junta directiva.—San José, 28 de octubre del 2009.—Lic. José Pablo Arauz Villarreal, Notario.—1 vez.—(IN2009101928).
Brian David Green Vanconant y Maureen Campos Durán constituyen cinco sociedades anónimas, cuya denominación social se ajusta a lo dispuesto en el artículo número dos del Decreto Ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno-J y son presidente y secretario respectivamente. Escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del diecisiete de noviembre del año dos mil nueve.—San José, diecisiete de noviembre del año dos mil nueve.—Lic. Andrea María Meléndez Corrales, Notaria.—1 vez.—(IN2009101929).
Por escritura número sesenta y dos otorgada ante esta notaría a las diez horas treinta minutos del diecisiete de noviembre del dos mil nueve se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Energy Smart Sociedad Anónima, en la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto social de dicha sociedad, se eliminan las cláusulas octava y décima cuarta, se nombra junta directiva y fiscal y se otorga poder generalísimo.—San José, diecisiete de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Lidia Rosa González León, Notaria.—1 vez.—(IN2009101930).
Por escritura pública otorgada ante la suscrita notaria, a las doce horas del día treinta de octubre de dos mil nueve, se constituye MR. Trigger Fishing Sociedad Anónima.—Lic. Alejandra Hevia Portocarrero, Notaria.—1 vez.—(IN2009101931).
Por escritura número treinta y cuatro-seis, otorgada ante los notarios Alberto Sáenz Roesch y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del primero a las doce horas quince minutos del día dieciséis de noviembre del año dos mil nueve, se reforma la cláusulas sexta de los estatutos de la compañía tres-ciento dos-quinientos cuarenta mil quinientos veintitrés s.r.l.—San José, 16 de noviembre del 2009.—Lic. Jorge González Roesch, Conotario.—1 vez.—(IN2009101932).
Por escritura número treinta y ocho-seis, otorgada ante los notarios Alberto Sáenz Roesch y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del primero a las trece horas quince minutos del día dieciséis de noviembre del año dos mil nueve, se reforma la cláusulas sexta de los estatutos de la compañía tres-ciento dos-quinientos cuarenta mil quinientos siete s.r.l.—San José, 16 de noviembre del 2009.—Lic. Jorge González Roesch, Conotario.—1 vez.—(IN2009101933).
COMISIÓN PARA PROMOVER
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Unidad Técnica de
Apoyo a
Denuncia interpuesta por el Instituto
Costarricense de Electricidad S. A., por supuesta infracción al artículo 11 de
A) Ordenar la
notificación por medio de la publicación de edicto del artículo sexto de la
sesión ordinaria de
“Artículo Sexto: Con fundamento en la
recomendación de
Se acuerda: Ordenar la apertura de un
procedimiento administrativo ordinario en el expediente Nº D-006-08, por la
supuesta violación al artículo 11 de
1. El 1º de setiembre
del 2008, esta Comisión recibe nota Nº 0060-0464-08, de la misma fecha, en la
que el señor Pedro Pablo Quirós Cortés, portador de la cédula de identidad Nº
2-195-129, actuando como Presidente Ejecutivo del Instituto Costarricense de
Electricidad S. A. (ICE) sociedad con cédula jurídica Nº 4-000-042139, puso en
conocimiento de esta Comisión una serie de hechos relacionados con
2. Los hechos que
motivan la denuncia presentada y que serán investigados son los siguientes:
a) Que desde el mes de
abril del 2008, el Instituto Costarricense de Electricidad, mediante oficio Nº
600-1332-2008, solicitó ante
b) Que el
Instituto Costarricense de Electricidad destaca que como parte del proceso para
desarrollar líneas celulares de tercera generación, se realizó una audiencia
pública en la cual se explicó el proyecto a los posibles oferentes. Asimismo en
el mes de marzo del mismo año, se llevó a cabo un Foro Tecnológico con la
participación de ocho fabricantes: Samsung Corp.; NEC; Huawei; ZTE-China;
Lucent Alcatel; Nokia Siemens Telecom; Ericcson y Motorola Inc.
c) Que el
Instituto Costarricense de Electricidad propuso a
d) Que
e) Que a folio
1952 del expediente administrativo de la contratación para el proyecto sistema
móvil avanzado SMA 3G, hay una nota conjunta de varias empresas invitadas a
participar en el concurso donde manifiestan en forma mancomunada su deseo para
que el Instituto Costarricense de Electricidad extienda el plazo de recepción de
ofertas de un mes a tres meses.
f) Que tal como
consta en el escrito, este es firmado por representantes de las empresas
Ericsson de Costa Rica S. A. (Francisco Sánchez de
g) Que las
mismas empresas citadas en el punto anterior, salvo Marubeni Corporation, en
forma conjunta, suscribieron una nota fechada 24 de julio del 2008, recibida en
1. “…El éxito del
ICE como operador, es un factor de éxito también para cualquiera de nuestras
representadas, por ello es nuestro interés, retroalimentar a
2. Hemos
realizado diversas solicitudes de aclaración sobre aspectos básicos del
concurso, basados en la realidad del mercado de sistemas UMTS. Muchas de éstas,
a la fecha, no han sido atendidas.
3. Lamentablemente,
dadas las condiciones actuales en el cartel, no es posible presentar una oferta
que cumpla con lo solicitado y a la vez resulte conveniente para ambas partes.
Cualquier propuesta que se pretenda formular sobre la base de las condiciones
actuales, involucraría un alto componente de riesgo, que a la larga, revertirá
en elevados costos adicionales o en la imposibilidad material de cumplimiento.
Tal como se desprende de las objeciones planteadas a la fecha por potenciales
oferentes y no atendidas aún por el ICE, lo cierto es que el Cartel no ha sido,
ni es, un cuerpo de especificaciones técnicas claras y concretas, de tal forma
que existen suficientes dudas razonables sobre la sostenibilidad jurídica de
éste proceso y sobre la posibilidad de implementación real.
4. El plazo
de entrega de las ofertas y de la ejecución contractual, con los niveles de
requerimiento establecidos en el pliego actualmente, resulta inviable.
5. Es
nuestro entender, que para promover una competencia seria y transparente, y que
el Instituto realmente logre alcanzar la satisfacción de sus necesidades, se
requiere de una serie de cambios y modificaciones sustanciales que hagan viable
el concurso, con la mayor participación de oferentes, de tal forma que
h) Que el Instituto
Costarricense de Electricidad en su escrito de denuncia, estima podría
desprenderse la existencia de un acuerdo entre oferentes con la finalidad de no
presentar ofertas en esa contratación.
i) Que el
supuesto fundamento de dicho acuerdo fue que la contratación no presentaba un
conjunto de especificaciones técnicas claras ni concretas, afirmación que, a
criterio del Instituto denunciante, carece de fundamento, pues afirma que la
mayor parte de las objeciones planteadas al cartel por las diferentes empresas,
fueron declarados sin lugar, en virtud de que no se encontró en el pliego de
condiciones, requisitos o especificaciones técnicas que limitaran sus
posibilidades de participación en el procedimiento concursal. Inclusive,
concluye que todas las aclaraciones presentadas y las solicitudes de
modificación fueron atendidas por el ICE, modificándose el cartel en dos
ocasiones.
j) Que el 4 de
agosto del 2008, se llevó a cabo la apertura de las ofertas, recibiéndose
únicamente una oferta en consorcio presentada por Huawei Technologies Costa
Rica S.A. conjuntamente con el Banco Centroamericano de Integración Económica,
por un monto cercano a los $690 millones; y que posteriormente en el nuevo
concurso que el ICE convocó en el mes de noviembre, la misma empresa presentó
su oferta por $245 millones.
3. Que las
manifestaciones hechas en conjunto por empresas competidoras dentro del
procedimiento de contratación directa citado, así como la presentación de una
oferta única por un monto tan diferente al posteriormente ofertado en el
segundo concurso, constituyen indicios de la posible existencia de una práctica
monopolística absoluta entre los agentes económicos que se tienen como
denunciados.
4. De conformidad
con el artículo 21 de
5. Se hace saber
a las partes que la comisión de las prácticas previstas en el artículo 11 de
6. Se nombra a
7. Se previene
a las partes:
a. Señalar casa
u oficina para oír notificaciones. Este señalamiento deberá hacerse dentro de
los tres días hábiles siguientes al recibo de esta notificación. Para este
efecto, se advierte que las partes pueden también señalar un número de tele
facsímil, en cuyo caso, las resoluciones se les harán llegar por dicha vía,
dejando constancia el notificador de la hora y fecha de envío y la debida
confirmación, para ello deberán las partes señalar un número de teléfono.
b. En el caso
de las personas jurídicas, aportar certificación de personería jurídica dentro
del plazo de diez días a partir de la notificación de la presente resolución.
8. Los documentos que
forman el expediente administrativo se pueden examinar en la oficina de
· Escrito de denuncia
presentada por Instituto Costarricense de Electricidad (folios 001-008).
· Recortes del periódico
· Calificación de
admisibilidad de la denuncia (folios 16-20).
· Acta de Notificación
al Instituto Costarricense de Electricidad (folio 21).
· Acuerdo firme
contenido en el artículo quinto de la sesión ordinaria Nº 29-2008 (folio 22).
· Oficio Nº
UTA-CPC-0345-08 (folios 23-24).
· Informe de actividad
fax (folio 25).
· Oficio del Instituto
Costarricense de Electricidad 256.0220.2008 (folio 26).
· Se incorporan dos
discos compactos que contienen la totalidad del expediente de la contratación
administrativa “Arrendamiento con opción de compra de un sistema inalámbrico de
tercera generación denominado Sistema Móvil Avanzado (SMA 3G)” (folio 27 y sobre
de color amarillo al reverso de la tapa frontal del expediente administrativo).
· ICE: Condiciones
Generales del cartel (folios 28-47).
· Acta de Notificación
al ICE (folio 48).
· Oficio Nº
UTA-CPC-0406-08 (folio 49-51).
· Informe de
transmisiones vía fax (folio 52).
· Recorte periódico
· Oficio del ICE
256.273.2008 (folio 54).
· Certificación de los
folios del expediente de la contratación administrativa “Arrendamiento con
opción de compra de un sistema inalámbrico de tercera generación denominado
Sistema Móvil Avanzado (SMA 3G)” números
· Informe preliminar
realizado por
9. De conformidad con
los artículos 342 siguientes y concordantes de
B. Citar a todas las
partes del procedimiento, para que comparezcan a la audiencia oral y privada
que se realizará los días 9 y 10 de marzo del 2010 partir de las 09:00 horas
(de no haberse concluido la audiencia en estos días, ésta continuará en los
días hábiles siguientes que sea necesario, en el mismo horario), en la sede
de
C. Se previene a
la parte que conforme al artículo 11 de
San José, 12 de noviembre del 2009.—Dirección Administrativa-Financiera.—Carlos Castro Rodríguez, Director Administrativo Financiero.—O. C. 105948.—Solicitud Nº 27137.—C-570725.—(IN2009100849).
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO PÚBLICO DE
REGISTRO INMOBILIARIO
Se hace saber a:
1) Víctor López Villegas, cédula de identidad Nº 2-400-453, como poseedor del
plano Nº L-1024704-2005. 2) Francisco Montero Zúñiga, cédula de identidad Nº
2-212-897, como poseedor del plano Nº L-981635-2005, que
DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
Por ignorarse el
domicilio actual del patrono Unimathe Business S.A., número patronal
2-03101363005-001-001, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del
Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales, se
procede a notificar por medio de edicto, que
Total de salarios ¢3.579.183,00
Total de cuotas obreras y patronales ¢787.449,00
Banco Popular Obrera ¢44.736,00
Fondo de Capitalización Laboral ¢107.371,00
Fondo Pensión Complementaria Obligatoria ¢17.907,00
Aporte Patronal Banco Popular ¢8.938,00
Instituto Nacional de Seguros ¢35.790,00
Se le confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente día de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes.
Se le previene que debe señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro administrativo de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificados con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de la resolución.
Consulta expediente: en esta oficina situada tercer piso Edificio Da Vinci, avenida 4°, calles 7 teléfono 2522-3048, fax 2258-7352, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la ley.
Notifíquese.—Subárea de Comercio.—Lic. Álvaro Peñaranda Montero, Jefe.—1 vez.—RP2009141805.—(IN2009101877).
ÁREA DE ASEGURAMIENTO Y FISCALIZACIÓN
DE INDUSTRIA Y COMERCIO
Por ignorarse el
domicilio actual del patrono Villa Primavera Dorada S. A., número patronal
anterior 288.038 00 8, número patronal 2-03101301277-001-001, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento para Verificar el
Cumplimiento de
Total de salarios ¢1.590.477,00
Total de cuotas obreras y patronales ¢349.903,00
Aporte Banco Popular Obrero ¢19.887,00
Aporte Patronal Banco Popular ¢3.977,00
Fondo de Capitalización Laboral ¢47.717,00
Fondo de Pensión Complementaria ¢7.949,00
Instituto Nacional de Seguros ¢15.910,00
Se le confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacerlas alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro administrativo de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificados con solo el transcurso de 24 horas, contadas a partir de la fecha de la resolución.
Consulta expediente: en esta oficina sita tercer piso Edificio Da Vinci, av 4, c 7 teléfono 2522-3042, fax 2258-7352, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la ley.
Notifíquese.—Lic. Lenis Mata Mata, Jefe Subárea Industria.—1 vez.—RP2009141806.—(IN2009101878).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Expediente
de nulidad de título: 146-07
Contra:
Asdrúbal Peña Peña y Yasmina Bello Bello
Lote Nº 75 del Asentamiento Lajas
Oficina Asuntos Jurídicos Región Chorotega, a las diez horas y cuarenta minutos del doce de noviembre del dos mil nueve.
Con fundamento en las facultades
que otorga
ASOCIACIÓN DE CONCESIONARIOS DEL DEPÓSITO
LIBRE COMERCIAL DE GOLFITO
En
Lic. Eddie González F., Secretario.—1 vez.—(IN2009103510).