LA GACETA Nº 42 DEL 02 DE MARZO DEL 2010

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

MINISTERIO DE AMBIENTE, ENERGÍA

Y TELECOMUNICACIONES

Nº 35782-RE

ACUERDOS

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

MINISTERIO DE JUSTICIA Y GRACIA

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y GRACIA

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

PODER JUDICIAL

RESEÑAS

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

MUNICIPALIDADES

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

LICITACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

SALUD

JUSTICIA Y GRACIA

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

REGISTRO DE PROVEEDORES

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PESCA Y ACUICULTURA

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE

AVISOS

NOTIFICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

MINISTERIO DE AMBIENTE, ENERGÍA

     Y TELECOMUNICACIONES

PROYECTO

“DECRETO EJECUTIVO PARA DICTAR LAS NORMAS, ESTÁNDARES

Y COMPETENCIAS DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS PARA LA

APROBACIÓN COORDINADA Y EXPEDITA REQUERIDA

PARA LA INSTALACIÓN O AMPLIACIÓN DE REDES

DE TELECOMUNICACIONES”

El Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, en ejercicio de las facultades otorgadas en el artículo 361 de la Ley General de la Administración Pública, somete a información pública el proyecto para dictar las normas, estándares y competencias de las entidades públicas para la aprobación coordinada y expedita requerida para la instalación o ampliación de redes de telecomunicaciones. Las personas interesadas podrán hacer llegar sus observaciones o comentarios al Viceministerio de Telecomunicaciones, MINAET en Edificio Almendros, Barrio Tournón, diagonal al Banco HSBC, San José; o al fax 2221-8129; dentro del plazo de diez días hábiles a partir de la presente publicación, en el horario de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.

PROYECTO

DECRETO EJECUTIVO Nº_________-MINAET-MEIC

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA;

EL MINISTRO DE AMBIENTE, ENERGÍA  Y TELECOMUNICACIONES

Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

En uso de las facultades que les confieren los artículos 11, 140 incisos 3), 8), 18) y 20, y 146 y en razón de lo dispuesto en los artículos 168, 169, 170 y 188, todos de la Constitución Política; los artículos 4º, 11, 25 inciso 1), 99 y 100, todos de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 5 de mayo de 1978; los artículos 1º, 38 y 39 de la Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones Nº 8660 del 13 de agosto del 2008; los artículos 2º, 3º, 4º, 74 y demás atinentes de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley Nº 8642 de 4 junio del 2008; el inciso a) del artículo 4º del Código Municipal, Ley Nº 7794 del 18 de mayo de 1998; artículo 1º de la Ley de Construcciones, Ley Nº 833 del 2 de noviembre de 1949; los artículos 1º, 15 y 19, de la Ley de Planificación Urbana, Ley Nº 4240 del 15 de noviembre de 1968; los artículos 1º, 2º, 6º y 9º de la Ley Protección al ciudadano de exceso de trámites y requisitos, Ley Nº 8220 del 4 de marzo del 2002; artículos 36, 60 y 81 de la Ley Nº 7593, del 9 de agosto de 1996, Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos; artículos 17 y 18 de la Ley Orgánica del Ambiente Nº 7554, publicada el 4 de octubre de 1996, en la Gaceta Nº 215 del 13 de noviembre de 1995; artículos 1º y 6º de la Ley Nº 7575, Ley Forestal, del 16 de abril de 1996; artículos 1º y 2º de la Ley General de Salud, Ley Nº 5395 del 30 de octubre de 1973; artículos 1º, 18 y 19 de la Ley General de Caminos Públicos, Nº 5060 del 22 de agosto de 1972; artículo 23 de la Ley Nº 6313, Ley de Adquisiciones, expropiaciones y constitución de servidumbres del Instituto Costarricense de Electricidad del 13 de diciembre de 1968; artículo 2 de la Ley Constitutiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, Ley Nº 2726; los artículos 4º y 7º de la Ley Indígena, Ley Nº 6172 del 29 de noviembre de 1977; artículo 7º del Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones, Nº 34765-MINAET del 26 de septiembre del 2008; artículo 3, incisos a), b) y c) del artículo 4º del Reglamento de Organización del Viceministerio de Telecomunicaciones, Decreto Ejecutivo Nº DE-34997-MINAET, del 1º de enero del 2009; artículos 1º, 2º y 22 del Reglamento General sobre los Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental, Decreto Ejecutivo Nº 31849-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC del 24 de mayo del 2004, publicado en La Gaceta Nº 125 del 28 de junio del 2004; Decreto Nº 26187-MINAE, Regula Puestos de Telecomunicación en Áreas Silvestres Protegidas, del 22 de mayo de 1997; artículo 23 inciso b) del Reglamento a la Ley de Protección al ciudadano del exceso de requisitos trámites administrativos, Decreto Ejecutivo Nº 32565-MEIC del 28 de abril del 2005; artículo 4º incisos 4.1) y 4.2) del Decreto Ejecutivo Nº 13583-VAH-OFIPLAN, del 3 de mayo de 1982, así reformado mediante el artículo 2 del Decreto Nº 25902-MIVAH-MP-MINAE, Reforma Plan Regional Desarrollo Urbano de la Gran Área Metropolitano del 7 de abril de 1997; artículo 1º del Reglamento para el trámite de visado de planos para la construcción, Decreto ejecutivo 27967-MP-MIVAH-MEIC del 1º de julio de 1999 y la Directriz Nº 037-2009-MINAET, publicada en La Gaceta Nº 210 jueves 29 de octubre 2009.

Considerando:

I.—Que la instalación y ampliación de infraestructura de telecomunicaciones constituye un tema prioritario para impulsar el desarrollo de las telecomunicaciones en Costa Rica, tal como lo reconoce la Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones, Ley Nº 8660 del 8 de agosto del 2008, en su artículo 74, al señalar su carácter de interés público.

II.—Que de conformidad con la Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones, Ley Nº 8660 del 8 de agosto del 2008, en el inciso a) del artículo 39, es responsabilidad del Ministro Rector: “Formular las políticas para el uso y desarrollo de las Telecomunicaciones”. Por su parte, el inciso c) del citado artículo establece que, igualmente, Velar por que las políticas del Sector sean ejecutadas por las entidades públicas y privadas que participan en el Sector Telecomunicaciones.

III.—Que en ejercicio de esa responsabilidad y al amparo de los artículos 39 inciso e) y 40 de la Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas, Ley Nº 8660 del 13 de agosto del 2008, el Poder Ejecutivo promulgó el “Plan Nacional de Desarrollo de las Telecomunicaciones”, el cual es un instrumento de gobierno para la planificación y orientación general del Sector que define las metas, objetivos y prioridades de este.

IV.—Que como parte de sus acciones estratégicas más relevantes, el “Plan Nacional de Desarrollo de las Telecomunicaciones” establece la necesidad de asegurar la atención expedita de los trámites de autorización para construir la infraestructura necesaria para que operen los concesionarios en el mercado de telecomunicaciones.

V.—Que como mecanismo que contribuya al desarrollo del sector, se elaboró un diagnóstico inicial sobre los trámites a realizar por los operadores y proveedores de servicios de telecomunicaciones para la instalación de infraestructura, el cual ha permitido constatar, entre otras cosas, una dispersión legal y reglamentaria, además de un vacío legal relacionado con la instalación de infraestructura de telecomunicaciones, así como la gran cantidad de trámites existentes y la escasa organización y coordinación entre las instituciones encargadas de gestionarlos y aprobarlos. En este sentido se hace evidente la necesidad de capacitar a los departamentos a cargo de la tramitación, mejorando los canales de coordinación interinstitucional y el establecimiento de un procedimiento lógico y simplificado de trámites en beneficio de todas las partes involucradas.

VI.—Que como resultado de ese estudio, el Poder Ejecutivo emitió la Directriz Nº 037-MINAET, denominada: “Directriz dirigida a todos las entidades, órganos y empresas que conforman el sector telecomunicaciones sobre los lineamientos generales de la tramitología en el sector telecomunicaciones”, del 29 de octubre del 2009, mediante la cual se comprometió a elaborar una serie de instrumentos que permitan atender algunas de las debilidades encontradas en el proceso de aprobación de trámites para la instalación de infraestructura de telecomunicaciones, entre ellos, la emisión de un: “Decreto que concentre las normas, estándares y competencias de las entidades públicas, para que de manera coordinada y expedita atiendan la tramitación requerida para la ampliación de redes de telecomunicaciones así como de la estructura correspondiente”.

VII.—Que es interés del Poder Ejecutivo avanzar hacia un proceso de trámites sencillo, claro y uniforme, acorde con la regulación del sector y respetando las facultades que en esa materia tienen cada uno de los actores institucionales involucrados. Por tanto,

Decretan:

“NORMAS, ESTÁNDARES Y COMPETENCIAS DE LAS

ENTIDADES PÚBLICAS PARA LA APROBACIÓN

COORDINADA Y EXPEDITA REQUERIDA PARA

LA INSTALACIÓN O AMPLIACIÓN DE REDES

DE TELECOMUNICACIONES”

SECCIÓN I

Generalidades

Artículo 1º—Ámbito de aplicación. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 38 y en los incisos a) y c) del artículo 39, todos de la Ley de Fortalecimiento y Modernización de de las Entidades Públicas del sector de Telecomunicaciones, quedan sometidas al ámbito de aplicación de este Decreto todas las dependencias e instituciones que forman el Sector de Telecomunicaciones, tanto de la administración pública central como descentralizada, incluyendo las instituciones autónomas, las semiautónomas, las empresas públicas, privadas y a todas aquellas municipalidades en cuyo espacio territorial se desarrollen funciones o actividades relacionadas con la autorización, permisos y licencias para la instalación de infraestructura de telecomunicaciones.

Artículo 2º—Objetivo. El presente Decreto tiene por objeto identificar y agrupar cada una de las competencias de las entidades públicas del Sector de Telecomunicaciones que intervienen en los trámites y requisitos para que de manera coordinada y expedita se atienda la tramitación requerida para la instalación de infraestructura, así como la ampliación de redes de telecomunicaciones y su estructura correspondiente.

En desarrollo de este objetivo, el Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, mediante el Viceministerio de Telecomunicaciones mantendrá en la página Web www.telecom.go.cr, la base de datos de trámites y requisitos para el sector de telecomunicaciones, actualizada y revisada, en concordancia, con el Catálogo Nacional de Trámites del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) con el fin de guiar a los interesados durante el proceso de tramitación con base en la aplicación de la estrategia de simplificación de trámites que el Poder Ejecutivo emitirá con fundamento en lo dispuesto en la Directriz Nº 037-MINAET publicada en el Diario Oficial La Gaceta del 29 de octubre del 2009.

Artículo 3º—Integración de normas. Las normas vigentes para cada entidad u órgano de la Administración Pública deberán ser interpretadas en la forma que mejor garantice la realización del fin público al que se dirige, dentro del respeto debido a los derechos e intereses del particular, interpretando e integrando las otras normas conexas, su naturaleza y valor de la conducta y hechos a que se refiere, tal y como dispone el artículo 10 de la Ley General de la Administración Pública y sus reformas.

Artículo 4º—Interés público. De conformidad con el artículo 74 de la Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector de Telecomunicaciones, Ley Nº 8660, son de interés público:

1.  El establecimiento de redes públicas de telecomunicaciones.

2.  La instalación de redes públicas de telecomunicaciones.

3.  La ampliación de redes públicas de telecomunicaciones.

4.  La renovación de redes públicas de telecomunicaciones.

5.  La operación de redes públicas de telecomunicaciones o de cualquiera de sus elementos.

En razón de ello, cada una de estas acciones deberá respetar y aplicar, en su ejecución, los principios rectores del sector telecomunicaciones, establecidos en los artículos 3º y 5º, ambos de la Ley General de Telecomunicaciones.

Artículo 5º—Red Pública de Telecomunicaciones. Según lo dispuesto por el artículo 6º inciso 21) de la Ley General de Telecomunicaciones, se considerará una red pública de telecomunicaciones aquella que se utiliza por parte de los operadores o proveedores, en su totalidad o principalmente, para la prestación de servicios de telecomunicaciones disponibles al público.

SECCIÓN II

De las competencias

Artículo 6º—Competencias de la Superintendencia de Telecomunicaciones. Según lo dispuesto en los artículos 10 de la Ley Nº 8642, del 4 de junio del 2008, Ley General de Telecomunicaciones, artículos 59 y 60 de la Ley Nº 7593, del 9 de agosto de 1996, Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, el artículo 7º del Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones, Nº 34765-MINAET del 26 de setiembre del 2008, en materia de instalación y ampliación de redes de telecomunicaciones le corresponde a la Superintendencia de Telecomunicaciones:

1.  La regulación, aplicación y vigilancia del ordenamiento jurídico de telecomunicaciones en materia de su competencia.

2.  El establecimiento de las condiciones de uso conjunto o compartido de instalaciones, de manera transparente, objetiva, equitativa y no discriminatoria de forma que se asegure la competencia efectiva, la optimización y aprovechamiento de los recursos.

3.  La determinación de los controles inherentes a las condiciones técnicas, comprendiendo el control sobre los umbrales de intensidad del campo electromagnético, los niveles de potencia, la factibilidad de proyectos de telecomunicaciones, el uso compartido de las estructuras, potencia, distancias y alturas necesarias para la propagación de las señales inalámbricas de cada uno de los operadores y proveedores de telecomunicaciones.

4.  La realización de los estudios técnicos para establecer los límites de operación y vigilancia del cumplimiento de los usos autorizados.

5.  La regulación en materia de interconexión, umbrales de intensidad del campo electromagnético, potencias y factibilidades de proyectos de telecomunicaciones, así como de los planes de redes y planes de ampliación.

Artículo 7º—Competencias de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones. Según lo dispuesto en los artículos 17 y 18 de la Ley Orgánica del Ambiente Nº 7554, publicada el 4 de octubre de 1996, en La Gaceta Nº 215 del 13 de noviembre de 1995, en materia de instalación y ampliación de redes de telecomunicaciones le corresponde a la Secretaría Técnica Nacional Ambiental:

1.  Dar trámite a la solicitud de Viabilidad Ambiental en concordancia los artículos 1º, 2º y 22 del Reglamento General sobre los Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental, Decreto Ejecutivo Nº 31849-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC del 24 de mayo del 2004, publicado en La Gaceta Nº 125 del 28 de junio del 2004.

2.  En razón de lo dispuesto tanto en los incisos a), c), e), i), todos del artículo 39 de la Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones, Ley Nº 8660, así como en el artículo 3 y en los incisos a), b) y c) del artículo 4 del Reglamento de organización del Viceministerio de Telecomunicaciones, decreto ejecutivo Nº DE-34997-MINAET, del 1 de enero del 2009, cualquier nuevo trámite, requisito o disposición normativa relacionada al sector de telecomunicaciones deberá considerar previamente la política pública nacional establecida en el Plan Nacional de Desarrollo de las Telecomunicaciones basada en las disposiciones de acceso y uso universal, en los principios rectores, así como contar con el criterio técnico del Viceministerio de Telecomunicaciones del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones.

3.  Cuando por alguna razón relacionada con una solicitud por parte del administrado, se requiera del criterio técnico de la Rectoría, el plazo para dar resolución por parte de la institución competente no se tendrá por ampliado y el mismo se tendrá que resolver en los plazos legales establecidos.

Artículo 8º—Competencias del Sistema Nacional de Áreas de Conservación del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones. Por disponerlo en los artículos 1º y 6º de la Ley Nº 7575, Ley Forestal, del 16 de abril de 1996, en materia de instalación y/o ampliación de redes de telecomunicaciones, es competencia exclusiva del Sistema Nacional de Áreas de Conservación:

1.  Autorizar mediante resoluciones de permiso de uso, la instalación y mantenimiento de puestos de telecomunicaciones dentro de las áreas protegidas del Estado, según lo dispuesto en el Decreto Nº 26187-MINAE, Regula Puestos de Telecomunicación en Áreas Silvestres Protegidas, del 22 de mayo de 1997.

2.  Cobrar el canon anual a los proveedores y operadores que presten servicios de telecomunicaciones, así como a las instituciones autónomas según lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Nº 26187-MINAE que regula Puestos de Telecomunicación en Áreas Silvestres Protegidas, del 22 de mayo de 1997.

3.  Todo nuevo trámite, requisito o disposición normativa relacionada al sector de telecomunicaciones deberá considerar previamente la política pública nacional establecida en el Plan Nacional de Desarrollo de las Telecomunicaciones basada en las disposiciones de acceso y uso universal, en los principios rectores, así como contar con el criterio técnico del Viceministerio de Telecomunicaciones del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones.

4.  Cuando por alguna razón relacionada con una solicitud por parte del administrado, se requiera del criterio técnico de la Rectoría, el plazo para dar resolución por parte de la institución competente no se tendrá por ampliado y el mismo se tendrá que resolver en los plazos legales establecidos.

Artículo 9º—Competencias de las municipalidades. Según disponen los incisos a), c), e) e i) del artículo 39 de la Ley de Fortalecimiento de las entidades públicas del Sector Telecomunicaciones, artículos 1º, 15 y 19 de la Ley de Planificación Urbana del 15 de noviembre de 1968, la Ley Nº 4240, los artículos 3º, 4º, 75 y 79 del Código Municipal del 18 de mayo de 1998, la Ley Nº 7794, el artículo 1º de la Ley de Construcciones del 2 de noviembre de 1949 y sus reformas, Ley Nº 833 y tomando en cuenta las disposiciones establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo de las Telecomunicaciones sobre acceso y uso universal, en materia de instalación y ampliación de redes de telecomunicaciones, es competencia exclusiva de las municipalidades:

1.  Otorgar los certificados de uso de suelo, de conformidad con el Plan Regulador o sus reglamentos vigentes, siempre y cuando en dicho plan o reglamentos se contemple la instalación de infraestructura de telecomunicaciones. En los casos donde el Plan Regulador y la reglamentación local no contempla esta materia, los certificados de uso de suelo se adecuarán a lo establecido en los artículos 3º, 4º, 5º y 10 del presente Decreto.

2.  Autorizar las licencias constructivas, de conformidad con el Plan Regulador o sus reglamentos vigentes, siempre y cuando en dicho plan o reglamentos se contemple la instalación de infraestructura de telecomunicaciones. En los casos donde el Plan Regulador y la reglamentación local no contempla esta materia, los certificados de uso de suelo se adecuarán a lo establecido en los artículos 3º, 4º, 5º y 10 del presente Decreto.

Las competencias anteriores, se sujetarán al cumplimiento de los requisitos y condiciones técnicas constructivas fijadas por disposición de la ley Nº 833, Ley de Construcciones del 2 de noviembre de 1949 y la Ley Nº 4220, Ley de Planificación Urbana del 15 de noviembre de 1968, por parte del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de la siguiente forma: corresponderá al Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos el trámite de visado de planos constructivos, con el que otorgará el aval de orden estructural para la tramitación de la respectiva licencia constructiva municipal. Así como, a lo determinado por el artículo 74 y 77 de la Ley Nº 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, modificada por la Ley Nº 8660, en materia de condiciones del uso conjunto o compartido de instalaciones y la colocalización de infraestructuras físicas, de la instalación, la ampliación, la renovación y la operación de las redes públicas de telecomunicaciones, y a lo precisado en los reglamentos, planes técnicos y demás disposiciones que emita la Superintendencia de Telecomunicaciones.

Artículo 10.—Principios para el otorgamiento de Usos de Suelo y Permisos de Construcción.

1.  En los casos donde la zonificación para la instalación de infraestructura de telecomunicaciones no sea explícita o no se encuentre establecida en el Plan Regulador de cada Municipalidad, o bien que la reglamentación del ordenamiento territorial se contraponga a la misma o no se regule esta materia, aplicando el principio de legalidad establecido tanto en el artículo 11 de la Constitución Política así como el artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, la Municipalidad favorecerá su establecimiento, ampliación, renovación y operación aplicando lo dispuesto en el artículo 74 Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector de Telecomunicaciones, Ley Nº 8660, que declara el carácter de interés público las actividades de establecimiento, instalación, ampliación, renovación y la operación de las redes públicas de telecomunicaciones o de cualquiera de sus elementos. En todo caso, dicha decisión determinará, igualmente, que se cumpla con la aplicación de los principios rectores del Sector Telecomunicaciones señalados en el artículo 3º de la Ley General de Telecomunicaciones.

2.  En razón de lo dispuesto en los incisos a) y h) del artículo 3º de la Ley General de Telecomunicaciones, así como lo dispuesto por el artículo 74 de la Ley de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos, Ley Nº 7593, y en cumplimiento del principio de legalidad establecido en el artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, y en el artículo 11 de la Constitución Política, las municipalidades fundamentarán sus acciones para el otorgamiento de “usos de suelo conforme” y “permisos de construcción” en los siguientes principios:

a)  Principio de universalidad, de manera que se propicie la concesión de las autorizaciones citadas a todos los interesados en ofrecer servicios de telecomunicaciones en el cantón sin discriminación alguna, con el objeto de que se garanticen, al menos, un mínimo de servicios de telecomunicaciones para los habitantes de todas las zonas y regiones del país en igualdad de condiciones.

b)  Principio de neutralidad tecnológica, de manera que el otorgamiento de las autorizaciones citadas garanticen el derecho de los operadores de redes y proveedores de servicios de telecomunicaciones de escoger las tecnologías por utilizar.

c)  La declaratoria de interés público que establece el artículo 74 de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, de manera que se otorguen las autorizaciones citadas, considerando que resulta de interés de público el establecimiento, la instalación, la ampliación, la renovación y la operación de las redes públicas de telecomunicaciones o de cualquiera de sus elementos.

En todo caso, y en resguardo al principio de reserva de ley, para el otorgamiento del certificado de uso del suelo conforme o la aprobación del permiso de construcción, no se podrá condicionar su resolución a la contraprestación por el solicitante de obras ni de servicios de ningún tipo, en el tanto, tales limitaciones a la libertad de comercio en este sector no se encuentran actualmente dispuestas por ley al efecto dentro del ordenamiento jurídico vigente.

Artículo 11.—Competencias del Ministerio de Salud. Basándose en los estándares regulatorios internacionales y nacionales, establecidos por la Organización Mundial de la Salud denominados “Recomendaciones para limitar la exposición a campos eléctricos, magnéticos y electromagnéticos (hasta 300 Ghz), la Unión Internacional de las Telecomunicaciones y la Superintendencia de Telecomunicaciones, el Ministerio de Salud en conjunto con el Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, utilizará los estándares y niveles de potencia aceptables de transmisión de las antenas de Telecomunicaciones para emitir criterio sobre afectaciones a la salud humana.

Amparados en los artículos 1 y 2 de la Ley General de Salud, Ley Nº 5395 del 30 de octubre de 1973, ante cualquier denuncia relacionada con la instalación o ampliación de redes de telecomunicaciones que se sustente en afectaciones a la salud, el Ministerio de Salud en conjunto con el Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, basados en la mediciones realizadas por Superintendencia de Telecomunicaciones, emitirán su pronunciamiento en función de los estándares regulatorios internacionales y nacionales establecidos por la Organización Mundial de la Salud, la Unión Internacional de las Telecomunicaciones y la Superintendencia de Telecomunicaciones. Para efectos de su resolución, se dispondrá de un plazo de 30 días hábiles de conformidad con el artículo 23 inciso b) del Reglamento a la Ley de Protección al ciudadano del exceso de requisitos trámites administrativos, decreto ejecutivo Nº 32565-MEIC del 28 de abril del 2005.

SECCIÓN III

Alineamientos

Artículo 12.—Alineamientos de construcción y trámites en casos especiales.

1.  En aplicación a lo dispuesto en el inciso c) del artículo 39 de la Ley Nº 8660 y el artículo 4º de la Ley General de la Administración Pública, con el fin de conservar la continuidad de los servicios públicos, en materia de alineamientos para la instalación y ampliación de redes de telecomunicaciones, la Municipalidad ha de verificar que los constructores de infraestructura de telecomunicaciones prevean los casos en que se requieran.

2.  Ante la duda o falta de criterio para resolver las instituciones o dependencias que reciban las solicitudes de alineamiento solicitarán opinión expresa al Viceministerio de Telecomunicaciones del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones sobre el caso en cuestión.

3.  Las instituciones o dependencias con competencias relativas a la materia que en este artículos e regula atenderán atender los plazos para resolución establecidos en el artículo 17 del presente Decreto.

Artículo 13.—Retiros mínimos en vías férreas, oleoductos y líneas de alta tensión. Para efectos de retiros mínimos en vías férreas, oleoductos y líneas de alta tensión, los interesados deberán observar lo dispuesto en:

1.  Los artículos 18 y 19 de la Ley General de Caminos Públicos, Nº 5060 del 22 de agosto de 1972.

2.  Artículo 23 de la Ley Nº 6313, Ley de Adquisiciones, expropiaciones y constitución de servidumbres del Instituto Costarricense de Electricidad del 13 de diciembre de 1968.

3.  Artículo 4º incisos 4.1) y 4.2) del Decreto Ejecutivo Nº 13583-VAH-OFIPLAN, del 3 de mayo de 1982, así reformado mediante el artículo 2º del Decreto Nº 25902-MIVAH-MP-MINAE, Reforma Plan Regional Desarrollo Urbano de la Gran Área Metropolitano del 7 de abril de 1997.

Artículo 14.—Otros Alineamientos. Corresponderá a las siguientes instituciones llevar a cabo el trámite de alineamiento:

1.  Ministerio de Obras Públicas y Transportes: procesará el trámite de alineamiento de ruta nacional o regional, en el caso de que la instalación de infraestructura de telecomunicaciones afecte este tipo de rutas, de conformidad con los artículos 1 y 19 de la Ley General de Caminos Públicos, Ley Nº 5060 del 22 de agosto de 1972 y el artículo 1 del Reglamento para el trámite de visado de planos para la construcción, Decreto ejecutivo 27967-MP-MIVAH-MEIC del 1 de julio de 1999.

2.  Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo: tramitará el alineamiento fluvial, en los casos en que el proyecto de instalación, construcción, ampliación, renovación u operación, se vea afectada por ríos, quebradas, acequias, conforme a los establecido en los artículos 33 y 34 de la Ley Forestal, Ley Nº 7555 y el artículo 2 inciso c) del Reglamento para el trámites de visado de planos para la construcción, Decreto ejecutivo 27967-MP-MIVAH-MEIC del 1 de julio de 1999.

3.  Dirección General de Aviación Civil: establecerá las disposiciones relativas a la altura, uso de señas y mecanismos luminosos, así como los colores de identificación que deben poseer las torres de telecomunicaciones. El constructor de infraestructura de telecomunicaciones deberá tramitar ante la Dirección General de Aviación Civil el respectivo visado de altura. Lo anterior, de acuerdo al Decreto Ejecutivo Nº 27967-MP-MIVAH-S-MEIC denominado Reglamento para el trámite y visado de Planos para la Construcción y sus reformas.

4.  Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados: en materia de instalación y ampliación de redes de telecomunicaciones, aprobará todos las obras privadas o públicas que se afecten, dañen o pongan en peligro los sistemas de acueductos o alcantarillados públicos, de acuerdo al artículo 2 de la Ley Constitutiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, Ley Nº 2726 y el artículo 21 del Reglamento para el trámites de visado de planos para la construcción, Decreto Ejecutivo 27967-MP-MIVAH-MEIC del 1 de julio de 1999, con el fin de garantizar la no afectación de servicios de agua potable, colectores de aguas servidas y demás estructuras utilizadas para la prestación de los servicios.

5.  Comisión Nacional de Asuntos Indígenas: autorizará los proyectos de instalación y ampliación de redes de telecomunicaciones cuando la infraestructura se instale en reservas indígenas, en concordancia con los artículos 4º y 7º de la Ley Indígena, Ley Nº 6172 del 29 de noviembre de 1977.

SECCIÓN IV

Sucesión lógica de trámites

Artículo 15.—Sucesión lógica de trámites para constructores de infraestructura de telecomunicaciones. Con el objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 1º, 8º, 9º y 10 de la Ley Protección al ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, Ley Nº 8220, y a lo establecido en el eje económico del Plan Nacional de Desarrollo de las Telecomunicaciones, los trámites indicados a partir del inciso 3) del presente artículo se pueden realizar de manera simultánea en las distintas instituciones rectoras y los actores del sector que se dediquen a la instalación de infraestructura de telecomunicaciones deberán seguir el siguiente orden:

1.  Atender los requerimientos técnicos de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos de conformidad con el artículo 77 de la Ley Nº 7593, en materia de condiciones del uso conjunto o compartido de instalaciones y la colocalización de infraestructuras físicas, los reglamentos, los planes técnicos y demás disposiciones que emita por medio de la Superintendencia de Telecomunicaciones.

2.  Solicitar el certificado de uso de suelo municipal conforme, según lo dispuesto en los artículos 3º, 4º, 5º, 9º y 10 del presente Decreto.

3.  Tramitar la correspondiente viabilidad ambiental ante la Secretaría Técnica Ambiental, SETENA.

4.  Tramitar los alineamientos de construcción de infraestructura de telecomunicaciones en los casos donde el ingeniero responsable de la obra lo determine o bien lo señale la institución competente, de conformidad con la Sección III del presente Decreto.

5.  Tramitar el visado de planos constructivos por parte del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos.

6.  Tramitar la solicitud de licencia constructiva ante la municipalidad respectiva.

Artículo 16.—Operadores y Proveedores. En los casos en que un operador o proveedor requiera la ampliación de sus redes de telecomunicaciones, deberá cumplir con los requisitos y procedimientos establecidos en el artículo anterior.

Artículo 17.—De los plazos para resolver. Para resolver las solicitudes de alineamientos, usos de suelo, licencias constructivas, demás certificaciones y trámites, las instituciones o dependencias del sector deberán velar por el cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 8220, Ley de Protección al ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos, publicada el 11 de marzo del 2002 y su reglamento Decreto Nº 32565-MEIC en los siguientes términos:

1.  Para la resolución de los alineamientos y usos de suelo requeridos de acuerdo a lo establecido en la Sección III y el artículo 16 del presente Decreto, las entidades públicas deberán resolver en el plazo legal o reglamentario establecido para tales efectos, en concordancia con el artículo 22 del Reglamento a la Ley Nº 8220. En su ausencia los alineamientos se resolverán tomando en cuenta la naturaleza de la solicitud, la cual consiste en una petición de información o certificación, en cuyo caso la Administración deberá resolver en un plazo no mayor a los 10 días hábiles (artículo 23 inciso a) del Reglamento a la Ley de Protección al ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos).

2.  Para la resolución de las licencias constructivas municipales las entidades públicas deberán resolver en el plazo legal o reglamentario establecido para tales efectos, en concordancia con el artículo 22 del Reglamento a la Ley Nº 8220. En su ausencia las licencias constructivas se resolverán tomando en cuenta la naturaleza de la solicitud, la cual consiste en un trámite que concluye en un acto final de decisión, en cuyo caso la Administración deberá resolver en un plazo no mayor a un mes, de acuerdo al artículo 23, inciso b) del Reglamento a la Ley de Protección al ciudadano del exceso de requisitos trámites administrativos, decreto ejecutivo Nº 32565-MEIC.

3.  En todos los casos, la administración debe velar por el cumplimiento de los plazos dados para la resolución y procurar que las resoluciones administrativas se realicen en el menor plazo posible. Cada oficina perteneciente a un órgano de la Administración deberá coordinar internamente, con el fin de evitar que el administrado tenga que acudir a más de una oficina para la solicitud de un trámite o requisito. Los entes y órganos de la Administración Pública deberán actuar entre sí de manera coordinada, intercambiando la información necesaria para la resolución de los trámites planteados ante sus instancias. Lo anterior en concordancia con el artículo 6 del Reglamento a la Ley de Protección al ciudadano del exceso de requisitos trámites administrativos.

Artículo 18.—Condicionantes para efectos de alineamientos y trámites. Los alineamientos establecidos en la Sección III del presente Decreto, no aplican necesariamente para todos los casos. La particularidad de cada proceso de instalación, ampliación o renovación de infraestructura de telecomunicaciones definirá el trámite o los trámites de alineamiento requeridos que deberán de ser cumplidos, tal y como se establece en los artículos 13, 14, 15 del presente Decreto.

Artículo 19.—Rige. Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los _____ días del mes de _____ del año dos mil diez.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, Jorge Rodríguez Quirós.

San José, 19 de febrero del 2010.—Hannia Vega Barrantes, Viceministra de Telecomunicaciones.—1 vez.—O. C. Nº 8418-Solicitud Nº 28087.—C-572020.—(IN2010016169).

Nº 35782-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en el artículo 140, incisos 3), 8), 12) y 20) y el artículo 146 de la Constitución Política.

Por cuanto:

En la ciudad de Seúl, República de Corea, el diez de noviembre de dos mil nueve, se firmó el “Memorando de Entendimiento entre el Ministerio de Economía del Conocimiento de la República de Corea y el Gobierno de la República de Costa Rica, a través del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica sobre Cooperación para el Fomento de la Industria del Aprendizaje Virtual”, firmando por la República de Costa Rica, el señor Roberto Gallardo Núñez, Ministro de Planificación Nacional y Política Económica.

Considerando:

1º—Que el artículo I, numeral 3) del “Convenio de Cooperación Científica y Técnica entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República de Corea”, suscrito en Seúl, República de Corea, el 20 de agosto de 1979, y aprobado por la Asamblea Legislativa, mediante Ley número 6621 del 26 de agosto de 1981, establece la posibilidad de suscribir acuerdos específicos de cooperación entre las Partes, relativos al fondo, alcance y ejecución de la cooperación en cada caso individual.

2º—Que el presente Memorando de Entendimiento tiene como fundamento jurídico el “Convenio de Cooperación Científica y Técnica entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República de Corea” anteriormente mencionado. Por tanto;

En uso de las facultades conferidas por el artículo 140, incisos 10) y 12) de la Constitución Política.

Decretan:

Artículo 1º—Promulgar y tener como vigente para todos los efectos, internos y externos, el “Memorando de Entendimiento entre el Ministerio de Economía del Conocimiento de la República de Corea y el Gobierno de la República de Costa Rica, a través del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica sobre Cooperación para el Fomento de la Industria del Aprendizaje Virtual”, suscrito en la ciudad de Seúl, República de Corea, el diez de noviembre de dos mil nueve, cuyo texto literal es el siguiente:

MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO

ENTRE

 EL MINISTERIO DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO

DE LA REPÚBLICA DE COREA

Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA A TRAVÉS DEL

 MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA

SOBRE COOPERACIÓN PARA EL FOMENTO DE LA

INDUSTRIA DEL APRENDIZAJE VIRTUAL

El Ministerio de Economía del Conocimiento de la República de Corea (MKE, por sus siglas en inglés) y el Gobierno de la República de Costa Rica, a través del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, (MIDEPLAN, por sus siglas en español), en adelante denominadas las “Partes”, conforme lo estipulado en el Acuerdo de Cooperación Científica y Técnica entre el Gobierno de la República de Costa y Rica y el Gobierno de la República de Corea (aprobado en Costa Rica mediante Ley N° 6621 de 26 de agosto de 1981) y deseando facilitar la colaboración entre ambos gobiernos con el objetivo de fomentar la industria de aprendizaje virtual en ambos países y basados en los principios de mutualidad y reciprocidad, hemos logrado el siguiente entendimiento:

Artículo 1 (Objetivo)

1.1.   El objetivo de este Memorando de Entendimiento es promover la industria de aprendizaje virtual a través del intercambio de conocimientos y experiencias en políticas y tecnología.

1.2.   Este Memorando de Entendimiento no pretende crear derechos u obligaciones legalmente vinculantes; solo será implementado dentro de los marcos legales y regulatorios de cada país.

Artículo 2 (Áreas de la Cooperación)

2.1    Las áreas de cooperación que incluye este Memorando de Entendimiento entre las Partes, pueden ser:

a)  Industria de aprendizaje virtual.

b)  Desarrollo electrónico de recursos humanos (e-HRD por sus siglas en inglés).

c)  Entrenamiento profesional.

d)  Políticas gubernamentales concernientes a 1a industria del aprendizaje virtual.

e)  Otras áreas que las Partes acuerden en cooperar.

2.2.   Los proyectos específicos de las áreas arriba mencionadas deben ser decididos y discutidos entre las Partes, a la mayor brevedad una vez que se haya firmado este Memorando de Entendimiento.

Artículo 3 (organizaciones a cargo de los Proyectos de Cooperación)

3.1.   MKE y MIDEPLAN son responsables de la implementación de este Memorando de Entendimiento en representación de sus respectivos países. Para ello, las partes acuerdan operar como las autoridades responsables de la cooperación.

3.2    Las Partes han designado a las siguientes organizaciones como co-secretarías para facilitar la comunicación y asegurar que todos los proyectos de cooperación procedan de manera eficiente:

a)  MKE ha designado a la Agencia Nacional de Promoción de la Industria de Tecnología de la Información, y

b)  MIDEPLAN ha designado a la Secretaría Técnica de Gobierno Digital.

Artículo 4 (Colaboración enfocada al fomento

de la industria de aprendizaje virtual)

4.1.   Las Partes ampliarán la colaboración con el objetivo de fomentar la industria del aprendizaje virtual en ambos países.

4.2.   Las Partes deberán establecer un “Comité de Colaboración de Gobierno a Gobierno (G2G)” con representantes de ambas Partes.

4.3.   Las Partes deberán organizar programas de intercambio para científicos, expertos y profesionales técnicos especializados en el área de aprendizaje virtual.

4.4.   Las Partes deberán cooperar en el desarrollo de políticas concernientes a sistemas de aprendizaje virtual en ambos países.

4.5    Otras actividades concernientes al fomento de la industria del aprendizaje virtual deberán ser decididas en un acuerdo separado entre las Partes.

Artículo 5 (Anexos del Proyecto)

Cuando las Partes decidan llevar a cabo actividades de colaboración o intercambio de información técnica bajo este Memorando de Entendimiento, dichas actividades deberán ser descritas como un Proyecto Anexo a este Memorando de Entendimiento. Cada Proyecto Anexo deberá establecer un plan de trabajo, requerimientos de personal, costos estimados, fuentes de financiamiento y otras obligaciones o condiciones propias del proyecto no incluidas en este Memorando de Entendimiento.

Artículo 6 (Derechos de Propiedad Intelectual)

Si surgieran disputas concernientes a derechos de propiedad intelectual en cualquier actividad cooperativa llevada a cabo bajo este Memorando de Entendimiento, las Partes deberán tomar; medidas para cumplir con las leyes y regulaciones de sus respectivos países, así como con normas establecidas en acuerdos internacionales que hayan sido suscritas por ambos países.

Artículo 7 (Efectos del Memorando de Entendimiento)

7.1    El Memorando de Entendimiento no crea ninguna relación legal ni financiera entre las Partes.

7.2.   Queda expresamente estipulado que no existe ninguna relación laboral entre el personal de las partes producto de este Memorando de Entendimiento o de la ejecución de los proyectos específicos que llegaren a ser firmados. Por consiguiente, cada una de las Partes mantendrá el carácter de patrón hacia sus trabajadores y asumirá íntegramente la responsabilidad derivada de los riesgos relacionados con los respectivos proyectos y actividades.

7.3.   Nada de lo aquí estipulado afectará los derechos de cada una de las Partes para establecer acuerdos similares con otras instancias.

7.4.   Los representantes -tanto oficiales como trabajadores- de las Partes no revelarán a terceras partes la información que reciban o se produzca con ocasión de los proyectos y actividades que se ejecuten mediante este Memorando de Entendimiento, de acuerdos específicos o de anexos que sean firmados, sin el consentimiento escrito de la otra Parte. Las Partes acuerdan incluir cláusulas de confidencialidad en los acuerdos específicos o en los anexos que serán regidas conforme 1o dispuesto por leyes y otras normas vigentes sobre esa materia en cada institución, así como por políticas internas que hayan sido aprobadas.

Artículo 8 (Resolución de Disputas)

Cualquier disputa que surja en relación con la interpretación e implementación de este Memorando de Entendimiento deberá ser resuelta por las Partes a través de consultas amistosas, sin involucrar a una tercera parte.

Artículo 9 (Ejecución, Revisión y Vigencia)

9.1.   Este Memorando de Entendimiento tendrá una vigencia de tres años a partir de la fecha en que ambas Partes comuniquen el cumplimiento, de sus requerimientos legales internos. Podrá ser prorrogada mediante consentimiento mutuo y escrito de las Partes.

9.2.   Este Memorando de Entendimiento podrá ser modificado mediante consentimiento mutuo y escrito de las Partes, y entrará en vigencia según el numeral 9.1.

9.3.   Cualquiera de las Partes podrá dar por terminado este Memorando de Entendimiento, previa notificación por escrito a la otra Parte. Sin embargo los proyectos y programas resultantes de este Memorando de Entendimiento iniciados antes de su terminación, no se verán afectados por su conclusión.

Firmado en dos originales tanto en el idioma inglés como en español. En caso de divergencia de interpretación, el texto en inglés prevalecerá.

Seúl, República de Corea, el 10 de noviembre de 2009.

Chemin Rim                                      Roberto G. Gallardo Núñez

Vice Ministro de Economía              Ministro de Planificación Nacional

del Conocimiento de la                      y Política Económica de la

República de Corea                           República de Costa Rica

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, a los veintiocho días del mes de enero de dos mil diez.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—(O.C. Nº 8196).—(Solicitud Nº 21445).—C-156420.—(D-35782-IN2010016102).

ACUERDOS

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Nº 027-09-PE

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en los artículos Nº 7 y Nº 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, la participación en la Reunión Técnica de Coordinación Regional Centroamericana para los Pilares Político y de Cooperación para un Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, de cara a la construcción de consensos en la región centroamericana.

II.—Que es necesaria la participación de la señora Yamna Sauma Ruiz, ya que es parte del equipo negociador que asiste a estas reuniones. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Yamna Sauma Ruiz, cédula de identidad Nº 1-1055-008, funcionaria de la Dirección General de Política Exterior para participar en la Reunión Técnica de Coordinación Regional Centroamericana para los Pilares Político y de Cooperación en preparación para la VII Ronda de Negociación para un Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, a realizarse en Tegucigalpa, Honduras, del 16 al 18 de febrero de 2009.

Artículo 2º—Los pasajes aéreos, viáticos, así como los gastos de transporte interno, e impuestos aeroportuarios corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 082, Dirección General de Política Exterior subpartida 1.05.03 de pasajes aéreos y subpartida 1.05.04 de viáticos, se autoriza la suma de US$ 131 (ciento treinta y uno) diarios, para un total de US$ 524 (quinientos veinticuatro). Todo lo anterior sujeto a liquidación.

Artículo 3º—Rige del 16 al 19 de febrero del 2009.

Firmado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, San José, Costa Rica, a las quince horas del día 9 de febrero del año dos mil nueve.

Publíquese.—Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—Reserva Nº 8196.—Solicitud Nº 21447.—C-26350.—(IN2010015457).

Nº 057-09-PE

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en los artículos Nº 7 y Nº 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:

I.—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, la participación en la Reunión Técnica de negociación de la Cumbre de las Américas, ya que en la misma se continuará la negociación del texto final de declaración que deberá ser suscrito por los Jefes de Estado y Gobierno de la región de las Américas.

II.—Es necesario la participación de la señora Maritza Chan Valverde, funcionaria en la Misión Permanente de Costa Rica ante la Organización de los Estados Americanos, ya que ha sido la persona encargada de la negociación técnica del texto de declaración. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Maritza Chan Valverde, cédula de identidad Nº 1-905-465, funcionaria en la Misión Permanente de Costa Rica ante la Organización de los Estados Americanos, en Washington D. C., para que en calidad de Embajadora en Misión Especial participe en la Reunión Técnica de negociación del proyecto de declaración de la Cumbre de las Américas la cual se realizará del 23 al 25 de marzo del 2009 en la Ciudad de Puerto España, Trinidad y Tobago.

Artículo 2º—Los gastos de pasajes aéreos, viáticos, así como los gastos de transporte interno corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 082, Dirección General de Política Exterior subpartida 1.05.03 de pasajes aéreos y subpartida 1.05.04 de viáticos, se adelanta la suma de US$ 309,00 diarios, para un total de US$ 1.545,00. Todo lo anterior sujeto a liquidación.

Artículo 3º—Rige del 22 al 26 de marzo del 2009.

Firmado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, San José, Costa Rica, a las trece horas del día dieciocho de marzo del año 2009.

Publíquese.—Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—Reserva Nº 8196.—Solicitud Nº 21449.—C-27200.—(IN2010015458).

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

Nº 006-09-TPMS

LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD

Con fundamento en el artículo 28, inciso 1 de la Ley N° 6227 o Ley General de Administración Pública, del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley N° 8691 o Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2009, del 31 de diciembre de 2008; el artículo 2º, inciso 4) de la Ley N° 7411 o Ley Reguladora del Otorgamiento de Pasaportes Diplomáticos y de Servicio, del 25 de mayo de 1994; el artículo 9º de la Directriz N° 7 del 29 de noviembre de 1991; el artículo 7º inciso C) de la Ley N° 8316 o Ley Reguladora de los Derechos de Salida del Territorio Nacional, del 26 de setiembre de 2002 y el artículo 40 del Estatuto del Servicio Civil. Acuerdo Nº 17 sesión ordinaria Nº 604 de junta directiva del Teatro Popular Mélico Salazar, celebrada el día 16 de setiembre del 2009.

Considerando:

I.—Que los señores Rubén Pagura Alegría, actor-dramaturgo, Verónica Vado Herrera, actriz-productora, y Halin Morera Ugalde, Dramaturga, viajen todos como delegación oficial de la Compañía Nacional de Teatro en cumplimiento de sus funciones para que realice gira a Cádiz, España, a realizar la gira durante el periodo comprendido del 20 de octubre al 31 de octubre 2009, ambos días inclusive, con el objetivo dar cumplimiento a la acción estratégica Nº 10 del Plan Nacional de Desarrollo, específicamente, la meta 10.2 que versa sobre crear y consolidar la red de creadores centroamericanos para promover iniciativas conjuntas e intercambio cultural.

II.—Que su participación en las presentaciones de esta gira es de interés para el Ministerio de Cultura y Juventud para establecer los lazos de hermandad y desarrollo artístico entre ambos países.

III.—Que por motivos de itinerario los señores Pagura Alegría, Vado Herrera, Morera Ugalde deberán salir del país el día 15 de octubre y regresan el 2 de noviembre del 2009. Por tanto

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a los señores Rubén Pagura Alegría, pasaporte costarricense Nº 800500670, Verónica Vado Herrera, pasaporte costarricense Nº 205990612, Halin Morera Ugalde, pasaporte costarricense Nº 401390426, viajen todos como delegación oficial de la Compañía Nacional de Teatro, en cumplimiento de sus funciones para que realice la gira a Cádiz, España, durante el periodo comprendido del 20 de octubre al 31 de octubre del 2009, para presentar el espectáculo “JULIUS” en la XXIV edición del Festival Iberoamericano de Teatro, con el objetivo dar cumplimiento a la acción estratégica Nº 10 del Plan Nacional de Desarrollo, específicamente, la meta 10.2 que versa sobre crear y consolidar la red de creadores centroamericanos para promover iniciativas conjuntas e intercambio cultural.

Artículo 2º—Los gastos de la citada delegación serán cubiertos de la siguiente manera: el Festival Iberoamericano de Teatro, los gastos de alojamientos, manutención, transporte internos e infraestructuras técnica y organizativas para el desarrollo de las diferentes propuestas El Teatro Popular Mélico Salazar cubrirá el transporte internacional por medio de la subpartida 1.05.03 Transporte en el Exterior por un monto total de $4.716,35 (cuatro mil setecientos dieciséis dólares con treinta y cinco céntimos), de conformidad con la tabla de viáticos establecida en el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

Artículo 3º—Rige del 15 de octubre al 2 de noviembre del 2009.

Dado en el Ministerio de Cultura y Juventud, a los nueve días del mes de octubre del año dos mil nueve.

Karina Bolaños Picado, Ministra de Cultura y Juventud a. í.—1 vez.—(IN2010015431).

Nº MCJ/149/09

LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD

Con fundamento en el artículo 28 inciso 1) de la Ley Nº 6227 o Ley General de Administración Pública, del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8691 o Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del Año 2009 y en el artículo 40 del Reglamento del Estatuto del Servicio Civil.

Considerando:

1º—Que la señora Virginia Vargas Mora, participará en el Festival de Cine ICARO 2009 y en la inauguración de la Exposición Jiménez Deredia.

2º—Que por imprevistos surgidos en el viaje, la señora Quirós Bonilla tuvo que incurrir en gastos de telecomunicaciones y alimentación. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Modificar el artículo 2º del Acuerdo de Viaje Nº MCJ/130/09, para que se lea de la siguiente manera:

“Artículo 2º—Los gastos de hospedaje, alimentación y transporte internacional, serán cubiertos por los organizadores. El Ministerio de Cultura y Juventud en el Programa 749-Actividades Centrales, en la Subpartida 10204-Servicios de Telecomunicaciones, le cubrirá gastos de teléfono e Internet por un monto de ¢ 9.347,97 (nueve mil trescientos cuarenta y siete colones con noventa y siete céntimos) equivalentes a $ 16,37 (dieciséis dólares con treinta y siete centavos) y en la Subpartida 10504-Viáticos en el Exterior por un monto de ¢ 6.485,51 (seis mil cuatrocientos ochenta y cinco colones con cincuenta y un céntimos) equivalentes a $ 11,35 (once dólares con treinta y cinco centavos) le cubrirá imprevistos surgidos en el viaje a Guatemala.”

Artículo 2º—Los artículos restantes se mantienen invariables.

Artículo 3º—Rige a partir de su firma.

Dado en el Ministerio de Cultura y Juventud, a los 9 días del mes de diciembre del 2009.

María Elena Carballo Castegnaro, Ministra de Cultura y Juventud.—1 vez.—O. P. Nº  8838.—Solicitud Nº 27651.—C-21270.—(IN2010015408).

MINISTERIO DE JUSTICIA Y GRACIA

Nº 114

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE JUSTICIA

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley Nº 5338 del 28 de agosto de 1973 y el Decreto Ejecutivo Nº 24333-MP del 23 de mayo de 1995.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar a la señora Marta Emilia Marín Rodríguez, mayor, cédula de identidad Nº 1-0371-0265, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Lucha Contra el Virus del Papiloma Humano FULPAP, cédula jurídica Nº 3-006-551858, de la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, el día 01 de febrero de 2010.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Justicia y Gracia, Hernando París R.—1 vez.—O. C. Nº 049-010.—Solicitud Nº 27559.—C-13620.—(IN2010015442).

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

EDICTOS

El doctor Luis Guillermo Muñoz, con número de cédula 2-312-141, vecino de Alajuela, en calidad de apoderado legal de la compañía Luis Muñoz con domicilio en Alajuela. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Antitermyl, fabricado por Laboratorio Cevasa S. A. de Argentina con los siguientes principios activos: Cada 100 g contiene: ácido acetil salicílico 17g, Vitamina C (ácido ascórbico) 3g, Cafeína 2g, Benzoato de Sodio 2,5g, Cloruro de Sodio 20g, Bicarbonato de Sodio 13g, Sulfato de Magnesio Anhidro 2g, Cloruro de Potasio 2g, Sulfato de Sodio Anhidro 22,5g y las siguientes indicaciones terapéuticas: Prevención de golpe de calor y estrés y como adyuvante en el tratamiento de procesos febriles de origen infeccioso. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 2 de diciembre del 2009.—Dirección de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1 vez.—(IN2010015414).

El doctor Luis Guillermo Muñoz, con número de cédula 2-312-141, vecino de Alajuela, en calidad de apoderado legal de la compañía Luis Muñoz con domicilio en Alajuela. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Clortex, fabricado por Laboratorio Cevasa S. A. de Argentina con los siguientes  principios  activos: Cada 100 g contiene: Clortetraciclina HCL 20.0g y las siguientes indicaciones terapéuticas: Control y tratamiento de infecciones entéricas y respiratorios en aves y cerdos. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 25 de noviembre del 2009.—Dirección de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1 vez.—(IN2010015416).

El Ingeniero Luis Guillermo Muñoz, con número de cédula 2-312-141, vecino Alajuela, en calidad de representante legal de la compañía Droguería Luis Muñoz Argüello S. A., con domicilio en Alajuela. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Triamcort, fabricado por Laboratorio Caillon & Hamonet S.A.C.I. para Unimedical, de Uruguay Ltda., con los siguientes principios activos: Cada 100 ml contienen: Acetonida de Triamcinolona 600 mg. y las siguientes indicaciones terapéuticas: Procesos inflamatorios en bovinos y en pequeñas especies. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 9 de noviembre del 2009.—Dirección de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1 vez.—(IN2010015417).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 002, título N° 580, emitido por el Liceo Nocturno de Pérez Zeledón, en el año mil novecientos noventa y cinco, a nombre de Arias Cruz Ana Grace. Se solicita la reposición del título por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dieciséis días del mes de febrero del dos mil diez.—Departamento de Evaluación de la Calidad, Msc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—Nº RP2010156618.—(IN2010014378).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 32, título Nº 1675, emitido por el Colegio El Carmen de Alajuela, en el año dos mil nueve, a nombre de Rodríguez Agüero Ana Yancy. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 2 de febrero del 2010.—Departamento de Evaluación de Calidad.—MSc. Lucyna Zawalisnki Gorska, Asesora.––(IN2010014540).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo I, folio 122, título Nº 1651, emitido por el Colegio de Palmares, en el año dos mil, a nombre de Pacheco Arrieta Lady Vanessa. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 27 de enero del 2010.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Lilliam Mora Aguilar, Jefa.––(IN2010014544).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 79, título Nº 703, emitido por el Colegio Nocturno de San Vito, en el año dos mil seis, a nombre de Ugalde Rodríguez Angélica. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 15 de febrero del 2010.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.––RP2010156799.––(IN2010014621).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 38, título Nº 412, emitido por el Colegio Santa María de Guadalupe, en el año mil novecientos setenta y siete, a nombre de Luna Badilla Damaris. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y por corrección del apellido: cuyos nombres y apellidos correctos son: Cordero Badilla Damaris. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 15 de febrero del 2010.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.––RP2010156817.––(IN2010014622).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 116, título N° 2862, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Calle Blancos, en el año dos mil nueve, a nombre de Solano Santana Harold Ariel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 12 de febrero del 2010.—Msc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2010014637).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 35, título N° 314, emitido por el Colegio Británico de Costa Rica, en el año dos mil siete, a nombre de Alvarado Rodríguez Cristina. Se solicita la reposición del título indicado por cambio del apellido: cuyo nombre y apellidos correctos son: Magnin y Falcón Rodríguez Cristina. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 15 de febrero del dos mil diez.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2010014502).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 17, título Nº 70, emitido por el Colegio de Gravilias, en el año mil novecientos noventa y uno, a nombre de Lescouflair Granados Yanick Patricia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecisiete días del mes de febrero del dos mil diez.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2010014865).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 44, título Nº 66, emitido por el Liceo de Alfaro Ruiz, en el año mil novecientos ochenta y dos, a nombre de Zúñiga Solís María Auxiliadora. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecisiete días del mes de febrero del dos mil diez.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2010014866).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 34, título Nº 593, emitido por el Colegio Internacional SEK, en el año dos mil cinco, a nombre de Castro Acosta María José. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veinticinco días del mes de enero del dos mil diez.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Jefe.—(IN2010014874).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el Tomo IV, Folio 149, Título N° 3222, emitido por el Liceo Mauro Fernández Acuña, en el año mil novecientos ochenta y seis, a nombre de Rosales Rosas Laura María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, diecinueve de febrero del dos mil diez.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Departamento de Evaluación de la Calidad.—(IN2010015511).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 2, Folio 19, Título N° 206, emitido por el Colegio Nocturno de Quepos, en el año dos mil cinco, a nombre de Barboza Corrales Heidy. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintidós de febrero del dos mil diez.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Departamento de Evaluación de la Calidad.—(IN2010015516).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Certificado de Conclusión de Estudios de Educación Media “Área de Letras”, inscrito en el Tomo 1, Folio 165, Título N° 197, emitido por el Liceo Luis Dobles Segreda, en el año mil novecientos setenta y dos, a nombre de Miranda Chaves Elvia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintidós de febrero del dos mil diez.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Departamento de Evaluación de la Calidad.—(IN2010015531).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Fe de erratas: En edicto dado en San José, a los dieciocho días del mes de diciembre del dos mil ocho, a nombre de Geraldyn Carrillo Gómez, de solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 20 y asiento N° 155, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Corralillo, en el año dos mil seis, por error se le consigna la leyenda Título de Bachiller en Educación Media, siendo correcto Título de Técnico Medio en la Especialidad de Secretariado Ejecutivo. Se extiende la presente, a los ocho días del mes de mayo del dos mil nueve.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—(IN2010015405).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

EDICTO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el Señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social la organización social denominada Cooperativa Industrial y de Servicios Múltiples de Atenas R. L., siglas COOPEATENAS R. L., acordada en asamblea celebrada el día 19 de diciembre del 2009. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos 32 y 41 inciso c) del Estatuto.—San José, 7 de febrero del 2010.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2010013913).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Cambio de Nombre Nº 64123

Que Marianella Arias Chacón, cédula de identidad Nº 1-679-960, en calidad de apoderada especial de Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R. L., cédula jurídica Nº 3-004-0455002, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Cooperativa de Productores de Leche R. L. por el de Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R. L., cédula jurídica Nº 3-004-0455002, presentada el día 22 de enero de 2010 bajo expediente 64123. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1998-0009163 Registro Nº 114405 REACTIMAST en clase 5 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Adriana Broutin Espinoza, Oficina de Marcas y Otros Signos Distintivos.—1 vez.—(IN2010014527).

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

AVISOS

Se hace saber a terceros e interesados que la Subdirección del Registro de Personas Jurídicas, en proceso seguido a instancia del señor Claudio Murillo Ramírez, como apoderado especial de la sociedad Hard Rock Limited, sociedad organizada bajo las leyes del Reino Unido, en contra de la sociedad Hard Rock Café S. A., cédula jurídica 3-101-351928, según expediente Nº RPJ 167-2009, mediante resolución de las nueve horas diez minutos del veintiocho de enero del dos mil nueve, resolvió: “Consignar inmovilización en las inscripciones de la sociedad Hard Rock Café S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cincuenta y un mil novecientos veintiocho (3-101-351928), la cual se mantendrá hasta que las partes previo acatamiento de la normativa vigente soliciten su levantamiento o una Autoridad Judicial lo ordene…” Publíquese por una única vez en el Diario Oficial La Gaceta.—Curridabat, 11 de febrero de 2010.—Lic. Henry Jara Solís, Subdirector a. í.—1 vez.—O. C. Nº 10-0001.—Solicitud Nº 25341.—C-16170.—(IN2010015342).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula número 3-002-293583, denominación: Asociación de Pensionados de la Asamblea Legislativa. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Documento tomo: 2009, asiento: 245542).—Dado en el Registro Nacional, a las catorce horas quince minutos y veintitrés segundos del primero de febrero del dos mil diez.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2010157428.—(IN2010015612).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Agricultores de San Rafael de Cerros de Aguirre, con domicilio en la provincia de Puntarenas. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: promover y desarrollar actividades culturales, artísticas y sociales de toda índole, para la unión cultural, civismo moral y espiritual de sus asociados. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, es la presidenta: Hannia María Ortiz Godínez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2009, asiento: 333424).—Curridabat, seis de enero del dos mil diez.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2010157570.—(IN2010015613).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Vecinos de Corozalito, con domicilio en la provincia de Guanacaste. Sus fines, entre otros están: promover un mejor desarrollo en infraestructuras y servicios. Gestionar que la comunidad y sus alrededores cuenten con un desarrollo sostenible, que permita una mejor calidad de vida. Su presidente: Efraín Rojas Villafuerte, es el representante judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite. (Tomo: 2009, asiento: 314385, adicional: 2010-33574).—Dado en el Registro Nacional, Curridabat, a los diecinueve días del mes de febrero del dos mil diez.—Lic. Grace Scott Lobo, Directora a. í.—1 vez.—RP2010157629.—(IN2010015614).

REGISTRO INMOBILIARIO

AVISO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Se hace saber a: Alex Murillo Fernández, cédula 6-0188-0758, propietario registral de la finca 4-142708-001; beneficiario del régimen de patrimonio familiar inscrito bajo las citas 410-12645-01-4-1, deudor hipotecario según citas 447-01377-1-1-1 y 550-10583-1-1-1, así como demandado en proceso ordinario según citas 567-54030-1-2-1, que recaen sobre la misma finca; asimismo a sus representantes, albaceas o terceros con interés legítimo; que la Dirección del Registro Inmobiliario, ordenó apertura de Diligencias Administrativas de oficio, para investigar posible duplicidad de planos que afecta a las fincas de Heredia 142708 y 132897. Mediante resolución de las 9:00 horas del 29/4/09 se brindó audiencia de ley a las partes, y siendo que fue devuelto el certificado de correo RR0146319561CR con la indicación de cambio de domicilio, con el fin de cumplir con el Debido Proceso, por resolución de las 08:00 horas del 15/1/2010, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a la persona indicada, por término de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto; término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene a la parte indicada, que dentro del término establecido para la audiencia, deben señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo N° 26771-J, de 18 de febrero de 1998, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley N° 8687, bajo el apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley N° 8687. (Ref. Expediente 08-1378-BIUS). Notifíquese.—Curridabat, 15 de enero de 2010.—Lic. Erika Bermúdez Bonilla, Asesora Jurídica Registral.—O. C. 10-0001.—Solicitud Nº 26188.—C-91820.—(IN2010014550).

REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN

AVISOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

El señor Manuel E. Peralta Volio, cédula Nº 9-012-480, mayor, casado, abogado, vecino de San José, en condición de Apoderado Especial de ST. Jude Medical, Inc., de E. U. A., solicita la Patente de Invención denominada DISPOSITIVOS PARA EL IMPLANTE DE UNA VÁLVULA DE CORAZÓN PROSTÉTICA Y CIERRE DE ACCESO POR MEDIO DE CATÉTER. Un aparato para uso junto con el implante de una válvula de corazón prostética colapsable y reexpandible en un paciente por medios que son menos invasivos que la operación tradicional de pecho o corazón abierto. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A61B 17/32, cuyo inventor es Braido, Peter N. La solicitud correspondiente lleva el Nº 11135, y fue presentada a las 09:07:47 del 02 de diciembre del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 04 de febrero del 2010.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.––(IN2010014526).

La señora Monserrat Alfaro Solano, cédula 1-1149-188, mayor, casada, abogada, vecina de Sabanilla de Montes de Oca, en su condición de apoderada especial de Euro-Suole S.P.A., de Italia, solicita la Patente de Invención denominada MEMBRANA CON COPA DE SUCCIÓN QUE TIENE LA FORMA DE UN RELOJ DE ARENA ABIERTO EN MOLDE DE ADENTRO DE UN MATERIAL TERMOPLÁSTICO FLEXIBLE SOBRE UN SOPORTE HIDROFÍLICO Y/O RESPIRABLE. Esta invención se relaciona con el sector de calzado y más específicamente con una membrana que se calza como accesorio al frente o que cubre la totalidad de la planta del zapato en la zuela que consiste de un soporte en un material  hidrofilico o respirable e impermeable sobre el cual una serie de copas de succión que tiene la forma de un reloj de arena abierta o de fuelles o de un cilindro están directamente moldeadas.  La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A43B 7/06, cuyo inventor es Andra Sensini. La solicitud correspondiente lleva el número 11140, y fue presentada a las 10:44:29 del 02 de Diciembre de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de enero del 2010.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2010014653).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

El señor Manuel E. Peralta Volio, cédula 9-012-480, mayor, casado, abogado, vecino de San José, en condición de Apoderado Especial de Novartis AG, de Suiza, Vernalis (R&D) Ltd, de Reino Unido, solicita la Patente de Invención denominada SALES DE ADICIÓN DE ÁCIDO, HIDRATOS Y POLIMORFOS DE LA ETIL-AMIDA DEL ÁCIDO 5- (2,4-DIHIDROXI-5- ISOPROPIL-FENIL)-4- (4-MORFOLIN-4-IL-METIL-FENIL)-ISOXAZOL -3-CARBOXÍLICO, Y FORMULACIONES QUE  COMPRENDEN ESTAS FORMAS. La presente invención se refiere a nuevas formas de sal de etil-amida del ácido 5-(2,4-Dihidroxi-5-Isopropil-fenil)-4- (4-Morfolin-4-il-Metil-Fenil) -Isoxazol-3-carboxílico, en particular la sal de Mesilato, clorhidrato, tartrato, fosfato, y Hemi-Fumarato de la misma; a formas cristalinas de estas sales; a polimorfos de la etil-amida del ácido 5-(2,4-Dihidroxi-5-Isopropil-Fenil)-4-(4-morfolin-4-il-Metil-Fenil)-Isoxazol-3-Carboxilico; a hidratos y polimorfos de las nuevas formas de sal mencionadas anteriormente. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A61K 31/5377, cuyos inventores son Dymock, Brian William, Krell, Christoph, Mutz, Michael, Petersen, Holger, Zheng, Weijia, Drysdale Martin James. La solicitud correspondiente lleva el número 10989, y fue presentada a las 14:04:00 del 21 de agosto de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 4 de febrero de 2010.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2010014524).

El señor Manuel E. Peralta Volio, cédula 9-012-480, mayor, Abogado, vecino dé San José, en su condición de apoderado especial de ST. Jude Medical, Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada VÁLVULAS PROSTÉTICAS DE CORAZÓN. La presente invención se refiere a la formulación de formas de dosificación sólidas que contienen una cantidad efectiva de una dihidropiridina antagonista del canal de calcio tal como Lercanidipina o una sal de esta, combinada con dióxido de silicio coloidal tal como Aerosil para aumentar la biodisponibilidad y mejorar la solubilidad, y un proceso para su preparación por granulación húmeda. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A61F 2/24, cuyos inventores son Braido, Peter N., Alkhatib, Yousef, F. La solicitud correspondiente lleva el número 11137, y fue presentada a las 09:09:18 del 2 de diciembre de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 04 de febrero de 2010.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2010014525).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Dart Industries Inc., de E. U. A., solicita el diseño industrial denominado CUBIERTA DE RECEPTÁCULO Y TAZA DE MEDIR COMBINADAS.

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El diseño ornamental en una cubierta de receptáculo y taza de medir combinadas como se muestra y describe. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de dibujos y modelos industriales novena edición es 07 /02, cuyo inventor es Vincent Jalet. La solicitud correspondiente lleva el número 9852, y fue presentada a las 14:27:17 del 28 de marzo de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguiente a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 2 de febrero del 2010.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Nº RP2010157287.—(IN2010015008).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en condición de apoderado especial de Smithkline Beecham Corporation, de E. U. A., solicita la patente de invención denominada DERIVADOS DE QUINOLINA COMO INHIBIDORES DE LA P13 QUINASA. Se inventa un método para inhibir la actividad/función de P13 quinasas usando derivados de quinolina. También se inventa un método para tratar una o más patologías seleccionadas entre: trastornos autoinmunes, enfermedades inflamatorias, enfermedades cardiovasculares, enfermedades neurodegenerativas, alergia, asma, pancreatitis, fallo mutiorgánico, enfermedades renales, agregación plaquetaria, cáncer, motilidad de los espermatozoides, rechazo de trasplantes, rechazo de injertos y lesiones pulmonares, mediante la administración de derivados de quinolina. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes octava edición es A61K 31/47, cuyos inventores son Adams, Nicholas, D, Burgess, Joelle, Lorraine, Darcy, Michael Gerard, Donatelli, Carla, A, Knight, Steven, David, Newlander, Kenneth, Allen, Ridgers, Lance, Sarpong, Martha, Schmidt, Stanley, J. La solicitud correspondiente lleva el número 11165, y fue presentada a las 14:02:47 del 15 de diciembre de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguiente a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de febrero del 2010.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—Nº RP2010157289.—(IN2010015009).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en condición de apoderado especial de Merck & Co., Inc., de E. U. A., solicita la Patente de Invención denominada ANTAGONISTAS PIRIDIL PIPERIDINA DEL RECEPTOR DE OREXINA. La presente invención se refiere a compuestos de piridil piperidina que son antagonistas de los receptores de orexina y que son útiles en el tratamiento o prevención de trastornos y enfermedades neurológicas y psiquiátricas en las que están implicados los receptores de orexina. La invención también se refiere a composiciones farmacéuticas que comprenden estos compuestos y al uso de estos compuestos y composiciones en la prevención o tratamiento de dichas enfermedades en las que están implicados los receptores de orexina. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes octava edición es C07D 401/12, cuyos inventores son Breslin, Michael, J., Coleman, Paul, J., Cox, Christopher, D., Schreier, John, D. La solicitud correspondiente lleva el número 11146, y fue presentada a las 14:11:31 del 04 de diciembre de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguiente a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de febrero del 2010.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—Nº RP2010157290.—(IN2010015010).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

La señora Clementina Mayorga Corea, cédula Nº 155800533410, mayor, soltera, secretaria, vecina de San José, en condición de apoderada especial de Canadá Export S. A., de Panamá, solicita el Diseño Industrial denominado PARAGUAS DE DOBLE FORRO.

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Consiste en un nuevo modelo de paraguas diferentes a los conocidos hasta la fecha, con un doble forro que permite una mayor contención y resistencia a la lluvia. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Novena Edición es 03/03, cuyo inventor es: Jaime Fares Fadiallal. La solicitud correspondiente lleva el Nº 11253, y fue presentada a las 08:45:16 del 04 de febrero del 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 05 de febrero del 2010.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.––(IN2010015390).

REGISTRO DE DERECHOS DE AUTOR Y CONEXOS

AVISOS

Erik Gilles Hernández Gabarain, mayor, casado una vez, químico, cédula de identidad Nº 1-1031-598, vecino de San Pablo de Heredia, costado oeste de la antigua Mabe, apoderado generalísimo sin límite de suma de Rating Veintiuno S. A., cédula jurídica Nº 3-101-433459, solicita la inscripción a favor de su representada de la titularidad de los derechos patrimoniales en la obra literaria, en colaboración y divulgada que se titula SEGUNDO GRUPO DE GUIONES DE LA ½ DOCENA 2009. Los derechos morales son de los coautores Mario Alberto Chacón Jiménez, mayor, soltero, publicista, cédula de identidad Nº 1-924-076, vecino de Guadalupe, 25 sur de la Escuela Pilar Jiménez; Daniel Moreno Rojas, mayor, soltero, ingeniero civil, cédula de identidad Nº 1-898-434, vecino de Tibás, 75 norte de la Municipalidad; Édgar Murillo Mora, mayor, soltero, administrador de negocios, cédula de identidad Nº 1-940-014, vecino de Moravia, 150 sur de la esquina sureste del Club La Guaria, y Erik Gilles Hernández Gabarain, de calidades anteriormente indicadas. La obra escrita consta de guiones cómicos, que no desarrollan un tema en particular sino que son segmentos cortos o “sketches” independientes entre sí, cada uno de ellos con su propio título. Estos guiones se presentan en vivo, en televisión y otros medios audiovisuales. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los treinta días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente Nº 6260.—Curridabat, 5 de febrero del 2010.—Lic. Andrés Hernández Osti, Registrador.—1 vez.—RP2010157590.—(IN2010015609).

Erick Hernández Gabarain, mayor, casado una vez, químico, cédula de identidad Nº 1-1031-598, vecino de San Pablo de Heredia, costado este de la antigua Mabe, apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Rating Veintiuno S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-433459, con domicilio en Tibás, San José, solicita la inscripción a favor de su representada, de la titularidad de los derechos patrimoniales de la obra artística (fonograma) en colaboración y divulgada titulada “OBRAS MUSICALES LA ½ DOCENA PARTE IV”. Los derechos morales sobre la obra le corresponden a los autores Mario Alberto Chacón Jiménez, mayor, soltero, publicista, vecino de Guadalupe, cédula Nº 1-924-076; Daniel Moreno Rojas, mayor, soltero, ingeniero civil, vecino de Tibás, con cédula Nº 1-898-434; Édgar Murillo Mora, mayor, soltero, administrador de negocios, vecino de Moravia, con cédula Nº 1-940-014, y Erick Hernández Gabarain, con calidades ya indicadas. Los derechos morales conexos sobre la interpretación de la música en las canciones “Evaristo Paz tema de cierre”, “Evaristo Paz tema final” y “Los Aplazados”, le corresponden a Paola Troz Díaz, cédula Nº 1-912-761, mayor, casada, periodista, y vecina de Moravia. La obra consta de un fonograma en disco compacto que contiene veintitrés obras musicales cortas. El objetivo principal de esta obra es complementar segmentos cómicos televisivos y teatrales. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los treinta días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos. Expediente Nº 6259.—Curridabat, 17 de febrero del 2010.—Vera V. León Ovares.—1 vez.—RP2010157593.—(IN2010015610).

Mario Alberto Chacón Jiménez, mayor, soltero, publicista, vecino de Guadalupe, San José, portador de la cédula de identidad Nº 1-924-076; Daniel Moreno Rojas, mayor, soltero, ingeniero civil, vecino de Tibás, San José, portador de la cédula de identidad Nº 1-898-434; Édgar Murillo Rojas, mayor, soltero, administrador de negocios, vecino de Moravia, San José, portador de la cédula de identidad Nº 1-940-014; Erik Hernández Garabain, mayor, casado una vez, químico, vecino de San Pablo de Heredia, portador de la cédula de identidad Nº 1-1031-598, solicitan la inscripción a su favor de los derechos morales y los derechos patrimoniales (de conformidad con el Contrato de Cesión de Derechos Patrimoniales aportado) a nombre de la sociedad denominada Rating Veintiuno S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatro tres tres cuatro cinco nueve, de esta plaza, de la obra artística en colaboración, divulgada por publicación titulada: “SEGUNDO GRUPO DE PERSONAJES DE LA ½ DOCENA”. La obra es un conjunto de cuarenta y siete personajes del grupo La ½ Docena, los cuales protagonizan situaciones cómicas, usualmente en formato de sketch. Estos personajes se utilizan tanto en presentaciones en vivo como en televisión, radio, medios audiovisuales, fotografías, etc. En la obra se hace, para cada personaje, una descripción física y psicológica por escrito, a la cual se adjuntan una fotografía de frente y una de perfil del respectivo personaje. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los treinta días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos. Expediente Nº 6261.—San José, 5 de febrero del 2010.— Carmen V. Valverde Chacón.—1 vez.—RP2010157594.—(IN2010015611).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. 6021A.—Víctor Hugo Romero Madrigal, Óscar Madrigal Monge y María Elena Chacón Badilla, solicitaN concesión de: 0,03 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de María Elena Chacón Badilla, Óscar Madrigal Monge en Santa María, Dota, San José, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 184.250 / 539.000 hoja Tapanti. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestar lo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de febrero de 2010.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº RP2010156444.—(IN2010014379).

Exp. 13754P.—Reca Química S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo del pozo IS-549, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Nicolás, Cartago, Cartago, para uso consumo humano doméstico, industria. Coordenadas 209.760 / 541.700 hoja Tres Ríos. Quienes se consideren lesionados, deben manifestar lo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de febrero de 2010.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº RP2010156612.—(IN2010014380).

Exp. Nº 2022P.—Anexión Bed and Breakfast S. A., solicita concesión de: 1,45 litros por segundo del pozo IS-84, efectuando la captación en finca de El Mismo en San Nicolás, Cartago, Cartago, para uso industria. Coordenadas 209.400 / 541.300 hoja Istarú. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 12 de febrero del 2010.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.––RP2010156735.––(IN2010014381).

Expediente Nº 13747P.—La Casa de los Hijos de Alberta S. A., solicita concesión de: 1 litro por segundo del pozo NA - 115, efectuando la captación en finca de La Casa de los Hijos de Alberta S. A. en Zaragoza, Palmares, Alajuela, para uso consumo humano y agropecuario - riego. Coordenadas 224.890 / 487.550 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 05 de febrero del 2010.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.––RP2010156736.––(IN2010014382).

Exp. 1081 A.—Ganadera San Juan Ltda., solicita concesión de: 1,5 litros por segundo del río Abangares, efectuando la captación en finca de su propiedad en Juntas, Abangares, Guanacaste, para uso agropecuario abrevadero. Coordenadas 247.700/424.500 hoja Abangares. Predios inferiores: Nico S. A. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de febrero del 2010.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2010014649).

Exp. 5728A.—Rafael Antonio Arias Rojas, solicita concesión de: 0,06 litros por segundo del río Guararí, efectuando la captación en finca de Jorge Torrentes en Santo Domingo, Santa Bárbara, Heredia, para uso agropecuario y consumo humano doméstico. Coordenadas  233.300 / 523.025 hoja Barva. Predios inferiores: Marco Tulio Hidalgo Zanora. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de febrero del 2010.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2010014664).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Expediente Nº 1008A.—Beneficiadora Santa Eduviges Ltda., solicita concesión de: 17,5 litros por segundo del Río Tambor, efectuando la captación en finca de Hacienda Incanas S. A., en San Isidro, Alajuela, Alajuela, para uso agroindustrial-beneficiado. Coordenadas 231.300/515.300 hoja Barva. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren –lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de febrero de 2010.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2010014401).

Expediente Nº 9471P.—Sociedad Agrícola La Cuadra Ltda., solicita concesión de: 1 litro por segundo del pozo PC-11, efectuando la captación en finca de Gammondiri S. A., en Bejuco, Nandayure, Guanacaste, para uso consumo humano-doméstico, agropecuario-riego-hortaliza-piscina.  Coordenadas:  200.250 / 392.950,  hoja  Puerto  Coyote. 1 litro por segundo del pozo PC-09, efectuando la captación en finca de Gammondiri S. A., en Bejuco, Nandayure, Guanacaste, para uso consumo humano-doméstico, agropecuario-riego-hortaliza-piscina. Coordenadas: 200.300 / 392.950, hoja Puerto Coyote. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de febrero del 2010.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2010014678).

Expediente Nº 13755A.—Follajes La Colina S. A., solicita concesión de: 6 litros por segundo de la quebrada Bolívar, efectuando la captación en finca de Follaje La Colina S. A. en Bolívar, San Ramón, Alajuela, para uso agropecuario-riego. Coordenadas 231.321 / 482.464 hoja Naranjo. Predios inferiores: Rigoberto Calvo Rodríguez, Carlos Esquivel Zamoras, Juan Esquivel. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de febrero de 2010.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2010014908).

Expediente Nº 4604P.—Finca El Común de Ciudad Colón S. A., solicita concesión de: 0,10 litros por segundo del pozo AB-1033, efectuando la captación en finca de su propiedad en Colón, Mora, San José, para uso consumo humano y doméstico. Coordenadas: 212.400 / 509.400, hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de febrero de 2010.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—RP2010157026.—(IN2010015019).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. 13756A.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte, solicita concesión de: 450 litros por segundo del río Singri, efectuando la captación en finca de Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte S. A. en Potrero Grande, Buenos Aires, Puntarenas, para uso doméstico y riego. Coordenadas 333.075 / 564.300 hoja Cabagra. Predios inferiores: Adelia Salas Muñoz, Alexander Quirós Abarca, Luis G. Fernández, Rodrigo Mora Vargas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de febrero del 2010.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2010015411).

PODER JUDICIAL

RESEÑAS

SALA CONSTITUCIONAL

ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad.

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

Que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el número 09-006254-0007-CO, promovida por Jeffry Madrigal Angulo contra artículo 9 del Decreto Ejecutivo 12915-E-P- del 31 de agosto de 1981 que es Manual de Procedimientos para Administrar el Personal Docente, se ha dictado el voto número 2009-013590 de las catorce horas y cuarenta y un minutos del veintiséis de agosto del dos mil nueve, que literalmente dice:

Voto 2009-013590 de las catorce horas y cuarenta y un minutos del veintiséis de agosto del dos mil nueve. Por tanto: “Se declara con lugar la acción. En consecuencia, se anula el artículo 9º del Decreto Ejecutivo Nº 12915-E-P, Manual de Procedimientos para Administrar el Personal Docente. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma anulada, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese.”

San José, 16 de febrero de 2010.—Gerardo Madriz Piedra, Secretario.—1 vez.—(IN2010015644).

Que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el número 08-007911-0007-CO, promovida por Asesorías Asepro de Centroamérica S. A., contra el artículo 100, inciso a) de la Ley de Contratación Administrativa, Ley número 7494 del dos de mayo de mil novecientos noventa y cinco y el artículo 215 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, Decreto número 33411-H del veintisiete de setiembre de dos mil seis, se ha dictado el voto número 2009-014027 de las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del primero de setiembre del dos mil nueve, que literalmente dice:

Voto 2009-014027 de las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del primero de setiembre del dos mil nueve. Por tanto: “Se declara parcialmente con lugar la acción.  En consecuencia, se anula por inconstitucional la frase “y aplicará a todo el sector público” contenida en el párrafo segundo del artículo 215 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, Decreto número 33411-H del veintisiete de setiembre de dos mil seis. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma impugnada, sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe. Comuníquese este pronunciamiento a los Poderes Legislativo y Ejecutivo y a la Contraloría General de la República. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. En lo restante, se declara sin lugar la acción planteada. Notifíquese.”

San José, 18 de febrero de 2010.—Gerardo Madriz Piedra, Secretario.—1 vez.—(IN2010016389).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Elizabeth Castro Blanco, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 557-2003.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina Actos Jurídicos.—San José, a las once horas diecinueve minutos del seis de mayo del dos mil tres. Diligencias de ocurso incoadas en este Registro por Elizabeth Castro Blanco, costarricense, cédula de identidad número cuatro-doscientos cuarenta y nueve-ciento ochenta y nueve, vecina de Río Cuarto, Grecia, Alajuela. Expediente Nº 29255-2002. Resultando I.—..., II.—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Katherine Sofía Chaves Salazar, en el sentido de que los apellidos de la madre son Castro Blanco y no como aparecen actualmente consignados. Publíquese esta resolución por una vez en el Diario Oficial. Notifíquese. Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor a. í.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.––1 vez.––(IN2010015289).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Alejandro César Echaverry Vargas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1855-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas y cuarenta minutos del seis de noviembre del dos mil nueve. Ocurso. Exp. N° 15900-09. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquense el asiento de matrimonio de Alejandro Echaverri Vargas con Carol Yesenia Murillo Calderón..., en el sentido que el primer apellido del padre, los apellidos de la madre del cónyuge consecuentemente el nombre y los apellidos del mismo son “Echaverry”, “Vargas González” y “Alejandro César de Jesús Echaverry Vargas” respectivamente y el asiento de nacimiento de Sheylin Suyen Echaverri Murillo..., en el sentido que el primer apellido del padre de la persona ahí inscrita es “Echaverry” y no como se consignó.—Lic. Erick Guzmán Vargas, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2010015404).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Marcela Solano Jara, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1621-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.— Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diecinueve horas diecisiete minutos del siete de octubre del dos mil nueve. Exp. Nº 19757-09. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Jimmy Alberto Mora Calderón..., en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita, son “Ana Marcela Solano Jara”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2010015430).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Sigifredo Serna Jaramillo, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2203-2005.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas dos minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil cinco. Ocurso. Expediente  10270-2005. Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—Hechos no Probados:...III.—Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Tamara Cerna Muñoz... en el sentido que el primer apellido del padre de la persona ahí inscrita es “Serna” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(IN2010015528).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Gladys Argentina Pineda, de único apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 127-10.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas y dos minutos del veintiocho de enero del dos mil diez. Ocurso. Exp. 37087-09. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—… Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados, … III.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Natividad Adrián Rosales Rosales con Gladys Argentina Pineda Latino... en el sentido que el apellido de la madre de la cónyuge consecuentemente el apellido de la misma es “Pineda, no indica segundo apellido” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Msc. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(Nº RP2010157586).—(IN2010015625).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

El Departamento de Proveeduría de la Municipalidad del cantón central de Heredia informa a los interesados que el Plan de Adquisiciones de la Municipalidad para el año 2010, lo pueden consultar en la página web: www.heredia.go.cr.

Lo anterior para el trámite correspondiente.

Heredia, 22 de febrero del 2010.—Lic. Enio Vargas Arrieta Proveedor Municipal.—1 vez.—O. C. Nº 53015.—C-5970.—(IN2010015456).

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

MODIFICACIÓN AL PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES 2010

De conformidad con lo estipulado en el artículo 6º de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 7º del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se informa a todos los interesados que durante el período 2010, se contratará lo siguiente: (*) Monto por 48 meses.

Descripción

Monto equivalente según vigencia del contrato

Cuatrimestre

Vigencia del contrato

Precalificación de Profesionales en Derecho Elegibles para Fungir como Órgano Director*

¢352.999.999,00

II al III

48 meses

Instalación de Principios para Mejorar los Procesos de Ejecución Estratégica de la Organización

¢316.000.000,00

II al III

48 meses

Precalificación de Empresas Constructoras para remodelaciones y Construcciones*

¢1.098.000.000,00

II al III

48 meses

Servicios de Lavandería

¢56.677.513,00

II al III

48 meses

Servicios de aseo para varias localidades

¢217.030.000,00

II al III

48 meses

Mantenimiento preventivo y correctivo de equipo de terapia física

¢22,500,000,00

II al III

48 meses

Obra civil varios

¢668.476.800,00

II al III

48 meses

Alquiler de sillas de ruedas

Cuantía inestimada

II al III

48 meses

Alquiler de edificio para el CMR Ciudad Quesada

¢12.000.000,00

II al III

48 meses

Mantenimiento de mobiliario médico hospitalario

Cuantía inestimada

II al III

48 meses

Ropa hospitalaria

¢84.000.000,00

II al III

48 meses

Servicios de Publicidad, Promoción de Ventas, Mercadeo Directo, Divulgación, Avisos Institucionales, Relaciones Públicas y Comunicación Integrada

Cuantía inestimada

II al III

48 meses

Suministro e instalación de sistemas de aire acondicionado para edificio en la provincia de Limón

¢102.000.000,00

II al III

48 meses

Mobiliario y equipo médico hospitalario

¢113,031,000,00

II al III

48 meses

Instructores IPESA 2010

¢39.900.000,00

II al III

48 meses

Sillas de ruedas especiales y otros suministros para pacientes con lesión medular

Cuantía inestimada

II al III

48 meses

Traslado de pacientes en ambulancia

Cuantía inestimada

II al III

48 meses

Lic. Yesenia Quirós Angulo, Jefa.––1 vez.––O. C. Nº 18792.—C-51370.––(IN2010016884).

LICITACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000001-00200

Contratación de servicios profesionales de personas físicas

o jurídicas para dictaminar los estados financieros

del COSEVI de los períodos 2008-2009

El Departamento de Proveeduría del Consejo de Seguridad Vial, a través de la Unidad de Licitaciones, recibirá ofertas hasta las 09:00 horas del día 16 de marzo del 2010, para la licitación de referencia.

El (los) interesado(s) tiene(n) el cartel a su disposición en el Sistema Compra Red en forma gratuita, en la dirección http://www.hacienda.go.cr. accesando el Link de Compra Red de Internet a partir del día hábil siguiente a esta publicación, o podrá ser retirado en el Departamento de Proveeduría en el segundo piso. La dirección es la siguiente: La Uruca, contiguo a la agencia del Banco Nacional, sin costo alguno aportando dispositivo USB (llave maya), o solicitándolo para ser enviado vía correo electrónico al teléfono 2522-0983.

San José, 25 de febrero del 2010.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Alexander Vásquez Guillén, Jefe.––1 vez.––O. C. Nº 000002.—Solicitud Nº 2478.––C-15750.––(IN2010017116).

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA 2010LN-000003-BCCR

Reforzamiento eléctrico del edificio de museos del BCCR

El Departamento de Proveeduría del Banco Central de Costa Rica (BCCR) recibirá ofertas, por escrito y en sobre cerrado, hasta las 10:00 horas del día 8 de abril del 2010, según reloj marcador del Departamento de Proveeduría, para el reforzamiento eléctrico del edificio de museos del BCCR.

Los interesados pueden retirar el cartel en el Departamento de Proveeduría de este Banco, edificio principal, avenida central y primera, calles 2 y 4, en el siguiente horario: de lunes a viernes de 9:15 a. m., a 12:00 m. d. y de 1:00 p. m. a 4:00 p. m.

El cartel estará disponible en forma gratuita, en la siguiente dirección electrónica a partir del día hábil siguiente a la fecha de su publicación:

   http://www.bccr.fi.cr/documentos/proveeduria/publicacionesproveeduria.asp

Quienes deseen participar y que adquieran el cartel por este medio deberán consignar la información que se solicita al accesar el cartel; el incumplimiento de este requisito exonera el BCCR la no comunicación de posibles Fe de Erratas y/o avisos que se puedan generar en el concurso.

San José, 25 de febrero del 2010.—Departamento de Proveeduría.—Rolando Protti B., Director.—1 vez.—O. C. 10999.—C-15320.—(IN2010017132).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL SAN CARLOS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-000001-2401

Adquisición de hormonas, marcadores tumorales e infecciosas

Se informa a los interesados, que está disponible la Licitación Pública Nº 2010LN-000001-2401. Adquisición de hormonas, marcadores tumorales e infecciosas. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San Carlos, 2 de marzo del 2010.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Cristy Núñez Rodríguez, Coordinadora a. í..—1 vez.—(IN2010016822).

SUBÁREA DE CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

HOSPITAL WILLIAM ALLEN T.

LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000001-2307

Suministro de pollo para el Hospital William Allen T.

La Subárea de Contratación de Bienes y Servicios del Hospital William Allen T., de Turrialba, con autorización de la Dirección Médica y Administración, les invita a participar en el siguiente concurso:

Licitación Abreviada 2010LA-000001-2307, por el suministro de pollo, para el Hospital William Alien T. Fecha y hora máxima de recepción y apertura de ofertas: 11 de marzo 2010. Hora de apertura: 9:00 a. m.

El cartel de especificaciones de este concurso se encuentra a la venta en la Subárea de Contratación Administrativa del Hospital William Allen de Turrialba, ubicado frente a entrada principal del Colegio Dr. Clodomiro Picado T., calle Puntarenas, Turrialba.

Valor del cartel ¢500,00 (quinientos colones).

Lic. Orlando Céspedes Campos, Jefe Gestión de bienes y Servicios.—1 vez.—(IN2010016971).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000001-08 (Invitación)

Servicios de fotocopiado para la Unidad Regional Brunca

del INA, según demanda

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Brunca del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 16 de marzo del 2010. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Brunca, sita 250 metros sur del Supermercado Coopeagri R. L. en barrio Villa Ligia, distrito Daniel Flores, cantón Pérez Zeledón, o bien ver la página web del INA, dirección www.ina.ac.cr, consulta de carteles.

Lic. Ana Luz Mata Solís, Encargada Unidad de Recursos Materiales.—1 vez.—O. C. 20671.—(Solicitud Nº 24690).—C-12750.—(IN2010017119).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE MORAVIA

LICITACIÓN PÚBLICA 2010LN-000001-01

Compra de 820 toneladas de mezcla asfáltica caliente

y 7280 litros de emulsión

Debidamente autorizada, la Proveeduría de la Municipalidad de Moravia, recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del día 23 de marzo del 2010 para la compra de 820 toneladas de mezcla asfáltica caliente y 7280 litros de emulsión, mayores especificaciones generales y técnicas podrán ser retiradas gratuitamente a partir de esta publicación, en las oficinas de la Proveeduría Municipal, costado norte de la Cruz Roja, San Vicente de Moravia, o en la página Web www.moravia.go.cr.

Moravia, 25 de febrero del 2010.—Jorge Monge Pérez, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2010016859).

MUNICIPALIDAD DE SAN PABLO DE HEREDIA

PROVEEDURÍA MUNICIPAL

CONTRATACIÓN DIRECTA 2010CD-000004-01

Compra de uniformes para personal de campo y limpieza

policía municipal y agentes de vigilancia

La Proveeduría Municipal de la Municipalidad de San Pablo, recibirá ofertas hasta las 11:00 horas del día 8 de marzo del 2010, para la contratación en referencia. El cartel para dicha contratación se debe retirar en la oficina de Proveeduría, sita en el edificio municipal, costado norte del parque de San Pablo.

———

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2010CD-000016-01

Artículos de armamento para policía municipal

La Proveeduría Municipal de la Municipalidad de San Pablo, recibirá ofertas hasta las 14.00 horas del día 08 de marzo del 2010, para la contratación en referencia. El cartel para dicha contratación se debe retirar en la oficina de Proveeduría, sita en el rdificio municipal, costado norte del parque de San Pablo.

San Pablo de Heredia, 24 de febrero, 2010.—Yael Solano Méndez.—Proveeduría Municipal.––1 vez.––(IN2010017012).

ADJUDICACIONES

SALUD

INSTITUTO COSTARRICENSE DE INVESTIGACIÓN

Y ENSEÑANZA EN NUTRICIÓN Y SALUD

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-00100

Compra de reactivos y materiales de laboratorio

La Proveeduría Institucional, comunica a todos los interesados que mediante resolución de declaratoria de desierta 015-2010, de las 12:28 horas del 19 de febrero del 2010, que se encuentra en forma gratuita en la dirección de internet http://www.hacienda.go.cr/comprared, o podrá obtenerla en la Proveeduría del Inciensa, se dispuso declarar desierta la línea 138 del documento de marras.

La Unión, 23 de febrero del 2010.—Lic. Gabriela Chavarría, R., Proveeduría Institucional a. í.—1 vez.—(IN2010016982).

JUSTICIA Y GRACIA

PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000079-78100

Servicio de seguridad y vigilancia para la

Procuraduría General de la República

Se avisa a todos los interesados en esta contratación, que por Resolución de Adjudicación 2009LN-000079-78100 de las 10:00 horas del día 24 de febrero de dos mil diez.

Consorcio de Información y Seguridad, cédula jurídica

   Nº 3-101-027174

Línea       Cantidad                       Descripción                             Monto mensual        Monto anual

1                       12                  Contrato por servicio de

                                                seguridad y vigilancia. Demás

                                                especificaciones detalladas en

                                                el pliego de condiciones y

                                                presentadas en oferta                         ¢9.572.838,00    ¢114.874.056,00

Forma de pago: Usual de la institución

La presente adjudicación queda sujeta para su ejecución al cumplimiento de los requisitos de formalización contractual y refrendo que correspondiere de conformidad con el Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública Nº R-5-2007-CO-DCA del 11 de octubre del 2007 y sus reformas.

Todo de acuerdo con los términos del cartel y la oferta.

San José, 25 de febrero de 2010.—Lic. J. Omar Camacho Alvarado, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 8002.—Solicitud Nº 2077.—C-22120.—(IN2010017120).

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

DIVISIÓN DE GESTIÓN DE APOYO

UNIDAD DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000001-503

Contratación de servicios de hotelería para el IV Congreso

Nacional de Gestión y Fiscalización de la Hacienda Pública

Se comunica a los interesados, que mediante acta Nº 01-2010 de las trece horas veinticinco minutos del 18 de febrero del 2010: Acuerdo de adjudicación de la Licitación Abreviada Nº 2010LA-000001-503 denominada “Contratación de servicios de hotelería para el IV Congreso Nacional de Gestión y Fiscalización de la Hacienda Pública”, con fundamento en lo establecido en el artículo 55 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República; se acordó adjudicar la citada licitación a la empresa Corporación Algard S. A. (Barceló Premium San José Palacio). Todo de acuerdo con las características y condiciones señaladas en la oferta de la empresa, con fundamento en el artículo 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, de conformidad con la recomendación contenida en la minuta de la sesión ordinaria Nº 01-2010 de la Comisión Evaluadora de Ofertas, y dadas las razones que se acogen en ese documento, y en el criterio técnico expresado en oficios Nos. DGA-UCC-021 y DGA-UCC-0032.

Unidad de Gestión Administrativa.—Ing. Ronald Monge Salazar, Jefe.—1 vez.—(IN2010016950).

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009-LN-000005-01

Contratación del servicio de lubricentro y mecánica

rápida para la flotilla vehicular del Banco

La Oficina de Proveeduría y Licitación informa a los interesados que la adjudicación de la Licitación Pública Nº 2009LN-000005-01: Contratación del servicio de lubricentro y mecánica rápida para la flotilla vehicular del Banco, cuya invitación a participar se realizó por medio del Diario Oficial La Gaceta Nº 229 del 25 de noviembre del 2009, ha recaído sobre la empresa Auto Servicio Agua Caliente S. A.

Cartago, 24 de febrero del 2010.—Álvaro Rivera Pereira, Director Gestión de Medios.—1 vez.—O. C. Nº 5.—C-6820.—(IN2010017110).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000006-2104

Adquisición de Pimecrolimus Crema 1%

Empresa adjudicada: Distribuidora Farmanova S. A. Ver detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr

San José, 23 de febrero del 2010.—Subárea de Adquisiciones.—Bach. Yeraldie Zúñiga González, Coordinadora a. í.—1 vez.—(IN2010016989).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

      Y ALCANTARILLADOS

DIRECCIÓN PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000059-PRI

(Procedimiento infructuoso)

Servicio de vigilancia para los edificios del AyA en: sede central,

edificio Gestión Ambiental, Finca de Socorrito, Finca Padre

Carazo y Laboratorio Nacional de Aguas

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que mediante resolución de Subgerencia General Nº 2010-155 del 22 de febrero del 2010, se declara infructuosa la presente licitación debido a que no se cuenta con ofertas elegibles.

Lic. Iris Fernández Barrantes, Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 2010-01.—C-9370.—(IN2010016954).

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

El Instituto de Desarrollo Agrario, comunica la adjudicación de las siguientes licitaciones, de conformidad con el acuerdo tomado por la Junta Directiva en el artículo 10 de la sesión ordinaria Nº 006-2010, celebrada el 15 de febrero de 2010: Licitación Pública Nº 2009LN-000005-01 Venta de lotes números E-109-10, E-109-13, E-109-18 y E-109-19, segregados de la parcela Nº 109 del Asentamiento Colonia Cariari, Pococí, provincia de Limón. Se adjudicó de la siguiente forma:

Jorge Garita Hernández: se le adjudica la venta del ítem 8.3: lote E-109-18 y el ítem 8.4; lote E-109-19, ambos por el monto total de ¢ 5.131.780,00. Valor base total de ambos lotes ¢ 5.031.780,00. Miguel Antonio Ojeda Aburto: se le adjudica la venta el ítem 8.2 lote E-109-13, por un monto de ¢ 5.500.000,00, el valor base de este lote es de ¢ 4.318.920,00.

Por el lote E-109-10, con un valor base de ¢8.952.440,00, no hubo oferta.

Licitación pública Nº 2009LN-000006-01 Venta de vehículos, se adjudicó a los oferentes detallados a continuación:

Lote 3: línea 3 al 10:

Oferta Nº 9 Geiner Vargas Ledezma, cédula de identidad Nº 2-217-509 línea 3, placa de circulación 263-307, monto ¢ 1.210.000,00. Oferta Nº 10 Reconstructora Automotriz MIJA S. A., cédula jurídica Nº 3-101-187096 las siguientes líneas: Línea 4, placa de circulación, 263-245 por ¢ 1.175.000,00, línea 5, placa de circulación 263-260 ¢ 1.075.000,00, línea 6, placa de circulación 263-271 ¢ 1.160.000,00, línea 9, placa de circulación 263-546 ¢ 1.655.000,00, línea 10, placa de circulación 263-369 ¢ 1.375.000,00. Oferta Nº 5 Luis Alberto Camacho Quirós, cédula de identidad Nº 2-0512-0641 línea 7, placa de circulación 263-332 ¢ 1.200.000,00. Oferta Nº 7 Cristian Arguedas Villalobos, cédula de identidad Nº 4-0178-0491 línea 8, placa de circulación 263-366 ¢ 1.701.990,00.

Lote 1. Motocicletas. Oferta Nº 6 Luis Diego Zumbado Castro, cédula de identidad Nº 2-527-508, ¢ 410.000,00.

Lote 2. Vehículos. Oferta Nº 10 Reconstructora Automotriz MIJA S. A., cédula jurídica Nº 3-101-187096, ¢ 6.350.000,00.

Área de Contratación y Suministros.—Rafael Fernández Bolaños, Jefe.––1 vez.––(IN2010016883).

REGISTRO DE PROVEEDORES

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

   Y ALCANTARILLADOS

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

Registro de proveedores: inscripción y actualización

Se comunica a todos los potenciales proveedores físicos y jurídicos, que para efectos de cumplir con lo establecido en el Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 210 del 2 de noviembre del 2006, pág. 9-32, específicamente en el apartado del Registro de Proveedores (pág. 21), para poder ser considerados en las contrataciones administrativas de bienes y servicios que se realicen, deberán completar el formulario de inscripción, el cual puede ser retirado en la Proveeduría Institucional, en el tercer piso del módulo C, ubicado en Pavas, o en la página: www.aya.go.cr. Proveeduría, Requisitos para proveedores.

Proveedores persona física o jurídica ya inscritos en el Registro de Proveedores desde el año 2008:

Pueden renovar su inscripción mediante una carta firmada por el representante legal, el cual manifiesta su interés de continuar inscrito. Igualmente debe indicar si la información aportada originalmente ha sufrido modificación alguna o se mantiene sin cambios. El incumplimiento de este requisito causará la inactividad en el Registro de Proveedores.

Se les recuerda que la inscripción en el Registro de Proveedores tiene una vigencia de 24 meses calendario.

Para sus consultas favor dirigirse al correo: wprado@aya.go.cr o al teléfono: 2242-5502.

San José, 19 de febrero del 2010.—Lic. Iris P. Fernández Barrantes.—1 vez.—O. C. 2010-00001.—C-25520.—(IN2010015280).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PESCA Y ACUICULTURA

PROVEEDURÍA GENERAL

De conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Contratación Administrativa y su reglamento, se invita a todas aquellas personas físicas y jurídicas, que deseen ser considerados como potenciales oferentes de bienes y servicios de nuestra institución, a ingresar a nuestro Registro de proveedores. Los interesados deben presentar la siguiente información:

Para personas físicas

Carta solicitando la inclusión en el registro de proveedores en la que se incluya:

    Nombre y apellidos.

    Estado civil.

    Profesión u oficio.

    Nacionalidad.

    Dirección postal y geográfica, teléfono.

Adicionalmente debe presentar:

    Declaración bajo fe de juramento en la que indique que no le afectan las prohibiciones del artículo 22 de Ley General de Contratación Administrativa Nº 7494 y su reglamento.

Declaración jurada en la que indique que se encuentra al día con las cargas sociales, impuestos municipales, territoriales, etc.

Descripción completa y detallada de cada uno de los bienes y/o servicios que ofrece, así como referencias básicas sobre experiencia personal y clientes.

Fotocopia de cédula de identidad del interesado, por ambos lados.

Personas jurídicas

Carta solicitando la inclusión en el registro de proveedores en la que contenga al menos la siguiente información:

    Nombre registral de la empresa

    Nombre de apoderado generalísimo

    Servicios o bienes que ofrecen

    Referencias de clientes

    Teléfono, fax e-mail

    Dirección exacta

Adicionalmente las personas jurídicas deber presentar:

    Certificación reciente de notario o del Registro Público de la personería jurídica

    Certificación reciente indicando el monto del capital social, la cantidad y naturaleza de las cuotas y acciones que la conforman y la propiedad de las mismas, indicando el nombre y los apellidos de los propietarios de dichas acciones o cuotas, con vista del registro de accionista. Si estos propietarios fueran personas jurídicas, se certificará la naturaleza de las cuotas y acciones de esas sociedades.

    Fotocopia de cédula jurídica

    Fotocopia de cédula del representante legal

    Declaración bajo fe de juramento que no le afectan las prohibiciones del artículo No. 22 de Ley de Contratación Administrativa Nº 7494.

    Se debe presentar declaración jurada indicando que se encuentran al día con pago de las cargas sociales, impuestos municipales, territoriales, etc.

    Catálogos de los bienes y servicios que se ofrecen, si lo hubiesen.

    Cualquier información adicional que se considere importante.

Para información adicional comunicarse con la Proveeduría General a los teléfonos 2661-0846, 2661-3020. Ext. 105 y 199.

Puntarenas, 28 de enero 2010.—Lic. Eliécer Leal Gómez, Proveedor General.––1 vez.––(IN2010015324).

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE CONCESIONES

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Nº 2009LI-000001-00200

(Modificación del plazo para la recepción de ofertas)

Concesión de obra pública con servicio público para el diseño,

financiamiento, construcción, operación y mantenimiento

de la terminal de contenedores en puerto Moín

Se informa a los interesados que mediante acuerdo Nº 7 de la Sesión Ordinaria Nº 4-2010, del 18 de febrero del 2010, el Consejo Nacional de Concesiones aprobó modificar el plazo para la recepción de ofertas cuyo acto de apertura de ofertas estaba previsto para el 5 de marzo del 2010.

La recepción de ofertas se llevará a cabo a las 14:00 horas del 30 de abril del 2010 en el Consejo Nacional de Concesiones ubicado en barrio Dent 150 metros al oeste de la rotonda de la Bandera en Ofiplaza del Este, edificio C, primer piso. Publíquese.

Eduardo Navarro Ceciliano.––1 vez.––O. C. Nº 01-2010.—Solicitud Nº 34842.––C-12750.––(IN2010017114).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000004-99999 (Adéndum Nº 1)

Compra de equipo para Laboratorio de Física

La Universidad Estatal a Distancia comunica a los interesados en la presente licitación, que se está realizando la siguiente modificación al cartel:

1)  En las especificaciones técnicas del cartel, en el punto “O” del ítem único, donde dice:

o)        10           Espectrómetro de emisión: Rango de 380 a 950 nm,

                           resolución 1nm, mínimo 600 longitudes de onda

                           en el rango.

Se elimina este punto.

2)  Todas las demás condiciones permanecen invariables.

Sabanilla, 23 de febrero del año 2010.—Oficina de Contratación y Suministros.—M.B.A. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—(IN2010016959).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000003-99999

Compra de equipo de fotocopiado

OCS-167-2010

La Universidad Estatal a Distancia informa a los interesados en la presente licitación, que debido a la cantidad de recursos de objeción presentados en contra del cartel, se suspende indefinidamente hasta nuevo aviso, la recepción de las ofertas, establecida inicialmente para las 14:00 horas del 9 de marzo del 2010. Oportunamente la universidad, comunicará la nueva fecha para la apertura y recepción de las ofertas.

Sabanilla, 23 de febrero del 2010.—Oficina de Contratación y Suministros.—M.B.A. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—(IN2010016962).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2010LN-000001-01

(Prórroga Nº 1)

Selección de profesionales que brinden

sus servicios como notarios externos

Se comunica a los interesados en la Licitación Pública Nacional Nº 2010LN-000001-01, en el Apartado G) Disposiciones Finales, punto 6

6.  Fecha y lugar de apertura. Todas las ofertas deberán entregarse en la Proveeduría de la Casa Matriz, situada en La Única, frente a Mercedes Benz (antiguo Auto Matra), a partir de la fecha de publicación de la invitación a cotizar en el Diario Oficial La Gaceta y hasta más tardar a las diez horas, según el reloj ubicado en este despacho, del día 14 de abril del 2010, momento en el cual serán abiertas en presencia de los interesados que deseen asistir.

Quedan habilitados únicamente para concluir la apertura de las ofertas y el levantamiento del acta respectiva, si así fuera necesario y en función del volumen de ofertas que se reciban, los tres días hábiles siguientes al día de la recepción de las ofertas.

Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.

La Uruca, 3 de marzo del 2010.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.––1 vez.––O. C. Nº 001-2010.—C-14450.––(IN2010017118).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

SUBÁREA de CARTELES

2010LA-000019-1142 (Aviso Nº 1)

Mascarilla quirúrgica descartable

Se les informa a los interesados en el presente concurso que las dimensiones de las mascarillas son las siguientes:

16 cms +/-1, de ancho extendida

9 cms +/-1, plegada

18 cms +/-1 de largo

El resto del cartel permanece invariable.

Ver detalle en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 24 de febrero del 2010.—Subárea de Carteles.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—C-12750.—(IN2010016961).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ORI-547-2010.—Rocha Guevara Guillermo Miguel, costarricense, cédula Nº 6-0113-0602, ha solicitado reposición de título de licenciado en Medicina y Cirugía. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentando ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 15 febrero del 2010.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.––O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26451.––C-22500.––(IN2010014658).

ORI-548-2010.—Salazar Madrigal Xinia, costarricense, cédula Nº 3-0331-0868, ha solicitado reposición de título de Especialista en Odontopediatría. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentando ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 15 febrero del 2010.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.––O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26451.––C-22500.––(IN2010014659).

ORI-549-2010.—Valerio Aguilar Marlene, costarricense, cédula Nº 1-0417-0593, ha solicitado reposición de título de Bachiller en Filología Española. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentando ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 15 febrero del 2010.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.––O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26451.––C-22500.––(IN2010014660).

ORI-546-2010.—Cedeño Obregón Frank Ramón, costarricense, cédula Nº 5-0162-0884, ha solicitado reposición de los títulos de Bachiller en Biología y licenciado en Biología con énfasis en Zoología. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentando ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 15 febrero del 2010.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.––O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26451.––C-22500.––(IN2010014661).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ORI-120-2010.—Gutiérrez Ortiz Mónica, R-306-2009, costarricense, cédula Nº 1 0994 0408, ha solicitado reconocimiento del diploma de Master Of Business Administration (MBA), Sustainability Management, Universidad Leuphana de Lüneburg, Alemania. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 11 de enero del 2010.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. 118068.—(Solicitud Nº 26461).—C-22970.—(IN2010015352).

ORI-83-2010.—Beita Castro Ricardo, R-302-2009, costarricense, cédula de identidad 1-1256-0825, ha solicitado reconocimiento del diploma de Bachillerato en Ciencias, Universidad Nacional de Pingtung de Ciencia y Tecnología, China. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 8 de enero del 2010.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. 118068.—Solicitud Nº 26461.—C-28070.—(IN2010015353).

ORI-84-2010.—Brais Jiménez Luis Ángel, R-297-2009, costarricense, cédula 5 0247 0856, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor Quiropráctico y de Ética, Universidad Cristiana Internacional Harvard, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 8 de enero del 2010.—O. C. 118068.—Solicitud Nº 26461.—C-22970.—(IN2010015354).

ORI-076-2010.—Bonilla Garro Silvia Eugenia, R-301-2009, costarricense, cédula de identidad Nº 3-0363-0185, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestra en Ciencias Odontológicas en el Área de Odontología Integral Avanzada, Universidad Autónoma de San Luis Potosí, México. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 8 de enero del 2010.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Jefe.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26461.—C-25520.—(IN2010015355).

ORI-115-2010.—Campos Goussen Heilyn Patricia, R-305-2009, costarricense, cédula Nº 1-0985-0685, ha solicitado reconocimiento del diploma de Especialidad en Ortodoncia, Centro Latinoamericano de Estudios Ortodónticos, México. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 11 de enero del 2010.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Jefe.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26461.—C-22970.—(IN2010015356).

ORI-36-2010.—Cartagena Cruz Rafael Ernesto, R-286-2009, costarricense, cédula de identidad número 8-0072-0203, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestro en Ciencias Sociales, Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, Flacso, Costa Rica. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 7 de enero del 2010.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Jefe.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26461.—C-25520.—(IN2010015357).

ORI-87-2010.—Knörl Martínez Astrid, R-298-2009, costarricense, cédula Nº 1-0932-0982, ha solicitado reconocimiento del diploma de Diplom Ingenieurin (Fachhochschule) Dip. Ing. (FH), Fachhochschule Mannhein Universidad para Tecnología y Desarrollo, Alemania. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 8 de enero del 2010.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Jefe.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26461.—C-22970.—(IN2010015358).

ORI-063-2010.—León Guzman Marlen, R-300-2009, costarricense, cédula de identidad Nº 1-0970-0693, ha solicitado reconocimiento del diploma de Master Profesional en Ciencias Jurídicas, Políticas, Económicas y de Administración, Mención Derecho de Negocios, Especialidad Derecho Agroalimentario, Universidad de Nantes, Francia. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 7 de enero del 2010.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Jefe.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26461.—C-30620.—(IN2010015359).

ORI-41-2010.—Menéndez Natal Sergio, R-290-2009, costarricense, cédula de identidad 1-1025-0200, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Odontología, Universidad Alfonso X El Sabio España. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 7 de enero del 2010.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26460.—C-22970.—(IN2010015368).

ORI-66-2010.—Losilla Yamasaki José Antonio, R-299-2009, costarricense, cédula 1-1115-0848, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Filosofía en Química, Universidad de Texas en Dallas, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 7 de enero del 2010.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26460.—C-25520.—(IN2010015369).

ORI-113-2010.—Zegarra Mulanovich Alicia Diana Helena, R-307-2009, peruana, residente permanente Nº 160400184228, ha solicitado reconocimiento del diploma de Bachiller en Derecho, Pontificia Universidad Católica del Perú, Perú. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 11 de enero del 2010.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26459.—C-28070.—(IN2010015370).

ORI-67-2010.—Yu Lo Lucky Lo Chi, R-292-2009, costarricense, cédula 8-0058-0682, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctorado en Ingeniería de Computación y Electricidad, con Énfasis en Sistemas de Computo y Software, University of California, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 7 de enero del 2010.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26459.—C-25520.—(IN2010015371).

ORI-91-2010.—Vázquez Dimas Ileana, R-303-2009, cubana, residente permanente 119200311519, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Universidad de La Habana, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 8 de enero del 2010.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26459.—C-22970.—(IN2010015372).

ORI-86-2010.—Van Roy Anne Sophie, R-293-2009, belga, pasaporte EH878343, ha solicitado reconocimiento del diploma de Bachiller, Maestra Preescolar, Escuela Normal Católica del Brabante Valon, Bélgica. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 8 de enero del 2010.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26459.—C-22970.—(IN2010015373).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ORI-34-2010.—Corrales Blandón Aleydha, R-287-2009, nicaragüense, residente permanente número 155806144429, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciada en Enfermería, Universidad Politécnica de Nicaragua, Nicaragua. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 7 de enero del 2010.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Jefe.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26461.—C-22970.—(IN2010015360).

ORI-69-2010.—Perea Ramírez Alejandro, R-294-2009, colombiano, cédula de residente permanente 117000385635, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Químico, Universidad del Valle, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 07 de enero del 2010.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.––O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26460.––C-22970.––(IN2010015361).

ORI-102-2010.—Padilla Suárez Doris Karina, R-304-2009, nicaragüense, pasaporte Nº C1157896, ha solicitado reconocimiento del diploma de licenciada en Bioanálisis Clínico, Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Nicaragua. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 08 de enero del 2010.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.––O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26460.––C-22970.––(IN2010015362).

ORI-55-2010.—Novoa Flores Macielb, R-289-2009, venezolana, pasaporte Nº D0409515, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Civil, Universidad Rafael Urdaneta, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 07 de enero del 2010.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.––O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26460.––C-22970.––(IN2010015363).

ORI-52-2010.—Muñoz Ureña Hugo Alfonso, R-288-2009 B, costarricense, cédula de identidad Nº 1-973-871, ha solicitado reconocimiento del diploma de Máster en Ciencias Jurídicas, Políticas, Económicas y de Administración, con finalidades profesionales, mención Derecho de Negocios, especialidad Derecho de la Agroalimentación, Universidad de Nantes, Francia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 07 de enero del 2010.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.––O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26460.––C-30620.––(IN2010015364).

ORI-49-2010.—Muñoz Ureña Hugo Alfonso, R-288-2009, costarricense, cédula de identidad Nº 1-973-871, ha solicitado reconocimiento del diploma de Máster en Investigación de Ciencias Jurídicas, Políticas, Económicas y de Administración, mención Derecho Público, especialidad Derecho Público, Derecho del Medio Ambiente, Derecho Económico, Internacional y Europeo, Universidad de Nantes, Francia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 07 de enero del 2010.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.––O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26460.––C-25520.––(IN2010015365).

ORI-44-2010.—Morera González Alejandro, R-284-2009, costarricense, cédula de identidad Nº 1-1152-0210, ha solicitado reconocimiento del diploma de Máster en Gestión de Cuencas Hidrográficas, Universidad Politécnica de Cartagena, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 07 de enero del 2010.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.––O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26460.––C-25520.––(IN2010015366).

ORI-90-2010.—Meneses Moreno Virna Beatriz, R-295-2009, costarricense, cédula Nº 1-1062-0339, ha solicitado reconocimiento del diploma de licenciada en Idiomas Modernos, Universidad de Los Andes, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 08 de enero del 2010.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.––O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26460.––C-22970.––(IN2010015367).

ORI-89-2010.—Staff Lemus Marta Aurelia, R-296-2009, costarricense, cédula 3 0401 0910, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de lA solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 8 de enero del 2010.—M. B. A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26459.—C-22970.—(IN20100015374).

ORI-48-2010.—Rojas Chaves Francisco Antonio, R-3749-B, costarricense, cédula de identidad 1 0367 0523, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Administración en Negocios con Énfasis en Mercadeo, National University, Costa Rica. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 7 de enero del 2010.—M. B. A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26459.—C-25520.—(IN20100015375).

ORI-124-2010.—Bernal Antonio Rodríguez Herrera, R-309-2009, costarricense, cédula Nº 1 0767 0567, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Ciencias, Universidad Nacional Autónoma de México, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 11 de enero del 2010.—M. B. A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26459.—C-22970.—(IN20100015376).

ORI-59-2010.—Portuondo Martínez Antonio Ezequiel, R-291-2009, dominicano, pasaporte: SF0487013, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana en Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 7 de enero del 2010.—M. B. A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26459.—C-22970.—(IN2010015377).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

REPOSICIÓN DE TÍTULO

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, se ha presentado Vilma Isabel Loría Ruiz, cédula Nº 112110005, carné de estudiante 200224155, a solicitar reposición de su título de Administradora de Empresas con énfasis en Administración Financiera, Grado Académico: Licenciatura, según consta en el Libro Oficial de Graduados tomo 4, acta Nº 184, página 135, Registro Nº AELFI2007016, graduación efectuada el 17 de setiembre del 2007, por extravío. Se publica este edicto para recibir oposiciones a esta reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de esta publicación.

Cartago, 29 de enero del 2010.—Departamento de Admisión y Registro.—Máster William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 20100002.—Solicitud Nº 14496.—C-43370.—(IN2010014034).

Ante el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, se ha presentado Vilma Isabel Loría Ruiz, cédula Nº 112110005, carné de estudiante 200224155, a solicitar reposición de su título de Administradora de Empresas, Grado Académico: Bachillerato Universitario, según consta en el Libro Oficial de Graduados tomo 4, acta Nº 164, página 53, Registro Nº AE2005071, graduación efectuada el 27 de febrero del 2006, por extravío. Se publica este edicto para recibir oposiciones a esta reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de esta publicación.

Cartago, 29 de enero del 2010.—Departamento de Admisión y Registro.—Máster William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 20100002-Solicitud Nº 14496.—C-43370.—(IN2010014035).

El Comité Institucional para el Reconocimiento y Equiparación de Títulos y Grados (CIRE), en uso de sus facultades estipuladas en el Reglamento para el Reconocimiento y Equiparación de Grados y Títulos y el artículo 6º de la Ley Orgánica, del Instituto Tecnológico de Costa Rica, en sesión Nº 01-2010, artículo 8º, del 4 de febrero del 2010, ante la solicitud del señor Mauricio Sánchez Monge, cédula de identidad Nº 107190868.

ACUERDA:

1º—Reconocer el grado académico de Maestría, otorgado por la Universidad de Oxford, Inglaterra a Mauricio Sánchez Monge, cédula 107190868.

2º—Equiparar los estudios realizados por Mauricio Sánchez Monge, cédula 107190868, de la Universidad de Oxford, Inglaterra, al grado de Maestría, según la Nomenclatura de Grados y Títulos de la Educación Superior Universitaria Estatal.

ACUERDO FIRME.

Cartago, 10 de febrero del 2010.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA. William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 20100002.—Solicitud Nº 14497.—C-43370.—(IN2010014036).

El Comité Institucional para el Reconocimiento y Equiparación de Títulos y Grados (CIRE), en uso de sus facultades estipuladas en el Reglamento para el Reconocimiento y Equiparación de Grados y Títulos y el artículo 6 de la Ley Orgánica, del Instituto Tecnológico de Costa Rica, en sesión Nº 01-2010, artículo 9º, del 4 de febrero del 2010, ante la solicitud del señor German Antonio Velásquez Torres, cédula de residencia Nº 117001262620.

ACUERDA:

1º—Reconocer el título de Ingeniero Electrónico, otorgado por la Universidad del Quindío, Armenia, Colombia, al señor German Antonio Velásquez Torres, cédula de residencia Nº 117001262620.

2º—No reconocer el grado académico por no venir explícito en el Diploma.

3º—Equiparar el título de Ingeniero Electrónico, otorgado por la Universidad del Quindío, Armenia, Colombia, por el de Ingeniero en Electrónica, que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.

4º—Equiparar los estudios realizados por el señor German Antonio Velásquez Torres, cédula de residencia Nº 117001262620, con el grado académico de Licenciatura, que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.

ACUERDO FIRME.

Cartago, 10 de febrero del 2010.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA. William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 20100002.—Solicitud Nº 14498.—C-43370.—(IN2010014038).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

A Carlos Enrique Reyes Cascante y Dayanna Quesada Mora, se les comunica la resolución de las 15:00 horas del 18 de diciembre del 2009, mediante la cual: 1. Se dictó medida de protección de cuido a favor de su hijo Darlin Smaidel Reyes Quesada, depositándolo en la señora Sonia Mora Hidalgo, para su seguridad y protección. Plazo: para ofrecer recurso de apelación 48 horas contadas a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta. También se les previene que debe señalar lugar, o fax donde recibir notificaciones, el cual debe ser viable pues se intentará la comunicación en cinco oportunidades y en caso de estar ocupado, desconectado o sin papel a la quinta vez, se consignará así en el expediente y se tendrán por notificadas las resoluciones veinticuatro horas después de dictadas. La interposición del recurso de apelación no suspende el acto administrativo. Expediente S/N.—Oficina Local de Desamparados.—Lic. María de los Ángeles Mora Rojas, Representante Legal.—O. C. 31677.—Solicitud Nº 33422.—C-9600.—(IN2010014528).

A Katherine Emaldi Domínguez, se le comunica la resolución de medida de protección, de las 15:00 horas del 27 de enero del 2010, dictada por esta Oficina, que ordenó el cuido provisional del niño Dixon Emaldi Domínguez, bajo la responsabilidad de la señora Linda Idaney Calderón Domínguez, hasta por un plazo de seis meses, venciendo el mismo el veintisiete de julio del presente año, se traslada la situación al Área de Atención Integral a fin de que definan en dicho plazo la situación del niño de marras. Se advierte a la interesada, que contra la resolución supra citada, se podrá interponer el recurso de apelación, de forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación, además debe señalar lugar o medio para atender notificaciones futuras bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto, o si ya no existiere o fuera imposible la comunicación electrónica por circunstancias no imputables a la Institución, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas.—Oficina Local Desamparados, 15 de febrero del 2010.—Lic. Ana Virginia Quirós Tenorio, Representante Legal.—O. C. 31677.—Solicitud Nº 33422.—C-11400.—(IN2010014529).

A Walter Gdo. Sánchez González, se le comunica la resolución de abrigo temporal, de las 14:00 horas del 10 de febrero del 2010, dictada por esta Oficina, que ordenó el ingreso del niño Jafet Sánchez Almanza y sus hermanos, en un albergue de la Institución, hasta por un plazo de seis meses, venciendo el mismo el día once de agosto del presente año, se traslada la situación al Área de Protección a fin de que definan en dicho plazo la situación del niño de marras y sus hermanos. Se advierte a la interesada, que contra la resolución supra citada, se podrá interponer el recurso de apelación, de forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación, además debe señalar lugar o medio para atender notificaciones futuras bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto, o si ya no existiere o fuera imposible la comunicación electrónica por circunstancias no imputables a la Institución, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Expediente administrativo Nº 116-0085-2009.—Oficina Local Desamparados, 11 de febrero del 2010.—Lic. Ana Virginia Quirós Tenorio, Representante Legal.—O. C. 31677.—Solicitud Nº 33422.—C-12000.—(IN2010014530).

A Luciano García Sevilla, se le comunica resolución de las once horas treinta minutos del día tres de febrero del dos mil diez, que ordena revocatoria parcial de la medida de protección de abrigo temporal en beneficio de la persona menor de edad D.C.G.M., quien en este momento se encuentra en la ONG Hogar Mariano Juvenil y será reubicada en un hogar recurso comunal. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Recurso: se le hace saber a la parte que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone antes este despacho o bien ante la Presidencia Ejecutiva, el cual deberá interponerse dentro de 48 horas contados a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta. También se le previene que debe señalar lugar o fax donde recibir futuras notificaciones, el cual debe ser viable pues se intentará la comunicación en cinco oportunidades y en caso de estar ocupado desconectado o sin papel a la quinta vez, se consignará así en el expediente y se tendrá por notificada la resolución; de conformidad con la aplicación supletoria del artículo 11 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, y el contenido del Voto Nº 11302-2002, de las 15:41 horas del 27 de noviembre del 2002, de la Sala Constitucional. La interposición del recurso de apelación no suspende el acto administrativo.—Oficina Local de Upala, Guatuso, 4 de febrero del 2010.—Lic. Katia Corrales Medrano, Representante Legal.—O. C. 31677.—Solicitud Nº 33422.—C-12600.—(IN2010014531).

Al señor Carlos Humberto Montenegro Poveda, se le comunica la resolución administrativa de las trece horas treinta minutos del veintiséis de noviembre del dos mil nueve, misma que dicta medida de cuido provisional en Hogar Sustituto a favor de la persona menor de edad María Paula Montenegro Sánchez. Se les advierte a los interesados que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en: cien metros al norte de la Municipalidad, de La Unión de Tres Ríos, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta Institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Publíquese. Expediente Nº 342-000104-2009.—Oficina Local de La Unión.—Lic. Christian Solano Machado, Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. 31677.—Solicitud Nº 33422.—C-12000.—(IN2010014534).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE

DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

EDICTO

El Departamento de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Nandayure, comunica que la  empresa  Inversiones  Manzanal F Y H  S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-470827, domiciliada en Río de Oro Nandayure, Guanacaste. Inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público al tomo: quinientos sesenta y nueve. Asiento: ochenta y un mil trescientos diecisiete. Consecutivo: uno, Registro de Catastro Nacional Nº G-1316216-2009. Con base en la Ley Sobre la Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 de 02 de marzo de 1977 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Ejecutivo Nº 7841-P de 16 de marzo de 1977; solicita en concesión un terreno localizado en Playa San Miguel, distrito sexto Bejuco, cantón noveno Nandayure, de la provincia de Guanacaste. Mide 1.500,00 metros cuadrados, para destinarlo como zona residencial turístico, predio identificado con el Nº 73. Sus linderos son: norte, zona restringida de la ZMT; sur, calle pública; este, zona restringida de la ZMT y oeste, zona restringida de la ZMT. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho y la misma se realiza sin perjuicio de que el área, uso y frente al mar quedan sujetas a las disposiciones del Plan Regulador aprobado para la zona y disposiciones del MINAET. Se concede treinta días hábiles, contados a partir de esta publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad en la oficina del Alcalde Municipal, en papel sellado y con los timbres correspondientes. El opositor debe identificarse debidamente.—Carmona de Nandayure, Guanacaste.—Adán Venegas Chaves, Inspector.––1 vez.––(IN2010015383).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

CORPORACIÓN CENELEC S. A.

Corporación Cenelec S. A., con cédula jurídica número 3-101-22375736, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Asambleas de Socios, Actas de Consejo de Administración, Registro de Socios, el número de libro que se repone es el 1 -uno- en todos los casos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaría de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Allan Pineda, Representante Legal.—(IN2010013904).

LG SERVICIOS ESPECIALIZADOS S. A.

LG Servicios Especializados  S. A.,  con  cédula  jurídica  número 3-101-43985229, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas Consejo de Administración, Actas de Asambleas de Socios, Registro de Socios, el número de libro que se repone es el 1 -uno- en todos los casos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Allan Pineda, Representante Legal.—(IN2010013905).

INVERSIONES GALLICA DE

CENTROAMÉRICA I.G.C SOCIEDAD ANÓNIMA

Inversiones Gallica de Centroamérica I.G.C Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-458103, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, y Junta Directiva, todos libros número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Dennis A. Pineda Soto.—(IN2010013909).

PROGRAMACIÓN GLOBAL INTEGRADA SOCIEDAD ANÓNIMA

Programación Global Integrada Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-215779, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, y Junta Directiva, todos libros número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Dennis A. Pineda Soto.—(IN2010013912).

SOCIEDAD CLUB CAMPESTRE

JOSÉ MARTÍ SOCIEDAD ANÓNIMA

Sociedad Club Campestre José Martí Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero sesenta y cinco mil ochocientos setenta y seis, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: Diario número uno, Mayor número uno, Inventarios y Balances número uno, tres libros en total a reponer. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso.—Félix Juan Rodón Hernández, Presidente.—Huber Matos Araluce, Vicepresidente.––RP2010156457.––(IN2010014389).

SUPLIDORA DE BELLEZA KANDDY S. A.

Suplidora de Belleza Kanddy Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-274469, anteriormente denominada Suplidora de Belleza Kanddy Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-274469, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Mayor 1, Diario 1, Inventarios y Balances 1, Actas de Asambleas de Socios 1, Actas de Consejo de Administración 1, Actas Registro de Socios 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Iván Darío Villegas Franco, Notario.—RP2010156472.—(IN2010014390).

GAMBU SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo, Ana María Bustamante Guerrero, cédula de identidad número uno-quinientos treinta y ocho-novecientos noventa y nueve, viuda una vez, comerciante, vecina de San Martín de Ciudad Quesada de San Carlos, doscientos metros sur del Súper Manolos, en mi condición de presidenta hago constar que he iniciado el trámite para la reposición por extravío de los siguientes libros de actas: Actas de Asamblea de Socios, número uno, y de Registro de Socios, número uno; de Gambu Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento veintidós mil nueve, inscrita en el Registro de Personas Jurídicas, bajo la cédula jurídica indicada. Se escuchan oposiciones en la Administración Tributaria de la Zona Norte.—Ana María Bustamante Guerrero, Presidenta.—RP2010156588.—(IN2010014391).

Xenia Miranda Camacho, cédula número dos trescientos sesenta y siete cero veintinueve, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario uno, Mayor uno, e Inventarios y Balances uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San Carlos, dentro del término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Liana Sancho Chacón, Notaria.—RP2010156597.—(IN2010014392).

AUDIO CITY SOCIEDAD ANÓNIMA

Audio City Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-398911, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, e Inventarios y Balances, todos con el número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días, contados a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Enny Mary Cordero Rivera, Notaria.—RP2010156621.—(IN2010014393).

INVERSIONES SEIS DE JUNIO SOCIEDAD ANÓNIMA

Inversiones Seis de Junio Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-072657, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, e Inventarios y Balances, todos con el número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días, contados a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Enny Mary Cordero Rivera, Notaria.—RP2010156622.—(IN2010014394).

COLEGIO EUROPEO SOCIEDAD ANÓNIMA

Colegio Europeo Sociedad Anónima, con número de cédula jurídica tres-ciento uno-ciento seis mil dieciséis, solicita ante la Dirección Nacional de la Tributación, la reposición de los siguientes libros de actas: Consejo de Administración libro número uno, Asamblea de Socios libro número uno, y Registro de Socios libro número uno, por extravío. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 15 de febrero del 2010.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—RP2010156641.—(IN2010014395).

INMOBILIARIA LOS JARDINES S. A.

Para efectos de reposición, yo Gustado Alberto Duque Rojas, cédula de identidad Nº 8-0078-0584, en mi condición de propietario de la acción y título Nº 2323, hago constar que he solicitado a Inmobiliaria Los Jardines S. A. La reposición de los mismos por haberse extraviado. Por el término de ley, se atenderán oposiciones en el Departamento Secretaría de Junta Directiva, en el Cariari Country Club, San Antonio de Belén, Heredia, y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José, 10 de febrero del 2010.—Gustavo Duque Rojas.—RP2010156779.—(IN2010014630).

INMOBILIARIA LOS JARDINES S. A.

Para efectos de reposición, yo Zaida Alfaro Murillo, cédula de identidad Nº 4-095-089, en mi condición de propietaria de la acción y título Nº 2253, hago constar que he solicitado a Inmobiliaria Los Jardines S. A., la reposición de los mismos por haberse extraviado. Por el término de ley, se atenderán oposiciones en el Departamento Secretaría de Junta Directiva, en el Cariari Country Club, San Antonio de Belén, Heredia, y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José, 10 de febrero del 2010.—Zaida Alfaro Murillo.—RP2010156780.—(IN2010014631).

DEEP FISHING

Deep Fishing, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cincuenta y seis mil doscientos noventa y siete, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario I, Mayor I, Inventarios y Balances I, Actas de Consejo de Administración I, Actas de Asamblea de Socios I, y Registro de Socios I. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, dieciséis de febrero del dos mil diez.—Lic. Rolando Clemente Laclé Zúñiga, Notario.—RP2010156949.—(IN2010014633).

CONSTRUCTORA BANANERA SOCIEDAD ANÓNIMA

Constructora Bananera Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-103422-12, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de Asamblea de Consejo de Administración y Asamblea de Socios, número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Limón, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Elvis Eduardo Lawson Villafuerte, Notario.—RP2010156951.—(IN2010014634).

EK CHUAN S. A.

EK Chuan S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento noventa y un mil ochocientos noventa y cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario I, Mayor I, Inventarios y Balances I, Actas de Consejo de Administración I, Actas de Asamblea de Socios I, y Registro de Socios I. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, dieciséis de febrero del dos mil diez.—Lic. Rolando Clemente Laclé Zúñiga, Notario.—RP2010156952.—(IN2010014635).

HIMECO C Y S  S. A.

Himeco C Y S S. A., cédula jurídica 3-101-296182, solicita a la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros: Diario Nº 1, Mayor Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de información y Asistencia del Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el termino de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación  en el Diario Oficial La Gaceta y de un diario de circulación nacional.—Elisa Durán P.—RP2010156986.—(IN2010014636).

CORPORACIÓN MATHER SOCIEDAD ANÓNIMA

Corporación Mather Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-228226, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 001, Mayor Nº 001, Inventarios y Balances Nº 001. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Cartago, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Sandra Van der Laat C., Notaria.—(IN2010014641).

COLEGIO DE PROFESIONALES

EN INFORMÁTICA Y COMPUTACIÓN

Aviso no localización de colegiados, Colegio de Profesionales en Informática y Computación, de conformidad con los artículos 4, inciso a), 9, inciso f) y 11 de la Ley Orgánica 7537 del Colegio de Profesionales en Informática y Computación, y en sesión ordinaria N° 03-2010, del día 05 de Febrero de 2010, se acuerda publicar la lista de miembros morosos que no han sido posibles localizarlos, con el fin de que se presenten dentro de los próximos 5 días hábiles a regularizar su situación ante el Colegio.

Carné                                           Nombre                                                        Cédula Nº

1111                     BARRANTES ROMÁN EDDY                                         2-0502-0240

1322                     CERDAS OVIEDO ROSA ISEL                                         1-0899-0050

4359                     CORONADO RODRÍGUEZ LAURA PATRICIA           5-0321-0179

4327                     COTO QUIRÓS ALEJANDRO                                          1-0908-0102

2929                     GARCÍA MIRANDA JOSÉ TRINIDAD                          6-0313-0213

2111                     GARRO MADRIGAL ADRIANA                                    1-1031-0667

3952                     OTÁROLA DELGADO YERLIN                                      2-0574-0425

3548                     PICADO PERAZA ALLAN DOUGLAS                           7-0149-0738

1731                     QUIRÓS ABARCA HUGO ALEJANDRO                       1-1012-0223

2776                     ROMÁN ALFARO HUIMBER                                         1-0771-0510

3742                     ROSALES CANO GERMAN GERARDO                        6-0310-0727

2156                     SALAZAR VIALES LESTER                                             6-0292-0400

3452                     VARGAS GONZÁLEZ JENNIFER VANESSA                7-0154-0168

Lic. Néstor Vargas Fonseca, Presidente.—Lic. Natalia Rojas Canales, Secretaria.—(IN2010014657).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

AUTOTRONIK SOCIEDAD ANÓNIMA

Autotronik Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-248643 solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los seis libros de la sociedad: libro de diario, libro mayor, libro de inventarios y balances, libro de actas de Consejo de Administración, libro de Actas Asamblea de Socios y el libro Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (legalización de libros) Administración Tributaria de San José en el termino de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—James Adams Chotto.—RP20100156649.—(IN2010014396).

STU DE ESTRELLA SOCIEDAD ANÓNIMA

Stu de Estrella Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-142446, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los seis libros de la sociedad: libro de diario, libro mayor, libro de inventarios y balances, libro de actas de Consejo de Administración, libro de Actas Asamblea de Socios y el libro Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (legalización de libros) Administración Tributaria de San José en el termino de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—James Adams Chotto.—RP2010156650.—(IN2010014397).

UNIVERSIDAD FLORENCIO DEL CASTILLO

Universidad Florencio del Castillo, solicita reposición de título, por extravío, de la estudiante Juana Murillo Fletes, cédula de identidad dos-trescientos treinta y nueve-cuatrocientos sesenta y ocho, quien optó por el Título de Bachillerato en Ciencias de la Educación con Énfasis en I y II Ciclo.—Cartago, al ser las diez horas del quince de febrero del dos mil diez.—Departamento de Registro.—RP2010156594.—(IN2010014398).

DESARROLLOS ABETO SOCIEDAD ANÓNIMA

Desarrollos Abeto Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-cuarenta mil setenta y ocho, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de Actas de Junta Directiva, Registro de Acciones, Mayor, Inventario y Balance y Diario. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 15 de febrero del 2010.—Lic. Leonel Villalobos Salazar, Apoderado Especial.—(IN2010014402).

COMPAÑÍA DE DESARROLLO RIO DORADO

SOCIEDAD ANÓNIMA

Compañía de Desarrollo Río Dorado Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-treinta y seis mil seiscientos veintiocho, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de Actas de Junta Directiva, Registro de Acciones, Mayor, Inventario y Balance y Diario. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 15 de febrero del 2010.—Lic. Leonel Villalobos Salazar, Apoderado especial.—(IN201014403).

GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA

AGENCIA SAN JOSÉ

De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, la señora María Auxiliadora Morales Jara, cédula número 4-0174-0188, ha presentado ante esta entidad la solicitud para reposición de su cheque Nº 6475-0 del Banco Nacional de Costa Rica, por un monto de ¢957.943,60 (novecientos cincuenta y siete mil novecientos cuarenta colones con 60/100), emitido el 23-11-2007, por motivo de extravío.—(IN2010014416).

MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO

El señor José Luis Machado Moya, cédula 7-048-1412, ha solicitado a MUCAP la reposición del título valor Nº 311-300-467303, por un monto de ¢2.000.000,00 y los cupones Nº 1, 2, 3, 4, 5 y 6 por un monto de ¢14.583,30 cada uno, los cuales fueron emitidos a su orden el día 13 de enero del 2010. Se emplaza a los interesados a manifestarse dentro del plazo de 15 días naturales posterior a la última publicación.—16 de febrero del 2010.—Lic. Andrea Campos Chacón Coordinadora, Dirección de Operaciones.—(IN2010014462).

IDEAR ELECTRÓNICA DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

Idear Electrónica de Costa Rica Sociedad Anónima, jurídica número 3-101-383773, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros Diario, Mayor, Inventario y Balance Acta de Consejo de Administración, acta de Asamblea de Socios, Registro de Socios, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Edgardo Mena Paramo, Notario.—(IN2010014479).

BANCO HSBC

SUCURSAL EN SAN PEDRO

Por este medio Banco HSBC, hace constar que la señora Hongmin Wu Wong, cédula Nº 08-0067-0777, tenía un Certificado de Depósito a Plazo con las siguientes características: dicho certificado fue reportado como robado. Número de Certificado: 07414054660. Monto: $9.129,17. Fecha de emisión: 14 de febrero del 2009. Fecha de vencimiento: 15 de febrero del 2010. Tres cupones por los siguientes montos: $ 293,41, $293,41 y $ 1.63.—San José, 17 de febrero del 2010.—Servicio al Cliente.—Teresita Bonilla Barahona.––(IN2010014545).

ARGUEDAS ARAYA Y CÍA SOCIEDAD ANÓNIMA

Arguedas Araya y Cía Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-074037-12, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros Mayor Nº 1, Diario Nº 1 y el Inventarios y Balances Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este servicio.—Ing. Luis A. Arguedas Obando, Representante Legal.––(IN2010014551).

INSTACREDIT SOCIEDAD ANÓNIMA

Instacredit Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-264096, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Mayor libro Nº 1, Diario libro Nº 1, e Inventarios y Balances libro Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Cristian Soto Mora, Notario.—(IN2010014881).

EL CASTILLO DE KRAMER LIMITADA

El Castillo de Kramer Limitada, cédula jurídica 3-102-422094, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del libro número uno de Actas de Asamblea de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, dieciséis de febrero del dos mil diez.—Lic. Juan José Echeverría Brealey, Notario.—RP2010157172.—(IN2010015023).

SOCIEDAD ANÓNIMA LA SABANA

Sociedad Anónima La Sabana, cédula jurídica número 3-101-017161-32, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro Actas de Asamblea General de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Ma. Gabriela Sancho Carpio.—RP2010157212.—(IN2010015024).

INVERSIONES MALAVASSI JIMÉNEZ LIMITADA

Inversiones Malavassi Jiménez Limitada, cédula jurídica 3-102-100569, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: Libro Mayor uno, Libro Diario uno, Libro de Inventario y Balances uno, Libro de Actas de Asamblea uno, y Libro de Registro de Accionistas uno, por cuanto se extraviaron. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Bernal Jiménez Núñez, Notario.—RP2010157319.—(IN2010015025).

EMERALD WOODS FLUARITA

NÚMERO QUINCE SOCIEDAD ANÓNIMA

Emerald Woods Fluarita Número Quince Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-441889, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Acta de Consejo de Administración, Acta de Asamblea de Socios, Registro de Socios, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 17 de febrero del 2010.—Lic. Óscar Venegas Córdoba, Notario.—(IN2010015058).

CTM CUARENTA Y SIETE SOCIEDAD ANÓNIMA

CTM Cuarenta y Siete Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-137442, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Acta de Consejo de Administración, Acta de Asamblea de Socios, Registro de Socios, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 17 de febrero del 2010.—Lic. Óscar Venegas Córdoba, Notario.—(IN2010015059).

INVERSIONES CHICAGO MALE DEL ESTE S. A.

Inversiones Chicago Male del Este S. A., cédula jurídica Nº 3-101-320255, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: libro de Inventario y Balances Nº 1, libro Mayor Nº 1, libro Diario Nº 1, libro de Actas Junta Directiva Nº 1, libro de Registro de Accionistas Nº 1 y libro de Actas de Asamblea General de Socios Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José dentro del término de ocho días hábiles a partir de este aviso.—Alejandra González Arroyo, Representante Legal.––(IN2010015309).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

COMPAÑÍA FARMACÉUTICA S. A. Y

LABORATORIOS COMPAÑÍA FARMACÉUTICA LC S. A.

De conformidad con lo establecido por el Código de Comercio, yo María Elena Zamora Estrada, cédula de identidad Nº 3-203-436, he iniciado trámite ante Compañía Farmacéutica S. A. y Laboratorios Compañía Farmacéutica LC S. A., ambas con domicilio en cantón de Goicoechea, del Segundo Circuito, doscientos cincuenta metros al oeste, y ciento cincuenta metros al sureste, la reposición del certificado Nº 523 por 32 acciones inscritas a mi nombre. Se cita y emplaza a los interesados, para que en término de un mes concurran ante las compañías dichas a hacer valer sus derechos.—María Elena Zamora Estrada, Solicitante.—(IN2010013883).

COOPE - ANDE N° 1 R. L.

El licenciado Marvin Brenes Leitón, cédula 1-488-933, ha presentado ante esta entidad solicitud de reposición de títulos valores y sus respectivos cupones de quien en vida fue Harry Hugo Vargas Bejarano, cédula de identidad número 1-0237-0614, siendo los siguientes:

      Certificado             Emitido                    Vence el

             11.435,00                      23/01/2006                            23/01/2010

             12.125,00                      25/02/2006                            25/02/2010

             12.342,00                      07/03/2006                            07/03/2010

             13.702,00                      11/05/2006                            11/05/2010

             14.112,00                      02/06/2006                            02/06/2010

             14.928,00                      11/07/2006                            11/07/2010

             15.577,00                      11/08/2006                            11/08/2010

             16.064,00                      06/09/2006                            06/09/2010

             16.456,00                      28/09/2006                            28/09/2010

             17.106,00                      03/10/2006                            30/10/2010

             17.190,00                      03/11/2006                            03/11/2010

             17.257,00                      07/11/2006                            06/11/2010

             18.447,00                      22/12/2006                            22/12/2010

             19.116,00                      18/01/2007                            18/01/2011

             21.230,00                      03/04/2007                            02/04/2011

             10.362,00                      30/11/2005                            30/11/2009

             10.562,00                      09/12/2005                            09/12/2009

             10.939,00                      02/01/2006                            02/01/2010

             11.303,00                      17/01/2006                            17/01/2010

             12.622,00                      20/03/2006                            20/03/2010

             32.328,00                      05/08/2008                            04/08/2012

             32.381,00                      11/09/2008                            11/09/2012

             32.421,00                      03/11/2008                            02/11/2013

             32.442,00                      25/11/2008                            25/11/2013

             32.456,00                      11/12/2008                            11/12/2013

             32.474,00                      23/12/2008                            23/12/2013

             32.502,00                      27/01/2009                            27/01/2014

             32.518,00                      09/02/2009                            08/02/2014

             32.537,00                      02/03/2009                            01/03/2014

             32.555,00                      17/03/2009                            17/03/2014

             32.570,00                      06/04/2009                            05/04/2014

             32.578,00                      20/04/2009                            19/04/2014

             32.594,00                      11/05/2009                            10/05/2014

             32.604,00                      20/05/2009                            20/05/2014

             32.622,00                      04/06/2009                            04/06/2014

             32.650,00                      30/06/2009                            30/06/2014

             32.653,00                      06/07/2009                            05/07/2014

             32.659,00                      10/07/2009                            10/07/2014

             32.681,00                      07/08/2009                            07/08/2014

             32.693,00                      04/09/2009                            04/09/2014

             32.709,00                      30/09/2009                            30/09/2014

             32.713,00                      08/10/2009                            08/10/2014

Lic. Marvin Brenes Leitón, Notario.—Nº RP2010157409.—(IN2010015628).

MULTISERVICIOS SALAZAR C. SOCIEDAD ANÓNIMA

Multiservicios Salazar C. Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-336903, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los siguientes libros: 1) Libro uno de Diario, 2) Libro uno de Mayor, 3) Libro uno de Inventario y Balances, 4) Libro uno de Actas de Consejo de Administración, 5) Libro uno de Actas de Asambleas de Socios, y 6) Libro uno de Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Rodolfo Camacho Rojas, Notario.—RP2010157389.—IN2010015630.

ECOAVENTURAS DE TURRIALBA SOCIEDAD ANÓNIMA

Ecoaventuras de Turrialba Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-69322 solicita a la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de su libro número uno de Actas de Asamblea de Socios. Quien se considere afectado puede manifestarse ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso. Michael Kaye.—San José, 8 de febrero del 2010.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—Nº RP2010157432.—(IN2010015631).

FUNDACIÓN TRICHECHUS

Fundación Trichechus, con cédula número 3-006-469907, solicita la reposición de los libros de Actas de Asambleas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la notaría del Lic. Germán Ignacio Pochet Ballester, sita en San José, Paseo Colón, 450 metros al norte de la Purdy Motor; en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de febrero del 2010.—Lic. Germán I. Pochet Ballester, Notario.—RP2010157267.—(IN2010015026).                                                                                  2 v. 2.

PUBLICACIÓN DE una VEZ

ASOCIACIÓN BAUTISTA MISIONERA INVU LAS CAÑAS

Yo, Manuel Vanegas Alvarado, cédula Nº 5-0172-0660, en mi calidad de presidente y representante legal de la Asociación Bautista Misionera INVU Las Cañas, cédula jurídica Nº 3-002-092421, solicito al Departamento de Registro de Personas Jurídicas la reposición de todos los seis libros los cuales estaban numerados como dos y que fueron extraviados. Se emplaza a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—Alajuela, 19 de febrero del 2010.—Manuel Vanegas Alvarado, Presidente y Representante Legal.––1 vez.––(IN2010015403).

ASOCIACIÓN DE MUJERES EMPRENDEDORAS DE GUÁCIMO

Yo, Yamileth Matarrita Caballero, mayor, soltera en unión libre, agricultora, vecina Guácimo, cédula 6-214-171; en mi calidad de presidenta y representante legal de la Asociación de Mujeres Emprendedoras de Guácimo, cédula jurídica 3-002-533037, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición del libro Registro de Accionistas, el cual fue extraviado. Se emplaza por 8 días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—Guácimo, a las 14:00 del 15 de febrero del 2010.—Lic. Jenny Vargas Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº RP2010157605.—(IN2010015629).

Por escritura otorgada a las diez horas del trece de febrero del dos mil diez, ante esta notaría Dora María y Lorena Eugenia, ambas Quesada Rojas, constituyen Las Nenitas de Cartago Sociedad Anónima. Objeto el comercio en el sentido más general y la prestación de servicios, etc. Capital; totalmente suscrito y pagado. Presidenta: Dora María Quesada Rojas.—Cartago, trece de febrero del dos mil diez.—Lic. Kattya Acuña Remón, Notaria.—1 vez.—RP2010156695.—(IN2010014270).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 11:00 horas del 12 de febrero del 2010, se constituyó la sociedad denominada Campesina Salazar Limitada. Gerentes: Orlando Cerdas Céspedes y Luzmilda Salazar Soto, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—Sarchí, 12 de febrero de 2010.—Lic. Francisco Rodríguez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2010156697.—(IN2010014271).

Por escritura número ochenta y cinco, del tomo octavo del protocolo, otorgada ante la notaría Kembly Mora Salas, a las quince horas del 9 de febrero del año 2010,  se constituyó sociedad de responsabilidad limitada, cuyo nombre es la cédula jurídica que otorgue el registro mercantil, gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Naranjo, 15 de febrero del año 2010.—Lic. Kembly Mora Salas, Notaria.—1 vez.—RP2010156698.—(IN2010014272).

Ante mí, Lic. Eugenia María Jara Morúa, se constituyó Blue & Laug Sociedad Anónima, mediante escritura número doscientos setenta y siete del tomo tercero de mi protocolo, otorgada a las trece horas del veintidós de octubre del año dos mil nueve. Capital social: suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial del presidente.—Lic. Eugenia María Jara Morúa, Notaria.—1 vez.—RP2010156700.—(IN2010014273).

Por escritura número ciento cincuenta y dos-cero uno, otorgada en mi notaría, en la ciudad de San José, a las nueve horas del 22 de enero del año dos mil diez, se constituye sociedad denominada Taller ACR Cerasa S. A. Domicilio Tres Ríos. Plazo social: 99 años, Capital: ¢10.000,00 (diez mil colones) cada una suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma al presidente y secretario. Es todo.—San José, doce de febrero de 2010.—Lic. Manuel Hernández Pandolfi, Notario.—1 vez.—RP2010156702.—(IN2010014274).

Carlos Humberto Rojas Venegas, acta dos de la Filial IV Alahambra Hudson S. A., se reforman cláusulas segunda del domicilio y novena de la administración, con renuncias y nombramiento de junta directiva.—San José, 16 de febrero del 2010.—Lic. Carlos H. Rojas Venegas, Notario.—1 vez.—RP2010156703.—(IN2010014275).

Por escritura autorizada por mi número 145, de las 18:00 horas del día 30 de octubre del 2009, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Industrias Varmi Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto social, relativa al domicilio exacto de la sociedad.—Heredia, 16 de febrero del 2010.—Lic. Carlos Manuel Chaves Delgado, Notario.—1 vez.—RP2010156704.—(IN2010014276).

Por escritura otorgada ante los notarios públicos Gabriel Chaves Ledezma y Paul Oporta Romero, a las 9:00 horas del 2 de febrero del 2010, se constituyó la sociedad Canacosta Connection Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Tamarindo, Guanacaste, 2 de febrero del 2010.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—RP2010156705.—(IN2010014277).

Por escritura otorgada en mi notaría el día de hoy, a las once horas treinta minutos, se constituye la sociedad denominada Nutrikidz Sociedad Anónima, abreviable su aditamento a S. A. Capital íntegramente suscrito y pagado. Representación: Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, de forma separada.—San José, quince de febrero de 2010.—Lic. Ignacio José Alfaro Marín, Notario.—1 vez.—RP2010156706.—(IN2010014278).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las nueve horas del dieciséis de febrero del dos mil diez, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Newco Sociedad Anónima, en donde se modifica la cláusula primera del pacto constitutivo.—San José, a las nueve horas del dieciséis de agosto del dos mil nueve.—Lic. Eric Guier Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2010156707.—(IN2010014279).

Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las catorce horas con cuarenta minutos del día doce de febrero del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Líneas Blancas Sobre el Horizonte Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica la cláusula sexta del pacto social, se revoca el nombramiento del presidente y secretaria de la junta directiva, se nombra nuevo presidente y secretario de la junta directiva, se crea la cláusula décimo primera y se nombra nuevo agente residente.—San Isidro de Pérez Zeledón, doce de febrero del año dos mil diez.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2010156708.—(IN2010014280).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del dieciséis de febrero del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos ochenta y cuatro mil doscientos uno-sociedad anónima, mediante la cual se reforma las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo. Se acepta renuncia del presidente y se hace nuevo nombramiento.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2010156709.—(IN2010014281).

Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las ocho horas con treinta minutos del día quince de febrero del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones Misabueso Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica a cláusula sexta del pacto social.—San Isidro de Pérez Zeledón, quince de febrero del año dos mil diez.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2010156710.—(IN2010014282).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del dieciséis de febrero de 2010, Emilia Chacón Villalobos y José Alvarado Hernández, constituyeron la sociedad anónima Importadora Comercial El Universo LYS Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—San José, 16 de febrero del 2010.—Lic. Luis Guillermo Méndez Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2010156712.—(IN2010014283).

Leonard Gilles Hubert Marie y Colin Bernadette Anne Marie, constituyen Don Quichotte Sociedad Anónima. Presidente el socio Leonard Gilles Hubert Marie.—Guápiles, veintisiete de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Luis Ángel Montero Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2010156714.—(IN2010014284).

El día 5 de enero del 2010, ante la notaria Carmen María Bolaños Vargas, se constituyó la sociedad Chosa Land Company S. A., con un capital social de diez mil colones.—Atenas, 5 de enero del 2010.—Lic. Carmen María Bolaños Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010156722.—(IN2010014285).

Por escrituras otorgadas ante el suscrito notario, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Miralvalle del Oeste M O S. A., en la que renuncia y se nombra secretario y se modifica cláusula sexta del pacto constitutivo y en la que se constituyó la sociedad El Transporte de Tita T T S. A., plazo social cien años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, diez de febrero del dos mil diez.—Lic. Alberto Antonio Agüero Echeverría, Notario.—1 vez.—RP2010156724.—(IN2010014286).

Por escritura otorgada hoy en esta ciudad a las 9:00, horas ante el suscrito notario los señores Bruno Vivas Torres y Claudio Vivas Sardi, constituyeron la sociedad anónima denominada Condominio Altavista Heredia Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Objeto: Comercio en general. Plazo: 99 años. Capital social: Un millón doscientos mil colones suscritos y pagados. Presidente: Bruno Vivas Torres.—San José, 16 de febrero del 2010.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—RP2010156725.—(IN2010014287).

Por escrituras otorgadas a las siete, ocho y nueve horas del once de febrero del dos mil diez y a las ocho horas del día dieciséis de febrero del dos mil diez, ante el suscrito notario, se protocolizaron actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de las sociedades: Promotora del Irazú S. A., en la que renuncia y se nombran presidente y tesorero; Servicios Golden Hill Start S. A., en la que renuncia y se nombra secretario; Promotora del Cerro Tarajal S. A., en la que renuncia y se nombra tesorero; Monte Lagos Las Margaritas Trece S. A., en la que se renuncia y se nombra secretario.—San José, dieciséis de febrero del dos mil diez.—Lic Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—RP2010156726.—(IN2010014288).

Por escritura otorgada hoy en esta ciudad a las 9:00 horas ante el suscrito notario los señores Bruno Vivas Torres y Claudio Vivas Sardi, constituyeron  la  sociedad  anónima  denominada Versiones Corven Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Objeto: Comercio en general. Plazo: 99 años. Capital social: Un millón doscientos mil colones suscritos y pagados. Presidente: Bruno Vivas Torres.—San José, 16 de febrero del 2010.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—RP2010156727.—(IN2010014289).

Por escritura otorgada en esta notaría, se constituyó, la sociedad Formifut Sociedad Anónima Deportiva, a las doce horas del quince de febrero del dos mil diez, capital debidamente suscrito y pagado.—San José, 16 de febrero del dos mil diez.—Lic. Rafael Ángel Morales Araya, Notario.—1 vez.—RP2010156728.—(IN2010014290).

Se hace constar que por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy al ser las 11 horas del 7 de noviembre del año 2009, se ha constituido la sociedad Hardware Solution Group S. A., con un capital social de un millón doscientos mil colones. Presidente: Ronald Amador Gutiérrez.— San José, 2 de noviembre del año 2009.—Lic. Lorna Aguilar Castro, Notaria.—1 vez.—RP2010156729.—(IN2010014291).

Por escritura otorgada ante mi notaría en Liberia, a las quince horas con quince minutos quince de febrero del dos mil diez, se constituyó Natura Anju MP Sociedad Anónima. El capital es diez mil colones, suscritos y pagados. Los apoderados generalísimos sin límite de suma con actuación conjunta o separada son presidente Juan David Muñoz Barrantes; y secretaria Ángela María Peña Jiménez.—Liberia, quince de febrero del dos mil diez.—Lic. Johanna María Moreno Bustos, Notaria.—1 vez.—RP2010156731.—(IN2010014292).

Se constituyó RM Rodríguez y Asociados S. A. Domicilio social San José, Coronado. Plazo social: Cien años. La junta directiva compuesta presidente, secretario y tesorero. Presidente con representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Coronado, once de febrero de dos mil diez.—Lic. Ligia María Mora Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2010156739.—(IN2010014293).

Se constituyó MRM Panificadora Caribeña S. A. Domicilio social: San José, Coronado. Plazo social: Cien años. La junta directiva compuesta presidente, secretario y tesorero. Presidente y secretaria con representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Coronado, once de febrero de dos mil diez.—Lic. Ligia María Mora Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2010156740.—(IN2010014294).

Por asamblea de socios de la sociedad denominada Butterfly One Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y siete mil quinientos cincuenta y cuatro, se modificó las cláusulas primera y la sétima y se nombra nuevo presidente.—San José, 16 de febrero del año 2010.—Lic. Víctor Hugo Fernández Mora, Notario.—1 vez.—RP2010156741.—(IN2010014295).

Por escritura otorgada a las catorce horas del once de febrero del año dos mil diez, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Inversiones Ramírez Raycha S. A., mediante la cual se modificó la cláusula novena del pacto social y se nombró parte de la junta directiva.—San José, 11 de febrero del año 2010.—Lic. Carlos Serrano Pérez, Notario.—1 vez.—RP2010156746.—(IN2010014296).

Por escritura 165-02 otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 27 de noviembre de 2009, se constituyó la sociedad denominada Discovery Expres S. A., presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, plazo de 99 años con domicilio en San Vicente de Moravia.—San José, 16 de febrero de 2010.—Lic Pedro Dávila Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2010156747.—(IN2010014297).

Por escritura de las 14:00 horas del día de hoy, Alejandro Rojas Vargas y Nuria Vargas Arrieta, constituyeron Azules Lejanías Norteñas S. A. Domicilio: San José. Plazo: 99 años. Capital: totalmente suscrito y pagado. Representación: el presidente y vicepresidente, con poder generalísimo sin límite de suma.—San José, 12 de febrero de 2010.—Lic. Luis Felipe Martínez Obando, Notario.—1 vez.—RP2010156748.—(IN2010014298).

Por escritura pública otorgada ante mí, a las 11:20 horas del 12 de febrero de 2010, protocolicé acuerdos de la compañía de esta plaza: Amigos de Las Misiones Adelmi S. A., en virtud de la cual se nombra nuevo presidente, secretario, tesorero y fiscal.—Cartago, 12 de febrero de 2010.—Lic. Jaime López Moya, Notario.—1 vez.—RP2010156749.—(IN2010014299).

Por escritura pública otorgada ante mí, a las 12:05 horas del 13 de febrero de 2010, Leoncio Blanco Argüello, Marco David Blanco Velásquez, Dulcelina Velásquez Navarro, Sinaí Blanco Velásquez, Raquel Blanco Velásquez y Sally Blanco Velázquez, constituyeron la compañía Inversiones Blavelas, Sociedad Anónima. Presidente Leoncio Blanco Argüello.—Cartago, 15 de febrero del 2010.—Lic. Jaime López Moya, Notario.—1 vez.—RP2010156750.—(IN2010014300).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria a las 15:00 horas del 15 de febrero del 2010, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Eraidimo Vu S. A. Capital social: dieciséis mil colones.—San José, 15 de febrero del 2010.—Lic. Ileana Chaves López, Notaria.—1 vez.—(IN2010014410).

Por escritura otorgada a las 17 horas del día de hoy, se constituyó Caballeriza Canilla S. A. Domicilio: Carpintera, Ulloa, Heredia. Capital social suscrito y pagado.—Heredia, 12 de febrero del 2010.—Lic. Manuel Antonio Vílchez Campos, Notario.—1 vez.—(IN2010014413).

Por la escritura número ciento cincuenta y dos de las nueve horas del diecisiete de febrero del dos mil diez, se constituyó la empresa Sociedad Deportiva Atlético Griego S. A. Apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjunta o separadamente: Armando Ocampo Sanabria, cédula uno-setecientos cuarenta y siete-setecientos setenta y dos y Alejandra Solís Rodríguez, cédula uno-setecientos sesenta y tres-ochocientos cuarenta y dos. Capital: Cuatro millones de colones.—Lic. Marianela González Fonseca, Notaria.—1 vez.—(IN2010014417).

La sociedad 3-101-482949 sociedad anónima, modifica cláusula segunda del pacto social y nombra nueva junta directiva. Escritura otorgada en Santo Domingo de Heredia, a las 12 horas del día 17 de febrero del 2010.—Lic. Marta María Elizondo Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2010014463).

La suscrita, Kattia Quirós Chévez, notaria pública con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día dieciséis de febrero del dos mil diez, se protocolizó ante mí, acta de la empresa denominada Termas de Concordia Sociedad de Responsabilidad Limitada en la cual se modifica la denominación social a Integral de Contenedores Intercon Sociedad de Responsabilidad Limitada y se modifica el domicilio de la empresa.—San José, dieciséis de febrero del dos mil diez.—Lic. Kattia Quirós Chévez, Notaria.—1 vez.—(IN2010014464).

Mediante escritura otorgada en esta ciudad a las ocho horas del veintiséis  de  enero en curso,  se  constituyó  la  sociedad  denominada Las Brisas del Perla Sociedad Anónima. Domicilio: La Ceiba, Alajuela.   Presidente y secretario: representantes legales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Alajuela, 17 de febrero del 2010.—Lic. María González Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2010014485).

Por escritura: cinco-uno, otorgada a las diez horas del doce de febrero del año dos mil diez, otorgada ante la Lic. Erika Montano Vega, notaria pública, se constituyó la sociedad denominada: Forlan Creativos y Decorativos Rojas S. A. Es todo.—Alajuela, al ser las ocho horas diez minutos del quince de febrero del año dos mil diez.—Lic. Erika Montano Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2010014533).

Al ser las 08:00 horas del 10 de febrero de 2010, ante mí se constituyó sociedad anónima denominada Media Marketing Group S. A. Presidencia y secretaria son apoderados generalísimos sin límite de suma, debiendo actuar en forma conjunta. Plazo: 99 años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José, Zapote, costado sureste de la iglesia.—San José, 16 de febrero de 2010.—Lic. Emil Steve Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2010014537).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se modificó la cláusula décimo tercera y se agregó la décimo cuarta de la sociedad denominada Falcon & Associates Sociedad Anónima.—San José, 16 de febrero de 2010.—Lic. Cristina Roper Williams, Notaria.—1 vez.—(IN2010014542).

Por escritura de las 13:00 horas de hoy, se protocolizó acta de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y cinco mil novecientos cuarenta y nueve s. a., en la que se reforma la cláusula sexta y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 17 de febrero del 2010.—Lic. Bernal Chavarría Herrera, Notario.—1 vez.—(IN2010014552).

Por escritura número ochenta y nueve-cuatro, otorgada ante mí a las dieciocho horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de enero del dos mil diez, se reformó la cláusula sétima del pacto constitutivo y se nombró secretario de la junta directiva de la sociedad denominada Ganadera Agrícola El Cortés S. A., cédula jurídica tres - ciento uno - trescientos treinta mil quinientos veinticuatro.—San José, diecisiete de febrero del 2010.—Lic. Marianella Arias Chacón, Notaria.—1 vez.—(IN2010014554).

Ante esta notaría a las diez horas del dieciséis de febrero del año dos mil diez, se constituyó la sociedad anónima denominada Centro Cultural de Idiomas de Alajuela Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones, con domicilio en Alajuela, cien metros al sur de Repuestos Gigante, urbanización Meza. Se publica este edicto para lo que en derecho corresponda.—16 de febrero de 2010.—Lic. Roberto Campos Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2010014555).

En esta notaría, al ser las ocho horas del doce de febrero del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general de la empresa Fetaso Sociedad Anónima, en que la se reforma la totalidad del pacto social y se transforma en una sociedad de responsabilidad limitada.—San José, doce de febrero del dos mil diez.—Lic. Álvaro Aguilar Saborío, Notario.—1 vez.—(IN2010014564).

En esta notaría, al ser las diez horas del diecisiete de febrero del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general de la empresa Surf Shack Guiones Corporation Sociedad Anónima, en que la se reforma la cláusula novena del pacto social.—San José, diecisiete de febrero del dos mil diez.—Lic. Álvaro Aguilar Saborío, Notario.—1 vez.—(IN2010014565).

En esta notaría, al ser las ocho horas con veinte minutos del doce de febrero del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general de la empresa L E D D La Espada de Datagnan Sociedad Anónima, en que se reforma la totalidad del pacto social y se transforma en una sociedad de responsabilidad limitada.—San José, doce de febrero del dos mil diez.—Lic. Álvaro Aguilar Saborío, Notario.—1 vez.—(IN2010014638).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se modifica la cláusula primera de los estatutos de la sociedad Zamaka Sociedad Anónima, en relación al nombre de la sociedad, cambiándose a Zamaka C. V. V. M. Sociedad Anónima, y la cláusula décima tercera en relación al traspaso de las acciones.—San José, dieciséis de febrero de dos mil diez.—Lic. Roberto Quirós Coronado, Notario.—1 vez.—(IN2010014639).

Ante la licenciada Carolina López Espinoza, se constituyó Inversiones S H Sam Sociedad Anónima, presidente: Gerardo Salas Herrera, apoderado generalísimo sin límite de suma, capital social diez mil colones, plazo: noventa y nueve años.—Lic. Carolina López Espinoza, Notaria.—1 vez.—(IN2010014640).

Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Finca Nueva Semilla Limitada, a las nueve horas del diecisiete de febrero del dos mil diez. Gerente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quien tendrá las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Atenas, diecisiete de febrero del dos mil diez.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2010014655).

Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Plastic Lumber of Costa Rica Limitada, a las ocho horas del diecisiete de febrero del dos mil diez. Gerente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quien tendrá las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Atenas, diecisiete de febrero del dos mil diez.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2010014656).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 8:00 horas del día de hoy, se constituyó la entidad de este domicilio denominada Tecales del Tulín S. A. Capital íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Eugenio Gordienko Orlich.—San José, 18 de febrero del 2010.—Lic. Javier Camacho Granados, Notario.—1 vez.—(IN2010014666).

Por escritura número noventa y siete otorgada en esta notaría, a las once horas del cuatro de febrero del dos mil diez, se constituye Familiar Propiedades América Sociedad Anónima, domicilio: Atenas, Concepción, plazo: noventa y nueve años, capital social: diez mil colones. El presidente señor Rudy Centeno Cascante, ostentará facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Atenas, dieciséis de febrero del dos mil diez.—Lic. Xiomara Gómez Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2010014672).

Por escritura número trescientos veinticuatro, folio ciento ochenta y uno frente y vuelto tomo treinta y tres, otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Alesso Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital suscrito y pagado por lo socios.—Lic. Violeta Miranda Meza, Notaria.—1 vez.—(IN2010014677).

Por escritura número 77-19 otorgada a las 15:00 horas del día 17 de febrero del año 2010, se constituyó ante esta notaría la nueva sociedad anónima que se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-j.—San José, 17 de febrero del año dos mil diez.—Lic. Goldy Ponchner Geller, Notaria.—1 vez.—(IN2010014679).

Mediante escritura número 155, folio 152 frente, del tomo 6 de mi protocolo, se constituye la sociedad Creaciones Dorile Sociedad Anónima. El presidente es el apoderado generalísimo sin límite de suma, se sita la dirección, Alajuela, San Rafael, frente a Marios bar, apartamentos Villa Diego número 13, como domicilio social.—San José, 10 de febrero del dos mil diez.—Lic. Nairy Ulate Molina, Notaria.—1 vez.—(IN2010014680).

Mediante la escritura pública número cincuenta cinco, otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del día dieciséis de febrero del dos mil diez, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de los socios de Lomas de Amaranto Seis Luna S. A. con domicilio social en San Roque de Barva de Heredia, para reformar las cláusulas primera y segunda del pacto constitutivo.—Lic. Carlos Eduardo Herrera Herrera, Notario.—1 vez.—RP2010156752.—(IN2010014682).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima cuyo nombre es el siguiente Vythi S. A., según escritura número: noventa y dos, del dieciséis de febrero del dos mil diez.—Lic. Max Alberto Aguilar Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2010156753.—(IN2010014683).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima cuyo nombre es el siguiente A.D.M. Consultores y Constructores S. A., según escritura número ochenta y nueve, del diez de febrero del dos mil diez.—Lic. Max Alberto Aguilar Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2010156754.—(IN2010014684).

Por escritura autorizada a las 10:00 horas del 4 de febrero del 2010 en esta notaría, se protocolizó acta de la compañía Desarrollo Administrativo Imperio S. A., en donde se reforma la cláusula tercera de los estatutos.—San José, 4 febrero del 2010.—Lic. Noe Kawer Dymantztein, Notario.—1 vez.—RP2010156755.—(IN2010014685).

Por escritura otorgada ante esta notaría se constituye Camino Azul de Magallanes S. A.—Lic. Gonzalo Monge Núñez, Notario.—1 vez.—RP2010156756.—(IN2010014686).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 15:00 horas del 16 de febrero del 2010, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Costa Rubí CR Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula segunda y se nombra nuevo presidente y secretaria de junta directiva.—San José, 16 de febrero del 2010.—Lic. Gabriel Lizama Oliger, Notario.—1 vez.—RP2010156757.—(IN2010014687).

Por escritura pública otorgada ante el notario Luis Fernando Castro Gómez en San José, a las ocho horas del once de febrero del dos mil diez Todo a Plazo Sociedad Anónima, modificó la cláusula novena de la administración.—San José, doce de febrero del dos mil diez.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—RP2010156758.—(IN2010014688).

Mediante escritura número ciento ochenta y cinco otorgada ante el suscrito notario en la ciudad de San José, a las 10:00 horas del día 8 de febrero del año 2010, se protocolizó reforma de cambio de presidente y secretario de la junta directiva de Corporación Dámaso del Este S. A.—San José, 8 de febrero del 2010.—Lic. Luis Adolfo Ureña Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2010156759.—(IN2010014689).

Mediante escritura número ciento ochenta, otorgada ante el suscrito notario en la ciudad de San José, a las quince horas del día veintisiete de enero del 2010, se constituyó la sociedad denominada Ruta Cuarenta y Tres S. A.—San José, 19 de noviembre del 2009.—Lic. Luis Adolfo Ureña Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2010156761.—(IN2010014690).

Ante esta notaría, por escritura pública otorgada a las 10:00 horas del 15 de febrero del 2010, se procede a protocolizar literalmente, los acuerdos firmes de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad: Satelital Web Costa Rica S. A., con cédula jurídica número: 3-101-522907, celebrada en su domicilio social, a las 12:00 horas del 13 de febrero del 2010; en la que se acordó modificar las cláusulas segunda, cuarta, quinta y sétima de su pacto constitutivo.—San José 16 de febrero del 2010.—Lic. José Rodolfo Estrada Hernández, Notario.—1 vez.—RP2010156766.—(IN2010014691).

Por escrituras otorgadas ante esta notaría el día cuatro de febrero del año en curso, a las trece horas se constituyen las siguientes sociedades 1) a) Macaw Ocean View Épsilon Limitada B) Macaw Ocean View Sigma Limitada C) Macaw Ocean View Kappa Limitada. 2) A las catorce horas con treinta minutos, se constituyen las siguientes sociedades a) Macaw Ocean View Alfa Sociedad Anónima b) Macaw Ocean View Beta Sociedad Anónima; c) Macaw Ocean View Gama Sociedad Anónima.; d) Macaw Ocean View Delta Sociedad Anónima; e) Macaw Ocean View Omega Sociedad Anónima.—San José, quince horas del once de febrero del dos mil diez.—Lic. Daniel Alberto de la Garza Chamberlain, Notario.—1 vez.—RP2010156768.—(IN2010014692).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del diez de febrero del dos mil diez; protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Villa Ópalo EA de Valencia Sociedad Anónima, para cambio de junta directiva, fiscal y nombramiento de agente residente.—San José, diez de febrero del dos mil diez.—Lic. Efrén Rivera Garbanzo, Notario.—1 vez.—RP2010156769.—(IN2010014693).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 16 de febrero del 2010 se constituye la sociedad N. M. C. Puerta Latina Sociedad Anónima Es todo.—San José, dieciséis de febrero del dos mil diez.—Lic. Guillermo Sánchez Sava, Notario.—1 vez.—RP2010156769.—(IN2010014694).

José Alberto Cruz Solano y Erick Espinoza Bermúdez, constituyen Seguridad de Pococí Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones.—Lic. Iris Mora Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2010156771.—(IN2010014695).

Ante esta notaría, a las 11:30 horas del 16 de febrero del 2010, mediante escritura número 100, se constituyó la sociedad Decreto Treinta y Tres Mil Ciento Setenta y uno J S. A.; plazo social noventa y nueve años, capital social diez mil de colones, representación judicial y extrajudicial a cargo del presidente.—San José, 16 de febrero del 2010.—Lic. Edwin Rodrigo Masís Quirós, Notario.—1 vez.—RP2010156772.—(IN2010014696).

Ante esta notaría a las 15:30 horas del 15 de febrero del 2010, mediante escritura 094, se constituyó la sociedad Ecoart Sociedad Anónima; plazo social: noventa y nueve años, capital social diez mil colones, representación judicial y extrajudicial a cargo del presidente y tesorera.—San José, 15 de febrero del 2010.—Lic. Edwin Rodrigo Masís Quirós, Notario.—1 vez.—RP2010156773.—(IN2010014697).

El día de hoy el suscrito notario público, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y cuatro mil ciento catorce s. a. celebrada a las once horas del día quince de febrero del año dos mil diez, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto social y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, dieciséis de febrero del año dos mil diez.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2010156774.—(IN2010014698).

El día de hoy el suscrito notario público, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de tres-ciento uno-quinientos veintidós mil noventa y dos s. a. celebrada a las ocho horas del día quince de febrero del año dos mil diez, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto social y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, dieciséis de febrero del año dos mil diez.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2010156775.—(IN2010014699).

El día de hoy el suscrito notario público, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de tres-ciento uno-quinientos veintidós mil cuatrocientos cincuenta y ocho S. A., celebrada a las diez horas del día quince de febrero del año dos mil diez, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto social y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, dieciséis de febrero del año dos mil diez.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2010156776.—(IN2010014700).

Al ser las nueve horas del veintitrés de setiembre del dos mil nueve, se llevó asamblea extraordinaria de Odontológica Multidental Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos setenta y nueve mil ciento ochenta y cuatro, y cuyo presidente es Mauricio Ortiz. Se revoca dicho nombramiento siendo ahora Sandra Milena Valencia Toro, apoderada generalísima sin límite de suma solamente el presidente.—San Isidro de Pérez Zeledón, dieciséis de febrero del año dos mil diez.—Lic. Yenny Sandí Romero, Notaria.—1 vez.—RP2010156784.—(IN2010014701).

Philippe Aronson Laarman y Café & Chocolates Britt Sociedad Anónima, representada por Pablo Vargas Morales, constituyen la sociedad Corporación de Propiedad Intelectual Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años, capital: suscrito y pagado. Agente residente: Tatiana Quirós Salazar. Presidente: Philippe Aronson Laarman. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las once horas diez minutos del dieciséis de febrero del dos mil diez.—Lic. Tatiana Quirós Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2010156786.—(IN2010014702).

Philippe Aronson Laarman y ABCC Holdings NV, representada por Pablo Vargas Morales, constituyen la sociedad Servicios Gerenciales Britt Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años, capital suscrito y pagado. Agente residente: Tatiana Quirós Salazar. Presidente: Philippe Aronson Laarman. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las once horas del dieciséis de febrero del dos mil diez.—Lic. Tatiana Quirós Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2010156787.—(IN2010014703).

Dale O Kande Sociedad Anónima, acepta renuncia de miembros de junta directiva y hace nuevos nombramientos por el resto del plazo social. Escritura otorgada en San José, a las quince horas del dieciséis de febrero del dos mil diez.—Lic. Tatiana Quirós Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2010156788.—(IN2010014704).

Por medio de esta notaría los señores Noggy, Anabelle, Patricia, Kattia, Lorena, Ana Guiselle, todos Vargas Arcia, constituyen la compañía Vararcia S. A. con domicilio en Coronado. Capital: suscrito ocho mil colones. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 15:00 horas del 8 de febrero del 2010.—Lic. Carlos Eduardo González Herrera, Notario.—1 vez.—RP2010156790.—(IN2010014705).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Centro Infantil San Pío de Pietralcina Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Plazo: 99 años. Domicilio: Heredia, San Antonio de Belén de la esquina noroeste de la plaza La Asunción, doscientos metros al oeste.—San José, 17 de febrero del 2010.—Lic. Rodolfo Montero Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2010156792.—(IN2010014706).

Por escritura otorgada a las 14:00 horas del día 28 de enero de 2010, se constituyó Gente de Grandes Aventuras Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: cien mil colones.—San José, 28 de enero del 2010.—Lic. Catalina Pujol Rueda, Notaria.—1 vez.—RP2010156793.—(IN2010014707).

Por escritura pública de las nueve horas y treinta minutos del catorce de febrero del dos mil diez, se constituyó la sociedad anónima Fisioterapia Cordero & Rojas Sociedad Anónima, con domicilio social en San José, plazo social: cien años, capital social: diez mil colones, representación le corresponde al presidente y secretario actuando separadamente. Es todo.—San José, quince de febrero del dos mil diez.—Lic. Violeta Rojas Soza, Notaria.—1 vez.—RP2010156794.—(IN2010014708).

Por escritura pública de las diez horas y treinta minutos del catorce de febrero del dos mil diez, se constituyó la sociedad anónima La Futbolera Sociedad Anónima, con domicilio social en San José, plazo social cien años, capital social diez mil colones, representación le corresponde al presidente de la junta directiva. Es todo.—San José, quince de febrero del dos mil diez.—Lic. Violeta Rojas Soza, Notaria.—1 vez.—RP2010156795.—(IN2010014709).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las nueve horas del día doce de febrero del año dos mil diez, se protocoliza el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad de esta plaza Oriental Profile Lawyers O. P. L. Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos treinta y cinco mil cuatrocientos sesenta y uno, mediante la cual se reforma las cláusulas sétima y octava de los estatutos sociales y se nombra nuevo gerente y agente residente.—San José, doce de febrero del año dos mil diez.—Lic. Jorge Ross Araya, Notario.—1 vez.—RP2010156796.—(IN2010014710).

Por escritura otorgada hoy en esta ciudad, a las 12:00 horas ante el suscrito notario el señor Joel David Lawrence, constituye la fundación denominada Fundación Caring For Costa Rica. Domicilio: Tilarán, Guanacaste, objeto: conservación del patrimonio natural, plazo: indefinido, capital social: cien mil colones suscritos y pagados, director: Joel David Lawrence.—San José, 16 de febrero del 2010.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—RP2010156797.—(IN2010014711).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 8 de febrero del 2010 se constituyeron las sociedades Autos R. L. Costa Rica Sociedad Anónima e Importadora Ray. L. Sociedad Anónima, con un plazo social de 100 años. Es todo.—San José, 16 de febrero del 2010.—Lic. Suny Sánchez Achío, Notaria.—1 vez.—RP2010156798.—(IN2010014712).

En esta notaría al ser las diez horas del cuatro de febrero del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general de la empresa Nokia Siemens Networks Costa Rica Sociedad Anónima, en que la se modifica la cláusula vigésimo primera del pacto social, se revocan nombramiento de junta directiva, se nombra nuevo presidente y tesorero, se revocan poderes y se confiere nuevo poder.—San José, cuatro de febrero del dos mil diez.—Lic. Álvaro Aguilar Saborío, Notario.—1 vez.—RP2010156801.—(IN2010014713).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 8:00 horas del 16 de febrero del 2010, protocolizo acta de asamblea extraordinaria de socios de Desarrollos Bahía del Rey S. A. mediante la cual se reforma la cláusula dos de la administración.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2010156802.—(IN2010014714).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las nueve horas del día trece de febrero del año dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Lubricentro Poncha Sociedad Anónima.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2010156803.—(IN2010014715).

Mediante escritura pública número ciento ochenta y seis-veintiocho, otorgada en mi notaría a las quince horas con quince minutos del día once de febrero del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada V & A Lo Nuestro en El Pavón de Los Chiles S. A. Capital social: diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente: Elmis Rony c.c. Elmer Varela Rojas.—Ciudad Quesada, 11 de febrero del 2010.—Lic. Ronald Córdoba Artavia, Notario.—1 vez.—RP2010156806.—(IN2010014716).

Mediante escritura pública número ciento ochenta y siete-veintiocho, otorgada en mi notaría a las quince horas del día once de febrero del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Transportes Elmer Varela Rojas EVR S. A. Capital social: diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente: Elmis Rony c.c. Elmer Várela Rojas.—Ciudad Quesada, 11 de febrero del 2010.—Lic. Ronald Córdoba Artavia, Notario.—1 vez.—RP2010156807.—(IN2010014717).

Mediante escritura pública número ciento ochenta y cinco-veintiocho, otorgada en mi notaría a las quince horas del día once de febrero del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Propiedades Varela Rojas & Araya Arroyo de El Pavón S. A. Capital social: diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente: Elmis Rony c.c. Elmer Varela Rojas.—Ciudad Quesada, 11 de febrero del 2010.—Lic. Ronald Córdoba Artavia, Notario.—1 vez.—RP2010156808.—(IN2010014718).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:20 horas del 16 de febrero de 2010, se constituyó la compañía denominada Biofeed Tecnologías en Nutrición Sociedad Anónima, con capital social de cien mil colones.—Ciudad Quesada San Carlos, 16 de febrero de 2010.—Lic. Bayardo Ávalos Sequeira, Notario.—1 vez.—RP2010156809.—(IN2010014719).

Por escritura otorgada ante mí, a las 20:00 horas del 16 de febrero del 2010, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas número siete de Inversiones Romdox S. A., cédula jurídica 3-101-131519, en la que se modifican las cláusulas segunda y novena del pacto constitutivo.—Ciudad Quesada, San Carlos, 16 de febrero de 2010.—Lic. Bayardo Ávalos Sequeira, Notario.—1 vez.—RP2010156811.—(IN2010014720).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del día dieciséis de febrero del año dos mil diez, se protocolizaron acuerdos de Estrategias Turísticas Monteverde R Y V Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-quinientos ochenta y seis mil setecientos dieciocho, al modificarse la cláusula quinta del pacto constitutivo referente al capital social.—Monteverde, dieciséis de febrero del año dos mil diez.—Lic. Greivin Jiménez Méndez, Notario.—1 vez.—RP2010156812.—(IN2010014721).

Por escritura pública número noventa y dos de las quince horas del dieciséis de febrero del dos mil diez del tomo treinta y cuatro de mi protocolo, se protocoliza acta número uno de la Compañía de Servicios de Seguridad Privada Gedeon Sociedad Anónima.—San José, 17 de febrero del 2010.—Lic. Abel Nicolás Chinchilla Mata, Notario.—1 vez.—RP2010156813.—(IN2010014722).

Por escritura número trescientos tres, otorgada el quince de febrero de dos mil diez, a las diecinueve horas, se constituyen seis sociedades anónimas que se denominarán de conformidad con el número de cédula jurídica que les asigne el Registro Nacional. Capital social: de cien mil colones cada una.—San José, 16 de febrero del 2010.—Lic. Ernesto Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2010156814.—(IN2010014723).

Constitución de Inversiones U M V S. A. Capital social: cien mil colones. Apoderado generalísimo sin límite de suma: Uber Gerardo Monge Valverde.—San José, dieciséis de febrero del año dos mil diez.—Lic. Sergio Vidal Zúñiga López, Notario.—1 vez.—RP2010156815.—(IN20100147024).

Por escritura otorgada en mi notaría, en la ciudad de San José a las nueve horas del día dieciséis de febrero del dos mil diez, se constituyó la sociedad Viento en Contra Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años, contados a partir del momento de su constitución.—San José, dieciséis de febrero de dos mil diez.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1 vez.—RP2010156816.—(IN2010014725).

Por escritura otorgada en esta ciudad, a las 16:00 horas de hoy ante la suscrita notaría pública, se protocolizó acta de tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y cinco mil cuatrocientos noventa y siete s. a. en la que se reformaron cláusulas segunda y sétima de los estatutos.—San José, 16 de febrero del 2010.—Lic. Irene Lobo Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2010156818.—(IN2010014726).

Por escritura otorgada en esta notaría a las diez horas del quince de febrero del dos mil diez se constituyó la sociedad Providence Holding Sociedad Anónima capital íntegramente suscrito y pagado.—Alajuela, dieciséis de febrero del dos mil diez.—Lic. José Mario Rojas Ocampo, Notario.—1 vez.—RP2010156819.—(IN2010014727).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría al ser las once horas del día dieciséis de febrero del dos mil diez, se ha constituido la sociedad denominada Pavimentos Prefabricados Sociedad Anónima.—Cartago, diecisiete de febrero del dos mil diez.—Lic. Jorge Enrique Monge Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2010156821.—(IN2010014728).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del día ocho de diciembre del dos mil nueve, se protocolizó acta de la compañía Eyorg de Diria S. A., cédula jurídica 3-101-298653 mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo, se revoca el nombramiento del fiscal y del agente residente y se nombran nuevos. Es todo.—16 de febrero del 2010.—Lic. Olga Granados Porras, Notaria.—1 vez.—RP2010156822.—(IN2010014729).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del día quince de febrero del dos mil diez, se protocolizó acta de la compañía Gasolinera Santa Cruz S. A., cédula jurídica 3-101-163766 mediante la cual se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo referida al capital social, en donde el mismo se aumenta de cincuenta y tres millones a cien millones de colones. Es todo.—16 de febrero del 2010.—Lic. Olga Granados Porras, Notaria.—1 vez.—RP2010156823.—(IN2010014730).

Compañía Los Viejos del Norte S. A., modifica representación. Escritura otorgada en Puerto Viejo de Sarapiquí a las 11:00 horas del 11 de febrero de 2009.—Lic. Linnet M. Sanabria B, Notaria.—1 vez.—RP2010156824.—(IN2010014731).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día quince de febrero del dos mil diez, se protocolizó acta de la compañía Gasolinera Santa Cruz S. A., cédula jurídica 3-101-163766, mediante la cual se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo, se revocan los puestos de tesorero y fiscal y se nombran nuevos, se revoca el nombramiento del agente residente y no se nombra nuevo. Es todo.—San José, 16 de febrero del 2010.—Lic. Olga Granados Porras, Notaria.—1 vez.—RP2010156825.—(IN2010014732).

Ante esta notaría y mediante escritura pública número 245 de las 11:00 horas del 13 de febrero del 2010 se ha constituido la sociedad que se denomina Mariposa de Primavera Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de Tibás y con un capital social de doce mil colones.—Orotina, 17 de febrero de dos mil diez.—Lic. Randall Alberto Marín Orozco, Notario.—1 vez.—RP2010156826.—(IN2010014733).

Ante esta notaría y mediante escritura pública número 191 de las 10:00 horas del 15 de febrero del 2010, se ha constituido la sociedad que se denomina D And S Interprises Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de Garabito de Puntarenas y con un capital social de diez mil colones.—Orotina, 16 de febrero de dos mil diez. Lic. Douglas Mauricio Marín Orozco, Notario.—1 vez.—RP2010156827.—(IN2010014734).

He variado el nombramiento de presidente de la junta directiva de la empresa denominada Distribuidora Radi Global Sociedad Anónima, en donde figura como nuevo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma actuando individualmente el señor Harold Ramírez Díaz.—Puntarenas, 15 de febrero del 2010.—Lic. Roy Quesada Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2010156828.—(IN2010014735).

Por escritura otorgada a las 15:00 horas del 16 de febrero del 2010, Heriberto Alejandro Poveda Chacón, protocoliza el cambio de junta directiva. Es todo.—San Miguel de Naranjo, a las dieciséis horas del dieciséis de febrero del dos mil diez.—Lic. Edgar Gerardo Campos Araya, Notario.—1 vez.—RP2010156831.—(IN2010014736).

Por escritura número 243 otorgada ante la suscrita notaria a las 19 horas 20 minutos del día 29 enero del 2010, se constituyó sociedad con denominación social que le indique el Registro Público, con domicilio en Alajuela, Montecillos, veinticinco metros al este de la iglesia católica. Capital social de doce mil colones. Plazo social 99 años. Presidente, con facultad de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 16 de febrero del 2010.—Lic. Ana Catalina Lizano Picado, Notaria.—1 vez.—RP2010156832.—(IN2010014737).

Yo, Melania de los Ángeles Chin Wo Cruz, notaria de San José, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Inversiones Senac S. A., reformando cláusulas segunda y octava, del domicilio y representación, 14 horas del 9 de febrero del 2010.—San José, 15 de febrero del 2010.—Lic. Melania Chin Wo Cruz, Notaria.—1 vez.—RP2010156835.—(IN2010014738).

El suscrito notario público Franklin Aguilera Amador hago constar que mediante asamblea general de socios de la sociedad Sinbioinfomatic Sociedad Anónima con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y siete mil quinientos diez, del día ocho de diciembre de dos mil nueve, se cambió el plazo de la sociedad.—San José, nueve de febrero dos mil diez.—Lic. Franklin Aguilera Amador, Notario.—1 vez.—RP2010156842.—(IN2010014739).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del once de febrero de dos mil diez, se reformó y cambió junta directiva de la sociedad Representaciones Murillo y Castillo S. A.—San José, 18 febrero del 2010.—Lic. Ana María Faeth Mena, Notaria.—1 vez.—RP2010156843.—(IN2010014740).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día dieciséis de febrero del dos mil diez, protocolicé acta de asamblea de socios de Bonzer FX Speculative Ventures Sociedad Anónima se modifica la cláusula segunda y se nombra junta directiva.—Lic. Cynthia Corrales Mairena, Notaria.—1 vez.—RP2010156849.—(IN2010014741).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del once de febrero del dos mil diez, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad A Diamond Is Forever Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos veintisiete mil novecientos treinta y ocho, de las ocho horas del veintiséis de enero del dos mil diez, mediante la cual se reforman las cláusulas primera y segunda de los estatutos y se nombran nuevo gerente, subgerente y agente residente.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2010156850.—(IN2010014742).

Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del quince de febrero del dos mil diez, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Villa Marine Zoo CP II Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos ochenta y dos mil cuatrocientos cincuenta y cuatro, de las ocho horas del quince de febrero del dos mil diez, mediante la cual se reforma la cláusula sexta de los estatutos y se nombran nuevos gerentes.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2010156851.—(IN2010014743).

En mi notaría, a las 16 horas, del 23 de enero del año 2010, se constituyó la empresa Pura Vida Production Limitada, domiciliada en Puntarenas. Capital social: 10.000,00 colones, gerente uno: Jerome Patrice Rene (nombre) Augereau (apellido), gerente dos: Elbis Arturo Castro Hernández, ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, a las ocho horas del dieciséis de febrero del dos mil diez.—Lic. Alan Masís Ángulo, Notario.—1 vez.—RP2010156853.—(IN2010014744).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 14:30 horas del dieciséis de febrero del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Empresa Constructora Playa Órganos Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y cinco mil quinientos cincuenta y cinco, por medio de la cual se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo y se procedió al nuevo nombramiento de presidente, secretario, tesorero y fiscal; y a la creación y nombramiento del agente residente.—San José, 16 de febrero del 2010.—Lic. Paúl Murillo Miranda, Notario.—1 vez.—RP2010156854.—(IN2010014745).

En esta notaría a las 11:00 horas del 17 de febrero del 2010, se constituyó la compañía con base al Decreto Ejecutivo número 33171-J artículo segundo. Apoderados: Failer Pincay Marín y Adriana Molina Villalobos.—San José, 17 de febrero del 2010.—Lic. Doris Monge Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2010156856.—(IN2010014746).

Escritura pública número noventa y cuatro, otorgada el día dieciocho de diciembre del dos mil nueve, se constituye sociedad anónima denominada Constructora Jojuca de Desarrollo S. A. Presidente: José Joaquín Calvo Muñoz.—Lic. Manuel Monge Díaz, Notario.—1 vez.—RP2010156857.—(IN2010014747).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas del 2 de febrero del 2010 se constituyó la sociedad Franquicia Cinco Cero Seis.Com S. A., nombrándose agente residente, fondo de reserva legal, junta directiva y capital social, domiciliada en San José, Zapote, trescientos este, cincuenta norte de la Universidad Veritas.—8 de febrero del 2010.—Lic. William Muñoz Bravo, Notario.—1 vez.—RP2010156858.—(IN2010014748).

A las dieciocho horas del dieciséis de febrero del año dos mil diez, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Grupo Solab de la Loma Sociedad Anónima, reformando la cláusula primera del pacto constitutivo denominada del nombre: Para que se lea correctamente como nombre de la sociedad Transportes Ruta Ciento Tres Sociedad Anónima; y la cláusula quinta denominada de la administración, y nombramiento de nueva junta directiva.—San José, 17 de febrero del 2010.—Lic. Luz Mery Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2010156859.—(IN2010014749).

Por escritura número ciento tres (tomo once), otorgada en San José, a las siete horas del diecisiete de febrero del dos mil diez, se constituyó Inversiones La Valle Argentina Limitada. Se nombran dos gerentes. Es todo.—Lic. Henry Campos Vargas, Notario.—1 vez.—RP2010156861.—(IN2010014750).

Por escritura número doscientos sesenta y cinco, ante la notaria Ana Lorena Oviedo Campos, se constituye la sociedad Corporación R Oviedo S. A.—Lic. Ana Lorena Oviedo Campos, Notaria.—1 vez.—RP2010156863.—(IN2010014751).

El suscrito notario Víctor Solís Castillo, hace constar que en esta notaría se constituyó: Secretos del Congo Negro Sociedad Anónima, Corporación Cariblanco de Osa Sociedad Anónima, Inversiones Gato de Pradera Sociedad Anónima, Desarrollos Tropical del Pacífico Sociedad Anónima, Huella del Jaguar Sociedad Anónima y Felinos Salvajes de Osa Sociedad Anónima. Es todo, firmo en Palmar Norte, Osa, al ser las once horas cuarenta minutos del día once de febrero del dos mil diez.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—RP2010156864.—(IN2010014752).

El día trece de febrero del año dos mil diez, se protocolizó acta de la sociedad Bandecosa S. A., mediante la cual se aumentó el capital social, se modificó el pacto constitutivo y nombraron miembros de la junta directiva.—Palmares, trece de febrero del año dos mil diez.—Lic Edgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2010156865.—(IN2010014753).

Los señores Rosibel Arias Mora y Álvaro Carrillo Arce, constituyen sociedad anónima denominada Inversiones Carriza S. A., otorgada al ser las quince horas del doce de febrero del dos mil diez, mediante escritura número ciento cuarenta y ocho, visible e iniciada al folio setenta y cinco vuelto del tomo veinticuatro del protocolo del suscrito notario Geiner Solano Dormond.—Lic. Geiner Solano Dormond, Notario.—1 vez.—RP2010156866.—(IN2010014754).

El día quince de febrero del año dos mil diez, se protocolizó acta de la sociedad Agropecuaria Cordero Marín Ltda, mediante la cual se aumentó el capital social a la suma de treinta millones de colones. Notario cartulante Licenciado Edgar Solórzano Vega.—Palmares, quince de febrero del año dos mil diez.—Lic. Edgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2010156867.—(IN2010014755).

Hago constar que por escritura otorgada hoy ante mí a las 16:00 horas, se ha constituido la compañía Enerco Ingeniería Ltda. Domicilio: San José. Capital social: Diez mil colones.—San José, dieciséis de febrero de dos mil diez.—Lic. Roberto Leiva Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2010156869.—(IN2010014756).

Hago constar que por escritura otorgada hoy ante mí a las 16:30 horas se ha constituido la compañía Eco Ingeniería Ltda. Domicilio: San José. Capital social: Diez mil colones.—San José, dieciséis de febrero de dos mil diez.—Lic. Roberto Leiva Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2010156870.—(IN2010014757).

Por escritura Nº 6 otorgada a las 20:00 horas del día de hoy, se protocoliza acta Nº 4 de la sociedad Telephone Solutions Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas novena y segunda, se nombra nuevo secretario, tesorero y fiscal, se revoca poder generalísimo.—San José, 13 de febrero del año 2010.—Lic. Laura Morales Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2010156871.—(IN2010014758).

Hago constar que por escritura otorgada hoy ante mí a las 11:00 horas, Inmobiliaria Treinta y Siete S. A., ha modificado la cláusula sexta de su pacto social, sobre la administración.—San José, 15 de febrero del 2010.—Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—RP2010156872.—(IN2010014759).

Mediante escritura número setenta del tomo segundo de mi protocolo, a las diez horas del veintinueve de enero del año dos mil diez, ante mi notaría se constituyó Ocasiones Especiales JPM Anónima. Presidenta: Jinnette Pérez Mora.—San José, dieciocho de febrero del año dos mil diez.—Lic. José López Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2010156873.—(IN2010014760).

El día quince de febrero del año dos mil diez, se protocolizó acta de la sociedad Mueblería Cordero Marín Ltda., mediante la cual se aumentó el capital social a la suma de treinta millones de colones.— Palmares, quince de febrero del año dos mil diez.—Lic. Édgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2010156874.—(IN2010014761).

En mi notaría al ser las 8:00 horas del día 16 de febrero del 2010, se protocoliza acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la empresa Gines Electric S. A., cédula jurídica 3-101-229156 donde se realizaron cambios de junta directiva, se modificaron poderes y se otorgaron poderes generalísimos sin límite de suma.—San José, 17 de febrero del 2010.—Lic. Yessenia López Chávez, Notaria.—1 vez.—RP2010156876.—(IN2010014762).

En mi notaría al ser las 8:00 horas del día 15 de febrero del 2010, se protocoliza acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la empresa Transportes Hermanos Otto y Eladio Leiva Campos S. A., cédula jurídica Nº 3-101-201624, donde se modificaron las cláusulas quinta y décimo primera del pacto constitutivo. Se hacen nuevos nombramientos de junta directiva.—San José, 15 de febrero del 2010.—Lic. Yessenia López Chávez, Notaria.—1 vez.—RP2010156877.—(IN2010014763).

Por escritura pública número ciento cincuenta y ocho otorgada ante esta Notaría a las nueve horas del día dieciséis de febrero del año dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Accionistas de la sociedad Bristol-Myers Squibb de Costa Rica Sociedad Anónima por medio de la cual se otorgan poderes.—San José, dieciséis de febrero del año dos mil diez.—Lic. Luis Felipe Martínez Obando, Notario.—1 vez.—RP2010156878.—(IN2010014764).

Se protocoliza acta número tres de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Instituto Creativo de Educación Integral S. A., con cédula jurídica 3-101-285758, celebrada en el domicilio fiscal, a las 10:00 horas del 21 de diciembre del 2009, se nombran miembros de junta directiva y fiscal y se protocoliza en escritura número sesenta y ocho de las 11:00 horas del 16 de febrero del 2010, ante el notario público Daniel Ángel Fernández Zamora.—16 de febrero del 2010.—Lic. Daniel Ángel Fernández Zamora, Notario.—1 vez.—RP2010156879.—(IN2010014765).

Por escritura, otorgada ante mí, a las 18:30 horas del 16 de febrero del 2010, se protocolizan acuerdos sociales de Lirales Bello  Horizonte  S. A., cédula jurídica 3-101-550227 en donde se modifica la cláusula segunda del pacto social constitutivo.—San José, 17 de diciembre del 2009.—Lic. Álvaro Villalobos García, Notario.—1 vez.—RP2010156881.—(IN2010014766).

Por escritura número 12 otorgada ante la suscrita notaria a las 11:30 horas del 10 de febrero del 2010, se constituyó Consultores en Economía Veterinaria de Centroamérica COEVETECA S. A. Domicilio: San José, Santa Ana, Pozos, contiguo a Ferretería El Lagar. Plazo social: 100 años. Objeto: comercio en general. Capital social: cien mil colones. Representación: la tendrán el presidente y el secretario.—San José, 10 de febrero del 2010.—Lic. Manuelita Jiménez Esquivel, Notaria.—1 vez.—RP2010156882.—(IN2010014767).

Por escritura otorgada en esta ciudad a las ocho horas del día de hoy, se constituyó una sociedad anónima, cuyo nombre es: Quick Car QC Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de San José, con un capital de cien mil colones, con un plazo de noventa y nueve años. Presidente la socia Marisol Castro González.—San José, dieciséis de febrero del dos mil diez.—Msc. Andrea Quesada Méndez, Notaria.—1 vez.—RP2010156884.—(IN2010014768).

El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante mí a las diez horas del día dieciséis de febrero del año dos mil diez, en San José, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad con domicilio en Heredia denominada empresa Las Vistas Costa Treinta y Seis Magallanes Sociedad Anónima, mediante la cual se nombra secretario, tesorero, se cambia el domicilio y se cambia la representación judicial y extrajudicial.—San José, diez horas quince minutos del día dieciséis de febrero del año dos mil diez.—Lic. José Antonio Giralt Fallas, Notario.—1 vez.—RP2010156885.—(IN2010014769).

En mi notaría, se constituyó Electro Península S. A., capital social 100.000 colones. Domicilio Cóbano de Puntarenas. Presidente: Luis Cortés Castrillo.—Mal País, 16 de febrero del 2010.—MBA. Alan Masís Angulo, Notario.—1 vez.—RP2010156852.—(IN2010014770).

Por escritura número 13 otorgada ante la suscrita notaria a las 11:45 horas del 10 de febrero del 2010, se constituyó Mayan Animal Health Advisors Maha S. A. Domicilio: San José, Santa Ana, Pozos, contiguo a Ferretería El Lagar. Plazo social: 100 años. Objeto: comercio en general. Capital social: cien mil colones. Representación: la tendrán el presidente y el secretario.—San José, 10 de febrero del 2010.—Lic. Manuelita Jiménez Esquivel, Notaria.—1 vez.—RP2010156883.—(IN2010014771).

El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante mí a las trece horas del día cuatro de febrero del año dos mil diez, en San José, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad con domicilio en San José, denominada empresa Worldwide Logistics Costa Rica Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- quinientos trece mil ochocientos ochenta y cinco, mediante la cual se nombra nueva tesorera, y se modifica el domicilio social.—San José, trece horas quince minutos del cuatro de febrero del año dos mil diez.—Lic. José Antonio Giralt Fallas, Notario.—1 vez.—RP2010156887.—(IN20100147772).

Por escritura número ciento cincuenta y cuatro, otorgada ante la notaria María Gabriela Rojas Ulloa, a las 17:00 horas del 16 de febrero del 2010, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Torres de Cartago GSV S. A., en la que se modifica la cláusula segunda y se sustituye al presidente y al tesorero.—San José, 17 de febrero del 2010.—Lic. María Gabriela Rojas Ulloa, Notaria.—1 vez.—RP2010156889.—(IN2010014773).

Por asamblea extraordinaria de accionistas de Inversiones Mongito y Asociados S. A., cédula jurídica: 3-101-292085, se reforma su pacto constitutivo y se nombra junta directiva.—Guadalupe, 16 de febrero del 2010.—Lic. Roxana María Angulo Aguilar, Notaria.—1 vez.—RP2010156890.—(IN2010014774).

Por escritura otorgada a las 17:00 horas del 16 de febrero del 2010 ante la notaria Roxana María Ángulo Aguilar, se constituye la sociedad Distribuidora Marca Gama de 1979 Sociedad Anónima. Presidente: Mauricio Marín Morales, cédula: 1-1023-0382. Domiciliada en: San José, Centro Comercial del Sur, Local 11, segunda etapa.—Guadalupe, 16 de febrero del 2010.—Lic. Roxana María Angulo Aguilar, Notaria.—1 vez.—RP2010156891.—(IN2010014775).

Por escritura pública número 155, otorgada en mi notaría, a las 8:00 horas, del día 16 de febrero del año 2010, los señores Diego García Velasco y Soledad Naranjo Soto, constituyeron Ica del Sol G. &. N. Corp. Sociedad Anónima. Capital social ¢100.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—RP2010156893.—(IN2010014776).

Mediante escritura número: setenta y cuatro - ocho, de fecha quince de enero del año 2010, se constituyó  la  sociedad  Transportes  Fiebre  S. A., con domicilio en Río Jiménez de Guácimo, Limón.—Lic. Víctor Edo. Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—RP2010156897.—(IN2010014777).

Por escritura otorgada ante mi notaría el día de hoy a las doce horas treinta minutos del once del de febrero del dos mil diez se constituyó la sociedad denominada Corporación MFMF Inversiones Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse MFMF Inversiones S. A. Capital social diez mil colones totalmente suscrito y pagado en dinero en efectivo, presidente y secretario con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Cartago, 11 de febrero del dos mil diez.—Lic. Jenny Valverde Solano, Notaria.—1 vez.—RP2010156899.—(IN2010014778).

Por escritura otorgada ante mi notaría el día de hoy a las doce horas del once del de febrero del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Más Que Bella Fag Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Más Que Bella S. A. Capital social veinte mil colones totalmente suscrito y pagado en dinero en efectivo, presidente y secretario con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Cartago, 11 de febrero del dos mil diez.—Lic. Jenny Valverde Solano, Notaria.—1 vez.—RP2010156900.—(IN2010014779).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas del 16 de febrero del 2010, se reforma la cláusula octava de los estatutos sociales: de la administración de la sociedad 3-101-558242 sociedad anónima, se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Francisco José Arguedas Arce.—San José, 17 de febrero del 2010.—Lic. Juan Luis Gómez Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2010156901.—(IN2010014780).

Ante esta notaría, el día nueve de febrero del dos mil diez, se constituyó la sociedad GFU Dos Siete Cero Tres Sociedad Anónima, cuyo capital social es la suma de cien mil colones y su presidente será el señor Marco Forlani. Es todo.—San José, diecisiete de febrero del dos mil diez.—Lic. Aurea Morales Monge, Notaria.—1 vez.—RP2010156904.—(IN2010014781).

El suscrito notario público hace constar que por acta número dos: de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Importaciones Veintidós cero nueve Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos sesenta mil trescientos sesenta y nueve, celebrada a las diez horas del quince de febrero del año dos mil diez, y protocolizada ante esta notaría, en San José a las catorce horas del diecisiete de febrero del dos mil diez, se revoca el nombramiento del Presidente y Junta Directiva, se nombra Presidenta a la señora Jeannette Tenorio Garita, mayor, casada una vez, cédula uno-cuatrocientos ochenta-trescientos trece. Se cambia el domicilio social de la sociedad a San José, Curridabat, Hacienda Vieja de la Iglesia de La Lía cuatrocientos metros al sureste casa color beige con portón rojo a mano derecha. Es todo.—San José, quince horas diecisiete de febrero del dos mil diez.—Lic. Miguel Eduardo Cervantes Mora, Notario.—1 vez.—RP2010156905.—(IN2010014782).

Mediante escritura ante mi otorgada se le cambió el nombre o razón social a Administración de Servicios de Seguridad para Instituciones Públicas y Privadas S. A. por SS LIM S. A.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—RP2010156907.—(IN2010014783).

Ante esta notaría, el día de hoy, se constituyó la compañía denominada: Javargon Sociedad Anónima.—Guápiles, Pococí, dieciséis de febrero del dos mil diez.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—RP2010156910.—(IN2010014784).

Por escritura otorgada a las diecisiete horas del dieciséis de febrero del dos mil diez, ante esta notaría, Ingrid Vega Leandro y Dagoberto Cruz Vega, constituyen una sociedad anónima cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del año dos mil siete. Objeto el comercio en el sentido más general y la prestación de servicios, etc. Capital totalmente suscrito y pagado. Presidenta. Ingrid Vega Leandro.—Cartago, dieciséis de febrero del dos mil diez.—Lic. Kattya Acuña Remón, Notaria.—1 vez.—RP2010156914.—(IN20100147785).

Mediante escritura número cien - dos, otorgada a las diez horas del dieciséis de febrero, se constituyó la sociedad Pavamur S. A., por un plazo de cien años y con un capital social de diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.—San José, dieciséis de febrero de dos mil diez.—Lic. Mauricio Murillo González, Notario.—1 vez.—RP2010156915.—(IN2010014786).

Por escritura número ciento ochenta y ocho otorgada a las doce horas del cinco de febrero del dos mil diez, se constituyó la compañía Triping Viagens e Turismo Sociedad de Responsabilidad Limitada, con capital social de diez mil colones. Por escritura número ciento noventa y uno otorgada a las diecisiete horas del nueve de febrero del dos mil diez, se constituyó la compañía Representaciones A.F.C. Cambronero Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones. Por escritura número ciento noventa y tres otorgada a las catorce horas del doce de febrero del dos mil diez, se constituyó la compañía El Mundo de la Ortopedia Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones.—Lic. Verny Valerio Hernández, Notario.—1 vez.—RP2010156917.—(IN2010014787).

Por escritura número doscientos veintisiete, otorgada ante el notario: Héctor Sáenz Aguilar, a las veinte horas del dieciséis de febrero del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de El Camión de Madera Sociedad Anónima, mediante el cual se reformó la cláusula sexta de acta constitutiva de la sociedad y se nombró nuevos miembros de la Junta Directiva. Siquirres.—San José diecisiete de febrero del dos mil diez.—Lic. Héctor Sáenz Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2010156919.—(IN2010014788).

Por medio de escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón, a las quince horas con quince minutos del día cinco de enero del año dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada El Toro Enamorado de la Luna Sociedad Anónima. Plazo social: Noventa y nueve años. Domicilio Social: San Isidro de Pérez Zeledón, Provincia de San José, cien metros al norte del Hotel Diamante Real. Presidenta: Mónica Blanco Brenes.—San Isidro de Pérez Zeledón, once de enero del año dos mil diez.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2010156920.—(IN2010014789).

Por medio de escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón a las quince horas con quince minutos del día cinco de enero del año dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Mirándote a los Ojos Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio Social: San Isidro de Pérez Zeledón, provincia de San José, cien metros al norte del Hotel Diamante Real. Presidenta: Mónica Blanco Brenes.—San Isidro de Pérez Zeledón, once de enero del año dos mil diez.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2010156921.—(IN2010014790).

Por medio de escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón a las quince horas con quince minutos del día cinco de enero del año dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Nada es Para Siempre Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio Social: San Isidro de Pérez Zeledón, provincia de San José, cien metros al norte del Hotel Diamante Real. Presidenta: Mónica Blanco Brenes.—San Isidro de Pérez Zeledón, once de enero del año dos mil diez.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2010156922.—(IN2010014791).

Por medio de escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón a las quince horas con quince minutos del día cinco de enero del año dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Kilómetros de Bello Bosque Sociedad Anónima. Plazo social: Noventa y nueve años. Domicilio Social: San Isidro de Pérez Zeledón, Provincia de San José, cien metros al norte del Hotel Diamante Real. Presidenta: Mónica Blanco Brenes.—San Isidro de Pérez Zeledón, once de enero del año dos mil diez.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2010156923.—(IN2010014792).

Por medio de escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón a las quince horas con quince minutos del día cinco de enero del año dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Mágico Tiempo Sociedad Anónima. Plazo social: Noventa y nueve años. Domicilio social: San Isidro de Pérez Zeledón, provincia de San José, cien metros al norte del Hotel Diamante Real. Presidenta: Mónica Blanco Brenes.—San Isidro de Pérez Zeledón, once de enero del año dos mil diez.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2010156924.—(IN2010014793).

Por medio de escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón a las quince horas con quince minutos del día cinco de enero del año dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Caballos Blancos en el Campo Sociedad Anónima. Plazo social: Noventa y nueve años. Domicilio Social: San Isidro de Pérez Zeledón, provincia de San José, cien metros al norte del Hotel Diamante Real. Presidenta: Mónica Blanco Brenes.—San Isidro de Pérez Zeledón, once de enero del año dos mil diez.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2010156926.—(IN2010014794).

Por medio de escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón a las quince horas con quince minutos del día cinco de enero del año dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada La Ventana de Tu Corazón, Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio Social: San Isidro de Pérez Zeledón, provincia de San José, cien metros al norte del Hotel Diamante Real. Presidenta: Mónica Blanco Brenes.—San Isidro de Pérez Zeledón, once de enero del año dos mil diez.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2010156927.—(IN2010014795).

Por medio de escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón a las quince horas con quince minutos del día cinco de enero del año dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Miradas Que Matan Sociedad Anónima. Plazo social: Noventa y nueve años. Domicilio social: San Isidro de Pérez Zeledón, provincia de San José, cien metros al norte del Hotel Diamante Real. Presidenta: Mónica Blanco Brenes.—San Isidro de Pérez Zeledón, once de enero del año dos mil diez.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2010156928.—(IN2010014796).

Por medio de escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón a las quince horas con quince minutos del día cinco de enero del año dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Lluvia de Sol Sociedad Anónima. Plazo social: Noventa y nueve años. Domicilio social: San Isidro de Pérez Zeledón, provincia de San José, cien metros al norte del Hotel Diamante Real. Presidenta: Mónica Blanco Brenes.—San Isidro de Pérez Zeledón, once de enero del año dos mil diez.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2010156929.—(IN2010014797).

Por medio de escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón a las quince horas con quince minutos del día cinco de enero del año dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada La Llave de Tu Corazón Sociedad Anónima. Plazo social: Noventa y nueve años. Domicilio Social: San Isidro de Pérez Zeledón, Provincia de San José, cien metros al norte del Hotel Diamante Real. Presidenta: Mónica Blanco Brenes.—San Isidro de Pérez Zeledón, once de enero del año dos mil diez.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2010156930.—(IN2010014798).

Por escritura otorgada ante mi notaría, el día quince de febrero de dos mil diez, se constituyó la sociedad Michael El Rey R.R Sociedad Anónima, con un capital social de un diez mil de colones y un plazo social de noventa y nueve años.—San José, diecisiete de febrero de dos mil diez.—Lic. Ihara González Medina, Notaria.—1 vez.—RP2010156933.—(IN2010014799).

Por escritura número trescientos treinta y nueve, se constituye la sociedad denominada Proyectos e Inversiones Tecnológicas Prointec Sociedad Anónima. Presidente: Johnny Alberto Richmond Navarro.—San José, diecisiete de febrero del dos mil diez.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—RP2010156934.—(IN2010014800).

El suscrito notario, hace constar que por escritura número diecisiete, otorgada a las ocho horas, de fecha quince de febrero del presente año, del tercer tomo de mi protocolo, se procedió a modificar el nombramiento de la junta directiva y fiscal de Asociación Cámara Costarricense de Empresas de Factoreo, cédula jurídica número tres-cero cero dos-uno nueve seis seis ocho dos.—San José, quince de febrero de dos mil diez.—Lic. Eduardo Mestayer Cedeño, Notario.—1 vez.—RP2010156935.—(IN2010014801).

Ante esta notaría a las 15:00 horas del 13 de febrero del 2010, se constituyó la sociedad anónima denominada Transportes Roles SRL, con un capital social de 1.000.000,00 colones, por un plazo de noventa y nueve años, cuyo gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Leonardo Alvarez Molina, mediante la escritura número 311-16 del tomo 16 de mi protocolo.—Cartago, 15 de febrero del 2010.—Lic. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—RP2010156936.—(IN2010014802).

Mediante escritura pública número ciento sesenta y cinco, otorgada por el notario Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, a las ocho horas del once de febrero del dos mil diez, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social de la nueva empresa se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número: treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es Rodrigo Morales Salas. Capital suscrito y pago en su totalidad.—Grecia, quince de febrero del dos mil diez.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—RP2010156938.—(IN2010014803).

Mediante acta constitutiva de las trece horas del catorce de febrero del año dos mil diez, se constituyó la asociación denominada Asociación Residencial Tierra Verde C. R. Presidenta: Carolina Rodríguez Benavides. Por el notario público José Antonio Arguedas Maklouf.—San José, 16 de febrero del 2010.—Lic. José Antonio Arguedas Maklouf, Notario.—1 vez.—RP2010156940.—(IN2010014804).

Ante mí, Grace Marie Robinson Arias, notaria pública de Siquirres, provincia de Limón, se constituyó Taller de Torno J.J. Industrial Sociedad Anónima, nombramientos: Presidente: Juan Rafael Aguilar Cantillo, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: Diez mil colones. Domicilio social: Provincia de Limón, cantón tercero Siquirres, distrito primero Siquirres, Escuela Justo Antonio Facio, cincuenta metros al sur.—16 de diciembre del 2009.—Lic. Grace Marie Robinson Arias, Notaria.—1 vez.—RP2010156943.—(IN2010014805).

A las diez horas del día dieciséis de febrero del dos mil diez, los señores socios: Óscar Arnoldo Solís Vásquez y Yenis Milagro Velásquez, constituyeron la sociedad anónima denominada El Sauce y La Palma Sociedad Anónima, ante la notaria Jacqueline Gamboa Valverde. Siendo que la representación judicial la ejercerá el presidente de la compañía en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, quince horas del día dieciséis de febrero del dos mil diez.—Lic. Jacqueline Gamboa Valverde, Notaria.—1 vez.—RP2010156944.—(IN2010014806).

Por escritura otorgada ante los notarios Giancarlo Luconi Coen y Rolando Laclé Castro, a las once horas del once de febrero del año dos mil diez, se constituye la sociedad Miracoba Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Representación: Presidente y secretario. Plazo noventa y nueve años.—San José, once de febrero del dos mil diez.—Lic. Rolando Laclé Castro, Notario.—1 vez.—RP2010156945.—(IN2010014807).

Él suscrito notario hace constar que por escritura otorgada a las nueve horas del día dieciséis de febrero del año dos mil diez, en Puntarenas, ante mí, se constituyó la sociedad con domicilio en Puntarenas, denominada Jaco Surf Club Limitada. Plazo: noventa y nueve años a partir del día dieciséis de febrero del año dos mil diez. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Harold Mauricio Umaña Calvo.—Miércoles diecisiete de febrero, ocho horas del año dos mil diez.—Lic. Álvaro Masís Montero, Notario.—1 vez.—RP2010156946.—(IN2010014808).

Por escritura número ciento ochenta y seis-cinco otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día doce de febrero del dos mil diez, la Sociedad Silver Patron Sociedad Anónima, reforma cláusula segunda del domicilio, siendo que se establece su nuevo domicilio en San José, cantón San José, distrito La Merced, Paseo Colón, Edificio Centro Colón, último piso, en las oficinas del Bufete Robles Oreamuno & Asociados. Se modifica cláusula sexta de la administración. Se nombra nuevo presidente y secretario. Representación legal: Presidente y secretario.—San José, 12 de febrero del 2010.—Lic. Raquel Quirós Mora, Notaria.—1 vez.—RP2010156947.—(IN2010014809).

Por instrumento público otorgado hoy ante mí a las 9 horas, protocolicé parcialmente un acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Importadora Trodon S. A., en la cual se acordó: (i) reformar las cláusulas II y VII del pacto social; (ii) revocar el nombramiento de la junta directiva y del fiscal, y (iii) designar sus sustitutos.—San José, 17 de febrero del 2010.—Lic. Randall Barquero León, Notario.—1 vez.—RP2010156948.—(IN2010014810).

El día de hoy ante esta notaría se constituyó sociedad anónima utilizando únicamente como su nombre el número de cédula jurídica, representada por Shirley Mejía Varela, con un capital social de veinticinco mil colones, domiciliada en Lotes Murillo, Alajuela.—Guácimo, 13 de setiembre del 2009.—Lic. Gustavo Armando Edwards Valerín, Notario.—1 vez.—RP2010156953.—(IN2010014811).

Por escritura de las 8:00 horas del 15 de febrero del 2010, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Macrilago Cinco E S. A. Se reforman cláusulas primera, segunda, quinta y sétima. Se nombra junta directiva y fiscal. Presidente: Fabio Alberto Sancho Guzmán.—Lic. Magally Herrera Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2010156954.—(IN2010014812).

Por escritura de las 10:00 horas del 15 de febrero del 2010, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Instituto de Capacitación Técnica Incate S. A. Se reforma cláusula sétima. Se nombra presidenta y secretaria. Presidenta: Marcela Monge Corrales.—San José, 16 de febrero del 2010.—Lic. Jorge Luis Jiménez Monge, Notario.—1 vez.—RP2010156955.—(IN2010014813).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas, se nombra nueva junta directiva y fiscal de la sociedad Propiedades Calicaba S. A. Se modifica cláusula segunda del nombre social a Comercializadora Estra Gon de Oriente S. A. Domicilio social Cartago.—Cartago, 5 de febrero del 2010.—Lic Otto Francisco Patiño Chacón, Notario.—1 vez.—RP2010156957.—(IN2010014814).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas, se constituye la fundación Pro Ayuda para Vivienda a Personas con Discapacidad Adulto Mayor, Madres Solteras y de Bajos Recursos. Se nombra junta administrativa. Patrimonio de la fundación cinco mil colones. Domicilio: Cartago.—Cartago, 8 de febrero del 2010.—Lic Otto Francisco Patiño Chacón, Notario.—1 vez.—RP2010156958.—(IN2010014815).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas, se constituye la sociedad Inversiones Meycar J. M. S. A. Se nombra junta directiva y fiscal. Capital social: Diez mil colones. Domicilio: Cartago.—Cartago, 8 de febrero del 2010.—Lic Otto Francisco Patiño Chacón, Notario.—1 vez.—RP2010156959.—(IN2010014816).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 11 horas del 10 de febrero del 2010, protocolizo acta de Bajo Caliente Maravilloso Sociedad Anónima, domiciliada en San Isidro de Montes de Oro de Puntarenas, mediante la cual se reforma la cláusula tercera, siendo su objeto la importación, exportación y reexportación de bienes, la compra, venta y engorde de ganado, el comercio en general, y la industria en general, podrá constituir fideicomisos y ser parte de este tipo de contratos.—Lic. Ladislao Wilber Calderón Pérez, Notario.—1 vez.—RP2010156963.—(IN2010014817).

Se constituye Corporación Hermanos Villalobos Fonseca Sociedad Anónima. Presidente: Juan Villalobos Fonseca, mayor, cédula número seis-uno uno ocho-seis dos ocho, a las dieciocho horas treinta minutos del veintitrés de setiembre del año dos mil nueve.—Lic. Camilo Cedeño Castro, Notario.—1 vez.—RP2010156964.—(IN2010014818).

Se constituye L&R Of The Seas Sociedad Anónima. Presidenta: Carmen Adita Duarte Hidalgo, con cédula de identidad número uno-trescientos treinta y dos-ciento cincuenta y uno, a las diecinueve horas del veintinueve de enero del año dos mil diez.—Lic. Camilo Cedeño Castro, Notario.—1 vez.—RP2010156965.—(IN2010014819).

NOTIFICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

DEPARTAMENTO DISCIPLINARIO LEGAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Auto de apertura de causa administrativa disciplinaria. Expediente N° 897-IP-2009. Departamento Disciplinario Legal, Sección Inspección Policial.—San José, a las diez horas cuarenta minutos del día nueve de febrero del dos mil diez, de conformidad el Decreto Ejecutivo Nº 28856-SP, publicado en La Gaceta N° 163 del día 25 de agosto del 2000 y los artículos 211, 214, 308 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, 55 inciso d) y 57 de Ley General de Policía; se procede a iniciar Procedimiento Ordinario Administrativo Disciplinario, contra: Alexis González Cruz, cédula de identidad número 6-327-723, funcionario de este Ministerio, cuya última ubicación fue en la Policía de Proximidad de Golfito, a quien resultó materialmente imposible notificar personalmente por ignorarse su domicilio actual, tal y como consta a folios 34, 36 y 37 de las presentes actuaciones, por lo que de conformidad con los artículos 241 de la Ley General de la Administración Pública siguientes y concordantes, se procede a publicar por edicto el presente Auto de Apertura, a efecto de determinar su participación y responsabilidad disciplinaria y de otra índole que se le pueda atribuir por la siguiente falta: “Ausencias laborales a partir del 19 de julio del 2009”. Lo cual, en caso de comprobarse, podría generar el despido por causa justificada y la correspondiente compulsión al pago del salario equivalente a las jornadas no laboradas. Para los anteriores efectos, recábese la prueba pertinente a fin de esclarecer la verdad real de los hechos, haciéndole saber al referido encartado que este Órgano Director ha ordenado realizar una audiencia oral y privada, a celebrarse en el Departamento Disciplinario Legal, Sección de Inspección Policial del Ministerio de Seguridad Pública, ubicado en el tercer piso del módulo Valverde Vega, barrio Córdoba frente al colegio Castro Madriz de esta capital, a los quince días contados a partir de la tercera publicación del presente acto, donde será atendido por la instructora Alejandra Morales Peña, funcionaria responsable de llevar a cabo el presente procedimiento disciplinario con observancia de los principios del debido proceso y correlativo derecho de defensa. La documentación y pruebas habidas en el referido expediente número 897-IP-09, puede ser consultada y fotocopiada en esta Sección, en días y horas hábiles, la cual hasta el momento consiste en: Documental: 1) oficio número 1154-07-09-DPG, de fecha 22 de julio del 2009, suscrito por el Subintendente Armando Núñez Ureña, Jefe a. i. de la Delegación Policial de Golfito, visible de folio 01 al 03, 2) fotocopias certificadas del rol de servicio de la Delegación Policial de Golfito de los días 19, 20, 21, 22, visibles del folio 05 al 22, 3) fotocopias certificadas de los folios 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94 95 del Libro de Control de Entradas y Salidas del Personal Policial de Golfito, 4) oficio de fecha 20 de julio del 2009, suscrito por el Subintendente Armando Núñez Ureña, visible a folio 32, 5) oficio N° 1625-10-09-D. C. G, de fecha 26 de octubre del 2009, suscrito por la agente notificadora Sandra Callejas Gutiérrez, Delegación Policial de Golfito, visible a folio 34, 6) oficio N° ORARBS-1779-2009, de fecha 27 de noviembre del 2009, suscrito por el Lic. Edwin Valverde Retana, Oficial Administrativo RBS, visible a folio 36. Testimonial: ninguna. El inculpado deberá comparecer personalmente y no por medio de representante o apoderado, aunque puede hacerse asesorar y acompañar de un abogado durante todo el proceso. En tal sentido se le hace saber al aludido inculpado que dicha comparecencia será el momento procesal oportuno para ofrecer y recibir toda la prueba de descargo y los alegatos pertinentes, por lo que la prueba que estime necesaria en defensa de su interés puede hacerla llegar a este despacho antes o al momento de la comparecencia si lo hace antes, deberá hacerla llegar por escrito, indicando, en caso de ofrecer prueba testimonial de descargo, a que hechos se referirá cada uno de los testigos, lo anterior según lo estipulado en el artículo 312 incisos 2 y 3 de la Ley General de la Administración Pública y los numerales 354 y 365 del Código Procesal Civil, remisión permitida por el artículo 229 de la misma Ley General de Administración Pública. Asimismo se le advierte que de conformidad con la misma ley, artículos 344, 345, siguientes y concordantes contra el presente Auto de Apertura proceden los recursos ordinarios de Revocatoria y Apelación en Subsidio que la ley prevé. El primero ante el mismo órgano que dictó la resolución y el segundo ante el superior jerárquico y en el plazo improrrogable de 24 horas después de la notificación. Se le advierte igualmente que debe señalar, fax o cualquier otra forma que permitan la seguridad del acto de comunicación, donde atender futuras notificaciones, apercibido de que si no lo hiciere, quedará notificado de las resoluciones posteriores con solo el transcurso de 24 horas después de dictadas, se producirá igual consecuencia, si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuese impreciso, incierto o ya no existiere (artículos 6 y 12 de la Ley de Notificaciones y Citaciones). Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada y fotocopiada en este Despacho en días y horas hábiles a costa del interesado, advirtiéndosele que, por la naturaleza de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 Constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido solo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para este Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Todo de conformidad con el artículo 312 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Lic. Gustavo Salazar Madrigal, Jefe a. i, Departamento Disciplinario Legal.—Lic. Olman Rivas López, Jefe a. i. Sección Inspección Policial.—(OC Nº 8388).—(Solicitud Nº 24471).—C-193820.—(IN2010014493).

Auto de apertura de causa administrativa disciplinaria. Expediente N° 1355-IP-2009. Departamento Disciplinario Legal, Sección Inspección Policial.—San José, a las diez horas cinco minutos del día nueve de febrero del dos mil diez, de conformidad el Decreto Ejecutivo Nº 28856-SP, publicado en La Gaceta N° 163-del día 25 de agosto del 2000 y los artículos 211, 214, 308 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, 55 inciso d) y 57 de Ley General de Policía; se procede a iniciar Procedimiento Ordinario Administrativo Disciplinario, contra: Iván Silva Arana, cédula de identidad número 7-182-428, funcionario de este Ministerio, cuya última ubicación fue en la Policía de Proximidad de Heredia, a quien resultó materialmente imposible notificar personalmente por ignorarse su domicilio actual, tal y como consta a folio 37 de las presentes actuaciones, por lo que de conformidad con los artículos 241 de la Ley General de la Administración Pública siguientes y concordantes, se procede a publicar por edicto el presente Auto de Apertura, a efecto de determinar su participación y responsabilidad disciplinaria y de otra índole que se le pueda atribuir por la siguiente falta: “Ausencias laborales a partir del 14 de noviembre del 2009”. Lo cual, en caso de comprobarse, podría generar el despido por causa justificada y la correspondiente compulsión al pago del salario equivalente a las jornadas no laboradas. Para los anteriores efectos, recábese la prueba pertinente a fin de esclarecer la verdad real de los hechos, haciéndole saber al referido encartado que este Órgano Director ha ordenado realizar una audiencia oral y privada, a celebrarse en el departamento Disciplinario Legal, Sección de Inspección Policial del Ministerio de Seguridad Pública, ubicado en el tercer piso del módulo Valverde Vega, barrio Córdoba frente al colegio Castro Madriz de esta capital, a los quince días contados a partir de la tercera publicación del presente acto, donde será atendido por la instructora Alejandra Morales Peña, funcionaria responsable de llevar a cabo el presente procedimiento disciplinario con observancia de los principios del debido proceso y correlativo derecho de defensa. La documentación y pruebas habidas en el referido expediente número 1355-IP-09, puede ser consultada y fotocopiada en esta Sección, en días y horas hábiles, la cual hasta el momento consiste en: Documental: 1) oficio número DPH-1777-09, de fecha 01 de diciembre del 2009, suscrito por el Subintendente Jimmy Araya Arrieta, visible a folios 01 y 02, 2) documento suscrito por Alejandro Leiva García, Supervisor del Segundo Pelotón, Policía de Proximidad de Heredia, visible a folio 03, 3) Reportes de ausencias de fechas 02, 14, 15, 16, 17, 20, 21, 23, 26, 27, 28, 29 y 30 de noviembre del 2009, visibles de folio 04 al 17, 04) fotocopia certificada de los roles de servicios del segundo pelotón de la Policía de Proximidad de Heredia, de fechas 14, 15, 16, 17, 20, 21, 22, 23, 26, 27 , 28 y 29 de noviembre del 2009, visible del folio 18 al 32, 05) oficio N° DPH-1879-09, de fecha 15 de diciembre del 2009, suscrito por el Subintendente Jimmy Araya Arrieta, visible a folio 33, 06) oficio N° DPH-095-2010, de fecha 13 de enero del 2010, suscrito por el Subintendente Jimmy Araya Arrieta, visible a folio 37. Testimonial: ninguna. El inculpado deberá comparecer personalmente y no por medio de representante o apoderado, aunque puede hacerse asesorar y acompañar de un abogado durante todo el proceso. En tal sentido se le hace saber al aludido inculpado que dicha comparecencia será el momento procesal oportuno para ofrecer y recibir toda la prueba de descargo y los alegatos pertinentes, por lo que la prueba que estime necesaria en defensa de su interés puede hacerla llegar a este despacho antes o al momento de la comparecencia si lo hace antes, deberá hacerla llegar por escrito, indicando, en caso de ofrecer prueba testimonial de descargo, a que hechos se referirá cada uno de los testigos, lo anterior según lo estipulado en el artículo 312 incisos 2 y 3 de la Ley General de la Administración Pública y los numerales 354 y 365 del Código Procesal Civil, remisión permitida por el artículo 229 de la misma Ley General de Administración Pública. Asimismo se le advierte que de conformidad con la misma ley, artículos 344, 345, siguientes y concordantes contra el presente Auto de Apertura proceden los recursos ordinarios de Revocatoria y Apelación en Subsidio que la ley prevé. El primero ante el mismo órgano que dictó la resolución y el segundo ante el superior jerárquico y en el plazo improrrogable de 24 horas después de la notificación. Se le advierte igualmente que debe señalar, fax o cualquier otra forma que permitan la seguridad del acto de comunicación, donde atender futuras notificaciones, apercibido de que si no lo hiciere, quedara notificado de las resoluciones posteriores con solo el transcurso de 24 horas después de dictadas, se producirá igual consecuencia, si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuese impreciso, incierto o ya no existiere (artículos 6 y 12 de la Ley de Notificaciones y Citaciones). Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada y fotocopiada en este Despacho en días y horas hábiles a costa del interesado, advirtiéndosele que, por la naturaleza de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 Constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido solo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para este Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Todo de conformidad con el artículo 312 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Lic. Gustavo Salazar Madrigal, Jefe a. i, Departamento Disciplinario Legal.—Lic. Olman Rivas López, Jefe a. i. Sección Inspección Policial.—(OC Nº 8388).—(Solicitud Nº 24471).—C-193820.—(IN2010014495).

Auto de apertura de causa administrativa disciplinaria. Expediente N° 1363-IP-2009. Departamento Disciplinario Legal, Sección Inspección Policial.—San José, a las once horas del día nueve de febrero del dos mil diez, de conformidad el Decreto Ejecutivo Nº 28856-SP, publicado en la Gaceta N° 163 del día 25 de agosto del 2000 y los artículos 211, 214, 308 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, 55 inciso d) y 57 de Ley General de Policía; se procede a iniciar Procedimiento Ordinario Administrativo Disciplinario, contra: Godwin Webster Sánchez, cédula de identidad número 1-1169-291, funcionario de este Ministerio, cuya última ubicación fue en la Delegación Central Merced, a quien resultó materialmente imposible notificar personalmente por ignorarse su domicilio actual, tal y como consta a folio 60 de las presentes actuaciones, por lo que de conformidad con los artículos 241 de la Ley General de la Administración Pública siguientes y concordantes, se procede a publicar por edicto el presente Auto de Apertura, a efecto de determinar su participación y responsabilidad disciplinaria y de otra índole que se le pueda atribuir por la siguiente falta: “1. Ausencias laborales los días 05, 06, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 25, 26, 27, 28, 29 30 y 31 de diciembre todos del 2009 y 01, 02 de enero del 2010, en la delegación policial La Merced donde se encontraba realizando la practica supervisada, 2. Ausencias laborales a partir del día 04 de enero del 2010, al curso Básico Policial 47 en la Escuela Nacional de Policía”. Lo cual, en caso de comprobarse, podría generar el despido por causa justificada y la correspondiente compulsión al pago del salario equivalente a las jornadas no laboradas. Para los anteriores efectos, recábese la prueba pertinente a fin de esclarecer la verdad real de los hechos, haciéndole saber a la referido encartado que este Órgano Director ha ordenado realizar una audiencia oral y privada, a celebrarse en el departamento Disciplinario Legal, Sección de Inspección Policial del Ministerio de Seguridad Pública, ubicado en el tercer piso del módulo Valverde Vega, barrio Córdoba frente al colegio Castro Madriz de esta capital, a los quince días contados a partir de la tercera publicación del presente acto, donde será atendido por la instructora Alejandra Morales Peña, funcionaria responsable de llevar a cabo el presente procedimiento disciplinario con observancia de los principios del debido proceso y correlativo derecho de defensa. La documentación y pruebas habidas en el referido expediente número 1363-IP-09, puede ser consultada y fotocopiada en esta Sección, en días y horas hábiles, la cual hasta el momento consiste en: Documental: 1) oficio Número DC2- 238-09, de fecha 10 de diciembre del 2009, suscrito por el Capitán Edward Monestel Navarro, Jefe de Puesto de la Delegación Merced, visible a folio 01, 2) boletas de ausencias de fechas 05 y 06 de diciembre del 2009, visibles a folios 02 y 03, 3) roles de servicio de la Delegación Policial de la Merced de fechas 05 y 06 de diciembre del 2009, visible a folios del 04 al 07, 4) oficio N° DC2-266-09, de fecha 16 de diciembre del 2009, suscrito por el Capitán Edward Monestel Navarro, visible a folio 08, 5) boleta de ausencia de fecha 14,15 y 16 de diciembre del 2009, visible a folio 09, 12 y 16, 6) roles de servicio de fechas 16, 15 y 14 de diciembre del 2009 visible a folios 10, 11, 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19, 7) oficio N° DC2-06-10, de fecha 02 de enero del 2010, suscrito por el Capitán Edward Monestel Navarro, visible a folio 21, 8) boletas de ausencias de fechas 17, 18, 19, 25, 26, 27, 28, 29 , 30 y 31 de diciembre del 2009 y 01 y 02 de enero del 2010, visibles del folio 22 al 33, 9) roles de servicio de la Delegación Policial La Merced, de fechas 17, 18, 19, 25, 26, 27, 28, 29, 30 y 31 de diciembre del 2009, y 01 y 02 de enero del 2010, visibles de folio 34 al 48, 10) oficio N° 0266-2010 DRH-DRC-SR-AI, de fecha 13 de enero del 2010, suscrito por la lic. Marilyn Quesada Portuguez, Encargada Sección de Remuneraciones, visible a folio 50, 10) fotocopia del documento de fecha 18 de diciembre del 2009, suscrito por la señora Magda Aponte Calero, Instructora Grupo 1 Básico, visible a folio 51. 11) fotocopia del documento de fecha 06 de enero del 2010, suscrito por la señora Magda Aponte Calero, Instructora Grupo 1 Básico, visible a folio 52, 12) fotocopia del oficio N° 99-2010-DA, de fecha 22 de enero del 2010, suscrito por la licenciada Gabriela Arce Navarro, Departamento Académico, Escuela Nacional de Policía, visible a folio 54, 13) fotocopia del oficio N° 0004-2010-SE-ENP, de fecha 22 de enero del 2010, suscrita por la lic. Denia Ma. Fernández Morales, Secretaria Estudiantil, visible a folio 57. Testimonial: ninguna. El inculpado deberá comparecer personalmente y no por medio de representante o apoderado, aunque puede hacerse asesorar y acompañar de un abogado durante todo el proceso. En tal sentido se le hace saber al aludido inculpado que dicha comparecencia será el momento procesal oportuno para ofrecer y recibir toda la prueba de descargo y los alegatos pertinentes, por lo que la prueba que estime necesaria en defensa de su interés puede hacerla llegar a este despacho antes o al momento de la comparecencia si lo hace antes, deberá hacerla llegar por escrito, indicando, en caso de ofrecer prueba testimonial de descargo, a que hechos se referirá cada uno de los testigos, lo anterior según lo estipulado en el artículo 312 incisos 2 y 3 de la Ley General de la Administración Pública y los numerales 354 y 365 del Código Procesal Civil, remisión permitida por el artículo 229 de la misma Ley General de Administración Pública. Asimismo se le advierte que de conformidad con la misma ley, artículos 344, 345, siguientes y concordantes contra el presente Auto de Apertura proceden los recursos ordinarios de Revocatoria y Apelación en Subsidio que la ley prevé. El primero ante el mismo órgano que dictó la resolución y el segundo ante el superior jerárquico y en el plazo improrrogable de 24 horas después de la notificación. Se le advierte igualmente que debe señalar, fax o cualquier otra forma que permitan la seguridad del acto de comunicación, donde atender futuras notificaciones, apercibido de que si no lo hiciere, quedara notificado de las resoluciones posteriores con solo el transcurso de 24 horas después de dictadas, se producirá igual consecuencia, si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuese impreciso, incierto o ya no existiere (artículos 6 y 12 de la Ley de Notificaciones y Citaciones). Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada y fotocopiada en este Despacho en días y horas hábiles a costa del interesado, advirtiéndosele que, por la naturaleza de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 Constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido solo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para este Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Todo de conformidad con el artículo 312 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Lic. Gustavo Salazar Madrigal, Jefe a. i, Departamento Disciplinario Legal.—Lic. Olman Rivas López, Jefe a. i. Sección Inspección Policial.—(OC Nº 8388).—(Solicitud Nº 24471).—C-239720.—(IN2010014496).

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE

El Departamento de Zona Marítima Terrestre de la Municipalidad de Nandayure, por este medio le aclara que para efectos del trámite de concesión, que se realiza a nombre del Hogar de Ancianos Sagrado Corazón de Jesús de Nandayure, cédula jurídica 3-002-096697 se indica como correcto el número de la parcela es 86-A-B, y no como fue identificada en el edicto del trámite con el número 86-A, parcela ubicada en playa Coyote, Bejuco, Nandayure.—Adán Venegas Chaves, Inspector de Zona Marítimo Terrestre.—1 vez.—(IN2010017127).