LA GACETA Nº 57 DEL 23 DE MARZO DEL 2010

PODER LEGISLATIVO   1

ACUERDOS  1

PODER EJECUTIVO   2

DECRETOS  2

Nº 35827-MAG   2

Nº 35834-MEIC   3

ACUERDOS  4

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA   4

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA   4

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO   5

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA   5

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA   11

MINISTERIO DE JUSTICIA Y GRACIA   12

RESOLUCIONES  12

MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA   12

DOCUMENTOS VARIOS  13

EDUCACIÓN PÚBLICA   13

SALUD   13

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL  14

JUSTICIA Y GRACIA   14

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES  18

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES  18

EDICTOS  18

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA   18

LICITACIONES  18

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL  18

PODER JUDICIAL  18

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL  19

INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL  19

INSTITUTO COSTARRICENSE DE FERROCARRILES  19

ADJUDICACIONES  20

AGRICULTURA Y GANADERÍA   20

SALUD   21

BANCO DE COSTA RICA   21

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS  21

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL  21

MUNICIPALIDADES  21

FE DE ERRATAS  22

BANCO DE COSTA RICA   22

CAJA COSTARRICENSE SEGURO SOCIAL  22

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS  22

REGLAMENTOS  23

AVISOS  23

MUNICIPALIDADES  24

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS  24

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA   24

UNIVERSIDAD NACIONAL  27

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA   28

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA   28

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS  29

JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL  31

MAGISTERIO NACIONAL  31

AVISOS  31

CONVOCATORIAS  31

AVISOS  32

NOTIFICACIONES  45

AVISOS  45

FE DE ERRATAS  46

AVISOS  46

PODER LEGISLATIVO

ACUERDOS

Nº 68-09-10

EL DIRECTORIO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

De conformidad con la disposición adoptada en la sesión Nº 177-2010, celebrada por el Directorio Legislativo el 9 de diciembre del 2009.

SE ACUERDA:

Modificar los artículos 42 y 35, inciso m), del Reglamento Autónomo de Servicio de la Asamblea Legislativa, de la siguiente manera:

“Artículo 42.—Por razón de matrimonio, y cuando sobrevenga el fallecimiento de alguno de sus padres, hijos o cónyuge, el Director Ejecutivo podrá conceder permiso de hasta ocho días naturales con goce de salario.

Cuando se trate del fallecimiento de cualquier otro pariente, por consanguinidad o afinidad, el Director Ejecutivo queda facultado para conceder permiso con goce de sueldo hasta por dos días.

En razón de nacimiento, se podrá conceder permiso de hasta seis días naturales, a aquellos padres de hijos nacidos dentro o fuera del matrimonio. En este caso, sólo se podrá otorgar dicho permiso cuando se trate de hijos reconocidos y en su función paternal.”

“Artículo 35.—Conforme a las disposiciones contenidas en las leyes de trabajo, en sus contratos y en otras disposiciones de este Reglamento, son obligaciones de los servidores (as):

m)   Guardar rigurosamente los secretos y las noticias confidenciales de las cuales tengan conocimiento por razón de trabajo que ejecutan, así como cumplir con el deber de confidencialidad en el artículo 82 del presente Reglamento”.

Publíquese

San José, a los ocho días del mes de marzo del dos mil diez.—Francisco Antonio Pacheco Fernández, Presidente.—Xinia Nicolás Alvarado, Primera Secretaria.—Guyon Holt Massey Mora, Segundo Secretario.—1 vez.—O. P. 20003.—C-42500.—(IN2010023473).

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 35827-MAG

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3), 8), 18) y 20) y 146 de la Constitución Política, los artículos 25, 27.1, 28.2b de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública, la Ley Nº 7384 del 16 de marzo de 1994, Ley de Creación del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura y la Ley Nº 8436 del 1º de marzo del año 2005, Ley de Pesca y Acuicultura.

Considerando:

1º—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 23943-MOPT-MAG de 5 de enero de 1995, publicado en La Gaceta Nº 10 del 13 de enero de 1995 el cual se encuentra vigente, se emitió el “Reglamento regulador del procedimiento para otorgar licencias de pesca a buques extranjeros que deseen ejercer la actividad de pesca en aguas jurisdiccionales costarricenses”, en el cual se definen los montos aplicables que se deben cancelar por las embarcaciones atuneras de bandera extranjera, interesadas en ejercer la actividad de pesca de dicho recurso, en las aguas jurisdiccionales costarricenses.

2º—Que de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable en la materia, varios factores deben tomarse en cuenta por el Estado, para definir los montos o cánones que deben cancelar las embarcaciones atuneras con bandera extranjera, según lo dispuesto en el considerando anterior, uno de los cuales es la definición y mantenimiento de políticas de conservación y preservación del recurso, que en gran medida surgen a través de los acuerdos que se establecen en el seno de las Organizaciones Regionales de Ordenación Pesquera como es el caso de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) de la cual Costa Rica es parte.

3º—Que Costa Rica, para un manejo integral y coherente de las pesquerías de interés nacional, de conformidad con las Obligaciones asumidas al suscribir el Convenio de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y el Acuerdo Sobre La Aplicación de las Disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar relativas a la Conservación y Ordenación de las Poblaciones de Peces Transzonales y las Poblaciones de Peces Altamente Migratorios, en forma concordante con el Código de Conducta para la Pesca Responsable de la FAO, está llamada a participar activamente en las reuniones de evaluación y adopción de políticas y regulaciones, como parte de los procesos multilaterales de gestión, desarrollados por las Organizaciones Regionales de Ordenación Pesquera cuyo territorio de cobertura incluya las aguas jurisdiccionales del país y las demás áreas en las que faena la flota pesquera que ondea pabellón nacional. Dichos procesos de integración advierten la asunción de compromisos de naturaleza financiera, presencial y logística gradual que el país debe asumir con solidez y alto sentido de cumplimiento.

4º—Que en el proceso de participación en las mencionadas organizaciones y procesos de integración, se generan costos importantes que deben ser asumidos por el país en el interés de garantizar la gestión coordinada del recurso hidrobiológico Atún y viabilizar la competitividad de la industria nacional dependiente del recurso atunero, situación esta última que hace meritorio el trasladar estos costos a los diferentes beneficiarios del recurso, en este caso, a los armadores o representantes de los barcos atuneros de bandera extranjera que abastecen a la industria atunera nacional.

5º—Que la Procuraduría General de la República mediante Dictamen C-407-2007, determinó que la responsabilidad de la designación de los Comisionados Oficiales de Costa Rica ante organismos internacionales de ordenación pesquera como la CIAT, así como la regulación y reglamentación de los compromisos asumidos en dichas organizaciones como lo son los compromisos financieros, corresponden al Poder Ejecutivo.

6º—Que mediante oficio de fecha 20 de Julio del 2009, la Cámara Costarricense del Sector Atunero (CATUN), en representación de la industria atunera costarricense, como sector primario comprador de materia prima para la industrialización del atún, comunicó al Poder Ejecutivo su anuencia para la emisión del Decreto Ejecutivo de modificación del artículo 6º y creación del artículo 6 BIS del Decreto Nº 23943, debido a que la participación y permanencia de Costa Rica, en el seno de las Organizaciones Regionales de Ordenación Pesquera Atuneras como la CIAT, se convierte en una situación estratégica de vital importancia.

7º—Que en razón de lo anterior es necesario y oportuno en defensa de los intereses del país, en la conservación y preservación del aprovechamiento sostenible del recurso atunero, modificar el artículo 6 e introducir un nuevo artículo que será el 6 BIS, al Decreto Ejecutivo Nº 23943 y sus reformas. Por tanto,

DECRETAN:

Artículo 1º—Modifíquese el artículo 6º del Decreto Ejecutivo Nº 23943 de 5 de enero de 1995 y sus reformas, para que el mismo se lea de la siguiente manera:

“Artículo 6º—Todo armador o representante de una embarcación atunera de bandera extranjera interesado en obtener una licencia o permiso de pesca, deberá pagar la suma de $54.00 (dólares) por tonelada neta de registro. La licencia o permiso tendrá una vigencia por viaje de pesca, hasta por sesenta días naturales contados desde la fecha de obtención de la licencia o hasta la descarga en cualquier país, de cualquier cantidad del producto obtenido.

El canon por registro anual de los barcos pesqueros, equipados con redes, o los llamados “chinchorreros” será de $10.00 (dólares), por tonelada neta de registro del barco, debiendo adquirirse durante el mes de diciembre para el año inmediatamente posterior.

En el caso de que se solicite durante el mismo año en que se va a utilizar, dicho canon será de $20.00 (dólares), por tonelada neta de registro del barco y su vigencia será, exclusivamente, por el resto del año calendario en que se otorgue.

El producto monetario obtenido por los conceptos indicados, será recaudado y aplicado por el Instituto Costarricense de la Pesca y Acuicultura, conforme lo estipulado en el artículo 51 de la Ley Nº 8436.

Artículo 2º—Adiciónese un artículo que será el artículo 6º BIS al Decreto Ejecutivo Nº 23943 de 5 de enero de 1995 y sus reformas, que se leerá de la siguiente manera:

“Artículo 6 bis: En adición a los cánones definidos anteriormente, los armadores o representantes de las embarcaciones atuneras con red de cerco, al momento de solicitar el otorgamiento de la respectiva licencia de pesca, deberán cancelar la suma de $10.00 (dólares), por tonelada neta de registro del barco, que serán destinados a la creación de un fondo especial con objetivo específico, para la atención de los compromisos asumidos por el país en condición de Parte Contratante, no Parte Cooperante o participante debidamente acreditado según corresponda, ya sea por determinación de Ley o por definición del Ministro de Agricultura y Ganadería, ante las Organizaciones Regionales de Ordenación Pesquera (OROPs) Atuneras, así como para la atención de cualquier otro objetivo afín con el cumplimiento de dichos compromisos y los intereses país en el desarrollo del sector pesquero costarricense. La recaudación la efectuará el Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura simultáneamente con la recaudación de los cánones definidos en el artículo 6 de este Decreto, entidad que deberá mantener administrados los recursos correspondientes a este fondo en una cuenta separada y con destino específico, a la orden del Ministerio de Agricultura y Ganadería a fin de que éste disponga de lo recaudado en los términos del presente Decreto.

Los recursos recaudados se utilizarán prioritariamente para el pago los compromisos financieros asumidos por el país en condición de parte contratante, no parte cooperante o participante, en las Organizaciones Regionales de Ordenación Pesquera Atuneras.

El Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura, en los meses de marzo y setiembre de cada año, procederá al pago de las obligaciones financieras pendientes y exigibles del país en las OROPs atuneras en concepto de cuota país, según detalle que se elaborará de conformidad con los parámetros definidos en las resoluciones vigentes en cada organización y mantendrá de cada desembolso, debidamente informado al Ministerio de Agricultura y Ganadería.

De los recursos que registre el fondo, una vez realizadas las previsiones correspondientes para atender el pago de los compromisos prioritarios definidos, el Ministro de Agricultura y Ganadería, atendiendo el criterio técnico avalado por el Consejo de Expertos en Competitividad de Pesca y Acuicultura establecido según decreto Ejecutivo 35188-MAG, podrá destinar partidas o montos, para sufragar en todo o en parte, el pago de los gastos que genere la gestión logística, técnica o científica de interés nacional desarrollada por el país en aplicación de las resoluciones que se emitan en el seno de las respectivas OROPs atuneras de interés para el país, tendientes a facilitar y atender el seguimiento de las políticas y regulaciones regionales para el aprovechamiento sostenible del recurso atunero, así como los costos correspondientes a todo gasto en que deba incurrirse para la participación en las sesiones de trabajo o plenarias que se convoquen en el marco de la actividad desarrollada por las mencionadas OROPs Atuneras, por medio de los Comisionados que con arreglo a la normativa vigente el Poder Ejecutivo designe, así como para atender el cumplimiento de los objetivos y fines complementarios dispuestos en el presente”.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los quince días del mes de octubre del año dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Agricultura y Ganadería, Javier Flores Galarza.––1 vez.––RP2010162679.––(D35827-IN2010023866).

Nº 35834-MEIC

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

En uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 18) del artículo 140 y el artículo 146 de la Constitución Política del 7 de noviembre de 1949; los artículos 25, 27 inciso 1 y 28 inciso 2.b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, Ley N° 6054 del 14 de junio de 1977 y sus reformas; el Reglamento a la Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, Decreto Ejecutivo Nº 32475 del 18 de mayo del 2005 y sus reformas.

Considerando:

1º—Que el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) y las Unidades funcionales que lo integran, cuentan con un marco legal sustentado en la Ley Nº 6054 de cita, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 119 del 23 de junio de 1977; y, en su Reglamento, Decreto Ejecutivo Nº 32475 supra mencionado, el cual fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 146 del 29 de julio del 2005.

2º—Que las instituciones de Gobierno tienen, entre otras responsabilidades con la sociedad, el deber de ejecutar acciones de comunicación e información, que permitan el establecimiento de vínculos permanentes con los administrados. Lo anterior, por cuanto el accionar institucional, afecta directa e indirectamente a múltiples sectores sociales, los cuales a su vez, dependen del “encadenamiento institucional” de esfuerzos, para efectos de garantizar su interacción con el Estado.

3º—Que conforme a lo anterior, se hace necesario el establecimiento de redes formales e informales, a través de las cuales se pueda sistematizar, dirigir y controlar, los diversos procesos de comunicación, logrando así, cumplir con las necesidades y expectativas de los diversos usuarios. A su vez, este compromiso contempla una labor implícita, en materia de gestión de medios, con el fin de mantener informada de manera permanente y fidedigna a la opinión pública en general, del quehacer institucional y aspectos de interés colectivo.

4º—Que en este sentido, es importante tomar en cuenta que las dependencias que conforman el MEIC, también tienen la obligación de divulgar la información relacionada a su labor, así como también, de generar material informativo, guías, etc. Esto ha dado origen a la necesidad de crear una unidad especializada, para que apoye de forma sustantiva y logística, todo lo relacionado con el uso de las herramientas, canales y redes de comunicación apropiados para efectos de lograr el cumplimiento de los objetivos descritos en cada unidad administrativa del MEIC.

5º—Que mediante oficio DM-015-10, con fecha 14 de enero del 2010, el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica aprueba la creación, dentro de la estructura del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, de la Unidad de Relaciones Públicas y Prensa. Por tanto,

Decretan:

Creación de la Unidad de Relaciones Públicas y Prensa

en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio

y Reformas al Reglamento a la Ley Orgánica del

Ministerio de Economía, Industria y Comercio,

Decreto Ejecutivo Nº 32475

del 18 de mayo del 2005

Artículo 1º—Creación. Créase, en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), la Unidad de Relaciones Públicas y Prensa, adscrita al Despacho Ministerial, que será la encargada de mantener un vínculo sistemático y permanente con las diferentes unidades administrativas de la institución, en procura de velar por el desarrollo de actividades de difusión, por medio de las cuales se pueda lograr la proyección de los avances y resultados de las actividades respectivas, tanto en el ámbito institucional, como el ámbito externo; así como atender y canalizar adecuadamente los requerimientos de información que realicen los diversos medios de prensa.

Artículo 2º—Funciones. Para el logro de los objetivos descritos en el artículo anterior, a la Unidad de Relaciones Públicas y Prensa le corresponde ejecutar las siguientes funciones:

a)  Asesorar a los diferentes despachos de este Ministerio sobre el fondo y la forma de la información difundida por los medios de comunicación colectiva.

b)  Dar a conocer y suministrar material informativo a medios de comunicación e instituciones públicas y privadas, referente a las principales acciones realizadas por el Ministerio, previa autorización del Ministro.

c)  Producir y comunicar material informativo de las actividades institucionales a los funcionarios del Ministerio.

d)  Brindar asesoría protocolaria a las diversas instancias del MEIC.

e)  Documentar información para los jerarcas y demás dependencias, relacionada con el ámbito de competencia de este Ministerio.

f)   Mantener un vínculo sistemático y permanente con las diferentes instancias del MEIC, para efectos de garantizar la adecuada atención de los requerimientos de información y asesoría, por parte de las Direcciones y Unidades respectivas.

g)  Atender y canalizar oportuna y adecuadamente las solicitudes de información y/o requerimientos de los usuarios vinculados a las actividades propias de esta unidad: reporteros, jefes de información, líderes de opinión, así como contrapartes institucionales, tanto en el ámbito nacional, como internacional.

h)  Atender cualquier otra propia de su competencia.

Artículo 3º—Refórmese el artículo 3º del Decreto Ejecutivo Nº 32475 del 18 mayo del 2005 y sus reformas, Reglamento a la Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, publicado en La Gaceta Nº 146 del 29 de julio de 2005, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera:

“Artículo 3º—Organización. El Ministerio de Economía, Industria y Comercio está organizado en las siguientes instancias:

a)     Despacho Ministro(a).

b)     Despacho Viceministro(a).

c)     Dirección Administrativa Financiera.

d)     Dirección de Apoyo al Consumidor.

e)     Dirección de Apoyo a la Competencia.

f)     Dirección General de la Pequeña y Mediana Empresa.

g)     Dirección de Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica.

h)     Dirección de Gestión de Información.

i)      Dirección de Estudios Económicos”.

Artículo 4º—Refórmese el artículo 4 del Decreto Ejecutivo Nº 32475 del 18 mayo del 2005 y sus reformas, Reglamento a la Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, publicado en La Gaceta Nº 146 del 29 de julio de 2005, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera:

“Artículo 4º—Conformación. El Despacho Ministerial está conformado por el Despacho del Ministro(a), el Despacho del Viceministro(a), la Auditoría Interna, la Unidad Asesora de Asuntos Jurídicos, la Unidad Asesora de Planificación, la Unidad de Relaciones Públicas y Prensa, y el Departamento de Defensa Comercial”.

Artículo 5º—Vigencia. Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República, a los diez días del mes de febrero de dos mil diez.

Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Economía, Industria y Comercio, Eduardo Sibaja Arias.—1 vez.—Solicitud Nº 27165.—O. C. Nº 8015.—C-106250.—(D35834-IN2010024023).

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Nº 888-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en el artículo 139, inciso 2) de la Constitución Política, lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2010, Ley Nº 8790 y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Asistir el día 5 de marzo del presente año, a la “Reunión de Jefes de Estado y del Gobierno de Belice, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá y República Dominicana con la Secretaria de Estado, de los Estados Unidos de América Señora Hillary Clinton “, que se llevará a cabo en Ciudad de Guatemala, Guatemala. La salida se efectuará el 5 de marzo del 2010.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en las ciudades visitadas, se le cancelarán del Título 201- Presidencia de la República, Programa 021- Administración Superior, Subpartida 10504-Viáticos al Exterior. En el caso del transporte al Exterior no se cancelarán por cuanto viajará en vuelo privado.

Artículo 3º—Se otorga la suma adelantada de ¢9.754,27 por concepto de viáticos sujetos a liquidación.

Artículo 4º—Rige a partir de las 8:50 horas del 5 de marzo y hasta las 17:45 horas del mismo día.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los cuatro días del mes de marzo del año dos mil diez.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—O.C. Nº 8217.—Solicitud Nº 029-2010.—C-24670.—(IN2010022708).

Nº 895-P.—San José, 4 de marzo del 2010

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

De conformidad con lo que establece el artículo 139 de la Constitución Política y el artículo 47 inciso 3 de la Ley General de la Administración Pública y el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República,

Considerando:

1º—Que por Acuerdo Ejecutivo Nº 883-P, del 09 de febrero de 2010, se designó como Ministra a. í. del Ministerio de Comercio Exterior, a la señora Amparo Pacheco Oreamuno, en ausencia del titular de esa Cartera, de las 08:44 horas del 07 de marzo y hasta las 18:55 horas del 12 de marzo del presente año.

2º—Que el señor Ministro de Comercio Exterior, no efectuó el viaje al exterior que justificó la designación de la Ministra a. í. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Dejar sin efecto el Acuerdo Ejecutivo Nº 883-P, del 09 de febrero de 2010.

Artículo 2º—Rige a partir de las 08:44 horas del 07 de marzo y hasta las 18:55 horas del 12 de marzo de 2010.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, 04 de marzo de 2010.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—Solicitud Nº 23254.—O. C. Nº 108442.—C-21270.—(IN2010024025).

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

Nº 753-PE

EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política; lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2010, Ley N° 8790, los artículos 4 inciso b) y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y el artículo 28 inciso 1) de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Gabriela Jiménez Cruz, portadora de la cédula de identidad 1-798-462, Directora de Protocolo y Asesora Presidencial en Asuntos Internacionales, para que viaje a Guatemala el 5 de marzo del presente año, acompañando en la Comitiva de Viaje al Señor Presidente de la República en su visita a dicho país, con motivo de asistir a la “Reunión de Jefes de Estado y Gobierno de Belice, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá y República Dominicana, con la Secretaria de Estado, de los Estados Unidos de América; Hillary Clinton”.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en las ciudades visitadas se le cancelarán del Título 201- Presidencia de la República, Programa 021- Administración Superior, Subpartida 10504- Viáticos al Exterior. En el caso del transporte al Exterior no se cancelarán por cuanto viajará en vuelo privado.

Artículo 3º—Se le otorga la suma adelantada de ¢20.284,45 por concepto de viáticos sujetos a liquidación.

Artículo 4º—Rige para el día 05 de marzo del 2010.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los cuatro días del mes de marzo del año dos mil diez.

Rodrigo Arias Sánchez, Ministro de la Presidencia.—1 vez.—O.C. Nº 8217.—Solicitud Nº 030-2010.—C-26370.—(IN2010022706).

Nº 754-PE

EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en el artículo 27 párrafo 1) de la Ley General de la Administración Pública, lo dispuesto en la Ley N° 8790 del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico del 2010, los artículos 4 inciso b) y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor José Rafael Torres Castro, portador de la cédula de identidad 5-212-380, Viceministro de la Presidencia en Asuntos de Seguridad, para que viaje a El Salvador del 9 al 10 de marzo del 2010, y participe en el encuentro de Alto Nivel dentro del Marco de la “Reunión del III Diálogo de Centroamérica, México”, a celebrarse en San Salvador.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos, transporte, impuestos servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en la ciudad visitada se le cancelarán del Título 202- Ministerio de la Presidencia, Programa 034- Administración Superior, Subpartida 10503- Transporte al Exterior y 10504-Viáticos al Exterior.

Artículo 3º—Se le otorga la suma adelantada de ¢126.894,21 por concepto de viáticos sujetos a liquidación.

Artículo 4º—Rige a partir del 9 de marzo y hasta el 10 de marzo del 2010.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los ocho días del mes de marzo del año dos mil diez.

Rodrigo Arias Sánchez, Ministro de la Presidencia.—1 vez.—O.C. Nº 8943.—Solicitud Nº 034-2010.—C-22970.—(IN2010022707).

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Nº 001-2010-DGP.—San José, 12 de enero del 2010

Vistas las Cartas Credenciales, por medio de las cuales se acredita al Excelentísimo Señor Li Changhua, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Popular China, ante el Gobierno de la República de Costa Rica,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

ACUERDAN:

Tener por presentados dichos documentos el día 12 de enero del 2010, a las dieciséis horas, y reconocer al Excelentísimo Señor Li Changhua, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Popular China, ante el Gobierno de la República de Costa Rica, ordenando se le guarden las cortesías y prerrogativas a que tiene derecho.

Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—Res. 8198.—Solicitud Nº 43230.—C-17850.—(IN2010023121).

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Nº 279-2009 MSP

LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículo 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:

I.—Que por Acuerdo de Viaje Nº 247-2009 MSP, del 27 de mayo del 2009, se autorizó a los señores Roberto Cortés Herrera, cédula Nº 1-952-089, y el señor Francisco Allon Herrera, cédula Nº 9-060-338, funcionarios del Servicio de Vigilancia Aérea, para asistir a la actividad denominada “Conferencia Regional para el Control de Tráfico Ilegal de Estupefacientes por Vías Aéreas y Marítimas”, a realizarse en Miami, Florida, Estados Unidos, del 11 al 19 de julio del 2009 (incluye salida y regreso de los funcionarios). Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Modificar el artículo 1º para que se lea de la siguiente manera: Autorizar a los señores Raúl Guevara Navarro, cédula de identidad Nº 1-0950-0475, y el señor Francisco Allon Herrera, cédula de identidad Nº 9-060-338, funcionarios del Servicio de Vigilancia Aérea, para asistir a la actividad denominada “Conferencia Regional para el Control de Tráfico Ilegal de Estupefacientes por Vías Aéreas y Marítimas”, a realizarse en Miami, Florida, Estados Unidos, del 11 al 19 de julio del 2009 (incluye salida y regreso de los funcionarios).

Artículo 2º—El Comando Sur de los Estados Unidos costeará todos los gastos por concepto de transporte, alojamiento y alimentación de los participantes.

Artículo 3º—Que durante los días del 11 al 19 de julio del 2009, en que se autoriza la participación de los funcionarios en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 11 al 19 de julio del 2009.

Dado en el Despacho de la Ministra de Seguridad Pública, a los dos días del mes de julio del dos mil nueve.

Janina Del Vecchio Ugalde, Ministra de Gobernación, Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. 9276.—Solicitud Nº 24485.—C-28920.—(IN2010022577).

Nº 285-2009 MSP

LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículo 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:

1º—Que se ha recibido cordial invitación para que varios funcionarios de este Ministerio asistan a la actividad denominada “Curso Desarrollo de Capacidades para la Aviación Conjunta” a realizarse en Hulburt Fiel, Estados Unidos de América, del 17 de julio al 01 de agosto del 2009 (incluye salida y regreso de los participantes).

2º—Que el objetivo de la actividad es capacitar a funcionarios del Servicio de Vigilancia Aérea para fortalecer las capacidades de los funcionaros en materia de seguridad.

3º—Que dado el objetivo de la actividad, es de interés para este Ministerio contar con varios funcionarios en dicho evento. Por tanto,

ACUERDA

Artículo 1º—Autorizar a los señores Alexánder Romero Salazar, cédula 01-0844-0150, y Roberto Cortés Herrera, cédula 01-0952-0089, funcionarios del Servicio de Vigilancia Aérea de este Ministerio, para asistir a la actividad denominada “Curso Desarrollo de Capacidades para la Aviación Conjunta” a realizarse en Hulburt Fiel, Estados Unidos de América, del 17 de julio al 01 de agosto del 2009 (incluye salida y regreso de los participantes).

Artículo 2º—El Comando Sur de los Estados Unidos de América asumirá los gastos por concepto de transporte, hospedaje, alimentación y hospedaje para los participantes.

Artículo 3º—Que durante los días del 17 de julio al 01 de agosto del 2009, en que se autoriza la participación de los funcionarios en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 17 de julio al 01 de agosto del 2009.

Dado en el Despacho de la Ministra de Seguridad Pública, a los ocho días del mes de julio del dos mil nueve.

Janina Del Vecchio Ugalde, Ministra de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—O.C. Nº 9276.—Solicitud Nº 24485.—C-28050.—(IN2010022565).

Nº 300-2009 MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 140 inciso 1), 146 de la Constitución Política; 53 inciso a) de la Ley General de Policía; resolución de recomendación N° 930-IP-2008-DDL del Departamento Disciplinario Legal, Sección de Inspección Policial, resolución N° 2009-656 D.M. del Despacho de la Ministra y oficio 2406-2009-DRH-SEC, de la Dirección de Recursos Humanos.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Despedir por causa justificada sin responsabilidad para el Estado a la señora Xiomara Barrantes Hernández, cédula de identidad número: 1-679-578.

Artículo 2º—En el presente caso la señora Barrantes Hernández interpuso en tiempo el recurso de apelación mismo que fue declarado sin lugar, quedando firme el acto final que decidió el justo despido.

Artículo 3º—Rige a partir del 1º de noviembre del 2008.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los catorce días del mes de julio del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Gobernación, Policía y Seguridad Pública, Janina Del Vecchio Ugalde.—1 vez.—O. C. Nº 9276.—Sol. Nº 24485.—C-19570.—(IN2010022568).

Nº 304-2009 MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 140 inciso 1), 146 de la Constitución Política; 53 inciso a) de la Ley General de Policía; resolución de recomendación N° 622-IP-2008-DDL del Departamento Disciplinario Legal, Sección de Inspección Policial, resolución N° 2009-1572 D.M. del Despacho de la Ministra y oficio 4346-2009-DRH-SEC, de la Dirección de Recursos Humanos.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Despedir por causa justificada sin responsabilidad para el Estado a la señora Marianela González Quesada, cédula de identidad número: 5-223-644.

Artículo 2º—En el presente caso la señora González Quesada interpuso en tiempo el recurso de apelación mismo que fue declarado sin lugar, quedando firme el acto final que decidió el justo despido.

Artículo 3º—Rige a partir del 01 de setiembre del 2008.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los quince días del mes de julio del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Gobernación, Policía y Seguridad Pública, Janina Del Vecchio Ugalde.—1 vez.—O. C. Nº 9276.—Sol. Nº 24485.—C-19570.—(IN2010022566).

Nº 329-2009-MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 140 inciso 1) y artículo 146 de la Constitución Política, artículo 53 inciso a), y 65 de la Ley General de Policía y artículo 4 y 15 del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Policiales Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública.

Considerando:

I.—Que la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Seguridad Pública, aprobó el ingreso de los funcionarios que se dirán, al Régimen del Estatuto Policial ya que los mismos cumplen con los requisitos dispuestos en la Ley General de Policía Nº 7410.

II.—Que dichos servidores aprobaron satisfactoriamente el Curso Básico Policial, impartido por la Escuela Nacional de Policía.

III.—Que para el ingreso al Estatuto Policial en los puestos que se requiere el primer grado de la Escala Básica Policial, cual es el de “Agente de Policía”, para el cual el aspirante debe cumplir con los requisitos de ingreso a las Fuerzas de Policía al tenor de lo preceptuado en los artículos 62 inciso c), subinciso 3), y 63 inciso c), de la Ley General de Policía N ° 7410 y sus reformas, es necesario otorgar dicho grado a los funcionarios de los que aquí se mencionan, que se encuentren en tal supuesto. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Aprobar el ingreso al Estatuto Policial del Ministerio de Seguridad Pública, con las obligaciones y derechos que ello implica, a los siguientes funcionarios:

                                                                                                                             Código                             Número                               Nombre

Nombre                                                                 Cédula                          presupuestario                      de puesto                             de puesto

Bonilla Arroyo Andy José                                     7-170-288                      090-04-01-0004                       106539                   Agente de Guardacostas I

Bonilla Barboza Jorge Alberto                               6-255-969                      090-04-01-0004                       106552                   Agente de Guardacostas I

Chavarría Castillo José David                                6-372-330                      090-04-01-0004                       106541                   Agente de Guardacostas I

Elizondo Acuña Junior Miguel                             1-1195-693                      090-04-01-0004                       106519                   Agente de Guardacostas I

Galeano Solano Eduardo Antonio                          6-297-430                      090-04-01-0004                       106520                   Agente de Guardacostas I

Guevara Matamoros Alexander Roberto                6-384-302                      090-04-01-0004                       106523                   Agente de Guardacostas I

Gutiérrez García Arturo                                          6-261-233                      090-04-01-0004                       106524                   Agente de Guardacostas I

Hernández Gómez Michael Miguel                      1-1382-373                      090-04-01-0004                       106543                   Agente de Guardacostas I

López Cortés Hairo                                                5-351-151                      090-04-01-0004                       106526                   Agente de Guardacostas I

Mora Sandí Félix Javier                                         6-323-040                      090-04-01-0004                       106528                   Agente de Guardacostas I

Mora Zúñiga Efraín Manuel                                   1-997-515                      090-04-01-0004                       106547                   Agente de Guardacostas I

Oviedo Alfaro Pablo                                            1-1296-962                      090-04-01-0004                       108549                   Agente de Guardacostas I

Artículo 2º—A los funcionarios de los aquí mencionados que son ingresados al Estatuto Policial en puestos en los que se requiere el primer grado de la Escala Básica Policial, cual es el de “Agente de Policía”, y que no se les haya otorgado anteriormente, téngaseles por otorgado dicho grado, a partir de la fecha de ingreso al Estatuto Policial.

Artículo 3º—Rige a partir del primero de agosto del dos mil nueve.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veinte días del mes de octubre del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Gobernación, Policía, y Seguridad Pública, Janina Del Vecchio Ugalde.—1 vez.—O. P. Nº 9284.—Solicitud Nº 24478.—C-60270.—(IN2010022454).

Nº 354-2009-MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 140 inciso 1) y artículo 146 de la Constitución Política, artículo 53 inciso a), y 65 de la Ley General de Policía y artículos 4 y 15 del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Policiales Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública.

Considerando:

I.—Que la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Seguridad Pública, aprobó el ingreso de los funcionarios que se dirán, al Régimen del Estatuto Policial ya que los mismos cumplen con los requisitos dispuestos en la Ley General de Policía Nº 7410.

II.—Que dichos servidores aprobaron satisfactoriamente el Curso Básico Policial, impartido por la Escuela Nacional de Policía.

III.—Que para el ingreso al Estatuto Policial en los puestos que se requiere el primer grado de la Escala Básica Policial, cual es el de “Agente de Policía”, para el cual el aspirante debe cumplir con los requisitos de ingreso a las Fuerzas de Policía al tenor de lo preceptuado en los artículos 62 inciso c), subinciso 3), y 63 inciso c), de la Ley General de Policía Nº 7410 y sus reformas, es necesario otorgar dicho grado a los funcionarios de los que aquí se mencionan, que se encuentren en tal supuesto. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Aprobar el ingreso al Estatuto Policial del Ministerio de Seguridad Pública, con las obligaciones y derechos que ello implica, a los siguientes funcionarios:

                                                                                                                                     Código                        Número

Nombre                                                            Cédula                             Presupuestario                de puesto                          Puesto

Arceyut Morales Yeury                                               7-188-761                         090-04-01-0004                 106529                Agente de Guardacostas I

Chacón Carmona Óscar Gerardo                                 6-318-556                         090-04-01-0004                 106514                Agente de Guardacostas I

Hernández Quintero Alberto                                        6-354-016                         090-04-01-0004                 106544                Agente de Guardacostas I

Martínez Quesada Marvin Steven                                3-437-275                         090-04-01-0004                 106546                Agente de Guardacostas I

Medina López Kenneth Francisco                               6-360-186                         090-04-01-0004                 106527                Agente de Guardacostas I

Meléndez Arroyo Daniel                                             7-111-907                         090-04-01-0004                   98232                Agente de Guardacostas I

Moya Fuentes Diego Armando                                   3-441-127                         090-04-01-0004                 106548                Agente de Guardacostas I

Portuguez Castro Greivin                                            3-398-866                         090-04-01-0004                 106551                Agente de Guardacostas I

Quesada Rodríguez Jesús                                            6-339-275                         090-04-01-0004                 106553                Agente de Guardacostas I

Rojas Brenes Michael Francisco                                  6-331-561                         090-04-01-0004                 106555                Agente de Guardacostas I

Artículo 2º—A los funcionarios de los aquí mencionados que son ingresados al Estatuto Policial en puestos en los que se requiere el primer grado de la Escala Básica Policial, cual es el de “Agente de Policía”, y que no se les haya otorgado anteriormente, téngaseles por otorgado dicho grado, a partir de la fecha de ingreso al Estatuto Policial.

Artículo 3º—Rige a partir del 16 de agosto del dos mil nueve.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los siete días del mes de diciembre del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Gobernación, Policía, y Seguridad Pública, Janina Del Vecchio Ugalde.—1 vez.—O. P. Nº 9284.—Solicitud Nº 24478.—C-51270.—(IN2010022455).

Nº 426-2009-MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 140 inciso 1) y artículo 146 de la Constitución Política, artículo 53 inciso a), y 65 de la Ley General de Policía y artículos 4 y 15 del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Policiales Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública.

Considerando:

I.—Que la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Seguridad Pública, aprobó el ingreso del funcionario que se dirá, al Régimen del Estatuto Policial ya que el mismo cumple con los requisitos dispuestos en la Ley General de Policía Nº 7410.

II.—Que dicho servidor aprobó satisfactoriamente el Curso Básico Policial, impartido por la Escuela Nacional de Policía.

III.—Que para el ingreso al Estatuto Policial en los puestos que se requiere el primer grado de la Escala Básica Policial, cual es el de “Agente de Policía”, para el cual el aspirante debe cumplir con los requisitos de ingreso a las Fuerzas de Policía al tenor de lo preceptuado en los artículos 62 inciso c), subinciso 3), y 63 inciso c), de la Ley General de Policía N ° 7410 y sus reformas, es necesario otorgar dicho grado. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Aprobar el ingreso al Estatuto Policial del Ministerio de Seguridad Pública, con las obligaciones y derechos que ello implica, al siguiente funcionario:

                                                                                     Código                     Número                           

Nombre                                     Cédula          presupuestario            de puesto                    Puesto

Peraza Segura                                                                                                                               Agente de

José Vicente                       1-837-203        090-04-01-0004             106550                guardacostas I

Artículo 2º—Téngase por otorgado el grado de “Agente de Policía”.

Artículo 3º—Rige a partir del dieciséis de octubre del dos mil nueve.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los siete días del mes de diciembre del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Gobernación, Policía, y Seguridad Pública, Janina Del Vecchio Ugalde.—1 vez.—O. P. Nº 9284.—Solicitud Nº 24478.—C-22970.—(IN2010022456).

Nº 447-2009 MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 140 inciso 1), 146 de la Constitución Política; 53 inciso a) de la Ley General de Policía; resolución de recomendación N° 309-IP-09-DDL del Departamento Disciplinario Legal, Sección de Inspección Policial, resoluciones N° 2009-1590 D.M. y Nº 2009-2567 D.M. del Despacho de la Ministra y oficio 7148-2009-DRH-SEC, de la Dirección de Recursos Humanos.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Despedir por causa justificada sin responsabilidad para el Estado al señor Johnny Alberto Vargas Gamboa, cédula de identidad número: 3-367-408.

Artículo 2º—En el presente caso el señor Vargas Gamboa, no interpuso recurso de apelación, quedando firme el acto final que decidió el justo despido.

Artículo 3º—Rige a partir del 1º de julio del 2009.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los dieciséis días del mes de noviembre del 2009.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Gobernación, Policía y Seguridad Pública, Janina Del Vecchio Ugalde.—1 vez.—O. C. Nº 9276.—Sol. Nº 24485.—C-18700.—(IN2010022569).

Nº 459-2009-MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 140 inciso 1) y 146 de la Constitución Política.

Considerando:

Único.—Que de conformidad con el artículo 140 inciso I) de la Constitución Política y la reiterada jurisprudencia de la Sala Constitucional, el despido del funcionario policial no resulta ilegítimo, en el tanto sea acordado conjuntamente por el Presidente de la República y el Ministro del ramo, ya que ostentan  la facultad de remover libremente a los miembros de la Fuerza Pública, sin que ello implique menoscabo alguno a los derechos fundamentales de los funcionarios, más si se toma en cuenta que el servidor no se encuentra protegido por el Régimen del Estatuto Policial establecido en la Ley General de Policía Nº 7410. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Despedir con responsabilidad patronal a los siguientes funcionarios:

                                                                                                                    Número                          Clase                                                   Código

Nombre                                                                       Cédula                  de puesto                     de puesto                                        presupuestario

ALFARO RODRÍGUEZ JULIO                            06-0269-0424              98132                   RASO DE POLICÍA                                     090-04

CHAVARRÍA MORAGA JUAN                          01-0750-0097              98295                   TENIENTE DE POLICÍA                             090-04

GONZÁLEZ MORA MARCELINO                      01-0603-0440              47238                   MARINERO                                                  090-04

MARÍN MOSCOSO RIGOBERTO                       06-0158-0233              41641                   GUARDIA RURAL                                      090-04

MORA GUTIÉRREZ GERARDO                         01-0617-0281              46307                   MARINERO                                                  090-04

MORA MIRANDA RAFAEL                                06-0284-0644              94381                   MARINERO                                                  090-04

MORAGA CABRALES ALEXANDER               06-0219-0880              94263                   MARINERO                                                  090-04

OROZCO ROBLES YARU                                    06-0332-0476              78245                   AGENTE DE GUARDACOSTAS 1            090-04

VILLALOBOS QUESADA JOSÉ                         02-0380-0292              94252                   RASO DE POLICÍA                                     090-04

Artículo 2º—Rige a partir del 1º de noviembre del 2009.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintiocho días del mes de octubre del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Gobernación, Policía, y Seguridad Pública, Janina Del Vecchio Ugalde.—1 vez.—O. P. Nº 9284.—Solicitud Nº 24478.—C-27770.—(IN2010022458).

 

Nº 468-2009 MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, artículo 63 de la Ley General de Policía y artículos 13 inciso 3) y 21 del Reglamento sobre Grados Policiales y Sistema de Ascensos de los Servidores de la Fuerza Pública, Decreto Ejecutivo número 30381-SP.

Considerando:

1º—Que mediante oficio Nº 220-2009 CAGP-MSP de fecha 19 de octubre del 2009, suscrito por el Presidente de la Comisión de Ascensos de Grado Policial, informa que dicha Comisión en la sesión número 67 del 9 de setiembre del 2009, aprobó las solicitudes de otorgamiento de grados a los funcionarios que se dirán.

2º—Que también se indica en el oficio referido que cada uno de los solicitantes, cumplen con todos los requisitos establecidos en el Reglamento sobre Grados Policiales y Sistemas de Ascensos de la Fuerza Pública. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Otorgar el Grado solicitado a los funcionarios que a continuación se detallan:

Nombre                                            Cédula                               Grado                         Artículo            Acuerdo          Fecha Rige            Cod. Presup.

Cruz Brenes Diego                       1-1320-648           Sargento Grado Honorífico                   13                    01             09-09-2009                  090-04

Díaz Briceño Víctor Hugo              6-229-399           Sargento Grado Honorífico                   13                    01             09-09-2009                  090-04

Artículo 2º—Rige a partir de los nueve días del mes de setiembre del dos mil nueve.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintiocho días del mes de octubre del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Gobernación, Policía, y Seguridad Pública, Janina Del Vecchio Ugalde.—1 vez.—O. P. Nº 9284.—Solicitud Nº 24478.—C-22120.—(IN2010022457).

Nº 486-2009-MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 140 inciso 1) y artículo 146 de la Constitución Política, artículo 53 inciso a), y 65 de la Ley General de Policía y artículos 4 y 15 del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Policiales Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública.

Considerando:

I.—Que la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Seguridad Pública, aprobó el ingreso de los funcionarios que se dirán, al Régimen del Estatuto Policial ya que los mismos cumplen con los requisitos dispuestos en la Ley General de Policía Nº 7410.

II.—Que dichos servidores aprobaron satisfactoriamente el Curso Básico Policial, impartido por la Escuela Nacional de Policía.

III.—Que para el ingreso al Estatuto Policial en los puestos que se requiere el primer grado de la Escala Básica Policial, cual es el de “Agente de Policía”, para el cual el aspirante debe cumplir con los requisitos de ingreso a las Fuerzas de Policía al tenor de lo preceptuado en los artículos 62 inciso c), subinciso 3), y 63 inciso c), de la Ley General de Policía N ° 7410 y sus reformas, es necesario otorgar dicho grado a los funcionarios de los que aquí se mencionan, que se encuentren en tal supuesto. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Aprobar el ingreso al Estatuto Policial del Ministerio de Seguridad Pública, con las obligaciones y derechos que ello implica, a los siguientes funcionarios:

Nombre                                                         Cédula                    Código presupuestario                            Puesto                   Número de puesto

ALEGRÍA MARÍN ARIEL                        1-900-591                      090-04-01-0004                     Agente de Guardacostas I                 004852

MOYA PALACIOS RANDY                   6-362-229                      090-04-01-0004                     Agente de Guardacostas I                 106557

Artículo 2º—A los funcionarios de los aquí mencionados que son ingresados al Estatuto Policial en puestos en los que se requiere el primer grado de la Escala Básica Policial, cual es el de “Agente de Policía”, y que no se les haya otorgado anteriormente, téngaseles por otorgado dicho grado, a partir de la fecha de ingreso al Estatuto Policial.

Artículo 3º—Rige a partir del primero de noviembre del dos mil nueve.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los siete días del mes de diciembre del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Gobernación, Policía, y Seguridad Pública, Janina Del Vecchio Ugalde.—1 vez.—O. P. Nº 9284.—Solicitud Nº 24478.—C-28070.—(IN2010022460).

Nº 500-2009-MSP

LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por los numerales 28 inciso 2) aparte a) de la Ley General de la Administración Pública.

Considerando:

1º—Que el artículo 28 inciso 2) aparte a) de la Ley General de la Administración Pública, establece que el Ministro es el órgano jerárquico superior del respectivo Ministerio, y le corresponde de manera exclusiva, dirigir y coordinar todos los servicios del Ministerio.

2º—Que mediante Acuerdo Nº 574-2007 MSP se designó al funcionario encargado de la  implementación y coordinación de la programación presupuestaria del Programa Presupuestario 090-4 Servicio Nacional de Guardacostas, y a un funcionario en caso de que el primero no pudiera realizar dicha función, sin embargo debe procederse a la designación de otro funcionario. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Modificar el artículo 9 del Acuerdo Nº 574-2007 MSP, a efectos de que el señor Jorge Flores Rodríguez, cédula de identidad número 2-367-472, Asesor Legal a. í. del Servicio de Guardacostas, sustituya al Director del Servicio Nacional de Guardacostas, en sus funciones como encargado del manejo del Subprograma Presupuestario 090-4, así como para el Fondo Especial del Servicio Nacional de Guardacostas, cuando este se encuentre ausente por motivo de incapacidad, vacaciones, viaje fuera del país o por cualquier otro motivo que le imposibilite el ejercicio del cargo.

Artículo 2º—Rige a partir del 24 de noviembre del 2009.

Dado en el Despacho de la Ministra de Seguridad Pública. San José, a los veintiséis días del mes de noviembre del dos mil nueve.

Janina Del Vecchio Ugalde, Ministra de Gobernación, Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—O. P. Nº 9284.—Solicitud Nº 24478.—C-20420.—(IN2010022459).

Nº 536-2009 MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 140 inciso 1) y 146 de la Constitución Política.

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 459-2009 MSP, de fecha 28 de octubre del 2009, se dispuso el despido con responsabilidad patronal, entre otros, del señor Alexander Moraga Cabrales, cédula de identidad Nº 6-219-880, para regir a partir del 1º de noviembre del 2009.

II.—Que mediante oficio Nº 2009-8095 DRH-SEC del tres de noviembre del dos mil nueve, de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Seguridad Pública, comunica lo pertinente para que se deje sin efecto el cese de funciones del señor Alexander Moraga Cabrales, quien continúa laborando normalmente. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo Nº 459-2009 MSP, únicamente para que se deje sin efecto el cese de funciones del señor Alexander Moraga Cabrales, cédula de identidad Nº 6-219-880, número de puesto 94263, clase de puesto: marinero, código presupuestario 090-04.

Artículo 2º—En todo lo demás, el acuerdo Nº 459-2009 MSP, se mantiene incólume.

Artículo 3º—Rige a partir del 1º de noviembre del 2009.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los siete días del mes de diciembre del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Gobernación,  Policía y Seguridad Pública, Janina Del Vecchio Ugalde.—1 vez.—O. C. 9284.—Solicitud Nº 24486.—C-19570.—(IN2010022588).

Nº 08-2010 MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 140 inciso 1), 146 de la Constitución Política; 53 inciso a) de la Ley General de Policía; resolución de recomendación N° 199-09-DDL del Departamento Disciplinario Legal, Sección Inspección Policial; resoluciones N° 2009-2197 D.M. y N° 2009-3160 del Despacho de la Señora Ministra y oficio N° 8063-2009 DRH-SEC, suscrito por la Dirección de Recursos Humanos.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Despedir por causa justificada sin responsabilidad para el Estado al señor Carlos Centeno Campos, cédula de identidad número: 03-0323-0069.

Artículo 2º—En el presente caso el señor Centeno Campos, interpuso en tiempo el recurso de revocatoria mismo que fue declarado sin lugar, quedando firme el acto final que decidió el justo despido.

Artículo 3º—Rige a partir del 01 de setiembre del 2009.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los cuatro días del mes de enero del dos mil diez.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Gobernación, Policía y Seguridad Pública, Janina Del Vecchio Ugalde.—1 vez.—O. C. Nº 9276.—Sol. Nº 24492.—C-19570.—(IN2010022564).

Nº 46-2010 MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 140 inciso 1), 146 de la Constitución Política; 53 inciso a) de la Ley General de Policía; resolución de recomendación Nº 441-09-DDL del Departamento Disciplinario Legal, Sección Inspección Policial, oficio Nº 0930-2009 CP del Consejo de Personal; resolución Nº 2009-2448 D.M. del Despacho de la Señora Ministra, y oficio Nº 6395-2009 DRH-SEC, suscrito por la Dirección de Recursos Humanos.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Despedir por causa justificada sin responsabilidad para el Estado, al señor Leonardo León Pérez, cédula de identidad Nº 06-0270-0093.

Artículo 2º—En el presente caso el señor León Pérez, interpuso en tiempo el recurso de apelación mismo que fue declarado sin lugar, quedando firme el acto final que decidió el justo despido.

Artículo 3º—Rige a partir del 1º de marzo del 2009.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los dieciocho días del mes de enero del dos mil diez.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Gobernación, Policía, y Seguridad Pública, Janina Del Vecchio Ugalde.—1 vez.—O. C. 9284.—Solicitud Nº 24486.—C-19570.—(IN2010022587).

Nº 63-2010 MSP

LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículo 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:

1º—Que se ha recibido cordial invitación para que un funcionario de este Ministerio asista a la actividad denominada “Curso Logística Internacional” a realizarse en Base Aérea en Lackland, San Antonio, Texas, Estados Unidos de América, del 1º de marzo al 08 de mayo del 2010 (incluye salida y regreso del participante). La asignación se realizó en Sesión Extraordinaria N° 004-2010-CB de la Comisión de Becas, celebrada el 03 de febrero del 2010.

2º—Que el objetivo del curso es capacitar a funcionarios ubicados en el campo de la gestión introduciéndolos a los principios de la administración moderna, gestión de fondos, recursos reparables y de combustible, entre otros.

3º—Que dado el objetivo del curso, es de interés para este Ministerio contar con un funcionario en dicho evento. Por tanto,

ACUERDA

Artículo 1º—Autorizar al señor Juan Carlos Guerrero Castro, cédula 01-1130-0589, funcionario del Servicio de Vigilancia Aérea, para asistir a la actividad denominada “Curso Logística Internacional” a realizarse en Base Aérea en Lackland, San Antonio, Texas, Estados Unidos de América, del 01 de marzo al 08 de mayo del 2010 (incluye salida y regreso del participante).

Artículo 2º—El Comando Sur de los Estados Unidos de América correrá con todos los gastos por concepto de gastos de transporte, alojamiento y alimentación del participante.

Artículo 3º—Que durante los días del 01 de marzo al 08 de mayo del 2010, en que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 01 de marzo al 08 de mayo del 2010.

Dado en el Despacho de la Ministra de Seguridad Pública, a los cuatro días del mes de febrero del dos mil diez.

Janina Del Vecchio Ugalde, Ministra de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—O.C. Nº 9276.).—.(Solicitud Nº 24485.).—C-27220.—(IN2010022570).

Nº 64-2010 MSP

LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículo 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:

1º—Que se ha recibido cordial invitación para que varios funcionarios de este Ministerio asistan a la actividad denominada “Curso de Electricista”, a realizarse en Base Aérea en Lackland, San Antonio, Texas y en Base Naval de Guardacostas, Virginia, Estados Unidos de América, del 9 de marzo al 9 de octubre del 2010 (incluye salida y regreso de los participantes). La asignación se realizó en sesión extraordinaria Nº 004-2010-CB de la Comisión de Becas, celebrada el 3 de febrero del 2010.

2º—Que el objetivo del curso es capacitar oficiales para que se formen en el campo de la electricidad y sirvan de apoyo a las diferentes áreas en donde se desempeñan, además de recibir y brindar experiencias con homólogos de ese país.

3º—Que dado el objetivo del curso, es de interés para este Ministerio contar con varios funcionarios en dicho evento. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Jonathan Delgado Hines, cédula de identidad Nº 07-0145-0090, y el señor Steven Faerron Flores, cédula de identidad Nº 06-0359-0606, funcionarios del Servicio Nacional de Guardacostas, para asistir a la actividad denominada “Curso de Electricista”, a realizarse en Base Aérea en Lackland, San Antonio, Texas y en Base Naval de Guardacostas, Virginia, Estados Unidos de América, del 9 de marzo al 9 de octubre del 2010 (incluye salida y regreso de los participantes).

Artículo 2º—El Comando Sur de los Estados Unidos de América correrá con todos los gastos por concepto de gastos de transporte, alojamiento y alimentación de los participantes.

Artículo 3º—Que durante los días del 9 de marzo al 9 de octubre del 2010, en que se autoriza la participación de los funcionarios en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 9 de marzo al 9 de octubre del 2010.

Dado en el Despacho de la Ministra de Seguridad Pública, a los cuatro días del mes de febrero del dos mil diez.

Janina Del Vecchio Ugalde, Ministra de Gobernación, Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. 9284.—Solicitud Nº 24486.—C-28070.—(IN2010022585).

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Nº 026-2010

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en los artículos 140, inciso 2) y 146 de la Constitución Política de Costa Rica, 12 inciso a) del Estatuto de Servicio Civil, la resolución Nº 11473 dictada a las trece horas con veinticinco minutos del veinticinco de enero del dos mil diez, del Tribunal de Servicio Civil.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Despedir con justa causa y sin responsabilidad para el Estado, a la servidora Susan Marcela Campos Ruiz, mayor de edad, cédula de identidad Nº 02-0563-0248, quien labora como Profesora de Enseñanza Técnico Profesional, en la Escuela León Cortés Castro.

Artículo 2º—El presente acuerdo rige a partir del dieciséis de febrero del dos mil diez.

Dado en la Presidencia de la República, el cinco de febrero del dos mil diez.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo.—1 vez.—O. P. 8853.—Solicitud Nº 49697.—C-15300.—(IN2010022621).

Nº 0036-2010

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en los artículos 140, inciso 2) y 146 de la Constitución Política de Costa Rica, 12 inciso a) del Estatuto de Servicio Civil, la resolución Nº 11487 dictada a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del nueve de febrero del dos mil diez, del Tribunal de Servicio Civil.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Despedir con justa causa y sin responsabilidad para el Estado, al servidor José Abilio Valverde Valverde, mayor de edad, cédula de identidad Nº 01-0672-0617, quien labora como Auxiliar Administrativo, en la Colegio Técnico Profesional Ing. Mario Quirós Sasso, La Unión de Cartago.

Artículo 2º—El presente acuerdo rige a partir del veinticuatro de febrero del dos mil diez.

Dado en la Presidencia de la República, el once de febrero del dos mil diez.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo.—1 vez.—O. P. 8853.—Solicitud Nº 49699.—C-13600.—(IN2010022624).

Nº DM-MG-1298-10

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” N° 6227 del 02 de mayo de 1978.

Considerando:

1º—Que del día 1 al 5 de marzo del 2010, tendrá lugar en La Habana, Cuba, el “XII Encuentro Internacional de Economistas sobre Globalización y Problemas del Desarrollo” y este Despacho considera importante la participación del MBA. Marco Tulio Sandoval Picado, cédula Nº 3-242-848, Jefe de la Unidad Financiera y Miembro de la Junta Directiva del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica, a la actividad de cita. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al MBA. Marco Tulio Sandoval Picado, cédula Nº 3-242-848, Jefe de la Unidad Financiera y Miembro de la Junta Directiva del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica, para que asista y participe en el “XII Encuentro Internacional de Economistas sobre Globalización y Problemas del Desarrollo” que tendrá lugar en la Habana, Cuba, del día 01 al 05 de marzo del 2010.

Artículo 2º—Los gastos de viaje del MBA. Marco Tulio Sandoval Picado, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje, serán cubiertos por el Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica, por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Que durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige del 1 al 5 de marzo del 2010.

Dado en el Ministerio de Salud.—San José, a los dieciséis días del mes de febrero del dos mil diez.

Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila  Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—O.C. Nº 8667.—Solicitud Nº 30723.—C-25520.—(IN2010022712).

MINISTERIO DE JUSTICIA Y GRACIA

N° 16

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE JUSTICIA

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18, 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del 28 de agosto de 1973 y el Decreto Ejecutivo N° 24333-MP del 23 de mayo de 1995.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar a la señora Sheyla Chan Varela, mayor, cédula de identidad número 4-0148-0913, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Latinoamericana para el Desarrollo de la Comunidad Rural, cédula jurídica Nº 3-006-238767, de la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el día 15 de febrero de 2010.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Justicia, Hernando Paris R.—1 vez.—O.C. Nº 8215.—Solicitud Nº 27563.—C-16170.—(IN2010022709).

N° 17

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE JUSTICIA

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146) de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del 28 de agosto de 1973 y el Decreto Ejecutivo N° 24333-MP del 23 de mayo de 1995.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar al señor Alfonso Urquijo Castro, mayor, cédula de identidad número 8-0078-0379, como representante del Poder, Ejecutivo en la Fundación Unidad Haitiano Costarricense de Promoción y Apoyo Comunitario, cédula jurídica número 3-006-556251, de la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el día 15 de febrero del 2010.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Justicia, Hernando París R.—1 vez.—O.C. Nº 8215.—Solicitud Nº 27564.—C-16170.—(IN2010022710).

N° 18

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE JUSTICIA

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146) de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del 28 de agosto de 1973 y el Decreto Ejecutivo N° 24333-MP del 23 de mayo de 1995.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar al señor Frank Jozef Helena Vranken, mayor, cédula de residencia número 105600010234, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Human Life, cédula jurídica número 3-006-569873, de la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el día 17 de febrero de 2010.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Justicia, Hernando París R.—1 vez.—O.C. Nº 8215.—Solicitud Nº 27565.—C-15320.—(IN2010022711).

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

N° 003-2010-MICIT.—San José, a las doce horas del día veinticuatro de febrero del año dos mil diez.

Gestión de pago de factura presentada por el Área de Comunicación, correspondiente a pautas publicitarias del MICIT del mes de diciembre del 2008.

Resultando:

1º—Que mediante la contratación 2008CD-004563-89300 y orden de pedido 4500091537, el MICIT adjudicó a la empresa de Publicidad Cinevisión de Costa Rica S. A., para los servicios de pautas publicitarias en las salas de CINEMARK, durante el mes de diciembre del 2008.

2º—Mediante la nota fechada 21 de setiembre del 2009, la empresa de Publicidad Cinevisión de Costa Rica S. A., solicita a este Ministerio la cancelación de la factura 2368 por un monto de $4.950.00 (cuatro mil novecientos cincuenta dólares estadounidenses) correspondiente a los servicios prestados durante el mes de diciembre del 2008.

3º—Que mediante el oficio enviado por las funcionarias Antonieta Corrales y Katherine Gutiérrez, pertenecientes al Área de Comunicación, en el cual detallan, las razones por las cuales no se pudo realizar el pago respectivo a la empresa Cinevisión, y determinándose la recepción del servicio de forma satisfactoria por parte del MICIT por medio de los funcionarios del Área de Comunicación.

4º—Para el dictado de esta resolución se han observado los procedimientos de ley;

Considerando:

I.—Hechos probados: Para el dictado de la presente resolución, este Ministerio tiene por demostrados los siguientes hechos: a) Que el Ministerio de Ciencia y Tecnología requirió los servicios de la Empresa de Publicidad Cinevisión de Costa Rica S. A., con el fin de brindar los servicios de publicidad en las salas de CINEMARK con el objetivo de apoyar las operaciones sustantivas del ministerio, lo anterior mediante la contratación 2008CD-004563-89300. b) Que mediante la factura 2368 por un monto de $4.950.00 (cuatro mil novecientos cincuenta dólares estadounidenses), la empresa de Publicidad Cinevisión de Costa Rica S. A., hace el debido proceso de cobro por los servicios prestados. c) Que las funcionarias del área de comunicación del MICIT dan por satisfactorio la recepción del servicio brindado por la empresa contratada. d) Que para realizar dicho pago debe de realizarse por medio de una Resolución Administrativa, por ser una cuenta pendiente de un ejercicio anterior.

II.—Procedencia del pago de la factura presentada: El artículo 15 de la Ley de Contratación Administrativa estipula la obligación de la Administración de cumplir con todos los compromisos adquiridos válidamente, en la contratación administrativa. En el caso concreto, este Ministerio recibió el servicio de publicidad a través de la factura 2368 por un monto total $4.950.00 (cuatro mil novecientos cincuenta dólares estadounidenses), los cuales fueron recibidos a satisfacción por parte de este Ministerio. En ese sentido, se debe autorizar el pago de la factura puesta al cobro por un monto total de $4.950.00 (cuatro mil novecientos cincuenta dólares estadounidenses) de conformidad con la orden de pedido 450091537 con fecha 02 de diciembre del 2008.

III.—Pago del servicio mediante resolución administrativa: De conformidad con lo estipulado en el “Instructivo sobre aspectos mínimos a considerar en el análisis de los documentos de ejecución presupuestaria en el proceso de visado”, puntos 3.5.2.1.4 a) por tratarse en la presente resolución de pago de una cuenta pendiente de un ejercicio presupuestario anterior, se ordena el inicio de las gestiones tendientes a determinar la eventual responsabilidad que pudiera derivar por los actos que originan este pago.

IV.—Subpartida correspondiente para el pago. En virtud de que la factura número 2368, se refiere a un compromiso del año 2008, su pago debe de realizarse con cargo a la subpartida presupuestaria 10302: “Servicios de Publicidad”. Por tanto:

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

En el ejercicio de sus atribuciones constitucionales y con fundamento en las consideraciones que anteceden;

RESUELVEN;

Pagar en la cuenta cliente N° 10200009073105364, la suma total de $4.950.00 (cuatro mil novecientos cincuenta dólares estadounidenses), por concepto del pago de la factura Número 2368, por los servicios prestados en el mes de diciembre de 2008, correspondiente al pago del servicio de Publicidad, con cargo a la subpartida presupuestaria 10302: “Servicios de Publicidad”. Ordénese a la Unidad de Recursos Financieros cumplir con el pago de la factura pendiente.

Notifíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Ciencia y Tecnología, Dra. Eugenia Mª Flores Vindas.—1 vez.—O.C. Nº 9247.—Solicitud Nº 33211.—C-51020.—(IN2010022665).

DOCUMENTOS VARIOS

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 110, título N° 1233, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Limón, en el año dos mil uno, a nombre de Taylor Young Angie Andrea. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San  José, 24 de noviembre del 2009.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2010021867).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 31, título N° 405, emitido por el Colegio Nocturno José Martí, en el año dos mil seis, a nombre de Madrigal Chavarría Isaías. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 11 de marzo del 2010.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2010021876).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 09, asiento Nº 32, emitido por el Liceo Nocturno de Pérez Zeledón, en el año mil novecientos noventa, a nombre de Zúñiga Duarte Willy. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 5 de marzo del 2010.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2010022452).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 112, título Nº 1271, emitido por el Liceo de Atenas Martha Mirambell Umaña, en el año dos mil, a nombre de González Rodríguez José Fernando. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de diciembre del 2009.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2010022598).

SALUD

DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS

EDICTO

Nº DAJ-MM-2926-09.—El Ministerio de Salud, avisa que por haber poseído en forma pública, pacífica y de buena fe por más de diez años consecutivos el inmueble donde actualmente se encuentra funcionando el Centro de Educación y Nutrición de Llano de Tamarindo de Santa Cruz, Guanacaste, propiedad conforme plano catastrado Nº G-1351185-2009, posee un área de 657 metros, y que es lindante: al norte, con calle pública de 12.15 metros; al sur y este, Asociación de Desarrollo Comunal; al oeste, con Orlando Rosales Marchena, que para efecto de su inscripción en el Registro Público de la Propiedad a nombre del Estado-Ministerio de Salud, serán iniciadas las respectivas gestiones vía Información Posesoria o Administrativa, según lo que mejor convenga a los intereses de este Ministerio después de un mes de la publicación del presente edicto. Para efectos videndi, el plano del terreno mencionado puede ser solicitado en la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud. La oposición puede ser remitida a la mencionada Dirección, sita: avenidas 6 y 8, calle 16, San José o por medio del fax: 22-56-27-68.—San José, 7 de diciembre del 2009.—Msc. Ronny Stanley Muñoz Salazar, Director.—1 vez.—O. C. 8667.—Solicitud Nº 30717.—C-12770.—(IN2010022715).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

AVISO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Departamento ha procedido a la inscripción de la reforma al estatuto de la organización social denominada: Cooperativa de Producción Agropecuaria y de Servicios Múltiples R. L., siglas Coopetrabasur R. L., acordada en asamblea celebrada el día 22 de noviembre del 2009. Expediente Nº 454. En cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos: 5º, 13, 14, 16, 18, 20, 26, 43, 45, 48, 50, 54, 62, 64, 76, 78 y 82.—San José, 5 de enero del 2010.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—RP2010161931.—(IN2010022826).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Cambio de Nombre Nº 63914

Luis Pal Hegedus, cédula de identidad 1-558-219, en calidad de Representante Legal de Holcim Agregados S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Quebradores Cerro Minas S. A., cédula jurídica 3-101-91083 por el de Holcim Agregados S. A., presentada el día 14 de enero de 2010 bajo expediente 63914. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1999-0003073 Registro Nº 20460 QUEBRADOR CERRO MINAS en clase 19 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—5 de marzo del 2010.—Milena Marín Jiménez, Oficinas de Marcas y Otros Signos Distintivos.—1 vez.—RP2010161992.—(IN2010022812).

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Empresarios de Curridabat, con domicilio en la provincia San José, Freses de Curridabat, de plaza Freses quinientos metros norte y doscientos setenta y cinco este, casa C quince. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promoción y desarrollo de actividades sociales, económicas, ambientales y culturales en el cantón de Currridabat. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto es el: presidente. Mario Rojas Vega. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2009, Asiento: 187332.—Curridabat, cuatro de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2010161831.—(IN2010022815).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Empleados de Aisa Inversiones Energéticas, con domicilio en la provincia de Heredia, Santo Domingo. Sus fines entre otros están: Promover la convivencia de sus asociados mediante reuniones, paseos y otro tipo de actividades. Desarrollar la capacidad intelectual física y espiritual de sus asociados, formar y capacitar a sus asociados. Su presidenta Rebeca Barquero Brenes, es la representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite; Tomo: 2009 Asiento 253306.—Dado en el Registro Nacional, Curridabat, ocho de marzo del dos mil diez.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP161848.—(IN2010022816).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula 3-002-061624, denominación Asociación Nacional de Sordos de Costa Rica. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.  Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 32 minutos y 53 segundos, del 1º de marzo del 2010. Documento Tomo: 2010. Asiento: 41353.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2010161957.—(IN2010022817).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la Asociación Pro Centro Diurno de Ancianos de Hatillo-San Sebastián, por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2010 Asiento 51795).—Curridabat, diez de marzo del dos mil diez.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2010162006.—(IN2010022818).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula 3-002-045312, denominación: Asociación de Testigos de Jehová. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, 2 de febrero del 2010.—Documento Tomo: 2009, Asiento: 334253.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2010162035.—(IN2010022819).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula 3-002-303900, denominación: Asociación de Testigos de Jehová de Plaza Víquez. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las 15 horas 3 minutos y 7 segundos, del 29 de enero del 2010. Documento Tomo: 2009, Asiento: 334255.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2010162037.—(IN2010022820).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula número: 3-002-061602, denominación: Asociación Iglesia Cristiana Roca del Pedernal. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Documento tomo: 2010, asiento: 26558).—Dado en el Registro Nacional, a las catorce horas cuarenta y dos minutos y dieciocho segundos del 22 de febrero del 2010.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2010162090.—(IN2010023186).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula número: 3-002-160725, denominación: Asociación Agrícola Canaan. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Documento tomo: 2010, asiento: 26556).—Dado en el Registro Nacional, a las quince horas cuarenta y tres minutos y cincuenta y siete segundos del 22 de febrero del 2010.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2010162091.—(IN2010023187).

REGISTRO INMOBILIARIO

AVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Se hace saber a Asesoría y Construcciones Edeze S. A. cédula jurídica 3-101-95215, representada por Eduardo de la Espriella Zeledón, cédula 1-287-130, interesados según asientos registrales, en Diligencias Administrativas oficiosas bajo expediente 09-297-BI, en el cual se ventila una duplicidad de plano. Con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 08:00 horas del 09/02/2010, se autorizó la publicación por tres veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a la persona mencionada, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convenga. Y se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar medio, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con los artículos 93, 94 y 98 del Reglamento del Registro Público; bajo apercibimiento de que, de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento de la materia y 11 de la Ley Nº 8687 (que es Ley de Notificaciones Judiciales). Notifíquese. (Referencia Expediente (09-297BI).—Curridabat, 9 de febrero del 2010.—Lic. César Alexánder Hernández Umaña, Asesor Jurídico.—1 vez.—OC Nº 10-0001.—(Solicitud Nº 26029).—C-56100.—(IN2010022502).

Se hace saber a Fernando Zamora Carvajal, cédula 1-346-110 en su condición de deudor en los créditos garantizados con la finca del Partido de Cartago, matrícula 47276, a su representante, así como cualquier tercero con interés legítimo, que la Dirección de este Registro ha iniciado Diligencias Administrativas que afectan dicho inmueble. Por lo anterior se le confiere audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a esta publicación, a efecto de que, presenten los alegatos que a sus derechos convengan. Y se les previene que dentro de ese término deben señalar fax o correo electrónico donde oír futuras notificaciones de este Despacho. Asimismo se les aclara que los detalles de esta gestión pueden consultarse en el Expediente 08-854-BI que se tramita en la Dirección del Registro Inmobiliario.—Curridabat, 3 de marzo de 2010.—Lic. Kattia Meza Brenes, Asesora legal.—O. C. Nº10-001.—Solicitud Nº 46099.—C-43370.—(IN2010022634).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber: 1. Al señor Mario Henry Tafalla Barboza, cédula número 3-256-763, en su condición de interesado conforme a la anotación constante sobre la finca de Cartago 163601, bajo el tomo 2010, asiento 0043. 2. A la señora Esperanza Barboza Hernández, cédula  3-126-633, en su condición de titular registral sobre el derecho 002 de la finca del partido de Cartago, matrícula 163601. Que en este Registro se iniciaron Diligencias Administrativas de Oficio, según escrito presentado en esta Dirección el 5 de enero del 2010, por la registradora N° 13 del grupo 2, Licenciada Yolanda María Arce Coto, mediante el cual informa una supuesta duplicidad de plano entre las fincas del partido de Cartago, matrículas 168322 y 163601, las cuales publicitan el plano catastrado número C-358581-1996. En virtud de lo anterior, esta Asesoría mediante resolución de las 14 horas del 12 de enero del 2010, ordenó consignar Advertencia Administrativa sobre los mencionados inmuebles. Con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 11:00 horas del 27 de enero del 2010, se autorizó la publicación por una única vez de un edicto para conferirle audiencia a las personas mencionadas, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la ultima publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convengan. Se les previene que dentro de dicho termino deben señalar apartado postal, casa u oficina, dentro de la ciudad de San José, o número  de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con los artículos 93, 94 y 98 del Reglamento del Registro Publico, que es Decreto 26771-J, en concordancia con el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687; bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 20 y 21 de la Ley Inscripción de Documentos en el Registro Público y artículo 99 del Reglamento de la materia. Notifíquese (Referencia Exp. Nº 07-RIM-2010).—Curridabat, 27 de enero del 2010.—José Antonio Quirós Espinoza, Asesor Jurídico.—1 vez.—O.C. Nº 10-0001.—Solicitud Nº 35102.—C-28900.—(IN2010022653).

REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN

AVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor Cristian Calderón Cartín, cédula Nº 1-800-402, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Glaxo Smithkline Biologicals S. A., de Bélgica, solicita la Patente de Invención denominada VACUNA DE INFLUENZA DE EMULSIÓN DE ACEITE EN AGUA. La presente invención proporciona una composición de influenza inmunogénica en un volumen de dosis adecuado para uso humano, que comprende un antígeno de virus de influenza o preparación antigénica del mismo y una composición de adyuvante que comprende una emulsión de aceite en agua. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A61K 39/145, cuyo(s) inventor(es) es(son) Ballou, William Ripley, Hanon, Emmanuel Jules. La solicitud correspondiente lleva el número 11122, y fue presentada a las 14:07:00 del 20 de noviembre del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de febrero del 2010.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—RP2010161641.—(IN2010022509).

El señor Cristian Calderón Cartín, cédula Nº 1-800-402, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Smithkline Beecham Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada NUEVA COMPOSICIÓN FARMACÉUTICA. Se describen nuevas composiciones farmacéuticas que contienen bis-(monoetanolamina) del ácido 3’-[(2Z)-[1-(3,4-dimetilfenil)-1,5-dihidro-3-metil-5-oxo-4H-pirazol-4-ilideno]hidrazino]-2’-hidroxi-[1,1’-bifenil]-3-carboxílico (eltrombopag olamina) y procesos para su preparación. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A61K 9/00, cuyo(s) inventor(es) es(son) Shivakumar G. Kapsi, Francis X. Muller. La solicitud correspondiente lleva el número 11143, y fue presentada a las 13:42:00 del 3 de diciembre del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de febrero del 2010.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—RP2010161643.—(IN2010022510).

El señor Cristian Calderón Cartín, cédula Nº 1-800-402, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Smithkline Beecham Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMBINADO DE HUMANO IL-18 Y ANTICUERPO ANTI CD20 PARA EL TRATAMIENTO DEL CÁNCER. La presente invención se refiere, en general, al uso de combinaciones de IL-18 humana en el tratamiento de cánceres. En particular, la presente invención se refiere a una combinación de IL-18 y un anticuerpo anti-CD20. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A61K 39/395, cuyo(s) inventor (es) es (son) Haskova, Zdenka, Jonak, Zdenka, Ludmila, Trulli, Stephen H., Toso, John F., Whitacre, Margaret N. La solicitud correspondiente lleva el número 11075, y fue presentada a las 13:28:38 del 23 de octubre del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de enero del 2010.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—RP2010161644.—(IN2010022511).

El señor Cristian Calderón Cartín, cédula Nº 1-800-402, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Smithkline Beecham Corporation de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada NUEVOS COMPUESTOS. La presente invención se refiere a un anticuerpo que tiene múltiples especificidades. En particular, el anticuerpo de la presente invención se une (o presente reacción cruzada) con la IL-8 humana, Gro-alfa, Gro-gamma y ENA-78. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C07K 16/24, cuyos inventores son Stephanie Jane Clegg, Jonathan H. Ellis, Volker Germaschewski, Alexis Paul Godillot, Zdenka Ludmila Jonak, Alan P. Lewis, John R. White, Eric Dobrzynski. La solicitud correspondiente lleva el Nº 11116, y fue presentada a las 14:37:29 del 17 de noviembre de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 24 de febrero del 2010.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.––RP2010161645.––(IN2010022512).

El señor Manuel E. Peralta Volio, mayor, abogado, cédula 9-012-480, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Transgene S. A., de Francia, solicita la Patente de Invención denominada ESTIRPES CELULARES AVIARES INMORTALIZADAS. La presente invención se refiere a células aviares inmortalizadas, y al uso de estas células para la producción de virus. Las células según la invención son particularmente útiles para la producción de vectores víricos recombinantes que se pueden usar para la preparación de composiciones terapéuticas y/o profilácticas para el tratamiento de animales, y más particularmente seres humanos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C12N 5/06, cuyos inventores son Erbs, Philipppe, Kapfer, Marina, Silvestre, Nathalie. La solicitud correspondiente lleva el número 11221, y fue presentada a las 14:15:23 del 15 de Enero de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1º de marzo del 2010.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2010022697).

La señora Marianella Arias Chacón, cédula 1-679-960, mayor, casada, abogada, vecina de San José, en condición de apoderada especial de IRM LLC, de Bermudas, solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS Y COMPOSICIONES COMO MODULADORES DE LA ACTIVIDAD DE GPR119. La invención da a conocer compuestos, composiciones farmacéuticas que comprenden dichos compuestos y métodos para usar dichos compuestos para el tratamiento o prevención de enfermedades o trastornos asociados con la actividad de GPR119. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C07D 401/10, cuyos inventores son Alper Phillip, Azimora Mihai, Cow Christopher, Epple Robert, Jiang Songchun, Lelais Gerald, Michellys Pierre-Yves, Mutnick Daniel, Nikulin Victor, Westcott-Baker Lucas. La solicitud correspondiente lleva el número 11292, y fue presentada a las 13:31:01 del 23 de febrero de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de marzo de 2010.—Randall Abarca Aguilar Registrador.—(IN2010022698).

El señor Édgar Zürcher Gurdián, mayor, divorciado, abogado, cédula 1-532-390, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Takeda Pharmaceutical Company Limited, de Japón, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE PIRROLIDIN-2ONA COMO MODULADORES DEL RECEPTOR DE ANDRÓGENO. Un compuesto representado por la formula (1) de acuerdo con la reivindicación I o una sal de él, que tiene una acción moduladora superior del receptor de andrógeno. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C07D 207/273, cuyo inventor es Hasuoka Atsushi. La solicitud correspondiente lleva el número 11266, y fue presentada a las 10:29:29 del 12 de febrero de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. Debe aportar a esta oficina la publicación del periódico de circulación nacional.—San José, 19 de febrero de 2010.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Nº RP2010162003.—(IN2010022810).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en condición de apoderado especial de Aventis Pharma S. A., de Francia, solicita la Patente de Invención denominada DISOLUCIÓN DIRECTA DEL DOCETAXEL EN UN DISOLVENTE EN POLISORBATO 80. La invención se refiere a la solubilización del docetaxel en un disolvente orgánico, a su mezcla con polisorbato 80 y a la evaporación del disolvente. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A61K 31/337, cuyos inventores son Authelin, Jean-Rene, Didier, Eric, Fouque, Elie, Nakach, Mostafa. La solicitud correspondiente lleva el Nº 11144, y fue presentada a las 13:56:00 del 03 de diciembre de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 01 de marzo del 2010.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.––(IN2010022872).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula Nº 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Board of Supervisors of Louisiana State University And, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada CULTIVAR DE ARROZ DENOMINADO CL 131. Se describe un cultivar de arroz novedoso, denominado “CL131”. La invención se refiere a las semillas del cultivar de arroz “CL131”, a las plantas de arroz “CL131”, y a los métodos para producir la planta de arroz producida cruzando el cultivar “CL131” con el mismo u otra variedad de arroz, y a conversiones de gen simple de tales plantas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A01H 5/00, cuyo inventor es Linscombe, Steven D. La solicitud correspondiente lleva el Nº 9799, y fue presentada a las 14:17:08 del 06 de marzo de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguiente a la tercera publicación de este aviso. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 01 de marzo del 2010.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.––(IN2010022873).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en condición de apoderado especial de Kythera Biopharmaceuticals, Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIÓN, MÉTODO Y PREPARACIÓN DEL ACIDO BILIAR SINTÉTICO. Ácidos biliares y composiciones relacionadas y métodos de síntesis y uso. Más específicamente, el ácido desoxicólico y las composiciones relacionadas, dichas composiciones están libres de todas las porciones de origen animal y libres de porciones pirogénicas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C07J 1/00, cuyo(s) inventores son Moriarty, Robert M, David, Nathaniel E, Mahmood, Nadir Ahmeduddin, Prasad, Achampeta Rathan, Swaringen, Roy A. Jr, John Gregory, Sahoo, Akhila Kumar. La solicitud correspondiente lleva el Nº 11174, y fue presentada a las 13:58:03 del 17 de diciembre de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 05 de marzo del 2010.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.––(IN2010022876).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, Abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Medicago Inc., de Canadá, solicita la Patente de Invención denominada PARTÍCULAS SIMILARES AL VIRUS DE LA INFLUENZA (VLPS) QUE COMPRENDEN HEMAGLUTININA PRODUCIDA DENTRO DE UNA PLANTA. Se proporciona un método para sintetizar partículas similares al virus de la influenza (VLPs) dentro de una planta o una porción de una planta. El método involucra la expresión de influenza HA en plantas y la purificación mediante cromatografía de exclusión de tamaño. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C12N 15/82, cuyos inventores son D’aoust, Marc-Andre, Couture, Manon, Ors, Frederic, Trepanier, Sonia, Lavoie, Pierre-Olivier, Dargis, Michele, Vezina, Louis-Philippe, Landry, Nathalie. La solicitud correspondiente lleva el Nº 11209 y fue presentada a las 14:03:18 del 11 de enero de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 19 de febrero del 2010.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.–– IN2010022877).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en condición de apoderado especial de Sanofi- Aventis, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE 7-ALQUINIL-l, 8-NAFTIRIDONAS, SU PREPARACIÓN Y SU APLICACIÓN EN TERAPÉUTICA. La invención se refiere a los derivados de 7-alquinil-l, 8-naftiridonas de fórmula general (1), en la que R1, R2, R3 y R4 son tales como se han definido en la descripción. Procedimiento de preparación y aplicación en terapéutica. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C07D 471/01, cuyos inventores son Alam, Antoine, Biscarrat, Sandrine, Blanc, Isabelle, Bono, Francoise, Duclos Olivier, Mc Cort, Gary. La solicitud correspondiente lleva el Nº 11157, y fue presentada a las 14:06:21 del 10 de diciembre de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 05 de marzo del 2010.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.––(IN2010022879).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en condición de apoderado especial de The Regents of The University of California, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada INCREMENTO DEL RENDIMIENTO EN LOS GRANOS POR MEDIO DE REDUCCIÓN POR OBJETIVO EN LAS SEÑALES DE ETILENO. La presente invención está dirigida a la ingeniería de plantas. En particular, la misma está dirigida a la producción de horas verdes y al incremento en la productividad por medio de la inhibición de etileno. Las composiciones y métodos de la invención involucran receptores de etileno negativos dominantes que interfieren con la señalización de etileno. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C12N 15/11, cuyo inventor es Gallie, Daniel R. La solicitud correspondiente lleva el número 11175, y fue presentada a las 31:58:48 del 17 de diciembre de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 8 de marzo de 2010.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2010022881).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Sanofi Aventis, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada ANTICUERPOS ANTI-CXCR5 HUMANIZADOS DERIVADOS DE LOS MISMOS Y SU USO. La presente invención se refiere a anticuerpos humanizados que se unen específicamente a CXCR5 y, por ejemplo, pueden inhibir la función de CXCR5. La invención también incluye usos de los anticuerpos para tratar o prevenir enfermedades o trastornos relacionados con CXCR5. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A61K 39/395, cuyos inventores son Lee Renata, Vincent Mikol, Elizabeth Allen, Norman Ruetsch, Beatrice Cameron, Thomas Oligino, Nicolás Baurin. La solicitud correspondiente lleva el número 11293, y fue presentada a las 13:47:00 del 23 de febrero de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 24 de febrero de 2010.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2010022883).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Syngenta Participations AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE ISOTIAZOL Y PIRAZOL COMO FUNGICIDAS. La presente invención se refiere a compuestos de Fórmula I donde R1, R2, R3 o R4 son como se los definió en la reivindicación 1 o una sal o N-óxido de los mismos y a su uso en métodos para el control y/o la prevención de infecciones fúngicas, especialmente en plantas. Los compuestos reivindicados son derivados de isotiazol y pirazol. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C07D 401/06, cuyos inventores son Ackermann, Peter, Bobbio, Carla, Corsi, Camilla, Ehrenfreund, Josef, Mcginley, Ann Monica, Verras, Andreas, Titulaer, Ruud. La solicitud correspondiente lleva el número 11197, y fue presentada a las 13:14:10 del 07 de enero de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 5 de marzo de 2010.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2010022885).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Regeneron Pharmaceuticals Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada ANTICUERPOS HUMANOS DE ALTA AFINIDAD DE FACTOR DE CRECIMIENTO DE NERVIO HUMANO. Un anticuerpo o fragmento a antígeno de un anticuerpo humano que se une específicamente a factor de crecimiento de nervio humano (NGF) con una K de 5 pM o menos, que no reacciona de forma cruzada con neorotrofina-3 (NT-3, y que se une a NGF humano con una K aproximadamente de 2 a 10 veces mayor que la correspondiente a la unión del anticuerpo o fragmento con NGF de rata o ratón. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A61K 39/395, cuyos inventores son Macdonald Lynn, Torres Richard, Morra Marc, Martin Joel, Reinhardt Joel C. La solicitud correspondiente lleva el número 11298, y fue presentada a las 14:16:00 del 25 de febrero de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de febrero de 2010.—Randall Abarca Aguilar Registrador.—(IN2010022887).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, en condición de apoderado especial de Dart Industries Inc, de E.U.A., solicita el Modelo Industrial denominado APARATO PARA HACER BOLAS DE COMIDA.

Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o formato PDF

El diseño ornamental de una máquina de masa cocida, como se muestra y describe. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Novena Edición es 31/00, cuyo inventor es Famia E. Hablo. La solicitud correspondiente lleva el número 10635, y fue presentada a las 14:13:00 del 25 de febrero de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de febrero de 2010.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2010022888).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

El Registro de la Propiedad Industrial, Sección de Patentes hace saber que por resolución de las ocho horas cinco minutos del dieciocho de febrero del dos mil diez, fue inscrito el Modelo Industrial denominado ALIMENTO PARA MASCOTAS (RAZAS ADULTAS CON PEDIGRI Y BALANCE NATURAL) a favor de Mars, Incorporated, domiciliada en Estados Unidos de América, cuyo creador es: Juan Ramón Vilchis Cabanillas, de nacionalidad mexicana, se le ha otorgado el número de inscripción de modelo industrial 299, estará vigente hasta el dieciocho de febrero de dos mil veinte, la clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es 01/06.—Randall Abarca Aguilar Registrador.—1 vez.—(RP2010162004.—(IN2010022813).

El Registro de la Propiedad Industrial, Sección de Patentes hace saber que por resolución de las trece horas treinta minutos del dieciséis de febrero del dos mil diez, fue inscrito el Modelo Industrial denominado “ALIMENTO PARA MASCOTAS (RAZAS PEQUEÑAS CON PEDIGRI)” de Mars Incorporated, cuyo creador es el señor Juan Ramón Vilchis Cabanillas; se le ha otorgado el número de inscripción de Modelos Industriales 297 estará vigente hasta el día dieciséis de febrero de dos mil veinte, la Clasificación Internacional de Dibujos, Modelos Industriales Sétima Edición es 01-06.—Lic. Melissa Solís Zamora.—1 vez.—RP2010162005.—(IN2010022814).

El Registro de la Propiedad Industrial. Sección de Patentes. Hace saber que por resolución de las catorce horas veinticinco minutos del nueve de febrero del dos mil diez, fue inscrito el Modelo Industrial denominado CONFIGURACIÓN APLICADA A UNA BOTELLA de cuyos creadores son Maaike Van Besien, José Gretry, David Van Wees y Devin Kelly; se les ha otorgado el número de inscripción de Modelos Industriales 289, estará vigente hasta el día nueve de febrero de dos mil veinte, la clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es 09-01.—San José, diecinueve de enero del dos mil diez.—Lic. Melissa Solís Zamora.—1 vez.—(IN2010022862).

El Registro de la Propiedad Industrial. Sección de Patentes. Hace saber que por resolución de las catorce horas treinta minutos del diez de febrero del dos mil diez, fue inscrito el Modelo Industrial denominado SELLO PARA RECIPIENTE de Dart Industries Inc., cuyos creadores son Thomas Joseph McMahon III, Christopher J. Claypool y David Daud; se les ha otorgado el número de inscripción de Modelos Industriales 291 estará vigente hasta el día diez de febrero de dos mil veinte, la clasificación Internacional de Dibujos, Modelos Industriales Sétima Edición es 07-01.—San José, diecinueve de enero del dos mil diez.—Lic. Melissa Solís Zamora.—1 vez.—(IN2010022864).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Expediente Nº 9354A.—Brígido Martínez Lara, solicita concesión de: 0,35 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en La Cruz, La Cruz, Guanacaste, para uso consumo humano-doméstico y agropecuario-riego. Coordenadas: 334.750 / 356.500, hoja Bahía de Salinas. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de marzo del 2010.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Director de Aguas.—RP2010161552.—(IN2010022523).

Expediente Nº 526H.—Ingenio Quebrada Azul Ltda., solicita concesión de: 600 litros por segundo del río Peje, efectuando la captación en finca de Ganadera Agrícola Santa Clara S. A. en Florencia, San Carlos, Alajuela, para uso fuerza hidráulica-generación eléctrica. Coordenadas 259.900 / 485.150 hoja Naranjo. 66 m. 388,5 kw caída bruta (metros) potencia teórica (Kw) Predios inferiores: Maderera La Florencia Ltda., Promaderas S. A., Maderas Agroforestales S. A. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de marzo de 2010.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—RP2010161884.—(IN2010022822).

Expediente Nº 13675P.—Papagayo Golf and Country Club S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo del pozo CN-573, efectuando la captación en finca de Papagayo Golf and Country Club S. A. en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, para uso agropecuario riego. Coordenadas 276.106 / 358.063 hoja Carrillo Norte. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de noviembre de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—RP2010161932.—(IN2010022823).

Expediente Nº 6789A.—Lumberjack S. A., solicita concesión de: 0,06 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Ángeles, San Ramón, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 247.550 / 478.550 hoja San Lorenzo. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de marzo del 2010.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—RP2010162057.—(IN2010022824).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Seferina Torres Ortiz, debidamente ratificado por Jean Carlo Jiménez Ortiz, conocido como Jean Carlo Torres Ortiz, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 258-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas y cinco minutos del once de enero del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 19339-2006. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Jean Carlo Jiménez Ortiz, en el sentido que el nombre y el primer apellido de la madre son “Seferina” y “Torres”, respectivamente, y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—RP2010162276.—(IN2010023185).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-000014-72900

Equipo y programas de cómputo

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, recibirá ofertas hasta las 10:00:00 horas del día 19 de abril del 2010, para la adquisición de “Equipo y programas de cómputo”.

Los interesados tendrán el cartel a su disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/Comprared de Internet, a partir de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta; o podrá obtenerlo inmediatamente en el Departamento de Contrataciones de la Proveeduría Institucional para que puedan fotocopiarlo, la Proveeduría se encuentra ubicada del antiguo Complejo Kamakiri 400 metros al este, Barrio Tournón, San José.

Se aclara que la forma de pago es usual de Gobierno.

Proveeduría Institucional.—Lic. Jorge Rojas Cerdas, Proveedor Institucional a. í.—1 vez.—Solicitud Nº 7573.—O. C. Nº 8109.—C-15320.—(IN2010024396).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados a participar en los siguientes procedimientos de:

LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000004-PROV

Contratación de servicio de vigilancia y seguridad

en diversos locales de Pavas, Hatillo y Alajuelita

Fecha y hora de apertura: 27 de abril de 2010, a las 9:00 horas.

————

LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000007-PROV

Contratación de servicio de mantenimiento preventivo y correctivo

para las UPS de los Tribunales de Justicia de Nicoya

Fecha y hora de apertura: 27 de abril de 2010, a las 10:00 horas.

Los carteles se pueden obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados deben dirigirse al Proceso de Adquisiciones del Departamento de Proveeduría; sita en el 3° piso del edificio Anexo B, ubicado en la esquina formada entre calle 15 avenida 6, San José; o bien, obtenerlos a través de Internet, en la dirección http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la dirección mvenegas@poder-judicial.go.cr. En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a los teléfonos 2295-3136/3623/3295.

San José, 18 de marzo del 2010.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—(IN2010024392).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

CONCURSO Nº 2010LN-000004-1142

2.600 Frascos ampolla de Complejo Proteico de Neurotoxina

(toxina botulínica Tipo A) de Clostridium Botulinum

100 unidades ó 500 unidades

Se informa a los interesados que está disponible el cartel de la Licitación Pública 2010LN-000004-1142, para la adquisición de:

Ítem único: 2.600 Frascos ampolla de Complejo Proteico de Neurotoxina (toxina botulínica Tipo A) de Clostridium Botulinum 100 unidades ó 500 unidades. Forma estéril para inyección producida por liofilización o secad al vacío. Con o sin diluente adjunto (solución estéril de cloruro de sodio al 0,9%). No contiene preservantes.

Apertura de ofertas para el día 05 de mayo de 2010 a las 10:00 horas. Vea detalles y mayor información en la Página Web http://www.ccss.sa.cr.

San José, 18 de marzo de 2010.—Subárea de Carteles.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—Solicitud Nº 2112.—O. C. Nº 1142.—C-11920.—(IN2010024425).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000029-1142

Jeringa hipodérmica descartable de 2 a 3 cc

Se informa a los interesados que está disponible el cartel de la Licitación Abreviada 2010LA-000029-1142, para la adquisición de: ítem único: 5500000 Ud jeringa hipodérmica descartable de 2 a 3 cc.

Apertura de ofertas: 11:00 horas del día 22 de abril 2010. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 17 de marzo de 2010.—Subárea de Carteles.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—C-11070.—(IN2010024442).

INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL

PROVEEDURÍA GENERAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-000032-IMAS

Contratación de empresa constructora para realizar las reparaciones

y mejoras de los edificios de oficinas del Área Regional de

Desarrollo Social Suroeste (Cristo Rey) de IMAS

El Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), recibirá ofertas hasta las diez horas del 20 de abril del 2010, para la licitación en referencia, previo al pago de seis mil colones (¢6.000,00), en la Caja General, el cual podrán retirar mediante el CD con cartel respectivo conteniendo las especificaciones especiales, generales y planos en la Proveeduría del IMAS, sita: Barrio Francisco Peralta, de Pollos Kentucky 75 metros sur, primer piso, edificio central.

San José, 17 de marzo del 2010.—MBA. Ramón Alvarado G., Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2010024380).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE FERROCARRILES

El Departamento de Proveeduría del Instituto Costarricense de Ferrocarriles, recibirá ofertas para las licitaciones que se indican:

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LA-000001-01

Compra de 10.000 metros cúbicos de piedra

tipo balasto para la vía férrea

Apertura de ofertas; a las 10:00 horas del viernes 23 de abril del 2010.

————

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000001-01

Compra de ruedas para locomotoras

Apertura de ofertas; a las 09:00 horas del jueves 22 de abril del 2010.

————

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000002-01

Compra de tornillos para eclisas o mancuernas

Apertura de ofertas: a las 11:00 horas del jueves 22 de abril del 2010.

San José, 18 de marzo del 2010.—Departamento de Proveeduría.—Marta E. Navarro Sandoval.—1 vez.—Solicitud Nº 09852.—O. C. Nº 9924.—C-11920.—(IN2010024439).

ADJUDICACIONES

AGRICULTURA Y GANADERÍA

INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN Y TRANSFERENCIA EN TECNOLOGÍA AGROPECUARIA

LICITACIÓN PÚBLICA N° LN000001-999999

Compra de materia prima para la elaboración

de concentrado de alimento para cerdos

En sesión Nº 206 (ord.), artículo 5, celebrada el 09/03/2010, acuerdo Nº 7.

SE ACUERDA:

De conformidad con recomendación de la Comisión de Recomendación de Adjudicaciones, contenida en el acuerdo N° 2, artículo N° 3 de la sesión N° 024, celebrada por esa Comisión el 3 de marzo del 2010, y comunicada a este Órgano Colegiado mediante oficio CRA-INTA-010-2010 de fecha 5 de marzo del 2010, suscrito por la Ingeniera Isabel Alvarado Alpízar, para que la Licitación Pública N° LN000001-999999 promovida para la compra de materia prima para la elaboración de concentrado de alimento para cerdos, como se detalla en el siguiente cuadro

 

Ítem

Cantidad

Detalle

Precio unitario

Precio total

1

6.050

Sacos de 46 kilos de maíz molido

7.671,42

46.412.091,00

2

1.155

Sacos de 46 kilos de harina de soya

14.300,00

16.516.500,00

3

93

Sacos de 50 kilos de fosfato mono-cálcico

23.460,00

2.181.780,00

4

103

Bolsas de 50 kilos de carbonato de

calcio

1.933,00

199.099,00

5

47

Bolsas de 23 kilos de premezcla de

vitaminas y minerales para cerdos

42.850,00

2.013.950,00

6

24

Sacos de 50 kilos de sal gruesa

3.488,00  1

83.712,00

7

31

Bolsas de 25 kilos de lisina

33.680,00

1.044.080,00

8

16

Estañones de 200 kilos de aceite de

soya

142.000,00

2.272.000,00

9

10

Bolsas de 25 kilos de Clortetraciclina

66.250,00

662.500,00

10

16

Bolsas de 25 kilos de secuestrador de

aflatoxinas, similar a Toxibond

9.400,00

150.400,00

11

6

Bolsas de 23 kilos de metionina

84.150,00  2

504.900,00

12

16

Bolsas de 25 kilos de BMD

95.121,00

1.521.936,00

13

326

Sacos de 46 kilos de acemite

5.385,00

1.755.510,00

14

6

Bolsas de 25 kilos de corrector de

Pezuñas

 

0,00

15

6

Estañones de 310 kilos de melaza

30.225,00

181.350,00

16

6

Bolsas de 25 kilos de colina

19.400,00

116.400,00

17

31

Bolsas de 46 kilos de harina de pescado

63.320,00  3

1.962.920,00

18

108

Bolsas de 25 kilos de suero dulce

17.380,00

1.877.040,00

19

152

Bolsas de 23 kilos de produmix mega

11

54.625,00   4

8.303.000,00

20

93

Bolsas de 25 kilos de alimento de alta

calidad nutricional

23.000,00 5

2.139.000,00

21

2

Bolsas 23 kilos de Olor none,

neutralizador control de olores

 

0,00

22

36

Tarros de 23 kilos de premezcla

desparacitante con Febendazol 4%

35.950,00  6

2.983.850,00

23

4

Bolsas de 10 kilos de antibiótico a base de Tilmicocina al 20%

276.000,00

1.104.000,00

Total de la oferta

 

¢93.986.018,00

Observaciones

 

1 Se piden sacos de 50 kilos y ofrecen de 46 kilos

 

 

2 Se piden bolsas de 23 kilos y ofrecen de 25 kilos

 

 

3 Se piden bolsas de 46 kilos y ofrecen de 50 kilos

 

 

4 Se piden bolsas de 23 kilos y ofrecen de 25 kilos

 

 

5 Se piden bolsas de 25 kilos y ofrecen de 20 kilos

 

 

6 Se piden bolsas de 23 kilos y ofrecen tarros de 10 kilos

a.   Por no haberse recibido ofertas se recomienda declarar infructuosos los renglones: N° 14 (6 bolsas de 25 kilos de corrector de pezuñas) y N° 21 (2 bolsas de 23 kilos de olor none, neutralizador control de olores).

b.  Designar como contraparte fiscalizadora para esta adjudicación a la Ingra. Yerardy Zúñiga González, Coordinadora de la Estación Experimental Los Diamantes.

El total adjudicado a la Empresa Concentrados La Soya corresponde a un monto de noventa y tres millones novecientos ochenta y seis mil dieciocho colones con cero céntimos (¢93.986.018,00).

Acuerdo firme. Ejecútese por parte de la Dirección Ejecutiva.

Dr. Bernardo Mora Brenes, Director Ejecutivo.—Lic. Isabel Alvarado Alpízar, Directora Adm. Financiera.—1 vez.—O. C. Nº 4236.—Solicitud Nº 25018.—C-103800.—(IN2010024446).

SALUD

INSTITUTO COSTARRICENSE DE INVESTIGACIÓN

Y ENSEÑANZA EN NUTRICIÓN Y SALUD

LICITACIÓN PÚBLICA 2010LN-000001-00100

Compra de gas licuado de petróleo según demanda

La Proveeduría Institucional del Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud, informa que se emitió la resolución de adjudicación 021-2010 a las 10:00 horas del día 16 de marzo del 2010, para el trámite de Contratación 2010LN-000001-00100 promovido a favor del INCIENSA. La línea única fue adjudicada a la empresa Gas Nacional Zeta S. A., cédula jurídica 3-101-114502, suministro se gas licuado de petróleo según demanda, por el precio unitario de ¢348.209 por litro. El interesado tiene la resolución a disposición en el Sistema COMPRARED en forma gratuita en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared, o podrá obtenerla en la fotocopiadora del Instituto.

Lic. Gabriela Chavarría Richmond, Proveedora Institucional.—1 vez.—Solicitud Nº 24601.—O. C. Nº 22696.—C-10220.—(IN2010024438).

BANCO DE COSTA RICA

OFICIA DE COMPRAS Y PAGOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-005040-01

Consultoría para la definición del marco de arquitectura empresarial,

evaluación de la situación actual y estrategia de migración

a la arquitectura futura del conglomerado BCR

El Banco de Costa Rica, comunica a los interesados que la Comisión de Contratación Administrativa, en reunión 14-2010 CCADTVA celebrada el 15 de marzo del 2010, acordó declarar infructuosa la licitación en referencia.

San José, 17 de marzo del 2010.—Área de Licitaciones.—Rodrigo Aguilar Solórzano.—1 vez.—Solicitud Nº 26357.—O. C. Nº 59429.—C-9370.—(IN2010024426).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

DEPARTAMENTO PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-109022-UL

(Aviso de declaratoria de infructuosa)

Precalificación de empresas ejecutoras de servicios

de investigación de mercados

En concordancia con las facultades conferidas en el artículo Nº 13 del Reglamento Interno de Contratos Administrativos, la Junta Directiva en Acuerdo Nº VIII, sesión Nº 8991 del 08 de marzo 2010 y con sustento en las consideraciones de orden legal y técnico dictaminadas en oficio PROV-00915-2010 del 24 de febrero 2010, el cual se tendrá como parte integral del acuerdo, resolvió declarar infructuoso el presente concurso, por cuanto la única oferta recibida no alcanzó el puntaje mínimo requerido (70%) para calificar desde el punto de vista financiero.

San José, 18 de marzo del 2010.—Lic. Yesenia Quirós Angulo, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 18792.—C-15320.—(IN2010024366).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS

DE SALUD HUETAR ATLÁNTICA

LICITACIÓN NACIONAL 2009LN-000001-2699

Compra de servicios para la vigilancia y seguridad

del Área de Salud de Limón

La Dirección Regional de Servicios de Salud Huetar Atlántica de la Caja Costarricense de Seguro Social, comunica que se declara infructuosa la Licitación Nacional 2009LN-000001-2699 por la “Compra de servicios para la vigilancia y seguridad del Área de Salud de Limón”.

El expediente se encuentra a las órdenes en la Dirección Regional.

Limón, 16 de marzo del 2010.—Unidad Regional de Contratación Administrativa.—Lic. Irma Wilson González.—1 vez.—(IN2010024348).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ

PROCESO PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000002-01

Construcción de puente sobre Quebrada Yeguas

en Urbanización Coopeguachipelín de Escazú

La Municipalidad de Escazú comunica que en sesión ordinaria Nº 203, acta Nº 289 del 15 de marzo del dos mil diez, acuerdo Nº AC-72-01-10 se adjudica la Licitación Abreviada Nº 2010LA-000002-01 denominada “Construcción de puente sobre Quebrada Yeguas en Urbanización Coopeguachipelín de Escazú”, a la persona jurídica Movimientos de Tierra Méndez y Vargas S. A., cédula jurídica número 3-101-481543, por un monto de ¢38.490.000,00 (treinta y ocho millones cuatrocientos noventa mil colones con 00/100).

Se advierte que, de conformidad con las disposiciones de la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, estos actos pueden recurrir dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes, contados a partir del día siguiente de su comunicación o su debida publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dicho recurso se puede interponer ante el Concejo Municipal conforme a los artículos 27 inciso e), 84 inciso e) y 91 de la Ley de Contratación Administrativa. Acuerdo en firme.

Cira Castro Myrie, Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 31730-Solicitud Nº 4000.—C-17870.—(IN2010024441).

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA

LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000001-01

Servicios profesionales para realizar el proyecto de indigencia:

Esperanza hacia un Nuevo Amanecer

La Municipalidad del cantón Central de Alajuela, comunica que según resolución de la Alcaldía Municipal de Alajuela, de las doce horas y veintiocho minutos del día veintidós de febrero de dos mil diez, adjudica la referida licitación al señor José Antonio Ortiz Jiménez cédula número 2-422-474, por un monto de ¢24.191.500,00, por un periodo de cinco meses.

Lic. Francisco Moya Ramírez, Director Administrativo.—1 vez.—(IN2010024362).

FE DE ERRATAS

BANCO DE COSTA RICA

OFICINA DE COMPRAS Y PAGOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-005047-01

Acondicionamiento de oficina BCR en Centro

Comercial Plaza Real Alajuela

Se le informa a todos los interesados en la licitación de referencia, de la siguiente modificación:

Se modifica el punto 1 del cartel para que se lea de la siguiente forma:

1-  El Banco de Costa Rica (B.C.R.), recibirá ofertas por escrito hasta las diez horas con treinta minutos (10.30 a. m.) del 09 de abril del 2010 para la licitación de referencia.

2-  Se indica que hay aclaraciones sobre las especificaciones técnicas, los interesados pueden retirarlas en la Oficina de Compras y Pagos, ubicada en el tercer piso del edificio central, ubicado entre calles 4 y 6, avenidas 0 y 2, de 9 de la mañana a las 3 de la tarde.

Área de Licitaciones.—Rodrigo Aguilar Solórzano.—1 vez.—Solicitud Nº 26358.—O. C. Nº 59429.—C-13620.—(IN2010024427).

CAJA COSTARRICENSE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL SAN CARLOS

LICITACIÓN PÚBLICA 2010LN-000001-2401

Adquisición de hormonas, marcadores tumorales, e infecciosas

Se informa a los interesados, que la fecha de apertura para la Licitación Pública 2010LN-000001-2401, “Adquisición de Hormonas, marcadores tumorales, e infecciosas”, fue reprogramada para el día 05 de abril del 2010. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San Carlos, 19 de marzo del 2010.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Cristy Núñez Rodríguez, Coordinadora a. í.—1 vez.—(IN2010024385).

GERENCIA DE LOGÍSTICA

DIRECCIÓN TÉCNICA DE BIENES Y SERVICIOS

En publicación en La Gaceta Nº 46 del 8 de marzo del 2010, página 73, Variación de Parámetros:

Donde dice:

Código                      Descripción                                    Versión CFT

46-6180     Acetato de Aluminio Fórmula***                       09702

                                                                           Rige a partir de su publicación

Léase correctamente:

Rige seis meses después de su publicación.

San José, 10 de marzo del 2010.—Área de Planificación de Bienes y Servicios.—Lic. William Vargas Chávez, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1143.—C-13020.—(IN2010024443).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

CUERPO DE BOMBEROS DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-101001-UL

Vehículos de extinción de incendios

Se comunica a los interesados en la presente licitación, cuya invitación a participar se publicó en el Diario Oficial La Gaceta Nº 35 del 19 de febrero del 2010, las siguientes modificaciones y aclaración:

I.   Modificaciones:

Renglón Nº 1 Vehículo extintor forestal 4x4 de cabina extendida.

Donde se indica:

L. CARROCERÍA:

Punto 11. Compartimentos: Todos los compartimientos diseñados para evitar la entrada de agua, así como maniguetas con cerradura. Con al menos cuatro (4) gaveteros con sistema de cierre necesarios para el transporte y colocación de los equipos y herramientas a utilizar por el personal de Bomberos.

Debe leerse correctamente:

L. CARROCERÍA:

Punto 11. Compartimentos: Diseñados para evitar la entrada de agua. Con al menos cuatro (4) gaveteros con sistema de cierre tipo cortina, necesarios para el transporte y colocación de los equipos y herramientas a utilizar por el personal de Bomberos.

Renglón Nº 2 Tractocamión (Cabezal)

Donde se indica:

B. MOTOR:

Punto 2: ...el motor debe tener no menos de 410.13 Kw (550 hp) de potencia y 1850 lb/pie de torque. Indicar la capacidad y características del motor. Aportar catálogo...

Debe leerse correctamente:

B. MOTOR:

Punto 2: ...el motor debe tener no menos de 372.84 Kw (500 hp) de potencia y 1850 lb/pie de torque. Indicar la capacidad y características del motor. Aportar catálogo...”

II.  Aclaración:

Se aclara que la vigencia mínima de la garantía de participación es hasta un mes adicional a la fecha máxima establecida para dictar el acto de adjudicación.

Todas las demás condiciones se mantienen invariables.

Unidad de Proveeduría.—Lic. Guido Picado Jiménez, Jefe.—1 vez.—(IN2010024402).

REGLAMENTOS

AVISOS

COLEGIO DE ENFERMERAS Y ENFERMEROS DE COSTA RICA

REGLAMENTO DE INCORPORACION

La Junta Directiva, en cumplimiento del artículo 16 del Reglamento a la Ley Nº 2343 del Colegio de Enfermeras y Enfermeros de Costa Rica, promulga el siguiente Reglamento de Incorporación de Profesionales en Enfermería:

Artículo 1º—Objeto. El presente Reglamento normará el procedimiento y decisión sobre la incorporación de licenciadas y licenciados al Colegio y se denominará en adelante “Reglamento de Incorporación”.

Artículo 2º—Sobre la Decisión de Incorporación. El Colegio de Enfermeras y Enfermeros de Costa Rica que en adelante se denominará El Colegio, es el Ente con la potestad para otorgar la Licencia para el ejercicio legal de la profesión en Enfermería y corresponde a la Junta Directiva del Colegio conocer, admitir o improbar la solicitud de incorporación.

Artículo 3º—Obligatoriedad de la incorporación. La incorporación al Colegio es obligatoria para toda aquella persona egresada con el grado mínimo de licenciatura en la Carrera Universitaria de Enfermería que desee ejercer la profesión en el país.

Artículo 4º—Definiciones. En el procedimiento de solicitud y decisión para la incorporación de profesionales Licenciadas y Licenciados en Enfermería, se tienen como sujetos involucrados los siguientes:

1.  Órgano Resolutor: Es el órgano administrativo llamado, de conformidad con la Ley General de Administración Pública a conocer, aprobar, improbar la solicitud de incorporación. Entiéndase por Órgano Resolutor a la Junta Directiva del Colegio de Enfermeras y Enfermeros de Costa Rica.

2.  Solicitante: Es el o la Profesional en Enfermería y deberá entenderse como aquella persona que ostente el grado de Licenciado o Licenciada en Enfermería debidamente emitido por las universidades nacionales autorizadas o cuyo título emitido por una universidad extranjera esté reconocido y equiparado por el Consejo Nacional de Rectores (CONARE) de acuerdo con los cánones legales para dicho procedimiento.

Artículo 5º—Incorporación Ordinaria. Es aquel acto que se realiza dentro de los periodos establecidos y acordados por la Junta Directiva. El mismo, se llevará a cabo única y exclusivamente cuando el acuerdo de incorporación del profesional en enfermería conste y esté en firme en las Actas de Junta Directiva.

Artículo 6º—Incorporación Extraordinaria. Es aquel acto que se realiza fuera de los periodos establecidos y acordados por la Junta Directiva. Sólo se aplican bajo esta modalidad, aquellas solicitudes en que existan excepciones debidamente justificadas y valoradas por la Junta Directiva. Al igual que lo expuesto en el artículo anterior, el acto se llevará a cabo única y exclusivamente cuando el acuerdo de incorporación de la o del profesional en Enfermería conste en firme en las Actas de la Junta Directiva.

Artículo 7º—Solicitudes de Incorporaciones. Los solicitantes deben presentar los requisitos que establece este reglamento ante la Junta Directiva del Colegio de Enfermeras y Enfermeros de Costa Rica. Las solicitudes que sean presentadas extemporáneamente se acumularán para la convocatoria de incorporación siguiente. La Junta Directiva contará con un mes calendario para el análisis de las solicitudes presentadas y dar su veredicto.

Artículo 8º—Fechas de Recepción de documentos. La Junta Directiva aprobará las fechas de incorporación a celebrarse durante el año.

Artículo 9º—Del título de Licenciatura emitido por Universidades Nacionales. Todas / os las /los solicitantes deben cumplir con el requisito de ser Licenciadas/Licenciados en Enfermería, para lo cual deben demostrarlo a través del título respectivo. Las universidades deben tener la carrera debidamente autorizada de acuerdo a lo que establece el Consejo Nacional de Rectores (CONARE) o el Consejo de Educación Superior (CONESUP) respectivamente.

Artículo 10.—Requisitos de Incorporación para las/ los Licenciados en Enfermería de Universidades Públicas y Privadas de Costa Rica. Las/Los solicitantes que deseen obtener la incorporación al Colegio de Enfermeras y Enfermeros de Costa Rica deberán presentar los siguientes requisitos de carácter obligatorio:

1.  Solicitud de Incorporación ante la Junta Directiva del Colegio.

2.  El formulario correspondiente completo.

3.  Fotocopia del título con el grado académico de enfermería.

4.  Fotocopia del título de conclusión de estudios secundarios.

5.  Fotocopia de la cédula de identidad.

6.  Dos fotografías tamaño pasaporte.

7.  El pago de los gastos de Incorporación.

8.  Original de Hoja de Delincuencia proporcionado por el sistema interno del Colegio.

9.  Fotocopia del Certificado del Curso de Ética Profesional, impartido por el Colegio.

10.     Certificación de Servicio Social Obligatorio “Ministerio de Salud”.

11.     Certificación de inscripción del título de CONESUP o CONARE.

Artículo 11.—De las solicitudes y requisitos de Licenciados en Enfermería que estudiaron en Universidades Extranjeras. La o El solicitante que desee ejercer en el país la enfermería deberá aportar:

1.  Título de Licenciada/o, original y fotocopia de la Universidad Extranjera y debidamente convalidado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Costa Rica, además del documento original de reconocimiento y equiparación emitido por el Consejo Nacional de Rectores (CONARE).

2.  Toda la documentación deberá ser presentada en idioma español, de lo contrario se deberá presentar traducción realizada por un traductor oficial o por un notario público.

Artículo 12.—De la Aprobación de la Junta Directiva. Una vez revisada la documentación respectiva y habiéndose determinado que la misma se encuentra a derecho, la Junta Directiva aprobará y hará constar en actas la incorporación. Procederá a informar al solicitante la cita para asistir al acto de incorporación.

Artículo 13.—De las Prevenciones. Todas aquellas solicitudes que no cumplan con la normativa emitida por el CONESUP o CONARE, o con los requisitos de Incorporación exigidos en este reglamento, se les hará la respectiva prevención. La misma, deberá contestarse en un plazo de 10 días hábiles a partir de su notificación. En los casos que opere una imposibilidad material, debidamente justificada por la persona solicitante, para cumplir con la prevención, se podrá prorrogar el plazo por un término igual al otorgado originalmente. Transcurrido el plazo señalado para contestar la prevención, reiniciará el plazo de los treinta días hábiles para el estudio de la documentación presentada. La Junta Directiva podrá solicitar los documentos que considere pertinentes para la aclaración en caso de duda, si en el solicitante concurren los requisitos legales para el ejercicio de la profesión así como si el título ha sido otorgado conforme a las leyes y tratados. Por lo tanto, podrá trasladar o realizar consultas al CONESUP u otras instancias para que este pronuncie sobre la validez de los actos realizados y que son motivo de consulta. El plazo correrá a partir del momento en que estén evacuadas todas las consultas.

Artículo 14.—De la remisión del expediente al CONESUP. Cuando en las solicitudes de incorporación una vez prevenidas y contestadas, persista la inconsistencia detectada, la Junta Directiva podrá remitir el caso al CONESUP y al CONARE para que se inicie el procedimiento contemplado en el artículo 173 de la Ley General de Administración Pública.

Artículo 15.—Credenciales de Incorporación. A todo Profesional de Enfermería con grado de Licenciatura o superior que se juramente se le entregará una licencia de colegiada/o que lo acredita como miembro activo del Colegio y le faculta para el ejercicio de la profesión. La renovación de la licencia se realizará cada dos años a partir de su fecha de emisión.

El Colegio otorga un certificado de Incorporación que incluye la nomenclatura de uso social que la/lo acredita como Doctora o Doctor  y el grado académico respectivo en Enfermería.

En este punto, la/el colegiada/colegiado anotará en su identificación: título social (doctora/or), su nombre, grado académico que ostenta y el número de licencia correspondiente.

Artículo 16.—Categoría de los miembros. El Colegio tiene las siguientes categorías de miembros:

a)  Activos. Todos aquellos Profesionales de Enfermería que mantengan su licencia al día.

b)  Temporalmente Inactivos. Aquellos que voluntariamente hayan solicitado una suspensión temporal por ausentarse del país, y siempre que la labor que va a desempeñar en el país de destino no guarde relación con el ejercicio profesional de enfermería. Los que hayan sido suspendidos temporalmente por la aplicación del régimen disciplinario o por disposición de sentencia dictada por juez competente. En ambos casos se retendrá la licencia.

c)  Pensionados y Pensionadas.

d)  Honorarios. Aquellas personas a las que el Colegio ha otorgado el título de Enfermera/o Honoris Causa. Los miembros Honoris Causa no se encuentran incorporados al Colegio, por tanto, no tienen deberes y derechos de estos, sino solo los que el presente reglamento establezca.

Artículo 17.—Para efectos de las/os profesionales incorporadas (os) antes de la emisión del presente reglamento, se establece que ellas/ellos podrán solicitar el cambio de licencia cancelando el importe de la emisión del certificado y la licencia.

TRANSITORIO EN EL REGLAMENTO DE INCORPORACIÓN

“Aquellas personas que hubiesen sido incorporadas a partir de octubre del 2004, sin reunir el requisito legal de la ostentación del grado académico de licenciatura, dispondrán de un plazo de quince meses, a partir de la publicación de este reglamento para acreditar su grado de forma tal que pueda seguir constando como incorporado. En caso de no obtener el grado de licenciatura, su registro en el Colegio será modificado a inscripción como auxiliar de enfermería”.

Aprobado en la sesión Nº 1982, acuerdo N° 13, celebrada el día 18 de febrero de 2010 de la Junta Directiva del Colegio de Enfermeras y Enfermeros de Costa Rica.

Lic. Joyce Cabrera Sandoval, Presidenta.—Msc. Carmen Loaiza Madriz, Secretaria.—1 vez.—(IN2010022670).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

Mediante acuerdo tomado por los señores del Concejo Municipal del cantón central de Heredia, en sesión ordinaria N° 346-2010 del 22 de febrero del 2010, se aprobó por unanimidad la reforma del “Reglamento para el otorgamiento y uso de uniformes o indumentarias de los funcionarios de la Municipalidad de Heredia”, el cuál dice actualmente lo siguiente:

Artículo 8º—Según las tareas que realizan los trabajadores municipales, el uniforme será como a continuación se detalla:

A) Para los trabajadores de Aseo de Vías, Caminos y Calles, Taller y Cementerios, los uniformes serán: pantalones de mezclilla color negro y la camisa de color gris.

B)  Los choferes de vehículos, notificadores e inspectores, los o las conserjes y los administrativos utilizarán pantalón o enagua color azul y beige y camisa o blusa blanca y arena turquesa.

C)  Para la Policía Municipal y los guardas municipales serán pantalón color negro, camisa color gris y gorra de color negro.

D) Para los inspectores de estacionamiento el uniforme será falda o pantalón color negro, con camisa o gabacha color blanco, gorras y corbatas color negro.

La reforma es para que se lea de la siguiente forma:

Artículo 8º—Según las tareas que realizan los trabajadores municipales, el uniforme será como a continuación se detalla:

A) Para los trabajadores de Aseo de Vías, Caminos y Calles, Taller y Cementerios, los uniformes serán: pantalones de mezclilla color azul y la camisa de color gris.

B)  Los choferes de vehículos livianos utilizarán: camisa blanca y pantalón azul.

C)  Los notificadores e inspectores utilizarán los siguientes uniformes: camisa color blanco o azul marino y pantalones color negro.

D) Los o las conserjes, utilizarán: pantalones o falda de color negro y blusa o gabacha de color blanco.

E)  Para los inspectores de estacionómetros el uniforme será: falda o pantalón color negro, con camisa o gabacha color blanco, gorras, corbatas y zapatos color negro.

F)  Para la Policía Municipal los uniformes serán: pantalón color negro, camisa azul rey tipo polo y gorra color negro, la jefatura utilizará un suéter tipo chamarra color negra manga larga con sus respectivas insignias y logo en color amarillo.

G) Los uniformes para los guardas municipales serán: pantalón negro y camisa blanca con sus respectivas insignias y gorra color negro.

H) Los empleados administrativos utilizarán el diseño, color y telas que la administración disponga mediante directriz girada a las jefaturas; los uniformes reunirán las condiciones y comodidad necesarias para la adecuada prestación de los servicios que brinda la institución.

I)   La Administración dispondrá, de acuerdo a las posibilidades presupuestarias del municipio, cuáles piezas del uniforme o la indumentaria, suplirá a los funcionarios municipales según las tareas que desempeñen.

Publíquese por una vez en el Diario Oficial La Gaceta. Rige a partir de su publicación.

Heredia, 10 de marzo del 2010.—Lic. Enio Vargas Arrieta, Proveedor Municipal.—1 vez.—O. C Nº 53015.—C-37400.—(IN2010022870).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

FACULTAD DE DERECHO

ÁREA DE INVESTIGACIÓN

AVISOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

ORI-697-2010.—Ortuño Sánchez Rodolfo Antonio, R-014-2010, nicaragüense, pasaporte: C1599141, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Civil, Universidad Católica “Redemptoris Mater”, Nicaragua. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de febrero del 2010.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26469.—C-30620.—(IN2010022326).

ORI-699-2010.—Prada Villalobos Manrique, R-003-2010 (B), costarricense, cédula Nº 1-0650-0382, ha solicitado reconocimiento del diploma de Master, Ecología, Universidad de Brasilia, Brasil. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de febrero del 2010.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26469.—C-30620.—(IN2010022327).

ORI-701-2010.—Prada Villalobos Manrique, R-003-2010 (C), costarricense, cédula Nº 1-0650-0382, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor, Biología Animal, Universidad de Brasilia, Brasil. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de febrero del 2010.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26469.—C-30620.—(IN2010022329).

ORI-703-2010.—Arias Monge Mónica, R-022-2010, costarricense, cédula de identidad número 1-0898-0217, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora, Universidad de Barcelona, España. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de febrero del 2010.— M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26469.—C-30620.—(IN2010022330).

ORI-707-2010.—Alvarado Núñez Francisco Javier, R-023-2010, costarricense, cédula de identidad número 6-0308-0849, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 24 de febrero del 2010.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26469.—C-30620.—(IN2010022331).

ORI-666-2009.—Cameron Clarke Jenory Elena, R-020-2010, costarricense, cédula Nº 1-1142-0122, ha solicitado reconocimiento del diploma de Médica Cirujana, Universidad de Montemorelos, México. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 22 de febrero del 2010.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26466.—C-30600.—(IN2010022332).

ORI-665-2009.—Alpízar Salas Laura Marcela, R-019-2010, costarricense, cédula: 2-0589-0050, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 22 de febrero del 2010.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26466.—C-30600.—(IN2010022336).

ORI-664-2010.—Benchetrit De Mrejen Martine, R-012-2010, francesa, cédula de residente rentista LN: 125000054926, ha solicitado reconocimiento del diploma de Diploma de Estado de Doctor en Cirugía Dental, Universidad de Montpellier I, Francia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 22 de febrero del 2010.—M.B.A. José  A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26466.—C-30600.—(IN2010022394).

ORI-662-2009.—Arias Calvo María Alejandra, R-018-2010, costarricense, cédula: 1-1264-0080, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 22 de febrero del 2010.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26466.—C-30600.—(IN2010022395).

ORI-645-2010.—Chavarría Carranza Carlos Yurán, R-007-2010, costarricense, cédula Nº 1 0827 0302, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Comunicaciones y Paz, Universidad para la Paz, Costa Rica. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de febrero del 2010.—M. B. A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26466.—C-30600.—(IN2010022396).

Liyanyi Granados Granados, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 3 de marzo del 2010.—Dr. Olivier Rémy Gassiot, Director.—(IN2010022407).

ORI-739-2010.—Herrera Rodríguez Mauricio, R-114-2007 (B), costarricense, cédula Nº 1-1047-0502, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctorado en Filosofía, Geografía, The University of Kansas, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 24 de febrero del 2010.—M. B. A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26470.—C-33170.—(IN2010022409).

ORI-736-2010.—Cortés Muñoz Marianela, R-013-2010, costarricense, cédula de identidad 1-0936-0566, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Bioquímica, Química y Tecnología de los Alimentos, Universidad de Montpellier 2, Francia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 24 de febrero del 2010.—M. B. A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26470.—C-33170.—(IN2010022410).

ORI-728-2010.—Ferlini Salazar Héctor Mariano, R-005-2010, costarricense, cédula Nº 1 0454 0856, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Administración de Empresas con Énfasis en Mercadeo, National University, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 24 de febrero del 2010.—M. B. A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26470.—C-33170.—(IN2010022411).

ORI-686-2010.—Rodas Chun Isaac Guillermo, R-015-2010, guatemalteco, pasaporte: 000360053, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Administración de Empresas, Universidad Mariano Galvez, Guatemala. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 22 de febrero del 2010.—M. B. A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26468.—C-30620.—(IN2010022413).

ORI-683-2009.—Sosa Nicora Elisa Beatriz, R-017-2010, paraguaya, residente permanente: 160000004029, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Educación Física y Deporte, Escuela Internacional de Educación Física y Deporte, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 22 días del mes de febrero del 2010.—M. B. A. José A. Rivera Monge, Director.—(OC 118068).—(Solicitud Nº 26468).—C-30620.—(IN2010022414).

ORI-682-2009.—Reynaurd Olivier Jean-Jacques, R-004-2010, francés, pasaporte: 07CF79305, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Ciencias Físicas, con especialidad en Física, Universidad de Aix Marseille I, Francia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes ala publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 22 días del mes de febrero del 2010.—M. B. A. José A. Rivera Monge, Director.—(OC 118068).—(Solicitud Nº 26468).—C-30620.—(IN2010022415).

ORI-685-2009.—García Mendez Clara Inés, R-016-2010, colombiana, residente permanente: 117000114636, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniera de Sistemas, Universidad Incca, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes ala publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 22 días del mes de febrero del 2010.—M. B. A. José A. Rivera Monge, Director.—(OC 118068).—(Solicitud Nº 26468).—C-30620.—(IN2010022416).

ORI-696-2010.—Prada Villalobos Manrique, R-003-2010(A), costarricense, cédula Nº 1 0650 0382, ha solicitado reconocimiento del diploma de Bachiller, Ciencias Biológicas, Universidad de Brasilia, Brasil. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes ala publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 23 días del mes de febrero del 2010.—M. B. A. José A. Rivera Monge, Director.—(OC 118068).—(Solicitud Nº 26468).—C-30620.—(IN2010022417).

ORI-200-2010.—Solís Ramos Laura Yesenia, R-001-2010, costarricense, cédula de identidad número 109560593, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Ciencias y Biotecnología de Plantas, Centro de Investigación Científica de Yucatán, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes ala publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 19 días del mes de enero del 2010.—M. B. A. José A. Rivera Monge, Director.—(OC 118068).—(Solicitud Nº 26465).—C-33170.—(IN2010022418).

ORI-38-2010.—De Pablo Sánchez Fernando, R-285-2009, español, pasaporte número BA929083, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, Universidad Alfonso X El Sabio, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes ala publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 7 días del mes de enero del 2010.—M. B. A. José A. Rivera Monge, Director.—(OC 118068).—(Solicitud Nº 26465).—C-33170.—(IN2010022419).

ORI-418-2010.—Murillo Herrera Mauricio, R-002-2010, costarricense, cédula de identidad número 1-0978-0812, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Filosofía, Universidad de Pittsburgh, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes ala publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 2 días del mes de febrero del 2010.—M. B. A. José A. Rivera Monge, Director.—(OC 118068).—(Solicitud Nº 26465).—C-30620.—(IN2010022420).

ORI-742-2010.—Obando Zúñiga Evelyn Andrea, R-010-2010, costarricense, cédula de identidad 1 0928 0049, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Artes en Medios de Comunicación, Universidad de Florida, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes ala publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 2 días del mes de febrero del 2010.—M. B. A. José A. Rivera Monge, Director.—(OC 118068).—(Solicitud Nº 26465).—C-30620.—(IN2010022421).

ORI-583-2010.—Pinzón Luna Claudia Patricia, R-008-2010, colombiana, cédula de residente permanente: 117000668332, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Industrial, Corporación Universitaria Autónoma de Occidente, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 17 de febrero del 2010.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José A. Rivera Monge, Director.—O. C Nº 118068.—Solicitud Nº 26465.—C-25520.—(IN2010022422).

ORI-677-2010.—Guevara Rojas Evelyn Tatiana, R-009-2010, costarricense, cédula de identidad 1 0941 0236, ha solicitado reconocimiento del diploma de Profesional Especialista en Rehabilitación Oral, Universidad de Chile, Chile. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de febrero del 2010.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José A. Rivera Monge, Director.—O. C Nº 118068.—Solicitud Nº 26467.—C-30600.—(IN2010022423).

ORI-786-2010.—González Lutz María Isabel, costarricense, cédula 6 0096 1268, ha solicitado reposición de los títulos de Bachiller en Economía, Licenciada en Ciencias Económicas y Sociales con Especialización en Estadística y Magister en Población y Salud. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 1º de marzo del 2010.—Oficina de Registro e Información Estudiantil.—MBA José A. Rivera Monge, Director.—O. C Nº 118068.—Solicitud Nº 26452.—C-22500.—(IN2010022426).

ORI-788-2010.—Madrigal Ramírez Yahaira, costarricense, cédula 3 0392 0650, ha solicitado reposición del título de Bachiller en Ciencias de la Educación con Énfasis en Educación Especial. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 1º de marzo del 2010.—Oficina de Registro e Información Estudiantil.—MBA José A. Rivera Monge, Director.—O. C Nº 118068.—Solicitud Nº 26452.—C-22500.—(IN2010022427).

ORI-790-2010.—Soto Ortega Ana Cristina, costarricense, cédula número 5 0269 0308, ha solicitado reposición del título de Bachiller en Turismo Ecológico. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 1º de marzo del 2010.—Oficina de Registro e Información Estudiantil.—MBA José A. Rivera Monge, Director.—O. C Nº 118068.—Solicitud Nº 26452.—C-22500.—(IN2010022428).

Ana Paola Rodríguez Ramírez ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación; solo publicar tres veces.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 24 de noviembre del 2009.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(IN2010022429).

Nathalia Quirós Sánchez, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación; solo publicar tres veces.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 24 de noviembre del 2009.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(IN2010022431).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

ORI-679-2010.—León González Ramón Gonzalo, R-006-2010(A), costarricense, cédula Nº 1-0978-0149, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Ciencias, Especialización en Producción y Fisiología de Cultivos, Universidad del Estado de Iowa de Ciencia y Tecnología, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 23 días del mes de febrero del 2010.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26467.—C-33150.—(IN2010022478).

ORI-675-2010.—Van Der Laat Llinas Rocío, R-011-2010, costarricense, cédula de identidad 1-0835-0403, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Ciencias-Especialización en Producción y Fisiología de Cultivos, Universidad del Estado en Iowa de Ciencias y Tecnología, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 22 días del mes de febrero del 2010.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26467.—C-33150.—(IN2010022479).

ORI-667-2009.—Casierra Perlaza Francisco, R-021-2010, costarricense, cédula: 8-0088-0467, ha solicitado reconocimiento del diploma de Químico, Universidad Del Valle, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, a los 22 días del mes de febrero del 2010.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26467.—C-30600.—(IN2010022480).

ORI-681-2010.—León González Ramón Gonzalo, R-006-2010(B), costarricense, cédula Nº 1-0978-0149, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor, especializaciones en Producción y Fisiología de Cultivos y Genética, Universidad del Estado de Iowa de Ciencia y Tecnología, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los 23 días del mes de febrero del 2010.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.––O. C. Nº 118068.—Solicitud Nº 26467.––C-33150.––(IN2010022481).

Fiorella Maffio Castillo, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 2 de marzo del 2010.—Área de Investigación.—Dr. Olivier Rémy Gassiot, Director.—RP2010161479.—(IN2010022524).

Noelia Marcela Cisneros Quesada ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 3 de marzo del 2010.—Dr. Olivier Rémy Gassiot, Director.—RP2010161886.—(IN2010022828).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Andrea María Álvarez Roldán, cédula 1-1244-0017, quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciada en derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—San José, 09 de marzo del 2010.—Dr. Olivier Rémy Gassiot, Director.—(IN2010024355).

José Pablo Pineda Sancho, cédula 1-0988-0618, quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de licenciado en derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—San José, 09 de marzo del 2010.—Dr. Olivier Rémy Gassiot, Director.—(IN2010024357).

UNIVERSIDAD NACIONAL

VICERRECTORÍA ACADÉMICA

REPOSICIÓN DE TÍTULO

AVISO

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional, se ha presentado solicitud de reposición de diploma por extravío. Correspondiente al título de Bachillerato en Secretariado Profesional. Grado académico: Bachillerato, registro en el libro de títulos bajo el tomo 13, folio 69, asiento 665, a nombre de Patricia González García. Con fecha 11 de julio de 1996, cédula de identidad Nº 9-0065-0264. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—Heredia, 24 de febrero del 2010.—Departamento de Registro.—M. A. E. Marvin Sánchez Hernández, Director.—(IN2010022656).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

REPOSICIÓN DE TÍTULO

AVISO

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Ante el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, se ha presentado German Alfaro Jiménez, cédula Nº 401490535, carné de estudiante 9008183, a solicitar reposición de su título de Ingeniero en Agronomía, grado académico: Bachillerato Universitario, según consta en el Libro Oficial de Graduados tomo 2, acta Nº 75, página 66, Registro Nº AG-97002, graduación efectuada el 18 de abril de 1997, por extravío. Se publica este edicto para recibir oposiciones a esta reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de esta publicación.—Cartago, 2 de marzo del 2010.—Máster William Vives Brenes, Director Departamento de Admisión y Registro.—O. C Nº 189.—Solicitud Nº 14503.—C-43370.—(IN2010022430).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AVISOS

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

A Luis Alonso Pastor Valverde, se le comunica la resolución de este despacho de las ocho horas y cinco minutos del seis de enero del dos mil diez, que ordenó la medida de cuido temporal de la niña Nadia Elena Pastor Villalobos. Contra la presente resolución proceden el recurso de apelación que deberá interponerse ante esta representación legal, sita en Heredia centro, doscientos metros al norte de la Municipalidad de Heredia y el segundo ante la Presidencia Ejecutiva de la Entidad, ubicada en San José de la casa de Matute Gómez, 300 metros al sur, antiguo edificio de la Dos Pinos, dicho recurso podrá interponerse en el término de cuarenta y ocho horas contadas a partir del día posterior a la notificación de la presente resolución.—Oficina Local de Heredia, febrero del 2010.—Lic. Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante Legal.—O.C. Nº 31677.—Solicitud Nº 33446.—C-12000.—(IN2010022495).

A los señores Tamara Brooks Hemmings y Raymond Murillo R., se les comunica la resolución administrativa de las catorce horas del diecisiete de febrero del dos mil diez, misma que dicta medida de cuido provisional en hogar sustituto, en favor de la persona menor de edad Dalezka Charllotte Murillo Brooks. Se les advierte a los interesados que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en: cien metros al norte de la Municipalidad, de La Unión de Tres Ríos, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Exp. 731-000130-1996.—Oficina Local de La Unión.—Lic. Christian Solano Machado, Director del Procedimiento Administrativo.—O.C. Nº 31677.—Solicitud Nº 33446.—C-12600.—(IN2010022497).

Se comunica al señor Noel Delgado Escorcia en calidad de progenitor de las personas menores de edad Juan David y Bryan Joel, ambos Delgado Vargas, la resolución dictada por la Oficina Local de San José Oeste a las diez horas y quince minutos del tres de marzo del dos mil diez, mediante la cual se declara incompetencia por razón de la materia y se archiva expediente número 111-00019-10, de solicitud de salida del país de las personas menores de edad arriba anotadas Se le previene a las partes que es su derecho hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como que tienen acceso al estudio y revisión del expediente administrativo, que permanecerá a su disposición en esta oficina local en horas y días hábiles de las siete horas treinta minutos a las dieciséis horas ubicada en San José, Paseo Colón, entre avenidas 0 y 2, calle 38. Se les confiere audiencia a los progenitores de las personas menores de edad para que dentro del término de tres días hábiles a partir del día hábil siguiente de la última publicación del presente edicto formulen los alegatos que sean de su interés respecto a los hechos planteados, aportando la prueba que consideren de su interés. Deberán señalar lugar o facsímil para notificaciones futuras en el entendido que de no hacerlo o si el medio electrónico fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro medio no imputable a esta entidad se interrumpiere la comunicación, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, las resoluciones futuras se darán por notificadas veinticuatro horas después de ser dictadas. Contra la presente resolución caben los recursos de revocatoria y de apelación en subsidio, el primero ante el órgano que dictó el acto, quien deberá resolverlo y el segundo para ante la Presidencia Ejecutiva de esta entidad dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a la última publicación del presente edicto en el entendido de que de hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Exp. 111-00019-10.—Oficina Local de San José Oeste.—Lic. Rafael A. Barrientos Ávila, Representante Legal.—(OC Nº 31677).—(Solicitud Nº 33444).—C-18000.—(IN2010022505).

A Domingo Guadamuz Zúñiga, mayor, demás calidades desconocidas, se le comunica la resolución administrativa de las diez horas del once de setiembre del dos mil nueve, que ordena cuido provisional y otras, y la resolución de las nueve horas con treinta minutos del cinco de marzo del dos mil diez, que deja sin efecto el cuido provisional y ordena seguimiento psicosocial por dos meses, correspondiente a la persona menor de edad Miriam Paola Guadamuz Matamoros. Indicándose que debe señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de defensa: procede recurso de apelación si se plantea dentro del plazo de cuarenta y ocho horas posteriores a la notificación. Se les previene a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Expediente Nº 115-00710-92.—Oficina Local de Alajuelita, marzo del 2010.—Lic. Kattia Vanesa Hernández Méndez, Representante Legal.—O. P. 31677.—Nº 33444.—C-7800.—(IN2010022506).

A Wildor Forrester Badilla, mayor, costarricense, demás calidades desconocidas, se le comunica la resolución administrativa de las once horas del veintiséis de febrero del dos mil diez, que ordena abrigo temporal y otras, correspondiente a la persona menor de edad Wildor Francisco Forrester Meléndez. Indicándose que debe señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de defensa: procede recurso de apelación si se plantea dentro del plazo de cuarenta y ocho horas posteriores a la notificación. Se les previene a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Expediente Nº 115-0647-1995.—Oficina Local de Alajuelita, marzo del 2010.—Lic. Kattia Vanesa Hernández Méndez, Representante Legal.—O. P. 31677.—Nº 33444.—C-6600.—(IN2010022507).

Se comunica a la señora María Isabel Mendoza Noguera, que en el Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de San Carlos, que en expediente administrativo Nº 531-227-96, se dictó la resolución administrativa de las diez horas del día tres de marzo del dos mil diez, en donde se ordenó dictar medidas de protección para el niño Wilmer Alberto Guido Mendoza, de guarda, crianza y educación provisional en el hogar del padre el señor Wilmer Alberto Guido García. Se le concede al interesado un plazo de cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de este edicto, para que haga valer sus derechos. Contra la resolución procede recurso de apelación. Debe señalar lugar para recibir notificaciones.—Oficina Local de San Carlos.—MSc. Xinia Guerrero Araya, Órgano Director del Procedimiento.—O. P. 31677.—Nº 33444.—C-9000.—(IN2010022508).

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Se invita a los interesados a presentar sus oposiciones o coadyuvancias sobre la propuesta de ajuste extraordinario de los precios de los combustibles para el respectivo análisis y fijación por parte de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, que se tramita bajo el expediente ET-43-2010, según el siguiente detalle:

DETALLE DE PRECIOS PROPUESTOS (colones por litro)

PRODUCTOS

PRECIOS PLANTEL RECOPE

Precios Distribuidor

sin punto fijo a Consumidor Final ( *)

Precios Consumidor Final en

Estaciones de Servicio

Plantel

sin impuesto

Con

impuesto

Vigentes

Propuestos

Variación absoluta

¢ / litro

 Gasolina súper    

391,648

586,398

590,144

593,00

628,00

35,00

 Gasolina Plus 91 (regular)   

368,749

554,999

558,745

566,00

597,00

31,00

 Diesel  500 (0,05% S) 

361,733

471,733

475,479

494,00

514,00

20,00

 Diesel  Térmico (0,50% S)     

351,903

461,903

-

-

-

-

 Keroseno                

356,188

409,938

413,684

434,00

452,00

18,00

 Búnker                   

266,045

284,545

288,291

-

-

-

 IFO 380

288,985

288,985

-

-

-

-

Asfalto AC-20, AC-30, PG-70 

290,925

328,425

332,171

-

-

-

Gasóleo o Diesel pesado        

318,390

354,390

358,136

-

-

-

 Emulsión asfáltica  

193,784

221,284

225,030

-

-

-

 L.P.G.

233,517

271,017

-

374,00

352,00

-22,00

 Av-Gas                   

593,206

779,456

-

773,00

794,00

21,00

 Jet A-1 general       

361,488

472,988

-

469,00

487,00

18,00

 Nafta Liviana          

351,011

377,261

381,007

-

-

-

 Nafta Pesada         

352,711

378,961

382,707

-

-

-

(*)Se excluyen el IFO 380, Gas Licuado del Petróleo, Av-Gas y Jet A-1 General de acuerdo con lo dispuesto en Decreto 31502-MINAE-S, publicado en La Gaceta N° 235 de 5 de diciembre de 2003 y voto 2005-02238 del 2 de marzo de 2005 de la Sala Constitucional. 

Precios a Consumidor Final Exonerados del Impuesto Único a los Combustibles

Para todos los consumidores finales que estén exonerados del impuesto único a los combustibles aplican los precios en plantel de RECOPE sin impuesto único a los combustibles, entre ellos la Flota Pesquera Nacional no Deportiva, según lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley N° 7384 de INCOPESCA y la Ley N° 8114 de Simplificación y Eficiencia Tributarias.

Precios Máximos a Facturar del Gas Licuado de Petróleo. Incluye Impuesto Único (en colones)

Tipos de Envase

Envasador

Distribuidor y Agencias

Detallistas

 Tanques Fijos    (por litro)

316,042

-

-

 Cilindro de       8,598 litros

2 717,00

3 072,00

3 480,00

 Cilindro de     17,195 litros

5 434,00

6 144,00

6 960,00

 Cilindro de     21,495 litros

6 793,00

7 680,00

8 700,00

 Cilindro de     34,392 litros

10 869,00

12 289,00

13 921,00

 Cilindro de     85,981 litros

27 174,00

30 722,00

34 802,00

Rango de Variación de los Precios Internacionales de Referencia de Combustibles para Puertos y Aeropuertos

Precio al Consumidor Final

Producto

Límite Inferior

¢ / litro

Límite Superior

¢ / litro

IFO-380

248,29

329,68

Av - Gas

550,17

636,24

Jet Fuel

319,72

403,24

Nota: Se fija un valor para el factor “K” (margen de comercialización para costos internos de RECOPE) de 17,840% para todos los productos.

 

 

El plazo máximo para presentar sus posiciones vence el 7 de abril de 2010 a las dieciséis horas (4 p.m.).

Las posiciones se pueden presentar mediante el fax 2290-2010, de forma personal en las oficinas de la Autoridad Reguladora, situadas en Sabana Sur, 400 metros oeste del edificio de la Contraloría General de la República, San José, o por medio del correo electrónico: usuario@aresep.go.cr.

En el caso de que la posición sea interpuesta por persona física, esta deberá aportar fotocopia de su cédula; y si es interpuesta por personas jurídicas, deberán aportar certificación de personería vigente.

Se hace saber a los interesados que esta consulta pública se realiza conforme a los votos números 2007-11266 y 2010-4042 de la Sala Constitucional y las resoluciones RRG-7205-2007 y RRG-9233-2008 de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.

Asimismo se indica que la información que sustenta esta propuesta (con el detalle de la estructura de los precios de los combustibles) se puede consultar en la página web: www.aresep.go.cr, en la opción “Audiencias” del menú principal y luego en la opción “peticiones tarifarias” del menú secundario y, en el expediente que se encuentra disponible en la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.

Para información adicional, comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono 2220-0102 o al correo electrónico consejero@aresep.go.cr.

Laura Suárez Zamora, Dirección General de Participación del Usuario.—1 vez.—O. C Nº 4859-2010.—Solicitud Nº 3801.—C-130900.—(IN2010024445).

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

RCS-140-2010.—Resolución del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones.—San José, a las 11:10 horas del 5 de marzo del 2010.

Acreditación a la empresa Consultores en Comunicaciones en Centro Amçerica S. A. (CETCA) como Laboratorio de Homologación de Terminales de Telefonía Móvil. (Expediente SUTEL-OT-31-2010).

Resultando:

I.—Que mediante Resolución RCS-614-09 de las 10:30 horas del 18 de noviembre del 2009, publicada en La Gaceta N°16 del 25 de enero del 2010, el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones estableció el “Procedimiento de homologación de terminales de telefonía móvil”, el cual especifica los requisitos que deben cumplir los interesados en ser acreditados por la SUTEL como “Laboratorio acreditado para la realización de pruebas de homologación de terminales de telefonía móvil”.

II.—Que de acuerdo con el artículo 73, inciso n) de la Ley de !a Autoridad Reguladora de los Servicio Públicos, número 7593, dentro de las funciones de la SUTEL se encuentra la acreditación de peritos y árbitros, en materia de telecomunicaciones.

III.—Que en fecha 17 de febrero del 2010 la empresa Consultores en Comunicaciones en Centro América S. A. (CETCA) cédula jurídica 3-101-484712, presenta formal solicitud para la acreditación como Laboratorio de Homologación de terminales de telefonía móvil.

IV.—Que mediante oficio 424-SUTEL-2010 de fecha 5 de marzo del 2010, los ingenieros Glenn Fallas Fallas y Gonzalo Acuña González, realizan informe técnico mediante el cual recomiendan al Consejo de la SUTEL, la acreditación de la empresa Consultores en Comunicaciones en Centro América S. A. (CETCA) como Laboratorios de homologación de terminales de telefonía móvil en virtud del cumplimiento de los requisitos establecidos en la resolución RCS-614-2009.

Considerando:

I.—Que el proceso de homologación deberá asegurar que todos los equipos terminales de telefonía móvil se puedan activar, conectar y ser reconocidos con la totalidad de funciones y aplicaciones disponibles en las distintas redes de los operadores y proveedores de servicios de telecomunicaciones.

II.—Que para el cumplimiento del proceso de homologación de terminales de telefonía móvil, se requiere la acreditación de empresas que se constituyan en laboratorios que puedan realizar las mediciones de desempeño y funcionamiento de equipos terminales de telecomunicaciones.

III.—Que la empresa Consultores en Comunicaciones en Centro América S. A. (CETCA), cumple con los requisitos previamente establecidos por este ente regulador, para constituirse en un Laboratorio de Homologación de terminales de telefonía móvil.

IV.—Que en caso de incumplimiento por parte de CETCA de los requisitos y plazos establecidos, la SUTEL podrá retirar la acreditación otorgada. Por tanto:

Con fundamento en las competencias otorgadas en la Ley General de Telecomunicaciones, ley 8642, Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, ley 7593, el “Procedimiento de homologación de terminales de telefonía móvil” publicado en La Gaceta N°16 del 25 de enero del 2010 , y la Ley General de Administración Pública, ley 6227.

EL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA

DE TELECOMUNICACIONES, RESUELVE:

I.—Acreditar a la empresa Consultores en Comunicaciones en Centro América S. A. (CETCA), cédula jurídica 3-101-484712, como “Laboratorio acreditado para la realización de pruebas de homologación de terminales de telefonía móvil”.

II.—Indicar a la empresa CETCA, que debe cumplir con el protocolo de pruebas, requisitos y plazos establecidos en la resolución RCS-614-SUTEL-2009, y que en caso de incumplimiento la SUTEL podrá retirar la acreditación otorgada.

III.—Publicar en la página Web de la SUTEL y en el Registro Nacional de Telecomunicaciones, que la empresa CETCA se encuentra acreditada como Laboratorio de homologación de terminales de telefonía móvil.

En cumplimiento de lo que ordena el artículo 345 y el artículo 346 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra esta resolución cabe el recurso ordinario de revocatoria o reposición ante el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, a quien corresponde resolverlo, y deberá interponerse en el plazo de 3 días, contadas a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución.

Notifíquese y publíquese.—Maryleana Méndez Jiménez.—George Miley Rojas, Presidente.—1 vez.—O. C Nº 77-010.—Solicitud Nº 3798.—C-51000.—(IN2010022841).

JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL

     MAGISTERIO NACIONAL

DEPARTAMENTO PLATAFORMA DE SERVICIOS

AVISO

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Se hace saber que Roberto Ramírez Lobo, cédula 07-0051-0392, ha presentado solicitud de pensión a su favor, de quien en vida fue Damaris Obando Cordero, cédula 07-0064-0206. Se cita y emplaza a los posibles beneficiarios con mejor derecho, para que dentro del plazo de tres meses hábiles, contados a partir de la última publicación de este aviso, concurran a hacer valer sus derechos a las oficinas centrales, sitas en esta ciudad, avenida 8, calles 21 y 23.

San José, 4 de marzo 2010.—Lic. Ana Julieta Escobar Monge, Jefa.—(IN2010022646).

AVISOS

CONVOCATORIAS

EMPRESA AGRÍCOLA LA CIMA SOCIEDAD ANÓNIMA

A solicitud de la accionista Hermanos Rojas Cruz S. A., se convoca a los socios de Empresa Agrícola La Cima Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-cero diez mil setecientos veintiséis, a la asamblea general ordinaria y extraordinaria, a celebrarse en el domicilio social, en la ciudad de San José, calle tres, avenidas primera y tercera, edificio Manuel E. Vázquez, segunda planta, a las catorce horas del día veinte de abril del dos mil diez. En caso de no haber quorum a la hora indicada, la asamblea se efectuará en segunda convocatoria a las quince horas del mismo día, y los acuerdos se tomarán por más de la mitad de los votos presentes. Se conocerá únicamente de los siguientes asuntos:

En asamblea general ordinaria:

A)  Discutir y aprobar o improbar el informe sobre los resultados del ejercicio anual que presenten los administradores, y tomar sobre él las medidas que juzguen oportunas, (periodo fiscal 1° octubre 2008 al 30 setiembre 2009). Asimismo conocer y aprobar o improbar el estado financiero de la Empresa al 28 de febrero del 2010.

B)   Acordar en su caso la distribución de utilidades conforme lo disponga la escritura social (estatutos vigentes).

C)   En su caso, nombrar o revocar el nombramiento de administradores y de los funcionarios que ejerzan vigilancia.

En asamblea general extraordinaria inmediatamente después de concluida la asamblea ordinaria:

D)  Gastos operativos de la sociedad: financiamiento del período fiscal 2010; y pago de las deudas existentes a cargo de la sociedad producto de su actividad operativa.

E)   Reforma de estatutos respecto a la cláusula del capital, sea cláusula quinta.

San José, marzo 2 del 2010.—Rocío Rojas Cruz, Presidenta de la Junta Directiva.—1 vez.—(IN2010023859).

SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA

MUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS

El Sindicato de Trabajadores de la Municipalidad de Desamparados le informa: celebración de la asamblea ordinaria, en el salón de sesiones de la Municipalidad de Desamparados:

Primera convocatoria: Miércoles 14 de abril de 2010, a las 2:00 p.m. y de no asistir el quorum requerido por Ley se convoca a segunda convocatoria.

Segunda convocatoria: El miércoles 21 de abril del presente año, a las 2:00 p. m. y así mismo, de no asistir el quorum necesario, se convoca a tercera convocatoria.

Tercera convocatoria: El mismo día miércoles 21 de abril, a las 2:30, con la asistencia de los miembros presentes, en ese momento.

Orden del día:

٭   Informe de presidente

٭   Informe de tesorería

٭   Informe de fiscalía

٭   Asuntos varios

Desamparados, 17 de marzo de 2010.—Eduardo Vindas Mora, Secretario General.—1 vez.—(IN2010023861).

COLEGIO DE PROFESIONALES EN CIENCIAS POLÍTICAS

Y RELACIONES INTERNACIONALES

Se convoca a todos los miembros del Colegio a la asamblea general ordinaria a celebrarse en el Centro Nacional de la Cultura CENAC, del Ministerio de Cultura y Juventud (antigua Fábrica Nacional de Licores), Salón Las Torres, en primera convocatoria a las dieciocho horas del día lunes 29 de marzo de 2010, y de no completarse el quórum requerido por ley, treinta minutos después en segunda convocatoria, con los miembros presentes, para conocer lo siguiente:

1.  Comprobación del quórum.

2.  Aprobación del orden del día.

3.  Lectura y aprobación del acta de la Asamblea General Extraordinaria celebrada el día 14 de octubre de 2009.

4.  Presentación y aprobación de informes de: a) Presidencia, b) Tesorería.

5.  Informe de la Fiscalía.

6.  Aprobación del presupuesto ordinario para el período 2010-2011.

7.  Juramentación y entrega de certificados de nuevos miembros.

8.  Elección y juramentación de Junta Directiva *

9.  Asuntos varios.

*   Se elegirán los puestos de presidencia y fiscal suplente para el período 2010-2011; vicepresidencia, vocalía II y III, y fiscal propietario para el período 2010-2012.

Se informa además que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 del Reglamento de la Ley Nº 7106, la Junta Directiva instaló y juramentó al Tribunal Electoral Interno que regulará el proceso de elección consignado en la agenda. El Tribunal fue integrado en la sesión Nº 345 de Junta Directiva, celebrada el día 18 de marzo de 2010, y está integrado por las siguientes personas: Lic. Edwin Ramírez Chacón, Lic. Walter Gutiérrez Carmona y Lic. Guillermo Barquero Chacón. Dicho Tribunal tendrá su sede en las oficinas centrales del Colegio, sita en el Edificio Alde S. A., tercer piso, calle 1, entre avenidas central y primera, telefax: 2221-9674. Sus comunicados serán publicados por estrados en dicha sede. La presente convocatoria se hace por acuerdo firme de la Junta Directiva.—Junta Directiva, MSc. Max Cerdas López, Presidente a. í.—1 vez.—(IN2010023962).

HOTEL VESUBIO SOCIEDAD ANÓNIMA

Por este medio, Bhavesh Kummar Patel, conocido como Bobby Patel, con pasaporte de Estados Unidos de América número 039411408, en mi condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Hotel Vesubio Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-133089, convoco a asamblea general extraordinaria de socios de esta compañía a celebrarse en el domicilio social de la compañía, en San José, 175 metros oeste de Emergencias del Hospital Calderón Guardia, el día 12 de abril del 2010 a las ocho horas, en primera convocatoria, y de no haber quórum suficiente en primera convocatoria, se realizará la asamblea en segunda convocatoria una hora más tarde, con los socios presentes. Los únicos puntos a discutir será la ratificación de los acuerdos tomados por los socios en las asambleas extraordinarias número quince y dieciséis, así como la modificación de los estatutos de la compañía relacionados con la convocatoria a asambleas. Es todo.—San José, 17 de marzo de 2010.—Bhavesh Kummar Patel, Presidente.—1 vez.—(IN2010024381).

QUIRÓS Y COMPAÑÍA S. A.

Se convoca a una asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Quirós y Compañía, S. A., cédula jurídica Nº 3-101-004555, en las instalaciones de la compañía en San José, en avenida diez, frente al Mercado de Mayoreo, a las 13:00 horas del día 14 de abril del 2010, en primera convocatoria y en segunda convocatoria una hora después.

Puntos a tratar:

1-  Conocer, discutir y resolver sobre los resultados en el ejercicio económico de la compañía, con corte al 30 de setiembre del año 2009.

2-  Reorganización de la junta directiva y fiscal de la sociedad;

3-  Autorización de la venta y traspaso de los vehículos propiedad de la compañía placas 304437 y CL-172313.

4-  Autorización al secretario de la junta directiva a traspasar inmueble 197923-000, en Dación de Pago a favor de “Bridgestone de Costa Rica, S. A.”; y para gestionar y tramitar ante la Caja Costarricense de Seguro Social arreglo de pago extrajudicial.

San José, 18 de marzo del 2010.—Fernando Quirós Guier, Vicepresidente.—1 vez.—(IN2010024405).

CONDOMINIO INMOBILIARIA DEL ESTE

Se convoca a todos los Condóminos del Condominio Inmobiliaria del Este a una asamblea general ordinaria y extraordinaria de condóminos a llevarse a cabo en primera convocatoria, a las dieciocho horas del día jueves quince de abril del dos mil diez, en el apartamento número dos-cero del condominio, ubicado en el segundo piso del Condominio, domiciliado en San José, San Pedro de Montes de Oca, Los Yoses, de la estación de gasolina La Favorita, cien metros norte y en segunda convocatoria una hora después, para efectos de conocer de los siguientes asuntos: a) Modificación del Reglamento; b) Asuntos de interés común propuestos por condóminos.—San José, 17 de marzo del 2010.—Lic. Gabriela Coto Esquivel, Notaria.—1 vez.—(IN2010024418).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

AL ORO GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

Al Oro Group Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres- ciento uno-cincuenta mil quinientos setenta y cinco, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Libro de Actas de Junta Directiva, Libro de Actas de Asamblea General y Libro de Actas del Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días de hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Róger Antonio Hidalgo Zúñiga, Notario.—(IN2010021868).

LABORATORIOS RYMCO S. A.

Laboratorios Rymco S. A, cédula jurídica tres- cero uno dos- tres cinco cero tres ocho seis, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Acta de Registro de Acciones, Diario, Mayor e Inventario y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Tatiana Rodríguez Arroyo, Notaria.—(IN2010021872).

HAWAIIAN BEACH R.B. SOCIEDAD ANÓNIMA

Hawaiian Beach R.B. Sociedad Anónima, cedula jurídica tres- ciento uno-trescientos noventa y seis mil quinientos tres; solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea General, Actas de Registro de Socios, Diario, Mayor e Inventario y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Tatiana Rodríguez Arroyo, Notaria.—(IN2010021873).

LAS LAPAS DEL PACÍFICO, SOCIEDAD

 RESPONSABILIDAD LIMITADA

Las Lapas del Pacífico Sociedad Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-141674, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Asamblea de Socios, Registro de Socios por reponer. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 8 de marzo del 2010.—Susana Carmona Quesada, Contadora.—(IN2010021887).

JUNGLE LOVE SOCIEDAD ANÓNIMA

Jungle Love Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos veinte mil quinientos noventa y cuatro, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros legales: Junta Directiva, Registro de Accionistas, Asamblea General, Inventario y balances, Diario y Mayor, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Ligia González Leiva, Notaria.—(IN2010022306).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Se hace constar que el establecimiento mercantil denominado L’ile de France, en idioma español La Isla de Francia, ubicado en San José, Montes de Oca, San Pedro, de la primera entrada a Barrio Los Yoses, 50 metros al sur, fue vendido a la empresa Astros El Mar S. A., con cédula jurídica 3-101-563759, mediante escritura pública número 45, otorgada ante los notarios públicos Hernán Pacheco Orfila y Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, actuando en el protocolo del primero, de las 15:00 horas del 18 de noviembre del 2009. Para los efectos del artículo 479 del Código de Comercio, se cita a los acreedores e interesados para que se presenten dentro del término de 15 días a partir de la primera publicación de tres en el diario oficial La Gaceta, a hacer valer sus derechos, en las oficinas de la adquirente, ubicadas en San José, Barrio Escalante, 50 metros al norte de Bagelman’s (antigua Pulpería La Luz), entrada a la derecha, oficinas de Grupo Gastronómico Rello GGR S. A.—Santa Ana, 18 de noviembre del 2009.—Lic. Hernán Pacheco Orfila y Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notarios.—(IN2010022301).

Se cita y emplaza a los acreedores e interesados, en la venta del establecimiento mercantil que hace la sociedad Comapan S. A., cédula jurídica numero tres-ciento uno-cero noventa y un mil doscientos cuarenta y siete, a la sociedad tres-ciento uno-quinientos noventa y un mil ciento ochenta y tres sociedad anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos noventa y un mil ciento ochenta y tres, la venta del establecimiento corresponde a una panadería, ubicada en Cartago, Panadería Musmanni, costado este, del Colegio San Luis Gonzaga. Los interesados y/o acreedores deberán presentarse en el plazo de quince días hábiles, a partir de la primera publicación de este anuncio, a hacer valer sus derechos, mediante nota por escrito a la siguiente dirección, San José, Sabana Norte, edificio Torre La Sabana, Piso siete, CAG Abogados, dirigida al señor Mauricio Campos Brenes, en horario de oficina de lunes a viernes. La nota deberá contener al menos la información necesaria sobre la acreencia reclamada y/o el interés legítimo para oponerse a la venta del establecimiento indicado—12 de marzo del 2010.—Lic. Mauricio Campos Brenes, Notario.—(IN2010022302).

FINCA VINDAS SOCIEDAD ANÓNIMA

Finca Vindas Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-016142, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Acta de Consejo de Administración y Registro de Socios, todos los libros indicados corresponden al libro dos. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso.—Santo Domingo de Heredia, 9 de marzo del 2010.—Juan José Cordero Víquez.—RP2010161489.—(IN2010022526).

CENTRO INFANTIL PRECIOSOS MOMENTOS

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

La suscrita, Marie Liz Ramírez Cedeño, portadora de la cédula de identidad número uno-cero novecientos noventa y uno-cero cuatrocientos veintiuno, en mi condición de apoderada generalísima sin límite de suma de la empresa Centro Infantil Preciosos Momentos Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-quinientos tres mil novecientos setenta y tres, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros número uno de Actas de Asamblea General de Socios y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso.—San José, 6 de enero del 2010.—Marie Liz Ramírez Cedeño, Apoderada.—RP2010161534.—(IN2010022527).

CABINAS RÍO MAR DE DOMINICAL S. A.

Cabinas Río Mar de Dominical S. A., cédula 3-101-107178, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros contables: Mayor, Diario e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 10 de marzo del 2010.—Christiaan Cornelus Hendrik Vijselaar, Presidente.—RP2010161627.—(IN2010022528).

OPI OCEAN PACIFIC INC COM S. A.

La sociedad Opi Ocean Pacific Inc Com S. A., número de cédula jurídica número 3-101-364887 (tres-ciento uno-trescientos sesenta y cuatro mil ochocientos ochenta y siete), en el trámite de legalización de libros de reposición, solicita ante la Dirección General de Tributación, la entrega anticipada del libro de Actas de Asamblea de Socios número 1 (uno), para actualizar su Junta Directiva. Quien se considere afectado, puede enviar su oposición a este trámite, a la Administración Tributaria de San José, dentro de los 8 días hábiles posteriores a la publicación de este edicto.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—(IN2010022638).

MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO

El señor José Luis Machado Moya, cédula Nº 7-048-1412, ha solicitado a MUCAP la reposición del título valor Nº 311-300-458043 por un monto de ¢2.000.000,00 y el cupón Nº 6 por un monto de ¢18.333,30; el cual fue emitido a su orden el día 11 de agosto del 2009.

Se emplaza a los interesados a manifestarse dentro del plazo de 15 días naturales posterior a la última publicación.

Cartago, 15 de marzo del 2010.—Lic. Andrea Campos Chacón, Coordinadora Dirección de Operaciones.—(IN2010022650).

FINCA VINDAS SOCIEDAD ANÓNIMA

Finca Vindas Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-016142, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Acta de Consejo de Administración y Registro de Socios, todos los libros indicados corresponden al libro dos. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Santo Domingo de Heredia, 9 de marzo del 2010.—Juan José Cordero Víquez.—(IN2010022732).

KARNO NÚMERO DOS LIMITADA

Karno Número Dos Limitada, cédula jurídica 3-102-556576, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios, todos número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—RP2010161938.—(IN2010022833).

CORPORACIÓN SORPRESIVA ES SOCIEDAD ANÓNIMA

Corporación Sorpresiva ES Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-050586, anteriormente denominada Indasa Centroamericana Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-050586, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas Asamblea de Socios, Actas Consejo de Administración, Registro de Socios, Diario, Mayor, Inventario y Balances, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, diecisiete de febrero de dos mil diez.—Lic. Carolina Gallegos Steinvorth, Notaria.—RP2010161940.—(IN2010022834).

TIS KI TA SOCIEDAD ANÓNIMA

Tis Ki Ta Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-077967 solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición de los libros Número Uno de  Inventarios y Balances, Mayor, Diario, tres en total. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asisten Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, primero de marzo del dos mil diez.—Lic. Olga Romero Quirós, Notaria.—RP2010161941.—(IN2010022835).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

RAMBUTAN SOCIEDAD ANÓNIMA

Rambutan Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-096366, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los Libros número uno de Inventarios y Balances, Mayor, Diario, tres en total. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, primero de marzo del dos mil diez.—Lic. Olga Romero Quirós, Notaria.—RP2010161942.—(IN2010022836).

P G PROVEEDORA GRÁFICA SOCIEDAD ANÓNIMA

P G Proveedora Gráfica Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-cero cincuenta y tres mil doscientos cincuenta y dos, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes Libros: Diario; Mayor, Inventarios y Balances y Actas de Asambleas de Socios, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 9 de marzo del 2010.—Cyra Miryan Juárez Baltodona, Presidenta Junta Directiva.—(IN2010022838).

DESARROLLOS MURANO D M SOCIEDAD ANÓNIMA

La compañía Desarrollos Murano D M Sociedad Anónima, domiciliada en Guanacaste, Santa Cruz, costado oeste de las oficinas de Acueductos y Alcantarillados, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno-trescientos diez mil ciento cincuenta y siete, solicita ante la Dirección General de Tributación de Guanacaste la reposición de los libros de Diario número uno, Mayor número uno, Inventarios y Balances número uno, Actas de Consejo de Administración número uno, Actas de Asamblea de Socios número uno y Actas de Registro de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Guanacaste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, dieciocho de febrero del año dos mil diez.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—(IN2010022854).

GEVARO S SOCIEDAD ANÓNIMA

Gevaro S Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-170890, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros número uno de: Actas de Junta Directiva, Actas de Asambleas de Socios, Registro de Socios, Inventarios y Balances, Diario y Mayor. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Alfonso Víquez Sánchez, Notario.—RP2010162253.—(IN2010023011).

INVERSIONES DATARI SOCIEDAD ANÓNIMA

Quien suscribe, Tania Kissling Jiménez, portadora de la cédula de identidad número uno-cero cuatro nueve uno-cero siete tres tres, en su condición de apoderada generalísima sin límite de suma con facultades suficientes para este acto de la compañía Inversiones Datari Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero sesenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y seis, propietaria de la filial número cuatro del Condominio Arcadia, cédula jurídica tres-ciento nueve-doscientos sesenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y siete, matriz número M cero cero cero cero mil trescientos cincuenta, solicita ante el Registro Nacional la reposición de los Libros de Caja, Actas de Asamblea de Propietarios y Junta Directiva, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Departamento de Propiedad Horizontal de la Dirección de Bienes Inmuebles del Registro Nacional, en el término de los ocho días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso.—Tania Kissling Jiménez, apoderada generalísima.—RP2010160986.—(IN2010023993).

PUBLICACIÓN DE una VEZ

COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA

Avisa que la Junta Directiva del Colegio de Abogados de Costa Rica, constituida en Consejo de Disciplina, en sesión ordinaria 09-2010, acuerdo 2010-09-036, dispuso cesar los efectos de la sanción impuesta al Lic. Alexis Fernández Zelada, colegiado 4928, mediante acuerdos 2006-10-069, 2006-19-057, 2006-36-045, 2007-34-057 y 2008-41-033, de las sesiones ordinarias 10-2006, 19-2006, 36-2007, 34-2007 y 41-2008, respectivamente; sanción que era de suspensión en el ejercicio de la profesión de abogado por el plazo de seis meses, y que fue publicada en el Diario Oficial La Gaceta número 243, del martes quince de diciembre del dos mil nueve. Por lo anterior, cesan los efectos de la anterior medida disciplinaria de suspensión a partir del once de marzo del dos mil diez, inclusive. Expediente administrativo 045-04.—Lic. Vivian Wyllins Soto, Fiscal.—1 vez.—RP2010162048.—(IN2010022837).

Por escritura otorgada ante esta notaria pública, a las dieciocho horas de marzo trece, dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Trescientos Sesenta Grados Soluciones Verdes Sociedad Anónima.—Lic. María Victoria Salas Ruiz, Notaria.—1 vez.—(IN2010022552).

Por escritura otorgada ante esta notaria pública, a las veinte horas de marzo trece, dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Aleska H.D.E.A.K. Sociedad Anónima.—Lic. María Victoria Salas Ruiz, Notaria.—1 vez.—(IN2010022554).

Por escritura pública otorgada el 27 de diciembre de 2009, ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Agropecuaria La Corteza S y M S. A., con domicilio social en Buenos Aires de Venecia, San Carlos, Alajuela, capital social: Cien mil colones. Plazo: 99 años. Presidente y secretario apoderados generalísimos con límite de suma.—San José, 5 de marzo del 2010.—Lic. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—1 vez.—(IN2010022576).

Por escritura pública número ciento quince, otorgada el quince de marzo del año dos mil diez, ante esta notaría se reforma la cláusula segunda, del domicilio del pacto constitutivo de la sociedad Pure Woods Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-quinientos cincuenta mil doscientos cincuenta y dos; se revoca el nombramiento de agente residente y se hace nuevo nombramiento.—Heredia, quince de marzo del dos mil diez.—Lic. Alfonso Murillo Berrocal, Notario.—1 vez.—(IN2010022578).

Por escritura pública otorgada ante la suscrita notaria, a las diez horas del quince de marzo de dos mil diez, se protocolizaron los acuerdos de asamblea de Brealy Asociados Asesores Industriales Sociedad Anónima, en el cual se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo.—Lic. Noelia Camacho Starbird, Notaria.—1 vez.—(IN2010022580).

Por escritura otorgada hoy ante el suscrito, Annia Ross Muñoz, mayor, casada una vez, vecina de San José, licenciada en derecho, portadora de la cédula de identidad Nº 1-686-838, adoptó con su consentimiento, por ser mayor de edad, a Frank Gonzalo Pérez del Cristo. Cualquier persona con interés contrario podrá hacerlo saber por escrito dentro del término de un mes a contar de esta publicación dando sus razones y pruebas ante el Registro Civil.—San José, quince de marzo del dos mil diez.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.––1 vez.––(IN2010022583).

Por escritura otorgada el día diez de marzo ante el suscrito, Manuel Ramírez Álvarez, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de San José, San Juan de Dios de Desamparados, portador de la cédula de identidad Nº 1-116-3740, adoptó con su consentimiento por ser mayor de edad, a Félix Peraza Herrera. Cualquier persona con interés contrario podrá hacerlo saber por escrito dentro del término de un mes a contar de esta publicación dando sus razones y pruebas ante el Registro Civil.—San José, quince de marzo del dos mil diez.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.––1 vez.––(IN2010022584).

Ante esta notaría, las señoras Flora Virginia Calvo Durán y Lillian Iris Calvo Durán, constituyeron la empresa denominada Fortia Invesment Sociedad Anónima, a las dieciséis horas del nueve de octubre del dos mil nueve. Plazo 99 años. Presidenta: Flora Virginia Calvo Durán.—San José, 05 de marzo 2010.—Lic. Damaris Santana García, Notaria.––1 vez.––(IN2010022590).

Ante esta notaría, se constituye la sociedad de esta plaza denominada Mareco Sociedad Anónima, a las diecinueve horas del doce de marzo del dos mil diez, siendo su presidente con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma la señora Mary Córdoba Artavia, ante el notario Rodrigo Garita López, en Florencia San Carlos.—Alajuela, doce de marzo del dos mil diez.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.––1 vez.––(IN2010022594).

Por escrituras otorgadas ante el suscrito notario, se constituyen las sociedades Soluciones Geriátricas Integrales S. A. y Grupo Kias de Heredia S. A. Presidenta: Kattia Isabel Alfaro Salas. Domicilio: Heredia, costado este de la escuela Rafael Moya.—Heredia, 10 de marzo del 2010.—Lic. Marco Antonio Gutiérrez Rojas, Notario.––1 vez.––(IN2010022595).

Por escritura número ciento ochenta y cuatro, otorgada ante esta Notaría el día once de marzo del año dos mil once a las diez horas, se constituyó la sociedad Inversiones Lesegri S. A. Plazo: noventa y nueve años, capital social: mil doscientos colones.—Lic. Adriana Villalobos Brenes, Notaria.––1 vez.––(IN2010022604).

Por escritura número sesenta y tres otorgada ante este notario el día cinco de marzo a las diez horas del año dos mil diez, se constituyó la sociedad anónima Luwak Inc Sociedad Anónima, plazo social: noventa y nueve años, capital social: mil doscientos colones, dividido en mil doscientas acciones de un colón cada una, representación judicial: presidente y secretario de la junta directiva.—San José, cinco de marzo del dos mil diez.—Lic. Melvin Rudelman W., Notario.––1 vez.––(IN2010022606).

Por escritura número ciento ochenta y tres, otorgada ante esta Notaría el día once de marzo del año dos mil diez a las diez horas, se constituyó la sociedad Inversiones Clapasva S. A. Plazo: noventa y nueve años, capital social: mil doscientos colones.—Lic. Adriana Villalobos Brenes, Notaria.––1 vez.––(IN2010022607).

Por escritura de las 9:15 horas del 03 de marzo del 2010 ante la suscrita, se constituyó Inversiones Venturatti S. A. Plazo: 99 años; capital social: 10.000 colones. Presidente: Alberto Volio Scaglietti.—San José, 08 de marzo del 2010.—Lic. Ileana Bonilla Goldoni, Notaria.––1 vez.––(IN2010022608).

Por escritura número sesenta y cuatro otorgada ante este notario el día cinco de marzo a las diez horas cuarenta minutos del año dos mil diez, se constituyó la sociedad anónima Aragawa Inc Sociedad Anónima, plazo social: noventa y nueve años, capital social: mil doscientos colones, dividido en mil doscientas acciones de un colón cada una, representación judicial: Presidente y secretario de la junta directiva.—San José, cinco de marzo del dos mil diez.—Lic. Melvin Rudelman W., Notario.—1 vez.—(IN2010022609).

Por escritura de las 9:00 horas del 3 de marzo del 2010, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Automotores Livianos de Centroamérica ALC S. A. que modifica cláusula del pacto constitutivo sobre domicilio.—San José, 8 de marzo del 2010.—Lic. Ileana Bonilla Goldoni, Notaria.—1 vez.—(IN2010022610).

Por escritura de las 8:30 horas del 3 de marzo del 2010, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Motos Suki S. A. que modifica cláusula del pacto constitutivo sobre  domicilio.—San José, ocho de marzo del 2010.—Lic. Ileana Bonilla Goldoni, Notaria.—1 vez.—(IN2010022611).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las dieciséis horas del dos de marzo del dos  mil diez, se constituye la sociedad anónima denominada Business Consulting Incorporated Sociedad Anónima. Capital totalmente suscrito y pagado. Presidenta Carolina Ulate Zárate.—Heredia, dos de marzo del dos mil diez.—Lic. Betsy Camacho Porras, Notaria.—1 vez.—(IN2010022612).

Por escritura otorgada ante mi notaria, a las diecisiete horas del dos de marzo del dos  mil diez, se constituye la sociedad anónima denominada Accounting Services And Support Sociedad Anónima. Capital totalmente suscrito y pagado. Presidenta Carolina Ulate Zárate.—Heredia, dos de marzo del dos mil diez.—Lic. Betsy Camacho Porras, Notaria.—1 vez.—(IN2010022613).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las dieciocho horas del dos de marzo del dos mil diez, se constituye la sociedad anónima denominada Support And Maintenance Sociedad Anónima. Capital totalmente suscrito y pagado. Presidenta Carolina Ulate Zárate.—Heredia, dos de marzo del dos mil diez.—Lic. Betsy Camacho Porras, Notaria.—1 vez.—(IN2010022614).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las quince horas del dos de marzo del dos mil  diez, se constituye la sociedad anónima denominada Office Supply Delivery Sociedad Anónima. Capital totalmente suscrito y pagado. Presidenta Carolina Ulate Zárate.—Heredia, dos de marzo del dos mil diez.—Lic. Betsy Camacho Porras, Notaria.—1 vez.—(IN2010022616).

Por escritura número veintisiete-tres, otorgada ante esta notaría, se aumentó el capital social y se reformó la cláusula quinta del pacto constitutivo de Inmobiliaria Yahxa Limitada.—San José, quince de marzo del año dos mil diez.—Lic. Luis Diego Quesada Araya, Notario.—1 vez.—(IN2010022619).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de S. A. Pasqui. Se reforma cláusula de la administración, se nombran nuevos puestos en la junta directiva y se nombra nuevo fiscal.—Lic. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2010022620).

Por escritura otorgada ante esta notaría se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad 3-101- 544775 S. A. se reforma cláusula primera, del nombre.—San José, 10 de marzo del 2010.—Lic. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2010022622).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Consultora Tiribí S. A. Se reforma cláusula primera, del nombre.—San José, 10 de marzo del 2010.—Lic. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2010022623).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Flor de Lis S. A. Se reforma cláusula primera, del nombre.—San José, 10 de marzo del 2010.—Lic. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2010022625).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad 3-101-504734 S. A. Se reforma cláusula primera, del nombre.—San José, 10 de marzo del 2010.—Lic. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2010022626).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad 3-101-504735 S. A. Se reforma cláusula primera, del nombre.—San José, 10 de marzo del 2010.—Lic. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2010022627).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad 3-101-504736 S. A. Se reforma cláusula primera, del nombre.—San José, 10 de marzo del 2010.—Lic. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2010022628).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad 3-101-583620 S. A. Se reforma cláusula primera, del nombre.—San José, 10 de marzo del 2010.—Lic. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2010022629).

Por escritura número cien, del cinco de marzo del dos mil diez, ante esta notaría, se constituyó Rene Chávez Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de marzo del 2010.—Lic. Lorna Truque Arias, Notaria.—1 vez.—(IN2010022635).

Ante mí, Roberto Enrique Romero Mora, se otorga escritura número ciento noventa y siete, al ser las quince horas treinta minutos del día once de marzo del dos mil diez, en donde se reforma cláusula segunda del domicilio, se nombra nuevo presidente, tesorero, secretario, fiscal y agente residente de tres-ciento uno-quinientos tres mil setecientos quince sociedad anónima. Es todo.—San José, al ser las once horas veinte minutos del día doce de marzo del dos mil diez.—Lic. Roberto Enrique Romero Mora, Notario.—1 vez.—(IN2010022636).

Ante mí, Gustavo A. Koutsouris Canales, se otorga escritura número ciento ochenta y tres, al ser las nueve horas del día primero de marzo del dos mil diez, en donde se reforman cláusulas segunda: domicilio, y octava: de la junta directiva, se nombra al nuevo secretario de Inmobiliaria Tres Banderas del Triángulo Norte Sociedad Anónima, Es todo.—San José, al ser las dieciséis horas del día primero de marzo del dos mil diez.—Lic. Gustavo A. Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.—(IN2010022637).

Ante mí, Roberto Romero Mora, se otorga escritura número ciento noventa y ocho, al ser las once horas del doce de marzo del dos mil diez, en donde se reforma la junta directiva y el domicilio de tres-ciento uno-cinco cuatro tres ocho ocho dos sociedad anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco cuatro tres ocho ocho dos. Es todo.—San José, al ser las doce horas del día doce de marzo del dos mil diez.—Lic. Roberto E. Romero Mora, Notario.—1 vez.—(IN2010022664).

Por escritura numero seis otorgada ante mi notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Hasbaia Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones.—San José, ocho horas del quince de marzo del dos mil diez.—Lic. Michel Salim Semaan Khachab, Notario.—1 vez.—(IN2010022720).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del 14 de marzo de 2010, Eyner Siria Chiong, Mario José Altamirano Meza constituyen SEC M & E de Heredia S. A. Capital social 10.000 colones. Presidente: Eyner Siria Chiong.—San José, 15 de marzo del 2010.—Lic. Ronny Monge Salas, Notario.—1 vez.—(IN2010022724).

Por escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 10:00 horas del 9 de marzo del 2010, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de 3-101-511286 s. a., en la cual se nombra presidente y secretario por el resto del plazo social. Misma fecha.—Lic. Manuel Jones Chacón, Notario.—1 vez.—(IN2010022725).

Por escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 9:10 horas del 9 de marzo del 2010, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de 3-101-511607 s. a., la cual se nombra presidente y secretario por el resto del plazo social. Misma fecha.—Lic. Manuel Jones Chacón, Notario.—1 vez.—(IN2010022727).

Protocolización de acta de la sociedad Valrod Tours Cinco Cero Seis Sociedad Anónima, en la cual se modifica la cláusula primera y la junta directiva. Escritura otorgada en Alajuela a las veinte horas del 15 de marzo del dos mil diez.—Lic. Emily Barrantes Esquivel, Notaria.—1 vez.—(IN2010021728).

Por escritura número treinta y nueve otorgada en esta notaría, a las ocho horas del diecinueve de enero del año dos mil diez, se constituyó la sociedad Servicios Administrativos Icono Sociedad Anónima. Capital social un millón de colones. Presidente: Minor Vargas Calvo.—Lic. Adolfo Lizano González, Notario.—1 vez.—(IN2010022729).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria a las catorce horas del catorce de enero del dos mil diez, se constituyó Valoratec Sociedad Anónima. Capital social de cincuenta mil colones.—Lic. Marisela Berrocal Velásquez, Notaria.—1 vez.—(IN2010022730).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria a las dieciséis horas del diecinueve de enero del dos mil diez, se constituyó Wienk Sociedad Anónima. Capital social de cuarenta mil colones.—Lic. Marisela Berrocal Velásquez, Notaria.—1 vez.—(IN2010022731).

Por escritura número treinta y siete-cuarenta y cinco, otorgada ante los notarios Juvenal Sánchez Zúñiga, Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo del primero, a las doce horas quince minutos del día once de marzo del año dos mil diez, se reforma la cláusula segunda de los estatutos de la compañía Kona Pacífica S. A.—San José, 11 de marzo del 2010.—Lic. Jorge González Roesch, Notario.—1 vez.—(IN2010022734).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del quince de marzo de dos mil diez, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Agropecuaria La Tortuga Caicareña Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—San José, quince de marzo de dos mil diez.—Lic. María del Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(IN2010022839).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las once horas del día veintidós de febrero del año dos mil diez, se constituyó la sociedad Polla y Aníbal Sociedad Anónima. Presidente: Aníbal Gerardo Pérez Alvarado. Capital social: cien mil colones exactos. Domicilio: Freses de Curridabat, distrito Granadilla.—Lic. Carlos Alberto Zamora Guardia, Notario.—1 vez.—(IN2010022874).

Por escritura otorgada hoy a las ocho horas treinta minutos, ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad denominada Consorcio Playa Manuel Antonio PMA Cero Ocho Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2010.—Lic. Gavridge Pérez Porras, Notario.—1 vez.—(IN2010022878).

Por escritura otorgada hoy, a las once horas ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad denominada Consorcio Playa Guiones PG Cero Ocho Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2010.—Lic. Gavridge Pérez Porras, Notario.—1 vez.—(IN2010022880).

Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad E.M.S Sociedad Anónima; mediante los cuales se reforma la cláusulas primera, segunda y octava del acta constitutiva de la sociedad y se nombra nuevo secretario y tesorera.—San José, 8 de marzo del 2010.—Lic. Gavridge Pérez Porras, Notario.—1 vez.—(IN2010022882).

Por escritura otorgada hoy, a las diez horas, ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad denominada Consorcio Playa Santa Teresa PST Cero Ocho Sociedad Anónima.—San José, 08 de marzo del 2010.—Lic. Gavridge Pérez Porras, Notario.—1 vez.—(IN2010022884).

Por escritura otorgada hoy, a las nueve horas, ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad denominada Consorcio Playa Puerto Viejo PPV Cero Ocho Sociedad Anónima.—San José, 08 de marzo del 2010.—Lic. Gavridge Pérez Porras, Notario.—1 vez.—(IN2010022886).

Por escritura otorgada a las 16:40 horas del 02 de marzo del 2010, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de socios de sociedad Inversiones Kopper Muñoz Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula quinta, en cuanto al capital social.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—RP2010162059.—(IN2010022892).

Por escritura otorgada a las 14:40 horas del 02 de marzo del 2010, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de socios de sociedad Inversiones Kopper Muñoz Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula quinta, en cuanto al capital social.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—RP2010162060.—(IN2010022893).

Por escritura número 154-05 del tomo 05 del protocolo de la notaria pública Ana Lorena Borges Montero, otorgada en esta ciudad a las 15:00 horas del 12 de marzo del 2010,  la  sociedad  costarricense  denominada 3-101-541600 s. a., con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y un mil seiscientos, modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, 12 de marzo del 2010.—Lic. Ana Lorena Borges Montero, Notaria.—1 vez.—RP2010162061.—(IN2010022894).

En mi notaría, mediante instrumento público, otorgado a las 12:00 horas del 14 de marzo del 2010, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Compañía Comercial Picaso Sociedad Anónima, donde se reformó el estatuto social, para modificar el plazo social. Nuevo plazo social: cien años a partir del primero de octubre de mil novecientos cincuenta y nueve.—San Ramón de Alajuela, 14 de marzo de 2010.—Lic. Gustavo Arturo Arroyo Chaves, Notario.—1 vez.—RP2010162063.—(IN2010022895).

Por escritura otorgada hoy ante mí, Guillermo Montoya Ordóñez y María Del Carmen Araya Sánchez, constituyeron Montajes de Torres MYA Sociedad Anónima. Domicilio: la ciudad de Tilarán, de la provincia de Guanacaste, de la entrada principal a la ciudad, un kilómetro y medio Finca La Pradera. Objeto: específicamente al montaje y armado de torres de comunicación y transmisión. Plazo social: cien años a partir de su constitución. Capital social: un millón de colones, representado por 1000 acciones de un mil colones cada una de ellas.—San Ramón, 11 de marzo del 2010.—Lic. Oki Emilio Rojas Chacón, Notario.—1 vez.—RP2010162064.—(IN2010022896).

Por escritura otorgada hoy 12 de marzo del 2010, a las 14:00 horas se constituyó la sociedad denominada Atlas Central Pacific Enterprises Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial: gerentes.—San José, 12 de marzo del 2010.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1 vez.—RP2010162065.—(IN2010022897).

Por asamblea de socios fundadores, dada en Heredia, dieciocho horas del once de febrero de dos mil diez, se constituyó la Asociación Nacional Para el Desarrollo y Producción de Búfalos de Costa Rica. Se designa junta directiva, representante legal y se estipulan estatutos.—Lic. Perla Cheves Romero, Notaria.—1 vez.—RP2010162066.—(IN2010022898).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del doce de marzo del año dos mil diez, se acordó modificar la cláusula sétima del pacto constitutivo y se acordó revocar y hacer nuevos nombramientos del presidente, secretario y tesorero de la sociedad anónima denominada Retabria Industrial de la Montaña Sociedad Anónima.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2010162067.—(IN2010022899).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del doce de marzo del año dos mil diez, se acordó modificar la cláusula sétima del pacto constitutivo y se acordó revocar y hacer nuevos nombramientos del presidente,  secretario,  tesorero  de  la  sociedad  anónima  denominada  El Mirador del Monte de Paz Sociedad Anónima.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2010162068.—(IN2010022900).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 14:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Chavetas S. A., mediante la cual se modifican las cláusulas segunda, décima y undécima del pacto social y se designa nueva junta directiva.—San José, 12 de marzo de 2010.—Lic. Alfonso Jiménez Meza, Notario.—1 vez.—RP2010162069.—(IN2010022901).

Luis Guzowski Majchel y Keyco Chango González, constituyen Inmobiliaria Second River Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 09:00 horas del 09 de marzo del 2010.—Lic. Edwin Bogantes Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2010162073.—(IN2010022902).

Eduardo Guzowski Majchel y Keyco Chango González,  constituyen Ofibodegas Río Segundo Sociedad Anónima. Escritura otorgada en José, a las 09:30 horas del 09 de marzo del 2010.—Lic. Edwin Bogantes Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2010162074.—(IN2010022903).

Silvia Guzowski Majchel y Keyco Chango González, constituyen Inversiones Río Segundo de Alajuela Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 10:00 horas del 09 de marzo del 2010.—Lic. Edwin Bogantes Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2010162075.—(IN2010022904).

Por escritura número doscientos cuarenta y tres, otorgada ante mi notaría, a las diez horas del día doce de marzo del año dos mil diez, se modifica la representación, correspondiéndole al presidente y al tesorero la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, de conformidad con el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, quienes actuarán de forma conjunta y separada en el desempeño de sus cargos, pudiendo sustituir sus poderes en todo o en parte, revocar sustituciones y hacer otras de nuevo sin perder el suyo, de la entidad Transxiri S. A.—Heredia, 12 de marzo del 2010.—Lic. Jonathan Desanti Ruiz, Notario.—1 vez.—RP2010162076.—(IN2010022905).

Manuel Mora Ulate y Lucía Alfaro Herrera; constituyen la sociedad Consorcio Jurídico y de Asesoría Legal Luma Sociedad Anónima, domiciliada en Liberia, Guanacaste, de Pinturas Protecto, ciento veinticinco metros al sur. Con un capital social de diez mil colones, representada por diez acciones de mil colones cada una, suscritas y pagadas de la siguiente forma: cada uno de los dos socios suscribe y paga cinco acciones.—Liberia, diez de marzo de dos mil diez.—Lic. José Fernando Cordero Pérez, Notario.—1 vez.—RP2010162077.—(IN2010022906).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas del día doce de marzo del dos mil diez, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de accionistas de la sociedad denominada Rubi Importing And Exporting S. A. Donde se acuerda modificar la cláusula segunda de los estatutos.—San José, doce de marzo del dos mil diez.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2010162078.—(IN2010022907).

Por escritura otorgada por la suscrita Dafne Lizette Blanco Varela, a las once horas del once de marzo del dos mil diez, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía White Sands Of Costa Rica Investments Sociedad Anónima, por lo que se reforma la cláusula segunda del pacto social.—San José, once de marzo del dos mil diez.—Lic. Dafne Lizette Blanco Varela, Notaria.—1 vez.—RP2010162079.—(IN2010022908).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del día doce de marzo del dos mil diez, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Rapanui de Hiva RDH Ltda. Donde se acuerda modificar las cláusulas primera y novena del pacto constitutivo.—San José, doce de marzo del dos mil diez.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2010162080.—(IN2010022909).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 19:00 horas del 28 de enero del 2010, se constituyó la sociedad denominada: Momu Limitada. Domicilio social: San José, Desamparados El Porvenir, del Polideportivo, ciento setenta y cinco metros norte.—Doce de marzo del dos mil diez.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—RP2010162083.—(IN2010022910).

Mediante escritura número ochenta y siete-bis del tomo veintidós de mi protocolo, se modificó la cláusula quinta del capital social de la empresa Gebeaire Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-290362.—Lic. Miguel Ángel Vásquez López, Notario.—1 vez.—RP2010162084.—(IN2010022911).

Mediante escritura número ochenta y siete del tomo veintidós de mi protocolo, se modificó la cláusula quinta del capital social de la empresa Pastos Verdes de Coronado S. A., cédula jurídica Nº 3-101-248079.—Lic. Miguel Ángel Vásquez López, Notario.—1 vez.—RP2010162085.—(IN2010022912).

Por escritura número trescientos dieciocho, otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad de este domicilio Bucknor Consultores y Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-231446. Se hace aumento de capital social.—Cartago, 1º de marzo del 2010.—Lic. Lucrecia Rojas Calvo, Notaria.—1 vez.—RP2010162086.—(IN2010022913).

Por escritura número trescientos veintiuno, otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad Yate Polaco Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones exactos, plazo social noventa y nueve años. Al presidente y secretario les corresponde la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma. Presidenta: Olga Kolodzeejczyk, pasaporte número dos cero siete tres nueve nueve tres seis siete, secretario Robert Kolodziejczyk, pasaporte número cero dos siete cinco nueve ocho seis dos cero.—Cartago, 12 de marzo del 2010.—Lic. Lucrecia Rojas Calvo, Notaria.—1 vez.—RP2010162087.—(IN2010022914).

Al ser las dieciséis horas del veintiséis de enero del dos mil diez, por escritura pública número sesenta y cuatro, otorgada ante mi notaría, se constituyó Unfried Solutions Sociedad Anónima, designándose como presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma a Adriana Unfried Varela. Es todo.—San José, veintiséis de enero del dos mil diez.—Lic. Ruddy Leonardo Figueroa Cruz, Notario.—1 vez.—RP2010162088.—(IN2010022915).

Por escritura otorgada, en esta ciudad y notaría, a las ocho horas de hoy, fue constituida Hormirosas Sociedad Anónima, abreviándose S. A. Domicilio: San José. Objeto: agricultura, ganadería, minería, turismo, industria y comercio. Plazo: cien años. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Presidente con poder generalísimo.—San José, 12 de marzo del 2010.—Lic. Luis Diego Acuña Delcore, Notario.—1 vez.—RP2010162089.—(IN2010022916).

Que en escritura número 447-18 del tomo 18 de mi protocolo, del día 12 de marzo del año en curso, al ser las doce horas, comparecieron los señores Oswaldo Antonio Hidalgo Solís, de nacionalidad peruana, pasaporte de su país cuatro ocho cinco cinco uno tres ocho y Wilfredo Hidalgo Solís, de nacionalidad peruana, pasaporte de su país tres cuatro tres cinco siete cuatro nueve, para constituir la sociedad Compañía Bremen de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 15 de marzo del 2010.—Lic. Miguel Chacón Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2010162093.—(IN2010022917).

Mediante escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del doce de marzo del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de White OAK LLC Limitada, cédula jurídica 3-102-567206, en la cual se reformó la cláusula sexta del pacto constitutivo de la administración y se nombraron dos nuevos gerentes.—Lic. Bárbara Jiménez Coble, Notaria.—1 vez.—RP2010162098.—(IN2010022918).

Mediante escritura otorgada, a las catorce horas minutos del doce de marzo del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Rain Forest LLC Limitada, cédula jurídica 3-102-567869, en la cual se reformó la cláusula sexta del pacto constitutivo de la administración, se nombraron dos nuevos gerentes y se otorgaron dos poderes generalísimos.—Lic. Bárbara Jiménez Coble, Notaría.—1 vez.—RP2010162099.—(IN2010022919).

Por escritura otorgada, ante el suscrito notario, a las 15:00 horas del día 8 de marzo del 2010; se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Agencia de Seguridad Josepda Sociedad Anónima. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: La ciudad de San José.—San José, 9 de marzo del 2010.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—RP2010162100.—(IN2010022920).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las dieciocho horas, se constituyó la sociedad con la denominación asignada por el Registro Nacional, de acuerdo con el Decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno del veintinueve de mayo del año dos mil seis. Domicilio: Sabanilla de Montes de Oca. Capital: cien mil colones, totalmente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo: Miguel Ángel García Solano.—Heredia, 12 de marzo del 2010.—Lic. Jorge Iván Calvo León, Notario.—1 vez.—RP2010162107.—(IN2010022921).

En esta notaría, mediante escritura de las 16:00 horas del 16 de febrero del 2010, se protocolizó acuerdos de asamblea de socios de Administradora de Condo-Residencia Villa Andrea S. A., en que se reforma cláusula octava de los estatutos.—San José, 16 de febrero del 2010.—Lic. Kadir Cortés Pérez, Notario.—1 vez.—RP2010162114.—(IN2010022922).

Por escritura otorgada ante mí constituyó, Aurangzeb S. A. Domicilio: San Blas, Cartago. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente con representación judicial y extrajudicial.—San José, 12 de marzo del 2010.—Lic. Óscar Navarro Mondragón, Notario.—1 vez.—RP2010162116.—(IN2010022923).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del 13 de marzo del año 2010, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de Compusotec S. A., cédula jurídica número: 3-101-498.046, se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo, y se nombra nuevo presidente y tesorero.—Tilarán, 13 de marzo del 2010.—Lic. Willy Fernando Elizondo Murillo, Notario.—1 vez.—RP2010162117.—(IN2010022924).

Por escritura otorgada ante mi notaría, en la ciudad de San José a las 20:00 horas del 10 de marzo del 2010, se constituyó la sociedad Inmobiliaria Mar M&C S. A. Capital íntegramente suscrito y pago en dinero efectivo, plazo social: 99 años contados a partir del momento de su constitución.—San José, 10 de marzo del 2010.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1 vez.—RP2010162120.—(IN2010022925).

Ante esta notaría comparecieron Zhenxiang Liang Cheng, cédula ocho-cero ochenta-quinientos ocho, y Zhenyang Liang Cheng, soltero, comerciante, cédula ocho-cero ochenta-quinientos sesenta; para constituir la sociedad denominada Dos Niños del Jade Sociedad Anónima, por un plazo de noventa y nueve años, y con objeto de comercio.—Nicoya, nueve de marzo del dos mil diez.—Lic. Iveth Orozco García, Notaria.—1 vez.—RP2010162121.—(IN2010022926).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas de hoy en Ciudad Neily, se constituyó La Choza de Mis Abuelos Sociedad Anónima, domicilio Ciudad Neily de Corredores, capital: totalmente suscrito y pagado, plazo: noventa y nueve años a partir de hoy, representación judicial y extrajudicial de la sociedad: presidente y secretaria de la junta directiva, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Ciudad Neily, diez de marzo del dos mil diez.—Lic. Yadira Reyes Wong, Notaria.—1 vez.—RP2010162122.—(IN2010022927).

Ante el suscrito notario, se constituye la sociedad Agrícola Rodríguez y Méndez Sociedad Anónima. Capital social: cuarenta mil colones exactos, representado por cuatro acciones de diez mil colones cada una. Domicilio social: La Cuesta, Corredores, Puntarenas, La Cañaza cien metros oeste de la Arrocera. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Julio César Méndez Sequeira, mayor, soltero, agricultor, cédula seis-ciento ochenta y nueve-novecientos dieciséis.—Ciudad Neily, a las nueve horas del doce de marzo de dos mil diez.—Lic. René Fernández Ledezma, Notario.—1 vez.—RP2010162123.—(IN2010022928).

Ante mí, Lic. Anthony Fernández Pacheco, por escritura número noventa y cinco del tomo décimo de mi protocolo, de las quince horas del once de marzo del dos mil diez, se constituyó la sociedad de esta plaza, cuya razón social se determina de conformidad con el decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno - J, y cuyo capital social quedó suscrito y pagado, y en la junta directiva se nombró como presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma al señor Luis Antonio Rodríguez Fernández.—Lic. Anthony Fernández Pacheco, Notario.––1 vez.––RP2010162124.––(IN2010022929).

Ante mí, Lic. Anthony Fernández Pacheco, por escritura número noventa y seis del tomo décimo de mi Protocolo, de las quince horas y treinta minutos del once de marzo del dos mil diez, se constituyó la sociedad de esta plaza, cuya razón social se determina de conformidad con el decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno - J, y cuyo capital social quedó suscrito y pagado, y en la junta directiva se nombró como presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma al señor Luis Antonio Rodríguez Fernandez.—Lic. Anthony Fernández P., Notario.––1 vez.––RP2010162125.––(IN2010022930).

Ante mí, Lic. Anthony Fernández Pacheco, por escritura número noventa y siete del tomo décimo de mi Protocolo, de las quince horas y cuarenta y cinco minutos del once de marzo del dos mil diez, se constituyó la sociedad de esta plaza, cuya razón social se determina de conformidad con el decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno - J, y cuyo capital social quedó suscrito y pagado, y en la junta directiva se nombró como presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma al señor Luis Antonio Rodríguez Fernández.—Lic. Anthony Fernández P., Notario.––1 vez.––RP2010162126.––(IN2010022931).

Ante mí, Lic. Anthony Fernández Pacheco, por escritura número noventa y ocho del tomo décimo de mi Protocolo, de las dieciséis horas del once de marzo del dos mil diez, se constituyó la sociedad de esta plaza, cuya razón social se determina de conformidad con el decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno - J, y cuyo capital social quedó suscrito y pagado, y en la junta directiva se nombró como presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma al señor Luis Antonio Rodríguez Fernandez.—Lic. Anthony Fernández Pacheco, Notario.––1 vez.––RP2010162127.––(IN2010022932).

Ante este Notario se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Sanvar Dos Mil Seis Sociedad Anónima, tres - ciento uno - cuatrocientos sesenta y cuatro mil cuatro. Se reforma la cláusula segunda del pacto social.—Turrialba, doce de marzo del dos mil diez.—Lic. Guillermo Brenes Cambronero, Notario.––1 vez.––RP2010162129.––(IN2010022933).

Por escritura otorgada ante los notarios públicos Andreína Vincenzi Guilá y Fabio Vincenzi Guilá, a las 8:00 horas del 11 de marzo de 2010, Fertica S. A., reforma la cláusula quinta de su pacto constitutivo y aumenta su capital social.—San José, 11 de marzo del 2010.—Lic. Andreína Vincenzi Guilá, Notaria.––1 vez.––RP2010162132.––(IN2010022934).

Mediante escritura número setenta y tres del tomo cuatro de mi protocolo, a las doce horas del trece de marzo del año dos mil diez, ante mi Notaría, se constituyó Inversiones Santa Cecilia Sociedad Anónima. Presidente: Freddy López Ramírez.—San José, quince de marzo del año dos mil diez.—Lic. Beatriz Rivas Ríos, Notaria.––1 vez.––RP2010162133.––(IN2010022935).

Mediante escritura número setenta y dos del tomo cuatro de mi protocolo, a las diez horas del trece de marzo del año dos mil diez, ante mi Notaría, se constituyó LR Seguridad Sociedad Anónima. Presidente: Daniel López Ramírez.—San José, quince de marzo del año dos mil diez.—Lic. Beatriz Rivas Ríos, Notaria.––1 vez.––RP2010162134.––(IN2010022936).

Ante mi Notaría el señor Claudio Sánchez Sánchez y la señora Carmen  Navarro  Zúñiga, constituyen la compañía Sánchez & Navarro C Y C Sociedad Anónima, capital 12.000 colones en parte con aporte de fincas. Plazo social: 99 años. Domicilio: Coronado.—San José, cuatro de marzo del dos mil diez.—Lic. Carlos Eduardo González Herrera, Notario.––1 vez.––RP2010162135.––(IN2010022937).

Los señores Miguel David Quirós Méndez y Miguel Quirós Valverde, constituyen la compañía M & M Quivar Sociedad Anónima con domicilio social en San José, Coronado. Capital: ¢ 10.000,00. Plazo: 99 años. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 16:00 horas del día 12 de marzo del año 2010.—Lic. Carlos Edo. González Herrera, Notario.––1 vez.––RP2010162136.––(IN2010022938).

En mi Notaría, en Cañas, Guanacaste, mediante escritura pública número doscientos cincuenta y dos de mi protocolo número veintiuno, otorgada a las diez horas del once de marzo del año dos mil diez, se modificó la cláusula quinta del pacto social constitutivo sobre el capital social, donde se aumentó dicho capital a la suma de ciento setenta y un millones de colones, representados por mil setecientas diez acciones comunes y nominativas de cien mil colones cada una.—Cañas, Guanacaste, once de marzo del año dos mil diez.—Lic. Franklin Segura López, Notario.––1 vez.––RP2010162139.––(IN2010022939).

Ante esta Notaría, se constituyó sociedad anónima denominada Pacific Construction Management S. A., apoderado Juan José Fernández Mora, domicilio social cantón central distrito San Sebastián, provincia San José, Colonia Kennedy, calle Los Laureles, casa número diecinueve. Es todo.—San José, al ser las nueve horas del quince de marzo del año dos mil diez.—Lic. Kerly Masís Beita, Notaria.––1 vez.––RP2010162141.––(IN2010022940).

Mediante escritura número treinta y ocho de fecha once horas del nueve de marzo del dos mil diez, otorgada en mi Notaría, se constituye sociedad anónima denominada Hemapema S. A.—Lic. Olga María Rivera Monge, Notaria.––1 vez.––RP2010162152.––(IN2010022941).

Por escritura otorgada a las 12 horas del 10 de marzo de 2010. Ante el notario Jaime Andrés Rojas Fortado, los señores Enardo Arenas Montiel y Kattia Fallas Espinoza, constituyeron la sociedad Eksa Sistemas Sociedad Anónima. Domicilio: el domicilio de la sociedad es en Santa Ana centro, del restaurante Ceviche del Rey, setenta y cinco metros norte. Capital social: diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una íntegramente suscritas y pagadas por los socios. Plazo social: noventa y nueve años a partir de su constitución.—San José, 10 de marzo del 2010.—Lic. Jaime A. Rojas Fortado, Notario.––1 vez.––RP2010162154.––(IN2010022942).

El día de hoy se constituyó en mi Notaría la sociedad Avalos & Duarte S. A. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Domicilio social: Cartago, Guadalupe, urbanización Villasdurango, casa veintitrés-A. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar en forma conjunta o separada.—Cartago, 2 de marzo del 2010.—Lic. William Buckley Buckley, Notario.––1 vez.––RP2010162155.––(IN2010022943).

El día de hoy, se constituyó en mi Notaría la sociedad Agomar S.A. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Domicilio social: Cartago, Tejar de El Guarco, condominio Antigua, casa veinticuatro-D. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Pudiendo actuar en forma conjunta o separada.—Cartago, 16 de febrero del 2010.—Lic. William Buckley Buckley, Notario.––1 vez.––RP2010162156.––(IN2010022944).

Por escritura otorgada ante mi Notaría en San José, a las 15:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad CTE Cómputo Sociedad Anónima. Domicilio: San José.—15 de enero del dos mil diez.—Lic. Edward Monge Abarca, Notario.––1 vez.––RP2010162157.––(IN2010022945).

Fabrizio Ravetti Aguayo, notario público con oficina en San José, doy fe que en mi Notaría, a las dieciocho horas del tres de marzo del dos mil diez, fue constituida la firma de esta plaza Seguridad Castro Dávila Sociedad Anónima.—Lic. Fabrizio Ravetti Aguayo, Notario.––1 vez.––RP2010162158.––(IN2010022946).

Ante mí, Luis Mariano Vargas Mayorga, notario, se constituyó Grupo G & C S. A.—San José, 12 de marzo del 2010.—Lic. Luis Mariano Vargas Mayorga, Notario.––1 vez.––RP2010162159.––(IN2010022947).

Por escritura otorgada el día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Nonna Nimmi Sociedad Anónima, con domicilio en Escazú, Bello Horizonte de San José. Presidenta: Andrea Ubertini Cavicchioni.—San José, siete de marzo del dos mil diez.—Lic. María del Rocío Murillo Mora, Notaria.––1 vez.––RP2010162160.––(IN2010022948).

Por escritura otorgada hoy, se constituyó la empresa Sacred Rock Investments S. A.—San Ramón, Alajuela, 12 de marzo de 2010.—Lic. José María Penabad Bustamante, Notario.––1 vez.––RP2010162162.––(IN2010022949).

Por escritura otorgada hoy, se constituyó la empresa Cazuela Maison S. A.—San Ramón, Alajuela, 3 de marzo de 2010.—Lic. José María Penabad Bustamante, Notario.––1 vez.––RP2010162163.––(IN2010022950).

Por escritura otorgada hoy, se constituyó la empresa Cinco Maes S.A.—San Ramón, Alajuela, 2 de marzo de 2010.—Lic. José María Penabad Bustamente, Notario.––1 vez.––RP2010162164.––(IN2010022951).

Por escritura otorgada ante mi Notaría, a las 19:00 horas del 12 de marzo de 2010, se constituyó la compañía Inversiones Hotel La Pacífica Sociedad Anónima. Capital social debidamente suscrito y pagado. Plazo 99 años.—Cañas, Guanacaste, 12 de marzo de 2010.—Lic. Ester Solano Jerez, Notaria.––1 vez.––RP2010162165.––(IN2010022952).

Por escritura otorgada ante mi Notaría, a las 15:00 horas del 12 de marzo de 2010, se constituyó la sociedad que tendrá como denominación social el número de cédula jurídica que le sea asignado por el Registro, nombre según decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno J, del Reglamento para inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, publicado en La Gaceta, el catorce de junio de dos mil siete. Capital social debidamente suscrito y pagado. Plazo 99 años.—Cañas, Guanacaste, 12 de marzo de 2010.—Lic. Ester Solano Jerez, Notaria.––1 vez.––RP2010162166.––(IN2010022953).

Ante esta Notaría, al ser las diecisiete horas del tres de marzo del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad denominada Mount View School Sociedad Anónima, donde se acordó modificar la cláusula quinta del capital social.—San José, quince de marzo del dos mil diez.—Lic. Héctor Fallas Vargas, Notario.––1 vez.—RP2010162167.––(IN2010022954).

Por escritura otorgada en mi Notaría a las 8 horas del 12 de marzo de 2010, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Matosere de Tibás S. A., en virtud de la cual se reformó la cláusula sexta del pacto social y se nombró nueva junta directiva.—San Juan de Tibás, 12 de marzo del 2010.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.––1 vez.––RP2010162168.––(IN2010022955).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las diecisiete horas cinco minutos del día dieciocho de agosto del año dos mil nueve, la empresa Resort Property Management S. A., cédula de persona jurídica número: tres- ciento uno- trescientos cincuenta y ocho mil ciento veintiocho, vende y traspasa a la empresa Ocean Dream CR Ltda., cédula de persona jurídica número: tres- ciento dos- quinientos cuarenta y siete mil doscientos cuarenta y siete, el establecimiento mercantil denominado Stay In Costa Rica, ubicado en Playa Herradura, cincuenta metros antes de la entrada principal del Complejo Los Sueños. Se cita a los acreedores e interesados para los efectos del artículo 479 del Código de Comercio, se presenten en el término de 15 días a partir de este aviso, para hacer valer sus derechos. Actúa como depositario del precio el notario Eugenio Hernández Rodríguez, con oficinas ubicadas en San José, barrio Pitahaya, avenida tres, calle treinta y cuatro, edificio tres mil cuatrocientos doce.—San José, 08 de marzo del año dos mil diez.—Lic. Eugenio Hernández R., Notario.––1 vez.––RP2010162169.––(IN2010022956).

Por escritura otorgada a las once horas de hoy, se constituyó la sociedad Danzig Financial Services Sociedad Anónima. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma el señor Alejandro De Janon Champsaur.—San José, quince de febrero del dos mil diez.—Lic. Bernal Chavarría Soley, Notario.––1 vez.––RP2010162170.––(IN2010022957).

Por escritura otorgada ante este Notario Público el 11 de marzo de 2010, a las 08:00 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 12 de marzo de 2010.—Lic. Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.––1 vez.––RP2010162172.––(IN2010022958).

Por escritura otorgada ante este Notario Público el 11 de marzo de 2010, a las 08:10 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 12 de marzo de 2010.—Lic. Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.––1 vez.––RP2010162173.––(IN2010022959).

Por escritura otorgada ante este Notario Público el 11 de marzo de 2010, a las 08:20 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 12 de marzo de 2010.—Lic. Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.––1 vez.––RP2010162174.––(IN2010022960).

Por escritura otorgada ante este Notario Público el 11 de marzo de 2010, a las 08:30 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 12 de marzo de 2010.—Lic. Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.––1 vez.––RP2010162175.––(IN2010022961).

Por escritura otorgada ante este Notario Público el 11 de marzo de 2010, a las 08:40 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 12 de marzo de 2010.—Lic. Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.––1 vez.––RP2010162176.––(IN2010022962).

Por escritura otorgada ante este notario público el día 11 de marzo de 2010, a las 8:50 horas, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 12 de marzo de 2010.—Lic. Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.—1 vez.—Nº RP2010162177.—(IN2010022963).

Por escritura otorgada ante este notario público el día 11 de marzo de 2010, a las 9:00 horas, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 12 de marzo de 2010.—Lic. Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.—1 vez.—Nº RP2010162178.—(IN2010022964).

Por escritura otorgada ante este notario público el día 11 de marzo de 2010, a las 9:10 horas, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 12 de marzo de 2010.—Lic. Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.—1 vez.—Nº RP2010162179.—(IN2010022965).

Por escritura otorgada ante este notario público el día 11 de marzo de 2010, a las 9:20 horas, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 12 de marzo de 2010.—Lic. Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.—1 vez.—Nº RP2010162180.—(IN2010022966).

Por escritura otorgada ante este notario público el día 11 de marzo de 2010, a las 9:30 horas, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 12 de marzo de 2010.—Lic. Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.—1 vez.—Nº RP2010162181.—(IN2010022967).

Mercadeo Global Uno A Uno S. A., cédula 3-101-503854, elige presidente a Sergio Chaverri Fallas, cédula 1-1062-150, y varía su domicilio a San José, Alajuelita, San Josecito, de1 Ranchitico 75 metros al oeste.—San José, 15 de marzo del 2010.—Lic. Ana Evelia Retana Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº RP2010162182.—(IN2010022968).

Los señores Mario Alberto Vargas Ledezma y Lilliana Aragón Durán, constituyen la sociedad de responsabilidad limitada. Domicilio en San Francisco de Heredia, residencial Tenerife casa número 6-A, plazo 99 años, a partir del 22/02/2010. Capital social ¢10.000,00, gerente con la representación judicial y extrajudicial.—San José, 22 de febrero del 2010.—Lic. José Joaquín Arias Segura, Notario.—1 vez.—Nº RP2010162186.—(IN2010022969).

Familia Araya Abarca constituyen sociedad anónima denominada Inmobiliaria Araya Abarca Familia S. A. ante la notaría de 1a licenciada Lilliam Hidalgo Álvarez.—Cartago, 12 de marzo del 2010.—Lic. Lilliam Hidalgo Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº RP2010162187.—(IN2010022970).

Por escritura otorgada ante la notaría de Pedro Brenes Murillo, a las 11:00 del 12 de marzo del 2010, se protocolizó acta número 17 de asamblea general extraordinaria de Eurodeportes Sociedad Anónima S.A., se reforma la cláusula segunda del domicilio del pacto constitutivo. Es todo.—San José, 13 de marzo del 2010.—Lic. Pedro Brenes Murillo, Notario.—1 vez.—Nº RP2010162189.—(IN2010022971).

Por escritura número: doscientos sesenta y seis, de las ocho horas del día quince de marzo del año dos mil diez, visible e iniciada a folio ciento treinta y cuatro frente, del tomo cuarto del suscrito notario, se constituye sociedad anónima denomina Vermaguia Sociedad Anónima, plazo social noventa y nueve años, capital social, suscrito y pagado. Es todo.—Ciudad de Heredia, 15 de marzo del 2010.—Lic. Octavio Mora Hernández, Notario.—1 vez.—Nº RP2010162191.—(IN2010022972).

Por escritura otorgada ante la licenciada Maritza Carranza Jiménez, a las catorce horas del trece de marzo del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Transromy MRJ Sociedad Anónima.—Palmares, 13 de marzo del 2010.—Lic. Maritza Carranza Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº RP2010162192.—(IN2010022973).

Ante la notaría de Jacqueline Villalobos Durán, se protocolizó acta número uno de la sociedad Hornos y Equipos Tecno S. A., donde se cambia razón social, objeto, y junta directiva. Otorgada en la cuidad de San José, escritura número 49 de las 8:00 horas del 15 de marzo del 2010.—San José, 15 de marzo del 2010.—Lic. Jacqueline Villalobos Durán, Notaria.—1 vez.—Nº RP2010162194.—(IN2010022974).

Se hace saber que mediante escritura número doscientos setenta y uno, de las quince horas, del nueve de marzo del dos mil diez, fue protocolizada acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Negro Profundo S. A. cédula jurídica tres-uno cero uno-cuatro dos siete ocho cero cero, en la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda y novena del pacto constitutivo, para cambio de domicilio y junta directiva, habiéndose nombrado como nuevo presidente y representante legal, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma a Jorge Steve Fernández Rodríguez, mayor, casado una vez, juez, cédula uno-siete seis uno-siete seis seis, vecino de San Ramón de Alajuela.—San Ramón, trece de marzo del dos mil diez.—Lic. Julia María Zeledón Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº RP2010162196.—(IN2010022975).

Por escritura otorgada en esta notaría a las dieciséis horas del primero de marzo del dos mil diez, se constituyó la sociedad Corporación El Pilón I y J Limitada. Capital suscrito y pagado. Gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, con la representación judicial y extrajudicial.—San José, 15 de marzo del 2010.—Lic. Eduardo López Arroyo, Notario.—1 vez.—Nº RP2010162197.—(IN2010022976).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del 2 de marzo de 2010 se constituyó la sociedad Sunligth Productions S. A. nombrándose agente residente, fondo de reserva legal, junta directiva y capital social, domiciliada en San ]osé, Moravia, veinticinco metros sur y cien este del restaurante Princesa Marina.—San José, 2 de marzo del 2010.—Lic. Rafael Ángel Quesada Vargas, Notario.—1 vez.—Nº RP2010162198.—(IN2010022977).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del 12 de marzo del 2010, se constituyó la sociedad Alimentos de Costa Rica y Uruguay S. A., nombrándose agente residente, fondo de reserva legal, junta directiva y capital social, domiciliada en San José, Catedral, calle once, avenidas seis y ocho casa número seiscientos cuarenta y siete.—San José.—Lic. Rafael Ángel Quesada Vargas, Notario.—1 vez.—Nº RP2010162199.—(IN2010022978).

En mi notaría, al ser las nueve horas del doce de marzo del año dos mil diez, se constituyó la sociedad cuya razón social es Goldchips Corporation Limitada, y la cual se dedicará al comercio en general, con un plazo de noventa y nueve años partir de su constitución.—San José, 12 de marzo del dos mil diez.—Lic. Gonzalo Gutiérrez Acevedo, Notario.—1 vez.—Nº RP2010162200.—(IN2010022979).

Por escritura número 177-4, otorgada a las 9:00 horas del 10 de marzo del 2010, ante esta notaria Diana Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Estamos Q.A.P. S. A. donde se acuerda reformar la cláusula segunda de los estatutos.—Puntarenas, 10 de marzo del dos mil diez.—Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—Nº RP2010162202.—(IN2010022980).

Por escritura otorgada en mi notaría a las nueve horas quince minutos de hoy, se constituye la empresa P.G. Consultores Asociados Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse S. A. Domicilio: San José. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: la suma de diez mil colones. Representación: presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, tres de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Roxana Gómez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº RP2010162204.—(IN2010022981).

Por escritura otorgada en mi notaría a las doce horas de hoy, se constituye la empresa con el número de cédula jurídica que le asigne el Registro sociedad anónima, pudiendo abreviarse S. A. Domicilio: San José. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: la suma de un millón de colones. Representación: presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, once de junio de dos mil nueve.—Lic. Andrés Arnoldo Pérez González, Notario.—1 vez.—Nº RP2010162205.—(IN2010022982).

Por escritura otorgada ante mí hoy a las 18:00 horas, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de Hacienda Barco Quebrado S. A. por la que se reforman las cláusulas segunda y sétima, del domicilio y del consejo de administración. Se nombra nueva junta directiva.—San José, 12 de marzo del 2010.—Lic. Jorge Mario Marín Barquero, Notario.—1 vez.—Nº RP2010162206.—(IN2010022983).

En esta notaría a las 13:00 horas del 11 marzo 2010, mediante la escritura número 126, la sociedad Bancomunal de Cuajiniquil de Nicoya Bandcua Sociedad Anónima modifica cláusulas sétima y octava del pacto social en el nombre, siendo él su nuevo nombre.—Lic. Anabel Arias Pérez, Notaria.—1 vez.—Nº RP2010162207.—(IN2010022984).

Por escritura otorgada a las nueve horas del día de hoy, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios la sociedad de esta plaza denominada Desarrollos San Bal S. A., en donde se reforma la cláusula quinta del pacto constitutito aumentando el capital.—San José, 4 de marzo del 2010.—Lic. Edwin Vargas Víquez, Notario.—1 vez.—RP2010162209.—(IN2010022985).

Hugo Rodríguez Coronado, hace consta que mediante escritura número dieciséis-dieciocho de su tomo dieciséis, se constituyó a sociedad de esta plaza denominada El Ratón Chiva S. A. Capital suscrito y pagado.—San José, 15 de marzo del 2010.—Lic. Hugo Rodríguez Coronado, Notario.—1 vez.—RP2010162210.—(IN2010022986).

Lapymar S. A., cédula jurídica 3-101-128712 en asamblea celebrada en su domicilio social, modifico la cláusula novena de pacto constitutivo en cuanto a la representación legal y extrajudicial de la sociedad.—Lic. María Teresa Mora Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2010162213.—(IN2010022987).

Por asamblea de las ocho horas del veintiséis de febrero del dos mil diez, se constituyó la compañía Cinco-Cero-Seis Sociedad de Responsabilidad Limitada. Socios: Marcial Alberto Sánchez Esquivel y Sivia Báez Rojas. Capital suscrito y pagado. Domicilio: San José Desamparados. Gerente: Marcial Alberto Sánchez Esquivel.—San José, 15 de marzo del 2010.—Lic. Jorge Fernando Calvo Mora, Notario.—1 vez.—RP2010162214.—(IN2010022988).

El día de hoy en mi notaría, se protocolizó la constitución de la sociedad denominada Lemy Importaciones Sociedad Anónima. Representante legal: el presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Miramar, 15 de marzo del 2010.—Lic. Rogelio Flores Agüero, Notario.—1 vez.—RP2010162215.—(IN2010022989).

Emilio Hernández Pérez y Adriana González Arce, constituyen sociedad anónima denominada Servicios Técnicos Hageo S. A., con un plazo social de 99 años, un capital social de cien mil colones, tendrá como objeto el comercio en general y la prestación de servicios y asesorías en fincas cafetaleras.—Naranjo, 12 de marzo del 2010.—Lic. Carmen Acuña Barquero, Notaria.—1 vez.—RP2010162218.—(IN2010022990).

Se constituyó la Sociedad Responsabilidad Limitada Cuevas y Asociados, bajo escritura 14-13, de las 18:00 horas del 15-01-2010. Tomo: 13. Folio: 14 vuelto. Capital social: mil colones.—San José, 15 de marzo del 2010.—Lic. Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—RP2010162219.—(IN2010022991).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las diez horas treinta minutos del trece de marzo del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Mobiliaria Cablan del Zurqui S.R.L., capital suscrito y pagado. Gerente primero y gerente segundo con facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma actuando conjunta o separadamente.—Cartago, 13 de marzo del 2010.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—RP2010162224.—(IN2010022992).

Mediante escritura número trece-siete, otorgada ante esta notaría en ciudad de Cartago, al ser las catorce horas veinticinco minutos del diez de marzo del dos mil diez, escritura visible al folio seis frente del tomo siete del protocolo del suscrito notario, se ha constituido la sociedad denominada Rodelima Sociedad Anónima, capital social totalmente suscrito y pagado por los socios.—Cartago, 10 de marzo del 2010.—Lic. Jorge Andrés Cordero, Notario.—1 vez.—RP2010162225.—(IN2010022993).

La suscrita notaria Xinia Arias Naranjo, hago constar y doy fe que ante esta notaría se modificó el pacto constitutivo de la siguiente sociedad anónima, Serenity Fot the Soul S. A., con domicilio en Ojochal, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros al este del Hotel Villas Gaía.—Ciudad Cortés, 10 de marzo de 2010.—Lic. Xinia Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—RP2010162226.—(IN2010022994).

Ante mí, José Cordero Chavarría, notario público, se constituyó la sociedad Empresarios Metalmecánica Froelo Nandayure Sociedad Anónima, el nueve de marzo del año dos mil diez, con plazo social cien años y capital social de diez mil colones, domiciliada en San Pablo de Nandayure, barrio Pavones, doscientos metros al oeste de la plaza de deportes.—Nandayure, 8 de marzo del 2010.—Lic. José Cordero Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2010162227.—(IN201022995).

Por escritura número dieciséis otorgada ante esta notaría a las trece horas del once de marzo del dos diez, se protocolizó acta de la sociedad denominada Corporación Propietaria de la Casa del Bosque S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos treinta y dos mil quinientos sesenta y cinco, en la que se modifica nombramientos de la Junta Directiva.—Lic. Hazel Delgado Cascante, Notaria.—1 vez.—RP20101162228.—(IN2010022996).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día 11 de marzo del 2010 a las 9:15 horas, la sociedad Love Me Two Times S. A., protocolizó acuerdos en que se reformó la cláusula primera; cambiando su nombre de Love Me Two Times S. A. a Zamont S. A., del pacto social.—San José, 19 de febrero del 2010.—Lic. María de La Cruz Villanea Villegas, Notaria.—1 vez.—RP2010162229.—(IN2010022997).

Mediante escritura número 169 otorgada a las ocho horas del diecinueve de febrero del dos mil diez, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva de la sociedad de esta plaza, Cre Ciento Once Buitre Bengali Sociedad Anónima, respectivamente.—San José, 19 de febrero del 2010.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1 vez.—RP2010162233.—(IN2010022998).

Mediante escritura número 166 otorgada a las once horas del dieciocho de febrero del dos mil diez, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva de la sociedad de esta plaza, Cre Ciento Cincuenta y Cuatro Cernicalo Aldabra Sociedad Anónima, respectivamente.—San José, 18 de febrero del 2010.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1 vez.—RP2010162234.—(IN2010022999).

Mediante escritura número 165 otorgada a las diez horas del dieciocho de febrero del dos mil diez, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva de la sociedad de esta plaza, Cre Trescientos Tres Halcón Abejero de Cola Larga Sociedad Anónima, respectivamente.—San José, 18 de febrero del 2010.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1 vez.—RP2010162236.—(IN2010023000).

Mediante escritura número 176 otorgada a las once horas del cinco de marzo del dos mil diez, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva de la sociedad de esta plaza, Cre Cero Setenta y Dos Auila Culebrera Sociedad Anónima respectivamente.—San José, 5 de marzo del 2010.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1 vez.—RP2010162237.—(IN2010023001).

Mediante escritura número 163 otorgada a las ocho horas del dieciocho de febrero del dos mil diez, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva de la sociedad de esta plaza, Cre Ciento Treinta y Tres Cacatúa Tanimbarana Sociedad Anónima, respectivamente.—San José, 18 de febrero del 2010.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1 vez.—RP2010162238.—(IN2010023002).

Mediante escritura Nº 168, otorgada a las trece horas del dieciocho de febrero del dos mil diez, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo, y se nombró nueva junta directiva de la sociedad de esta plaza, CRE Doscientos Setenta y Seis Gavilán de Fiji Sociedad Anónima, respectivamente.—San José, dieciocho de febrero del dos mil diez.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1 vez.—RP2010162239.—(IN2010023003).

Mediante escritura Nº 167, otorgada a las doce horas del dieciocho de febrero del dos mil diez, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo, y se nombró nueva junta directiva de la sociedad de esta plaza, CRE Ciento Noventa y Siete Colilarga Sociedad Anónima, respectivamente.—San José, dieciocho de febrero del dos mil diez.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1 vez.—RP2010162240.—(IN2010023004).

Mediante escritura Nº 162, otorgada a las once horas del diecisiete de febrero del dos mil diez, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo, y se nombró nueva junta directiva de la sociedad de esta plaza, CRE Cero Setenta y Uno Auila Azor Cresta Larga Sociedad Anónima, respectivamente.—San José, diecisiete de febrero del dos mil diez.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1 vez.—RP2010162242.—(IN2010023005).

Mediante escritura número setenta y ocho, de las diecinueve horas del quince de febrero del dos mil diez, visible al folio cuarenta y tres vuelto del tomo cuarto de la notaria Paula Durán Quirós, se hace constar que se protocolizó el acta de constitución de Inversiones Transforma Sociedad Anónima.—Paraíso, dieciocho de febrero del dos mil diez.—Lic. Paula Durán Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2010162243.—(IN2010023006).

Mediante escritura Nº 164, otorgada a las nueve horas del dieciocho de febrero del dos mil diez, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo, y se nombró nueva junta directiva de la sociedad de esta plaza, CRE Cero Noventa y Tres Azor Lartijerero Somali Sociedad Anónima, respectivamente.—San José, dieciocho de febrero del dos mil diez.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1 vez.—RP2010162244.—(IN2010023007).

Por escritura número doscientos sesenta y cuatro, de las doce horas del día doce de marzo del dos mil diez, visible e iniciada a folio ciento treinta y dos frente, del tomo cuarto del suscrito notario, se constituye sociedad de responsabilidad limitada denominada Técnica Electromecánica Aplicada de Costa Rica S.R.L. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: suscrito y pagado.—Es todo.—Ciudad de Heredia, 15 de marzo del 2010.—Lic. Octavio Mora Hernández, Notario.—1 vez.—RP2010162246.—(IN2010023008).

Por escritura número doscientos sesenta y cinco, de las trece horas del día doce de marzo del dos mil diez, visible e iniciada a folio ciento treinta y tres frente, del tomo cuarto del suscrito notario, se constituye sociedad de responsabilidad limitada denominada Sistemas Globales para Telecomunicaciones de Costa Rica S.R.L. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: suscrito y pagado. Es todo.—Ciudad de Heredia, 15 de marzo del 2010.—Lic. Octavio Mora Hernández, Notario.—1 vez.—RP2010162247.—(IN2010023009).

Por escritura número ciento cuarenta y dos, otorgada ante mí, a las once horas con treinta minutos del doce de marzo del dos mil diez, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de la sociedad Bramasole & Siren Investment Corporation Sociedad Anónima, por medio de la cual se reforman las cláusulas: segunda: del domicilio, y sexta: de la administración.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2010162248.—(IN2010023010).

He protocolizado acta de Cerro Mío de Colón Sociedad Anónima, se modifica pacto constitutivo, otorgando facultades de apoderado generalísimo solo al presidente. Es todo.—12 de marzo del 2010.—Lic. Edgardo René Ramos Carmona, Notario.—1 vez.—RP2010162263.—(IN2010023012).

He protocolizado acta de Casa Lebenthal Sociedad Anónima, se modifica pacto constitutivo, otorgando facultades de apoderado generalísimo solo al presidente. Es todo.—12 de marzo del 2010.—Lic. Edgardo René Ramos Carmona, Notario.—1 vez.—RP2010162264.—(IN2010023013).

Por medio de la escritura número 17, a las 8:30 horas del 15 de marzo de 2010 se constituye la sociedad Turner Investments Two Limitada.—Tamarindo, 15 de marzo de 2010.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—RP2010162271.—(IN2010023014).

Por medio de la escritura número 16, otorgada a las 8:00 horas del 15 de marzo de 2010, se constituye la sociedad Silver Oceans One Limitada.—Tamarindo, 15 de marzo de 2010.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—RP2010162272.—(IN2010023015).

Por medio de la escritura número 5, a las 13:00 horas del 4 de febrero de 2010, se constituye sociedad Technosecurity Limitada.—Tamarindo, 04 de febrero de 2010.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—RP2010162273.—(IN2010023016).

Ante mí, Lic. Miguel Enrique Zamora Azofeifa, notario con oficina en San José, mediante escritura número 466 de fecha 10 de marzo del año 2010, visible al folio 176, del tomo dieciocho, otorgada a las 17 horas, se constituye la sociedad Inmobiliaria Apartamentos del Sol S. A. Capital cancelado mediante letras de cambio a favor de la sociedad, representante presidente, secretario.—San José, diez de diciembre del año dos mil nueve.—Lic. Miguel Enrique Zamora Azofeifa, Notario.—1 vez.—RP2010162274.—(IN2010023017).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Sierras Vargas M.V.A. Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, tres de marzo del año dos mil diez.—Lic. Flor Castillo Castro, Notaria.—1 vez.—RP2010162278.—(IN2010023018).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las diecisiete horas del once de marzo del año dos mil diez, se constituyó la sociedad Transcomercial AKYOS Sociedad Anónima. Apoderados con representación judicial y extrajudicial, el presidente y el tesorero: José (nombre) Azrak (primer apellido) Chibib (segundo apellido) y Minerva Afaf (nombre) Azrak (primer apellido) Janino (segundo apellido). Plazo: noventa y nueve años. Domiciliada en Heredia.—Heredia, San Francisco, doce de marzo del año dos mil diez.—Lic. Rodrigo Vargas Araya, Notario.—1 vez.—RP2010162280.—(IN2010023019).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las once horas del quince de marzo del dos mil diez, la sociedad Transportes Confiables Ramírez y Montero TRANCORAMO S. A., nombra nuevo tesorero y fiscal.—San Rafael de Heredia, 15 de marzo del 2010.—Lic. Arnoldo Acuña Vargas, Notario.—1 vez.—RP2010162281.—(IN2010023020).

Por escritura autorizada en esta notaría, a las 08:30 horas del 15 de marzo del 2010, se constituyó la sociedad Pan-American Life Insurance de Costa Rica, Sociedad Anónima, con plazo social de 99 años. Capital social: suscrito y pagado de tres millones de Unidades de Desarrollo, Domicilio social en el cantón central de San José, San José.—San José, 15 de marzo del 2010.—Lic. Jorge Eduardo Ollé Méndez, Notario.—1 vez.—RP2010162283.—(IN2010023021).

Por escritura pública otorgada a las diez horas del día quince de marzo del año dos mil diez, se constituye la sociedad denominada Centro de Muebles Genuinos de Sarchí O & J Sociedad Anónima. Domiciliada en ciudad de San José, Florida de Tibás, quince metros al norte, Condominios Boulgainvillea, casa número cuatro. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Presidente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Lic. Yelda Rojas Martínez, Notaria.—1 vez.—RP2010162284.—(IN2010023022).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:25 horas del 20 de octubre de 2009, se constituyó la sociedad Lo Que Me Dio Mi Amor Sociedad Anónima.—San José, 15 de marzo de 2010.—Lic. Juana Brown Castro, Notaria.—1 vez.—RP2010162285.—(IN2010023023).

Por escritura otorgada ante mí, a las 14:00 horas del 23 de enero de 2010, se constituyó la sociedad Guangzhou Latam Sociedad Anónima.—San José, 15 de marzo de 2010.—Lic. Juana Brown Castro, Notaria.—1 vez.—RP2010162287.—(IN2010023024).

Ante la suscrita notaria se constituyó la sociedad sin nombre, otorgada a las once y veinte horas del quince de marzo del año dos mil diez. Presidente: Melvin Rodríguez Mora. Capital social: diez mil colones. Domiciliada en Santa Rita de Florencia San Carlos un kilómetro al oeste de la escuela del lugar. Plazo: social: noventa y nueve años.—Lic. Karolina Meléndez Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2010162288.—(IN2010023025).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría al ser las 12:00 horas del 15 de marzo del 2010, se constituyó la sociedad Mister Deep Clean Sociedad Anónima, con el domicilio en Alajuela, objeto genérico. Plazo: 100 años. Capital social 10.000 colones. Correspondiendo al presidente y tesorero la representación judicial y extrajudicial con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Presidente: Luis Fernando Salazar Del Valle.—San José, 15 de marzo del 2010.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—RP2010162289.—(IN2010023026).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría al ser las 16:00 horas del 15 de marzo del 2010, se constituyó la sociedad La Gallina Que Vuela, Sociedad de Responsabilidad Limitada, con el domicilio en Heredia. Objeto: genérico. Plazo: 99 años. Capital social 10.000 colones. Correspondiendo al gerente la representación judicial y extrajudicial con las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Gerente: Carolina Solano Mesén.—San José, 15 de marzo del 2010.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—RP2010162290.—(IN2010023027).

En el despacho de la notaria Ildreth Araya Mesén, a las diecisiete horas del once de marzo del dos mil diez, los señores Christian Bulgarelli Rojas, cédula uno-cero ocho cuatro nueve-cero nueve siete siete y Carolina Barquero Romero, cédula uno-uno cero cuatro cuatro-cero seis cinco dos, constituyeron Los CBR Sociedad Anónima, cuyo capital social es por la suma de cien mil colones.—La Unión, quince de marzo del dos mil diez.—Lic. Ildreth Araya Mesén, Notaria.—1 vez.—RP2010162292.—(IN2010023028).

Por escritura número doscientos cuarenta y cinco de mi notaría se constituye la sociedad anónima Proyecta Internacional DCR S. A., cuyo presidente es el señor Jifko Nyagolov de un solo apellido en razón de su nacionalidad Búlgara, mayor, empresario vecino de UL Georgi Benkowski ocho tres apartamento veinticinco con número de pasaporte tres seis cinco siete tres seis uno seis cinco. Es todo.—San José, 15 de marzo del 2010.—Lic. Luis Maynor Serrano Mattey, Notario.—1 vez.—RP2010162296.—(IN2010023029).

A las 15 horas del 11 de marzo del año 2010, constituí sociedad anónima bajo el nombre de ADC & Has Management S. A. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 11 de marzo del año 2010.—Lic. Julio Enrique Zelaya Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2010162298.—(IN2010023030).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 17:30 horas del 12 de marzo 2010, mediante la escritura número veintitrés, se reforma la cláusula tercera pacto constitutivo de la sociedad International Legal Consultants S. A.—San Jasé, 15 de marzo de 2010.—Lic. Sylvia Muñoz García, Notaria.—1 vez.—RP2010162299.—(IN2010023031).

En esta notaría a las nueve horas del doce de marzo de dos mil diez, mediante escritura número cincuenta y cinco, se constituyó la compañía cuya denominación será su número de cédula jurídica más el aditamento sociedad anónima. Domicilio: Sucre de Quesada, San Carlos, Alajuela, costado sur de la escuela del lugar. Objeto: comercio, industria, turismo, bienes raíces, agricultura, ganadería. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de un mil colones cada una. Presidente: Roy Floriberto Vargas Varela, cédula número dos-cuatrocientos sesenta y uno-quinientos setenta y tres, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Luis Gerardo Valenciano Salazar, Notario.—1 vez.—RP2010162300.—(IN2010023032).

Ante esta notaría se ha constituido nombramiento de gerente de la empresa Importadora y Exportadora El Paraíso Costeño Sociedad Anónima.—San José, quince de marzo del dos mil diez.—Lic. Douglas Hernández Zamora, Notario.—1 vez.—RP2010162309.—(IN2010023033).

Por escritura otorgada a las trece horas treinta minutos del once de marzo del dos mil diez, se protocolizó el acta de la sociedad Villa Cecilia La Colina Sociedad Anónima, reformándose el domicilio social, la administración, eliminación del puesto de agente residente y se eligen nuevos representantes. Presidente: José Antonio Calderón Quirós.—San José, once de marzo del dos mil diez.—Lic. Adriana María Garita Calvo, Notaria.—1 vez.—RP2010162312—(IN2010023034).

La suscrita Lic. Ana Marcela Picado Vásquez, con oficina abierta en San Ramón de Alajuela, constituí la sociedad denominada Nalita Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones y un plazo social de noventa y nueve años. Es todo.—Palmares, doce de marzo del año dos mil diez.—Lic. Ana Marcela Picado Vásquez, Notaria.—1 vez.—RP2010162314.—(IN2010023035).

Mediante escritura otorgada ante la notaria Giovanna Barrantes Esquivel, constituyen las sociedades denominadas Industrias Agrícolas El Higuito Sociedad Anónima; y, Estudio Jurídico Vargas & Asociados Sociedad Anónima, se nombra la junta directiva.—Lic. Giovanna Barrantes Esquivel, Notaria.—1 vez.—RP2010162318.—(IN2010023036).

Los señores Kathya María Vargas Cubillo y Reina Castro Castro, constituyen la sociedad anónima TK&VK S. A. Escritura número veintitrés otorgada en San José a las diez horas del quince de marzo del dos mil diez. Protocolo diez.—lic. Giovanna Barrantes Esquivel, Notaria.—1 vez.—RP2010162320.—(IN2010023037).

Los señores Kathya María Vargas Cubillo y Reina Castro Castro, constituyen la sociedad anónima J&D Real Assets Inc. S. A. Escritura número veinticuatro otorgada en San José once horas del quince de marzo del dos mil diez. Protocolo diez.—Lic. Giovanna Barrantes Esquivel, Notaria.—1 vez.—RP2010162321.—(IN2010023038).

Los señores Kathya María Vargas Cubillo y Reina Castro Castro constituyen la sociedad anónima A Two Z Corp. S. A. Escritura número veintidós otorgada en San José, a las nueve horas del quince de marzo del dos mil diez. Protocolo diez.—Lic. Giovanna Barrantes Esquivel, Notaria.—1 vez.—RP2010162323.—(IN2010023039).

Los señores constituyen la sociedad anónima HSH S. A. Escritura número cuatro otorgada en San José, a las once horas, del nueve de marzo del dos mil diez. Protocolo uno.—Lic. Brenda Mena Bermúdez, Notaria.—1 vez.—RP2010162324.—(IN2010023040).

Ante esta notaría a las 12:00 horas del 12 de marzo del 2010, se constituyó la sociedad de anónima denominada Transportes Samahia S.A., con un capital social de 1.000.000 colones, por un plazo de noventa y nueve años, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor José Rafael Sanabria Martínez, mediante la escritura número 119 del tomo 13 de mi protocolo.—Cartago, 22 de marzo del 2010.—Lic. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—RP2010162326.—(IN2010023041).

Ante esta notaría a las 17:30 horas del 03 de marzo del 2010, se constituyó la sociedad anónima denominada FM Plome & Asociados S.A., con un capital social de 100.000 colones, por un plazo de noventa y nueve años, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Rodney Rodolfo Flores Mena, mediante la escritura número 372-16 del tomo 16 de mi protocolo.—Cartago, 22 de marzo del 2010.—Lic. Helen Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—RP2010162327.—(IN2010023042).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Tuanis Safaris Sociedad Anónima. Plazo social de noventa y nueve años. Capital social cien mil colones totalmente suscrito y pagado. Representada por su presidente Paúl Edward Robinson.—Monterrey de San Carlos, Alajuela, dieciséis horas del once de febrero de dos mil diez.—Lic. Ricardo Reyes Calix, Notario.—1 vez.—RP2010162328.—(IN2010023043).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José al ser las diez horas del día once de marzo del año dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Rocam Sociedad Anómina.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2010162329.—(IN2010023044).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José al ser las once horas del día cuatro de marzo del año dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Studio Audiovisual Sociedad Anónima.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2010162330.—(IN2010023045).

Ante mí, Rolando Espinoza Rojas, notario público mediante escritura 228-43 del tomo 43 de mi protocolo, los señores Marco Vinicio Castro Medina, cédula uno-nueve tres cinco-cinco cuatro cinco, Eric Josué Castro Medina, cédula de identidad número dos-seis cinco uno-cero dos cero, constituyen una sociedad de responsabilidad Moto Repuestos Castro Limitada con domicilio en Sarchí Sur de Valverde Vega, contiguo a Souvenir Tierra Linda, pudiendo abrir sucursales o agencias en otros lugares de la República o fuera de ella y se nombran como gerentes con facultades de apoderados generalísimos.—Sarchí Norte, 09 horas del día 11 de marzo del año 2010.—Lic. Rolando Espinoza Rojas, Notario.—1 vez.—RP2010162331.—(IN2010023046).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las nueve horas del día dieciocho de febrero del año dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Marroca Sociedad Anónima.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2010162332.—(IN2010023047).

NOTIFICACIONES

AVISOS

COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Al licenciado Sergio Alvarado Muñoz, colegiado Nº 8048, cédula de identidad Nº 1-845-886, se le hace saber: que en proceso disciplinario Nº 335-09, seguido en su contra se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Se inicia procedimiento administrativo disciplinario. Fiscalía del Colegio de Abogados de Costa Rica. San José, a las once horas treinta minutos del veintitrés de octubre del dos mil nueve. La junta directiva del Colegio de Abogados, en las sesiones ordinarias 20-2009 y 28-2009, dispuso trasladar el presente expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. De conformidad con las potestades que se le otorgan a esta Fiscalía, téngase por instaurado el presente procedimiento disciplinario en contra del Licenciado Sergio Alvarado Muñoz, colegiado 8048, con el fin de averiguar la verdad real de la supuesta comisión de los hechos que constan en la denuncia adjunta, los cuales consisten en: “El día cuatro de junio del dos mil nueve, a las cuatro horas con treinta minutos, ante la indicación del señor Alfredo Méndez Ruiz, notificador de la Fiscalía del Colegio de Abogados, que necesitaba que el Fiscal hablara con el aquí denunciado pues estaba indispuesto y pedía hablar con él, procedió efectivamente a conversar con que dijo ser el abogado Sergio Alvarado Muñoz, quien en forma alterada empezó a reclamar al Fiscal Jorge Bolaños Vargas y a decirle que a él no se le podía obligar a venir y que le estaban violando sus derechos y que si le notificaban le demandaría en lo personal, civilmente y que era ilegal lo que hacía la Fiscalía. Agregó que la Fiscalía tenía que investigar y no recibir cualquier queja, le dijo que le iba a hacer una serie de denuncias, que iba a publicar cosas del Fiscal en los periódicos y que lo iba a enlodar, que lo iba a investigar en datum y que lo iba a seguir. Ante la indicación del Fiscal que él lo conocía pues había sido compañero de universidad, el abogado Alvarado le indicó que si antes eran amigos, ahora el Fiscal era su peor enemigo y que iba a ver lo que iba a hacer. Que si quería que lo notificara por edictos, le preguntó que quien era el jefe del Fiscal y se lamentó que en la Fiscalía se denominaran “abogados” y que él tenía ya denunciados a muchos jueces y que iba a saber quien era él. El abogado Alvarado Muñoz no mantiene actualizados sus datos de especialización y localización en el Colegio de Abogados y se niega a realizarlo dando datos erróneos cuando se le pregunta sobre ellos, lo que sucedió precisamente cuando conversó con el notificador dicho, luego de habar hablado con el Fiscal. Los hechos indicados podrían contravenir lo preceptuado en los artículos 1º, 2º, 7º, 9º, 14, 15, 16, 17, 53, 65, 70, 73, 77, 81, 82, 83, 85 el Código Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho, sin perjuicio de la calificación final que realice la Junta Directiva.” Se le otorga a la parte denunciada acceso al expediente que se encuentra en la Fiscalía de este Colegio, sita en el edificio de Zapote, para que dentro del plazo de ocho días a partir de la notificación de este acto, proceda si a bien lo tiene, rendir por escrito un informe sobre los hechos que se le atribuyen, en el entendido de que la rendición o no del informe de cita, no es impedimento para continuar el procedimiento administrativo disciplinario. Se tiene por establecida esta Fiscalía como órgano director y se delega en el Licenciado Gerardo Jiménez Solís la instrucción del presente procedimiento, que se regirá por lo establecido en el artículo 308 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública y la normativa legal vigente del Colegio de Abogados. Sobre la prueba: se les hace saber a las partes que la admisión y evacuación de la prueba testimonial, documental o cualquier otra será en la comparecencia oral y privada, que para efecto de instruir la queja se señale, por lo que se les previene que toda prueba que tengan a bien ofrecer con relación con este asunto, deberán presentarla ante esta oficina en el mismo acto de la comparecencia oral y privada, o bien en fecha anterior, en cuyo caso deberán hacerlo por escrito, excepto las periciales e inspecciones oculares que se estimen pertinentes, las cuales se deben ofrecer antes de la realización de la comparecencia, para que de ser posible, se evacuen con antelación a la audiencia (artículo 309, párrafo segundo Ley General de la Administración Pública), lo anterior bajo pena de caducidad de ese derecho, en el entendido de no recibir ninguna prueba fuera de los plazos indicados, declarándose la misma inevacuable o inadmisible, excepto la que el órgano director, de oficio o a petición de parte, ordene recibir para mejor resolver por considerarla indispensable para el establecimiento de la verdad real. Solución alternativa del conflicto: de conformidad con lo preceptuado en el artículo 6 de la Ley sobre la Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social, y con fundamento en los principios de economía y celeridad procesal, así como justicia pronta y cumplida, se hace saber a las partes que deben indicar en el plazo de ocho días, si están dispuestas o no a llegar a un acuerdo a efecto de citar a audiencia de conciliación. De no considerar las partes necesaria la intervención de la Fiscalía para ese efecto, el acuerdo podrán hacerlo llegar por escrito a éste despacho, el cual, si es conforme a derecho, sin dilación procederá a remitir el expediente a la Junta Directiva para la homologación de convenio y el archivo del expediente. En caso que se omita indicar sobre el punto anterior se procederá con el trámite ordinario. Celebración de la comparecencia: la comparecencia será oral y privada y se realizará en base a lo estipulado en los artículos 309 al 319 de la Ley General de la Administración Pública. En esa audiencia se deberá presentar toda la prueba que no haya sido aportada al expediente bajo pena de caducidad de ese derecho, asimismo se podrán formular los interrogatorios de rigor e igualmente se expondrán los argumentos y las conclusiones que se estimen pertinentes. Se advierte que la no asistencia a la comparecencia no impedirá que esta se lleve a cabo, evacuándose la prueba que hubiese ofrecido la parte ausente con antelación y que conste en el expediente (artículo 315 Ley General de la Administración Pública y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa). Igualmente se les informa que tienen el derecho de hacerse asistir o representar por un profesional en Derecho durante la tramitación del presente procedimiento y durante la comparecencia oral y privada. Notificaciones: Se les previene a las partes que tienen el deber de señalar un medio donde atender notificaciones, que puede ser electrónico, fax o en estrados. En cuando al medio electrónico: se advierte a la parte (s) que cualquier imposibilidad en la entrega final a la cuenta es su propia responsabilidad. Referente al fax: se harán los cinco intentos que señala la ley, con los intervalos establecidos, de resultar todos negativos se tiene como notificación automática. Respecto de la notificación en estrados: ésta aplica en ausencia de las anteriores, siempre y cuando la parte lo haya señalado como medio. La notificación en estrados se hará los días martes y jueves, mediante exhibición de la lista de los procedimientos. Si éstos días fueren inhábiles, la exhibición se hará el día hábil siguiente. Cuando no se señale medio alguno para notificación, de los indicados supra, aplica la notificación automática teniéndose por notificada veinticuatro horas después de dictada la resolución. Se informa a la parte (s) que los únicos medios para que gestionen ante la Fiscalía de este Colegio, es a través del fax 2283-0920 o remitido a estas instalaciones de forma escrita. RECURSOS: Contra esta resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria y apelación. El primero será resuelto por el suscrito Fiscal y el segundo por la Junta Directiva de este Colegio constituida en Consejo de Disciplina. Estos recursos se deberán interponer dentro de las veinticuatro horas siguientes a la última comunicación a todas las partes (artículos 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública). El acto final que se dicte tendrá el recurso ordinario de revocatoria y se deberá interponer ante esta Fiscalía dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del mismo, quedando su resolución a cargo de la Junta Directiva, todo de conformidad con el artículo 12 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados en relación con los artículos 345 y 346 de la Ley General de Administración Pública. La resolución del recurso interpuesto contra el acto final dará por agotada la vía administrativa. Oportunamente se designará hora y fecha para la comparecencia oral y privada.- Notifíquese. Lic. Stella Santamaría Jiménez - Fiscal Ad Hoc. Se ordena comunicar por edicto. Fiscalía del Colegio de Abogados. Instructor del procedimiento. San José, a las diez horas dos minutos del veintinueve de febrero del dos mil diez. Considerando que la normativa orgánica, reglamentaria y deontológica del Colegio establece que los abogados están obligados a cumplir, en el ejercicio de la abogacía las reglas sobre ética profesional que adopte el Colegio, y en ésta de establece la obligación de los abogados de mantener actualizados sus datos de especialización y localización; y estudiados que han sido los autos y vistas las constancias del notificador de ésta Fiscalía y de las demás diligencias realizadas al efecto, según folios 5, 8 vuelto, y 9 a 13, incorporado todo lo anterior integralmente en autos; de lo cual se comprueba que ha sido imposible ubicar al abogado denunciado, Lic. Sergio Alvarado Muñoz, a fin de notificarle el auto inicial y de traslado de cargos, se provee, en aras de cumplir con todo rigor el debido proceso, de conformidad con el artículo 241 incisos 3 y 4, de la Ley General de la Administración Pública, se ordena notificarle al Lic. Sergio Alvarado Muñoz el auto inicial y de traslado de las presentes diligencias, mediante la publicación por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta, teniéndose por hecha la notificación a partir de la última publicación. Procédase y publíquese.—Lic. Gerardo Jiménez Solís, Instructor del Procedimiento.—(O.C. Nº 7560).—C-337600.—(IN2010022666).

FE DE ERRATAS

AVISOS

En Las Gacetas Nos. 52, 53 y 54, de los días 16, 17 y 18 de marzo del 2010, con la referencia IN2010020397, se publicó el aviso de reposición de libros de Editorial San Rafael Sociedad Anónima, en el mismo el nombre de la persona responsable de la publicación debe leerse correctamente: Laura Tatiana Arroyo Hernández, Abogada, y no como se publicó.

Todo lo demás queda igual.

La Uruca, San José, marzo del 2010.—Lic. Nelson Loaiza Sojo, Director General de la Imprenta Nacional.—1 vez.—(IN2010024333).