MINISTERIO
DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
ECONOMÍA, INDUSTRIA Y
COMERCIO
AMBIENTE, ENERGÍA Y
TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO
DE ELECCIONES
MODIFICACIONES A LOS
PROGRAMAS
VIVIENDA
Y ASENTAMIENTOS HUMANOS
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
AMBIENTE,
ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
PATRONATO
NACIONAL DE LA INFANCIA
JUNTA
DE DESARROLLO REGIONAL DE LA ZONA SUR
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE
COSTA RICA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO
SOCIAL
PATRONATO NACIONAL DE LA
INFANCIA
INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO
COOPERATIVO
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO
SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE
TURISMO
INSTITUTO DE DESARROLLO
AGRARIO
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE AMBIENTE, ENERGÍA
Y TELECOMUNICACIONES
En el ejercicio
de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
I.—Que entre las
metas del Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010, Jorge Manuel Dengo Obregón, se
encuentra reducir la dependencia de combustibles importados, aprovechar mejor
las fuentes de energía renovable del país y llegar a producir el 100% de la
electricidad del país a partir de fuentes de energía renovables. Adicionalmente
el acuerdo Nº 24 del 7 de diciembre del 2006, declaró de interés público
II.—Que de acuerdo con las disposiciones del Decreto Ley Nº 449 del 8 de abril de 1949, el Instituto Costarricense de Electricidad, en adelante ICE, tiene como responsabilidad fundamental encauzar el aprovechamiento de la energía hidroeléctrica con el fin de fortalecer la economía nacional y promover el mayor bienestar para el pueblo de Costa Rica.
III.—Que
IV.—Que el Decreto Ejecutivo N° 26728-MP-MINAE del 20 de febrero de 1998, declara en su artículo 1° de interés público los proyectos de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica.
V.—Que el Decreto Ejecutivo Nº 33619 del 20 de febrero del 2007, en su artículo 4º declara de conveniencia nacional e interés público los planes de expansión del ICE y sus empresas, en los Sectores de Electricidad y Telecomunicaciones.
VI.—Que el país necesita el desarrollo del Proyecto Hidroeléctrico Reventazón, el cual forma parte del Plan de Expansión de Generación Eléctrica y se operará utilizando las aguas del río Reventazón entre las cotas 265.0 y 115.0 m.s.n.m.m.; para lo que se requiere que los distintos órganos y entes públicos brinden un trámite prioritario, expedito y efectivo a las gestiones del Instituto con la finalidad de asegurar la implementación oportuna del Proyecto.
VII.—Que los artículos 19 inciso
b) y 34 de
VIII.—Que el artículo 3º inciso
m), de
IX.—Que en los inmuebles en que
se desarrollarán estas obras de generación se hace necesario eximir al
Instituto Costarricense de Electricidad de los requisitos establecidos en el
artículo 19 del Reglamento a
X.—Que las obras de generación y transmisión eléctrica del Proyecto Hidroeléctrico Reventazón, se ubican en los distritos 1 (Siquirres) y 3 (Florida), del cantón 3 (Siquirres), de la provincia de Limón, en donde existe la posibilidad que se requiera la corta de especies forestales declaradas en veda o en peligro de extinción.
XI.—Que los artículos 1º, 6º, 7º,
y 19 de
XII.—Que el ICE llevó a cabo de forma exhaustiva un estudio geológico y geotécnico de materiales necesarios para la construcción de las obras del Proyecto Hidroeléctrico Reventazón, del cual se desprende la necesidad de reservar algunas áreas cercanas a las futuras obras del Proyecto Hidroeléctrico Reventazón, que se han visualizado como posibles fuentes de materiales a utilizar en las obras.
XIII.—Que durante los movimientos de tierra de las obras, se manejarán volúmenes altos de excavación y se generarán escombros con características geotécnicas aptas para la reutilización en las obras, por lo que se hace necesario eximir al ICE de lo establecido en los artículos 4º y 5º del Decreto Ejecutivo N° 33959-MINAE, con el fin de aprovechar los escombros generados dentro del proyecto para la construcción y mantenimiento de caminos, terrazas para instalaciones y para la construcción de presas de enrocado.
XIV.—Que debido a la complejidad
de las obras que conforman el Proyecto Hidroeléctrico Reventazón, en aras de
optimizar los recursos y reducir los periodos constructivos, en ocasiones, se
hace necesario realizar cambios en la ubicación y el diseño de las obras
presentadas en el Estudio de Impacto Ambiental, los cuales serán notificados
debidamente ante
Decretan:
DECLARATORIA DE CONVENIENCIA NACIONAL E INTERÉS PÚBLICO DE LAS OBRAS DEL PROYECTO
HIDROELÉCTRICO REVENTAZÓN
Artículo 1°—En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 3° inciso m), 19 inciso b) y 34 de la ley Forestal número 7575 del 13 de febrero de 1996, se declara de Conveniencia Nacional e Interés Público la construcción del Proyecto Hidroeléctrico Reventazón y sus obras de transmisión asociadas, en adelante el Proyecto, las que serán ejecutadas por el Instituto Costarricense de Electricidad, en adelante el ICE.
Artículo 2°—
Artículo 3°—Que en razón de la
declaratoria anterior tanto el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, a
través del Área de Conservación
Artículo 4°—El Plan de Gestión
Ambiental del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto aprobado por
Artículo 5°—Se reservará en el
Registro Nacional Minero de
Inicio: en
sitio de Presa del Proyecto
Vértice Coordenada Norte Coordenada Este
1 1114717.89 546612.99
2 1114661.86 546756.95
Fin: en final
de Embalse del Proyecto
Vértice Coordenada Norte Coordenada Este
3 1106753.05 544039.61
4 1106805.97 544093.25
Artículo
6°—Posterior a la entrada en vigencia del presente decreto,
Artículo 7°—Que de conformidad con lo establecido en el Estudio de Impacto Ambiental (Capítulo 11, página 1095) y el Plan de Gestión Ambiental (Capítulo 12, página 1186), se permitirá al ICE, usar los escombros producto de las excavaciones de las obras, tanto superficiales como subterráneas para su uso en rellenos, terraplenes de prueba, presas de enrocado, construcción y mantenimiento de caminos, siempre y cuando cumplan los requerimientos técnicos necesarios. En caso de ser necesario el beneficiado de los materiales de excavación para uso del Proyecto, se realizará el trámite acorde a lo estipulado en el Código de Minería y su Reglamento, así como al amparo del artículo tres del presente decreto.
Artículo 8°—Que en razón de la
viabilidad ambiental otorgada por
Artículo
9°—Que a los efectos de esta declaratoria se exceptúa además al Instituto
Costarricense de Electricidad del cumplimiento de los requisitos establecidos
en el artículo 89 del Decreto Ejecutivo Nº 25721 para demostrar la propiedad en
los inmuebles en los que se desarrollarán estas obras.
Artículo 10.—En virtud de esta declaratoria, el Instituto Costarricense de Electricidad, en la realización de las obras para generación eléctrica del Proyecto Hidroeléctrico Reventazón, ubicadas en los distritos 1 (Siquirres) y 3 (Florida), del cantón 3 (Siquirres), de la provincia de Limón, se encontrará también exceptuado de los términos y condiciones de la veda establecida en el Decreto Ejecutivo N° 25700-MINAE para la corta y aprovechamiento de especies declaradas en veda o en peligro de extinción.
Para la conservación de las
especies forestales en vías de extinción que sean afectadas, el ICE deberá
reponer y dar mantenimiento por un período mínimo de tres años, por cada árbol
que sea imprescindible cortar, en una proporción no menor de cincuenta a uno y
de preferencia en la misma zona donde se produzca la corta, para lo cual deberá
rendir un informe al Área de Conservación
Como parte de este informe se debe adjuntar un plano o esquema con indicación del sitio donde se encuentran plantados los árboles.
Artículo 11.—Así mismo se exceptúa al ICE en la construcción del Proyecto Hidroeléctrico Reventazón de los artículos 4º y 5º del Decreto Ejecutivo Nº 33959, sobre el procedimiento técnico y ambiental para los movimientos de tierras, del Manual de Instrumentos Técnicos para el Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (Manual de EIA)-Parte V.
Artículo 12.—Rige a partir de su publicación.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, Jorge Rodríguez Quirós.—1 vez.—(D35603-IN2010027162).
EL PRESIDENTE DE
Y
En uso de las facultades que les confieren los
artículos 139, incisos 3), 140, incisos 1), 16) y 146 de
Considerando:
1º—El artículo
primero de
2º—Al Ministerio de Seguridad
Pública le corresponde vigilar, conservar el orden público, prevenir las
manifestaciones de delincuencia y cooperar para reprimirlas, preservar y
mantener la soberanía nacional, así como coadyuvar en el fortalecimiento del
principio de legalidad, de conformidad con
3º—Para la realización de sus
funciones,
4º—La conservación del orden público, la prevención de las manifestaciones de delincuencia o la cooperación para reprimirlas, el fortalecimiento del principio de legalidad y la preservación de la soberanía nacional, son objetivos que obligan a este Ministerio a contar con la organización adecuada y capaz de visualizar, estratégicamente, el contexto geopolítico del país, las características y condiciones geográficas del territorio, así como de sus habitantes y las particularidades de la población emigrante de países vecinos
5º—El Ministerio de Seguridad
Pública, con la finalidad de cumplir adecuadamente los objetivos designados, ha
establecido mediante Directriz 703-2009 DM, de fecha 23 de febrero del 2009, de
a) Relación Policía- Comunidad: Siendo que el accionar preventivo policial es la razón de ser del Ministerio de Seguridad Pública y la policía es un actor social fundamental en el desarrollo del quehacer humano y no se concibe ningún cuerpo policial ajeno a la comunidad a la que brinda el servicio público de seguridad ciudadana, para lo cual necesita contar con el apoyo y participación activa de todas las organizaciones de la sociedad.
b) Rendición de Cuentas y Ejecución de Acciones Cívico-Policiales en las comunidades: Siendo que, el nuevo concepto de jefatura policial profesional y civilista, concibe un liderazgo policial, comunal, comprometido y vinculado al desarrollo positivo de la comunidad. Para tal fin las jefaturas policiales deberán ser parte activa de las organizaciones comunales, debiendo rendir cuentas a la mayor cantidad de habitantes de un cantón o distrito.
c) Potenciación del Accionar Policial, Distritalización y Sectorización: Siendo que, la responsabilidad de áreas de trabajo determinadas por sectores, en el distrito policial es la norma de trabajo de cada Delegación. Para un adecuado uso de los recursos policiales, y que estos cumplan con las demandas de seguridad ciudadana, cada jefatura cantonal policial sectorizará sus jurisdicciones de trabajo en delegaciones distritales y sectores operativos policiales.
d) Disciplina Policial: Siendo que, todas las Jefaturas Policiales deberán rescatar y fortalecer los valores fundamentales de la actuación policial, en primer lugar la disciplina, respeto a la cadena de mando, desarrollo de hábitos de ornato y aseo en las unidades policiales.
e) Lucha decidida contra
6º—El Ministerio
de Seguridad Pública, tiene la necesidad de modelos de estructuración orgánica
flexible basados en la distritalización de
7º—El Ministerio de Planificación
Nacional y Política Económica, autorizó mediante oficio DM597-09, la
sectorización de las Direcciones Regionales en Delegaciones Policiales y estas
a su vez en Delegaciones Distritales, de conformidad con las disposiciones
normativas; Leyes Nº 5525, Nº 7668, Decretos Nº 33713, Nº 33783 y
DECRETAN:
Reglamento
de Distritalización Policial
de
Artículo 1º—La actividad policial se desarrollará en el ámbito nacional, en forma sectorizada y bajo el concepto de acercamiento a la comunidad, que implica el conocimiento del entorno por parte del funcionario policial y que su labor debe estar dirigida a lograr la interacción policía - habitante, con la finalidad de brindar respuesta oportuna, eficiente y eficaz; teniendo la obligación de rendir cuentas de su gestión, cuando así sea requerido.
Artículo 2º—
Artículo 3º—El estudio técnico se
realizará con base a
Artículo 4º—
Artículo 5º—Las delegaciones distritales tendrán el personal de apoyo, administrativo y técnico, y los recursos materiales necesarios para el desempeño de sus funciones, de acuerdo a las posibilidades.
Artículo 6º—Los Jefes de Delegación Distrital y sus colaboradores tendrán como principal cometido, cumplir con los siguientes preceptos doctrinarios:
a) La aplicación de estrategias de seguridad
basadas en la proximidad de
b) La aplicación de la estrategia de Distritalización basado en los siguientes aspectos: máxima sectorización, alta especialización, respeto al deber de probidad, debido aprovechamiento del recurso humano y material, óptima adaptación a la demanda, acercamiento al ciudadano, adaptabilidad y ausencia de rigidez, estandarización de un modelo de trabajo sostenible en el plazo establecido.
c) Relacionarse con las organizaciones comunales, según principios generales de rendición de cuentas ante la respectiva comunidad.
d) Rescatar y fortalecer los valores fundamentales de la actuación policial, en primer lugar la disciplina, respeto a la cadena de mando, desarrollo de hábitos de ornato y aseo en las unidades policiales, así como el deber de probidad en su servicio.
Artículo 7º—Será
una obligación de
Artículo 8º—Los alcances del
presente reglamento se extenderán a todas las Delegaciones Policiales en que se
encuentra sectorizada
Artículo 9º—Rige a partir de su publicación.
Dado en San José, a las ocho horas del doce de febrero del dos mil diez.
ÓSCAR ARIAS
SÁNCHEZ.—
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
En uso de las
facultades y atribuciones que les confieren los artículos 140, incisos 3), 8),
18) y 20) y 146 de
Considerando:
1º—Que
2º—Que el funcionamiento y
organización de
3º—Que mediante la citada Ley Nº
8783, Ley Reforma de
Ley
Nº 7052, “Ley del Sistema Financiero Nacional para
Ley Nº 7636, “Ley de Pensión para los discapacitados con dependientes”.
Ley Nº 7658, “Ley de Creación del Fondo Nacional de Becas”; y,
Ley
Nº 7800, “Ley de Creación del Instituto Costarricense del Deporte y
4º—Que mediante
oficio DM-110-10 del 11 de marzo del 2010, el Ministro de Planificación
Nacional y Política Económica, registró la nueva reorganización parcial de
5º—Que el artículo 28 de
DECRETAN:
El siguiente,
Reglamento
a
y Asignaciones Familiares
CAPÍTULO I
Disposiciones fundamentales
Artículo 1º—El
presente reglamento, se emite para dar cumplimiento a
Artículo 2º—La materia regulada
por
CAPÍTULO II
Expresiones resumidas
Artículo 3º—Las siguientes expresiones resumidas se refieren a:
ASISTENTES: Funcionarios bajo la supervisión funcional y técnica del Subdirector General de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, responsables de desarrollar los procesos de: Administración Presupuestaria; Evaluación, Control y Seguimiento, Gestión; y Gestión de Cobro.
CONVENIOS DE COOPERACIÓN Y APORTE FINANCIERO:
Instrumento legal suscritos entre las Instituciones Públicas y el Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, /Dirección General de Desarrollo Social y
Asignaciones Familiares, para el financiamiento complementario de programas y
servicios para la población objetivo de
CONVENIOS DE COLABORACIÓN INTERINSTITUCIONAL:
Instrumento legal que en cumplimiento de lo que dispone el Artículo 18 de
DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS: Equipos de
asistentes o colaboradores integrados en una estructura funcional y ocupacional
debidamente organizada en centros de responsabilidad, delimitados según las
funciones técnicas, profesionales y especializadas, que le corresponda ejecutar
a cada uno para la administración del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones
Familiares y
DESAF: Dirección General de Desarrollo
Social y Asignaciones Familiares, creada por
DIRECTOR GENERAL: Superior Jerárquico de
LEY Nº 5662: Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, del 23 de diciembre de 1974.
LEY Nº 8783: Ley Reforma de
FODESAF: Fondo de Desarrollo Social y
Asignaciones Familiares, creado mediante
Se concibe como un instrumento para fortalecer la inversión social, que destina recursos públicos al financiamiento complementario de programas cuya población objetivo son los costarricenses y extranjeros residentes legales en el país y personas menores de edad que carecen de una situación migratoria regular en el territorio nacional, todos en condición de pobreza o pobreza extrema.
MINISTRO: Superior Jerarca del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social y del FODESAF, autoridad a la cual se reporta
directamente el Director General de
MTSS: Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, organismo ministerial del cual
RESIDENTES LEGALES: Para los efectos del
presente Reglamento, se entenderá como residente legal a la persona extranjera
a quién
SUPERÁVIT LIBRE: Se refiere al exceso de ingresos ejecutados sobre los gastos ejecutados al final de un ejercicio presupuestario, que son de libre disponibilidad en cuanto al tipo de gasto que puede financiar.
CAPÍTULO III
De la naturaleza, recursos
presupuestarios
y administración del FODESAF
Artículo 4º—Se establece el FODESAF, como un instrumento de política social, para fortalecer la inversión dirigida a beneficiar a los costarricenses y extranjeros legales en el país, así como a las personas menores de edad, quienes se encuentren en condición de pobreza o pobreza extrema.
Artículo 5º—Además de los
recursos provenientes del pago del cinco por ciento sobre el total de las
planillas de los patronos públicos y privados, cuya recaudación corresponde a
Artículo 6º—Para efectos de la identificación y clasificación de la población objetivo de FODESAF, se adoptará el concepto y los parámetros utilizados y actualizados anualmente por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC).
Artículo 7º—Con recursos del
FODESAF, se financiarán complementariamente programas y servicios a las
Instituciones del Estado y otras, según las asignaciones establecidas en
Artículo 8º—La administración de
los recursos del FODESAF, será una competencia política del superior jerarca
del MTSS, quien la ejercerá mediante la figura del Director General de
Artículo 9º—La ejecución de las
funciones técnicas relativas a la administración del FODESAF, serán responsabilidad
de
Artículo 10.—El Presupuesto Anual
de Inversión de los recursos del FODESAF, será elaborado por
Artículo 11.—Los recursos del
FODESAF asignados por
CAPÍTULO IV
De las asignaciones y ejecución
de los recursos del FODESAF
Artículo
12.—Anualmente
Artículo 13.—
Artículo 14.—
Artículo 15.—
Artículo 16.—
Artículo 17.—Del porcentaje que
le corresponda tanto a CONAPAM como al CNREE, según artículo anterior, el 50%
de los recursos asignados, podrá ser utilizado para la contratación de personal
especializado, así como del personal de apoyo idóneo en tratamientos de salud,
para el cuido y atención cotidianos, que requieran las personas adultas mayores
y personas con discapacidad internadas en centros públicos o privados, diurnos
o permanentes. Entiéndase personal especializado tanto en educación como en
salud, con conocimiento de lenguaje braille, lesco y personal asistentes de
pacientes, que se aseguren de la higiene de las personas aquí mencionadas. Para
este propósito CONAPAM y CNREE deberán elaborar y aplicar un régimen de
selección de beneficiarios, el cual, previamente deberá ser sometido al
criterio técnico de
Artículo 18.—
Artículo 19.—Será responsabilidad exclusiva de las Juntas de Educación y Administrativas, en su condición de organismos auxiliares del Ministerio de Educación Pública, velar por el cumplimiento de las disposiciones indicadas en el artículo anterior, respecto a la utilización de los recursos del FODESAF asignados al Programa. De igual manera, estos organismos tendrán la responsabilidad de contratar y administrar el personal remunerado con recursos asignados por el FODESAF.
Artículo 20.—El inciso h) del
artículo 3 de
Artículo 21.—Con respecto al
0.25% para la creación del Programa de Prestaciones Alimentarias a cargo del
Estado, cuyas personas beneficiarios serán los jóvenes de albergues operados
por el Sistema Nacional de Protección Especial, egresados en razón de haber
alcanzado su mayoría de edad y al momento de dicho egreso, presenten las
condiciones establecidas en el inciso k del artículo 3 de
Artículo 22.—El origen de los
recursos para la contratación de personal a la que hacen referencia los
artículos anteriores, no da lugar a establecer una responsabilidad patronal ni
con FODESAF, ni
Artículo 23.—Del presupuesto del
FODESAF, según artículo 17 de
Artículo 24.—Conforme a los
artículos 176 siguientes y concordantes de
CAPÍTULO V
Del control de los beneficiarios del
FODESAF
Artículo 25.—Los beneficiarios del FODESAF, serán los costarricenses y extranjeros residentes legales del país, así como las personas menores de edad, quiénes a pesar de carecer de una condición migratoria regular en el territorio nacional, se encuentren en situación de pobreza o pobreza extrema. Se entenderá por pobreza y pobreza extrema, a lo indicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC) en cuanto al ingreso per cápita urbano y rural.
Artículo 26.—Los beneficiarios
del FODESAF, deberán presentar de manera probatoria, una de las condiciones
alternativas indicadas en los artículos 4 y 22 del presente Reglamento y 2 de
Artículo 27.—Las Unidades
Ejecutoras que administran programas, proyectos y servicios, financiados con
recursos del FODESAF, deberán planificar y documentar los procesos de
identificación y selección de beneficiarios, someterlos al criterio técnico de
Artículo 28.—Es responsabilidad
de las Unidades Ejecutoras mencionadas en el artículo anterior, requerir a los
potenciales beneficiarios, la documentación que represente prueba en relación
con las condiciones indicadas en el Artículo 4 y 22 de este Reglamento y 2 de
Artículo 29.—Las Unidades Ejecutoras mencionadas en el artículo 24 deberán mantener un registro electrónico actualizado de beneficiarios, en el que esté consignada, en forma precisa la siguiente información: nombre; número de cédula y/o número cédula de residencia, edad; beneficio o servicio que se le otorga; en caso de que se trate de menores de edad, nombre del responsable y número de cédula y o/ número cédula de residencia; monto total de los ingresos del hogar y el número de miembros de éste; y para todos los casos, la dirección domiciliar del beneficiario.
Artículo 30.—Todas las Unidades
Ejecutoras que reciban recursos del FODESAF al amparo de convenios cooperación
financiera y/o de leyes específicas, para ejecutar programas, proyectos y
servicios con dichos recursos, deberán cumplir estrictamente con los enunciados
de
Artículo 31.—Para efectos de
fiscalización por parte de
CAPÍTULO VI
Del control de los recursos del FODESAF
Artículo 32.—Será
responsabilidad de
Artículo 33.—Con el mismo
propósito indicado en el artículo anterior,
Artículo 34.—
Artículo 35.—En el caso de las
Unidades Ejecutoras que reciben recursos del FODESAF al amparo de leyes
específicas, ratificadas por
Artículo 36.—El traslado de
recursos a las Instituciones se realizará en forma mensual y periódica, de
conformidad con los ingresos que efectivamente perciba el FODESAF. De acuerdo
con lo establecido en el artículo anterior, si los controles de ejecución
presupuestaria y programática que realice
Artículo 37.—Para efectos de la
fiscalización y control del uso de los recursos del FODESAF que deberá llevar a
cabo
Artículo 38.—En concordancia con
lo establecido en el artículo 33 anterior, las Instituciones que reciban
recursos del Fondo al amparo de leyes específicas deberán suscribir Convenios
de Colaboración Interinstitucional con el MTSS / DESAF, para establecer el
marco jurídico idóneo para asegurar que la elaboración de los Presupuestos que
se realice según se estipuló en el artículo 32 y que el suministro de los
Informes de Ejecución Presupuestaria y Programática y las listas de
beneficiarios sea cumplido y oportuno, así como para facilitar las acciones de
fiscalización y control que deberá llevar a cabo
Artículo 39.—Las Unidades
Ejecutoras que deban suscribir convenio de Colaboración, según lo estipulado en
el artículo anterior, lo harán a más tardar el 31 de julio de 2010.
Artículo 40.—Será responsabilidad
de
Artículo 41.—Todas las instituciones a las cuales se les asignen recursos del FODESAF, deberán mantener de manera exclusiva, una cuenta bancaria, en uno de los bancos del sistema bancario nacional, para la administración de éstos.
Artículo 42.—
Artículo 43.—
Artículo 44.—
Artículo 45.—
Artículo 46.—Para el propósito del artículo 42, todas las instituciones que reciban recursos del FODESAF deberán presentar informes de liquidación anual presupuestaria y programática, a más tardar el 25 de enero de cada año.
Artículo 47.—Las instituciones
que reciben recursos del FODESAF deberán reintegrar el superávit libre del
período anterior a más tardar el 31 de marzo de cada año, mediante documento
formal de modificación presupuestaria que deberá ser presentado a
CAPÍTULO VII
Del control de activos del FODESAF
Artículo 48.—
Artículo 49.—Las disposiciones
que se describirán en el Reglamento sobre el Control de Activos que se emitirá
para los efectos, serán de acatamiento obligatorio tanto para los funcionarios
de
CAPÍTULO VIII
De la naturaleza y quehacer de
Artículo 50.—
Artículo 51.—Dada su naturaleza
jurídica y técnica, corresponderá a
Artículo 52.—El Ministro es el
superior jerarca de
Artículo 53.—El Ministro en su
condición de superior jerarca de
a) Garantizar la correcta administración de los
recursos del FODESAF y el destino de los beneficios producidos con estos, todo
en cumplimiento de lo establecido en
b) Dictar políticas para la
asignación de los recursos del FODESAF en concordancia con lo establecido en
c) Dictar los lineamientos generales para los organismos que reciben recursos del FODESAF.
d) Aprobar el Plan de Inversión
Anual, modificaciones y presupuestos extraordinarios del FODESAF y
e) Suscribir tanto los Convenios de Cooperación y Aporte Financiero, como los de Colaboración, con los representantes legales de las instituciones a las cuales se les asigna recursos financieros del FODESAF, a fin de establecer entre otras las condiciones programáticas, presupuestarias y legales, de la ejecución de los programas sociales.
f) Realizar las gestiones administrativas y judiciales pertinentes, y suspender el giro de recursos, en caso comprobado del uso de recursos del FODESAF asignados, en forma distinta a la aprobada en los planes presupuesto.
g) Emprender las gestiones
administrativas y políticas que estime necesarias y convenientes, en casos de
omisión por parte de las Unidades Ejecutoras, ante acciones de prevención
planteadas por
Artículo 54.—Será
competencia de
a) Velar y gestionar el cumplimiento del artículo
15 de
b) Considerar los planteamientos del Plan Nacional de Desarrollo en las decisiones y prioridades y asignación de recursos del FODESAF.
c) Fiscalizar los recursos del FODESAF, por medio de la formulación de los planes presupuestos operativos anuales, control y verificación de campo de la ejecución programática, financiera, presupuestaria y contable, y evaluaciones del cumplimiento de los objetivos generales y específicos de los programas.
d) Formular lineamientos de inversión y procedimientos de control, mediante los cuales se garantice que los recursos del FODESAF, se orienten a beneficiar los costarricenses y extranjeros residentes legales del país, con cédula al día, y que se encuentren en situación de pobreza y pobreza extrema de acuerdo con los requisitos que a tales efectos se establece en este reglamento.
e) Formular procedimientos de control que impidan aplicar recursos del FODESAF en gastos de carácter administrativo relacionados con la producción de bienes y servicios.
f) Ejercer una acción sistemática de control y seguimiento a la ejecución programática y presupuestaria realizada por las Unidades Ejecutoras responsables de los programas financiados con recursos del FODESAF.
g) Proporcionar asesoría legal,
en materia de administración de los recursos del FODESAF, al superior
jerárquico, a los funcionarios de
h) Analizar y aprobar los planes presupuesto presentados por las Unidades Ejecutoras Institucionales.
i) Formular el Plan de Inversión
del FODESAF y en Plan Presupuesto Anual Operativo de
j) Formular los convenios de
cooperación y apoyo financiero suscritos entre el superior jerárquico de
k) Comunicar al superior jerarca, de situaciones identificadas y debidamente comprobadas de desvío de recursos del FODESAF y proporcionar la asesoría que requiera, para emprender las acciones administrativas y judiciales pertinentes.
l) En casos de comprobado
incumplimiento de lineamientos, disposiciones y acuerdos suscritos mediante los
convenios de cooperación y aporte financiero, que afecten el funcionamiento de
los programas financiados con recursos del FODESAF, se deberá prevenir a
m) Atender, valorar y tramitar las
denuncias interpuestas por
n) Velar por la adecuada administración de los activos del FODESAF.
o) Evaluar la eficiencia y eficacia de los programas que reciben recursos del FODESAF, por medio de sus Unidades Administrativas y/o la contratación de personas físicas o jurídicas cuando se estime conveniente.
CAPÍTULO IX
De la organización interna y
funcionamiento
operativo de
Artículo 55.—
Artículo 56.—En ausencia del Director, el Subdirector lo sustituirá con las mismas atribuciones y facultades, lo cual hará adicionalmente al cumplimiento de sus responsabilidades profesionales, técnicas y administrativas.
Artículo 57.—Serán
responsabilidades del Director General de
a) Velar por el exacto cumplimiento de las
disposiciones legales y reglamentarias vigentes para
b) Ejercer la función de
Autoridad Superior dentro de
c) Participar en la formulación de las políticas, directrices y disposiciones emanadas del Plan Nacional de Desarrollo que orienten la inversión social que se realice con recursos del FODESAF.
d) Ejecutar las políticas, orientaciones y acuerdos formulados por el Ministro.
e) Presentar al Ministro para su
aprobación el Plan de Inversión Anual del FODESAF, una vez que haya sido
aprobado internamente por
f) Velar por el cumplimiento de las políticas y prioridades de inversión de los recursos del FODESAF.
g) Coordinar y comunicar, en el ejercicio de su gestión política, a los representantes de las Unidades Ejecutoras, las políticas y prioridades de inversión del FODESAF.
h) Autorizar conjuntamente con el Ministro, la transferencia de recursos a las Unidades Ejecutoras.
i) Evaluar periódicamente, junto
con el Subdirector y los Jefes de Unidades de
j) Ejercer la representación
judicial y extrajudicial de
k) Cualquier otra que
Artículo 58.—El
Subdirector General de
a) Sustituir al Director General de
b) Bajo
c) Asignar las labores de las
diferentes Jefaturas y colaborar con
d) Junto con el Director General
de
e) Dirigir y coordinar las
políticas internas de orden profesional, técnico, administrativo, necesarias
para el satisfactorio desarrollo de los procesos y competencias relacionados
con la administración del FODESAF y
f) Definir mecanismos de
coordinación entre las diferentes Direcciones que componen
g) Dirigir la elaboración del
Plan de Inversión Anual del FODESAF y sus modificaciones, todo de acuerdo a las
instrucciones de
h) Administrar, organizar,
coordinar, supervisar la elaboración del Plan Presupuesto Anual y Operativo de
i) Analizar, revisar y recomendar el trámite de los convenios de cooperación y aporte financiero.
j) Recomendar las transferencias
de recursos a programas, de conformidad con los informes técnicos de las
Direcciones de
k) Informar al Director General
de
l) Asesorar a los superiores jerarcas, en las gestiones que emprendan para hacer efectivo el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias relacionadas con la administración del FODESAF.
m) Proporcionar al Director General, el apoyo profesional, técnico y especializado, para ejecutar y dar cumplimiento a las políticas, orientaciones y acuerdos emitidos por el Ministro y por las autoridades gubernamentales y sectoriales.
n) Diseñar estrategias para
mejorar los diferentes procesos que desarrolla
o) Dirigir el proceso de gestión
de cobro a patronos morosos con FODESAF, por el incumplimiento a
p) Cualquier otra que
Artículo 59.—Para
el cabal cumplimiento de las responsabilidades y atribuciones delegadas por
a) Departamento de Presupuesto.
b) Departamento de Evaluación, Control y Seguimiento.
c) Departamento de Gestión.
d) Departamento de Gestión de Cobro
e) Departamento de Asesoría Legal.
En materia
funcional y administrativa quienes ejerzan
Artículo 60.—El Departamento de Presupuesto desarrollará entre otros los siguientes procesos:
a) Administración Presupuestaria del FODESAF:
Integra un equipo de profesionales responsables para el eficaz y eficiente
desarrollo del proceso presupuestario del FODESAF y
b) Gestionar desde la perspectiva presupuestaria, los desembolsos de recursos destinados al financiamiento de los programas / proyectos y servicios de atención a la pobreza y pobreza extrema.
c) Controlar y canalizar los recursos financieros que se captan por medio de la cuenta bancaria; de la gestión cobratoria por concepto de patronos morosos y; cuenta bancaria Caja Costarricense del Seguro Social - FODESAF (CCSS-FODESAF). Así como cualquier otra cuenta bancaria en la que se administren recursos del FODESAF.
Quien desempeñe el cargo de dirección de los procesos descritos, deberá ser un profesional de reconocida y probada solvencia ética y profesional; ostentar grado profesional en administración de empresas con énfasis en finanzas, que lo acredite para el ejercicio de este importante cargo; estar incorporado al Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas y poseer no menos de cinco años de experiencia en el desempeño de cargos de jefatura, dirección y gerencia, asociados a la gestión administrativa y/o financiera en instituciones del sector público, fundamentalmente en organismos del sector social.
Artículo 61.—El Departamento de Presupuesto tendrá además, las siguientes responsabilidades:
a) Preparar y formular el presupuesto del
FODESAF, con base en aquellos recursos que establece
b) Analizar el giro de recursos
del FODESAF a instituciones ejecutoras, en concordancia con
c) Controlar y verificar los movimientos de las cuentas bancarias, de los programas que reciben recursos del FODESAF.
d) Controlar que los recursos
presupuestados por las instituciones que reciben recursos del FODESAF, no se
destinen a gastos administrativos, con las excepciones de
e) Realizar el análisis de orden presupuestario y contable en relación con los presupuestos extraordinarios, modificaciones y liquidación del Presupuesto del FODESAF y de los programas financiados.
f) Controlar que los superávit
de las instituciones que reciben recursos del FODESAF, se reintegren en la
fecha indicada, en el artículo 27, de
g) Analizar, elaborar y remitir
los informes a
h) Formular el presupuesto de DESAF y el control de la ejecución presupuestaria y contable.
i) Realizar las actividades de
control: financiero, contable, presupuestaria del Presupuesto de
j) Elaborar los lineamientos generales presupuestarios para la formulación de los programas / proyectos y servicios que recibirán recursos del FODESAF, de acuerdo a las directrices de los superiores jerarcas.
k) Dirigir, administrar y supervisar la ejecución del programa-presupuestario de su Dirección, conforme a las instrucciones, requisitos, resoluciones y las normas y reglamentos del MTSS.
l) En general, otras funciones relacionadas con su especialidad que las autoridades superiores le asignen en el futuro.
Artículo 62.—El Departamento de Evaluación, Control y Seguimiento, contará con dos Unidades. Le corresponde ejecutar diversos procesos relacionados con los ciclos de evaluación y la información necesaria para el oportuno y efectivo control de la ejecución de la programación de acuerdo a los Planes Presupuestos aprobados a las Unidades Ejecutoras de Programas y Proyectos. Está integrada por un equipo de profesionales, para el desempeño eficaz y eficiente de los procesos.
Artículo 63.—Para el desempeño de sus funciones, el Departamento de Evaluación contará con las Unidades: de Evaluación y la de Control y Seguimiento, quienes tendrán las siguientes responsabilidades:
1.- Unidad de Evaluación:
a. Diseñar y ejecutar estudios a programas para
determinar que los recursos del FODESAF, se canalicen a las poblaciones en
condiciones de pobreza extrema y pobreza para el cumplimiento de los objetivos
de
b. Realizar evaluaciones periódicas de los programas financiados por el FODESAF, que permitan medir la eficiencia y eficacia de los mismos, para proporcionar la información necesaria que apoye la toma de decisiones.
c. Realizar estudios sobre los efectos de los programas financiados con recursos del Fondo en las personas beneficiarias.
d. Coordinar permanentemente con las diversas unidades ejecutoras del FODESAF con el fin de que estas remitan los datos necesarios para alimentar los sistemas de información de los beneficiarios de cada uno de los programas que se financian con recursos del Fondo.
e. Diseñar y ejecutar estrategias y metodologías orientadas a establecer indicadores de producto y efecto viables para el seguimiento, control y evaluación de la inversión del FODESAF.
f. Implementar y mantener actualizado los sistemas de información pertinentes para el control y evaluación de los programas financiados con recursos del FODESAF distribuidos por área geográfica.
g. Mantener actualizados los registros de los beneficiarios de cada uno de los programas financiados con recursos del Fondo y ejercer control sistemático de la información remitida por estas instituciones, así como brindar a los superiores informes gerenciales para la toma de decisiones.
h. Identificar
complementariedades, duplicidades, definir si los beneficiarios cumplen con la
normativa vigente mediante cotejos con sistemas de
i. Otras responsabilidades afines.
2.- Unidad de Control y Seguimiento:
a. Formular y recomendar el Plan de Inversión Anual del FODESAF, los lineamientos específicos y de requisitos para todas aquellas instituciones que soliciten financiamiento.
b. Planear y participar en el análisis de la ejecución de los programas financiados por el FODESAF, con el fin de que los recursos se destinen al adecuado cumplimiento de las metas y objetivos propuestos.
c. Analizar y recomendar a
d. Presentar a
e. Otras responsabilidades afines.
Artículo 64.—El Departamento de Evaluación tendrá además, las siguientes responsabilidades:
a) Dirigir, administrar y supervisar la ejecución del programa-presupuestario de su Dirección conforme a las instrucciones, requisitos, resoluciones y las normas y reglamentos del MTSS.
b) Elaborar los lineamientos generales para la formulación de los programas y proyectos que recibirán recursos del FODESAF, de acuerdo a las directrices de los superiores jerárquicos.
c) Analizar y emitir criterio técnico sobre las modificaciones internas y externas presentadas por las instituciones que reciben recursos del FODESAF.
d) En general, otras funciones relacionadas con su especialidad que las autoridades superiores le asignen en el futuro.
Quien desempeñe el cargo de dirección de los procesos descritos, deberá ser un profesional de reconocida y aprobada solvencia ética y profesional, ostentar grado profesional en administración de empresas o ciencias sociales, con énfasis en finanzas, gerencia y /o gerencia social, que lo acredite para el ejercicio de este importante cargo; estar incorporado al colegio respectivo, y poseer no menos de cinco años de experiencia en el desempeño de cargos de jefatura, dirección, asociados a la gestión administrativa y/o financiera en instituciones del sector público, fundamentalmente en organismos del sector social. Experiencia no menos de cinco años en evaluación de programas sociales.
Artículo 65.—El Departamento de Evaluación tendrá a su cargo la realización de las evaluaciones relacionadas con los programas sociales financiados con los recursos del FODESAF, en sus fases ex ante, durante y ex post.
Además establecerá los sistemas de información necesarios a fin de velar porque el uso de los recursos se oriente a la atención de los costarricenses y extranjeros residentes legales del país así como las personas menores de edad quienes a pesar de carecer de una condición migratoria regular en el territorio nacional, se encuentren en condiciones de pobreza y pobreza extrema.
Artículo 66.—El Departamento de Evaluación,
con base en sus investigaciones y la información resultante del proceso
evaluativo, desarrollará un informe trimestral y anual, el cual deberá ser
remitido a
Artículo 67.—El Departamento de
Gestión, permitirá llevar el control de los recursos DESAF adquiridos por medio
del FODESAF, así como brindar el apoyo técnico especializado para que
Artículo 68.—El Departamento de Gestión desarrollará entre otros, los siguientes procesos:
a) Administración: Integra un equipo de
profesionales responsables por la administración de un sistema de contabilidad
patrimonial, por medio del cual se ejercite un efectivo control de cada una de
las transacciones financieras que afecten el patrimonio del FODESAF y el
patrimonio de
b) Analizar y recomendar las
necesidades para suplir en tiempo y contenido, los bienes, servicios y capital
humano que requiera
c) Dirige, administra y supervisa la ejecución de la actividad presupuestaria de su Dirección, conforme a las instrucciones, requisitos, resoluciones y las normas y reglamentos del MTSS.
d) Formular el presupuesto de la
actividad de
e) Efectuar la coordinación y
trámites necesarios y el control de los suministros y los bienes y servicios
que requieran las distintas Unidades que conforman
f) Tramitar lo relacionado a los
aspectos de transporte, combustible, custodia y almacenaje de activos y demás
servicios que requiera
g) Confeccionará todos los
requerimientos que solicite tanto
h) Administrar los activos propiedad del FODESAF.
i) Servir de enlace con
j) Levar las estadísticas y los
insumos de información que generen los Departamentos de
k) Generar investigaciones,
diagnósticos, y otros documentos que sirvan de insumo de información al resto
de los departamentos de
l) Coordinar la elaboración de manuales de procedimientos que garanticen su ejecución.
m) Dirige, administra y supervisa la ejecución del programa-presupuestario de su Dirección conforme a las instrucciones, requisitos, resoluciones y las normas y reglamentos del MTSS.
n) En general, otras funciones relacionadas con su especialidad que las autoridades superiores le asignen en el futuro
Artículo 69.—El
Departamento de Gestión de Cobro, estará conformada por tres Unidades: de
Administración de
1.- Unidad de Administración de
La presente Unidad desarrollará entre otros, los siguientes procesos:
a. Coordinar con
b. Controlar y actualizar
periódicamente de la deuda de los patronos que incumplen con el artículo 15
inciso b. de
c. Recaudar las sumas dejadas de pagar por los patronos morosos del FODESAF.
d. Actualizar el sistema automatizado de patronos morosos.
e. Análisis de la bitácora, e informar a los superiores, el resultado de dicha acción, y realizar las acciones que se derivan de este control.
f. Administrar el sistema de patronos morosos.
g. Conciliar de la cuenta bancaria donde se depositan los dineros resultados de las acciones cobratorias.
h. Controlar de la captación de recursos en ventanilla.
i. Producir informes periódicos que permitan la toma de decisiones.
j. Velar por el control y la custodia de los expedientes de los patronos morosos.
k. Efectuar el control sistemático de los ingresos del FODESAF por concepto de cancelaciones, arreglos de pago y otros ingresos derivados de la gestión de cobro en sede judicial.
l. Custodiar, controlar y canalizar los recursos financieros que se captan por medio de la gestión cobratoria.
m. Dirigir, administrar y supervisar la ejecución del programa-presupuestario de su área conforme a las instrucciones, requisitos, resoluciones y las normas y reglamentos del MTSS.
n. Otras funciones propias de su competencia, que para tales efectos dicte el Reglamento de Gestión de Cobro a patronos morosos.
o. En general, otras funciones relacionadas con su especialidad que las autoridades superiores le asignen en el futuro.
2.- Unidad de Cobro Administrativo.
Esta Unidad desarrollará entre otros, los siguientes procesos:
a. Desarrollar y controlar los procesos tendientes a la notificación de patronos morosos.
b. Generar las notificaciones administrativas.
c. Realizar los cálculos y trámites de arreglos de pago.
d. Seguimiento y control de los arreglos de pago.
e. Analizar y diligenciar las solicitudes de cancelación de deuda.
f. Analizar y diligenciar las solicitudes de anulación de planillas.
g. Mantener informado al Jefe inmediato sobre los patronos morosos, que dentro del plazo concedido para cancelar su deuda, no lo hizo, para que sea trasladado a cobro judicial.
h. Aplicar en el sistema las sentencias judiciales resultado de la gestión de cobro judicial.
i. Aplicar depósitos.
3.- Unidad de Cobro Judicial.
Esta Unidad desarrollará entre otros, los siguientes procesos:
a. Plantear los requerimientos de la
contratación de abogados externos de
b. Administrar la base de datos correspondiente a los patronos en cobro judicial.
c. Seguimiento y control periódico de los abogados externos, que presenten casos a cobro judicial.
d. Elaborar informe y remitir en forma mensual al Jefe inmediato el estado de los casos en estrados judiciales.
e. Recomendar las acciones pertinentes a fin de lograr eficiencia y eficacia del cobro judicial.
f. Presentar ante las instancias judiciales los requerimientos necesarios a fin de gestionar la recuperación de los dineros adeudados.
g. Otras responsabilidades propias de su competencia que para tales efectos, dicte el Reglamento de Gestión de Cobro a patronos morosos.
Artículo 70.—El Departamento de Gestión de Cobro tendrá además, las siguientes responsabilidades:
a) Coordinar permanentemente con los funcionarios
de
b) Mantener actualizada la base de datos de los patronos morosos con el FODESAF.
c) Mantener actualizada la deuda de los patronos morosos con el FODESAF, por incumplimiento al artículo 15, inciso b, Ley Nº 5662 y su reforma, Ley Nº 8783.
d) Efectuar el control sistemático de los ingresos del FODESAF, por concepto de cancelaciones, arreglos de pago y otros ingresos derivados de la gestión de cobro en sede judicial.
e) Custodiar, controlar y canalizar los recursos financieros que se captan por medio de las gestiones cobratorias.
f) Dirigir, administrar y supervisar la ejecución del programa-presupuestario de su Dirección, conforme a las instrucciones, requisitos, resoluciones y las normas y reglamentos del MTSS.
g) Otras funciones propias de su competencia que para tales efectos, dicte el Reglamento de Gestión de Cobro a Patronos Morosos, y,
h) Las otras que le encomiende el
(la) Director(a) General de
Quien desempeñe el cargo de dirección de los procesos descritos, deberá ser un profesional de reconocida y aprobada solvencia ética y profesional, ostentar grado profesional en administración de empresas o derecho, que lo acredite para el ejercicio de este importante cargo, estar incorporado al colegio respectivo, y poseer no menos de cinco años de experiencia en el desempeño de cargos de jefatura, dirección y gerencia, asociados a la gestión administrativa y/o financiera en instituciones del sector público, fundamentalmente en organismos del sector social. Experiencia no menos de cinco años en gestión de cobro administrativo y judicial.
Artículo 71.—El Departamento de
Asesoría Legal, reportará directamente a
a) Investigar, analizar, asesorar y elaborará
informes, pronunciamientos y dictámenes de naturaleza jurídica, con el fin de
que la gestión realizada por
b) Asesorar en materia legal y en
forma directa, cuando le sea requerido, sea verbal o por escrito, tanto a los
señores, Ministro, Director General y Subdirector General de
c) Determinar con criterios
legales y razonables, sobre las consultas emanadas por los Jefes de
d) Emitir criterios con respecto
a las acciones emprendidas por
e) Emitir criterios y elaborar informes, en atención a las consultas planteadas por las Unidades Ejecutoras, en relación con la ejecución de los recursos del FODESAF.
f) Emitir dictámenes en materia
de su competencia en todos aquellos asuntos en que
g) Sugerir y/o promover las iniciativas de las reformas legales que estime pertinentes para el mejor cumplimiento de los fines que corresponden al FODESAF.
h) Defender los intereses del FODESAF cuando éstos sean afectados por acciones delictivas o actuaciones judiciales diversas.
i) Recopilar circulares,
instructivos, reglamentos emitidos por
j) Proporcionar leyes,
reglamentos, circulares, acuerdos u otras disposiciones legales (sentencias y
toda clase de resoluciones y fallos judiciales), a todas las dependencias de
k) Recuperar en forma administrativa
o judicial las sumas de dinero que adeuden al FODESAF por violación a
l) Elaborar y/o revisar y, en su caso, negociar los convenios y adendas en que el MTSS / DESAF sea parte contratante o tenga interés, y donde se regula la ejecución de los recursos del FODESAF, por parte de las Unidades Ejecutoras; así como gestionar los finiquitos de los programas financiados por el FODESAF, además de elaborar y autorizar otros documentos públicos y/o convenios cuando le sean requeridos.
m) Investigar, valorar, así como
promover y/o iniciar las acciones administrativas y judiciales que le sean
encomendadas, en que el FODESAF tenga interés; así como en aquellos casos con
respecto a las presuntas irregularidades, identificadas en la ejecución y
manejo de los recursos del FODESAF por parte de las Unidades Ejecutoras;
asesorar además, a
n) Analizar y emitir criterio, en
relación con los proyectos legislativos que afecten la naturaleza y
funcionamiento del FODESAF, así como emitir los correspondientes informes, que
solicitan las demás Instituciones Estatales (Contraloría General de
o) Dirigir, administrar y supervisar la ejecución del programa-presupuestario de su área conforme a las instrucciones, requisitos, resoluciones y las normas y reglamentos del MTSS.
p) En general, otras funciones relacionadas con su especialidad que las autoridades superiores le asignen en el futuro.
Quien desempeñe el cargo de dirección de los procesos descritos, deberá ser un profesional de reconocida y aprobada solvencia ética y profesional; ostentar además el grado profesional en derecho, con preparación y conocimiento en administración pública, que lo acredite para el ejercicio de este importante cargo; además estar incorporado al Colegio de Abogados y poseer no menos de cinco años de experiencia en el desempeño de cargos de jefatura y dirección, asociados a la gestión de asesoría legal en instituciones del sector público, fundamentalmente en organismos del sector social. Experiencia no menos de cinco años en gestión asesoría legal.
Artículo 72.—Dentro de los
próximos 180 días hábiles,
CAPÍTULO X
Disposiciones finales
Artículo 73.—Se deroga el Decreto Nº 27558-MTSS, del 10 de diciembre de 1998, y sus reformas.
Transitorio único.—En los
próximos 90 días,
Artículo 74.—Rige a partir de su
publicación en el Diario Oficial
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Álvaro González Alfaro.––1 vez.––O. P. Nº 8109.—Solicitud Nº 30945.––C-988550.––(D35873-IN2010027175).
Nº 903-P
EL PRESIDENTE DE
Con fundamento en
las atribuciones conferidas por el artículo 139 de
Considerando:
1º—Que el Gobierno de Guatemala ha extendido una invitación a los Jefes de Estado y de Gobierno de Belice, Costa Rica, El Salvador, Honduras, Nicaragua, Panamá y República Dominicana, para sostener una Cumbre de Presidentes del SICA con la señora Hillary Clinton, Secretaria de Estado de los Estados Unidos de América, el viernes 5 de marzo de 2010, en la ciudad de Guatemala, Guatemala.
2º—Que el señor Presidente de
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar al señor Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y
Culto, cédula Nº 8-068-578, para que viaje a Guatemala, el viernes 5 de marzo
de 2010, formando parte de
Artículo 2º—Los pasajes aéreos y viáticos, así como los tributos, impuestos o cánones que deba pagar en las terminales aéreas, transporte interno, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 079-Dirección General, subpartida 1.05.03 Transporte en el Exterior y Programa 079-Despacho del Ministro, subpartida 1.05.04 Viáticos en el Exterior. Se autoriza la suma de US$220.00 diarios para Ciudad Guatemala, Guatemala. Se autoriza al señor Ministro a realizar llamadas internacionales. Todo sujeto a liquidación.
Artículo 3º—Durante la ausencia del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, se nombra como Ministro a. í. al señor Edgar Ugalde Álvarez, Viceministro de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 4º—Rige de las 06:30 horas a las 20:00 horas del 5 de marzo del 2010.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.––1 vez.––O. C. Nº
8190.—Solicitud Nº 40897.––C-28070.––(IN2010025285).
Nº 904-P
EL PRESIDENTE DE
Con fundamento en
las atribuciones conferidas por el artículo 139 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la señora Janina del Vecchio Ugalde, cédula de identidad Nº l-337-250 Ministra de Gobernación, Policía y Seguridad Pública, para que participe en una Reunión del Plan Mérida con autoridades de Centroamérica y Estados Unidos de América que se llevará a cabo en Ciudad de Guatemala, Guatemala.
Artículo 2º—El objetivo del viaje
oficial es acompañar al señor Presidente de
Artículo 3º—Desde las seis horas hasta las dieciocho horas del día 05 de marzo del 2010, en ausencia de la señora Janina del Vecchio Ugalde, se nombra como Ministro a. í., de los Ministerios de Gobernación y Policía y Seguridad Pública, al señor Oldemar Madrigal Medal, cédula número 6-088-895, actual Viceministro de Seguridad Pública.
Artículo 4º—Los gastos por concepto de transporte, hospedaje, alimentación y gastos menores de la señora Janina del Vecchio Ugalde, correrán por cuenta del Ministerio de Seguridad Pública mediante el Programa 089-00 Gestión Administrativa de los Cuerpos Policiales en la subpartida 1-05-03 Transporte en el Exterior del país con la reserva número 3300032844. Y en la subpartida 1-05-04 Viáticos en el Exterior del país con la reserva número 1600002441 y la reserva número 3800000699.
Artículo 5º—Rige de las seis horas hasta las dieciocho horas del día 05 de marzo del 2010.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—O. C. Nº
8011.—Solicitud Nº 24505.—C-23820.—(IN2010026285).
Nº 905-P
EL PRESIDENTE DE
Con fundamento en
lo dispuesto en los artículos 139 inciso 1) de
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar al señor Roberto Gallardo Núñez, cédula de identidad Nº 1-549-255,
Ministro de Planificación Nacional y Política Económica, para que viaje y
participe en
Artículo 2º—ONU-HABITAT cubrirá gastos
por concepto de transporte aéreo y hospedaje. El Ministerio de Planificación
Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) cubrirá gastos por concepto de
transporte interno, alimentación y otros gastos menores (como llamadas
telefónicas, servicio de fax e Internet), impuestos sobre boletos de
transporte, tributos o tarifas que se deban pagar en terminales de transporte,
póliza de seguro por accidente (INS: Seguro Viajeros con Asistencia) con cargo
al Título 217 (Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica),
Programa 863 (Administración Central), Subpartidas 1.05.03 (Transporte en el
Exterior), 1.05.04 (Viáticos en el Exterior) y 1.06.01 (Seguros) del
Presupuesto Ordinario y Extraordinario de
Artículo 3º—Durante la ausencia del señor Gallardo Núñez, se nombra como Ministra a. í. a la señora Carla Morales Rojas, cédula de identidad Nº 1-815-446.
Artículo 4º—Rige de las 17:00 horas del 20 de marzo hasta las 21:00 horas del 23 de marzo de 2010.
Dado en
Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.––1 vez.––O. C.
Nº 7945.—Solicitud Nº 10097.––C-28920.––(IN2010025286).
Nº 761-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en
el artículo 141 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar
a la señora Ana María Herrera Fiallos, cédula identidad número 1-312-577,
Directora de Relaciones Externas y Embajadora en Misión Especial, para que
forme parte de
Artículo 2º—Los gastos por
concepto de viáticos, impuestos, transporte, servicio de taxis aeropuerto-hotel
y viceversa en la ciudad visitada se le cancelarán del Título 201- Presidencia
de
Artículo3º—Se le otorga la suma adelantada de ¢115.110,91 por concepto de viáticos, sujetos a liquidación.
Artículo 4º—Rige a partir del 22 de marzo y hasta el 23 de marzo del 2010.
Dado en
Rodrigo Arias
Sánchez, Ministro de
Nº 033-2010-H.—San José, 5 de marzo del 2010
EL MINISTRO DE HACIENDA
En uso de las
facultades que le confiere el artículo 28 incisos 1) y 2.a) de
Considerando:
1º—Que el señor Desiderio Soto Sequeira, cédula de identidad número 9-072-244, ha sido nombrado a partir del 8 de mayo del 2006 para ocupar el cargo de Director General de Aduanas.
2º—Que al señor Desiderio Soto Sequeira, se le ha autorizado, mediante acuerdo AH-038-2010, el viaje y participación en la “Reunión del Comité Aduanero” en El Salvador, los días 15 y 16 de marzo del 2010. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Recargar las funciones atinentes al cargo de Director General de Aduanas en el señor Luis Fernando Vásquez Castillo, cédula de identidad número 2-363-657, quien funge como Director de Gestión Técnica los días 15 y 16 de marzo del 2010, ambos días inclusive.
Artículo 2º—El presente acuerdo rige del día 14 al 17 de marzo del 2010, ambos días inclusive. Publíquese.
José Luis Araya Alpizar, Ministro de Hacienda a. í.—1 vez.—O. C. Nº 8315.—Solicitud Nº 28955.—C-19570.—(IN2010025265).
Nº 028
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en
el artículo 140 inciso 2) y 146, de
ACUERDAN:
Artículo
1º—Despedir sin responsabilidad patronal al servidor Martín Sánchez Méndez,
cédula de identidad número 01-0710-0089, del puesto de Trabajador Misceláneo 2,
de conformidad con
Artículo 2º—El presente acuerdo de despido rige a partir del 16 de enero del 2010.
Dado en
Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Marco A. Vargas Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21165-Solicitud Nº 29730.—C-17020.—(IN2010025260).
Nº 038
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Conforme a las
facultades conferidas en el artículo 140 y 146, de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Impartir su aprobación a lo actuado por el Consejo Técnico de Aviación Civil en el artículo sétimo de la sesión ordinaria 05-2010 celebrada el 15 de febrero del 2010; en el que mediante resolución Nº 09-2010, se otorga la compañía denominada Aerovías del Continente Americano S. A. (AVTANCA), cédula jurídica Nº 3-012-271637, representada por el señor Tomás Federico Nassar Pérez, certificado de explotación, bajo los siguientes términos:
Servicios a brindar: Servicios Internacionales regulares de pasajeros, carga y correo
Ruta: Bogotá, Colombia - San José, Costa Rica y v.v.
Frecuencia: tres vuelos semanales
Derechos de tráfico: Tercera, Cuarta Libertad del aire.
Equipo:
Fokker 100, Airbus 319 y 320, asimismo, realizar operaciones con equipo de la
empresa Sociedad Aeronáutica de Medellín Consolidada (SAM) S. A., bajo contrato
de fletamento de aeronaves, debidamente aprobado por
Vigencia: La vigencia del Certificado de Explotación será de 5 años, contados a partir de su expedición.
Artículo 2º—Rige a partir del 15 de febrero del 2010, fecha de otorgamiento por parte del Consejo Técnico de Aviación Civil, y por un período de 5 años.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Marco A. Vargas Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21165.—Solicitud Nº 29731.—C-25520.—(IN2010025262).
Nº DM-MG-1435-10
Con fundamento en
los artículos 140 inciso 20) y 146 de
Considerando:
I.—Que del día 14
al 27 de marzo del 2010, tendrá lugar en Panamá, el X Curso de Capacitación en
Influenza Estacional, Pandémica y Aviar; y este Despacho considera importante
la participación de
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a
Artículo 2º—Los gastos de viaje
de
Artículo 3º—Que durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de los funcionarios en la actividad, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4.—Rige del día 14 al 27 de marzo del 2010.
Dado en el Ministerio de Salud.—San José, 8 de marzo del 2010.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 8667.—Solicitud Nº 30741.—C-33170.—(IN2010026253).
Nº DM-MG-1442-10
Con fundamento en
los artículos, 140 inciso 20) y 146 de
Considerando:
I.—Que del día 26
al 30 de abril del 2010, tendrá lugar en Perú, el Lanzamiento de
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar al Dr. Randall Bejarano Campos, cédula Nº 3-343-719, Jefe de
Artículo 2º—Los gastos de viaje
del Dr. Randall Bejarano Campos, por concepto de transporte, alimentación y
hospedaje, serán cubiertos por
Artículo 3º—Que durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del día 26 al 30 de abril del 2010.
Dado en el Ministerio de Salud.—San José, 10 de marzo del 2010.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 8667.—Solicitud Nº 30742.—C-22970.—(IN2010026267).
Nº DM-MG-1462-10
Y RECTORA SECTOR SOCIAL Y LUCHA CONTRA
Con fundamento en
los artículos 140 inciso 20) y 146 de
Considerando:
I.—Que del día 7
al 11 de marzo del 2010, tendrá lugar en Cartagena, Colombia, el Encuentro
Latinoamericano de Pueblos Indígenas y Gobiernos. Hacia una protección efectiva
de los derechos de los niños, niñas, y adolescentes indígenas en situación de
trabajo infantil por abolir; y este Despacho considera importante la
participación de la señora María Karina Calderón Rodríguez, cédula Nº
1-1190-0262, funcionaria del Viceministerio de Desarrollo Social, en la
actividad de cita. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora María Karina Calderón Rodríguez, cédula Nº 1-1190-0262, funcionaria del Viceministerio de Desarrollo Social para que asista y participe en el Encuentro Latinoamericano de Pueblos Indígenas y Gobiernos. Hacia una protección efectiva de los derechos de los niños, niñas, y adolescentes indígenas en situación de trabajo infantil por abolir; que tendrá lugar en Cartagena, Colombia, del día 7 al 11 de marzo del 2010.
Artículo 2º—Los gastos de viaje
de la señora María Karina Calderón Rodríguez, por concepto de transporte,
alimentación y hospedaje, serán cubiertos por SISCA, UNICEF, OIT, UNFPI, Fondo
Indígenas, AECID, y
Artículo 3º—Que durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del día 7 al 11 de marzo del 2010.
Dado en el Ministerio de Salud.—San José, 4 de marzo del 2010.
Publíquese.—Dra.
María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud y rectora Sector Social y Lucha
contra
Nº DM-MG-1463-10
Con fundamento en
los artículos 140 inciso 20) y 146 de
Considerando:
I.—Que del día 6
al 10 de abril del 2010, tendrá lugar en Viena, Austria, la “Reunión para
compartir experiencias en el tema de la medición de VIH/SIDA, mediante la metodología ASAP”; y este Despacho
considera importante la participación de
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a
Artículo 2º—Los gastos de
Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del día 6 al 10 de abril del 2010.
Dado en el Ministerio de Salud.—San José, a los doce días del mes de marzo del dos mil diez.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—O. C Nº 8667.—Solicitud Nº 30743.—C-22970.—(IN2010026273).
Nº DM-MG-1466-10
Con fundamento en
los artículos 140 inciso 20) y 146 de
Considerando:
I.—Que del día 14
al 19 de marzo del 2010, tendrá lugar en Ciudad de Guatemala, Guatemala, la “L
Reunión del Grupo Técnico de Registro de Medicamentos”; y este Despacho
considera importante la participación de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
Artículo 2º—Los gastos de viaje
de
Artículo 3º—Que durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de las funcionarias en la actividad, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 14 al 19 de marzo del 2010.
Dado en el Ministerio de Salud.—San José, a los doce días del mes de marzo del dos mil diez.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—O. C Nº 8667.—Solicitud Nº 30745.—C-29770.—(IN2010026277).
Nº DM-MG-1468-10
Con fundamento en
los artículos 140 inciso 20) y 146 de
Considerando:
I.—Que del día 17
al 20 de marzo del 2010, tendrá lugar en Panamá, la “Reunión para la
conformación de
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a
Artículo 2º—Los gastos de viaje
de
Artículo 3º—Que durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del día 17 al 20 de marzo del 2010.
Dado en el Ministerio de Salud.—San José, a los quince días del mes de marzo del dos mil diez.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—O. C Nº 8667.—Solicitud Nº 30744.—C-22970.—(IN2010026278).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
DIA-R-E-112-2010.—El
señor Freddy Piedra Mena, portador de la cédula de identidad Nº 1-564-005, en
su calidad de Representante Legal de la compañía Bio Control S. A., cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción
del producto Polinizador Biológico de nombre comercial Abejorros Polinizadores,
compuesto a base de Bombus impatienss. Conforme a lo que establece
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Nº
DIA-R-E-657-2009.—El señor Freddy Piedra Mena, cédula Nº 1-564-005, en calidad
de representante legal de la compañía Bio Control S. A., cuyo domicilio fiscal
se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del Ácaro Depredador
de nombre comercial Swirskii System, compuesto a base de Amblyseius swuirskii.
Conforme a lo que establece
Nº
DIA-R-E-656-2009.—El señor Freddy Piedra Mena, cédula o pasaporte Nº 1-564-005,
en calidad de representante legal de la compañía Bio Control S. A., cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del
Coleoptero Depredador de nombre comercial Cryptolaemus System, compuesto a base
de Crytolaemus montrouzieri. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-660-2009.—El
señor Freddy Piedra Mena, portador de la cédula de identidad Nº 1-564-005, en
su calidad de representante legal de la compañía Bio Control S. A., cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del
producto Mesostigmata Depredador Biológico de nombre comercial Hypoaspis
System, compuesto a base de Hypoaspis miles. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-655-2009.—El
señor Freddy Piedra Mena, cédula Nº 1-564-005, en calidad de representante
legal de la compañía Bio Control S.A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la
ciudad de Cartago, solicita inscripción del Nemátodo Entomopatógeno de nombre
comercial Steinernema System, compuesto a base de Steinernema feltiae. Conforme
a lo que establece
DIA-R-E-662-2009.—El
señor Freddy Piedra Mena, portador de la cédula de identidad Nº 1-564-005, en
su calidad de representante legal de la compañía Bio Control S. A., cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del
producto Strongylida Insecticida Biológico de nombre comercial B-Green,
compuesto a base de Heterorhabditis bacteriophora. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-661-2009.—El
señor Freddy Piedra Mena, portador de la cédula de identidad Nº 1-564-005, en
su calidad de representante legal de la compañía Bio Control S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción del
producto Mesostigmata Depredador Biológico de nombre comercial Californicus
System, compuesto a base de Amblyseius Californicus. Conforme a lo que
establece
DIA-R-E-659-2009.—El
señor Freddy Piedra Mena, portador de la cédula de identidad Nº 1-564-005, en
su calidad de representante legal de la compañía Bio Control S. A., cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción
del producto Himenoptero Depredador Biológico de nombre comercial Orius System,
compuesto a base de Orius insidiosus. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-806-2009.—El
señor Freddy Piedra Mena, portador de la cédula de identidad Nº 1-564-005, en
su calidad de representante legal de la compañía Bio Control S. A., cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción
del producto Hymenoptera Insecticida Biológico de nombre comercial Mundus Mix
System, compuesto a base de Eretmocerus eremicus + Eretmocerus mundus. Conforme
a lo que establece
DIA-R-E-818-2009.—El
señor Freddy Piedra Mena, portador de la cédula de identidad Nº 1-564-005, en
su calidad de representante legal de la compañía Bio Control S. A., cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción
del producto Insecticida Biológico Parasitoide de nombre comercial Mundus
System, compuesto a base de Eretmocerus mundus. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-819-2009.—El
señor Freddy Piedra Mena, portador de la cédula de identidad Nº 1-564-005, en
su calidad de representante legal de la compañía Bio Control S. A., cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción
del producto Insecticida Biológico Parasitoide de nombre comercial Eretmocerus
System, compuesto a base de Eretmocerus eremicus. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-820-2009.—El
señor Freddy Piedra Mena, portador de la cédula de identidad Nº 1-564-005, en
su calidad de representante legal de la compañía Bio Control S. A., cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción
del producto Insecticida Biológico Depredador de nombre comercial Chrysopa
System, compuesto a base de Chrysoperla carnea. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-821-2009.—El
señor Freddy Piedra Mena, portador de la cédula de identidad Nº 1-564-005, en
su calidad de representante legal de la compañía Bio Control S. A., cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción
del Insecticida Biológico Depredador de nombre comercial Phytoseiulus System,
compuesto a base de Phytoseiulus persimiles. Conforme a lo que establece
PUBLICACIÓN DE una VEZ
DIA-R-E-092-2010.—El
señor Annette Planells, cédula o pasaporte Nº 1430489, en calidad de
representante legal de la compañía Fertitec Costa Rica S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del
fertilizante de nombre comercial Fertitec 18-2-14-8-0.2-1.7(S)-2(CaO),
compuesto a base de nitrógeno-fósforo-potasio-magnesio-boro-calcio. Conforme a
lo que establece
DIA-R-E-091-2010.—El
señor Annette Planells, cédula o pasaporte Nº 1430489, en calidad de
representante legal de la compañía Fertitec Costa Rica S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del
fertilizante de nombre comercial Fertitec 18.2-3.4-25.3-6.1-7.4(S), compuesto a
base de nitrógeno-fósforo-potasio-magnesio-azufre. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-090-2010.—El
señor Annette Planells, cédula o pasaporte Nº 1430489, en calidad de
representante legal de la compañía Fertitec Costa Rica S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del
fertilizante de nombre comercial Fertitec
18-2.28-2.46-4.25-0.24(B)-2.22(S)-11.16(CaO), compuesto a base de
nitrógeno-fósforo-potasio-magnesio-boro-azufre-calcio. Conforme a lo que
establece
DIA-R-E-064-2010.—La
señora Annette Planells, cédula o pasaporte Nº 1430489, en calidad de
representante legal de la compañía Fertitec Costa Rica S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del
fertilizante de nombre comercial Fertitec 15-1.5-25-3.5-0.25-2.5(S)-0.5(Zn),
compuesto a base de nitrógeno-fósforo-potasio-magnesio-boro-azufre-zinc.
Conforme a lo que establece
DIA-R-E-096-2010.—La
señora Annette Planells, cédula o pasaporte Nº 1430489, en calidad de
representante legal de la compañía Fertitec Costa Rica S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del
fertilizante de nombre comercial Fertitec 15-3-31, compuesto a base de
nitrógeno-fósforo-potasio. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-095-2010.—La
señora Annette Planells, cédula o pasaporte Nº 1430489, en calidad de
representante legal de la compañía Fertitec Costa Rica S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del
fertilizante de nombre comercial Fertitec 19.4-0-24.5-3.9(S), compuesto a base
de nitrógeno-potasio-magnesio-azufre. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-094-2010.—El
señor Annette Planells, cédula o pasaporte Nº 1430489, en calidad de
representante legal de la compañía Fertitec Costa Rica S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del
fertilizante de nombre comercial Fertitec 18-3-10-8-0.4-10(S), compuesto a base
de nitrógeno-fósforo-potasio-magnesio-boro-azufre. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-093-2010.—El
señor Annette Planells, cédula o pasaporte Nº 1430489, en calidad de
representante legal de la compañía Fertitec Costa Rica S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del
fertilizante de nombre comercial Fertitec 17-3-12-6-0.3-2(S)-0.1(Zn), compuesto
a base de nitrógeno-fósforo-potasio-magnesio-boro-azufre-zinc. Conforme a lo
que establece
DIA-R-E-100-2010.—El
señor Annette Planells, cédula o pasaporte Nº 1430489, en calidad de representante
legal de la compañía Fertitec Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se
encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del fertilizante de
nombre comercial Fertitec 12.4-2.3-19.1-2.4(B)-2(S)-0.2(Zn)-7.6(CaO), compuesto
a base de nitrógeno-fósforo-potasio-magnesio-boro-azufre-zinc-calcio. Conforme
a lo que establece
DIA-R-E-099-2010.—La
señora Annette Planells, cédula o pasaporte Nº 1430489, en calidad de
representante legal de la compañía Fertitec Costa Rica S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del
fertilizante de nombre comercial Fertitec 17.9-0-21-2.3-4.7(S), compuesto a
base de nitrógeno-potasio-magnesio-azufre. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-098-2010.—La
señora Annette Planells, cédula o pasaporte Nº 1430489, en calidad de
representante legal de la compañía Fertitec Costa Rica S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del
fertilizante de nombre comercial Fertitec 30-0-15, compuesto a base de
nitrógeno-potasio. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-097-2010.—La
señora Annette Planells, cédula o pasaporte Nº 1430489, en calidad de
representante legal de la compañía Fertitec Costa Rica S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del
fertilizante de nombre comercial Fertitec 26-0-26, compuesto a base de
nitrógeno-potasio. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-104-2010.—El
señor Annette Planells, cédula o pasaporte Nº 1430489, en calidad de
representante legal de la compañía Fertitec Costa Rica S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del
fertilizante de nombre comercial Fertitec 21-0-0-7.5-11(CaO), compuesto a base
de nitrógeno-magnesio-calcio. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-103-2010.—El
señor Annette Planells, cédula o pasaporte Nº 1430489, en calidad de
representante legal de la compañía Fertitec Costa Rica S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del
fertilizante de nombre comercial Fertitec
15-15-20.8-4.3-0.4-3.6(S)-7.2(CaO)-1(Zn), compuesto a base de
nitrógeno-fósforo-potasio-magnesio-boro-calcio-zinc-azufre. Conforme a lo que
establece
DIA-R-E-102-2010.—El
señor Annette Planells, cédula o pasaporte Nº 1430489, en calidad de
representante legal de la compañía Fertitec Costa Rica S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del
fertilizante de nombre comercial Fertitec 27-6-3-2-4(S), compuesto a base de
nitrógeno-fósforo-potasio-magnesio-azufre. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-101-2010.—La
señora Annette Planells, cédula o pasaporte Nº 1430489, en calidad de
representante legal de la compañía Fertitec Costa Rica S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del
fertilizante de nombre comercial Fertitec 15-0-22-3-0.2-4(S), compuesto a base
de nitrógeno-potasio-magnesio-boro-azufre. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-109-2010.—La
señora Annette Planells, cédula o pasaporte Nº 1430489, en calidad de
representante legal de la compañía Fertitec Costa Rica S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del
fertilizante de nombre comercial Fertitec
15.9-3.2-25-3.4-0.4-3.7(S)-2.5(CaO)-0.8(Zn), compuesto a base de
nitrógeno-fósforo-potasio-magnesio-boro-azufre-calcio-zinc. Conforme a lo que
establece
DIA-R-E-108-2010.—La
señora Annette Planells, cédula o pasaporte Nº 1430489, en calidad de
representante legal de la compañía Fertitec Costa Rica S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del
fertilizante de nombre comercial Fertitec 15.7-0-17.7-2-2.5(S), compuesto a
base de nitrógeno-potasio-magnesio-azufre. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-106-2010.—El
señor Annette Planells, cédula o pasaporte Nº 1430489, en calidad de
representante legal de la compañía Fertitec Costa Rica S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del
fertilizante de nombre comercial Fertitec 23-3-15-6-0.2-7.3(S), compuesto a base
de nitrógeno-potasio-magnesio-azufre. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-105-2010.—El
señor Annette Planells, cédula o pasaporte Nº 1430489, en calidad de
representante legal de la compañía Fertitec Costa Rica S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del
fertilizante de nombre comercial Fertitec 21.2-0-27.5-7-8.5(S), compuesto a
base de nitrógeno-potasio-magnesio-azufre. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-112-2010.—El
señor Annette Planells, cédula o pasaporte 1430489, en calidad de representante
legal de la compañía Fertitec Costa Rica, S. A., cuyo domicilio fiscal se
encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del Fertilizante de
nombre comercial FERTITEC 17-1.3-21.2-3.7-4.5(S), compuesto a base de
Nitrógeno-Fósforo-Potasio-Magnesio-Azufre. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-110-2010.—El
señor Annette Planells, cédula o pasaporte 1430489, en calidad de representante
legal de la compañía Fertitec Costa Rica, S. A., cuyo domicilio fiscal se
encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del fertilizante de
nombre comercial FERTITEC 15-0-30, compuesto a base de Nitrógeno-Potasio.
Conforme a lo que establece
DIA-R-E-055-2010.—El
señor José Manuel Cordero Vega, cédula 2-441-651, en calidad de representante
legal de la compañía Soluciones Seguras Biosafe Centroamérica, S. A., cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción
del fertilizante de nombre comercial BIOILSA NK 7-0-21, compuesto a base de
Nitrógeno-Potasio-Azufre-Carbono. Conforme a lo que establece
El Ministerio de
Economía, Industria y Comercio, de conformidad con el artículo 361 de
El texto del Código Eléctrico
Nacional (NEC 2008-NFPA 70) se encuentra disponible en Colegio de Ingenieros
Mecánicos e Industriales (CIEMI-CFIA) y en
Las observaciones con su debido
fundamento técnico, científico o legal, deberán ser entregadas en
San José, 23 de marzo del 2010.—Carlos Castro Rodríguez, Director Administrativo Financiero.—1 vez.—O. C. Nº 8512.—Solicitud Nº 27186.—C-13620.—(IN2010026254).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El Jefe de
Programa Presupuestario 573 Implementación de
Resuelve:
Delegar la firma
de Jefe de Programa Presupuestario en Juan Antonio Gómez Espinoza, Director de
Recursos Humanos, portador de la cédula de identidad 1-0678-0437, para que
firme los documentos de ejecución y evaluación presupuestaria, solicitudes de
publicación a
Rige del 17 de febrero del 2010 al 31 de mayo del 2010. Notifíquese y publíquese: Juan Antonio Gómez Espinoza.
San José, 16 de marzo del 2010.—Master Víctor Hugo Orozco, Jefe Programa 551.—O.P. 8853.—Solicitud Nº 13852.—C-29250.—(IN2010024048).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE
REPOSICIÓN DE TÍTULOS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
conclusión de estudios de la educación diversificada en el “Área de Ciencias”,
inscrito en el Tomo 1, Folio 195, Título N° 354, emitido por el Liceo Nocturno
de Nicoya, en el año mil novecientos ochenta y dos, a nombre de Pérez Hernández
José. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 190, título N° 2467,
emitido por el Liceo Napoleón Quesada Salazar, en el año dos mil cinco, a
nombre de Duarte Montero Jonathan. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 156, título N° 1179,
emitido por el Liceo José Joaquín Vargas Calvo, en el año dos mil, a nombre de
Navarro Angulo Adrián Antonio. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 16, título Nº 029,
emitido por el Colegio Nocturno de Quepos, en el año mil novecientos setenta y
cinco, a nombre de López Zapata Sonia. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en el “Área de Letras”,
inscrito en el tomo 1, folio 294, título N° 328, emitido por el Liceo Nocturno
Pacífico Sur, en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de Benavides
Rojas Rita María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 26, título N° 6290,
y del Título de Técnico Medio en Secretaría, inscrito en el tomo 2, folio 461,
título N° 11360, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Vocacional
Monseñor Sanabria, en el año dos mil siete, a nombre de Matus Vargas Sophia
Paola. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 58, título N° 495,
emitido por el Colegio Nocturno de San Vito, en el año dos mil tres, a nombre
de Solís Araya Diana María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 02, título Nº 07,
emitido por el Liceo Experimental Bilingüe de Santa Cruz, en el año dos mil, a
nombre de Bustos Rodríguez Aracely. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 18, título Nº 480,
en el año mil novecientos noventa del título de Técnico Medio en Mecánica
Automotriz, inscrito en el tomo 1, folio 95, título Nº 4481, en el año mil
novecientos ochenta y noventa, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio
Vocacional Monseñor Sanabria, a nombre de Acuña Quirós Jorge Gerardo. Se
solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos
originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Técnico Medio en Contabilidad, inscrito en el tomo 2, folio 13, título Nº 1093,
emitido por el Colegio Técnico Profesional Nocturno Carlos Luis Fallas, en el
año mil novecientos noventa y tres, a nombre de Soto Bolaños Sileny. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 196, título N° 2799,
emitido por el Liceo León Cortés Castro, en el año dos mil cinco, a nombre de
Cruz Luna Erson José. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Ciencias, inscrito en el
Tomo 1, Folio 102, Asiento Nº 1204, emitido por el Colegio Nocturno de Pococí,
en el año mil novecientos ochenta y siete, a nombre de Hernández Sánchez
Zahyra. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media inscrito en el tomo 1, folio 156, título N° 1508,
emitido por el Instituto de Educación Dr. Clodomiro Picado Twight, en el año
dos mil, a nombre de Ledezma Campos Guido Alberto. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 114, título N° 1588,
emitido por el Liceo Académico de Puriscal, en el año dos mil dos, a nombre de
Quesada García Ana María. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este
Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 126, título Nº 197,
emitido por el Colegio Nocturno León XIII, en el año dos mil cinco, a nombre de
Granados Zúñiga Cinthya. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
DIRECCIÓN
REGIONAL DE EDUCACIÓN DE PUNTARENAS
REPOSICIÓN DE TÍTULOS
EDICTO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Resolución
08/DOS/2010.—Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.—Departamento de
Organizaciones Sociales.—San José, a las doce catorce horas del veinticuatro de
febrero de dos mil diez. Diligencias de disolución voluntaria de
Resultando:
1º—Que Cooperativa de Autogestión de Construcción y Ebanistería de Golfito R. L., siglas Coopeconeba R. L. con domicilio en Golfito, provincia de Puntarenas, se encuentra inscrita en los libros de registro que constan en este Departamento, mediante resolución Nº 727 del 5 de junio de 1986, código 477-CO.
2º—Que el 30 de marzo de 2009 se recibió en este Departamento el oficio de fecha 28 de febrero de 2009, suscrito por el señor Ramón Briceño Chavarría, en su condición de Gerente, al que adjunta, la circular de convocatoria, el acta de la asamblea extraordinaria efectuada el 28 de febrero de 2009 y la nómina de personas asociadas.
3º—Que mediante Asamblea Extraordinaria, celebrada el 28 de febrero de 2009, en segunda convocatoria y con la asistencia de 12 personas asociadas, de un total de 12, se tomó el acuerdo de disolución, por unanimidad.
4º—Que una vez analizados los documentos presentados y mediante oficio de fecha 4 de mayo de 2009, se rindió el informe favorable, en virtud de cumplir la documentación aportada con las disposiciones legales establecidas para la disolución voluntaria.
5º—Que de conformidad con lo
preceptuado en el inciso a) del artículo 85 de
Hechos
probados: Consta en este Departamento, que
Considerando:
I.—Que el
artículo 85 de
II.—Que en documentación aportada para estos efectos, cumple con los requisitos legales para realizar el trámite de disolución voluntaria de Coopeconeba R. L. Por tanto:
Con base en los
hechos y citas expuestas, en concordancia con las disposiciones contenidas en
el inciso a) del artículo 85 de
Resolución 10-2009.—Disolución Voluntaria.—Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.—Departamento de Organizaciones Sociales.—San José, catorce horas del día veintiuno de setiembre de dos mil nueve.
Resultando:
1º—Que el día 4 de julio de 2006, fue constituida la organización denominada Cooperativa Autogestionaria El Punto R. L., cuyas siglas son Coopepunto R. L.
2º—Que el día 31 de octubre de 2006, se inscribió la organización social denominada Cooperativa Autogestionaria El Punto R. L., cuyas siglas son Coopepunto R. L., la cual se registró bajo el tomo: 4, folio: 194, asiento: 6429, número de expediente 1380, código nuevo 1177-CO.
3º—Que el día 3 de setiembre de 2009, presentaron documentación sobre Asamblea Extraordinaria efectuada el 22 de junio de 2009, en la cual la organización descrita acuerda su disolución voluntaria de forma unánime, decisión amparada en el artículo 75 inciso a) del estatuto de la organización.
Considerando:
I.—Que en el
capítulo octavo de
II.—Que en documentación recibida
en fecha tres de setiembre,
III.—Que por haber cumplido con
los requisitos legales necesarios para realizar el trámite de disolución
voluntaria de la cooperativa, y conforme con las estipulaciones legales
vigentes, a partir de la presente resolución, esta organización queda
autorizada a proseguir con el trámite de liquidación establecido en los
artículos 89 y siguientes de
Con base en lo
expuesto anteriormente, y de acuerdo a lo establecido en el artículos 85,
inciso a) de
En acatamiento a lo dispuesto en
los artículos 89 y siguientes de
Al concluirse el trámite de
liquidación, el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, cancelará la inscripción correspondiente y se
procederá a publicar en el Diario Oficial
Resolución Nº
07/DOS/2010.—Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.—Departamento de
Organizaciones Sociales.—San José, a las once horas del veintitrés de febrero
de dos mil diez. Diligencias de disolución voluntaria de
Resultando:
1º—Que
2º—Que mediante Asamblea Extraordinaria, celebrada el 29 de agosto de 2002, en primera convocatoria y con la asistencia de 14 personas asociadas, se tomó el acuerdo por unanimidad de los presentes de disolverse en forma voluntaria.
3º—Que mediante oficio de fecha 11 de febrero de 2004, de este Departamento, se rindió el informe favorable para proseguir con el proceso de disolución, en virtud de cumplir la documentación aportada con las disposiciones legales vigentes.
4º—Que de conformidad con lo
señalado en el inciso a) del artículo 85 de
Hechos
probados:
a) Que
b) Que el mediante oficio MPGS
949-1120-2003, del 17 de diciembre de 2003, suscrito por
Por tanto:
De conformidad
con lo establecido en el inciso a) del artículo 85 de
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
De conformidad
con la autorización extendida por el Ministro de Trabajo y Seguridad Social se
ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa
Transporte de Servicios Múltiples de Taxistas R. L. siglas Coopetaosa R. L.,
acordada en asamblea celebrada 3 de marzo del 2008. Resolución 1325-CO. En
cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN:
Presidente Rodrigo Calderón Alvarado
Vicepresidente Hugo Trejos Villalobos
Secretario Dídimo Sánchez Mora
Vocal 1 Roberto Zamora Gómez
Vocal 2 Yuri Carmona Lorca
Suplente Dagoberto Ramírez Álvarez
Suplente 2 Guillermo Matarrita Matarrita
Gerente: Rodrigo Calderón Alvarado
San José, 15 de marzo del 2010.—Lic. Iris Garita Calderón, Jefa a. í.—RP2010163244.—(IN2010025136).
De conformidad
con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad
Social, se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada:
Cooperativa de los Taxistas de Golfito R.L., siglas Coopetagol R. L., acordada
en asamblea celebrada el 8 de octubre del 2009. Resolución 1322-CO. En
cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN:
Presidente Mario Martín Esquivel Alfaro
Vicepresidente Berni Jesús Jiménez Castillo
Secretario Gerith Antonio Salazar Campos
Vocal 1 Luert Merino Obando
Vocal 2 Heriberto Campos Tiffer
Suplente 1 Yenory Rojas Solís
Suplente 2 Gustavo Adolfo Atencio Martínez
Gerente: Uriel Antonio Acuña Ortiz
San José, 18 de marzo del 2010.—Lic. Iris Garita Calderón, Jefa a.í.—(IN2010025188).
De conformidad
con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad
Social se ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a
su Estatuto Social organización social denominada: Federación de Cooperativas
Institucionales de Ahorro y Crédito R. L., siglas FECOOPSE R. L., acordada en
asamblea celebrada el 30 de junio del 2000. Resolución 1191. En cumplimiento
con lo dispuesto en el artículo 29 de
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
AVISOS
REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN
AVISOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
La señorita Ana Catalina Monge Rodríguez, mayor, casada,
abogada, cédula de identidad 1-812-604, vecina de San José, en su condición de
apoderada especial de Bayer Animal Health GMBH, de R.F. Alemania, solicita
El señor
Antonio Oreamuno Blanco, cédula 2-387-840, mayor, casado una vez, abogado,
vecino de Curridabat, en su condición de apoderado especial de Colgate
Palmolive Company, de E.U.A., solicita el Diseño Industrial denominada PARTE INFERIOR DE
Para
ver imagen solo en
El diseño ornamental de una
parte superior para botella, según se muestra y describe. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
La señora María del Milagro Chaves Desanti, cédula Nº 1-626-794, mayor, abogada, vecina de Santa Ana, en condición de apoderada especial de Newfrey LLC, de E. U. A., solicita el Diseño Industrial denominada PARTE DE UN BLANCO PARA LLAVE.
Para
ver imagen solo en
El diseño ornamental de una parte de un
blanco para llave tal como se ilustra y se describe. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
La señora Silvia
Salazar Fallas, cédula 1-626-930, mayor de edad, casada, Abogada, vecina de
Santo Domingo de Heredia, en su condición de apoderada especial de Universidad
de Costa Rica, de Costa Rica, solicita
El
señor Ernesto Gutiérrez Blanco, cédula 1-848-886, mayor, casado, abogado,
vecino de San José, en condición de apoderado especial de Xeda International,
de Francia, solicita
El
señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula 1-669-228, mayor, abogado, vecino de
San José, en condición de apoderado especial de Wyeth LLC, de E.U.A., solicita
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
La señora Kristel
Faith Neurohr, cédula 1-1143-447, mayor, casada, abogada, vecina de Santa Ana,
en condición de apoderada especial de Kraft Foods Global Brands L.L.C., de
E.U.A., solicita
La
señora Kristel .Faith Neurohr, cédula 1-1143-447, mayor, soltera, abogada,
vecina de Santa Ana, en condición de apoderada especial de Takeda
Pharmaceutical Company Limited, de Japón, solicita
La
señora Kristel Faith Neurohr, cédula 1-1143-447, mayor, casada, abogada, vecina
de Santa Ana, en condición de apoderada especial de Kraft Foods Global Brands
L.L.C., de E.U.A., solicita
El
señor José Antonio Muñoz Fonseca, cédula 1-433-939, mayor, casado una vez,
abogado, vecino de Santa Ana, en su condición de apoderado especial de United
States Gypsum Company, de E.U.A., solicita
El
señor Carlos Corrales Azuola, mayor, abogado, cédula 1-849-717, vecino de San
José, en su condición de apoderado de los señores Ananda Chakrabarty, de
E.U.A., Tapas Das Gupta, de E.U.A., Tohru Yamada, de E.U.A., Arsenio Fialho, de
Portugal, solicita
REGISTRO INMOBILIARIO
Se hace saber a:
Ana Betty Gamboa Fallas, cédula 1-481-168, así como a cualquier tercero con
interés legitimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, por
desconocerse su lugar de residencia o domicilio, que se le brinda audiencia por
medio de edicto, por la razón expuesta, y que el Registro Inmobiliario,
División Registral por escrito de 6 de noviembre del 2009, ha iniciado
diligencias administrativas incoadas por el Registrador 323, Mario Ferreto
Cercone, donde denuncia una supuesta doble inmatriculación de las fincas de
Heredia, matrículas 147158 y 147159, que publicitan el mismo plano catastrado
número 4-110304-1993. En virtud de lo informado, después de un estudio
registral y catastral, la citada División Registral, por resolución de las
15:00 del 12 de noviembre del 2009, ordenó consignar una nota de advertencia
administrativa únicamente sobre el inmueble 147159 del partido de Heredia, en
virtud de dicho plano gráfica desde su inicio la finca de dicho partido Nº
147158. Además, de conformidad con la circular administrativa número
DRP-008-2007, de 21 de agosto del 2007, por resolución de las 11:00 horas del
13 de noviembre del 2009, se confirió la audiencia respectiva a las partes
interesadas. Debido a la devolución de Correos de Costa Rica, del acuse número
RR002336515CR dirigido a Ana Betty Gamboa Fallas, como titular registral de un
derecho a la mitad de la finca de dicho partido, número 147159-001, de
conformidad con la circular de previa cita, por resolución de las 09:40 horas
del 10 de marzo del 2010, se autorizó la publicación por una sola vez de un
edicto con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido
proceso, y no causar indefensión a las partes, y por desconocerse su domicilio
actual y exacto, se resuelve: Conferir audiencia a Ana Betty Gamboa Fallas, así
como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus
representantes legales, hasta por el término de 15 días hábiles contados a
partir del día siguiente a la publicación del presente edicto en el Diario
Oficial
Se hace saber a
Andrés Apolonio Montealto Martínez, cédula Nº 2-0235-0752, propietario de la
finca de Alajuela 251177, a cualquier tercero con interés legítimo, albaceas o
representantes legales que el Registro Inmobiliario ordenó apertura de
diligencias administrativas de oficio, para investigar posible doble
inmatriculación de las fincas de Alajuela 251177 y 251304. Mediante resolución
de las 8:00 horas del 07/12/09 se brindó audiencia de ley a las partes, y
siendo que fue devuelto el certificado de correos RR014383804CR dirigido a
dicha persona, con la indicación de haber cambiado su domicilio, con el fin de
cumplir con el debido proceso, por resolución de las 14:35 horas del 22/01/10,
se autorizó la publicación por 1 vez de un edicto para conferirle audiencia a
la persona indicada, por término de 15 días hábiles, contados a partir del día
siguiente a la publicación del presente edicto; término dentro del cual debe
presentar los alegatos que a su derecho convenga. Se le previene que dentro del
término establecido para la audiencia, debe señalar número de fax o correo
electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los
artículos 22, 26 y concordantes del Reglamento de Organización del Registro
Inmobiliario, que es Decreto Ejecutivo Nº 35509-J, publicado en
SISTEMA NACIONAL DE ARÉAS DE
CONSERVACIÓN
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El Sistema
Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), en cumplimiento a
INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. 13766P.—Bart Heutenik, solicita concesión de: 5 litros por segundo del pozo ME-309, efectuando la captación en finca de su propiedad en Liberia, Liberia, Guanacaste, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 287.500/381.050 hoja Monteverde. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de febrero del 2010.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2010023949).
Exp. 13518P.—Inmobiliaria Bogantes y Arias S. A., solicita concesión de: 1,75 litros por segundo del Pozo BA-842, efectuando la captación en finca de su propiedad en Río Segundo, Alajuela, Alajuela, para uso doméstico-consumo humano en condominio y agropecuario - riego. Coordenadas 221.680 / 517.470 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 6 de agosto del 2009.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2010024309).
Exp. 13206P.—Fideicomisos del Coco S.AL, solicita concesión de: 8 litros por segundo del Pozo AB-1477, efectuando la captación en finca de su propiedad en Guácima, Alajuela, Alajuela, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 218.392 / 512.465 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 02 de marzo del 2010.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2010024310).
Exp. 13745P.—E Hijos Magurno S. A., solicita concesión de: 2,5 litros por segundo del Pozo AB-1477, efectuando la captación en finca de Fidecomisos del Coco S. A., en Guácima, Alajuela, Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas 218.392 / 512.465 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 04 de febrero del 2010.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2010024312).
Exp 13557P.—Inmobiliaria
Expediente Nº 13751A.—Municipalidad de San Carlos, solicita concesión de: 21,42 litros por segundo del nacimiento Los Negritos, efectuando la captación en finca de Antonio Adelberto Cubillo Ramírez en Venecia, San Carlos, Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas 260.064/500.402 hoja Aguas Zarcas. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de febrero del 2010.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.––(IN2010024359).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Expediente Nº 8826P.—Heidi, Preston Glyn de Landers, solicita concesión de: 0,10 litros por segundo del pozo MTP-89, efectuando la captación en finca de Prieta Hidra S. A. propiedad en Tempate, Santa Cruz, Guanacaste, para uso doméstico. Coordenadas 271.850 / 342.350 hoja Matapalo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 19 de marzo de 2010.—J. M. Zeledón Calderón, Director de Aguas.––(IN2010024688).
Expediente Nº 13789P.—CTCA Escrow Limitada, solicita concesión de: 2 litros por segundo del pozo GF-55, efectuando la captación en finca de CTCA Escrow Limitada en Golfito, Golfito Puntarenas, para uso turístico. Coordenadas 286.013 / 559.183, hoja Golfito. 5 litros por segundo del pozo GF-53, efectuando la captación en finca de CTCA Escrow Limitada, en Golfito, Golfito Puntarenas, para uso turístico. Coordenadas 285.973 / 558.964 hoja Golfito. 4 litros por segundo del pozo GF-54, efectuando la captación en finca de CTCA Escrow Limitada, en Golfito, Golfito Puntarenas, para uso turístico. Coordenadas 285.727 / 559.489, hoja Golfito. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de marzo de 2010.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—RP2010163118.—(IN2010024701).
Exp. 13793A.—Eliécer, Allan y Carmen, Rodríguez Vásquez solicitan concesión de: 2,07 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de misma finca solicitante en Bolívar, Garabito, Alajuela, para uso agropecuario riego. Coordenadas 236.000 / 503.400 hoja Naranjo. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de marzo del 2010.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2010024726).
Exp. 6813A.—Fernando Núñez Herra, solicita concesión de: 0,02 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de Invetcagte S. A., en Fortuna , Bagaces, Guanacaste, para uso agropecuario - abrevadero. Coordenadas 295.700 / 416.000 hoja Miravalles. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 08 de marzo del 2010.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Director de Aguas.—(IN2010024931).
Expediente Nº 7013P.—Lavandería Industrial S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Francisco, San José, San José, para uso industrial-lavandería. Coordenadas: 210.720 / 529.750, hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de febrero del 2010.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2010025296).
Expediente Nº 3111 A. S. U. A.—De Productores Agropecuarios de Piedra Azul, solicita concesión de 17 litros por segundo del Nacimiento Matías, efectuando la captación en finca de Castro Vega Juan en Paraíso, Paraíso, Cartago, para uso, consumo humano-doméstico y agropecuario-riego-abrevadero. Coordenadas 210.500/558.800 hoja Istarú, 0,35 litros por segundo del nacimiento Lloradero, efectuando la captación en finca de Castro Vega Juan en Santiago, Paraíso, Cartago, para uso agropecuario-riego-abrevadero. Coordenadas 210.750/558.900 hoja Istarú. Predios inferiores: Víctor Hugo Araya Castro, José M. Solano Arrieta. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de marzo de 2010.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Director.—(IN2010025535).
Expediente Nº 8486P.—Amanda Tierra S. A., solicita concesión de: 12 litros por segundo del pozo MTP-8, efectuando la captación en finca de su propiedad en Tempate, Santa Cruz, Guanacaste, para uso agropecuario abrevadero, turístico, agropecuario riego, piscina. Coordenadas 260.170/ 333.550 hoja Matapalo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de marzo del 2010.—J. M. Zeledón Calderón, Director de Aguas.––(IN2010025576).
Expediente Nº 7153A.—Guillermo Enrique Arias Quesada solicita concesión de: 0,15 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Llano Grande, Cartago, Cartago, para uso Agropecuario-Riego. Coordenadas 214.400 /546.700 hoja Istaru. Predios inferiores: Carlos Guzmán C., Asdrúbal Guzmán Calderón. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de marzo de 2010.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Director.—RP2010163756.—(IN2010025691).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. 6558A.—Las Pumas S. A., solicita concesión de: 0,06 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Bijagua, Upala, Alajuela, para uso agropecuario -abrevadero y consumo humano-doméstico. Coordenadas 303.800/423.950 hoja Miravalles. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de marzo del 2010.—J. M. Zeledón Calderón, Director de Aguas.—RP2010163776.—(IN2010026010).
Exp. 5793A.—Hospicio de Huérfanos de Cartago, solicita concesión de: 4,24 litros por segundo del Río Purires, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro, El Guarco, Cartago, para uso agropecuario riego-hortaliza. Coordenadas 202.350/542.450 hoja Istarú. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 19 de marzo del 2010.—J. M. Zeledón Calderón, Director de Aguas.—RP2010163937.—(IN201026011).
Exp.
Nº 9226A.—Wálter Bermúdez Castillo, solicita concesión
de
Exp. Nº 9604A.—Juan Vicente Fernández Morera, solicita concesión de 0,066 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Rafael, San Ramón, Alajuela, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 226.850 / 484.400 Hoja Naranjo. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de enero del 2010.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—RP2010164048.—(IN2010026013).
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE
Y COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLES
EDICTOS
012-PTDH-2010-DGTCC.—San
José, a los dieciocho días del mes de setiembre del dos mil nueve, se tiene por
presentada la solicitud por parte del señor José René Delgado Martínez, mayor,
casado, empresario, vecino de Candelaria de Naranjo, Alajuela, con cédula de
identidad número 9-015-727, en su condición de Apoderado Generalísimo de la
sociedad denominada Transportes Elche Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-1339525, solicita autorización para la entrada en operación del equipo
cisterna placa número S-004780, para el transporte de producto negro,
específicamente bunker, que prestará el servicio desde el plantel de Recope en
Moín, Limón hasta el centro de distribución de la empresa Casino Internacional
Casinex S. A., ubicada en San Ramón de Alajuela. Con fundamento en el Decreto
Ejecutivo 24813-MAE, se otorga un plazo de ocho días hábiles a partir de la
publicación que resulte, en uno de los diarios de mayor circulación en el país
y en el Diario Oficial
013-PTDH-2010-DGTCC.—San
José, a los dieciocho días del mes de setiembre del dos mil nueve, se tiene por
presentada la solicitud por parte del señor José Ramón Granados Madrigal,
mayor, casado una vez, empresario, vecino de Cartago, con cédula de identidad
número 3-228-932, en su condición de Apoderado Generalísimo de la sociedad
denominada Sociedad Cafetalera del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-090808, solicita autorización para la entrada en operación del equipo
cisterna placa número C-151800, para el transporte de producto limpio,
específicamente gasolina súper, gasolina regular y diesel, que prestará el
servicio desde los planteles de Recope hasta la estación de servicio denominado
Servicentro Cervantes de Alvarado S. A., ubicada en Cervantes de Alvarado,
Cartago. Con fundamento en el Decreto Ejecutivo 24813-MAE, se otorga un plazo
de ocho días hábiles a partir de la publicación que resulte, en uno de los
diarios de mayor circulación en el país y en el Diario Oficial
DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO ELECTORAL
Y FINANCIAMIENTO DE PARTIDOS POLÍTICOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 62 del Código Electoral, se hace saber: Que el señor Alberto Salazar Argüello, cédula de identidad número cuatro-ciento cuarenta y nueve-cero cuarenta y dos, en su condición de Presidente del Comité Ejecutivo Superior del partido Todo Por Flores, en escrito presentado el veinticuatro de noviembre de dos mil nueve, ha solicitado la inscripción de dicho partido a escala cantonal, por el cantón de Flores de la provincia de Heredia, agregando para esos efectos protocolización de las actas de asamblea constitutiva y asamblea cantonal, conteniendo el Estatuto que incluye el programa doctrinal y la divisa que será: “... una bandera rectangular compuesta por un fondo naranja y una letra F en el centro de color negro”; así como treinta y un (31) fórmulas de adhesiones colectivas. Previénese a quienes sean interesados para que dentro del término de quince días naturales contados a partir de la última publicación de este aviso, que se hará durante cinco días, hagan las objeciones que estimen pertinentes.
San José, 18 de
marzo de 2010.—Lic. Héctor
Fernández Masís, Director General.—Exonerado.—(IN2010025649).
Registro Civil – Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Expediente Nº
25356-05.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las nueve horas quince minutos del treinta de enero del dos mil siete.
Jorge Arturo Gómez Valverde, casado, oficinista, costarricense, cédula de
identidad número dos-doscientos sesenta y nueve-trescientos diecisiete, vecino
de Grecia, Grecia, Alajuela; solicita la rectificación de su asiento de
nacimiento... en el sentido que la fecha de nacimiento del mismo es “diecisiete
de julio de mil novecientos cuarenta y nueve”. Conforme lo señala d artículo 66
de
Expediente Nº
118103-2004.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las siete horas y cinco minutos del nueve de agosto del
dos mil cinco. Diligencias de ocurso incoadas por María del Carmen Sosa Ortiz,
separada judicialmente, asesora financiera, costarricense, cédula de identidad
número uno-ochocientos dos-cero veinticinco, vecina de Moravia, tendente a la
rectificación del asiento de nacimiento de su hijo José Andrés Morales Sosa...
en el sentido que el mismo es hijo de “Marco Evelio Acosta Martínez y María del
Carmen Sosa Ortiz, costarricenses”, y no como se consignó. Conforme lo
establece el artículo 66 de
publicación de una vez
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por, Roxana Carolina Alvarado Solano, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 265-10.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos. San José, a las doce horas y trece minutos del primero de marzo del dos mil diez. Ocurso. Exp. N° 36934-09. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de, María Valeria y Ana Melisa ambas de apellidos Sánchez Alvarado..., en el sentido que el nombre de la madre de las personas ahí inscritas es “Roxana Carolina” y de Iván Sánchez Alvarado..., en el sentido que el segundo nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “Carolina” y no como se consignó.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora.—1 vez.—RP2010163928.—(IN2010026007).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Sonia López Medrano, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1903-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas y doce minutos del veintitrés de noviembre del dos mil nueve. Ocurso. Expediente N° 28599-09. Resultando: 1º—...2º—...3º—... Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—Hechos no Probados... III.—Sobre el Fondo:... Por tanto: rectifíquese la razón marginal consignada mediante sello de reconocimiento en el asiento de nacimiento de Carlos Germán Ruiz López..., en el sentido que los apellidos del padre de la persona ahí inscrita son “Leiva Ruiz” y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2010026096).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Drecia Lilieth Delgado Castro, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1972-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas del catorce de diciembre del dos mil nueve. Ocurso. Exp. N° 33062-09. Resultando: 1º—...; 2º—...; 3º—...; Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Ryan Peraza Delgado..., en el sentido que el primer nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “Drecia” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2010026128).
DEPARTAMENTO CIVIL
EDICTO
Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Inscripciones.—San José, a las trece
horas y cincuenta minutos del dieciocho de marzo del dos mil diez. Diligencias
de inscripción de reposición del certificado de declaración de nacimiento Nº
301553. Vista la solicitud para reponer el certificado de declaración de
nacimiento Nº 301553, realizada por el señor Carlos Pérez Castro, cédula de
identidad Nº 2-307-574, el veinticinco de mayo de mil novecientos noventa y
dos, declarando que la niña Ivannia Jirón Méndez, nacida en
Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—1 vez.—O. C. Nº 4016.—C-17870.—(IN2010026308).
MODIFICACIÓN AL PLAN DE COMPRAS PARA EL AÑO 2010
De conformidad
con las modificaciones a
San José, 19 de
marzo del 2010.—Proveeduría Institucional.—Lic. Randall Solís Ortíz Proveedor Institucional.—1
vez.—O. C. Nº 4012.—Solicitud Nº 2117.—C-8520.—(IN2010027607).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL ARCHIVO
NACIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-000001-00100
Compra de materiales de microfilmación y
fotografía
bajo modalidad de entrega según demanda
La fecha límite de recepción de
ofertas es hasta las 10:00 horas del día 30 de abril del 2010. Las ofertas
deberán presentarse en la oficina de
San José, 5 de abril del 2010.—Lic. Elías Vega Morales, Proveedor Institucional.––1 vez.––O. C. Nº 524.—Solicitud Nº 07012.––C-12770.––(IN2010027592).
PATRONATO DE CONSTRUCCIONES,
INSTALACIONES Y ADQUISICIÓN DE BIENES
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2010CD-000030-99999
Reparación de cable vía para traslado
de racimos de plátano CAI Pococí
El interesado tiene el cartel a
disposición en el Sistema Comprared en forma gratuita, en la dirección
www.hacienda.go.cr/comprared de internet a partir de esta publicación, o podrá
obtenerlo en
San José, 5 de
abril del 2010.—Lic. Manuel
Fernández Rodríguez, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C Nº 1019.—Solicitud Nº
39930.—C-17870.—(IN2010027754).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
El Departamento de Proveeduría, invita a todos los potenciales proveedores interesados a participar en los siguientes procedimientos de contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000005-PROV
Compra de papel bond y cartulina manila
Fecha y hora de apertura: 6 de mayo del 2010, a las 10:00 horas.
__________
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-000007-PROV
Contratación de servicios de vigilancia
para las instalaciones
de los Tribunales de Justicia de Alajuela
Fecha y hora de apertura: 10 de mayo del 2010, a las 10:00 horas.
El respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados deben dirigirse al Proceso de Adquisiciones del Departamento de Proveeduría; sita en el 3º piso del edificio Anexo B, ubicado en la esquina formada entre calle 15, avenida 6, San José; o bien, obtenerlos a través de Internet, en la dirección: http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la siguiente dirección: dgomez@poder-judicial.go.cr. En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a los teléfonos: 2295-3136/3623/3295.
San José, 5 de abril del 2010.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(IN2010027728).
El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados a participar en los siguientes procedimientos de contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000012-PROV
Compra de chalecos antibalas para uso del Organismo de Investigación Judicial.
Fecha y hora de apertura: 6 de mayo de 2010, a las 10:00 horas.
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-000004-PROV
Contratación de servicios de limpieza para Despachos Judiciales en las provincias de Cartago y Alajuela y de los Tribunales de Pérez Zeledón.
Fecha y hora de apertura: 10 de mayo de 2010, a las 10:00 horas.
Los respectivos carteles se pueden obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello los interesados deben dirigirse al Proceso de Adquisiciones del Departamento de Proveeduría; sita en el 3° piso del edificio Anexo B, ubicado en la esquina formada entre calle 15, avenida 6, San José; o bien, obtenerlos a través de internet, en la dirección http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a las direcciones ivalerio@poder-judicial.go.cr y jzuniga@poder-judicial.go.cr. En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a los teléfonos 2295-3136/3623/3295.
San José, 5 de abril del 2010.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—(IN2010027729).
PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2010LN-000004-PCAD
Arrendamiento de dos computadores IBM Power System
Plataforma
P6 520 modelo 8203-E4A o superior
El Proceso de
Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, los
invita a participar en
Las especificaciones, condiciones generales y especiales podrán retirarse en nuestras oficinas, previa cancelación del cartel en las cajas Nos. 12 y 13, ubicadas en el primer piso del Edificio Metropolitano. Con un horario de lunes a viernes 8:15 a. m. a 12:00 m. d. y de 1:00 p. m. a 4:00 p. m. Valor del cartel ¢1.500,00 (mil quinientos colones con 00/100).
San José, 05 de abril del 2010.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1 vez.—(IN2010027668).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-110001-UL
Precalificación de empresas
constructoras para la
construcción y equipamiento del Hospital de Trauma
en Complejo INS-Salud,
Modalidad llave en mano
El Instituto
Nacional de Seguros, recibirá ofertas por escrito hasta las 09:00 horas del 10
de mayo del 2010, para la contratación “Precalificación de empresas
constructoras para la construcción y equipamiento del Hospital de Trauma en
Complejo INS-Salud,
Se tiene prevista una reunión
para el próximo 14 de abril del 2010, a las 09:00 horas, en el Auditorio del
Centro de Recreación del INS, ubicado 600 sur de
Los interesados pueden pasar a retirar el pliego de condiciones, sin costo alguno, en el Departamento de Proveeduría, ubicado en el octavo piso del Edificio de Oficinas Centrales, o bien pueden ubicarlo en el sitio de Internet: www.mer-link.co.cr o www.mer-link.go.cr.
San José, 5 de abril del 2010.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Yessenia Quirós Angulo, Jefa.—1 vez.—O. C. 18792.—C-21270.—(IN2010027701).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S.
A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000017-02
Suministro de haz de tubos
El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien el mismo está disponible, sin sus anexos, en la página WEB de Recope, www.recope.com.
San José, 26 de marzo del 2010.—Departamento de Contrataciones Bienes y Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Chacón, Jefe.––1 vez.––O. C. Nº 2009-5-19.—C-10220.––(IN2010027585).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000016-02
Suministro de tubería para
intercambiadores de calor
El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo está disponible en la página web de Recope, www.recope.com.
San José, 26 de marzo del 2010.—Departamento de Contrataciones Bienes y Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Chacón, Jefe.––1 vez.––O. C. Nº 2009-5-19.—C-11070.––(IN2010027588).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-000001-02
Suministro de computadoras
El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo está disponible en la página web de Recope, www.recope.com.
San José, 26 de marzo del 2010.—Departamento de Contrataciones Bienes y Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Chacón, Jefe.––1 vez.––O. C. Nº 2009-5-19.—C-11070.––(IN2010027589).
MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ
PROCESO DE PROVEEDURÍA
Se invita a los potenciales oferentes a participar en el siguiente proceso de Contratación Administrativa:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000012-01
Contratación de instructores para
Se recibirán ofertas hasta las ocho horas del día jueves veintinueve de abril de dos mil diez.
Los respectivos carteles podrán
ser retirados en las Oficinas de
Para mayor información
comunicarse con
Proveeduría.—Cira Castro Myrie.––1 vez.––O. C.
Nº 31730.—Solicitud Nº 35002.––C-10220.––(IN2010027591).
MUNICIPALIDAD DE EL GUARCO
N° 2010LN-000001-PROV
Servicios disposición final y tratamiento
de los desechos sólidos del cantón de El Guarco
Lic. José Ml. González Molina, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2010027656).
SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE
CONSERVACIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000144-01100
Compra de vehículos
__________
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000228-00700
Construcción edificio Sede Regional
Golfito
__________
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000285-00400
Construcción casa Guardaparques Parque
Nacional Manuel Antonio
RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN
Se avisa a todos
aquellos interesados en
Lic. Marietta Tencio Olivas, Proveedora
Institucional.—1 vez.—O.C. 8003.—Solicitud Nº 37574.—C-11270.—(IN2010027308).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000099-1142
Catéter intravenoso Nº 20
El ítem único de este concurso se adjudicó a la empresa Nipro Medical Corporación Sucursal Costa Rica S. A. por un monto total de USD $224.380,00 (Doscientos veinticuatro mil trescientos ochenta dólares exactos). Vea detalles y mayor información en la página Web http://www.ccss.sa.cr.
San José, 5 de
abril del 2010.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa de
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000091-1142
Vitamina A
El ítem único de
este concurso se adjudicó a la empresa VMG Healthcare Products S. A. por
un monto total de USD $17.168,00 (Diecisiete mil ciento sesenta y ocho dólares
exactos). Vea detalles y mayor información en
San José, 5 de
abril del 2010.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa de
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000013-01
Restauración y rehabilitación del
edificio
Luis Felipe González Flores
El Patronato
Nacional de
Se concede el plazo que establece
San José, 5 de abril del 2010.—Guiselle Zúñiga Coto, Coordinadora Departamento de Suministros, Bienes y Servicios.—1 vez.—O. C Nº 31677.—Solicitud Nº 33464.—C-3420.—(IN2010027746).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-000001-JUDESUR
Servicios de mantenimiento y ornato
en las instalaciones de JUDESUR
JUDESUR, comunica a todos aquellos proveedores que participaron en la licitación de referencia, que en sesión ordinaria de Junta Directiva Nº 535-2010, mediante acuerdo Nº ACU-030-535-2010, celebrada el día 19 de marzo del 2010, se acordó lo siguiente:
Adjudicar
Acuerdo en firme por unanimidad.
Bach. Fresia Loáiciga Sánchez, Proveedora.—1
vez.—(IN2010027312).
COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.
CONCURSO DE ADQUISICIÓN Nº 2009PP-0000015-PROV
Transformadores de distribución
Les comunicamos
que
A: Cooper Power Systems (Oferta Nº
2)
Representante: D.L. Maduro Ltda.
Artículos Nº 1 y 2 US$460.519,12
Sección de Proveeduría.—Lic. Guillermo Chinchilla Jefe a. í.—1 vez.—(IN2010027621).
MUNICIPALIDAD DE EL GUARCO
Nº 2008LA-000010-PROV
Construcción de calle de Guatuso hacia
Las Quebradas
Nº 2008LA-000012-PROV
Construcción de calle de Patio de Agua
hacia Caragral
(Infructuosidad de procesos de contratación)
Lic. José Ml. González Molina, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2010026685).
MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUÍ
UNIDAD DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000002-01
Colocación de un recubrimiento con carpeta asfáltica
delgada en el camino 4-10-141 (calles urbanas
cuadrantes de Puerto Viejo)
• Licitación Abreviada 2010LA-000002-01 “Colocación de un recubrimiento con carpeta asfáltica delgada en el camino 4-10-141 (calles urbanas cuadrantes de Puerto Viejo)”; a la empresa Constructora Blanco Zamora, por un monto de ¢23.350.050,00 (veintitrés millones trescientos cincuenta mil cincuenta colones con 00/100).
Andrés Hernández Arguedas, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2010027663).
REMATE Nº 03-2010
Venta de bienes en desuso (películas
duplicativas
y
fundas o jackets para microfilm)
El Proceso de
Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, los
invita a participar en el Remate Nº 003-2010. El mismo se llevará a cabo en sus
oficinas ubicadas en el sexto piso de
Las especificaciones, condiciones
generales y especiales podrán retirarse en
San José, 5 de abril del 2010.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2010027669).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-000009-78300
(Suspensión de apertura)
Compra de vehículos y motocicletas para
A los oferentes
interesados en la licitación citada anteriormente, se les comunica que la misma
se suspenderá hasta nuevo aviso, con el fin de atender modificaciones
solicitadas por
San José, 5 de
abril del 2010.—Unidad de Contrataciones.—Lic. Manuel Fernández Rodríguez, Proveedor
Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 8253.—Solicitud Nº
16667.—C-12770.—(IN2010027755).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2010LN-000001-01
(Modificación Nº 2)
Selección de profesionales que brinden
sus servicios como notarios externos
Se comunica a los
interesados en
En el apartado C) Objeto Contractual, se debe de eliminar
· El ítem Nº 37 (Coyol).
En el apartado D) Condiciones Especiales para todos los renglones numeral 4, se deberá leer:
4- Dado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1º y 2º del Código Notarial, la prestación de servicios notariales implica el ejercicio privado de una función pública, y que la autorización para ejercer el notariado se otorga con carácter personalísimo, solo podrán participar como oferentes personal físicas, sin que se acepten ofertas conjuntas ni en consorcio.
Continuando con el mismo apartado D) Condiciones Especiales para todos los renglones pero en el numeral 6, se deberá leer:
6-) El oferente deberá consignar sus datos personales,
la dirección exacta de su domicilio y oficina, números de teléfono de su
oficina y celular, fax, dirección de correo electrónico, apartado postal y
otros. El oferente deberá incluir sus calidades y número de cuenta con el Banco
Nacional para el depósito de timbres, impuestos y honorarios, a efecto de lo
cual deberá llenar e incluir al inicio de su oferta, el formulario anexo al
presente cartel.
Se aclara que suministrar el número de
cuenta solamente constituye un requisito para efectos de pago, por lo que no
constituye un requisito para presentar la oferta.
Continuando con el mismo apartado D) Condiciones Especiales para todos los renglones pero en el numeral 8, se deberá leer:
8. Como experiencia
mínima, cada oferente deberá haber sido incorporado como notario durante al
menos los cinco años anteriores a la fecha fijada para la apertura de las
ofertas. A tal efecto, el oferente deberá incorporar a su oferta una
certificación (original) emitida por
Continuando con el mismo apartado D) Condiciones Especiales para todos los renglones pero en el numeral 12 primer párrafo, se deberá leer:
El adjudicatario no deberá tener la dirección profesional, asesoría o representación de un tercero, en cualquier clase de procedimiento administrativo o proceso judicial o arbitral, con intereses en litigio con los del Banco Nacional de Costa Rica. Una vez adjudicado, el profesional deberá renunciar a llevar casos litigiosos en contra del Banco, y se encontrará impedido para asumir la dirección profesional, o bien la asesoría de un cliente en sede administrativa, judicial o arbitral cuando, en el asunto concreto, los intereses de éste entren en litigio con los del Banco. La inobservancia de esta obligación por parte del contratista facultará al Banco para dar por terminado el contrato sin responsabilidad de su parte.
Continuando con el mismo apartado D) Condiciones Especiales para todos los renglones pero en el numeral 14 primer párrafo, se deberá leer:
14. El Banco cancelará al
adjudicatario sus honorarios, por cada asunto que le sea asignado, conforme a
las tarifas consignadas en el arancel respectivo decretado y publicado por el
Poder Ejecutivo, vigente al momento de producirse el pago, aplicando las
deducciones que el adjudicatario haya acordado con
El momento
de la retribución de honorarios al contratista será el que se establezca en el
Arancel de Honorarios por Servicios Profesionales de Abogacía y Notariado,
Decreto Ejecutivo Nº 32493-J del 9 de marzo del 2005, publicado en
En el apartado E) Criterios de Evaluación numeral 2.1, relativo al número de protocolos, se deberá leer:
2.1 Número de protocolos 35 puntos
Se asignará 0,07 puntos por cada folio utilizado de los protocolos que se hayan completado y entregado al Archivo Nacional, hasta un máximo de 35 puntos. Para obtener los puntos, el oferente deberá presentar una certificación (en original) emitida por el Archivo Nacional, que deberá consignar la cantidad de protocolos que el notario haya entregado a esa entidad a la fecha de apertura de ofertas. Asimismo deberá aportar copia certificada de la razón de apertura y de cierre de los protocolos que solicite en la oferta sean tomados en cuenta para efectos de la asignación de puntaje.
La vigencia de las certificaciones emitidas por el Archivo Nacional para los efectos de la presente licitación no tendrá ningún tipo de limitación.
En el apartado G) Disposiciones Finales, punto 6 Fecha y lugar de apertura, se deberá leer:
6. Fecha y lugar de
apertura: El plazo de recepción de ofertas vence el día 29 de abril del 2010, a
las diez (10:00) horas. El acto de apertura de ofertas se realizará en el
Auditorio Elías Quirós, ubicado en el cuarto piso del edificio viejo del Banco
Nacional en Casa Matriz, San José. Las ofertas que se presenten antes de esa
fecha se deberán presentar en
Quedan habilitados únicamente para concluir la apertura de las ofertas y el levantamiento del acta respectiva, si así fuera necesario y en función del volumen de ofertas que se reciban, los tres días hábiles siguientes al día de la recepción de las ofertas.
Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.
OFICINA DE COMPRAS Y PAGOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-005048-01
(Modificación Nº 2)
Remodelación oficina BCR Santa Rosa,
Pocosol
El Banco de Costa Rica, informa a los interesados en la licitación en referencia que, se realizaron modificaciones al cartel de la licitación en referencia.
Por lo anterior, favor pasar a
retirar CD que contiene la información, a
San José, 5 de abril del 2010.—Área de Licitaciones.—Rodrigo Aguilar S.—1 vez.—O. C. 59429.—Solicitud Nº 26368.—C-8270.—(IN2010027708).
OFICINA DE SUMINISTROS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-000005-UAdq
(Aclaración, modificación y prórroga)
Laboratorios de investigación en fuerza
y seguridad
vial para el LANAMME-UCR
A los interesados
en el concurso indicado, cuya invitación se publicó en
Apertura: 16 de abril del 2010, a las 14:00 horas.
Asimismo se les informa que la aclaración y modificación Nº 2, se encuentran a disposición en la página de Internet: www.vra.ucr.ac.cr, en la cejilla OSUM, publicación de documentos.
El resto permanece invariable.
Sabanilla de Montes de Oca, 5 de abril del 2010.—Unidad de Adquisiciones.—Lic. Rosibel González Cordero, Jefa.—1 vez.—O. C. 118068.—Solicitud Nº 26418.—C-14470.—(IN2010027681).
HOSPITAL SAN VICENTE DE PAÚL
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000003-2208
Mantenimiento de zonas verdes para el
Hospital
San Vicente de Paúl-Heredia
No obstante, cualquier
modificación y/o aclaración al Cartel de Especificaciones Técnicas, las mismas
serán publicadas en la página Web de
Heredia, 5 de
abril del 2010.—Msc. Óscar Montero Sánchez, Director
Administrativo.—1 vez.—(IN2010027721).
HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
El Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, invita a todos los interesados en participar en el siguiente concurso:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000003-2101
Frascos de hemocultivo para adulto y
pediátrico en equipo
automatizado, frascos para detección de micobacterias
en equipo automatizado, medios de cultivo bacteriano
preparados y certificados, y reactivos para
determinar Indol
El Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, comunica a todos los interesados en participar en el concurso señalado, las siguientes modificaciones hechas al cartel de marras, asimismo se les recuerda que la fecha de apertura se mantiene para el próximo 14 de abril, a las 02:30 p.m.
Ítem 1:
Punto 10: Léase:
La fecha de vencimiento de los medios debe ser no menor a 1 mes en el momento
de recibidos en
Al modificar el punto 10, se deberá modificar el Punto 11 y el Punto 12.
Punto 11: Léase: Se deben realizar 12 entregas parciales, la primera dentro de los 45 días naturales posteriores a la notificación de disponibilidad de retiro de orden de compra o de puesta en vigencia del contrato respectivo. Las siguientes entregas serán una cada mes a partir de la primera.
Punto 12: Las entregas serán de acuerdo a la siguiente tabla:
|
1a Entrega |
2a. Entrega |
3a. Entrega |
4a. Entrega |
5a. Entrega |
6a. Entrega |
7a. Entrega |
8a. Entrega |
9a. Entrega |
10a. Entrega |
11a. Entrega |
12a. Entrega |
Agar Sangre |
1250 |
1250 |
1250 |
1250 |
1250 |
1250 |
1250 |
1250 |
1250 |
1250 |
1250 |
1250 |
Agar Chocolate |
250 |
250 |
250 |
250 |
250 |
250 |
250 |
250 |
250 |
250 |
250 |
250 |
Thayer y Martín |
100 |
100 |
100 |
100 |
100 |
100 |
100 |
100 |
100 |
100 |
100 |
100 |
Lawestein Jensen |
250 |
250 |
250 |
250 |
250 |
250 |
250 |
250 |
250 |
250 |
250 |
250 |
Agar TCBS |
25 |
25 |
25 |
25 |
25 |
25 |
25 |
25 |
25 |
25 |
25 |
25 |
Agar Mackonkey |
25 |
25 |
25 |
25 |
25 |
25 |
25 |
25 |
25 |
25 |
25 |
25 |
Ítemes 3-4:
Modificaciones
a
1. |
PRECIO |
80% |
2. |
MEJORAS TECNOLÓGICAS |
|
|
2.1 Tecnología que permita la visualización de los frascos potencialmente positivos. |
10% |
|
2.2 Frascos de manipulación sencilla sin necesidad de accesorios para su introducción en el equipo. |
5% |
|
2.3 Equipo con áreas separadas para Hemocultivos y Micobacterias. |
5% |
|
TOTAL |
100% |
Definición de
los puntos a ponderar
1. Precio de la oferta (80%)
Definición: Cantidad cobrada por los frascos, controles, calibradores, insumos, accesorios, consumibles y descartables.
% Precio = Monto Ofrecido por la oferta de menor precio x 80
Monto ofrecido por oferta a calificar
2. Mejoras tecnológicas (20%)
2.1 Se otorgará la totalidad del porcentaje al oferente cuya tecnología permita la visualización de los frascos potencialmente positivos. (10%)
2.2 Se otorgará la totalidad del porcentaje al oferente que no necesite accesorios para la introducción de los frascos al equipo. (5%)
2.3 Se otorgará la totalidad del porcentaje al oferente cuyo equipo tenga áreas separadas para los Hemocultivos y las Micobacterias. (5%)
San José, 5 de abril del 2010.—Subárea de Contratación Administrativa.—Bach. David Sánchez Valverde, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2010027579).
COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ, S. A.
CONCURSO DE ADQUISICIÓN Nº 2009PP-000002-PROV
Ampliación y modernización Planta
Hidroeléctrica Anonos
Les indicamos que
para este concurso, se ha realizado la aclaración Nº 3, la cual pueden pasar a
retirar en nuestras oficinas de
Sección de Proveeduría.—Lic. Guillermo Chinchilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2010027620).
MUNICIPALIDAD DE
SUBPROCESO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA 2010LN-000001-01
Adquisición de tres camiones
recolectores de desechos
sólidos para servicio pesado modelo 2010 (o superior)
Tres Ríos, 5 de abril del 2010.—Marvin Durán Vega, Proveedor Municipal.—1 vez.—RP2010165269.—(IN2010027760).
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
De conformidad con el artículo 43 del Código Municipal y según el acuerdo del Concejo Municipal tomado en el artículo Nº 16 inciso 16.1, capítulo IV, de la sesión ordinaria Nº 50-09 del martes 15 de diciembre de 2009, se publica el presente proyecto de Reglamento para el Establecimiento y Cobro de Tarifas por el Incumplimiento de los Deberes de los Munícipes de Alajuela, con el fin de someterlo a consulta pública no vinculante por el lapso de diez días hábiles, transcurridos los cuales el Concejo se pronunciará sobre el fondo de la propuesta.
Los interesados podrán hacer sus
observaciones por escrito ante
REGLAMENTO PARA EL ESTABLECIMIENTO Y COBRO
DE TARIFAS POR EL INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES
DE LOS MUNÍCIPES DE
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—Finalidad.
Artículo 2º—Objetivo. El presente Reglamento tiene por objeto establecer las tarifas que deben pagar los munícipes del cantón Central de Alajuela por el incumplimiento de los deberes previstos en el artículo 75 del Código Municipal y el procedimiento para su cobro mediante el artículo 76, 76 bis y 76 ter.
Artículo 3º—Alcance. Este Reglamento rige en todo el cantón de Alajuela, afectando a cualquier persona física, jurídica, propietaria o poseedora por cualquier título, de bienes inmuebles ubicados en el cantón.
Artículo 4º—Definiciones. Para los efectos de este Reglamento se entenderá por:
1. Aceras: La parte de la vía pública destinada exclusivamente al tránsito de peatones, incluido el cordón de caño.
2. Alamedas: Vías de tránsito peatonal exclusivamente.
3. Calzada: Es la franja comprendida entre cordones, cunetas o zanjas de drenaje, destinada al tránsito de vehículos.
4. Canoas y bajantes: Los elementos necesarios para la recolección y disposición de las aguas pluviales desde los techos de las edificaciones hasta el cordón de caño o sistema de alcantarillado pluvial.
5. Cantón: El cantón Central de Alajuela.
6. Cercas: Los elementos colocados para la materialización de los linderos de una finca, la cual puede construirse con diversos materiales.
7. Código: El Código Municipal vigente, Ley Nº 7794 del 27 de abril de 1998 y sus reformas.
8. Concejo: El Concejo Municipal del cantón Central de Alajuela.
9. Contribuyente: El propietario o poseedor, por cualquier título, de bienes inmuebles localizados en el cantón de Alajuela.
10. Cordón de caño: Borde de la calzada canalizado para conducir aguas pluviales.
11. Cuneta: Canal en cada uno de los lados de un camino para recoger las aguas de lluvia.
12. Derecho de vía: El ancho total de la carretera, calle, sendero, servidumbre, esto es, la distancia entre líneas de propiedad incluyendo en su caso calzada, fajas verdes y aceras.
13. Desechos sólidos: Cualquier producto residual de desecho generado por actividades personales, familiares, agrícolas, industriales, comerciales, turísticas, ganaderas, entre otros.
14. Enmontado: Se designa cuando la altura de la vegetación se ubica entre 10 o más centímetros y consiste en maleza u otras hierbas sin valor ornamental o agrícola, que tienen aspecto de descuido y ayudan a la proliferación de alimañas o facilitan el acometido de actos de delincuencia.
15. Escombros: Cualquier material de construcción de desecho.
16. Estado de abandono: Llámese así cuando el dueño de una propiedad desiste de sus obligaciones en cuanto al aseo y mantenimiento de la misma.
17. Descuaje: Corte de las ramas de los árboles o arbustos que invaden la vía pública.
18. Fachadas: Pared o muro de una edificación de cualquier tipo, visible desde la vía pública.
19. Línea de construcción: La que demarca el límite de edificación permitido dentro de la propiedad.
20. Línea de propiedad: La que demarca los límites de la propiedad en particular.
21. Lote baldío: Cualquier terreno o propiedad que se ubique dentro de la jurisdicción del Cantón Central de Alajuela, inscrita o no en el Registro Público, que se halle inculto o sin construcción alguna
22. Municipalidad:
23. Munícipes: Los habitantes del cantón Central de Alajuela.
24. Poda: Corte de las ramas de los árboles, arbustos u otro tipo de vegetación que invada la vía pública.
25. Plan regulador: Plan Regulador Urbano de Alajuela
26. Predio: Terreno, propiedad, lote, finca o fundo, inscrito o no en el Registro Público.
27. Rampa: Elemento arquitectónico que tiene la funcionalidad de circunvalar parcialmente dos planos distintos de modo que éstos posean una relativa diferencia de altitud en determinado espacio.
28. Vías Públicas: Los caminos, calles o carreteras que conforma la red vial nacional y cantonal.
Artículo 5º—Deberes y obligaciones. Son deberes de los contribuyentes, los establecidos en el artículo 75, del Código Municipal, sin perjuicio de la licencia municipal y el alineamiento respectivo. A saber:
a. Limpiar la vegetación que crezca a orillas de las vías públicas y recortar la que perjudique o dificulte el paso de las personas, frente a los lotes de su propiedad.
b. Limpiar y cercar, tanto los lotes baldíos como aquellos donde existan edificaciones deshabitadas o en estado de demolición.
c. Separar, recolectar o acumular
para el transporte y la disposición final los desechos sólidos provenientes de
las actividades personales, familiares, públicas o comunales, o provenientes de
operaciones agrícolas, ganaderas, industriales, comerciales o turísticas,
utilizando para ello únicamente, los sistemas de disposición final aprobados
por
d. Construir aceras en los lotes de su propiedad y darles mantenimiento.
e. Remover los escombros, materiales y demás objetos similares de las aceras y predios de su propiedad que contaminen el ambiente u obstaculicen el paso.
f. Establecer en las empresas
agrícolas, ganaderas, industriales, comerciales o turísticas, un sistema de
separación, recolección acumulación y disposición final de desechos sólidos
aprobado por
g. Abstenerse de obstaculizar el paso por las aceras que enfrentan predios de su propiedad, con la construcción de gradas, retenes, cadenas, rótulos, materiales de construcción, o artefactos de seguridad en entrada a garajes.
h. Instalar bajantes y canoas, cuando las paredes externas de las edificaciones de su propiedad, colinden inmediatamente con la acera o vía pública.
i. Ejecutar las obras de conservación de las fachadas de casas o edificios visibles desde la vía pública, cuando por motivos de interés turístico, arqueológico o histórico el municipio lo exija.
j. Garantizar adecuadamente la seguridad, la limpieza y el mantenimiento de propiedades cuando se afecten las vías y propiedades públicas o a terceros en relación con ellas.
Artículo 6º—Omisión
de deberes. Se entenderá que el munícipe incurrió en el incumplimiento de
dichos deberes cuando no realice las obras o trabajos que se indican en el
artículo anterior, previa comunicación por parte de
CAPÍTULO II
Procedimiento para el cobro de multas
Artículo 7º—Obligación
de cumplimiento.
Artículo 8º—Notificaciones por
incumplimiento. Corresponde a
Artículo 9º—Plazo.
Se atenderá el siguiente detalle:
a) Limpiar o controlar la vegetación del lote o predio que obstaculice el paso o impida la seguridad de las personas, sistemas eléctricos, de acueductos o alcantarillados, así como el ornato y aseo de una comunidad:
• Para predios de 0 a 1 000 metros cuadrados 8 días hábiles.
• Para predios de 1 001 a 5 000 metros cuadrados 10 días hábiles.
• Para predios de 5 001 a 1 ha 15 días hábiles.
• Para predios de 1 ha en adelante 30 días hábiles.
La limpieza y cuidado de las vías publicas deberá contemplar la limpieza de toda vegetación dañina indeseable en las orillas de acera, los cordones de caño, cunetas o canal de tierra a la orilla de los caminos públicos, las rondas y paredones, así como la poda de las ramas de los árboles que den sombra a los caminos públicos y el descuaje de cercas.
b) Cercar y limpiar tanto los lotes baldíos, como aquellos en donde existan edificaciones deshabitadas o en mal estado:
• Para predios de 0 a 1 000 metros cuadrados 10 días hábiles.
• Para predios de 1 001 a 5 000 metros cuadrados 15 días hábiles.
• Para predios de 5 001 a 1 ha 20 días hábiles.
• Para predios de 1 ha en adelante 30 días hábiles.
En
cualquier construcción de cerca o tapia el propietario deberá acatar las
directrices en materia de resguardo de la salubridad, seguridad y ornato, así
como lo dispuesto por el artículo 32 de
c) Separar, recolectar o acumular, para el
trasporte y la disposición final, los desechos sólidos provenientes de las
actividades personales, familiares, públicas o comunales, o provenientes de
operaciones agrícolas, ganaderas, industriales, comerciales, de salud y
turísticas, utilizando para ello únicamente los sistemas de disposición final
aprobados por
• Plazo de 8 días hábiles.
d) Construir las aceras frente a sus propiedades y darles mantenimiento, de conformidad con el nivel y alineamiento definido por el Plan Regulador Urbano de Alajuela y la legislación vigente en la materia.
• Para aceras de 0 a 20 metros lineales 20 días hábiles.
• Para aceras de 21 a 100 metros lineales 30 días hábiles.
• Para aceras de 101 metros en adelante 40 días hábiles.
Cuando
las aceras formen parte del patrimonio histórico nacional, por haber sido
construidas en piedras labradas u otras características, consideradas por la
respectiva ley que declara patrimonio; la remoción o modificación de los
materiales requerirá previa autorización de
e) Remover objetos, materiales o similares de las aceras o los predios de su propiedad que contaminen el ambiente u obstaculicen el paso.
• Plazo de 5 días hábiles.
f) Establecer en las empresas agrícolas,
ganaderas, industriales, comerciales o turísticas, un sistema de separación,
recolección acumulación y disposición final de desechos sólidos aprobado por
• Plazo de 20 días hábiles.
g) Abstenerse de obstaculizar el paso por las aceras con gradas de acceso a viviendas, retenes, cadenas, rótulos, materiales de construcción o artefactos de seguridad en entradas de garajes o que formen parte de entradas y portones de garajes, incluyendo rampas de acceso vehicular.
• Plazo de 20 días hábiles.
En
atención a lo señalado en el artículo 41 de la reglamentación general del
cantón para la ocupación y embellecimiento de las vías públicas – Plan
Regulador Urbano de Alajuela, para la instalación de postes u otros obstáculos
que impidan la entrada de vehículos a la acera, parques o jardines; es
necesario solicitar el permiso de
h) Cuando por urgencia o imposibilidad de espacio físico deben colocarse materiales de construcción en las aceras, deberá utilizarse equipos adecuados de depósito.
• Plazo de 5 días hábiles.
i) Instalar bajantes y canoas para recoger las aguas pluviales de las edificaciones, cuyas paredes externas colinden inmediatamente con la vía pública.
• Plazo de 20 días hábiles.
j) Ejecutar las obras de conservación de las fachadas de casas o edificios visibles desde la vía pública cuando, por motivos de interés turístico, arqueológico o histórico, el municipio lo exija.
• Plazo de 30 días hábiles.
k) Garantizar adecuadamente la seguridad, la limpieza y el mantenimiento de propiedades, cuando se afecten las vías o propiedades públicas o a terceros relacionados con ellas.
• Para predios de 0 a 1 000 metros cuadrados 8 días hábiles.
• Para predios de 1 001 a 5 000 metros cuadrados 10 días hábiles.
• Para predios de 5 001 a 1 ha 15 días hábiles.
• Para predios de 1 ha en adelante 30 días hábiles.
Artículo 10.—Efectos
del incumplimiento. Hecha la notificación correspondiente y transcurrido el
plazo otorgado al munícipe sin que éste hubiese realizado las obras prevenidas;
quedará facultada
Artículo 11.—Multa por incumplimiento. Las multas a las que hace referencia el artículo anterior, se cargarán trimestralmente, dentro del cobro de servicios e impuestos municipales y durante todo el tiempo que dure la omisión de los deberes establecidos en este reglamento. Dichas multas se reducirán en un veinticinco por ciento (25%) cuando el incumplimiento sea atribuido a instituciones públicas y se incrementarán en un cincuenta por ciento (50%) respecto a actividades agrícolas, ganaderas, industriales, comerciales y turísticas.
Artículo 12.—Cuando se incumplan las obligaciones dispuestas en el artículo 5), la municipalidad cobrará trimestralmente con carácter de multa:
Incumplimiento Multa
(Colones)
Inciso a) 722,94/m
Inciso b) 963,42/m
Inciso c) 240,48/m
Inciso d) 1203,90/m2
Inciso e) 482,46/m
Inciso f) 482,46/m
Inciso g) 1203,90/m
Inciso h) 1926,85/m
Inciso i) 1203,90/m
Artículo 13.—Revalorización de multas. Los montos de multas aquí
estipulados se actualizarán anualmente, en el mismo porcentaje que aumente el
salario base establecido en el artículo 2 de
CAPÍTULO III
Procedimiento de notificación
Artículo 14.—Lugares o medios para notificar. La notificación deberá hacerse personalmente o en la residencia, lugar de trabajo, o por medio de fax, si constan en el expediente del propietario y será entregada a cualquier persona que aparente ser mayor de quince años.
Cuando se trate de zonas o edificaciones de acceso restringido, para efectos de practicar la notificación al destinatario se permitirá el ingreso del funcionario notificador; si el ingreso fuera impedido se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada.
Artículo 15.—Lugar o medio
conocido por
Artículo 16.—Notificación vía fax. La notificación vía fax se comprobará por medio del registro de transmisión que provee el fax, cuya impresión se adjuntará al expediente respectivo. Las resoluciones se tendrán por notificadas el día hábil siguiente a aquel en que se hizo la transmisión.
Cuando el envío resulte infructuoso, se hará un mínimo de cinco intentos, con intervalos de al menos 30 minutos cada uno, de los cuales se dejará constancia en el expediente, por medio del registro de transmisión que provee el aparato.
Artículo 17.—Notificación por
correo postal certificado. Las notificaciones podrán efectuarse por correo
postal certificado con acuse de recibo, mediante el correo oficial de
Artículo 18.—Lugar o medio
ignorado por
Artículo 19.—Medios de prueba de la notificación. En el caso de notificación personal o lugar señalado, servirá como prueba el acta respectiva firmada por quien la recibe y el notificador o, si aquél no ha querido firmar, por este último dejando constancia de ello. Lo que concierna a la fe pública del notificador, será impugnable por la vía incidental. De acudirse a la vía penal, no se suspenderá el trámite del incidente.
El notificador o la persona autorizada para notificar, estarán investidos de autoridad para exigir la obligada y plena identificación de quien reciba la cédula, así como para solicitar el auxilio de otras autoridades, cuando lo necesite para cumplir sus labores.
Artículo 20.—Contenido de la notificación. La notificación contendrá el texto íntegro del acto con indicación de los recursos procedentes, del órgano que los resolverá, de aquél ante el cual deben interponerse y del plazo para interponerlos.
Artículo 21.—Contenido de la publicación. La publicación que supla la notificación indicará sucintamente el acto que se notifica.
Artículo 22.—Notificación
nula. La notificación hecha por un medio inadecuado, o fuera del lugar
debido, u omisa en cuanto a una parte cualquiera de la disposición del acto,
será absolutamente nula y se tendrá por hecha en el momento en que el
contribuyente gestione ante
Artículo 23.—Notificación relativamente nula. La notificación defectuosa por cualquier otra omisión será relativamente nula y se tendrá por válida y bien hecha si el contribuyente no gestiona su anulación dentro de los diez días posteriores a su realización.
Artículo 24.—Respuesta del contribuyente. La gestión del contribuyente deberá contener indicación de la oficina a que se dirige; nombre y apellidos, lugar o medio para notificaciones, fecha y firma. La falta de firma producirá necesariamente el rechazo y archivo de la gestión.
Artículo 25.—Notificación
automática. El contribuyente que, en su primer escrito no indicare, medio o
lugar para atender notificaciones futuras, quedará notificado de las
resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de
dictadas. Se producirá igual consecuencia si el medio aportado imposibilitare
la notificación por causas ajenas a
CAPÍTULO IV
Procedimiento para el cobro por obras
realizadas por
Artículo 26.—Facultad
municipal.
Artículo 27.—Obligación de
pago. El contribuyente deberá pagar a
Artículo 28.—Título ejecutivo. La certificación que el contador municipal emita constituirá título ejecutivo con hipoteca legal preferente sobre el inmueble.
Artículo 29.—Cobro de obra o
servicio. Transcurrido el plazo concedido sin que las obras sean ejecutadas
por el responsable,
Para ello,
En la notificación, se debe indicar:
a. Detalle de la obra ejecutada.
b. El costo total de la obra ejecutada.
c. La prevención de que, de no cumplir con el pago en el tiempo establecido, deberá cancelar por concepto de multa, un 50% del costo efectivo y que además de la multa deberá cancelar los intereses moratorios correspondientes.
d. La advertencia de que pasado
un trimestre sin hacer el pago efectivo,
e. La indicación de los recursos de revocatoria y apelación procedentes en un plazo de cinco días hábiles posteriores al apercibimiento.
Artículo 30.—Precios.
Los precios que se cobrarán por las obras o los servicios prestados por
Unidad Precio
Descripción Medida (Colones)
a.1. Por cada hora o fracción utilizados en la limpieza
de vegetación a orillas de vías públicas y limpieza
de lotes baldíos cuando ello implique únicamente
recorte de la maleza. m² ¢4 125.00
a.2. Por recolección y tratamiento de cada kilo
de desechos recolectados. k ¢39.42
b.1.Por cada hora o fracción utilizados en la remoción
de escombros colocados frente a predios. ml ¢2 200.00
b.2. Por recolección y tratamiento de cada kilo
de desechos recolectados. k ¢39.42
c. Por cada metro lineal o fracción, para la
instalación de cercas con alambre de púas en los lotes
baldíos o con edificaciones deshabitadas o ruinosas,
ubicados en zonas no urbanas de los distritos,
con excepción del distrito Central ml ¢7 700.00
d. Por cada metro lineal o fracción, para la instalación
de cercas con malla ciclón en los lotes baldíos
o con edificaciones deshabitadas o ruinosas,
ubicados en el distrito central y en las zonas
urbanas de los otros distritos ml ¢55 000.00
e. Por metro
cuadrado o fracción para la construcción
de aceras sin refuerzo. M² ¢22 000.00
f. Por metro cuadrado o fracción para la construcción
de aceras con refuerzo. M² ¢27 500.00
g. Por metro lineal o fracción de instalación
de canoas y bajantes de PVC ml ¢33 000.00
h. Por cada prevista de desagüe pluvial que deba
construirse para la evacuación de aguas pluviales
como parte de la instalación de canoas y bajantes.
Dichas previstas se construirán cada tres metros. unidad ¢33 000.00
En los casos que no se encuentren tipificados en la presente estructura de precios, un ingeniero municipal confeccionará un presupuesto con el fin de trasladar el costo al munícipe.
Artículo 31.—Revalorización de precios. Todos los montos de obras o servicios aquí estipulados quedarán sujetos a un aumento anual, que será calculado y cobrado automáticamente con base en el valor del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior emitido por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, de acuerdo con la siguiente fórmula:
((IPC.f -
IPC.i)+1) x Precio.I. = Precio.A
Donde:
IPC.f =Índice de precios al consumidor al 31 de diciembre
IPC.i =Índice de precios al consumidor al 1º de enero
Precio. I =Precio inicial
Precio. A =Precio actualizado
Artículo 32.—Deber
de denunciar. Cuando en un lote exista una edificación inhabitable que
arriesgue la vida, el patrimonio o la integridad física de terceros, o cuyo
estado de abandono favorezca la comisión de actos delictivos, la municipalidad
podrá formular la denuncia correspondiente ante las autoridades de salud y
colaborar con ellas en el cumplimiento de
CAPÍTULO V
De las aceras
Artículo 33.—Alineamiento y diseño. Las aceras deberán cumplir con las especificaciones del diseño de sitio correspondiente o bien de lo indicado en el plano catastrado del inmueble en cuestión. Caso contrario el ancho de la acera se definirá en relación a la dimensión del derecho de vía existente frente al inmueble y según lo establecido en el Reglamento Nacional para el Control de Fraccionamientos y Urbanizaciones.
El apercibimiento por el incumplimiento a la construcción de aceras está sujeto básicamente a dos condiciones: que el derecho de vía en el sitio donde se pretende construir la misma sea suficiente para tales efectos (sin que ello implique la necesidad de violentar la propiedad privada ni reducir la calzada) y además, que se establezca con antelación cuál es el área reservada al cordón y caño, dado que de lo contrario materialmente no es posible precisar dónde se inicia la obra.
Artículo 34.—Mantenimiento. Se considerarán aceras en mal estado, objeto de notificación, aquellas que contengan huecos, repello levantado, grietas superiores a cinco milímetros, tapas de caja de registro y albañales en mal estado, diferencias de niveles, el cordón de caño resquebrajado o demolido, hecha con material distinto al indicado en este Reglamento.
Toda acera cuyo deterioro supere una tercera parte de la totalidad, deberá reconstruirse totalmente.
Artículo 35.—Materiales. En la construcción de aceras se usará cualquier material antiderrapante, con base preferiblemente cementicia o similar, como los siguientes: concreto cepillado y martelinado, adoquín o simulación de adoquín, mediante la técnica de concreto estampado.
Será obligatorio el uso del adoquín o el simulando a través de la técnica del concreto estampado, en las zonas así señaladas en el Plan Regulador Urbano de Alajuela.
Artículo 36.—Pendiente. La pendiente en el sentido transversal de la acera hacia el cordón y caño tendrá como máximo el 3% y como mínimo el 2%.
Las entradas principales de edificios que no se encuentren a nivel con la acera deberán contar con una rampa, no obstante esta se construirá de la línea de propiedad y no en la acera.
Las rampas de acceso vehicular a los predios, construidas desde el cordón de caño hacia la calzada deberán ser construidas de tal manera que el diámetro del tubo colocado para el flujo de agua no represente un cuello de botella, o bien que la parrilla empleada cuente con mantenimiento y limpieza adecuados (desechos sólidos y sedimentos) para evitar obstaculización del sistema pluvial
Las cajas y los registros no deben sobrepasar el nivel final de la acera.
Artículo 37.—Accesos. Los cortes para la entrada de vehículos no deberán entorpecer, ni dificultar el tránsito peatonal o de personas con discapacidad.
Artículo 38.—Accesibilidad.
En las esquinas de cuadra, el contribuyente deberá construir rampas para
discapacitados, adaptándose a los niveles entre acera-calle, de tal forma que
permita la continuidad y fluidez de los recorridos urbanos, exigida por
CAPÍTULO VI
Contratos de financiamiento para
proyectos
de construcción de aceras
Artículo 39.—Financiamiento.
Cuando
Artículo 40.—Rechazo del
financiamiento por parte del contribuyente.
CAPÍTULO VII
Instalación de cercas
Artículo 41.—Materiales. En la construcción de cercas en todo el cantón se usarán los siguientes materiales:
a. Malla tipo ciclón.
b. Malla electro soldada.
c. Tapias decorativas en bloques.
d. Baldosas o cualquier otra que se consoliden estructuralmente.
e. Postes de cemento con cuatro hiladas de alambre.
f. Zinc de primera, o de segunda pintado.
Todo sin perjuicio de la licencia municipal, diseño y el alineamiento respectivo.
En general el cercado con alambre de púas deberá instalarse mediante la colocación de postes a una distancia de 1,50 metros entre cada uno, asimismo la cerca elaborada con malla deberá instalarse utilizando a través de la colocación de tubo galvanizado a una distancia de 2,00 metros entre cada uno.
CAPÍTULO VIII
Escombros en vías públicas
Artículo 42.—Construcciones.
Exclusivamente frente a la propiedad en donde se ejecute una obra; dejar
escombros, hacer excavaciones, o en alguna forma poner obstáculos al libre
tránsito o en la vía se prohíbe absolutamente. Para llevarlo a cabo en forma
provisional si fuese necesario, se requerirá obtener de previo la autorización
escrita de
Artículo 43.—Señalización. El contribuyente será responsable de colocar banderas y letreros durante el día y señales reflectantes durante la noche, a una distancia no menor a quince metros de los obstáculos, de forma que prevengan anticipadamente al que transite por la vía.
Artículo 44.—Efectos del
incumplimiento. El incumplimiento de lo expresado en los artículos
precedentes será causal de suspensión de las obras por parte de
CAPÍTULO IX
Conservación de fachadas
Artículo 45.—Criterios de valoración. Las condiciones de los diferentes elementos que la componen serán los criterios para la valoración del estado de las fachadas, tales como: las paredes, marcos y ventanería, pintura, cortinas metálicas, aleros, toldos, cubiertas, canoas, bajantes, verjas y otros, así como elementos de seguridad del inmueble conforme se establece a continuación:
Paredes:
a. Repello desprendido o agrietado.
b. Agujeros.
c. Latas arrugadas o deformadas.
d. Sin repello o acabado no terminado.
e. Rótulos desactualizados o fuera del alineamiento.
Piezas fuera de lugar (aleros, canoas, marcos de ventana, entre otros.).
f. Madera podrida o deformada.
g. Zinc con herrumbre, mal colocado o despintado.
h. Enchapes desprendidos o inconclusos.
i. Latas arrugadas o deformadas.
j. Manchadas.
Marcos y
ventanas
a. Marcos irregulares: Sin pintar, torcidos, incompletos o astillados.
b. Vidrios quebrados.
c. Vidrios con acabados en mal estado como el polarizado, esmeralizado, o pintado.
d. Vidrios con rótulos en mal estado o desactualizados (no corresponden al uso).
Pintura
a. Paredes
sucias, pintura desprendida.
b. Con graffiti, (por actos de vandalismo).
Cortinas metálicas
a. Desprendidas
o torcidas.
b. Despintadas o herrumbradas.
Aleros
a. Sin
forros.
b. Acabados rotos o desprendidos.
c. Sin pintar.
d. Incompletas.
Toldos
a. Lona
rota o desteñida.
b. Estructura herrumbrada o desprendida.
Cubierta
a. Sin pintar y con herrumbre.
Canoas y
bajantes
a. No funcionan correctamente.
b. Sin convocar a cajas de registro pluvial.
c. Con fugas.
d. Sin pintar o despintadas.
Verjas
a. Sin pintar o con herrumbre.
b. Pintura craquelada, pintura inconclusa.
c. Torcidas o mal colocadas con faltantes de piezas.
d. Mal instaladas (pegas, tornillos, etc.).
Artículo 46.—Priorización. Para la notificación de falta de
mantenimiento en las fachadas,
CAPÍTULO X
Disposiciones finales
Artículo 47.—Normativa supletoria. En todo lo no previsto en
este Reglamento, se aplicarán supletoriamente las disposiciones del Código
Municipal, Ley General de Caminos Públicos, Ley de notificaciones N° 8687, Ley
General de Salud, Reglamento Nacional para el Control de Fraccionamientos y
Urbanizaciones, Ley 7600 para igualdad de oportunidades para las personas con
discapacidad, Ley de Construcciones y su reglamento, Plan Regulador Urbano de
Alajuela, el Código de Normas y Procedimientos Tributarios y
Artículo
48.—Derogatoria. Se deroga el Reglamento para
el establecimiento y cobro de tarifas por el incumplimiento de los deberes de
los munícipes de
Artículo 49.—Entrada en vigencia de los precios. Los precios de las obras y servicios rigen treinta días después de la publicación definitiva del presente Reglamento. En lo demás, rige a partir de su segunda publicación.
Alajuela, 23 de marzo del 2010.—Dra. Joyce Zurcher Blen, Alcaldesa.—1 vez.—(IN2010026097).
MUNICIPALIDAD DE ATENAS
REGLAMENTO PROMOCIÓN CONVENIO
“DONACIÓN PREMIOS POR PUBLICIDAD”
COMERCIO-MUNICIPALIDAD DE ATENAS
Descripción:
Patrocinadores: Este elemento está constituido por el comercio en general, que donará uno, o los premios que desee, para ser sorteados entre los contribuyentes que paguen sus impuestos en el trimestre respectivo.
Participantes:
Dentro de este criterio se incluye todo contribuyente, persona física o
jurídica, que hayan cancelado impuestos, tasas, precios etc. de
Ganadores:
Desde luego que los ganadores serán los contribuyentes de
Consideraciones del patrocinador y del participante:
1- El comercio participante donará un premio cuyo monto, cantidad y tipo será de total y único criterio del mismo comercio.
2- La promoción está dirigida a todos los contribuyentes que en el transcurso del trimestre cancelen tributos municipales.
Objetivos del concurso:
1- Lograr una mejor y más productiva relación entre el Municipio y nuestros patentados, en beneficio de los contribuyentes y que estos valoren el esfuerzo de empresarios y comerciantes y las bondades de su trabajo, con el fin primordial de mantener un comercio activo y próspero en la comunidad ateniense.
2- Lograr que los contribuyentes, en general, se beneficien en forma directa con el proyecto, que se logre una costumbre tributaria del pago de sus impuestos y tasas municipales en forma trimestral, lo que facilitará el poder distribuir adecuadamente los presupuestos y mantener un sistema de actualización de información de contribuyentes para nuestra base de datos.
Forma de participar:
El
participante deberá cancelar impuestos, tasas o precios de
Mecanismo
del concurso:
Al
pagar el participante o la persona que en su lugar venga a cancelar, se le
entregará un cupón o boleta de participación que se compone de un tanto con
copia, el cual llevará un número de consecutivo y contendrá la consiguiente
información que debe ser llenada por el participante, solo en casos
excepcionales y a solicitud del participante, un servidor municipal podrá
ayudarlo para llenar el cupón o boleta que llevará la siguiente información:
fecha, nombre del contribuyente, cédula, dirección, teléfono, número de recibo
de pago. El cupón original quedará en un buzón que
Vigencia:
La promoción será a partir del primer día hábil del mes de enero y hasta el último día hábil del mes de diciembre del 2010. Y el sorteo se realizará en forma trimestral.
De los premios:
Los patrocinadores podrán donar premios como: Electrodomésticos, mobiliario y equipo, viajes, cenas, dinero en efectivo, órdenes de compra, artículos deportivos, del hogar, de construcción, zapatos, prendas de vestir, dinero efectivo, canastas de víveres, servicios o artículos en el área de belleza, consultas médicas, servicios odontológicos, etc.
Condiciones
o limitaciones del concurso
A- Se entiende que todo comercio y participante conoce y acepta las condiciones del presente reglamento.
B- El participante no puede ser favorecido dos veces en el mismo concurso, o sea, en el mismo trimestre; no obstante sí podrá ser favorecido en un trimestre posterior.
C- Los funcionarios de
D- El sorteo se realizará bajo la
supervisión y oficializada mediante acta de notario público, el primer día
hábil del siguiente mes al trimestre correspondiente, en presencia del notario,
se abrirá el buzón y un funcionario de
E- En la primera semana del mes
siguiente al trimestre el Departamento de Cobros se encargará de publicar en la
pizarra de
F- Se le aclara al comerciante
que el comercio por su participación en el proyecto no tendrá garantía o
favorecimiento alguno para el pago puntual de sus obligaciones como patentado o
contribuyente de
Suspensión
por situación especial
Información
adicional
Participarán
los contribuyentes que realicen los pagos en las instalaciones de
Dado en
MUNICIPALIDAD DE GARABITO
MODIFICACIÓN DE REGLAMENTO
El Concejo Municipal en sesión ordinaria Nº 198, artículo V, Inciso A, punto Nº l, celebrada el 17 de febrero del 2010. Acogiendo moción presentada por la regidora Yamileth Jiménez Rangel, acogida por el síndico Guido Delgado Ordóñez:
Modificar el artículo 9º del
Reglamento de Becas de
“El monto que se determine para la beca, deberá ser utilizado únicamente para cubrir las necesidades estudiantiles del becado.”
Jacó, 16 de marzo
del 2010.—Lic. Ana Sofía
Schmidt Quesada, Proveedora Municipal.—1 vez.—O. C. Nº
175.—C-14470.—(IN2010026218).
Para
ver las imágenes solo en
DIRECCIÓN CORPORATIVA GESTIÓN DE MEDIOS
DIRECCIÓN DE BIENES
Manual de Comisiones
Capítulo XI Servicios Electrónicos
11.4 SINPE-Compensación de créditos directos (transferencias por lotes)
Comisión $0,55 por cada uno de los depósitos a cuentas cliente en el banco destino (CCD)
Comisión $0,65 por Compensación de débitos Directos (CDD).
OFICINA EN CURRIDABAT
AVISO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Sirva la presente carta para reportar a ustedes la sustracción del certificado que a continuación se detalla:
Cert. Nº Monto Plazo Emitido Vence Tasa
62420579 $2.305.93 360 días 25/06/2009 25/06/2009 2.250
Certificado emitido a la orden de Rosamary Monge Rodríguez. Este certificado no se encontraba endosado. Endoso: (X) en blanco, solicito a ustedes la reposición del mismo de acuerdo con lo estableado en los artículos 708 y 709 del Código de Comercio. Ofrezco como garantía de la reposición el mismo título extraviado.
Curridabat, 15 de marzo del 2010.—José Ortiz Chaves, Oficial Comercial.—RP2010163207.—(IN2010024705).
FACULTAD DE DERECHO
ÁREA DE INVESTIGACIÓN
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ivannia Cristina Solano Gómez,
cédula Nº 3-0377-0370, quien ha presentado solicitud para que se le confiera el
grado de Licenciada en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos
sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito
dirigido al Decano de
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Enrique
López Jiménez, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de
Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la
vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al
señor Decano de
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Guisela Morales
González ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de
Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la
vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al
señor Decano de
Dalia Soza Mora
ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en
Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y
costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor
Decano de
VICERRECTORÍA VIDA ESTUDIANTIL
Y SERVICIOS ACADÉMICOS
EDICTO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El Comité
Institucional para el Reconocimiento y Equiparación de Títulos y Grados (CIRE),
en uso de sus facultades estipuladas en el Reglamento para el Reconocimiento y
Equiparación de Grados y Títulos, y el artículo Nº 6 de
Acuerda:
1. Reconocer el Título
de Ingeniero Electrónico, otorgado por
2. No reconocer el grado académico por no venir explícito en el Diploma.
3. Equiparar el
Título de Ingeniero Electrónico, otorgado por
4. Equiparar los estudios realizados por el señor Jorge Enrique Fraile Neva, cédula de identidad Nº 800920578, con el grado académico de Licenciatura que otorga el ITCR.
Acuerdo firme.
Cartago, 17 de marzo del 2010.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA. William Vives Brenes, Director.—O. C. 189-010.—Solicitud Nº 14504.—C-48470.—(IN2010025609).
JUNTA DIRECTIVA
APROBACIÓN DISPOSICIÓN ADOPTADA EN RELACIÓN
CON EL RÉGIMEN NO CONTRIBUTIVO DE PENSIONES
“Artículo 28º—En consideración de que:
a)
b) A una consulta que se le ha
formulado, el Subgerente Jurídico ha planteado que, ante lo resuelto por
c) Tal y como se ha citado en el
oficio en consideración, suscrito por el Gerente de Pensiones, con el fin de no
desacatar lo ordenado por
d) Se ha presentado una propuesta
para atender de manera transitoria lo dispuesto por
Necesariamente, debe haber un criterio técnico para el otorgamiento de los beneficios del Régimen no Contributivo de Pensiones, de modo que se ha elaborado una propuesta, en el sentido de cubrir el lineamiento objetivo y utilizar directamente el indicador de “línea de pobreza” oficial establecido por el INEC (Instituto Nacional de Estadística y Censos), como ente técnico rector de las estadísticas nacionales y coordinador del Sistema de Estadística Nacional, conforme con lo dispuesto por Ley N° 7839, publicada el 4 de noviembre de 1998.
Como se ha indicado, el INEC, como ente oficial, define la línea de pobreza nacional que es la que se utiliza para determinar la situación de pobreza de los hogares, que el instrumento propuesto se sustenta en una metodología aceptada mundialmente, que es calculado por el INEC y sirve de referencia para determinar la situación de amparo económico de las personas, con la certeza de que no se excluya a nadie, que se está tratando de que se de esa igualdad conforme corresponde y que se trata de conceder el beneficio a quienes realmente lo requieren.
Consecuentemente, la administración dará prioridad debajo de la línea de pobreza a los más pobres, en fin, a los que tienen mayor necesidad de amparo económico.
Asimismo, para suplir el vacío que genera la derogatoria del concepto de grupo o núcleo familiar se ha recurrido a la definición que en reiterada jurisprudencia ha establecido la misma Sala Constitucional.
e) De conformidad con lo
establecido por
con fundamento en
la recomendación de
ACUERDA:
a) Utilizar, en lugar del indicador del ingreso
per cápita familiar establecido por
b) Reemplazar el concepto de
grupo o núcleo familiar por el de familia nuclear, conyugal o simple, que se
entenderá según la definición establecida por
Las anteriores
disposiciones se aplicarán de manera transitoria hasta tanto no se conozca la
totalidad del Voto 16300-2009 de
Emma C. Zúñiga Valverde, Secretaria Junta
Directiva.—1 vez.—O. C. Nº 1115.—Solicitud Nº 2112.—C-74820.—(IN201026283).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Se le comunica a Allain Leiva Barrios, la resolución de las diez horas del ocho de marzo de dos mil diez, que ubica en familia sustituta a Alain Leiva Salazar, al lado de Joyce Salazar Jenkins. Esta medida es hasta por seis meses. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el Superior en grado, dentro de un plazo de 48 horas después de notificada. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada. Nº 112-0018-2010.—Oficina Local de Guadalupe, 8 de marzo del 2010.—Lic. Roberto Marín A., Representante Legal.––O. C. Nº 31677.—Solicitud Nº 33456.––C-8400.––(IN2010024797).
Se le comunica a Cristina Garbanzo Martínez, la resolución de las ocho horas del once de marzo de dos mil diez, que ubica a la persona menor de edad Josué David Garbanzo Martínez, al lado de Tatiana Martínez Bolívar. Esta medida de protección lo es hasta por seis meses. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el Superior en grado, dentro de un plazo de 48 horas después de notificada. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada. Nº 112-00030-2010.—Oficina Local de Guadalupe, 11 de marzo del 2010.—Lic. Roberto Marín A., Representante Legal.––O. C. Nº 31677.—Solicitud Nº 33456.––C-8400.––(IN2010024798).
Se
les comunica a los señores Alicia de los Ángeles Muñoz Chacón y Juan Carlos
Cruz, la resolución de las quince horas treinta minutos del día diecisiete de diciembre
del dos mil nueve, en la que resuelve dictar medida de protección de abrigo
temporal ubicando a las personas menores de edad Karla Pamela Muñoz Chacón y
Karina Cruz Muñoz en un
Se
les comunica a la señora Magali Agüero Sánchez, la resolución de las ocho horas
treinta minutos del día diecisiete de noviembre del dos mil nueve, en la que
resuelve dictar depósito administrativo ubicando a la persona menor de edad
Gloriana Calderón Agüero en el hogar de su tía paterna señora Mara Luisa
Calderón Araya. Notifíquese lo anterior a los interesados, de conformidad con
Oficina
local de Cañas, a Harold Vicente Martínez Dávila, se le comunica la resolución
de las siete horas treinta minutos del once de marzo del dos mil diez, la cual
ordena modificar la resolución de las siete horas treinta minutos del diez de
marzo del dos mil diez, que ordenó medida especial de protección de abrigo
temporal en entidad pública, albergue Lucecitas Valientes, ubicado en Liberia,
Guanacaste, en beneficio de las personas menores de edad Manuel Salvador, Heydi
del Carmen y José Javier todos de apellidos Martínez Malespín, lo anterior
únicamente en cuanto al lugar de ubicación de las personas menores de edad
supra citadas, y en consecuencia ordena el traslado de los jóvenes precitados a
la zona de Pérez Zeledón, específicamente se ordena la reubicación de los
adolescentes Manuel Salvador y José Javier ambos Martínez Malespín en el
albergue institucional denominado Posada del Niño, para varones adolescentes, y
a la adolescente Heidy del Carmen Martínez Malespín en el albergue
institucional denominado Heinz de mujeres adolescentes. Notifíquese la anterior
resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación,
a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el recurso será de conocimiento de
Oficina
local de Cañas, a Harold Vicente Martínez Dávila, se le comunica la resolución
de las siete horas treinta minutos del diez de marzo del dos mil diez, que
ordenó medida especial de protección de abrigo temporal en entidad pública,
albergue Lucecitas Valientes, ubicado en Liberia, Guanacaste, en beneficio de
las personas menores de edad Manuel Salvador, Heydi del Carmen y José Javier
todos de apellidos Martínez Malespín. Notifíquese la anterior resolución a las
partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les
advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o
bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la
presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán
interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho
horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el recurso
será de conocimiento de
A los
señores Luis Enrique Juárez Medina y Domingo German Marcelino G., se les
comunican las resoluciones administrativas que dictan medida de protección de abrigo
temporal, así como su modificación a cuido provisional en hogar sustituto en
favor de sus hijos Bairon Andrey Juárez Guillén y Drexel Calet Marcelino
Guillén, respectivamente. Se les advierte que deberá señalar lugar conocido
para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la
redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en: cien
metros al norte de
A
Yendri María Gutiérrez Gutiérrez. Se les comunica que
A
Mauren Jiménez Ulate y Eric Meléndez Jiménez, se les comunica que
A
quien interese, se le comunica que
Se
les comunica a la señora Patricia Vanessa Villavicencio Dávila, la resolución
de las doce horas treinta minutos del día primero de febrero del dos mil diez,
en la que resuelve dictar medida de Cuido Provisional en Familia sustituta en
beneficio de la personas menor de edad Kevin David Villavicencio Dávila
ubicándolo en el hogar de la abuela materna señora Katty Dávila Benavídez.
Notifíquese lo anterior a la interesada, de conformidad con
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Área de Defensa y
Garantía de los Derechos de
Área
de Defensa y Garantía de los Derechos de
Área de
Defensa y Garantía de los Derechos de
Área
de Defensa y Garantía de los Derechos de
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
D.E.Nº 322-124-2010.—Instituto Nacional de
Fomento Cooperativo.—San José, a las 8:00 horas del 09 de marzo de 2010. Por
haberse disuelto mediante sentencia Nº 476-2005 de las 16:25 horas del 18 de
julio de 2005 del Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Heredia,
Publíquese.—Lic. Martín Robles Robles, Director Ejecutivo.––O.C. Nº 31435.—Solicitud Nº 39694.––C-48470.––(IN2010025205).
DE.Nº
323-377-2010.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, a las 8
horas del 09 de marzo de 2010. Por haberse disuelto mediante sentencia Nº
251-97 de las 14:10 horas del 11 de noviembre de 1997 del Juzgado Segundo Civil
y de Trabajo de Limón,
Publíquese.—Lic. Martín Robles Robles, Director Ejecutivo.––O.C. Nº 31435.—Solicitud Nº 39694.––C-48470.––(IN2010025206).
D.E. Nº
325-767-2010.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, a las 8:25
horas del 9 de marzo de 2010. Por haberse disuelto mediante sentencia Nº 17-01
de las 8:30 horas del 9 de febrero de 2001 del Juzgado Civil y de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de
D.E. Nº
326-837-2010.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, a las 8:30
horas del 9 de marzo de 2010. Por haberse disuelto mediante sentencia Nº 2066
de las 10:17 horas del 27 de junio de 2003 del Juzgado Trabajo del Segundo
Circuito Judicial de San José,
D.E. Nº
324-761-2010.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, del 9 de
marzo de 2010. Por haberse disuelto mediante sentencia Nº 332-2001 de las 10:20
horas del 19 de setiembre de 2001 del Juzgado Segundo de Trabajo de Alajuela,
CÍA. BANADOSMIL S. A.
Se convoca a los
accionistas de Compañía Banadosmil S. A., a asamblea anual ordinaria para
conocer los asuntos previstos en el artículo 155 del Código de Comercio; que se
verificara en
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA
De conformidad con los artículos 708-709-710 del código de Comercio, la señora Ligia María Araya Zamora, cédula 4-090-974, solicita la reposición del título valor certificado de depósito a plazo número 118-301-803301074532 por ¢1.668.469,38 y su respectivo cupón por ¢32.952,27.—Heredia, 16 de marzo del 2010.—Karol Mora, Oficial de Servicios Financieros.—RP2010162842.—(IN2010024329).
EUROCIENCIA COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Eurociencia Costa Rica
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-466918, solicita ante
REAL ESTATE & ROMERO SOCIEDAD ANÓNIMA
Real Estate & Romero
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-447885, se solicita ante
AGROCOMERCIAL, SAN ROQUE SOCIEDAD ANÓNIMA
Agrocomercial, San Roque
Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos
cincuenta y un mil seiscientos cuarenta y uno, solicita ante
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
O P M N GROUP S. A.
O P M N Group S.
A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos veintinueve mil trescientos
cincuenta y seis, solicita ante
CHAYALVA S. A.
Chayalva S. A.
cédula jurídica 3-101-106240 solicita la reposición ante
CANI MONI SOCIEDAD ANÓNIMA
Cani Moni
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-556850, anteriormente denominada
Inversiones Garza Real del Norte Sociedad Anónima, solicita ante
R Y R BUCK SOCIEDAD ANÓNIMA
R Y R Buck
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno-doscientos dos mil
ciento veintinueve, solicita a
CINTRUENIGO SOCIEDAD ANÓNIMA
La sociedad
Cintruenigo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento uno trescientos
cincuenta y dos mil ciento sesenta y tres, solicita ante
INVERSIONES GARCILASO SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones
Garcilaso Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero cero ocho mil
seiscientos treinta, solicita ante
INVERSIONES QUINCE DOS DIECISÉIS S. A.
Inversiones
Quince Dos Dieciséis S. A., cédula jurídica Nº 3-101-152004, solicita a
RAVICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Ravica Sociedad
Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-080.122, solicita ante
A Sieglinde
Langmeier Salazar, se le comunica la resolución del Patronato Nacional de
MUCUNA SOLUCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA
Mucuna Soluciones
Sociedad Anónima, domiciliada en San José, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-doscientos cincuenta y siete mil quinientos setenta y dos,
solicita ante
PANADERÍA SEGURA S. A.
Panadería Segura
S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-080422, solicita ante
CONDO QUINTA REAL DIECIOCHO TERRACOTA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Condo Quinta Real
Dieciocho Terracota Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-314239,
solicita ante
PRÉSTAMO DE SERVICIOS PROFESIONALES PSP S. A.
Préstamo de
Servicios Profesionales PSP S. A., cédula jurídica 3-101-343844, solicita ante
GMB SOFÍA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
GMB Sofía
Sociedad de Responsabilidad Limitada, portadora de la cédula de persona
jurídica número: tres-ciento dos-cuatro siete siete ocho ocho siete, solicita
ante
BIOCELL SOCIEDAD ANÓNIMA
Biocell Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-118514, solicita ante
SERVICIOS MÉDICOS STEINKOLER S. A.
Servicios Médicos
Steinkoler S. A., cédula de persona jurídica número, tres ciento uno
trescientos ochenta y dos mil cero sesenta y cinco, autoriza la reposición de
los libros de Diario (1), Mayor (1), Inventarios y Balances (1), Actas de
Consejos y Administración (1), Registro de Socios (1). Quien se considere
afectado puede oponerse ante la sección de Legalización de Libros de
AMACORI S. A.
Amacori S. A.,
cédula de persona jurídica número 3-101-191354, solicita ante
SHOPPERS S. A.
La sociedad
Shoppers S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y nueve
mil noventa y uno, solicita ante
MIRIAN SÁNCHES E HIJOS SOCIEDAD ANÓNIMA
Mirian Sanches e
Hijos Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-347522, solicita ante
TCH PROMOTORES SOCIEDAD ANÓNIMA
TCH Promotores
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos
cincuenta y cuatro mil quinientos cincuenta y seis, solicita ante
THE GRIMNIR DEVELOPMENTS T. G. D. SOCIEDAD ANÓNIMA
The Grimnir
Developments T. G. D. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres ciento uno
cuatro cuatro cinco dos nueve siete; ha solicitado ante
PROA SOCIEDAD ANÓNIMA
Proa Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero diecisiete mil
doscientos veinticinco, solicita ante
HELADOS PORTOFINO S. A.
Helados Portofino
S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-282,218, solicita a
CENTRAL DE ENDEREZADO Y PINTURA
DEL OESTE SOCIEDAD ANÓNIMA
Central de
Enderezado y Pintura del Oeste Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-288028, solicita ante
TFO TECNOLOGÍA EN FIBRA ÓPTICA S. A.
TFO Tecnología en Fibra Óptica Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-451006, solicita ante
COMERCIALIZADORA ACEGAR S. A.
Yo, José Santos
Garro Aguilar, mayor, casado una vez, analista de sistemas, vecino de
Desamparados, Urbanización Los Claveles casa ochenta y nueve, cédula número
seis-ciento siete-mil ciento setenta y cinco, en mi calidad de presidente y
representante legal de la sociedad Comercializadora Acegar S. A., con cédula de
persona jurídica número tres-uno cero uno-uno uno nueve cinco cuatro nueve,
solicito ante
GRUPO PERIODÍSTICO TEM SOCIEDAD ANÓNIMA
Grupo
Periodístico TEM Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-393146, solicita
ante
GRUPO FINANCIERO CITIBANK DE COSTA RICA S. A.
Banco CMB (Costa Rica) S. A. hace del conocimiento
del público en general que por motivo de pérdida: Citi Tarjetas de Costa Rica
S. A., ha solicitado la reposición de los siguientes cupones de intereses:
Cupón: N° 1, monto: ¢7.294.804,20, vencimiento: 11/12/2009, correspondiente al
Certificado: N° 2080, Cupón: N° 1, monto: ¢1.062.841,50, vencimiento:
11/12/2009, correspondiente al certificado: N° 2079. Lo anterior para efecto de
los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.—San José, 16 de marzo del
2010.—Ericka Martínez Kienzlen, Gerente de Mercadotecnia
Corporativo.—(IN2010025675).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
PANADERÍA
Panadería
EL TRO SOCIEDAD ANÓNIMA
El Tro S. A., cédula jurídica número 3-101-220040,
solicita ante
publicación de una vez
COLEGIO DE MÉDICOS VETERINARIOS DE COSTA
RICA
El Presidente del Colegio de Médicos Veterinarios de Costa Rica por este medio informa de la conformación de la nueva Junta Directiva para el periodo 2010-2012:
Presidente: Dr. José Alberto Lara Zapata.
Vicepresidente: Dr. Álvaro Aragón Tinoco.
Secretario: Dr. Federico Chaverri Suárez.
Tesorero: Dr. Luis Guillermo Víquez Solano.
Vocal I: Dra. Lissette Ureña Durán.
Fiscal: Dr. Javier Molina Ulloa.
Tres Ríos, 16 de
marzo del 2010.—Junta Directiva.—Dr. José Alberto Lara Zapata, Presidente.—1
vez.—(IN2010026195).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El suscrito notario, hace constar que mediante escritura otorgada a las 9:05 horas del 4 de febrero de 2010, se protocoliza el acta de asamblea de Andrea y Karina Sociedad de Responsabilidad Limitada, en la cual se convierte a sociedad anónima. Presidente: Enrique Álvarez Guzmán.—San José, 15 de marzo de 2010.—Lic. Bernan Luis Salazar Ureña, Notario.—RP2010163230.—(IN2010024936).
El suscrito notario, hace constar que mediante escritura otorgada a las 9:00 horas del 4 de febrero de 2010, se protocoliza el acta de asamblea de Álvarez y Morales Sociedad de Responsabilidad Limitada, en la cual se convierte a sociedad anónima. Presidente: Enrique Álvarez Guzmán.—San José, 15 de marzo de 2010.—Lic. Bernan Luis Salazar Ureña, Notario.—RP2010163231.—(IN2010024937).
Por escritura otorgada por esta notaría, a las once horas, treinta minutos, del quince de marzo del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad anónima Seguridad Eulen S. A., mediante la cual se modificó cláusula quinta de los estatutos. Capital social: ciento veinticinco millones quinientos mil colones. Se nombra junta directiva y se cambia domicilio social.—Lic. Jaime Andrés Rojas Fortado, Notario.—RP2010163445.—(IN2010024938).
Por escritura otorgada por esta notaría, a las once horas del quince de marzo del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad anónima Eulen de Costa Rica S.A., mediante la cual se modificó cláusula quinta de los estatutos. Capital social: veinte millones setecientos cincuenta mil colones. Se nombra nueva junta directiva. Cambio domicilio social.—Lic. Jaime Andrés Rojas Fortado, Notario.— RP2010163446.—(IN2010024939).
Ante esta notaría, mediante escritura pública Nº 83 otorgada a las 13:00 horas del 18 de marzo del 2010, se modificó cláusula segunda, pacto constitutivo de la sociedad denominada C Turing Limitada, referente a la disminución del plazo social.—San José, 18 de marzo del 2010.—Lic. Ericka Montoya Martínez, Notaria.—RP2010163249.—(IN2010026658).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por escritura, otorgada a las nueve horas del día de hoy se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios la sociedad de esta plaza denominada tres-ciento uno-quinientos setenta y dos mil ochocientos dieciséis s. a., en donde se reforma la cláusula segunda.—San José, veinticuatro de febrero del dos mil diez.—Lic. Edwin Vargas Víquez, Notario.—1 vez.—RP2010163428.—(IN2010025059).
En esta notaría mediante escritura pública número 202-21 otorgada a las 10:20 horas del 17 de marzo del 2010, se constituyó la sociedad denominada Hermanas Villalobos Arce Limitada, domiciliada en San Isidro de Heredia, plazo social: 99 años, capital social de 24.000 colones totalmente suscrito y pagados, dos gerentes: representantes judiciales y extrajudiciales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de sumas.—Lic. Iván Villalobos Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2010163429.—(IN2010025060).
Ángel Vanezia Rodríguez, cédula 6-234-294 y Jorge Arturo Ramírez Zúñiga, cédula 4-151-295, constituyen la sociedad Seguridad Canina Vanezia y Ramírez S. A. Capital social de ¢10.000,00. Escritura otorgada a las 7:00 horas del 18 de marzo del 2010.—Lic. Alonso Alvarado Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2010163431.—(IN2010025061).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada: Spa Dental Sociedad Anónima, presidente: Aníbal Enrique González Muñoz, capital: diez mil colones, plazo: Noventa y nueve años.—San José, diecinueve de marzo del año dos mil diez.—Lic. José Manuel Llibre Romero, Notario.—1 vez.—RP2010163434.—(IN2010025062).
Ante el infrascrito notario por escritura número 27 otorgada a las 8:00 hrs. del 22 de enero del año 2010, se protocolizaron los acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de 3-101-490597 s. a., celebrada a las 9:00 horas del 1º de diciembre del 2009, por la que se reforma la cláusula primera (Nombre).—Alajuela, 22 de enero del 2010.—Lic. Marco Lino López Castro, Notario.—1 vez.—RP2010163435.—(IN2010025063).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del 12 de marzo de 2010, se constituyó la compañía denominada Acsesa JC Seguridad Privada Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones.—Ciudad Quesada, 12 de marzo del 2010.—Lic. Raúl Hidalgo Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2010163436.—(IN2010025064).
Se hace constar que ante la notaría de Gastón Sancho Cubero, mediante escrituras números ciento diecinueve, ciento veinte, ciento veintiuno, otorgadas las dos primeras en fecha del diecisiete de marzo y en fecha del diecinueve de marzo del año dos mil diez, se constituyen respectivamente las siguientes compañías Syriana Alto Uno Sociedad Anónima, Syriana Bajo Dos Sociedad Anónima y Productos Loren Sociedad Anónima. Por las socios Jaime Andrés Morales Ibarra y Alfonso Norbeto Perilla Piñeros, las dos primeras y por los socios Lorena Rivera Guzmán y Arturo Gutiérrez De Piñeres Rivera, la tercer sociedad. Por un plazo de noventa y nueve años.—San José, 19 de marzo del 2010.—Lic. Gastón Sancho Cubero, Notario.—1 vez.—RP2010163438.—(IN2010025065).
La suscrita notaria da fe de que a las quince horas del dieciocho de marzo del dos mil diez, se constituyó sociedad anónima CRCN Tradex Sociedad Anónima, eligiéndose como presidenta a Loriana Vargas Jiménez, mayor, soltera, vecina de San José, Barrio Escalante, calle treinta y uno - treinta y tres, avenida primera, casa tres uno cero uno, con cédula de identidad numero uno- ocho siete tres-cinco veinticinco. Es todo.—San José, dieciocho de marzo del dos mil diez.—Lic. Rita Díaz Amador, Notaria.—1 vez.—RP2010163439.—(IN2010025066).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria a las ocho horas del dieciocho de marzo del año dos mil diez, se constituyó Abril Seis Ocho Sociedad Anónima. Objeto social: comercio, industria, agricultura, y ganadería. Capital social: diez mil colones suscrito y pagado. Plazo: Noventa y nueve años.—San José, dieciocho de enero del año dos mil diez.—Lic. Sharon Ferris Macaya, Notaria.—1 vez.—RP2010163447.—(IN2010025067).
Ante mi notaría, a las 10:00 horas del 23 de febrero del 2010, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Importación y Exportación Pork Sociedad Anónima, mediante la cual se cambia su nombre a Satelital Geográfica Internacional Sociedad Anónima, además se hizo cambio de junta directiva y se reformaron las cláusulas primera, segunda, tercera, cuarta, quinta, sexta y sétima del pacto constitutivo de la compañía.—Lic. Christy Eugenia Durán Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2010163450.—(IN2010025068).
Ante esta notaría han comparecido Mario Salomón Cortez Alemán, cédula de residencia uno cinco cinco ocho cero nueve cero siete cero seis cero siete y la señora Nidia Vallejos Rosales, cédula dos-cuatro uno cinco-siete tres cinco, ambos vecinos de Los Ledesma, San José de Upala, de la escuela quinientos metros al norte, a constituir una sociedad anónima denominada Servicios de Limpiezas y Chapias Cortés Vallejos del Norte Sociedad Anónima, domiciliada en provincia de Alajuela, cantón trece Upala, distrito tres San José de Upala, Los Ledesma, de la escuela quinientos metros al norte.—Upala, 18 de marzo del 2010.—Lic. Félix Ángel Herrera Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2010163451.—(IN2010025069).
Por escritura número 57 otorgada ante mi notaría a las 12:00 horas del 19 de marzo de 2010, la sociedad Grupo Ballar IG Sociedad Anónima, cédula 3-101-537231, reforma la cláusula primera de los estatutos, cambiando su nombre a Grupo Ballar Sociedad Anónima.—San José, 19 de marzo del 2010.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—RP2010163453.—(IN2010025070).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Desarrollo e Inversiones El Higuerón de Santa Rita Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, cuyo domicilio social es Guanacaste, cantón noveno Nandayure, distrito segundo Santa Rita setenta y cinco metros al norte de la policía de proximidad. Presidente: Guadalupe Alvarado Rojas, con un plazo social: Noventa y nueve años.—Carmona, Nandayure, dieciséis de marzo del año dos mil diez.—Lic. Ana Ivette Venegas Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2010163456.—(IN2010025071).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 16:00 horas del 25 de febrero de dos mil diez, se protocoliza asamblea general de accionistas de Colabrima Sociedad Anónima. Se reforma cláusula segunda, la cláusula novena y se nombra nueva junta directiva.—San José, 3 de marzo del 2010.—Lic. Gianna Cersosimo D’Agostino, Notaria.—1 vez.—RP2010163462.—(IN2010025072).
Tres-ciento uno-quinientos quince mil quinientos ochenta y uno sociedad anónima, cédula jurídica numero 3-101-515581, protocolización de acta de asamblea extraordinaria número uno. Cambio de junta directiva. y poder generalísimo sin límite de suma.—San José, 19 de marzo del 2010.—Lic. Jorge Molina Corrales, Notario.—1 vez.—RP2010163463.—(IN2010025073).
Por escritura número tres sesenta-tres otorgada ante esta notaría, a las trece horas del diecisiete de marzo del dos mil diez, se constituyó la sociedad Cubaticos H.C.T.C Sociedad Anónima, capital social diez mil colones. Presidente Heriberto Cerquera.—San José, diecinueve de marzo de! dos mil diez.—Lic. Sindy Priscilla González Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2010163464.—(IN2010025074).
Por escritura número doscientos veintiuno, otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del día diecisiete de marzo del año dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Conceptos Tecnológicos Sociedad Anónima.—San José, a las ocho horas del día dieciocho de marzo del año dos mil diez.—Lic. Rodolfo Jiménez Quirós, Notario.—1 vez.—RP2010163465.—(IN2010025075).
Por escritura número tres sesenta y uno-tres, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas, del diecinueve de marzo del dos mil diez, se constituyó la sociedad Sonshaw Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente: Jason Shaw.—San José, diecinueve de marzo del dos mil diez.—Lic. Sindy Priscilla González Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2010163466.—(IN2010025076).
Por escritura otorgada hoy se modificó junta directiva de la empresa Xentury S. A.—San Ramón, Alajuela, 17 de marzo de 2010.—Lic. José María Penabad Bustamante, Notario.—1 vez.—RP2010163468.—(IN2010025077).
Por asamblea de las trece horas del quince de marzo del dos mil diez, se constituyó la compañía número de cédula jurídica Sociedad de Responsabilidad Limitada. Socios: Carlos Luis Valverde Pereira y Rosibeth Vargas Salazar. Capital suscrito y pagado. Domicilio: San José, Desamparados, gerente: Carlos Luis Valverde Pereira.—San José, 15 de marzo del 2010.—Lic. Jorge Fernando Calvo Mora, Notario.—1 vez.—RP2010163469.—(IN2010025078).
Por escritura número ciento sesenta y seis-veinte, otorgada a las dieciséis horas treinta minutos, del dieciséis de marzo de dos mil diez, por los notarios Juan Rafael Villagra Coronado y Alejandra Larios Trejos, se constituyó la empresa Inmobiliaria Mov del Pacífico Sociedad Anónima. Presidente: Víctor Julio Héctor Cerdas.—Liberia, dieciocho de marzo de dos mil diez.—Lic. Alejandra Larios Trejos, Notaria.—1 vez.—RP2010163470.—(IN2010025079).
Por escritura número doscientos treinta y tres, otorgada ante el suscrito notario, a las diez horas del día diecinueve de marzo del año dos mil diez, Fenix Retreat Inc. Sociedad Anónima y Lester E. Núñez, constituyen las sociedades Fenix Retreat Uno Alfa R. L., Fenix Retreat Dos Beta R. L., Fenix Retreat Tres Gama R. L., Fenix Retreat Cuatro Delta R. L., Fenix Retreat Cinco Epsilón R. L., Fenix Retreat Seis Zita R. L., Fenix Retreat Siete Ita R. L., Fenix Retreat Ocho Thita R. L., Fenix Retreat Nueve Iota R. L., Fenix Retreat Diez Kapa R. L., Fenix Retreat Once Lamda R.L., Fenix Retreat Doce Omicron R. L., Fenix Retreat Trece Sigma R. L., Fenix Retreat Catorce Epsilon R. L., Fenix Retreat Quince Omega R. L., con domicilio social en Guanacaste, Nicoya, Sector Matapalo de Sámara, Hotel Fénix. Objetivo: Bienes raíces y compraventa de propiedades, además podrán dedicarse al comercio en general, la industria, el turismo, la agricultura. Capital social: Cien mil colones. Gerente: Franci Liliana Hermosa Cuenca.—San José, diecinueve de marzo del año dos mil diez.—Lic. Rodolfo Montero Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2010163473.—(IN2010025080).
En mi notaría, a las ocho horas del nueve de marzo del dos mil diez se constituye la sociedad Feng Peng Sociedad Anónima, que su representación judicial y extrajudicial estará a cargo de la presidenta Bao Lun Feng Wu cédula número: ocho setenta ocho mil novecientos trece.—Cartago, diecinueve de marzo del dos mil diez.—Lic. Angioletta Alvarenga Venutolo, Notaria.—1 vez.—RP2010163476.—(IN2010025081).
Por medio de la escritura número doscientos cuarenta y uno otorgada ante la notaria Marianela Portuguez Sánchez, once horas del primero de febrero del año dos mil diez, compareciendo María Esperanza Zúñiga Zúñiga, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula número seis-cero trescientos sesenta y tres-cero cero treinta y cuatro, vecina de Puntarenas, Paquera, Gigante un kilómetro al oeste del Hotel Paradise, Cecilia Zúñiga Zúñiga, mayor, ama de casa, soltera, con cédula seis-cero cero nueve tres-cero cuatro tres cuatro, Porfirio Zúñiga Zúñiga, mayor, soltero, agricultor, cédula numero seis-cero cero seis nueve-cero cuatro veintiuno, Marcelina Zúñiga Zúñiga, mayor, soltera, ama de casa, portador de la cédula seis-cero cero siete uno-cero ocho ocho ocho, Juan Zúñiga Zúñiga, mayor, soltero, agricultor, portador de la cédula seis-cero cero cinco nueve-cero cero dos uno, Carmen María Zúñiga Zúñiga, mayor, soltera, ama de casa, cédula seis-cero seis nueve-cuatro dos cero, todos de la misma dirección del primer compareciente, constituyen una sociedad anónima de esta plaza cuya razón social es Inversiones Hermanos Zúñiga de Gigante S. A.—San José, dieciséis de marzo del dos mil diez.—Lic. Marianela Portuguez Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2010163480.—(IN2010025082).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 18:00 horas del día 18 de marzo del 2010; se constituyó la sociedad de esta plaza Grupo Rola S. A. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: La ciudad de San José.—San José, 19 de marzo del 2010.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—RP2010163482.—(IN2010025083).
Por escritura otorgada por el suscrito notario, a las 10:00 horas del día 16 de marzo del 2010; se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza Importadora Éxito de Costa Rica, Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula cuarta del pacto social en relación al plazo de la sociedad.—San José, 16 de marzo del 2010.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—RP2010163483.—(IN2010025084).
María de los Ángeles Brenes Chacón, Emilio Gerardo Sánchez Monge, Marilyn Sánchez Brenes, Alexander Sánchez Brenes, Andrés Sánchez Brenes y Cinthya Sánchez Brenes, constituyen la sociedad denominada Sanbre Sociedad Anónima. Escritura otorgada en la ciudad de Cartago, a las diez horas, del diecisiete de marzo del dos mil diez. Ante el notario Daniel Valverde Schmidt.—Cartago, diecinueve de marzo del dos mil diez.—Lic. Daniel Valverde Schmidt, Notario.—1 vez.—RP2010 163485.—(IN2010025085).
Ante esta notaría mediante escritura 341-6, Michael Glen Patterson, y John Carl Standefer, constituyen una sociedad Dos Amigos N M Sociedad Anónima. Es todo, dado en Quepos, 18 de marzo del 2010.—Lic. Steven Alvarado Bellido, Notario.—1 vez.—RP2010163486.—(IN2010025086).
Ante esta notaría mediante escritura 343-6 los señores Kenneth W Carter, y Michael D Lynch, y dicen que constituye una sociedad se denominará Agua Azul del Pacífico Sociedad Anónima. Es todo, dado en Quepos, 18 de marzo del 2010.—Lic. Steve Alvarado Bellido, Notario.—1 vez.—RP2010163487.—(IN2010025087).
Ante esta notaría se otorga escritura número cuarenta y siete, ocho horas del primero de marzo del dos mil diez, en donde se constituye la sociedad denominada Corporación de Servicios Bamuvi Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital: diez mil colones y la representación judicial y extrajudicial le corresponde al presidente apoderado generalísimo sin límite de suma actúan. Es todo.—San José, ocho horas del primero de marzo año dos mil diez.—Lic. Christy Eugenia Durán Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2010163489.—(IN2010025088).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 10 horas del 17 de marzo de 2010, se constituyó la sociedad denominada Agrícola Villa Orias Limitada. María Consuelo Orias Torres y Ovidio Villalobos Picado, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Sarchí, 19 de marzo de 2010.—Lic. Francisco Alonso Rodríguez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2010163493.—(IN2010025089).
Ante
mí, Álvaro Barboza Orozco, notario público con oficina abierta en San José,
escritura otorgada: a las 19 horas del 26 de 02 del 2010, se constituyó
Ante esta notaría comparecieron José Pablo Jiménez Madrigal, cédula de identidad tres-cuatro tres cero-tres tres dos y Francisco Javier Madrigal Acosta, cédula de identidad uno-siete cinco ocho-nueve cinco siete a constituir la sociedad anónima Estudio Jurídico IUS Studium, escritura otorgada a las ocho horas, del doce de febrero del dos mil diez.—Lic. Ana Cristina Monge Acuña, Notaria.—1 vez.—RP2010163496.—(IN2010025091).
Por escritura otorgada en mi notaría a las 12 horas del 19 de enero del 2010, se constituyó Chikimango S. A. Domicilio San Miguel Desamparados. Capital pagado. Presidente apoderado generalísimo.—Lic. Manuel Enrique Badilla Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2010163497.—(IN2010025092).
Ante
el licenciado Juan Federico Arias Chacón, se constituyó dos sociedades que se
denominarán según lo dispuesto en el artículo segundo del decreto ejecutivo
tres tres uno siete uno-j, publicado en
Mediante
escritura otorgada en mi notaría a las quince horas del once de marzo del año
dos mil diez, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de socios de
la empresa Bancomunal de Cuajiniquil de
Por escritura otorgada ante esta notaría se constituyó Ciber Seminario Mahanaim Sociedad Anónima. Capital Íntegramente suscrito. Presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio San José, Calle Fallas, Desamparados.—San José, diecinueve de marzo de dos mil diez.—Lic. Vera Violeta Salazar Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2010163501.—(IN2010025095).
Por escritura de las catorce horas del trece del mes en curso, ante mí, se constituyó sociedad anónima cuya razón social se designará por el Registro Público. Plazo cien años, representación corresponde al presidente y al secretario del consejo. Domicilio la ciudad de San José. Objetivo el desarrollo de actividades comerciales, agrícolas, industriales y agrícolas y otros. Capital íntegramente suscrito y pagado, representado por diez acciones comunes nominativas de cinco mil colones cada una.—San José, 18 de marzo del año dos mil diez.—Lic. Javier Apestegui Zamora, Notario.—1 vez.—RP20100163502.—(IN2010025096).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del día dieciocho de marzo del año dos mil diez, se constituye la sociedad: Mujeres Bellas Sociedad Anónima, capital social diez mil colones. Presidenta: Carmen Linda Díaz Suárez.—Lic. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2010163504.—(IN2010025097).
Por escritura otorgada a las 09:00 horas del 17 de marzo del 2010, se constituye sociedad denominada Impollantas de Costa Rica Sociedad Anónima.—Naranjo, 17 de marzo del 2010.—Lic. Mario Enrique Acuña Jara, Notario.—1 vez.—RP2010163505.—(IN2010025098).
Ante esta notaría a las 17:00 hrs. del 18 de marzo del 2010, se constituye por escritura número 43, una sociedad anónima denominada: Gestión y Desarrollo J & D Sociedad Anónima. Con un capital social de 10.000,00 colones totalmente pagado.—Lic. José Pablo Arce Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2010163507.—(IN2010025099).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del diecisiete de marzo
del año dos mil diez, se constituyó la sociedad de Alajuela, que se denominará Pacífico
Coco Ciento Veintitrés Sociedad Anónima. Se nombró junta directiva.—Lic. Lilliana Fernández Urpí, Notaria.—1
vez.—RP2010163508.—(IN2010025100).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las diecinueve horas del dieciséis de
marzo del año dos mil diez, se constituyó la sociedad de San José de
Hoy ante mí, se constituyó la sociedad Soluciones Decorativas para Espacios Físicos S. A. Capital social veinte mil colones. Presidente y vicepresidente son apoderados generalísimos sin límite de suma.—Cartago, dieciocho de marzo del dos mil diez.—Lic. Juan Pablo Navarro Solano, Notario.—1 vez.—RP2010163513.—(IN2010025102).
Por
escritura número ciento ochenta y seis, otorgada en San José, a las once horas
del trece de marzo de dos mil diez, Beth Jo Berkowitz y Margot Van Der Plaats,
constituyen
Por escritura número trescientos treinta y seis de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Primero Mall S. A., capital suscrito y pagado, presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Roland García Navarro, Notario.—1 vez.—(IN2010025141).
Por escritura número ciento cincuenta y ocho, otorgada ante mí a las diecisiete horas del primero de marzo del dos mil diez, se constituyó la sociedad Vista Pacífica Schumann One Hundred and Sixty Eight Lot F Telpochtli Sociedad Anónima. Presidente del Consejo de Administración: Paul Iwankowski.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(IN2010025145).
Por escritura número ciento cincuenta y nueve, otorgada ante mí a las diecisiete horas con quince minutos del primero de marzo del dos mil diez, se constituyó la sociedad Vista Pacífica Brown One Hundred and Sixty Eight Lot G Temachtiani Sociedad Anónima. Presidente del Consejo de Administración: Paul Iwankowski.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(IN2010025146).
En
San José, ante esta notaría, al ser las ocho horas del dieciocho de marzo del
dos mil diez, se constituyó la sociedad de esta plaza que se denominará con el
número de cédula jurídica que
Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del veintidós de marzo del año dos mil diez, se constituyó la sociedad Canela Picante Sociedad Anónima.—San José, 22 de marzo del 2010.—Lic. Diana Guzmán Calzada, Notaria.—1 vez.—(IN2010025154).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas del dieciocho de marzo del año dos mil diez, se constituyeron las siguientes sociedades denominadas Inversiones Viterbo S.R.L., Desarrollos Tarento S.R.L., Inversiones Sidermo S.R.L., Inmobiliaria Perusa S.R.L., Inversiones Torcello S.R.L., Santa Fosca S.R.L. e; Inversiones Rialto S.R.L.—San José, 18 de marzo del 2010.—Lic. Diana Guzmán Calzada, Notaria.—1 vez.—(IN2010025155).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del dieciocho de marzo
del año dos mil diez, se constituyeron las siguientes sociedades denominadas Desarrollos
Grosseto S. A.; Inmobiliaria Mondovi S. A.;
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del día de hoy, se constituyó Representaciones y Desarrollos Dss & Ssc S. A. Domicilio: San José. Objeto: en general, la agricultura, ganadería, industria y comercio. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Acciones: comunes y nominativas. Plazo: 100 años a partir de hoy. Presidente y secretario ostentan la representación judicial y extrajudicial de la empresa.—San José, 20 de marzo de 2010.—Lic. Luis Alberto Arias Naranjo, Notario.—1 vez.—(IN2010025157).
Por escritura Nº 23, de las 08:00 horas del 16 de marzo de 2010, se reformaron las cláusulas segunda, quinta y sexta del acta constitutiva de la sociedad denominada Altegio del Oeste S. A., cédula jurídica 3-101-212048. Además los señores René Gustavo Morice Haeberle, Gustavo André Morice Rojas y Eddie Umaña Alvarado fueron nombrados respectivamente como presidente, secretario y tesorero de dicha sociedad. Es todo.—22 de marzo del 2010.—Lic. Carlos Arturo Hernández Estrada, Notario.—1 vez.—(IN2010025169).
Por escritura otorgada en Heredia, a las diez horas del veinticinco de febrero del dos mil diez, se constituyó Mite Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de San José. Presidenta la socia María Eugenia Boza Castillo.—Heredia, a las nueve horas del veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Sonia Víquez Chaverri, Notaria.—1 vez.—(IN2010025170).
Por escritura otorgada en Heredia, a las diez horas del once de marzo del dos mil diez, se constituyó Vientos del Norte Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de Heredia. Presidente el socio Fernando Elías Vindas Camacho.—Heredia, a las nueve horas del veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Sonia Víquez Chaverri, Notaria.—1 vez.—(IN2010025171).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se ha constituido la sociedad denominada Inversiones Sancho & Cordero I A J Sociedad Anónima. Domicilio: San Pedro de Montes de Oca; capital: suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: prestación de servicios profesionales en ingeniería, biología, ambiente y la industria y comercio en general; presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 18 de febrero del 2010.—Lic. Juan Luis Jiménez Succar, Notario.—1 vez.—(IN2010025198).
Por
escritura otorgada hoy ante mí, se ha constituido la sociedad denominada Inversiones
Alnicole A & N Sociedad Anónima. Domicilio: San José,
El suscrito, Luis Enrique Salazar Sánchez, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día nueve de marzo del dos mil diez, se protocolizó ante mí, acta de la empresa denominada Atlantis Plaza Aguamarina Número Uno S. A. El día doce de marzo del dos mil diez, se constituyó ante mí, la sociedad denominada Palmas de Tamarindo Topacio s. a. y ese mismo día se protocolizó ante mí acta de la empresa tres-ciento uno- quinientos sesenta y siete mil cuatrocientos veintisiete S. A.. El día dieciocho de marzo del dos mil diez se protocolizaron ante mí, actas de las empresas Ofi-Bodegas del Oeste Dorado Catorce S. A. y tres- ciento uno- quinientos sesenta y siete mil cuatrocientos veintiuno s. a.; ese mismo día se constituyó ante mí, la empresa Valet International Parking VIP S. R. L. El día diecinueve de marzo del dos mil diez, se protocolizó ante mí acta de la empresa Almacenes Fiscales y Depósito de Pavas S. A. El día veintidós de marzo del dos mil diez se constituyó ante mí, la sociedad Green Hills University S. A.—San José, veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2010025200).
Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las catorce horas del día dos de marzo del dos mil diez, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Ciudad de Miraflores Internacional Sociedad Anónima.— San José, dos de marzo del año dos mil diez.—Lic. Milton Rojas Zamora, Notario.—1 vez.—(IN2010025202).
Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las dieciséis horas cuarenta minutos del día once de marzo del dos mil diez, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Santorini Ofidoussa Developments S. O. D. Sociedad Anónima.—San José, quince de marzo del año dos mil diez.—Lic. Milton Rojas Zamora, Notario.—1 vez.—(IN2010025203).
Constitución de sociedad anónima denominada con numero cédula jurídica que le asigne el Registro Público, con domicilio social y fiscal. San José, Mora, Cuidad Colón, cien norte y ochocientos oeste del rancho El Higuerón, capital social noventa mil colones, representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente y secretario de la junta directiva de forma individual o con acuerdo de asamblea general de accionistas para disponer de bienes. Escritura número cien-cinco, de las once horas del veinticuatro de octubre del dos mil ocho.—Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2010025222).
Constitución de sociedad anónima denominada con numero cédula jurídica que le asigne el Registro Público, con domicilio social y fiscal, San José, Mora, Cuidad Colón cien norte y ochocientos oeste del rancho El Higuerón, capital social noventa mil colones, representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente y secretario de la junta directiva de forma individual o con acuerdo de asamblea general de accionistas para disponer de bienes. Escritura número ciento dos-cinco, de las doce horas del veinticuatro de octubre del dos mil ocho.—Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2010025223).
Constitución de sociedad anónima denominada con numero cédula jurídica que le asigne el Registro Público, con domicilio social y fiscal, San José, Mora, Cuidad Colón, cien norte y ochocientos oeste del rancho El Higuerón, capital social noventa mil colones, representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente y secretario de la junta directivaen forma individual o con acuerdo de asamblea general de accionistas paf disponer de bienes. Escritura número ciento dos-cinco, de las trece horas veinticuatro de octubre del dos mil ocho.—Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2010025224).
Constitución de sociedad anónima denominada con numero cédula jurídica que le asigne el Registro Público. con domicilio social y fiscal, San José, Mora, Cuidad Colón, cien norte y ochocientos oeste del rancho El Higuerón, capital social cien mil colones, representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente y secretario de la junta directiva en forma individual o con acuerdo de asamblea general de accionistas para disponer de bienes. Escritura número ciento tres-cinco, de las catorce horas del veinticuatro de octubre del dos mil ocho.—Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2010025225).
Constitución de sociedad anónima denominada con numero cédula jurídica que le asigne el Registro Público, con domicilio social y fiscal, San José, Mora, Ciudad Colón, cien norte y ochocientos oeste del rancho El Higuerón. Capital social cien mil colones, representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente y secretario de la junta directiva en forma individual o con acuerdo de asamblea general de accionistas para disponer de bienes. Escritura número ciento cinco-cinco, de las dieciséis horas del veinticuatro de octubre del dos mil ocho.—Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario.––1 vez.––(IN2010025226).
Ante mí, Alfredo Esteban Cortés Vílchez notario público se acuerda reformar la cláusula décima del pacto constitutivo de la sociedad Epsilon Ingeniería y Comunicaciones Sociedad Anónima para que en adelante se lea se acuerda reformar la cláusula décima para que en adelante se lea así: será administrada por una junta directiva formada por tres miembros socios o no, que serán presidente, secretario y tesorero, correspondiéndole al presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Otorgada en Heredia a las catorce horas del veintidós de marzo del año dos mil diez. Es todo.—Heredia, veintidós de marzo de dos mil diez.—Alfredo Esteban Cortés Vílchez, Notario.––1 vez.––(IN2010025229).
El día de hoy protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Revolu S. A.—Escazú, 22 de marzo del 2010.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.––1 vez.––(IN2010025234).
El día de hoy protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Kochel S. A.—Escazú, 18 de marzo del 2010.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.––1 vez.––(IN2010025235).
Por escritura
número diez-veintitrés, otorgada ante mí a las diez horas del dieciocho de
febrero del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Q-Cuatro S. A.; domicilio: Cartago,
Por escritura
número once-veintitrés, otorgada ante mí a las diez horas quince minutos del
dieciocho de febrero del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Clío
de Centroamérica S. A.; domicilio: Cartago,
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las diez horas del once de marzo de dos mil diez, se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo, se nombra una nueva junta directiva, un nuevo fiscal y un nuevo agente residente, de la sociedad tres - ciento uno - quinientos sesenta y cinco mil ciento veinticinco sociedad anónima.—Liberia, Guanacaste, once de marzo de dos mil diez.—Lic. Álvaro Restrepo Muñoz, Notario.––1 vez.––(IN2010025251).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las ocho horas del once de marzo de dos mil diez, se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo, se nombra una nueva junta directiva, un nuevo fiscal y un nuevo agente residente, de la sociedad tres - ciento uno - quinientos sesenta y cinco mil setenta y ocho sociedad anónima.—Liberia, Guanacaste, once de marzo de dos mil diez.—Lic. Álvaro Restrepo Muñoz, Notario.––1 vez.––(IN2010025254).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las nueve horas del once de marzo de dos mil diez, se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo, se nombra una nueva junta directiva, un nuevo fiscal y un nuevo agente residente, de la sociedad tres - ciento uno - quinientos sesenta y cinco mil ciento sesenta y cinco sociedad anónima.—Liberia, Guanacaste, once de marzo de dos mil diez.—Lic. Álvaro Restrepo Muñoz, Notario.––1 vez.––(IN2010025256).
Al ser las diecisiete horas del día diecinueve de marzo del dos mil diez, en mi Notaría, se constituyó la empresa de esta plaza denominada Editorial Santiago Sociedad Anónima. Se nombra junta directiva y fiscal.—San José, diecisiete de marzo del dos mil diez.—Lic. Bernald Vargas Montero, Notario.––1 vez.––(IN2010025288).
Por escritura
otorgada ante el Suscrito Notario, a las diecinueve horas del día dieciocho de
marzo del año dos mil diez; se constituyó la sociedad denominada Familia
Villalobos Ledezma Dos Mil Diez Sociedad Anónima, por un plazo social de
noventa y nueve años, con un capital social de diez mil colones, su domicilio
será: su domicilio social será Cerro Alegre, de la entrada setecientos metros
oeste, Chachagua, San Ramón, Alajuela.—Ciudad de
Ante esta Notaría al ser las 8:00 horas 22 de marzo del 2010, se constituyó la sociedad anónima Inversiones Roraima. Patrimonio suscrito y pagado. Presidente: Mariant Coromoto Contreras Ortiz, secretario, Édgar Alejandro Contreras Ortiz, ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio social es provincia de San Francisco de Heredia. Notificaciones al fax 22 21 26 96.—Lic. Juan José Briceño Benavides, Notario.––1 vez.––(IN2010025292).
Ante mí, Siumin Vargas Jiménez, notario público con oficina en San José, se constituyó mediante escritura treinta y ocho del tomo sétimo de mi protocolo, la sociedad Loft Avenida Escazú Housing Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo: 99 años. Objeto: amplio. Representación: Presidente pudiendo actuar individualmente. Escritura otorgada en San José, a las dieciséis horas veinte minutos del cuatro de marzo del dos mil diez.—San José, cuatro de marzo del dos mil diez.—Lic. Siumin Vargas Jiménez, Notario.––1 vez.––(IN2010025300).
Por escritura
otorgada ante esta Notaría a las diecisiete horas del doce de marzo del dos mil
diez, se constituyó la entidad que se denominará con razón social de acuerdo al
número de cédula jurídica que resulte de su inscripción ante el Registro de
Personas Jurídicas, con domicilio en Heredia, Santa Bárbara, Jesús, Birrí de la
entrada a
Ante esta Notaría, por escritura número cincuenta y tres-cuatro, otorgada a las once horas del diecinueve de marzo del dos mil diez, se constituyó la sociedad: Corporación A.R.A. del Sol Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado. Presidente con la representación judicial y extrajudicial.—Heredia, 19 de marzo del 2010.—Lic. Mónica Bogantes Rodríguez, Notaria.––1 vez.––RP2010163520.––(IN2010025305).
Ante esta Notaría, por escritura número cincuenta y uno-cuatro, otorgada a las once horas del seis de febrero del dos mil diez, se constituyó la sociedad: Lumair Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado. Presidente con la representación judicial y extrajudicial.—Heredia, 18 de marzo del 2010.—Lic. Mónica Bogantes Rodríguez, Notaria.––1 vez.––RP2010163521.––(IN2010025306).
Gabriela Calvo Aragón y Marco Antonio Peralta Polini, constituyen la sociedad de esta plaza: Reciclaje Industrial Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las dieciséis horas del dieciocho de marzo del año dos mil diez, ante el notario: Humberto Jarquín Anchía.—Lic. Humberto Jarquín Anchía, Notario.––1 vez.––RP2010163525.––(IN2010025307).
Por escritura número 156-05 del tomo 05 del protocolo de la notaria pública Ana Lorena Borges Montero, otorgada en esta ciudad a las 09:00 horas del 19 de marzo del 2010, la sociedad costarricense denominada Bosque Bejuco S. A., sociedad costarricense con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y siete mil ochocientos cuarenta y seis, modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, 19 de marzo del 2010.—Lic. Ana Lorena Borges Montero, Notaria.––1 vez.––RP2010163526.––(IN2010025308).
Constitución de la sociedad anónima la cual como denominación social utilizará la que le indique el Registro Público como número de cédula jurídica, más su aditamento de S. A. Capital social ¢10.000. Plazo. 99 años. Representación judicial y extrajudicial: presidente.—San José, 18 de marzo del 2010.—Lic. Víctor Sánchez Céspedes, Notario.––1 vez.––RP2010163527.––(IN2010025309).
Que en asamblea
general extraordinaria de accionistas, de la sociedad Green Ridge South
Pacific Properties Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-cuatrocientos ochenta y cuatro quinientos veintinueve, celebrada a las
trece horas del primero de marzo del dos mil diez, en la ciudad de Orangeville,
Ontario, Canadá, y según consta en el libro de Asambleas Generales que para
tales efectos lleva la sociedad, se acordó modificar la cláusula sexta del
pacto constitutivo de la sociedad para que en adelante se lea de la siguiente
manera: “Sexta:
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía 3-101-464768 S. A., mediante la cual se modifica la cláusula primera del nombre, la cláusula segunda del domicilio, cláusula quinta capital, décimo quinta de la administración, vigésima de la representación y se revocan nombramientos de junta directiva y se nombra nueva junta directiva. Escritura número setenta y siete otorgada a las quince horas del dieciocho de marzo del 2010.—Lic. Claudio Antonio Murillo Ramírez, Notario.––1 vez.––RP2010163529.––(IN2010025311).
Por acta de asamblea general extraordinaria de socios, protocolizada por la suscrita notaria, Soluciones Habitacionales Balcones del Este Diecisiete Sociedad Anónima, revoca el nombramiento de los miembros de junta directiva y el fiscal y se procede a hacer los siguientes nombramientos: presidenta: Desiree Alicia Doggett, portadora de la cédula de residencia costarricense número uno ocho cuatro cero cero cinco siete ocho cuatro uno seis, secretario: Carlos Alberto Castro Arrieta, cédula de identidad número uno-novecientos sesenta y cinco-cuatrocientos ochenta y nueve, tesorera: Marta Castro Vega, portadora de la cédula de identidad número uno-quinientos cuarenta y ocho-quinientos setenta. Fiscal: Faynier Arrieta Piedra, portadora de la cédula de identidad número uno- cuatrocientos veintiuno novecientos doce.—San José, diecinueve de marzo de dos mil diez.—Lic. Heidy María Rivera Campos, Notaria.––1 vez.––RP2010163530.––(IN2010025312).
Por escritura número ciento noventa y dos del tomo II de mi protocolo, otorgada el día 15 de marzo del dos mil diez, se constituye la sociedad anónima denominada Laguna Esterillos S. A. Domiciliada en San José.—Paseo Colón, diecinueve de marzo del dos mil diez.—Lic. Iván Villegas Franco, Notario.––1 vez.––RP2010163531.––(IN2010025313).
Por escritura otorgada en San José a las trece horas del dieciocho de marzo del dos mil diez, ante la notaria Laura Avilés Ramírez, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Dillon Inmobiliaria Real Estate Ltda., con un capital de diez mil colones, representado por diez cuotas comunes y nominativas de mil colones cada una, cuya representación judicial y extrajudicial corresponden al gerente, cargo que ostenta Carlos Medina Medina. Es todo.—San José, dieciocho de marzo del dos mil diez.—Lic. Laura Avilés Ramírez, Notaria.––1 vez.––RP2010163532.––(IN2010025314).
Por escritura otorgada en San José a las catorce horas del dieciocho de marzo del dos mil diez, ante la notaria Laura Avilés Ramírez, se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Servicios Constructivos Grupo Himalaya S. A., aumentando su capital a la suma de cincuenta millones de colones. Es todo.—San José, dieciocho de marzo del dos mil diez.—Lic. Laura Avilés Ramírez, Notaria.––1 vez.––RP2010163533.––(IN2010025315).
Ante esta Notaría a las 10 horas y 11 horas del día 19 de marzo del 2010, se constituyen Unipunto de Costa Rica Sociedad Anónima y Jiretex Sociedad Anónima, respectivamente. Domicilio: San José. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidenta: apoderada generalísima sin límite de suma.—San José, 19 de junio del 2006.—Lic. Manuel Fernando Anrango Bonilla, Notario.––1 vez.––RP2010163534.––(IN2010025316).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, se constituyó la sociedad Inversiones A Y C de Liberia S. A. Presidente: Álvaro Gómez Lizaraso. Capital: totalmente suscrito y pagado.—Liberia, diecisiete de marzo del dos mil diez.—Lic. José Humberto Alvarado Angulo, Notario.––1 vez.––RP2010163537.––(IN2010025317).
Por escritura otorgada a las ocho horas del diecisiete de marzo del dos mil diez, ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad Urología Guanacaste S. A. Presidente: Álvaro Gómez Lizaraso. Capital: totalmente suscrito y pagado.—Liberia, diecisiete de marzo del dos mil diez.—Lic. José Humberto Alvarado Angulo, Notario.––1 vez.––RP2010163538.––(IN2010025318).
Por escritura
otorgada ante esta Notaría a las catorce horas del tres de febrero del dos mil
diez, se constituyó la compañía denominada Albergue
Ante la
suscrita notaria, se constituyó una sociedad que se denominará Adesohu
Sociedad Anónima, a las quince y treinta horas del día quince de marzo del
dos mil diez. Presidente: José Carlos Vásquez Morera. Capital social: diez mil
colones. Domicilio social: San José, Moravia,
Por escritura otorgada ante mi notaría, de las 12:00 horas del 17 de marzo del 2010, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la entidad social denominada: SR Representaciones de Equipos Mecánicos E Ingeniería S. A., mediante la cual se reforma la cláusula sétima de los estatutos sociales, y se modifica para ampliar el número de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San Ramón, 17 de marzo del 2010.—Lic. Róger Alexis Barboza Lépiz, Notario.—1 vez.—RP2010163541.—(IN2010025321).
Por escritura otorgada a las diez horas del diecisiete de marzo del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Servicios Dermatológicos Q.R. Sociedad Anónima, representada por su presidenta Magda Rojas Ortega.—San José, diecisiete de marzo del dos mil diez.—Lic. Álvaro Argüello Marenco, Notario.—1 vez.—RP2010163542.—(IN2010025322).
Ante esta
notaría, se constituyó: Caldwell Investments Scorp. E.I.R.L.; Rick Rauf Productions Scorp. E.I.R.L.;
Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00 horas del 19 de marzo del 2010, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada, cuyo nombre será su número de cédula. Domiciliada: en Nuevo Arenal, Tilarán, Guanacaste. Capital social: ¢10.000,00 colones, suscrito y pagado. Gerente y subgerente, con facultades de apoderados generalísimo sin límite de suma.—Lic. Carolina Barboza Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2010163545.—(IN2010025324).
Por escritura otorgada ante el notario público Félix Rodríguez Rojas, a las trece horas treinta y nueve minutos del día 1º de marzo del 2010, se reformó la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad denominada Agropecuaria Río San Juan S. A., cédula jurídica Nº 3-101-43729.—Lic. Félix Rodríguez Rojas, Notario.—1 vez.—RP2010163546.—(IN2010025325).
Ante mí, Lic. Alexánder Quesada Venegas, a las siete y a las siete con quince horas del veintidós de marzo del dos mil diez, se constituyeron las sociedades: Mi Corolla Dos Mil Nueve Sociedad Anónima, e Inversiones González & Carvajal Sociedad Anónima.—San José, veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Alexánder Quesada Venegas, Notario.—1 vez.—RP2010163548.—(IN2010025326).
Con vista en el libro de actas de asamblea general de socios, la sociedad Kayma del Norte Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-ciento setenta y nueve mil setecientos quince, al ser las diez horas del dieciocho de marzo del dos mil diez, realizó la asamblea general extraordinaria, la cual estuvo representada por la totalidad del capital social, en la cual se tomó los acuerdos que dicen así: se acuerda aumentar el capital social y modificar la cláusula quinta del pacto constitutivo.—Alajuela, diecinueve de marzo del dos mil diez.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1 vez.—RP2010163549.—(IN2010025327).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 16:00 horas del 5 de marzo del 2010, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Clemente S. A.—San Juan de Tibás, 19 de marzo del 2010.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—RP2010163550.—(IN2010025328).
Ante mi notaría, se presentaron los señores Ronald Arce Umaña, Ana Rebeca Arce Ureña y Sofía Arce Ureña, para constituir una sociedad de nombre Roclaruma Sociedad Anónima, con un capital social debidamente pagado, consignado y garantizado por letras de cambio, representado por doce acciones de mil colones. Es todo.—San José, 17 de marzo del 2010.—Lic. Carlos Eduardo González Herrera, Notario.—1 vez.—RP2010163554.—(IN2010025329).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del veinte de marzo del dos mil diez, se constituyó Tacos Chico Sociedad Anónima. Domicilio: Tilarán, Guanacaste, cien metros al sur y setenta y cinco al oeste del Banco Nacional de Costa Rica. Plazo: 99 años. Capital social: diez acciones de diez mil colones cada una. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—Tilarán, 20 de marzo del 2010.—Lic. Willy Fernando Elizondo Murillo, Notario.—1 vez.—RP2010163555.—(IN2010025330).
Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Ariadna Villa Quinientos Cincuenta y Cuatro Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula sexta, de la administración, se conoció de revocación de cargos y se realizaron nuevos nombramientos. Escritura dos, otorgada en San José, a las trece horas del dieciocho de marzo del dos mil diez.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—RP2010163559.—(IN2010025331).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Capital social: debidamente suscrito y pagado. Domicilio social: San José, Montes de Oca, San Pedro, Barrio Escalante, de Bagelmans trescientos metros al norte y setenta y cinco metros al este, casa número tres tres seis cinco. Presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando separadamente.—Turrialba, dieciocho de marzo del dos mil diez.—Lic. Laura Ramírez Ulate, Notaria.—1 vez.—RP2010163561.—(IN2010025332).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Capital social: debidamente suscrito y pagado. Domicilio social: San José, Montes de Oca, San Pedro, Barrio Escalante, de Bagelmans trescientos metros al norte y setenta y cinco metros al este, casa número tres tres seis cinco. Presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando separadamente.—Turrialba, dieciocho de marzo del dos mil diez.—Lic. Laura Ramírez Ulate, Notaria.—1 vez.—RP2010163562.—(IN2010025333).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Capital social: debidamente suscrito y pagado. Domicilio social: San José, Montes de Oca, San Pedro, Barrio Escalante, de Bagelmans trescientos metros al norte y setenta y cinco metros al este, casa número tres tres seis cinco. Presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando separadamente.—Turrialba, dieciocho de marzo del dos mil diez.—Lic. Laura Ramírez Ulate, Notaria.—1 vez.—RP2010163564.—(IN2010025334).
Por escritura otorgada ante mí, a las 08:00 horas del 10 de marzo del 2010, se reforma la cláusula del capital social, quinta: capital social es la suma doce mil setenta y tres millones novecientos sesenta y un mil treinta y cuatro colones, representado por doce mil setenta y tres millones novecientos sesenta y un mil treinta y cuatro acciones comunes y nominativas, cada una, con un valor facial de un colón costarricense.—San José, 17 de marzo del 2010.—Lic. Alberto Rojas Chaves, Notario.—1 vez.—RP2010163566.—(IN2010025335).
Mediante escritura 24-9, de las 09:00 horas del 8 de marzo del 2010, se constituyó la sociedad Trader Jacks Sociedad Anónima.—Playa Tamarindo, 8 de marzo del 2010.—Lic. Ricardo Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—RP2010163567.—(IN2010025336).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del veinticinco de febrero del dos mil diez, se constituyó la sociedad Cascante Contracting Ltda. Objeto: administración de bienes inmuebles. Capital social: seis mil colones. Es todo.—Jacó, 15 de marzo del 2010.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—RP2010163569.—(IN2010025337).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 16:00 horas del 10 de marzo del 2010, se constituyó la sociedad Bono Fácil S. A. Capital social: diez mil colones. Domicilio: Guanacaste, Carrillo, 300 metros noreste de la delegación. Presidenta: Ana Mayela Murillo Víquez, cédula Nº 4-116-106, secretario: Marcelo Rodríguez Murillo, cédula Nº 4-180-851.—Lic. Óscar Ramos Brenes, Notario.—1 vez.—RP2010163570.—(IN2010025338).
Ante mí, Fulvia María Sánchez Ballestero, notaria, se constituyó la sociedad denominada Lojarol Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse en su aditamento “S. A.”, que es nombre de fantasía; que los apoderados generalísimos sin límite de suma, recaen en su presidente: Ángel Albino Lobo Rojas, con cédula de identidad número cinco-ciento cincuenta y uno-quinientos treinta y tres, y su secretaria: Rosa Iris Villalobos Peraza, con cédula de identidad número seis-ciento noventa y uno-cuatrocientos noventa y tres, pudiendo actuar conjuntamente o separadamente. El capital social es la suma de diez mil colones. El plazo es de noventa y nueve años. Constitución a las diecisiete horas del dieciséis de marzo del dos mil diez. Es todo.—Guápiles, diecisiete de marzo del dos mil diez.—Lic. Fulvia María Sánchez Ballestero, Notaria.—1 vez.—RP2010163571.—(IN2010025339).
En esta notaría, a las 13:00 horas del 17 de marzo del 2010, se protocoliza la reforma de la cláusula: quinta de los estatutos de la sociedad denominada: Transaciones Mora Madrigal del Este Sociedad Anónima. Apoderado: Juan Carlos Mora Madrigal.—San José, 17 de marzo del 2010.—Lic. Teresita Monge Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2010163576.—(IN2010025340).
Por escritura otorgada en Ciudad Colón, a las 08:50 horas del día 17 de marzo del 2010, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de Bienes Raíces MMR de Piedades de Santa Ana Sociedad Anónima. Se nombra nuevo fiscal. Firmo en Ciudad Colón, Mora, a las nueve horas del diecisiete de marzo del dos mil diez.—Lic. José Aurelio Aguilar Sandí, Notario.—1 vez.—RP2010163581.—(IN2010025341).
Por escritura otorgada en Ciudad Colón, a las 10:00 horas del día 17 de marzo del 2010, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones Repadigo Sociedad Anónima. Se reforma cláusula segunda del pacto constitutivo, se nombran nuevos tesorero y fiscal, se crea la cláusula décima del pacto constitutivo, se nombra agente residente, y se rectifica nombre y números de identificación de presidente y secretaria de la junta directiva. Firmo en Ciudad Colón, Mora, a las once horas del diecisiete de marzo del dos mil diez.—Lic. José Aurelio Aguilar Sandí, Notario.—1 vez.—RP2010163582.—(IN2010025342).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 18 de marzo del 2010, se constituyó la sociedad denominada Avaguardia S. A. Plazo: 99 años. Domicilio: San José, Escazú, Bello Horizonte, 600 este de antigua Intex. Es todo.—San José, 22 de marzo del 2010.—Lic. Pedro Brenes Murillo, Notario.—1 vez.—RP2010163584.—(IN2010025343).
Mediante escritura Nº 147, del tomo 14 del notario Arturo Méndez Jiménez, de fecha 17 de marzo del 2010, se constituye la sociedad: Integradores de Sistemas Informáticos y Telemáticos Sociedad Anónima. Presidente: Javier González Batista.—San Vito de Coto Brus, 17 de marzo del 2010.—Lic. Arturo Méndez Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2010163585.—(IN2010025344).
Mediante escritura otorgada en mi notaría, a las doce horas del diecinueve de marzo del dos mil diez, protocolicé acta de la sociedad anónima denominada Nice And Easy S. A., mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo, se nombran nuevos secretario, fiscal y agente residente.—Golfito, diecinueve de marzo del dos mil diez.—Lic. Hazel Salas Desanti, Notaria.—1 vez.—RP2010163587.—(IN2010025345).
Ante esta notaria, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de las empresas: Flamingo Alas Doradas S. A., e Inversiones BC Temuco S. A., en la cual se reformó las cláusulas novena y segunda de las compañías.—San José, dieciséis de marzo del dos mil diez.—Lic. Marcela Freer Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—RP2010163590.—(IN2010025346).
Ante esta notaria, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de las empresas: Optocontrol JIBF S. A., y Transportec BEA S. A., en la cual se reformó las cláusulas segunda, tercera y sétima de las compañías.—San José, dieciséis de marzo del dos mil diez.—Lic. Marcela Freer Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—RP2010163591.—(IN2010025347).
Ante esta notaria, se protocolizaron actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de Baula Biege Five de Playa Grande S. A., y Baula Azul Four de Playa Grande S. A., en donde se modificaron las cláusulas primera y sexta del pacto constitutivo.—San José, 15 de marzo del 2010.—Lic. Marcela Freer Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—RP2010163592.—(IN2010025348).
En mi notaría, al ser las diecisiete horas del dieciocho de marzo del dos mil diez, se constituyó la sociedad Mr Magnum Sociedad Anónima.—Lic. Celenia Godínez Prado, Notaria.—1 vez.—RP2010163593.—(IN2010025349).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las 9:00 horas del 17 de marzo del 2010, se reformó la cláusula 7ª de la sociedad Corporación Estance S. A., sobre la administración de la sociedad. Correspondiendo al presidente, vicepresidente, secretario y tesorero la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o independiente.—Lic. Mario Alberto Marín Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2010163595.—(IN2010025350).
Ante la suscrita notaria Marelyn Jiménez Durán, se constituye la sociedad Malinche Verde Limitada. Con capital un millón de colones. Corresponde a dos gerentes, la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con las facultades apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjunta o separadamente.—Liberia, 20 de marzo del 2010.—Lic. Marelyn Jiménez Durán, Notaria.—1 vez.—RP2010163598.—(IN2010025351).
En esta notaría, mediante escritura trescientos trece al ser las ocho horas del diecinueve de marzo del año dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Palomo & Alvarado S. A. por medio de la cual se nombró como presidenta a la señora Jeannette Alvarado González, cédula seis-cero siete tres-seis cero cero.—Alajuela, diecinueve de marzo de dos mil diez.—Lic. Santiago Herrera Quirós, Notario.—1 vez.—RP2010163599.—(IN2010025352).
Ante esta notaría, a las once horas del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Registros Bio-Médicos D.M. de Escazú Sociedad Anónima. Capital social: ¢10.000,00 totalmente suscrito y pagado. Plazo social: 99 años. Presidenta: Damaris Maritza Matamoros Cascante.—San José, 6 de enero del 2010.—Lic. Randall Fernández Argüello, Notario.—1 vez.—RP2010163600.—(IN2010025353).
Por escritura otorgada a las 11:00 horas de 19 de marzo de 2010, se constituyó Asesoría y Capacitaciones Aski Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Rodrigo José Aguilar Moya, Notario.—1 vez.—RP2010163601.—(IN2010025354).
Por escritura número 134-4, otorgada hoy ante mí, se constituyó la sociedad Las Gárgolas Dos Mil Nueve Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Tibás, Anselmo Llorente, Residencial del Norte, casa número 48. Capital social: cien mil colones. Presidente con las facultades que señala el artículo 1253 del Código Civil.—San José, 18:00 horas del 20 de marzo del 2010.—Lic. Kathia Valverde Molina, Notaria.—1 vez.—RP2010163602.—(IN2010025355).
Por escritura otorgada ante el notario Álvaro Rojas Morera, el veinte de marzo del dos mil diez, Kenneth Charles Booth Jr. y Ana María Booth, constituyen la sociedad anónima, que se denominará de conformidad con el Decreto tres tres uno siete uno-J.—San José, veintidós de marzo del 2010.—Lic. Álvaro Rojas Morera, Notario.—1 vez.—RP2010163604.—(IN2010025356).
Por escritura otorgada ante el notario Álvaro Rojas Morera, el veinte de marzo del dos mil diez, Kenneth Charles Booth Jr. y Ana María Booth, constituyen la sociedad anónima, que se denominará de conformidad con el Decreto tres tres uno siete uno-J.—San José, veintidós de marzo del 2010.—Lic. Álvaro Rojas Morera, Notario.—1 vez.—RP2010163606.—(IN2010025357).
Por escritura pública otorgada en Cartago, a las nueve horas del día tres de abril del año dos mil nueve, se protocolizaron acuerdos de la empresa denominada Corporación Raseno V y V Sociedad Anónima, modificándose la cláusula primera del pacto constitutivo en cuanto el nombre de fantasía y se nombra al presidente de la junta directiva.—Cartago, dieciocho de marzo del dos mil diez.—Lic. Adrián Antonio Masís Mata, Notario.—1 vez.—RP2010163607.—(IN2010025358).
Mediante escritura otorgada a las dieciséis horas del día de hoy, ante esta notaría, se constituyó Importadora Villegas & Prendas Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Plazo social: cien años. Presidente: Eliécer Villegas Prendas.—San José, Puriscal, quince de marzo dos mil diez.—Lic. Yorleny María Murillo Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010163608.—(IN2010025359).
Por escritura
otorgada en esta notaría, a las doce horas, treinta minutos del día de hoy, se
constituyó la sociedad L’Atelier Gastronomique de Jean Claude A.G.J.C.
Sociedad de Responsabilidad Limitada. Con domicilio en San José,
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del siete de marzo del dos mil diez, se constituyó la entidad Tierra Iriria Sociedad Anónima. Capital debidamente suscrito y pagado.—San José, siete de marzo de dos mil diez.—Lic. Grethel Fernández Carmona, Notaria.—1 vez.—RP2010163612.—(IN2010025361).
En la notaría de Ana Patricia Calderón Zapata, sita en la ciudad de San José, avenida ocho, calle diez, se efectuó protocolización de acta de asamblea extraordinaria de la sociedad denominada Servicios Contables de Costa Rica, SECORI Sociedad Anónima, haciéndose cambio del plazo social.—San José, diecinueve de marzo del año dos mil diez.—Lic. Ana Patricia Calderón Zapata, Notaria.—1 vez.—RP2010163613.—(IN2010025362).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituye la sociedad Cabo Luna Tamarindo Sociedad Anónima. Presidente y secretario son representantes legales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando separadamente. Capital social de diez mil colones.—Guanacaste, 16 de marzo del 2010.—Lic. Melania Calzada Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2010163614.—(IN2010025363).
Por escritura otorgada ante este notario, a las diez horas del veinte de marzo dos mil diez, se constituye sociedad anónima denominada Nmora Gerencia y Arriendos S. A. Representada por su presidenta, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, actuando en forma conjunta. Domiciliada en provincia de San José, Rohrmoser, trescientos metros sur de Plaza Mayor, condominio Everen número diez. Con un capital social de diez mil colones.—Lic. Mauricio Camacho Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2010163616.—(IN2010025364).
A las nueve
horas del 4 de enero de 2010, modifica cláusula sexta: de la administración y
representación de
A las nueve horas del 22 de marzo de 2010, modifica cláusula segunda del domicilio de la empresa Cinco JBC Riberas S. R. L.—San José, 22 de marzo de 2010.—Lic. Yaroly Cole Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2010163618.—(IN2010025366).
Por escritura otorgada a las 8:00 horas del 19 de marzo de 2010, ante el suscrito notario, se modificaron las cláusulas décima y décima segunda de Distribuidora Tropimar S. A. y se nombra nueva junta directiva.—Heredia, 22 de marzo de 2010.—Lic. Luis Antonio Álvarez Chaves, Notario.—1 vez.—RP2010163621.—(IN2010025367).
Mediante escritura número doscientos ochenta y cuatro, otorgada en esta notaría, a las doce horas del once de marzo del año dos mil diez, se constituyó la sociedad Casandra de Rosario Sociedad Anónima. Capital social: un millón de colones, íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: Rosario de Nicoya, Guanacaste, ciento cincuenta metros al norte de la plaza vieja. Plazo social: noventa y nueve años, a partir de su constitución. Presidente es el representante judicial y extrajudicial.—Nicoya, 15 de marzo del 2010.—Lic. Luis Araya Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2010163622.—(IN2010025368).
Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del ocho de marzo del dos mil diez, se protocolizó escritura de la sociedad Comercializadora Emede S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y un mil trescientos doce, en donde se reformó la cláusula cuarta relativa al plazo social.—San José, ocho de marzo del dos mil diez.—Lic. Leonardo Ugalde Cajiao, Notario.—1 vez.—RP2010163624.—(IN2010025369).
Por escritura otorgada el día de hoy se modifica cláusulas segunda y de la sexta a la décimo novena de la sociedad de esta plaza Inmobiliaria CR del Oeste Sociedad Anónima.—San José, 15:00 horas del 16 de marzo del dos mil diez.—Lic. Alvis González Garita, Notario.—1 vez.—RP2010163625.—(IN2010025370).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del diecinueve de marzo del año dos mil diez, se constituyó la sociedad anónima Visionario del Este Sociedad Anónima. Nombrándose como presidente Su San (nombre) Park (apellido) de un solo apellido en razón de su de nacionalidad coreana. Es todo.—San José, diecinueve de marzo del año dos mil diez.—Lic. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1 vez.—RP2010163627.—(IN2010025371).
Ante esta notaría, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Inversiones Escalón, cédula jurídica Nº 3-101-568740, en la cual se reformaron las cláusulas segunda, cláusula quinta y la cláusula octava del pacto constitutivo. Es todo.—San José, veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2010163628.—(IN2010025372).
Ante esta notaría, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Grupo Corima, cédula jurídica Nº 3-101-567241, en la cual se reformaron la cláusula segunda y la cláusula octava del pacto constitutivo. Es todo.—San José, veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2010163629.—(IN2010025373).
Ante esta notaría, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Comercial Atocha, cédula jurídica Nº 3- 101-1248237, en la cual se reformaron la cláusula segunda, la cláusula quinta del pacto constitutivo y la cláusula octava de la junta directiva. Es todo.—San José, veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2010163630.—(IN2010025374).
Ante esta notaría, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Liupa Inversiones, cédula jurídica Nº 3-101-567158, en la cual se reformaron la cláusula segunda, la cláusula quinta y la cláusula octava del pacto constitutivo. Es todo.—San José, veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2010163631.—(IN2010025375).
Por escritura otorgada a las trece horas del día dieciocho de marzo del dos mil diez, se constituyó la empresa Clean NS Sociedad de Responsabilidad Limitada. Cuyo gerente es Luis Marín Roldán.—San José, 22 de marzo del 2010.—Lic. Alberto Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2010163632.—(IN2010025376).
Por escritura otorgada a las diez horas del día veintidós de marzo del dos mil diez, se constituyó la empresa Soluciones Textiles Profesionales Sociedad de Responsabilidad Limitada. Cuya gerente es la señora Monserrat Acuña Arias.—San José, 22 de marzo del 2010.—Lic. Alberto Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2010163633.—(IN2010025377).
Por escritura otorgada a las 16:00 horas de hoy, protocolicé actas de asamblea general extraordinaria y ordinaria de socios de Suspensiones y Mas Villagar S. A., por las cuales se modificó las cláusulas II y V de los estatutos sociales.—San José, 19 de marzo de 2010.—Lic. Javier Francisco Aguilar Villa, Notario.—1 vez.—RP2010163634.—(IN2010025378).
Por escritura otorgada a las 15:00 horas de hoy, protocolicé actas de asamblea general extraordinaria y ordinaria de socios de Publiseo Consultores S. A., por las cuales se modificó las cláusulas II y V de los estatutos sociales.—San José, 19 de marzo de 2010.—Lic. Javier Francisco Aguilar Villa, Notario.—1 vez.—RP2010163635.—(IN2010025379).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del día veintiséis de febrero del año dos mil diez, se constituye la sociedad de este domicilio Aydosdes Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve. Representación: presidente, secretario y tesorero.—Lic. José Francisco Vega Quesada, Notario.—1 vez.—RP2010163637.—(IN2010025380).
Mediante
escritura número 79-8 otorgada ante mi notaría a las 09:00 horas del 22 de
marzo de 2010, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de
socios de Autos
Por escritura número diecisiete-nueve, otorgada ante esta notaría: notario público Juan Manuel Godoy Pérez, a las once horas del día diecinueve de marzo del año dos mil diez, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Cable & Wireless (Costa Rica) Sociedad Anónima cédula de persona jurídica número tres - ciento uno - quinientos noventa y seis mil quinientos diecisiete; mediante la cual se modifica la cláusula sétima de los estatutos.—San José, diecinueve de marzo del dos mil diez.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—RP2010163639.—(IN2010025382).
Por escritura de las 16:00 horas del ocho de febrero del 2010, se constituyó la sociedad con domicilio en San Juan de Tres Ríos, Gladiadores.com, objeto comercio, compra y venta de bienes.—San José, quince de febrero del 2010.—Lic. María Isabel Blanco Morales, Notaria.—1 vez.—RP2010163640.—(IN2010025383).
La suscrita notaria dejo constancia que el edicto respectivo, de Farmacia Popular Sociedad Anónima, se constituye mediante escritura ciento treinta y tres, visible al folio ciento veinte frente, del tomo dos de mi protocolo. Es todo.—Santa Ana, diez horas del veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Kattia Vargas Álvarez, Notaria.—1 vez.—RP2010163641.—(IN2010025384).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Vistas Vulcanológicas El Alto Sociedad Anónima, plazo social de noventa y nueve años, capital social doce mil colones totalmente suscrito y pagado. Representada por su presidente Juan Luis Pérez Hidalgo, secretario Julio Pérez Murillo.—Monterrey de San Carlos, Alajuela, dieciocho horas del dieciocho de marzo de dos mil diez.—Lic. Ricardo Reyes Cálix, Notario.—1 vez.—RP2010163642.—(IN2010025385).
En la notaría del licenciado Wilberth Picado Portuguez, sita en Guápiles frente a Repuestos Wicho, se ha constituido la sociedad denominada Inversiones Gil S. A., su representante legal con facultades de apoderado generalísimo corresponde al presidente y tesorero, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Su domicilio social esta ubicado en Jiménez, Pococí, Limón, costado norte del parque.—Guápiles, 22 de marzo del dos mil diez.—Lic. Wilberth Picado Portuguez, Notario.—1 vez.—RP2010163643.—(IN2010025386).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría a las catorce horas del día nueve de marzo del año dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada American Music Export Company Amexco de Costa Rica Sociedad Anónima.—Lic. Lindsay Jiménez Flores, Notaria.—1 vez.—RP2010163644.—(IN2010025387).
Por escritura pública otorgada esta notaría a las quince horas del día tres de marzo del año dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria, de la sociedad denominada Tropical Music & Pro Audio Sociedad Anónima.—Lic. Lindsay Jiménez Flores, Notaria.—1 vez.—RP2010163645.—(IN2010025388).
Ante mi notaría, el día veintisiete de febrero del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Muebles & Más Robic Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones.—Heredia, veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Carlos Delgado Chaves, Notario.—1 vez.—RP2010163646.—(IN2010025389).
Ante mi notaría, el día tres de marzo del dos mil diez, se procedió a protocolizar el nombramiento de la nueva junta directiva y fiscal de la sociedad denominada Euromoda Sociedad Anónima. Cédula jurídica número: tres-ciento uno-cero cuarenta y tres mil ciento setenta y siete.—Heredia, veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Carlos Delgado Chaves, Notario.—1 vez.—RP2010163647.—(IN2010025390).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las 09:00 horas del día 18 de marzo del 2010, se protocolizó asamblea general extraordinaria número tres de la sociedad denominada Consultores Comerciales SA.JI.SA. S. A.—Lic. Lilliam Solano Cruz, Notaria.—1 vez.—RP2010163648.—(IN2010025391).
Mediante escritura número trescientos cuarenta y ocho-seis, otorgada ante esta notaría, en ciudad de Cartago al ser las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de febrero del dos mil diez, escritura visible al folio ciento ochenta y ocho vuelto del tomo sexto del protocolo del suscrito notario, se ha constituido la sociedad denominada Yujumapo Sociedad Anónima, capital social totalmente suscrito y pagado por los socios.—Cartago, trece horas cuarenta y cinco minutos del doce de marzo del dos mil diez.—Lic. Jorge Andrés Cordero Leandro, Notario.—1 vez.—RP2010163654.—(IN2010025392).
El Compadrito O Y A Sociedad Anónima, modifica la cláusula sétima del acta constitutiva y de ahora en adelante los representantes con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma son el presidente y secretario pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Kenneth Mora Díaz, Notario.—1 vez.—RP2010163657.—(IN2010025393).
Por escritura otorgada ante mi notaría se constituyó Madre Tierra Sostenible Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado, presidenta la socia Vivian Ermeli Jiménez Hidalgo.—Paso Canoas, veintidós de marzo del año dos mil diez.—Lic. Grace Jiménez Viales, Notaria.—1 vez.—RP2010163658.—(IN2010025394).
Por escritura otorgada ante mí, Susana Maradiegue Montero y Richard Maradiegue Montero, constituyen sociedad denominada Cruz del Sur S.M.M. Sociedad Anónima, capital social diez mil colones, plazo social cien años a partir de su constitución, domicilio San Rafael de Heredia, presidenta Susana Maradiegue Montero.—San José, a las diez horas del veinte de marzo del dos mil diez.—Lic. Andrés Vargas Rojas, Notario.—1 vez.—RP2010163659.—(IN2010025395).
La suscrita Marta Emilia Rojas Carranza con oficina abierta en Palmares de Alajuela constituí la sociedad civil con denominación social Sociedad Civil J & A Forever, con un capital social de cien mil colones y un plazo social de noventa y nueve años. Es todo.—Palmares, veinte de marzo del año dos mil diez.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2010163660.—(IN2010025396).
Por escritura otorgada, ante mi notaría, a las once horas del dieciséis de enero del dos mil diez, se constituye la sociedad Agroforestal Canarrú Sociedad Anónima. Presidente: Manuel Ezequías Brenes Navarro, domicilio: Cartago.—11:00 horas del 16 de enero del dos mil diez.—Lic. Efrén Rivera Garbanzo, Notario.—1 vez.—RP2010163661.—(IN2010025397).
La suscrita
notaria Viviana Navarro Miranda, con oficina abierta en San José, hace saber
que Jimmy Venegas Martínez, mayor, casado una vez, comerciante, cédula de
identidad número: uno-siete tres seis-cuatro seis ocho, vecino de San José, dos
cuadras al este del Hospital de
Ante mi notaría a las 18:30 horas del día 18 de marzo de 2010, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad Grupo Santillana de Yarumal S. A. en donde se reforma la cláusula domicilio y administración.—San José, 18 de marzo del 2010.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—RP2010163663.—(IN2010025399).
Ante mi notaría a las 14:00 horas del día 19 de marzo de 2010, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad Grupo Varvelaz S. A. en donde se reforma la cláusula domicilio y aumento de capital.—San José, 19 de marzo del 2010.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—RP2010163664.—(IN2010025400).
Mediante
escritura otorgada en esta notaría a las siete horas del día ocho del día
veintidós de marzo del dos mil diez, se constituye la sociedad que se
denominará Inside- U Sociedad Anónima; que es nombre de fantasía, el
domicilio social será la ciudad de San José, San José,
Ante mi notaría a las 18:00 horas del día 18 de marzo de 2010, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad Pan Pluff S. A. en donde se reforma la cláusula domicilio y administración.—San José, 18 de marzo del 2010.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—RP2010163667.—(IN2010025402).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad Inter National Dynamics Research Corp Sociedad Anónima. Capital social cien mil colones, plazo cien años, presidente James Keith Flanigan.—San José, 22 de marzo del 2010.—Lic. Carlos Zapparolli Arrieta, Notario.—1 vez.—RP2010163669.—(IN2010025403).
Por escritura número 168-4, otorgada a las 11:00 horas del 2 de marzo del 2010, ante esta notaría Diana Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Los Míticos de Garabito S. A. donde se acuerda transformar la presente sociedad anónima en una sociedad de responsabilidad limitada.—Puntarenas, 10 de marzo del dos mil diez.—Lic. Diana Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—RP2010163670.—(IN2010025404).
Por escritura número 172-4, otorgada a las 11:00 horas del 4 de marzo del 2010, ante esta notaría Diana Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Beachfront Condo Reale State Ltda donde se acuerda reformar la cláusula novena de los estatutos.—Puntarenas, dieciocho de marzo del dos mil diez.—Lic. Diana Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—RP2010163671.—(IN2010025405).
Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas del veintidós de marzo de dos mil diez, se constituyó la sociedad Bodhi Surf Sociedad Anónima, cuya presidenta es Pilar Salazar López.—San José, 22 de marzo de 2010.—Lic. Ana Victoria Mora Mora, Notaria.—1 vez.—RP2010163672.—(IN2010025406).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veintidós de marzo del dos mil diez, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Condominio San Sebastián Rojo A Sociedad Anónima, en donde se reforma pacto constitutivo.—San José, veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—RP2010163673.—(IN2010025407).
Por escritura otorgada en esta fecha ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Productora de Frutos Tropicales PFT Sociedad Anónima.—San José, ocho de marzo del dos mil diez.—Lic. José Adolfo Borge Lobo, Notario.—1 vez.—RP2010163674.—(IN2010025408).
Mediante la escritura número treinta y uno, otorgada a las diecinueve horas treinta minutos del veintiuno de marzo del dos mil diez, ante esta notaría, se constituyó la sociedad Empresa Océano Sociedad Anónima. Domicilio social Heredia. Capital social cien mil colones. La representación judicial y extrajudicial de la sociedad les corresponde al presidente, vicepresidente, secretario y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—San José, veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Luis Diego Sáenz Mederas, Notario.—1 vez.—RP2010163675.—(IN2010025409).
Por escritura otorgada en esta fecha ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Técnicas Innovadoras Para Producir Mejor TIPMEJ Sociedad Anónima.—San José, ocho de marzo del dos mil diez.—Lic. José Adolfo Borge Lobo, Notario.—1 vez.—RP2010163676.—(IN2010025410).
Por escritura otorgada en esta fecha ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Servicios en Agricultura Avanzada y Precisa SERVAAPREC Sociedad Anónima.—San José, ocho de marzo del dos mil diez.—Lic. José Adolfo Borge Lobo, Notario.—1 vez.—RP2010163677.—(IN2010025411).
Mediante escrituras otorgadas ante mi notaría protocolicé. A) Acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Desarrollos y Sistemas de Potencia DEYSPO S. A. En la cual se modifican nombramientos de junta directiva. B) Acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa FCH Compañía Constructora Centroamericana S. A. En la que se modifican las cláusulas primera, segunda y octava, así como los nombramientos de la junta directiva, fiscal.—San José, veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2010163678.—(IN2010025412).
E día 15 de marzo del año 2010, Soluciones Constructivas SOLCO Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-239927, procedió a reformar la cláusula sexta del pacto constitutivo, en relación a la administración. Dicha reforma fue protocolizada mediante escritura 298-19, visible al folio 121 vuelto del tomo 19 del protocolo, con fecha 10 horas del día 15 de marzo del año 2010 por el notario Gerardo Quesada Monge.—San José, a los 22 días del mes de marzo del 2010.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—RP2010163679.—(IN2010025413).
Por escritura otorgada a las once horas treinta minutos del día diecinueve de marzo del año dos mil diez, ante los notarios: Juan Diego Arias Rojas y Víctor Julio Víquez Arias, se constituyó una sociedad anónima que llevará como denominación su número de cédula jurídica, con domicilio en Alajuela centro, distrito quinto, cantón primero de la provincia de Alajuela, con un plazo de noventa y nueve años, capital social: diez mil colones, suscrito y pagado, su objeto: el comercio en general. Presidente: José Lorenzo Vargas Muñoz, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Agente residente: licenciado Víctor Julio Víquez Arias.—Atenas, diecinueve de marzo del año dos mil diez.—Lic. Víctor Julio Víquez Arias, Notario.—1 vez.—RP2010163680.—(IN2010025414).
Mediante escritura pública número doscientos treinta y ocho-seis, otorgada a las dieciséis horas del diecinueve de marzo del dos mil diez, ante la notaría del licenciado Maynor Gómez Goicoechea, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Mi Finquita de Aranjuez Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución y con un capital social de diez mil colones, domicilio social; San José; Escazú, Guachipelín, del Club Cubano, ochocientos metros al este.—San José, diecinueve de marzo del dos mil diez.—Lic. Maynor Gómez Goicoechea, Notario.—1 vez.—RP2010163683.—(IN2010025415).
Por escritura doscientos veinticuatro, otorgada ante la notaria pública Carolina Ulate Zárate, a las trece horas del día primero de marzo del año dos mil diez, se modificaron las cláusulas tercera y octava del pacto constitutivo de la sociedad denominada Matsí Balíi Sociedad Anónima.—Heredia, primero de marzo del año dos mil diez.—Lic. Carolina Ulate Zárate, Notaria.—1 vez.—RP2010163686.—(IN2010025416).
Por las
escrituras número doscientos cincuenta y uno, otorgada ante esta notaría
respectivamente a las veinte horas del diecinueve de marzo del dos mil diez, se
constituyeron seis sociedades anónimas, con un capital social de diez mil
colones, domiciliadas en Heredia, Barva, Jardines de Santa Lucía de la
panadería Musmanni, cien metros al este y ciento setenta y cinco al norte, con
José Geovanny Chaves Valerio y Alexander Miranda Matamoros con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, como representantes legales, cuya
denominación social será el número de cédula jurídica, de acuerdo con el Decreto
Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en
Ante esta notaría se reformó la cláusula octava de la administración de la sociedad denominada tres-ciento dos-quinientos cuarenta y seis mil ochocientos veintisiete sociedad anónima, y se nombra nueva subgerente.—San José, diecinueve de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Soren Araya Madrigal, Notaria.—1 vez.—RP2010163690.—(IN2010025418).
Ante mi notaría a las diecinueve horas del doce de marzo del dos mil diez, constituí la sociedad P.G. Jima Sociedad Anónima, la representación judicial y extrajudicial le corresponderá al presidente y a la secretaria únicamente.—Palmares, veinte de marzo de dos mil diez.—Lic. Olivia Fernández Vásquez, Notaria.—1 vez.—RP2010163691.—(IN2010025419).
Ante esta
notaría, en
Ante esta notaría se reformó la cláusula octava de la administración de la sociedad denominada Lobo Gris Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta mil dieciséis y se nombra nueva tesorera.—San José, diecinueve de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Soren Araya Madrigal, Notaria.—1 vez.—RP2010163693.—(IN2010025421).
Ante esta notaría se reformó la cláusula octava de la administración de la sociedad denominada Inmobiliaria Recinto Acuático Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos seis mil setecientos diecinueve y se nombra nueva tesorera, fiscal y agente residente.—San José, diecinueve de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Soren Araya Madrigal, Notaria.—1 vez.—RP2010163694.—(IN2010025422).
Por escritura
otorgada ante el notario público José Miguel Corrales Bolaños, a las 19:00
horas del día 16 de marzo de 2010, visible al folio 41 frente del tomo 29 de su
protocolo, se constituyó la asociación denominada Asociación Centro Cultural
y Educativo Costarricense Chino, cuyos fines primordiales son: fomentar las
relaciones culturales y educativas con
Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de asociados de Asociación Iglesia Apostólica Libre, en la que se reforma la cláusula segunda del domicilio.—San José, dieciocho de marzo de dos mil diez.—Lic. Mario Carazo Zeledón, Notario.—1 vez.—RP2010163696.—(IN2010025424).
Por escritura otorgada a las diez horas del once de marzo del dos mil diez, se constituyó Las Chorejas S. A. Por escritura otorgada a las diez horas quince minutos del once de marzo del dos mil diez se constituyó Corporación Algaraban S. A. Por escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del once de marzo del dos mil diez se constituyó Cuyeo del Monte S. A.—Lic. Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—RP2010163697.—(IN2010025425).
Por escritura otorgada a las trece horas quince minutos del trece de marzo del dos mil diez, se constituyó Los Sueños de Palo Blanco Lote Diez S. A. Por escritura otorgada a las trece horas treinta minutos del trece de marzo del dos mil diez, se constituyó Los Sueños de Palo Blanco Lote Cincuenta y Tres S. A. Por escritura otorgada a las trece horas cuarenta y cinco minutos del trece de marzo del dos mil diez, se constituyó Los Sueños de Palo Blanco Lote Sesenta y Ocho S. A.—Lic. Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—RP2010163698.—(IN2010025426).
Por escritura otorgada a las doce horas treinta minutos del trece de marzo del dos mil diez, se constituyó Los Sueños de Palo Blanco Lote Cincuenta y Ocho S. A. Por escritura otorgada a las doce horas cuarenta y cinco minutos del trece de marzo del dos mil diez, se constituyó Los Sueños de Palo Blanco Lote Cincuenta y Seis S. A. Por escritura otorgada a las trece horas del trece de marzo del dos mil diez, se constituyó Los Sueños de Palo Blanco Lote Cincuenta y Siete S. A.—Lic. Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—RP2010163699.—(IN2010025427).
Por escritura otorgada a las once horas cuarenta y cinco minutos del trece de marzo del dos mil diez, se constituyó Los Sueños de Palo Blanco Lote Setenta S. A. Por escritura otorgada a las doce horas del trece de marzo del dos mil diez, se constituyó Los Sueños de Palo Blanco Lote Sesenta y Cinco S. A. Por escritura otorgada a las doce horas quince minutos del trece de marzo del dos mil diez, se constituyó Los Sueños de Palo Blanco Lote Sesenta y Dos S. A.—Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—RP2010163701.—(IN2010025428).
Por escritura otorgada a las once horas del trece de marzo del dos mil diez, se constituyó Los Sueños de Palo Blanco Lote Setenta y Dos S. A. Por escritura otorgada a las once horas quince minutos del trece de marzo del dos mil diez, se constituyó Los Sueños de Palo Blanco Lote Cincuenta y Cinco S. A. Por escritura otorgada a las once horas treinta minutos del trece de marzo del dos mil diez, se constituyó Los Sueños de Palo Blanco Lote Sesenta y Seis S. A.—Lic. Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—RP2010163702.—(IN2010025429).
Por escritura otorgada a las catorce horas del trece de marzo del dos mil diez, se constituyó Los Sueños de Palo Blanco Lote Cincuenta y Nueve S. A.—Lic. Leslie Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—RP2010163703.—(IN2010025430).
Ante esta notaría, por escritura número doscientos setenta y cuatro -cincuenta y ocho, otorgada en San Miguel de Naranjo, a las diecisiete horas del veintidós de febrero del dos mil diez, hago constar que se realiza cambio de presidente de la junta directiva y se aumenta el capital social, de la empresa Pantomima Sociedad Anónima, a las quince horas del quince de marzo de dos mil diez.—Lic. Edgar Campos Araya, Notario.—1 vez.—RP2010163705.—(IN2010025431).
Por escritura otorgada ante mí a las catorce horas del día veinte de febrero del dos mil diez, se constituyó la sociedad Pro Carisma GDM S.A. Domicilio: Curridabat. Plazo social: noventa y nueve años. Corresponde al presidente, al secretario y al tesorero, la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Lic. Luis Femando Longan Phillips, Notario.—1 vez.—RP2010163706.—(IN2010025432).
Ante mí Lic. Miguel Enrique Zamora Azofeifa, notario con oficina en San José, mediante escritura número 486 de fecha 22 de marzo del año 2010, visible al folio 185 frente, del tomo dieciocho, otorgada a las 11:00 horas, se constituye la sociedad Grupo Lima Siglo XXI S. A. capital cancelado mediante letras de cambio a favor de la sociedad representante presidente, secretario.—San José, veintidós de marzo del año dos mil diez.—Lic. Miguel Enrique Zamora Azofeifa, Notario.—1 vez.—RP2010163707.—(IN2010025433).
En escritura N° 5-255, otorgada a las 08:00 horas, del 20 de marzo de 2010, tomo cinco del protocolo de esta notaría, se modifica la cláusula segunda y sétima del pacto constitutivo de G-Seventy three-Spring Palms-Twenty eight.—San José, 22 de marzo de 2010.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—RP2010163708.—(IN2010025434).
Ante esta notaría, mediante escritura número tres, otorgada a las trece horas treinta minutos, del veintidós de marzo del dos mil diez, se constituyó sociedad limitada que se denominará con el número de cédula jurídica que se le asigne al momento de su inscripción, seguido de limitada.—San José, 22 de marzo del 2010.—Lic. John Aguilar Quesada, Notario.—1 vez.—RP2010163710.—(IN2010025435).
Por escritura otorgada ante mi notaría, en Tres Ríos, a las 19:00 horas, del 18 de marzo del 2010, se constituyó la sociedad anónima, que se denominará Distribuidora de Productos Ampo S. A. Plazo: 100 años, Capital social: ¢90.000,00 Giro: el comercio en general, etc. Domicilio: San José. Presidente: Eduardo Trejos Prior.—Lic. Eduardo Sanabria Rojas, Notario.—1 vez.—RP2010163711.—(IN2010025436).
Por escritura otorgada ante mi notaría, en Tres Ríos, a las 08:00 horas del 18 de marzo del 2010, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de socios, de la compañía: JMM Ingeniería S. A., en la que se modifica el domicilio, la administración y se nombra vicepresidente.—Lic. Eduardo Sanabria Rojas, Notario.—1 vez.—RP2010163712.—(IN2010025437).
Por escritura número 148, otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 20 del 03 del 2010, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Fricca Sociedad Anónima. Presidente: Cesar Coronel Cordero.—San José, 22 de marzo del 2010.—Lic. Nelson Navarro González, Notario.—1 vez.—RP2010163714.—(IN2010025438).
Por escritura otorgada a las 11:00 horas del día 22 de marzo del año 2010, se modifica la cláusula quinta de la sociedad Distribuidora y Envasadora de Químicos S. A.—Lic. Alina Fallas Zeledón, Notaria.—1 vez.—RP2010163715.—(IN2010025439).
Por escritura otorgada a las 12:00 horas del día 18 de febrero del año 2010, se constituyó la sociedad Altos de Antigua Recreation and Acquatic Club S. A. Presidente: Brian Miles Mclane.—Lic. Carlos Alfredo Umaña Balser, Notario.—1 vez.—RP2010163717.—(IN2010025440).
Por escritura pública otorgada ante el suscrito notario, se constituyó la empresa Servicios de Mantenimiento Arrieta y González S. A. Capital totalmente suscrito y pagado. Presidente: Olga María González Montero.—Lic. Danubio Quirós Picado, Notario.—1 vez.—RP2010163718.—(IN2010025441).
Ante esta notaría, se protocolizó la sociedad Inversiones Gargantua Sociedad Anónima.—Guápiles, Pococí, dieciocho de marzo del dos mil diez.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—RP2010163720.—(IN2010025442).
Ante este notaría, se protocolizó la sociedad Roca Sólida Sociedad Anónima.—Guápiles, Pococí, dieciocho de marzo del dos mil diez.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—RP2010163721.—(IN2010025443).
Ante esta notaría, se protocolizó la sociedad Umalva Sociedad Anónima.—Guápiles, Pococí, dieciocho de marzo del dos mil diez.— Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—RP2010163722.—(IN2010025444).
Ante este notaría, se protocolizó la sociedad Distribuidora Superinvertir Sociedad Anónima.—Guápiles, Pococí, dieciocho de marzo del dos mil diez.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—RP2010163723.—(IN2010025445).
Ante este notaría, se protocolizó la sociedad Grupo Indiana Sociedad Anónima.—Guápiles, Pococí, dieciocho de marzo del dos mil diez.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—RP2010163724.—(IN2010025446).
Mario Johnny Muñoz Artavia y Yorleny Retana Ramírez: constituyen la sociedad Nova Furniture Desing S. A., plazo social: 99 años, capital social: diez mil colones, presidente: Mario Johnny Muñoz Artavia. Notarios: Lic. Francisco Chacón Alpízar y Lic. Andrés Arnoldo Pérez González.—San José, 19 de marzo del año 2010.—Lic. Francisco Chacón Alpízar, Notario.—1 vez.—RP2010163725.—(IN2010025447).
Ante esta notaría, se protocolizó la sociedad Transportes del Atlántico Caribeño Sociedad Anónima.—Guápiles, Pococí, dieciocho de marzo del dos mil diez.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—RP2010163726.—(IN2010025448).
Por escritura
otorgada ante mí, en
Por escritura
otorgada ante mí, en
El suscrito José Duarte Sibaja, notario público, cédula uno-quinientos seis-ciento, carné: uno seis tres cero nueve, solicita publicar el edicto de la constitución de la sociedad Inversiones Ricnat P M Sociedad Anónima, otorgada en San José a las ocho horas del veintidós de marzo de dos mil diez, bajo la escritura número ciento uno-dos, visible al folio setenta y nueve frente del tomo segundo de mi protocolo.—San José, veintidós de marzo de dos mil diez.—Lic. José Duarte Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2010163732.—(IN2010025451).
Por escritura
otorgada ante mí, en
Mediante escritura número setenta y nueve otorgada ante esta notaría a las once horas del día diecinueve de marzo del dos mil diez, Rodolfo Freer Campos y Lucrecia Cordero Montero constituyen una sociedad anónima que se denominará Auditores y Consultores Montero y Asociados Sociedad Anónima. Capital social ciento veinte mil colones representado por doce acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una, plazo social noventa y nueve años a partir de su constitución, representación presidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Daniela Segnini Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2010163734.—(IN2010025453).
Por escritura 33 del tomo 14 de mi protocolo se constituye Mega Cars S. A. Plazo social noventa y nueve años, su objeto es el ejercicio amplio del comercio. Capital social un millón de colones, otorgada al ser las diez horas treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Silvia Elena Suárez Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2010163735.—(IN2010025454).
Por escritura número sesenta y cinco, otorgada ante esta notaría el día doce de marzo del año dos mil diez, a las doce horas, se constituyó la sociedad Roca de Turrubari S. A. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: mil doscientos colones de mil doscientas acciones de un colón cada una. Representación judicial: presidente y secretario.—San José, doce de marzo del año dos mil diez.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—1 vez.—RP2010163736.—(IN2010025455).
Por escritura número ciento noventa, otorgada ante esta notaría el día dieciséis de marzo del año dos mil diez, a las dieciséis horas, se constituyó la sociedad Kaspomat Inc. S. A. Plazo noventa y nueve años. Capital social: mil doscientos colones.—Lic. Adriana Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2010163737.—(IN2010025456).
Por escritura número ciento noventa y uno, otorgada ante esta notaría el día dieciocho de marzo del año dos mil diez, a las nueve horas, se constituyó la sociedad Pam Recursos Humanos S. A. Plazo noventa y nueve años. Capital social: mil doscientos colones.—Lic. Adriana Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2010163738.—(IN2010025457).
Por escritura número ciento noventa y dos, otorgada ante esta notaría el día dieciocho de marzo del año dos mil diez, a las diez horas, se constituyó la sociedad Travel Services M & G S. A. Plazo noventa y nueve años. Capital social: mil doscientos colones.—Lic. Adriana Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2010163739.—(IN2010025458).
Luis Roberto
Díaz Leiva, cédula cinco-doscientos cuarenta y cuatro-trescientos setenta y
siete y Sandra Bonilla Alfaro, cédula uno-ochocientos ocho-novecientos sesenta
y cuatro, constituyen la sociedad denominada Agropecuaria
Luis Roberto Díaz Leiva, cédula cinco-doscientos cuarenta y cuatro-trescientos setenta y siete y Sandra Bonilla Alfaro, cédula uno-ochocientos ocho-novecientos sesenta y cuatro constituyen la sociedad denominada Agropecuaria Díaz y Bonilla Sociedad Anónima, domiciliada en Belén de Carrillo, Guanacaste. Escritura número ciento seis, otorgada ante la notaria Olga Matarrita Rojas, a las nueve horas del dieciocho de marzo del dos mil diez.—Lic. Olga Matarrita Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2010163741.—(IN2010025460).
Víctor Manuel Arias Villegas, cédula cinco-ciento ochenta y tres-trescientos cuarenta y seis, Diego Gerardo Gamboa Navarro, cédula uno- mil ciento dieciséis-cero setecientos sesenta y uno e Inmobiliaria M G HA, Maguha Sociedad Anónima, constituyen la sociedad denominada Los Tucanes de Liberia Sociedad Anónima, domiciliada en Liberia, Guanacaste, contiguo a Súper Veterinaria Liberia. Escritura número ciento ocho, otorgada ante la notaria Olga Matarrita Rojas, a las diez horas del dieciocho de marzo del dos mil diez.—Lic. Olga Matarrita Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2010163742.—(IN2010025461).
Randall Mauricio Coto Hernández, cédula uno-cero ochocientos veintiuno-cero setecientos tres, Elizabet Tijerino Sancho, cédula seis-cero doscientos cuarenta y dos-cero ochocientos cuarenta y tres, constituyen la sociedad denominada Pampa Fiesta Sociedad Anónima, domiciliada en Bagaces, Guanacaste, de la iglesia católica dos kilómetros carretera a Guayabo. Escritura número ciento cuatro, otorgada ante la notaria Olga Matarrita Rojas, a las nueve horas del trece de marzo del dos mil diez.—Lic. Olga Matarrita Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2010163743.—(IN2010025462).
Por escritura otorgada a las diecisiete horas del tres de marzo del dos mil diez, ante esta notaría, se protocoliza acta número uno de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada AK Doble M Sociedad Anónima, se reforma cláusula tercera del pacto constitutivo.—Cartago, tres de marzo del dos mil diez.—Lic. Kattya Acuña Remón, Notaria.—1 vez.—RP2010163744.—(IN2010025463).
Ante mí, se constituyó la sociedad denominada Valladares y Flores de Costa Rica Sociedad Anónima, con un capital de diez mil colones representados por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Firmadas por el presidente y vicepresidente.—San José, dieciocho de marzo del dos mil diez.—Lic. María Esther Flores, Notaria.—1 vez.—RP2010163745.—(IN2010025464).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del veintidós de marzo del dos mil diez, se ha constituido la sociedad Isernia Properties Limitada, domiciliada en San José, Desamparados, setenta y cinco metros sur del Colegio Nuestra Señora, Video Orion, segundo piso; plazo cien años. Capital social de diez mil colones, el gerente y subgerente con las facultades de apoderados generalísimos. Gerente: Augustine Isernia. Subgerente: Heather Catherine Gorrell.—San José, veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—RP2010163746.—(IN2010025465).
Hoy día he protocolizado acta de la sociedad Parakalo Heracles Trescientos Uno Limitada, donde se modifica la cláusula primera de los estatutos.—Desamparados, San José, diecinueve de marzo del dos mil diez.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—RP2010163747.—(IN2010025466).
Hoy día he constituido sociedad cuyas razón social es Stroud Investments Limitada, con domicilio en Desamparados, San José. Capital social diez mil colones. Gerente con representación judicial y extrajudicial.—Desamparados, San José, dieciocho de marzo del año dos mil diez.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—RP2010163748.—(IN2010025467).
Por escritura otorgada en esta notaría a las 15 horas del 01 de febrero del año 2010, se constituyó El Castillo de Madame Butterfly S.A.—San José, 20 de febrero del año 2010.—Lic. Luis Francisco Solórzano Víquez, Notario.—1 vez.—RP2010163749.—(IN2010025468).
Por escritura
otorgada a las 8 horas de hoy. Protocolicé acuerdos de la asociación
domiciliada en San José, Guadalupe, denominada, Asociación Hospital Clínica
Católica de
Mediante escritura 84 otorgada ante este notario a las 09 horas 45 minutos del 9 de marzo del dos mil diez, se modifica la cláusula octava de la sociedad Tejón Viejo de Guanacaste Limitada.—Guanacaste, 09 de marzo del dos mil diez.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2010163752.—(IN2010025470).
Por escritura otorgada por el suscrito Omar Ayales Aden, a las trece horas del día once de marzo del dos mil diez, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Tres-Ciento Dos-Quinientos Noventa y Un Mil Doscientos Veintidós Sociedad de Responsabilidad Limitada por lo que se reforma la cláusula octava de su pacto constitutivo.—Liberia, once de marzo del dos mil diez.—Lic. Omar Ayales Aden, Notario.—1 vez.—RP2010163753.—(IN2010025471).
Por escritura otorgada a las 11:00 horas del 20 de marzo del 2010, Tania Gamboa Godínez e Iván Salazar Rodríguez, constituyen una sociedad. Es todo.—San Miguel de Naranjo, a las dieciséis horas del trece de febrero del dos mil diez.—Lic. Edgar Campos Araya, Notario.—1 vez.—RP2010163757.—(IN2010025472).
Por escrituras otorgadas a las 17:00 horas del diecisiete de marzo del dos mil diez, se constituye la empresa STE Social Trading Energy S.A.—San José, 17 de marzo del 2010.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—RP2010163759.—(IN2010025473).
Por escritura otorgada en esta notaría a las diecinueve horas del día once de marzo de dos mil diez, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada L & Ge Liderazgo y Gestión Empresarial Consultores Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años, presidente con representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Lic. Kattia Lazo Barrantes, Notaria.—1 vez.—RP2010163760.—(IN2010025474).
Ante mí, Lic. Andrés Vargas Valverde, notario público se constituye sociedad Lumagar Consultores Sociedad Anónima. Escritura número cuarenta y cinco. Otorgada en San José, a las ocho horas y treinta minutos, del veinte de noviembre del año dos mil nueve.—Lic. Andrés Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—RP2010163763.—(IN2010025475).
El suscrito notario hace constar, que mediante escritura otorgada a las trece horas del día de hoy, protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Tropical Direct S. A., mediante la cual se reforma la cláusula sexta relativa a la administración. Se remueve la junta directiva y se nombran sustitutos. Presidente: Eugene Wayne Legum.—San José, doce de marzo del dos mil diez.—Lic. Ricardo Guardia Vázquez, Notario.—1 vez.—RP2010163764.—(IN2010025476).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Dilogro S. A., por un plazo de noventa y nueve años. Representación presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma: Presidenta: Rosella di Lorenzo.—San José, veintitrés de marzo del dos mil diez.—Lic. Rolando Angulo Gatgens, Notario.—1 vez.—RP2010163794.—(IN2010025777).
José
Antonio Esquivel Chaverri, Víctor Hugo Esquivel Poveda, María del Carmen
Chaverri Guerrero, conocida como Mayela Chaverri Guerrero, Víctor Hugo Esquivel
Chaverri y María Fernanda Esquivel Chaverri, constituyen la sociedad Corporación
Eco Productos de Centroamérica Sociedad Anónima. Domiciliada en
Luis
Fernando Alfaro Araya y Ana Patricia Araya Umaña, constituyen la sociedad Rhynho
OO Sociedad Anónima. Domiciliada en
Por escritura otorgada el día diecinueve de marzo de dos mil diez, ante mí, se protocoliza acta de asamblea general de accionistas de la compañía Rosa Francesa Cool Sociedad Anónima, por la que se nombran nuevos directores en los cargos de presidente y secretario de la junta directiva.—San José, veintidós de marzo de dos mil diez.—Lic. José Fernando Carter Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2010025572).
Ante mí, Johnny Alberto Marín Artavia, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad A.P.T.P. Trescientos Seis Edificio E Ava Inc Sociedad Anónima, celebrada a las ocho horas del ocho de marzo de dos mil diez, en donde se nombra, modifica la cláusula sétima de los estatutos y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—San José, diecinueve de marzo de dos mil diez.—Lic. Johnny Marín Artavia, Notario.—1 vez.—(IN2010025578).
Por escritura número trescientos setenta y siete-cuatro otorgada a las diecisiete horas del dieciséis de marzo del año dos mil diez, se constituye la sociedad denominada Cupones de Costa Rica Sociedad Anónima.—Heredia, diecinueve de marzo del dos mil diez.—Lic. Ileana María Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—(IN2010025589).
Mediante escritura número cincuenta y cuatro, otorgada a las trece horas del día veintidós de marzo del año dos mil diez, visible al folio cincuenta y seis vuelto del tomo tercero de mi protocolo, se reforma estatuto de Obadiah Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos quince mil ciento noventa y siete.—Alajuela, veintitrés de marzo del dos mil diez.—Lic. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria.—1 vez.—(IN2010025611).
Mediante escritura número cincuenta y dos, otorgada a las nueve horas del día diecinueve de marzo del año dos mil diez, visible al folio cincuenta y seis vuelto del tomo tercero de mi protocolo, se reforma estatuto de Mao y Lequi Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y seis mil setecientos setenta y cinco.—Alajuela, veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria.—1 vez.—(IN2010025612).
Mediante escritura número cincuenta y uno, otorgada a las ocho horas del día diecinueve de marzo del año dos mil diez, visible al folio cincuenta y cinco vuelto del tomo tercero de mi protocolo, se reforma estatuto de Sashylana Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y siete mil setecientos treinta y cuatro.—Alajuela, veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria.—1 vez.—(IN2010025613).
A las once horas del día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Distribuidora Comercial Arrocera Sociedad Anónima en la que se reforman las cláusulas primera y cuarta del pacto constitutivo.—San José, 17 de marzo del 2010.—Lic. Carmen Estrada Feoli, Notaria.—1 vez.—(IN2010025623).
Qualitrol Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y cinco mil seiscientos treinta y tres, se cambia presidente de la junta directiva. Escritura número 91, otorgada a las trece horas del diecisiete de marzo del dos mil diez, del tomo sexto.—Lic. David A. Garita Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2010025632).
Johnny Alexander Solano Rojas y María Auxiliadora Vargas Ulloa constituyen la sociedad Inversiones Fasol Sociedad Anónima, y son presidente y secretario respectivamente. Escritura otorgada ante esta notaría a las once horas con treinta minutos del veinte de marzo del dos mil diez.—San José, veintitrés de marzo del dos mil diez.—Lic. Andrea María Meléndez Corrales, Notaria.—1 vez.—(IN2010025634).
A las quince horas del día veintidós de marzo del año dos mil diez, protocolicé el acta de tres-ciento uno-quinientos tres mil trescientos-setenta y nueve s. a. Se nombra nuevo presidente.—San José, veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Andrea María Meléndez Corrales, Notaria.—1 vez.—(IN2010025635).
A las nueve horas del día veintidós de marzo del año dos mil diez, protocolicé el Acta de tres-ciento uno-quinientos tres mil trescientos ochenta y dos s. a. Se nombra nuevo presidente.—San José, veintidós de marzo del año dos mil diez.—Lic. Andrea María Meléndez Corrales, Notaria.—1 vez.—(IN2010025636).
A las ocho horas del día veintidós de marzo del año dos mil diez, protocolicé el acta de Los Geranios ABC S. A. Se nombra nuevo presidente.—San José, veintidós de marzo del año dos mil diez.—Lic. Andrea María Meléndez Corrales, Notaria.—1 vez.—(IN2010025638).
Por escritura otorgada ante mí, Carlos Gamboa Mata y Doris Cecilia Vargas Vargas constituyen Inversiones C.A.P.A. Sociedad Anónima pudiendo abreviarse Inversiones C.A.PA. S. A. Domicilio social: San Francisco, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Juan Carlos Gamboa Barrantes.—Heredia, veintitrés de marzo del dos mil diez.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(IN2010025641).
En escritura pública número ochenta otorgada a las ocho horas del día dieciséis de marzo del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Romero Pío Sociedad Anónima; con domicilio social en la ciudad de Palmares de Alajuela, Esquipulas, quinientos metros sur y doscientos cincuenta este del Banco Nacional de Esquipulas, el plazo es de noventa y nueve años, el capital social es de nueve mil colones, suscrito por nueve acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente: José Ángel Sancho Vásquez.—Alajuela, dieciséis de marzo del dos mil diez.—Lic. Ana Krizza Montero López, Notaria.—1 vez.—(IN2010025651).
Mediante escritura 143-5 otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 17 de marzo de 2010, se constituyó la sociedad Alma de Barrio Limitada.—San José, 18 de marzo de 2010.—Lic. Alex Thompson Chacón, Notario.—1 vez.—(IN2010025652).
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de El Cantar De Las Loras Verdes S. A. Escritura otorgada en San José 13:00 horas del 22 de marzo del 2010. Se modifica su domicilio, el cual será en lo sucesivo en: Turrialba, San Juan Norte, trescientos metros al norte de la escuela. Se modifica la cláusula sexta sobre la administración. Se revocan los nombramientos de la junta directiva, fiscal y agente residente y se nombra como presidente a José Miguel Alvarado Rojas.—San José, 22 de marzo de 2010.—Lic. Leonardo Salazar Villalta, Notario.—1 vez.—(IN2010025653).
Ante mí,
Krisbell Ríos Myrie, notaria pública con oficina frente al Banco Nacional de
Siquirres, provincia de Limón, se constituyó Terra Time Line Sociedad
Anónima, nombramientos: Presidente: Carl Robinson Arias, con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: Cien mil colones.
Domicilio social: provincia de Limón, cantón tercero Siquirres, distrito
primero Siquirres, cincuenta metros al oeste de
Ante mí, Grace Marie Robinson Arias, notaria pública de Siquirres, Provincia de Limón, se constituyó Rancho Alape Sociedad Anónima, nombramientos: presidenta: Laura Rojas González, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma. Capital social: Diez mil colones. Domicilio social: provincia de Limón, cantón tercero Siquirres, distrito primero Siquirres, Barrio El Coco, un kilómetro al sur del Club Standard, carretera hacia Turrialba.—08 de marzo del 2010.—Lic. Grace M. Robinson Arias, Notaria.—1 vez.—(IN2010025658).
En mi notaría, a las 11 horas del 2 de marzo del año 2010, se constituyó la empresa Delta Digital Sociedad Anónima, domiciliada en provincia de San José, cantón: Central, distrito: Pavas. Capital social 100.000 colones. Presidente: Marco Aurelio Mora Mayorga, cédula de identidad número 1-0846-0824. Plazo social: 99 años.—San José, 03 de marzo del año 2010.—Lic. Daniel Alberto Tencio Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2010025669).
El suscrito notario publica edicto de la sociedad denominada Recicladora Araya S. A.—San José, 22 de marzo del año dos mil diez.—Lic. Danilo Montiel Godínez, Notario.—1 vez.—(IN2010025746).
En escritura pública Nº 56, otorgada a las 11 horas del 22 de marzo de 2010, la notaria Emilia Marín Díaz, protocoliza acta Nº 1 de asamblea de socios de Inversiones Delgaser S. A., que modifica el pacto constitutivo en sus cláusulas segunda: se fija domicilio social en San Francisco de Dos Ríos, San José y sexta: ampliación facultades del presidente. Se ratifica al presidente de la sociedad en su cargo. Se revocan los demás nombramientos de la junta directiva.—San José, 22 de marzo de 2010.—Lic. Emilia Mª Marín Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2010163773.—(IN2010025763).
Constitución de sociedad de responsabilidad limitada, Falau Mirando Al Cielo. Se nombra gerente y subgerente, la gerente tiene la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma. El subgerente tendrá facultades de apoderada generalísima pero siempre deberá actuar conjuntamente con el gerente.—San Isidro de El General, 10 de marzo de 2010.—Lic. Édgar Fallas Martínez, Notario.—1 vez.—RP2010163777.—(IN2010025764).
Al ser las quince horas con treinta minutos del día dieciocho de marzo del año en curso se constituyó la sociedad denominada de conformidad con el decreto número tres tres uno siete uno-J Sociedad Anónima. Y cuya presidenta es Irene Olga Angelsky, con un solo apellido en razón de su nacionalidad. Capital social: diez acciones comunes y nominativos de mil clones cada una.—San Isidro de Pérez Zeledón, diecinueve de marzo del año dos mil nueve.—Lic. Jenny Sandí Romero, Notario.—1 vez.—RP2010163779.—(IN2010025765).
Por escritura Nº 35 del tomo 16 de mi protocolo, se constituyó la empresa denominada Fruresa Sociedad Anónima. Presidente: Luis Diego Ureña Acuña. Domicilio social: Barrio Sinaí de Pérez Zeledón, San José, planta baja del Taller Internacional. Plazo social: 5 años.—San Isidro de Pérez Zeledón, dieciocho de marzo del dos mil diez.—Lic. Ronny Jiménez Porras, Notario.—1 vez.—RP2010163780.—(IN2010025766).
La suscrita notaria Jeannette Mora García, da fe de que en fecha diecinueve de marzo del año dos mil diez, a las diecisiete horas, en la escritura número treinta, se constituyó la sociedad anónima Terra Sol del Pacífico CR Sociedad Anónima, se nombró junta directiva y fiscal, el domicilio de la sociedad anónima es San José. Es todo.—San José, veintidós de marzo del año dos mil diez.—Lic. Jeannette Mora García, Notaria.—1 vez.—RP2010163781.—(IN2010025767).
Por escritura número doscientos cincuenta y siete del tomo sétimo, otorgada diez horas treinta y cinco minutos del día trece de marzo del dos mil diez, ante esta notaría, se constituyó la sociedad Transportes Chacón M N Sociedad Anónima. Presidente: Errol William Chacón Castillo. Capital cien mil colones.—San Isidro de El General, al ser las diez horas treinta y cinco minutos del día trece de noviembre del dos mil diez.—Lic. Hugo Armando Reyes Herrera, Notario.—1 vez.—RP2010163784.—(IN2010025768).
Ante mí, Roy Zumbado Ulate notario público de Heredia, se constituye la sociedad denominada Betckynature S. A. Capital social diez mil colones. Presidente: Jacques Pontre de nacionalidad Francés.—Heredia, 23 de marzo de 2010.—Lic. Roy Zumbado Ulate, Notario.—1 vez.—RP2010163785.—(IN2010025769).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario en San Isidro de Pérez Zeledón, al ser las 10 horas del 18 de marzo del año 2010, se constituyó la sociedad Los Lagos de Pérez Zeledón Sociedad Anónima. Tienen la representación legal con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma: su presidenta Joselyn Tatiana Mena Méndez y el secretario Marco Tulio Méndez Bonilla. Plazo social 99 años. Capital social: 8.000 colones suscrito y pagado.—Pérez Zeledón, 19 de marzo del 2010.—Lic. Miguel Ángel Larios Ugalde, Notario.—1 vez.—RP2010163786.—(IN2010025770).
Ante mí, Roy Zumbado Ulate, se constituye la sociedad Innominada S. A. Capital social la suma de diez mil colones. Presidente Alonso Chaverri Camacho.—Santa Bárbara de Heredia, 22 de marzo de 2010.—Lic. Roy Zumbado Ulate, Notario.—1 vez.—RP2010163787.—(IN2010025771).
Ante mí, a las 10:00 horas del 23 de febrero de dos mil diez, escritura número 157-5 del tomo 5 del protocolo de la suscrita, se modificó cláusula segunda. El domicilio de la sociedad Inversiones Varet Luifran Inc. Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos nueve mil ciento treinta y cinco. Se nombra nuevo presidente: Juan Gabriel Alvarado Granados.—Pérez Zeledón, 23 de febrero de 2010.—Lic. Paola Ramírez Acosta, Notaria.—1 vez.—RP2010163788.—(IN2010025772).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciocho horas del veintiséis de febrero del año dos mil diez, los señores Fabricio Oses Gutiérrez y Marcela Ivankovich Guillén, constituyen una sociedad anónima cuya denominación será el número de cédula jurídica asignado por el Registro Público.—Cartago, veintiséis de febrero del año dos mil diez.—Lic. Silvia Elena Peralta Montenegro, Notaria.—1 vez.—RP2010163789.—(IN2010025773).
Que por escritura número 167, visible a folio 186 frente del tomo 14 del protocolo del notario público Lic. Eduardo Abarca Vargas, se modificó las cláusulas primera y sétima, de Inversiones Sueños Tranquilos S. A.—Uvita de Osa, a las 09:00 horas del 22 de marzo del año 2010.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2010163790.—(IN2010025774).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas, del veintidós de marzo del dos mil diez, se cambia junta directiva y nombre de Valdemonte S. A., nombre nuevo Salas y Valdés Sociedad Anónima.—San José, 22 de marzo del 2010.—Lic. Sonia Romero Mora, Notaria.—1 vez.—RP2010163792.—(IN2010025775).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas, del siete de diciembre del dos mil nueve, se cambia junta directiva de Cumbres del Miravalles Sociedad Anónima.—San José, 20 febrero del 2010.—Lic. Sonia Romero Mora, Notaria.—1 vez.—RP2010163793.—(IN2010025776).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Dilogro S. A., por un plazo de noventa y nueve años. Representación presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma: Presidenta: Rosella di Lorenzo.—San José, veintitrés de marzo del dos mil diez.—Lic. Rolando Angulo Gatgens, Notario.—1 vez.—RP2010163794.—(IN2010025777).
Que ante esta notaría se protocoliza acta número de tres asamblea general extraordinaria de la empresa Den Y Al S. A., con cédula jurídica número 3-101-573185, domiciliada en San José, Central, Catedral, 125 metros al sur del edificio del Organismo de Investigación Judicial, de fecha 21 de marzo del 2010. Se reformó la cláusula sétima: “la junta directiva estará formada por tres miembros: Presidente, secretario, tesorero, y la representación judicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma le corresponde al presidente, pudiendo sustituir su mandato en todo o en parte. Se nombra nueva junta directiva por todo el plazo social. Presidente: José Alpízar Soto, cédula 2-0318-0245, secretario: Óscar Alpízar Soto, cédula 2-335-184, tesorero: Rafael Muñoz Camacho, cédula 4-094-0137, fiscal: Maritza Rodríguez Ugalde, cédula 4-113-035.—San José, 21 de marzo del 2010.—Lic. Vanessa Cubillo Arguedas, Notaria.—1 vez.—RP2010163800.—(IN2010025778).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 14:20 horas del 23 de marzo del 2010, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Hazaña del Sur Sociedad Anónima donde se reforma la cláusula segunda y se nombra nuevo presidente y secretaria de la junta directiva.—San José, 23 de marzo del 2010.—Lic. Adolfo García Baudrit, Notario.—1 vez.—RP2010163801.—(IN2010025779).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 14:00 horas del 23 de marzo del 2010, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Yalovi de Osa Sociedad Anónima donde se reforma la cláusula segunda, sexta y se nombra nuevo presidente y secretaria de la junta directiva.—San José, 23 de marzo del 2010.—Lic. Adolfo García Baudrit, Notario.—1 vez.—RP2010163802.—(IN2010025780).
Por escritura otorgada en San José a las diecisiete horas del día veintidós de marzo del año dos mil diez, se constituye sociedad: Von Kelemen S. A. Capital social: diez mil colones. Representación: Presidente y tesorero. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, 22 de marzo de 2010.—Lic. Ana Marianela Hernández Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2010163803.—(IN2010025781).
Que mediante escritura número dieciséis, del protocolo segundo del notario Juan Carlos Castro Loría, se protocolizó el acta de asamblea de socios número uno de la sociedad Novedades JB Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-noventa y cuatro mil setecientos noventa y tres en la cual se nombró nueva junta directiva. Es todo.—San José, 22 de marzo del 2010.—Lic. Juan Carlos Castro Loría, Notario.—1 vez.—RP2010163812.—(IN2010025782).
Mediante escritura número 166-38 otorgada a las 10 horas del 22 de marzo del 2010, en el tomo treinta y ocho de la notaria Jenny Ramírez Robles, se constituyó la sociedad anónima Inversiones BM S. A. Capital social: doce mil colones exactos.—San José, 22 de marzo de 2010.—Lic. Carlos Madrigal Mora, Notario.—1 vez.—RP2010163814.—(IN2010025783).
Mediante escritura número 57-4 otorgada a las 13 horas del 17 de febrero del 2010, en el tomo cuatro del notario Carlos Madrigal Mora, se modificó la cláusula de la representación de la sociedad Servicios Previsivos Rofenirca S. A., cédula jurídica 3-101-593992.—San José, 19 de marzo del 2010.—Lic. Carlos Madrigal Mora, Notario.—1 vez.—RP2010163817.—(IN2010025784).
Por escritura otorgada a las diez horas del veintidós de marzo del año dos mil diez, se constituye la empresa de esta plaza Promo Producciones Monge Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Promo Producciones Monge S. A. Capital social: diez mil colones exactos. Representación: Presidente. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, a las once horas del veintidós de marzo del año dos mil diez.—Lic. José Luis Ureña Díaz, Notario.—1 vez.—RP2010163825.—(IN2010025785).
Silvia Guzowski Majchel, Luis Guzowski Majchel y Eduardo Guzowski Majchel, constituyen Fondo Inmobiliario Río Segundo de Alajuela Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José a las 17:00 horas del 19 de marzo del 2010.—Lic. Edwin Bogantes Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2010163827.—(IN2010025786).
Por escritura otorgada por el notario Lic. Felipe Gómez Rodríguez, a las 11:30 horas del 20 de marzo del 2010, se constituyó la sociedad CBA Producciones Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse CBA Producciones S. A. Presidente: con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, el señor: Esteban Barrantes Guerrero. Capital: suscrito y pago en su totalidad. Firmo en la ciudad de Grecia, el día 23 de marzo del 2010.—Lic. Felipe Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2010163833.—(IN2010025787).
Por escritura otorgada en Grecia a las 09:00 horas del 17 de marzo del dos mil diez, se constituyó la sociedad Valencia Construction Company Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Capital social: cien mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Grecia, 17 de marzo del 2010.—Lic. Édgar Enrique Alfaro Vargas, Notario.—1 vez.—RP2010163834.—(IN2010025788).
Por escritura otorgada en Grecia a las 08:00 horas del 18 de marzo del dos mil diez, se protocolizó acta de la compañía 3-101-579100 s. a. Se acuerda modificar la junta directiva y se nombra como nuevo presidenta a la señora Charlotte Leone Viehauser.—Grecia, 22 de marzo del 2010.—Lic. Luis Adrián Alfaro Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2010163835.—(IN2010025789).
Por escritura otorgada en Grecia a las 15:00 horas del 22 de marzo del dos mil diez, se protocolizó acta de la compañía Forklif Equipment S.A. Se acuerda modificar la cláusula primera del pacto constitutivo, para que su razón social se denomine Lift Montacargas y Equipos S. A.—Grecia, 22 de marzo del 2010.—Lic. Luis Adrián Alfaro Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2010163836.—(IN2010025790).
Ante mi notaría mediante escritura número ciento treinta y uno del tomo sexto de mi protocolo, se procedió a modificar las cláusulas primera, segunda y sétima de la sociedad Sala Terciopelo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos cuarenta y un mil quinientos cuarenta y tres.—San José, veinticinco de febrero del dos mil diez.—Lic. Mónica Zumbado Fallas, Notaria.—1 vez.—RP2010163837.—(IN2010025791).
Por escritura otorgada en Grecia, a las 09:45 horas del 24 de febrero del dos mil diez, se protocolizó acta de la compañía Amigos Para Ayudar S. A. Se acuerda modificar la cláusula cuarta donde se acorta el plazo social de esta compañía.—Grecia, 22 de marzo del 2010.—Lic. Luis Adrián Alfaro Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2010163838.—(IN2010025792).
Por medio de la escritura número ciento cuarenta y cuatro del tomo segundo de mi protocolo, otorgada en mi notaría en San José, a las diecinueve horas del dieciocho de marzo de dos mil diez, se protocolizaron acuerdos de la sociedad Easy Solutions Professional Services S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cincuenta y ocho mil ciento treinta y cuatro, en donde se acordó modificar la cláusula quinta del pacto social sobre el capital social de la sociedad.—San José, veintitrés de marzo de dos mil diez.—Lic. Adrián Alberto Quesada Arias, Notario.—1 vez.—RP2010163839.—(IN2010025793).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día treinta de enero del año dos mil diez, se constituye Dicelibros Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Heredia, primero de febrero del año dos mil diez.—Lic. Rubén Rojas Castillo, Notario.—1 vez.—RP2010163841.—(IN2010025794).
Por escritura
otorgada ante esta notaría en San José, a las quince horas del tres de marzo
del dos mil diez, se protocolizó acta asamblea general extraordinaria de la
sociedad Inversiones El Cedral de
La sociedad 3-101-596923 sociedad anónima, modifica pacto social mediante escritura de las 9 horas del día 22 de marzo del año 2010.—Lic. Emilio Arana Puente, Notario.—1 vez.—RP2010163844.—(IN2010025796).
Por escritura que autoricé hoy, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Alppha Sideral S. A., donde se modifica la cláusula segunda de los estatutos.—San José, 22 de marzo del 2010.—Lic. Eduardo Alvarado Salazar, Notario.—1 vez.—RP2010163847.—(IN2010025797).
Por escritura
que autoricé hoy, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de Bananera
Por escritura número ciento setenta y dos-cuatro, otorgada ante mí, a las trece horas del dieciocho de marzo del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Lago Alto de Cachí Sociedad Anónima. Capital social: doce mil colones exactos. Plazo: cien años. Representación judicial y extrajudicial: presidente y secretario.—San José, 18 de marzo del 2010.—Lic. Ingrid Marcela Fallas Barrantes, Notaria.—1 vez.—RP2010163850.—(IN2010025799).
Por escritura de las catorce horas de hoy, en esta ciudad, protocolicé acta de asamblea de socios de tres-ciento uno-quinientos cincuenta y uno mil doscientos dos s. a., en la cual reforma sus estatutos y cambia su nombre por Inversiones Albaycin N G S. A.—San José, 22 de marzo de 2010.—Lic. Patricia Rivero Breedy, Notaria.—1 vez.—RP2010163851.—(IN2010025800).
Mediante escritura otorgada a las once horas del dieciocho de marzo del dos mil diez, número ciento trece-dos del tomo dos del notario Andrés González Anglada, se constituye la sociedad denominada Target Industries INC Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones representado por dos acciones comunes y nominativas de cinco mil colones cada una. Representación a cargo de presidente y secretario actuando de forma conjunta o separadamente. Es todo.—Lic. Andrés González Anglada, Notario.—1 vez.—RP2010163853.—(IN2010025801).
Mediante escritura otorgada a las catorce horas del dieciocho de marzo del dos mil diez, número ciento catorce-dos del tomo dos del notario Andrés González Anglada, se constituye la sociedad denominada My Costarican Expeditions Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones representado por dos acciones comunes y nominativas de cinco mil colones cada una. Representación a cargo de presidente y secretario actuando de forma conjunta o separadamente. Es todo.—Lic. Andrés González Anglada, Notario.—1 vez.—RP2010163854.—(IN2010025802).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del veintidós de marzo de dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Diseños Jóvenes, Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó la cláusula cuarta del pacto social referente al capital social y se nombran nuevos miembros de junta directiva.—San José, 22 de marzo del 2010.—Lic. Silvia Moreno Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2010163855.—(IN2010025803).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del veintitrés de febrero de dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Cardoce e Hijo, Ltda., mediante la cual se reformó la cláusula segunda del pacto social, referente al capital social.—22 de marzo de 2010.—Lic. Silvia Moreno Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2010163856.—(IN2010025804).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del dieciocho de marzo de dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Novset Enterprises Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó la cláusula quinta del pacto social, referente a la administración y se nombran miembros de junta directiva y fiscalía.—San José, 18 de marzo de 2010.—Lic. Silvia Moreno Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2010163858.—(IN2010025805).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos del dieciocho de marzo de dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Rentas del Pino Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las siguientes cláusulas del pacto social: Cuarta referente al capital social, sétima del domicilio y quinta de la representación y se nombran miembros de junta directiva y fiscalía.—San José, 18 de marzo de 2010.—Lic. Silvia Moreno Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2010163859.—(IN2010025806).
Al ser las nueve horas y cincuenta minutos del veintidós de marzo del dos mil diez, se constituyó ante esta notaría la sociedad Varcruz del Pacífico S. A.—San José, 22 de marzo del 2010.—Lic. Ivannia Esquivel Carrillo, Notaria.—1 vez.—RP2010163860.—(IN2010025807).
Al ser las once horas del treinta de setiembre del dos mil nueve, se constituyó ante esta notaría la sociedad Eveisa S. A.—San José, 16 de febrero del 2010.—Lic. Karla Monturiol Méndez, Notaria.—1 vez.—RP2010163861.—(IN2010025808).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 28 de enero del 2010, se constituyó la sociedad con el nombre: Estructuras Publicitarias S. A. Con domicilio en San José, Hatillo Dos, veinticinco este y setenta y cinco sur del Liceo Brenes Mesén. Pte.: Mario Rodolfo Núñez Montanaro.—San José, 19 de marzo del 2010.—Lic. Francisco Orlando Salinas Alemán, Notario.—1 vez.—RP2010163862.—(IN2010025809).
Por escritura otorgada en mi notaría a las 8:00 horas del 17 de marzo del 2010, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Inversiones Guinepe S. A., mediante la cual se modifica el artículo uno del pacto social, del nombre y domicilio.—Alajuela, 19 de marzo del 2010.—Lic. Gabriela Porras Muñoz, Notaria.—1 vez.—RP2010163865.—(IN2010025810).
Por escritura otorgada en mi notaría a las 9:00 horas del 17 de marzo del 2010, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa tres ciento uno quinientos cincuenta y dos mil cuatrocientos treinta y uno s. a., mediante la cual se modifica el artículo sétimo del pacto social, de la administración.—Alajuela, 19 del marzo 2010.—Lic. Gabriela Porras Muñoz, Notaria.—1 vez.—RP2010163866.—(IN2010025811).
En escritura Nº 5-257, otorgada a las 16:00 horas del 22 de marzo de 2010, tomo cinco del protocolo de esta notaría, se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo de Be-Thirty Six Bubble Sands LLC S. R. L.—San José, 22 de marzo de 2010.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—RP2010163867.—(IN2010025812).
Por escritura número ciento noventa y tres-cinco otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día once de marzo del dos mil diez, la sociedad Air-Walk Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos dieciocho mil ciento catorce, reforma cláusula segunda del domicilio y cláusula sexta de la administración. Representación legal: presidente y secretario.—San José, 15 de marzo del 2010.—Lic. Raquel Quirós Mora, Notaria.—1 vez.—RP2010163869.—(IN2010025813).
Por escritura número ciento noventa y cuatro-cinco otorgada ante esta notaría a las diez horas del día quince de marzo del dos mil diez, la sociedad Montes del Tsitshar Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta mil doscientos ocho, se reforma cláusula primera del nombre, pasando a llamarse: María Mía JCM Sociedad Anónima, se reforma cláusula segunda del domicilio, se nombra nueva junta directiva y nuevo agente residente.—San José, 15 de marzo del 2010.—Lic. Raquel Quirós Mora, Notaria.—1 vez.—RP2010163870.—(IN2010025814).
Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos cuarenta y tres, otorgada a las diez horas del veinticinco de febrero del dos mil diez, se constituyó la sociedad Llama Dorada del Arenal Sociedad Anónima.—San José, veintitrés de marzo del dos mil diez.—Lic. Fernando Chinchilla Cooper, Notario.—1 vez.—RP2010163871.—(IN2010025815).
Por asamblea general extraordinaria de socios de la compañía de esta plaza denominada 3-101-487599 S. A., protocolizada ante esta notaría a las 11:00 horas de hoy, en la que se reforman estatutos.—San José, 2 de marzo del 2010.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—RP2010163873.—(IN2010025816).
En mi notaría,
mediante escritura número tres-diecisiete de las once horas del diecisiete de
febrero del año en curso, se constituyeron las sociedades Viva
Ante el notario
Óscar Eduardo Núñez Calvo, por escritura número ciento cincuenta y cuatro del
protocolo tres, de las 9:00 horas del 14 de mayo del año dos mil nueve, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Anser Sociedad Anónima.
Domiciliada en
Ante esta notaría por escritura número ciento ochenta y tres del protocolo doce, de las 12:30 horas del 16 de enero del año dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Corporación Gaza Limitada. Domiciliada en Jericó, Desamparados, San José, costado suroeste de la plaza de deportes. Capital social: veinte mil colones. Objeto: el ejercicio del comercio en general. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: José Lydio Vargas Padilla, cédula Nº 1-845-094.—Lic. Didier Fallas Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2010163878.—(IN2010025819).
Rosa Isela Castro Chacón, Álvaro Segura Rodríguez, constituyen sociedad Transeca Sociedad Anónima pudiendo abreviarse como S. A. Presidente, secretaria y tesorera son apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente. Escritura número trescientos cincuenta del tomo seis visible folios ciento sesenta y uno frente y vuelto y ciento sesenta y dos frente y vuelto de las diecisiete horas del diecisiete marzo del año dos mil diez hecha ante notaría.—Lic. Sandra Obando Juárez, Notaria.—1 vez.—RP2010163879.—(IN2010025820).
Se constituye Servicios Institucionales M & F Sociedad Anónima. Domicilio en calle veinticinco, avenida uno, número dos mil quinientos cincuenta y dos. Capital de diez mil colones. Plazo de noventa y nueve años. Presidente y tesorero, representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, conjunta o separadamente. Escritura número 56-11.—Lic. Freddy Jiménez Peña, Notario.—1 vez.—RP2010163881.—(IN2010025821).
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Inmobiliaria California S. A., reforma de cláusula sétima y nombramiento de presidente y secretario.—San José, a las dieciséis horas del veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Eduardo Pacheco Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2010163885.—(IN2010025822).
Por medio de la
escritura número ciento treinta y ocho, otorgada a las catorce horas del día
dieciocho de marzo del dos mil diez, ante esta notaría, se constituyó una
sociedad limitada, sujeta a las disposiciones del artículo segundo del Decreto
Ejecuto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicada en
Por medio de la
escritura número ciento cuarenta y seis, otorgada a las diez horas del día
veintidós de marzo del año dos mil diez, ante esta notaría, se protocolizó acta
de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada
Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00 horas del día 19 de marzo de 2010, se constituyó la sociedad Las Nubes de Tuis S. A. Es todo.—San José, veintitrés de marzo de dos mil diez.—Lic. Yenny Mariela Fernández Fumero, Notaria.—1 vez.—RP2010163889.—(IN2010025825).
Por escritura otorgada el día de hoy ante mí se constituyeron las compañías Sabadell Investments S. A. y Flor Capital Group S. A.—San Pablo de Heredia, 22 de marzo del 2010.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—RP2010163890.—(IN2010025826).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 18 de marzo del 2010 se constituyó la sociedad Ladocerca S. A., capital social debidamente suscrito y pagado por los socios. Domicilio: Cartago, plazo noventa y nueve años.—Cartago, 23 de marzo del 2010.—Lic. Jorge Ramón Arias Mora, Notario.—1 vez.—RP2010163891.—(IN2010025827).
Ante mí, Gustavo Adolfo Fernández Badilla, notario público con oficina abierta en San José, se modificó el pacto social de la compañía: Grupo Los Cuatro Hidalgos Sociedad Anónima, en escritura pública número: doscientos diecinueve, del tomo: cuarto de mi protocolo, visible al folio: ciento treinta y seis, frente. Otorgada a las diecinueve horas del día dieciocho de marzo del dos mil diez. Es todo.—San José, al ser las ocho horas del veintitrés de marzo del dos mil diez.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Badilla, Notario.—1 vez.—RP2010163893.—(IN2010025828).
José Francisco Azofeifa Víquez, cédula 4-167-620, Javier Francisco Azofeifa Víquez, cédula 2-546-820, Juan Pablo Azofeifa Víquez, cédula 2-628-697, constituyen la sociedad Soluciones Industriales Viaz S. A. Capital social: ¢6.000. Domiciliada: Heredia, cantón primero, San Francisco, un kilómetro oeste del Hipermás. Escritura otorgada a las 7:00 horas del 11 de marzo del 2010.—Lic. Alonso Alvarado Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2010163896.—(IN2010025829).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del diecisiete de marzo de dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada: Inversiones Rijo R.J. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Lic. Carlos Enrique Cruz Loría, Notario.—1 vez.—RP2010163898.—(IN2010025830).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del once de marzo de dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada: Finca Ojoche B.C. Sociedad Anónima.—Lic. Carlos Enrique Cruz Loría, Notario.—1 vez.—RP2010163899.—(IN2010025831).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las 15 horas del 19 de marzo del 2010 protocolicé acta de la empresa Valle Somos S. A. mediante la cual se acepta la renuncia del presidente y del tesorero y se nombran nuevos.—Escazú, 22 de marzo del 2010.—Lic. Marlene Bustamante Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2010163901.—(IN2010025832).
Mediante escritura otorgada ante mí, Rosaura Madrigal Quirós, notaria pública, con oficina en Pérez Zeledón, se constituyó la sociedad denominada Law-Bever Sociedad Anónima el día veintiuno de marzo del año dos mil diez. Capital social enteramente suscrito y pagado.—Pérez Zeledón, veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Rosaura Madrigal Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2010163903.—(IN2010025833).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas treinta minutos del día veintidós de marzo del dos mil diez, se constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones Almark del Coco Sociedad Anónima. Presidente: Alexander Vargas Guerrero. Capital social: diez mil colones.—Lic. Byron Vargas Vásquez, Notario.—1 vez.—RP2010163904.—(IN2010025834).
Ante esta notaría se constituye Soluciones de Concreto Sociedad Anónima, domicilio Alajuela, Agua Zarcas, San Carlos, trescientos este de la casa de convivencias, Plazo social cien años a partir del dieciocho de marzo dos mil diez. Capital social cien mil colones. Presidente Óscar Eduardo Castro Herrera, vecino de Alajuela, cédula dos- cinco cuatro dos- nueve dos cinco.—Lic. Lissette Susana Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2010163905.—(IN2010025835).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Inversiones Rojo Fonseca y Chávez Limitada. Capital social suscrito y enteramente pagado: cien mil colones. Administrada hasta por dos gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es Todo.—Sabalito de Coto Brus, ocho horas del veintidós de marzo de dos mil diez.—Lic. Jorge Félix Araya Umaña, Notario.—1 vez.—RP2010163906.—(IN2010025836).
A las 07:15 horas del 18 de marzo del 2010, se constituyó la sociedad denominada Kucha E.A.C. Sociedad Anónima, en donde aparece como representante con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, su presidenta Ericka Astúa Cruz, mayor, cédula de identidad número 1-0859-0761. Plazo social noventa y nueve años. Agente residente Lic. Adriana Astúa Quesada.—Lic. Adriana Astúa Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2010163908.—(IN2010025837).
Ante esta notaría a las 10:00 horas del día 23 de marzo del 2010 se constituyen Santex Sociedad Anónima. Domicilio: San José, capital totalmente suscrito y pagado. Presidente, apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 23 de junio del 2006.—Lic. Manuel Fernando Anrango Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2010163909.—(IN2010025838).
Ante esta notaría comparecen George Francois Lefebvre, y la señora Stephanie Bohbot, quienes constituyen una sociedad anónima denominada: Bolsas Térmicas Sociedad Anónima, cuyo capital ha sido totalmente suscrito y pagado.—San José, veintidós de marzo del año dos mil diez.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2010163910.—(IN2010025839).
Mediante
escritura pública número ochenta y uno-uno, otorgada a las nueve horas con
cincuenta minutos del dieciocho de marzo del dos mil diez, ante la notaría del
licenciado Omar Retana Quirós, se constituyó la sociedad denominada Powell
Family Inc Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años a
partir de su constitución y con un capital social de treinta mil colones, con
domicilio social en: San José, Turrubares, Bijagual, contiguo al supermercado
Ante esta notaría el día dieciocho de marzo del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Brisas del Bosque S & M S. A., la cual es considerada un nombre de fantasía. Su domicilio será en Monteverde de Puntarenas, presidente Emilio Santamaría Salas, capital social diez mil colones.—San José, treinta de marzo del dos mil diez.—Lic. Javier González Loría, Notario.—1 vez.—RP2010163912.—(IN2010025841).
Ante el suscrito notario, a las quince horas del día de hoy se constituyó la sociedad denominada Black Pitaya Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, dieciocho de marzo de dos mil diez.—Lic. Luis Alberto Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—RP2010163913.—(IN2010025842).
Por escritura número diecinueve del tomo quinto de mi protocolo, otorgada en esta notaría a las diez horas del veintidós de marzo del dos mil diez, se constituye una sociedad de responsabilidad limitada de conformidad con el decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno. Domicilio: provincia: Alajuela, cantón: Alajuela, distrito: San Rafael. Plazo noventa y nueve años, capital social ciento veinte mil colones. Tres gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 22 de marzo del 2010.—Lic. Luis Diego Herrera Elizondo, Notario.—1 vez.—RP2010163914.—(IN2010025843).
En la notaría del Lic. Álvaro José Meza Lazarus, se protocolizó el acta de asamblea de socios de la sociedad de esta plaza denominada Inferencia Preclara Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta mil trescientos cincuenta y ocho, celebrada en su domicilio social, San José avenida tres, calles veintinueve y treinta y uno. Es todo.—San José, a las trece horas del diecinueve de marzo del dos mil diez.—Lic. Álvaro José Meza Lazarus Notario.—1 vez.—RP2010163917.—(IN2010025844).
Por escritura 133-1, de las diecisiete horas del 22 de marzo del 2010, del torno uno del protocolo de la licenciada Verónica Rivera Jiménez, se constituyó la sociedad Barra Quesada Sociedad Anónima, domicilio social: San José, Paso Ancho, Jardines de Cascajal, cien metros sur de las banderas de Casa Conde, casa número seis, color azul, con rejas negras, capital social: cien mil colones, representación judicial y extrajudicial: presidente y vicepresidente, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, según el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, nombrados por todo el plazo social.—San José, 23 de marzo del 2010.—Lic. Verónica Rivera Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2010163918.—(IN2010025845).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del veintitrés de marzo del dos mil diez, se constituyó la sociedad anónima denominada Logistic Trust Sociedad Anónima.—Heredia, San Antonio de Belén, ocho de marzo del dos mil diez.—Lic. Irina Castro Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2010163920.—(IN2010025847).
Ante esta notaría, mediante la escritura número ciento tres-dos del tomo dos, otorgada a las catorce horas del veinte de marzo del dos mil diez, se constituye la sociedad que se denomina Salud y Turismo Sociedad Anónima, representada judicial y extrajudicialmente por su presidente y secretario los señores Alfredo Oporta Calvo y Liliam Vega Umaña.—San José, 23 de marzo del 2010.—Lic. Elsibel Figueroa Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2010163921.—(IN2010025848).
A las once horas del doce de marzo del año dos mil diez en mi notaría los señores Walter Eliezer González López y José Antonio Mercado Díaz, constituyeron la sociedad Instalaciones Profesionales Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: cien mil colones. Domicilio: Bufete Levy & Levy, avenida seis, número mil ciento treinta y siete.—Lic. Hugo Luis Levy Mena, Notario.—1 vez.—RP2010163923.—(IN2010025849).
Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las 18:00 horas del 18 de marzo del 2010, se constituyó Corporación Fresco’s de Costa Rica Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: Costa Rica, San José, Curridabat. Capital social: cinco mil colones. Presidente y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Este último limitado a veinte mil dólares.—San José, 18 de marzo del 2010.—Lic. Laura Hernández Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2010163924.—(IN2010025850).
Por escritura otorgada a las 15 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea de socios de Marfac S. A., donde se reforman cláusulas segunda, novena, y décimo primera de los estatutos y se nombra nueva junta directiva.—San José, veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Edgar Díaz Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2010163927.—(IN2010025851).
Mediante escritura otorgada en mi notaría, a las diecinueve horas del diecinueve de marzo de dos mil diez, se constituye la sociedad WRC Solutions Group Sociedad Anónima. Cuyo presidente es el señor Wagner Rolando Campos Badilla. El plazo social es de 99 años. Capital social de 200.000,00 colones.—San José, veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Rigoberto Jiménez Vega, Notario.—1 vez.—RP2010163930.—(IN2010025852).
Alquileres Pérez y Martínez Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y seis ochocientos cincuenta y cuatro, modifica cláusulas segunda y novena del pacto constitutivo. Así como nombramiento de secretario, fiscal y agente residente. Ante la notaria Karol Mata Araya.—Cartago, veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Karol Mata Araya, Notaria.—1 vez.—RP2010163931.—(IN2010025853).
En la ciudad de Cartago, al ser las nueve horas del veintidós de marzo del año dos mil diez, José Luis Jiménez Fernández y Mario Alberto Núñez Barrionuevo, constituyen la sociedad anónima Proyecto Cuarenta y Cinco Sociedad Anónima. Ante la notaria Karol Mata Araya.—Cartago al ser las nueve horas cinco minutos del veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Karol Mata Araya, Notaria.—1 vez.—RP2010163932.—(IN2010025854).
En la ciudad de Cartago al ser doce horas del diez de marzo del año dos mil diez, José Arnoldo Sáenz Jiménez y Ana Lorena Jiménez Zúñiga, constituyen la sociedad anónima EHS Costa Rica Consulting Sociedad Anónima. Ante la notaria Karol Mata Araya.—Cartago, al ser las doce horas cinco minutos del diez de marzo del dos mil diez.—Lic. Karol Mata Araya, Notaria.—1 vez.—RP2010163933.—(IN2010025855).
El suscrito notario hace constar que por escrituras otorgadas por esta notaría, a las trece horas y a las trece horas treinta minutos, ambas del día veintidós de marzo del año dos mil diez, se constituyeron las sociedades anónimas Elemar Sociedad Anónima y Tecnoprocesos Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintidós de marzo del año dos mil diez.—Lic. Fernando Murillo Marchini, Notario.—1 vez.—RP2010163938.—(IN2010025856).
Ante la suscrita notaria, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Casa Mía del Este Sociedad Anónima, otorgada a las catorce y veinte horas del veintidós de marzo del año dos mil diez. Presidente: Marco Vinicio Araya Rapso, capital social diez mil colones. Domiciliada en San José, cantón central, distrito San Sebastian, Monte Azul, Paso Ancho, frente al ICE, casa seis L, plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Karolina Meléndez Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2010163947.—(IN2010025857).
Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del 11 de marzo de 2010, se constituyó Aceviq del Este S. A.—Lic. Eugenio F. Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2010163948.—(IN2010025858).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:45 horas del 8 de marzo del 2010, se constituyó Vierwaldstaettersee E.I.R.L.—Lic. Eugenio F. Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2010163949.—(IN2010025859).
Por escritura otorgada ante la notaria pública Liliana Alfaro Rojas, a las 10:00 horas del 3 de marzo del 2010, Sergio Alfaro Rojas y Rodolfo Robles Coto, constituyen la sociedad Educatech Asesores Sociedad Anónima. Domiciliada: en San José, cien metros sur, cien metros este del Parque Los Mangos, urbanización Montealegre, Zapote, Se hace el nombramiento de la junta directiva y el cargo de fiscal.—San José, 15 de marzo del 2010.—Dra. Liliana Alfaro Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2010163950.—(IN2010025860).
En esta notaría, en escritura número veintiocho de las diez horas del veintitrés de marzo de dos mil diez, se constituyó la sociedad Bigzzo Internacional Sociedad Anónima, presidenta Ana Ruth Acuña Rodríguez.—Lic. Leonardo José Arcia Fernández, Notario.—1 vez.—RP2010163953.—(IN2010025861).
En esta notaría, a las 8 horas del 17 de marzo del 2010, se reformó cláusula sétima del pacto constitutivo Proveedor Centroamericano S.A.—Lic. Elda Zúñiga Valenciano, Notaria.—1 vez.—RP2010163955.—(IN2010025862).
Por escritura otorgada ante mí licenciada Viriam Fumero Paniagua, a las diez horas con quince minutos del día de diecinueve del mes de marzo del año dos mil diez, se constituyó sociedad anónima.—Turrialba, 19 de marzo del 2010.—Lic. Viriam Fumero Paniagua, Notaria.—1 vez.—RP2010163956.—(IN2010025863).
El suscrito Adrián Fernando Granados Monge, notario público hace constar que mediante escritura número siete del tomo veintinueve de mi protocolo, se constituyó la sociedad con el nombre de cédula jurídica que le asigne el registro, corresponderá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente a su presidente y secretario.—Cartago, diecinueve de marzo de dos mil diez.—Lic. Adrián Fernando Granados Monge, Notario.—1 vez.—RP2010163962.—(IN2010025864).
Ante esta notaría se constituyó una sociedad cuyo presidente es el señor Andrés Mauricio Mogollon Ardila, y su capital social es la suma de diez mil colones. Es todo.—San José, veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Evelyn Guevara Barrantes, Notaria.—1 vez.—RP2010163963.—(IN2010025865).
Ante esta notaría se constituyó una sociedad cuyo presidente es el señor Andrés Mauricio Mogollon Ardila, y su capital social es la suma de diez mil colones. Es todo.—San José, veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Evelyn Guevara Barrantes, Notaria.—1 vez.—RP2010163964.—(IN2010025866).
Se
hace del conocimiento público que los señores Roy Gerardo Miranda Araya e
Isabel Cristina Chaverri Hidalgo se encuentran constituyendo la sociedad
denominada Ganadera
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas con quince minutos del diecinueve de marzo del dos mil diez, se reformó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la entidad Grupo Inmobiliario G.I.F.T. Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, diecinueve de marzo del dos mil diez.—Lic. Cristian Miguel Vargas Araya, Notario.—1 vez.—RP2010163967.—(IN2010025868).
Por asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios se modificó la cláusula quinta del pacto social de la sociedad Inversiones Cascadia Quince S. A.—Cartago, 22 de marzo del 2010.—Lic. Eduardo Cortes Morales, Notario.—1 vez.—RP2010163969.—(IN2010025869).
Eliette María Torres Lumbi, cédula siete-cero seis tres-cero nueve tres; Hellen María Bonilla Torres, cédula siete-uno dos cuatro-dos uno ocho; Kendall Javier Rodríguez Torres, cédula tres-cuatro dos cero-cinco seis uno; y Kyara Paola Rodríguez Torres, cédula siete-uno nueve siete- nueve cero seis; constituyen Casa Pocora, Limitada, a las ser las dieciséis horas treinta minutos del día veintiséis de febrero del dos mil diez ante el notario Alexis Cervantes Barrantes.—Lic. Alexis Cervantes Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2010163973.—(IN2010025870).
Ante mí Ana Isabel Fallas Aguilar, Notaria Pública han conformado Las Wana Del Castillo Sociedad Anónima, Wendy Paola Castillo Garro, cédula 1-1020-194, Amy Pamela Castillo Garro, cédula 1-1077-522, Natalia Castillo Garro, cédula 1-1303-150, Angie Castillo Garro, cédula 1-1303-150. Presidenta la primera.—Santa Ana, 15 de marzo del 2010.—Lic. Ana Isabel Fallas Aguilar, Notaria.—1 vez.—RP2010163978.—(IN2010025871).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del veintidós de marzo del año en curso, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Proexa Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula sexta, de los estatutos.—San José, 22 de marzo del 2010.—Lic. Óscar Arias Valverde, Notario.—1 vez.—RP2010163988.—(IN2010025872).
Por escritura número trescientos treinta y siete del tomo cinco, en esta notaría, a las trece horas del día veinte de marzo de dos mil diez, he protocolizado acta de IESA Comercializadora Electro Caribe, Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y siete mil setecientos sesenta y cinco. En la cual se reforma la cláusula quinta sobre el capital social, aumentándolo.—Guápiles, veinte de marzo de dos mil diez.—Lic. José Fco. Fallas González, Notario.—1 vez.—RP2010163991.—(IN2010025873).
Por escritura número trescientos treinta y tres del tomo cinco, otorgada ante esta notaría, a las diecinueve horas del día diecinueve de marzo del dos mil diez, se constituye la sociedad denominada Innovaciones Ambientales Sociedad Anónima, con plazo social de noventa y nueve años, capital social de sesenta mil colones; presidenta: Jane Catherine Yeomans, con un solo apellido en razón de su nacionalidad canadiense, cédula de residencia número MI seis tres tres cero, tesorera: Ángela María Suárez Ma, cédula número dos-seiscientos veinticuatro-quinientos treinta y ocho, y secretaria Valodia Kruskaya Flores Rugama, pasaporte de Nicaragua número C uno cinco dos nueve tres siete tres; con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Guápiles, diecinueve de marzo del dos mil diez.—Lic. José Fco. Fallas González, Notario.—1 vez.—RP2010163993.—(IN2010025874).
Por escritura número nueve del tomo dos, otorgada ante esta notaría, a las trece horas del día veinte de marzo del dos mil diez, se constituye la sociedad denominada con el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Nacional, con un plazo social de noventa y nueve años. Capital social: de sesenta mil colones. Presidente; José Francisco Fallas González, cédula número siete-cero setenta y uno-trescientos treinta y cinco, tesorero: José Francisco Fallas Williams, cédula siete-ciento sesenta y siete-ochocientos setenta y secretaria Seidy Lorena Williams Jiménez, cédula número uno-seiscientos cuarenta y uno-cero sesenta y tres, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Guápiles, veinte de marzo del dos mil diez.—Lic. Miguel Évila Salazar, Notario.—1 vez.—RP2010163995.—(IN201025875).
Ante esta notaría comparecieron los señores: Luis Alberto Chavarría Guadamuz y Eliécer Tenorio Álvarez y dicen, que comparecen ante esta notaría con el propósito de constituir una sociedad anónima, la cual se regirá por el Código de Comercio y por las siguientes cláusulas: Primera: del nombre: la sociedad se denominará Grupo Empresarial T & CH Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Grupo Empresarial T & CH S. A. Segunda: del domicilio: el domicilio social será exactamente Batán de Matina de Limón exactamente cincuenta metros este del almacén Kefra, el capital social es de cien mil colones. Es todo.—Matina de Limón, quince horas del diecinueve del dos mil diez.—Lic. Elvis Eduardo Lawson V., Notario.—1 vez.—RP2010164004.—(IN201025876).
En
San José, ante esta notaría, al ser las trece horas del dieciocho de marzo del
dos mil diez, se constituyó la sociedad de esta plaza que se denominará con el
número de cédula jurídica que
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del día veintitrés de marzo del dos mil diez, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Tierra de Diamante, Ltda., donde se acuerda la liquidación de compañía.—San José, veintitrés de marzo del dos mil diez.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2010164009.—(IN2010025879).
Ante esta notaría, por escritura otorgada, a las nueve horas quince minutos del día veintitrés de marzo del dos mil diez, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de accionistas de la sociedad denominada 3-101-587181, S. A., donde se acuerda modificar la cláusula sexta de los estatutos y se revocan y hacen nombramientos.—San José, veintitrés de marzo del dos mil diez.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2010164011.—(IN2010025880).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas treinta minutos del día veintitrés de marzo del dos mil diez, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de accionistas de la sociedad denominada Brenes Méndez Hermanos Sucesores, S. A., donde se acuerda modificar la cláusula octava de los estatutos.—San José, veintitrés de marzo del dos mil diez.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2010164012.—(IN2010025881).
Se constituye Ornamentales y Especialidades en Plantas y Jardines Sociedad Anónima. Presidente: Luis Alberto Alvarado Vásquez, para todo en comercio. Domicilio social en Palmares, Rincón de Zaragoza. Plazo social: 99 años. Escritura otorgada en Alajuela, a las 17:00 horas del 16 de marzo del 2010.—Alajuela, 17 de marzo del 2010.—Lic. Alejandro Fernández A., Notario.—1 vez.—RP2010164013.—(IN2010025882).
Por escritura otorgada en mi notaría, se constituyó sociedad anónima, cuyo nombre será el número de cédula jurídica que asignará el Registro Público una vez inscrita, esto de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J. Presidente: Zacarías Ramírez Segura.—San José, 22 de marzo del 2010.—Lic. Alexandro Vargas Vásquez, Notario.—1 vez.—RP2010164015.—(IN2010025883).
Por escritura otorgada por el suscrito, a las 12:00 horas de 18 de enero del 2010, el suscrito protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Sotela Alfaro Limitada. Se modifica titularidad de cuotas sociales, y la cláusula sexta de la administración, y se nombra Gerente.—San José, 22 de marzo del 2010.—Lic. Valentín Barrantes Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2010164016.—(IN2010025884).
Por escritura otorgada por el suscrito, a las 14:00 horas de 19 de marzo del 2010, el suscrito protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Inversiones, Remodelaciones y Construcciones INRECO Internacional S. A. Se modifica cláusula sexta de la administración, y se reorganiza junta directiva.—San José, 22 de marzo del 2010.—Lic. Valentín Barrantes Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2010164017.—(IN2010025885).
Por escritura otorgada por el suscrito, a las 15:00 horas de 19 de marzo de 2010, el suscrito protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Constructora Comac S. A. Se modifica cláusula quinta de la administración, y se reorganiza junta directiva.—San José, 22 de marzo del 2010.—Lic. Valentín Barrantes Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2010164018.—(IN2010025886).
Mediante escritura pública número trescientos siete se constituyó la sociedad Mundo Deportivo de Atenas Limitada, otorgada en el tomo cuarto del protocolo de la suscrita en Atenas a las diecisiete horas del diecinueve de marzo del dos mil diez.—Lic. Emilia Verónica Chaves Cordero, Notaria.—1 vez.—RP2010164024.—(IN2010025887).
El día 17 de marzo en la notaría de Carmen María Bolaños Vargas, se protocolizó acta número cinco de la sociedad Expocosta Internacional S. A. donde se modifica la cláusula quinta del pacto social y se reelige la junta directiva.—San José, 17 de marzo del 2010.—Lic. Carmen María Bolaños Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010164025.—(IN2010025888).
Ante esta notaría, al ser las doce horas del veintidós de marzo de dos mil diez, protocolicé el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Raescofe S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y seis mil setecientos noventa y tres, mediante la cual se reformó la cláusula sétima del pacto social y se nombró presidente y secretario.—San José, veintidós de marzo de dos mil diez.—Lic. José Francisco Vega Quesada, Notario.—1 vez.—RP2010164027.—(IN2010025889).
Ante esta notaría por escritura otorgada a las diecinueve horas del veintidós de marzo del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Yo Developers Sociedad Anónima.—San José, veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Yanina Cordero Pizarro, Notaria.—1 vez.—RP2010164029.—(IN2010025890).
En escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 26 de febrero del 2010, se constituyó la empresa Jahra Sociedad Anónima. Domicilio Santo Domingo de Heredia. Presidente José Alberto Ramírez Castro.—Santo Domingo de Heredia, 15 de marzo del 2010.—Lic. Martha Eugenia Chacón Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2010164031.—(IN2010025891).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima que llevará por nombre el número de cédula jurídica, por los socios Alejandro José Rechnitzer Bell cédula 1-1468-524 y Sonia Beatriz Cascante Ureña cédula 1-876-346. Corresponderá la representación judicial y extrajudicial al presidente y al secretario pudiendo actuar conjunta y separadamente.—Lic. Mercedes Lía Arce Arce, Notaria.—1 vez.—RP2010164032.—(IN2010025892).
Ante esta notaría, el día de hoy, se constituyó la compañía denominada: BCR Empleados Pococí Sociedad Anónima.—Guápiles, Pococí, dieciocho de marzo del dos mil diez.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—RP2010164033.—(IN2010025893).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del día veintidós de marzo del año dos mil diez, se protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la sociedad denominada Werensteijn Sociedad Anónima. Se acuerda reformar la cláusula primera, del nombre, del pacto constitutivo, de ahora en adelante se denominará: Scarlet Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, veintidós de marzo del año dos mil diez.—Lic. Hannia Mayela Cubero Li, Notaria.—1 vez.—RP2010164036.—(IN2010025894).
A las diez horas con treinta minutos del veintitrés de marzo del dos mil diez, ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Water Dogs of Marbella Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado. Domicilio San José. Presidente y secretario apoderados generalísimos.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio, Notario.—1 vez.—RP2010164037.—(IN2010025895).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del día veintidós de marzo del dos mil diez, se protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la sociedad denominada PJMS Developments Sociedad Anónima. Se acuerda reformar la cláusula primera, del nombre, del pacto constitutivo, de ahora en adelante se denominará: S.F.O. Enterprises Sociedad Anónima.—San José, veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Hannia Mayela Cubero Li, Notaria.—1 vez.—RP2010164038.—(IN2010025896).
A las diez horas del veintitrés de marzo del dos mil diez, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Water Dogs Corporation Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: San José. Presidente y secretario, apoderados generalísimos.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio, Notario.—1 vez.—RP2010164039.—(IN2010025897).
Por escritura otorgada a las 11:00 horas del día 22 de marzo del 2010, en esta notaría, se constituye sociedad anónima Desarrollo Bahía Lagarto Sociedad Anónima. Se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 22 de marzo del 2010.—Lic. Eugenia Gutiérrez Masís, Notaria.—1 vez.—RP2010164041.—(IN2010025898).
Por escritura otorgada en Cartago, ante esta notaría, a las 09:00 horas del 22 de marzo del 2010, se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Terraza Abedul Catorce Sociedad Anónima.—Cartago, veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Laura Cordero Zamora, Notaria.—1 vez.—RP2010164042.—(IN2010025899).
Hoy, ante esta notaría, se constituyó L Y R SMS Corporativo Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Domiciliada: en San José, Desamparados, San Rafael Abajo.—San José, tres de marzo del dos mil diez.—Lic. Luis Diego Castillo Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2010164043.—(IN2010025900).
Por escritura otorgada en Cartago, ante esta notaría, a las 17:30 horas del 18 de marzo del 2010, se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Portones del Valle Sociedad Anónima.—Cartago, dieciocho de marzo del dos mil diez.—Lic. Laura Cordero Zamora, Notaria.—1 vez.—RP2010164044.—(IN2010025901).
Por escritura otorgada en Cartago, ante esta notaría, a las 18:00 horas del 18 de marzo del 2010, se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Constructora Calles de Maranata Sociedad Anónima.—Cartago, dieciocho de marzo del dos mil diez.—Lic. Laura Cordero Zamora, Notaria.—1 vez.—RP2010164045.—(IN2010025902).
Por escritura otorgada ante el notario público Carlos Gutiérrez Font, se constituyó la sociedad Dajalu Sociedad Anónima. Capital social: doce mil colones. Domicilio: San José, Escazú, calle Jaboncillo, Condominio San Ángel, número tres. Presidente: apoderado generalísimo.—San José, veintitrés de marzo del dos mil diez.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2010164046.—(IN2010025903).
Por escritura autorizada a las diez horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Colinas de Escazú Sociedad Anónima, en que se reforman las cláusulas segunda, en cuanto al domicilio, y sétima, en cuanto a la administración de la sociedad.—San José, dieciséis de marzo del dos mil diez.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—RP2010164047.—(IN2010025904).
La suscrita notaria hace constar que con vista en la matriz, escritura número cuarenta y nueve, visible al folio veintitrés frente del tomo tres de mi protocolo, se reformó el pacto constitutivo de la sociedad Ropexbal Romanas Pesos Exactos Ballar S. A. Es todo.—San José, al ser las nueve horas del veintitrés de marzo del dos mil diez.—Lic. Zarella Obando Retana, Notaria.—1 vez.—RP2010164052.—(IN2010025905).
Por escritura otorgada a las nueve horas del quince de marzo del dos mil diez, protocolicé acta de Instalaciones Eléctricas de Naranjo Sociedad Anónima. Se nombran nuevos miembros de junta directiva, fiscal y se reforma el pacto constitutivo.—Naranjo, quince de marzo del dos mil diez.—Lic. Guadalupe Montero Ugalde, Notaria.––1 vez.––RP2010164053.––(IN2010025906).
En la notaría de la licenciada Arlyn Salguero Rojas, mediante escritura número cincuenta y nueve-uno, otorgada a las once horas del dieciocho de marzo del dos mil diez, se constituyó la sociedad anónima denominada Disatyr Costa Rica Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años y un capital social de un millón de colones. Publicado mediante edicto número...—Cartago, veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Arlyn Salguero Rojas, Notaria.––1 vez.––RP2010164054.––(IN2010025907).
Como consta en escritura otorgada ante el notario Álvaro Rojas Morera, el 4 de noviembre del 2009, la sociedad Ganadera Alga del Cerro S. A., amplía el plazo social y nombra junta directiva.—San José, 23 de marzo del 2010.—Lic. Álvaro Rojas Morera, Notario.––1 vez.––RP2010164057.––(IN2010025908).
Mediante escritura otorgada a las 08:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Sijars Sociedad Anónima. Presidente apoderada generalísima. Domicilio social: San José.—San José, 19 de marzo de 2010.—Lic. Carmen Aguilar Mora, Notaria.––1 vez.––RP2010164058.––(IN2010025909).
El suscrito notario dejo constancia que el edicto respectivo de Asociación de Productores Hortícolas de Costa Rica, se constituye mediante escritura ciento cuatro, visible al folio sesenta y uno vuelto, del tomo veinte del notario Dagoberto Madrigal Mesén. Es todo.—Santa Ana, diez horas del veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Carlos Luis Guerrero Salazar, Notario.––1 vez.––RP2010164059.––(IN2010025910).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las 09:00 horas del 22 de marzo del 2010, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Zurcher Montoya y Zurcher S. A., mediante la cual se modifica la cláusula quinta del pacto social.—San José, 22 de marzo del 2010.—Lic. Laura Granera Alonso, Notaria.––1 vez.––RP2010164060.––(IN2010025911).
Tres-ciento dos-cinco tres cuatro ocho seis uno, sociedad de responsabilidad limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cinco tres cuatro ocho seis uno, comunica que se transformó en sociedad anónima.—Belén, veintitrés de marzo del dos mil diez.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.––1 vez.––RP2010164061.––(IN2010025912).
Ante esta Notaría, en la ciudad de San José, exactamente en San Pedro, barrio Los Yoses, del restaurante Le Chandelier cincuenta metros al sur, en la oficina de la firma PricewaterhouseCoopers, al ser las quince horas veinticinco minutos del día diez de marzo del año dos mil diez, procedí a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Purple Palm Tree Limitada mediante la cual se aumenta el capital social de la compañía y se modifica la cláusula cuarta del pacto social referente al capital social.—Lic. Ingrid Jiménez Godoy, Notaria.––1 vez.––RP2010164062.––(IN2010025913).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, número ciento cincuenta y uno-veintinueve, de las quince horas del veintidós de marzo de dos mil diez, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad TC Vancouver Holdings S. A., mediante la cual se nombró secretaria.—San José, 22 de marzo, 2010.—Lic. Juan Luis Vargas Vargas, Notario.––1 vez.––RP2010164063.––(IN2010025914).
Por escritura otorgada ante esta Notaría al ser las diecisiete horas del diecinueve de marzo del año dos mil diez, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Gravity Trips and Tours Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones, moneda del curso legal de Costa Rica, totalmente suscrito y pagado, distrito de Jacó, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.––1 vez.––RP2010164064.––(IN2010025915).
Por escritura otorgada ante la notaría de la licenciada María Isabel Rodríguez Herrera, a las diecisiete horas del dos de febrero del año dos mil diez, se constituyó la sociedad Xiniart Dresshome Sociedad Anónima. El capital social fue suscrito y pagado. Se nombró junta directiva quedando como presidenta Xinia María Ruiz Chacón. Corresponderá a la presidenta la representación judicial y extrajudicial de la compañía y tendrá las facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—Lic. María Isabel Rodríguez Herrera, Notaria.—1 vez.—RP2010164079.—(IN2010025926).
Por escritura otorgada ante la notaría de la licenciada María Isabel Rodríguez Herrera, a las ocho horas del ocho de febrero del año dos mil diez, se constituyó la sociedad Corporación Tierra Forma Road Development Sociedad Anónima. El capital social fue suscrito y pagado. Se nombró junta directiva quedando como presidente: Melvin Eugene Marshall. Corresponderá al presidente y la tesorera la representación judicial y extrajudicial de la compañía y tendrá las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma debiendo siempre actuar conjuntamente.—Lic. María Isabel Rodríguez Herrera, Notaria.—1 vez.—RP2010164080.—(IN2010025927).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Capital social: debidamente suscrito y pagado. Domicilio social: San José, Montes de Oca, San Pedro, Barrio Escalante, de Bagelmans trescientos metros al norte y setenta y cinco metros al este, casa número tres tres seis cinco. Presidente y Secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando separadamente.—Turrialba, 18 de marzo del 2010.—Lic. Laura Ramírez Ulate, Notaria.—1 vez.—RP2010164081.—(IN2010025928).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Capital social: debidamente suscrito y pagado. Domicilio social: San José, Montes de Oca, San Pedro, Barrio Escalante, de Bagelmans trescientos metros al norte y setenta y cinco metros al este, casa número tres tres seis cinco, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma, actuando separadamente.—Turrialba, 18 de marzo del 2010.—Lic. Laura Ramírez Ulate, Notaria.—1 vez.—RP2010164082.—(IN2010025929).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Capital social: debidamente suscrito y pagado. Domicilio social: San José, Montes de Oca, San Pedro, Barrio Escalante, de Bagelmans trescientos metros al norte y setenta y cinco metros al este, casa número tres tres seis cinco, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando separadamente.—Turrialba, 18 de marzo del 2010.—Lic. Laura Ramírez Ulate, Notaria.—1 vez.—RP2010164083.—(IN2010025930).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Capital social: debidamente suscrito y pagado. Domicilio social: San José, Montes de Oca, San Pedro, Barrio Escalante, de Bagelmans trescientos metros al norte y setenta y cinco metros al este, casa número tres tres seis cinco, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma, actuando separadamente.—Turrialba, 18 de marzo del 2010.—Lic. Laura Ramírez Ulate, Notaria.—1 vez.—RP2010164084.—(IN2010025931).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Capital social: debidamente suscrito y pagado. Domicilio social: San José, Montes de Oca, San Pedro, Barrio Escalante, de Bagelmans trescientos metros al norte y setenta y cinco metros al este, casa número tres tres seis cinco, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma, actuando separadamente.—Turrialba, 18 de marzo del 2010.—Lic. Laura Ramírez Ulate, Notaria.—1 vez.—RP2010164085.—(IN2010025932).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Capital social: debidamente suscrito y pagado. Domicilio social: San José, Montes de Oca, San Pedro, Barrio Escalante, de Bagelmans trescientos metros al norte y setenta y cinco metros al este, casa número tres tres seis cinco, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma, actuando separadamente.—Turrialba, 18 de marzo del 2010.—Lic. Laura Ramírez Ulate, Notaria.—1 vez.—RP2010164086.—(IN2010025933).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Capital social: debidamente suscrito y pagado. Domicilio social: San José, Montes de Oca, San Pedro, Barrio Escalante, de Bagelmans trescientos metros al norte y setenta y cinco metros al este, casa número tres tres seis cinco, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma, actuando separadamente.—Turrialba, 18 de marzo del 2010.—Lic. Laura Ramírez Ulate, Notaria.—1 vez.—RP2010164087.—(IN2010025934).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del día 18 de marzo del
2010, se constituyen las sociedades anónimas denominadas: a) Compra Fácil
USA S. A., b) Metro Estratégico Real Estate Mere S.A., c) Casa
Emma C.E. Es todo.—San José 22 de marzo de 2010.—Lic. Daniel De
Por
escrituras otorgadas ante esta notaría, se protocolizan actas de las siguientes
sociedades: 1) A las ocho horas, treinta minutos del veintidós de marzo dos mil
diez, Casa Pequeña Sol de Playa Azul. 2) A las ocho horas del veintitrés
de marzo del dos mil diez Macaw Ocean View Epsilon Limitada.—San José,
once horas del veintitrés de marzo dos mil diez.—Lic. Daniel Alberto de
Por escritura otorgada por el suscrito notario, a las nueve horas del veintidós de marzo del dos mil diez, se nombró nuevo presidente y tesorero de la sociedad anónima denominada Grupo de Gestión Empresarial de Centroamérica S. A.—Lic. Eric Guier Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2010164090.—(IN2010025937).
Mediante escritura de las 14:00 del 22 de marzo de 2010, se constituye la compañía CA Impresionantes Sociedad Anónima.—San José, 23 de marzo de 2010.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2010164093.—(IN2010025938).
El día de hoy, yo, Lorena Montt Villacura, notaria pública con oficina en San José, protocolizo acta de asamblea general ordinaria de Asociación Casa Chile. Se nombra junta directiva y fiscal.—San José, veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. Lorena Montt Villacura, Notaria.—1 vez.—RP2010164094.—(IN2010025939).
Marjorie Solís Rodríguez y Marco Tulio Solís Aguilar, constituyen Desarrollos del Atlántico Turquesa Uno Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las 10:00 horas del día 18 de marzo del dos mil diez. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: San José.—Lic. Jimmy León Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2010164095.—(IN2010025940).
Ante
esta notaría, se constituyó sociedad anónima con el número de cédula jurídica
que le asigne
Por escritura número 235, visible al folio 138, vuelto del tomo 6° del protocolo del suscrito, de las 17:45 horas del 3 de marzo del 2010, se constituyó la sociedad Ingeniería y Ambiente S. A. Objeto: asesoría técnica y prestación de servicios y comercio en general. Capital social: 12.000 colones. Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Carlos Arturo Paniagua Gómez, Notario.—1 vez.—RP2010164100.—(IN2010025942).
Ante el Lic. Juan Federico Arias Chacón, se reforma la cláusula décima del pacto social constitutivo y se nombra nuevo presidente, secretario y fiscal de la sociedad Lanber Tropical Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento veintitrés mil ciento cincuenta y siete.—Lic. Juan Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—RP2010164101.—(IN2010025943).
El suscrito notario hace constar que el día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Oxford Marketing Services S. A., en la que se reforman las cláusulas cuarta y quinta de los estatutos sociales.—San José, 19 de marzo del 2010.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—RP2010164103.—(IN2010025944).
Por escritura otorgada a las trece horas del veintidós de marzo de dos mil diez, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Jaguar Aviones LLC S. R. L., en la que se modificó el pacto constitutivo de la siguiente forma: El nombre de la compañía es Jaguar Aviones S.R.L. Representación social: gerente y el subgerente, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Lic. Vivian Conejo Torres, Notaria.—1 vez.—RP2010164106.—(IN2010025945).
El suscrito Maykool Acuña Ugalde, notario público con oficina en Ciudad Colón, hace constar que a las 11:00 horas del día 22 de marzo del 2010, se ha constituido la sociedad denominada Creaciones Jiménez de Costa Rica S. A. con un plazo social de 99 años, siendo su presidente el señor Gerardo Jiménez Solórzano.—Lic. Maykool Acuña Ugalde, Notario.—1 vez.—RP2010164107.—(IN2010025946).
Por escrituras otorgadas ante esta notaría se constituyeron las sociedades denominadas AMS Portafolio de Talentos S. A., Costa Rica Creative Sales & Solutions S. A., Marcactiva S. A., JKDN Advisors Ltda. y Bertone Group S. A. Plazos sociales noventa y nueve años. Capitales sociales suscrito y pagado. Nombramientos en juntas directivas por todo el resto del plazo social.—Lic. Rolando Guardiola Arroyo, Notario.—1 vez.—RP2010164108.—(IN2010025947).
Ante
esta notaría mediante escritura 126, los señores Xenia Umaña Quirós y Jorge
Blanco Umaña constituyen una sociedad que se denominará
Ante esta notaría mediante escritura 362 Luis Diego Serrano Gómez, Jhonathan David Gamboa Barboza, y Christian Lutz Dyes, vienen a protocolizar el acta número dos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Manuel Antonio OutDoors CR Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos setenta y cuatro mil ciento cuatro. Es todo.—Quepos, 23 de marzo del dos mil diez.—Lic. Steven Alvarado Bellido, Notario.—1 vez.—RP2010164110.—(IN2010025949).
Por escrituras públicas número cuarenta, cuarenta y uno, cuarenta y dos, cuarenta y tres y cuarenta y cuatro de las siete horas, las siete horas treinta minutos, ocho horas, ocho horas treinta minutos y las nueve horas del diez de marzo de dos mil diez se constituyeron sociedades anónimas en la cual se tendrá como razón social el número de cédula jurídica que adjudique el Registro Público a la sociedad y así expresamente se solicita al Registro. Recayendo la presidenta: Michel Jair Kiwan, de calidades indicadas en la constitución de las sociedades anónimas; secretaria: Leticia Werazo Kiwan de calidades indicadas en la constitución de las sociedades anónimas, tesorero: Raúl Arias Pérez de calidades indicadas en la constitución de las sociedades anónimas.—Dieciocho de marzo de dos mil diez.—Lic. Gerardo Jesús Zúñiga Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2010164111.—(IN2010025950).
Por escritura número cuarenta y dos, otorgada en esta misma notaría, a las dieciséis horas del cuatro de marzo del año dos mil diez, se constituyó la sociedad Acuarela Tours Sociedad Anónima. Presidenta con facultades de apoderada generalísima con límite de suma, capital social totalmente suscrito y pagado.—San José, 8 de marzo del 2010.—Lic. Ángel Edmundo Solano Calderón, Notario.—1 vez.—RP2010164112.—(IN2010025951).
Por escritura número ciento cuarenta y uno, del tomo octavo del protocolo, otorgada ante la notaria Kembly Mora Salas, a las diez horas del once de marzo del año dos mil diez, se constituyó sociedad de responsabilidad limitada, cuyo nombre es la cédula jurídica que otorgue el Registro Mercantil, gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Naranjo, 16 de marzo del año 2010.—Lic. Kembly Mora Salas, Notaria.—1 vez.—RP2010164118.—(IN2010025952).
Por escritura otorgada a las diez horas del veintidós de marzo de dos mil diez, ante el notario Edgar Alberto Arroyo Quesada, se modifican cláusulas del pacto social de G.I. Proyectos Sociedad Anónima.—San José, veintidós de marzo de dos mil diez.—Lic. Edgar Alberto Arroyo Quesada, Notario.—1 vez.—RP2010164122.—(IN2010025953).
Por escritura otorgada a las nueve horas del veintitrés de marzo de dos mil diez, ante la suscrita notaria, los señores Francesco Arato y Vicente Albertoinciarte Brando, constituyen una sociedad anónima denominada Premier Eco-Hotels and Resorts Sociedad Anónima.—San José, veintitrés de marzo de dos mil diez.—Lic. Carmen Soto Montero, Notaria.—1 vez.—RP2010164126.—(IN2010025954).
Por escritura número cuarenta-cinco, otorgada ante esta notaría a las quince horas con cuarenta y cinco minutos, del día veintidós de marzo del año en curso, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Islas Ledo S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y siete mil cuatrocientos setenta, en la que se acuerda modificar la cláusula octava de los estatutos sociales.—San José, veintitrés de marzo de dos mil diez.—Lic. Arturo Barzuna Lacayo, Notario.—1 vez.—(IN2010026106).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del veintitrés de marzo del año dos mil diez, se constituyó la sociedad Distribuidora Trío Sociedad Anónima.—San José, 23 de marzo del 2010.—Lic. Diana Guzmán Calzada, Notaria.—1 vez.—(IN2010026113).
Por escritura pública de las once horas del veintitrés de marzo de dos mil diez, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Perlas de Porcelana Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos veinticinco mil quinientos cincuenta y cuatro, mediante la cual se incrementa su capital social en la suma de dieciséis millones novecientos mil colones.—San José, 24 de marzo de 2010.—Lic. José Gerardo Riba Bazo, Notario.—1 vez.—(IN2010026123).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 14:00 horas del día de hoy, se constituyó la entidad domiciliada en Puntarenas, denominada Inhaus del Pacífico S. A. Capital íntegramente suscrito y pagado. Presidenta: Sandra Carranza Pastor.—San José, 23 de marzo del 2010.—Lic. Javier Camacho Granados, Notario.—1 vez.—(IN2010026125).
Por escritura pública otorgada el día de hoy protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Coopsiete S. A., mediante la cual se reforma su pacto social y se nombra nuevo presidente y secretario de la junta directiva.—Carmona de Nandayure, Guanacaste, 22 de marzo del 2010.—Lic. Franklin Carrillo Cubero, Notario.—1 vez.—(IN2010026129).
Por escritura número ciento uno del 24 de marzo del 2010, se modificó la cláusula sétima de la sociedad Centro Especializado de Cardiología GPL Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2010.—Lic. Lorna Truque Arias, Notaria.—1 vez.—(IN2010026132).
Publíquese la constitución de la sociedad denominada: Picinas Ocean Pacific. Junta directiva: Presidenta: Shirley Patricia Flores Vega, cédula 3-233-255, secretario: Bryan Mora Flores. 1-1464-255. Tesorero: Carlos Villafuerte Siles 5-316-989. Fiscal: Hernán Fuentes Navarro. 9-069-730. Todo con vista en la escritura número 228, visible desde folio 144 vuelto hasta el folio 147 frente del tomo uno del protocolo del notario público licenciado Carlos Alberto Peñaranda Segreda. Shirley P. Flores Vega, Presidenta.—Marzo del 2010.—Lic. Carlos Alberto Peñaranda Segreda, Notario.—1 vez.—(IN2010026136).
Ante
esta notaría se constituyó sociedad anónima, denominación social se tendrá de
conformidad con artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J, domicilio:
Belén,
Por escritura otorgada a las 10:00 horas del día de hoy se constituyó Inmobiliaria Marco y Lucía S. A. Domicilio Heredia. Capital social suscrito y pagado.—Heredia, 23 de marzo del 2010.—Lic. Manuel Antonio Vílchez Campos, Notario.—1 vez.—(IN2010026168).
Por
escritura otorgada ante esta notaria a las 11:00 horas del día 23 de marzo del
2010, se constituyó la empresa denominada Inversiones Vargonzal S. A.,
domiciliada en
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del 22 de marzo del 2010, se constituyó la sociedad: Medsys Centroamericana Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado; apoderados generalísimos sin límite de suma: presidente y tesorero, conjunta o separadamente.—San José, 22 de marzo de 2010.—Lic. Federico Carlos Sáenz De Mendiola, Notario.—1 vez.—(IN2010026191).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 21:00 horas del 22 de marzo del 2010, se constituyó la sociedad Grupo J.P.C.R Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital suscrito y pagado apoderados generalísimos sin límite de suma: gerente y subgerente, conjunta o separadamente.—San José, 22 de marzo de 2010.—Lic. Federico C. Sáenz De Mendiola, Notario.—1 vez.—(IN2010026193).
Mediante escritura pública número veintidós otorgada ante el notario público José Antonio Pérez Brenes, a las ocho horas cinco minutos del veintidós de marzo del dos mil diez, se constituyó la sociedad CLA Abogados Clientes Sociedad Anónima. Plazo social de noventa y nueve años. Capital social diez mil de colones, domicilio social San José, San Pedro de Montes de Oca, Barrio Dent, Ofiplaza del Este, edificio C, segundo piso. Presidente Luis Montes Solano, secretaria Marianela Vílchez Valverde.—Lic. José Antonio Pérez Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2010026198).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del cuatro de marzo del dos mil diez. Pablo Esteban Sibaja Vargas y Patricia Vargas Morandi, constituyeron Quarsystems Sociedad Anónima. Presidente: Pablo Esteban Sibaja Vargas. Domicilio social: Santa Ana, San José, 300 metros sur del Gimnasio Municipal de Santa Ana, con un capital social de dos mil colones. Plazo social: 100 años.—Heredia, 04 de marzo del 2010.—Lic. Jennie Morera Esquivel, Notaria.—1 vez.—(IN2010026207).
Por protocolización de acta número cinco de asamblea general extraordinaria de BD Consultores Desarrollo Empresarial Sociedad Anónima, se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo para establecer al presidente y secretario, la representación judicial y extrajudicial quienes tendrán facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo para que se lea así: El domicilio social será en Escazú, Centro Corporativo Plaza Roble, segundo piso. Es todo.—Heredia, a las doce horas del diecinueve de marzo del dos mil diez.—Lic. Jennie Morera Esquivel, Notaria.—1 vez.—(IN2010026208).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veinticuatro de marzo del 2010, Moisés Carmona Romero y María del Rosario Zúñiga Montero constituyeron la sociedad que se denominará Servicios y Artes digitales S. A. Presidente: Moisés Carmona Romero. Domicilio social: San Isidro de Coronado ochenta metros sur de la casa cural. Capital social cien mil colones. Plazo social: 100 años.—Heredia, a las nueve horas del veintitrés de marzo del dos mil diez.—Lic. Jennie Morera Esquivel, Notaria.—1 vez.—(IN2010026209).
Se constituye Muebles Sierra COR Sociedad Anónima. Plazo social 99 años, domiciliada en Palmares. Presidente Carlos Luis Cordero Rojas, escritura otorgada en Alajuela, el día 18 de marzo del 2010. Para todo en comercio.—Alajuela, 24 de marzo del 2010.—Lic. Alejandro Fernández Al varado, Notario.—1 vez.—(IN2010026211).
Se constituye Importadora Forestal COR Sociedad Anónima. Plazo social 99 años, domiciliada en Palmares. Presidente Guiselle Arias Segura, escritura otorgada en Alajuela, el día 18 de marzo del 2010. Para todo en comercio.—Alajuela, 24 de marzo del 2010.—Lic. Alejandro Fernández Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2010026212).
Se constituye Sierra y Maderas COR Sociedad Anónima. Plazo social 99 años, domiciliada en Palmares. Presidente Carlos Luis Cordero Rojas, escritura otorgada en Alajuela, el día 18 de marzo del 2010. Para todo en comercio.—Alajuela, 24 de marzo del 2010.—Lic. Alejandro Fernández Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2010026213).
Se protocoliza asamblea general extraordinaria de Claroji Sociedad Anónima, celebrada el 22 de agosto del 2009, se nombra Presidente a Claudio Rodríguez Alvarado, secretaria a Ana Grace Rodríguez Alvarado, escritura otorgada en San Carlos, el día 21 de octubre del 2009. Para todo en comercio.—Alajuela, 24 de marzo del 2010.—Lic. Alejandro Fernández Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2010026214).
Por escritura número doscientos treinta y dos otorgada ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos del día veintitrés de marzo del año dos mil diez, se constituyó la sociedad anónima la cual se denominará Mediplaza Heredia S. A., con un capital social de treinta mil colones, siendo su presidente el señor Eduardo Gurdián Marchena.—Alajuela, veinticuatro de marzo año dos mil diez.—Lic. Jorge Arturo Campos Araya, Notario.—1 vez.—(IN2010026222).
Por escritura otorgada a las 8:00 horas del 24 de marzo, se constituyó la sociedad Hidro Chimurria S. A., por 100 años; capital suscrito y pagado.—San José, 24 de marzo de 2010.—Lic. José Antonio Gómez Cortés, Notario.—1 vez.—(IN2010026223).
Por medio de la escritura número ciento cuarenta y ocho, otorgada a las diez horas del día veintitrés de marzo del dos mil diez, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Las Calas Rojas Unidad Diez Limitada. Capital social cien mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Gerente: El señor Mareno Clio (Nombre) Rowell JR (Apellido).—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2010026250).
Por medio de la escritura número ciento cuarenta y siete, otorgada a las doce horas del día veintidós de marzo del año dos mil diez, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos cuarenta y nueve mil ciento setenta y ocho sociedad anónima, por la cual se modifica la cláusula sexta de la representación y se revocan los nombramientos de los miembros de la junta directiva y del fiscal se nombran nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2010026252).
Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, Pablo Enrique Guier Acosta y Andressa Rodríguez De Castro, constituyen una sociedad anónima la cual se denominará Vino In Veritas Sociedad Anónima.—San José, 16 de marzo de 2010.—Lic. José Pablo Arauz Villarreal, Notario.—1 vez.—(IN2010026276).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las diecisiete horas del veintidós de marzo de dos mil diez, se constituyó la sociedad anónima denominada Dextramil Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social suscrito y pagado. Domicilio social: Alajuela. Plazo social noventa y nueve años.—San José, 22 de marzo de 2010.—Lic. Hernán Ricardo Zamora Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2010026284).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las dieciséis horas del veintidós de marzo de dos mil diez, se constituyó la sociedad anónima denominada Dealdu Inmobiliaria Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social suscrito y pagado. Domicilio social: Heredia. Plazo social noventa y nueve años.—San José, 22 de marzo de 2010.—Lic. Hernán Ricardo Zamora Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2010026286).
En esta notaría Gerardo y Marlene Martin ambos Chaves Cruz, constituyen sociedad según decreto ejecutivo 33171-J SRL., presidente: Gerardo. Capital social: 10 mil colones.—San Ramón, 19 de marzo del 2010.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2010026299).
Ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad de esta plaza Inversiones Y.T.R.A Inter Sociedad Anónima. Capital totalmente suscrito y pago.—Alajuela, diecinueve de marzo del dos mil diez.—Lic. Jaime De Jesús Flores Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2010164128.—(IN2010026310).
Ante mí, Roy Zumbado Ulate se constituye la sociedad Araya & Madrigal Consultores S. A. Capital social la suma de diez mil colones. Presidente Adán Madrigal Arce.—Santa Bárbara de Heredia, 23 de marzo del 2010.—Lic. Roy Zumbado Ulate, Notario.—1 vez.—RP2010164130.—(IN2010026311).
Por escritura otorgada a las doce horas del veintitrés de marzo del presente año, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Terrenos Agroindustriales Chacón Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo de la sociedad.—San José, veintitrés de marzo del año dos mil diez.—Lic. Alejandra Patiño Ruiz, Notaria.—1 vez.—RP2010164131.—(IN2010026312).
Ante mí, Rafael Eliécer Cascante Arias, se constituyó la sociedad denominada Transportes Hernández Fajardo de Santa Lucía Sociedad Anónima, constituida por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente: Mainor Hernández Espinoza.—Pérez Zeledón, a las ocho horas del veintitrés de marzo del año dos mil diez.—Lic. Rafael Eliécer Cascante Arias, Notario.—1 vez.—RP2010164134.—(IN2010026313).
Mediante escritura número doscientos setenta otorgada el veintitrés de marzo del año dos mil diez, a las diez horas con treinta minutos, en el protocolo del notario Jaimie Pamela Pardo Mora, se constituye la sociedad anónima denominada Urbanizadora Gardela de Osa Sociedad Anónima, la cual será administrada por tres miembros: Presidente, secretario y tesorero. La representación judicial y extrajudicial de esta sociedad corresponde al presidente y secretario quienes podrán actuar de manera conjunta o separada.—San José, veintitrés de marzo de dos mil diez.—Lic. Walter Gerardo Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2010164136.—(IN2010026314).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:15 horas del 17 de marzo del 2010, se constituyó la sociedad denominada Los Querubines de Mi Carro S. A., cuyo capital se encuentra suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 16 de marzo del 2010.—Lic. Hugo Alberto Loaiza Blanco, Notario.—1 vez.—RP2010164137.—(IN2010026315).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del 17 de marzo del 2010, se constituyó la sociedad denominada Los Querubines de Mi Casa S. A., cuyo capital se encuentra suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 16 de marzo del 2010.—Lic. Hugo Alberto Loaiza Blanco, Notario.—1 vez.—RP2010164138.—(IN2010026316).
Por escritura otorgada ante mí, a las 17:20 horas del 15 de marzo de 2010, se constituyó la compañía denominada Rosa Blanca de Jese Sociedad Anónima, con capital social de cien mil colones.—Ciudad Quesada, San Carlos, 15 de marzo de 2010.—Lic. Bayardo Ávalos Sequeira, Notario.—1 vez.—RP2010164139.—(IN2010026317).
Por escritura otorgada ante mí, a las 18:00 horas del 23 de marzo de 2010, se constituyó la compañía denominada Consorcio Mabema Sociedad Anónima, con capital social de ciento veinte mil colones.—Ciudad Quesada, San Carlos, 23 de marzo de 2010.—Lic. Bayardo Ávalos Sequeira, Notario.—1 vez.—RP2010164140.—(IN2010026318).
Por escritura número ciento setenta y tres del tomo II de mi protocolo, otorgada el día 17 de febrero del dos mil diez, se constituye la sociedad anónima denominada B.I.G. Negocios S. A. Domiciliada en San José.—Pavas, veintitrés de marzo del dos mil diez.—Lic. Iván Villegas Franco, Notario.—1 vez.—RP2010164145.—(IN2010026319).
Rafael Nicolás Rivas y Néstor Alfredo Silva Rivas constituyen la sociedad Hermanos Rivas Sociedad Anónima. Presidente el primero. Plazo social 99 años. Capital social veinte mil colones. Escritura número trescientos ochenta y tres, otorgada a las quince horas del veintitrés de marzo del año dos mil diez.—Lic. Gerardo Moya Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2010164146.—(IN2010026320).
Mediante escritura pública número ciento noventa y ocho, otorgada ante esta notaría, en Paraíso de Cartago al ser las once horas del 18 de marzo de 2010, escritura visible al folio ciento cuarenta y tres frente del tomo tercero del protocolo del suscrito notario, se ha constituido la sociedad denominada Constructora Nidia del Este Sociedad Anónima. Capital social totalmente suscrito y pagado por los socios.—Cartago, 22 de marzo del 2010.—Lic. Óscar Eduardo Rodríguez Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2010164148.—(IN2010026321).
Por escritura otorgada ante esta notaría el 22 de marzo del 2010, se constituyó Innovaciones Modulares en Concreto Limitada. Plazo: 99 años.—Lic. Ana Vicente Sotela, Notaria.—1 vez.—RP2010164150.—(IN2010026322).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó una sociedad con el nombre de su propia cédula jurídica, según Decreto Nº 33171-J. Gerente: Karina Bulgarelli Fuentes.—San José, 23 de marzo de 2010.—Lie. Óscar Mario Villalobos Arguedas, Notario.—1 vez.—RP2010164151.—(IN2010026323).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó una sociedad con el nombre de su propia cédula jurídica, según Decreto Nº 33171-J. Gerente: Karina Bulgarelli Fuentes.—San José, 23 de marzo de 2010.—Lic. Óscar Mario Villalobos Arguedas, Notario.—1 vez.—RP2010164153.—(IN2010026325).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó una sociedad con el nombre de su propia cédula jurídica, según Decreto Nº 33171-J. Gerente: Karina Bulgarelli Fuentes.—San José, 23 de marzo de 2010.—Lic. Óscar Mario Villalobos Arguedas, Notario.—1 vez.—RP2010164152.—(IN2010026324).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó una sociedad con el nombre de su propia cédula jurídica, según Decreto N° 33171-J. Gerente: Karina Bulgarelli Fuentes.—San José, 23 de marzo de 2010.—Lic. Óscar Mario Villalobos Arguedas, Notario.—1 vez.—RP2010164154.—(IN2010026326).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó una sociedad con el nombre de su propia cédula jurídica, según Decreto Nº 33171-J. Gerente: Karina Bulgarelli Fuentes.—San José, 23 de marzo de 2010.—Lic. Óscar Mario Villalobos Arguedas, Notario.—1 vez.—RP2010164155.—(IN2010026327).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó una sociedad con el nombre de su propia cédula jurídica según Decreto Nº 33171-J. Presidenta: Carolina Segnini Rodríguez.—San José, 23 de marzo de 2010.—Lic. Óscar Mario Villalobos Arguedas, Notario.—1 vez.—RP2010164156.—(IN2010026328).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó una sociedad con el nombre de su propia cédula jurídica, según Decreto Nº 33171-J. Presidenta: Carolina Segnini Rodríguez.—San José, 23 de marzo de 2010.—Lic. Óscar Mario Villalobos Arguedas, Notario.—1 vez.—RP2010164157.—(IN2010026329).
Por escritura número treinta y nueve-cinco, otorgada ante el notario Arturo Barzuna Lacayo, a las quince horas del veintidós de marzo del dos mil diez, se constituye Mercer River Company (MRC) Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones.—San José, veinticuatro de marzo de dos mil diez.—Lic. Arturo Barzuna Lacayo, Notario.—1 vez.—RP2010164158.—(IN2010026330).
Ante esta notaría se ha constituido sociedad anónima de acuerdo al Decreto Nº 33171-J. Capital suscrito y pago. Presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veinte de marzo del año dos mil diez.—Lic. Álvaro Garita Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2010164159.—(IN2010026331).
Ante esta notaría se ha constituido sociedad anónima de acuerdo al Decreto Nº 33171-J. Capital suscrito y pago. Presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veinte de marzo del año dos mil diez.—Lic. Álvaro Garita Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2010164160.—(IN2010026332).
Ante esta notaría se ha constituido sociedad anónima de acuerdo al Decreto Nº 33171-J. Capital suscrito y pago. Presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veinte de marzo del año dos mil diez.—Lic. Álvaro Garita Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2010164161.—(IN2010026333).
Por escritura número ciento treinta y seis-diecisiete, otorgada ante el suscrito notario a las catorce horas del dieciocho de marzo del dos mil diez, se constituyó la sociedad Transportes Acuáticos Caro-Caro S.A.—San José, dieciocho de marzo del dos mil diez.—Lic. William Sequeira Solís, Notario.—1 vez.—RP2010164162.—(IN2010026334).
Por escritura otorgada hoy ante mí, Credomatic de Costa Rica S.A., y Soluciones Rápidas Gemsa S. A., se fusionaron, prevaleciendo la primera y desapareciendo la segunda al ser absorbida.—San José, 23 de marzo del 2010.—Lic. Franklin Matamoros Calderón, Notario.—1 vez.—RP2010164164.—(IN2010026335).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas con quince minutos del veintitrés de marzo del año dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Proyecto & Revista Educarte Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado. Plazo: 99 años. Domicilio social: Heredia, San Pedro de Santa Bárbara. Presidente, vicepresidente y tesorero actuando en forma individual apoderados generalísimos sin límite de suma. Pero para disponer de bienes muebles o inmuebles o gravar o pignorar los mismos requieren actuar conjuntamente al menos dos de ellos.—San José, 23 de marzo del 2010.—Lic. Cristina Montero González, Notaria.—1 vez.—RP2010164165.—(IN2010026336).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del veintitrés de marzo del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Concepto Designio P & M Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado. Plazo: 99 años. Domicilio social: Heredia, San Pedro de Santa Bárbara. Presidente, vicepresidente y tesorero actuando en forma individual apoderados generalísimos sin límite de suma. Pero para disponer de bienes muebles o inmuebles o gravar o pignorar los mismos requieren actuar conjuntamente al menos dos de ellos.—San José, 23 de marzo del 2010.—Lic. Cristina Montero González, Notaria.—1 vez.—RP2010164166.—(IN2010026337).
Por escritura que autoricé hoy, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Compañía Bananera Deba S. A., donde modifica la cláusula segunda de sus estatutos.—San José, 23 de marzo del 2010.—Lic. Eduardo Alvarado Salazar, Notario.—1 vez.—RP2010164167.—(IN2010026338).
Por escritura que autoricé hoy, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Bananera El Porvenir S. A., donde se modifica la cláusula segunda de los estatutos.—San José, 23 de marzo del 2010.—Lic. Eduardo Alvarado Salazar, Notario.—1 vez.—RP2010164168.—(IN2010026339).
Mario
Alberto Buzo Cardoza y Jairo Esteban Buzo Orozco, constituyen la sociedad sin
nombre, domiciliada en San José, calles nueve y once, avenida segunda, costado
norte de la iglesia de
Mario
Alberto Buzo Cardoza y Jairo Esteban Buzo Orozco, constituyen la sociedad sin
nombre, domiciliada en San José, calles nueve y once, avenida segunda, costado
norte de la iglesia de
Al ser las dieciséis horas del veintitrés de marzo del dos mil diez, se constituye una sociedad anónima, que se denominará Constructora C E C B de Las Antillas Sociedad Anónima. Su domicilio social será en Pavas, Centro, de fábrica Demasa, quinientos metros al norte y setenta y cinco metros al este, casa rosada verjas color café. Su plazo social será de noventa y nueve años a partir de hoy. Su capital social es la suma de cincuenta mil colones. La representación legal judicial y extrajudicial de la sociedad, corresponde al presidente, quien tendrá las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, diecisiete horas del veintitrés de marzo del dos mil diez.—Lic. Jorge Arturo Obando Méndez, Notario.—1 vez.—RP2010164172.—(IN2010026342).
Por escritura número 172 otorgada, ante el suscrito notario a las 13:00 horas del día 18 de marzo del 2010; se modificó la cláusula segunda de los estatutos relacionada con domicilio social de la compañía Grupo Corporativo B Y C del Este Consultoría en Construcción S. A.—San José, 23 de marzo del 2010.—Msc. Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—RP2010164173.—(IN2010026343).
Mediante escritura número ciento veintisiete iniciada a folio noventa y nueve vuelto del tomo sexto de mi protocolo se constituyó la sociedad denominada Medical Supply N Y N Sociedad Anónima. Capital íntegramente pagado y suscrito.—San José, 24 de marzo del 2010.—Lic. Ana Militza Salazar Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2010164174.—(IN2010026344).
Yo,
Sergio Venegas Gamboa, portador de la cédula de identidad número 3-275-224, en
mi condición de presidente, hago constar que hemos iniciado la reposición de
los libros propiamente: Acta de Asamblea General, del Órgano Director, Registro
de Asociados, Diario, Mayor e Inventario y Balances, que se extraviaron de
Por escritura número 174 otorgada ante el suscrito notario, a las 13:00 horas del día 23 de marzo del 2010; se modificó la cláusula segunda de los estatutos relacionada con domicilio social de la compañía Hacienda Posa S. A.—San José, 23 de marzo del 2010.—M.Sc. Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—RP2010164176.—(IN2010026346).
Mediante escritura número ciento treinta, iniciada a folio ciento uno vuelto del tomo sexto de mi protocolo, se constituyó la sociedad denominada Medical Supply J Y T Sociedad Anónima. Capital: íntegramente pagado y suscrito.—San José, 24 de marzo del 2010.—Lic. Ana Militza Salazar Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2010164177.—(IN2010026347).
Mediante
escritura número ciento treinta y uno, iniciada a folio ciento tres vuelto del
tomo sexto de mi protocolo, se constituyó la sociedad denominada Prisma
Medical Supply Sociedad Anónima. Capital íntegramente pagado y suscrito.—
San José, 24 de marzo del 2010.—Lic. Ana Militza Salazar Sánchez, Notaria.—1
vez.—RP2010164178.—(IN2010026348).
Por
escritura otorgada a las ocho horas del día veintidós de marzo del año dos mil
diez, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Serika Bali Limitada,
cuyo nombre es de fantasía, el cual no tiene traducción alguna por ser nombre
propio, pudiéndose abreviar en su aditamento Ltda., su capital social es la
suma de diez mil colones; corresponde la representación judicial y
extrajudicial al gerente uno y gerente dos de la sociedad.—Playa Dominical,
Osa, Puntarenas, 22 de marzo del 2010.—Lic. José Miguel León Hidalgo,
Notario.—1 vez.—RP2010164180.—(IN2010026349).
Mediante
las escrituras que se dirá, todas del tomo tres de mi protocolo, se
constituyeron las empresas representadas por su respectivo gerente y su
respectivo apoderado generalísimo denominadas: Caminos y Sendas Iluminadas
al Chirripó S. R. L., escritura 133, visible al folio 79 vuelto,
representada por su gerente Gilbert Godínez Arroniz. Montaña Fuente de
Esperanza del Sur S. A., escritura 135, visible al folio 81 vuelto,
representada por su apoderada generalísima Hilda Fuentes Rojas. El motivo de
este edicto es la constitución de las empresas indicadas atrás.—Lic. Mario
Humberto León Fallas, Notario.—1 vez.—RP2010164181.—(IN2010026350).
A las
11:40 horas del 24 de febrero del 2010, se constituyó la sociedad denominada Gemade
del Sur G y M Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Gemade del Sur G y M
S. A. el cual es nombre de fantasía, en donde aparece como representante
con facultad de apoderado generalísimo sin límite de suma el presidente:
Gerardo Madrigal Delgado, cédula de identidad número uno-trescientos
treinta-cero noventa y cuatro. Plazo social: noventa y nueve años. Agente
residente Lic. Sehaneth Varela Trejos.—Lic. Sehaneth Varela Trejos, Notaria.—1
vez.—RP2010164182.—(IN2010026351).
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO INMOBILIARIO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Se hace saber a
Juan Carlos González Lavergne, cédula Nº 1-642-068, como apoderado generalísimo
del señor Julio Armando Lavergne Fonseca, cédula Nº 8-190-793, vecino de San
Pablo Puerto Rico, exactamente en F 20 calle diecinueve Fairview, río Piedra,
así como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus
representantes legales, por desconocerse su lugar de residencia o domicilio,
que se le brinda audiencia por medio de edicto, por la razón expuesta, y que el
Registro Inmobiliario, División Registral por escrito de 23 de febrero del
2009, ha iniciado diligencias administrativas incoadas por Marta Eugenia
Lavergne Fonseca, de nacionalidad panameña, pasaporte de su país Nº 8-190-792,
donde denuncia un supuesto fraude inmobiliario relacionado con el documento
presentado al Registro, tomo 578, asiento 17696 que afecta la finca del partido
de San José, Nº 197778. En virtud de lo informado la citada División Registral,
de conformidad con la circular administrativa número DRP-008-2007, de 21 de
agosto del 2007, por resolución de las 14.50 horas del 23 de febrero del 2009,
ordenó consignar una nota de advertencia administrativa sobre el inmueble
relacionado. Además, conforme a circular de previa cita, por resolución de las
11:00 horas del 02 de febrero del 2010, se confirió la audiencia respectiva a
las partes interesadas y con el objeto de cumplir con el principio
constitucional del debido proceso, y no causar indefensión a las partes, y por
desconocerse su domicilio actual y exacto. Se resuelve: conferir audiencia, a
Juan Carlos González Lavergne, cédula Nº 1-642-068, como apoderado generalísimo
del señor Julio Armando Lavergne Fonseca, cédula Nº 8-190-793, vecino de San
Pablo Puerto Rico, exactamente en F 20 calle diecinueve Fairview, río Piedra,
así como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus
representantes legales, hasta por el término de 15 días hábiles contados a
partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto en el
Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se hace saber a:
Nelsy de
Se hace saber a
Ana Celia Angulo Pérez, cédula 2-670-068, en calidad de donataria anotada sobre
el inmueble 436790 del partido de Alajuela, bajo las citas 2009-87414, que en
este Registro se iniciaron Diligencias Administrativas de oficio, por una
supuesta duplicidad de plano en la finca dicha y la 439919. En virtud de lo
denunciado, esta Asesoría; mediante resolución de las 13:30 horas del
20/04/2009, ordenó consignar Advertencia Administrativa sobre dichas fincas.
Con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso,
por resolución de las 09:00 horas del 08/03/2010, se autorizó la publicación por
3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a la persona
mencionada, por el término de quince días contados a partir del día siguiente
de la última publicación del edicto en el Diario Oficial
REGISTRO DE
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Documento Admitido Traslado al Titular.
Documento: Cancelación por falta de uso (La sociedad que hacía uso se e) Nº y fecha: Anotación/2-61781 de 13/08/2009.
Expediente: 1900-7753600 Registro Nº 77536 HORIZONTES en clase 49 Marca Denominativa.
Registro
de
Conoce este Registro, la solicitud de cancelación, promovida por el señor Jorge Minor Fonseca Esquivel, en su condición personal, contra el registro del nombre comercial “HORIZONTES”, cuya propiedad es de la empresa Educativo Integral Horizontes S. A., Registro Nº 77536, el cual protege y distingue: un centro de educación integral. Ubicación en calle 25, avenidas 7 y 9, Nº 705 en clase 49 internacional, propiedad de Educativo Integral Horizontes S. A.
Considerando:
Conforme a lo
previsto en el artículo 39 de
Con base en las razones expuestas y citas de ley respectivas SE RESUELVE: TRASLADAR la solicitud de Cancelación por falta de uso al titular del signo distintivo mencionado, para que en el plazo de UN MES contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estima convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Notifíquese.—Bernal Chinchilla Ruiz, Asesor Jurídico.—(IN2010025614).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La suscrita Jefe
de
3 |
MONTO DE |
||
4 |
3101304547 |
ALKON VIGIA Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANONIMA |
1.487.452,00 |
5 |
3101493084 |
ALPHA LEARNING COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA |
698.467,00 |
6 |
3101540724 |
ALVA SOCIEDAD ANONIMA |
5.679.456,00 |
7 |
3101548948 |
ALVARADO ARQUITECTURA Y CONSTRUCCION SOCIEDAD ANONIMA |
184.539,00 |
8 |
103900009 |
ALVAREZ AGUILAR GEORGINA |
253.164,00 |
9 |
205210245 |
ALVAREZ ARTAVIA RANDALL MAURICIO |
114.780,00 |
10 |
104090740 |
ALVAREZ MONTOYA GILBERTO |
9.967.386,00 |
11 |
108680628 |
ALVAREZ SANCHEZ ALVARO |
259.116,00 |
12 |
3101436863 |
ANEMOS INVESTMENTS DAS TRECE CINCO SOCIEDAD ANONIMA |
1.223.246,00 |
13 |
108180906 |
ARAGON ALVAREZ STANLEY ROBERTO |
1.575.258,00 |
14 |
109040944 |
ARAYA MENDEZ RICARDO ALBERTO |
1.240.937,00 |
15 |
3101266997 |
ARCHIVISTICA CONSULTORES A Y C SOCIEDAD ANONIMA |
114.104,00 |
16 |
3101357427 |
ARCOMAR E J L SOCIEDAD ANONIMA |
239.043,00 |
17 |
3101387583 |
ARTESANIAS DEL MUNDO INC SOCIEDAD ANONIMA |
452.631,00 |
18 |
105270227 |
ARTIÑANO ORTIZ IGNACIO |
387.858,00 |
19 |
3101278980 |
ASESORAMA SOCIEDAD ANONIMA |
2.413.498,00 |
20 |
3102482468 |
ASESORIAS EN DECISIONES AMBIENTALES ESTRATEGICAS LIMITADA |
4.446.980,00 |
21 |
3002142912 |
ASOCIACION DE JAPONESES EN COSTA RUCA |
57.130,00 |
22 |
3002051857 |
ASOCIACION DESARROLLO INTEGRAL DE PAVAS SAN JOSE |
633.898,00 |
23 |
602630554 |
CASTRO CABALCETA JUNIER SABIO |
242.095,00 |
24 |
3101021672 |
CENTRO DE AFINAMIENTO AUTOMOTRIZ SOCIEDAD ANONIMA |
973.703,00 |
25 |
3101234086 |
CHEME X INTERNACIONAL HOLDING SOCIEDAD ANONIMA |
1.317.856,00 |
26 |
3101062108 |
CLINICAS PARA |
4.212.313,00 |
27 |
3101417002 |
COMANDO DE SEGURIDAD MONTEZUMA SOCIEDAD ANONIMA |
343.588,00 |
28 |
3102218416 |
COMANDO DE VIGILANCIA A Y C LIMITADA |
2.270.662,00 |
29 |
3101187781 |
COMERCIAL OCRAM DE SAN JOSE SOCIEDAD ANONIMA |
3.688.013,00 |
30 |
3101225738 |
COMPAÑÍA DE ASESORIA TECNICA CASTEC SOCIEDAD ANONIMA |
1.363.796,00 |
31 |
3101423994 |
COMPAÑÍA DE SEGURIDAD Y LIMPIEZA MACAQUI REAL SOCIEDAD ANONIMA |
4.906.078,00 |
32 |
3101413380 |
COMPAÑÍA DE SERVICIOS INTEGRADOS DE TELEFONIA EN C.R SITEL SOCIEDAD ANONIMA |
3.169.525,00 |
33 |
3109354667 |
CONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL OKEANO VISTAMARINA VILLAS |
1.562.058,00 |
34 |
3101291126 |
CONSTRUCCION Y ADMINISTRACION DE PROYECTOS M B P SOCIEDAD ANONIMA |
7.544.555,00 |
35 |
3101364012 |
CONSTRUCCIONES HENRIQUEZ CORTEZ SOCIEDAD ANONIMA |
1.421.674,00 |
36 |
3101483875 |
COOL SEASON SOCIEDAD ANONIMA |
89.096,00 |
37 |
3101362822 |
CORJURIN SOCIEDAD ANONIMA |
2.755.467,00 |
38 |
3101255462 |
CORPORACION ACTUALIDAD ECONOMICA SOCIEDAD ANONIMA |
15.058.781,00 |
39 |
3101386575 |
CORPORACION ALVARACO SOCIEDAD ANONIMA |
1.686.247,00 |
40 |
3101108920 |
D AGUSTINI Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANONIMA |
582.395,00 |
41 |
3101304943 |
DESARROLLOS SVQ SOCIEDAD ANONIMA |
59.561.214,00 |
42 |
3101441934 |
DIMATIX OST SOCIEDAD ANONIMA |
266.158,00 |
43 |
3101048267 |
DISMU SOCIEDAD ANONIMA |
2.181.833,00 |
44 |
3101189320 |
DISTRIBUIDORA LASER INTERNACIONAL SOCIEDAD ANONIMA |
157.816,00 |
45 |
3101486357 |
ENERGIA SIN FRONTERAS DE CENTROAMERICA SOCIEDAD ANONIMA |
93.192,00 |
46 |
3101192010 |
ESTETICA BELVISO SOCIEDAD ANONIMA |
3.295.983,00 |
47 |
105470975 |
ESTRADA VEGA GERARDO |
114.057,00 |
48 |
3101497070 |
FABRICANTES INDUSTRIALES FAINSA SOCIEDAD ANONIMA |
3.971.514,00 |
49 |
3101079219 |
FIBRAS Y REPUESTOS PEREZ SOCIEDAD ANONIMA |
3.352.626,00 |
50 |
3101330205 |
FORMAN IMPORT DE COSTA RICA DE EMPRESA DE SEGURIDAD PRIVADA S.A |
1.601.925,00 |
51 |
3101018290 |
GANADERIA INDUSTRIAL NOROCCIDENTE SOCIEDAD ANONIMA |
1.361.651,00 |
52 |
3101494622 |
GARGYPSUM SOCIEDAD ANONIMA |
5.424.649,00 |
53 |
3101083205 |
GAUCHOS SUREÑOS SOCIEDAD ANONIMA |
3.726.152,00 |
54 |
3101371185 |
GIN GONZALEZ INSTALACIONES SOCIEDAD ANONIMA |
2.173.588,00 |
55 |
105010579 |
GOMEZ ABARCA LUCIA |
256.894,00 |
56 |
3101490190 |
GRUPO NACIONAL LICORERO X X V SOCIEDAD ANONIMA |
596.582,00 |
57 |
3101410948 |
GRUPO TECNICO DE SEGURIDAD PRIVADA SOCIEDAD ANONIMA |
3.671.555,00 |
58 |
3101427840 |
GRUPO TIJUANA SOCIEDAD ANONIMA |
68.629,00 |
59 |
3101260742 |
GRUPO VERSALLE DEL NORTE SOCIEDAD ANONIMA |
4.622.271,00 |
60 |
3102021809 |
GUITARRAS GUZMAN HERNMANOS LIMITADA |
4.950.947,00 |
61 |
2721431 |
GUTIERREZ ROA GLORIA NELSY |
154.361,00 |
62 |
108950152 |
HIDALGO FALLAS FERNANDO |
385.474,00 |
63 |
3101232263 |
INMOBILIARIA PININOSA SOCIEDAD ANONIMA |
220.974,00 |
64 |
3101511546 |
INTERNET IDEAS INTERNACIONALES SOCIEDAD ANONIMA |
5.726.026,00 |
65 |
3101457898 |
JBSC DOS SOCIEDAD ANONIMA |
1.463.450,00 |
66 |
3101383060 |
KATE ZEKIARLAN INTERNACIONAL SOCIEDAD ANONIMA |
172.340,00 |
67 |
3101561953 |
MAN IN BLACK
SECURITY .COM SOCICEDAD ANONIMA |
18.649.898,00 |
68 |
3101512973 |
MUNES-MALUS SOCIEDAD ANONIMA |
148.594,00 |
69 |
3101497918 |
NATURAL PREMIER SUPPLEMENTS SOCIEDAD ANONIMA |
1.502.744,00 |
70 |
13280416 |
PADRON GONZALEZ LADISLAO ROBERTO |
9.303.155,00 |
71 |
202660426 |
POL SCHMIDT FLOR MARIA |
26.166,00 |
72 |
102170825 |
POZUELO MARIN FRANCISCO JAVIER |
155.377,00 |
73 |
3101570755 |
RESTAURANTE PULIDO Y MANTENIMIENTO DE PISOS INDUSTRIALES SOCIEDAD ANONIMA |
2.266.038,00 |
74 |
1710099589 |
RUIZ NOINDICAOTRO DANIEL |
1.114.098,00 |
75 |
104640705 |
SEGURA SALAZAR FREDDY GUILLERMO |
202.705,00 |
76 |
800700892 |
SALAZAR BLANDOM MARIA MAGDALENA |
91.328,00 |
77 |
107570195 |
SAENZ RODRIGUEZ ALEJANDRO JOSE |
782.537,00 |
78 |
3101093439 |
VALVULAS INDUSTRIALES SOCIEDAD ANONIMA |
262.955,00 |
79 |
3101097426 |
YOUNG Y COMPAÑÍA SOCIEDAD ANONIMA |
1.496.577,00 |
80 |
MONTO DE |
||
81 |
3101468953 |
3-101-468953 SOCIEDAD ANONIMA |
3.893.408,00 |
82 |
3101469242 |
3-101-469242 SOCIEDAD ANONIMA |
1.560.009,00 |
83 |
3101484223 |
3-101-484223 SOCIEDAD ANONIMA |
5.115.648,00 |
84 |
3101528545 |
3-101-528545 SOCIEDAD ANONIMA |
6.946.818,00 |
85 |
3101531087 |
3-101-531087 SOCIEDAD ANONIMA |
1.034.849,00 |
86 |
3101533304 |
3-101-533304 SOCIEDAD ANONIMA |
290.354,00 |
87 |
3102493333 |
3-102-493333 SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA |
66.920,00 |
88 |
3101332957 |
A C MULTISERVICES CENTRAL AMERICAN SOCIEDAD ANONIMA |
89.677,00 |
89 |
3101522526 |
A RUDIN FINANCIAL GROUP SOCIEDAD ANONIMA |
3.295.972,00 |
90 |
3101481573 |
A Y G OUTSOURCING
SOCIEDAD ANONIMA |
2.452.368,00 |
91 |
106100089 |
ABARCA HIDALGO DANILO GABRIEL |
2.244.338,00 |
92 |
3101316795 |
ABISAMBRA DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA |
4.552.332,00 |
93 |
15925267 |
ABRAHAM ABRAHAM WILLIAM PARHER |
209.748,00 |
94 |
3101349827 |
ACADEMIA INTERNACIONAL DE BELLEZA A I B SOCIEDAD ANONIMA |
29.489.702,00 |
95 |
3101011556 |
ACARREOS Y SERVICIOS SOCIEDAD ANONIMA |
3.759.873,00 |
96 |
3101322203 |
ACCESORIOS MAKAEMI SOCIEDAD ANONIMA |
3.117.914,00 |
97 |
25823100 |
ADAMS NOINDICAOTRO BARBARA JEAN |
86.072,00 |
98 |
3101311237 |
ADIPROCO SOCIEDAD ANONIMA |
3.886.453,00 |
99 |
3101142776 |
ADUACOMERCIAL SOCIEDAD ANONIMA |
1.129.036,00 |
100 |
3101036570 |
ADUANEROS ARAL SOCIEDAD ANONIMA |
27.945.714,00 |
101 |
16527415 |
AFFENTRANGER NOINDICAOTRO FELIX KARL |
2.199.875,00 |
102 |
3101003575 |
AGENCIAS EXTRANJERAS SOCIEDAD ANONIMA |
927.878,00 |
103 |
3101331743 |
AGRICOLA DE FRUTAS Y ORNAMENTALES AFO SANTA ANA S.A |
14.137.131,00 |
104 |
3101251655 |
AGRICOLA PUNTO VARDE SOCIEDAD ANONIMA |
114.420,00 |
105 |
3101268393 |
AGRO TROPICALES SAN CARLOS SOCIEDAD ANONIMA |
147.392,00 |
106 |
3101160243 |
AGROPECUARIA SAN RAFAEL SOCIEDAD ANONIMA |
102.224.140,00 |
107 |
800860701 |
AGUILAR RIVERO FABIAN |
656.416,00 |
108 |
701560740 |
AGUIRRE NARVAEZ CARLOS FERNANDO |
204.076,00 |
109 |
3101347562 |
AIR COSTA RICA VIP TRAVEL SOCIEDAD ANONIMA |
6.748.357,00 |
110 |
601070075 |
AJOY GONZALEZ RAFAEL ANTONIO |
1.960.768,00 |
111 |
3101305459 |
AKZENT SOCIEDAD ANONIMA |
13.567.998,00 |
112 |
3101564061 |
ALCA DIECISIETE SOCIEDAD ANONIMA |
869.917,00 |
113 |
17326802 |
ALCOSER LOPEZ WILFREDO JOSE |
1.168.294,00 |
114 |
103940251 |
ALFARO PINEDA EDGAR MANUEL |
421.583,00 |
115 |
3101538202 |
ALLIANCE SECURITY
JWL SOCIEDAD ANONIMA |
289.266,00 |
116 |
3101397969 |
ALPISA AAAMPC E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA |
2.011.771,00 |
117 |
401240682 |
ALVARADO ARCE EDWIIN MANUEL |
394.938,00 |
118 |
800840324 |
ALVARADO CORDOBA KATTYA |
740.102,00 |
119 |
501060952 |
ALVARADO MENDEZ MARCO AURELIO |
29.751.692,00 |
120 |
16827312 |
ALVAREZ PASQUIER LEOPOLDO MARTIN |
605.903,00 |
121 |
106350770 |
ALVAREZ SANCHEZ ERIC |
12.824.877,00 |
122 |
3101085934 |
AMAFETE SOCIEDAD ANONIMA |
74.707,00 |
123 |
3102518484 |
AMERICANA DE REPUESTOS PMM SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA |
2.211.851,00 |
124 |
3101107637 |
ANAJOR SOCIEDAD ANONIMA |
431.548,00 |
125 |
3101363184 |
ANKA ESTETICA C.A.M SOCIEDAD ANONIMA |
1.035.776,00 |
126 |
3101098010 |
APARTAMENTOS MIAMI SOCIEDAD ANONIMA |
180.355,00 |
127 |
3101263227 |
APLICACIONES ELECTROMECANICAS APLICANICA SOCIEDAD ANONIMA |
137.977,00 |
128 |
104530966 |
ARAGON SAENZ ANA PATRICIA |
302.428,00 |
129 |
3101043681 |
ARARAT SOCIEDAD ANONIMA |
84.615,00 |
130 |
701450248 |
ARAYA HERNANDEZ ADREA NATALIA |
758.547,00 |
131 |
1600098801 |
ARBOLEDA MORENO WILLIAM |
978.341,00 |
132 |
106090889 |
ARCE MORA ALVARO |
1.608.945,00 |
133 |
3101245116 |
ARCHIVO PROFESIONALES A P SOCIEDAD ANONIMA |
1.463.984,00 |
134 |
15820901 |
ARGUETA LOPEZ LORENZO EFRAIN |
67.250,00 |
135 |
106340593 |
ARIAS CAMPOS BENEDICTO DE JESUS |
474.021,00 |
136 |
501461498 |
ARIAS MURILLO DAGOBERTO |
237.287,00 |
137 |
900230520 |
ARIAS RAMIREZ GUIDO FRANCISCO |
374.412,00 |
138 |
3101148034 |
ARQPRO SOCIEDAD ANONIMA |
1.071.337,00 |
139 |
3101200517 |
ARQUITECTO HUGO GUZMAN Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANONIMA |
2.388.844,00 |
140 |
3101486340 |
ARQUITECTURA CREATIVA DE ARQUITECTOS E INGENIEROS ASOCIADOS SOCIEDAD ANONIMA |
246.084,00 |
141 |
104280274 |
ARTAVIA VIQUEZ ALVARO ENRIQUE |
126.074,00 |
142 |
3101184799 |
ARTE BRUJO SOCIEDAD ANONIMA |
16.911,00 |
143 |
3102530266 |
ASCENDANT CAPITAL INC. LIMITADA |
1.720.934,00 |
144 |
3101380381 |
ASI.A.M.J SOCIEDAD ANONIMA |
16.769.048,00 |
145 |
3101430897 |
ASISTENCIA INTEGRAL DE RECLAMOS A.I.R SOCIEDAD ANONIMA |
385.838,00 |
146 |
3002328196 |
ASOCIACION CULTURAL ADOPTE UNA ESCUELA |
3.240.301,00 |
147 |
3002045559 |
ASOCIACION RADIO CLUB DE COSTA RICA |
1.908.194,00 |
148 |
102070540 |
ASTORGA VINDAS TERESA |
108.697,00 |
149 |
3101206474 |
AUTOMOTORES J Y M SOCIEDAD ANONIMA |
4.585.673,00 |
150 |
3101529772 |
AUTOPARTS DEPOT SUCURSAL DOS SUR SOCIEDAD ANONIMA |
4.262.302,00 |
151 |
3101512726 |
AVANCE ROJO CORPORACION ARC SOCIEDAD ANONIMA |
109.364,00 |
152 |
3101477393 |
AVANZA DE CENTROAMERICA SOCIEDAD ANONIMA |
3.081.589,00 |
153 |
3101273310 |
AUTOS VCG SOCIEDAD ANONIMA |
1.050.764,00 |
154 |
110860965 |
AZOFEIFA MURILLO MAURICIO |
540.923,00 |
155 |
3101098688 |
BA LEITON SOCIEDAD ANONIMA |
1.596.404,00 |
156 |
101900298 |
BADILLA FERNANDEZ CONSUELO |
2.638.449,00 |
157 |
107180443 |
BADILLA SEQUEIRA MIRIAM |
263.652,00 |
158 |
3101291923 |
BAJO LOPEZ SOCIEDAD ANONIMA |
168.144,00 |
159 |
14916541 |
BALLESTAS ARENAS DAVID ALBERTO |
77.475,00 |
160 |
4000000014 |
BANCO ANGLO COSTARRICENSE |
36.185.724,00 |
161 |
3101538980 |
BANNANA FASHION
STORE SOCIEDAD ANONIMA |
671.951,00 |
162 |
5011110963 |
BARRANTES DUARTE ABRAHAM |
36.647,00 |
163 |
501400438 |
BARRANTES ROJAS HERIBERTO |
2.951.924,00 |
164 |
800860790 |
BARRIOS RUIZ LUIS DARIO |
1.730.367,00 |
165 |
3101139199 |
BAUFER SOCIEDAD ANONIMA |
556.235,00 |
166 |
3101316994 |
BCN INTERNACIONAL SOCIEDAD ANONIMA |
1.206.966,00 |
167 |
3101383952 |
BEFORETEXT DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA |
676.719,00 |
168 |
3101171764 |
BEL SOCIEDAD ANONIMA |
3.437.216,00 |
169 |
202100929 |
BENAVIDES VALERIO ANGELA |
89.048,00 |
170 |
700760006 |
BENNETT GOMEZ RODRIGO ANTONIO |
5.245.976,00 |
171 |
601720047 |
BERMUDEZ FERNANDEZ WILBERTH GERARDO |
266.026,00 |
172 |
3101357492 |
BIENES INMOBILIARIOS COSTA REAL SOCIEDAD ANONIMA |
170.953.498,00 |
173 |
3101063948 |
BILT GRUPO CONSTRUCTOR SOCIEDAD ANONIMA |
38.468.925,00 |
174 |
203310036 |
BLANCO VILLEGAS ANTONIO GERARDO |
17.185.906,00 |
175 |
3101410210 |
BLAZER INC SOCIEDAD ANONIMA |
2.208.856,00 |
176 |
107140943 |
BOLAÑOS CHACON JORGE ARTURO |
430.956,00 |
177 |
109630985 |
BONILLA MARIN CRISTIAN EVELIO |
1.240.281,00 |
178 |
13208103 |
BONNEMANN NOINDICAOTRO ARNIM |
192.406,00 |
179 |
3101185243 |
BOSQUES DE ALTAMIRA SOCIEDAD ANONIMA |
7.128,00 |
180 |
3101512456 |
BRANS HOLDING
GROUP SOCIEDAD ANONIMA |
1.888.820,00 |
181 |
302960758 |
BRECHENRIDGE OBANDO JOSEPH CHARLES |
1.018.055,00 |
182 |
900120928 |
BRENES VARGAS RODOLFO |
1.862.636,00 |
183 |
14916815 |
BRIMSOE JAN PETTER |
18.783,00 |
184 |
3101336077 |
BUFET BAMBU SOCIEDAD ANONIMA |
133.397,00 |
185 |
3101504935 |
CACHET GOURMET SOCIEDAD ANONIMA |
1.297.203,00 |
186 |
3101330286 |
CAFÉ DE ARTISTAS SOCIEDAD ANONIMA |
2.447.631,00 |
187 |
3101475398 |
CAFÉ Y REPOSTERIA VALE SOCIEDAD ANONIMA |
4.228.972,00 |
188 |
3101531181 |
CAFETERIA ARGUELLO Y VEGA SOCIEDAD ANONIMA |
337.836,00 |
189 |
3101557666 |
CALL SERVICE SOCIEDAD ANONIMA |
332.403,00 |
190 |
106710254 |
CALVO CHAVES YOLENI MARIA |
885.706,00 |
191 |
900590294 |
CAMPOS CHAVARRIA FLOR MARIA |
2.387.084,00 |
192 |
107750448 |
CAMPOS MURILLO HERNAN |
4.421.935,00 |
193 |
3101228223 |
CANELO Y ANGULO SOCIEDAD ANONIMA |
3.443.073,00 |
194 |
109180315 |
CARBALLO MORERA XINIA MARIA |
548.864,00 |
195 |
3101381928 |
CARNEADE
MANAGEMENT GROUP SOCIEDAD ANONIMA |
913.181,00 |
196 |
3101291071 |
CARO DISTRIBUIDORA DE BELLEZA SOCIEDAD ANONIMA |
13.349.695,00 |
197 |
600700272 |
CARVAJAL MANDEZ MARIA |
2.456.302,00 |
198 |
3101544724 |
CASA REGINA DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA |
487.208,00 |
199 |
11000762 |
CASTELLANOS VILLANUEVA JULIO ARMANDO |
177.000,00 |
200 |
110960743 |
CASTILLO BARBOZA JOSE FRANCISCO |
15.553.092,00 |
201 |
401890009 |
CASTRO AGUILAR KARLA VANESSA |
1.474.316,00 |
202 |
3101292072 |
CEDROS MILENARIOS S.A |
2.058.897,00 |
203 |
3101428001 |
CENFOTEC IT
LEARNING CENTER SOCIEDAD ANONIMA |
372.653,00 |
204 |
3101333480 |
CENTRO AUTOMOTRIZ SABANILLA G V SOCIEDAD ANONIMA |
1.719.177,00 |
205 |
3101179602 |
CENTRO EDUCATIVO SAN VALENTIN SOCIEDAD ANONIMA |
1.120.700,00 |
206 |
3101127665 |
CENTRO EDUCATIVO SANTA PAULA DE MONTAL E INSTITUTO DE IDIOMAS SOCIALES |
31.983.687,00 |
207 |
3101322762 |
CENTRO INTERNACIONAL DE COMPRAS EL BENEFICIO SOCIEDAD ANONIMA |
1.730.346,00 |
208 |
3101036303 |
CENTRO MEDICO VETERINARIO CRUZ DEL NORTE SOCIEDAD ANONIMA |
994.398,00 |
209 |
3101309465 |
CG COMERCIAL GRAFICA SOCIEDAD ANONIMA |
110.084.996,00 |
210 |
400870662 |
CHAVARRIA CORDOBA PRIMO LUIS |
997.560,00 |
211 |
106400471 |
CHAVARRIA GONZALEZ MARLON ANTONIO |
5.385.500,00 |
212 |
106410274 |
CHAVARRIA QUESADA DENIS EDUARDO |
484.204,00 |
213 |
204690447 |
CHAVES MORALES LAURA |
567.326,00 |
214 |
800650730 |
CHAVES OLIVARES ANTONIO |
372.485,00 |
215 |
104650064 |
CHAVES UMAÑA MARIA DEL CARMEN |
110.667,00 |
216 |
28917841 |
CHEN NOINDICAOTRO YONGSHI |
286.548,00 |
217 |
110770516 |
CHINCHILLA CARDENAS PAOLA |
507.445,00 |
218 |
900240895 |
CHINCHILLA GUIDO RICARDO |
2.090.781,00 |
219 |
3101546061 |
CHOEI CO SOCIEDAD ANONIMA |
343.415,00 |
220 |
3101228010 |
CIBERTEK DE ORO SOCIEDAD ANONIMA |
257.608,00 |
221 |
3101296082 |
CIBERTIERRA S.A |
627.683,00 |
222 |
3101416915 |
CLF CRC LATIN AMERICA SOCIEDAD ANONIMA |
835.441,00 |
223 |
3101521277 |
CLUB FIT AIG
SOCIEDAD ANONIMA |
1.244.208,00 |
224 |
3101376701 |
COMANDO DE SEGURIDAD SANTA FE CSSF SOCIEDAD ANONIMA |
14.189.174,00 |
225 |
3101256374 |
COMANDO DE VIGILANCIA DEL PRADO Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANONIMA |
331.401,00 |
226 |
3101361213 |
COMANDO KEYLA SOCIEDAD ANONIMA |
821.111,00 |
227 |
3101015379 |
COMANDOS DE VIGILANCIA CIVIL SOCIEDAD ANONIMA |
179.711.806,00 |
228 |
3101074685 |
COMERCIAL INTERNACIONAL HALSA SOCIEDAD ANONIMA |
65.894,00 |
229 |
3101059549 |
COMERCIAL VEINTITRES DE JUNIO SOCIEDAD ANONIMA |
81.331,00 |
230 |
3101193786 |
COMERCIALIZADORA EZER SOCIEDAD ANONIMA |
17.543.609,00 |
231 |
3101543577 |
COMERCIALIZADORA HERMANOS MARTINEZ BERMUDEZ SOCIEDAD ANONIMA |
1.090.790,00 |
232 |
3101501257 |
CONTROL PREVENTIVO TOTAL SOCIEDAD ANONIMA |
2.125.821,00 |
233 |
3101086316 |
COMPANIA AMERICANA DE COLOCACIONES Y SERVICIOS MULTIPLES ALFEREZ BERMUDEZ ALBER SOCIEDAD ANONIMA |
24.390.810,00 |
234 |
3101341086 |
COMPANIA B W C GLOBAL SOCIEDAD ANONIMA |
1.590.960,00 |
235 |
3101282827 |
COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DE TERRENOS SOCIEDAD ANONIMA |
80.729.025,00 |
236 |
3101086316 |
COMPAÑÍA AMERICANA DE COLOCACIONES Y SERVICIOS MULTIPLES ALVAREZ BERMUDEZ ALBER SOCIEDAD ANONIMA |
24.390.810,00 |
237 |
3101258149 |
COMPAÑÍA CONSTRUCTORA OCCIDENTAL R R SOCIEDAD ANONIMA |
12.790.241,00 |
238 |
3101549902 |
COMPAÑÍA DE ALIMENTOS CASTRO CORRALES SOCIEDAD ANONIMA |
38.674,00 |
239 |
3101277843 |
COMPAÑÍA DE SEGURIDAD TICA SOCIEDAD ANONIMA |
347.798.596,00 |
240 |
3101446123 |
COMPAÑÍA LEJANO SUR SOCIEDAD ANONIMA |
340.367,00 |
241 |
3101268584 |
COMPAÑÍA MAYORISTA BPC SOCIEDAD ANONIMA |
70.961,00 |
242 |
3101273350 |
COMPAÑÍA MELONERA CABO BLANCO SOCIEDAD ANONIMA |
22.631,00 |
243 |
3101171005 |
CONDO HOTEL LAS TRES ESQUINAS COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA |
22.631,00 |
244 |
3109336338 |
CONDOMINIO ALTOS DE BELLA VISTA |
1.358.102,00 |
245 |
3109556972 |
CONDOMINIO VERTICAL DE OFICINAS SPAZIO EJECUTIVO |
383.241,00 |
246 |
3101431981 |
CONDOMINIO VISTA DEL VALLE CELESTE CVVC SOCIEDAD ANONIMA |
1.358.102,00 |
247 |
3101224974 |
CONFECCIONES LUCAS SOCIEDAD ANONIMA |
1.006.823,00 |
248 |
3102375094 |
CONSLA CONSTRUCTORA LATINOAMERICANA LIMITADA |
108.530.978,00 |
249 |
3101330721 |
CONSOLIDADA COMERCIAL NUEVA CENTRAL DEL SOFTWARE SOCIEDAD ANONIMA |
581.586,00 |
250 |
3004129183 |
CONSORCIO BANANERO COOPERATIVO DE FINCA DIEZ R L |
68.583.263,00 |
251 |
3101435130 |
CONSORCIO DE SEGURIDAD INTRNACIONAL DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA |
39.520.523,00 |
252 |
3102489558 |
CONSTRUCCION Y ACABADOS METROPOLITANOS LIMITADA |
1.935.849,00 |
253 |
3101259995 |
CONSTRUCCIONES QUILAR SOCIEDAD ANONIMA |
2.072.708,00 |
254 |
3101228642 |
CONSTRUCCIONES Y REMODELACIONES MOLINA HERMANOS CRMH SOCIEDAD ANONIMA |
32.063.220,00 |
255 |
3101288276 |
CONSTRUCT SISTEMS SOCIEDAD ANONIMA |
6.354.988,00 |
256 |
3101482436 |
CONSTRUCTERRA I M SOCIEDAD ANONIMA |
157.297,00 |
257 |
3101323449 |
CONSTRUCTORA ARTAVIA Y ALVAREZ SOCIEDAD ANONIMA |
11.071.144,00 |
258 |
3101073984 |
CONSTRUCTORA C Y M SOCIEDAD ANONIMA |
126.875.050,00 |
259 |
3101550136 |
CONSTRUCTORA DEVANDAS SOCIEDAD ANONIMA |
144.053,00 |
260 |
3101339206 |
CONSTRUCTORA INGENIERIA Y DESARROLLOS CAAB S.A |
27.700.987,00 |
261 |
3101083221 |
CONSTRUCTORA SACC DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA |
633.202,00 |
262 |
3101134132 |
CONSTRUCTORA TAPIA Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANONIMA |
1.129.275,00 |
263 |
3101501655 |
CONSTRUCTORA WALTER CASTILLO Y ARAGON SOCIEDAD ANONIMA |
9.583.278,00 |
264 |
3101279387 |
CONSTRUCTORES UNIDOS CONSTRUC S .A |
18.142,00 |
265 |
3101072446 |
CONSULTORIO JURIDICO LOPEZ Y ASOCIADO SOCIEDAD ANONIMA |
237.423,00 |
266 |
3101518124 |
CONTINUAMENTE EN DIVERSION CLASICOS P.O.P SOCIEDAD ANONIMA |
2.307.827,00 |
267 |
3004045224 |
COOPERATIVA DE SERVICIOS MULTIPLES DE LOS EMPLEADOS DEL INSTITUTO NACIONALE DE SEGUROS |
10.902.115,00 |
268 |
106310524 |
CORDERO AZOFEIFA GILBERT |
2.920.597,00 |
269 |
102970512 |
CORDERO DIAZ CARMEN ALICIA |
49.152,00 |
270 |
900870519 |
CORDOBA REYES ANA MARIA |
60.097,00 |
271 |
103840580 |
CORDOBA SAENZ VICTORIA |
95.334,00 |
272 |
3101436845 |
CORDON DE PLATA CORP SOCIEDAD ANONIMA |
34.649.549,00 |
273 |
3101325441 |
CORESAN CORDERO Y SANCHEZ SOCIEDAD ANONIMA |
23.974.382,00 |
274 |
3101362822 |
CORJURIN AG SOCIEDAD ANONIMA |
2.755.818,00 |
275 |
3101090557 |
CORPORACION AGROINDUSTRIAL BANANERA SOCIEDAD ANONIMA |
55.916.965,00 |
276 |
3101081043 |
CORPORACION ALFYTAP DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA |
771.187,00 |
277 |
3101117979 |
CORPORACION ALQUI SOCIEDAD ANONIMA |
539.046,00 |
278 |
3101499422 |
CORPORACION ANTARES AZUL SOCIEDAD ANONIMA |
360.716,00 |
279 |
3101223324 |
CORPORACION BADARI DEL ESTE SOCIEDAD ANONIMA |
1.793.678,00 |
280 |
3101551339 |
CORPORACION BLUE MEDICA CR SOCIEDAD ANONIMA |
14.027.745,00 |
281 |
3101438445 |
CORPORACION COREX INTERNACIONAL SOCIEDAD ANONIMA |
153.147,00 |
282 |
3101456804 |
CORPORACION DE LOS ALPES ALTOS SOCIEDAD ANONIMA |
166.336,00 |
283 |
3101337917 |
CORPORACION DE SEGURIDAD PRIVADA ARGUELLO Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANONIMA |
1.794.536,00 |
284 |
3101315466 |
CORPORACION DE SEGURIDAD SANTA FE SOCIEDAD ANONIMA |
1.025.858,00 |
285 |
3101433450 |
CORPORACION DE VACACIONES INTERNACIONALES PARA COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA |
1.234.192,00 |
286 |
3101517087 |
CORPORACION DESING LAB DCA SOCIEDAD ANONIMA |
1.021.635,00 |
287 |
3101370612 |
CORPORACION DOBLE SIRIOS DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA |
1.281.156,00 |
288 |
3101264937 |
CORPORACION EDECE GLOBALEX SOCIEDAD ANONIMA |
1.498.561,00 |
289 |
310131552 |
CORPORACION EVENTOS DEPORTIVOS INTERTNACIONALES SOCIEDAD ANONIMA |
828.403,00 |
290 |
3101113924 |
CORPORACION FINTEC D.F.C.R SOCIEDAD ANONIMA |
2.370.673,00 |
291 |
3101438198 |
CORPORACION INMOBILIARIA DEL NOROESTE N.R.O SOCIEDAD ANONIMA |
7.773.719,00 |
292 |
3101420201 |
CORPORACION INTERNACIONAL BENJY B N J SOCIEDAD ANONIMA |
1.780.187,00 |
293 |
3101120237 |
CORPORACION META DORADA SOCIEDAD ANONIMA |
9.377.145,00 |
294 |
3101402016 |
CORPORACION MONDIAL CENTROAMERICANA SOCIEDAD ANONIMA |
1.392.595,00 |
295 |
3101090050 |
CORPORACION NACIONAL DE VIGILANCIA PRIVADA SOCIEDAD ANONIMA |
14.910.521,00 |
296 |
3101095646 |
CORPORACION OLIMPIC SOCIEDAD ANONIMA |
368.838.558,00 |
297 |
3101505998 |
CORPORACION PROAGROSOL C Y G DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA |
428.646,00 |
298 |
3101309487 |
CORPORACION R E A
S A SOCIEDAD ANONIMA |
2.068.642,00 |
299 |
3101525379 |
CORPORACION ROCAVECAS R.C.S SOCIEDAD ANONIMA |
4.703.686,00 |
300 |
3101052893 |
CORPORACION VIC VIC SOCIEDAD ANONIMA |
3.769.562,00 |
301 |
3102513205 |
CORPORACION Y PROYECTOS DE DESARROLLO CATATUMBO LIMITADA |
218.057,00 |
302 |
102750283 |
CORRALES AZOFEIFA MIGUEL CIPRIANO |
109.375,00 |
303 |
107170661 |
CORTES TORMO CARLOS RODOLFO |
131.021,00 |
304 |
3101218572 |
COSETEL PALACIOS SOCIEDAD ANONIMA |
3.503.420,00 |
305 |
3101506216 |
COSTA RICA POOLS
DREZNER BUILDING COMPANY SOCIEDAD ANONIMA |
14.377.664,00 |
306 |
3101228496 |
COSTA RICA SERVICIO DE ASISTENCIA SOCIEDAD ANONIMA |
9.202.765,00 |
307 |
3101079108 |
COTUR SOCIEDAD ANONIMA |
35.147.722,00 |
308 |
600700272 |
CARVAJAL MENDEZ MARIA |
2.456.302,00 |
309 |
3101322492 |
CRMOVIE COM SOCIEDAD ANONIMA |
339.214,00 |
310 |
302150179 |
CRUZ MELENDEZ CARLOS EDUARDO |
11.782.535,00 |
311 |
3101388648 |
CTA COMERCIALIZADORA DE TABACO Y AFINES SOCIEDAD ANONIMA |
433.983,00 |
312 |
3101355526 |
CUMBALE SOCIEDAD ANONIMA |
46.001.253,00 |
313 |
3102536557 |
D B PLUS SOCIEDAD ANONIMA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA |
422.751,00 |
314 |
3101050135 |
D K PRODUCTOS TROPICALES SOCIEDAD ANONIMA |
465.003,00 |
315 |
3101525282 |
DA HAUS SOCIEDAD ANONIMA |
2.120.038,00 |
316 |
3101231201 |
DADE COSTA RICA DCR SOCIEDAD ANONIMA |
29.392,00 |
317 |
16927305 |
DAE YOUNG PARK |
1.343.116,00 |
318 |
104280520 |
DAGOBERTO ALVAREZ VALVERDE |
79.485,00 |
319 |
3101207610 |
DAHER SOLUCIONES CONTABLES SOCIEDAD ANONINA |
442.633,00 |
320 |
102410330 |
DAISY FALLAS VARGAS |
128.430,00 |
321 |
900440886 |
DANIEL ALBERT BLUMBERG UMAÑA |
7.495.794,00 |
322 |
700460502 |
DANIEL AUGUSTUS MC
LEAN MC LEAN |
78.153,00 |
323 |
104490444 |
DANIEL MARRANGHELLO MUSMANNI |
166.276,00 |
324 |
202030753 |
DANILO SANCHO UGALDE |
93.735,00 |
325 |
103660341 |
DANILO SOLIS DELGADO |
209.559,00 |
326 |
501290849 |
DARCIA FLORES RAFAEL |
27.627,00 |
327 |
3101521117 |
DATA LEGAL PDP SOCIEDAD ANONIMA |
353.623,00 |
328 |
501350457 |
DAVID ERNESTO ESPINOZA SOLERA |
430.464,00 |
329 |
26524842 |
DAVIS NOINDICAOTRO SHAILEEN ROSA |
130.647,00 |
330 |
3101111855 |
DAYTONA QUINIENTOS SOCIEDAD ANONIMA |
460.206,00 |
331 |
3101380174 |
DE CERO A CINCO G M M SOCIEDAD ANONIMA |
42.029,00 |
332 |
3101292407 |
DE JAIR FINE ARTS SOCIEDAD ANONIMA |
921.674,00 |
333 |
3101100371 |
DE |
17.782,00 |
334 |
1500099499 |
DE |
968.480,00 |
335 |
102870547 |
DE |
429.095,00 |
336 |
900700406 |
DE LEON MURDOCH MITZI |
90.011,00 |
337 |
3101070037 |
DECO FORMA SOCIEDAD ANONIMA |
220.995,00 |
338 |
3101095253 |
DECO MUEBLES SOCIEDAD ANONIMA |
8.392,00 |
339 |
3101212582 |
DECORACION SERDECO SOCIEDAD ANONIMA |
6.820,00 |
340 |
3101396821 |
DECORACIONES DE INTERIORES SAN MIGUEL SOCIEDAD ANONIMA |
16.913.504,00 |
341 |
3101082533 |
DECORLINE WALTER DURAN SOCIEDAD ANONIMA |
90.499,00 |
342 |
3102189232 |
DEFISA COM S R L |
106.037,00 |
343 |
3101139245 |
DEL BOSQUE PRODUCE SOCIEDAD ANONIMA |
177.751,00 |
344 |
101940256 |
DELFINA COLLADO AGUILAR |
12.048,00 |
345 |
101790562 |
DELGADO AMADOR EMILCE |
76.542,00 |
346 |
30306847 |
DELGADO ARAYA ISELA |
948.564,00 |
347 |
104790823 |
DELGADO FLORES CARLOS MAGNO |
113.227,00 |
348 |
102760187 |
DELGADO MORALES ALVARO |
308.765,00 |
349 |
900500992 |
DELGADO ROJAS CARLOS ALBERTO |
143.848,00 |
350 |
3101359708 |
DELI GOURMET MEDIDA EXACTA SOCIEDAD ANONIMA |
223.395,00 |
351 |
3101488168 |
DELICAT INVERSIONES SOCIEDAD ANONIMA |
233.937,00 |
352 |
17224576 |
DEMAAYER DEMAAYER STEVEN |
242.265,00 |
353 |
3101243222 |
DESARROLLOS CORPARATIVOS INPAGE SOCIEDAD ANONIMA |
472.032,00 |
354 |
16224324 |
DIAZ JUAN DANIEL ENRIQUE |
242.837,00 |
355 |
16661185 |
DIEGO RAMON CABRERA MONGE |
1.751.725,00 |
356 |
3101494016 |
DIGITALAGUNASA |
209.073,00 |
357 |
3101119210 |
DISELOS INFORMATICOS MODERNOS SOCIEDAD ANONIMA |
52.620.266,00 |
358 |
3101133034 |
DISTRIBUIDORA AUTOMOTRIZ SANTA ANA DASA SOCIEDAD ANONIMA |
3.795.805,00 |
359 |
3101325786 |
DISTRIBUIDORA DE SOLUCIONES MEDICAS DE CENTRO AMERICA SOCIEDAD ANONIMA |
458.706,00 |
360 |
3101130406 |
DISTRIBUIDORA DISHO SOCIEDAD ANONIMA |
105.588,00 |
361 |
3101451379 |
DISTRIBUIDORA IMPORTEJA SOCIEDAD ANONIMA |
261.618,00 |
362 |
3101210619 |
DISTRIBUIDORA INDUSTRIAL ELECTRICA DIESA SOCIEADAD ANONIMA |
13.788.636,00 |
363 |
3101146617 |
DISTRIBUIDORA JONANDRE SOCIEDAD ANONIMA |
2.461.299,00 |
364 |
3101242939 |
DOBLE CLIC A T M SOCIEDAD ANONIMA |
1.630.273,00 |
365 |
3101208003 |
DOCTOR COMPUTO SOCIEDAD ANONIMA |
24.621.363,00 |
366 |
3101378029 |
DOGOWEB SOCIEDAD ANONIMA |
4.637.695,00 |
367 |
25821170 |
DORIS THRUN THRUN |
9.834,00 |
368 |
23909212 |
DOROTHY BOONE BOONE |
80.783,00 |
369 |
27125941 |
DU BUC DE FERRET AUDE SIMONE SIREY |
70.152,00 |
370 |
106250771 |
DURAN CALVO LUZ ESTHER |
55.855,00 |
371 |
3101380817 |
E/L ESTUDIO OLSEMO SOCIEDAD ANONIMA |
41.952.993,00 |
372 |
3101382923 |
ECRUZARQ EMPRESA CONSTRUCTORA SOCIEDAD ANONIMA |
351.178,00 |
373 |
3101102940 |
EDIFICA DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA |
103.706,00 |
374 |
3101022051 |
ELEGANTE RENT A CAR SOCIEDAD ANONIMA |
81.839.687,00 |
375 |
3101199434 |
EMFAGA SOCIEDAD ANONIMA |
103.383,00 |
376 |
3101501363 |
EMPRESA DE SEGURIDAD FRAYCA SOCIEDAD ANONIMA |
2.659.174,00 |
377 |
3101500875 |
EN EL CLAVO COMUNICACIÓN SOCIEDAD ANONIMA |
924.292,00 |
378 |
3101528515 |
ENERTEC SOLUCIONES SOCIEDAD ANONIMA |
154.984,00 |
379 |
3101269778 |
ESCENARIOS DEL COMERCIO CONTINENTAL SOCIEDAD ANONIMA |
1.181.564,00 |
380 |
800720168 |
ESCOTO RUIZ ALDO |
136.771,00 |
381 |
302180379 |
ESPINOZA MORA CARLOS ROLANDO |
34.180,00 |
382 |
800860745 |
ESPAÑA PAREZ MARIA LUISA |
916.668,00 |
383 |
17381155 |
ESPINOZA SEVILLA MILTON |
377.334,00 |
384 |
3101063278 |
ESTACION DE SERVICIO SAN RAFAEL SOCIEDAD ANONIMA |
161.043,00 |
385 |
3101049796 |
ESTUDIO DE SONIDO F H SOCIEDAD ANONIMA |
884.976,00 |
386 |
3101293920 |
ESTUDIO INGEVIAL DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA |
2.049.049,00 |
387 |
3101280902 |
F Y A CARROCERIA Y PINTURA SOCIEDAD ANONIMA |
2.036.676,00 |
388 |
3101047078 |
FABRICA DE ROPA DEPORTIVA MARACANA SOCIEDAD ANONIMA |
6.910.181,00 |
389 |
3101497070 |
FABRICA INDUSTRIAL FAINSA SOCIEDAD ANONIMA |
3.972.146,00 |
390 |
3102011614 |
FABRICA TAIWAN LIMITADA |
1.126.514,00 |
391 |
3102501806 |
FARO ADVERTISING ABC LIMITADA |
1.330.900,00 |
392 |
3002116993 |
FEDERACION COSTARRICENSE PARA |
1.013.278,00 |
393 |
2720096996 |
FEUERSTEIN NOINDICAOTRO STEEPHANIE GERTRAUD |
240.092,00 |
394 |
3101300223 |
FINES FIDUCIARIA SOCIEDAD ANONIMA |
1.173.963,00 |
395 |
3101526448 |
FLEXFUEL SOCIEDAD ANONIMA |
692.076,00 |
396 |
104550310 |
FLORES FLORES OSCAR HUMBERTO |
138.052,00 |
397 |
401150761 |
FLORES RODRIGUEZ ZAIDA |
255.976,00 |
398 |
3101424988 |
FUERZAS ALIADAS DE PROTECCON C Y SOCIEDAD ANONIMA |
2.243.684,00 |
399 |
700540153 |
FUNG LI TERESITA |
824.462,00 |
400 |
800640444 |
GARCIA BUSTAMANTE JUAN CARLOS |
198.744,00 |
401 |
1770100829 |
GARCIA VELASQUEZ FREDY ALFONSO |
482.330,00 |
402 |
3101500824 |
GASTRONOMICA DE BAVIERA SOCIEDAD ANONIMA |
91.193,00 |
403 |
103700534 |
GOMEZ MEDERAS MARCO ANTONIO |
843.523,00 |
404 |
110930991 |
GOMEZ ROJAS SHIRLEY PATRICIA |
1.192.564,00 |
405 |
3101080060 |
GRAN PRIX SOCIEDAD ANONIMA |
105.071,00 |
406 |
3101341108 |
GRAVITY SOCIEDAD ANONIMA |
9.796.272,00 |
407 |
3101148827 |
GRUPO ALFARO Y GUTIERREZ SOCIEDAD ANONIMA |
106.249,00 |
408 |
3101453947 |
GRUPO CORPORATIVO DE AUTOMATIZACION SEM SOCIEDAD ANONIMA |
2.890.382,00 |
409 |
3101308410 |
GRUPO DESARROLLADOR TORRE FUERTE SOCIEDAD ANONIMA |
634.127,00 |
410 |
401130785 |
GUTIERREZ DELGADO CARMEN MARIA |
89.202,00 |
411 |
3101138634 |
H J EXPORTACIONES Y ASESORIA E INVERSIONES SOCIEDAD ANONIMA |
109.914,00 |
412 |
3101063781 |
HACIENDA MONTE BELLO DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA |
8.498.278,00 |
413 |
3102442180 |
HALIB DAHLAK INVESTMENTS LIMITADA |
9.196.349,00 |
414 |
700500063 |
HAMILTON BONILLA JOSE DANIEL |
6.530.024,00 |
415 |
14815193 |
HANE FIRBRAD SALOMON DANIEL |
4.838.811,00 |
416 |
26825335 |
HAROUCHI NOINDICAOTRO YASMINA |
248.821,00 |
417 |
14210769 |
HELGE MAGNAR SVENDENSEN SVENDENSEN |
1.111.228,00 |
418 |
3101067433 |
HENCHOZ TURISMO SOCIEDAD ANONIMA |
11.712.467,00 |
419 |
800710723 |
HENRIQUEZ FRANCO NORMA |
900.593,00 |
420 |
3101418904 |
HERNANDEZ Y VALLE ESTHETIC CENTER SOCIEDAD ANONIMA |
2.778.658,00 |
421 |
701380222 |
HERRERA CHAVES JENNEFER ROHANNY |
678.419,00 |
422 |
204060778 |
HERRERA GUZMAN MARGARITA |
5.852.720,00 |
423 |
3101167484 |
HERRAJERIA |
69.093.240,00 |
424 |
105460313 |
HERRERA MONTERO ENRIQUE |
1.265.478,00 |
425 |
26822789 |
HERRERA POVEDA GEORGE IVONNE |
885.706,00 |
426 |
3101383212 |
HIGHGATE FERMA SOCIEDAD ANONIMA |
41.598.815,00 |
427 |
3101415518 |
HIGHLAND ANTHURIUMS SOCIEDAD ANONIMA |
1.437.658,00 |
428 |
3101229874 |
HIPERICUM PHARMA SOCIEDAD ANONIMA |
30.481.421,00 |
429 |
3101446336 |
HK UNIQUE INTERIOR DESIGNS DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA |
6.523.685,00 |
430 |
10385414 |
HOFMAN DORF CELIA |
26.839,00 |
431 |
3101113678 |
HOLLYWOOD VIDEO CLUB (PAVAS) SOCIEDAD ANONIMA |
106.186,00 |
432 |
3101506888 |
HWASUNG THERMO DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA |
1.799.580,00 |
433 |
3101352423 |
I I T S SEGURIDAD Y VIGILANCIA TICA SOCIEDAD ANONIMA |
23.325.221,00 |
434 |
3101383103 |
I T S ASESORES EN SEGURIDAD S.A |
44.451.231,00 |
435 |
108830555 |
IBARRA JARA DIEGO |
152.528,00 |
436 |
3101489121 |
ID MEDIA SOCIEDAD ANONIMA |
7.142.353,00 |
437 |
3101533325 |
IDEA INGENIEROS Y ARQUITECTOS CONSULTORES SOCIEDAD ANONIMA |
2.446.034,00 |
438 |
3101500953 |
IKON FOOD SERVICE
SOCIEDAD ANONIMA |
2.304.783,00 |
439 |
3101297102 |
IMACK DE CENTROAMERICA S.A |
1.171.399,00 |
440 |
3101103830 |
IMAGINACION DEL HOGAR SOCIEDAD ANONIMA |
103.768,00 |
441 |
3101274699 |
IMPACTO PROFUNDO SOCIEDAD ANONIMA |
44.444.116,00 |
442 |
3101318403 |
IMPORTADORA DE MARCAS MUNDIALES SOCIEDAD ANONIMA |
3.026.328,00 |
443 |
3101279042 |
IMPORTADORA DEL NORTE IVRB SOCIEDAD ANONIMA |
503.055,00 |
444 |
3101400376 |
IMPORTADORA FLOMER SOCIEDAD ANONIMA |
8.942.207,00 |
445 |
3101208280 |
IMPORTADORA VIJO V J SOCIEDAD ANONIMA |
2.237.562,00 |
446 |
3101144398 |
IMPRENTA LITOGRAFIA FAROGA SOCIEDAD ANONIMA |
39.094.383,00 |
447 |
3101033734 |
IMPRESOS DE COLORES SOCIEDAD ANONIMA |
66.866.863,00 |
448 |
3101490090 |
IMPRESOS FOTORAMA SOCIEDAD ANONIMA |
2.532.238,00 |
449 |
3101382463 |
INALMU SOCIEDAD ANONIMA |
4.529.020,00 |
450 |
3101217152 |
INDUIN Y MARTINEZ SOCIEDAD ANONIMA |
103.768,00 |
451 |
3101325182 |
INDUSTRIAS ESQUINSA SOCIEDAD ANONIMA |
1.005.063,00 |
452 |
3101395774 |
INGENIERIA Y ENSAYOS V.M SOCIEDAD ANONIMA |
938.492,00 |
453 |
3101281500 |
INMOBILIARIA GARPO SOCIEDAD ANONIMA |
2.766.424,00 |
454 |
3101216126 |
INMOBILIARIA HABITACIONAL DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA |
6.782.721,00 |
455 |
3101015662 |
INMOBILIARIA LOS ANDES SOCIEDAD ANONIMA |
924.386,00 |
456 |
3101419481 |
INMOCEL SOCIEDAD ANONIMA |
1.679.793,00 |
457 |
3101555459 |
INNOVACION EN LINEA SOCIEDAD ANONIMA |
142.481,00 |
458 |
3101465813 |
INNOVACION TECHNOLOGY CROUP COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA |
1.071.554,00 |
459 |
3101296856 |
INSTITUTO DE COMPUTACION BERMUDEZ SOCIEDAD ANONIMA |
1.660.232,00 |
460 |
3101341579 |
INSTITUTO DE ENSENANZA DE COMPUTACION RENAULD SOCIEDAD ANONIMA |
1.858.215,00 |
461 |
3101363406 |
INTEGRAL DE MEDIOS COMERCIALES DE LATINOAMERICA SOCIEDAD ANONIMA |
1.360.446,00 |
462 |
3101460896 |
INTELLECT INTERNACIONAL DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA |
1.265.436,00 |
463 |
3101557141 |
INTERNATIONAL LED
ADVERTISEMENT SOCIEDAD ANONIMA |
806.949,00 |
464 |
3101263037 |
INVERCIONES CARLOS Y MERCEDES SOCIEDAD ANONIMA |
12.817.052,00 |
465 |
3101510045 |
INVERCIONES FARMACEUTICAS FARMATOTAL SOCIEDAD ANONIMA |
1.005.336,00 |
466 |
3101451304 |
INVERSIONES AGUIMER DE MERCURIO SOCIEDAD ANONIMA |
867.759,00 |
467 |
3101558176 |
INVERSIONES ANGELUS FONVAR SOCIEDAD ANONIMA |
1.780.694,00 |
468 |
3101105870 |
INVERSIONES CARLIZA SOCIEDAD ANONIMA |
3.966.762,00 |
469 |
3101572274 |
INVERSIONES FUTURO H Y S SOCIEDAD ANONIMA |
217.523,00 |
470 |
3101334827 |
INVERSIONES JIMENEZ Y VALVERDE SOCIEDAD ANONIMA |
640.918,00 |
471 |
3101397248 |
INVERSIONES OBABO SOCIEDAD ANONIMA |
462.613,00 |
472 |
3101149840 |
INVERSIONES Y REPRESENTACIONES GALLARDT SOCIEDAD ANONIMA |
1.871.764,00 |
473 |
3101356245 |
JAQUELINE CAROL COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA |
41.651.221,00 |
474 |
3101197698 |
JENSEN ARQUITECTOS SOCIEDAD ANONIMA |
10.839.781,00 |
475 |
108090909 |
JIMENEZ ANCHIA JUAN GERARDO |
440.341,00 |
476 |
203180379 |
JIMENEZ HERNANDEZ FRANCISCO |
578.240,00 |
477 |
108320552 |
JIMENEZ PADILLA HENGEL |
41.170,00 |
478 |
3101481739 |
JORMARMAR AMIGOS DEL ESTE SOCIEDAD ANONIMA |
103.700,00 |
479 |
3101426713 |
JRF TELEMARKETING
Y GROUP SOCIEDAD ANONIMA |
852.881,00 |
480 |
3101416924 |
JUGUIMECA IMPORTACIONES SOCIEDAD ANONIMA |
309.382,00 |
481 |
3008092854 |
JUNTA ADM. LICE MAURO
FERNANDEZ/COLEG.BRAULIO CARRILLO COLIMA |
298.823,00 |
482 |
3101257733 |
K Y M ASESORES PUBLICITARIOS SOCIEDAD ANONIMA |
3.406.185,00 |
483 |
26424644 |
KAUFMANN KAPPARI ETTY HELEN |
72.317,00 |
484 |
3101345741 |
KEY DOWN SOCIEDAD ANONIMA |
5.567.449,00 |
485 |
3101208648 |
KIREPU SOCIEDAD ANONIMA |
15.935.305,00 |
486 |
3101516264 |
L.S.I LIDER EN SEGURIDAD INTERNACIONAL SOCIEDAD ANONIMA |
7.153.215,00 |
487 |
3101498446 |
|
31.874.252,00 |
488 |
3101409171 |
|
19.330.292,00 |
489 |
3101036408 |
LABORATORIOS OMNI SOCIEDAD ANONIMA |
93.908.854,00 |
490 |
3101278515 |
LACOCINA DE ROBIN SOCIEDAD ANONIMA |
654.147,00 |
491 |
13307995 |
LEE LARSON THOMAS |
62.744,00 |
492 |
3101054556 |
LEGUBE SOCIEDAD ANONIMA |
102.960,00 |
493 |
3102034712 |
LIMPIEZAS PROFESIONALES LIMITADA |
280.833.453,00 |
494 |
3101014274 |
LOPEZ MONTERO SOCIEDAD ANONIMA |
19.476.149,00 |
495 |
3101039787 |
LUCES DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA |
35.195,00 |
496 |
3101327452 |
M J MOVILES JONAFRA SOCIEDAD ANONIMA |
418.409,00 |
497 |
15119189 |
MACKENBACH MACKENBACH WERNER |
182.101,00 |
498 |
3101372087 |
MACONDO SOCIEDAD ANONIMA |
2.560.954,00 |
499 |
3101053538 |
MADERAS INDUSTRIALES BOSQUEVERDE SOCIEDAD ANONIMA |
104.733,00 |
500 |
800750404 |
MAIRENA ABARCA JOSE DOMINGO |
1.933.385,00 |
501 |
3101555998 |
MAN MEJIAS Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANONIMA |
198.907,00 |
502 |
3101310892 |
MANAGED SECURITY
AGENCY SOCIEDAD ANONIMA |
1.276.809,00 |
503 |
3101374786 |
MANEJO INTEGRADO DE PLAGAS M.I.P SOCIEDAD ANONIMA |
13.557.169,00 |
504 |
3101499508 |
MAQUILADORA TIEMPOS DE CAMBIO SOCIEDAD ANONIMA |
6.259.488,00 |
505 |
24311548 |
MARIA ANGELICA BECK LANAS |
108.360,00 |
506 |
26324033 |
MARIA LUCRECIA CORRALES LACAYO |
4.173.037,00 |
507 |
800500403 |
MARIN MONGE MARIA INES |
148.740,00 |
508 |
201420048 |
MARIN SANCHEZ YOLANDA |
108.662,00 |
509 |
110060480 |
MARIN SOLANO NATIFH |
2.644.940,00 |
510 |
18011430 |
MARTINEZ MARADIAGA HARRINGTON EFRAIN |
320.027,00 |
511 |
2724762 |
MARTINEZ OSORIO SANDRA VILIANA |
127.844,00 |
512 |
105030407 |
MARTINEZ SOLERA JOSE |
1.958.419,00 |
513 |
102410655 |
MASIS GUERRERO LIDIETTE |
443.252,00 |
514 |
3102282219 |
MASTER CLOSET LIMITADA |
3.947.800,00 |
515 |
3101260107 |
MAYA RENT A TRUCK SOCIEDAD ANONIMA |
3.040.095,00 |
516 |
17327470 |
MC BANE
NOINDICAOTRO TOMMY EARL |
1.130.129,00 |
517 |
3101450839 |
MDC LIMPIEZA SOCIEDAD ANONIMA |
19.847.076,00 |
518 |
3101502463 |
MECANICA INDUSTRIAL Y BATERIAS INTELECBA DE SANTA ANA SOCIEDAD ANONIMA |
2.060.119,00 |
519 |
3101380934 |
MEDI SPAS DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA |
3.113.856,00 |
520 |
3101353515 |
MEDIOS ESPECIALIZADOS THG SOCIEDAD ANONIMA |
1.532.648,00 |
521 |
3101556606 |
MEGA EDITORES SOCIEDAD ANONIMA |
501.936,00 |
522 |
800610151 |
MEMBREÑO SIMONSON ALBERTO |
67.687,00 |
523 |
203830147 |
MENDEZ MURILLO BERNY |
370.816,00 |
524 |
106040002 |
MENDEZ RIVERA PATRICIA |
1.945.994,00 |
525 |
501320842 |
MENDEZ RODRIGUEZ ANGELA EULALIA |
1.046.113,00 |
526 |
1810101319 |
MENDOZA MARIADIAGA JUAN CARLOS |
734.524,00 |
527 |
3101142806 |
MERCADO DIMAMICO INTERNACIONAL MEDINTER S.A |
108.014,00 |
528 |
3101049149 |
MEUS SOCIEDAD ANONIMA |
106.068,00 |
529 |
3102345310 |
MINISTERIO CORAZON ABIERTO LTDA |
1.065.009,00 |
530 |
3101454487 |
MOBIUS SOFTWARE SOCIEDAD ANONIMA |
35.175.764,00 |
531 |
3101129263 |
MONITOREO DE ALARMAS COMPUTARIZADO SOCIEDAD ANONIMA |
89.297.411,00 |
532 |
250872008 |
MONTAJES JULCAR S.A |
1.433.959,00 |
533 |
25625153 |
MONTAÑEZ DORIA YANETTE BAUTISTA |
102.707,00 |
534 |
111310304 |
MORA ZUÑIGA MARCO VINICIO |
13.162.772,00 |
535 |
106840680 |
MORALES VALENCIANO EDUARDO ENRIQUE |
312.341,00 |
536 |
3102550824 |
MR SOFTWARE LIMITADA |
3.811.240,00 |
537 |
3101296583 |
MUEBLES CANELLA SOCIEDAD ANONIMA |
341.932,00 |
538 |
3101047849 |
MUEBLES NORTICOS SOCIEDAD ANONIMA |
88.919.008,00 |
539 |
3101021019 |
MULTIDICIPLINAS SOCIEDAD ANONIMA |
6.445.673,00 |
540 |
3101469567 |
MULTIPLY MARKETING SOCIEDAD ANONIMA |
239.243,00 |
541 |
3101425740 |
MULTISERVICIOS EL ROBLE SOCIEDAD ANONIMA |
3.211.851,00 |
542 |
3101229266 |
MULTISERVICIOS SATURNO SOCIEDAD ANONIMA |
7.909.387,00 |
543 |
3101564220 |
MUNDO DIESEL KCR SOCIEDAD ANONIMA |
1.370.492,00 |
544 |
106200173 |
MUÑOZ ALVARADO JOSE ALBERTO |
709.720,00 |
545 |
201670556 |
MURILLO CHACON MAXIMO |
581.788,00 |
546 |
3101330006 |
MURILLO CHACON VOLIO Y SCHROEDER SOCIEDAD ANONIMA |
924.386,00 |
547 |
3101050837 |
NASHVILLE SUR SOCIEDAD ANONIMA |
2.844.029,00 |
548 |
3101379014 |
NEGOCIADORA PRIJORMA SOCIEDAD ANONIMA |
5.096.375,00 |
549 |
108290178 |
NUÑEZ ALFARO DALIA ISELA |
134.442,00 |
550 |
3101555177 |
OCEAN GOUP SOCIEDAD ANONIMA |
1.023.234,00 |
551 |
3101494802 |
OCEAN SIDE REAL ESTATE OF TAMARINDO SOCIEDAD ANONIMA |
1.786.703,00 |
552 |
3101180062 |
OFICINA DE APOYO LOGISTICO JURIDICO SOCIEDAD ANONIMA |
1.084.995,00 |
553 |
3101505535 |
ONPROJECT SOCIEDAD ANONIMA |
420.370,00 |
554 |
3101116150 |
ORNAMENTALES DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA |
178.361,00 |
555 |
3101137022 |
P Y P DISTRIBUCIONES SOCIEDAD ANONIMA |
104.259,00 |
556 |
107920389 |
PACHECO SEGURA SILVIA ELENA |
400.536,00 |
557 |
103880597 |
PAEZ MASIS RODOLFO ENRIQUE |
573.196,00 |
558 |
3101036277 |
PANADERIA |
3.859.846,00 |
559 |
3012201859 |
PANALINE INC SOCIEDAD ANONIMA |
21.073.266,00 |
560 |
105820787 |
PATRICIA FALLAS ZAMORA |
4.489.268,00 |
561 |
602950790 |
PEREZ NUNEZ VICTOR |
3.757.355,00 |
562 |
800550095 |
PEREZ PEREZ VICENTE PORFIRIO |
85.851,00 |
563 |
900340366 |
PIZARRO DINARTE ROBERTO |
611.237,00 |
564 |
3101509015 |
PRIME BEAUTY
FRINCHISES SOCIEDAD ANONIMA |
1.825.598,00 |
565 |
3101287392 |
PRODUCCIONES DE VIDEO VISION DIGITAL SOCIEDAD ANONIMA |
461.899,00 |
566 |
3101038194 |
PROMACO SOCIEDAD ANONIMA |
19.352.362,00 |
567 |
3101445245 |
PROMOCIONES SUEÑOS VACACIONALES ARTAMIREZ SOCIEDAD ANONIMA |
2.191.153,00 |
568 |
3101153773 |
PROPIEDADES O G L SOCIEDAD ANONIMA |
37.498.807,00 |
569 |
3101300101 |
PROSAR DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA |
206.856.406,00 |
570 |
3101429508 |
QUESADA Y BAZAEZ SOCIEDAD ANONIMA |
9.106.463,00 |
571 |
17200467 |
QUICEÑO ZULUAGA CARLOS MAURICIO |
16.423,00 |
572 |
103670317 |
QUIROS BRAVO MAYELA |
89.729,00 |
573 |
108660434 |
QUIROS MONTENEGRO YANNID |
278.250,00 |
574 |
3101352203 |
R P ENTERPRISES
SOCIEDAD ANONIMA |
3.429.097,00 |
575 |
3101258225 |
RALEO DESIGN SOCIEDAD ANONIMA |
190.061.617,00 |
576 |
3101031538 |
RANCHO DIOGENES SOCIEDAD ANONIMA |
14.872.620,00 |
577 |
3101397158 |
RECONSTRUCTORA FENIX SOCIEDAD ANONIMA |
41.505.130,00 |
578 |
301770936 |
REDONDO AGUILAR RAFAEL ALBERTO |
104.838,00 |
579 |
3101186663 |
REGALOS PERSONALIZADOS REPESA SOCIEDAD ANONIMA |
6.036.429,00 |
580 |
3101513200 |
RENTA DE EQUIPOS SOL SOCIEDAD ANONIMA |
1.450.619,00 |
581 |
26425650 |
REYES ABISAMBRA OLGA PATRICIA |
65.140,00 |
582 |
15525404 |
RICE RICE MATTEHW ARMOR |
10.682.072,00 |
583 |
3101277578 |
RICH COAST
FURNISHINGS SOCIEDAD ANONIMA |
10.795.508,00 |
584 |
3101543999 |
RIONIN PMI EXECUTIVE PROTECCION SOCIEDAD ANONIMA |
475.541,00 |
585 |
104540065 |
RODRIGUEZ CRUZ DANILO |
39.036,00 |
586 |
108430036 |
RODRIGUEZ MENA MARILYN |
4.840.582,00 |
587 |
105920553 |
RODRIGUEZ RESCIA CARLOS FRANCISCO |
2.067.587,00 |
588 |
110790598 |
RODRIGUEZ VALENZUELA IVY |
6.967.020,00 |
589 |
103980699 |
ROJAS CARRION JAIME |
57.133,00 |
590 |
900150929 |
ROMERO MARTINEZ HUMBERTO |
94.982,00 |
591 |
3101024296 |
ROSANEGRA SOCIEDAD ANONIMA |
132.739,00 |
592 |
3101306563 |
ROTHEMBURGO RCH SOCIEDAD ANONIMA |
5.655.622,00 |
593 |
501550779 |
RUIZ PASOS EDGAR AGUSTIN |
5.425.900,00 |
594 |
3101374026 |
S.C PRODUCCIONES DE EVENTOS SOCIEDAD ANONIMA |
10.414.333,00 |
595 |
700680341 |
SABORIO DE ROCAFORT PILAR |
268.223,00 |
596 |
108440468 |
SALAZAR CHACON YESENIA |
166.508,00 |
597 |
26230041 |
SANCHEZ CUELLAR CLAUDIA MONICA |
958.273,00 |
598 |
108010892 |
SANCHO MONTERO ADOLFO |
6.781.492,00 |
599 |
701020013 |
SARAVIA VIVAS MARCO VINICIO |
35.869.032,00 |
600 |
3101258809 |
SEGIRIDAD PROFESIONAL MORIAH J Y L SOCIEDAD ANONIMA |
75.375.017,00 |
601 |
3101259706 |
SEGURIDAD CONTROL ZETA SOCIEDAD ANONIMA |
11.833.965,00 |
602 |
3101495990 |
SEGURIDAD DE INDUSTRIAS J.M.P SOCIEDAD ANONIMA |
38.503.166,00 |
603 |
3101169806 |
SEGURIDAD DEDICADA SOCIEDAD ANONIMA |
157.967.838,00 |
604 |
3101376393 |
SEGURIDAD P.R.O.M.E SOCIEDAD ANONIMA |
12.101.188,00 |
605 |
3101294335 |
SEGURIDAD PROFECIONAL ALTAMIRANO SOCIEDAD ANONIMA |
10.894.374,00 |
606 |
3101313847 |
SEGURIDAD SEM CR SOCIEDAD ANONIMA |
210.151.447,00 |
607 |
3101357897 |
SEGURIDAD Y MONITOREO OMEGA SOCIEDAD ANONIMA |
1.499.782,00 |
608 |
3101331352 |
SENSU CERCANO ORIENTE DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA |
87.600.085,00 |
609 |
3101131200 |
SERVICIOS ADMINISTRATIVOS DE SODAS DE MAQUILA INTERNACIONALES SOCIEDAD ANONIMA |
36.659.977,00 |
610 |
3102324630 |
SERVICIOS DE COBROS B D C MAUSER LIMITADA |
3.186.107,00 |
611 |
3101319614 |
SERVICIOS DE VIGILANCIA PRIVADA A M SOCIEDAD ANONIMA |
3.212.364,00 |
612 |
3101283716 |
SERVICIOS
GASTRONOMICOS INTERNACIONAL SAVARIN S G I S SOCIEDAD ANONIMA |
16.028.641,00 |
613 |
3101302486 |
SERVICIOS PROFECIONALES DE LIMPIEZA LOS ANGELES R Y G SOCIEDAD ANONIMA |
475.355,00 |
614 |
3101328574 |
SERVIPRO SOCIEDAD ANONIMA |
8.108.731,00 |
615 |
3101433781 |
SEVASEG SOCIEDAD ANONIMA |
237.665,00 |
616 |
3101120685 |
SHAAL EDITORES SOCIEDAD ANONIMA |
560.304,00 |
617 |
102030611 |
SIBAJA SABORIO ISABEL |
102.857,00 |
618 |
3101091814 |
SILADI SOCIEDAD ANONIMA |
4.093.068,00 |
619 |
103380054 |
SILES FERNANDEZ ARMANDO |
106.533.157,00 |
620 |
3101452517 |
SINIGAGLIA Y MARYL SOCIEDAD ANONIMA |
7.114.238,00 |
621 |
3101414809 |
SISTEMAS AUTOMATICOS DE ROHRMOSER SOCIEDAD ANONIMA |
5.403.904,00 |
622 |
107240290 |
SALAS FONSECA ROBERTO ENRIQUE |
1.289.723,00 |
623 |
3101324131 |
SOFIALI SERVICIOS MULTIPLES SOCIEDAD ANONIMA |
2.241.751,00 |
624 |
103460309 |
SOLANO BAEZ JORGE |
6.290.309,00 |
625 |
109540644 |
SOLANO CARMONA KAROL |
277.935,00 |
626 |
3101182437 |
SOLEIBE CO SOCIEDAD ANONIMA |
2.745.239,00 |
627 |
105570321 |
SOLIS MADRIGAL RAFAEL ANGEL |
18.858.047,00 |
628 |
3101322872 |
SOLUCIONES DE VIVIENDA R.LIZANO S.A |
1.303.008,00 |
629 |
3101102444 |
SOLUCIONES ECONOMICAS DE SAN JOSE SOCIEDAD ANONIMA |
19.279.716,00 |
630 |
3101184200 |
SOLVENTES NACIONALES DEL ISTMO SOCIEDAD ANONIMA |
899.846,00 |
631 |
3101315882 |
SORBETES DE CR MMII SOCIEDAD ANONIMA |
67.788.573,00 |
632 |
202680379 |
SOTO MURILLO JOHNNY |
3.611.895,00 |
633 |
3102446625 |
SP DATA RESPONSE MANAGEMENT LIMITADA |
6.632.264,00 |
634 |
3101329359 |
STYLE AND
ELECTRONICS SOCIEDAD ANONIMA |
1.679.383,00 |
635 |
3101111422 |
SU ORGANIZACIÓN DE SERVICIOS S O S SOCIEDAD ANONIMA |
280.833.453,00 |
636 |
3101355235 |
SUMMA DESIGN
MANAGEMENT SOCIEDAD ANONIMA |
5.738.984,00 |
637 |
3101362988 |
SUMMER ATEDRITI SOCIEDAD ANONIMA |
14.379.636,00 |
638 |
3101491293 |
T DESIGN SOLUTIONS
SOCIEDAD ANONIMA |
4.675.803,00 |
639 |
3101088880 |
TALLER DE SERVICIO MARCO VINICIO VENEGAS F SOCIEDAD ANONIMA |
104.036,00 |
640 |
105950087 |
TAPIA MATA LAURA |
495.833,00 |
641 |
114670479 |
TAPIA SOLANO JOSE FABIAN |
75.745,00 |
642 |
3012283456 |
TECNELECTRO DEL CARIBE LIMITADA |
1.336.415,00 |
643 |
3101103239 |
TECNICA
ELECTRONICA SEQUEIRA SOCIEDAD ANONIMA |
747.654,00 |
644 |
3101353388 |
TECNICAS EN ROTULACION ROTOTEC SOCIEDAD ANONIMA |
30.297.390,00 |
645 |
3101462332 |
TELEPLAZA ASSOCIATES SOCIEDAD ANONIMA |
16.379.081,00 |
646 |
3101324737 |
TEMPUS FUGIT SOCIEDAD ANONIMA |
1.777.962,00 |
647 |
107990237 |
TERAN GUARDIA MARIA JOSE |
109.039,00 |
648 |
3101253854 |
TERRAROCCIA SOCIEDAD ANONIMA |
36.444.044,00 |
649 |
3101361888 |
THE ENGLISH
INSTITUTE SOCIEDAD ANONIMA |
8.635.778,00 |
650 |
3101395075 |
TOTAL DENT SERVICIOS ODONTOLOGICOS C.R.C S.A |
9.915.134,00 |
651 |
3101299623 |
TOURIST INTERNACIONAL CONSULTING SOCIEDAD ANONIMA |
2.417.564,00 |
652 |
3101130270 |
TOYO PARTES H B SOCIEDAD ANONIMA |
450.409,00 |
653 |
3101143057 |
TRANSPORTES B M Z SOCIEDAD ANONIMA |
52.959,00 |
654 |
3101478508 |
TRANSPORTES EL MUDO UNO A B C SOCIEDAD ANONIMA |
2.371.433,00 |
655 |
3101330684 |
TRANSPORTES JIMMY LAIN AGUILAR S .A |
693.821,00 |
656 |
3101085838 |
TRATAMIENTO Y RECUPERACION DE METALES Y PLASTICOS TYRMEPLAS SOCIEDAD ANONIMA |
4.356.859,00 |
657 |
3101336356 |
TROPINUTS PRODUCERS SOCIEDAD ANONIMA |
117.518.196,00 |
658 |
3101202845 |
TURIRE Y TAYUTIC SOCIEDAD ANONIMA |
102.884,00 |
659 |
3101540409 |
TURRONTICO SOCIEDAD ANONIMA |
705.872,00 |
660 |
3101357163 |
TV SHOPPING
INTERNACIONAL SOCIEDAD ANONIMA |
22.953.792,00 |
661 |
3101368939 |
UNIELEC SOCIEDAD ANONIMA |
152.251,00 |
662 |
3101377833 |
V.T.E VENTANERIA TECNICA EUROPEA SOCIEDAD ANONIMA |
6.454.768,00 |
663 |
104350380 |
VALLDEPERAS GONZALEZ JOSE FRANCISCO |
9.368.077,00 |
664 |
303770473 |
VARELA VALVARDE MAURICIO |
1.045.115,00 |
665 |
104650875 |
VARGAS JIMENEZ SONIA MARIA |
69.304,00 |
666 |
302970789 |
VARGAS PACHECO YETTY |
7.049.652,00 |
667 |
108690330 |
VEGA VARGAS GUSTAVO ADOLFO |
1.335.147,00 |
668 |
3101183655 |
VEGE PAC SOCIEDAD ANONIMA |
62.522.726,00 |
669 |
106930955 |
VENEGAS ARCE ANA ISABEL |
420.034,00 |
670 |
3101292740 |
VENOM DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA |
11.822.349,00 |
671 |
3101488841 |
VERITAS MANAGEMENT SOCIEDAD ANONIMA |
6.301.664,00 |
672 |
3101268664 |
VERY CLEAN SOCIEDAD ANONIMA |
268.595.055,00 |
673 |
3101019296 |
VIAJES RECEPTIVOS SOCIEDAD ANONIMA |
11.801.611,00 |
674 |
3101439773 |
VIDEO STOP SOCIEDAD ANONIMA |
1.428.334,00 |
675 |
3101526059 |
VIDRIOS Y ALUMINIOS DEL OESTE JEVI SOCIEDAD ANONIMA |
971.585,00 |
676 |
108280772 |
VILLEGAS ARAYA ALEJANDRO JOSE |
355.577,00 |
677 |
3101443061 |
W.T.R.A GIMNASIO SOCIEDAD ANONIMA |
1.478.693,00 |
678 |
3101088135 |
WAPA TV SOCIEDAD ANONIMA |
2.856.405,00 |
679 |
3101555420 |
WELLESLEY INTERNACIONAL GROUP(COSTA RICA) SOCIEDAD ANONIMA |
17.173.765,00 |
680 |
3101451212 |
WORLD CLASS
SERVICES SOCIEDAD ANONIMA |
195.343,00 |
681 |
3101253238 |
WORLD MARKETING SOCIEDAD ANONIMA |
13.439.275,00 |
682 |
17481783 |
WU NOINDICAOTRO JINMING |
102.669,00 |
683 |
17027472 |
WU YONG YANG |
535.115,00 |
684 |
111640274 |
YOUNG JIMENEZ JENIFFER |
296.960,00 |
685 |
500520093 |
ZAMORA BRICEÑO HECTOR |
3.599.370,00 |
686 |
110700110 |
ZUÑIGA BADILLA SILVIA ELENA |
198.875,00 |
687 |
106880687 |
ZUÑIGA GONZALEZ TATIANA |
507.993,00 |
688 |
107490045 |
CARVAJAL ROMERO ROSE MARY |
506.722,00 |
689 |
27809478 |
REBECA DE LOS ANGELES GARCIA GUTIERREZ |
729.944,00 |
690 |
105320731 |
OLGA MONTERO ZUÑIGA |
729.784,00 |
691 |
107490403 |
RODNEY SALAZAR MORALES |
729.602,00 |
692 |
109020600 |
CHRISTIAN RICARDO CASTRO ROJAS |
836.044,00 |
693 |
203620509 |
HOFFMAN SABORIO ROBERTO OCTAVIO |
721.990,00 |
694 |
15924572 |
FAJARDO MORALES LUIS HUMBERTO |
729.340,00 |
695 |
601850124 |
GRANADOS GARCIA ALEXANDER |
835.526,00 |
696 |
107480407 |
GONZALEZ VALENCIANO RANDALL ADOLFO |
812.620,00 |
697 |
107500648 |
LOPEZ URIBE DUDLEY |
384.196,00 |
698 |
107140592 |
LERROY JIMENEZ WILLIAM MARTIN |
782.488,00 |
699 |
111960837 |
QUIROS CASTILLO JOSE MIGUEL |
716.718,00 |
700 |
104910465 |
LOBO MARIN MANUEL |
825.904,00 |
701 |
105390148 |
SEQUEIRA CASTRO RONALD ANTONIO |
825.734,00 |
702 |
109090228 |
ELIZONDO VALVERDE DIDIER |
252.660,00 |
703 |
18379864 |
LOPEZ MORALES LESTER USIEL |
728.642,00 |
704 |
109190090 |
PIEDRA ZUÑIGA YENNER |
790.441,00 |
705 |
106390406 |
BLANCO FONSECA MARCO ANTONIO |
820.520,00 |
706 |
18119007 |
REYES ESPINOZA BYRON ENRIQUE |
766.826,00 |
707 |
104350702 |
BARBOZA UMAÑA JORGE GERARDO |
820.980,00 |
708 |
104750135 |
BONILLA BLANCO RICARDO |
821.460,00 |
709 |
111220998 |
MARICELA BONILLA RAMIREZ |
821.460,00 |
710 |
111740056 |
NELSON ZAMORA GUERRERO |
766.826,00 |
711 |
501210892 |
ROSALES ROSALES CATALINO |
766.826,00 |
712 |
16326604 |
EVANS NOINDICAOTRO JAMES TAYLOR |
61.692,00 |
713 |
800510134 |
MAURICE SAYEGH AVDELA |
676.719,00 |
714 |
108290328 |
FUNES MENDEZ HEINER |
778.120,00 |
715 |
17812845 |
SANDINO LOPEZ LUDER ANTONIO |
797.430,00 |
716 |
110370572 |
SALAZAR VILLALTA LEONARDO |
88.509,00 |
717 |
108910705 |
JOHNNY ARIAS HIDALGO |
798.146,00 |
718 |
113020127 |
MIRANDA SOBALBARRO HECTOR |
123.082,00 |
719 |
109420096 |
ACUÑA VALVERDOE BRAYAN ALI |
842.714,00 |
720 |
106940492 |
SIBAJA ALVAREZ GERARDO CONSTANTINO |
1.468.140,00 |
721 |
104920562 |
JOSE ALBERTO GARCIA SANCHO |
781.436,00 |
722 |
601150334 |
RADAN ANDERSON DANIEL |
833.116,00 |
723 |
601270618 |
MENA FERNANDEZ OSCAR MANUEL |
781.244,00 |
724 |
17526971 |
LUMBI NOINDICAOTRO ALVARO JOSE |
781.244,00 |
725 |
111580108 |
MOYA CASTILLO HECTOR RAMON |
781.244,00 |
726 |
302310259 |
MONTOYA RICHMOND ANTONIO CLEMENTE |
746.266,00 |
727 |
301940104 |
QUIROS ACUÑA LUIS FERNANDO |
12.244,00 |
728 |
110480904 |
RIOS MENESES JOSE MANUEL |
781.070,00 |
729 |
27816791 |
PALACIOS QUINTANILLA TRINIDAD |
781.070,00 |
730 |
502440228 |
VARGAS BLANCO ROINEL |
781.070,00 |
731 |
106800170 |
RAMOS MADRIGAL ROCIO |
781.070,00 |
732 |
16381609 |
ROBELO GAMEZ CESAR AUGUSTO |
781.070,00 |
733 |
18312032 |
TORRES NUÑEZ ENGEL |
781.070,00 |
734 |
110320400 |
CANTILLO RAMIREZ CHRISTIAN |
832.892,00 |
735 |
112490002 |
SALAS MORALES WISTON |
734.601,00 |
736 |
110070492 |
CARBALLO BALNDON CARLOS |
1.711.612,00 |
737 |
25881056 |
GALEANO DIAZ MARIA MERCEDES |
340.197,00 |
738 |
105480819 |
MUÑOZ BARRANTES WALTER FRANCISCO |
1.792.368,00 |
739 |
106400456 |
JIMENEZ UREÑA CARLOS LUIS |
974.988,00 |
740 |
104850201 |
CENTENO MADRIGAL BERNAL ELADIO |
1.371.496,00 |
741 |
110200182 |
MORA CHACON EDWIN |
974.798,00 |
742 |
109830477 |
VIZCAINO MORA LUIS FERNANDO |
974.584,00 |
743 |
108110868 |
ROJAS GOMEZ DIEGO |
1.791.684,00 |
744 |
601660662 |
GUEVARA RAYGADA LUIS GUILLERMO |
854.978,00 |
745 |
112320183 |
LACAYO MARIN WENDY |
1.442.351,00 |
746 |
104700963 |
CAMACHO MOREIRA OSCAR GERARDO |
809.135,00 |
747 |
301670871 |
AGUILAR QUIROS CARLOS ALBERTO |
767.538,00 |
748 |
26621780 |
CALDERON GARCIA CRISTINA |
767.538,00 |
749 |
301290393 |
ABARCA MORALES OSCAR |
767.538,00 |
750 |
18217306 |
CALDERON OBANDO KENNETT |
767.538,00 |
751 |
110080258 |
GOMEZ CARVAJAL JOSE |
767.192,00 |
752 |
109900606 |
VASQUEZ PEREZ LUIS ENRIQUE |
814.886,00 |
753 |
900440778 |
MURILLO ROJAS LUIS RODOLFO |
767.000,00 |
754 |
28076861 |
MERCADO REYES ELISA DEL CARMEN |
767.000,00 |
755 |
109300295 |
MENDEZ RODRIGUEZ FABIAN |
826.830,00 |
756 |
302320533 |
MORA CORRALES JORGE |
833.514,00 |
757 |
901100722 |
MORALES GARCIA BETTY |
767.000,00 |
758 |
104440596 |
ZELEDON VENEGAS CARLOS |
766.826,00 |
759 |
16920293 |
GARCIA GARCIA MARCO ANTONIO |
821.102,00 |
760 |
401510966 |
GOMEZ SAENZ HENRY ALEXIS |
821.102,00 |
761 |
16580809 |
PEREZ TORRES MARTIN AGUSTIN |
820.736,00 |
762 |
16223145 |
SUAREZ GOMEZ JUAN JOSE |
820.736,00 |
763 |
16022719 |
RUIZ ZELEDON LUIS |
820.736,00 |
764 |
109510187 |
ALVARADO ROJAS VANESSA |
948.398,00 |
765 |
106620133 |
CARVAJAL ARCE JORGE ALEXANDER |
757.746,00 |
766 |
109740141 |
JIMENEZ BENAVIDES EMILY |
742.348,00 |
767 |
17875913 |
SEQUEIRA LOPEZ OSCAR JOSE |
728.838,00 |
768 |
105220697 |
MOLINA GOMEZ RODRIGO |
742.168,00 |
769 |
302100837 |
BRENES CARVAJAL MARIA CECILIA |
747.314,00 |
770 |
1102890991 |
RICARDO ALFONSO SEQUEIRA BARRANTES |
753.248,00 |
771 |
15981938 |
CARRASCO ANDRADES MARIANO |
753.410,00 |
772 |
18618250 |
ARAGON BUSTAMANTE ALEXANDER JOSE |
7.537.410,00 |
773 |
203090420 |
CERVANTES PORRAS ORLANDO |
753.410,00 |
774 |
10713099 |
CASCANTE RIVERA CARLOS ENRIQUE |
740.616,00 |
775 |
700790687 |
HENRY MAXWELL EDUARDO EROL |
753.068,00 |
776 |
27423689 |
GONZALEZ CARRASCO WILDA DEL SOCORRO |
753.068,00 |
777 |
105080617 |
GOULD GONZALEZ FREDDY |
753.068,00 |
778 |
107660791 |
MONGE PRADO FANNY |
752.880,00 |
779 |
111320670 |
LEIVA OROZCO SIGIFREDO |
752.880,00 |
780 |
111910417 |
MONTERO CASTRO CESAR PAULINO |
752.880,00 |
781 |
15158416 |
ZUÑIGA ZUÑIGA JULIO ALBERTO |
752.710,00 |
782 |
111210430 |
RODRIGUEZ MONTIEL PABLO JOSE |
752.710,00 |
783 |
17875860 |
MUÑOZ RIVERA MARIO |
752.880,00 |
784 |
17813224 |
MEJIA ORTEGA ENRIQUE |
752.880,00 |
785 |
106780823 |
UGALDE GARCIA JOSE GUILLERMO |
752.710,00 |
786 |
111110477 |
SALAZAR SANCHEZ YURINETH |
752.710,00 |
787 |
26521713 |
TORREZ HENRIQUEZ RAFAELA DE LA CONCEPCION |
752.710,00 |
788 |
17425818 |
VALVERDE BUCARDO LUIS MANUEL |
752.710,00 |
789 |
110300406 |
BERROCAL MIRANDA YORLENY |
530.696,00 |
790 |
113200383 |
ARCE MENDEZ SOFIA |
487.676,00 |
791 |
111320366 |
CALVO ARAYA CHRISTIAN |
530.696,00 |
792 |
302870339 |
CALDERON RODRIGUEZ MIGUEL GERARDO |
530.696,00 |
793 |
110670893 |
CORDERO NUÑEZ JUAN CARLOS |
572.437,00 |
794 |
27719592 |
CASTILLO GARCIA YASMINA DEL CARMEN |
530.696,00 |
795 |
113380932 |
FALLAS GAÑVES MAICOÑ ESTEBAN |
530.578,00 |
796 |
800780571 |
FERNANDEZ CORTEZ DANELIA |
530.578,00 |
797 |
106310536 |
LEON AGUILAR VINICIO ALBERTO |
530.372,00 |
798 |
205660829 |
MOLINA PEREZ MIGUEL ANGEL |
530.372,00 |
799 |
26720421 |
MEJIA LOPEZ VINCENTA MARCELINA |
530.372,00 |
800 |
27874430 |
REGALADO SANCHEZ LEEDA GABRIELA |
12.772,00 |
801 |
603400726 |
QUESADA GARCIA NOILYN ANDREA |
349.862,00 |
802 |
111790992 |
SOLANO ROJAS JOWEL |
530.252,00 |
803 |
110560510 |
QUIROS CHAVARRIA SANDY |
530.252,00 |
804 |
105420499 |
UREÑA GAMBOA CARMEN IRENE |
408.736,00 |
805 |
16524045 |
TREMINIO TREMINIO JOSE |
530.252,00 |
806 |
105890898 |
SEGURA SANSILVESTRE RAFAEL |
530.252,00 |
807 |
111030740 |
VARGAS CHANTO YENCY VANESSA |
530.252,00 |
808 |
111100294 |
OROZCO UGALDE WARNER |
539.925,00 |
809 |
25519484 |
FLETES FLETES ELSA |
538.908,00 |
810 |
25780805 |
ROSALES ALVAREZ CRISTINA |
529.548,00 |
811 |
113100105 |
CORRALES TORRES KARLA VANESSA |
550.064,00 |
812 |
104360334 |
BARRIENTOS GOMEZ JORGE ENRIQUE |
550.064,00 |
813 |
17912253 |
CHAVARRIA CHAVARRIA ALEXANDER |
629.064,00 |
814 |
111030140 |
VASQUEZ SOTO MARVIN STWARD |
549.612,00 |
815 |
112610118 |
ROJAS CERON ESTEBAN JOSE |
558.390,00 |
816 |
16920605 |
RODRIGUEZ RUGAMA JOSE JULIAN |
538.030,00 |
817 |
17527091 |
CALDERON AREVALO RICARDO |
123.536,00 |
818 |
110360026 |
QUIROS MORA CRISTHOPER |
537.914,00 |
819 |
113990254 |
ULLOA MARIN LUIS JASON |
561.140,00 |
820 |
109890764 |
ELIZONDO REYES JOHNNATHAN |
300.470,00 |
821 |
105810963 |
SOTELA TRUQUE FRANCISCO JAVIER |
640.120,00 |
822 |
105940735 |
SOTO PRADO ADRIAN |
570.234,00 |
823 |
26820302 |
CHICAS CHICAS RUTH IVANNIA |
524.173,00 |
824 |
205660071 |
GAZSO ORTEGA JULIO CESAR |
570.946,00 |
825 |
16827293 |
CAÑIZALES FREDDY ANTONIO |
570.496,00 |
826 |
17126271 |
CASTRO SERRATO ALBERTO |
556.034,00 |
827 |
105620791 |
LEON VALVERDE MARCO ANTONIO |
555.694,00 |
828 |
17580004 |
LUGO GUTIERREZ EDWIN DE JESUS |
555.694,00 |
829 |
26022413 |
CRUZ MENDEZ ADILIA |
614.608,00 |
830 |
110820894 |
ACUÑA CHACON ANDREY ANTONIO |
614.608,00 |
831 |
106450535 |
ULLOA PORRAS ORLANDO |
705.462,00 |
832 |
108790510 |
RANGEL DINARTE OSCAR EDUARDO |
580.436,00 |
833 |
105590863 |
CHAVARRIA VARGAS JOSE ANGEL |
864.154,00 |
834 |
205890059 |
ROJAS ARROYO ROBERT GUILLERMO |
518.868,00 |
835 |
16528488 |
CASTAÑO MEJIA GILBERTO |
526.046,00 |
836 |
104100389 |
CHAVES MELENDEZ MARIA GLADYS |
526.046,00 |
837 |
800750912 |
SANCHEZ GOMEZ JOSE CARLOS |
516.282,00 |
838 |
26322142 |
MEDINA ZAPATA BERTHA MARIA |
525.718,00 |
839 |
106800063 |
QUIROS LOPEZ ANA GABRIELA |
416.734,00 |
840 |
602830370 |
ANGULO GUTIERREZ RANDOLL ALEXIS |
586.350,00 |
841 |
800860422 |
GONZALEZ RICO LUIS RAFAEL |
429.770,00 |
842 |
15422374 |
CEBALLOS OSORIO HECTOR FERNANDO |
600.552,00 |
843 |
111830471 |
GONZALEZ GALLEGO GUSTAVO ADOLFO |
733.834,00 |
844 |
17480142 |
BALLADARE MORENO JORGE ALBERTO |
801.754,00 |
845 |
13709293 |
CECILIO CHING BLANDON |
801.754,00 |
846 |
113120506 |
ARIAS OBANDO FABIAN MAURICIO |
859.145,00 |
847 |
107200471 |
BUSTANTE CARVAJAL SERGIO |
746.494,00 |
848 |
108960036 |
HERNANDEZ MENDEZ ADRIANA |
1.027.046,00 |
849 |
108620969 |
RETANA VARGAS RUDY ANTONIO |
747.119,00 |
850 |
800410193 |
SCHECHTER ABRAMOVICH BARUCH |
546.039,00 |
851 |
106030808 |
SEGURA ALFARO CLAUDIO |
949.976,00 |
852 |
25980855 |
SALVATIERRA MOLINA MARTA DEL C |
804.696,00 |
853 |
106240666 |
MORA MONGE LUIS GUILLERMO |
1.131.414,00 |
854 |
601040832 |
SILVINIO FELIPE SANCHEZ BONILLA |
828.072,00 |
855 |
26861997 |
GOMEZ CARDONA SANDRA LUCIA |
805.032,00 |
856 |
107640307 |
GUTIERREZ CHACON LUIS FERNANDO |
805.054,00 |
857 |
107680893 |
ARAYA ZUÑIGA RAFAEL ANGEL |
805.402,00 |
858 |
105570391 |
GRANADOS RODRIGUEZ LUIS MARIANO |
668.412,00 |
859 |
110070426 |
CASCANTE ACUÑA CARLOS LUIS |
1.175.594,00 |
860 |
15320829 |
MUÑOZ VELASQUEZ FRANCISCO JOSE |
716.856,00 |
861 |
303030272 |
REDONDO VALERIN HERNAN ALFONSO |
571.462,00 |
862 |
602020630 |
SOLANO CASTRILLO GISELLE |
716.690,00 |
863 |
112560281 |
VARGAS NUÑEZ LUIS DIEGO |
716.690,00 |
864 |
17362765 |
ESPINOZA OCAMPO GILBERTO |
900.062,00 |
865 |
701040548 |
CHINCHILLA HODGSON RANDALL RAFAEL |
544.742,00 |
866 |
27521126 |
SUAREZ SUAREZ BLANCA ROSA |
930.658,00 |
867 |
111420927 |
ACOSTA SANDI WILLIAM |
2.466.655,00 |
868 |
17614150 |
PEREZ MERCADO RUFINO |
740.296,00 |
869 |
800640491 |
PEREZ GONZALEZ ROBERTO FRANCISCO |
947.875,00 |
870 |
112410516 |
FALLAS RAMIREZ IVANNIA |
716.252,00 |
871 |
109540014 |
JIMENEZ CASTRO HELEN |
767.710,00 |
872 |
502910774 |
MEJIAS RAMIREZ ARLIS ANTONIO |
767.526,00 |
873 |
17027147 |
AGUIRRE ALFARO CARLOS JAVIER |
725.522,00 |
874 |
104330776 |
FALLAS HERNANDEZ CARLOS EDUARDO |
725.348,00 |
875 |
17613382 |
JUAREZ SEBILLA EMILIO NOEL |
725.200,00 |
876 |
107820042 |
GUTIERREZ MASIS JOSE MAURICIO |
725.200,00 |
877 |
104260995 |
CONCEPCION MONTERO ACUÑA |
725.016,00 |
878 |
18117826 |
OSCAR EDUARDO LARRAHONDO PEÑA |
725.016,00 |
879 |
602520322 |
MESEN MORA MARISA |
40.846,00 |
880 |
701640143 |
MESEN ARCE DOUGLAS RODOLFO |
725.016,00 |
881 |
MONTO DE |
||
882 |
17126613 |
VILLEGAS MUÑOZ CAMILO ARMANDO |
767.474,00 |
883 |
109660352 |
ALBONICO VALVERDE FRANCISCO JOSE |
717.474,00 |
884 |
203130647 |
ADRIAN CUBERO ALFARO |
569.864,00 |
885 |
110340861 |
CERDAS CALDERON MARIA DE JESUS |
569.864,00 |
886 |
111440104 |
CASTILLO PORRAS ANDRES ANTONIO |
569.864,00 |
887 |
206150800 |
RIVERA HIDALGO CARLOS ENRIQUE |
761.574,00 |
888 |
603580129 |
DIAZ DURAN WENDER MAURICIO |
569.726,00 |
889 |
27715583 |
ESCOBAR SOLIS MARIA ELENA |
569.726,00 |
890 |
27423998 |
DIAZ RIOS MARISOL DE LA CONCEPCION |
569.726,00 |
891 |
401300772 |
GUARIN ARTAVIA MARVIN DELFIN |
569.620,00 |
892 |
111340611 |
ROJAS ACUÑA ISMAEL |
569.108,00 |
893 |
27322593 |
MORENO PEREZ MARIA ESPERANZA |
569.496,00 |
894 |
502320326 |
PORRAS JIMENEZ INGRID DEL ROCIO |
595.401,00 |
895 |
27020063 |
RUEDA DELGADO REYNA ISABEL |
569.372,00 |
896 |
28117597 |
VALLES BRIONES GLADYS YESSENIA |
1.168.581,00 |
897 |
603510410 |
AGUIRRE GOMEZ YOGAN ALEXIS |
569.128,00 |
898 |
900770751 |
CORDERO GONZALEZ ROSA EMILIA |
569.128,00 |
899 |
108140880 |
MORA ROJAS MINOR ALBERTO |
195.156,00 |
900 |
26021293 |
GONZALEZ HERNANDEZ NUBIA |
568.880,00 |
901 |
18080319 |
MARIN MARTINEZ ROGER ALBERTO |
638.503,00 |
902 |
106110834 |
MORALES MARIN ALEXANDER EDUARDO |
568.754,00 |
903 |
111110900 |
MONGE GAMBOA RAQUEL |
568.754,00 |
904 |
112600612 |
QUIROS SALAZAR REBECA |
610.373,00 |
905 |
208060092 |
PALMA BONILLA URBINA MARIA |
568.632,00 |
906 |
112410920 |
ORTIZ SIBAJA KARLA MARIA |
568.632,00 |
907 |
111370666 |
ORTEGA ANGULO WENDY MARIA |
568.632,00 |
908 |
17614997 |
TERCERO GUTIERREZ FRANCISCO |
568.632,00 |
909 |
602220894 |
BETANCOURT AVILES HENRY |
599.030,00 |
910 |
503530386 |
FLORES MORALES ALEX FERNANDO |
598.896,00 |
911 |
112630532 |
MARIN AGUILAR JENNIFER |
598.654,00 |
912 |
303790457 |
PEYNADO SANDOVAL CARLOS |
598.520,00 |
913 |
18311935 |
PINEDA VALVERDE NORLAN ANTONIO |
598.520,00 |
914 |
205800808 |
VARGAS CAMPOS GUILLERMO DE JESUS |
598.520,00 |
915 |
103180072 |
CERDAS FERNANDEZ AMANCO |
844.491,00 |
916 |
17126774 |
VALENCIA VIAFARA CARLOS ALBERTO |
633.556,00 |
917 |
18221346 |
CORTEZ GONZALEZ JIMMY ROBERTO |
186.602,00 |
918 |
204960969 |
MONGE NUÑEZ KAROL |
702.180,00 |
919 |
112430334 |
MELENDEZ VALLECILLO ANDRES |
747.182,00 |
920 |
502320773 |
BADILLA OCON LUIS ALONSO |
562.589,00 |
921 |
900480185 |
ABARCA ROSALES SANDRA |
912.954,00 |
922 |
107240147 |
FALLAS DELGADO MARIETA |
608.065,00 |
923 |
302580573 |
FLORY MORERA GONZALEZ |
133.211,00 |
924 |
16324469 |
SUAREZ FARIÑA JOSE |
38.970,00 |
925 |
27024144 |
MELGAREJO PINZON CLAUDIA |
752.980,00 |
926 |
203780741 |
SANTANARIA LUNA MANUEL GERARDO |
24.134,00 |
927 |
106810531 |
RAMIREZ CORRALES MELVIN RODRIGO |
12.996,00 |
928 |
108270376 |
MONGE TURCIOS GERARDO ROLANDO |
493.089,00 |
929 |
800780008 |
FLORES ALVAREZ CESAR AUGUSTO |
480.097,00 |
930 |
112830956 |
MIRANDA PORRAS GABRIEL ENRIQUE |
503.748,00 |
931 |
302030001 |
URBINA VALVERDE UREÑA |
567.700,00 |
932 |
110040562 |
JUAN CARLOS CHAVES CASTILLO |
617.873,00 |
933 |
104460652 |
ZUÑIGA SANABRIA MARIO ALBERTO |
637.808,00 |
934 |
303520866 |
BABB ROWE HAYLEY ANNELLE |
564.788,00 |
935 |
104800624 |
RODRIGUEZ CHAVARRIA CARLOS ALBERTO |
564.356,00 |
936 |
108530364 |
AZOFEIFA CASCANTE GERARDO |
514.332,00 |
937 |
701480951 |
BERMUDEZ PEREZ ELGIN FRANCISCO |
377.028,00 |
938 |
108840267 |
RETANA GOMEZ CRISTIAN GUSTAVO |
513.926,00 |
939 |
701100663 |
RAMIREZ GAMBOA MANRIQUE GERARDO |
513.926,00 |
940 |
28081096 |
CHAMORRO LEON MARIDENIA |
487.854,00 |
941 |
111720798 |
GUERRERO ARGUEDAS KARLA |
552.633,00 |
942 |
26425629 |
BARRAGAN SALINAS CLAUDIA PATRICIA |
526.958,00 |
943 |
105370842 |
MIRANDA SOLANO WILFRIDO |
526.656,00 |
944 |
112180147 |
SEQUEIRA ESPINOZA MAINOR AMNER |
526.560,00 |
945 |
111890960 |
CALDERON SANABRIA YESSICA |
12.776,00 |
946 |
800830708 |
JIMENEZ CARMONA YUBER ANDRES |
475.278,00 |
947 |
104420643 |
ARAYA UREÑA FERNANDO ALBERTO |
480.304,00 |
948 |
18017152 |
AMADOR PEREZ ENOC |
480.304,00 |
949 |
110630046 |
BADILLA ROBLES ZEIDY |
480.304,00 |
950 |
103520157 |
FALLAS VALVERDE ENRIQUE |
480.198,00 |
951 |
105500339 |
FERNADEZ GARCIA MARIO |
480.198,00 |
952 |
113500784 |
ESPINOZA ACUÑA KIMBERLY DE LOS ANGELES |
480.198,00 |
953 |
112240599 |
VILLAVICENCIO MIRANDA ARIANA |
84.424,00 |
954 |
107020928 |
VARGAS CASCANTE GLORIA ELENA |
1.115.243,00 |
955 |
113150176 |
GUZMAN SALAZAR MARCELA NATALIA |
988.225,00 |
956 |
108910204 |
GUEVARA OVIEDO KATTIA |
480.108,00 |
957 |
26632774 |
GUTIERREZ BOVEDA JORGE ENRIQUE |
480.108,00 |
958 |
27021646 |
MENDOZA MENA CRISTIAN LEONOR |
480.022,00 |
959 |
112670668 |
MENA ROBLEDO ALEJANDRA MARIA |
480.022,00 |
960 |
107690077 |
MORA VALERIO MARIA DE LOS ANGELES |
480.022,00 |
961 |
401830150 |
SANCHO JUAREZ PAMELA |
479.920,00 |
962 |
110470411 |
VANHORN BRENES JOHENNA LUCIA |
549.552,00 |
963 |
602530343 |
ORTEGA SEGURA ALBERTO |
479.920,00 |
964 |
17612067 |
OLIVAS MONDOY CARLOS ALBERTO |
479.920,00 |
965 |
117090338 |
SEGURA NUÑEZ HEIDY MARIA |
479.920,00 |
966 |
28119545 |
SEQUEIRA VALDIVIA ALEJANDRA |
479.920,00 |
967 |
16825155 |
MARVIN BELTRAN ZAPATA MENDOZA |
598.520,00 |
968 |
501430861 |
HERNANDEZ ARAYA TRINIDAD |
490.910,00 |
969 |
16927413 |
GUADAMUZ TORRES ALEJANDRO |
490.262,00 |
970 |
113360259 |
MIRANDA AZOFEIFA GIOVANNI |
100.476,00 |
971 |
110580377 |
WILLIAMS HAUGHTON GLODALDO |
460.744,00 |
972 |
18314998 |
RAMOS DIAZ FRANKLIN PORFIRIO |
460.744,00 |
973 |
109510112 |
MADRIGAL MOLINA MARIANELA |
84.088,00 |
974 |
107460062 |
FERNANDEZ ARIAS CARLOS FRANCISCO |
558.949,00 |
975 |
17716701 |
BRAVO BURGOS ROBERTO |
449.994,00 |
976 |
107730932 |
BOZA ORTIZ MARCO VINICIO |
506.144,00 |
977 |
14781057 |
GOMEZ GOMEZ VICTOR CESAR |
361.853,00 |
978 |
302330060 |
GARRO VARGAS IGNACIO |
742.716,00 |
979 |
16358305 |
CABRERA CORDERO JOSE RENE |
469.830,00 |
980 |
601920357 |
CHAN MOLINA GUILLERMO |
597.401,00 |
981 |
700600016 |
CHAVARRIA PORRAS FRANKLIN |
686.740,00 |
982 |
502890310 |
ORIAS JUAREZ JEFREY GERARDO |
469.474,00 |
983 |
15621457 |
SIRIA IBARRA SIXTO MARCELINO |
469.474,00 |
984 |
106120339 |
SALAS CESPEDES OSCAR ALBERTO |
469.474,00 |
985 |
17916189 |
OTERO ULLOA FRANCISCO JOSE |
469.474,00 |
986 |
112290277 |
SANCHEZ RODRIGUEZ LUIS GERARDO |
13.424,00 |
987 |
27380217 |
HOWARD ARCHBOLD JULIE CLAUDET |
685.084,00 |
988 |
109780885 |
SEGURA VARELA CARLOS RICARDO |
445.636,00 |
989 |
111740653 |
CASCANTE BUSTOS JEAN CARLOS |
63.019,00 |
990 |
106600255 |
HERNANDEZ ORTIZ EVELYN |
683.568,00 |
991 |
602730441 |
TREJOS CAMBRONERO SHIRLEY PATRICIA |
450.408,00 |
992 |
111370048 |
ALFARO MARTINEZ KEYLOR |
403.230,00 |
993 |
112710282 |
MONGE GRANADOS ARLYN |
493.617,00 |
994 |
110020167 |
HERNANDEZ BARRANTES JOSE ADRIAN |
529.560,00 |
995 |
16522054 |
LUIS ALBERTO PERALTA CABALLERO |
453.672,00 |
996 |
401290543 |
CRUZ ARTAVIA CARMEN |
505.318,00 |
997 |
27615320 |
ARAGON ARIAS MARTHA LORENA |
505.318,00 |
998 |
16822781 |
ALVAREZ DIAZ MARTIN |
505.318,00 |
999 |
111770289 |
DURAN GARITA FABIOLA |
348.500,00 |
1000 |
27817907 |
GONZALEZ VALVERDE MERCEDES |
505.114,00 |
1001 |
107950734 |
MARIN ROSAS DAVID ANDRES |
121.582,00 |
1002 |
109090438 |
NAVARRO REYES MAXIMILIANO |
505.022,00 |
1003 |
17021558 |
MACHADO DOLMOS OSMAR CRISPIN |
373.698,00 |
1004 |
111450984 |
RAMIREZ DIAZ MIGUEL JOSUE |
504.568,00 |
1005 |
112400319 |
JULIANA MARIA SOLANO CARMONA |
504.906,00 |
1006 |
28312030 |
SOZA BONILLA ROSALINA |
504.906,00 |
1007 |
27020437 |
OPORTA ESPINOZA LUZ MARINA |
504.906,00 |
1008 |
106580812 |
TORRES LOGAN ALBERTO |
504.906,00 |
1009 |
25418992 |
ZAPATA ZAPATA MIRIAM |
504.226,00 |
1010 |
27026148 |
SEVILLA LOPEZ ELIDA ARACELI |
504.906,00 |
1011 |
205260238 |
RAMIREZ SALAZAR ANA FRANCINE |
570.364,00 |
1012 |
110330778 |
RIVERA SALAZAR SERGIO ALEXANDER |
570.364,00 |
1013 |
111660957 |
ANDRES ALVAREZ BARRANTES |
375.432,00 |
1014 |
108310090 |
GONZALEZ BARRANTES LILLIAM |
556.822,00 |
1015 |
17613379 |
PAO GARITA JOSE URIEL |
523.548,00 |
1016 |
17613331 |
ARAGON UMAÑA EDWIN MANUEL |
512.206,00 |
1017 |
107630095 |
ALFARO CARPIO MARVIN |
512.206,00 |
1018 |
502090334 |
GOMEZ ZUÑIGA LUIS GERARDO |
605.068,00 |
1019 |
111130912 |
FEYTH ULLOA ANNETTE |
343.378,00 |
1020 |
27910857 |
FLORES SOLANO MARISOL |
538.998,00 |
1021 |
800670142 |
DIAZ BARCIA CRISTHIN |
848.037,00 |
1022 |
110600078 |
CARLOS ANDRES ALVARADO QUESADA |
355.186,00 |
1023 |
401630850 |
ARAYA RODRIGUEZ JUAN CARLOS |
760.660,00 |
1024 |
502260803 |
RUIZ MATARRITA JOHNNY |
760.320,00 |
1025 |
105500820 |
SANCHEZ VINDAS ROBERTO ALBINO |
125.454,00 |
1026 |
109500505 |
MONTOYA RODRIGUEZ ANA CRISTINA |
52.240,00 |
1027 |
26724577 |
MENDEZ VILCHEZ FLOR MARIA |
613.950,00 |
1028 |
108660733 |
PALMA GUERRERO MARCO VINICIO |
613.820,00 |
1029 |
25722829 |
GUTIERREZ FLORES JUANA MARIA |
28.680,00 |
1030 |
701260259 |
RODRIGUEZ RODRIGUEZ GILBERTO ADOLFO |
527.076,00 |
1031 |
109790430 |
CARBONELL ZUÑIGA EDUARDO |
47.305,00 |
1032 |
MONTO DE |
||
1033 |
105930983 |
MENA MORALES FERNANDO ANTONIO |
696.437,00 |
1034 |
104420651 |
HIDALGO MADRIGAL MIRIAM |
554.672,00 |
1035 |
27227788 |
ABREU NOINDICAOTRO MAUURA DE LOS SANTOS |
530.998,00 |
1036 |
103630021 |
CASTRO PORRAS JOSE LUIS |
530.998,00 |
1037 |
112340743 |
QUESADA CEDEÑO HERSON JAVIER |
711.548,00 |
1038 |
111730138 |
MIRANDA BRENES ELIECER GIANCARLO |
752.757,00 |
1039 |
26680792 |
CERNA JIMENEZ ROSA MIGDALIA |
558.092,00 |
1040 |
17711963 |
GARCIA SUAREZ DIEGO |
679.328,00 |
1041 |
107340494 |
HERRERA NOGUERA JOSE ANGEL |
679.328,00 |
1042 |
28311609 |
ROSARIO ALMONTES EVA NELLY |
679.016,00 |
1043 |
26819352 |
TAPIA CRUZ YADIRA DEL SOCORRO |
679.016,00 |
1044 |
107170794 |
SOTO MONTERO ALEXANDER |
679.016,00 |
1045 |
17616832 |
SILES ROJAS NIXON JAVIER |
709.115,00 |
1046 |
106980582 |
SILES ESPINOZA GERARDO ALBERTO |
740.951,00 |
1047 |
111520343 |
BARQUERO MIRANDA ESTEBAN |
381.662,00 |
1048 |
111210849 |
CASTILLO HERRERA ALVARO |
691.382,00 |
1049 |
301780253 |
HERNANDEZ GONZALEZ MARIO |
707.992,00 |
1050 |
17319516 |
CARLOS JOSE MORALES FLORES |
787.958,00 |
1051 |
109720051 |
GONZALEZ AGUILAR ANDREA |
678.090,00 |
1052 |
1107220928 |
RAMIREZ LORIA JOSE ROBERTO |
787.788,00 |
1053 |
16960658 |
JUAN DIEGO LOAISIGA HERRERA |
677.920,00 |
1054 |
110410978 |
ARMANDO JOSE QUESADA CASTRO |
677.774,00 |
1055 |
18377721 |
REYES GOMEZ REYMUNDO |
677.774,00 |
1056 |
203120902 |
CRUZ SORO JOSE ENRIQUE |
928.010,00 |
1057 |
109620557 |
MENDEZ JIMENEZ HAROLD ALEXANDER |
902.162,00 |
1058 |
107920726 |
NAVARRO NAVARRO DORIS |
700.061,00 |
1059 |
110450002 |
TICAS FLORES MIGUEL ANGEL |
65.194,00 |
1060 |
108490660 |
AGUILAR VEGA VIVIENNE MARIA |
703.376,00 |
1061 |
109350503 |
GUZMAN ORTEGA DALIA |
672.381,00 |
1062 |
108800483 |
ARMANDO MAYORGA MORA |
689.200,00 |
1063 |
109080921 |
RIVERA RODRIGUEZ ADRIANA |
689.054,00 |
1064 |
110990502 |
NUÑEZ CASTILLO MELISSA |
84.150,00 |
1065 |
110860059 |
RAMIREZ HERNANDEZ RUBEN IGNACIO |
669.349,00 |
1066 |
105200458 |
CORRALES CRUZ CARLOS MANUEL |
771.837,00 |
1067 |
502610418 |
CARBALLO SOTO JASON |
771.519,00 |
1068 |
502970939 |
MAYORGA ORTEGA ROCIO |
69.552,00 |
1069 |
602950069 |
FONSECA COTO ANGELICA LINNETTE |
530.784,00 |
1070 |
502090334 |
GOMEZ ZUÑIGA LUIS GERARDO |
605.398,00 |
1071 |
701530727 |
QUIROS CAMPOS MICHAEL |
490.001,00 |
1072 |
503330964 |
BARBOZA RODRIGUEZ DAVID JOSUE |
505.746,00 |
1073 |
111030489 |
CUBERO RODRIGUEZ ALLAN RAMON |
505.746,00 |
1074 |
502770354 |
ARRIETA GARCIA SHIRLEY |
201.944,00 |
1075 |
110940549 |
CASTILLO DURAN IVANNIA |
505.746,00 |
1076 |
17911063 |
MARENCO MARENCO JOHNNY ALEXANDER |
492.782,00 |
1077 |
16600561 |
VICENTE ANTONIO ESPINOZA REYES |
557.726,00 |
1078 |
107870194 |
ROMERO ULATE CARLOS ALBERTO |
547.159,00 |
1079 |
700600171 |
GUTIERREZ ALVARADO LUIS ALBERTO |
492.758,00 |
1080 |
202110103 |
MOLINA ROJAS IDALIO LEONEL |
572.033,00 |
1081 |
26725068 |
MURILLO PEREZ SOBEIDA |
492.670,00 |
1082 |
16928530 |
LOPEZ NOINDICAOTRO FRANCISCO JAVIER |
492.670,00 |
1083 |
112110309 |
MENA CHINCHILLA REBECA |
492.670,00 |
1084 |
16556118 |
MASANO NOINDICAOTRO JULIO CESAR |
492.670,00 |
1085 |
113080282 |
PERALTA PICADO GERALD FRANCISCO |
492.556,00 |
1086 |
111330218 |
ROSALES BARRANTES JENNIFER |
492.556,00 |
1087 |
26425560 |
WELLINGTON NOINDICAOTRO THELIA |
492.556,00 |
1088 |
14552712 |
RUMAGA GALEANO ANDRES RODOLFO |
492.556,00 |
1089 |
27880764 |
ROCHA FUENTES KARLA PATRICIA |
492.556,00 |
1090 |
111380088 |
SIBAJA RETANA JONATHAN |
48.496,00 |
1091 |
112360276 |
SOLIS GARCIA MARIA MERCEDES |
492.556,00 |
1092 |
18221725 |
AARON JOSE BRENES CHACON |
259.340,00 |
1093 |
109380927 |
PEÑA MEJIA JOAN CARLOS |
682.553,00 |
1094 |
17916163 |
HERNANDEZ RODRIGUEZ OSCAR |
83.668,00 |
1095 |
16623200 |
AROCA DOMINGUEZ LUIS NOEL |
545.651,00 |
1096 |
110940935 |
DANY MENDEZ CARMONA |
598.056,00 |
1097 |
106510694 |
SANDI ALEMAN ANA LIGIA |
402.528,00 |
1098 |
112960826 |
HERDERSON CALDERON MERCEDES |
499.306,00 |
1099 |
106300309 |
MENA JIMENEZ GILBERT GERARDO |
499.216,00 |
1100 |
17521013 |
MIRANDA RODRIGUEZ HENRY AURELIO |
499.216,00 |
1101 |
110350161 |
RUTISHAUSER POCHET DANNY |
487.052,00 |
1102 |
16522735 |
GRANJA ROCHA NOEL |
521.632,00 |
1103 |
110750616 |
SANCHEZ JIMENEZ MARCOS OSVALDO |
557.594,00 |
1104 |
900950020 |
OPORTA OPORTA CESAR AUGUSTO |
495.589,00 |
1105 |
111350305 |
ARAYA MORA RAUL |
523.643,00 |
1106 |
109100369 |
CALVO ESQUIVEL JAVIER ALEXANDER |
523.643,00 |
1107 |
900570238 |
MENDEZ CERDAS JOSE ALBERTO |
509.428,00 |
1108 |
16824376 |
MENA MENA JERONIMO DANILO |
509.428,00 |
1109 |
18223078 |
URIARTE SALAZAR DARWIN ADAN |
509.316,00 |
1110 |
603250839 |
ROJAS RUEDA RAQUEL |
714.258,00 |
1111 |
104970650 |
JIMENEZ MENA JOSE ALFREDO |
714.440,00 |
1112 |
110330425 |
ROJAS SALAZAR ALEXANDER ROBERTO |
427.292,00 |
1113 |
104180388 |
CANTILLANO JIMENEZ MIGUEL ALBERTO |
456.550,00 |
1114 |
106430900 |
CALDERON ZAPATA ILEANA EUGENIA |
12.448,00 |
1115 |
106680581 |
CORDERO ARAYA ROGER |
456.550,00 |
1116 |
109720812 |
ALVARADO MONTERO SEIDY ALEJANDRA |
456.550,00 |
1117 |
17580475 |
ANGEL MATIZ JAVIER DAVID |
456.550,00 |
1118 |
16323204 |
CAPARROSO WILLIE AULOGELIO |
456.550,00 |
1119 |
105510834 |
DIAZ DIAZ ROCIO |
443.668,00 |
1120 |
103850340 |
GONZALO SANCHEZ CASTILLO |
729.798,00 |
1121 |
16826519 |
BRICEÑO BARRIOS HENRY JOSE |
763.082,00 |
1122 |
109860757 |
MADRIGAL ARCE HENRY ASDRUBAL |
163.652,00 |
1123 |
103660350 |
CORDOBA LORIA ORLANDO |
763.082,00 |
1124 |
105950520 |
JAQUELINE BORBAS SALAS |
696.841,00 |
1125 |
112170182 |
ROMAN GUTIERREZ LUIS FELIPE |
622.796,00 |
1126 |
302660585 |
RIVERA VALLE OTTO FEDERICO |
659.438,00 |
1127 |
110080727 |
MESEN ZUMBADO ROBERTO |
645.722,00 |
1128 |
501491392 |
DIAZ LI OLDA MARIA |
310.412,00 |
1129 |
18115759 |
ESPINOZA GOMEZ ADONIS ENRIQUE |
491.638,00 |
1130 |
109100052 |
RIVERA ARAYA RONALD RICARDO |
513.168,00 |
1131 |
16664804 |
ROMERO SABALLOS ROLANDO FRANCISCO |
513.058,00 |
1132 |
113000053 |
ALVARADO SANCHEZ
ALVARO DE JESUS |
277.620,00 |
1133 |
106930571 |
ANCHIA ABARCA LUIS ALEXANDER |
564.387,00 |
1134 |
104560220 |
PEREZ PEREZ MARIA CECILIA |
310.822,00 |
1135 |
112860168 |
HUBERT ANTONIO GONZALEZ ZAMORA |
557.676,00 |
1136 |
502580071 |
EVAULIDIO ARROYO GUTIERREZ |
634.578,00 |
1137 |
301770656 |
CARLOS ALBERTO FUENTES CAMPOS |
186.676,00 |
1138 |
26425553 |
SANDINO SILVA ADA PATRICIA |
505.906,00 |
1139 |
107150991 |
CARLOS ALBERTO ARTAVIA ACUÑA |
518.646,00 |
1140 |
17711014 |
PILARTE PAVON JUAN JOSE |
501.428,00 |
1141 |
112000026 |
ARIAS SOLIS PABLO ALFONSO |
518.312,00 |
1142 |
111250892 |
AGÜERO AGUIRRE MEYLIN |
518.312,00 |
1143 |
27124221 |
AGUIRRE AGUIERRE MARIA TERESA |
540.323,00 |
1144 |
108760370 |
AGÜERO SOLIS RANDY VIANNEY |
518.312,00 |
1145 |
17780905 |
CALDERA DAVILA PORFIRIO ALEJANDRO |
579.459,00 |
1146 |
111170979 |
SOLIS MEJIA LIZETH MARCELA |
541.745,00 |
1147 |
18180297 |
GARCIA MAYORGA FRANCISCO JOSE |
544.350,00 |
1148 |
108780079 |
ORTEGA DELGADO LUCILA |
538.528,00 |
1149 |
501500188 |
CHAVARRIA ANGULO ROLANDO |
556.702,00 |
1150 |
17618790 |
CAJINA SOLIS MARCOS RAMON |
556.702,00 |
1151 |
110330938 |
BONILLA SOLANO MITHZI |
556.702,00 |
1152 |
701050145 |
ANGULO GOMEZ VIDAL ENRIQUE |
556.702,00 |
1153 |
302150997 |
GAMBOA SERRANO MARCO AURELIO |
1.239.266,00 |
1154 |
109920866 |
MORA DELGADO GRETTEL MARIA |
543.578,00 |
1155 |
302130605 |
ROBLES ABARCA MAYELA |
2.282.183,00 |
1156 |
111680999 |
RAMIREZ RODRIGUEZ LUIS DIEGO |
543.458,00 |
1157 |
106370942 |
SCOTT DAVY JORGE EDUARDO |
543.458,00 |
1158 |
111520562 |
SEQUEIRA JIMENEZ ENMANUEL |
543.458,00 |
1159 |
15019493 |
ZAMORA SALGADO GONZALO ANTONIO |
543.458,00 |
1160 |
603070582 |
ROSAS CRUZ YESIKHA SIRLEY |
543.458,00 |
1161 |
16524086 |
DAVILA POLANCO VICENTI ISMAEL |
102.668,00 |
1162 |
16827950 |
HERNANDEZ CRUZ NELSON MANUEL |
543.018,00 |
1163 |
107100567 |
MADRIGAL FLORES LUIS GERARDO |
542.908,00 |
1164 |
17908947 |
GARCIA CRUZ DOMINGO RENE |
551.792,00 |
1165 |
27480010 |
FLORES SOLIS CHARLI |
572.216,00 |
1166 |
27914964 |
ARANGO GRISALES SANDRA MILENA |
649.540,00 |
1167 |
108950136 |
FALLAS SANCHEZ MELVIN |
359.278,00 |
1168 |
108510321 |
CARPIO MEJIAS RONALD DAVID |
600.816,00 |
1169 |
17617104 |
CARVAJAL PIEDRAHITA FABIAN |
20.828,00 |
1170 |
104830118 |
AGUILERA GRANADAS MANUEL ANTONIO |
584.983,00 |
1171 |
106520894 |
GONZALEZ CARBALLO EMILIA MARIA |
529.360,00 |
1172 |
16024180 |
LOPEZ NOINDICAOTRO MAURICIO HARACIO |
570.206,00 |
1173 |
107800285 |
PORRAS ARAYA GUISELLY |
570.078,00 |
1174 |
112370263 |
MIRANDA PORRAS RICARDO JOSE |
556.476,00 |
1175 |
800860145 |
NICARAGUA MARTINEZ ANGELA ROSA |
453.291,00 |
1176 |
112420074 |
CASTRO GUZMAN LOREN |
313.388,00 |
1177 |
103310519 |
CARMONA ACOSTA JOSE FRANKLIN |
214.910,00 |
1178 |
110900274 |
GARCIA MORA FRANCISCO JOSE |
554.538,00 |
1179 |
17564224 |
MEJIA CLARO GUSTAVO ADOLFO |
512.158,00 |
1180 |
600800745 |
PALACIOS PALACIOS JOSE |
512.040,00 |
1181 |
106600876 |
SOLANO SALAS JOSE ROBERTO |
563.290,00 |
1182 |
108210263 |
SANCHEZ ALEMAN DANIEL GERARDO |
512.040,00 |
1183 |
15380537 |
MEJIA PALACIOS JOSE DAVID |
500.153,00 |
1184 |
15981999 |
FLORES SANCHESZ JOSE LEONEL |
523.050,00 |
1185 |
17914893 |
MARVIN DAVID GONGORA BRAVO |
522.954,00 |
1186 |
302150128 |
MADRIGAL CASCANTE CARLOS ALBERTO |
522.858,00 |
1187 |
112440577 |
QUESADA MARIN JONATHAN LEONARDO |
195.162,00 |
1188 |
105700355 |
UMAÑA AGUIRRE RAFAEL ANGEL |
522.746,00 |
1189 |
17224784 |
SELVA GONZALEZ LUIS ALBERTO |
522.746,00 |
1190 |
800560061 |
AMAYA CHAVEZ ALVARO JOSE |
599.209,00 |
1191 |
17915578 |
NUÑEZ RAMIREZ ELVIN FRANCISCO |
581.634,00 |
1192 |
17815105 |
RIVAS RIVAS WALTER ENRIQUE |
581.520,00 |
1193 |
111240735 |
PORTUGUEZ VEGA DAVID RICARDO |
493.920,00 |
1194 |
105830836 |
ZUÑIGA RIOS ANA TERESA |
581.520,00 |
1195 |
109620814 |
ALVAREZ GARCIA LENCY DAYANA |
638.589,00 |
1196 |
107860286 |
ALVARADO MORALES ADOLFO JESUS |
55.980,00 |
1197 |
111080369 |
FERRER SOCADA LAURA |
270.308,00 |
1198 |
502280723 |
ESQUIVEL FONSECA MAXIMILIANO |
265.240,00 |
1199 |
108800745 |
JAUBERT DURAN GUSTAVO ADOLFO |
413.944,00 |
1200 |
108630022 |
JIMENEZ HIDALGO RANDALL MIGUEL |
528.172,00 |
1201 |
26023706 |
ROCHA SUAREZ MARITZA ELADIA |
527.954,00 |
1202 |
25822016 |
ANA BELEN BASTIDAS NARVAEZ |
556.804,00 |
1203 |
107910940 |
CARLOS ENRIQUE CRUZ JIMENEZ |
528.942,00 |
1204 |
106210582 |
JULIO ARAYA MORALES |
556.804,00 |
1205 |
502780413 |
BOLAÑOS ZELAYA ALEJANDRO JOSE |
556.804,00 |
1206 |
15821448 |
LOPEZ PAVON ALEJANDRO |
541.304,00 |
1207 |
110060043 |
PORTILLA SABORIO CARLOS DARIO |
620.561,00 |
1208 |
17614060 |
TERCERO CHAVARRIA WILBER NOEL |
541.198,00 |
1209 |
601980990 |
SERRACIN MENOCAL DANLLULI |
541.198,00 |
1210 |
112010186 |
WILSON WAGGON SARA |
602.675,00 |
1211 |
110500818 |
SEGURA VADO CARLOS MANUEL |
541.198,00 |
1212 |
17460900 |
SALAZAR AYALA JOSE ALFONSO |
541.198,00 |
1213 |
113030035 |
ARCE MOHS KATHERINE |
505.140,00 |
1214 |
601910728 |
NAVARRO MADRIGAL JOSE LUIS |
500.532,00 |
1215 |
107230528 |
JIMENEZ RAMIREZ MARIBEL |
313.021,00 |
1216 |
110020606 |
RAMIREZ DITTEL OSCAR IVAN |
531.758,00 |
1217 |
107500853 |
VARGAS AZOFEIFA ROY |
732.042,00 |
1218 |
204460434 |
MONGE RODRIGUEZ JOSE FRANCISCO |
724.044,00 |
1219 |
700990797 |
ROGER ADOLFO RAMIREZ UMAÑA |
502.348,00 |
1220 |
110230055 |
GUTIERREZ ALFARO FABRICIO |
605.398,00 |
1221 |
108250259 |
ARIAS VIQUEZ ALFONSO ALEXIS |
624.612,00 |
1222 |
303720365 |
ARAYA ARAYA JUAN ALBERTO |
567.255,00 |
1223 |
106650254 |
ANGULO SIBAJA MARTA IRIS |
530.998,00 |
1224 |
501690629 |
HILDA MARIA BARQUERO BUSTOS |
530.998,00 |
1225 |
109940445 |
ADRIANA MARIA GONZALEZ SALAS |
518.004,00 |
1226 |
26523981 |
SANDRA MARIA MENDOZA BONILLA |
517.900,00 |
1227 |
112960556 |
MORENO ALFARO ARLET XIOMARA |
517.900,00 |
1228 |
25921439 |
MARIN CALDERON PATRICIA DEL CARMEN |
517.900,00 |
1229 |
103580551 |
VARGAS HERNANDEZ CARMEN |
517.784,00 |
1230 |
107120548 |
TENORIO SANCHEZ ROCIO |
2.458.177,00 |
1231 |
602220531 |
PEREZ ALFARO WILBER |
517.784,00 |
1232 |
16621323 |
SALMERON SOTELO DENIS ANTONIO |
517.784,00 |
1233 |
602920922 |
VILLANUEVA ESTRADA SANTOS |
517.784,00 |
1234 |
110830213 |
OROZCO CHAVARRIA OLMA VANESSA |
517.784,00 |
1235 |
106540315 |
ESPINOZA RAMIREZ LILLIAM DAMARIS |
517.460,00 |
1236 |
502560610 |
GUEVARA JIMENEZ CINTYA |
517.362,00 |
1237 |
26621149 |
VARGAS ACEVEDO GLORIA INDIANA |
517.140,00 |
1238 |
25622594 |
SANTANA SANTANA MARIA ELENA |
517.140,00 |
1239 |
112880105 |
QUIJANO GUZMAN MARCO VINICIO |
597.754,00 |
1240 |
109480492 |
LOPEZ GUTIERREZ RICARDO ARTURO |
545.652,00 |
1241 |
104400052 |
PRADO VINDAS VICTOR HUGO |
596.938,00 |
1242 |
16226827 |
CARRILLO NOINDICAOTRO GUSTAVO ADOLFO |
538.807,00 |
1243 |
112240839 |
FOWLER MORA JULIO CESAR |
525.412,00 |
1244 |
103920552 |
JIMENEZ CHACON SANTIAGO LUIS |
525.316,00 |
1245 |
17915967 |
ARAGON DUARTE DOUGLAS JAVIER |
550.653,00 |
1246 |
17580842 |
ACUÑA CORTEZ RODOLFO |
550.653,00 |
1247 |
18612336 |
FLORES NARVAEZ CHRISTIAN ANTONIO |
536.610,00 |
1248 |
106920623 |
GOMEZ CAMBRONERO JAVIER |
619.753,00 |
1249 |
112330583 |
MONTANO CHAVARRIA JOSE |
324.706,00 |
1250 |
107670315 |
GUTIERREZ SOLERA MARCELA |
969.008,00 |
1251 |
189000093 |
ROSINA PRISCILLA SOLANO RAMIREZ |
536.286,00 |
1252 |
106880864 |
HIDALGO CORDERO ALEXANDER |
1.134.797,00 |
1253 |
103530666 |
JIMENEZ MORA ROBERTO |
674.648,00 |
1254 |
109520978 |
LOAIZA MORALES MELISA |
518.135,00 |
1255 |
16125527 |
GARCIA GARCIA JOSE ADAN |
536.510,00 |
1256 |
113610866 |
MORA GONZALO MARISELL |
512.023,00 |
1257 |
302720242 |
ARAYA SOLIS MARIANO |
571.342,00 |
1258 |
27181748 |
CORDABA RUMAGA ROMONA |
571.342,00 |
1259 |
111300739 |
ZAMORA RODRIGUEZ NATALIA |
542.124,00 |
1260 |
18217333 |
ESPINOZA RODRIGUEZ RAUL |
556.036,00 |
1261 |
109730333 |
BOGANTES ALFARO OSCAR ALBERTO |
556.743,00 |
1262 |
111190909 |
FONSECA FERNANDEZ JASON JESUS |
542.188,00 |
1263 |
16520880 |
GUADAMUZ VALLE FRANCISCO |
542.092,00 |
1264 |
104760875 |
HERNANDEZ SANCHEZ JUAN RAFAEL |
542.092,00 |
1265 |
203850707 |
MOYA ROSALES ALEXANDER |
566.053,00 |
1266 |
110750442 |
PEREIRA ZELEDON JOSE ARTURO |
588.206,00 |
1267 |
16964966 |
SANCHEZ TOLEDO FELIX ANTONIO |
555.720,00 |
1268 |
800840001 |
BENJAMIN GRUBER DORCA GARDENIS |
492.666,00 |
1269 |
18219845 |
ESPINOZA AGUILAR JOSE LUIS |
381.198,00 |
1270 |
501540865 |
FOURNIER GARCIA ADINA |
479.792,00 |
1271 |
602180606 |
RODRIGUEZ BOZA JULIA DEL CARMEN |
549.849,00 |
1272 |
18117845 |
TORRES RODRIGUEZ ARMANDO |
486.748,00 |
1273 |
16600147 |
GALAN AMADO ALVARO |
550.228,00 |
1274 |
111150866 |
MADRID ACUÑA NELSON |
486.390,00 |
1275 |
111680316 |
TABORDA ESTRADA DANNIA MARCELA |
147.380,00 |
1276 |
16022434 |
SOLANO CENTENO JUSTO PASTOR |
486.284,00 |
1277 |
28017376 |
ZAMORA REYES DIANA |
486.284,00 |
1278 |
28314165 |
PAVON SANDINO MARIA AUXILIADORA |
486.284,00 |
1279 |
16727966 |
RODRIGUEZ MENOCAL FRANCISCO JAVIER |
486.284,00 |
1280 |
16423018 |
TSI TAI NAN HUANG |
316.926,00 |
1281 |
108110975 |
ALVAREZ ARCE JORGE ALBERTO |
607.078,00 |
1282 |
107000103 |
BOLAÑOS DURAN ALEXANDER |
607.078,00 |
1283 |
18257773 |
ARECHAVALA GARCIA JORGE ABEL |
607.078,00 |
1284 |
204680128 |
GUTIERREZ HERNANDEZ JOSE RICARDO |
565.042,00 |
1285 |
108650845 |
MORA QUESADA ALEXIS |
564.932,00 |
1286 |
16581889 |
GONZALEZ LIRA BALLARDO JOSE |
496.204,00 |
1287 |
16921061 |
IGLESIAS LACAYA SANTIAGO |
496.204,00 |
1288 |
17819849 |
MEJIA PANAMEÑO ELKIN FERNEY |
496.112,00 |
1289 |
106570440 |
ROJAS ARAYA LUIS FERNANDO |
496.008,00 |
1290 |
16727969 |
TRUJILLO TOBON NORBERTO JESUS |
496.008,00 |
1291 |
205540533 |
SIBAJA OROZCO HAINER FRANCISCO |
495.996,00 |
1292 |
202550530 |
RUIZ ARTAVIA AUGUSTO CESAR |
271.008,00 |
1293 |
503260162 |
JIMENEZ LOPEZ DANIA |
240.858,00 |
1294 |
27025007 |
LOPEZ GRAJALES ALBA |
539.878,00 |
1295 |
107720202 |
FLORES SIRIAS ROGER ANTONIO |
505.676,00 |
1296 |
503090016 |
CHAVARRIA ORTIZ RICARDO DANIEL |
239.604,00 |
1297 |
111000583 |
MOSCOSO VEGA ESTEBAN MAURICIO |
504.972,00 |
1298 |
113570905 |
ZUÑIGA VASQUEZ MARIO HERIBERTO |
467.677,00 |
1299 |
14311996 |
SERGIO PAVON NOINDICAOTRO |
708.654,00 |
1300 |
MONTO DE |
||
1301 |
303550012 |
MENEDEZ ALVARADO MARJORIE |
387.170,00 |
1302 |
301680375 |
BLANDON MELENDEZ GERARDO ALBERTO |
1.052.159,00 |
1303 |
103380524 |
JIMENEZ FLORES JUAN JOSE |
469.900,00 |
1304 |
112240769 |
JIMENEZ RIVERA JUAN CARLOS |
388.463,00 |
1305 |
105520755 |
NUÑEZ MARTINEZ JUAN CARLOS |
388.363,00 |
1306 |
107640337 |
RIVERA ENRIQUEZ CRISTIAN |
494.719,00 |
1307 |
103790749 |
ROJAS JIMENEZ JOSE MARIA |
228.952,00 |
1308 |
113570730 |
RUIZ ACUÑA JAIRO ANDRES |
437.998,00 |
1309 |
106390215 |
SALAZAR MARIN JOSE MANUEL |
374.998,00 |
1310 |
111600819 |
SANCHEZ CRUZ JOSE FABIO |
405.490,00 |
1311 |
105500630 |
VALENCIANO RAMIREZ MANUEL ENRIQUE |
405.490,00 |
1312 |
701510134 |
GAMBOA PORRAS LAURA DE LOS ANGELES |
386.011,00 |
1313 |
106990767 |
GUILLEN SOLIS GIOVANNI MANUEL |
458.124,00 |
1314 |
601800676 |
CORTES PEREZ CARLOS MINOR |
503.651,00 |
1315 |
113260105 |
RODRIGUEZ MORALES ANDRES |
384.066,00 |
1316 |
106840431 |
CERDAS MENA MAURICIO GONZALO |
143.420,00 |
1317 |
112000525 |
CASTRO SANCHEZ LUIS ADRIAN |
273.888,00 |
1318 |
107390217 |
JIMENEZ BRENES JORGE ELADIO |
337.338,00 |
1319 |
109470711 |
GUARDIA FALLAS LUIS GUILLERMO |
202.856,00 |
1320 |
106420478 |
CERDAS CASTRO AIDA MARIA |
385.449,00 |
1321 |
106490014 |
LING NIETO FRANCISCO JAVIER |
480.770,00 |
1322 |
107720993 |
QUIROS VARGAS CARLOS JOSE |
509.366,00 |
1323 |
800870311 |
ROSA IVETTE IZQUIERDO VALENCIA |
385.299,00 |
1324 |
110860638 |
QUESADA MENDEZ CHRISTIAN ALBERTO |
392.818,00 |
1325 |
112740882 |
LOPEZ ACUÑA MARVIN JOSUE |
128.707,00 |
1326 |
401270607 |
PANIAGUA SOLANO JOSE FRANCISCO |
418.218,00 |
1327 |
111430635 |
RODRIGUEZ HERRERA JEFFREY DANILO |
455.617,00 |
1328 |
106480260 |
UREÑA SERRANO EDGAR |
405.931,00 |
1329 |
25117050 |
VEGA NOINDICAOTRO MARIA AUXILIADORA |
372.374,00 |
1330 |
27908966 |
ORTIZ GONZALEZ ISAURA |
371.874,00 |
1331 |
106890596 |
SANDI ZUÑIGA ARTURO |
447.239,00 |
1332 |
106930949 |
CALDERON PRADO CARLOS ADILIO |
30.322,00 |
1333 |
105830564 |
HERNANDEZ CARMONA EMILIO GERARDO |
406.895,00 |
1334 |
401270108 |
BONILLA ORTEGA MARIA LORENA |
472.702,00 |
1335 |
110680739 |
BARRANTES PORRAS JOSE ALONSO |
311.096,00 |
1336 |
18418028 |
WU NOINDICAOTRO MANQING |
446.452,00 |
1337 |
107570299 |
MATA RIVERA SERGIO ORLANDO |
520.397,00 |
1338 |
602840578 |
BEITA LEIVA VINICIO |
397.153,00 |
1339 |
701670397 |
MAXWELL SMITH KELVIN EDUARDO |
412.627,00 |
1340 |
601770739 |
SANCHEZ FONSECA FLOR MARLENE |
427.895,00 |
1341 |
103460559 |
FERNANDEZ CAMBRONERO CARLOS GUILLERMO |
276.249,00 |
1342 |
302760189 |
GUISELLE MIRANDA SOLANO |
234.882,00 |
1343 |
18274020 |
DELGADILLO GARCIA SANTIAGO ANTONIO |
456.523,00 |
1344 |
27024327 |
JARQUIN ROSTRAN GLORIA IBETH |
456.451,00 |
1345 |
108960053 |
JIMENEZ TELLEZ IRMA ARICELLY |
456.429,00 |
1346 |
25722283 |
MUÑIZ NOINDICAOTRO MIRIAM LORENA |
456.371,00 |
1347 |
113370514 |
ANGULO MORA INGRID TATIANA |
526.223,00 |
1348 |
106400038 |
ARRIETA SOLANO LUIS ALBERTO |
526.223,00 |
1349 |
106820983 |
PICADO SELVA IVANNIA MIREYA |
298.606,00 |
1350 |
113110667 |
ZELEDON ZAMORA FRESSIA |
555.302,00 |
1351 |
106300275 |
SANABRIA GUTIERREZ JOHNNY ORLANDO |
443.506,00 |
1352 |
107710140 |
SALAZAR NARANJO DAMARIS |
443.506,00 |
1353 |
26922677 |
ALBA LUZ ROMERO ROMERO |
389.548,00 |
1354 |
26020954 |
PACHERRES SEMINARIO MARIA DEL SOCORRO |
443.506,00 |
1355 |
112850377 |
SOLIS UMAÑA ALICE GABRIELA |
443.506,00 |
1356 |
17880111 |
PEREZ OBANDO MARTIN LEON |
443.506,00 |
1357 |
17709944 |
ESPINOZA VIVAS JOSE DANIEL |
526.110,00 |
1358 |
109360637 |
JONES GUTIERREZ DAVID |
694.098,00 |
1359 |
303040715 |
ALVARADO QUIROS JACKELINE |
456.045,00 |
1360 |
110730905 |
JIMMY SANCHEZ BERMUDEZ |
509.366,00 |
1361 |
107400210 |
ROJAS SOLANO ROBERTO MARTIN |
668.518,00 |
1362 |
17980010 |
SANIT SABUREN AMAURI |
668.518,00 |
1363 |
27124829 |
GONZALEZ CASTILLO FLOR DE MARIA |
378.170,00 |
1364 |
111250458 |
GARRO CHINCHILLA FREDDY ORLANDO |
501.464,00 |
1365 |
25281943 |
OCON REYES LILLIAN ROSALIA |
451.146,00 |
1366 |
16727890 |
SANCHEZ NOINDICAOTRO HUMBERTO FRANCISCO |
484.948,00 |
1367 |
205780528 |
CASCANTE CHAVES SIMON ESTEBAN |
572.329,00 |
1368 |
107440517 |
CASCANTE RODRIGUEZ MAUREEN |
572.329,00 |
1369 |
202330571 |
MEJIA FERNANDEZ CARLOS LUIS |
414.365,00 |
1370 |
16827133 |
GUERRERO CHAVEZ JAVIER ENRIQUE |
572.105,00 |
1371 |
104350009 |
DELGADO QUESADA BERNARDO |
451.404,00 |
1372 |
204940922 |
ZAMORA ANGULO KEYLA ROSA |
590.877,00 |
1373 |
104200934 |
RODRIGUEZ CORRALES MAYELA |
552.898,00 |
1374 |
16259242 |
RUEDA TIJERINO RICARDO |
552.898,00 |
1375 |
110300519 |
MENDEZ FERNANDEZ CRICENIA |
641.540,00 |
1376 |
503210129 |
GOMEZ ACUÑA FREDDY ANTONIO |
460.186,00 |
1377 |
105440947 |
MONGE ANGULO MARVIN |
438.363,00 |
1378 |
501880951 |
CARMONA MARTINEZ ARNULFO |
499.799,00 |
1379 |
104090109 |
CHAVARRIA OVIEDO ORLANDO |
499.799,00 |
1380 |
107450313 |
GUTIERREZ HERNANDEZ MAXIMO |
499.614,00 |
1381 |
111910088 |
JIMENEZ ZUÑIGA CRISTIAN |
964.406,00 |
1382 |
901130124 |
MORALES VADO FRANCISCO MANUEL |
551.580,00 |
1383 |
106630894 |
MENDEZ BOLAÑOS JOSE JAVIER |
499.522,00 |
1384 |
110810408 |
ANCHIA GARBANZO MARCELA |
223.019,00 |
1385 |
108280919 |
ROSALES ZUÑIGA JOHANNY ANTONIO |
449.118,00 |
1386 |
26264290 |
BLANCO NOINDICAOTRO ELENA EMPERATRIZ |
462.157,00 |
1387 |
112250978 |
DUARTE MONTENEGRO JOSETH |
462.059,00 |
1388 |
112110948 |
ZAMORA QUESADA LUIS MIGUEL |
448.530,00 |
1389 |
303440677 |
SANCHEZ ELIZONDO YEMINA GABRIELA |
448.530,00 |
1390 |
700710537 |
REDONDO MARIN ROGER ENRIQUE |
448.530,00 |
1391 |
113130639 |
ZUÑIGA VASQUEZ LUIS GUILLERMO |
448.530,00 |
1392 |
600940565 |
SELVA GUERRERO NIDIA DEL CARMEN |
328.815,00 |
1393 |
109800742 |
ALVARADO OROZCO CARLOS ALBERTO |
419.731,00 |
1394 |
110200827 |
ALVAREZ SALAZAR REBECA ABIGAIL |
397.989,00 |
1395 |
16181059 |
AREAS ORTIZ JOSE FELIX |
388.581,00 |
1396 |
104730288 |
ARIAS QUIROS RODOLFO ENRIQUE |
351.604,00 |
1397 |
113130512 |
CARBALLO QUESADA MICHAEL ANDRES |
337.127,00 |
1398 |
106810747 |
CARPIO BALLESTERO RAUL |
517.757,00 |
1399 |
800860357 |
GROH GLOSTER MARIA MAGDALENA |
183.688,00 |
1400 |
27818795 |
JIMENEZ REYES LIGIA |
430.124,00 |
1401 |
17581075 |
LIRA TERCERO JOSE LUIS |
35.844,00 |
1402 |
17816686 |
LIU NOINDICAOTRO BING SEN |
282.620,00 |
1403 |
18310976 |
LUMBI LOAICIGA MICHAEL GABRIEL |
419.487,00 |
1404 |
503530776 |
SANCHEZ CASANOVA TRAICY |
414.772,00 |
1405 |
105210638 |
ROJAS BERROCAL FRANCISCO JOSE |
1.814.480,00 |
1406 |
109290410 |
VILLARREAL JIMENEZ JOSE RICARDO |
500.646,00 |
1407 |
28010907 |
TREJOS DAVILA DANIA CAROLINA |
384.184,00 |
1408 |
14815671 |
CORTEZ SELVA MANUEL |
275.091,00 |
1409 |
106860721 |
CLEMENCIA MAYELA FALLAS FALLAS |
234.164,00 |
1410 |
25921553 |
CANALES CANALES LUISA AMANDA |
397.153,00 |
1411 |
27120211 |
LINDO BLANCO SANDRA |
18.748,00 |
1412 |
111460146 |
ESCALANTE PORTILLA DIHALAD JEANNETE |
397.061,00 |
1413 |
26633466 |
MORAGA OLIVAS LUISA DEL SOCORRO |
396.929,00 |
1414 |
113070719 |
QUIROS QUIROS DANIEL EDUARDO |
384.066,00 |
1415 |
17613172 |
DUARTE ROCHA REYNALDO |
406.955,00 |
1416 |
110920472 |
JIMENEZ ARIAS JUAN CARLOS |
406.895,00 |
1417 |
26520489 |
ESPINOZA ESPINOZA JENNIFER |
227.022,00 |
1418 |
112960623 |
DIAZ OCAMPO PABLO RODRIGO |
535.822,00 |
1419 |
303310589 |
SLACK GOMEZ MAURICIO |
392.818,00 |
1420 |
105560791 |
CARBALLO PEREZ FABIO |
342.171,00 |
1421 |
18180404 |
LOPEZ NOINDICAOTRO PABLO ANTONIO |
385.231,00 |
1422 |
112180877 |
MONGE CASTELLON DAISY FRANCINI |
336.433,00 |
1423 |
26918946 |
UBEDA MEJIA MARTHA LORENA |
372.374,00 |
1424 |
601090688 |
VARELA MORALES HUGO |
418.218,00 |
1425 |
18314038 |
MORALES MORA JUAN CARLOS |
583.736,00 |
1426 |
17023935 |
CAHUASQUI CASTAÑEDA MIGUEL |
405.220,00 |
1427 |
104091156 |
ODIO MATA FERNANDO |
109.622,00 |
1428 |
25819890 |
DIAZ DIAZ MANUELA
DEL SOCORRO |
273.472,00 |
1429 |
111610721 |
MORALES DIAZ JENNIFER |
328.976,00 |
1430 |
105640842 |
SALAS MADRIGAL RAUL GERARDO |
416.034,00 |
1431 |
28810516 |
CRUZ GARCIA GEORGINA DE LOS ANGELES |
408.911,00 |
1432 |
27218181 |
ARIAS NUÑEZ LIGIA NIRMA |
408.911,00 |
1433 |
601520240 |
RUIZ RUIZ GLORIA |
395.876,00 |
1434 |
27026147 |
GARCIA ARBOLEDA LUZ AMPARO |
400.535,00 |
1435 |
113270263 |
HERRERA SILVA DORIS VIVIANA |
408.757,00 |
1436 |
28417551 |
MENDEZ FONSECA ARELY DE LOS ANGELES |
408.687,00 |
1437 |
27019827 |
CALERO CASTILLO LINDA MARIBEL |
243.382,00 |
1438 |
15981699 |
GUTIERREZ ALVAREZ RODOLFO |
501.778,00 |
1439 |
106360057 |
ALESTON COLLINS JUAN CARLOS |
263.322,00 |
1440 |
102310007 |
MOLINA SALAZAR CLAUDIO |
412.627,00 |
1441 |
15919451 |
MERCADO PAVON JOSE RAMON |
412.627,00 |
1442 |
108170041 |
SANCHEZ CAMPOS CARLOS |
389.449,00 |
1443 |
108090256 |
ARROYO VIQUEZ JAIRO ALEXANDER |
438.855,00 |
1444 |
26823978 |
CHALARCA TAMAYO |
472.702,00 |
1445 |
108760506 |
MARIN BARQUERO ADRIAN GERARDO |
520.391,00 |
1446 |
104010394 |
CALVO BARRANTES LEONARDO |
307.658,00 |
1447 |
106490107 |
CHAVARRIA TREJOS LUIS ANTONIO |
315.561,00 |
1448 |
601420215 |
MORA MOLINA LUIS ALBERTO |
483.594,00 |
1449 |
108560258 |
ROMERO SANCHEZ ALBERTO |
373.538,00 |
1450 |
105880236 |
ULLOA ARAYA JORGE LUIS |
484.266,00 |
1451 |
17480982 |
ROMERO NEIRA NESTOR RICARDO |
384.066,00 |
1452 |
700640387 |
MORALES ARIAS SOLANGE |
406.819,00 |
1453 |
16602709 |
MATAMOROS ALVAREZ OSCAR RAUL |
715.767,00 |
1454 |
103170117 |
MONGE VALVERDE BERTA |
419.874,00 |
1455 |
104170532 |
ULLOA QUESADA TERESA |
539.593,00 |
1456 |
105620900 |
ARIAS CHAVES MANUEL ANTONIO |
470.073,00 |
1457 |
302220207 |
CALVO CASCANTE JORGE ALFREDO |
143.590,00 |
1458 |
17319947 |
CASTRO GARCIA BAYARDO |
268.165,00 |
1459 |
108450972 |
CASTRO QUESADA HANNIA MARIA |
388.581,00 |
1460 |
27024339 |
HERNADEZ SAENZ XIOMARA AZUCENA |
338.383,00 |
1461 |
112740907 |
JIMENEZ BARRERA JOSE LUIS |
489.954,00 |
1462 |
106390017 |
MARIN LOPEZ SINEY |
410.310,00 |
1463 |
17321155 |
MONTALVAN MONTALVAN LUIS ALBERTO |
563.490,00 |
1464 |
112740509 |
AGUILAR AGUILAR PAMELA |
415.383,00 |
1465 |
15761845 |
MORA MAARTINEZ ROBERTO JOSE |
486.683,00 |
1466 |
108290100 |
CHAVES SANCHEZ RICARDO JESUS |
388.581,00 |
1467 |
108190420 |
VEGA PEÑA SERGIO FRANCISCO |
516.610,00 |
1468 |
113740558 |
CORDOBA CHAVES DANIEL ALBERTO |
455.089,00 |
1469 |
108380474 |
CAMBRONERO VARGAS JIMMY ALBERTO |
628.918,00 |
1470 |
203030687 |
QUIROS ARCE JOSE FABIO |
394.094,00 |
1471 |
17122120 |
MOLINA GONZALEZ DOUGLAS ADAN |
406.819,00 |
1472 |
800500506 |
RODRIGUEZ CASERO RICARDO |
145.856,00 |
1473 |
502340574 |
MORA NUÑEZ ZORAIDA DEL CARMEN |
82.780,00 |
1474 |
113510533 |
RAMIREZ MONGE ANDRES RICARDO |
215.692,00 |
1475 |
16380563 |
SIRIAS AREVALO NOEL ERNESTO |
384.066,00 |
1476 |
MONTO DE |
||
1477 |
3102009358 |
AGROPECUARIA TRES DIAMANTES LIMITADA |
54.096.005,00 |
1478 |
14916499 |
GONZALEZ GARLOBO ANGEL |
318.783,00 |
1479 |
111680580 |
AGUILAR GUZMAN LUIS DIEGO |
877.738,00 |
1480 |
18516426 |
BUSTAMANTE AGUIRRE JOS EFERNANDO |
444.172,00 |
1481 |
205730793 |
NAVAS PEREZ VICTOR MANUEL |
331.376,00 |
1482 |
17423476 |
OROZCO MARTINEZ MARIO |
412.146,00 |
1483 |
110910414 |
ROBLES MORAGA GUILLERMO JOSE |
433.732,00 |
1484 |
26622979 |
RUIZ YAMILETH DEL SOCORRO |
379.491,00 |
1485 |
107480050 |
VARGAS HERNANDEZ MARIO ALBERTO |
227.672,00 |
1486 |
25681581 |
RAMOS CASTRO MARIA AUXILIADORA |
397.027,00 |
1487 |
113330926 |
ARCIA BARBOZA NAYARITH |
397.221,00 |
1488 |
800850602 |
ENOC GONZALEZ PEREZ |
266.566,00 |
1489 |
105910989 |
CORTES LEON ERIC MANUEL |
341.368,00 |
1490 |
601310823 |
CORTES MEJIA RAMON JAVIER |
478.912,00 |
1491 |
15459597 |
DELGADO ALFARO PEDRO PABLO |
458.632,00 |
1492 |
109090045 |
ALFARO MORA CRISTIAN RAFAEL |
699.969,00 |
1493 |
603250845 |
JIMENEZ FERNANDEZ STANLEY |
457.834,00 |
1494 |
106060814 |
MURILLO MURILLO MARCO VINICIO |
457.746,00 |
1495 |
105530416 |
SOLANO GUTIERREZ FRANCISCO |
489.632,00 |
1496 |
111690327 |
SOJO CALDERON DANIEL |
396.911,00 |
1497 |
800390498 |
LOPEZ BACA MARIA AURORA |
348.292,00 |
1498 |
104780778 |
CHAVES ARIAS MARIA EUGENIA |
143.402,00 |
1499 |
603160289 |
ESPINOZA SOTO JOSE GUILLERMO |
396.441,00 |
1500 |
17181991 |
HERNANDEZ LOPEZ WILLIAN FAUSTO |
466.075,00 |
1501 |
27228386 |
JIMENEZ JIMENEZ EUNICE ANTONIO |
361.079,00 |
1502 |
107920270 |
AGUILAR BOLAÑOS ARLYN |
150.974,00 |
1503 |
602100414 |
GARCIA VALLE ALEXANDER |
432.374,00 |
1504 |
110440463 |
AGÜERO MENA RONALD EDUARDO |
325.653,00 |
1505 |
15721258 |
RAMOS CHAVEZ CARLOS ALBERTO |
81.196,00 |
1506 |
110630610 |
VEGA CHAMORRO RAIMUNDO |
583.710,00 |
1507 |
111680093 |
SUAREZ BUSTOS JERRY EDUARDO |
385.217,00 |
1508 |
800560013 |
GOMEZ GOMEZ SANTOS
DE JESUS |
409.101,00 |
1509 |
111890329 |
ANGULO VARGAS ESTER VERONICA |
408.981,00 |
1510 |
106240658 |
ESQUIVEL RAMIREZ ADOLFO |
749.451,00 |
1511 |
104600644 |
MADRIGAL ABARCA MARCO VINICIO |
425.881,00 |
1512 |
26121400 |
BALTODANO BALTODANO PETRONILA |
191.194,00 |
1513 |
112200535 |
FALLAS DELGADO JUAN JOSE |
527.680,00 |
1514 |
17180775 |
ALEMAN MENDIETA MAURICIO |
286.560,00 |
1515 |
27319563 |
VARGAS MELENDEZ SUYEN |
408.669,00 |
1516 |
26324035 |
KYUNGHWA CHO LEE |
399.987,00 |
1517 |
107140048 |
CHARLTON LEWIS ROY ALBERTO |
397.474,00 |
1518 |
111810098 |
MONTERO ANCHIA CANDY PAOLA |
574.040,00 |
1519 |
401630282 |
CARBALLO BALTODANO ALLAN |
391.621,00 |
1520 |
104200909 |
VARGAS CAMPOS JORGE |
391.315,00 |
1521 |
107000170 |
JIMENEZ SOTO JOSE ROBERTO |
434.381,00 |
1522 |
112090158 |
CARVAJAL ARCE LUIS ANDRES |
412.927,00 |
1523 |
108440500 |
CARVAJAL FIGUEROA EDGAR |
484.367,00 |
1524 |
16121370 |
ESPINOZA WALSH GUSTAVO ADOLFO |
412.834,00 |
1525 |
111180668 |
MELENDEZ ACOSTA JESSICA PAOLA |
300.812,00 |
1526 |
111240624 |
VARGAS ARAYA ANDRES JOHAN |
443.826,00 |
1527 |
303840136 |
QUESADA CAMACHO MICHAEL |
400.449,00 |
1528 |
18280439 |
PEREZ MURILLO DAVID ROLDAN |
400.449,00 |
1529 |
106270733 |
CARMEN MARIA SANDI ACEVEDO |
443.032,00 |
1530 |
110210397 |
CINDY MARIA SANCHO GOMEZ |
304.030,00 |
1531 |
27020899 |
PARRALES MARTINEZ BERTHA DEL SOCORRO |
396.911,00 |
1532 |
27325579 |
MARTINEZ DE GARCIA
MARIA AUXILIADORA |
397.609,00 |
1533 |
108230052 |
CESPEDES MORA JOSE MANUEL |
408.981,00 |
1534 |
105490034 |
TENORIO UREÑA MANUEL ENRIQUE |
443.826,00 |
1535 |
112390870 |
DELGADO ROJAS DAVID ALONSO |
583.396,00 |
1536 |
27981179 |
CASTILLO ARIAS DARLING DEL ROSARIO |
435.010,00 |
1537 |
111040005 |
GRANADOS VARELA KENNETH ALBERTO |
520.608,00 |
1538 |
18079414 |
MARTINEZ SANTANA DANIEL DAGOBERTO |
520.504,00 |
1539 |
205760147 |
MORAN PINEDA FRANCISCO JAVIER |
408.215,00 |
1540 |
26231342 |
GRIJALBA ESPINOZA DAISY SOLEDA |
408.827,00 |
1541 |
28020021 |
HERNADEZ IGLESIAS ANA PATRICIA |
408.827,00 |
1542 |
17580666 |
MOLINA RIOS CASIMIRO EUGENIO |
555.262,00 |
1543 |
17813140 |
MUÑOZ FUERTES ROGER JOSE |
162.716,00 |
1544 |
27880468 |
SALGADO ZAPATA DANIELA MERCEDES |
502.237,00 |
1545 |
108230211 |
CABEZAS CAMPOS JUAN CARLOS |
372.676,00 |
1546 |
701590137 |
VINDAS GONZALEZ ANDREY |
385.217,00 |
1547 |
17910330 |
SOMOSA CASTRO JOSE CESAR |
385.217,00 |
1548 |
603800267 |
ILIANA MARIA SALAS MORALES |
121.224,00 |
1549 |
105930491 |
LOBO MADRIGAL ANNIA MARIA |
300.818,00 |
1550 |
603750465 |
CERDAS VASQUEZ ANA VIRGINIA |
385.515,00 |
1551 |
16726704 |
GARCIA VALLADARES MARQUIS MIGUEL |
317.312,00 |
1552 |
204830528 |
CALERO MENDOZA MIGUEL ANGEL |
388.645,00 |
1553 |
603000394 |
CARDENAS MATARRITA GAUDY CRISTINA |
388.645,00 |
1554 |
27617795 |
HERNANDEZ JOUBERT ANA LUCIA |
373.999,00 |
1555 |
25520307 |
NARNAEZ NOINDICAOTRO YOLANDA |
252.532,00 |
1556 |
701430708 |
PORRAS RIOS JUAN ISRAEL |
388.345,00 |
1557 |
17321463 |
RODRIGUEZ GONZALEZ FRANCISCO |
430.062,00 |
1558 |
601610488 |
BENAVIDES AGUIRRE ROSA MARIA |
439.994,00 |
1559 |
16728539 |
TRAÑA CORTES ANDRES DE LOS SANTOS |
716.762,00 |
1560 |
106320428 |
RAMIREZ RETANA LUIS FERNANDO |
714.120,00 |
1561 |
107310652 |
BARTH VARGAS ROLANDO |
487.395,00 |
1562 |
112160769 |
CASTRILLO DURAN PENELOPE |
487.395,00 |
1563 |
110990445 |
VALVERDE VALVERDE LUIS |
233.626,00 |
1564 |
108430101 |
MORA GUZMAN OSCAR |
487.120,00 |
1565 |
303570807 |
MARIN AGUIRRE EFREN |
487.120,00 |
1566 |
28120024 |
ORTIZ BEDOYA LINA MARCELA |
487.019,00 |
1567 |
17916306 |
VARGAS GUTIERREZ URIEL |
487.019,00 |
1568 |
106270090 |
SEGURA CHACON MIGUEL ANGEL |
611.735,00 |
1569 |
700720613 |
GARCIA CHAVARRIA JULIO CESAR |
408.827,00 |
1570 |
501980401 |
ALVARO CONTRERAS LARA |
497.302,00 |
1571 |
900420629 |
CHAVES BOLAÑOS DIEGO |
497.302,00 |
1572 |
112510019 |
GONZALEZ MENDEZ BRYAN ADRIAN |
497.108,00 |
1573 |
16920672 |
HERNANDEZ QUINTO MARVIN |
497.108,00 |
1574 |
401650040 |
MURILLO OVIEDO GRAVIN |
497.020,00 |
1575 |
16781198 |
LUNA NARVAEZ PAULO EMILIO |
497.020,00 |
1576 |
16021461 |
MARTINEZ VELASQUEZ JULIO CESAR |
497.020,00 |
1577 |
107220605 |
ROMERO LIZANO ALVARO ANTONIO |
496.923,00 |
1578 |
111110630 |
MARIÑO GONZALEZ MIGUEL ANTONIO |
478.180,00 |
1579 |
104520767 |
ROJAS ROJAS JOSE ANTONIO |
476.839,00 |
1580 |
13180637 |
DENIS JOHNATAN RICHAR |
384.899,00 |
1581 |
603500919 |
LEON DELGADO GABRIELA MARIA |
505.962,00 |
1582 |
603050924 |
NUÑEZ MORA MAINOR ENRIQUEZ |
505.962,00 |
1583 |
104790824 |
DELGADO FLORES LUIS GUILLERMO |
572.048,00 |
1584 |
104830032 |
TOBIAS OTONIEL DELGADO UMAÑA |
464.286,00 |
1585 |
112460950 |
ARGUEDAS MORA BRYAN ANDRES |
589.827,00 |
1586 |
900500023 |
ASCH GONZALEZ MAGALLY |
337.884,00 |
1587 |
26022400 |
BETANCOUR ESTRADA ROSA ESNEDA |
589.827,00 |
1588 |
110950250 |
BRENES HERNANDEZ LUIS DAVID |
589.827,00 |
1589 |
106240385 |
FALLAS CORTES MARIO ROBERTO |
615.713,00 |
1590 |
107760743 |
GUEVARA VASQUEZ IRENE ISABEL |
589.596,00 |
San José, 23 de marzo del 2010.—Dirección de
Cobros.—Ana Patricia Alcazar Jiménez, Directora a. í.—O. C. Nº 002-2010.—Solicitud
Nº 451-10.—C-7178000.—(IN2010025752).
DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
Por ignorarse el
domicilio actual del patrono Corporación Cafetalera
“...se
presume que, las personas jurídicas, Tostadora
En
lo que interesa en este procedimiento, concretamente por la omisión del pago de
cuotas obrero patronales y de los aportes, producto de
Se le confiere un
plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día de su publicación,
para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes y ofrecer las pruebas de
descargo. Se le previene que debe señalar lugar o medio para notificaciones en
el perímetro administrativo de las oficinas centrales de
En esta oficina ubicada en San
José, Edificio Davinci de
Por ignorarse
el domicilio actual del patrono: Tostadora
“...se
presume que, las personas jurídicas, Tostadora
En
lo que interesa en este procedimiento, concretamente por la omisión del pago de
cuotas obrero patronales y de los aportes producto de
Se le confiere un
plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día de su publicación,
para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes y ofrecer las pruebas de
descargo. Se le previene que debe señalar lugar o medio para notificaciones en
el perímetro administrativo de las oficinas centrales de
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Órgano Director. Procedimiento ordinario administrativo contra la empresa Inversiones Edgar y Carlos S. A., propietaria del Centro de Diversión Nocturna Bar Pachá.
San José, a las catorce horas del
veintidós de marzo del dos mil diez. Comunica: Que con base en el oficio
DGA-1315-2010,
Contra esa resolución proceden
los Recursos de Revocatoria y Apelación, los cuales deberán interponerse en el
plazo de tres días posteriores a la tercera publicación, ante
Contra esa
resolución proceden los Recursos de Revocatoria y Apelación, los cuales deberán
interponerse en el plazo de tres días posteriores a la tercera publicación,
ante
Órgano Director. Procedimiento ordinario administrativo contra el señor Ramón Chavarría Paniagua, propietario del establecimiento Drive Inn Mon Río.
San José, a las doce horas del
veintidós de marzo del dos mil diez. Comunica: Que con base en el oficio
DGA-1147-2010,
Contra esa resolución proceden
los Recursos de Revocatoria y Apelación, los cuales deberán interponerse en el
plazo de tres días posteriores a la tercera publicación, ante
Órgano Director. Procedimiento ordinario administrativo contra la señora María de Los Ángeles Quirós González, propietaria del Restaurante Asado del Gaucho.
San José, a las once horas del
veintidós de marzo del dos mil diez. Comunica: Que con base en el oficio
DGA-1288-2010,
Contra esa resolución proceden
los Recursos de Revocatoria y Apelación, los cuales deberán interponerse en el
plazo de tres días posteriores a la tercera publicación, ante
Contra esa resolución proceden
los Recursos de Revocatoria y Apelación, los cuales deberán interponerse en el
plazo de tres días posteriores a la tercera publicación, ante
Órgano Director. Procedimiento ordinario administrativo contra el señor Venancio Zamora Malavasi, propietario del Restaurante Montana.
San José, a las ocho horas del
veintidós de mazo del dos mil diez. Comunica: Que con base en el oficio
DGA-1151-10,
Contra esa resolución proceden
los Recursos de Revocatoria y Apelación, los cuales deberán interponerse en el
plazo de tres días posteriores a la tercera publicación, ante
ASESORÍA LEGAL REGIÓN BRUNCA
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Asesoría
Legal Región Brunca.—San Isidro de Pérez Zeledón, a las catorce horas del
diecisiete de marzo del dos mil diez. Que habiéndose concluido procedimiento de
revocatoria de adjudicación y otro que conlleva subsecuente nulidad de título,
el Instituto de Desarrollo Agrario de conformidad con lo dispuesto por el
artículo 66 de
Nombre |
Cédula |
Predio y Asentamiento |
Avalúo |
Monto avalúo |
Acuerdo Junta Directiva |
Randall Rojas Rivera |
1-942-076 |
Granja 9-A-11 asentamiento El Percal |
26-2009 |
¢2.470.536,00 |
Art.
21, sesión
ordinaria 003-2010, del
25 de enero de 2010 |
Daniel Vega Morales y Sory María Venegas Castro |
6-198-281 y 5-245-938 |
Parcela 06 Asentamiento La Granja |
17-2009 |
Cero colones |
Art.
17, sesión
ordinaria 035-2009, del 5
de octubre de 2009 |
Juan Ramón Araya Jiménez |
1-780-489 |
Parcela 11 asentamiento Sansi |
20-2009 |
Cero colones |
Art.
18, sesión
ordinaria 036-2009, del
13 de octubre de 2009 |
Juan José Baltodano Sequeira y Alba Iris Zúñiga Sanabria |
5-141-465 y 6-172-897 |
Parcela 25 asentamiento Ganadera Guaycará |
25-2009 |
Cero colones |
Art.
33, sesión
ordinaria 001-2010, del
11 de enero de 2010 |
En el caso del
monto de los avalúos números 17-2009, 20-2009 y 25-2009 que el monto respectivo
es de cero colones, le corresponde por cuanto no existen mejoras en el predio.
Se advierte que de conformidad con lo establecido en los artículos
Asesoría Legal
Región Brunca.—San Isidro de Pérez Zeledón, a las ocho horas del dieciocho de
marzo del dos mil diez. Se ha dictado resolución final dentro procedimiento
administrativo de revocatoria de Adjudicación y nulidad de Título incoado
contra los administrados que se detallan, indicándoles a cada uno de ellos que
Nombre |
Cédula |
Predio y Asentamiento |
Expediente |
Acuerdo de Junta Directiva |
Dagoberto Rojas Rojas |
1-612-918 |
Parcela 25 Asentamiento La Luchita |
REV-007-2009-OSSI-ALB-ME |
Artículo
40, sesión
ordinaria 041-2009, 23
noviembre de 2009 |
Asociación
Agraria de Cristo Rey |
3-002-125580 |
Lote 26-4 Asentamiento Cristo Rey |
NUL-009-2009-OSSI-ALB-ME |
Artículo
38, sesión
ordinaria 043-2009, 7
diciembre de 2009 |
Se advierte a
los interesados que contra esta resolución cabe un Recurso de Apelación ante el
Tribunal Superior Agrario, en el término de cinco días a partir de la
notificación, con fundamento en los artículos 66 y 177 de
2 v. 2.
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
PROCESO CONTROL FISCAL Y URBANO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Por ignorarse el
domicilio actual de la señora Denia Fuentes Cambronero, identif. Nº 2-282-954,
y de conformidad con lo dispuesto en artículo 241, inciso 2) de
Por
ignorarse el domicilio actual del señor Arnoldo Sánchez Pereira, identif. Nº
1-471-079, y de conformidad con lo dispuesto en artículo 241, inciso 2) de
Por
ignorarse el domicilio actual del señor Minor Aguilar León, identif. Nº
2-3590-345, representante legal Egas del Trópico S. A. de conformidad con lo
dispuesto en artículo 241, inciso 2) de
Por ignorarse el domicilio actual del señor Evelio
Murillo Murillo, identif. Nº 5-0177-0558, representante legal de Tecrem
Sociedad Anónima y de conformidad con lo dispuesto en artículo 241, inciso 2)
de
Por ignorarse el domicilio actual de la señora
María del Carmen Arias Hidalgo, identif. Nº 2-0347-0630 y de conformidad con lo
dispuesto en artículo 241, inciso 2) de
Por ignorarse el domicilio actual del señor Olman
Andrés Arias Rodríguez, identif. Nº 2-0608-0115, representante legal
Importadora y Distribuidora Química Plásticos Alajuela S. A. y de conformidad
con lo dispuesto en artículo 241 inciso 2 de
Por
ignorarse el domicilio actual del señor Arnoldo León Quesada, identif. Nº
1-775-712, y de conformidad con lo dispuesto en artículo 241 inciso 2 de
San José, 18 de marzo del 2010.—Enrique Villalobos Jiménez, Secretario Comisión de Comparecencias.—1 vez.—O. C. Nº 13739.—C-32320.—(IN2010026293).